BOLETÍN
JUDICIAL N° 108 DEL 16 DE JUNIO DEL 20236
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEL PODER JUDICIAL
SALA CONSTITUCIONAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Remates
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
Edictos en lo Penal
TERCERA PUBLICACIÓN
ASUNTO: Asueto
concedido al personal judicial que labora en las oficinas
judiciales del cantón de Poás, provincia de Alajuela.
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales
del cantón de Poás, provincia de Alajuela, permanecerán
cerradas durante el día veintinueve de junio de dos mil veintitrés, con
las salvedades de costumbre,
por motivo de la celebración de los festejos cívicos patronales.
Publíquese por tres veces consecutivas. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaria de la
Corte el 22 de junio 2009,
se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
San José, 8 de junio de 2023.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado
Subdirector Ejecutivo
O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2023785777 ).
ASUNTO: Asueto concedido al personal
judicial que labora en las oficinas judiciales del cantón de Alvarado de la provincia
de Cartago
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales
del cantón de Alvarado de la provincia
de Cartago, permanecerán cerradas
durante el día 3 de julio de dos mil veintitrés, con
las salvedades de costumbre,
por motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaria de la Corte
el 22 de junio 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
San José, 08 de junio del dos mil veintitrés.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivol
O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023785778 ).
ASUNTO Asueto
concedido al personal judicial que labora en las Oficinas
Judiciales del cantón de Poás, provincia de Alajuela.
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales
del cantón de Poás, provincia de
Alajuela, permanecerán cerradas
durante el día veintinueve de junio de dos mil veintitrés, con las salvedades de
costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos
patronales.
Publíquese por 3 veces consecutivas. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaria de la
Corte el 22 de junio 2009,
se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
San José, 8 de junio del dos mil veintitrés.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo
O. C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2023785788 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial y para el caso específico, las siguientes aprobaciones: De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en sesión N°.
07-2022, celebrada el 12 de
diciembre del 2022, artículo
XI y el acuerdo del Consejo Superior del Poder
Judicial en sesión N°.15-2023 celebrada el 23 de febrero de 2023, artículo L, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la
eliminación de documentación administrativa del año 2019 al
2020, del Juzgado de Cobro
del Grecia. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 504 A 19, Ampos: 19 Año: 2019-2020, Asunto: Documentación Administrativa: 04 Ampos Actas de Notificación 2019, 3 Ampo Oficios 2019, 03 Ampos Comisiones 2020, 09 Ampos Actas de Notificación 2020. Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09
emitida por la Secretaria General de la Corte el
22 de junio 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
San José, 30 de
mayo de 2023.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud
N° 68-2017-JA.— (
IN2023780069 ).
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo
47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial y para el caso específico, las siguientes aprobaciones: de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta Nº 05-2019 de fecha 25 de noviembre del 2019, artículo VI y el acuerdo del Consejo Superior N°
02-2020 del 09 de enero del 2020, artículo
LXI y de la Comisión Institucional
de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.), en
acta Nº 02-2019, (sesión virtual) celebrada
el 20 de mayo del 2019, artículo
X y el acuerdo del Consejo Superior tomado en Sesión Nº 72-19, celebrada el 16 de agosto del 2019, artículo LXXII,
se hace del conocimiento de
las instituciones públicas,
privadas y del público en general, que se procederá a la
eliminación de expedientes civiles y laborales del año 2000 al 2015, de la Juzgado
Civil y Trabajo de Grecia. La documentación,
se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Laboral:
Remesa: L 500 A 03, Expedientes:
01, Paquetes: 01, Año:2003 Asunto:
Laborales Varios (01 Pensión por Invalidez)
01 Archivado
Remesa: L 502 A 07, Expedientes:
02, Paquetes: 01, Año:2007, Asunto:
Laborales Varios (01 Pensión por Invalidez
y 01 Consignación de Prestaciones)
02 Archivado
Remesa: L 502 A 09, Expedientes:
20. Paquetes: 01, Año:2009, Asunto:
Laborales Varios (07 Consignación de Prestaciones, 01 Disolución de Asociaciones, 05 Pensión por Invalidez,
01 Pensión por Viudez, 05 Ordinario Laboral, 01 Pensión de Régimen no Contributivo) 05 Archivado y 15 Abandonados
Remesa: L 502 A 10, Expedientes:
12. Paquetes: 01, Año:2010, Asunto:
Laborales Varios (06 Ordinario Laboral y 02 Consignación
de Prestaciones, 01 Devolución
de Fondo Capitalización
Laboral, 02 Pensiones por Invalidez) 12 Abandonados
Remesa: L 504 A 11, Expedientes:
02. Paquetes: 01, Año:2011, Asunto:
Laborales Varios
(02Consignación de Prestaciones) 01 Archivado y 01 Abandonado
Remesa: L 502 A 12, Expedientes:
02. Paquetes: 01, Año:2012, Asunto:
Laborales Varios (02 Consignación de Prestaciones) 02 Archivado
Remesa: L 504 A 13, Expedientes:
03. Paquetes: 01, Año:2013, Asunto:
Laborales Varios (03 Consignación de Prestaciones) 01 Archivado y 02 Abandonados
Remesa: L 504 A 14, Expedientes:
01. Paquetes: 01, Año:2014, Asunto:
Laborales Varios (01 Consignación de Prestaciones) 01 Archivado
Remesa: L 505 A 15, Expedientes:
03. Paquetes: 01, Año:2015, Asunto:
Laborales Varios (03 Consignación de Prestaciones) 02 Archivado y 01 Abandonado
Civil:
Remesa: C 500 A 00, Expedientes:
02. Paquetes: 01, Año:2000, Asunto:
Civiles Varios (02 Ejecutivo Simple) 02 Archivado
Remesa: C 500 A 02, Expedientes:
01. Paquetes: 01, Año:2002, Asunto:
Civiles Varios (01 Ejecución de Sentencia) 01 Archivado
Remesa: C 501 A 03, Expedientes:
01. Paquetes: 01, Año:2003, Asunto:
Civiles Varios (01 Consignación de Alquileres) 01 Archivado
Remesa: C 501 A 04, Expedientes:
02. Paquetes: 01, Año:2004, Asunto:
Civiles Varios (01 Ejecución de Sentencia y 01 Ejecutivo Simple) 02 Archivado
Remesa: C 501 A 05, Expedientes:
01. Paquetes: 01, Año:2005, Asunto:
Civiles Varios (01 Ejecutivo Simple) 01 Archivado
Remesa: C 501 A 07, Expedientes:
05. Paquetes: 01, Año:2007, Asunto:
Civiles Varios (03 Ejecutivo Simple y 02 Ejecutivo Prendario) 04 Archivado y 01 Abandonado
Remesa: C 502 A 08, Expedientes:
03. Paquetes: 01, Año:2008, Asunto:
Civiles Varios (01 Consignación de Pagos de Alquiler,
01 Interdicto, 01 Ejecutivo
Simple) 01 Archivado y 02 Abandonados
Remesa: C 503 A 09, Expedientes:
25. Paquetes: 01, Año:2009, Asunto:
Civiles Varios (09 Desahucio, 05 Monitorio, 04 Consignación de Alquiler, 01 Interdicto, 02 Diligencias de Cambio de Nombre,
04 Confesiones y Prueba Anticipada) 09 Archivado y 16 Abandonados
Remesa: C 504 A 10, Expedientes:
14. Paquetes: 01, Año:2010, Asunto:
Civiles Varios (06 Desahucio, 01 Consignación de
Pago de Alquiler, 01 Diligencia de Cambio de Nombre, 02 de Diligencia de Prueba
Anticipada, 01 Ejecución Prendaria, 01 Ejecución de Sentencia, 02 Monitorio) 08 Archivado y 06 Abandonados
Remesa: C 505 A 11, Expedientes:
06. Paquetes: 01, Año:2011, Asunto:
Civiles Varios (02 Monitorio, 02 Ejecución de Sentencia, 01 Ejecución de Sentencia, 01 Confesión Fuera de Juicio) 01 Archivado y 05 Abandonado
Remesa: C 505 A 12, Expedientes:
03. Paquetes: 01, Año:2012, Asunto:
Civiles Varios (02 Desahucio y 01 Diligencia de Cambio de Nombre)
02 Archivado y 01 Abandonado
Remesa: C 502 A 13, Expedientes:
01. Paquetes: 01, Año:2013, Asunto:
Civiles Varios (01 Consignación de Pago de Alquiler)
01 Abandonado
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial.
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaria General
de la Corte el 22 de junio
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
San José, 30 de
mayo de 2023.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.— ( IN2023780070 ).
ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES
Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
PRIMERA PUBLICACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo
81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional,
dentro de la acción de inconstitucionalidad número 23-003122-0007-CO
que promueve la Asociación
Nacional de Empleados Públicos
y Privados (ANEP), se ha dictado la resolución que literalmente dice:
«Sala Constitucional
de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las dieciséis
horas treinta y cinco minutos del treinta de mayo de
dos mil veintitrés. /Se da curso
a la acción de inconstitucionalidad
interpuesta por Albino
Vargas Barrantes, mayor, soltero,
vecino de Alajuelita, San
José, portador de la cédula de identidad
número 0104570390, en su condición de Secretario General y representante
judicial y extrajudicial de la Asociación Nacional de
Empleados Públicos y Privados
(ANEP), cédula jurídica 3002045185, para que se declaren inconstitucionales los artículos 2, 5, inciso b), 6, 7, incisos a), c),
d) f), l) y m), 8, 9, 10, 11, 12, 13, 16, 19, 21, 23, 24, 25, 28, 29, 30, 32,
33, 34, 35, 36, 38, 39, 40, 43, 44, 49 incisos a),
c), d), e) f), Transitorios VII, XI, XII y XV de la
Ley Marco de Empleo Público n°10.159 (LMEP), por estimar que lesionan los artículos
1, 9, 11, 34, 39, 50, 56, 57, 62, 73, 74, 84, 85, 87, 99, 156, 170 y 188 y siguientes, así como los principios
de división de poderes, igualdad, progresividad y no regresividad, seguridad jurídica, libertad sindical, el derecho a la negociación colectiva, el debido proceso,
las autonomías constitucionales,
el principio de retroactividad,
los derechos adquiridos y situaciones jurídicas consolidadas. Todos estos derechos están establecidos en la Constitución Política y en diversos tratados
de derechos humanos ratificados
por Costa Rica en materia de derechos económicos y sociales. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría
General de la República, al presidente del Directorio
Legislativo y a la ministra
de Planificación Social y Política Económica. Manifiesta el representante del sindicato actor que las normas impugnadas afectan tres grupos de derechos y principios: los que dan sustento al Estado de Derecho (principio de división de poderes, autonomías), los derechos laborales (derecho al trabajo y
al salario) y los sindicales (derecho a la negociación
colectiva). Manifiesta el secretario del sindicato actor que el Estado costarricense es un Estado Social
de Derecho, lo que significa que deben
garantizarse una serie de derechos fundamentales.
Entre ellos, la no concentración
del poder, la participación
de la sociedad civil en la toma de decisiones y la progresividad de los derechos. Consideran que una de las afectaciones que denota la LMEP
es el ataque y violación al principio de división
de poderes del Estado. Ejemplo
de ello, son las múltiples funciones, responsabilidades y decisiones que se le otorgan al
MIDEPLAN, como ente contralor y decisor de todo el régimen
de empleo público. Señala que el constituyente
estableció en la Constitución Política, los principios de separación de poderes y autonomía de algunas instituciones públicas, instituciones de educación universitaria superior
y municipalidades, como una forma de garantizar un sistema de “pesos y contrapesos”
que equilibran el uso del poder público
y garantizan el Estado
Social de Derecho. Estos poderes
e instituciones son: el Poder Judicial (art. 9 CP), Tribunal Supremo de Elecciones (art. 9 y 99 CP), Caja
Costarricense del Seguro Social (CCSS art. 73 CP),
Universidad de Costa Rica y demás instituciones
de educación superior universitaria
(art. 84 de la CP), instituciones autónomas
(art. 188 de la CP). Por ello, la pretensión
del artículo 2 de la LMEP, de incluir
en su ámbito
de cobertura y aplicabilidad
a los poderes e instituciones mencionadas, es inconstitucional. Estima el representante del sindicato actor, que la ley cuestionada
lesiona el principio de irretroactividad de la ley (art. 34 constitucional)
interpretado en asocio con los artículos 50 y 56. Genera inseguridad
jurídica al violarse los derechos adquiridos y situaciones jurídicas consolidadas, lo cual puede equipararse con la violación del principio internacional
de progresividad y no regresividad
de los derechos sociales y económicos (art. 26 de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos). La LMEP crea el denominado
“salario global”, que no es otra
cosa que la rebaja encubierta del salario de una categoría de empleados públicos y, por ende, la reducción
de derechos humanos (sociales,
laborales y de seguridad
social) o la regresividad de estos.
A esta categoría
de empleados, a los cuales se les ha reconocido antigüedad vía anualidades, se les congela el salario por
un tiempo indeterminado
hasta que otra categoría de
empleados, con menos tiempo de laborar en el servicio
público y menores anualidades, logren equiparar el monto
del salario del sector más antiguo de laborar. Visto así, la Ley Marco viola el
principio constitucional de igualdad
y de equidad, al congelar salarios de un sector de empleo público, lo cual supone una reducción
salarial, -prohibida por la normativa laboral general-. No se compensará
la inflación anual por varios años,
lo que tendrá un efecto negativo en cascada
sobre otros derechos económicos y sociales, vivienda, alimentación, educación, cultura, cuyos rubros mantienen
un aumento sostenido. El salario global, se ve afectado por el
Transitorio XI, el cual viola claramente el principio constitucional de
derechos adquiridos y situaciones
jurídicas consolidadas
(art. 34 constitucional) al eliminar,
no solo anualidades, sino “cualquier incremento salarial producto de aumentos a la base o bien reconocimiento
de incentivos”, tanto reconocidos
por leyes anteriores o por efecto de convenciones colectivas. Por otra parte, el congelamiento
de los salarios actuales de las personas trabajadoras
del sector público es contrario,
no solo a a los artículos 50 y 57 constitucionales,
sino también al contenido del convenio 98 de la
OIT, la doctrina de los órganos de control de la OIT y la jurisprudencia
de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
(CIDH). La LMEP concede potestades al MIDEPLAN para reducir las planillas de las instituciones con independencia y
autonomía constitucional,
lo cual lesiona principios constitucionales. También violenta el principio de seguridad jurídica y el de la no interdicción y arbitrariedad del poder al conceder a MIDEPLAN, potestad para reducir las planillas de instituciones con independencia y autonomía constitucional. La ley viola el debido proceso y los principios de audiencia
previa e inocencia. Se plantean
nuevas causales de despido a través de las cuestionadas evaluaciones de desempeño, sin tener definidas las variables a utilizar
y los mecanismos que eviten manipulación. Se introduce
un nuevo proceso administrativo
de despido, que ignora los principios del debido proceso, las etapas y garantías reguladas en normas
como la Ley General de la Administración
Pública, como lo es la búsqueda de la verdad real de los hechos, el
principio de inocencia y la notificación
personal del proceso. La LMEP establece
diferencias en las condiciones de trabajo, pues crea dos categorías
de funcionarios(as): la primera,
funcionarios que no realizan
funciones relacionadas con
las competencias constitucionalmente
otorgadas, a quienes la
LMEP les aplicaría en su integralidad. La segunda categoría, trabajadores que realizan funciones propias de esas competencias o necesarias para la realización de
esas funciones, a quienes se les excluye de la aplicación de ciertos componentes de la ley. La ley crea
así, una doble categoría de trabajadores en las instituciones, con doble régimen laboral y salarial. Por otra parte, la LMEP prevé la creación de una plataforma integrada de empleo público, que será administrada por el Ministerio
de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), la cual manejará información “sensible”
de los trabajadores (as) públicos (as). La ley no define los límites en
el manejo de la citada información, lo cual podría entrar en
contradicción con normas convencionales y constitucionales.
La Ley N° 10159 es completamente restrictiva
en cuanto a los temas de conocimiento
de las convenciones colectivas,
eliminando las que signifiquen
erogaciones económicas al
Estado (salarios e incentivos).
El Transitorio XV dispone la obligación
de denunciar las convenciones colectivas a su vencimiento. Estas disposiciones son contrarias a la Constitución Política, convenios internacionales con la OIT y a la jurisprudencia
de los órganos de la OIT (Comité de Libertad Sindical). Finalmente, manifiesta que uno de
los principales vicios de constitucionalidad y convencionalidad que tiene la
LMEP es la violación a los principios de progresividad y/o regresividad de los derechos laborales. Las nuevas regulaciones que tiene la ley generan un evidente deterioro en las condiciones salariales y laborales de los trabajadores del sector público
que riñe con todas las normas de convenciones y tratados internacionales que el Estado de Costa Rica ha asumido
libremente; por ejemplo, el artículo
26 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Esta acción se admite por reunir
los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción
Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación
del representante del sindicato
accionante proviene del artículo 75, párrafo 2° de la Ley
de la Jurisdicción Constitucional.
El actor manifiesta que acude
en defensa de los derechos de sus asociados, funcionarios públicos que están viendo lesionados
sus derechos. Publíquese por
tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial
sobre la interposición de
la acción. Efectos jurídicos de la interposición de
la acción: La publicación prevista en el
numeral 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional tiene por objeto poner
en conocimiento de los tribunales y los órganos que agotan la vía administrativa,
que la demanda de inconstitucionalidad
ha sido establecida, a efecto de que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de la ley, decreto, disposición, acuerdo o resolución, tampoco se dicte resolución final mientras la Sala
no haya hecho
pronunciamiento del caso. De este
precepto legal se extraen varias reglas. La primera, y quizás la más importante, es que la interposición de una acción de inconstitucionalidad no
suspende la eficacia y aplicabilidad en
general de las normas. La segunda,
es que solo se suspenden los actos
de aplicación de las normas
impugnadas por las autoridades judiciales en los procesos
incoados ante ellas, o por las administrativas, en los procedimientos
tendientes a agotar la vía administrativa,
pero no su vigencia y aplicación en general. La tercera es que -en principio-, en los casos de acción
directa (como ocurre en la presente
acción), no opera el efecto suspensivo de la interposición (véase voto Nº 537-91 del Tribunal Constitucional).
Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en
asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en
los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su
procedencia
o improcedencia, o para ampliar,
en su caso,
los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber, además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción
Constitucional y conforme
lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones
0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación
en los casos
y condiciones señaladas. La
contestación a la audiencia conferida
en esta resolución
deberá ser presentada
una única vez, utilizando solo uno de los siguientes medios: documentación física presentada directamente en la Secretaría de la Sala; el sistema de fax; documentación electrónica por medio del Sistema de Gestión en Línea; o bien, a la dirección de correo electrónico Informes-SC@poderjudicial.go.cr, la cual es correo exclusivo dedicado a la recepción de informes. En cualquiera de los casos, la contestación
y demás documentos deberán indicar de manera expresa el número de expediente al cual van dirigidos. La contestación que se
rindan por medios electrónicos deberá consignar la firma de la persona responsable
que lo suscribe, ya sea digitalizando el documento físico que contenga su firma,
o por medio de la firma
digital, según las disposiciones
establecidas en la Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos, Nº 8454, a efectos de acreditar la autenticidad de la gestión. Se advierte que los documentos generados electrónicamente o digitalizados
que se presenten por el Sistema de Gestión en Línea o por
el correo electrónico señalado, no deberán superar los 3 Megabytes. Notifíquese.
/Fernando Castillo Víquez, presidente/.»
Publicar tres
veces consecutivas en el Boletín
Judicial, tal y como lo
estipula el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional. “De conformidad
con el acuerdo tomado por el
Consejo Superior del Poder
Judicial, sesión N° 06-2020, Circular 19-2020, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.”
San José, 31 de mayo
del 2023.
Mariane Castro Villalobos,
Secretaria a. í.
O. C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023778175 ).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho a las trece horas treinta minutos del tres de julio del año dos mil veintitrés (13:30p.m.
del 03/07/2023), con la base de cuatro millones noventa mil colones exactos (Valor fiscal actualizado
en sus dos últimos años, expedido por el Ministerio
de Hacienda), libre de contrato prendario,
pero soportando el decreto de embargo de la presente sumaria, bajo el tomo: 800, asiento: 00354355, secuencia: 001 de fecha 30 de junio año 2017. Sáquese a remate el bien mueble embargado en autos, que se describe así: Vehículo placas BMC579 marca Hyundai, estilo: Tucson, categoría: Automóvil,
capacidad:5personas, serie: KM8JM12B85U151127, carrocería: todo terreno 4
puertas, año de fábrica:2005,
color: verde, Vin: KM8JM12B85U151127. De no haber postores, para llevar a cabo el
segundo remate, se señalan
las trece horas treinta minutos del once de julio del año dos mil veintitrés (13:30p.m.
del 11/07/2023), con la base de tres millones sesenta y siete mil quinientos colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del diecinueve de julio del año dos mil veintitrés (13:30p.m. del 19/07/2023), con la base de un millón veintidós mil quinientos colones. (un 25% de la base original). Se remata
por ordenarse así en Proceso
OR.S.PRI. Prestac. Laborales
de contra. Exp: 17-000017-1052-LA. Parte actora: Betty Arrieta Arrieta cédula de identidad
0502550296. Parte demandada Eve
Rachel Baldwin cédula de identidad: 505690811. Nota: publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de ocho días de antelación a la fecha fijada para la subasta. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia,
la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de
Santa Cruz. 20 de noviembre del año 2018.—Charling Johanna Vargas
Valenciano, Juez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023786192 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho, con una base de cinco millones quinientos mil colones, libre de gravámenes, garantías mobiliarias y prendarias, sáquese a remate el vehículos Placas SJB 008435,
Marca: Volkswagen, Estilo: Pia, Categoría:
Transporte Colectivo Interurbano, Capacidad: 28
personas, Serie:
9BWTD52R11R114019, tracción: 4x2, carrocería:
microbús, color: verde,
VIN: 9BWTD52R11R114019, Motor: 4075985, chasis:
9BWTD52R11R114019, Combustible: Diésel, año de fabricación: 2002, Estado
Actual Inscrito, cilindrada:
4300 c.c., cilindros: 4; y con una
base de trece millones colones, libre de gravámenes, garantías mobiliarias y prendarias, sáquese a remate el vehículo placas
SJB 014066, Marca: Toyota, Estilo:
Coaster, Categoría: buseta,
Capacidad: 30 personas, Serie: JTGFB518401055005, Tracción: 4x2, Carrocería: Microbús, Color: blanco, VIN:
JTGFB518401055005, Motor: 1HZ0731379, Chasis: JTGFB518401055005, Combustible: Diésel, Año de Fabricación: 2013, Estado Actual Inscrito,
Cilindrada: 4164CC, Cilindros:
6. Para tal efecto, se señalan las catorce horas del
cuatro de julio de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas del
veinticinco de julio de dos
mil veintitrés, con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones, referente al bus placas SJB
008435 y de nueve millones setecientos cincuenta mil colones referente al bus placas SJB 014066 (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas del ocho de agosto del año dos mil veintitrés, con la
base de un millón trescientos
setenta y cinco mil colones referente al bus placas SJB 008435 y de tres millones doscientos cincuenta mil colones referente al bus placas SJB
014066 (25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
en ejecución de Luis Nicasio Mejía Rojas contra Dos Montañas
de Pacuare Sociedad Anónima. Expediente
Nº 18-001664-0505-LA. “De conformidad con la circular
N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos “.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 06 de junio del año
2023.—Lic. Ronny Gerardo Arias Corrales, Juez.—O.C.
N° 364-12-2021D.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2023788076 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de cincuenta y un millones trescientos dieciocho mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número quinientos noventa y cinco mil cincuenta y uno, derecho cero cero
cero, la cual es terreno lote A-terreno para construir. Situada en el
distrito: 02-San Miguel, cantón:
03-Desamparados, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Guillermo Mena Mora; al sur, servidumbre de paso en medio
Judith Bermúdez Monge con un frente
a la servidumbre de siete
metros a servidumbre.; al este,
Judith Bermúdez Monge y al oeste,
Víctor Brenes, Geiner Salazar Artavia, Marco Tulio
Vargas Bonilla, Jendri Sánchez Cordero. Mide: Doscientos treinta metros con veintinueve decímetros cuadrados Plano:
SJ-1030162-2005. Para tal efecto,
se señalan las once horas treinta
minutos del ocho de agosto de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta
minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintitrés, con
la base de treinta y ocho millones cuatrocientos ochenta y ocho mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas treinta minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintitrés, con la base de doce millones ochocientos veintinueve mil quinientos colones exactos(25% de la base
original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Caja de Ahorro y Prestamos de la Asociación
Nacional de Educadores
contra Ana Ruth Torpoco Chaves. Expediente
Nº 23-001546-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 08 de marzo del año
2023.—Jessica Viviana Vargas Barboza, Jueza.—1 vez.—( IN2023786021 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta y cuatro millones doscientos sesenta y ocho mil novecientos colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
336-01627-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número ciento setenta
y un mil ciento ochenta y tres, derecho 000, la cual es terreno para construir con 1 casa
N° 141. Situada en
el distrito: 01-Orotina, cantón: 09-Orotina, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, lote
140; al sur, lote 142; al este,
Urbanización
Desanti y al oeste, avenida Panamá. Mide: ciento treinta y siete metros con quince decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas
quince minutos del cuatro de diciembre
de dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
dieciséis horas quince minutos
del trece de diciembre de
dos mil veintitrés, con la base de treinta y tres millones doscientos uno mil seiscientos setenta y cinco colones exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas quince minutos
del veintiuno de diciembre
de dos mil veintitrés, con la base de once millones sesenta y siete mil doscientos veinticinco colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Caja de Ahorro y Préstamo de la
Asociación Nacional de Educadores
contra Carlos Antonio Zúñiga González, Expediente 23-003701-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: diez horas con veintinueve minutos del quince de mayo del dos mil veintitrés.—Manuel Loría Corrales, Juez Decisor.—( IN2023786027 ).
En la puerta exterior de este
Despacho, Con una base de veintiocho
millones quinientos cincuenta y cinco mil ochocientos noventa y nueve colones con veinticinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando medianería, citas: 298-14861-01-0902-001, y servidumbre
trasladada, citas: 298-14861-01-0903-001; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
doscientos veinticuatro mil
doscientos diecinueve,
derecho cero cero cero, la cual es terreno construir con 1 casa 62. Situada en el distrito
diez, Hatillo, cantón uno,
San José, de la provincia de San José. Colinda: al Noreste Cecilia Gutiérrez Y Vivienda de Materiales
Mixtos; al noroeste María Umaña, Vivienda de Materiales Mixtos; al Sureste Ligia Castro, viviendas de materiales mixtos y al suroeste calle pública con 12,13.- Mide: doscientos treinta y tres metros con ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del diecisiete de julio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintiséis de julio de dos mil veintitrés, con la base de veintiún
millones cuatrocientos dieciséis mil novecientos veinticuatro colones con cuarenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del cuatro de agosto de
dos mil veintitrés, con la base de siete millones ciento treinta y ocho mil novecientos setenta y cuatro colones con ochenta y un céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. “Se recuerda a las partes en el
proceso lo dispuesto en el párrafo
tercero del artículo 159
del Código Procesal Civil y a saber “El postor, para participar, debe depositar el cincuenta por
ciento (50%) de la base, en
efectivo, mediante entero bancario a la orden del tribunal, cheque certificado
de un banco costarricense o cualquier
mecanismo tecnológico debidamente autorizado que garantice la eficacia del pago y señalar medio para atender notificaciones. Si en el acto
del remate el comprador no paga
la totalidad de lo ofrecido
deberá depositarla dentro del tercer día; si no lo hiciera, se declarará insubsistente la subasta” El destacado no es
del original, para lo cual deberán
tomar las previsiones necesarias, caso contrario se proseguirá con la
diligencia señalada”. Se remata
por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Wilberth Prospero
de Mata Fonseca. Expediente Nº 20-016835-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José (Sección Primera), 30 de mayo del año
2023.—Esteban Herrera Vargas, Juez Tramitador.—( IN2023786087 ).
