BOLETÍN JUDICIAL N° 118 DEL 30 DE JUNIO DEL 2023

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

CIRCULAR N° 128-2023

ASUNTO:         Lista de abogadas y abogados suspendidos en el ejercicio de su profesión, actualizada al 26 de mayo de 2023.

A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

En cumplimiento de lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesiones N° 14-03 y 97-03, celebradas el 27 de febrero y 16 de diciembre de 2003, en ambas, artículos LII, hago de su conocimiento y para los fines consiguientes, la lista de los profesionales suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, según correo electrónico del citado Colegio Profesional.

LISTA DE ABOGADAS Y ABOGADOS SUSPENDIDOS

EN EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN

ACTUALIZADA AL 26 DE MAYO DE 2023

Para ver las imágenes solo en el Boletín Judicial con formato PDF

Notas:

* La suspensión se mantendrá hasta que cumpla la condena impuesta en sede penal.

** La suspensión será hasta la revocación de medida cautelar o finalización del proceso penal.

### (Lic. Rojas) Inhabilitación en el ejercicio de la abogacía por medida cautelar dictada por el Colegio, derivado de condenatoria penal expediente  00-200095-0486-PE, vigente hasta que no se dicte lo contrario.

### (Lic. Zumbado) Suspensión por medida cautelar dictada por el Colegio, derivado de condenatoria penal expediente 09-008513-0369-PE, vigente hasta que no se dicte lo contrario.

### (Licda. Salas) Suspensión por medida cautelar dictada por el Colegio, derivado de condenatoria penal expediente 06-024335-0042-PE, vigente hasta que no se dicte lo contrario.

#### (Lic. Zumbado) Suspensión por pena privativa de libertad bajo el expediente 08-002043-0175-PE, expediente disciplinario 162-17.

#### (Lic. Zumbado) Suspensión por medida cautelar dictada por el Colegio, derivado de condenatoria penal expediente 13-000137-0622-PE, vigente hasta que no se dicte lo contrario.

&& Fe de erratas. La Gaceta 197 del 13/10/2016.

&&& Fe de erratas. La Gaceta 96 del 23/05/2017.

&&&& Fe de erratas La Gaceta 164 del 07/09/2018.

***** Suspensión por medida cautelar decretada por el Departamento Legal.

% Suspendido por ejecución de sanción por parte del Poder Judicial hasta que se efectúe el pago de la multa avalada.

De conformidad con la circular No. 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.

San José, 31 de mayo de 2023.

                                               Licda. Silvia Navarro Romanini,

                                                            Secretaria General

1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789327 ).

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47 Bis de La Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el Acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 73-2021, celebrada el 26 de agosto del 2021, Artículo LIII se hace del conocimiento de las Instituciones Públicas, Privadas y del Público en General, que se procederá a la eliminación de Discos & DVD de discos, cajas de discos, paquetes de expedientes de discos, discos & DVD de penal, del despacho que a continuación se detallan. la información se encuentra remesada y custodiada en el Archivo Judicial del Segundo Circuito Judicial de San José.

Tabla

Descripción generada automáticamente

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la publicación de este aviso. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Publíquese por una vez en el Boletín Judicial. De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría General de la Corte el 22 de junio 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

San José. 13 de junio del 2023.

                                                               Alexandra Mora Steller

                                                              Subdirectora Ejecutiva a. í

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023788390 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico, las siguientes aprobaciones: de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión virtual Nº 01-2022, de fecha 25 de febrero del 2022, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 34-2022 celebrada el 26 de abril del 2022, artículo LXI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de documentación administrativa del año 1999 al 2019, de la Sección de Lofoscopía del Organismo de Investigación Judicial de Limón. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: O500L99, Paquetes: 39, Año: 1999-2019, Asuntos: 14 paquetes de Correspondencia enviada de los años 1999 al 2019, 1 paquete de “Registros de Detención” del año 2000, 1 paquete de “Libro Control Interno de Unidad de Reseña” del 2013 al 2018, 3 paquetes de “Dictamen Criminalísticos Lofoscopicos en donde quedaron huellas aptas para comparación” de los años 1999, 2000 2001. 1 paquete de “Dictamen Criminalísticos Lofoscopicos en donde quedaron huellas aptas que coinciden con sospechoso” del 1999 al 2011, 1 paquete de Informes de Identidad del 1999 al 2011, 18 paquetes de Dictamen Criminalísticos Lofoscopicos en donde no quedaron huellas aptas para comparación 1999 al 2016.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.

De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaria General de la Corte el 22 de junio 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

San José, 14 de junio de 2023.

                                                               Alexandra Mora Steller,

                                                                  Subdirectora Ejecutiva

1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789508 ).

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

A Bryan Joshua Castro Brenes, mayor, notario público, cédula de identidad número 114720733, de demás calidades ignoradas; Que en Proceso Disciplinario Notarial número 21-001074-0627-NO establecido en su contra por Marta Isabel Picado Granados, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. San José, a las ocho horas siete minutos del cinco de abril de dos mil veintidós. Debido a que mediante escrito incorporado al expediente el 04 de enero del 2022, la parte denunciante no indicó de forma clara y por separado en que consiste cada uno de los daños y perjuicios que originan su pretensión, ni brindó una estimación específica (clara y por separado) de cada uno de tales rubros, se tiene por no cumplida la prevención efectuada mediante auto de las diecisiete horas veinte minutos del quince de diciembre del dos mil veintiuno y se declara inadmisible la pretensión resarcitoria promovida por la señora Marta Isabel Picado Granados. Dicho esto, se tiene por establecido el presente Proceso Disciplinario Notarial de Marta Isabel Picado Granados contra Bryan Joshua Castro Brenes, a quien se confiere traslado por el plazo de Ocho Días, dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo ya citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo, se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de Nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. Tome nota la parte denunciada que, de conformidad con lo dispuesto por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en voto 2010-8722, y por el Tribunal Disciplinario Notarial en votos 265-2012 y 70-2015, es obligación de los notarios que ejercen como tales el tener actualizados sus datos personales en cuanto a las direcciones de oficina y lugar para atender notificaciones. Por indicarse que la parte denunciada tiene oficina en San José Centro, Avenida Central y Primera, calle séptima, Edificio Trejos, segundo piso Oficina número 200, Se Comisiona a Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San Jose. Asimismo, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José para notificar a la Dirección Nacional de Notariado esta resolución, en el Costado Oeste del Mall San Pedro, Edificio Sigma, Quinto Piso. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil, y para los efectos de proceder conforme lo dispuesto en el numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, consúltese al Sistema de Certificaciones e Informes Digitales del Registro Nacional si la parte denunciada tiene apoderado inscrito. Notifíquese. Dra. Ingrid Palacios Montero, Jueza. Juzgado Notarial, a las catorce horas cincuenta y tres minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés. Siendo fallidos los intentos por notificarle al Licenciado(a) Bryan Joshua Castro Brenes, la resolución dictada a las ocho horas siete minutos del cinco de abril del dos mil veintidós en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (resolución de las ocho horas siete minutos del cinco de abril del dos mil veintidós, acta de notificación negativa del once de mayo del dos mil veintidós, consulta al Registro Civil del ocho de junio del dos mil veintidós, resolución de las ocho horas veintisiete minutos del diecisiete de junio del dos mil veintidós, resolución de las ocho horas veintisiete minutos del diecisiete de junio del dos mil veintidós, acta de notificación negativa de las diez horas once minutos del doce de julio del dos mil veintidós, resolución de las catorce horas cuatro minutos del treinta y uno de agosto del dos mil veintidós, acta de notificación negativa de las doce horas dos minutos del veintiocho de setiembre del dos mil veintidós, acta de notificación negativa de las ocho horas treinta y seis minutos del veintiuno de diciembre del dos mil veintidós, acta de notificación negativa de las nueve horas cuarenta y nueve minutos del ocho de mayo del dos mil veintitrés) y según consulta de Apoderado realizada a la página del Registro Nacional en donde consta no contar con apoderado inscrito (ver consulta agregada en fecha del dictado de esta resolución), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber a la denunciada que los hechos que se le atribuyen son “Primero: Me presentan un proceso de Consignación de Pagó en el Primer Circuito Judicial de Alajuela, este señor Carlos Picado Granados autoriza a Bryan Joshua Castro Brenes para que me notifique. Segundo: La denuncia en contra de este señor Bryan Joshua Castro Brenes es porque él supuestamente viene hasta mi residencia en Barrio Lourdes a notificarme dicho proceso de Consignación de Pago, pero es falso ya que nunca ha venido a mi casa, supuestamente me vino a buscar a mi casa de habitación en Barrio Lourdes el 12/02/2021 para darme un dinero que me debía Carlos pero nunca llegó a mi casa de habitación y en la fecha 11/06/2021 supuestamente vino a mi casa a notificarme el proceso de Consignación de Pago pero eso es completamente falso, él nunca llegó ya que ni siquiera lo conozco”. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público al denunciado(a) Bryan Joshua Castro Brenes, cédula de identidad 114720733. Notifíquese. Licda. Gerling Cristina Navarro Porras, Jueza.”. De conformidad con la circular número 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia el 22 de junio del 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Comuníquese.

San José, 24 de mayo del 2023.

                                                   Licda. Gerling Navarro Porras,

                                                                         Jueza

1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789188 ).

A Flora Virginia Alvarado Desanti, mayor, notario público, cédula de identidad número 105720583, de demás calidades ignoradas; que en proceso disciplinario notarial número 22-000684-0627-NO establecido en su contra por Registro Civil, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. A las catorce horas cincuenta y seis minutos del ocho de setiembre de dos mil veintidós. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Registro Civil contra Flora Virginia Mayela Alvarado Desanti, por medio de oficio número O-IFRA-350-2022 del nueve de agosto del dos mil veintidós a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días; dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como mínimo y dentro de los ya citados, podrá señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por la Dirección de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo, se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirá para su consulta, en la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada;  pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada, lo cual se hará por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de Alajuela quienes podrán notificarle en la dirección de su oficina que consta en la página de la Dirección Nacional de Notariado, sita en Alajuela, San Mateo, San Mateo Labrador, del Cementerio de Labrador 1 kilómetros al oeste y 250 metros al sur. Así mismo, se ordena notificar esta resolución a la Dirección Nacional de Notariado junto con las copias de ley al correo electrónico denunciasterceros@dnn.go.cr, indicado así en oficio DNN-UFN-0584-2022 del veinte de julio del dos mil veintidós. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; y en caso de que se impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación con la entrega de la cédula correspondiente a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil. En caso de que el denunciado no sea habido en ninguna de las anteriores direcciones, hágase consulta vía intranet a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, a efecto hacer constar si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. Notifíquese. Dra. Ingrid Palacios Montero, Juez/a Decisor/a. Juzgado Notarial. A las trece horas cincuenta y tres minutos del dos de junio de dos mil veintitrés. Siendo fallidos los intentos por notificarle a la Licenciada Flora Virginia Alvarado Desanti, la resolución dictada a las dieciocho horas tres minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintitrés en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (consulta a la Dirección Nacional de Notariado del ocho de setiembre del dos mil veintidós, traslado de cargos de las catorce horas cincuenta y seis minutos del ocho de setiembre del dos mil veintidós, acta de notificación negativa de las ocho horas treinta minutos del once de octubre del dos mil veintidós, consulta al Registro Civil del nueve de diciembre del dos mil veintidós, resolución de las ocho horas veintiséis minutos del ocho de diciembre del dos mil veintidós, acta de notificación negativa de las once del cinco de mayo del dos mil veintitrés) y según consulta de Apoderado realizada a la página del Registro Nacional la cual fue incorporada al expediente de marras en fecha del dictado de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber a la denunciada que los hechos que se le atribuyen son “Único: que ante la persona notaria Flora Virginia Alvarado Desanti, cédula de identidad 105720583, carné número 9028, se celebró el matrimonio de Verónica Bellido Irias, cédula de identidad 111760645 y Iván Gabriel Madrigal Durán, cédula de identidad 111310683 el 02 de julio del 2022; tanto el Certificado de Declaración de Matrimonio Civil N° 5117903 como sus nexos fueron recibidos el 14 de julio del 2022 en forma extemporánea”. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público al denunciado(a) Flora Virginia Alvarado Desanti, cédula de identidad 105720583. Notifíquese. De conformidad con la circular número 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia el 22 de junio del 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Comuníquese.

San José, 02 de junio del 2023.

                                                   Licda. Gerling Navarro Porras,

                                                                  Jueza Decisora

1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789420 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial N° 18-000828-0627-NO, de Registro Civil contra Andrea Fernández Bonilla, (cédula de identidad 1-0791-0571), este Juzgado mediante resolución número 2023-000354 de las catorce horas diecinueve minutos del once de mayo del dos mil veintitrés, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de dos meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Juzgado Notarial. De conformidad con la circular n°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.”

San José, 25 de mayo del año 2023.

                                                      Dra. Melania Suñol Ocampo,

                                                                   Jueza Decisora

1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789433 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, Que en el Proceso Disciplinario Notarial N°19-000699-0627-NO, de Dirección Nacional de Notariado contra Carlos Alberto Víquez Ramírez, (cédula de identidad 1-0889-0333), este Juzgado mediante resolución número 2023-000356 de las catorce horas veintisiete minutos del once de mayo del dos mil veintitrés, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de Seis Meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Juzgado Notarial.” De conformidad con la circular N°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.”

San José, 25 de mayo del año 2023

                                                       Dra. Melania Suñol Ocampo,

                                                                            Jueza

1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789434 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Carlos Humberto Morales Alcázar 0108450940, fallecido el 07 de abril del año 2023, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Personas Fallecidas Bajo El Número 23-000946-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 23-000946-1178-LA. A favor de Carlos Humberto Morales Alcázar. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de mayo del año 2023.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789382 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rafael Antonio Suazo Campos con cédula de identidad 134000235011, hondureño, quien fue mayor, soltero, laboró para Municipalidad de Limón y falleció el 04/11/2022; se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers. fallecidas, bajo el número 23-000066-0679-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 23-000066-0679-LA. Por María Cristina Calderón Fajardo con cédula de identidad 0700690858, a favor de Rafael Antonio Suazo Campos. Notifíquese. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 16 de febrero del año 2023.—Licda. Mariela Picado Bolaños, Juez(a).—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789385 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Michael José Ramírez Villalta cédula 0114240752, fallecido el 02 de julio del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el Número 23-000391-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Expediente N° 23-000391-1550-LA.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, 05 de junio del año 2023.—Licda. Carolina Fallas Sánchez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789406 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Álvaro Eliecer Quirós Quesada 0602330512, fallecido el 05 de marzo del año 2023, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el Número 23-000070-0868-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”. Expediente N° 23-000070-0868-LA. Por Operadora de Pensiones del Banco Popular y de Desarrollo Comunal a favor de Álvaro Eliecer Quirós Quesada.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Laboral), 01 de junio del año 2023.—Lic. Jose Alexander Contreras Barrantes, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789410 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Florita Matilde Carrillo Villarreal, cédula N° 0502060833, fallecida el 26 de diciembre del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proc. esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida, bajo el N° 23-000077-0868-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000077-0868-LA. En favor de María Florita Matilde Carrillo Villarreal. Nota: De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Laboral), 23 de mayo del año 2023.—Lic. David Alonso Abarca Campos, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789419 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Alvin Alvarado Obando, fallecido el 27 de mayo del año 2023, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de Proc. Esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el número 23-000325-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”. Expediente N° 23-000325-0643-LA. Por Sonia María Badilla López a favor de Alvin Alvarado Obando.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 09 de junio del año 2023.—Licda. Andrea Méndez Garita, Juez(a).—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789432 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gerardo Villalobos Reyes, mayor, costarricense, divorciado, vecino de Cartago, con documento de identidad 0601081110, fallecido el 16 de diciembre del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 21-000262-1557-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 21-000262-1557-LA. Por Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a favor de Gerardo Villalobos Reyes. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas (Materia Laboral), 05 de noviembre del año 2021.—Lic. Luis Rojas Hernández, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789438 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de José Luis Chaves Vega, quien fue mayor de edad, costarricense, cédula de identidad número 02-0510-0425, soltero, chofer de tráiler, vecino de Santa Rosa de Poás, y falleció el diez de agosto del dos mil veintidós, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proc. Esp. Distribución de Prestaciones de Persona Trabajadora fallecida bajo el número 23-000202-1113-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 23-000202-1113-LA. Por Griluz Soto Alfaro a favor de sí misma. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Laboral), 19 de mayo del año 2023.—M.Sc. Freddy Aikman Espinoza, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789441 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Martín Quirós Arias 0104360668, fallecido(a) el 03 de febrero del 2023, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de personas fallecidas bajo el número 23-000044-1596-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 23-000044-1596-LA. Por BN Vital Operadora de Planes de Pensiones Complementarias S.A a favor de Elmer Quirós Monge. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Contravencional de Garabito (Materia Laboral), 26 de mayo del año 2023.—Lic. David Ricardo Matarrita Madrigal, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789483 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rafael Paulino Herrera Otárola quien fue mayor, casado, pensionado, laboró para Magisterio Nacional y falleció el 22 de julio del año 2022. se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 23-000061-0197-CI, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 23-000061-0197-CI. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y contra la Violencia Doméstica de Puriscal (Laboral), 08 de junio del año 2023.—M.Sc. Rudy Enrique Araya Jiménez, Juez Tramitador.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789517 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Pedro Federico Meza López, cédula de identidad 05-0223-0432, mayor, soltero, vecino de Cañas, Barrio Los Malinches, 25 metros al este y 150 metros al sur del Liceo Miguel Araya, fallecido el 26 de marzo del 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers. fallecidas bajo el número 23-000143-1557-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 23-000143-1557-LA. Por Flor de María López Ordóñez, cédula de identidad 5-0086-0666 a favor de Pedro Federico Meza López, cédula de identidad 5-0223-0432. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas (Laboral), 09 de junio del año 2023.—Licda. Carolina Quirós Jiménez, Juez(a) Tramitador(a).—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789525 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jovino Pérez Alas con cédula de residencia número 122200292426, mayor, soltero, salvadoreño, vecino de la provincia de Puntarenas, fallecido el 24 de abril del año 2023, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proc. esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el número 23-000217-1125-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 23-000217-1125-LA. Por Yancy Patricia Cascante Vargas con cédula de identidad número 1-1174-0123 a favor de Jovino Pérez Alas. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”. Publíquese este edicto una sola vez en el Boletín Judicial, teléfono: 2770-1570.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Laboral), 13 de junio del año 2023.—Msc. Harold Ríos Solórzano, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789548 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Reinaldo Leal Rodríguez 0503050774, fallecido el cuatro de junio del dos mil veintitrés, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignación de extremos laborales bajo el número 23-000130-0775-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 23-000130-0775-LA. Por Central de Mangueras S.A., a favor de José Reinaldo Leal Rodríguez. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo de Santa Cruz, 09 de junio del año 2023.—Licda. Charling Johanna Vargas Valenciano, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789550 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Édgar Mauricio Morera Taleno, cédula de identidad: 0206500050, fallecido el 25 de diciembre del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de personas fallecidas, bajo el número 23-000001-1503-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 23-000001-1503-LA. Por a favor de Édgar Mauricio Morera Taleno. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Contravencional de Los Chiles (Materia Laboral), 26 de enero del año 2023.—Msc. Hazel Andrea Víctor Rodríguez, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789551 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Rolando Cedeño Masís, cédula de identidad 3-0225-0214, y quien falleció el 23 de marzo de 2023, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 23-000831-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Rolando Cedeño Masís. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 07 de junio de 2023.—MSc. Armando Elizondo Almeida, Juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789554 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Maria Del Rocío Marín García, cédula de identidad N° 1-0528-0594, y quien falleció el 16 de marzo de 2023, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000814-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida María Del Rocío Marín García. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425 del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 7 de junio de 2023.—MSc. Armando Elizondo Almeida, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789556 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Jorge Andrés Solano Rojas, cédula de identidad N° 1-1411-0976, y quien falleció el 25 de diciembre de 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000732-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Jorge Andrés Solano Rojas. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 08 de mayo de 2023.—MSc. Armando Elizondo Almeida, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789570 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de José Manuel Barboza Mora, cédula de identidad 1-0245-0885, y quien falleció el 18 de noviembre de 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 23-000951-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida José Manuel Barboza Mora. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 12 de junio de 2023.—MSc. Armando Elizondo Almeida, Juez Tramitador.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789571 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Jorge Eduardo Alvarado Delgado, cédula de identidad N° 1-0446-0272, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000729-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Jorge Eduardo Alvarado Delgado. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 08 de mayo de 2023.—MSc. Armando Elizondo Almeida, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789572 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Óscar Eli Badilla Badilla, cédula de identidad 1-0798-0417, y quien falleció el 24 de noviembre de 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000691-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Óscar Eli Badilla Badilla. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 08 de mayo de 2023.—MSc. Armando Elizondo Almeida, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789573 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Fabio Alberto Solano Solano, cédula de identidad 1-0678-0093, y quien falleció el 25 de marzo de 2023, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N°23-000876-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Fabio Alberto Solano Solano. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 07 de junio de 2023.—MSc. Armando Elizondo Almeida, Juez Tramitador.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789574 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes William Sicard Aragón Pascuas, quien fue mayor, nacionalidad colombiano, cédula de identidad Dimex 117001234329, número de asegurado 7/15721165, vecino de Alajuela, Villa Bonita y falleció el 12 de noviembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers. fallecidas bajo el número 23-000892-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 23-000892-0639-LA. Por fallecido William Sicard Aragón Pascuas a favor de gestionante Martha Lucía Andrade Penuela. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de junio del año 2023.—Lic. Ignacio Saborío Crespo, Juez(a).—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789577 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Antonio Cordero Soto quien fue mayor, casado, portador de la cédula de identidad número 6-0213-0660, vecino de Alajuela, Tuetal sur y falleció el 01 de agosto del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de Proc. Esp. Distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el número 23-000975-0639-la, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de junio del año 2023. Expediente N° 23-000975-0639-LA. Por Yadira González Solís a favor de José Antonio Cordero Soto. Nota: “De conformidad con la circular n° 67-09 emitida por la secretaría de la corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del código de trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Licda. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 068-2017-JA.—( IN2023789671 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Alexander Solano Godínez 0701170561, fallecido el veinticuatro de junio del dos mil quince, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el Número 23-000143- 0679-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000143-0679-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 27 de marzo del año 2023.—Licda. Norma Sédyer Villegas Méndez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789674 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Heriberto Valladares Valladares, cédula de identidad número 5-0248-0752, quien fue mayor, laboró para Limofrut Sociedad Anónima y falleció el veinticinco de mayo del dos mil veintitrés, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proc. esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el número 23-000136-0775-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 23-000136-0775-LA. Por Limofrut Sociedad Anónima a favor de Heriberto Valladares Valladares. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo de Santa Cruz, 12 de junio del año 2023.—Msc. Laura Del Carmen Rodríguez Chavarría, Juez(a).—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789675 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Casimiro Mora Sanchez con cédula de identidad 0104670834, fallecido el quince de abril del dos mil diecinueve, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el número 23-0002070679-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000207-0679-LA. Por a favor de Casimiro Mora Sanchez Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 24 de mayo del año 2023.—Lic. Luis Diego Araya González, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789677 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Sergio Gerardo Soto Young, quien fue mayor, divorciado, vecino de Alajuela, portador de la cédula de identidad número: 2-0355-0699, laboró para Auto Transportes Privados Val de CR S.A, y falleció el 25 de febrero del año 2023, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proc. esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el número 23-000557-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 23-000557-0639-LA. Por José Daniel Soto Huertas a favor de Sergio Gerardo Soto Young. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de marzo del año 2023.—Msc. Andrés Alberto Jiménez Vega, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789724 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ángelo Reyes Rodríguez, 0701940819, fallecido el veinte de marzo del dos mil veintitrés, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el N° 23-000156-0679-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000156-0679-LA. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425 del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 12 de abril del 2023.—Licda. Melissa Chaves Agüero, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 068-2017-JA.—( IN2023789728 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gonzalo García Vargas, quien portó la cédula de identidad número 1 0271 0178, y falleció el día 1° de noviembre del 2022; se consideren con derecho, para que se apersonen dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, ante este Despacho en las diligencias de proc. esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida tramitado bajo el número 23-000320-0173-LA, el cual es promovido por María Isabel Aguilar Castro, cédula de identidad 1 0271 0779; a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 23-000320-0173-LA. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 09 de junio del año 2023.—Licda. Jéssica Cordero Azofeifa, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 068-2017 JA.—( IN2023789792 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Enrique De La Concepción Cambronero Cambronero, quien fue mayor de edad, soltero, titular del documento de identidad N° 9-0043-0121, laboro para Municipalidad de Limón y falleció el 19/01/2007, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el N° 20-000420-0679-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000420-0679-LA, por Carlos Gabriel Cambronero Ramírez, titular de la cédula de identidad N° 7-0134-0626, a favor de Luis Enrique De La Concepción Cambronero Cambronero, titular con cédula de identidad N° 9-0043-0121. Notifíquese. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 21 de noviembre del 2022.—Lic. Max Alberto Alpízar Solórzano, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789826 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de dos millones ochocientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa N° Placa: 852874, Marca: Mitsubishi, año: 2000, color: verde, Capacidad: 5 personas, Vin: JA4MT31H1YP041 443. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos (08:30 a.m.) del veintiséis de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos (08:30 a.m.) del cuatro de agosto de dos mil veintitrés, con la base de dos millones ciento treinta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos (08:30 a.m.) del diecisiete de agosto de dos mil veintitrés, con la base de setecientos doce mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de José Francisco Barrantes Campos contra María Soledad Alvarado Redondo. Expediente N° 20-003198-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 15 de junio de 2023.—Licda. Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2023791544 ).

En este Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 231-02657-01-0901-002; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 154387-000, la cual es terreno de pastos. Situada: en el distrito: 01-Espíritu Santo, cantón: 02-Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Inversiones Reta S. A.; al sur, calle pública con 40 metros de frente; al este, Dinorah Cortés Solís, y al oeste, Inversiones Reta S. A. Mide: cuatro mil cuatrocientos metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del dieciséis de octubre del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas treinta minutos del veinticuatro de octubre del dos mil veintitrés, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas treinta minutos del primero de noviembre del dos mil veintitrés, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Luis Alberto Quesada Madrigal contra Fernando Pedro Félix Duarte García. Expediente N° 22-002990-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, Hora y fecha de emisión: nueve horas con cuarenta y ocho minutos del doce de junio del dos mil veintitrés.—Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2023791552 ).

