BOLETÍN JUDICIAL DEL 26 DE MAYO DEL 2023
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEL PODER JUDICIAL
SALA CONSTITUCIONAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Avisos
Edictos
Matrimoniales
Edictos en lo Penal
CIRCULAR N° 103-2023
ASUNTO: Modificación a la Circular N° 75-2022 denominada: “Actualización de la “Lista de colaboradores
del Instituto Nacional de Seguros (INS) autorizados a revisar expedientes judiciales”.
A TODOS LOS
DESPACHOS
JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER
QUE:
El Consejo Superior del Poder
Judicial en sesión N° 18-2023 celebrada
el 07 de marzo de 2023, artículo LIV, acordó modificar el acuerdo
tomado en sesión N°
31-2022 celebrada el
07 de abril del 2022, artículo
XLVIII y por consiguiente
la Circular N° 75-2022
denominada; “Actualización
de la “Lista de colaboradores del Instituto Nacional de
Seguros (INS) autorizados a
revisar expedientes judiciales”, de la siguiente manera:
· Excluir al funcionario del
Instituto Nacional de Seguros para consultas de los expedientes electrónicos:
Nombre Juan Calos Ortiz Chávez, cédula N° 108290331.
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
Publíquese una sola vez en el
Boletín Judicial.
San José, 4 de mayo de 2023.
Lic. Carlos T. Mora Rodríguez
Subsecretario General
1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023764879
).
DEPARTAMENTO
FINANCIERO CONTABLE
AVISO
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo
N° 11 de la Ley N° 2281 “Creación del Fondo de Socorro Mutuo del Poder Judicial”, se invita a las
personas servidoras y jubilas
judiciales aquí citados, que en la actualidad se encuentran con permisos, suspensiones sin goce de salario o en disfrute de jubilación (que no han podido ser notificadas), para que
dentro del plazo de diez días hábiles a partir de la publicación de este aviso, procedan a cancelar el saldo
adeudado por concepto de cuotas atrasadas, según los registros que se llevan en el
Departamento Financiero Contable del Poder Judicial mediante depósito o transferencia en la cuenta corriente N° 001-02574934,
cuenta IBAN CR81015201001025749345, que se mantiene en el
Banco de Costa Rica denominada “Fondo
de Socorro Mutuo”, cédula jurídica
2-300-042155. De no hacerlo, perderán
los derechos que como mutualista les otorga la citada Ley.
Para ver
las imágenes solo en el Boletín Judicial
con formato PDF
Adicionalmente los
siguientes casos corresponden a cuentas por cobrar de personas exfuncionarias judiciales por renuncia, para que dentro del plazo de diez días hábiles a partir de la publicación de este aviso, procedan a cancelar el saldo
adeudado por concepto de cuotas atrasadas, según los registros que se llevan en el
Departamento Financiero Contable del Poder Judicial mediante depósito o transferencia en la cuenta corriente N° 001-02574934,
cuenta IBAN CR81015201001025749345, que se mantiene en el
Banco de Costa Rica denominada “Fondo
de Socorro Mutuo” cédula jurídica 2-300-042155.
Para ver
las imágenes solo en el Boletín Judicial
con formato PDF
Nota: Se aclara que las sumas anteriormente indicadas corresponden a cuentas por cobrar
por cuotas no rebajadas en el
proceso de deducciones en períodos anteriores
al 31/03/2023; sin embargo, existen otras sumas pendientes
de recuperar a las personas anteriormente
indicadas, por cuotas por fallecimientos
ocurridos; no obstante, su recuperación fue asignada para rebajarse en períodos futuros
por lo que de no rebajarse sumaran al monto adeudado.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
N° 12 de la Ley N° 2281 “Estado de cuenta del Fondo de Socorro Mutuo del Poder Judicial”, se publica el estado de estas con corte al 31
de marzo de 2023.
Para ver
las imágenes solo en el Boletín Judicial
con formato PDF
Publíquese por una
vez en el
Boletín Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
Veinticuatro de abril de dos mil veintitrés.
MBA.
Miguel Ovares Chavarría
Jefe a. í.
1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023762657 ).
De
conformidad con lo dispuesto
en el artículo
47 bis de la Ley Orgánica Del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo
de la Comisión Institucional
De Selección y Eliminación
De Documentos (C.I.S.E.D.) En Acta Nº 02-2019 de fecha 20 de mayo de 2019, artículo
XIII y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N.º 73-19 celebrada el 20 de agosto de 2019, artículo II. Se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la
eliminación de paquetes de Expedientes de Civil De Hacienda, de los
despachos que a continuación
se detallan. la información
se encuentra remesada y custodiada en el
Archivo Judicial del II Circuito
Judicial de San José.
Para ver
las imágenes solo en el Boletín Judicial
con formato PDF
Si algún interesado
ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la publicación de este aviso. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial. Publíquese
por una vez
en el Boletín
Judicial. De Conformidad con la Circular N° 67-09
emitida por la Secretaria General de la Corte El 22 de Junio 2009, Se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, La Publicación está exenta de todo pago de derechos.
San José, 28 abril 2023.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.— ( IN2023762659 ).
ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES Y
AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, dentro de
la acción de inconstitucionalidad
número 23-0057710007-CO que promueve
Raúl Gerardo Muñoz Álvarez, se ha dictado la resolución que literalmente
dice: «Sala Constitucional de La
Corte Suprema de Justicia. San José, a las once horas dos minutos
del nueve de mayo de dos mil veintitrés.
/Se da curso a la acción de
inconstitucionalidad interpuesta
por Raúl Gerardo Muñoz Álvarez, para que se declare inconstitucional el artículo 29 de la Ley N° 7108 de 8 de noviembre
de 1988, Ley de Presupuesto Extraordinario,
por estimarlo contrario a los artículos 33 y 50 de la Constitución
Política. Se confiere audiencia por
quince días a la Procuraduría General de la República
y al Presidente del Directorio Legislativo.
La norma dispone: “Artículo
29.- El monto de las pensiones
de los señores ex Presidentes de la República será igual al monto del salario de un diputado”. Manifiesta que la norma se impugna en cuanto
la inclusión de disposiciones
de contenido no presupuestario
en las leyes de presupuesto es contraria a los incisos 1.) y 11.) del artículo 121 y 123 a 128 y 176 a 180 de la Constitución Política. Adicionalmente,
esa equiparación, sin ningún fundamento técnico ni legal, supone un abuso y un privilegio odioso. Esta acción
se admite por reunir los requisitos
a que se refiere la Ley de la Jurisdicción
Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación
del accionante proviene del
del artículo 75, párrafo 2° en cuanto
acude en defensa de los intereses difusos, como lo son el correcto manejo de fondos públicos. Publíquese por tres veces consecutivas
un aviso en el Boletín Judicial sobre
la interposición de la acción.
Efectos jurídicos de la interposición de la acción: La publicación prevista en el numeral 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional
tiene por objeto poner en
conocimiento de los tribunales y los órganos que agotan la vía administrativa, que la demanda de inconstitucionalidad
ha sido establecida, a efecto de que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de la ley, decreto, disposición, acuerdo o resolución, tampoco se dicte resolución final mientras la Sala
no haya hecho
pronunciamiento del caso. De este
precepto legal se extraen varias reglas. La primera, y quizás la más importante, es que la interposición de una acción de inconstitucionalidad no
suspende la eficacia y aplicabilidad en general de las normas. La segunda, es que solo
se suspenden los actos de aplicación de las normas impugnadas por las autoridades judiciales en los
procesos incoados ante ellas, o por las administrativas, en los procedimientos tendientes a agotar
la vía administrativa, pero no su vigencia
y aplicación en general. La
tercera es que -en
principio-, en los casos de acción directa (como ocurre
en la presente acción), no opera el efecto suspensivo de la interposición (véase voto Nº 537-91 del Tribunal Constitucional).
Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en
asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en
los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su
procedencia o improcedencia,
o para ampliar, en su caso, los
motivos de inconstitucionalidad
en relación con el asunto que les interese. Se hace saber, además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley
de Jurisdicción Constitucional
y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones
0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación
en los casos
y condiciones señaladas. La
contestación a la audiencia conferida
en esta resolución
deberá ser presentada una única vez,
utilizando solo uno de los siguientes medios: documentación física presentada directamente en la Secretaría de la Sala; el sistema de fax; documentación electrónica por medio del Sistema de Gestión
En Línea; o bien, a la dirección
de correo electrónico
Informes-SC@poder-judicial.go.cr, la cual es correo exclusivo dedicado a la recepción de informes. En cualquiera de los casos, la contestación
y demás documentos deberán indicar de manera expresa el número de expediente
al cual van dirigidos. La contestación que se rindan por medios electrónicos
deberá consignar la firma de la persona responsable
que lo suscribe, ya sea digitalizando el documento físico que contenga su firma,
o por medio de la firma
digital, según las disposiciones
establecidas en la Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos, Nº 8454, a efectos de acreditar la autenticidad de la gestión. Se advierte que los documentos generados electrónicamente o digitalizados
que se presenten por el Sistema de Gestión en Línea o por
el correo electrónico señalado, no deberán superar los 3 Megabytes. Notifíquese.
/Fernando Castillo Víquez, presidente/».
Publicar tres veces consecutivas en el Boletín
Judicial, tal y como lo
estipula el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional. “De conformidad
con el acuerdo tomado por el
Consejo Superior del Poder
Judicial, sesión N° 06-2020, Circular 19-2020, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.”
San José, 10 de mayo del 2023.
Luis
Roberto Ardón Acuña,
Secretario
1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.— ( IN2023764025
).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Dudly
Charles Thompson Thompson, fallecido
el 29 de febrero del año 2012, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 23-000024-1550-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Nota: “De conformidad con la circular
N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”. Expediente N° 23-000024-1550-LA. Licda.
Carolina Fallas Sánchez. Jueza.—Juzgado
de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, 03 de mayo del año 2023.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023765182
).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de
Juan Carlos Rojas Arrieta, mayor, cédula 0203520588, fallecido(a)
el 09 de junio del año 2022, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el Número 23-000419-0639-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 23-000419- 0639-LA. Promovidas por Michelle Rebeca
Rojas Caamaño por el fallecimiento de Juan Carlos
Rojas Arrieta. Nota: “De conformidad con la circular
N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 01 de marzo del año 2023.—Licda. Grace Agüero Alvarado, Juez(a).—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023765249 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Delvin Fernando Castrillo Hernández, mayor, soltero,
cédula de residencia y/o permiso de trabajo 155838228729, fallecido el 26 de agosto del año 2022, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proc Esp. Distribución de Prestaciones de Persona Trabajadora
Fallecida bajo el número 230004340639LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
230004340639LA. Promovidas por
Sara Yamileth Davila Padilla por el fallecimiento Delvin Fernando Castrillo
Hernández. Publíquese una
vez en el
Boletín Judicial. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela,
28/02/2023.—Licda. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023765251 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Harvin Antonio Luquez no indica 155835646009, fallecido
el 17 de marzo del año 2023, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora
fallecida bajo el Número 23-000067-0868-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por
el artículo 85 y 550 del
Código de Trabajo. Publíquese
una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 23-000067-0868-LA. Por Operadora de Pensiones de la Caja Costarricense de Seguro
Social a favor de Harvin Antonio Luquez. Nota: “De conformidad con
la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”..—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Laboral), 08 de mayo del año 2023.—Lic. Allan Barquero Durán, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2023765252 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Carlos Luis Murillo Murillo, mayor, cédula N° 0205130659, fallecido(a)
el 17 de agosto del año 2022, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proceso de Consignaciones
de Prestaciones Laborales
de Pers. Fallecidas bajo el
número 23-000597-0639-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 23-000597-0639-LA. Promovidas por Cintia Viviana Jiménez Barrantes por el fallecimiento
de Carlos Luis Murillo Murillo. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de marzo del año 2023.—Licda. Wendy Gabriela Martínez Garbanzo, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2023765254 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Filander Gerardo Soto Arce, cédula de identidad número 203120308, fallecido el 09 de octubre
del año 2013, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proceso de Consignaciones
de Prestaciones Laborales
de Pers. Fallecidas bajo el
número 22-000136-1516-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000136-1516-LA. Por a
favor de Filander Gerardo Soto Arce. Nota: “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Sede Upala
(Materia Laboral), 06 de marzo del 2023.—Licda. Mónica Marcela Mora Vílchez, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2023765255 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Jose Luis Rauda Rivas 122200256632, fallecido(a)
el 07 de noviembre del año 2022, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el Número 23-000334-1178-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. publíquese una vez en
el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000334-1178-LA. A favor de Jose Luis Rauda Rivas Nota: “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, 09 de marzo del año 2023.—M.Sc.
Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2023765288 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Jorge Humberto de
Jesús Zúñiga Mora 0302850853, fallecido(a)
el 05 de noviembre del año 2007, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers. fallecidas bajo el
número 23-000363-1178-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial, expediente N° 23-000363-1178-LA. A
favor de Jorge Humberto de Jesús Zúñiga Mora. Nota:
“De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, 13 de marzo del año 2023.—M.Sc.
Marianela Barquero Umaña, Juez(a) Tramitador(a).—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023765290 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Henner
Alvarado Sánchez 0202710548, fallecido(a) el 24 de setiembre del año 2022, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora
fallecida bajo el Número 23-000352-1178-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 23-000352-1178-LA. A
favor de Henner Alvarado Sánchez Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de San José, 13 de marzo del año 2023.—M.Sc. Marianela Barquero
Umaña, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2023765291 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Steven Robert Little único apellido en razón de su
nacionalidad 184002069311, fallecido(a)
el 30 de agosto del año 2020, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proc. esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora
fallecida bajo el número 23-000349-1178-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el
Boletín Judicial, expediente
N° 23-000349-1178-LA. A favor de Steven Robert Little único
apellido en razón de su nacionalidad.
Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de San José, 13 de marzo del año 2023.—M.Sc. Marianela Barquero
Umaña Juez(a) Tramitador(a).—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023765292
).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de
Jesús Antonio de la Trinidad Bejarano Corrales
0302750595, fallecido el 02
de febrero del año 2017 y Odilio Berajano Godínez
0301380210, fallecido el 30
de mayo del año 2018, se consideren
con derecho,
para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers. fallecidas bajo el
número 23-000309-1178-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Nota: “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la secretaría de la corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del código de trabajo,
se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”. . Expediente N°
23-000309-1178-LA. A favor de Jesús Antonio De La Trinidad Bejarano
Corrales y Odilio Berajano Godínez.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de San José, 13 de marzo del año 2023.—M.sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023765294
).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de José Gerardo Sánchez Méndez, 0113020132, fallecido(a) el 15 de agosto del año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 23-000270-1178-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín Judicial. Expediente N°
23-000270-1178-LA. A favor de José Gerardo Sánchez Méndez. Nota: “De conformidad con
la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, 19 de marzo del año 2023.—M.Sc.
Marianela Barquero Umana, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023765296 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de
Laura Isabel Zúñiga Girón
134000163900, fallecida el
30 de diciembre del año
2023, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proceso de Consignaciones
de Prestaciones Laborales
de Personas Fallecidas bajo el
Número 23-000124-1178-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 23-000124-1178-LA. A
favor de Laura Isabel Zúñiga Girón.
Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, 21 de marzo del año 2023.—M.Sc.
Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023765297
).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de
Luis Esteban Cortes Cambronero 0206770434, fallecido(a)
el 14 de diciembre del año 2022, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignación
de extremos laborales bajo el Número 23-000111-1288-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 23-000111-1288-LA. Promovido por Joselyn Retana Estrada a favor de Luis Esteban Cortes Cambronero.
Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 01 de marzo del año 2023.—Licda. Mayra Cristina Cordero Espinoza, Juez(a).—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023765299 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de
José Alfredo Siezar Rodríguez, quien
fue mayor, soltero, con último domicilio en Limón, Matina, Batan, y falleció el 09 de octubre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de
personas fallecidas bajo el
número 23- 000062-1516-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
23-000062-1516-LA. Promovido por
Petrona Del Carmen López Núñez
por el fallecimiento
de José Alfredo Siezar Rodríguez. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil, Trabajo, Agrario, Familia, Penal Juvenil y contra la Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede
Upala, (Laboral), 27 de abril del año 2023.—Licda. Mónica Marcela Mora Vílchez,
Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023765320 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes del trabajador
fallecido Isabel De Los Ángeles
Padilla Escobar, quien portó
la cédula de identidad número
8-0071-0382 y falleció el
día 25 de abril del 2020, promovido
por Carlos Roberto Lopez León, portador
de la cédula de identidad número
1-07880-621, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora
fallecida bajo el número 22-001993-0173-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
22- 001993-0173-LA. Publíquese una
vez en el
Boletín Judicial. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 08 de diciembre
del año 2022.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023765329 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de María Cristina Méndez Castro,
0101330809, fallecida el 28
de octubre del año 2022, se
consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de
Proc. Esp. Distribución de Prestaciones
de Persona Trabajadora Fallecida
bajo el número
23-000333-1178-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
23-000333-1178-LA. A favor de María Cristina Méndez Castro. Publíquese
una vez en
el Boletín
Judicial. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, 08 de marzo del año 2023.—M.Sc.
Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023765380
).
Se
cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Francisco Hidalgo Herrera,
0102600402, fallecido el 15
de noviembre del año 2022,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 23-000328-1178-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
23-000328-1178-LA. A favor de Francisco Hidalgo Herrera. Publíquese
una vez en
el Boletín
Judicial. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, 08 de marzo del año 2023.—M.Sc.
Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023765381 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes del trabajador
fallecido José Adrián Rodríguez
Quesada, quien portó la
cédula de identidad 1-1338-0455, y falleció el día 14 de agosto del 2013, promovido por Melissa Rivera Matamoros, cédula de identidad
1-1239-0453; se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora
fallecida bajo el número 22-001916-0173-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
22- 001916-0173-LA. Publíquese una
vez en el
Boletín Judicial. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 21 de noviembre
del año 2022.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023765595 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Gerardo José Zamora Bolaños
0109480816, fallecido el 05
de abril del año 2023, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de
proc esp. distribución de prestaciones
de persona trabajadora fallecida
bajo el número
23-000625-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
23-000625- 0505-LA. Por Zeidy Bolaños Diermissen a favor de Gerardo Jose Zamora Bolaños. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 28 de abril del año
2023.—Msc. Karol Baltodano
Aguilar, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023765598 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Mario Alonso Sequeira
Ávila,0113910974, fallecido el
17 de julio del año 2009,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el número 20-001454-0166- LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
20-001454-0166- LA. Por Roxiris María Ávila Murillo,
0108040005 a favor de Mario Alonso Sequeira Ávila 0113910974. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de San José, Goicoechea, 05
de noviembre del año 2020.—M.Sc. Armando Elizondo Almeida, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023765599
).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
A las ocho horas treinta
minutos del veintisiete de julio de dos mil veintitrés, en la puerta exterior de este Despacho, de la forma que se
dirá y con sus respectivas
bases, en el mejor postor remataré
lo siguiente: 1) Con una
base de ocho millones cuatrocientos setenta y dos mil ochocientos cuarenta y seis colones con ochenta y seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones bajo las citas:
394-09782-01-0961-001 y servidumbre de líneas eléctricas y de paso bajo las citas:
2016-813913-01-0001-001; sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula
número 2-549.135-000, la cual
es terreno para construir. Situada en el
distrito 4-San Jorge, cantón
14-Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte; al sur; al este, Sancho y Madrigal S.A., y al oeste,
Carlos Luis Blanco. Mide: calle
pública.
Plano: A-1880650-2016. 2) Con una base de ocho millones ochenta
mil quinientos sesenta y ocho colones con veintidós céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas: 394-09782-01-0961-001 y servidumbre
de líneas
eléctricas y de paso bajo las citas:
2016-813913-01-0001-001; sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula
número 2-549.136-000, la cual
es terreno para construir. Situada en el
distrito 4-San Jorge, cantón
14-Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso en medio
Sancho y Madrigal S.A.; al sur y este, Sancho y
Madrigal S.A. y al oeste, calle
pública.
Mide: mil ciento cuarenta y un metros cuadrados.
Plano: A-1880655-2016. 3) Con una base de cuatro millones veintitrés mil noventa y siete colones con setenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas: 394-09782-01-0961-001 y servidumbre
de líneas
eléctricas y de paso
bajo las citas: 2016-813913-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
2-549.137-000, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito
4-San Jorge, cantón 14-Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Sancho y Madrigal S.A.; al sur, servidumbre de paso en medio
Sancho y Madrigal S.A.; al este, Sancho y Madrigal
S.A. y al oeste, Melvin A. Hernández. Mide: quinientos cincuenta y un metros cuadrados. Plano: A-1900798-2016.
