Gaceta 108

PODER EJECUTIVO.. 1

DECRETOS. 1

ACUERDOS. 2

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA.. 2

MINISTERIO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES. 3

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR.. 4

RESOLUCIONES. 6

MINISTERIO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES. 6

DOCUMENTOS VARIOS. 7

GOBERNACIÓN Y POLICÍA.. 7

AGRICULTURA Y GANADERÍA.. 8

EDUCACIÓN PÚBLICA.. 10

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. 10

JUSTICIA Y GRACIA.. 11

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. 12

RESOLUCIONES. 12

EDICTOS. 15

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA.. 15

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS. 15

LICITACIONES. 22

ADJUDICACIONES. 24

REGISTRO DE PROVEEDORES. 26

FE DE ERRATAS. 26

REGLAMENTOS. 29

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA.. 29

MUNICIPALIDADES. 31

REMATES. 32

HACIENDA.. 32

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL. 35

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS. 36

BANCO DE COSTA RICA.. 36

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL. 36

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA.. 36

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS. 38

Y ALCANTARILLADOS. 38

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA.. 41

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS. 41

COMISIÓN NACIONAL DE PRÉSTAMOS PARA EDUCACIÓN.. 42

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSÉ. 42

RÉGIMEN MUNICIPAL. 42

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA.. 42

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA.. 42

MUNICIPALIDAD DE CAÑAS. 43

MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE. 43

MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS. 43

AVISOS. 43

NOTIFICACIONES. 62

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. 62

JUSTICIA Y GRACIA.. 63

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO.. 64

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS. 65

CITACIONES. 68

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSÉ. 68

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 32393-G

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL  MINISTRO DE GOBERNACION Y POLICIA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 146 de la Constitución Política  Ley Nº 6725 de 10 de marzo de 1982 y reformado por Ley Nº 7974 del 4 de enero del dos mil, acuerdo tomado en la sesión ordinaria Nº 20, celebrada el 17 de mayo del 2005, de la Municipalidad de Buenos Aires.

Decretan:

Artículo 1º—Conceder asueto a los empleados públicos del cantón de Buenos Aires de la provincia de Puntarenas, el día 29 de junio del 2005, con las salvedades que establecen las leyes especiales, con motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.

Artículo 2º—En cuanto a los funcionarios del Ministerio de Educación Pública, será el jerarca de dicha institución el que determine con base en el artículo 213 del Código de Educación y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa cartera que laboren para ese cantón.

Artículo 3º—En relación a los funcionarios de la Dirección General de Aduanas, será el jerarca del Ministerio de Hacienda, el que determine con base en el artículo 14 párrafo segundo de la Ley General de Aduanas y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa Dirección que laboren en ese cantón.

Artículo 4º—Rige el día 29 de junio del 2005.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las once horas del dieciocho de mayo del dos  mil cinco.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—Lic. Rogelio Ramos Martínez.—1 vez.—(Solicitud Nº 40927).—C-13320.—(D32393-42293).

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Nº 861-P.—San José, 17 de mayo del 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140, inciso 20) de la Constitución Política, 25, inciso 1) y 28, inciso, 2), acápite b) de la Ley General de la Administración Pública y artículos 3º, inciso 1) y 2) y 13, incisos 1) y 2.a) de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al licenciado Fernando Trejos Ballestero, cédula de identidad número 6-113-988, Ministro de Trabajo y Seguridad Social, para que viaje a la ciudad de Ginebra, Suiza, del 28 de mayo al 13 de junio del 2005, con el propósito de que participe como Jefe de la Delegación Oficial de Costa Rica en la 93a. Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo.

Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos ida y regreso, los viáticos de alimentación y hospedaje, los impuestos de migración de entrada y /o salida, así como cualquier erogación que por concepto de penalización deba girarse, por cambios imprevistos y debidamente justificados en los tiquetes aéreos, correrán por cuenta del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Artículo 3º—Como adelanto de viáticos correspondientes a los días del 28 de mayo al 13 de junio del 2005 ambas fechas inclusive, el señor Ministro recibe la suma equivalente de ¢ 1.666.714 (un millón seiscientos sesenta y seis mil setecientos catorce colones) del programa 729 de la Administración Central, subpartida 132 de Gastos de Viaje al Exterior la cual se fundamenta en el Capítulo IV del “Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos”.

Artículo 4º—Durante la ausencia del Ministro, encargar la atención de esta cartera al señor Jeremías Vargas Chavarría, cédula de identidad número 2-323-014, Viceministro de Trabajo y Seguridad Social.

Rige a partir del 28 de mayo al 13 de junio del 2005, ambas fechas inclusive.

Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—1 vez.—(Solicitud Nº 28399).—C-11895.—(42305).

Nº 862-P.—San José, 17 de mayo del 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en artículos 139, inciso 1) y 146 de la Constitución Política y 47, inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública (N° 6227 de 2 de mayo de 1978) y en el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para los Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Jorge Polinaris Vargas, cédula de identidad número 1-399-417, Ministro de Planificación Nacional y Política Económica, para que viaje y asista al “Sexto Foro Global sobre la Reinvención del Gobierno”, a celebrarse en Seúl, Corea del Sur, del 24 al 27 de mayo de 2005.

Artículo 2º—El Gobierno de la República de Corea del Sur cubrirá gastos por concepto de transporte y alojamiento del 23 al 28 de mayo de 2005; el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) cubrirá viáticos los días 21, 22 y 29 de mayo de 2005, viáticos excepto hospedaje del 23 al 28 de mayo de 2005, pólizas de seguro por accidente o enfermedad (INS: Seguro Viajeros con Asistencia), taxis traslado aeropuertos y gastos menores (tales como llamadas telefónicas, scaneo, fotocopias, servicio de fax e internet), con cargo al Título 127 (Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica), Programa 863 (Actividades Centrales), Subpartidas 132 (Gastos de Viaje en el Exterior), del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2005 (Ley N° 8428 de 29 de noviembre de 2004).

Artículo 3º—Durante la ausencia del señor Jorge Polinaris Vargas se encarga la atención de la cartera de Planificación Nacional y Política Económica a la señora Florita Azofeifa Monge, cédula de identidad número 1-588-597, en calidad de Ministra a. i.

Artículo 4º—Rige del 21 al 29 mayo del 2005.

Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—1 vez.—(Solicitud Nº 25861-MIDEPLAN).—C-12845.—(42306).

Nº 863-P.—San José, 16 de mayo del 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en los artículos 139 de la Constitución Política y el 47, inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, licenciado Roberto Tovar Faja, cédula Nº 1-322-908, para que participe en reuniones de trabajo con funcionarios de la Embajada de Costa Rica en Reino Unido del 26 al 30 de mayo de 2005.

Artículo 2º—Los pasajes y gastos por concepto de viaje del señor Ministro corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, bajo el programa 079-Actividad Central. De conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viáticos para funcionarios públicos, se le adelanta la suma de US$370,00 diarios, para un total de US$1.850,00. Se le autoriza el pago por concepto de llamadas internacionales, todo sujeto a liquidación.

Artículo 3º—En tanto dure la ausencia del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, se le encargará la atención de esta cartera al señor Ministro de Seguridad Pública y Gobernación, Rogelio Ramos Martínez.

Artículo 4º—Rige del 26 al 30 de mayo de 2005.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—1 vez.—(Solicitud Nº 21061-Relaciones Exteriores).—C-9045.—(42307).

MINISTERIO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES

N° 003-C.—San José, 22 de junio del 2004

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES

Con fundamento en lo establecido por los artículos 140 inciso 2) y 146 de la Constitución Política, 25 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública y 12 inciso a) del Estatuto de Servicio Civil,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Despedir sin responsabilidad patronal, a la servidora Marlen Jiménez Brenes, cédula de identidad N° 01-0717-0501, Contadora 2, puesto N° 014416, de conformidad con la Resolución N° 10367 de las diez horas cinco minutos del trece de enero del año dos mil cuatro, emitida por el Tribunal de Servicio Civil. Expediente N° 13391.

Artículo 2º—Rige a partir del 1° de julio del 2004.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Cultura, Juventud y Deportes, Guido Sáenz González—1 vez.—(Solicitud Nº 09533).—C-6670.—(41532).

N° 034-MCJD.—San José, 1º de abril del 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES

Con fundamento en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política y el artículo único de la ley Nº 8367 del 24 de julio del 2003 y el artículo 9º de la directriz Nº 7 del 29 de noviembre de 1991.

ACUERDAN:

1º—Designar a Álvarez Mejías Ronald, cédula N° 5-247-306, Bolaños Sanabria Yorleny, 1-757-498, Coto Troz Roxana, 1-510-941, González Hedges Mildred, 100-767-55-7728, Guevara Morales José, 1-944-673, Lobo González Miriam, 1-564-439, Montero Rodríguez Silvia, 1-633-797, Morejón Sánchez Jorge Félix, 8-080-415, Ovares Fallas Carlos, 1-606-085, Romero Zúñiga Luis, 3-242-582, Solano Acuña Alexander, 1-605-412, Soto Coto Carlos, 3-328-013, Varela Lizano Lorenlayne, 1-483-915, Vargas Baltodano Xenia, 1-640-627 y a Vargas Zamora Gustavo, 1-879-106, funcionarios e integrantes de la Compañía Nacional de Danza, para que participen en el “Festival Internacional de Las Artes de Nueva Orleáns”, con la obra “Nadie me quita lo Bailado”, que se realizará en Nueva Orleáns, Lousiana, Estados Unidos de América, del 8 al 12 de junio del 2005.

2º—Los gastos de transporte internacional, serán cubiertos por la Compañía Nacional de Danza en la Subpartida 142 por un monto total de $ 420 (cuatrocientos veinte dólares) para cada uno de los participantes, a excepción del señor Ronald Álvarez Mejías a quien la Agencia de Viajes Organización Turística Estudiantil Costarricense (OTEC) le donó el tiquete aéreo, el hospedaje y la alimentación serán cubiertos por los organizadores del Festival Internacional de las Artes de Nueva Orleáns, a razón de un monto total de $ 100 (cien dólares) diarios para cada participante y la Compañía Nacional de Danza le cubrirá a cada participante un monto total de $ 25 (veinticinco dólares) diarios en la Subpartida 132 gastos de viaje al exterior.

3º—Rige del 9 al 13 de junio del 2005.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Cultura, Juventud y Deportes, Guido Sáenz González.—1 vez.—(Solicitud Nº 16879).—C-11420.—(41857).

Nº 035-MCJD.—San José, 31 de marzo del 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES

Con fundamento en el artículo 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política y el artículo único de la Ley Nº 8367 del 24 de julio de 2003

ACUERDAN:

1º—Designar a Acuña López Vera Patricia, pasaporte N° 204460798, y a Ortiz González Jerry 701270110, integrantes de la Compañía Nacional de Danza para que participen con el espectáculo “Nadie me quita lo Bailado” en el “Festival Internacional de Las Artes de Nueva Orleáns”, que se realizará en Nueva Orleáns, Lousiana, Estados Unidos de América del 8 al 12 de junio del 2005.

2º—Los gastos de transporte internacional serán cubiertos por la Compañía Nacional de Danza en la Subpartida 142, por un monto total de $ 420 (cuatrocientos veinte dólares) para cada uno de los participantes, el hospedaje y la alimentación serán cubiertos por los organizadores del Festival Internacional de las Artes de Nueva Orleáns, a razón de un monto total de $ 100 (cien dólares) diarios para cada participante y la Compañía Nacional de Danza le cubrirá a cada participante, un monto total de $ 25 (veinticinco dólares) diarios en la Subpartida 132 gastos de viaje al exterior.

3º—Rige del 9 al 13 de junio del 2005.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Cultura, Juventud y Deportes, Guido Sáenz González.—1 vez.—(Solicitud Nº 16880).—C-10470.—(41858).

Nº 53-MCJD.—San José, 28 de marzo del 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES

Con fundamento en el artículo 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política y el artículo único de la Ley Nº 8367 del 24 de julio de 2003.

ACUERDAN:

1º—Designar al licenciado Hernán Solano Venegas cédula N° 1-702-628, Viceministro de la Juventud, para que participe en el Encuentro Binacional Costa Rica, Nicaragua en el Marco del Proyecto de Promoción y Divulgación de Derechos Humanos II Fase, que se realizará en San Carlos de Nicaragua del 1º al 3 de abril de 2005.

2º—Los gastos de transporte internacional, el hospedaje y la alimentación serán cubiertos por el Proyecto de Promoción y Divulgación de Derechos Humanos de la Defensoría de los Habitantes de la República de Costa Rica.

3º—Rige del 31 de marzo al 4 de abril de 2005.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Cultura, Juventud y Deporte, Guido Sáenz González—1 vez.—(Solicitud Nº 44501).—C-8570.—(42732).

Nº 096-MCJD.—San José, 23 de mayo del 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES

Con fundamento en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política y el artículo único de la Ley Nº 8367 del 24 de julio del 2003.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Modificar los artículos 1º y 2º del acuerdo N° MCJD/079/05 del 9 de mayo del 2005, para que se lean de la siguiente manera:

“Artículo 1º—Autorizar a la señora Amalia Chaverri Fonseca, cédula 1-294-445, Viceministra de Cultura, Juventud y Deportes, para que participe en el Encuentro Internacional de Ministros de Cultura, a realizarse en Madrid, España los días 11 y 12 de junio del 2005 y en la VIII Conferencia Iberoamericana de Cultura, por efectuarse en Córdoba, España los días 13 y 14 de junio del 2005. La señora Chaverri Fonseca debe viajar el 8 de junio del 2005 y regresar el día 17 de junio del 2005, ya que aprovechará su visita a la ciudad de Madrid los días 9, 10, 15 y 16 de junio del 2005, para buscar apoyo financiero para el Edificio de las Academias y para el Proyecto La Aduana”.

“Artículo 2º—El transporte internacional en la ruta Costa Rica-Madrid-Costa Rica, será cubierto por el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, en el Programa 749-Actividades Centrales Subpartida 142-Gastos de Transporte de o para el Exterior. El transporte interno en la ruta Madrid-Córdoba-Madrid será cubierto por la Organización de Estados Iberoamericanos (O.E.I.). El hospedaje de los días 9, 14, 15 y 16 de junio del 2005 lo cubrirá el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes en el Programa 749-Actividades Centrales Subpartida 132-Gastos de Viaje en el Exterior. El hospedaje de los días 10 y 11 de junio de 2005 lo cubrirá el Ministerio de Cultura de España. El hospedaje de los días 12 y 13 de junio del 2005 lo cubrirá la Organización de Estados Iberoamericanos (O.E.I.). El almuerzo y cena del día 9 de junio del 2005, el desayuno y almuerzo del día 10 de junio del 2005, el almuerzo del día 12 de junio del 2005, la cena del día 14 de junio del 2005, el desayuno, almuerzo y cena de los días 15 y 16 de junio del 2005, y el desayuno y almuerzo del día 17 de junio del 2005 serán cubiertos por el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes en el Programa 749-Actividades Centrales Subpartida 132-Gastos de Viaje en el Exterior. La cena del día 10 de junio del 2005, el desayuno, almuerzo y cena del día 11 de junio del 2005 y el desayuno del día 12 de junio del 2005 serán cubiertos por el Ministerio de Cultura de España. La cena del día 12 de junio del 2005, el desayuno, almuerzo y cena del día 13, el desayuno y almuerzo del día 14 de junio del 2005 serán cubiertos por la Organización de Estados Iberoamericanos (O.E.I.). Para el pago de los viáticos correspondientes el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, le girará un adelanto por un monto de ¢ 360.000,00 (trescientos sesenta mil colones sin céntimos), el resto se le reintegrará conforme a la liquidación que realice la señora Viceministra al regreso de su gira, en el Programa y Subpartida indicados anteriormente en esta modificación para ese efecto”.

Artículo 2º—Los demás artículos se mantienen invariables.

Artículo 3º—Rige del 8 al 17 de junio del 2005.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Cultura, Juventud y Deportes, Guido Sáenz González.—1 vez.—(Solicitud Nº 27460).—C-24720.—(41859).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

N° 217-COMEX.—San José, 29 de abril del 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140, incisos 3) y 18) y artículo 146 de la Constitución Política, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de Administración Pública, la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica número 7638 del 30 de octubre de 1996 y la Ley para las Negociaciones Comerciales y la Administración de los Tratados de Libre Comercio, Acuerdos e Instrumentos del Comercio Exterior, Nº 8056 del veintiuno de diciembre del 2000.

Considerando:

1º—Que desde mediados de la década de los ochenta y con el fin de superar las limitadas dimensiones del mercado nacional, Costa Rica inició un proceso de inserción en la economía internacional, a través del desarrollo y ejecución de una política de comercio exterior basada en la búsqueda de nuevas y mejores oportunidades de crecimiento y desarrollo para todos los habitantes del país.

2º—Que para garantizar la continuidad de su política comercial, se ha venido asignando la mayor importancia a la agenda comercial, buscando una participación activa y constructiva en las negociaciones comerciales multilaterales, regionales y bilaterales.

3º—Que en la ejecución de tal política comercial, asume un rol relevante el equipo de negociadores comerciales del Ministerio de Comercio Exterior, pues a ellos corresponde la presentación de las propuestas nacionales y debatir sobre su alcance, cobertura y métodos de aplicación y, en conjunto a través del consenso, desarrollar los marcos normativos que plasmarán tales negociaciones, representando y defendiendo los más altos intereses del país.

4º—Que la Ley para las Negociaciones Comerciales y la Administración de los Tratados de Libre Comercio, Acuerdos e Instrumentos del Comercio Exterior, dispone en su artículo 3, que los negociadores comerciales internacionales costarricenses, serán nombrados mediante acuerdo del Poder Ejecutivo.

5º—Que en acatamiento de la ley indicada se emitió el acuerdo ejecutivo Nº COMEX-316-2002 del 16 de julio del 2002, publicado en La Gaceta Nº 150 del 7 de agosto del 2002, mediante el cual se nombra el primer equipo de negociadores comerciales internacionales, cuya vigencia se estableció hasta el 31 de mayo del 2003.

6º—Que mediante el acuerdo ejecutivo Nº COMEX-209-2004 del 21 de abril del 2004, se prorrogó la vigencia de varios de los nombramientos efectuados en el acuerdo ejecutivo Nº COMEX-316-2002, precitado.

7º—Que los negociadores comerciales que se indicarán, han cesado en los puestos que venían ocupando.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Excluir de la lista de Negociadores Comerciales Internacionales, establecida en el acuerdo número 209-2004, de fecha 21 de abril del 2004 a los señores Federico Valerio De Ford, cédula de identidad número 1-0745-0747, Víctor Umaña Vargas, cédula número 1-815-453 y Álvaro Monge Zúñiga, portador de la cédula número 1-642-070.

Artículo 2º—Rige a partir del 1º de mayo del 2005.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Comercio Exterior, Manuel A. González Sanz.—1 vez.—(Solicitud Nº 22816).—C-22820.—(41860).

N° 218-COMEX.—San José, 2 de mayo del 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140, incisos 3) y 18) y artículo 146 de la Constitución Política, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de Administración Pública, la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica número 7638 del 30 de octubre de 1996 y la Ley para las Negociaciones Comerciales y la Administración de los Tratados de Libre Comercio, Acuerdos e Instrumentos del Comercio Exterior, Nº 8056 del veintiuno de diciembre del 2000.

Considerando:

1º—Que desde mediados de la década de los ochenta y con el fin de superar las limitadas dimensiones del mercado nacional, Costa Rica inició un proceso de inserción en la economía internacional, a través del desarrollo y ejecución de una política de comercio exterior basada en la búsqueda de nuevas y mejores oportunidades de crecimiento y desarrollo para todos los habitantes del país.

2º—Que para garantizar la continuidad de su política comercial, se ha venido asignando la mayor importancia a la agenda comercial, buscando una participación activa y constructiva en las negociaciones comerciales multilaterales, regionales y bilaterales.

3º—Que en la ejecución de tal política comercial, asume un rol relevante el equipo de negociadores comerciales del Ministerio de Comercio Exterior, pues a ellos corresponde la presentación de las propuestas nacionales y debatir sobre su alcance, cobertura y métodos de aplicación y, en conjunto a través del consenso, desarrollar los marcos normativos que plasmarán tales negociaciones, representando y defendiendo los más altos intereses del país.

4º—Que la Ley para las Negociaciones Comerciales y la Administración de los Tratados de Libre Comercio, Acuerdos e Instrumentos del Comercio Exterior, dispone en su artículo 3, que los negociadores comerciales internacionales costarricenses, serán nombrados mediante acuerdo del Poder Ejecutivo.

5º—Que en acatamiento de la ley indicada se emitió el Acuerdo Ejecutivo Nº COMEX-316-2002 del 16 de julio del 2002, publicado en La Gaceta Nº 150 del 7 de agosto del 2002, mediante el cual se nombra el primer equipo de negociadores comerciales internacionales, cuya vigencia se estableció hasta el 31 de mayo del 2003.

6º—Que mediante el acuerdo ejecutivo Nº COMEX-209-2004 del 21 de abril del 2004, se prorrogó la vigencia de varios de los nombramientos efectuados en el acuerdo ejecutivo Nº COMEX-316-2002, precitado.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Integrar a la lista de Negociadores Comerciales Internacionales, establecida en el Acuerdo número 209-2004, de fecha 21 de abril del 2004, a Milena Pacheco Revilla, portadora de la cédula de identidad número 1-1019-629, a Luis Eduardo Obando Rojas; portador de la cédula número 1-758-665 y a Adriana Campos Azofeifa, portadora de la cédula número 1-1102-199.

Artículo 2º—Rige a partir del 2 de mayo del 2005, hasta el 31 de mayo del 2006.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—La Ministra de Comercio Exterior a. í., Amparo Pacheco Oreamuno.—1 vez.—(Solicitud Nº 22816).—C-25195.—(41861).

Nº 225-COMEX.—San José, 13 de mayo del 2005

LA PRIMERA VICEPRESIDENTA

EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

De conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, 2 inciso b) y 8 incisos a) y b) de la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley Nº 7638 de 30 de octubre de 1996, y 4 inciso c) del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos;

ACUERDAN:

Artículo 1º—Designar al señor Rafael Ángel Ramírez González, funcionario de este Ministerio, portador de la cédula de identidad número 1-740-293 para que viaje en Delegación Oficial a Cartagena, Colombia, del 18 al 20 de mayo del 2005, para participar en la IX Conferencia Latinoamericana de la Industria Alemana.

Artículo 2º—Los gastos de viáticos, transporte y gastos conexos serán costeados por PROCOMER con cargo al Convenio de Cooperación Interinstitucional que tiene suscrito con el Ministerio de Comercio Exterior. De conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, le corresponde un monto de $314,00 (trescientos catorce 00/100 dólares), y se le autoriza a utilizar la suma de $232.00 (doscientos treinta y dos con 00/100 dólares) para el pago de la inscripción a la IX Conferencia Latinoamericana de la Industria Alemana. El funcionario está autorizado para hacer escala en Panamá y en Barranquilla, Colombia por conexión.

Artículo 3º—Rige del 18 al 20 de mayo del 2005.

LINETH SABORÍO CHAVERRI.—La Ministra de Comercio Exterior a. i., Amparo Pacheco Oreamuno—1 vez.—(Solicitud Nº 22817).—C-14270.—(41862).

Nº 226- COMEX.—San José, 17 de mayo del 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y artículo 146 de la Constitución Política, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de Administración Pública, la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica número 7638 del 30 de octubre de 1996 y la Ley para las Negociaciones Comerciales y la Administración de los Tratados de Libre Comercio, Acuerdos e Instrumentos del Comercio Exterior, Nº 8056 del veintiuno de diciembre del 2000.

Considerando:

I.—Que desde mediados de la década de los ochenta y con el fin de superar las limitadas dimensiones del mercado nacional, Costa Rica inició un proceso de inserción en la economía internacional, a través del desarrollo y ejecución de una política de comercio exterior basada en la búsqueda de nuevas y mejores oportunidades de crecimiento y desarrollo para todos los habitantes del país.

II.—Que para garantizar la continuidad de su política comercial, se ha venido asignando la mayor importancia a la agenda comercial, buscando una participación activa y constructiva en las negociaciones comerciales multilaterales, regionales y bilaterales.

III.—Que en la ejecución de tal política comercial, asume un rol relevante el equipo de negociadores comerciales del Ministerio de Comercio Exterior, pues a ellos corresponde la presentación de las propuestas nacionales y debatir sobre su alcance, cobertura y métodos de aplicación y; en conjunto a través del consenso, desarrollar los marcos normativos que plasmarán tales negociaciones, representando y defendiendo los más altos intereses del país.

IV.—Que la Ley para las Negociaciones Comerciales y la Administración de los Tratados de Libre Comercio, Acuerdos e Instrumentos del Comercio Exterior, dispone en su artículo 3, que los negociadores comerciales internacionales costarricenses, serán nombrados mediante acuerdo del Poder Ejecutivo.

V.—Que en acatamiento de la ley indicada se emitió el Acuerdo Ejecutivo Nº COMEX-316-2002 del 16 de julio del 2002, publicado en La Gaceta Nº 150 del 7 de agosto del 2002, mediante el cual se nombra el primer equipo de negociadores comerciales internacionales, cuya vigencia se estableció hasta el 31 de mayo del 2003.

VI.—Que mediante el Acuerdo Ejecutivo Nº COMEX-209-2004 del 21 de abril del 2004, se prorrogó la vigencia de varios de los nombramientos efectuados en el Acuerdo Ejecutivo Nº COMEX-316-2002, precitado.

VII.—Que el negociador comercial que se indica, ha cesado en el puesto que venía ocupando.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Excluir de la lista de Negociadores Comerciales Internacionales, establecida en el Acuerdo número 209-2004, de fecha 21 de abril del 2004 a la señorita Adriana Castro Gutiérrez, cédula de identidad número 1-931-999.

Artículo 2º—Rige a partir del diecinueve de mayo del 2005.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Comercio Exterior, Manuel A. González Sanz—1 vez.—(Solicitud Nº 22816).—C-22820.—(41863).

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES

Nº 017-2005.—San José, a las diez horas del día siete de febrero del dos mil cinco.

Solicitud de Declaratoria de Producción de Interés Público para la producción discográfica denominada “Música para cuerdas”, autoría de Eddie Mora Bermúdez, cédula de identidad Nº 1-0649-0850 y que contiene cinco temas de música original clásica costarricense, que son los siguientes: Concierto Amighetti para cuerdas, piano y percusión, Cuatro miniaturas para violín y piano, Preludio e invención para viola sola, B-a-c-h para cuerdas y percusión, La Niña y el Viento para cuerdas, sintetizador y piano. De estos temas, el “Concierto Amighetti para cuerdas, piano y percusión” y “Cuatro miniaturas para violín y piano”, han sido galardonados con el Premio Nacional en Música “Aquileo J. Echeverría” en composición. Su objetivo principal es contribuir al enriquecimiento del acervo musical costarricense y a la divulgación de nuestro patrimonio en esa disciplina.

Resultando:

1º—Que mediante oficio DGC-070-2005 de fecha 1º de febrero del 2005, la Dirección General de Cultura del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, comunica al Departamento Legal de la misma Cartera Ministerial, que la solicitud planteada para que se declare de Interés Público, para la producción discográfica autoría de Eddie Mora Bermúdez, cédula de identidad Nº 1-0649-0850, denominada: “Música para cuerdas” cuenta con el aval de esa Dirección General de Cultura. Esta producción discográfica tiene como objetivo principal contribuir al enriquecimiento del acervo musical costarricense y a la divulgación de nuestro patrimonio en esta disciplina.

Considerando:

I.—Que el disco compacto denominado “Música para cuerdas”, producido por Eddie Mora Bermúdez, contribuye al enriquecimiento de nuestro acervo musical, y a la divulgación de nuestro patrimonio en esta disciplina.

II.—Que dos de sus temas fueron galardonados con el Premio Nacional Aquileo J. Echeverría, en música en lo que se refiere a composición, lo cual confirma su calidad y profesionalismo.

III.—Que el disco constituye un material sonoro adecuado para profesores de música de las instituciones de enseñanza y es una manera concreta de promover a los artistas y a la cultura musical costarricense.

IV.—Que es un trabajo que definitivamente está orientado a valorar al compositor, al artista y a la música costarricense, como parte esencial de nuestra cultura. Por tanto:

EL MINISTRO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES

RESUELVE:

Declarar de Interés Público, la producción discográfica autoría del señor Eddie Mora Bermúdez, cédula de identidad Nº 1-0649-0850, denominada: “Música para cuerdas”, el cual contiene cinco temas de música original clásica costarricense, que son los siguientes: Concierto Amighetti para cuerdas, piano y percusión, Cuatro miniaturas para violín y piano, Preludio e invención para viola sola, B-a-c-h para cuerdas y Percusión, La Niña y el Viento para cuerdas, sintetizador y piano.

Guido Sáenz González, Ministro de Cultura, Juventud y Deportes.—1 vez.—(Solicitud Nº  17122).—C-21395.—(42308).

 

Nº 051.—Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes.—San José a las diez horas del día cuatro de mayo de dos mil cinco. Nombramiento del señor Jorge Rodríguez Gutiérrez, cédula de identidad número 1-0398-0855, como representante de la Municipalidad de Puntarenas ante la Junta Administrativa de la Casa de la Cultura de Puntarenas “Elsie Canessa de Odio”.

Resultando:

Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 7467-C del 14 de setiembre de 1977, publicado en La Gaceta Nº 182 del 27 de setiembre de 1977 y modificado por los Decretos Ejecutivos Nº 21877-C del 7 de enero de 1993, publicado en La Gaceta Nº 44 del 4 de marzo de 1993, Nº 24292-C del 2 de mayo de 1995, publicado en el Alcance Nº 20 a La Gaceta Nº 110 del 8 de junio de 1995 y Nº 24759-C del 31 de octubre de 1995, publicado en La Gaceta Nº 229 del 1° de diciembre de 1995, se creó la Casa de la Cultura de Puntarenas, estableciéndose que será regentada por una Junta Administrativa compuesta entre otros miembros, por un representante de la Municipalidad de Puntarenas.

Considerando:

I.—Que en sesión extraordinaria número 155 del 30 de enero de 2004, el Concejo Municipal de la Municipalidad de Puntarenas acordó nombrar al señor Ricaurter Ortiz Álvarez como representante de ese Municipio ante la Junta Administrativa de la Casa de la Cultura de Puntarenas.

II.—Que el día 31 de marzo de 2005, el señor Ortiz Álvarez, presentó su renuncia irrevocable a dicho cargo.

III.—Que en Sesión Ordinaria Nº 280 celebrada el día 5 de abril del presente año, el Concejo Municipal de la Municipalidad de Puntarenas acordó nombrar al señor Jorge Rodríguez Gutiérrez, cédula de identidad número 1-0398-0855 como representante de la Municipalidad de Puntarenas ante la Junta Administrativa de la Casa de la Cultura de Puntarenas.

IV.—Que de conformidad con el Acuerdo Ejecutivo Nº 31-C del 5 de marzo del 2004, publicado en La Gaceta Nº 96 del 18 de mayo del mismo año, se integró la Junta Administrativa de la Casa de la Cultura de Puntarenas, nombrando al señor Ortiz Álvarez como representante de la Municipalidad de esa Provincia, desde el día 2 de marzo de 2004 y por un período de dos años.

V.—Que de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº 24759-C del 31 de octubre de 1995, publicado en La Gaceta Nº 229 del 1° de diciembre de 1995 citado, las personas que sean nombradas para llenar vacantes, ocuparán sus cargos por el resto del período del miembro saliente. Por tanto:

EL MINISTRO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES, RESUELVE:

Artículo 1º—Aceptar la renuncia y agradecer los valiosos servicios prestados por el señor Ricaurter Ortiz Álvarez, cédula de identidad Nº 1-0872-0050, en el desempeño de su cargo como representante de la Municipalidad de Puntarenas ante la Junta Administrativa de la Casa de la Cultura de esa provincia y dar por nombrado en su lugar al señor Jorge Rodríguez Gutiérrez, cédula de identidad número 1-0398-0855.

Artículo 2º—Rige a partir del día 5 de abril del 2005 y hasta el día 2 de marzo del 2006.

Guido Sáenz González, Ministro de Cultura, Juventud y Deportes.—1 vez.—(Solicitud Nº 17134).—C-20445.—(42309).

