Gaceta 85

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PODER LEGISLATIVO

ACUERDOS

Nº 45

EL DIRECTORIO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

De conformidad con la disposición adoptada en la sesión Nº 150-2005, celebrada por el Directorio Legislativo el 13 de abril del 2005.

SE ACUERDA:

Con base en el oficio OM-303-12-2004, suscrito por el señor Fernando Román Carvajal, Director del Departamento de Organización y Métodos y el informe de la Auditoria Interna Nº 3-2003, aprobar el siguiente reglamento:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

De conformidad con lo establecido por la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos (ley 8131), Ley General de Control Interno (ley 8292), la Ley de Contratación Administrativa (Nº 7494) y su Reglamento, Ley General de la Administración Pública (Nº 6227), el Manual de Normas Generales de Control Interno para la Contraloría General de la República y las entidades y órganos sujetos a su fiscalización, y el Reglamento Interno de la Asamblea Legislativa sobre el uso adecuado de los fondos públicos, se establece el presente reglamento.

Considerando:

1º—Que la administración pública debe conducirse de acuerdo con los principios de racionalidad y austeridad que demanda el país.

2º—Que en la Asamblea Legislativa se administran diferentes tipos de licor para las actividades oficiales.

3º—Que es necesario regular los trámites de suministro, custodia, registro y control de los licores requeridos en actividades de la Asamblea Legislativa, de conformidad con las políticas emanadas por el Directorio Legislativo.

4º—Que es necesario disponer de un instrumento de carácter normativo que garantice la seguridad e integridad de los activos relativos a los licores, la confiabilidad de los registros y el manejo de las existencias para una mejor operación y control.

5º—Que es requisito fundamental seguir los principios generalmente aceptados para llevar a cabo una administración congruente con las normas y principios de auditoria, según las consideraciones y recomendaciones del informe de la Auditoria Interna Nº 03-2003 del 16 de julio del 2003, “Tercer informe del Estudio Relativo al Manejo y Control Interno del Inventario de Licores del Almacén del Departamento de Proveeduría”.

SE ACUERDA:

Dictar el presente reglamento para la administración de licores para el uso en las diferentes actividades oficiales de la Asamblea Legislativa

REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DE LICORES

EN LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º—Finalidad y ámbito de aplicación. El presente reglamento establece las disposiciones generales que regularán la autorización, solicitud, suministro, uso y control de los licores para las actividades oficiales que se realicen en la Asamblea Legislativa, de manera que se garantice su seguridad e integridad, la confíabilidad de los registros y el manejo de las existencias.

Artículo 2º—Fundamento. La administración de este bien se sujetará a las disposiciones del presente reglamento, a la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos (Nº 8131) y su Reglamento, la Ley General de la Administración Pública (Nº 6227), la Ley General de Control Interno (Nº 8292) y el Manual de Normas Generales de Control Interno para la Contraloría General de la República y las entidades y órganos sujetos a su fiscalización.

CAPÍTULO II

Funcionamiento

Artículo 3º—Actividades y tipos de licor. Los diferentes tipos de licor utilizados en la Asamblea Legislativa serán de uso exclusivo para las actividades oficiales, que el Presidente o el Directorio Legislativo designen. El Departamento de Relaciones Públicas, Prensa y Protocolo determinará los licores específicos que se dispondrán en cada una de las actividades oficiales según la siguiente tabla.

Actividad                                          Tipo                       Tipo

                                                 de actividades          de licores

Acto de develación de retratos de      Oficial             Todo tipo de licores

Expresidentes de la República                                   incluyendo vinos

Develación de retratos de

Expresidentes de la                                                   Todo tipo de licores

Asamblea Legislativa                         Oficial             incluyendo vinos

Develación de retratos de

Beneméritos de la Patria                   Oficial             Vinos

Develación de retratos de

Ciudadanos de Honor                         Oficial             Vinos

Recibimiento de Jefes de Estado,

Presidente de Poderes Legislativos,

Delegaciones Parlamentarias.                                  Todo tipo de licores

(Almuerzos, cenas, brindis)               Oficial             incluyendo vinos

Brindis por sesión solemne

del primero de mayo                         Oficial             Champagne

Almuerzos, cenas o brindis

ofrecidos por la Presidencia

o el Directorio Legislativo a

Miembros de Supremos Poderes,

Cuerpo  Diplomático, Organismos                           Todo tipo de licores

Internacionales y Comitivas                                    incluyendo vinos

de alto nivel                                     Oficial             y aperitivos

Convivios de los diputados

autorizados por la presidencia

o el Directorio Legislativo                Oficial             Todo tipo de licores

Articulo 4º—Del consumo. El Departamento de Relaciones Públicas Prensa y Protocolo, como encargado de la planificación y organización de las actividades oficiales de la Asamblea Legislativa, deberá establecer un plan de consumo para cada actividad, ajustándose a la siguiente tabla de consumo.

Tipo de licor                  Tamaño              Cantidad de personas

Vino                                  Botella                                6

Whisky                             Botella                               20

Whisky                             Litro                                  25

Ron                                   Botella                               20

Champagne                       Botella                                4

Vodka                               Botella                               20

Artículo 5º—Adquisiciones. La adquisicion de licor se regirá por las normas establecidas en la Ley de Contratacion Administrativa (Nº 7494) y su Reglamento.

Artículo 6º—Registro de ingreso del producto. El ingreso de los licores se debe registrar en el sistema de inventario automatizado y manual conforme entran al área de suministros, con la respectiva factura comercial y orden de pedido.

Artículo 7º—Almacenamiento. El Departamento de Proveeduría velará porque los licores estén almacenados debidamente en un lugar acondicionado para ese fin, donde las condiciones de calidad del producto sean las adecuadas.

Artículo 8º—Solicitantes. El Presidente de la Asamblea Legislativa y el Departamento de Relaciones Públicas Prensa y Protocolo serán los únicos autorizados para hacer solicitudes de licor al Departamento de Proveeduría.

Artículo 9º—Solicitudes. Las solicitudes de licor se harán en los formularios correspondientes para la requisición de materiales debidamente llenos, las que serán autorizadas únicamente por el presidente de la Asamblea Legislativa en ejercicio.

Artículo 10.—Entrega del artículo. El encargado del Área de Suministros entregará el licor únicamente con la presentación de la requisición. Además hará el respectivo registro de la entrega en el sistema de inventario automatizado y manual contra entrega del producto.

Artículo 11.—Liquidación del producto. La liquidación del producto consumido se realizará a más tardar el día hábil siguiente a la realización de la actividad. Se llenará el formulario de liquidación “control de entrega de licor y devolución de envases vacíos y licor sobrante”, su finalidad es contar con un mecanismo de control sobre los sobrantes de licor en las actividades y su devolución al Área de Suministros, se debe registrar: prenumeración, fecha de emisión, número y fecha de requisición con que se suministró el producto; cantidad de botellas vacías, abiertas con sobrantes y llenas devueltas; nombre y firma del funcionario que recibe y quien devuelve. En esta liquidación deben concordar las botellas despachadas según la requisición, con las botellas vacías y sobrantes de licor. Los registros de las unidades sobrantes se harán en el sistema de inventarío automatizado y manual, con base en el documento de liquidación.

CAPÍTULO III

Inventarios físicos

Artículo 12.—Inventarios. La exactitud de los registros manuales y electrónicos deberá ser comprobada por personal que no sea del Área de Suministros, en forma mensual, mediante revisión de los documentos fuente de las operaciones realizadas, que garanticen una sana práctica de control interno. Para la debida custodia de la documentación, deberá mantenerse en un lugar seguro y con llave.

Artículo 13.—Programación. El Director del Departamento de Proveeduría coordinará las acciones que procedan para designar al personal idóneo de ese Departamento, que no sea del Área de Suministros, para que realice mediante un programa inventarios trimestrales sorpresivos de la existencia de licores y uno anual, que se ejecutarán con la presencia de la jefatura de Área de Suministros. La persona encargada de los inventarios deberá levantar un acta, con copia para el Área de Suministros, que debe ser firmada por los presentes, cuyo original debe conservarse en los archivos de la Dirección del Departamento, de manera que permita la verificación posterior de las operaciones efectuadas.

El Área de Suministros programará y llevará a cabo periódicamente inventarios independientes, como medio de autocontrol de su gestión.

Artículo 14.—Planificación. El personal responsable de efectuar los distintos inventarios, deberá planificar con el debido cuidado los inventarios físicos de previo a su ejecución y elaborará la papelería y formularios que se utilizarán para realizarlos y documentarlos.

Artículo 15.—Cotejo de inventarios. Los resultados del inventario se deben confrontar con los saldos de los registros, para determinar posibles diferencias, las cuales se investigarán para determinar su origen y proponer las medidas correctivas pertinentes, todo lo cual se documentará.

Artículo 16.—Informe de inventarios. El funcionario responsable de ejecutar los inventarios, tanto del Área de Almacén de Suministros como de los sorpresivos, mediante presentación de un informe, tres días hábiles después de realizado el inventario, comunicará los resultados a la Dirección de la Proveeduría, quien a su vez lo remitirá con sus comentarios, observaciones y sugerencias a la Dirección de la División Administrativa. Los posibles ajustes que se deban realizar al sistema de inventario manual y automatizado, surgidos de los resultados, se ejecutarán con la autorización escrita de la División Administrativa.

Artículo 17.—Diferencias en inventarios físicos y electrónicos. De constatarse algún faltante de licores por descuido o negligencia por parte de alguno de los responsables de su manejo, se aplicará la sanción disciplinaria correspondiente después de haberse otorgado el debido proceso y derecho de defensa. Además, dicho faltante deberá ser cubierto por el funcionario responsable.

CAPÍTULO IV

De los controles

Artículo 18.—Registros y archivos. Como parte del manejo de licores, es obligatorio llevar un registro manual y automatizado para el control de los inventarios. En los registros se deberá llevar para cada operación la siguiente información: fecha, número de comprobante, usuario, cantidad, saldos del inventario, así como cualquier otro detalle que permita la fácil identificación de las operaciones efectuadas. Cada documento fuente que se registre en el sistema se debe cancelar con un sello “Registrado” para evitar riesgos de doble contabilización o que se omita su registro. Se registrarán ingresos y salidas del producto inmediatamente después de efectuadas las respectivas liquidaciones.

Artículo 19.—Cambio de encargado de la custodia. Toda persona que asuma la responsabilidad de la custodia de licores, lo hará previo cotejo de inventarios y verificación de las existencias. Se levantará un acta firmada en original por quien entrega y recibe el inventario, así como el superior inmediato de ambos.

Artículo 20.—Prohibiciones. Queda totalmente prohibido:

Al área de suministros

1.  Entregar licor adicional durante la realización de las actividades oficiales.

2.  Despachar licor sin la correspondiente boleta de “requisición de materiales y boleta de control” debidamente autorizada.

3.  Entregar licor solicitado mediante boletas de requisiciones con tachaduras o datos alterados.

4.  Dar trámite a una nueva solicitud, si existe una liquidación pendiente.

Al Departamento de Relaciones Públicas Prensa y Protocolo

5.  Emplear el licor  recibido para fines  personales o diferentes a los autorizados.

6.  Liquidar los licores fuera de los plazos establecidos.

7.  Presentar boletas de requisiciones y liquidaciones con tachaduras o datos alterados.

Artículo 21.—Otros mecanismos de control. El Director del Departamento de Proveeduría podrá implementar otros mecanismos de control que considere pertinente y podrá establecer directrices tendientes a obtener una mejor fiscalización y administración de los licores.

CAPÍTULO V

Responsabilidades y deberes

Artículo 22.—El Director del Departamento de Proveeduría. Será el responsable de la administración de los licores. Deberá realizar las previsiones y acciones correspondientes para mantener las existencias necesarias, según lo presupuestado por el Departamento de Relaciones Públicas Prensa y Protocolo. Le corresponde además comunicar oportunamente y por escrito al Departamento de Informática los problemas que se presenten en el sistema de inventarios de licores y hacer cumplir lo establecido en este Reglamento.

Artículo 23.—El Departamento de Informática. Brinda soporte técnico al Departamento de Proveeduría en el mantenimiento y mejora del sistema de inventarios automatizados de licores e informa de manera documentada las acciones desarrolladas en cuanto a las consultas que se le planteen al respecto.

Artículo 24.—Encargado de la custodia de los licores. La Jefatura del Área de Suministros es la responsable de custodiar y mantener un inventario actualizado y confiable de licores, hacer cumplir los controles estipulados en este reglamento en lo que le compete y de los trámites de documentos que se le relacionen.

Artículo 25.—Director del Departamento de Relaciones Públicas Prensa y Protocolo. Es responsabilidad del Director(a) del Departamento de Relaciones Públicas Prensa y Protocolo velar por el uso racional, austero y oportuno del licor en las diferentes actividades oficiales; así como establecer un efectivo control en el trasiego y manipulación del licor, desde que se despacha del Área de Suministros hasta su liquidación, que garantice la integridad y uso exclusivo del producto en la actividad oficial a que está destinado.

CAPÍTULO VI

Disposiciones finales

Artículo 26.—Fiscalización. La Dirección de la División Administrativa velará, mediante intervenciones o los medios que considere oportunos, por el cumplimiento de lo dispuesto en este reglamento y otras normas aplicables, de conformidad con la normativa vigente.

Artículo 27.—Sanciones. Cualquier infracción a las disposiciones contenidas en este reglamento dará lugar a la aplicación del régimen disciplinario a los funcionarios involucrados, según lo estipulado en la Ley de Personal y el Autónomo de Servicio de la Asamblea Legislativa.

Para resolver los casos no contemplados en este reglamento, se aplicarán supletoriamente Ley General de Control Interno (ley 8292), Ley de Administración Pública (ley 6227), Ley General de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos (ley 8131) el Estatuto del Servicio Civil y su reglamento, el Código de Trabajo y cualquier otra normativa relacionada.

Artículo 28.—Derogación y vigencia. Este reglamento deja sin efecto cualquier otra normativa de rango igual o inferior que se le oponga y se aprueba mediante acuerdo firme emitido por el Directorio Legislativo. Rige a partir de su publicación en el diario oficial La Gaceta.

Publíquese:

Asamblea Legislativa.—San José, a los diecinueve días del mes de abril del dos mil cinco.—Gerardo González Esquivel, Presidente.—Carlos Herrera Calvo, Primer Secretario.—Mario Calderón Castillo, Segundo Secretario.—1 vez.—C-135320.—(33605).

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 32335-H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1); 27, inciso 1) y 28, inciso 2), acápite b. de la Ley N° 6227 o Ley General de la Administración Pública del 2 de mayo de 1978; Ley N° 8131 o Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos del 18 de setiembre del 2001; Ley Nº 8428 o Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, para el Ejercicio Económico del año 2005, del 29 de noviembre del 2004 y el Decreto Ejecutivo N° 30906-H del 12 de diciembre del 2002 y sus reformas.

Considerando:

1º—Que el artículo 46 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, publicada en La Gaceta Nº 198 de 16 de octubre del 2001, dispone que los gastos comprometidos pero no devengados al 31 de diciembre del ejercicio anterior, se afectarán automáticamente en el ejercicio económico siguiente, imputándose éstos a los créditos disponibles para el nuevo ejercicio.

2º—Que el artículo 58 del Decreto Ejecutivo Nº 30058-H-MP-PLAN, publicado en La Gaceta Nº 68 de 9 de abril del 2002, Reglamento a la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y sus reformas, establece que los compromisos no devengados a que se refiere el artículo 46 de esa Ley, afectarán automáticamente los créditos disponibles del período siguiente del ejercicio en que se adquirieron, cargando los correspondientes montos a las subpartidas que mantengan saldo disponible suficiente en el nuevo ejercicio presupuestario, o en su defecto, incorporando los créditos presupuestarios necesarios a través de modificación presupuestaria, a tenor de los criterios técnicos emitidos por la Dirección General de Presupuesto Nacional.

3º—Que el artículo 128, inciso b), del Decreto Ejecutivo Nº 30058-H-MP-PLAN, dispone que la Contabilidad Nacional remitirá a la Dirección General de Presupuesto Nacional, durante la primera quincena de enero de cada año, certificación con el detalle de los compromisos no devengados al 31 de diciembre del ejercicio anterior, a efectos de que se apliquen las afectaciones presupuestarias que correspondan.

4º—Que el artículo 1º del Decreto Ejecutivo Nº 30906-H y sus reformas, publicado en el Alcance Nº 94 a La Gaceta Nº 251 del 30 de diciembre de 2002, autoriza al Ministerio de Hacienda para que mediante decreto ejecutivo, realice traspasos de partidas presupuestarias entre los gastos autorizados en las leyes de presupuesto ordinario y extraordinario de la República del ejercicio que se tratare, dentro de un mismo programa o subprograma, sin modificar el monto total de los recursos asignados al programa; así como incorporar otras subpartidas de gasto que no figuraren en el presupuesto inicialmente autorizado, toda vez que las mismas resulten indispensables para conseguir los objetivos y las metas establecidas por cada programa o subprograma.

5º—Que la Dirección General de Presupuesto Nacional, emitió los lineamientos técnicos Nos. 436, 442, 558 y 696, del 19 y 20 de setiembre del 2002, 4 de noviembre del 2002 y 24 de noviembre del 2003; respectivamente; con lo que estableció el marco regulador para el tratamiento de los compromisos no devengados.

6º—Que en el artículo 7º de la Ley Nº 8428 Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2005, Norma de Ejecución 2, autoriza al Poder Ejecutivo para que, mediante decreto ejecutivo elaborado por el Ministerio de Hacienda y cuando así lo determinen las leyes de los convenios, las enmiendas o cartas de entendimiento, permita efectuar traspasos de cualquier tipo en los programas financiados con recursos provenientes de crédito externo o donaciones.

7º—Que la Contabilidad Nacional emitió certificaciones de compromisos no devengados al 31 de diciembre del 2004 para el Gobierno de la República, mediante oficios Nos. D-98-2005 y D-109-2005, del 8 y 16 de marzo del año 2005, respectivamente.

8º—Que los Órganos del Gobierno de la República incluidos en el presente Decreto, solicitaron las modificaciones presupuestarias contenidas en éste, mismas que cumplen en todos sus extremos, con la normativa técnica y legal vigente.

9º—Que las modificaciones contenidas en el presente Decreto Ejecutivo no alteran la programación presupuestaria de los Órganos del Gobierno de la República incorporada en la Ley de Presupuesto Ordinario de la República para el ejercicio económico del 2005.

10.—Que en el Decreto Ejecutivo Nº 32292-H, publicado en La Gaceta Nº 70, del 13 de abril del 2005, se modificó en la página Nº 14 en el título 106-Ministerio de Gobernación y Policía, programa 054, subprograma 02-Control de Migración y Extranjería en el País, la subpartida 400-Adquisición de Terrenos, se consignó erróneamente la respectiva coletilla, por lo que se hace necesario corregir la misma.

11.—Que se hace necesario realizar los ajustes presupuestarios contenidos en el presente decreto, a fin de atender lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley Nº 8131, para hacer frente al pago de los compromisos no devengados al 31 de diciembre del 2004, por parte de los entes del Gobierno de la República incluidos en el presente decreto. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Modifícanse los artículos 2º y 6º de la Ley Nº 8428 o Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2005, publicada en el Alcance Nº 67 a La Gaceta Nº 257 del 31 de diciembre del 2004.

REBAJAR:

TÍTULO: 106

Ministerio de Gobernación y Policía

PROGRAMA: 054-00

PARTIDAS NO ASIGNABLES A PROGRAMAS

SUBPROGRAMA/PROYECTO: 02

CONTROL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA EN EL PAÍS

Registro Contable: 106-054-02

CLASIFICACIÓN DE GASTOS SEGÚN OBJETO

G-O  FF    C-E      CF      I-P                                   Concepto                                           Monto en ¢

5                                                      CONSTRUC., ADICIONES Y MEJORAS                101.000.000

510    27     211       19                EDIFICIOS

                                                        (PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL

                                                        ALBERGUE EN SAN JOSÉ Y PARA

                                                        CONTINUAR CON LA II ETAPA DEL

                                                        ALMACÉN CENTRAL EN

                                                        OFICINAS CENTRALES).                                            101.000.000

                                                        TOTAL REBAJA DEL

                                                        SUBPROGRAMA/PROYECTO:054-02                  101.000.000

                                                        TOTAL REBAJA DEL PROGRAMA: 054-00       101.000.000

                                                        TOTAL REBAJA DEL TÍTULO: 106                        101.000.000

TÍTULO: 112

Ministerio de Obras Públicas y Transportes

PROGRAMA: 332-00

PROYECTOS Y TRANSFERENCIAS SECTORIALES

Registro Contable: 112-332-00

G-O  FF    C-E      CF      I-P                                   Concepto                                           Monto en ¢

7                                                      TRANSFERENCIAS DE CAPITAL                       8.973.300.000

731                                                 APORTES A INSTIT DESCENTRAL                    8.973.300.000

731    88     242       47     201    CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

                                                        -CONAVI- (PARA ATENDER LO

                                                        DISPUESTO EN LA LEY Nº 7798

                                                        DE 29/5/98, ART. 20, INCISO B)

                                                        Cédula jurídica Nº 3-007-231686                            8.973.300.000

                                                        TOTAL REBAJA DEL PROGRAMA: 332-00    8.973.300.000

                                                        TOTAL REBAJA DEL TÍTULO: 112                     8.973.300.000

TÍTULO: 120

Poder Judicial

PROGRAMA: 800-00

PODER JUDICIAL

Registro Contable: 120-800-00

5                                                      CONSTRUC., ADICIONES Y MEJORAS                   15.000.000

510    05     211       13                EDIFICIOS

                                                        (INCLUYE ¢ 800.000.000 TRIBUNALES DE

                                                        GUÁPILES, ¢ 800.000.000 TRIBUNALES

                                                        DE GRECIA, ¢ 800.000.000 TRIBUNALES

                                                        DE TURRIALBA, ¢ 400.000.000 PLAZA

                                                        DE LA JUSTICIA, ¢ 500.000.000 ESCUELA

                                                        JUDICIAL, ¢ 264.931.474 TRIBUNALES DE

                                                        HATILLO, ¢ 24.000.000 CONSTRUCCIÓN

                                                        DE LA SEGUNDA PLANTA DE LOS

                                                        TRIBUNALES DE BUENOS AIRES,

                                                        ¢ 60.000.000 AMPLIACIÓN DE LOS

                                                        TRIBUNALES DE NICOYA,

                                                        ¢100.000.000 LOCAL DEL DEPÓSITO

                                                        DE VEHÍCULOS EN SAN JOAQUÍN DE

                                                        FLORES, ¢15.000.000 REMODELACIÓN

                                                        DEL SEXTO PISO DEL EDIFICIO DEL

                                                        OIJ PARA UBICAR OFICINAS DE

                                                        FISCALES, ¢70.000.000 MEZANINE DEL

                                                        ARCHIVO JUDICIAL EN SAN

                                                        JOAQUÍN DE FLORES)                                                  15.000.000

                                                        TOTAL REBAJA DEL PROGRAMA: 800-00          15.000.000

                                                        TOTAL REBAJA DEL TÍTULO: 120                           15.000.000

                                                        TOTAL REBAJAR                                                        9.089.300.000

AUMENTAR

TÍTULO: 106

Ministerio de Gobernación y Policía

PROGRAMA: 054-00

PARTIDAS NO ASIGNABLES A PROGRAMAS

SUBPROGRAMA/PROYECTO: 02

CONTROL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA EN EL PAÍS

Registro Contable: 106-054-02

CLASIFICACIÓN DE GASTOS SEGÚN OBJETO

G-O  FF    C-E      CF      I-P                                   Concepto                                           Monto en ¢

5                                                      CONSTRUC., ADICIONES Y MEJORAS                101.000.000

510    27     211       19                EDIFICIOS

                                                        (PARA LA CONSTRUCCIÓN Y REMODE-

                                                        LACIÓN DE LAS OFICINAS

                                                        CENTRALES Y DELEGACIONES

                                                        REGIONALES, PARA LA IMPLEMEN-

                                                        TACIÓN DE LA GESTIÓN DE

                                                        EXTRANJERÍA, DOCUMENTO ÚNICO

                                                        Y SISTEMA INTEGRADO DE DOCU-

                                                        MENTOS DE SEGURIDAD).                                      101.000.000

                                                        TOTAL AUMENTO DEL

                                                        SUBPROGRAMA/PROYECTO:054-02                  101.000.000

                                                        TOTAL AUMENTO DEL

                                                        PROGRAMA: 054-00                                                    101.000.000

                                                        TOTAL AUMENTO DEL TÍTULO: 106                  101.000.000

TÍTULO: 112

Ministerio de Obras Públicas y Transportes

PROGRAMA: 332-00

PROYECTOS Y TRANSFERENCIAS SECTORIALES

Registro Contable: 112-332-00

7                                                      TRANSFERENCIAS DE CAPITAL                       8.973.300.000

731                                                 APORTES A INSTIT DESCENTRAL                    8.973.300.000

G-O  FF    C-E      CF      I-P                                   Concepto                                           Monto en ¢

731    88     242       47     202    CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

                                                        -CONAVI- (PARA CONSTRUCCIÓN

                                                        DE CARRETERA FLORENCIA

                                                        NARANJO LEY Nº7624)

                                                        Cédula jurídica Nº 3-007-231686                            8.973.300.000

                                                        TOTAL AUMENTO DEL PROGRAMA:

                                                        332-00                                                                              8.973.300.000

                                                        TOTAL AUMENTO DEL TÍTULO: 112               8.973.300.000

TÍTULO: 120

Poder Judicial

PROGRAMA: 800-00

PODER JUDICIAL

Registro Contable: 120-800-00

3                                                      MAQUINARIA Y EQUIPO                                            15.000.000

300    05     221       13                MAQUINAR. Y EQUIPO DE PRODUCC.

                                                        (INCLUYE ¢ 76.000.000 PARA PLANTA

                                                        ELÉCTRICA DE LOS TRIBUNALES DE

                                                        SAN JOSÉ, PÉREZ ZELEDÓN

                                                        Y LIBERIA Y ¢ 15.000.000 PARA EL

                                                        COMPROMISO NO DEVENGADO DEL

                                                        PROGRAMA DE SUPERÁVIT DEL

                                                        AÑO 2004)                                                                            15.000.000

                                                        TOTAL AUMENTO DEL PROGRAMA:

                                                        800-00                                                                                    15.000.000

                                                        TOTAL AUMENTO DEL TÍTULO: 120                     15.000.000

                                                        TOTAL AUMENTAR                                                  9.089.300.000

Modifícase el artículo 6º de la Ley Nº 8428 o Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2005, publicada en el Alcance N° 67 a La Gaceta N° 257 de 31 de diciembre de 2004, en la forma que se indica a continuación:

En la página PP-120-020.

Donde dice:

510  05  211  13  EDIFICIOS.

                                (INCLUYE ¢800.000.000 TRIBUNALES DE

                                GUÁPILES, ¢800.000.000 TRIBUNALES DE

                                GRECIA, ¢800.000.000 TRIBUNALES DE

                                TURRIALBA, ¢400.000.000 PLAZA DE LA

                                JUSTICIA, ¢500.000.000 ESCUELA JUDICIAL,

                                ¢264.931.474 TRIBUNALES DE HATILLO,

                                ¢24.000.000 CONSTRUCCIÓN DE LA SEGUNDA

                                PLANTA DE LOS TRIBUNALES DE BUENOS

                                AIRES, ¢60.000.000 AMPLIACIÓN DE LOS

                                TRIBUNALES DE NICOYA, ¢100.000.000 LOCAL

                                DEL DEPÓSITO DE VEHÍCULOS EN SAN

                                JOAQUÍN DE FLORES, ¢15.000.000

                                REMODELACIÓN DEL SEXTO PISO DEL

                                EDIFICIO DEL OIJ PARA UBICAR OFICINAS DE

                                FISCALES, ¢70.000.000 MEZANINE DEL

                                ARCHIVO JUDICIAL EN SAN JOAQUÍN DE

                                FLORES).

Debe decir:

510  05  211  13  EDIFICIOS.

                                (INCLUYE ¢620.000.000 TRIBUNALES DE

                                GUÁPILES, ¢665.469.257 TRIBUNALES DE

                                GRECIA, ¢757.580.000 TRIBUNALES DE

                                TURRIALBA, ¢400.000.000 PLAZA DE LA

                                JUSTICIA, ¢500.000.000 ESCUELA JUDICIAL,

                                ¢264.931.474 TRIBUNALES DE HATILLO,

                                ¢60.000.000 AMPLIACIÓN DE LOS TRIBUNALES

                                DE NICOYA, ¢100.000.000 LOCAL DEL

                                DEPÓSITO DE VEHÍCULOS EN SAN JOAQUÍN

                                DE FLORES, ¢15.000.000 REMODELACIÓN DEL

                                SEXTO PISO DEL EDIFICIO DEL OIJ PARA

                                UBICAR OFICINAS DE FISCALES, ¢70.000.000

                                MEZANINE DEL ARCHIVO JUDICIAL EN SAN

                                JOAQUÍN DE FLORES).

Artículo 2º—Modifícase el Decreto Ejecutivo Nº 32292-H, publicado en La Gaceta Nº 70, del 13 de abril del 2005, en la página Nº 14, título 106-Ministerio de Gobernación y Policía, únicamente en la que se refiere a la subpartida 400-Adquisición de Terrenos, en la forma que se indica a continuación:

Donde dice:

Adquisicion de terrenos (para compra de terreno en golfito, para dotar de infraestructura a las delegaciones regionales)

Debe decir:

Adquisicion de terrenos (para compra de terrenos, para dotar de infraestructura a la oficina central y las delegaciones regionales)

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veinticinco días del mes de abril del dos mil cinco.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Hacienda, Federico Carrillo Zürcher.—1 vez.—(Solicitud Nº 32306-Poder Judicial).—C-63180.—(Solicitud Nº 32441-Migración).—C-52250.—(D32335-33850).

DIRECTRIZ

MINISTERIO DE HACIENDA

Nº DMD-002-2004

EL MINISTRO DE HACIENDA

En cumplimiento de las potestades conferidas en el artículo 28 inciso a) de la Ley Nº 6227 Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227; y 17 y 18 de la Ley Nº 8131 Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Ley Nº 8131 y en el 17 inciso c) de la Ley Nº  8292, Ley de Control Interno, Ley 8292.

Considerando:

1º—Que mediante las Directrices DM-001-2003 y DM-001-2004 publicadas en Las Gacetas Nº 245 del 19 de diciembre del 2003 y Nº 101 del 25 de mayo del 2004 respectivamente, se creó y reglamentó la Comisión Institucional de Control Interno del Ministerio de Hacienda.

2º—Que el concepto de Sistema de Control Interno definido por la Contraloría General de la República, en el “Manual de Normas Generales de Control Interno para la Contraloría General de la República y las entidades y órganos sujetos a su fiscalización” comprende la serie de acciones diseñadas y ejecutadas por la Administración activa para proporcionar una seguridad razonable en torno a la consecución de los objetivos de la organización, fundamentalmente en las siguientes categorías: a) Proteger y conservar el patrimonio público contra cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal b) Confiabilidad y oportunidad de la información; c) Eficiencia y eficacia de las operaciones; y d) Cumplir con el ordenamiento jurídico técnico.

3º—Que en sesión ordinaria realizada por la Comisión Institucional de Control Interno en fecha 22 de setiembre del 2004, se acordó proponer a este Despacho una reforma a las Directrices DM-001-2003 y DM-001-2004, a fin de adaptar sus funciones a la naturaleza misma de una Comisión.

4º—Que mediante oficio Nº 12878 de fecha 26 de octubre del 2004, la Contraloría General de la República remite a este Despacho varias observaciones a las Directrices emitidas, relacionadas con la Comisión Institucional de Control Interno.

