Gaceta 89

PODER LEGISLATIVO.. 1

ACUERDOS. 1

PODER EJECUTIVO.. 11

DECRETOS. 11

ACUERDOS. 13

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA.. 13

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES. 14

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR.. 15

RESOLUCIONES. 16

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES. 16

MINISTERIO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES. 18

DOCUMENTOS VARIOS. 19

AGRICULTURA Y GANADERÍA.. 19

eDUCACIÓN PÚBLICA.. 21

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. 22

JUSTICIA Y GRACIA.. 23

AMBIENTE Y ENERGÍA.. 25

PODER JUDICIAL. 25

AVISOS. 25

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. 26

EDICTOS. 26

AVISOS. 27

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA.. 28

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS. 28

LICITACIONES. 30

ADJUDICACIONES. 34

FE DE ERRATAS. 37

REGLAMENTOS. 39

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS. 40

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA.. 40

BANCO DE COSTA RICA.. 40

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS. 40

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA.. 41

UNIVERSIDAD NACIONAL. 43

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO.. 44

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA.. 44

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS. 44

RÉGIMEN MUNICIPAL. 45

MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS. 45

MUNICIPALIDAD DE CARTAGO.. 46

MUNICIPALIDAD DE TURRUBARES. 46

MUNICIPALIDAD DE BAGACES. 46

MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ.. 46

MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS. 46

CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE MONTEVERDE. 47

AVISOS. 47

CONVOCATORIAS. 47

AVISOS. 48

NOTIFICACIONES. 72

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. 72

CITACIONES. 73

JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL. 73

MAGISTERIO NACIONAL. 73

FE DE ERRATAS. 73

PODER LEGISLATIVO.. 73

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS. 73

MUNICIPALIDADES. 74

PODER LEGISLATIVO

ACUERDOS

Nº 6233-04-05

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

En uso de las atribuciones que le confiere el inciso 5) del artículo 121 de la Constitución Política:

ACUERDA:

El Plenario Legislativo, en sesión ordinaria Nº 156, celebrada el día trece de abril del dos mil cinco, aprobó conceder permiso de atraque, desembarque de las tripulaciones y permanencia en puertos costarricenses, tanto del Mar Caribe como del Océano Pacífico, en el período comprendido entre el 1º de abril y el 30 de junio del 2005, a las embarcaciones del Servicio de Guardacostas de los Estados Unidos de América.

Los buques que estarán desarrollando actividades amparadas al “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Costar Rica y el Gobierno de los Estados Unidos de América, para la cooperación para suprimir el tráfico ilícito, aprobado mediante Ley Nº 7929 del 6 de octubre de 1999, son los siguientes:

1)  USCGC ACTIVE (WMEC 618)

Longitud: 64 metros. Tripulación máxima: 12 oficiales, 65 enlistados. Embarcación artillada. Aeronaves a bordo: (1) Helicóptero HH-65.

2)  USCGC CAMPBELL (WMEC 909)

Longitud: 82 metros. Tripulación máxima: 16 ofíciales, 90 enlistados. Embarcación artillada. Aeronaves a bordo: (1) Helicóptero HH-65.

3)  USCGC BOUTWELL (WHEC 719)

Longitud: 115 metros. Tripulación máxima: 20 oficiales, 150 enlistados. Embarcación artillada. Aeronaves a bordo: (1) Helicóptero MH-68A.

La Embajada de los Estados Unidos de América también solicita autorización durante el mismo período para que las siguientes embarcaciones del Guardacostas realicen visitas cortas a puertos costarricenses, de resultar necesario para apoyar operaciones marítimas antidrogas para el cumplimiento de la ley. Los siguientes barcos estarán operando en o cerca de la zona económica exclusiva de Costa Rica; sin embargo, no están programadas para visitar algún puerto en el país:

4)  USCGC CHASE (WHEC 718)

Longitud: 115 metros. Tripulación máxima: 20 oficiales, 150 enlistados. Embarcación artillada. Aeronaves a bordo: (1) Helicóptero MH-68A.

5)  USCGC DALLAS (WHEC 716)

Longitud: 115 metros. Tripulación máxima: 20 oficiales, 150 enlistados. Embarcación artillada. Aeronaves a bordo: (1) Helicóptero MH-68A.

6)  USCGC GALLATIN (WHEC 721)

Longitud: 115 metros. Tripulación máxima: 20 oficiales, 150 enlistados. Embarcación artillada. Aeronaves a bordo: (1) Helicóptero MH-68A.

7)  USCGC FORWARD (WMEC 911)

Longitud: 82 metros. Tripulación máxima: 16 oficiales, 90 enlistados. Embarcación artillada. Aeronaves a bordo: (1) Helicóptero MH-65.

8)  USCGC HARRIET LANE (WMEC 903)

Longitud: 82 metros. Tripulación máxima: 16 oficiales, 90 enlistados. Embarcación artillada. Aeronaves a bordo: (1) Helicóptero HH-65.

9)  USCGC MOHAWK (WMEC 913)

Longitud: 82 metros. Tripulación máxima: 16 oficiales, 90 enlistados. Embarcación artillada. Aeronaves a bordo: (1) Helicóptero HH-65.

10) USCGC NORTHLAND (WMEC 904)

Longitud: 82 metros. Tripulación máxima: 16 oficiales, 90 enlistados. Embarcación artillada. Aeronaves a bordo: (1) Helicóptero HH-65.

11) USCGC STEADFAST (WMEC 623)

Longitud: 64 metros. Tripulación máxima: 12 oficiales, 65 enlistados. Embarcación artillada. Aeronaves a bordo: (1) Helicóptero HH-65.

12) USCGC TAHOMA (WMEC 908)

Longitud: 82 metros. Tripulación máxima: 16 oficiales, 90 enlistados. Embarcación artillada. Aeronaves abordo: (1) Helicóptero HH-65.

13) USCGC THETIS (WMEC 910)

Longitud: 82 metros. Tripulación máxima: 16 oficiales, 90 enlistados. Embarcación artillada. Aeronaves a bordo: (1) Helicóptero HH-65.

14) USCGC EDISTO (WPB 1313)

Longitud: 33 metros. Tripulación máxima: 2 oficiales, 14 enlistados. Embarcación artillada. Aeronaves a bordo: ninguna.

15) WPC SHAMAL (WPC 13)

Longitud: 52 metros. Tripulación máxima: 4 oficiales, 24 enlistados. Embarcación artillada. Aeronaves a bordo: ninguna.

Asamblea Legislativa.—San José, a los catorce días del mes de abril del dos mil cinco.—Gerardo González Esquivel, Presidente.—Carlos Herrera Calvo, Primer Secretario.—Mario Calderón Castillo, Segundo Secretario.—1 vez.—C-35645.—(33596).

Nº 6234-04-05

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

En uso de las atribuciones que le confiere el inciso 5), del artículo 121 de la Constitución Política:

ACUERDA:

El Plenario Legislativo, en sesión ordinaria Nº 156, celebrada el día trece de abril del dos mil cinco, aprobó conceder permiso de atraque y permanencia en los puertos ubicados en territorio nacional, tanto en el Mar Caribe como en el Océano Pacífico y desembarque de las tripulaciones de las embarcaciones de la Marina de los Estados Unidos de América, las cuales estarán desarrollando operaciones antinarcóticos en apoyo en materia logística y de transporte de las autoridades del Servicio de Guardacostas de ese país.

Los buques, que permanecerán en las aguas de la zona económica exclusiva de Costa Rica y en las cercanías de esta zona, estarán desarrollando actividades amparadas al “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de los Estados Unidos de América, para la cooperación para suprimir el tráfico ilícito”, aprobado mediante Ley Nº 7929 del 6 de octubre de 1999, en el período comprendido entre el 1º de abril y el 30 de junio del 2005, son las siguientes:

1)  USS DOYLE (FFG 39)

Longitud: 135 metros. Tripulación máxima: 25 oficiales, 220 enlistados. Embarcación artillada. Aeronaves a bordo: (2) Helicópteros HH-60 SEAHAWK.

2)  USS ROBERT G. BRADLEY (FFG 49)

Longitud: 135 metros. Tripulación máxima: 25 oficiales, 220 enlistados. Embarcación artillada. Aeronaves a bordo: (2) Helicópteros HH-60 SEAHAWK.

3)  USS JARRETT (FFG 33)

Longitud: 135 metros. Tripulación máxima: 25 oficiales, 220 enlistados. Embarcación artillada. Aeronaves a bordo: (2) Helicópteros HH-60 SEAHAWK.

4)  USS RENTZ (FFG 46)

Longitud: 135 metros. Tripulación máxima: 25 oficiales, 220 enlistados. Embarcación artillada. Aeronaves a bordo: (2) Helicópteros HH-60 SEAHAWK.

Asamblea Legislativa.—San José, a los catorce días del mes de abril del dos mil cinco.—Gerardo González Esquivel, Presidente.—Carlos Herrera Calvo, Primer Secretario.—Mario Calderón Castillo, Segundo Secretario.—1 vez.—C-20920.—(33597).

 

Nº 6236-04-05

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

De conformidad con lo que dispone el artículo 121, inciso c), y 163 de la Constitución Política:

ACUERDA:

Artículo único.—En sesión ordinaria del Plenario Legislativo Nº 159, celebrada el día diecinueve de abril del dos mil cinco, se nombró a la Lic. Magda Lorena Pereira Villalobos, en la plaza de Magistrada de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, que dejó vacante por jubilación el Magistrado Daniel González Álvarez, por el resto del período constitucional que vence el treinta de noviembre del dos mil diez.

La Lic. Pereira Villalobos se juramentó en sesión ordinaria Nº 161, celebrada el veintiuno de abril del dos mil cinco.

Asamblea Legislativa.—San José, a los veintiún días del mes de abril del dos mil cinco.—Gerardo González Esquivel, Presidente.—Carlos Herrera Calvo, Primer Secretario.—Mario Calderón Castillo, Segundo Secretario.—1 vez.—C-10470.—(33598).

 

Nº 6235-04-05

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

En uso de las atribuciones que le confiere el inciso 5), del artículo 121 de la Constitución Política:

ACUERDA:

El Plenario Legislativo, en sesión ordinaria Nº 156, celebrada el día trece de abril del dos mil cinco, aprobó conceder permiso de sobrevuelo y aterrizaje de una aeronave de la Fuerza Aérea de Argentina, la cual pretende ingresar en el territorio nacional el 16 de abril del 2005, con el propósito de trasladarla a México para efectos de mantenimiento. Asimismo, su viaje de retorno, la aeronave reingresaría en el territorio costarricense el 2 de mayo próximo.

Las características de las aeronaves son las siguientes:

Tipo:                 LEARJET 50

Registro:            T-10

Agencia:            Fuerza Aérea de Argentina

Armamento:      NO ARTILLADA

Comandante:     Vcom. José Javier Videla

Tripulantes:      Cinco (05)

Asamblea Legislativa.—San José, a los catorce días del mes de abril del dos mil cinco.—Gerardo González Esquivel, Presidente.—Carlos Herrera Calvo, Primer Secretario.—Mario Calderón Castillo, Segundo Secretario.—1 vez.—C-12370.—(33599).

Nº 6239-04-05

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

ACUERDA:

Artículo único.—Declarar cerrado el segundo período de sesiones extraordinarias de la Tercera Legislatura.

Rige a partir del treinta de abril del año dos mil cinco.

Publíquese

Asamblea Legislativa.—San José, a los veintiocho días del mes de abril del dos mil cinco.—Gerardo González Esquivel, Presidente.—Carlos Herrera Calvo, Primer Secretario.—Mario Calderón Castillo, Segundo Secretario.—1 vez.—C-7620.—(33600).

 

Nº 41-04-05

EL DIRECTORIO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

De conformidad con la disposición adoptada en la sesión Nº 148-2005, celebrada por el Directorio Legislativo el 30 de marzo del 2005.

SE ACUERDA:

Autorizar la participación del diputado Gerardo González Esquivel, Presidente de la Asamblea Legislativa, a una reunión organizada por la Asamblea Nacional de Nicaragua y de FOPREL en Managua, Nicaragua, del 2 al 4 de abril del 2005.

Asimismo, se acuerda otorgar al Legislador González Esquivel, los viáticos correspondientes, de conformidad con lo que establece el Reglamento de Gastos de Viaje y Transportes para Funcionarios Públicos.

Asamblea Legislativa.—San José, a los trece días del mes de abril del año dos mil cinco.—Gerardo González Esquivel, Presidente.—Carlos Herrera Calvo, Primer Secretario.—Mario Calderón Castillo, Segundo Secretario.—1 vez.—C-10945.—(33601).

 

Nº 42-04-05

EL DIRECTORIO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

De conformidad con la disposición adoptada en la sesión Nº 143-2005, celebrada por el Directorio Legislativo el 24 de febrero del 2005.

SE ACUERDA:

Autorizar la participación del diputado Rodolfo Delgado Valverde al Primer Foro Latinoamericano de Comités Parlamentarios en Ciencia y Tecnología, a realizarse en Buenos Aires, Argentina, los días 7 y 8 de marzo del 2005.

Asimismo, se acuerda otorgar al diputado Delgado Valverde los pasajes aéreos y los viáticos correspondientes, de conformidad con lo que establece el Reglamento de Gastos de Viaje y Transportes para Funcionarios Públicos.

Asamblea Legislativa.—San José, a los catorce días del mes de abril del año dos mil cinco.—Gerardo González Esquivel, Presidente.—Carlos Herrera Calvo, Primer Secretario.—Mario Calderón Castillo, Segundo Secretario.—1 vez.—C-10945.—(33602).

 

Nº 43-04-05

EL DIRECTORIO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

De conformidad con la disposición adoptada en la sesión Nº 149-2005, celebrada por el Directorio Legislativo el 6 de abril del 2005.

SE ACUERDA:

Con base en el oficio OM-051-03-2005, suscrito por el señor Fernando Román Carvajal, Director del Departamento de Organización y Métodos, aprobar el siguiente reglamento:

REGLAMENTO PARA EL TRÁMITE Y PAGO DE HORAS

EXTRAS EN LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º—Marco legal. El presente reglamento tomó como base el principio constitucional establecido en el artículo 58 de nuestra Carta Magna, así como los preceptos legales contemplados en el Código de Trabajo, la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Reglamento Interior de Trabajo de la Asamblea Legislativa y los Pronunciamientos de la Contraloría y la Procuraduría General de la República.

Artículo 2º—Objetivo. Este reglamento tiene como objetivos:

a.   Establecer que el uso de tiempo extraordinario debe ajustarse al principio de excepción y eventualidad.

b.  Definir la normativa interna para el trámite y pago de tiempo extraordinario en la Asamblea Legislativa.

c.   Unificar las directrices existentes en la Institución sobre la materia.

d.  Establecer que resultan improcedentes aquellas situaciones en que un solo funcionario trabaje en forma permanente la jornada ordinaria y extraordinaria.

Artículo 3º—Definición de conceptos. Para la autorización, trámite, control y pago de tiempo extraordinario se deberán tener presentes las siguientes definiciones:

Boleta de autorización: Documento mediante el cual las jefaturas plantearán al funcionario o funcionarios, la necesidad de laborar el tiempo extraordinario, deberá contener: el día, fecha, nombre del funcionario, número de cédula, trabajo que deberá realizar, el tipo de jornada por efectuar, la firma del funcionario y del jefe que autoriza el trabajo. Dicha boleta quedará archivada en el respectivo departamento para efectos de control interno.

Boleta de control de giras: Documento de uso interno de la Unidad de Transportes, en el cual el operador de equipo móvil completará el detalle del servicio realizado durante la gira y lo firmará bajo fe de juramento. Dicho documento deberá presentarse al final de cada gira y será cotejado por el jefe de la Unidad ante la solicitud de servicio de transporte, con el fin de que se hayan cumplido los horarios proyectados en esta, así como la firma del diputado o encargado de la gira para dar fe de que se efectúo el servicio.

Horas con valor de tiempo sencillo H-1: Que corresponden al pago adicional del valor hora; se reconoce pago durante las primeras ocho horas que el servidor labore los días domingo, feriados de pago obligatorio o días de descanso.

Horas con valor de tiempo y medio H-2: Que corresponden al pago adicional equivalente al valor de hora y media del salario. Se reconoce el pago de H-2 que el servidor labore después de la jornada diaria, que semanalmente deba laborar ordinariamente el servidor durante la semana.

Horas con valor de tiempo doble H-3: Que corresponden al pago adicional equivalente al doble del valor de la hora de salario. El mismo se hace efectivo para pagar las horas que exceden el horario ordinario, cuando se labore durante los días domingo, feriados de pago obligatorio, días libres o de descanso.

Reporte de horas extras: Documento que envía el departamento o unidad al Departamento de Recursos Humanos en donde el funcionario laboró el tiempo extraordinario. En el reporte de horas extras deberá aparecer la fecha, unidad o departamento donde se ejecutó el trabajo, el nombre del funcionario, número de cédula, puesto que ocupa, horario correspondiente a la jornada extraordinaria especificado por día, descripción del trabajo ejecutado, la indicación de si el tiempo fue sencillo, tiempo y medio o doble, periodo que abarca, firma del funcionario y del superior, quien dará fe del trabajo realizado así como de las respectivas autorizaciones. Este documento no deberá contener alteraciones, borrones ni tachaduras, considerando que es el respaldo del tiempo por reconocer y pagar.

SIRHAL: Sistema informático cuya finalidad será automatizar, agilizar y controlar los distintos procesos que se realizan en el Departamento de Recursos Humanos.

Solicitud de servicio de transporte para gira: Documento mediante el cual se autorizará las giras que efectúen los operadores de equipo móvil de la Unidad de Transportes. Esta solicitud deberá estar aprobada ya sea por la Segunda Secretaría del Directorio, la Dirección Ejecutiva o en su defecto, la Dirección de Servicios Generales y la Jefatura de la Unidad de Transportes, para que posteriormente se autorice la ejecución del trabajo de tiempo extraordinario por parte de dichos funcionarios, de acuerdo con el horario de trabajo propuesto en la respectiva boleta.

Hoja electrónica: Documento electrónico, que sustituirá al reporte de horas extras y a la boleta de autorización de horas extras, una vez instalado el sistema informático SIRHAL, del Departamento de Recursos Humanos.

Tiempo ordinario: Es la jornada habitual del trabajador, con un horario plenamente establecido, el cual no debe sobrepasar las ocho horas durante el día, seis horas por la noche, y cuarenta y ocho por semana, según el artículo 136 del Código de Trabajo. En el caso de la Asamblea Legislativa, el Directorio Legislativo ha establecido la jornada ordinaria de la siguiente manera: de lunes a jueves, de las nueve a las dieciocho horas, mientras que los días viernes se labora de las nueve horas a las doce mediodía.

Tiempo extraordinario: Es la jornada de trabajo que se desarrolla extraordinariamente y debe obedecer a una necesidad imperiosa por parte de la Administración; es decir, se trata de una circunstancia excepcional, derivada de una situación específica que lo amerite, de ahí que no se convierta en habitual, en perjuicio de la jornada ordinaria establecida para responder a las necesidades de orden público, interés social y en defensa de la salud del trabajador. Con tal propósito se ha consignado en el reporte de horas extras el pago sencillo, tiempo y medio y doble, todos debidamente avalados por las direcciones correspondientes.

Artículo 4º—Órganos responsables. La verificación, aplicación y el cumplimiento del presente reglamento estará a cargo del Directorio Legislativo, Dirección Ejecutiva, Direcciones de División, Direcciones Departamentales, Departamento de Recursos Humanos y Departamento Financiero.

4.1  Directorio Legislativo: Será el encargado de dictar las políticas en cuanto al trabajo de tiempo extraordinario, de acuerdo con el presente reglamento y la legislación laboral vigente, además de establecer los límites máximos para laborar tiempo extraordinario en las diferentes unidades o departamentos y las modificaciones que sean requeridas. Asimismo, orientará sus decisiones con el objetivo de disminuir al máximo los gastos por concepto de pago de horas extras.

4.2  Dirección Ejecutiva: Le corresponderá fiscalizar la correcta aplicación de las disposiciones en el presente reglamento, ejecutar las directrices emanadas por el Directorio y aprobar las boletas de autorización de tiempo extraordinario, previo visto bueno de las direcciones departamentales y de división respectivas.

Además comunicará formalmente a las instancias involucradas, los límites máximos establecidos por el Directorio Legislativo y las modificaciones que se realicen a estos. También le corresponderá requerir informes periódicos para conocer las tendencias del gasto y cantidades de horas extras que se generen en la Institución, fundamento para proponer al Directorio Legislativo medidas de control y reducción del gasto por ese concepto.

Instruir a los Departamentos de Recursos Humanos y Financiero para que, como unidades ejecutoras del gasto por concepto de tiempo extraordinario, en forma coordinada; ejerzan un adecuado control del gasto y el monto presupuestado y presenten informes periódicos de las tendencias entre el gasto y las cifras presupuestadas, proponiendo oportunamente a los superiores jerárquicos, las medidas de solución que se estimen pertinentes.

4.3  Direcciones de División: Les corresponde la aprobación de las boletas de autorización de tiempo extraordinario que presenten las jefaturas de departamento a su cargo, de acuerdo con los requisitos establecidos en el artículo 9º del presente reglamento.

4.4  Direcciones Departamentales: Deberán determinar las necesidades de laborar tiempo extraordinario y, previo a la autorización, revisar que las boletas de autorización de trabajo extraordinario y los reportes de horas extras cumplan con lo establecido en el presente reglamento, así como controlar que no se sobrepasen los topes establecidos por la Administración para los distintos departamentos o unidades.

Las direcciones mantendrán mecanismos y controles adecuados que aseguren el cumplimiento de la jornada extraordinaria en labores propias del trabajo asignado y verificarán que ese trabajo destinado a ejecutarse en la jornada extraordinaria, haya sido efectivamente realizado. Asimismo, velarán porque la jornada extraordinaria no se utilice para subsanar errores cometidos por el servidor, según lo establecido en el artículo 139 del Código de Trabajo.

4.5  Departamento de Recursos Humanos: Le corresponderá la revisión y el trámite de todo lo relativo al pago por concepto de tiempo extraordinario, de acuerdo con el presente reglamento y las directrices emanadas por la Administración de la Asamblea, en relación con este recurso, así como la emisión y remisión de informes al superior respecto de las tendencias del gasto, de acuerdo con lo establecido en el aparte siguiente.

Por lo anterior, deberá llevar un estricto control de los topes de tiempo extraordinario establecidos por el Directorio Legislativo para cada dependencia y hacer del conocimiento de la Dirección Ejecutiva su comportamiento en forma periódica. Además deberá verificar la procedencia del pago por este concepto.

4.6  Departamento Financiero: En coordinación con el Departamento de Recursos Humanos, como unidades ejecutoras del gasto por concepto de tiempo extraordinario, deberán ejercer un adecuado control del gasto y el monto presupuestado y presentar informes periódicos de las tendencias entre el gasto y las cifras presupuestadas, proponiendo oportunamente a los superiores jerárquicos, las medidas de solución que se estimen pertinentes.

CAPÍTULO II

Deberes, responsabilidades y prohibiciones

Artículo 5º—Deberes y responsabilidades para el trámite y pago de tiempo extraordinario. De acuerdo con la instancia correspondiente, se establecen las siguientes responsabilidades:

a)  Será responsabilidad del funcionario que solicita el pago de tiempo extraordinario, confeccionar la boleta de autorización y el respectivo reporte de horas extras, indicando todos los datos que en el documento se solicitan, haciéndose responsable por cualquier omisión o alteración que se diera antes de ser entregada al Departamento de Recursos Humanos; igual responsabilidad tendrán los jerarcas que deban firmar dicho reporte.

b)  El Departamento de Recursos Humanos tendrá la responsabilidad de recibir y tramitar los reportes que cumplan con todos los requisitos establecidos, o los que apruebe el Directorio Legislativo en situaciones especiales, siempre cumpliendo con las disposiciones vigentes sobre la materia. Además, será responsabilidad de este departamento disponer de un adecuado, oportuno y confiable sistema de información sobre tiempo extraordinario, que permita generar informes periódicos y los requeridos para la toma de decisiones, las revisiones y el control del gasto por ese concepto.

c)  Será responsabilidad de la Dirección del Departamento de Recursos Humanos, autorizar el trámite de pago de tiempo extraordinario en forma adecuada y oportuna.

d)  El funcionario de Recursos Humanos encargado de tramitar el pago de tiempo extraordinario, será el responsable de verificar los datos incluidos en el reporte presentado y devolver los documentos que no cumplan con los requisitos establecidos o que presenten errores o correcciones. Asimismo, archivará adecuadamente, en orden cronológico, según se generen o reciban, los documentos que sustentan el reconocimiento que se está pagando. Además, deberá verificar que la información incluida en el reporte de horas sea coincidente, en cuanto a las horas extras laboradas, según el registro de asistencia disponible en ese departamento, y rechazará los casos en que no apareciera registrado el tiempo extraordinario laborado por el servidor; asimismo, deberá procesar las horas conforme se generaron cronológicamente, es decir, tal y como se laboraron, sean H1 (tiempo ordinario), H2 (tiempo y medio) o H3 (tiempo doble), hasta alcanzar el límite máximo establecido.

e)  Será responsabilidad del jefe inmediato, el pago por concepto de trabajo extraordinario, que él haya ordenado y que fuere ejecutado sin contar con la respectiva autorización de los jerarcas. Asimismo, las jefaturas inmediatas que autorizan el reconocimiento de tiempo extraordinario, tendrán la responsabilidad de revisar adecuadamente las boletas de autorización y los reportes del personal autorizado para laborar esa jornada, en cuanto a cifras, sumatorias, tipos de hora, fechas y cumplimiento de límites máximos autorizados, y dejará constancia de esa labor. Si surgen correcciones, deberá instruir al funcionario para que elabore una nueva boleta.

f)   Será responsabilidad de las jefaturas de unidades o departamentos que autorizan el tiempo extraordinario, disponer de registros internos, mecanismos y la documentación requerida para asegurar un adecuado control de las horas extras generadas en sus unidades, entre otros aspectos relativos a: especificación clara de las labores por ejecutar durante la jornada extraordinaria; registro interno de entrada y salida del servidor que labora tiempo extra; sistema de verificación de cumplimiento de las labores asignadas para desarrollar en esa jornada; supervisión de las labores asignadas para ejecutar en la jornada extraordinaria, y confrontación de los datos del registro interno con los disponibles en el Departamento de Recursos Humanos.

g)  El Departamento de Recursos Humanos y la Dirección del Departamento Financiero deberán conciliar mensualmente las cifras que se generan en ambas unidades respecto del pago de la planilla por tiempo extraordinario, determinar las causas de eventuales diferencias y, de ser necesario, adoptar las medidas correctivas para establecer el dato real sobre el gasto por ese concepto.

h)  El Departamento de Recursos Humanos deberá realizar las investigaciones que considere pertinentes, relacionadas con el pago y el trámite de tiempo extraordinario y, de ser necesario, solicitar a la Dirección Ejecutiva que ordene la apertura del expediente administrativo. Asimismo informar a los funcionarios encargados de la autorización de la jornada extraordinaria de cualquier anomalía que detecte en el procedimiento y la tramitación de esta.

i)   El Departamento de Recursos Humanos en coordinación con el Departamento Financiero, como unidades ejecutoras del gasto por concepto de tiempo extraordinario, deberán ejercer un adecuado control del gasto y el monto presupuestado y presentar informes periódicos de las tendencias entre el gasto y las cifras presupuestadas, proponiendo oportunamente, a los superiores jerárquicos, las medidas de solución que se estimen pertinentes.

Artículo 6º—Prohibiciones:

a)  El Departamento de Recursos Humanos no tramitará reportes de tiempo extraordinario, después de un mes de haber sido laborado.

b)  El Departamento de Recursos Humanos no podrá tramitar el pago de tiempo extraordinario de funcionarios pertenecientes a departamentos o unidades que hayan alcanzado el tope máximo establecido por la Administración.

b)  Se prohíbe la compensación de tiempo extraordinario por tiempo ordinario a los funcionarios que laboren en jornada ordinaria y no en jornada rotativa.

c)  Se prohíbe la autorización para que un servidor trabaje en forma permanente la jornada ordinaria y extraordinaria.

d)  Se prohíbe el pago de tiempo extraordinario, al personal administrativo que esté prestado a fracción política o viceversa, basándose en una plaza diferente a la que ocupa presupuestariamente el funcionario que laboró el tiempo extraordinario.

CAPÍTULO III

Autorización de horas extras

Artículo 7º—Autorización. Una vez que la jefatura inmediata haya detectado la necesidad de laborar tiempo extraordinario, dará el visto bueno en la correspondiente boleta de autorización, así como la autorización de la dirección de departamento, la dirección de división respectiva y la Dirección Ejecutiva, quienes deberán velar porque no se extralimite en el tope establecido, si existiera tal tope.

Sin detrimento de la anterior disposición, el Director Ejecutivo podrá reconocer tiempo extraordinario a aquellos funcionarios que deban cubrir situaciones de emergencia e imprevistas, para solventar necesidades institucionales, aun cuando estas excedan el tope establecido.

En el caso de la Unidad de Transportes, la autorización del tiempo extraordinario se hará una vez que la Segunda Secretaría del Directorio (la Dirección Ejecutiva o la Dirección de Servicios Generales) y la Jefatura de la Unidad de Transportes autoricen la gira solicitada mediante la boleta “Solicitud servicio de transporte para gira”, de acuerdo con el horario de trabajo propuesto en la respectiva boleta.

Artículo 8º—Ausencia de autorización. El Departamento de Recursos Humanos no tramitará ningún reporte de horas extras que no haya sido autorizado previamente por la dirección de la división correspondiente y la Dirección Ejecutiva. En los casos en que a pesar de la ausencia de la autorización, se realice el trabajo en tiempo extraordinario, este no podrá ser pagado por la Administración y generará responsabilidad para el jerarca que encargó el trabajo frente al servidor en el pago del servicio.

Artículo 9º—Requisitos. Toda boleta de autorización de tiempo extraordinario deberá cumplir con los siguientes requisitos:

a)  Ser tramitada por la jefatura inmediata.

b)  Indicar la justificación por la cual se requiere laborar tiempo extraordinario.

c)  Señalar la cantidad de horas extraordinarias mensuales solicitadas por actividad, indicando la clase de puesto que ocupa el funcionario y el horario establecido.

d)  Indicar el período de duración del trabajo por realizar fuera de la jornada laboral, es decir durante la jornada extraordinaria.

e)  Contar con el nombre y la firma del funcionario que laborará el tiempo extraordinario.

f)   Contar con el visto bueno de la jefatura departamental, de la dirección de división y de la Dirección Ejecutiva.

Cumplidos los requisitos anteriormente mencionados, el documento deberá quedar archivado en la oficina de la dirección del departamento o la unidad donde se tramitó, a efectos de mantener un control sobre el trabajo de tiempo extraordinario. Este requerimiento será obligatorio hasta tanto no se realicen los cambios aprobados por la Administración, mediante el sistema SIRHAL.

Artículo 10.—Registros. Todo funcionario a quien se le autorice laborar tiempo extraordinario, deberá efectuar los registros respectivos de entrada y salida en el reloj marcador, donde se demuestre el tiempo laborado, salvo casos especiales debidamente autorizados por el jerarca respectivo, mediante una nota de justificación que deberá acompañar al reporte de horas extras que se envía al Departamento de Recursos Humanos; dicho reporte deberá ser firmado por el responsable a quien se le brindó el servicio y refrendado por el superior inmediato, para dar fe del tiempo extraordinario reportado por el funcionario.

Artículo 11.—Límite para la jornada extraordinaria. La jornada ordinaria sumada a la extraordinaria podrá ser hasta de doce horas, según lo dispuesto por el artículo 140 del Código de Trabajo. En el caso de la Institución, a causa del horario existente, se laborará un máximo de tres horas extras de lunes a jueves, y de nueve horas los viernes, a fin de cumplir con lo establecido en el citado artículo del Código de Trabajo.

Artículo 12.—Procedencia. La jornada extraordinaria, por su propia naturaleza, procederá una vez concluida la jornada ordinaria, salvo autorización expresa del Director Ejecutivo de la Asamblea Legislativa para que se reconozca antes de la jornada ordinaria, para lo cual quedará registrada en los relojes marcadores instalados para tal efecto; asimismo, solamente se autorizará el tiempo extraordinario a funcionarios que laboren más de una hora extras después de su jornada ordinaria.

De existir la necesidad de que un funcionario labore tiempo extraordinario en un departamento o unidad diferente de aquel donde se desempeña, dicha situación deberá quedar debidamente justificada y autorizada por la jefatura de la instancia donde se realizara el trabajo; asimismo las labores desarrolladas deben ser de la misma naturaleza del puesto en que labora habitualmente el servidor, con el propósito de que el pago por concepto de horas extras se encuentre acorde con el puesto en el cual se desempeña regularmente el servidor.

Artículo 13.—Jefaturas y subjefaturas de unidad, o departamento, jefaturas de área y puestos de confianza. No procede el pago de tiempo extraordinario a quienes ocupen puestos de jefaturas y subjefaturas de unidad o departamento, jefaturas de área y puestos de confianza, y a quienes ocupen puestos excluidos de la limitación de la jornada de trabajo, de conformidad con el artículo 143 del Código de Trabajo.

En el caso de las jefaturas, la jornada ordinaria podrá ser hasta doce horas y no se les podrá exigir que laboren más de ese período. En caso de hacerlo, deberá reconocérseles el tiempo extra que laboren en exceso de esas doce horas.

CAPÍTULO IV

Unidad de Transportes

Artículo 14.—Unidad de transportes. En el caso de la Unidad de Transportes, el trabajo del tiempo extraordinario estará respaldado por la “Solicitud de servicio de transporte para gira”; que será firmada al finalizar la gira por el usuario a quien se le brindó el servicio. Una vez autorizadas las giras, la jefatura de esta unidad o el funcionario designado, establecerá un rol semanal de la gira, en donde constará el operador designado por gira, el nombre del diputado o responsable de la gira, los días que comprende, la proyección de horas extras por laborar y el número de consecutivo de boleta de solicitud de transporte.

Artículo 15.—Firma de servicio recibido. Durante la gira, el operador deberá anotar, en el dorso de la boleta de “Solicitud de servicio de transporte para gira”, el horario real trabajado durante la gira (hora de inicio y hora final de cada día), y presentarle la boleta al diputado o responsable de la gira al finalizarla, para que con su firma avale que efectivamente se cumplió con el horario trabajado por el operador. Esta firma debe estamparse en la casilla “Firma de servicio recibido”.

Artículo 16.—Control sobre tiempo laborado por gira. Al regresar de la gira el operador deberá llenar la boleta “Control de giras”, en donde se consignará el horario diario de trabajo (hora de inicio y final), el nombre del diputado o encargado de la gira y el número de boleta de solicitud. Al finalizar el mes, el operador deberá firmar bajo juramento sobre la veracidad de lo apuntado por él en la fórmula.

Artículo 17.—Elaboración del reporte de tiempo extraordinario. Para elaborar el reporte de horas extras, la Jefatura de la Unidad de Transportes o el funcionario designado, se basará en el formulario “Control de tiempo laborado en las giras”, y en caso de duda, podrá verificar la información con las boletas de gira archivadas. El reporte se desglosará de acuerdo con los horarios, en las modalidades de H1 (tiempo simple), H2 (tiempo y medio), y H3 (tiempo doble), según corresponda.

CAPÍTULO V

Reporte y presentación de horas extras

Artículo 18.—Reporte de horas extras. Una vez realizado el trabajo extraordinario, la jefatura departamental procederá a enviar al Departamento de Recursos Humanos el formulario “Reporte de horas extras”, cuyos requisitos son los siguientes:

a)  El formulario debe llenarse a máquina.

b)  Se remitirá al Departamento de Recursos Humanos, por períodos mensuales únicamente.

c)  Debe especificarse claramente el nombre y la firma del funcionario, número de cédula, puesto que ocupa, horario de jornada ordinaria, horario de la jornada extraordinaria, cantidad de horas extras laboradas, nombre de la unidad o sección, nombre del departamento, nombre y firma de la jefatura inmediata y nombre de los jerarcas que autorizan dicho reconocimiento.

d)  Los reportes que no se ajusten a estas indicaciones, serán devueltos, sin responsabilidad para el Departamento de Recursos Humanos por las consecuencias que el atraso ocasione. No se podrán reportar más horas extras de las autorizadas previamente y no deberán incluirse las que no correspondan al periodo que se tramita.

Artículo 19.—Funcionarios con pago de incentivos. Se reconocerá el pago de tiempo extraordinario a funcionarios con nivel profesional que gocen de los incentivos de prohibición y dedicación exclusiva, cuando el trabajo sea de suma importancia, estrictamente necesario y debidamente justificado por los jerarcas respectivos.

Artículo 20.—Plazo para presentación del reporte. El reporte de horas extras debe presentarse en el Departamento de Recursos Humanos, dentro de los quince días naturales posteriores al mes en que se trabajó el tiempo extraordinario. Después de ese plazo, no se tramitará ningún pago por horas extras, a excepción de lo establecido en el artículo siguiente.

Artículo 21.—Presentación extemporánea. Todo reconocimiento de tiempo extra, presentado para pago fuera del tiempo reglamentado en el artículo anterior, deberá contar con un acuerdo tomado por el Directorio Legislativo, y deberá ser sustentado y respaldado con motivos de fuerza mayor, ajenos al funcionario que solicitó y laboró tiempo extra.

Artículo 22.—Archivo de documentación. Las diferentes instancias que tengan relación con el pago y trámite de tiempo extraordinario, deberán contar con un archivo en donde quede documentado todo lo relativo a dicho asunto.

CAPÍTULO VI

De las sanciones

Artículo 23.—Sanciones. Las faltas en que incurran los funcionarios en la aplicación de este reglamento, serán sancionadas con las siguientes medidas disciplinarias:

a)  Por dos faltas cometidas en dos meses consecutivos, amonestación verbal.

b)  Por tres faltas cometidas en tres meses consecutivos, amonestación por escrito.

c)  Por cuatro faltas cometidas en cuatro meses consecutivos, suspensión del trabajo sin goce de salario hasta por ocho días.

CAPÍTULO VII

Normativa supletoria

Artículo 24.—Normativa supletoria. Cualquier disposición no contemplada en el presente reglamento, se regirá por la legislación laboral vigente.

CAPÍTULO VIII

Disposiciones transitorias

Artículo 25.—El Departamento de Recursos Humanos implementará, por medio del sistema SIRHAL, un sistema de registro que permita verificar el número de horas solicitadas, aprobadas o denegadas por cada funcionario o departamento.

Rige a partir de su publicación.

NOTA: El anterior reglamento contiene algunas modificaciones que, a juicio de este Directorio Legislativo, resultan necesarias para el reconocimiento de tiempo extraordinario de los funcionarios legislativos.

Acuerdo firme.

Publíquese

Asamblea Legislativa.—San José, a los catorce días del mes de abril del año dos mil cinco.—Gerardo González Esquivel, Presidente.—Carlos Herrera Calvo, Primer Secretario.—Mario Calderón Castillo, Segundo Secretario.—1 vez.—C-207120.—(33603).

 

Nº 44-04-05

EL DIRECTORIO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

De conformidad con la disposición adoptada en la sesión Nº 148-2005, celebrada por el Directorio Legislativo, el 30 de marzo del 2005.

SE ACUERDA:

Con base en el oficio As. Leg. 53-2005, suscrito por la señora Reyna J. Marín Jiménez, Directora del Departamento de Asesoría Legal, aprobar el siguiente reglamento, el cual cuenta con todas las modificaciones propuestas por las distintas autoridades legislativas (Comisión interdisciplinaria que analizó el tema):

REGLAMENTO PARA EL USO DE EQUIPOS DE CÓMPUTO, PROGRAMAS INFORMÁTICOS Y ACCESORIOS

EN LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

CAPÍTULO I

Atribuciones del Departamento de Informática

Artículo 1º—Corresponde al Departamento de Informática de la Asamblea Legislativa:

a)  Proponer a la Dirección Ejecutiva las políticas informáticas que regirán la Institución. La Dirección Ejecutiva autorizará o improbará dichas políticas y las modificará cuando lo considere conveniente.

a)  En coordinación con el Departamento de Proveeduría, llevar un control detallado de los equipos de cómputo y su ubicación dentro de las oficinas de la Asamblea Legislativa, así como de las licencias de uso de software adquirido.

b)  Brindar el soporte respectivo para el uso de los programas informáticos que se utilicen en la Institución siempre que hayan sido adquiridos e instalados de acuerdo con las normas previstas en este Reglamento.

c)  Custodiar las licencias impresas de uso de software que indican la cantidad de usuarios autorizados, así como las licencias individuales.

d)  Coordinar con el Departamento de Proveeduría la revisión técnica de los equipos de cómputo recibidos por los proveedores antes de ser distribuidos. En cada contratación de equipos y suministros de cómputo se incluirá una cláusula en el cartel que garantice una revisión previa de dicho equipo por parte del Departamento de Informática con el fin de asegurar su perfecto estado.

e)  Instalar, a solicitud del jefe respectivo, los servicios de Internet y correo electrónico.

CAPÍTULO II

Adquisición y mantenimiento del equipo de cómputo

y programas informáticos

Artículo 2º—Las ampliaciones, modificaciones o adquisición de equipo de cómputo, así como la actualización y compra de programas informáticos, será con base en las recomendaciones técnicas del Departamento de Informática, el cual será el único autorizado para la distribución de versiones actualizadas. El detalle de los programas informáticos será actualizado conforme se adquieren otros nuevos, lo cual se comunicará a las distintas oficinas.

Artículo 3º—En el caso de fallas técnicas del equipo de cómputo, el Departamento de Informática realizará un diagnóstico preliminar, con el objetivo de procurar la solución, o en su defecto, gestionar los trámites para su reparación.

Los equipos de cómputo no podrán ser cambiados, abiertos o reparados por funcionarios legislativos que no pertenezcan al Departamento de Informática. Asimismo, sus componentes no podrán ser removidos por personal no autorizado por dicho departamento.

CAPÍTULO III

Uso del equipo de cómputo y programas informáticos

Artículo 4º—Los equipos de cómputo asignados a las oficinas de la Asamblea Legislativa se utilizarán exclusivamente para las labores propias de cada departamento u oficina.

Artículo 5º—La entrega, puesta en funcionamiento y cambio de equipo entre las diferentes oficinas de la Institución, la efectuará la oficina encargada, en coordinación con el Departamento de Informática. Todo traslado interno requerirá el visto bueno de los jefes de las oficinas involucradas y deberá ser comunicado al Departamento de Informática.

Los equipos de cómputo no podrán ser trasladados a oficinas ajenas o fuera de la Asamblea Legislativa, salvo autorización expresa y justificada de la Dirección Ejecutiva, la cual comunicará posteriormente al Departamento de Informática.

Artículo 6º—Sólo podrán residir en el disco duro de cada computadora de la Asamblea Legislativa, los programas informáticos instalados por el Departamento de Informática con la debida licencia.

Artículo 7º—El equipo de cómputo instalado en la Institución no podrá ser utilizado en la reproducción de programas informáticos, sean estos propiedad o no de la Asamblea Legislativa.

Artículo 8º—Será responsabilidad del usuario mantener un respaldo de la información propia de cada oficina que resida en el disco duro de la computadora que se le haya asignado para ejecutar sus labores. Los archivos que se encuentren en el disco duro serán respaldados en disquetes para conservar la información.