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Resolución D.JUR 0467-GDA.—Dirección General de Migración y Extranjería.—San José, al ser las catorce horas, cincuenta minutos del veintitrés de mayo del dos mil cinco. Se delega en la licenciada Flor de María Arce Chacón, mayor, abogada, portadora de la cédula de identidad Nº 2-309-774, vecina de San José, en su calidad de Directora Técnica Operativa, la suscripción de las resoluciones mediante las cuales esta Dirección General reconozca el estatus de refugiado, así como las resoluciones de trámite, otorgamiento o denegatoria de solicitudes de Permisos Temporales de Residencia y de Residencia bajo cualquiera de las categorías migratorias establecidas en la Ley General de Migración y Extranjería, o su cancelación, así como la prórroga de permanencia legal de extranjeros y cambios de categoría migratoria.

Resultando:

1º—Que la Dirección General es la dependencia del Ministerio de Gobernación y Policía competente para la aplicación de la Ley General de Migración y Extranjería número 7033 del 4 de agosto de 1986.

2º—Que los cambios producidos en las últimas décadas en relación con los flujos migratorios internacionales, entre los que se destacan el crecimiento de la población extranjera residente en el territorio nacional, la persistente presión de los movimientos migratorios irregulares y el paulatino crecimiento de nuevas corrientes de foráneos, plantean la necesidad de definir un nuevo marco de orientaciones jurídicas, que permitan continuar desarrollando una profunda transformación del sistema de gestión migratoria y asegurar la aplicación eficiente y transparente de las políticas migratorias que adopte el Estado costarricense y la legislación vigente.

3º—Que la Dirección General de Migración y Extranjería requiere de estructuras orgánicas modernas y de personal formado, con capacidad de ejercer sus funciones de manera eficaz, para brindar un servicio de calidad a sus usuarios, tanto nacionales como extranjeros.

4º—El Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica mediante oficios DM-1298-2004, del 30 de agosto de 2004, y DM-736-2005, del 10 de mayo de 2005, aprobó la Estructura Organizacional de la Dirección General de Migración y Extranjería.

5º—Que el artículo 7, primer párrafo, incisos 2), 3), 4), 8), 9) y 13) de la Ley General de Migración y Extranjería, establecen como funciones de la Dirección General de Migración y Extranjería, las de otorgar prórroga de permanencia a los extranjeros que hubieren ingresado al país, otorgar cambios de categoría a los extranjeros que hubieren ingresado con visa de radicados temporales o de no residentes, regularizar la situación migratoria de los migrantes ilegales cuando así corresponda, declarar la pérdida de la condición de “residente permanente” o “radicado temporal”, cuando así corresponda, cancelar los permisos de permanencia de los extranjeros, en los  casos señalados por esta ley y su reglamento y otorgar, renovar y cancelar la cédula correspondiente a los extranjeros que residan en el país como residentes permanentes o radicados, siempre y cuando no exista voto de mayoría absoluta de la totalidad de los miembros del Consejo en que se recomiende lo contrario.

6º—Que el artículo 66 Bis del  Reglamento a la Ley de Migración y Extranjería, reformado mediante Decreto Ejecutivo Nº 29964-G del 5 de noviembre de 2001, estipula dentro de las funciones de la Dirección General de Migración y Extranjería, las de otorgar Permisos Temporales de Residencia.

7º—Que los artículos 7, inciso 21), segundo párrafo de la Ley General de Migración y Extranjería, y 89, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública desarrollan lo referente a la delegación de ciertos tipos de actos.

Considerando:

1º—Que los artículos 7, inciso 21) de la Ley General de Migración y Extranjería, y 89, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, regulan lo referente a la delegación de determinados actos. Con fundamento en ello, la Procuraduría General de la República por medio del dictamen número C-057-99 del 19 de marzo de 1999, señaló que: “ ... en el artículo 92 de la Ley General de la Administración Pública, el Director General de Migración, como titular de la competencia para ordenar y por tanto firmar las deportaciones, puede válidamente delegar el acto material de la firma en los funcionarios de esa Dirección idóneos... debe quedar claro que la delegación de firma no puede convertirse en la práctica en una delegación de funciones...”

2º—Que la Sala Constitucional, mediante voto 2005-01562, de las 14 horas 49 minutos del 16 de febrero del año en curso, indicó expresamente que “... El numeral 21 de dicho cuerpo normativo (Ley General de Migración) otorga la posibilidad a esta (la Dirección General de Migración y Extranjería) de delegar y avocar - en caso necesario - las funciones propias de su competencia, cuando ello se justifique a fin de otorgar un mejor servicio. Así las cosas, se está en presencia de una delegación de competencias propias, al interno del órgano, autorizada por ley, de donde no encuentra esta Sala la violación alegada...” (lo indicado entre paréntesis no es del original).

3º—Que la Dirección General de Migración y Extranjería tramita gran cantidad de solicitudes de Permisos Temporales de Residencias o  Estatus de Residente, según las categorías migratorias establecidas por los artículos 35 y 36 de la Ley General de Migración y Extranjería y el 66 bis de su Reglamento. Dichas gestiones, de conformidad con la Estructura Organizacional de la Dirección General de Migración y Extranjería aprobada por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica mediante oficios DM-1298-2004, del 30 de agosto de 2004, y DM-736-2005, del 10 de mayo de 2005, serán tramitadas por la Dirección Técnica Operativa de este Órgano. Dicha Dirección Técnica será entonces la competente para conocer, analizar y emitir criterio jurídico, positivo o negativo, sobre toda petición que realicen los extranjeros de conformidad con la legislación migratoria vigente, con relación a su condición migratoria. En ese contexto, esta Dirección General estima procedente delegar la suscripción de las resoluciones mediante las cuales se reconozca el estatus de refugiado, así como las resoluciones de trámite, otorgamiento o denegatoria de solicitudes de Permisos Temporales de Residencia y de Residencia bajo cualquiera de las categorías migratorias establecidas  en  la  Ley General de Migración y Extranjería, o su cancelación, así como la prórroga de permanencia legal de extranjeros y cambios de categoría migratoria, y en general, todo documento relacionado con la tramitación de lo anterior, en la persona encargada de la referida Dirección Técnica Operativa, cargo que será ocupado por la licenciada Flor de María Arce Chacón, mayor, divorciada, abogada, portadora de la cédula de identidad Nº 2-309-774, vecina de San José.  Por tanto:

El Director General de Migración y Extranjería, con base en lo expuesto, los artículos 7, primer párrafo, incisos 2), 3), 4), 8), 9) y 13), y segundo párrafo, inciso 21) de la Ley General de Migración y Extranjería; 89, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública; 66 Bis del Reglamento a la Ley de Migración y Extranjería, reformado mediante Decreto Ejecutivo Nº 29964-G del 5 de noviembre de 2001, dictamen de la Procuraduría General de la República número C-057-99 del 19 de marzo de 1999 y oficios DM-1298-2004, del 30 de agosto de 2004, y DM-736-2005, del 10 de mayo de 2005, El Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, acuerda: Delegar la suscripción de las resoluciones mediante las cuales se reconozca el estatus de refugiado, así como las resoluciones de trámite, otorgamiento o denegatoria de solicitudes de Permisos Temporales de Residencia y de Residencia bajo cualquiera de las categorías migratorias establecidas en la Ley General de Migración y Extranjería, o su cancelación, así como la prórroga de permanencia legal de extranjeros y cambios de categoría migratoria, y en general, todo documento relacionado con la tramitación de lo anterior, en la persona de Flor de María Arce Chacón, mayor, divorciada, abogada, portadora de la cédula de identidad Nº 2-309-774, vecina de San José, en su calidad de Directora Técnica Operativa de este Órgano. Rige a partir del 1º de junio de 2005. Publíquese.—Lic. Marco Badilla Chavarría Director General.—(Solicitud Nº 32454).—C-163875.—(42291).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

GERENCIA DE INSUMOS AGRÍCOLAS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Nº 99/2005.—El señor Ignacio Alfonso Pérez Echeverría, cédula 1-489-052, en calidad de representante legal de la compañía Recursos Ecológicos Oikos S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José. Solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial Bio Force, compuesto a base de potasio-ácidos humitos-ácidos fulvicos. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 11 de mayo del 2005.—Ing. Carlos Padilla Bonilla, Gerente.—(41211).

 

Nº 100/2005.—El señor Ignacio Alfonso Pérez Echeverría, cédula 1-489-052, en calidad de representante legal de la compañía Cristal Chemical Company Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José. Solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial Clorofilan, compuesto a base de nitrógeno-aminoácidos-molibdeno-materia orgánica. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 11 de mayo del 2005.—Ing. Carlos Padilla Bonilla, Gerente.—(41212).

DIRECCIÓN DE SALUD ANIMAL

EDICTOS

El señor Carlos Chinchilla Calderón, con número de cédula 3-139-840, vecino de San José, en calidad de gerente general de la compañía Farmagro S. A. con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Parvo - Vacin Viva (Vacuna Inactivada Contra Parvo Virosis Canina), fabricado por Laboratorios Biovet S. A. de Brasil, con los siguientes principios activos: virus del parvo virus canino ≥102.5 DICT50/DOSIS y las siguientes indicaciones terapéuticas: para la prevención de la parvovirosis en perros. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 20 de mayo del 2005.—Departamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Benigno Alpízar Montero.—1 vez.—(41499).

 

El señor Carlos Chinchilla Calderón, con número de cédula 3-139-840, vecino de San José, en calidad de gerente general de la compañía Farmagro S. A. con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Octa-Cino-Vacin (Vacuna Contra Distemper, Hepatitis, Adenovirus Tipo 2, Parainfluenza y Parvovirus, Coronavirus y Leptospirosis, fabricado por: Laboratorio Biovet S. A. de Brasil, con los siguientes principios activos: Virus Distemper, Virus Hepatitis, Adenovirus Tipo 2, Parvovirus Canino, Virus Corona Virus ≥102.5DICT50, Parainfluenza HA1:64. L.Canicola, L. Icterrohaemorrhagiae ≥10.4.0 /ml. y las siguientes indicaciones terapéuticas: en perros para la prevención contra distemper, hepatitis, adenovirus tipo 2, para influenza, parvovirus, coronavirus y leptospirosis. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 20 de mayo del 2005.—Departamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Benigno Alpízar Montero.—1 vez.—(41500).

 

El señor Carlos Chinchilla Calderón con número de cédula 3-139-840, vecino de San José, en calidad de gerente general de la compañía Farmagro S. A. con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Tri-Cino-Vacin (Vacuna Virus Vivo Modificado contra Distemper, Hepatitis, Leptospirosis), fabricado por Laboratorios Biovet S. A. de Brasil, con los siguientes principios activos: virus del Distemper ≥102.5 DICT50/DOSIS, virus de la Hepatitis ≥102.5 DICT50/DOSIS, leptospira canicola ≥104.0bact/ml, Leptospira Icterohaemorrhagiae 104.0bact/ml y las siguientes indicaciones terapéuticas: para la revención de Distemper, Hepatitis y Leptospirosis. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 20 de mayo del 2005.—Departamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Benigno Alpízar Montero.—1 vez.—(41501).

 

El señor Carlos Chinchilla Calderón, con número de cédula 3-139-840, vecino de San José, en calidad de gerente general de la compañía Farmagro S. A., con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Mastifín Vaca Seca, fabricado por: Laboratorio Ouro Fino, Brasil, con los siguientes principios activos: Gentamicina Base (como Sulfato) 400,00 mg, vehículo C.B.P. 10,00g. y las siguientes indicaciones terapéuticas: para la revención y el tratamiento de la mastitis bovina, durante el período seco causada por gérmenes sensibles a la Gentamicina. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 12 de mayo del 2005.—Departamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Benigno Alpízar Montero.—1 vez.—(41502).

 

El señor Manuel Bermúdez Alvarado, con número de cédula 1-420-116, vecino de San José, en calidad de representante legal de la Compañía Bayer S. A., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 2: AQUÍ-S anestésico para peces. Fabricado por: Laboratorios AQUÍ-S New Zealand Ltda., Nueva Zelanda para Bayer Health Care, con los siguientes principios activos: ISO-EUGENOL 50g cada 100 ml y las siguientes indicaciones terapéuticas: es un anestésico acuático empleado en el manejo y cosecha de peces y otros productos marinos. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 27 de abril del 2005.—Dr. Benigno Alpízar Montero.—1 vez.—(41612).

 

El señor Manuel Bermúdez Alvarado, con número de cédula 1-420-116, vecino de San José, en calidad de representante legal de la Compañía Bayer S. A., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 2: CO-RAL PLUS. Fabricado por: Laboratorios Bayer Corporation, con los siguientes principios activos: cada arete contiene Coumaphos y las siguientes indicaciones terapéuticas: para el control del ganado de carne. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 4 de mayo del 2005.—Dr. Benigno Alpízar Montero.—1 vez.—(41613).

 

El señor Manuel Bermúdez Alvarado, con número de cédula 1-420-116, vecino de San José, en calidad de representante legal de la Compañía Bayer S. A., con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Bayovac vacuna contra enfermedad infeccioda de la Bursa-New Castle, bronquitis, reovirus, estándar variantes, tipo Massachussets, virus muerto. Fabricado por: Laboratorios Lohmann Animal Health, USA., con los siguientes principios activos: Reovirus 1733X106.5ufp/Dosis, Reovirus 2408X106.5UFP/Dosis, Reovirus 1133X105.7UEP/Dosis, Ven Cepa Lasota 107.6die50/Dosis, VBI Cepa Holandesa 106.9DIE50/Dosis, VEIB Cepa Lukert 106.0UFP/Dosis, VEIB variantes Delaware 103.3DIE50/Dosis y las siguientes indicaciones terapéuticas: para la prevención en aves de la enfermedad infecciosa de la Bursa-New Castle, bronquitis, reovirus. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 29 de abril del 2005.—Dr. Benigno Alpízar Montero.—1 vez.—(41614).

 

El señor Manuel Bermúdez Alvarado, con número de cédula 1-420-116, vecino de San José, en calidad de representante legal de la Compañía Bayer S. A., con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Vetriderm Pastilla Dermatológica. Fabricado por: Laboratorios Bayer de México S. A., de C.V., con los siguientes principios activos: ingredientes protegidos en microsomas (triclocarban) 1g en 100g y las siguientes indicaciones terapéuticas: para el baño frecuente en caninos y felinos para el cuidado, protección de la piel y pelaje. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 4 de mayo del 2005.—Dr. Benigno Alpízar Montero.—1 vez.—(41615).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD

Y MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO

REPOSICIÓN DE TÍTULOS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 27, título Nº 135, emitido por el Instituto Centroamericano Adventista, en el año mil novecientos noventa y tres, a nombre de David Murillo Sibaja. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 24 de mayo del 2005.—Lic. Félix Barrantes Ureña, Director.—Nº 95286.—(41136).

 

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 77 y título Nº 325, emitido por el Liceo de Calle Fallas, en el año dos mil, a nombre de González Durán Natalia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 27 de abril del 2005.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—1 vez.—Nº 36607.—(41368).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 02, folio 53 y título Nº 2467, en el año mil novecientos noventa y ocho, y del título de Técnico Medio en la Especialidad de Secretariado, inscrito en el tomo 1, folio 391 y asiento Nº 5297, en el año mil novecientos noventa y cuatro, emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Heredia, a nombre de Francini Lidieth Sánchez Moreira. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 16 de marzo del 2005.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(41518).

 

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 5 y Título Nº 9, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Paquera, en el año mil novecientos noventa, a nombre de Vanessa Barboza Mojica. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 25 de mayo del 2005.—Lic. Marvin Loría Masís, Sudirector.—(41563).

 

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica”, modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 82 y título Nº 1986, emitido por el Liceo Roberto Brenes Mesén, en el año mil novecientos ochenta y seis, a nombre de Juan Diego Torres Chaves. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José 13 de mayo del 2005.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(41835).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su estatuto social la Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Empleados de Helechos Internacionales S. A. y Compañías Afiliadas R. L., siglas Coopehelechos R. L., acordada en asamblea celebrada el día 2 de febrero del 2004. Resolución 893. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos 51, 56 y 57 del estatuto.

San José, 4 de marzo del 2005.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(42032).

JUSTICIA Y GRACIA

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación del Acueducto Rural de Rosales de Desamparados de Alajuela. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 543, asiento: 7753.—Curridabat, 10 de enero del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 36876.—(41759).

 

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación para la Defensa de los Derechos de los Habitantes y la Cultura Indígena de Térraba, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Luchar por el rescate de los valores y las tradiciones de la cultura indígena de nuestro pueblo. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Vinicio Navas Nágera. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 549, asiento: 7179).—Curridabat, 17 de mayo del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 36948.—(41760).

 

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Foro por los Derechos Sociales, Económicos y Culturales Foro DESC, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover el efectivo conocimiento, realización, pleno disfrute, difusión y promoción de los derechos económicos, sociales y culturales en la sociedad civil. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Rocío Barahona Riera. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 543, asiento: 9822).—Curridabat, 24 de mayo del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 36954.—(41761).

 

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación Administradora Acueducto Rural de Balsa de Atenas. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 542, asiento: 17127.—Curridabat, 5 de abril del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 37022.—(41762).

 

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación Marviva Costa Rica. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 549, asiento: 18794.—Curridabat, 19 de mayo del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 37037.—(41763).

 

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Deportiva de Hatillo de Santa Cruz, con domicilio en la provincia de Guanacaste. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Fomentar la práctica en forma sana del deporte en general. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma lo es el presidente: Eitel Chavarría Ruiz. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite (tomo: 544, asiento: 883).—Curridabat, 23 de mayo del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 37039.—(41764).

 

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Mujeres Luchando Juntas Pro Vivienda, con domicilio en la provincia de Limón. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Dotar de vivienda digna a los asociados mediante el bono de vivienda otorgado por las instituciones creadas para el efecto. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Grace Calvo Sojo. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite (tomo: 550, asiento: 9496).—Curridabat, 29 de abril del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 37066.—(41765).

 

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Familias Cunicultoras, con domicilio en la provincia de Alajuela. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: organizar la población cunicultora del país, mediante comités de vigilancia. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado general sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Mario Alberto Quesada Solís. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 551, asiento: 19394).—Curridabat, a los veintisiete días del mes de mayo del año dos mil cinco.—Dirección de Personas Jurídicas.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 37344.—(42196).

 

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Proclínica de Control del Dolor y Cuidados Paliativos Chorotega, con domicilio en la provincia de Guanacaste. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Colaborar con la Clínica de Control del Dolor y Cuidado Paliativo del Hospital Enrique Baltodano Briceño. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente Buck Ronald Calvo Canales. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas), y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite (tomo: Nº 551, asiento: Nº 12608; Adicional tomo: Nº 552, asiento: Nº 5292).—Curridabat, 23 de mayo del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(42886).

 

REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD MUEBLE

Para: Registradores y Departamento de Placas

De: Dirección

Asunto: Valor de placas metálicas

Fecha: 19 de mayo del 2005

CIRCULAR CIRBM-07-2005

Se les comunica que de conformidad con lo dispuesto en el artículo N° 12 del Acuerdo Firme N° J161 de la sesión ordinaria Nº 16-2005, de la Junta Administrativa del Registro Nacional, celebrada el día 12 de mayo del presente año, a partir del 1º de junio del 2005, para la confección de las placas metálicas de los vehículos automotores, los usuarios deberán cancelar la suma de ¢4,000,00 (cuatro mil colones) por el par de placas metálicas de automóviles y ¢2.000,00 (dos mil colones) por la unidad de placa de motocicletas. Por lo anterior, deben los registradores verificar que dichos pagos sean conformes en los respectivos enteros bancarios que se aportan en las solicitudes de inscripción de los automotores. De igual manera, el Departamento de Placas aplicará dicho cobro en todo trámite de reposición de placas gestionadas por los interesados.—Lic. Edwin Martínez R., Director.—1 vez.—(Solicitud Nº 25092).—C-6195.—(41864).

DEPARTAMENTO DE RECONSTRUCCIÓN

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Se hace saber a terceros e interesados que: Por no encontrarse el Folio 24, del Tomo 113, Asiento 14, de la sección de Mercantil de este Registro, en el cual consta que presumiblemente es constitución de la sociedad Kilo S. A., cédula jurídica Nº 3-101-18499 y de conformidad con lo establecido por el Reglamento para salvar la inscripción de tomos en el Registro Público. Que es Decreto Ejecutivo Nº 16236 J, del 2 de mayo del 1985. Este departamento ha iniciado los trámites pertinentes con el fin de llevar a cabo la reposición del asiento relacionado. Por lo anterior y en cumplimiento con el artículo 8 del citado reglamento, se confiere un plazo de 5 días hábiles contados a partir de la fecha de la presente publicación. Con el fin de, que terceros e interesados hagan valer sus derechos y objeciones ante esta oficina.—Curridabat, 25 de mayo del 2005.—Roy Abarca Agüero, Registrador 467.—1 vez.—(Solicitud Nº 18124).—C-7145.—(41874).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

RESOLUCIONES

Nº 1156-M.—San José, a las catorce horas con treinta y cinco minutos del veinticuatro de mayo del dos mil cinco. (Expediente Nº 008-F-2005).

Diligencias de cancelación de credenciales de regidor suplente de la Municipalidad del cantón de Tilarán, provincia de Guanacaste, que ostenta el señor Armando Martínez Rojas.

Resultando:

1º—En oficio número SCM 007-2005, recibido en la Secretaría de este Despacho el 11 de enero del año en curso, la señora Silvia María Centeno González, en su condición de Secretaria Municipal de la Municipalidad de Tilarán, provincia de Guanacaste, comunicó el acuerdo tomado por el Concejo de aquella localidad en la Sesión Ordinaria número 137-2004, celebrada el 15 de diciembre del 2004, en la cual se acordó solicitar la cancelación de la credencial del Regidor Suplente Armando Martínez Rojas, por haber dejado de asistir a las sesiones del Concejo Municipal por más de dos meses.

2º—Mediante resolución de las 14:30 horas del 8 de febrero del 2005, se solicitó a la Secretaría Municipal certificación del registro de asistencias del señor Armando Martínez Rojas y la dirección en que podía ser notificado.

3º—La Secretaría Municipal cumplió con lo solicitado en los oficios SCM 210-2005 y SCM 215-2005 del 1º y 4 de abril del 2005.

4º—Por resolución de las 13:30 horas del 6 de abril del 2005, se le concedió audiencia al regidor suplente Armando Martínez Rojas a fin de que justificara sus ausencias o bien manifestara lo que a bien tuviera. El señor Martínez Rojas no contestó dicha audiencia.

5º—En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.

Redacta el Magistrado Fonseca Montoya; y,

Considerando:

I.—Hechos probados: Como tales y de relevancia para la resolución de este asunto se tienen los siguientes: a) que el señor Armando Martínez Rojas es regidor suplente de la Municipalidad de Tilarán, Provincia de Guanacaste, dado que mediante resolución número 1724-M-2003 de las 12:00 horas del 5 de agosto del 2003, este Tribunal lo designó en sustitución del señor Alfonso Wilber Chen Rivera (ver folios 17 al 22); b) que el señor Martínez Rojas fue propuesto por el Partido Unidad Social Cristiana (ver nómina a folio 5); c) que la candidata que sigue en la nómina del citado Partido, que no resultó electa ni ha sido designada por este Tribunal para completar el número de regidores suplentes de la Municipalidad indicada, es la señora Marixa Esquivel Villegas, conocida como Maritza Esquivel Villegas (folios 5 y 10); d) que el señor Martínez Rojas dejó de asistir a las sesiones del Concejo Municipal de Tilarán por más de dos meses, debido a que desde que fue designado por este Tribunal el 5 de agosto del 2003 como regidor suplente no se ha presentado a ninguna de las sesiones municipales (ver folios 11); e) que el señor Armando Martínez Rojas fue notificado de la audiencia que prevé el artículo 2° del Reglamento sobre Cancelación o Anulación de Credenciales Municipales y no contestó dicha audiencia (ver folios 13, 14 y 16).

II.—Sobre el fondo: El Código Municipal dispone, en el artículo 24, inciso b), que es causal de pérdida de la credencial de regidor la ausencia injustificada a las sesiones del Concejo por más de dos meses; disposición que resulta aplicable a los regidores suplentes de conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Código Municipal. Estando probado en autos que el señor Armando Martínez Rojas -regidor suplente de la Municipalidad del cantón de Tilarán, provincia de Guanacaste, por el Partido Unidad Social Cristiana- dejó de asistir a las sesiones del Concejo Municipal de ese cantón por más de dos meses, ya que no se ha presentado a sesiones desde que fue designado por este Tribunal el 5 de agosto del 2003, lo procedente es cancelar la credencial que ostenta, dado que se le concedió término por ocho días hábiles a los efectos de que justificara sus ausencias o manifestara lo que considerase más conveniente a sus intereses, sin que allegase al expediente elemento probatorio alguno con base en el cual pudiera colegirse que sus ausencias estuvieran de algún modo justificadas.

III.—Al cancelarse la credencial del señor Armando Martínez Rojas, se produce -entre los regidores suplentes del Partido Unidad Social Cristiana- una vacante que es necesario llenar según lo dispone el inciso d) del artículo 25 del Código Municipal “Completar el número de regidores suplentes, escogiendo de entre los candidatos que no resulten electos, a quien habría seguido las reglas que determinaron la elección”. Por ello, al haber tenido por probado en autos que la candidata que sigue en la nómina del Partido Unidad Social Cristiana que no resultó electa ni ha sido llamada por este Tribunal para desempeñar el cargo, es la señora Marixa Esquivel Villegas conocida como Maritza Esquivel Villegas, por esa razón se le designa para completar ese número, ocupando, en su respectivo partido, el último lugar entre los regidores suplentes de la referida Municipalidad. La presente designación será por el período que va desde su juramentación hasta el treinta de abril del dos mil seis. Por tanto:

Se cancela la credencial de regidor suplente del cantón de Tilarán, provincia de Guanacaste, que ostenta el señor Armando Martínez Rojas. En su lugar se designa a la señora Marixa Esquivel Villegas conocida como Maritza Esquivel Villegas, quien entrará a ocupar el último lugar entre los regidores suplentes del Partido Unidad Social Cristiana, en la citada Municipalidad. La presente designación rige a partir de la juramentación y hasta el treinta de abril del dos mil seis, fecha en que finaliza el presente período constitucional. Comuníquese y publíquese en el Diario Oficial. Notifíquese al señor Martínez Rojas, al Concejo Municipal de Tilarán y a la señora Esquivel Villegas.

Oscar Fonseca Montoya.—Luis Antonio Sobrado González.—Juan Antonio Casafont Odor.—Ovelio Rodríguez Chaverri.—Fernando del Castillo Riggioni.—1 vez.—(Nº 3420-2005).—C-38830.—(42006).

 

Nº 1157-M.—San José, a las catorce horas con cuarenta minutos del veinticuatro de mayo del dos mil cinco. (Exp. Nº 196-S-2004).

Diligencias de cancelación de credenciales de regidor suplente de la Municipalidad de Garabito, Provincia de Puntarenas, que ostenta el señor Ricardo Alfonso Arias Quirós.

Resultando:

1º—Por oficio Nº SG 543-2004 del 7 de octubre del 2004, presentado ante la Secretaría de este Tribunal el 25 de octubre del 2004, la Secretaría del Concejo Municipal de Garabito, Provincia de Puntarenas, comunicó lo acordado en el artículo IV, inciso G), de la sesión ordinaria N° 126 celebrada el 29 de setiembre del 2004, en el sentido de solicitar a este Tribunal que procediera a la cancelación de credenciales del señor regidor suplente Ricardo Alfonso Arias Quirós, por haberse ausentado sin justificación alguna, tanto de las sesiones ordinarias como de las extraordinarias, por más de dos meses (folios 1 y 2 del expediente).

2º—Mediante resolución de las 10:35 horas del 22 de noviembre del 2004, este Tribunal concedió audiencia al señor Ricardo Alfonso Arias Quirós, a fin de que justificara sus ausencias o bien manifestase lo que considerare más oportuno (folio 22).

3º—En escrito presentado ante la Secretaría de este Tribunal el 8 de febrero del 2005, el señor Ricardo Alfonso Arias Quirós contestó la audiencia conferida, señalando varios motivos por los cuales justificaba sus ausencias e indicando que su interés era continuar en el ejercicio del cargo (folio 29).

4º—Mediante resolución de las 12:35 horas del 15 de febrero del 2005, este Tribunal ordenó a la Inspección Electoral instruir el procedimiento administrativo de rigor (folio 35).

5º—Mediante informe Nº 011-CC-2005 presentado ante la Secretaría de este Tribunal el 6 de mayo del 2005, los señores Gerardo Molina Venegas y Jaime Gerardo Garita Sánchez, Órgano Director e Inspector Electoral, respectivamente, remitieron el informe correspondiente (folios 183 a 186).

6º—En los procedimientos no se observan defectos que causen nulidad. 

Redacta el Magistrado Sobrado González; y,

Considerando:

I.—Hechos probados: Como tales y de relevancia para la resolución del presente asunto se tienen los siguientes: a) que mediante la resolución N° 237-M-2004 de las 10:00 horas del 28 de enero del 2004, este Tribunal designó al señor Ricardo Alfonso Arias Quirós para que ocupara el último lugar entre los regidores suplentes del Partido Garabito Ecológico en la Municipalidad de Garabito, provincia de Puntarenas (véase resolución Nº 237-M-2004 de las 10:00 horas del 28 de enero del 2004 a folios 18 a 20 del expediente); b) que el señor Arias Quirós se opuso a la solicitud de cancelación de sus credenciales (folio 29); c) que el señor Arias Quirós no asistió a las sesiones del Concejo Municipal del 23 de junio del 2004 al 27 de setiembre del 2004 (certificación de la Secretaría del Concejo Municipal de Garabito a folio 2, informe de la Inspección Electoral a folio 185 y reconocimiento de las ausencias por el propio señor Arias Quirós a folio 178); d) que el señor Arias Quirós presentó renuncia irrevocable al cargo de regidor suplente mediante escrito presentado el 25 de abril del 2005 ante la Secretaría del Concejo Municipal de Garabito (folio 178); e) que el Concejo Municipal Garabito, mediante el artículo III, inciso e), de la sesión ordinaria Nº 156 celebrada el 27 de abril del 2005, solicitó se anexara la renuncia presentada por el señor Arias Quirós al expediente de cancelación de credenciales levantado en su contra ante este Tribunal; y, f) que el candidato a regidor suplente por el Cantón de Garabito, por el Partido Garabito Ecológico que es el primero en la lista de los que no resultaron electos, es el señor Reiner Obando Enriquez conocido como Reiner Obando Angulo (véase nómina de candidatos a folio 3).

II.—Sobre el fondo: En materia municipal rige el principio de que la cancelación de credenciales, siendo como es una sanción, su aplicación debe ser restrictiva en favor de la permanencia del funcionario. Sin embargo, el Código Municipal (Ley Nº 7794 del 30 de abril de 1998, publicada en La Gaceta Nº 94 del 18 de mayo de 1998) dispone, en el artículo 24, inciso b), que es causal de pérdida de la credencial de regidor la ausencia injustificada a las sesiones del Concejo por más de dos meses, disposición aplicable a los regidores suplentes de conformidad con lo establecido en el artículo 28 del citado Código. Siendo que en la presente resolución es un hecho probado que el señor Ricardo Alfonso Arias Quirós, regidor suplente por el Partido Garabito Ecológico en la Municipalidad del Cantón de Garabito, no asistió a las sesiones del Concejo Municipal desde el 23 de junio del 2004 al 27 de setiembre del 2004, con lo cual ha dejado de asistir a las sesiones del Concejo Municipal de ese cantón por más de dos meses (hecho incluso aceptado por el propio señor Arias Quirós a folio 178 del expediente), lo procedente es cancelar las credenciales de regidor suplente que ostenta.

Si bien el señor Arias Quirós, mediante escrito presentado el 25 de abril del 2005 ante la Secretaría del Concejo Municipal de Garabito, presentó renuncia irrevocable a su cargo de regidor suplente, es lo cierto que dicha renuncia lo fue en el marco del procedimiento de cancelación de credenciales previamente iniciado en su contra, procedimiento que en su fase de instrucción determinó que las ausencias que se le imputaban efectivamente lo fueron por más de dos meses y en forma injustificada (informe de la Inspección Electoral, en calidad de órgano director del proceso, visible a folio 185).  Incluso, a pesar de que el señor Arias Quirós advierte en su carta de renuncia que tenía motivos muy personales que justificaban sus ausencias, sin especificar éstos, inmediatamente señala que “(...) la verdad es que falté en forma consecutiva más de 2 meses” (punto 2 de la carta de renuncia presentada por el regidor suplente Arias Quirós visible a folio 178 del expediente), reconocimiento último que se sobrepone a la falta de una correcta y diligente justificación de ausencias que este Tribunal no puede indultar.

