BOLETÍN JUDICIAL N° 76 DEL 03 DE MAYO DEL 2023

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JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

A: Grevin Alberto López Torres, mayor, al notario, cédula de identidad N° 0303260831, de demás calidades ignoradas, que en Proceso Disciplinario Notarial N° 20-000511-0627-NO, establecido en su contra por María Virginia Gamboa Esquivel, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial, a las diez horas treinta y dos minutos del veintinueve de marzo de dos mil veintitrés. En razón de que han sido fallidos los intentos por notificarle al Licenciado Grevin Alberto López Torres, cédula de identidad N° 0303260831, la resolución dictada a las ocho horas nueve minutos del veinte de junio de dos mil veintidós, en las direcciones que reportó ante la Dirección Nacional de Notariado ( ver acta notificación negativa del 14 de julio 2022), como tampoco en su último domicilio registral brindado al Registro Civil (ver actas de  notificación negativa del 19 de enero 2023 y 10 de marzo 23); y en virtud de que carece de apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (ver consulta al Registro Nacional 29 de marzo del 2023), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle la citada resolución así como también la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber a la parte que aquí se ordena notificar, que los hechos que se le atribuyen son Primero: mi representada es una señora de 46 años, analfabeta no sabe leer ni escribir, padece de retardo mental, y para empeorar las cosas de niña fue afectada por la enfermedad del Polio, lo que no le permitió socializar como lo hacemos la gran mayoría de las personas. Segundo: mi representada fue vilmente estafada por una organización criminal que ya fue denunciada ante el Ministerio Público. Tercero: el inicio de la estafa fue por medio de la escritura pública N° 348, visible al folio: 141 vuelto del tomo: 11, de fecha 08 de setiembre del 2017, del notario público: Ernesto Azofeifa Cedeño, carné profesional N° 13778, cédula N° 1-0940-272, en donde a la ofendida se le brinda préstamo de 2 millones de colones, los cuales debería de pagar en un solo tracto el 08 de setiembre de 205. Como garantía del préstamo mercantil, ella inocentemente pone a responder su propiedad (Finca N° 1-381182-000). Muy importante anotar que el acreedor fue Soluciones Crediticias Yabe S. A., cédula jurídica N° 3-101-444016, representada en su momento por la “señoraYazmil Alvarado Bejarano, cédula N° 1-0648-0618. Hasta aquí todo parece normal, pero no es así. Cuarto: posteriormente el 08 de junio de 2018, se perfecciona la estafa, cuando otros miembros de la organización criminal, se llevan a mi representada solita sin que nadie la acompañara a la oficina del notario público: Greivin López Torres, carné profesional: 20340, cédula: 3-0326-0831, y mediante la escritura pública N° 1 visible al folio: 2 vuelto del tomo: 3, de fecha 08 de junio 2018, hacen que mi representada firme el traspaso de su casa, por la ridícula suma de ¢1.000.000 (un millón de colones), mismo que ella nunca recibió, en esta escritura figura como compradora de la casa de mi representada la empresa Soluciones Seguras J.A.Y S. A., cédula jurídica N° 3-101-738657, representada por la “señora” Andrea Tatiana Fonseca Ortiz, cédula N° 1-1095-0646. En este momento es que le pegan la primerapuñalada” a mi representada, pero el asunto no llega hasta aqui. Quinto: posteriormente el 10 de julio de 2018 a las 8:00 horas, ante el notario público Óscar José Porras Cascante, carné profesional: 6041 , cédula: 1-0616-0323, mediante la escritura pública N° 369 visible al folio: 189 frente del tomo: 39, de fecha 10 de julio de 2018, comparece la “señora” Ana Mabel Zúñiga Alvarado en representación de Soluciones Crediticias Yabe S. A., cédula jurídica N° 3-101-444016, en donde se indica que Soluciones Crediticias Yabe S. A., recibió de mi representada el capital ¢2.000.000 (dos millones de colones) más los intereses con la intención de hacer el levantamiento de la hipoteca que pesaba sobre la finca de mi representada. pero esta declaración que hace la “señora” Ana Mabel Zúñiga Alvarado, es totalmente falsa, ya que mi representada es una persona de muy escasos recursos, que vive de una pensión de 50 mil colones al mes, y en ningún momento ella pagó esa cantidad de dinero. Por lo que la información que se suministró en esa escritura pública es totalmente falsa. Este nuevo paso lo que hace es ir perfeccionando la estafa. Sexto: ese mismo día el 10 de julio de 2018, pero a las 08:30 horas ante el notario público Óscar José Porras Cascante, carné profesional: 6.041, cédula: 1-0616-0323, y mediante la escritura pública N° 370, visible al folio: 189 vuelto del tomo: 39, sigue compareciendo la “señora” Andrea Tatiana Fonseca Ortiz, cédula: 1-1095-0646, en representación de Soluciones Seguras J.A.Y. S. A., cédula jurídica N° 3-101-738657, pero aparece en escena un nuevo “Testaferro”, que es la “señoraLidiette Quesada Morales, cédula: 1-0759-0892, que presta su nombre para supuestamente adquirir la propiedad de mi representada por la suma de ¢2.000.000 (dos millones de colones). Pero resulta que como de todos es sabido que para vender activos de una sociedad se necesita de un “acuerdo de asambleístas”, la dichosísima acta que se utiliza para la “ventafue protocolizada ni más ni menos que por el mismísimo notario público: Grevin López Torres, carné profesional: 20.340, cédula: 3-0326-0831, y mediante la escritura pública N° 5, visible al folio: 4 frente del tomo: 3, de las 20:00 horas del 09 de julio 2018. Recordemos que este notario es el mismo que protocoliza la fraudulenta venta de la propiedad de mi representada. Sétimo: para tratar de “embarrialar la cancha” y para que a mi representada se le haga casi imposible recuperar su casa, ante el notario público: Carlos Alberto Méndez Mora, carné profesional: 1.792, cédula: 1-0414-0459, y mediante la escritura pública N° 157, visible al folio: 175 frente del tomo: 74, de las 09:00 horas del 03 de agosto 2018, se constituye una hipoteca en primer grado en favor de Víctor Hugo Venegas Porras, cédula: 6-0158-0502, que según la información contenida en la escritura es “empleado de seguridad”, y generosamente le presta a doña Lidiette Quesada Morales, cédula: 1-0759-0892 (actual propietaria del inmueble) la nada despreciable suma de ¢6.000.000 (seis millones de colones). En esta escritura aparece el nombre de otro miembro de la organización, quien resulta ser el hermano de doña Lidiette y que responde al nombre de William Quesada Morales, cédula: 1-0716-0316, este señor aparece como testigo al final del instrumento público que se presentó ante el Registro Público, para que no , pero allí esta su nombre. Extrañamente también en ese testimonio que se presentó ante el Registro Público aparecen las firmas y las huellas digitales de doña Lidiette y de don William (para qué) si la única firma valida es la del notario, este tipo de procedimiento no es normal. Octavo: con la propiedad ya amarrada por todo lado, la “señoraLidiette Quesada Morales, cédula: 1-0759-0892, se inventa un proceso monitorio arrendaticio, indicando que mi representada María Virginia Gamboa Esquivel, es inquilina suya, para tratar de echarla de la casa por falta de pago, este proceso se tramita bajo el expediente: 19-000685-0217-CI, en el Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, el mismo ya se encuentra detenido debido a la oportuna intervención de este servidor. En este punto aparece nuevamente el Lic. Oscar José Porras Cascante, carné profesional: 6.041, cédula: 1-0616-0323, autenticando la dichosa notificación de una Prevención “formal” que le hacen a mi representada, estanotificaciónpresenta una serie de inconsistencias que ya le fueron señaladas al Despacho para que tome las medidas necesarias, pero también se hace necesario que el Juzgado Notarial tome cartas en el asunto. Se adjunta copia del documento que demuestra que la firma de mi representada en un documento está abajo y en otro arriba, en uno hay testigos y en otro no, por eso hay que investigar este documento. Noveno: esta finca ya cuenta con la anotación de la demanda penal, al tomo: 2019, asiento: 766855, misma que fue solicitada por la Fiscalía Adjunta de Fraudes y se tramita bajo el expediente: 79-25-7220-PE, pero resulta que el 15 de junio, enfrente de la casa de mi representada, había un vehículo que “no es del barrio” por lo que procedí a encarar al acompañante del conductor y le pedí que me dijera que estaba haciendo en las afueras de esa casa y me indicó que a 61 le “contaron” que esa propiedad la están vendiendo. Es en este punto la necesidad de hacer la advertencia administrativa, para tratar de disuadir a estos delincuentes, para que no sigan enredando más el asunto, para que tal vez algún día mi representada pueda recuperar su casita.” Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que atienda la defensa técnica de la parte accionada supra referida. Notifíquese. Licda. Derling Edith Talavera Polanco, Jueza Decisora” y “Traslado de cargos. Juzgado Notarial, a las ocho horas nueve minutos del veinte de junio de dos mil veintidós. Por parte del denunciante se tiene por cumplida la prevención de las siete horas quince minutos del veintiocho de marzo de dos mil veintidós. Se tiene por establecido el presente Proceso Disciplinario Notarial con Pretensión Civil Resarcitoria de María Virginia Gamboa Esquivel, contra Carlos Alberto Méndez Mora, Ernesto Azofeifa Cedeño, Grevin Alberto López Torres, Oscar José Porras Cascante, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días; dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que, dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como mínimo y dentro de los ya citados, podrá señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por la Dirección de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo, se le previene a cada parte, que, si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirá para su consulta, en la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José, (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07, celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. Notifíquese al denunciado 1) Ernesto Azofeifa Cedeño, por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José, en su domicilio registral en San José, Carmen, de la antigua emergencia Calderón Guardia, 100 metros norte y 25 metros oeste, central Aranjuez, o en su oficina por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Tercer Circuito Judicial de San José, en San José, Hatillo, Hatillo tres, de la taquería Costa Rica, 150 metros al oeste, casa N° 16. 2) Greivin López Torres, en su domicilio ubicado por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Cartago, ubicado en Cartago, San Nicolás, de la Iglesia, 75 metros norte, 100 oeste 175 norte, casa N° 79 mano izquierda. 3) Óscar José Porras Cascante, por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Tercer Circuito Judicial de San José, en su oficina ubicada en San José Desamparados, San Rafael Arriba, frente al Ebais y a 4) Carlos Alberto Méndez Mora, por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José, en su oficina en San José, Catedral del Colegio de Señoritas, 125 metros sur edificio Kriss. Así mismo, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José, para notificar a la Dirección Nacional de Notariado esta resolución, en el costado oeste del Mall San Pedro, Edificio Sigma, 5to piso. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; y en caso de que se impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación con la entrega de la cédula correspondiente a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil. En caso de que el denunciado no sea habido en ninguna de las anteriores direcciones, hágase consulta vía intranet a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, a efecto hacer constar si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. Notifíquese. Licda. María Gloriela de La Trinidad Garro Fernández, Jueza Decisora. Se publicará por una vez en el Boletín Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia, el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

                             Licda. Derling Edith Talavera Polanco

                                                Jueza Decisora

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2023749356 ).

Que en el Proceso Disciplinario Notarial N°18-000361-0627-NO, de Registro Civil contra Randall Alejandro Vargas Pérez, (cédula de identidad 0107770600), este Juzgado mediante resolución de las siete horas cuarenta minutos del quince de marzo de dos mil veintitrés, dispuso imponerle al citado notario (a) la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, tome nota la Dirección Nacional de Notariado para lo que corresponda. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Juzgado Notarial. De conformidad con la circular N°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

                             Licda. Derling Edith Talavera Polanco

                                                       Jueza

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2023749357 ).

Que en el proceso disciplinario notarial N° 17-000971-0627-NO, de Alberto Vidal Brenes Picado contra Helmer Enrique Calvo Gutiérrez, (cédula de identidad 0304000842), este Juzgado mediante resolución de las quince horas treinta minutos del trece de marzo de dos mil veintitrés, dispuso imponerle al citado notario (a) la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, tome nota la Dirección Nacional de Notariado para lo que corresponda. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Juzgado Notarial. De conformidad con la circular N°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

                             Licda. Derling Edith Talavera Polanco

                                                       Jueza

1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2023749358 ).

Que en el proceso disciplinario notarial N°15-000781-0627-NO, de Andrea de los Ángeles Chaves Solano contra Patricia Eugenia Quesada Sandoval, (cédula de identidad 0303250714), este Juzgado mediante sentencia en firme N° 2023000159 de las diez horas cuarenta y cinco minutos del diez de marzo de dos mil veintitrés, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, en el entendido de que dicha suspensión se mantendrá vigente hasta la inscripción final del testimonio correspondiente a la escritura que aquí interesa. Se hace notar que la sanción se mantendrá en el tiempo, hasta por un plazo máximo de diez años, pues su registración no puede exceder ese plazo, de conformidad con el voto 3484 de la Sala Constitucional de las doce horas del ocho de Julio del año mil novecientos noventa y cuatro, tome nota la Dirección Nacional de Notariado para lo que corresponda. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

                             Licda. Derling Edith Talavera Polanco

                                                       Jueza

1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2023749359 ).

Que en el proceso disciplinario notarial N° 14-000730-0627-NO, de Omar Novoa Calderón contra Raúl Escalante Soto, cédula de identidad N° 0106510021, este Juzgado mediante sentencia en firme N° 2023000154 de las ocho horas treinta minutos del nueve de marzo de dos mil veintitrés, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, en el entendido de que dicha suspensión se mantendrá vigente hasta la inscripción final del testimonio correspondiente a la escritura que aquí interesa. Se hace notar que la sanción se mantendrá en el tiempo, hasta por un plazo máximo de diez años, pues su registración no puede exceder ese plazo, de conformidad con el Voto N° 3484 de la Sala Constitucional de las doce horas del ocho de julio del año mil novecientos noventa y cuatro, tome nota la Dirección Nacional de Notariado para lo que corresponda. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

                             Licda. Derling Edith Talavera Polanco

                                                       Jueza

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2023749360 ).

A: Juan Vicente Gerardo Durán Víquez, mayor, al notario, cédula de identidad número 0203480586, de demás calidades ignoradas, que en proceso disciplinario notarial número 22-000401-0627-NO establecido en su contra por Registro Inmobiliario Del Registro Nacional, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. A las nueve horas diecisiete minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés. En razón de que han sido fallidos los intentos por notificarle al Licenciado Juan Vicente Gerardo Durán Víquez, cédula de identidad 0203480586, la resolución dictada a las ocho horas siete minutos del dieciséis de junio de dos mil veintidós, en las direcciones que reportó ante la Dirección Nacional de Notariado (ver acta notificación de fecha 22 de julio del 2022), como tampoco en su último domicilio registral brindado al Registro Civil (ver actas de notificación de fecha 31 de octubre del 2022 y 15 de noviembre del 2023); y en virtud de que carece de apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (ver consulta en el expediente electrónico de fecha 24 de marzo del 2023), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle la citada resolución así como también la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber a la parte que aquí se ordena notificar, que los hechos que se le atribuyen son “Que el documento citas tomo 2022, asiento 268751, fue presentado al Diario de este Registro el día 18 abril del 2022, siendo que el día 09 de mayo del 2022 el registrador a cargo de la calificación en el ejercicio de las competencias que le han sido encomendada procedió a cancelar la presentación del documento de cita, en virtud de que al realizar la consulta en la base de datos de la Dirección Nacional de Notariado, logró determinar que al momento de otorgamiento de la escritura número cuatro visible al folio 03 frente del tomo XIII del notario Juan Vicente Durán Víquez, sea 08 de abril del 2020, el notario estaba inactivo, tal y como se constata del documento sometido a calificación y de la consulta en la base de datos de la Dirección Nacional de Notariado.” Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que atienda la defensa técnica de la parte accionada supra referida. Notifíquese. Licda. Derling Edith Talavera Polanco, Jueza. “y” Traslado de Cargos Juzgado Notarial, a las ocho horas siete minutos del dieciséis de junio de dos mil veintidós. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Registro Inmobiliario del Registro Nacional contra Juan Vicente Gerardo Durán Víquez, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días; dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que, dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como mínimo y dentro de los ya citados, podrá señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por la Dirección de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo, se le previene a cada parte, que, si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita, a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada, lo cual se hará por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José quienes podrán notificarle en su oficina ubicada en San José, San José, Uruca, del Puente Juan Pablo II, 200 metros al oeste y 150 metros al sur. Así mismo, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José para notificar a la Dirección Nacional de Notariado esta resolución, en el Costado Oeste del Mall San Pedro, Edificio Sigma 5to piso. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; y en caso de que se impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación con la entrega de la cédula correspondiente a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en La Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil. En caso de que el denunciado no sea habido en ninguna de las anteriores direcciones, hágase consulta vía intranet a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, a efecto hacer constar si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. Notifíquese. Lic. María Gloriela De La Trinidad Garro Fernández, Juez/a Decisor/a. Juez(a).” Se publicará por una vez en el Boletín Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia, el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

                             Licda. Derling Edith Talavera Polanco

                                                Jueza Decisora

1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2023749361 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Avisos

Se hace saber que en este Despacho se interpuso proceso de disolución y/o liquidación asociación de la Asociación Solidarista de Empleados de Calcetines Fieles, cédula jurídica 3002683383; tramitada bajo el expediente 23-000394-0505-LA. El acuerdo indica:

Acta asamblea general extraordinaria de ASOCALCEFIEL. Al ser las diecisiete horas del veinticinco de octubre de dos mil veintidós, da inicio la Asamblea General Extraordinaria de la Asociación Solidarista de Empleados de Calcetines Fieles S.A., con siglas ASOCALCEFIEL, titular de la cédula de persona jurídica número tres cero cero dos seiscientos ochenta y tres mil trescientos ochenta y tres, celebrada en las oficinas de la empresa. ubicadas en Heredia, Santo Domingo, cumpliendo con los Estatutos de la Asociación Solidarista de ASOCALCEFIEL. Dicha Asamblea fue convocada conforme a la Ley y a los Estatutos de la Asociación. al no cumplirse con el quórum de Ley a las dieciséis horas. se dio inicio en segunda convocatoria con los asociados presentes a las diecisiete horas con los asociados presentes. El señor Ronald Armando Aguilar Guadamuz, como Presidente de la Junta Directiva. es el encargado de abrir la Asamblea y dar la bienvenida a todos los presentes, fungiendo el mismo como Presidente de la Asamblea y Mario Enrique Odio Herrera como Secretario de la Asamblea. Artículo primero: el presidente Rónald Armando Aguilar Guadamuz procede a realizar la apertura de la asamblea, recordando el motivo por los cuales los tienen reunidos. Artículo segundo: el presidente hace alusión a la situación ya conocida por todos, con respecto a que, el patrono seguirá cancelando anualmente la cesantía a sus colaboradores, por lo que le es imposible continuar existiendo, ya que, con solo el ahorro, no podría sufragar ni los gastos operativos de la Asociación. Por tal motivo se propone la disolución y futura liquidación de la Asociación, propuesta que es aprobada por unanimidad de los asociados presentes. Artículo tercero: se propone comisionar a la señora tesorera y a la señora contadora para que realice los registros contables necesarios para la futura liquidación de la asociación, así como comisionar al señor Gustavo Infante Meléndez, para que proceda a protocolizar esta acta de ser necesario y a encargarse de la parte legal de la disolución y liquidación de la asociación, ante las autoridades pertinentes, propuesta que es aprobada por unanimidad de los asociados presentes. Asimismo, se informa que no hay ningún tipo de créditos que recuperar, pues la asociación llegó a un arreglo con todos sus deudores, además indica que no tiene ningún tipo de deuda. Además. destaca el proceso exitoso que ha tenido con el pago a sus asociados del ahorro obrero, devolución del aporte patronal, devolución de ahorros extraordinarios, para aquellos asociados que habían optado por este tipo de ahorros y los excedentes respectivos, previa retención del impuesto de la renta para este último rubro. Además. se hace énfasis en la importancia que tiene la devolución del aporte patronal, en tanto este es un adelanto de auxilio de cesantía. Artículo cuarto: se indica que los estados financieros fueron debidamente corroborados por la contabilidad, indicando la veracidad de la información financiera. Artículo quinto: se somete a votación para ratificar todas las actuaciones de la Junta Directiva, aprobándose por unanimidad de los votos presentes, todo lo actuado. Artículo sexto: tomando que el patrono seguirá cancelando anualmente la cesantía a sus colaboradores, por lo que le es imposible continuar existiendo, ya que. con solo el ahorro no podría sufragar ni los gastos operativos de la Asociación, con base en el inciso ch) del artículo 56 de la Ley de Asociaciones Solidaristas, Ley 6970, se propone que se disuelva la Asociación Solidarista. Una vez analizada la propuesta, se acuerda por unanimidad de los presentes disolver la Asociación Solidarista de Empleados de Calcetines Fieles S.A., con siglas ASOCALCEFIEL, a partir del 30 de noviembre de 2022. Acuerdo en firme. Artículo sétimo: queda autorizado el Presidente por acuerdo unánime de los presentes, para realizar el pago de las últimas obligaciones económicas que deba cancelar la Asociación y el cobro de cualquier acreencia a su favor. También se le autoriza a coordinar con la empresa el cuidado debido de todos los documentos de la organización. por el plazo de Ley. Artículo octavo: se comisiona al Presidente para que proceda ante las autoridades que corresponda a solicitar la desinscripción de la organización de sus registros: Superintendencia General de Entidades Financieras, Tributación Directa y al cierre de las cuentas bancarias que posea la organización, en el Sistema Bancario Nacional. Asimismo. a la presentación de declaración de renta de la parte proporcional del 2022 y el pago de las retenciones en la fuente de los excedentes distribuidos. Igualmente, se le comisiona para que realice la comunicación debida al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, del acuerdo de disolución y proceda dicha dependencia con el trámite correspondiente. Sin más asuntos que tratar y de conformidad se concluye al ser las dieciocho horas del mismo día. Nota: Publíquese este edicto dos veces en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con la circular N° 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Heredia, a las diez horas cincuenta y cinco minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintitrés.—Msc. Priscila Marín Leiva, Jueza Decisora.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023746336 ). 2 v. 2.

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de un millón ciento setenta y tres mil seiscientos treinta y tres colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: MOT 487116, marca: Bajaj, estilo: Pulsar 135 LS, categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas, serie: MD2A17CZ7GWD47267, carrocería: motocicleta, tracción: 2x2, año fabricación: 2016, vin: MD2A17CZ7GWD47267, cilindrada: 135 C.C. Para tal efecto, se señalan las ocho horas quince minutos del diecisiete de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas quince minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintitrés, con la base de ochocientos ochenta mil doscientos veinticuatro colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas quince minutos del cinco de junio de dos mil veintitrés, con la base de doscientos noventa y tres mil cuatrocientos ocho colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Wilbert Anthony Abarca Bonilla. Expediente N° 18-015055-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de febrero del año 2023.—Hellen Mora Salazar, Juez/a Decisor/a.—( IN2023756484 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones trescientos noventa y seis mil ochocientos cuarenta y cinco colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas: BNF209, Marca: Hyundai, Estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2012, color: rojo, Vin: KMHCT4AE1CU057161, cilindrada: 1600 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del veintidós de mayo del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del treinta de mayo del dos mil veintitrés, con la base de tres millones doscientos noventa y siete mil seiscientos treinta y tres colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del siete de junio del dos mil veintitrés con la base de un millón noventa y nueve mil doscientos once colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de INSTACREDIT S. A. contra José Johnny Ugalde Moya. Expediente N° 20-005847-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 28 de marzo del año 2023.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023756489 ).

En este Despacho, con una base de setecientos treinta y nueve mil doscientos treinta y dos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas número 742918, marca Hyundai, estilo Atos, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 1998, color azul, Vin KMHAC51FPWU091861, cilindrada 1000 c.c. Para tal efecto se señalan las nueve horas cincuenta minutos del quince de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cincuenta minutos del veintitrés de mayo de dos mil veintitrés con la base de quinientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos veintiséis colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cincuenta minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés con la base de ciento ochenta y cuatro mil ochocientos ocho colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Orlando Antonio Fernández Luna. Expediente N° 18-004986-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de marzo del 2023.—Yesenia Alicia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2023756493 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones novecientos sesenta mil doscientos setenta y cinco colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones o colisiones de la boleta 2017-242100903, sumaria 17-007137-0497-TR del Juzgado de Tránsito de Heredia; y de la boleta 201778800416, sumaria 17-001805-0607-TR del Juzgado de Tránsito de Puntarenas, denuncia penal tomo 2019, asiento 00073409, sec. 003, sumaria 2017-242100902, Fiscalía Adjunta de Heredia, traslado 2017-242100903; sáquese a remate el vehículo placa: BMW584, marca: Hyundai, estilo: Elantra, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2010, color: rojo, vin y chasis: KMHDU4AD8AU868221, número de motor: G4GC9640105, cilindrada: 200 C.C., marca: Hyundai, modelo: GLS, cilindros: 4. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del veintidós de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas treinta minutos del treinta de mayo de dos mil veintitrés, con la base de tres millones setecientos veinte mil doscientos seis colones con veinticinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas treinta minutos del siete de junio de dos mil veintitrés, con la base de un millón doscientos cuarenta mil sesenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Manfred Orfilio Hernández Guarin. Expediente N° 18-001840-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de febrero del año 2023.—Sirlene de los Ángeles Salazar Muñoz, Juez/a Decisor/a.—( IN2023756498 ).

En este Despacho, Con una base de dos millones novecientos cuarenta y seis mil doscientos cincuenta y seis colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo TSJ-2136. Marca: Hyundai; Estilo: Accent; capacidad: 5 personas; año: 2002; color: rojo; categoría: automóvil; carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback; Tracción: 4X2; Chasís: KMHCG51FP2U155862; N° Motor: G4EA2138401; cilindrada: 1500 c.c.; combustible: gasolina; cilindros: 04. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del dos de junio de dos mil veintitrés con la base de dos millones doscientos nueve mil seiscientos noventa y dos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del doce de junio de dos mil veintitrés con la base de setecientos treinta y seis mil quinientos sesenta y cuatro colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Mario Alberto Campos Salazar. Expediente:18-007149-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José. 23 de febrero del año 2023.—Geovanna Vega Benavides, Juez/a Decisor/a.—( IN2023756501 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones trescientos cuarenta y dos mil quinientos veintiún colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones bajo la sumaria 20-000805-0496-TR; sáquese a remate el vehículo placas N° CL 217224, Marca: Nissan, estilo: Frontier, Categoría: carga liviana, Capacidad: 5 personas, año: 2007, color: gris, tracción: 4X4. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del dieciséis de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés, con la base de cuatro millones seis mil ochocientos noventa colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del uno de junio de dos mil veintitrés, con la base de un millón trescientos treinta y cinco mil seiscientos treinta colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Luis Fernando Guzmán Gómez. Expediente número 20-005803-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 17 de marzo del 2023.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2023756511 ).