En este Despacho,
con una base de trescientos
cincuenta mil colones
exactos libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo Placas TL000607, Marca: FAW, estilo: S 80, Categoría: automóvil, Capacidad: 7 personas,
Serie: LFBUD136XG6G00522, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x2, peso bruto: 1295 kgrms., número Chasis: LFBUD136XG6G00522, año
fabricación: 2016, uso: taxi, color: rojo, Vin: LFBUD136XG6G00522, N.
Motor: CA4GX1501100051, Modelo: S 80, cilindrada: 1500 c.c, cilindros: 4, potencia:
69 Kw, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las quince horas cero minutos del veintidós
de noviembre de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas veinte
minutos del treinta de noviembre de dos mil veintitrés,
con la base de doscientos sesenta
y dos mil quinientos colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas veinte minutos del doce de diciembre de dos mil veintitrés,
con la base de ochenta y siete
mil quinientos colones exactos (25% de la base original). (tómese en consideración que el vehículo garante posee placas de taxi por lo que se aclara que las mismas no son objeto de remate.
Tomen nota los postores que
deberán pagar los impuestos dejados
de pagar por exoneración realizada al Ministerio de Hacienda). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Roelis Ángel Reyes Noguera,
expediente 18-007645-1765-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José (Sección Tercera),
06 de junio del año 2023.—Lic. Wilkko Adred
Retana Álvarez, Juez Tramitador.—( IN2023786195
).
En este Despacho,
con una base de dieciséis
mil seiscientos setenta y nueve dólares con noventa y dos centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando infracción colisiones número de sumaria 16-602674-0500-TC. número
de boleta 201681410460, del Juzgado
de Tránsito de Pavas; sáquese a remate el vehículo placas BKM426, marca Toyota, año 2017, capacidad para cinco personas,
color gris, serie, chasis y
VIN número: JTMBD8EV8HD097520, numero
de motor 3ZR4A31073, cilindrada 2000c.c, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del
quince de agosto de dos mil veintitrés.
de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintitrés con
la base de doce mil quinientos
setenta y siete dólares con cuarenta y cuatro
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del treinta y uno de agosto de dos
mil veintitrés con la base de cuatro mil ciento noventa y dos dólares con cuarenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Manuel Pulido Castillero.
Expediente Nº 21-000895-1763-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José (Sección Primera), 09 de junio del año 2023.—Lic. Carlos Alejandro Báez Astúa, Juez Tramitador.—( IN2023786201
).
En este Despacho, con una base de tres millones ochocientos setenta y dos mil noventa y cinco colones con sesenta y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Guanacaste, matrícula número
075959, derecho 000, la cual es terreno
para construir Lote 1 H. Situada en el
distrito 1-Santa Cruz, cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste, Linderos:
norte, calle pública con 13 mts 28 cm, sur, Lote
18 H, este, Lote 2 H, oeste, calle publica con 20 mts
27 cm. Mide: ciento cuarenta metros con cuatro decímetros,
cuadrados. Plano: G-0015868-1991. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del siete de julio del dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del diecisiete del julio del dos mil veintitrés, con
la base de dos millones novecientos
cuatro mil setenta y un colones
con setenta y un céntimos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del veintiséis de julio del dos mil veintitrés, con la base de novecientos
sesenta y ocho mil veintitrés colones con noventa céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa,
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores
R.L. contra Vilma Rosa Guevara Contreras. Expediente
N° 22-003070-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha
de emisión: quince horas con cincuenta
y cuatro minutos del treinta
y uno de Mayo del dos mil veintitrés.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga,
Juez/a Coordinador/a.—( IN2023786239 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta y ocho millones doscientos
ocho mil cuatrocientos
quince colones con cincuenta
y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
149790-000, la cual es terreno
Naturaleza: Terreno para construir Bloque B Lote Tres. Situada en el distrito
5-Aguacaliente (San Francisco), cantón 1-Cartago, de
la provincia de Cartago. Colinda: al norte: Lote 4-B; al sur: Lote 2-B; al este: Lote 6-B; y al oeste: calle pública. Mide: ciento sesenta y nueve metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del tres de julio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del once de julio de dos mil veintitrés con
la base de treinta y seis millones
ciento cincuenta y seis mil
trescientos once colones
con sesenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de julio de dos mil veintitrés con
la base de doce millones cincuenta y dos mil ciento tres colones con noventa céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores
R. L. contra Marta Georgina Tortós Albán. Expediente N°
22-003032-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 08 de mayo del año 2023.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza
Tramitadora.—( IN2023786240 ).
En este Despacho,
con una base de un millón trescientos noventa y siete mil colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando reservas y restricciones citas:
403-12189-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número doscientos setenta y nueve mil seiscientos dieciocho, derecho
cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito
1-Grecia, cantón 3-Grecia, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, Manuel Castillo García y otro; sur, Xinia Ruiz Solís y otro; este, Martín Acosta
Santamaria y oeste, calle pública con
3mts 17cm y otros. Mide: seiscientos catorce metros con dos decímetros cuadrados. Plano:
A-0716846-1987. Identificador predial: 203010279618.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del veinticinco de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del tres de agosto de dos mil veintitrés con la base de un millón
cuarenta y siete mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del once de agosto de dos mil veintitrés con
la base de trescientos cuarenta
y nueve mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Antonio Andrés Artavia Mayorga contra Rosa María de los Ángeles Sánchez Sánchez,
expediente 22-003016-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de
Grecia, hora y fecha de emisión:
diez horas con cinco minutos del dos de mayo del dos mil veintitrés.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Juez/a Decisor/a.—( IN2023786242
).
En este Despacho, con una base de siete millones ochocientos veintiún mil catorce colones con treinta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo WMG902, Marca Nissa, categoría automóvil, estilo versa, capacidad 5
personas, año 2016, color negro. Para tal efecto se señalan
las ocho horas cero minutos
del veinte de julio de dos
mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas cero minutos del
treinta y uno de julio de
dos mil veintitrés con la base de cinco
millones ochocientos sesenta y cinco mil setecientos sesenta colones con setenta y nueve céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del nueve de agosto de dos mil veintitrés con
la base de un millón novecientos
cincuenta y cinco mil doscientos cincuenta y tres colones con sesenta céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Wendy María Martínez Gonzalez.
Exp:19-004793-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: diez horas con veintisiete minutos del nueve de febrero del dos mil veintitrés.—Douglas Quesada Zamora, Juez/a Decisor/a.—( IN2023786246 ).
En este Despacho, con una base de ciento treinta y un mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número 483792, derecho 003-004, la cual es terreno para construir con una casa destinada a vivienda. Situada en el
distrito: 09-Pavas, cantón:
01-San José, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, calle pública; al
sur, Juan José y Ana Cecilia Espinoza Araya; al este,
María del Carmen Carballo González y al oeste,
calle pública. Mide: ciento sesenta y un metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del diecinueve de julio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
cero minutos del veintiocho
de julio de dos mil veintitrés,
con la base de noventa y ocho
mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del ocho de agosto de dos mil veintitrés, con
la base de treinta y dos mil setecientos
cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Carlos Francisco Quesada Ballestero,
Ninfa Abreu Barbosa. Expediente 22-001182-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José (Sección Segunda), 06 de junio
del año 2023.—Licda. Elia
Corina Marchena Fennell, Jueza Tramitadora.—( IN2023786247
).
En este Despacho, con una base de diez millones cuatrocientos cincuenta y ocho mil seiscientos sesenta y seis colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 287-05523-01-0902-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 455359--000, la cual es terreno de patio y jardín con una casa. Situada en el
distrito 7-El Rosario, cantón
6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, William Ramírez Vargas; al sur, William Ramírez Vargas;
al este, William Ramírez Vargas y al oeste, calle pública
con 18 metros de frente. Mide:
dieciséis metros cuadrados plano: A-1348159-2009. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veintiuno de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas cero minutos del veintinueve
de agosto de dos mil veintitrés
con la base de siete millones
ochocientos cuarenta y tres mil novecientos noventa y nueve colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del
seis de setiembre de dos mil veintitrés
con la base de dos millones seiscientos
catorce mil seiscientos sesenta y seis colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Tierras Morcor Sociedad Anónima
contra Manuel Francisco Ramírez Vargas. Expediente Nº
23-000156-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, hora y fecha
de emisión: once horas con cuarenta
y tres minutos del nueve de junio del dos mil veintitrés.—Maricruz Barrantes
Córdoba, Juez/a Decisor/a.—(
IN2023786248 ).
En este Despacho, con una base de ochocientos noventa y tres mil trescientos sesenta y dos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa MOT-495949, Marca:
Freedom, Estilo: ZS 200-7, año:
2016, color: negro, Serie: LBMPCML36G1001047, cilindrada:
197 c.c. Para tal efecto se
señalan las catorce horas treinta minutos del diez de julio del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas treinta minutos del dieciocho de julio del dos mil veintitrés, con la base de seiscientos
setenta mil veintiún colones con cincuenta céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del veintisiete de julio del dos mil veintitrés, con la base de doscientos
veintitrés mil trescientos cuarenta colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa,
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
INSTACREDIT S. A. contra Esteban Francisco Abarca Ureña. Expediente N° 17-011121-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 21 de marzo del año 2023.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza.—( IN2023786250 ).
En este Despacho, con una base de veintiséis millones cuatrocientos cuarenta y tres mil ciento cincuenta y tres colones con cuarenta y dos céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 342-11987-01-0900-001; sáquese
a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número cincuenta y dos mil setenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno de solar con una casa, situada en el distrito:
01-Cañas cantón: 06-Cañas de la provincia
de Guanacaste Linderos: norte,
Elba Ulate; sur, calle pública con 15 m; este, Elba Ulate; oeste, Marlene Brenes. Mide: trescientos setenta y cuatro metros con noventa
y siete decímetros cuadrados. Plano: G-0475084-1982.- Para tal
efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintitrés, con la base de diecinueve
millones ochocientos treinta y dos mil trescientos sesenta y cinco colones con siete céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del cuatro de setiembre
de dos mil veintitrés, con la base de seis millones seiscientos diez mil setecientos ochenta y ocho colones con treinta y seis céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Carlos
Manuel Dobles Rodríguez, Verónica Dobles
Rodríguez. Expediente Nº 22-000727-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, Hora y fecha de emisión: catorce horas con treinta y seis minutos del uno de
junio del dos mil veintitrés.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez
Decisor.—(
IN2023786251 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones ochocientos noventa y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BTJ130. Marca:
Hyundai, Estilo: Accent, Categoría:
Automóvil, Capacidad: 5 personas,
Serie: KMHCT4AE1FU845815, Carrocería: Sedan 4 puertas, Tracción: 4x2, año fabricación: 2015, color:
Blanco. Para tal efecto se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del once de julio de dos
mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de julio de dos mil veintitrés, con la base de tres millones seiscientos setenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de julio de dos mil veintitrés, con la base de un millón
doscientos veintitrés mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base
original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Caja de Ahorro y Prestamos de la Asociación
Nacional de Educadores contra Michael Eduardo
Madrigal Solano. Expediente N° 23-003466-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 10 de
mayo del año 2023.—Jessica Viviana Vargas Barboza, Jueza Tramitadora.—( IN2023786252
).
En este Despacho, con
una base de setecientos sesenta y cinco mil ciento veintisiete colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa MOT 544627, marca: All Terrain, estilo:
Jimmy, categoría: motocicleta,
serie: L5YTCKPA3G1116630, año
fabricación: 2016, color: negro, N. motor:
BN157QMJ6G2114680. Para tal efecto
se señalan las quince horas cero minutos
del diez de julio de dos
mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas cero minutos del dieciocho
de julio de dos mil veintitrés
con la base de quinientos setenta
y tres mil ochocientos cuarenta y cinco colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del veintisiete
de julio de dos mil veintitrés
con la base de ciento noventa
y un mil doscientos ochenta
y un colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra María Jesús Godínez Elizondo, expediente
18-019010-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 21 de marzo
del año 2023.—Licda. Alicia
Francella Guzmán Valerio, Jueza
Tramitadora.—( IN2023786258 ).
En este Despacho,
con una base de nueve mil ochocientos sesenta y siete colones con veintiocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BNV845, Marca
Hyundai. Estilo Grande I10. Categoría
automóvil. año 2018. color azul. Vin MALA851CBJM662186, cilindrada
1200 c.c. Para tal efecto
se señalan las quince horas treinta
minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta
minutos del veintiocho de agosto de dos mil veintitrés con la base de siete mil cuatrocientos
colones con cuarenta y seis
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del seis de setiembre de
dos mil veintitrés con la base de dos mil cuatrocientos sesenta y seis colones con ochenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
CREDI Q INVERSIONES CR S.A., contra Aracelly Del
Pilar Loaiza Sanchez. Exp: 22-006454-1044-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo,
en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 12 de mayo del año
2023.—Yessenia Brenes González, Juez/a Decisor/a.—(
IN2023786275 ).
En este Despacho, con
una base de diecisiete mil setecientos treinta y
seis dólares con setenta y
un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo GYS120, Marca
HYUNDAI, Estilo TUCSON GL., Categoría
automóvil, año 2017, color negro, Vin KMHJ2813AHU436222, cilindrada
2000 c.c. Para tal efecto
se señalan las trece horas treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las trece
horas treinta minutos del veintiocho de agosto del dos mil veintitrés, con la base de trece
mil trescientos dos dólares
con cincuenta y tres
centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del seis de setiembre del
dos mil veintitrés, con la base de cuatro mil cuatrocientos treinta y cuatro dólares con diecisiete centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Improsa Sociedad Anónima
contra Giselle López
Varela. Expediente N° 22-005121-1044-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo,
en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 10 de mayo del año
2023.—Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2023786276 ).
En este Despacho, con
una base de quince mil setecientos
catorce dólares con ochenta y dos centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa: BQD261, marca: Hyundai, número chasis: MALBM51CBHM260384,
año fabricación: 2017, estilo: I20 GL. Para tal efecto se señalan
las once horas cero minutos del dieciocho
de julio de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del veintisiete de julio de
dos mil veintitrés con la base de once mil setecientos ochenta y seis dólares con doce centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas cero minutos del siete
de agosto de dos mil veintitrés
con la base de tres mil novecientos
veintiocho dólares con setenta y un centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Improsa Sociedad Anónima
contra Angie Linneth Serrano Padilla, expediente 22-003531-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 04 de
mayo del año 2023.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez/a Decisor/a.—( IN2023786277
).
En este Despacho, con una base de $13,616.05, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo CL
308374, Marca: Isuzu, categoría: carga liviana, Serie: JAA1KR77EJ7100016, año
fabricación: 2018, N. Motor: 4JH13H5833, combustible:
Diesel. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del veintinueve de agosto de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del seis de setiembre de
dos mil veintitrés con la base de $10,212.04 (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del catorce de setiembre de dos mil veintitrés con la base de $3,404.01 (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de CREDIQ INVERSIONES CR SOCIEDAD ANÓNIMA contra Luis Felipe Castro Rojas.
Exp:22-003237- 1202-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: veintiuno horas con cinco minutos del veinte de abril del dos mil veintitrés.—Lilliana Garro Sanchez, Juez/a Decisor/a.—( IN2023786278
).
En este Despacho,
con una base de tres mil cuarenta y siete dólares con setenta y siete centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando Denuncia de Tránsito
0800-00692161-001; sáquese a remate el vehículo BCJ938. Marca:
Hyundai, Estilo: I10 GL, Categoría:
Automóvil, Capacidad: 5
personas, Serie: MALAM51CACM098570, Carrocería: Sedan
4 puertas hatchback, Tracción:
4x2, Año Fabricación: 2012,
Uso: Particular, Color: Plateado,
Vin: MALAM51CACM098570. Para tal efecto
se señalan las siete horas
quince minutos del diecinueve
de setiembre de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas
quince minutos del veintisiete
de setiembre de dos mil veintitrés
con la base de dos mil doscientos ochenta
y cinco dólares con ochenta y tres centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas quince minutos del cinco de octubre de dos mil veintitrés con la base de setecientos
sesenta y un dólares con noventa y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda
que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
CREDI Q INVERSIONES CR S. A. contra Kiara Karina Monge Pérez. Expediente
N° 22-002994-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: catorce horas con treinta y
cuatro minutos del veinte
de abril del dos mil veintitrés.—Licda Anny Hernández Monge, Jueza
Decisora.—( IN2023786279 ).
En este Despacho, con
una base de seis millones cuatrocientos tres mil seiscientos treinta y un colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BSR 450, marca Hyundai, categoría automóvil, serie, vin y chasis KMHCU5AE8EU150491, carrocería
sedan 4 puertas hatchback, estilo
Accent, capacidad 5 personas, año
2014, color negro combustible gasolina. Para tal efecto se señalan
las quince horas cero minutos del seis de julio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del catorce de julio de dos
mil veintitrés con la base de cuatro millones ochocientos dos mil setecientos veintitrés colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del veinticinco
de julio de dos mil veintitrés
con la base de un millón seiscientos
mil novecientos siete colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Rosa Maria Potoy
Potoy. Expediente Nº
20-014101-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José,
11 de abril del año 2023.—Licda. Yesenia Auxiliadora
Hernández Ugarte, Juez/a Decisor/a.—( IN2023786284 ).
En este Despacho,
con una base de dieciocho millones doscientos cincuenta y cuatro mil seiscientos
cuarenta y cuatro colones
con veinticuatro céntimos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: CL 302309, marca:
Mitsubishi Estilo: L200, categoría:
carga liviana capacidad:
5 personas, serie: MMBJNKL30HH016871, carrocería: camioneta Pick-up, tracción: 4x4, número chasis: MMBJNKL30HH016871 año fabricación: 2017, Color: negro, VIN: MMBJNKL30HH016871, N. Motor: 4D56UAK1506. Modelo: KL3TJNHFPL, cilindrada:
2477 c.c. cilindros: 4, combustible: diesel. Para tal
efecto se señalan las trece horas treinta minutos del diecinueve de julio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintiocho de julio de dos mil veintitrés con la base de trece millones seiscientos noventa mil novecientos ochenta y tres colones con dieciocho céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del siete de agosto de dos mil veintitrés con
la base de cuatro millones quinientos
sesenta y tres mil seiscientos sesenta y un colones con seis céntimos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Fabricio Gutiérrez Alfaro. Exp: Nº 19-000651-1204-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito
Judicial de San José (Sección Segunda), 23 de mayo del año 2023.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—( IN2023786286 ).
En este Despacho, con una base de seis mil quinientos treinta y dos dólares con cuarenta y tres centavos, libre
de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa 812873. Marca:
CHEVROLET, Estilo: CAPTIVA LT, Categoría:
automóvil, Capacidad: 5
personas, Serie: KL1DC53F29B286898, año fabricación: 2009, color verde, gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del veintitrés de agosto del dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del treinta y uno de agosto del dos
mil veintitrés, con la base de cuatro mil ochocientos noventa y nueve dólares con treinta y dos centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del ocho de setiembre del dos mil veintitrés, con la base de cuarenta
y cinco mil ciento setenta y siete dólares exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa,
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Star
Cars Sociedad Anónima contra Luis Alberto Córdoba Soto. Expediente N°
21-007692-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: once horas con cuarenta y cinco minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintitrés.—Pedro
Javier Ubau Hernández, Juez/a
Tramitador/a.—( IN2023786287 ).
En este Despacho,
con una base de dieciocho
mil trescientos un dólares
con diecisiete centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa BPK900, marca: Chevrolet, estilo: Cavalier Premier categoría:
automóvil
capacidad: 5 personas serie:
LSGKB54H2JV037205, año fabricación:
2018, blanco, gasolina.
Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos
del veintitrés de agosto de
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas cero minutos del
treinta y uno de agosto de
dos mil veintitrés con la base de trece
mil setecientos veinticinco
dólares con ochenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos
del ocho de setiembre de
dos mil veintitrés con la base de cuatro mil quinientos setenta y cinco dólares con veintinueve centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Star
Cars Sociedad Anónima
contra Frank Alberto Carvajal Ulate, expediente 21-007781-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, hora y fecha de emisión: once horas
con cincuenta y cuatro minutos
del dieciséis
de marzo del dos mil veintitrés.—Pedro Javier Ubau Hernández, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023786288 ).
En este Despacho, con una base de seis millones doscientos noventa y un mil ciento treinta y cuatro colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa bmv672, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2011, color: blanco,
VIN: KMHCT41CBBU006940, cilindrada: 1400 c.c, combustible: gasolina, N°
motor: no legible. Para tal efecto
se señalan las diez horas cincuenta minutos del once de julio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cincuenta minutos del diecinueve de julio de dos mil veintitrés con la base de cuatro millones
setecientos dieciocho mil trescientos cincuenta colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cincuenta minutos del veintisiete de julio de dos mil veintitrés con
la base de un millón quinientos
setenta y dos mil setecientos
ochenta y tres colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra José Orlando Navarro Carmona. Expediente Nº 18-006914-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 02 de mayo del año 2023.—Licda. Yesenia Alicia Solano Molina, Juez/a
Decisor/a.—( IN2023786298 ).
En este Despacho,
con una base de cuatro millones
seiscientos cuarenta mil cuatrocientos cincuenta y seis colones exactos,
libre de gravámenes prendarios,
pero soportando Infracción/Colisión de la boleta
30000855238, de la sumaria 19-003860-0174-TR del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de San José; sáquese a remate el vehículo Placa JRG066, Marca HYUNDAI, Estilo
ACCENT, Categoría automóvil,
capacidad 5 personas, Serie, Chasis,
VIN KMHCT41CBCU234410, año 2012, carrocería
Sedan 4 puertas, color negro, tracción
4x2. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del trece de julio del dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintiuno de julio del dos mil veintitrés, con
la base de tres millones cuatrocientos ochenta mil trescientos cuarenta y dos colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del uno de agosto de dos
mil veintitrés, con la base de un millón
ciento sesenta mil ciento catorce colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa,
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en Proceso
Ejecución Prendaria de
INSTACREDIT S. A. contra Katherine Vanessa Sánchez Betancourt. Expediente N° 20-012147-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José,
17 de abril del año 2023.—Sirlene De Los Ángeles Salazar Muñoz, Juez/a
Decisor/a.—( IN2023786300 ).
En este Despacho, con
una base de seis millones setecientos seis mil setenta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa 840838, marca: Nissan, estilo: Qashqai, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie / chasis / vin:
SJNFAAJ10Z2030171, carrocería: todo terreno
4 puertas, tracción: 4x2, año fabricación: 2010, color: azul, combustible: gasolina. Para
tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del seis de julio de dos
mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas cero minutos del
catorce de julio de dos mil
veintitrés con la base de cinco
millones veintinueve mil quinientos cincuenta y dos colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veinticinco de julio de dos mil veintitrés con la base de un millón
seiscientos setenta y seis
mil quinientos diecisiete colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Sofía Amador Pincay, expediente 20-003561-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 12 de abril del año 2023.—Licda. Cinthia Sáenz Valerio, Jueza Decisora.—(
IN2023786304 ).
En este Despacho, con
una base de novecientos cuarenta y ocho mil doscientos noventa y nueve colones exactos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo Placas MOT-507828,
Marca: KEEWAY, Estilo: TX200 ENG, Categoría: Motocicleta,
año: 2017, color: blanco,
Serie: LBBJEM0A4HB655312, N°
Motor: QJ164FML5331141. Para tal efecto
se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del diez de julio del dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de julio del dos mil veintitrés, con
la base de setecientos once mil doscientos
veinticuatro colones con veinticinco céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de julio del dos mil veintitrés, con la base de doscientos
treinta y siete mil setenta y cuatro colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Alejandra María Cabezas
Porras. Expediente N° 18-013767-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 21 de marzo del año 2023.—Licda. Alicia Francella Guzmán
Valerio, Jueza.—( IN2023786307 ).
En este Despacho, con
una base de quinientos cincuenta y seis mil cincuenta y nueve colones exactos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo MOT 422679, marca: TVS, estilo: Apache RTR 180, categoría: motocicleta,
capacidad: 2 personas, año:
2014, color: negro, cilindrada: 180 c.c, combustible: gasolina, vin: MD634KE67D2C69922, número de motor:
0E6CD2201273. Para tal efecto
se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del once de julio de dos
mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de julio de dos mil veintitrés con la base de cuatrocientos
diecisiete mil cuarenta y
cuatro colones con veinticinco
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de julio de dos mil veintitrés con
la base de ciento treinta y
nueve mil catorce colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Norma Cristina Carrero Salgado, expediente 18-014930-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de
mayo del año 2023.—Mayra Yesenia Porras Solís, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2023786567 ).
En este Despacho, con una base de tres millones ciento setenta y cinco mil setecientos noventa y cinco colones exactos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo BPW103, Marca Toyota, Estilo
4RUNNER, año 2002, color rojo, Vin JT3GN86R520227034.
Para tal efecto se señalan las diez horas quince minutos del cuatro de julio del
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las diez horas quince minutos
del doce de julio del dos
mil veintitrés, con la base de dos millones trescientos ochenta y un mil ochocientos cuarenta y seis colones con veinticinco céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas quince minutos del veinte de julio del dos mil veintitrés, con la base de setecientos
noventa y tres mil novecientos cuarenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
INSTACREDIT S. A. contra Carlos Manuel Casanova Sirias. Expediente N° 20-002361-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 13 de abril del año 2023.—Lic. Verny Gustavo Arias Vega, Juez/a Tramitador.—(
IN2023786950 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas:
545-05115-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento cuarenta
mil setecientos treinta y
uno, derecho cero cero cero,
la cual es terreno naturaleza: terreno para construir. Situada en el Distrito 1-Liberia Cantón 1-Liberia de la provincia
de Guanacaste, Linderos: Norte: calle
pública
CON un frente de 18.12 metros, sur: Roderico Cid Baltodano, este: Ana Eugenia Mata Martínez, oeste:
calle pública con un frente de 19.35
metros. Mide: Seiscientos veintiséis metros con setenta y cinco decímetros cuadrados, plano: G-0207278-1994.
Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del tres de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece
horas treinta minutos del
once de agosto de dos mil veintitrés
con la base de tres millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintiuno de agosto de dos mil veintitrés con la base de un millón
doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Ricardo Cedraro contra Dylcia
María Aguilar Obando. Exp:09-000524-0386-CI.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de emisión: trece horas con cincuenta y uno minutos del seis de junio del dos
mil veintitrés.—Licda. Natalia Orozco Murillo, Jueza.—(
IN2023787460 ).
En este Despacho,
Con una base de veintiún
mil dólares exactos, para cada una de las fincas que se dirán, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando SERVIDUMBRE DE PASO CITAS:
2018-53586-01-0002-001 y SERVIDUMBRE DE PASO CITAS: 2018-53586-01- 0019-001; sáquese a remate: 1) La finca del partido
de ALAJUELA, matrícula número
406.986-000-000 la cual es terreno
DE AGRICULTURA. Situada en el DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN 13-UPALA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA: al NORTE CALLE PÚBLICA,
LOTE UNO DE FLIICIANO GONZÁLEZ Y CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ; al SUR FELICIANO GONZÁLEZ GONZÁLEZ; al ESTE LOTE UNO Y FELICIANO GONZÁLEZ GONZÁLEZ y al OESTE FELICIANO GONZÁLEZ Y CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ. MIDE: SEIS MIL CIENTO CUATRO METROS
CON ONCE DECÍMETROS CUADRADOS. Se remata así mismo las 52 fincas en las que la propiedad antes dicha fue segregada.
2 ALAJUELA, matrícula número
553873, derecho 000, la cual es terreno
PARA CONSTRUIR. Situada en el DISTRITO YOLILLAL, CANTÓN UPALA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA: al NORTE CALLE PÚBLICA, al SUR MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ; al ESTE MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ y al OESTE MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ. MIDE: CIENTO OCHENTA Y CINCO METROS
CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios.
Soporta: RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS: 298-
13182-01-901007. 3 ALAJUELA, matrícula número 553874, derecho 000, la cual
es terreno PARA CONSTRUIR. Situada
en el DISTRITO 7-YOLILLAL,
CANTÓN 13-UPALA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA: al NORTE CALLE PÚBLICA, al SUR
MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ; al ESTE MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ y al OESTE MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ. MIDE: CIENTO OCHENTA Y CINCO METROS
CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios.