Así las cosas, toda vez que la presentación de la renuncia (25 de abril del 2005) lo fue con posterioridad a las fechas para las cuales se comprobó la ausencia por un período mayor de dos meses (23 de junio del 2004 al 27 de setiembre del 2004), lo procedente es rechazar la renuncia presentada por el señor Arias Quirós y proceder, según se adelantó, a la cancelación de sus credenciales como regidor suplente de la Municipalidad de Garabito.

III.—Al cancelarse la credencial del señor Ricardo Alfonso Arias Quirós se produce entre los regidores suplentes de la Municipalidad mencionada, una vacante que es necesario suplir, según lo dispone el artículo 25, inciso d), del Código Municipal, escogiendo de entre los candidatos que no resulten electos, a quien habría seguido según las reglas que determinaron la elección.  En este caso concreto, al tenerse por probado en autos que el candidato a regidor suplente que sigue en la nómina propuesta por el Partido Garabito Ecológico y que no fue electo ni ha sido llamado por este Tribunal para desempeñar el cargo, es el señor Reiner Obando Enriquez, conocido como Reiner Obando Angulo, se le designa para completar el número de regidores suplentes de la referida Municipalidad, ocupando el último lugar entre ellos. Por tanto:

Cancélese la credencial de regidor suplente de la Municipalidad de Garabito, Provincia de Puntarenas, que ostenta el señor Ricardo Alfonso Arias Quirós, por el Partido Garabito Ecológico. En su lugar se designa al señor Reiner Obando Enriquez, conocido como Reiner Obando Angulo, quien entrará a ocupar el último lugar entre los regidores suplentes del Partido Garabito Ecológico, en la citada Municipalidad.  La presente designación rige a partir de la juramentación y hasta el treinta de abril del dos mil seis, fecha en que finaliza el presente período constitucional. Comuníquese y publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.

Oscar Fonseca Montoya.—Luis Antonio Sobrado González.—Juan Antonio Casafont Odor.—Ovelio Rodríguez Chaverri.—Fernando del Castillo Riggioni.—1 vez.—(Nº 3420-2005).—C-50995.—(42007).

 

N° 1166-M.—San José, a las nueve horas del veinticinco de mayo del dos mil cinco. (Expediente Nº 052-CO-2004).

Diligencias de Cancelación de Credencial de Regidor propietario de la Municipalidad de de Turrubares, provincia de San José, que ostenta el señor Wilber Antonio González Castro.

Resultando:

1º—Mediante escrito de fecha tres de marzo del año dos mil cinco, presentado ante la Secretaría de este Tribunal el día siete de marzo del año dos mil cinco, la señora Carmen Dennys Agüero V. Secretaria del Concejo Municipal de Turrubares, comunica a este Tribunal que el señor Wilber Antonio González Castro, regidor propietario de esa corporación municipal, no asiste a las sesiones del Concejo por más de dos meses, solicitando se proceda con apego a los artículos 24, inciso b) y 25 del Código Municipal (folio 1).

2º—Mediante resolución de las catorce horas del ocho de marzo del año dos mil cinco, se previene al Concejo Municipal de Turrubares “indicar la dirección exacta en que pueda ser notificado el funcionario cuya credencial se insta cancelar”. De igual forma deberá el Concejo Municipal aportar “una certificación en que se indiquen las fechas en que el funcionario no asistió a las sesiones del Concejo Municipal” (folio 33); prevención contestada hasta el día doce de abril del año dos mil cinco (folio 35).

3º—Mediante resolución de las catorce horas con treinta minutos del catorce de abril del dos mil cinco, este Tribunal concedió audiencia al señor Wilber Antonio González Castro, regidor propietario, a fin de que justificara sus ausencias o bien manifestase lo que considerare más conveniente a sus intereses (folio 37); resolución que fue notificada mediante correo certificado el día veintiséis de abril del año dos mil cinco, sin que a la fecha haya dado contestación alguna (folio 40).

4º—En los procedimientos no se observan defectos que causen nulidad.

Redacta el Magistrado Casafont Odor; y,

Considerando:

I.—Hechos probados: Como tales y de relevancia para la resolución del presente asunto se tienen los siguientes: a). Que el señor Wilber Antonio González Castro, es regidor propietario de la Municipalidad de Turrubares, provincia de San José, pues habiendo sido presentado en la nómina de candidatos del Partido Liberación Nacional (folio 02), fue declarado así por este Tribunal en la Resolución 0583-E-2002 de las ocho horas del diecinueve de abril del año dos mil dos; b). Que el señor Wilber Antonio González Castro, regidor propietario no asiste a las sesiones del Concejo Municipal de Turrubares, desde el día seis de diciembre del año dos mil cuatro, según consta en la certificación visible a folio 35 del expediente; c). Que el regidor propietario Wilber Antonio González Castro, fue debidamente notificado el día veintiséis de abril del año dos mil cinco (folio 40) y al día de hoy no ha contestado la audiencia conferida; d). Que el candidato que sigue para reponer la vacante que se producirá con la presente cancelación de la credencial del regidor propietario González Castro, es el señor Róger de Jesús Hernández Aguilar. Asimismo, para ocupar la vacante en los regidores suplentes del Partido Liberación Nacional en la Municipalidad de Turrubares, es el señor Adolfo Eugenio Agüero Agüero, quien ocupará el último lugar entre los regidores suplentes del citado Partido (véase nómina de candidatos a folio 2 e integración actual de la Municipalidad de Turrubares a folio 41).

II.—Hechos no probados: Ninguno de relevancia para el dictado de esta resolución.

III.—Sobre el fondo: El Código Municipal (Ley Nº 7794 del 30 de abril de 1998, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 94 del 18 de mayo de 1998) dispone, en el artículo 24, inciso b), que es causal de pérdida de la credencial de regidor, la ausencia injustificada a las sesiones del Concejo por más de dos meses. Estando probado en autos que el señor Wilber Antonio González Castro, regidor propietario de la Municipalidad de Turrubares, por el Partido Liberación Nacional, dejó de asistir a las sesiones del Concejo Municipal de ese cantón por más de dos meses, lo procedente es cancelar la credencial del regidor propietario que ostenta.

IV.—Al cancelarse la credencial del señor Wilber Antonio González Castro regidor propietario, se produce entre los regidores propietarios de la Municipalidad citada, una vacante que es necesario suplir conforme al artículo 25 inciso c) del Código Municipal; por lo cual, lo procedente es designar como regidor propietario al primer regidor suplente electo del Partido Liberación Nacional, designándose al señor Róger de Jesús Hernández Aguilar, para completar la conformación del Concejo Municipal en el cargo de regidor propietario; de igual forma, al quedar vacante un puesto dentro de los regidores suplentes del Partido Liberación Nacional, es necesario llenarlo conforme lo dispone el artículo 25, inciso d) del Código Municipal y al tener por probado en autos que el candidato que sigue en la nómina del Liberación Nacional, que no resultó electo ni ha sido llamado por este Tribunal para desempeñar el cargo, es el señor Adolfo Eugenio Agüero Agüero, se le designa para completar el número de regidores suplentes de la referida Municipalidad, ocupando el último lugar entre ellos. Por tanto:

Cancélese la credencial de regidor propietario del cantón de Turrubares de la Provincia de San José, que ostenta el señor Wilber Antonio González Castro. Para reponer la vacante que se produjo con la anterior cancelación y completar así el número de regidores tanto propietarios como suplentes del Partido Liberación Nacional en la Municipalidad de Turrubares, se designa a Róger de Jesús Hernández Aguilar, como regidor propietario. Asimismo, para ocupar la vacante en los regidores suplentes del Partido Liberación Nacional en la Municipalidad de Turrubares, se designa al señor Adolfo Eugenio Agüero Agüero, quien ocupará el último lugar entre los regidores suplentes del citado Partido. La presente designación rige a partir de la juramentación y hasta el treinta de abril del dos mil seis, fecha en que finaliza el presente período constitucional. Notifíquese al Concejo Municipal de Turrubares y a los señores Wilber Antonio González Castro, Róger de Jesús Hernández Aguilar y Adolfo Eugenio Agüero Agüero. Comuníquese y publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.

Oscar Fonseca Montoya.—Luis Antonio Sobrado González.—Juan Antonio Casafont Odor.—Ovelio Rodríguez Chaverri.—Fernando del Castillo Riggioni.—1 vez.—(Nº 3420-2005).—C-46950—(42008).

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Se hace saber a Vera Zapoyasco Zapoyasco que en diligencias de ocurso tendientes a la rectificación de su asiento de naturalización, que lleva el número treinta, folio quince, tomo setenta y siete, de la Sección de Opciones y Naturalizaciones, se ha dictado la resolución que en lo conducente dice: “N° 1003-O-2005.—Tribunal Supremo de Elecciones.—San José, a las quince horas y cincuenta minutos del diez de mayo del dos mil cinco. Diligencias de ocurso promovidas por Vera Vasilievna Zapoyasco Zapoyasco conocida como Zapoiasko Zapoiasko, cédula de identidad número ocho-cero setenta y siete-cero treinta, mayor, casada, oficios del hogar, vecina de Pavas, San José. Resultando: 1)..., 2)..., 3)... Considerando:... Por tanto: se aprueba la resolución consultada. Devuélvase el expediente a la Oficina de origen previa copia de estilo. Notifíquese.—Lic. Óscar Fonseca Montoya.—Lic. Luis Antonio Sobrado González.—Lic. Juan Antonio Casafont Odor.—Lic. Ovelio Rodríguez Chaverri.—Lic. Fernando del Castillo Riggioni.—Secretaría del Tribunal Supremo de Elecciones.—San José a las trece horas del veinte de mayo de dos mil cinco. Para notificar a la interesada en razón de ignorar su domicilio, se procede a hacerlo mediante edicto que se publicará por tres veces en el Diario Oficial.—Lic. Alejandro Bermúdez Mora, Secretario.—(Of. Nº 3346-2005).—C-25670.—(41174).

 

Se hace saber a Amparo del Socorro Oporta y Olivar de Jesús Bolaños Pérez, de calidades conocidas en autos, que en diligencias de ocurso tendientes a la rectificación del asiento de nacimiento de Ricardo Jesús Bolaños Oporta, que lleva el número ciento cincuenta y cinco, folio setenta y ocho, tomo trescientos noventa y tres, de la Sección de Nacimientos de la provincia de Guanacaste, se ha dictado la resolución que en lo conducente dice: “Nº 1011-O-2005.—Tribunal Supremo de Elecciones.—San José, a las ocho horas y cincuenta minutos del once de mayo deL dos mil cinco. Diligencias de ocurso promovidas por Amparo del Socorro Oporta, cédula de identidad número doscientos setenta-uno siete dos cinco cinco uno uno cero cero cero nueve dos, mayor, oficios del hogar, vecina de Santa Cecilia, La Cruz Guanacaste. Resultando: 1)..., 2)..., Considerando:...; Por tanto: se aprueba la resolución consultada. Devuélvase el expediente a la oficina de origen previa copia de estilo. Notifíquese”.—Lic. Óscar Fonseca Montoya.—Lic. Luis Antonio Sobrado González.—Lic. Juan Antonio Casafont Odor.—Lic. Ovelio Rodríguez Chaverri.—Lic. Fernando del Castillo Riggioni.—Secretaría del Tribunal Supremo de Elecciones.—San José a las quince horas y treinta minutos del veinte de mayo del dos mil cinco. Para notificar a los interesados en razón de ignorar su domicilio, se procede a hacerlo mediante edicto que se publicará por tres veces en el Diario Oficial.—Lic. Alejandro Bermúdez Mora, Secretario.—(Of. Nº 3346-2005).—C-28520.—(41176).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

SALUD

UNIDAD DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

AMPLIACIÓN PLAN DE COMPRAS PARA EL AÑO 2005

SEGÚN PUBLICACIÓN GACETA Nº 9 DEL 13 DE ENERO DEL 2005

FUENTE DE FINANCIAMIENTO: PRESUPUESTO ORDINARIO

(COLONES)

                                                                                                                                                                                                                                                                  Monto

Código y Nombre                                                                                                                                       Unidad de                                                     estimado                       Periodo                   Fuente de

del Programa                             Código                             Descripción                                                 medida                   Cantidad                 contratación              trimestral          financiamiento

621         D.Superior y Adm. G            182030000001              SERVICIO DE PINTURA

                                                                                                                PARA EDIFICACIONES                           UNI                               1                             491.990,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            206001001312              ACEITE LUBRICANTE

                                                                                                                15W-40                                                            UNI                             60                              48.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            214005000001              AGUARRÁS                                                   UNI                             22                              11.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            214025000001              DESINFECTANTE                                       UNI                               6                                  3.900,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            214085009020              CARTUCHO DE TINTA                             UNI                               9                             147.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            214900006000              VARSOL                                                          UNI                               8                               12.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            220050000001              GABACHA                                                     UNI                             50                            160.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            220100075040              ESTROPAJOS PARA PISO                      UNI                             12                                 8.400,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            232045000901              CARTULINA BARNIZABLE                   UNI                               2                               24.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            232150000020              PAPEL MANTEQUILLA                         UNI                               2                               80.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            232160000005              PAPEL TRANSPARENTE                       UNI                               2                               62.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            270005000003              NEUMÁTICO                                                 UNI                             17                              46.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            270040000006              BATERIA PARA MOTOCICLETA        UNI                               1                                  4.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            270060000001              MÓDULO WCP420

                                                                                                                FOTOCOPIADORA                                    UNI                               4                             390.674,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            282900004000              ALMOHADILLA PARA MOUSE

                                                                                                                (PAD)                                                               UNI                             96                              62.400,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            282105000001              PAPELERA DE METAL DE 2

                                                                                                                COMPARTIMIENTOS                                UNI                             20                              80.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            282115000001              REFUERZOS PLÁSTICOS

                                                                                                                PARA FOLIO                                                UNI                             24                                 3.600,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            282165000001              FRASCO TINTA CHINA                            UNI                            102                             51.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            282170000005              ARCHIVADOR DE DISKETTE               UNI                             82                            106.600,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            282230000080              CINTA IMPRESORA

                                                                                                                P/MÁQUINA

                                                                                                                DE ESCRIBIR                                                UNI                               3                                  2.400,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            282230000060              CINTA CORRECTORA

                                                                                                                P/MÁQUINA

                                                                                                                DE ESCRIBIR                                                UNI                               3                                     300,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            282245000002              CINTA OLIVIETTI                                       UNI                             12                              18.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            282250000002              CINTA IMPRESORA OLYMPIA           UNI                             12                              12.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            282255000002              CINTA P/IMPRESORA

                                                                                                                PANASONIC                                                 UNI                             12                              12.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            282280000002              CINTA SWINTEC                                         UNI                             30                              30.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            282305000015              CINTA IMPRESORA BICOLOR

                                                                                                                PARA CALCULADORA                          UNI                             10                                 3.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            282900001600              RODILLO ENTINTADO

                                                                                                                P/CALCULADORA                                    UNI                               6                               12.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            282900002420              PRENSA METÁLICA

                                                                                                                PARA DOCUMENTOS                              UNI                             30                              15.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            282900004005              TRANSPARENCIAS                                   UNI                             22                            169.200,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            284001000020              CEPILLOS PARA PISO                            UNI                             10                              25.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            284010000090              CERA EN PASTA PARA

                                                                                                                PISOS DE MADERA                                  UNI                             10                                 6.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            284015125010              HISOPOS                                                        UNI                             22                                 6.600,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            284035000135              LIMPIADOR DE PLANCHA                  UNI                             15                              67.500,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            284035000150              LIMPIADOR DE RODILLOS                  UNI                             15                              60.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            284035000155              LIMPIADOR ESPECIAL PARA

                                                                                                                COMPUTADORA                                        UNI                             20                              70.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            284035000160              LIMPIADOR AEROSOL                           UNI                             20                              70.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            284035000215              LIMPIADOR DIELECTRICO                  UNI                             35                            122.500,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            284050000001              PALO DE PISO                                            UNI                             10                              15.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            284900200015              PALA PLÁSTICA                                        UNI                             16                                 8.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            286100001040              DISKETTE DE 100 MB PARA

                                                                                                                UNIDAD DE IOMEGA ZIP                      UNI                               2                               10.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            286065000020              OLLA DE ALUMINIO CON

                                                                                                                TAPA DE 8 LITROS                                    UNI                               1                                  5.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            286070000020              PICHEL DE VIDRIO NO

                                                                                                                TRANSPARETE                                           UNI                               3                                  4.500,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            286070000200              PICHEL PLÁSTICO CON TAPA            UNI                               2                                  3.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            286080000100              VASO DE VIDRIO                                       UNI                             12                                 4.800,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            286900002400              PALANGANA PLÁSTICA                       UNI                               2                                  1.200,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            286140000001              REGLETA PLASTICA                               UNI                             66                              99.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            286900008750              CARTUCHO DE PELICULA

                                                                                                                PARA FAX                                                     UNI                               5                               72.500,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            299025002100              BATERÍA PARA UNIDAD DE

                                                                                                                POTENCIA INITERRUMPIDA               UNI                               6                               90.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            299155000002              PLÁSTICO ADHESIVO

                                                                                                                TRANSPARENTE                                        UNI                               2                               10.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            299155001460              PLÁSTICO PARA FORRA

                                                                                                                R CUADERNOS                                           UNI                             10                                 4.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            310001000002              ARCHIVO METÁLICO 4

                                                                                                                GAVETAS TAMAÑO CARTA                 UNI                               1                               60.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            310001000119              ARCHIVO METÁLICO

                                                                                                                4 GAVETAS TAMAÑO LEGAL             UNI                               8                             560.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            310020000082              SILLA TIPO SECRETARIA                      UNI                             32                            736.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            310020000800              SILLA EJECUTIVA                                     UNI                               1                               75.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            310025000020              CALCULADORA DE BOLSILLO         UNI                               1                                  8.500,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            310025000180              CALCULADORA DE CINTA

                                                                                                                Y PANTALLA                                              UNI                               1                               45.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            310130000001              MOUSE                                                            UNI                               6                               27.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            310135000001              MONITOR                                                       UNI                               5                             250.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            310195000001              REFRIGERADORA                                     UNI                               1                             236.640,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            310900005200              MÁQUINA ELÉCTRICA

                                                                                                                SACAPUNTAS                                             UNI                               3                               24.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            340005000105              TELEFONO CELULAR CON

                                                                                                                ACCESORIOS                                               UNI                               1                               94.000,00                      01                     PPTO. ORD.

621         D.Superior y Adm. G            340020000030              GRABADORA PEQUEÑA TIPO

                                                                                                                PERIODISTA                                                 UNI                               2                               27.360,00                      01                     PPTO. ORD.

Total general  Dirección Superior y Administración General            ¢4.964.564,00

San José, 31 de mayo del 2005.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud N° 22452).—C-100460.—(42716).

 

                                                                                                                                                                                                                                                                  Monto

Código y Nombre                                                                                                                                                   Unidad de                                             estimado                       Periodo                       Fuente de

del Programa                                             Código                                 Descripción                                     medida                   Canti.             contratación                 trimestral              financiamiento

622-06          Vigilancia de la Salud           214085009020             CARTUCHO TINTA COLOR

                                                                                                                        PARA INYECCIÓN                                     UNI                             6               84.000                                          01                      PPTO. ORD.

622-06          Vigilancia de la Salud           220115000006             CAPA IMPERMEABLE                            UNI                             5               22.500                                          01                      PPTO. ORD.

622-06          Vigilancia de la Salud           232045000560             CARTULINA SATINADA                        UNI                           60                 3.600                                          01                      PPTO. ORD.

622-06          Vigilancia de la Salud           232060000379             SOBRE MANILA                                         UNI                        200                 7.000                                          01                      PPTO. ORD.

622-06          Vigilancia de la Salud           232900005305             PAPEL SATINADO                                    UNI                           50                 6.000                                          01                      PPTO. ORD.

622-06          Vigilancia de la Salud           220035000020             CAMISA                                                          UNI                           33            148.500                                          01                      PPTO. ORD.

622-06          Vigilancia de la Salud           220055000040             PANTALÓN                                                   UNI                           11               55.000                                          01                      PPTO. ORD.

622-06          Vigilancia de la Salud           234040011000             BLOCK  PAPEL                                           UNI                           50               10.000                                          01                      PPTO. ORD.

622-06          Vigilancia de la Salud           282050000010             CHINCHES                                                     UNI                           12                 1.200                                          01                      PPTO. ORD.

622-06          Vigilancia de la Salud           282060000005             FECHADORES AUTOMÁTICOS

                                                                                                                        DE  METAL                                                    UNI                             2               15.000                                          01                      PPTO. ORD.

622-06          Vigilancia de la Salud           282075000001             PORTAMINAS                                              UNI                           30               18.000                                          01                      PPTO. ORD.

622-06          Vigilancia de la Salud           282080000001             MINAS                                                             UNI                           20                 6.000                                          01                      PPTO. ORD.

622-06          Vigilancia de la Salud           282105750010             PAPELERA                                                   UNI                             2                 8.000                                          01                      PPTO. ORD.

622-06          Vigilancia de la Salud           282900002500             DEDOS FELICES                                         UNI                           40            120.000                                          01                      PPTO. ORD.

622-06          Vigilancia de la Salud           284005000059             ESCOBILLA DE NYLON

                                                                                                                        PARA SACUDIR                                          UNI                           30               15.000                                          01                      PPTO. ORD.

622-06          Vigilancia de la Salud           284045000190             JABÓN                                                              UNI                        125            100.000                                          01                      PPTO. ORD.

622-06          Vigilancia de la Salud           286100001000             DISCO COMPACTO (CD EN

                                                                                                                        BLANCO)                                                       UNI                        150                     500                                          01                      PPTO. ORD.

622-06          Vigilancia de la Salud           286900000500             AZAFATE                                                       UNI                             2                 5.000                                          01                      PPTO. ORD.

622-06          Vigilancia de la Salud           299025000001             BATERIAS                                                      UNI                        150               75.000                                          01                      PPTO. ORD.

622-06          Vigilancia de la Salud           299030000003             FOCO                                                                UNI                             5               17.500                                          01                      PPTO. ORD.

622-06          Vigilancia de la Salud           299900001200             CAJAS VACÍAS PARA

                                                                                                                        HERRAMIENTAS                                        UNI                             1                 6.000                                          01                      PPTO. ORD.

622-06          Vigilancia de la Salud           299900003000             CUBREASIENTOS                                      UNI                             4               40.000                                          01                      PPTO. ORD.

622-06          Vigilancia de la Salud           310001000001             ARCHIVADORES                                        UNI                           15           1050000                                          01                      PPTO. ORD.

622-06          Vigilancia de la Salud           310025000180             CALCULADORA DE CINTA

                                                                                                                        Y PANTALLA                                              UNI                             1               48.000                                          01                      PPTO. ORD.

Total general Dirección Vigilancia de La Salud ¢1.861.800

San José, 31 de mayo del 2005.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº 22452).—C-44195.—(42717).

 

Código y nombre                                                                                                                                                                                           Unidad de                                     Monto                Periodo             Fuente de

           del programa                        Código                                                           Descripción                                                                       medida          Cantidad         estimado           trimestral    financiamiento

                                                                                                                                                                                                                                                                                       contratación

625        Nut. Desa. Infantil       206001000405         ACEITE TRANSMISIÓN Nº 90 ENVASE 946 ML                                            UNI                  40                 30.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       206001000240         ACEITE SAE-20W-50 PARA MOTOCICLETA ENVASE 946                    UNI                  29                 30.450,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       206001001320         ACEITE SAE-20W-50 EN ENVASES 946 ML. P MOTOR VEH                 UNI                  90                 72.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       214020000023         CLORO 3%                                                                                                                     UNI               667              226.780,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       214025000001         DESINFECTANTE, ENVASE UN LITRO                                                            UNI               386              640.900,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       214900001821         CREMA LIMPIADORA DE MANO, ENVASE 2 LITROS                             UNI                  12                 11.400,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       220015000150         COLCHONETA DE ESPUMA DE URETANO FORRADO EN                  UNI               105              525.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       220095000001         DISTINTOS TIPOS DE TELA                                                                                    M              3.105           1.350.700,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       220100000050         ESTROPAJOS ESPECIALES PARA PISO                                                         UNI               540              378.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       220115000001         PAÑO DE ALGODÓN                                                                                               UNI               648              518.400,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       232010000001         PAPEL CARBÓN COLOR NEGRO                                                                      CAJ                     7                   5.600,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       232040000002         PAPEL PERIÓDICO                                                                                                   RES               100                 65.000,00                01               Ppto. Ord.

Código y nombre                                                                                                                                                                                           Unidad de                                     Monto                Periodo             Fuente de

           del programa                        Código                                                           Descripción                                                                       medida          Cantidad         estimado           trimestral    financiamiento

                                                                                                                                                                                                                                                                                       contratación

625        Nut. Desa. Infantil       232045000080         CARTULINA VARIOS TIPOS                                                                                 RES                  67              405.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       232045000080         CARTULINA VARIOS TIPOS                                                                                 UNI               160              121.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       2329000000700       PAPEL PARA FORRAR CUADERNOS                                                             UNI               150                 18.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       234005000020         LIBROS DE ACTAS                                                                                                    UNI                  50                 75.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       234005006000         LIBROS DE LEYES                                                                                                    UNI                    7                 10.500,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       234005003000         LIBROS CONTABLES                                                                                               UNI                  15                 49.500,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       234030000500         CUARDENOS DE RESORTES                                                                                UNI               251                 75.300,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       282900000200         ETIQUETAS AUTOADHESIVAS                                                                          CAJ                200                 40.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       254900000025         PRODUCTOS METÁLICOS VARIOS CONSTRUCCIÓN                               UNI                    2              270.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       259220000120         PINTURA DE ACEITE COLOR BLANCO 100 BRILLANTE                      UNI                  45              360.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       270005000003         NEUMÁTICO                                                                                                                 UNI                  90              201.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       270060000001         REPUESTOS PARA FOTOCOPIADORA                                                           UNI                    1              100.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       282900004000         ALMOHADILLA PARA MOUSE (PAD)                                                           UNI                  10                   6.500,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       282900004005         CAJAS DE FILMINAS                                                                                                UNI                  22              201.200,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       284001000020         CEPILLO DE RAÍZ FIBRA DURA                                                                        UNI               160                 32.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       284001000600         CEPILLOS DE DIENTES                                                                                          UNI               390              117.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       284005000001         ESCOBAS                                                                                                                       UNI               314              202.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       286065000200         OLLAS DE ACERO INOXIDABLE                                                                      UNI                  91           1.844.500,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       286900003000         CAZUELA DE ALUMINIO                                                                                      UNI                  28                 98.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       286080000025         TAZAS MEDIDORAS DE PLÁSTICO                                                                  UNI                  85                 28.645,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       286090001000         MATERIAL EDUCATIVO TIPO JUGETES                                                        UNI                    1           1.190.600,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       286090001800         MATERIAL EDUCATIVO TIPO JUGETES                                                        UNI                    1              600.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       286900000510         MATERIAL EDUCATIVO TIPO JUGETES                                                        UNI                    1              560.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       286100000015         FLASH DISK USB                                                                                                       UNI                    7              175.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       286100001010         LIMPIADOR DE UNIDAD CD DISCO COMPACTO                                     UNI                    8                 20.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       286100001000         DISCO COMPACTO (CD) REESCRIBIBLE CAJA 10 UNIDAD                 UNI               273              136.500,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       286100000001         DISKETTE DE 100 MB PARA UNIDAD IOMEGA ZIP                                UNI                    2                 10.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       286135000060         PANCHA DE ALUMINIO NEGATIVAS PARA KORS                                 UNI               100              225.950,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       286900009300         MOLDES PARA HORNEAR                                                                                   UNI                    8                 24.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       286275000001         PLASTINICINA EN ENVASES                                                                              UNI                  61                 48.800,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       286900001700         CAFETERA DE ALUMINIO                                                                                    UNI                    3                 18.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       286900002399         PALANGANA DE ALUMINIO                                                                             UNI                  15                 52.500,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       286900007300         RECIPIENTE CON TAPAP7 GUARDAR GRANOS                                      UNI                  40              100.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       286900002700         RAYADORES DE METAL                                                                                       UNI                  20                 60.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       286900002820         TABLA PLÁSTICA P/PICAR ALIMENTOS                                                      UNI                  37              148.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       286900009300         MODELOS DE ALIMENTOS                                                                                  UNI                    1              312.216,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       299155000002         PLÁSTICO ADHESIVO TRANSPARENTE                                                       RLL                  12                 30.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       299155001460         PLÁSTICO GRUESA PARA FORRAR CUADERNO                                       M                    20                   8.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       310001000001         ARCHIVADORES MOVILES                                                                                  UNI                    3              138.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       310010000251         ESCRITORIO METÁLICO TIPO SECRETARIA                                                UNI                    3              135.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       310025000020         CALCULADORA DE BOLSILLO CIENTÍFICA                                              UNI                  12              102.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       310195000001         REFRIGERADORA DE 14 PIES CÚBICOS                                                        UNI                  11           2.585.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       310900005700         FUENTE DE PODER PARA EQUIPO DE CÓMPUTO                                  UNI                    2                 28.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       310130000115         UNIDAD QUEMADORA DE CD INTERNA                                                     UNI                    4              100.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       310130000070         FILTRO PARA RAYOS VIOLETA 35,56 CM DIAGO                                    UNI                    1                   2.500,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       340020000030         GRABADORA PEQUEÑA TIPO PERIODISTA                                               UNI                    2                 27.360,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       350005000010         PIZARRAS                                                                                                                      UNI                    6                 85.770,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       350020001200         SILLA PLÁSTICA PARA MESA DE NIÑO                                                        UNI                  16                 24.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       350035000001         ROTAFOLIOS                                                                                                               UNI                    2                 56.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       390020000002         LICUADORAS                                                                                                              UNI                  17              460.600,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       390030000002         PLANTILLA ELÉCTRICA DE 3 DISCOS                                                           UNI                  13              390.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       390225000120         MÁQUINA DESTRUCTURA EN TIRAS                                                              UNI                    1              150.000,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       390900006850         SARTÉN ELÉCTRICA                                                                                                 UNI                    1                 16.800,00                01               Ppto. Ord.

625        Nut. Desa. Infantil       390900000300         COFFEE MAKER 10 TAZAS, FRASCO DE VIDRIO                                       UNI                    2                 12.000,00                01               Ppto. Ord.

Total General Programa Nutrición y Desarrollo Infantil                                                                                                                                                                   ¢16.141.971,00

San José, 31 de mayo del 2005.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº 22452).—C-108050.—(42718).

 

Código y nombre                                                                                                                                                             Unidad de                                                          Monto                   Periodo                Fuente de

           del programa                                       Código                                            Descripción                                         medida                      Cantidad                  estimado              trimestral       financiamiento

                                                                                                                                                                                                                                                                              contratación

62201         Planif. En Salud                 232900006430                     LÁMINAS ELECTROESTÁTICA                    CAJ                                   4                    120.000,00                         01                 Ppto.Ord.

62201         Planif. En Salud                 232900000105                     PAPEL LEGER                                                    RES                                  4                       20.000,00                         01                 Ppto.Ord.

62201         Planif. En Salud                 282075000001                     PORTA MINAS                                                     UNI                             102                       55.700,00                         01                 Ppto.Ord.

62201         Planif. En Salud                 350030000500                     RETROPROYECTOR                                         UNI                                  2                    338.000,00                         01                 Ppto.Ord.

Total General Dirección Planificación en Salud                                                                                                                                                                             ¢533.700,00

San José, 31 de mayo del 2005.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº 22452).—C-14545.—(42719).

                                                                                                                                                                                                                                                                                          Monto

           Código y Nombre                                                                                                                                                                                    Unidad de                                Estimado               Periodo               Fuente de

               del Programa                               Código                                                     Descripción                                                                 Medida           Cant.         Contratación        Trimestral          Financiam.

62202            Norm. y Acred.            172010000080          MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE FOTOCOPIAD               UNI                     1              150.000,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            172900001000          MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE RETROPROYE              UNI                     1              175.000,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            174001000020          REPARACIÓN DE VEHÍCULOS                                                               UNI                     1              350.000,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            199900000004          SEMINARIOS                                                                                                    UNI                     1           1.955.000,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            206001000001          ACEITE LUBRICANTE                                                                                 UNI                119                 95.200,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            206001001010          LÍQUIDO PARA FRENOS                                                                           UNI                   10                   4.500,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            214020000001          HIPOCLORITO DE CALCIO (CLORO)                                                   UNI                   45                 27.000,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            214025000001          DESINFECTANTE LÍQUIDO                                                                      UNI                100                 80.000,00                   01                Ppto. Ord.