En este Despacho, con una base de seiscientos noventa y tres mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: 883414, Marca: Hyundai, Estilo: Accent, Categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, Serie: KMHCG51BPXU001908, carrocería: sedan 4 puertas tracción: 4x2 color: anaranjado. Para tal efecto se señalan las catorce horas quince minutos del treinta de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas quince minutos del siete de junio del dos mil veintitrés, con la base de quinientos diecinueve mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas quince minutos del quince de junio del dos mil veintitrés, con la base de ciento setenta y tres mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de INSTACREDIT S. A. contra Hugo Zeledón Herrera. Expediente N° 16-020916-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de marzo del año 2023.—Susana Cristina Mata Gómez, Juez/a Decisor/a.—( IN2023756526 ).

En este Despacho, con una base de un millón seiscientos cuarenta y seis mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BCN930, marca Hyundai, estilo Accent, categoría automóvil, carrocería sedan 4 puertas, chasis KMHCG41BPXU046770, capacidad 5 personas, año 1999, color dorado, combustible gasolina, cilindrada 1500 c.c. Para tal efecto se señalan las catorce horas quince minutos del treinta de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas quince minutos del siete de junio de dos mil veintitrés con la base de un millón doscientos treinta y cuatro mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos del quince de junio de dos mil veintitrés con la base de cuatrocientos once mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Katerine Mora Medrano. Expediente N° 15-028888-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de marzo del 2023.—Susana Cristina Mata Gómez, Jueza Decisora.—( IN2023756532 ).

En este Despacho, Con una base de diez millones novecientos cincuenta y nueve mil ciento sesenta y seis colones con veintinueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BSJ531. Para tal efecto se señalan las catorce horas quince minutos del seis de noviembre de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas quince minutos del catorce de noviembre de dos mil veintitrés con la base de ocho millones doscientos diecinueve mil trescientos setenta y cuatro colones con setenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos del veintidós de noviembre de dos mil veintitrés con la base de dos millones setecientos treinta y nueve mil setecientos noventa y un colones con cincuenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Anthony Emanuel Salazar Jiménez. Expediente:23-001632-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: catorce horas con cuarenta y seis minutos del dieciocho de abril del dos mil veintitrés.—Lic. Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023756559 ).

En este despacho, con una base de cuatro millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo c 145226. Marca: Freightliner estilo: FL70 categoría: carga pesada capacidad: 2 personas serie: 1FV6HLBC8YHG94114. Carrocería: plataforma tracción: 4x2 número chasis: 1FV6HLBC8YHG94114. Año fabricación: 2000. Color: blanco. VIN: 1FV6HLBC8YHG94114. N° motor: no visible. Para tal efecto se señalan las catorce horas quince minutos del veintidós de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas quince minutos del treinta de agosto de dos mil veintitrés con la base de tres millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos del siete de setiembre de dos mil veintitrés con la base de un millón de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Edwin Alberto Sánchez Cascante contra Ángel Francisco Oporta Arana, Jose Luis Oporta Arana. Expediente Nº 22-008520-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: trece horas con trece minutos del veintidós de marzo del dos mil veintitrés.—German Valverde Vindas, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023756565 ).

En este despacho, con una base de sesenta y cuatro millones quinientos setenta y ocho mil sesenta y dos colones con treinta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 333-04346-01-0904-001,condiciones ref:2066-408-032 citas: 333-04346-01-0905-001, servidumbre trasladada citas: 333-04346-01-0906-001, condiciones ref:2066-408-032 citas: 333-04346-01-0907-001, servidumbre trasladada citas: 333-04346-01-0908-001, condiciones ref:2066-408-032, citas: 333-04346-01-0909-001, servidumbre trasladada citas: 333-04346-01-0911-001, condiciones ref:2066-408-032 citas: 333-04346-01-0912-001, servidumbre trasladada citas: 397-06750-01-0801-001, servidumbre trasladada citas: 397-06750-01-0802-001, servidumbre trasladada citas: 397- 06750-01-0930-001, servidumbre trasladada citas: 397-06750-01-0931- 001, servidumbre trasladada citas: 397-06750-01-0932-001, practicado citas: 800-457492-01-0001-001 número de expediente 18- 000060-1113-la, practicado citas: 800-458550-01-0001-001 número de expediente 18-000061-1113-la, practicado citas: 800-505876-01-0001-001 número de expediente 17-000432-1113-la, practicado citas: 800- 586074-01-0001-001 número de expediente 17-000357-1113-la; sáquese a remate la finca del partido de la provincia de provincia: Alajuela finca: 316961 duplicado: horizontal:, derecho: 000, segregaciones: No hay, naturaleza: Terreno para construir con una casa de habitación, situada en el Distrito 3-San Rafael Cantón 8-Poas de la provincia de Alajuela, finca se encuentra en zona catastrada, linderos: Norte: Geiner Oviedo Arias, sur: José Joaquín ,Leonel, y Geiner todos Oviedo Arias, este: Geiner Oviedo Arias, oeste: calle publica con un frente de 55,13 metros, mide: Tres mil cuatrocientos cincuenta metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del veintitrés de octubre de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del treinta y uno de octubre de dos mil veintitrés con la base de cuarenta y ocho millones cuatrocientos treinta y tres mil quinientos cuarenta y seis colones con setenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del ocho de noviembre de dos mil veintitrés con la base de dieciséis millones ciento cuarenta y cuatro mil quinientos quince colones con sesenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Geiner Amado Del Socorro Oviedo Arias. Exp:23-001936-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: ocho horas con dieciocho minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintitrés.—Jazmín Núñez Alfaro, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023756570 ).

En este despacho, con una base de catorce millones cuatrocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando cuotas condominales que se adeudan (hipoteca legal); sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 60839-F, derecho cero cero cero, la cual es terreno finca filial ciento treinta-C apta para construir destinada a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 10. Desamparados, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, finca filial 131-C; al sur finca filial 129-C; al este, área común libre destinada a acceso vehicular y al oeste, finca filial 138-C. Mide: Ciento cincuenta y seis metros con sesenta y un decímetros cuadrados plano: A-1209492-2008. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del dieciséis de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés, con la base de diez millones ochocientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del uno de junio de dos mil veintitrés, con la base de tres millones seiscientos mil colones exactos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Residencial Agua Clara contra Jorge Saúl Durán Acuña. Expediente Nº 16-004543-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de abril del año 2023.—Jessica Viviana Vargas Barboza, Jueza Tramitadora.—( IN2023756579 ).

En este Despacho, con una base de tres millones sesenta y cinco mil ochocientos ochenta y ocho colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BMF639, marca Volkswagen, estilo Jetta GLS, categoría automóvil, año 2004, color azul, vin 3VWSA69M14M029733, cilindrada 2000 c.c. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del diecisiete de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintitrés con la base de dos millones doscientos noventa y nueve mil cuatrocientos dieciséis colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del cinco de junio de dos mil veintitrés con la base de setecientos sesenta y seis mil cuatrocientos setenta y dos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S.A., contra Anthony Alexander Arroyo Thomas. Expediente 18-004353-1044-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de febrero del año 2023.—Yessenia Brenes González, Juez/a Decisor/a.—( IN2023756581 ).

En este despacho, para el primer remate: se señalan las ocho horas cero minutos del ocho de setiembre de dos mil veintitrés, para que con una base de  ochenta y un millones ochocientos treinta y cuatro mil quinientos nueve colones con noventa y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 328-03256-01-0901-001; sáquese a remate la primera finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento trece mil novecientos trece, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 35 situada en el distrito: 4-Bahia Ballena cantón 5-Osa de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, resto destinado a calle pública; sur, lote 29 este, lote 36 oeste, lote 34. Mide: Doce mil ciento dos metros con seis decímetros cuadrados. Así mismo, con una base de cincuenta y seis millones trescientos setenta mil novecientos cincuenta y cinco colones con cincuenta y  dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 342-08634-01-0002-001, reservas y restricciones citas: 398-09930-01-0800-001; sáquese a remate la segunda finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento setenta y cuatro mil quinientos noventa y siete, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir situada en el distrito: 5-Paquera cantón 1-Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, Samuel Varela Miranda; sur, Félix Herra Alfaro; este, Eustaquio Gómez Gómez; oeste, calle pública. Mide: Quinientos setenta y cuatro metros cuadrados. segundo remate: de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del diecinueve de setiembre de dos mil veintitrés la primera finca con la base de sesenta y un millones trescientos setenta y cinco mil ochocientos ochenta y dos colones con cuarenta y ocho céntimos (75% de la base original), y la segunda finca con la base de cuarenta y dos millones doscientos setenta y ocho mil. Expediente Nº 22-002193-1201-CJ doscientos dieciséis colones con sesenta y cuatro céntimos (75% de la base original) (para la segunda finca). tercer remate: y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veintiocho de setiembre de dos mil veintitrés la primer finca con la base de veinte millones cuatrocientos cincuenta y ocho mil seiscientos veintisiete colones con cuarenta y nueve céntimos (25% de la base original) y la segunda finca con la base de catorce millones noventa y dos mil setecientos treinta y ocho colones con ochenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la Subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Karlos Fred Chan Araya. Expediente Nº 22-002193-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, hora y fecha de emisión: siete horas con treinta y cinco minutos del veintiuno de abril del dos mil veintitrés.—Lic. Ronny Daniel Flores Oviedo, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023756585 ).

En este Despacho, con una base de novecientos cincuenta y dos mil ochocientos sesenta y un colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: MOT 624957, marca: Katana, estilo: SMX, año fabricación: 2018, tracción 2x2, color: negro, serie, chasís y VIN N° LKXYCML45J0003515, N° motor: AD163FMLJ0066693, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintinueve de mayo de dos mil veintitrés, con la base de setecientos catorce mil seiscientos cuarenta y cinco colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del seis de junio de dos mil veintitrés, con la base de doscientos treinta y ocho mil doscientos quince colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Jordan Flores Guevara. Expediente N° 18-017260-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de febrero del 2023.—Isabel Cristina Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2023756614 ).

En este Despacho, con una única base de treinta y nueve millones ochocientos veintiséis mil ochenta y ocho colones (¢39.826.088,00), sáquese a remate la finca inscrita en el Partido de Cartago, Matrícula folio real 232491 derechos 001 y 002, soportando Servidumbre de Aguas Pluviales bajo citas 2011-00109899-01-0035-001, Hipoteca bajo citas 2011-00282965-01-0002-001, y el derecho 001 soporta además Practicado citas 0800-00692974-01- 0001-001, para lo cual se señalan las once horas del seis de junio del dos mil veintitrés. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Ana Yensi Salazar Solano contra Jaime José Gómez Vargas. Expediente Nº 21-000775-0640-CI.—Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil de Cartago, Hora y fecha de emisión: quince horas con cincuenta y uno minutos del diecinueve de abril del dos mil veintitrés.—Mileidy María Calvo Quesada, Guillermo Ortega Monge, Santiago Ugalde Castillo, Jueces Decisores.—( IN2023756650 ).

En este Despacho, con una base de siete millones seiscientos setenta y ocho mil novecientos trece colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BBC978, Marca: Hyundai, Estilo: Tucson GLS, Categoría: Automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: KMHJU81BDCU393685, Carrocería: Todo terreno 4 puertas, Tracción: 4x4, Número Chasis: KMHJU81BDCU393685, Año Fabricación: 2012, Color: Plateado, Vin: KMHJU81BDCU393685, N° Motor: G4KDBU546625, cilindrada: 2000 c. c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del ocho de junio de dos mil veintitrés con la base de cinco millones setecientos cincuenta y nueve mil ciento ochenta y cuatro colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciséis de junio de dos mil veintitrés con la base de un millón novecientos diecinueve mil setecientos veintiocho colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Jorge Josué Gutiérrez Martínez. Expediente N° 21-002934-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro De Cartago, 22 de marzo del año 2023.—Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2023756666 ).

En este Despacho, con una base de tres millones doscientos diecinueve mil novecientos tres colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BKS784, Marca: Hyundai, Estilo: Accent, capacidad: 5 personas, año:2002, color: blanco, Vin: KMHCG51FP2U159809, N. Motor: no legible, cilindrada: 1500 c.c combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del ocho de junio de dos mil veintitrés con la base de dos millones cuatrocientos catorce mil novecientos veintisiete colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del dieciséis de junio de dos mil veintitrés con la base de ochocientos cuatro mil novecientos setenta y cinco colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Mauricio Alberto Abarca Mora. Exp:18-008818-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago. 23 de marzo del año 2023.—Licda. Sabina Hidalgo Ruiz, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023756675 ).

En este Despacho, con una base de un millón novecientos cuarenta y un mil novecientos sesenta y un colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: MOT 509846, marca: K.T.M., estilo: Duke, categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas, carrocería: motocicleta, tracción: 2x2, año fabricación: 2015, color: blanco, número serie, chasis y VIN: VBKJUC40XFC044422, cilindrada: 200 c.c, cilindros: 1, potencia: 26 KW, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos del treinta de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del siete de junio de dos mil veintitrés, con la base de un millón cuatrocientos cincuenta y seis mil cuatrocientos setenta colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del quince de junio de dos mil veintitrés, con la base de cuatrocientos ochenta y cinco mil cuatrocientos noventa colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Yorlene Soto García. Expediente N° 18-001865-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de febrero del 2023.—Isabel Cristina Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2023756680 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones veinte mil quinientos ocho colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo el vehículo Placa: BML625, Marca: Nissan, Estilo: Versa SV, Categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 Puertas, tracción: 4x2, año fabricación: 2012, color: gris, número chasis, serie y Vin: 3N1CN7AP0CL856492, cilindrada: 1600 c.c., cilindros: 4, potencia: 87 KW, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas quince minutos del treinta de mayo del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas quince minutos del siete de junio de dos mil veintitrés con la base de tres millones quince mil trescientos ochenta y un colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas quince minutos del quince de junio de dos mil veintitrés, con la base de un millón cinco mil ciento veintisiete colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Prendaria de Instacredit S. A. contra Steven Jose Zamora Solera. Expediente N° 19-016311-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de febrero del año 2023.—Isabel Cristina Castillo Navarro, Juez/a Decisor/a.—( IN2023756682 ).

En este Despacho, con una base de dos millones trescientos seis mil ciento sesenta y tres colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: GB-002208, Marca: Hyundai, Estilo: Starex, Categoría: Microbús, Capacidad: 12 personas, Tracción: 4x2, Año: 2005, Color: Blanco, Vin: KMJWWH7HP5U648657, N° Motor: D4BH4054570, Cilindrada 2500 c.c., Combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del siete de junio de dos mil veintitrés con la base de un millón setecientos veintinueve mil seiscientos veintidós colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del quince de junio de dos mil veintitrés con la base de quinientos setenta y seis mil quinientos cuarenta colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Luis Antonio Torres Quirós. Expediente N° 20-002081-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: catorce horas con dieciocho minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintitrés.—Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2023756685 ).

En este Despacho, con una base de un millón cuatrocientos cuarenta y cinco mil trescientos diez colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: MOT 658577, marca: Freedom, estilo: Rider EVO 200, Categoría: motocicleta, Capacidad: 2 personas, carrocería: motocicleta, tracción: 2x2, año fabricación: 2018, color: rojo, número chasis, serie y Vin: FR3PCMGD6JA000174, cilindrada: 198 c.c., cilindros: 1, potencia: 12 KW, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del treinta de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del siete de junio de dos mil veintitrés, con la base de un millón ochenta y tres mil novecientos ochenta y dos colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del quince de junio de dos mil veintitrés, con la base de trescientos sesenta y un mil trescientos veintisiete colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Mario José Mora Montano. Expediente N° 19-012309-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de febrero del 2023.—Isabel Cristina Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2023756689 ).

En este Despacho, con una base de quinientos treinta y nueve mil ciento setenta y ocho colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BGJ040, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año 2000, color gris, VIN: KMHCG41BPYU121588, cilindrada 1500 C.C., combustible gasolina, motor N° G4FKY767447. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del treinta de mayo del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del siete de junio dos mil veintitrés, con la base de cuatrocientos cuatro mil trescientos ochenta y tres colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del quince de junio del dos mil veintitrés, con la base de ciento treinta y cuatro mil setecientos noventa y cuatro colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Sergio Denis Guevara Rodríguez. Expediente N° 19-000192-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de emisión: diez horas con treinta y tres minutos del veinticuatro de marzo del dos mil veintitrés.—Rolando Valverde Calvo, Juez.—( IN2023756697 ).

En este Despacho, con una base de dos millones doscientos catorce mil novecientos setenta y dos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: 874247, marca: Toyota, estilo: Corolla, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2005, color: blanco, vin: 1NXBR32EX5Z478429, N° motor: 1ZZ6151068, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de mayo de dos mil veintitrés, con la base de un millón seiscientos sesenta y un mil doscientos veintinueve colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del seis de junio de dos mil veintitrés, con la base de quinientos cincuenta y tres mil setecientos cuarenta y tres colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Julio Abelardo Quesada Pleites. Expediente N° 19-009763-1044-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de febrero del año 2023.—Yessenia Brenes González, Juez/a Decisor/a.—( IN2023756700 ).

En este Despacho, con una base de siete millones doscientos cuarenta y ocho mil ochocientos veintisiete colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BRD600, Marca: Hyundai, estilo: Accent, chasís: KMHCT4AE7FU880505, año: 2015, color: plateado, tracción: 4x2. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del treinta de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del siete de junio de dos mil veintitrés, con la base de cinco millones cuatrocientos treinta y seis mil seiscientos veinte colones con veinticinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del quince de junio de dos mil veintitrés, con la base de un millón ochocientos doce mil doscientos seis colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Gabriela Virginia Chacón Araya. Expediente N° 20-000786-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de marzo del año 2023.—Lic. Verny Gustavo Arias Vega, Juez Tramitador.—( IN2023756703 ).

En este Despacho, Con una base de dieciséis mil novecientos dólares con cincuenta y dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BPH036, Marca: BYD, Estilo: S1, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, Serie: LC0C14DF7J0016588, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x2, año fabricación: 2018, color: blanco. Para tal efecto se señalan las siete horas cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas cuarenta y cinco minutos del nueve de agosto de dos mil veintitrés con la base de doce mil seiscientos setenta y cinco dólares con treinta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintitrés con la base de cuatro mil doscientos veinticinco dólares con trece centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos S.A contra Natercia María Da Costa Leite. Expediente:20-014382-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: ocho horas con veintiséis minutos del veintiuno de noviembre del dos mil veintidós.—Lic. Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023756711 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones quinientos tres mil ciento noventa y cuatro colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BGH046, marca: Kia, estilo: Picanto, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, tracción: 4X2, año fabricación: 2015, color: gris, vin: KNABE512AFT784805, cilindrada:1248 c.c. Para tal efecto se señalan las quince horas quince minutos del treinta de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas quince minutos del siete de junio de dos mil veintitrés con la base de tres millones trescientos setenta y siete mil trescientos noventa y cinco colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas quince minutos del quince de junio de dos mil veintitrés con la base de un millón ciento veinticinco mil setecientos noventa y ocho colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Raquel Legrand Caamaño. Expediente 20-003157-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de febrero del año 2023.—Hellen Mora Salazar, Juez/a Decisor/a.—( IN2023756712 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones novecientos veintinueve mil cuatrocientos cuarenta y siete colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas número 766453, Marca: Volkswagen, Estilo: Jetta, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas. Año 2009. Color: gris, Vin: 3VWYV49M69M612129. Cilindrada: 1984 c.c. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del treinta de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del siete de junio de dos mil veintitrés, con la base de cuatro millones cuatrocientos cuarenta y siete mil ochenta y cinco colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del quince de junio de dos mil veintitrés, con la base de un millón cuatrocientos ochenta y dos mil trescientos sesenta y un colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Kenlis Esquibel Núñez Núñez. Exp:18-008208-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José. 21 de febrero del año 2023.—Hellen Mora Salazar, Jueza Decisora.—( IN2023756717 ).

En este despacho, con una base de ochocientos dieciséis mil quinientos ochenta y nueve colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas MOT497578, marca Fórmula, estilo XRF 1 200, categoría motocicleta. capacidad 2 personas, año 2016, color negro, Vin LZL20Y20XGHD40057, cilindrada 200 cc. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del treinta de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del siete de junio de dos mil veintitrés con la base de seiscientos doce mil cuatrocientos cuarenta y un colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del quince de junio de dos mil veintitrés con la base de doscientos cuatro mil ciento cuarenta y siete colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Ariel Yaustin Ulloa Garro. Expediente 18-002741-1044-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de febrero del año 2023.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza Decisora.—( IN2023756718 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones novecientos diez mil seiscientos sesenta y un colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa BJS803, Marca Hyundai, Estilo Accent GLS, capacidad 5 personas, año 2008, cilindrada 1600. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del treinta de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del siete de junio de dos mil veintitrés con la base de tres millones seiscientos ochenta y dos mil novecientos noventa y cinco colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del quince de junio de dos mil veintitrés con la base de un millón doscientos veintisiete mil seiscientos sesenta y cinco colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Allan Gerardo Jenkins Orozco. Expediente Nº 17-016964-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de febrero del año 2023.—Hellen Mora Salazar, Jueza Decisora.—( IN2023756721 ).

En este Despacho, con una base de trece millones novecientos dos mil treinta y siete colones con setenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 295070, derecho 000, la cual es terreno con una casa, lote 94. Situada en el distrito 5-Guácima, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 59 del Banco Popular y Desarrollo Comunal; al este, lote 93 del Banco Popular y Desarrollo Comunal; y al oeste, lote 95 del Banco Popular y Desarrollo Comunal. Mide: ciento sesenta metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de octubre de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de octubre de dos mil veintitrés con la base de diez millones cuatrocientos veintiséis mil quinientos veintiocho colones con treinta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas cuarenta y cinco minutos del uno de noviembre de dos mil veintitrés con la base de tres millones cuatrocientos setenta y cinco mil quinientos nueve colones con cuarenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Jason Gabriel Acevedo Esquivel. Expediente N° 19-006058-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: once horas con cuarenta y seis minutos del quince de marzo del dos mil veintitrés.—Antonio Céspedes Ortiz, Juez Tramitador.—( IN2023756722 ).

En este Despacho, con una base de quince millones trescientos setenta y siete mil cuatrocientos cincuenta y dos colones con setenta y un céntimos, soportando servidumbre trasladada citas: 324-01049-01-0903-001 y servidumbre de paso citas: 441-16729-01-0002-001, sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 185844-001 y 004, la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el Distrito: 07-Tuis, Cantón: 05-Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte Guillermo Cordero Cordero y Cecilia Quirós Quesada; al sur servidumbre de paso con frente de 15,15 mts; al este Guillermo Cordero Cordero y Cecilia Quirós Quesada y al oeste Guillermo Cordero Cordero y Cecilia Quirós Quesada. Mide: ciento ochenta y cuatro metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintiséis de mayo de dos mil veintitrés, con la base de once millones quinientos treinta y tres mil ochenta y nueve colones con cincuenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del cinco de junio de dos mil veintitrés, con la base de tres millones ochocientos cuarenta y cuatro mil trescientos sesenta y tres colones con dieciocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Viviana Mayela Martines Gutiérrez, Yendy Sileny Solano Calvo. Exp:21-003525-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago. 08 de marzo del año 2023.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Tramitador.—( IN2023756724 ).

En este Despacho, con una base de un millón cuatrocientos noventa y un mil novecientos diez colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa MOT-651949, Marca: Freedom, categoría: Motocicleta, Serie: FR3PCMGD9JA000119, capacidad: 2 personas, año: 2018, color: blanca, N. Motor: 165MLJ1004648, cilindrada: 198 c.c, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del ocho de junio de dos mil veintitrés con la base de un millón ciento dieciocho mil novecientos treinta y dos colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del dieciséis de junio de dos mil veintitrés con la base de trescientos setenta y dos mil novecientos setenta y siete colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Edgar Alexander Mendoza García. Expediente:19-010479-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago. 23 de marzo del año 2023.—Sabina Hidalgo Ruiz, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023756725 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones novecientos cuarenta y ocho mil setecientos treinta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa 572748, marca: Daihatsu, estilo: Terios, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: JDAJ102G000559374, color: plateado, vin: JDAJ102G000559374, N. motor: 1266698, cilindrada: 1298 c.c. Para tal efecto se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del ocho de junio de dos mil veintitrés con la base de tres millones setecientos once mil quinientos cuarenta y siete colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de junio de dos mil veintitrés con la base de un millón doscientos treinta y siete mil ciento ochenta y dos colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Félix Antonio Espinoza García, expediente 17-003299-1044-CJ. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de febrero del año 2023.—Ximena Lucía Jiménez Soto, Juez/a Decisor/a.—( IN2023756730 ).

En este Despacho, Con una base de trescientos mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número setenta y dos mil quinientos sesenta y uno, derecho 001 y 002, la cual es terreno de plátano y frutales. Situada en el distrito Cahuita, cantón Talamanca, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Ricardo Wray Drummonds; al sur, calle publica con 73 metros con 25 centímetros de frente; al este Alphaeus Cuchanan Palmer, y al oeste, Dexter Lewis Beckford. Mide: nueve mil novecientos sesenta y tres metros con noventa y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veintiocho de agosto del dos mil veintitrés, con la base de doscientos veinticinco mil dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del cinco de setiembre del dos mil veintitrés, con la base de setenta y cinco mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Zambia-Limonal Sociedad Anónima contra Asia Leeds, Troyd Dunkley. Expediente N° 23-001298-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 18 de abril del año 2023.—Nelson Gerardo Rodríguez Morales, Juez/a Decisor/a.—( IN2023756733 ).

En este Despacho, con una base de un millón trescientos sesenta mil quinientos cincuenta y cinco colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MOT-657890. Marca: Katana, Estilo: SMX, Categoría: Motocicleta, Capacidad: 2 personas, año fabricación: 2018, color: blanco, Vin: LKXYCML48J0013505 y cilindrada: 197 c.c. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del ocho de junio de dos mil veintitrés, con la base de un millón veinte mil cuatrocientos dieciséis colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del diecinueve de junio de dos mil veintitrés, con la base de trescientos cuarenta mil ciento treinta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Johnny Eduardo Aguilar Barrantes. Expediente Nº 20-000348-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de febrero del año 2023.—Ximena Lucía Jimenez Soto, Jueza Decisora.—( IN2023756737 ).

En este Despacho, con una base de dos millones novecientos ochenta y dos mil ochenta y tres colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa SJB-17760, cuya placa anterior era BDW871, Marca: Kia, Estilo: Pregio GS, Categoría: Microbús, Capacidad: 15 personas, Año Fabricación: 2005, Color: Blanco, Número de Chasis: KNHTS732257167222, Cilindrada: 2957 c.c.. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del ocho de junio de dos mil veintitrés con la base de dos millones doscientos treinta y seis mil quinientos sesenta y dos colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del diecinueve de junio de dos mil veintitrés con la base de setecientos cuarenta y cinco mil quinientos veinte colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Walkiria Lucía Herrera Silva. Expediente N° 20-020092-1044-CJ. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de febrero del año 2023.—Ricardo Barrantes López, Juez Decisor.—( IN2023756756 ).