Soporta: RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS:
298-13182-01-901-007 4 ALAJUELA, matrícula número 553875, derecho 000, la cual
es terreno PARA CONSTRUIR. Situada
en el DISTRITO 7-YOLILLAL,
CANTÓN UPALA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA:
al NORTE CALLE PÚBLICA, al SUR MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ; al ESTE MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ y al OESTE MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ. MIDE: CIENTO OCHENTA Y SIETE METROS
CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios.
Soporta: RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS:
298-13182-01-901-007 5 ALAJUELA, matrícula número 553876, derecho 000, la cual
es terreno PARA CONSTRUIR. Situada
en el DISTRITO YOLILLAL,
CANTÓN UPALA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA:
al NORTE CALLE PÚBLICA, al SUR MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ; al ESTE MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ y al OESTE MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ. MIDE: CIENTO OCHENTA Y TRES METROS
CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios. Soporta: RESERVAS Y
RESTRICCIONES CITAS:
298-13182-01-901-007 6 ALAJUELA, matrícula número 553877, derecho 000, la cual
es terreno PARA CONSTRUIR. Situada
en el DISTRITO 7-YOLILLAL,
CANTÓN 13- UPALA, de la provincia de ALAJUELA.
COLINDA: al NORTE CALLE PÚBLICA, al SUR MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ; al ESTE MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ y al OESTE MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ. MIDE: CIENTO OCHENTA Y TRES METROS
CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios. Soporta: RESERVAS Y
RESTRICCIONES CITAS:
298-13182-01-901-007 7 ALAJUELA, matrícula número 553878, derecho 000, la cual
es terreno PARA CONSTRUIR. Situada
en el DISTRITO 7-YOLILLAL,
CANTÓN 13- UPALA, de la provincia de ALAJUELA.
COLINDA: al NORTE CALLE PÚBLICA, al SUR MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ; al ESTE MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ y al OESTE MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ. MIDE: CIENTO OCHENTA Y TRES METROS
CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios. Soporta: RESERVAS Y
RESTRICCIONES CITAS:
298-13182-01-901-007 8 ALAJUELA, matrícula número 553879, derecho 000, la cual
es terreno PARA CONSTRUIR. Situada
en el DISTRITO 7-YOLILLAL,
CANTÓN UPALA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA:
al NORTE CALLE PÚBLICA, al SUR MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ; al ESTE MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ y al OESTE MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ. MIDE: CIENTO OCHENTA Y CUATRO METROS
CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios. Soporta: RESERVAS Y
RESTRICCIONES CITAS:
298-13182-01-901-007 9 ALAJUELA, matrícula número 553880, derecho 000, la cual
es terreno PARA CONSTRUIR. Situada
en el DISTRITO 7-YOLILLAL,
CANTÓN UPALA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA:
al NORTE CALLE PÚBLICA, al SUR MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ; al ESTE MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ y al OESTE MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ. MIDE: CIENTO OCHENTA Y SEIS METROS
CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios. Soporta: RESERVAS Y
RESTRICCIONES CITAS:
298-13182-01-901-007 10 ALAJUELA, matrícula número 553881, derecho 000, la cual
es terreno PARA CONSTRUIR. Situada
en el DISTRITO YOLILLAL,
CANTÓN UPALA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA:
al NORTE CALLE PÚBLICA, al SUR MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ; al ESTE MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ y al OESTE MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ. MIDE: CIENTO OCHENTA Y TRES METROS
CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios.
Soporta: RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS: 298-
13182-01-901-007 11 ALAJUELA, matrícula número 556704, derecho 000, la cual
es terreno PARA CONSTRUIR LOTE 1.- Situada en el
DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN UPALA, de la provincia de
LAJUELA. COLINDA: al NORTE CALLE PÚBLICA, al SUR CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ; al ESTE CALLE PÚBLICA y al OESTE
FELICIANO GONZÁLEZ GONZÁLEZ.- MIDE: DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS libre
de gravámenes hipotecarios.
Soporta: RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS:
298-13182-01-901-007. 12 ALAJUELA matrícula número 556705, derecho 000, la cual
es terreno PARA CONSTRUIR LOTE 2. Situada
en el DISTRITO 7-YOLILLAL,
CANTÓN UPALA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA:
al NORTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ, al SUR CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ; al ESTE CALLE PÚBLICA y al OESTE
FELICIANO GONZÁLEZ GONZÁLEZ. MIDE: CIENTO OCHENTA
METROS CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios. Soporta: RESERVAS Y
RESTRICCIONES CITAS: 298- 13182- 01-901-007. 13 ALAJUELA, matrícula
número 556706, derecho 000, la cual
es terreno PARA CONSTRUIR LOTE 3. Situada
en el DISTRITO 7-YOLILLAL,
CANTÓN UPALA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA:
al NORTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ, al SUR CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ; al ESTE CALLE PÚBLICA y al OESTE
FELICIANO GONZÁLEZ GONZÁLEZ. MIDE: CIENTO OCHENTA
METROS CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios. Soporta: RESERVAS Y
RESTRICCIONES CITAS: 29813182-01-901-007. 14 ALAJUELA, matrícula
número 556707, derecho 000, la cual
es terreno PARA CONSTRUIR LOTE 4. Situada
en el DISTRITO YOLILLAL,
CANTÓN 13-UPALA, de la provincia de ALAJUELA.
COLINDA: al NORTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ, al SUR CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ; al ESTE CALLE PÚBLICA y al OESTE FELICIANO
GONZÁLEZ GONZÁLEZ. MIDE: CIENTO OCHENTA Y UN METROS
CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios.
Soporta: RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS: 298-
13182-01-901-007. 15 ALAJUELA, matrícula número 556708, derecho 000, la cual
es terreno PARA CONSTRUIR LOTE 6. Situada
en el DISTRITO 7-YOLILLAL,
CANTÓN UPALA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA:
al NORTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ, al SUR CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ; al ESTE FELICIANO GONZÁLEZ GONZÁLEZ y al OESTE FELICIANO GONZÁLEZ GONZÁLEZ.
MIDE: CIENTO OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS libre de gravámenes
hipotecarios. Soporta:
RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS: 298-13182-01-901-007. 16 ALAJUELA, matrícula número 556709, derecho
000, la cual es terreno
PARA CONSTRUIR LOTE 7. Situada en
el DISTRITO YOLILLAL, CANTÓN 13-UPALA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA: al NORTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ, al SUR CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ; al ESTE CALLE PÚBLICA y al OESTE
FELICIANO GONZÁLEZ GONZÁLEZ. MIDE: CIENTO OCHENTA Y
CUATRO METROS CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios. Soporta: RESERVAS Y
RESTRICCIONES CITAS: 298-13182-01-901-007. 17 ALAJUELA, matrícula
número 556710, derecho 000, la cual
es terreno PARA CONSTRUIR LOTE 8. Situada
en el DISTRITO YOLILLAL,
CANTÓN UPALA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA:
al NORTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ, al SUR CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ; al ESTE CALLE PÚBLICA y al OESTE
FELICIANO GONZÁLEZ GONZÁLEZ. MIDE: CIENTO OCHENTA Y
CUATRO METROS CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios. Soporta: RESERVAS Y
RESTRICCIONES CITAS: 29813182-01-901-007. 18 ALAJUELA, matrícula
número 556711, derecho 000, la cual
es terreno PARA CONSTRUIR LOTE 9. Situada
en el DISTRITO 7-YOLILLAL,
CANTÓN UPALA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA:
al NORTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ, al SUR FELICIANO GONZÁLEZ GONZÁLEZ;
al ESTE CALLE PÚBLICA y al OESTE FELICIANO GONZÁLEZ GONZÁLEZ.
MIDE: CIENTO OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS libre de gravámenes
hipotecarios. Soporta:
RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS: 298-13182-01-901-007. 19 ALAJUELA, matrícula número 556712, derecho
000, la cual es terreno
PARA CONSTRUIR LOTE 44. Situada en
el DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN UPALA, de la provincia de ALAJUELA.COLINDA: al NORTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ, al SUR CALLE PÚBLICA; al ESTE
FELICIANO GONZÁLEZ GONZÁLEZ y al OESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ. MIDE: CIENTO OCHENTA Y UN METROS
CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios.
Soporta: RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS:
298-1318201-901-007. 20 ALAJUELA, matrícula número 556713, derecho 000, la cual
es terreno PARA CONSTRUIR LOTE 36. Situada en el
DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN 13UPALA, de la provincia
de ALAJUELA. COLINDA: al NORTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ, al SUR CALLE PÚBLICA; al ESTE
CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ y
al OESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ. MIDE: CIENTO OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS
libre de gravámenes hipotecarios.
Soporta: RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS:
298-13182-01-901-007. 21 ALAJUELA, matrícula número 556714, derecho 000, la cual
es terreno PARA CONSTRUIR LOTE 35. Situada en el
DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN 13-UPALA, de la provincia
de ALAJUELA. COLINDA: al NORTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ, al SUR CALLE PÚBLICA; al ESTE
CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ y
al OESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ. MIDE: CIENTO OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios. Soporta: RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS:
298-1318201-901-007. 22 ALAJUELA, matrícula número 556715, derecho 000, la cual
es terreno PARA CONSTRUIR LOTE 34. Situada en el
DISTRITO YOLILLAL, CANTÓN 13 UPALA, de la provincia
de ALAJUELA. COLINDA: al NORTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ, al SUR CALLE PÚBLICA; al ESTE
CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ y
al OESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ. MIDE: CIENTO OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS
libre de gravámenes hipotecarios.
Soporta: RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS:
298-13182-01-901- 007. 23 ALAJUELA, matrícula número 556716, derecho 000, la cual
es terreno PARA CONSTRUIR LOTE 33. Situada en el
DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN UPALA, de la provincia de
ALAJUELA. COLINDA: al NORTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ, al SUR CALLE PÚBLICA; al ESTE
CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ y
al OESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ. MIDE: CIENTO OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS
libre de gravámenes hipotecarios.
Soporta: RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS:
298-1318201-901-007. 24 ALAJUELA, matrícula número 556717, derecho 000, la cual
es terreno PARA CONSTRUIR LOTE 21. Situada en el
DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN 13UPALA, de la provincia
de ALAJUELA. COLINDA: al NORTE CALLE PÚBLICA, al SUR MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ; al ESTE MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ y al OESTE CALLE PÚBLICA. MIDE:
CIENTO OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS libre de gravámenes
hipotecarios. Soporta:
RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS: 298- 13182-01-901-007. 25 ALAJUELA, matrícula número 556718, derecho
000, la cual es terreno
PARA CONSTRUIR LOTE 22. Situada en
el DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN UPALA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA: al NORTE CALLE PÚBLICA, al
SUR MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ; al ESTE MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ y al OESTE MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ. MIDE: CIENTO OCHENTA Y TRES METROS
CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios.
Soporta: RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS:
298-13182-01-901- 007. 26 ALAJUELA, matrícula número 556719, derecho 000, la cual
es terreno PARA CONSTRUIR LOTE 23. Situada en el
DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN UPALA, de la provincia de
ALAJUELA. COLINDA: al NORTE CALLE PÚBLICA, al SUR MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ; al ESTE MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ y al OESTE MARÍA JESSENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ. MIDE: CIENTO OCHENTA Y DOS METROS
CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios.
Soporta: RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS: 298-
13182-01-901-007. 27 ALAJUELA, matrícula número 556719, derecho 000, la cual
es terreno PARA CONSTRUIR LOTE 5. Situada
en el DISTRITO 7-YOLILLAL,
CANTÓN UPALA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA:
al NORTE MARÍA JESEENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ, al SUR MARÍA JESEENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ; al ESTE CALLE PÚBLICA y al OESTE
MARÍA JESEENIA GONZÁLEZ ÁLVAREZ. MIDE: CIENTO OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios. Soporta: RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS:
298-13182-01-901-007. 28 ALAJUELA, matrícula número 561447, derecho 000, la cual
es terreno PARA CONSTRUIR LOTE 10. Situada en el
DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN 13-UPALA, de la provincia
de ALAJUELA. COLINDA: al NORTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ, al SUR CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ; al ESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ y al OESTE CALLE PÚBLICA. MIDE: CIENTO OCHENTA Y UN
METROS CUADRADOS libre de
gravámenes hipotecarios. Soporta: RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS:
298-1318201-901-007. 29 ALAJUELA, matrícula número 561448, derecho 000, la cual
es terreno PARA CONSTRUIR LOTE 11.- Situada en el
DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN 13-UPALA, de la provincia
de ALAJUELA. COLINDA: al NORTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ, al SUR CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ; al ESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ y al OESTE CALLE PÚBLICA. MIDE: CIENTO
OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios. Soporta: RESERVAS Y
RESTRICCIONES CITAS: 298-13182-01-901-007. 30 ALAJUELA, matrícula
número 561449, derecho 000, la cual
es terreno PARA CONSTRUIR LOTE 12. Situada en el
DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN UPALA, de la provincia de
ALAJUELA.COLINDA: al NORTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ, al SUR CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ; al ESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ y al OESTE CALLE PÚBLICA. MIDE:
CIENTO OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios. Soporta: RESERVAS Y
RESTRICCIONES CITAS: 298-1318201-901-007. 31 ALAJUELA, matrícula
número 561450, derecho 000, la cual
es terreno PARA CONSTRUIR LOTE 13.-Situada en el DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN
13UPALA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA: al
NORTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ, al SUR CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ; al ESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ y al OESTE CALLE PÚBLICA. MIDE:
CIENTO OCHENTA Y TRES
METROS CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios. Soporta: RESERVAS Y
RESTRICCIONES CITAS: 298-13182- 01-901- 007. 32 ALAJUELA, matrícula
número 561451, derecho 000, la cual
es terreno PARA CONSTRUIR LOTE 14. Situada en el
DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN 13-UPALA, de la provincia
de ALAJUELA. COLINDA: al NORTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ, al SUR CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ; al ESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ y al OESTE CALLE PÚBLICA. MIDE:
CIENTO OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS libre de gravámenes
hipotecarios. Soporta:
RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS:298-1318201-901-007. 33 ALAJUELA, matrícula número 561452, derecho
000, la cual es terreno
PARA CONSTRUIR LOTE 15.- Situada en
el DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN 13-UPALA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA: al NORTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ, al SUR CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ; al ESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ y al OESTE CALLE PÚBLICA. MIDE:
CIENTO OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS libre de gravámenes
hipotecarios. Soporta:
RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS: 298-13182-01-901-007. 34 ALAJUELA, matrícula número 561453, derecho
000, la cual es terreno
PARA CONSTRUIR LOTE 16. Situada en
el DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN UPALA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA: al NORTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ, al SUR CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ; al ESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ y al OESTE CALLE PÚBLICA. MIDE:
CIENTO OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS libre de gravámenes
hipotecarios. Soporta:
RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS: 298-1318201-901-007. 35 ALAJUELA, matrícula número 561454, derecho
000, la cual es terreno
PARA CONSTRUIR LOTE 17. Situada en
el DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN UPALA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA: al NORTE CALLE PÚBLICA, al
SUR CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ; al
ESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ y
al OESTE CALLE PÚBLICA. MIDE: CIENTO OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios. Soporta: RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS: 298-13182-01-901-
007. 36 ALAJUELA, matrícula número
561455, derecho 000, la cual es terreno
PARA CONSTRUIR LOTE 18. Situada en
el DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN 13-UPALA, de la provincia de ALAJUELA.COLINDA: al NORTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ, al SUR SERVIDUMBRE DE PASO; al ESTE
CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ y
al OESTE CALLE PÚBLICA. MIDE: CIENTO NOVENTAY OCHO METROS CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios.
Soporta: RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS: 298-13182-01-901-007 Y SERVIDUMBRE DE PASO
CITAS:2018-53586-01-0002-001. 37 ALAJUELA matrícula número 561456, derecho 000, la cual
es terreno PARA CONSTRUIR LOTE 19. Situada en el
DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN UPALA, de la provincia de
ALAJUELA. COLINDA: al NORTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ, al SUR CALLE PÚBLICA; al ESTE
CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ y
al OESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ. MIDE: CIENTO NOVENTA Y OCHO METROS
CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios. Soporta:
RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS: 298-13182-01-901-007 Y SERVIDUMBRE DE PASO
CITAS:2018-53586-01-0019-001. 38 ALAJUELA, matrícula número 561457, derecho 000, la cual
es terreno PARA CONSTRUIR LOTE 49. Situada en el
DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN UPALA, de la provincia de
ALAJUELA. COLINDA: al NORTE CALLE PÚBLICA, al SUR CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ; al ESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ y al OESTE CALLE PÚBLICA. MIDE:
CIENTO NOVENTA Y DOS
METROS CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios. Soporta: RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS: 298-13182- 01-901- 007. 39 ALAJUELA matrícula número 561458, derecho
000, la cual es terreno
PARA CONSTRUIR LOTE 45. Situada en
el DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN UPALA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA: al NORTE CALLE PÚBLICA, al
SUR CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ; al
ESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ y
al OESTE CALLE PÚBLICA. MIDE: DOSCIENTOS SEIS METROS CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios. Soporta: RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS:
298-13182-01-901-007. 40 ALAJUELA matrícula número 561459, derecho 000, la cual
es terreno PARA CONSTRUIR LOTE 50.- Situada en el
DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN UPALA, de la provincia de
ALAJUELA. COLINDA: al NORTE CALLE PÚBLICA, al SUR CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ; al ESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ y al OESTE CALLE PÚBLICA. MIDE:
CIENTO NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS libre de gravámenes
hipotecarios. Soporta:
RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS: 298-13182-01-901-007. 41 ALAJUELA, matrícula número 561460, derecho
000, la cual es terreno
PARA CONSTRUIR LOTE 52.- Situada en
el DISTRITO YOLILLAL, CANTÓN UPALA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA: al NORTE CALLE PÚBLICA, al
SUR CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ; al
ESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ y
al OESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ. MIDE: CIENTO NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS
libre de gravámenes hipotecarios. Soporta: RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS: 298-13182-01-901-007. 42
ALAJUELA, matrícula número
567498, derecho 000, la cual es terreno
LOTE 37 TERRENO PARA CONSTRUIR LOTE UNO. Situada en el DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN
UPALA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA: al NORTE
CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ, al
SUR CALLE PÚBLICA; al ESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ y al OESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ. MIDE: CIENTO OCHENTA Y DOS METROS
CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios. Soporta: RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS: 298-13182-01-901-007, SERVIDUMBRE DE PASO CITAS: 2018-53586-01-0002-001
Y SERVIDUMBRE DE PASO CITAS: 2018-53586- 01-0019-001. 43 ALAJUELA matrícula número 567499, derecho
000, la cual es terreno
LOTE 38 TERRENO PARA CONSTRUIR. Situada en el DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN
13-UPALA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA: al
NORTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ, al
SUR CALLE PÚBLICA; al ESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ y al OESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ. MIDE: CIENTO OCHENTA Y UN METROS
CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios.
Soporta: RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS: 298-13182-01-901-007,
SERVIDUMBRE DE PASO CITAS: 2018-
53586-01-0002-001 Y SERVIDUMBRE DE PASO CITAS: 2018-53586- 01-0019001. 44
ALAJUELA, matrícula número
567500, derecho 000, la cual es terreno
LOTE 39 TERRENO PARA CONSTRUIR. Situada en el DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN
UPALA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA: al NORTE
CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ, al
SUR CALLE PÚBLICA; al ESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ y al OESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ. MIDE: CIENTO OCHENTA Y DOS METROS
CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios.
Soporta: RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS:
298-13182-01-901-007, SERVIDUMBRE DE PASO CITAS: 2018- 53586-01-0002-001 Y SERVIDUMBRE DE PASO
CITAS: 2018-53586-01- 0019001. 45 ALAJUELA, matrícula
número 567501, derecho 000, la cual
es terreno LOTE 40 TERRENO PARA CONSTRUIR LOTE 4. Situada en el
DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN 13-UPALA, de la provincia
de ALAJUELA. COLINDA: al NORTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ, al SUR CALLE PÚBLICA; al ESTE
CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ y
al OESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ. MIDE: CIENTO OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS libre de gravámenes
hipotecarios. Soporta: RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS:
298-13182-01-901-007, SERVIDUMBRE DE PASO CITAS: 2018- 53586-01-0002-001 Y
SERVIDUMBRE DE PASO CITAS: 2018-53586-01-0019-001. 46 ALAJUELA matrícula número 567502, derecho
000, la cual es terreno
LOTE 41 TERRENO PARA CONSTRUIR LOTE 6. Situada en el DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN
UPALA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA: al NORTE
CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ, al
SUR CALLE PÚBLICA; al ESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ y al OESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ. MIDE: CIENTO OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios. Soporta: RESERVAS Y
RESTRICCIONES CITAS:
298-13182-01-901-007, SERVIDUMBRE
DE PASO CITAS: 2018-53586-01-0002-001 Y SERVIDUMBRE DE PASO CITAS:
2018-53586-01-0019-001. 47 ALAJUELA, matrícula número 567503, derecho 000, la cual
es terreno LOTE 42 TERRENO PARA CONSTRUIR LOTE 7. Situada en el
DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN 13-UPALA, de la provincia
de ALAJUELA. COLINDA: al NORTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ, al SUR CALLE PÚBLICA; al ESTE
CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ y
al OESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ. MIDE: CIENTO OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS
libre de gravámenes hipotecarios. Soporta: RESERVAS Y RESTRICCIONESCITAS: 298-13182-01-901-007, SERVIDUMBRE DE PASO CITAS: 2018-
53586-01-0002-001 Y SERVIDUMBRE DE PASO CITAS: 2018- 53586-01 0019001. 48
ALAJUELA matrícula número
567504, derecho 000, la cual es terreno
LOTE 43 TERRENO PARA CONSTRUIR LOTE 8. Situada en el DISTRITO YOLILLAL, CANTÓN
UPALA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA: al NORTE
CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ, al
SUR CALLE PÚBLICA; al ESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ y al OESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ. MIDE: CIENTO OCHENTA METROS CUADRADOS
libre de gravámenes hipotecarios.
Soporta:
RESERVAS Y RESTRICCIONES
CITAS: 298-13182-01-901-007, SERVIDUMBRE DE PASO CITAS: 2018-53586-01-0002-001
Y SERVIDUMBRE DE PASO CITAS: 201853586- 01-0019-001. 49 ALAJUELA, matrícula número 567505, derecho
000, la cual es terreno
LOTE 46 TERRENO PARA CONSTRUIR LOTE 9.- Situada en el DISTRITO 7YOLILLAL, CANTÓN
UPALA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA: al NORTE
CALLE PÚBLICA, al SUR CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ; al ESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ y al OESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ. MIDE: CIENTO NOVENTA METROS
CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios.
Soporta:
RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS: 298-13182-01-901- 007, SERVIDUMBRE DE
PASO CITAS: 2018-53586-01-0002-001 Y SERVIDUMBRE DE PASO CITAS:
2018-53586-01-0019-001. 50 ALAJUELA matrícula número 567506, derecho 000, la cual
es terreno LOTE 47 TERRENO PARA CONSTRUIR LOTE 44. Situada en el
DISTRITO YOLILLAL, CANTÓN 13-UPALA, de la provincia
de ALAJUELA. COLINDA: al NORTE CALLE PÚBLICA, al SUR CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ; al ESTE FELICIANO GONZÁLEZ GONZÁLEZ y al OESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ. MIDE: CIENTO NOVENTA Y UN METROS
CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios.
Soporta: RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS:
298-13182-01-901-007, SERVIDUMBRE DE PASO CITAS: 2018-53586-01-0002-001 Y SERVIDUMBRE
DE PASO CITAS: 2018-53586-01-0019-001. 51 ALAJUELA matrícula
número 567507, derecho 000, la cual
es terreno LOTE 48 TERRENO PARA CONSTRUIR LOTE 36. Situada en el
DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN 13-UPALA, de la provincia
de ALAJUELA. COLINDA: al NORTE CALLE PÚBLICA, al SUR CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ; al ESTE FELICIANO GONZÁLEZ GONZÁLEZ y al OESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ. MIDE: CIENTO NOVENTA Y UN METROS
CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios.
Soporta: RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS: 298-
13182-01-901-007, SERVIDUMBRE DE PASO CITAS: 2018-53586-01-0002-001 Y
SERVIDUMBRE DE PASO CITAS: 2018-53586-01-0019-001. 52 ALAJUELA matrícula número 567508, derecho
000, la cual es terreno
LOTE 53 TERRENO PARA CONSTRUIR LOTE 35. Situada en el DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN
UPALA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA: al NORTE
CALLE PÚBLICA, al SUR CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ; al ESTE FELICIANO GONZÁLEZ GONZÁLEZ y al OESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ. MIDE:CIENTO NOVENTA Y
CUATRO METROS CUADRADOS libre de gravámenes hipotecarios. Soporta: RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS: 298-13182-01-901-007, SERVIDUMBRE DE PASO CITAS:
2018-53586-01-0002-001 Y SERVIDUMBRE DE PASO CITAS: 2018- 53586-01-0019001. 53
ALAJUELA, matrícula número
567509, derecho 000, la cual es terreno
LOTE 54 TERRENO PARA CONSTRUIR LOTE 34. Situada en el DISTRITO 7-YOLILLAL, CANTÓN
UPALA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA: al NORTE
CALLE PÚBLICA, al SUR CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ; al ESTE FELICIANO GONZÁLEZ GONZÁLEZ y al OESTE CANDIDA ÁLVAREZ ÁLVAREZ. MIDE: CIENTO NOVENTA Y UN METROS CUADRADOS libre de
gravámenes hipotecarios.
Soporta: RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS: 298-13182-01-901-007, SERVIDUMBRE DE PASO CITAS: 2018-53586-01-0002-001
Y SERVIDUMBRE DE PASO CITAS: 2018-53586-01-0019-001. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de julio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintisiete de julio de dos mil veintitrés, con
la base de quince mil setecientos cincuenta
dólares exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer
remate se señalan las nueve
horas cero minutos del siete
de agosto de dos mil veintitrés,
con la base de cinco mil doscientos
cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
3-101-612398 Sociedad Anónima, Nonas
Del Quizarra Sociedad Anónima
contra María Jesenia Gonzalez Alvarez. Exp:18-004257-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia. Hora y fecha de emisión:
ocho horas con treinta minutos del siete de junio del dos mil veintitrés.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2023786290 ).
En este Despacho, con una base de siete millones quinientos catorce mil novecientos cuarenta y cinco colones con dieciséis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
261-01527-01-0002-001 y servidumbre trasladada citas:
281-01462-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 586331-000, derecho cero cero
cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 1-San Isidro de El General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Patricia Camacho Chinchilla; al sur, José Ángel Camacho Chinchilla; al este, Patricia
Camacho Chinchilla y al oeste, calle
pública
y José Ángel Camacho
Chinchilla. Mide: cuatrocientos
setenta y seis metros con ochenta
y siete decímetros cuadrados, según plano catastrado Nº
SJ-1117754-2006. Para tal efecto,
se señalan las diez horas
cero minutos del once de agosto
de dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas cero minutos del
veintidós de agosto de dos
mil veintitrés con la base de cinco
millones seiscientos treinta y seis mil doscientos ocho colones con ochenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintinueve de agosto de dos mil veintitrés con la base de un millón
ochocientos setenta y ocho mil setecientos treinta y seis colones con veintinueve céntimos (25% de la
base original). Notas: se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Multiservicios Sin Fronteras
Multifron Sociedad Anónima,
Randal Jeisson Ureña
Bonilla. Expediente 23-001564-1200-CJ. Nota: publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, hora y fecha de emisión: diecisiete horas con uno
minutos del ocho de junio del dos mil veintitrés.—Carlos Contreras Reyes, Juez Tramitador.—( IN2023787949
).