Los daños o atrasos ocasionados por la pérdida de información, serán responsabilidad absoluta del usuario responsable de custodiarla. Cuando el equipo sea compartido, el jefe de la oficina designará un responsable directo de mantener los respaldos de la información que lo amerite.

Artículo 9º—Los funcionarios de la Institución por ningún motivo podrán instalar en los discos duros de las computadoras, programas informáticos no autorizados, tales como: juegos, procesadores de palabras, hojas de cálculo electrónico y graficadores, entre otros.

Tampoco podrán utilizarlos mediante disquetes u otros medios, salvo autorización expresa del jefe respectivo para un caso especial, cuando así lo requiera el funcionario.

Artículo 10.—El o los usuarios directos de un equipo de cómputo deben usarlo adecuadamente y brindarle el debido cuidado. Con este fin se tendrá en cuenta, entre otras cosas, lo siguiente:

a)  Evitar la contaminación por “virus informáticos” en los equipos, para lo cual no se utilizarán disquetes de desconocida procedencia. En todo caso, es obligación del funcionario revisar previamente su estado, independientemente de donde provenga el disquete.

b)  No se deberán ingerir alimentos o bebidas mientras se esté utilizando el equipo de cómputo.

Artículo 11.—Todos los monitores de los equipos instalados en la Institución deberán utilizar como protector de pantalla la o las imágenes autorizadas oficialmente.

Artículo 12.—El jefe de cada oficina, en cualquier momento, podrá inspeccionar los equipos y programas almacenados en los discos e informar a la Dirección Ejecutiva el resultado obtenido. La Dirección Ejecutiva podrá solicitar al Departamento de Informática una revisión técnica del equipo informático en las oficinas donde existan indicios de la utilización de programas utilizados sin la licencia correspondiente o contra lo dispuesto en este Reglamento.

CAPÍTULO IV

Uso de servicios por medio de la red de área local

Generalidades.

Artículo 13.—Los servicios de Internet y de coreo electrónico son herramientas de exclusiva utilización institucional.

Artículo 14.—El acceso a estos servicios solo se instalará a solicitud del Director del Departamento respectivo o en caso de no contar con Director, la persona que esté a cargo de la dependencia, bajo su responsabilidad en cuanto a la justificación y control del uso adecuado de dichas herramientas informáticas. La solicitud para la asignación de los servicios deberá ser dirigida a la Dirección del Departamento de Informática.

Artículo 15.—El Director del Departamento o la persona que esté a cargo de la dependencia es responsable de notificar por escrito a la Dirección del Departamento de Informática sobre la salida o traslado de un usuario a su cargo. Esto con el fin de que se inhabiliten, modifiquen o eliminen los privilegios de acceso a las diferentes plataformas, dominios y dispositivos correspondientes. Por la misma razón la Dirección del Departamento de Recursos Humanos deberá notificar, de la manera indicada, la salida de la Institución de cualquier funcionario.

Artículo 16.—Serán criterios para la asignación de servicios los emanados de las Direcciones Departamentales o de las personas que estén a cargo de las diferentes dependencias, para lo cual deberán considerar la naturaleza e importancia del trabajo que se realice, el puesto que ocupe la persona o personas a las cuales se les asignará el servicio y la clase de responsabilidad que ello conlleve.

Los Superiores Jerárquicos podrán cuando lo consideren conveniente revisar los criterios que utilizaron los Directores Departamentales para esta asignación de servicios de correo electrónico e Internet.

Artículo 17.—Sólo el personal autorizado del Departamento de Informática podrá instalar los servicios de Internet y correo electrónico, para lo cual se llevará los controles respectivos.

Artículo 18.—Para acceder los servicios de la red, el usuario debe identificarse mediante un nombre de usuario y una clave de acceso (o “password”).

La identificación del usuario será proporcionada por el Área de Soporte Técnico del Departamento de Informática de acuerdo con los estándares que para ese efecto se han definido. Cada usuario deberá velar por la confidencialidad de su clave de acceso. Cuando por alguna razón el usuario deje su puesto de trabajo deberá cerrar las sesiones de trabajo (aplicaciones, accesos remotos, correo, etc.), de manera que ninguna otra persona pueda hacer uso de los servicios o sistemas en su nombre.

Artículo 19.—El usuario debe cambiar su clave de acceso periódicamente para mayor seguridad, por lo cual la misma caducará cada cuatro meses. Durante los tres días anteriores a la fecha de vencimiento, el usuario recibirá la notificación del sistema al respecto.

Artículo 20.—La clave de acceso debe escogerse de manera tal que no contenga información de carácter público relacionada con el usuario (por ejemplo nombres, apellidos, fechas, cédula de identidad u otros).

En la Carpeta Pública del Departamento de Informática se publicará el procedimiento para realizar el cambio de la clave cuando el usuario lo considere necesario.

Artículo 21.—La cuenta asignada a un usuario es personal, por lo tanto, no puede ser compartida o transferida a otro funcionario.

Artículo 22.—El correo electrónico institucional es una herramienta de comunicación e intercambio oficial de información y no una herramienta de difusión indiscriminada de información.

Artículo 23.—La asignación de una cuenta de correo electrónico institucional compromete y obliga al usuario propietario a aceptar las normas establecidas por la Institución para su uso y a someterse a ellas.

Previo a la instalación, el funcionario deberá firmar un documento de compromiso, en el cual manifieste su conformidad con esta disposición.

Artículo 24.—El usuario aceptará utilizar la cuenta de coreo que se le ha asignado de acuerdo con los límites de almacenamiento, limitaciones de hardware o las restricciones recomendadas por el Departamento de Informática, aprobadas por la Administración Superior y comunicadas previamente al usuario. Dichas restricciones serán publicadas en la Carpeta Pública del Departamento de Informática.

Artículo 25.—La cuenta de correo electrónico es para ser usada exclusivamente por el funcionario acreditado. El usuario propietario es responsable de las actividades que realice con ella cualquier otra persona.

Artículo 26.—La información contenida en los correos electrónicos es privada y pertenece al usuario titular de la cuenta. Por lo tanto, nadie puede accederla, excepto que medie una orden judicial.

Artículo 27.—El propietario de una cuenta de correo debe:

a)  Revisar diariamente su buzón personal y eliminar los mensajes innecesarios.

b)  Almacenar sus correos en carpetas personales. El procedimiento para crear dichas carpetas se encontrará en la Carpeta Pública del Departamento de Informática.

Artículo 28.—El usuario final es responsable del respaldo de sus correos. En caso de ser necesario, el Área de Soporte a Usuarios brindará el apoyo necesario.

Artículo 29.—Los mensajes tendrán una vigencia máxima de 30 días desde la fecha de la entrega. Vencida esa fecha, los mensajes serán eliminados en forma automática del servidor de correo.

Artículo 30.—Para el envío de mensajes se aplicarán las siguientes reglas:

a)  Se utilizará siempre el campo de asunto, a fin de resumir el tema del mensaje.

b)  No se enviarán mensajes a personas desconocidas, a menos que se trate de un asunto oficial que las involucre.

c)  No se enviarán mensajes a listas globales, a menos que el propietario sea la persona autorizada por el superior para enviar mensajes que involucren a toda la Institución.

d)  Se evitará enviar mensajes con archivos adjuntos a grupos de usuarios. Para estos efectos se utilizarán las Carpetas Públicas autorizadas de acuerdo con las políticas establecidas.

e)  La divulgación de mensajes de interés general (actividades internas, invitaciones, notas luctuosas, entre otros), deberá coordinarse con el Departamento de Relaciones Públicas, Prensa y Protocolo, el cual definirá el procedimiento para tal fin.

Artículo 31.—Se considera mal uso del correo institucional lo siguiente:

a)  Utilizarlo para cualquier propósito comercial o financiero.

b)  Participar en la propagación de mensajes encadenados o participar en esquemas piramidales o similares.

c)  Distribuir mensajes con contenidos impropios y/o lesivos a la moral.

d)  Utilizarlo para anunciar o promocionar actividades internas de carácter no institucional, salvo autorización expresa de la Dirección Ejecutiva.

e)  Involucrarse en forma directa o indirecta en el envío masivo de publicidad o cualquier otro tipo de correo no solicitado (spam).

f)   Usar el servicio de correo electrónico para copiar o difundir material protegido por derechos de autor o por licencias (artículos o programas de computadora), con lo cual se incurra en una infracción de las leyes que protegen la propiedad intelectual, los derechos de autor o los acuerdos de licenciamiento.

Internet.

Artículo 32.—La navegación en Internet se regirá por las siguientes pautas:

a)  Los servicios permitidos de acceso a Internet serán únicamente los que a continuación se detallan:

Acceso a servidores WEB.

Acceso a servidores FTP.

Acceso a correo electrónico POP3 y SMTP.

b)  Cualquier acceso adicional a los citados en el punto anterior, deberá solicitarse con la justificación y autorización de la jefatura correspondiente, al Departamento de Informática. Será responsabilidad de este Departamento, el permitir o denegar el acceso a esos servicios.

c)  El usuario solo podrá hacer uso de Internet por medio de la clave personal de acceso que le ha sido asignada para utilizar los servicios de la red.

d)  No se permite copiar, enviar o transmitir por Internet cualquier contenido que contenga virus, caballos de Troya, bombas de tiempo, u otros programas o elementos dañinos.

e)  Está prohibido el uso de Internet para fines comerciales u otros ajenos a la actividad propia del funcionario o de terceros. Sin embargo, se permitirá el uso para asuntos personales del usuario en márgenes de tiempo razonables y tenga por finalidad evitar el desplazamiento del funcionario fuera de la Institución.

f)   No se permite la utilización del Internet para visitar sitios pornográficos, de índole sexual, de insultos, racistas, amorales, religiosos que riñan con las buenas costumbres o valores de nuestra cultura.

g)  Está prohibida la utilización de otros servicios como Real Audio, Real Vídeo, juegos en línea y cualquier otro servicio de Internet diferente del Web.

h)  Está prohibido el uso de los recursos informáticos para utilizar servicios de charla en línea (“chats”). En caso de requerir utilizar este servicio, se debe solicitar al Departamento de Informática, con la debida autorización y justificación del jefe respectivo, y en la cual se indique el periodo de utilización.

Artículo 33.—La administración de la red del Departamento de Informática, no ejercerá ningún control sobre el contenido de correo que pase por la red o de quien lo utilice, por lo que queda bajo la entera responsabilidad del usuario.

Artículo 34.—El Departamento de Informática pondrá en funcionamiento herramientas de control que posibiliten detectar, analizar y bloquear accesos no permitidos, (aquellos que no guarden relación con aspectos de trabajo), que pongan en riesgo la seguridad de los recursos informáticos y atenten contra su desempeño.

Artículo 35.—Debido a que la demanda de servicios puede ocasionalmente exceder la capacidad instalada, el Departamento de Informática deberá recomendar a la Administración Superior el establecimiento de prioridades, dando la más alta prioridad a las actividades consideradas más esenciales para llevar a cabo las funciones sustantivas de la Institución.

Artículo 36.—El Departamento de Informática mantendrá una copia de la bitácora y sus respectivos respaldos sobre las actividades en Internet de todos los usuarios de la red por un período de tres meses. Los datos a registrar en dicha bitácora serán los siguientes: usuario, fecha de acceso, hora de inicio, hora de fin, dirección del sitio visitado.

Artículo 37.—El Departamento de Informática emitirá informes o reportes sobre la utilización del servicio de Internet cuando así se lo soliciten las Autoridades Superiores o Jefes de Departamento. Estos últimos únicamente podrán requerirlo, en caso de que se trate de usuarios del servicio de Internet de la dependencia a su cargo.

El Departamento de Informática deberá brindar información sobre aquellos usuarios que tienen asignado correo electrónico y nunca lo han utilizado. Periódicamente esta dependencia informará de los usuarios cuyos buzones excedan los límites permitidos y comunicará cualquier otro asunto que considere pertinente, en aras del adecuado uso del servicio.

De llegarse a comprobar una falta, concluido el procedimiento disciplinario respectivo, la Administración cancelará el acceso al servicio al funcionario responsable.

Artículo 38.—Los funcionarios encargados de la administración de los servicios deberán guardar confidencialidad y discrecionalidad sobre la información de las actividades en línea. Por ningún motivo proporcionarán información a personas no autorizadas para solicitarla, todo de acuerdo con lo que establece este Reglamento.

CAPÍTULO V

Disposiciones complementarias

Artículo 39.—La palabra clave o de acceso asignada a cada funcionario para uso de los recursos informáticos es para su uso exclusivo, por lo que no podrá ser compartida por los funcionarios. El funcionario titular de la clave será el único responsable por el uso que se les dé a los recursos informáticos a los que acceda por medio de la palabra clave.

Artículo 40.—Los directores y jefes de los departamentos y demás oficinas de la Asamblea Legislativa velarán por el uso adecuado y el cuidado del equipo de cómputo, los programas y las herramientas informáticas que tienen asignado. Cuando se compruebe negligencia de su parte, será responsable conjuntamente con el usuario principal por el uso inadecuado del equipo.

Artículo 41.—Cualquier infracción a este Reglamento, o el uso inadecuado de las herramientas a las que se refiere, autoriza al jefe inmediato del funcionario a llamarle la atención y conminarle para que el hecho no se repita. Si el hecho se repitiere, informará al Director de la División que corresponda y a la Dirección Ejecutiva a fin de qué ésta inicie el respectivo procedimiento disciplinario contra el funcionario responsable, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General de la Administración Pública, el Código de Trabajo, la Ley de Personal de la Asamblea Legislativa y el Reglamento Interno de la Asamblea.

La apertura del expediente administrativo se hará sin perjuicio de las sanciones penales contenidas en los artículos 196 bis, 217 bis y 229 bis del Código Penal.

Transitorio I.—Lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 23 entrará en vigencia a partir de mayo del 2006.

Transitorio II.—El Departamento de Relaciones Públicas, Prensa y Protocolo, tendrá un término perentorio de 30 días naturales, contados a partir de la entrada en vigencia de este nuevo Reglamento, para que establezca y comunique previa autorización de la Dirección Ejecutiva el procedimiento a seguir para cumplir con lo dispuesto en el inciso e), del artículo 30 de este cuerpo normativo.

Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Acuerdo firme.

Publíquese

Asamblea Legislativa.—San José, a los diecinueve días del mes de abril del año dos mil cinco.—Gerardo González Esquivel, Presidente.—Carlos Herrera Calvo, Primer Secretario.—Mario Calderón Castillo, Segundo Secretario.—1 vez.—C-147270.—(33604).

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 32337-H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que le confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política, los artículos 25 inciso l), 27 inciso l) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978; la Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre del 2001, y su Reglamento, Decreto Ejecutivo Nº 30058-H-MP-PLAN de 19 de diciembre del 2001; y la Ley N° 8290, Ley del Teatro Nacional, de 23 de julio del 2002.

Considerando:

1º—Que mediante la Ley N° 8290, publicada en La Gaceta Nº 159 del 21 de agosto del 2002, se crea el Teatro Nacional como un órgano del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, con desconcentración mínima y personalidad jurídica instrumental para administrar los fondos del Teatro Nacional.

2º—Que el Teatro Nacional requiere ampliar el gasto presupuestario para el año 2005, con el fin de incorporar gastos orientados a continuar con el proceso de restauración del edificio principal del Teatro Nacional, así como fortalecer las presentaciones de espectáculos que se presentan en la sala principal.

3º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 31708-H y sus reformas, publicado en La Gaceta Nº 62 del 29 marzo del 2004, la Autoridad Presupuestaria formuló las Directrices Generales de Política Presupuestaria para el 2005, las cuales fueron conocidas por el Consejo de Gobierno y aprobadas por el Presidente de la República, estableciendo el gasto presupuestario para el 2005, para las entidades cubiertas por el ámbito del mencionado Órgano Colegiado.

4º—Que mediante oficio STAP-0410-04 del 13 de abril del 2004, se comunicó al Teatro Nacional el gasto presupuestario fijado para el año 2005.

5º—Que por lo anterior, se hace necesario modificar el gasto presupuestario máximo fijado para el Teatro Nacional para el año 2005. Por tanto:

Decretan:

Artículo 1º—Modifícase al Teatro Nacional, el gasto presupuestario máximo para el año 2005, establecido en el artículo 1º del Decreto Ejecutivo N° 31708-H y sus reformas, publicado en La Gaceta Nº 62 del 29 de marzo del 2004, de manera que no podrá exceder la suma de ¢615.0 millones.

Artículo 2°—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diecinueve días del mes de abril del dos mil cinco.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Hacienda, Federico Carrillo Zürcher.—1 vez.—(Solicitud Nº 31905).—C-18525.—(D32337-33910).

 

Nº 32338-MEP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

En uso de las atribuciones que les confieren el artículo 140 incisos 3), 8) y 18), y 146 de la Constitución Política; la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 de 2 de mayo de 1978, artículos 19 y 29 de la Ley de Ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño Nº 7184 del 18 de julio de 1990, artículos 2 y 5 de la Ley de Eliminación de la Discriminación Racial en los Programas Educativos y los Medios de Comunicación Colectiva Nº 7711 del 22 de octubre de 1997, artículos 4, 56, 58 y 60 del Código de la Niñez y la Adolescencia Nº 7739 del 06 de enero de 1998.

Considerando:

1º—Que uno de los fines de la educación costarricense, según lo preceptuado en el artículo 2 de la Ley Fundamental de Educación, es conservar y ampliar la herencia cultural, impartiendo conocimientos sobre la historia del hombre, las grandes obras de la literatura y los conceptos filosóficos fundamentales.

2º—Que con base en los principios que se enmarcan en el Relanzamiento de la Educación Costarricense, la educación orienta sus esfuerzos en la formación de un ser humano integral capaz de reconocer y apreciar la diversidad de los aspectos raciales y socioculturales que, históricamente, han influido en la formación de este país.

3º—Que mediante los procesos que se gestan en el Ministerio de Educación Pública, se propician acciones dirigidas a fortalecer la identidad nacional por medio de la investigación científica, recopilación, promoción, proyección y aplicación pedagógica de los valores culturales en general.

4º—Que Costa Rica, como signataria del Plan de Acción y la Declaración de la Conferencia Regional de las Américas y de la III Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial y la Xenofobia, fortalecerá en la estructura curricular, el estudio de la cultura afrocostarricense. Por tanto,

Decretan:

Creación de la Comisión Nacional de Estudios Afrocostarricenses

Artículo 1º—Créase la Comisión Nacional de Estudios Afrocostarricenses, la cual tendrá las siguientes funciones:

a)  Dar a conocer los aportes culturales, artísticos y educativos que ha brindado la población afrocostarricense.

b)  Promover, mediante la implementación curricular, los valores interculturales y multiétnicos de la sociedad costarricense.

c)  Proponer estrategias y alternativas educativas que permitan implementar acciones dirigidas al conocimiento y divulgación de la cultura afrocostarricense.

d)  Desarrollar material de apoyo didáctico respecto a identidad, autoconcepto, autoestima individual, tendientes a sensibilizar y fortalecer la conducta y actitudes de los estudiantes hacia la tolerancia y aceptación de las diferencias individuales.

e)  Integrar en el proceso educativo nacional, la cosmovisión, filosofía, pensamientos y relaciones que establecen con sus ambientes naturales, el grupo cultural afrocostarricense.

f)   Destacar los orígenes, raíces, valores y perfil de diversos personajes de la cultura afrocostarricense que han dado su aporte al enriquecimiento de la cultura nacional en las diversas disciplinas, artes y ciencias.

Artículo 2º—Dicha Comisión estará integrada de la siguiente manera:

1.  Un representante del Ministro de Educación Pública, quien la presidirá.

2.  Un representante del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes.

3.  Un representante de organizaciones afrocostarricenses.

4.  Un representante afrocostarricense de grupos profesionales.

5.  Un representante de las universidades estatales.

Todos estos miembros serán nombrados por el Ministro de Educación Pública, de las nóminas que esas instituciones le presenten. Permanecerán en sus cargos dos años y podrán ser reelegidos por períodos iguales.

Artículo 3º—La Comisión se reunirá, ordinariamente, una vez al mes y, extraordinariamente, cuando sea convocada por el presidente(a) o por el Ministro de Educación Pública.

Artículo 4º—Para que esta Comisión pueda sesionar, el quórum se constituirá con la presencia de la mayoría de sus miembros. Sus resoluciones, acuerdos y decisiones se tomarán por mayoría simple de los votos presentes.

Artículo 5º—Cuando se cuente con disponibilidad presupuestaria, el Ministerio de Educación Pública designará un funcionario(a) en un código de asesor de educación 2, quien dará seguimiento a los acuerdos, propuestas o recomendaciones que dicha comisión formule y coordinará el trabajo de ella. Este código estará ubicado en la División de Desarrollo Curricular.

Artículo 6º—Declárese de interés educativo el trabajo que realice esta comisión, por lo que se autoriza a instituciones públicas y privadas a destinar recursos humanos y materiales, en la medida de sus posibilidades legales, a fin de lograr los objetivos estipulados.

Artículo 7º—Lo no regulado por este decreto, rige supletoriamente lo dispuesto por el Capítulo III del Título II del Libro Primero de la Ley General de la Administración Pública.

Artículo 8º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintisiete días del mes de abril del dos mil cinco.

Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Educación Pública, Manuel Antonio Bolaños Salas.—1 vez.—(Solicitud Nº 44205).—C-29795.—(D32338-33911).

 

Nº 32339-MAG

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

En ejercicio de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3), 8), 18) y 20); y 146) de la Constitución Política, los artículos 25, 27.1 y 28.2b de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública, la Ley Nº 7664 del 8 de abril de 1997, Ley de Protección Fitosanitaria, la Ley Nº 8285 del 30 de mayo del 2002, Ley de Creación de la Corporación Arrocera Nacional y el Acuerdo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Ley Nº 7473 del 20 de diciembre de 1994, Ley de Ejecución de los Acuerdos de la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales.

Considerando:

1º—Que el arroz es uno de los alimentos básicos en la dieta de los costarricenses.

2º—Que los precios internacionales del arroz se han incrementado en forma desproporcionada en los últimos meses.

3º—Que la producción nacional de arroz es insuficiente para abastecer las necesidades de consumo de nuestra población.

4º—Que es de interés público la investigación, el mejoramiento genético, la transferencia tecnológica, la producción, el beneficiado y el mercadeo del arroz en Costa Rica.

5º—Que la producción arrocera nacional, ha sido afectada durante los últimos meses con plagas de reciente introducción y conocimiento, como lo es el “Acaro del Vaneo del Arroz”, que conjuntamente con otras plagas, bacterias y hongos causa serios daños a la producción, disminuyendo seriamente la productividad y causando un grave deterioro económico al sector arrocero.

 6º—Que de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 8285, en cuanto al cumplimiento de sus fines y objetivos, la Corporación Arrocera Nacional, está obligada a dar soluciones a la problemática ocasionada por el acaro citado y otras plagas.

7º—Que mediante Decreto Nº 31776-MAG del 28 de abril del 2004, se adicionó un párrafo segundo al Decreto Ejecutivo Nº 29963-MAG del 29 de octubre del 2001 y sus reformas, para que el Ministerio de Agricultura y Ganadería, asumiera temporalmente los costos por canon fitosanitario al arroz, en las importaciones de arroz en granza bajo condiciones de desabasto del período correspondiente al año 2003-2004, las cuales ya se han cumplido. Por tanto:

Decretan:

Artículo 1º—Modifíquese el artículo 3º del Decreto Ejecutivo Nº 29963-MAG del 29 de octubre del 2001 y sus reformas mediante Decretos Nos. 30747-MAG de 25 de setiembre del 2002, 30973-MAG del 21 de enero del 2003 y 31776-MAG de 28 de abril del 2004, para que el mismo se lea de la siguiente manera:

“Artículo 3º—Los servicios de inspección, toma y análisis de muestras tendrán un costo de US$ 14,00 (catorce dólares sin centavos) para el Servicio Fitosanitario del Estado; por el análisis de aflatoxinas un costo de US$ 1,00 (un dólar sin centavos) para la Universidad de Costa Rica; por los análisis de calidad, un costo de US$ 1,20 (un dólar con veinte centavos) para el Consejo Nacional de Producción; para la generación y desarrollo de tecnología y producción de semilla genética y de fundación libre de contaminantes un costo de US$ 1,20 (un dólar con veinte centavos) para el Instituto de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria; para la investigación permanente y búsqueda de soluciones al problema ocasionado a la producción arrocera nacional por el “Acaro del Vaneo del Arroz”, plagas y otros daños a la producción arrocera, un costo de US$ 1,40 (un dólar con cuarenta centavos), para la Corporación Arrocera Nacional y para un programa permanente orientado a la producción de semilla certificada libre de plagas, un costo de US$ 1,20 (un dólar con veinte centavos) destinado a la Oficina Nacional de Semillas. En todos los casos el pago será por tonelada métrica de arroz importado y podrá ser cancelado en su equivalente en colones, calculado al tipo de cambio al día en que se realiza. Cada una de las instituciones indicará los procedimientos administrativos y financieros para efectuar el pago respectivo.”

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los quince días del mes de abril del dos mil cinco.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Agricultura y Ganadería, Rodolfo Coto Pacheco.—1 vez.—(Solicitud Nº 43112).—C-30420.—(D32339-33912).

 

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

N° 346-P.—San José, 5 de mayo del 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 140 inciso 1) de la Constitución Política de la República de Costa Rica; artículos 25, 26, 27, 28 inciso a), 47 y 121 de la Ley General de la Administración Pública, N° 6227 del 2 de mayo de 1978; artículos 1 y 8 de la Ley General de Policía, N° 7410 del 26 de mayo de 1994. Artículos 1, 2 15 de la Ley Nacional de Emergencia, N° 7914 del 28 de setiembre de 1999. Artículos 98, 105, 107 de la Ley sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de uso no autorizado, Legitimación de capitales y Actividades conexas, N° 8204 del 26 de diciembre del 2001.

Considerando:

1º—Que de conformidad con las disposiciones contenidas en el artículo 140 inciso 1) de la Constitución Política, son deberes y atribuciones que corresponden conjuntamente al Presidente y al respectivo Ministro de Gobierno, nombrar y remover libremente a los empleados y funcionarios que sirvan cargos de confianza.

2º—Que según lo estipulado en el artículo 47 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, el Presidente de la República podrá nombrar Viceministros.

3º—Que sobre la posibilidad de que exista más de un Viceministro por Cartera, la Procuraduría General de la República, en Dictamen C-049-2003, ha determinado que es mediante Reglamento que se debe establecer la organización adecuada de los Despachos, constituyéndose en un mecanismo constitucionalmente lícito y legalmente procedente.

4º—Que el Reglamento Interno de Organización y Servicio de la Presidencia de la República y el Ministerio de la Presidencia en su artículo 144, establece la posibilidad de crear otro Viceministro de la Presidencia para atender asuntos específicos.

5º—Que el Presidente de la República y la Ministra de la Presidencia consideran necesario y oportuno nombrar un Viceministro de la Presidencia Coordinador de la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional, Unidad Especial de Intervención el Instituto Costarricense sobre Drogas y la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias.

6º—Que para el Gobierno de la República es de suma importancia aunar esfuerzos en la política de Seguridad Nacional, en el fortalecimiento de las políticas y actividades en el campo de la prevención contra el fenómeno de las drogas y el combate contra su tráfico ilícito y delitos conexos, como una forma de continuar de manera eficaz y oportuna en las gestiones y la toma de decisiones en materia de Seguridad Nacional y Control de Drogas según las competencias de cada programa, así como en aquellas actividades ordinarias y extraordinarias para prevenir situaciones ante inminentes emergencias en todo el territorio nacional.

7º—Que es necesario nombrar a una persona de amplia trayectoria y experiencia en el campo de seguridad nacional, y en actividades de prevención contra las drogas, su tráfico ilícito y delitos conexos, así como en el resguardo de la vida y patrimonio de los habitantes, la conservación del orden jurídico y social en situaciones de emergencias. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Nómbrese como Viceministro de la Presidencia Coordinador de la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional, Unidad Especial de Intervención el Instituto Costarricense sobre Drogas y la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, al señor Luis Carlos Castillo Fernández, mayor, casado una vez, empresario, vecino de Escazú, cédula de identidad número dos-trescientos quince-quinientos treinta y uno.

Artículo 2º—Corresponde al señor Luis Carlos Castillo Fernández, a partir de su nombramiento presidir al Consejo Directivo del Instituto Costarricense contra las Drogas y asumir sus funciones en los términos del artículo 107 de la Ley 8204 y su Reglamento.

Artículo 3º—Corresponde al señor Luis Carlos Castillo Fernández en su condición de Viceministro Coordinador, representar a la Presidencia de la República ante la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, de conformidad con lo que establece la Ley N° 7914.

Artículo 4º—En su calidad de Viceministro Coordinador de la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional y de la Unidad Especial de Intervención, le corresponde coadyuvar con el Ministerio de la Presidencia, las atribuciones establecidas para cada cuerpo policial según los artículos 14 y 19 de la Ley 7410.

Artículo 5º—El Presidente de la República y la Ministra de la Presidencia, podrán encargar al señor Luis Carlos Castillo Fernández, en su condición de Viceministro Coordinador, todas aquellas funciones afines a los temas de la competencia asignada mediante este acuerdo y en aquellos propios del Ministerio de la Presidencia.

Artículo 6º—Rige a partir del 15 de mayo del 2005.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—1 vez.—(Solicitud Nº 085-05).—C-33745.—(34878).

 

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

N° 027-MOPT.—San José, 1º de marzo del 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Considerando:

1º—Que mediante Resolución Administrativa N° 7648 del 17 de diciembre del 2001, publicada en La Gaceta N° 9 del 14 de enero del 2002, se publicó la Resolución Administrativa N° 7648 del 17 de diciembre del 2001, mediante la cual se declara de interés público de conformidad con lo dispuesto por la Ley 7495 del 3 de mayo de 1995, reformada mediante Ley N° 7757 del 10 de marzo de 1998, publicada en La Gaceta N° 72 del 15 de abril de 1998, el bien inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula N° 216369-003-004, situado en el distrito 09 Río Segundo, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela, necesario para la construcción del proyecto denominado “Ampliación del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría”, propiedad de la señora Emilce Trejos Corrales, cédula Nº 2-158-871 y como parte interesada en su condición de usufructuaria a la señora Felicia Trejos Corrales, cédula Nº 2-096-441, de conformidad con la secuencia registral 004.

2º—Que consta en el Expediente Administrativo N° 27.216, que al efecto lleva el Departamento de Terrenos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, con relación a las diligencias de expropiación del bien inmueble descrito en el Considerando primero del presente Acuerdo, certificación de defunción de Emilce Trejos Corrales, extendida por el Registro Civil de fecha 26 de octubre del 2004.

3º—Que demostrada la defunción de Emilce Trejos Corrales, las diligencias de expropiación deberán continuar a nombre de la Sucesión de Emilce Trejos Corrales, y siendo que el señor José Dolores Trejos Corrales, quien es albacea provisional de la sucesión de Emilce Trejos Corrales, tiene imposibilidad legal para el otorgamiento de la escritura pública ante la Notaría del Estado, por cuanto no cuenta con una autorización judicial para dicho fin, procede la confección del presente Acuerdo Expropiatorio, según lo estipulado en el artículo 28 inciso c) de la Ley de Expropiaciones N° 7495 del 3 de mayo del 1995 y sus reformas.

4º—Que en razón de todo lo anterior, se procede a emitir el presente Acuerdo determinándose: Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—De conformidad con lo dispuesto la Ley 7495 del 3 de mayo de 1995, reformada mediante Ley N° 7757 del 10 de marzo de 1998, publicada en La Gaceta N° 72 del 15 de abril de 1998, expropiar a la sucesión Emilce Trejos Corrales, representada por el señor José Dolores Trejos Corrales, cédula de identidad Nº 2-114-730, el bien inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula N° 216369-003-004, situado en el distrito 09 Río Segundo, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela, un área de terreno equivalente a 558,83 metros cuadrados, cuya naturaleza es terreno agricultura con una casa, y cuyos linderos son: norte, con Juan Carlos Argüello; al sur, con Francisco Mejías Estrada; al este, con Del Carmen S.A., y al oeste, con calle pública con frente de 14,22 metros. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Ampliación del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría”.

Artículo 2º—La estimación del bien inmueble es de ¢20.144.161,52 (veinte millones ciento cuarenta y cuatro mil ciento sesenta y un colones con 52/100) que corresponde al total de la suma a pagar de conformidad con el avalúo administrativo N° 2003-07 de fecha 17 de febrero del 2003 del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el cual fue aceptado por la propietaria, que en vida fue Emilce Trejos Corrales, según oficio que consta en el expediente administrativo N° 27.216, que al efecto lleva el Departamento de Terrenos.

Artículo 3º—Que mediante Oficio N° URF-684-2004 del 8 de octubre del 2004, la Dirección General de Aviación Civil, comunica al Departamento de Terrenos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, que se procedió a depositar en la cuenta de la Procuraduría General de la República, el monto de ¢20.144.161,52 (veinte millones ciento cuarenta y cuatro mil ciento sesenta y un colones con 52/100), según la estimación fijada en el avalúo administrativo N° 2003-07 realizado por el Departamento de Avalúos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes.

Artículo 4º—Comisionar y autorizar a la Procuraduría General de la República a efecto de que proceda a interponer el proceso especial de justiprecio hasta su final ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, incluyendo la protocolización e inscripción registral del terreno expropiado, conforme lo establecido en la Ley de Expropiaciones N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas.

Artículo 5º—Rige a partir de su publicación.

Publíquese.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante—1 vez.—(Solicitud Nº 43609).—C-34220.—(34033).

 

Nº 040.—San José, 22 de febrero del 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Conforme a las facultades conferidas en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política y en los artículos 10 y 143 de la Ley General de Aviación Civil N° 5150 del 14 de mayo de 1973 y sus reformas, y la Ley General de Administración Pública Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, y sus reformas.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Impartir su aprobación a lo actuado por el Consejo Técnico de Aviación Civil en el artículo noveno de la sesión ordinaria 04-2005 celebrada el 20 de enero del 2005; en el que se otorga mediante resolución Nº 04-2005 a la empresa denominada Air Madrid Líneas Aéreas Sociedad Anónima, el Certificado de Explotación para brindar servicios de transporte aéreo internacional regular de pasajeros, carga y correo ejerciendo derechos de tercera y cuarta libertad del aire en la siguiente ruta: Madrid, España - San José, Costa Rica y viceversa.

Artículo 2º—La vigencia del certificado de explotación será hasta el 31 de mayo del 2005, fecha en que vence el Certificado de Operador Aéreo Extranjero Nº E-AOC-059, emitido por la Autoridad Aeronáutica de España.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante—1 vez.—(Solicitud Nº 43610).—C-9520.—(34035).

 

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

Nº 71.—San José, 10 de febrero del 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, la Ley de Régimen de Zonas Francas número 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica número 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo número 29606-H-COMEX del 18 de junio del 2001, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas y sus reformas.

Considerando:

1º—Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 673-2004 de 3 de diciembre del 2004, sin publicar; se le otorgó a la empresa Via Information Tools CR Ltda., cédula jurídica número 3-102-350140, los beneficios e incentivos contemplados en la Ley de Régimen de Zonas Francas, sus reformas y su Reglamento.

2º—Que mediante cartas presentadas a la Gerencia de Operaciones y Control de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER), los días 7 y 24 de enero del año en curso, la empresa Via Information Tools CR Ltda., solicitó la modificación de la fecha de cumplimiento del nivel mínimo de empleo en etapa preoperativa y de la fecha de inicio de operaciones productivas.

3º—Que la Comisión de Regímenes Especiales de PROCOMER, en sesión número 119-2005 celebrada el día 9 de febrero del 2005, conoció la solicitud de la empresa Via Information Tools CR Ltda., y con fundamento en el informe de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER número 03 de fecha 24 de enero del 2005, acordó recomendar al Poder Ejecutivo modificar la fecha de cumplimiento del nivel mínimo de empleo en etapa preoperativa y de la fecha de inicio de operaciones productivas.

4º—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto,

ACUERDAN:

1º—Modificar las cláusulas sexta y sétima del Acuerdo Ejecutivo número 673-2004 de 13 de diciembre del 2004, para que en el futuro dichas cláusulas se lean de la siguiente manera:

“6.      La beneficiaria se obliga a mantener un nivel mínimo de empleo de cinco trabajadores a más tardar el 30 de mayo del 2005 y a realizar y mantener un nivel mínimo de empleo de 20 trabajadores a más tardar el 31 de diciembre del 2006. Asimismo, se obliga a realizar y mantener una inversión nueva inicial en activos fijos de al menos $150.000,00 (ciento cincuenta mil dólares, moneda de los Estados Unidos de América) a más tardar el 25 de octubre del 2006, así como realizar y mantener una inversión mínima total de $230.000,00 (doscientos treinta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 25 de octubre del 2007. Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional de 86,72%.

PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión nueva inicial en activos fijos y la mínima total de la beneficiaria, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo contrato de operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una obligación a cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con los niveles mínimos de inversión anteriormente señalados.

7.  Una vez suscrito el contrato de operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon mensual por derecho de uso del Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio de las operaciones productivas es el 30 de mayo del 2005. En caso de que por cualquier circunstancia la beneficiaria no inicie dicha etapa de producción en la fecha antes señalada, continuará pagando el referido canon, para lo cual la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica seguirá tomando como referencia para su cálculo las proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud.

Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a PROCOMER de las ventas mensuales realizadas. El incumplimiento de esta obligación provocará el cobro retroactivo del canon, para lo cual PROCOMER tomará como referencia para su cálculo las proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud.”

2º—La empresa deberá suscribir un addéndum al Contrato de Operaciones.

3º—En todo lo demás, se mantiene lo dispuesto en Acuerdo Ejecutivo número 673-2004 de 13 de diciembre del 2004.

Rige a partir de su comunicación.

Comuníquese y publíquese.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Comercio Exterior, Manuel A. González Sanz.—1 vez.—Nº 31881.—(33784).

 

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Resolución Nº 000187.—San José, a las once y treinta y cinco horas del día diecisiete del mes de marzo del dos mil cinco.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Ampliación Avenida 4°, San Pedro de Montes Oca”.

Resultando:

1º—Mediante oficio N° 05/0176 de 22 de febrero del 2005, remitido por el Departamento de Terrenos de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Número 521498-000 (finca sometida al régimen de propiedad horizontal como finca matriz SJ-001800), cuya naturaleza es terreno con un condominio compuesto por un edificio de tres niveles con seis fincas filiales en cada uno de los niveles de una planta cada uno destinados a uso habitacional en proceso de construcción, situado en el distrito 01 San Pedro, cantón 15 Montes de Oca, de la provincia de San José, con una medida de 3 973,07 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca matriz son: norte con Milagro de la Fuente Padilla, sur con calle pública y Cinco Punto Ocho S. A., este con Fide S. A., y al oeste, con Condominio Fuente Ventura.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición un área de terreno equivalente a 1 201,17 metros cuadrados y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno con un condominio compuesto por un edificio de tres niveles con seis fincas filiales en cada uno de los niveles de una planta cada uno destinados a uso habitacional en proceso de construcción. Ubicación: distrito 01 San Pedro, cantón 15 Montes de Oca de la provincia de San José y cuyos linderos son: norte con resto de finca, al sur con calle pública con frente de 111,47 metros, al este con DIMED S. A., y al oeste, con resto de finca. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Ampliación Avenida 4°, San Pedro de Montes Oca”.

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.430 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano Catastrado N° SJ-836415-2003, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 1 201,17 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble.

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar.

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública y de Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad: al Sistema de Folio Real Matrícula número 521498-000 (finca sometida al régimen de propiedad horizontal como finca matriz SJ-001800).

b)  Naturaleza: terreno con un condominio compuesto por un edificio de tres niveles con seis fincas filiales en cada uno de los niveles de una planta cada uno destinados a uso habitacional en proceso de construcción.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 01 San Pedro, cantón 15 Montes de Oca de la provincia de San José.

d)  Linderos: norte con resto de finca, al sur con calle pública con frente de 111,47 metros, al este con DIMED S. A., y al oeste con resto de finca.

e)  Propiedad: Cinco Punto Ocho S. A., cédula jurídica N° 3-101-181870, representada por el señor Guillermo Tovar Faja, cédula N° 1-346-1000.

f)   De dicho inmueble se necesita un área de 1 201,17 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Ampliación Avenida 4°, San Pedro de Montes Oca”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto:

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Número 521498-000 (finca sometida al régimen de propiedad horizontal como finca matriz SJ-001800), situado en el distrito 01 San Pedro, cantón 15 Montes de Oca, de la provincia de San José, y propiedad de Cinco Punto Ocho S. A., cédula jurídica N° 3-101-181870, representada por el señor Guillermo Tovar Faja, cédula N° 1-346-1000, y cuyos linderos son: norte, con resto de finca; al sur, con calle pública con frente de 111,47 metros; al este, con DIMED S. A., y al oeste, con resto de finca con un área total de 1 201,17 metros cuadrados, conforme a lo indicado en Plano Catastrado N° SJ-836415-2003, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Ampliación Avenida 4°, San Pedro de Montes Oca”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante.—1 vez.—(Solicitud Nº 33545).—C-44695.—(34070).

 

Resolución Nº 000192.—San José, a las doce horas del día diecisiete del mes de marzo del dos mil cinco.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, (Quepos-Saavegre)”.

Resultando:

1º—Mediante oficio N° 05/0124 de 14 de febrero del 2005, remitido por el Equipo de Trabajo de Terrenos de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al  Sistema de Folio Real número 17069-000, cuya naturaleza es terreno para construir, situado en el distrito 02 Puntarenas, cantón 09 Parrita de la provincia de Puntarenas, con una medida de 158,08 metros cuadrados y cuyos linderos de la finca madre según el Registro Público de la Propiedad son: norte con calle con 15,20 metros, al sur con calle medio propiedad municipal, al este con calle pública y al oeste con Ricardo Jiménez.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición un área de terreno equivalente a 148,25 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno para construir. Ubicación: distrito 02 Puntarenas, cantón 09 Parrita de la provincia de Puntarenas y cuyos  linderos son: norte con calle pública con 10,21 metros de frente, al sur con calle pública con 10,18 metros de frente, al este con calle pública con 14,55 metros de frente  y al oeste con Danilo Ramírez Muñoz. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, (Quepos-Saavegre)”.

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.501 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano Catastrado Nº P-952821-2004, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 148,25 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble.

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995  y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 del 22 de  agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad: al Sistema de Folio Real Matrícula número 17069-000. 

b)  Naturaleza: terreno para construir.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 02 Puntarenas, cantón 09 Parrita de la provincia de Puntarenas. 

d)  Linderos: norte con calle pública con 10,21 metros de frente, al sur con calle pública con 10,18 metros de frente, al este con calle pública con 14,55 metros de frente  y al oeste con Danilo Ramírez Muñoz.

e)  Propiedad: Sucesión de Aníbal Mora Valverde, representada por su albacea Marleny Mora Velásquez, cédula N° 6-189-673. 

f)   De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 148,25 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, (Quepos-Saavegre)”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto:

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula número 17069-000, situado en el distrito 02 Puntarenas, cantón 09 Parrita de la provincia de Puntarenas y propiedad de sucesión de Aníbal Mora Valverde, representada por su albacea Marleny Mora Velásquez, cédula N° 6-189-673 y cuyos linderos son: norte con calle pública con 10,21 metros de frente, al sur con calle pública con 10,18 metros de frente, al este con calle pública con 14,55 metros de frente  y al oeste con Danilo Ramírez Muñoz, con una  área total de 148,25 metros cuadrados, conforme a lo indicado en el Plano Catastrado Nº P-952821-2004, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, (Quepos-Saavegre)”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante.—1 vez.—(Solicitud Nº 33545).—C-44695.—(34071).