                                                                                                                                                                                                                                                                                          Monto

           Código y Nombre                                                                                                                                                                                    Unidad de                                Estimado               Periodo               Fuente de

               del Programa                               Código                                                     Descripción                                                                 Medida           Cant.         Contratación        Trimestral          Financiam.

62202            Norm. y Acred.            214030000001          DESODORANTE AMBIENTAL                                                                 UNI                   28                 22.400,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            214050000001          INSECTICIDA                                                                                                   UNI                     7                   7.000,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            214085009200          CARTUCHO DE TINTA  P/  IMPRESORA INYECCI.                        UNI                   20              240.000,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            214085009400          CARTUCHO DE TINTA NEGRA P/IMPRESORA HEWL.               UNI                   20              320.000,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            214090000001          TONNER                                                                                                             UNI                     5              325.000,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            232001000001          ARCHIVADOR DE CARTÓN                                                                      UNI                   25                 12.500,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            232001001000          CARPETA                                                                                                           UNI                500                 35.000,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            232005000004          PAPEL BOND MEDIDAS Y COLOR A ESCOGER                           RES                600              600.000,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            232020175075          PAPEL HIGIÉNICO                                                                                       RLL                100              100.000,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            232035200005          PAPEL TÉRMICO PARA FAX DE 30 M. DE LARGO                       RLL                100                 80.000,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            232060000001          SOBRES                                                                                                               UNI              1500                   7.500,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            232065000001          SERVILLETAS TAMAÑO Y  COLOR A ESCOGER                           PQT                150                 18.750,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            232090000001          TOALLAS                                                                                                          RLL                200              120.000,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            232105000001          PAPEL ADHESIVO                                                                                       BLK                300                 90.000,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            232900002700          LOMO PARA ENCUADERNACIÓN                                                       RLL                   10                 28.000,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            234001000002          DICCIONARIOS                                                                                               UNI                     2              100.000,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            234030000003          CUADERNO RAYADO COMUN                                                              UNI                100                 70.000,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            282010000001          BASURERO                                                                                                       UNI                   22                 66.000,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            282015100011          BOLÍGRAFOS CON TINTA COLOR AZUL                                             CJ                  100                 43.800,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            282015100012          BOLÍGRAFO CON TINTA DE COLOR NEGRO                                    CJ                  100                 43.800,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            282030001000          CINTA ADHESIVA TRANSPARENTE.                                                   UNI                   24                   3.600,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            282040000001          CLIPS TAMAÑO A ESCOGER                                                                   CAJ                 100                 20.000,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            282050000010          CHINCHES                                                                                                         CAJ                   25                   3.125,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            282065000001          GOMA                                                                                                                 FCO                135                 35.100,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            282070000001          GRAPAS DE METAL                                                                                     CAJ                   60                 10.200,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            282075000001          PORTAMINAS                                                                                                  UNI                   25                 15.000,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            282080000001          MINAS                                                                                                                 CAJ                   25                   3.000,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            282085625025          LÁPIZ NEGRO DE GRAFITO Nº 2                                                            UNI                600                 24.000,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            282090000001          MÁQUINA SACAPUNTAS                                                                          UNI                     5                 15.000,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            282095000001          MARCADOR                                                                                                     UNI                   24                 12.000,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            286100000001          DISKETTE CON CAPACIDAD DE 1.44 MB DE ALT.                       CAJ                   70                 77.000,00                   01                Ppto. Ord.

62202            Norm. y Acred.            286100001000          DISCO COMPACTO (CD EN BLANCO)                                                 UNI                200                 56.000,00                   01                Ppto. Ord.

Total general Dirección de Normalización y Acreditación                                                                                 ¢5.440.475

San José, 31 de mayo del 2005.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº 22452).—C-66995.—(42720).

                                                                                                                                                                                                                                                                                          Monto                                                Fuente de

           Código y nombre                                                                                                                                                                                     Unidad de                                 estimado               Periodo               Financia-

               del programa                               Código                                                     Descripción                                                                 medida           Cant.          contratación         Semestral               miento

62203            Regist. y Controles   282075000001          PORTAMINAS                                                                                                  UNI                   10                   6.000,00                   01                Ppto. Ord.

62203            Regist. y Controles   282080000006          MINAS                                                                                                                 UNI                   20                   6.000,00                   01                Ppto. Ord.

62203            Regist. y Controles   282135000001          HUMECEDEDOR DEDOS                                                                           UNI                   10                   3.000,00                   01                Ppto. Ord.

62203            Regist. y Controles   282170000005          ARCHIVADOR DE DISKETTE                                                                   UNI                     6                   7.800,00                   01                Ppto. Ord.

62203            Regist. y Controles   284045000060          JABÓN EN POLVO                                                                                         UNI                   15                   4.500,00                   01                Ppto. Ord.

62203            Regist. y Controles   284045000200          JABÓN LÍQUIDO BACTERICIDA                                                             UNI                     2                 23.000,00                   01                Ppto. Ord.

62203            Regist. y Controles   286100000015          FLASH DISK USB                                                                                           UNI                     3                 75.000,00                   01                Ppto. Ord.

62203            Regist. y Controles   286170000200          TUBO FLUORESCENTE                                                                               UNI                300              300.000,00                   01                Ppto. Ord.

62203            Regist. y Controles   299030050020          FOCO IMPERMEABLE                                                                                 UNI                     5                 17.500,00                   01                Ppto. Ord.

62203            Regist. y Controles   310195000001          REFRIGERADOR                                                                                            UNI                     2              470.000,00                   01                Ppto. Ord.

62203            Regist. y Controles   310115000001          DISCO DURO                                                                                                    UNI                     5              250.000,00                   01                Ppto. Ord.

62203            Regist. y Controles   310130001320          UNIDAD CD ROM                                                                                          UNI                     8                 80.000,00                   01                Ppto. Ord.

62203            Regist. y Controles   310130000001          MOUSE TIPO PS/2                                                                                          UNI                   10                 40.000,00                   01                Ppto. Ord.

62203            Regist. y Controles   310135000160          MONITOR SUPER VGA                                                                                UNI                   10                 50.000,00                   01                Ppto. Ord.

62203            Regist. y Controles   390900000001          ABRIDOR DE LATAS                                                                                    UNI                     1                   5.000,00                   01                Ppto. Ord.

62203            Regist. y Controles   390900000300          COFFE MAKER                                                                                                UNI                     1                   2.700,00                   01                Ppto. Ord.

Total general Subprograma del Registros y Controles                                                                                  ¢1.340.500,00

San José, 31 de mayo del 2005.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº 22452).—C-30540.—(42721).

Código y  nombre del                                                                                                                                                                                  Unidad                                     Monto             Período       Fuente de

subprograma                                                                                                                                                                                                 de                                        estimado           trimes-       Financia-

                                                                       Código                                            Descripción                                                              Medida    Cantidad        contratación           tral             miento

62204                     Vig. Cont. Amb. Hum           199185000001            CONFECCIÓN DE SELLO DE HULE                                        UNI                 25                 50.000,00                01         Ppto. Ord.

62204                     Vig. Cont. Amb. Hum           206001004205            ACEITE TRANSMISIÓN                                                                  UNI                 40                 30.000,00                01         Ppto. Ord.

62204                     Vig. Cont. Amb. Hum           232040000100            PAPEL PERIÓDICO, 21.59 X 27.94                                            RES                 20                 10.000,00                01         Ppto. Ord.

62204                     Vig. Cont. Amb. Hum           282010000079            BASURERO PLÁSTICO                                                                  UNI                 20                 30.000,00                01         Ppto. Ord.

62204                     Vig. Cont. Amb. Hum           282060000005            FECHADORES AUTOMÁTICOS                                                 UNI                 18              135.000,00                01         Ppto. Ord.

62204                     Vig. Cont. Amb. Hum           282130000001            TIJERA DE 16 CM LARGO                                                            UNI                 20                 10.000,00                01         Ppto. Ord.

62204                     Vig. Cont. Amb. Hum           282900004005            TRANSPARENCIAS O FILMINAS DE ACETATO               UNI                   3                 13.800,00                01         Ppto. Ord.

62204                     Vig. Cont. Amb. Hum           286020000002            BOMBILLO DE 50 WATTS. 125 VOLTIOS.                             UNI                 50                   7.500,00                01         Ppto. Ord.

62204                     Vig. Cont. Amb. Hum           286140000020            REGLETA PLÁSTICA CON 6 TOMACORRIENTES            UNI                 20                 30.000,00                01         Ppto. Ord.

62204                     Vig. Cont. Amb. Hum           310095000760            IMPRESORA LÁSER                                                                        UNI                   2              250.000,00                01         Ppto. Ord.

62204                     Vig. Cont. Amb. Hum           310130000310            MÓDULOS DE MEMORIA                                                            UNI                 10              150.000,00                01         Ppto. Ord.

62204                     Vig. Cont. Amb. Hum           310900000001            PROYECTOR DE IMÁGENES MULTIMEDIA                       UNI                   1           1.500.000,00                01         Ppto. Ord.

62204                     Vig. Cont. Amb. Hum           340001000001            ANTENA DE TECHO                                                                       UNI                   1                 12.000,00                01         Ppto. Ord.

Total general Subprograma de Vigilancia y Control del Amb. Humano                                                                                                      ¢2.228.300,00

San José, 31 de mayo del 2005.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº 22452).—C-30540.—(42722).

                                                                                                                                                                                                                                            Unidad                                     Monto             Período       Fuente de

       Código y nombre del                                                                                                                                                                                                 de                                        estimado           trimes-       Financia-

              subprograma                                       Código                                                        Descripción                                                              medida    Cantidad        contratación           tral             miento

62207               Nivel Regional          172010000001               REPARACION FOTOCOPIADORA                                                          UNI                 03              700.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          206001001010               LIQUIDO PARA FRENOS, DE 310 C.C                                                   UNI                 15                 18.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          206001001312               ACEITE LUBRICANTE 15W-40 ENVASES DE 0,946 LITROS       UNI              500              400.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          206001000240               ACEITE LUBRICANTE PARA MOTOCICLETA                                  L                    369              259.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          206005000021               GRASA AUTOMOTRIZ                                                                                  UNI              200                 80.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          214010000090               ALCOHOL DE 95 GRADOS                                                                        UNI              200              120.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          214025000001               DESINFECTANTE                                                                                            UNI              150              680.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          214070000001               POTASA                                                                                                               UNI                 86                 20.500,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          214080000001               THINNER A-350 CORRIENTE                                                                    UNI                 10                 30.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          214085009020               CARTUCHOS DE TINTA                                                                               UNI              250           3.000.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          214175000800               PASTA PARA GOTERAS                                                                              UNI                 20                 20.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          214140000020               ANTICORROSIVO Y LUBRICANTE                                                         L                      25                 30.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          220050000001               GABACHAS                                                                                                       UNI                 25              100.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          220095000001               TELA MARQUISET                                                                                         UNI              150                 60.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          220095000540               TELA LINO                                                                                                         UNI                 45                 36.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          220095050020               TELA TIPO FRANELA                                                                                   UNI              152              107.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          220100075040               ESTROPAJOS                                                                                                     UNI                 90                 75.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          232005000004               PAPEL BOND MEDIDAS Y COLOR A ESCOGER                            UNI                 10                 80.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          232005000180               PAPEL BOND DE 90 GRS., TAMAÑO CARTA                                    UNI            2018           3.050.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          232005000200               PAPEL BOND DE 90 GRS., TAMAÑO OFICIO                                    UNI              160              250.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          232010000001               PAPEL CARBON                                                                                             UNI                 40                 32.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          232045000080               CARTULINA COLOR Y MEDIDAS A ESCOGER                               UNI              210              100.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          232045000700               CARTULINA MANILA                                                                                  UNI                 10                 11.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          234001000001               DICCIONARIOS EN ESPAÑOL                                                                  UNI                 03                 50.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          234001001005               DICCIONARIOS EN INGLES-ESPAÑOL                                               UNI                 01                 40.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          234001002999               DICCIONARIOS DE SINONIMOS                                                             UNI                 03                 20.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          234001002999               DICCIONARIOS DE SINÓNIMOS Y ANTONIMOS                            UNI                 02                 60.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          234005000020               LIBROS DE ACTAS DE 200 FOLIOS                                                        UNI                 60                 90.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          234005000020               LIBROS DE ACTAS DE 200 FOLIOS                                                        UNI                 60                 90.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          234005001025               LEY GENERAL ADMINISTRACIÓN PUBLICA                                  UNI                 03                   3.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          234005001030               LEY ADMINISTRACIÓN FINANCIERA                                                 UNI                 03                   5.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          234005003120               LIBRO MAYOR DE CONTABILIDAD                                                     UNI                 08                 27.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          234005006010               CODIGO DE TRABAJO                                                                                  UNI                 16                 45.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          234005006040               CODIGO DE COMERCIO                                                                              UNI                 17                 35.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          234005006100               LEY DE JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL                                       UNI                 04                   6.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          234005006120               LEY JURISDICCIÓN CONTESIOSO ADMINISTRATIVO                 UNI                 03                   6.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          234005006125               CÓDIGO URBANO                                                                                          UNI                 12                 30.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          234005006150               CÓDIGO PENAL                                                                                              UNI                 03                   8.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          234005006160               CÓDIGO PROCESAL CIVIL                                                                         UNI                 02                   5.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          234030000140               CUADERNO RAYADO COMUN 150 HOJAS                                       UNI              410              205.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          234030050030               CUADERNO DE RESORTES                                                                       UNI            1261              378.300,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          234040001040               BLOCK COLUMNAR 4 COLUMNAS                                                      UNI                 05                   8.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          234040001120               BLOCK COLUMNAR 12 COLUMNAS                                                    UNI                 04                   5.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          234040001175               BLOCK COLUMNAR 16 COLUMNAS                                                    UNI                 10                 19.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          234040001100               BLOCK PAPEL BOND BLANCO                                                              UNI              565              113.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          254040001120               LÁMINAS PARA CUBIERTA DE TECHO                                              UNI              125              500.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          259220000010               PINTURA LATEX                                                                                             UNI                 10              300.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          259220000079               PINTURA ANTICORROSIVA                                                                      UNI                 25              200.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          270001003999               LLANTAS PARA MOTOCICLETA                                                            UNI              120            1000.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          270005000003               NEUMÁTICO                                                                                                      UNI              200              450.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          282010000079               BASURERO PLÁSTICO                                                                                 UNI                 10                 15.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          282085000080               LAPICES DE COLOR                                                                                     UNI                 24                 20.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          282900004000               ALMOHADILLA PARA MOUSE                                                              UNI                 80                 60.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          282115000001               REFUERZO                                                                                                         UNI                 20                   3.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          282165000001               TINTA CHINA                                                                                                    UNI                 25                 13.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          282170000005               ARCHIVADOR DE DISKETTE                                                                    UNI                 25                 30.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          282245000200               CINTA P/MAQUINA DE ESCRIBIR OLIVETTE ET1                          UNI                 05                 10.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          282250000002               CINTA IMPRESORA OLIMPIA                                                                  UNI                 05                 10.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          282275000002               CINTA SMITH CORONA                                                                               UNI                 36                 36.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          282280000002               CINTA SWINTEC                                                                                              UNI                 20                 20.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          282900004005               TRANSPARENCIA O FILMINA DE ACETATO                                   UNI                 36              220.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          284015125010               HISOPO PARA INODORO                                                                           UNI                 50                 15.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          284900200015               PALA                                                                                                                    UNI                 50                 25.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          284050000001               PALO DE PISO                                                                                                 UNI                 55                 83.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          299185000020               CASCO PARA MOTOCICLISTA                                                                 UNI                 10              250.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          299900001200               CAJA VACIA PARA HERRAMIENTAS                                                   UNI                   5                 30.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          299900004100               SALVEQUE DE ESPALDA NYLON                                                        UNI                 60              240.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          310001000002               ARCHIVO METÁLICO DE 4 GAVETAS, T. CARTA                            UNI                 39           2.340.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          310001000119               ARCHIVO METÁLICO DE 4 GAVETAS, T. LEGAL                            UNI                 31           2.170.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          310001000001               ARCHIVADOR DE DOS GAVETAS, T. CARTA                                    UNI                   8              280.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          310010000251               ESCRITORIO METALICO                                                                             UNI                 28           1.260.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          310015000059               MESA PARA DIBUJO                                                                                     UNI                   2                 80.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          310080000001               TARJETERO DE METAL                                                                               UNI                   2                 45.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          310020000001               SILLAS DE METAL                                                                                         UNI                 26              278.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          310020000082               SILLAS TIPO SECRETARIA                                                                        UNI                 35              805.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          310025000020               CALCULADORA DE BOLSILLO CIENTÍFICA                                   UNI                   6                 51.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          310065000300               RELOJ MARCADOR DE CORRESPONDENCIA                                 UNI                   6              235.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          310065000020               RELOJ MARCADOR DE ENTRADA EMPLEADOS                          UNI                   1              200.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          310900005200               MAQUINA SACAPUNTAS ELECTRICA                                                UNI                   3                 25.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          310120000100               TARJETA DE VIDEO                                                                                       UNI                   3                 54.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          310130000070               FILTRO PARA RAYOS ULTRA VIOLETA                                             UNI                 18                 45.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          310130000100               UNIDAD LECTORA DE DISCO FLEXIBLE                                          UNI                   8                 40.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          310130000115               UNIDAD QUEMADORA DE CD                                                               UNI                   4              100.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          310130000116               UNIDAD QUEMADORA DE DVD                                                            UNI                   1              100.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          310175000001               UNIDAD DE POTENCIA ININTERRUMPIDA                                     UNI                   5              275.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          310900005700               FUENTE DE PODER PARA COMPUTADORA                                   UNI                   3                 45.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          340900000450               AMPLIFICADOR DE SONIDO                                                                   UNI                 01              150.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          350005000010               PIZARRA ACRILICA                                                                                      UNI                 10              100.000,00                01         Ppto. Ord.

62207               Nivel Regional          390105000001               REGULADOR DE VOLTAJE                                                                       UNI                 02                 60.000,00                01         Ppto. Ord.

Total general subprograma del nivel regional                                                                                                                                                                                                  ¢23.924.800,00

San José, 31 de mayo del 2005.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº 22452).—C-139860.—(42723).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ANEXO Nº 01

MODIFICACIÓN Nº 02

AL PROGRAMA DE COMPRAS AÑO 2005

Con base en lo estipulado en el artículo 6º de la Ley de Contratación Administrativa y los artículos 7.5 y 7.6 del Reglamento General de Contratación Administrativa, se realiza la inclusión del presente trámite de contratación al Plan de Compras publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 25 del 4 de febrero de 2005:

Ampliación del Almacenamiento Externo en la Red SAN de la CCSS (Equipo HP EVA-5000). Programa Servicios Técnicos Administrativos. Monto estimado: ¢25.000.000,00. Período estimado: II Trimestre.

Fuente de financiamiento: Presupuesto de Operaciones de la CCSS.

San José, 26 de mayo del 2005.—Subgerencia de Tecnologías de Información.—M.Sc. Sanders Pacheco Araya, Subgerente.—1 vez.—(42881).

 

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

PROGRAMA DE COMPRAS PARA 2005

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados que al Programa de Compras publicado en La Gaceta Nº 18 del 26 de enero del 2005, se le debe realizar la siguiente adición:

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA LOGÍSTICA

Descripción del bien o servicio

Programa o proyecto

Tipo de concurso

Fecha inicio de trámite

Monto en miles de ¢

Fuente financiamiento

Servicio de seguridad y vigilancia en instalaciones del ICE ubicadas en Guatuso, Los Chiles y Upala.

Operación

Restringida

III Trimestre

54.600

ICE

Servicio de seguridad y vigilancia en instalaciones del ICE ubicadas en la zona de La Uruca, San José.

Operación

Restringida

III Trimestre

74.400

ICE

Servicio de vigilancia para las radio bases del Sistema Celular del Casco Metropolitano

Operación

Restringida

III Trimestre

72.000

ICE

 

San José, 31 de mayo del 2005.—Dirección de Proveeduría.—Ing. Carlos Casco Peña, Coordinador Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 314898).—C-12620.—(42917).

LICITACIONES

JUSTICIA Y GRACIA

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 06-2005

Compra de servidores para el Registro Nacional

El Departamento de Proveeduría del Registro Nacional comunica a todos los interesados en esta licitación, que se recibirán ofertas hasta las 9:00 horas del día 5 de julio del 2005, en sus oficinas ubicadas en el módulo N° 5 del Registro Nacional.

El cartel puede ser retirado, sin costo alguno, en esa misma dirección.

San José, 31 de mayo del 2005.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Mauricio Madrigal Calvo, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 42950).—C-4295.—(42905).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

DIRECCIÓN REGIONAL SAN JOSÉ

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 01-2005

Remodelación de edificio de la planta

baja de la sucursal de San Pedro

La Dirección Regional San José del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 23 de junio del 2005, para la remodelación de edificio de la planta baja de la Sucursal de San Pedro.

El pliego de condiciones y los planos pueden ser retirados en las oficinas de la Dirección Regional de San José (horario de 8:20 a. m., a 4:20 p. m.), situada en el Centro Ejecutivo Ofimall (contiguo al Mall San Pedro), piso seis, previo pago en la agencia del Banco Nacional ubicada en el primer piso del Mall San Pedro (horario de la agencia 1 p. m., a 7 p. m.), de la suma de ¢12.000,00 (doce mil colones netos).

San Pedro, 31 de mayo del 2005.—Proveeduría Regional.—Gisselle Ma. Moreira González, Proveedora Regional.—1 vez.—(O. P. Nº 001-2005).—C-7145.—(42907).

UNIVERSIDAD NACIONAL

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 05-2005

Remodelaciones varias cambio de cubierta techo,

pintura, enmallado y alambre de navaja

La Universidad Nacional, a través de la Proveeduría Institucional recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del día veintisiete de junio del dos mil cinco por, “Remodelaciones varias cambio de cubierta techo, pintura, enmallado y alambre de navaja”.

Los interesados deberán retirar el pliego de condiciones con las especificaciones técnicas en la Proveeduría Institucional, (previo pago de ¢.500,00 en la Sección de Tesorería de la Universidad Nacional).

Para esta contratación es obligatorio asistir a la reunión preoferta que se efectuará el día catorce de junio a las diez de la mañana, en el sitio fijado para la obra (ver detalle en cartel).

La Proveeduría está ubicada en la ciudad de Heredia, de Copy Mundo trescientos al este ingresando por portón de malla (mano derecha) al campus de la Universidad y trescientos cincuenta metros al norte, último edificio, segundo piso.

Heredia, treinta y uno de mayo del dos mil cinco.—Proveeduría Institucional.—Ada Cartín Brenes, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 21052).—C-10470.—(42724).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. ENRIQUE BALTODANO BRICEÑO

PROVEEDURÍA SECCIÓN COMPRAS

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº PHEBB-036-2-2005

Mantenimiento preventivo y correctivo de varios ítemes

El Departamento de Proveeduría del Hospital Dr. Enrique Baltodano Briceño, comunica a los interesados en participar en el concurso de Licitación Por Registro Nº PHEBB-036-2-2005, que estará recibiendo ofertas hasta las 14:00 horas del día 23 de junio del 2005, para el mantenimiento preventivo y correctivo de los siguientes ítems:

Ítem           Cant.            U.M.                            Descripción

1                  50                  UD           Mantenimiento Preventivo y

                                                           Correctivo de Máquinas de Escribir

                                                           Marca Olimpia

2                    1                  UD           Mantenimiento Preventivo y

                                                           Correctivo de  Maquina de escribir

                                                           Robotron

3                    1                  UD           Mantenimiento Preventivo y

                                                           Correctivo de Máquina de escribir

                                                           Adler

4                    1                  UD           Mantenimiento Preventivo y

                                                           Correctivo de Máquina de escribir

                                                           IBM

5                    2                  UD           Mantenimiento Preventivo y

                                                           Correctivo de Faxes Panasonic

6                    2                  UD           Mantenimiento Preventivo y

                                                           Correctivo de Faxes Xerox

7                    5                  UD           Mantenimiento Preventivo y

                                                           Correctivo de Calculadoras Canon

8                    3                  UD           Mantenimiento Preventivo y

                                                           Correctivo de Calculadoras Citizen

9                    3                  UD           Mantenimiento Preventivo y

                                                           Correctivo de Calculadora Ibico

10                10                  UD           Mantenimiento Preventivo y

                                                           Correctivo de Calculadora Casio

Los interesados pueden adquirir el cartel en el departamento de Proveeduría del Hospital Dr. Enrique Baltodano Briceño de Liberia, a un costo de ¢1000,00. Rigen para este concurso el cartel y las condiciones generales para contratos.

Liberia, 12 de mayo del 2005.—Sección Suministros.—Gerardo Quesada Pérez, Jefe.—1 vez.—(42696).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 037-2005

Contratación de servicios de traslado de documentos

y materiales en el Área Metropolitana

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados que recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del día 29 de junio del 2005, en la Proveeduría de este Instituto, sita 400 metros norte de la esquina este de las oficinas centrales, para el suministro de lo siguiente:

Requerimiento:

Contratación de servicios de traslado de documentos y materiales en el Área Metropolitana.

Mayores especificaciones, condiciones generales y especiales podrán adquirirse en la Proveeduría de este Instituto.

San José, 1º de junio del 2005.—Licitaciones - Dirección de Proveeduría.—Ing. Carlos Casco Peña, Coordinador.—1 vez.—(O. S. 314898).—C-8095.—(42918).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

LICITACIÓN POR REGISTRO LPR-2-2-2005

Construcción del edificio administrativo y apoyo de la ciudad tecnológica Mario Echandi, cerramiento de áreas

 descubiertas en el núcleo industria alimentaria,

telemática y microelectrónica

El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 9:00 horas del 14 de julio del 2005. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢14.000,00 en el Área de Compras del Proceso de Adquisiciones sita 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México o bien ver página Web del INA, dirección www.ina.ac.cr.

San José, 1º de junio del 2005.—Proceso de Adquisiciones.—Norbert García Céspedes, Encargado.—1 vez.—(Solicitud Nº 34089).—C-5245.—(42906).

AVISOS

RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A.

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 200-2005

Contratación del mantenimiento y soporte técnico

del sistema automatizado de mensajería (SAM),

que soporta el servicio Racsagrama

Radiográfica Costarricense S. A., se permite invitar a los interesados a participar en la licitación arriba indicada, retirando el respectivo cartel en la Proveeduría de la Institución, avenida 5ª, calle 1ª, por la suma de ¢1.000,00, en horas de oficina. La apertura de la misma se llevará a cabo el día 27 de junio del 2005, a las 10:00 horas de la mañana en la sala de aperturas.

San José, 1º de junio del 2005.—Xavier Sagot Ramírez, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 32700).—C-4770.—(42909).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE MORAVIA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 01-2005

Compra de dos camiones recolectores de

basura y una vagoneta, reconstruidos

Debidamente autorizada, la Proveeduría de la Municipalidad de Moravia recibirá oferta hasta las 14:00 horas del día 5 de julio del 2005, para la compra de dos camiones recolectores de basura y una vagoneta reconstruidos, mayores especificaciones generales y técnicas podrán ser retiradas gratuitamente a partir de esta publicación, en las oficinas de la Proveeduría Municipal.

Moravia, 1º de junio del 2005.—Proveeduría.—Jorge Monge Pérez, Proveedor.—1 vez.—(42894).

MUNICIPALIDAD DE BARVA

LICITACIÓN POR REGISTRO N° 01-2005

Recarpeteo en el distrito central y en San Pablo de Barva

La Proveeduría de la Municipalidad de Barva recibirá ofertas por escrito hasta las 14:00 horas del día 16 de junio de 2005. El cartel puede ser retirado en la oficina de Proveeduría ubicada en el edificio Municipal frente al costado oeste del Parque Central de Barva, previo depósito no reembolsable de ¢1.000,00, en el Departamento de Tesorería.

Barva, Heredia, 1º de junio del 2005.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Yesael Molina Vargas, Proveedora.—1 vez.—(42896).

ADJUDICACIONES

AGRICULTURA Y GANADERÍA

PROGRAMA INTEGRAL DE MERCADEO AGROPECUARIO

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 04-2005

Reconstrucción de 750 m2 de lozas de concreto

ubicadas en los patios del Cenada

Siguiendo el debido proceso, y actuando según lo estipula el artículo 57.3 del Reglamento de Contratación Administrativa, se procede a comunicar formalmente a todos tos interesados que el Consejo Directivo de PIMA mediante acuerdo trescientos setenta y cinco, artículo cinco de la sesión ordinaria Nº 2432 celebrada el 30 de mayo del 2005, resolvió adjudicar la Licitación por Registro Nº 04-2005, a la oferta presenta por Constructora Z.M. S. A., por un monto de veintinueve millones quinientos cincuenta mil colones para que lleve a cabo la reconstrucción de 750 m2 de lozas_de concreto ubicadas en los patios del Cenada, lo anterior concluyendo que dicha propuesta es la que planteaba las mejores condiciones para la ejecución de las obras a realizar.

Heredia, 1º de junio del 2005.— Proveeduría.—Erick Aguilar.—1 vez.—(Solicitud Nº 13157).—C-7145.—(42910).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2-312-05 (Desierta)

Alquiler de local o casa de habitación para

reubicar el Juzgado Penal de Hatillo

Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de contratación de referencia que el Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión celebrada el veinticuatro de mayo del año dos mil cinco, dispuso declararlo desierto.

San José, 31 de mayo del 2005.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Subjefa a. í.—1 vez.—(42895).

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 20054-90

Contratación de una empresa que brinde

cursos de inglés conversacional

El Departamento de Proveeduría del Banco Central de Costa Rica, se permite comunicar que mediante resolución Nº 384-2005, de fecha 27 de mayo del 2005, se procedió a declarar desierto el concurso indicado.

San José, 30 de mayo del 2005.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Eduardo Ruiz Vargas, Director.—1 vez.—(O. C. Nº 7146).—C-3820.—(42725).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 105013 (Desierta)

Contratación de servicios médicos en anestesiología

para la Dirección de Ins-Salud

Se comunica a los interesados en el presente concurso, que según sesión N° 8727, acuerdo XI del 23 de mayo del 2005, la junta directiva, con sustento en las consideraciones de orden legal y técnico dictaminadas en oficio Prov-2484-2005 del 17 de mayo del 2005, el cual se tendrá como parte integrante de este acuerdo, resuelve: declarar desierto el presente concurso.

San José, 1º de junio del 2005.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Luis Leitón Aguilar, Jefe.—1 vez.—(O. C. 18405).—C-4770.—(42911).

UNIVERSIDAD NACIONAL

LICITACIÓN POR REGISTRO N° 03-2005

Compra de papel, cartulina y fórmula contínua

La Proveeduría Institucional de la Universidad Nacional comunica a los interesados en esta contratación, que mediante Resolución Nº 1102-2005, de las catorce horas del día treinta de mayo del 2005, se dispuso readjudicar la línea 4 de la licitación de referencia de la siguiente manera:

Línea 4: 5 resmas de papel bond Nº 24, según especificaciones del pliego de condiciones a Compañía Americana de Papeles, Plásticos y Afines S. A. (CAPPA), precio unitario $25.72. Precio total 128.60. Plazo de entrega 1 día hábil.

Heredia, 30 de mayo del 2005.—Ada Cartín Brenes, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 21052).—C-5245.—(42726).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN RESTRINGIDA Nº 003-2005

Alquiler de edificación para albergar la Agencia

Eléctrica y Telecomunicaciones de Jacó

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la Subgerencia mediante nota SGA-949-05 del 25 de mayo del 2005, acordó lo siguiente:

Declárese infructuosa la Licitación Restringida Nº 003-2005, promovida por este Instituto para el alquiler de edificación para albergar la Agencia Eléctrica y Telecomunicaciones de Jacó, por ser las ofertas recibidas inconvenientes a los intereses de la Institución.

San José, 31 de mayo del 2005.—Dirección de Proveeduría.—Ing. Carlos Casco Peña, Coordinador-Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 314898).—C-6195.—(42919).

AVISOS

RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A.

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 108-2004

Adquisición de tarjetas de 8 puertos T3 para

equipo ATM Cisco modelo BPX 8600

Radiográfica Costarricense S. A., se permite comunicar a los oferentes en la Licitación arriba indicada, que la misma fue adjudicada a la firma comercial GBM de Costa Rica S. A., según los términos estipulados en el cartel y la oferta.

San José, 1º de junio del 2005.—Xavier Sagot Ramírez, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 32700).—C-3820.—(42912).