En este Despacho con una base de dos millones doscientos noventa y tres mil trescientos ochenta y cinco colones con veintiséis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos bajo las citas: 297-00001069-01-0002-001 y plazo de convalidación (rectificación de medida) bajo las citas: 0538-00010315-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de San José matrícula número doscientos siete mil seiscientos sesenta y uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación en proceso de construcción. Situada: en el distrito uno Santiago, cantón cuatro Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: norte, Franklin Vega Chaves; noroeste, Asdrúbal Badilla Román; sureste, Warner García Alpízar, y suroeste, calle pública con diez punto veintiún metros. Mide: cuatrocientos ochenta y siete metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del trece de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del veintiuno de julio de dos mil veintitrés, con la base de un millón setecientos veinte mil treinta y ocho colones con noventa y cuatro céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del primero de agosto de dos mil veintitrés, con la base de quinientos setenta y tres mil trescientos cuarenta y seis colones con treinta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Eduardo Valverde Guerrero, Jessica Núñez Rey. Expediente N° 23-000860-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José (Sección Primera), 14 de junio de 2023.—Carlos Alejandro Báez Astúa, Juez Tramitador.—( IN2023791563 ).

En este Despacho, con una base de siete millones setecientos veintiséis mil seiscientos dieciséis colones con setenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: BSF593, Marca: Chevrolet, estilo: Aveo LT, Categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, Serie, Vin y número de chasis: LSGHD52H6JD200483, año: 2018, color: plateado, cilindrada: 1500 c.c., combustible: gasolina, Motor N°: L2B181323552. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del seis de setiembre de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos del catorce de setiembre de dos mil veintitrés, con la base de cinco millones setecientos noventa y cuatro mil novecientos sesenta y dos colones con cincuenta y cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos del veinticinco de setiembre de dos mil veintitrés, con la base de un millón novecientos treinta y un mil seiscientos cincuenta y cuatro colones con dieciocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Roberto Vargas Hernández. Expediente N° 23-000309-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José (Sección Tercera), 13 de marzo del año 2023.—Iván Tiffer Vargas, Juez Tramitador.—( IN2023791564 ).

En este Despacho, con una base de trece mil ciento treinta y tres dólares con treinta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: BRP731, Marca: M.G., estilo: MG ZS, Categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, Serie: LSJW74U31KZ012382, N° motor: 15S4C2LGJ5110142, N° Serie: no indicado, cilindrada:1500 c.c. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del diecisiete de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintiséis de julio de dos mil veintitrés, con la base de nueve mil ochocientos cincuenta dólares con tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del cuatro de agosto de dos mil veintitrés, con la base de tres mil doscientos ochenta y tres dólares con treinta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Sujey Milena Hernández Mesén. Expediente N° 22-003774-1208-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 15 de mayo del 2023.—Lic. Carlos Marín Angulo, Juez Tramitador.—( IN2023791598 ).

En este Despacho, con una base de treinta y tres millones quinientos cincuenta y cinco mil setecientos ochenta y seis colones con catorce céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula N° 219757-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01-Upala, cantón 13-Upala de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: lote 57; al sur: lote 58; al este: José Matías Acebedo Oquendo; y al oeste: calle pública con 14 m. 25 cm. Mide: doscientos ochenta y tres metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Plano: A-0639375-1986. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del uno de setiembre de dos mil veintitrés, con la base de veinticinco millones ciento sesenta y seis mil ochocientos treinta y nueve colones con sesenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del once de setiembre de dos mil veintitrés, con la base de ocho millones trescientos ochenta y ocho mil novecientos cuarenta y seis colones con cincuenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica, contra Astrid Leticia Lorío Escamilla. Expediente N° 22-004358-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: dieciocho horas con cuatro minutos del veintiocho de marzo del dos mil veintitrés.—Viviana Salas Hernández, Jueza Decisora.—( IN2023791600 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas: 374-04767-01-0001-001; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula N° 532819-000, derecho, la cual es terreno de repasto. Situada en el distrito: 07-La Fortuna, cantón: 10-San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Palmitos P.V.G S. A.; sur: Palmitos P.V.G S.A.; este: calle publica con un frente de 11 mts. 60 cms. oeste: Palmitos P.V.G S. A. Mide: doscientos treinta y cuatro metros cuadrados. Plano: A-1772893-2014. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del uno de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del diez de agosto de dos mil veintitrés, con la base de treinta y tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veintiuno de agosto de dos mil veintitrés, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jorge Eliecer Monastoque Soba, Contra Grupo Mondragón & Jenkins Sociedad Anónima. Expediente: 20-006603-1202-CJ. Notas: publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: veinte horas con treinta y tres minutos del uno de marzo del dos mil veintitrés.—Viviana Salas Hernández, Jueza Decisora.—( IN2023791634 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servid. y condic. ref.: 2775 494 001, citas: 326-03520-01-0901-001, demanda penal citas: 2018-378910-01-0001-001; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula número quinientos cuarenta y dos mil novecientos cuarenta y tres, derecho 000, la cual es terreno para construir, lote dos. Situada en el distrito: 09-Pavas, cantón: 01-San José de la provincia de San José. Colinda: al norte: lote uno; al sur: acera siete; al este: lote tres; y al oeste: Instituto Costarricense de Electricidad. Mide: noventa y seis metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: SJ-0382002-1997. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del cuatro de setiembre de dos mil veintitrés, con la base de cuatro millones doscientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del doce de setiembre de dos mil veintitrés, con la base de un millón cuatrocientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Luis Guillermo Salazar Castro, contra Karol Vanessa Villalobos Alfaro. Expediente N° 16-001614-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de mayo del 2023.—Sirlene De Los Ángeles Salazar Muñoz, Jueza Decisora.—( IN2023791635 ).

En este Despacho, 1) Libre de gravámenes hipotecarios 1) soportando servidumbre trasladada citas: 358-00441-01-0900-001, a las diez horas cero minutos del nueve de agosto del año dos mil veintitrés, y con la base de ciento trece mil setecientos veintiocho dólares con cincuenta y dos centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 337178-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito 3-San Rafael, cantón 2-Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, calle pública con 20.00 metros de frente; al noroeste, El Valle Yarumi S. A., lote once -C-; al sureste, Alfredo Castellanos Ojeda, y al suroeste, Alfredo Castellanos Ojeda. Mide: quinientos veintinueve metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas cero minutos del dieciocho de agosto del año dos mil veintitrés, con la base de ochenta y cinco mil doscientos noventa y seis dólares con treinta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas cero minutos del veintiocho de agosto del año dos mil veintitrés, con la base de veintiocho mil cuatrocientos treinta y dos dólares con trece centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). - 2) Ahora bien soportando servidumbre trasladada citas: 352-03205-01-0900-001, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas cero minutos del nueve de agosto del año dos mil veintitrés, y con la base de cuarenta y cuatro mil doscientos setenta y un dólares con cuarenta y ocho centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 329435-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 3-San Rafael, cantón 2-Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, calle pública con 8.00 metros de frente y Alfredo Castellanos Ojeda; noroeste, El Valle Yurumi S. A., lote once-C, y Alfredo Castellanos Ojeda; sureste, El Valle Yurumi S. A., lote 9-C; suroeste, El Valle Yurumi S. A. Mide: setecientos noventa metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas cero minutos del dieciocho de agosto del año dos mil veintitrés, con la base de treinta y tres mil doscientos tres dólares con sesenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas cero minutos del veintiocho de agosto del año dos mil veintitrés, con la base de once mil sesenta y siete dólares con ochenta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alfredo Alejandro Castellanos Ojeda, Importadora y Distribuidora Centroamericana Alca S. A. Expediente N° 15-007547-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José (Sección Tercera), 24 de marzo del año 2023.—Licda. Adriana Castro Rivera, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023791837 ).

En este Despacho, con una base de ochocientos setenta y nueve mil cuarenta y siete colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo, vehículo Placa: MOT-588594, Marca: Fórmula, estilo: Hawk, Categoría: motocicleta, Capacidad: 2 personas, color: rojo, Motor: HJ167FML171240411, cilindrada: 200 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cuarenta y cinco minutos del nueve de agosto de dos mil veintitrés, con la base de seiscientos cincuenta y nueve mil doscientos ochenta y cinco colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintitrés, con la base de doscientos diecinueve mil setecientos sesenta y un colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Rutilio Quijada Torres. Expediente N° 19-006447-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: nueve horas con treinta y nueve minutos del veintiocho de noviembre del dos mil veintidós.—Cinthia Pérez Moncada, Jueza Tramitadora.—( IN2023791839 ).

En este Despacho, con una base de tres millones ciento veintiséis mil trescientos sesenta y nueve colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando o colisión boleta 201728300155, expediente N° 17-000236-1469-TR; sáquese a remate el vehículo: BLB155, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie, chasis y vin: KMHCG41BP2U423512, año: 2002, color: negro, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las trece horas quince minutos del treinta y uno de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas quince minutos del nueve de agosto de dos mil veintitrés, con la base de dos millones trescientos cuarenta y cuatro mil setecientos setenta y seis colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas quince minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintitrés, con la base de setecientos ochenta y un mil quinientos noventa y dos colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Mirian Idalia Mena Soriano. Expediente N° 18-000845-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: once horas con trece minutos del veintiocho de noviembre del dos mil veintidós.—Licda. Laura Alfaro Vargas, Jueza.—( IN2023791841 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones cuatrocientos ochenta y un mil doscientos sesenta y cuatro colones con veintiséis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 392-10456-01-0821- 001 y medianería citas: 392-10456-01-0822-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 136704-000, la cual es terreno con 1 casa lote 280. Situada en el distrito: 05-Aguacaliente (San Francisco), cantón: 01-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, alameda 4; al sur, lote 279; al este, avenida 6 y al oeste, lote 281. Mide: ciento veintiocho metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del diez de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del veintiuno de agosto de dos mil veintitrés, con la base de dieciséis millones ciento diez mil novecientos cuarenta y ocho colones con diecinueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veintinueve de agosto de dos mil veintitrés, con la base de cinco millones trescientos setenta mil trescientos dieciséis colones con seis céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alfredo Antonio Jiménez Cordero, José Antonio Jiménez Cordero, Expediente 22-003664-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 25 de abril del año 2023.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2023791842 ).

En este Despacho, con una base de setenta y dos millones ochocientos cincuenta y ocho mil seiscientos noventa y cinco colones con veinte céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Cartago, matrícula N° 121337-F-000, la cual es terreno finca filial número ciento cincuenta y cuatro, identificada como M-10, ubicada en el tercer nivel del edificio M, destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 5-Concepcion, cantón 3-La Unión de la provincia de Cartago. Colinda: al norte: área común; al sur: área común; al este: área común; y al oeste: finca filial M-09. Mide: ochenta y cinco metros cuadrados. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del siete de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del quince de agosto de dos mil veintitrés, con la base de cincuenta y cuatro millones seiscientos cuarenta y cuatro mil veintiún colones con cuarenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintitrés, con la base de dieciocho millones doscientos catorce mil seiscientos setenta y tres colones con ochenta céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sub Condominio Vertical Horizontal Residencial Colinas del Sol, contra Hugo Antonio Victorio Chan Rodríguez. Expediente N° 22-003855-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 16 de junio del 2023.—Víctor Obando Rivera, Juez Tramitador.—( IN2023791879 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete millones quinientos ochenta y siete mil seiscientos noventa colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula N° 614760-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 03-Daniel Flores, cantón: 19-Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte: calle pública; al sur: Finca Madre Eugenio Padilla Ortiz, Ester Fonseca Padilla; al este: Finca Madre Eugenio Padilla Ortiz, Ester Fonseca Padilla; y al oeste: IDA parcela. Mide: seiscientos sesenta y seis metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del veintiocho de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del siete de agosto de dos mil veintitrés, con la base de trece millones ciento noventa mil setecientos sesenta y siete colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del quince de agosto de dos mil veintitrés, con la base de cuatro millones trescientos noventa y seis mil novecientos veintidós colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Andrey Rafael Ureña Hernández, Sociedad Civil Jimer Dos Mil Nueve, contra Shirley Cordero Borbón. Expediente N° 23-001705-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur. Hora y fecha de emisión: siete horas con cuarenta minutos del veintidós de junio del dos mil veintitrés.—Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—( IN2023791917 ).

En este Despacho, con una base de noventa y seis mil ochocientos setenta y seis dólares con ochenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número doscientos mil setecientos veinticinco, derecho 000, la cual es terreno bloque B, lote 4B terreno para construir. Situada en el distrito: 02-Rincón de Sabanilla, cantón 09-San Pablo, de la provincia de Heredia.- Colinda: al norte, lote 12B; al sur, calle publica; al este lote 5B,6B,7B,8B y al oeste lote 3B.- Mide: ciento sesenta y dos metros con setenta y cinco decímetros cuadrados plano: H- 1064787-2006. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del cuatro de octubre de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del doce de octubre de dos mil veintitrés, con la base de setenta y dos mil seiscientos cincuenta y siete dólares con sesenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veintitrés de octubre de dos mil veintitrés, con la base de veinticuatro mil doscientos diecinueve dólares con veintidós centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José S.A. contra Ramón Danilo Cerdas Durán. Expediente Nº 22-009343- 1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con treinta y tres minutos del dieciséis de junio del dos mil veintitrés.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2023791918 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil setecientos setenta dólares con catorce centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones -19-006840-0489-TR -2019234300906; sáquese a remate el vehículo BPZ814, Marca: Hyundai, estilo: Grand I10 GLS, categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: MALA851AAJM724647, carrocería: Sedan 4 puertas hatchback, tracción: 4x2, peso bruto: 1420 kgrms., número chasis: MALA851AAJM724647, año fabricación: 2018, color: plateado. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del siete de agosto del año dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de agosto del año dos mil veintitrés, con la base de seis mil quinientos setenta y siete dólares con sesenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de agosto del año dos mil veintitrés, con la base de dos mil ciento noventa y dos dólares con cincuenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Carlos Miguel Franco Cardona. Expediente 22-010748-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: diecisiete horas con seis minutos del treinta de noviembre del dos mil veintidós.—Manuel Loría Corrales, Juez Tramitador.—( IN2023791919 ).

En este Despacho, Finca 1: con una base de CIENTO CUATRO MIL OCHO DÓLARES CON DIECIOCHO CENTAVOS, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 369-02060-01-0004-001 servidumbre trasladada citas: 369-02060-01-0005001 servidumbre trasladada citas: 369-02060-01-0006-001 servidumbre trasladada citas: 36902060-01-0007-001 servidumbre trasladada citas: 369-02060-01-0900-001 servidumbre de paso citas: 2014-09306-01-0001-001 servidumbre de acueducto citas: 2014-09306-01-0003-001 servidumbre de aguas pluviales citas: 2014-09306-01-0005-001 servidumbre de paso citas: 2014-272507-01-0001-001 servidumbre de paso citas: 2014-272507-01-0453-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 134066, horizontal F, derecho cero cero cero, la cual es terreno finca filial número seis ubicada en el primer nivel del edificio a, destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el DISTRITO 5-GUACIMA, CANTÓN 1-ALAJUELA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA: al NORTE AREA COMUN LIBRE DE ZONA VERDE NUMERO 1 ASIGNADA A LA FINCA FILIAL 6, AREA COMUN CONSTRUIDA DE DUCTO Y AREA COMUN CONSTRUIDA DE PASILLO; al SUR AREA COMUN CONSTRUIDA DE DUCTO, AREA COMUN LIBRE DE PATIO DE LUZ, FINCA FILIAL 5 Y AREA COMUN LIBRE DE ZONA VERDE; al ESTE AREA COMUN CONSTRUIDA DE PASILLO, FINCA FILIAL 5, AREA COMUN LIBRE DE PATIO DE LUZ Y AREA COMUN CONSTRUIDA DE DUCTO y al OESTE AREA COMUN LIBRE DE ZONA VERDE NUMERO 1 ASIGNADA A LA FINCA FILIAL 6 Y AREA COMUN LIBRE DE ZONA VERDE. MIDE: OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS PLANO: A-1809233-2015. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veintidós de enero de dos mil veinticuatro. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del treinta de enero de dos mil veinticuatro, con la base de SETENTA Y OCHO MIL SEIS DÓLARES CON TRECE CENTAVOS (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del siete de febrero de dos mil veinticuatro, con la base de VEINTISÉIS MIL DOS DÓLARES CON CUATRO CENTAVOS (25% de la base original). Finca 2: Con una base de SIETE MIL NOVENTA Y UN DÓLARES CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 369-02060-01-0004-001 servidumbre trasladada citas: 369-02060-01-0005-001 servidumbre trasladada citas: 36902060-01-0006-001 servidumbre trasladada citas: 369-02060-01-0007-001 servidumbre trasladada citas: 369-02060-01-0900-001 servidumbre de paso citas: 2014-09306-01-0001-001 servidumbre de acueducto citas: 2014-09306-01-0003-001 servidumbre de aguas pluviales citas: 2014-09306-01-0005-001 servidumbre de paso citas: 2014-272507-01-0001-001 servidumbre de paso citas: 2014-272507-01-0453-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 134253 horizontal F, derecho cero cero cero, la cual es terreno FINCA FILIAL NUMERO CIENTO NOVENTA Y TRES UBICADA EN EL PRIMER NIVEL DESTINADA A PARQUEO PARA USO DE LA FINCA FILIAL 6, EN PROCESO DE CONSTRUCCION. Situada en el DISTRITO 5-GUACIMA, CANTÓN 1-ALAJUELA, de la provincia de ALAJUELA.- COLINDA: al NORTE: AREA COMUN CONSTRUIDA DE ACERA Y FINCA FILIAL 192 SUR: FINCA FILIAL 194 Y AREA COMUN LIBRE DE AVENIDA 2 ESTE: FINCA FILIAL 194 Y AREA COMUN CONSTRUIDA DE ACERA OESTE: FINCA FILIAL 192 Y AREA COMUN LIBRE DE AVENIDA 2. MIDE: CATORCE METROS CUADRADOS PLANO: A-1809728-2015. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veintidós de enero de dos mil veinticuatro. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del treinta de enero de dos mil veinticuatro, con la base de CINCO MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO DÓLARES CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del siete de febrero de dos mil veinticuatro, con la base de MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS DÓLARES CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS (25% de la base original). Finca 3: Con una base de SIETE MIL CON NOVENTA Y UN DÓLARES CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 369-02060-01-0004-001 servidumbre trasladada citas: 369-02060-01-0005-001 servidumbre trasladada citas: 36902060-01-0006-001 servidumbre trasladada citas: 369-02060-01-0007-001 servidumbre trasladada citas: 369-02060-01-0900-001 servidumbre de paso citas: 2014-09306-01-0001-001 servidumbre de acueducto citas: 2014-09306-01-0003-001 servidumbre de aguas pluviales citas: 2014-09306-01-0005-001 servidumbre de paso citas: 2014-272507-01-0001-001 servidumbre de paso citas: 2014-272507-01-0453-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 134254 horizontal F, derecho cero cero cero, la cual es terreno FINCA FILIAL NUMERO CIENTO NOVENTA Y CUATRO UBICADA EN EL PRIMER NIVEL DESTINADA A PARQUEO PARA USO DE LA FINCA FILIAL 6, EN PROCESO DE CONSTRUCCION.- Situada en el DISTRITO 5-GUACIMA, CANTÓN 1-ALAJUELA, de la provincia de ALAJUELA. COLINDA: al NORTE: AREA COMUN CONSTRUIDA DE ACERA Y FINCA FILIAL 193 SUR: FINCA FILIAL 195 Y AREA COMUN LIBRE DE AVENIDA 2 ESTE: FINCA FILIAL 195 Y AREA COMUN CONSTRUIDA DE ACERA OESTE: FINCA FILIAL 193 Y AREA COMUN LIBRE DE AVENIDA 2. MIDE: CATORCE METROS CUADRADOS PLANO: A-1809727-2015. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veintidós de enero de dos mil veinticuatro. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del treinta de enero de dos mil veinticuatro, con la base de CINCO MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO DÓLARES CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del siete de febrero de dos mil veinticuatro, con la base de MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS DÓLARES CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS (25% de la base original). NOTAS: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en PROCESO EJECUCIÓN HIPOTECARIA de BAC SAN JOSE SOCIEDAD ANONIMA contra MANUEL ALEJANDRO SAENZ MERIDA EXP: 23-003018-1157-CJ.—JUZGADO DE COBRO DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, hora y fecha de emisión: nueve horas con diecisiete minutos del ocho de junio del dos mil veintitrés.—Manuel Loría Corrales, Juez.—( IN2023791920 ).

En este Despacho, con una base de un millón quinientos cincuenta y seis mil diecisiete colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MOT 534146, marca honda. Estilo Invicta. Año 2016. Tracción 2x2, color rojo, VIN ME4KC1948G8023943. Cilindrada 149 Cc. Motor Nº KC19E81023943. Combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del nueve de agosto de dos mil veintitrés con la base de un millón ciento sesenta y siete mil doce colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintitrés con la base de trescientos ochenta y nueve mil cuatro colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Wendy Paola Jiménez Benavides. Expediente Nº 17-008870-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con seis minutos del veintisiete de febrero del dos mil veintitrés.—German Valverde Vindas, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023791922 ).

En este Despacho, con una base de ¢56.000.000,00, libre de gravámenes y anotaciones; sáquense a remate los derechos inmobiliarios correspondientes a las secuencias 001 y 002, relativos a la finca situada en la provincia Limón y titular de la matrícula 16868, la cual es terreno para construir, corresponde al lote 17 y tiene una casa; situada en el distrito Siquirres, cantón Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, con calle pública; al sur, con Delfín Garcis Garcis; y al este y al oeste, con el I.N.V.U. y mide trescientos nueve metros con sesenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las 10:00 del 19/9/2023. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las 10:00 del 27/9/2023 con la base de ¢42.000.000,00 (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 10:00 del 5/10/2023 con la base de ¢14.000.000,00 (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Julio César de Los Ángeles Chaves Mora, Paola Chaves Herrera. Expediente 15-000127-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 17 de mayo del año 2023.—David Felipe Cortés Segura, Juez Decisor.—( IN2023791933 ).

En este Despacho, con una base de dos millones cuatrocientos cuarenta y siete mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas: 504836, Marca: Isuzu, estilo: Rodeo S, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año: 1999, color: gris, Vin: 4S2CM58WXX4312194, cilindrada: 3200 c.c., combustible: gasolina, número de motor: 672505. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiséis de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del cuatro de agosto de dos mil veintitrés, con la base de un millón ochocientos treinta y cinco mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintitrés, con la base de seiscientos once mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Ana Lorena Wabe Arce, Lidia Malena Quirós Wabe. Expediente N° 16-010123-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de mayo del 2023.—Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2023791938 ).

En este Despacho, con una base de seis millones cuarenta y nueve mil ciento setenta y dos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BPK531, marca: Toyota, estilo: Yaris, categoría: automóvil, color: plateado, año:2010, serie, VIN y chasis: JTDBT4K36A4070384. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos (03:00 p.m.) Del veinticinco de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos (03:00 p.m.) Del tres de agosto de dos mil veintitrés con la base de cuatro millones quinientos treinta y seis mil ochocientos setenta y nueve colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos (03:00 p.m.) Del once de agosto de dos mil veintitrés con la base de un millón quinientos doce mil doscientos noventa y tres colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del código de comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de INSTACREDIT S. A. contra Rebeca del Socorro Zea Aragón Expediente Nº 18-020594-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 31 de mayo del año 2023.—Lic. Carlos Alonso Cascante Calvo, Juez/a Decisor/a.—( IN2023791947 ).

En este Despacho, con una base de cuatrocientos cincuenta y dos mil doscientos veintiséis dólares con cuarenta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 571767, derecho 000, la cual es terreno para edificar con un edificio de oficinas y una casa. Situada en el distrito 1-Carmen, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, avenida once con un frente a ella de 14 metros, 23 centímetros; al sur, Alfredo Carazo Brenes; al este, calle uno, con un frente de 8 metros, 55 centímetros, y al oeste, Alfredo Carazo Brenes. Mide: trescientos cuarenta y ocho metros con nueve decímetros cuadrados Plano: SJ-1036920-2005. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del ocho de agosto del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintitrés, con la base de trescientos treinta y nueve mil ciento sesenta y nueve dólares con ochenta y cinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del veinticinco de agosto del dos mil veintitrés, con la base de ciento trece mil cincuenta y seis dólares con sesenta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Eduardo Chafic Baharet Shields, Flowers Of Praire Sociedad Anónima. Expediente N° 21-000967-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José (Sección Segunda), 09 de junio del año 2023.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023791948 ).

En este Despacho, con una base de treinta y cuatro millones doscientos cuarenta y siete mil quinientos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 20497-F, derecho 001-002, la cual es terreno sección cuarta: filial FF 125. Dedicada a uso comercial, denominada local número ciento veinticinco. De un solo nivel. Situada en el distrito 1-Alajuela, cantón 1- Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, área comunes; sur, Filial 114; este, área comunes y oeste, área comunes. Mide: veinticinco metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Valor porcentual: 0.18. Plano: A-0891402-2003. Para tal efecto, se señalan las once horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de diciembre de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cuarenta y cinco minutos del trece de diciembre de dos mil veintitrés con la base de veinticinco millones seiscientos ochenta y cinco mil seiscientos veinticinco colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de diciembre de dos mil veintitrés con la base de ocho millones quinientos sesenta y un mil ochocientos setenta y cinco colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Centro Comercial Mall Internacional contra Georgina Ogalde Cortés, Lautaro Canuillan Morales, expediente 22-009149-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: cinco horas con ocho minutos del catorce de mayo del dos mil veintitrés.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza Tramitadora.—( IN2023791949 ).

En este Despacho, con una base de dos millones quinientos cincuenta y tres mil cuatrocientos noventa y siete colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BLZ434, marca Toyota, estilo Echo, categoría: automóvil, capacidad 5 personas, año 2003, color azul, Vin JTDBT123030299863, cilindrada 1500 c.c., combustible: gasolina, motor no existe. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiséis de julio del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del siete de agosto del dos mil veintitrés, con la base de un millón novecientos quince mil ciento veintidós colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil veintitrés, con la base de seiscientos treinta y ocho mil trescientos setenta y cuatro colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de INSTACREDIT S. A. contra Giovanni Alberto Villalobos Picado. Expediente N° 20-000101-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 11 de mayo del año 2023.—Lic. Steven Duran Mora, Juez Decisor.—( IN2023791952 ).