En este Despacho, con una base de ciento ocho mil cuatrocientos cuatro dólares con cincuenta y nueve centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas: 314-09638-01-0905-001 obligaciones ref:2609 579 004, servidumbre de acueducto y de paso de A y A citas: 325-09297-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 262576-000, derecho 000, la cual es terreno con 1 casa. Situada en el Distrito 9-Pavas, Cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte Urbanización Rohmoser S A; al sur calle pública; al este Luigi Saviano Calazzo y al oeste Mary Quintero Duran. Mide: trescientos setenta y un metros con sesenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del ocho de junio de dos mil veintitrés con la base de ochenta y un mil trescientos tres dólares con cuarenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del diecinueve de junio de dos mil veintitrés con la base de veintisiete mil ciento un dólares con catorce centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores R.L. contra Golfo Del Poeti Sociedad Anónima, Simone Maranini Na. Exp:20-012656-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José. 24 de febrero del año 2023.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Juez/a Decisor/a.—( IN2023757096 ).

En este Despacho, con una base de un millón ciento sesenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: MOT 529473, marca: United Motors, estilo: Xtreet 180, categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas, color: anaranjado, año fabricación: 2016. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos (01:30 p.m.) del treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos (01:30 p.m.) del ocho de junio de dos mil veintitrés, con la base de ochocientos setenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos (01:30 p.m.) del dieciséis de junio de dos mil veintitrés, con la base de doscientos noventa mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Hainer Andrés Quirós Cascante. Expediente N° 19-006446-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 23 de marzo del año 2023.—Licda. Sabina Hidalgo Ruiz, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023757168 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta mil quinientos ochenta y cinco dólares con noventa y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa RLM558, marca: Land Rover, estilo: Range Rover Sport, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2015, color: rojo, vin: SALWA2FF9FA509241 y cilindrada: 3000 c.c. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos del veinte de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del uno de agosto de dos mil veintitrés con la base de treinta mil cuatrocientos treinta y nueve dólares con cuarenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del nueve de agosto de dos mil veintitrés con la base de diez mil ciento cuarenta y seis dólares con cuarenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A., contra Italo Javier Malca Reategui, expediente 23-002548-1044-CJ. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 31 de marzo del año 2023.—Ximena Lucía Jiménez Soto, Juez/a Decisor/a.—( IN2023757236 ).

En este Despacho, con una base de siete mil dólares con cuarenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: JHM079, Marca: Nissan, Estilo: TIIDA, Categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2016, color: dorado, motor número: HR16882250H, cilindrada: 1598 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del seis de junio del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del catorce de junio del dos mil veintitrés, con la base de cinco mil doscientos cincuenta dólares con treinta y seis centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintidós de junio del dos mil veintitrés, con la base de mil setecientos cincuenta dólares con doce centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ Sociedad Anónima contra Grethel Patricia Solano Rivera, Jeffry José Herrera Morales Expediente N° 20-008352-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de abril del año 2023.—Jessica Viviana Vargas Barboza, Jueza Tramitadora.—( IN2023757237 ).

En este despacho, con una base de un millón novecientos veinticinco mil colones exactos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas:
N° 470065, Marca: Peugeot, Categoría: automóvil, Vin: VF32AKFWU2W017000, Capacidad: 5 personas, año: 2002, col. Para tal efecto se señalan las diez horas quince minutos del treinta de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas quince minutos del siete de junio de dos mil veintitrés, con la base de un millón cuatrocientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del quince de junio de dos mil veintitrés, con la base de cuatrocientos ochenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Diego Esteban Paniagua Meneses. Expediente Nº 16-007782-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de febrero del año 2023.—Hellen Mora Salazar, Juez Decisor.—( IN2023757493 ).

En este Despacho, con una base de un millón seiscientos doce mil ciento ocho colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BKL111, marca: Hyundai, estilo: Elantra, capacidad: 5 personas, año: 2000, color: rojo, cilindra. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del treinta de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del siete de junio de dos mil veintitrés, con la base de un millón doscientos nueve mil ochenta y un colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del quince de junio de dos mil veintitrés, con la base de cuatrocientos tres mil veintisiete colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Gerardo Enrique de los Ángeles Madrigal Chavarría. Expediente N° 17-016997-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de febrero del año 2023.—Hellen Mora Salazar, Juez/a Decisor/a.—( IN2023757496 ).

En este despacho, con una base de sesenta y cinco millones dos cientos ochenta y seis colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número nueve ocho cuatro nueve tres, derechos cero cero uno, cero cero cuatro, cero cero seis y cero cero nueve, la cual es terreno inculto.- Situada en el distrito San Ramón, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela.- Colinda: al norte, Emilio Picado y otro; al sur, Julio Zamora; al este, Ángel Duran Zamora y al oeste, calle pública y otro.- Mide: Doscientos ochenta y nueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas del veintisiete de julio del año dos mil veintitrés. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Juan Diego Ulate Fernández contra Beleida María Ulate Fernández, Raquel Ulate Sandino. Expediente Nº 21-000061-1627-CI.—Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 28 de marzo del año 2023.—Msc. Carlos Eduardo González Mora, Juez.—( IN2023757540 ).

En este Despacho, con una base de seis millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 351-06925-01-0903-001, plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 2010-51729-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 109118, derecho 000, la cual es terreno agricultura. Situada: en el distrito: 05-Santa Rosa, cantón: 07-Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, María de Los Ángeles Obando Soto; al sur, Maylin Quesada Obando; al este, calle a San Pablo, y al oeste, Maylin Quesada Obando. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas treinta minutos del ocho de junio de dos mil veintitrés, con la base de cuatro millones novecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas treinta minutos del dieciséis de junio de dos mil veintitrés, con la base de un millón seiscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de MUCAP contra José Aníbal Quesada Serrano, Xinia Ester Obando Soto. Expediente21-011340-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 24 de marzo del año 2023.—Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2023757541 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 285856, derecho 001/ 002, la cual es terreno para construir hoy con una casa de habitación.- Situada en el distrito 1-San Pedro, cantón 15-Montes De Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle publica con 11,30mts; al sur, Kodmos S. A.; al este,, Kotmos S. A. y al oeste Kodmos S. A..- Mide: ciento setenta y cinco metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del treinta de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del siete de junio de dos mil veintitrés con la base de cuarenta y un millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del quince de junio de dos mil veintitrés con la base de trece millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro Y Préstamo contra Claudia Patricia Delgado López, Marco Antonio de Los Ángeles Delgado Picado Exp:19-012544-1044-CJ Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de abril del año 2023.—María Karina Zúñiga Cruz, Jueza Decisora.—( IN2023757628 ).

En este Despacho, con una base de veintisiete millones de colones exactos, soportando reservas y restricciones citas: 300-06973-01-0901-001 e hipoteca legal Ley N° 9428 citas: 2022-361584-01-3103-001, sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 200127, derecho 000, la cual es terreno lote 8, potrero. Situada: en el distrito: 09-Tamarindo, cantón: 03-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Fiduciaria Nacional Finacio S. A.; al sur, Fiduciaria Nacional Finacio S. A.; al este, calle pública con 19.32 metros, y al oeste, Fiduciaria Nacional Finacio S. A. Mide: mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del quince de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del veintitrés de mayo de dos mil veintitrés, con la base de veinte millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra H.J.J de Santa Cruz S.A. Expediente N° 17-005868-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 02 de marzo del año 2023.—Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2023757774 ).

En este Despacho, con una base de un millón ciento treinta y dos mil ciento noventa y nueve colones con cincuenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BJK863, marca Suzuki, estilo Grand Vitara, categoría automóvil, capacidad 5 personas, carrocería Todo Terreno 4 puertas, Tracción 4X2, año fabricación 2016, Color verde, Vin JS3TE04V9G4101899, número motor J24B1291647 Cilindrada: 2393 C.C. Combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas cuarenta minutos del veintinueve de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta minutos del siete de julio de dos mil veintitrés con la base de ochocientos cuarenta y nueve mil ciento cuarenta y nueve colones con sesenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta minutos del diecisiete de julio de dos mil veintitrés con la base de doscientos ochenta y tres mil cuarenta y nueve colones con ochenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Idania María Sandoval Jiménez, Andrey Alberto Gómez Sandoval. Expediente Nº 23-001587-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de marzo del año 2023.—Geovanna Vega Benavides, Jueza Decisora.—( IN2023757808 ).

En este Despacho, con una base de doce millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 348-18681-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento cinco mil cincuenta y nueve, derecho 000, la cual es terreno lote 18 terreno para construir con una casa de habitación y taller. Situada: en el distrito 5-Paquera, cantón 1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote diecinueve; al sur, lote dieciséis; al este, Roxmary y Marcia Arleth Molina Arias, y al oeste, calle pública con frente a la misma de siete metros con setenta y nueve centímetros. Mide: trescientos veintiséis metros con veinte decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas veinte minutos del veinte de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas veinte minutos del treinta y uno de julio de dos mil veintitrés, con la base de nueve millones de colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas veinte minutos del nueve de agosto de dos mil veintitrés, con la base de tres millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación para el Desarrollo de Base Fundebase contra Gustavo Adolfo Zamora Vargas. Expediente N° 21-004483-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: diez horas con veintisiete minutos del nueve de febrero del dos mil veintitrés.—Douglas Quesada Zamora, Juez/a Decisor/a.—( IN2023757809 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete mil seiscientos ocho dólares con treinta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: JCF086, Marca: Hyundai, Estilo: Santa Fe GLS, capacidad: 7 personas, año: 2015, color: blanco, Vin: KMHSU81XDFU367953, N. Motor: D4HBEU041567, cilindrada: 2200 c.c. combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del seis de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del catorce de junio de dos mil veintitrés con la base de trece mil doscientos seis dólares con veintinueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veintidós de junio de dos mil veintitrés con la base de cuatro mil cuatrocientos dos dólares con diez centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Bac San José S. A. contra Juan Carlos Fonseca Sanabria. Exp:20-007610-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago. 11 de abril del año 2023.—Marcela Brenes Piedra, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023757812 ).

En este Despacho, con una base de doce mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones citas: 371 08163 01 0874 001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 239294-000, la cual es terreno solar. Situada: en el distrito 3-Las Horquetas, cantón 10-Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Rosa Ana Obando Brenes; al sur, Rosa Ana Obando Brenes; al este, calle pública 30 metros, y al oeste, Rosa Ana Obando Brenes. Mide: dos mil ciento diecisiete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veinticinco de setiembre de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del tres de octubre de dos mil veintitrés, con la base de nueve mil dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del once de octubre de dos mil veintitrés, con la base de tres mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Efrey Francisco de la Trinidad Rojas Gutiérrez contra Denia María Espinoza Venegas. Expediente N° 18-001128-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: trece horas con cuarenta y seis minutos del trece de abril del dos mil veintitrés.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2023757969 ).

En este Despacho, con una base de ciento cincuenta mil dólares exactos, soportando servidumbre trasladada citas: 0277-00003387-01-0901-001, denuncia citas: 0800-00683557-01-0001-001, sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número mil doscientos veintiocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno de bosques. Situada en el distrito 1-Guápiles, cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Zona Inalienable; al sur, Río Frío y Ferrocarril; al este, Arístides Romain y Compañeros, y al oeste, Francisco José Peralta. Mide: diez millones de metros cuadrados plano: L-0055728-1958. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintinueve de mayo del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del seis de junio del dos mil veintitrés, con la base de ciento doce mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del catorce de junio del dos mil veintitrés, con la base de treinta y siete mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Juzhan Wu Yip contra Cristóbal Rigoberto Ramírez Carvajal. Expediente N° 21-003192-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 29 de marzo del año 2023.—Sugey Martínez Cano, Jueza Decisora.—( IN2023757986 ).

En este Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 364-11233-01-0945-003; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número treinta y seis mil cuatrocientos ocho, derecho 000, la cual es terreno lote 299 para construir. Situada: en el distrito Limón, cantón Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle; al sur, lote 300; al este, calle, y al oeste, lote 304. Mide: metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del cuatro de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos del doce de julio de dos mil veintitrés, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas cero minutos del veinte de julio de dos mil veintitrés, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Alberto González Rudin contra Juan Carlos Arias Agüero. Expediente N° 15-027660-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de abril del año 2023.—Yanin Argerie Torrentes Ávila, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023757992 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este despacho, con una base de doscientos noventa y cinco mil dólares exactos soportando servidumbre trasladada inscrita bajo las citas 334-02309-01-0900-001, sáquese a remate la finca Partido San José, Matrícula 93932-F-000, naturaleza: Finca filial número 5 de dos plantas destina a uso habitacional en proceso de construcción, situada en el Distrito3-Sanchez, Cantón 18- Curridabat de la provincia de San José, colinda al norte con área común libre, al sur con tapia perimental, al este con finca filial número seis, al oeste con finca filial número cuatro, mide: Trescientos cincuenta y cinco metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintiséis de setiembre de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del cuatro de octubre de dos mil veintitrés con la base de doscientos veintiún mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del doce de octubre de dos mil veintitrés con la base de setenta y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Hugo De Los Ángeles Romero Villalobos. Expediente:22-000806-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José (Sección Tercera). 24 de febrero del año 2023.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez. Tramitador.—( IN2023758005 ).

En este Despacho, con una base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos, soportando Hipoteca I Grado citas: 2018 128643 01 0002 001, Hipoteca II Grado citas: 2018 758808 01 0002 001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 147109-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 2-San Pedro, cantón 4-Santa Barbara, de la provincia de Heredia. Colinda: norte, Amnuel, Silvia y Maximiliano Lara, sur, Fernando Loria, este, Vidal Gutiérrez, oeste, calle publica con un frente de 13,26 metros, noreste, Manuel Lara Picado, Silvia Lara Picado, Maximiliano Lara Picado con una extensión de 17,23 metros, noroeste, calle publica con un frente de 45,20 metros, sureste, Vidal Gutiérrez Zumbado en una longitud de 38,25 metros, suroeste, calle publica con un frente de 15,00 metros. Mide: ciento cincuenta y un metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas quince minutos del veintiséis de junio del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas quince minutos del cuatro de julio del dos mil veintitrés, con la base de un millón trescientos doce mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas quince minutos del doce de julio del dos mil veintitrés, con la base de cuatrocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Khalessi Sociedad Anónima contra Elisa María Hidalgo Alfaro. Expediente N° 22-005447-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: diez horas con veinticinco minutos del catorce de febrero del dos mil veintitrés.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2023758009 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis millones seiscientos doce mil ochocientos noventa y siete colones con siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 341-05599-01-0900-001, servidumbre de paso citas: 2012-44957-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 541653-000, la cual es terreno de cultivos y construido. Situada en el Distrito: 07-Yolillal, Cantón: 13-Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: servidumbre de paso con un frente de 32 mts 77 cm lineales, y Cesar Manuel Orozco Ríos; al sur: Luis Diego Luna García; al este: Cesar Manuel Orozco Ríos y Dimar Jiménez Murillo y al oeste: Thelma Bustos Boniche. Mide: tres mil doscientos cincuenta y un metros cuadrados. Plano: A-1896875-2016. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del cuatro de setiembre de dos mil veintitrés, con la base de doce millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil seiscientos setenta y dos colones con ochenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del doce de setiembre de dos mil veintitrés, con la base de cuatro millones ciento cincuenta y tres mil doscientos veinticuatro colones con veintisiete céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cincoas de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada COOCIQUE R.L. contra Domingo de Jesús Rodríguez Ugalde. Exp: 22-001896-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: once horas con veintisiete minutos del doce de abril del dos mil veintitrés.—Viviana Salas Hernández, Jueza Decisora.—( IN2023758011 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y tres millones trescientos setenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 392175-000, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito: 01-Quesada cantón: 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle publica, sur, Jorge Arturo Vega Rojas y Rogelio González Montero, este, calle pública, oeste, Carlos Alberto Céspedes Jiménez. Mide: cuatrocientos treinta y nueve metros con diecinueve decímetros cuadrados. Plano: A-0791925-2002. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintiocho de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del cinco de setiembre de dos mil veintitrés, con la base de cuarenta millones veintisiete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del trece de setiembre de dos mil veintitrés, con la base de trece millones trescientos cuarenta y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Miller Piedra Murillo. Expediente Nº 22-004171-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: once horas con once minutos del diecinueve de abril del dos mil veintitrés.—Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2023758013 ).

En este Despacho, con una base de diez millones ochocientos cinco mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: RYM-937, Nissan Versa, año: 2017, color: gris, VIN3N1CN7AD3HK390625, chasis: 3N1CN7AD3HK390625. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del siete de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas treinta minutos del quince de junio de dos mil veintitrés, con la base de ocho millones ciento tres mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintitrés de junio de dos mil veintitrés, con la base de dos millones setecientos uno mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Anayanci Medina Gutiérrez. Expediente N° 21-004955-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: ocho horas con treinta y siete minutos del veintisiete de marzo del dos mil veintitrés.—Lic. Anthony Jesús Quesada Soto, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023758029 ).

En este Despacho, con una base de veintinueve millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 296566, derecho 001 y 002, la cual es terreno para construir, lote ocho con una casa. Situada en el distrito: 02-San José, cantón: 01-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Omar Rodríguez González; al este, lote - 9 y al oeste, lote - 7.- Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veintitrés de octubre de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del treinta y uno de octubre de dos mil veintitrés, con la base de veintiún millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del ocho de noviembre de dos mil veintitrés, con la base de siete millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Alexis Gerardo Madriz Artavia, Nidia del Carmen Quirós Murillo Expediente Nº 18-001139-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Hora y fecha de emisión: trece horas con cuarenta y seis minutos del veinticuatro de marzo del dos mil veintitrés.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2023758067 ).

En la puerta exterior de este Despacho, sáquese a remate la finca 5-104280-000 así como los vehículos EE-033392 y EE-030069. 1-) Finca inscrita en el partido de Guanacaste matrícula 104280-000, libre de gravámenes y anotaciones, la cual se describe así: Naturaleza: Lote 12 terreno de pastos situada en el Distrito 1-Santa Cruz Cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste Linderos: Norte: lote 13 sur: lote 11 este: calle publica oeste: Enrique Padilla. Mide: tres mil quinientos metros cuadrados. Plano: G-0451842-1997. Se fija la base para el primer remate en la suma de trece millones cuatrocientos doce mil setecientos veintitrés colones con cincuenta y cinco céntimos (¢13.412.723,55), para el segundo remate se fija como base la suma de diez millones cincuenta y nueve mil quinientos cuarenta y dos colones con sesenta y seis céntimos (¢10.059.542,66) que corresponde al 75% de la base original y para el tercer remate se fija la suma de tres millones trescientos cincuenta y tres mil ciento ochenta colones con ochenta y nueve céntimos (¢3.353.180,89) que corresponde al 25% de la base original. 2-) Vehículo placas EE-033392, libre de gravámenes y anotaciones, con las siguientes características: Marca John Dere, Estilo 1470, año 2012, color verde, carrocería cosechadora de arroz, VIN: 1CQ1470BJB0090921. Se fija la base para el primer remate en la suma de treinta y nueve millones quinientos treinta y ocho mil seiscientos veintitrés colones con quince céntimos (¢39.538.623,15), para el segundo remate se fija como base la suma de veintinueve millones seiscientos cincuenta y tres mil novecientos sesenta y siete colones con treinta y seis céntimos (¢29.653.967,36) que corresponde al 75% de la base original y para el tercer remate se fija la suma de nueve millones ochocientos ochenta y cuatro mil seiscientos cincuenta y cinco colones con setenta y nueve céntimos (¢9.884.655,79) que corresponde al 25% de la base original. 3-) Vehículo placas EE-030069, libre de gravámenes y anotaciones, con las siguientes características: Marca John Dere, Estilo 1, año 2012, color verde, carrocería cosechadora de arroz, VIN: 1CQ1470BCA0090482. Se fija la base para el primer remate en la suma de catorce millones tres mil trescientos cuarenta y dos colones con cuarenta céntimos (¢14.003.342,40), para el segundo remate se fija como base la suma de diez millones quinientos dos mil quinientos seis colones con ochenta céntimos (¢10.502.506,80) que corresponde al 75% de la base original y para el tercer remate se fija la suma de tres millones quinientos mil ochocientos treinta y cinco colones con sesenta céntimos (¢3.500.835,60) que corresponde al 25% de la base original. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del ocho de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del dieciséis de junio de dos mil veintitrés y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiséis de junio de dos mil veintitrés. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución mixta (hipotecaria y prendario) de Banco Nacional de Costa Rica contra Erik Eduardo Arroyo Araya, Serguma Rea S. A. Expediente:22-001193-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz). Hora y fecha de emisión: diecisiete horas con trece minutos del veintiocho de marzo del dos mil veintitrés.—Anthony Jesús Quesada Soto, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023758079 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones seiscientos sesenta y ocho mil quinientos dieciocho colones con ochenta y cinco céntimos, soportando colisiones 19- 007454- 0489-TR 2019316500442, Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San Jose, sáquese a remate el vehículo BQG 069, Marca: Geely Estilo: GC2, Categoría: automóvil Capacidad: 5 personas, Serie: LB37122S6JX508333, carrocería: Sedan 4 puertas, Hatchback, tracción: 4X2, número chasis: LB37122S6JX508333, año fabricación: 2018, color: blanco, VIN: LB37122S6JX508333, N. Motor: MR479QH2L100001 Modelo: HQ7131LCBJ, Cilindrada: 1300 c.c. cilindros: 4 combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del trece de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del veintiuno de junio de dos mil veintitrés, con la base de cuatro millones doscientos cincuenta y un mil trescientos ochenta y nueve colones con catorce céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veintinueve de junio de dos mil veintitrés, con la base de un millón cuatrocientos diecisiete mil ciento veintinueve colones con setenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Rebeca Valverde Marchena. Expediente número 21-007953-1170-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José (Sección Segunda), 12 de abril del año 2023.—Ana Elsy Campos Barboza, Jueza Tramitadora.—( IN2023758103 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de mayo del dos mil veintitrés, y con la base de treinta y un millones cuatrocientos veintiocho mil ochocientos cincuenta y nueve colones con treinta y siete céntimos (¢31.428.859,37), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 8335, derechos 001, 002, 003, 004, 005 y 006 la cual es terreno de repastos. Situada en el distrito tercero, San Antonio, cantón segundo, Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, y al sur, camino público; al este, calle pública, y al oeste, José Abraham Guevara Guevara, Rolando Arauz Mora, Víctor Manuel y Carmen Aiza Guevara. Mide: trescientos sesenta y cuatro mil ciento sesenta y dos metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del primero de junio del dos mil veintitrés, con la base de veintitrés millones quinientos setenta y un mil seiscientos cuarenta y cuatro colones con cincuenta y tres céntimos (¢23,571.644,53) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del ocho de junio del dos mil veintitrés con la base de siete millones ochocientos cincuenta y siete mil doscientos catorce colones con ochenta y cuatro céntimos (¢7,857.214,84) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular de Desarrollo Comunal contra Brígida Lorena Sánchez Guevara, José Duarte Baltodano, María Amada Guevara Guevara, María De Los Ángeles Sánchez Guevara Expediente N° 23-000078-0391-AG. Nota: Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de ocho días de antelación a la fecha fijada para la subasta. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 19 de abril del año 2023.—Jose Joaquín Piñar Ballestero, Juez/a Decisor/a.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023758109 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida), citas: 2014-306608-01-0009-001; sáquese a remate la finca del Partido de Cartago, matrícula N° 249685, derecho 000, la cual es terreno de solar y casa. Situada en el distrito 5-Santa Rosa, cantón 7-Oreamuno de la provincia de Cartago. Colinda: al norte: Víctor Hugo Gómez Montenegro; al sur: calle pública; al este: Víctor Hugo Gómez Montenegro; y al oeste: Rodrigo Sababria Quirós. Mide: ciento cincuenta y dos metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del veintinueve de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del siete de julio de dos mil veintitrés, con la base de catorce millones sesenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del diecisiete de julio de dos mil veintitrés, con la base de cuatro millones seiscientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Ana Xinia Gómez Montenegro, Gerardo Enrique De Jesús Gómez Calvo. Expediente N° 22-004610-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 27 de abril del 2023.—Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2023758144 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones quinientos setenta y ocho mil novecientos ochenta y siete colones con ochenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: JMS178, marca: KIA, estilo: Picanto, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KNAB2512AKT518515, carrocería: Sedan, 4 puertas, hatchback. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del cinco de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del trece de julio de dos mil veintitrés, con la base de seis millones cuatrocientos treinta y cuatro mil doscientos cuarenta colones con ochenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintiuno de julio de dos mil veintitrés, con la base de dos millones ciento cuarenta y cuatro mil setecientos cuarenta y seis colones con noventa y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica, contra Josué Manuel Rosales Valdés. Expediente N° 21-001057-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de emisión: catorce horas con treinta y cinco minutos del veintisiete de abril del dos mil veintitrés.—Rolando Valverde Calvo, Juez.—( IN2023758174 ).

En este Despacho, con una base de veinticinco millones setenta y ocho mil cuatrocientos sesenta y siete colones con veintisiete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas: 356-01345-01-0903-001, reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas: 450-12750-01-0589-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 104146-000, derecho 000, la cual es terreno Lote 153, terreno para la agricultura, proyecto la soga. Situada en el distrito 1-Bagaces, cantón 4-Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Lote 152; al sur, Lote 157; al este, calle pública, y al oeste, Drenaje. Mide: sesenta y ocho mil setecientos seis metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del cuatro de julio del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del doce de julio del dos mil veintitrés con la base de dieciocho millones ochocientos ocho mil ochocientos cincuenta colones con cuarenta y cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veinte de julio de dos mil veintitrés con la base de seis millones doscientos sesenta y nueve mil seiscientos dieciséis colones con ochenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Feliciano Bustos Alcocer. Expediente N° 19-005857-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: once horas con cuarenta y seis minutos del veintisiete de abril del dos mil veintitrés.—Rolando Valverde Calvo, Juez.—( IN2023758175 ).

En la puerta exterior de este Despacho, Con una base de ciento diez mil quinientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada anotada bajo las citas: 0383-00002387-01-0908-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 11057-F-000, la cual es terreno apartamento 1-a uso habitacional. Situada en el distrito San Francisco de Dos Ríos, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, al norte, Apart 2-a pared medianera; al sur, calle pública zona recreativa; al este, modulo b en medio callejón o pasaje y al oeste, Alex Lamica Quirós. Mide: ciento cuarenta y siete metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del treinta de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del siete de junio de dos mil veintitrés con la base de ochenta y dos mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del quince de junio de dos mil veintitrés con la base de veintisiete mil seiscientos veinticinco dólares exactos (25% de la base original). 2- Con una base de ciento diez mil quinientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada anotada bajo las citas: 0383-00002387-01-0912-001; Con una base de ciento diez mil quinientos dólares exactos sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 11061-F, derecho 000, la cual es terreno apartamento 1-B uso habitacional. Situada en el distrito San Francisco de Dos Ríos, Cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Apart 2- b pared medianera; al sur, calle pública zona recreativa caseta; al este, Luis Demetrio Monge Montero y al oeste modulo a callejón o pasaje de acceso. Mide: ciento cuarenta y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del treinta de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del siete de junio de dos mil veintitrés con la base de ochenta y dos mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del quince de junio de dos mil veintitrés con la base de veintisiete mil seiscientos veinticinco dólares exactos. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Lamicq Sociedad Anónima, Nicole Alexandra Chavarría Suarez. Expediente Nº 18-009310-1763-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José (Sección Primera), 28 de marzo del año 2023.—M.Sc Zary Cecilia Navarro Zamora, Jueza Tramitadora.—( IN2023758217 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve mil doscientos ochenta y tres dólares con treinta y cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL-288152, marca: Isuzu, estilo: D Max LS, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2016, color: verde, Vin: MPATFS86JGT003190, cilindrada: 2500 c. c. Para tal efecto se señalan las catorce horas y treinta minutos del treinta y uno de mayo del año dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del ocho de junio del año dos mil veintitrés con la base de catorce mil cuatrocientos sesenta y dos dólares con cincuenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecinueve de junio del año dos mil veintitrés con la base de cuatro mil ochocientos veinte dólares con ochenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de CREDI Q INVERSIONES CR S. A. contra Roger Andrey Morales Arguedas. Expediente N° 22-002323-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de febrero del año 2023.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza Decisora.—( IN2023758262 ).