4) Con una base de tres millones setecientos nueve mil setecientos sesenta colones con ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas: 394- 09782-01-0961-001 y servidumbre
de líneas
eléctricas y de paso bajo las citas:
2016-813913-01-0001-001; sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula
número 2-549.138-000, la cual
es terreno para construir. Situada en el
distrito 4-San Jorge, cantón
14-Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Carmen Ramírez Cárdenas y Olma Dinora Requenes Córdoba e Isaac González Chaves; al sur y al este,
Sancho y Madrigal S.A. y al oeste, calle pública y Olma Dinora Requenes e Isaac González Chaves. Mide:
cuatrocientos ochenta y dos
metros cuadrados. Plano: A-1900799-2016. 5) Con una base de cuatro millones novecientos veintinueve mil doscientos setenta y seis colones con cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas:
394-09782-01-0961-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso bajo las citas:
2016-813913-01-0001-001 y servidumbre de paso bajo
las citas: 2017-126206-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
2-549.139-000, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito
4-San Jorge, cantón 14-Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Carmen Ramírez Cárdenas;
al sur, Sancho y Madrigal S. A.; al este, Carmen Ramírez Cárdenas y al oeste, servidumbre de paso y Sancho y Madrigal S.A. Mide: novecientos cincuenta y nueve metros cuadrados. Plano: A-1888411-2016. 6) Con una base de cuatro millones quinientos cincuenta y seis mil ochocientos veintiún colones con sesenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 394-09782-01-0961-001, servidumbre
de líneas
eléctricas y de paso bajo las citas:
2016-813913-01-0001-001 y servidumbre de paso
bajo las citas: 2017-126206-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
2-549.140-000, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito
4-San Jorge, cantón 14-Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, servidumbre de
paso y Sancho y Madrigal S.A.; al sur, Gerardo Cordero Ferreto;
este, Carmen Ramírez Cárdenas
y al oeste, Sancho y Madrigal S.A. Mide: ochocientos cuarenta y seis metros cuadrados.
Plano: A-1888989-2016. Para el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas treinta minutos del siete de agosto de dos mil veintitrés, a) con la base de seis millones
trescientos cincuenta y
cuatro mil seiscientos treinta
y cinco colones con quince céntimos (75% de la base original) por
la finca 2-549.135-000, b) con la base de seis millones
sesenta mil cuatrocientos veintiséis colones con diecisiete céntimos (75% de la
base original) por la finca: 2-549.136-000, c) con la
base de tres millones diecisiete mil trescientos veintitrés colones con treinta y tres céntimos (75% de la base original) por
la finca: 2-549.137-000, d) con la base de dos millones
setecientos ochenta y dos
mil trescientos veinte colones con seis céntimos (75% de
la base original) por la finca: 2- 549.138-000, e)
con la base de tres millones
seiscientos noventa y seis
mil novecientos cincuenta y
siete colones con cuatro céntimos (75% de la base original) por
la finca: 2-549.139-000, f) con la base de tres millones cuatrocientos diecisiete mil seiscientos dieciséis colones con veintitrés céntimos (75% de la
base original) por la finca: 2-549.140-000. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan ocho horas treinta minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintitrés a) con la base de dos millones
ciento dieciocho mil doscientos once colones con setenta y dos céntimos (25% de la
base original), por la finca: 2-549.135-000; b) con
la base de dos millones veinte
mil ciento cuarenta y dos colones con seis céntimos (25% de
la base original), por la finca: 2-549.136-000, c)
con la base de un millón cinco
mil setecientos setenta y
cuatro colones cuarenta y
cuatro céntimos (25% de la base original), por la finca: 2-549.137-000, d) con la base de novecientos veintisiete mil cuatrocientos cuarenta colones con dos céntimos (25% de
la base original), por la finca: 2-549.138-000, e)
con la base de un millón doscientos
treinta y dos mil trescientos
diecinueve colones con un céntimos (25% de la base original), por
la finca: 2-549.139-000, f) con la base de un millón ciento treinta y nueve mil doscientos cinco colones con cuarenta y un céntimos (25% de la
base original), por la finca: 2-549.140-000. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Luis Sancho Arce, Sancho y Madrigal
S. A. Expediente 22-000123-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con cuarenta y siete minutos del veintisiete de febrero del dos
mil veintitrés.—Lilliana
Garro Sánchez, Juez/a Decisor/a.—( IN2023770175 ).
En
este Despacho, al ser las diez horas cuarenta y cinco minutos del treinta de octubre de dos mil veintitrés y con la base de veinticinco
millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número 332 742-000, naturaleza:
terreno de solar lote cuarenta y uno B. Situada en el distrito
1-San Mateo, cantón 4-San Mateo, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Inversiones Jeanina de San Joaquín de Flores S.A.; al
sur, lote cuarenta y una A; al este, Inversiones Jeanina de San Joaquín de Flores S.A. y al oeste, calle Los Marañones con
un frente de 1 4.00 metros. Mide:
mil trescientos ochenta y siete metros con sesenta decímetros cuadrados. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cuarenta y cinco minutos del siete de noviembre de dos mil veintitrés
con la base de dieciocho millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del quince de noviembre
de dos mil veintitrés con la base de seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Extrusiones del Alumnos Sociedad Anónima contra
Alvimundo Sociedad Anónima, expediente
20-009578-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: veinte horas con seis minutos del veintiséis de abril
del dos mil veintitrés.—MSc.
Kenny Obaldía Salazar, Jueza
Tramitadora.—( IN2023770177 ).
En
este Despacho, con una base de seis millones ochocientos setenta y siete mil cuatrocientos setenta y un colones con sesenta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Guanacaste, matrícula
número noventa y seis mil setecientos veinticuatro, derecho
000, la cual es terreno lote 6, terreno para construir. Situada en el distrito
4-Belén,
cantón 5-Carrillo, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte,
Doris Gutiérrez
Méndez;
al sur, con frente a la misma
de 9,66 metros; al este, lote
siete y al oeste, lote cinco. Mide:
seiscientos cuarenta y cinco metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Plano: G-0347827-1996. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del seis
de julio de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del catorce de julio de dos mil veintitrés con
la base de cinco millones ciento cincuenta y ocho mil ciento tres colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veinticinco de julio de dos mil veintitrés con la base de un millón
setecientos diecinueve mil trescientos sesenta y siete colones con noventa y un céntimos (25% de la
base original). Notas: se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Industria de Prefabricados de Concreto NS de
Costa Rica Limitada SRL, Rebeca Montenegro Morales, expediente 19-001951-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz),
hora y fecha de emisión: diez horas con cincuenta y siete minutos del diecisiete de mayo del dos mil veintitrés.—Édgar
Leal Gómez, Juez Tramitador.—(
IN2023770181 ).
En
este Despacho, con una base de sesenta y cuatro millones seiscientos dieciséis mil doscientos diecinueve colones con veinticuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas: 342-12226-01-0900-001 compromisos
Ref:031647-000; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número cuarenta y seis mil novecientos veintiuno, derecho
cero cero cero, la cual es terreno para construir con 2 CASAS. Situada en el distrito
01 Puntarenas, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, calle pública con
9,93 metros de frente; al sur, Sociedad Rosmery S.A..; al este, Carmen
Urbina Matarrita y al oeste,
Lillia Benavides Carmona. Mide: doscientos
cincuenta y tres metros con
cincuenta y cuatro decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de setiembre de dos
mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de setiembre de dos
mil veintitrés con la base de cuarenta
y ocho millones cuatrocientos sesenta y dos mil ciento sesenta y cuatro colones con cuarenta y tres céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del cinco de octubre de dos mil veintitrés con
la base de dieciséis millones
ciento cincuenta y cuatro
mil cincuenta y cuatro colones
con ochenta y un céntimos
(25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Josefa Elizabeth Arce Chaves, expediente 22-001828-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas, hora y fecha de emisión:
diez horas del tres de mayo
del dos mil veintitrés.—Douglas
Quesada Zamora, Juez/a Decisor/a.—(
IN2023770182 ).
En
este Despacho, con una base de un millón doscientos noventa y tres mil seiscientos ochenta y ocho colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: MOT-644615, marca: Katana, estilo: SMX, categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas, carrocería:
motocicleta, tracción: 2x2,
año fabricación: 2018,
color: amarillo, vin: LKXYCML49J0003405, N° motor:
AD163FMLJ0018085, cilindrada: 197 C.C., combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veintisiete de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las catorce
horas cero minutos del cinco
de julio de dos mil veintitrés,
con la base de novecientos setenta
mil doscientos sesenta y
seis colones exactos (75%
de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del trece de julio de dos mil veintitrés, con la base de trescientos
veintitrés mil cuatrocientos
veintidós colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Arien
Francisco Madrigal Solís.
Expediente N° 20-000809-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de marzo del año 2023.—Isabel
Cristina Castillo Navarro, Juez/a Decisor/a.—(
IN2023770246 ).
En
este Despacho, con una base de un millón seiscientos sesenta y un mil ochocientos cincuenta y un colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: 708969, marca: Nissan, estilo: Almera SG, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
tracción: 4X2, año fabricación: 2008, color: gris, VIN: JN1CFAN16Z0113801, cilindrada: 1597 C.C. Para tal efecto se señalan las dieciséis horas cero minutos del veintisiete de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las dieciséis
horas cero minutos del cinco
de julio de dos mil veintitrés
con la base de un millón doscientos
cuarenta y seis mil trescientos
ochenta y ocho colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas cero minutos del trece de julio de dos mil veintitrés con la base de cuatrocientos
quince mil cuatrocientos sesenta
y dos colones con setenta y
cinco céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el
interesado cancelar ante la
Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga
errores que ameriten enmienda, caso en el cual
deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Deberá publicarse este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Máximo
Martín Salazar Cordero. Expediente Nº 19-021222-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 10 de marzo del año 2023.—Hellen Mora Salazar, Jueza
Decisora.—( IN2023770254 ).
En la puerta exterior de este Despacho, Con una base de ciento setenta y cinco mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número seiscientos noventa y cuatro mil ochocientos, derecho 000, la cual
es terreno terreno con un parqueo. Situada en el Distrito Pavas, Cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte Ofelia Aguilar Cazzar, Álvaro Suarez Mejido;
al sur calle pública 13.94 mts; al este Francisco Gutiérrez Quesada, Carolina Gutiérrez Luna y
Alicia Somarriba Bermúdez y
al oeste Glik S. A. Mide: cuatrocientos cuarenta y cuatro metros con diecinueve
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del tres de julio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del once de julio de dos
mil veintitrés con la base de ciento
treinta y un mil doscientos
cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del diecinueve de julio de dos mil veintitrés con la base de cuarenta
y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Municipalidad de San José contra
Salamanca Dos Mil Cinco. Exp:22-001315-1763-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José (Sección Primera). 05 de
mayo del año 2023.—Maureen Cecilia Vargas Solano, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023770299 ).
En este despacho,
con una base de dieciséis
mil doscientos dieciséis dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas CL 433991, Marca:
Fiat, estilo: Strada Trekking, Categoría:
carga liviana, Capacidad: 4
personas, Serie, chasis y Vin todos:
9BD578952HB061000, carrocería: camioneta pick-up caja abierta o cam-pu, tracción: 4x2, año fabricación: 2017, color:
negro, cilindrada: 1400 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del veintiséis de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del cuatro de julio
de dos mil veintitrés, con la base de doce mil ciento sesenta y dos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del doce de julio de dos mil veintitrés, con la base de cuatro mil cincuenta
y cuatro dólares exactos
(25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Davivienda Costa Rica S.A. contra Christian
Ignacio Brenes Sequeira. Expediente
21-000785-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de marzo del año 2023.—Licda. Alicia Francella Guzmán
Valerio, Jueza Tramitadora.—( IN2023770331 ).
En
este Despacho, con una base de ciento cuarenta mil doscientos ochenta y seis dólares con treinta y cuatro centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese
a remate la finca número: 1-141482-F-001 y 002, la cual es terreno: finca filial C
uno que es finca filial C uno destinada a uso habitacional de una planta en proceso
de construcción. Situada: en el distrito:
5-Piedades, cantón: 9-Santa Ana, de la provincia de: San José. Colinda:
al norte, área
común; al sur,
finca filial C dos; al este, parqueos,
y al oeste, área
común. Mide: ciento siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las catorce
horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de julio de
dos mil veintitrés, con la base de ciento cinco mil doscientos catorce dólares con setenta y seis
centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del doce de julio de dos mil veintitrés, con la base de treinta
y cinco mil setenta y un dólares con cincuenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto
de ley, para lo cual deberá
el interesado cancelar ante la Imprenta
Nacional los respectivos
derechos de publicación, previa revisión
del edicto a fin de cotejar
que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el
cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda (Costa Rica) Sociedad Anónima
contra Gonzalo Araya Jiménez, Priscilla María Benavides Pérez. Expediente N° 23-001520-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 15 de marzo del año 2023.—María Karina Zúñiga
Cruz, Juez/a Decisor/a.—(
IN2023770332 ).
En este Despacho,
con una base de doscientos trece mil novecientos cuarenta y un dólares con dieciocho centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
295-13923-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 42215-F-000, la cual es terreno Naturaleza: finca filial
uno de dos plantas destinada
a uso habitacional en proceso de construcción.
Situada en el distrito: 04-San Rafael cantón:
15-Montes de Oca de la provincia de San José. Linderos: norte, Corporación de Inversiones y Finanzas Egulago Sociedad Anónima, sur, área común libre destinada a juegos infantiles con un frente de diez metros noventa y un centímetros, este, calle pública con un frente
de veinticuatro metros con noventa
y un centímetros, oeste, Constructora Brenes y Salas
Sociedad Anónima, Finca filial dos y acceso vehicular con un frente de
tres metros con cuarenta y nueve centímetros. Mide: cuatrocientos diecinueve metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: SJ-0943374-2004. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veinte de junio del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las ocho
horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de junio del dos mil veintitrés, con
la base de ciento sesenta
mil cuatrocientos cincuenta
y cinco dólares con ochenta y ocho centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del seis de julio del dos mil veintitrés, con
la base de cincuenta y tres
mil cuatrocientos ochenta y
cinco dólares con veintinueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Davivienda (Costa Rica) Sociedad Anónima contra María del Rocío Brenes Silesky, Reumaclinic Sociedad Anónima. Expediente N° 23-001187-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 22 de marzo del año 2023.—Susana Cristina Mata Gómez, Jueza
Decisora.—( IN2023770333 ).
En
este Despacho, con una base de trece millones cuatrocientos setenta y ocho mil seiscientos ochenta y cuatro colones con noventa y tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas y Restricciones, citas: 303-15185-01-0901-033; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número doscientos cuarenta y un mil ochenta y siete, derecho cero cero cero, la cual
es terreno para la agricultura.
Situada en el distrito 1-San Isidro de El
General, cantón 19-Pérez Zeledón,
de la provincia de San José. Colinda:
al norte: calle pública,
Lilliam Fonseca Fallas y Juan Rafael Prado Carvajal;
al sur: Faustino Barboza Porras, Inversiones Mariel
del Sur S. A. y calle pública; al este:
Inversiones Mariel del Sur S. A., Lilliam Fonseca Fallas y calle pública; y al oeste: calle pública, Faustino Barboza Porras y
Temporalidades de la Diócesis
de San Isidro del General. Mide: siete
mil cuatrocientos cinco
metros con cincuenta y seis decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintiocho de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del seis de julio
de dos mil veintitrés con la base de diez millones ciento
nueve mil trece colones con setenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del catorce de julio de dos mil veintitrés con la base de tres millones trescientos sesenta y nueve mil seiscientos setenta y un colones con veintitrés céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Alejandro Padilla Mena contra Inversiones Mariel del
Sur Sociedad Anónima,
Jesús
de la Trinidad Ávila
Umaña. Expediente N°
20-001563-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, hora y fecha de emisión: quince horas con treinta
y seis minutos del veinte
de abril del dos mil veintitrés.—Franz
Castro Solís, Jueza Tramitadora.—(
IN2023770339 ).
En
este Despacho, con una base de ochocientos cincuenta y un mil doscientos noventa y un colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas:
MOT 532858, marca: Katana, estilo:
CRM, categoría: motocicleta,
capacidad: 2 personas, serie,
chasis y VIN todos:
LLCLPJC01HE100075, carrocería: motocicleta, tracción: 2x2, año fabricación: 2017, color: rojo, cilindrada:
150 C.C. Para tal efecto se
señalan las once horas quince minutos
del catorce de junio de dos
mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas quince minutos del veintidós
de junio de dos mil veintitrés,
con la base de seiscientos treinta
y ocho mil cuatrocientos sesenta y ocho colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas quince minutos del tres
de julio de dos mil veintitrés,
con la base de doscientos doce
mil ochocientos veintidós colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra José Francisco Montero
Arias. Expediente N° 18-008027-1044-CJ. Nota: publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el
interesado cancelar ante la
Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación,
previa revisión del edicto
a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual
deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 3 de marzo del 2023.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza.—( IN2023770441 ).
En este Despacho,
con una base de un millón diecinueve mil ochocientos treinta y dos colones exactos ,
libre de gravámenes prendarios,
pero soportando Infracciones/colisiones número de sumaria:
19-005662-0174-TR, número boleta:
2019224300286, Autoridad Judicial: Juzgado De Tránsito Del segundo Circuito Judicial De San José; sáquese
a remate el vehículo BGK328. Marca: Honda, Estilo:
Civic EX, Categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año
fabricación: 2006, color: champagne, VIN:
1HGFA15816L007382, cilindrada: 1800 C.C.,
Combustible: gasolina, N. Motor: R18A11424739 Para tal efecto se señalan
las trece horas treinta minutos del quince de junio de
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas treinta minutos del veintitrés de junio de dos mil veintitrés con
la base de setecientos sesenta
y cuatro mil ochocientos setenta
y cuatro colones exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del tres de julio de dos mil veintitrés con
la base de doscientos cincuenta
y cuatro mil novecientos cincuenta
y ocho colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Instacredit S.
A. contra Raúl Abdala González Escobar. Expediente Nº 19-014958-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San
José, 23 de marzo del año
2023.—Mariana Jovel Blanco, Jueza
Decisora.—( IN2023770444 ).
En este Despacho,
con una base de seis millones
trescientos cinco mil setecientos cincuenta y siete colones con treinta y seis céntimos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BNB 758, marca DFM, categoría automóvil, estilo a tres cero Elegant, serie, chasis y vin LGJE uno FE dos siete
GM tres ocho ocho dos uno cinco, carrocería
sedan, cuatro puertas, tracción
cuatro por dos año, 2016,
color café. Para tal efecto
se señalan las quince horas treinta
minutos del cuatro de julio
de dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas treinta minutos
del doce de julio de dos
mil veintitrés con la base de cuatro millones setecientos veintinueve mil trescientos dieciocho colones con dos céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas treinta minutos
del veinte de julio de dos
mil veintitrés con la base de un millón
quinientos setenta y seis
mil cuatrocientos treinta y
nueve colones con treinta y cuatro céntimos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Raquel Rebeca Zing Amador, expediente 20-000499-1763-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José (Sección Primera), 11 de
mayo del año 2023.—Maureen Cecilia Vargas Solano, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2023770445 ).
En este Despacho,
con una base de cinco millones novecientos cincuenta y ocho mil ciento setenta y tres colones exactos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando denuncia por lesiones culposas
bajo las citas: 800-392697-001, 2019-00543794-002; sáquese a remate el vehículo placa: BJT895, marca: BYD, estilo: F0 GLX I, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie /
vin / chasis: LC0C14DA3G0000658, año fabricación: 2016, color: plateado, N° motor: BYD371QAC15012211,
combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las nueve horas diez minutos del quince de junio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas diez minutos del veintitrés de junio de dos mil veintitrés, con la base de cuatro millones
cuatrocientos sesenta y ocho mil seiscientos veintinueve colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas diez minutos del tres de julio de dos mil veintitrés, con la base de un millón
cuatrocientos ochenta y nueve mil quinientos cuarenta y tres colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Edwin Jesús Martínez Brenes. Expediente N°
18-004296-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 08 de marzo del año 2023.—Heilim María Badilla Alvarado, Jueza Decisora.—( IN2023770446 ).
En este Despacho,
con una base de un millón ochocientos dos mil ochocientos sesenta y tres colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
el vehículo placas número 729679, marca Hyundai, estilo Elantra, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2002,
color gris, VIN KMHDN45DX2U384687. cilindrada 2000
cc., combustible gasolina, motor Nº ilegible. Para tal efecto se señalan las once horas diez minutos del doce de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas diez minutos del veinte de junio de dos mil veintitrés con la base de un millón
trescientos cincuenta y dos
mil ciento cuarenta y siete colones con veinticinco céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas diez minutos del veintiocho de junio de dos mil veintitrés con la base de cuatrocientos
cincuenta mil setecientos
quince colones con setenta
y cinco céntimos (25%
de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra José Antonio Villalta
Astúa. Expediente N°
18-001014-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José. 27 de febrero del año 2023.—Licda. Yesenia Alicia Solano
Molina, Jueza Decisora.—( IN2023770447 ).