5º—Que con el objetivo de hacer viable la labor de dicha Comisión, como Asesora de este Despacho en esa materia, se acoge la recomendación dada por la Comisión Institucional de Control Interno y por la Contraloría General de la República y se procede a reformar las Directrices indicadas a fin de que también este Despacho pueda cumplir con la labor encomendada por la Ley de Control Interno y el Manual ya indicado. Por tanto:

Emite:

La siguiente modificación a las Directrices DM-001-2003 y DM-001-2004.

Artículo 1º—Refórmese la Directriz DM-001-2003 para que se lea:

Artículo 3º—Funciones de la Comisión Institucional de Control Interno. La Comisión Institucional de Control Interno tendrá las siguientes funciones:

1   Asesorar al Ministro en el mejoramiento y evaluación del Sistema Institucional de Control Interno, que permita cumplir con los objetivos establecidos en la normativa de Control Interno.

2.  Proponer al señor Ministro un instrumento a implantar para la autoevaluación del Sistema Institucional de Control Interno, el cual deberá aplicarse en el mes de marzo de cada año, por parte de los responsables designados por cada Dependencia del Ministerio, y que podrá ser revisado periódicamente por la comisión con el fin de realizar los ajustes necesarios.

3.  Presentar ante el Despacho del Ministro, durante el mes de abril de cada año, un informe ejecutivo con el resultado obtenido de la autoevaluación del Sistema Institucional de Control Interno.

4.  Mantener conocimientos actualizados en materia de control interno, participando en actividades de capacitación, coordinadas tanto por la Unidad Técnica de Recursos Humanos como por la Contraloría General de la República.

5.  Promover y coordinar el desarrollo a lo interno del Ministerio, de un programa de divulgación en materia de control interno.

Artículo 4º—Del proceso de autoevaluación del control interno. Cada jefatura o titular subordinado, para realizar el proceso de autoevaluación aplicando el instrumento que el Ministro autorice, debe tener conocimiento de los alcances de la Ley y del Manual de Normas Generales de control interno.

Artículo 5º—Objetivo de la autoevaluación. La autoevaluación del sistema de Control Interno debe conducir a determinar si en la gestión del Ministerio se ha actuado de conformidad con la normativa legal, técnica y administrativa aplicable, así como para determinar el grado en que el cumplimiento de los objetivos institucionales ha sido impulsado por el desarrollo de los procedimientos instaurados en cada Dependencia. En razón de lo anterior es obligación de cada Director de Dependencia revisar y perfeccionar su sistema de control interno e incluir en el plan anual operativo al menos una acción relacionada que coadyuve a este mejoramiento.

Artículo 6º—Documentación y Registro de Autoevaluación. Cada Dependencia deberá documentar adecuadamente las actividades de autoevaluación, además deberán instaurar un sistema de registro de información que facilite acumular resultados de las autoevaluaciones y dar seguimiento a las medidas que se recomienden, de acuerdo con los planes anuales, para mejorar el sistema de control interno.

Artículo 7º—Informes ejecutivos de la autoevaluación. Es obligación del Director de cada Dependencia del Ministerio presentar al Despacho del Ministro, a más tardar el último día hábil del mes de marzo de cada año, un informe ejecutivo sobre los resultados de la Autoevaluación del Sistema de Control Interno practicado en la Dependencia a su cargo, que incluirá el plan de mejoras a dicho sistema.

Artículo 2º—Derogatorias. Se derogan los artículos 8º y 9º de la Directriz DM-001-2003 y los artículos 7º, 8º, 9º y el Transitorio II de la Directriz DM-001-2004.

Artículo 3º—Vigencia

Rige a partir del 26 de octubre del 2004.

Emitida en San José, a los veintiséis días del mes de octubre del dos mil cuatro.

Federico Carrillo Zürcher, Ministro de Hacienda.—1 vez.—(Solicitud Nº 21112).—C-47520.—(32310).

 

Nº 038-H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3), 7), 8), 18) y 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos 4, 26, 27, 98, 100, 113 incisos 2) y 3) de la Ley General de la Administración Pública; el artículo 80 de la Ley N° 7097; los artículos 21 y 22 de la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre del 2001 y el artículo 16 de la Ley para el Equilibrio Financiero del Sector Público del 24 de febrero de 1984.

Considerando:

1º—Que es interés del Gobierno de la República, lograr la austeridad en el gasto público, procurando un mejor ordenamiento fiscal, por medio de la reducción y racionalización del gasto de la Administración Pública, que redunde en un mayor desarrollo humano y asegurar el mínimo de condiciones necesarias para la preservación de un Estado Social de Derecho.

2º—Que de no tomarse medidas en forma inmediata, el elevado déficit causará repercusiones de carácter social y económico que afectarían el cumplimiento del objetivo del Gobierno de la República de mejorar el nivel de vida de los costarricenses.

3º—Que para una sana gestión de los recursos financieros del Estado, se requiere la racionalización del uso de los recursos, asignándolos con base en prioridades, para su mejor aprovechamiento, en beneficio del desarrollo económico y social del país.

4º—Que uno de los factores necesarios para evitar el crecimiento del gasto público es mantener el nivel de empleo público.

5º—Que los órganos y entidades públicas pueden reubicar y reorganizar su personal sin necesidad de aumentar su nivel de empleo, para la mejor prestación del servicio público, así como para el cumplimiento del fin público encomendado.

6º—Que a cada Ministro del sector respectivo, le corresponde velar por el cumplimiento de las medidas que dicte el Presidente de la República en el ejercicio de sus funciones.

7º—Que es necesario que la Autoridad Presupuestaria no autorice la creación de plazas durante los ejercicios económicos de los años 2005 y 2006. Por tanto:

Emiten la siguiente directriz

DIRIGIDA A LOS JERARCAS DE LAS INSTITUCIONES,

EMPRESAS, ENTIDADES PÚBLICAS Y ÓRGANOS

CUBIERTOS POR EL ÁMBITO DE LA

AUTORIDAD PRESUPUESTARIA

Artículo 1º—La Autoridad Presupuestaria no considerará solicitudes para la creación de plazas durante lo que resta del ejercicio económico del año 2005 y durante el ejercicio del 2006. Por lo tanto las instituciones, empresas, entidades públicas y todos los órganos cubiertos por su ámbito, se abstendrán de solicitar la creación de nuevas plazas durante este período.

Artículo 2°—Rige a partir de su publicación.

Emitida en la Presidencia de la República.—San José, a los diecisiete días del mes de marzo del dos mil cinco.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Hacienda, Federico Carrillo Zürcher.—1 vez.—(Solicitud Nº 31889).—C-21230.—(D038-33606).

 

ACUERDOS

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Nº 042-MOPT.—San José,  29 de marzo del 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

ACUERDAN:

Artículo 1º—De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995, reformada mediante Ley Nº 7757 del 10 de marzo de 1998, publicada en La Gaceta Nº 72 del 15 de abril de 1998, expropiar a la empresa Vargas y Maroto Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-063724, representada por el señor David Rodríguez Vargas, cédula número 2-214-018, el bien inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Nº 108692-000, situado en el distrito 01 Atenas, cantón 05 Atenas de la provincia de Alajuela, un área de terreno equivalente a 1 397,57 metros cuadrados, según plano catastrado Nº A-937331-2004, cuya naturaleza es terreno de café con una casa, y cuyos linderos son: norte, con resto de finca; al sur, con Hermanos Morera Pacheco y otros; al este, con Vargas y Maroto S. A.; al oeste, con Emilia Cubero Campos, otros y resto de finca en vértice. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado: “Carretera Ciudad Colón-Orotina, Radial Atenas”.

Artículo 2º—Dicha expropiación se requiere para la ejecución del citado Proyecto de Obra Pública, conforme las disposiciones legales citadas y la declaratoria de interés público contenida en la Resolución Administrativa Nº 590 del 1º de setiembre del 2004, publicada en La Gaceta Nº 196 del 7 de octubre del 2004.

Artículo 3º—La estimación del bien inmueble es de ¢4.192.710,00 (cuatro millones ciento noventa y dos mil setecientos diez colones con 00/100), que corresponde al total de la suma a pagar de conformidad con el Avalúo Administrativo Nº 2004-089 de fecha 9 de diciembre del 2004 del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el cual no fue aceptado por el representante de la citada empresa, según oficio sin número de fecha 5 de enero del 2005, por lo que procede la confección del presente acuerdo expropiatorio, según lo estipulado en el artículo 28, inciso a), de la Ley de Expropiaciones Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas.

Artículo 4º—Comisionar y autorizar a la Procuraduría General de la República a efecto de que proceda a interponer el proceso especial de justiprecio hasta su final ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, incluyendo la protocolización e inscripción registral del terreno expropiado, conforme lo establecido en la Ley de Expropiaciones Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas.

Artículo 5º—Rige a partir de su publicación.

Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante.—1 vez.—(Solicitud Nº 33061).—C-18070.—(32622).

 

MINISTERIO DE JUSTICIA Y GRACIA

Nº 34.—San José, 29 de marzo del 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley Nº 5338 del 28 de agosto de 1973 y el Decreto Ejecutivo Nº 24333-MP del 23 de mayo de 1995.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar a la señora Paula Melisa Solano López, mayor, cédula número 1-1021-0414, vecina de San José, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Maestro Samuel Joaquín para el Desarrollo y el Bienestar Social, cédula jurídica Nº 3-006-374286, de la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—La Ministra de Justicia Patricia Vega Herrera.—1 vez.—(Solicitud Nº 30274).—C-8095.—(32619).

 

Nº 35.— San José, 29 de marzo del 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley Nº 5338 del 28 de agosto de 1973 y el Decreto Ejecutivo Nº 24333-MP del 23 de mayo de 1995.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al señor Eric Fonseca Guillén, mayor, cédula número 1-0714-0894, vecino de San José, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Centro de la Familia Cristiana, cédula jurídica 3-006-348040, de la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—La Ministra de Justicia Patricia Vega Herrera.—1 vez.—(Solicitud Nº 30275).—C-8095.—(32620).

 

Nº 36.—San José, 29 de marzo del 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley Nº 5338 del 28 de agosto de 1973 y el Decreto Ejecutivo Nº 24333-MP del 23 de mayo de 1995.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al señor Luis Alejandro Gamboa Hernández, mayor, cédula Nº 1-0555-0537, vecino de San Ramón de Tres Ríos, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Cívica Todos Podemos Crecer: para el Rescate de los Valores y el Tratamiento Integral de la Persona y la Familia, cédula jurídica Nº 3-006-374920, de la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—La Ministra de Justicia Patricia Vega Herrera.—1 vez.—(Solicitud Nº 30276).—C-8570.—(32621).

 

Nº 43.—San José, 12 de abril del 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley Nº 5338 del 28 de agosto de 1973 y el Decreto Ejecutivo Nº 24333-MP del 23 de mayo de 1995.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar a la señora Olga María Fallas Solís, mayor, cédula Nº 9-013-376, vecina de Desamparados, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Paz para Nuestros Bosques, cédula jurídica Nº 3-006-363749, de la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—La Ministra de Justicia Patricia Vega Herrera.—1 vez.—(Solicitud Nº 30277).—C-8095.—(32623).

 

Nº 44.—San José, 12 de abril del 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley Nº 5338 del 28 de agosto de 1973 y el Decreto Ejecutivo Nº 24333-MP del 23 de mayo de 1995.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al señor Eduardo Lizano Fait, mayor, cédula Nº 1-230-072, vecino de barrio Pitahaya, San José, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Academia Stvdivm, cédula jurídica Nº 3-006-045775, de la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—La Ministra de Justicia Patricia Vega Herrera.—1 vez.—(Solicitud Nº 30278).—C-7620.—(32624).

 

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

Nº 073-2005.—San José, 11 de febrero del 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, la Ley de Régimen de Zonas Francas Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica Nº 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo Nº 29606-H-COMEX del 18 de junio del 2001, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas y sus reformas.

Considerando:

1º—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 056-00 de fecha 21 de febrero del 2000, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 94 del 17 de mayo del 2000, modificado por el Acuerdo Ejecutivo Nº 280-2000 de fecha 5 de setiembre del 2000, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 224 del 22 de noviembre del 2000 y el Acuerdo Ejecutivo Nº 434-2001 del 19 de diciembre del 2001, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 71 del 15 de abril del 2002; se le concede a la empresa Trimpot Electrónicas Ltda., cédula de persona jurídica Nº 3-102-038603, los incentivos y beneficios contemplados en la Ley de Régimen de Zonas Francas, Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

2º—Que mediante carta dirigida y presentada en la Gerencia de Operaciones y Control de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, el día 20 de enero del presente año, la empresa Trimpot Electrónicas Ltda., comunicó el cierre de una de las plantas que la empresa tenía en operación, razón por la cual se solicitó modificar el Acuerdo de otorgamiento del régimen.

3º—Que la Comisión de Regímenes Especiales de PROCOMER, en sesión Nº 119-2005 celebrada el día 9 de febrero del 2005, conoció la solicitud de la empresa Trimpot Electrónicas Ltda., y con fundamento en el informe de la Gerencia de Operaciones y Control de PROCOMER Nº 2 de fecha 21 de enero del 2005, acordó recomendar al Poder Ejecutivo modificar la ubicación de la empresa, al tenor de lo dispuesto por la Ley Nº 7210, sus reformas y su Reglamento.

4º—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto:

ACUERDAN:

1º—Modificar la cláusula tercera del Acuerdo Ejecutivo Nº 056-00 de fecha 21 de febrero del 2000, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 94 del 17 de mayo del 2000 y sus reformas, para que en el futuro dicha cláusula se lea de la siguiente manera:

3.  La beneficiaria operará fuera de parque industrial, sita del puente Francisco Orlich 150 metros al oeste, carretera a San Antonio de Belén, Provincia de Heredia.

2º—En todo lo demás, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo Nº 056-00 de fecha 21 de febrero del 2000, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 94 del 17 de mayo del 2000 y sus reformas.

3º—La empresa deberá suscribir un adéndum al Contrato de Operaciones original.

Rige a partir de su comunicación.

Comuníquese y publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Comercio Exterior, Manuel A. González Sanz.—1 vez.—(32345).

 

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Resolución Nº 217.—San José, a las 15:50 horas del día 29 del mes de marzo del 2005.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº 05/0177 de 22 de febrero del 2005, remitido por el Equipo de Trabajo de Terrenos del Área Jurídica de este Ministerio, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad, al Sistema de Folio Real matrícula número 154793 B-000, cuya naturaleza es terreno de potrero, caña y una casa dividida en dos bloques, situado en el distrito 07 Puente de Piedra, cantón 03 Grecia de la provincia de Alajuela, con una medida de 4 367,72 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, Bloque A: Autopista Bernardo Soto con un frente de 85,73 metros y Bloque B: calle pública con un frente de 82,38 metros; al sur, Bloque A: calle pública con un frente de 2,80 metros y Bloque B: Jehiner Alfaro Retana; al este, Bloque B: calle pública con un frente de 26,34 metros; al oeste, Bloque B: Grupo Universal S. A.; noreste, Bloque B: calle pública con un frente de 7,13 metros; sureste, Bloque A: calle pública con un frente de 34,35 metros, y suroeste: Bloque A: calle pública con un frente de 68,76 metros.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición dos áreas de terrenos equivalentes a 421,24 metros cuadrados del Bloque A, según plano catastrado Nº A-928393-2004 y 3 108,41 metros cuadrados del Bloque B, según plano catastrado Nº A-926427-2004, para un medida total en conjunto de 3 529,65 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno de potrero, caña y una casa dividida en dos bloques. Ubicación: distrito 07 Puente de Piedra, cantón 03 Grecia de la provincia de Alajuela, y cuyos linderos son: del Bloque A: norte con Autopista Bernardo Soto con 52,40 metros de frente; al sur con calle pública en medio con un frente de 43,73 metros del resto de finca; al este con resto de finca, y al oeste con calle pública en parte. Y del Bloque B: norte con calle pública con 82,38 metros de frente del resto de la finca; al sur con Jehiner Alfaro Retana; al este con calle pública con 26,34 metros de frente, y al oeste con Grupo Universal S. A. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.517 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Planos catastrados Nos. A-928393-2004 y A-926427-2004, mediante los cuales se establecen que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total en conjunto de 3 529,65 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble.

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar.

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2º, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad: al Sistema de Folio Real matrícula número 154793 B-000.

b)  Naturaleza: terreno de potrero, caña y una casa dividida en dos bloques.

c)  Ubicación: situado en el distrito 07 Puente de Piedra, cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela.

d)  Linderos: del Bloque A: norte con Autopista Bernardo Soto con 52,40 metros de frente; al sur con calle pública en medio con un frente de 43,73 metros del resto de finca; al este con resto de finca, y al oeste con calle pública en parte. Y del Bloque B: norte con calle pública con 82,38 metros de frente del resto de la finca; al sur con Jehiner Alfaro Retana; al este con calle pública con 26,34 metros de frente, y al oeste con Grupo Universal S. A.

e)  Propiedad: Florencio Salas Salas, cédula número 2-199-240.

f)   De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 3 529,65 metros cuadrados, según planos catastrados Nos. A-928393-2004 y A-926427-2004, para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto:

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 154793 B-000, situados en el distrito 07 Puente de Piedra, cantón 03 Grecia de la provincia de Alajuela y propiedad Florencio Salas Salas, cédula número 2-199-240, cuyos linderos son: del Bloque A: norte con Autopista Bernardo Soto con 52,40 metros de frente; al sur con calle pública en medio con un frente de 43,73 metros del resto de finca; al este con resto de finca, y al oeste con calle pública en parte. Y del Bloque B: norte con calle pública con 82,38 metros de frente del resto de la finca; al sur con Jehiner Alfaro Retana; al este con calle pública con 26,34 metros de frente, y al oeste con Grupo Universal S. A. y con un área total en conjunto de 3 529,65 metros cuadrados, conforme a lo indicado en los planos catastrados Nos. A-928393-2004 y A-926427-2004, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante.—1 vez.—(Solicitud Nº 33063).—C-54645.—(32615).

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO

DE LA COMUNIDAD

AVISOS

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad del Área Legal y de Registro, hace constar: que la Asociación de Desarrollo Específica Pro Vivienda y Mejoras Comunales del Sector La Libertad, Carpio, La Uruca, San José, por medio de su representante Rosario Amparo Mairena González, cédula Nº 02-0390-0712, ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Área Legal y de Registro.—San José, a las 15:51 horas del día 27 abril del 2005.—Área Legal y de Registro.—Lic. Donald Picado Angulo, Jefe.—1 vez.—(32639).

 

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

GERENCIA DE INSUMOS AGRÍCOLAS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Nº 78-2005—El señor José Luis Bermúdez Morales, cédula 1-660-949, en calidad de representante legal de la compañía Nutrifert S. A. Cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José. Solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial BIG K. Compuesto a base de potasio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 18 de abril del 2005.—Ing. Luis Echeverría Casasola, Director Ejecutivo.—(31305).

 

DIRECCIÓN DE SALUD ANIMAL

DEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL

DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS

EDICTOS

La señora María Ester Campos, con número de cédula 1-523-236, vecina de San José, en calidad de apoderada legal de la Compañía Alcames Laboratorios Químicos de Centro América S. A., con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Alcatraz. Fabricado por: Alcames Laboratorios Químicos de Centro América S. A., con los siguientes principios activos: Amitraz 20.8g/100ml y las siguientes indicaciones terapéuticas: para el control de garrapatas en bovinos. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 14 de abril del 2005.—Dr. Benigno Alpízar Montero.—1 vez.—(32608).

 

La señora María Ester Campos, con número de cédula 1-523-236, vecina de San José, en calidad de apoderada legal de la Compañía Alcames Laboratorios Químicos de Centro América S. A., con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Levamisol 7.51% solución oral. Fabricado por: Alcames Laboratorios Químicos de Centro América S. A., con los siguientes principios activos: Levamisol Clorhidrato 75mg/ml y las siguientes indicaciones terapéuticas: tratamiento de las nematodosis producidas por los parásitos Ascaridia Columbae, Capillaria spp, Heterakis spp y Admidostomum anseris. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 14 de abril del 2005.—Dr. Benigno Alpízar Montero.—1 vez.—(32610).

 

eDUCACIÓN PÚBLICA

REPOSICIÓN DE TÍTULO

DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD

Y MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada. “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 4, folio 79, título N° 1003, emitido por el Liceo Mauro Fernández Acuña, en el año mil novecientos setenta y nueve, a nombre de María Esther Noguera Moraga. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y cambio de nombre, cuyo nombre y apellidos correctos son: María Ester Noguera Moraga. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de abril del 2005.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(31311).

 

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el Tomo 1, Folio 65, Título N° 923, emitido por el Instituto Centroamericano Adventista, en el año mil novecientos ochenta y seis, a nombre de Gonzalo Octavio Guardia Artavia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial “La Gaceta.—San José, 20 de abril del 2005.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(31385).

Ante esta Supervisión Nacional se ha presentado la solicitud de reposición de Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 30, Título Nº 162, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Corredores, en el año mil novecientos noventa y tres, a nombre de Lobo Hernández Xinia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida de título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de junio del 2002.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(31721).

 

Ante esta Supervisión se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 63 y título Nº 636, emitido por el Colegio Bilingüe Santa Cecilia, en el año dos mil dos, a nombre de Pacheco Mora Mariana. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veinticinco de abril del dos mil cinco.—Departamento de Supervisión Nacional.—M.Sc. Trino Zamora Zumbado, Director.—(32157).

 

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta Supervisión se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Rama Académica, Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 01, folio 12 y título Nº 138, emitido por el Liceo Miguel Araya Venegas, en el año mil novecientos setenta y siete, a nombre de Cabezas Rojas Gerardo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiocho días del mes de abril del dos mil cinco.—Departamento de Supervisión Nacional.—Msc. Trino Zamora Zumbado, Director.—(32635).

 

Ante esta Supervisión se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 92 y título Nº 499, emitido por el Liceo San Gabriel La Salle, en el año dos mil uno, a nombre de Fallas Gamboa Filiberto de Jesús. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veinticinco días del mes de abril del dos mil cinco.—Departamento de Supervisión Nacional.—Msc. Trino Zamora Zumbado, Director.—(32640).

 

Ante esta Supervisión se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Rama Académica, Modalidad de Letras, inscrito en el tomo 1, folio 24, título Nº 256, emitido por el Colegio Nocturno Braulio Carrillo Colina, en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de Jirón Pérez Damaris. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciocho días del mes de abril del dos mil cinco.—Departamento de Supervisión Nacional.—Msc. Trino Zamora Zumbado, Director.—Nº 31155.—(32715).

 

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

REGISTRO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada: Sindicato de Trabajadores Municipales de Grecia, siglas SITRAMUDEGRE, acordada en asamblea celebrada el día 12 de octubre del 2004. M-100. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo: 2, folio: 247, asiento: 4315, del día 18 de enero del 2005. La reforma afecta al artículo 25 del estatuto.—San José, 18 de enero del 2005.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(31314).

 

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social la Cooperativa de Producción de Caña R. L., Siglas Coopecañita R. L., acordada en asamblea celebrada el día 7 de agosto del 2004. Resolución Nº 1281. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta la totalidad de los artículos del Estatuto. Con la reforma al artículo 1 varió el nombre de la organización que en lo sucesivo será: Cooperativa de Producción de Caña y de Servicios Múltiples de la Región de Turrialba y Jiménez R. L., Siglas Coopecañita R. L.—San José, 15 de abril del 2005.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(31732).

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa Autogestionaria Ecológica, Productores R. L., siglas Ecoopro R. L., acordada en asamblea celebrada el día 15 de mayo del 2004. Resolución C-1321, del día 5 de enero del dos mil cinco. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

CONSEJO DE ADMINISTRACION:

Presidente                  Víctor Hugo Araya Díaz

Vicepresidenta           Marcia Bennett Bennett

Secretaria                   Isabel Rivera Taylor

Vocal 1                       José Antonio Durán Portuguez

Vocal 2                       Mayela Sequeira Sánchez

Suplente 1                  Wilford Baker Joseph

Suplente 2                  Ruth Duarte Camacho

GERENTE GENERAL:

Michael A. Lackwood Mc Farlane

San José, 5 de enero del 2005.—Lic. José Joaquín Orozco, Jefe.—Nº 30770.—(32098).

 

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Mujeres Artesanas Activas de Matina-Amaan, con domicilio en la provincia de Limón. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: brindar trato considerado y asertivo a todos sus miembros. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Anita María Anchía León. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 540, asiento: 2045).—Curridabat, 8 de marzo del 2005.—Registro de Personas Jurídicas.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 31230.—(32963).

 

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Mujer Virtuosa de Camuro, con domicilio en la provincia de Limón. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Brindar trato considerado y asertivo a todos sus miembros. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Blanca Lourdes Sánchez Olivares. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 540, asiento: 14099).—Curridabat, 8 de marzo del 2005.—Registro de Personas Jurídicas.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 31231.—(32964).

 

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Estudiantes de Ingeniería Civil de la Universidad de Costa Rica, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Velar por la autonomía, la independencia y el engrandecimiento de la Universidad de Costa Rica y en especial de su movimiento estudiantil. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo con límite de suma a ¢2.000.000,00 y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Laura Ruíz Vega. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 547, asiento: 19412; adicional tomo: 550, asiento: 13398).—Curridabat, 25 de abril del 2005.—Registro de Personas Jurídicas.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 31247.—(32965).

 

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Cámara Oficial Española de Comercio e Industria en Costa Rica, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Asociar con sujeción a las leyes y a los estatutos a quienes desarrollen actividades comerciales, industriales, de servicios y de exportación e importación de productos entre Costa Rica y España. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Roberto González Frías. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 547, asiento: 4921; adicional tomo: 548, asiento: 18343).—Curridabat, 28 de abril del 2005.—Registro de Personas Jurídicas.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 31296.—(32967).

 

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Grupo Voluntario del Hospital Nacional Psiquiátrico de Pavas, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Gestionar el mejoramiento social, cultural, educativo, organizativo y productivo de sus miembros. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Xinia María de La O Arce. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 549, asiento: 7302).—Curridabat, 18 de abril del 2005.—Registro de Personas Jurídicas.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 31331.—(32968).

 

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Pro Vivienda Luz de Esperanza, con domicilio en la provincia de Heredia. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Dotar de vivienda a los asociados y a sus familias y de las obras de infraestructura habitacional, educativa, recreativa y cultural del vecindario que conforma. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma lo es la presidenta: Gabriela Zúñiga Álvarez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 546, asiento: 11193).—Curridabat, 24 de febrero del 2005.—Registro de Personas Jurídicas.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 31348.—(32969).

 

REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor Rafael A. Oreamuno Blanco, mayor, casado una vez, cédula de identidad Nº 2-387-850, vecino de San José, en su condición de apoderado de Colgate Palmolive Company, de EUA, solicita el Modelo Industrial denominado CEPILLO DENTAL ELÉCTRICO. Es un modelo industrial de Cepillo Dental Eléctrico en el que se puede apreciar una disposición novedosa del mago, cuello y cabeza del cepillo donde predomina la ergonomía del diseño para su utilización y manipulación con pequeñas ondulaciones especialmente ubicadas. La cabeza muestra el patrón de las cerdas sobresaliendo dos enclaves uno circular frontal y otro que describe una colocación característica y particular. La memoria descriptiva, reinvidicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es 04/02, cuyo(s) inventor(es) es(son) Eyal Eliav, Lorenzo Scazziga, John Gatzemeyer. La solicitud correspondiente lleva el número 6490, y fue presentada a las 14:01:00 del 24 de Octubre de 2001. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 12 de abril del 2004.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(32252).

 

El señor Rafael A. Oreamuno Blanco, mayor, casado una vez, abogado, vecino de San José, cédula Nº 2-387-850, en su condición de apoderado de Colgate Palmolive Company, de EUA, solicita la Patente de Invención denominada ASA DE CEPILLO DENTAL ELÉCTRICO. Se trata de un diseño nuevo, original y ornamental de un asa de cepillo dental eléctrico, en el que se puede apreciar una disposición novedosa del asa, desde su parte inferior hasta la base del cuello del cepillo dental. El diseño posee una disposición especial de elementos figurativos alusivos a la era prehistórica y en relación con el tema de los dinosaurios. La ubicación estratégica y posicional de cada uno de los elementos que conforman el modelo industrial, permiten una mayor ergonomía para la colocación de los dedos y el posicionamiento de la mano. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es 28/03, cuyo inventor es Marla D. Schmidt. La solicitud correspondiente lleva el número 6780, y fue presentada a las 10:09:00 del 11 de octubre de 2002. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de junio del 2004.—Patentes de Invención.—Lic. Ana Catalina Monge, Registradora.—(32253).

 

El señor Rafael A. Oreamuno Blanco, mayor, casado una vez, abogado, cédula de identidad número 2-387-850, vecino de San José, en su condición de apoderado de Colgate Palmolive Company, de EUA, solicita el Modelo Industrial denominado CEPILLO DENTAL. Se puede apreciar una disposición novedosa de la cabeza en conjunción con el cuerpo y cuello de un cepillo dental donde predomina la ergonomía para su función higiénica y la utilización y manipulación del diseño. La cabeza muestra el patrón ovalado con el extremo superior exterior de la cabeza en forma cóncava redondeada. En donde se ubicarán las cerdas también tiene forma ovalada particular sobresaliendo un enclave al cuello del cuerpo del cepillo que describe una colocación característica y particular. El mango se distingue por una curvatura especial para propiciar una ergonomía y adherencia a la hora del lavado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es 04/01, cuyos inventores son Robert Moskovich, Kenneth Waguespack y Armin Baertschi. La solicitud correspondiente lleva el número 6589, y fue presentada a las 10:57:10 del 18 de febrero del 2002. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de junio del 2004.—Patentes de Invención.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(32255).

 

El señor Rafael A. Oreamuno Blanco, mayor, casado una vez, abogado, cédula de identidad número 2-387-850, vecino de San José, en su condición de apoderado de Colgate Palmolive Company, de EUA, solicita el Modelo Industrial denominado ASA DE CEPILLO DENTAL. Se trata de un diseño nuevo, original y ornamental de asa de cepillo dental, en el que se puede apreciar una disposición novedosa del asa hasta la cabeza, posee una courbatura en el cuello distinta con dos formas particulares que distinguen el mango en dos secciones la primera en donde predomina la ergonomía para la ubicación de los dedos y la segunda para el posicionamiento de la mano. Asimismo se aprecian nuevos dispositivos para adherencia a la hora del lavado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es 04/02, cuyo inventor es Douglas J. Holbein. La solicitud correspondiente lleva el número 6590, y fue presentada a las 10:57:20 del 18 de febrero del 2002. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de junio del 2004.—Patentes de Invención.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(32257).

 

El señor Rafael A. Oreamuno Blanco, mayor, casado, abogado, vecino de San José, cédula Nº 2-387-850, en su condición de apoderado de Colgate Palmolive Company, de EUA, solicita el Modelo Industrial denominada CEPILLO DENTAL CON UNA COMBINACIÓN DE FILAMENTOS Y AMNOJOS ELASTOMÉRICOS. Se refiere a un nuevo cepillo dental, en el que se puede apreciar una disposición novedosa de los filamentos de la cabeza en conjunción con el cuerpo y cuello de un cepillo dental, donde predomina la ergonomía para su función higiénica y la utilización del diseño. Los filamentos muestran patrones variados de orientación en las diferentes secciones de la cabeza, lo que caracteriza y diferencia. El cuerpo además de formación ergonómica muestra una serie de ranuras a base de elastomer antideslizante para mayor manejo, el mango se distingue por una corvatura especial para proporcionar una ergonomía y adherencia a la hora del lavado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es 04/02, cuyo inventor es Douglas J. Hohlbein. La solicitud correspondiente lleva el número 6598, y fue presentada a las 10:54:20 del 28 de febrero de 2002. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de junio del 2004.—Patentes de Invención.—Lic. Rafael Quesada, Registrador.—(32258).