En este Despacho, con una base de un millón doscientos noventa y dos mil trescientos ochenta y un colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo acá: BHX497, marca: Hyundai, estilo: Accent, capacidad: 5 personas, año: 2000, color: morado, Vin: KMHCG51BPYU082616, N° Motor: ilegible, cilindrada: 1500 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta y uno de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del nueve de agosto de dos mil veintitrés con la base de novecientos sesenta y nueve mil doscientos ochenta y cinco colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintitrés con la base de trescientos veintitrés mil noventa y cinco colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de INSTACREDIT S.A. contra José Antonio de Jesús Madrigal Rivera. Expediente Nº 19-014407-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 14 de junio del año 2023.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Tramitador.—( IN2023791956 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil del Tercer Circuito Judicial de San José. Con una base de veintisiete millones cuatrocientos cuarenta y tres mil quinientos veinte colones exactos, soportando Gravamen 452-664-01-00001-001 del Juzgado de Familia de Desamparados, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 00260358, derecho 001-002, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 11, cantón San Rafael Abajo, de la provincia de San José. Colinda: al norte: Viviendas Sagitario S. A.; al sur: Viviendas Sagitario S. A.; al este: Teresa Solís Fallas; y al oeste: calle primera. Mide: ciento cuarenta y dos metros con noventa y dos centímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas del veinticinco de julio de dos mil veintitrés. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso Ordinario de Luis Ángel Solano Castro contra Luzmilda Cerceño Cerceño. Expediente N° 14-401194-0637-FA. De conformidad con la Circular N° 52-16 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la Circular N° 67-09 emitida por la secretaria de la Corte el 22 de junio del 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil del Tercer Circuito Judicial de San José (Hatillo), 14 de junio del año 2023.—Licda. Ana Córdoba Artavia, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023790123 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando serv. reserv. res ref: 00039978B00000056292-000 citas: 391-06499-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número noventa y dos mil setecientos sesenta y cuatro, derecho cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno naturaleza: terreno con casa, número 131, lote 32. Situada en el distrito 1-Liberia cantón 1-Liberia de la provincia de Guanacaste, Linderos: noreste, casa 150, noroeste, casa 130, sureste, casa 132, suroeste, calle guardia. Mide: ciento treinta y seis metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados, Plano: G-0587751-1985. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del cuatro de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del catorce de agosto de dos mil veintitrés con la base de seis millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintidós de agosto de dos mil veintitrés con la base de dos millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Kenneth Gerardo Camareno Castañeda, sucesión de Jova del Socorro Castañeda Rodríguez, Xiomara Camareno Castañeda. Expediente Nº 18-002791-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con veinte minutos del veintiséis de mayo del dos mil veintitrés.—Licda. Natalia Orozco Murillo, Jueza.—( IN2023792004 ).

En este Despacho, con una base de ciento ochenta y seis mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 327-19626-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 133597-F-, derecho 000, la cual es terreno Naturaleza: finca filial número doce de dos plantas destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 5-Guacima, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Rafael Ángel Navarro Araya; al sur, Avenida Principal 11 metros; al este, Finca filial 13, y al oeste, Finca filial 11. Mide: doscientos ochenta y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas quince minutos del veintiuno de agosto del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas quince minutos del veintinueve de agosto del dos mil veintitrés, con la base de ciento treinta y nueve mil quinientos dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas quince minutos del seis de setiembre del dos mil veintitrés, con la base de cuarenta y seis mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda contra Alexander Alberto Quirós Álvarez, Frencia Eugenia Jiménez Morales. Expediente N° 20-001024-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: ocho horas con veintisiete minutos del dieciséis de diciembre del dos mil veintidós.—MSc. Cinthya Pérez Moncada, Jueza Tramitadora.—( IN2023792005 ).

En este Despacho, con una base de dos millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 315-07847-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 397496-000, derecho, la cual es terreno Lote N- 6 Terreno para construir. Situada en el distrito: 08-La Tigra, cantón: 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Olga Marta Blanco Rojas, sur, Lote-4, este, servidumbre de paso en medio de Lote-5, oeste, Onisifaro Artavia Mora. Mide: ciento cuarenta y nueve metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Plano: A-0852870-2003. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del cuatro de agosto del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del quince de agosto del dos mil veintitrés, con la base de un millón seiscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del veintitrés de agosto del dos mil veintitrés, con la base de quinientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra William Alberto Araya Alvarado. Expediente N° 20-005520-1202-CJ. Notas: Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: quince horas con cuarenta y uno minutos del nueve de febrero del dos mil veintitrés.—Viviana Salas Hernández, Jueza Decisora.—( IN2023792006 ).

En este Despacho, con una base de noventa y nueve mil trescientos dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 210889, derecho 000, la cual es terreno cultivado de café. Situada en el distrito Pará, cantón Santo Domingo, provincia Heredia. Colinda: al norte, Sánchez Zúñiga Limitada; al sur, calle pública con un frente de 27 metros 55 decímetros cuadrados; al este, lote 3 con servidumbre agrícola en medio de 7 metros de ancho y al oeste, lote 1. Mide: novecientos cincuenta y un metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas quince minutos del siete de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas quince minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintitrés, con la base de setenta y cuatro mil cuatrocientos setenta y cinco dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas quince minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés, con la base de veinticuatro mil ochocientos veinticinco dólares exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda contra Carlos Andrés Zapparolli Arrieta. Expediente 21-001527-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia. Hora y fecha de emisión: once horas con trece minutos del veintidós de febrero del dos mil veintitrés.—Gabriela Chaves Villalobos, Jueza Tramitadora.—( IN2023792007 ).

En este Despacho, con una base de treinta y cuatro millones novecientos ochenta y dos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 377185-000, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito San Isidro, cantón Vásquez de Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Cascanueces S. A.; al sur, calle pública con 6 m; al este, Saúl Gilberto Barrantes Vega y al oeste, Cascanueces S. A. Mide: ciento veintiún metros con diecinueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cincuenta minutos del siete de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cincuenta minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintitrés, con la base de veintiséis millones doscientos treinta y seis mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cincuenta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés, con la base de ocho millones setecientos cuarenta y cinco mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra María Isabel de Los Ángeles Barrantes Solano. Expediente Nº 21-002116-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de abril del año 2023.—Sirlene de Los Ángeles Salazar Muñoz, Jueza Decisora.—( IN2023792008 ).

En este Despacho, con una base de once millones cuatrocientos veinte mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 2013-285960-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 238594-000, la cual es terreno naturaleza: terreno de solar. Situada en el distrito: 02-La Virgen, cantón: 10-Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, servidumbre de paso con frente a ella de 13 metros 50 cm; al sur, Oscar Alfaro Bolaños; al este, Andrea Jiménez Alfaro, y al oeste, calle pública frente de 13 m 40 centímetros lineales. Mide: doscientos dieciocho metros cuadrados, Plano: H-1621781-2012. Para tal efecto, se señalan las trece horas quince minutos del tres de agosto del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas quince minutos del once de agosto del dos mil veintitrés, con la base de ocho millones quinientos sesenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer, remate se señalan las trece horas quince minutos del veintidós de agosto del dos mil veintitrés, con la base de dos millones ochocientos cincuenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Diana Graciela Vindas Arroyo Expediente N° 21-006925-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia. Hora y fecha de emisión: catorce horas con treinta minutos del veintitrés de mayo del dos mil veintitrés.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2023792009 ).

En este Despacho, con una base de treinta y seis millones trescientos sesenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 366440-000, la cual es terreno para construir con edificio de apartamentos. Situada en el distrito 1-Quesada, cantón 10, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Sergio Chaves Acevedo; al sur, Sergio Chaves Acevedo; al este, Esmelin Vindas Sandí y al oeste, calle pública con 10,09 metros. Mide: trescientos treinta y siete metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Plano: A-0522675-1998 metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del cuatro de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del quince de agosto de dos mil veintitrés con la base de veintisiete millones doscientos setenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintitrés con la base de nueve millones noventa y un mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Crédito contra Mónica Inés Rodríguez Araya, expediente N° 22-003958-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: ocho horas con diecinueve minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintitrés.—Viviana Salas Hernández, Jueza Decisora.—( IN2023792010 ).

En este Despacho, con una base de un millón ochocientos veinticinco mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 441026-000, la cual es terreno de solar con callejón de acceso a calle pública. Situada en el distrito 4-Aguas Zarcas, cantón San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Miguel Ángel Boza Brenes; al sur, Freddy Rodríguez Salas; al este, Marvin Arce Salas y calle pública con un frente de tres metros lineales y al oeste, Miguel Ángel Boza Brenes. Mide: doscientos setenta y nueve metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Plano: A-1197225-2008. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del cuatro de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del quince de agosto de dos mil veintitrés con la base de un millón trescientos sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintitrés con la base de cuatrocientos cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Marvin Isau Guevara Najares, expediente 22-004045-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: once horas con dos minutos del trece de abril del dos mil veintitrés.—Viviana Salas Hernández, Jueza Decisora.—( IN2023792011 ).

En este Despacho, con una base de trece millones ochocientos treinta y tres mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento setenta y dos mil setecientos sesenta y nueve, derecho 001 y 002, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 01-Guácimo, cantón: 06-Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Alejandra Elizondo Oviedo; al sur, Alejandra Elizondo Oviedo; al este, calle pública, y al oeste, José Fallas Obando, Adriana Xsanny Córdoba Chacón. Mide: doscientos veintinueve metros cuadrados. Plano L-2031971-2018. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiuno de agosto del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintinueve de agosto del dos mil veintitrés, con la base de diez millones trescientos setenta y cuatro mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del seis de setiembre del dos mil veintitrés, con la base de tres millones cuatrocientos cincuenta y ocho mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Carmen María Villarreyna Olivas, Oscar Elías Enríquez Herrera Expediente N° 22-007309-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 22 de mayo del año 2023.—Lic. Steven Durán Mora, Juez Decisor.—( IN2023792012 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis millones ciento cincuenta mil colones exactos, soportando condiciones citas: 394-13875-01-0906-001, servidumbre de paso citas: 2019-324934- 01-0010-001, sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento setenta y cuatro mil quinientos cinco, derecho cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno solar. Situada en el distrito 1-Guácimo, cantón 6-Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote tres de Johhny Badilla Chinchilla; al sur, lote uno de Johhny Badilla Chinchilla; al este, Hortensia Córdoba Solano y al oeste, José Luis Badilla Chinchilla y servidumbre de paso en medio, con un frente a ella de trece metros con treinta y tres centímetros lineales con un ancho de seis metros. Mide: cuatrocientos siete metros cuadrados. Plano: L-2118530-2019. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del tres de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del once de agosto de dos mil veintitrés con la base de doce millones ciento doce mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintidós de agosto de dos mil veintitrés con la base de cuatro millones treinta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Catherine Dayanna Cordero Araya, Jorge Eduardo Mora Brenes, expediente 22-007973-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 18 de mayo del año 2023.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez Decisor.—( IN2023792013 ).

En este Despacho, al ser las catorce horas treinta minutos del siete de agosto de dos mil veintitrés, con la base de siete millones quinientos treinta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 352 577-000, la cual es terreno naturaleza: Bloque B, terreno para construir Lote 11 B. Situada en el distrito: 02-San José, cantón: 01-Alajuela de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Lote 12 B, sur, Lote 10 B este, Lote 16 B, oeste, calle pública. Mide: ciento cincuenta metros con un decímetros cuadrados. Plano: A-0619056-2000. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del dieciséis de agosto del dos mil veintitrés, con la base de cinco millones seiscientos cuarenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del veinticuatro de agosto del dos mil veintitrés, con la base de un millón ochocientos ochenta y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Cindy Karlina Serrano Salazar. Expediente N° 22-009682-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: veintiuna horas con veinticuatro minutos del veintitrés de diciembre del dos mil veintidós.—M.Sc Kenny Obaldía Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2023792014 ).

En este Despacho, al ser las trece horas cuarenta y cinco minutos del siete de agosto de dos mil veintitrés, con la base de seis millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre de paso según citas: 2013-214623-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 569 662-000, la cual es terreno: de patio con una casa. Situada en el distrito 3-Jesús María, cantón 4-San Mateo de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Manuel Alfaro Bonilla; sur, servidumbre de paso de tres metros; este, Lester Araya Estrada y Ana Yancy Álvarez Cordero y oeste, calle pública. Mide: doscientos trece metros cuadrados. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintitrés con la base de cuatro millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés con la base de un millón seiscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Óscar Emilio León Sandoval, expediente 22-010884-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: siete horas con cincuenta y seis minutos del veintitrés de diciembre del dos mil veintidós.—M.Sc Kenny Obaldía Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2023792015 ).

En este Despacho, con una base de ciento doce mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 656903-000, la cual es naturaleza: terreno para la agricultura. Situada en el distrito 4-San Rafael Arriba, cantón 3-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública y en parte Hoven del Pacífico S.A.; al sur, calle pública con un frente de 25.73 metros; al este, Hoven del Pacífico S.A. y al oeste, calle pública con 28.54 metros de frente. Mide: cuatrocientos noventa y un metros cuadrados. Plano: SJ-1727415-2014. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del siete de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintitrés con la base de ochenta y cuatro mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés con la base de veintiocho mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra 3-101-716307 S.A., Jing Rou Yu Bejarano, expediente 22-011428-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de mayo del año 2023.—María del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2023792016 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis millones de colones exactos, soportando servidumbre trasladada citas: 310-03306-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 310-03306-01-0911-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 374914, derecho 000, la cual es naturaleza: terreno de patio con una casa. Situada en el distrito: 01-San Pedro, cantón: 08-Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Martin Alvarado Alvarado; al sur, calle publica con 6 metros, 55 centímetros; al este, Carlos Zumbado Ariasos, y al oeste, Víctor Blanco Fernández. Mide: ciento treinta y nueve metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del siete de agosto del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del dieciséis de agosto del dos mil veintitrés, con la base de doce millones de colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del veinticuatro de agosto del dos mil veintitrés, con la base de cuatro millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Lester Alejandro Ubeda Rodríguez Expediente N° 22-011431-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: siete horas con cincuenta y ocho minutos del ocho de diciembre del dos mil veintidós.—Kreysa Marín Mata, Jueza.—( IN2023792017 ).

En este Despacho, con una base de quince millones sesenta y ocho mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 404-04674-01-0343-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento veinte mil ciento sesenta y dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Guácimo, cantón Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Yader Iván Zúñiga Obando y Joseñine Oconitrillo Urbina, Edgardo Briceño Arias y Eulalia Briceño Gutiérrez respectivamente; al sur, Yader Iván Zúñiga Obando y Joseñine Oconitrillo Urbina, Edgardo Briceño Arias y Eulalia Briceño Gutiérrez respectivamente; al este, Yader Iván Zúñiga Obando y Joseñine Oconitrillo Urbina, Edgardo Briceño Arias y Eulalia Briceño Gutiérrez respectivamente y al oeste, calle pública con 8 metros. Mide: ciento setenta y tres metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del nueve de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintitrés con la base de once millones trescientos uno mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiocho de agosto de dos mil veintitrés con la base de tres millones setecientos sesenta y siete mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución garantías mobiliarias de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra María José Tijerino Portuguez, expediente 23-000102-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 23 de mayo del año 2023.—Sugey Martínez Cano, Jueza Decisora.—( IN2023792018 ).

En este Despacho, con una base de diez millones ochocientos sesenta mil colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando Servidumbre Trasladada citas: 257-07693-01-0901-001, Servidumbre Trasladada citas: 380-00074-01-0901-001, Servidumbre Trasladada citas: 404-08281-01-0830-001, Servidumbre Trasladada citas: 404-08281-01-0831-001, Servidumbre Trasladada citas: 404-08281-01-0921-001, Servidumbre Trasladada citas: 404-08281-01-0922-001, Servidumbre Trasladada citas: 404-08281-01-0923-001, Servidumbre Trasladada citas: 404-08281-01-0924-001, Servidumbre Trasladada citas: 404-08281-01-0925-001, Servidumbre Trasladada citas: 404-08281-01-0926-001, Servidumbre Trasladada citas: 404-08281-01-0927-001, Servidumbre Trasladada citas: 404-08281-01-0928-001, Servidumbre Trasladada citas: 404-08281-01-0929-001, Servidumbre Trasladada citas: 404-08281-01-0932-001, Servidumbre Trasladada citas: 404-08281-01-0935-001, Servidumbre Trasladada citas: 404-08281-01-0936-001, Servidumbre Trasladada citas: 404-08281-01-0939-001, Servidumbre Trasladada citas: 404-08281-01-0940-001, Servidumbre Trasladada citas: 404-08281-01-0943-001, Servidumbre Trasladada citas: 404-08281-01-0944-001, Servidumbre Trasladada citas: 404-08281-01-0947-001, Servidumbre Trasladada citas: 404- 08281-01-0948-001, Servidumbre Trasladada citas: 404-08281-01-0951-001, Servidumbre Trasladada citas: 404-08281-01-0952-001, Servidumbre de Paso citas: 2021-621784-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos cincuenta y dos mil ciento cincuenta y nueve, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 07-Puente de Piedra, cantón: 03-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Lote 2, Identificador Predial 20307040476900; sur: Servidumbre de Paso en medio de Lote 4, Identificador Predial 20307040476900; este: calle publica con un frente a ella de 12.90 metros; oeste: Lote 11, Identificador Predial 20307040476900. Mide: doscientos setenta metros cuadrados. Plano: A-1958688-2017. Identificador Predial: 203070552159. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del quince de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintitrés, con la base de ocho millones ciento cuarenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veintitrés, con la base de dos millones setecientos quince mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Roberto Concepción Rivera Roa. Expediente N° 23-000410-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia. Hora y fecha de emisión: diez horas con cincuenta minutos del dos de junio del dos mil veintitrés.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2023792019 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas: 364-18779-01-0001-001 y servidumbre dominante citas: 364-18779-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 448700-000, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 1-Naranjo, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte resto de finca destinado a servidumbre de paso con frente de 28.25 metros; al sur Luis Gerardo Castro Cruz; al este Luis Alberto Rojas Castillo y al oeste calle pública con frente a ella de 16.75 metros. Mide: cuatrocientos catorce metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Plano:A-0999211-2005. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veintiuno de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintinueve de agosto de dos mil veintitrés con la base de trece millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del seis de setiembre de dos mil veintitrés con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Alexander Gerardo Mora Madrigal. Expediente Nº 23- 001164-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: once horas con treinta y cinco minutos del cinco de junio del dos mil veintitrés.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2023792020 ).

En este Despacho, con una base de treinta y un millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 201176-000, naturaleza: terreno con 1 casa. Situada en el distrito: 02-Sarchí Sur, cantón: 12-Sarchí de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Rodrigo Rodríguez, sur, Lote 2, este, calle pública con 10 metros, oeste, Carlos Chaverri. Mide: doscientos ochenta y cuatro metros con noventa decímetros cuadrados. Plano: A-0644490-1986. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiuno de agosto del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintinueve de agosto del dos mil veintitrés, con la base de veintitrés millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del seis de setiembre de dos mil veintitrés, con la base de siete millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jorge Alejandro Vega Hidalgo. Expediente N° 23-001180-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia. Hora y fecha de emisión: ocho horas con treinta y uno minutos del seis de junio del dos mil veintitrés.—Maricruz Barrantes Córdoba, Jueza Decisora.—( IN2023792021 ).

En este Despacho, con una base de diez millones ciento cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 2014-288059-01-0001-001, servidumbre de lineas eléctricas y de paso citas: 2017-327254-01-0001-001, servidumbre de lineas eléctricas y de paso citas: 2017-327254-01- 0001-001, servidumbre de lineas eléctricas y de paso citas: 2017- 327254-01-0003-001, servidumbre de lineas eléctricas y de paso citas: 2017-327254-01-0003-001, servidumbre de lineas eléctricas y de paso citas: 2017-327254-01-0005-001, servidumbre de lineas eléctricas y de paso citas: 2017-327254-01-0005-001, servidumbre de lineas eléctricas y de paso citas: 2017-327254-01-0007-001, servidumbre de lineas eléctricas y de paso citas: 2017-327254-01-0007-001, servidumbre de lineas eléctricas y de paso citas: 2017-327254-01-0009-001, servidumbre de lineas eléctricas y de paso citas: 2017-327254-01-0009-001, servidumbre de lineas eléctricas y de paso citas: 2017-327254-01-0011-001, servidumbre de lineas eléctricas y de paso citas: 2017-327254-01-0011-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2022-348943-01-0002-001;; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número setecientos veintisiete mil setecientos cuarenta y ocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito: 01-San Isidro de El General, cantón: 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur resto Jose Andrés Cordero Fallas; al este, calle pública y al oeste, resto José Andrés Cordero Fallas. Mide: Quinientos dos metros cuadrados. Plano:SJ-2305602-2021. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés, con la base de siete millones seiscientos doce mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del uno de setiembre de dos mil veintitrés, con la base de dos millones quinientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jossette Yojansel Segura Hernández. Expediente Nº 23-001424-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur. Hora y fecha de emisión: catorce horas con cincuenta y nueve minutos del ocho de mayo del dos mil veintitrés.—José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2023792022 ).

En este Despacho, con una base de tres millones setecientos setenta mil colones exactos , libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas ley aguas citas: 323-00144-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de San Jose, matrícula número 657449, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 08-Cajón, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte resto reservado de Evisa del Sur; al sur resto reservado de Evisa del Sur; al este, calle pública con un frente a ella de 15.35 metros y al oeste Marilyn Arias Segura y Marco Ney Cárdenas Montero. Mide: doscientos tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas treinta minutos del quince de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas treinta minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintitrés con la base de dos millones ochocientos veintisiete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veintitrés con la base de novecientos cuarenta y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ana Isabel Torres Fernández. Expediente Nº 23-001540-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, hora y fecha de emisión: trece horas con treinta y dos minutos del veinticuatro de mayo del dos mil veintitrés.—Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2023792023 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones seiscientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 301-01682-01-0901- 001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2019- 484615-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 589842, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 3- Daniel Flores, cantón 19- Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Olga Solís Ramírez; al sur, Kenneth Castro Solís; al este, Olga Solís Ramírez y al oeste, calle pública. Mide: doscientos veinticuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del veintiocho de agosto de dos mil veintitrés con la base de cuatro millones doscientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del cinco de setiembre de dos mil veintitrés con la base de un millón cuatrocientos doce mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Michelle Paola Fonseca Montoya, expediente 23-001688-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, hora y fecha de emisión: ocho horas con treinta y siete minutos del siete de junio del dos mil veintitrés.—Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2023792024 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada en las citas, citas: 390-19127-01-0908-001, citas: 390-19127-01-0909-001; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula N° 696545, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 04-Rivas, cantón: 19-Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte. calle pública con un frente de 14.01 mts.; al sur: Edgar Francisco Ramírez Villalobos; al este: Edwart Ureña Bonilla; y al oeste: Edwart Ureña Bonilla. Mide: trescientos ochenta y siete metros cuadrados. Para tal efecto se señalan las siete horas treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las siete horas treinta minutos del veintiocho de agosto de dos mil veintitrés, con la base de seis millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del cinco de setiembre de dos mil veintitrés, con la base de dos millones ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Iliana Endrina Meza Valerio, Ismael Fernando Fuentes Cerdas. Expediente N° 23-001802-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur. Hora y fecha de emisión: trece horas con cuarenta y siete minutos del diecinueve de junio del dos mil veintitrés.—Jorge Bolaños González, Juez Tramitador.—( IN2023792025 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis millones novecientos setenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 318-11359-01-0067-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 512128-000. Naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito: 08-San Antonio, cantón: 04-Puriscal de la provincia de San José. Linderos: norte, Evangelina Bermúdez Valverde; sur, calle pública; este, Evangelina Bermúdez Valverde y oeste, Asociación de Desarrollo de San Antonio. Mide: ciento sesenta y cinco metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del siete de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintitrés, con la base de doce millones setecientos treinta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés, con la base de cuatro millones doscientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jorge Andrey Zepeda Wilman, expediente 23-002749-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de abril del año 2023.—Isabel Cristina Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2023792026 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 270588 , derecho 001 y 002, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 3-Calle Blancos, cantón 8-Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Multigreca S. A.; al sur, Avenida Las Amapolas; al este, Calle Los Jazmines y al oeste Multigreca S. A. Mide: ciento veinticuatro metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del siete de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintitrés con la base de siete millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés con la base de dos millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Erick Jose Sampson Moreno, Rosario Uriarte Sevilla. Expediente Nº 23-002750-1044-CJ. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de abril del año 2023.—Ximena Lucía Jiménez Soto, Jueza Decisora.—( IN2023792027 ).

En este Despacho, con una base de treinta y cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 435239-001-002, la cual es terreno para construir, Lote once con una casa. Situada en el distrito 5-Ípis cantón 8-Goicoechea de la provincia de San José. Linderos: norte, Sara Chinchilla Gutiérrez, sur, Sara Chinchilla Gutiérrez, este, calle pública con frente de 6,50 metros, oeste: Zacarías Helio Flores. Mide: ciento veintinueve metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Plano: SJ-0191339-1994. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del ocho de agosto del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintitrés, con la base de veintiséis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del veintiocho de agosto del dos mil veintitrés, con la base de ocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Carmen Olivia Gómez García, Luis Eduardo Rodríguez Rodríguez. Expediente N° 23-002761-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de mayo del año 2023.—Susana Cristina Mata Gómez, Juez/a Decisor/a.—( IN2023792028 ).

En este Despacho, con una base de siete millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre y obligaciones ref.: 0943-339-004, 00071345-000; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula N° 603398-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 2 Mercedes Sur, cantón Puriscal de la provincia de San José. Colinda: al norte: Armando Murillo Jiménez y Vilma Barboza Fernández; al sur calle pública con un frente de 11 metros; al este: Vilma Barboza Fernández; y al oeste: Margarita Cerdas Durán. Mide: doscientos veinte metros cuadrados. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del uno de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del diez de agosto de dos mil veintitrés, con la base de cinco millones setecientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintidós de agosto de dos mil veintitrés, con la base de un millón novecientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Adrián Rojas Guevara. Expediente N° 23-002924-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de abril del 2023.—Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2023792029 ).

En este Despacho, con una base de catorce millones doscientos cincuenta y ocho mil novecientos cincuenta y ocho colones con cuarenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 298-01839-01-0901-001 y 341-03216-01-0001-001, servidumbre sirviente citas: 376-00723-01-0010-001 y 376-00723-01-0015- 001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos veintisiete mil seiscientos noventa y nueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir: bloque R: lote R-4. Situada en el distrito 5-San Felipe, cantón 10-Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, lote 3-R; al noroeste, lotes 12 y 13-R; al sureste, avenida 3 con 8.50 metros; al suroeste, lote 5-R. Mide: doscientos once metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Plano: SJ-0783357-2002. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del quince de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintitrés con la base de diez millones seiscientos noventa y cuatro mil doscientos dieciocho colones con ochenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veintitrés con la base de tres millones quinientos sesenta y cuatro mil setecientos treinta y nueve colones con sesenta y un céntimos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra René Rocha Rocha, expediente 23-003590-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de mayo del año 2023.—Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza Tramitadora.—( IN2023792030 ).

En este despacho, con una base de dieciocho millones de colones exactos y soportando hipoteca de primer grado citas: 572-81025-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 182787-000, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 1-Guadalupe, cantón 8-Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Renso Gruna B.; al sur, Renso Gruna B.; al este, Colegio Napoleón Quesada y al oeste, calle con 10 mts. Mide: doscientos sesenta y cuatro metros con dieciséis decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del ocho de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintitrés con la base de trece millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veintiocho de agosto de dos mil veintitrés con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Erick Francisco Guzmán Mora, Ligia María Mora Keith Expediente Nº 23-003759-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de mayo del año 2023.—Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Juez/a Decisor/a.—( IN2023792031 ).