En este Despacho, con una base de cinco mil novecientos cincuenta y siete dólares con once centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones, número de sumaria: 16-009758-0174-TR, número boleta: 20162100551, autoridad judicial: Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de San José; sáquese a remate el vehículo placas YMC321, marca: Hyundai, estilo: Tucson GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KMHJT81BADU636562, número chasis: KMHJT81BADU636562, año fabricación: 2013, color: negro, Vin: KMHJT81BADU636562, N° motor: G4KDCU916055, modelo: TMW5L5615 D I102, cilindrada: 2000 c. c., cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas diez minutos del veintinueve de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas diez minutos del seis de junio de dos mil veintitrés con la base de cuatro mil cuatrocientos sesenta y siete dólares con ochenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas diez minutos del catorce de junio de dos mil veintitrés con la base de mil cuatrocientos ochenta y nueve dólares con veintisiete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de CREDI Q INVERSIONES CR S. A. contra Yendrily de los Ángeles Porras Calderón. Expediente N° 23-000084-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de febrero del año 2023.—Sirlene de los Ángeles Salazar Muñoz, Jueza Decisora.—( IN2023758263 ).

En este Despacho, con una base de siete mil novecientos ochenta y nueve dólares con cincuenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BQN665, marca: Chevrolet, estilo: Beat LT, categoría: automóvil, año: 2018, color: gris, Vin: MA6CG6CD1KT009513, cilindrada: 1200 c. c. Para tal efecto se señalan las once horas quince minutos del veintisiete de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas quince minutos del cinco de julio de dos mil veintitrés con la base de cinco mil novecientos noventa y dos dólares con dieciocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas quince minutos del trece de julio de dos mil veintitrés con la base de mil novecientos noventa y siete dólares con treinta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de CREDI Q INVERSIONES CR S. A. contra José Luis Aguilar Murillo, Steven Aguilar Porras. Expediente N° 23-001575-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 08 de marzo del año 2023.—Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2023758264 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve mil novecientos setenta y seis dólares con doce centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia penal 800-00558123-001; sáquese a remate el vehículo CL-302861, marca: Isuzu, estilo: D MAX LS, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, serie: MPATFS86JHT007462, carrocería: camioneta pick-up caja abierta o cam-pu, tracción: 4x4, número chasis: MPATFS86JHT007462, año fabricación: 2017, color: anaranjado, vin: MPATFS86JHT007462. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del veintisiete de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del cinco de julio de dos mil veintitrés con la base de catorce mil novecientos ochenta y dos dólares con nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del trece de julio de dos mil veintitrés con la base de cuatro mil novecientos noventa y cuatro dólares con tres centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S.A. contra Juan José Chan Carvajal, expediente N° 22-000009-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, hora y fecha de emisión: once horas con dieciséis minutos del veintisiete de febrero del dos mil veintitrés.—Gerardo Marcelo Monge Blanco, Juez Tramitador.—( IN2023758265 ).

En este Despacho, con una base de doce mil quinientos cuarenta y siete dólares con setenta y cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BGW827, Marca: Hyundai, Estilo: Grand I10, Categoría: Automóvil, Capacidad: 5 personas, Carrocería: Sedan 4 puertas hatchback, Tracción: 4x2, Número de Chasis: MALA851CAFM056556, Año Fabricación: 2015, Color: Plateado, Número Motor: G4LADM199754, Cilindrada: 1200 c. c., Combustible. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del dos de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del doce de junio de dos mil veintitrés con la base de nueve mil cuatrocientos diez dólares con ochenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veinte de junio de dos mil veintitrés con la base de tres mil ciento treinta y seis dólares con noventa y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Star Cars S. A. contra Elis Rafael Aguilera N., Orlando Castro Sánchez. Expediente N° 17-002175-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, hora y fecha de emisión: once horas con cinco minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintitrés.—Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—( IN2023758266 ).

En este Despacho, con una base de once mil ciento ochenta dólares con catorce centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones 18-003074-0491-TR 3000795898, Juzgado de Tránsito de Desamparados, denuncia de tránsito, Tomo: 0800, Asiento: 00682669, secuencia: 001; sáquese a remate el vehículo placa: HLP237, marca: Hyundai, año fabricación: 2013, color: café, N° motor: G4KDCU876033. Para tal efecto se señalan las catorce horas quince minutos del seis de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas quince minutos del diecisiete de julio de dos mil veintitrés con la base de ocho mil trescientos ochenta y cinco dólares con diez centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos del veintiséis de julio de dos mil veintitrés con la base de dos mil setecientos noventa y cinco dólares con tres centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa Sociedad Anónima contra Elizabeth de los Ángeles Murillo Jiménez, expediente N° 22-003231-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de marzo del año 2023.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza Decisora.—( IN2023758267 ).

En este Despacho, con una base de trece mil ochenta y ocho dólares con veinte centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BPJ901, marca: Chevrolet, estilo: Cavalier Premier, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2018, color: café, vin: LSGKB54H7JV031013, N° motor: L2B172087295, cilindrada: 1500 c.c, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas quince minutos del veintiocho de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas quince minutos del cinco de setiembre de dos mil veintitrés con la base de nueve mil ochocientos dieciséis dólares con quince centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos del trece de setiembre de dos mil veintitrés con la base de tres mil doscientos setenta y dos dólares con cinco centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de CREDI Q INVERSIONES CR S. A. contra Yoxan Eduardo Cruz Arguedas, expediente N° 22-007960-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: catorce horas con cinco minutos del once de abril del dos mil veintitrés.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2023758268 ).

En este Despacho, con una base de treinta mil treinta y siete dólares con veintitrés centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL-308477, marca: Isuzu, estilo: D MAX LS, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, tracción: 4X4, año fabricación: 2018, color: plateado, vin: MPATFS86JJT002606. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del tres de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del once de agosto de dos mil veintitrés con la base de veintidós mil quinientos veintisiete dólares con noventa y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintitrés con la base de siete mil quinientos nueve dólares con treinta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S.A. contra Mekbel Espinoza Rojas. Expediente 22-000582-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, hora y fecha de emisión: trece horas con veinte minutos del veintidós de marzo del dos mil veintitrés.—Gerardo Marcelo Monge Blanco, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023758269 ).

En este Despacho, con una base de dos mil doscientos cuatro dólares con cuarenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BHK421, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del dieciocho de setiembre de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del veintiséis de setiembre de dos mil veintitrés con la base de mil seiscientos cincuenta y tres dólares con treinta y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del cuatro de octubre de dos mil veintitrés con la base de quinientos cincuenta y un dólares con once centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de CREDI Q INVERSIONES CR S. A., contra Diego Rafael Villarreal Benavides. Expediente N° 23-001476-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: nueve horas con cincuenta y nueve minutos del veinticuatro de marzo del dos mil veintitrés.—Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2023758270 ).

Citaciones

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Vidal Núñez Núñez, Alexis Ramón Núñez Mora, Luis Alberto de Jesús Núñez Mora, María Magdalena Núñez Mora, Elizabeth Núñez Mora, Clara Maris Núñez Mora, Jorge Antonio Núñez Mora y José Manuel Núñez Mora, a las quince horas del cuatro de octubre del año dos mil veintiuno, y comprobado el fallecimiento de Margarita Mora Arroyo, mayor, soltera en unión de hecho, ama de casa, vecina de Alajuela, San Carlos, Pital, Puerto Escondido, Urbanización San Antonio, cuarta entrada, segunda casa a mano derecha, con número de cédula dos-cero ciento ochenta y cuatro-cero seiscientos treinta y uno, fallecida el dieciocho de enero del dos mil veinte en Quesada, San Carlos, Alajuela, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. Yesenia Quesada Rojas. Pital, San Carlos, cien metros norte del Cen-Cinai. Teléfono: 24731743.—Diecinueve de abril del dos mil veintitrés.—Yesenia Quesada Rojas, Notario Público.—1 vez.—( IN2023748887 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Katherine Dayan Ordoñez Montero, mayor, soltera, abogada, portadora de la cédula de identidad número uno-mil cuatrocientos sesenta y nueve-cero ochocientos cincuenta y cinco, vecina de San José, San Sebastián, de la Iglesia Católica del Carmen, setenta y cinco metros al oeste y ciento cincuenta metros al sur, a las doce horas con treinta minutos del veinticinco de marzo del año dos mil veintitrés, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio testado de quien en vida fuera Minor Eduardo Ordoñez Goñi, mayor, casado en primeras nupcias, comerciante, vecino de San José, San Sebastián, de la Iglesia Católica del Carmen, setenta y cinco metros al oeste y ciento cincuenta metros al sur, portador de la cédula de identidad número uno-cero seiscientos uno-cero cuatrocientos noventa y ocho. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, hacer valer sus derechos. Notaría Lic. Marvin Leonardo López Martínez, con oficina abierta en San José, Mata Redonda, Sabana Sur, Edificio Sabana Real. Publicar una vez en el Boletín Judicial.—Marvin Leonardo López Martínez, Carné N° 23147, Abogado y Notario Público.—1 vez.—( IN2023749751 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en general, de la Sucesión de quien en vida se llamó: Lidia Elena Castro Rivera, quien fue mayor, casada una vez, ejecutiva del hogar, cédula identidad ocho-cero cero setenta y ocho, quinientos, vecina La Cuesta, Corredores, Puntarenas, Ciudadela Fernando Zumbado. Para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se apersonan dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente. 0001-2023.—Licda. Sonia Jiménez Venegas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023752189 ).

Por escritura otorgada ante el notario Álvaro Rodrigo Mora Salazar, número ciento treinta y ocho del tomo sesenta y nueve de mi protocolo en la ciudad de San José a las diez horas del veinticinco de abril de dos mil veintitrés, la señora: Sonia María Arias Chaves mayor, viuda una vez, ama de casa, cédula tres-cero doscientos treinta-cero ochocientos ochenta y ocho, vecina de San José, solicita la apertura del sucesorio en sede notarial de José Ángel Picado Arias cédula uno-mil doscientos treinta y tres-cero ciento setenta y ocho, soltero, vecino de San José. Se convoca a los interesados y acreedores, se apersonen ante esta notaría ubicada en la ciudad de San José avenidas diez y diez bis calle veintiuno, numero mil sesenta y cinco dentro de los treinta días siguientes a la publicación de este aviso, en defensa de sus derechos, se les previene que deben señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro judicial de San José, con la advertencia de que si no lo hacen los bienes pasarán a los que legalmente correspondan.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario Público.—1 vez.—( IN2023753423 ).

Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión de la señora María Virginia Canavati Salume, mayor, de nacionalidad Mexicana, ama de casa, con cédula de residencia de nuestro país número uno cuatro ocho cuatro cero cero uno ocho siete ocho cero uno, la cual era vecina de San José, Escazú, Urbanización Vistas de Oro, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001 -2023. Notario del bufete Guardiola y Asociados, Lic. Rolando Guardiola Arroyo, Notario Público, carné 10461, Oficina se encuentra ubicada en San José, Barrio Lujan, calles veintisiete y veintinueve, avenida doce bises, Edificio Guardiola y Asociados, frente al Auto Servicio de la Dos Pinos. Teléfono 2280-9071 y Fax 22809149, correo electrónico guardiola@ice.co.cr.—Lic. Rolando Guardiola Arroyo, Notario Público.—1 vez.—( IN2023753719 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión Notarial Ad intestado de Teresita Solis Sandi, quien file mayor, casada una vez, educadora pensionada, vecina de San Jose, Curridabat, ciento cincuenta metros sur y veinticinco oeste del Banco Nacional de Costa Rica, cedula numero dos- cero ciento cuarenta- cero cero catorce, fallecida el día veintisiete de marzo del dos mil veintidós, según consta en certificado de defunción, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quien corresponda. Expediente 0002-2022.—Lic. Jorge Johanning Mora, Notario Público.—1 vez.—( IN2023753777 ).

Se cita y emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Fernando Aguilar Vargas, mayor, cedula cuatro- cero cero sesenta y siete- cero doscientos cincuenta, casado una vez, pensionado, vecino de Barva de Heredia, para que dentro del término de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren dentro del término indicado, la herencia pasara a quien corresponda. Expediente cero cero cero unos-dos mil veintitrés de la Notaria del Licenciado Isaac Montero Solera, Barva de Heredia, del Banco de Costa Rica, cien metros al norte y ciento veinticinco al este.—Barva de Heredia, veintidós de diciembre del dos mil veintidós.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario Público.—1 vez.—( IN2023754138 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Nidia Valverde Salazar, mayor soltera, ama de casa, con cédula de identidad número Uno- cero trescientos cincuenta y ocho-cero doscientos ochenta y dos, vecino de la Provincia de la Provincia de San José en Aserrí de la Iglesia Católica trescientos metros al oeste casa color rosada a mano derecha con portón de dos hojas negro para que dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Se apercibe por este medio a los que crean tener la calidad de herederos, que, si no se presentan dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente #00017-2023 Notaría sita en San José, Curridabat frente al Centro Comercial José María Zeledón edificio Alcalá.—Lic. Olman Eduardo Madrigal Acuña, Notario Público.—1 vez.—( IN2023754512 ).

Se hace saber que en esta notaría situada en San Jose, San Vicente de Moravia doscientos metros al sur del Bac San Jose, se tramita el Proceso Sucesorio de señora María Marta Solano Méndez, quien fue ama de casa, casada una vez al momento de su defunción, cedula de identidad tres- ciento trece- quinientos sesenta, y de José Antonio Mora Meléndez, quien fue músico, casado una vez al momento de su defunción, cedula de identidad uno- ciento noventa y uno- cero setenta y ocho, ambos vecinos de San Jose Goicoechea Guadalupe frente a compañías de Fuerza y Luz con bienes inmuebles y con un derecho de inmuebles inscritos a su nombre. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión, para que dentro del plazo de 15 días contados a partir de la publicación de este Edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonaren dentro de ese plazo, aquella pasara a quien corresponda. Expediente numero 01-2023. Teléfono 83828723, Correo alexgranadosl4@yahoo.com.—Lic. Alexander Granados Loaiza, Notario Público.—
1 vez.—( IN2023754513 ).

Alajuelita, a las 08:00 horas del 04 de octubre del año 2022, comprobada la defunción de Jorge William Briceño Caballero, quién fue mayor, soltero, operario fabril, cédula 1- 0817-0447, vecino de Heredia, San Pablo, Centro, Residencial El Adobe, casa 276, se declara abierto su Proceso Sucesorio, se designa Albacea a Hilaria Lidieth Caballero Angulo, cédula 6- 0128- 0098. Se cita y emplaza a interesados, para que, en el plazo de treinta días, se apersonen a hacer valer sus derechos. Notificaciones: Notaría del Licenciado Carlos Alberto Retana Retana, sita en San José, Alajuelita, Centro, del Banco Nacional 50 metros; correo electrónico carretana2011@hotmail.com Publíquese el edicto. Expediente 2022-000007-N-CR.—Lic. Carlos Alberto Retana Retana. Carné 13114, Notario Público.—1 vez.—( IN2023754514 ).

Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de Rafael Luis Palma Vega, quien en vida fue mayor de edad, casado segunda vez, pensionado, cédula número tres- ciento siete- ciento noventa y uno, vecino de Cartago, Jiménez, Pejibaye, Juray, frente a la pulpería Marín, falleció en Centro Turrialba Cartago, el veintiocho de setiembre del ario dos mil dieciséis, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a esta Notaría en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso de que no lo hicieran la herencia pasará a quien en derecho corresponde. Así mismo deben señalar lugar o medio para que reciban sus notificaciones. Expediente N° 01-2023.—MSc. Carmen María Achoy Arce, correo electrónico carmenachoy08@yahoo.es, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023754685 ).

Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de Ricardo Quesada Salguero, quien envida fue mayor de edad, casado una vez, empresario, cédula número tres- ciento setenta- seiscientos cuarenta y tres, vecino de Cartago, Turrialba, murió el trece de agosto del año dos mil siete, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a esta Notaría en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso de que no lo hicieran la herencia pasará a quien en derecho corresponde. Así mismo deben señalar lugar o medio para que reciban sus notificaciones. Expediente N° 02-2023.—MSc. Carmen María Achoy Arce, correo electrónico carmenachoy08@yahoo.es, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023754686 ).

Se emplaza a los interesados en la sucesión Ab Intestato de quien en vida fue Jorge Enrique Soto Céspedes, mayor, soltero, Oficinista, cedula de identidad numero dos- trescientos dieciséis- setecientos noventa y nueve, vecino de Rio Segundo de Alajuela del ebais ciento veinticinco metros al este a mano izquierda, por quince días hábiles, contados a partir de la publicación del edicto a que comparezcan si creen tener derechos en la misma. Albacea legítima: María Gabriela Soto Céspedes, expediente N° 0002-2023, al email: licda.jessicaad@gmail.com.—Heredia, 24 de abril del 2023.—Licda. Jesika Alfaro Delgado, Notaria Pública.—
1 vez.—( IN2023755099 ).

Se emplaza a herederos y demás interesados de la sucesión de quien en vida se llamó Manuel Ernesto Quedo Martínez, mayor, casado una vez, comerciante, cédula uno-novecientos cuarenta y tres-setecientos cincuenta, últimamente vecino de Desamparados, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este Edicto, se apersonen en esta Notaría en defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda.—Cartago, El Guarco, Tejar, de la Capilla la Asunción, setenta y cinco metros oeste. Teléfono 71037870 correo hc.bufete@gmail.com.—Licda. Andrea Hidalgo Coronado, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023755207 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados al proceso sucesorio acumulado de quienes en vida fueron Jose Rene Ruiz Montiel, cédula número: 6-0066-0204 y Mayra Carvajal Lopez, cédula de identidad número, 2-0204-0713, para que comparezcan ante esta Notaría y dentro del plazo de 15 días, contados a partir de la publicación de este edicto a aceptar la herencia y hacer valer sus derechos. La notaría se encuentra ubicada en San José, Zapote, avenida veintidós, edificio Don Erasmo. Teléfono 2280-4516. Correo electrónico silviaocampo29@hotmail.com. Expediente número 001-2023. Sucesorio en sede notarial de Jose Rene Ruiz Montiel y Mayra Carvajal Lopez.—San José, Zapote, al ser las diez horas del veinticinco de abril del dos mil veintitrés.—Licda. Silvia Ocampo Vargas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023755209 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la Sucesión Acumulada de Belma María Alvarado Lopez, ama de casa, que portó la cédula de identidad número: uno- cero quinientos cuatro- cero ciento seis; la anterior como madre y don Rafael Ernesto Villegas Varela, pensionado, que portó la cédula de identidad número uno cero cuatrocientos ochenta y siete- cero ciento treinta y cuatro, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: 0004-2023. Sucesión Acumulada de Belma María Alvarado Lopez, Rafael Ernesto Villegas Varela.—Licda. Rosa María Vásquez Agüero, carne 17485, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023755218 ).

Denia Cruz Morera notaria pública comunica que en mi notaria Se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Dora Campos Jiménez, mayor, viuda, ama de casa, cédula 0204750621 vecina de Alajuela Bajo Expediente 1-2023. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto.—Denia Cruz Morera, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023755538 ).

Se hace saber que en la notaría del Lic. Jose Alberto Zúñiga Monge, y habiéndose autorizado por el juzgado civil de Cañas, Guanacaste, por resolución de las dieciseis horas con treinta y ocho minutos del diecinueve de abril del dos mil veintitrés, tras haberse verificado los requerimientos de ley, se dará continuación al expediente sucesorio de quien en vida fuera: Misael Camacho Castro cédula número: 3-185-275, sede judicial en la que se ha declarado abierta su sucesión. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general, a todos los interesados, para que dentro del término de ley se apersonen ante esta notaría, ubicada en San Gabriel de Aserrí, en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que, si no lo hicieren, el haber sucesorio del causante pasará a quien corresponda. Notaría del Lic. José Alberto Zúñiga Monge.—Aserrí. San Gabriel.—José Alberto Zúñiga Monge, Notario Público.—1 vez.—( IN2023755548 ).

Se hace saber, que ante mi notaría se tramita en sede notarial, proceso sucesorio ab intestato de Luis Alberto Sánchez Orozco, quien en vida fue, mayor, casado una vez, pensionado, portador de la cédula de identidad número: 5-024-0463, vecino de Guanacaste, Carrillo, Filadelfia, frente a los Bomberos Oficinas del Instituto Nacional de Seguros, quien falleció el día 23 de setiembre del 2017, lo cual consta en el Registro de defunciones del Registro Civil de la provincia de Guanacaste, bajo las citas:501144580916. Se cita y emplaza a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo máximo de 15 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda, expediente 0001-2023, que se tramita en sede notarial, ante el Notario Luis Bonilla Salas, cédula de identidad número 1-1239-0384, oficina ubicada en Heredia, Mercedes Norte, 125 metros oeste de Iglesia Católica, teléfonos 8618-0772 / 4031-3438 (Publicar 1 vez).—Heredia, 25 de abril del 2023.—Lic. Luis Miguel Bonilla Salas, Notario Público.—1 vez.—( IN2023755617 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por María Cristina Averrus Cerdas, a las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro del mes de marzo del año dos mil veintitrés y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Álvaro Gerardo Del Socorro Rojas Madrigal, quien fuera mayor de edad, casado, médico veterinario, vecino de Alajuela, Guatuso, tres kilómetros noroeste del Puente sobre el Rio Frio, camino a Buena Vista, casa mano izquierda, color gris portador de la cédula de identidad número cinco-ciento cincuenta y siete-cuatrocientos setenta y siete. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Ana Marilyn Chacon Araya, Alajuela, San Carlos, La Palmera, cien metros al norte de la Iglesia Católica, casa color beige, a mano derecha, Teléfono 8508-53-94. (Publicar 1 vez en el Boletín Judicial) El original fue retirado por María Cristina Averrus Cerdas a las diez horas del veinticuatro de abril del dos mil veintitrés, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023755618 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la Sucesión de quien se llamó José Virgilio Vargas Barrantes conocido como Olman Vargas Barrantes, vecino de Alajuela, San Carlos Florencia y portador de la cédula de identidad costarricense número: dos – cero doscientos diecinueve – cero seiscientos cincuenta y nueve; para que, dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría Pública de la Licda Susan Milena Murillo Arce con oficina en Alajuela, San Carlos, Florencia, Caimitos seiscientos metros al norte de la escuela. Teléfono 8433-4232.—Licda. Susan Milena Murillo arce. Carné 29252, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023755620 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas del 14 de abril del año 2023 y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera José Joaquín Ortega Jiménez, cédula de identidad número 3-0135-0114, mayor, casado una vez, pensionado, último domicilio Cartago, Cartago, Paraíso, Orosi, exactamente trescientos metros al Este del Servicentro Orosi, fallecido el ocho de enero del dos mil veintitrés, Cartago, Central, oriental. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, a hacer valer sus derechos. Notaría del Licda. Hannia Ramírez Rojas, Cartago, Centro Comercial Los Arados, local número 6, planta alta. Teléfono 83408677. (Publicar 1 vez en el Boletín Judicial).—Licda. Hannia Ramírez Rojas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023755621 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la Sucesión de quien en vida fuera Ana Beatriz Zimmerli, de único apellido Zimmerli en razón de su nacionalidad Suiza, mayor, casada una vez, de profesión del hogar, vecina de Puntarenas, Osa, Puerto Cortes, Ojochal, en Calle el Perezoso doscientos metros al Oeste del Restaurant Mama e Papa, portadora del pasaporte número X seis dos uno seis cuatro ocho cinco, comparezcan ante la notaría de la Licda. Vilma Acuña Arias, con oficina abierta en la ciudad de Bahía Ballena, Osa, provincia de Puntarenas ochocientos metros Sur del Banco Nacional de Costa Rica, edificio color gris a mano derecha V&M Associates, a hacer valer sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Se hace constar que el horario de esta Notaría es de las ocho horas y treinta minutos a las doce horas y de las trece horas a las diecisiete treinta horas. Expediente N°. cero cero dos-dos mil veintitrés. Notaría de la Licda. Vilma Acuña Arias. Carné diecinueve mil ochocientos cuarenta y nueve, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023755623 ).

Se cita y emplaza a los interesados y sucesores en la sucesión de Mario Johel Mata Solís cédula de identidad 9-0070-0594, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezca a reclamar su herencia y hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quien corresponda. Expediente N° 55-2023 notaria de la Licenciada Fercinta Esquivel Godínez.—San Marcos de Tarrazú, 25 de abril del 2023.—Licda. Fercinta Esquivel Godínez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023755628 ).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fueran Carmen Amable Cascante León, mayor, viuda una vez, ama de casa, portadora de la cédula número cuatro-cero cero cinco tres-cero siete tres siete, y Jose Alberto de Jesús Sanabria Montoya, mayor de edad, casado una vez, pensionado, quien fue portador de la cédula de identidad número tres-cero cero seis cero-dos cuatro cinco dos, ambos vecinos de San José, exactamente en San Antonio de Desamparados, de la Gruta de la Plazoleta trescientos cincuenta metros sureste, para que en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante la notaría del Licenciado Andrei Brenes Suárez, ubicada en San José, Barrio Rohrmoser, costado noroeste del Parque República del Perú, teléfono 88987777, bajo el apercibimiento de que si no se presenta en ese plazo la herencia pasará a quién corresponda.—San José, 25 de abril de 2023.—Lic. Andrei Brenes Suárez, Notario Público.—1 vez.—( IN2023755648 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quienes en vida fueron (i) Rafael Mejía Carvajal, mayor de edad, viudo de sus primeras nupcias, comerciante, vecino de Heredia, Barva, San José de la Montaña, cincuenta metros sur de la terminal de buses, quien portara la cédula de identidad número dos-cero ciento treinta-cero ochocientos sesenta y ocho, fallecido el día veintiocho de octubre de mil novecientos noventa y tres, en la Provincia de Heredia, Cantón Central, Distrito Central, según consta en certificado de defunción emitido por el Registro Civil bajo el número de cita cuatro-cero cero ochenta-doscientos sesenta y dos-cero quinientos veintitrés, del Registro de Defunciones de la Provincia de San José, y; (ii) Hemerlinda Espinoza Esquivel, mayor de edad, quien fue casada una vez, ama de casa, vecina de Heredia, Barva, San José de la Montaña, cincuenta metros sur de la terminal de buses, quien portara la cédula de identidad número cuatro-cero cero sesenta y seis-cero doscientos sesenta seis, fallecida el día veintiuno de enero de mil novecientos ochenta y cuatro, en la Provincia de Heredia, Cantón Central, Distrito Central, según consta en certificado de defunción emitido por el Registro Civil bajo el número de cita uno-cero trescientos cuarenta y uno-cuatrocientos setenta y cinco-cero novecientos cincuenta, del Registro de Defunciones de la Provincia de San José; para que dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos bajo apercibimiento de que si no lo hacen dentro del término indicado, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente numero 001-2023, sucesorio notarial testamentario de Rafael Mejía Carvajal y Hemerlinda Espinoza Esquivel.—San José, veinticinco de abril del dos mil veintitrés.—Licda. Linette Bogarín Steller, teléfono 8721-8291.—Heredia, veinticinco de abril del dos mil veintitrés.— Licda. Linette Bogarín Steller, Notaria Pública.—
1 vez.—( IN2023755769 ).