En
este Despacho, con una base de veintiún millones cuatrocientos setenta y seis mil doscientos cincuenta y dos colones exactos libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
337-05897-01-0921-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 366490-000, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito: 07-Puente de Piedra, cantón:
03-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Agrícola Frazo S.A; al sur, Arini S.A y Servidumbre de paso
con 6 metros de ancho; al este, Arini
S.A., y al oeste, Arini
S.A. Mide: trescientos veinticinco metros con veintidós decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del diecinueve de junio del dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas treinta
minutos del veintisiete de junio del dos mil veintitrés, con
la base de dieciséis millones
ciento siete mil ciento ochenta y nueve colones exactos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
cero horas cero minutos del cinco
de julio del dos mil veintitrés,
con la base de cinco millones
trescientos sesenta y nueve mil sesenta y tres colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa,
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Bogantes
y Hernández S. A. contra IMPOSANPEDRO J Y S S.A Expediente
N°22-003184-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia. Hora y fecha
de emisión: once horas con tres
minutos del veintisiete de marzo del dos mil veintitrés.—Maricruz
Barrantes Córdoba, Jueza Decisora.—( IN2023770484 ).
En
este despacho, con una base de siete millones ciento cinco mil setecientos veintitrés colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BNG561. Marca Toyota. Estilo Yaris. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2009.
Color gris. VIN JTDBT903X91304541. Cilindrada 1500
cc. Para tal efecto se señalan las quince horas quince minutos
del catorce de junio de dos
mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas quince minutos del veintidós
de junio de dos mil veintitrés
con la base de cinco millones
trescientos veintinueve mil
doscientos noventa y dos colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas quince minutos del tres
de julio de dos mil veintitrés
con la base de un millón setecientos
setenta y seis mil cuatrocientos
treinta colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Rebeca Thalia Chaves Vindas. Nota: publíquese
el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado
cancelar ante la imprenta nacional los respectivos
derechos de publicación, previa revisión
del edicto a fin de cotejar
que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el
cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Expediente Nº
18-007285-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de marzo del año 2023.—Licda. Alicia Francella Guzmán
Valerio, Jueza.—( IN2023770488 ).
En este Despacho,
con una base de veintiún millones seiscientos once mil trescientos treinta y cuatro colones con noventa y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 340-13043-01-0903-001, servidumbre
trasladada citas:
340-13043-01-0904-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 187247, derecho 000, la cual
es terreno con una casa y una fábrica de queso. Situada en el distrito
4-Santa Cruz, cantón 5-Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, calle pública
con un frente de 20 metros; al sur, Oscar Camacho
Pereira; al este, Oscar Camacho Pereira; y al oeste, Victor Álvarez
Vargas. Mide: cuatrocientos
veintiséis
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince
horas cero minutos del cuatro de julio
de dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas cero minutos del doce
de julio de dos mil veintitrés
con la base de dieciséis millones
doscientos ocho mil quinientos un colones con veintiún céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos
del veinte de julio de dos
mil veintitrés con la base de cinco
millones cuatrocientos dos
mil ochocientos treinta y tres colones con setenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas en participar en
la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Jean Carlo Pereira Vega. Expediente N° 22-006161-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 16
de mayo del 2023.—Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2023770489 ).
En
este Despacho, con una base de cinco millones quinientos treinta y cuatro mil ochocientos veintisiete colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa:
BNM544, Marca: Hyundai, estilo: Accent, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, carrocería:
Sedan, 4 puertas, tracción:
4x2, año fabricación: 2009, color: gris, Modelo:
GLS, cilindrada: 1600 c.c., cilindros: 4, potencia: 150 KW,
combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las ocho horas quince minutos
del doce de junio de dos
mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas quince minutos
del veinte de junio de dos
mil veintitrés, con la base de cuatro millones ciento cincuenta y un mil ciento veinte colones con veinticinco céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas quince minutos del veintiocho de junio de dos mil veintitrés, con
la base de un millón trescientos
ochenta y tres mil setecientos seis colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A.,
contra Jocsan Rubén Marín Mora. Expediente N° 18-007165-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José,
27 de febrero del 2023.—Isabel Cristina Castillo
Navarro, Jueza Decisora.—(
IN2023770490 ).
En
este despacho, con una base de tres millones doscientos ochenta mil quinientos sesenta y tres colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión bajo la sumaria
19-000737-0491-TR del Juzgado de Tránsito de Desamparados; sáquese a remate el vehículo placa BNY653, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie / chasis / vin: KMHCG41FP4U531936,
tracción: 4X2, año fabricación: 2004, color: celeste, N. motor: G4EA3449500,
combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las ocho horas veinte minutos del ocho de junio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas veinte minutos del dieciséis de junio de dos mil veintitrés con la base de dos millones
cuatrocientos sesenta mil cuatrocientos veintidós colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas veinte minutos del veintiséis de junio de dos mil veintitrés con
la base de ochocientos veinte
mil ciento cuarenta colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Darling Vanessa Gaitán Masís, expediente
20-000243-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 08 de marzo del año 2023.—Licda. Heilim María Badilla
Alvarado, Jueza Decisora.—( IN2023770493 ).
En este Despacho,
con una base de dos millones
quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Puntarenas, matrícula
número 182942, derecho 000, la cual
es terreno para construir. Situada en el
distrito 2-Volcán, cantón
3-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Juan Carlos Barrantes Ramírez; al sur Finca Sanca
S. A. Y calle pública; al este
Finca Sanca S. A. y al oeste
Finca Sanca S. A. Mide: trescientos veintiuno metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas cero minutos del veintiocho
de agosto de dos mil veintitrés
con la base de un millón ochocientos
setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del cinco de setiembre de dos mil veintitrés
con la base de seiscientos veinticinco
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Carlos Alberto Ortiz Valverde contra Cristian Gerardo Rojas Rodríguez. Exp:23-001545-1200-CJ.—Juzgado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur. Hora
y fecha de emisión: doce horas con veintitrés minutos del veintidós de mayo del
dos mil veintitrés.—Carlos Contreras Reyes, Juez Tramitador.—( IN2023770498
).
En este despacho,
con una base de un millón trescientos treinta
y nueve mil ciento cuatro colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas 799496, marca Hyundai, estilo Starex, capacidad 12 personas, año 2004, color plateado VIN KMJWWH7HP4U632839,
cilindrada 2500 cc. Para tal
efecto se señalan las catorce horas cero minutos del ocho de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas cero minutos del dieciséis
de junio de dos mil veintitrés
con la base de un millón cuatro mil trescientos veintiocho colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veintiséis de junio de dos mil veintitrés con
la base de trescientos treinta
y cuatro mil setecientos setenta
y seis colones exactos (25%
de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A.
contra César Ismael Bonilla Araya. Expediente
Nº 20-002005-1208-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica,
10 de febrero del año
2023.—Tatiana María Bolaños Rodríguez, Juez/a Decisor/a.—( IN2023770499 ).
En
este Despacho, con una base de seis millones novecientos trece mil ciento once colones exactos, libre de gravámenes prendarios pero soportando infracciones y colisiones sumaria:
18-000400-0174-TR, boleta: 2017317701258 del Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de San José; infracciones
y colisiones sumaria: 18-000875-0174-TR, Boleta:
2017244401514 del Juzgado de Tránsito
del Segundo Circuito Judicial de San José; sáquese a remate el vehículo Placa: BNF233, Marca:
Hyundai, estilo: Accent, Categoría:
automóvil,
Capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas,
tracción: 4X2, año fabricación: 2012, color: gris, número
chasis, Serie y Vin: KMHCT41CBCU194546, cilindrada: 1400 c.c., cilindros:
4, Potencia: 80 KW, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del doce de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas treinta minutos del veinte de junio de dos mil veintitrés, con la base de cinco millones ciento ochenta y cuatro mil ochocientos treinta y tres colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil veintitrés, con
la base de un millón setecientos
veintiocho mil doscientos setenta y siete colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Henry Espinoza Cárdenas. Expediente 18-009288-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de febrero del año 2023.—Isabel
Cristina Castillo Navarro, Jueza Decisora.—(
IN2023770500 ).
En
este Despacho, con una base de cuatro millones diecinueve mil quinientos dieciocho colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas
BLJ155, Marca Nissan, Estilo Versa, color gris, Vin
3N1BC1APXAL363852, Cilindrada 1800 cc. Para tal efecto se señalan
las diez horas treinta minutos del ocho de junio del dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del dieciséis de junio del dos mil veintitrés, con la base de tres millones catorce mil seiscientos treinta y ocho colones con cincuenta céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil veintitrés, con
la base de un millón cuatro mil ochocientos
setenta y nueve colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
INSTACREDIT S.A contra Xinia María Cordero Mena. Expediente N° 22-001192-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de la Zona Atlántica,
10 de febrero del año
2023.—Tatiana María Bolaños Rodríguez, Juez/a Decisor/a.—( IN2023770501 ).
En este despacho,
con una base de dos millones
ciento ochenta
y dos mil cuatrocientos setenta
y tres colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones, bajo la sumaria 19-007288-0174-TR, del Juzgado
de Tránsito
del Segundo Circuito Judicial de San José; sáquese a remate el vehículo placas BLJ030, marca: Mitsubishi, estilo:
Montero, categoría: automóvil, capacidad:
7 personas, tracción: 4x4, año
fabricación: 2001, color: blanco,
vin: JA4MW51R51J021460, cilindrada: 3500 c.c. Para tal efecto se señalan
las diez horas cero minutos
del trece de junio de dos
mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas cero minutos del
veintiuno de junio de dos
mil veintitrés con la base de un millón
seiscientos treinta y seis
mil ochocientos cincuenta y
cuatro colones con setenta
y cinco céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintinueve de junio de dos mil veintitrés con
la base de quinientos cuarenta
y cinco mil seiscientos dieciocho colones con veinticinco céntimos (25% de la
base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Rónald Alberto Sequeira Rodríguez, expediente 20-011873-1044-CJ. Publíquese
el edicto de ley, para lo cual deberá el
interesado cancelar ante la
Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga
errores que ameriten enmienda, caso en el cual
deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 02 de marzo del año 2023.—Licda. Alicia Francella Guzmán
Valerio, Jueza Tramitadora.—( IN2023770502 ).
En
este Despacho, con una base de tres millones trescientos veintiún mil veintiséis colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BDS 178, marca: Mitsubishi, estilo:
Montero, categoría: automóvil, capacidad. 7 personas, año: 2001,
color: blanco, VIN. JA4MW31R31J002894, cilindrada. 3500 cc. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del trece de junio de dos mil veintitrés. De
no haber postores el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del veintiuno de junio de dos mil veintitrés, con la base de dos millones
cuatrocientos noventa mil setecientos sesenta y nueve colones con cincuenta céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil veintitrés, con la base de ochocientos
treinta mil doscientos cincuenta y seis colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución
prendaria de Instacredit S.
A., contra Yuris Antonio Merlo Bonilla. Expediente N° 18-011384-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 2 de marzo del 2023.—Licda. Alicia Francella Guzmán
Valerio, Jueza Decisora.—( IN2023770505 ).
En
este Despacho, con una base de dos millones quinientos quince mil doscientos noventa colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas
905705, marca Hyundai, estilo
Elantra GLS., categoría automóvil, capacidad
5 personas, año 2002,
color verde, vin KMHDN45D02U418958, cilindrada 2000 cc. Para tal efecto se señalan las once horas
quince minutos del trece de
junio de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas quince minutos
del veintiuno de junio de
dos mil veintitrés con la base de un millón ochocientos ochenta y seis mil cuatrocientos sesenta y siete colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas quince minutos del veintinueve
de junio de dos mil veintitrés
con la base de seiscientos veintiocho
mil ochocientos veintidós colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Johel Eliécer Baltodano García, expediente
17-006831-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 02 de marzo del año 2023.—Licda. Alicia Francella Guzmán
Valerio, Jueza Tramitadora.—( IN2023770506 ).
En
este Despacho, con una base de siete millones setecientos treinta y seis mil doscientos treinta y cuatro colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el sobre el
vehículo automotor que
porta la placa TSJ 004718 (placa
anterior BLW048) y no sobre dicha
placa, marca Hyundai, estilo Accent GLS, categoría automóvil, año 2008, color rojo,
Vin KMHCM41AP8U267855, cilindrada 1500 c.c. Para tal efecto se señalan
las quince horas cero minutos del trece
de junio de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del veintiuno de junio de
dos mil veintitrés con la base de cinco
millones ochocientos dos
mil ciento setenta y cinco colones con cincuenta céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos
del veintinueve de junio de
dos mil veintitrés con la base de un millón novecientos treinta y cuatro mil cincuenta y ocho colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Geovanni Alberto Castro Chavarría,
Karen Cristina Fonseca Araya. Expediente
18-006511-1044-CJ. Previo a realizar
la publicación del edicto,
deberá la parte actora de verificar los datos del mismo,
en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 02 de marzo del año 2023.—Yessenia Brenes
González, Juez/a Decisor/a.—( IN2023770509 ).
En este Despacho,
con una base de quinientos doce mil setecientos treinta y nueve colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa MOT 448671, marca United Motors, estilo
Nitrox 150, categoría motocicleta,
año 2015, color azul, vin
LB415PCM9FC100278, motor Nº 162FMJ8E201125. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del trece de junio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintiuno de junio de dos mil veintitrés con la base de trescientos
ochenta y cuatro mil quinientos
cincuenta y cuatro colones
con veinticinco céntimos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil veintitrés con
la base de ciento veintiocho
mil ciento ochenta y cuatro
colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Erika María López Castillo, expediente 18-011289-1044-CJ. Publíquese
el edicto de ley, para lo cual deberá el
interesado cancelar ante la
Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación,
previa revisión del edicto
a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual
deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 02 de marzo del año 2023.—Licda. Alicia Francella Guzmán
Valerio, Jueza Tramitadora.—( IN2023770511 ).
En
este Despacho, con una base de cuatro millones quinientos quince mil trescientos
treinta y un colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa
747248, marca Toyota, estilo
Yaris, categoría automóvil,
año 2008, color azul, vin
JTDBT923401249925, cilindrada 1496 c.c. Para tal efecto se señalan
las diez horas treinta minutos del veintisiete de junio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del cinco de julio de dos mil veintitrés con la base de tres millones trescientos ochenta y seis mil cuatrocientos noventa y ocho colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del trece de julio de dos mil veintitrés con
la base de un millón ciento
veintiocho mil ochocientos treinta y dos colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Nancy Chaves Solano, expediente 18-020921-1044-CJ. Previo
a realizar la publicación
del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos
del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 08 de marzo del año 2023.—Ricardo Barrantes López, Juez/a Decisor/a.—( IN2023770515 ).
En este Despacho,
con una base de siete millones ochenta y ocho mil doscientos un colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BQJ567, marca Hyundai, estilo Accent, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2014, color gris, vin KMHCT4AE6EU628131, cilindrada 1600 c.c, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del veintisiete de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas treinta minutos del cinco de julio de dos mil veintitrés con la base de cinco millones trescientos dieciséis mil ciento cincuenta colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas treinta minutos del trece de julio de dos mil veintitrés con la base de un millón
setecientos setenta y dos
mil cincuenta colones con veinticinco céntimos (25% de la
base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Alonso Joaquín Córdoba Solís, expediente 19-014864-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José,
09 de marzo del año
2023.—Audrey Abarca Quiros,
Juez/a Decisor/a.—(
IN2023770523 ).
En
este Despacho, con una base de treinta y cuatro mil ciento noventa y un dólares con cincuenta y ocho centavos moneda en curso legal de los Estados Unidos de América,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
69927-000, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito
1-Parrita, cantón 9-Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, calle pública con 08,54
mts; al sur, calle pública con 8,04 mts; al este, Elver Arana Vega y al oeste,
Xiomara Arana Vega. Mide: doscientos
sesenta y nueve metros con sesenta y seis decímetros cuadrados
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas veinte minutos del dos de octubre de dos
mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas veinte minutos del diez de octubre de dos mil veintitrés con
la base de veinticinco mil seiscientos
cuarenta y tres dólares con sesenta y nueve centavos moneda en curso legal de los Estados Unidos de América
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas veinte minutos del dieciocho de octubre de dos mil veintitrés con
la base de ocho mil quinientos
cuarenta y siete dólares con noventa centavos moneda en curso
legal de los Estados Unidos
de América (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Coopealianza RL contra Camilo Arana Vega, Lilliana de los Ángeles
Carballo Rivas,
expediente 23-002884-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas, hora y fecha de emisión:
ocho horas con dieciséis minutos
del nueve de mayo del dos mil veintitrés.—Anny Hernández Monge, Juez/a Decisor/a.—( IN2023770527 ).
En este Despacho,
con una base de tres millones ciento setenta y seis mil seiscientos dieciséis colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: 728607, marca:
Hyundai, estilo: Starex SVX
TDI, categoría: microbús, capacidad:
12 personas, año: 2001, color: plateado,
vin: KMJWWH7HP1U336769, cilindrada: 2476 c.c, tracción: 4x2, combustible:
diesel. Para tal efecto se señalan las quince horas cuarenta
y cinco minutos del veintisiete de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las quince horas cuarenta y cinco minutos del cinco de julio de dos mil veintitrés con
la base de dos millones trescientos
ochenta y dos mil cuatrocientos
sesenta y dos colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cuarenta y cinco
minutos del trece de julio de dos mil veintitrés con
la base de setecientos noventa
y cuatro mil ciento cincuenta
y cuatro colones exactos
(25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el
interesado cancelar ante la
Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga
errores que ameriten enmienda, caso en el cual
deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Deberá publicarse este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Isaías Díaz García, expediente 19-020964-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 10 de marzo del año 2023.—Hellen Mora Salazar, Juez/a
Decisor/a.—( IN2023770528 ).
En este Despacho,
con una base de novecientos
cincuenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo MOT-541347, marca:
United Motors, estilo: Max 125, año:
2016, color: verde, N° motor: UXG1252G150702,
combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las diez horas cero minutos del veintisiete de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del cinco
de julio de dos mil veintitrés
con la base de setecientos dieciséis
mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del trece de julio de dos mil veintitrés con
la base de doscientos treinta
y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Ariel Josué Castro Bonilla, expediente 19-000224-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 20 de febrero del año 2023.—Hazel Carvajal Rojas, Juez/a
Decisor/a.—( IN2023770538 ).
En
este Despacho, con una base de ciento catorce mil novecientos noventa y tres dólares con ochenta y un
centavos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones: citas:
297-10894-01-0901-001; sáquese a remate la
finca de la provincia: Alajuela, finca: 133328 duplicado: horizontal: F derecho: 000, segregaciones:
no hay, naturaleza: finca filial número ochenta
y dos con una casa en el construida de uso residencial de dos niveles en proceso
de construcción.
Situada en el distrito 5- Guácima, cantón
1-Alajuela de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, fincas filiales ochenta y tres; sur, finca filial ochenta y
uno; este, área común libre destinada a calle privada de acceso vehicular, área destinada
a acera y zona verde en medio y oeste, finca filial setenta y cinco. Mide: ciento
noventa y nueve metros cuadrados. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del veintiséis de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas treinta minutos del cuatro de julio de dos mil veintitrés con
la base de ochenta y seis mil doscientos
cuarenta y cinco dólares con treinta y seis
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas treinta minutos del doce de julio de dos mil veintitrés con la base de veintiocho
mil setecientos cuarenta y ocho dólares con cuarenta y cinco centavos (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Davivienda (Costa Rica) S. A. contra Narciso
Vicente Ortega, expediente 22-009569-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con dos minutos del veinte de octubre del dos mil veintidós.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2023770551 ).
En
este Despacho, con una base de trece millones setecientos veintitrés mil ochocientos veintisiete colones con treinta y seis céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbres de aguas pluviales bajo las citas:
495-07840-01-0001-001 y 496-02860-01-0002- 001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 371841-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
1-Upala cantón 13-Upala, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
Comercializadora San Luis, sur, calle
pública con un frente de 9
m lineales, este, Visión Mundial, oeste, Jaime
Valerio Vega. Mide: ciento ochenta metros con un decímetros cuadrados. Plano: A-0757211-2001. Para tal
efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintinueve de agosto de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del seis de setiembre de dos mil veintitrés
con la base de diez millones
doscientos noventa y dos
mil ochocientos setenta colones con cincuenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del catorce de setiembre de dos mil veintitrés
con la base de tres millones
cuatrocientos treinta mil novecientos cincuenta y seis colones con ochenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Kembly Melissa
Araya Chavarría, Manuel Salvador Suarez López. Expediente Nº 22-004526-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: ocho horas con cuarenta y nueve minutos del cuatro de mayo
del dos mil veintitrés.—Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2023770552 ).
En
este Despacho, con una base de quinientos cuatro mil
cuatrocientos cincuenta y ocho colones exactos,
libre de gravámenes prendarios,
pero soportando colisiones, número de sumaria 17-000390-0498-TR, número
de boleta 2017249700192, autoridad
judicial, Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica; sáquese
a remate el vehículo placa JBC100, marca Toyota, estilo Corolla, año 2003, color
gris, vin 1NXBR32E43Z128369. Para tal efecto se señalan las quince
horas cero minutos del veintisiete
de junio de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del cinco de julio de dos
mil veintitrés con la base de trescientos
setenta y ocho mil trescientos cuarenta y tres colones con cincuenta céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos
del trece de julio de dos
mil veintitrés con la base de ciento
veintiséis mil ciento catorce colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Jonathan Blak
Cortés, expediente 19-002790-1208-CJ.—Juzgado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 16 de marzo del año 2023.—David
Felipe Cortés Segura, Juez Decisor.—(
IN2023770553 ).