 

MINISTERIO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES

Nº 044.—Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes.—San José, a las catorce horas del día veintiuno de abril del dos mil cinco. Nombramiento de la señora Verónica Zúñiga Salas, cédula de identidad 1-0995-0219, en sustitución del señor Carlos Manuel Valverde Retana, cédula de identidad 1-0567-0219, como miembro de la Junta Administrativa del Museo de Arte Costarricense.

Resultando:

1º—Que la Ley N° 6091 del 7 de octubre de 1977, publicada en el Alcance Nº 157 a La Gaceta Nº 209 del 4 de noviembre de 1977, crea el Museo de Arte Costarricense.

2º—Que en el artículo 4° de la supracitada ley, se establece que le corresponderá al Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes nombrar libremente a los miembros de la Junta Administrativa del Museo.

Considerando:

1º—Que según Resolución Nº 125 de las 9:00 horas del 30 de junio del 2004, se reeligió al señor Carlos Manuel Valverde Retana, cédula de identidad 1-0567-0219, como miembro de la Junta Administrativa del Museo de Arte Costarricense desde el día 28 de junio del 2004 por un período de dos años.

2º—Que el día 14 de marzo del 2005, el señor Valverde Retana, presentó su renuncia a dicho cargo.

3º—Que de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº 19169-C del 4 de agosto de 1989, publicado en La Gaceta Nº 177 del 18 de setiembre de ese mismo año, las personas que sean nombradas para llenar vacantes, ocuparán sus cargos por el resto del período del miembro saliente. Por tanto:

LA MINISTRA DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES, RESUELVE:

Artículo 1º—Aceptar la renuncia y agradecer los valiosos servicios prestados por el señor Carlos Manuel Valverde Retana, cédula de identidad 1-0567-0219, en el desempeño de su cargo como miembro de la Junta Administrativa del Museo de Arte Costarricense y nombrar en su lugar a la señora Verónica Zúñiga Salas, cédula de identidad 1-0995-0219.

Artículo 2º—Rige a partir del 16 de abril del 2005 y hasta el 28 de junio del 2006.

Amalia Chaverri Fonseca, Ministra de Cultura, Juventud y Deportes a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 48526).—C-13320.—(33075).

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Nº 75-2005.—El señor Manuel Morales Rodenhousen, cédula o pasaporte Nº 175 105195 10341, en calidad de representante legal de la compañía Beneficio Palmichal S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial TERRAVIVA, compuesto a base de nitrógenofósforo-potasio- magnesio-calcio-boro-azufre-hierro-manganeso-cobre-zinc, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 10:05 horas del 18 de abril del 2005.—Ing. Luis Echeverría Casasola, Director Ejecutivo.—(33026).

 

Nº 68-2004.—El señor Alcides Chacón Pacheco, cédula Nº 1-418-935, en calidad de representante legal de la compañía Técnicas Agrícolas Alajuelenses S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial Kelatex Nitro 45, compuesto a base de Nitrógeno. Solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial Roteex Forte, compuesto a base de Nitrógeno-Fósforo-Potasio-L Aminoácidos-Ácidos Orgánicos-Fitohormonas. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 18 de abril del 2005.—Gerencia de Insumos Agrícolas.—Ing. Luis Echeverría Casasola, Director Ejecutivo.—(33089).

 

Nº 57-2004.—La señora Hortensia María Ramírez Cordero, cédula Nº 1-410-1050, en calidad de representante legal de la compañía Rauco S.A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del bioestimulante de nombre comercial Carotenol, compuesto a base de Sustancias Hidrocarbonadas-Pro Vitamina A-Tocofenoles. Solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial Rizoderm, compuesto a base de Nitrógeno-Fósforo-Potasio-Magnesio-Boro-Calcio-Manganeso-Zinc-Molibdeno-Vitaminas-Bioactivadores Radiculares-Polisacaridos-Proteínas-Trichoderma. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 2 de marzo del 2005.—Gerencia de Insumos Agrícolas.—Ing. Roberto Aguilar Vargas, Gerente a. í.—(33090).

 

Nº 83-2005.—El señor Luis Carlos Chacón Rojas, cédula Nº 2-481-893, en calidad de representante legal de la compañía Agricenter S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial Disper Zn 14% GS, compuesto a base de Zinc. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 20 de abril del 2005.—Gerencia de Insumos Agrícolas.—Ing. Luis Echeverría Casasola, Director Ejecutivo.—(33091).

 

Nº 72-2004.—El señor Luis Carlos Chacón, cédula Nº 2-481-893, en calidad de representante legal de la compañía Agricenter S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del fertilizante-bioestimulante de nombre comercial Disper Chlorophyl GD, compuesto a base de Nitrógeno-Materia Orgánica-Aminoácidos Libres-Carbono Orgánico. Solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial Disper Humic 85% GS, compuesto a base de Ácidos Húmicos-Ácidos Fulvicos. Solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial Disper Complex GS, compuesto a base de Nitrógeno-Potasio-Magnesio-Boro-Cobre-Hierro-Manganeso-Molibdeno-Zinc. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 18 de abril del 2005.—Gerencia de Insumos Agrícolas.—Ing. Luis Echeverría Casasola, Director Ejecutivo.—(33092).

 

Nº 74-2005.—El señor Luis Carlos Chacón Rojas, cédula Nº 2-481-893, en calidad de representante legal de la compañía Agricenter S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial Disper Chelate Plus GS, compuesto a base de Nitrógeno-Potasio-Hierro-Manganeso-Zinc. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 18 de abril del 2005.—Gerencia de Insumos Agrícolas.—Ing. Luis Echeverría Casasola, Director Ejecutivo.—(33093).

 

Nº 73-2004.—El señor Luis Carlos Chacón, cédula Nº 2-481-893, en calidad de representante legal de la compañía Agricenter S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial Disper FER 6% GS, compuesto a base de Hierro. Solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial Disper Complex Hidroponic GS, compuesto a base de Hierro-Manganeso-Zinc-Cobre-Boro-Molibdeno. Solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial Disper Mn 13% GS, compuesto a base de Manganeso. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 18 de abril del 2005.—Gerencia de Insumos Agrícolas.—Ing. Luis Echeverría Casasola, Director Ejecutivo.—(33094).

 

DIRECCIÓN DE SALUD ANIMAL

EDICTOS

El señor Luis Guillermo Muñoz con número de cédula 2-312-141, vecino de Alajuela, en calidad de apoderado legal de la compañía Droguería Luis Muñoz con domicilio en Alajuela. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Rhinanvac Cerdos. Fabricado por: Laboratorio Syva S. A. de España, con los siguientes principios activos: Bordetella bronchiseptica, Pasteurella Haemolytica, Pasteurella multocida tipo D, Dermonecrotoxina de P multocida, Haemophilus suis, Mycoplasma hyoneumoniae y las siguientes indicaciones terapéuticas: inmuniza activamente los cerdos contra la flora causante de rinitis atrófica del cerdo y procesos respiratorios del cerdo. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 14 de abril del 2005.—Departamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Benigno Alpízar Montero, Jefe.—1 vez.—(33884).

 

El señor Luis Guillermo Muñoz con número de cédula 2-312-141, vecino de Alajuela, en calidad de apoderado legal de la compañía Droguería Luis Muñoz con domicilio en Alajuela. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Luteosyl fabricado por: Laboratorio Syva S. A. de España, con los siguientes principios activos: D-Closprostenol (sódico) 125 mg/ml y las siguientes indicaciones terapéuticas: Luteolítico, indicado para la inducción y sincronización de celos y partos, expulsión de placentas, fetos momificados y exudados uterinos, tratamiento de Endometritis, Piometros, quistes luteales y aborto terapéutico. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 14 de abril del 2005.—Departamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Benigno Alpízar Montero.—1 vez.—(33886).

 

El señor César Mata Piedra, con cédula Nº 3-287-089, vecino de San José, en calidad de regente veterinario de la compañía Faryvet S .A. con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: ASP-250. Fabricado por: Laboratorio Veterinario Quimagro S. A. de Chile, con los siguientes principios activos: clortetraciclina HCL 4.4%, sulfametazina 4.4% y penicilina G procainica 2.2% y las siguientes indicaciones terapéuticas: mejorador de la conversión alimenticia promoviendo el crecimiento y la ganancia de peso. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 14 de abril del 2005.—Departamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Benigno Alpízar Montero.—1 vez.—(34018).

 

El señor Arturo Yglesias Mora, cédula Nº 1-432-651, vecino de San José, en calidad de Regente Veterinario de la Compañía Vetim S. A., con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Pulmotil AC. Fabricado por: Laboratorio Coc Farmacéutica Erl para Eli Lilly, Italia SpA, con los siguientes principios activos: Tilmicosina (como fosfato de 250 mg/ml), y las siguientes indicaciones terapéuticas: para ser usado en aves y cerdos en el control y tratamiento de la neumonía asociada con actinobacilos y micoplasmas sensibles al fosfato de tilmicosina. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 14 de abril del 2005.—Departamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Benigno Alpízar Montero.—1 vez.—(34068).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN VIAL

Resolución Administrativa N° 01-05.—Ministerio de Obras Públicas y Transportes.—Dirección General de Educación Vial.—San José, a las ocho horas del diecisiete de febrero del dos mil cinco.

Considerando:

1º—Que es competencia exclusiva del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, regular todos los aspectos referentes al control, regulación y vigilancia del tránsito de vehículos automotores, el transporte de personas y bienes y la prestación de servicios por las vías públicas terrestres de la Nación.

2º—Que la Ley N° 7331: Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, en su artículo 249, establece que todos aquellos aspectos relativos a la expedición y regulación de las licencias para la conducción de los vehículos es función exclusiva de la Dirección General de Educación Vial, dependencia de la División de Transportes del Ministerio de Obras Públicas y Transportes.

3º—Que en el artículo 67 de dicha Ley se establece la obligación de todo ciudadano de cumplir con una serie de requisitos, para poder obtener, por primera vez, la licencia de conducir. Se incluye dentro de esos requisitos, aprobar el Curso Básico de Educación Vial o aquellos cursos específicos necesarios para obtener una determinada licencia.

4º—Que al momento de efectuar los trámites administrativos para obtener la licencia de conducir, el usuario comprueba ante el funcionario autorizado la aprobación de los cursos teóricos de educación vial, mediante la presentación del correspondiente Certificado de Aprobación, el cual es expedido por la Dirección General de Educación Vial.

5º—Que desde la implementación del sistema digitalizado de licencias, los datos relativos al curso teórico de educación vial se encuentran debidamente registrados en la base de datos, en razón de lo cual deviene en innecesario expedir duplicados del certificado de aprobación de los cursos teóricos de educación vial.

6º—Que en el ejercicio de las competencias legales asignadas a la Dirección General de Educación Vial, con el objetivo de beneficiar los intereses de los usuarios de los servicios públicos que brinda la Dirección General de Educación Vial y en concordancia con los alcances de la Ley N° 8220: Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, se dicta esta directriz. Por tanto,

RESUELVE:

Artículo 1º—A partir de esta resolución la Dirección General de Educación Vial no emitirá más duplicados de los certificados de aprobación de los cursos teóricos de educación vial.

Artículo 2º—Para la realización de la prueba práctica de manejo, en caso de extravío, pérdida, robo, hurto o deterioro del certificado original y solo si es necesario, la oficina competente o el funcionario autorizado emitirá un documento en papel oficial, debidamente firmado y sellado, el cual tendrá los mismos efectos jurídicos que los duplicados de certificados.

Artículo 3º—El documento oficial a que se refiere el artículo anterior podrá ser expedido en los departamentos nacionales, departamentos regionales o cualquier otra oficina de la Dirección General de Educación Vial que posea acceso al sistema digitalizado de licencias.

Artículo 4º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Comuníquese y publíquese.

San José, 4 de mayo del 2005.—MBA. H. Antonio Jiménez Bastos, Director General.—1 vez.—(O. C. Nº 28783).—C-23770.—(33945).

 

eDUCACIÓN PÚBLICA

REPOSICIÓN DE TÍTULO

DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD

Y MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta Supervisión se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Rama Académica, Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 01, folio 12 y título Nº 138, emitido por el Liceo Miguel Araya Venegas, en el año mil novecientos setenta y siete, a nombre de Cabezas Rojas Gerardo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiocho días del mes de abril del dos mil cinco.—Departamento de Supervisión Nacional.—Msc. Trino Zamora Zumbado, Director.—(32635).

 

Ante esta Supervisión se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 92 y título Nº 499, emitido por el Liceo San Gabriel La Salle, en el año dos mil uno, a nombre de Fallas Gamboa Filiberto de Jesús. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veinticinco días del mes de abril del dos mil cinco.—Departamento de Supervisión Nacional.—Msc. Trino Zamora Zumbado, Director.—(32640).

 

Ante esta Supervisión se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Rama Académica, Modalidad de Letras, inscrito en el tomo 1, folio 24, título Nº 256, emitido por el Colegio Nocturno Braulio Carrillo Colina, en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de Jirón Pérez Damaris. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciocho días del mes de abril del dos mil cinco.—Departamento de Supervisión Nacional.—Msc. Trino Zamora Zumbado, Director.—Nº 31155.—(32715).

 

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante esta Supervisión se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 164 y título Nº 3476, y del Título de Técnico Medio Diseño y Construcción Muebles de Madera, inscrito en el tomo 02, folio 272 y título Nº 8159, emitidos por el Colegio Técnico Vocacional Monseñor Sanabria, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Heinner Rafael Bermúdez Araya. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veinticinco de abril del dos mil cinco.—Departamento de Supervisión Nacional.—M.Sc. Trino Zamora Zumbado, Director.—(33209).

 

Ante esta Supervisión se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 79, título N° 1114, emitido por el Colegio de Santa Ana, en el año dos mil tres, a nombre de Robles Mora Richard Alonso. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 28 de abril del 2005.—Departamento de Supervisión Nacional.—Msc. Trino Zamora Zumbado, Director.—(33425).

 

Ante esta Supervisión se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 76 y título Nº 354, emitido por el Liceo Otilio Ulate Blanco, en el año dos mil tres, a nombre de Carolina Herrera Zamora. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 27 de abril del 2005.—Msc. Trino Zamora Zumbado, Director, Depto. Supervisión Nacional.—(33430).

 

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del diploma de conclusión de estudios de la educación diversificada, rama académica área de ciencias inscrito en el tomo 01, folio 43 y asiento Nº 411 emitido por el Colegio Nocturno Miguel Obregón Lizano, en el año mil novecientos ochenta y uno a nombre de Grace Cotter Cooper. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 22 de febrero del 2005.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(33468).

 

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta Supervisión Nacional se ha presentado la solicitud de reposición de Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 171 y título Nº 1.830, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Educación Comercial y de Servicios, en el año dos mil, a nombre de Melissa Corrales Bustamante. Se solicita la reposición del título indicado  por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 2 de julio del 2003.—Lic. Marvin Loría Masís, Director a. í.—(33579).

 

Ante esta Supervisión se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 99, diploma N° 1207, emitido por el Colegio La Salle, en el año dos mil uno, a nombre de Mariela Mena Alfaro. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José 19 de abril del 2005.—Departamento de Supervisión Nacional.—Msc. Trino Zamora Zumbado, Director.—(33920).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

REGISTRO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social la Cooperativa de Producción de Caña R. L., Siglas Coopecañita R. L., acordada en asamblea celebrada el día 7 de agosto del 2004. Resolución Nº 1281. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta la totalidad de los artículos del Estatuto. Con la reforma al artículo 1 varió el nombre de la organización que en lo sucesivo será: Cooperativa de Producción de Caña y de Servicios Múltiples de la Región de Turrialba y Jiménez R. L., Siglas Coopecañita R. L.—San José, 15 de abril del 2005.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(31732).

 

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa Autogestionaria Ecológica, Productores R. L., siglas Ecoopro R. L., acordada en asamblea celebrada el día 15 de mayo del 2004. Resolución C-1321, del día 5 de enero del dos mil cinco. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

CONSEJO DE ADMINISTRACION:

Presidente                  Víctor Hugo Araya Díaz

Vicepresidenta           Marcia Bennett Bennett

Secretaria                   Isabel Rivera Taylor

Vocal 1                       José Antonio Durán Portuguez

Vocal 2                       Mayela Sequeira Sánchez

Suplente 1                  Wilford Baker Joseph

Suplente 2                  Ruth Duarte Camacho

GERENTE GENERAL:

Michael A. Lackwood Mc Farlane

San José, 5 de enero del 2005.—Lic. José Joaquín Orozco, Jefe.—Nº 30770.—(32098).

 

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa Autogestionaria de Humedales del Térraba de Osa R. L., siglas COOPEHUMEDALES R. L., acordada en asamblea celebrada el día 14 de marzo del 2004. Resolución C-1327, del día 25 de abril del 2005. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Consejo de Administración:

Presidente                                       Gilberth Duarte Ruiz

Vicepresidente                                Gladys Jiménez Morales

Secretario                                        Roxana Fernández Soto

Vocal 1.                                           Modesto Santamaría Morales

Vocal 2.                                           Marcos Murillo Jiménez

Suplente 1                                       Elibeth Reyes Santamaría

Suplente 2                                       Benjamín Santamaría Morales

Gerente general:                              Sonia Constanza León Mahecha

San José, 25 de abril del 2005.—Lic. José Joaquín Orozco, Jefe.—(33897).

 

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social la Cooperativa Matadero Nacional de Montecillos R. L., siglas COOPEMONTECILLOS R. L., acordada en asambleas celebradas los días 27 de octubre del 2001 y 30 de octubre del 2004 respectivamente. Resolución 83. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos: 1º, 10, 12 bis, 13, 16, 17, 19, 21, 26, 27, 28, 29, 32, 33, 34, 36, 37 y 38 del Estatuto.—San José, 20 de abril del 2005.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(33916).

JUSTICIA Y GRACIA

 

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Mensaje a la Familia, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: brindar atención sicológica y servicios de consejería. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Milton Rosales Arce. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas) y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 542, asiento 16096, adicional tomo 550, asiento 3108).—Curridabat, 22 de abril del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(33067).

 

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación del Buen Pastor. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 550, asiento: 4808.—Curridabat, 28 de abril del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 31425.—(33130).

 

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Pro-Mejoras Urbanización Año 2000, Llorente de Flores, Heredia, con domicilio en la provincia de Heredia. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Gestionar nuevos servicios públicos, en caso que la comunidad los necesite, así como mejorías de los actuales servicios de la comunidad año 2000. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente Miguel Agüero Quesada. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 544, Asiento: 6040; Adicionales: 545-11681, 548-1507).—Curridabat, 31 de marzo del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 31645.—(33558).

 

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Marcial de Tang Soo Do Chon Kyung (Karate Koreano), con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover la unión afectiva entre los miembros de la Asociación de Karate para el mejoramiento corporal y espiritual de éstos. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente José Agustín Cordero Méndez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley No 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 547, Asiento: 18701).—Curridabat, 29 de abril del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 31716.—(33785).

 

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Pro-Ayuda a La Persona con Necesidades Especiales de Monteverde, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Adquirir infraestructura, equipo y mobiliario además de diferentes aparatos para la rehabilitación física y social de las personas con problemas de movilización independiente, además del recurso humano necesario para su funcionamiento. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Zallo Brenes Cambronero. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 543, Asiento: 9288; Adicional tomo: 549, Asiento: 19095).—Curridabat, 19 de abril del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 31724.—(33786).

 

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Profesionales en Topografía y Agrimensura de Pérez Zeledón y Zona Sur, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promoción y formación de los profesionales en topografía y agrimensura, tanto en el ámbito profesional como en el ético y en el personal. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Nelson Eduardo Siles Valverde. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 548, asiento: 2765).—Curridabat, 5 de abril del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 31968.—(34011).

 

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Damas de Los Ángeles de Páramo de Pérez Zeledón, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Diseñar e implementar acciones y programas que generen alternativas para el mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad de Los Ángeles de Páramo de Pérez Zeledón. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma lo es la Presidenta: María Auxiliadora Cordero Gómez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite (tomo: 541, asiento: 16532).—Curridabat, 24 de enero del 2005.—Lic. Grace Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez.—Nº 31991.—(34012).

 

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación Cámara Costarricense de Restaurantes y Afines. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 545, asiento: 4867).—Curridabat, 16 de febrero del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 31998.—(34013).

 

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Empleados del Hospital de San Vito, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover actividades socio educativas para sus asociados y familiares de vida saludables de sus asociados y familia. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente Elías Villalobos Villalobos. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas) y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 550, Asiento: 16821).—Curridabat, 3 de mayo del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 32020.—(34304).

 

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación Cruz Roja Costarricense. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas) y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 549, Asiento: 8117.—Curridabat, 30 de marzo del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 32054.—(34305).

 

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación Pro Familia Chorotega de la provincia de Guanacaste. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas) y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 550, Asiento: 17812.—Curridabat, 27 de abril del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 32079.—(34306).

 

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Desarrollo de Vivienda La Inmaculada, con domicilio en la provincia de Cartago. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: La construcción de viviendas de carácter social. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente Fernando Ramírez Méndez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 535, Asiento: 7763; Adicional tomo: 548, Asiento: 12754).—Curridabat, 22 de abril del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 32162.—(34307).

 

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Turrialbeña de Autobuseros, con domicilio en la provincia de Cartago. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: La formación y capacitación de sus asociados, con el objeto que los mismos reúnan un mayor y mejor conocimiento en materia de transporte público. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con carácter y facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente Lepolt Linkimer Bedoya. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 550, Asiento: 14722).—Curridabat, 25 de abril del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 32228.—(34308).

 

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la Asociación Misionera Centro Cristiano de Poás. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 547, Asiento: 18579.—Curridabat, 19 de abril del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 32245.—(34309).

 

REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Rafael A. Oreamuno Blanco, mayor, casado, abogado, vecino de San José, cédula Nº 2-387-850, en su condición de apoderado especial de Colgate Palmolive Company, de EUA, solicita el Modelo Industrial denominado CEPILLO DENTAL. Se refiere a un diseño de un cepillo dental en la que se puede apreciar una disposición de los cortes superiores de las cerdas con inclinaciones de arriba hacia abajo y viceversa, sobresaliendo la distribución del mango. En el centro presenta unos ribetes de flexibilidad de colocación característica y particular. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es 04/02, cuyo inventor es Han Guo Ping. La solicitud correspondiente lleva el número 6358, y fue presentada a las 09:38:00 del 8 de mayo del 2001. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 4 de agosto del 2004.—Patentes de Invención.—Lic. Rafael Quesada, Registrador.—(32261).

 

El señor Rafael A. Oreamuno Blanco, mayor, casado, abogado, vecino de San José, cédula Nº 2-387-850, en su condición de apoderado especial de Colgate Palmolive Company, de EUA, solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIÓN PARA EL CUIDADO DE TELA, QUE CONTIENE UN POLÍMERO DE POLICARBOXILATO Y UN COMPUESTO DERIVADO DE LA UREA. Una composición acuosa para el cuidado de la tela, para los ciclos de lavado o escurrido de una lavadora, para limpiar o suavizar telas, de manera concomitante con el ofrecimiento de mayores beneficios para las telas tratadas, en relación con la absorción de humedad, el depósito de fragancia, la eliminación de suciedad, menos arrugas antes del planchado y mejor apariencia después del planchado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C11D/, cuyos inventores son Marianne Zappone, Dixie Umstead, Marija Heibel y Sayed Ibrahim. La solicitud correspondiente lleva el número 6611, y fue presentada a las 11:51:00 del 2 de abril del 2002. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de abril del 2004.—Patentes de Invención.—Lic. Rafael Quesada, Registrador.—(32262).

 

AMBIENTE Y ENERGÍA

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Expediente Nº 9742.—Arenal Springs S. A. Solicita aumento de fuente y caudal de su concesión de aprovechamiento de agua de un nacimiento sin nombre, captado en propiedad de Víctor Julio Molina Fernández y quebrada sin nombre en su propiedad. Sita en Monterrey, San Carlos, Alajuela, ubicación cartográfica coordenadas 278.400/460.650 - 277.600 460.750 respectivamente. Hoja Monterrey, Caudal solicitado 0.9 y 1 litro por segundo para hotel turístico, riego, oficinas, restaurante y doméstico propietarios de predios inferiores. Roy Torres Solano. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 abril del 2005.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(33472).

 

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. Nº 11718.—Ganados Pastando Gapasa S. A., solicita concesión de 250 litros por segundo de Quebrada Calderón en propiedad Luis Diego Romero Collado en Matina, Limón, para uso industrial en Planta Extractora de Aceite. Coordenadas 204.400 latitud 607.150 longitud Hoja Matina. Predios inferiores. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de setiembre del 2004.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 31513.—(33385).

PODER JUDICIAL

AVISOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

Ante esta Dirección se ha recibido solicitud de la licenciada Meylin Gutiérrez Méndez, cédula de identidad Nº 5-308-779, quien pretende que se le inscriba como notaria pública. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta de la interesada para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 05-070-624-NO.—San José, 2 de febrero del 2005.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—Nº 31801.—(33787).

 

Ante esta Dirección se ha recibido solicitud de la licenciada Marianela Masís Cob, cédula de identidad Nº 01-1018-0614, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta de la interesada para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 05-232-624-NO.—San José, 4 de abril de 2005.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—(33908).

 

Ante esta Dirección se ha recibido solicitud de la licenciada Lilliana Cob Saborío, cédula de identidad Nº 6-119-900, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta de la interesada para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 05-000234-624-NO.—San José, 6 de abril del 2005.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—(33909).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

OFICINA ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. N° 13256-2003.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas diecisiete minutos del veinticinco de agosto del dos mil tres. Diligencias de ocurso incoadas en este Registro por Nelson Montoya Rojas y Ericka Castro Espinoza, mayores, casados, comerciantes, portadores en su orden de las cédulas de identidad números uno-mil sesenta y cinco-quinientos veinticuatro y uno-novecientos veinte-doscientos diecinueve, vecinos de Salitral, Santa Ana, tendente a la rectificación del asiento de nacimiento de Stephanía Montoya Castro, que lleva el número treinta y uno, folio dieciséis, del tomo mil ochocientos cincuenta y dos, de la Sección de Nacimientos de la provincia de San José, en el sentido de que la fecha de nacimiento es veintinueve de agosto del dos mil dos y no como aparece actualmente consignada. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, practíquese la respectiva anotación marginal de advertencia en el asiento de nacimiento correspondiente, se ordena publicar por tres veces el edicto de ley para que los interesados, dentro de ocho días posteriores a la primera publicación, aleguen sus derechos. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ricardo Patricio Chavarría Barquero, Oficial Mayor Civil a. í.—(33428).

 

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ligia Mendoza Díaz, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 849-2004.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina Actos Jurídicos.—San José, a las once horas, treinta minutos del tres de marzo del dos mil cuatro. Diligencias de ocurso incoadas en este Registro por Ligia Mendoza Díaz, cédula de identidad número cinco-ciento cincuenta y dos-trescientos setenta y dos, vecina de Santa Ana, Belén, Carrillo, Guanacaste. Expediente Nº 35168-2003. Resultando: 1º— … 2º— … Considerando: I.—Hechos probados: … II.—Sobre el fondo: … Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Luisiana María Acosta Mendoza, en el sentido que el nombre correcto es “Luciana María” y no como aparece actualmente consignado. Publíquese esta resolución por una vez en el Diario Oficial. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(33101).

 

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Graciano Cortés Cortés. Exp. N° 27005-2003, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Res. N° 185-2004.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—San José, a las dieciocho horas treinta minutos del trece de enero del dos mil cuatro. Diligencias de ocurso incoadas ante este Registro por Graciano Cortés Cortés, casado, costarricense, policía rural, cédula de identidad número cinco-ciento veinticuatro-trescientos cuatro. Resultando 1º—…; 2º—...; Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de José Graciano Judith Cortés Piñar... en el sentido que los apellidos del cónyuge son “Cortés Cortés, hijo de Severa Cortés Cortés, costarricense” y no como se consignó. Publíquese esta resolución por una vez en el Diario Oficial. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(33436).

 

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Aixa María Obregón, no indica segundo apellido, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 0168-05.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas quince minutos del tres de marzo del dos mil cinco. Exp. Nº 25758-03. Resultando: 1º—...; 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo..; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Kattia Vanessa Ortiz Obregón, que lleva el número... en el sentido que el nombre y el apellido de la madre... son “Aixa María Obregón, no indica segundo apellido.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(33477).

 

Se hace saber a los señores Carlos Luis González Méndez y Claudia María Delgado Delgado, que en el Diligencias de ocurso promovidas por Tito Jiménez Chacón, tendientes a la rectificación del asiento de nacimiento de María Jesús Jiménez Delgado, que lleva el número quinientos setenta y cinco, folio doscientos ochenta y ocho, tomo mil doscientos ochenta y siete de la Sección de nacimientos de la provincia de San José, se ha dictado la resolución que en lo conducente dice: “N° 0664-O-2005. Tribunal Supremo de Elecciones. San José, a las ocho horas y treinta y cinco minutos del treinta y uno de marzo del dos mil cinco. Diligencias de ocurso promovidas por Tito Jiménez Chacón. Resultando: 1) Que la Dirección General del Registro Civil, Oficina de Actos Jurídicos, por resolución número 2964-2004 de las ocho horas y cinco minutos del dieciséis de noviembre del dos mil cuatro, dispuso en lo conducente: Por tanto: Precédase a rectificar el asiento de nacimiento de María Jesús Jiménez Delgado, que lleva el número quinientos setenta y cinco, folio doscientos ochenta y ocho, tomo mil doscientos ochenta y siete de la Sección de nacimientos de la provincia de San José, en el sentido de que la persona ahí inscrita es hija “Carlos Luis González Méndez y Claudia María Delgado Delgado, costarricenses” y no como se consignó”. 2)..., 3)..., Considerando:.... Por tanto: se aprueba la resolución consultada. Devuélvase el expediente a la Oficina de origen previa copia de estilo. Notifíquese.” Óscar Fonseca Montoya, Luis Antonio Sobrado González, Olga Nidia Fallas Madrigal, Juan Antonio Casafont Odor, Ovelio Rodríguez Chaverri. Secretaría del Tribunal Supremo de Elecciones, San José a las nueve horas quince minutos del veintiocho de abril del dos mil cinco. Para notificar a los interesados Carlos Luis González Méndez y Claudia María Delgado Delgado, en razón de ignorar sus domicilios, se procede a hacerlo mediante edicto que se publicará por única vez en el Diario Oficial.—Alejandro Bermúdez Mora, Secretario.—1 vez.—(O. C. Nº 2460-2005).—C-11420.—(33484).

 

Se hace saber que este Registro _en diligencias de ocurso incoadas por Randall Salazar Alvarado ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2929-04.—Registro Civil de Costa Rica.—Departamento Civil.—Oficina Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas y diecisiete minutos del once de noviembre del dos mil cuatro. Ocurso. Expediente N° 24593-04. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados: III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Randall Salazar Alvarado... en el sentido que los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Alvarado Araya” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 31707.—(33557).

 

Se hace saber que, este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por, Silvia María Navarro Mora, ha dictado la resolución, que en lo conducente dice: Expediente Nº 8508-95. Resolución Nº 0022-96. Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas veinte minutos del diez de enero de mil novecientos noventa y seis. Diligencias de ocurso incoadas ante este Registro por, Silvia María Navarro Mora, mayor, soltera, oficios del hogar, costarricense, cédula de identidad número uno-novecientos siete-cero noventa y seis, vecina de Quemado Cajón Pérez Zeledón; tendentes a la rectificación de su asiento de nacimiento. Resultando: 1º—...., 2º—.....; Considerando: I.—Hechos probados:...., 2.—Sobre el fondo:....; Por tanto: De conformidad con lo que se ha dejado expuesto y citas de ley relacionadas, rectifíquese el asiento de nacimiento de Carios Eduardo Navarro Mora, que lleva el número noventa y seis, folio cuarenta y ocho, tomo novecientos siete, de la Sección de Nacimientos de la provincia de San José, en el sentido de que el sexo de la persona ahí inscrita es: “Femenino”; y no como se consignó. Se deniega lo referente al cambio de nombre consignado en la inscripción del citado asiento de nacimiento. Publíquese esta resolución una vez en el Diario Oficial, de conformidad con lo establecido en el aparte tercero, del artículo 65 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Jorge Brenes Solano, Jefe a. í..—1 vez.—Nº 31823.—(33788).

 

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Anabelle Badilla Picado, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: N° 812-2004.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—San José a las once horas cincuenta minutos del primero de marzo del dos mil cuatro. Diligencias de ocurso incoadas en este Registro por Anabelle Badilla Picado, casada, ama de casa, costarricense, cédula de identidad número uno-quinientos doce-trescientos cuarenta y seis, vecina de Los Guido, Desamparados. Expediente N° 34249-2003. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hecho probado:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Joseth Pastor Lazo Badilla, en el sentido de que el nombre correcto es Joseph Pastor y no como aparece actualmente consignado. Publíquese esta resolución por una vez en el Diario Oficial. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 31783.—(33789).

 

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Iris Ramírez Salguera, conocida como Iris Salguera López, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 0150-05.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas veinte minutos del veintiocho de febrero del dos mil cinco. Exp. Nº 21138-04. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados: ..., II.—Hechos no probados: ..., III.—Sobre el fondo: ...; Por tanto: procédase a rectificar el asiento de matrimonio de Elvin Segura Calderón con Iris Antonia Salguera López, que lleva el número... en el sentido que los apellidos de la cónyuge son “Ramírez Salguera”, hija de “José Eladio Ramírez Castro y Myriam Salguera López, costarricenses” y los asientos de nacimiento de Meribeth Segura Salguera, que lleva el número... el de Katherine Francinie Segura Salguera, que lleva el número... el de María José Umaña Salguera, que lleva el número... el de Melany Gabriela Umaña Salguera, que lleva el número... y el de Marcela Fabiola Umaña Salguera, que lleva el número... en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre... son “Iris Antonia Ramírez Salguera”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(33859).

 

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Bianca López Rojas debidamente ratificadas por Stephanie María Gutiérrez López, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución N° 300-2005.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas, dos minutos del quince de abril del dos mil cinco. Ocurso. Expediente N° 5750-2005. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Stephanie María y Franciny María de apellidos Gutiérrez López, en el sentido que el nombre de la madre es “Bianca” y no como se consignó. Publíquese esta resolución por una vez en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(33890).

 

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Mercedes Casco González, mayor, soltera, instructora de gimnasia, nicaragüense, cédula residencia Nº 270-172968-100313, vecina de Guanacaste, expediente Nº 1721-2000. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 10 de marzo del 2005.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(33099).

 

Rosario Adriana Velázquez Velázquez, conocida como Rosario Adriana Velásquez Velásquez, mayor, soltera, operaria de proceso, nicaragüense, cédula residencia Nº 135-RE-025226-00-1999, vecina de San José, expediente Nº 2432-2004. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 18 de abril del 2005.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº 31556.—(33386).

 

Melissa Mustelier Cantero, mayor, soltera, estudiante, cubana, cédula residencia Nº 315-185011-006028, vecina de Belén Heredia, expediente Nº 1845-2003. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 22 de febrero del 2005.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº 31604.—(33387).

 

María Magdalena Fonseca Traña, mayor, soltera, empacadora, nicaragüense, cédula residencia número 135-RE-003512-00-1999, vecina de San Francisco de Dos Ríos, San José, expediente naturalización número 911-2004. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 5 de julio del 2004.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(33493).

 

Angélica Gabriela García Regalado, mayor, soltera, agricultora, nicaragüense, cédula residencia Nº 270-112575-48410, vecina de Florencia, San Carlos, Alajuela, expediente Nº 2348-2004. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 22 de febrero del 2005.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(33498).

 

Alicia Figueras López, mayor, casada, profesora, cubana, cédula de residencia Nº 315-182822-005830, vecina de San Pedro de Montes de Oca San José, expediente Nº 2531-2004. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 17 de marzo del 2005.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora.—1 vez.—Nº 31921.—(33790).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES

CENTRO COSTARRICENSE DE PRODUCCIÓN

CINEMATOGRÁFICA

MODIFICACIÓN AL PLAN DE COMPRAS 2005

Publicado el 3 de febrero del 2005

5. Bienes duraderos: 5.01.02, Equipo de Transportes, por un monto de ¢ 6.700.000,00, seis millones setecientos mil colones. 5.01.03, Equipo de Comunicación, por un monto de ¢ 11.500.000,00, once millones quinientos mil colones. 5.01.05, Equipo y Programa de Cómputo por la suma de ¢ 1.200.000,00, un millón doscientos mil colones. 5.02.99, Otras Construcciones, Adiciones y Mejoras, por un monto de ¢ 3.700.000,00, tres millones setecientos mil colones.

San José, 5 de mayo del 2005.—Laura Molina Valverde, Directora General.—1 vez.—(O. C. Nº 1215).—C-5720.—(34474).

 

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

MODIFICACIÓN AL PROGRAMA

DE ADQUISICIONES ORDINARIO

PROYECTADO PARA EL AÑO 2005

De conformidad con lo establecido en el artículo 6º de la Ley de Contratación Administrativa y los artículos 7.1, 7.2 y 7.3 de su Reglamento General, se adiciona el Programa de Adquisiciones Proyectado para este año del siguiente modo:

Se modifica la descripción de los siguientes equipos:

Gasto/Objeto:

299: Otros materiales y suministros

Descripción                                             Monto          Semestre

Proyectiles calibre 38 mm                   ¢ 75.000,00          Primero

Proyectiles calibre 9 mm                   ¢ 125.000,00          Primero

Gasto/Objeto:

340: Equipo para comunicaciones

Descripción                                             Monto          Semestre

Micrófono de solapa                         ¢ 400.000,00          Primero

Proveeduría.—Lic. Javier Ignacio Vega Garrido, Proveedor.—1 vez.—(O. C. Nº 0634-2005).—C-7145.—(34475).

 

BANCO DE COSTA RICA

Modificación a los programas de adquisiciones 2005

                                                 Fecha             Fuente               Monto

              Descripción            estimada   financiamiento   aproximado

1     Recolección de basura      I semestre             BCR          ¢32.000.000,00

San José, 5 de mayo del 2005.—Oficina Contratación Administrativa.—Osvaldo Villalobos G., Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº  52182).—C-5620.—(34547).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

Modificación al programa de adquisiciones del año 2005

(Según artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y los artículos 7,7.1, 7.2 y 7.3 del Reglamento General de la Contratación Administrativa).

                                  Tipo de bien                              Monto estimado                         Programa,                                 Fuente de              Periodo de

Ítem                            o servicio                           (en miles de colones)       Subprograma y/o Proyecto              financiamiento          ejecución

1            Otros servicios no personales                           96.397,0                      Programa Nº 1 Administración           Fondos Propios         Mayo-Diciembre

2            Materiales y suministros                                   -1.300,0                      Programa Nº 1 Administración           Fondos Propios         Mayo-Diciembre

9            Otros servicios no personales                           40.762,4                      Programa Nº 2 Docencia                    Fondos Propios         Mayo-Diciembre

10          Materiales y suministros                                        637,6                      Programa Nº 2 Docencia                    Fondos Propios         Mayo-Diciembre

14          Otros servicios no personales                           14.040,7                      Programa Nº 3 V.I.E.S.A.                   Fondos Propios         Mayo-Diciembre

15          Materiales y suministros                                      -550,0                      Programa Nº 3 V.I.E.S.A.                   Fondos Propios         Mayo-Diciembre

19          Honorarios, cónsul, y serv. contratados              3.677,1                      Programa Nº 4 V.I.E.                         Fondos Propios         Mayo-Diciembre

20          Otros servicios no personales                           25.308,2                      Programa Nº 4 V.I.E.                         Fondos Propios         Mayo-Diciembre

21          Materiales y suministros                                     1.592,8                      Programa Nº 4 V.I.E.                         Fondos Propios         Mayo-Diciembre

23          Equipos varios                                                       250,0                      Programa Nº 4 V.I.E.                         Fondos Propios         Mayo-Diciembre

24          Equipo y mobiliario de computación                     900,0                      Programa Nº 4 V.I.E.                         Fondos Propios         Mayo-Diciembre

25          Otros servicios no personales                           22.400,0                      Programa Nº 5 San Carlos                  Fondos Propios         Mayo-Diciembre

Monto total de adquisiciones                               204.115,8

San José, 3 de mayo del 2005.—Departamento de Aprovisionamiento.—Lic. Alejandro Masís Arce M.A.E., Director.—1 vez.—(Solicitud Nº 30920).—C-25270.—(34477).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

CLÍNICA DR. CARLOS DURÁN CARTÍN

Ampliación al Programa Anual de Compras

Complementario a lo publicado el pasado 14 de enero del presente año y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley de Contratación Administrativa y artículo 7º del Reglamento General de Contratación Administrativa, se publica ampliación del Programa Anual de Compras de la Clínica Dr. Carlos Durán Cartín, en los siguientes términos:

      Cuenta     Descripción                    Monto ¢                  Trimestre

        2320        Ultrasonido                  51.500.000,00                III y IV

        2156        Pintura interna             10.000.000,00                III y IV

San José, 3 de mayo del 2005.—Máster Alfonso Blanco Artavia, Administrador.—1 vez.—Nº 32243.—(34318).

 

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

DIRECCIÓN DE SUMINISTROS

PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES

PERÍODO: MAYO - DICIEMBRE 2005

A continuación se presenta la quinta modificación al Programa de Adquisiciones desagregado según los programas que conforman la estructura presupuestaria de RECOPE, en millones de colones.

PROGRAMA DE INVERSIONES

Nombre del proyecto,                                                                                                  Monto           Mes de

descripción y partida                               Descripción                                          estimado         inicio

Edificaciones

1201-013-1061 Terrenos         Compra de terreno en Santo Domingo

Heredia                                          de Heredia para paso del Poliducto                  1,82               Mayo

Total de inversiones                                                                                                       1,82

Nota:  La financiación de esta contratación se realizará con recursos propios.

PROGRAMA DE CAJA

MATERIALES PARA EL REABASTECIMIENTO DE EXISTENCIAS

Descripción                               Descripción general del subgrupo                       Monto estimado

048 Materiales para              Recubrimiento caldera, cemento, block,                                       

construcción                          varilla, hierro y otros                                                               20,00

Total general                                                                                                                                 20,00  

Nota:  Dado que se trata de compras de artículos para el inventario permanente, el proceso de contratación se iniciará según el comportamiento de la demanda. Esta contratación será financiada con recursos propios.

San José, 4 de mayo del 2005.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales.—1 vez.—(O. C. Nº 2004-05-0169).—C-14400.—(34476).

 

LICITACIONES

SALUD

INSTITUTO COSTARRICENSE

DEL DEPORTE Y LA RECREACIÓN

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

COMPRA DIRECTA Nº 0056-2005

Asistente Administrativo Juegos Deportivos Nacionales

Financiamiento: Fondos Públicos.