 

El señor Rafael A. Oreamuno Blanco, mayor, casado una vez, abogado, vecino de San José, cédula Nº 2-387-850, en su condición de apoderado de Colgate Palmolive Company, de EUA, solicita el Modelo Industrial denominada CABEZA DE CEPILLO DENTAL ELÉCTRICO. Se trata de un diseño nuevo, original y ornamental de cabeza de cepillo dental eléctrico, en el que se puede apreciar una disposición novedosa de la cabeza en conjunción con el cuerpo y cuello de un cepillo dental eléctrico donde predomina la ergonomía para su función higiénica y la utilización y manipulación del diseño. La cabeza muestra el patrón ovalado en donde se ubicarán las cerdas sobresaliendo un enclaves al cuello del cuerpo del cepillo que describe una colocación característica y particular. Parte del diseño son las especificaciones antes detalladas, a las que se ha hecho referencia con los diseños que se adjuntan, que pasan a formar parte de lo anterior. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es 04/02, cuyos inventores son Eyal Eliav, John Gatzemeyer. La solicitud correspondiente lleva el número 6526, y fue presentada a las 11:21:00 del 6 de diciembre de 2001. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 13 de abril del 2004.—Patentes de Invención.—Lic. Ana Catalina Monge, Registradora.—(32259).

 

El señor Rafael A. Oreamuno Blanco, mayor, casado, abogado, vecino de San José, cédula Nº 2-387-850, en su condición de apoderado especial de Colgate Palmolive Company, de EUA, solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIÓN LIMPIADORA LÍQUIDA QUE CONTIENE UN PRESERVATIVO Y UN AGENTE QUELATANTE EFECTIVO. Esta descrita la mejora en una composición limpiadora líquida para todos los propósitos y una composición de microemulsión las cuales son especialmente efectivas en la remoción de suciedad aceitosa y grasosa que contiene un detergente aniónico, un surfactante no iónico un preservativo, un agente quelatante, un anfifilico de cadena corta opcionalmente un ingrediente de hidrocarburo y agua. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C11D 1/83, cuyo(s) inventor(es) es (son). La solicitud correspondiente lleva el número 7534, y fue presentada a las 13:00:38 del 20 de octubre de 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de octubre del 2004.—Patentes de Invención.—Lic. Rafael Quesada, Registrador.—(32260).

 

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Rafael A. Oreamuno Blanco, mayor, casado, abogado, vecino de San José, cédula Nº 2-387-850, en su condición de apoderado especial de Colgate Palmolive Company, de EUA, solicita el Modelo Industrial denominado CEPILLO DENTAL. Se refiere a un diseño de un cepillo dental en la que se puede apreciar una disposición de los cortes superiores de las cerdas con inclinaciones de arriba hacia abajo y viceversa, sobresaliendo la distribución del mango. En el centro presenta unos ribetes de flexibilidad de colocación característica y particular. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es 04/02, cuyo inventor es Han Guo Ping. La solicitud correspondiente lleva el número 6358, y fue presentada a las 09:38:00 del 8 de mayo del 2001. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 4 de agosto del 2004.—Patentes de Invención.—Lic. Rafael Quesada, Registrador.—(32261).

 

El señor Rafael A. Oreamuno Blanco, mayor, casado, abogado, vecino de San José, cédula Nº 2-387-850, en su condición de apoderado especial de Colgate Palmolive Company, de EUA, solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIÓN PARA EL CUIDADO DE TELA, QUE CONTIENE UN POLÍMERO DE POLICARBOXILATO Y UN COMPUESTO DERIVADO DE LA UREA. Una composición acuosa para el cuidado de la tela, para los ciclos de lavado o escurrido de una lavadora, para limpiar o suavizar telas, de manera concomitante con el ofrecimiento de mayores beneficios para las telas tratadas, en relación con la absorción de humedad, el depósito de fragancia, la eliminación de suciedad, menos arrugas antes del planchado y mejor apariencia después del planchado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C11D/, cuyos inventores son Marianne Zappone, Dixie Umstead, Marija Heibel y Sayed Ibrahim. La solicitud correspondiente lleva el número 6611, y fue presentada a las 11:51:00 del 2 de abril del 2002. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de abril del 2004.—Patentes de Invención.—Lic. Rafael Quesada, Registrador.—(32262).

 

AMBIENTE Y ENERGÍA

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

EDICTO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. 11830-P.—Óscar Alfaro Delgado, solicita concesión del pozo RG-688 que se ubica en su propiedad en Turrúcares, coordenadas 213.850/499.800 Hoja Río Grande y que utilizará 2 litros por segundo para usos domésticos. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 abril del 2005.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(31479).

PODER JUDICIAL

ACUERDOS

San José, 25 de abril del 2005

LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto:

A. P. Nº         Cédula                  Nombre                                                                                           Monto

300       4-000-042138-04      INST. COSTARRIC. AC. Y ALC.                                   362.858,69

301       3-101-000046-36      CÍA. NAL. FUERZA Y LUZ S. A.                            10.386.162,43

302       4-000-042138-04      INST. COSTARRIC. AC. Y ALC.                                   811.071,77

303       02-0349-0031            VARGAS GUERRERO ELADIO                                  106.949,30

303       3-101-074898-34      CONTR. VIDEO TECN. C. R. S. A.                                247.150,12

303       3-101-077363-21      SECURE S. A.                                                                      326.100,17

A. P. Nº         Cédula                  Nombre                                                                                           Monto

303       3-101-153170-20      CORP. GONZÁLEZ Y ASOC. INT.                                 94.160,57

303       3-101-179595-20      CÍA. SERV. MÚLTIPLES MASIZA                               189.125,71

303       3-101-240146-31      AMB. LIMPIO H. MONTERO S. A.                              147.587,71

303       3-102-067171-28      SEG. Y VIGILANCIA SEVIN LTDA.                          314.781,98

304       3-101-000046-36      CÍA. NAL. FUERZA Y LUZ S. A.                            12.143.474,07

305       3-101-073972-16      COPIAS DINÁMICAS S. A.                                               24.933,20

306       3-101-077363-21      SECURE S. A.                                                                   5.421.539,26

307       3-101-059552-20      I. S. PROD. OFICINA C. A. S. A.                                    662.421,40

307       3-101-101281-14      DIVISIÓN TECNOL. LIMCE S. A.                                146.020,00

308       3-101-032899-29      VIG. TECNIFICADA DE C. R.                                    5.685.495,61

308       3-101-073972-16      COPIAS DINÁMICAS S. A.                                               45.253,27

308       3-101-153170-20      CORP. GONZÁLEZ Y ASOC. INT.                           1.564.164,52

308       3-101-174285-23      SEGURIDAD ALFA S. A.                                               446.193,18

309       4-000-042138-04      INST. COSTARRIC. AC. Y ALC.                                1.347.678,50

310       4-000-042138-04      INST. COSTARRIC. AC. Y ALC.                                1.233.835,19

311       3-101-073972-16      COPIAS DINÁMICAS S. A.                                            204.802,11

312       4-000-042138-04      INST. COSTARRIC. AC. Y ALC.                                      37.268,40

313       01-0615-0989            FONSECA ABARCA AURIA                                           98.535,77

313       01-0725-0055            CHINCHILLA VALVERDE ANA                                916.388,20

313       01-0849-0113            CHING CUBERO MAGDA                                               93.786,00

313       06-0097-1053            CERDAS VILLEGAS LEDA                                            83.580,30

313       09-0069-0349            ULATE ZAMORA MARÍA M.                                          84.299,65

313       3-101-098063-16      MULTINEG. INT. AMÉRICA S. A.                               148.529,53

314       3-101-059070-01      DIST. Y EMBASAD. DE QUÍM. S. A.                      5.229.500,49

315       4-000-042138-04      INST. COSTARRIC. AC. Y ALC.                                   650.205,88

316       4-000-042138-04      INST. COSTARRIC. AC. Y ALC.                                   777.305,84

317       4-000-042138-04      INST. COSTARRIC. AC. Y ALC.                                   272.071,96

318       4-000-042138-04      INST. COSTARRIC. AC. Y ALC.                                   325.255,63

319       4-000-042138-04      INST. COSTARRIC. AC. Y ALC.                                   142.376,64

320       4-000-042138-04      INST. COSTARRIC. AC. Y ALC.                                   170.207,93

321       4-000-042138-04      INST. COSTARRIC. AC. Y ALC.                                   106.926,58

322       4-000-042138-04      INST. COSTARRIC. AC. Y ALC.                                   127.828,22

323       3-101-073972-16      COPIAS DINÁMICAS S. A.                                               10.376,25

324       4-000-042147-03      CAJA COSTARRIC. SEG. SOC.                             116.483.204,00

325       4-000-042147-03      CAJA COSTARRIC. SEG. SOC.                             249.410.048,00

326       4-000-042147-03      CAJA COSTARRIC. SEG. SOC.                             118.349.316,00

327       4-000-042147-03      CAJA COSTARRIC. SEG. SOC.                               76.160.584,00

328       4-000-042147-03      CAJA COSTARRIC. SEG. SOC.                               46.426.587,00

329       4-000-042147-03      CAJA COSTARRIC. SEG. SOC.                                  2.226.546,00

330       4-000-042147-03      CAJA COSTARRIC. SEG. SOC.                               17.678.410,00

331       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                      6.075.624,96

332       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                      1.371.387,20

333       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                         219.350,00

334       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                         522.150,00

335       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                         799.280,00

336       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                      1.320.822,71

337       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                         540.459,70

338       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                         835.744,90

339       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                         380.984,90

340       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                            47.520,00

341       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                              3.725,00

342       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                      1.783.805,18

343       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                      1.876.498,07

344       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                      1.875.821,17

345       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                         385.679,65

346       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                            18.500,00

347       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                      2.170.091,05

348       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                      1.590.599,29

349       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                              6.000,00

350       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                            18.800,00

351       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                            30.655,12

352       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                         168.100,00

353       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                         913.685,00

354       3-101-112933-23      SERV. TEC. ESPECIALIZ. S.T.E                                    981.116,70

354       3-101-156876-02      DISTRIBUID. E.G.O. S. A.                                               870.387,00

354       3-101-340543-00      ELEVADORES SCHINDLER S. A.                              534.790,18

355       05-0189-0751            ALFARO VARGAS ANA L.                                                6.445,13

356       3-101-000046-36      CIA. NAL. FUERZA Y LUZ S. A.                            22.414.317,01

357       05-0189-0751            ALFARO VARGAS ANA L.                                             24.900,75

358       3-101-000046-36      CIA. NAL. FUERZA Y LUZ S. A.                            26.206.761,09

359       3-101-062907-01      WACKENHUT S. A.                                                      4.712.413,98

359       3-101-177156-19      SEMANS S. A.                                                                     784.088,60

359       3-101-263122-18      SERVICIOS CAJIGUA S. A.                                              89.448,39

360       01-0423-0576            ABARCA LÓPEZ CARLOS                                              70.834,12

360       01-0756-0020            GONZÁLEZ GONZÁLEZ ORLANDO                        109.377,80

360       3-101-073972-16      COPIAS DINÁMICAS S. A.                                            293.053,71

360       3-101-098063-16      MULTINEG. INT. AMÉRICA S. A.                            7.883.715,05

360       3-101-117297-37      DISEÑO ARQCONT S. A.                                                163.100,86

360       3-101-122876-03      ENLACES CASUALES C. R. S. A.                            3.663.663,26

361       01-0390-0306            PARRA SÁNCHEZ JORGE                                             241.441,71

361       01-0481-0742            RODRÍGUEZ LI GILBERTO                                            98.778,10

361       01-0660-0205            CASCANTE JIMÉNEZ ORLANDO                              381.865,44

361       02-0319-0535            VILLALOBOS GONZÁLEZ ORLANDO                   101.267,58

361       06-0134-0442            ALVARADO UGALDE CARLOS                               333.660,60

361       3-101-042028-04      EMP. SERV. PÚB. DE HEREDIA                              4.096.701,38

362       3-101-247017-07      HOSPITALIA SOLUVLAD S. A.                                  454.729,80

363       01-0263-0942            DÁVILA HAAS JUAN ALB.                                             15.840,58

363       05-0078-0976            ABELLÁN CISNEROS HEBEL                                    411.082,25

363       3-101-008736-08      CORPORACIÓN FONT S. A.                                          163.110,20

363       3-101-160555-09      SERV. MED. DIAGN. P/IMAGEN                                  18.543,90

A. P. Nº         Cédula                  Nombre                                                                                           Monto

363       3-101-276800-16      TECN. NVO. MILENIO SIDERAL                               149.714,60

364       05-0189-0751            ALFARO VARGAS ANA L.                                                9.575,65

365       3-101-088183-12      LA CONDESA HOTEL S. A.                                          102.848,21

365       3-101-096400-34      CORP. ALGARD S. A.                                                      955.560,75

366       3-101-005197-19      HOLST VAN PATTEN S. A.                                           636.020,00

367       3-101-003252-18      G.B.M. DE COSTA RICA S. A.                                    1.221.652,59

368       3-101-005197-19      HOLST VAN PATTEN S. A.                                           520.380,00

369       02-0319-0535            VILLALOBOS GONZÁLEZ ORLANDO                     15.868,73

370       02-0542-0760            SIBAJA SOTO SILLER                                                       22.012,00

371       01-0415-1308            ABELLÁN ARROYO ROBERTO                                 396.365,86

371       09-0056-0726            CHACÓN CUADRA MARCO                                        105.998,09

372       4-000-042139-15      INST. COSTARRIC. ELECTRIC.                                3.728.012,21

373       01-0293-0024            MUÑOZ RETANA BENJAMÍN                                        86.240,00

373       3-101-003252-18      G.B.M. DE COSTA RICA S. A.                                 14.217.757,09

373       3-101-069735-06      TECTRONIC DE C. R. S. A.                                             532.466,70

373       3-101-184485-09      CÍA. INTERN. DE ELEVADORES                               440.207,65

373       3-101-340543-00      ELEVADORES SCHINDLER S. A.                              532.172,83

374       4-000-042139-02      INST. COSTARRIC. ELECTRIC.                                8.447.530,41

375       3-101-165549-16      SERV. CONSULT. OCCIDENTE                                   419.629,25

376       02-0319-0535            VILLALOBOS GONZÁLEZ ORLANDO                   157.732,85

377       4-000-042139-15      INST. COSTARRIC. ELECTRIC.                                4.358.782,17

378       02-0542-0760            SIBAJA SOTO SILLER                                                     123.301,05

379       4-000-042138-04      INST. COSTARRIC. AC. Y ALC.                                      62.288,85

380       3-101-165549-16      SERVICIOS DE CONSULTORÍA DE                          657.419,20

381       3-101-165549-16      SERVICIOS DE CONSULTORÍA DE                          181.839,35

382       4-000-042139-02      INST. COSTARRIC. ELECTRIC.                                8.095.849,02

383       3-101-165549-16      SERVICIOS DE CONSULTORÍA DE                          139.876,40

384       4-000-042139-02      INST. COSTARRIC. ELECTRIC.                                1.772.761,27

385       02-0542-0760            SIBAJA SOTO SILLER                                                          7.230,60

386       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                      1.051.730,23

387       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                            36.570,00

388       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                      1.007.475,00

389       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                         219.750,00

390       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                      1.251.350,78

391       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                         207.463,00

392       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                         478.037,74

393       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                         166.610,00

394       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                            18.040,00

395       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                            10.065,00

396       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                      5.623.470,03

397       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                      6.684.239,47

398       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                            90.000,00

399       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                            80.700,00

400       3-101-002011-08      CÍA. MERCANTIL S. A.                                                   718.825,10

400       3-101-038996-01      HERIEL S. A.                                                                    1.119.748,00

400       3-102-265064-25      TECNIALKA DIGITAL LTDA.                                       26.700,00

401       4-000-042139-15      INST. COSTARRIC. ELECTRIC.                                5.211.531,23

402       3-101-073972-16      COPIAS DINÁMICAS S. A.                                               11.721,05

403       01-0810-0954            CALVO GUTIÉRREZ ÁLVARO                                       66.929,15

403       3-101-003233-22      ALMACÉN MAURO S. A.                                               305.026,20

403       3-101-015758-07      ARTELEC S. A.                                                                      41.536,00

403       3-101-335665-18      INV. MULT. DE OESTE CASTRO                                161.743,06

404       3-101-009059-19      RADIOGRAF. COSTARRIC. S. A.                                170.174,55

404       3-101-076436-25      MUNDO DE LIMPIEZA S. A.                                        412.425,78

404       3-101-240146-31      AMB. LIMPIO H. MONTERO S. A.                              147.587,71

404       3-101-310098-27      MANEJO PROF. DESECHOS S. A.                              452.760,00

405       2-300-042155-PJ      PROVEED. JUDIC. IMPORTAC.                                           504,57

406       3-101-098063-16      MULTINEG. INT. AMÉRICA S. A.                               215.511,04

407       4-000-042139-15      INST. COSTARRIC. ELECTRIC.                                6.093.308,75

408       3-101-073972-16      COPIAS DINÁMICAS S. A.                                            133.058,85

409       3-101-008736-08      CORPORACIÓN FONT S. A.                                          552.695,60

409       3-101-290098-23      BIOLOG. MOLEC. C. R. S. A.                                         303.682,40

410       3-101-017674-03      AUDRAIN & JIMÉNEZ S. A.                                             15.828,75

410       3-101-111037-19      CUMBRES REPRESENTAC. S. A.                               105.990,00

410       3-101-304712-00      DATATECNOLOGY S. A.                                              147.092,35

411       05-0078-0976            ABELLÁN CISNEROS HEBEL                                    522.155,05

411       3-101-141613-28      GPO. MED. STA. FE PACÍFICO S. A.                         149.243,15

412       2-300-042155-PJ      PROVEED. JUDIC. IMPORTAC.                                  395.135,18

413       01-0810-0954            CALVO GUTIÉRREZ ÁLVARO                                    178.409,27

413       3-101-072383-03      TRAVISA HEREDIANA S. A.                                        980.000,00

413       3-101-083861-19      PSICO-IURIS S. A.                                                                96.458,34

414       3-101-098063-16      MULTINEG. INT. AMÉRICA S. A.                               215.511,04

415       3-101-005831-29      SIEMENS S. A.                                                                       44.893,80

416       3-101-098063-16      MULTINEG. INT. AMÉRICA S. A.                               176.471,86

417       3-101-073972-16      COPIAS DINÁMICAS S. A.                                                 6.816,05

418       01-0383-0004            PACHECO MENA GERARDO                               10.907.721,75

418       01-0417-1228            MONTEALEGRE BEJARANO MA.                        3.039.920,95

418       01-0998-0287            TAVERA MORA SUSAN                                             1.640.502,79

418       01-1043-0655            ORDÓÑEZ MUÑOZ BRAYAN                                   1.099.520,35

418       01-1089-0158            RODRÍGUEZ PÉREZ IRELA                                         349.709,35

418       01-1160-0030            BRENES FERNÁNDEZ WALTER                               370.955,90

418       03-0187-0750            OROZCO SOLANO LUIS GMO.                               2.475.971,65

418       05-0152-0860            FERNÁNDEZ CHAVERRI ÓLGER                          4.869.271,74

418       06-0099-0053            SANDINO ESPINOZA NOEMÍ                                 6.840.135,45

418       06-0248-0797            SUAZO REYES DENNOS                                              473.180,61

418       09-0059-0556            PÉREZ BONILLA ARVIN                                           3.164.714,20

419       2-300-042155            FDO. JUB. Y PENSIONES P. J.                                44.478.924,59

420       2-300-042155            FDO. JUB. Y PENSIONES P. J.                                98.429.563,76

421       2-300-042155            FDO. JUB. Y PENSIONES P. J.                                47.651.924,71

422       2-300-042155            FDO. JUB. Y PENSIONES P. J.                                32.900.511,99

A. P. Nº         Cédula                  Nombre                                                                                           Monto

423       2-300-042155            FDO. JUB. Y PENSIONES P. J.                                18.845.029,79

424       2-300-042155            FDO. JUB. Y PENSIONES P. J.                                      949.291,32

425       2-300-042155            FDO. JUB. Y PENSIONES P. J.                                  6.731.955,93

426       2-300-042155            FDO. JUB. Y PENSIONES P. J.                                      131.727,14

427       2-300-042155            FDO. JUB. Y PENSIONES P. J.                                        22.240,08

428       2-300-042155            FDO. JUB. Y PENSIONES P. J.                                        65.789,04

429       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                         536.648,90

430       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                            68.330,10

431       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                            19.240,00

432       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                            30.414,00

433       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                         351.550,00

434       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                         217.812,00

435       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                            94.742,00

436       2-300-042155            OFIC. PRESUPUESTAL P. J.                                         367.334,00

                                                        TOTAL LÍQUIDO                                                  1.147.328.318,70

Lic. Luis A. Barahona C., Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100483).—C-90745.—(32353).

 

AVISOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

Ante esta Dirección se ha recibido solicitud del licenciado Gustavo Adolfo Ramírez Redondo, cédula de identidad Nº 01-0670-0103, quien pretende que se le inscriba como Notario Público. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta del interesado para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 05-0018-624-NO.—San José, 18 de abril del 2005.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—(32602).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Petrona Menocal, no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 2123-2002. Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas del cuatro de diciembre del dos mil dos. Diligencias de ocurso incoadas por Petrona Menocal, no indica segundo apellido, nicaragüense, cédula de residencia número doscientos setenta-ciento setenta y un mil ciento doce-cero noventa y nueve mil trescientos cuarenta y nueve, casada, oficios del hogar, vecina de La Perla, Pacuarito, Siquirres, Limón. Expediente Nº 6512-2002. Resultando: 1º—… 2º—… Considerando: I.—Hechos probados:… II.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Selin de los Ángeles Castillo Hernández… en el sentido de que el nombre de la misma es “Selin de los Ángeles” asimismo el apellido de la madre es “Menocal, no indica segundo apellido” y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 30992.—(32538).

 

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Freddy Solano Acuña, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 3066-04.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas cincuenta minutos del primero de diciembre del dos mil cuatro. Expediente Nº 23534-04. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…, Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Yenorie Solano Vindas, que lleva el número... en el sentido que el nombre del padre y el de la madre... es “Freddy” y “Nidia” respectivamente, el de Greivin Ignacio Solano Vindas, que lleva el número... y el de Adán Alfredo Solano Vindas, que lleva el número... en el sentido que el nombre del padre... es “Freddy”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(32644).

 

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Katia Vanessa Hilton Serrano, mayor, casada, recepcionista, panameña, cédula residencia 280-152603-005422, vecina de Santo Domingo Heredia, expediente 1942-2002. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 18 de abril del 2005.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(32303).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIÓN A LOS PROGRAMAS

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

MODIFICACIÓN PLAN COMPRAS 2005-234-258-260-282-310-340-350-390

    Id         Id         Id

Min.      Prog.   Subp            Descripción                                         Cod. Merc          Unid. Med    Periodo   Cantid.    Monto Unitario         Monto

    0009          134            03          Formularios Aduaneros                                                             2340900000001                Cajas                        1                   100                         20.000,00                 2.000.000,00

Total clase 234                                                                                                                                                                                                                                                                                                                  2.000.000,00

                                                         Madera contrachapada 122 X 2.44 cm x 4 mm                        2588085000100                Unidad                   2                   25                            4.000,00                    100.000,00

Total clase 258                                                                                                                                                                                                                                                                                                                     100.000,00

                                                         Guillotinas Manuales                                                                  260-270-000001               Unidad                   2                      3                          30.000,00                       90.000,00

                                                         Cortadoras para candados (Cizalla)                                          260-900-011800               Unidad                   2                      2                          15.000,00                       30.000,00

Total clase 260                                                                                                                                                                                                                                                                                                                     120.000,00

                                                         Engrapadoras                                                                                  282-055-000001               Unidad                   2                   30                            3.500,00                    105.000,00

                                                         Engrapadoras Industriales                                                          282-055-000700               Unidad                   2                      4                          20.000,00                       80.000,00

Total clase 282                                                                                                                                                                                                                                                                                                                     185.000,00

                                                         Archivadores con llave                                                                310-001-000119               Unidad                   2                   20                          40.000,00                    800.000,00

                                                         Archivos de seguridad                                                                 310-001-000200               Unidad                   2                   10                          70.000,00                    700.000,00

                                                         Escritorios                                                                                       310-010-000700               Unidad                   2                   10                          60.000,00                    600.000,00

                                                         Juego de Sala                                                                                   310-900-000210               Unidad                   2                      1                       300.000,00                    300.000,00

                                                         Mesas para impresora, tipo máquina de escribir                    310-015-000290               Unidad                   2                   10                          20.000,00                    200.000,00

                                                         Sillas de espera con brazo, forro de vinil                                310-020-000004               Unidad                   2                   26                          38.000,00                    988.000,00

                                                         Sillas tipo secretaria giratoria                                                    310-020-000080               Unidad                   2                   30                          38.000,00                 1.140.000,00

                                                         Ventiladores de pie                                                                       310-040-000200               Unidad                   2                   30                          10.000,00                    300.000,00

                                                         Relojes marcadores de Cor.                                                         310-065-000300               Unidad                   2                   10                       200.000,00                 2.000.000,00

                                                         Comp. Portátiles                                                                            310-090-005300               Unidad                   2                      2                    1.175.000,00                 2.350.000,00

                                                         Cámara digital                                                                                 310-900-001640               Unidad                   2                      1                       300.000,00                    300.000,00

                                                         Impresoras Puntos                                                                         310-095-000014               Unidad                   2                      3                    1.500.000,00                 4.500.000,00

                                                         Impresoras láser                                                                              310-095-000015               Unidad                   2                      2                       325.000,00                    650.000,00

                                                         Impresora Ink-jet                                                                            310-095-000760               Unidad                   2                      9                       250.000,00                 2.250.000,00

                                                         Teclados                                                                                           310-110-000060               Unidad                   2                   20                            5.000,00                    100.000,00

                                                         Mouse                                                                                               310-130-000001               Unidad                   2                   20                            6.000,00                    120.000,00

                                                         Quemador externo CD Rw Externo USB                                 310-130-000115               Unidad                   2                      1                       100.000,00                    100.000,00

                                                         Aspiradora                                                                                       310-130-001701               Unidad                   2                      1                       200.000,00                    200.000,00

                                                         UPS                                                                                                   310-175-000001               Unidad                   2                   30                          30.000,00                    900.000,00

                                                         Armarios (8 divisiones) Lockers                                              310-180-000001               Unidad                   2                      4                          60.000,00                    240.000,00

                                                         Refrigeradora 13 pies                                                                    310-195-000001               Unidad                   2                      2                       300.000,00                    600.000,00

                                                         Proyector de Imágenes                                                                 310-900-000001               Unidad                   2                      3                    1.300.000,00                 3.900.000,00

Total clase 310                                                                                                                                                                                                                                                                                                               23.238.000,00

                                                         Central telefónica                                                                           340-005-000001               Unidad                   2                      1                    3.000.000,00                 3.000.000,00

                                                         Fax                                                                                                      340-015-000020               Unidad                   2                      2                       100.000,00                    200.000,00

Total clase 340                                                                                                                                                                                                                                                                                                                  3.200.000,00

                                                         Pizarras de corcho                                                                         350-005-000001               Unidad                   2                      4                          10.000,00                       40.000,00

                                                         Pizarras acrílicas                                                                            350-005-000010               Unidad                   2                      4                          25.000,00                    100.000,00

                                                         Equipo de sonido(parlantes, amplificador)                            350-900-000300               Unidad                   2                      1                       300.000,00                    300.000,00

                                                         Equipo Repdroductor Discos Compactos dvd y vhs          350-030-000100               Unidad                   2                      1                       200.000,00                    200.000,00

Total clase 350                                                                                                                                                                                                                                                                                                                     640.000,00

                                                         Hornos Microondas                                                                      390-015-001000               Unidad                   2                      2                          50.000,00                    100.000,00

                                                         Coffemaker                                                                                        390-900-000300               Unidad                   2                   13                          10.000,00                    130.000,00

Total clase 390                                                                                                                                                                                                                                                                                                                     230.000,00

San José, 2 de mayo del 2005.—Marco Aurelio Fernández U., Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 19471).—C-38020.—(33465).

 

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

  Id                   Id                 Id                                                                                                                                                                                                       Unid.

Minist.        Prog.       Subprog             Descripción                                Especificaciones                                                                                             Med                  Periodo          Cantidad                    Monto

0009           134               03             IMPRESOS Y OTROS

                                                            Fórmula continua               “Declaración Aduanera de Oficio”,

                                                                                                            a 3 tantos, tamaño carta, (21.59x27.94cm),                                                                    caja                      1                       50                        926.250,00

                                                                                                            caja de 750 c/u, Según muestra adjunta, que se enumere

                                                                                                            cada caja en su orden de la 1 a la 50

                                                            Fórmula continua               “Certificado de importación temporal para vehículos                                               caja                      1                       60                        942.000,00

                                                                                                            automotor terrestre, aéreo, y marítimo para fines

                                                                                                            no lucrativos”  a 2 tantos, tamaño carta (21,59 x 27,94 cm.),

                                                                                                            a dos caras, 2 tintas: negro el contenido.

                                                                                                            rojo el pie: la palabra ORIGINAL Y NUMERACION IMPRESA

                                                                                                            en el original y COPIA ADUANA en la copia caja de 1.250

                                                                                                            c/u, numeradas de la 687251 a la 762250, confección

                                                                                                            según muestra original adjunta

                                                                                                            que a cada caja se le estampe su consecutivo del formulario impreso

                                                                                                            que se enumere cada caja en su orden de la 01 a la 60

Total clase 234

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                               1.868.250,00

San José, 2 de mayo del 2005.—Marco Aurelio Fernández U. Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 19470).—C-11420.—(33466).

LICITACIONES

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES Y CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 0035-2005

Compra de equipo y mobiliario de oficina

La Proveeduría Institucional recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 19 de mayo de 2005, para la licitación supracitada.

El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta notificación, o podrá obtenerlo en la Proveeduría Institucional del Ministerio de Justicia, que se encuentra ubicado 50 metros al norte de la Clínica Bíblica, frente al Centro Educativo Marcelino García Flamenco, calle 1, ave: 12 y 14.

Lic. Dixa Córdoba Gómez, Proveedora Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 30243).—C-5720.—(33467).

 

EDUCACIÓN PÚBLICA

PROVEEDURÍA DE PROMECE

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 03-2005

Adquisición de muebles

para colegios de innovación educativa

La Proveeduría del Programa de Mejoramiento de la Calidad de la Educación Preescolar y Tercer Ciclo (PROMECE), recibirá ofertas hasta las 10:30 a.m. del día 24 de mayo del 2005, para adquirir los bienes del título de esta publicación.

El interesado tiene el cartel a disposición en la página oficial del Ministerio de Educación Pública en forma gratuita, en la dirección http://www.mep.go.cr/LicitacionesNoticias.html, a partir de esta fecha, o podrá obtenerlo en la Proveeduría de Promece, previo depósito de ¢ 5.000. (cinco mil colones) en la cuenta corriente Nº 1-231732-0 en el Banco de Costa Rica, indicando depositante y concepto, y la presentación del recibo correspondiente en la Proveeduría. Se les solicita a los interesados que descarguen el cartel enviar una nota indicando teléfono y fax para notificaciones, al 222-73-55.

Para presentar la oferta, deben adquirir el Catálogo de Mobiliario, el cual es complemento del Cartel y consta de 159 páginas, el mismo se encuentra disponible en Jiménez y Tanzi, 25 metros al norte de Racsa en San José.

La Proveeduría de Promece, se encuentra ubicada en el Edificio de la Antigua Embajada Americana, tercer piso, calle 1 avenidas 1 y 3, San José.

San José, 3 de mayo del 2005.—Lic. Eladio Alvarado Delgado—1 vez.—(Solicitud Nº 05-2005).—C-12195.—(33479).

 

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 03-2005

Concesión de uso de locales para servicios de fotocopiado

en el Registro Nacional

El Departamento de Proveeduría del Registro Nacional avisa que recibirá ofertas para esta licitación, hasta las 10:00 horas del día 23 de mayo del 2005, en sus oficinas ubicadas en el módulo 5 del Registro Nacional.

El cartel puede ser retirado en este mismo lugar, sin costo alguno.