En este Despacho, con una base de un millón trescientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: CL 091103, Marca: Toyota, capacidad: 4 personas, color: verde, año: 1987, vin: YN57 0065944, N. motor 3Y 0484151, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del veintinueve de agosto del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del seis de setiembre del dos mil veintitrés con la base de novecientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del catorce de setiembre del dos mil veintitrés con la base de trescientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Adrián Gerardo Arias Ramírez contra Marta Patricia Chinchilla Rivera. Expediente Nº 19-013168-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de junio del año 2023.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—( IN2023792038 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve mil cuatrocientos cincuenta y siete dólares con sesenta y dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas BSP-354, Marca: Toyota, Estilo Yaris E, Categoría: automóvil, Capacidad 5 personas, Carrocería Sedán 4 puertas Hatchback, Tracción 4x2, año fabricación 2019, color verde, Vin: MR2K29F39K1127604, N° Motor 2NR5228942, cilindrada 1500 c.c., combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos del treinta y uno de julio del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos del nueve de agosto del dos mil veintitrés, con la base de catorce mil quinientos noventa y tres dólares con veintiún centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos del dieciocho de agosto del dos mil veintitrés, con la base de cuatro mil ochocientos sesenta y cuatro dólares con cuarenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera CAFSA S. A. contra Karina Patricia Garro Granados. Expediente N° 21-006468-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 01 de junio del año 2023.—Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2023792046 ).

En este Despacho, con una base de setenta y seis millones ciento cuarenta y un mil doscientos veinticuatro colones con cincuenta céntimos, soportando demanda penal citas: 577-69780-01-0001-001, sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número dos millones novecientos cuarenta y dos mil cuatrocientos veintiséis, derecho 002, la cual es terreno cultivado de café. Situada en el distrito: 04-San Francisco, cantón: 06-San Isidro, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Carlos Francisco González Rubí; al sur, Eduardo Rodríguez Vindas; al este, Clemencia y Velisa Rodríguez Carballo y al oeste, María Isabel Rubí Villalobos. Mide: seis mil novecientos ochenta y ocho metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Plano: H-0987604-2005. Para tal efecto, se señalan la catorce horas quince minutos del seis de noviembre de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas quince minutos del catorce de noviembre de dos mil veintitrés, con la base de cincuenta y siete millones ciento cinco mil novecientos dieciocho colones con treinta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos del veintidós de noviembre de dos mil veintitrés, con la base de diecinueve millones treinta y cinco mil trescientos seis colones con trece céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de San Isidro de Heredia contra Manuel Enrique Serrano Ávila, expediente 20-003778-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: diez horas con seis minutos del diecinueve de junio del dos mil veintitrés.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—O.C. N° 947.—Solicitud N° 443186.—( IN2023792097 ).

En este Despacho, con una base de veinticuatro mil setenta y tres dólares con setenta y nueve centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de tránsito bajo el tomo: 0800, asiento: 00864969, secuencia: 001; sáquese a remate el vehículo placas BTH975, marca: Chery, estilo: Tiggo 4, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x2, blanco, cilindrada: 2000 c.c., cilindros: 4, N° motor: SQRD4G20ACLA00010, VIN: LVVDB24B6MD010958. Para tal efecto se señalan las trece horas cuarenta minutos del veinte de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta minutos del treinta y uno de julio de dos mil veintitrés con la base de dieciocho mil cincuenta y cinco dólares con veintisiete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta minutos del nueve de agosto de dos mil veintitrés con la base de seis mil dieciocho dólares con cuarenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra José Alejandro Ruiz Velásquez. Expediente Nº 22-004047-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de junio del año 2023.—Sirlene de los Ángeles Salazar Muñoz, Jueza Decisora.—( IN2023792102 ).

En este Despacho, Con una base de ochenta y seis mil seiscientos setenta dólares exactos , libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 340-08878-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 40642-F-000, la cual es terreno finca filial numero 22 bloque l terreno para construir destinada a uso habitacional que podrá tener una altura máxima de dos niveles. Situada en el distrito 3-San Francisco, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, filial 52 bloque K; al sur, acceso vehicular con frente de 9.00 metros; al este, filial 21 bloque L y al oeste, filial 23 bloque L. Mide: ciento cincuenta y cinco metros con veinticinco decímetros cuadrados. Plano:H-1080075-2006. Para tal efecto, se señalan las diez horas quince minutos del veinticuatro de octubre de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas quince minutos del uno de noviembre de dos mil veintitrés con la base de sesenta y cinco mil dos dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del nueve de noviembre de dos mil veintitrés con la base de veintiún mil seiscientos sesenta y siete dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Bac San José S.A. contra Jorge Fernando Ortiz Sojo. Expediente Nº 22-008815- 1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: once horas con veinticinco minutos del nueve de junio del dos mil veintitrés.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2023792105 ).

En este Despacho, con una base de siete millones ciento veinticinco mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref: 2336 301 002, citas: 319-15959-01-0821-001, reservas y restricciones citas: 319-15959-01-0822-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento cincuenta y tres mil ciento cuarenta y siete, derecho cero cero cero la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito 5-Cariari, cantón 2- Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Freddy Picado Barrientos; al sur, calle pública con trece metros y dieciocho centímetros de frente; al este, Freddy Picado Barrientos y al oeste, servidumbre agrícola con veintiocho metros con noventa y dos centímetros de frente. Mide: trescientos setenta y nueve metros cuadrados. Plano: L-1746215-2014. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas cero minutos del diecinueve de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas cero minutos del veintiocho de julio de dos mil veintitrés con la base de cinco millones trescientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas cero minutos del nueve de agosto de dos mil veintitrés con la base de un millón setecientos ochenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Irene María Azofeifa Prado contra Gredvin Abraham Sylvester Guevara, expediente 21-003240-1208-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 05 de mayo del año 2023.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez Decisor.—( IN2023792108 ).

En este Despacho, con una base de setenta y nueve mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas: 241-07723-01-0901-001, servidumbre trasladada, citas: 339-05848-01-0927-001, servidumbre dominante, citas: 339-05848-01-0928-001, servidumbre dominante, citas: 339-13169-01-0022-001, servidumbre de alero, citas: 340-17426-01-0005-001, servidumbre sirviente, citas: 341-14441-01-0905-001, servidumbre sirviente, citas: 342-12893-01-0023-001, servidumbre de alero, citas: 344-16382-01-0007-001, servidumbre sirviente, citas: 349-07499-01-0195-001, servidumbre sirviente, citas: 349-07499-01-0212-001, servidumbre dominante, citas: 349-07499-01-0213-001, servidumbre dominante, citas: 349-07499-01-0218-001, servidumbre sirviente, citas: 349-07499-01-0233-001, servidumbre dominante, citas: 349-07499-01-0234-001, servidumbre trasladada, citas: 349-07499-01-0235-001, servidumbre dominante, citas: 349-07499-01-0236-001, servidumbre sirviente, citas: 349-07499-01-0239-001, servidumbre dominante, citas: 349-07499-01-0244-001, servidumbre sirviente, citas: 349-07499-01-0246-001, servidumbre sirviente, citas: 349-07499-01-0248-001, servidumbre dominante, citas: 349-07499-01-0249-001, servid de alero ref: 00327565 000, citas: 351-09587-01-0905-001, servidumbre sirviente, citas: 353-12262-01-0032-001, servidumbre dominante, citas: 356-01059-01-0913-001, servidumbre sirviente, citas: 356-01059-01-0914-001, servidumbre trasladada, citas: 364-15578-01-0803-001, servidumbre trasladada, citas: 364-15578-01-0826-001, servid de alero ref: 00350726-000, citas: 365-12999-01-0903-001, servid de alero ref: 00350926-000, citas: 365-12999-01-0906-001, servidumbre dominante, citas: 366-07889-01-0009-001, servidumbre sirviente, citas: 366-07889-01-0010-001, servidumbre dominante, citas: 371-08784-01-0005-001, servidumbre sirviente, citas: 371-08784-01-0007-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos tres mil setecientos cuarenta y dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, número 17-102. Situada en el distrito Hatillo, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, en parte Manuel Chaves Valverde, Neftalí Guillén Barrantes; al sur, en parte con Calle República de Costa Rica y en parte con acera 9; al este, pared medianera, en parte Neftalí Guillén Barrantes y en parte con Calle República de Costa Rica, y al oeste, en parte con acera 9 y en parte con Emilce Agüero. Mide: doscientos treinta y nueve metros con veinticinco decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del ocho de agosto del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintitrés, con la base de cincuenta y nueve mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil veintitrés, con la base de diecinueve mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Francisco Chaves Campos Expediente N° 22-003043-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José (Sección Segunda), 07 de junio del año 2023.—Ana Elsy Campos Barboza, Jueza Tramitadora.—( IN2023792119 ).

En este Despacho, con una base de tres millones quinientos setenta y seis mil novecientos treinta y cuatro colones con ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 2010-256006-01-0007-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 613573, derecho 000, la cual es terreno de café. Situada: en el distrito 2-El General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, resto de finca de Juan González Castillo; al sur, calle pública; al este, Rómulo Martínez Segura, y al oeste, Rafael Gómez Hidalgo. Mide: catorce mil quinientos cuatro metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintitrés, con la base de dos millones seiscientos ochenta y dos mil setecientos colones con cincuenta y seis céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de setiembre de dos mil veintitrés, con la base de ochocientos noventa y cuatro mil doscientos treinta y tres colones con cincuenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza de Pérez Zeledón Responsabilidad Limitada siglas Coopealianza contra Adonay del Carmen González Castillo. Expediente N° 23-001448-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, hora y fecha de emisión: diez horas con tres minutos del treinta de mayo del dos mil veintitrés.—Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2023792141 ).

Expediente: 23-000403-1261-PE.—Contra: Edwin Alonso Vega Ortiz.—Ofendido/a: los recursos naturales.—Delito: transporte de productos forestales sustraídos. En la puerta exterior del Tribunal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, al ser las ocho horas del veintiocho de julio del dos mil veintitrés, sobre la base ciento setenta y siete mil colones con cero céntimos (¢177.000,00), remátese la madera decomisada en esta causa consistente en: 38 piezas de madera de la especie Pilón y 27 piezas de madera de la especie Fruta Dorada. Producto forestal que se encuentra en custodia del imputado Vega Ortiz en calidad de depositario judicial. Por haberse ordenado así en la resolución de las siete horas treinta y cinco minutos del quince de junio de dos mil veintitrés, dentro de la causa penal N° 23-000403-1261-PE, por Infracción a la Ley Forestal, contra Edwin Vega Ortiz en perjuicio de los Recursos Naturales. Nota: Publíquese este edicto una única vez en el Boletín Judicial de Conformidad con la circular N° 56-12, emitida por la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial, en reiteración a la circular N° 67-09, emitida por la secretaría de la corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia la publicación esté exenta de todo pago de derechos.—Tribunal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Flagrancia), al ser las siete horas cuarenta y siete minutos del quince de junio de dos mil veintitrés.—Luis Fernando Calderón Ugarte, Juez Decisor.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023790099 ).

Convocatorias

Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de Marcelino Fallas Vargas, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las ocho horas treinta minutos del catorce de setiembre de dos mil veintitrés (08:30 a.m. del 14/09/2023), para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente N° 16-000012-1520-AG. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Civil, Trabajo, Agrario, Familia, Penal Juvenil y Contra la Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, sede Upala (Agrario), 14 de junio del año 2023.—Lic. Armando Guevara Rodríguez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023790072 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000077-0927-CI donde se promueve información posesoria por parte de Esaú Alberto López Gutiérrez, quien es mayor, soltero, comerciante, vecino de Guanacaste, portador de la cédula número 0603000560, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de pasto y solar. Situada en el distrito Las Juntas, cantón Abangares. Colinda: al noreste, con calle pública en un frente a ella de sesenta metros lineales desde el punto uno a cuatro y tres punto cero siete metros lineales desde el punto siete a ocho; al sur, con Inversiones Marmel Sociedad Anónima (identificador predial 5074000939600); al oeste, con Indalecio López Vásquez (identificador predial 50701P0038900); al este, con Inversiones Marmel Sociedad Anónima (identificador predial 5074000939600) y sureste, con lote denominado A de Esaú López Gutiérrez (identificador predial 50701006061900). Mide: tres mil seiscientos noventa y siete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por tradición, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en dedicar a pastos y solar. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Esaú Alberto López Gutiérrez, expediente 22-000077-0927-ci-1. Nota: publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas (Civil), hora y fecha de emisión: once horas con quince minutos del uno de junio del dos mil veintitrés.—Licda. Carolina Quirós Jiménez, Juez/a Tramitador/a.—1 vez.—( IN2023789158 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 23-000165-0388-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Dinia Patricia Zapata Bustos, quien es mayor, estado civil soltera, portadora de la cédula número 5-0392-0934, farmacéutica, y de Freddy Josué Zapata Bustos, quien es mayor, soltero, estudiante, cédula de identidad N° 0504320114, ambos vecinos del Cacao de Santa Cruz Guanacaste a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero-Santa Cruz, cantón tercero-Santa Cruz. Colinda: al norte con: María Marleny Gómez Bustos y Marlene Colombari Chavarría; al sur con: Luis Gustavo Rojas Barrantes y Ariana Méndez Velázquez; al este con: calle pública; y al oeste con: Marlene Colombari Chavarría. Mide: trescientos treinta y nueve metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir G-2282841-2021, pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble G-2282841-2021, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento, reparación de cercas limpieza de maleza y realización de planos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Dinia Patricia Zapata Bustos. Expediente N° 23-000165-0388-CI-4. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil de Santa Cruz, hora y fecha de emisión: once horas con veintiuno minutos del nueve de junio del dos mil veintitrés.—Milkyan Sánchez Aguilar, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—( IN2023789163 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000050-0642-CI donde se promueve información posesoria por parte de Pedro Ramón Morales Robelo quien es mayor, estado civil casado, vecino de Herradura Garabito, portador de la cédula número 155801279622, profesión constructor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno sembrado de pastos. Situada en el distrito 1, cantón 11 de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con Roberto Arias; al sur, con Israel Hernández; al este, con Eliodoro Urbina, y al oeste, con servidumbre de paso. Mide: ciento veintinueve metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones seiscientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cuido y mantenimiento. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Pedro Ramon Morales Robelo. Expediente N° 22-000050-0642-CI-7. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil de Puntarenas, hora y fecha de emisión: trece horas con veinticinco minutos del doce de mayo del dos mil veintitrés.—Ramón Meza Marín, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2023789171 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 23-000139-0388-CI, donde se promueve información posesoria por parte de Ana Celina López Gutiérrez, quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Sardinal de Carrillo Guanacaste, portadora de la cédula N° 0302100490, profesión oficios domésticos, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno con casa. Situada en el distrito tercero Sardinal, cantón quinto Carrillo. Colinda: al norte: con Sabas Grijalva Grijalva; al sur: con calle pública; al este: con Ana Celina López Gutiérrez; y al oeste: con Luis Rodolfo Ruiz Méndez. Mide: doscientos dieciocho metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir G-529536-1998, pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de siete millones setecientos dieciséis mil ciento treinta y cinco colones con sesenta céntimos colones. Que adquirió dicho inmueble G-529536-1998, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en utilidad como casa de habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Ana Celina López Gutiérrez. Exp:23-000139-0388-CI-1. Nota: publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil de Santa Cruz. Hora y fecha de emisión: once horas con veintidós minutos del nueve de junio del dos mil veintitrés.—Milkyan Sánchez Aguilar, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2023789210 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 23-000205-0297-CI donde se promueve información posesoria por parte de Marvin Salas Gómez, quien es mayor, estado civil casado, vecino de Alajuela, San Carlos, Pital, Coopeisabel, portador de la cédula número 0203970178, profesión Transportista, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno de solar con dos casas. Situada en el distrito sexto, Pital, cantón décimo, San Carlos. Colinda: al norte, con Pineapple Company S. A.; al sur, con calle pública con un frente de treinta metros con ochenta y seis centímetros lineales; al este, con María del Rocío Bolaños Salas, y al oeste, con David Navarro Vega. Mide: 1532 metros cuadrados. Lo anterior según el plano catastrado 2-59987-2022. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir NO pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de veinte millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por posesión originaria en el mes de junio de 1990, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en el mantenimiento constante, pago de servicios e impuestos municipales y la construcción de su casa de habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Marvin Salas Gómez. Expediente N° 23-000205-0297-CI-8. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: once horas con cinco minutos del doce de junio del dos mil veintitrés.—Adolfo Mora Arce, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—( IN2023789283 ).

Maribel De Los Ángeles Sequeira Gutiérrez, mayor, divorciada una vez, Abogada, portadora de la cédula de identidad uno- quinientos setenta y uno- cero setenta y seis, vecina de Tibás, Urbanización Jardines, del Perimercados cien sur y ciento cincuenta oeste, casa treinta y seis, promueve información posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público Inmobiliario, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que se describe así: Terreno de repastos, situado en Castilla de Oro, Belén [distrito cuarto], Carrillo [cantón quinto], provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Contreras Angulo, Marisol Chavarría Angulo y Manantial del Amor Incondicional de Castilla S. A., José Rodolfo de Jesús Gutiérrez Villalobos y Adelia Elizabeth de Jesús Gutiérrez Villalobos; sur, Carlos Miguel Canales López y Daniel Ricardo Sequeira Gutiérrez; este, calle pública y Marisol Chavarría Angulo y Manantial del Amor Incondicional de Castilla S. A., y oeste, Municipalidad de Carrillo. Según plano catastrado G-dos millones sesenta y cuatro mil novecientos tres- dos mil dieciocho. Mide: Cincuenta mil setecientos treinta y ocho metros cuadrados. Declaró no está inscrito, carece de título inscribible y no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene personas condueñas, ni pesan cargas reales ni gravámenes sobre el inmueble. Lo adquirió por donación de Carmen Gutiérrez Bonilla, el tres de noviembre del 2017. Estima el inmueble y el proceso en veinticinco millones de colones. Por el plazo de un mes contados a partir de la publicación del edicto, se cita a todas las personas interesadas para que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria Expediente 19-000007-0387-AG. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. Conforme al artículo 26 Ley de Jurisdicción Agraria, en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, por lo que no se pagan especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario Primer Circuito Judicial Guanacaste, Liberia, 29 de mayo del 2023.—Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789329 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°21-000163-0689-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Belén De Los Ángeles Badilla Calderón quien es mayor, estado civil casada una vez, vecino(a) de Palmichal de Acosta, portador(a) de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-0683-0257, profesión Comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es Terreno de cítricos y cabaña. Situada en el Distrito 1 San Ignacio, Cantón 12 Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte Juan Edgar Mora Haug; al sur Betty Badilla Calderón; al este Luis Badilla Calderón y Generosa Calderón Calderón al oeste Cecilia Badilla Calderón. Mide: 2.447 metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-5188-2023. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación verbal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en la confección del plano y arreglo de cercas, mejoramiento siembra y asistencia del cultivo de café en toda el área. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Belén De Los Ángeles Badilla Calderón. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación. Exp: 21-000163-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José. Goicoechea, 09 de junio del año 2023.—Licda. Andrea Mercedes Ruiz Ramírez, Jueza Agraria.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789383 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 23-000031-0422-CI donde se promueve información posesoria por parte de Denney Isabel Saldaña Leitón quien es mayor, estado civil casada dos veces, vecina de Bambel dos de Río Claro de Golfito, frente a la granja campesina, portadora de la cédula número 0602030565, profesión administradora del hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno de jardín y una casa. Situada en el distrito Guaycará, cantón Golfito. Colinda: al norte, con Instituto Desarrollo Rural; al sur, con calle pública; al este, con Greivin Saldaña Leitón y al oeste, con Milades de los Ángeles Saldaña Leitón. Mide: doscientos treinta y cuatro metros con cuarenta centímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de ocho millones quinientos ochenta mil dos colones con doce céntimos colones. Que adquirió dicho inmueble P-785997-2002. mediante cesión de derechos hereditarios en proceso sucesorio, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener el terreno limpio, sembrado de árboles frutales y una casa de habitación en regular estado de conservación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Denney Isabel Saldaña Leitón, expediente 23-000031-0422-CI-6. Nota: publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil y Trabajo de Golfito (Civil), hora y fecha de emisión: trece horas con cuarenta y dos minutos del cuatro de mayo del dos mil veintitrés.—Licenciado Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2023789404 ).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 23-000009-1870-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Diana Cubero Alvarado; ante el Registro Público de la Propiedad, el inmueble que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno para construir con tacotal, situada en jicaral, distrito 04° Lepanto; cantón 01° Puntarenas, provincia 06°: Puntarenas. Se tiene como colindante por el rumbo norte, Elizabeth Rojas Garita y Jorge Cubero Alvarado; sur, el Canario Transportista S. A.; este, Jorge Cubero Alvarado y calle pública con un frente de 115,69 metros lineales; oeste, José Ángel Castro Castro, Ala María Zeniuk Orocoyen, Lidia Jeannette Fernández Quirós, Jorge Luis del Socorro Cubero Gatgens y El Canario Transportista S. A. Mide 14411 metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 6-42188-2022. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Estima el inmueble y el presente proceso en el monto de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble mediante donación de su padre Jorge Luis Cubero Gatgens, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño. Que no existen condueños. Que los actos de posesión sobre el bien han consistido en cercado, chapia y asistencia. Ostenta un tiempo de posesión de más de cuarenta años. Que no ha inscrito mediante el amparo de la ley de informaciones posesorias otros inmuebles, según se observa en la certificación aportada. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efectos de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso de información posesoria promovido por Diana Cubero Alvarado. Expediente Nº 23-000009-1870-AG. Nota: publíquese este edicto por una sola vez en el boletín judicial. De conformidad con el artículo 26 de la ley de jurisdicción agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado agrario de Puntarenas, sede jicaral,  jicaral, Lepanto, 07 de junio del año 2023.- Lcda. Erika Amador Brenes.- jueza. .—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789407 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 23-000122-0296-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Álvaro Barrantes Castro quien es mayor, casado una vez, vecino de Santiago, San Ramón, Alajuela, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número dos-doscientos setenta y dos-cuatrocientos cincuenta y tres, jubilado, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de potrero. Situada en el distrito Santiago, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, con calle pública, con un frente a esta de ocho metros; al sur, con Álvaro Barrantes Castro; al este, con Regulo Sibaja Castro y Sammy M Enterprises Ltda. y al oeste, con Álvaro Barrantes Castro. Mide: tres mil setecientos treinta y cinco metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-sesenta y siete mil setecientos cincuenta y siete-dos mil veintidós. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de quinientos mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por posesión directa (originaria), y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza y mantenimiento de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Álvaro Barrantes Castro, expediente 23-000122-0296-CI. Nota: publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), Alajuela, San Ramón, 13 de junio del año 2023.—Lic. Ignacio Rodríguez Sancho, Juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789413 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 23-000044-0815-AG, donde se promueve información posesoria por parte de Nelly Brenes Ovares, quien es mayor, divorciada, ejecutiva del hogar a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno agrícola y árboles frutales. Situada en el distrito 02 Jesús, cantón 05 Atenas. Colinda: al norte: con Carlos Enrique Brenes Ovares; al sur: con calle pública; al este: con calle pública; y al oeste: con zona protegida de la Quebrada Concepción. Mide: 14806 metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de diez millones de colones exactos. Que adquirió dicho inmueble donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en siembra. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Nelly Brenes Ovares. Expediente N° 23-000044-0815-AG-6. Nota: publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—M.Sc. María Fernanda Soto Alfaro, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789429 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°18-000113-0689-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Mis Papitos Felices Limitada, quien es mayor, estado civil, vecino(a) de Bajo Loaiza, Tabarcia, Mora, portador(a) de la cédula de identidad vigente que exhibe número 3-102-651786, profesión 3-102-651786, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es Terreno de agricultura con construcciones. Situada en el distrito 3 Tabarcia, cantón 7 Mora, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Bermúdez y Carmona Sociedad Anónima, Instituto de Desarrollo Rural y Amado Marin Díaz; al sur, Abel Marin Díaz; al este, Celso Marin Quesada y calle pública, y al oeste, Abel Marin Díaz. Mide: 41,410 metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-2073075-2018. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir NO pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio, se estima el inmueble en la suma de dieciséis millones de colones y cinco millones de colones por las presentes diligencias. Que adquirió dicho inmueble por compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 20 años. Que NO existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cercamiento del terreno, mantenimiento de la servidumbre de paso, construcción y explotación de granjas avícolas, sembradío y producción de naranjas; así como el mantenimiento, cuido y limpieza en general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de Un Mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Mis Papitos Felices Limitada. Expediente N° 18-000113-0689-AG. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 05 de junio del año 2023.—Licda. Andrea Mercedes Ruiz Ramírez, Jueza Agraria.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789521 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000669-0504-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria -por rectificación de medida- por parte de Luz María Fonseca Carballo, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de… portador(a) de la cédula de identidad vigente que exhibe N° 04-0089-0172, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de café. Situada en el distrito 2 San José, cantón 6 San Isidro de la provincia de Heredia. Colinda: al norte: Hermanos Fonseca S. A.; al sur: Andrea González Fonseca; al este: Andrea González Fonseca; y al oeste: calle pública. Mide: 216 cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado N° 4-2227617-2020. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble en la suma de veinticinco millones colones y las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por Adjudicación judicial, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en residir en la casa de habitación de la finca en cuestión. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Luz María Fonseca Carballo. Expediente: 21-000669-0504-CI. Nota: publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Lic. Edgar Calvo Solano, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789524 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°22-000083-0298-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Manuel Antonio Hidalgo e Hijos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-193506, domiciliada en San Carlos, Jabillos, Florencia, frente al cruce de la Tigra, representada por el señor Manuel Hidalgo Murillo, quien es mayor, casado una vez, comerciante, vecino de San Carlos, Fortuna, tres kilómetros al oeste de la Iglesia Católica, portador de la cédula de identidad número 2-0357-0379, a fin de que se inscriba a nombre de su representada en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: Naturaleza: Terreno de pastura, bosque, una casa, un corral, dos bodegas. Sito: Fortuna, Distrito: siete Fortuna, Cantón: diez San Carlos, Provincia: dos Alajuela. Linderos: norte, Manuel Antonio Hidalgo e Hijos Sociedad Anónima, sur, Corales Cristalinos Inc Sociedad Anónima, este, Mireya Hidalgo Murillo e Hijos Sociedad Anónima, Sergio Arturo Méndez González, Karol Cecilia Araya Murillo, Orlando Manuel Vega Hidalgo y calle pública con un frente a ella de seiscientos sesenta y nueve metros con noventa y un centímetros lineales, Oeste: Área de Conservación Arenal, Mide: Plano Catastrado: Indica la promovente que sobre el inmueble no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Estimó el inmueble en la suma de cincuenta millones de colones. Indicó haber adquirido dicho inmueble por donación en fecha doce de febrero del año mil novecientos noventa y nueve. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria N° 22-000083-0298-AG, promovidas por Manuel Antonio Hidalgo E Hijos Sociedad Anónima. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Por el principio de gratuidad que rige la materia agraria contemplado en el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria y oficio Número 243 DE/AL 2009, la publicación del presente edicto debe realizarse sin ningún costo para las partes.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 06 de junio de 2023.—Lic. William Arburola Castillo, Juez Agrario.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789694 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 23-000003-1520-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de José Manuel López Matamoros, quien es mayor, casado una vez, agricultor, vecino de San Miguel de Bijagua de Upala, portador de la cédula de identidad dos-trescientos cuarenta y siete-setecientos catorce, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es Terreno de potrero y montaña. Situada en el distrito; Bijagua, cantón: Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Servidumbre de paso en un frente de siete metros lineales, José Manuel López Matamoros y Miguel Ángel Ramírez López; al sur, Braulio López Herra y Melvin Rodríguez Villalobos, ambos en parte; al este, Miguel Ángel Ramírez López, y al oeste, Olger López Matamoros. Mide: ciento setenta y cuatro mil seiscientos veintitrés metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-2313372-2021. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de diez millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por posesión originaria, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de cuarenta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza del inmueble, siembra del pasto, pastoreo de semovientes y la construcción de las cercas que delimitan con los demás colindantes. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por José Manuel López Matamoros. Expediente N° 23-000003-1520-AG. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Civil, Trabajo, Agrario, Familia, Penal Juvenil y Contra la Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Agrario), Alajuela, Upala, 11 de mayo del año 2023.—Lic. Armando Guevara Rodríguez, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789697 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000016-1520-AG donde se promueve información posesoria por parte de Elizabeth Jiménez Mora quien es mayor, estado civil divorciado/a, vecino(a) de Valle del Río de Guatuso, portador(a) de la cédula número 0204780318, profesión Educador(a), a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno patio con una casa. Situada en el distrito segundo, cantón quince. Colinda: al norte, con Juan Carlos Averruz Cerdas; al sur, con Juan Carlos Averruz Cerdas y Fabio Murillo Vargas; al este, con calle pública con un frente de treinta y dos metros con trece centímetros y al oeste, con Juan Carlos Averruz Cerdas. Mide: tres mil seiscientos sesenta y cinco metros cuadrados, con plano catastrado N° A-2217464-2020. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de estimación colones. Que adquirió dicho inmueble Indique el número de finca, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de las cercas de las colindancias, cercas de alambres de púas e hileras de plantas ornamentales como cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Elizabeth Jimenez Mora, expediente 22-000016-1520-AG-8. Nota: publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil, Trabajo, Agrario, Familia, Penal Juvenil y contra la Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Agrario), 16 de junio del año 2023.—Armando Guevara Rodríguez, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 068-2017JA.—( IN2023789699 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 23-000022-1555-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de María Elena Gómez Villanueva, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Barrio Santa Cruz, 50 metros este 450 norte del Abastecedor El Ahorro, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe N° 603020151, profesión supervisora operativa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de solar. Situada en el distrito primero de Buenos Aires, cantón tercero de Buenos Aires de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: calle pública de 14 metros cuadrados y Bolívar Arias Hernández; al sur: Patrocinio Martín Mora Valverde; al este: Boliva Arias Hernández y Miguel Ángel Jimenez López; y al oeste: Gerardo Muñoz Gamboa. Mide: cuatro mil doscientos cincuenta metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado N° 6-1043-2023. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 10 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de carcas, siembra de árboles frutales, zonas verdes y caños. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por María Elena Gómez Villanueva. Expediente N° 23-000022-1555-AG.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Agrario, Penal Juvenil y Contra la Violencia Doméstica de Buenos Aires, (Agrario), Puntarenas, 29 de mayo del 2023.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 068-2017-JA.—( IN2023789701 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000096-0390-CI donde se promueve información posesoria por parte de Finca Rivera Linda Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N° 3102761646, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito primero Nicoya, cantón segundo Nicoya. Colinda: al norte, y oeste, con Carlos Luis, Lidia María y José Arístides todos apellidos Martínez Muñoz; al sur, con Mayra Barrantes Aguilar; al este, con Rafael Batista Mendoza. Mide: veintiún mil ochocientos veintiocho metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de treinta y cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en vivir ahí, darle mantenimiento y cuido al inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. proceso información posesoria, promovida por Finca Rivera Linda Sociedad de Responsabilidad Limitada Expediente N° 22-000096-0390-CI-0. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Civil), hora y fecha de emisión: siete horas con cuarenta y seis minutos del diecisiete de enero del dos mil veintitrés.—Licda. Ana Laura Solís Mena, Jueza.—1 vez.—( IN2023789760 ).