En este Despacho,
con una base de cuarenta y
dos millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Heredia, matrícula
número ciento sesenta y cinco mil doscientos
treinta y dos, derecho 000, la cual
es terreno para construir, lote ocho-C con una casa de habitación. Situada en el
distrito Mercedes, cantón
Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 20 B; al sur, calle pública con 7
metros; al este, lote 9 C y
al oeste, lote 7 C. Mide: ciento treinta
y seis metros con noventa y dos decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas quince minutos del diecinueve de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas quince minutos del veintisiete
de junio de dos mil veintitrés
con la base de treinta y un millones
quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para
el tercer remate se señalan las nueve horas quince minutos del cinco de julio de dos mil veintitrés con
la base de diez millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda contra Eli Esteban Hernández Arce, expediente 20-011954-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, hora y fecha de emisión:
ocho horas con cuarenta y tres minutos del dieciocho de mayo del dos mil veintitrés.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2023770555 ).
En este Despacho,
con una base de nueve millones ochocientos cincuenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas: 370-19554-01-0900-001, servidumbre
de ancla bajo las citas:
2016-775555-01-0002-001, servidumbre de ancla bajo las citas: 2016-775555-01-0004-001, servidumbre de ancla bajo las citas: 2016-775555-01-0005-001, servidumbre
bajo las citas: 2016-775555-01-0006-001; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
551025-000, derecho , la cual es terreno
Lote con casa de habitación
de interés social. Situada en el distrito
8-La Tigra, cantón 10-San
Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Resto reservado de Rodrigo Fernández Blanco; al sur, resto reservado de Rodrigo Fernández Blanco y Oscar Rodríguez
Blanco; al este, resto reservado
de Rodrigo Fernández Blanco, y al oeste, calle pública con un frente a ella
de 11.54 metros lineales. Mide:
seiscientos ochenta y tres metros cuadrados. Plano:
A-1947415-2017. Para tal efecto,
se señalan las trece horas treinta minutos del ocho de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece
horas treinta minutos del dieciséis de junio de dos mil veintitrés con la base de siete millones trescientos noventa y un mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintiséis de junio de dos mil veintitrés con
la base de dos millones cuatrocientos
sesenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa,
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Francini Pamela
Quirós Chavarría. Expediente
N° 22-001410-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: veintidós horas con cincuenta y nueve minutos del veintiuno de mayo del
dos mil veintitrés.—Lilliana Garro
Sánchez, Jueza Decisora.—(
IN2023770556 ).
En este Despacho,
con una base de un millón cuatrocientos cincuenta
mil ochocientos ochenta y ocho colones exactos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa 902719, marca: Hyundai, estilo: Tucson, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas serie / chasis / vin:
KMHJM81BP9U034756, tracción: 4X2, año
fabricación: 2009, color: verde,
N°
motor: G4GC8365464, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las catorce horas treinta minutos del doce de junio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veinte de junio de dos mil veintitrés con la base de un millón
ochenta y ocho mil ciento sesenta y seis colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil veintitrés con la base de trescientos
sesenta y dos mil setecientos
veintidós colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Grupo Canafin S. A. contra Nurya
María
Fauaz González, Óscar Fernando Fonseca Fauaz, expediente 22-011934-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 03 de marzo del año 2023.—Licda. Heilim María Badilla
Alvarado, Jueza Decisora.—( IN2023770563 ).
En este Despacho,
con una base de un millón ochocientos mil colones
exactos ,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el
vehículo Placa: 720343, marca: Toyota, serie:
JTDKW923405083812, chasis: JTDKW923405083812, año fabricación: 2008, capacidad: 5 personas, VIN: JTDKW923405083812,
N° motor: 2NZ4757160, modelo: NCP90L-AHMRK, cilindrada: 1298 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las nueve horas treinta minutos del veinte de junio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil veintitrés con la base de un millón
trescientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del seis de julio de dos mil veintitrés con
la base de cuatrocientos cincuenta
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Grupo Canafin S. A. contra Álvaro José Guzmán Díaz. Expediente Nº 23-001201-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de marzo del año 2023. Licda. Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza
Tramitadora.—( IN2023770565 ).
En este Despacho,
con una base de un millón ochocientos
sesenta y ocho mil trescientos noventa y cinco colones exactos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa BRX985, marca: Toyota, estilo: Yaris, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería:
sedan 4 puertas, tracción:
4X2, año fabricación: 2010,
color: gris, vin: JTDBT4K37A4066036, número de motor:
no aplica, marca del motor:
Toyota, cilindrada: 1500 c.c,
combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las nueve horas cuarenta minutos del quince de junio de
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cuarenta minutos del veintitrés de junio de dos mil veintitrés con
la base de un millón cuatrocientos
uno mil doscientos noventa
y seis colones con veinticinco
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta minutos del tres de julio de dos mil veintitrés con la base de cuatrocientos
sesenta y siete mil noventa y ocho colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Grupo Canafin S. A. contra Jonathan Ernesto Douglas
Campbell y Yeris Daniela García, expediente
N° 23-001207-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 15 de marzo del año 2023.—María del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2023770566 ).
En
este Despacho, con una base de noventa y cuatro millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 406-16194-01-0910-001, servidumbre
trasladada citas:406-16194-01-0911-001,servidumbre
trasladada citas: 406-16194-01-0912-001, servidumbre
trasladada citas:
406-16194-01-0950-001, servidumbre trasladada citas: 406-16194-01-0951-001,
servidumbre trasladada citas: 406-16194-01-0952-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 686998-000, derecho
000, la cual es terreno construido y parqueo. Situada en el
distrito 5-San Antonio, cantón
3-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Municipalidad
de Desamparados; al sur, calle pública con frente
7 a 8 de 10 metros 18 centímetros
lineales y Marugo S.A. y
María
Arias Vega; al este, Marugo
S.A. y María
Arias Vega y al oeste, Rogelio Arias Vega. Mide: ciento noventa
y cinco metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas quince minutos del siete de agosto de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas
quince minutos del dieciséis
de agosto de dos mil veintitrés
con la base de setenta millones
seiscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas quince minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés con
la base de veintitrés millones
quinientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
María
Eugenia Arias Vega contra Freddy López Corrales, expediente
23-002988-1044-CJ. Publíquese el
edicto de ley, para lo cual
deberá el interesado cancelar ante la Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación,
previa revisión del edicto
a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual
deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 12 de mayo del año
2023.—María Karina Zúñiga Cruz, Jueza
Decisora.—( IN2023770567 ).
En
este Despacho, con una base de once millones ciento sesenta y ocho mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas:
306-14848-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 488770-000, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 6-Pital, cantón
10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte servidumbre de paso con 23.90 mts y María de los Ángeles Sánchez Aguilar; al
sur Rosemary Aguilar Varela; al este German Fabricio Higalgo Vargas y al oeste calle publica con 20.00 mts. Mide:
trescientos nueve metros cuadrados, plano: A-1474506-2011.
Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos
del veintiocho de agosto de
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas cero minutos del cinco
de setiembre de dos mil veintitrés
con la base de ocho millones
trescientos setenta y seis
mil colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince
horas cero minutos del trece
de setiembre de dos mil veintitrés
con la base de dos millones setecientos
noventa y dos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo G.HER Sociedad Anónima contra Delvin Martin
Morales González. Expediente Nº 20-001197-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: quince horas con treinta
minutos del veinticinco de abril del dos mil veintitrés.—Iriabel Mariela Monge Vargas, Jueza Decisora.—( IN2023770573 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes y anotaciones, pero soportando afectación de reservas de ley forestal bajo citas: 2012-369837-01-0004-001, y afectación
de reserva de ley de aguas
y ley de caminos públicos
bajo citas: 2012-369837-01-0005-001; a las nueve horas del veintiocho de junio del dos mil veintitrés, y
con la base de ocho millones
seiscientos sesenta y seis
mil seiscientos sesenta y
seis (¢8.666.666,00), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público Inmobiliario,
Partido de Puntarenas, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número
ciento noventa y dos mil ciento sesenta y ocho-cero cero cero la cual es terreno de Pastos; Situada en el distrito
cuarto Lepanto, cantón
primero Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con Agrocomercial Vesim Limitada y Lizeth Rojas Sánchez; al sur, con Hacienda Río
Azul S.A y Lizeth Rojas Sánchez; al este, con calle pública con un frente a ella
de 67.57 metros lineales y Lizeth Rojas Sánchez; al oeste, con Hacienda Río Azul S. A. Mide:
seis mil seiscientos cincuenta
metros cuadrados, bajo número
de plano catastrado P-1443992-2010.
Para el segundo remate, se señalan las nueve horas del seis
de julio del dos mil veintitrés,
con la base de seis millones quinientos
mil colones (¢6.500.000,00) (rebajada
en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas del catorce de julio de dos mil veintitrés con la base de dos millones
ciento sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis colones (¢2.166.666,00) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se le informa a las
personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo
805 párrafo segundo del
Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Centro Agrícola
Cantonal de Puntarenas contra los señores
Henry Enoc Salas Zúñiga,
Evelyn Rojas Sánchez (co-deudores) y María Elisa
Sánchez Chavarría. Expediente
N° 23-000038-1870-AG. Nota: Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas,
la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago
de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario de Jicaral, 16 de mayo del dos mil veintitrés.—Licda. Erika Amador Brenes.—O. C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023770596 ).
En
este Despacho, con una base de cinco millones setecientos veintiséis mil ochocientos cincuenta y cinco colones con cuarenta y cuatro céntimos (la suma de ¢686.855.44 por concepto de base + la suma de ¢5.040.000 por concepto de bono), libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando condic. citas: 311-15239-01-0905-007; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento setenta mil trescientos cincuenta y tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno con una casa, jardín y
patio. Situada: en el distrito: 04-Laurel, cantón: 10-Corredores, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte,
Evelio Díaz Gómez; al sur, J Y L Ingeniería S.
A.; al este, Evelio Díaz Gómez, y al oeste, calle pública. Mide:
seiscientos cuarenta y seis
metros con setenta y dos decímetros cuadrados.
Plano: P-1300460-2008. Para tal efecto,
se señalan las nueve horas treinta minutos del veinte de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil veintitrés, con la base de cinco millones quinientos cincuenta y cinco mil ciento cuarenta y un colones con cincuenta y ocho céntimos (75% de la base
original) (la suma de ¢515.141.58 por
concepto de base + la suma
de ¢5.040.000 por concepto
de bono), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del seis de julio de dos mil veintitrés, con
la base de cinco millones doscientos once mil setecientos trece colones con ochenta y seis céntimos (25% de
la base original) (la suma de ¢171.713.86 por concepto de base + la suma de ¢5.040.000 por concepto de bono). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica - Cana contra Saray
Díaz
Gómez.
Expediente N° 22-000694-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito. Hora
y fecha de emisión: quince
horas con cuarenta y siete minutos del seis de febrero del
dos mil veintitrés.—Gerardo Marcelo Monge
Blanco, Juez Tramitador.—(
IN2023770618 ).
En
este Despacho, con una base de veinticinco millones sesenta y un mil quinientos sesenta y un colones con cincuenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso bajo las citas:
306-02256-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula
418382 derecho 000, naturaleza: terreno
para construir D ocho, distrito: 12-Gravilias, cantón:
3-Desamparados, provincia: San José, norte: Lote D nueve,
sur, Lote D siete, este, Lote D veintiuno,
oeste, calle pública. Mide: ciento setenta metros con veinte decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del quince de agosto del
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las trece horas treinta minutos del veintitrés de agosto del dos mil veintitrés,
con la base de dieciocho millones
setecientos noventa y seis
mil ciento setenta y un colones con dieciocho céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del treinta y uno de agosto del dos
mil veintitrés, con la base de seis millones doscientos sesenta y cinco mil trescientos noventa colones con treinta y nueve céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa,
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de La Compañía Nacional
de Fuerza y Luz (ASEFYL) contra Rebeca Marchena Traña y Víctor
Manuel Valverde Hernández. Expediente N°
23-003362-1044-CJ. Publíquese el
edicto de ley, para lo cual
deberá el interesado cancelar ante la Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación,
previa revisión del edicto
a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual
deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 16 de mayo del año
2023.—Ricardo Barrantes López, Juez
Decisor.—( IN2023770632 ).
En
este Despacho, con una base de tres millones novecientos cuarenta y cuatro mil doscientos sesenta y nueve colones con noventa y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del Partido de: Heredia, matrícula N° 194335,
derechos: 003 y 004, la cual es terreno:
para construir, lote 47. Situada en el
distrito: 02-La Virgen, cantón:
10-Sarapiquí de la provincia de: Heredia. Colinda: al norte: Henry
Gutiérrez Badilla, Gaspar Sarapiqueña Sociedad Anónima;
al sur: calle pública; al este:
Henry Gutiérrez Badilla, Gaspar Sarapiqueña Sociedad Anónima;
y al oeste: Henry Gutiérrez Badilla,
Gaspar Sarapiqueña
Sociedad Anónima. Mide: doscientos veinticinco metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del
once de julio de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
cero minutos del diecinueve
de julio de dos mil veintitrés,
con la base de dos millones novecientos
cincuenta y ocho mil doscientos dos colones con cuarenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del treinta y uno de julio de dos mil
veintitrés, con la base de novecientos
ochenta y seis mil sesenta
y siete colones con cuarenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto
de ley, para lo cual deberá
el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos
derechos de publicación, previa revisión
del Edicto a fin de cotejar
que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el
cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Fideicomiso COOPEMEX/B.C.R.-2010, contra Berny Enrique
González Mayorga. Expediente N° 09-026599-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de abril del 2023.—María Karina Zúñiga
Cruz, Jueza Decisora.—(
IN2023770633 ).
En
este Despacho, con una base de cuatrocientos cincuenta y tres mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 315-00211-01-0002-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número ciento ochenta y ocho mil doscientos setenta y dos, derecho cero cero tres y cero cero cuatro, la cual es terreno cultivado de café con una casa. Situada en el
distrito 1-San Isidro de El General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Ana María Barrantes
y Cristóbal Monge Castro; al sur, Hernán Picado
Monge; al este, Hernán
Picado Monge y al oeste carretera
interamericana. Mide: sesenta y cuatro mil doscientos trece metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintinueve de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del siete
de julio de dos mil veintitrés
con la base de trescientos treinta
y nueve mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del diecisiete de julio de dos mil veintitrés con la base de ciento trece mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Klasse Inc S. A. contra Hermatana
S. A. Expediente Nº 21-002336- 1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur. Hora y fecha de emisión: once horas con nueve minutos del dieciocho de mayo del
dos mil veintitrés.—Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—( IN2023770636
).
En
este Despacho, con una base de doce millones quinientos treinta mil ochocientos cuarenta y nueve colones con noventa y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
466126, derecho 000, la cual es terreno
de solar con una casa. Situada
en el Distrito: 03-Daniel
Flores, Cantón: 19-Pérez Zeledón,
de la provincia de San José. Colinda:
al norte Ramón Acuña y
Francisco Javier Carranza Vargas; al sur Aracelly
Carranza Vargas; al este Lidia Monge Vargas y calle pública y Bernardo Monge
Vargas y al oeste Aracelly
Carranza Vargas. Mide: seiscientos
cuarenta y dos metros con diecisiete
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veintiuno de agosto de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintinueve de agosto de dos mil veintitrés, con
la base de nueve millones trescientos noventa y ocho mil ciento treinta y siete colones con cuarenta y nueve céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del seis de setiembre de
dos mil veintitrés, con la base de tres millones ciento
treinta y dos mil setecientos
doce colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra José Luis Gracia Víquez, Lidia María Monge
Vargas. Exp:22-000954-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur. Hora y fecha de emisión: dieciocho horas con cuarenta y nueve minutos del diecinueve de mayo
del dos mil veintitrés.—Carlos Contreras Reyes, Juez Tramitador.—( IN2023770637
).
En este Despacho,
con una base de tres millones de colones exactos, soportando citas: 355-16711-01-0860-003 condiciones,
sáquese a remate la finca del partido
de Limón, matrícula número treinta y un mil seiscientos catorce, derecho cero cero cero, la cual es terreno agricultura lote 249-192. Situada en el distrito
2-Pacuarito, cantón 3-Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle con 81 m., 38 cm.,
al sur, calle con 99 m., 14 cm., al este, Río Pacuarito, y al oeste, calle pública. Mide: dos mil cuatrocientos
metros con once decímetros cuadrados
plano: L-0654572-1986. Para tal
efecto, se señalan las
quince horas treinta minutos
del veintiséis de junio del
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las quince horas treinta minutos
del cuatro de julio del dos mil veintitrés,
con la base de dos millones doscientos
cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
quince horas treinta minutos
del doce de julio del dos
mil veintitrés, con la base de setecientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Adriana María Padilla Segura contra Betulia Díaz Díaz, Guiselle Betulia Quesada Díaz. Expediente
N°20-004860-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 24
de abril del año 2023.—Sugey Martínez Cano, Jueza Decisora.—( IN2023771102 ).
En
este Despacho, con una base de dieciséis millones trescientos treinta mil ciento sesenta y nueve colones con cuarenta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas:
397-02582-01-0006-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 353942-000, la cual es terreno para construir con una casa de habitación lote 6. Situada en el distrito
El Amparo, cantón Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, calle pública con 7
metros; al sur, Euclides Gamboa
Monterrey; al este, lote 7
y al oeste, lote 5. Mide: ciento noventa
y nueve metros con cincuenta
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del veintinueve de agosto de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta
minutos del seis de setiembre
de dos mil veintitrés con la base de doce millones doscientos
cuarenta y siete mil seiscientos veintisiete colones con seis céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas treinta minutos
del catorce de setiembre de
dos mil veintitrés con la base de cuatro millones ochenta y dos mil quinientos cuarenta y dos colones con treinta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Rándall Alonso Arana Reyes, expediente
22-004876-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciocho horas con veinticuatro minutos del diez de mayo del dos mil veintitrés.—Lilliana Garro
Sánchez, Juez/a Decisor/a.—(
IN2023771104 ).
En
este Despacho, con una base de un millón cincuenta y un mil novecientos setenta y un colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas
MOT-530373, marca Jinan Qingqi,
estilo QM200GY B BSD, categoría
motocicleta, capacidad 2
personas, año 2016, color anaranjado,
vin LV7MN2403GA003954, cilindrada 200 cc. Para tal efecto se señalan
las quince horas treinta minutos
del catorce de junio de dos
mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas treinta minutos
del veintidós de junio de
dos mil veintitrés con la base de setecientos
ochenta y ocho mil novecientos setenta y ocho colones con veinticinco céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del tres de julio de dos mil veintitrés con
la base de doscientos sesenta
y dos mil novecientos noventa
y dos colones con setenta y
cinco céntimos (25% de la
base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Yilmer Eliett Martínez
Ruiz, expediente 18-006549-1044-CJ. Nota: publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el
interesado cancelar ante la
Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga
errores que ameriten enmienda, caso en el cual
deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 03 de marzo del año 2023.—Licda. Alicia Francella Guzmán
Valerio, Jueza Tramitadora.—( IN2023771107 ).
En este Despacho,
con una base de treinta y siete millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Heredia, matrícula número
81115-000, la cual es terreno naturaleza:
terreno de solar con una
casa. Situada en el distrito: 03-San Francisco, cantón:
01-Heredia de la provincia de Heredia. Linderos: noreste, calle pública con ocho metros cincuenta centímetros; noroeste, casa ochenta y seis A; sureste, casa ochenta y ocho A; suroeste, casa noventa y dos A. Mide: ciento cuarenta metros con veintiocho decímetros cuadrados. Plano: H-0002618-1976. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas quince minutos del veintidós de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas quince minutos del treinta
de junio de dos mil veintitrés,
con la base de veintisiete millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas quince minutos del diez de julio de dos mil veintitrés, con
la base de nueve millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Ariana Emilia García Boza, Heliodora Victoria del Carmen Rivera Pana, expediente 22-003267-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia. Hora y fecha de emisión:
trece horas con veintitrés minutos
del veintisiete de marzo
del dos mil veintitrés.—Noelia
Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2023771116 ).
En este Despacho,
con una base de novecientos
cuarenta y un mil novecientos
setenta y siete colones exactos,
libre de gravámenes prendarios,
pero soportando infracciones y colisiones bajo la
sumara 17-003142-0174-TR; sáquese
a remate el vehículo placa MOT-535863, marca Honda, estilo XR 150 L., categoría motocicleta, capacidad 2
personas, año 2016, color blanco,
vin LTMKD0799G5216349, cilindrada 149 cc. Para tal efecto se señalan
las quince horas cuarenta y cinco
minutos del catorce de junio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cuarenta
y cinco minutos del veintidós de junio de dos mil veintitrés con la base de setecientos
seis mil cuatrocientos ochenta
y dos colones con setenta y
cinco céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las quince horas cuarenta
y cinco minutos del tres de julio de dos mil veintitrés con la base de doscientos
treinta y cinco mil cuatrocientos noventa y cuatro colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Guillermo Ali Cordero Berrocal. Expediente
18-006277-1044-CJ. Nota: publíquese
el edicto de ley, para lo cual deberá el
interesado cancelar ante la
Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga
errores que ameriten enmienda, caso en el cual
deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 03 de marzo del año 2023.—Licda. Alicia Francella Guzmán
Valerio, Jueza Tramitadora.—( IN2023771119 ).