En este Despacho, con
una base de siete millones trescientos setenta y tres mil un colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BQZ-681, Marca: Hyundai, Estilo: Accent, Categoría: Automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: KMHCT4AE9FU863527,
Carrocería: Sedan 4 puertas,
Número Chasis:
KMHCT4AE9FU863527, Año Fabricación: 2015, Vin: KMHCT4AE9FU863527, Cilindrada: 1600 c.c., Cilindros:
4, Potencia: 138 kw, Combustible: Gasolina. Para tal
efecto se señalan las once
horas cero minutos del trece
de julio de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del veintiuno de julio de
dos mil veintitrés con la base de cinco
millones quinientos veintinueve mil setecientos cincuenta colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas cero minutos del uno de agosto
de dos mil veintitrés con la base de un millón ochocientos cuarenta y tres mil doscientos cincuenta colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra José María Jiménez Fallas. Expediente
N° 20-002104-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 16
de mayo del año 2023.—Lic.
Carlos Marín Angulo, Juez Tramitador.—( IN2023787973 ).
En este Despacho, con
una base de doscientos cincuenta y dos mil doscientos ochenta y siete dólares con
dos centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
368-01950-01-0902-001, servidumbre trasladada citas:
406-01918-01-0900- 001, servidumbre sirviente citas:
406-01918-01-0901-001, reservas y restricciones
citas: 406-01918-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido
de Heredia, matrícula número
162540-000, la cual es terreno
naturaleza: terreno para construir con una casa de habitación de dos niveles en proyecto de construcción, lote 6 bloque a situada en el distrito
3-La Asunción cantón 7-Belen de la provincia de Heredia finca se encuentra
en zona catastrada linderos: norte, lote 7 bloque A, sur, lote 5 bloque a, este, calle 1 con frente de 11.84 metros lineales, oeste, Begaliza S. A. Mide: quinientos cuarenta y dos metros con ochenta
y seis decímetros cuadrados
plano: H-0515377-1998.- Para tal
efecto, se señalan las ocho horas quince minutos del veinte de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas quince minutos del treinta
y uno de julio de dos mil veintitrés
con la base de ciento ochenta
y nueve mil doscientos
quince dólares con veintisiete
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas quince minutos del nueve de agosto de dos mil veintitrés con la base de sesenta
y tres mil setenta y un dólares con setenta y seis
centavos (25%de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
contra Jose Fabio de Jesús Porras Garita, Marlene María Auxiliadora
Ávila Harper. Expediente Nº 22-003416-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, Hora y fecha
de emisión: once horas con cuatro minutos
del dieciocho de enero del
dos mil veintitrés.—Licda.
Gabriela Chaves Villalobos, Jueza Tramitadora.—( IN2023787976
).
En este Despacho, con
una base de dieciséis mil setecientos treinta y seis dólares con cuarenta y ocho centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placas BSD 976. Marca: Mitsubishi, estilo:
Mirage G4, categoría: sedan 4 puertas,
capacidad: 5 personas, año fabricación: 2019, color: plateado,
VIN: MMBSNA13AKH000425 y cilindrada:1193 c.c. Para tal
efecto se señalan las trece
horas cuarenta y cinco minutos del seis de julio de dos
mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de julio de dos mil veintitrés con la base de doce
mil quinientos cincuenta y
dos dólares con treinta y
seis centavos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de julio de dos mil veintitrés con la base de cuatro mil ciento
ochenta y cuatro dólares
con doce centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Doris María Solano Castro. Expediente Nº 21-004432-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de marzo del año 2023.—Licda. Alicia Francella Guzmán
Valerio, Jueza.—( IN2023787983 ).
En este Despacho,
con una base de dos millones
ochenta y ocho mil novecientos
siete colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas
BKB-869, Marca HYUNDAI, Estilo ACCENT, Categoría automóvil, capacidad 5 personas, tracción
4x2, color blanco, vin KMHCG41FP2U437610, cilindrada 1500 c.c., combustible gasolina.
Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del seis de julio del dos
mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las catorce horas cero minutos
del catorce de julio del
dos mil veintitrés, con la base de un millón quinientos sesenta y seis mil seiscientos ochenta colones con veinticinco céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del veinticinco de julio del dos mil veintitrés, con la base de quinientos
veintidós mil doscientos veintiséis colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
INSTACREDIT S. A. contra Damarys Alicia García Soto,
José Manuel Poveda García. Expediente N°
20-003428-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha
de emisión: catorce horas
con treinta y tres minutos del veintiocho de mayo
del dos mil veintitrés.—Lic.
Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez/a
Coordinador/a.—( IN2023787984
).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de treinta millones ochocientos mil colones exactos, soportando servidumbre trasladada citas:
243-04011-01-0901-001, servidumbre trasladada
citas: 287-06476-01-0901-001, sáquese
a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento treinta y ocho mil quinientos seis, derecho
cero cero cero, la cual es terreno de uso agrícola. Situada
en el distrito
4-Roxana, cantón 2-Pococí, de la provincia
de Limón. Colinda: al norte, Norman Víquez Jiménez; al
sur, servidumbre agrícola; al este,
Gerarda Rubí Salas y al oeste, Carmen Emilce Ramírez Rubí. Mide:
veinticinco mil metros cuadrados.
Plano: L-1510700-2011. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas
cero minutos del veintiséis
de julio de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del cuatro de agosto de
dos mil veintitrés con la base de veintitrés
millones cien mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del quince de agosto de
dos mil veintitrés con la base de siete
millones setecientos mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Rafael Ángel Quirós Rojas, expediente 22-007466-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 23 de mayo
del año 2023.—Sugey
Martínez Cano, Jueza Decisora.—(
IN2023786017 ).
En este Despacho, con una base de treinta y ocho mil quinientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 200-02183-01-0002-001, servidumbre
de acueducto y de paso de A y A citas:
497-13835-01- 0001-001 y a servidumbre de acueducto y de paso de A y A citas:
497-13835-01-0135-001; sáquese a remate la finca del partido de San José (1), matrícula
número 37368-F-000, derecho 000, la cual es terreno finca filial seis
de una planta ubicada en el segundo
nivel destinada a uso habitacional en proceso de construcción
( no se podrá construir más de tres plantas
).- Situada en el distrito: 09-Pavas, cantón 01-San José, de la provincia
de San José (1).- Colinda: al norte área de pasillo y espacio aéreo; al sur espacio aéreo; al este finca filial cinco y al oeste espacio aéreo.- mide: cincuenta y seis metros con
ochenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos (01:30 p.m.) del catorce
de setiembre de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos (01:30 p.m.) del veintiséis de setiembre de dos
mil veintitrés, con la base de veintiocho
mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos (01:30 p.m.) del cuatro de octubre
de dos mil veintitrés, con la base de nueve mil seiscientos veinticinco dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto
de ley, para lo cual deberá
el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos
derechos de publicación, previa revisión
del Edicto a fin de cotejar
que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el
cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se le informa a las
personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código
de Comercio. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda ( Costa Rica ) Sociedad Anónima
contra Juan Guillermo Durán Luzio. Expediente Nº 23-001918-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 01 de junio del año 2023.—Audrey Abarca Quirós, Jueza Decisora.—( IN2023788010 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones novecientos noventa y ocho mil ciento nueve colones con ochenta y un céntimos, soportando Medianerías al tomo: 333 asiento: 11966 secuencia:
001, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 292795, derecho 008, la cual
es terreno Lote 198, para construir con una casa. Situada en el
distrito: 05-Ipís, cantón:
08-Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Lote 201; al sur,
Alameda los Datiles; al este, lote 199, y al oeste, Lote 197.- Mide: ciento diez
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas del seis de julio del
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas del catorce de julio del dos mil veintitrés, con
la base de tres millones setecientos cuarenta y ocho mil quinientos ochenta y dos colones con treinta y seis céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas del veinticuatro de julio del dos mil veintitrés, con
la base de un millón doscientos
cuarenta y nueve mil quinientos veintisiete colones con cuarenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
monitorio arrendaticio de
Sergio Alban Gamboa Vargas contra Alejandra María Leitón Acosta. Expediente Nº 15-000911-0169-CI.—Juzgado Tercero Civil
de San José.—Licda. Lidieth
Venegas Chacón, Jueza Tramitadora.—( IN2023788013
).
En la puerta exterior de este Despacho a las nueve horas del
día lunes cuatro de setiembre de dos mil veintitrés (04/09/2023 09:00); libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando las citas que se dirán, y con la base de mil doscientos
treinta y tres millones quinientos siete mil setenta y uno colones con cero nueve céntimos
(¢1.233.507.071,09), en el mejor postor
remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número
quinientos noventa mil trescientos ochenta-cero cero cero (FR. 1-590380-000), de naturaleza
terreno de potrero. Pasto con un galerón
corral charral y montaña, situada en el
distrito 5-Cascajal, cantón
11-Vázquez de Coronado, con linderos al norte, Prados de Coronado S.A. y el
Río Cascajal; al sur, Quebrada Cascajal, Miguel Córdova
Solís y en parte camino público de lastre con un frente de 674.09
metros; al este, Río Cascajal y oeste,
Los Volio Ltda., Prados de Coronado S.A., Juan
Herrera Solís, Emilio Cordero Solano, Juan Elías Quirós, Ramiro Alvarado Vives
Quebrada Cascajal y en parte
camino público de lastre con un frente de 994.93
metros, con una medida de
un millón seiscientos
cuatro mil setecientos dieciocho
metros con veintisiete decímetros
cuadrados, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando: 1.- Reservas y Restricciones, inscrita bajo citas 333-03164-01-0901-001 y 2.- Servidumbre
trasladada, inscrita bajo citas 333-03164-01-0902-001. Para el
segundo remate se señalan
las nueve horas del día miércoles
trece de setiembre de dos
mil veintitrés (13/09/2023 09:00) con la base de novecientos veinticinco millones ciento treinta mil trescientos tres colones con treinta y uno céntimos (¢925.130.303,31) (rebajada en un 25%) y, para
la tercera subasta se señalan las nueve horas del día jueves veintiuno de setiembre de dos mil
veintitrés (21/09/2023 09:00) con la base de trescientos ocho millones trescientos setenta y seis mil setecientos sesenta y siete colones con setenta y siete céntimos (¢308.376.767,77)
(25% de la base inicial). Nota:
se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo
805 párrafo segundo del
Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Equipos Consultores Ambientales Eca S.A., expediente 23-000034-0689-AG.
Nota: publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de ocho días de antelación a la fecha fijada para la subasta. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago
de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de San José, 29 de mayo
del año 2023.—Licda. Andrea
Ruiz Ramírez, Jueza Decisora.—O.C. Nº
364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023788033
).
En este Despacho, con
una base de cuatro millones
quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 362-08604-01-0002-001 y servidumbre
de paso citas: 2014-219969-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
202375-000, la cual es terreno
de solar. Situada en el distrito 1-Jacó, cantón 11-Garabito, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte, Olamecer
de La Mona S.A. y servidumbre; al sur, Patch of
Heaven S.R.L y Fishhard.S.A.; al este,
Olamecar de La Mona S.A. y al oeste,
Grand Villa M.S.S.A. Mide: ochocientos
cincuenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del doce de octubre de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas cero minutos del veinte
de octubre de dos mil veintitrés
con la base de tres millones
trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del treinta de octubre de dos mil veintitrés con la base de un millón
ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Gerardo Fallas Marín contra César
Alejandro Quirós Jiménez, expediente 22-002169-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha
de emisión: dieciséis horas con quince minutos del dos de mayo del dos mil veintitrés.—Luis Carrillo Gómez, Juez/a Decisor/a.—( IN2023788072
).
En este Despacho, con
una base de tres millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas
BCV856; Marca Mitsubishi; Estilo
Montero Sport LS; capacidad 5 personas; año 2002; color gris. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del siete de julio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del diecisiete de julio de dos mil veintitrés con la base de dos millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintiséis de julio de dos mil veintitrés con la base de setecientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
monitorio dinerario de
Marvin Antonio Porfirio Porras Chaves contra Juan Antonio Rodríguez Zamora. Expediente Nº 18- 000438-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de La Zona Atlántica, 28 de marzo del año 2023. Tatiana María Bolaños Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2023788105 ).
En este Despacho, con una base de seis millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas: 321- 01060-01-0901-001 y citas:
321-01060-01-0902-001 Condic Ref: 2195-019-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 185821-005-006,
la cual es terreno con un bar y un salón comercial. Situada en el distrito:
01-Upala, cantón: 13-Upala, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, Álvaro Ruiz Salazar;
al sur, Edith Alfaro; al este Hugo Rodríguez Solís, y
al oeste, calle pública. Mide: seiscientos noventa metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Plano:
A-0408289-1980 metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del uno de agosto de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del diez de agosto de dos mil veintitrés, con la base de cuatro millones
quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiuno de agosto de dos mil veintitrés, con
la base de un millón quinientos
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Inversiones El Dorado Siglo Nuevo
Sociedad Anónima contra Inversiones
Lostalo del Norte Sociedad Anónima.
Expediente Nº 22-003287-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: veintitrés horas con cuarenta y ocho minutos del dos de marzo del dos mil veintitrés.—Lilliana Garro Sánchez, Jueza Decisora.—( IN2023788125 ).
En este Despacho, con una base de trece millones novecientos diez mil ochocientos setenta y nueve colones con ochenta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
quinientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito
Santiago, cantón San Ramon, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, calle
pública con un frente a ella de 26 metros con 65 centímetros; al sur, Christian Cruz Castro; al este, Christian Cruz Castro y servidumbre
de paso y al oeste Christian Cruz Castro. Mide: quinientos catorce metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos
del once de julio de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del diecinueve de julio de
dos mil veintitrés con la base de diez
millones cuatrocientos treinta y tres mil ciento cincuenta y nueve colones con ochenta y seis céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas cero minutos del veintiocho
de julio de dos mil veintitrés
con la base de tres millones
cuatrocientos setenta y siete mil setecientos diecinueve colones con noventa y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Instituto Nacional De Vivienda y Urbanismo contra
Lucas Montagne Solís. Expediente Nº 23-000456-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 05 de mayo
del año 2023.—María Auxiliadora
Cruz Cruz, Jueza.—(
IN2023788143 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones setecientos setenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 303-07672- 01-0901-001 y servidumbre
de paso citas: 2017-467515-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
cuatrocientos ochenta y siete mil cuatrocientos treinta, derecho 000, la cual es terreno de café. Situada en el distrito
6-Platanares, cantón 19-Pérez Zeledón,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, Ramón Gilberto Morales Vargas; al sur, Ulises
Navarro Quesada; al este, Marco Antonio Morales
Vargas y al oeste, Ramón Gilberto Morales Vargas. Mide: nueve mil ochocientos sesenta y un metros
con treinta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés con
la base de cuatro millones trescientos
treinta y un mil doscientos
cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del uno
de setiembre de dos mil veintitrés
con la base de un millón cuatrocientos
cuarenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Oldemar del
Carmen Salazar Blanco. Expediente Nº 23-001697-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, hora y fecha de emisión: diez horas con catorce minutos del seis de junio del dos mil veintitrés.—José
Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2023788144 ).
En este Despacho, con una base de veintisiete millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del Partido de San José, matrícula número quinientos diecisiete mil cuatrocientos
cuatro, derechos: 001, 002, 003, la cual es terreno bloque C, lote número 8C, terreno para construir, finca se encuentra en zona catastrada. Situada en el
distrito 1 Curridabat, cantón 18 Curridabat de la provincia de San José. Colinda: al norte: zona de protección; al
sur: avenida 3 con un frente
de 10 metros; al este: lote
9 C; y al oeste: lote 7 C. Mide: doscientos noventa y uno metros con veintisiete
decímetros cuadrados.
Plano: SJ 0713715-2001. Para tal efecto
se señalan las catorce
horas cuarenta minutos del
seis de julio de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cuarenta minutos del catorce de julio de dos mil veintitrés, con la base de veinte
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cuarenta minutos del veinticinco de julio de dos mil veintitrés, con
la base de seis millones setecientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo
contra Brayan Bernardo Sandi Valverde, Rebeca Susana Araya Pérez. Expediente N° 22-012258-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 18 de mayo del 2023.—Yesenia Auxiliadora
Hernández Ugarte, Jueza Decisora.—(
IN2023788172 ).
En este Despacho, con una base de ciento cuarenta y ocho mil quinientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Servidumbre Trasladada bajo las citas:
311-05658-01-0439-001, Servidumbre Trasladada bajo las citas:
311-05658-01-0440-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 205945-000, la cual es naturaleza: Terreno para construir. Situada en el distrito
(03)-San Juan, cantón (03)-La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte:
Urbanización La Itaba S.
A.; al sur: calle pública; al este:
callejón de acceso; y al oeste: Urbanización La Itaba S. A.. Mide:
doscientos metros con cincuenta
y cuatro decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del trece de julio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veintiuno de julio de dos mil veintitrés con
la base de ciento once mil trescientos
setenta y cinco dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del tres de agosto de dos mil veintitrés con
la base de treinta y siete
mil ciento veinticinco dólares exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Santos Rufino Pérez Rodríguez. Expediente N° 19-011551-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 24 de mayo del año 2023.—Marcela Brenes Piedra, Jueza
Tramitadora.—( IN2023788174 ).
En este Despacho, con
una base de cuatro millones
setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 634058, derecho 000, la cual
es terreno lote J, para construir. Situada en el distrito
1-San Isidro de El General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, lote
I; al sur, Edgar Guillermo González Pérez, lote K; al
este, calle pública, lote K y al oeste, Edgar Guillermo González Pérez. Mide:
doscientos noventa y cinco metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del once de julio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del diecinueve de julio de dos mil veintitrés con la base de tres millones quinientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintiocho de julio de dos mil veintitrés con
la base de un millón ciento
setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Kendry Paola Navarro Argüello.
Expediente Nº 23-001456-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, hora y fecha de emisión: nueve horas con cuarenta y tres minutos del siete de junio del dos mil veintitrés.—Eileen Chaves Mora, Jueza
Tramitadora.—( IN2023788175 ).
En este Despacho, con una base de un millón trescientos cincuenta mil doscientos setenta colones con cuarenta y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas:
N° 872387, marca: Nissan, estilo: Sentra, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
año: 1994, carrocería:
Sedan 4 puertas, color: negro, tracción:
4x2. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos
del veintiséis de julio de
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las quince horas cero minutos del siete
de agosto de dos mil veintitrés,
con la base de un millón doce
mil setecientos dos colones
con ochenta céntimos (75%
de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
quince horas cero minutos del dieciséis
de agosto de dos mil veintitrés,
con la base de trescientos treinta
y siete mil quinientos sesenta y siete colones con sesenta céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de OPC Operadora de Cobro y Crédito Comercial S. A. contra Jessica Fabiola Calderón Brizuela, Sergio Alejandro Calderón Cornejo. Expediente N° 19-011910-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 06 de junio
del año 2023.—Víctor Obando Rivera, Juez Tramitador.—( IN2023788176
).
En este Despacho, con
una base de veintitrés millones trescientos sesenta y cinco mil ochocientos treinta y cuatro colones, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 573-87031-01-1677-001, servidumbre
de acueducto citas:
573-87031-01-1499-001, servidumbre
de paso citas: 573-87031-01-0638-001, servidumbre de paso citas:
573-87031-01-0638-001 y servidumbre trasladada citas: 250-834-01-0002-001,
sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
588.642-000, la cual es terreno
para construir con vocación
agrícola quinta cuarenta y seis. Situada en el distrito
2-San Pedro, cantón 16-Turrubares, de la provincia de San José. Colinda: al norte: quinta treinta
y cinco del Proyecto Quintas
Haciendas Don Fernando S. A.; al sur: Río Camarón
con zona de protección
en medio; al este: quinta cuarenta y cinco del Proyecto Quintas
Haciendas Don Fernando S. A.; y al oeste: quinta cuarenta y siete del Proyecto Quintas
Haciendas Don Fernando S. A.. Mide:
siete mil cincuenta y nueve metros con veintidos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del cinco de julio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
cero minutos del trece de julio de dos mil veintitrés con
la base de diecisiete millones
quinientos veinticuatro mil
trescientos setenta y cinco colones con cincuenta céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veintiuno de julio de dos mil veintitrés con
la base de cinco millones ochocientos cuarenta y un mil cuatrocientos cincuenta y ocho colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Hipotecario de la Vivienda contra Escosa Equipos de Construcción
S. A., FRP Tecnología
en Construcción Tenco S. A.. Expediente
N° 22-001810-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 11 de diciembre del año 2022.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez Tramitador.—( IN2023788230 ).
En este Despacho, con una base de veintiséis millones ciento ochenta y tres mil quinientos siete colones con veintidós céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
286-01162-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número 114380, derecho 000, la cual
es terreno de agricultura. Situada: en el
distrito 1-Guácimo, cantón 6-Guácimo, de la provincia
de Limón. Colinda: al norte, Celia María Mora
Solano; al sur, Xinia Lucía Mora Solano; al este, Maflor S. A., y al oeste, calle pública con un frente
de 65,95 metros. Mide: veintiún mil seiscientos
cuatro metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del cinco de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las catorce
horas treinta minutos del trece de julio de dos mil veintitrés, con la base de diecinueve
millones seiscientos treinta y siete mil seiscientos treinta colones con cuarenta y dos céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiuno de julio de dos mil veintitrés, con la base de seis millones
quinientos cuarenta y cinco mil ochocientos setenta y seis colones con ochenta y un céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de
Costa Rica contra Lenin Fernando Alvarado Porras. Expediente
N° 22-005352-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 19
de abril del año 2023.—Lic. Carlos Marín Angulo, Juez Tramitador.—(
IN2023788232 ).
En este Despacho, con una base de veintidós millones cuatrocientos ochenta mil colones, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 274-01465-01-0901-001; sáquese
a remate la finca del partido de Limón, matrícula número setenta y siete mil ochocientos ochenta y dos,
derecho 000, la cual es terreno
construir con una casa. Situada: en el
distrito 3-Rita, cantón
2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda:
al norte, calle pública; al
sur, José Manuel Salazar Navarrete y lote de Rosibel Bermúdez Fernández; al este, José Manuel
Salazar Navarrete, y al oeste, José Manuel
Salazar Navarrete. Mide: doscientos
noventa y seis metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veinte de julio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas
cero minutos del tres de agosto de dos mil veintitrés, con
la base de dieciséis millones
ochocientos sesenta mil colones (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del
once de agosto de dos mil veintitrés,
con la base de cinco millones
seiscientos veinte mil colones (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Yessica Fabiola Guerrero Bermúdez. Expediente N° 22-007266-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 08 de mayo del año
2023.—Lic. Steven Durán Mora, Juez Decisor.—( IN2023788233 ).
En este Despacho,
Con una base de dos millones
de colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo BJM060 Marca: Hyundai, Estilo:
Elantra, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, Serie: KMHDN41AP2U437386, Número Chasis: KMHDN41AP2U437386, año fabricación:
2002, color: blanco, VIN: KMHDN41AP2U437386. Para tal efecto se señalan
las quince horas cuarenta y cinco
minutos (03:45 pm) del quince de agosto
de dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas cuarenta y cinco
minutos (03:45 pm) del veintitrés
de agosto de dos mil veintitrés
con la base de un millón quinientos
mil colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cuarenta y cinco
minutos (03:45 pm) del treinta
y uno de agosto de dos mil veintitrés
con la base de quinientos mil colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo,
en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución prendaria de Eduardo
Arturo Aguilar Vega contra Vikeysi Jovanny Cambronero
Piñar. Exp:23-002700-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José. 19 de mayo del año
2023.—Audrey Abarca Quirós, Juez/a
Decisor/a.—( IN2023788251 ).
En este Despacho, con
una base de veintinueve millones trescientos mil colones exactos , libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 324-12005-01-
901-001, servidumbre de acueducto
y de paso de a y a citas: 427- 14528-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido
de Limón, matrícula número setenta mil setecientos seis,
derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir lote H - 2 situada en el
distrito 1-Guapiles cantón
2-Pococi de la provincia de Limón. Linderos: al norte, MOPT, licencias Guápiles, lote 03 H, malla ciclón primetral en lindero, al sur, finca Aguas Claras Hermanos Madrigal S.
A., al este, calle pública lastre, derecho de vía 14,00 mts frente al lote de 20,00 mts al oeste : Finca Aguas Claras
Hermanos Madrigal S. A. Mide: mil metros cuadrados plano:L-0306035-1996.- Para tal
efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintiséis de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del cuatro de agosto
de dos mil veintitrés con la base de veintiún millones novecientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del
quince de agosto de dos mil veintitrés
con la base de siete millones
trescientos veinticinco mil
colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Centro de Rodamientos del Sur S. A., Leslie Gabriel Binns Expediente Nº 22-007563-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 02
de junio del año 2023.—Sugey Martínez Cano, Jueza Decisora.—( IN2023788253 ).
En este Despacho,
con una base de once mil quinientos
dólares exactos , libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas:
869304, Marca: CHEVROLET, Estilo: SPARK LS, Categoría: Automóvil, capacidad: 5 personas, Serie, chasis
y VIN: KL1MJ6C40BC102505, color: negro. número de
motor: A0853586071KC2, marca: Chevrolet. Número de Serie: no indicado. modelo: 1MT48CR-1SD Cilindrada:
800 c.c. combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las trece horas treinta minutos del seis de julio del dos
mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas treinta minutos del catorce de julio del dos mil veintitrés con
la base de ocho mil seiscientos
veinticinco dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintiséis de julio del dos mil veintitrés con
la base de dos mil ochocientos setenta
y cinco dólares exactos (25% de la base original). notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco de Costa Rica contra Margaret
Murillo Bermúdez. Expediente
Nº 17-005190-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Ii Circuito Judicial de San José,
Sección Tercera, 17 de noviembre del año 2022.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez Tramitador.—( IN2023788291 ).
En este Despacho, con
una base de siete millones seiscientos ochenta y tres mil veinticinco colones con sesenta y ocho
céntimos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo C-144333
Marca: PETERBILT, Estilo:378, Categoría: Tractocamión (Carga Pesada), Capacidad: 2
personas, año fabricación:
1995, color: rojo, vin: 1XPFDR8X6SN378770. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del veinticinco de setiembre del dos
mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las nueve horas cero minutos
del tres de octubre del dos
mil veintitrés, con la base de cinco
millones setecientos sesenta y dos mil doscientos sesenta y nueve colones con veintiséis céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del once de octubre del
dos mil veintitrés, con la base de un millón novecientos veinte mil setecientos cincuenta y seis colones con cuarenta y dos céntimos (25% de
la base original). Con una base de seis millones ciento cuarenta y seis mil cuatrocientos
veinte colones con cincuenta y cuatro céntimos,
libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a
remate el vehículo
C-136720. Marca: Freightliner, Estilo: FLD120064S, Categoría: carga pesada, Capacidad: 2 personas, año fabricación: 1996, color: verde,
Vin: 2FUYDDYB6TA815891. Para tal efecto
se señalan las nueve horas
cero minutos del veinticinco
de setiembre de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del tres de octubre de dos mil veintitrés,
con la base de cuatro millones seiscientos
nueve mil ochocientos
quince colones con cuarenta
y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del once de octubre del
dos mil veintitrés, con la base de un millón quinientos treinta y seis mil seiscientos cinco colones con catorce céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa,
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Allan Francisco Corrales Zúñiga contra Michael
Alexander Corrales Zúñiga.
Expediente N° 20-002047-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de
Golfito, hora y fecha de emisión: once horas con siete minutos del dieciocho de mayo del dos mil veintitrés.—Gerardo
Marcelo Monge Blanco, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2023788299 ).
Se hace saber:
Que ante este Despacho se tramita el expediente
23-000028-0387-AG, información posesoria
de Juan Isidro Chaves Rojas, quien es mayor, casado una vez,
pensionado, vecino de, portador
de la cédula de identidad vigente número cinco-cero ciento setenta y dos-cero ochocientos treinta y uno, y Mayela Del Carmen Mayorga Ordóñez, es mayor, casada una vez
oficios domésticos, portadora de la cédula de identidad vigente cinco-cero ciento noventa y ocho-cero quinientos cincuenta y uno, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Inmobiliario,
el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de pasos y
un corral. Situada en el distrito cuarto
(Río Naranjo), cantón cuarto
(Bagaces), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al
norte con calle publica; al
sur Mileth Alvarado Cisneros y en
parte Río Naranjo; al este Río Naranjo y
al oeste Mileth Alvarado
Cisneros. Mide: veinte mil
metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 5-47888-2022, de fecha 25
de agosto del 2022, a nombre
de Juan Isidro Chaves Rojas. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble
en la suma de dos millones de colones y presentes diligencias en la suma de tres millones
de colones. Que adquirió dicho inmueble por venta de Ángel
Alvarado Zeledón, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueño por más de once años. Que no existen más condueños. Que los actos de posesión
han consistido en Mantenimiento del terreno, deslindado de cerca de postes con alambre de púa y carriles y conservación de pastos. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de
la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Juan Isidro Chaves
Rojas. Expediente N° 23-000028-0387-AG. Nota: Publíquese este edicto por
una sola vez en el Boletín
Judicial. De conformidad con el
artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio
de gratuidad, de ahí que no
devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, Liberia, 18 de mayo del año
2023.—Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—1
vez.—O. C.
