BOLETÍN JUDICIAL N° 166 DEL 11 DE
SETIEMBRE DEL 2023
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
JUZGADO NOTARIAL
ADMINISTRACIÓN
JUDICIAL
Remates
Citaciones
HACE SABER:
A Carlos Manuel Monge Monge, mayor, notario público, cédula de identidad número 104510217, de demás calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial número 22-001024-0627-NO establecido
en su contra por Maureen Lizaeth Hernández
Bejarano, se han dictado
las resoluciones que literalmente
dicen: “Juzgado Notarial, a
las diez horas veintiocho minutos del siete de diciembre de dos mil veintidós.
Se tiene por establecido el presente Proceso Disciplinario Notarial de Maureen Lizeth Hernández
Bejarano contra Carlos Manuel Monge Monge,
a quien se confiere traslado por el
plazo de ocho días; dentro de ese plazo debe informar respecto
de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés.
Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene
como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben
indicar medio en el cual recibir
notificaciones, ya sea:
Correo electrónico, fax, casillero
o en estrados, en el entendido
de que, mientras no lo hagan,
o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los)
medio(s) señalado(s) por la
parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como mínimo y dentro
de los ya citados, podrá señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse
en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión,
será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por la Dirección de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso
de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios
anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados;
si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados,
se hace saber a la parte,
que las listas de los procesos se exhibirá para su consulta, en la Oficina de Comunicaciones Judiciales
del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días
martes y jueves de cada semana. Con respecto al medio, se
le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en Sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes
a que suministren un medio de localización
lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar
las dos alternativas a la vez.
Esta petición es para cubrir
nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento
sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para
la recepción de notificaciones.”
Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo
Superior, en concordancia
con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión N° 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo,
b) Sexo, c) Fecha de
Nacimiento, d) Profesión u oficio,
e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia.
De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele
esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto,
se debe tener en cuenta que si
la notificación es en la
casa de habitación del denunciado
o en su domicilio
registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier
persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia
persona denunciada; pero
si la notificación se realiza en el
lugar de trabajo u oficina, esta debe
ser entregada únicamente a la persona denunciada, lo cual se hará por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales
del Tercer Circuito
Judicial de San José quienes podrán
notificarle en su oficina registrada
en la Dirección Nacional de
Notariado en San José
Desamparados Desamparados 200 sur 25 este de la Esquina sureste de la
Iglesia. Asimismo, se ordena
notificar esta resolución a la Dirección
Nacional de Notariado junto con las copias de ley al correo electrónico denunciasterceros@dnn.go.cr, indicado así en
oficio DNN-UFN-0584-2022 del veinte
de julio
del dos mil veintidós. Tomen
nota las oficinas de comunicaciones
judiciales comisionadas a realizar la notificación
de interés la Circular número
110-112 de el Consejo Superior del Poder Judicial, en la Sesión N° 62-12, celebrada
el 28 de junio último, artículo XXX, con relación a las “Reglas generales
que vengan a complementar
la Ley de Notificaciones Judiciales”,
misma en la que se establece que se debe “dejar siempre constancia o razón en el
acta de notificación del por
qué resultó negativo o fracasó la ejecución del acto procesal de notificación en forma personal; así como de todos aquellos
acontecimientos o circunstancias
sobrevenidas durante su ejecución, que resulten útiles a las y los Jueces para resolver un
eventual incidente de nulidad
y/o para tomar una decisión jurisdiccional, las cuales se podrán dejar registradas de manera digital, en audio, video o
fotografía en caso de tener este
tipo de tecnología a disposición. Repetir el acto procesal de notificación en forma personal
hasta por tres veces, en días y horas diferentes, aún de noche, cuando no hayan personas presentes en el lugar
señalado al momento de ser llevado a cabo.”. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso
al funcionario notificador
a fin de realizar la diligencia encomendada;
y en caso de que se impida tal ingreso,
se tendrá por válida la notificación con la entrega de la cédula correspondiente
a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves
29 de enero del 2009). Obténgase,
por medio de intranet, las direcciones
reportadas por la parte denunciada en La Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil. En caso de que el denunciado no sea habido en ninguna de las anteriores direcciones, hágase consulta vía intranet a la
Dirección de Servicios Registrales del Registro
Nacional, a efecto hacer constar si
la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. Notifíquese. Dra.