Objeto de la contratación: se requiere dar en concesión cuatro locales dentro de las instalaciones del Registro Nacional, para la prestación de servicios de fotocopiado para los usuarios de la Institución; para los cuales se ha fijado como base el siguiente canon.

Local     Metros               Ubicación                            Arrendamiento

                                                                                             por mes

Nº 1       13,45 m2      Vestíbulo Central                              ¢79.161,04

Nº 2       15,46 m2      Semisótano Catastro                         ¢90.991,05

Nº 3         6,11 m2      Semisótano y Tomos Reg. B. Inm.   ¢35.960,89

Nº 4         5,78 m2      Tomos Personas Jurídicas                ¢34.018,65

San José, 28 de abril del 2005.—Lic. Mauricio Madrigal Calvo, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 42935).—C-10195.—(33469).

 

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2005400027

Servicios de mantenimiento preventivo y correctivo,

para servidores de la Superintendencia General de Valores

(SUGEVAL)

El Departamento de Proveeduría del Banco Central de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito hasta las 14:00 horas del día 19 de mayo del 2005, para los “Servicios de mantenimiento preventivo y correctivo, para servidores de la Superintendencia General de Valores (SUGEVAL)”. Los interesados pueden retirar el disquete que contiene el cartel de contratación, en el Departamento de Proveeduría de este Banco, ubicado en el primer piso del Edificio Principal, previo pago no reembolsable de ¢500.00 (quinientos colones 00/100).

San José, 28 de abril del 2005.—Lic. Eduardo Ruiz Vargas, Director.—1 vez.—(33496).

UNIVERSIDAD NACIONAL

PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL

PRÉSTAMO 414 (ANTERIOR 26 FDS)

UNIDAD EJECUTORA PROYECTO UNA-BCIE

LICITACIÓN PÚBLICA Nº UE-09/OE-05

Construcción de la I Etapa de las Obras Exteriores

del Campus Omar Dengo

La Unidad Ejecutora del Proyecto UNA/BCIE de la Universidad Nacional, recibirá ofertas por escrito hasta las 14:00 horas del día 15 de junio del 2005, para la construcción de la I Etapa de las Obras Exteriores del Campus Omar Dengo, de conformidad con los siguientes términos de referencia:

1.  Descripción de la obra. Esta construcción se desarrollará en el Campus Omar Dengo, al costado sur del nuevo edificio de la Facultad Ciencias Sociales. Consiste en la construcción de un conjunto de plazoletas, escaleras de concreto, rampas de concreto y muros estructurales. Además incluye el sistema eléctrico e iluminación compuesto por luminarias en poste y lámparas a nivel de piso.

Los materiales predominantes a utilizar son: baldosas tipo piedra, color gris, de 50 x 50 cm, en pisos, muros de contención y muros de rampas en bloque de concreto o colocados en sitio, con enchapes de piedra tipo caliza. Concreto aplanchado estriado en pisos de rampas y escaleras. Piedrilla tipo quintilla en sectores de la plazoleta principal.

El proyecto consta de un área piso de 3 770 m2 y de un área de enzacatado de 12 550 m2.

2.  Ubicación del sitio de construcción. Las obras se ubicarán en el Campus Omar Dengo, de la Universidad Nacional en Heredia.

3.  Costo y forma de adquirir documentos. Los interesados podrán gestionar la adquisición de los documentos (cartel y planos), a partir de la presente publicación, debiendo cancelar en efectivo la suma de ¢5.000,00 (cinco mil colones exactos) en la Sección de Tesorería de la Universidad Nacional y con el comprobante de pago respectivo, presentarse en las Oficinas de la Unidad Ejecutora del Proyecto UNA/BCIE, ubicadas dentro del Campus Omar Dengo, al costado norte de la biblioteca.

Los documentos pueden retirarlos a partir de la fecha de la publicación en las Oficinas de la Unidad Ejecutora.

4.  Garantía de participación. Cada licitante deberá presentar una garantía de participación equivalente al 1.5% del monto de la oferta.

En los documentos indicados supra, en el apartado 1.2.6 del cartel de licitación, se da mayor información relativa a ésta garantía.

5.  Financiamiento. Los recursos para financiar la construcción de la I Etapa de Obra Exterior en el Campus Omar Dengo, provienen del Contrato de Préstamo Nº 414 (anterior 26 FDS) firmado entre el Gobierno de Costa Rica y el Banco Centroamericano de Integración Económica.

6.  Visita de preoferta. La visita de preoferta se realizará el 20 de mayo del 2005, a las diez horas, partiendo de las oficinas de la Unidad Ejecutora UNA-BCIE.

7.  Apertura de las ofertas. Las ofertas serán recibidas hasta la fecha y hora señaladas en el encabezado de esta publicación, en las oficinas de la Unidad Ejecutora del Proyecto UNA/BCIE, y el acto de apertura se realizará en dichas oficinas ubicadas al costado norte de la Biblioteca de la Universidad, debiendo presentar original y tres copias de la oferta.

Las consultas referentes a esta contratación serán atendidas en los teléfonos: 277-3611, 277-3938, 277-3937, fax: 277-3960.

Heredia, 3 de mayo del 2005.—Arq. Carlos Segura Murillo, Director.—1 vez.—(O. C. Nº 18241).—C-26145.—(33470).

 

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 7258-T

Servicios de mensajería para el Gran Área Metropolitana

El Instituto Costarricense de Electricidad recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 13 de junio del 2005, para lo siguiente:

Requerimiento:

Servicios de mensajería para el Gran Área Metropolitana.

Mayores especificaciones, condiciones generales y especiales podrán retirarse en la Dirección de Proveeduría sita en Sabana Norte, 450 metros al norte del Edificio Central del ICE o se podrá accesar nuestra Página Web en la siguiente dirección: www.grupoice.com.

San José, 2 de mayo del 2005.—Licitaciones-Dirección de Proveeduría.—Ing. Carlos Casco Peña, Coordinador.—1 vez.—(O. C. Nº 314898).—C-6195.—(33585).

 

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 025-2005

Adquisición de rebobinadora (cabrestante)

para la L.T Moín Río-Macho

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados que recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del día 15 de junio del 2005, en la Proveeduría de este Instituto, sita 400 metros norte de la esquina este de las Oficinas Centrales, para el suministro de lo siguiente:

Requerimiento:

Adquisición de rebobinadora (cabrestante) para la L.T Moín Río-Macho.

Mayores especificaciones, condiciones generales y especiales podrán adquirirse en la Proveeduría de este Instituto.

San José, 2 de mayo del 2005.—Licitaciones-Dirección de Proveeduría.—Ing. Carlos Casco Peña, Coordinador.—1 vez.—(O. C. Nº 314898).—C-6195.—(33586).

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 029-2005

Adquisición de bombillos de vapor de sodio

de alta presión, de 100 voltios

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados que recibirá ofertas hasta las 11:00 horas del día 9 de junio del 2005, en la Proveeduría de este Instituto, sita 400 metros norte de la esquina este de las Oficinas Centrales, para el suministro de lo siguiente:

Requerimiento:

Adquisición de bombillos de vapor de sodio de alta presión, de 100 voltios.

Mayores especificaciones, condiciones generales y especiales podrán adquirirse en la Proveeduría de este Instituto.

San José, 2 de mayo del 2005.—Licitaciones-Dirección de Proveeduría.—Ing. Carlos Casco Peña, Coordinador.—1 vez.—(O. C. Nº 314898).—C-6195.—(33587).

 

ADJUDICACIONES

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 4576

Compra de cinco vehículos blindados

El Banco de Costa Rica comunica que la Comisión de Contratación Administrativa, en reunión 16-2005, artículo II, del 27 de abril del 2005, acordó adjudicar la licitación en referencia de conformidad con el siguiente detalle:

Empresa: Purdy Motor S. A.

Marca y modelo: Toyota, Land Crusier, modelo 2005.

Monto de la adjudicación: US $400.000,00.

Plazo de entrega: 180 días naturales.

Garantía: 36 meses o 100.000 kilómetros lo que ocurra primero.

San José, 2 de mayo del 2005.—Oficina de Contratación Administrativa.—Osvaldo Villalobos G., Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 52182).—C-6670.—(33471).

 

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

OFICINA DE SUMINISTROS

UNIDAD DE LICITACIONES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 6-2005

Concesión temporal de uso de un local para la instalación

de máquinas fotocopiadoras y prestación de

servicios de fotocopiado en la Facultad de

Ciencias Agroalimentarias de la

Universidad de Costa Rica

A los interesados en el concurso indicado se les comunica que la Administración acordó adjudicar de la siguiente manera:

A: María del Pilar Fallas Álvarez, cédula de identidad Nº 5-171-321.

Precio base mensual: ¢ 66.000,00. Anual: ¢ 660.000,00 (por 10 meses).

Todo de acuerdo con la oferta y el cartel respectivo.

Sabanilla de Montes de Oca, 2 de mayo del 2005.—Lic. Ana Barrantes Muñoz, Jefa.—1 vez.—C-6195.—(33489).

 

DECLARATORIA INFRUCTUOSA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 5-2005

Concesión temporal de uso de un local para la instalación

de máquinas fotocopiadoras y prestación de servicios

de fotocopiado en el recinto de Paraíso de Cartago,

de la Universidad de Costa Rica

A los interesados en el concurso indicado se les comunica que la Administración declaró la presente licitación infructuosa, por no haberse recibido ninguna oferta.

Sabanilla de Montes de Oca, 2 de mayo del 2005.—Unidad de Licitaciones, Oficina de Suministros.—Lic. Ana Barrantes Muñoz, Jefa.—1 vez.—C-4770.—(33588).

 

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 7-2005

Concesión temporal de uso de un local para la instalación

de máquinas fotocopiadoras y prestación de servicios

de fotocopiado en la Facultad de Ciencias Económicas,

de la Universidad de Costa Rica

A los interesados en el concurso indicado se les comunica que la Administración acordó adjudicar de la siguiente manera:

A: R Y J Inmobiliaria Roji S. A., cédula jurídica Nº 3-101-295314.

Precio base mensual: ¢ 115.000,00. Anual: ¢ 1.150.000,00 (por 10 meses).

Todo de acuerdo con la oferta y el cartel respectivo.

Sabanilla de Montes de Oca, 2 de mayo del 2005.—Unidad de Licitaciones, Oficina de Suministros.—Lic. Ana Barrantes Muñoz, Jefa.—1 vez.—C-6195.—(33590).

AVISOS

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO

ELÉCTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO

PROCESO CONTRATAR BIENES Y SERVICIOS UEN DE APOYO

LICITACIÓN RESTRINGIDA Nº 01-2005

Contratación servicio de revisión y corrección

de inconsistencias en la lectura de medidores

Contratar Bienes y Servicios avisa que mediante resolución de la Subgerencia, Nº 11-SG-2005, del 21 de abril del 2005, se dispuso declarar infructuoso este procedimiento, por cuanto ninguna oferta fue admitida a concurso.

Cartago, 2 de mayo del 2005.—Lic. Abel Gómez Leandro, Coordinador Contratar Bienes y Servicios.—1 vez.—(O. C. Nº 12730).—C-3820.—(33474).

 

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD SAN ISIDRO HEREDIA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 01-2005

Contratación servicios para alquiler

de vehículo recolector de basura

A los interesados en el presente concurso, se les informa que en Sesión Ordinaria Nº 26-2005 del 2 de mayo del 2005, el Concejo Municipal de San Isidro de Heredia tomó el acuerdo: Nº 454-2005 dispensado de Trámite de Comisión, avalado por los cinco regidores propietarios y declarado acuerdo por unanimidad y definitivamente aprobado que dice: Adjudicar la Licitación Pública Nº 01-2005 “Contratación de servicios para el alquiler de vehículo recolector de basura a:

Transportes y Alquileres Bis S. A., cédula jurídica Nº 3-101-2800593

Quedando esta adjudicación sujeta para su ejecución al cumplimiento de los requisitos de refrendo y formalización contractual correspondientes.

San Isidro Heredia, 3 de mayo del 2005.—Proveeduría.—Sandra Ramírez Villalobos.—1 vez.—(33444).

 

AVISOS

RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A.

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 107-2004

Adquisición de equipo de radiocomunicación

Radiográfica Costarricense S. A., se permite avisar a los oferentes en la licitación arriba indicada, que la misma fue adjudicada a la firma comercial Electronic Engieneering S. A., según lo estipulado en el cartel y en la oferta.

San José, 3 de mayo del 2005.—Xavier Sagot Ramírez, Proveeduría.—1 vez.—(Solicitud Nº 31301).—C-3345.—(33473).

 

FE DE ERRATAS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE ADQUISICIONES

SUBÁREA DE CARTELES

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2005-016 (Aviso Nº 2)

Servicios seguridad y vigilancia CENDEISSS

A los interesados en el presente concurso, se les comunica que se modifica el inciso 5) de la cláusula Nº 2 del cartel de la siguiente manera:

“Queda claro que después de haber recibido conforme el servicio de vigilancia, es responsabilidad de la empresa adjudicada responder ante la institución por cualquier daño, hurto, robo o pérdida de los valores, bienes muebles e inmuebles, ya sea por negligencia comprobada, por parte de la gerencia de la empresa adjudicataria o los oficiales de seguridad, previo a un procedimiento administrativo”.

El resto del cartel permanece invariable.

San José, 3 de mayo del 2005.—Lic. Vilma Arias Marchena, Coordinadora.—1 vez.—C-5720.—(33475).

 

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 7253T

Adquisición de distribuidores para fibras ópticas y cordones ópticos

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que al cartel de la misma deberá hacérsele la siguiente aclaración y prórroga

A. En el Capítulo II, Condiciones Particulares, punto N° 18.4.1.1 del Cartel, donde se indica:

“(a) Para hacerse acreedor de este porcentaje, el oferente deberá presentar junto con su oferta documentos (Certificados) que demuestren los años de experiencia que tiene el fabricante en la fabricación de distribuidores para fibras ópticas y/o cordones ópticos similares a los que ofrecen para este concurso. Se acepta que estos documentos sean emitidos por el apoderado de la empresa. El oferente debe indicar la experiencia en la fabricación en ambos productos por separado”.

Este punto debe leerse:

“(a) Para hacerse acreedor de este porcentaje, el oferente deberá presentar junto con su oferta documentación idónea que demuestre fehacientemente los años de experiencia que tiene el fabricante en la fabricación de distribuidores para fibras ópticas y/o cordones ópticos similares a los que ofrecen para este concurso. Se acepta que estos documentos sean emitidos por el apoderado de la empresa. El oferente debe indicar la experiencia en la fabricación en ambos productos por separado”.

Prórroga: La apertura de ofertas se prorroga para las 14:00 horas del día 6 de junio del 2005.

Fecha anterior: 14:00 horas del día 17 de mayo del 2005.

San José, 2 de mayo del 2005.—Licitaciones-Dirección de Proveeduría.—Ing. Carlos Casco Peña, Coordinador.—1 vez.—(O. C. Nº 314898).—C-11420.—(33591).

 

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL

ADMINISTRACIÓN DE BIENES

LICITACIÓN PÚBLICA N° 03-05 (Modificación Nº 4)

Adquisición de equipo de cómputo

Se les comunica a los interesados en la licitación arriba indicada, considerar la siguiente modificación al cartel, para la presentación de ofertas de la licitación indicada, según siguiente detalle:

1.  Se traslada la fecha de apertura de ofertas, para el día lunes 6 de junio del 2005 a las 10:00 a. m.

2.  La vigencia de la garantía de participación debe tener una vigencia del 6 de junio del 2005 al 18 de agosto del 2005.

San José, 2 de mayo del 2005.—Lic. Ramón Alvarado Gutiérrez, Proveedor General.—1 vez.—Nº 31934.—(33792).

 

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 09-03-05

Adquisición de siete pick up doble cabina

Se le comunica a los interesados del presente concurso, que se modifican los siguientes puntos:

Donde dice:

CONDICIONES TÉCNICAS PICK UP DOBLE CABINA

A. Requisitos generales

1.9   Cantidad de equipos de la marca ofrecida vendidas en Costa Rica en los últimos 2 años.

Debe leerse:

CONDICIONES TÉCNICAS PICK UP DOBLE CABINA

A. Requisitos generales

1.9   Cantidad de equipos del modelo ofrecido vendidos en Costa Rica en los últimos 2 años.

Donde dice:

CONDICIONES TÉCNICAS PICK UP DOBLE CABINA

A. Requisitos generales

2.2   Certificación original del fabricante del equipo ofrecido indicando: años consecutivos que tiene el oferente de representar la marca ofrecida en Costa Rica (mínimo 5 años), cantidad de equipos vendidos en Costa Rica en los últimos 2 años, autorización del oferente para brindar en Costa Rica el soporte requerido por el equipo ofrecido en repuestos, servicios, asesoría técnica y capacitación.

Debe leerse:

CONDICIONES TÉCNICAS PICK UP DOBLE CABINA

A. Requisitos generales

2.2   Certificación original del fabricante del equipo ofrecido indicando: años consecutivos que tiene el oferente de representar la marca ofrecida en Costa Rica (mínimo 5 años), cantidad de equipos del modelo ofrecido vendidos en Costa Rica en los últimos 2 años, autorización del oferente para brindar en Costa Rica el soporte requerido por el equipo ofrecido en repuestos, servicios, asesoría técnica y capacitación.

Donde dice:

CONDICIONES TÉCNICAS PICK UP DOBLE CABINA

A. Requisitos generales

2.13 Listado de equipos vendidos en Costa Rica de la marca ofrecida en los últimos 2 años indicando como mínimo: modelo del equipo, serie del equipo, fecha de venta, propietario del equipo.

Debe leerse

CONDICIONES TÉCNICAS PICK UP DOBLE CABINA

A. Requisitos generales

2.13 Listado de equipos vendidos en Costa Rica del modelo ofrecido en los últimos 2 años indicando como mínimo: modelo del equipo, serie del equipo, fecha de venta, propietario del equipo.

Donde dice:

CONDICIONES TÉCNICAS PICK UP DOBLE CABINA

B.  Requisitos técnicos

1.  Tipo: pick up doble cabina, peso bruto vehicular de 2400 a 2800 kg

Debe leerse:

CONDICIONES TÉCNICAS PICK UP DOBLE CABINA

B.  Requisitos técnicos

1.  Tipo: pick up doble cabina, peso bruto vehicular de 2400 a 3000 kg, carga útil aproximada de 1000 Kg.

Donde dice:

CONDICIONES TÉCNICAS PICK UP DOBLE CABINA

B.  Requisitos técnicos

3   Motor: preferiblemente combustible gasolina, desplazamiento mínimo de 2300 cc y máximo de 2500 cc, sistema de inyección electrónica, sistema de enfriamiento tropicalizado, potencia y par motor adecuados para el ascenso a plena carga de pendientes con ángulo aproximado de 30 º.

Debe leerse:

CONDICIONES TÉCNICAS PICK UP DOBLE CABINA

B.  Requisitos técnicos

3   Motor: preferiblemente combustible gasolina, desplazamiento mínimo de 2300 cc y máximo de 2800 cc, preferiblemente sistema de inyección electrónica, sistema de enfriamiento tropicalizado, potencia y par motor adecuados para el ascenso a plena carga de pendientes con ángulo aproximado de 30 º.

Donde dice:

C.  COMPARACIÓN Y EVALUACIÓN DE OFERTAS

Parámetro a evaluar                         Valor ( % )     Fórmula ( * )

Peso bruto / potencia máxima (kg / kW)                 12.00                    A

Peso bruto / par motor máximo (kg / Nm)              12.00                    A

Consumo combinado de combustible (km / lt)          12.00                    B

Año                                                                          4.00                    F

Garantía contra defectos (meses)                               5.00                    B

Referencias positivas de usuarios de equipos

de la marca ofrecida en Costa Rica                            5.00                    C

Representación del oferente de la marca

del equipo ofrecido en Costa Rica (años)                   5.00                    D

Equipos de la marca ofrecida vendidos

en Costa Rica en los últimos 2 años (cantidad)          5.00                    B

Plazo de entrega (días naturales)                                5.00                    E

Costo / carga útil (¢ / kg)                                         35.00                    A

Evaluación total                                                 100.00

( * ) Fórmulas:

A /  Menor valor

                                     % = ( parámetro menor / parámetro a evaluar ) * % valor

B /  Mayor valor

                                     % = ( parámetro a evaluar / parámetro mayor ) * % valor

C /  1 % por cada referencia positiva de usuarios en Costa Rica de equipos de la marca ofrecida hasta un máximo de 5 %

D /  0.50 % por cada año consecutivo de representar la marca del equipo ofrecido en Costa Rica por el oferente hasta un máximo de 5 %

E /  De 1 a 30 días naturales = 5 %, de 31 a 60 días naturales = 3 %, de 61 a 90 días naturales = 1 %

F /    Año 2005 = 4 %, Año 2004 = 2 %

Deberá leerse:

C.  COMPARACIÓN Y EVALUACIÓN DE OFERTAS

Parámetro a evaluar                         Valor ( % )     Fórmula ( * )

Peso bruto / potencia máxima ( kg / kW )               12.00                    A

Peso bruto / par motor máximo ( kg / Nm )            12.00                    A

Consumo combinado de combustible ( km / lt )        12.00                    B

Año                                                                          4.00                    F

Garantía contra defectos ( meses )                             5.00                    B

Referencias positivas de usuarios de

equipos de la marca ofrecida en Costa Rica                5.00                    C

Equipos del modelo ofrecido vendidos

en Costa Rica en los últimos 2 años ( cantidad )        5.00                    D

Plazo de entrega ( días naturales )                              5.00                    E

Costo / carga útil ( ¢ / kg )                                       35.00                    A

Evaluación total                                                 100.00

( * )  Fórmulas :

 

A /  Menor valor

                                     % = ( parámetro menor / parámetro a evaluar ) * % valor

B /  Mayor valor

                                     % = ( parámetro a evaluar / parámetro mayor ) * % valor

C /  1 % por cada referencia positiva de usuarios en Costa Rica de equipos de la marca ofrecida hasta un máximo de 5 %

D/       De 0 a  20 equipos          =        1%

           De 21 a 40 equipos         =        2%

           De 41 a 60 equipos         =        3%

           De 61 a 80 equipos         =        4%

           De 81 a 100 equipos       =        5%

           De 101 a 120 equipos     =        6%

           De 121 a 140 equipos     =        7%

           De 141 a 160 equipos     =        8%

           De 161 a 180 equipos     =        9%

           De 181 equipos en adelante = 10%

E /  De 1 a 30 días naturales = 5 %, de 31 a 60 días naturales = 3 %, de 61 a 90 días naturales = 1 %

F /    Año 2006 = 4 %, Año 2005 = 2 %

Así mismo, le manifestamos que la recepción de ofertas se prórroga para el día 9 de junio del 2005 a las 9:00 a. m.

San José, 29 de abril del 2005.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Guillermo Barquero Cruz, Jefe.—Departamento de Comunicaciones.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 2915).—C-63085.—(33476).

 

MUNICIPALIDAD DE CARTAGO

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 02-2005

Adquisición de vehículos automotores

Se avisa a todos los interesados en esta contratación que por motivo de interposición de recurso de objeción al cartel ante la Contraloría General de la República, la fecha de apertura se prorroga para las 10:00 horas del 31 de mayo del 2005.

Cartago, mayo del 2005.—Proceso de Proveeduría.—Guillermo Coronado Vargas, Gestor.—1 vez.—Nº 31777.—(33793).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

SUCURSAL EN ALAJUELA

AVISO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Yo, Marta Lilliam Maroto Alfaro, cédula Nº 2-0415-0800, beneficiaria del certificado de Depósito a Plazo Nº 400-02-002-62011-5 por la suma de $11.000,00 extendido a su orden por la Sucursal en Alajuela del Banco Nacional de Costa Rica, con fecha de emisión al 10 de setiembre del 2004 a 180 días plazo con vencimiento al 10 de marzo del 2005 y con tasa de interés del 2,20%. Cupones de interés a la orden Nº 1 con vencimiento al 10 de marzo del 2005, por un monto de $121,00. Solicito reposición de este documento por causa de extravío. Se publica este anuncio por tres veces para oír reclamos de terceros, por el término de quince días.

Alajuela, 25 de abril del 2005.—Lic. Douglas Abarca Brenes, Director de Operaciones.—(31873).

 

BANCO DE COSTA RICA

GERENCIA LOCAL OFICINA CENTRAL

AVISO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

A quien interese, hago constar que el certificado de depósito a plazo del Banco de Costa Rica.

Cert. Nº                  Monto ¢                 Plazo                 Emitido                      Vence                   Tasa

61434604           515.107,65            90 días            14-12-2004             14-03-2005            11,00%

Certificado emitido a la orden de Guido Rivas María, cédula Nº 5-0236-0811. Emitido por la oficina Gerencia Local Oficina Central, ha sido reportado como extraviado por lo que se solicita al Banco de Costa Rica su reposición de acuerdo con lo establecido en los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

San José, 25 de abril del 2005.—Plataforma de Servicios.—Jacqueline Andrade A.—Nº 30327.—(31377).

 

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

OFICINA PERIFÉRICA DE SAN PEDRO DE POÁS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

AVISO

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal (Periférica de San Pedro de Poás), hace del conocimiento del público en general, el extravío del siguiente certificado de ahorro a plazo fijo a la orden de Obando Salazar Lizbeth, cédula Nº 01-0798-0581:

Certif.                   Monto                  Fecha                  Cupón        Monto                  Fecha

                                 ¢                 vencimiento                                  ¢                 vencimiento

749905290003     181.000,00          29-11-1999

Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

San Pedro de Poás, 23 de abril del 2005.—Macroproceso de Operación de Negocios.—Lic. Erick Esquivel Lara, Coordinador.—(31475).

 

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

AVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

OR R-986-2005.—Camacho García Yolanda Ester, R-69-2005, costarricense, cédula Nº 1-823-685, ha solicitado reconocimiento del título de Maestría en Biología (Ecología y Biología Sistemática), Universidad Estatal de California, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres d la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 4 de abril del 2005.—Oficina de Registro e Información.—Ing. Warner Carvajal Lizano, Jefe.—C-12845.—(32787).

 

UNIVERSIDAD NACIONAL

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

REPOSICIÓN DE TÍTULO

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición de diploma, por extravío, correspondiente al título de Bachiller en Bibliotecología y Documentación, grado académico Bachillerato, registrado en el libro de títulos bajo tomo 1, folio 6, asiento 37, a nombre de María Gabriela Arrieta Aguilar, con fecha 5 de abril del 2001, cédula de identidad Nº 5-240-192. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.

Heredia, mayo del 2005.—Departamento de Registro.—MBA. Flor de María Chacón Ramírez, Directora.—(32362).

 

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

A Yahaira Priscilla Silva Williams, se le comunica la resolución de las 10:00 horas del día 8 de marzo del 2005, que declaró la adoptabilidad de su hijo Lizer Nadesco Silva Williams. En contra de dicha resolución sólo procede el recurso de apelación, presentado verbalmente o por escrito entre los siguientes tres días a la publicación de este edicto, por tres veces consecutivas, ante quien emitió esta resolución y quien elevará a la Presidencia Ejecutiva de la entidad en San José, señalando lugar para notificaciones en el perímetro judicial de Guadalupe o fax. Expediente Nº 112-228-04. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Gerardo Sánchez Rodríguez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 16246).—C-4200.—(31840).

 

A los señores Yomaira Obregón González y Jesús Alfredo Salas Torres, se les comunica la resolución de las nueve horas del cuatro de febrero del dos mil cinco, mediante la cual se declara la adoptabilidad de la persona menor de edad Scarleth Tatiana Salas Obregón. En contra de dicha resolución sólo procede el recurso de apelación, presentado verbalmente o por escrito en las siguientes 48 horas a la publicación de este edicto, ante quien emitió esta resolución y quien elevará a la Presidencia Ejecutiva de la entidad en San José, señalando lugar para notificaciones en el perímetro administrativo de Tibás o fax. Expediente Nº 113-00002-05. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.—Oficina Local de Tibás.—Lic. Marcela Aguilar Mendieta, Representante Legal.—(Solicitud Nº 16246).—C-4200.—(31841).

 

Se le comunica a Julio Fargas M., y a Lesbia López Sánchez, la resolución de las once horas del primero de abril del dos mil cinco, que ubica al joven Minor Fargas López, en un albergue institucional, denominado “Casa Blanca”. Esta medida de protección lo es hasta por seis meses. Notifíquese lo anterior a los interesados, de conformidad con la Ley de Notificaciones vigente. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, dentro del plazo de tres días después de notificada. El recurso podrá presentarse ante el mismo órgano que dictó la resolución. La interposición del recurso no suspende la ejecución de lo aquí resuelto. Deben señalar lugar o medio para el recibo de notificaciones dentro del perímetro de esta oficina. En caso de que el lugar señalado fuese incierto o no existiere, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24:00 horas después de dictadas, igual efecto se producirá si el medio electrónico informado no fuese eficaz en su transmisión. Expediente Nº 741-00126-92.—Oficina Local del Este.—Goicoechea, 1º de abril del 2005.—Lic. Roberto Marín Araya, Abogado.—(Solicitud Nº 16246).—C-4500.—(31842).

 

A María Antonieta Aparicio Aparicio, se le comunica que por resolución de las once horas treinta minutos del dieciocho de marzo del dos mil cinco, se dictó medida de protección a favor de la persona menor de edad Jordan Barboza Aparicio, en la cual se ordenó a la señora Aparicio Aparicio, que debe incluirse de forma inmediata en un programa oficial de orientación y tratamiento a toxicómanos en un centro especializado y reconocido de su elección, durante el tiempo y en la forma que requiera, aportando ante esta Oficina Local las constancias de cumplimiento, en la forma en que se le indique. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, ubicada en San José, barrio Don Bosco, cien metros al este de la Sala Garbo, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto o si el medio seleccionado fuere defectuoso o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta Institución, el cual deberá interponer ante esta representación legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente Nº 115-557-1991-Eq.A.—Oficina Local del Sur.—Lic. Patricia Hernández Sánchez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 16246).—C-7500.—(31843).

 

A las quince horas del día veintinueve de marzo del año dos mil cinco, se comunica la resolución de las diez horas del día veintinueve de marzo del año dos mil cinco, al señor Eduardo Soto Chavarría, que ordenó medidas de protección a favor de la joven Priscila Arias Arroyo. Previniéndoles a las partes señalar lugar para futuras notificaciones en el perímetro de la Oficina Local de Heredia, de lo contrario las resoluciones posteriores quedarán notificadas con sólo el transcurso de veinticuatro horas después de ser dictadas. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto. Recurso de apelación el cual deberá interponerse ante la Oficina Local de Heredia, la cual elevará ante la Presidencia Ejecutivas de la Institución, ubicada en San José, de la Clínica Drs. Echandi 250 metros sur, en forma verbal o escrita dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación, debiendo señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional de la Presidencia Ejecutiva. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Publíquese.—Oficina Local de Heredia, marzo del dos mil cinco.—Lic. Ilse Trejos Salas, Representante Legal.—(Solicitud Nº 16246).—C-4800.—(31844).

 

A la señora María de los Ángeles Hernández Mena, se le comunica la resolución de las nueve del doce de abril del dos mil cinco, en la que se ordena medida de protección de cuido provisional a favor de la niña Imnominada Hernández Mena (c.c. Mónica), en el hogar de la señora Mayra Ramírez Acedo, por un único plazo de seis meses. En contra de dicha resolución solo procede el recurso de apelación, presentado verbalmente o por escrito en las siguientes 48 horas a la publicación de este edicto, ante quien emitió esta resolución y quien elevará a la Presidencia Ejecutiva de la entidad en San José, señalando lugar para notificaciones en el perímetro administrativo de Tibás o fax. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.—Oficina Local de Tibás, 12 de abril del 2005.—Lic. Marcela Aguilar Mendieta, Representante Legal.—(Solicitud Nº 16246).—C-5700.—(31845).