Citaciones

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaria, a las 15:00 horas, del 06 de junio del 2023, se tiene por abierto el sucesorio de quien en vida fuera Miriam Soto Soto, mayor de edad, casada una vez, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número: 1 0476 0187. Se cita y emplaza a todos los interesados para que se apersonen en el plazo de 15 días contados a partir de la publicación de este edicto a hacer valer sus derechos ante esta notaria. Notaria. Licda. Arelis Russell Chavarría, sita en Puntarenas, trescientos metros al oeste de la Marisquería Ticos, casa B-05, teléfono 8626 57 12.—Licda. Arelis Russell Chavarría. Carné 31 053.—1 vez.—( IN2023782847 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Santos Francisco Sandi Vega, mayor, estado civil casado, profesión u oficio agricultor, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0602220063, y vecino de Heredia, Sarapiquí, Horquetas, Finca Ocho, cien metros norte del Salón Comunal. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000214-0507-AG-1.—Juzgado de Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Civil), 09 de febrero del año 2023.—Roberto Antonio Corea Badilla, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2023789265 ).

La suscrita, Joan Lillian Ritchie-Dewar, de un solo apellido por su origen canadiense, mayor de edad, viuda, pensionada, vecina de Alajuela, Grecia, Puente de Piedra, dos kilómetros al norte de FANAL, Casa Dewar en Posada Mimosa, con cédula de residente número: 112400000217, en mi calidad de albacea propietaria, solicito la tramitación del proceso sucesorio intestado extrajudicial, de quien en vida fue Iain Potts (nombre) Dewar (apellido), quien fuera mayor, casado dos veces, vecino de la misma dirección que la promovente, portador de la cédula de residente número: 112400000324, se declara abierto el proceso sucesorio, según acta de defunción de la provincia de Alajuela que consta al Tomo: 287, Folio: 460, Asiento: 920. Se citan a todos los interesados para que dentro del término de 15 días desde la fecha de su publicación, se apersonen a hacer valer sus derechos hereditarios. Es todo.—Grecia, 13 de junio del año 2023.—Lic. Marvin Gerardo Quesada Castro, Notario Público.—1 vez.—( IN2023789277 ).

Se hace saber: en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Marvin Isidoro Orozco Orozco, mayor, estado civil soltero/a en Unión de Hecho, nacionalidad Nicaragua, con documento de identidad 155821031915 y vecino(a) de Alajuela, Canoas. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 23-000332-0638-CI-8.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciocho horas con dos minutos del catorce de junio del dos mil veintitrés.—Roberto Carlos Hurtado Villalobos, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—( IN2023789278 ).

Se tiene por abierto el sucesorio extrajudicial de quien en vida fue: José Mario Castro Araya, cédula dos-cero doscientos setenta y uno-cero ochocientos treinta y cinco. Se cita a todos los interesados, para que dentro del término común de quince días, a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos. Albacea Betty Dávila Bustos, cédula cinco-cero ciento cincuenta y tres-cero quinientos diecinueve; expediente. 006-2023.—Heredia, dieciséis de junio del año dos mil veintitrés.—Lic. Rafael Ángel Salazar Fonseca.—1 vez.—( IN2023789281 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio testamentario de quien en vida se llamó Emilio Eduardo del Socorro Vargas Sanabria, mayor, viudo, pensionado, costarricense, con documento de identidad N° 0301250680, y vecino Cartago, La Unión, San Diego. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días, contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000401-0640-CI-8.—Juzgado Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: catorce horas con catorce minutos del seis de octubre del dos mil veintidós.—Licda. Marjorie Zacharry Wilson Rodríguez, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2023789284 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Socorro Navarrete Martínez, mayor, soltera, con documento de identidad número siete-cero cero cuarenta y uno-cero setecientos ocho (700410708) y vecina de vecina de Barrio San Rafael, veinticinco metros oeste del Abastecedor La California. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Promueve Aníbal Barboza Rivera, expediente 22-000244-0188-CI-3; teléfono 2770-1570.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil), hora y fecha de emisión: ocho horas con veintisiete minutos del veintitrés de diciembre del dos mil veintidós.—Msc. Harold Ríos Solórzano, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—( IN2023789286 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en Maria Teresa Laurito Musmani, mayor, viuda, Ama de Casa, portadora de la cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos cincuenta y tres-cero ciento veinticinco, vecina de San José, Barrio Francisco Peralta, del IMAS, veinticinco metros oeste, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° S-001-2023. Licda. Patricia Lara Vargas, Notaria Pública, oficina en San José, San Pedro de Montes De Oca, setenta y cinco metros oeste de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica.—1 vez.—( IN2023789289 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Antonio de la Trinidad Bravo Vega, mayor, estado civil casado, agricultor, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0302950792, y vecino del Sauce de Santa Teresita de Turrialba. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 23-000032-0341-CI-0.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba (Civil), hora y fecha de emisión: diez horas con treinta y siete minutos del cinco de junio del dos mil veintitrés.—Licda Ivannia Jiménez Castro, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2023789290 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesorio de Alfredo Enrique Granados Céspedes, casado una vez, pensionado, vecino de San José, cédula de identidad tres-cero ciento setenta y cinco-cero seis seis seis, que se apersonen en defensa de sus derechos bajo los apercibimientos de ley si lo omitieren, al Bufete del Notario Edwin Vargas Víquez, sito en San José, avenida cuarenta y seis, calle treinta y tres, número mil quinientos treinta, en caso de omisión, pasara la herencia a quien corresponda.—San José, diecinueve de junio del dos mil veintitrés.—Lic. Edwin Vargas Víquez, Notario Público.—1 vez.—( IN2023789301 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Julio Álvarez Porras, quien fuera mayor, casado dos veces, Comerciante, vecino, de Jireth, El Roble de Puntarenas, casa O-Veintitrés, cédula uno-cero quinientos sesenta y cinco-cero cuatrocientos cuarenta, para que en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 01-2023-4880. Notaría del Bufete del Licenciado. Luis Felipe Calderón Pérez, correo electrónico lfcalpe05@gmail.com, fax 2663-0219.—Lic. Luis Felipe Calderón Pérez, Notario. Cédula 6-158-001.—1 vez.—( IN2023789302 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión ab intestato que tramita ante esta notaría bajo el expediente N° cero cero cero uno-dos mil veintitrés, de quien en vida fue la señor: Enrique Cracón Murillo, mayor, casado dos veces, Pensionado, vecino de San José, Desamparados, del Cementerio cien metros norte y cincuenta metros este, cedula: Dos-uno seis dos-ocho cero tres, quien falleció en la Cuidad de San José, Carmen, el día veintinueve de junio del del año Mil novecientos noventa y cinco, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso comparezcan ante este despacho a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no comparecieren dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. El expediente se encuentra en la notaría ubicada en la ciudad de Alajuela, Central, Barrio San José, Urbanización La Trinidad, del Salón Comunal trescientos metros oeste, Bufete Méndez Jiménez.-Es todo.- Publíquese.—Licda. Yamileth Méndez Jiménez, Notario Público.—1 vez.—( IN2023789308 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio acumulado de quienes en vida se llamaron Flor María Bolívar Hidalgo, mayor, costarricense, pensionada, casada, con documento de identidad N° 0700580233, y vecina de la Pitahaya Cartago, y Luis Alberto Rojas Sevilla, mayor, costarricense, casado, abogado, con documento de identidad N° 0104720897, y vecino de la Pitahaya Cartago. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días, contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 210009010640CI-2.—Juzgado Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: veinte horas con catorce minutos del uno de diciembre del dos mil veintiuno.—Licda. Franciny Gutiérrez López, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2023789319 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría de las 14:00 horas del 16 de junio del año 2023, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio Ab Intestado Nº 01-2023-NO de quien en vida fuera Angiolette Alvarado Chaves, mayor, viuda de primeras nupcias, del hogar, número de documento de identificación 1-0241-0502, último domicilio San José, Tibás, San Juan, 100 metros oeste, 100 metros norte, 25 oeste de Maxi Palí, fallecida el día 8 de julio de 2022. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo 15 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Lic. Marcia Solís Peña, con oficina en San José, Vásquez de Coronado, 19 de junio del año 2023.—Licda. Marcia Solís Peña, Notaria.—1 vez.—( IN2023789320 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Eriberto Baltodano Baltodano, mayor, casado una vez, profesión no indica, costarricense, cédula de identidad 5-0079-0332 y vecino de San José, Desamparados, Los Guidos. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez. “De conformidad con la Ley de Consultorios Jurídicos o Trabajo Comunal Nª 4775, Artículo 2 las publicaciones que deban hacerse en los diarios oficiales serán gratuitas. Expediente Nº 22-000005-0217-CI.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José(Desamparados), hora y fecha de emisión: siete horas con cincuenta minutos del dieciocho de Enero del dos mil veintidós.—Licda. Johanna Montealegre Cortés, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2023789326 ).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el Proceso Sucesorio en Sede Notarial del causante Benjamín Castro Álvarez, quien fue mayor, viudo una vez, agricultor, vecino de Ciudad Colón de Mora, frente al Templo Mormón, con cédula de identidad 1-250-158. Para que dentro del plazo de 15 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento de que aquellos que crean tener algún derecho en este Proceso, se apersonen y de que si no se apersonan dentro de ese plazo, el derecho pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001- 2023. Notaría Pública, ubicada en Piedades de Santa Ana, calle San Marcos de la entrada 100 metros al sur.—Lic. Rodolfo Jiménez Quirós, Notario Público.—1 vez.—( IN2023789401 ).

Yo, Mario Alberto Alvarado Barquero, mayor de edad, soltero, contador, cedula de identidad número: dos- trescientos sesenta y ocho- ciento ochenta y siete; y vecino de Alajuela, Atenas, Jesús, Sabana Larga, doscientos metros oeste de Multifrío, en calidad de albacea por este medio se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Yanuario Alvarado González, cedula de identidad número: dos ciento veinticuatro- novecientos cuarenta; y, Alicia Barquero Ugalde, cedula de identidad número: dos- ciento setenta y uno- ochocientos cuatro, para que en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a la oficina en la siguiente dirección: Alajuela, Atenas, doscientos veinticinco metros sur de Coopeatenas, Bufete Arias, Víquez y Román, a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quien corresponda. Expediente 01 -2023.—Atenas, 25 de abril del año 2023.—Lic. Carlos Andrés Pérez Gutiérrez, Notario Público.—1 vez.—( IN2023789473 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Ramona Cristina Dorila Navarro Acuña, mayor, estado civil: soltera, profesión u oficio ama de casa, nacionalidad: costarricense, con documento de identidad: 0300720939 y vecina de Hatillo, San José. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 23-000036-0216-CI-1. Notas 1) Este documento fue enviado a la Imprenta Nacional para su publicación, la cual no tendrá costo alguno, toda vez que se publicará conforme a lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley de Consultorio Jurídicos o Trabajo Comunal (Ley N° 4775).—Juzgado Civil de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita. Hora y fecha de emisión: trece horas con treinta y cinco minutos del quince de junio del dos mil veintitrés.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789477 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Adriana Patricia Arias Arce, mayor, soltera, estudiante, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0110630121 y vecina de Escazú. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Exp:23-000253-0181-CI-4.—Juzgado Segundo Civil de San José. 25 de mayo del año 2023.—Ingrid Fonseca Esquivel, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2023789480 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Jonathan Jesús Calvo Rojas, Edgar Mata Rojas, Jinneth Calvo Rojas y José Freddy Calvo Rojas, a las dieciséis horas del dieciséis de junio del dos mil veintitrés, y comprobado el fallecimiento de Flora Beatriz Rojas Elizondo, mayor, costarricense, soltera, agricultora, vecina de Puntarenas, Golfito, Guaycará, Rio Claro, cédula número seis-cero noventa y tres-trescientos setenta y cinco, quien falleció el diez de agosto de dos mil veintiuno, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Sucesión ab intestato en sede notarial de Flora Beatriz Rojas Elizondo. Notaría de la Licenciada Glenda Gómez Castillo, Puntarenas, Corredores, Laurel, ciento cincuenta metros este del Colegio Finca Naranjo. Publicar una vez.—Licda. Glenda Gómez Castillo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023789482 ).

Notifíquese a los herederos legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el proceso Sucesorio de quien en vida fue Renee Virginia Herrera Vargas, mayor, costarricense, en vida viuda, ama de casa, cédula dos– cero ciento noventa – cero setecientos veintitrés, vecina de Alajuela, Alajuela, Tambor, quebradas, contiguo a la Iglesia Cristiana Regalo del Cielo, casa a mano derecha color verde, sobre carretera San Pedro Poas, fallecida el cinco de abril del dos mil veintitrés, según cita de defunción dos -cero doscientos ochenta y ocho – trescientos veinte -cero seiscientos treinta y nueve, según Sección de Defunciones del Registro Civil, hija de Guillermo Herrera Chaves y Ninfa Vargas Madrigal, actualmente ambos fallecidos, para que hagan valer sus derechos, por el plazo de quince días, en el proceso sucesorio número cero cero uno – dos mil veintitrés, el cual se tramita en la Notaría de Lic. Oscar Gerardo Zárate Quesada, Notario Público con oficina en San José, San Francisco de Dos Ríos, costado norte de Parque la Pacífica, condominio Ericka, casa número dos.— Lic. Oscar Gerardo Zárate Quesada, Notario.—1 vez.—( IN2023789486 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Edwin Manuel Vega Naranjo, mayor, estado civil Casado/a, profesión u oficio Peón agrícola, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0112560326 y vecino de Buenos Aires, Brunka, Santa Marta, frente a la cancha multiuso, casa cemento color vino- Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto.— EXP:23- 000022-1046-CI - 4.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Agrario, Penal Juvenil y Contra la Violencia Doméstica de Buenos Aires (Civil).- Hora y fecha de emisión: nueve horas con ocho minutos del treinta y uno de mayo del dos mil veintitrés.—.Jean Carlos Cespedes Mora, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2023789552 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por el señor José Antonio Torres Díaz quien dice ser mayor, viudo una vez, pensionado, portador de la cedula de identidad número cinco-cero ochenta y uno-seiscientos cuarenta y tres, vecino de Liberia Barrio Los Terreros de La Escuela La Bermuda setenta y cinco este, parcela número diez, a las diez horas del catorce de junio del año dos mil veintitrés y comprobado el fallecimiento de María Filomena Ortega Matarrita, quien fue mayor, casada una vez, del hogar, cedula identidad cinco-ciento dieciséis-quinientos diecinueve, misma dirección anterior, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Jorge Alberto Silva Loáciga con oficina abierta en Liberia 50 metros oeste de la farmacia Lux. Teléfono 83320663. Correo jsilval56@hotmail.com Liberia dieciséis de junio del dos mil veintitrés. El original fue retirado por Minor Torres Díaz a las diecisiete horas del dieciséis de junio del dos mil veintitrés.—1 vez.—( IN2023789608 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en el Sucesorio testamentario del señor Leoncio Solís Quintanilla, quien fue mayor, divorciado una vez, pensionado, costarricense, cédula cinco-cero setenta y ocho-seiscientos veintinueve, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos legatarios, acreedores y en general a todas las personas interesadas para que gestione la defensa de sus derechos. Expediente 22-000319-0386-CI. (Publicar 1 vez en el Boletín Judicial).—Juzgado Civil y de Trabajo en el Primer Circuito Judicial de Liberia.—Licda. Ana Isabel Campos Sáenz.—1 vez.—( IN2023789621 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Antonio Cruz Monge, mayor, Soltero, costarricense, con documento de identidad N° 0102710042 y vecino de Coronado. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°23-000295-0181-CI-8.—Juzgado Segundo Civil de San José.- 26 de mayo del año 2023.- Ingrid Fonseca Esquivel, Juez/a.—1 vez.—( IN2023789657 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Vilma María Seas Chacón, mayor, estado civil Viudo/a, profesión u oficio oficios del hogar, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 1-0303-0315 y vecino(a) de San José, Desamparados, Patarrá, Guatuso.- Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. EXP N° 22-000655-0181-CI-5.—Juzgado Civil Del III Circuito Judicial de San José(Desamparados), Hora y fecha de emisión: diez horas con dieciséis minutos del nueve de Noviembre del dos mil vendidos. EXP:22-000655-0181-CI-5. Juan Carlos Cerdas Bermúdez, Juez.—1 vez.—( IN2023789666 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor Glenn Laurence Howard, quien fue portador de la cédula de residencia número uno ocho cuatro cero cero uno tres dos seis siete cero siete, para que, en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a esta notaría a hacer valer sus derechos, y se percibe a los que crean tener la calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 0001-2023. Notaría de Marco Vinicio Castegnaro Montealegre. San José, Mata Redonda, Bulevar Rohrmoser y calle sesenta y ocho, diagonal al Estadio Nacional, Sabana Business Center, piso once, Facio & Cañas.—San José, 19 de junio del 2023.—Lic. Marco Vinicio Castegnaro Montealegre.—1 vez.—( IN2023789667 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Mauricio Gabriel Salas Villafuerte, mayor, soltero, comerciante, cédula: uno- mil ochocientos treinta y uno- cero ciento treinta y ocho, vecino de Limón, Valle De La Estrella, barrio Bella Vista, cuatrocientos metros noroeste, casa de cemento color blanca, a las 13:30 horas del 19 de junio del año 2023 y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera su madre Jesús Eusebia Villafuerte Rodríguez, quien fuera mayor de edad, viuda, ama de casa, cédula: cinco-cero ciento ochenta y nueve-cero doscientos veintiocho, vecino de Limón, San Clemente, barrio Buena Vista, de la Iglesia Católica, quinientos metros noreste, fallecido el día trece del mes de febrero del año dos mil diecinueve, en La ciudad de Limón. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Sonia Magali Ching Moraga, Limón centro, del Registro Civil cien metros al oeste y veinticinco metros al norte, edificio azul en el Bufete Rosales & Asociados, expediente: 0002-2023. [Publicar 1 vez en el Boletín Judicial].—Limón, 19 de junio del 2023.—1 vez.—( IN2023789676 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Venancio Francisco Lara Núñez, mayor, casado, costarricense, con documento de identidad N° 6-0138-0510, y vecino de Alajuelita. Se emplaza a todos los herederos, de legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la primera y única publicación de este edicto en el Boletín Judicial, con el fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro del citado plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 23-000018-0216-CI. Notas 1) Este documento fue enviado a la Imprenta Nacional para su publicación, la cual no tendrá costo alguno, toda vez que se publicará conforme a lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley de Consultorio Jurídicos o Trabajo Comunal (Ley N° 4775).—Juzgado Civil de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, hora y fecha de emisión: catorce horas con ocho minutos del tres de febrero del dos mil veintitrés.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 068-2017-JA.—( IN2023789721 ).

Ante esta notaria, mediante acta de apertura otorgada por Claudia Isabel Durán Villalobos, y Yanory Jazmín Salazar Villalobos, a las dieciséis horas del día veintiuno de marzo de dos mil veintitrés, y comprobado el fallecimiento de Alice Eugenia del Socorro Villalobos Vásquez, mayor, soltera, costarricense, ama de casa, vecina de la provincia de Puntarenas, Garabito, Jacó, calle Claritas, detrás del antiguo súper las Chancletas, portadora de la cédula de identidad costarricense número seis-cero uno cinco tres-cero cuatro uno siete, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ad intestado. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría ubicada en Puntarenas, Garabito, Jacó, cincuenta metros oeste de los Tribunales de Justicia de Garabito, edificio Leonardo, segunda planta, Bufete Jaco Legal Firm, teléfono ocho ocho ocho dos-nueve siete-seis siete, a hacer valer sus derechos.—Jacó, a las doce horas y diez minutos del diecinueve de junio del dos mil veintitrés.—Licenciado Rudy Rodríguez Mesén, Notario Público, carnet 29270.—1 vez.—( IN2023789752 ).

En mi notaría compareció Erick Fabricio Ugalde Campos, cédula 109670373, y solicitó la apertura del proceso sucesorio Notarial de quien en vida fuera William Ugalde Vargas, con cédula de identidad número 203090886. El solicitante requirió ser designado como albacea y presentó inventario de bienes a repartir. Se cita y emplaza a herederos e interesados, acreedores, legatarios y beneficiarios, para que, en el plazo de 15 días a partir de la publicación del presente, se apersonen a hacer valer sus derechos ante esta Notaría, sita en la ciudad de Guanacaste, Liberia, Barrio Condega, de Pizza Pronto cincuenta metros al norte. 17/06/2023.—Manuel Mora Ulate, Notario Público.—1 vez.—( IN2023789767 ).

Hago saber ante mi notaría, en la ciudad de Heredia, se tramita el proceso sucesorio Testamentario, de quienes en vida fue: Mayra Guerrero Víquez, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula cuatro-cero ciento veinte-cero quinientos treinta y seis, vecina en su último domicilio en Heredia, Mercedes Norte. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Heredia ocho horas del diecinueve de junio del dos mil veintitrés. Exp: 2023-002-CI-PSN.—Lic. Ricardo Morera Briceño, Notario Publico.—1 vez.—( IN2023789790 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Wilson Gerardo Solís Quesada, quien en vida fue soltero, comerciante, vecino de San Rafael de Ciudad Quesada de San Carlos, cien metros oeste del puente sobre el Río San Rafael, cédula de identidad número dos-quinientos nueve-doscientos ochenta y tres, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidades de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda, expediente 0005-2023. Sucesorio de Wilson Gerardo Solís Quesada.—David Rogelio Jiménez Zamora, Notario.—1 vez.—( IN2023789809 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rafael Siles Sandí, mayor, casado una vez, agricultor, con documento de identidad N° 0101850285, y vecino de San Francisco de Turrubares. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 23-000067-0197-CI-7.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Contra La Violencia Doméstica de Puriscal (Civil), hora y fecha de emisión: once horas con veinte minutos del catorce de junio del dos mil veintitrés.—MSc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2023789816 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Lady Nivelly Osorio Ramírez, mayor, casada en primeras nupcias, costarricense por naturalización, con documento de identidad 08-0097-0387 y vecina de San José, Santa Ana, 100 metros oeste de la Cruz Roja, 300 metros al sur, condominio Santa Ana Hills, casa 113. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. EXP:23-000272-0182-CI.—Juzgado Tercero Civil de San José. 02 de junio del año 2023. Gersan Tapia Martínez, Juez..—1 vez.—( IN2023789830 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Dania Del Rocío Murillo Soto, Pérez Zeledón, a las diez horas del trece de junio del dos mil veintitrés y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera: María Cecilia Soto Chaves, cédula identidad número: dos-cero doscientos setenta y ocho-cero seiscientos cuarenta y siete, divorciada una vez, ama de casa, vecina de Puntarenas, Osa, Puerto Cortes, veinticinco norte del INA. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Ivannia Martínez Navarro, San José, Pérez Zeledón, San Isidro del General, Barrio el Pocito, doscientos cincuenta metros norte, mano derecha, muro de cerámica gris. Teléfono: ocho tres seis cuatro-seis siete cinco cero.—1 vez.—( IN2023789834 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Serafina Eduviges Apu Apu, conocida como Josefina Apu Apu, a las a las 13:30 horas del 14 de junio de 2023 y comprobado el fallecimiento de Juan Candelario Noe Matarrita Durán, conocido como Jonas Matarrita Durán, mayor, casado una vez, quien fuera pensionado, con cédula de identidad número cinco-cero cero cincuenta y nueve-cero setecientos veintidós, vecino de Guanacaste, Santa Cruz, Veintisiete de Abril, Urbanización Marcial Contreras Durán, frente a la segunda entrada, casa azul, fallecido el 22 de junio de 2022, esta notaria ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de 15 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría ubicada en San José, San José, Hospital, frente a encomiendas de Musoc, hacer valer sus derechos. Expediente N° 01-2023-SN.—20 de junio de 2023.—Licda. Leda Montoya Jiménez, Notaria.—1 vez.—( IN2023789836 ).