En este Despacho,
con una base de cinco millones doscientos cuarenta y dos mil cincuenta y siete colones exactos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo Placas: BLN164, Marca:
Toyota, Estilo Yaris,
Categoría automóvil, Capacidad 5 personas, año 2007,
color gris, Vin JTDBT923X71057662, cilindrada 1500
c.c. Para tal efecto se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del catorce de junio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de junio de dos mil veintitrés, con
la base de tres millones novecientos treinta y un mil quinientos cuarenta y dos colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del tres de julio de dos mil veintitrés, con
la base de un millón trescientos
diez mil quinientos catorce colones con veinticinco céntimos (25% de la
base original). Notas: se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra
José Esteban Torres
Vargas. Expediente 18-005812-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de marzo del año 2023.—Licda. Alicia Francella Guzmán
Valerio, Jueza Tramitadora.—( IN2023771122 ).
En
este Despacho, con una base de un millón ochenta y cinco mil ochocientos ochenta y cinco colones exactos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placas 600896, marca Kia, estilo Cerato LX, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2005,
color plateado, vin KNAFE222255114418, cilindrada 1599 c.c., combustible gasolina, motor Nº G4ED4H011479. Para tal efecto se señalan las
quince horas cero minutos del catorce
de junio de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del veintidós de junio de
dos mil veintitrés con la base de ochocientos
catorce mil cuatrocientos trece colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del tres
de julio de dos mil veintitrés
con la base de doscientos setenta
y un mil cuatrocientos setenta
y un colones con veinticinco
céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra María Idalia Martínez Madriz, expediente 18-008030-1044-CJ. Nota:
publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado
cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos
derechos de publicación, previa revisión
del Edicto a fin de cotejar
que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el
cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 03 de marzo del año 2023.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza Tramitadora.—(
IN2023771196 ).
En
este Despacho, con una base de cuatro millones trescientos cincuenta y cuatro
mil trescientos cincuenta y
cinco colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas
824636, marca Chevrolet, estilo
Spark LS, categoría automóvil,
capacidad 5 personas, año
2010, color negro, serie, chasis
y vin todos KL1MJ6C4XAC120363, cilindrada
800 cc. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del catorce de junio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
cero minutos del veintidós
de junio de dos mil veintitrés
con la base de tres millones
doscientos sesenta y cinco mil setecientos sesenta y seis colones con veinticinco céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del tres de julio de dos mil veintitrés con
la base de un millón ochenta
y ocho mil quinientos ochenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Shanon
Arleen Araya Hernández. Expediente 18-008141-1044-CJ.
Nota: publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el
interesado cancelar ante la
Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga
errores que ameriten enmienda, caso en el cual
deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 03 de marzo del año 2023.—Licda. Alicia Francella Guzmán
Valerio, Jueza.—( IN2023771278 ).
En
este Despacho, con una base de tres millones trescientos ochenta y tres mil veintitrés colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas
BKW058, marca Hyundai, estilo
Accent, categoría automóvil,
capacidad 5 personas, año
2001, color celeste, vin KMHCG41BP1U288322, cilindrada
1500 c.c. Para tal efecto
se señalan las catorce
horas quince minutos del catorce
de junio de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
quince minutos del veintidós
de junio de dos mil veintitrés
con la base de dos millones quinientos
treinta y siete mil doscientos sesenta y siete colones con veinticinco céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos del tres de julio de dos mil veintitrés con
la base de ochocientos cuarenta
y cinco mil setecientos cincuenta y cinco colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Donifan
Andrey Campos Mora, expediente 18-009204-1044-CJ. Nota: publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el
interesado cancelar ante la
Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga
errores que ameriten enmienda, caso en el cual
deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 03 de marzo del año 2023.—Licda. Alicia Francella Guzmán
Valerio, Jueza.—( IN2023771283 ).
En
este Despacho, con una base de un millón cuatrocientos ochenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MOT654366, Marca:
Honda Estilo: CB 160 F, Categoría:
Motocicleta, Capacidad: 2
personas, Serie: ME4KC2338K8010852, N° motor:
KC23E81010769. Para tal efecto
se señalan las once horas treinta
minutos del catorce de junio del dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas treinta
minutos del veintidós de junio del dos mil veintitrés, con
la base de un millón ciento
catorce mil ochenta y siete colones con cincuenta céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
once horas treinta minutos
del tres de julio del dos
mil veintitrés, con la base de trescientos
setenta y un mil trescientos
sesenta y dos colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa,
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
INSTACREDIT S. A. contra Deyvin Emiliano Jarquín Urbina. Expediente N°
19-018651-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 03 de marzo del año 2023.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Juez/a Decisor/a.—( IN2023771284 ).
En este Despacho,
con una base de un millón setecientos sesenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas
número 525017, marca
Nissan, año 1995, vin 1N4AB41DXSC704222, cilindrada 1600 c.c. Para tal efecto se señalan las once horas
cero minutos del trece de junio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del veintiuno de junio de
dos mil veintitrés con la base de un millón trescientos veintitrés mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas cero minutos del veintinueve
de junio de dos mil veintitrés
con la base de cuatrocientos cuarenta
y un mil doscientos cincuenta
colones exactos (25% de la
base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Luis Alberto Herrera Gómez, expediente 08-024413-1044-CJ. Previo
a realizar la publicación
del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos
del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 02 de marzo del año 2023.—Yessenia Brenes González,
Jueza Decisora.—(
IN2023771288 ).
En este Despacho,
con una base de diez millones quinientos cuarenta
y cinco mil setecientos cincuenta colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando prohibiciones articulo 16 ley 7599 citas:
513-11788-01-0014-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 383996-000, la cual es terreno naturaleza: terreno para la agricultura lote 5 D 11. Situada en el distrito
6-Río Cuarto cantón 3-Grecia de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Benedicto Chacón; sur, calle pública, este, Alexis Chacón; oeste,
Adrián Campos. Mide: Mil ciento
setenta y un metros con setenta
y cinco decímetros cuadrados. Plano: A-0529242-1992. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veintinueve de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas cero minutos del seis de setiembre
de dos mil veintitrés con la base de siete millones novecientos nueve mil trescientos doce colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del catorce de setiembre de dos mil veintitrés con la base de dos millones
seiscientos treinta y seis
mil cuatrocientos treinta y
siete colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Alexis Chacón Saborío.
Expediente Nº 14-002215-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: veinte horas con veinticuatro minutos del veinte de abril del dos mil veintitrés.—Lilliana
Garro Sánchez, Jueza Decisora.—( IN2023771317 ).
En
este Despacho, Con una base de cuarenta y seis millones quinientos noventa y ocho mil cuatrocientos diecisiete colones con noventa y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Cartago, matrícula
número 68264-001-002, la cual
es lote para construir. Situada en el
Distrito 1-San Rafael, Cantón 7-Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte: Construcciones Norma Sociedad Anónima sur: Construcciones
Norma Sociedad Anónima
este: calle pública con un
frente a calle de 8 metros
con 2 centímetros lineales oeste: Construcciones Norma
Sociedad Anónima.
Mide: ciento cuarenta y dos metros con setenta
y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
treinta minutos del tres de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas treinta minutos del once de julio de dos mil veintitrés con
la base de treinta y cuatro millones
novecientos cuarenta y ocho mil ochocientos trece colones con cuarenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas treinta minutos del diecinueve de julio de dos mil veintitrés con la base de once millones
seiscientos cuarenta y nueve mil seiscientos cuatro colones con cuarenta y nueve céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra José Manuel Cordero Ramírez,
Magaly María Redondo Artavia, Myriam Marlelie Artavia Granados. Expediente: 22-009426-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago. 12 de mayo del año 2023.—Marcela Brenes Piedra, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023771408 ).
En
este Despacho, con una base de cinco millones novecientos treinta y siete mil quinientos colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones pero soportando plazo de convalidación (ley de informaciones posesorias) citas: 2016-623811-01-0003-001, reservas
ley caminos citas:
2016-623811-01-0004-001, sáquese a remate la finca
del partido de Guanacaste, matrícula
número doscientos dieciocho mil seiscientos setenta, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir, situada en el
distrito 1-Liberia cantón
1- Liberia de la provincia de Guanacaste, Linderos: norte, calle pública con un frente de 13.41 metros lineales,
sur, Fidelia Espinoza Gutiérrez, este, calle publica con un frente de
23.60 metros lineales, oeste,
Gilberto Morales Parra. Mide: cuatrocientos
cuarenta y dos metros cuadrados,
plano: G-1618859-2012. Para tal
efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del doce de junio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veinte de junio de dos mil veintitrés con la base de cuatro millones
cuatrocientos cincuenta y tres mil ciento veinticinco colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil veintitrés con
la base de un millón cuatrocientos
ochenta y cuatro mil trescientos
setenta y cinco colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Bismark Enrique Duarte Morales contra Gladys del Carmen
Villegas Fernandez, Michael David Álvarez Barquero. Expediente Nº 22-001172-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: diez horas con treinta y siete minutos del veinticuatro de Marzo del dos mil
veintitrés.—Licda. Natalia
Orozco Murillo, Jueza.—( IN2023771483 ).
En
este Despacho, con una base de cincuenta y cinco mil quinientos dos dólares con cincuenta y un
centavos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada citas: 371-11193-01-0900-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 499256, derecho
000, la cual es terreno
para construir lote ciento treinta y tres. Situada: en el distrito
3-San Rafael, cantón 2-Escazú, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, calle pública; al
sur, Eduardo Ugalde Díaz; al este, Nidia López
Chinchilla, y al oeste, José Guzmán Naranjo. Mide: trescientos diecisiete metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince
horas cero minutos del veintisiete
de octubre del año dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las quince horas cero minutos del seis de noviembre del
año dos mil veintitrés, con
la base de cuarenta y un mil seiscientos
veintiséis dólares con ochenta y ocho centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
quince horas cero minutos del catorce
de noviembre del año dos
mil veintitrés, con la base de trece
mil ochocientos setenta y cinco dólares con sesenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Javier Gómez Fernández. Expediente N° 23-001078-1765-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José (Sección
Tercera), 16 de mayo del año
2023.—Licda. Marlene Solís Blanco, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023771485 ).
En
este Despacho, con una base de sesenta y nueve mil trescientos setenta y cuatro dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del Partido de San José,
matrícula N° 00026954, derecho 000, la cual es terreno naturaleza: para construir con una parte de casa. Situada en distrito
02 San Jerónimo,
cantón
14 Moravia de la provincia de San José. Linderos:
norte: Carlos Luis González Bolaños; sur: Ángela María González Bolaños; este: Roberto Schlager Gutiérrez; oeste: calle pública con 11 m. 86 cm. Mide: trescientos noventa y un metros con cero decímetros cuadrados.
Plano: SJ-1635965-2013. Para tal efecto
se señalan las diez horas
quince minutos del veintiséis
de julio de dos mil veintitrés.
De no haber postores el segundo remate se efectuará a las diez horas quince
minutos del cuatro de agosto
de dos mil veintitrés, con la base de cincuenta y dos mil treinta dólares con cincuenta centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintitrés, con la base de diecisiete
mil trescientos cuarenta y tres dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco BAC San José S. A., contra Evelyn Patricia
Arguedas Mora, José
David Obregón
Zamora. Expediente N° 23-003345-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 3 de mayo del 2023.—Jessica Viviana Vargas Barboza, Jueza Tramitadora.—( IN2023771487
).
A
las nueve horas treinta minutos del veintinueve de agosto de dos mil veintitrés, en la puerta exterior de este Despacho, de la forma que se
dirá y con sus respectivas
bases, en el mejor postor remataré
lo siguiente: 1) Con una
base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condi ida ref:00135113 000 bajo
las citas: 375-01656-01-0902-001, condicion
i d aref:00246242 000 bajo las citas:
395-01880-01-0902-001, servidumbre de paso bajo las citas: 2009-240027-01-0004-001, servidumbre
de paso bajo las citas: 2010-356194-01-0008-001; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
2-478537-000, la cual es terreno
con una casa de habitación.
Situada en el distrito 13- Peñas Blancas, cantón 2-San Ramón, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
lote 1; al sur, lote 3; al este, lote 7 y al oeste, calle pública con un frente
de 10,23 metros. Mide: doscientos
cuarenta metros cuadrados.
Plano: A-1473654-2011. 2) Con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condi ida ref:00135113 000 bajo
las citas: 375-01656-01-0902-001, condición i d
aref:00246242 000 bajo las citas:
395-01880-01-0902-001, servidumbre de paso bajo las citas: 2009-240027-01-0004-001, servidumbre
de paso bajo las citas: 2010-356194-01- 0008-001; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
2-478538-000, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito
13-Peñas Blancas, cantón
2-San Ramón,
de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, lote 2; al sur, servidumbre de paso; al este, lote 7 y al oeste, calle pública con un frente de 10,23
metros. Mide: doscientos cuarenta y un metros cuadrados.
Plano: A-1438791-2010. Para el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del
seis de setiembre de dos mil veintitrés,
con la base de tres millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) por la finca 2-478537-000, y con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) por
la finca: 2- 478538-000. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del catorce de setiembre de dos mil veintitrés
con la base de un millón doscientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original), por
la finca: 2-478537-000; y con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original), por
la finca: 2-478538-000. Notas: se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Asociación Adri contra Marcos Antonio Saborío Gómez expediente 22-003048-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha
de emisión: ocho horas con cuarenta minutos del veintisiete de abril del dos mil veintitrés.—Iriabel Mariela Monge Vargas, Juez/a
Decisor/a.—( IN2023771645 ).
En
este Despacho, con una base de ocho millones de colones exactos, soportando servidumbre trasladada citas: 187-01215-01-0901-001, sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula
número ciento tres mil ciento cincuenta y dos, derecho 000, la cual
es terreno rastrojos
potrero con 1 casa galerón.
Situada: en el distrito 3-Copey, cantón 17-Dota, de la provincia
de San José.
Colinda: al norte, río Parrita en parte
río Pedregoso; al sur, Cristóbal Elizondo Chinchilla;
al este, camino, y al oeste, Cristóbal Elizondo Chinchilla. Mide: trece mil novecientos setenta y siete metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del trece de junio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintiuno de junio de dos mil veintitrés, con la base de seis millones
de colones exactos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil veintitrés, con
la base de dos millones de colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Mutual
Cartago de Ahorro y Préstamo
contra Cristóbal Elizondo Monge, Fernando
Martín
de L Elizondo Monge. Expediente N° 22-009422-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
06 de marzo del año 2023.—Pilar Gómez Marín, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2023771738
).
En
este Despacho, con una base de veintitrés millones novecientos ochenta y un mil setecientos cuarenta y ocho colones con sesenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa CL331666 Marca MITSUBICHI,
Estilo L200, color plateado, año 2022,
vin MMBJJKL10NH053255, Motor 4N15UHX0880. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del doce de junio del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas cero minutos del veinte
de junio del dos mil veintitrés,
con la base de diecisiete millones
novecientos ochenta y seis
mil trescientos once colones
con cuarenta y siete céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del veintiocho de junio del dos mil veintitrés, con
la base de cinco millones novecientos noventa y cinco mil cuatrocientos treinta y siete colones con quince céntimos (25%
de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Nazario Jonathan Henríquez
Mena. Expediente N° 23-000997-1044-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo,
en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 01 de marzo del año 2023.—Ricardo Barrantes
López, Juez/a Decisor/a.—( IN2023771745
).
En
este despacho, con una base de nueve millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BKW701, Marca:
Mitsubishi Estilo: ASX, categoría:
automóvil, capacidad: 5
personas, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4X2, año fabricación: 2016, color: rojo, vin, serie,
chasis todos: 4P3XNGA2WGE901114 y N. Motor: 4B11PA0640. Para tal efecto se señalan
las nueve horas treinta minutos del doce de junio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veinte de junio de dos mil veintitrés con la base de siete millones trescientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil veintitrés con
la base de dos millones cuatrocientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Melissa Ugarte Navarro. Expediente Nº 17-005647-1044-CJ.—Juzgado Primero
Especializado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de San José, 27 de febrero del año 2023.—Licda. Alicia Francella Guzmán
Valerio, Jueza.—( IN2023771748 ).
En este Despacho,
con una base de nueve mil cuatrocientos ochenta y nueve dólares con cuarenta y cinco centavos, libre
de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa SFS030, marca: Kia, estilo: Sportage, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KNAPN81ABH7046193, año fabricación: 2017, color blanco, gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas
quince minutos del veintidós
de junio de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas quince minutos
del treinta de junio de dos
mil veintitrés con la base de siete
mil ciento diecisiete dólares con nueve centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas quince minutos del diez
de julio de dos mil veintitrés
con la base de dos mil trescientos setenta y dos dólares con treinta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Jean Carlo Saborío Mora. Expediente
Nº 22-002568-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, Hora y fecha
de emisión: veinte horas
con tres minutos del doce de Enero del dos mil veintitrés.—Licda.
Gabriela Chaves Villalobos, Jueza Tramitadora.—(
IN2023771750 ).
PRIMERA
PUBLICACIÓN
En este Despacho,
con una base de setenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y dos dólares con ocho centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
292-15290-01-0901-001, servidumbre trasladada citas:
292-15290-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número setenta mil ochocientos noventa y nueve, derecho 001 y 002, la cual
es terreno para construir
con una casa de habitación. Situada
en el distrito
2-San José, cantón
6-San Isidro, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Stevencraig Wroe Furuseth--Bernardo
Ramírez Arce; al sur, Bernardo Ramírez Arce; al este,
Stevencraig Wroe Furuseth y
al oeste, servidumbre de
paso con 92.10 metros. Mide: cuatro mil ochocientos setenta y ocho metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas quince minutos
del veinte de setiembre de
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas quince minutos del veintiocho
de setiembre de dos mil veintitrés
con la base de cincuenta y seis mil seiscientos once dólares con cincuenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas quince minutos
del diez de octubre de dos
mil veintitrés con la base de dieciocho
mil ochocientos setenta dólares con cincuenta y dos
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Ana Giselle Leal Gutiérrez, Fernando González Ramírez,
expediente 22-006719-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora
y fecha de emisión: trece horas con treinta y dos minutos del diecisiete de mayo
del dos mil veintitrés.—Pedro
Javier Ubau Hernández, Juez/a
Tramitador/a.—( IN2023770430 ).
En
este Despacho, con una base de un millón ciento ochenta y tres mil setecientos ochenta y tres colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: BCM357, marca: Honda, estilo: Civic, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie, chasis y vin todos: 2HGFG11968H509737, carrocería: Sedan 2 puertas,
tracción: 4x2, año fabricación: 2008, color: negro, cilindrada:
1800 C.C., combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del trece de junio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de junio de dos mil veintitrés, con
la base de ochocientos ochenta
y siete mil ochocientos treinta y siete colones con veinticinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de junio de dos mil veintitrés, con
la base de doscientos noventa
y cinco mil novecientos cuarenta y cinco colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Israel David Sequeira Castillo. Expediente N° 18-014927-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 02 de marzo del año 2023.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza.—( IN2023770439 ).
En
este Despacho, se señalan las siete horas treinta minutos del veinte de junio de dos mil veintitrés, con una base de
cuatro millones de colones exactos, soportando hipoteca citas:
2010-196153-01-0001-001, reservas y restricciones citas:
363-12638-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número cincuenta y seis mil doscientos cincuenta y dos,
derecho cero cero cero, la cual es terreno N° 32
para constr. forma trapezoidal. Situada: en el distrito:
1-Corredor, cantón
10-Corredores, de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, Miguel Flores de
la O; sur, Olivier Ibo Jiménez Rojas; este, Ricardo
Neilly Limitada; oeste, calle pública con un frente a ella de 10 metros. Mide: trescientos veintiún metros con noventa y cinco decímetros cuadrados, los antecedentes de esta finca deben consultarse en el folio microfilmado
de la provincia de Puntarenas número 56252 y además proviene
de 020424-000. De no haber postores,
el segundo remate, se efectuará a las siete horas treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil veintitrés, con la base de tres millones de colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas treinta minutos del seis de julio de dos
mil veintitrés, con la base de un millón
de colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Montes del Socorro Sociedad Anónima contra Angie
Paola Sequeira Jiménez. Expediente N° 21-001322-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, hora y fecha
de emisión: trece horas con
veintisiete minutos del siete de febrero del dos mil veintitrés.—Gerardo
Marcelo Monge Blanco, Juez Tramitador.—(
IN2023772394 ).
En
este Despacho, con una base de $2.947,99, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo
Chevrolet, Spartk LT, placa
BJL681, modelo 2015, color blanco,
cuatro puertas, vin KL1CM6CD0FC798128. Para tal efecto se señalan
las 15:30” del 26/6/2023. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las 15:30” del 4/7/2023 con la
base de $2.210,99 (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
15:30” del 12/7/2023 con la base de $737 (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Lafise S.A., contra David Alexander Centeno
Arguedas. Expediente 23-001305-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 23 de marzo del año 2023.—David Felipe Cortés Segura, Juez
Decisor.—( IN2023772435 ).