N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2023782701 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°21-000184-
0386-CI donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de María Ester
Antonia Dávila Espinoza quien
es mayor, casada una vez, pensionada, vecino de Liberia, Barrio El Capulín,
de la entrada principal, 300 metros oeste y 100
metros al norte, portadora
de la cédula de identidad vigente
número 5-0115-0592, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca cuya
naturaleza es para agricultura.
Situada en Guardia, el distrito primero (Liberia), cantón primero (Liberia), de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte Manrique Dávila Espinoza y Servidumbre de
paso; al sur Luis Alonso Dávila Angulo, Andrea Dávila Angulo y Yesica Dávila Angulo; al este Fernando
Lara Gutiérrez y al oeste Central Azucarera
Tempisque S.A. Mide: seis
mil cuatrocientos veintidós
metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 5-2224344-2020 de fecha 31
de agosto del 2020 a nombre
del María Ester Dávila Espinoza. Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir si pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble
en la suma cinco millones de colones y las presentes
diligencias en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por donación,
y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más
de once años. Que existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza de malezas, cercado reparación, siembra de árboles frutales y cuido.
Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de
la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por María Ester Antonia
Dávila Espinoza. Expediente
N° 21-000184-0386-CI. Nota: Publíquese
este edicto por una sola vez
en el Boletín
Judicial. De conformidad con el
artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago
de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia,
09 de mayo del año 2023.—Lic.
Rodrigo Tobías Valverde Umaña,
Juez.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023782705 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°23-000054-
0387-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Eduardo
Antonio Espinoza Espinoza quien
es mayor, casado una vez, pensionado, vecino de
Palmira Carrillo Costado norte
del Salón Comunal, portador
de la cédula de identidad vigente
número cinco-cero ciento setenta y siete-cero novecientos dos y Stiven José Vallejos Cascante,
mayor, soltero, cajero, vecino de Sardinal de Carrillo de
la esquina noreste de la
plaza del deportes, veinticinco
metros norte, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca cuya
naturaleza es tacotal y cultivos anuales. Situada en Nancital
el distrito tercero Sardinal, cantón quinto Carrillo, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al noroeste indicador predial número
50503P00148100 (Silverio Canales Rodríguez) y Quebrada Cebollín;
al sur Indicador predial 50503P00148100 (Silverio
Canales Rodríguez); al este Indicador
predial 50503P00148100 (Silverio Canales Rodríguez) y al oeste
Indicador predial 50503P00148100 (Silverio Canales Rodríguez). Mide:
diecinueve mil novecientos
ochenta y seis metros cuadrados,
tal como lo indica el plano catastrado
número 5-122128-2022 de fecha
10-03-2022 de fecha 10-03-2022 a nombre
de Eduardo Antonio Espinoza Espinoza y Stiven José Vallejos Cascante.
Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio. Estima tanto el inmueble como
las presentes diligencias en
la suma de dos diez millones de colones cada una. Afirma
adquirieron dicho inmueble por donación
que le hiciera a Aurelio
Canales Rodríguez, el 13 de diciembre
del dos mil veintiuno y 24 de marzo
de marzo del 2023, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueños por más de año y cuatro meses y un año de un mes. No existen condueños, los actos de posesión
han consistido en mantenimiento, cercado, limpieza, rondas y siembra de maíz en invierno.
Afirma si ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria,
promovida por Eduardo Antonio Espinoza Espinoza.
Expediente N° 23-000054-0387-AG. Nota:
Publíquese este edicto por una
sola vez en el Boletín Judicial.
De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria, se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies
de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del primer Circuito
Judicial de Guanacaste, Liberia, 18 de mayo del año
2023.—Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023782713 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°22-000321-0386-CI
donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Gerardo
Alexander Inés Moreno Villavicencio quien es mayor, casado una vez,
Transportista, vecino de
Playa Potrero de Santa Cruz, portadora de la cédula
de identidad vigente número cinco-cero doscientos cuarenta y tres-cero ciento setenta y cuatro, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca cuya
naturaleza es terreno de
potrero. Situada en Nuevo
Colon el distrito Tercero (Sardinal), cantón quinto (Carrillo), de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte calle
publica; al sur Rio Sardinal y José Hernán Bustos Davala; al este José Hernán Bustos Dávila y al oeste María Telma Ortega Méndez. Mide: veintiséis mil trescientos cincuenta metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número 5-2298731- 2021 de fecha
06-08-2021 a nombre Alexander Moreno Villavicencio.
Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio. Estima tanto el inmueble como
las presentes diligencias en
la suma de seis millones de
colones cada una. Afirma adquirió
dicho inmueble por compra que le hiciera a Walter Bustos Dávila el día cuatro de enero del año dos mil veintiuno y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más
un años y diez meses. No existen condueños, los actos de posesión
han consistido en mantenimiento, cercas, limpieza del inmueble. Afirma no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Gerardo Alexander
Inés Moreno Villavicencio. Expediente N°
22-000321-0386-CI. Nota: Publíquese
este edicto por una sola vez
en el Boletín
Judicial. De conformidad con el
artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago
de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia,
18 de mayo del año 2023.—Ruth Alpízar
Rodríguez, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2023782714 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000173-0386-
CI donde se promueve información posesoria por parte de Rosa María Barrantes Solis, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina
de Liberia, Barrio Los Cerros, de la imprenta Liberia sententa y cinco metros al sur, portadora de
la cédula número 6-0172-0306, profesión
Administradora del hogar, a
fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad,
el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la
cual es terreno sin inscribir. Situada en el distrito
primero Liberia, cantón primero Liberia. Colinda: al norte con Servidumbre de paso con
ancho de tres metros y con una
longitud de cuatro metros con cincuenta
y tres centímetros y Rosa
María Barrantes Solis; al sur con Carlos Humberto
Álvarez González; al este con María Minerva Villegas
Trigo y al oeste con Servicios
Legales y Fiduciarios
S&V SRL. Mide: ciento
cuatro metros cuadrados. Indica el
promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de cuatro millones setecientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble mediante donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en mantenimiento del lote, limpieza, construcción y reparación de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.
Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por. Expediente N°
22-000173-0386-CI-3. Nota: Publíquese
este edicto en el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil y Trabajo
del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
(Liberia), (Materia Civil), hora y fecha de emisión: catorce horas con treinta y dos minutos del veinticuatro de abril del dos mil
veintitrés.—Licda. Karina
Alexandra Pizarro García, Jueza.—1 vez.—( IN2023782721 ).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N°
23-000032-0927-CI donde se promueve
información posesoria por parte de 3-101-614457
Sociedad Anónima, cédula jurídica
número 3-101-614457, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: terreno
para construir. Situada en San Rafael el distrito segundo la Sierra, cantón sétimo Abangares,
en la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte con calle
pública con un frente a ella de seis metros con veinticinco decímetros lineales; al sur con calle pública con un frente a ella de once metros lineales; al este con Luis Ángel Pérez Vega y
al oeste
con Calle Pública con un frente
a ella de veintitrés metros
lineales. Mide: doscientos sesenta y nueve metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de dos millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble del señor Huber Castro
Fuentes, y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en la construcción de una casa de habitación de 6x11
metros cuadrados de largo de una
planta. Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de
la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por 3-101-614457
Sociedad Anónima. Expediente
N° 23-000032-0927-CI-3. Nota: Publíquese
este edicto en el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil y Trabajo
de Cañas, (Civil), hora y fecha
de emisión: catorce horas con dos minutos del veintiocho de abril del dos mil veintitrés.—Carolina Quirós Jiménez, Juez.—1
vez.—( IN2023782841 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°22-000050-
1520-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Elizabeth Del
Carmen Rojas Calderon quien es mayor, estado civil soltera, vecina de soltera, portadora de la cédula de identidad
vigente que exhibe número 6-0315- 0788, profesión docente , a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca cuya
naturaleza es terreno
potrero con una casa . Situada
en el distrito
1° San Rafael, cantón 15° Guatuso,
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Ronald Villegas Arias; al sur Gerardo Rojas Valles;
al este Quebrada Patastillo
y al oeste calle publica
con un frente a ella de ciento cincuenta y nueve metros con sesenta y cinco centímetros. Mide: siete mil doscientos diecinueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número A -dos dos ocho cinco cuatro siete dos - dos mil veintiuno.
Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en
la suma de quinientos mil colones y las presentes
diligencias en la suma de trescientos cincuenta mil colones. Que adquirió dicho inmueble por venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más
de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión
han consistido en limpieza y mantenimiento
del terreno. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.
Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de
un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Elizabeth Del
Carmen Rojas Calderon. Expediente N°
22-000050-1520-AG. Nota: Publíquese
este edicto por una sola vez
en el Boletín
Judicial. De conformidad con el
artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria
en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies
de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Civil, Trabajo, Agrario, Familia, Penal
Juvenil y contra la Violencia Doméstica
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, (Agrario),
Alajuela, Upala, 22 de mayo del año 2023.—Lic. Armando Guevara
Rodríguez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023783138 ).
Se hace saber: Que ante este despacho se tramita el expediente N°
23-000151-0297-CI donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Gloria Gómez Taleno, mayor, viuda una vez, operaria,
vecina de Alajuela, San Carlos, Pital,
100 metros al norte de la Antigua Soda Pradera, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Terreno
de solar, situado en La Legua de Pital, distrito seis de San Carlos, cantón
diez de la Provincia dos
Alajuela. Mide trescientos treinta y cinco metros cuadrados. Plano catastrado número A-36418-2022. Lindante al norte: Bernal Fernández Valerio, al sur: Rafael Araya
Salazar, al este: Víctor Manuel Castro Villalobos, y
al oeste: calle pública con un frente a ella de nueve
metros con trece centímetros
lineales. Manifiesta la titulante que el inmueble lo adquirió por donación que le hizo su suegra
la señora Emérita Valerio
Salazar, cédula 2-0279-0475, en fecha
01/01/2004. El inmueble fue
estimado en cinco millones de colones y las diligencias en tres millones de colones. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer
valer sus derechos.
Diligencias de Información Posesoria
promovida por Gloria Gómez Taleno. Expediente N°
23-000151-0297-CI. Razón: Publíquese
una vez en
el Boletín
Judicial. De conformidad con la circular número 67-09 emitida por la Secretaria de la Corte el 22 de junio del 2009, se comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación de este edicto esta
exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Agrario
del II Circuito Judicial de Alajuela, 25 de mayo
de 2023.—Ana Milena Castro Elizondo, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023783333 ).
Se hace saber: Que ante este despacho se tramita el expediente Nº
23-000079-0297-CI donde se promueven
diligencias de información posesoria
para rectificar medida parte de Anabella Chavarría Ávila conocida
como
Anabelle Chavarría
Ávila, mayor, cédula 2-0373-0575, divorciada en primeras nupcias,
ama de casa, vecina de Alajuela, San Carlos, La Tigra, de la entrada a Los Cerritos 200 metros al este, a fin de que se inscriba a su nombre la rectificación
de la medida de la finca que le pertenece
inscrita al Partido de Alajuela, matrícula
de folio real número 237996-000, sin condueños, la cual se encuentra descrita así: Terreno de patio y casa, sito en el
distrito ocho, La Tigra, del cantón diez, San Carlos, de la Provincia
dos, Alajuela, linda al norte
con Camino Hacia Adelante S.A., al sur con Claudia
Salas Porras, al este con calle
pública con un frente a ella de 16.70 metros lineales, y
la oeste con Cristhofer Arias
Hernández. Mide seiscientos
noventa y un metros cuadrados.
Plano A-29680- 2022. El referido inmueble
del Partido de Alajuela matrícula 237966-000, según el Registro
Público tiene una medida de 132.12 metros cuadrados
pero de acuerdo al plano aportado A-29680-2022 tiene una medida
de 691 metros cuadrados. La finca descrita
manifiesta la promovente
que la adquirió de su exesposo Melsi Fernández Arias,
cédula 2-0395-0562, mediante adjudicación
en proceso de divorcio por mutuo
acuerdo. La parte a rectificar en la citada finca fue estimada en la suma de diez millones
de colones, y las presentes
diligencias fueron estimadas
en cien mil colones. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados
que se crean lesionados con
esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa
de sus derechos. Información Posesoria
para rectificar medida expediente Nº 23-000079-0297-CI promovida
por Anabella Chavarría
Ávila conocida como
Anabelle Chavarría Ávila. Razón:
De conformidad con la Circular número
67-09 emitida por la Secretaria de la Corte el 22 de junio del 2009., se comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación de este edicto esta exenta
de todo pago de derechos.
Ana Milena Castro Elizondo.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 23 de mayo del 2023.—Ana Milena Castro Elizondo, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023783335
).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 23-000053- 1520-AG donde
se promueve información posesoria por parte
de Luis Rogelio Ruiz Valles quien es mayor, estado civil Casado, vecino de Patastillo de San Rafael de Guatuso,
portador de la cédula número
0205060405, profesión Ganadero,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad,
el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno con potrero. Situada en el
distrito primero, cantón
quince. Colinda: al norte con Virgilio Villegas
González; al sur con Álvaro Porras Méndez; al este
con Quebrada Patastillo y al oeste
con calle pública. Mide: nueve mil quinientos cuarenta y un metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir con plano catastrado n° A-2268946-2021, no pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de trescientos cincuenta mil colones. Que adquirió dicho inmueble mediante donación y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en producción de pasto para alimentación de ganado, construcción del rancho en zócalo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.
Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Luis Rogelio Ruiz
Valles. Expediente N° 23-000053-1520-AG-8. Nota: Publíquese este edicto en
el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil, Trabajo,
Agrario, Familia, Penal Juvenil y contra la Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede
Upala, (Agrario), hora
y fecha de emisión: trece cincuenta nueve horas del uno de junio
de dos mil veintitrés.—Armando Guevara Rodríguez, Juez.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023783337 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°23-000098-0507-AG
donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Edward Alonso
Calvo Arroyo quien es mayor, casado
una vez, comerciante, vecino de San
Rafael, Heredia, 500 metros al este de la Escuela de
Los Ángeles, cédula 04-0170-0467, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad,
el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es potrero y yurro. Situada en Teresa en el distrito
tercero La Rita, cantón segundo Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte:
Calle pública con un frente
a la misma de setenta y ocho metro con ochenta y nueve decímetros lineales; al sur: Marco Ovidio
Sánchez Solís, al este: Marcial
Antonio Sánchez Solís y yurro sin nombre
y al oeste: Marco Ovidio
Sánchez Solís y Yurro sin nombre.
Mide: dieciséis mil cinco metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número 7-10465-2022. Indica el
promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima las presentes diligencias así como el
inmueble en la suma de seis millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por posesión originaria,
y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más
de 10 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y cultivos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Edward Alonso Calvo
Arroyo. Expediente N° 23-000098-0507-AG. Este edicto debe de publicarse por una sola vez y con la mayor brevedad en el
Boletín Judicial de conformidad
con el artículo 5 de la Ley
de Informaciones Posesorias.
De conformidad con la circular Nº 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio del 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 06 de junio de 2023.—Lic. Geison López Barrantes, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023784069 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
23-000052-1870-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Minor Gerardo
Brenes Solórzano, quien es mayor, casado
una vez, mecánico, vecino de Jicaral, Lepanto Puntarenas, contiguo
al taller mecánico Chicho, portador de la cédula de identidad
vigente que exhibe número 2-418-592, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Terreno
de repastos y un corral, situado
en La Esperanza de Cabo Blanco, distrito
quinto Paquera, cantón
primero de Puntarenas, Provincia de Puntarenas. Se tiene como colindante
por el rumbo norte: Calle pública con un frente a ella
de trescientos cuarenta y nueve metros con treinta y ocho centímetros lineales. Sur: Sonia Villalobos Barahona. Este: Sonia
Villalobos Barahona. Oeste: Olman Torres Sequeira. Mide: seis hectáreas cinco mil ochocientos diecisiete metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número 6-17604-2022. Indica el
promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Estima el inmueble
en la suma de un millón de colones y las presentes diligencias en el monto de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble mediante compraventa de su anterior poseedora Rolando Sandi Álvarez y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño. Que no existen condueños. Que los actos de posesión sobre el bien han
consistido cercado, chapias y en general asistencia de la propiedad. Que si ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.
Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efectos de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
de información posesoria, promovido por Minor Gerardo
Brenes Solorzano. Expediente
N° 23-000052-1870-AG. Nota: Publíquese
este edicto por una sola vez
en el Boletín
Judicial. De conformidad con el
artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago
de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario de
Puntarenas, Sede Jicaral, Jicaral, Lepanto, 01 de junio
del año 2023.—Licda. Erika
Amador Brenes, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023784111 ).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N°
23-000008-1870-AG, donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Víctor Antonio
Jiménez Jiménez; ante el Registro Público de la Propiedad,
el inmueble que se describe
así: Finca cuya naturaleza es terreno de Pastos, situada en El Balso, distrito
04° Lepanto; cantón 01° Puntarenas, Provincia 06°: Puntarenas. Se tiene
como colindante por el rumbo norte:
Walter Acuña González y Juan De La Cruz Acuña Marín; sur: Juan De La Cruz Acuña
Marín; este: calle pública con un frente de 86,40
metros lineales; oeste:
Olivier Acuña González. Mide
doscientos diecinueve mil quinientos treinta y tres metros con setenta decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número P-1013909-2005. Indica el
promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Estima el inmueble
y el presente proceso en el
monto de un millón de colones exactos. Que adquirió dicho inmueble mediante compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueño. Que no existen condueños. Que los actos de posesión sobre el bien han
consistido en cercado, chapia y asistencia. Ostenta un tiempo de posesión de cincuenta y nueve años. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles, según se observa en la certificación notarial aportada. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efectos de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
de información posesoria promovido por Víctor Antonio
Jiménez Jiménez. Expediente
N° 23-000008-1870-AG.—Juzgado
Agrario de Puntarenas, Sede
Jicaral, Jicaral, Lepanto,
10 de mayo del año 2023.—Lic.
Jeisson Quiel Castro, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023784274 ).
Se hace saber que, ante este
Despacho se tramita el expediente N° 20-
000023-1143-CI, donde se promueve
información posesoria por parte de Héctor Jose Paisano
Mora quien es mayor, estado
civil Soltero, vecino de Rinco Grande de Pavas, portador de la cédula número
0207330244, profesión Mecánico,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad,
el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
San José, cantón 13 Upala.
Colinda: al norte con Gregoria Mora Barrios y Evelio Jose Ortiz Mora; al sur con Agustín
Carrillo Cruz; al este con Eugenia Martínez Grijalba y al oeste con Servidumbre de paso. Mide: doscientos sesenta y tres metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir a-2142981-2019 pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble por donación,
y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en mantenimiento, limpieza de rondas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de
la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Héctor José Paisano Mora. Expediente
N° 20-000023-1143-CI-3. Nota: Publíquese
este edicto en el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, (Materia Civil),
01 de abril del año 2022.—Jainer Alonso Gamboa Muñoz, Juez.—1 vez.—( IN2023785144 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
20-000017-1129-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Hermanos
Segura Picado Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-uno siete uno
cero siete siete, por medio de su representante legal Juan Ramón Segura Picado, quien es mayor, estado civil casado una vez,
vecino de Hatillo de Savegre de Quepos, doscientos cincuenta metros al este de la Escuela Santa Marta, portador
de la cédula de identidad vigente
que exhibe número cero
uno-cero cinco uno cero-cero seis uno seis, guía turístico, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad,
el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es breñon. Situada en Pacuarito
en el distrito
(primero) San Isidro, cantón (diecinueve)
Pérez Zeledón, de la provincia
de San José. Colinda: al norte calle
pública con frente de
168.34 metros lineales; al sur Carlos Navarro Vargas;
al este Hermanos Segura Picado Sociedad Anónima y al oeste Hermanos
Segura Picado Sociedad Anónima. Mide:
treinta y seis mil sesenta
y siete metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número SJ-un millón novecientos setenta mil ocho-dos mil diecisiete. Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble y la presente diligencias en la suma de ocho millones
de colones exactos cada uno. Que adquirió dicho inmueble de forma de donación que se realizó con el señor Johnny Segura Picado y
hasta la fecha lo hemos mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueño por más de veinte años.
Que no existen condueños.
Que los actos de posesión han consistido
en limpiar la ronda de calle, hacer y reparar cercas, sembrar frijoles y maíz, proteger los recursos naturales. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de
la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovido por Hermanos Segura
Picado Sociedad Anónima. Expediente
N° 20-000017-1129-AG. Nota: Publíquese
este edicto por una sola vez
en el Boletín
Judicial. De conformidad con el
artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago
de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), Pérez Zeledón, 05
de mayo de 2023.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Rojas, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023785195 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000142-
1129-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de la señora Laura Jazmín Martínez
Elizondo quien es mayor, soltera,
vecina de Parrita,
Esterillos Oeste, en Villa Xihu,
documento de identificación
número cero uno-mil quinientos
noventa y tres-cero cuatrocientos ochenta y seis, servidora doméstica, nacionalidad costarricense, a fin
de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad,
el terreno que se describe así: 1) Finca cuya naturaleza es terreno de café y tacotal. Situada en La Chispa, en el distrito (cuarto)
Rivas, cantón (diecinueve)
Pérez Zeledón, de la provincia
de San José. Colinda: al norte Melvin Monge Marin y
Rut Elizondo Alvarado, al sur Judith Elizondo Alvarado; al este
Raymond Melvin Lavelle y al oeste Melvin Monge Marin,
Calle Pública con cuarenta
y un metros veinte centímetros
y Evelyn Yahaira Martínez Elizondo. Mide: catorce mil seiscientos veintiséis metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número SJ- dos millones ciento ochenta y siete mil setecientos setenta y siete-dos mil veinte. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble
y la presente diligencias en
la suma de diez millones de colones cada uno. Que adquirió dicho inmueble finca por medio de donación hasta la fecha lo hemos mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueño por más de sesenta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas en los
linderos. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.
Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovido por Laura Jazmín Martínez Elizondo. Expediente
N° 22-000142-1129-AG. Nota: Publíquese
este edicto por una sola vez
en el Boletín
Judicial. De conformidad con el
artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago
de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), Pérez Zeledón, 28
de abril de 2023.—Lic.
Carlos Eduardo Rojas Rojas, Juez.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2023785207 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 23-
000202-0297-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Ronald Miguel
Quesada Miranda quien es mayor, Casado una vez, vecino
de Pénjamo de Florencia, San Carlos, 250 metros al este de la Escuela de Pénjamo, portador de la cédula número
0205250493, profesión, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de
Alajuela, la cual es terreno
de patio con una casa. Situada
en el distrito
Segundo, Florencia, cantón Décimo,
San Carlos. Colinda: al norte con Nicolás Romeo Solís
Argumedo; al sur con Ruth María Rojas Arguedas; al este con Ana Cecilia de la Trinidad Chavarría
Murillo y al oeste con Nicolás Romeo Solís Argumedo, Nelson Quesada Esquivel, Amalin
Bibiana Ceciliano Vives,
Ruth María Rojas Arguedas. Mide: De acuerdo al plano 2-5640-2023 de fecha 08 de febrero de 2023 ciento setenta y un metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de quince millones de colones y en la misma suma
estima las presentes
diligencias. Que adquirió dicho
inmueble por donación que le hiciera el señor Carlos Enrique Oviedo
Vargas, mayor, casado una vez, agricultor, cédula
0204250868, vecino de Pénjamo
de Florencia de San Carlos, 250 metros al este de la
Escuela de Pénjamo, con quien
no le une parentesco alguno, en fecha 17 de junio de 2005, mediante
testimonio de escritura número
58-2 otorgado ante la Notaria Johana Valverde Varela
y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en cota de zacate, limpieza de maleza, cercarlo y construcción de casa-
Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de
la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Ronald Miguel
Quesada Miranda. Expediente N° 23- 000202-0297-CI-4. Nota: Publíquese este edicto en
el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con once
minutos del ocho de junio del dos mil veintitrés.—Adolfo
Mora Arce, Juez.—1 vez.—(
IN2023785617 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 08-000513-0388-
CI donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Paulina
Santana Alvarado quien es mayor, casada
una vez, vecina de Matapalo de Santa Cruz,
Guanacaste, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 05-0115-0505, ama
de casa, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad,
el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la
cual es terreno de naturaleza, casa con patio y zona verde.
Situada en Matapalo, en el
distrito octavo, Cabo Velas, cantón
tercero, Santa Cruz, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte calle
pública con un frente a ella de siete
metros noventa y seis centímetros
lineales; al sur Cristina Anabell Jaén
López; al este calle pública con un frente a ella de dieciséis metros lineales con sesenta y un centímetros lineales y al oeste Cristina Anabell Jaén
López. Mide: ciento treinta y un metros con ochenta y
cuatro decímetros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de doce
millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por venta
que le hiciera la señora
María Haydee López Leal, conocida como
María Gertrudis López Leal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, continua, sin interrupción
y ha sido en calidad de única dueña. Que los actos de posesión han consistido en limpieza, chapea,
recolección de basura, cercado por todos
los costados con cuatro hilos de alambre de púas y postes muertos, vigilancia, en sí cuido en
general. Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de
la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Paulina Alba
Santana Alvarado. Expediente N° 08-000513-0388-CI-7. Nota: Publíquese este edicto en
el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil de Santa Cruz, hora y fecha de emisión: ocho horas con cincuenta y nueve minutos del veintidós de mayo del dos mil veintitrés.—Lic. Joshua Zamora Méndez, Juez.—1 vez.—(
IN2023785656 ).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N°
23-000245-0388-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Olman
Gerardo Otilio Rodríguez Jaén
quien es mayor, casado una vez, pensionado, portador de la cédula número
0501491191, vecino de Santa Cruz de Guanacaste, a fin
de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad,
el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la
cual es terreno con casa. Situada en el
distrito tercero 3° Santa
Cruz, cantón primero 1° Santa Cruz. Colinda: al norte con calle publica; al Sur
con Gregorio Álvaro Jaén Méndez; al este con María Fernanda Rodríguez Gutiérrez y al oeste con Maricet Rodríguez
Castillo. Mide: cuatrocientos
cincuenta y siete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir G-371536-1996 no pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de nueve millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de la sucesión de quien en vida
fue su madre,
y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en dar mantenimiento.
Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de
la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Olman
Gerardo Otilio Rodríguez Jaén.
Expediente N° 23-000245-0388-CI-0. Nota: Publíquese este edicto en
el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil de Santa Cruz, hora y fecha de emisión: siete horas con veintiséis minutos del veinticuatro de mayo
del dos mil veintitrés.—Lic.
Milkyan
Sánchez
Aguilar, Juez.—1 vez.—( IN2023785729 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
16-100009-0920-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Asociacion de
Desarrollo Integral de Bajo Reyes de San Vito Coto
Brus cédula jurídica número:
4-000-042143 Asociacion de Desarrollo Integral de Bajo Reyes de San Vito Coto Brus, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de
Puntarenas, la cual es terreno
salón comunal y solar. Situada en el
distrito San Vito, cantón
octavo Coto Brus. Colinda: al norte
con calle pública; al sur
con Rodrigo Rojas Salas; al este con Asociación de Desarrollo Especifica
Pro Cen Cinae y Bienestar Comunal de los Reyes de Coto Brus y al oeste con Caja Costarricense de Seguro
Social y Rodrigo Rojas Salas. Mide: dos mil setecientos cincuenta y cinco metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble en fecha
12-02-2011 por medio de donación,
y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en creación del salón comunal. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de
la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Asociacion de
Desarrollo Integral de Bajo Reyes de San Vito Coto
Brus. Expediente N° 16-100009-0920- CI-6. Nota: Publíquese este edicto en
el Boletín
Judicial por una sola vez. Debe el
interesado realizar la cancelación del derecho de publicación
ante la Imprenta Nacional.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, (Civil),
hora y fecha de emisión: dieciséis horas con diecinueve minutos del veintiocho de marzo del dos mil veintitrés.—Dany
Gerardo Matamoros Bendaña, Juez.—1
vez.—( IN2023785753 ).