Ingrid Palacios Montero, Jueza Decisora.—Juzgado Notarial, a las catorce horas cuarenta y nueve minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintitrés.
Siendo fallidos los intentos por
notificarle al licenciado
Carlos Manuel Monge Monge, la resolución
dictada a las diez horas veintiocho minutos del siete de diciembre de dos mil veintidós en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado y el último domicilio registral reportado en el
Registro Civil (consulta a la Dirección
Nacional de Notariado del siete
de diciembre del dos mil veintidós,
traslado de cargos de las diez
horas veintiocho minutos
del siete de diciembre del
dos mil veintitrés, acta de notificación
negativa de las catorce
horas catorce minutos del treinta de enero del dos mil veintitrés, consulta al Registro
Civil del once de abril del dos mil veintitrés, acta de notificación negativa de las diez horas diecinueve minutos del dieciséis de mayo del dos mil veintitrés)
y según consulta de Apoderado
realizada a la página del Registro Nacional y del Registro
Civil en donde consta que Homero Monge Gamboa quien
había sido nombrado como apoderado
se encuentra fallecido (ver consulta agregada en fecha del dictado
de esta resolución), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo
IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una
sola vez en el Boletín Judicial;
comuníquese a la Imprenta
Nacional. Se le hace saber a la denunciada
que los hechos que se le atribuyen son “presuntos errores cometidos en la escritura pública número quince realizada a las quince horas del veintiuno
de octubre de mil novecientos
noventa y ocho y que han interferido en un trámite de bono de vivienda realizado por el denunciante”.
Conforme lo dispone el citado
numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el
fin de que se le nombre un defensor
público al denunciado(a)
Carlos Manuel Monge Monge, cédula de identidad 104510217. Notifíquese
- Licda. Gerling Cristina Navarro Porras, Jueza.”.
De conformidad con la Circular número
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia el 22 de junio del 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Comuníquese.
San José, 25 de
mayo del 2023.
Licda. Gerling Navarro Porras
Jueza Decisora
1 vez.—Exonerado.—( IN2023808581 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con
una base de noventa mil un dólares con diecisiete centavos,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda ordinaria citas: 800-526972-01-0001-001 número de expediente 18-000940-0187-FA, servidumbre trasladada citas:
341-09844-01-0914-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 129911-F, derecho 001 y 002, la cual
es terreno naturaleza:
finca filial numero 56 terreno
con una casa en proceso de construcción que se destinará a uso residencial con una altura máxima
de dos pisos. Situada en el distrito
5-Guácima, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
área común libre destinada a calle privada de acceso vehicular, línea de retiro frontal de construcción en medio; al sur, área común libre destinada a zona recreativa; al este, Finca filial 55, y al oeste,
Finca filial 57. Mide: doscientos cuarenta
y nueve metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las once horas cuarenta y
cinco minutos del seis de noviembre del dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cuarenta
y cinco minutos del catorce de noviembre del dos mil veintitrés, con la base de sesenta
y siete mil quinientos dólares con ochenta y ocho centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas cuarenta y
cinco minutos del veintidós de noviembre del dos
mil veintitrés, con la base de veintidós
mil quinientos dólares con veintinueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa, a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Davivienda (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Edrey Alberto Mena Aguilar, Florysol De Los Ángeles Rodríguez Ortega. Expediente N° 21-006103-1338-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: quince horas
con cuarenta y ocho minutos del catorce de abril del dos mil veintitrés.—Elizabeth
Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2023808835 ).
Ante esta notaría, al ser las nueve horas del veintiséis de julio del dos mil veintitrés, se solicitó la Apertura y Tramitación
del proceso sucesorio testamentario y Legitimo en sede notarial de quien en vida
fue Elena Isabel Alonso Quesada, mayor, divorciada, vecina de San José,
Zapote, portadora de la cédula de identidad
tres-ciento sesenta y cinco-seiscientos treinta y dos, quién falleció el día veinticuatro de junio del dos mil veintitrés. Se emplaza a todos los herederos e interesados por el plazo de Ley, a apersonarse en la oficina del Notario Otto Francisco Patiño Chacón, sito en San José calle 22 avenidas 3 y 5, edificio 325, a fin de hacer valer sus derechos.—San José, 30
de agosto del 2023.—Lic.