En este Despacho,
con una base de seis millones
novecientos ochenta y cinco mil quinientos noventa y cinco colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo características de vehículo de placas: BNQ269,
Marca: Toyota, Estilo: Corolla, categoría:
automóvil, N. Motor: no visible, Número
Chasis, Vin, Serie: 2T1BR32E34C205588, cilindrada: 1800 c.c, año fabricación: 2004,
combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las once
horas treinta minutos del diecinueve de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas treinta minutos del veintisiete de junio de dos mil veintitrés con la base de cinco millones doscientos treinta y nueve mil ciento noventa y seis colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas treinta minutos del cinco de julio de dos mil veintitrés con la base de un millón
setecientos cuarenta y seis
mil trescientos noventa y ocho colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Tony
De Los Ángeles Prado Cascante contra Olga Yanneth Pinzón González. Expediente: 22-006268-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José. 30 de marzo del año 2023.—Alonso Cascante Calvo, Juez/a
Decisor/a.—( IN2023772438 ).
En
este Despacho, con una base de veinte mil trescientos sesenta y nueve dólares con cincuenta y cuatro centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo: RMH430,
marca: Hyundai, estilo:
Tucson GL, categoría: automóvil, capacidad:
5 personas, año fabricación:
2016, color: anaranjado,
vin: KMHJ2813AGU164265, cilindrada: 2000 C.C,
combustible: gasolina. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del tres de julio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del once de julio de dos mil veintitrés, con
la base de quince mil doscientos setenta
y siete dólares con dieciséis centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de julio de dos mil veintitrés, con la base de cinco
mil noventa y dos dólares
con treinta y nueve
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Davivienda Costa Rica S. A. contra Greivin Ricardo Madrigal Hidalgo. Expediente
N° 20-000580-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, hora y fecha
de emisión: diez horas con cincuenta y cuatro minutos del veintisiete de enero del dos mil veintitrés.—Liseth Delgado Chavarría, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2023772496 ).
En este Despacho,
con una base de nueve millones novecientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
seiscientos nueve mil setecientos noventa y
dos, derecho 000, la cual es terreno
para construir. Situada: en el distrito
Mercedes Sur, cantón Puriscal, de la provincia de San
José. Colinda: al sur, calle
pública;
al este, Antonio Guzmán Mesén, y al noroeste, Antonio Guzmán Mesén y Rosario Fernández
Marín. Mide: doscientos ocho metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del trece de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas cero minutos del veintiuno
de junio de dos mil veintitrés,
con la base de siete millones
cuatrocientos veinticinco
mil colones exactos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del veintinueve de junio de dos mil veintitrés, con la base de dos millones
cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Osvaldo José Arias Hidalgo. Expediente N°
23-000958-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 30 de marzo del año 2023.—Yanin Argerie Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—(
IN2023772498 ).
En
la puerta exterior de este Despacho, a las nueve horas del
día lunes cuatro de setiembre de dos mil veintitrés (04/09/2023 09:00); libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando las citas que se dirán, y con la base de mil doscientos
treinta y dos millones ochocientos siete mil setenta y uno colones con cero nueve céntimos
(¢1.233.807.071,09), en el mejor postor, remataré
lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro
Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número
quinientos noventa mil trescientos ochenta-cero cero cero (FR. 1-590380-000), de naturaleza
terreno de potrero. Pasto con un galerón
corral charral y montaña. Situada: en el
distrito 5-Cascajal, cantón
11-Vázquez de Coronado, con linderos: al norte, Prados de Coronado S. A. y
el río Cascajal; al sur,
quebrada Cascajal, Miguel Córdova Solís y en parte camino
público de lastre con un frente de 674.09 metros; al este,
río Cascajal, y oeste,
Los Volio Ltda., Prados de
Coronado S. A., Juan Herrera Solís, Emilio Cordero Solano, Juan Elías Quirós,
Ramiro Alvarado Vives, quebrada Cascajal y en parte camino público
de lastre con un frente de
994.93 metros, con una medida
de un millón seiscientos
cuatro mil setecientos dieciocho
metros con veintisiete decímetros
cuadrados, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando: 1. Reservas y restricciones, inscrita bajo citas: 333-03164-01-0901-001; y 2. Servidumbre
trasladada, inscrita bajo citas: 333-03164-01-0902-001. Para el
segundo remate, se señalan
las nueve horas del día miércoles
trece de setiembre de dos
mil veintitrés (13/09/2023 09:00) con la base de novecientos veinticinco millones trescientos cincuenta y cinco mil trescientos tres colones con treinta y un céntimos (¢925.355.303,31) (rebajada
en un 25%), y para la tercera
subasta, se señalan las nueve horas del día jueves veintiuno de setiembre de dos mil
veintitrés (21/09/2023 09:00), con la base de trescientos ocho millones cuatrocientos cincuenta y un mil setecientos sesenta y siete colones con setenta y siete céntimos (¢308.451.767,77)
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo
805 párrafo segundo del
Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Equipos Consultores Ambientales ECA S. A. Expediente
N° 23-000034-0689-AG. Nota: Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas,
la primera publicación con
un mínimo de ocho días de antelación a la fecha fijada para la subasta. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago
de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de mayo
del año 2023.—Licda. Andrea
Ruiz Ramírez, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023772502 ).
MSc.
Ana Lucrecia Valverde Arguedas, Jueza del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Santa
Cruz, (Familia), se convoca a todas
aquellas personas que tuvieran
derecho al ejercicio de la tutela sobre
la menor Nayara Victoria Paguaga Ulate, para que se presenten dentro del plazo de quince días, a partir de
la última publicación a aceptar la misma
o formular excusa. Dentro
de proceso judicial que se tramita
en este juzgado
actividad judicial no contenciosa-tutela,
establecida por Patronato
Nacional de la Infancia, en
favor de la persona menor edad:
Nayara Victoria Paguaga Ulate. Expediente:
23-000077-0776-FA. Nota: de conformidad
con la circular N° 67-09, emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por tres veces consecutivas.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica
de Santa Cruz, (Familia).—Msc. Ana Lucrecia
Valverde Arguedas, Jueza.—O. C. N°
364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2023762716 ). 3 v. 3.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito judicial de la persona menor
de edad: María Alejandra Lira Sánchez, para que se apersonen a este
juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado. Expediente N° 22-002392-0292-FA. Clase de asunto Depósito Judicial. Nota: publíquese por tres veces
consecutivas. De conformidad con la circular N° 67- 09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las once horas diecinueve
minutos del 20 de diciembre
del 2022.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—O.C. N°
364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—
( IN2023762742 ). 3
v. 3.
Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces
consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran
derecho a la tutela de la persona menor de edad: Allison Pamela Maltez Alemán, hija de Magdalia De Los Ángeles Maltez Alemán; ya por corresponderles
la legitima tutela, para que se presenten
dentro del plazo de quince
días contados a partir de
la fecha de publicación del
último edicto. Expediente N° 23-000335-1302-FA. Proceso:
tutela legítima.
Promovente: Patronato Nacional de la Infancia. Notas: 1) Publíquese tres veces consecutivas. 2) De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría
de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela.—MSC
Shirley Montoya Montero, Jueza.—O. C. N°
364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023765179
). 3 v. 1.
Master José Luis Camareno
Castro, Juez(a) del Juzgado de Familia y Contra la Violencia Doméstica de Grecia
(Familia), notifíquese a Marvin Jarquín
García. De las presentes diligencias de depósito de las personas menores
Erick Daniel Jarquín Hernández, promovidas
por el Patronato Nacional
de la Infancia, se confiere
traslado por tres días a Marvin Jarquín
García, a quienes se les previene
que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular N° 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del Despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones. Publíquese
una vez. Expediente N° 23-000022-0687-FA. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia y Contra la Violencia Doméstica de Grecia
(Familia).—MSc. José Luis Camareno Castro, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023764838 ).
Licenciado
Leonardo Loría Alvarado, juez(a)
del Juzgado de Familia de Heredia, a William Antonio
Sánchez Gómez, en su carácter personal, quien es
mayor, soltero misceláneo, domicilio desconocido,
cédula de identidad número 0110230930, se le hace saber que en demanda procesos especiales de autorización de salida del país, expediente:
22-001653-0364-FA, establecida por
Annia María
Vargas García contra
William Antonio Sánchez Gómez, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Heredia, a las ocho
horas ocho minutos del diecinueve de diciembre de dos
mil veintidós. Vista la manifestación
de la parte actora Annia Maria Vargas García, en fecha
06 de diciembre del 2022, que consta
en la pagina 65 se resuelve: En virtud que la parte actora desconoce
el paradero del señor Sánchez Gómez, se ordena anular la Sentencia de Primera Instancia N°
2022002030 dictada por este despacho a las trece horas cincuenta y cinco minutos del veintidós de agosto de dos mil veintidós, que consta en las páginas 26 al 29 y en su lugar se resuelve:
la señora Annia María Vargas García
ha solicitado a este Despacho que autorice la salida del país de la persona menor de edad Ashley Rachell Sánchez Vargas, y que se le autorice para tramitar y retirar el pasaporte,
indicando que el señor William Antonio Sánchez Gómez es el
padre de la niña. (Certificación
que consta en la página 46). De
principio, el artículo 9 del Código de Familia establece que “las autorizaciones
o aprobaciones de los tribunales que este Código exige en determinados
casos, se extenderán mediante el proceso
sumario, señalado en el Código Procesal
Civil, cuando no este establecido otro procedimiento.” En el mismo sentido se encuentra redactado el inciso 10 del artículo 435
del Código Procesal Civil. Para estos
casos en los que se solicita la autorización de salida del país de las personas menores de edad existe una
vía mas expedita que la sumaria. El articulo 151 del Código de Familia dispone que “el padre y la madre ejercen, con iguales derechos y deberes, la autoridad parental sobre los hijos
habidos en el matrimonio.” Por esta razón es que para que un menor pueda salir
del país requiere autorización de ambos progenitores.
En caso de que la autorización
solo la otorgue uno de los progenitores, eso no significa que el niño no puede salir
del país, porque en este caso
se estaría haciendo la voluntad del progenitor que no autoriza,
lo cual viola la igualdad apuntada. El problema lo resuelve la misma norma antes citada, cuando dice: “En caso de conflicto, a petición de cualquiera de ellos, el tribunal decidirá oportunamente, aún sin las formalidades del proceso, y sin necesidad de que las partes acudan con un profesional en derecho. El Tribunal deberá
resolver tomando en cuenta el interés del menor.”
En el mismo sentido, el Código de la Niñez y la Adolescencia señala que en asuntos
en donde se ventilen derechos de las personas menores
de edad, no debe existir estricto ritualismo procesal y además el juez tiene
amplios poderes en la conducción del proceso. Con base en lo expuesto, debe concluirse que en casos como estos
el Juez o Jueza tiene poderes
discresionales para fijar el procedimiento a seguir. Así las cosas, esta Juzgadora
estima que para respetar la
igualdad de derechos de los
progenitores, y para garantizar
el derecho que tiene toda persona de ser escuchada, lo
procedente es realizar una audiencia oral y privada, en la cual se expresaran
las razones por las cuales se solicita la autorización de salida del país y los motivos
de oposición que pudieran existir. La persona menor de edad también podrá expresar
su opinión, respetándoseles así el derecho que les concede los artículos 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño y 105
del Código de Niñez y Adolescencia.
Al final de la audiencia se decidirá judicialmente si se concede o no
se concede las autorizaciones solicitadas.
Por existir una persona menor de edad involucrada
en este proceso
se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia,
siendo que dicha institución aporto a este Despacho
el casillero 403. Nombramiento de curador: de conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 el
Código Procesal Civil, a fin de proceder
a nombrarle Curador Procesal al demandado se resuelve: Se ordena expedir y publicar el edicto electrónicamente al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil, el cual será enviado
por este despacho a la Imprenta Nacional y
la parte interesada deberá estar atenta
a su publicación. De igual manera se le previene a la parte actora que aporte certificación del Registro de
Personas en el que se informe si el
demandado ausente cuenta con apoderado inscrito en el
país, así como Certificación
de Movimientos Migratorios
del demandado expedida por la Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Seguridad Pública. Honorarios de curador procesal: inclúyase el presente asunto
en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa del Poder Judicial
(SIGAPJ), esto con el fin
que la Unidad Administrativa de Heredia asuma el pago
de honorarios de curador a nombrar, y de conformidad con la
circular numero 86-2019 de la Dirección
Ejecutiva, emitida el 28 de junio del 2019 y conforme con lo establecido en la Ley 9635 “Ley de Fortalecimiento
de las Finanzas Públicas” y
el Reglamento 41779 “Reglamento del Impuesto sobre el Valor Agregado”, la Dirección Jurídica emitió criterio mediante oficio N° DJ-193-2019 del 13 de junio
de 2019, y en acatamiento a
dicha circular los honorarios se fijan en la suma de cincuenta
y seis mil quinientos colones,
monto que incluye el 13% del I.V.A. En virtud de lo
anterior se procede a nombrar
en el cargo de curador procesal al Licenciado Jhovany Barahona
Vargas, cédula de identidad 503170141, a quien se les previene para que dentro del plazo de tres días se presenten a aceptar el cargo conferido. Lo anterior bajo el apercibimiento de que de no hacerlo,
se entenderá que no tiene interés en dicho
nombramiento, y se procederá
a la sustitución, sin necesidad
de ulterior resolución que lo ordene,
previa comunicación a la Dirección
Ejecutiva del Poder
Judicial para lo que corresponda. Citación
a la parte actora y a dos testigos: se cita a la señora Annia María Vargas García y
a dos testigos para que en el plazo de una
semana comparezca al Juzgado y, bajo juramento, responda las preguntas que se le formularan para determinar la procedencia del nombramiento del curador procesal del demandado, bajo apercibimiento de
que si no comparece, el proceso no podrá avanzar.Para
notificar al demandado el señor William Antonio Sánchez Gómez, se le notificará por
medio de edicto y se le nombrara
Curador Procesal, una vez que se hayan acreditado los requisitos para la procedencia de dicho nombramiento, debiendo publicarse el edicto
correspondiente. Notifíquese.
Nota: de conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez.—Juzgado de Familia de Heredia.—Leonardo Loría Alvarado, Juez(a) Decisor(a).—1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023764858
).
Msc.
Wendy Blanco Donaire. Jueza del Juzgado
Primero de Familia de San José, Hace saber a Diorges Thomaz Da Cruz, en su carácter
personal, quien es mayor, casado,
Administrador, de paradero desconocido, Dimex
107600171402, que en proceso
suspensión de patria potestad
formulado por Olga Jenifer Coitino Bonilla contra Diorges Thomaz Da Cruz, bajo el expediente número
21-000633-0186-FA, que se tramita en
este Juzgado, se dictó la sentencia de las once
horas veintiséis minutos
del treinta de noviembre de
dos mil veintidós, cuya parte dispositiva literalmente dice: “Por tanto: Por lo expuesto,
la doctrina y normas legales citadas, se declara con lugar la presente demanda de suspensión de patria potestad de
la Lucas Bonilla Cruz. Se suspende al señor Diorges Thomaz
Da Cruz en el ejercicio de la patria potestad por el
termino de seis meses, luego de ese tiempo el accionado
podrá presentar el proceso de rehabilitación
correspondiente el cual procederá siempre y cuando acredite que su situación personal ha cambiado y que
se encuentra en condiciones de asumir su rol paterno.
Se confiere el depósito, así como
la totalidad de los atributos de guarda, crianza y educación de la persona
menor de edad a su madre Olga Jenifer Coitino Bonilla. Dentro de los ocho días posteriores
a la firmeza de este fallo deberá la depositaria comparecer a este Juzgado
a aceptar el cargo que aquí se le confiere. Inscríbase esta sentencia en el
Registro Civil. Inscríbase en el partido
de nacimientos especiales
del Registro Civil. Se dicta esta
resolución sin especial condenatoria
en costas. Firme esta resolución gírese al Lic. Eduardo Robert
Cruz Ramírez cédula 6-107-620, por concepto de honorarios por parte de la Administración de Tribunales, la suma de ochenta y cuatro mil setecientos cincuenta colones monto que incluye el 13% del impuesto del valor agregado, sin otra resolución que así lo indique Notifíquese al demandado por edicto. Publíquese
este edicto por única vez
en el Boletín
Judicial. Los plazos comenzarán
a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Notifíquese.—Juzgado Primero de Familia de San José, 21 de
marzo del año 2023.—Msc Cindy Fumero Molina, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023764899
).
Licenciado(a)
Juez(a) del Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a
Marling Jobania Pérez Castillo, en
su carácter personal, quien es mayor, nicaragüense, de domicilio desconocido, pasaporte C01643933, se le hace
saber que en proceso depósito judicial, establecido por Patronato Nacional de la infancia,
contra Marling Jobania Pérez Castillo y Pedro Bismark Espinoza Díaz, expediente
21-000592-0292- FA, se ordena notificarle
por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las
nueve horas cuarenta y seis
minutos del once de junio
de dos mil veintiuno. De las presentes
diligencias de depósito judicial de las personas menores de edad Dilany Elieth Espinoza Pérez y Saraí Betsabé Pérez Castillo, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia,
se confiere traslado por tres días a Marling Jobania Pérez Castillo y a Pedro Bismark
Espinoza Díaz a quienes se les previene
que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado.- Artículos 11, 34, 36 y 50 de la
Ley de Notificaciones Judiciales
N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de
2009. Edicto: Por medio de edicto,
que se publicará por tres veces consecutivas
en el Boletín
Judicial, se cita y emplaza
a todos los que tuvieren interés en este asunto,
para que se apersonen dentro
del plazo de treinta días
que se contarán a partir de
la última publicación del edicto ordenado.- prevención para nombramiento de curador: A efecto de conocer la procedencia de designar un curador procesal en representación
de la progenitora de las personas menores
de edad, apersone la entidad actora a la señora Yorling Anita Espinoza
Díaz ante este despacho con
el propósito de que rinda declaración bajo fe de juramento respecto al paradero de los accionado, la cual podrá presentarse
al despacho un día miércoles
en horas en que el despacho no esté pronto a cerrar y con todas las medidas sanitarias recomendadas por el Ministerio
de Salud debido a la pandemia por el
virus COVID-19, aunado a lo anterior aporte la parte actora certificación idónea donde se demuestre si los
demandados tiene apoderado con facultades suficientes para que la represente
en el proceso.
Todo dentro del plazo de cinco días y bajo apercibimiento de comunicar lo
que corresponda a la Presidencia Ejecutiva
del Patronato Nacional de la Infancia. Medida cautelar. Visto la medida cautelar que solicita la Entidad promovente en el
sentido de que las personas menores
de edad Dilany Elieth Espinoza Pérez y Saraí Betsabé Pérez Castillo sean ubicadas mediante depósito provisional en el hogar de su
tía paterna, siendo que se logra constatar en el
expediente los requisitos para el otorgamiento de tal medida, a saber, apariencia de buen derecho y peligro en la demora, y con el propósito de resguardar la estabilidad física y emocional de las
personas menores de edad, toda vez que se puede constatar registro en el
expediente por medio de la prueba documental que acompaña el escrito inicial,
que las menores residen con
su tía paterna
desde el año 2019; lo cual impone resguardar en forma integral sus derechos. Es importante
recordar que en toda medida que se adopte en un asunto
en que se encuentre involucrada una persona menor de edad, el norte debe
ser resguardar el interés superior de la persona menor
de edad, reconocido desde la Convención Sobre Derechos del Niño artículo
3.1, principio que además de ser un derecho sustantivo, es una norma de procedimiento y de interpretación jurídica, tal y como lo ha explicitado el Comité de Derechos del Niño en la
Observación General número
14, por lo que en el caso concreto
dada la condición de las personas menores
de edad, se impone establecer un hogar donde se le brinde estabilidad, amor y comprensión, así como resguardo
de sus derechos en forma integral. Es importante recalcar además que la medida cautelar dado su naturaleza, puede ser modificada en el
transcurso del proceso si las circunstancias cambian y además no prejuzga sobre lo que se vaya a resolver en sentencia definitiva. En resumen de lo dicho, que se acoge la medida cautelar solicita por la Entidad Promovente y en consecuencia de deposita provisionalmente a las personas menores
de edad Dilany Elieth Espinoza Pérez y Saraí Betsabé Pérez Castillo en el hogar de su
tía paterna la señora Yorling Anita Espinoza
Díaz quien deberá presentarse al despacho en el plazo
de tres días con el propósito de aceptar el cargo conferido otros: Solicítese mediante atento oficio a la Dirección General de Migración y Extranjería se sirvan certificar las entradas y salidas de la señora Marling Jobania Pérez Castillo. El oficio
se enviará por correo electrónico. Notificación personal: Notifíquese
a al Progenitor Pedro Bismark Espinoza Díaz personalmente o por cédula en su casa de habitación.
Para realiza dicha
diligencia se comisiona a la Policía de Proximidad de Poás de Alajuela. Nota: Publíquese una vez. De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela.—Licda. Diana Patricia Rojas Elizondo, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2023765136 ).