REGISTRO DE PROVEEDORES

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSÉ

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

Acatando lo dispuesto en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento y con el fin de actualizar y ampliar el Registro de Proveedores se les informa:

Las personas físicas o jurídicas interesadas en contratar con la Junta de Protección Social de San José, en el suministro de bienes y/o servicios deben presentarse en el Departamento de Proveeduría, sita 50 metros al sur de emergencias del Hospital de Niños, Edificio Central, cuarto piso, para retirar el “Formulario de Inscripción en el Registro de Proveedores”.

Para todos aquellos potenciales oferentes que no están debidamente inscritos, se les estará entregando la lista de bienes y/o servicios que normalmente la Institución contrata, con el fin de que indiquen aquellos que están dispuestos a ofrecer.

Quienes ya forman parte del Registro de Proveedores, no deben presentar ninguna documentación, salvo que exista alguna variación.

San José, 26 de mayo del 2005.—Jorge A. Villalobos Fonseca, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 6047).—C-8570.—(41575).

FE DE ERRATAS

COMERCIO EXTERIOR

PROVEEDURIA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº LR00222005 (Modificación)

Canje de vehículos con dinero

Cilindrada: Se establece el siguiente rango: 1500 cc a 1800 cc con un margen de 10cc respecto al mínimo.

Potencia: La potencia máxima del motor debe ubicarse en el rango de 80kw a 120kw.

Condiciones Específicas: Agréguese lo siguiente: La garantía de funcionamiento que otorga el fabricante para los vehículos que se ofrezcan a la Administración debe ser superior a 25.000 km o 12 meses. En caso contrario la oferta se excluirá del concurso. Para tales efectos el oferente debe presentar una certificación del fabricante donde se consigne la garantía de funcionamiento de los vehículos que fabrica. Dicha certificación debe presentarse en original o copia certificada por abogado. Con base en dicha documentación se calificarán las ofertas de acuerdo con los términos indicados en el punto 3.1.5 del cartel.

El respaldo de repuestos mínimo exigido en la presente contratación es de 3 años a partir de la entrega de los vehículos, lo cual debe acreditarse con una declaración jurada ante notario donde conste dicho compromiso.

En el punto 3.1.5 se sustituye último párrafo y se lee lo siguiente: “Al no indicar el oferente la garantía del producto o al no alcanzar el mínimo requerido la oferta será descalificada del concurso”.

Se modifica el sistema de evaluación de la siguiente manera:

3.1.1     Monto de la oferta                                                    50%

3.1.2     Plazo de entrega                                                        10%

3.1.3     Respaldo de repuestos                                                  5%

3.1.4     Experiencia de la empresa en la marca ofrecida         10%

3.1.5     Garantía del Producto                                                10%

3.1.6     Condiciones Preferibles                                                10

3.1.7     Experiencia de la empresa                                           5%

Total                                                                      100%

Puntos 3.1.1 y 3.1.2  se mantienen invariables

Punto 3.1.3  Respaldo de Repuestos. Se disminuye a un porcentaje

máximo de 5% quedando la tabla de la siguiente manera.

Años de Respaldo                           Porcentaje correspondiente

Mayor o igual a 5                                                        5

Mayor o igual a 3 pero menos de 5                           2.5

Mayor o igual a 1 pero menor de 3                              1

Punto 3.1.4  Experiencia de la empresa, debe leerse de la siguiente

manera.

Se evaluarán los años de experiencia real en la venta de vehículos nuevos en Costa Rica que posee el oferente, para lo cual deberá aportar una certificación notarial donde conste dicha información y el puntaje se asignará de la siguiente manera:

Años de experiencia                         Porcentaje correspondiente

Mayor o igual a 10                                                      5

Mayor o igual a 7 pero menor de 10                            3

Mayor o igual a 5 pero menor de 7                           1.5

Mayor o igual a 3 pero menor de 5                           0.5

Se cambia el segundo párrafo quedando de la siguiente manera:

“La experiencia mínima de la empresa en la venta y distribución de vehículos nuevos en Costa Rica para participar en el presente concurso es de 3 años.”

Punto 3.1.5 Garantía del Producto.

Se disminuye el porcentaje máximo a 10%.

La tabla de calificación se modifica de la siguiente manera:

Garantía                                                                  Porcentaje %

Mayor o igual a 100.000 kms o 36 meses                              10

Mayor o igual a 50.000 kms o 24 meses,

pero menor a 100.000 kms o 36 meses                                   5

Mayor o igual a 25.000 kms o 12 meses,

pero menor a 50.000 kms o 24 meses.                                 2.5

3.1.6 Condiciones Preferibles

Se modifica la tabla quedando de la siguiente manera

Características                                         Puntaje

Equipado con doble bolsa de aire para chofer y acompañante    2.5

Equipado con frenos delanteros y traseros con sistema ABS      2.5

Motor con sistema de apertura de válvulas de admisión

controlado electrónicamente                                                    2.5

Equipado con volante ajustable de altura                                   2.5

Debe entenderse incorporado dentro de las características de los vehículos licitados como una condición preferible.

3.1.7 Experiencia en la venta de la marca ofrecida

La experiencia de la empresa en la venta de la marca ofrecida se calificará con 1 punto por cada año de experiencia hasta un máximo de 10 puntos.

Para acreditar dicho puntaje el oferente deberá presentar una certificación del fabricante en original o copia certificada donde se consigne dicha condición.

El resto del cartel se mantiene invariable y la fecha de apertura se traslada para el 17 de junio a las 10 a. m.

San José, 31 de mayo de 2005.—Lic. José Ángel Soto Varela, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 23203).—C-30420.—(42727).

AMBIENTE Y ENERGÍA

LICITACIÓN POR REGISTRO LR-52-2005

Remodelación y acondicionamiento del edificio del Ministerio

del Ambiente y Energía en avenida 18 y calle 9, San José,

específicamente de la porción del inmueble donde se

ubicará la Dirección General de Hidrocarburos,

Transporte y Comercialización de Combustibles

Se avisa a los interesados en esta contratación, que se hace la siguiente corrección y aclaración al correspondiente cartel:

Punto 12, aparte 3.

Donde dice:

Estados financieros auditados de los últimos tres períodos fiscales (1998, 1999 y 2000).

Debe leerse correctamente:

Estados financieros auditados de los últimos tres períodos fiscales.

Asimismo se aclara que para la presente contratación se cuenta con 8 láminas de croquis, los cuales están a disposición en forma adjunta al cartel, en la Proveeduría Institucional.

Todo lo demás permanece invariable.

San José, 31 de mayo del 2005.—Lic. Marcos Montero Cruz, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 43717).—C-10395.—(42913).

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

LICITACIÓN PÚBLICA N° 02/2005

Contratación para la adquisición y mantenimiento de una solución de software y hardware para la prevención del lavado de dinero

Se le comunica a los interesados en la Licitación Pública Nº 02/2005, que en virtud de que la Contraloría General de la República, mediante resolución R-DAGJ-279-2005, del 25 de mayo del 2005, acogió parcialmente el recurso de objeción al cartel, presentado por la firma Datadec S. A., se está procediendo a realizar modificaciones y aclaraciones al mismo, las cuales deberán retirar en las oficinas del departamento de Proveeduría y Licitaciones, ubicadas 600 metros al sur del Autobanco de Bancrédito, en el edificio del Depósito Agrícola y Almacén Fiscal de Cartago, barrio La Lima de Cartago.

Por lo anterior, se amplía la fecha para la recepción de las ofertas, hasta las 15:00 horas del día 24 de junio de 2005.

Cartago, 31 de mayo del 2005.—Departamento de Proveeduría y Licitaciones.—Ing. Gerardo Sánchez Fuentes, Jefe.—1 vez.—(O. C. 6508).—C-5720.—(42915).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE ADQUISICIONES

SUBÁREA DE CARTELES

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2005-027 (Aviso 1)

Jeringa descartable para insulina, de 100 unidades

A los oferentes interesados en participar en esta Licitación, se les comunica que la apertura de este concurso se prorroga para el día 7 de julio del 2005 a las 10:00 horas.

El resto del cartel permanece invariable.

San José, 31 de mayo del 2005.—Lic. Vilma Arias Marchena, Coordinadora.—1 vez.—C-3345.—(42728).

ANEXO Nº 2

LICITACIÓN PÚBLICA Nº STI-PU 2005-001

(Aviso Nº 03)

Servidores de telefonía IP y aditamentos

A los interesados en la presente licitación se les comunica que la fecha de apertura se prorroga para el próximo 30 de junio del 2005 a las 10:00 horas.

Oportunamente se estarán publicando modificaciones y aclaraciones al cartel.

San José, 26 de mayo del 2005.—Subgerencia de Tecnologías de Información.—M.Sc. Sanders Pacheco Araya, Subgerente.—1 vez.—(42882).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

SUMINISTROS-LICITACIONES

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2005-020 (Modificación)

Compra de cuatro medidores de caudal ultrasónico portátiles

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se modifica el artículo 12 del volumen Nº 1 del Cartel de la siguiente manera:

Artículo Nº 12 “Plazo de entrega”:

“El plazo máximo de entrega será de 8 semanas, contados a partir de la entrega del pedido debidamente refrendado”.

Demás condiciones permanecen invariables.

San José, 31 de mayo del 2005.—Lic. Lilliana Navarro C., Suministros.—1 vez.—(Solicitud Nº 23012).—C-4295.—(42729).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSÉ

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 052-2005

(Modificación)

Contratación de servicios profesionales para el rediseño

estructural del edificio central y almacén de la

Junta de Protección Social de San José

A los interesados en esta licitación se les comunica las modificaciones correspondientes a la licitación en referencia.

Se incluye como requisito indispensable:

El o los profesionales a cargo del rediseño deben de ser “Ingenieros civiles con especialidad en estructuras”, para lo cual deben presentar la correspondiente certificación original del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos.

El sistema de valoración de ofertas se establece de la siguiente manera:

XXI.      Sistema de valoración de ofertas. Una vez realizado el análisis legal y técnico de las ofertas se procederá a realizar la ponderación correspondiente, sólo a aquellas ofertas que superen estos análisis.

Elementos a evaluar                                                  Puntos

Experiencia del oferente                                                   40

Área rediseñada                                                                60

Total                                                                              100

Experiencia del oferente                                  40 Puntos

COMO CONSULTOR

El oferente deberá demostrar sus años de experiencia en los trabajos de rediseño estructural desarrollados por él mismo (como consultor-contratista, sea persona física o jurídica, es decir que los haya desarrollado como contratista, no proyectos en los que haya participado en calidad de miembro de un equipo de trabajo). Los trabajos señalados deben haberse ejecutado durante los últimos 20 años, contados a partir del mes de apertura de ofertas de este concurso.

De cada año de trabajo, para que sea tomado en cuenta para efectos de calificación, debe aportarse constancia firmada por el propietario (del trabajo ejecutado) o su representante, por ejemplo: gerente, jefe de operaciones, apoderado, presidente de la empresa propietaria (no por el consultor) del proyecto rediseñado, donde haga constar la veracidad de la información aportada por el oferente. Estas constancias no deben tener más de un año de emitidas.

Debe indicarse como mínimo, el nombre del propietario, su dirección exacta y número de teléfono, el área rediseñada, el uso que se le daría, el costo estimado de la obra rediseñada y la fecha (mes y año) en que fue concluida la consultoría.

La Junta de Protección Social de San José se reserva el derecho de verificar la información presentada así como desestimar la oferta que presente información que no se ajuste a la realidad.

La puntuación se asignará mediante la aplicación de la siguiente fórmula:

Puntos =   (# A A / # M A) 40

Donde:

Puntos:      Puntos por asignar a la experiencia del consultor

# A A:       Número de años aceptados en la oferta en estudio.

# M A:      Número mayor de años aceptados entre todos los

oferentes.

El número mínimo de años presentados y aceptados para que la oferta sea válida es de tres.

En cuanto a la experiencia se tomarán como tal los trabajos de refuerzo estructural en inmuebles de más de cuatro niveles y más de 2.000 m2.

Área rediseñada                                                60 Puntos

El área rediseñada que se considerará para efectos de calificación, será la indicada en las constancias de obras rediseñadas, realizadas de acuerdo con los requisitos citados en el punto anterior.

Por los primeros 6 000 m2 (seis mil metros cuadrados), acumulados no se otorgarán puntos. Para el resto de metros acumulados, la puntuación se asignará mediante la aplicación de la siguiente fórmula:

Puntos =   (# M A / # M M A) 60

Donde:

# M A:      Número metros acumulados en exceso de 6 000 m2

de la oferta en estudio.

# M M A: Número mayor de metros cuadrados acumulados en exceso de 6 000 m2 (seis mil metros cuadrados) por el oferente que presenta mayor número de metros de área rediseñada.

El número mínimo de metros acumulados para que la oferta sea considerada es de 6 000 m2 (seis mil metros cuadrados).

En cuanto a los criterios de desempate se regirá por los siguientes términos:

En caso de presentarse empate en la calificación de ofertas, se utilizará como criterio para el desempate la diferencia de puntaje en los criterios de evaluación de manera independiente de acuerdo al siguiente orden:

1.  Experiencia del oferente como consultor.

2.  Área rediseñada.

En caso de persistir el empate, la Administración se reserva el derecho de declarar la adjudicación a la firma que considere con mayor idoneidad para satisfacer los intereses institucionales.

IV.        Aspectos generales de la evaluación

A. Base de la calificación. La calificación se realiza en base cien, lo cual implica que la máxima cantidad de puntos que puede obtener un oferente es de cien puntos.

B.  Selección del adjudicatario. La adjudicación del presente concurso recaerá en el oferente que obtenga la mayor calificación.

C.  Puntaje para adjudicar. Sólo podrán resultar adjudicatarios aquellos oferentes que obtengan setenta (70) puntos como mínimo.

Quedará a criterio de la Administración justificar la adjudicación con puntajes menores, siempre y cuando no existan ofertas que sobrepasen el mínimo.

D. Criterios para redondeo. Para los cálculos de puntaje que impliquen el manejo de decimales, se utilizará el truncar los dos primeros decimales.

ACLARACIÓN

Se debe entender como trabajos similares aquellos trabajos de refuerzo estructural estrictamente en inmuebles de más de cuatro niveles y más de 2 000 m2.

San José, 1º de junio del 2005.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Jorge A. Villalobos F., Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 6071).—C-45150.—(42914).

REGLAMENTOS

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE CAJITAS DE SEGURIDAD

La Junta Directiva General del Banco en sesión 18-05, Artículo XIII del 10 de mayo del 2005, aprobó modificar el “Reglamento del servicio de cajitas de seguridad”.

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE CAJITAS DE SEGURIDAD

Definiciones

Para efectos del presente reglamento se establecen las siguientes definiciones:

Cajas de seguridad: Sitio seguro que el Banco alquila a personas físicas o jurídicas para que guarden documentos, valores, joyas, etc.

Arrendamiento: Cesión o adquisición del uso o aprovechamiento temporal de cosas, obras o servicios, a cambio de un precio.

Aspectos generales

En ejercicio de la potestad que le confiere el artículo 34 inciso 3) de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional y constituyendo éste un servicio típico con arreglo al artículo 116 del mismo cuerpo legal, el Banco de Costa Rica procede a reglamentar el Servicio de “CAJITAS DE SEGURIDAD” el que se regirá además por Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional, el Código de Comercio, las disposiciones de la ley común en lo que fuere racionalmente aplicable, el Reglamento de Tarifas y Condiciones para los Servicios del Banco de Costa Rica, así como por las demás disposiciones reglamentarias del Banco.

Artículo 1º—Descripción del servicio. El servicio de Cajitas de seguridad consiste en la facilidad que otorga el Banco a sus clientes de poner a su disposición una bóveda o recinto especial donde se custodia un número determinado de cajitas de seguridad, pudiendo el cliente, a través de un arrendamiento, tener acceso privado a una o varias de ellas para el depósito de toda clase de documentos y valores.

Artículo 2º—Condiciones del servicio. El Banco pone a disposición del arrendatario la caja de seguridad en buen estado de conservación y funcionamiento, entregándole además la llave que posibilita su acceso la cual queda bajo total responsabilidad de este último y en relación con la cual deberá rendir un depósito de garantía. Las cajas tendrán dos cerraduras distintas, una que se abrirá con la llave que le ha sido entregada al arrendatario y la otra, con la que tiene bajo su custodia el Banco. La apertura y cierre de la Caja se efectuará conjuntamente. El arrendatario deberá retirar la caja de la bóveda inmediatamente y examinar su contenido en privado, en los cubículos destinados  para ese efecto. El Banco no estará obligado en forma alguna a enterarse del contenido de lo que se guarda en la Caja, por lo que deberá presumirse que lo ignora de una manera absoluta y por esto queda prohibido a sus empleados solicitar o recibir cualquier indicación al respecto. El arrendatario deberá dar cuenta inmediata por escrito, de cualquier desperfecto que note, tanto en el funcionamiento de la llave, como en el estado de la caja.

Artículo 3º—Acceso a las cajas de seguridad. La caja podrá ser accesada por el arrendatario únicamente dentro del horario que el  Banco tenga dispuesto para su atención al público en la oficina respectiva,  pudiendo ingresar al recinto únicamente éste o la persona que previamente hubiere autorizado, en el caso de personas jurídicas por sus mandatarios, con poder suficiente, quienes deberán aportar y mantener actualizada la personería respectiva.

Artículo 4º—Utilización de la caja de seguridad. El arrendatario sólo podrá usar la caja para guardar valores y documentos, por lo que  deberá abstenerse de introducir en ella sustancias u objetos perecederos, peligrosos o ilegales. En el caso de que el Banco detecte el incumplimiento de esta obligación podrá dar por terminado el servicio en forma inmediata, sin perjuicio de las acciones que pueda ejercer en el caso de que le hubieren resultado daños o perjuicios de cualquier índole.

Artículo 5º—Obligaciones del Banco. Las obligaciones del Banco se contraerán exclusivamente a facilitar al arrendatario el acceso a la caja de seguridad dentro de las condiciones ordinarias de operación y a cuidar de que la misma no sea abierta por quien no tenga derecho. Por consiguiente, no responderá en ningún caso y por ningún motivo, de pérdidas o deterioros que experimentara su contenido, por lo tanto, no admitirá reclamaciones ni cargos de ninguna naturaleza fundados en esos aspectos. Tampoco habrá lugar a reclamos por lo perjuicios que sufriere el arrendatario,  en casos de demora del servicio por las modificaciones que el Banco tenga que hacer y que ocasionen la suspensión o modificación de los horarios de acceso a las Cajas; o cuando ocurran accidentes, casos de peligro por fuego, conmoción interna, fenómenos de la naturaleza, o cualquier otra emergencia, que implique caso fortuito o fuerza mayor.

Artículo 6º—Autorizaciones a terceros. El arrendatario podrá autorizar a terceros para que tengan acceso a la Caja de Seguridad, siempre y cuando utilice los medios que el Banco estime convenientes. Tanto el arrendatario como los autorizados quedarán obligados a identificarse, firmar el registro de ingreso y portar la llave correspondiente. Cuando el Banco lo considere pertinente, podrá solicitar que se actualicen las certificaciones de personería que acreditan las facultades de representación de los terceros.

Artículo 7º—Eficacia de las autorizaciones de terceros. Las autorizaciones para que terceros puedan tener acceso a la caja de seguridad del arrendatario, sea éste persona física o jurídica, se reputarán válidas y eficaces mientras el Banco no haya sido notificado por escrito de alguna causa que las modifique o revoque. A falta de esta comunicación, el Banco queda relevado de toda responsabilidad dado que a él no le corresponde vigilar la vigencia o revocatoria de los poderes, mandatos o autorizaciones emitidos por el arrendatario.

Artículo 8º—Reposición de la llave de acceso. En caso de que el arrendatario o autorizado de una caja de seguridad, le hubiere sido substraída o se hubiere extraviado o destruido la llave, deberá notificarlo por escrito al Banco.  La carta de aviso debe ser firmada por el arrendatario. Todo gasto que ocasione la reposición de la llave o apertura de la caja debe ser cancelado anticipadamente en efectivo o con cargo a la cuenta que el arrendatario indique,  junto con cualquier otro gasto en que hubiere tenido que incurrir el Banco. El Banco goza del derecho de retención del contenido de la Caja, mientras no se haya efectuado dicha cancelación.

Artículo 9º—Fallecimiento del arrendatario. Si el Banco tuviere conocimiento por medios fehacientes de que el arrendatario hubiere fallecido, dejará sin efecto las autorizaciones y poderes para que terceros puedan acceder la caja. Dicha caja solo podrá ser accesada en lo sucesivo por el Albacea de la Sucesión del arrendatario, sin perjuicio de que se proceda a su cierre poniendo el contenido de la caja a disposición del Sucesorio si mediare orden judicial o comunicación notarial en ese sentido.

Artículo 10.—Aplicación de medidas cautelares. Cuando medie orden judicial de registro de la Caja de Seguridad  y secuestro de su contenido, el Banco brindará a la Autoridad Judicial que ha dictado la orden todas las facilidades correspondientes sin necesidad de considerar la voluntad del arrendatario; si la orden se dirige a inmovilizar la caja e impedir el acceso de cualquier persona ajena a la Autoridad ordenante, o a quienes ésta faculte, el Banco estará obligado a acatarla aún en perjuicio del arrendatario. En cualquiera de ambos casos, una vez que la caja sea abierta por la Autoridad, el Banco está en el derecho de requerir una copia del acta donde se consigne el inventario de sus existencias, la cual quedará a disposición del arrendatario.

Artículo 11.—Suspensión y terminación del servicio. El Banco podrá suspender temporal o dar por terminado definitivamente este servicio sin responsabilidad alguna de su parte, y sin que pueda alegarse derecho adquirido de ninguna especie, en los siguientes casos:

1.  Cuando hubiere incumplimiento del arrendatario de cualesquiera de las disposiciones estipuladas en este Reglamento, en las modificaciones que se le efectúen, o en el Contrato para el servicio de Caja de Seguridad. En este caso, el Banco podrá suspender indefinidamente el uso de la Caja, y proceder de oficio a su apertura, como está dispuesto en este reglamento, y finalmente ocuparla y disponer de ella.

2.  Por caso fortuito, fuerza mayor o hecho de un tercero que haga riesgosa la prestación del servicio.

3.  Cuando tratándose de personas físicas ocurra el fallecimiento, o la incapacidad declarada judicialmente por sentencia firme. Si el arrendatario fuere una persona jurídica cuando ésta haya sido declarada en quiebra o sometida a cualquier otro proceso concursal; en ambos casos siempre que el Banco tenga conocimiento oportuno del hecho. En estos casos la apertura sólo podrá hacerla la Autoridad Judicial, el Albacea o Curador según corresponda.

4.  Cuando el Banco tenga noticias de acciones del arrendatario o sus autorizados que a su criterio, pongan en duda la seguridad en el uso de la caja de seguridad.

5.  Por cualquier otra causa que a juicio exclusivo del Banco haga inconveniente, onerosa, poco rentable o lesiva a sus intereses la continuación del servicio.

Artículo 12.—Devolución de la llave. Ocurriendo la suspensión o terminación anticipada del servicio, como la expiración del plazo del contrato, el arrendatario deberá devolver al Banco dentro de las veinticuatro horas siguientes a la notificación o a la fecha de expiración del plazo, la llave de la caja de seguridad. En esta eventualidad, inmediatamente deberá ser removido el contenido de la Caja, quedando ésta a disposición del Banco. De no ser entregada la llave  dentro del término aquí previsto, el arrendatario perderá totalmente el depósito hecho en garantía.

Artículo 13.—Apertura de oficio de la caja. Si el arrendatario no se presentare a remover el contenido de la caja,  sea porque se hubiere suspendido el servicio o porque hubiere expirado el plazo sin que se efectuara su renovación con el pago del costo respectivo, el Banco podrá abrirla y levantar un acta notarial consignando los detalles de la diligencia, dejando su contenido en un sobre cerrado y lacrado. El Banco haciendo uso de la autorización expresa que deberá otorgar el arrendatario en el contrato respectivo, podrá proceder a la venta de cualquier bien, objeto o valor que se encontrare dentro de la caja  por medio de un Notario o Corredor Jurado de su elección,  pagarse su deuda, las costas y gastos y devolver el saldo al arrendatario.

Artículo 14.—Disposiciones finales.

1.  El contrato de arrendamiento de la caja no podrá ser cedido ni subarrendado, ni prestado a terceros en ningún caso.

2.  Todo lo que no estuviese contemplado en este reglamento, se regirá y resolverá conforme las disposiciones vigentes en el Ordenamiento Jurídico que fueren compatibles con la materia que este regula, las regulaciones reglamentarias y circulares que establezca el Banco sobre esta materia, las cuales serán comunicadas oportunamente al arrendatario por parte del Banco.

3.  Por la prestación de este servicio, el Banco cobrará y el arrendatario deberá pagar, la tarifa que se encuentra establecida en el Reglamento de Tarifas y Condiciones para los Servicios del Banco de Costa Rica, la cual podrá ser variada conforme las modificaciones que experimente el citado Reglamento.

4.  El arrendatario deberá registrar ante el Banco la dirección o medio, preferiblemente electrónico, donde atender comunicaciones y queda obligado a notificar cualquier cambio de ésta cada vez que se produzca. Cualquier comunicación que se le envíe a la dirección o medio que esté registrado en el Banco, se reputará recibida por el arrendatario, aún y cuando por deficiencia o error de éste al registrar la dirección o medio o por haberla cambiado sin notificarle al Banco, no le fuera efectivamente entregada.

5.  El Banco podrá introducir las reformas y mejoras que considere convenientes a este Reglamento. Las variaciones que se den surtirán efecto jurídico a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. No obstante, el Banco hará del conocimiento por escrito al arrendatario dichas modificaciones a través de la dirección o medio que éste haya elegido.

San José, 26 de julio del 2004.—Oficina Normativa Administrativa.—Lic. Carlos Ml. Calderón Gutiérrez.—1 vez.—(O. C. Nº 53207).—C-81450.—(41586).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO

Acuerdo tomado en la sesión Nº 237-2005, celebrada por el Concejo Municipal el día 9 de mayo del 2005, que literalmente dice:

Artículo 39.—Acuerdo Nº 4793-2005: Dictamen de la Comisión de Asuntos Jurídicos.

Inicio: Al ser las cinco horas con cuarenta minutos de la tarde, el día 5 de mayo del 2005 en el salón de sesiones de la Municipalidad de Oreamuno.

Presentes: Con la asistencia de los señores Adrián Pérez Molina, Róger Sánchez Padilla y Roberto Araya Ramírez, quien preside y Olman Aguilar Araya.

Artículo primero y único.—Conoce esta Comisión el Reglamento de Horas Extraordinarias elaborado por la licenciada Seily Sáenz Sibaja, titular del Departamento Legal de esta Corporación Municipal, avalado por la Alcaldía Municipal, en la persona de su titular señor Wálter Granados Torres. De igual forma se conocen las sugerencias que hiciera la señorita Laura Rojas Araya, Secretaria del Concejo Municipal, según se lo solicitó esta misma Comisión. Y al respecto se recomienda lo siguiente: El Reglamento de marras, es a criterio de esta Comisión conforme con la normativa legal que rige la materia. No obstante lo anterior y vistas las observaciones aportadas por la señorita Secretaria del Concejo, hemos tomado algunas consideraciones para la elaboración del presente dictamen, las que se resumen como sigue:

a.   Esta Comisión recomienda al Concejo Municipal y a la Alcaldía Municipal, adicione el artículo 3° de dicho Reglamento lo siguiente: … “El servidor/a municipal que ocupe el cargo de Secretario/a del Concejo Municipal, es nombrado a tiempo completo y su jornada es de ocho horas diarias y podrá esta jornada ser continua, discontinua o mixta.  Asimismo, su horario es el asignado por este órgano (Concejo Municipal).  La jornada de trabajo establecida por el Concejo Municipal para los días de las sesiones será de 7:00 a.m. a 4:00 p.m. en su jornada ordinaria y un máximo de cuatro horas en jornada extraordinaria.

b.  Una vez hecha la anterior adición al artículo 3°, esta Comisión recomienda al Concejo Municipal, indicarle al señor Alcalde que debe ordenar la publicación respectiva del Reglamento y adición a que hacemos referencia, en el Diario Oficial La Gaceta, para que rija a partir de su publicación.

REGLAMENTO PARA REGULAR EL FUNCIONAMIENTO DE LA SECRETARÍA DEL CONCEJO

 MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO

El Concejo Municipal de la Municipalidad de Oreamuno, considerando que:

1.  El artículo 170 de la Constitución Política así como el artículo 4 del Código Municipal reconoce la autonomía política, administrativa y financiera de las corporaciones municipales.

2.  Que el artículo 53 del citado Código establece que cada Concejo Municipal contará con un Secretario nombrado por dicha instancia.

3.  De acuerdo con la normativa citada se procede a reglamentar el funcionamiento de la Oficina de Secretaría del Concejo Municipal.

CAPÍTULO I

Objetivo y ámbito de aplicación

Artículo 1º—Objetivo. El presente Reglamento tiene por objetivo establecer las normas que regularán el funcionamiento de la Secretaría del Concejo Municipal que serán de aplicación obligatoria para las diferentes instancias municipales.

Artículo 2º—Ámbito de aplicación. El ámbito de aplicación de este Reglamento lo es únicamente la Secretaría del Concejo Municipal y su interrelación con las demás instancias técnicas y administrativas.

CAPÍTULO II

De la estructura orgánica y funcional

Artículo 3º—Ubicación estructural de la Secretaría del Concejo Municipal. La Secretaría es un órgano que tiene sus funciones reguladas en el artículo 53 del Código Municipal y su superior jerárquico es el Concejo Municipal y está conformada por una persona que funge como secretaria, la cual es su titular.  Además podrá existir la creación de la plaza de auxiliar, cuyo nombramiento se realizará por medio de una Comisión Especial que nombre el Concejo Municipal para tal efecto.

Artículo 4º—Independencia administrativa. La regulación de las funciones, competencias y obligaciones del Departamento de Secretaria del Concejo Municipal es competencia de este último órgano, únicamente, el que velará por la proyección presupuestaria pertinente para el adecuado desarrollo de sus funciones y por tanto, la instancia que debe fiscalizar el mismo y tomar las acciones correctivas pertinentes.

CAPÍTULO III

De el o la secretaria del Concejo Municipal

Artículo 5º—Jornada. El servidor o servidora municipal que ocupe el cargo de Secretario o Secretaria del Concejo Municipal, es nombrado a tiempo completo y su jornada es de ocho horas diarias y podrá esta jornada ser continua, discontinua o mixta. Asimismo, su horario es el asignado por este órgano (Concejo Municipal). La jornada de trabajo establecida por el Concejo Municipal para los días de las sesiones será de 7:00 a. m. a 4:00 p. m. en su jornada ordinaria y un máximo de cuatro horas en jornada extraordinaria.

Artículo 6º—Funciones. Las que indica el artículo  53 del Código Municipal.

1.  Serán deberes del Secretario:

a)  Asistir a las sesiones del Concejo, levantar las actas y tenerlas listas dos horas antes del inicio de una sesión, para aprobarlas oportunamente, salvo lo señalado en el artículo 48 del Código Municipal.

b)  Transcribir, comunicar o notificar los acuerdos del Concejo, conforme a la ley.

c)  Extender las certificaciones solicitadas a la municipalidad correspondiente a los actos y demás hechos que se hayan conocido por parte del Concejo Municipal, o que con motivo de su cargo tenga conocimiento.

d)  Cualquier otro deber que le encarguen las leyes, los reglamentos internos o el Concejo Municipal.

2.  Serán deberes del Auxiliar:

a.   Atender al público.

b.  Recibir y tramitar la correspondencia del Concejo Municipal.

c.   Recibir y tramitar con la secretaria las certificaciones que sean solicitadas en el área de su competencia.

d.  Colaborar o coadyuvar en labores secretariales de las Comisiones atinentes al Concejo Municipal.

e.   Cumplir con el horario fijado por el Concejo Municipal.

f.   Cumplir con las demás funciones que se le encarguen.

Artículo 7º—Derechos y obligaciones. El servidor(es) a que alude este Reglamento ostenta(n) de todos los derechos que consagra el régimen municipal y por tanto, está(n) amparado(s) a las disposiciones que establece el Código Municipal para los demás funcionarios.  Para efectos del disfrute del derecho a vacaciones y permisos especiales el Concejo Municipal realizará las aprobaciones respectivas y lo comunicará a la Alcaldía Municipal para que ordene los registros correspondientes, pues su expediente personal se custodiará en la oficina de Recursos Humanos.