Otto Francisco Patiño Chacón.—1 vez.—(
IN2023807249 ).
La
suscrita Zoila Rosa Rojas Madrigal cédula dos cero cuatrocientos cincuenta y nueve cero ochocientos dieciocho, comunica a todo aquel que tenga algún interés
en el Proceso
Sucesorio de quien vida fue Carmen Lía Rojas González, mayor,
soltera, ama de casa, vecina
de La Granja de Palmares, urbanización La Amistada, casa número diez, quien falleciera
el día primero de agosto de
dos mil veintitrés. Para que haga
manifiesto su interés en la Notaría
del Licenciado Melvin Vargas Castillo carné veinte cuatro mil ochocientos ochenta, ubicada en La Granja de Palmares,
de la escuela doscientos cincuenta norte y cincuenta oeste, casa amarilla
con rótulo visible, correo electrónico melvin.vargasc@gmail.com, en
donde se está gestionando dicho.—Palmares, treinta de agosto de dos mil veintitrés.—Lic. Melvin Vargas Castillo.— 1 vez.—(
IN2023807251 ).
Sucesión ab intestato
en sede notarial de Cecilia
Ofelia Fernández
Boschini. Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Anne Mary Schofield
Carvalho, a las trece horas del veintitrés
de agosto del dos mil veintitrés,
y comprobado el fallecimiento de Cecilia Ofelia Fernandez Boschini, esta notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados
para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Baudilio Morales
Monroy. Publicar una vez.—San José, avenida 10 calle 17 edificio esquinero de dos plantas. Teléfono 8355-4350.—Lic. Baudilio Morales Monroy, Notario Público.—1
vez.—( IN2023807293 ).
Se
cita y emplaza a todos los interesados
en la Sucesión en Sede Notarial del proceso sucesorio extrajudicial
de quien en vida fuera María del Carmen
Fernández Arce, casada una vez, ama de casa, cédula nueve-cero
ochenta y ocho-novecientos ochenta y ocho, vecina de Turrubares Carara, quien falleció
el día seis de julio del
dos mil veintitrés, para que dentro
del plazo de quince días, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, quienes crean tener derecho a la herencia, apercibidos de que si no lo hacen dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 002-2023. Licda.
Yadira Alfaro Retana, Notaria Pública, con oficina en Grecia, cien metros norte cien metros oeste y veinticinco norte de la Escuela
Eulogia Ruiz, veintinueve de agosto
del dos mil veintitrés.—Licda. Yadira Alfaro Retana,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023807342 ).
Se cita y emplaza
a todos los herederos, acreedores, legatarios e interesados en la sucesión de quien fuera Lorena Herrera
Espinoza, quien fue casada una vez,
del hogar, cedula dos-cero doscientos
noventa y uno-mil doscientos
veintisiete, fue vecina de Alajuela, Central Itiquis Imas uno
casa número nueve, para que
dentro de quince días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan en las oficinas de la Notaria
Raquel Monge Arias, Notaria Pública con oficina abierta en la ciudad de Alajuela, costado
sur del parque del Hospital viejo,
carné 29139, teléfono
8508-5303, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 01-2023.—Licda. Raquel Monge Arias, Notaria.—1 vez.—( IN2023807350 ).
Se cita y emplaza
a todos los herederos, acreedores, legatarios e interesados en la Sucesión de quien en vida
fuera Miguel Ángel González Morales, mayor de edad, casado una
vez, cédula ocho-cero cero
cuatro cinco-cero tres uno
cero, vecino de Barrio Liceo
Unesco, Pérez Zeledón costado
Norte del Gimnasio del Liceo,
cuarta casa a mano izquierda,
para que, dentro de quince días contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a la oficina de la
Notaria Hilda Calderón Calvo, ubicada en San Isidro de Pérez Zeledón, Barrio Villa Ligia ochocientos metros Sur de la Cancha Sintética,
a reclamar sus derechos y se apercibe
a los que crean tener la calidad de herederos que, si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N cero cero cero diez-dos mil veintitrés, en sucesión de Miguel Ángel González Morales.—San Isidro de Pérez Zeledón, dieciséis de agosto
del año dos mil veintitrés.—Licda. Hilda Calderón Calvo. Teléfono
2771-7237. Correo electrónico lahi.22@hotmail.com Notaria.—1 vez.—( IN2023807368 ).