Se
cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito del menor Shailyn Bayolet- Dylan Steven–Marilyn Ariana todos
de apellidos Rocha Obando, para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. En otro orden de ideas se avisa al señor Javier Antonio
Rocha Suarez y la señora Maryeris
Jasmina Obando Velásquez,
mayores, únicos datos conocidos, que en este Juzgado
se tramita el expediente Nº 23-000512-1302-FA, correspondiente
a Diligencias de Depósito Judicial de menor, promovidas por Representante Legal del
Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito
de la menor Shailyn Bayolet-Dylan
Steven–Marilyn Ariana todos de apellidos
Rocha Obando. Se le concede el plazo
de tres días, para que manifieste
su conformidad o se oponga a estas diligencias. . Expediente N°
23-000512-1302-FA. Clase de Asunto
actividad judicial no contenciosa.
Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una vez.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las quince horas con diecinueve minutos del veintisiete
de abril del año dos mil veintitrés. 27 de abril del año 2023.—MSC. Mariselle
Zamora Ramírez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023765139 ).
Se
cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito del menor: Shailyn
Bayolet- Dylan Steven - Marilyn Ariana, todos de apellidos: Rocha Obando,
para que se apersonen a este juzgado dentro
del plazo de treinta días
que se contarán a partir de
la última publicación del edicto ordenado. En otro orden de ideas se avisa al señor: Javier Antonio
Rocha Suárez
y la señora Maryeris
Jasmina Obando Velásquez, mayores,
únicos datos conocidos, que en este Juzgado se tramita el expediente
N° 23-000512-1302-FA, correspondiente a diligencias
de depósito judicial de menor,
promovidas por representante legal del Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la menor: Shailyn Bayolet - Dylan
Steven - Marilyn Ariana, todos de apellidos
Rocha Obando. Se le concede el plazo
de tres días para que manifieste
su conformidad o se oponga a estas
diligencias. Expediente N° 23-000512-1302-FA. Clase de asunto: actividad judicial no contenciosa.
Nota: de conformidad con la
circular N° 67-09, emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una
vez.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las quince horas con diecinueve minutos del 27 de abril del 2023.—MSC. Mariselle
Zamora Ramírez,
Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2023765140 ).
Se comunica al señor Valentín Sebastián Marenco
Orozco, que en este despacho judicial se tramita proceso de Depósito Judicial de
la persona menor de edad
Allisson María Marenco Mejía, bajo el Expediente Nº
23-000395-1302-FA, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, donde solicita que se apruebe el depósito de la citada menor; por
lo que se les concede el plazo
de tres días contados a partir de la publicación, para
que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias. Notas: 1) Publíquese por única vez
consecutivas. 2) De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de San Carlos, 30 de marzo del año 2023.—Msc Marisel Zamora Ramírez.
Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023765150
).
Licenciada Marisel
Zamora Ramírez,
Jueza del Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela San
Carlos, a César
Valverde Navarrete y a la señora Eylery
Junnieth García Rojas, se le hace saber que en proceso de permiso de salida, expediente número
23-000394-1302-FA, incoado por
Eunice Elizeth Navarrete Bermúdez, se dictó la resolución
que literalmente dice: Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela.
A las nueve horas con cuarenta
y dos minutos del doce de abril del año dos mil veintitrés. Se tiene por establecido el presente trámite
de conflicto de autoridad
parental (salida del país de la persona menor de edad de la persona menor de edad César Valverde García y Diedrich Valverde
García)
promovido por Eunice Elizeth Navarrete Bermúdez. De esa
solicitud se da audiencia por
tres días a César Valverde Navarrete y
a la señora Eylery Junnieth García Rojas y al Patronato Nacional de
la Infancia quien se nombra como representante
de la persona menor de edad
del presente asunto, (art.
433 del Código Procesal Civil y 151 del Código de
Familia) para que lo conteste y ofrezca
su prueba. Se le indica a todas las partes que en el primer escrito
que presenten debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con e transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales). Si elige un fax no
lo podrá utilizar como teléfono, solo para recibir y enviar documentos. Si señala un correo electrónico, primero lo deberá registrar en el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial, esto a través de la página web de esa institución, para que el citado departamento
autorice el correo electrónico pero apercibido que a falta de esa autorización
no recibirá ninguna comunicación del Juzgado en ese correo electrónico.
De conformidad con los artículos 8, 9 y 151 del Código de Familia, se convoca a las partes y abogados a
la audiencia oral y privada que tendrá
lugar en este Despacho a las quince horas
del diecisiete de mayo del año
dos mil veintitrés. La audiencia tiene
por objeto proveer a las partes la oportunidad para que logren un acuerdo conciliatorio que ponga fin al procedimiento. De no
lograrse un acuerdo, se procederá inmediatamente a recibir la prueba que las partes hayan propuesto.
En el caso de la actora se admiten el testimonio de Yessica Flores Vanarrete y Justina Muñoz Castrillo.
Como se indicó la demandada
deberá ofrecer su prueba por
escrito, si fuere testimonial presentará sus testigos el día señalado para la celebración de
la audiencia. Entrevista: a la misma
hora y fecha programada se realizará por parte
de esta autoridad una Entrevista a la persona menor de edad César Valverde García y Diedrich Valverde
García
diligencia que se efectuará sin la presencia de partes ni abogados, se solicita presentarlos de manera puntual. Notifíquese esta resolución a los progenitores por medio de edicto que se publicará por única
vez en el
Boletín Judicial de La Gaceta. Notifíquese. Nota: de conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por
única vez.—Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Marisel Zamora Ramírez, Jueza.—1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2023765151 ).
Se comunica al señor: Marcelino Sánchez González y Felipa Sánchez García,
que en este despacho judicial se tramita proceso de depósito judicial de
la persona menor de edad:
Justin Manuel, Carlos José y Marcela
Tatiana, todos Sánchez Sánchez,
bajo el expediente N° 23-000390-1302-FA, promovido por el
Patronato Nacional de la Infancia, donde solicita que se apruebe el depósito
de la citada menor; por lo que se les concede el plazo de tres días contados a partir de la publicación, para que manifiesten
su conformidad o se opongan a estas diligencias. Notas: 1) Publíquese por única vez
consecutivas. 2) De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de San Carlos, 30 de marzo del 2023.—Msc Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2023765171 ).
Se comunica al señor Minor Gerardo Ávila Gamboa
que en este despacho judicial se tramita proceso de Depósito Judicial de
la persona menor de edad Yeidan Gerardo Ávila Ortega, bajo el expediente Nº 23-000351-1302-FA, promovido
por el Patronato Nacional
de la Infancia de San Carlos, donde
solicita que se apruebe el depósito de la citada menor; por
lo que se les concede el plazo
de tres días contados a partir de la publicación, para
que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias. Notas: 1) Publíquese por única vez consecutivas.
2) De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de San Carlos, 23 de marzo del año 2023.—Licda. Shirley Montoya Montero, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2023765173 ).
Se comunica al señor Minor Gerardo Ávila Gamboa, que en este Despacho
Judicial se tramita proceso
de depósito judicial de la persona menor de edad Yeidan
Gerardo Ávila Ortega, bajo
el expediente N° 23-000351-1302-FA, promovido por el
Patronato Nacional de la Infancia de San Carlos, donde solicita que se apruebe el depósito
de la citada menor; por lo que se les concede el plazo de tres días contados a partir de la publicación, para que manifiesten
su conformidad o se opongan a estas diligencias. Notas: 1) Publíquese por única vez
consecutivas. 2) De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del
principio de gratuidad que rige
esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de San Carlos, 23 de marzo del año 2023.—Licda. Shirley Montoya Montero, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2023765176 ).
Licenciada Kensy
Cruz Chaves, Jueza del Juzgado
de Familia del I Circuito Judicial de la Zona Atlántica, al señor Meibor Ortega
García, mayor, nacionalidad costarricense, de oficio y dirección desconocida, se les hace saber que en Diligencias de Depósito Judicial de Persona Menor de Edad,
promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia
de Talamanca, se ordena notificar
por edicto, la resolución de las diez horas nueve minutos del diez de mayo de dos mil veintitrés,
que literalmente dice: De las presentes
diligencias de depósito judicial de las personas menores de edad, promovidas por el Patronato
Nacional de la Infancia Talamanca, se confiere traslado por tres días a Rut Carrión Cardoza, Gerald Jesús Torres (único
apellido) y Meibor Ortega
García (paradero desconocido),
a quienes se les previene
que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N°20, del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en
sesión N° 65-08, celebrada
el 2 de setiembre del 2008,
artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. ll. Medida cautelar: En vista de la medida solicitada por la representante Legal del
Patronato Nacional de la Infancia Talamanca, Licenciado José Fernando León Artavia,
se resuelve: Se le otorga en forma provisional (por
principio de interés superior de las personas menores de edad) al Patronato
Nacional de la infancia de Talamanca, el depósito judicial provisional
de las personas menores de edad
Valery Ximena Torrez Carrión y David Josué Ortega Carrión, hasta tanto no sea dictada
la resolución de fondo.(Artículo 05 del Código de la Niñez
y de la Adolescencia). Que por
medio de resoluciones administrativas
de las de las quince horas treinta minutos del dieciséis de noviembre del año dos mil veintidós y de las catorce horas cuarenta y cinco minutos del dos de diciembre del año dos mil veintidós, se instauró proceso especial de protección en cede administrativa, en aras de salvaguardar el interés superior de las citadas personas menores de edad, mediante dictado de una medida de cuido provisional.- A quien se le previene que en caso de anuencia
deberá comparecer a este despacho dentro
de los cinco días posteriores a la notificación de este auto, con la finalidad de aceptar el cargo conferido.- Desconociéndose el domicilio exacto
y actual del progenitor Meibor Ortega García, y con
la finalidad de poner al mismo en conocimiento
de la existencia del presente
proceso, se ordena publicar por única
vez un edicto en el boletín
judicial el cual será diligenciado por este despacho.
Se le previene a la parte interesada, que para efectos de
la diligencia en cuestión, si a bien lo tiene, deberá señalar un medio para atender notificaciones ante la autoridad comisionada, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas.
Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado.- Artículos 11, 34, 35, 36 y 50
de la Ley de Notificaciones Judiciales
N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero
de 2009.- Notifíquese esta resolución a la progenitora Rut Carrión Cardoza, personalmente o por medio de cédulas y copias de
ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Quien es localiza en la siguiente dirección: Limón,
Talamanca, Cahuita, Patiño, del antiguo
reciclaje, 25 metros este, primera entrada a mano derecha,
10 metros, en alto, casa de dos pisos,
planta baja. Y Notifíquese esta resolución a la progenitor
Gerald Jesús Torres (único apellido),
personalmente o por medio
de cédulas y copias de ley en
su casa de habitación, o
bien en su domicilio real. Artículo 19 de la
Ley de Notificaciones Judiciales.
Quien es localiza en la siguiente dirección: Limón, Puerto Viejo, Cocles,
entrada de Ole Caribe, 300 metros al sur. teléfonos
8569-54-54 y 7185-11-01. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales
del I Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Limón). En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso
del funcionario notificador,
a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la
Ley de Notificaciones Judiciales.-
Prevención: Se le previene
a la parte promovente
Patronato Nacional De La Infancia Talamanca, aportar dos juegos de copias en la Oficina
de Comunicaciones Judiciales
(O.C.J) de este circuito judicial,
para ser debidamente notificados
los progenitores.- Lo
anterior en el término de tres días, en caso
de omisión se archivaran provisionalmente (no se
trata de un archivo definitivo), las presentes
diligencias, sin previa resolución que así lo ordene, las cuales pueden ser reactivadas con el cumplimiento de lo aquí prevenido.- Notifíquese. Expediente Nº 23000321-1152-FA, Publíquese
una sola vez. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que ige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica Poder Judicial Jueza del Juzgado de Familia de Limón. Fecha
10 de mayo del 2023.—Msc. Kensy Cruz Chaves, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2023765177 ).
Se
comunica al señor Porfirio
Zacarias Montenegro Chaves, que en este despacho judicial se tramita proceso de Depósito Judicial de la persona menor
de edad Juan De Dios Montenegro Chaves, bajo el Expediente Nº
23-000321-1302-FA, promovido por
el Patronato Nacional de la Infancia,
donde solicita que se apruebe el depósito
de la citada menor; por lo que se les concede el plazo de tres días contados a partir de la publicación, para que manifiesten
su conformidad o se opongan a estas diligencias. Notas: 1) Publíquese por única vez
consecutivas. 2) De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de San Carlos, 21 de marzo del año 2023.—Lic. Jimmy Alexander Robles Hernández, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023765181 ).
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito del menor: William Antonio García Martínez, Yuleisy
Franciny y Eddy Gerardo, ambos Martínez García, para
que se apersonen a este juzgado dentro
del plazo de treinta días
que se contarán a partir de
la última publicación del edicto ordenado. En otro orden de ideas se avisa a la señora: Aneysis Del Socorro Martínez García y Rafael Antonio García
González, mayores, nicaragüenses,
únicos datos conocidos, que en este juzgado se tramita el expediente
N° 23-000211-1302-FA, correspondiente a diligencias de depósito
judicial de menor, promovidas
por la representante legal
del Patronato Nacional de la Infancia de los Aguas Zarcas,
donde se solicita que se apruebe el depósito
de los menores: William
Antonio García
Martínez, Yuleisy Franciny
y Eddy Gerardo ambos Martínez García. Se le concede el
plazo de tres días para que
manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias. Expediente N° 23-000211-1302-FA. Clase
de asunto actividad
judicial no contenciosa. NOTA: 1- De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. 2- Por
medio de edicto se publicará
una vez.—Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a
las quince horas con cuarenta
y nueve minutos del 10 de marzo del 2023.—MSC. Mariselle
Zamora Ramírez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-520.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2023765185 ).
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito del menor Elmer Jesús Ramírez Barrantes,
para que se apersonen a este Juzgado dentro
del plazo de treinta días
que se contarán a partir de
la última publicación del edicto ordenado. En otro orden de ideas se avisa al señor Gerardo Alexander
Ramírez Castro, mayor, nicaragüense, únicos datos conocidos,
que en este Juzgado se tramita el expediente N°
23-000199-1302-FA, correspondiente a diligencias de depósito judicial de menor, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia,
donde se solicita que se apruebe el depósito
de la menor Elmer Jesús Ramírez Barrantes.
Se le concede el plazo de tres días, para que manifieste su conformidad o se oponga a estas
diligencias. Expediente N° 23-000199-1302-FA. Clase de asunto: Actividad judicial no contenciosa.
Nota: 1- De conformidad con
la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. 2- Por medio de edicto
se publicará una vez.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las diez horas con cincuenta minutos del diez de marzo del año dos mil veintitrés.—Msc. Jimmy Alexander
Robles Hernández, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023765186 ).
Licenciada Marisel
Zamora Ramírez,
Jueza del Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
San Carlos, a la señora Yocelyn
Elizabeth Aguilar Esquivel se le hace saber que en proceso de depósito Judicial de menor, expediente número
22-001424-1302-FA, promovido por
el Patronato Nacional de la Infancia,
se dictó
la resolución que literalmente
dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. A las quince horas con treinta y cuatro minutos del veintisiete de diciembre del año dos mil veintidós. De las presentes diligencias de depósito
de las personas menores Ariien
Gerardo Jarquín Aguilar, promovidas
por el Patronato Nacional
de la Infancia, se confiere
traslado por tres días a Yocelyn Elizabeth
Aguilar Esquivel – Rolfi Gerardo Jarquín
Jarquín, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N°
20, del 29 de enero de 2009. Con respecto
al medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.- Esta petición
es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Igualmente
se les invita a utilizar
“El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así
dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Yocelyn Elizabeth
Aguilar Esquivel, personalmente o por
medio de cédulas y copias de ley en
su casa de habitación, o
bien en su domicilio real. Artículo 19 de la
Ley de Notificaciones Judiciales.
Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales y otras
Comunicaciones; de este Circuito
Judicial. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación
de acceso restringido, se autoriza el ingreso
del(a) funcionario(a) notificador(a),
a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Siendo que se desconoce el domicilio
de Rolfi Gerardo Jarquín Jarquín notifíquesele el presente asunto
por medio de edicto, que se
publicará por una vez en
el Boletín
Judicial. Sobre la medida
cautelar: en otro orden de ideas, De conformidad con los artículos 5 y 32 del Código de la Niñez
y Adolescencia, se ordena el depósito provisional de Ariien Gerardo Jarquín Aguilar, en el hogar
del señor Dennis Antonio Jarquín
Jarquín, por lo que se previene al ente actor apersonar a dicha señora a este
Despacho dentro del plazo de tres días, para la aceptación del cargo que se le ha conferido.
Asimismo, deberá hacer ver a la depositaria provisional su obligación de velar por todas las necesidades básicas de la persona menor de edad que va a tener
a su cargo como buena madre de familia. Notifíquese. Nota: de conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por
única vez.—Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Marisel Zamora Ramírez, Jueza.—1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2023765187 ).
Licda.
Charlyn Miranda Arias, Jueza del Juzgado
Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y contra la Violencia Doméstica de Sarapiquí
(Familia); hace saber a Caleb Fernández Hidalgo,
Carlos Javier Obregón Mejía, Medardo
Brow Sevilla, Reynaldo Marcelino Cantillano Reyes, documento de identidad 0114300678, 155813985424, 0304800761,
155816234222, que en este Despacho se interpuso un proceso actividad judicial no contenciosa en su contra, bajo el expediente número
23-000129-1343-FA donde se dictaron
las resoluciones que literalmente
DICEN: “De las presentes diligencias de depósito de las personas menores Keylin Daniela Obregón Velásquez, Erick Caleb Fernández Velásquez,
Mariangel Cantillano Velásquez, Reychell Michel Cantillano Velásquez, Axlyn Evangely Brow Velasquez, Abdy Asusanni Brow Velasquez, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia,
se confiere traslado por tres días a María del Carmen Velásquez Vargas y Carlos Javier Obregón
Mejía, Caleb Fernández Hidalgo, Reynaldo Marcelino Cantillano
Reyes, Medardo Brow Sevilla, a quienes
se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.-
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N° 20,
del 29 de enero de 2009.- Con respecto
al medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.-
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.- Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones.-” Igualmente
se les invita a utilizar
“El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial.go.cr. Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramite el expediente que se tramita el expediente
de interés.- Asimismo, por haberlo así
dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún
tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de
cédula, h) Lugar de residencia. Ordena el depósito judicial provisional:
de los menores de edad Keylin Daniela Obregón Velásquez, Erick Caleb
Fernández Velásquez, Mariangel
Cantillano Velásquez, Reychell Michel Cantillano Velásquez, Axlyn Evangely Brow Velásquez, Abdy Asusanni Brow Velásquez en el
Hogar de la señora Zaira María Vargas Guido. Para lo
anterior se le previene a la depositaria
que a fin de que acepte el
cargo conferido, se deberá apersonar a Estrados Judiciales dentro del tercer día de la notificación de
la presente resolución Notifíquese esta resolución a María Del Carmen Velásquez
Vargas, personalmente o por
medio de cédulas y copias de ley en
su casa de habitación, o
bien en su domicilio real.- Artículo 19 de
la Ley de Notificaciones Judiciales.-
Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales y Otras
Comunicaciones; Sarapiquí. En caso
que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso
del(a) funcionario(a) notificador(a),
a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la
Ley de Notificaciones Judiciales.-
Por medio de edicto, que se publicará
por tres veces consecutivas en el Boletín
Judicial, se cita y emplaza
a todos los que tuvieren interés en este asunto,
para que se apersonen dentro
del plazo de treinta días
que se contarán a partir de
la última publicación del edicto ordenado.- Tome nota la parte interesada lo dispuesto por la circular
Nª5-2012 emanada por el Consejo Superior del Poder Judicial; en el sentido de que, cuando se señale fax, casillero y/o estrados judiciales, se aplicará de manera analógica el artículo 15 de la Ley de Notificaciones Judiciales, en el sentido
de que las partes se reservarán
las copias de la demanda
y/o escrito inicial, y se apersonarán al despacho para obtener en formato
digital un archivo con la comisión,
u obtengan dicha información digital, por medio
del sistema de gestión en línea, lo anterior conforme a las políticas institucionales de cero papel.- Publicación de edicto: Siendo que el presente
proceso corresponde a un Depósito Judicial, en el cual no se está
desplazando ningún derecho
de la persona menor de edad,
en aplicación de los principios de oralidad, inmediatez, concentración, celeridad, gratuidad, publicidad, etc, que rigen en la materia de Niñez (artículos 105, 106, 107,
108, 112, 113, 114 y 115), con el fin de no atrasar innecesariamente el proceso, se ordena notificar esta resolución a Carlos Javier Obregón Mejía, Caleb Fernández Hidalgo, Reynaldo Marcelino Cantillano Reyes, Medardo Brow
Sevilla, por medio de edicto,
que se publicará por una única vez
el Boletín Judicial, asimismo se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este
asunto, para que se apersonen
dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Prevención: Previamente a remitir la comisión de interés, deberá la parte actora aportar un juego de copias de la demanda así como
de toda la prueba
documental adjunta. Notifíquese
Licda. Charlyn Miranda Arias.-
Jueza.- YCASTROP”. Lo anterior se ordena
así en proceso
actividad judicial no contenciosa
de Patronato Nacional de la Infancia (PANI) contra
Caleb Fernández Hidalgo, Carlos Javier Obregón Mejía,
María Del Carmen Velásquez Vargas, Medardo Brow Sevilla, Reynaldo Marcelino Cantillano Reyes; Expediente
Nº23-000129-1343-FA. Nota: Publíquese
este edicto por única vez
en el Boletín
Judicial o en un periódico
de circulación nacional.-
Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.-De conformidad con
la circular N° 56-12 emitida por
la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado
Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y contra la Violencia Doméstica de Sarapiquí (Familia), 27 de abril
del año 2023.- Licda.