 

Al señor Robert Ponce Rodríguez, se le comunica la resolución de las trece horas del ocho de abril del dos mil cinco, de medida de protección de cuido provisional en beneficio de la persona menor de edad Ivette Carolina Ponce Vanegas en el hogar de la señora Marielos Ramos Rojas, por un período de seis meses. Se advierte que lo ordenado es de acatamiento obligatorio de conformidad con lo que establece el Código de la Niñez y la Adolescencia. Se previene a las partes señalar lugar para futuras notificaciones en el perímetro de esta Oficina Local de Tibás, de lo contrario, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con sólo el transcurso de veinticuatro horas después de ser dictadas. Plazo para oposiciones 48:00 horas contadas a partir de la segunda publicación de este edicto. Recurso: apelación, el cual deberá interponerse ante la Oficina Local de Tibás, la cual lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José, de la Clínica de los Drs. Echandi, 254 metros al sur, en forma verbal o dentro de las 48:00 horas siguientes a la notificación, debiendo señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional de la Presidencia Ejecutiva. La presentación del recurso no suspende la aplicación de las medidas de protección indicadas. Expediente Nº 113-00140-04.—Oficina Local de Tibás, abril del dos mil cinco.—Lic. Marcela Aguilar Mendieta, Órgano Director.—(Solicitud Nº 16246).—C-6900.—(31846).

 

A Marcia Lorena Pereira Talavera y Víctor Manuel Gutiérrez Figueroa, se les comunica la resolución administrativa de las once horas treinta minutos del día treinta de marzo del año dos mil cinco, dictada por este Despacho, en virtud del cual resuelve: dictar medida de protección y suspensión de guarda, crianza y educación sobre su hijo Esteban Gutiérrez Pereira y se ordena ceder la responsabilidad y representación a cargo de la señora María Benigna Figueroa, abuela paterna del niño, la cual se ha encargado de brindarle protección, asistencia y cuido a su nieto Esteban. Plazo para interponer el recurso de apelación dos días hábiles, después de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta. Expediente Nº 113-00067-95.—Oficina Local de Corredores, Ciudad Neily, 30 de marzo del 2005.—Lic. Dinia Vallejos Badilla, Representante Legal.—(Solicitud Nº 16246).—C-3900.—(31847).

 

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Al señor Ismael Ángel Gálvez Pérez, se le comunica que la señora Elizabeth Cabrera Miranda, ha solicitado en fecha dos de mayo del dos mil cinco, la intervención del Patronato Nacional de la Infancia, a fin de que la institución emita la recomendación para la salida del país de su hija menor de edad Karol Viviana Gálbez Cabrera. Conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Salida del País de personas menores de edad, artículo tercero, se otorga el plazo de ocho días hábiles a partir de la última publicación a fin que quien tenga derecho o interés pueda manifestar su oposición o asentimiento. Publíquense dos edictos consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y uno en un diario de circulación nacional, a costa de la parte interesada. Oficina local del sur.—Lic. Patricia Hernández Sánchez, Representante Legal.—(33038).

 

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Oficina Local de Alajuela. Comunica al señor Robert Gray Andrews Bready, la resolución de las catorce horas del veintiocho de abril del dos mil cinco, dictada por este Despacho, en virtud de la cual se resuelve: Recomendar a la Dirección General de Migración y Extranjería, se autorice la salida del país de la niña Tirsa Arlyn Andrews Maldonado, para que viaje el primero de junio del 2005 con destino a Miami, Estados Unidos, con la sola autorización de su progenitora, Ileana Maldonado Martínez. Recursos: contra la presente resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación, el primero deberá interponerse ante esta Representación Legal, y el de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, de la Clínica de los Doctores Echandi, doscientos cincuenta metros al sur, edificio verde. Dichos recursos podrán interponerse en forma separada o conjunta en el término de ocho días contados a partir del día posterior a la notificación de la presente resolución. Es potestativo usar ambos recursos o uno de ellos, pero será inadmisible el que se interponga vencido el plazo señalado. Publíquese dos veces consecutivas en La Gaceta y una vez en un diario de circulación nacional.—Lic. Marianela Acón Chan, Representante Legal Oficina Local de Alajuela.—(32358).

 

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE CARTAGO

AVISOS

Ante esta Junta de Protección Social de Cartago y Hermandad de la Caridad de Cartago, de conformidad con las disposiciones que emanan de la Ley Nº 58 del 9 de agosto de 1930, Nº 52 del 12 de marzo de 1923, del Decreto Ley Nº 704 del 7 de setiembre de 1949, Ley Nº 5395 del 30 de octubre de 1973 “Ley General de Salud”, Nº 5412 del 8 de noviembre de 1973 “Ley Orgánica del Ministerio de Salud”, leyes conexas y sus reformas, del Decreto Ejecutivo Nº 22183-S del 6 de mayo de 1993 “Reglamento General de Cementerios Nacionales, Públicos y Privados”, así como lo determina el Reglamento del Cementerio General de la Ciudad de Cartago, se han presentado los señores: Guillermo Chacón Jiménez, cédula 3-077-866, Olga Chacón Jiménez, cédula 3-091-593 y María Eugenia Chacón Jiménez, cédula 3-087-672, quienes manifiestan bajo juramento de ley que son hermanos entre sí y herederos únicos y legítimos de la sucesión de su padre Jaime Chacón López y que como poseedores actuales de los derechos de arrendamiento de las fosas que poseía su padre, ubicadas en el Cementerio General de Cartago, han convenido en lo siguiente: que el primer compareciente, Guillermo Chacón Jiménez, renuncia en este acto y cede los derechos de arrendamiento que posee sobre la Fosa número novecientos sesenta y uno, ubicada en la Sección El Carmen, inscrita en el Registro que para tal efecto lleva la Junta de Protección Social de Cartago al tomo dos, folio trescientos setenta y ocho, en favor de sus hermanas Olga y María Eugenia Chacón Jiménez, quienes aceptan; a su vez las dos últimas otorgantes renuncian en este mismo acto y ceden los derechos de arrendamiento que poseen sobre la fosa número mil trescientos treinta y nueve, ubicada en la Sección Concepción, inscrita en el Registro que para tal efecto lleva la Junta de Protección Social de Cartago al folio trescientos dos, en favor de su hermano Guillermo Chacón Jiménez, quien acepta. Lo anterior se hace del conocimiento de todos aquellos terceros de iguales o mejores derechos, para que puedan presentar las oposiciones de ley en el término de quince días hábiles a partir de la publicación del presente edicto.

Cartago, 9 de marzo del 2005.—José Rafael Soto Sanabria, Gerente.—1 vez.—Nº 30964.—(32539).

 

Ante esta Junta de Protección Social de Cartago y Hermandad de la Caridad de Cartago, de conformidad con las disposiciones que emanan de la Ley Nº 58 del 9 de agosto de 1930, Nº 52 del 12 de marzo de 1923, del Decreto Ley Nº 704 del 7 de setiembre de 1949, Ley Nº 5395 del 30 de octubre de 1973 “Ley General de Salud”, Nº 5412 del 8 de noviembre de 1973 “Ley Orgánica del Ministerio de Salud”, leyes conexas y sus reformas, del Decreto Ejecutivo Nº 22183-S del 6 de mayo de 1993 “Reglamento General de Cementerios Nacionales, Públicos y Privados”, así como lo determina el Reglamento del Cementerio General de la Ciudad de Cartago, se han presentado los señores: Yolanda Bonilla Calvo, mayor, casada vez, vecina de Agua Caliente de Cartago, cédula 3-123-452, quien manifiesta bajo juramento de ley y exonerando a la Junta de Protección Social de Cartago de responsabilidades ante terceros de iguales o mejores derechos, que la Fosa Nº 2.429, Folio 217, Tomo 1 de la Sección de Guadalupe del Cementerio General de Cartago, que aparece inscrita a nombre de Fabio, Clemencia y Yolanda Bonilla Calvo, que al fallecer Fabio y Clemencia, solicita la resolución del supra contrato de arrendamiento y en su lugar se extienda uno nuevo a nombre de la gestionante Yolanda Bonilla Calvo y María Eugenia Bonilla Obando, cédula 3-156-166, María del Pilar Bonilla Obando, cédula Nº 3-160-181, Natalia Zavaleta Bonilla, cédula 3-313-517 y Catherine Cerdas Bonilla, cédula 3-359-402 y Pedro Alberto Araya Bonilla, cédula Nº 3-314-836, quienes manifiestan bajo fe juramento de ley ser los únicos y universales herederos de los citados Fabio y Clemencia Bonilla Calvo. Lo anterior se hace del conocimiento de todos aquellos terceros de iguales o mejores derechos, para que puedan presentar las oposiciones de ley en el término de quince días hábiles a partir de la publicación del presente edicto.

Cartago, 20 de abril del 2005.—José Rafael Soto Sanabria, Gerente.—1 vez.—Nº 31020.—(32540).

 

INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES

El Instituto Nacional de las Mujeres comunica: de acuerdo con el Decreto Nº 29528-C-MCM, artículo 18, el jurado calificador del premio Ángela Acuña Braun edición 2004-2005, integrado por Georgina Vargas Pagán, Presidenta Ejecutiva del Instituto Nacional de las Mujeres y Ministra de la Condición de la Mujer, Aída Bogantes Sáenz, representante del Instituto Nacional de las Mujeres y suplente, Lidiethe Camacho de La O representante del Colegio de Periodistas y propietaria y Ruth Piedra Marín, suplente; Sonia de la Cruz Malavassi, representante propietaria e Isis Campos Zeledón, representante suplente ambas de la Universidad de Costa Rica; Iris Zamora Zumbado, propietaria y Orietta Aguilar Villa, suplente por la Cámara Nacional de Radio; Thais Aguilar Zúñiga y Lisbeth Huertas Jiménez, representantes propietarias y Patricia Blanco Picado, suplente, representantes del Foro de Mujeres, emite el siguiente fallo en las tres categorías en que se entrega el Premio: prensa escrita, televisión y radio.

La participación, año con año, de personas profesionales en comunicación en este Premio, denota una motivación importante de los medios y las personas en el tratamiento de temas orientados a fortalecer la construcción de una sociedad basada en la equidad de género, centrada en las capacidades, derechos y problemas que enfrentan las mujeres.

En la categoría de prensa escrita se presentaron 27 artículos; el premio Ángela Acuña Braun en categoría de prensa escrita fue asignado en forma unánime, a Alonso Mata Blanco por el reportaje “Ser un hombre desertor”, publicado en el suplemento Frontera del Ocio del Semanario Universidad del 3 de junio del 2004. El jurado en forma unánime manifestó su satisfacción por este resultado y destacó la importancia y pertinencia del tema, el claro enfoque de género y la calidad periodística, así como la sensibilidad y aporte de este artículo a la construcción de una sociedad más justa y equitativa. Cabe resaltar el interés de este periodista de develar la construcción de la masculinidad como parte fundamental de la comprensión de la sociedad patriarcal y su forma de operar. El artículo de Mata Blanco pone en evidencia la vulnerabilidad de las mujeres ante el ejercicio irresponsable y limitado de la paternidad alentado por la cultura patriarcal. Asimismo, satisface el destaque dado por el medio como portada del suplemento para jóvenes, su diseño y creatividad.

Además, este jurado otorga mención honorífica en prensa escrita a la periodista Mayela Rodríguez Lobo, por las entrevistas “Vale más maña que fuerza”, “No cuento mis goles, disfruto del juego”, “Una educación para el cambio”, “Deporte es más que competencia” y el testimonio.

También se le entrega mención honorífica al suplemento Frontera del Ocio del Semanario Universidad, por la publicación del reportaje “Ser un padre desertor” del señor Alonso Mata Blanco.

En la categoría de televisión se presentaron dos documentales. El jurado decidió otorgar por mayoría el premio “Ángela Acuña Braun 2004” a la periodista Ligia Córdoba Barquero por el documental “Carmen Naranjo, una vida sin miedo” el cual rescata y difunde la vida y obra de esta destacada escritora costarricense. El vídeo resume la valiosa contribución de Naranjo en la eliminación de la discriminación y cambio de roles de género en nuestra sociedad y visibiliza el aporte a la cultura nacional de esta multifacética intelectual; asimismo la producción está hecha con un lenguaje televisivo fluido y poético que ayuda a resaltar aún más la calidad humana y artística de la escritora costarricense.

Se le entrega mención honorífica al programa Palabra de Mujer de Canal 15 de la Universidad de Costa Rica, por la emisión del documental “Carmen Naranjo, una vida sin miedo” de Ligia Córdoba Barquero.

Asimismo, el jurado acordó otorgar una mención honorífica a la realizadora Ana Lucía Faerron Ángel, por el documental “Yueh Luin: Espíritu de luna”, emitido en el programa Palabra de Mujer de Canal 15 de la UCR.

En la categoría de radio solo hubo una participación y el jurado decidió declarar desierto el premio “Ángela Acuña Braun 2004” en esta categoría. Empero, otorga por mayoría una mención honorífica a Carmen Robles Céspedes por la serie radiofónica “Mutilación genital femenina” transmitido por la emisora radio Costa Rica en el año 2004.

Acuerdo firme dado en diferentes sesiones y ratificado en esta última del jurado Ángela Acuña Braun 2004-2005, a las 12:00 mediodía del 18 de febrero del 2005.

Thais Aguilar, Presidenta.—Aída Bogantes, Secretaria.—Unidad de Comunicación.—Sylvia Chaves Acuña, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 6715).—C-24830.—(32814).

 

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

El Consejo Directivo del Instituto Nacional de Estadística y Censos. En uso de las facultades que le confiere el inciso h) del artículo 22 de la Ley N° 7839, de fecha 15 de octubre de 1998, publicada en el Alcance N° 77-B a La Gaceta N° 214, de fecha 4 de noviembre de 1998;

Considerando:

Único.—Que mediante el artículo 4º, punto 4.2, acuerdos 5º y 6º, de la sesión ordinaria N° 324-2005, celebrada al ser las dieciocho horas del 19 de abril del año 2005, se prorrogaron los nombramientos de las Licenciadas María Elena González Quesada y Floribel Méndez Fonseca, como gerente interina y subgerente interina, respectivamente, hasta el 30 de junio del año 2005; con motivo, de que el nombramiento de la licenciada González Quesada venció el 30 de abril del 2005 y que no se considera posible completar el proceso de selección para contar con la persona que ocuparía el cargo de manera permanente en un plazo menor de dos meses, haciéndose necesario nombrar un Subgerente interinamente mientras la licenciada González Quesada se encuentre nombrada como gerente interina. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Prorrogar los nombramientos de las Licenciadas María Elena González Quesada y Floribel Méndez Fonseca, como Gerente Interina y Subgerente Interina, respectivamente, hasta el 30 de junio del año 2005.

Artículo 2º—Rige a partir del 1° de mayo del 2005.

San José, 28 de abril del 2005.—Lic. Mario Madriz Quirós, Coordinador.—1 vez.—(Solicitud Nº 20629).—C-9495.—(32311).

AVISOS

INSTITUTO DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA

Somete a consulta pública los siguientes Proyectos de Norma:

PN-INTE-ISO 6412-1:2005 “Dibujos técnicos — Representación simplificada de tuberías — Parte 1: reglas generales y representación ortogonal”.

PN-INTE-ISO 6412-2:2005 “Dibujos técnicos — Representación simplificada de tuberías — Parte 2: proyección isométrica”.

PN-INTE-ISO 6412-3:2005 “Dibujos técnicos — Representación simplificada de tuberías — Parte 2: accesorios para los sistemas de ventilación y de drenaje”.

Se recibirán observaciones a los anteriores proyectos de norma hasta el 2 de julio del 2005.

Para mayor información, comuníquese con la División de Normalización al 283-4522 o al correo jrestrepo@inteco.or.cr.

Andrea Monge, Directora Ejecutiva.—1 vez.—(32349).

 

Somete a consulta pública el siguiente Proyecto de Norma:

PN-INTE 20-04-02-05 “Productos eléctricos — Conductores — Método de ensayo/prueba para determinar el área de la sección tranversal de conductores eléctricos”.

Se recibirán observaciones al anterior proyecto de norma hasta el 27 de junio del 2005.

Para mayor información, comuníquese con la División de Normalización al 283-4522 o al correo jrestrepo@inteco.or.cr.

Carlos E. Rodríguez, Director Ejecutivo.—1 vez.—(32352).

 

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA

El Concejo Municipal de San Isidro de Heredia, en sesión ordinaria Nº 23-2005, celebrada el 18 de abril de 2005, aprobó mediante el acuerdo Nº 364-2005, que la Patente de Licor D2-6, correspondiente al distrito de San Josecito a nombre de la sociedad La Tierra es Hueca S. A., cédula jurídica Nº 3-101-308205 se traspase a Corporación Retoños S. A., cédula jurídica Nº 3-101-391055. Se otorgarán ocho días contados a partir de la publicación, para escuchar objeciones de terceros.

San Isidro de Heredia, 29 de abril de 2005.—Marcela Guzmán Calderón, Secretaria Concejo Municipal.—1 vez.—(32630).

 

MUNICIPALIDAD DE CARRILLO

DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

EDICTO

El Departamento de la Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Carrillo, Guanacaste, hace del conocimiento público que el señor Carlos Arroyo Gutiérrez, mayor, soltero, empresario, vecino de Urbanización Las Palmas en Playas del Coco, cédula de identidad número uno-mil cuarenta y nueve-cero cuatrocientos. Con base en la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre, Nº 6043 del 2 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión un lote de terreno localizado en Playas del Coco, distrito Sardinal, cantón Carrillo, provincia Guanacaste. Mide: 808,89 metros cuadrados, es terreno para dedicarlo a uso habitacional. Los linderos son: norte, Gonzalo Méndez Carvajal; sur, Elio Espinar Pascual; este, calle pública y oeste, Gonzalo Méndez Carvajal. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que el área, uso y frente al mar quedan sujetas a las disposiciones del Plan Regulador aprobado para la zona. Se conceden treinta días hábiles contados a partir de esta publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad en papel sellado y con los timbres correspondientes, a dos tantos, además deberá identificarse debidamente el opositor.

Filadelfia, 26 de abril de 2005.—José Francisco Canales Canales, Encargado.—1 vez.—(32337).

 

MUNICIPALIDAD DE LIMÓN

Se hace saber que ante el Departamento de Rentas de la Municipalidad de Limón, la señora Tsui Sin Tu Chu, cédula de identidad Nº 8-046-377, presentó formal solicitud de traspaso de la patente de licores nacionales y extranjeros Nº 177, la cual según cesión autenticada por el Lic. Juan Carlos Salvador Guzmán, abogado y notario, al señor Yuebo Wu Fu, cédula 8-081-377, le cede y traspasa al segundo. Publíquese por única vez en La Gaceta y se le concede el plazo de ocho días hábiles para escuchar oposiciones que deben de dirigirse por escrito ante esta oficina.

Limón, 24 de febrero del 2005.—Departamento de Rentas.—Ivonne Salmon Hanson, Jefe a. í.—1 vez.—(32788).

AVISOS

CONVOCATORIAS

CORPORACIÓN SOLANO & CALDERÓN I.N.C.  S. A.

Se convoca a los socios de Corporación Solano & Calderón I.N.C. S. A., a una asamblea general extraordinaria de accionistas, a celebrarse en la oficina del Lic. Luis Alberto Álvarez Muñoz, sitas en Bufete Guzmán & Álvarez, San Rafael de Heredia, del Banco de Costa Rica, trescientos cincuenta metros al sur, a las diecisiete horas del quince de junio del dos mil cinco, en primera convocatoria; de no comparecer el quórum de ley, se realiza una segunda convocatoria una hora después en el mismo lugar con el capital que se encuentre presente. Puntos a tratar en el orden del día: a) Reformas de las cláusulas tercera, sétima y novena de la escritura constitutiva.—Heredia, 29 de abril del 2005.—Marjorie Calderón Campos, Secretaria Junta Directiva.—1 vez.—(33575).

 

EMERGENCIAS TAMARINDO SOCIEDAD

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Se convoca a los socios cuotistas inscritos y registrados como tales en el libro de registro de socios cuotistas de la entidad, domiciliada en Villarreal, Santa Cruz, Guanacaste, cincuenta metros al este del Cruce Villarreal, denominada Emergencias Tamarindo Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-trescientos setenta y tres mil setecientos veintinueve, a una asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios cuotistas de la compañía, a ser celebrada en el domicilio social de la compañía de dirección antes dicha, al ser las diecisiete horas del día viernes tres de junio del año dos mil cinco, en primera convocatoria. En caso de que el quórum para primera convocatoria no se alcance para la hora señalada, de una vez se cita en segunda convocatoria para las dieciocho horas de ese mismo día, momento en el cual se celebrará la asamblea citada si está presente cuando menos el cincuenta por ciento de las cuotas que representan el capital social. Ante el evento de que para la segunda convocatoria no estuviese presente ese cincuenta por ciento, de una vez se cita para la tercera convocatoria para las diecinueve horas de ese mismo día, momento en el cual se celebrará la asamblea con cualquier número de socios cuotistas presente. Los temas a tratarse en la referida Asamblea serán los siguientes: a) Conocimiento de Inventarios, Balances y Estado de Situación General de la sociedad; b) Inexistencia de dividendos para la distribución; c) Aprobación de las actuaciones y desempeño de la Administración de la Sociedad y cualquier otro asunto de naturaleza ordinaria, según la ley, que deba ser tratado en una Asamblea de esa naturaleza. De naturaleza extraordinaria se conocerán los siguientes tópicos: a) Disolución de la sociedad, reconocimiento y pago de pasivos y distribución de los activos con los que cuenta la sociedad. b) Cualquier otro asunto de naturaleza extraordinaria que deba ser tratado en la asamblea referida y que los socios propongan en el acto mediante moción de adición de agenda. Este aviso se publicará por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta y en un Diario de Circulación Nacional.

Villarreal, Santa Cruz, Guanacaste, 20 de abril del 2005.—Roberto Piloto Piloto, Gerente General.—1 vez.—(33580).

 

C R RECICLAJE S. A.

Se convoca a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad C R Reciclaje S. A., cédula jurídica Nº 3-101-390154. Lugar: San José, Escazú, San Rafael, Centro Comercial Galería San Rafael, local uno. A efectuarse el día 27 de mayo del 2005. Convocatoria: primera, 14:00 p.m.; segunda, 15:00 p.m. En el caso de la segunda convocatoria existirá quórum con cualquier número de accionistas que comparezcan y los acuerdos se tomarán con mayoría simple de las acciones representadas. Puntos de agenda: informe del tesorero, disminución del capital social y cierre de operaciones.

San José, 26 de abril del 2005.—Alejandro Sáenz Rodríguez, Presidente.—1 vez.—Nº 31930.—(33794).

 

UNIÓN NACIONAL DE PEQUEÑOS

Y MEDIANOS PRODUCTORES AGROPECUARIOS

Convoca a los afiliados a asamblea general de la Unión Nacional de Pequeños y Medianos Productores Agropecuarios, la cual se realizará en primera convocatoria el 16 de mayo del 2005, a las 9:00 a. m., en Oficinas Centrales en Tibás, de no contar con el quórum legal para sesionar, se convoca para el día 30 de mayo del 2005 en el Salón Comunal de San Rafael de San Ramón, a las 9:00 a. m., en segunda convocatoria, y a las 10:00 a. m., en tercera convocatoria.—Carlos Alberto Solís Blanco, Secretario General.—1 vez.—(32816).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

JOCORIDE SOCIEDAD ANÓNIMA

Jocoride Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-179558, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Asamblea General, Registro de Accionistas y Junta Directiva. Quien se considere afectado dirigir la(s) oposición (es) al Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 21 de abril del 2005.—José Rodrigo de Jesús Valenciano Mora.—(31471).

 

Nuria Williams Smith, mayor, casada una vez, enfermera, vecina de Urbanización Siglo Veintiuno, casa número sesenta y nueve D, distrito primero, cantón Central, provincia de Limón, portadora de la cédula de identidad número siete-cero ochenta y siete-cuatrocientos veintiséis, en su calidad de propietaria del local comercial denominado Jamcos, comunica que extravió todos sus libros contables, por lo que no se hace responsable de cualquier manejo inadecuado de los mismos, así mismo invita a todas las personas interesadas a oponerse dentro de los siguientes ocho días de esta publicación.—Limón, 27 de abril del 2005.—Nuria Williams Smith.—Nº 30647.—(32106).

 

EDITORIAL ULTRAMAR CENTROAMERICANA S. A.

Editorial Ultramar Centroamericana S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y cuatro mil ochocientos veintitrés, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes tres libros: Diario, Mayor e Inventario y Balances. Estos libros se encontraban con el nombre de Realidad Sin Límite S. A., sin embargo, la sociedad cambió de nombre, actualmente es Editorial Ultramar Centroamericana S. A. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Arnoldo Solano Rodríguez, Notario.—(32150).

 

CÓMPUTO Y CONTROL ADUANERO

COMPUCOSA SOCIEDAD ANÓNIMA

Cómputo y Control Aduanero COMPUCOSA Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero cincuenta y cinco mil cuatrocientos trece, tramita la reposición de los certificados de acciones numerados cero cero uno y cero cero dos inclusive, a nombre del señor Silvio Martín Segnini Mekbel, por haber sido extraviados o robados los mismos. Por tanto, quien se encuentre afectado o quiera realizar oposición u objeción a la reposición, debe apersonarse en el domicilio social de dicha compañía, situado en San José, en el Paseo Colón, trescientos metros al sur del Chico Soto, o bien en calle treinta y cuatro, avenida seis, local tres mil cuatrocientos cinco, dentro de los quince días siguientes contados a partir de la publicación de este aviso.—San José, 25 de abril del 2005.—Irene Eugenia Segnini Acosta, Secretaria de Junta Directiva.—(32153).

 

DESA CARGA SOCIEDAD ANÓNIMA

Desa Carga Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero veintitrés mil novecientos cuarenta y cinco, tramita la reposición de los certificados de acciones numerados del cero cero uno al cero cero siete inclusive, a nombre de los señores Silvio Enrique, Mónica, José Fabio, Irene Eugenia, Gustavo Adolfo, Marcelo, todos Segnini Acosta, así como la señora María Eugenia Acosta Monge, por haber sido robados los mismos. Por tanto, quien se encuentre afectado o quiera realizar oposición u objeción a la reposición, debe apersonarse ante Desa Carga S. A., en su domicilio social situado en San José, Barrio Don Bosco, calle treinta y cuatro, avenida seis, local tres mil cuatrocientos cinco, dentro de los quince días siguientes contados a partir de la publicación de este aviso.—San José, 15 de abril del 2005.—Mónica Segnini Acosta, Secretaria Junta Directiva.—(32154).

 

DESA CARGA SOCIEDAD ANÓNIMA

Desa Carga Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero veintitrés mil novecientos cuarenta y cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación de San José, la reposición de los siguientes libros: Actas de Asamblea de Socios, Actas de Junta de Consejo de Administración, Registro de Socios, Diario, Mayor, Inventario y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Mónica Segnini Acosta, Secretaria Junta Directiva.—(32155).

 

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

MUTUAL ALAJUELA DE AHORRO Y PRÉSTAMO

De conformidad con lo estipulado por los Artículos Nos. 708 y 709 del Código de Comercio, el señor Víctor Ernesto González Castro, cédula  N° 2-261-821 ha presentado ante esta entidad, solicitud de reposición de su certificado de CPH Nº 1111872487 por ¢2.100.000,00, con fecha de vencimiento del 23-05-2005.—Alajuela, 26 de abril del 2005.—Iván Jiménez Molinari, Representante.—(32225).

 

TOBÍAS ZÚÑIGA SOCIEDAD ANÓNIMA

Tobías Zúñiga Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno-uno cuatro tres cero tres cero, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los cuatro libros siguientes: diario, mayor, balances e inventarios y actas de asamblea de socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Luis Carlos Zúñiga León, Apoderado.—(32246).

 

SERVICIOS ANESTESIOLÓGICOS DOCTOR ZÚÑIGA LEÓN

Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA

Servicios Anestesiológicos Doctor Zúñiga León y Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno- cero cuatro cero siete uno seis, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los cuatro libros siguientes: diario, mayor, balances e inventarios y actas de asamblea de socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Luis Carlos Zúñiga León, Apoderado.—(32247).

 

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE LAS AMÉRICAS

Universidad Internacional de las Américas, certifica que ante este Registro se ha presentado la solicitud de reposición de título de Bachillerato en Educación Preescolar, emitido por esta Universidad a nombre de Valle Carazo Priscilla, cédula Nº 3-292-741, registrado en el libro de títulos bajo el Tomo I, folio 3, número 42, con fecha 2 de agosto de 1989. Se solicita la reposición por haberse extraviado el original. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—San José, 14 de marzo del dos mil cinco.—Departamento de Registro.—Dr. Álvaro Pazos Baldioceda, Director.—Nº 31013.—(32541).

 

M & M MATERIALES Y MAQUINARIA

SOCIEDAD ANÓNIMA

Max Franklin Trail, único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, divorciado, pensionado norteamericano, vecino de Escazú, carné residente pensionado número seis mil doscientos cuatro, en su calidad de Secretario y Tesorero con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad M & M Materiales y Maquinaria Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cuatro mil cuatrocientos treinta y cuatro, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes seis libros: diario, mayor, inventarios y balances, actas consejo de administración, actas asamblea de socios, registro de socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, doce de abril del dos mil cinco.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—Nº 30853.—(32542).

 

HOTEL ARCA DE NOÉ DE PLAYA SAN MIGUEL S. A.

El suscrito Douglas Salas Chavarría, mayor, soltero, mensajero, cédula 1-930-074, vecino de Alajuelita, de la Guardia Rural de San Josecito, doscientos metros al norte, en mi condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de Hotel Arca de Noé de Playa San Miguel S. A., cédula jurídica Nº 3-101-245928, solicito ante la Dirección General de Tributación la reposición de los libros de Junta Directiva y Registro de Accionistas, en total de 2 libros. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Carolina Quintero Fernández, Notaria.—Nº 30948.—(32543).

 

Eduardo Solano Calvo, cédula 3-186-900, solicito ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros, diario, mayor, e inventarios y balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Recaudación y Gestión de la Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de este aviso.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—Nº 30970.—(32544).

 

MUTUAL ALAJUELA DE AHORRO Y PRÉSTAMO

De conformidad con los artículos 690-691 del Código de Comercio, la señora (ita) Víquez Sanabria María Roxana, cédula Nº 3-309-982, solicita la reposición del certificado de inversión inmobiliaria Nº 100-302-1111848306 por ¢8.065.100,20 y su respectivo cupón número 01, por un monto de ¢554.475,64, con fecha de vencimiento del 28 de abril del 2005.—Alajuela, 29 de abril del 2005.—MBA. Oscar Alvarado Bogantes, Gerente General.—(32603).

 

CASTILLO COUNTRY CLUB S. A.

Fernández Brenes José Daniel, cédula Nº 1-365-322, a extraviado su acción 4098, Sibaja Montes Belarmino, cédula Nº 1-440-800, a extraviado su acción 3057, Chavarría Mendoza Cristina, cédula Nº 5-075-905, a extraviado su acción 4384, por lo que han solicitado al Castillo Country Club S. A., cédula jurídica Nº 3-101-015794-03, la reposición de la misma, de acuerdo a los artículos 689 y 690 del Código de Comercio. Quien se considere afectado dirigir la oposición a la Secretaría de Junta Directiva.—San José, 28 de abril del 2005.—Elba Ramírez Camacho, Unidad de Cobros.—(32646).

 

ALVARADO FERNÁNDEZ E HIJAS SOCIEDAD ANÓNIMA S. A.

Alvarado Fernández E Hijas Sociedad Anónima S. A., cédula jurídica Nº 3-101-228192 de esta plaza, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los libros: Actas Asamblea de Socios Nº 1, Actas Junta Directiva Nº 1, Actas Registro de Accionistas Nº 1, Diario Nº 1, Mayor Nº 1 e Inventarios y Balances Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Legalización de Libros de Tributación de Alajuela, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Palmares, Alajuela, 27 de abril del 2005.—Sra. Rosalbania Fernández Castro, Apoderada.—(32648).