Se hace saber que, ante este
Despacho se tramita el expediente N°
23-000097-0930-CI, donde se promueve
información posesoria por parte de Asociación
de Desarrollo Específica Pro Mejoras
de Villafranca de Guácimo representada
por Yorleny Zambrano
Guzmán, con cédula jurídica número
3-002-087051 con domicilio en
Limón, Duacarí, Villafranca, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad,
el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno solar para construir. Situada en el distrito
Duacarí, cantón Guácimo. Colinda: al norte con calle pública; al sur con calle pública; al este con Ministerio de Seguridad Pública y al oeste con Ministerio de Salud. Mide: quinientos
uno metros cuadrados. Indica el
promovente que sobre el inmueble a
inscribir con plano catastrado número 7-22896-2022 no
pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro millones doscientos siete mil colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble con plano catastrado número 7-22896- 2022 y
hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en el mantenimiento
del terreno y carriles, las
construcciones que ha habido
sobre el terreno, el terreno
se encuentra marcado según los linderos
que se indican en el plano. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.
Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Asociación
de Desarrollo Específica Pro Mejoras de
Villafranca de Guácimo. Expediente
N° 23-000097-0930-CI-8. Nota: Publíquese este edicto en el
Boletín Judicial por
una sola vez.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 18 de abril del año 2023.—Lic. Carlos Soto
Madrigal, Juez.—1 vez.—( IN2023785822 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°23-000098-0391-AG
donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Inversiones Deas de Guanacaste S.R.L, cédula jurídica 3-102-857106 representada
por Emma Iris Zamora Montoya mayor, soltera, cocinera, vecina de Santa Rosa de Santa Cruz, del Bar y Restaurant
Garden Girls cincuenta metros al sur y cincuenta metros al este, portadora del pasaporte número 2529053, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca cuya
naturaleza es para construir.
Situada en el distrito Noveno,
cantón Tercero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte
Rafael Ángel Zamora Rodríguez; al sur y al este María Haydee Zamora Rodríguez y al oeste
calle pública con un frente de nueve metros. Mide: trescientos ochenta y dos metros con catorce decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número G-1189978- 2007. Indica el
promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de veinticinco millones de colones cada una. Que adquirió
dicho inmueble por medio de compraventa y hasta
la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más
de cinco meses. Que no existen
condueños. Que los actos de posesión han consistido en chapeas y hechura
de cercas. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.
Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Inversiones
Deas de Guanacaste S.R.L. Expediente N°
23-000098-0391-AG. Nota: Publíquese
este edicto por una sola vez
en el Boletín
Judicial. De conformidad con el
artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago
de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz,
01 de junio del año 2023.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023786026 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°22- 000023-1046-CI
donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Sergio Eliecer
Hidalgo Cascante quien es mayor, estado
civil casado una vez, vecino de Puntarenas, Buenos
Aires, Changuena, Pilon, portador
de la cédula de identidad vigente
que exhibe número
9-0094-0152, profesión agricultor,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad,
el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es potrero, cultivos y
montaña. Situada en el distrito:
Changuena, cantón: Buenos
Aires, provincia: Puntarenas. Colinda: al norte: Calle Publica; al sur: Juan Bautista Cascante Mora;
al este: Rafael Ángel
Arroyo Badilla y Deiner
Enrique Hidalgo Zúñiga; al oeste:
Ganadera Campos y Estrada de Changuina
S.A. Mide: trescientos sesenta y nueve mil seiscientos cincuenta y dos
metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-877919-2003. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una.
Que adquirió dicho inmueble por venta,
y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más
de veinticinco años. Que no
existen condueños. Que los actos de posesión
han consistido en mantenimiento de cercas, rondas, chapias, mantenimiento, cultivos y cuido en general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.
Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Sergio Eliecer
Hidalgo Cascante. Expediente N° 22-000023-1046-CI. Nota: Publíquese este edicto por
una sola vez en el Boletín
Judicial De conformidad con el
artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago
de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Civil, Trabajo
y Familia de Buenos Aires, (Materia Agraria),
Puntarenas, Buenos Aires, 07 de noviembre del año 2022.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2023786058 ).
Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó Agnes Yadira
Quesada Arias, mayor, estado civil casada, profesión u oficio ama de casa, nacionalidad:
Costa Rica, con documento de identidad:
0203220307 y vecino de Alajuela, Sabana
Larga, Atenas. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 23-000180-0638-CI-1.—Juzgado Civil del Primer Circuito
Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: quince horas con cincuenta
y dos minutos del veinticuatro de mayo del dos mil veintitrés.—Roberto
Carlos Hurtado Villalobos, Juez Decisor.—1
vez.—( IN2023779616 ).
Se hace saber: En este
Tribunal de Justicia se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Juan Carlos Ulate
Segura, mayor, estado civil casado/a,
profesión u oficio ingeniero, nacionalidad Costa
Rica, con documento de identidad N°
0110730906, y vecino(a) de Esparza de
Puntarenas. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
22-000503-0642-CI-6.—Juzgado
Civil de Puntarenas, hora y fecha de emisión: trece horas con cuarenta y seis minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintitrés.—Lic.
Ramón Meza Marín, Juez/a Decisor/a.—1
vez.—(
IN2023779627 ).
Se hace saber: En este Tribunal de
Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Zaida Miriam López Flores, mayor, viuda, educadora pensionada, costarricense, con documento de identidad N° 0500830204,
y vecino Santa Cruz, costado
oeste de la Caja Costarricense del Seguro Social. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 21-000385-0388-CI-9.—Juzgado Civil de Santa Cruz, hora y fecha de emisión: trece horas con treinta y dos minutos del dos de setiembre del
dos mil veintiuno.—Lic.
Natanael Sánchez Guzmán, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2023779880 ).
Se hace saber en este
tribunal de justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Gerardo Enrique Rodríguez Barrantes, mayor, divorciado,
pensionado, costarricense, con documento de identidad N°
0104470593 y vecino San José, Hatillo. Se indica a
las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 23-000099-0216-CI-7.—Juzgado Civil de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita. Hora y fecha de emisión: nueve horas con cincuenta y uno minutos del treinta de mayo del dos mil veintitrés.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2023779888 ).
Se hace saber: En este
Despacho se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó Oscar Evelio Gómez Jiménez, mayor, casado,
chofer, cédula 0303060033 y vecino
de Turrialba. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto. Exp: 20-000017-1002-AG.—Juzgado Civil, Trabajo
y Agrario de Turrialba. 03 de julio
del año 2020.—Licda. Ivannia Cristina Jiménez
Castro, Juez.—1 vez.—( IN2023779944 ).
Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Elieth María Corrales Zúñiga, mayor, soltera,
con documento de identidad
0204220160. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
22-000283-0296-CI. Nota: Publíquese
por única vez en el
Boletín Judicial.—Juzgado
Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil),
09 de noviembre del año
2022.—Lic. Gerardo Antonio Pérez Alfaro, Juez Decisora.—1 vez.—( IN2023779999 ).
Se hace saber: En este
Tribunal de Justicia se tramita el
proceso sucesorio de que en vida se llamó
Alicia Fe de Jesús Madrigal Quirós, adulta mayor, viuda, vecina de Bagaces, Barrio
Rodeo 500 metros norte y 50 metros oeste de la Agencia del ICE, casa
color beige, portadora de cédula seis-cero treinta y siete-cuatrocientos ochenta y cinco. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 22-000159-0386-CI-3. Nota:
Publíquese este edicto por una
sola vez en el Boletín Judicial.
De conformidad con el artículo 2 de la Ley de Consultorios
Jurídicos, Ley N° 4775, estando la parte promotora bajo patrocinio de oficina de consultorios jurídicos, la publicación no devenga el pago de especies
de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Civil y Trabajo
de Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia)
(Materia Civil), hora y fecha de emisión: catorce horas con uno minutos del cuatro de noviembre
del dos mil veintidós.—Brenda
Celina Calvo de la O, Jueza Decisora.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2023780037 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó José Francisco
De Jesús Rodríguez Madrigal, mayor, estado civil casado, profesión u oficio pensionado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0400810784 y vecino(a)
de La Ribera de Belén, Heredia. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto.
Exp:22-000536-0504-CI-1.—Juzgado
Civil de Heredia. Hora y fecha de emisión: seis horas con veintinueve
minutos del diecinueve de junio del dos mil veintidós.—Licda. Lidieth
De Los Ángeles Venegas Chacón, Jueza.—1 vez.—(
IN2023780056 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó Emilio Araya
García, mayor, estado civil Divorciado/a,
profesión u oficio zapatero, nacionalidad Costa
Rica, con documento de identidad
0202180052 y vecino(a) de Alajuela.- Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente Nº
23-000214-0638-CI - 7.—Juzgado Civil del
Primer Circuito Judicial de
Alajuela, hora y fecha de emisión:
quince horas con siete minutos
del veintisiete de abril
del dos mil veintitrés.—Roberto Carlos Hurtado Villalobos, Juez
Decisor.—1 vez.—(
IN2023780068 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por
Evet Mary Gutiérrez Quirós, Fernando Mora Gutiérrez, Pedro José Mora Gutiérrez
y Melissa Fernanda Mora Gutiérrez, a las ocho horas y
treinta minutos del dos de junio de dos mil veintitrés, Expediente 001-2023, y comprobado
el fallecimiento de
Fernando Mora Navarro, mayor, masculino, pensionado, casado una vez,
vecino de cuatrocientos noroeste de plaza de deportes, cincuenta norte y cincuenta oeste, Barrio San
Andrés, Pérez Zeledón, San José, cédula: uno – cuatrocientos cuarenta y tres – setecientos setenta y seis fallecido el quince de mayo de dos mil veintitrés
en San Isidro de El General, esta
Notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio testamentario. Se
cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados legítimos para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Henry Víquez Fernández, con oficina abierta en San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, calle
a Pavones, frente a Deli Pollos,
Teléfono 2770-5516, 8331-2249, correo
electrónico hvlawfirms@gmail.com.—Ocho de junio de dos mil veintitrés.—Lic. Henry Víquez Fernández, Notario Público.—1 vez.—( IN2023785222 ).
Mediante acta inicial de apertura
emitida a las 10 horas del 20 de abril
del 2021, comprobado el fallecimiento, esta Notaría bajo el expediente 0002-2021 declara abierto el proceso sucesorio ab
intestato de quien en vida fuera,
Gerardo Chinchilla Salas, casado una
vez, agricultor, cédula
2-243-913, vecino de Los Ángeles
de Platanares de Pérez Zeledón,
600 metros al este de la escuela,
fallecido el 24 de enero del 2021. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de 15 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta Notaría, situada en San Isidro de Pérez Zeledón, contiguo a Restaurante El Balcón, a hacer valer sus derechos.—Licda. Kattia Portilla Fallas, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2023785317 ).
Se hace saber. Que esta
notaria, está tramitando reapertura del proceso sucesorio de quien fuera Jose Antonio Reyes
Alvarado, quien era mayor, portador
de la cédula de identidad número
siete- cero cero cincuenta y dos cero novecientos cincuenta y siete, soltero en unión
de hecho, pescador y quien tuviera como
su ultimo domicilio, vecina de Copal un kilómetro al norte de la escuela, Nicoya,
Guanacaste, se cita y emplaza
a todos los interesados que dentro del plazo de 15 días contados a partir de su publicación
comparezca a hacer valer sus derechos, con apercibimiento
a aquella que crean tener derecho a la herencia de
que si no se apersonan dentro del plazo, aquella pasara a quien corresponda. Para efectos de recibir notificaciones, en mi Bufete ubicada en Nicoya, Guanacaste 120 metros al norte
del área de salud de
Nicoya. Expediente N° 003-2023.—Licda. Ana Cristina Arce Sequeira, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2023785409 ).
Emplazo a todos
los que se consideran con interés legítimo en la sucesión de quien en vida
se llamó Odilio Socorro
Arrieta Montenegro, cédula: 3-0114-0746, para que, en
el plazo de 15 días
naturales contados a partir
del día siguiente en que
sale publicado este edicto, ante mi notaría en la Ciudad de San José, Barrio Don Bosco de la Funeraria del Recuerdo 150 metros
al este y 25 metros al sur, Avenida 6s, calle 24 A, Edificio Escudé, segunda planta, se apersonen a hacer valer sus derechos, en el entendido de que pasado dicho plazo,
sin perjuicio de personas con igual
o mejor derecho, la herencia
pasará a quien en derecho corresponda. Expediente: 0106-2023-SGP.—Sandra
González Pinto, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2023785433 ).
Mediante acta de apertura otorgada
ante mí, al ser las dieciséis
horas del ocho de junio de
dos mil veintitrés, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio en sede notarial de quien en vida fuese
el señor Francesco (Nombre) Piz (Apellido), de un
solo apellido en razón de su nacionalidad
italiana, mayor de edad, divorciado, pensionado, código
fiscal de su país PZI LRS sesenta y nueve D cero cuatro Zonce dos Z, portador de la
cédula de residencia costarricense número uno tres ocho cero cero cero cero siete
ocho cero uno seis, con domicilio
en Italia, Treviso, Vía G.B, Ramusio número tres, fallecido en Italia,
Maserada sul Piave,
Treviso, con fecha del veinte
de diciembre de dos mil veintidós.
Promoventes: Rubén Hernández Valle, actuando en su
calidad de apoderado
especial con facultades suficientes
para dicho acto del señor Oliver Stephan (Nombre) Piz
(Apellido), de un solo apellido
en razón de su nacionalidad alemana, mayor de edad, casado, oficial de policía, portador del pasaporte de su país L uno ZY ocho GY siete K, con domicilio en Alemania, Schlesiche
Strasse tres, treinta y siete mil quinientos veinte Osterode AM Harz, hijo del
fallecido. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general
a todos los interesados para que dentro del término de treinta días, se apersonen ante esta notaría en defensa
de sus derechos, bajo el apercibimiento
de que, en caso de no hacerlo, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría del Licenciado Roberto Esquivel Cerdas,
con Oficina abierta en el Bufete
Oller Abogados, San José, de la Estación
del Ferrocarril al Pacífico,
cien metros al norte. Fax
dos mil doscientos veintidós-cinco
mil cuatrocientos noventa y
cuatro. Es todo.—San José, nueve de junio de dos mil veintitrés.—Lic. Roberto Esquivel Cerdas, Notario Público.—1 vez.—( IN2023785434 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por
José Antonio Ulloa Ramírez, de las dieciocho horas
del siete de junio del año dos mil veintitrés, y comprobado el fallecimiento,
esta notaría declara abierto el proceso sucesorio
Ab Intestado Nº 02-2023-NO de quien
en vida fuera
María Cecilia Brenes Rivera, mayor, Casada una vez, ama de casa, vecina 300 metros al oeste de la
entrada a la Flor de Paraíso, Cartago, portadora de
la cédula número 3-0232-0350. Se cita
y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Daglich Anthony Medina López, con oficina
en Limón, Liverpool, 09 de junio
del año 2023. Publicar 1 vez en el
Boletín Judicial.—Lic. Daglich Anthony Medina López, Notario.—1 vez.—( IN2023785435 ).
Se emplaza a los interesados
en la sucesión de Lizbeth María Araya Hernández, quien fue mayor, divorciada, pensionada, cédula
de identidad número uno-seiscientos noventa y cinco-setecientos cincuenta y
cuatro y vecina de San José, Desamparados, para que dentro de quince días, contados a
partir de la publicación de
este aviso, concurran a hacer valer sus derechos dentro del proceso sucesorio notarial abierto ante el suscrito notario,
y se apercibe que de no presentarse
dentro del plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 001-2023.—San José, ocho de junio de dos mil veintitrés.—Lic. Gonzalo Fajardo
Lee, Notario Público.—1 vez.—( IN2023785475 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Wendy María, María de los Ángeles, Henry Gerardo, Daniel
Rafael, todos Garita Ortiz, a las once horas del treinta y uno de mayo del dos mil veintitrés
y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio
ab intestato de quien en vida fuera
Jeannette Ortiz Molina, mayor, viuda una vez, vecina
de Alajuela en Orotina centro
uno cero cero metros al oeste
del cementerio, oficios del
hogar, cédula: uno-cero cuatro cero seis-cero seis nueve seis, fallecida el día diecisiete de abril del año dos mil veintitrés. Se cita y emplaza a todos los interesados
para que, dentro del plazo máximo de quince días, contados a
partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licenciada Zaira Salazar Castro, con oficina
en San José, Hatillo 8, avenida Nosara, casa 2065, teléfono:
22329833. Publicar una vez en el
Boletín Judicial. El original fue retirado por
Wendy Garita Ortiz a las doce horas del treinta y uno de mayo del año dos
mil veintitrés.—Licda. Zaira Salazar Castro,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023785491 ).
Se hace Saber que ante esta notaría se tramita el proceso sucesorio
Notarial de Ronald Gerardo Esquievel Venegas, quién era mayor, casado una vez, vecino
de San José uno- cuatrocientos- trescientos
ochenta y nueve, expediente 002- 2023. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derecho, con el apercibimiento a aquellos que crean
tener derecho a la herencia,
de que si no se apresan dentro del plazo, aquella pasará a quién corresponda. Expediente No. 002-2023. Notaría Lic. Jurgen Kinderson Roldán.—Goicoechea de los Tribunales de Justicia del II Circuito
Judicial 100 metros al oeste y 130 metros al sur, Oficentro Turia.—Lic. Jurgen Kinderson Roldán, Notario Público.—1 vez.—( IN2023785517 ).
Se emplaza a los herederos,
legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quienes en vida
fue el señor
Noel Jacks Donaldson, cédula de identidad número 7-0039-0472. Se declara abierto el proceso
sucesorio en sede notarial, para que dentro
del plazo de quince días naturales, contados a partir de la publicación del edicto, se apersonen ante esta Notaría en defensa
de sus derechos, bajo el apercibimiento
de que en caso de que no lo
hicieren, la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente número 0002-2023.—Licda. Alejandra Arias
Madrigal, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023785571 ).
Ante esta Notaría
se otorgó el acta de apertura de proceso sucesorio notarial de la causante
Ana Isabel de Jesús Artavia Fuentes, mayor, portadora
de la cédula de identidad número
uno-cero quinientos veintitrés-cero
quinientos ocho, casada una vez,
vecina de vecina de San
José, Guadalupe, Goicoechea trescientos
setenta y cinco metros sur
de la Cruz Roja, casa número trescientos
noventa y dos, promovida por los señores
Katherine Dianna Stanley Artavia, cédula de identidad
número uno-mil ciento veintidós- cero setecientos diecisiete, Ana Yanci Stanley
Artavia, cédula de identidad número
uno-cero novecientos noventa
y ocho- cero doscientos cuarenta y siete, Linda Arlinne Stanley Artavia, cédula de identidad
número uno-mil sesenta y
seis- cero cero cero seis,
y José Leonardo Stanley González, cédula de identidad
número dos- cero trescientos
cincuenta y siete-cero cuatrocientos noventa y nueve. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaria a hacer valer sus derechos. Licda. Kimberlyn Rojas De la Torre, con oficina
abierta en San José, Santa
Ana, de la Cruz Roja ciento cincuenta
metros oeste, Oficentro The
Train, segundo piso, contiguo al Automercado de Río Oro.—San José, 09 de junio del
2023.—Licda. Kimberlyn
Rojas De la Torre, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023785579
).
Ante esta notaría, mediante
acta de apertura otorgada por María Teresa Centeno Marín y otros, a las 17
horas con 00 minutos del 02 de junio
del año 2023 y comprobado el fallecimiento de Carlos
Alberto Céspedes Montoya, quien fue
mayor, casado una vez, pensionado, cédula de identidad
número siete-cero cero cuarenta y siete-cero seiscientos treinta y dos, vecino de Limón, Guácimo, Guácimo, ciento veinticinco metros al sur de la Clínica,
fallecido en Guápiles de Pococí, el día catorce de setiembre de dos mil veintidós, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada
en Limón, Guácimo, Guácimo, Barrio Los Geranios, 150
metros norte y 50 metros al oeste
de la escuela, teléfono
6059-8122, correo electrónico
mendezrizo@hotmail.com, a hacer valer
sus derechos.—Guácimo, a las 16 horas y 36 minutos del 10 del mes de junio del año 2023.—Lic. Juan José Méndez Rizo, Notario Público.—1 vez.—( IN2023785581 ).
Esta notaría,
declara abierto el proceso sucesorio
ab intestato de quien en vida fuera
Amelia Ramona Barquero Villegas, mayor, casada una vez,
del Hogar, vecina de San José, quien
contaba con la cédula de identidad
número dos- doscientos setenta y siete- seiscientos noventa y ocho, quien falleció
el quince de abril del año dos mil veintitrés según las citas de defunción inscritas: en la Provincia de San José, tomo seiscientos setenta, folio trescientos cincuenta y uno, asiento setecientos
dos. Se cita y se emplaza a
todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados
a partir de la fecha de publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaria a hacer valer sus derechos en San José,
San Francisco de Dos Ríos, email: jeriverac18@hotmail.com. Tel.8572-6200.—Licda. Jenniffer
Rivera Cordero, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023785583 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados
en la Sucesión en Sede
Notarial de Carlos Luis González Campos, quien en vida fue
mayor, viudo, Contador Público, vecino
de San José, Tibás, San Juan, trecientos
setenta y cinco metros oeste de la Municipalidad, portador
de la cédula de identidad número
1- 0280- 0884 para que dentro del plazo
de 15 días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, lo cual podrán hacer en
San José, Curridabat, del Centro Comercial
Plaza Cristal 100 metros al norte y 25 metros al este, Edificio Summa Lex, Teléfono (506)- 4000-2180. Se apercibe
a los que crean tener derecho a la herencia que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión de Carlos
Luis González Campos en Sede
Notarial. Expediente 01- 080523.—Lic. Rafael Ángel Fonseca
González, Notario Público.—1
vez.—( IN2023785604 ).
Se emplaza a todos a los herederos, legatarios y demás interesados en la sucesión de Víctor Julio Elizondo Sancho, casado en segundas
nupcias, pensionado, cédula de identidad
dos-cero ciento setenta y
seis-cero quinientos treinta
y cinco, vecino de Alfaro,
San Ramón, Alajuela para que en el
plazo máximo de quince
días, contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, asimismo
se apercibe a los que crean tener calidad
de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0003-2023. Notaría de
la licenciada María Auxiliadora
Montoya Villalobos, sita en
San Ramón, Alajuela, 75 metros este del Colegio
Patriarca San José.—San Ramón, Alajuela, 11 de junio de 2023.—Licda. María Auxiliadora Montoya Villalobos, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023785606 ).
Ante esta notaría se tramita el sucesorio
de quien en vida se llamó: Grace Elizabeth Chagnon Muñoz: 1-0398-0711, fallecida
el 19 de agosto de 2022.-
Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios y demás interesados para que dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría, situada
en Miramar de Montes de Oro, Puntarenas, a hacer valer sus
derechos.—Miramar, Montes de Oro, Puntarenas, 10 de junio
2023.—Freddy Mesén Bermúdez,
Notario.—1 vez.—(
IN2023785612 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados
en la sucesión de quien en vida
fuera Omar Calvo Gamboa,
mayor, casado una vez, Pensionado, cédula de identidad
número uno-cero trescientos
dos-cero novecientos ochenta
y siete, vecino de Heredia,
para que dentro del plazo
de quince días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe
a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo dicho, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2023. Notaría del
Licenciado Fausto Antonio Mora Cerdas.
Ubicada San José, Barrio Dent, Ofiplaza
del Este, Edificio B, segundo
piso.—Lic. Fausto Antonio Mora Cerdas, Notario Público.—1 vez.—( IN2023785626 ).
Edicto sucesión
ab intestato en sede notarial de Gerardo Antonio De L Hernández Fallas. Ante esta notaria, mediante acta de apertura otorgada por Marilin
María Chavarría Cerdas, costarricense, mayor de edad, viuda una vez,
estilista, portadora de la
cédula de identidad número,
uno-cero ocho tres nueve-cero tres tres uno, vecina de la provincia de San José, Cantón
Vázquez de Coronado, Distrito Patalillo, de la Mc
Donald de San Antonio de Coronado, cien metros al
sur, urbanización Oasis, casa esquinera,
a las trece horas del veinticuatro
de abril del dos mil veintitrés
y comprobado el fallecimiento de Gerardo Antonio De L Hernández Fallas, esta Notaría
ha declarado abierto el proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría con oficina abierta en Tibás, calle
seis avenida veinticinco, setenta y cinco metros oeste, Teléfono dos dos cinco seis cinco seis siete cuatro u al ocho cinco cinco
tres uno tres cero nueve, a hacer valer sus derechos.—San José a las trece
horas con quince minutos del veinticinco
de abril del dos mil veintitrés.—Christian
Stanley Chacón Barquero, carné
29832, Notario Público.—1 vez.—(
IN2023785627 ).
El suscrito notario Lic. Carlos Enrique Devandas hace constar que en escritura número
cinco visible a folio cuatro, vuelto
del tomo seis de mi protocolo;
se abrió sucesión del causante Dennis Rodolfo Araya madrigal cédula 900420149 y
que se tramita en expediente 1-2023. Se emplaza a sucesores e interesados por el plazo
de 15 días a hacer valer
sus derechos.—Lic. Carlos Devandas A, Notario Público.—1 vez.—( IN2023785629 ).
Por escritura de 08:00 horas del 07 de junio
de 2023, se abrió sucesorio
de Yanick Serge (nombre) Ducroux
(apellido), de un solo apellido
en razón de su nacionalidad francesa, quien en vida fue
mayor, divorciado, pensionado, con cédula de
residencia actual y vigente de Costa Rica número uno dos cinco cero cero cero cero
dos cinco siete cero cuatro
y vecino en sus últimos días de Puntarenas, Jacó,
Garabito. Se cita interesados
por el plazo
de ley. Oposiciones al correo
aandreoli@abcqlegal.com.—MSc. Alfredo Andreoli González, Notario Público.—1 vez.—( IN2023785631 ).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Rafel Ríos Ríos, quien al momento de su deceso era, mayor, viudo en primeras
nupcias, jornalero, portador de la cédula de identidad
número: uno- ciento sesenta y uno- ciento cuarenta y uno, vecino de la isla, San Vito, Coto Brus, Puntarenas,
urbanización el IMAS casa dieciséis; quien falleció el día dos de marzo del dos mil veintitrés.
para que dentro del plazo
de quince días; comparezcan a hacer
valer sus derechos, con apercibimiento
a los que crean tener derecho a la herencia de
que si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasara a quien corresponda. Sucesorio número 003-2023 de
Rafael Ríos Ríos, promueve:
Jesús Ríos Oses.—San Vito, diez de junio del año dos mil veintitrés.—Maricela Mora Mora.
Código 29698, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023785644 ).