Conforme lo establece el artículo 126.3 del Código Procesal Civil, Se cita a todos los herederos
y demás interesados en
la sucesión no testamentaria
del causante el señor Henry Ramón Fallas Sojo, mayor, casado una vez,
educador pensionado, con cédula de identidad número: uno-cuatrocientos diez-seiscientos ochenta y siete, y vecino de la Provincia de
Heredia, Cantón: San Domingo, Distrito: San Vicente;
Residencial Yurusty, casa doce
A, a fin de que en el término de 15 días contados a partir de la primera publicación de este edicto, comparezcan en defensa de sus derechos y aceptar la herencia, apercibidos que si no lo hicieren, la herencia pasará a quién corresponda en derecho, conforme al Código Procesal
Civil. Lo anterior en Notaría del Licenciado
Douglas Mora Umaña, código
13225, con oficina en San
José, calle 1, avenida
22-24, casa 2246, o al correo electrónico
dumorauma@gmail.com.—1 vez.—(
IN2023807380 ).
Se
cita y emplaza a todos los interesados
en la sucesión de quien en vida
fuera Melissa Fernández Siles, mayor, soltera, estudiante, cédula de identidad 1-1151-0707, vecina de
San José, San Vicente de Moravia, del Liceo Laboratorio, 250 metros al norte
y 25 metros al este, fallecida
en San José, el 19 de diciembre de 2021, para que dentro
del plazo de 15 días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a esta notaría a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si así no lo hacen la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Expediente 02-2023. Notaría del Lic. Juan Jose Lara
Calvo, ubicada en San José,
Mercedes de Montes de Oca, Barrio Dent, avenida 15, calle 39, número 39.—San José,
31 de agosto de 2023.— 1 vez.— ( IN2023807386 ).
Mediante
acta de apertura otorgada
ante esta notaría por Maveli de la Trinidad Mora
Jimenez, mayor, viuda una vez, pensionada, portadora de la cédula de identidad
número: seis-cero ciento veintinueve-cero trescientos diez, vecina de la provincia de Limón, Guápiles, Pococí, Toro Amarillo del Centro de Nutrición
cuatrocientos metros al norte
casa a mano izquierda color amarillo;
a las ocho horas del día veintiséis
del mes de agosto del año dos mil veintitrés, y comprobado el fallecimiento
de las Causantes: la señora
Odilí Jiménez Montoya, mayor, casado
una vez, ama de casa, portadora de la cédula de identidad
número: seis-cero cero treinta
y tres-cero cero ochenta, vecina de la provincia de Limón,
Río Frío finca cuatro de la plaza ochenta
metros al Oeste quinta casa a mano derecha de color rosado; quien falleció el día dieciocho de junio del dos mil tres, en Sierpe-
Osa-Puntarenas; y la señora María Haydee Mora
Jiménez, mayor, soltera, ama de casa, portadora de la cédula de identidad
número: uno-cero seiscientos
cincuenta y nueve- cero doscientos cuarenta y dos, vecina de la provincia de Limón, Guápiles, Pococí, Toro Amarillo
del Centro de Nutrición cuatrocientos
metros al norte casa a mano izquierda
color amarillo; quien falleció el día Veintiséis del mes de Octubre del dos mil Veintiuno, en Limón- Pococí-Guápiles-Guápiles;
esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos, bajo el expediente número
cero cero dos-dos mil veintitrés.
No se tiene como parte a la Procuraduría General
de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría de la Licenciada Kathia
Patricia Barahona Barahona, situada
en la ciudad de Limón Centro, del Más x Menos cincuenta metros al Norte pasaje
Moss primera oficina a mano
derecha, Teléfono: ochenta y nueve cero dos-cero
cuatro cero cuatro, al ser las nueve horas y treinta y cinco minutos del día treinta y uno del mes de agosto del año dos mil veintitrés.—1
vez.— ( IN2023807428 ).