 

CYBERTECNOLOGÍA DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

Cybertecnología de Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-318762, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros de actas: Asamblea General y Junta Directiva, así como el de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Warner Calvo Dinarte, Notario.—(32818).

 

PUBLICACIÓN DE una VEZ

COLEGIO DE MICROBIÓLOGOS

Y QUÍMICOS CLÍNICOS DE COSTA RICA

La Junta Directiva del Colegio de Microbiólogos y Químicos Clínicos de Costa Rica con base en los artículos 84 y 91 de la Ley General de Salud, en sesión Nº 04:2005-2006 del 4 de abril del 2005, procedió a tomar el acuerdo 9.6 para establecer el Equipo y Materiales Mínimos de un Laboratorio (No Especializado en Alimentos) que Procese Aguas o Alimentos Utilizando la Técnica de Petrifilm 3M.

EQUIPO Y MATERIALES MÍNIMOS DE UN LABORATORIO QUE PROCESE AGUAS O ALIMENTOS

Área de Recolección de Muestras:

1.  Bolsas Estériles con tiosulfato de sodio.

2.  Cucharas, cuchillos, tenedores estériles.

3.  Bajalenguas estériles.

4.  Torundas o hisopos estériles o bien bolsas estériles con esponja.

5.  Placas de petri (vidrio o desechables) con Agar Standard o agar Papa Dextrosa (o bien indicar el medio de cultivo que utilizan para muestreo de H y Lev).

6.  Cubrecabello, guantes y tapabocas.

7.  Marcadores de tinta indeleble.

Para transporte de muestras:

1.  Hielera.

2.  Hielo mágico o bolsas refrigerantes.

Planta de Laboratorio:

1.      Balanza granataria para pesar muestras y medios (calibrada).

2.      Papel para pesar los medios sin hidratar.

3.      Agua desionizada (preferiblemente) o agua destilada.

4.      Cristalería: tubos de ensayo, probetas, pipetas graduadas, erlenmyer.

5.      Jabón líquido para lavado de cristalería.

6.      Bactericida (alcohol 70 grados).

7.      Papel Kraft.

8.      Plantilla de gas o eléctrica.

9.      Autoclave para cristalería limpia y medios de cultivo (en un área fuera del área donde se realizan los cultivos de las muestras).

10.    Una autoclave pequeña (tipo olla de presión para cristalería y material sucio).

11.    Placas de Petri.

12.    Incubadora de 37 grados.

13.    Incubadora de 44.5 grados centígrados (o baño de María exclusivamente a esa temperatura).

14.    Microscopio.

15.    Porta y cubreobjetos.

16.    Jarra de anaerobiosis.

17.    Asas bacteriológicas.

18.    Refrigeradora (temperatura 4 grados C).

19.    Congeladora para custodia de muestras.

20.    Campanas de Durham.

21.    Peachímetro calibrado.

Material para descarte:

1)  Bolsa de polipropileno identificadas para contener material infeccioso.

2)  Bolsas de polietileno (para material que no amerita autoclavarse).

3)  Carrito para transportar las bolsas de descarte.

4)  Recipiente para descartar material punzo-cortante.

5)  Basureros con tapa.

Documentos:

1)  Manual de Buenas Prácticas de Laboratorio.

2)  Manual de Procedimientos o Técnicas (en el caso de laboratorios que trabajen con las técnicas del BAM, preferiblemente tenerlo en la Bibliografía).

Equipo de Bioseguridad del Personal:

1)  Gabacha.

2)  Guantes desechables.

3)  Extintor.

4)  Botiquín básico.

5)  Anteojos de seguridad.

6)  Tapabocas.

Reactivos y medios básicos:

Laboratorio de aguas:

1)  Caldo Bilis Verde Brillante.

2)  Reactivos para Gram.

3)  Agua peptonada.

4)  Caldo lactosado.

5)  Agar Papa dextrosa.

Laboratorio de Alimentos en General:

Los anteriores más:

6)     Caldo Listeria con suplemento.

7)     Agar Baird Parker.

8)     Agar Bilis Rojo Violeta.

9)     Agar Oxford o Palcam.

10)   Agar Rambach/Hecktoen.

11)   Reactivo para Oxidasa.

12)   Peróxido de Hidrógeno.

13)   Reactivo de Kovacs.

14)   Medio Indol.

15)   Otros medios para bacterias específicas (por ejemplo, si trabajan esporulados, etc).

Notas generales:

Los reactivos deben estar en un gabinete o área destinada para los reactivos, debidamente rotulados con “fecha de expiración a la vista”.

En caso de que el laboratorio de alimentos sólo utilice la técnica de PETRI film 3M el área de recolección de muestras, la planta de laboratorio y el equipo de transporte deberán contener lo siguiente:

Área de Recolección de Muestras:

1)  Bolsas estériles con tiosulfato de sodio (si procesa aguas).

2)  Cucharas, cuchillos, tenedores estériles o bajalenguas estériles.

3)  Torundas o hisopos o aplicadores estériles o bien bolsas estériles con esponja.

4)  Marcador de tinta indeleble.

Para Transporte de Muestras:

1)  Hielera.

2)  Hielo mágico o bolsas refrigerantes.

Planta de Laboratorio:

1)  Balanza granataria para pesar muestras.

2)  Placas 3M Petrifilm a conveniencia: RBT, H y L, Staph. aureus, etc.

3)  Incubadora a 37 grados centígrados.

4)  Incubadora a 44.5 grados centígrados.

5)  Autoclave pequeña o tipo olla de presión para autoclavar plaquillas 3 M usadas.

6)  Bolsas debidamente rotuladas para descarte del material inoculado (punto 5).

7)  Agua destilada, o desionizada.

8)  Agua peptonada donde se hacen las diluciones de las muestras (a partir de Triptona, o caseína-peptona-triptona.

9)  Cristalería adecuada para las diluciones: pipetas de vidrio o micropipetas, botellitas dilutoras o bolsas, tubos estériles.

10)   Lector o contador de colonias con luz incorporada o sustituto.

NOTA:   Si existe un contrato con empresas externas que realicen el Manejo Profesional de Desechos el punto 5 obviamente puede eliminarse”.

COLEGIO DE MICROBIÓLOGOS

Y QUÍMICOS CLÍNICOS DE COSTA RICA

La Junta Directiva del Colegio de Microbiólogos y Químicos Clínicos de Costa Rica con base en los artículos 84 y 91de la Ley General de Salud, en sesión N04:2005-2006 del 4 de abril del 2005, procedió a tomar el acuerdo 9.6 para establecer el Equipo mínimo para Bancos de Sangre.

Equipo y Materiales para Banco de Sangre por Secciones

1.  Recepción y sala de espera

1.1  Sillas.

1.2  Mesas.

1.3  Papelería (información al donante, entrevistas y hojas de autoexclusión).

1.4  Carnés de donadores.

1.5  Archivo.

1.6  Cubículo para llenar cuestionarios.

1.7  Escritorio y silla para entrevistador.

2.  Toma de signos vitales.

2.1  Esfigomanómetro.

2.2  Estetoscopio.

2.3  Báscula.

2.4  Termómetro.

3.  Pruebas pre-donación.

3.1     Lancetas.

3.2     Algodón.

3.3     Alcohol al 70%.

3.4     Capilares para microhematocrito.

3.5     Plasticina para sellar capilares para microhematocrito.

3.6     Soporte para colocar los capilares para microhematocrito.

3.7     Centrífuga para capilares para microhematocrito.

3.8     Lector de capilares.

3.9     Portaobjetos o sustituto.

3.10   Alicadores sin algodón.

3.11   Reactivo para grupo sanguíneo anti-A, anti-B, anti-AB y anti-D.

3.12   Aglutinoscopio o sustituto.

4.  Extracción de la unidad de sangre.

4.1     Bolsas para donación.

4.2     Algodón.

4.3     Alcohol al 70% o solución desinfectante para piel.

4.4     Torniquete.

4.5     Esparadrapo.

4.6     Pinzas para prensar tubo piloto.

4.7     Agitadores para bolsas (no aplica en unidades móviles).

4.8     Curitas.

4.9     Sillas o camillas de donación.

4.10   Tijeras para cortar el tubo piloto.

4.11   Tubos para recoger la muestra para serología.

4.12   Botiquín básico.

5.  Sección de fraccionamiento.

5.1     Extractor de plasmas.

5.2     Centrífuga refrigerada para bolsas de sangre.

5.3     Sellador de tubo piloto o grapas y prensa para grapas.

5.4     Tijeras.

5.5     Balanza.

5.6     Contrapesos.

5.7     Prensas plásticas.

6.  Serología de donadores.

6.1     Reactivo para la determinación del antígeno de superficie para la Hepatitis B.

6.2     Reactivo para la determinación del anticuerpo contra Virus de la Hepatitis C.

6.3     Reactivo para la determinación del anticuerpo contra Virus de la Inmunodeficiencia Humana I y II.

6.4     Reactivo para la determinación de anticuerpos contra Trypanosoma cruzi.

6.5     Equipo automatizado para realizar las pruebas de los ítemes 6.1, 6.2, 6.3 y 6.4.

6.6     Reactivo para realizar la prueba V.D.R.L.

6.7     Pool de células O para realizar Coombs Indirecto.

6.8     Reactivo de Coombs.

6.9     Incubadora a 37 grados Celsius.

6.10   Solución salina a 0.85%.

6.11   Medios potenciadores.

6.12   Reactivo para grupo sanguíneo anti-A, anti-B, anti-AB, anti-D.

6.13   Células A1 para realizar grupo inverso.

6.14   Células B para realizar grupo inverso.

6.15   Reactivos para determinar fenotipos sanguíneos (opcional para Bancos de Sangre tipo B y C).

6.16   Centrífuga de mesa o de pie.

6.17   Micropipetas para depositar diferentes volúmenes: 10, 25, 50 y 100 microlitros.

6.18   Puntas para micropipetas.

7. Conservación de los hemoderivados

7.1     Congeladores a -20 grados Celsius.

7.2     Refrigerador a 4-6 grados Celsius para unidades sin pruebas serológicas.

7.3     Refrigerador a 4-6 grados Celsius para unidades listas para utilizar.

7.4     Agitadores para plaquetas a 25-27 grados Celsius.

7.5     Hielera para transporte de hemoderivados.

7.6     Termómetros.

8.  Pruebas pretransfusionales.

8.1     Centrífuga de inmunohematología.

8.2     Incubadora a 37 grados Celsius.

8.3     Solución salina a 0.85% o suero fisiológico.

8.4     Células rastreadoras para la detección de anticuerpos antieritrocito.

8.5     Panel de identificación de anticuerpos antieritrocitos (opcional para Bancos de Sangre tipo B o C).

8.6     Reactivos para determinar fenotipos sanguíneos (opcional para Bancos de Sangre tipo B o C).

8.7     Reactivo de Coombs.

8.8     Medios potenciadores.

8.9     Reactivo para grupo sanguíneo anti-A, anti-B, anti-AB y anti-D.

8.10   Micropipetas para depositar diferentes volúmenes: 10, 25, 50 y 100 microlitros.

8.11   Puntas para micropipetas.

8.12   Papelería para llevar registro de las pruebas realizadas.

8.13   Balanza para medir masa mínima de 5 mililitros.

8.14   Bolsas de transferencia.

8.15   Tubos de vidrio.

8.16   Recipiente para descartar material infeccioso.

8.17   Filtros de leucorreducción, de glóbulos rojos empacados y de plaquetas.

8.18   Dispensadores o pipetas de 1,2,5 y 10 ml.

9.  Área de descanso y recuperación

9.1  Mesa de comedor.

9.2  Sillas.

9.3  Utensilios para ofrecer refrigerio a los donadores.

9.4  Acceso a lavatorio.

10.      Sección de Aféresis.

10.1   Máquina de aféresis.

10.2   Conexiones con agujas.

10.3   Bolsas estériles.

10.4   Soluciones estériles.

10.5   Conexiones estériles.

11.      Documentación general.

11.1   Manual de Procedimientos.

11.2   Registro del control de calidad.

11.3   Registro de pruebas pretransfusionales.

11.4   Registro de transfusiones realizadas.

11.5   Registro de pruebas serológicas, grupo sanguíneos y fenotipo de glóbulos rojos.

11.6   Registro de donante diferido o rechazado.

11.7   Registro de hemocomponentes descartados.

11.8   Registro de estudios inmunohematológicos (en caso de que los realicen).

11.9   Registro de donantes con serología positiva.

12.      Equipo de bioseguridad.

12.1   Guantes.

12.2   Gabachas.

12.3   Extintor.

12.4   Basureros distribuidos según las normas para la gestión de desechos infectocontagiosos vigentes”.

San José, 2 de mayo del 2005.—Junta Directiva.—Dr. Alberto Barrantes Boulanger, Presidente.—1 vez.—(33593).

 

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Mediante escritura otorgada a las 11:00 horas del 21 de abril del 2005, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Transportes MIBA S. A., mediante la cual se aumentó su capital social, reformándose la cláusula quinta de sus estatutos.—San José, 27 de abril del 2005.—Lic. Lorena Soto Rodríguez, Notaria.—Nº 30690.—(31965).

 

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Por escritura otorgada ante mí a las nueve horas de hoy, Elia Dora Víquez Guzmán, vende negocio comercial denominado La Casa de la Novia a Sonia María Páez Vargas, domiciliada en la ciudad de San José, para los efectos consiguientes del artículo cuatrocientos setenta y nueve del Código de Comercio.—Alajuela, veintisiete de abril del año dos mil cinco.—Lic. Luis A. Molina Mena, Notario.— Nº 31188.—(32983).

 

Por escritura otorgada ante mí el 22 de marzo del 2005, a las 9:30 horas, se protocolizó acta general extraordinaria de accionistas de Inmobiliaria Competenz Tournon S. A., mediante la cual la compañía acordó disminuir su capital social y en consecuencia reformó la cláusula quinta respectiva. Esta publicación se hace para efectos de los artículos 19 y 31 del Código de Comercio.—San José, 29 de marzo del 2005.—Lic. Ximena Rodríguez Yamasaki, Notaria.—Nº 31150.—(32686).

2 v. 1.

PUBLICACIÓN DE una VEZ

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 31 de marzo del 2005, se constituyó la sociedad Dos Locos de Frisco S. A.—Tamarindo, 31 de marzo del 2005.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—Nº 31083.—(32510).

Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00 horas del 29 de marzo del 2005, se constituyó la sociedad Bungalows Avellanas S. A.—Tamarindo, 29 de marzo del 2005.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—Nº 31084.—(32511).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 21 de marzo del 2005, se constituyó la sociedad Sweet Water Sur S. A.—Tamarindo, 21 de marzo del 2005.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—Nº 31085.—(32512).

Escritura otorgada ante la notaría Zeneyda Víquez Saldaña, se constituyó Nuñez Piedra Sociedad Anónima, a las catorce horas del catorce de abril del año dos mil cinco, constituyó un capital social de quinientos mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Domiciliada en San Isidro de Pérez Zeledón, veinticinco metros al sur de la Universidad Latina, presidente Luis Alberto Núñez Carrillo.—San José, quince de abril del año dos mil cinco.—Lic. Zeneyda Víquez Saldaña, Notaria.—1 vez.—Nº 31086.—(32513).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del día veintisiete de abril de este año, se constituyó Potencia Fluida y Mecánica PFM Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 28 de abril del 2005.—Lic. Jaime Weisleder Weisleder, Notario.—1 vez.—Nº 31088.—(32514).

Por escritura de las 15:00 horas, abril 26, 2005, protocolicé actas de Catalina M S. A.—San José, 28 de abril del 2005.—Lic. Mauricio Brenes Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 31090.—(32515).

He protocolizado acta de la asamblea extraordinaria de Entretenimientos Universales DCA S. A., en la cual se modifica las cláusulas segunda y quinta del pacto constitutivo, modificándose el domicilio social y aumentando el capital social de la empresa.—San José, 27 de abril del 2005.—Lic. Edgardo René Ramos Carmona, Notario.—1 vez.—Nº 31091.—(32516).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría El Monasterio del Sol Sociedad Anónima, protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas, reformando la cláusula tercera en cuanto al objeto de la sociedad.—San José, veintinueve de abril del dos mil cinco.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1 vez.—(32591).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Oro del Este Sociedad Anónima, mediante escritura pública número doscientos veintitrés, en la ciudad de Desamparados, San José, a los veinte días del mes de abril del año dos mil cinco.—Lic. Luis Alberto López López, Notario.—1 vez.—(32596).

Por escritura número noventa y nueve, otorgada ante esta notaría se ha constituido Consultores G V H del Norte Sociedad Anónima. El presidente y secretario individualmente, son apoderados generalísimos sin límite de suma. Presidente: Gerardo Vega Hernández.—Heredia, 29 de abril del 2005.—Lic. Jorge Molina Ruiz, Notario.—1 vez.—(32600).

Por escritura número cien, otorgada ante esta notaría se ha constituido Asesoría y Servicios Empresas Vega Sociedad Anónima. El presidente y secretario individualmente, son apoderados generalísimos sin límite de suma. Presidente: Gerardo Vega Hernández.—Heredia, 29 de abril del 2005.—Lic. Jorge Molina Ruiz, Notario.—1 vez.—(32601).

Por medio de la escritura número doscientos treinta y seis, otorgada a las once horas del día veintiocho de abril del dos mil cinco, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Alcajudi del Coco Sociedad Anónima, domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Plazo noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones, presidente: el señor Alberto Rubio Soto.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(32604).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario en San José, a las 16:30 horas de hoy, he procedido a constituir la sociedad denominada Pastelito de Colores Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, con un plazo social de 99 años; domicilio en San José; objeto: actividades comerciales, industriales, agrícolas y ganaderas; y capital social de diez mil colones.—San José, 27 de abril del 2005.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—(32612).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario en San José, a las 17:00 horas de hoy, he procedido a constituir la sociedad denominada R T S Costa Rica Sociedad Anónima, con un plazo social de 99 años; domicilio en San José; objeto: actividades comerciales, industriales, agrícolas y ganaderas; y capital social de cien mil colones.—San José, 27 de abril del 2005.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—(32614).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí se protocolizó acta de asamblea general de la compañía Aracaju Dos Mil Cuatro S. A., por la que se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente, se reforman los estatutos sociales en cuanto, al domicilio social, y la administración.—San José, veintinueve de abril del dos mil cinco.—Lic. Aldomar Ulate Vargas, Notario.—1 vez.—(32627).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la compañía White Flag Holding S. A., por la que se nombra nueva junta directiva, y fiscal, se reforman los estatutos sociales en cuanto, a la razón social, y al domicilio social.—San José, veintinueve de abril del dos mil cinco.—Lic. Aldomar Ulate Vargas, Notario.—1 vez.—(32628).

Por escritura otorgada, a las 12:00 horas del día de hoy, se protocolizó un acta de asamblea de accionistas y un acta de junta directiva de la sociedad denominada Hospital San José Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas quinta y sétima de su pacto social.—San José, 25 de abril del 2005.—Lic. Alfredo Pizarro Campos, Notario.—1 vez.—(32629).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy he protocolizado el acta número uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Inversiones Pla de L’Estany S. A., en donde se modifican las cláusulas segunda y sexta del pacto social y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—San José, 13 de abril del 2005.—Lic. Federico José Vega Rodríguez, Notario.—1 vez.—(32637).

Jesús Camarillo Guerrero, ciudadano de los Estados Unidos Mexicanos, con pasaporte de su país Nº 98400042841, en su condición de representante de Ecofibras Ponderosa S. A. de C.V., da aviso al público en general que su representada ha disuelto todo acuerdo precontractual con Sat Net Global del Norte S. A., por incumplimiento general de ésta última. Asimismo, para efectos de esta publicación señala como representante ad hoc en Costa Rica al señor Luis Diego Chacón Bolaños, mayor, abogado, vecino de Rohrmoser, portador de cédula de identidad número uno-setecientos-seiscientos sesenta y seis, con oficina abierta en Paseo Colón, 350 metros al norte del Centro Colón, quien se localiza al número telefónico dos dos uno-cero ocho cuatro cuatro.—Jesús Camarillo Guerrero.—1 vez.—(32642).

Por escritura otorgada ante el notario público Miguel Armando Villegas Arce, a las 8:00 horas del 24 de enero del 2005, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Servicios de Construcción y Remodelación Ugalde y Solís S. A. Se modifica cláusula primera en cuanto al nombre, denominándose a partir de esa fecha como Hermanos Ugalde Constructores S. A.—San José, 28 de abril del 2005.—Lic. Miguel Armando Villegas Arce, Notario.—1 vez.—(32649).

Por escritura otorgada ante el notario público Miguel Armando Villegas Arce, a las 8:00 horas del 26 de abril del 2005, se constituyó la sociedad Barza S. A. Capital social de ¢10.000,00.—San José, 28 de abril del 2005.—Lic. Miguel Armando Villegas Arce, Notario.—1 vez.—(32650).

Por escritura otorgada ante el notario público Miguel Armando Villegas Arce, a las 9:00 horas del 26 de abril del 2005, se constituyó la sociedad Biaza S. A. Capital social de ¢10.000,00.—San José, 28 de abril del 2005.—Lic. Miguel Armando Villegas Arce, Notario.—1 vez.—(32651).

Por escritura otorgada ante el notario público Miguel Armando Villegas Arce, a las 12:00 horas del 26 de abril del 2005, se constituyó la sociedad Bolonio S. A. Capital social de ¢10.000,00.—San José, 28 de abril del 2005.—Lic. Miguel Armando Villegas Arce, Notario.—1 vez.—(32652).

Por escritura otorgada ante el notario público Miguel Armando Villegas Arce, a las 13:00 horas del 26 de abril del 2005, se constituyó la sociedad Sr. Autos S. A. Capital social de ¢10.000,00.—San José, 28 de abril del 2005.—Lic. Miguel Armando Villegas Arce, Notario.—1 vez.—(32653).

Por escritura otorgada ante el notario público Miguel Armando Villegas Arce, a las 11:00 horas del 26 de abril del 2005, se constituyó la sociedad Boceto S. A. Capital social de ¢10.000,00.—San José, 28 de abril del 2005.—Lic. Miguel Armando Villegas Arce, Notario.—1 vez.—(32654).

Por escritura otorgada ante el notario público Miguel Armando Villegas Arce, a las diez horas del 26 de abril del 2005, se constituyó la sociedad Bezugo S. A. capital social de ¢10.000,00.—San José, 28 de abril del 2005.—Lic. Miguel Armando Villegas Arce, Notario.—1 vez.—(32655).

Por escritura otorgada en Alajuela, a las diecisiete horas del diecisiete de marzo del año dos mil cinco, se constituyó The Golden Goddness Onesys Sociedad Anónima, domicilio social: Costa Rica, Costa Rica, Alajuela, central, cincuenta metros sur de los Tribunales de Justicia, contiguo a bufete de Abogado, capital social: diez mil colones, representados por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar separadamente.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1 vez.—Nº 31104.—(32658).

Por escritura otorgada en mi notaría, en Alajuela, a las diecinueve horas del veintisiete de abril del año dos mil cinco, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Desarrollos Tierra Tica S. A. Domicilio social: Costa Rica, Alajuela, central, barrio San José, El Coyol, ciento cincuenta metros oeste de la escuela y cien metros norte. Cambio de junta directiva.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1 vez.—Nº 31105.—(32659).

El día de hoy constituí la sociedad denominada Transportes Ortega y Muñoz S. A. Domicilio social: La Lima de Cartago. Capital social: diez mil colones. Objeto: El comercio en general. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, veinte de julio del dos mil cuatro.—Lic. Jorge Rivera Leandro, Notario.—1 vez.—Nº 31106.—(32660).

Por escritura otorgada en la notaría del licenciado Cristian Cordero Ugalde, el día de hoy se constituyó la sociedad Constructora Varón Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de abril del dos mil cinco.—Lic. Cristian Cordero Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 31107.—(32661).

Por escritura otorgada, a las once horas del día veintiocho de abril del dos mil cinco, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Servicios Médicos y Farmacéuticos del Oeste Sociedad Anónima, en virtud de la cual se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 29 de abril del 2005.—Lic. Orlando Baltodano Valdelomar, Notario.—1 vez.—Nº 31108.—(32662).

Walter Chaves Olivares, en San José, a las 18:00 horas del 31 de enero del 2005, se constituye la entidad Asesores Deportivos y Recreativos Armagedon Sociedad Anónima. Capital ¢12.000,00. Presidente Roy Clarke Arguedas.—San José, ocho de abril del dos mil cinco.—Lic. Walter Chaves Olivares, Notario.—1 vez.—Nº 31109.—(32663).

Por escritura número ciento trece, otorgada ante esta notaría, en Santa Cruz, Guanacaste, a las dieciséis horas del día veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Puertos Flotantes de Tamarindo Sociedad Anónima. Domicilio: Tamarindo de Santa Cruz, Guanacaste, del cruce a Villarreal dos kilómetros al oeste. Capital social: treinta mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Frank Alberto Berrocal Rodríguez.—Santa Cruz, Guanacaste, veintiocho de abril del dos mil cinco.—Lic. Álvaro Jesús Guevara Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 31110.—(32664).

Por escritura número ciento doce, otorgada ante esta notaría, en Santa Cruz, Guanacaste, a las quince horas del día veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada El Viejo del Mar Sociedad Anónima. Domicilio: Tamarindo de Santa Cruz, Guanacaste, del cruce a Villarreal dos kilómetros al oeste. Capital social: treinta mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Frank Alberto Berrocal Rodríguez.—Santa Cruz, Guanacaste, veintiocho de abril del dos mil cinco.—Lic. Álvaro Jesús Guevara Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 31116.—(32665).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Distribuidora Veinticinco Grados al Norte Sociedad Anónima. Se acuerda reformar las cláusulas primera, segunda, y sétima del pacto social de la compañía. Se acuerda revocar el nombramiento de la junta directiva y fiscal, y se nombran nuevos miembros.—San José, 28 de abril del 2005.—Lic. Silvia Alejandra Díaz Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 31117.—(32666).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada Multiservice Acacia Sociedad Anónima, por un plazo de noventa y nueve años. Representación presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Lissette Barboza Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31120.—(32667).

Por escritura que autoricé, a las nueve horas de hoy protocolicé acta asamblea general de catorce horas primero febrero este año de Solatemo Corporation S. A., en la que se acordó modificar estatutos en cláusula segunda del domicilio, para que diga, es San José, distrito Carmen, cantón primero San José, provincia San José, calle tres, avenidas primera y tercera, edificio Manuel Enrique Vázquez, segundo piso, y en cláusula sexta, en cuanto a la administración: por medio de junta directiva, presidente, secretario y tesorero, los dos primeros con la representación judicial y extrajudicial, con facultades apoderados generalísimos sin límite de suma, debiendo actuar conjuntamente para vender, hipotecar o gravar bienes.—San José, veintiséis de abril del dos mil cinco.—Lic. Fernando Chacón Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 31122.—(32668).

Por escritura que autoricé, a las diecisiete horas del doce de este mes Veraguas S. A., y Maricel Rojas Cruz constituyeron Hermanas Rociman S. A. Domicilio: ciudad de San José, distrito Catedral, cantón San José, provincia San José, avenida octava, calle veintinueve, costado sur Casa Italia. Objeto: comercio, minería, agricultura e industria. Plazo: cien años. Capital: diez mil dólares, acciones comunes nominativas de cien dólares. Administración: junta directiva, presidente, secretario y tesorero, los dos primeros con la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, debiendo actuar conjuntamente para vender, comprar hipotecar o pignorar bienes.—San José, veintinueve de abril del dos mil cinco.—Lic. Fernando Chacón Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 31123.—(32669).

A las 15:00 horas del 28 de abril del 2005, protocolicé acuerdos de Velsot S. A., mediante los cuales se reforman cláusulas estatutarias y se hacen nombramientos por el resto del plazo social.—Lic. Carlos Eduardo Mas Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 31124.—(32670).

Por escritura de las 11:00 horas del 20 de abril del 2005, se modifican cláusulas 1ª, 2ª, 3ª, 4ª y 5ª del pacto social de la empresa Bienes Raíces del Valle S. A., y se aumenta el capital.—Lic. Mauro Fernando Mora Peraza, Notario.—1 vez.—Nº 31125.—(32671).

Por escritura de las 14:00 horas del 20 de abril del 2005, se protocoliza acta de la empresa Marliza S. A., en donde se modifican las cláusulas del pacto social y se adicionan otras cinco. Se aumenta el capital  de la sociedad.—Lic. Mauro Fernando Mora Peraza, Notario.—1 vez.—Nº 31126.—(32672).

Por escritura otorgada en esta ciudad ante el suscrito notario a las 13:00 horas de hoy se protocolizó acta de asamblea de Filial Condominio Boulevard del Sol Número Dos Antonio Sociedad Anónima, en que se reforma estatutos.—San José, 28 de abril del 2005.—Irene Lobo Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 31128.—(32673).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima Inversiones Siles Chacón. Domicilio Ciudad Neily. Es todo.—Veintinueve de abril del dos mil cinco.—Lic. Yadira Reyes Wong, Notaria.—1 vez.—Nº 31134.—(32674).

Ante esta notaría el día 22 de abril de 2005, se constituyó la sociedad anónima Corporación Avance Digital del Tiempo S. A.—San José, 22 de abril del dos mil cinco.—Lic. Olman Yorly Soto Vanegas, Notario.—1 vez.—Nº 31136.—(32675).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 15 de abril del año 2005, se constituye la sociedad Abril Yonaira del Valle Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Presidenta: Miriam Bermúdez Vargas.—Pérez Zeledón, 15 de abril del año 2005.—Lic. Juan Carlos Céspedes Chinchilla, Notario.—1 vez.—Nº 31137.—(32676).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 18 de abril del año 2005, se constituye la sociedad Doabasi de Pérez Zeledón, Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Presidenta: Lidia Luz Sibaja Quirós.—Pérez Zeledón, 18 de abril del 2005.—Lic. Juan Carlos Céspedes Chinchilla, Notario.—1 vez.—Nº 31138.—(32677).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las dieciséis horas treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil cinco, se nombra junta directiva la sociedad Grupo Klusa S. A. Presidente. Luis Carlos Campos Cortés.—Veintiocho de abril del año dos mil cinco.—Lic. Óscar Ramos Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 31140.—(32678).

El suscrito notario Salvador H. Calderón Alvarado, hago constar que a las ocho horas treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó la sociedad CM Digital Solutions S. A., con un capital de cien mil colones, plazo de noventa y nueve años a partir de la constitución. Presidente y tesorero con las facultades de apoderados generalísimos, actuando en conjunto.—San José, veintisiete de abril del dos mil cinco.—Salvador H. Calderón Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 31141.—(32679).

El suscrito notario Salvador H. Calderón Alvarado, hago constar que a las dieciséis horas del veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Centro de Pinturas Gama S. A., con un capital de cien mil colones, plazo de noventa y nueve años a partir de la constitución. Presidente con las facultades de apoderado generalísimo.—San José, veintisiete de abril del dos mil cinco.—Lic. Salvador H. Calderón Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 31142.—(32680).

El suscrito notario Salvador H. Calderón Alvarado, hago constar que a las quince horas del veintiocho de abril del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Matein S. A., con un capital de cien mil colones, plazo de noventa y nueve años a partir de la constitución. Presidente y tesorero con las facultades de apoderados generalísimos.—San José, veintisiete de abril del dos mil cinco.—Lic. Salvador H. Calderón Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 31143.—(32681).

Por escrituras otorgadas ante mí a las 8:00 y 9:00 horas del día de hoy se protocolizaron las actas de asambleas generales ordinarias y extraordinarias de socios de las compañías Inversiones Suiko I.S. Sociedad Anónima y Golf Cluz Zapotal Sociedad Anónima, respectivamente, mediante las cuales se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto social, se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 28 de abril del 2005.—Lic. Luis Enrique Gómez P., Notario.—1 vez.—Nº 31194.—(32682).