Se cita a todos los
herederos, acreedores e interesados en general a la sucesión notarial del señor Dagoberto Ramírez Solano, mayor, casado
una vez, Pensionado, vecino de Limón, Barrio Corales
dos, después de los cajeros de Cooperecope, siguiente entrada a mano derecha en la rotonda, casa número noventa y siete, cédula número siete-cero cuarenta y nueve-ciento treinta y seis, para
que dentro de los quince
días contados a partir de
la publicación de este edicto, se apersonen a la notaría que se indicara a hacer valer sus derechos. Se apercibe a todos los interesados que de no apersonarse en el mencionado plazo
la herencia pasara a quien corresponda. Lo anterior por ordenarse así
en el sucesorio
notarial número JBO-cero cero tres-
dos mil veintitrés de Dagoberto
Ramírez Solano; gestionan Nidya Mejía Marenco, Dagoberto Ramírez Mejía
y Melissa Ramírez Mejía. Oficina de la Notaria Janel
Barboza Orias, ubicada en Costa Rica, Limón, cincuenta metros
al norte del Mas por Menos, entrada contiguo al Ciclo Moss, primera oficina a mano izquierda planta baja. Fax 2798-5022. Correo electrónico licdajaba@hotmail.com.—Limón,
doce de junio del dos mil veintitrés.—Licda. Janel Barboza Orias, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023785647 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados
en la sucesión de Claudina Rojas Jiménez, quien en vida fue
mayor de edad, con cédula de identidad
número 2-0155-0849, viuda una vez, de oficios
del hogar, con domicilio
800 metros al sureste de la escuela,
en Alto Solís, Porvenir,
Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, para que, dentro
del plazo de 15 días contados
a partir de la publicación
de este edicto comparezcan a reclamar sus
derechos en la notaría de
Raúl Hidalgo Rodríguez, sita 150 metros al sur del
Hogar de Ancianos San Vicente de Paúl,
en Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela. Se apercibe a los que crean tener calidad
de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 0001-2023. Notaría de Raúl Hidalgo Rodríguez.—Ciudad
Quesada, 30 de enero de 2023.—Raúl Hidalgo Rodríguez,
Notario Público.—1 vez.—(
IN2023785649 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos
en la sucesión de quien en vida
fue Walter Chaves Monge, mayor, viudo
una vez, administrador Bancario, cedula de
identidad uno- cero doscientos
ochenta y ocho- cero cuatrocientos veinticinco, vecino de San Antonio de Belén,
Residencial Villas Margot casa número quince, fallecido el día veintitrés de mayo del 2023. Por lo tanto y de conformidad con lo establecido
con la legislación vigente,
se cita a los interesados en este proceso a apersonarse ante mi Notaria, para hacer
valer sus derechos dentro
de los quince días siguientes
a la publicación de este
aviso en el Boletín Judicial.—San José, a las 10:10 horas del
10 de junio del 2023.—Laura Avilés Ramírez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023785651 ).
Se cita y emplaza a los interesados en el proceso
sucesorio ab intestato
conjunto de quienes en vida fueran: Carlos Hamm Hamm, casado una
vez, pensionado, vecino de vecino de Limón, frente al
hospital Tony Facio, cédula de identidad
700220462. Para que, dentro del plazo
máximo de 15 días, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta Notaría los que crean tener derecho a la herencia, apercibidos de que, si no lo hacen dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente: 0003-2023.—Lic. Luis Alonso Aguilar Segura, Notario
Público, oficina en
Guadalupe, del Colegio Madre del Divino Pastor 900
sur. Cel.8386-7052. 12-06-2023.—1 vez.—( IN2023785662 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito de la persona menor
de edad Joel Jesús Trejos Villalobos, para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°23-000417-0292-FA. Clase
de Asunto actividad
judicial no contenciosa. Nota:
Publíquese por tres veces consecutivas.
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las trece horas con treinta y cinco minutos del diez de marzo del año dos mil veintitrés.—Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes,
Jueza.—O.
C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2023777972 ). 3
v. 3.
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito judicial de la
persona menor de edad Kloe
Antonella Arguedas Badilla, para que se apersonen a este
juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 23-000792-0292-FA. Clase
de asunto: Actividad
judicial no contenciosa de depósito
judicial. Nota: Publíquese tres veces consecutivas.
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las catorce horas con treinta y nueve minutos del cuatro de mayo del año
dos mil veintitrés.—Msc.
Liana Mata Méndez, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023778028 ). 3
v. 3.
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito de las personas menores de edad Ashly Natacha
Vega Chaves y Sasha Esteisy Vega Chaves, para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 23-000685-0292-FA.
Clase de asunto actividad judicial no contenciosa
de depósito judicial. Nota:
Publíquese tres veces consecutivas. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las dieciséis horas con veinte minutos del veintisiete de abril del año dos mil veintitrés. 27 de abril del año 2023.—Licda. Irma Mercedes Páez Sibaja, Jueza.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2023778030 ). 3
v. 3.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
judicial de la persona menor de edad
Saray Leticia Navarro Alvarado, para que se apersonen
a este Juzgado
dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente N°
23-000627-0292-FA. Clase de asunto
actividad judicial no contenciosa
de depósito judicial. Nota:
publíquese tres veces consecutivas. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las quince horas con catorce
minutos del veinticuatro de abril del dos mil
veintitrés, 24 de abril del
año 2023.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023778040 ). 3
v. 3.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
de la persona menor de edad
Marcos Leonardo García Villegas, para que se apersonen
a este Juzgado
dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente
N°23-000503-0292-FA. Clase de Asunto
actividad judicial no contenciosa
de depósito judicial. Nota:
Publíquese tres veces consecutivas. De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de
Alajuela. A las trece horas con veintisiete minutos del diecisiete de abril del año dos mil veintitrés. 17 de abril del año 2023.—Msc.
Liana Mata Méndez, Juez.—O. C. N°
364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023778051 ). 3. v. 3.
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren
interés en la Declaratoria de Estado de Abandono
y otro de la persona menor
de edad Mauro Julián Figueroa Torres, para que se apersonen al Juzgado de Familia
de Buenos Aires dentro del plazo
de Treinta Días que se contarán a partir
de la última publicación del edicto ordenado mediante la resolución de las trece horas treinta y uno minutos del diecinueve de abril de dos mil veintitrés. Expediente: 23-000061-1552-FA. 19 de abril
del 2023. Publíquese por tres veces. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de
la Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Familia de Buenos Aires.—Licda. María Fernanda Herrera Fonseca, Juez.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023780038 ). 3 v. 1.
Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza del Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Elmer Iván Otero
Castillo, en su carácter personal, quien es
mayor, casado, de domicilio
desconocido, cédula N° 0800870100, se le hace saber que en demanda abreviado, establecida por Shirley María Fuentes Barquero contra Elmer Iván Otero Castillo, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a
las quince horas con treinta y dos minutos del cinco de mayo del año dos mil veintitrés. De la
anterior demanda abreviada
de divorcio establecida por el accionante
Shirley María Fuentes Barquero, se confiere
traslado a la accionada
Elmer Iván Otero Castillo, quien es representado por su curador procesal,
Lic. Luis Alonso Gutiérrez Herrera, por el plazo
perentorio de diez días,
para que se oponga a la demanda
o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por
inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso
del nombre y las generales
de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular N° 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Asimismo,
por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, sesión N° 78-07
celebrada el 18 de octubre de 2007, artículo LV, se
les solicita a las partes
de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta
con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g)
número de cédula, h) lugar
de residencia. Edicto: De conformidad
con lo dispuesto en el ordinal 263 del Código Procesal
Civil de 1989, se ordena publicar
la presente resolución en el Boletín
Judicial, a fin de notificar al demandado
por ese medio la existencia
de este asunto. Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.
Nota: Publíquese una única vez.
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela.—Msc. Luz Amelia Ramírez
Garita, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023778085 ).
Se avisa al señor Tomas Gago, mayor,
nicaragüense, si más datos conocidos,
que en este Juzgado se tramita Proceso de protección a la niñez y la adolescencia promovido por el
Patronato Nacional de la Infancia, Expediente Nº 23-000620-1302-FA, donde
se solicita Medidas de Protección a favor de la persona menor
Cristian Ronaldo Gago Morales. Se le concede el plazo de tres
días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga a este proceso.- Expediente Nº 23-000620-1302-FA. Notas:
1. Publíquese este edicto por única vez. 2. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 25 de mayo del 2023.—Lic. José Olger Valverde Leitón, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023778124 ).
Licenciada Jueza
del Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a Joan Jean Carlo Vega Vargas, en
su carácter personal, quien es mayor, demás calidades desconocidas y a Jorge
Luis Guerrero Cheves, en su carácter personal, quien es mayor, demás calidades desconocidas, se le hace saber que en proceso depósito judicial, establecido por Patronato
Nacional de la Infancia, se ordena
notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice:
N°2022002310. Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las diecisiete
horas cuarenta y seis minutos
del catorce de diciembre de
dos mil veintidós. Proceso Depósito Judicial, Exp 21-000221-0292-FA, establecido por Patronato
Nacional de la Infancia, en
favor de las personas menores de edad
Sheila Samantha Guerrero Maldonado, cédula de menor
0209890520; Jaden Vega Maldonado, cédula de menor
0210240244 y Evageline Sofía Vega Maldonado cédula de
menor 0210620624, formulada
por el Patronato Nacional de la Infancia, representado por el Licenciado (a) German Picado
Serrano, portador del carné
del PANI número 108130543. Resultando:
... Considerando: ... Por tanto: De conformidad con lo expuesto y haciendo prevalecer el interés superior de las
personas menores de edad,
se aprueba la solicitud de depósito judicial de las personas menores
de edad; Jaden Caleb Vega Maldonado, en el hogar
de la señora Cándida
Benavides Blandón, la persona menor
de edad Sheila Samantha Guerrero Maldonado en el hogar
de la señora Lilliam Benvides
Blandón y la persona menor
de edad Evangeline Vega Maldonado, en el hogar
de la señora Gabriela Quirós Maroto,
quienes seguirán velando por el
cuido directo y bienestar integral de los menores bajo la constante supervisión, soporte profesional y si es del caso inclusive material del Patronato Nacional de la Infancia. Se le hace ver a la persona representante
legal del Patronato Nacional de la Infancia que si se llegara a determinar que la condición económica en el
recurso familiar de cuido
de los menores se constituye en un factor de riesgo en detrimento
de derechos fundamentales de los
menores de edad, deberá valorarse la posibilidad de integrarlas junto
con su recurso familiar de cuido al Programa de Hogares Solidarios Subvencionados del Patronato Nacional de la Infancia. Las señoras depositarias, deberán comparecer dentro de tercero día a aceptar
el cargo conferido. En caso de que los progenitores quisieran visitar a los menores,
las visitas deberán ser estrictamente bajo la supervisión
de sus depositarias y en la
casa donde vivan los menores de edad. Una vez firme
esta sentencia, remítase la ejecutoria al Registro Civil, para que sea inscrita en la sección de nacimientos del partido de Alajuela con citas de nacimiento: Sheila Samantha Guerrero Maldonado citas de nacimiento 0209890520;
Jaden Vega Maldonado citas de nacimiento
0210240244 y Evageline Sofía Vega Maldonado en la cita de nacimiento
0210620624. Se resuelve este
asunto sin especial condenatoria
en costas. Notifíquese. Nota: Publíquese una vez. De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de
Alajuela.—Licda. Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza de Familia.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023778170
).
Licenciada Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de
Cartago, a María Meza Acuña y Jorge Brenes Nájera, se les
hace saber que en demanda actividad judicial no contenciosa de depósito judicial,
expediente N° 22-000369-0673-NA, establecida
por Patronato Nacional de la Infancia,
contra María Meza Acuña y Jorge Brenes Nájera, se ordena notificarle por edicto la resolución
que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las nueve
horas cuarenta y siete minutos del veintinueve de junio de dos mil veintidós. Del presente proceso de depósito judicial de la persona menor
de edad Jorge David Brenes Meza, promovidas
por el Patronato Nacional
de la Infancia, se confiere
traslado por tres días a María Trinidad Meza Acuña
y Jorge Alberto Brenes Nájera,
a quienes se les previene
que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20 del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones.-” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea”
que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para
acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial: http://www.poder-judicial.go.cr, si desea más
información contacte al
personal del despacho en
que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo
así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder Judicial,
Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo,
b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. Notifíquese esta
resolución a María Trinidad Meza Acuña
y Jorge Alberto Brenes Nájera,
personalmente o por medio
de cédulas y copias de ley en
su casa de habitación, o
bien en su domicilio real. Artículo 19 de la
Ley de Notificaciones Judiciales.
Para estos efectos se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José. En cuanto
a la señora Meza Acuña se ordena notificarle por medio de edicto, mismo que se reserva hasta que se
conozca el resultado de notificación del señor Brenes Nájera. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso
del funcionario notificador,
a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Vista la medida
cautelar que solicita el ente actor se resuelve: El otorgamiento de la
custodia de una persona menor,
encierra un análisis cuidadoso y un estudio previo. No debe ser una decisión tomada
a la ligera, ni únicamente de naturaleza legal, sino con intervención de aspectos medulares que es sabido inciden positiva o negativamente en el desarrollo
de la personalidad de un sujeto
en proceso de crecimiento y de formación, y por esa razón,
la nueva doctrina de la protección integral que emana de
la nueva legislación de niñez y adolescencia, con la asunción de dispositivos para asegurar a la niñez el cumplimiento de sus derechos,
ha de tenerse muy en cuenta para resolver lo más conveniente (artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, y numerales 5, 23 y siguientes del
Código de la Niñez y la Adolescencia).
Luego de realizar un estudio
pormenorizado de la prueba
que aporta el Patronato
Nacional de la Infancia, quien
resuelve estima totalmente procedente la medida cautelar solicitada, toda vez que las personas menores de edad de marras requieren de protección, cuidados y atenciones que su madre y padre no pueden brindar. Por todo lo anterior, en aras de resguardar los Derechos de las personas menores
de edad se otorga a Marta
Arroyo Bonilla, el depósito
provisional de la persona menor de edad: Jorge David Brenes Meza. Notifíquese.
Nota: publíquese por única vez.
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2023778174 ).
Licda. Daniela Bolaños Camacho, Jueza del Juzgado Segundo de
Familia de San José; hace saber a Jairo Antonio Tercero López, documento de identidad N° 1439337, que en este despacho se interpuso un proceso abreviado en su
contra, bajo el expediente
N° 22-000565-0187-FA, donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Sentencia de primera instancia N° 2023000336. Juzgado
Segundo de Familia de San José, a las diecisiete
horas veintisiete minutos
del treinta y uno de marzo
de dos mil veintitrés. Proceso Abreviado de Divorcio, promovido por Damaris Espinoza
Alvarado, mayor, casada, costurera,
vecina de San José, de nacionalidad
nicaragüense, cédula de residencia N° 155813464205,
contra Jairo Antonio Tercero López, mayor,
casado, de domicilio desconocido, de nacionalidad nicaragüense, pasaporte
PC1439337, quien fue representado por la curadora procesal, licenciada Ana Patricia Mc Rae Roberts. Resultado:
I, II, III. Considerando: I, II, III. Por tanto: se declara con lugar la presente demanda de divorcio promovida, consecuentemente: 1.- Se decreta
la disolución del vínculo
matrimonial que Alvarado con Jairo Antonio Tercero López. 2.-
Alimentos: se termina el derecho a cobrarse alimentos entre las partes. 3.- Bienes gananciales: No existen bienes gananciales por liquidar, pero
de existir algún bien no señalado en este
proceso y cuya naturaleza sea de ganancialidad, cada cónyuge adquiere
el derecho de participar en el cincuenta
por ciento de tales hipotéticos bienes con carácter de gananciales que se constaten en el
patrimonio del otro cónyuge, como lo dispone el numeral 41 del Código de Familia. 4.- Costas: no se realiza especial condenatoria en costas, de conformidad
con el artículo 222 del
anterior Código Procesal Civil, aplicable
únicamente a la materia
familiar, según Ley 9621. 5.- Inscripción:
a la firmeza de este fallo, inscríbase esta sentencia en el Registro
Civil, Sección de Matrimonios
de San José, tomo: 529, folio: 216; asiento: 432. 6.-
Publíquese
la parte dispositiva de esta sentencia en el Boletín
Judicial, por una única vez. Notifíquese.
Isabel Villegas Cascante, Jueza. Nota:
publíquese este edicto por única
vez en el
Boletín Judicial o en
un periódico de circulación
nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación. De conformidad con la circular N° 56-12 emitida
por la Dirección Ejecutiva, en reiteración
a la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Licda. Daniela Bolaños Camacho, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2023778201 ).
Licenciado(a) Ferdinand Rojas Peralta, Juez del Juzgado de Familia
y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Familia), a Consuelo López
Vanegas, en su carácter personal, quien es
mayor, Soltero/a, cédula No Indica, se le hace saber que en demanda proceso declaratoria
judicial de abandono, establecida
por Blanca Fernández SrebnicK
contra Consuelo López Vanegas, se ordena notificarle
por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: expediente:
22000175-0869-FA proceso: declaratoria
de abandono con fines de
adopción parte actora: Blanca Fernández
Srebnick y otro parte demandada: Consuelo López Vanegas y otro
sentencia de primera instancia N°
2023000092 Juzgado De Familia Y Violencia
Doméstica del Segundo Circuito
Judicial De Guanacaste (Familia).- A las nueve horas cincuenta y dos minutos del veintiocho de marzo de dos mil veintitrés.-.- Proceso declaratoria de abandono con
fines de adopción establecido
por Bianca Fernández
Srebnick, mayor, Casado/a, Diseñadora Gráfica, portadora de la identidad número 184001782428
y Lyle Srbnick, mayor, Publicista,
identidad de residencia 184001782605, ambos vecinos
de Nosara, Gte; contra
Consuelo López Vanegas, mayor, de nacionalidad nicaraguense; con domicilio y documentación de identidad desconocida y Javier Francisco Chaverri Ross, mayor,
abogado, portador de la cédula de identidad
número 0107080558, vecino
de Santa Ana, San José. Se tiene por
apersonado al Patronato Nacional de la Infancia. Resultando: 1) Los señores Bianca Fernández Srebnick
y Lyle Srbnick, solicitan que en sentencia se declare: a) La declaratoria
de abandono con fines de Adopción
de la persona menor de edad
Eliseo Chaverri López y se declare la adoptabilidad. 2) El demandado
Javier Francisco Chaverri Ross, fue notificado en forma personal el día 29 de noviembre de 2022,
sin que el mismo contestara ni se apersonara a los autos. Por su parte
la señora Consuelo López Vanegas, se declaró su ausencia
procesal por resolución de las nueve horas uno
minutos del trece de marzo de dos mil veintitrés y se
le nombró curador procesal al Lic. Gerardo Camacho
Quirós, quien contestó la acción y no mostró oposición. Aunado a ello se publicó el edicto correspondiente
del traslado del proceso, mediante el boletín judicial n°15 del 27
de enero de 2023. 3) En el procedimiento se han observado las prescripciones legales. No se notan defectos u omisiones capaces de producir nulidad o indefensión; y, Considerando: I. Hechos probados. Como tales se tienen los siguientes: 1) La persona menor de edad Eliseo Chaverri
López, nació en fecha 15 de agosto de 2013; cuenta con la edad actual de ocho años y aparece
inscrito como hijo de Javier Francisco Chaverri Ross y Consuelo López
Vanegas. (Ver informe de registro
civil, visible a la imagen 8 de la descarga del expediente electrónico.). 2)-Que los señores Bianca Fernández Srebnick y Lyle Srbnick, se encuentran casados desde el día 05 de Marzo de 2010,
matrimonio que se llevó acabo en la ciudad de Nueva York.
(Ver certificación de Matrimonio,
incorporada al expediente electrónico). 3)-Que los padres registrales de la persona menor
de edad Javier Francisco Chaverri Ross y Consuelo
López Vanegas, nunca han ejercido los atributos
de Patria de Potestad (Guarda,
Crianza, Educación, Alimentación)
con relación a la persona menor
de edad Eliseo Chaverri López. (Testimonial de
Jessica Sheffield Zamora y Bram Timothy Shook).4)- Que los
demandado no asumieron un rol de responsabilidad paterna a fin de buscar una posible vinculación
con la persona menor
de edad, por el contrario el
niño ha vivido con los gestionantes desde la edad de tres meses de edad. (Testimonial
Jessica Sheffield Zamora y Bram Timothy Shook, entrevista
de PME e informe social forense,
visible a la imagen 12 a 21 de la descarga del expediente electrónico). 5)- Que los señores Bianca Fernández Srebnick y Lyle Srbnick, ha asumido la responsabilidad
parental de la persona menor de edad,
participando en la atención en los
requerimientos de salud, desarrollo social, provisión económica y material, además han desarrollado una dinámica para con la persona menor de edad en
su estudio, brindando estabilidad, uniformidad y acercamiento.
(Dictamen Social Forense visible a la imagen 12 a 21
de la descarga del expediente
electrónico). 6)-Que los gestionante de este proceso, poseen habilidades personales y condiciones de vida protectores para el ejercicio del cuido de la persona
menor de edad, en donde Eliseo reconoce como sus padres a los Señores Bianca Fernandez Srebnick y Lyle Srbnick.
(Dictamen Social Forense visible a la imagen 12 a 21
de la descarga del expediente
electrónico y entrevista de
la PME.) II. El artículo 160 del Código de Familia establece: “Se entenderá que la
persona menor de edad se encuentra en estado
de abandono cuando: a) carezca de padre y madre conocidos. b) Sea huérfana de
padre y madre y no se encuentre
bajo tutela. c)-Se halle en
riesgo social debido a la insatisfacción de sus necesidades
básicas, materiales, morales, jurídicas y psicoafectivas, a causa del descuido
injustificado por parte de quienes ejercen legalmente los derechos y los deberes inherentes a la patria potestad. La pobreza de la familia no constituye por sí misma
motivo para declarar el estado de abandono”.
El numeral 143 del Código de Familia señala que la autoridad parental confiere los derechos e impone lo deberes de educar, cuidar, vigilar y disciplinar a los hijos y las hijas; esto no autoriza en ningún caso,
el uso del castigo corporal ni ninguna otra forma de trato humillante contra las
personas menores de edad...”.
De rango superior a la ley, se halla
el ordinal 51 de la Constitución
Política, que preceptúa: “La familia,
como elemento natural y fundamento de la sociedad tiene derecho a la protección
especial del Estado. Igualmente tendrán
derecho a la protección especial del Estado. Igualmente tendrán derecho a esa protección
la madre, el niño, el anciano y el
enfermo desvalido”. El artículo 36 del Código de la Niñez
y la Adolescencia reza que
las causas que dan lugar a
la separación definitiva de
una persona menor de edad, de su familia,
son las previstas en el Código de Familia, como causales de pérdida o suspensión de la autoridad
parental; y que la suspensión o terminación
de los poderes y deberes que confiere la patria potestad, solo puede ser decretada por un juez. III. La declaratoria de abandono procede cuando se evidencia abandono del niño, en los términos
previstos por el artículo 160 del Código de
Familia supra citado. Se requiere
acreditar el abandono o la situación de riesgo en que se encuentra el menor
para que el Estado, a través
de sus instituciones, le brinde
la protección necesaria; por lo anterior analizado el presente asunto
se tiene que los señores Bianca Fernández Srebnick
y Lyle Srbnick, solicitan
que en sentencia se declare
en abandono con fines de Adopción de la persona menor de edad Eliseo Chaverri López y se declare la adoptabilidad, en razón de que sus padres nunca han ejercido su
rol parental en ninguno de sus extremos ya que son ellos los que han mantenido
bajo el cuido al niño desde su
nacimiento. Por su parte el padre registral y demandado de este proceso Javier Francisco Chaverri Ross, fue notificado en forma personal el día 29 de Noviembre de 2022, sin que el mismo contestara ni se apersonara a los autos. Con relación a la madre la señora Consuelo López Vanegas, se declaró
su ausencia procesal por resolución
de las nueve horas uno minutos
del trece de marzo de dos
mil veintitrés y se le nombró
curador procesal al Lic. Gerardo Camacho Quirós, quien
contestó la acción y no mostró oposición. Aunado a ello se publicó el edicto
correspondiente del traslado
del proceso, mediante el boletín judicial n°15 del 27
de enero de 2023. Teniendo este panorama y recibida la prueba ofrecida, esta autoridad decide dictar una sentencia
estimatoria declarando el estado de abandono
de la persona menor de edad
Eliseo Chaverri López, lo anterior con fines de adopción
y Depósito Judicial en el hogar de los
gestionante; por los siguientes motivos: en primer lugar se ha acreditado que la
persona menor de edad
Eliseo Chaverri López, nació en
fecha 15 de agosto de 2013;
cuenta con la edad actual
de ocho años y aparece inscrito como hijo de Javier Francisco
Chaverri Ross y Consuelo López Vanegas; aunado a lo
anterior se ha demostrado que que
los padres registrales de
la persona menor de edad nunca han ejercido
los atributos de Patria de Potestad sean la Guarda, Crianza, Educación e incluso no ha proveído alimentos con relación a la
persona menor de edad Eliseo Chaverri López, lo anterior se desprende de la pruebaTestimonial
de Jessica Sheffield Zamora y Bram Timothy Shook, quienes
ambos son contestes en determinar que quien ha asumido el cuido,
la crianza y educación del niño han sido
los señores Srebnick; y que esta función la han estado realizando desde que la persona menor de edad mantenía la edad de tres meses y en donde los
demandados no han asumido un rol de responsabilidad paterna a fin de buscar una posible
vinculación con la persona menor
de edad, por el contrario como
se dijo el niño ha vivido con los gestionantes desde temprana edad, a dichos testimonios se les
debe brindar credibilidad por cuantos son personas que conocen
de vieja data a las partes, además no existe prueba en contrario que ponga en duda
esos testimonios y sobre
todo dichos testimonios son
ratificados por la misma persona menor de edad en su
entrevista, la cual manifiesta que siempre ha vivido con los señores Bianca y Lyle y es a quien
reconoce como sus padres ya que no conoce a los señores Javier Francisco ni a la señora Consuelo; lo que implica que los padres registrales nunca han mostrado interés
alguna en ejercer su función
parental, dejando a la persona menor
de edad en estado de abandono y entregando a su hijo a los gestionantes.
Por otro lado con relación a los señores Bianca Fernández Srebnick
y Lyle Srbnick, se ha logrado
demostrar, que son personas idóneas
para ejercer de momento el cuido de la persona menor de edad; ya que en primer lugar se tiene que son casados desde el
día 05 de Marzo de 2010, matrimonio que se llevó acabo en
la ciudad de Nueva York; y que desde el año 2013 residen
en Costa Rica; además se tiene demostrad que la familia Srebnick han asumido la responsabilidad parental de la persona menor
de edad, participando en la atención en los requerimientos
de salud, desarrollo
social, provisión económica
y material, además han desarrollado una dinámica para con la persona menor de edad en su estudio, brindando
estabilidad, uniformidad,
acercamiento y poseen habilidades personales y condiciones de vida protectores para el ejercicio del cuido de la persona
menor de edad, en donde Eliseo reconoce como sus padres a los gestionante, lo anterior se desprende del dictamen Social Forense
visible. En conclusión de lo anterior, no cabe duda de que los demandados son personas negligentes ya que han demostrados una desidia para ejercer su función
parental, lo que se traduce en riesgo
social, desprotección ya
que no se han preocupado por su hijo
desde su nacimiento, además no han procurado los
medios adecuados para acercarse y garantizar la satisfacción de derechos y necesidades
de su menor hijo.- IV. Planteadas así las cosas, procede acoger la demanda y en consecuencia, se debe declarar el
estado de abandono de la
persona menor de edad
Eliseo Chaverri López por parte
de sus progenitores Javier Francisco Chaverri Ross y
Consuelo López Vanegas. Con fundamento en los numerales
158, inciso c) y 160 del Código de Familia, en vista del riesgo social y desinterés de los padres, se da por terminada la patria potestad de los accionados, en relación con el niño mencionado. De igual forma se declara la adoptabilidad de la persona menor
de edad, mediante el trámite correspondiente
al proceso de adopción contemplado en el numeral 100 y siguientes de
Código de Familia. De igual forma de conformidad con el numeral 5 del
Código de la Niñez, se ordena
el Depósito de las persona menor edad Eliseo Chaverri
López en el hogar de los señores
Bianca Fernández srebnick y lyle
srbnick, los cuales deberán aceptar el cargo conferido en el
tercer día como máximo una vez
notificada la presente sentencia.- V. costas. De acuerdo con el artículo 106 del Código de la Niñez
y la Adolescencia, se resuelve
este asunto sin especial condenatoria en costas. por tanto: De conformidad con lo expuesto, normas legales citadas y artículos 99, 153, 155, 316, 317, 432, 433 y 434 del
Código Procesal Civil, 2, 158, 160 y 161 del Código de Familia y 5 del Código de la Niñez y la Adolescencia. Se declara con lugar el presente proceso
de Declaratoria de Abandono
con fines de adopción, incoado
por Bianca Fernández Srebnick
y Lyle Srbnick contra Javier Francisco Chaverri Ross
y Consuelo López Vanegas; con fundamento en los numerales 158, inciso c) y 160
del Código de Familia, en vista del riesgo social y desinterés de los padres, se da por terminada la patria potestad de los accionados, en relación
con el niño mencionado. De igual forma se declara la adoptabilidad de la
persona menor de edad, mediante el trámite
correspondiente al proceso
de adopción contemplado en el numeral 100 y siguientes de Código de Familia. De igual
forma de conformidad con el
numeral 5 del Código de la Niñez, se ordena el Depósito
de las persona menor edad
Eliseo Chaverri López en el
hogar de los señores Bianca Fernández Srebnick
y Lyle Srbnick, los cuales deberán aceptar el cargo conferido en el
tercer día como máximo una vez
notificada la presente sentencia.- Inscríbase en el Registro
Civil, Sección del Partido Especial de Nacimientos de persona extrajera,
bajo el tomo ciento treinta y uno (131), folio
trescientos nueve (309) y
asiento seiscientos dieciocho
(618). Se ordena la publicación
de esta sentencia por medio de Edicto en el diario
oficial La Gaceta. hágase saber. Notifíquese. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Familia).—Msc. Ferdinand
Rojas Peralta, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023780034 ).