Proceso sucesorio causante Jorge Gerardo Montero Calvo expediente numero 2023-001-5886-CI. Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Jorge Gerardo Montero Calvo, quien en vida fue mayor de edad, casado una vez, pensionado, portador de la cédula de identidad número uno- cero cuatrocientos sesenta y cuatro- cero trescientos noventa y siete, residente de Bardo Córdoba, de la parroquia de Ujarrás, quinientos metros al este sobre calle principal, casa a mano derecha de dos plantas, para que en un plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a esta notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, que si no se apersonan dentro de este plazo, esta pasará a quien legalmente corresponda. La dirección de la oficina de la suscrita notaria es en San José, Moravia, San Jerónimo, de la iglesia dos y medio kilómetros al norte.—San José, trece de marzo del dos mil veintitrés.—Licda. Aída Gabriela Araya Cascante. Celular 8690 5959, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023755818 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Zeneida Calderón Jiménez, a las diez horas del veintitrés de abril del año dos mil veintitrés, y comprobado el fallecimiento de Noel Chavarría Cordero, esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio. Se cita y emplaza a posibles herederos, para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles, a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos.—San José 26 de abril 2023.—Lic. Juan Carlos Herrera Flores, Notario Público.—
1 vez.—( IN2023755837 ).

Se emplaza a todos los interesados al sucesorio en sede notarial de Carmen Elizabeth Angulo León cédula de identidad 1-0239-0804, vecina de San José, Alajuelita, vecina de San José, Alajuelita, urbanización la Aurora, para que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quien corresponda. Expediente N° 03-2023, notaria del Licenciado Ernesto Chinchilla Vílchez, Alajuelita de la iglesia católica cien metros al sur y diez al oeste.—Alajuelita 26 de abril del 2023.—Lic. Ernesto Chinchilla Vílchez, Notario.—
1 vez.—( IN2023755839 ).

Yo Roberto Garita Chinchilla, Notario Público, código de colegiado número dieciocho mil ciento treinta y uno, hago constar que en mi notaría ubicada en Sarapiquí, frente a la Municipalidad, se tramita bajo el expediente número cero cero dos- dos mil veintidós, la sucesión Ab Intestada, de José Allen González Rodríguez, mayor, casado una vez, cédula de identidad uno- trescientos setenta y seis- trescientos setenta y cuatro, fallecido el día treinta y uno de diciembre del año dos mil veintidós, según consta en certificación emitida por el Registro de Defunciones, Provincia de Limón, al tomo ciento uno, folio: doscientos dieciocho, Asiento cuatrocientos treinta y seis, por lo se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en este proceso, para que dentro el plazo de QUINCE días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta Notaría, en la dirección dicha, a hacer valer sus derechos. Expediente número 02- 2023.—Sarapiquí, ocho horas del veintiséis de abril del dos mil veintitrés.—Lic. Roberto Garita Chinchilla, Notario Público.—1 vez.—( IN2023755842 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera la señora María Edermida Zulema Carmen Cruz Jiménez, quien fuera mayor, casada una vez según Registro Civil, ama de casa, vecina de Nandayure, Río de Oro, trescientos cincuenta metros al norte de la escuela, portadora de la cédula de identidad número cinco- ciento nueve- seiscientos treinta y dos, fallecida el día dos de diciembre de dos mil catorce; para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos o algún interés legítimo en la sucesión, que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quien corresponda. Expediente 001-2023. Notaria Licda. María Teresa Fait Brais, Carmona, Nandayure, frente al cementerio edificio color naranja. Cualquier interesado deberá apersonarse de forma personal a la oficina, o por medio de escrito debidamente autenticado y con los documentos legales que prueben cualquier derecho reclamado. Póngase a disposición del interesado.—Licda. María Teresa Fait Brais, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023755843 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos y legatarios y demás interesados en la sucesión ab intestato extrajudicial en sede notarial, de quien en vida se llamó: Róger Vega Álvarez, mayor, casado una vez, Agricultor, vecino de Alajuela, San Mateo, Jesús María, cédula número 2-0448- 0564, fallecido el día 03 de octubre del año 2022, para que en un plazo de quince días contados a partir de la primera publicación de este aviso, se apersonen ante esta Notaría, situada en San José, Montes de Oca, San Pedro, Barrio Los Yoses, costado Oeste de Centro Comercial Plaza Vivo Los Yoses, casa número 43, con el apercibimiento de que si no comparecen dentro del plazo de ley, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0002 -2023.—San José, 20 de abril del 2023.—Lic. Juan Luis Jiménez Succar, Notario Público.—1 vez.—( IN2023755848 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Ligia María Córdoba Esquivel cédula número dos-cero doscientos treinta y cinco-cero ciento setenta y uno, para que, dentro del plazo de 15 días contados a partir de la presente publicación de edicto, concurran a hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N 03-2023. Notaría de la Licda. Maritza Muñoz Delgado. Correo maritzamunoz@ice.co.cr, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023755868 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaria por María Concepción Centeno Vindell, mayor de edad, viuda, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número ocho -cero uno tres cuatro -cero uno uno siete, vecina de Puntarenas- Puntarenas, Garabito, Herradura final de calle los Agüeros a las quince horas veintitrés minutos del veintiocho de abril del dos mil veintidós y comprobado el fallecimiento del causante, esta Notaría declara abierto el Proceso Sucesorio Testamentario de quien en vida fuera Isidro De Las Mercedes Chaves López, mayor de edad, casado, agricultor, cedula ocho -cero uno cero ocho -cero ocho cero cero vecina de Puntarenas- Puntarenas, Garabito, Herradura Caña Blancal, final de calle los Agüeros, fallecido el veintidós de octubre del dos mil veinte, se cita y emplaza a todos los interesados para que en el plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos en la notaría del M.Sc. Álvaro Enrique Moreno Gómez, ubicada al costado Norte del parque Mora y Cañas de la ciudad de Puntarenas. Es todo.—26 de abril del 2023.—M,Sc. Álvaro Enrique Moreno Gómez, Notario Público.—1 vez.—( IN2023755871 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e interesados en la sucesión de María Jesús Gamboa Badilla conocida como Susy Gamboa Badilla, quien en vida fue pensionada, divorciada una vez, vecina de San Isidro de El General, Pérez Zeledón, San José, Barrio Santa Cecilia, cédula de identidad número uno- cero cuatrocientos sesenta y dos- cero seiscientos noventa, fallecida el veinticinco de enero de dos mil veintitrés, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a la oficina del Notario Lic. William David Solís Segura, San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, Barrio Santa Cecilia, del puente de los Reyes cincuenta metros al norte, edificio de dos plantas color blanco al lado derecho, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasara a quien corresponda.—San Isidro, Pérez Zeledón, veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés.—Lic. William David Solis Segura, Notario Público.—1 vez.—( IN2023755901 ).

Se declara la apertura del proceso sucesorio notarial de quien en vida fue Luis Calixto Montenegro Garro, mayor, soltero en unión de hecho, pensionado, vecino de San Miguel de Desamparados, Los Guidos, de la iglesia católica doscientos metros este, cédula de identidad número siete-cero cuarenta y siete-mil cuatrocientos noventa y dos quien falleció el veintiocho de agosto del dos mil veintidós. Se emplaza a los interesados por quince días hábiles de acuerdo con el artículo ciento veintiséis punto tres del Código Procesal Civil vigente.—Leticia María Molina Blanco, dirección electrónica: lemobla@gmail.com, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023755903 ).

Mediante escritura número: cinco - siete, se declaró abierto el proceso sucesorio de quien en vida se llamará: Jorge Guillermo Marin Méndez, quién fue mayor, casado de únicas nupcias, Empresario, portador de la cédula de identidad número uno- cero cuatro cuatro cinco- cero nueve siete ocho, y vecino de San José, Santa Ana, Centro, Cooperativa Las Cabañas, casa número diecinueve- C. Se emplaza a los interesados para que, dentro del plazo de 15 días, a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante este Notario a hacer valer sus derechos en San Pedro de Montes de Oca, de LANAMME 50 metros al oeste y 150 metros.—San José, 26 de abril del 2023.—Lic. Aldo José Mata Morales, Notario Público.—1 vez.—( IN2023755904 ).

Se hace saber: Que en mi notaría, situada en San José, avenida seis y setenta y cinco oeste de Doctores Echandi, se tramita proceso sucesorio de quien en vida se llamó Eddie Fernández Urrutia, cita de defunción uno cero cuatro nueve uno tres dos cuatro cero seis cuatro ocho, fecha de defunción uno seis/cero seis/dos cero cero nueve, y del señor Gilbert Fernández Urrutia, cc., Alejandro Fernández Urrutia, cédula uno cero cinco cero cinco cero dos seis tres, cita de defunción uno cero seis tres cuatro tres seis siete cero siete tres cuatro, fecha de defunción cero siete/cero siete/dos cero dos cero, y Adelis Cristina de Jesús Fernández Urrutia, cédula uno cero cinco dos dos cero tres cinco seis, cita de defunción uno cero cuatro seis cuatro dos cuatro uno cero cuatro ocho dos, fecha de defunción dos ocho/cero seis/dos cero cero cinco. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras, y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos; asimismo, se les advierte a los que se crean con interés en la herencia, de que de no apersonarse aceptando expresamente la herencia, no se les declarará herederos y los bienes pasarán a quien o quienes corresponda, de conformidad con los artículos 528, 529 y 531 del Código Civil. Expediente N° cero dos-del dos mil veintitrés. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—San José, 24 de abril del 2023..—Lic. Leonardo Díaz Rivel, Notario Público.—1 vez.—( IN2023756068 ).

El suscrito notario Fabrizio Ravetti Aguayo, notario público con oficina en San José, comunico que ante mi notaria, a las 17:30 del 06 de febrero del 2023 se realizó apertura de un proceso sucesorio en sede notarial de la señora María Justina Sequeira Sequeira, cédula 6-035-650, fallecida el seis de junio del 2020. Por el término de quince días posteriores a la publicación se convoca a todos los interesados a que me manifiesten su oposición e interés y se comuniquen con el suscrito notario a los teléfonos 8815-0655, 2290-1190, al correo electrónico fda9568hotmail.com o con cita previa se presenten a mi notaría en Rohrmoser, frente al costado norte del Centro de Alta Tecnología Doctor Franklin Chang Díaz.—Lic. Fabrizio Ravetti Aguayo. 8815-0655, Notario Público.—1 vez.—( IN2023756495 ).

El suscrito notario Fabrizio Ravetti Aguayo, Notario Público con oficina en San José, comunico que, ante mi notaría, a las 18:00 del 22 de marzo del 2023, se realizó apertura de un proceso sucesorio en sede notarial de la señora Ofelia Cerdas Díaz, cedula 1-154-784, fallecida el tres de marzo del 2004. Por el término de quince días posteriores a la publicación; se convoca a todos los interesados a que me manifiesten su oposición e interés y se comuniquen con el suscrito notario a los teléfonos 8815-0655, 2290-1190, al correo electrónico fda9568@hotmail.com o con cita previa se presenten a mi notaría en Rohrmoser, frente al costado norte del Centro de Alta Tecnología Doctor Franklin Chang Díaz.—Lic. Fabrizio Ravetti Aguayo, 8815-0655, Notario Público.—1 vez.—( IN2023756496 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Henry José Martínez, de un solo apellido por su nacionalidad nicaragüense, con pasaporte de su país Nicaragua número C - cero uno dos dos cero seis tres nueve, cédula de residencia libre condición costarricense número uno cinco cinco ocho dos uno cuatro tres siete uno tres cero, en y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Idannia María Vargas Hernández, casada una vez, comerciante, cédula de identidad número uno-cero nueve cinco dos-cero siete dos nueve, del mismo vecindario del señor Martínez, fallecida el día trece de marzo, dos mil veinte. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos.—Licda. Mireya Padilla García, correo electrónico mirepadigarmail.com, fax 2271-0009, teléfono 8381 4862, mirepadigar@gmail.com. Tel 8381 4862, Notario Público.—1 vez.—( IN2023756616 ).

Lic. Carlos Luis Granados Barquero Notario Público con oficina abierta en Cartago veinticinco metros este de los Tribunales hace saber: Que en esta notaría y bajo el expediente 01-2023, se tramita sucesión ab intestate, de quien en vida se llamó German José Aguilar Vega casado una vez, Ingeniero Agrónomo, cédula uno-quinientos veintisiete- novecientos setenta y tres, vecino de Santa Rosa de Santo Domingo de Heredia cien metros norte de la Escuela. Se cita a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de esta publicación comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en este plazo, el haber relicto pasará a quien corresponda.—Cartago, abril del dos mil veintitrés.—Lic. Carlos Luis Granados Barquero, Notario Público.—1 vez.—( IN2023756635 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Lidiana De Los Ángeles Sequeira Gutiérrez, mayor, cédula de identidad número seis- cero uno dos seis- cero cero tres ocho, vecina de Puntarenas. Para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0028- 2021. Notaría del Bufete del Lic. Álvaro Córdoba Díaz. Notario. Teléfono 8371-4420, Notario Público.—1 vez.—( IN2023756684 ).

Ante esta notaría, Lic. Densis Armando Alvarado Chacón, Notario público con oficina abierta en San José, Alajuelita, Concepción Arriba, Vista Grande dos. Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de: María De Los Ángeles Madrigal Rojas, mayor, Del hogar, cedula uno cero tres noventa y cinco catorce ochenta y siete, Viuda una vez, vecina de San José, Alajuelita, Concepción Abajo, del Pali trescientos metros oeste, casa a mano derecha contiguo a la ferretería. Quien falleció el día veintinueve de mayo del año dos mil veintiuno, Bajo citas de defunción del registro Civil, número cuatro cero uno uno cuatro cuatro cuatro seis cero ocho nueve uno. Para que dentro del plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante esta notaria, en defensa de sus derechos bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren la herencia pasara a quien corresponda. Es todo, expido el presente al ser las ocho horas del veintisiete de abril del dos mil veintitrés.—Lic. Densis Armando Alvarado Chacón, Notario Público.—1 vez.—( IN2023756687 ).

Ante esta notaría se está tramitando el proceso sucesorio de Deyanira Pérez Alvarado, por lo que se hace saber a los presuntos interesados que en el plazo de quince días deben comparecen ante esta notaría Lic. Juan Edgar Fallas García, frente al parqueo iglesia católica de Acosta, con el fin de hacer valer sus derechos.—San José al ser las dieciséis horas del día veintiséis de abril del dos mil veintitrés.—Juan Edgar Fallas García, Notario Público.—1 vez.—( IN2023756726 ).

Mediante solicitud de apertura otorgada en escritura pública formulada ante esta notaría, por los señores, Hilda Barquero Soto, Flora María Drenes Barquero, y Ruperto Brenes Barquero, a las trece horas del día veintidós de abril del año dos mil veintitrés, y comprobado el fallecimiento de quien en vida se llamó Ruperto Brenes Rodríguez, mayor, fallecido, quien en vida fue portador de la cédula de identidad número: tres - cero uno dos siete - cero nueve cuatro cuatro, vecino de Paraíso de Cartago, cien metros al oeste y cien metros norte del Bar Atlántico, esta notaría, ha declarado abierto su proceso sucesorio ad intestato en sede notarial. Por lo que, por una sola vez se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Ruperto Brenes Rodríguez, para que, dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, a hacer valer sus Derechos bajo apercibimiento de que, Si no lo hacen dentro del término indicado, la herencia pasará a quién corresponda. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta misma lo ha indicado. Dirección de Notaría: Cartago, Paraíso, Barrio La Estación, cincuenta metros al sur del Bar Atlántico. Teléfono: 88127220. Expediente número Cero Cero Uno-Dos mil veintitrés. Sucesorio notarial de Ruperto Brenes Rodríguez. Notaría del Licenciado José Ricardo Argüello Brenes.—Paraíso de Cartago, a las dieciocho horas del veintiséis de abril del dos mil veintitrés.—Lic. José Ricardo Argüello Brenes, Notario Público.—1 vez.—( IN2023756740 ).

Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del proceso sucesorio notarial del señor Ervin Manuel Castillo Dávila, cédula de identidad número Seis cero cero setenta y ocho-cero novecientos cuarenta. El Proceso Sucesorio Notarial lo tramita el suscrito Notario Público de acuerdo a lo establecido en el artículo 129 del Código Notarial, bajo el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia se apersonen, y de no hacerlo dentro del plazo dicho, la misma pasará a quien corresponda. La oficina del suscrito está ubicada en Avenida Segunda, Calle, Consultores Bellavista, teléfono: 22223027 y fax: 22224418.—San José, 27 de abril de dos mil veintitrés.—Lic. Gustavo Adolfo Coto Calvo. Carné 10822, Notario Público.—1 vez.—( IN2023756910 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la Sucesión de quien en vida se llamó Olga María Quirós Alfaro, costarricense, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, con cédula de identidad número 3-0167-0143, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta Notaría en defensa de sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad de Herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2023. Notaría del Licenciado Álvaro López Araya, Notario Público, ubicada en San José, avenida 14, calles 11 y 13, casa No. 1147. Teléfono 8996-5969 / Fax 2221-8046 .Lic. Álvaro Lopez Araya Notario Público.—1 vez.—( IN2023756915 ).

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Santiago Guzmán Campos, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente N° 21-000702-0292-FA. Clase de Asunto depósito judicial. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por tres veces consecutivas.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y contra la Violencia Doméstica de Cañas (Familia), a las catorce horas cuatro minutos del veintisiete de marzo de dos mil veintitrés, 27 de marzo del año 2023.—Lic. Roly Arturo Bogarín Morales, Juez Decisor.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023746275 ).                                                                                 3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de la persona menor de edad Bastian Largaespada Fallas, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente23-000065-0292-FA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa (depósito judicial). Nota: publíquese tres veces consecutivas. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las dieciséis horas treinta y uno minutos del diecisiete de enero de dos mil veintitrés, 17 de enero del año 2023.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza Decisora.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023746279 ).                            3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Britany Cristin Solano Cedeño, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°22-000993-0292-FA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese este edicto por tres veces consecutivas.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las quince horas y cuarenta y dos minutos del veintidós de marzo del dos mil veintidós.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023746280 ).  3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de la persona menor de edad: Rachel Jimena Álvarez Escalante, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 23-000004- 0292-FA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa (depósito judicial, promovido por el PANI con la intervención de Mauricio Álvarez Cambronero y Victoria Escalante Chaves). Nota: publíquese tres veces consecutivas. De conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las ocho horas catorce minutos del 10 de enero del 2023.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023746324 ).           3 v. 2.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Abraham Matheo Vargas Ferman, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 22-002381-0292-FA. Clase de Asunto Depósito Judicial, del Patronato Nacional de la Infancia contra Raquel Ferman Jiménez y Robert Alexis Vargas Fallas. Nota: Publíquese por tres veces consecutivas. De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las ocho horas veintinueve minutos del veinte de diciembre de dos mil veintidós. 20 de diciembre del año 2022.—Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza Decisora.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023746335 ).         3 v. 2.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de las personas menores de edad Yessica Andrea Fallas Ortega y Sara Arguedas Ortega, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, para que, se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 23-000078-0292-FA. Clase de asunto: Actividad judicial no contenciosa. Nota: Publíquese tres veces consecutivas. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las diez horas con cincuenta y un minutos del trece de febrero del año dos mil veintitrés.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023746340 ).               3 v. 2.

De las presentes diligencias de depósito de las personas menores: Alisson Melissa López Bado, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a: Warmer Gerardo López Castro y Claudio Bado Traña, a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial: http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07, celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Warmer Gerardo López Castro en Naranjo, Rosario, El Hoyo, Ciudadela Pérez, de la Iglesia Católica, 600 mts. norte y a Claudia Bado Traña en Sarchí, Alto Castro, Bajo Corea, de la entrada de los semáforos, cuarta casa, a mano izquierda, color amarillo, portón negro, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos se comisiona Fuerza Pública de Naranjo y a la Fuerza Pública de Sarchí. En caso, que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Se le previene e a la parte actora que queda a su disposición las comisiones a fin de que las diligencie personalmente. Licda. Marjorie de Los Ángeles Salazar Herrera, Jueza. Expediente N° 22-000911-0687-FA. Clase de Asunto Depósito Judicial. NOTA: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia, (Materia de Familia).—Licda. Marjorie de Los Ángeles Salazar Herrera, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023746352 ).               3 v. 2.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las personas menores de edad Ana Carolina López Delgadillo, María Celeste López Delgadillo, Anthony Josué Obregón López y Valentina Quirós López, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 23-000453-0292-FA. Clase de Asunto Abreviado de Suspensión de Patria Potestad. Nota: Publíquese por tres veces consecutivas. De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las once horas con treinta y tres minutos del doce de abril del año dos mil veintitrés.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza 02.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023747781 ).     3 v. 2.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Indira Sidney Anis Breto Mendoza, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 22-002119-0292-FA. Clase de asunto depósito judicial del Patronato Nacional de la Infancia contra Evelyn Del Valle Breto Mendoza. Nota: Publíquese por tres veces consecutivas. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la secretaría de la corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de marzo de 2023.—Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023747782 ).          3 v. 2.

Se convoca a todas aquellas personas que tuvieran derecho al ejercicio de la tutela sobre la persona menor de edad Eduardo Villalobos Medina, para que se presenten dentro del plazo de quince días, a partir de la última publicación. N° 23-000328-0292-FA. Clase de asunto: Actividad judicial no contenciosa. Nota: Publíquese por tres veces consecutivas. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las diez horas con cuarenta y tres minutos del veinticuatro de marzo del año dos mil veintitrés.—Licda. Laura Marcela Alfaro Vargas, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021C.Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023747786 ).                                              3 v. 2.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de la persona menor de edad Assly Elena Arroyo Picado, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Maricruz Picado Rodríguez y Sebastián Adonay Arroyo Trejos, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente N° 23-000051-0292-FA. Clase de Asunto actividad judicial no contenciosa. Nota: publíquese tres veces consecutivas. De conformidad con la circular N° 67- 09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las trece horas con cuarenta y siete minutos del diez de febrero del año dos mil veintitrés, 10 de febrero del año 2023.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud68-2017-JA.—( IN2023746347 ).                                                                                 3 v. 1.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de la persona menor de edad Daniela Michelle Espinoza Morales, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 23-000069-0292-FA. Clase de asunto: Actividad judicial no contenciosa. Nota: Publíquese tres veces consecutivas. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las nueve horas con treinta y dos minutos del trece de febrero del año dos mil veintitrés.—Licda. Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023746923 ).                            3 v. 1.

Licda. María Vita Monge Granados Juez(a) del Juzgado de  Familia, Penal Juvenil y Contra La Violencia Doméstica de Turrialba (Familia); hace saber a Heiner Augusto Montoya documento de identidad 0303830567 Calvo, Pamela Alejandra Royo Solano con cédula de identidad número 0304120825, vecinos de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado en su contra, bajo el expediente número 22-000317-0675-FA-W donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia, Penal Juvenil y contra La Violencia Doméstica de Turrialba (Familia).-  A las catorce horas ocho minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintitrés.- De la anterior demanda abreviada suspensión de patria potestad con depósito judicial de la persona menor de edad establecida por el accionante  Patronato Nacional De La Infancia, se confiere traslado a la accionada(o)  Heiner Augusto Montoya Calvo, Pamela Alejandra Royo  Solano por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas.-Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones.- En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno.  Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la  Oficina  De  Comunicaciones  Judiciales y Otras  Comunicaciones; Turrialba de este circuito. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.- Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en  sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- “Se exhorta a las partes a que  suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.- Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.-” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia.   Notifíquese esta resolución al (los) demandado(s), personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real.- Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales.- Para estos efectos, se comisiona  a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; .-  En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales.-Se le previene a la parte interesada, que para efectos de la diligencia en cuestión, si a bien lo tiene, deberá señalar un medio para atender notificaciones ante la autoridad comisionada, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.- Artículos 11, 34, 35, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009.-  Tome nota la parte interesada lo dispuesto por la circular Nª52012 emanada por el Consejo Superior del Poder Judicial; en el sentido de que, cuando se señale fax, casillero y/o estrados judiciales, se aplicará de manera analógica el artículo 15 de la Ley de Notificaciones Judiciales, en el sentido de que las partes se reservarán las copias de la demanda y/o escrito inicial, y se apersonarán al despacho para obtener en formato digital un archivo con la comisión, u obtengan dicha información digital, por medio del sistema de gestión en línea, lo anterior conforme a las políticas institucionales de  cero papel. Por otra PARTE MEDIDA CAUTELAR DEPÓSITO PROVISIONAL: Del estudio de los autos tiene la suscrita que; el ente promovente solicita el depósito provisional  de la persona menor de edad Pía Isabella Montoya Royo, en el hogar de su abuela materna Gladys Yadwicia Solano Vargas; ahora bien, en aras de la protección de la persona menor de edad ante la situación que se expone de alto riesgo, el Patronato Nacional de la Infancia está legitimado para hacer el depósito provisional de la persona menor de edad en la familia o institución que estime apropiado, y como dicha medida entraña suma gravedad, ya que supone la separación de la persona menor de edad de su familia natural, la Institución debe acudir, dentro de un término razonable, ante el Juez de Familia, para que éste revise la legalidad de la medida cautelar adoptada y determine si ésta es o no procedente. Dichas medidas son disposiciones cautelares para proteger a las personas menores de edad, válidas provisionalmente, en tanto el Juez de Familia interviene y resuelve definitivamente, ya que de lo contrario podría resultar que por un acto administrativo se decidiera sobre la guarda ( nuevamente a sus padre ) o; crianza y educación de las personas menores de edad en algún recurso familiar, comunal, o institucional. De modo que, una vez adoptada ese tipo de medidas, como en este caso, el Patronato Nacional de la Infancia debe acudir, dentro de un término razonable, a la vía jurisdiccional respectiva y someter a conocimiento del Juez la medida acordada para que éste se pronuncie al respecto, sin esperar a que el procedimiento de declaratoria administrativa de abandono esté concluido.” (Sentencia Nº1033-94 de las 11:15 horas del 18 de febrero de 1994). -El resaltado no es del original- De igual forma, el Código de la Niñez y la Adolescencia (Ley número 7739 del seis de enero de mil novecientos noventa y ocho) contempla en su artículo 5 ° que toda acción pública o privada concerniente a una persona menor de dieciocho años deberá considerar su interés superior, el cual le garantiza el respeto de sus derechos en un ambiente físico y mental sano, en procura del pleno desarrollo personal. Particularmente, impone esa normativa que las instituciones integrantes del Sistema Nacional de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia garantizarán el respeto por el interés superior de la persona menor de edad. Caso concreto.  A la luz de lo anterior, con vista en el expediente administrativo, siendo que por resolución administrativa  de las DOCE HORAS DIECISIETE MINUTOS DEL OCHO DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO OLTU-00122- 2015; el Pani dispuso una medida de protección de abrigo temporal en beneficio de la persona menor de edad de marras, hasta por un plazo de seis meses, a efectos de proteger los derechos de dicha persona menor de edad, garantizar el respeto de los mismos en un ambiente físico y mental sano, en procura del pleno desarrollo personal siendo este su mejor interés, concluye quien resuelve que, resulta procedente ordenar en forma provisional el depósito de la persona menor de edad Pía Isabella Montoya Royo, en el hogar de su abuela materna Gladys Yadwicia Solano Vargas.  Notifíquese-  Licda. María Vita Monge Granados. Juez(a). Lo anterior se ordena así en proceso abreviado suspensión de autoridad parental de Patronato Nacional de la Infancia Contra Heiner Augusto Montoya Calvo, Pamela Alejandra Royo Solano; Expediente  22-000317-0675-FA-W. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional.- Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con la circular N° 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Contra  La Violencia Doméstica de Turrialba (Familia), 17 de marzo del año  2023.—Licda. María Vita Monge Granados, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023747716 ).