Artículo 8º—Otras obligaciones. El Secretario del Concejo Municipal y el auxiliar actuarán en todo apegado al ordenamiento jurídico vigente y a las directrices, circulares, acuerdos y demás instrumentos que emita el Concejo Municipal, en materia administrativa y de control interno.  Tendrán responsabilidad por la custodia de los documentos, actas, expedientes y demás documentos relacionados con el accionar del Concejo Municipal y sus funciones y del equipo y material asignados a su Departamento.

Artículo 9º—De la participación en comisiones. El Concejo Municipal decidirá de conformidad con los principios de razonabilidad, proporcionabilidad y disponibilidad de tiempo, las comisiones en las que la Secretaria del Concejo Municipal tendrá participación para lo cual se adherirá en todo a los reglamentos, directrices y normativa vigente. En caso de ser requerido para conformar una comisión administrativa liderada por la Alcaldía Municipal se requerirá del acuerdo municipal respectivo.

CAPÍTULO V

Del régimen disciplinario

Artículo 10.—Rendición de cuentas y régimen disciplinario del secretario del concejo municipal. El o la Secretario(a) del Concejo Municipal está obligado en igualdad de condiciones con los demás funcionarios a rendir los informes en las funciones inherentes a su cargo que se le requiera, excepto que se trate de uso restringido o confidencial y cumplir con las funciones que le indica el Código Municipal.  Estará sujeto a la responsabilidad administrativa, civil y penal que establece la Ley General de la Administración Pública.

Artículo 11.—Sanciones disciplinarias. A efectos de proceder a imponer sanciones disciplinarias, corresponde al Concejo Municipal, en estricto apego al debido proceso, establecer los parámetros de responsabilidad y las sanciones respectivas, para lo cual podrá ordenar la conformación de un órgano director de procedimiento que averigüe la verdad real de los hechos. En todo caso, el Secretario del Concejo Municipal y el auxiliar deben actuar resguardando las normas de ética, objetividad e imparcialidad en sus funciones.

Fin de sesión: Se concluye la sesión a las 9:15 horas de la noche, del día jueves 5 de mayo del 2005.

Se somete a votación el dictamen de la Comisión de Asuntos Jurídicos, es aprobado por unanimidad.

Oreamuno, 19 de mayo del 2005.—Laura Rojas Araya, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(42034).

REMATES

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

REMATE Nº 03-2005

Listado de mercancías que se rematarán en la Aduana de Paso Canoas, a las 9:00 a. m. horas del 30 de junio del 2005, y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 7557 de fecha 8 de octubre de 1995 y sus modificaciones mediante Ley Nº 8373 publicada en La Gaceta Nº 171 del 5 de setiembre del 2003, como también su Reglamento, publicado en el Alcance Nº 37 de La Gaceta Nº 123 de fecha 28 de junio de 1996 y sus modificaciones publicadas en el Alcance Nº 9 a La Gaceta Nº 49 del 10 de marzo del 2004, la observación de las mercancías se realizará en las instalaciones de la bodega de la Aduana.

Boleta Nº 25300120. Consignatario: Eduardo Trejos Jiménez, 1 bulto: Descripción: 5 pares de tenis Reebok y 1 par tenis Nike. Base ¢21.491,47.

Boleta Nº 25300121. Consignatario: Arturo Gutiérrez Campos: 3 bultos: Descripción: 72 unidades de Vodka Apache 365 ml. Base ¢52.530,42. Según oficio UPAH-RB-JRU-03-05 de fecha 17 de marzo del 2005, Ministerio de Salud de la Región Brunca, es mercancía apta para el consumo humano, la cual tiene fecha de vencimiento vigente, y mantiene registro sanitario al día Nos. 3713 y 3715 de la Dirección Registros y Controles.

Boleta Nº 25300122. Consignatario: Mario Humberto Venegas: 1 bulto: Descripción: 1 unidad licor Malibu 75 cl. Base ¢3.219,40. Según oficio UPAH-RB-JRU-03-05 de fecha 17 de marzo del 2005, Ministerio de Salud de la Región Brunca, es mercancía apta para el consumo humano, la cual tiene fecha de vencimiento vigente, y mantiene registro sanitario al día Nos. 3713 y 3715 de la Dirección Registros y Controles.

Boleta Nº 25300123. Consignatario: Franklin Gómez Valverde: 1 bulto: Descripción: 1 unidad licor Malibu, 1 unidad Johnnie Walker Rojo 1000 ml, 1 unidad Whisky Labels 700 ml y 1 unidad Ron Cortés oro 1000 ml. Base ¢15.366,06. Según oficio UPAH-RB-JRU-03-05 de fecha 17 de marzo del 2005, Ministerio de Salud de la Región Brunca, es mercancía apta para el consumo humano, la cual tiene fecha de vencimiento vigente, y mantiene registro sanitario al día Nos. 3713 y 3715 de la Dirección Registros y Controles.

Boleta Nº 25300124. Consignatario: Freddy Gerardo Gómez: 3 bultos: Descripción: 36 unidades Whisky Passport Scoth 1000 ml. Base ¢152.132,71. Según oficio UPAH-RB-JRU-03-05 de fecha 17 de marzo del 2005, Ministerio de Salud de la Región Brunca, es mercancía apta para el consumo humano, la cual tiene fecha de vencimiento vigente, y mantiene registro sanitario al día Nos. 3713 y 3715 de la Dirección Registros y Controles.

Boleta Nº 25300125. Consignatario: Pedro Montero Campos Salazar: 1 bulto: Descripción: 1 unidad Whiscky Jack Daniels Brandy 750 ml, 1 unidad de Whiscky Jim Beam 1000 ml, 1 unidad Bacardi Carta Oro 1750 ml y base ¢25.359,78. Según oficio UPAH-RB-JRU-03-05 de fecha 17 de marzo del 2005, Ministerio de Salud de la Región Brunca, es mercancía apta para el consumo humano, la cual tiene fecha de vencimiento vigente, y mantiene registro sanitario al día Nos. 3713 y 3715 de la Dirección Registros y Controles.

Boleta Nº 25300126. Consignatario: José Cerdas Martínez, 7 bultos: Descripción: 46 unidades de Whisky Passport Scoth 1000 ml y 36 unidades Whisky Johnnie Walker 1000 ml. Base ¢370.419,04. Según oficio UPAH-RB-JRU-03-05 de fecha 17 de marzo del 2005, Ministerio de Salud de la Región Brunca, es mercancía apta para el consumo humano, la cual tiene fecha de vencimiento vigente, y mantiene registro sanitario al día Nos. 3713 y 3715 de la Dirección Registros y Controles.

Boleta Nº 25300127. Consignatario: ignorado: 1 bulto: Descripción: 6 unidades Whisky Johnnie Walker Rojo 1000 ml. Base ¢29.337,87. Según oficio UPAH-RB-JRU-03-05 de fecha 17 de marzo del 2005, Ministerio de Salud de la Región Brunca, es mercancía apta para el consumo humano, la cual tiene fecha de vencimiento vigente, y mantiene registro sanitario al día Nos. 3713 y 3715 de la Dirección Registros y Controles.

Boleta Nº 25300128. Consignatario: Eric Francisco Corrales: 1 bulto: Descripción: 24 unidades J y B 1000 ml. Base ¢121.902,82. Según oficio UPAH-RB-JRU-03-05 de fecha 17 de marzo del 2005, Ministerio de Salud de la Región Brunca, es mercancía apta para el consumo humano, la cual tiene fecha de vencimiento vigente, y mantiene registro sanitario al día Nos. 3713 y 3715 de la Dirección Registros y Controles.

Boleta Nº 25300129. Consignatario: Martha Solís Prado cédula residencia número 270-106435-44643: 6 bultos: Descripción: 36 unidades Whisky J y B 1000 ml. Base ¢182.854,24. Según oficio UPAH-RB-JRU-03-05 de fecha 17 de marzo del 2005, Ministerio de Salud de la Región Brunca, es mercancía apta para el consumo humano, la cual tiene fecha de vencimiento vigente, y mantiene registro sanitario al día Nos. 3713 y 3715 de la Dirección Registros y Controles.

Boleta Nº 25300130. Consignatario: Anes Karla Bustos: 1 bultos: Descripción: 1 unidad colonia Armany 100ml, 1 unidad colonia Reed Door Revelaled 50ml, 1 unidad colonia Jadore 100 ml, 1 unidad Elements Hugo Boss 100ml, 1 unidad colonia Ck One 100ml, 1 unidad colonia Hugo Boss 90 ml,. Base ¢4.744,87.

Boleta Nº 25300131. Consignatario: Ignorado: 1 bulto: Descripción: 1 Unidad Sabanas de 4 piezas para cama matrimonial. Base ¢558,22.

Boleta Nº 25300132.Consignatario: Zoila Rosa Rodríguez: 1 bulto: Descripción: 3 pares de medias, 1 par Tennis marca Voltio, 1 colonia Ferrera 100 ml, 1 colonia marca Imperial 100ml, 1 estuche colonia y desodorante 50 ml y 200 ml y 1 estuche colonias 75 ml y 50 ml. Base ¢3.837,76.

Boleta Nº 25300133. Consignatario: Gregorio Ríos Cedeño: 1 bulto: Descripción: 6 unidades colonia Nk1 100ml, 3 unidades colonia T.Lapel 100 ml, 4 unidades colonias Magical 75 ml, 4 unidades colonia Uno 100 ml, 4 unidades colonias Río Bravo 100 ml, 3 unidades colonias Dakota 100 ml, 3 unidades colonia Carla Ferrera 100 ml, 3 unidades Colonias Hey Man 100 ml, 3 unidades colonia Fire 100 ml, 2 unidades colonia Paramount 100 ml, 2 unidades colonia Lapalisse 75 ml, 2 unidades colonia Anise 100 ml, 2 unidades colonia Secrets Precius 100 ml, 1 unidad colonia Indra 100 ml, 1 unidad colonia Ciel 100 ml, 1 unidad colonia Rosa Noire 100 ml, 1 unidad colonia Fleur de Paris 100 ml, 1 unidad colonia Ferrera 100 ml, 1 unidad Dulce Honestidad 50 ml, 1 unidad colonia Blue Wave 100 ml, 1 unidad colonia Francesca 100 ml y 1 unidad colonia Hill Blues 100 ml. Base ¢ 37.819,41.

Boleta N° 25300134. Consignatario: Luis Gustavo Bermúdez P. 1 bulto: Descripción: 2 unidades colonias Sports 100 ml, 2 unidades colonia Armary 100 ml, 2 unidades colonia Carolina Herrera 30 ml, 1 unidad colonia Hugo Boss 100 ml, 1 unidad colonia Farenheit 100 ml, 1 unidad Hugo Boss 100 ml, 1 unidad colonia Playboy 100 ml, 1 unidad colonia Hugo Story 100 ml, 1 unidad colonia T 120 ml, 1 unidad colonia XK 100 ml, 1 unidad colonia Ck One 100 ml, 1 unidad colonia Gran Blue Dream 125 ml. Base ¢12.420,40.

Boleta Nº 25300135. Consignatario: Walter Chacón Rivera. 2 bultos: Descripción: 39 unidades lentes diferentes aros y marcas. Base ¢27.352,78.

Boleta Nº 25300136. Consignatario: Iván Mauricio Quesada Chacón: 1 bulto: Descripción: 2 unidades maletines de vinil marca Primo, 1 estuche colonia Curve, 4 unidades colonias Rosa Negra 100 ml, 2 unidades colonias Best 100 ml, 1 colonia Rosa Negra 50 ml, 2 colonias Isa 100 ml, 1 colonia Alys 100 ml, 1 colonia Taxi 100 ml, 1 colonia Candi, 1 colonia Phenomenal 100 ml y 1 Colonia Benethon 100 ml. Base ¢18.211,93.

Boleta Nº 25300137 Consignatario: Maikel Enrique Morales Salinas: 1 bulto: Descripción: 2 unidades colonias marca Halloween 100 ml, 1 unidad colonia Colors 100 ml, 1 unidad colonia Red Jeans 75 ml, 1 unidad colonia Swiss Army 100 ml, 1 unidad colonia Carolina Herrera 100 ml, 1 unidad colonia 212 Carolina Herrera 100 ml y 200 unidades casset Polystatión con 3 y 4 juegos incorporados hechos en China. Base ¢299.378,14.

Boleta Nº 25300138. Consignatario: Estela Castillo Rodríguez: 1 bultos: Descripción: 6 unidades Tequila José Cuervo Reposado 1000 ml Base ¢32.991,23. Según oficio UPAH-RB-JRU-03-05 de fecha 17 de marzo del 2005, Ministerio de Salud de la Región Brunca, es mercancía apta para el consumo humano, la cual tiene fecha de vencimiento vigente, y mantiene registro sanitario al día Nos. 3713 y 3715 de la Dirección Registros y Controles.

Boleta Nº 25300139. Consignatario: ignorado: 2 bultos: Descripción: 1 cubeta de aceite marca Shell Spirax SAE 85WW-140 y 1 cubeta aceite Ursa Extra Duty SAE 40. SAE-10W. Base ¢3.318,01.

Boleta Nº 25300140. Consignatario: ignorado: 1 bulto: Descripción: 10 latas de melocotón en almíbar 822 gramos. Base ¢2.093,33. Según oficio UPAH-RB-JRU-03-05 de fecha 17 de marzo del 2005, Ministerio de Salud de la Región Brunca, es mercancía apta para el consumo humano, la cual tiene fecha de vencimiento vigente, y mantiene registro sanitario al día Nos. 3713 y 3715 de la Dirección Registros y Controles.

Boleta Nº 25300141. Consignatario: ignorado: 2 bultos: Descripción: 2 llantas marca Champiro 185/60-R1380H. Indonesia. Base ¢4.930,93.

Boleta Nº 25300142. Consignatario: ignorado, 1 bulto. Descripción: 1 llanta West Lake 175/ 70-R1382T. Base ¢2.603,71.

Boleta Nº 25300143. Consignatario: ignorado: 2 bultos: Descripción: 2 unidades de llantas West Lake 175/70-R1382T chinas. Base ¢5.253,51.

Boleta Nº 25300144. Consignatario: Freddy Morales Martínez: 1 bulto: Descripción: 1 caja de jugos del Prado 48 unidades 12 onzas. Base ¢3.596,26. Según oficio UPAH-RB-JRU-03-05 de fecha 17 de marzo del 2005, Ministerio de Salud de la Región Brunca, es mercancía apta para el consumo humano, la cual tiene fecha de vencimiento vigente, y mantiene registro sanitario al día Nos. 3713 y 3715 de la Dirección Registros y Controles.

Boleta Nº 25300145. Consignatario: Oscar Martínez., 1 bulto: Descripción: 11 unidades colonias marca Rosa Negra 100ml Base ¢7.675,53.

Boleta Nº 25300146. Consignatario: José Cruz Solís: pasaporte número: B052447 2 bultos: Descripción: 485 unidades de colonias de varias marcas 15ml. Base ¢91.652,76.

Boleta Nº 25300147. Consignatario: Jome Allen Grabaki Mayorga, pasaporte número 1181622: 1 bulto: Descripción: 179 unidades colonias diferentes marcas 15 ml. Base ¢34.002,58.

Boleta Nº 25300148. Consignatario: ignorado: 1 bulto: Descripción: 4 unidades colonias Just-Euro Colection 70 ml, 4 unidades colonias Poise Euro Colectión 70 ml, 2 unidades colonias Roise Noire 100 ml y 4 unidades desodorantes rollo lon Black Suede. Base ¢8.643,43.

Boleta N° 25300149. Consignatario: Pedro Luis Carrión Muñoz: 1 bultos: Descripción: 2 pares de tennis marca Gunk sport, 3 pares de tennis marca Reebok. Base ¢18.839,93.

Boleta Nº 25300150. Consignatario: Flor María Ordóñez Gutiérrez: 1 bulto: Descripción: 9 unidades colonias Hugo Boss 50 ml. Base ¢7.535,97.

Boleta Nº 25300151. Consignatario: Edwin Rojas Agüero: 1 bulto: Descripción: 12 unidades lápiz labiales marca Raquel, 1 unidad sombra Raquel, 2 set lápiz de ojos. Base ¢5.442,65.

Boleta Nº 25300152. Consignatario: Kenneth Armando Martínez C. cédula número: 3-365-598: 1 bulto: Descripción: 1 unidad coffe maker Jackpot 12 tazas y 12 unidades de champú marca Amafli 3 en 1 750 ml. Base ¢15.103,61.

Boleta Nº 25300153. Consignatario: Alex Castillo Castillo: atado: 1 bicicleta Nº 12 marca Ronda, 1 unidad rompecabezas de hule y 1 unidad carrito plástico ¢6.279,98.

Boleta Nº 25300154. Consignatario: Porfirio Campos: 1 bulto: Descripción: 27 unidades de controles playstation One marca Sony. Base ¢105.140,01.

Boleta Nº 253000155. Consignatario: ignorado, 1 bultos: Descripción: 1 unidad fuente de porcelana nacimiento, 1 unidad control playstatión Sony y 1 foco de 2 baterías marga Maglife. Base ¢16.447,50.

Boleta Nº 25300156. Consignatario: Yamileth Bonilla Guadamuz, cédula número: 1 bulto: Descripción: 17 unidades adornos para matrimonio, 7 unidades bolsos plásticos y 6 unidades de bolsos plásticos. Base ¢7.688,81.

Boleta N° 25300157 Consignatario: Alexis Fonseca Morales: cedula número 6-188-369 3 bultos: Descripción: 12 pares de zapatos marca Katerpilar. Base ¢ 41.866,51.

Boleta Nº 25300158. Consignatario: Joset Víquez Granados, cédula número: 3-160-988. 1 bulto: Descripción: 3 juegos de sabana 3 piezas 50% algodón y 50% poliéster. Base ¢2.679,46.

Boleta N° 25300159. Consignatario: Delio Vindas Vindas: 1 bulto: Descripción: 8 unidades pantalonetas marca Conclub y 9 unidades de camisetas marca Conclud. Base ¢7.675,53.

Boleta Nº 25300160. Consignatario: Johnny Beita Céspedes: 1 bulto: Descripción: 1 caja jugos del Prado con 48 unidades de 12 onzas. Base ¢3.596,26. Según oficio UPAH-RB-JRU-03-05 de fecha 17 de marzo del 2005, Ministerio de Salud de la Región Brunca, es mercancía apta para el consumo humano, la cual tiene fecha de vencimiento vigente, y mantiene registro sanitario al día Nos. 3713 y 3715 de la Dirección Registros y Controles.

Boleta Nº 25300161. Consignatario: ignorado: 1 bultos: Descripción: 11 unidades de colonias marca X-light 100 ml. Base ¢5.372,87.

Boleta Nº 25300162. Consignatario: ignorado: 1 bulto: Descripción: 2 unidades colonias Boss 100 ml, 2 unidades colonias Darknet 100 ml, 2 unidades colonia Quinta Avenida 50 ml, 2 unidades colonias Feel High 100 ml, 2 unidades colonias Dark Horse 100 ml, 1 unidad colonia Paris Elyses 100 ml, 1 unidad colonia Passio Laura Dune 50 ml, 2 unidades colonia Charming Laura Dune 50 ml y 2 unidades colonia 121 Hean Luis 100ml. Base ¢11.164,40.

Boleta Nº 25300163. Consignatario: Homero Castillo Cárdenas: 1 bulto: Descripción: 1 unidad colonia Perry Ellis Portafolio 100 ml, 2 unidades colonias Perry Ellis 360 100 ml, 2 Unidades colonias Amarige Givenchy 50 ml, 1 unidad pantalón para dama marca Cozzi, 1 par de tennis marca New Balance, 1 par de tennis marca Fila y 2 pares de tennis marca Reebook. Base ¢38.656,74.

Boleta Nº 25300164. Consignatario: Braulio Montero Salazar: 1 bulto: Descripción: 1 unidad vino Manis Chewitz 750 ml, 1 unidad licor de Café y crema 500 ml, 1 unidad vino Casillero del Diablo 750 ml, 1 unidad de vino Concha y Toro 750 ml y 1 unidad vino Concha y Toro Frontera 750 ml. Base ¢10.045,31. Según oficio UPAH-RB-JRU-03-05 de fecha 17 de marzo del 2005, Ministerio de Salud de la Región Brunca, es mercancía apta para el consumo humano, la cual tiene fecha de vencimiento vigente, y mantiene registro sanitario al día Nos. 3713 y 3715 de la Dirección Registros y Controles.

Boleta Nº 25300165. Consignatario: Ronald López Solís, cédula número 3-690-152: 1 bulto: Descripción: 1 par de tennis marca Reebook, 1 par zapatos LRX de cuero, 1 par tennis marca Nike Total 90, 1 par tennis tacos marca Nike Total 90 niño, 1 par tacos Umbro. Base ¢17.932,82.

Boleta Nº 25300166. Consignatario: ignorado: 1 bulto: Descripción: 2 unidades cóctel de frutas Ligo 3060 gramos, 2 unidades cóctel de frutas de Ligo 850 gramos, 1 unidad de melocotón almíbar 822 gramos y 4 unidades vino de Uvas Manischewitz 750 ml. Base ¢6.626,21. Según oficio UPAH-RB-JRU-03-05 de fecha 17 de marzo del 2005, Ministerio de Salud de la Región Brunca, es mercancía apta para el consumo humano, la cual tiene fecha de vencimiento vigente, y mantiene registro sanitario al día Nos. 3713 y 3715 de la Dirección Registros y Controles.

Boleta Nº 25300167. Consignatario: Rigoberto Castro Aragón: 1 bulto: Descripción: 2 unidades VCD-110-RM marca Premier versión 9.6 karaoke 240 watts japonés y 1 unidad radio para vehículo marca Premier CD/MP3 AM/FM 1200 watts con control remoto. Base ¢55.102,19.

Boleta Nº 25300168. Consignatario: Joel Francis Stewart Piedra, cédula número: 7-044-821. Atado: Descripción: 3 unidades mochilas con rodines marca Euro Sport, 2 cuadernos de resortes de 120 hojas cada uno, 7 cuadernos de resorte 180 hojas cada uno, 2 unidades de vino Tónico Aquiles 1000 ml, 5 unidades vino Tónico Aquiles 375 ml, 4 unidades vino Samson 1000 ml. Base ¢20.295,80. Según oficio UPAH-RB-JRU-03-05 de fecha 17 de marzo del 2005, Ministerio de Salud de la Región Brunca, es mercancía apta para el consumo humano, la cual tiene fecha de vencimiento vigente, y mantiene registro sanitario al día Nos. 3713 y 3715 de la Dirección Registros y Controles.

Boleta Nº 25300169. Consignatario: Edwin Benavídez Sáenz: 1 bultos: Descripción: 1 unidad Coffe Maker marca Proctor Silex 12 tazas México, 2 unidades polvos compactos marca Vogue 17 gramos, 3 unidades colonia marca Fraiche 60 ml, 3 unidades colonias Indra 100 ml, 1 unidad colonia Isa 100 ml y 2 unidades colonias Fara Way 100 ml. Base ¢11.817,19.

Boleta Nº 25300170 Consignatario: Víctor Manuel Montero González: 1 bulto: Descripción: 2 unidades cubrecamas 4 piezas cama matrimonial 50% algodón y 50poliéster, 2 unidades de cubrecamas 3 piezas 50% algodón y 50% poliéster, 1 camiseta para hombre, 4 pares de medias para hombre, 1 unidad de Minitotion PS2 Chino, 1 antena control remoto para TV marca Lotus, 3 unidades calzoncillos boxer hombre 100% algodón, 2 pares de sandalias para niña, 1 par de espinilleras molten, 1 par de zapatos para dama, 1 par de tennis marca Umbro y 1 par Total 90, 1 agua de tocador 100ml, 1 unidad miniradio SR-616 y 1 desodorante. Base ¢26.565,29.

Boleta Nº 25300171. Consignatario: Onésimo Concepción Pitty: 2 bultos: Descripción: 1 caja jugos del Prado con 48 unidades 12 onzas, 6 colonias marca Irene 120ml, 6 colonias Rosa Negra 100 ml, 4 colonias Red Hugo Boss 50 ml, 6 colonias Obsesión, 2 colonias Indra y 6 cremas de manos Charisma. Base ¢21.801,89.

Boleta Nº 25300172. Consignatario: Erick Morera Leal: 1 bulto: Descripción: 3 unidades mochilas Off Shore, 1 balón de fútbol número 5 marca Puma, 1 par de guantes marca Reebok, 3 pares de espinilleras marca Reebok, 1 par de zapatos de cuero marca Land Rover, 1 par de tacos marca Lotto, 1 par de tacos marca Puma, 1 par de tennis marca Fila y 2 pares de tennis marca Reebok. Base ¢32.947,40.

Boleta Nº 25300173. Consignatario: Errol Adrián Vásquez: 2 bultos: Descripción: 24 unidades de cerveza en lata marca Milwauke. Base ¢3.634,72. Según oficio UPAH-RB-JRU-03-05 de fecha 17 de marzo del 2005, Ministerio de Salud de la Región Brunca, es mercancía apta para el consumo humano, la cual tiene fecha de vencimiento vigente, y mantiene registro sanitario al día Nos. 3713 y 3715 de la Dirección Registros y Controles.

Boleta Nº 25300174. Consignatario: Marcos González Herrera: 2 bultos: Descripción: 14 unidades Ron Flor de Caña 750ml, 1 unidad Ron Matusalén 750 ml, 1 unidad Ron Abuelo Añejo 200 ml y 1 unidad Ron Abuelo Añejo 50 ml. Base ¢39.008,47. Según oficio UPAH-RB-JRU-03-05 de fecha 17 de marzo del 2005, Ministerio de Salud de la Región Brunca, es mercancía apta para el consumo humano, la cual tiene fecha de vencimiento vigente, y mantiene registro sanitario al día Nos. 3713 y 3715 de la Dirección Registros y Controles.

Boleta Nº 25300175. Consignatario: Martín Vargas López: 1 bulto: 1 unidad Ron Bacardi Carta Oro 960 ml y 24 unidades cerveza lata Milwaukee. Base ¢6.867,54. Según oficio UPAH-RB-JRU-03-05 de fecha 17 de marzo del 2005, Ministerio de Salud de la Región Brunca, es mercancía apta para el consumo humano, la cual tiene fecha de vencimiento vigente, y mantiene registro sanitario al día Nos. 3713 y 3715 de la Dirección Registros y Controles.

La subasta es pública teniendo acceso cualquier particular. Para ser postor es indispensable depositar en concepto de anticipo y mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas o de la Aduana, la suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir antes del inicio del remate, la diferencia en relación con el monto previamente depositado deberá cancelarse inmediatamente a más tardar dentro del día hábil siguiente a la fecha de la adjudicación de las mercancías.

Las personas interesadas en participar en la subasta podrán observar las mercancías dentro del plazo de tres días previos a su realización. Las mercancías se venderán en las condiciones en que se encuentren a la fecha de la venta y el adjudicatario no tendrá derecho a reclamaciones posteriores en contra del Servicio Aduanero.

A los interesados en las mercancías que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta. En los casos en que deban pagar impuestos del IDA e IFAM, estos deberán estar debidamente cancelados para poder retirar las mercancías de bodega.

Servicio Nacional Aduanas.—Lic. Luis Alberto Gómez Sánchez, Director General.—Aduana Paso Canoas.—Lic. Rafael Bonilla Vindas, Gerente.—1 vez.—(Solicitud Nº 17326).—C-115085.—(42730).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DIVISIÓN DE PENSIONES

DIRECCIÓN FINANCIERA

VENTA PÚBLICA VP-002-2005

La Dirección Financiera con la autorización de la Gerencia División de Pensiones, de conformidad con el “Reglamento para la Venta de Bienes adquiridos por ejecuciones de garantía o pago de obligaciones” y conforme al Art. 50 del La Ley de Contratación Administrativa y el artículo 61 del Reglamento de Contratación Administrativa se llevará a cabo la venta de las siguientes propiedades con la modalidad de venta pública:

Tipo de inmueble                                         Localización

8 lotes                                             Moravia, Cervantes de Alvarado,

                                                        Naranjo, Guápiles, Turrialba,

                                                        Alajuelita y Purral de Goicoechea.

3 apartamentos                               Zapote, Moravia y Curridabat.

13 casas de habitación                    Tres Ríos, Coronado, Limón,

                                        Desamparados, San Sebastián y

                                                        Mata de Plátano de Goicoechea.

Información adicional: El cartel de este concurso, está a disposición de los interesados en el Departamento de Bienes Inmuebles División de Pensiones, segundo piso Edificio Jorge Debravo, diagonal a la Corte Suprema de Justicia, avenida 8, calle 21, horario para retirar el cartel, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 12:00 m. d. El presente concurso es financiado con la Caja.

Fecha y lugar de la apertura de los sobres con las ofertas: El mismo se efectuará en la sala de reuniones en el quinto piso del edificio Jorge Debravo, ubicados en San José entre avenida 8, y calle 21. El remate se realizará el día viernes 24 de junio del 2005 a las 10:00 a. m. Lo anterior de conformidad con el inciso 61.2.3 del Reglamento de Contratación Administrativa.

San José, 1º de junio del 2005.—Departamento Bienes Inmuebles.—Arq. Flory Arias Sánchez, Jefa.—1 vez.—(42682).

REMATE PÚBLICO RP- 003-2005

La Dirección Financiera, con la autorización de la Gerencia División de Pensiones, de conformidad con el “Reglamento para la Venta de Bienes adquiridos por ejecuciones de garantía o pago de obligaciones”, y conforme al artículo 50 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 61 del Reglamento de Contratación Administrativa se llevará a cabo la venta de las siguientes propiedades con la modalidad de remate:

Tipo de

inmueble

Dirección

Nº Folio Real

y áreas

Valor Base

del concurso

(en colones)

1

Casa de Habitación en Poás de Aserrí.

San José, Aserrí, de la entrada al Barrio María Auxiliadora, 300 sur, 150 oeste, 50 sur, calle sin salida, penúltima casa a mano derecha.

478147-000, partido de San José, lote: 129,75 m², casa: 113,00 m².

8.186.250,00

2

Casa de habitación en Santa Bárbara de Heredia

Heredia, Santa Bárbara, carretera al Roble, del abastecedor El Roble 300 noreste, Urbanización el Ruiseñor, casa 9, bloque C.

159694-000, partido de Heredia, lote: 141.82 m², casa: 68.00 m².

6.221.120,00

3

Casa de habitación en San Rafael Arriba.

San José, Desamparados, San Rafael Arriba, del antiguo Juncales 300 sur, por calle a Lomas, 100 al oeste y 150 sur, mano izquierda, Urbanización El Sol.

500277-000, partido de San José, lote: 200.00 m², casa: 82,70 m².

12.947.333.00

4

Casa en Limón

Limón, El Bosque, Urbanización El Cauto, casa 24, bloque D.

77594-000, partido de Limón, lote: 185.08 m², casa: 42,50 m².

5.353.888,00

5

Casa de habitación en Tibás

San José, Tibás, Urbanización 4 Reinas, Cuarta Etapa, casa 20 Y, frente al parque.

299608-000, partido de San José, lote: 96,00 m², casa: 71,00 m².

6.401.600,00

6

Casa de habitación en Poás de Aserrí

San José, Aserrí, Poás, de la última parada de autobús 50 este.

504759-000, partido de San José, lote: 136.00 m², casa: 60.00 m².

9.493.600,00

Información adicional:

El cartel de este concurso, está a disposición de los interesados en el Departamento de Bienes Inmuebles de la División de Pensiones, segundo piso edificio Jorge Debravo, esquina sureste de la Corte Suprema de Justicia, avenida 8, calle 2. El horario para retirar el cartel informativo, es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12:00 md. El presente concurso es de contado, la Caja no financia.

Fecha y lugar del remate:

El remate se efectuará en la sala de reuniones en el quinto piso del edificio Jorge Debravo, ubicado en San José, entre avenida 8 y calle 21. El remate se realizará el día jueves 23 de junio del 2005 a las 10:00 a.m. Lo anterior de conformidad con el inciso 61.2.3 del Reglamento de Contratación Administrativa.