Ante esta notaría, se otorgó el acta de apertura de proceso sucesorio notarial de la causante Sonia María de Los Ángeles Artavia Fuentes, mayor, portadora de la cédula de identidad número uno-cero quinientos veintitrés-cero quinientos nueve, promovida por los señores: Raquel Muñoz Artavia, portadora de la cédula de identidad número uno-mil ciento noventa y cinco-cero novecientos cincuenta y siete, Joel Gustavo Muñoz Artavia, portador de la cédula de identidad número uno-mil ochenta y cinco-cero seiscientos setenta y nueve, y Gustavo Adolfo Muñoz Bonilla, portador de la cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos sesenta y cinco-cero trescientos veintidós. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Licda. Kimberlyn Rojas de La Torre, con oficina abierta en San José, Santa Ana, de la Cruz Roja, ciento cincuenta metros oeste, Oficentro The Train, segundo piso, contiguo al Automercado de Río Oro.—San José, 19 de junio del 2023,.—Licda. Kimberlyn Rojas de La Torre.—1 vez.—( IN2023789848 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Jesús Salas Alvarado, a las catorce horas del dieciocho de marzo del año dos mil veintitrés y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Sebastiana Guzmán Jarquín, quien era mayor, casada una vez, ama de casa, con cedula de identidad 800430767 quien tuvo como ultimo domicilio Alajuela, San Carlos, San Rafael de Guatuso kilómetro y medio al norte de la Iglesia Católica camino hacia Upala, casa a mano derecho de madera de dos plantas. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Yorvieth Argerie Solís Cubero, ubicación Alajuela, San Carlos, Fortuna, 300 metros este del Hotel Jardines Arenal teléfono 8705-6989.— Lic. Yorvieth Argerie Solís Cubero.—1 vez.—( IN2023789855 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Florinda De La Trinidad Herrera Herrera, mayor, estado civil viuda, oficios del hogar, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0200408415 y vecina de San Antonio del Tejar, Alajuela. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Exp:23-000341-0638-CI-7.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: nueve horas con veintinueve minutos del doce de junio del dos mil veintitrés.—Lic. Jaime Eduardo Rivera Prieto, Juez.—1 vez.—( 2023789944 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Micaela de La Trinidad Monge Calvo, mayor, estado civil soltera, profesión u oficio ama de casa, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0900090952 y vecina de Alajuela centro, costado sur del cementerio. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto Expediente N° 23-000338-0638-CI-5.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con siete minutos del cinco de junio del dos mil veintitrés.—Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—1 vez.—( IN2023789945 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Manuel Antonio Brenes Brenes, mayor, estado civil casado una vez, profesión u oficio pensionado, nacionalidad Costarricense, con documento de identidad N° 0300860327 y vecino Cartago, El Carmen. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Exp: 22-000343- 0640-CI - 9.—Juzgado Civil de Cartago.- Hora y fecha de emisión: ocho horas con cuarenta y uno minutos del ocho de Junio del dos mil ventidos.—Lic. Randy José Araya Vallejos, Juez.—1 vez.—( IN2023789962 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María del Carmen Padilla Caseres, mayor, estado civil soltera, oficios domésticos, costarricense, con documento de identidad N° 0502420633, y vecina de Bagaces Guanacaste. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 23-000083-0386-CI-3.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial Guanacaste (Civil). Hora y fecha de emisión: siete horas con veintisiete minutos del catorce de junio del dos mil veintitrés.—Licda. Aura Lisseth Cedeño Yanes,  Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2023789989 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Fernando Núñez Cambronero, mayor, casado en segundas nupcias, Abogado y Notario, costarricense, con documento de identidad N° 01-0222-0806 y vecino de San José, Curridabat, del Restaurante La Princesa Marina, 25 metros oeste. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. EXP:22-000880-0182-CI .Juzgado Tercero Civil de San José. 15 de junio del año 2023. Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2023790092 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Lía Julia Rapso Córdoba, mayor, viuda, ama de casa, documento de identidad N° 6-0061-0819 y vecina de Cartago, y Marco Vinicio Araya Sojo, mayor casado, comerciante, vecino de Goicoechea, con documento de identidad N° 01-0339- 0805. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 13-000114-0164-CI-3.—Juzgado Segundo Civil de San José, 05 de junio del año 2023.—Licda Paula Elena Sáenz Gutiérrez, Jueza.—1 vez.—( IN2023790096 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Enrique Agüero Arias, quien era mayor, casado, portador de la cédula de identidad N° 0104080480, vecino de San José. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000815-0181-CI-6.—Juzgado Segundo Civil de San José,10 de enero del año 2023.—Licda. Paula Elena Sáenz Gutiérrez, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2023790125 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Juan Miguel Vásquez Rojas, mayor, casado, con documento de identidad N° 0202470038 y vecino de Cartago, San Rafael de Oreamuno. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°23-000322-0640-CI-6.—Juzgado Civil de Cartago.Hora y fecha de emisión: quince horas con treinta y siete minutos del dieciocho de mayo del dos mil veintitrés.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca, LL.M, Juez.—1 vez.—( IN2023790164 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Alberto González Quesada, mayor, estado civil Casado/a, profesión u oficio Piloto privado, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0303640182 y vecino(a) de Guadalupe de Cartago.- Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 23-000320-0640-CI - 7.—Juzgado Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: veinte horas con veintiséis minutos del veintiocho de mayo del dos mil veintitrés.—MSc. Meicer Araya Espinoza, Juez/a.—1 vez.—( IN2023790190 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Jesús María Badilla Elizondo, mayor, viudo, con documento de identidad N° 0202270388 y vecino San Ramón. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 23-000143-0296-CI.— Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 01 de junio del año 2023.—Licda. Marisol María Mejías Bogantes, Jueza.—1 vez.—(IN2023790194 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Dolores Alicia de Jesús Sibaja Álvarez, mayor, viuda, ama de casa, costarricense, con documento de identidad N° 400414335, y vecina de San Sebastián. Se emplaza a todos los herederos, de legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la primera y única publicación de este edicto en el Boletín Judicial, con el fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro del citado plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 22-000129-0216-CI.—Juzgado Civil Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, hora y fecha de emisión: siete horas con cincuenta y nueve minutos del tres de junio del dos mil veintidós.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2023790268 ).

 Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ricardo Herrera Rodríguez, mayor, casado una vez, comerciante, costarricense, cédula de identidad N° 0104540064 y vecino de San José, Coronado, Patalillo. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 23-000225-0182-CI.—Juzgado Tercero Civil de San José, 14 de junio del año 2023.—MSc. Isabel Alfaro Obando, Jueza.—1 vez.—( IN2023790345 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Dannina de Jesús Serrano Serrano, mayor, casada, ama de casa, costarricense, con documento de identidad N° 300579717, y vecina de Limón, Pococí, Cariari. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 19-000321-0930-CI-0.—Juzgado Civil del II Circuito Judicial de La Zona Atlántica, 02 de junio del año 2023.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—1 vez.—( IN2023790475 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Vinicio Fuentes Jiménez, mayor, soltero, profesión desconocida, costarricense, con documento de identidad N° 0108970157, y vecino San José, Santa Ana. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 23-000361-0182-CI-0.—Juzgado Tercero Civil de San José, 02 de junio del año 2023.—Licda. Lidieth Venegas Chacón, Jueza.—1 vez.—( IN2023790533 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio testamentario de quien en vida se llamó Austelina María del Rosario Villalobos Villalobos, mayor, casada una vez, maestra, costarricense, con cédula de identidad N° 0400640968 y vecina de San José, Coronado. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 23-000299-0182-CI. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 2 de la Ley de Consultorios Jurídicos aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga pago alguno de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Tercero Civil de San José. 25 de mayo del año 2023.— Msc. Isabel Alfaro Obando, Jueza.—1 vez.— O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023790569 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ana Virginia de Los Ángeles Calderón Molina, mayor, estado civil divorciada, profesión u oficio, oficios domésticos, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0105780581, y vecina de Cartago, La Unión, Tres Ríos. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 23-000358-0640-CI-4.—Juzgado Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: diez horas con trece minutos del veintiséis de mayo del dos mil veintitrés.—MSc. Meicer Araya Espinoza, Jueza.—1 vez.—( IN2023790595 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Gustavo Alonso Hernández Granados, mayor, estado civil casado, comerciante, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N°6-0402-0777 y vecino de San José, Desamparados. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°23-000107-0217-CI-6.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José, hora y fecha de emisión: quince horas con cincuenta y siete minutos del veintiséis de mayo del dos mil veintitrés.—Dra. Lizeth Álvarez Salas, Juez Decisor.—
1 vez.—( IN2023790633 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Manuel Ángel Marín Molina, mayor, estado civil casado, profesión u oficio Agricultor, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N°0202600165, y vecino de Alajuela, San Carlos, La Fortuna, El Tanque. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°23-000219-0297-CI-0.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con tres minutos del nueve de junio del dos mil veintitrés.—Bridley Rodríguez Aguilar, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—( IN2023790643 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamaron Rodolfo Calderón Molina mayor, costarricense, casado, comerciante, vecino de San José, San José Hospital con documento de identidad N° 0102110922 y Teresa Vargas Salazar, mayor, costarricense, viuda, de labores del hogar, vecina de San José, San José Hospital, con documento de identidad N° 0201510473. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 23-000265-0182-CI-5. Nota: publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Tercero Civil de San José, 19 de junio del año 2023.—Licda. Diana Sánchez Cubero, Jueza.—1 vez.—( IN2023790653 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Alberto Fuentes Araya, mayor, costarricense, soltero, soldador, con documento de identidad 0302750430 y vecino San Nicolás de Cartago. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 23-000277-0640-CI-4.—Juzgado Civil de Cartago, quince horas con cuarenta y seis minutos del veinticinco de mayo del dos mil veintitrés.—Dr. Ricardo Díaz Anchía, Juez.—1 vez.—( IN2023790662 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alfredo Eliecer del Carmen Zumbado Conejo, mayor, estado civil viudo, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0400690795 y vecino de Santa Bárbara de Heredia, y de quien en vida se llamó Odalia Carmen de Los Ángeles Alfaro Alfaro, mayor, estado civil viuda, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0400720562 y vecina de Santa Bárbara de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-001000-0504-CI - 1.— Juzgado Civil de Heredia, hora y fecha de emisión: quince horas con veintiuno minutos del dieciocho de noviembre del dos mil ventidos.—M.Sc. Andrea Ramírez Solano, Jueza.—1 vez.—( IN2023790677 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Juan Sanabria Echavarría, mayor, estado civil casado, profesión agricultor, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0301210754, y vecino de Yerbabuena de La Unión de Tres Ríos Cartago. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 23-000304-0640-CI-8.—Juzgado Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: once horas con treinta y siete minutos del diecinueve de junio del dos mil veintitrés.—Meicer Araya Espinoza, Jueza.—1 vez.—( IN2023790687 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luis Napoleón Alemán Álvarez, mayor, estado civil casado, profesión u oficio comerciante, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0203550552 y vecino de Alajuela, San Carlos, Pocosol, Santa Rosa. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 23-000227-0297-CI-4.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con cuarenta y cinco minutos del veinte de junio del dos mil veintitrés.—Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2023790718 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Amelia Villalta Mora, mayor, viuda, de oficios domésticos, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0101960053, y vecina de Puntarenas, Corredores, Corredor. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 18-000051-0920-CI-6.—Juzgado Civil y Trabajo del II Circuito Judicial de la Zona Sur (Civil), hora y fecha de emisión: diez horas con cuarenta y uno minutos del veinticinco de mayo del dos mil veintitrés.—Nancy Magaly García Sánchez, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2023790730 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio acumulado de quienes en vida se llamaron Miguel Ángel Ramírez Suárez, mayor, agricultor, casado una vez, costarricense, con documento de identidad N° 0202620489, y vecino de Altos de Naranjo de Atenas, Alajuela y María del Carmen Mora Ramírez, mayor, estado civil viuda, ama de casa, costarricense, con documento de identidad N° 0203070723, y vecina de Altos de Naranjo de Atenas, Alajuela. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000331-0638-CI-6.—Juzgado Civil del I Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diecisiete horas con cuarenta y uno minutos del ocho de junio del dos mil veintitrés.—Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—1 vez.—( IN2023790745 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Randall Eduardo Ávila Castro, mayor, divorciado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0106940974 y vecino de Hatillo 8. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° :18-000523-0182-CI-7.—Juzgado Civil Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 11 de marzo del año 2021.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2023790754 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Sergio Guevara Gómez, mayor, estado civil casado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0500990487 y vecino(a) de San Francisco de Heredia.- Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto.EXP:23-000356-0504-CI - 2.—Juzgado Civil de Heredia.- Hora y fecha de emisión: diecisiete horas con veintisiete minutos del treinta de abril del dos mil veintitrés.—M.Sc. Andrea Ramírez Solano, Jueza.- SMOREIRAG NOTA: Envíese el presente edicto de forma gratuita de conformidad con el artículo 2 de la Ley de Consultorios Jurídicos o Trabajos Comunales.—
1 vez.—( IN2023790840 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Blanca Lidia Masis Valverde, mayor, soltera, ama de casa, costarricense, con documento de identidad N° 104840438, y vecina de Alajuelita. Se emplaza a todos los herederos, de legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la primera y única publicación de este edicto en el Boletín Judicial, con el fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro del citado plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 12-100089-0216-CI.—Juzgado Civil de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, hora y fecha de emisión: nueve horas con dos minutos del veintisiete de marzo del dos mil veintitrés.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2023790855 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Julia María del Espíritu Santo Vega Alvarado, mayor, casado en segundas nupcias, comerciante, costarricense, con documento de identidad 0401050941 y vecino de Alajuela, centro, del semáforo del cementerio general 22 metros norte. - Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Exp: 19-000186-0638-CI-5.—Juzgado Civil I Circuito Judicial Alajuela, 05 de abril del año 2019.—Licenciado Carlos Esteban Sancho Araya, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2023790873 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rodolfo Madrigal Gómez, mayor, casado en segundas nupcias, pensionado, portador de la cédula de identidad N° 0101950531, y vecino de Sabanilla de Montes de Oca. Consulte con el administrador del PJVars. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 23-000291-0182-CI-8.—Juzgado Tercero Civil de San José, 05 de junio del año 2023.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2023790946 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Delroy Eugene Barker Neill, mayor, estado civil casado, profesión u oficio agricultor, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0700360470 y vecino Siquirres, Limón.- Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Exp: 23-000071-0930-CI - 3.—Juzgado Civil del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica,19 de mayo del año 2023.— Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez.—1 vez.—( IN2023790960 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Roxana María Carvajal Mena, mayor, estado civil soltera, profesión u oficio ama de casa, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0900630342 y vecina de Mercedes Sur de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 23-000530-0504-CI-3.—Juzgado Civil de Heredia, hora y fecha de emisión: siete horas con cincuenta y siete minutos del doce de junio del dos mil veintitrés.—M.Sc. Andrea Ramírez Solano, Jueza.—1 vez.—( IN2023791001 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Norma Leila Aguilar Romero, mayor, estado civil casada, profesión u oficio oficios domésticos, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0301640869, y vecina de Turrialba. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 23-000063-0341-CI-6.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba (Civil), hora y fecha de emisión: catorce horas con cuarenta y tres minutos del veintidós de junio del dos mil veintitrés.—Licda Ivannia Jiménez Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2023791067 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Mercedes Perera Ristori, mayor, divorciada, traductora, costarricense, con documento de identidad N° 0102220629 y vecina de San José, Curridabat. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 23-000357-0182-CI-3.—Juzgado Tercero Civil de San José, 06 de junio del año 2023.—Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2023791091 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alejandro Alfaro Araya, mayor, estado civil casado, Comerciante, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0601450353 y vecino(a) de Puntarenas, Corredores, Paso Canoas, Barrio San Jorge, al frente del CEN.- Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Exp: 23- 000004-0920-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del II Circuito Judicial de la Zona Sur (Civil).- Hora y fecha de emisión: once horas con cuarenta y tres minutos del veinticinco de abril del dos mil veintitrés., Promovido por Idalia Mendoza Cubilla. Lic. Dany Gerardo Matamoros Bendaña, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—( IN2023791112 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luis Fernando Ramírez Peralta, mayor, casado una vez, profesor pensionado, portador del documento de identidad N° 0501270963, y vecino de Paraíso de Tempate de Santa Cruz. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 23-000214-0388-CI-4.—Juzgado Civil de Santa Cruz, hora y fecha de emisión: catorce horas con cuarenta y tres minutos del doce de mayo del dos mil veintitrés.—Lic. Milkyan Sánchez Aguilar, Juez.—1 vez.—( IN2023791114 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luisa Araya Ovares, mayor, soltera, pensionada, documento de identidad N° 0101830505, vecina de San Francisco de Goicoechea. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 23-000314-0181-CI-7.—Juzgado Segundo Civil de San José,12 de mayo del año 2023.—Licda. Paula Sáenz Gutiérrez, Jueza.—1 vez.—( IN2023791152 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Yerlin María Soto Ulate, mayor, casada, oficios domésticos, costarricense, con documento de identidad 0206120467 y vecina de Linda Vista de La Tesalia, de la Escuela Linda Vista, 200 metros al sur, casa de cemento color madera. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 23-000200-0297-CI-5.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con tres minutos del cinco de junio del dos mil veintitrés.—Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2023791166 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Flor María Castillo Granados, mayor, estado civil Viudo/a, profesión u oficio Oficios Domésticos, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0301700586, y vecino(a) de Paraíso de Cartago, Llanos de Santa Lucía, lote 5-P. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 23-000007-0699-AG-3.—Juzgado Agrario de Cartago, 31 de mayo del año 2023.—Licda. Silvia Elena Sánchez Blanco, Juez/a.—1 vez.—( IN2023791292 ).

Se emplaza: A todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Virginia Hernández Arias, conocida como Virginia Villalobos Hernández, quien fue mayor, casada una vez, modista, vecina de San Rafael Abajo de Desamparados, cédula de identidad número 1-0237-0402, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 22-000234-0217-CI, sucesión de Virginia Hernández Arias. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados. nueve horas con cincuenta minutos del veintiséis de agosto del dos mil veintidós.—M.Sc. Wálther Obando Corrales, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2023791335 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Amable Francisca de La Trinidad Solano Vargas, mayor, estado civil Viudo/a, profesión u oficio ama de casa, nacionalidad Costarricense, con documento de identidad N° 0106520326 y vecino(a) de San José, Granadilla. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000636-0181-CI - 2.—Juzgado Segundo Civil de San José, 10 de enero del año 2023.—Daniel Jiménez Medrano, Juez/a.—1 vez.—( IN2023791459 ).

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor: Jorge Luis Umaña Padilla, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 23-000189-0928-FA. Clase de asunto Deposito Judicial. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese tres veces consecutivas.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Contra la Violencia Doméstica de Cañas, (Familia), a las dieciséis horas treinta y uno minutos del 07 de junio del 2023.—Lic. Roly Arturo Bogarin Morales, Juez.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023786101 ).                                                                                                          3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Juan Diego Martínez Castro, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 22-001324-0292-FA. Clase de Asunto Depósito Judicial. Nota: De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese este edicto por tres veces consecutivas.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del nueve de agosto de dos mil veintidós.—Msc. Francinni Campos León, Jueza Decisora.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023786262 ).                                               3 v. 2.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las personas menores Jazmín Sofía López Jiménez y Yendri Patricia López Jiménez, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Nota: Publíquese tres veces consecutivas. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Expediente N° 23-000199-0292-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las doce horas con treinta y seis minutos del quince de febrero del año dos mil veintitrés.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023786265 ).                  3 v. 2.

A: Angie Cristina Castro Araya y Marco Aurelio Alvarado Espinoza y a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de los menores: Keylor Yahel Alvarado Castro, se les pone en conocimiento la resolución de las nueve horas con cuarenta y siete minutos del veinticinco de noviembre del dos mil veintidós de este despacho que en lo conducente dice: De las presentes diligencias de Depósito Judicial de la persona menor de edad: Keylor Yahel Alvarado Castro, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Angie Cristina Castro Araya y Marco Aurelio Alvarado Espinoza, a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. En caso, que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Para notificar al ente aludido, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; de este Circuito Judicial. Se le previene a la parte interesada, que para efectos de la diligencia en cuestión, si a bien lo tiene, deberá señalar un medio para atender notificaciones ante la autoridad comisionada, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 35, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Medida cautelar: como lo solicita el ente actor, se ordena el depósito provisional de la persona menor de edad Keylor Yahel Alvarado Araya, bajo el cuido y responsabilidad de la señora: Yorleny Espinoza Chaves la cual deberá presentarse ante este juzgado para aceptar el cargo conferido dentro de los tres días hábiles posteriores a la notificación de esta resolución. Prevención: se le indica a la parte actora que deberá aportar 2 juegos de copias para notificar a los progenitores, copias que deberán de ser presentadas directamente en la Oficina de Comunicaciones Judiciales. Caso contrario trascurrido el plazo de tres meses se procederá a declarar la deserción en este proceso. Expediente N° 22-000866-0687-FA. Clase de asunto: depósito judicial. Publíquese tres veces. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Licda. Marjorie De Los Ángeles Salazar Herrera, Jueza.—Juzgado de Familia y Contra la Violencia Doméstica de Grecia, (Familia).—Heiner Baltodano Solís, Juez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023786267 ).                                                3 v. 2.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Reichel De Los Ángeles Chavarría Murillo, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 23-000579-0292-FA. Clase de Asunto Depósito Judicial. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por tres veces consecutivas.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las nueve horas con un minutos del once de mayo del año dos mil veintitrés.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023786271 ).             3 v. 2.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Joseph Mateo Rojas Atencio, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente N° 22-001474-0292-FA. Clase de Asunto actividad judicial no contenciosa. Nota: publíquese tres veces consecutivas. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las trece horas cincuenta y siete minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintidós, 18 de agosto del año 2022.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza Tramitadora.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023786273 ). 3 v. 2.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de la persona menor de edad Rachel Jimena Álvarez Escalante, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Nota: Publíquese tres veces consecutivas. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Expediente N° 23-000004-0292-FA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa (depósito judicial promovido por el PANI con la intervención de Mauricio Álvarez Cambronero y Victoria Escalante Chaves).—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. A las ocho horas catorce minutos del diez de enero de dos mil veintitrés. 10 de enero del año 2023.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023788030 ).                                                3. v. 2.

En la puerta exterior de este Despacho, en el mejor postor, se adjudicará el inmueble del partido de San José, matrícula de folio real número 0435783-000 perteneciente a Christian Cruz Castro, cédula N° 1-0913-0266, su naturaleza: terreno para construir bloque D, lote 89, situación distrito 10 Damas, del cantón 03, Desamparados de la provincia de San José, linderos: al norte, lote 88; sur, lote 90; este, lote 93 y 94 y, oeste, 152 metros cuadrados. Plano: SJ 0265492-1995. La venta será por la suma de cincuenta millones ciento sesenta mil colones con treinta, con gravámenes citas 472-06247-0062-001, H, afecta a finca: 1-00435783-000, inicia el 01 de diciembre de 1999 y finaliza el 01 de diciembre del 2015, cancelaciones parciales no hay, anotación del gravamen no hay, citas 570-42065-01-0001-0001, afecta a finca: 1-00435783- 000, inicia el 13 de agosto del 2007 y finaliza el 13 de febrero del 2017, cancelaciones parciales no hay, anotación del gravamen no hay, y citas 2016- 664491-01-001- 001, afecta a finca: 1-00435783-000, inicia el 11 de octubre del 2016 y finaliza el 11 de octubre del 2026, cancelaciones parciales no hay, anotación del gravamen no hay. Conservando siempre la misma base indicada, se señalan tres fechas para la realización de la venta judicial, diez horas treinta minutos del veintidós de junio del dos mil veintitrés (10:30 a.m. del 22/06/2023), una segunda subasta tendrá lugar a las diez horas treinta minutos del veintinueve de junio del dos mil veintitrés (10:30 a.m. del 29/06/2023), y una tercer subasta tendrá lugar a las diez horas treinta minutos del seis de julio del dos mil veintitrés (10:30 a.m. del 06/07/2023. Por lo que de fracasar la primera, se intentará una segunda venta y fracasada esta, se intentará una tercera venta, según las fechas establecidas. Por lo que de fracasar la primera, se intentará una segunda venta y fracasada esta, se intentará una tercera venta, según las fechas establecidas. Lo anterior por haber sido ordenado en el proceso ejecución de sentencia, expediente número 07-400165-0637-FA, de contra Christian Cruz Castro. Publíquese este edicto tres veces consecutivas. “... De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derecho ...”.—Juzgado de Familia de Desamparados, 09 de junio del 2023.—Lic. Esteban Guzmán González, Juez Decisor.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023788036 ).  3 v. 2.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las personas menores Liam Eduardo y Gabriel ambos de apellidos Valladares Masís, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°22-000189-0292-FA. Clase de asunto deposito judicial. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por tres veces consecutivas.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las diez horas con veinte minutos del ocho de junio del año dos mil veintitrés.—Licda. Diana Rojas Elizondo, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023788285 ).                                                            3 v. 2.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Tatiana Alejandra Delgado Canales, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días, que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 22-000027-0292-FA. Clase de Asunto Depósito Judicial. Nota: Publíquese por tres veces consecutivas. De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las once horas cinco minutos del cuatro de marzo de dos mil veintidós. 04 de marzo del año 2022.—Msc. Francinni Campos León, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789330 ).                                                    3 v. 2.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el Depósito Judicial de las personas menores de edad Danna Lanza Rodríguez, Eimy Isabella Lanza Rodríguez y Chameling Murillo Rodríguez, promovido por Patronato Nacional de la Infancia contra la señora Priscilla María Rodríguez Castro y los señores Henry Lanza Medina y Leonardo Murillo Ramírez, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 23-000047-0292-FA. Clase de Asunto Actividad Judicial no contenciosa. Nota: Publíquese tres veces consecutivas. De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las diez horas con treinta y dos minutos del nueve de febrero del año dos mil veintitrés. 09 de febrero del año 2023.—Licda. Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza 03.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 2023789419.—( IN2023789421 ). 3 v. 1.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las personas menores de edad Scarleth Victoria Mesa Hernández, Emily Yasel y Jimena Michelle de apellidos Calderón Mora, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°23-000505-0292-FA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa de depósito judicial. Nota: publíquese tres veces consecutivas. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las catorce horas con un minutos del 17 de abril del 2023.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—( IN2023789490 ).                                                     3 v. 1.