Se les comunica a todos los interesados en esta Compra Directa, que se recibirán ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 16 de mayo del 2005 en la Proveeduría Institucional, ubicada dentro del Gimnasio Nacional, Sabana Este.

Perfil:

1-  Título de bachiller en Educación Media.

2-  Un año aprobado en carrera de enseñanza superior a fin al cargo, o Título que lo (a) acredite como Asistente Administrativo.

3- Experiencia demostrada mínimo de dos años en actividades administrativas.

4-  Conocimientos en paquetes informáticos.

5-  Con iniciativa.

6-  Capacidad de atención al público.

7-  Buenas Relaciones Humanas.

8-  Flexibilidad de horario.

9-  Disponibilidad para viajar fuera de las oficinas de trabajo.

Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones en la Proveeduría Institucional, sin costo alguno.

San José, 4 de mayo del 2005.—Lic. Eduardo Alonso Ramírez Brenes, Proveedor.—1 vez.—(O. C. Nº 5176).—C-10470.—(34532).

JUSTICIA Y GRACIA

PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN POR REGISTRO N° LR-038 -2005

Compra de mobiliario de oficina

La Proveeduría Institucional, recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 30 de mayo del 2005, para la compra de mobiliario de oficina, promovido a favor de la Procuraduría General de la República, Ministerio de Justicia.

El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta fecha, o podrá presentarse a sacar fotocopias en la Proveeduría Institucional. La Proveeduría Institucional se encuentra ubicada en San José, calle 13, avenidas 2º y 6º.

San José, 5 de mayo del 2005.—Lic. Alexander Martinez, Director Administrativo.—1 vez.—(Solicitud N° 29528).—C-5720.—(34530).

 

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

        Y ALCANTARILLADOS

DECLARATORIA DE DESIERTA

LICITACIÓN PÚBLICA 2004-0012

Servicio de limpieza para la Sede Central,

Laboratorio Nacional de Aguas, edificio

El Bodegón y Fondo de Ahorro

Conoce este Despacho la recomendación emitida por la Comisión Asesora para la Contratación de Bienes y Servicios, adoptada en su sesión N° 2005-025 del 26 de mayo del 2005, acuerdo Nº 2005-380, remitida a este despacho mediante resolución SU-CAC-2005-026 de fecha 10 de marzo del 2005. Analizado el expediente administrativo, se acoge la recomendación de la Comisión Asesora y por ende se declara desierta la presente licitación. Notifíquese.

San José, 5 de mayo del 2005.—Dirección de Suministros.—Lic. Roosevelt Alvarado R.—1 vez.—(Solicitud Nº 40678).—C-5720.—(34488).

 

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

LICITACION POR REGISTRO 2005400030

Servicios de mantenimiento preventivo y correctivo,

para las unidades de potencia ininterrumpida

(UPS) de la Superintendencia General

de Entidades Financieras (SUGEF)

El Departamento de Proveeduría del Banco Central de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del día 18 de mayo del 2005, para los “Servicios de mantenimiento preventivo y correctivo, para las unidades de potencia ininterrumpida (UPS) de la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF)”

Los interesados pueden retirar el disquete que contiene el cartel de contratación, en el Departamento de Proveeduría de este Banco, ubicado en el primer piso del Edificio Principal, previo pago no reembolsable de ¢500,00 (quinientos colones 00/100).

San José, 26 de abril del 2005.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Eduardo Ruiz Vargas, Director.—1 vez.—(34389).

 

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 001-2005

Remodelación nueva oficina de playa Sámara, Nicoya

La Proveeduría Regional de la Dirección Regional Guanacaste-Puntarenas del Banco Nacional recibirá ofertas por escrito, hasta el 31 de mayo del 2005 a las 14:00 horas, para la Licitación por Registro Nº 001-2005 “Remodelación nueva oficina de playa Sámara, Nicoya”.

El cartel, puede ser retirado en la Oficina de la Proveeduría Regional, situada en el edificio de la Dirección Regional Guanacaste-Puntarenas del Banco Nacional en Liberia, Guanacaste a un costo de ocho mil colones netos.

El día 24 de mayo del 2005 a las 11:00 p. m., se realizará una visita al sitio de la contratación en compañía de personeros de la Unidad de Mantenimiento y Construcción del Banco Nacional.

Uruca, 4 de mayo del 2005.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora.—1 vez.—(Nº 1282-2005).—C-8095.—(34481).

 

LICITACIÓN POR REGISTRO N° 191-2005

Contratación de una empresa, para el mantenimiento y soporte

de la conectividad IP/VPN, con el backbone de swift

La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito, a las 10:00 horas del 24 de mayo del 2005, para la “Contratación de una empresa, para el mantenimiento y soporte de la conectividad IP/VPN, con el backbone de swift”.

El pliego de condiciones puede ser retirado en la Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección de Bienes del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca, previo pago de la suma de ¢ 2.000,00 (dos mil colones con 00/100).

Uruca, 5 de mayo del 2005.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora.—1 vez.—(Nº 1283-2005).—C-8095.—(34482).

 

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 016-2005

Alquiler de local comercial para ubicar

la oficina periférica en Alajuelita

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, los invita a participar en la Licitación Pública N° 016-2005. La apertura de ofertas se realizará en sus oficinas ubicadas en el sexto piso de la Sede Central, avenidas 2 y 4, calle 1, a las 15:00 horas del día 27 de mayo del 2005.

Las especificaciones, condiciones generales y especiales podrán retirarse en las cajas Nos. 12 y 13, ubicadas en el primer piso del Edificio Metropolitano. Con un horario de lunes a sábado de 8:15 a.m. a 7:00 p.m. Valor del cartel ¢ 2.500,00 (dos mil quinientos colones con 00/100).

San José, 5 de mayo del 2005.—Lic. Maykel Vargas García, Coodinador.—1 vez.—(34509).

 

LICITACIÓN PÚBLICA N° 019-2005

Alquiler de local comercial para ubicar la oficina periférica

en Ciudad Quesada-San Carlos

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, los invita a participar en la Licitación Pública N° 019-2005. La apertura de ofertas se realizará en sus oficinas ubicadas en el sexto piso de la Sede Central, avenidas 2 y 4, calle 1, a las 14:00 horas del día 27 de mayo del 2005.

Las especificaciones, condiciones generales y especiales podrán retirarse en las cajas N° 12 y 13, ubicadas en el primer piso del Edificio Metropolitano. Con un horario de lunes a sábado de 8:15 a.m. a 7:00 p.m. Valor del cartel ¢2.500,00 (Dos mil quinientos colones con 00/100).

San José, 5 de mayo del 2005.—Lic. Maikel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(34512).

 

LICITACIÓN PÚBLICA N° 020-2005

Alquiler de local comercial para ubicar la oficina periférica

en El Roble de Puntarenas

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, los invita a participar en la Licitación Pública N° 020-2005. La apertura de ofertas se realizará en sus oficinas ubicadas en el sexto piso de la Sede Central, avenidas 2 y 4, calle 1, a las 15:00 horas del día 30 de mayo del 2005.

Las especificaciones, condiciones generales y especiales podrán retirarse en las cajas N° 12 y 13, ubicadas en el primer piso del Edificio Metropolitano. Con un horario de lunes a sábado de 8:15 a. m., a las 7:00 p.m. Valor del cartel ¢2.500,00 (Dos mil quinientos colones con 00/100).

San José, 5 de mayo del 2005.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(34513).

 

LICITACIÓN PÚBLICA N° 022-2005

Alquiler de local comercial para ubicar la oficina

periférica en Zarcero

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, los invita a participar en la Licitación Pública N° 022-2005. La apertura de ofertas se realizará en sus oficinas ubicadas en el sexto piso de la Sede Central, avenidas 2 y 4, calle 1, a las 10:00 horas del día 27 de mayo del 2005.

Las especificaciones, condiciones generales y especiales podrán retirarse en las cajas N° 12 y 13, ubicadas en el primer piso del Edificio Metropolitano. Con un horario de lunes a sábado de 8:15 a.m. a 7:00 p.m. Valor del cartel ¢2.500,00 (Dos mil quinientos colones con 00/100).

San José, 5 de mayo del 2005.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(34514).

 

LICITACIÓN PÚBLICA N° 023-2005

Alquiler de local comercial para ubicar la Ventanilla

de Servicios en Aguas Zarcas

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, los invita a participar en la Licitación Pública N° 023-2005. La apertura de ofertas se realizará en sus oficinas ubicadas en el sexto piso de la Sede Central, avenidas 2 y 4, calle 1, a las 14:00 horas del día 30 de mayo del 2005.

Las especificaciones, condiciones generales y especiales podrán retirarse en las cajas N° 12 y 13, ubicadas en el primer piso del Edificio Metropolitano. Con un horario de lunes a sábado de 8:15 a.m. a 7:00 p.m. Valor del cartel ¢2.500,00 (Dos mil quinientos colones con 00/100).

San José, 5 de mayo del 2005.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(34515).

LICITACIÓN PÚBLICA N° 024-2005

Alquiler de local comercial para ubicar la Ventanilla

de Servicios en Aserrí

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, los invita a participar en la Licitación Pública N° 024-2005. La apertura de ofertas se realizará en sus oficinas ubicadas en el sexto piso de la Sede Central, avenidas 2 y 4, calle 1, a las 15:00 horas del día 26 de mayo del 2005.

Las especificaciones, condiciones generales y especiales podrán retirarse en las cajas N° 12 y 13, ubicadas en el primer piso del Edificio Metropolitano. Con un horario de lunes a sábado de 8:15 a.m. a 7:00 p.m.

Valor del cartel ¢2.500,00 (Dos mil quinientos colones con 00/100).

San José, 5 de mayo del 2005.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(34516).

 

LICITACIÓN PÚBLICA N° 025-2005

Alquiler de local comercial para ubicar la Ventanilla

de Servicios en Barrio San José de Alajuela

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, los invita a participar en la Licitación Pública N° 025-2005. La apertura de ofertas se realizará en sus oficinas ubicadas en el sexto piso de la Sede Central, avenidas 2 y 4, calle 1, a las 14:00 horas del día 26 de mayo del 2005.

Las especificaciones, condiciones generales y especiales podrán retirarse en las cajas N° 12 y 13, ubicadas en el primer piso del edificio Metropolitano. Con un horario de lunes a sábado de 8:15 a. m. a 7:00 p. m. Valor del cartel ¢2.500,00 (Dos mil quinientos colones con 00/100).

San José, 5 de mayo del 2005.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(34517).

 

LICITACIÓN PÚBLICA N° 026-2005

Alquiler de local comercial para ubicar la Ventanilla

de Servicios en Santa Bárbara de Heredia

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, los invita a participar en la Licitación Pública N° 026-2005. La apertura de ofertas se realizará en sus oficinas ubicadas en el sexto piso de la Sede Central, avenidas 2 y 4, calle 1, a las 10:00 horas del día 26 de mayo del 2005.

Las especificaciones, condiciones generales y especiales podrán retirarse en las cajas N° 12 y 13, ubicadas en el primer piso del Edificio Metropolitano. Con un horario de Lunes a Sábado de 8:15 a. m. a 7:00 p.m. Valor del cartel ¢2.500,00 (Dos mil quinientos colones con 00/100).

San José, 5 de mayo del 2005.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(34518).

 

LICITACIÓN PÚBLICA N° 027-2005

Alquiler de local comercial para ubicar

la Oficina Periférica en Santo Domingo de Heredia

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, los invita a participar en la licitación pública N° 027-2005. La apertura de ofertas se realizará en sus oficinas ubicadas en el sexto piso de la Sede Central, avenidas 2 y 4, calle 1, a las 10:00 horas del día 30 de mayo del 2005.

Las especificaciones, condiciones generales y especiales podrán retirarse en las cajas N° 12 y 13, ubicadas en el primer piso del Edificio Metropolitano. Con un horario de Lunes a sábado de 8:15 a. m. a las 7:00 p .m. Valor del cartel ¢2.500,00 (Dos mil quinientos colones con 00/100).

San José, 5 de mayo del 2005.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(34519).

 

LICITACIÓN PÚBLICA N° 028-2005

Alquiler de local comercial para ubicar la Oficina

Periférica en El Guarco de Cartago

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, los invita a participar en la licitación pública N° 028-2005. La apertura de ofertas se realizará en sus oficinas ubicadas en el sexto piso de la Sede Central, avenidas 2 y 4, calle 1, a las 11:00 horas del día 27 de mayo del 2005.

Las especificaciones, condiciones generales y especiales podrán retirarse en las cajas N° 12 y 13, ubicadas en el primer piso del Edificio Metropolitano. Con un horario de Lunes a sábado de 8:15 a. m a las 7:00 p. m. Valor del cartel ¢2.500,00 (Dos mil quinientos colones con 00/100).

San José, 5 de mayo del 2005.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(34521).

 

LICITACIÓN PÚBLICA N° 029-2005

Alquiler de local comercial para ubicar

la Oficina Periférica en Curridabat

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, los invita a participar en la licitación pública N° 029-2005. La apertura de ofertas se realizará en sus oficinas ubicadas en el sexto piso de la Sede Central, avenidas 2 y 4, calle 1, a las 11:00 horas del día 26 de mayo del 2005.

Las especificaciones, condiciones generales y especiales podrán retirarse en las cajas N° 12 y 13, ubicadas en el primer piso del Edificio Metropolitano. Con un horario de lunes a sábado de 8:15 a. m. a las 7:00 p. m. Valor del cartel ¢2.500,00 (Dos mil quinientos colones con 00/100).

San José, 5 de mayo del 2005.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(34522).

 

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

LICITACIÓN POR REGISTRO 4-2005

Adquisición de equipo de cómputo

La Universidad Estatal a Distancia (UNED), recibirá ofertas por escrito, hasta el día 20 de mayo del 2005, a las 14:00 horas, para la Adquisición de equipo de cómputo.

Los interesados tienen el cartel a disposición vía Internet en forma gratuita, en la siguiente dirección: www.uned.ac.cr/contratacion a partir de esta fecha, o podrán obtenerlo en la Oficina de Contratación y Suministros edificio “A”, tercer nivel, previo pago de ¢2.000,00 (dos mil colones exactos) en las cajas de la Oficina de Tesorería Sede Central de la UNED, de la rotonda de La Bandera 800 metros al este, carretera a Sabanilla de Montes de Oca.

Sabanilla, 4 de mayo del 2005.—Oficina de Contratación y Suministros.—M.B.A. Pablo Ramírez Mendoza, Jefe.—1 vez.—(34529).

 

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

DEPARTAMENTO DE APROVISIONAMIENTO

LICITACIÓN PÚBLICA N° 1-2005

Concesión de local para servicio de soda periférica Nº 1

Campus Sede Regional San Carlos

El Instituto Tecnológico de Costa Rica ofrece en calidad de concesión un local para servicio de soda, ubicado contiguo al salón Ecotec, en su Sede Regional en San Carlos. Para ello recibirá ofertas hasta las diez horas (10:00 a.m.) del día jueves 26 de mayo del 2005, en el Departamento Administrativo en la Sede Regional en San Carlos.

Convoca a todos los interesados a participar de la Junta de Aclaraciones, que se llevará a cabo a las 10:00 horas del día martes 17 de mayo del 2005, en la Sala de Sesiones de la Dirección, en la Sede Regional, en San Carlos, con la finalidad de realizar el recorrido por la soda y el oferente adecue su oferta a las necesidades.

La visita a las instalaciones de la soda, únicamente se podrá realizar el día y hora antes indicado. Solo se admitirán las ofertas de los interesados que participen en esta Junta.

Los interesados en participar en el presente concurso podrán retirar el cartel en la Sede Regional en San Carlos, o bien en la Sede Central en Cartago, previo pago de quinientos colones 00/100 (¢500,00) en la Tesorería de ambas sedes.

4 de mayo del 2005.—Lic. Alejandro Masís Arce M.A.E., Director.—1 vez.—(Solicitud Nº 30921).—C-9520.—(34483).

 

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2-2005

Concesión de local para servicio de soda periférica Nº 2

Campus Sede Regional San Carlos

El Instituto Tecnológico de Costa Rica ofrece en calidad de concesión un local para servicio de soda, ubicado contiguo al salón Ecotec, en su Sede Regional en San Carlos. Para ello recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del día jueves 26 de mayo del 2005, en el Departamento Administrativo en la Sede Regional en San Carlos.

Convoca a todos los interesados a participar de la Junta de Aclaraciones, que se llevará a cabo a las 10:00 horas del día martes 17 de mayo del 2005, en la sala de sesiones de la Dirección, en la Sede Regional, en San Carlos, con la finalidad de realizar el recorrido por la soda y el oferente adecue su oferta a las necesidades.

La visita a las instalaciones de la soda, únicamente se podrá realizar el día y hora antes indicado. Solo se admitirán las ofertas de los interesados que participen en esta Junta.

Los interesados en participar en el presente concurso podrán retirar el cartel en la Sede Regional en Carlos, o bien en la Sede Central en Cartago, previo pago de quinientos colones 00/100 (¢500,00) en la Tesorería de ambas sedes.

4 de mayo del 2005.—Lic. Alejandro Masís Arde M.A.E., Director.—1 vez.—(Solicitud Nº 30922).—C-9045.—(34484).

 

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE ADQUISICIONES

SUBÁREA DE CARTELES

LICITACIÓN POR REGISTRO N° 2005-020

Servicio de transporte para pacientes Área Salud Siquirres

El Área de Adquisiciones de la Caja Costarricense de Seguro Social debidamente autorizado por la Dirección de Recursos Materiales, recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 26 de mayo del 2005 para el suministro de:

Artículo único:

Servicio de transporte para pacientes, Área de Salud de Siquirres.

Rigen las Condiciones Generales para servicios continuos mayo de 1997 y Notas Importantes para servicios continuos de agosto 2004.

Demás condiciones y especificaciones técnicas exclusivas para este concurso se encuentran a la venta en la fotocopiadora, piso comercial, edificio anexo Lic. Jenaro Valverde.

San José, 4 de mayo del 2005.—Lic. Vilma Arias Marchena, Coordinadora.—1 vez.—C-7620.—(34479).

 

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO

LICITACIÓN POR REGISTRO N° 5-039-05

Suministro de vehículos

La Dirección de Suministros de Recope invita a participar en la Licitación por Registro N° 5-039-05, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el primer piso de las Oficinas Centrales de Recope, sita en Urbanización Tournón Norte, hasta las 9:00 horas del día 3 de junio del 2005.

El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00.

Los interesados en participar en este procedimiento contractual, deberán estar inscritos en el Registro de Proveedores de Recope antes de la presentación de la oferta.

San José, 4 de mayo del 2005.—Norma Álvarez Morales, Directora de Suministros.—1 vez.—(O. C. Nº 2004-5-0169).—C-5245.—(34480).

 

ADJUDICACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 50-2004

Conservación vial de la Ruta Nacional Nº 143,

Sección: Laguna Ranita - San Rafael de Guatuso

El Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI), comunica a todos los interesados en el concurso en referencia, que según artículo V, de la sesión Nº 331-05, de fecha 28 de abril del 2005, el Consejo de Administración acordó:

Acuerdo Firme: Analizados los informes legal, técnico y de racionalidad de precios y la recomendación de la Comisión Permanente de Contrataciones CPC-05-016 de fecha 19 de abril del 2005, se acogen y se adjudica la Licitación por Registro Nº 50-2004, “Conservación vial de la Ruta Nacional Nº 143, Sección: Laguna Ranita-San Rafael de Guatuso”, a la empresa Constructora Hermanos Brenes S. A., cédula jurídica 3-101-172938, por un monto de $125.142,00 (ciento veinticinco mil ciento cuarenta y dos dólares con 00/100) y un plazo de ejecución de 60 días naturales.

San José, 3 de mayo del 2005.—Unidad de Proveeduría y Suministros.—MSc. Jorge Vásquez Rodríguez, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 31499).—C-7145.—(34533).

 

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

LICITACION POR REGISTRO N° 2-301-05 (Desierta)

Alquiler de local o casa de habitación para reubicar el Juzgado

Contravencional de Santo Domingo de Heredia

Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de contratación de referencia que el Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión celebrada el tres de mayo del año dos mil cinco dispuso declararlo desierto.

San José, 5 de mayo del 2005.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Subjefa a. í.—1 vez.—(34524).

 

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 4570

Compra de 40 dispensadores de efectivo para empotrar en pared,

20 dispensadores de efectivo para lobby y 40 cajeros automáticos completos para empotrar en pared, todos

con su respectivo mantenimiento

El Banco de Costa Rica, comunica a los interesados que la Junta Directiva en sesión Nº 17-2005, celebrada el 3 de mayo del 2005 acordó adjudicar la licitación en referencia, según el siguiente detalle:

GBM de Costa Rica S. A., Oferta Nº 2:                       Costo total IVI

    40 dispensadores de Efectivo para

      Empotrar en Pared                                                US$   775.537,78

    20 dispensadores de efectivo para Lobby            US$   369.589,18

    40 cajeros automáticos completos

     para empotrar en pared                                        US$   890.724,46

Total                                                                   US$ 2.035.851,42

    Plazo de entrega: 45 días naturales

    Garantía: 24 meses.

Asimismo se adjudica el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo, el cual regirá una vez vencido el período de garantía ofrecido, de acuerdo con el siguiente desgloce:

                                                                                 Costo anual

    40 Dispensadores de Efectivo

     para Empotrar en Pared                                         US$   52.800,00

    20 Dispensadores de efectivo para Lobby             US$   26.400,00

    40 Cajeros Automáticos completos

     para empotrar en pared                                          US$   52.800,00

Total anual                                                           US$ 132.000,00

Todo de conformidad con los términos del cartel y la oferta del adjudicatario.

San José, 5 de mayo del 2005.—Oficina Contratación Administrativa.—Osvaldo Villalobos G., Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 52182).—C-12845.—(34548).

 

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL NACIONAL DE NIÑOS

DR. CARLOS SÁENZ HERRERA

CENTRO DE CIENCIAS MÉDICAS DE LA CCSS

Por resolución de la Dirección General de este Hospital del día 21 de abril del 2005, se adjudica a:

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 003-05

Toallas de papel natural plegables

Oferente: AQL Soluciones Integrales S. A.—Oferta Nº 1.

Monto total $ 9.100,00

Ítem adjudicado Nº 1

Oferente: Corporación Andrea Industrial INC S. A.—Oferta Nº 3.

Monto total $ 9.100,00

Ítem adjudicado Nº 1

———

Por resolución de la Dirección General de este Hospital del día 25 de abril del 2005, se adjudica a:

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 020-05

Tapón oclusor setal según medidas

Oferente: D.A Médica S. A.—Oferta Nº 1

Monto total $ 55.650,00

Ítemes adjudicados Nos. 1 al 10.

———

Por resolución de la Dirección General de este Hospital del día 22 de abril del 2005, se adjudica a:

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 004-05

Pancreatina

Oferente: Medipharma Inc.—Oferta Nº 1.

Monto total $ 111.900,00

Ítem adjudicado Nº 1

La garantía de cumplimiento deberá depositarse dentro de los cinco días hábiles contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación, la cual será por el 5% del monto adjudicado y con una vigencia mínima de ocho meses adicionales al plazo de entrega de los suministros.

Nota importante: El Reglamento sobre refrendos de contrato para el sector público (La Gaceta Nº 28 del 09/02/2000 por parte de la C.G.R Voto 5947-98 de la Sala Constitucional) indica que para que las contrataciones sean válidas, deben tener autorización expresa de la Contraloría General de la República o del Departamento Legal del H.N.N., según corresponda, para efectos de validez. Asimismo y con fundamento en el artículo 184 de la Constitución Política, si los contratos no son refrendados o aprobados por los entes anteriormente señalados no cobran validez.

San José, 2 de mayo del 2005.—Departamento de Recursos Materiales.—MSc. Olga Rojas R., Jefa a. í.—1 vez.—(34393).

 

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 060-2003

Adquisición de unidades de aire acondicionado para SNT

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la Gerencia General mediante nota Nº GG-0342-2005 del 27 de abril del 2005 acordó adjudicarla de la siguiente manera:

Klimaire Internacional Inc., representante: Klimaire S. A.—(Oferta Nº 4).

Partida Nº 1.

30 c/u aire acondicionado paquete, marca Trane. Modelo

TCC060F100.

Costo unitario CPT:   US$ 1.740,00

Subtotal CPT:          US$ 52.200,00

10 c/u aire acondicionado paquete, vertical de adosar a la pared marca Bard, modelo WA372-A00XWXXXG.

Costo unitario CPT:   US$ 1.620,00

Subtotal CPT:           US$16.200,00

10 c/u aire acondicionado paquete vertical de adosar a la pared,

marca Bard, modelo WA702-A00XWXXXJ

Costo unitario CPT:   US$ 2.760,00

Subtotal CPT:          US$ 27.600,00

50 c/u aire acondicionado paquete, marca Trane. Modelo

TCC036f100.

Costo unitario CPT:   US$ 1.250,00

Subtotal CPT:          US$ 62.500,00

Costo total CPT.    US$ 158.500,00

Almacén Fiscal, Colima de Tibás

Forma de pago: Carta de crédito irrevocable, no transferible y

confirmada contra recibo conforme de los equipos.

Tiempo de entrega: 60 días hábiles después de la entrega de la

orden de compra.

Clima Ideal S. A.—(Oferta Alternativa).—(Oferta Nº 1).

Partida Nº 2

20 c/u aire acondicionado tipo dividido, estilo piso-cielo, con

capacidad nominal de 15.000 kcal/hr, marca Tempstar, compuesto por los modelos de evaporación.

EVAD60GA y condensador NAC060AKA

Costo unitario:   US$ 1.650,44

Subtotal:           US$ 33.008,80

13%I.V.              US$ 4.291,14

Subtotal:           US$ 37.300,00

Partida Nº 3

20 c/u aire acondicionado tipo ventana, con capacidad nominal de 9000 kcal/hr, marca Carrier, modelo 51HKD-36.

Costo unitario:          US$ 986,72

Subtotal:               US$ 19.734,50

13%I.V.:                 US$ 2.565,47

Subtotal:               US$ 22.300,00

Total adjudicado:  US$ 59.600,00

Bodegas ICE, Colima Tibás

Forma de pago:

Giro a 30 días vista contra la entrega total de los equipos en bodegas ICE, Colima.

Tiempo de entrega: 60 días hábiles después de la entrega de la

orden de compra.

Total adjudicado:        US$ 218.100,00

Todo de acuerdo con las condiciones y requerimientos del cartel y los términos de las ofertas adjudicadas.

Nota:  Presentar garantía de cumplimiento solicitada en el cartel y comprobante del pago de las especies fiscales por un 0.25% del monto total adjudicado a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza de la misma

San José, 4 de mayo del 2005.—Dirección de Proveeduría.—Ing. Carlos Casco Peña, Coordinador Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 314898).—C-27570.—(34486).

 

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

      Y ALCANTARILLADOS

DECLARATORIA DE DESIERTA

LICITACIÓN PÚBLICA 2004-0012

Servicio de limpieza para la Sede Central,

Laboratorio Nacional de Aguas, edificio

El Bodegón y Fondo de Ahorro

Conoce este Despacho la recomendación emitida por la Comisión Asesora para la Contratación de Bienes y Servicios, adoptada en su sesión N° 2005-025 del 26 de mayo del 2005, acuerdo Nº 2005-380, remitida a este despacho mediante resolución SU-CAC-2005-026 de fecha 10 de marzo del 2005. Analizado el expediente administrativo, se acoge la recomendación de la Comisión Asesora y por ende se declara desierta la presente licitación. Notifíquese.

San José, 5 de mayo del 2005.—Dirección de Suministros.—Lic. Roosevelt Alvarado R.—1 vez.—(Solicitud Nº 40678).—C-5720.—(34488).

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL

PROVEEDURÍA GENERAL

LICITACIÓN POR REGISTRO 01-05

Servicios profesionales para la reformulación

del Plan Estratégico del IMAS

El Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), comunica a los interesados en la Licitación arriba indicada que de acuerdo al Acta de Recomendación de la Comisión Nº 01-05 de fecha 28 de abril, 2005 y Oficio G:G:717-05-2005 de fecha 4 de mayo del 2005 de la Gerencia General acordó adjudicar la presente licitación a la Empresa Price Waterhouse Coopers Consultores S. A., por un monto total de $31.500,00 (treinta y un mil quinientos dólares exactos) de conformidad con los términos y condiciones establecidos en el cartel. Se le recuerda a la empresa adjudicada la obligatoriedad de presentar la garantía de cumplimiento solicitada en el cartel, la cual corresponde al 5% del monto total adjudicado en el transcurso de 8 días hábiles posteriores a la adjudicación en firme.

San José, 5 de mayo del 2005.—Lic. Ramón Alvarado G., Proveedor General.—1 vez.—(34450).

 

AVISOS

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO ELÉCTRICO

MUNICIPAL DE CARTAGO

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 09-2004

Suministro de herrajes varios, marchamos plásticos

para medidores, conectores y desconectadores

La Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago, avisa a todos los interesados en la Licitación arriba mencionada que la Gerencia General de JASEC mediante oficio Nº 010-SG-2005 acordó adjudicarla de la siguiente manera:

A la Oferta Nº 7 presentada por la compañía CIFSA S. A., los artículos Nº 1, Nº 2 y Nº 3 de la Fórmula Nº 1 por un monto de $5.082,00 y un tiempo de entrega de cinco semanas.

A la Oferta Nº 4 presentada por la compañía ELMEC S. A., los artículos Nº 4, Nº 5 y Nº 6 de la Fórmula Nº 1 y los artículos de la formula Nº 3, por un monto de $3.348,00 y un tiempo de entrega de 56 días posteriores a la entrega de la orden de compra.

A la Oferta Nº 8, Compañía de Desarrollo Eléctrico S. A., CODELEC el artículo Nº 1 de la Fórmula Nº 2, por un monto de $21.525,00 y un tiempo de entrega de 60 días posteriores a la entrega de la orden de compra.

Declaratoria de desierto: debido a que cual la cantidad de desconectadores en existencia es suficiente para cubrir las necesidades actuales se declara desierto el concurso en lo que concierne a los artículos 2 y 3 de la Fórmula 2.

Contratar Bienes y Servicios.—Lic. Abel Gómez L., Coordinador.—1 vez.—(O. C. Nº 12730).—C-8095.—(34485).

 

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO

PROVEEDURÍA MUNICIPAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 31-2004

Contratación para construcción de remodelación e iluminación

del parque de San Rafael de Oreamuno

Se les comunica a los oferentes participantes en la Licitación Pública arriba mencionada, que por motivos de interés público se declaró desierta.

Isela Mata Quirós, Proveedora Municipal.—1 vez.—(34473).

 

FE DE ERRATAS

CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES

CENTRO COSTARRICENSE DE PRODUCCIÓN

CINEMATOGRÁFICA

LICITACIÓN PÚBLICA LP-01-2005

(Modificación, omisión y prórroga)

Servicio de seguridad y vigilancia

Se comunica a los interesados en la presente Licitación cuya invitación se efectuó en el Diario Oficial La Gaceta Nº 78 del 25 de abril del 2005, lo siguiente:

I.   Modificación punto 8.4.4 y 8.510 Donde dice en la oficina de Documentación y Archivo de la Dirección General de Tributación, deberá leerse correctamente oficina Administrativa del Centro Costarricense de Producción Cinematográfica.

II.  Omisión: Se omite en el punto 6.3.1 el inciso C.

III.  Prórroga: La apertura de ofertas se prorroga para el 3 de junio del 2005 a las 10:00 horas.

Todos los demás términos y condiciones permanecen invariables.

San José, 5 de mayo del 2005.—Laura Molina Valverde, Directora General.—1 vez.—(O. C. Nº 1216).—C-7620.—(34489).

BANCO DE COSCA RICA

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 4601

(Ampliación plazo recepción de ofertas)

Contratación de servicios profesionales para la identificación

y levantamiento de procesos, subprocesos y procedimientos,

confección de diagramas de flujo, mapeo y análisis de

riesgos operativos y medidas de control interno,

optimización e implementación de los

 procesos analizados

El Banco de Costa Rica, comunica a los interesados en la licitación en referencia que el plazo para la recepción de ofertas se trasladó al 20 de mayo del 2005.

San José, 5 de mayo del 2005.—Osvaldo Villalobos G., Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 52182).—C-7145.—(34492).

 

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN POR REGISTRO 017-2005 (Enmienda Nº 1)

Compra de equipo de oficina

Se le comunica a todos los interesados en este concurso que el documento que contiene la Enmienda Nº 1 al cartel, puede ser retirado en el Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, ubicado en el sexto piso de la sede central, avenidas 2 y 4, calle 1, San José.

La fecha de recepción de ofertas se traslada para el 18 de mayo del 2005 a las 14:00 horas.

Las demás condiciones y requisitos permanecen invariables.

San José, 5 de mayo del 2005.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(34510).

 

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

OFICINA DE SUMINISTROS

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 11-2005 (Prórroga)

Compra de equipos para laboratorio

A los interesados en participar en la licitación indicada, cuya invitación se publicó en La Gaceta Nº 79 del 26 de abril del 2005, se les comunica que se prorroga la fecha de apertura para el 24 de mayo del 2005 a las 10:30 horas.

El resto permanece invariable.

Sabanilla de Montes de Oca, 5 de mayo del 2005.—Unidad de Licitaciones.—Lic. Ana Barrantes M., Jefa.—1 vez.—C-3820.—(34534).

 

UNIVERSIDAD NACIONAL

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 03-2005

Compra de papel, cartón, plástico y fórmula contínua

De acuerdo a la Licitación por Registro Nº 03-2005 se realiza la siguiente aclaración a la Resolución de Adjudicación Nº 00694-2005.

I.   Con relación a los acuerdos tomados para adjudicar la presente contratación se comunica que:

El Ítem Nº 10 adjudicado a la firma Compañía Americana de Papeles, Plástico y Afines S. A., única oferente, se adjudicó por un monto total de $128,60 (ciento veintiocho dólares con 60/100). Tiempo de entrega: un día hábil. Garantía: veinticuatro meses.

Léase correctamente:

Ítem 10. Compañía Americana de Papel, Plástico y Afines S. A., mil pliegos de cartón Chip Nº 100. Medidas 78,74 cms * 104,14 cms (31”*41”). A un precio total de $1.100,00 (mil cien dólares con 00/100). Tiempo de entrega: un día hábil. Garantía: veinticuatro meses.

II.  Los demás aspectos de la Resolución de Adjudicación Nº 00694-2005 se mantienen invariables.

Heredia, 28 de abril del 2005.—Proveeduría Institucional.—Ada Cartín Brenes, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 20863).—C-11420.—(34490).

 

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DIVISIÓN DE OPERACIONES

UNIDAD EJECUTORA PLAN NACIONAL DE

INFRAESTRUCTURA HOSPITALARIA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2005-002

(Alcance N° 2)

Proyecto: Construcción y equipamiento C.A.I.S. Puriscal

A las personas interesadas en el presente concurso, se les comunica lo siguiente:

La visita al sitio se realizará el día 13 de mayo de 2005 a las 9:30 horas en las oficinas del Ministerio de Agricultura y Ganadería.

El resto del cartel permanece invariable.

San José, 4 de mayo del 2005.—Lic. Ana Lorena Cruz Herrera, Coordinadora Unidad Contratación Administrativa.—1 vez.—(34118).

 

REGLAMENTOS

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

REGLAMENTO PARA EL PAGO CON TARJETAS

DE CRÉDITO Y DÉBITO

Artículo 1º—El presente Reglamento tiene por objeto regular lo relativo al trámite de pago de operaciones contraídas con el Instituto Nacional de Seguros mediante Tarjetas de Crédito y Débito.

Artículo 2º—El Instituto Nacional de Seguros, denominado en lo sucesivo el Instituto, y las empresas emisoras o procesadoras de Tarjetas de crédito, débito, y cualquier otro tipo de tarjetas similar, denominado en lo sucesivo El Emisor o Procesador, podrán suscribir contratos, con la finalidad de utilizar dicho medio de pago en sus diferentes modalidades, según lo estipulado en el presente Reglamento.

Artículo 3º—La administración de los contratos que se suscriban con cada Emisor o Procesador, estará a cargo de la Dirección Financiera por medio del Departamento de Cobro Administrativo y Judicial.

Artículo 4º—El pago con tarjeta, se podrá realizar bajo las siguientes modalidades:

A. Pago Convencional y Teleins.

B.  Pago por Cargo Automático.

C.  Pago por Sucursal Electrónica.

D. Pagos por la Vía telefónica utilizando el equipo de Respuesta de Voz (Voice Response).

E.  Pagos utilizando la Vía de Comercio Electrónico.

F.  Cualquier otro que la sistematización o actualización de sistemas permita incluir.

Artículo 5º—El Instituto aceptará el uso de los sistemas anteriores para cualquier pago, independientemente del intermediario o comercializadora que emitió o renovó los contratos.

Artículo 6º—Si por error u omisión atribuible a El Emisor o Procesador, no se aplicara la transacción correspondiente por los recaudos de cualquier pago, el Instituto no asumirá ninguna responsabilidad ante el asegurado por la ocurrencia de un siniestro o del defecto que de tal omisión de pago se derive. Si el error u omisión fuera atribuible a EL Instituto, éste asumirá directamente la atención de las acciones que derivaren de un eventual siniestro o defecto originado en la omisión.

Artículo 7º—El Emisor o Procesador no tendrá responsabilidad respecto del contrato que tiene el Instituto con su cliente, únicamente se tendrá como recaudador de los pagos que éste realice.

Artículo 8º—El Emisor o Procesador se compromete a cancelar las transacciones efectuadas al amparo del contrato que se suscriba y del presente Reglamento, mediante cheque, depósito bancario o transferencia electrónica a las cuentas corrientes que el Instituto indique con los requisitos que para dicha transacción se establezcan.

Artículo 9º—El Emisor o Procesador será el encargado de procesar los cobros que el Instituto le envíe de acuerdo con los términos de cada contrato, y no podrá reembolsar directamente al tarjetahabiente ninguna suma de dinero. Cualquier modificación que el cliente del Instituto desee realizar en su contrato deberá tramitarlo   directamente con el INS.

Artículo 10.—El Instituto reconocerá a la Empresa una comisión sobre el valor total de las transacciones realizadas. La comisión a pagar será establecida y revisada en forma anual por la Dirección Financiera de el Instituto.

Artículo 11.—El Emisor o Procesador se compromete a mantener vigente una garantía de cumplimiento a favor del Instituto para cada contrato por el monto que especifique el Departamento de Proveeduría de acuerdo con el volumen de operaciones. En cuanto a la garantía, ésta deberá ajustarse a lo establecido al respecto en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento. El monto de la garantía se ajustará en forma anual, y deberá mantenerse vigente por un plazo de 6 meses posteriores a la terminación del contrato.

Artículo 12.—El contrato que suscriba el Instituto con La Empresa se realizará por medio de los procedimientos de contratación administrativa que resulten aplicables y tendrá vigencia de un año prorrogable automáticamente, por períodos iguales y hasta por cinco años, pudiendo ser concluido mediante aviso escrito de una de las partes por lo menos con treinta días naturales de anticipación a la fecha de vencimiento anual. Sin embargo, ante las situaciones previstas en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento; el Instituto se reserva el derecho de resolución o rescisión del contrato observando para ello el debido proceso establecido en la normativa citada.

Artículo 13.—El Emisor o Procesador se obliga a cancelar las transacciones efectuadas mediante cheque, depósito bancario o transferencia electrónica a las cuentas corrientes que el INS mantenga con los Bancos Estatales, en las 24 horas siguientes posteriores a los cierres efectuados o la presentación de los comprobantes de cobro (vouchers manuales). Salvo cuando se trate de días no hábiles.

Para los casos de los vouchers manuales, deberán ser entregados dentro de los siguientes veinte días naturales, contados a partir de la fecha de la transacción.

Asimismo, no podrá deducir de este monto ninguna suma de dinero por concepto de ajustes que no correspondan a la remisión de la cual se está recibiendo en pago, ni deducir del pago que se está realizando los contracargos originados de pagos anteriores, para lo cual el Emisor o Procesador informará semanalmente el detalle de los mismos y el Instituto procederá a realizar la liquidación correspondiente a efectos de que el Emisor o Procesador recupere los montos dejados de percibir. Dichas transacciones deben cumplir con los términos y condiciones de este Contrato y sus disposiciones conexas. Vencido dicho plazo EL Instituto cobrará un 3.5% mensual de recargo sobre la suma dejada de percibir.

Artículo 14.—En todo lo que no se encuentre especificado en el presente Reglamento aplicará lo estipulado en la Ley de Contratación Administrativa, su Reglamento y las Disposiciones que al efecto dicte la Gerencia del Instituto.

Artículo 15.—El presente Reglamento entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Modificado integralmente en sesión N° 8722, Acuerdo XII del 25-04-2005.

San José, 29 de abril del 2005.—Lic. Frank Sanabria Villalobos, Subjefe, Comunicación Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 18404).—C-36575.—(33486).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

AVISO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Yo, Luis Carlos Fernández Villalobos, cédula de identidad número 1-494-940, solicitante del giro internacional número 0371371, extendido a la orden de Victoria Walter, girado contra el Banco BICSA-Miami, emitido por el Banco Nacional de Costa Rica, Oficinas Centrales, con fecha de emisión del 17 de abril del 2001. Solicito reposición de este (os) documento (s) por causa de extravío. Se pública este anuncio por tres veces para oír reclamos de terceros, por el término de quince días.—San José, 19 de setiembre del 2001.—Luis Soto Bastos, Jefe.—(33455).

 

AVISO

SUCURSAL EN NICOYA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Solicito al Banco Nacional de Costa Rica la orden de no pago y reposición por robo de certificado a plazo Nº 400-02-013-008936-9 por $7.502,61 y cupón Nº 01 por $10,00, plazo 31 días, vencimiento 04-04-2005 a nombre de Carrillo Montiel Juan Epifanio, cédula 5-282-731.

Nicoya, 29 de marzo del 2005.—MBA. Gregorio Esquivel Chaves, Gerente.—(33882).

 

BANCO DE COSTA RICA

AVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

A quien interese, hago constar que el certificado de depósito a plazo del Banco de Costa Rica.

Cert. Nº                  Monto ¢                 Plazo                 Emitido          Vence             Tasa

61496075          1.000.000,00         180 días             22-04-05      24-10-05     13.75% anual

Certificado emitido a la orden de Iludibi Sequeira Sánchez, cédula Nº 2-0142-0062. Emitido por la oficina de Alajuela, ha sido reportado como extraviado por lo que se solicita al Banco de Costa Rica su reposición de acuerdo con lo establecido en los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

Alajuela, 25 de abril del 2005.—Sr. Óscar Alvarado, Jefe Operativo.—Iludibi Sequeira Sánchez, Solicitante.—(33570).