El Colegio de Abogados y de Abogadas de Costa Rica, avisa: Que la Junta Directiva, constituida en Consejo de Disciplina, sesión 43-22, acuerdo 2022-43-185, le impuso a la Licda. Nicole Ariana Mendoza Rivera, carné 26646, nueve meses y quince días de suspensión en el ejercicio de la profesión de la abogacía. Rige a partir de su publicación. (Expediente administrativo 004-21 (4)).—Lic. Carlos Villegas Méndez, Fiscal.—1 vez.—O.C. Nº 3170.—Solicitud Nº 422649.—( IN2023747796 ).

Hace saber a Marcial Luna Martínez, documento de identidad indocumentado, demás datos desconocidos, dirección desconocida, que en este despacho se interpuso un proceso depósito judicial en su contra, bajo el expediente número 23-000086-1343-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y contra la Violencia Doméstica de Sarapiquí (Familia), a las catorce horas diecinueve minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintitrés. De las presentes diligencias de depósito de la persona menor de edad Brayan Steven Luna Villalta, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Marcial Luna Martínez, a quién se le previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en la gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el consejo superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. “Igualmente se les invita a utilizarel sistema de gestión en línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del poder judicial, http://www.poder-judicial.go.cr si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Así mismo, por haberlo así dispuesto el consejo superior, en concordancia con la política de género del poder judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Así mismo, siendo que el presente proceso es un depósito judicial en el cual no se está desplazando ningún derecho de la persona menor de edad, en aplicación de los principios de oralidad, inmediatez, concentración, celeridad, gratuidad, publicidad, etc., que rigen en la materia de niñez (artículos 105, 106, 107, 108, 112, 113, 114 y 115), se ordena notificar al demandado Marcial Luna Martínez, por medio de edicto, que se publicará por una única vez en el Boletín Judicial, asimismo se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Se ordena el depósito judicial provisional de la persona menor de edad Brayan Steven Luna Villalta a cargo de la señora Yasuara Saray Rivera Villalta cédula 702420336. Para lo anterior se le previene a la representante legal del patronato nacional de la infancia que a fin de que ésta acepte el cargo conferido la deberá presentar a estrados judiciales dentro del tercer día de la notificación de la presente resolución. Msc. Kenneth Alonso Monge Palma, Juez.- jhidalgos. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la secretaría de la corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Expediente N° 23-000086-1343-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y contra la Violencia Doméstica de Sarapiquí (Familia), a las catorce horas veintiséis minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintitrés. 23 de marzo del año 2023.—Msc. Kenneth Alonso Monge Palma, Juez/a Tramitador/a.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023747812 ).

Msc. Luz Amelia Ramírez Garita. Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Jhon Jairo Jaramillo Vásquez, en su carácter personal, quien es mayor, de domicilio desconocido, pasaporte pcc98501544, se le hace saber que en demanda abreviado de divorcio. Exp. 21-001181-0292-FA, establecida por Maricel Marleni Alvarado González contra Jhon Jairo Jaramillo Vásquez, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: sentencia de primera instancia N° 2023000271. Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. A las catorce horas con cero minutos del veintiocho de febrero del año dos mil veintitrés. Proceso abreviado de divorcio establecido por Maricel Marleni Alvarado González, mayor de edad, costarricense, casada en primeras nupcias, portadora de la cédula de identidad dos - quinientos cincuenta-cero ochocientos siete, de oficios domésticos, vecina de Alajuela, los Ángeles de Sabanilla, contra Jhon Jairo Jaramillo Vásquez, mayor de edad, colombiano, casado en primeras nupcias, portador del pasaporte PCC nueve ocho cinco cero uno cinco cuatro cuatro, de ocupación y domicilio desconocido. Por tanto De acuerdo a lo expuesto, y artículos 51 y 52 de la Constitución Política; 1, 2, 5, 6, 8, 11, 34, 41, 48 y 57 del Código de Familia; se declara con lugar la demanda abreviada de divorcio interpuesta por Maricel Marleni Alvarado González contra Jhon Jairo Jaramillo Vásquez y se falla de la siguiente forma: Primero: Se declara disuelto el vínculo matrimonial que une a Maricel Marleni Alvarado González y a Jhon Jairo Jaramillo Vásquez. Segundo: se exime a Maricel Marleni Alvarado González y a Jhon Jairo Jaramillo Vásquez del pago de pensión alimentaria del uno para con el otro. Tercero: No existen bienes gananciales. No obstante, de existir bien alguno, cada cónyuge adquiere el derecho de participar en el cincuenta por ciento de los bienes con carácter de gananciales que se constaten en el patrimonio del otro excónyuge en fase de ejecución de sentencia, como lo dispone el numeral 41 del Código de Familia. Cuarto: No existen hijos o hijas que a la fecha sean menores de edad procreados en el matrimonio. Quinto: Se resuelve la presente litis sin especial condenatoria en costas. Una vez firme la sentencia, mediante ejecutoria, inscríbase en el Registro Civil, Sección de Matrimonios de la Provincia de Alajuela, al tomo ciento ochenta y tres, folio: cuatrocientos noventa y ocho, asiento: novecientos noventa y cinco. Notifíquese. Elena García Rodríguez. Jueza.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023747821 ).

Expediente 18-000015-0958-CI. En virtud del artículo 157.4 del Código Procesal Civil, Ley N° 9342 se notifica a los anotantes de las siguientes fincas:

A) Finca del partido de San José, matrícula número 1-417761-000: expediente número 14-002163-0173-LA, proceso ordinario laboral, actora: Mónica Jiménez Murillo, cédula de identidad número 1-1453-0427. Expediente número 14002003-0173-LA, proceso ordinario laboral, actor: Diego Alonso Bermúdez Castillo, cédula de identidad número 1-1254-0892. Expediente número 15-000734-0173-LA, proceso ordinario laboral, actor: Bryan Mauricio Castro Gómez, cédula de identidad número 1-1394-0070. Expediente 14-002026-0173-LA, proceso ordinario laboral, actor: Álvaro Andrés Marín Gutiérrez, cédula de identidad número 1-1507-0049. Expediente 16-000780-0173-LA, proceso ordinario laboral, actor: Pedro Diego Hernández Zúñiga, cédula de identidad número 1-1406-0280. Expediente 16-000002-0166-LA, proceso ordinario laboral, actor: Ricardo Alberto Calvo Calvo, cédula de identidad número 1-0544-0357. Que se celebrará remate en este despacho con la base de doscientos diez millones cuarenta y un mil doscientos cuarenta y cuatro colones exactos (¢210.041.244,00) y libre de gravámenes y anotaciones, para lo cual se señalan las 09:00 de la mañana del día 08 de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las 09:00 de la mañana del día 16 de mayo de dos mil veintitrés con la base de ciento cincuenta y siete millones quinientos treinta mil novecientos treinta y tres colones exactos (¢157.530.933,00) (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 09:00 de la mañana del día 24 de mayo de dos mil veintitrés con la base de cincuenta y dos millones quinientos diez mil trescientos once colones (¢52.510.311,00) (25% de la base original). B)  Finca del partido de Alajuela, matrícula número 2-304537-000: Expediente número 14-002453-0173-LA, proceso ordinario laboral, actor: Carlos Mejías Espinoza, cédula de identidad número 1-1042-0650. Expediente número 14-002163-0173-LA, proceso ordinario laboral, actora: Mónica Jiménez Murillo, cédula de identidad número 1-1453-0427. Expediente número 14-002003-0173-LA, proceso ordinario laboral, actor: Diego Alonso Bermúdez Castillo, cédula de identidad número 1-1254-0892. Expediente número 15-000734-0173-LA, proceso ordinario laboral, actor: Bryan Mauricio Castro Gómez, cédula de identidad número 1-1394-0070. Expediente 14-002026-0173-LA, proceso ordinario laboral, actor: Álvaro Andrés Marín Gutiérrez, cédula de identidad número 1-1507-0049. Expediente 16-000780-0173-LA, proceso ordinario laboral, actor: Pedro Diego Hernández Zúñiga, cédula de identidad número 1-1406-0280. Expediente 16-000002-0166-LA, proceso ordinario laboral, actor: Ricardo Alberto Calvo Calvo, cédula de identidad número 1-0544-0357. Que se celebrará remate en este despacho y con una base de ciento dos millones seiscientos cincuenta y siete mil ochocientos cincuenta colones exactos (¢102.657.850,00) y libre de gravámenes y anotaciones. Para lo cual se señalan las 11:00 de la mañana del día 08 de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las 11:00 de la mañana del día 16 de mayo de dos mil veintitrés con la base de setenta y seis millones novecientos noventa y tres mil trescientos ochenta y siete colones con cincuenta céntimos (¢76.993.387,50) (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 11:00 de la mañana del día 24 de mayo de dos mil veintitrés con la base de veinticinco millones seiscientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y dos colones con cincuenta céntimos (¢25.664.462,50) (25% de la base original). C)  Finca del partido de Alajuela, matrícula número 2-266002-000: expediente número 14-002453-0173-LA, proceso ordinario laboral, actor: Carlos Mejías Espinoza, cédula de identidad número 1-1042-0650. Expediente número 14-002163-0173-LA, proceso ordinario laboral, actora: Mónica Jiménez Murillo, cédula de identidad número 1-1453-0427. Expediente número 14-002003-0173-LA, proceso ordinario laboral, actor: Diego Alonso Bermúdez Castillo, cédula de identidad número 1-1254-0892. Expediente número 15-000734-0173-LA, proceso ordinario laboral, actor: Bryan Mauricio Castro Gómez, cédula de identidad número 1-1394-0070. Expediente 16-000780-0173-LA, proceso ordinario laboral, actor: Pedro Diego Hernández Zúñiga, cédula de identidad número 1-1406-0280. Expediente 16-000002-0166-LA, proceso ordinario laboral, actor: Ricardo Alberto Calvo Calvo, cédula de identidad número 1-0544-0357. Que se celebrará remate en este despacho y con una base de setenta y dos millones novecientos setenta y dos mil ochocientos colones exactos (¢72.972.800,00); y libre de gravámenes y anotaciones, para lo cual se señalan las 02:00 de la tarde del día 08 de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las 02:00 de la tarde del día 16 de mayo de dos mil veintitrés con la base de cincuenta cuatro millones setecientos veintinueve mil seiscientos colones exactos (¢54.729.600,00) (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 02:00 de la tarde del día 08 de mayo de dos mil veintitrés con la base de dieciocho millones doscientos cuarenta y tres mil doscientos colones exactos (¢18.243.200,00) (25% de la base original). D)  Finca del partido de Cartago, matrícula número 3-096428-000: expediente número 14-002163-0173-LA, proceso ordinario laboral, actora: Mónica Jiménez Murillo, cédula de identidad número 1-1453-0427. Expediente número 14-002003-0173-LA, proceso ordinario laboral, actor: Diego Alonso Bermúdez Castillo, cédula de identidad número 1-1254-0892. Expediente número 15-000734-0173-LA, proceso ordinario laboral, actor: Bryan Mauricio Castro Gómez, cédula de identidad número 1-1394-0070. Expediente 16-000780-0173-LA, proceso ordinario laboral, actor: Pedro Diego Hernández Zúñiga, cédula de identidad número 1-1406-0280. Expediente 16-000002-0166-LA, proceso ordinario laboral, actor: Ricardo Alberto Calvo Calvo, cédula de identidad número 1-0544-0357. Que se celebrará remate en este despacho y con una base de veintiséis millones seiscientos cuatro mil colones exactos (¢26.604.000,00); y libre de gravámenes y anotaciones, para lo cual se señalan las 03:30 de la tarde del día 08 de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las 03:30 de la tarde del día 08 de mayo de dos mil veintitrés con la base de diecinueve millones novecientos cincuenta y tres mil colones exactos (¢19.953.000,00) (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 03:30 de la tarde del día 08 de mayo de dos mil veintitrés con la base de seis millones seiscientos cincuenta y un mil colones (¢6.651.000,00) (25% de la base original). E) Finca del partido de Guanacaste, matrícula número 5-140129-000: expediente número 14-002163-0173-LA, proceso ordinario laboral, actora: Mónica Jiménez Murillo, cédula de identidad número 1-1453-0427. Expediente número 14-002003-0173-LA, proceso ordinario laboral, actor: Diego Alonso Bermúdez Castillo, cédula de identidad número 1-1254-0892. Expediente número 15-000734-0173-LA, proceso ordinario laboral, actor: Bryan Mauricio Castro Gómez, cédula de identidad número 1-1394-0070. Expediente 16-000780-0173-LA, proceso ordinario laboral, actor: Pedro Diego Hernández Zúñiga, cédula de identidad número 1-1406-0280. Expediente 16-000002-0166-LA, proceso ordinario laboral, actor: Ricardo Alberto Calvo Calvo, cédula de identidad número 1-0544-0357. Que se celebrará remate en este despacho y con una base de ciento nueve millones setecientos veintiún mil seiscientos colones exactos (¢109.721.600,00); y libre de gravámenes y anotaciones, para lo cual se señalan las 09:00 de la mañana del día 09 de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las 09:00 de la mañana del día 17 de mayo de dos mil veintitrés con la base de ochenta y dos millones doscientos noventa y un mil doscientos colones exactos (¢82.291.200,00) (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 09:00 de la mañana del día 09 de mayo de dos mil veintitrés con la base de veintisiete millones cuatrocientos treinta mil cuatrocientos colones exactos (¢27.430.400,00) (25% de la base original). F)  Finca del partido de Guanacaste, matrícula número 5-086913-000: expediente número 14-002163-0173-LA, proceso ordinario laboral, actora: Mónica Jiménez Murillo, cédula de identidad número 1-1453-0427. Expediente número 14-002003-0173-LA, proceso ordinario laboral, actor: Diego Alonso Bermúdez Castillo, cédula de identidad número 1-1254-0892. Expediente número 15-000734-0173-LA, proceso ordinario laboral, actor: Bryan Mauricio Castro Gómez, cédula de identidad número 1-1394-0070. Expediente 16-000780-0173-LA, proceso ordinario laboral, actor: Pedro Diego Hernández Zúñiga, cédula de identidad número 1-1406-0280. Expediente 16-000002-0166-LA, proceso ordinario laboral, actor: Ricardo Alberto Calvo Calvo, cédula de identidad número 1-0544-0357. Que se celebrará remate en este despacho y con una base de base de ciento diecinueve millones trescientos veintiséis mil cuatrocientos colones exactos (¢119.326.400,00); y libre de gravámenes y anotaciones, para lo cual se señalan las 11:00 de la mañana del 09 de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las 11:00 de la mañana del 17 de mayo de dos mil veintitrés con la base de ochenta y nueve millones cuatrocientos noventa y cuatro mil ochocientos colones exactos (¢89.494.800,00) (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 11:00 de la mañana del 25 de mayo de dos mil veintitrés con la base de veintinueve millones ochocientos treinta y un mil seiscientos colones (¢29.831.600,00) (25% de la base original). G)  Finca del partido de Puntarenas, matrícula número 6-110565-000-Expediente número 14-002163-0173-LA, proceso ordinario laboral, actora: Mónica Jiménez Murillo, cédula de identidad número 1-1453-0427. Expediente número 14-002003-0173-LA, proceso ordinario laboral, actor: Diego Alonso Bermúdez Castillo, cédula de identidad número 1-1254-0892. Expediente número 15-000734-0173-LA, proceso ordinario laboral, actor: Bryan Mauricio Castro Gómez, cédula de identidad número 1-1394-0070. Expediente 16-000780-0173-LA, proceso ordinario laboral, actor: Pedro Diego Hernández Zúñiga, cédula de identidad número 1-1406-0280. Expediente 16-000002-0166-LA, proceso ordinario laboral, actor: Ricardo Alberto Calvo Calvo, cédula de identidad número 1-0544-0357. Que se celebrará remate en este despacho y con una base de treinta y cinco millones trescientos veintinueve mil novecientos ochenta colones exactos (¢35.329.980,00); y libre de gravámenes y anotaciones, para lo cual se señalan las 2:00 de la tarde del día 17 de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las 2:00 de la tarde del día 25 de noviembre de dos mil veintidós con la base de veintiséis millones cuatrocientos noventa y siete mil cuatrocientos ochenta y cinco colones exactos (¢26.497.485,00) (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 2 de la tarde del 5 de diciembre de dos mil veintidós con la base de ocho millones ochocientos treinta y dos mil con cuatrocientos noventa y cinco colones (¢8.832.495,00) (25% de base original). H)  Finca del partido de Limón, matrícula número 7-029510-000. Expediente número 14-002163-0173-LA, proceso ordinario laboral, actora: Mónica Jiménez Murillo, cédula de identidad número 1-1453-0427.Expediente número 14-0020030173-LA, proceso ordinario laboral, actor: Diego Alonso Bermúdez Castillo, cédula de identidad número 1-1254-0892. Expediente número 15-000734-0173-LA, proceso ordinario laboral, actor: Bryan Mauricio Castro Gómez, cédula de identidad número 1-1394-0070. Expediente 16-000780-0173-LA, proceso ordinario laboral, actor: Pedro Diego Hernández Zúñiga, cédula de identidad número 1-1406-0280. Expediente 16-000002-0166-LA, proceso ordinario laboral, actor: Ricardo Alberto Calvo Calvo, cédula de identidad número 1-0544-0357. Que se celebrará remate en este despacho y con una base de ciento veinticuatro millones novecientos dos mil doscientos cincuenta colones exactos (¢124.902.250,00); y libre de gravámenes y anotaciones, para lo cual se señalan las 3:30 de la tarde del día 17 de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las 3:30 de la tarde del día 25 de noviembre de dos mil veintidós con la base de noventa y tres millones seiscientos setenta y seis mil seiscientos ochenta y siete colones con cincuenta céntimos (¢93.676.687,50) (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 3:30 de la tarde del día 05 de diciembre de dos mil veintidós con la base de treinta y un millones doscientos veinticinco mil quinientos sesenta y dos colones con cincuenta céntimo (¢31.225.562,50) (25% de la base original). Lo anterior por ordenarse así dentro del proceso quiebra promovido por Gloria Elena Bonilla Olaso contra Radio Mensajes Sociedad Anónima, expediente N° 18-000015-0958-CI. Nota: Sin fecha límite publicación.—Juzgado Concursal, 02 de noviembre del 2022.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez Concursal.—1 vez.—( IN2023748922 ).

Licenciado Pablo Amador Villanueva, Juez del Juzgado de Familia de Heredia, al señor Reiford Jesús Chacón Arias, mayor de edad, costarricense, soltero, portador de la cédula de identidad número 4-0181-0211, de oficio y paradero desconocido, se le hace saber que en proceso abreviado de suspensión de los atributos de la responsabilidad parental, bajo el número de expediente 19-000712-0364-FA establecido por Mevelyn Pamela Castro Zamora, mayor de edad, costarricense, soltera, docente, portadora de la cédula de identidad número 1-1195-0924, vecina de San Pablo de Heredia, contra Reiford Jesús Chacón Arias, mayor de edad, costarricense, soltero, portador de la cédula de identidad número 4-0181-0211, de oficio y paradero desconocido. Se le confirió audiencia al Patronato Nacional de la Infancia de esta localidad. Se nombró como curador procesal al Lic. Carlos Alfonso Martínez Chaves, quien aceptó el cargo y juró cumplirlo fielmente, se ordena notificarle por edicto, La Sentencia que en lo conducente dice: N°2021000085. Juzgado de Familia de Heredia, a las dieciocho horas cuarenta y ocho minutos del trece de enero de dos mil veintiuno. Proceso abreviado de suspensión de los atributos de la responsabilidad parental, bajo el número de expediente 19-000712-0364-FA establecido por Mevelyn Pamela Castro Zamora, mayor de edad, costarricense, soltera, docente, portadora de la cédula de identidad número 1-11950924, vecina de San Pablo de Heredia, contra Reiford Jesús Chacón Arias, mayor de edad, costarricense, soltero, portador de la cédula de identidad número 40181-0211, de oficio y paradero desconocido. Se le confirió audiencia al Patronato Nacional de la Infancia de esta localidad. Se nombró como curador procesal al Lic. Carlos Alfonso Martínez Chaves, quien aceptó el cargo y juró cumplirlo fielmente. Resultando: ... Considerando: ... Por Tanto: “De acuerdo a lo expuesto, y artículos 51, 52 y 55 de la Constitución Política; 1, 2, 5, 6, 8, 115 y siguientes, 140, 141, 143, 159 y 160 del Código de Familia; 3 de la Convención de los Derechos del Niños y 5 y 105 del Código de la Niñez y la Adolescencia y se deniegan las excepciones de falta de capacidad o defectuosa representación, falta de derecho, falta de legitimación activa y pasiva y falta de acción, opuestas por el curador procesal del demandado y se declara Con Lugar la demanda abreviada interpuesta por Mevelyn Pamela Castro Zamora contra Reiford Jesús Chacón Arias, a quién se le Suspende del ejercicio de los atributos de la responsabilidad parental que tiene de la menor de edad Monserrath De Los Ángeles Chacón Castro, ello por un plazo de cinco años dentro del cual podrá propiciar -a pedido exclusivo del propio demandado acciones con el fin de tener algún acercamiento con su hija que pueda modificar su conducta para con ella y sus responsabilidades, para que pueda recupera el derecho suspendido, acciones que el despacho aprobará según su naturaleza; siendo que en caso de no ser posible o no haber interés pasado el plazo indicado, a pedido de la parte actora, podría revertirse esta suspensión en una pérdida del derecho. Se exime a parte demandada, como perdedora de la litis, del pago de costas del proceso. Publíquese un extracto de esta sentencia en el Boletín Judicial por una única vez. Hágase saber. MSC. Pablo Amador Villanueva, Juez de Familia”. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una vez.—Juzgado de Familia de Heredia.—Msc. Pablo Amador Villanueva, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023749025 ).

En otro orden de ideas se avisa al señor Fernando Enrique Guerreo Umaña, mayor, nicaragüense, únicos datos conocidos, que en este Juzgado se tramita el expediente nº23-000448-1302-FA, correspondiente a Diligencias de Depósito Judicial de menor, promovidas por el Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se aprueben las respectivas medidas de protección en relación a la persona menor de edad Nahomy Zuley Guerrero Avendaño y Jeikel Jonjansel Mora Avendaño. Se le concede el plazo de tres días, para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias. Nota: 1- De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. 2- Por medio de edicto se publicará una vez. Expediente N° 23-000448-1302-FA. Clase de Asunto procesos especiales.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las nueve horas con dos minutos del catorce de abril del año dos mil veintitrés. 14 de abril del año 2023.—Msc. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023749026 ).

Licda. María Vita Monge Granados, Jueza del Juzgado de Familia, Penal Juvenil y contra la Violencia Doméstica de Turrialba (Familia); hace saber a Andrés Gilberto Paniagua Chaves, documento de identidad N° 0303940880, vecino de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado de suspensión de la autoridad parental, en su contra, bajo el expediente número 22-000472-0675-FA-D donde se dictó la resolución que literalmente dice: Juzgado de Familia, Penal Juvenil y contra la Violencia Doméstica de Turrialba (Familia), a las once horas veinte minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintitrés. De la anterior demanda abreviada de suspensión de los atributos de la responsabilidad parental establecida por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado a Andrés Gilberto Paniagua Chaves y Yesenia de los Ángeles Sánchez Núñez por el plazo perentorio de diez días, para que se opongan a la demanda o manifiesten su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrán oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberán expresar con claridad las razones que tengan para su negativa y los fundamentos legales en que se apoyan. Respecto de los hechos de la demanda, deberán contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechazan por inexactos, o si los admiten como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberán ofrecer las pruebas que tuvieren, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a los demandados, que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del Despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión N° 78-07 celebrada el 18 de octubre de 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Vista la medida cautelar que solicita el ente actor se resuelve: El otorgamiento de la custodia de una persona menor, encierra un análisis cuidadoso y un estudio previo. No debe ser una decisión tomada a la ligera, ni únicamente de naturaleza legal, sino con intervención de aspectos medulares que es sabido inciden positiva o negativamente en el desarrollo de la personalidad de un sujeto en proceso de crecimiento y de formación, y por esa razón, la nueva doctrina de la protección integral que emana de la nueva legislación de niñez y adolescencia, con la asunción de dispositivos para asegurar a la niñez el cumplimiento de sus derechos, ha de tenerse muy en cuenta para resolver lo más conveniente (Artículo 3° de la Convención sobre los Derechos del Niño, y numerales 5, 23 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia). Luego de realizar un estudio pormenorizado de la prueba que aporta el Patronato Nacional de la Infancia, quien resuelve estima totalmente procedente la medida cautelar solicitada, toda vez que la persona menor de edad de marras requieren de protección, cuidados y atenciones que sus padres no pueden brindar. Por todo lo anterior, en aras de resguardar los Derechos de la persona menor de edad se otorga a la señora Julieth Amalia Bell Paniagua, el depósito provisional de la persona menor de edad Yariel Andrés Paniagua Sánchez. Notifíquese a la señora Yesenia de los Ángeles Sánchez Núñez en estrados judiciales. Ahora bien, vista la recepción de prueba recibida el ocho de diciembre de dos mil veintidós dónde indican los testigos que se desconoce una posible dirección del señor Andrés Gilberto Paniagua Chaves y habiéndose agotado los medios de localización del señor Paniagua para notificar el presente asunto, se nombra como Curadora Procesal para que lo represente en este proceso a la abogada Sandra Isabel González Pinto, cédula de identidad N° 8-0079-0337; a quien se le previene que en caso de anuencia deberá apersonarse a este Despacho dentro del plazo de cinco días para aceptar el cargo conferido. Si no comparece, se entenderá que no lo acepta y se nombrará otro en su lugar. Asimismo, se le previene que, en caso de no hacerlo al momento de aceptar el cargo, deberá en el primer escrito que presente señalar medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias y se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Notifíquese. Lo anterior se ordena así en proceso abreviado de suspensión de patria potestad de Patronato Nacional de la Infancia contra Andrés Gilberto Paniagua Chaves y Yesenia de los Ángeles Sánchez Núñez. Expediente N° 22-000472-0675-FA-D. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con la circular N° 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y contra la Violencia Doméstica de Turrialba (Familia), 04 de abril del año 2023.—Licda. María Vita Monge Granados, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023749034 ).