San José, 1º de junio del 2005.—Departamento de Bienes Inmuebles.—Arq. Flory Arias Sánchez, Jefa.—1 vez.—(42683).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO DE COSTA RICA

AVISO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Yo Gilberth Cruz Jiménez, cédula número 6-190-439, informó que el día 12 de mayo del 2005, se me extravió cheque de gerencia del Banco de Costa Rica número 42937-0 a nombre de Eliécer Solís Ureña. Mismo que no se debe utilizar ni negociar. Es todo.—Quepos, 18 de mayo del 2005.—Gilberth Cruz Jiménez.—Nº 36801.—(41372).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

CENTRO SERVICIOS FINANCIEROS CATEDRAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

AVISO

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal de este domicilio, hace del conocimiento del público en general, el extravío del certificado de ahorro a plazo fijo a la orden de Beatriz Gutiérrez Luis Alonso, cédula Nº 1-1260-752:

Certif.                           Monto                Fecha            Cupón           Monto               Fecha

                                         ¢               vencimiento                               ¢              vencimiento

16108460210689241 53.000,00 11-07-2005     01             3.068,70         10-07-2005

                                                                                          02                   17,05         11-07-2005

Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

San José, 24 de mayo del 2005.—Plataforma de Ahorro a Plazo.—Lic. Maricela Ureña Herrera, Coordinadora.—Nº 95534.—(41144).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Gerardo Antonio Alfaro Moreira, cédula número 4-088-985, avisa que el certificado de deposito a plazo N° 16101360210207707, del Banco Popular y de Desarrollo Comunal de Alajuela, del 11 de mayo del 2005, por 1.400.000 colones, y los cupones de intereses N° 1611360210207707, 1 y 2, del mismo Banco, por 49.525,00 colones, cada uno, han sido robados.

Gerardo Antonio Alfaro Moreira.—(41600).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

FACULTAD DE DERECHO

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

María Adelina Villalobos López, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derechos de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, “Rodrigo Facio”, 24 de mayo del 2005.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(40964).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ana Patricia Montero Morales ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de mayo del 2005.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 37030.—(41766).

María Eugenia Matamoros Villalobos ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitario “Rodrigo Facio”, 25 de mayo del 2005.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(42005).

ORI-R-1459.—Van Der Laat Llinas Milena, R-94-2005 (B), costarricense, cédula Nº 1-768-161, ha solicitado reconocimiento del diploma de Bachiller de Artes en Música-Artes Liberales, Universidad Estatal de Florida, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 17 de mayo del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc, Jefe.—C-12845.—(42042).

ORI-R-1461.—Zambrano Quintero Óscar Eduardo, R-105-2005, colombiano, carné de refugiado Nº 070COL000650003, ha solicitado reconocimiento del diploma de Abogado, Universidad Incca de Colombia, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 18 de mayo del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc, Jefe.—C-12845.—(42043).

ORI-R-1511.—Chavez de Arcia Aura, R-110-2005, panameña, pasaporte Nº 1348264, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciada En Humanidades Con Especialización En Ingles, Universidad De Panamá, Panamá. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 20 de mayo del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc, Jefe.—C-12845.—(42044).

ORI-R-1465.—Florez Castro Olga María, R-108-2005, colombiana, pasaporte CC5742215, ha solicitado reconocimiento del diploma de Contador Público, Universidad Libre de Colombia, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 18 de mayo del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc, Jefe.—C-12845.—(42045).

ORI-R-1508.—Cano García Liliana Maritza, R-112-2005, colombiana, cédula de residencia Nº 420-0207064-006796, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciada en Educación Preescolar, Corporación Educativa Centro de Administración “Cenda”, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 20 de mayo del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc, Jefe.—C-12845.—(42046).

ORI-R-1463.—Valverde Canossa Jessica María, R-109-2005, costarricense, cédula Nº 1-0799-0786, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor En Ciencias Naturales, Universidad “Johannes Gutenberg-Universitat” Mainz, Alemania. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 18 de mayo del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc, Jefe.—C-12845.—(42047).

ORI-R-1455.—Mauger Paúl Curtis, R-107-2005, estadounidense, cédula de residencia Nº 175-155337-011967, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría En Ciencias, Economía Agrícola, Universidad Estatal de Pensylvania, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 17 de mayo del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc, Jefe.—C-11420.—(42048).

ORI-R-1453.—Brown Stamp Róger Augusto, R-5992, costarricense, cédula Nº 7-0046-0160, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestro En Medicina Social, Universidad Autónoma Metropolitana, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 17 de mayo del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc, Jefe.—C-11420.—(42049).

ORI-R-106-2005.—Román Mauricio, estadounidense, pasaporte 055919525, ha solicitado reconocimiento del diploma de Bachiller en Ciencias en Ingeniería Civil con Segundo Énfasis en Economía, Instituto de Tecnología de Massachussets, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 17 de mayo del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc, Jefe.—C-12845.—(42050).

ORI-R-1457.—Govaere Vicarioli Georges Andre, R-103-2005 (B), costarricense, cédula Nº 1-827-736, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestro en Ingeniería, Hidráulica Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 17 de mayo del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc, Jefe.—C-11420.—(42051).

ORI-R-1368.—Vander Laat Llinas Milena, R-94-2005, costarricense, cédula 1-0768-0161, ha solicitado reconocimiento del diploma de Bachiller de Artes en Psicología, Universidad Estatal de Florida, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 10 de mayo del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc, Jefe.—C-11420.—(42052).

ORI-R-1417.—Grunhaus Zelkowicz Ilan, R-99-2005, costarricense, cédula Nº 1-0997-0256, ha solicitado reconocimiento del Certificado de Estudios de Posgrado Avanzados Periodontología, Universidad de Boston, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 13 de mayo del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc, Jefe.—C-11420.—(42053).

ORI-R-1427-2005.—Solarte Bello Nancy Amalia, R-100-2005, colombiana, cédula de residencia Nº 420-0209611-000750, ha solicitado reconocimiento del diploma de Arquitecta, Universidad del Valle, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 13 de mayo del 2005.—Ing. Warner Carvajal Lizano, M.Sc, Jefe.—C-1142.—(42054).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

        Y ALCANTARILLADOS

Nº 2005-423

ASUNTO:    Asumir la planta de tratamiento de aguas residuales de la Urbanización Bosques de Santa Ana.

Resolución para asumir la planta de tratamiento de aguas residuales de la Urbanización Bosques de Santa Ana.

Resultando:

1º—Mediante oficio C-257-2003 del 27 de agosto de 2003, la Procuraduría General de la República responde a una consulta que le formulara el Presidente Ejecutivo del INVU, referente a cual es la entidad competente para la administración y mantenimiento de las plantas de tratamiento de aguas negras de las urbanizaciones ya concluidas, de cuyo documento de respuesta remite copia a la Presidencia Ejecutiva de AyA.

2º—Mediante acuerdo de Junta Directiva Nº 2003-363, tomado en la sesión ordinaria Nº 2003-069 de fecha 16 de setiembre de 2003, se dispuso en el artículo 3,a) tener por conocido el dictamen de la Procuraduría, según el cual corresponde al AyA asumir todas las plantas de tratamiento de aguas residuales y en consecuencia: instruir a la administración para que en un mes plazo presentase ante la Junta un informe sobre la situación actual de las plantas de tratamiento de aguas residuales que construyeron ciertos urbanizadores y que se encuentran abandonadas, y en dos meses plazo presentar a consideración de la Junta una propuesta y el proyecto de acuerdo, sobre las acciones a tomar para solucionar a mediano y largo plazo la problemática en torno a las aguas residuales.

3º—Mediante memorando SB-2004-032 suscrito por la Subgerencia, se remite a la Junta Directiva el informe elaborado en el mes de enero del 2004, suscrito por el Ing. Dagoberto Araya Villalobos de la Unidad de Aguas Residuales, denominado “Proyecto recepción y administración de pequeñas plantas de tratamiento de aguas residuales que se han construido en urbanizaciones, Área Metropolitana de San José, I Etapa, asumir la administración, operación, mantenimiento y control de las plantas de tratamiento de reciente construcción”. La Junta mediante acuerdo Nº 2004-155 de fecha 10 de febrero de 2004, tomado en la sesión ordinaria Nº 2004-011, tiene por recibido el informe citado, aprueba el proyecto propuesto y autoriza a la Administración en la figura de la Subgerencia para proceder a ejecutarlo.

4º—Mediante acuerdo de Junta Directiva Nº 2004-159 de fecha 10 de febrero de 2004, se dispuso en el artículo 10, instruir a la Subgerencia, para que en un plazo de 2 meses elaborara y planteara a ese Órgano Colegiado, una estrategia para solucionar la problemática de las plantas de tratamiento de aguas residuales.

5º—Que mediante oficio DOSI-AR-05-0168 suscrito por el Ing. Fernando Vílchez Rojas de la Unidad de Aguas Residuales en fecha 24 de enero del año en curso, indica en relación con la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la Urbanización Bosques de Santa Ana, que el estado actual de la planta es el siguiente: “El terreno esta protegido por una malla ciclón en todos sus costados. Buen estado. El sistema cuenta con un pequeño tanque cisterna y una bomba para impulsar el agua residual cruda hasta la parte superior del UASB, donde se localiza el canal de distribución de caudales. No se han construido la totalidad de viviendas, por lo que la PTAR tiene un caudal relativamente bajo con respecto al de diseño. El urbanizador pretende entregar la PTAR al AyA, o bien a un Comité de vecinos”.

6º—Que la Subgerencia del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, mediante Resolución SB-2005-171, dictada a las ocho horas del día dieciocho de febrero del año dos mil cinco, dispuso nombrar a la funcionaria licenciada Kattya Ramírez Barrera, Órgano Director del Procedimiento Sumario, a efecto de que se dé por finalizada la administración, operación, mantenimiento y control de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la Urbanización Bosques de Santa Ana, sistema ubicado en Pozos de Santa Ana en la Provincia de San José; el cual por parte de la empresa Hogares de Costa Rica S. A. y ser asumido por AyA, así como el traspaso del área donde se ubica la planta registralmente propiedad de la MUCAP.

7º—De conformidad con lo establecido por el artículo 320 y siguientes de la Ley Nº 6227 Ley General de la Administración Pública, el Órgano Director del Procedimiento Sumario en Resolución número-uno de las diez horas del 21 de febrero del 2004; declaró abierto el procedimiento sumario dirigido a dar por finalizada la administración, operación, mantenimiento y control de la planta de tratamiento de aguas residuales y alcantarillado sanitario de la Urbanización Bosques de Santa Ana, por parte de la empresa Hogares de Costa Rica, así como el traspaso del área donde se ubica la misma, propiedad de la Mutual de Cartago de Ahorro y Préstamo; servicio que prestará directamente el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados en la comunidad, con fundamento en la Ley Nº 2726 Ley Constitutiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados.

8º—Que la empresa Hogares de Costa Rica S. A. y la Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo, presentaron en forma conjunta un documento de fecha 2 de marzo en el cual en lo que interesa indican: “Primero: Que la “Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo de Cartago” y “Hogares de Costa Rica S. A.” la primera como propietaria en calidad de fiduciaria de la finca F.R. 1-501537-000 inmueble donde se ubica la planta de tratamiento de aguas residuales de la Urbanización Bosques de Santa Ana, y la segunda como Administradora actual de la relacionada planta: manifestamos nuestra anuencia para que el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados asuma la administración, mantenimiento y control de la indicada planta. Segundo: En la actualidad y como lo han podido verificar los técnicos de su institución, la planta de tratamiento opera de manera óptima”.

9º—Que mediante oficio GG-122-2005 de fecha 21 de marzo, la apoderada de la MUCAP adiciona su anterior manifestación, señalando en lo conducente: “...mi representada, en su condición de Fiduciaria, autoriza expresamente el traspaso, mediante donación, del área donde se ubica 1a planta de tratamiento de aguas residuales de la Urbanización Bosques de Santa Ana, inscrita en la Sección de Propiedad del Registro Público bajo el Sistema de Folio Real matrícula 501537-000 del Partido de San José, plano catastrado número SJ-0621781-2000.

10.—Que en aras de garantizar el debido proceso a terceros que pudieran verse afectados con este acto, de conformidad con los artículos 140, 239, 241.3, 241.4, 242 siguientes y concordantes de la Ley General de Administración Pública, se procedió a la publicación de la resolución número uno de las 10:00 horas del 21 de febrero del 2005, dictada por el Órgano Director del Procedimiento, en el Diario Oficial La Gaceta, misma que se registra en la publicación Nº 46 de fecha 7 de marzo de 2005, sin que transcurrido el plazo otorgado haya existido oposición alguna de parte de posibles afectados o interesados.

11.—Que el Órgano Director del Procedimiento Sumario incoado a la Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo y a la empresa Hogares de Costa Rica S. A., recomendó mediante Resolución número tres de las ocho horas del treinta de marzo del 2005:

“1)                Que el AyA asuma de pleno derecho la administración, operación, mantenimiento y control de la Planta de tratamiento de aguas residuales de la Urbanización Bosques de Santa Ana, ubicada en Pozos de Santa Ana, San José, así como de los componentes que se utilicen para su funcionamiento y del sistema de alcantarillado sanitario de la misma, actualmente bajo administración de la Empresa Hogares de Costa Rica S. A.

2)  Que de conformidad con lo indicado en el oficio GG-122-2005 suscrito por la MUCAP, se proceda al traspaso del área donde se ubica la citada planta de tratamiento, cuyo propietario registral actualmente es la Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo, la cual se encuentra inscrita bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 1-501537-000, plano catastrado SJ-0621781-2000.

3)  Que se proceda al cobro de los servicios de alcantarillado sanitario vigentes para usuarios de AyA, así como de tarifa diferenciada por los servicios de tratamiento de aguas residuales, una vez que la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos dé su autorización.

4)  Que la Región Metropolitana en forma directa o a través de quien ésta, o la Institución designe, proceda en forma inmediata a ejercer las funciones de administración, operación, mantenimiento y control de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la Urbanización Bosques de Santa Ana”.

12.—Que mediante resolución SB-2005-229 de las ocho horas, cinco minutos del primero de abril de dos mil cinco, la Subgerencia acoge en todos sus extremos la recomendación dictada por el Órgano Director del Procedimiento Sumario, en Resolución número tres de las ocho horas del treinta de marzo de 2005 y ordena:

“ 1.1  A la Región Metropolitana: asumir en forma inmediata ya sea directamente o través de quien ésta o la institución designe, la administración, operación, mantenimiento y control de la Planta de tratamiento de aguas residuales de la Urbanización Bosques de Santa Ana, ubicada en Pozos de Santa Ana, San José, así como de los componentes que se utilicen para su funcionamiento y del sistema de alcantarillado sanitario de la misma.

1.2   Proceder al cobro de los servicios de alcantarillado sanitario vigentes para usuarios de AyA, así como de tarifa diferenciada por los servicios de tratamiento de aguas residuales, una vez que la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos dé su autorización.

2.  Proceder mediante la figura de la donación al traspaso del área donde se ubica la citada planta de tratamiento, cuyo propietario registra actualmente es la Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo, la cual se encuentra inscrita bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 1-501537-000, plano catastrado SJ-0621781-2000.

3.  Comunicar a la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, para que se tome el acuerdo respectivo y se publique en el Diario Oficial La Gaceta”.

13.—Que transcurrido el plazo de ley sin que haya existido interposición de los recursos ordinarios por parte de interesados o afectados, procede este Órgano Colegiado a conocer del Proyecto de acuerdo de Junta Directiva a fin de asumir la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la Urbanización Bosques de Santa Ana, ubicada en Pozos de Santa Ana San José, así como el traspaso del área donde se ubica la planta.

Considerando:

I.—En virtud del principio de oportunidad y conveniencia Institucional para brindar el servicio público de alcantarillado sanitario y tratamiento de aguas residuales, de conformidad con el artículo 15.1 y 17 de la Ley General de la Administración Pública, artículo 1º de la Ley Constitutiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados Nº 2726, el cuál señala que le corresponde al AyA dirigir, fijar políticas, establecer y aplicar normas; realizar y promover el planeamiento, financiamiento y resolver todo lo relativo con el suministro de agua potable y recolección de aguas negras y residuos industriales líquidos, para todo el territorio nacional. Artículo 2º—“Le corresponde al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados: a) Dirigir y vigilar todo lo concerniente para proveer a los habitantes de la República de un servicio de agua potable y recolección y evacuación de agua negras y residuos industriales líquidos y aguas pluviales. b) Determinar la prioridad, conveniencia y viabilidad de los diferentes proyectos que se propongan construir, reformar, ampliar, modificar obras de acueductos y alcantarillados; las cuáles no se podrán ejecutar sin su aprobación. e) Elaborar o aprobar todos los planos de las obras públicas relacionadas con fines de esta ley, así como aprobar todos los de las obras privadas que se relacionen con los sistemas de acueductos y alcantarillados, (...) g) Administrar y operar directamente los sistemas de acueductos y alcantarillados en todo el país, los cuales se irán asumiendo tomando en cuenta la conveniencia y disponibilidad de recursos.... i) Construir, ampliar y reformar los sistemas de acueductos y alcantarillados en aquellos casos en que sea necesario y así lo aconseje la mejor satisfacción de las necesidades nacionales”.

Que según lo dispuesto en la Ley General de Salud

Artículo 285.—Las excretas, las aguas negras, las servidas y las pluviales, deberán ser eliminadas adecuada y sanitariamente a fin de evitar la contaminación del suelo y de las fuentes naturales de agua para el uso y consumo humano, la formación de criaderos de vectores y enfermedades y la contaminación del aire mediante condiciones que atenten contra su pureza o calidad.

Artículo 287.—Toda persona natural o jurídica propietaria de viviendas o de establecimientos o edificios en que las personas desarrollen sus actividades, responderá de que tales bienes dispongan de un sistema de disposición de excretas y de aguas negras y servidas aprobados por el Ministerio y los usuarios de viviendas, establecimientos o edificios estarán obligados a mantener dicho sistema en buenas condiciones de funcionamiento”.

Artículo 288.—Todo propietario queda obligado a conectar el sistema de eliminación de excretas de aguas negras y servidas de su propiedad al alcantarillado sanitario en los lugares en que éste estuviera en funcionamiento, salvo en los casos de excepción que los reglamentos pertinentes reconozcan como procedentes.

Ley Nº 5595 Hipoteca Legal por Alcantarillado Sanitario del 17 de octubre de 1974, publicada en La Gaceta Nº 236 del 11 de diciembre de 1974, artículo 3º—El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados recargará en los recibos correspondientes a los servicios de agua potable, el de alcantarillado sanitario, a las personas jurídicas o naturales que incumplan la disposición del artículo 288 de la Ley de Salud Nº 5395. Artículo 4º—La deuda proveniente del servicio de alcantarillado sanitario impone hipoteca legal sobre el bien o bienes inmuebles a los que se suministre o legalmente deba suministrarse.

II.—Que conforme al oficio C-257-2003 del 27 de agosto del 2003 la Procuraduría General de la República señala, que AyA es el ente público que nuestro ordenamiento jurídico designa como el encargado para administrar y operar lo relacionado con los acueductos y alcantarillados en todo el país, por lo que es el ente competente para administrar y operar las plantas de tratamiento.

La Ley Nº 2726 “Ley Constitutiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados” en su artículo 2º, inciso f), indica que al AyA le corresponde “Aprovechar, utilizar, gobernar o vigilar, según sea el caso, todas las aguas de dominio público, en ejercicio de los derechos que el Estado tiene sobre ellas. El inciso g) señala que le corresponde al AyA “Administrar y operar directamente los sistemas de acueducto y alcantarillado en todo el país...”.

AyA goza legalmente de la titularidad, competencia especial y gestión directa del servicio público por medio de la Ley Nº 2726, por ser un ente especializado de carácter nacional y estatal con características rectoras y normativas en el campo del abastecimiento del servicio público de agua potable y alcantarillado sanitario.

En lo que tiene que ver con la administración y operación de los sistemas de recolección y evacuación de aguas negras, particularmente plantas de tratamiento y alcantarillado, las municipalidades tienen una competencia residual. Aunque éstas no operan ni mantienen los sistemas de recolección y evacuación de aguas negras, controlan que las urbanizaciones, y las edificaciones que en ellas se construyan, cumplan con las disposiciones que el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, y demás entes públicos competentes, hayan establecido en relación con dichos sistemas, para así cumplir con su papel tutelar de la salud y el ambiente en su cantón. Constatada la idoneidad técnica de las plantas de tratamiento de aguas negras por el AyA y el Ministerio de Salud, la municipalidad debe aceptar la obra y autorizar el traspaso de la porción correspondiente del área de uso público donde se ubique la planta al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados para que este pueda administrarlo y operarlo.

En ningún caso corresponde al constructor o desabollador urbanístico su administración y operación, aunque sea un ente público como el INVU.

III.—Que la Resolución RRG-3363-2004 de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, publicada en La Gaceta Nº 54 del 17 de marzo del 2004, señala las tarifas aprobadas por esa Autoridad para los servicios de acueducto y alcantarillado sanitario que presta AyA, las cuales se encuentran vigentes y resultan aplicables a los usuarios de estos servicios por parte del Instituto. Sin embargo, en cumplimiento a lo dispuesto en cuanto al ejercicio de competencias condicionadas previsto en el artículo 145 de la Ley General de la Administración Pública, queda pendiente el cobro de la tarifa diferenciada correspondiente a costos de tratamiento de aguas residuales, hasta tanto se cuente con la previa aprobación por parte de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos.

IV.—Durante años ha existido una problemática con relación a las plantas de tratamiento de aguas residuales construidas por urbanizadores, las cuales en el mejor de los casos son entregadas a asociaciones privadas, comités u otro tipo de organizaciones comunales, que se han hecho cargo de administrar responsablemente estos sistemas, tal como ha quedado demostrado en el expediente administrativo que se conformó al efecto, donde consta que la Empresa Hogares de Costa Rica S. A. tiene bajo su administración y operación la planta de tratamiento de aguas residuales de la Urbanización Bosques de Santa Ana, cuyo sistema recibe las aguas residuales de 427 viviendas. Sin embargo, la constante ha sido que éstas queden en abandono y consecuente deterioro, con todas las consecuencias negativas que de ello se derivan. Ello contraría lo dispuesto en la Ley de Planificación Urbana, la cual ordena que todo urbanizador debe construir las obras de infraestructura necesarias, para autorizar la venta de lotes en las urbanizaciones o lotificaciones.

En este caso el artículo 38 de la Ley de Planificación Urbana, dispone que el desarrollador previa la aprobación del Proyecto por AyA, debe entregar las obras de infraestructura a la Municipalidad, el Sistema de Acueducto completo (redes, tanques y la fuente productora del agua) para operarlo, el no hacerlo, nos impide como Institución costear esos rubros según lo señala el artículo 11 de la Carta Magna.

Terminadas las obras de infraestructura, el urbanizador solicita a cada entidad pública, prestataria del respectivo servicio público, que se le haga las pruebas de operación y funcionamiento y de ser aceptables les reciban las obras que habilitan los servicios públicos. Para lograrlo, se hacen las pruebas técnicas de operación y funcionamiento de los sistemas, y de estar conforme de toda conformidad, se reciben las obras. En caso contrario, no se aceptan las obras hasta que se satisfagan los requerimientos y se rinda la garantía de funcionamiento. Para lo cual, la administración debe ser igual de exigente en cuanto al cumplimiento de las normas técnicas para la entrega y recibo de obras de Infraestructura de Urbanizaciones, así como en el caso, de los sistemas de agua potable, alcantarillado sanitario y cuando proceda de plantas de tratamiento de aguas residuales.

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados es el ente que determina, cuándo deben las urbanizaciones contar con plantas de tratamiento de aguas negras. A las municipalidades les compete, en este tema, vigilar que los proyectos de urbanizaciones a realizar en su cantón cumplan con las normas indicadas por el AyA en materia de acueductos y cloacas, lo que incluye que tengan previstas las plantas de tratamiento de aguas negras, cuando el AyA así lo haya ordenado.

Una vez construidas las obras y al momento de su aceptación, las municipalidades ejercen control en relación con el cumplimiento de las disposiciones normativas correspondientes, entre ellas, las que tienen que ver con las instalaciones de agua potable y de recolección y evacuación de aguas negras ordenadas por el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, y demás entidades públicas competentes, todo de conformidad con lo que establece el artículo VI.6. del Reglamento para el Control Nacional de Fraccionamientos y Urbanizaciones.

V.—Que existe interés institucional atendiendo a razones de oportunidad y conveniencia, de asumir prioritariamente las plantas de tratamiento de aguas residuales operadas por particulares que se encuentren en buenas condiciones de funcionamiento y en las cuales no se deba realizar mayores erogaciones económicas, tal y como sucede con la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la Urbanización Bosques de Santa Ana, la cual se encuentra en buenas condiciones, según lo indicado tanto por la Empresa Hogares de Costa Rica, como por el Ing. Fernando Vílchez Rojas de la Unidad de Aguas Residuales en su oficio DOSI-AR-05-0168 de fecha 24 de enero del año en curso, donde señala: “El terreno esta protegido por una malla ciclón en todos sus costados. Buen estado. El sistema cuenta con un pequeño tanque cisterna y una bomba para impulsar el agua residual cruda hasta la parte superior del UASB, donde se localiza el canal de distribución de caudales. No se han construido la totalidad de viviendas, por lo que la PTAR tiene un caudal relativamente bajo con respecto al de diseño. El urbanizador pretende entregar la PTAR al AyA, o bien a un Comité de vecinos”.

VI.—Del análisis del expediente administrativo se logra determinar que a efectos de asumir el sistema y la planta de tratamiento, así como del traspaso del área donde se ubica la planta, tanto la administradora, como la propietaria han tenido acceso al debido proceso, y aún se ha publicitario para efectos de terceros. De tal suerte que habiéndose cumplido con las formalidades de Ley, el Instituto de acuerdo a sus potestades de imperio se encuentra en plena capacidad de asumir la administración, operación, mantenimiento y control de la planta de tratamiento de aguas residuales, así como del sistema de alcantarillado sanitario, funciones que se encuentra facultado de ejercer en forma directa a través de la Región Metropolitana, o de quien ésta o la Institución determinen, pudiendo si así se considera oportuno, delegar su administración en una Asociación Administradora, de conformidad con los lineamientos que al efecto se establecen en el Decreto Ejecutivo Nº 29100-S. Por tanto:

De conformidad con las facultades conferidas por los artículos 11, 21, 50, 129 y 188 de la Constitución Política; 1, 2. 264, 268 de La Ley General de Salud; artículos 17, 33 y concordantes de la Ley de Aguas Nº 276 del 27 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable Nº 1634 del 18 de setiembre de 1953; artículos 1º y 2º de la Ley Constitutiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, artículos 146, incisos 1) y 2), 148, 149, inciso c) 150, 151, 320 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública y criterios técnicos esbozados, criterio de la Procuraduría General de la República, así como la Resolución de la Subgerencia del AyA SB-2005-229 de las ocho horas, cinco minutos del primero de abril de 2005 y sus antecedentes;

SE ACUERDA:

1º—Se declara de interés y utilidad pública y en consecuencia se dispone asumir de pleno derecho la administración, operación, mantenimiento y control de la planta de tratamiento de aguas residuales de la Urbanización Bosques de Santa Ana, ubicada en Pozos de Santa Ana en la Provincia de San José, la cual hasta la fecha ha estado siendo administrada y operada por la Empresa Hogares de Costa Rica S.A.

2º—Proceda la Región Metropolitana a asumir de pleno derecho en forma inmediata y directa, o bien a través de quien ésta o la Institución designen, la administración, operación, mantenimiento y control de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la Urbanización Bosques de Santa Ana, así como del sistema de alcantarillado sanitario de la citada urbanización y proceder con su incorporación en el Sistema Comercial Integrado.

3º—Proceda la Dirección de Planificación a gestionar lo que corresponda ante la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos, a fin de obtener la autorización de Ley y proceder al cobro de la tarifa diferenciada por los servicios de tratamiento de aguas residuales, que se aplicará a los usuarios de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la Urbanización Bosques de Santa Ana.

4º—Proceda la Asesoría Legal de Bienes Inmuebles y la Unidad de Notariado de la Dirección Jurídica a coordinar lo que corresponda a efectos de gestionar mediante la figura de la donación, el traspaso del área donde se ubica la citada planta de tratamiento, cuyo propietario registral actualmente es la Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo, la cual se encuentra inscrita bajo el Sistema de Folio real, matrícula 1-501537-000, plano catastrado SJ-0621781-2000.

5º—Comuníquese y notifíquese a todos los usuarios de la anterior decisión, por medio de la correspondiente publicación en el Diario Oficial La Gaceta con el apoyo de la Dirección de Suministros. Publíquese.

Acuerdo firme.

Sesión N° 2005-030 ordinaria, fecha: 17-05-2005, artículo 7, inciso a), fecha de comunicación: 26 de mayo del 2005.

Msc. Ing. Rafael Villalta Fernández, Presidente Ejecutivo.—1 vez.—(Solicitud Nº 23011).—C-161045.—(42480).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Comunica a la señora Rosita Schulze, la resolución de las nueve horas con treinta minutos del día veinticuatro de mayo del dos mil cinco, que recomendó a la Dirección General de Migración y Extranjería se autorice la salida del país de la joven Catharina Rosita Schulze para que viaje con solo la autorización de su padre Andreas Schulze. Se le notifica por medio de edicto por desconocerse su paradero. Recursos : Revocatoria con apelación en subsidio, el primero deberá interponerse ante la Representación Legal de esta Oficina Local en Santa Ana, y el segundo para ante la Presidencia Ejecutiva de la entidad en San José. Plazo: Dichos recursos podrán interponerse en forma separada o en conjunto en el término de ocho días contados del día posterior a su última publicación.—Oficina Local del Oeste.—Lic. Marcela Ramírez Ulate, Órgano Director del Procedimiento.—(41516).

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

AUDIENCIA PÚBLICA

La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos convoca a  audiencia pública para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de: Solicitud de la Federación Nacional de Cooperativas de Taxi (Fenacootaxi), tramitada bajo el expediente ET-63-2005, para incrementar las tarifas para el transporte remunerado de personas en vehículos modalidad taxi, según se detalla:

                                                Tarifa

Tipo                Tarifas        según        Primer         Segundo      Tercer        Variación    Variación

de tarifa          actual       modelo       tracto*        tracto**      tracto***   absoluta       Porcent.

                                ¢                   ¢                   ¢                      ¢                      ¢

Taxi para personas discapacitadas

Tarifa

Banderazo         285,00        360,00        360,00        360,00           360,00             75,00       26,30%

Tarifa

Variable             160,00        290,00        220,00        255,00           290,00           130,00       81,30%

Tarifa

Espera            1.200,00    1.700,00    1.700,00    1.700,00       1.700,00           500,00       41,70%

Tarifa por             no                                                                                                             no

Demora        disponible   2.900,00    2.900,00    2.900,00       2.900,00        disponible

Taxi Rural

Tarifa

banderazo         285,00        360,00        360,00           360,00        360,00             75,00       26,30%

Tarifa

variable             170,00        360,00        260,00           310,00        360,00           190,00    111,80%

Tarifa

espera             1.200,00    1.805,00    1.805,00       1.805,00    1.805,00           605,00       50,40%

Tarifa por             no                                                                                                             no

demora         disponible   3.600,00    3.600,00       3.600,00    3.600,00        disponible

Taxi Sedan

Tarifa

Banderazo         285,00        360,00        360,00           360,00           360,00          75,00       26,30%

Tarifa

Variable             160,00        320,00        220,00           270,00           320,00        160,00    100,00%

Tarifa

Espera            1.200,00    1.725,00    1.725,00       1.725,00       1.725,00        525,00       43,80%

Tarifa por            No                                                                                                            No

demora         disponible   3.200,00    3.200,00       3.200,00       3,200,00     disponible

*Con aprobación   **6 meses después del primer tracto ***6 meses después del segundo tracto

El jueves 7 de julio de 2005 a las nueve horas (9:00 a. m.) se llevará a cabo la Audiencia Pública en el Auditorio de la Autoridad Reguladora para conocer sobre esta petición. El plazo para recibir posiciones sobre esta solicitud vence el jueves 30 de junio del 2005 a las dieciséis horas.

Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar los expedientes que constan en la Dirección de Fiscalización y Defensa del Usuario, sita en Sabana Sur, 400 m oeste del edificio de la Contraloría General de la República, San José.

Cualquier interesado, con interés legítimo o derecho subjetivo, puede participar en la audiencia y quien desee hacer uso de la palabra, debe formular por escrito, en original, su posición ante esta Autoridad Reguladora, sustentando su pretensión con las pruebas que sean pertinentes.

En el documento debe indicar lugar dentro del perímetro de San José o número de fax donde ser notificado. En el caso de una persona física deberá aportar fotocopia de su cédula; las personas jurídicas deberán aportar certificación de personería vigente. Dentro del plazo legal otorgado se recibirán posiciones mediante el facsímile 290-2010, mismas que deberán estar firmadas y debiendo presentar el original a más tardar el día de la celebración de la audiencia. En caso de faltar algún requisito de los anteriores, se rechazará la posición presentada. Se informa que el Consejero del Usuario para estas solicitudes es el Lic. Juan Manuel Quesada, MBA. Para cualquier información adicional a los teléfonos 800-827-3737 ó 220-0102.