Se convoca por medio de edicto a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de la persona menor José David Rivas Amoretti, por haber sido nombradas en testamento, por corresponderles la legítima o por tener interés en la dativa, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente N° 23-000144-1517-FA. Proceso: Tutela. Promovente: Patronato Nacional de la Infancia. Nota: Publíquese por tres veces consecutivas. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil, Trabajo, Agrario, Familia, Penal Juvenil y Contra la Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Familia), 01 de junio de 2023.—Licda. Mónica Marcela Mora Vílchez, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789513 ).                                                       3 v. 1.

Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia, expediente N° 22-000736-0687-FA. Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor (incapaz) Daniel Isaac Mena Murcia, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Tatiana Esperanza Murcia Alfaro y Juan Pablo Mena Lizano, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado, expediente N° 22-000736-0687-FA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa, depósito judicial. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese 3 veces.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia de Familia), a las diez horas con cincuenta y seis minutos del once de enero del año dos mil veintitrés, 11 de enero del año 2023.—Msc. Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Jueza.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789522 ).                                                                                                              3 v. 1.

Msc. Luz Amelia Ramírez Garita. Jueza del Juzgado de Familia del I Circuito Judicial de Alajuela, a Guiselle del Carmen León Chacón mayor de edad, de  nacionalidad costarricense, soltera, cédula número 205620498 de otros datos desconocidos, y Carlos Alberto Rodríguez Carvajal mayor de edad, Costarricense, cédula 205060525 de otros datos ignorados, Geovanny Muñoz Hernández mayor de edad, costarricense, de otras calidades ignoradas , en su carácter personal, se le hace saber que en proceso  actividad judicial no contenciosa de depósito judicial EXP. 20-0013080292-FA, establecido por Patronato Nacional de la Infancia Cañas, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: sentencia de primera  instancia N° 2023000103. Juzgado de Familia del I Circuito Judicial de  Alajuela. A las quince horas con treinta y seis minutos del dos de febrero del año dos mil veintitrés. Diligencias no contenciosas de depósito judicial de persona menor de edad, formuladas por Patronato Nacional de la Infancia en favor de Edgar David  Muñoz León, Mariliz Rodríguez León. Como intervinientes Guiselle del Carmen León Chacón mayor de edad, de nacionalidad costarricense, soltera, cédula número 205620498 de otros datos desconocidos, y Carlos Alberto Rodríguez Carvajal mayor de edad, Costarricense, cédula 205060525 de otros datos ignorados, Geovanny Muñoz Hernández mayor de edad, costarricense, de otras calidades ignoradas. Actúa en representación del Patronato Nacional de la Infancia La Licenciada Alejandra Solís Lara.- Por tanto: Con base en las consideraciones hechas, al amparo de lo establecido en los artículos 9. 1, 3 de la Convención sobre los  Derechos del Niño, 30, 32 y siguientes del Código de Niñez y Adolescencia, 819 siguientes y concordantes del Código Procesal Civil y legislación atinente a la protección que debe darse en cuanto al derecho a la vida familiar que ampara a las personas menores de edad, se acoge el depósito judicial solicitado por el Patronato Nacional De La Infancia, ordenando el depósito judicial de Marialyz Rodríguez León y Edgar David Muñoz León bajo el cuido y responsabilidad de la señora Ashly Marialy León Chacón quien les representará en todo lo que corresponda y seguirá velando por el bienestar integral de ambas personas adolescentes. Deberá la señora depositaria comparecer dentro de quinto día a aceptar el cargo conferido bajo juramento de su fiel cumplimiento. se ordena al Patronato Nacional de la Infancia continuar con el apoyo económico a las personas infantes por medio del programa de acogimiento familiar con subvención. Una vez firme la presente resolución y mediante ejecutoria que se expedirá de manera oficiosa anótese en el Registro Civil lo resuelto en provincia de Alajuela citas de nacimiento de Edgar David 209200984 y de Marialyz 208790271. Se resuelve sin especial condena en costas personales y procesales. Se advierte al Ente promovente y personas intervinientes su derecho de apelar este fallo dentro del plazo de ley. Publíquese la parte dispositiva de la sentencia por una única vez en el Boletín Judicial. Hágase saber Nota: Publíquese por una única vez. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita. Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789331 ).

Msc. Liana Mata Méndez, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Jorge Luis González Guido, mayor de edad, de nacionalidad nicaragüense, documento de identificación, paradero y demás calidades desconocidas, en su carácter personal, se le hace saber que en proceso actividad judicial no contenciosa de depósito judicial. Expediente: 21-002054-0292-FA, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local Alajuela, se ordena notificarle por edicto la sentencia que en lo conducente dice: sentencia de primera instancia N° 2023000127. Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las dieciséis horas con cero minutos del seis de febrero del dos mil veintitrés. Diligencias no contenciosas depósito judicial establecidas por el Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Alajuela, representada dicha entidad por la abogada Alejandra Solís Lara, carné: 13266, a favor de la persona menor de edad Fridda González Cabrera; hija de María De Jesús Cabrera Solano, cédula de identidad N° 2-474-373, actualmente fallecida, y de Jorge Luis González Guido, mayor de edad, de nacionalidad nicaragüense, documento de identificación, paradero y demás calidades desconocidas. Se tiene como interviniente a la señora Karina Vanessa Altamirano Solano, mayor de edad, cédula de identidad: 1-1277-533, vecina de Alajuela. Por tanto: de conformidad con lo expuesto y citas legales mencionadas, haciendo prevalecer el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, se declara con lugar las presentes diligencias de depósito judicial promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, en favor de la persona menor de edad: Fridda González Cabrera, en consecuencia se designa como depositaria judicial a la señora Karina Vanessa Altamirano Solano, quien ya ha comparecido ante este despacho aceptando el cargo conferido. Oficios y referencias institucionales: a) Hogares solidarios subvencionados: se ordena enviar oficio al Patronato Nacional de la Infancia, a fin de que en forma inmediata realicen las acciones y valoraciones que sean necesarias para determinar si la persona menor de edad: Fridda González Cabrera, califica como beneficiaria del Programa de Hogares Solidarios Subvencionados con que cuenta dicha entidad; en caso de que sí cuente con los requisitos y por ende califique como beneficiaria proceda dicha entidad a incluirlos dentro del citado programa a la mayor brevedad. Debiendo informar el PANI a este despacho sobre las acciones realizadas, ello dentro del plazo máximo prudencial de un mes. b) IMAS: Se ordena enviar oficio al Instituto Mixto de Ayuda Social, a fin de que en forma inmediata realicen las acciones y valoraciones que sean necesarias para determinar si la persona menor de edad: Fridda González Cabrera y su grupo familiar califican para ser incluida como beneficiarias de alguno de los Programas o Becas de ayuda socioeconómica con que cuenta dicha entidad. Debiendo informar el IMAS a este despacho sobre las acciones realizadas, ello dentro del plazo máximo prudencial de un mes. c) Envíese oficio al Área de Salud de Alajuela Oeste (Barrio San José), a fin de que en forma inmediata procedan a brindar atención en psicología (proceso psicoterapéutico), a la persona menor de edad: Fridda González Cabrera, dado que de la intervención institucional realizada por el Patronato Nacional de la Infancia se desprende la existencia de factores de riesgo para su salud que requieren atención de forma urgente. d) Envíese oficio al Hospital San Rafael de Alajuela, a fin de que en forma inmediata procedan a brindar atención en psiquiatría a la persona menor de edad Fridda González Cabrera, dado que de la intervención institucional realizada por el Patronato Nacional de la Infancia se desprende la existencia de factores de riesgo que requieren atención médica de forma urgente. e) Envíese oficio a la Dirección del Colegio de Tuetal Norte de Alajuela, al que asiste la persona menor de edad, a fin de que a la mayor brevedad dicha institución proceda a realizar todas las acciones que sean necesarias, para tramitar a favor de la adolescente Fridda González Cabrera alguna beca estudiantil que le brinde apoyo o subsidio alimentario o económico, según sus necesidades. Ejecutoria: firme esta sentencia, inscríbase mediante ejecutoria en el Registro Civil, Sección de Nacimientos de la Provincia de Alajuela, bajo las citas: 2-0937-0631. Costas: se resuelve este proceso sin especial condena en costas. Edicto: conforme lo establece el numeral 263 del Código Procesal publíquese la parte dispositiva de esta sentencia mediante el edicto correspondiente. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—MSc. Liana Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789332 ).

Publíquese una sola vez. Licenciada Charlyn Miranda Arias, Jueza del Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Contra la Violencia Doméstica de Sarapiquí (Familia), Expediente N° 23-000153-1345-VD, a Willy Gerardo Pérez Viales, en su carácter personal, quien es mayor, divorciado, No indica, cédula N° 0503120318, se le hace saber que en demanda Procesos Especiales, establecida por Marilyn de Los Ángeles Mora Arrieta contra Willy Gerardo Pérez Viales, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Se tiene por establecido el presente asunto el cual se tramitará como un Proceso de Autorización de Salida de País a favor de la persona menor Maybelline Alyra Pérez Mora, representado por la su madre Marilyn Mora Arrieta, en ejercicio de las potestades de la Responsabilidad Parental contra Willy Gerardo Pérez Viales, a quien se le previene en cuanto a estos los contestará en audiencia oral uno por uno y manifestará en forma categórica si los reconoce como ciertos, si los rechaza por inexactos o bien si los admite con variantes o rectificaciones y en caso de que no esté conforme, expondrá con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye, con manifestación expresa del nombre y demás generales de los testigos y sobre que, hechos declararán cada uno. Se le previene a la parte demandada, de conformidad con los numerales 10 y 34 en relación con el 36 todos de la Ley de Notificaciones número 8687, el señalamiento de medio para atender futuras notificaciones, sea éste: correo electrónico, fax, casillero, en estrado o cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad del acto de comunicación, esto bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere en la forma prevenida o no se pudiere efectuar la notificación por el medio señalado, mediando comprobante de transmisión electrónica o la respectiva constancia, las resoluciones posteriores le quedará notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias, salvo que se demuestre que ello se debió a causas que no le sean imputables. A fin de realizar la audiencia oral y privada se convoca a las partes para las: Ocho horas treinta minutos veintiuno de junio del dos mil veintitrés (08:30 hrs. del 21/06/2023). Se le hace ver a los interesados que el día señalado para la celebrar la audiencia podrá proponerse prueba de todo tipo. Notifíquese esta resolución al señor Willy Gerardo Pérez Viales, por medio del edicto de ley. Hágase Saber. Licda. Charlyn Miranda Arias. Juez. ncalderon. Nota: De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Contra la Violencia Doméstica de Sarapiquí (Familia), a las catorce horas veinte minutos del uno de mayo de dos mil veintitrés.—Licda. Charlyn Miranda Arias, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789355 ).

MSc. Liana Mata Méndez, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, al señor Olger Antonio Quesada Barrantes, mayor de edad, cédula de identidad N° 2-0420-0553, demás calidades y domicilio desconocido, se le hace saber que en proceso Actividad Judicial no contenciosa 21-000149-0292-FA, establecido por (PANI) Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la parte dispositiva de la sentencia que en lo conducente dice: Por tanto: De conformidad con lo expuesto y citas legales mencionadas, haciendo prevalecer el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, se declara Con Lugar las presentes diligencias de Depósito Judicial promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, en favor de la persona menor de edad María Auxiliadora Quesada Navarro, en consecuencia se designa como Depositaria Judicial a la señora Ligia María Quesada Barrantes, quien ya ha comparecido ante este despacho aceptando el cargo conferido, y ha jurado cumplirlo bien y fielmente. Ejecutoria: Firme esta sentencia, inscríbase mediante ejecutoria en el Registro Civil, Sección de Nacimientos de la Provincia de San José, al Tomo 2043, Folio 327, Asiento 654. Costas: Se resuelve este proceso sin especial condena en costas. Edicto: Conforme lo establece el numeral 263 del Código Procesal Civil, publíquese la parte dispositiva de esta sentencia mediante el edicto correspondiente. Notifíquese. MSc. Liana Mata Méndez, Jueza de Familia de Alajuela. lmatam. Nota: Publíquese una vez. De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—MSc. Liana Mata Méndez, Jueza 01.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789391 ).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito del menor York Steven Pilarte Zúñiga, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de tres días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. En otro orden de ideas se avisa a la señora Yuri Yannina Zúñiga Gómez, mayor, costarricense, únicos datos conocidos, que en este Juzgado se tramita el expediente Nº 18-000707-1302-FA, correspondiente a diligencias de incidente de modificación de depósito judicial de menor, promovidas por la Licda. Vivian Cabezas Chacón, Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia de los Chiles, frontera norte, donde se solicita que se apruebe el depósito de la menor York Steven Pilarte Zúñiga. Se le concede el plazo de tres días, para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias, expediente N° 18-000707-1302-FA. Clase de Asunto incidente. Nota: 1- De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. 2- Por medio de edicto se publicará una vez.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las ocho horas con diecinueve minutos del tres de mayo del año dos mil veintitrés, 03 de mayo del año 2023.—Licda. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789411 ).

Msc. Valeska Von Koller Fournier, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José. Hace saber a Nathalie Charlie Tenorio Ulate, mayor, soltera, costarricense, demostradora, de dirección desconocida, portadora del número de cédula 1-1559-0963, que en este despacho se interpuso un proceso de guarda, crianza y educación, en su contra bajo el expediente número 20-001439-0165-FA, el cual fue establecido por Javier Eduardo Sequeira Sandoval; donde se dictó sentencia N° 220-2023 de las quince horas dieciocho minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintitrés, que en lo contundente dice: Proceso abreviado de modificación de guarda, crianza y educación, establecido por Javier Eduardo Sequeira Sandoval, mayor, operario, con cédula de identidad número 1-1262-0816, vecino de San José, Curridabat, contra Nathalie Charline Tenorio Ulate, mayor, soltera, demostradora, con cédula de identidad número 1-1559-0963, vecina de San José, Curridabat. Se ha tenido como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Resultando: I.-[...]. II.-[...]. III.-[...].- Considerando: I.- Hechos probados:[...].- II.- Sobre el fondo:[...].- III.- Sobre las costas:[...]. Por tanto: con base en lo expuesto, normas de derecho citadas, se declara con lugar la demanda abreviada planteada por Javier Eduardo Sequeira Sandoval contra Nathalie Charline Tenorio Ulate. Se dispone que el primero ejercerá de forma exclusiva, la guarda, crianza y educación de su hija Fiorella Michelle Sequeira Tenorio. Se ordena al actor que debe estar dispuesto a que se reanude y fortaleza el vínculo entre doña Nathalie y su hija Fiorella. Se ordena al Patronato Nacional de la Infancia desarrollar la intervención que estime adecuada para dar seguimiento a la situación de Fiorella y orientar a las personas involucradas a las opciones institucionales disponibles para mejorar la condición personal de la misma, según lo dicho en la parte considerativa. Se resuelve este asunto sin especial condena en costas. Notifíquese. Msc. Ramón Zamora Montes, Juez de Familia. Lo anterior se ordena así en proceso de guarda, crianza y educación de Javier Eduardo Sequeira Sandoval contra Nathalie Charline Tenorio Ulate. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con la circular N° 56-12 emitida por la dirección ejecutiva, en reiteración a la circular N° 67-09 emitida por la secretaría de la corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Expediente Nº 20-001439-0165-FA. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 08 de junio del 2023.—Msc. Valeska Von Koller Fournier, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789414 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Freddy Andrés Espinoza Jiménez mayor, soltero, agente de llamadas, documento de identidad 01-1564-0714, vecino de San José, Barrio Cristo Rey en el cual pretende cambiarse el nombre a Andrés Espinoza Jiménez. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para que se presenten al proceso a hacer valer sus derechos. Artículo 55 del Código Civil. Nota: Se le recuerda a la persona interesada que deberá acudir a la Imprenta Nacional para cancelar los derechos de publicación de este edicto. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 23-000181-0181-CI-3.—Juzgado Segundo Civil de San José, 31 de mayo del año 2023.—Paula Elena Sáenz Gutiérrez, Jueza Decisora.—
1 vez.—( IN2023789428 ).

Se hace saber, que este despacho se tramita bajo el número único 18-000263-0637-FA de Kerlyn Barquero Hernández, portadora de la cédula de identidad número uno- mil doscientos cuarenta y cinco- cero sesenta y dos contra Luis Alonso Chavarría Castro, portador de la cédula de identidad número uno-mil ciento ocho-novecientos setenta y uno, se ha dictado a las quince horas cuarenta y cinco minutos del catorce de marzo de dos mil veintidós, la sentencia número 2022000381, que literalmente dice en su parte dispositiva: “Por Tanto: Se rechaza la excepción de falta de derecho. Se suspende al señor Luis Alonso Chavarría Castro sea suspendido de forma indefinida en el ejercicio de la autoridad parental respecto de su hija menor de edad Valeria Chavarría Barquero. Los atributos de la guarda, crianza y educación de la niña Valeria Chavarría Barquero serán ejercidos por la señora Kerlyn Barquero Hernández. Se resuelve el presente asunto sin especial condenatoria en costas. Una vez firme la presente resolución, inscríbase mediante ejecutoria en el Registro Civil, sección de nacimientos de la provincia de San José, bajo las citas 1-2225-384-0768. Esteban Guzmán González, Juez.”. Notifíquese la parte dispositiva de esta sentencia mediante edicto. Publíquese por una única vez. “...De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de Corte el 22 de Junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derecho...”.—Juzgado de Familia de Desamparados, 24/03/2023.—Lic. Esteban Guzmán González, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789488 ).

Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a José Reynaldo Mesa Hernández, en su carácter personal, quien es de calidades y domicilio desconocido, se le hace saber que en proceso actividad judicial no contenciosa de depósito judicial, expediente N° 23-000505-0292-FA, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. A las trece horas con treinta y nueve minutos del diecisiete de abril del año dos mil veintitrés. De las presentes diligencias de depósito de las personas menores Scarleth Victoria Mesa Hernández, Emily Yasel y Jimena Michelle de apellidos Calderón Mora, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Laura María Calderón Mora y José Reynaldo Mesa Hernández y , a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en Sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión N° 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Laura María Calderón Mora, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Primer Circuito Judicial de Alajuela. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Edicto: Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. A fin de notificar al señor José Reynaldo Mesa Hernández, la existencia de este asunto, por desconocerse su paradero, se ordena notificarle a través de la publicación de esta resolución en el Boletín Judicial, mediante el correspondiente edicto. Medida Cautelar: Con fundamento en lo peticionado por la representante legal del ente promotor a folio 2 así como el informe final del proceso especial de protección del área de psicología que rola a folio 5, se ordena como medida cautelar con fundamento en los numerales 242 del Código Procesal Civil, 1, 2, 3, 5, del Código de Niñez y Adolescencia, 1, 2, 3, 5, 8, 9, de la Convención sobre los derechos del Niño/a, por estimar esta autoridad que resulta lo más cercano por el momento al interés superior y estabilidad de la persona menor de edad se ordena a solicitud de entre promotor el depósito provisional de las personas menores de edad Scarleth Victoria Mesa Calderón, a la señora Ana Isabel Calderón, Emily Yasel Calderón Mora, a la señora Rosibel Díaz Mora, Jimena Michelle Calderón Mora a la señora Milena Rivera Montano, a quienes se le previene apersonarse a este despacho en el plazo de cinco días a fin de aceptar el cargo conferido. A la señora Ana Isabel Calderón, se le recibirá su declaración con relación al paradero desconocido del accionado Reynaldo Mesa. Notifíquese. Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza. Nota: Publíquese una única vez. De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789489 ).

Se comunica a Malien Enrique Torres Torres, mayor, cédula N° 9-0080-0787, demás datos y dirección desconocida, padre del menor de edad Byron Stiven Torres Picado, que en este Juzgado se tramita incidente de modificación de fallo (de depósito judicial), expediente N° 21-001298-1302FA, promovido por la Licda. Vivian Cabezas Chacón, Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia-Oficina Local de Los Chiles, donde solicita que se apruebe la modificación del depósito del citado joven; por lo que se le concede el plazo de tres días contados a partir de esta publicación, para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias. Expediente N° 21-001298-1302-FA. Asunto: Incidente modificación fallo. Notas: 1) Publíquese una vez. 2) De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 13 de junio del 2023.—Msc. José Ólger Valverde Leitón, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789516 ).

Licenciado Roly Arturo Bogarín Morales, Juez del Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Contra la Violencia Doméstica de Cañas, (Familia), a Ligia Elena Miranda Ramos, en su carácter personal, quien es mayor, soltera, desempleada, vecina de se desconoce, cédula N° 00000000000, se le hace saber que en demanda procesos especiales de declaratoria judicial de abandono, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Ligia Elena Miranda Ramos, se ordena notificarle por edicto la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Contra la Violencia Doméstica de Cañas, (Familia), a las trece horas cincuenta y tres minutos del once de mayo de dos mil veintitrés. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono de las personas menores de edad: Kianny Miranda Miranda, Maite Paola Miranda Miranda e Hillary Johana Miranda Ramos, planteado por Patronato Nacional de la Infancia, contra Ligia Elena Miranda Ramos, a quien se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Medida cautelar: tal y como lo solicita la parte actora en su escrito inicial de demanda, se concede en depósito judicial provisional a las personas menores de edad Kianny Miranda Miranda, Maite Paola Miranda Miranda e Hillary Johana Miranda Ramos en el hogar de su abuela materna la señora: Gioconda Miranda Ramos, la cual deberá presentar a este Despacho a aceptar el cargo como depositaria judicial provisional de las personas menores de interés, para lo cual se le otorga el plazo de tres días hábiles. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07, celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales.- Se procede a fijar los honorarios del curador procesal en la en la suma de ciento trece mil colones exactos (incluido el IVA) -sin posibilidad de readecuación que deberán ser asumidos por la Administración Regional de Liberia, así las cosas, se nombra como tal a la Licenciado Denia Quirós Bustamante; a quien se le previene que en caso de anuencia deberá comparecer a este despacho dentro del plazo de cinco días para aceptar el cargo conferido.- Si no comparece, se entenderá que no lo acepta y se nombrará otro en su lugar. Notifíquese. Lic. Roly Arturo Bogarín Morales, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso procesos especial declaratoria de abandono de Patronato Nacional de la Infancia, contra Ligia Elena Miranda Ramos. Expediente N° 23-000146-0928-FA. Nota: publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas, (Materia Familia), 31 de mayo del 2023.—Roly Arturo Bogarin Morales, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789520 ).

Se comunica al señor Ronald Gerardo Torres Fernández que en este despacho judicial se tramita proceso de Depósito Judicial de la persona menor de edad Janexi Franyeli Torres Picado, bajo el expediente Nº 23-000721-1302-FA, promovido por el del Patronato Nacional de la Infancia, donde solicita que se apruebe el depósito de la citada menor; por lo que se les concede el plazo de tres días contados a partir de la publicación, para que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias. Notas: 1) Publíquese por única vez consecutivas. 2) De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de San Carlos, 12 de junio del año 2023.—Lic. José Olger Valverde Leitón, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789539 ).

Licenciada Cynthia Rodríguez Murillo. Jueza del Juzgado de Familia de Heredia, le informa al señor Pedro Alfonso Lanuza Pérez, en su carácter personal, quien es mayor, de nacionalidad Nicaragüense, de domicilio desconocido, cédula de residencia N° 155809811111, se le hace saber que en demanda procesos especiales (autorización de salida del país) tramitado bajo el número de expediente: 220026130364, establecida por Marling Yadira Amador Granera contra Pedro Alfonso Lanuza Pérez, que en este juzgado se tramita el proceso de autorización de salida del país, en el cual se ordenó notificarle por edicto, la resolución de las diez horas veinticinco minutos del diecinueve de enero de dos mil veintitrés, que en lo conducente dice Juzgado de Familia de Heredia. A las diez horas veinticinco minutos del diecinueve de enero de dos mil veintitrés. Del anterior proceso de autorización de salida del país, establecido por la señora Marling Yadira Amador Granera, se confiere traslado por el plazo perentorio de cinco días hábiles al señor Pedro Alfonso Lanuza Pérez, quien debe contestar cada uno de los hechos de la demanda, exponiendo con claridad si rechaza los hechos por inexactos o si los admite como ciertos, con variantes o rectificaciones. Además, deberá indicar las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. En ese momento ofrecerá sus pruebas, con indicación, en su caso, del nombre y generales de los testigos al igual sobre a cuáles hechos se referirán. En caso de que decida no contestar la demanda, el proceso continuará sin su intervención; pero, podrá apersonarse al proceso tomándolo en el estado en que se encuentre. II.—Notificaciones: Se le previene al demandado que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. III.—Sobre la posibilidad de la parte demanda de contar con asesoría legal gratuita: Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos, los cuales son los siguientes: De la Universidad de Costa Rica, Facultad de Poder Judicial Derecho en San Pedro, San José, y se atiende de lunes a viernes de 08:00 a.m. a 12:00 m.d. y lunes, miércoles y viernes de 13:30 p.m. a 19:30 p.m., Universidad Latina, Sede de Heredia, Oficina ubicada en la Municipalidad de Heredia, horario de atención: lunes a viernes 08:00 a.m. a 12:00 m.d., teléfono: 2776715, Universidad Libre de Derecho, horario de atención: lunes a viernes:13:30 p.m. a 16:30 p.m. teléfono: 22835533. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Así como en la Defensa Pública Pisav-San Joaquín de Flores de Heredia, competencia únicamente vecinos de Flores, Belén y Santa Barbara de Heredia, teléfono: 22655640. Y en la Defensa Pública de Heredia. teléfono: 25600659. Siendo que la Ley N° 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art.58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: fax, correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art.34). Si escoge correo electrónico, debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poderjudicial.go.cr. Poder Judicial Juzgado de Familia de Heredia para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. IV.—Intervención del PANI: Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. V.—Prevención de Honorarios: De conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal al demandado el señor Pedro Alfonso Lanuza Pérez, deberá depositarse la suma de cincuenta y seis mil quinientos colones (¢56,500.00), monto que incluye el 13% del IVA, para responder en forma a los emolumentos del profesional a designar, sin que dicha suma implique en forma definitiva el monto total de sus honorarios, ya que estos dependerán no sólo de la labor desplegada, sino acorde con el artículo 262 del Código Procesal Civil. (Acuerdo del Consejo Superior en sesión N° 53-08, celebrada el 22 de julio de 2008, artículo LXII, circular Nº 141-2008, Secretaría de la Corte Suprema de Justicia). La misma deberá depositarse en la cuenta automatizada Nº 220026130364-8 de este Juzgado en el Banco de Costa Rica, bajo el apercibimiento de que si no se verifica, el proceso permanecerá inactivo. Una vez efectuado el depósito, deberá comunicarse al Despacho a efecto de proceder conforme a derecho corresponda. VI.—Publicación de edicto: Por medio de un edicto que se publicará por única vez en el Boletín Judicial se convoca a todas aquellas personas que tengan interés en el presente asunto, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación del edicto (artículos 4 y 869 del Código Procesal Civil). El edicto será enviado electrónicamente por este despacho a la Imprenta Nacional, para lo cual la parte interesada debe estar atenta a su publicación y una vez cumplido el plazo deberá aportarlo al despacho. VII.— Prevenciones: Se le previene a la parte actora que en el plazo de quince días hábiles, aporte: 1.-Certificación del Registro de Personas del Registro Nacional en el que se informe si la demandada ausente cuenta con apoderado inscrito en este país. 2.-Aporte Certificación de Movimientos Migratorios del demandado expedida por la Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Seguridad Pública del señor Pedro Alfonso Lanuza Pérez. 3.-Citación testigos: Se previene a la parte actora que en el plazo de una semana presente al despacho dos testigos, para que, bajo juramento, respondan las preguntas que se le formularán sobre el paradero de la parte demandada, esto con el fin de determinar la procedencia del nombramiento del Curador Procesal del demandado, bajo apercibimiento de que si no comparece, el proceso no podrá avanzar.—Juzgado de Familia de Heredia.—Licda. Cynthia Rodríguez Murillo. Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023791205 ).