Licenciada Viria Artavia Quesada, Jueza del Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Contra la Violencia Doméstica de Turrialba (Familia), a Cristian Madriz Segura, cédula de identidad 3-0319-0024, en su carácter padre registral, se le hace saber que en proceso incidente de depósito de persona menor de edad, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificar por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba (Materia Familia). A las ocho horas veintiséis minutos del veintiuno de noviembre de dos mil veintidós. Del anterior incidente de remoción de depósito, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere audiencia por el plazo de diez días hábiles a los padres registrales Cristian Madriz Segura y Erenia De Los Ángeles Cerdas Otárola. Con respecto de los hechos de la demanda expondrá(n) con claridad si los rechaza(n) por inexactos o si los admite(n) como ciertos o con variantes o rectificaciones; también manifestará(n) con claridad las razones que tenga(n) para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye(n). En la misma oportunidad ofrecerá(n) las pruebas que estime(n) pertinentes, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos, y los hechos a que deberá de referirse cada uno de éstos. Asimismo, se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar medio y lugar, éste último dentro del circuito judicial de este Despacho donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente. (Artículos 6 y 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales N° 7637 del 21 de octubre de mil novecientos noventa y seis). Notifíquese esta resolución al señor Cristian Madriz Segura personalmente, sita en: Turrialba, Las Américas del Salón Comunal 125 metros al norte, casa verde. Notifíquese esta resolución a la señora Erenia Cerdas Otárola personalmente, sita en: Turrialba, Carmen Lyra, casa 466 color terracota. Para lo cual se comisiona a la Oficina de Citaciones y Comunicaciones Judiciales de Turrialba. Expediente 14-000105-0675-FA. Nota: Publíquese por una única vez. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba (Materia Familia).—Licda. Viria Artavia Quesada, Jueza de Familia.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023749035 ).

Por haberse ordenado así y de conformidad con el artículo 157.4 del código procesal civil, se procede notificarle a Didáctica Multimedia S. A. representada por María Del Rosario Cascante Serrano cédula de identidad:1-0431-0872 en su condición de anotante las siguientes resoluciones: Expediente: 14-017532-1012-CJ-1. Proceso: Ejecución hipotecaria actor/a: Municipalidad de San José demandado/a: Marisol Abarca Astorga Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, a las dieciocho horas y tres minutos del veinte de noviembre del año dos mil catorce. Se tiene por establecido el proceso ejecución hipotecaria en contra de Marisol Abarca Astorga a quien(es) se le(s) previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.- Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el consejo superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Señala el artículo 21.3 de la Ley de Cobro Judicial Nº 8624 que “... En defecto de convenio, a elección del ejecutante, servirá de base el monto que se determine mediante avalúo pericial o el valor registrado, cuando los bienes tengan asignado un valor tributario o fiscal actualizado en los últimos dos años. En los demás casos se procederá al avalúo, el cual será realizado por expertos de la lista oficial, salvo el caso de inopia absoluta o relativa...”, previo realizar señalamiento para remate, deberá aportar la parte actora certificación del valor tributario o fiscal del bien inmueble, que no exceda el plazo indicado, o bien, de conformidad con el principio de economía procesal y a efecto de proceder con el nombramiento de perito calificado, deberá depositarse la suma prudencial de cuarenta y siete mil trescientos colones exactos, para responder en forma provisional a los emolumentos del profesional a designar, sin que dicha suma implique en forma definitiva el monto total de sus honorarios, ya que estos dependerán no sólo de la labor desplegada, sino acorde con la tabla de honorarios de peritos aprobada por el consejo superior del poder judicial.- la misma deberá depositarse en la cuenta automatizada N° 140175321012-1, de este juzgado, en el banco de costa rica.- una vez efectuado el depósito deberá comunicarse al despacho mediante la comprobación del depósito, a efecto de proceder con su nombramiento. De la anterior liquidación de intereses, se confiere audiencia por tres días al (los) demandado(s). Se ordena anotar la presente demanda al margen de inscripción del(la)(las) finca(s) dada(s) en garantía. Al tenor del artículo 21.4, párrafo último de la ley de cobro judicial, por el improrrogable plazo de ocho días, se emplaza al (los) anotante(es) Didáctica Multimedia S. A.; para que en la persona de su(s) legítimo(s) representante(s), se apersone(n) a los autos en defensa de sus derechos.- Apórtese la personería de Didáctica Multimedia S. A., así como la(s) de su(s) representante(s), para efectos de notificación, lo que a la postre se ordena, y por ende indíquese dirección para notificarla(s). Numerales 102 y 103 Ibidem. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.- Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.-”Notifíquese esta resolución al (los) demandado(s), personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para notificar a la parte demandada, se comisiona delegado de la policía de proximidad de paso ancho. “Se le hace saber a la parte actora que la comisiones que entregue al despacho para ser tramitadas por correo interno, deben venir completas, con su debida carátula, resolución documento firmado digitalmente por: intimatoria y las copias de ley, bajo apercibimiento de no poder ser tramitadas. Notifíquese. F/Licda. Jessika Fernández Cubillo. YCRUZ y la resolución del Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José (Sección Primera). De las once horas veintiséis minutos del trece de abril de dos mil veintitrés. Visto el escrito ingresado al despacho con fecha electrónica 25/01/2023, se resuelve: se rechaza la solicitud de prescindir de notificar a la sociedad Didáctica Multimedia S. A., por improcedente. Por solicitud de la parte actora y de conformidad con el artículo 157.4 del Código Procesal Civil, en vista de que se han agotado los medios para notificar a la sociedad Didáctica Multimedia S. A. representada por María Del Rosario Cascante Serrano cédula de identidad:1-0431-0872, se ordena notificarle la resolución de las dieciocho horas y tres minutos del veinte de noviembre del año dos mil catorce, así como la presente resolución por medio de edicto, el mismo será publicado una vez en el Boletín Judicial. Así mismo, se le concede el plazo de cinco días a la Sociedad Didáctica Multimedia S.A. en su condición de anotante para que se apersone a hacer valer sus derechos. Maureen Cecilia Vargas Solano, Juez/a Tramitador/a. Por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de municipalidad de San José contra Marisol Abarca Astorga. Expediente Nº 14-017532-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José (Sección Primera), 13 de abril del año 2023.—Maureen Cecilia Vargas Solano, Juez/a Tramitador/a.—1 vez.—( IN2023749066 ).

Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Jhon Jairo Jaramillo Vásquez, en su carácter personal, quien es mayor, de domicilio desconocido, pasaporte PCC98501544, se le hace saber que en demanda abreviado de divorcio. Expediente Nº 21-001181-0292-FA, establecida por Maricel Marleni Alvarado González contra Jhon Jairo Jaramillo Vásquez, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Sentencia de primera instancia N° 2023000271. Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las catorce horas con cero minutos del veintiocho de febrero del año dos mil veintitrés. Proceso abreviado de divorcio establecido por Maricel Marleni Alvarado González, mayor de edad, costarricense, casada en primeras nupcias, portadora de la cédula de identidad dos-quinientos cincuenta-cero ochocientos siete, de oficios domésticos, vecina de Alajuela, Los Ángeles de Sabanilla, contra Jhon Jairo Jaramillo Vásquez, mayor de edad, colombiano, casado en primeras nupcias, portador del pasaporte PCC nueve ocho cinco cero uno cinco cuatro cuatro, de ocupación y domicilio desconocido. Por tanto: De acuerdo a lo expuesto, y artículos 51 y 52 de la constitución política; 1, 2, 5, 6, 8, 11, 34, 41, 48 y 57 del Código de Familia; se declara con lugar la demanda abreviada de divorcio interpuesta por Maricel Marleni Alvarado González contra Jhon Jairo Jaramillo Vásquez y se falla de la siguiente forma: Primero: Se declara disuelto el vínculo matrimonial que une a Maricel Marleni Alvarado González y a Jhon Jairo Jaramillo Vásquez. Segundo: Se exime a Maricel Marleni Alvarado González y a Jhon Jairo Jaramillo Vásquez del pago de pensión alimentaria del uno para con el otro. Tercero: no existen bienes gananciales. No obstante, de existir bien alguno, cada cónyuge adquiere el derecho de participar en el cincuenta por ciento de los bienes con carácter de gananciales que se constaten en el patrimonio del otro excónyuge en fase de ejecución de sentencia, como lo dispone el numeral 41 del Código de Familia. Cuarto: No existen hijos o hijas que a la fecha sean menores de edad procreados en el matrimonio. Quinto: se resuelve la presente litis sin especial condenatoria en costas. Una vez firme la sentencia, mediante ejecutoria, inscríbase en el Registro Civil, Sección de Matrimonios de la provincia de Alajuela, al tomo ciento ochenta y tres, folio: cuatrocientos noventa y ocho, asiento: novecientos noventa y cinco. Notifíquese. Nota: Publíquese por una única vez. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Elena García Rodríguez, Jueza.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023749131 ).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito del menor Justin Alonso Castro Herrera, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. En otro orden de ideas se avisa a la señora Dagoberto Castro Alvarado-Martha Leticia Herrera Velásquez, mayores, nicaragüense, únicos datos conocidos, que en este Juzgado se tramita el expediente Nº 23-000436-1302-FA., correspondiente a Diligencias de Depósito Judicial de menor, promovidas por el Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia de los Chiles, Frontera Norte, donde se solicita que se apruebe el depósito de la menor Justin Alonso Castro Herrera. Se le concede el plazo de tres días, para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias. Expediente N° 23-000436-1302-FA. Clase de Asunto actividad judicial no contenciosa. Nota: 1- De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. 2- Por medio de edicto se publicará una vez.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las quince horas con veinte minutos del once de abril del año dos mil veintitrés.—Msc. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023749134 ).

Lic. Pablo Amador Villanueva, Juez del Juzgado de Familia de Heredia, al señor  Reiford Jesús Chacón Arias, mayor de edad,  costarricense, soltero, portador de la cédula de identidad número 4-0181-0211, de oficio y paradero desconocido, se le hace saber que en  proceso abreviado de suspensión de los atributos de la responsabilidad parental, bajo el número de expediente 19-000712-0364-FA establecido por Mevelyn Pamela Castro Zamora,  mayor de edad, costarricense, soltera, docente, portadora de la cédula de identidad  número 1-1195-0924, vecina de San Pablo de Heredia, contra Reiford Jesús Chacón Arias, mayor de edad, costarricense, soltero, portador de la cédula de  identidad número 4-0181-0211, de oficio y paradero desconocido. Se le confirió audiencia al Patronato Nacional de la Infancia de esta localidad. Se nombró como curador procesal al Lic. Carlos Alfonso Martínez Chaves, quien aceptó el cargo y juró cumplirlo fielmente, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N°2021000085.- Juzgado De Familia De Heredia, a las  dieciocho horas cuarenta y ocho minutos del trece de enero de dos mil veintiuno.-   proceso abreviado de suspensión de los atributos de la  responsabilidad parental, bajo el número de expediente 19-000712-0364-FA establecido por Mevelyn Pamela Castro Zamora,  mayor de edad,  costarricense, soltera, docente, portadora de la cédula de identidad  número 1-11950924, vecina de San Pablo de Heredia, contra Reiford Jesús Chacón Arias,   Juzgado de Familia de Heredia  Poder Judicial mayor de edad, costarricense, soltero, portador de la cédula de  identidad número 40181-0211, de oficio y paradero desconocido. Se le confirió audiencia al Patronato  Nacional de la Infancia de esta localidad.- Se nombró como curador procesal al Lic. Carlos Alfonso Martínez Chaves, quien aceptó el cargo y juró cumplirlo fielmente. Resultando: ... Considerando: ... Por tanto: “ De acuerdo a lo expuesto, y  artículos 51, 52 y 55 de la Constitución Política; 1, 2, 5, 6, 8, 115 y siguientes, 140, 141, 143, 159 y 160 del Código de Familia; 3 de la  Convención de los Derechos del Niños y 5 y 105 del Código de la Niñez y la  Adolescencia y se deniegan las excepciones de falta de capacidad o defectuosa representación, falta de derecho, falta de legitimación activa y pasiva y falta de acción, opuestas por el curador procesal del demandado y se declara con lugar la  demanda abreviada interpuesta por  Mevelyn Pamela Castro Zamora contra Reiford Jesús Chacón Arias, a quién se le suspende del ejercicio de los  atributos de la responsabilidad parental que tiene de la menor de Edad  Monserrath de los Ángeles Chacón Castro, ello por un plazo de cinco años dentro del  cual podrá propiciar -a pedido exclusivo del propio demandado acciones con el fin de tener algún acercamiento con su hija que pueda modificar  su conducta para con ella y sus responsabilidades, para que pueda recupera el  derecho suspendido, acciones que el despacho aprobará según su naturaleza; siendo que en caso de no ser posible o no haber interés pasado el plazo  indicado, a pedido de la parte actora, podría revertirse esta suspensión en una  pérdida del derecho.- Se exime a parte demandada, como   perdedora de la litis, del  pago de costas del proceso.- Publíquese un extracto de esta sentencia en el Boletín Judicial por una única vez. Hágase saber. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos..Juzgado de Familia de Heredia.—MSC. Pablo Amador Villanueva, Juez de Familia.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023749351 ).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito del menor Justin Alonso Castro Herrera, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. En otro orden de ideas se avisa a la señora Dagoberto Castro Alvarado-Martha Leticia Herrera Velásquez, mayores, nicaragüense, únicos datos conocidos, que en este Juzgado se tramita el expediente nº23-000436-1302-FA., correspondiente a Diligencias de Depósito Judicial de menor, promovidas por el Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia de los Chiles, Frontera Norte, donde se solicita que se apruebe el depósito de la menor Justin Alonso Castro Herrera. Se le concede el plazo de tres días, para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias. Nota: 1-De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. 2- Por medio de edicto se publicará una vez. Expediente N°23-000436-1302-FA. Clase de Asunto actividad judicial no contenciosa.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. A las quince horas con veinte minutos del once de abril del año dos mil veintitrés. 11 de abril del año 2023.—Msc. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023749352 ).

Msc. Pablo Amador Villanueva. Juez del Juzgado de Familia de Heredia, a Mougly Eduardo Ramírez Jiménez, en su carácter personal, quien es mayor, cédula de identidad 107940528, demás calidades desconocidas, se le hace saber que en el proceso abreviado de suspensión de autoridad parental, establecido por Verónica De La Trinidad Herrera soto contra Mougly Eduardo Ramírez Jiménez, bajo el número de expediente 21-0010800364-FA, se ordena notificarle por edicto, el auto que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Heredia. A las trece horas cuarenta y dos minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno. Habiendo cumplido la parte actora con la prevención de las trece horas dieciocho minutos del doce de mayo de dos mil veintiuno (Pág.32), y siendo procedente, se tiene que del presente proceso abreviado de suspensión de autoridad parental, promovidas por Verónica De La Trinidad Herrera Soto, se confiere traslado por diez días a Mougly Eduardo Ramírez Jiménez. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio del casillero 403 de estos Tribunales, quedando las copias en el despacho para su retiro. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Si usted (parte y/o abogado) tiene acceso a internet desde su hogar o un café internet, se le insta a usar el Sistema de Gestión en Línea, a señalar este medio para recibir notificaciones, e ingresar escritos directamente al expediente; lo único que debe hacer es ingresar a la página del Poder Judicial www.poder-judicial.go.cr al link Gestión en Línea y con la clave que se le proporcionará personalmente en el despacho, usted podrá ingresar desde cualquier dispositivo electrónico a consultar su expediente, revisar sus notificaciones así como los escritos presentados, con lo anterior se evitará largas filas. Por otro lado, se advierte, que la demanda debe ser contestada en el plazo que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775). Siendo que la Ley No. 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art.58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: Fax, Correo Electrónico, Casillero y Estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art.34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Se fijan los honorarios de la persona profesional en derecho que representará a Mougly Eduardo Ramírez Jiménez en este asunto, en la suma de noventa y seis mil cincuenta colones exactos (a razón de ochenta y cinco mil colones exactos más el 13% del IVA), los cuales serán cancelados por la Administración Regional de Heredia una vez que el proceso cuente con sentencia firme de primera instancia. Para lo cual se expedirá la comunicación electrónica de rigor, por medio de SIGA-PJ. Se cita a la señora Verónica De La Trinidad Herrera Soto y a dos testigos para que comparezcan al Juzgado y, bajo juramento, respondan las preguntas que se les formularán para determinar la procedencia del nombramiento del curador o curadora procesal. Expídase y publíquese el edicto al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil, con el propósito de notificar a la parte demandada sobre estas diligencias. Todo lo anterior será satisfecho dentro del plazo de una semana bajo el apercibimiento de que, en caso de omisión, el proceso no avanzará y se podrá ordenar el archivo del expediente. Notifíquese. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez.—Juzgado de Familia de Heredia.Msc. Pablo Amador Villanueva, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023749642 ).

Se avisa al señor José Dolores Ñurinda Siles y a la señora Ángela Rosa Siles Lanzas, de domicilios y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 23-000200-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Stephanie Yelania Ñurinda Siles y Allison Monserrat Ñurinda Siles. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste (n) su conformidad o se oponga (n) en estas diligencias, expediente N° 23-000200-0673-NA. Clase de Asunto actividad judicial no contenciosa. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, a las ocho horas veinticuatro minutos del veintinueve de marzo de dos mil veintitrés, 29 de marzo del año 2023.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023749901 ).

Licenciada María Del Roció Quesada Zamora, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón); hace saber a Edgar Barrantes Arias, mayor, costarricense, agricultor, cédula de identidad: 1-0473-0312, de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado de divorcio en su contra, bajo el expediente número 22-000632-1303-FA, donde se dispuso notificarle la parte dispositiva de la sentencia número 2023000251, dictada por este despacho a las diez horas cuarenta y tres minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés, que en lo conducente Dice: “...En mérito de lo expuesto y citas de ley apuntadas Se Declara con Lugar la demanda de divorcio establecida por Lidiette Del Carmen Arias Leiva en contra de Edgar Barrantes Arias. En consecuencia, Se Decreta: a) La disolución del vínculo matrimonial que une a los cónyuges con base en la causal de separación de hecho por un término no menor a los tres años. No se declara culpable del divorcio a ninguno de los cónyuges. b) No existen bienes en calidad de gananciales. La finca del partido de San José, matrícula 570548-000, y el vehículo placa 361842 no se deben tener como bienes gananciales. c) Se dispone que, a partir de la firmeza de esta sentencia, no existirá obligación alimentaria entre los exesposos. d) Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Firme el fallo, mediante ejecutoria que se expedirá a solicitud de la persona interesada, anótese al margen del asiento de inscripción del matrimonio en la Sección correspondiente del Registro Civil. Las citas son las siguientes: Provincia de San José, tomo 0223, folio 079, asiento 0158. Expídase ejecutoria para el Registro de la Propiedad. Sección de Bienes Inmuebles. Se advierte a las partes el derecho de interponer recurso de apelación contra este fallo, dentro del plazo legal. Notifíquese. Licda. Xinia Vindas Mejía. Jueza...”. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial. De conformidad con la circular N°56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón).—Licda. María Del Rocío Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023749948 ).

Se avisa al señor Jarbin José Benavides Torres, de domicilio y demás calidades desconocidas, que, en este Juzgado, se tramita el expediente N° 21-000222-1307-FA, correspondiente a Jarbin José Benavides Torres, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito judicial, de la persona menor de edad Sherlin Dariana Benavides Cabezas. Mediante resolución de las nueve horas y veinticuatro minutos del dieciocho de abril del dos mil veintitrés, se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias. Este edicto debe ser publicado por una vez en el Boletín Judicial. Se exonera del pago de la publicación, en razón de la materia. (Circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009).—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, fecha 18 de abril del 2023.—Lic. María Marta Corrales Cordero, Jueza de Familia.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023749962 ).

Se avisa al señor Jerry Saul Saborío Vega, de domicilio y demás calidades desconocidas, que, en este Juzgado, se tramita el expediente N° 21-000156-1307-FA, correspondiente a Jerry Saul Saborío Vega, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito judicial, de la persona menor de edad Jeicoth Saborío Darley. Mediante resolución de las ocho horas cuarenta y dos minutos del quince de marzo del año dos mil veintiuno, se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias. Este edicto debe ser publicado por una vez en el Boletín Judicial. Se exonera del pago de la publicación, en razón de la materia. (Circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009).—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, fecha 17 de abril de 2023.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023750447 ).

Licenciada Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Andrey Jose Sandoval Ivancovich, se le hace saber que en demanda proceso sumarísimo de resolución de conflicto en el ejercicio de los atributos de la responsabilidad parental de autorización de salida del país, expediente 22-003185-0338-FA establecida por Melany Raquel Ramos Aguilar contra Andrey Jose Sandoval Ivancovich, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia De Cartago.- A las nueve horas cincuenta y tres minutos del once de enero de dos mil veintitrés. Se tiene por establecida el presente proceso sumarísimo de resolución de conflicto en el ejercicio de los atributos de la responsabilidad parental de autorización de salida del país por parte de Melany Raquel Ramos Aguilar.- el cual se rige por el Sistema Procesal de Oralidad; se intentará un acuerdo conciliatorio para las partes; en caso de no proceder éste la demandada tendrá el derecho a referirse a las pretensiones de la parte actora, podrá aportar la prueba documental que considere y ofrecer la demás prueba, si es de tipo testimonial deberá hacerla llegar ese día a la audiencia y se le advierte a la demandada que puede hacerse acompañar de su abogado de confianza, sin que ello sea de carácter obligatorio para su participación en la audiencia.- También se advierte a la demandada que puede, previo a la audiencia, indicar al despacho un medio para escuchar sus notificaciones, el cual puede ser de los establecidos en la normativa, sea correo electrónico (debidamente autorizado por el Poder Judicial) , fax, casillero o en estrados judiciales, esto bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere en la forma prevenida o no se pudiere efectuar la notificación por el medio señalado, mediando comprobante de transmisión electrónica o la respectiva constancia, las resoluciones posteriores le quedará notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias, salvo que se demuestre que ello se debió a causas que no le sean imputables.. Siendo que la pretensión versa sobre derechos de personas menores de edad, de conformidad con lo normado en los artículos 120 del Código Procesal Civil (Ley 7130 aún vigente para los procesos de Familia) y 111 del Código de la Niñez y Adolescencia, se tiene como interviniente en este proceso al Patronato Nacional De La Infancia, a quién se ordena notificar el mismo en la representación local de Cartago, ello por medio del Sistema de Gestión en Línea a fin de que se apersone al procedimiento para los atribuciones que le ley de brinda y si lo hace deberá indicar medio para escuchar sus notificaciones. Notifíquese personalmente o en su casa de habitación esta resolución al demandado Andrey Sandoval Ivancovich, ello en la dirección que indica la parte actora en su domicilio 100m oeste 25m norte de la escuela el Bosque Contiguo al Súper Variedades, casa color blanco con verjas de color negro, ello por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones de Cartago. Hágase saber. Nota: Publíquese por única vez. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023750980 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Ana Carolina Mora Chaves mayor, soltera, asistente, documento de identidad 0110710611, vecina de San Antonio de Desamparados, en el cual pretende cambiarse el nombre a Carolina Mora Chaves. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para que se presenten al proceso a hacer valer sus derechos según el artículo 55 del Código Civil. Expediente N° 23-000079-0217-CI-8. Nota: Se le recuerda a la persona interesada que deberá acudir a la Imprenta Nacional para cancelar los derechos de publicación de este edicto. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José, hora y fecha de emisión: quince horas con dos minutos del seis de marzo del dos mil veintitrés.—Juan Carlos Cerdas Bermúdez, Juez.—1 vez.—( IN2023756499 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Adriana Margot López Castro mayor, casada, Publicista, documento de identidad 0113470908, en el cual pretende cambiarse el nombre a Adriana mismos apellidos. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para que se presenten al proceso a hacer valer sus derechos. Artículo 55 del Código Civil. Expediente N° 23-000213-0180-CI-1. Nota: Se le recuerda a la persona interesada que deberá acudir a la Imprenta Nacional para cancelar los derechos de publicación de este edicto. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Primero Civil de San José, 27 de marzo del año 2023.—Franciny María Gutiérrez López, Juez.—
1 vez.—( IN2023756541 ).

Se avisa que en este Despacho Yadira María Barboza Jiménez, solicitan se apruebe la adopción individual de la persona menor de edad Moisés Zamora Rapson y Zarayu Zamora Rapson. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 22-000881-0673-NA. Se exonera del pago de la publicación, en razón de la materia. (Circular N° 67-09, emitida por la Secretaría del la Corte el 22 de junio de 2009).—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 31 de marzo del año 2023.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023756575 ).

Licenciado Diego Acevedo Gómez, Juez del Juzgado de Familia de Puntarenas, a Víctor Julio Aguirre Díaz, en su carácter personal , quien es mayor, cédula 0203750665, de paradero y demás calidades desconocidas, se le hace saber que en proceso actividad judicial no contenciosa de depósito judicial de persona menor de edad, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto a Víctor Julio Aguirre Díaz, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Puntarenas. A las quince horas siete minutos del cinco de julio de dos mil veintiuno. I- Por parte del Patronato Nacional de la Infancia se tiene por establecidas estas diligencias de Actividad Judicial no Contenciosa de Depósito Judicial a favor de la persona menor de edad Ashley Victoria Matarrita Jiménez. De éstas diligencias se confiere audiencia por el plazo de tres días a Neydi Roxana Jiménez Sosa y Wilber Rodin Matarrita, para que si a bien lo tienen se refieran a los hechos y pretensiones que formula el ente promovente y si, lo consideran, podrán oponerse a las mismas; además se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias, y se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. II- Notifíquese esta resolución a la señora Neydi Roxana Jiménez Sosa en forma personal o en su casa de habitación; para tal efecto se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales de este Circuito Judicial; pues ella se ubica en Puntarenas, Fray Casiano, parada 3, 200 metros Este y 25 metros al Sur, casa color rosada con verjas negras y al señor Wilber Rodin Matarrita mediante la publicación de un Edicto, que se publicará una vez en el Boletín Judicial. Medida provisional: Tal y como se solicitada por parte del ente promovente, se concede el depósito judicial provisional de la persona menor de edad Ashley Victoria Matarrita Jiménez a la señora Arabela Sosa Reyes a quienes se invita a apersonarse a este despacho para la debida aceptación del cargo conferido. Notifíquese. Diego Acevedo Gómez. Juez de Familia. Y Vista la solicitud realizada por el ente promovente en el memorial que se incorporó al expediente electrónico el veintidós de julio de dos mil veintiuno, se ordena ampliar la litis en cuanto al presunto padre biológico de la persona menor de edad Ashley Victoria Matarrita Jiménez, sea el señor Víctor Julio Aguirre Díaz y siendo que se desconoce el paradero de la parte antes citada, deberá notificársele la resolución inicial de este asunto de las quince horas siete minutos del cinco de julio de dos mil veintiuno por medio de la publicación de un Edicto, mismo que se publicará una única vez en el Boletín Judicial. Asimismo, atendiendo lo solicitado por el ente supra citado, en el escrito incorporado al expediente electrónico el treinta de setiembre de dos mil veintiuno, se ordena el depósito judicial de la persona menor de edad Ashley Victoria Matarrita Jiménez a cargo del Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese esta resolución a la depositaria judicial señora Arabela Sosa Reyes por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Puntarenas, por ser habida la misma en Puntarenas, Fray Casiano de la comisaría 125 metros al Este, casa con latas de zinc afuera, teléfono 26336826 y 88216684. Hágase saber. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Diego Armando Acevedo Gomez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud68-2017-JA.—( IN2023756599 ).