Se
cita y emplaza a todos los interesados
en la sucesión de la señora María Austelina Del
Socorro Madrigal Morales, quien en vida
fuere, soltera, del hogar, cédula de identidad tres-cero sesenta y dos-cero setecientos tres, vecina de Paraíso
de Cartago, ciento veinticinco
metros al este del Supermercado
Maxi Palí. Quien falleció en Paraíso, Paraíso,
Cartago, el día seis de abril
del año mil novecientos noventa, según consta en el
Registro Civil, Sección de Defunciones, provincia de
Cartago, cita de defunción tres cero uno cuatro cuatro tres dos dos cero seis cuatro tres; para que dentro del plazo de treinta días, contados
a partir de la publicación
de este Edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos, del mismo modo se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos
que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: cero cero cero dos-dos mil veintitrés. Bufete Castro. Notaría del Licenciado Francisco José
Castro Quirós, Notario Público, Cartago,
avenida segunda, calles siete y once, Edificio Torre Metrópoli.—Lic. Francisco José Castro
Quirós, Notario Público, Carné 5103.—1 vez.—( IN2023807442 ).
Se hace saber: Que en este despacho
se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó Adrián Bernardo Bolaños
Solano, mayor, soltero, electromecánico,
con cédula
de identidad número
uno-cero novecientos noventa
y uno-cero doscientos treinta
y tres, vecino de La
Rivera, Belén, Heredia, cincuenta
metros sur del Centro Comercial. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean
tener derecho a la herencia,
por lo cual sino se apersonan dentro de este plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N°
004-2023 de Licda. Elvira Patricia Ondoy Cantillo,
con oficina abierta en Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, del costado sur-este de la Iglesia Católica, doscientos
metros sur.—15 de junio del año
2023.—1 vez.—( IN2023807523 ).
A
solicitud de Delfina Ernestina Pérez Leitón, cédula seis-cero uno seis cinco-cero siete ocho ocho y otros
dicen: que, en su condición de herederos, es su desean establecer el presente procedimiento
y expediente, Sucesorio Ab Intestato, en sede
notarial, de quien en vida fue: William Hernán Durán Vargas, cédula tres-cero dos cinco nueve-cero ocho cero ocho. Por este medio se emplaza a cualquier interesado en el
presente proceso, para que
se apersonen ante esta notaría, a formular pretensiones,
legalizar créditos o hacer valer cualquier
derecho sucesorio, bajo el apercibimiento de que, si no se presentan en el
plazo de quince días hábiles,
a partir de la publicación
del presente edicto, en el Boletín
Judicial, la herencia
pasará a quien corresponda. Lugar: San José, Curridabat,
Lomas de Ayarco Urbanización
La Itaba lote tres E apartamento tres, expediente: 001-2023, correo electrónico mvcalvom@abogados.or.cr Notario: Marco Vinicio
Calvo Montero, notario Público con oficina abierta en la ciudad de San José.—San
José, treinta y uno de agosto
del año dos mil veintitrés.—1
vez.—( IN2023807528 ).
Mediante
acta de apertura otorgada
ante esta notaría por el señor
Luis Gerardo García Porras, a las diez horas y treinta minutos del día treinta y uno de agosto del año dos mil veintitrés, y comprobado el fallecimiento
de la señora: Julia Ernestina Mora Cortés, mayor, soltera, ama de casa, vecina del
Espíritu Santo de Esparza, Puntarenas, ciudadela
Calderón, lote número doce B, cédula de identidad número seis-ciento quince-ciento sesenta y uno. Esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab-intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República, tal como ésta
lo ha indicado. Notaría del
Lic. Ronny Gerardo Schmidt Céspedes, Marañonal de Esparza, Puntarenas, Quinientos
cincuenta metros al Norte del Banco de Costa Rica, Teléfono 8830-9993.—Treinta y uno de agosto
del dos mil veintitrés.—1 vez.—( IN2023807560 ).
Se
emplaza a todos los interesados en la sucesión de Orlando Arrieta Soto, quien
fuera mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Alajuela, cédula dos-cero tres
cero dos-cero ocho siete
cuatro, fallecido el veintiocho de abril del dos mil veintitrés, para que dentro de
quince días contados a partir
de la primera publicación
de este edicto comparezcan a esta notaria sita en Alajuela, ciento cincuenta oeste del correo, a reclamar sus derechos, se apercibe
a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese término la herencia pasará a quien corresponda. Notaria del Lic.