 

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD

BALANCE DE SITUACIÓN AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2004

                                                                                                                                                                                                                           RELACIÓN

ACTIVO                                                                                       PARCIALES ¢                                TOTAL ¢                    VERTICAL %

INSTRUMENTOS FINANCIEROS                                                                                                                165.228.500.030,75                       40,10

RECURSOS PROPIOS Y OBLIG. CONTRACTUAL                                149.865.364.421,73

RECURSOS CLIENTES                                                                                  15.363.135.609,02

DISPONIBLE                                                                                                                                                       34.203.968.444,98                         8,30

OTRAS INVERSIONES                                                                                                                                       3.137.727.336,07                         0,76

PRÉSTAMOS Y PARTIDAS POR COBRAR                                                                                                  66.257.644.667,38                       16,08

PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPO                                                                                                                    34.710.524.629,17                         8,42

TERRENO: COSTO MÁS REVALUACIÓN                                                  7.041.039.669,49

EDIFICIO: COSTO MÁS REVALUACIÓN NETA                                     19.504.799.269,46

MOBILIARIO COSTO MÁS REVALUACIÓN NETA                                 7.525.262.277,39

COLECCIÓN DE PIEZAS ARTÍSTICAS                                                           639.423.412,83

GASTOS PREOPERATIVOS NETOS                                                                                                                           29.947,62                         0,00

OTROS ACTIVOS                                                                                                                                             98.283.974.997,69                       23,85

ACTIVO DIFERIDO                                                                                                                                           10.245.088.485,50                         2,49

TOTAL ACTIVO                                                                                                                          412.067.458.539,16                     100,00

PASIVO Y CAPITAL

RESERVAS TÉCNICAS                                                                                                                                   210.267.617.388,70                       51,03

MATEMÁTICAS                                                                                           69.824.589.779,00

PRIMAS NO DEVENGADAS                                                                       57.862.537.759,02

SINIESTROS PEND. Y PÓLIZAS VENCIDAS                                             54.282.775.770,52

CONTINGENCIAS                                                                                         23.820.179.272,51

CONTINGENCIAS DE COSECHAS                                                               2.517.052.464,64

PARA DIVIDENDOS A LOS ASEGURADOS                                                  470.843.784,01

TERREMOTOS                                                                                                    386.092.732,00

PRIMAS NO DEVENGADAS MONOP. REAS.                                                   6.438.811,00

SINIESTROS PEND. Y PÓLIZAS VENC. REAS. TOMADO                          283.598.139,00

CONTINGENCIAS MONOP. REASEG.                                                           813.508.877,00

OTROS PASIVOS                                                                                                                                            102.692.900.236,78                       24,92

CAPITAL CONTABLE                                                                                                                                       99.106.940.913,68                       24,05

CAPITAL                                                                                                           3.328.355.764,80

SUPERÁVIT REVALUAC. ACTIVOS FIJOS                                               19.543.164.328,21

RESERVA PARA FLUCTUAC. MERC. REASEG.                                      45.648.448.949,80

RESERVA PARA MEJORAS OPERACIONES DE SEG.                            15.146.614.355,84

RESERVA CAPITAL R. T.                                                                               5.037.983.755,87

RESERVA CAPITAL S.O.A.                                                                               155.285.273,66

SUPERÁVIT NO REALIZADO                                                                     10.245.088.485,50

SUPERÁVIT POR DONACIÓN                                                                             2.000.000,00

CUENTA DE RESULTADO NETO SIN AJUSTAR                                   ____________0,00

TOTAL PASIVO + CAPITAL CONTABLE                                                                              412.067.458.539,16                     100,00

San José, 29 de abril del 2005.—Lic. Sergio Salas Porras, Contador.—Lic. Leonel Fernández Ch., Auditor.—Lic. Luis Mastroeni V., Subgerente.—1 vez.—(O. C. Nº 17648).—C-65600.—(33083).

 

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

AVISO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

OR R-986-2005.—Camacho García Yolanda Ester, R-69-2005, costarricense, cédula Nº 1-823-685, ha solicitado reconocimiento del título de Maestría en Biología (Ecología y Biología Sistemática), Universidad Estatal de California, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres d la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 4 de abril del 2005.—Oficina de Registro e Información.—Ing. Warner Carvajal Lizano, Jefe.—C-12845.—(32787).

 

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ORG-141-05.—Araya Alfaro Alejandra, costarricense, cédula número 1-1118-095, ha solicitado reposición del título de Licenciatura en Ingeniería Química. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 15 de abril del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc, Jefe.—C-12845.—(32760).

 

ORG-142-05.—Arguedas Troyo José Francisco, costarricense, cédula Nº 1-261-871. Ha solicitado reposición del título de Licenciado en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 15 de abril del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc, Jefe.—C- 12845.—(32761).

 

ORG-143-05.—Jiménez Moya María Nuria, costarricense, cédula Nº 2-358-038, ha solicitado la reposición del título de Bachiller en Ciencias de la Educación con Énfasis en Educación Preescolar. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 15 de abril del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc, Jefe.—C-12845.—(32762).

 

ORG-144-05.—Jiménez Rodríguez Elieth, costarricense, cédula Nº 6-194-295, ha solicitado reposición del título de Licenciada en Administración de Negocios con Énfasis en Dirección de Empresas y Mercadeo. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 15 de abril del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc, Jefe.—C-12845.—(32763).

 

ORG-145-05.—Rodríguez Obando Randall, costarricense, cédula Nº 3-360-145. Ha solicitado reposición de los títulos de Licenciado en Medicina y Cirugía, Doctor en Medicina y Cirugía y Bachiller en Ciencias Médicas. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 15 de abril del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc, Jefe.—C- 12845.—(32764).

 

ORG-146-05.—Jiménez Acuña Ana Carolina, costarricense, cédula Nº 3-274-196. Ha solicitado reposición del título de Bachiller en Historia del Arte. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 15 de abril del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc, Jefe.—C- 12845.—(32765).

ORI-R-890-2005.—Sánchez Ospina Yimmy R., R-54-2005, venezolano, cédula de residencia 480-0210354-0001336, ha solicitado reconocimiento del diploma de Médico Cirujano, Universidad Nacional Experimental “Francisco de Miranda”, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 28 de marzo del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc, Jefe.—C-12845.—(32766).

 

OR-R-942-2005.—Narváez Arrieta Fernando Alfonso, R-65-2005, colombiano, Pasaporte Nº 92515928, ha solicitado reconocimiento del título de Médico Cirujano, Universidad del Norte, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 4 de abril del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc, Jefe.—C-12845.—(32767).

 

OR-R-957-2005.—Lasso Cruz Amanda, R-73-2005, colombiana, cédula de residencia 4200204323-0006026, ha solicitado reconocimiento del título de Ingeniero de Alimentos, Universidad Nacional Abierta y A Distancia, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 4 de abril del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc, Jefe.—C-12845.—(32768).

 

OR-R-959-2005.—Castañeda Cortez Abraham Ulises, R-66-2005, peruano, pasaporte No. 0954421, ha solicitado reconocimiento del título de Magíster en Administración, Escuela de Administración de Negocios para Graduados, Perú. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 4 de abril del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc, Jefe.—C- 12845.—(32769).

 

OR-R-966-2005.—Cherres Wedemeyer Ana María, R-56-2005, peruana, cédula de residencia 455-0196118-0002854, ha solicitado reconocimiento del título Bachiller en Administración, Universidad “Ricardo Palma” Surco, Perú. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 5 de abril del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc, Jefe.—C-12845.—(32770).

 

OR-R-968-2005.—Cohan Eliana Gisela, R-57-2005, argentina, Pasaporte 22501841N, ha solicitado reconocimiento del título Licenciada en Psicología, Universidad de Belgrano, Argentina. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 5 de abril del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc, Jefe.—C-12845.—(32771).

 

OR-R-970-2005.—Paris Buenahora Ricaurte Luis, R-58-2005, costarricense, cédula 01-0381-0211, ha solicitado reconocimiento del título Master en Administración de Empresas, Universidad Southeastern Louisiana, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 5 de abril del 2005.—Warner Carvajal Lizano, M.Sc., Jefe.—C-12845.—(32772).

 

OR-R-972-2005.—Antony Jürgen Heinrich, R-59-2005, alemán, Pasaporte 5197199573, ha solicitado reconocimiento del título Doctor en Ciencias Naturales (Dr. Rer. Nat) Universidad Técnica de Renania Westfaliana Aachen, Alemania. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 5 de abril del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc. Jefe.—C-12845.—(32773).

 

OR-R-974-2005.—Gil González Jorge William, R-60-2005, colombiano, Pasaporte Nº CC 75087343, ha solicitado reconocimiento del título de Ingeniero Electricista, Universidad Nacional de Colombia, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 4 de abril del 2005.—Warner Carvajal Lizano, M.Sc., Jefe.—C-12845.—(32774).

OR-R-976-2005.—Prebeck Hubert, R-61-2005, alemán, cédula de residencia 0034665-704-01-0000440, ha solicitado reconocimiento del título de Ingeniero Diplomado, Universidad “Fachhochschule Regensburg”, Alemania. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 5 de abril del 2005.—Warner Carvajal Lizano, M.Sc, Jefe.—C-12845.—(32775).

 

OR-R-980-2005.—Mata Coto Manuel Francisco, R-63-2005, costarricense, cédula 03-0330-0268, ha solicitado reconocimiento del título de Maestro en Ciencias en Ingeniería Mecánica, Secretaría de Educación Pública, Centro Nacional de Investigación y Desarrollo Tecnológico, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 5 de abril del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc., Jefe.—C-12845.—(32776).

 

OR-R-982-2005.—Leva Ramos Julia Petronila, R-64-2005, peruana, pasaporte Nº 3061520, ha solicitado reconocimiento del título de Licenciado en Educación, Esp. Matemáticas, Universidad Nacional “Pedro Ruiz Gallo”, Perú. Cualquier persona interesada en aportar datos de la inda y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 5 de abril del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc., Jefe.—C-12845.—(32777).

 

OR-R-986-2005.—Iriguibel Uriz Xabier, R-68-2005, español, Pasaporte Nº AB914286, ha solicitado reconocimiento del título de diplomado en Enfermería, Universidad Pública de Navarra, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 4 de abril del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc. Jefe.—C-12845.—(32778).

 

OR-R-988-2005.—Paes Torres Luciana, R-70-2005, brasileña, Pasaporte CO 933471, ha solicitado reconocimiento del título de Bachiller en Fonoaudiología, Pontificia Universidad Católica de Campinas, Brasil. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 4 de abril del 2005.—Warner Carvajal Lizano, M.Ss., Jefe.—C-12845.—(32779).

 

OR-R-990-2005.—Carreras Grau Carlos Enrique, R-71-2005, costarricense, cédula 01-1028-0585, ha solicitado reconocimiento del título del Grado de Licenciatura en Matemáticas, Davidson College, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 4 de abril del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc., Jefe.—C-12845.—(32780).

 

ORI-R-992-2005.—Rincón Apraez Carolina, R-72-2005, colombiana, cédula de residencia 420-0207847-0007060, ha solicitado reconocimiento del diploma Profesional de Mercadeo y Publicidad, Politécnico Grancolombiano, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 8 de abril del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc. Jefe.—C-12845.—(32781).

 

OR-R-996-2005.—Elizondo Barboza Mauren Patricia, R-67-2005, costarricense, cédula 02-0435-0764, ha solicitado reconocimiento del título de Bachiller en Artes, Universidad de Western, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 5 de abril del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc., Jefe.—C-12845.—(32782).

 

ORI-R-1040-2005.—Suárez Rojas Jorge Eduardo, R-09-2001, costarricense, cédula 1-0466-0116, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Administración de Empresas con Énfasis en Negocios Internacionales, Universidad Nacional, San Diego, California, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 6 de abril del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc. Jefe.—C-12845.—(32783).

ORI-R-1059-2005.—Valladares Ana Lía, R-93-95B, hondureña, pasaporte A042555, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciada en Enfermería, Universidad Nacional Autónoma de Honduras, Honduras. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 18 de abril del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc. Jefe.—C-12845.—(32784).

 

ORI-R-1167-2005.—Pinto Medina Raúl, R-74-2005, colombiano, pasaporte 13-831-482, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Civil, Universidad Industrial de Santander, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 20 de abril del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc., Jefe.—C-12845.—(32785).

 

Óscar Alonso Hernández Vargas, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 27 de abril del 2005.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(33097).

 

UNIVERSIDAD NACIONAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

REPOSICIÓN DE TÍTULO

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición de diploma, por extravío, correspondiente al título de Bachiller en Bibliotecología y Documentación, grado académico Bachillerato, registrado en el libro de títulos bajo tomo 1, folio 6, asiento 37, a nombre de María Gabriela Arrieta Aguilar, con fecha 5 de abril del 2001, cédula de identidad Nº 5-240-192. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.

Heredia, mayo del 2005.—Departamento de Registro.—MBA. Flor de María Chacón Ramírez, Directora.—(32362).

 

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

DEPARTAMENTO ORDENAMIENTO AGRARIO

ÁREA DE TITULACIÓN

Se emplaza a todos los interesados en el proceso de titulación de tierras promovido ante el Instituto de Desarrollo Agrario al amparo de la Ley Nº 2825 “Ley de Tierras y Colonización y sus reformas y su Reglamento para la Titulación de Tierras en Reservas Nacionales, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 173 del martes 10 de setiembre del 2002, por:

Edna May Woodley Woodley, cédula de identidad número siete-cero treinta y tres-cuatrocientos sesenta y uno, mayor, casada una vez, oficinista, vecina de Nueva York Estados Unidos de Norteamérica, representada por el señor Roel Allierd Johnson Fennell, mayor, casado una vez, comerciante, cédula de identidad número siete-cero treinta y tres-cero cero seis, poseedora de la parcela Nº 317-2035 del programa de titulación Limón 034 con una medida de mil ochocientos veinte metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados, según plano catastrado Nº L-trescientos diecisiete mil trescientos ochenta y cuatro - mil novecientos noventa y seis, cuyos linderos son: norte, Julio Delgado Moraga; sur, Julio Delgado Moraga, este, calle pública, oeste, calle pública. Situado en: Moín, distrito 1º Limón, cantón 1º Limón, provincia 7º Limón, que es terreno para construir.

Las presentes diligencias no tienen objeto de evadir las consecuencias legales de un juicio sucesorio. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende traspasar e inscribir en el Registro de la propiedad, deberá hacerlo saber al Departamento Ordenamiento Agrario, del Instituto de Desarrollo Agrario, en sus oficinas centrales ubicadas en Residencial Los Colegios, del cantón de Moravia, contiguo al Colegio de Ingenieros Agrónomos, dentro de un plazo de 30 días naturales contados a partir de la publicación de este edicto.

San José, 3 de mayo del 2005.—Programa Nacional de Titulación.—Gilberto Rodríguez Soto, Coordinador.—1 vez.—(33848).

 

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Comunica al señor Frank Suárez Sardiña, la resolución de las 10:00 horas del 4 de mayo del 2005, dictada por este Despacho, en virtud de la cual se resuelve: Recomendar a la Dirección General de Migración y Extranjería, se autorice la salida del país del adolescente Frank Suárez Ayra, para que viaje el veintiséis de mayo del 2005 con destino a Guatemala, con la sola autorización de su progenitora, Isel Micaela Ayra Gamboa. Recursos: Contra la presente resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación, el primero deberá interponerse ante esta Representación Legal y el de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, de la Clínica de los Doctores Echandi, doscientos cincuenta metros al sur, edificio verde. Dichos recursos podrán interponerse en forma separada o conjunta en el término de ocho días contados a partir del día posterior a la notificación de la presente resolución. Es potestativo usar ambos recursos o uno de ellos, pero será inadmisible el que se interponga vencido el plazo señalado. Publíquese dos veces consecutivas en La Gaceta y una vez en un diario de circulación nacional.—Oficina Local de Alajuela.—Lic. Marianela Acón Chan, Representante Legal.—(34022).

 

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA

Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de:

Solicitud de la ordinaria de la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A. (RECOPE) tramitada bajo el expediente ET-50-2005, para revisar los precios plantel de los combustibles de venta en el mercado nacional, según se detalla:

1.  Establecer el monto de efectivo que requiere la empresa para el período 2005, para enfrentar sus necesidades de capital de trabajo tarifario de ese período, con la referencia de un parámetro equivalente a un saldo de caja igual al promedio del volumen de inventarios finales de un período de operaciones, valuado al costo FOB vigente en la última resolución de ajuste de precios, más el costo del impuesto único, después de cubrir costos y gastos de operación durante el período, servicio de la deuda, inversiones, impuesto sobre la renta y otros gastos tarifarios.

2.  Cubrir los gastos de operación, las inversiones, pago del impuesto sobre la renta y el servicio de la deuda, y otros gastos presupuestados para el año 2005.

El viernes 10 de junio del 2005, a las nueve horas (9:00 a.m.) se llevará a cabo la Audiencia Pública en el Auditorio de la Autoridad Reguladora, para conocer sobre esta petición. El plazo para recibir posiciones sobre esta solicitud vence el viernes 3 de junio del 2005 a las dieciséis horas.

Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar los expedientes que constan en la Dirección de Atención al Usuario, situada en Sabana Sur, 400 m oeste del edificio de la Contraloría General de la República, San José. Cualquier interesado, con interés legítimo o derecho subjetivo, puede participar en la audiencia y quien desee hacer uso de la palabra, debe formular por escrito, en original, su posición ante esta Autoridad Reguladora, sustentando su pretensión con las pruebas que sean pertinentes. En el documento debe indicar lugar dentro del perímetro de San José o número de fax donde ser notificado. En el caso de una persona física deberá aportar fotocopia de su cédula; las personas jurídicas deberán aportar certificación de personería vigente. Dentro del plazo legal otorgado se recibirán posiciones mediante el facsímile 290 20 10, mismas que deberán estar firmadas y debiendo presentar el original a más tardar el día de la celebración de la audiencia. En caso de faltar algún requisito de los anteriores, se rechazará la posición presentada. Se informa que el Consejero del Usuario para estas solicitudes es el Lic. Juan Manuel Quesada, MBA. Para cualquier información adicional a los teléfonos 800-827-3737 ó 220-0102.

San José, 3 de mayo del 2005.—Lic. Xinia Herrera Durán, Dirección de Fiscalización y Defensa del Usuario.—1 vez.—(Solicitud Nº 345-DAF-2005).—C-17595.—(33592).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS

La Municipalidad de San Carlos, comunica que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 239 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública, se procede a declarar en estado de abandono, las parcelas del Cementerio Municipal de Ciudad Quesada, que se describirán a continuación. Se comunica a toda aquella persona física, que de acuerdo con las Leyes y Reglamentos respectivos se considere con derecho legítimo de reclamar derechos de arriendo sobre alguna de las parcelas, que se concede un plazo improrrogable de 30 días hábiles a partir de la publicación de este aviso, para hacer valer sus derechos, luego de lo cual, se procederá a pasar dichas parcelas, a propiedad de la Municipalidad de San Carlos y realizando el respectivo desalojo de aquellos restos que se encuentren en dichas parcelas, para su traslado al osario general, para la posterior venta o arrendamiento de dichas parcelas.

Sector 1                                              Sector 2                                           Sector 3

Parcela                                                  Parcela                                          Parcela                                  

            Estructura   Fila                          Estructura   Fila                       Estructura   Fila

  10              Lápida          1                   529           Lápida          4             781           Bóveda 2        

                                                                                                                                             Nichos            1

  59              Lápida          3                   530           Lápida          4             817           Lápida             2

  94              Lápida          4                   560           Lápida          5             819           Lápida             2

127              Lápida          6                   576           Lápida          5             833           Lápida             3

157              Lápida          7                   602           Lápida          6             841           Lapida             3

255              Lápida        11                  643           Lápida          7             874           Cruz                 4

                                                                  678           Lápida          8             888           Lápida             4

                                                                  692           Lápida          9             922           Lápida             5

                                                                  697           Lápida          9             952           Lápida             6

                                                                  711           Lápida        10            990           Lápida             7

                                                                                                                         1026          Lápida             8

                                                                                                                         1054          Lápida             9

                                                                                                                         1066          Lápida           10

Sector 4                                                               Sector 5

Parcela                                                              Parcela                                                       

               Estructura         Fila                                      Estructura                  Fila

1177              Lápida                4                     1593             Lápida                               1

1205              Cruz                    5                     1597             Lápida                               1

1231              Lápida                6                     1632             Bóveda 2 Nichos           2

1252              Cruz                    7                     1641             Bóveda 3 Nichos           2

1254              Cruz                    7                     1642             Bóveda 3 Nichos           2

1255              Cruz                    7                     1650             Bóveda 2 Nichos           3

1267              Lápida                8                     1661             Lápida                               3

1297              Mural                  9                     1666             Cruz                                   3

1302              Lápida                9                     1667             Cruz                                   3

1313              Lápida                9                     1679             Lápida                               4

1362              Cruz                   11                    1691             Lápida                               4

1376              Lápida              12                    1711             Cruz                                   5

1379              Lápida              12                    1716             Bóveda 2 Nichos           5

1391              Cruz                   12                    1722             Cruz                                   5

1392              Cruz                   12                    1732             Lápida                               6

1399              Lápida              13                    1748             Cruz                                   6

1407              Lápida              13                    1749             Cruz                                   6

1412              Cruz                   13                    1753             Lápida                               7

1413              Lápida              13                    1761             Lápida                               7

1422              Bóveda 2                                                                                                     

                        Nichos              13                    1764             Lápida                               7

1435              Lápida              14                    1768             Cruz                                   7

1460              Cruz                   15                    1779             Lápida                               8

1468              Cruz                   15                    1792             Lápida                               8

1486              Bóveda 2

                        Nichos              16                    1804             Cruz                                   9

1494              Lápida              16                    1805             Cruz                                   9

1502              Lápida              16                    1829             Lápida                             10

1503              Lápida              16                    1862             Lápida                             11

1513              Lápida              17                    1869             Lápida                             12

1520              Bóveda 2

                        Nichos              17                    1876             Cruz                                  12

1522              Lápida              17                    1880             Lápida                             12

1527              Cruz                   17                    1912             Lápida                             14

1531              Lápida              17                    1928             Cruz                                  14

1541              Cruz                   18                    1937             Bóveda 1 nicho             15

1551              Cruz                   18                    1948             Cruz                                  15

1556              Lápida              18

1579              Lápida              19

1581              Bóveda 2

                        Nichos              19

Publíquese.

San Carlos, Ciudad Quesada, 15 de abril del 2005.—Lic. Alfredo Córdoba Soro, Alcalde Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 21623).—C-47340.—(33036).

 

MUNICIPALIDAD DE CARTAGO

Avisa que de conformidad, con el acuerdo Nº 14, acta Nº 211, de sesión celebrada por el Concejo Municipal del Cantón Central de Cartago, el día 19 de abril del 2005, acordó: se llama a Marcos Brenes Figueroa, Alcalde Suplente, para que asuma la Alcaldía Titular de la Municipalidad de Cartago, del día miércoles 27 de abril al viernes 29 de abril del año en curso, mientras dura la ausencia del Alcalde Propietario. Acuerdo definitivamente aprobado.

Bernardo Portuguez Calderón, Secretario del Concejo Municipal.—1 vez.—Nº 31468.—(33388).

MUNICIPALIDAD DE TURRUBARES

El Concejo Municipal de Turrubares, conforme al oficio emitido por la Contraloría General de la República, conocido como DI-AA-688 del 7 de abril del 2005, acuerda en sesión ordinaria Nº 16 celebrada el 2 de mayo del 2005, publicar las Tasas por el Servicio de Limpieza de Vías Públicas y Derechos de Cementerio, tal y como sigue:

1.-Limpieza de Vías y Sitios Públicos:

                                                                                   Tasa trimestral

Por metro lineal:

Residencial                                                           ¢ 617,84

Comercial                                                          ¢ 1.544,59

2.-Derecho de Cementerio

Derecho de inhumación en tierra

Cada vez              ¢ 6.000,00

3.-Arrendamiento de Parcelas:

                                                                              Tasa cada cinco años

Por parcela de 3 m. cuadrados                               ¢ 12.000,00

4.-Mantenimiento del cementerio:

                                                                                      Tasa anual

Por cada metro cuadrado                                          ¢ 1.384,26

San Pablo, 3 de mayo del 2004.—Virginia Salazar Agüero, Secretaria a. í.—1 vez.—(33942).

 

MUNICIPALIDAD DE BAGACES

Acuerdo tomado en sesión ordinaria N° 19, celebrada el 26 de abril del 2005, por el Concejo Municipal de Bagaces, que dice:

La sesión ordinaria del día martes 10 de mayo, a las 17:00 horas, no se realizará en el salón de sesiones como está estipulado oficialmente, sino en el Salón Parroquial. Esta sesión es de mucha importancia, por lo que tendremos mayor espacio para nuestras visitas. Acuerdo unánime definitivamente aprobado.

Bagaces, 29 de abril del 2005.—Mayra Ordóñez Villegas, Secretaria Municipal.—1 vez.—(34027).

 

MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ

DEPARTAMENTO DE ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

EDICTOS

Municipalidad de Santa Cruz, Guanacaste, nombre del solicitante: Vista Atenas Estate Vae S. A., cédula Nº 3-101-391316, nacionalidad: C.R., con base a la ley sobre la Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 del 2 de marzo de 1977 y decreto ejecutivo Nº 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una parcela de terreno localizada en playa Brasilito, distrito Cabo Velas, cantón Santa Cruz, provincia Guanacaste. Mide: 601,03 m2, es terreno para dedicarlo a uso: residencial recreativo. Linderos: norte, calle pública; sur, Municipalidad de Santa Cruz; este, Municipalidad de Santa Cruz, y al oeste, calle pública. Nota: se conceden treinta días para oír oposiciones, las cuales deben venir acompañadas de dos copias. Nota: se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que las futuras disposiciones del plan regulador varíen el destino de la parcela.

Santa Cruz, 28 de abril del 2005.—Edwin Ortiz Ortiz, Encargado.—1 vez.—(33497).

 

MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS

ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

Nº 047-05-05.—Cervantes Alvarado Mario, con cédula número: 9-050-234, con domicilio 100 metros sur de la escuela Soltero González Barquero, San Juan de Dios, Desamparados, con base en el artículo número 38 de la ley Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 del 2 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo Nº 78411-P, del 16 de diciembre de 1977, solicita en uso de suelo una parcela de terreno sita Costa de Pájaros, Manzanillo, cantón central, provincia de Puntarenas, mide: 2 443,58 metros cuadrados. Linderos: norte, calle pública; sur, zona restringida; este, zona restringida, y oeste, zona restringida. Uso: recreativo. Esta publicación no otorga derechos a efectos de que las disposiciones de un plan regulador varíen el destino de la parcela. Se conceden 30 días hábiles, a partir de esta única publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad en papel sellado de un colón y los timbres correspondientes en dos tantos.

Puntarenas, 3 de mayo del 2005.—Luz Marina Jiménez Jara, Coordinadora.—1 vez.—(33929).

 

CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE MONTEVERDE

Acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Distrito de Monteverde en la sesión ordinaria Nº 231 del 19 de abril del 2005 en el capítulo V, artículo 05, inciso d), que al texto dice:

Acuerdo Nº 04:

“Definir en ¢ 1.000,00 el valor del las Certificaciones del Registro Público que emitirá el Concejo Municipal de Distrito de Monteverde de acuerdo con el convenio de regionalización que se firmó con el Registro Público. Este acuerdo regirá a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta”.

Monteverde, 29 de abril del 2005.—Floribeth Chacón Villegas, Secretaria Municipal.—1 vez.—(33041).

AVISOS

CONVOCATORIAS

AMERICAN INTERNATIONAL SCHOOL OF COSTA RICA (AIS)

ASOCIACIÓN PRO ESCUELA ACADEMICA DE COSTA RICA

Se convoca a sus asociados a asamblea general ordinaria y extraordinaria que se celebrará en las instalaciones de la escuela en residencial Bosques de Doña Rosa, Ciudad Cariari, Heredia, en primera convocatoria, a las dieciocho horas y treinta minutos del día diecinueve de mayo del año dos mil cinco. En dicha asamblea se conocerán los siguientes asuntos:

Agenda:

1.  Establecimiento del quórum

2.  Reporte del presidente de la junta directiva

3.  Reporte del tesorero de la junta directiva

4.  Reporte del fiscal

5.  Reporte del director

6.  Elección parcial de miembros de la junta directiva

7.  Presentación y aprobación del presupuesto operativo para el año escolar 2005-2006

8.  Cierre de la asamblea.

Los asociados deberán acreditarse mediante cédula de identidad, cédula de residencia o pasaporte antes de la asamblea personalmente o por medio de carta poder de conformidad con los estatutos de esta asociación. Los asociados podrán ser representados por otro asociado (máximo dos representaciones) mediante carta poder original, debidamente autenticada. Si no hubiera quórum a la hora indicada, las asambleas se celebrarán media hora después en el citado lugar con los asociados que se encuentren presentes.—Heredia, 3 de mayo del 2005.—Natale Joseph Marchiano.—1 vez.—(33891).

 

UNIÓN NACIONAL DE GOBIERNOS LOCALES

La Unión Nacional de Gobiernos Locales, en apego al capítulo IV, artículo 8 de sus estatutos, convoca a sus delegados a la celebración de la asamblea nacional ordinaria, a celebrarse el día 26 de mayo del 2005, en el Hotel Irazú, a las 13:00 horas (1:00 p. m.) en su primer convocatoria, en caso de no haber el quórum de ley, se hará una hora después con el 20% de los delegados; con el siguiente orden del día.

Agenda:

1.  Apertura y comprobación del quórum.

2.  Informe de la dirección ejecutiva (administrativo-contable).

3.  Informe del presidente de la junta directiva.

4.  Presentación del programa de la O. P. S.

5.  Presentación campaña de prevención del riesgo. Para el día que nos toque.

6.  Clausura.

San José, 2 de mayo del 2005.—Giselle Mora Peña, Directora Ejecutiva.—1 vez.—(33923).

 

COMPAÑÍA CAFETALERA LEÓN HERMANOS S. A.

Se convoca a los accionistas y cualquier interesado de la firma de esta plaza denominada Compañía Cafetalera León Hermanos S. A., cédula jurídica Nº tres-uno cero uno-cero seis ocho dos ocho cuatro, a la asamblea general ordinaria y extraordinaria que se celebrará, al ser las dieciocho horas del día veintiséis de mayo del dos mil cinco, en el domicilio social sito en Heredia, avenida doce, calles ocho y diez. Se efectuará la correspondiente verificación de asistencia de accionistas, informes, reformas a los estatutos y nombramiento de nueva junta directiva. De no haber quórum en la primera convocatoria, se convoca para realizar la asamblea una hora después, en segunda convocatoria, con el capital social que se encuentre presente en ese momento.—Carlos Humberto León Gamboa, Secretario.—1 vez.—(33925).

 

COLEGIO DE INGENIEROS QUÍMICOS

Y PROFESIONALES AFINES

CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL

EXTRAORDINARIA 02-2005

La Asamblea General del Colegio de Ingenieros Químicos y Profesionales Afines acordó convocar a asamblea general extraordinaria para estudiar los dictámenes de las comisiones nombradas en la asamblea general extraordinaria 01-2005, por lo tanto, se convoca a todos los miembros del Colegio de Ingenieros Químicos y Profesionales Afines así:

Fecha: 30 de mayo del 2005.

Lugar: Edificio del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas.

Primera convocatoria: 17:00 horas.

Segunda convocatoria: 17:30 horas.

Tercera convocatoria: 18:00 horas.

Agenda:

1.  Aprobación de procedimiento de trabajo para esta asamblea.

2.  Presentación, estudio y resolución de dictámenes de la Comisión del Reglamento (Reglamento a la Ley Nº 8412, título l) y Reglamento de Tarifas

3.  Aprobación del Reglamento a la Ley con las modificaciones aprobadas.

4.  Aprobación del Reglamento de Tarifas con las modificaciones aprobadas.

5.  Presentación, estudio y resolución de dictámenes de la Comisión del Código de Ética Profesional.

6.  Aprobación del Código de Ética Profesional con las modificaciones aprobadas.

7.  Presentación, estudio y resolución de dictámenes de la Comisión de la Visión y Misión del Colegio.

8.  Aprobación de la Misión Visión del Colegio con las modificaciones aprobadas.

9.  Aplicación de los Reglamentos aprobados, en lo que corresponda, como reglamentos internos hasta que sean ratificados por el Poder Ejecutivo.

10.  Presentación, estudio y resolución de dictámenes de la Comisión de definición de la futura sede del Colegio.

11.  Declaración de acuerdo firme de lo resuelto.

12.  Ágape de compañerismo.

El local de sede para la asamblea general extraordinaria 02-2005 esta disponible hasta las 22:00 horas para reunión de la asamblea y el ágape se servirá a las 22:00 horas para poder desalojar el local a las 23:00 horas.—Ing. Marcelo Bou Valverde, Presidente.—Ing. Ana Graciela Jiménez B., Secretaria.—1 vez.—Nº 32140.—(34320).

 

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE LAS AMÉRICAS

Universidad Internacional de las Américas, certifica que ante este Registro se ha presentado la solicitud de reposición de título de Bachillerato en Educación Preescolar, emitido por esta Universidad a nombre de Valle Carazo Priscilla, cédula Nº 3-292-741, registrado en el libro de títulos bajo el Tomo I, folio 3, número 42, con fecha 2 de agosto de 1989. Se solicita la reposición por haberse extraviado el original. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—San José, 14 de marzo del dos mil cinco.—Departamento de Registro.—Dr. Álvaro Pazos Baldioceda, Director.—Nº 31013.—(32541).

M & M MATERIALES Y MAQUINARIA

SOCIEDAD ANÓNIMA

Max Franklin Trail, único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, divorciado, pensionado norteamericano, vecino de Escazú, carné residente pensionado número seis mil doscientos cuatro, en su calidad de Secretario y Tesorero con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad M & M Materiales y Maquinaria Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cuatro mil cuatrocientos treinta y cuatro, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes seis libros: diario, mayor, inventarios y balances, actas consejo de administración, actas asamblea de socios, registro de socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, doce de abril del dos mil cinco.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—Nº 30853.—(32542).

 

HOTEL ARCA DE NOÉ DE PLAYA SAN MIGUEL S. A.

El suscrito Douglas Salas Chavarría, mayor, soltero, mensajero, cédula 1-930-074, vecino de Alajuelita, de la Guardia Rural de San Josecito, doscientos metros al norte, en mi condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de Hotel Arca de Noé de Playa San Miguel S. A., cédula jurídica Nº 3-101-245928, solicito ante la Dirección General de Tributación la reposición de los libros de Junta Directiva y Registro de Accionistas, en total de 2 libros. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Carolina Quintero Fernández, Notaria.—Nº 30948.—(32543).

 

Eduardo Solano Calvo, cédula 3-186-900, solicito ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros, diario, mayor, e inventarios y balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Recaudación y Gestión de la Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de este aviso.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—Nº 30970.—(32544).

 

MUTUAL ALAJUELA DE AHORRO Y PRÉSTAMO

De conformidad con los artículos 690-691 del Código de Comercio, la señora (ita) Víquez Sanabria María Roxana, cédula Nº 3-309-982, solicita la reposición del certificado de inversión inmobiliaria Nº 100-302-1111848306 por ¢8.065.100,20 y su respectivo cupón número 01, por un monto de ¢554.475,64, con fecha de vencimiento del 28 de abril del 2005.—Alajuela, 29 de abril del 2005.—MBA. Oscar Alvarado Bogantes, Gerente General.—(32603).

 

CASTILLO COUNTRY CLUB S. A.

Fernández Brenes José Daniel, cédula Nº 1-365-322, a extraviado su acción 4098, Sibaja Montes Belarmino, cédula Nº 1-440-800, a extraviado su acción 3057, Chavarría Mendoza Cristina, cédula Nº 5-075-905, a extraviado su acción 4384, por lo que han solicitado al Castillo Country Club S. A., cédula jurídica Nº 3-101-015794-03, la reposición de la misma, de acuerdo a los artículos 689 y 690 del Código de Comercio. Quien se considere afectado dirigir la oposición a la Secretaría de Junta Directiva.—San José, 28 de abril del 2005.—Elba Ramírez Camacho, Unidad de Cobros.—(32646).

 

ALVARADO FERNÁNDEZ E HIJAS SOCIEDAD ANÓNIMA S. A.

Alvarado Fernández E Hijas Sociedad Anónima S. A., cédula jurídica Nº 3-101-228192 de esta plaza, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los libros: Actas Asamblea de Socios Nº 1, Actas Junta Directiva Nº 1, Actas Registro de Accionistas Nº 1, Diario Nº 1, Mayor Nº 1 e Inventarios y Balances Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Legalización de Libros de Tributación de Alajuela, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Palmares, Alajuela, 27 de abril del 2005.—Sra. Rosalbania Fernández Castro, Apoderada.—(32648).

 

CYBERTECNOLOGÍA DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

Cybertecnología de Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-318762, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros de actas: Asamblea General y Junta Directiva, así como el de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Warner Calvo Dinarte, Notario.—(32818).

 

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

PATINES FANTASÍA SOCIEDAD ANÓNIMA

Patines Fantasía Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-095328, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los libros siguientes: diario Nº 1, mayor Nº 1 e inventarios y balances Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria Regional de Alajuela, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Claudio Salas Blen, Presidente.—(32595).

 

SERVICIOS ELÉCTRICOS INDUSTRIALES

ROMAN SOCIEDAD ANÓNIMA

Servicios Eléctricos Industriales Roman Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica Nº 3-101-097951-29, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: diario, mayor, inventarios y balances, actas de junta directiva, actas de asamblea general de accionistas y actas de registros de accionistas. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—José M. Hernández Rojas, Contador.—(32597).

 

UNIÓN DE TAXISTAS DE POCOCÍ Y GUÁCIMO S. A.

La empresa Unión de Taxistas de Pococí y Guácimo S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cuarenta y seis mil quinientos sesenta y nueve, con domicilio en Guápiles de Pococí, Limón, inscrita en el Registro Nacional, Sección Mercantil, al tomo mil seiscientos ochenta y nueve, folio doscientos treinta y seis, asiento doscientos cuarenta, representada por su presidente el señor Gerardo Najera Céspedes, cédula dos-trescientos cinco-quinientos cuarenta y cuatro, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de libros: Registros de Accionistas, Asambleas de Socios y Asambleas de Junta Directiva, por haberse extraviado. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Limón, en el término de ley a partir de esta publicación.—Gerardo Nájera Céspedes, Presidente.—Nº 31132.—(32717).

 

CASA BENTI SOCIEDAD ANÓNIMA

Casa Benti Sociedad Anónima Cédula jurídica número tres- ciento uno-cero diecisiete mil setecientos, sociedad inscrita en la Sección Mercantil del Registro Nacional bajo las citas tomo: ciento ocho, folio: cuatrocientos treinta y seis, asiento: trescientos cincuenta y ocho solicita ante la Dirección general de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: los tres de Actas correspondientes a una saciedad anónima, todos son los número dos por motivo de extravío. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de información y asistencia al contribuyente (legalización de libros) Administración regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Mildred Maroto Calvo, Notaria.—1 vez.—Nº 31268.—(32979).

 

COMPRAS DIRECTAS SOCIEDAD ANDNIMA

Compras Directas Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y ocho mil doscientos treinta y uno, inscrita en la sección mercantil del registro nacional bajo las citas, tomo: ochocientos cuarenta y siete, folio: ciento sesenta y nueve, asiento: ciento ochenta y seis. Solicita ante la Dirección general de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Mayor, Balances e Inventarios Diario y los tres de Actas correspondientes a una sociedad anónima, todos son los número dos por motivo de extravío. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de información y asistencia al contribuyente (legalización de libros) Administración regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Mildred Maroto Calvo, Notaria.—1 vez.—Nº 31269.—(32980).

 

CONDOMINIOS V P BANANO NUEVE S. A.

Condominios V P Banano Nueve S. A., cédula jurídica número 3-101-342989, domiciliada en San José, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los siguientes libros: Asamblea General Nº 1, Registro de Accionistas Nº 1, Junta Directiva Nº 1, Diario Nº 1, Mayor Nº 1 e Inventarios y Balances Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de información y asistencia al contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Mauricio José Molina Valverde, Notario.—Nº 31317.—(32981).

 

VIDRIOS SAN JUAN S. A.

Vidrios San Juan S. A., cédula jurídica número 3 -101-146-869-05, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición del libro: Actas de Junta Directiva (1) por haberse extraviado. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y de Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Efraín Argüello Jiménez, Representante Legal.—Nº 31372.—(32982).

 

SUPLITODO S. A.

Suplitodo S. A., con cédula Nº 3-101-096558, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros: Asamblea General, Registro de Accionistas, Junta Directiva, Diario, Mayor, Inventario y Balance. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de información y asistencia al contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Ana Sophia Lobo León, Notaria.—Nº 31889.—(33795).

 

KUASIMODIS SOCIEDAD ANÓNIMA

Kuasimodis Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos veintidós mil novecientos treinta y uno, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de Actas de Junta Directiva, Diario, Mayor e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 2 de mayo 2005.—Lic. Manfred Gerhard Marshall Facio, Apoderado Especial.—Nº 31827.—(33796).

 

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

SUBASTA GANADERA PALERMO

CARIARI SOCIEDAD ANÓNIMA

Subasta Ganadera Palermo Cariari Sociedad Anónima, solicita ante la Dirección de Tributación Directa la reposición de los siguientes libros: Actas de Asamblea General, Actas de Junta Directiva y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Limón, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Iris Mora Jiménez, Notaria.—Nº 27264.—(26757).

 

AVENIDA BOBBIO SOCIEDAD ANÓNIMA

Avenida Bobbio Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y seis mil novecientos tres, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: Diario, Inventarios y Balances, Mayor, Asamblea General y Registro de Accionistas (cinco libros a reponer). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Ana Gabriela González González, Notaria.—(33066).

 

DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS DENTALES

ORTHO-LÍNEA SOCIEDAD ANÓNIMA

Distribuidora de Productos Dentales Ortho-Línea Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y dos mil trece, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, tres en total. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación  en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 21 de abril del 2005.—Lic. Rocío Herrera Montero, Notaria.—Nº 31443.—(33389).

 

ZUMBADO Y SÁNCHEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

Eduardo Sánchez Oller, mayor, casado una vez, empresario, vecino de Heredia, ochocientos metros al oeste del Hipermás, cédula cuatro- ciento veintiuno-cuatrocientos dos, debidamente autorizado por la asamblea de socios de la sociedad denominada Zumbado y Sánchez Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero seis cuatro cinco uno cero, debidamente inscrita en mercantil al tomo: trescientos sesenta y ocho, folio: ciento diecisiete, asiento: ciento siete y como apoderado generalísimo sin limitación de suma de la misma solicita la reposición del Libro de Actas de Asamblea de Socios número uno de dicha sociedad, el cual fue extraviado, y se escucha cualquier oposición a la presente gestión en la Oficina de Legalización de Libros de Tributación Directa en Heredia. Firmo en Heredia, a las ocho horas del día veintidós de abril del año dos mil cinco.—Eduardo Sánchez Oller, Apoderado Generalísimo.—Nº 31451.—(33390).

 

JUGOS AMERICANOS S. A.

Hernán Bravo Trejos, mayor, casado, vecino de San Ramón de Tres Ríos, cédula 1-376-823, presidente y apoderado generalísimo sin límite de suma de Jugos Americanos S. A., con domicilio en San José, sociedad y personería inscritas en la Sección Mercantil del Registro Público a los tomos: 938, 1080 y 1128, folios 13, 210 y 007, asientos 20, 337 y 009, con cédula jurídica 3-101-180493, debidamente autorizado por la Junta Directiva y por la totalidad del capital social, solicito a Tributación reposición de un Libro de Actas de Junta Directiva, un Libro de Actas de Asamblea General, un Libro de Registro de Accionistas, un Libro de Diario, un Libro de Mayor e Inventarios y un Libro de Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Recaudación y Gestión de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Hernán Bravo Trejos, Presidente.—Nº 31524.—(33391).