El Juzgado de Familia de Desamparados, hace saber al señor Juan Carlos Norbet Espek, mayor, costarricense, divorciado, número de cédula 8-0102- 0061, de demás calidades desconocidas, que en este despacho se tramita el proceso número 23-000392-0637-FA, que es solicitud de reconocimiento de hijo de mujer casada promovida por el señor Carlos Josué Sandí Arguedas cédula de identidad número 1-1462-0607 a favor de la persona menor de edad Mathias Josué Norbet Corrales citas de inscripción 1-2125-0750 y por lo tanto se le concede el plazo de tres días a efecto de que se apersone al presente proceso en caso de oposición correspondiente a la solicitud con la indicación de las pruebas en que se fundamenta, con la indicación de los testigos en su caso; dicho emplazamiento comenzará a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación del presente edicto. Se previene al señor Juan Carlos Norbet Espek, señalar medio para recibir notificaciones, caso contrario después de tres días de publicado el presente edicto, comenzará a aplicar la notificación automática. Publíquese una sola vez. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derecho.—Juzgado de Familia de Desamparados, 18/04/2023.—Lic. Esteban Guzmán González, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023756678 ).

Lic. Roly Arturo Bogarin Morales. Juez del Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas, (Materia Familia); hace saber a Julio Mauricio Solis Millet, mayor, cédula de identidad número, Soltero, costarricense, vecino de desconoce su domicilio, que en este Despacho se interpuso un proceso declaratoria judicial de abandono de persona menor de edad en su contra, bajo el expediente número 23-000030-0928-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas, (Familia). A las doce horas once minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintitrés. Revisado que ha sido los autos, y previo a dar la efectiva prosecución procesal al presente asunto, habiéndose recibido la prueba testimonial a efectos de demostrar la ausencia de la demandada Solange Ixayana Quirós Ortega. Se procede a fijar los honorarios del curador procesal en la en la suma de ciento trece mil colones exactos (incluido el IVA) -sin posibilidad de readecuación- que deberán ser asumidos por la Administración Regional de Liberia, así las cosas, se nombra como tal al Licenciado Dirian Sosa Mora; a quien se le previene que en caso de anuencia deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de cinco días para aceptar el cargo conferido. Si no comparece, se entenderá que no lo acepta y se nombrará otro en su lugar. Asimismo se le previene que en caso de no hacerlo al momento de aceptar el cargo, deberá en el primer escrito que presente señalar medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169- 2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. La parte interesada puede localizarlo al teléfono 8730 9243. En otro orden de ideas, se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono del menor Brad Dominic Solís Quirós, planteado por Patronato Nacional de la Infancia contra Julio Mauricio Solis Millet y Solange Ixayana Quirós Ortega, a quién se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169- 2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.- Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibidem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución al demandado Julio Mauricio Solis Millet, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Liberia. La parte demandada puede ser localizada en la siguiente dirección: Liberia, Residencial Almendrales 75 metros de la entrada, casa izquierda color naranja número A- 11. De conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil, se ordena notificar mediante edicto de notificación, la presente resolución, a la demandada ausente Solange Ixayana Quirós Ortega, el cual será enviado a la Imprenta Nacional para su publicación. Notifíquese. Lic. Roly Arturo Bogarin Morales, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso declaratoria judicial de abandono de persona menor de edad de Patronato Nacional de la Infancia contra Julio Mauricio Solis Millet y Solange Ixayana Quirós Ortega; expediente Nº23- 000030-0928-FA. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. Nota: De conformidad con la circular N° 56- 12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas, (Materia Familia), 20 de abril del año 2023.—Lic. Roly Arturo Bogarin Morales, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023758134 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados, en el proceso de adopción de mayor de edad, de Aniuska Arlet Mora Trejos, cedula de identidad número: uno uno seis cinco cinco cero siete siete seis, por parte de los señores: Mario Humberto Trejos Hidalgo y Deidad Del Carmen Alvarado Fernandez. que se tramita en sede notarial, para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan ante esta notaria, situada en San José, a reclamar o hacer las oposiciones, bajo el apercibimiento de que de no hacerlo, la adopción pasará a resolución final. Publíquese una vez. Expediente N° 0001- 020.—San José, 26 de abril del 2023.—Jesús Alberto Ramírez Campos, Notario Público.—1 vez.—( IN2023758303 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil: Jorge Emilio Arce Alvarado, mayor, divorciado, peón agrícola, cédula de identidad N° 0701870529, hijo de José Arce Retana y Estrella Alvarado Ureña, nacido en Guápiles Pococí Limón, el 20/10/1988, con 34 años de edad, y Karla Vanessa Víquez Cascante, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad N° 0114830130, hija de Carlos Víquez González y Olga Cascante Ureña, nacida en Hospital Central, San José, el 02/11/1991, actualmente con 31 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Cuatro Esquinas de Cariari, un kilómetros y medio de la delegación policial. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 23-000125-1307-FA. Este edicto de ser publicado por una sola vez. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 21 de febrero del 2023.—Lic. José Olger Valverde Leitón, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023747810 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Marvin Alcides Morera Lange, mayor, divorciado, peón agrícola, cédula de identidad número 7-163-833, vecino de Limón, Guácimo, Río Jiménez, 800 metros al norte y 800 metros oeste del cruce de Cartagena, hijo de Alcides Morera Alvarado y Lidia Lange Guido, nacido en Centro Guácimo, Limón, con 38 años de edad, y Flor Vanessa Fernández Jiménez, mayor, ama de casa, cédula de identidad número 4-204-436, vecina de Limón, Guácimo, Río Jiménez, 800 metros al norte y 800 metros oeste del cruce de Cartagena, hija de Javier Fernández Meza y Lucrecia del Carmen Jiménez Torres, nacida en Centro Central de Heredia, actualmente con 33 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 23-000435-1307-FA. Nota: De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, fecha, 14 de abril del 2023.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2023747816 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Ángello Obando Muñoz, mayor, pensionado, cédula de identidad número 7-231-398, vecino de Limón, Pococí, Roxana, frente al cementerio del Lesville casa rosada prefabricada, hijo de Wilbert Obando Cordero y Marjorie Muñoz Villegas nacido en Guápiles, Pococí, Limón, con 28 años de edad, y Indra Daiana Martínez Gómez, mayor, ama de casa y estudiante, cédula de identidad número 5-364-631, vecina de Limón, Pococí, Roxana, frente al cementerio del Lesville casa rosada prefabricada, hija de José Neybel Martínez Noguera y Delia Gómez García nacida en centro, Liberia, Guanacaste, actualmente con 35 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 23-000429-1307-FA. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, fecha, 14 de abril del 2023.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023747818 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Iván Geovanny Miles Jara, mayor, soltero, jefe de equipo, cédula de identidad número 0118240250, vecino de Alajuela, Alajuela, San Rafael, La cañada, hijo de Maritza Jara Solano y Juan Carlos Miles Castillo, ambos de nacionalidad Costarricense, nacida en Uruca Central San José, el 02/10/2001, con 21 años de edad, teléfono 8449-2598 y Angely Fabiana Laurie Alfaro, mayor, Soltera, secretaria, cédula de identidad número 0604720598, vecina de Alajuela, Alajuela, San Rafael, La Cañada, hija de Carmen Roxana Alfaro Castro y John Alexander Laurie Rojas, ambos de nacionalidad Costarricense, nacida en El Roble Central Puntarenas, el 05/05/2002, actualmente con 20 años de edad, teléfono 7214-5915. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 23-000605-0292-FA, Nota: Publíquese una vez. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, Alajuela, fecha, 27 de marzo del 2023.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023747819 ).

Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil; Fidel Ruiz Santos, mayor, soltero, pensionado, cédula de identidad número 0901000038, vecino de Puntarenas, Corredores, Paso Canoas, San Miguel, hijo de Manuela Santos Santos y Pablo Ruiz Flores ambos padres de nacionalidad panameña, dice ser persona indígena de Etnia Guamy, nacido en Canoas Corredores Puntarenas, el 01/01/1957, con 66 años de edad, y Maritza De Los Ángeles Chacón Méndez, mayor, soltera, oficios domésticos y pensionada, cédula de identidad número 0601760953, vecina de la misma dirección anterior, hija de María Del Carmen Méndez Sánchez y Manuel Chacón Cisneros, nacida en Parrita Aguirre Puntarenas hija de ambos padres costarricenses el 28/03/1963, actualmente con 60 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 23-000177-1304-FA. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la secretaría de la corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia y contra la Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Familia), Corredores, Ciudad Neily, fecha, 14 de abril del año 2023.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023747828 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Marvin Alcides Morera Lange, mayor, divorciado, peón agrícola, cédula de identidad número 7-163-833, vecino de Limón, Guácimo, Río Jiménez, 800 metros al norte y 800 metros oeste del cruce de Cartagena, hijo de Alcides Morera Alvarado y Lidia Lange Guido nacido en Centro Guácimo, Limón, con 38 años de edad, y Flor Vanessa Fernández Jiménez, mayor, ama de casa, cédula de identidad número 4-204-436, vecina de Limón, Guácimo, Río Jiménez, 800 metros al norte y 800 metros oeste del cruce de Cartagena, hija de Javier Fernández Meza y Lucrecia del Carmen Jiménez Torres nacida en Centro Central de Heredia, actualmente con 33 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 23-000435-1307-FA. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 14 de abril del 2023.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023749125 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer Matrimonio Civil Angello Obando Muñoz, mayor, pensionado cédula de identidad número 7-231-398, vecino de Limón, Pococí, Roxana, frente al cementerio del Lesville casa rosada prefabricada, hijo de Wilbert Obando Cordero y Marjorie Muñoz Villegas nacido en Guápiles, Pococí, Limón, con 28 años de edad, y Indra Daiana Martínez Gómez, mayor, ama de casa y estudiante, cédula de identidad número 5-364-631, vecina de Limón, Pococí, Roxana, frente al cementerio del Lesville casa rosada prefabricada, hija de José Neybel Martínez Noguera y Delia Gómez García nacida en Centro Liberia Guanacaste, actualmente con 35 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 23-000429-1307-FA, Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, fecha, 14 de abril del 2023.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023749127 ).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Iván Geovanny Miles Jara, mayor, soltero, jefe de equipo, cédula de identidad número 0118240250, vecino de Alajuela, Alajuela, San Rafael, La Cañada, hijo de Maritza Jara Solano y Juan Carlos Miles Castillo, ambos de nacionalidad costarricense, nacida en Uruca, Central, San José, el 02/10/2001, con 21 años de edad, teléfono: 8449-2598; y Angely Fabiana Laurie Alfaro, mayor, soltera, secretaria, cédula de identidad número 0604720598, vecina de Alajuela, Alajuela, San Rafael, La Cañada, hija de Carmen Roxana Alfaro Castro y John Alexander Laurie Rojas, ambos de nacionalidad costarricense, nacida en El Roble, Central, Puntarenas, el 05/05/2002, actualmente con 20 años de edad, teléfono: 7214-5915. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 23-000605-0292-FA. Nota: Publíquese una vez. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, Alajuela, fecha 27 de marzo del 2023.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023749129 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil: Fidel Ruiz Santos, mayor, soltero, pensionado, cédula de identidad N° 0901000038, vecino de Puntarenas, Corredores, Paso Canoas, San Miguel, hijo de Manuela Santos Santos y Pablo Ruiz Flores, ambos padres de nacionalidad panameña, dice ser persona indígena de Etnia Guamy, nacido en Canoas Corredores Puntarenas, el 01/01/1957, con 66 años de edad, y Maritza de los Ángeles Chacón Méndez, mayor, soltera, oficios domésticos y pensionada, cédula de identidad N° 0601760953, vecina de la misma dirección anterior, hija de María del Carmen Méndez Sánchez y Manuel Chacón Cisneros, nacida en Parrita Aguirre Puntarenas, hija de ambos padres costarricenses el 28/03/1963, actualmente con 60 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 23-000177-1304-FA. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese.—Juzgado de Familia y Contra la Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, (Familia), Corredores, Ciudad Neily, 14 de abril del 2023.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023749133 ).

Han comparecido ante este despacho solicitando contraer matrimonio civil la señora Eva Marcela Martínez Contrera, mayor, divorciada, estudiante y empleada doméstica, portadora de la cédula de identidad número 801110520, hija de Sacarías Martínez Villareal y Mercedes Contrera Obando, nacida en Nicaragua Rivas el 03-11-1982, con 40 años, y el señor Kairo Josué Baltodano, mayor, soltero, constructor, con pasaporte nicaragüense número C02215898, hijo de Eudomilia de Jesús Baltodano Fernández, nacido en Nicaragua Managua el 29-10-2000, con 22 años, ambos vecinos de Heredia. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este juzgado dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. Expediente 230005060364FA. Nota: Publíquese una sola vez. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio del 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Heredia, 08/03/2023.—Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023749638 ).

Han comparecido ante este despacho solicitando contraer matrimonio civil Rodrigo Pinto Santamaría, mayor, viudo, pensionado, portador de la cédula de identidad número 0800860713, hijo de Víctor Pinto y Josefa Santamaría, nacido en Chiriquí, Panamá, con 67 años de edad, y Alicia del Carmen Urbina Baldelomar, mayor, soltera, oficial de seguridad privada, portadora de la cédula de identidad número 0701250862, hija de Eusebio Urbina Espinoza y Emilia Baldelomar López, nacida en Bonifacio, Central, Limón, con 45 años de edad, ambos vecinos de Heredia, San Rafael. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este juzgado dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación del edicto, expediente 230003590364FA. Nota: publíquese una sola vez. De conformidad con la circular Nº 67-09 emitida por la Secretaria de la Corte el 22 de junio del 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige este materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Heredia, 17 de febrero del 2023.—MSc. Ricardo Núñez Montes De Oca, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023749639 ).

Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil, el señor: Bryan Cortés Pérez, mayor, divorciado, instalador de artes gráficas, cédula de identidad número 0112910965, hijo de Nancy Cortés Pérez, nacido en el Hospital, Central, San José, el 23/09/1986, con 36 años de edad; y la señora Stephanie Vanessa Ledezma Esquivel, mayor, divorciada, operaria, cédula de identidad número 0113480425, hija de Hugo Gerardo Ledezma Guzmán y Jacqueline Esquivel Rivas, nacida en el Hospital, Central, San José, el 02/04/1988, con 34 años de edad, ambos vecinos de Santo Domingo, Heredia. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Juzgado dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. Expediente N° 23-000312-0364-FA. Nota: Publíquese una sola vez. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaria de la Corte el 22 de junio del 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige este materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Heredia, 11 de febrero de 2023.—Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023749640 ).

Sergio de Jesús Chavarría Salazar, mayor, de 50 años de edad, viudo de Cecilia Sánchez Rojas anterior matrimonio en Liberia Guanacaste, técnico en informática, de nacionalidad costarricense, nacido el 06 de diciembre de 1972, vecino de Cerbatana, del Bar Reyes, 100 metros al sur este, casa de color azul a mano izquierda, cédula de identidad número 1-842-236, teléfono 8847-72-09, hijo de Rafael Chavarría Salazar y Amada Salazar Jiménez, ambos de nacionalidad costarricense, y Lilliam Milagro Segura Sáenz, mayor, soltera, de 43 años de edad, empleada doméstica, de nacionalidad costarricense, nacida el 11 de abril de 1980, vecina de Cerbatana, del Bar Reyes, 100 metros al sur este, casa de color azul a mano izquierda, cédula de identidad número 1-1072-303, teléfono 8303-46-48, hija de Álvaro Segura Herrera y María Cecilia Sáenz Jiménez, costarricense, han comparecido ante este Juzgado, solicitando contraer matrimonio civil. Si alguna persona conoce impedimento para que se realice este matrimonio deberá hacerlo saber a este Despacho, dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto. Este edicto se publicará solo una vez. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2019, se le comunica que en virtud de gratuita que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Expediente N° 23-000095-1530-FA.—Juzgado Civil de Trabajo y Familia de Puriscal, Santiago, 14 de abril de 2023.—Lic. Diana Castillo Pérez, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-201-JA.—( IN2023749641 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil; Fidel Ruiz Santos, mayor, Soltero, Pensionado, cédula de identidad número 0901000038, vecino de Puntarenas, Corredores, Paso Canoas, San Miguel, hijo de Manuela Santos Santos y Pablo Ruiz Flores ambos padres de nacionalidad panameña, dice ser persona indígena de Etnia Guamy, nacido en Canoas Corredores Puntarenas, el 01/01/1957, con 66 años de edad, y Maritza De Los Ángeles Chacón Méndez, mayor, Soltera, Oficios Domésticos y Pensionada, cédula de identidad número 0601760953, vecina de la misma dirección anterior, hija de María del Carmen Méndez Sánchez y Manuel Chacón Cisneros, nacida en Parrita Aguirre Puntarenas hija de ambos padres Costarricenses el 28/03/1963, actualmente con 60 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 23-000177-1304-FA.—Juzgado de Familia y contra la Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Familia), Corredores, Ciudad Neily, 14 de abril del año 2023.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023749902 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Manuel de Jesús León Cordero, mayor, chofer de maquinaria pesada, cédula de identidad número 7-067-361, vecino de Limón, Pococí, Guápiles, 75 metros norte del antiguo restaurante Manolos, frente al residencial Montelimar, hijo de Agustín León León y Leticia Cordero Mora nacido en Guápiles, Pococí, Limón, con 63 años de edad, y Ana Lucía Vargas Céspedes, mayor, ama de casa, cédula de identidad número 7-112-289, vecina de Limón, Pococí, Guápiles, 75 metros norte del antiguo Restaurante Manolos, frente al residencial Montelimar, hija de Eduardo Vargas Musia y Miriam Céspedes Arias nacida en Guápiles, Pococí, Limón, actualmente con 49 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 23-000430-1307-FA. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, fecha 14 de abril del 2023.—Licda. Isabel Ortiz Fernández, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023750440 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Kevin Yoel Calderón Sánchez, mayor, soldador cédula de identidad número 1-1673-820, vecino de Limón, Guácimo, Pocora, Barrio el Carmen, frente a la escuela 100 metros al sur, hijo de Carlos Alberto Calderón Bernard y Ruth Elenia Sánchez Zúñiga nacido en Carmen Central de San José, con 25 años de edad, y Gerlyn Samanta Garro Segura, mayor, ama de casa, cédula de identidad número 1-1637-569, vecina de Limón, Guácimo, Pocora, Barrio el Carmen, frente a la escuela 100 metros al sur, hija de Guillermo Arturo Garro Arias y Silvia Yesenia Segura Díaz nacida en Carmen Central de San José, actualmente con 26 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente. Nº23-000443-1307-FA. Nota: De conformidad con la circular N° 67- 09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 14 de abril del 2023.—Licda. Isabel Ortiz Fernández, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023750443 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Ariel Abarca Venegas, mayor, trabajador independiente cédula de identidad número 1-1560-040, vecino de San José, la Uruca, Rositer Carballo, la Uruca detrás de la cancha multiuso casa color blanca N° 14 hijo de Gerardo Ant. Abarca González y Karol Yajaira Venegas García nacido en Uruca Central San José, con 29 años de edad, y Paola Solano Montero mayor, estudiante, cédula de identidad número 7-313-066, vecina de Limón, Guácimo, Guácimo de la estación del tren 50 metros oeste, 50 metros al norte, casa a mano derecha de cemento con verjas negras, hija de Pablo Ariel Solano Sandoval y Maura Dayana Montero Esquivel, nacida en Guápiles Pococí, Limón, actualmente con 18 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 23-000165-1307-FA. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, Fecha, 13 de febrero del 2023.—Lic. José Olger Valverde Leitón, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2023750445 ).

Licda. María Marta Corrales Cordero, jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil la señora Teresita Monge Calvo, mayor, soltera, ama de casa, de veinticinco años de edad, hija de Luis Giovanni Monge Quirós y Luzmilda Calvo Caballari, portadora de la cédula de identidad número siete-cero dos cinco cuatro-cero cuatro cuatro seis, nacida el veintiuno de agosto del año mil novecientos noventa y siete, vecina de Limón, Guácimo, Las Aralias, cuarta entrada, casa F-14; y el señor Estiven Josué Cantillano Vargas, mayor, soltero, operario de obra gris, de treinta y tres años de edad, hijo de Isabel Cristina Cantillano Vargas, portador de la cédula de identidad número uno-uno cuatro uno nueve-cero cuatro seis tres, nacido el veintiséis de diciembre del año mil novecientos ochenta y nueve, vecino de Limón, Guácimo, Las Aralias, cuarta entrada, casa F-13. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 23-000433-1307-FA. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Este edicto debe ser publicado solo una vez en el Boletín Judicial. Este edicto debe ser publicado solo una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 17 de abril del año 2023.—María Marta Corrales Cordero, Decisor/a.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud68-2017-JA.—( IN2023750452 ).

Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil la señora Teresita Monge Calvo, mayor, soltera, ama de casa, de veinticinco años de edad, hija de Luis Giovanni Monge Quirós y Luzmilda Calvo Caballari, portadora de la cédula de identidad número siete-cero dos cinco cuatro-cero cuatro cuatro seis, nacida el veintiuno de agosto del año mil novecientos noventa y siete, vecina de Limón, Guácimo, Las Aralias, cuarta entrada, casa F-14; y el señor Estiven Josué Cantillano Vargas, mayor, soltero, operario de obra gris, de treinta y tres años de edad, hijo de Isabel Cristina Cantillano Vargas, portador de la cédula de identidad número uno-uno cuatro uno nueve cero cuatro seis tres, nacido el veintiséis de diciembre del año mil novecientos ochenta y nueve, vecino de Limón, Guácimo, Las Aralias, cuarta entrada, casa F-13. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 23-000433-1307-FA. Este edicto debe ser publicado solo una vez en el Boletín Judicial. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Este edicto debe ser publicado solo una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 17 de abril del año 2023.—María Marta Corrales Cordero, Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023750722 ).

Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, la señora Yonderlin Priscilla Zúñiga Pérez, mayor, soltera, estudiante, de veintitrés años de edad, hija de Randall Zúñiga García y Martha Eugenia Pérez Camacho, portadora de la cédula de identidad número seis-cero cuatro cinco siete-cero ocho dos cero, nacida el nueve de febrero del año dos mil, vecina de Limón, Guácimo, veinticinco metros este de la Farmacia Talamanca; y el señor Steven Araya Castro, mayor, divorciado, supervisor de ventas, de treinta y tres años de edad, hijo de Marvin Araya Álvarez y Marta Castro Fajardo, portador de la cédula de identidad número siete-cero uno nueve cinco-cero tres uno seis, nacido el diecisiete de noviembre del año mil novecientos ochenta y nueve, vecino del mismo domicilio que la anterior promovente. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 23-000427-1307-FA. Este edicto debe ser publicado solo una vez en el Boletín Judicial. Nota: De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 17 de abril del año 2023.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023750723 ).

Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil Gustavo Alonso Castillo Madriz, mayor, costarricense, soltero, trabaja en mantenimiento, cédula de identidad número 0111270952, vecino de Quircot Coope Rosales, hijo de Jeanette Castillo Madriz nacido en Hospital Central San José, el 25/01/1982, con 41 años de edad, y Silvia María Mora Centeno, mayor, costarricense, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número 0303950675, vecina de Quircot, COOPEROSALES, hija de Shirley Mora Centeno, nacida en oriental central Cartago, el 22/04/1984, actualmente con 39 años de edad si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 23-000459-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, fecha, 21 de febrero del año 2023.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023751156 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil las personas contrayentes Fabián Andrés Cordero Leiva, mayor, costarricense, soltero, asesor de ventas, cédula de identidad número 0304310739, vecino de Guadalupe de Cartago, 25m noroeste de la Iglesia Católica, hijo de Emilia María Leiva Quesada y Rafael Cordero Ramírez, ambos padres costarricenses, nacido en Oriental, Central, Cartago, el 15/11/1988, con 34 años de edad, y Jessenia Vanessa Leandro Olivares, mayor, costarricense, soltera oficios domésticos, cédula de identidad número 0304470294, vecina de la misma dirección que el anterior, hija de Otto Fabio Leandro Zúñiga y Flor María Olivares Olivares, nacida en Cartago, el 22/09/1990, actualmente con 31 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 23-000759-0338-FA. Nota: publíquese por única vez. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Cartago, fecha, 16 de marzo del año 2023.—Guadalupe Solano Patiño, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023751168 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Rafael Ángel Cascante Valverde, mayor, costarricense, Soltero, Pensionado, cédula de identidad número 0103600288, vecino de Paraíso de Cartago, hijo de Reynelda Valverde Porras y Rafael Ángel Cascante Segura, ambos padres costarricenses, nacido en San Juan De Dios Desamparados San Jose, el 01/08/1947, con 75 años de edad, y Mirta González Valerín, mayor, costarricense, Divorciada de Marvin Gerardo Hernández Redondo el 12 de abril de 2005, en San Jose, cédula de identidad número 0900980565, vecina de Paraíso de Cartago Urbanización doña Flora, hija de Laudina Valerín Araya y Vicente González González, madre costarricense y padre nicaragüense nacida en Centro Siquirres Limón, el 19/07/1967, actualmente con 55 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los OCHO DÍAS siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 23-000673-0338-FA, Nota: Publíquese por única vez. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, fecha, 07 de marzo del año 2023.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023751174 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil: Fernando Enrique Jiménez Miranda, mayor, soltero, cocinero, cédula de identidad N° 0111860741, nombre de la progenitora Yolanda Miranda Granados y nombre del progenitor Maikel Jimenez Godínez, domicilio en Urbanización las Vegas, 250 mts. este de la pulpería Bartels, el 03/11/1983, con 39 años de edad, y Giuliana León Porras, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad N° 0206320820, nombre de la progenitora Eneida Porras Arce y nombre del progenitor: Edwin Gerardo Leon Alfaro, domicilio en Centro, San Ramón, Alajuela, el 12/04/1987, actualmente con 36 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Urbanización las Vegas, 250mts este de la pulpería Bartels., Puntarenas, Buenos Aires. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 23-000047-1552-FA. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Agrario, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Buenos Aires, (Familia), Puntarenas, 3 de marzo del 2023.—Licda. Maria Fernanda Herrera Fonseca, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023751232 ).