Edictos Matrimoniales

Ante esta notaría y en cumplimiento del artículo 25 del Código de Familia comparecen los señores Giselle Patricia Fallas Hidalgo, cincuenta años, ama de casa, portador de la cédula de identidad número uno-ochocientos cuarenta y siete-setecientos cincuenta y seis, nacida en Hospital Central San José, hija de María Fallas Hidalgo, costarricense y Bill Henry (nombre) Stopp (apellido), ochenta y dos años de edad, pensionado, portador de la cédula de residencia número uno ocho cuatro cero cero uno uno ocho cuatro cuatro dos cinco, nacido en Estados Unidos, Illinois, Springfield, ambos vecinos de San José, Pérez Zeledón, cien metros al sur de Pizza Gabriel, hijo de Beulah F. Stopp (mamá), y Lee J. Stopp (papá), quienes manifiestan que desean contraer matrimonio. Quien tenga oposición a dicha unión, debe hacerlo saber a esta notaría con oficina en San Isidro de El General, Barrio San Andrés, calle Eleman.—San Isidro de El General, a las trece horas y cero minutos del trece de junio de dos mil veintitrés.—Licda. Sandra Cubillo Diaz, Notaria Pública, colegiada 10658.—1 vez.—( IN2023788503 ).

Ante mi notaría, situada en San Francisco de Dos Ríos, Urbanización La Pacífica, 400 metros este, 75 metros sur y 250 metros este del Parque Okayama, el día 15 de junio del 2023, se presentaron con el objeto de contraer matrimonio civil, el señor: Osvaldo Antonio Cordero Rivera, mayor, eléctrico, divorciado una vez, costarricense, portador de la cédula de identidad 1-0844-0334, y la señorita: Nacsy Kathelen Céspedes Villalta, mayor, ama de casa, divorciada una vez, costarricense, portadora de la cédula de identidad 1-0943-0356, ambos vecinos de San José, Curridabat, Granadilla, setenta y cinco metros sur de la Panadería Musmanni, casa a mano derecha de portones negros. Se emplaza en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo de ocho (8) días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a presentar oposición.—San José, 15 de junio del 2023.—Licda. Katherine Natalia Delgado Zamora, Notaria.—1 vez.—( IN2023788738 ).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Kendall Jafet Solís Álvarez, mayor, costarricense, soltero, repartidor, portador de la cédula de identidad número 1-1768-0297, vecino de San José, Goicoechea, Purral Arriba, Urbanización Las Amelias dos, casa número 7A color papaya con portones verdes, sobre calle principal, nacido el 01/02/2000, en Carmen Central San José, hijo de José Manuel Solís Aguilar y Heylin Álvarez Molina, actualmente con 23 años de edad, y Dara Xiomara Cabezas Acevedo, mayor, costarricense, soltera, estudiante, portadora de la cédula de identidad número 1-1794-0067, vecina de San José, Goicoechea, Purral Arriba, Urbanización Las Amelias dos, casa número 7A color papaya con portones verdes, sobre calle principal, nacida el 07/11/2000, en Carmen Central San José, hija de Jorge Cabezas Marin y de Elena Isabel Acevedo Garcia, actualmente con 22 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Expediente N° 23-001102-0165-FA. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.”.—Juzgado de Familia del Segunda Circuito Judicial de San José, 21 de noviembre del 2019.—Msc. Carlos Sánchez Miranda, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789192 ).

Ante la Notaria Yolanda Vargas Casal, con oficina en Heredia, Mercedes Norte, 200 metros al norte y 150 metros este de Walmart; comparecen a efecto de celebrar matrimonio civil; Alcides Felipe Pérez Ramírez, mayor de edad, soltero, 30 años, cédula 1-1515-0048 y Maureen Graciela Jimenez González, mayor de edad, soltera, 30 años, cedula 1-1518-0588, ambos vecinos de San José, Curridabat. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante esta Notaria dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto.—19 de junio, 2023.—Licda. Yolanda Vargas Casal.—1 vez.—( IN2023789280 ).

Ante esta notaría y en cumplimiento del artículo 25 del Código de Familia comparecen los señores Yunior Bernaldez Molina, de 35 años, albañil, Dimex permiso laboral número 119200545900, nacido en Cuba, Cienfuegos, vecino de Alajuela, San Ramón, Ángeles, 180 metros oeste de Súper Toño, hijo de Ricardo Bernaldez Calderín y Haideé Molina Arbolay, ambos de nacionalidad cubana y; María Eugenia Palma Vargas, 47 años, trabajadora doméstica, cédula de identidad número 2-0503-0803, nacida en Costa Rica, vecina de Alajuela, San Ramón, Ángeles, 180 metros oeste de Super Toño, hija de José Ángel Palma Vargas y Soledad Vargas Vega, ambos de nacionalidad costarricense; quienes manifiestan que desean contraer matrimonio. Quien tenga oposición a dicha unión, debe hacerlo saber a esta notaría con oficina en Alajuela, San Ramón, San Ramón, 75 metros este de MAYCA.—San Ramón, 15 de junio del año 2023.—Licda. Huendy Mabel Cruz Argueta, Notaria Pública.—
1 vez.—( IN2023789292 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Edin Jiménez Araya, mayor, soltero, operario, cédula de identidad número 0702120263, vecino de Moravia, hijo de Ricardo Jiménez Vásquez y Bellanira Araya Elizondo, nacido en Centro Central Limón, el 26/05/1992, con 31 años de edad, y Ericka Vanessa Arce Sequeira, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0117050761, vecina de Moravia, hija de Amado Alexander Arce Madrigal y Yajayra Vanessa Sequeira Cedeño, nacida en Carmen Central San José, el 11/04/1998, actualmente con 25 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 23-001033-0165-FA. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 29 de mayo del 2023.—Msc. Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789386 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Mirna María Gutiérrez Cabalceta, mayor, soltera, pensionada, cédula de identidad número 0501560580, vecina de Metaponto, Agua Buena, Coto Brus, hija de Haydee Cabalceta López y Osvaldo Gutiérrez Gómez, nacida en Garza Nicoya Guanacaste, el 09/06/1955, con 68 años de edad; y Misael Sánchez Fonseca, mayor, soltero, pensionado, cédula de identidad número 0103630088, vecino de la misma dirección anterior, hijo de Marta Fonseca Hernández y Leandro Sánchez Solís, nacida en Ureña Pérez Zeledón San José, el 16/01/1948, actualmente con 75 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 23-000318-1304-FA. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez.—Juzgado de Familia y Contra La Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Familia), Corredores, Ciudad Neily, 13 de junio del 2023.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789388 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil: Eli Yany Pérez Quintero, mayor, soltero, peón de explotaciones agrícolas, cédula de identidad número 0602700345, vecino de Puntarenas, Corredores, Corredor, Coto 47, a la par del estadio, casa número 2222 a orilla de calle, hijo de Elvira María Quintero Rivera y Alexis Pérez Martínez, nacido en Centro Golfito Puntarenas, el 11/08/1975, con cuarenta y siete años de edad, y Michelle Del Milagro García García, mayor, divorciada, oficios domésticos, cédula de identidad número 0701320616, vecina del mismo domicilio del anterior, hija de Maribel García Rosales y José Eliecer García Rodríguez, nacida en Centro Central Limón, el 19/05/1979, actualmente con cuarenta y cuatro años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 23-000307-1304-FA. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por una vez.—Juzgado de Familia y Contra La Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Familia), Corredores, Ciudad Neily, 08 de junio del 2023.—Msc. Johanna Vargas Hernández, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789408 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Rafael Eliomar Miranda Castro, mayor, divorciado, chofer microbús, cédula de identidad número 0204230602, nombre de la progenitora Bernarda Miranda Castro, domicilio en la Fortuna de San Carlos, con 56 años de edad, y Vicky del Socorro Rodríguez Hernández, mayor, ama de casa, pasaporte número 02117517, nombre de la progenitora Maria Rodríguez Castillo y nombre del progenitor Jose Ramón Hernández Martínez, domicilio en Estelí, Nicaragua, actualmente con 59 años de edad; vecina de la Fortuna San Carlos. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 23-000630-1302-FA. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Se ordena publicar una vez.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, Quesada de San Carlos, 25 de mayo del 2023.—Msc. José Olger Valverde Leitón, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789409 ).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Wilfrido Ocampos Ortega, mayor, soltero, operario de constructor, cédula N° 2-0641-0853, hijo de Damián Ocampos Duarte y Cándida Ortega Montiel, nacido en Quesada, San Carlos, el 21/12/1987, con 35 años de edad; y Aurey Emiley Álvarez Zúñiga, mayor, divorciada, oficios del hogar, cédula N° 2-0427-0836, hija de Carlos Álvarez Acosta y Gladys Zúñiga Moreira, nacida en Florencia de San Carlos, el 18/04/1967, con 56 años de edad, ambos vecinos de San Pedro de La Tigra, San Carlos frente a Ferretería Cupe. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Expediente N° 23-000686-1302-FA. Notas: 1) Publíquese una vez. 2) De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 13 de junio del 2023.—Msc. Mariselle Zamora Ramírez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 068-2017-JA.—( IN2023789515 ).

Han comparecido antes este Despacho solicitando contraer matrimonio Civil los señores Victor Daniel Garcia Vargas, quien es mayor, soltero, de 36 años de edad, oficio mecánico, portador de la cédula N° 02-0627-0253, hijo de Victor Manuel Garcia Zúñiga y Leticia Vargas Portuguéz, vecino de San Carlos, Florencia, Muelle y Daysi Avilés Camacho, quien es mayor de 29 años de edad, soltera, oficios domésticos, portadora de la cédula N° 02-0722-0246, hija de Floribeth Camacho Herrera y Ramon Avilés Avilés, vecina de San Carlos, Florencia, Muelle. Si alguna persona tuviera conocimiento de la existencia de impedimento legal alguno para la realización de dicho matrimonio deberá comunicarlo a este Juzgado dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Expediente N° 23-000687-1302-FA. Publicar una vez en el Boletín Judicial según el artículo 25 del Código de Familia. 2) De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de San Carlos, 07 de junio del 2023.—Lic. José Olger Valverde Leitón.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 068-2017-JA.—( IN2023789540 ).

Licenciado Marco Vinicio Soto Herrera, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los señores Olivier Murillo Pérez, mayor, costarricense, soltero, jornalero, cédula de identidad número 1-0555-0679, hijo de Salomón Murillo Alpízar y Argentina Pérez Sánchez, nacido en San José, el 10/04/1961, con 62 años de edad y Grettel Guiselle Antillón Castillo mayor, costarricense, divorciada, ama de casa, cédula de identidad número 7-0107-0771, hija de Omar Antonio Antillón Valerín y Virginia Luisa Castillo Chaves, nacida en Limón el 24/07/1973, actualmente con 50 años de edad; ambos contrayentes tiene el domicilio en Limón, María Luisa de la Bomba, 400 metros de la escuela, casa prefabricada sin pintar. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 23-000411-1152-FA. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 15 de junio del 2023.—Lic. Marco Vinicio Soto Herrera, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 068-2017-JA.—( IN2023789656 ).

El Juzgado de Familia de Desamparados, han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Michael Josué Meléndez Molina, mayor, cédula de identidad número 1-1725-0714, vecino de Desamparados, Calle Fallas, el nacido el 05/11/1998, y Nicole Mena García, mayor, cédula de identidad número 1-1811-0652, vecina Aserrí, Barrio Mercedes, nacida el 21/05/2001. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 23-000330-0637-FA. Notifíquese. “...De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de Corte el 22 de Junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derecho...” Publíquese una sola vez.—Juzgado de Familia de Desamparados, 09/06/2023.—Lic. Esteban Guzmán González, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 068-2017-JA.—( IN2023789678 ).

Licda. María Marta Corrales Cordero, jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil la señora Gabriela de Los Ángeles Durán Campos, mayor, soltera, operaria de planta, de treinta y nueve años de edad, hija de Roberto Durán Cubillo y Bernarda Campos Araya, portadora de la cédula de identidad número siete-cero uno cinco cinco-cero cinco siete cero, nacida el cinco de diciembre del año mil novecientos ochenta y tres, vecina de Limón, Siquirres, entrada a Los Laureles, 80 metros antes del Taller Linaco, cuarta casa a mano izquierda; y el señor Odic Edilio Picado López, mayor, soltero, peón agrícola, de cuarenta y nueve años de edad, hijo de Leonardo Picado Jiménez y Carmen López Garcia, portador de la cédula de identidad número dos-cero cuatro ocho siete-cero uno cero uno, nacido el veinte de junio del año mil novecientos setenta y tres, vecino de Limón, Siquirres, entrada Los Laureles, 80 metros antes del Taller Linaco, cuarta casa a mano izquierda. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 23-000723-1307-FA. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Este edicto debe ser publicado solo una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 09 de junio del 2023.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 068-2017-JA.—( IN2023789680 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Argenis Araya Roja, mayor, soltero, operador de maquinaria, cédula de identidad número 7-146-016, vecino de Limón, Pococí, la Rita, Patio San Cristóbal, entrada Los Guerrero, 400 metros al este y 200 metros al norte, hijo de Victor Julio Araya Gamboa y Eduarda Rojas Chaverri nacido en Guápiles, Pococí, Limón, con 41 años de edad, y Erica Guiselle Vargas Hernández, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 7-199-119, vecina de Limón, Pococí, la Rita, Patio San Cristóbal, entrada los Guerrero, 400 metros al este y 200 metros al norte, hija de Minor Vargas Sancho y María Guiselle Hernández Delgado nacida en Guápiles Pococí, Limón, actualmente con 32 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000903-1307-FA. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 14 de junio del 2023.—Lic. Johnny Edson Cerdas Ramírez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 068-2017-JA.—( IN2023789688 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Victor Ismael Estrada Gaitán, mayor, soltero, guarda de seguridad privada, cédula de identidad número 0116300642, vecino de Palmichal de Acosta, La Fila de Palmichal 50 metros sur de la Iglesia Evangélica Pentecostal, hijo de Johanna Gaitán García y Victor Manuel Estrada Ruiz, ambos costarricenses, mayores, separados, nacido en Hospital Central San José, el 23/01/1996, con 27 años de edad, celular 7211-1760 y Ana Ligia Dobles Jiménez, mayor, divorciada, ama de casa y estudiante, cédula de identidad número 0702330465, vecina de Palmichal de Acosta, La Fila de Palmichal 50 metros sur de la Iglesia Evangélica Pentecostal, hija de Ana Melania Jiménez Mora y Asdrúbal Dobles Alemán, mayores, costarricenses, casados entre sí, nacida en Guápiles Pococí Limón, el 09/02/1995, actualmente con 28 años de edad, celular 8590-4988. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 23-000171-1530-FA. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Contra La Violencia Doméstica de Puriscal (Familia), 19 de junio del 2023.—Licda. Diana Vanessa Castillo Pérez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789690 ).

El Juzgado de Familia de Desamparados, han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Bryan Josué Quesada Alvarado, mayor, cédula de identidad número 6-0416-0783, vecino de San José, Desamparados, San Lorenzo, el nacido el 20-05-1994, y Tatiana Aracelly Blanco Romero, mayor, nacionalidad costarricense, cédula de identidad número 1-1385-0951, vecina San José, Desamparados, San Juan, nacida el 05-04-1989. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente N° 23-000782-0637-FA. Publíquese una sola vez. “... De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de Corte el 22 de Junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derecho ...”.—Juzgado de Familia de Desamparados, 13 de junio del 2023.—Lic. Jorleny María Murillo Vargas, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 068-2017-JA.—( IN2023789691 ).

El Juzgado de Familia de Desamparados, han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Jorge Elías Castro Bolaños, nacionalidad costarricense mayor, cédula de identidad número 1-1428-00863 , vecino de Desamparados, el nacido el 09-02-1984, y Karen Cristina Granados Álvarez, mayor, nacionalidad costarricense , cédula de identidad número 1-0705-0820, vecina Desamparados, el cruce, nacida el 20-04-1966. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente N° 23-000820-0637-FA. Publíquese una sola vez. “... De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de Corte el 22 de Junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derecho...”.—Juzgado de Familia de Desamparados, 16 de junio del 2023.—Lic. Esteban Guzmán González, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 068-2017-JA.—( IN2023789693 ).

Han comparecido a esta notaria, solicitando contraer matrimonio, el señor Eliezer Misael Duarte Zúñiga, de nacionalidad nicaragüense, residente permanente 155827341731, con 24 años de edad; con domicilio San José Tibás León XIII. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Licda, Adriana Brenes Mora, Notaria Pública con oficina abierta en San José, Purral del Super Purral número 1, 200 metros este y 25 metros norte casa Nº 209, teléfono celular 84472097.—1 vez.—( IN2023789795 ).

Ante esta Notaria, con oficina abierta en San José, manifiesta desean contraer matrimonio: Erika María Corrales Rodríguez, cédula de identidad 1-0862-0955, hija de Ana Isabel Rodríguez Benavidez y de Rodrigo Corrales Tenorio y José Manuel Mora Arroyo, cédula de identidad 1-0586-0405, hijo de Piedades Arroyo Jiménez y Arturo Mora Arroyo; se celebrará el matrimonio, el día cinco de agosto del dos mil veintitrés, en San José, Goicochea, Ipís, Salón La Mora. Conforme el artículo 25 de Código de Familia, se publica, si algún interesado se oponga a la celebración del matrimonio, se apersone según el plazo de 8 días naturales, al día siguiente de publicado este edicto, en San José, Vásquez de Coronado, San Isidro, Bomba El Trapiche 75 este y 50 metros norte. Teléfono 8815-4782.—19 de junio del 2023.—Licda. Ana María Masis Bolaños, Notaria.—1 vez.—( IN2023789828 ).

Ante esta notaría y en cumplimiento del artículo 25 del Código de Familia comparecen Mike Méndez Blandino, mayor de edad, cédula de identidad 1-1831-0821, costarricense, fecha de nacimiento veintisiete de diciembre del año dos mil uno, nombre del padre: Juan Carlos Méndez Ocampo, y nombre de la madre: Teresa Verónica Blandino Dino, con domicilio en San Vicente de Moravia, y Anna Elizabeth Bradfield, edad 27, profesión escritor, cédula B 631067210336, nació en Estados Unidos Michigan Marquette, vivió durante los últimos tres meses en Michigan Marquette 1513 Lynn Ave , nombre de la madre Amy Pecor y nombre del padre Robert Bradfield; quienes manifiestan que desean contraer matrimonio. Quien tenga oposición a dicha unión, debe hacerlo saber a esta notaría con oficina en San José, San Pedro, Barrio Dent, 650 metros al oeste de Taco Bell UCR, bufete CVC Abogados.—Lic. German Salazar Santamaría, Notario Público.—1 vez.—( IN2023790080 ).

Se hace saber que, ante mí Claudia Carvajal Varela, notaria pública con oficina abierta en Alajuela, San Antonio, han comparecido Jordán Alberto Zumbado Villegas, mayor, soltero, operario, con cedula de identidad número 2- 0747- 0937, vecino de Alajuela, Alajuela, Barrio San José, el Coyol, Lagos del Coyol del super madrigal 400 metros al norte y 50 metros oeste; y Mariana Raudes Aguilar, mayor, soltera, estudiante, con cedula de identidad número 1-1847- 0336 y vecina de Alajuela, Alajuela, Turrúcares, del ebais 100 metros a mano derecha y 300 metros al oeste casa en lote 23 con portón color negro; a efecto de celebrar matrimonio civil ante esta notaria conforme a nuestra legislación. En virtud de ello y en cumplimiento del artículo 25 del Código de Familia, se ordena la publicación de este edicto en aras de que, si existe alguna oposición a la unión solicitada, lo hagan saber dentro del plazo de 8 días naturales después de la publicación de este edicto.—1 vez.—( IN2023790088 ).

Han comparecido ante esta notaría solicitando contraer matrimonio civil Juan Sebastián Londoño Orozco, quien es mayor de edad, colombiano, portador del documento DIMEX 117001891028, soltero, Agente de ventas, vecino de Coronado, nacido el 16 de mayo de 1989, hijo de María Nelcy Londoño Orozco y, Fanny Gabriela Marín Guzmán, quien es mayor de edad, costarricense, portadora de la cédula de identidad número 1-1497-0830, soltera, manicurista, vecina de Coronado, nacida el 5 de mayo de 1992, hija de Manuel de Jesús Marín Soto y Ana Patricia Guzmán Cerdas. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación de manifestarlo dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, sea al teléfono 8528-4684 o bien, al correo mvalverde@abogadacr.com. San José, 22 de junio de 2023.—Licda. María José Valverde Villalón, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023790953 ).

Han comparecido ante esta notaría solicitando contraer matrimonio civil Andrea Pamela Fallas Paniagua, quien es mayor de edad, costarricense, portadora de la cédula de identidad número 1-1428-0642, soltera, Nutricionista, vecina de Colima de Tibás, quien nació el 19 de mayo de 1990, y es hija de Óscar Fallas Solano y Loida Paniagua Obando y, Tatiana Nasira Prendas Valverde, quien es mayor de edad, costarricense, portadora de la cédula de identidad número 1-1404-0598, soltera, Ingeniera industrial, vecina de San Francisco de Heredia, quien nació el 7 de setiembre de 1989, y es hija de Carlos Eduardo Prendas Montoya y Nasira María Valverde Jiménez. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación de manifestarlo dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, sea al teléfono 8528-4684 o bien, al correo mvalverde@abogadacr.com.—San José, 22 de junio de 2023.—Licda. María José Valverde Villalón, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023790954 ).

Edictos en lo Penal

Fiscalía Adjunta del primer Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Penal), al ser las 12:00 horas del 16 de junio de 2023. Se comunica que en el legajo principal número 18-003775-0494-TR, de conformidad con el artículo 162 del Código Procesal Penal se le comunica al señor Vargas Cortés Jordi Andrés que bajo esta sumaria se encuentra decomisada la motocicleta marca Katana, color azul, con placa de circulación: MOT607796, para que se pronuncie a hacer valer sus derechos y manifieste su interés en que la misma le sea entregada, por cuanto el Ministerio Público hará solicitud de comiso a favor del Estado del bien antes escrito. Así mismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Se publica por una sola vez. Notifíquese. “De conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Penal).—Lic. Diana Chaves Carballo, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789193 ).

Fiscalía De Puerto Jiménez, a las quince horas con cincuenta minutos del quince de junio de dos mil veintitrés, dentro de la causa penal 19-000180-1137-PE, por delito de Lesiones Culposas (Ley de Tránsito), contra Jefrry Saldaña Acuña, en perjuicio de Lady Vargas Sánchez, con vista a la Acción Civil Resarcitoria interpuesta por la ofendida Vargas Sánchez, se procede a comunicar al tercero interesado de las pretensiones expuestas por dicha parte, para hacer valer sus intereses y derechos sobre el vehículo marca Freightliner, carga pesada, cabezal placa C-126502, color azul, sobre el cual se está peticionando el embargo. Así mismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar al medio señalado. Se ordena publicar por una vez, el presente edicto. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Favor de remitir la información a la mayor brevedad posible, a efecto de cumplir con los plazos administrativos. Publíquese.—Fiscalía de Puerto Jiménez.—MSc. Ángel Gwam García, Fiscal Coordinador.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789412 ).

Fiscalía de Heredia, al ser las trece horas del día martes veintitrés de junio del dos mil veintitrés. De conformidad con el artículo 113, 115 del Código Procesal Penal, se le da traslado de la presente Acción Civil Resarcitoria al tercero civilmente demandado: Arelly Sánchez Treviño, documento de identidad: 0108760367, en su calidad de tercero civilmente demandado, Revecaa Treviño Mora documento de identidad:022990785 , por el término de tres días hábiles, para lo que en derecho corresponda, por medio de edicto que se publicará sólo por una vez en el Boletín Judicial, de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”. Expediente 19-000493-1756-TR, proceso penal seguido contra Arelly Sánchez Treviño por el delito de lesiones culposas ( Ley de Tránsito) cometido en perjuicio de Pedro Fabian Salazar Jimenez, Comuníquese.—Fiscalía Adjunta de Heredia.—Lic. Justin Sterling Bogan tes, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789415 ).

Expediente 18-003630-0369-PE, contra: Carlos Manuel Aguilar León, ofendido/a: Estelita Ramírez González, delito: lesiones culposas (mal praxis), se hace saber: de conformidad con el artículo 113, 115 del Código Procesal Penal, se le da traslado de la presente acción civil resarcitoria en su condición de tercer civil demandado: Ani Paola Mejía Suárez, cédula de identidad 1-1080-0018, por el término de tres días hábiles, para lo que en derecho corresponda, expediente 18-003630-0369-PE, proceso penal seguido contra Carlos Manuel Aguilar León, por el delito de lesiones culposas (mala praxis), cometido en perjuicio de Estelita Ramírez González. Comuníquese. Fiscalía Adjunta de Heredia, 14 de junio del año 2023.—Fiscalía Adjunta de Heredia (Penal), al ser las ocho horas quince minutos del catorce de junio de dos mil veintitrés.—Lic. Maykol Soto Ugalde, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021D.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023789487 ).

Fiscalía de Heredia, al ser las trece horas del día martes veintitrés de junio del dos mil veintitrés.- De conformidad con el artículo 113, 115 del Código Procesal Penal, se le da traslado de la presente Acción Civil Resarcitoria al tercero civilmente demandado: Arelly Sánchez Treviño, documento de identidad: 0108760367, en su calidad de tercero civilmente demandado, Revecaa Treviño Mora documento de identidad:022990785 , por el término de tres días hábiles, para lo que en derecho corresponda, por medio de edicto que se publicará sólo por una vez en el Boletín Judicial, de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”. Expediente 19-000493-1756-TR, proceso penal seguido contra Arelly Sánchez Treviño por el delito de lesiones culposas ( Ley de Tránsito) cometido en perjuicio de Pedro Fabián Salazar Jiménez, Comuníquese.—Fiscalía Adjunta de Heredia.—Lic. Justin Sterling Bogantes, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021D.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023789519 ).