Lic. Leonardo Loría
Alvarado, Juez de Familia de Heredia, hace saber: Que en el expediente número
23-000180-0364-FA, que es proceso de Depósito Judicial, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia. Oficina Local de San
Pablo, a favor de la persona menor de edad Dayanara Oberembt Chacón, en contra de Richard Lee Oberembt,
a quien se ordenó notificar el contenido
de la siguiente resolución,
que en lo Literal dice: Juzgado
de Familia de Heredia. A las ocho horas cuarenta y dos minutos del siete de marzo de dos mil veintitrés. De las presentes
diligencias de depósito de la persona menor Dayanara Oberembt Chacón, promovidas
por el Patronato Nacional
de la Infancia, Oficina
Local San Pablo De Heredia, se confiere traslado por Tres Días a Richard
Lee Oberembt. Asimismo, dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones
previas. Al contestar negativamente
deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los
fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza
por inexactos, o si los admite
como ciertos o con variantes o rectificaciones. En
la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá
cada uno. Se informa a la parte demandada que si por el
monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la renta, y si por limitaciones
económicas no le es posible
pagar los servicios profesionales de un
abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios
Jurídicos, los cuales son los siguientes: De la Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro,
San José, y se atiende de Lunes a viernes
de 08:00am a 12:md y Lunes, miércoles y viernes de 13:30pm a 19:30pm, Universidad Latina, Sede de Heredia Oficina Ubicada en la Municipalidad de
Heredia, horario de atención:
Lunes a viernes 08:00 am a 12:00md, teléfono: 22776715, Universidad Libre de Derecho, Horario de atención: lunes a viernes: 13:30pm a 16:30pm teléfono:
22835533. En otros lugares
del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Así
como en la Defensa Publica Pisav-San Joaquín
de Flores de Heredia, competencia únicamente
vecinos de Flores, Belén y
Santa Barbara de Heredia, teléfono: 22655640. Y en la Defensa Publica de Heredia,
teléfono número: 25600659.
Se advierte, eso sí, que la demanda debe ser contestada en el plazo
que se le ha concedido, por
lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza (Artículo 7 del Código de
Familia y 1 de la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775)”. Siendo que
la Ley Nº 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia
el 28 de febrero de 2009,
dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y
contra la violencia doméstica
es posible que la parte señale un Lugar para atender notificaciones (art.58) y
en todos los demás procesos,
las partes deben señalar Medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: Fax, Correo Electrónico, Casillero y Estrados. Se puede señalar Dos Medios distintos de manera simultánea (art.36). Asimismo, por haberlo así
dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita, a las partes de este asunto que, resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado
civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Nombramiento de depositaria
judicial provisional: Se otorga el
depósito judicial provisional de la menor de edad Dayanara Oberembt Chacón, en el hogar y bajo responsabilidad de su tía materna llamada
Giselle Morales Sánchez, a quien se le previene que deberá comparecer a este
Despacho en el plazo de Tres Días, a aceptar y jurar el cargo, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 236 del Código de Familia. Lo anterior, bajo
apercibimiento de que en caso de omisión se procederá a nombrar un profesional en derecho en su lugar.
intervención del Patronato Nacional de la Infancia. Por existir menores involucrados en este proceso
se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia.
Gestion en Línea. Si usted (parte y/o abogado) tiene acceso a
internet desde su hogar o un café internet, se le insta
a usar el Sistema de Gestión
en Línea, a señalar este medio para recibir notificaciones, e ingresar escritos directamente al expediente; lo único que debe hacer es ingresar a la página del poder judicial
www.poder-judicial.go.cr al link Gestión en Línea y con la clave que se le
proporcionará personalmente
en el despacho,
usted podrá ingresar desde cualquier dispositivo electrónico a consultar su expediente, revisar sus notificaciones así como los
escritos presentados, con lo
anterior se evitará largas filas. Notificaciones. Asimismo, se le previene que en el primer escrito
que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N°20, del
29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto
por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Publicación
de edicto. Notifíquese esta resolución a Richard
Lee Oberembt, por medio de edicto, que se publicará por Una única vez en el Boletín Judicial. El edicto será enviado electrónicamente
por este Despacho a la Imprenta Nacional,
para lo cual la parte interesada debe estar atenta a su publicación y una vez cumplido
el plazo deberá aportarlo a esta Oficina.
Por otra parte, notifíquese esta resolución a la Depositaria
Judicial Provisional, personalmente o por medio de cédulas y copias de
ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso
del(a) funcionario(a) notificador(a),
a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para notificar depositaria judicial Giselle Morales Sánchez, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones y Otras Comunicaciones Judiciales de Heredia, a la siguiente
dirección: Heredia, San Pablo, urbanización
Las Pastoras, de la Iglesia
de oración 300 metros al norte,
casa color terracota en
alto. Prevención: De previo
al envío de la comisión aquí ordenada para notificar personalmente a la depositaria judicial, deberá la parte promovente, aportar Un Juego de Copias de Todo el Expediente, de lo contrario no se
confeccionará la misma. Se
le hace saber a la parte interesada que dichas copias deberán ser presentadas Exclusivamente en la Secretaría del despacho, para lo cual se le entregará el comprobante
respectivo. Lo anterior deberán
cumplirlo en el plazo de Tres Días, bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, no se atenderán sus futuras gestiones y se ordenará el archivo. (artículo
136 del Código Procesal Civil). Notifíquese. Lic.
Leonardo Loría Alvarado, Juez.
Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una vez.—Juzgado de Familia de
Heredia.—Lic. Leonardo Loría
Alvarado, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023780035 ).
Msc. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza del Juzgado de Familia de
Heredia; hace saber a Jackson Rayo Luquez, documento de identidad C01570513, vecino desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso Autorización de Salida del País en
su contra, bajo el expediente número
23-000219-0364-FA, donde se dictó
la resolución que literalmente Dice: “...Sentencia de Primera Instancia N° 2023001138. Juzgado
de Familia de Heredia, a las quince horas cincuenta
minutos del veintiocho de abril del año dos mil veintitrés. Resultando: ... Considerando: ... Por tanto: De acuerdo
a lo expuesto, y artículos
51 y 52 de la Constitución Política; Convención sobre los derechos del niños; y 1, 2,
5, 6, 8, y 140 y siguientes del Código de Familia; se
acogen las diligencias sumarísimas
de Autorización Permanente de Salida del País interpuesta por Sugeydi Doneliz Luquez Cruz. Se autoriza la solicitud de permiso permanente de salida del país por el
período que resta de minoridad de la persona menor de edad Jackson Santiago Rayo Luquez
para que viaje en compañía de su madre Sugeydi Doneliz
Luquez Cruz. La salida permanente por el período que resta de la minoridad debe entenderse en el sentido
que la persona menor de edad
podrá salir en compañía de su madre las veces
que sean necesarias sin tener que estar gestionando permisos para cada uno de los viajes. Esta autorización
de conformidad con el Reglamento para la Ley General de Migración
y Extranjería número 8764 a
las personas menores de edad,
está contemplada como permiso permanente.
Es necesario aclarar que esta autorización es con fines culturales y recreativos y No autoriza un cambio de residencia permanente de la persona menor de
edad. Asimismo, se autoriza expresamente a Sugeydi Doneliz Luquez Cruz para que obtenga y en su momento
renueve el pasaporte de Jackson Santiago Rayo Lúquez
ante las instancias administrativas
pertinentes; así como para la obtención de los permisos o VISAS que se requieran. En forma expresa se le
advierte a Sugeydi Doneliz Luquez Cruz que: Tiene el deber de gestionar
el regreso de su hijo Jackson Santiago Rayo Lúquez a Costa Rica y en caso de no acatar la orden, podrá incurrir
en conductas que son penalmente sancionadas como Desobediencia y/o Sustracción de Menor. Expídase el edicto de ley. Se resuelve sin especial condena en costas. Firme esta resolución, expídase copia certificada a la promovente, para
que pueda presentar la autorización judicial ante las autoridades
migratorias. Msc. Felicia
Quesada Zúñiga,
Jueza. FQUESADA...”. Lo anterior se ordena así en
proceso Autorización de
Salida del País de Sugeydi Doneliz
Luquez Cruz contra Jackson Rayo Luquez;
Expediente N° 23-000219-0364-FA. Nota: Publíquese este edicto por
única vez en el Boletín
Judicial o en un periódico
de circulación nacional.
Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con
la Circular N° 56-12 emitida por
la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la Circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta
de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia
de Heredia, 19 de mayo del año 2023.—MSc. Felicia
Quesada Zúñiga,
Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023780060 ).
Licenciado Leonardo Loría Alvarado. Jueza del Juzgado de Familia de Heredia, a Francisco Maury Roque desconocido, en su carácter personal, quien es mayor, Soltero en Unión de Hecho, Empresario, vecino de desconocido, cédula
184001620331, se le hace saber que en demanda procesos
especiales de autorización
de salida del país. Expediente N°22-002515-0364-FA, establecida
por María Isabel De La Trinidad González Morera contra Francisco Maury Roque Desconocido,
se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° 2023001170. Juzgado
de Familia de Heredia, a las dieciséis horas diez minutos del dos de mayo de
dos mil veintitrés. Proceso
procesos especiales de autorización de salida del país, establecido por María Isabel De La Trinidad González Morera, mayor, Soltero,
Empresario, vecino de desconocido,
cédula 0401470628 contra Francisco Maury Roque desconocido,
mayor, soltero en Unión de Hecho, Empresario, vecino de desconocido, cédula 184001620331. Por tanto: De acuerdo a lo expuesto, y artículos 51 y 52 de la Constitución
Política; Convención sobre los derechos del niños; y 1, 2,
5, 6, 8, y 140 y siguientes del Código de Familia; se
acoge el proceso sumario de autorización de salida del país de persona menor de edad establecido por Benjamín Roque González, quién
es representado -en ejercicio de los atributos de la Responsabilidad
Parental- por su madre María Isabel De La Trinidad Gonzalez Morera contra Francisco Maury Roque y se autoriza para que el menor de edad pueda
salir del país en forma permanente para efectos exclusivos de salidas temporales de carácter recreativo en compañía de su madre. Podrá
la señora María Isabel apersonarse
ante las autoridades de Migración
para obtener o renovar el pasaporte de la menor de edad o realizar el trámite
de visa americana o de alguna otra,
sin necesidad de asistencia
del padre, quedando además autorizada a salir del país para efectos recreativos de forma permanente y
hasta que alcance la mayoría
de edad, primera salida para la cual no es necesaria la firmeza de este fallo, por
cuanto este fallo puede ejecutarse
sin necesidad de firmeza al
tenor de lo establecido en el derecho procesal que establece la posibilidad de ejecución de las resoluciones judiciales con su dictado bajo el principio de la ejecutoriedad de las resoluciones
y la correspondencia con la teoría
de los efectos recursivos, en tanto únicamente suspenden los efectos de las resolución las apelaciones que
son admitidas en efectos suspensivo, que es propio de una sentencia
de un proceso ordinario, lo
cual no es el caso; por lo que se autoriza para la ejecución de lo aquí decidido - en cuanto obtener
pasaporte de la menor de edad, gestionar la visa y la primera salida del país - sin necesidad de firmeza de este fallo, con la garantía que la parte promovente debe dar; sea que en caso de firmeza
diversa a la aquí dada en vista de un eventual recurso y
diferente resolución del órgano superior, asumirá consecuencias de responsabilidad por los alegatos
y manifestaciones expresadas
para esta autorización, si es que son éstas las razones de una revocatoria de la autorización por el superior. Se resuelve el asunto
sin condena en costas. Si es solicitada, extiéndase la respectiva certificación. Hágase saber. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez.—Juzgado de Familia de Heredia.—Leonardo Loría Alvarado. Notifíquese. Lic. Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023780062 ).
Se comunica al señor
Cristhian Karolina Bravo García y Hervin Jose
Martínez y Abel Diaz Hernández que en este despacho judicial se tramita proceso de Depósito Judicial de la persona menor
de edad Ana Grethel Bravo
García, Justin Josué Martínez Bravo y Jorleny Felicita Diaz Bravo, bajo el
expediente Nº 23-000668-1302-FA, promovido
por el Patronato Nacional
de la Infancia, donde solicita que se apruebe el depósito de la citada menor; por
lo que se les concede el plazo
de tres días contados a partir de la publicación, para
que manifiesten su conformidad o se opongan a estas
diligencias. Notas: 1) Publíquese
por única vez consecutivas. 2) De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de San Carlos, 01 de junio del año 2023.—Lic. José Olger Valverde Leitón, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2023780063 ).
Se comunica al señor
Gustavo Alonso Arburola Abarca,
Luis Gabriel Hernández
Chaves que en este despacho judicial se tramita proceso
de proceso especial de medidas
de protección de la persona menor
de edad Anisha Isabel Arburola
González y Gabriela Hernández González, bajo el Expediente Nº 23-000661-1302-FA, promovido
por el Patronato Nacional
de la Infancia, donde solicita que se apruebe el depósito de la citada menor; por
lo que se les concede el plazo de Tres Días contados a partir de la publicación, para
que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias. Notas: 1) Publíquese por única vez consecutivas.
2) De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de San Carlos, 01 de junio del año 2023.—Lic. José Olger Valverde Leitón, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023780064 ).
Master Luz Amelia
Ramírez Garita, Jueza del Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
a William Antonio Ordoñez Cortez, en
su carácter personal, quien es mayor, de datos desconocidos, se le hace saber
que en demanda autorización de salida del país, expediente
22-001680-0292-fa, establecida por
Amalia Lilieth Maradiaga Gómez contra William Antonio
Ordoñez Cortez, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las quince horas cero minutos
del treinta de setiembre de
dos mil veintidós. Se tiene
por establecido el presente trámite
de conflicto de permiso de salida del país de persona menor de edad de manera permanente promovido por Amalia Lilieth Maradiaga Gómez. De esa solicitud se da audiencia por cinco días a William Antonio Ordoñez
Cortez, a quien se le previene
que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la ley de notificaciones judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero
de 2009.- con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
consejo superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.- esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones.-”Igualmente
se les invita a utilizar “el sistema de gestión
en línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para
acceder a este sistema ingrese la página oficial del poder judicial,
http://www.poderjudicial.go.cr si desea
más información contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés.- asimismo, por haberlo así
dispuesto el consejo superior, en concordancia con la política de género del poder judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo,
b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. Notifíquese esta
resolución en forma
personal a las demás partes
interesadas. Téngase a su vez como
parte al patronato nacional de la infancia. Por tramitarse este proceso en favor de personas menor de edad se tiene como parte
al Patronato Nacional de la Infancia. notifíquese esta resolución al Patronato Nacional de la Infancia.
Para estos efectos, se comisiona a la oficina de comunicaciones judiciales y otras comunicaciones; de este circuito judicial. Prevención testigos ausencia: previo a realizar el nombramiento
del curador procesal en favor de la parte demandada se le previene a la señora Amalia Lilieth Maradiaga
Gómez aportar dos testigos
que conozcan al demandado
con el fin de que declaren sobre la ausencia del mismo. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la secretaría de la
corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por una única vez.—Msc.
Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023788315 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil. Axel Onei L Godoy García, mayor, cédula de identidad
número 0604790099 y Dyala
Navarrete Ulate, mayor, cédula de identidad
número 0604750536; ambas personas contrayentes
tienen el domicilio en Puntarenas. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Exp. Nº23-000422-1146-FA.—Juzgado de Familia de Puntarenas, Puntarenas.
Fecha, 31 de mayo del año
2023.—Marianela Alvarado Alfaro, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023780036 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Rafael Eliomar
Miranda Castro, mayor, divorciado, chofer microbús, cédula de identidad número 0204230602, nombre de la progenitora Bernarda Miranda Castro, domicilio en la Fortuna de San Carlos, con 56 años
de edad, y Vicky del Socorro Rodríguez Hernández,
mayor, ama de casa, pasaporte número
02117517, nombre de la progenitora
María Rodríguez Castillo y nombre del progenitor Jose Ramón Hernández Martínez, domicilio
en Estelí, Nicaragua, actualmente con 59 años de edad; vecina
de la Fortuna San Carlos. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 23-000630-1302-FA. Nota:
De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Se orden publicar una vez.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
Alajuela, Quesada de San Carlos, fecha, 25 de
mayo del año 2023.—MSc. José Olger Valverde Leitón, Juez 01.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2023780039 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer Sergio Eduardo González Sanabria, estado
civil soltero, profesión u oficio: Pintor de vehículos, documento de identidad número 0304370324, vecino de Heredia, Barva, hijo de Eduardo Alberto González Sánchez y
Lilliana Sanabria Ramírez, nacido en
Oriental Central Cartago, con 34 años de edad, y Melissa Sue Nickengs Celis, mayor, estado civil soltera, profesión ú oficio: Ama de Casa, documento de
identidad número
0701380080, vecina Heredia, Barva,
hija de Edward Gene Nickengs
Hodgson y Marcia Celis Steele, nacida
en Cento Central Limón, actualmente
con 42 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez. Exp. Nº
23-001237-0364-FA.—Juzgado
de Familia de Heredia, Heredia, fecha,
30/05/2023.—Pablo Amador Villanueva, Juez de
Familia.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023780040 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil,
Gustavo Adolfo Chaves Quirós, mayor de edad, divorciado de Edilce Rodríguez Loría el 06/08/2018 en Cartago, Oficial de Seguridad, cédula de identidad número 3 0319 0607, vecino de Cartago, Paraíso, hijo
de Nora Librada Quirós Rojas y Ramón Chaves Torres, nacido
en Cachí, Paraíso, Cartago, el
17/04/1968, con 55 años de edad,
y Carmen Cecilia Chaves Matamoros, mayor de edad, divorciada de José Manuel Chinchilla Calderón el 31/03/2023 en Cartago, Oficios Domésticos, cédula de identidad número 3 0301 0910, vecina de Cartago, Paraíso, hija
de Luz María Matamoros Guevara y Carlos
Chaves Calvo, nacida en Ujarrás, Paraíso, Cartago, el
25/04/1969, actualmente con 54 años
de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 23-001271-0338-FA. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Este Edicto debe publicarse por una sola vez.—Juzgado
de Familia de Cartago, Cartago. Fecha,
19 de mayo del año 2023.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2023780049 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil, José
Francisco Díaz López, mayor de edad, divorciado de María Elizabeth Obando Méndez el 08/04/2014 en Cartago, Oficial de Seguridad, cédula de identidad número 1 1214 0320, vecino de Cartago El Carmen, de al
antigua Tropigas 600 metros
al oeste y 75 al norte
barrio lotes de FECOSA, hijo
de Flora López Arroyo y José Alberto Díaz Díaz, nacido en San Isidro Pérez Zeledón San José, el 03/08/1984,
con 38 años de edad, y
Ariel Cristal Ureña Vega, mayor de edad, soltera, agente de atención al cliente, cédula de identidad número 1 1562 0099, vecina de San
José Goicoechea, vista de mar urbanización
el Edén del mercado del mueble 50 al sur primera alameda
a mano izquierda casa esquinera
C1, hija de Marleny Vega
Castro y Asdrúbal Martin Ureña
Chacón, nacida en Carmen Central San José, el 21/01/1994, actualmente con 29 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 23-001218-0338-FA. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Este Edicto debe publicarse
por una sola vez.—Juzgado
de Familia de Cartago, Cartago, 15 de mayo del año
2023.—Licda. Guadalupe Solano Patiño,
Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023780102 ).
Han comparecido ante este Juzgado de Familia de Heredia, solicitando
contraer matrimonio civil los señores: Marlen Mayela Segura
Sánchez, mayor, estado civil divorciada, profesión ama de
casa, cédula de identidad N° 401440699, vecina de Heredia, Barva, San
Pedro, del Súper
MM, 25 mtrs. al oeste, frente al Parque el Divino Niño, casa portón negro, hija de Rafael Ángel Segura León
y Amable Sánchez Montero, nacida en
Centro, Central, Heredia, el 25-05-1967, con 55 años de edad, y Eliecer González
Rojas, mayor, estado civil divorciado,
profesión Técnico de Electrónica,
cédula de identidad N° 601690833, vecino
de Heredia, Barva, San Pedro, del Super MM, 25 mtrs. al oeste, frente al Parque el Divino Niño, casa portón negro, hijo de Ismael Antonio González Lázaro y Margarita Rojas Morales, nacido en Heredia, Barva, San Pedro, del Super MM, 25 mtrs.
al oeste, frente al Parque el Divino Niño, casa portón negro, el 11-10-1962, con
60 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación
de manifestarlo en este despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
22-002497-0364-FA. Nota: de conformidad
con la circular N° 67-09, emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Heredia, 22 de noviembre del 2022.—Msc. Charlie
Susana Miranda Arias, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023780104 ).
Han comparecido ante este Juzgado de Familia de Heredia, solicitando
contraer matrimonio civil, los señores Luis Ángel Ordóñez Muñoz, estado civil soltero, profesión ú oficio: comerciante, cédula de identidad número 0115280933, vecino de Heredia, San Rafael, San Josecito,
Bajo de Los Molinos, teléfono
7138-6265, hijo de Dalila Ordóñez Muñoz, nacido en Hospital Central San José, con 30 años
de edad, y María Elena Brenes
Tenorio, mayor, estado civil soltera,
profesión ú oficio: manicurista, cédula de identidad número 0114450431, vecina
Heredia, San Rafael, San Josecito, Bajo de Los Molinos, teléfono 8399-2575, hija de Will Kens Brenes Hernández
y Grettel Tenorio Vargas, nacida
en Carmen Central San José, actualmente con 32 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 23-000721-0364-FA. Nota:
De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Heredia, Heredia, fecha, 09 de mayo del año 2023.—Licda. Katherine Isabel Meza Chaves, Jueza
Decisora.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2023778109 ).
Han comparecido a este
Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Lissette Parra Parra,
mayor, soltera, miscelánea, costarricense,
portadora de la cédula de identidad
número 7-0191-0057, hija de
Tomas Parra Núñez y María de los
Ángeles Parra Matarrita,
ambos de nacionalidad costarricense,
nacida en Guápiles, Pococí, Limón, el 03/05/1989, actualmente con 33 años de edad; y José Alberto Villalta
Jiménez, mayor, soltero, ayudante de chofer, costarricense, portador de la cédula de identidad
número 1-1498-0554, hijo de
Robert Alberto Villalta Bonilla y María Laura Jiménez Alvarado, ambos de nacionalidad costarricense, nacido en Hospital, Central, San
José, el 03/05/1992, actualmente
con 30 años de edad, ambos solicitantes son vecinos de San
José, San Sebastián, de la Escuela Central de San Sebastián, 400 metros al suroeste, casa de blog, con portón
negro. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
23-000094-1534-FA. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo y
Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita
(Materia Familia), San José, San Sebastián, fecha
04 de mayo del año 2023.—Lic.
José Celso Fernández Delgado, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023778171 ).
En vista que el demandado civil Javier Valerio
Quirós en la sumaria
penal 18-000699-1220-PE no fue posible
apersonarlo al despacho
o ubicarlo en su posible domicilio
para ponerle en conocimiento la acción civil presentada en su
contra, se procede a comunicarle
la resolución que cursa la acción civil en su contra por medio de edicto que se publicará una sola vez en
el Boletín
Judicial. Confeccionándose el
oficio de estilo. Licda. Alejandra Suárez González, Fiscal Auxiliar de Pavas: Se pone en conocimiento la acción civil. Licda. Alejandra Suárez González, Fiscal Auxiliar de la Fiscalía de Pavas, al(a) señor(a), Javier Valerio Quirós, cédula 1-1130-0744, como demandado civil, se le hace saber que: en el legajo de acción
civil resarcitoria 18-000699-1220-PE, actor civil
Christian Gerardo Bogantes Arias demandado
civil Javier Valerio Quirós, se ha dictado resolución que literalmente dice:
comunicación por Edicto: Fiscalía de Pavas, a las diez horas y ocho minutos del once de enero de dos mil veintitrés. En
vista de que el demandado
civil Javier Valerio Quirós no ha sido posible comunicarle la resolución dictada por este despacho,
que da curso a la acción
civil resarcitoria incoada por Christian Gerardo Bogantes
Arias, se procede a comunicarle
la resolución que cursa la acción civil en su contra por medio de edicto que se publicará una sola vez en
el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Licda. Alejandra Suárez González. Fiscal Auxiliar de Pavas: Se pone en conocimiento la acción civil: De conformidad con los artículos 115 y 120 del Código procesal
Penal, se pone en conocimiento
del civil demandado Javier Alerio
Quirós, la acción civil resarcitoria.
Cualquier interviniente podrá oponerse a la participación del actor civil planteando
las excepciones que correspondan.
La oposición se pondrá en conocimiento del actor y su resolución se reservará para la audiencia preliminar.
Comuníquese. Fiscalía de Pavas De conformidad con la
circular N° 56-12 emitida por
la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Teléfonos
2296-38-43 / 2290-28-51 / 2296-50-15, fax 2231-25-28, correo:
pavas-fiscalia@poder-judicial.go.cr.—Fiscalía de Pavas,
a las diez horas con veintiséis
minutos del treinta de mayo
de 2023.—Fiscal Auxiliar de Pavas.—Licda. Alejandra Suárez González.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2023778123).
Fiscalía Adjunta Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Penal), al ser las catorce
horas dieciséis minutos del
dieciséis de mayo de dos mil veintitrés.
Dentro del expediente
21-000092-1129-AG, contra ignorado, por el delito
de Infracción Ley Forestal,
en perjuicio de los recursos naturales, se ha ordenado
notificar la resolución de
las catorce horas dieciséis minutos del dieciséis de mayo de dos
mil veintitrés, a Sociedad Broward S.A cédula jurídica 3101 204936, representada
por Gabriela Gutiérrez Bonilla, mediante
la cual, se señala Inspección de Campo por parte de los funcionarios
de la Sección de Ingeniería
Forense, para el día veintidós de junio del año dos mil veintitrés a las siete horas y treinta minutos. El lugar de reunión será frente
a la Fiscalía de Pérez Zeledón.
Se le previene a la parte interesada que deberá señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de esta ciudad donde atender notificaciones bajo apercibimiento de que si lo omitiere, ó si el medio escogido
imposibilitare la notificación
por causas ajenas del despacho, o bien, si el lugar
señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con sólo el transcurso
de veinticuatro horas después
de dictadas. (Artículo 354,
357 y 433 del Código Procesal Civil; 6 y 12 de
la Ley de notificaciones y Citaciones
Judiciales). Lo anterior de acuerdo
con la circular N° 65- 2004, que autoriza la publicación del edicto a efecto de notificar
a las partes y de conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una vez. Comuníquese.—Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Penal).—Licda.
Francini Sequeira Elizondo, Fiscal Auxiliar.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2023780048 ).