Por escrituras otorgadas ante mí, a las 8:00, 9:00, 10:00 y 11:00 horas del día de hoy, se protocolizaron las actas de asambleas generales ordinarias y extraordinarias de socios de las compañías Playa Zapotal Sociedad Anónima, Inmobiliaria Golfina Sociedad Anónima, Riviera Zapotal Sociedad Anónima y Corporación de Igualdad Económica Sociedad Anónima, respectivamente, mediante las cuales se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto social, se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente y se revocan poderes y se otorgan nuevos.—San José, 28 de abril del 2005.—Lic. Carmen Fernández M., Notaria.—1 vez.—Nº 31145.—(32683).

En escritura otorgada ante mi notaría, se constituyó la empresa de esta plaza denominada Daryl Helmer S. A. Plazo social: cien años a partir de su constitución. Objeto: comercio en general. Capital social: será de diez mil colones. Representación: corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—San José, 25 de abril del 2005.—Lic. Ana Lorena Ramírez González, Notaria.—1 vez.—Nº 31147.—(32684).

En escritura otorgada ante mi notaría, se constituyó la empresa de esta plaza denominada Servicios Internacionales de Costa Rica Aranguren S. A. Plazo social: cien años a partir de su constitución. Objeto: comercio en general. Capital social: será de diez mil colones. Representación: corresponde al presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—San José, 25 de abril del 2005.—Lic. Eduardo Antonio Vílchez Hurtado, Notario.—1 vez.—Nº 31148.—(32685).

Por escritura otorgada a las once horas del día viernes quince de abril del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Steamerlane Point Sociedad Anónima, cuyo nombre es de fantasía y cuya traducción al idioma español es Punta Ruta Vapor Sociedad Anónima, su capital social es la suma de diez mil colones, corresponde la representación judicial y extrajudicial al presidente, al secretario y al tesorero de la sociedad.—San Isidro de El General, 29 de abril del 2005.—Lic. José Miguel León Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 31152.—(32687).

Por escritura otorgada a las catorce horas del día viernes veintidós de abril del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Pay Up Front Investments Sociedad Anónima, cuyo nombre es de fantasía y cuya traducción al idioma español es Inversiones Pago Por Adelantado Sociedad Anónima, su capital social es la suma de diez mil colones, corresponde la representación judicial y extrajudicial al presidente y al secretario de la sociedad.—San Isidro de El General, 29 de abril del 2005.—Lic. José Miguel León Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 31153.—(32688).

Ante esta notaría por escritura sesenta y cinco, a las siete horas de abril del dos mil cinco, se constituyó la sociedad anónima Ensupunto S. A. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 25 de abril del 2005.—Lic. Tanya Zamora Simón, Notaria.—1 vez.—Nº 31154.—(32689).

Ante mi notaría, se constituyó la sociedad The Vills M L V V V Sociedad Anónima. La presidenta es la apoderada generalísima sin límite de suma. Presidenta: Lourdes Villegas Vargas. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Agente residente: Lic. Susana Zamora Fonseca. Constitución: 13:00 horas del 21 de abril del 2005.—Lic. Susana Zamora Fonseca, Notaria.—1 vez.—Nº 31157.—(32690).

Ante esta notaría se ha constituido Inversiones Amedrona S. A., diez acciones. Capital social: diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San Marcos de Tarrazú.—Lic. Fercinta Esquivel Godínez, Notaria.—1 vez.—Nº 31159.—(32691).

En la oficina de la licenciada Lilliana Navarrete Porras, en la ciudad de Limón, a las diez horas con treinta minutos del día diecinueve de abril del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Dedey Sociedad Anónima, nombrada como presidenta a la señora Rosa Alba Abarca Fonseca, con un plazo social de noventa y nueve años. Dada en la ciudad de Limón, a las dieciséis horas del día veintidós de abril del dos mil cinco.—Lic. Lilliana Navarrete Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 31161.—(32692).

En la oficina de la licenciada Lilliana Navarrete Porras, en la ciudad de Limón, a las diez horas con treinta minutos, Representaciones F.G. Y J.G. Sociedad Anónima, nombra como presidente al señor Guillermo Moss Sequeira, con un plazo social de noventa y nueve años. Dada en la ciudad de Limón, a las dieciséis horas del día veintiocho de abril del dos mil cinco.—Lic. Lilliana Navarrete Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 31162.—(32693).

Por escritura otorgada ante esta notaria, a las 11:00 horas del día 22 de abril del 2005, se constituyó la sociedad denominada El Jefe Sport Fishing Sociedad Anónima. Capital social: enteramente suscrito y pagado. Domicilio: San José. Representación: presidente.—San José, 22 de abril del 2005.—Lic. Nuria Gabriela Alpízar Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 31163.—(32694).

Por escritura otorgada ante esta notaria, a las 8:00 horas del día 1º de marzo del 2005, se constituyó la sociedad denominada Solano Salas Holding Mobiliario Sociedad Anónima. Capital social: enteramente suscrito y pagado. Domicilio: San José. Representación: presidente.—San José, 1º de abril del 2005.—Lic. Nuria Gabriela Alpízar Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 31164.—(32695).

Por escritura autorizada por el notario público Fernando Fallas Amador, en San José, a las 16:00 horas del 26 de abril del 2005, se protocolizaron artículos de asamblea general extraordinaria de socios de Interfin Valores, Puesto de Bolsa S. A., por las cuales se reformaron las cláusulas sexta y sétima del pacto social.—San José, 26 de abril del 2005.—Lic. Fernando Fallas A., Notario.—1 vez.—Nº 31169.—(32696).

Ante esta notaría, a las once horas del día veintisiete de abril del año dos mil cinco, se constituye la sociedad denominada Tecni-Frío del Pacífico Central Sociedad Anónima. Presidente: Hipólito Corea Campos. Capital social: cien mil colones.—Quepos, veintisiete de abril del año dos mil cinco.—Lic. Giovanni Ruiz Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31171.—(32697).

Ante la notaria Luz Marina Chaves Rojas, comparecieron a las 13:00 horas del 7 de abril del 2005, Noé Martín Villalobos Salas, cédula Nº 2-446-743 y Margarita Mayela Monge Chaves, cédula Nº 2-449-084, ambos casados una vez, comerciantes y vecinos del Roble de Alajuela, doscientos metros norte y constituyeron la sociedad denominada Danopa S. A., domiciliada en Alajuela. Capital social: veinte mil colones. Junta directiva: presidente: Noé Martín y secretaria: Margarita Mayela, ambos de calidades indicadas; tesorera: Ana Lía Chaves Rojas, casada una vez, ama de casa, cédula Nº 9-035-566, vecina de Grecia y fiscal: Carmen Lidieth Monge Chaves, casada una vez, vecina de Grecia, licenciada en administración, cédula Nº 2-434-212.—Lic. Luz Marina Chaves Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 31173.—(32698).

Por escritura número cuatrocientos ocho de las nueve horas del veintiséis de abril del dos mil cinco, se constituyó la compañía Transportes Vega Calvo TRANSVECA Sociedad Anónima, y por la escritura cuatrocientos nueve de las diecisiete horas del veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó la compañía El Dorado Realty CR Sociedad Anónima, cuyo nombre en español es El Dorado Bienes Raíces CR Sociedad Anónima, ambas con domicilio en Heredia, doscientos metros al norte del correo y con capital social de diez mil colones.—Lic. Verny Valerio Hernández, Notario.—1 vez.—(32742).

Por escritura otorgada ante la notaria Flor del Carmen Ramírez Zamora, el día cuatro de marzo del dos mil cinco, se constituye la sociedad Corporación Castro Rodríguez R.O.C.A. Sociedad Anónima, con un capital de cien mil colones, cuyo presidente de junta directiva es Vinicio Castro Rodríguez.—San José, 29 de abril del 2005.—Lic. Flor del Carmen Ramírez Zamora, Notaria.—1 vez.—(32804).

Por escritura otorgada en San José, a las diez horas del veintinueve de abril del dos mil cinco, se constituyó ante esta notaría, Wilson’s Custom Designs Sociedad Anónima. Presidente: Larry James Wilson.—San José, 29 de abril del 2005.—Lic. Esteban Blanco Herrera, Notario.—1 vez.—(32817).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del treinta y uno de marzo del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Sociedad Costarricense de Mesoterapia Uno S. A. Domicilio social: Dulce Nombre de Coronado.—San José, veinte de abril del dos mil cinco.—Dr. Alberto Napoleón González Cordero, Notario.—1 vez.—(32821).

En mi notaría por escritura Nº 148 del tomo 69 de mi protocolo, otorgada en la ciudad de Limón, a las 8:00 horas del 18 de enero del 2005, se constituyó Inversiones Caribeñas Pérez y García Sociedad Anónima. Domicilio: Limón. Capital: suscrito y pagado. Objeto: venta y compra de todo tipo de bienes. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—Limón, 27 de abril del 2005.—Lic. José Miguel Zeledón Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 31176.—(32822).

Por escritura de las once horas del veintisiete de abril del dos mil cinco, se modificaron las cláusulas segunda y sétima del pacto social de la compañía La Casa Cerca del Río S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y dos mil cuatrocientos noventa y dos.—San José, veintisiete de abril del dos mil cinco.—Lic. Fabiana Gutiérrez León Páez, Notaria.—1 vez.—Nº 31179.—(32823).

Mediante escritura número cuarenta y siete-uno, otorgada en esta notaría, constituí la sociedad Narváez & Zapata Servicios Especiales Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Narváez & Zapata Servicios Especiales S. A.Cartago, veintinueve de abril del dos mil cinco.—Lic. Roxana Figueroa Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 31181.—(32824).

Por escritura número ciento dieciocho, otorgada a las diez horas del diecinueve de abril del año dos mil cinco, Bernal Corrales Morales, Ana Gabriela Rojas Calvo, constituyeron la sociedad denominada Imporexport B & G S. A., que es nombre de fantasía. Duración: noventa y nueve años. Presidente: Bernal Corrales Morales. Domicilio: cuatrocientos metros este de la iglesia católica Palmitos Naranjo, Alajuela, República de Costa Rica.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—Nº 31189.—(32825).

Por escritura número ciento cinco-doce, otorgada ante mí, a las quince horas del tres de marzo del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Guivida Tres Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de abril del dos mil cinco.—Lic. Kathya Rojas Venegas, Notaria.—1 vez.—Nº 31190.—(32826).

He constituido la sociedad anónima denominada Eventos Deportivos del Tigre Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones exactos, por un plazo social de noventa y nueve años, en donde figura como presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma el señor Mario Enrique Garita Camacho.—Puntarenas, 27 de abril del 2005.—Lic. Roy Quesada Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 31191.—(32827).

Por escritura número 250, de las 15:30 horas, del día 26 de abril del 2005, otorgada en esta notaría, las señoras Beatrice Theresia Núñez Bitterlin y Esmeralda Giselle Méndez Gutiérrez constituyeron Rosimaltickuas F. L. Sociedad Anónima. Capital social: ¢120.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº  31193.—(32828).

Por escritura número 243, de las 8:00 horas, del día 24 de abril del 2005, otorgada en esta notaría, los señores Modesta Elena Berg y Juan Manuel Reyes Murga, constituyeron Terramarina M.B. Sociedad Anónima. Capital social: ¢120.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 31194.—(32829).

Por escritura número 247, de las 9:00 horas, del día 26 de abril del 2005, otorgada en esta notaría, los señores Estelba Calderón Calderón, Anselmo Baldini y Riziero Baldini, constituyeron Mer & Mer B.C. Sociedad Anónima. Capital social: ¢120.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 31195.—(32830).

Por escritura número 244, de las 8:30 horas, del día 24 de abril del 2005, otorgada en esta notaría, los señores Modesta Elena Berg y Juan Manuel Reyes Murga, constituyeron Playa Oro M.B. Sociedad Anónima. Capital social: ¢120.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 31196.—(32831).

Por escritura número 249, de las 15:00 horas, del día 26 de abril del 2005, otorgada en esta notaría, las señoras Beatrice Theresia Núñez Bitterlin y Esmeralda Giselle Méndez Gutiérrez, constituyeron Gruta Peña Luna Sociedad Anónima. Capital social: ¢120.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 31197.—(32832).

Por escritura pública otorgada ante mí en San José, a las 8:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Diveluca S. A. con domicilio en San José. Plazo social: 99 años. Capital social: cien mil colones, suscritos y pagados.—San José, 29 de abril del 2005.—Lic. Mario Antonio Morelli Astúas, Notario.—1 vez.—Nº  31198.—(32833).

La suscrita notaria Noelia Solórzano Cedeño, notaria pública de Puntarenas hace saber que mediante escritura noventa y cinco, visible a cincuenta y cinco vuelto del tomo segundo de su protocolo, fue constituida la sociedad Corporación Comercializadora de Pescado Urcorica Sociedad Anónima, a las trece horas del veinticinco de enero del dos mil cinco, fungiendo como su presidente Wilman Danilo Iturralde Almeida. Se emplaza a los eventuales interesados por el término de ley.—Lic. Noelia Solórzano Cedeño, Notaria.—1 vez.—Nº 31199.—(32834).

A las ocho horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad El Alamo de Centroamérica S. A. en la que se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, 28 de abril del 2005.—Lic. Carmen Estrada Feoli, Notaria.—1 vez.—Nº 31201.—(32835).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del veintidós de abril del año dos mil cinco, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Llantas Importadas Llisa Sociedad Anónima, se reforman las cláusulas segunda, cuarta y décima del pacto constitutivo y se nombran tesorero y vocal.—Lic. Lilliana Fernánez Urpí, Notaria.—1 vez.—Nº 31210.—(32836).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas del día 24 de abril del año 2005, se constituyó la sociedad denominada Hoteles Ecológicos Montearena Sociedad Anónima, domiciliada en La Fortuna de San Carlos, Alajuela. Presidente: José Miguel Quirós Murillo.—24 de abril del año 2005.—Lic. Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 31211.—(32837).

Por escritura otorgada ante esta misma notaría a las 16:00 horas del 26 de abril del 2005, se protocolizó el acta número tres de asamblea general ordinaria de asociados de la Asociación de Taxistas de La Fortuna de San Carlos, en la cual se eligen todos los miembros de la junta directiva y fiscal por el resto del período.—26 de abril del 2005.—Lic. Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 31212.—(32838).

Por escritura otorgada ante el notario Carlos Alberto Rodríguez Pérez a las quince horas del veintiocho de abril del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Materiales y Acabados del Laurel Norte Sociedad Anónima.—Moravia, 28 de abril del 2005.—Lic. Carlos Alberto Rodríguez Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 31213.—(32839).

Por escritura otorgada ante el notario Carlos Alberto Rodríguez Pérez a las quince horas, quince minutos del veintiocho de abril del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Pórtico Llanura Alta Sociedad Anónima.—Moravia, 28 de abril del 2005.—Lic. Carlos Alberto Rodríguez Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 31214.—(32840).

Por escritura otorgada ante el notario Carlos Alberto Rodríguez Pérez a las quince horas, treinta minutos del veintiocho de abril del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Cipresal Lluvioso del Este Sociedad Anónima.—Moravia, 28 de abril del 2005.—Lic. Carlos Alberto Rodríguez Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 31215.—(32841).

Por escritura otorgada ante el notario Carlos Alberto Rodríguez Pérez a las quince horas, cuarenta y cinco minutos del veintiocho de abril del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Laureles del Edén Sociedad Anónima.—Moravia, 28 de abril del 2005.—Lic. Carlos Alberto Rodríguez Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 31216.—(32842).

Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de compañía de Inversiones Pelennor Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda, quinta y vigésima del pacto. Escritura otorgada a las 15:00 horas del 26 de abril del 2005.—Elena Alfaro Ulate, Notaria.—1 vez.—Nº  31217.—(32843).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día diez de marzo del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad anónima denominada B Y B Sistemas y Soporte Técnico Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio social: San José. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, veintiocho de abril del 2005.—Lic. Dinorah Mora Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 31219.—(32844).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día once de marzo del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad anónima denominada Crila Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio social: San José. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, once de marzo del 2005.—Lic. Dinorah Mora Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 31220.—(32845).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del día veintiocho de abril del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Guapo Little EGG Harbor Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Lic. Randall Chuken Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 31222.—(32846).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las trece horas del día veintiocho de abril del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Guapo Umatilla Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Lic. Randall Chuken Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 31223.—(32847).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del día veintiocho de abril del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada El Guapo de Long Valley Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Lic. Randall Chuken Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 31224.—(32848).

El Magistrado Sociedad Anónima protocoliza acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios. Se modificaron las cláusulas segunda, tercera, sexta, sétima, octava, novena, décima y decimocuarta y se adicionan las cláusulas que van de la decimoquinta a la vigésima. Escritura otorgada por la notaria Iris Chaves Rodríguez al ser las diecinueve horas del veinticinco de abril del dos mil cinco.—Lic. Iris Chaves Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 31225.—(32849).

En escritura pública número ciento noventa y seis otorgada en mi notaría a las dieciséis horas quince minutos del siete de febrero del dos mil cinco, se constituyó la sociedad anónima de nombre Estela J Y J Sociedad Anónima. Presidente: José Iván Salas Leytón. Capital social: diez mil colones.—Veinticinco de abril del dos mil cinco.—Fabián Azofeifa Arce, Notario.—1 vez.—Nº 31226.—(32850).

Ante esta notaría se constituye Segnini Transport Sociedad Anónima, el dieciocho de abril del dos mil cinco con domicilio social en Heredia, presidenta: Marta Illiana Segnini Hurtado. Con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con la representación judicial y extrajudicial, por todo el plazo social.—Dieciocho de abril del dos mil cinco.—Lic. Vilma Cordero Benavides, Notaria.—1 vez.—Nº 31227.—(32851).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas y treinta minutos del día de hoy, se constituyó la entidad denominada Inversiones Braled V. C S. A., domiciliada en San José, representada por su presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintiséis de abril del dos mil cinco.—Lic. Geovanni Morales Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 31228.—(32852).

El suscrito notario Álvaro Arguedas Durán, constituye ante esta notaría la sociedad denominada De Gastón a Cinco Uno del Oeste Sociedad Anónima.—San José, a las diez horas del veintinueve de abril del dos mil cinco.—Lic. Álvaro Arguedas Durán, Notario.—1 vez.—Nº 31229.—(32853).

Por escritura otorgada hoy aquí ante mí a las dieciséis horas, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas por la que se modifica la cláusula sétima de los estatutos sociales y se designa nueva junta directiva y fiscal de la sociedad de esta plaza Servicio AC Automotor de Centroamérica S. A.San José, 27 de abril del 2005.—Gastón Baudrit Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 31234.—(32854).

Mediante escritura otorgada el día de hoy se constituyó la sociedad Hawg Call S. A., domicilio: Santo Domingo, Heredia, presidente con facultades de apoderado generalísimo, capital suscrito y pagado.—San José, 27 de abril del 2005.—Lic. Daniel Bolaños Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 31239.—(32855).

Ante esta notaría, al ser las dieciséis horas del cuatro de marzo del dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Los Riscos Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado: quinientos mil colones. Se nombra junta directiva y fiscal.—San José, veintiocho de abril del dos mil cinco.—Lic. Mauricio Mata Monge, Notario.—1 vez.—Nº 31241.—(32856).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría a las 14:00 horas del 18 de abril del 2005, se constituyó la sociedad denominada Arrecifes Cristalinos Sociedad Anónima. Capital social: 12.000 colones. Plazo social: 99 años.—San José, 19 de abril del 2005.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—Nº 31242.—(32857).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del 26 de abril del 2005, se constituyó la sociedad denominada Cristal Reef Real Estate Sociedad Anónima. Capital social: 12.000 colones. Plazo social: 99 años.—San José, 28 de abril del 2005.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—Nº 31243.—(32858).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría a las 8:30 horas del 26 de abril del 2005, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Morogrog Sociedad Anónima. Capital social: 12.000 colones. Plazo social: 99 años.—San José, 28 de abril del 2005.—Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—Nº 31244.—(32859).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del 26 de abril del 2005, se constituyó la sociedad denominada Hechizos del Atardecer Sociedad Anónima. Capital social: 6.000 colones. Plazo social: 99 años.—San José, 28 de abril del 2005.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—Nº 31245.—(32860).

Ante mí, Henry Vargas Pacheco, notario público con oficina en Palmares, se constituyó la sociedad Distribuidora La Colina de Santiago Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Palmares a las quince horas del siete de abril del dos mil cinco. Apoderados generalísimos sin límite de suma: Román Alfonso Quesada Fernández y Anay María Campos Cordero, en calidad de presidente y tesorera, respectivamente.—Palmares, abril del dos mil cinco.—Lic. Henry Vargas Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 31246.—(32861).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 16:20 horas del 25 de abril del 2005, se constituyó Girl Friends S. A. Capital social: ¢.12.000,00. Plazo: 100 años. Domicilio: Limón. Presidente: Jannelle Simpson Smith.—Limón, 28 de abril del 2005.—Lic. Loahn E. Lindo Dell, Notario.—1 vez.—Nº 31248.—(32862).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del cinco de abril del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad Tambu Enterprises K.E.H. de Jacó S. A. Objeto: administración de propiedades. Capital social: seis mil colones. Es todo.—Jacó, 26 de abril del 2005.—César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 31250.—(32863).

Rafael Arce Sánchez y Estela del Socorro Villarreal Varela, constituyen la sociedad anónima denominada Rafarce Mantenimientos y Servicios Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pagado, correspondiendo a su presidente la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma; escritura otorgada en Guápiles de Pococí a las nueve horas y cuarenta y seis minutos del veintisiete de abril del dos mil cinco, ante el notario David López García.—Lic. David López García, Notario.—1 vez.—Nº 31251.—(32864).

José Luis Flores Soto, Alfredo Flores Soto Y Fernando Flores Soto, constituyen la sociedad anónima denominada The Flowers Of Palermo Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pagado, correspondiendo a su presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando en forma conjunta; escritura otorgada en Guápiles de Pococí a las catorce horas y cuarenta y siete minutos del veinticinco de febrero del dos mil cinco, ante el notario David López García.—Lic. David López García, Notario.—1 vez.—Nº 31252.—(32865).

Al ser las ocho horas del día veintisiete de abril del dos mil cinco, mediante escritura otorgada ante esta notaría, se constituye la sociedad denominada Mellisas Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse Mellisas S. A.—Pérez Zeledón, veintisiete de abril del dos mil cinco.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 31253.—(32866).

Ante esta notaría se ha constituido Nosara WTH IV Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado.—Cesar Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—Nº 31254.—(32867).

Ante esta notaría se ha constituido Nosara TBN III Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—Nº 31255.—(32868).

Ante esta notaría se ha constituido Nosara RNC II Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—Nº 31256.—(32869).

Ante esta Notaría se ha constituido Nosara AMB I Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—Nº 31257.—(32870).

Ante esta Notaría se ha constituido Nosara MZO V Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—Nº 31258.—(32871).

Constitución de diez sociedades anónimas: The Palms Sweet Water Eleven Sociedad Anónima, cuya traducción al castellano es Las Palmas Agua Dulce Once. The Palms Sunset Moment Twelve Sociedad Anónima, cuya traducción al castellano es Las Palmas Momento del Ocaso Doce, The Palms Dolphins Cave Thirteen Sociedad Anónima, cuya traducción al castellano es Las Palmas Cueva de Los Delfines Trece, The Palms Paradise Land Fourteen Sociedad Anónima, cuya traducción al castellano es Las Palmas Tierra Paradisíaca Catorce, The Palms Sunny Day Fifteen Sociedad Anónima, cuya traducción al castellano es Las Palmas Día Soleado Quince, The Palms Two Cocos Sixteen Sociedad Anónima, cuya traducción al castellano es Las Palmas Dos Cocos Dieciséis, The Palms Wild Summer Seventeen Sociedad Anónima, cuya traducción al castellano es Las Palmas Verano Salvaje Diecisiete, The Palms Forest Road Eighteen Sociedad Anónima, cuya traducción al castellano es Las Palmas Camino Boscoso Dieciocho, The Palms Gulf Valley Nineteen Sociedad Anónima, cuya traducción al castellano es Las Palmas Valle del Golfo Diecinueve, The Palms Coconut Twenty Sociedad Anónima, Las Palmas Coco Veinte. Presidente y Secretario con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 9:00 horas del 27 de abril del 2005, ante el Notario Ulises Alberto Obregón Alemán.—San José, 27 de abril del 2005.—Lic. Ulises Obregón Alemán, Notario.—1 vez.—Nº 31260.—(32872).

Por escritura otorgada ante mí a las doce horas de veintiocho de abril de dos mil cinco, se reformó la cláusula quinta donde se hizo aumento de capital de la sociedad anónima denominada Constructora Sánchez Carvajal S. A. Expido en Cartago, a las trece horas del veintiocho de abril de dos mil cinco.—Lic. Winner Obando Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 31262.—(32873).

Por escritura de protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la firma de esta plaza Pórtico al Darma Sociedad Anónima, se modifica la cláusula octava del pacto social: administración.—San José, 29 de abril del 2005.—Lic. Yohanna Valverde Carvajal, Notaria.—1 vez.—Nº 31266.—(32874).

Maribel Solano Mesén y Marco Antonio Centeno Solano, ambos vecinos de La Unión, San Diego dicen: que han convenido en constituir Repuestos y Lubricantes Centsol Sociedad Anónima, capital social: diez mil colones, representados por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Escritura otorgada a las diez horas del once de febrero del dos mil cinco.—La Unión, 26 de abril del 2005.—Ildreth Araya Mesén, Notaria.—1 vez.—Nº 31267.—(32875).

La suscrita notaria, hago constar que mediante escritura pública número cincuenta, ante mí otorgada a las quince horas del día siete de febrero del año en curso, Juan Jorge, Harold, Mª Eugenia, Guadalupe, Magdalena y Cruz Mª, todos Rodríguez Rojas, han constituido la sociedad Cafetalera Zaragoza R y R Sociedad Anónima. Con capital social de doce mil colones, un plazo social de noventa y nueve años, domicilio en Zaragoza de Palmares, Presidente Juan Jorge Rodríguez Rojas, cédula dos-doscientos ochenta y siete-mil trescientos sesenta y tres.—Alajuela, 28 de abril 2005.—Lic. Monika Fernández Mayorga, Notaria.—1 vez.—Nº 31270.—(32876).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas con treinta minutos del día veintiocho de abril del dos mil cinco, se constituyo la sociedad de esta plaza denominada Pies de Plomo Sociedad Anónima, la cual es nombre de fantasía. Capital suscrito y pagado. Es Todo.—San José, veintinueve de abril del dos mil cinco.—Kattia Vargas Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 31272.—(32877).

Por escrituras otorgadas ante mí, se constituyeron las sociedades: Kolimar 134 y Kolimar y Kolimar 142. Capital social: 100.000. Presidente apoderado generalísimo. A las 8:00 horas del día 27 de abril del 2005.—Lucía Odio Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 31273.—(32878).

Por escritura ante esta notaría, a las dieciséis horas del veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituye la sociedad Marcontrol Systems Sociedad Anónima. Presidente: Antonio Ferrario. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—Jorge Luis Ruiz Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº  31274.—(32879).

Por escritura ante esta notaría, a las dieciséis horas del veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituye la sociedad Marcontrol Systems Sociedad Anónima. Presidente: Antonio Ferrario. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—Jorge Luis Ruiz Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº  31274.—(32879).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 28 de abril del 2005, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada: Montaña Divina Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-384135, mediante la cual se destituye en su totalidad al Consejo de Administración y se nombra nueva Junta Directiva.—Grecia, 28 de abril del 2005.—Lic. José Francisco Chacón Acuña, Notario.—1 vez.—Nº 31277.—(32880).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 18:00 horas del día 12 de abril del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Inversiones IGH Amajo Sociedad Anónima.—San José, 27 de abril del 2005.—Lic. Monikha Cedeño Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 31278.—(32881).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cuatro, otorgada a las quince horas del veintisiete de abril del año dos mil cinco, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Bananera Internacional Fyffes Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la cual se otorga poder generalísimo.—San José, 27 de abril del 2005.—Andrea Sáenz Mederas, Notaria.—1 vez.—Nº 31282.—(32884).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del veintiocho de abril del dos mil cinco, protocolizo asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Hermanos Sánchez Fonseca Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula sexta en cuanto a la administración.—Lic. Mario Alberto Brenes Arroyo, Notario.—1 vez.—Nº 31283.—(32885).

En mi notaría, a las 10:00 horas del 23 de abril del 2005, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Maderas Fuertes de San Carlos S. A., por la cual se modifica la cláusula segunda del domicilio y se nombra nuevo presidente.—Ciudad Quesada, 25 de abril del 2005.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 31284.—(32886).

Ante la suscrita notaria, el día 28 de abril del 2005, se constituye Futura Cale S. A., con domicilio en la ciudad de Heredia. Capital social: de diez mil colones y cuya representación legal y extrajudicial le corresponde al presidente y secretario. Es todo.—San José, 28 de abril del 2005.—Lic. Ana Sophia Lobo León, Notaria.—1 vez.—Nº 31285.—(32887).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veintiséis de abril del dos mil cinco, se constituyó la sociedad anónima Gracias al Bosque Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones. Presidenta: Marjorie Patricia Singer.—Cóbano de Puntarenas, veintisiete de abril del dos mil cinco.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 31291.—(32888).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del veintiséis de abril del dos mil cinco, se constituyó la sociedad anónima Cumbre de Amor y Luz Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones. Presidenta: Nada Laurel Gulledge.—Cóbano de Puntarenas, veintisiete de abril del dos mil cinco.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 31292.—(32889).

Ante mí, Carlos Manuel Segura Quirós, notario público de Escazú, San José, se constituyó la sociedad denominada The Gym Sport Wear S.A. Es todo.—Escazú, 29 de abril del 2005.—Lic. Carlos Manuel Segura Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 31293.—(32890).

Ante mi notaría, mediante escritura número quince, de las 10:00 horas del treinta y uno de marzo del dos mil cinco, se protocolizan acuerdos de la sociedad anónima Galim del Norte Sociedad Anónima, A) Reforma de cláusulas segunda y sexta. B) Cambio de junta directiva. Domiciliada en San José, avenidas cinco y siete, calle tres, Edificio Acorde. Presidente: Alfonso Jiménez Meza.—San José, a las nueve horas del veintisiete de abril del dos mil cinco.—Lic. Grethel Sánchez Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 31294.—(32891).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 28 de abril del 2005, Harold Restrepo Rivera y Nora Elena Ortiz Lampión constituyeron Grupo Creativo Tic Sociedad Anónima. Capital: ¢10.000,00 suscrito y pagado en partes iguales por los comparecientes. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social: 99 años.—San José, 29 de abril del 2005.—Lic. Bernardo Chaves Requenes, Notario.—1 vez.—Nº 31295.—(32892).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del trece de abril del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Ole Olivares Mexicana Sociedad Anónima.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario Público de Playa Brasilito.—1 vez.—Nº 31297.—(32893).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del cuatro de febrero del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Carro Antiguo T Z Sociedad Anónima, con domicilio en El Alto de Guadalupe, Goicoechea setenta y cinco metros al sur de la Pescadería Expun. Presidente: Luis Enrique Troyo Ulloa.—Lic. Maureen Patricia Ramírez Guzmán, Notaria.—1 vez.—Nº 31301.—(32894).

Por escritura otorgada el día de hoy ante esta notaría, Olman Campos Barrantes y Juan Luis Cabezas Rojas, constituyen la sociedad Translogistica Camcabe Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y al secretario del consejo de administración, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Capital social de doce mil colones.—San José, a las diecisiete horas del día dieciocho de abril de dos mil cinco.—Lic. José Andrés Masís Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 31305.—(32895).

Mediante escritura pública número ochenta y uno-cuatro, otorgada a las once horas del veintiocho de abril del año dos mil cinco, protocolizo los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía de esta plaza, denominada Grupo Moncar S. A., mediante la cual se procede a reformar la cláusula quinta, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, veintiocho de abril del dos mil cinco.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 31306.—(32896).