 

AGRÍCOLA GANADERA SANTA ISABEL SOCIEDAD ANÓNIMA

El suscrito, Juan Carlos Hidalgo Delgado, cédula 1-581-791, casado una vez, vecino de San Joaquín de Flores, Heredia, hago constar en mi concepto de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Agrícola Ganadera Santa Isabel Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-97122, que he iniciado la gestión de la reposición del libro de asamblea general de accionistas, por extravío del mismo. Se escuchan oposiciones de la Administración Tributaria.—Heredia, 20 de abril del 2005.— Juan Carlos Hidalgo Delgado, Apoderado Generalísimo.—Nº 31539.—(33392).

 

Álvaro Álvarez Guerrero, cédula 5-217-576, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa la reposición de tres libros, diario, mayor e inventario y balances, todos Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Alajuela, 23 de febrero del 2005.—Álvaro Álvarez G.—(33847).

 

ELECTRODOMÉSTICOS MONGE S. A.

Electrodomésticos Monge S. A., cédula jurídica número 3-101-079420, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Actas de Asambleas de Socios y Libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 7 de abril del 2005.—Carlos Federico Monge Chevez, Presidente.—(33851).

 

ELECTRODOMÉSTICOS BUENOS AIRES ELBASA S. A.

Electrodomésticos Buenos Aires ELBASA S. A., cédula jurídica número 3-101-098322, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Actas de Asambleas de Socios y Libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 7 de abril del 2005.—Carlos Federico Monge Chevez, Presidente.—(33852).

 

YUMBO COMERCIAL DE COSTA RICA S. A.

Yumbo Comercial de Costa Rica S. A., cédula jurídica número 3-101-198177, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Actas de Asambleas de Socios y Libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 7 de abril del 2005.—Carlos Federico Monge Chevez, Presidente.—(33853).

 

ELECTROIMAGEN S. A.

Electroimagen S. A., cédula jurídica número 3-101-143221, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Actas de Asambleas de Socios y Libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de abril del 2005.—Carlos Federico Monge Chevez, Apoderado Generalísimo.—(33854).

 

ELECTRODOMÉSTICOS SAN CARLOS S. A.

Electrodomésticos San Carlos S. A., cédula jurídica número 3-101-064468, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Actas de Asambleas de Socios y Libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de abril del 2005.—Carlos Federico Monge Chevez, Apoderado Generalísimo.—(33855).

 

ELECTRODOMÉSTICOS DEL PACÍFICO S. A.

Electrodomésticos del Pacífico S. A., cédula jurídica número 3-101-081846, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Actas de Asambleas de Socios y Libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de abril del 2005.—Carlos Federico Monge Chévez, Apoderado Generalísimo.—(33856).

 

ELECTRODOMÉSTICOS AZUL S. A.

Electrodomésticos Azul S. A., cédula jurídica número 3-101-143190, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Actas de Asambleas de Socios y Libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de abril del 2005.—Carlos Federico Monge Chévez, Apoderado Generalísimo.—(33857).

 

VALLES AZULES S. A.

Valles Azules S. A., cédula jurídica número 3-101-136556, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Actas de Asambleas de Socios y Libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de abril del 2005.—Carlos Federico Monge Chévez, Apoderado Generalísimo.—(33858).

REPUESTOS MONGE S. A.

Repuestos Monge S. A., cédula jurídica número 3-101-125365, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Actas de Asambleas de Socios y Libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de abril del 2005.—Carlos Federico Monge Chévez, Apoderado Generalísimo.—(33860).

 

ELECTRONORTE S. A.

Electronorte S. A., cédula jurídica número 3-101-143191, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Actas de Asambleas de Socios y Libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de abril del 2005.—Carlos Federico Monge Chévez, Apoderado Generalísimo.—(33861).

 

GIBSON S. A.

Gibson S. A., cédula jurídica número 3-101-073889, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Actas de Asambleas de Socios y Libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de abril del 2005.—Carlos Federico Monge Chévez, Apoderado Generalísimo.—(33862).

 

IMPORTADORA MONGE DE SAN MIGUEL S. A.

Importadora Monge de San Miguel S. A., cédula jurídica número 3-101-108025, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Actas de Asambleas de Socios y Libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de abril del 2005.—Carlos Federico Monge Chévez, Apoderado Generalísimo.—(33863).

 

IMPORTACIONES DE CARTAGO IMCASA S. A.

Importaciones de Cartago IMCASA S. A., cédula jurídica número 3-101-103541, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Actas de Asambleas de Socios y Libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de abril del 2005.—Carlos Federico Monge Chévez, Apoderado Generalísimo.—(33864).

 

IMPORTADORA SAN VITO S. A.

Importadora San Vito S. A., cédula jurídica número 3-101-043151, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Actas de Asambleas de Socios y Libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de abril del 2005.—Carlos Federico Monge Chévez, Apoderado Generalísimo.—(33865).

 

SERVICENTRO NARANJO S. A.

Servicentro Naranjo S. A., cédula jurídica número 3-101-152057, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Actas de Asambleas de Socios y Libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de abril del 2005.—Carlos Federico Monge Chevez, Apoderado Generalísimo.—(33866).

 

CENTRAL DE MUEBLES DE ALAJUELA S. A.

Central de Muebles de Alajuela S. A., cédula jurídica número 3-101-035539, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Actas de Asambleas de Socios y Libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de abril del 2005.—Carlos Federico Monge Chevez, Apoderado Generalísimo.—(33867).

 

EL MÁS… MÁS DE COSTA RICA S. A.

El Más… Más de Costa Rica S. A., cédula jurídica número 3-101-064173, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Actas de Asambleas de Socios y Libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de abril del 2005.—Carlos Federico Monge Chevez, Apoderado Generalísimo.—(33868).

 

EL MONSTRUO DE COSTA RICA S. A.

El Monstruo de Costa Rica S. A., cédula jurídica número 3-101-080133, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Actas de Asambleas de Socios y Libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de abril del 2005.—Carlos Federico Monge Chevez, Apoderado Generalísimo.—(33870).

 

ELECTROPALMARES S. A.

Electropalmares S. A., cédula jurídica número 3-101-126878, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Actas de Asambleas de Socios y Libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de abril del 2005.—Carlos Federico Monge Chévez, Apoderado Generalísimo.—(33871).

 

ELECTRO REPUESTOS MONGE S. A.

Electro Repuestos Monge S. A., cédula jurídica número 3-101-133960, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Actas de Asambleas de Socios y Libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de abril del 2005.—Carlos Federico Monge Chévez, Apoderado Generalísimo.—(33872).

 

ELECTROGUÁPILES S. A.

Electroguápiles S. A., cédula jurídica número 3-101-107817, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Actas de Asambleas de Socios y Libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de abril del 2005.—Carlos Federico Monge Chévez, Apoderado Generalísimo.—(33873).

 

ELECTROHEREDIA S. A.

Electroheredia S. A., cédula jurídica número 3-101-136551, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Actas de Asambleas de Socios y Libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de abril del 2005.—Carlos Federico Monge Chévez, Apoderado Generalísimo.—(33874).

 

ELECTROMONGE S. A.

Electromonge S. A., cédula jurídica número 3-101-136015, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Actas de Asambleas de Socios y Libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de abril del 2005.—Carlos Federico Monge Chévez, Apoderado Generalísimo.—(33875).

MUTUAL DEL SUR S. A.

Mutual del Sur S. A., cédula jurídica número 3-101-031258, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Actas de Asambleas de Socios y Libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 27 de abril del 2005.—Carlos Federico Monge Chévez, Presidente.—(33876).

 

GIGA PRODUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

Giga Producciones Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y un mil novecientos sesenta, con domicilio en San José, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los libros siguientes: Libro de Diario, Mayor e Inventario y balances, Actas de Junta Directiva, de Asamblea de Accionistas y de Asambleas Generales. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Oficina de San José, en un término de 8 (ocho) días hábiles contados a partir de la última publicación.—San José, tres de mayo del dos mil cinco.—Cecilia Salas Cervantes, Representante Legal.—Nº 31989.—(34015).

 

PUBLICACIÓN DE una VEZ

COLEGIO DE GEÓLOGOS DE COSTA RICA

En cumplimiento con los artículos 68 y 70 del Reglamento y su Ley Orgánica, la Junta Directiva comunica a todas las instituciones públicas y privadas y al público en general, la lista de miembros separados del Colegio.

En razón de lo anterior, las siguientes personas se encuentran inhabilitadas para ejercer la profesión de Geólogo en Costa Rica.

Código                                         Nombre

14                                  Monge Ureña Alfonso

29                                  Segura Valverde Gabriel

Para reactivarse en el ejercicio de sus derechos deberá cumplir con lo dispuesto en el inciso 3) del artículo 11 del Reglamento a la Ley 5230 modificado por Decreto Ejecutivo número 22444-MIEM, del 25 de agosto de 1993.

En cumplimiento con el artículo 69 del Reglamento y su Ley Orgánica, la Junta Directiva, comunica la incorporación y/o reincorporación de las siguientes personas, por lo que se encuentran habilitadas para ejercer la profesión en el país.

Código                                         Nombre

193                                Juan Varela García

194                                Rafael Chavarría Rodríguez

203                                Roberto Ramírez Chavarría

226                                Ingrid Vargas Azofeifa

239                                Maximiliano Lizarme Alarcón

240                                Allan Herrera Campos

249                                Nancy Ramírez Castro

272                                Natalia Zamora Sauma

273                                Paulo José Hidalgo Odio

287                                Mauricio Vázquez Fernández

288                                Ronney Alfaro Salazar

289                                Simone De Toni

290                                John Mosheim Castro

291                                Andrea Barrantes Acuña

292                                Catalina Vargas Quesada

293                                Emmanuel Rojas González

294                                Dione Barahona Oviedo

Lic. Julio A. Elizondo Méndez, Presidente.—Geol. Carlos Alonso Vargas Campos, Tesorero.—Lic. Jorge Herrera Ocampo, Director Ejecutivo.—1 vez.—(33930).

 

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Por escritura otorgada ante mí a las nueve horas de hoy, Elia Dora Víquez Guzmán, vende negocio comercial denominado La Casa de la Novia a Sonia María Páez Vargas, domiciliada en la ciudad de San José, para los efectos consiguientes del artículo cuatrocientos setenta y nueve del Código de Comercio.—Alajuela, veintisiete de abril del año dos mil cinco.—Lic. Luis A. Molina Mena, Notario.— Nº 31188.—(32983).

 

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Por escritura ante mí, a las diecisiete horas del cuatro de abril del dos mil cinco, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Vetsa Telecom Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula tercera del pacto social, por la cual se disminuye el plazo social y estará vigente hasta el 25 de mayo del 2005. Publíquese.—San José, 4 de abril del 2005.—Lic. Carlos Alberto Ramírez A., Notario.—Nº 31832.—(33766).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del cuatro de abril del dos mil cinco, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Asesoría Corporativa B.V. Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula tercera del pacto social, por la cual se disminuye el plazo social y estará vigente hasta el 22 de junio del 2005.—San José, 4 de abril del 2005.—Lic. Carlos Alberto Ramírez A., Notario.—Nº 31833.—(33767).

 

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del cuatro de abril del dos mil cinco, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Vetsa Iluminación Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula tercera del pacto social, por la cual se disminuye el plazo social y estará vigente hasta el 25 de junio del 2005.—San José, 4 de abril del 2005.—Lic. Carlos Alberto Ramírez A., Notario—Nº 31834.—(33768).

 

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del cuatro de abril del dos mil cinco, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Electroteck Internacional Costa Rica Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula tercera del pacto social, por la cual se disminuye el plazo social y estará vigente hasta el 14 de junio del 2005.—San José, 4 de abril del 2005.—Lic. Carlos Alberto Ramírez A., Notario—Nº 31836.—(33769).

 

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del cuatro de abril del dos mil cinco, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Centroamericana de Cables Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula tercera del pacto social, por la cual se disminuye el plazo social y estará vigente hasta el 11 de junio del 2005.—San José, 4 de abril del 2005.—Lic. Carlos Alberto Ramírez A., Notario—Nº 31835.—(33770).

 

PUBLICACIÓN DE una VEZ

Por escritura otorgada el día de hoy ante esta notaría, Arturo Rojas Kruse y Ana Laura Quesada Rodríguez, constituyen la sociedad Psicoayuda Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial corresponde a la presidente y al secretario del consejo de administración, actuando conjuntamente o separadamente. Capital social: diez mil colones.—San José, 29 de abril del 2005.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1 vez.—(33184).

Por escritura otorgada el día de hoy ante esta notaría, Arturo Rojas Kruse y Ana Laura Quesada Rodríguez, constituyen la sociedad Inversiones Arkal Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial corresponde a la presidente y al secretario del consejo de administración, actuando conjuntamente o separadamente. Capital social diez mil colones.—San José, 29 de abril del 2005.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1 vez.—(33185).

Eugenio Hernández Rodríguez, David Hernández Rodríguez y Milton Hernández Herrera„ conforman Dead Calm F H R Sociedad Anónima, nombre de fantasía. Capital social: cien mil colones exactos, cien acciones comunes y nominativas de mil colones exactos cada una representación judicial y extrajudicial el presidente actuando individualmente. Escritura número cuarenta y cuatro, otorgada en San José a las ocho horas del dieciséis de abril del año dos mil cinco, ante el Notario Luis Moshe Lechtman Meltzer.—Lic. Luis Moshe Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—(33202).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Autos Directos USA Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y siete mil siete, se acuerda proceder a modificar la cláusula primera del pacto constitutivo referente a la denominación social Autos Directos Usa Sociedad Anónima, cambia su nombre por Americano Directo Building Corporation Sociedad Anónima, nombre de fantasía, se acuerda proceder a modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo referente al domicilio, se acuerda proceder a modificar la cláusula quinta del pacto constitutivo referente al capital social, escritura número trescientos diez, otorgada San José, a las quince horas del día veintiocho de abril del dos mil cinco, ante el notario Eugenio Hernández Rodríguez.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(33208).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 15:30 horas del día de hoy, se constituye la sociedad Salmo Noventa y Uno (ELICAR) de Costa Rica S. A. Plazo: 99 años. Capital: suscrito pagado.—San José, 28 de abril del 2005.—Lic. Arnoldo López Echandi, Notario.—1 vez.—Nº 31430.—(33217).

Por escritura otorgada a las 9:00 horas de hoy, protocolicé acuerdos de la Asociación Católica La Posada de Belén Madre Teresa de Calcuta, donde se modifican las cláusulas 15 y 18 del pacto constitutivo, y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 25 de abril del 2005.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 31431.—(33218).

Mediante escritura otorgada ante mi notaría, a las catorce horas del veintiuno de abril del presente año se constituyó la sociedad Bicoastal Realty in Costa Rica Sociedad Anónima, con un capital social de mil colones, un plazo social de noventa y nueve años y representada por un presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Atenas, 27 de abril del 2005.—Lic. Alfredo García Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 31434.—(33219).

Ante esta notaría, mediante escritura de las 13:24 horas del veintidós de abril del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Johasel Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Jonathan Ruiz Campos, Notario.—1 vez.—Nº 31437.—(33220).

Tsui Sin Yu Chu, Mario Enrique, Carlos Luis y Yesca todos Chong Yu, constituyen Corporación Malaysa Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Limón a las trece horas del veintisiete de febrero del dos mil cuatro. Capital social: diez mil colones.—Lic. Randy Gordon Cruickshank, Notario.—1 vez.—Nº 31438.—(33221).

Hoy se protocolizó ante esta notaría, acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza, Omnisciencia Publicaciones Sociedad Anónima, en donde se reforman las cláusulas segunda y tercera del pacto social.—San José, 26 de abril del 2005.—Lic. María Gabriela Mora Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 31439.—(33222).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón a las ocho horas del día dos de abril del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Servicios Técnicos Especializados del Sur, Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio social: San Isidro de Pérez Zeledón, provincia de San José, Barrio Finca Municipal, setenta y cinco metros al norte de la Pulpería Ana. Presidente: Luis Ángel Marín Miranda.—San Isidro de Pérez Zeledón, 2 de mayo del 2005.—Lic. Fabián Jiménez Valverde, Conotario.—1 vez.—Nº 31440.—(33223).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las diecisiete horas del día veintiséis de abril del año dos mil cinco, se protocoliza el acta de asamblea general ordinaria extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Casapan Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y cuatro mil setecientos treinta y ocho, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio y sétima de la representación judicial y extrajudicial de los estatutos sociales, se nombra nuevo secretario de la junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 26 de abril del 2005.—Lic. Wilfred Argüello Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 31441.—(33224).

Ante mí, Teresita Monge Díaz, Notaría por escritura ciento ochenta y siete, Cortinas Contemporáneas S. A., modifica cláusula quinta de sus estatutos, apoderado: Gustavo Mora Calvo.—San José, 29 de abril del 2005.—Lic. Teresita Monge Díaz, Notaria.—1 vez.—Nº 31446.—(33226).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 11:00 horas del 29 de abril de 2005, se protocolizaron actas de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Proyectos Deportivos R P S. A., en las que se modifican las cláusulas segunda, quinta y sétima de los estatutos, se reestructura la junta directiva y fiscal de la sociedad cancelando los anteriores nombramiento y haciendo nuevos.—San José, 29 de abril del 2005.—Lic. Henry Lang Wien, Notario.—1 vez.—Nº 31447.—(33227).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 9:30 horas del 28 de abril de 2005, se constituyó Culbreth Group S.R.L. Gerente uno y gerente dos con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—San José, 28 de abril de 2005.—Lic. Henry Lang Wien, Notario.—1 vez.—Nº 31449.—(33228).

Yo, Lic. Jorge Hernández Calvo, Notario Público he procedido a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de socios de la Compañía Montes Real de Castilla Sociedad Anónima, en la que se modifica la cláusula tercera del Plazo Social.—San José, a las once horas treinta minutos del 28 de abril del 2005.—Lic. Jorge Hernández Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 31457.—(33229).

Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del catorce de marzo del dos mil cinco en San Isidro del General, se constituyó Constructora San Isidro Chirripó Sociedad Anónima. Domicilio: San Isidro de Pérez Zeledón, Barrio La Cooperativa. Capital: totalmente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años a partir de hoy, representación judicial y extrajudicial de la sociedad: presidente de la junta directiva, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de Pérez Zeledón, 14 de marzo del 2005.—Lic. Yadira Reyes Wong, Notaria.—1 vez.—Nº 31459.—(33230).

Ante esta notaría se protocolizó cambio de la junta directiva de la sociedad comercial Moda Élite Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos un mil novecientos sesenta y cinco.—Ciudad Neily, a las dieciséis horas del 10 de febrero del 2005.—Lic. Yadira Reyes Wong, Notaria.—1 vez.—Nº 31460.—(33231).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 9:00 horas del 29 de abril del 2005, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Sol Matina S. A., en virtud de la cual se reformaron las cláusulas sétima y octava del pacto social y se elige nuevo presidente.—San José, 29 de abril del 2005.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 31461.—(33232).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 10:00 horas del 29 de abril del 2005, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Nati de Aserrí S. A., en virtud de la cual se reformaron las cláusulas sétima y octava del pacto social y se elige nuevo presidente.—San José, 29 de abril del 2005.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 31462.—(33233).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 12:00 horas del 29 de abril del 2005, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Mar y Selva de Osa S. A., en virtud de la cual se reformaron las cláusulas sétima y octava del pacto social y se elige nuevo presidente.—San José, 29 de abril del 2005.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 31463.—(33234).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 11:00 horas del 29 de abril del 2005, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Au Jour Le Jour S. A., en virtud de la cual se reformaron las cláusulas novena y sétima del pacto social y se elige nuevo presidente.—San José, 29 de abril del 2005.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 31464.—(33235).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, número 139, se constituyó en esta fecha la sociedad de esta plaza El Bosque Jacarandá Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—San José, 17 de marzo del 2005.—Lic. Carolina Morales García, Notaria.—1 vez.—Nº 31465.—(33236).

Por escritura de protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la firma de esta plaza Guatuse Oeste Sociedad Anónima, se modifica la cláusula octava del pacto social.—San José, 29 de abril del 2005.—Lic. Paúl Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 31467.—(33237).

Ante esta notaria, por escritura número ciento noventa y ocho otorgada a las dieciséis horas, treinta minutos del veintinueve de abril del dos mil cinco, se constituyó S.L. Lokita Paradise S. A. Capital social diez mil colones. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio social Cóbano de Puntarenas.—San José, 2 de mayo del 2005.—Lic. Patricia Francés Baima, Notaria.—1 vez.—Nº 31470.—(33238).

Ante esta notaria, por escritura número ciento noventa y nueve otorgada a las diecisiete horas, treinta minutos del veintinueve de abril del dos mil cinco, se constituyó R.A. Dust In The Wind S. A. Capital social diez mil colones. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio social: Cóbano de Puntarenas.—San José, 2 de mayo del 2005.—Lic. Patricia Francés Baima, Notaria.—1 vez.—Nº 31471.—(33239).

Que mediante escritura pública número ciento ochenta y nueve, otorgada a las diez horas del primero de mayo del dos mil cinco, se constituyeron las sociedades anónimas de esta plaza denominadas Santa Cruz Investment Group, Wild Life Holdings, Nature Life Of Costa Rica, Tamarindo Ventures ABC, Sound Investments Of Santa Cruz, Silent Adventures Of The Pacific, Garrobo Holdings Of Guanacaste, Seedless Adventures Of Costa Rica, Semilla Properties Of Nicoya, Sea Urchin Investment Group. Capitales sociales: doce mil colones cada una.—Lic. Juan Carlos Gutiérrez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 31475.—(33240).

A las ocho horas del veintinueve de abril de dos mil cinco, en mi notaría se constituyó la sociedad anónima Agro San Ramón Sociedad Anónima, en escritura cincuenta, del folio veintisiete vuelto del tomo primero de mi protocolo. Capital social: mil doscientos colones. Presidenta con facultades de apoderada generalísima. Libia Solórzano Guillén, actuando con al menos el secretario o tesorero.—Lic. María Guadalupe Campos Leitón, Notaria.—1 vez.—Nº 31477.—(33241).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las veinte horas del veintiocho de abril del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Élite Grupo Inversionista S. A. Capital social: doce mil colones suscrito y pagado. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando siempre conjuntamente al menos dos de ellos.—San José, 28 de abril del 2005.—Lic. Wendoline Cordero Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 31478.—(33242).

Ante el suscrito notario, se constituye la empresa S Y S Forestal Sociedad Anónima. Domicilio social: Ciudad Neily, Corredores, Puntarenas, en Bufete Segura y Asociados, diagonal al Banco Nacional de Costa Rica. Capital social: cien mil colones exactos, representados por diez acciones comunes y nominativas. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Alexis Sibaja Sandí.—Ciudad Neily, 28 de abril del 2005.—Lic. Hiner Fernando Segura Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 31479.—(33243).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las veinte horas del veintinueve de abril del dos mil cinco, se constituyó la sociedad SIBMEJ Sociedad Anónima. Capital social: de diez mil colones. Presidente: Miguel Gerardo Sibaja Suárez.—San José, 2 de mayo del 2005.—Lic. Ricardo Suárez Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 31481.—(33244).

Por escrituras otorgadas a las 14:00 y 15:00 horas del 29 de abril del 2005, se constituyeron las sociedades denominadas, Under The Guayaba Tree PV S. A., y Guayaba Roots PV S. A., en ambas. Plazo: 99 años. Objeto: la construcción, bienes raíces, el comercio y la industria. Representante legal: el presidente. Capital social: diez mil colones suscrito y pagado. Domicilio: Barrio Tournón, San Francisco de Guadalupe.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 31484.—(33245).

Mediante escritura pública número setenta y siete-cuatro, se han constituido las sociedades anónimas denominadas: Delta Rex Pro Sociedad Anónima y Alameda Miraflores Sociedad Anónima, ambas con domicilio en la ciudad de San José, con capital social de diez mil colones.—San José, 20 de abril del 2005.—Lic. José Pablo Masís Artavia, Notario.—1 vez.—Nº 31485.—(33246).

En escritura de las veintiuna horas del dieciséis de abril del dos mil cinco, protocolicé asamblea de accionistas de Monte Mountain, Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- trescientos noventa y tres mil setecientos setenta y tres, mediante la cual se modificaron las cláusulas primera, quinta y novena de los estatutos de la sociedad, correspondientes a la Denominación, al Capital Social y a la Administración respectivamente.—San José, 18 de abril del 2005.—Lic. Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 31486.—(33247).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del veintiocho de abril del dos mil cinco, protocolicé asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Constructora y Edificadora del Sol de Costa Rica, Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula novena de sus estatutos respecto de la representación y se agregó una cláusula decimocuarta sobre adquisición y suscripción preferente.—San José, veintinueve de abril del 2005.—Lic. Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 31487.—(33248).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 8:00 horas de hoy, se constituyeron Minorcha Car S. A., Lidianar Car S. A., Evelynss Car S. A. y Chariss Holding S. A., para dedicarse por cien años al comercio en general. Presidente, secretario y tesorero, apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social totalmente suscrito y pagado.—San José, 3 de mayo del 2005.—Lic. Ricardo Ugarte Mora, Notario.—1 vez.—Nº 31488.—(33249).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó una acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Sun’s Inspiration S. A., mediante la cual se modifican las cláusulas sexta, sétima y octava del pacto constitutivo.—San José, a las 10:00 horas del 28 de abril del 2005.—Lic. Carlos Alfredo Umaña Balser, Notario.—1 vez.—Nº 31489.—(33250).

Por escritura otorgada a las trece horas del seis de agosto del dos mil cuatro, se constituye la sociedad denominada M.A.C. Verde Once Solutions Sociedad Anónima, con presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 16 de marzo del 2005.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—Nº 31490.—(33251).

Protocolización de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Grupo Consolidado Proycon Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas quinta, vigésima, décima y décima segunda del pacto social. Escritura otorgada a las 9:00 horas del 29 de abril del 2005.—Lic. Ana Sáenz Beirute, Notaria.—1 vez.—Nº 31491.—(33252).

Protocolización de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Constructora Proycon Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula sétima y se adiciona la cláusula doceava del pacto social. Escritura otorgada a las 8:00 horas del 29 de abril del 2005.—Lic. Ana Sáenz Beirute, Notaria.—1 vez.—Nº 31492.—(33253).

Rigoberto Quiel Rivera y José Díaz Valverde, constituyen la sociedad Seguridad Sin Límites S.S.L. S. A. Escritura otorgada en San José, a las catorce horas del veintiocho de abril del dos mil cinco, ante el notario Danilo May Cantillano.—Lic. Danilo May Cantillano, Notario.—1 vez.—Nº 31493.—(33254).

El día 15 de abril del 2005, a las 8:30 horas, ante esta notaría, se constituyó The Dark Horse Sociedad Anónima.—Ciudad Neily, 26 de abril del 2005.—Lic. Luis A. Canales Cortés, Notario.—1 vez.—Nº 31494.—(33255).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las siete horas treinta minutos del día dos de mayo del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Rpost Sociedad Anónima. Capital social: ¢50.000,00. Plazo: 99 años. La presidenta tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—San José, 2 de mayo del 2005.—Lic. Juan Bernardo Velázquez Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 31496.—(33256).

Por escritura otorgada el día de hoy, ante mí, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la compañía Pristine Green & Blue Sociedad Anónima, por la que se nombra nueva junta directiva, fiscal, se reforman los estatutos sociales en cuanto al domicilio social.—San José, dos de mayo del dos mil cinco.—Lic. Aldomar Ulate Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 31497.—(33257).

Por escritura otorgada el día de hoy, ante mí, se protocolizó acta de asamblea general de la compañía Potrero Jungle East Sociedad Anónima, por la que se nombra nueva junta directiva y fiscal, se reforman los estatutos sociales en cuanto a la razón social, la administración.—San José, dos de mayo del dos mil cinco.—Lic. Aldomar Ulate Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 31498.—(33258).

Por escritura que autoricé a las catorce horas con veinte minutos de hoy, Grupo Cail S. A., reforma las cláusulas 9, 11 y 12 del pacto social y efectúa nombramientos.—Tres Ríos, 20 de abril del 2005.—Lic. Rigoberto Coto Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 31509.—(33259).

Por escritura que autoricé a las catorce horas con diez minutos de hoy, Interexpresso W & R S. A., reforma las cláusulas 2, 9, 10 y 11 del pacto social y efectúa nombramientos.—Tres Ríos, 20 de abril del 2005.—Lic. Rigoberto Coto Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 31510.—(33260).

Por escritura que autoricé a las 14:00 horas de hoy, Terminales de Caldera S. A., reforma las cláusulas 2, 9, 11 y 12 del pacto social y efectúa nombramientos.—Tres Ríos, 20 de abril del 2005.—Lic. Rigoberto Coto Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 31511.—(33261).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Aworldtravel.Com Limitada. Gerente y subgerente apoderados generalísimos. Objeto: intermediación turística y comercio en general. Domicilio: Sabanilla de Montes de Oca. Plazo social: 99 años.—San José, 16 de abril del 2005.—Lic. Sergio Sánchez Bagnarello, Notario.—1 vez.—Nº 31512.—(33262).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la empresa Inmobiliaria Solu Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Escritura otorgada en San José, a las diecinueve horas del día veintiséis de abril del dos mil cinco.—Lic. Fabián Fernández Faith, Notario.—1 vez.—Nº 31516.—(33263).

La suscrita Danma Viviana Silva Ramírez, en mi condición de notaria pública, hago constar y doy fe que en el protocolo primero en connotariado en escritura número ciento treinta y tres, se constituyó la sociedad denominada Inversiones NGA Wing Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Inversiones NGA Wing S. A., domiciliada en Esparza, provincia de Puntarenas, frente a esquina noreste de la plaza de deportes, constituida por Hon Wing Cheung Chang, mayor, casado una vez, empresario, cédula número ocho-cero sesenta y dos-quinientos setenta y tres, Nga Lok Wong Cheng, mayor, casada una vez, empresaria, cédula número ocho-cero setenta y seis-setecientos dos, Hon Chiu Cheung Chan, mayor, casado una vez, empresario, cédula número ocho cero sesenta y dos-doscientos sesenta y uno, todos vecinos de Esparza, provincia de Puntarenas, frente a esquina noreste de la plaza de deportes.—Lic. Danma Viviana Silva Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 31517.—(33264).

Por escritura número ciento noventa y cuatro, otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veintinueve de abril del dos mil cinco, la compañía Proyectos para la Vivienda S. A., modifica su pacto constitutivo. Es todo.—San José, veintinueve de abril del dos mil cinco.—Lic. Sergio Quesada González, Notario.—1 vez.—Nº 31525.—(33265).

El día dieciocho de marzo del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada CJC Tecnology And Computers International Sociedad Anónima. Presidente: César Augusto Alzate Alzate.—San José, dos de mayo del dos mil cinco.—Lic. Alfredo Salazar Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 31526.—(33266).

Por escritura número noventa y siete, del tomo primero de mi protocolo, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Emneth Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-366480, por medio de la cual se modifican las cláusulas segunda y sexta, y se nombran presidente, secretario de la junta directiva y fiscal.—San José, 29 de abril del 2005.—Lic. Marco Vinicio Ureña Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 31528.—(33267).

Por escritura número noventa seis, del tomo primero de mi protocolo, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Ewerby Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-366983, por medio de la cual se modifican las cláusulas segunda y sexta, y se nombran presidente, secretario de la junta directiva y fiscal.—San José, 29 de abril del 2005.—Lic. Marco Vinicio Ureña Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 31529.—(33268).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 5 de abril del 2005, se constituyó la sociedad Agrícola Zarcero Exporta Sociedad Anónima. Presidente y tesorero con amplias facultades.—San José, 1º de mayo de 2005.—Lic. Fernando Vargas Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 31530.—(33269).

Ante esta notaría, se constituyó N.S.L. Costa Rica Paradise Found Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las doce horas del veintisiete de abril del dos mil cinco.—Lic. Olger Ruiz Matarrita, Notario.—1 vez.—Nº 31532.—(33271).

Por escritura número noventa y seis-seis, del suscrito notario, se constituyó la sociedad El Jordán Ebenezer Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente: Juan Rafael Mora Madrigal.—San José, 2 de mayo del 2005.—Lic. Ricardo Suárez Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 31533.—(33272).

Por escritura otorgada a las ocho horas del veintinueve de marzo del dos mil cinco, se constituye la empresa de esta plaza Horeb del Este B.B.G. Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Representación: presidente.—San José, veintiséis de abril del dos mil cinco.—Lic. María Lupita Quintero Nassar, Notaria.—1 vez.—Nº 31534.—(33273).

El suscrito notario, hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del día veintinueve de abril del dos mil cinco, en San José, se constituyó la sociedad con domicilio en Cartago, denominada Drop Site Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años a partir del veintinueve de abril del dos mil cinco. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente: José Antonio Giralt Fallas.—San José, a las trece horas del día veintinueve de abril del dos mil cinco.—Lic. Alberto Rojas Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 31535.—(33274).

El suscrito notario, hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del día veintinueve de abril del dos mil cinco, en San José, se constituyó la sociedad con domicilio en Cartago, denominada Rim International Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años a partir del veintinueve de abril del dos mil cinco. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente: José Antonio Giralt Fallas.—San José, a las catorce horas del día veintinueve de abril del dos mil cinco.—Lic. Alberto Rojas Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 31536.—(33275).

Por escritura de esta notaría, de las dieciséis horas del veinticinco de abril del año dos mil cinco, se constituyó la compañía denominada V.O.W.P.M. Sociedad Anónima, con domicilio en Alajuela. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente: Víctor Julio Monge Ramírez, con poder generalísimo sin límite de suma.—Alajuela, 25 de abril del 2005.—Lic. Gerardo Araya Arias, Notario.—1 vez.—Nº 31538.—(33276).

Por escritura otorgada a las 11:00 horas del 28 de abril del 2005, ante esta notaría, se constituyó la empresa DOCUPRINT (Impresión de documentos) S. A. Domicilio: San José. Objeto: comercio, industria, agricultura, ganadería y servicios profesionales. Administración: presidente, secretario, tesorero, los dos primeros con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Agente residente: Erik Ortega Vega.—San José, 29 de abril del 2005.—Lic. Allan Ortega Vega, Notario.—1 vez.—Nº 31541.—(33277).

El suscrito notario público, hace constar que en esta fecha y en esta notaría, se constituyó la sociedad denominada O. Laila Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio: San José, acciones comunes y nominativas. Plazo: noventa y nueve años.—San José, a los siete días del mes de abril del dos mil cinco.—Lic. Álvaro Jiménez Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 31542.—(33278).

El suscrito notario público, hace constar que en esta fecha y en esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Moravia Fútbol Club Falcón Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio: San José, acciones comunes y nominativas. Plazo: noventa y nueve años.—San José, a los catorce días del mes de diciembre del dos mil cuatro.—Lic. Álvaro Jiménez Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 31543.—(33279).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Villas Oeste Sociedad Anónima. Objeto: comercio, industria, agricultura, ganadería y la prestación de servicios en general. Plazo social: 99 años. Capital social: ¢1.000.000,00 suscrito y pagado. Presidenta: Fabiola Zúñiga Rodríguez.—San José, 29 de abril del 2005.—Lic. Jorge Sánchez Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 31544.—(33280).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 12:00 horas del 29 de abril del 2005, se constituyó Desarrollo Tecnológico Q V Sociedad Anónima. Objeto principal la asesoría informática y el desarrollo de programas informáticos. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: de cincuenta mil colones netos enteramente suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y al secretario.—San José, 30 de abril del 2005.—Lic. Valentín Barrantes Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 31545.—(33281).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Transportes Rodríguez Hermanos Sociedad Anónima. Fecha: quince horas del treinta de mayo de mil novecientos noventa y seis. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: Cóbano, Puntarenas. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 27 de abril del 2005.—Lic. Orlando Arroyo González, Notario.—1 vez.—Nº 31546.—(33282).

Por escritura otorgada ante mí, el veintidós de abril del dos mil cinco, se constituyó Aldi Diseño (Aldi Desing) Sociedad Anónima. Presidenta: Melissa Aldi Muñoz. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31547.—(33283).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó Residencial Tinamú Uvita Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31548.—(33284).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó Residencial Tinamú Palmar Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31549.—(33285).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó Residencial Tinamú Herradura Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31550.—(33286).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó Residencial Tinamú Santa Clara Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31551.—(33287).

En mi notaría, por escritura 844 del 2 de mayo del 2005, protocolicé asamblea de Inmobiliaria La Cima de Altamonte JS S. A., mediante la cual se cambió presidente y se modificó representación.—San José, 2 de mayo de 2005.—Lic. Luis Diego Hidalgo Rivera, Notario.—1 vez.—Nº 31552.—(33288).

Por escritura número doscientos veintitrés de las quince horas y cincuenta minutos del día primero de abril del dos mil cinco, otorgada ante la Licenciada Daniela Leitón Castillo, los señores Esteban Vindas Salas y Flor de María Bermúdez Poveda, constituyen la sociedad anónima denominada Centro Albarak S. A.—Alajuela, al ser las diez horas veinte minutos del día veintiséis de abril del dos mil cinco.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 31553.—(33289).

Por escritura otorgada a las siete horas del día dos de mayo del dos mil cinco, ante el suscrito notario, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Agua Verde del Paraíso AVP S. A., mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo, renuncian y se nombran secretario y tesorero de la junta directiva y fiscal.—San José, dos de mayo del dos mil cinco.—Lic. Alberto A. Agüero Echeverría, Notario.—1 vez.—Nº 31554.—(33290).

Por escritura pública otorgada el día de hoy, se protocoliza acta de la sociedad Desafío La Fortuna Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula sexta del pacto social. Escritura otorgada en San José, a las catorce horas del veintinueve de abril del dos mil cinco.—Lic. Ana Virginia Madrigal Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 31555.—(33291).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó Residencial Tinamú Savegre Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31557.—(33292).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó La Vainilla TI-Cero Cero Uno Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31558.—(33293).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó La Vainilla TI-Cero Cero Dos Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31559.—(33294).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó La Vainilla TI-Cero Cero Tres Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Geovana Vargas Vasgas, Notaria.—1 vez.—Nº 31560.—(33295).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó La Vainilla TI-Cero Cero Cuatro Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31561.—(33296).

Mediante asamblea general ordinaria y extraordinaria número dos, de la empresa Mundo Vivo Sociedad Anónima, celebrada en San José, Escazú, Bello Horizonte, calle Los Alemanes, Condominios Appen, apartamento número cuatro, se sustituyeron los puestos de la junta directiva y fiscalía, quedando de la siguiente forma: Presidente: Carl Thiemo Garin Caliebe, portador del pasaporte número cinco dos nueve nueve uno ocho ocho ocho ocho dos. Tesorera: Kattherine Ortiz Rodríguez, portadora del pasaporte número P C tres nueve cuatro ocho ocho. Secretario: Hauke Backems Luck, portador de la cédula de identidad número uno-seiscientos cincuenta y uno-cero treinta y cuatro. Fiscal: Marianela Jiménez Méndez, portadora de la cédula de identidad número tres-trescientos catorce-ciento treinta. Asimismo, se cambió el domicilio social a San José, Escazú, Bello Horizonte, calle Los Alemanes, Condominios Appen, apartamento número cuatro. Dicha acta se encuentra debidamente protocolizada mediante escritura número cinco-sesenta y seis, iniciada a folio ciento veintidós frente del tomo quinto de mi protocolo y fue otorgada a las catorce horas del veintiocho de marzo del dos mil cinco. Es todo.—Alajuela, veintinueve de abril del dos mil cinco.—Lic. Hazel González Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 31563.—(33297).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó La Vainilla TI-Cero Cero Cinco Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31564.—(33298).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó La Vainilla TI-Cero Cero Seis Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31565.—(33299).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó La Vainilla TI-Cero Cero Siete Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31566.—(33300).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó La Vainilla TI- Cero Cero Ocho Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31567.—(33301).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó La Vainilla TI- Cero Nueve Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31568.—(33302).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó La Vainilla TI- Cero Diez Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31569.—(33303).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó La Vainilla TI- Cero Once Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31570.—(33304).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó La Vainilla TI- Cero Doce Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31571.—(33305).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó La Vainilla TI- Cero Trece Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31572.—(33306).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó La Vainilla TI- Cero Catorce Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31573.—(33307).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las diecisiete horas del diecinueve de abril, se constituyó la sociedad Servicios de Seguridad Valencia y López Sociedad Anónima.—Lic. Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—1 vez.—Nº 31574.—(33308).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó La Vainilla TI- Cero Quince Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31576.—(33309).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó La Vainilla TI- Cero Dieciséis Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31577.—(33310).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó La Vainilla TI- Cero Diecisiete Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31578.—(33311).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó La Vainilla TI- Cero Dieciocho Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31579.—(33312).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó La Vainilla TI- Cero Diecinueve Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31580.—(33313).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó La Vainilla TI- Cero Veinte Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.— Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31581.—(33314).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó Condominio Borelli La Cruz Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31582.—(33315).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó Condominio Borelli Palmira Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31583.—(33316).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó Condominio Borelli Florencia Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31584.—(33317).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó Condominio Borelli Cañas Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31585.—(33318).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó Residencial Tinamú Nancite Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31586.—(33319).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó Residencial Tinamú Garza Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31587.—(33320).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó Residencial Tinamú Diquís Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31588.—(33321).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó Residencial Tinamú Sierpe Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31589.—(33322).

Ante esta notaría pública, mediante escritura número nueve, se constituyó Taller de Estructuras Metálicas La Luz Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, al ser las dieciséis horas del primero de febrero del dos mil cinco. El domicilio será alameda veintiocho, acera tres, casa número un mil ciento cuarenta y ocho, Hatillo Ocho, Hatillo, San José; el capital social es por cien mil colones, suscrito y pagado. El apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Olman Manuel Piñar Sequeira, quien tendrá el rango de Gerente General y será el representante judicial y extrajudicial, el plazo es de treinta años.—San José, 2 de mayo del 2005.—Lic. Yosséf Yamín Cohén, Notario.—1 vez.—Nº 31591.—(33323).

Por escritura pública otorgada ante este notario, a las 16:00 horas del 28 de abril del 2005, se constituyó la sociedad Transporte de Materiales Glorymar Limitada. Gerente: Martín Vargas Lara.—Lic. Manuel A. Hernández Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 31592.—(33324).

Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, el señor Teodoro Morca y la señora Ana Lorena Zapata Monge, constituyen la sociedad El Duende Azul Sociedad Anónima, para dedicarse por cien años, a la industria y comercio en general y con domicilio en la ciudad de San José. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, 26 de abril del 2005.—Federico Tinoco Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 31593.—(33325).

El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí a las doce horas del día veintinueve de abril del año dos mil cinco, en San José, se constituyó la sociedad con domicilio en Cartago, denominada Carpet Lake Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años a partir del veintinueve de abril del año dos mil cinco. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente: José Antonio Giralt Fallas.—San José, doce horas del día veintinueve de abril del año dos mil cinco.—Lic. Alberto Rojas Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 31594.—(33326).

Por medio de escritura otorgada ante mi notaría de las diez horas del día 2 de mayo del 2005, se constituyó la sociedad denominada Villa Bethel Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial recae en el presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 2 de mayo del 2005.—Lic. William Dalorzo Chinchilla, Notario.—1 vez.—Nº 31601.—(33327).