Juan Carlos Morera Fernández. Expediente número 0006—Alajuela, 21 de agosto
del 2023.—Lic. Juan Carlos
Morera Fernández.—1 vez.—(
IN2023807567 ).
En la oficina del suscito notario público, Dagoberto Rivera Betancourt,
sita en San José, Barrio Vasconia, del Banco de Costa Rica setenta y cinco metros al norte, se ha abierto y tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Guido Efraín Romero Fallas, con cédula de Identidad número uno-cero ciento treinta y uno-cero doscientos veinticinco, fallecido en Hospital, Central, San José, el
diecinueve de junio de dos
mil dos; por lo que dentro
del plazo de quince días contados
a partir de la publicación
del presente edicto, cito y
emplazo a todas aquellas personas que se consideren
con interés legítimo dentro del presente proceso para que se apersonen a
mi oficina a hacer valer sus derechos; en el entendido de que si no lo hicieren dentro del plazo dicho la herencia pasará a quienes, habiéndose apersonado, demostraren tener derecho a sucederla. Expediente N° 01-2023,
seguido por el Lic. Dagoberto Rivera
Betancourt, Notario Público.—1 vez.—(
IN2023807568 ).
Se
cita y emplaza a todos los interesados
en la sucesión de Rafael Ángel Humberto Ocampo Rojas, mayor, casado una vez,
pensionado, vecino de Guanacaste, Bagaces, La Fortuna, Barrio Nuevo, dos kilómetros
y medio al este de la escuela
de la localidad, cédula de identidad
número cinco-cero ciento sesenta-cero seiscientos noventa. Para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos percibidos, de que, si
así no lo hacen la herencia pasará a quien legalmente corresponda. (Expediente N° 0003-2023
proceso sucesorio o en sede notarial de Rafael Ángel
Humberto Ocampo Rojas).—Licda
Lizbeth Chavarría Soto, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023807591 ).
Se
cita y se emplaza a todos los interesados
a la sucesión Testamentaria
Notarial de quien en vida fue Raúl Guillermo Vargas
Sibaja, mayor, casado una vez, comerciante, vecino en vida de San José, Rohmoser, de los bomberos cien
metros al norte, cincuenta
metros al oeste, cien al norte, cedula
de identidad número
uno-cero quinientos cuatro-cero seiscientos
seis, quien falleció el día trece de mayo del dos mil veintidós en San José, Central, Pavas, para que, dentro
del plazo de treinta
días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezca ante esta Notaria a hacer valer sus derechos de calidad de herederos. Expediente N° 05-2023.—Notaria del Bufete de la Licenciada Alejandra Castro Peck. Tel. 87250804.—1 vez.—(
IN2023807594 ).
Mediante resolución de las 18:00
horas del 11 de agosto de 2023, de esta Notaría se declaró abierto el proceso
sucesorio del quien en vida fuera
Wálter
Marín
Vargas, quien al momento de
su fallecimiento era mayor,
pensionado, casado una
vez, cédula de identidad número dos-doscientos treinta y cinco-cero ochenta y seis, con domicilio en Nueva York de los Estados Unidos de América, fallecido
en esa ciudad el día quince de diciembre de dos
mil veintidós. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licenciada Milagro de los Ángeles Quirós Rodríguez, Heredia, Flores, Llorente, Urbanización Siglo veintiuno casa A-diez, correo bufeteqyr@gmail.com.—Heredia,
12 de agosto del 2023.—1 vez.—( IN2023807678
).
Se hace saber: Que en este Despacho
se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Freddy Tobías Chaves Chaves, mayor, divorciada, ama de casa, vecina
de Guanacaste, Filadelfia, Barrio Bambú,
del tanque de agua 375
metros al oeste. Se cita a
las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a todas las personas interesadas,
para que dentro del plazo
de treinta días, contados a
partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia,
de que, si no se apersonan dentro de ese plazo,
aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 17-000168-0930-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de la
Zona Atlántica, 08 de febrero del año
2018.—Lic. Gersan Tapia
Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2023807688 ).