En mi notaría, a las 14:00 horas del 28 de abril del 2005, se constituyó la sociedad Chavarría Marketing Services S. A. Capital social: seis mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente y tesorero con representación judicial y extrajudicial y facultades de apoderados generalísimos, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, 28 de abril del 2005.—Lic. Max Eduardo Bastos Villegas, Notario.—1 vez.—Nº 31307.—(32897).

Por escritura ciento ochenta y cuatro otorgada ante los notarios Guido Laboranti Marchini y Asdrúbal Mena Bonilla, a las once horas del veintiséis de abril del dos mil cinco, donde se protocolizó acta de asamblea número uno, primero: se sustituye secretario, segundo: se reforma cláusula novena y tercero: se ceden el cincuenta por ciento de las acciones de la sociedad Olca Clasypop S. A.—San José, veintinueve de abril del dos mil cinco.—Lic. Asdrúbal Mena Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 31308.—(32898).

El suscrito notario hace constar que mediante escritura otorgada el 14 de enero del 2005 y adicionada el 28 de abril del 2005, Arturo Fournier Facio, Ana Luisa Piza Carrillo y Andrés Fernández Ramírez, constituyeron Fundación de Amigos del Teatro Melico Salazar y de Las Artes Escénicas FUTEMA, duración perpetua, patrimonio inicial quince mil colones, tres directores, domicilio calle 29 entre avenidas 0 y 8, apartamentos Sully N° 7 de San José, objetivo ayudar y cooperar con todas las actividades y fines del Teatro Popular Mélico Salazar.—San José, 28 de abril del 2005.—Lic. Ronald Rodríguez Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 31309.—(32899).

Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría, de las diecinueve horas del dos de noviembre del dos mil cuatro, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Sandías Amistosas S. A., mediante la cual se reformó la cláusula primera de los estatutos.—San José, veintiocho de abril del dos mil cinco.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº 31310.—(32900).

Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría, de las dieciocho horas del dos de noviembre del dos mil cuatro, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Bogojevic S. A., mediante la cual se reformó la cláusula primera de los estatutos.—San José, veintiocho de abril del dos mil cinco.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº 31311.—(32901).

Por escritura de las 16:00 horas del 21 de marzo del 2005, se constituyó ante mi notaría la sociedad denominada Consultores Informáticos R& A S. A., con un capital social de diez mil colones. Su apoderado generalísimo sin límite de suma lo es el señor Marco Román Hernández.—San José, 27 de abril del 2005.—Lic. Gretta Vargas López, Notaria.—1 vez.—Nº 31312.—(32902).

La suscrita notaria hace constar que por escritura de las 11:00 horas del 22 de marzo del 2005, se protocolizó acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de la sociedad Corporación Profesional V.R. S. A., cambiándose el nombre de la misma a Finca Nazareth S.A., renunciaron personeros de junta directiva y se nombraron nuevos en su lugar. Presidenta actual: Xenia Román Díaz.—San José, 28 de abril del 2005.—Lic. Elizarda Vargas Morúa, Notaria.—1 vez.—Nº 31313.—(32903).

La suscrita notaria hace constar, que en mi notaría, a las quince horas del veintiocho de abril del presente año, se protocolizó una acta de la sociedad Lumideco S. A., en la cual se modificó la cláusula quinta de los estatutos relativa al capital social, a la suma de dos millones de colones.—San José, 28 de abril del 2005.—Lic. Elizarda Vargas Morúa, notaría.—1 vez.—Nº 31314.—(32904).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las trece horas del veinticinco de abril del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Mararenas de Jacó Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones, moneda del curso legal de Costa Rica, totalmente suscrito y pagado. Distrito de Jacó, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas.—Lic. José Antonio Corea Ocampo, Notario.—1 vez.—Nº 31315.—(32905).

Anthony Giacone y Eric Duranton, constituyen Samane Azul Veinticinco Sociedad Anónima. Presidente: El socio Giacone. Plazo social: 99 años.—Liberia, 15 de marzo del 2005.—Lic. Juan Francisco Ruiz Monge, Notario.—1 vez.—Nº 31316.—(32906).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó las sociedades The Golden Goal, Success Road Corporation, September Eleven Investments todas Sociedad Anónima. Domicilio: provincia de San José, cantón central, distrito Hospital. Objeto: comercio en general. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. Andre Jesús Vargas Siverio, Notario.—1 vez.—Nº 31318.—(32907).

Por escritura otorgada en esta fecha por esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Águilas del Cairo ACR Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula relativa a la administración.—San José, veintiocho de abril del dos mil cinco.—Lic. Jorge Eduardo Lobo Solera, Notario.—1 vez.—Nº 31319.—(32908).

Por escritura otorgada en esta fecha por esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Condomino Agave Rojo Número Ocho Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas relativas al domicilio y la administración.—San José, veintiocho de abril del dos mil cinco.—Lic. Jorge Eduardo Lobo Solera, Notario.—1 vez.—Nº 31320.—(32909).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 20 de enero del 2005, se constituyó la sociedad Inversiones Ugagut S. A. Plazo: 99 años. Domicilio: Liberia, Barrio Moracia, frente a cantina El Malinche. Objeto: el ejercicio del comercio en general, capital social diez mil colones suscritos y pagados. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Liberia, 20 de enero del 2005.—Lic. Ana Gabriela Acevedo Rivera, Notaria.—1 vez.—Nº 31321.—(32910).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 27 de junio del 2004, se constituyó la sociedad Corporación de Las Indias La Isabela S. A. Plazo 99 años. Domicilio: Liberia, Guanacaste, calle cuarta, avenidas cuatro y seis. Objeto: el comercio en general, la agricultura, la industria y la ganadería, capital social diez mil colones suscritos y pagados. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Liberia, 15 de abril del 2005.—Lic. Ana Gabriela Acevedo Rivera, Notaria.—1 vez.—Nº 31322.—(32911).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del veintisiete de abril del dos mil cinco, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Blunt Wrap S. A., se nombra presidente, tesorero y agente residente.—Lic. Anneth Jiménez Calvo, Notaria.—1 vez.—Nº 31326.—(32912).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó C J Propiedades Maren Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo.—San José, once de noviembre del dos mil cuatro.—Lic. Flor E. Castillo Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 31327.—(32913).

Por escritura otorgada en la notaría del licenciado Wálter Garita Quirós, a las quince horas del veintiséis de abril del dos mil cinco, se constituye la sociedad denominada Inversiones Kendall del Norte.—Veintiséis de abril del dos mil cinco.—Lic. Wálter Garita Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 31329.—(32914).

Al ser las 7:00 horas 30 minutos del 21 de abril del 2005, se constituyó el nombre de la sociedad Rebirth S. A., presidente José Esteban Campos Céspedes.—Lic. Roy Daniel Rodríguez Zárate, Notario.—1 vez.—Nº 31333.—(32915).

 

NOTIFICACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL

Bridley Rodríguez Aguilar, notificador del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a quien interese, hace saber que en expediente Nº 99-600784-318-TC por infracción a la Ley de Tránsito, establecido por la Delegación de Tránsito de San Carlos contra Carlos Eduardo Vargas Murillo, se dictó la resolución de las catorce horas treinta minutos del cuatro de abril del dos mil cinco, que en su parte dispositiva indica. “Por tanto: De conformidad con las razones dadas, artículo 143 de la Ley de Tránsito vigente y decreto número 31729-MOPT, publicado en La Gaceta Nº 68, el día 6 de abril del 2004, se ordena traspasar el vehículo que presenta las siguientes características: Motocicleta Yamaha, color rojo, motor número JT1111873, a nombre del Consejo de Seguridad Vial, para uso de la Policía de Tránsito, libre de todo gravámen, incluyendo anotaciones por infracciones a la Ley de Tránsito. Emítase los respectivos oficios, así como el respectivo mandamiento judicial de inscripción ante el Registro Público de la Propiedad; para ser entregado a la firmeza de esta resolución. Se tiene por autorizada a Flor García Piedra para el retiro del mencionado vehículo de la Delegación de Tránsito de San Carlos. Se tiene por autorizado a Ricardo Madrigal Jiménez para retirar y gestionar los documentos de interés. Notifíquese, y por edicto, que correrá por cuenta del Consejo de Seguridad Vial.—Lic. Danaldo Messer Benavides, Juez”.—1 vez.—(O. C. Nº 28783).—C-8570.—(32312).

Bridley Rodríguez Aguilar, notificador del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a quien interese, hace saber que en expediente Nº 04-600603-742-TC por infracción a la Ley de Tránsito, establecido por la Delegación de Tránsito de San Carlos contra Ronald Vargas Sobalvarro, se dictó la resolución de las trece horas treinta minutos del ocho de abril del dos mil cinco, que en su parte dispositiva indica “Por tanto: De conformidad con las razones dadas, artículo 143 de la Ley de Tránsito vigente y decreto Nº 31729-MOPT, publicado en La Gaceta Nº 68, el día 6 de abril del 2004, se ordena traspasar el vehículo que presenta las siguientes características: Motocicleta, Yamaha, motor Nº STS113837, a nombre del Consejo de Seguridad Vial, para uso de la Policía de Tránsito, libre de todo gravamen, incluyendo anotaciones por infracciones a la Ley de Tránsito. Emítase los respectivos oficios, así como el respectivo mandamiento judicial de inscripción ante el Registro Público de la Propiedad; para ser entregado a la firmeza de esta resolución. Se tiene por autorizada a Flor García Piedra para el retiro del mencionado vehículo de la Delegación de Tránsito de San Carlos. Se tiene por autorizado a Ricardo Madrigal Jiménez para retirar y gestionar los documentos de interés. Notifíquese, y por edicto, que correrá por cuenta del Consejo de Seguridad Vial.—Lic. Danaldo Messer Benavides, Juez.”.—1 vez.—(O. C. Nº 28570).—C-8570.—(32313).

 

Bridley Rodríguez Aguilar, notificador del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a quien interese, hace saber que en expediente Nº 03-600136-742-TC por infracción a la Ley de Tránsito, establecido por la Delegación de Tránsito de San Carlos contra Amado Ugalde Ramírez, se dictó la resolución de las once horas quince minutos del cinco de abril del dos mil cinco, que en su parte dispositiva indica. “Por tanto: De conformidad con las razones dadas, artículo 143 de la Ley de Tránsito vigente y decreto número 31729-MOPT, publicado en La Gaceta Nº 68, el día 6 de abril del 2004, se ordena traspasar el vehículo que presenta las siguientes características: motocicleta Yamaha, placas MOT 050374, motor número 3TS004286, a nombre del Consejo de Seguridad Vial, libre de todo gravamen, incluyendo anotaciones por infracciones a la Ley de Tránsito. Emítase los respectivos oficios, así como el respectivo mandamiento judicial de inscripción ante el Registro Público de la Propiedad; para ser entregado a la firmeza de esta resolución. Se tiene por autorizada a Flor García Piedra para el retiro del mencionado vehículo de la Delegación de Tránsito de San Carlos. Se tiene por autorizado a Ricardo Madrigal Jiménez para retirar y gestionar los documentos de interés. Notifíquese.—Lic. Danaldo Messer Benavides, Juez”.—1 vez.—(O. C. Nº 28783).—C-8570.—(32314).

 

Bridley Rodríguez Aguilar, notificador del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a quien interese, hace saber que en expediente Nº 02-607743-318-TB-5 por infracción a la Ley de Tránsito, establecido por la Delegación de Tránsito de San Carlos contra Joset Iván Barrantes Quirós, se dictó la resolución de las catorce horas cincuenta minutos del cuatro de abril del dos mil cinco, que en su parte dispositiva indica. “Por tanto: De conformidad con las razones dadas, artículo 143 de la Ley de Tránsito vigente y decreto número 31729-MOPT, publicado en La Gaceta Nº 68, el día 6 de abril del 2004, se ordena traspasar el vehículo que presenta las siguientes características: Nissan Sentra, color blanco, número de vin JN1PB1558EV144357, a nombre del Consejo de Seguridad Vial, para uso de la Policía de Tránsito, libre de todo gravamen, incluyendo anotaciones por infracciones a la Ley de Tránsito. Emítase los respectivos oficios, así como el respectivo mandamiento judicial de inscripción ante el Registro Público de la Propiedad; para ser entregado a la firmeza de esta resolución. Se tiene por autorizada a Flor García Piedra para el retiro del mencionado vehículo de la Delegación de Tránsito de San Carlos. Se tiene por autorizado a Ricardo Madrigal Jiménez para retirar y gestionar los documentos de interés. Notifíquese, y por edicto, que correrá por cuenta del Consejo de Seguridad Vial.—Lic. Danaldo Messer Benavides, Juez”.—1 vez.—(O. C. Nº 28783).—C-8570.—(32315).

 

Bridley Rodríguez Aguilar, notificador del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a quien interese, hace saber que en expediente Nº 01-600647-318-TC por infracción a la Ley de Tránsito, establecido por la Delegación de la Fuerza Pública Ciudad Quesada contra Óscar Gómez Rodríguez, se dictó la resolución de las diez horas cuarenta y cinco minutos del cinco de abril del dos mil cinco, que en su parte dispositiva indica “Por tanto: De conformidad con las razones dadas, artículo 143 de la Ley de Tránsito vigente y decreto Nº 31729-MOPT, publicado en La Gaceta Nº 68, el día 6 de abril del 2004, se ordena traspasar el vehículo que presenta las siguientes características: motocicleta, Honda, marco Nº JE01-1100238, y motor Nº JE01E10508, a nombre del Consejo de Seguridad Vial, pasa uso de la Policía de Tránsito, libre de todo gravamen, incluyendo anotaciones por infracciones a la Ley de Tránsito. Emítase los respectivos oficios, así como el respectivo mandamiento judicial de inscripción ante el Registro Público de la Propiedad; para ser entregado a la firmeza de esta resolución. Se tiene por autorizada a Flor García Piedra para el retiro del mencionado vehículo de la Delegación de la Fuerza Pública de Ciudad Quesada de San Carlos. Se tiene por autorizado a Ricardo Madrigal Jiménez para retirar y gestionar los documentos de interés. Notifíquese y por edicto, que correrá por cuenta del Consejo de Seguridad Vial.—Lic. Danaldo Messer Benavides, Juez.”—1 vez.—(O. C. Nº 28783).—C-8570.—(32316).

 

Bridley Rodríguez Aguilar, notificador del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a quien interese, hace saber que en expediente número 00-608264-318-TP por infracción a la Ley de Tránsito, establecido por la Delegación de Tránsito de San Carlos contra Rafael Amado Ugalde Porras, se dictó la resolución de las nueve horas treinta minutos del cuatro de febrero del dos mil cinco, que en su parte dispositiva indica “Por tanto: De conformidad con las razones dadas, artículo 143 de la Ley de Tránsito vigente y decreto Nº 31729-MOPT, publicado en La Gaceta Nº 68, el día 6 de abril del 2004, se ordena traspasar el vehículo que presenta las siguientes características: motocicleta, Jialing, marco Nº 156FM96003363, a nombre del Consejo de Seguridad Vial, libre de todo gravamen, incluyendo anotaciones por infracciones a la Ley de Tránsito. Emítase los respectivos oficios, así como el respectivo mandamiento judicial de inscripción ante el Registro Público de la Propiedad; para ser entregado a la firmeza de esta resolución. Se tiene por autorizada a Flor García Piedra para el retiro del mencionado vehículo de la Delegación de la Fuerza Pública de San Carlos. Se tiene por autorizado a Ricardo Madrigal Jiménez para retirar y gestionar los documentos de interés. Notifíquese y además por edicto en el Diario Oficial La Gaceta, que estará a cargo del Consejo de Seguridad Vial.—Lic. Danaldo Messer Benavides, Juez.”—1 vez.—(O. C. Nº 28783).—C-8570.—(32317).

 

Bridley Rodríguez Aguilar, Notificador del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a quien interese, hace saber que en Expediente número 04-600441-742-TC, por colisión e Infracción a la Ley de Tránsito, establecido por la Delegación de Tránsito de San Carlos contra Sergio Zamora Altamirano y otro, se dictó la resolución de las catorce horas, cinco minutos del cuatro de abril del dos mil cinco, que en su parte dispositiva indica “Por tanto: de conformidad con las razones dadas, artículo 143 de la Ley de Tránsito vigente y Decreto número 31729-MOPT, publicado en La Gaceta Nº 68, el día 6 de abril del 2004, se ordena traspasar el vehículo que presenta las siguientes características: motocicleta, Yamaha, motor número 335-1064 y marco número 417-001510, a nombre del Consejo de Seguridad Vial, para uso de la Policía de Tránsito, libre de todo gravamen, incluyendo anotaciones por infracciones a la Ley de Tránsito. Emítase los respectivos oficios, así como el respectivo mandamiento judicial de inscripción ante el Registro Público de la Propiedad; para ser entregado a la firmeza de esta resolución. Se tiene por autorizada a Flor García Piedra para el retiro del mencionado vehículo de la Delegación de Tránsito de San Carlos. Se tiene por autorizado a Ricardo Madrigal Jiménez para retirar y gestionar los documentos de interés. Notifíquese, y por edicto que correrá por cuenta del Consejo de Seguridad Vial.—Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada.—Lic. Danaldo Messer Benavides, Juez.—1 vez.—(O. C. Nº 28783).—C-8570.—(32318).

 

Bridley Rodríguez Aguilar, notificador del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a quien interese, hace saber que en expediente número 02-608608-318-TB, por Infracción a la Ley de Tránsito, establecido por la Delegación de Tránsito de San Carlos contra Eduardo Salas Rodríguez, se dictó la resolución de las trece horas, cuarenta minutos del cuatro de abril del dos mil cinco, que en su parte dispositiva indica “Por tanto: de conformidad con las razones dadas, artículo 143 de la  Ley de Tránsito vigente y Decreto número 31729-MOPT, publicado en La Gaceta Nº 68, el día 6 de abril del 2004, se ordena traspasar el vehículo que presenta las siguientes características: sedán, marca Hyunday, chasis número KHVF21LPRUOE1330 y vin número 081330, a nombre del Consejo de Seguridad Vial, para uso de la Policía de Tránsito, libre de todo gravamen, incluyendo anotaciones por infracciones a la Ley de Tránsito, emítase los respectivos oficios, así como el respectivo mandamiento judicial de inscripción, ante el Registro Público de la Propiedad; para ser entregado a la firmeza de esta resolución. Se tiene por autorizada a Flor García Piedra para el retiro del mencionado vehículo de la Delegación de Tránsito de San Carlos. Se tiene por autorizado a Ricardo Madrigal Jiménez para retirar y gestionar los documentos de interés. Notifíquese y por edicto, que correrá por cuenta del Consejo de Seguridad Vial.—Juzgado de Tránsito de San Carlos.—Lic. Danaldo Messer Benavides, Juez.—1 vez.—(O. C. Nº 28783).—C-8570.—(32319).

 

Bridley Rodríguez Aguilar, Notificador del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a quien interese, hace saber que en expediente número 00-201129-306-PE, por Infracción a la Ley de Tránsito, establecido por la Delegación de Tránsito de San Carlos contra Ramón Orozco Montero, se dictó la resolución de las siete horas, treinta minutos del cinco de abril del dos mil cinco, que en su parte dispositiva indica “Por tanto: de conformidad con las razones dadas, artículo 143 de la Ley de Tránsito vigente y Decreto número 31729-MOPT, publicado en La Gaceta Nº 68, el día 6 de abril del 2004, se ordena traspasar el vehículo que presenta las siguientes características: motocicleta, Yamaha, motor número 1X0-008876, a nombre del Consejo de Seguridad Vial, para uso de la Policía de Tránsito, libre de todo gravamen, incluyendo anotaciones por infracciones a la Ley de Tránsito. Emítase los respectivos oficios, así como el respectivo mandamiento judicial de inscripción ante el Registro Público de la Propiedad; para ser entregado a la firmeza de esta resolución. Se tiene por autorizada a Flor García Piedra para el retiro del mencionado vehículo de la Delegación de Tránsito de San Carlos. Se tiene por autorizado a Ricardo Madrigal Jiménez para retirar y gestionar los documentos de interés. Notifíquese y por edicto, que correrá por cuenta del Consejo de Seguridad Vial.—Lic. Danaldo Messer Benavides, Juez.—1 vez.—(O. C. Nº 28783).—C-8570.—(32320).

 

Bridley Rodríguez Aguilar, notificador del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a quien interese, hace saber que en expediente número 00-607038-318-TB, por Infracción a la Ley de Tránsito, establecido por la Delegación de Tránsito de San Carlos contra Leopoldo González Reyamo, se dictó la resolución de las quince horas, quince minutos del cuatro de abril del dos mil cinco, que en su parte dispositiva indica “Por tanto: de conformidad con las razones dadas, artículo 143 de la Ley de Tránsito vigente y decreto número 31729-MOPT, publicado en La Gaceta Nº 68, el día 6 de abril del 2004, se ordena traspasar el vehículo que presenta las siguientes características: motocicleta, Susuki, motor número XR100E-1318367, a nombre del Consejo de Seguridad Vial, para uso de la Policía de Tránsito, libre de todo gravamen, incluyendo anotaciones por infracciones a la Ley de Tránsito. Emítase los respectivos oficios, así como el respectivo mandamiento judicial de inscripción ante el Registro Público de la Propiedad; para ser entregado a la firmeza de esta resolución. Se tiene por autorizada a Flor García Piedra para el retiro del mencionado vehículo de la Delegación de Tránsito de San Carlos. Se tiene por autorizado a Ricardo Madrigal Jiménez para retirar y gestionar los documentos de interés. Notifíquese por deedicto, que correrá por cuenta del Consejo de Seguridad Vial.— Juzgado de Tránsito de San Carlos.Lic. Danaldo Messer Benavides, Juez.—1 vez.—(O. C. Nº 28783).—C-8570.—(32321).

 

Bridley Rodríguez Aguilar, notificador del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a quien interese, hace saber que en expediente número 02-608025-318-TB, por infracción a la Ley de Tránsito, establecido por la Delegación de Tránsito de San Carlos contra Wilberth Alvarado Muñoz, se dictó la resolución de las dieciséis horas, quince minutos del primero de abril del dos mil cinco, que en su parte dispositiva dispone “Por tanto: de conformidad con las razones dadas, artículo 143 de la Ley de Tránsito vigente y decreto número 31729-MOPT, publicado en La Gaceta N° 68, el día 6 de abril del 2004, se ordena traspasar el vehículo que presenta las siguientes características: Hyundai, sedán, motor número CN1965-1533217, número de chasis KMHVF21JPNU594121, color verde, a nombre del Consejo de Seguridad Vial, libre de todo gravamen, incluyendo anotaciones por infracciones a la Ley de Tránsito. Emítase los respectivos oficios, así como el respectivo mandamiento judicial de inscripción ante el Registro Público de la Propiedad; para ser entregado a la firmeza de esta resolución. Se tiene por autorizada a Flor García Piedra para el retiro del mencionado vehículo de la Delegación de Tránsito de San Carlos. Se tiene por autorizado a Ricardo Madrigal Jiménez para retirar y gestionar los documentos de interés. Notifíquese, por edicto que correrá por cuenta del Consejo de Seguridad Vial.—Juzgado de Tránsito de San Carlos.—Lic. Danaldo Messer Benavides, Juez.—1 vez.—(O. C. Nº 28783).—C-8570.—(32322).

 

Bridley Rodríguez Aguilar, notificador del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a quien interese, hace saber que en Expediente número 02-602822-318-TB-0, por Infracción a la Ley de Tránsito, establecido por la Delegación de Tránsito de San Carlos contra Jaime Sandoval Salazar, se dictó la resolución de las trece horas, cincuenta minutos del cuatro de abril del dos mil cinco, que en su parte dispositiva indica “Por tanto: de conformidad con las razones dadas, artículo 143 de la Ley de Tránsito vigente y Decreto número 31729-MOPT, publicado en La Gaceta Nº 68, el día 6 de abril del 2004, se ordena traspasar el vehículo que presenta las siguientes características: motocicleta marca Kawasaki, motor número X125B-013324, a nombre del Consejo de Seguridad Vial, para uso de la Policía de Tránsito libre de todo gravamen, incluyendo anotaciones por infracciones a la Ley de Tránsito. Emítase los respectivos oficios, así como el respectivo mandamiento judicial de inscripción ante el Registro Público de la Propiedad; para ser entregado a la firmeza de esta resolución. Se tiene por autorizada a Flor García Piedra para el retiro del mencionado vehículo de la Delegación de Tránsito de San Carlos. Se tiene por autorizado a Ricardo Madrigal Jiménez para retirar y gestionar los documentos de interés. Notifíquese,  por edicto, que correrá por cuenta del Consejo de Seguridad Vial.—Lic. Danaldo Messer Benavides, Juez.—1 vez.—(O. C. Nº 28783).—C-8570.—(32323).

 

Bridley Rodríguez Aguilar, notificador del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a quien interese, hace saber que en Expediente número 00-602321-318-TB, por Infracción a la Ley de Tránsito, establecido por la Delegación de Tránsito de esta ciudad, contra Minor Rodríguez Quesada, se dictó la resolución de las once horas, quince minutos del veintidós de febrero del dos mil cinco, que en su parte dispositiva indica “Por tanto: de conformidad con las razones dadas, artículo 143 de la Ley de Tránsito vigente y Decreto número 31729-MOPT, publicado en La Gaceta Nº 68, el día 6 de abril del 2004, se ordena traspasar el vehículo que presenta las siguientes características: motocicleta marca Honda, motor número E6173193, que no se encuentra inscrito ante el Registro Público de la Propiedad Mueble, a nombre del Consejo de Seguridad Vial, libre de todo gravamen, incluyendo anotaciones por infracciones a la Ley de Tránsito. Emítase los respectivos oficios, así como el respectivo mandamiento judicial de inscripción ante el Registro Público de la Propiedad; para ser entregado a la firmeza de esta resolución. Se tiene por autorizada a Flor García Piedra para el retiro del mencionado vehículo de la Delegación de Tránsito local. Se tiene por autorizado a Ricardo Madrigal Jiménez para retirar y gestionar los documentos de interés. Notifíquese al COSEVI a los faxes número 233-0907 ó 233-0911, y además una vez por edicto, que estará a cargo del Consejo de Seguridad Vial.—Lic. Danaldo Messer Benavides, Juez.—1 vez.—(O. C. Nº 28783).—C-8570.—(32324).

 

Bridley Rodríguez Aguilar, Notificador del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a quien interese, hace saber que en Expediente número 01-604780-318-TP, por Infracción a la Ley de Tránsito, establecido por la Delegación de Tránsito de San Carlos, contra Alexander Santamaría Ortega, se dictó la resolución de las nueve horas, quince minutos del cuatro de febrero del dos mil cinco, que en su parte dispositiva indica “De conformidad con las razones dadas, artículo 143 de la Ley de Tránsito vigente y Decreto número 31729-MOPT, publicado en La Gaceta Nº 68, el día 6 de abril del 2004, se ordena traspasar el vehículo que presenta las siguientes características: motocicleta Honda, motor número JI125SE1021042, y marco número TL 125S1021032, a nombre del Consejo de Seguridad Vial, libre de todo gravamen, incluyendo anotaciones por infracciones a la Ley de Tránsito. Emítase los respectivos oficios, así como el respectivo mandamiento judicial de inscripción ante el Registro Público de la Propiedad; para ser entregado a la firmeza de esta resolución. Se tiene por autorizada a Flor García Piedra para el retiro del mencionado vehículo de la Delegación de la Fuerza Pública de San Carlos. Se tiene por autorizado a Ricardo Madrigal Jiménez para retirar y gestionar los documentos de interés. Notifíquese y además por edicto en el diario Oficial La Gaceta, que estará a cargo del Consejo de Seguridad Vial.—Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada.—Lic. Danaldo Messer Benavides, Juez.—1 vez.—(O. C. Nº 28783).—C-8570.—(32325).

 

Bridley Rodríguez Aguilar, Notificador del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a quien interese, hace saber que en Expediente número 02-602940-318-TB, por Infracción a la Ley de Tránsito, establecido por la Delegación de Tránsito de San Carlos, contra Edwin Mena Salazar, se dictó la resolución de las trece horas, cincuenta minutos del ocho de abril del dos mil cinco, que en su parte dispositiva indica “Por tanto: de conformidad con las razones dadas, artículo 143 de la Ley de Tránsito vigente y Decreto número 31729-MOPT, publicado en La Gaceta Nº 68, el día 6 de abril del 2004, se ordena traspasar el vehículo que presenta las siguientes características: motocicleta Yamaha, motor número 450-504751, a nombre del Consejo de Seguridad Vial, para uso de la Policía de Tránsito, libre de todo gravamen, incluyendo anotaciones por infracciones a la Ley de Tránsito. Emítase los respectivos oficios, así como el respectivo mandamiento judicial de inscripción ante el Registro Público de la Propiedad; para ser entregado a la firmeza de esta resolución. Se tiene por autorizada a Flor García Piedra para el retiro del mencionado vehículo de la Delegación de Tránsito de San Carlos. Se tiene por autorizado a Ricardo Madrigal Jiménez para retirar y gestionar los documentos de interés. Notifíquese y por edicto que correrá por cuenta del Consejo de Seguridad Vial.—Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada.—Lic. Danaldo Messer Benavides, Juez.—1 vez.—(O. C. Nº 28783).—C-8570.—(32326).

 

Bridley Rodríguez Aguilar, Notificador del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a quien interese, hace saber que en expediente número 02-606628-318-TB, por Infracción a la Ley de Tránsito, establecido por la Delegación de Tránsito de San Carlos, contra José Esteban Flores Bermúdez, se dictó la resolución de las quince horas, cincuenta minutos del primero de abril del dos mil cinco, que en su parte dispositiva indica “Por tanto: de conformidad con las razones dadas, artículo 143 de la Ley de Tránsito vigente y Decreto número 31729-MOPT, publicado en La Gaceta Nº 68, el día 6 de abril del 2004, se ordena traspasar el vehículo que presenta las siguientes características: motocicleta Yamaha, sin placas, motor número 050-00052, color amarillo y azul, a nombre del Consejo de Seguridad Vial, libre de todo gravamen, incluyendo anotaciones por infracciones a la Ley de Tránsito. Emítase los respectivos oficios, así como el respectivo mandamiento judicial de inscripción ante el Registro Público de la Propiedad; para ser entregado a la firmeza de esta resolución. Se tiene por autorizada a Flor García Piedra para el retiro del mencionado vehículo de la Delegación de Tránsito de San Carlos. Se tiene por autorizado a Ricardo Madrigal Jiménez para retirar y gestionar los documentos de interés. Notifíquese y por edicto que correrá por cuenta del Consejo de Seguridad Vial.—Lic. Danaldo Messer Benavides, Juez.—1 vez.—(O. C. Nº 28783).—C-8570.—(32327).

 

CITACIONES

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

Por única vez se cita y emplaza a los causahabientes e interesados en la indemnización que otorga el Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores por muerte de:

Ávila Montero José Manuel                2-689-833      Ag. San Ramón

Mejías Artavia Roiner                          5-312-044      Ag. Liberia

Ángulo Gutiérrez Giselle Eugenia        5-307-562      Ag. Nicoya

Espinoza Moreira Javier Andrés          2-672-705      Ag. Alajuela

Castañeda Rodríguez Luis Enrique       5-206-779      Ag. Liberia

Paniagua Villalobos Allan                    1-1113-865     Ag. Heredia

Guzmán Gatgens Juan Félix                 2-290-084      Ag. Alajuela

Campos López Carlos Alberto           1-1217-710     Ag. Nicoya

Vega Morales Gerardo                          6-086-667      Ag. Cartago

Para que dentro del término de nueve días hábiles a partir de la publicación de este aviso, se apersonen a la Sucursal señalada anteriormente, en el reclamo de sus derechos apercibidos, que si no lo hicieren, la indemnización pasará a quien en derecho corresponda.

San José, 28 de abril del 2005.—Comunicación Institucional.—Lic. Frank Sanabria Villalobos, Subjefe.—1 vez.—(O. C. Nº 17648).—C-10890.—(32786).