Por medio de escritura otorgada ante mi notaría de las once horas del día 2 de mayo del 2005, se constituyó la sociedad denominada Hacienda Esmeralda Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial recae en el presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 2 de mayo del 2005.—Lic. William Dalorzo Chinchilla, Notario.—1 vez.—Nº 31602.—(33328).

Por medio de escritura otorgada ante mi notaría de las doce horas del día 2 de mayo del 2005, se constituyó la sociedad denominada Green Pine Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial recae en el presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 2 de mayo del 2005.—Lic. William Dalorzo Chinchilla, Notario.—1 vez.—Nº 31603.—(33329).

He constituido la empresa denominada Fernhill Sociedad Anonima, corresponderá al presidente y al secretario la representación judicial y extrajudicial de la compañía, ambos con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, para actuar conjunta o separadamente en donde figura como presidenta Silvia Bolaños Barrantes y secretario Janeca Ramos, con un capital social de diez mil colones, con un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución. El domicilio social será la ciudad de San José, de la Contraloría General de la República cincuenta metros al oeste, edificio La Colmena cuarto piso. Es todo.—San José, 8 de marzo del 2005.—Lic. Ronald Eduardo Morales Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 31605.—(33330).

Ante esta notaría a las trece horas del día dieciocho de abril del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Multiservicios G & T Sociedad Anónima, cuyo presidente es Gerardo Chacón Araya. Domicilio: Guanacaste, Liberia en barrio San Roque contiguo a Salón Brasilia.—Liberia, 13 de abril del 2005.—José Daniel Martínez Espinoza, Notario.—1 vez.—Nº 31606.—(33331).

Por escritura pública número veintiocho otorgada ante mi notaría, a las diez horas del veintinueve de abril del dos mil cinco, se constituyó la compañía Castillo de Cabrera Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de abril del dos mil cinco.—Rodrigo Cordero Campos, Notario.—1 vez.—Nº 31607.—(33332).

Por escritura pública número veintiocho otorgada ante mi notaría, a las diez horas del veintinueve de abril del dos mil cinco, se constituyó la compañía Castillo de Alcala Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de abril del dos mil cinco.—Rodrigo Cordero Campos, Notario.—1 vez.—Nº 31608.—(33333).

Por escritura pública número veintiocho otorgada ante mi notaría, a las diez horas del veintinueve de abril del dos mil cinco, se constituyó la compañía Castillo de Belmonte Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de abril del dos mil cinco.—Rodrigo Cordero Campos, Notario.—1 vez.—Nº 31609.—(33334).

Por escritura pública número veintiocho, otorgada ante mi notaría, a las diez horas del veintinueve de abril del dos mil cinco, se constituyó la compañía Castillo de Almodóvar Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de abril del dos mil cinco.—Lic. Rodrigo Cordero Campos, Notario.—1 vez.—Nº 31610.—(33335).

Por escritura pública número veintiocho otorgada ante mi notaría, a las diez horas del veintinueve de abril del dos mil cinco, se constituyó la compañía Castillo de Cardona Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de abril del dos mil cinco.—Lic. Rodrigo Cordero Campos, Notario.—1 vez.—Nº 31611.—(33336).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas, treinta minutos del veinte de abril del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Tierra de Cafu Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones, totalmente suscrito y pagado, se nombraron presidente, tesorero, secretario y fiscal. El presidente y el secretario tienen la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjuntamente.—San José, veintinueve de abril del dos mil cinco.—Lic. Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, Notario.—1 vez.—Nº 31615.—(33337).

Se hace constar que en mi notaría, mediante escritura número sesenta, del veintiocho de abril del presente año, se constituyó Inversiones Barrios Valdivieso Sociedad Anónima, por los socios Víctor Hugo Villalobos Loría y Jorge Alberto Wong Chang. Plazo: noventa y nueve años.—San José, veintiocho de abril del dos mil cinco.—Lic. Gastón Sancho Cubero, Notario.—1 vez.—Nº 31616.—(33338).

En escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Montaña del Atardecer Pacífico S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Objeto: importación y exportación de bienes, comercio y la prestación de toda clase de servicios. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Plazo: 99 años.—Liberia, 28 de abril del 2005.—Lic. Xenia Saborío García, Notaria.—1 vez.—Nº 31617.—(33339).

La suscrita notaria Laura Marcela Cordero Arroyo, hace constar que a las trece horas del once de abril del dos mil cinco, se constituyó la compañía Antonio y Consuelo S. A., domiciliada en San José, Guadalupe, Ipís, Zetillal, casa ocho seis cinco. El plazo social de la misma será de noventa y nueve años, el capital social es la suma de diez mil colones y el objeto son los servicios de reparación e instalación de computadoras. La representación judicial y extrajudicial, estará a cargo de una Presidenta quien es Evelyn Gonzales Cortés, ella es apoderada generalísima sin límite de suma. Es todo.—San José, 15 de abril del 2005.—Lic. Laura Marcela Cordero Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 31619.—(33340).

A las 15:00 horas, abril 1° del 2005, se constituyó Known Institute Language School Kils S. A. Domicilio: Guápiles, Pococí, Limón. Capital social: quinientos mil colones. Plazo: 99 años. Presidente, tesorero y secretario representantes judiciales y extrajudiciales.—San José, 25 de abril del 2005.—Gerardo Batista Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 31620.—(33341).

A las 10:00 horas, mayo 1° del 2005, se constituyó Joli CYB S. A. Domicilio: Tibás, San José. Capital social: treinta mil colones. Plazo: 99 años. Presidente y secretario representantes judiciales y extrajudiciales.—San José, 2 de mayo del 2005.—Gerardo Batista Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 31621.—(33342).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del 8 de marzo del 2005, se constituye la sociedad Consultora Ferjoma Sociedad Anónima. Capital social: ¢ 50.000,00. Plazo: 99 años. Domicilio: El Alto de Guadalupe, Goicoechea. Se nombró junta directiva y fiscal.—San José, 2 de mayo del 2005.—Lic. Gerardo Benito Robelo Pentzke, Notario.—1 vez.—Nº 31622.—(33343).

Por escritura otorgada ante mí a las 10:00 horas del 28 de abril del 2005, se protocolizó acta de asamblea de socios de la compañía Hijos de José Ángel Quirós Sociedad Anónima, en la que se reformaron las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo.—Ciudad Quesada, 28 de abril del 2005.—Raúl Hidalgo Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 31624.—(33344).

Por escritura otorgada ante mí a las 15:00 horas del 25 de abril del 2005, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de El Tremedal Sociedad Anónima, en la que se reformó la cláusula segunda de sus estatutos.—Ciudad Quesada, 25 de abril del 2005.—Lic. Raúl Hidalgo Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 31625.—(33345).

La suscrita notaria hace constar y da fe que el día de hoy veintinueve de abril del dos mil cinco, protocolicé acta de la sociedad de esta plaza Grupo Cayman de Brasil de Alajuela Sociedad Anónima. Se cambio el plazo legal de la sociedad. Es todo.—San José, veintinueve de abril del dos mil cinco.—Lic. Ruth Alexandra Ramírez Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 31626.—(33346).

La suscrita notaria hace constar y da fe que el día de hoy treinta de abril del dos mil cinco, protocolicé acta de la sociedad de esta plaza Conterex Sociedad Anónima. Se revocó poder generalísimo sin límite de suma. Es todo.—San José, treinta de abril del dos mil cinco.—Lic. Ruth Alexandra Ramírez Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 31627.—(33347).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la siguiente sociedad, Interdisciplinaria Corporactiva Sociedad Anónima.—San José, 28 de abril del 2005.—Lic. Juan Carlos González Lavergne, Notario.—1 vez.—Nº 31628.—(33348).

Por escrituras de las 15:00 horas del 14 de febrero de 1991 y 13:00 horas de hoy, protocolizo asambleas de Transportes Silca S.A., por las cuales de modifica el pacto social.—Cartago, 27 de enero de 1992.—Lic. Jorge López Baudrit, Notario.—1 vez.—Nº 31630.—(33349).

Ante mí, Lic. Dennia María Fernández Morales, se constituyó International Trade Consultants Sociedad Anónima, mediante escritura número ciento dieciséis del tomo tercero de mi protocolo, otorgada a las diez horas del dieciséis de marzo del año dos mil cinco. Capital social: suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial del presidente.—Dra. Dennia María Fernández Morales, Notaria.—1 vez.—Nº 31633.—(33350).

Mediante escritura número ciento noventa y ocho, visible a folio ochenta y siete frente, del tomo segundo del protocolo del notario público Marlon Fernando Arce Blanco, a las doce horas del ocho de abril del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Corporación Agrícola Comercial El Cerro de La Trinidad Sociedad Anónima, domiciliada en La Trinidad del Amparo de Los Chiles, costado oeste de la plaza de deportes. Objeto: la actividad agrícola. Capital social: diez mil colones. Presidente, tesorero y secretario: apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Marlon Fernando Arce Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 31634.—(33351).

Por escritura otorgada ante mí, el día veintidós de abril del dos mil cinco, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad V.F.E Villa Freses del Este Sociedad Anónima, mediante la cual se amplía poder generalísimo de la señorita Ana Marcela Bonilla Castro y se otorga poder general a la señora Ana Cristina Corrales Salas.—Lic. Joaquín Picado González, Notario.—1 vez.—Nº 31635.—(33352).

Mediante escritura autorizada por mí, a las 11:00 horas del 21 de abril del 2005, Jeffry Gutiérrez Vargas, Kibsam Osvaldo Vindas Leitón y Esteban Benavides Aguilar, constituyen Distribuidora Nova Vita Sociedad Anónima.—San José, 29 de abril del 2005.—Lic. Rodrigo Atmetlla Molina, Notario.—1 vez.—Nº 31636.—(33353).

Ante mi notaría, se protocolizó los acuerdos de asamblea general número tres de la sociedad denominada IEFA Ingeniería Sociedad Anónima. Se procede a revocar el nombramiento del presidente y secretario de la junta directiva y se procede a nombrar como presidente al señor: Gregory Michael Ruzicka Ruzicka, mayor, casado dos veces, empresario, vecino de Barrio Escalante de San José, calle treinta y cinco, avenida siete y nueve, casa número: setecientos setenta y siete; cédula número: ocho - cero setenta y siete - ochocientos sesenta y siete; y para secretaria: Enid Miranda Barrantes, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula número: dos - doscientos cinco - trescientos quince, vecina de Atenas centro, del Banco Nacional cincuenta metros al norte; quienes en forma personal aceptan el cargo y juran su fiel cumplimiento, funcionarios éstos que ejercerán el cargo por todo el plazo social y se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo, referente a la administración, donde se establece “sétima: la sociedad será administrada por una junta directiva por tres miembros presidente, secretario y tesorero; corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, conforme al artículo un mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, la vigilancia de la sociedad estará a cargo de un fiscal.—Atenas, veintinueve de abril del dos mil cinco.—Lic. Carlos Francisco García Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 31637.—(33354).

En mi notaría, se constituyó la sociedad Faberlic Centroamericana Ltda. Gerente: Irina Salatanova. Agente residente: Sergio Elizondo G.—Lic. Norma Quintero Ureña, Notaria.—1 vez.—(33431).

Por escritura otorgada ante mí, se ha constituido la firma Lakeview Cuatro B Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Costa Rica. Plazo social: noventa y nueve años. Capital: treinta y seis mil colones, presidente: Ryan Schwartz, fecha de otorgamiento 2 de mayo del 2005.—San José, Costa Rica.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1 vez.—(33433).

Por escritura otorgada ante mí, se ha constituido la firma Lakeview Seis B Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Costa Rica. Plazo social: noventa y nueve años. Capital: treinta y seis mil colones, presidente: Colby Schwartz, fecha de otorgamiento 2 de mayo del 2005.—San José, Costa Rica.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1 vez.—(33434).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 9:00 horas del 2 de mayo del 2005, se nombra como presidente de Bar y Restaurante Pelícano Azul S. A., al señor Frederick Miles y se modifica la cláusula octava del pacto social.—Lic. Álvaro Pizarro Obando, Notario.—1 vez.—(33435).

Que por escritura otorgada, a dieciséis horas del día dos de mayo del dos mil cinco, Condominio Riveras del Monte Uno del Sol reforma la cláusula sexta del pacto social y nombra junta directiva y fiscal.—San José, 2 de mayo del 2005.—Lic. Floria Vargas Gurdián, Notaria.—1 vez.—(33441).

Por escritura autorizada, por este notario, a las dieciséis horas del veinticinco de abril del dos mil cinco, se protocolizó el acta número dos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Inversiones Safiro Dorado Limitada, mediante la cual se modifican las cláusulas primera, segunda, sexta y novena del estatuto social, correspondientes a la denominación social, al domicilio social, a la administración y a las cuotas. Su denominación social es cambiada a H & J Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, veinticinco de abril del dos mil cinco.—Lic. Mauricio Salas Villalobos, Notario.—1 vez.—(33443).

Sergio Iván Alfaro Salas, notario público de Alajuela, código siete mil seiscientos ochenta y uno, hace saber que en el tomo segundo de mi protocolo a las ocho horas del veintiocho de abril de dos mil cinco, se ha constituido la sociedad Tecnigreen Sociedad Anónima, con domicilio en Alajuela. Su presidente y representante judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, es James Cuadra Beita, mayor, casado una vez, mecánico, con cédula de identidad número seis-ciento cincuenta y uno-ciento diecisiete, vecino de Alajuela. Es todo.—Lic. Sergio Iván Alfaro Salas, Notario.—1 vez.—(33454).

Por escritura otorgada, ante mi notaría, se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Recursos Mesoamericanos Sociedad Anónima, en cuanto al domicilio. Es todo.—San José, veinticinco de febrero del dos mil cinco.—Lic. Alejandro Wyllins Soto, Notario.—1 vez.—(33459).

Repuestos Industriales de Centro América RICSA S. A., modifica pacto constitutivo, domicilio social y representación de sociedad. Escritura Nº 154-4 de las 10:00 horas del 29 de abril del 2005.—Lic. Alcides Araya Campos, Notario.—1 vez.—(33485).

Por medio de escritura número treinta, otorgada a las 16:30 horas del 27 de abril del 2005, ante esta notaría, se modifica la cláusula número primera, segunda y sexta, se acepta renuncia de los dos gerentes y se nombra nuevo gerente de la sociedad denominada Inmobiliaria Haghiran Ltda., ahora, Inversiones Waitman Limitada. Además, se acepta renuncia de agente residente y se nombra nuevo agente residente.—Orotina, 27 de abril del 2005.—Lic. José Luis Ramos Castellón, Notario.—1 vez.—Nº 31639.—(33499).

A las 14:45 horas del 7 de marzo del 2005, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Gamboa Beita Sociedad Anónima, en donde aparece como representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, su presidenta la señora Rosmary Arroyo Abarca, cédula de identidad 6-074-715. Plazo social: noventa y nueve años. Agente residente Lic. Sehaneth Varela Trejos.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notaria.—1 vez.—Nº 31640.—(33500).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se constituyó Más Que Vencedores Sociedad Anónima. Presidenta Lorena Benanmburg Castro. Plazo noventa y nueve años. Capital social diez mil colones.—San Isidro de El General, 26 de abril del 2005.—Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario.—1 vez.—Nº 31641.—(33501).

Ante mi notaría, al ser las 21:00 horas del día 18 de abril del 2005, se constituyó la empresa denominada Servicios Mayexander S.R.L. capital social: veinte mil colones. Administración: gerente Mayela Murillo Herrera, cédula 1-768-438.—San Isidro, 2 de mayo del 2005.—Lic. Carlos Eduardo Castro Mora, Notario.—1 vez.—Nº 31642.—(33502).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las nueve horas del catorce de abril del dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza Grupo Vocal Generaciones S. A.—San José, dos de mayo del dos mil cinco.—Lic. Álvaro Restrepo Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 31643.—(33503).

Por escritura otorgada, por el suscrito notario, a las 14:00 horas del 2 de mayo del 2005, se reformó la sociedad anónima denominada Inversiones Ambientales de Coronado S. A., se reformó la cláusula de domicilio, del capital, administración y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—Lic. José Andrés Esquivel Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 31644.—(33504).

Ante mi Roy Zumbado Ulate notario público de Heredia, se constituye la sociedad denominada Cristal Dream S. A. Capital social diez mil colones, presidente David Paul Blankenship.—Heredia, 2 de abril del 2005.—Lic. Roy Zumbado Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 31646.—(33505).

Ante mí, se constituyó B.E.L.L.E. del Arroyo S. A., presidente y secretario apoderados generalísimos.—Alajuela, 2 de mayo del 2005.—Lic. Sarita Castillo Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 31647.—(33506).

Ante mí, se constituyó S.O.F.I.A.L.E.R.A. del Pelícano S. A., presidente y secretario apoderados generalísimos.—Alajuela, 2 de mayo del 2005.—Lic. Sarita Castillo Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 31648.—(33507).

Ante mí, se constituyó B.E.L.L.E.R.A.F. del Arroyo S. A., presidente y secretario apoderados generalísimos.—Alajuela, 2 de mayo del 2005.—Lic. Sarita Castillo Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 31649.—(33508).

Ante mí, se constituyó S.O.F.B.E.L.A., del Arroyo S. A., presidente y secretario apoderados generalísimos.—Alajuela, 2 de mayo del 2005.—Lic. Sarita Castillo Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 31650.—(33509).

Ante mí, se constituyó S.O.F.I.R.I. del Arroyo S. A., presidente y secretario apoderados generalísimos.—Alajuela, 2 de mayo del 2005.—Lic. Sarita Castillo Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 31651.—(33510).

Ante mí, se constituyó R.A.M.A. del Arroyo S. A., presidente y secretario apoderados generalísimos.—Alajuela, 2 de mayo del 2005.—Lic. Sarita Castillo Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 31652.—(33511).

Ante mí, se constituyó Q.U.I.M.O. del Arroyo S. A., presidente y secretario apoderados generalísimos.—Alajuela, 2 de mayo del 2005.—Lic. Sarita Castillo Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 31653.—(33512).

Ante mí, se constituyó A.L.Q.U.I. del Arroyo S. A., presidente y secretario apoderados generalísimos.—Alajuela, 2 de mayo del 2005.—Lic. Sarita Castillo Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 31654.—(33513).

Ante mí, se constituyó A.N.A.R.A. del Arroyo S. A., presidente y secretario apoderados generalísimos.—Alajuela, 2 de mayo del 2005.—Lic. Sarita Castillo Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 31655.—(33514).

Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 9 de febrero del 2005, se constituyó la sociedad Servicobro Molina del Norte Sociedad Anónima, cuyo capital social se encuentra totalmente suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 2 de mayo del 2005.—Lic. Evelyn Loáiza Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 31656.—(33515).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 20 de enero del 2005, se constituyó Xterra Vehículos del Norte Sociedad Anónima. Presidente: Gustavo García Salas.—Lic. María Gabriela González Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 31658.—(33516).

Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00 horas del 29 de marzo del dos mil cinco, se nombra presidente de la compañía Corporación Ragazzas Sociedad Anónima a Marjorie Jiménez Berrocal.—Ciudad Quesada, San Carlos, 19 de abril del 2005.—Lic. Mª. Gabriela González Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 31659.—(33517).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:30 horas del 29 de marzo del dos mil cinco, se nombra presidente de la compañía Distribuidora Milenio Sociedad Anónima a Marjorie Jiménez Berrocal.—Ciudad Quesada, San Carlos, 19 de abril del 2005.—Lic. Mª. Gabriela González Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 31660.—(33518).

Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00 horas del 22 de marzo del dos mil cinco, se nombra presidente de la compañía Marijim RMFM Sociedad Anónima a Marjorie Jiménez Berrocal.—Ciudad Quesada, San Carlos, 19 de abril del 2005.—Lic. Mª. Gabriela González Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 31661.—(33519).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 2 de mayo del 2005, se constituyó la compañía Inversiones Jecaro Sociedad Anónima. Presidente: Jesús Castro Rojas.—Ciudad Quesada, San Carlos, 2 de mayo del 2005.—Lic. Mª. Gabriela González Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 31662.—(33520).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 23 de marzo del año dos mil cinco, se nombra presidente de la compañía Inversiones Potro Salvaje Sociedad Anónima a Marjorie Jiménez Berrocal.—Ciudad Quesada, San Carlos, 19 de abril del 2005.—Lic. Mª. Gabriela González Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 31663.—(33521).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 22 de marzo del año dos mil cinco, se nombra Presidente de la compañía Corporación Soles Arábigos Sociedad Anónima a Marjorie Jiménez Berrocal.—Ciudad Quesada, San Carlos, 19 de abril del 2005.—Lic. Mª. Gabriela González Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 31664.—(33522).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del día 28 de abril, se constituyó Ganadera Valdo Sociedad Anónima. Presidente: Osvaldo Vargas Morera.—Lic. María Gabriela González Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 31665.—(33523).

Por escritura otorgada ante esta notaría, bajo el número treinta, folio dieciocho vuelto del tomo tercero, a las diecisiete horas del veintinueve de marzo del dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Fercasa Real Estate And Investments Sociedad Anónima. Capital social noventa mil colones. Presidente Alexánder Rafael Villegas Espinoza. Domiciliada en Cañas, Guanacaste, del Banco de Costa Rica cien metros norte y veinticinco metros oeste.—Cañas, 26 de abril del 2005.—Lic. José Ángel Acón Wong, Notario.—1 vez.—Nº 31668.—(33524).

En escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizó el acta número 1 de la sociedad Inmobiliaria MJ Internacional S. A., con cédula jurídica 3-101-265020, en la cual se reforman las cláusulas número 2, con referencia al domicilio social, y número 7, con referencia a la administración de la sociedad.—San José, 18 de abril del 2005.—Lic. Shirley Lasso Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 31671.—(33525).

Por escritura otorgada de las 12:00 horas del 29 de abril del 2005, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Consultores Empresariales CEETAX Sociedad Anónima, en la que se modifica la cláusula sexta en cuanto a la administración, y se sustituye al fiscal por el resto del plazo social.—San José, 29 de abril del 2005.—Lic. Adriana Tapia Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 31672.—(33526).

Se ha modificado la junta directiva de la empresa Paloma Querida S. A. Escritura otorgada en  San José, a las doce treinta del veintinueve de abril del dos mil cinco. Se liquida la empresa Profesionales en Belleza SJSI. S.A.L. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del dos de mayo del dos mil cinco.—San José, dos de abril del dos mil cinco.—Lic. Tatyana Brenes Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 31675.—(33527).

Por escritura otorgada, ante el suscrito notario a las 8:00 horas del día de hoy, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Nacional Automotriz NASA S. A., reformando las cláusulas segunda, quinta y sexta de sus estatutos, nombra junta directiva y fiscal y revoca poderes.—San José, 2 de mayo del 2005.—Lic. Arturo Enrique Apéstegui Barzuna, Notario.—1 vez.—Nº 31676.—(33528).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 8:00 horas del 2 de mayo del 2005, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Casas Pura Vida S. A., en virtud de la cual se reformó las cláusulas segunda y octava del pacto social y se elige nuevo secretario, tesorero y fiscal.—San José, 2 de mayo del 2005.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 31677.—(33529).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos del catorce de febrero del dos mil cinco, Eugenia, Juan Manuel y Milagro todos de apellidos Fonseca Solano constituyen Arica Inversiones J.L. Sociedad Anónima. Es todo.—San José, a los catorce días del mes de febrero del dos mil cinco.—Lic. Randy José Araya Vallejos, Notario.—1 vez.—Nº 31678.—(33530).

Protocolicé acta de asamblea extraordinaria de Enigmas del Amor Sociedad Anónima. Se reforma cláusula primera: nuevo nombre Amigos de San Rafael Sociedad Anónima. Se nombra nueva junta directiva, Presidente Olman Alvarado Quirós. Es todo.—San Ramón, tres de mayo del dos mil cinco.—Lic. Silvia María Chaves Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 31679.—(33531).

En mi notaría, se constituye Solórzano y Vargas Inversionistas Sociedad Anónima, capital social diez mil colones. Presidente Gerardo Alberto Solórzano Chacón. Es todo.—San Ramón, diez de marzo del dos mil cinco.—Lic. Silvia María Chaves Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 31681.—(33532).

El día de hoy, Eduardo Dussan Perdomo y Amparo Navarro de Dussan constituyeron la sociedad denominada Dussan & Navarro Construcciones S. A. Plazo: cien años. Presidente: Eduardo Dussan Perdomo. Capital social: cien mil colones.—San José, veintisiete de abril del dos mil cinco.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—Nº 31682.—(33533).

El suscrito notario, hago constar que mediante escrituras 126 y 128 visibles al tomo once de mi protocolo, se están constituyendo las sociedades denominadas S. A. Inversiones Mongu RM & SM S. A. y Producciones Publicitarias Vista de Mar respectivamente. Además se está realizando cambio de junta directiva de la sociedad denominada La Ranita del Bosque S. A. Es todo.—Santa Ana, 3 de mayo del 2005.—Lic. Dagoberto Madrigal Mesén, Notario.—1 vez.—Nº 31684.—(33534).

Ante el notario público Harold Núñez Muñoz se constituyó a las 8:00 horas del 3 de marzo del 2005 Nature Foods M.R.S.C. Sociedad Anónima. Plazo 99 años, domicilio San José Centro. Capital 10.000,00 colones, presidente Carlos Alfaro Chaves.—San José, 2 de mayo del 2005.—Lic. Harold Núñez Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 31685.—(33535).

Que por escritura número 27, visible a folio 31 vuelto del tomo V del protocolo del notario público licenciado Eduardo Abarca Vargas, se constituyó la empresa representada por el gerente Mark Douglas (nombres) Hayes (apellido), mayor, comerciante, casado una vez, vecino del Seis Great Road, Barrington, Rhode Island, Estados Unidos de Norteamérica, pasaporte número dos cero tres uno tres dos cero cuatro seis denominada Access Directories Sociedad de Responsabilidad Limitada, el motivo de este edicto es la constitución de la empresa indicada.—San Isidro, Pérez Zeledón, a las 14:00 horas del 2 de mayo del año 2005.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 31689.—(33536).

Que por escritura número 22, visible a folio 22 frente del tomo VI del protocolo del notario público licenciado Eduardo Abarca Vargas, se constituyó la empresa representada por el gerente John Albert (nombres) Mondrosch JR (apellido), mayor, casado dos veces, programador de computadores, de un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, pasaporte de su país dos cero uno cero cero nueve seis uno cinco, vecino del seis seis cuatro, Dotterel Road, Delray Beach, Florida tres tres cuatro cuatro cuatro, Estados Unidos de Norteamérica y el subgerente Carl Brice (nombres) de Ganahl (apellido), mayor, de un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, soltero, vecino de Dominical de Osa, antes de Club de Pesca, empresario, pasaporte cero cuatro siete cero nueve cero cinco dos cuatro, denominada Circo de las Olas Sociedad de Responsabilidad Limitada. El motivo de este edicto es la constitución de la empresa atrás indicada.—San Isidro, Pérez Zeledón, a las 14:00 horas del 29 de abril del año 2005.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 31690.—(33537).

Que por escritura número 27, visible a folio 31 vuelto del tomo V del protocolo del notario público licenciado Eduardo Abarca Vargas, se constituyó la empresa representada por el gerente Mark Douglas (nombres) Hayes (apellido), mayor, comerciante, casado una vez, vecino del Seis Great Road, Barrington, Rhode Island, Estados Unidos de Norteamérica, pasaporte número dos cero tres uno tres dos cero cuatro seis denominada Investments Hayes Publishing Sociedad de Responsabilidad Limitada, el motivo de este edicto es la constitución de la empresa indicada.—San Isidro, Pérez Zeledón, a las 14:00 horas del 2 de mayo del año 2005.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 31691.—(33538).

A las once horas del día de hoy protocolicé acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la empresa Tiempo Exacto (TESA), Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social y se nombra vicepresidente y fiscal.—San José, 2 de mayo del 2005.—Lic. María del Milagro Chaves Desanti, Notaria.—1 vez.—Nº 31692.—(33539).

Por escritura otorgada en esta notaría mediante número ciento veintiuno del día doce de abril del dos mil cinco, el suscrito procedió a protocolizar el acta de asamblea de la sociedad denominada Coastal Flowers Limitada, en donde se reforman los estatutos de las mismas, modificándose su administración, nombre y domicilio social de la misma.—San José, 14 de abril del 2005.—Lic. Hugo Rodríguez González, Notario.—1 vez.—Nº31693.—(33540).

Por escritura número ochenta y seis - tres, otorgada ante esta notaría a las diez horas del dos de mayo del dos mil cinco, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Senderos Cálidos de Alta Vista Lote Dos S. A., titular de la cédula jurídica tres- ciento uno- trescientos sesenta y cuatro mil ochocientos sesenta y nueve, mediante la cual se reformaron las cláusulas segunda, quinta, sétima y se nombró nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, dos de mayo del dos mil cinco.—Lic. Jorge F. Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 31694.—(33541).

En mi notaría se constituye Inmobiliaria Vicla Mil Ochocientos Veinte Sociedad Anónima. Presidente: Ronald Núñez Álvarez. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: San José. Objeto: comercio, industria, finanzas, agricultura, ganadería, prestación de servicios en general. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 2 de mayo del 2005.—Lic. Marco Lino López Castro, Notario.—1 vez.—Nº 31696.—(33542).

Al ser las quince horas del siete de abril del año dos mil cinco, se llevó a cabo la asamblea general extraordinaria de accionistas del Centro Turístico El Manantial C T E M Sociedad Anónima, cedula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta mil ochocientos noventa y ocho, y en la misma se tomó el acuerdo que dice así: cuarto: Se acuerda reformar la cláusula décima segunda del pacto constitutivo la cual de hoy en adelante deberá leerse e interpretarse de la siguiente forma, “Los integrantes de la Junta Directiva y el Fiscal durarán en sus cargos, por todo el plazo social, pero podrán ser revocados sus nombramientos por la Asamblea General en cualquier momento”. Dicha asamblea se consignó en el libro respectivo de actas de asamblea y en la misma se autorizó al notario Alexander Elizondo Quesada para protocolizar la misma mediante escritura pública.—San Isidro de Pérez Zeledón, dieciocho horas del dos de mayo del año dos mil cinco.—Lic. Alexander Elizondo Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 31699.—(33543).

Por esta escritura Nº 042-41 del tomo 41 de mi protocolo, otorgada en esta ciudad a las 13:30 horas de hoy, se constituye la sociedad costarricense denominada Navegando en el Pacífico Sur S. A.—San Isidro de El General, 16 de noviembre del 2004.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 31700.—(33544).

Por esta escritura Nº 122-41 del tomo 41 de mi protocolo, otorgada en esta ciudad a las 17:00 horas de hoy, se constituye la sociedad costarricense denominada By the Nigth Flowering Cirrus by Sea Sociedad S. A.—San Isidro de El General, 23 de febrero del 2005.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 31701.—(33545).

Por escritura otorgada ante mí, Julia Patricia Romero Barrientos, a las 10:00 horas del 27 de abril del 2005, se constituyó la sociedad anónima denominada Maderas Agroforestales Sociedad Anónima, con capital social totalmente suscrito y pago.—Florencia, 27 de abril del 2005.—Lic. Julia Patricia Romero Barrientos, Notaria.—1 vez.—Nº 31702.—(33546).

Ante esta notaría Cayra S. A., reformó las cláusulas: segunda: del domicilio social, tercera: del objeto social y octava: de la administración. Escritura otorgada a las 17:00 horas del 28 de abril del 2005.—Lic. Laura Patricia Hernández Sáenz, Notaria.—1 vez.—Nº 31703.—(33547).

Ante esta notaría Cerámicas Técnicas Cetec S. A., reformó las cláusulas: segunda: del domicilio social, tercera: del objeto social, quinta: del capital social y octava: de la administración. Escritura otorgada a las 16:00 horas del 28 de abril del 2005.—Lic. Laura Patricia Hernández Sáenz, Notaria.—1 vez.—Nº 31704.—(33548).

Ante esta notaría Condominio Puruses Dos B S. A., reformó las cláusulas: cuarta: del objeto social, sexta: de la administración. Escritura otorgada a las 15:00 horas del 28 de abril del 2005.—Lic. Laura Patricia Hernández Sáenz, Notaria.—1 vez.—Nº 31705.—(33549).

Por escritura número ciento noventa y uno otorgada ante esta notaría a las nueve horas del veintiséis de abril del dos mil cinco, se constituyó la compañía Los Pirrunchos S. A. Es todo.—San José veintiséis de abril del dos mil cinco.—Sergio Quesada González, Notario.—1 vez.—Nº 31706.—(33550).

Por escritura otorgada a las quince horas del dos de mayo del dos mil cinco, ante el notario público Audrys Esquivel Jiménez, se constituyó la sociedad anónima Inversiones Caribeñas J. Y S. A.—Es todo.—Santa Ana, dos de mayo del dos mil cinco.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 31708.—(33551).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 2 de mayo del 2005, ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad Prinicipio y Fin S.A., Capital Social: 10.000 colones, Presidenta: Patricia Soto Chavarría, Plazo: 99 años.—Heredia, 3 de mayo del 2005.—Lic. Alexander Vega Arce, Notario.—1 vez.—(33572).

Por escritura otorgada a las 9:00 horas del 28 de abril del 2005, ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad RV Pelanolosa S.A., capital social: 10.000 colones, presidente: Romeo Velasco Penalosa, plazo: 99 años.—Heredia, 3 de mayo del 2005.—Lic. Luis Antonio Álvarez Chaves, Notario.—1 vez.—(33573).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 28 de abril del 2005, ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad Tico Asia Caribe S. A., capital social: 10.000 colones, presidente: Romeo Velasco Penalosa, plazo: 99 años.—Heredia, 3 de mayo del 2005.—Lic. Luis Antonio Álvarez Chaves, Notario.—1 vez.—(33574).

El suscrito Alejandro Campos Henao, notario público con oficina en San José, hace constar que a las catorce horas del seis de abril del año dos mil cinco ante mi notaría se constituyó la sociedad denominada Maganeroes S. A.—San José, a las trece horas del tres de mayo del año dos mil cinco.—Lic. Alejandro Campos Henao, Notario.—1 vez.—(33582).

Por escritura otorgada hoy ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Sur Química S. A., mediante los cuales, se modifica la Cláusula Segunda del Pacto Constitutivo de la sociedad.—San José, 3 de mayo del 2005.—Lic. José Francisco Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(33583).

Ante mí, Vera Teresita Ramírez Marín, notaria pública con oficina abierta en San Rafael de Heredia, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Veraja Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial de la sociedad se encuentra a nombre de Sandra Gómez Villalobos y Carlos Antonio Ramírez Umaña. El capital social es la suma de veinte mil colones.—Heredia, veintidós de abril del dos mil cinco.—Lic. Vera Teresita Ramírez Marín, Notaria.—1 vez.—(33594).

El día doce de abril del dos mil cinco se constituyó ante mí la sociedad denominada Futboltico.Com Deportes S. A., con domicilio en Heredia, San Francisco, exactamente en Urbanización las Mercedes, casa número cuarenta y siete.—San José, doce de abril del dos mil cinco.—Lic. Ingrid Gutiérrez Rojas, Notaria.—1 vez.—(33595).

Ante esta Notaría se constituyó la sociedad denominada Eusko Pesca Sociedad Anónima; objeto: compra venta de embarcaciones, actividad pesquera en general comercio y la industria. Presidente, secretario y tesorero, apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente. Plazo social noventa y nueve años.—San José, 25 de abril del 2005.—Lic. Miguel Ortiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 31935.—(33609).

Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas del dieciséis de febrero del dos mil cinco; la empresa Servicios Aéreos Especiales Tomas Acevedo Sociedad Anónima, en cédula jurídica tres-ciento uno-cero treinta y seis mil setecientos dieciséis, nombra por el resto del periodo, una nueva junta directiva y fiscal. Además se establece como nuevo domicilio social, la provincia de San José, cantón primero San José, distrito noveno Pavas, Aeropuerto Tobías Bolaños, hangar número sesenta y cuatro.—Lic. Juan Pablo Delgado Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 31936.—(33610).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Il Chiosco Panorámico S. A., mediante la cual se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo.—San José, 2 de mayo del 2005.—Lic. Néstor Gabriel Baltodano Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 31709.—(33611).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas del tres de mayo del dos mil cinco, se constituyó la compañía Gita Internacional Sociedad Anónima, domicilio La Paulina de Guadalupe, capital social diez mil colones, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, tres de mayo del dos mil cinco.—Lic. Paola Di Pippa Estrada, Notaria.—1 vez.—Nº 31710.—(33612).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del veintiuno de abril del dos mil cinco, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Carambola Starfruit CSR Ltda., donde se reforma la cláusula sexta.—San José.—Lic. Jorge Federico Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 31711.—(33613).

Por escritura otorgada ante mí, a las 14:30 horas del dos de mayo del dos mil cinco, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad My Best Friend S. A., donde se reformó la cláusula novena.—San José.—Lic. Eleonora Ortiz Runnebaum, Notaria.—1 vez.—Nº 31712.—(33614).

Por escritura otorgada ante mí, a las 14:00 horas del dos de mayo del dos mil cinco, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Time to Relax S. A., donde se reformó la cláusula novena.—San José.—Lic. Eleonora Ortiz Runnebaum, Notaria.—1 vez.—Nº 31713.—(33615).

En mi notaría, al ser las ocho horas del veintisiete de abril del año dos mil cinco, mediante escritura número ciento sesenta del tomo tercero de mi protocolo, se reforman las cláusulas primera y segunda y se crean las cláusulas décimo cuarta y décimo quinta de los estatutos de la sociedad Consultores Industriales e Inversiones del Vecchio Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero treinta y dos mil ochocientos cuarenta y tres.—Lic. Juan Carlos Ayala Montero, Notario.—1 vez.—Nº 31715.—(33616).

Por escritura otorgada a las ocho horas del ocho de abril del año dos mil cinco, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de M A Mariana M A Sociedad Anónima, en la que se reforma la cláusula sexta de la administración, se elimina agente residente, se nombra fiscal, presidente y tesorero.—Ciudad Quesada, 22 de mayo del 2005.—Lic. Jorge Arturo Hidalgo Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 31722.—(33617).

Oswaldo Berrocal Rodríguez cédula 1-854-650 y otros, constituyen la persona jurídica llamada: Comercializadora Dan-Fer Sociedad Anónima, mediante escritura setenta y ocho otorgada a las ocho horas del dieciséis de abril del dos mil cinco, ante el notario Alejandro Delgadillo Solano.—Lic. Alejandro Delgadillo Solano, Notario.—1 vez.—Nº 31723.—(33618).

Ante la suscrita notaria, se constituye la empresa: Pinturas del Sur Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones exactos, representado por diez acciones de diez mil colones cada una. Domicilio social: San Isidro, Pérez Zeledón, San José, cincuenta metros al sur de las oficinas de Tributación Directa. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Willian Zúñiga Quesada.—Pérez Zeledón, a las quince horas del dos de mayo del dos mil cinco.—Lic. María Vita Monge Granados, Notaria.—1 vez.—Nº 31725.—(33619).

Por escritura de esta notaría de las diez horas del dieciséis de abril de este año, se constituye la compañía S Z Arquitectos y Decoradores Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio: Residencial Los Arcos, Heredia. Capital totalmente suscrito y pagado. Gerentes con poder generalísimo.—Alajuela, tres de mayo del dos mil cinco.—Lic. Carlos Eduardo Araya Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 31728.—(33620).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la empresa Estructuras Moya Mata S. A. Domicilio social: Curridabat. Presidente y secretario con la representación judicial y extrajudicial.—Lic. Esteban Rodríguez López, Notario.—1 vez.—Nº 31729.—(33621).

Por escritura otorgada ante mí notaría, al ser las trece del día 2 de mayo del año 2005, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Servi Transportes de Agregados La Mina Jok S. A. por la cual se modifican las cláusulas segunda y sétima del domicilio y la administración respectivamente y se nombra junta directiva.—San José, 2 de mayo del 2005.—Lic. Lary Glorianna Escalante Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 31730.—(33622).

Por escritura otorgada ante mí notaría, al ser las once horas con veinticuatro minutos del día 2 de mayo del año 2005, se constituyó la sociedad Imágenes Médicas I.M.E.S.A. Sociedad Anónima. Capital social de diez mil colones, debidamente suscrito y pagado. Plazo social cien años.—San José, 2 de mayo de 2005.—Lic. Lary Glorianna Escalante Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 31731.—(33623).

Por escritura otorgada ante mí el día veintitrés de abril del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Bijaguales del Sur Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Inversiones Bijaguales Sur S. A. Presidente: Euclides Vargas Picado. Capital: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—San Isidro de El General, 23 de abril del 2005.—Lic. Juan Luis Artavia Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31734.—(33624).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas con treinta minutos del veinticinco de abril del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Distribuidora Comercial Devi Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones y cuyo plazo social es de noventa y nueve años.—San José, tres de mayo de dos mil cinco.—Lic. Juan Carlos Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 31736.—(33625).

Ante mí, Carlos Manuel Segura Quirós, notario público de Escazú, San José, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Ingeniería Topográfica Sitop S. A. Es todo.—Escazú, 2 de mayo del 2005.—Lic. Carlos Manuel Segura Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 31737.—(33626).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas del día veintinueve de abril de dos mil cinco, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Extrusiones de Aluminio S. A., en la cual se reforma la cláusula segunda, correspondiente al domicilio social que de ahora en adelante será en Santo Domingo de Heredia, un kilómetro y doscientos metros al este del Cruce de la Valencia, oficinas Extralum.—San José, dos de mayo de dos mil cinco.—Lic. Ronald Lachner González, Notario.—1 vez.—Nº 31739.—(33627).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del día dos de mayo del dos mil cinco, se protocolizan los acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Guijilillo Ltda., donde se modifica la cláusula novena del pacto constitutivo para que en adelante se lea de la siguiente forma: “Noveno: de la Administración: La sociedad será administrada por un gerente que puede o no ser socio que se denominará Gerente Uno. El Gerente será nombrado por mayoría relativa de votos por todo el plazo social o hasta que su nombramiento sea revocado por la asamblea de cuotistas. El Gerente tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de conformidad con el artículo mil doscientos cincuenta y cuatro del Código Civil. El apoderado no podrá delegar su poder, ni adquirir deudas ni disponer de activos de la sociedad sin el previo consentimiento de la asamblea de Cuotistas”.—San José, dos de mayo del dos mil cinco.—Lic. Luis Manuel Castro Ventura, Notario.—1 vez.—Nº 31740.—(33628).

Hoy en esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Distribuidora Choara S. A., cédula jurídica Nº 3-101-224950, por la que se modifica domicilio de la empresa, se nombra nuevos presidente y secretario de la junta directiva.—San José, veintinueve de abril del dos mil cinco.—Lic. Adriana Castillo Guzmán, Notaria.—1 vez.—Nº 31743.—(33629).

Mediante escritura número dieciséis, tomo décimo de la notaria Aixa Quesada Gutiérrez, se constituyó la sociedad denominada E.M.C. International Company Sociedad Anónima. Capital social cien mil colones. Presidente: Elgin Morales Castro.—San José, tres de mayo del dos mil cinco.—Lic. Aixa Quesada Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 31744.—(33630).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintiocho de abril del dos mil cinco, se modificó la cláusula tercera del pacto constitutivo de Kandil Digital Media S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos dieciocho mil novecientos noventa y cinco, relativa al plazo social.—San José, veintiocho de abril del dos mil cinco.—Lic. Leonardo Ugalde Cajiao, Notario.—1 vez.—Nº 31745.—(33631).