Charlyn Miranda Arias, Jueza Tramitador/a.—1
vez.—O.C.
N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2023765250 ).
Msc. Pablo Amador Villanueva, Juez del Juzgado de Familia de
Heredia; hace saber a Francisco Javier Solís Fallas,
documento de identidad N°
0114770094, soltero, no indica, vecino
de desconocido, que en este despacho se interpuso un Proceso Procesos Especiales especial de
Salida del País
expediente N° 22-000266-0364-FA, en
su contra, bajo el expediente N° 23-000266-0364-FA, donde
se dictaron las resoluciones
que literalmente dicen: Juzgado de Familia de Heredia, a las siete
horas treinta y nueve minutos del nueve de febrero de dos mil veintitrés.
Del anterior proceso de autorización
de salida del país, establecido por Natalia Hernández Retana,
se confiere traslado por el plazo
perentorio de cinco días a
Francisco Javier Solís
Fallas (art. 433 del Código Procesal
Civil). Se le previene que en
el primer escrito que presente debe señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20 del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07, celebrada
el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión
u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. Se informa a la parte
demandada que si por el monto
de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por
limitaciones económicas no
le es posible pagar los servicios profesionales
de un abogado, puede recibir
asistencia jurídica en los Consultorios
Jurídicos, los cuales son los siguientes: De la Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro,
San José, y se atiende de lunes a viernes
de 08:00 a.m. a 12:m.d. y lunes, miércoles y viernes de 13:30 p.m. a 19:30 p.m., Universidad Latina, sede de Heredia, oficina ubicada en la Municipalidad de
Heredia, horario de atención:
lunes a viernes 08:00 a.m. a 12:00 m.d., teléfono: 2776715, Universidad Libre de Derecho, horario de atención: lunes a
viernes:13:30 p.m. a 16:30 p.m., teléfono: 22835533.
En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Así
como en la Defensa Publica Pisav-San Joaquín
de Flores de Heredia, competencia únicamente
vecinos de Flores, Belén y
Santa Bárbara
de Heredia, teléfono: 22655640 y en
la Defensa Pública de Heredia, teléfono N° 25600659. Siendo que
la Ley N° 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia
el 28 de febrero de 2009,
dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y
contra la violencia doméstica
es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art. 58)
y en todos los demás procesos,
las partes deben señalar
medio para recibir sus notificaciones. Estos
medios son: fax, correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art. 36). En caso de
no señalar medio, la omisión
producirá las consecuencias
de una notificación automática. (Art. 34). Si escoge correo electrónico, debe registrar la dirección electrónica en el Departamento
de Tecnología de Información
del Poder Judicial (gestión
que debe hacerse una única vez
y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 ó 2295-3388, para coordinar
la ejecución de una prueba hacia el
casillero electrónico que
se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información: pruebanotificaciones@poderjudicial.go.cr, para
el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento
a la dirección electrónica
que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido
en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor
de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento
citado ingresará la cuenta
autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Por existir menores involucrados en este proceso
se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia.
Prevención de honorarios:
de conformidad con lo dispuesto
por el artículo
262 el Código Procesal
Civil, a fin de proceder a nombrarle
curador procesal al demandado el señor:
Francisco Javier Solís
Fallas, deberá depositarse la suma de cincuenta y seis mil quinientos colones (incluye 13% IVA), para
responder en forma provisional a los
emolumentos del profesional
a designar, sin que dicha suma implique en
forma definitiva el monto total de sus honorarios, ya que estos dependerán
no sólo de la labor desplegada,
sino acorde con el artículo 262 del Código Procesal Civil. (Acuerdo del Consejo Superior en sesión N° 53-08, celebrada el 22 de julio de 2008, artículo LXII, circular N° 141-2008, Secretaría de la Corte Suprema de Justicia). La misma deberá depositarse
en la cuenta automatizada N° 23-000266-0364-FA de este Juzgado en
el Banco de Costa Rica, bajo el
apercibimiento de que si no
se verifica, el proceso permanecerá inactivo. Una vez efectuado el depósito,
deberá comunicarse al Despacho a efecto de proceder conforme a derecho corresponda. Publicación
de edictos: por medio
de un edicto que se publicará
por única vez en el
Boletín Judicial se convoca
a todas aquellas personas
que tengan interés en el presente
asunto, para que se presenten
dentro del plazo de quince
días contados a partir de
la publicación del edicto (artículos 4 y 869 del Código Procesal
Civil). El edicto será enviado electrónicamente por este despacho
a la Imprenta Nacional, para lo cual
la parte interesada debe estar atenta
a su publicación y una vez cumplido
el plazo deberá aportarlo al despacho. De igual manera se le previene a la parte actora que aporte certificación del Registro de Personas en el que se informe si el demandado
ausente cuenta con apoderado inscrito y así como Certificación
de Movimientos Migratorios
del demandado expedida por la Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Seguridad Pública del señor Francisco
Javier Solís
Fallas. Citación parte actora y testigos: se previene a la parte actora que en el plazo
de una semana presente al despacho dos testigos, para que, bajo juramento,
respondan las preguntas que
se le formularán para determinar
la procedencia del nombramiento
del curador procesal del demandado, bajo apercibimiento de
que, si no comparece, el proceso no podrá
avanzar. Notifíquese esta resolución a la gestionante y al curador procesal. Lo anterior se ordena así en proceso
procesos especiales de
Natalia Hernández
Retana, contra Francisco Javier Solís Fallas.
Expediente N° 23-000266-0364-FA.—Juzgado de Familia
de Heredia, 13 de marzo del 2023.—Msc. Pablo Amador Villanueva, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2023765258 ).
Master
Liana Mata Méndez, Jueza del Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
a Ervin Salgo Balmaceda, en su carácter
personal, quien es mayor de edad,
de nacionalidad nicaragüense,
cédula de residencia 155419952809, de domicilio y paradero actual desconocidos, se
le hace saber que en demanda abreviado de divorcio, Expediente
22-001407-0292-FA, establecida por
Doris Milagros Flores Moran contra Ervin Salgo
Balmaceda, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N°. Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las doce horas con cincuenta minutos del dieciséis de abril del dos mil veintitrés. Proceso abreviado, establecido por Doris Milagros Flores Morán,
mayor de edad, de nacionalidad
nicaragüense, cédula de residencia 155830765514, vecina de Alajuela, contra Ervin José Salgado Balmaceda, mayor de edad, de nacionalidad nicaragüense, cédula
de residencia 155419952809, de domicilio y paradero actual desconocidos. Por
tanto: Se declara con lugar
la demanda de divorcio establecida por Doris Milagros
Flores Morán en contra de
Ervin José Salgado Balmaceda. En consecuencia,
se declara: 1) La disolución
del vínculo matrimonial que une
a los cónyuges con base en la causal de separación de hecho. 2) Gananciales. De en dicha unión,
los cónyuges no adquirieron bienes gananciales muebles ni inmuebles que deban ser liquidados como gananciales. 3) Pensión Alimentaria. Al tenor de lo dispuesto
por el artículo
57 del Código de Familia, se declara que no existirá obligación alimentaria
entre el señor Ervin José
Salgado Balmaceda y la señora
Doris Milagros Flores Morán, al disolverse
el vínculo matrimonial. 4) Hija e hijo: la guarda crianza y educación de la hija e hijo menores de edad, seguirán siendo ejercidos por la madre señora
Doris Milagros Flores Moran. En cuanto al derecho alimentario del hijo y la hija, al tratarse de un derecho irrenunciable a favor de las personas menores
de edad, se declara que
tanto el padre como la
padre son obligados solidarios
del deber alimentario respecto de su hijo e hija menores
de edad; por lo que de estimarlo necesario doña Doris podrá acudir a la vía correspondiente para tal fin. 5)
Costas. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. (Artículo
222 del Código Procesal Civil). 6) Ejecutoria: Firme esta sentencia, a solicitud de parte interesada expídase la ejecutoria respectiva, que se inscribirá en el Registro
Civil, Sección de Matrimonios,
Partido de Alajuela, al tomo: 228, folio: 079,
Asiento: 158. 7) Edicto: Conforme
lo establece el numeral 263
del Código Procesal Civil, publíquese
la parte dispositiva de esta sentencia mediante el edicto
correspondiente. 8) Honorarios
de curador procesal: Una vez firme la presente
sentencia se procederá al giro de los honorarios
correspondientes al Curador
Procesal. Notifíquese. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por una única
vez.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza de Familia.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023765259 ).
Licda.
Grace María Cordero Solorzano. Juez
del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil la señora Mireya Montés Chacón,
mayor, viuda, ama de casa, de 74 años
de edad, hija de Placido Montés Madrigal y Esperanza Chacón Durán , portadora de la cédula de identidad
número uno-cero tres seis
seis-cero cuatro cinco ocho,
nacida el catorce de mayo del año mil novecientos cuarenta y ocho, vecina de Limón, Pococí, La Rita; y el señor José Baloy García López,
mayor, soltero, pensionado, de setenta
años de edad, hijo de Zoilo García García y Fermina López López, portador de la cédula de identidad
número cinco-cero uno
cuatro tres-cero ocho uno tres, nacido el
veinte de noviembre del año mil novecientos cincuenta y dos, vecino de Limón,
Pococí, La Rita. Si alguna
persona tiene conocimiento
de algún impedimento para
que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº
23-000231-1307-FA. Este edicto debe
ser publicado solo una vez en el
Boletín Judicial Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.- Este edicto debe ser publicado solo una vez en el
Boletín Judicial.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 01 de marzo del año 2023.—Grace María Cordero
Solorzano, Decisora.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023765301
).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil o Dunia Jinneth Bonilla Mondragón, mayor, soltero/a,
oficios domésticos, cédula
de identidad número
0604600486, vecina de La Unión del Sur, Conte, hija de Flor María Mondragón
Duarte y Alexis Bonilla Bonilla, nacida
en Corredor, Corredores, Puntarenas, el
21/06/2000, con 22 años de edad,
y Gean Carlos Vindas Arias,
mayor, soltero, educador,
cédula de identidad número
0604400858, vecino de La Unión del Sur, hijo de Lidia Arias Jiménez y Alexánder Vindas
Ferreto, nacida en Corredor, Corredores,
Puntarenas, el 31/07/1997, actualmente
con 25 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº
23-000094-1086-FA. Nota: de conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publicar una sola vez.—Juzgado de Familia y
contra la Violencia Doméstica de Golfito (Familia), Golfito, fecha, 02 de
mayo del año 2023.—Licda.
Ana Catalina Cisneros Martínez, Juez(a) Decisor(a).—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—
( IN2023764759 ).
Han
comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil los señores: Ian Francis
Matamoros Villegas, mayor, soltero, operario industrial, cédula de identidad
N° 0109950878, y Laura Elena Torres Mora, mayor, soltera,
educadora, cédula de identidad
N° 0111850433; ambas personas contrayentes tienen el domicilio
en San José. Si alguna
persona tiene conocimiento
de algún impedimento para
que este matrimonio se realice está en
la obligación de manifestarlo
en este despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 23-000343-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 04 de
mayo del 2023.—Msc. Marilene
Herra Alfaro, Jueza.—1 vez.—( IN2023764763 ).
Han
comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Javier
Alonso Hernández Torres, mayor, costarricense, soltero, chofer, cédula de identidad número 0702030406, vecino de Dulce Nombre de
Cartago, hijo de Nuria María Torres Cubillo y Celin Hernández Zúñiga,
ambos padres costarricenses, nacido
en Guápiles, Pococí, Limón, el
14/01/1991, con 32 años de edad;
y Yuliana Isabel Acosta Alvarado, mayor, costarricense,
soltera, educadora, cédula
de identidad número
0702140928, vecino de Cartago, Caballo Blanco,
Residencial La Verbena, casa L9, hija de Ana Siria Alvarado Brizuela y
Alexander Acosta Herrera, ambos padres costarricenses,
nacida en Centro, Central,
Limón,
el 14/09/1992, actualmente
con 30 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
23-000247-0338-FA. Nota: Publíquese por
única vez. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago. Fecha 31 de enero del año 2023.—Licda.
Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023764776 ).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Randall
Jesús Quirós Calvo, mayor, Costarricense, Soltero, operario, cédula de identidad número 0304840252, vecino de Cot de Oreamuno 400m este
de la escuela de Cot, hijo
de Roxana Calvo Ramírez y Randal Quirós Ramírez, ambos padres costarricenses, nacido en Oriental Central Cartago, el
11/12/1994, con 28 años de edad,
y Anita Beatriz Calvo Garita, mayor, costarricense, Soltera, Oficios Domésticos, cédula de identidad número 0305070381, vecina de Cot de Oreamuno, 200m suroeste
del liceo de Cot , hija de
Miriam Del Rosario Garita Gómez y Asdrúbal
Calvo Méndez, ambos padres costarricenses, nacida en Oriental Central
Cartago, el 08/01/1998, actualmente
con 25 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Nota: Publíquese
por única vez. De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Exp. Nº23-001060-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, Fecha, 25 de abril del año 2023.—Licda. Guadalupe Solano
Patiño, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023764777 ).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil
Fernando Jose Mora Romero, mayor, costarricense, Soltero, Operario, cédula de identidad número 0305290473, vecino de Guadalupe de Cartago, hijo
de Dennia María Romero Duran y Luis Fernando Mora Zuñiga ambos padres costarricenses,
nacido en Oriental Central
Cartago, el 31/12/2000, con 22 años
de edad, y Josseline
Daniela Romero Tenorio, mayor, costarricense, Soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número 0305280605, vecina de Pamlital Norte, hija de Isabel
Cristina Tenorio Romero y Hugo Romero Céspedes ambos padres costarricenses,
nacida en Oriental Central
Cartago, el 21/11/2000, actualmente
con 22 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº
23-000871-0338-FA. De conformidad con la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, Fecha, 19 de abril del año 2023.—Licda. Patricia Cordero
García, Jueza.—( IN2023764780 ).
Han comparecido ante este Juzgado de Familia de
Heredia solicitando contraer
matrimonio civil, los señores María Eugenia Céspedes Rojas, mayor, estado
civil divorciada, profesión
operaria,
cédula de identidad número
701030014, vecina de Heredia, Santa Bárbara, cinco esquinas, del super El Sol
25 metros oeste, casas color rosada,
hija de Rodrigo Céspedes Delgado y Trinidad Rojas
Solís, nacida en Ley River
Central Limón el día 23-03-1972, con 50 años de edad, y Randall Isaac
Fonseca Montoya, mayor, estado civil soltero, profesión repartidor, cédula de identidad número 701410916, vecino de
Heredia, Santa Bárbara, cinco esquinas,
del super El Sol 25 metros oeste, casas
color rosada, hijo de
Carlos Manuel Fonseca Arias y Flora Ana Montoya Flores, nacido
en Centro Central Limón, el 04-06-1981,
con 41 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio
se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
23-000325-0364-FA, Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Nota: Este Edicto debe publicarse
por una sola vez.—Juzgado de Familia de Heredia, Heredia,
fecha, 06 de
marzo del año 2023.—Msc. Pablo Amador Villanueva, Juez.—1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2021D.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.— ( IN2023764784 ).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Olivier
Cordero Silva, mayor, divorciado, pescador,
cédula de identidad número
0604660242, vecino de
Golfito, Kilómetro
Cinco, hijo de Rosa Silva Barrios y Fernando Cordero Cordero, nacido en Centro, Golfito, Puntarenas, el
18/10/1983, con treinta y nueve
años de edad, y Pricila Gutiérrez Umaña,
mayor, soltera, estudiante,
cédula de identidad número
0604360173, vecina de Golfito Kilómetro Cinco, hija
de Sara Umaña Osorio y Manuel Gutierrez Palacios, nacida en Centro, Golfito,
Puntarenas, el 25/11/1996, actualmente
con veintisiete años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 23-000095-1086-FA. Nota:
de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por única vez.—Juzgado
de Familia y contra la Violencia Doméstica
de Golfito (Familia), Golfito, fecha, 26 de abril del año 2023.—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza
Decisora.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023764788 ).
Han
comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil:
Gerardo Alfonso Quesada Campos, mayor, costarricense, soltero, peón agrícola, cédula de identidad número 0303160283, vecino de
Cartago, Taras, hijo de Marta Elena Campos Sánchez y Mario Alfredo
Quesada Solano, ambos padres costarricenses, nacido en Centro, Central,
Cartago, el 02/11/1971, con 51 años
de edad, -no firma-; y
Hellen Larissa Monge Blanco, mayor, costarricense, soltera, cocinera cédula de identidad número 0111590872, vecina de Taras, Los Diques, hija de Huri Blanco Morales y Luis Alberto Monge Rojas,
ambos padres costarricenses, nacida
en Carmen, Central, San José, el
30/12/1982, actualmente con 40 años
de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 23-000984-0338-FA. Nota:
Publíquese por única vez. De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, fecha 14 de abril del año 2023.—MSc. Jenniffer de los Ángeles Ocampo Cerna, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023764825 ).
Han
comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Ronald
Francisco Navarro Pérez, mayor, divorciado, jefe de
bodega, vecino de Kilómetro Doce
La Mona de Golfito, frente a antiguo
Bar La Rueda, casa color anaranjada, cédula de identidad número 0111560409, hijo de Rosa Pérez Arguedas y Víctor Francisco Navarro
Villalobos, nacido en Uruca, Central, San José, el
23/11/1982, con 40 años de edad;
y Lianny Andrea Araya Mena, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad
número 0114930542, vecina
de La Mona, Kilómetro
Doce, frente a antiguo Bar La Rueda, casa color anaranjada,
hija de Olga Marta Mena Vargas y Juan Araya Barboza, nacida en Uruca,
Central, San José, el 26/02/1992, actualmente
con 31 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
23-000110-1086-FA. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez.—Juzgado de Familia y
Contra la Violencia Doméstica
de Golfito (Familia), Golfito, fecha 09 de mayo
del año 2023.—Licda. Ana
Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023764829 ).
Fiscalía de Pavas, a las trece horas y cuarenta minutos del 8 de mayo de 2023. En vista de que los representantes de parte ofendida Edmund Santiago And Family S. A., en la sumaria penal N° 19-000936-1220-TP no fue posible apersonarlo al despacho o ubicarlo en su posible domicilio para ponerle en conocimiento la acusación y solicitud de apertura a juicio, se procede a comunicarle la resolución que cursa la acusación y solicitud de apertura a juicio, por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Lic. Emérita Torrentes Vargas, Fiscal Auxiliar de Pavas: Se pone en conocimiento la acusación y solicitud de apertura a juicio. Lic. Emérita Torrentes Vargas, Fiscal Auxiliar de la Fiscalía de Pavas, al(a) señor(a), representante legal de la sociedad Edmund Santiago And Family S. A., cédula N° 3-101-657581, como ofendida se le hace saber que: en el legajo principal de la sumaria N° 19-000936-1220-TR, donde figura como ofendido Edmund Santiago And Family S. A., en contra de Juan Carlos Mayrie Campos, se ha dictado resolución que literalmente dice: Comunicación por edicto: Fiscalía de Pavas, a las trece horas y cuarenta minutos del 8 de mayo de 2023. En vista de que los representantes de parte ofendida Edmund Santiago And Family S. A., en la sumaria penal N° 19-000936-1220-TP no fue posible apersonarlo al despacho o ubicarlo en su posible domicilio para ponerle en conocimiento la acusación y solicitud de apertura a juicio, se procede a comunicarle la resolución que cursa la acusación y solicitud de apertura a juicio, por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Lic. Emérita Torrentes Vargas, Fiscal Auxiliar de Pavas: Se pone en conocimiento la acusación y solicitud de apertura a juicio. De conformidad con los artículos 41 de la Constitución Política, 71, 75, 76 y 306 del Código Procesal Penal, se pone en conocimiento de los representantes de parte ofendida Edmund Santiago And Family S. A., la acusación y solicitud de apertura a juicio a la misma a la (s) víctima (s), a quien se le hace saber que dentro del plazo de tres días siguientes a esta comunicación debe indicar por escrito a esta Fiscalía, si pretende constituirse como querellante, caso en el cual deberá presentar la querella ante esta oficina dentro de los 10 días posteriores al vencimiento del plazo anterior. Comuníquese. De conformidad con la circular N° 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Fiscalía de Pavas.—Lic. Emérita Torrentes Vargas, Fiscal Auxiliar de Pavas.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023764790 ).