Por escritura número ciento cincuenta y nueve, visible al folio ciento tres frente del tomo quinto de mi protocolo; otorgada a las once horas del veintiocho de abril del dos mil cinco; se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Megamix S. A.; mediante la cual se modifican las cláusulas del pacto social referentes a la administración y a la representación de la sociedad.—San José, treinta de abril del dos mil cinco.—Lic. Marybeth Chinchilla Céspedes, Notaria.—1 vez.—Nº 31746.—(33632).

Que mediante escritura número ciento sesenta otorgada a las doce horas del día treinta de abril del dos mil cinco; visible a los folios ciento tres vuelto al ciento cinco frente, del tomo quinto de mi protocolo se constituyó la sociedad anónima denominada Natural Tours DGAA Corp., domiciliada en San José, Sabana Sur, veinticinco metros al este de la Contraloría, Edificio Verde, tercer piso.—San José, dos de mayo del dos mil cinco.—Lic. Marybeth Chinchilla Céspedes, Notaria.—1 vez.—Nº 31747.—(33633).

Mediante escritura ante mí, del 5 de abril del 2005, la firma Pacosita S. A. modifica pacto constitutivo domicilio la Ciudad Colón de Mora San José y puesto y miembros de junta directiva.—Puriscal, 25 de febrero del 2005.—Lic. Lissette Jiménez Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 31748.—(33634).

Ante esta notaría, a las diez horas del día veintiséis de abril del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Sagitario de Plata Sociedad Anónima, figurando como apoderado Carlos Alberto Naranjo Araya. Plazo social noventa y nueve años.—Colón, 2 de mayo del 2005.—Lic. Milena Acuña Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 31749.—(33635).

El suscrito Maykool Acuña Ugalde, notario público con oficina en Ciudad Colón, hace constar que a las once horas del día dos de mayo del dos mil cinco, se ha constituido la sociedad denominada Tectel Tecnología Telefónica Sociedad Anónima, con un plazo social de 99 años, siendo su presidente el señor José Antonio Badilla Matamoros.—Lic. Maykool Acuña Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 31750.—(33636).

El suscrito Maykool Acuña Ugalde, notario público con oficina en Ciudad Colón, hace constar que a las diez horas del día dos de mayo del dos mil cinco, se ha constituido la sociedad denominada Consultores Automotrices Moravi Sociedad Anónima, con un plazo social de 99 años, siendo su presidente el señor Fabio Rodrigo Mora Rivera.—Lic. Maykool Acuña Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 31751.—(33637).

Por escritura otorgada en San José a las ocho horas del veintiuno de febrero del dos mil cinco, protocolicé acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas de Hugo Matamoros y Asociados Limitada. Reformándose la cláusula segunda.—San José, 29 de abril del 2005.—Lic. Karla Naranjo Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 31752.—(33638).

Ante esta notaría, en la escritura otorgada al ser las doce horas del veinte de abril del dos mil cinco, se constituye la sociedad Isla Tortuga Diving Club S. A., cuyo plazo social es de 99 años, capital social de diez mil colones y la representación judicial y extrajudicial recaerá sobre el presidente de la junta directiva. Es todo.—San José, tres de abril del dos mil cinco.—Lic. Roberto Castillo Araya, Notario.—1 vez.—Nº 31753.—(33639).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad Tech Force S. A., capital social mil colones, domiciliada en San José, Barrio Escalante, del Boliche Dent ochocientos norte y sesenta oeste. Presidente ostenta la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 3 de mayo del 2005.—Lic. Guillermo Hernández Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 31757.—(33640).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó El Grizzly Bear Limitada, a las 15:00 horas del 1º de abril del 2005. Capital social: 10.000 colones.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 31758.—(33641).

En mi notaría, mediante escritura otorgada a las 19:00 horas del 2 de mayo del 2005, se constituyó la sociedad Proyecto Falram S. A. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: actividades agropecuarias, industriales y de servicios en general. Presidente: Luis Emilio Álvarez Aguilar.—San Ramón, Alajuela, 2 de mayo del 2005.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—Nº 31759.—(33642).

En mi notaría, mediante escritura otorgada a las 18:00 horas del 2 de mayo del 2005, se constituyó la sociedad Constructora Álvarez Aguilar CONSALA S. A. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: actividades de construcción e industriales en general, además de agropecuarias y de servicios. Presidente: Luis Emilio Álvarez Aguilar.—San Ramón, Alajuela, 2 de mayo del 2005.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—Nº 31760.—(33643).

Según escritura número trescientos seis, protocolo veinticinco, folios ciento sesenta y seis vuelto a ciento sesenta y siete vuelto, Álvaro González Gómez y Magda González Salas, constituyen la sociedad Playa Marycielo Limitada. Se nombran gerente y subgerente.—San José, veintiocho de abril del dos mil cinco.—Lic. Víctor Fernández Kooper, Notario.—1 vez.—Nº 31765.—(33644).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 28 de abril del 2005, Louis Brisson y Philippe Brisson, constituyen Les Plages Dorades du Pacifico Sociedad Anónima. Representación judicial y extrajudicial corresponden al presidente y secretario.—San José, veintinueve de abril del dos mil cinco.—Lic. Jimmy León Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 31766.—(33645).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario público Germán Serrano García, al ser las 12:00 horas del día 14 de abril del 2005, se constituyó la empresa Itaca del Pacífico Sociedad Anónima.—San José, 14 de abril del 2005.—Lic. Germán Serrano García, Notario.—1 vez.—Nº 31767.—(33646).

Ante esta notaría a las nueve horas del tres de mayo último, escritura número quince del tomo treinta y dos de protocolo, se constituyó la sociedad Suministros & Computadoras de Centroamérica Sociedad Anónima, capital social: diez mil colones, presidente: Mario Alberto Rojas Chávez.—San José, tres de mayo del dos mil cinco.—Lic. Alberto Jiménez Picado, Notario.—1 vez.—Nº 31768.—(33647).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 25 de abril del 2005, se constituyó la sociedad La Casa del Jade Costa Rica Sociedad Anónima. Plazo: 50 años. Domicilio social: avenida 10 bis, calles 21 y 23, Nº 2180. Capital social: diez mil colones, totalmente suscrito y pagado. Todos los miembros de la junta directiva tienen facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 25 de abril del 2005.—Lic. Esther Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—Nº 31769.—(33648).

Ante mi notaría, a las nueve horas del tres de marzo del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Carrera Molina Sociedad Anónima, cuyo presidente es el señor Mario Carrera Molina. El capital está suscrito y cancelado.—Lic. Juan Carlos Castillo Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 31771.—(33649).

Que al ser las 18:00 horas del 28 de abril del 2005, mediante escritura Nº 11 del tomo primero del protocolo de la suscrita notaria, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Nova Tecnia S. A., donde se destituyen de sus cargos a la secretaria y el fiscal, se nombran sus respectivos sustitutos, y se reforma el objeto social de dicha sociedad.—San Ramón, 29 de abril del 2005.—Lic. Laura María Rodríguez Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 31773.—(33650).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del dos de mayo del dos mil cinco, se cambió de presidente de la junta directiva de la sociedad BH Tucán Siete Sociedad Anónima, domiciliada en Grecia.—Grecia, 2 de mayo del 2005.—Lic. Jesús Brenes Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 31774.—(33651).

Mediante escritura de las ocho horas del dos de mayo del dos mil cinco, protocolicé asamblea de accionistas de Titular de Bienes Uno Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y cinco mil ochocientos cuarenta y cuatro, mediante la cual se modificaron las cláusulas primera, segunda, quinta, sétima, octava y novena de la razón social, de domicilio, del capital social, de las asambleas, de las atribuciones de la asamblea general de accionistas y de la administración respectivamente y se adicionan las cláusulas decimocuarta, decimoquinta, decimosexta y decimosétima de las divergencias, de la suscripción preferente, de la adquisición preferente y del derecho de venta en acompañamiento en caso de traspaso de acciones respectivamente.—San José, dos de mayo del dos mil cinco.—Lic.  Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 31775.—(33652).

Mediante escritura de las diez horas del veintinueve de abril del dos mil cinco, protocolicé asamblea de accionistas de Sarn Athrad Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y siete mil uno, mediante la cual se modificaron las cláusulas segunda, cuarta, sexta, décima, undécima y decimocuarta del domicilio, del capital social, de la administración, de las asambleas, de las atribuciones de la asamblea general de accionistas y de las divergencias respectivamente y se adicionan las cláusulas decimosexta, decimosétima y decimoctava respecto a suscripción preferente, adquisición preferente y derecho de venta en acompañamiento en caso de traspaso de acciones.—San José, veintinueve de abril del dos mil cinco.—Lic.  Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 31776.—(33653).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del dos de mayo del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Movimientos Cristianos Bienaventurada Esperanza Sociedad Anónima. Capital Social: diez mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: El Carmen de Guadalupe, Goicoechea, concretamente en Residencial Prusia, casa número cincuenta y cinco c, San José. Plazo Social: noventa y nueve años. Presidente: José María Canales Jirón, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, dos de mayo del dos mil cinco.—Lic. Celso Damián Fonseca Mc Sam, Notario.—1 vez.—Nº 31778.—(33654).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas de hoy, Paolo Appiotti y Lorenzo Gai constituyeron Corporación Sestriere S. A.—San José, 3 de mayo del 2005.—Lic. Rubén Hernández Valle, Notario.—1 vez.—Nº 31779.—(33655).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del día veintinueve de abril del dos mil cinco, de Tremont Cappa Sociedad Anónima. Se modifica cláusula sétima del pacto social, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, a las quince horas del dos mil cinco.—Lic. Dixiana Obando Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 31781.—(33656).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del día 28 de abril del 2005, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la firma Telmeso y Myra Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula novena de los estatutos y se nombra nueva junta directiva.—San José, 29 de abril del 2005.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 31784.—(33657).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del día 28 de abril del 2005, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la firma Inversiones Edesa del Oriente Dos Mil Cuatro Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula novena de los estatutos y se nombra nueva junta directiva.—San José, 29 de abril del 2005.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 31785.—(33658).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del día 28 de abril del 2005, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la firma Panonia Central Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula novena de los estatutos y se nombra nueva junta directiva.—San José, 29 de abril del 2005.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 31788.—(33659).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del día 28 de abril del 2005, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la firma Costas y Tauros Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula novena de los estatutos y se nombra nueva junta directiva.—San José, 29 de abril del 2005.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 31787.—(33660).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del día 2 de mayo del 2005, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la firma Green Maximum Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula sétima de los estatutos y se nombra nueva junta directiva.—San José, 2 de mayo del 2005.—Lic. Jorge Granados Moreno, Notario.—1 vez.—Nº 31788.—(33661).

Ante la suscrita notaria se constituyó el día dos de mayo del dos mil cinco en escritura número dos-sesenta y uno la sociedad anónima denominada Inmobiliaria Jozamaos Sociedad Anónima, capital íntegramente suscrito y pagado, plazo: noventa y nueve años.—San José, tres de mayo del dos mil cinco.—Lic. Adriana Segura Balmaceda, Notaria.—1 vez.—Nº 31789.—(33662).

Ante esta notaría el día 29 de abril del 2005 se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Petros de Jacó S. A. modificando la cláusula sétima del pacto constitutivo.—San José, dos de mayo del dos mil cinco.—Lic. David Rivera Villegas, Notario.—1 vez.—Nº 31791.—(33663).

Ante esta notaría el día 29 de abril del 2005 se constituyó la sociedad Chiquiticos A. B. C. S. A. Capital totalmente suscrito y pagado.—San José, tres de mayo del dos mil cinco.—Lic. David Rivera Villegas, Notario.—1 vez.—Nº 31792.—(33664).

Ante esta notaría el día 29 de abril del 2005 se constituyó la sociedad Mansión Vía Láctea S. A. Capital totalmente suscrito y pagado.—San José, tres de mayo del dos mil cinco.—Lic. David Rivera Villegas, Notario.—1 vez.—Nº 31793.—(33665).

Ante esta notaría el día 29 de abril del 2005 se constituyó la sociedad Mansión Urano S. A. Capital totalmente suscrito y pagado.—San José, tres de mayo del dos mil cinco.—Lic. David Rivera Villegas, Notario.—1 vez.—Nº 31794.—(33666).

Ante esta notaría el día 29 de abril del 2005, se constituyó la sociedad Mansión Júpiter S. A. Capital totalmente suscrito y pagado.—San José, tres de mayo del dos mil cinco.—Lic. David Rivera Villegas, Notario.—1 vez.—Nº 31795.—(33667).

Por escritura otorgada ante mí, a las 12:00 horas del 16 de marzo del 2005, se constituye la sociedad Taller Mecánico y Carrocería Gemelo S. A. Domicilio: San José. Capital suscrito y pagado. Presidente y secretario como apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 16 de marzo del 2005.—Lic. Francisco Javier Venegas Avilés, Notario.—1 vez.—Nº 31796.—(33668).

La suscrita notaria hace constar, que mediante escritura otorgada a las diez horas con quince minutos del día de hoy, protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Bodegas La Verbena S. A., mediante la cual se reforma la cláusula cuarta de los estatutos relativa al objeto, sexta relativa a la administración, renuncia de la junta directiva y se nombran sustitutos. Presidente: Ricardo Guardia Vázquez.—San José, dos de mayo del dos mil cinco.—Lic.  Elizarda Vargas Morúa, Notaria.—1 vez.—Nº 31800.—(33669).

Por escritura pública otorgada ante este notario, a las 10:00 horas del 27 de abril del 2005, se constituyó la sociedad P.R.S. Poás Real State Sociedad Anónima, plazo social: 99 años, presidente: Henry Eduardo Alfaro Rojas.—Lic. Luis Fernando León Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 31802.—(33670).

Por escritura otorgada ante este notario, a las 13:00 horas del 27 de abril del 2005, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad Hefestos S. A., en la que se disolvió la sociedad.—San José, 27 de abril del 2005.—Lic. Luis Fernando León Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 31803.—(33671).

Por escritura otorgada de las 20:00 horas del 18 de abril del 2005, se constituyó la compañía A & S Transportes Internacionales Sociedad Anónima. Presidente: Juan Acuña Sosa. Domicilio: San José, Los Yoses, setenta y cinco metros al sur del Automercado Los Yoses, edificio San Ignacio, segundo piso. Plazo social: 100 años a partir del 19 de abril del 2005.—San José, 20 de abril del 2005.—Lic. Magally Herrera Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 31804.—(33672).

Mediante escritura otorgada ante el notario Allan Pérez Montes, el día cuatro de abril del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Rico Pez Sociedad Anónima. Presidente: Fabián Antonio Chacón Corrales. Capital social: diez mil colones. Domicilio: Naranjo, Urbanización Las Tres Marías, casa número cincuenta y seis.—Grecia, tres de mayo del dos mil cinco.—Lic. Allan Pérez Montes, Notario.—1 vez.—Nº 31805.—(33673).

Por escritura autorizada por los sucritos notarios, a las 11:00 horas del 27 de abril del 2005, en San José, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Comesae Sociedad Anónima, en que se reforman las cláusulas sétima y quinta de los estatutos, se revoca el nombramiento de la junta directiva y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 3 de mayo del 2005.—Lic. Rosa Berenzon y Lic. Hermann Kuhlmann, Notarios.—1 vez.—Nº 31806.—(33674).

Sergio Aguilar Rodríguez y Carlos Luis Fonseca Mena constituyen sociedad anónima Serca de La Carpintera S. A. otorgada a las 18:00 horas del 29-4-2005.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 31807.—(33675).

Por escritura de las 8:00 horas del 2 de mayo del 2005 otorgada ante esta notaría pública, se constituyó la sociedad Add Archivo Digital de Documentos S. A. Plazo: 99 años a partir del 2 de mayo del 2005. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente de la junta directiva con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: ¢ 10.000,00. Domicilio: San José, Goicoechea.—2 de mayo del 2005.—Lic. Griselda Araya Rivel, Notaria.—1 vez.—Nº 31808.—(33676).

Por escritura otorgada el día diecinueve de abril del dos mil cinco, se modifica la cláusula segunda, el domicilio de la sociedad Piedemonte Tropical Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de abril del dos mil cinco.—Lic. Cristian Cordero Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 31810.—(33677).

Por escritura otorgada el día diecinueve de abril del dos mil cinco, se modifica la cláusula segunda, el domicilio de la sociedad Greenhouse Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de abril del dos mil cinco.—Lic. Cristian Cordero Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 31811.—(33678).

Se nombra nueva junta directiva de la empresa denominada Hermanos Molina Sociedad Anónima, ante esta notaría, mediante resolución de las ocho horas del cinco de marzo del dos mil cinco y dentro del proceso sucesorio notarial SN-01-2003. Presidente: Carlos Humberto Molina Arce.—Lic. Oliver Alpízar Salas, Notario.—1 vez.—Nº 31812.—(33679).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se constituyó la compañía denominada Pacific Pelican Lands Sociedad Anónima, con domicilio en Alajuela, capital social de mil colones, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, ocho de abril del dos mil cinco.—Lic. Aldomar Ulate Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 31813.—(33680).

Mediante escritura otorgada a las 8:00 horas del 7 de abril del 2005 se constituyó la sociedad Carlos Stim Limitada. Domicilio social: San José. Plazo social: 99 años. Capital social íntegramente suscrito y pagado, representación: gerente con facultades de apoderado generalísimo.—San José, 27 de abril del 2005.—Lic. Enrique Alfonso Carranza Echeverría, Notario.—1 vez.—Nº 31814.—(33681).

Por escritura otorgada hoy a las 16:00 horas, se constituye la sociedad Inmobiliaria Navarrete Becerra Limitada. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones íntegramente suscrito por los socios. Representación judicial y extrajudicial: gerente.—San José, 25 de abril del 2005.—Lic. Francisco J. Rucavado Luque, Notario.—1 vez.—Nº 31815.—(33682).

El suscrito notario Rodrigo Rojas Brenes, hago constar que mediante escritura número doscientos cuarenta  y ocho-dos, otorgada a las trece horas del dos de mayo del dos mil cinco, en el tomo segundo de mi protocolo, se constituyó la sociedad denominada Tajos de Osa W. Masís Sociedad Anónima. Presidente: Warner Masís Carranza con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: cien mil colones, pagaderos mediante diez acciones cada una de ellas de diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio: San Ramón, Alajuela.—San Ramón, 2 de mayo del 2005.—Lic. Rodrigo Rojas Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 31817.—(33683).

Por escritura otorgada a las 16:00 horas del día de hoy, protocolicé modificación cláusulas XVIII y XXI de los estatutos y nombramiento de fiscal de Holcim (Costa Rica) S. A.—27 de abril del 2005.—Lic. José Antonio Gómez Cortés, Notario.—1 vez.—Nº 31818.—(33684).

Los señores Rosa, Gilbert, Juan Danilo, Martín William y Edwin, todos Hernández Serrano, constituyen la sociedad Soluciones Informáticas HS de Costa Rica S. A. Presidente: Edwin Hernández Serrano. Domicilio: Alajuela, Pacto del Jocote, Urbanización Lisboa, casa 16E. Plazo: 99 años. Escritura Nº 299, del 2-5-2005.—Lic. Esther Ramírez Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 31821.—(33685).

Por escritura número ciento veintiséis, otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 27 de abril del 2005, se constituyó la sociedad denominada Brezal del Oeste Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años a partir del momento de su constitución. Capital social: íntegramente suscrito y pagado mediante letras de cambio. Presidente: Alfio Piva Rodríguez.—San José, tres de mayo del dos mil cinco.—Lic. Eugenio Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 31822.—(33686).

Por escritura otorgada a las quince horas del día de hoy, ante el suscrito notario, se constituyó Basilea del Futuro Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Objeto: el comercio y la industria en general. Plazo: noventa y nueve años. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, dos de mayo del dos mil cinco.—Lic. Carlos Manuel Padilla Ujueta, Notario.—1 vez.—Nº 31824.—(33687).

Mediante escritura autorizada por mí, a las 8:00 horas del 2 de mayo de 2005, se constituyeron las siguientes sociedades: A & M Legal Services LLC S.R.L., y A & M Real Estate Services LLC S.R.L.—San José, 2 de mayo de 2005.—Lic. Manfred Gerhart Marshall Facio, Notario.—1 vez.—Nº 31825.—(33688).

Mediante escritura autorizada por mí, a las quince horas con treinta minutos del veintiuno de abril del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Casa del Coco LLC Limitada, con un capital social de cincuenta mil colones.—San José, veintiuno de abril del dos mil cinco.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 31826.—(33689).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las catorce horas del tres de marzo del dos mil cinco, ASETECPRO Sociedad Anónima, cambia en pleno su junta directiva, quedando los nuevos nombramientos de la siguiente manera: presidente: José Raúl Sánchez Cerdas, cédula tres-ciento sesenta y tres-doscientos trece; secretario: Luis Alberto Sánchez Cerdas, cédula tres-ciento setenta-ochocientos ochenta y seis; tesorero: José Raúl Sánchez Castro, cédula uno-ochocientos sesenta-cero ochenta y uno, y fiscal: María Gabriela Sánchez Castro, cédula uno-novecientos veinte-novecientos setenta y seis, correspondiéndoles al presidente, secretario y tesorero la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente; el capital social se encuentra suscrito y pagado.—Cartago, veintisiete de abril del dos mil cinco.—Lic. Víctor Hugo Salgado Mora, Notario.—1 vez.—Nº 31828.—(33690).

Por escritura otorgada el día de hoy, se constituyó la sociedad de esta plaza Transportes Internacionales Joseg Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Capital: diez mil colones. Presidente: José Luis Segnini Calvo.—San José, 3 de mayo de 2005.—Lic. Francisco Quijano Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 31829.—(33691).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad anónima Calzado Denisse S & M S. A. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, dieciséis de marzo del 2005.—Lic. Emilia María Chacón Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 31830.—(33692).

Mediante escritura número ciento sesenta del notario Lusbin Montero Lobo, se constituyó la sociedad anónima Axiri de Nosara, con un capital social de cien mil colones. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la empresa con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente: José Albin Sequeira Villagra, cédula cinco-doscientos noventa y nueve-trescientos veintiséis.—Nicoya, primero de mayo del dos mil cinco.—Lic. Lusbin Montero Lobo, Notario.—1 vez.—Nº 31831.—(33693).

Por escritura Nº 128 del 3 de mayo de 2005, en el tomo Nº 1, se constituyó la sociedad Inversiones Fenuchi Sociedad Anónima, con domicilio social en San José, con un capital social de 12.000,00. Presidente: Carlos Corrales Azuola.—San José, 3 de mayo de 2005.—Lic. Larissa Seravalli Sáurez, Notaria.—1 vez.—Nº 31838.—(33694).

Por escritura Nº 127 del 3 de mayo de 2005, en el tomo Nº 1, se constituyó la sociedad Inversiones Gradomán Sociedad Anónima, con domicilio social en San José, con un capital social de 12.000,00. Presidente: Carlos Corrales Azuola.—San José, 3 de mayo de 2005.—Lic. Larissa Seravalli Sáurez, Notaria.—1 vez.—Nº 31839.—(33695).

Mediante escritura número ciento veintiocho-uno del tomo primero de mi protocolo, otorgada a las veinte horas cinco minutos del veintisiete de abril del dos mil cinco, ante mi notaría, se protocolizan las actas de asambleas de socios de INS-Bancrédito Sociedad Administradora de Fondos de Inversión Sociedad Anónima, números veinte-dos mil cuatro, veintiuno-dos mil cuatro, veintidós-dos mil cuatro, veintitrés-dos mil cinco, veinticuatro-dos mil cinco, veinticinco-dos mil cinco, mediante las cuales se realizan cambios en nombramientos de junta directiva, se revoca poder generalísimo sin límite de suma, otorgado al señor Gerardo Sanabria Piretti, se reforma la cláusula décima de los estatutos sociales y se autoriza al presidente de la junta directiva ha protocolizar e inscribir en el Registro Público las mencionadas actas. Es todo.—Lic. Marianne Kött Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 31841.—(33696).

Por escritura Nº 53, otorgada ante el suscrito notario, a las 15:00 horas del 14 de abril del 2005, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Glorias Café JC S. A., en los que se modifica la cláusula del domicilio: San José, la Sabana, Oficentro La Sabana.—San José, 18 de abril del 2005.—Lic. Marco A. Jiménez C., Notario.—1 vez.—Nº 31842.—(33697).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se constituyó la empresa RLB Desarrollos e Inversiones de Costa Rica S. A. Capital social: totalmente suscrito y pagado; acciones comunes y nominativas. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: San José. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, tres de mayo del dos mil cinco.—Lic. Clay Neil Bodden, Notario.—1 vez.—Nº 31843.—(33698).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se constituyó la empresa Tara SYR Inversiones y Desarrollos S. A. Capital social: totalmente suscrito y pagado; acciones comunes y nominativas. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: San José. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, tres de mayo del dos mil cinco.—Lic. Clay Neil Bodden, Notario.—1 vez.—Nº 31844.—(33699).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, el día de hoy, se constituyó la empresa Valescot Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo social: 99 años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Ciudad Quesada, 12 de abril del 2005.—Lic. Douglas Murillo Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 31845.—(33700).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada M y M Pizza Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones.—Goicoechea, 31 de marzo del 2005.—Lic. Jorge Jiménez Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 31846.—(33701).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del veintinueve de abril del dos mil cinco, se modifica la cláusula cuarta de los estatutos de la compañía Inversiones Inmobiliarias de Brasil de Mora Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de abril del 2005.—Lic. Jorge Manuel Solano Chinchilla, Notario.—1 vez.—Nº 31847.—(33702).

Ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad Caña Dulce del Llano S. A.—San José, 10 de marzo del 2005.—Lic. Norman Mory Mora, Notario.—1 vez.—Nº 31849.—(33703).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye Ulavar de Coco U & V Sociedad Anónima. Presidente: Julián Alonso Ulate Vargas. Capital social: diez mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Sardinal, Carrillo, Guanacaste, en apartamentos Central Place.—Liberia, 28 de abril del 2005.—Lic. Julieta Elizondo Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 31851.—(33704).

Ante mí, Carlos Fernández Vásquez, notario público, la empresa Autos Don Bosco S. A., nombra presidente, tesorero, agente residente, modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo. Dentro de la asamblea extraordinaria de socios, celebrada en Palmares, el día 27 de abril del 2005. Es todo.—Palmares, 30 de abril del 2005.—Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 31852.—(33705).

Mediante escritura otorgada a las dieciséis horas del veintiséis de abril del dos mil cinco, ante mi notaría, se constituyó la sociedad COSTARICASOLD PUNTO COM S. A.—San José, 3 de mayo del 2005.—Lic. Juan C. Castro Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 31858.—(33706).

Por escritura otorgada en mi notaría, en San José, a las diez horas del tres de mayo del dos mil cinco, se protocolizaron acuerdos de la sociedad Productos Alimenticios Montes Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta mil quinientos trece, en donde se acordó la modificación de la cláusula quinta del pacto social.—San José, tres de mayo del dos mil cinco.—Lic. Mónica Zumbado Fallas, Notaria.—1 vez.—Nº 31859.—(33707).

Eloy Jesús Sánchez-Cid Tenorio García y Rosa Román Berbero, constituyen Pikatel S. A. Domicilio: San José. Escritura otorgada en San José, a las 12:00 horas del 14 de abril del 2005.—Lic. Juan Ignacio Mata Centeno, Notario.—1 vez.—Nº 31861.—(33708).

Por escritura número uno otorgada a las catorce horas del día diecinueve de agosto del año dos mil dos, en el tomo diez del protocolo de la Lic. Mayela Coghi Corrales, se constituye Inmobiliaria Brisas del Este S. A. Presidenta: Seidy Guzmán Gómez, cédula siete-cero noventa-ciento setenta y ocho.—San José, veinticinco de abril del año dos mil cinco.—Lic. Mayela Coghi Corrales, Notaria.—1 vez.—Nº 31862.—(33709).

Por escritura número treinta y tres otorgada a las once horas y treinta horas del día trece de diciembre del año dos mil cuatro, en el tomo once del protocolo de la Lic. Mayela Coghi Corrales, se constituye El Monte Chaco JA. C. S. A. Presidente: José Agustín Chaves Ovares, cédula dos-doscientos ochenta-mil cuatrocientos siete.—San José, dieciséis de marzo del año dos mil cinco.—Lic. Mayela Coghi Corrales, Notaria.—1 vez.—Nº 31863.—(33710).

Por escritura número sesenta y nueve, otorgada a las siete horas del día nueve de marzo del año dos mil cinco, en el tomo once del protocolo de la Lic. Mayela Coghi Corrales, se constituye Inversiones G W T R M S. A., nombre de fantasía. Presidente: Víctor Julio Quirós Abarca, cédula dos-cuatrocientos cincuenta y cinco-ochocientos treinta y dos.—San José, diecinueve de abril del año dos mil cinco.—Lic. Mayela Coghi Corrales, Notaria.—1 vez.—Nº 31864.—(33711).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Guan - Yin Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado. Representación a cargo presidente.—Ciudad Quesada, 15 de marzo del año 2005.—Lic. Sheila Elena Chaves Berrocal, Notaria.—1 vez.—Nº 31865.—(33712).

Constitución de diez sociedades anónimas: The Palms Essential Elements Twenty- One Sociedad Anónima, cuya traducción al castellano es Las Palmas Elementos Esenciales, The Palms Pristine Beaches Twenty-Two Sociedad Anónima, cuya traducción al castellano es Las Palmas Playas Claras Veintidós, The Palms Lovely Home Twenty- Three Sociedad Anónima, cuya traducción al castellano es Las Palmas Casa Hermosa Veintitrés, The Palms South Wales Twenty- Four Sociedad Anónima, cuya traducción al castellano es Las Palmas Gales Sur Veinticuatro; The Palms Nature Beach Twenty- Five Sociedad Anónima, cuya traducción al castellano es Las Palmas Playa Natural Veinticinco, The Palms Manta Ray Twenty- Six Sociedad Anónima, cuya traducción al castellano es Las Palmas Manta Raya Veintiséis, The Palms Jewel Of The Sea Twenty- Seven Sociedad Anónima, cuya traducción al castellano es Las Palmas Joya del Océano Veintisiete, The Palms Spanish Islands Twenty- Eight Sociedad Anónima, cuya traducción al castellano es Las Palmas Islas Españolas Veintiocho, The Palms Fantasy Island Twenty- Nine Sociedad Anónima, cuya traducción al castellano es Las Palmas Isla de la Fantasía Veintinueve, The Palms Day Dream Thirty Sociedad Anónima, cuya traducción al castellano es Las Palmas Día de Sueño Treinta, a las 9:00 horas del 2 de mayo del 2005, ante el notario Ulises Alberto Obregón Alemán.—San José, 3 de mayo del 2005.—Lic. Ulises Obregón Alemán, Notario.—1 vez.—Nº 31866.—(33713).

Por escritura número ciento treinta y tres, otorgada a las dieciséis horas del día dos de mayo del año dos mil cinco, protocolicé un acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima Ticorecursos Sociedad Anónima, en la cual se acordó la revocatoria y nuevo nombramiento del presidente de la junta directiva.—San José, dos de mayo del año dos mil cinco.—Lic. Miguel Antonio Elizondo Soto, Notario.—1 vez.—Nº 31867.—(33714).

Ante esta notaría, se constituyó el día de hoy la sociedad anónima Chenice Beverly Hills Costa Rica S. A.—San José, 23 de abril del 2005.—Lic. Gilbert Ulloa Astorga, Notario.—1 vez.—Nº 31868.—(33715).

Hoy, ante mí, se constituyó Avtech Mundial Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Presidente y tesorero, apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social suscrito y pagado cien mil colones. Domicilio Tibás, Residencial Vergel.—29 de abril del 2005.—Lic. Leonardo A. Madrigal Moraga, Notario.—1 vez.—Nº 31869.—(33716).

Por escritura otorgada, ante este notario, a las nueve horas del treinta de abril del dos mil cinco, se constituye la sociedad anónima denominada J y C Kaled, representada por su presidente, quien tendrá facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domiciliada en Heredia, San Rafael, Getsemaní, cien metros al sur del Taller de Buses.—Lic. Édgar R. Cordero Campos, Notario.—1 vez.—Nº 31870.—(33717).

Por medio de escritura número 1-170, otorgada a las 9:00 horas del día 2 de mayo del 2005, se protocolizó acta de la sociedad Salaria S. A., por medio de la cual se otorgó poder generalísimo y se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Lic. Roberto Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 31872.—(33718).

Por medio de escritura otorgada, ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las dieciséis horas del día veinticinco de abril del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Auto Transportes Mopvalhe Sociedad Anonima, por medio de la cual se modifica la cláusula quinta del pacto social.—San Isidro de Pérez Zeledón, veinticinco de abril del año dos mil cinco.—Lic. María Catalina Garro Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 31878.—(33719).

Ante esta notaría, mediante escritura ciento veintitrés, otorgada a las quince horas del treinta de marzo del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Joalraa Sociedad Anónima. El presidente tiene las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, 2 de mayo del 2005.—Lic. Daniel Rodríguez Montero, Notario.—1 vez.—Nº 31879.—(33720).

Ante mí, Adrián Tames Muñoz, se realizó asamblea extraordinaria para cambio de administración, representación y junta directiva, de la sociedad anónima denominada Inversiones Reales J.A.M.—Cartago, veintiocho de abril del dos mil cinco.—Lic. Adrián Tames Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 31880.—(33721).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la sociedad denominada Fijac Sociedad Anónima. Se reforma cláusula novena del pacto social.—San José, 28 de abril del 2005.—Lic. Adriana Hernández Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 31882.—(33722).

Por escritura otorgada ante la notaría de Marianela Soto Vega, a las doce horas del tres de mayo del dos mil cinco, se constituyó la sociedad anónima denominada Passghaleh S. A., con domicilio social en Salitral de Santa Ana. Su objeto es el comercio en general, la industria y la agricultura.—San José, tres de mayo del dos mil cinco.—Lic. Marianela Soto Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 31883.—(33723).

Que en mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Puertos Buenos de Ballena S. A. Presidenta: Carolina Ortiz Odio. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 29 de abril del 2005.—Lic. Sandra Mondol Zumbado, Notaria.—1 vez.—Nº 31884.—(33724).

Que en mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Las Ballenas Buenas de los Mares del Sur S. A. Presidenta: Irene Saravia Vargas. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 29 de abril del 2005.—Lic. Sandra Mondol Zumbado, Notaria.—1 vez.—Nº 31885.—(33725).

Por escritura otorgada ante mi notaría, al ser las ocho horas del día tres de mayo del año dos mil cinco, constituyo la sociedad de esta plaza denominada Alblan Tizziano”S de Occidente Sociedad Anónima.—Lic. Cristian Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 31888.—(33726).

La suscrita notaria, a las 9:00 horas del día 3 de mayo del presente año otorgué la escritura número 189, en mi protocolo número 20, en la cual los señores Alan Charles Johnson, norteamericano, con pasaporte número Z 7550340 y Blanca Flor Vega Quesada, con cédula de identidad número 1-411-662, constituyeron Captain Puccino Sociedad Anónima, con 10 acciones comunes y nominativas de un 1.000 cada una, con domicilio legal en Sabanilla de Montes de Oca, Urbanización El Rodeo, siendo el primero el presidente y apoderado generalísimo sin límite de suma de esta persona jurídica.—Sabanilla de Montes de Oca, San José, 3 de mayo del año 2005.—Lic. Paola Marín López, Notaria.—1 vez.—Nº 31890.—(33727).

Érica María Álvarez Delgado y Rafael Ángel Guevara Chinchilla constituyen Distribuidora Silvia LK S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo: 99 años. Domicilio: será San José, Hatillo centro, contiguo al Centro Comercial Plaza América, Residencial Santa Catalina número dos. Escritura otorgada en San José, a las 12:00 horas del 13 de abril del año 2005.—Lic. Lothar Arturo Volio Volkmer, Notario.—1 vez.—Nº 31891.—(33728).

Rafael Ángel Guevara Chinchilla y Érica María Álvarez Delgado, constituyen Esteypao S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo: 99 años. Domicilio: será Grecia, Rincón de Salas, cien metros sur y cincuenta metros este de la Pulpería Lourdes. Escritura otorgada en San José, a las 12:30 horas del 13 de abril del año 2005.—Lic. Lothar Arturo Volio Volkmer, Notario.—1 vez.—Nº 31892.—(33729).

Por escritura número cuatrocientos cuarenta y siete, otorgada ante mí, Alfredo Cordero Barquero, notario público de Guápiles, realizada en conotariado con el Lic. Nicolás Saborío Cubillo, a las catorce horas del treinta de abril del año dos mil cuatro, se funda la sociedad Chamara de Pococí Sociedad Anónima. Presidente: José María Solís Herrera, cédula de identidad número seis - ciento veintinueve - ochocientos cincuenta y cuatro. Domicilio social: La Marina de Guápiles, Pococí, Limón, ciento cincuenta metros sur de la Pulpería El Gato.—Guápiles, dos de mayo del año dos mil cinco.—Lic. Alfredo Cordero Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 31893.—(33730).

 

NOTIFICACIONES

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

De conformidad con resolución N° PG-15663-2004 de las diez horas con cincuenta minutos del día dieciséis de diciembre de 2004. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social resuelve: Impartir aprobación final a la resolución N° JPIG-10069-2004 del día 30 de junio de 2004, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga una Pensión de Guerra incoadas por Zamora Durán Ricardo, cédula de identidad N° 1-183-996, a partir del día 28 de junio de 2004; por la suma de cincuenta y tres mil seis colones con ocho céntimos ¢53.006,08 mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifíquese.—Lic. Fernando Trejos Ballestero, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—(33571).

 

De conformidad con resolución N° PG-2462-2005 de las diez horas con treinta minutos del día quince de febrero del 2005, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve impartir aprobación final a la resolución N° JPIG-10497-2004 de sesión celebrada en San José a las diez horas del día treinta y uno de mayo del 2004, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga una pensión de Guerra incoadas por Ruiz Ruiz José Epifanio, cédula de identidad N° 5-043-636, a partir del día 31 de mayo del 2004; por la suma de cincuenta y tres mil seis colones con ocho céntimos (¢53.006,08) mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Fernando Trejos Ballestero, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—(33869).

 

De conformidad con resolución N° PG-15666-2004 de las diez horas del día dieciséis de diciembre del dos mil cuatro. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social resuelve: Impartir aprobación final a la resolución N° JPIG-10147-2004 del día 31 de mayo del 2004, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga una pensión de guerra incoadas por Venegas Tapia José conocido como José Joaquín Venegas Tapia, cédula de identidad Nº 2-106-497, a partir del día 28 de junio del 2004; por la suma de cincuenta y tres mil seis colones con ocho céntimos ¢53.006,08 mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Fernando Trejos Ballestero, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—(34034).

CITACIONES

 

JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL

     MAGISTERIO NACIONAL

AVISO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Se hace saber que la señora Miranda Salazar Ida, cédula de identidad Nº 4-049-367, ha presentado solicitud de pensión por sucesión a su favor, de quien en vida fue Rodríguez Miranda Henry, cédula de identidad Nº 4-120-773. Se cita y emplaza a los posibles beneficiarios con mejor derecho, para que dentro del plazo de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación de este aviso, concurran a hacer valer sus derechos a las oficinas centrales, sitas en esta ciudad, avenida 8, calles 21 y 23.—San José, veinte de abril del dos mil cinco.—Lic. Gilberth Díaz Vásquez, Secretario de Junta Directiva.—(33180).

 

FE DE ERRATAS

PODER LEGISLATIVO

En La Gaceta Nº 82 del 29 de abril del 2005, se publicó la Ley Nº 8441, en donde debe corregirse lo siguiente:

Donde dice:

“Artículo 1º—Denomínase la casa de la cultura de Puerto Viejo de Salamanca Casa de la Cultura Marcus Garvey”

[…]

Siendo lo correcto:

“Artículo 1º—Denomínase la casa de la cultura de Puerto Viejo de Talamanca Casa de la Cultura Marcus Garvey”

[…]

La Uruca, San José, mayo del 2005.—Lic. Bienvenido Venegas Porras, Director de la Imprenta Nacional.—1 vez.—(34544).

 

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

En la resolución RRG-4487-2005, publicada en La Gaceta 71 del 14 de abril del 2005, correspondiente al servicio de distribución del ICE, en la parte dispositiva inciso VII, en la tarifa T-BO Bombeo de Agua Potable y Riego, donde dice: “Para consumos entre 3 001 y 20 000 kWh”, debe  leerse   correctamente:  “Para consumos  mensuales  mayores que 3 001 kWh”.

En la tarifa TMT Media Tensión, donde dice:

“Aplicación: Tarifa opcional para clientes servidos en media tensión correspondiente a industrias que se instalen en el futuro en zonas marginales, socialmente deprimidas y sean declaradas así por el Gobierno de la República, con una vigencia mínima de un año, prorrogables por periodos anuales, hasta por cinco años, debiendo comprometerse los clientes a consumir como mínimo 240 000 kWh por año… “ Debe leerse correctamente:

“Aplicación: Tarifa opcional para clientes servidos en media tensión, con una vigencia mínima de un año, prorrogables por periodos anuales, hasta por cinco años, debiendo comprometerse los clientes a consumir como mínimo 240 000 kWh por año…”

Publíquese.—Aracelly Pacheco Salazar, Reguladora General.—1 vez.—(Nº 341-DAF-2005).—C-7620.—(34500).

 

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE CORREDORES

Conforme el acuerdo municipal Nº 14 de la sesión ordinaria Nº 11 de fecha 15 de marzo del 2005, se le solicita al Diario Oficial La Gaceta, la publicación de cambio de ubicación de los lotes propiedad de Los Corredores del Sur Sociedad Anónima, que se suministró en edicto (fe de erratas) de fecha 15 de febrero del 2005, que en su oportunidad, erróneamente se señaló 50 metros sur de la entrada al Hogar de Ancianos de Ciudad Neily, siendo lo correcto 72 metros al este de la entrada al Hogar de Ancianos de Ciudad Neily.

Ciudad Neily, 15 de abril del 2005.—César Moya Gutiérrez, Alcalde Municipal.—1 vez.—(33913).

 

MUNICIPALIDAD DE LIMÓN

Se hace saber que ante el Departamento de Rentas y Cobranzas de la Municipalidad de Limón, el ingeniero Guillermo Alvarado Herrera, en condición de Gerente del Instituto Costarricense de Turismo (ICT), presentó formal solicitud de traspaso de la patente de licores nacionales y extranjeros Nº 174, por haber sido adjudicada en proceso de Licitación Pública Nº 07-2004 y aprobada por acuerdo de su Junta Directiva en sesión 5335, artículo 2, inciso IV del 23 de noviembre del 2004 y publicada en La Gaceta Nº 4 del 6 de enero del 2005. La adjudicación en firme se hizo a favor de la empresa Dolphin Developments Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-375970. Previo a la aprobación de la cesión, se formula la presente publicación por una única vez para escuchar oposiciones, para lo cual se concede el plazo de ocho días hábiles mediante memorial dirigido a esta Oficina. Se corrige y aclara la publicación aparecida en La Gaceta Nº 48 del miércoles 9 de marzo del 2005.

Limón, 31 de marzo del 2005.—Departamento de Rentas y Cobranzas.—Lic. Kemerly Taylor Barnes, Jefe.—1 vez.—(33096).