San José, 31 de mayo del 2005.—Lic. Xinia Herrera Durán, Dirección de Fiscalización y Defensa del Usuario.—1 vez.—Oficio Nº 452-DAF-2005).—C-35720.—(42298).

COMISIÓN NACIONAL DE PRÉSTAMOS PARA EDUCACIÓN

AVISO

El Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Préstamos para Educación, reunido en la sesión N° 10-3-2005, de fecha 10 de marzo del 2005, artículo 4º, acordó reelegir al licenciado Mario Zaldívar Rivera, cédula N° 1-461-449, como Secretario Ejecutivo de Conape, para el periodo legal comprendido entre el 1° de mayo del 2005 hasta el 30 de abril del año 2009.—Lic. Danilo Chaves R., Jefe Administrativo.—1 vez.—(42016).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSÉ

AVISOS

Con fundamento en el Decreto Ejecutivo Nº 21384-S en su artículo 15, Reglamento para la Administración de los Cementerios de la Junta de Protección Social de San José, publicado en La Gaceta Nº 143 del 28 de julio de 1992, así como oficio AL-647 de la licenciada Marcela Sánchez Quesada, Asesora Legal, con fecha 6 de mayo del 2005 y la declaración jurada rendida ante el notario público licenciado Alejandro Matamoros Bolaños, la Gerencia General representada por el Msc. Luis Polinaris Vargas, cédula Nº 1-413-994, mayor, casado, vecino de Tibás, autoriza acogiendo el criterio Legal, el traspaso por partes iguales del derecho de arriendo del Cementerio General del mausoleo N 1, cuadro 2, ampliación oeste, lado sur, línea primera, inscrito al tomo 11, folio 21 a los señores Harry Strachan Walker, cédula Nº 1-0289-0087 y William Dayton Roberts Strachan conocido como Bary Roberts Strachan, cédula N° 1-0389-0061. Si en el plazo de quince días a partir de la publicación del aviso, no existiere oposición, se autoriza a la Administración de Cementerios, para que comunique a los interesados lo resuelto.

San José, 24 de mayo del 2005.—Manuel Roldán Porras, Administrador de Cementerios.—1 vez.—Nº 37071.—(41777).

Con fundamento en el Decreto Ejecutivo Nº 21384-S en su artículo 15, Reglamento para la Administración de los Cementerios de la Junta de Protección Social de San José, publicado en La Gaceta Nº 143 del 28 de julio de 1992, así como oficio AL-648 de la Lic. Marcela Sánchez Quesada, Asesora Legal, con fecha 6 de mayo del 2005 y la Declaración Jurada rendida ante la Notaria Pública Lic. Teresita Campos Valenciano, la Gerencia General representada por el Msc. Luis Polinaris Vargas, cédula Nº 1-413-994, mayor, casado, vecino de Tibás, autoriza acogiendo el criterio legal, el traspaso; del derecho de arriendo del Cementerio General del mausoleo Nº 28, cuadro 9 ampliación oeste, lado este, línea segunda, inscrito al tomo 16, folio 183 al señor Ottón Calderón Martínez, cédula N° 1- 0189-0652.

Si en el plazo de quince días a partir de la publicación del aviso, no existiere oposición, se autoriza a la Administración de Cementerios, para que comunique al interesado lo resuelto.

San José, 24 de mayo del 2005.—Administración de Cementerios.—Manuel Roldán Porras, Administrador.—1 vez.—(41828).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

EDICTO

El Departamento de Gestión Tributaria de la Municipalidad de Montes de Oca, por este medio comunica que la señora Luzmilda Rodríguez Zamora, cédula 2-224-032, vecina de Montes de Oca, frente a Radio Universidad, ha presentado escritura N° 37, otorgada ante el Notario Jorge Arturo Madrigal Benavides, que es protocolización de escritura N° 32 de la misma notaría, donde se le nombra heredera universal del proceso sucesorio, expediente Nº 0001-2004, de la señora Gilda Vargas Alvarado, cédula Nº 3-036-9094, quien tiene a su nombre el Derecho Sencillo, fosa 46, bloque 2, cuenta C2449 del Cementerio Centro. La señora Rodríguez Zamora, como heredera universal solicita se traspase a su nombre el mencionado derecho. La Municipalidad de Montes de Oca, otorgará un plazo de 8 días hábiles contados a partir de la publicación del presente edicto, para escuchar oposiciones.

Montes de Oca, 6 de mayo del 2005.—Gestión Tributaria.—Br. Johnny Walsh A., Jefe.—Lady Loría L.—1 vez.—Nº 36880.—(41767).

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

En la Sesión Extraordinaria Nº 252-2005, celebrada por la Municipalidad del cantón Central de Heredia, el día 23 de mayo del 2005, se acordó por unanimidad y en firme aprobar la moción propuesta por el señor Francisco Garita Vílchez, Presidente Municipal.

Texto de la moción: Para que este Concejo acuerde: celebrar una sesión extraordinaria el día 16 de junio del 2005, a las 5 p.m. en el Salón de la Asociación de Desarrollo Integral de San Rafael de Vara Blanca de Heredia.

Sustento de la moción: ante la invitación que nos hace a este Concejo la Asociación de Desarrollo Integral de San Rafael de Vara Blanca de Heredia, para brindar un informe detallado sobre las obras realizadas por esa asociación de los aportes municipales.

Analizada la moción presentada, se acuerda por unanimidad y en firme: realizar la sesión extraordinaria el día jueves 16 de junio del 2005, a las 17 horas, en el salón de la Asociación de Desarrollo Integral de San Rafael de Vara Blanca.

Heredia, 30 de mayo del 2005.—Lic. Karla Montero Salas, Proveedora Municipal a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 06480).—C-10395.—(41873).

MUNICIPALIDAD DE CAÑAS

El Concejo Municipal en sesión ordinaria 209-2005 celebrada el día 9 de mayo de 2005, acordó por unanimidad lo siguiente:

Se acuerda trasladar la sesión ordinaria del día lunes 25 de julio de 2005, para el día martes 26 de julio y la sesión ordinaria del día 15 de agosto de 2005, para el día martes 16 de agosto, esto debido al feriado de los días 25 de julio y 15 de agosto.

Rosa María Vásquez Rodríguez, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 6130).—C-3820.—(41589).

MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE

DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

EDICTO

Roy Chaves Mayorga, mayor, costarricense, comerciante, con cédula de identidad número 5-303-648, vecino de Carmona, Nandayure, con base en la Ley de Zona Marítimo Terrestre N° 6043 de 2 de marzo de 1977 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Ejecutivo N° 7841-P de 16 de marzo de 1977; solicita en concesión un terreno localizado en Playa San Miguel, distrito sexto Bejuco, cantón noveno Nandayure, de la provincia de Guanacaste. Mide 1 500 metros cuadrados, para darle un uso residencial turístico. Sus linderos son: norte, Municipalidad de Nandayure; sur, calle pública; este, zona restringida de la ZMT y oeste, calle pública. Se concede a los interesados un plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de ésta única publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en la Municipalidad ante la oficina del Alcalde Municipal. El opositor debe identificarse debidamente.

Carmona de Nandayure, Guanacaste.—José Humberto León Abadía, Inspector.—1 vez.—(41498).

MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS

ZONA MARÍTIMA TERRESTRE

EDICTO

Nº 50.—Holman Enterprises S. A., con cédula jurídica número: 3-101-333862 con domicilio en Residencial en Centro Empresarial Forum, edificio C, oficina 1C1, Santa Ana, con base en el artículo Nº 38 de la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 y Decreto Ejecutivo número 7841-P de 16 de diciembre 1977, solicita en uso de suelo de una parcela de terreno localizado en Gigante distrito: Paquera, cantón: Central, provincia: Puntarenas, mide: 7 398,89 metros cuadrados. Es terreno para dedicarlo al uso de: Hotelero. Linderos: norte, zona restringida; sur, manglar (zona pública); este, zona pública, oeste, zona restringida. La presente publicación no otorga derechos a efectos de que las disposiciones de un plan regulador varíen el destino de la parcela. Se concede treinta días hábiles, a partir de esta única publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad, en papel sellado de un colón y los timbres correspondientes en dos tantos.

Puntarenas, 19 de mayo del 2005.—Luz Marina Jiménez Jara, Coordinadora ZMT.—1 vez.—Nº 37045.—(41768).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

CENTRAL HELADERA DÍAZ LIMITADA

Central Heladera Díaz Limitada, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición del libro de Registro de socios números 1. Quien se considere afectado dirigir su oposición al Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 24 de noviembre del 2004.—Jorge Arturo Cañas Díaz, Gerente.—(41220).

VALORES SERFIN, SOCIEDAD DE FONDOS

DE INVERSIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

Valores Serfin, Sociedad de Fondos de Inversión Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta mil quinientos cuarenta, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro siguiente: uno de Actas de Asamblea General. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil cinco.—Carmen Boschini Thuel, Vicepresidenta.—Nº 36686.—(41373).

COMERCIALIZADORA PANDORA DEL VALLE

DE LA ESTRELLA SOCIEDAD ANÓNIMA

Comercializadora Pandora del Valle de la Estrella Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-199595, domiciliada en Limón, Centro, Valle de la Estrella, representada por su apoderado generalísimo sin límite de suma Mario Torres Madrigal, cédula Nº 3-202-833, hace saber que los libros: actas de asambleas generales y actas de junta directiva, se ha extraviado, por lo que solicita a la Dirección General de Tributación, la reposición respectiva, confiriéndole a los interesados el término de Ley. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de Limón, en término de ocho días hábiles a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Mario Torres Madrigal.—(41422).

CLUB PUNTA LEONA S. A.

Para efectos del artículo 689 del Código de Comercio el Club Punta Leona S. A. hace saber a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá la acción 365 a nombre de Lenynd Suplidores S. A., cedula jurídica 3-101-185297, Cualquier persona interesada al respecto podrá oponerse durante un mes a partir de la última publicación de este aviso.—Allan Bermúdez.—Nº 36848.—(41470).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

MÉDICOS GENERALES S. A.

Médicos Generales S. A., cédula jurídica Nº 3-101-031436, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición por extravío de cuatro libros Nº 1 de Registro de Accionistas, Junta Directiva, Diario e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración General de Cartago, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 27 de mayo del 2005.—Lic. Hazel Solano Siles, Notaria.—(41513).

JARDINES EXCLUSIVOS S. A.

Jardines Exclusivos S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno- trescientos setenta y un mil ochocientos seis, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición del primer libro de Actas de Asamblea de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 23 de mayo del 2005.—Anabelle Solís Méndez, Presidenta.—(41521).

INVERSIONES BOLAÑOS Y BOLAÑOS I. B. B. S. A.

Inversiones Bolaños y Bolaños I. B. B. S. A. Antes denominada Inversiones Rilee y Scheeler S. A, cédula jurídica Nº 3-101-207125, ha solicitado ante la Dirección General de Tributación en San José, por haberse extraviado, la reposición de los libros de Actas de Asamblea General, Registro de Accionistas, Junta Directiva, Inventarios y Balances, Diario y Mayor. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Regional de San José (Legalización de Libros) en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 25 de mayo del 2005.—María de los Ángeles Álvarez Rodríguez, Secretaria.—(41552).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

GAMBOA Y MATAMOROS ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA

Gamboa y Matamoros Asociados Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-252043, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso, en el Diario Oficial La Gaceta.—Rodolfo Matamoros Mora, Vicepresidente.—Nº 36904.—(41772).

ELIKA DE JCR S. A.

Elika de JCR S. A., cédula jurídica Nº 3-316-875, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros de actas: Asamblea General y Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Gabriela Oviedo Vargas, Notaria.—Nº 36917.—(41773).

JOSCARA DE SAN LUIS S. A.

Joscara de San Luis S. A., cédula jurídica número 3-101-327-332, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros de actas: Asamblea General y Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Gabriela Oviedo Vargas, Notaria.—Nº 36918.—(41774).

LABORATORIOS DE COSMÉTICOS Y MEDICAMENTOS S. A.

Laboratorios de Cosméticos y Medicamentos S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-038024, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, reposición de los siguientes libros: Diario; Mayor; Inventarios y Balances; Actas Consejo Administración; Actas Asamblea de Socios; y Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Central de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 26 de mayo del 2005.—Lic. Gustavo Jiménez Chavarría, Apoderado.—Nº 37014.—(41775).

GRANJA AVÍCOLA LA CUEVA SOCIEDAD ANÓNIMA

Granja Avícola La Cueva Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y cuatro mil setecientos noventa y siete, solicita ante la Dirección de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas Asamblea de Socios, Actas Consejo de Administración, Registro de Accionistas, Diario, Mayor, Inventarios y Balance. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Emilia María Pacheco Morera, Notaria.—1 vez.—Nº 37019.—(41776).

BUSES GADEA S. A.

Buses Gadea S. A., cédula jurídica 3-101130233, que antes se llamaba Gadea y Rois S. A., solicita ante la Dirección de Tributación la reposición de los siguientes libros: Actas Asamblea Junta Directiva, Actas Registro de Acciones, Actas Asamblea General y los libros Contables: Diario, Mayor e Inventario y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación de este.—José R. Gadea Agurcia, Solicitante.—(41846).

CASTILLO COUNTRY CLUB S. A.

La señora Salas Bonilla Teresita, cédula Nº 4-137-327 ha extraviado su acción número 1637 solicitando al Castillo Country Club S. A. cédula jurídica Nº 3-101-015794-03 la reposición de la misma, de acuerdo a los artículos 689 y 690 del Código de Comercio. Quien se considere afectado dirigir la oposición a la secretaría de junta directiva.—San Rafael de Heredia, 26 de mayo del 2005.—Marielos Eduarte Montoya, Unidad de Cobros.—(42000).

HOSPITALIDAD COSTA INVERSIONES H.C.I.

SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo, Wálter Arturo Valverde Madrigal, mayor, casado una vez, empresario, vecino de Escazú, con cédula de identidad Nº 1-947-746, en mi condición de presidente, hago constar que hemos iniciado la reposición del libro de Registro de Socios de la sociedad Hospitalidad Costa Inversiones H.C.I. Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-195841. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Wálter Arturo Valverde Madrigal, Presidente.—(42080).

AGRO EL ARRIERO GUANACASTECO SOCIEDAD ANÓNIMA

Carlos Humberto Rodríguez Campos, mayor, casado en primeras nupcias, ingeniero agrónomo, cédula uno - setecientos seis - setecientos ochenta y cuatro, vecino de Nicoya, Guanacaste, Barrio San Martín diagonal a la Cervecería Costa Rica, y como secretario el señor Jeffry David Arrieta Suárez, mayor, soltero, comerciante, vecino de Nicoya, Guanacaste contiguo al mercado municipal, cédula uno - novecientos sesenta y ocho - seiscientos dieciséis, en su calidad de apoderados generalísimos sin límite de suma en actuación conjunta de Agro El Arriero Guanacasteco Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno - trescientos cuarenta mil novecientos veintiuno, hacen constar que han iniciado la reposición de libros de actas de asamblea general número dos, registro de accionistas número dos y junta directiva número dos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante al Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Libera, en el término de ocho días hábiles a partir de este aviso.—Lic. Lusbin Montero Lobo, Notario.—Nº 37304.—(42134).

CLUB PUNTA LEONA S. A.

Para efectos del artículo 689 del Código de Comercio, el Club Punta Leona S. A., hace saber, a quien interese, que por haberse extraviado a la propietaria, repondrá la acción Nº 0526 a nombre de Ana M. Matamoros Agüero, cédula de identidad Nº 1-410-1059. Cualquier persona interesada al respecto puede oponerse durante un mes a partir de la última publicación de este aviso.—San José, 30 de mayo del 2005.—Ana Mercedes Matamoros, Responsable.—(42253).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Por escritura otorgada ante los notarios Roberto León Gómez y Jessica Salas Arroyo, a las nueve y treinta horas de hoy, se protocolizan actas de asambleas generales extraordinarias de accionistas de las sociedades Carlos Monge Herrera e Hijos S. A. y de M Group Holding S. A., mediante las cuales ambas sociedades se fusionan prevaleciendo Carlos Monge Herrera e Hijos S. A., la que reforma las cláusulas primera del nombre y quinta del capital social de los estatutos.—San José, 26 de mayo del 2005.—Lic. Roberto León Gómez, Notario.—1 vez.—(41487).

PUBLICACIÓN DE una VEZ

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las once horas treinta minutos, Gerardo Alonso Flores Barquero, Gerardo Flores Porras, Kattya Díaz Lizano y Ronald Flores Barquero, constituyen Servicios Educativos Integrados del Sur Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Servicios Educativos Integrados del Sur S. A. Su domicilio estará en Barrio Lourdes de Pérez Zeledón, ciento cincuenta metros al sur de Antiguo Versalles, provincia de San José, pudiendo establecer agencias o sucursales, en otro u otros lugares del país o fuera de él. Presidente Gerardo Alonso Flores Barquero. Capital social: doce mil colones, representado por doce acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, íntegramente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años.—San Isidro, 8 de abril del 2005.—Lic. Olman Vargas Cubero, Notario.—1 vez.—Nº 36754.—(41287).

 

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del día veinticinco de mayo del dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza International Management Consultants IMC Sociedad Anónima. Presidente: Antonio López-Calleja Villalobos. Capital social: suscrito y pagado.—San José, 25 de mayo del 2005.—Lic. Roberto Suñol Prego, Notario.—1 vez.—Nº 36758.—(41288).

 

En la ciudad de Cartago, a las quince horas del cuatro de marzo de este año, se protocoliza acta de la sociedad de esta plaza Kipa Construcciones de Orosi S. A. Reformándose la cláusula quinta del capital social, aumentándose en veinte millones de colones. Ante el notario Miguel Ángel Ortega Bastos.—Cartago, veinticinco de mayo del dos mil cinco.—Lic. Miguel Ángel Ortega Bastos, Notario.—1 vez.—Nº 36759.—(41289).

 

Que mediante escritura otorgada el día quince de noviembre del año dos mil cuatro, se constituyó la persona jurídica Residencial Valle Verde Ebenezer Sociedad Anónima, presidente y vicepresidente apoderados generalísimos sin limitación de suma.—San José, 26 de mayo del 2005.—Lic. Marco Daniel Vindas Peña, Notario.—1 vez.—Nº 36760.—(41290).

 

Que mediante escrituras otorgadas en San Joaquín de Flores, Heredia, a las 17:00 horas del 24 de mayo del año 2005, se constituyó la compañía denominada Rainforest Technology Sociedad Anónima. Cuyo nombre se traduce al español así: Tecnología del Bosque Lluvioso Sociedad Anónima. Ante el Licenciado Douglas Ricardo Avendaño Chaverri, según escritura número 134, visible al folio 50 frente del tomo 26 de su protocolo. Presidente: Christopher John Bonilla Jonson, con cédula de identidad número 8-076-574, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San Joaquín de Flores, Heredia, 24 de mayo del año 2005.—Lic. Douglas Ricardo Avendaño Chaverri, Notario.—1 vez.—Nº 36761.—(41291).

 

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima Miniframe Iberoamérica S. A., capital y acciones suscritas con un plazo social de cien años, constituida en San José, al ser las diecisiete horas del diecinueve de mayo del dos mil cinco.—San José, 19 de mayo del 2005.—Lic. Bismark Rivas Loáciga, Notario.—1 vez.—Nº 36763.—(41292).

 

Ante esta notaría, por escritura número 236-11 de las 8:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Sol de la Montaña Poás S. A. Objeto: comercio en general, capital íntegramente pagado y suscrito 95 años.—Poás, 20 de abril del 2005.—Lic. Mario Rivera Campos, Notario.—1 vez.—Nº 36765.—(41294).

 

El suscrito notario, hace constar y doy fe con vista de la matriz que el nombre correcto de la sociedad que se constituyó en esta escritura es Transportes Internacionales Josegcal Sociedad Anónima, por lo que se adjunta el aviso de ley correspondiente debidamente cancelado.—San José, 26 de mayo del 2005.—Lic. Francisco Quijano Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 36767.—(41295).

 

En esta notaría, a las 14:00 horas de hoy, se constituyó la sociedad Agropecuaria Los Nandos S. A. capital suscrito y pagado. Apoderado: presidente.—Heredia, 18 de mayo del 2005.—Lic. Rafael A. Morales Soto, Notario.—1 vez.—Nº 36768.—(41296).

 

Ante el suscrito Notario, fueron presentadas para su protocolización actas número tres y cuatro de asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza denominada Edificaciones Marcel y Asociados G y S Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y cuatro mil seiscientos treinta y dos; en las que se hacen nombramientos, se cambia domicilio y se reforman estatutos.—Alajuela, 24 de mayo del 2005.—Lic. Juan Carlos Solano García, Notario.—1 vez.—Nº 36893.—(41632).

 

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del 25 de mayo del 2005, se constituyeron las sociedades: Danzando Sobre La Pradera Sociedad Anónima, Obelisco de Flamingo Sociedad Anónima, El Grillo Danzante Sociedad Anónima, Gusanito de Mar Sociedad Anónima, El Yigüirro Dorado Sociedad Anónima, Doce Ilusiones Sociedad Anónima, Zero Zero Sociedad Anónima, Puerto Zero Sociedad Anónima, Estrella Oculta Sociedad Anónima y Villas Dos Mil Cinco Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 25 de mayo del 2005.—Lic. Guillermo Sánchez Sava, Notario.—1 vez.—Nº 36894.—(41633).

 

Por escritura otorgada ante mí, se constituye la sociedad denominada Corporación Torki del Pacífico R F Sociedad Anónima, domicilio Orotina, Alajuela, Urbanización Villa Los Reyes, contiguo al Abastecedor Dos Pinos. Capital social: diez mil colones. Representante legal: Ronald Jesús Moreno Guerrero.—Orotina, a las 18:00 horas del 26 de mayo del 2005.—Lic. Johan Castillo Umaña, Notario.—1 vez.—Nº 36895.—(41634).

 

Por escritura otorgada ante esta Notaría Pública, se constituyó la sociedad, Three Blue Diamonds Investments S. A. Capital suscrito y pagado.—San José, 26 de mayo del 2005.—Msc. Rodney Montalbán Rivera, Notario.—1 vez.—Nº 36896.—(41635).

 

Por escritura otorgada ante esta Notaría Pública, se constituyó la sociedad, El Langostino Canadiense S. A.. Capital suscrito y pagado.—San José, 26 de mayo del 2005.—Msc. Rodney Montalbán Rivera, Notario.—1 vez.—Nº 36897.—(41636).

 

Por escritura otorgada mí, a las diez horas del día veintitrés de mayo del año en curso, se procedió a protocolizar el acta número dos de asamblea general extraordinaria de la sociedad de este domicilio denominada La Moreneta Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula sexta del Pacto Constitutivo.—San José, 24 de mayo del 2005.—Lic. Luis Diego Delgado Coronado, Notario.—1 vez.—Nº 36899.—(41637).

 

Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del día veintitrés de mayo del año en curso, se procedió a protocolizar el acta número uno de Asamblea general extraordinaria de la sociedad de este domicilio denominada La Bolsa de Manila Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula décima del Pacto Constitutivo.—San José, 24 de mayo del 2005.—Lic. Luis Diego Delgado Coronado, Notario.—1 vez.—Nº 36900.—(41638).

 

A las 8:00 horas del veinticuatro de mayo del 2005 se constituyó INSA, Inversiones J.A. de Santa Ana Ltda, y a las 17:00 horas de hoy se constituyó Los Jardines Paradiziacos de Marbella Ltda, ambas con el capital suscrito y pagado. Plazo Social: noventa y nueve años. Domicilio en San José.—San José, 26 de mayo del 2005.—Lic. Álvaro Camacho Mejía, Notario.—1 vez.—Nº 36901.—(41639).

 

Ante esta notaría, se constituyó Patgro Inmobiliaria Internacional S. A., Karl Gronemeyer Karaki y Marta Estela Hernández López, apoderados generalísimos; plazo noventa y nueve años cada uno; Annia Emilia Valverde Cascante, agente residente y notaria.—Lic. Annia Emilia Valverde Cascante, Notaria—1 vez.—Nº 36902.—(41640).

 

Por escritura otorgada en mi notaría a las 9:00 horas del 26 de abril del 2005, se constituyó la sociedad JB Hacienda Pelón del Pacífico S.A.—San José, 26 de abril del 2005.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 36903.—(41641).

 

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas con treinta minutos del veintiséis de mayo del año dos mil cinco, se constituye la sociedad denominada Super Viajes Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital suscrito y pagado en dinero en efectivo.—Tilarán, veintiséis de mayo del año dos mil cinco.—Lic. Mario Enrique Delgado Solórzano, Notario.—1 vez.—Nº 36905.—(41642).

 

Por escritura Nº 106 otorgada ante esta notaría a las 17:00 horas del 25 de febrero del 2005, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Charly Cord S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma únicamente para Carlos Cordero Rodríguez, con capital social de diez mil colones. Guácimo de Limón.—Lic. Olger Vargas Campos, Notario.—1 vez.—Nº 36906.—(41643).

 

Por escritura Nº 415, otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 5 de noviembre del 2004, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Servicios Rocha S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma únicamente para Álvaro Rojas Chavarría, con capital social de diez mil colones. Guácimo de Limón.—Lic. Olger Vargas Campos, Notario.—1 vez.—Nº 36907.—(41644).

 

En mi notaría, mediante escritura otorgada a las 17:48 horas del 11 de mayo de 2005, se constituyó la sociedad mercantil denominada Grúas Poderosas de Guanacaste Rodríguez y Matamoros Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: el comercio, la consultoría en informática, el turismo, la agricultura, la ganadería, la exportación e importación, los servicios y la industria. Presidenta: Luzmilda Matamoros Castro.—San Ramón de Alajuela, 11 de mayo de 2005.—Lic. Gustavo Arturo Arroyo Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 36910.—(41645).

 

En mi notaría, mediante escritura otorgada a las 11:00 horas del 17 de mayo de 2005, se constituyó la sociedad mercantil denominada Consorcio A. W. Guevara Vindas y Adjuntos Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: el comercio, la consultoría en informática, el turismo, la agricultura, la ganadería, la exportación e importación, los servicios y la industria. Presidente: Alexánder Guevara González.—San Ramón de Alajuela, 17 de mayo del 2005.—Lic. Gustavo Arturo Arroyo Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 36911.—(41646).

 

Se hace saber que por escritura número diecinueve visible al folio ocho frente, del protocolo tomo número dos, se protocolizó el acta número cinco de asamblea general extraordinaria, de la sociedad Inversiones Rojo Sahara S. A., donde se modificó todos los nombramientos de la junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, a las dieciocho horas del veintiséis de mayo del dos mil cinco.—Lic. Juan Carlos Araya Masís, Notario.—1 vez.—Nº 36912.—(41647).

 

Camilo Rodríguez Chaverri y Sara Chaverri Ramírez, constituyen sociedad anónima denominada Servicios Periodísticos del Atlántico Sociedad Anónima. Notarios: Fulvia Sánchez Ballestero y Jorge Méndez Zamora, otorgada en Guápiles, a las 12:00 horas del 25 de mayo del 2005, visible en la escritura uno, folio uno frente, tomo segundo de la Notaria Fulvia Sánchez Ballestero.—Lic. Fulvia Sánchez Ballestero, Notaria.—1 vez.—Nº 36913.—(41648).

 

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría a las 8:00 horas, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Norwood Overseas Trading Sociedad Anónima, en la que se reforman estatutos y se nombra nuevo presidente y secretario en la junta directiva.—San José, 27 de mayo del 2005.—Lic. Ingrid Reischfleger Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 36914.—(41649).

 

En esta notaría a las dieciséis horas del veintiséis de mayo del dos mil cinco, mediante la escritura número sesenta y nueve, visible al folio ochenta y ocho frente y vuelto y ochenta y nueve frente del tomo treinta y seis, se constituyó Black Perl Norris Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado. Presidente y tesorero apoderados generalísimos.—Parrita, veintiséis de mayo del dos mil cinco.—Lic. Esther Valverde Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 36916.—(41650).

 

Mediante escritura otorgada ante esta misma notaria a las 16:00 horas del día 26 de mayo del 2005, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad La Cocina de Terra Nostra Sociedad Anónima, por medio de la cual se reforman las cláusulas segunda, quinta, sexta y se nombra secretario, fiscal y agente residente.—San José, 26 de mayo del 2005.—Lic. Kattya Marcela Mejías Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 36919.—(41651).

 

Se constituye Special Forces Security SFS Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital Social: diez mil colones, representado por cien acciones comunes y nominativas de cien colones cada una.—San José, a las dieciocho horas del veintitrés de mayo del dos mil cinco.—Leonardo Crespo Valerio, Notario.—1 vez.—Nº 36920.—(41652).

 

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del día 24 de mayo del 2005, se modificó la cláusula quinta del capital social, de la sociedad Star International Ltda.—San José, martes veinticuatro de mayo del dos mil cinco.—Lic. Kattia Vargas Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 36921.—(41653).

 

Por escritura número setenta y nueve-uno, otorgada en mí notaría, a las ocho horas del veintiséis de mayo del dos mil cinco, se constituye Corporación Total Security Sociedad Anónima, nombre de fantasía, que traducida al español significa: Corporación Seguridad Total. Capital social diez mil colones. Presidente: Alexánder Sánchez Porras, con facultades independientes de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio social: San José, Escazú, de la Hulera Costarricense, doscientos metros al sur y veinticinco metros al oeste.—San José, ocho horas del veintiséis de mayo de dos mil cinco.—Lic. Giovanni José Jiménez Montero, Notario.—1 vez.—Nº 36922.—(41654).

 

Por escritura número ochenta-uno, otorgada en mi notaría, a las diez horas del veintiséis de mayo del dos mil cinco, se constituye Five Stars Solutions S. A., nombre de fantasía, que traducido al español significa: Soluciones Cinco Estrellas. Capital social: diez mil colones. Presidente: Alexander Sánchez Porras, con facultades independientes de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio social: San José, Pavas, doscientos metros oeste de las oficinas centrales de Pizza Hut.—San José, diez horas del veintiséis de mayo del dos mil cinco.—Lic. Giovanni José Jiménez Montero, Notario.—1 vez.—Nº 36923.—(41655).

 

Por escritura número ochenta y ocho de las catorce horas del día cinco de abril del dos mil cinco, Rodrigo Piedra Mora, María de los Ángeles Barrera Benedith, Rodrigo, Juan Manuel, Jorge, Anabelle y Melania todos de apellidos Piedra Barrera, constituyen la sociedad anónima Corporación Cornizuelo Sociedad Anónima. Presidente: Rodrigo Piedra Mora.—Misma fecha.—Lic. Sergio Centeno Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 36924.—(41656).

 

Ante la suscrita notaria se constituyó la sociedad denominada Argo Sebaloren Sociedad Anónima, a las diez horas del veintiocho de junio del año dos mil cuatro. Presidente: Alexis Rolando Araya Valverde. Capital social: diez mil colones. Domiciliada en Paso Ancho, Urbanización Monte Azul, frente al plantel del ICE casa ocho-L. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Yensi Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 36925.—(41657).

 

Por escritura número 017-42 del tomo 42 de mi protocolo, otorgada en esta ciudad a las 10:00 horas de hoy, se constituye la sociedad costarricense denominada A Wonder in the Sky S. A.—San Isidro de El General, 23 de mayo del 2005.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 36926.—(41658).

 

Por escritura número 018-42 del tomo 42 de mi protocolo, otorgada en esta ciudad a las 10:30 horas de hoy, se constituye la sociedad costarricense denominada An Original al Painter S. A.—San Isidro de El General, 23 de mayo del 2005.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 36927.—(41659).

 

Por escritura número CVM42-013 del tomo 42 de mi protocolo, otorgada en esta ciudad a las 14:00 horas de hoy, se constituye la sociedad costarricense denominada Nuu Chii S. A.—San Isidro de El General, 20 de mayo del 2005.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 36928.—(41660).

 

Por escritura número 020-42 del tomo 42 de mi protocolo, otorgada en esta ciudad a las 11:30 horas de hoy, se constituye la sociedad costarricense denominada The Mystical Jewel S. A.—San Isidro de El General, 23 de mayo del 2005.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 36929.—(41661).

 

En la notaría de Rosamira Cordero Méndez, se constituyó la sociedad Roca de la Paz S. A. Capital: veinte mil colones, domicilio: Grecia, Alajuela, Rincón de Arias, veinticinco metros al este del tanque de agua municipal.—Lic. Rosamira Cordero Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 36930.—(41662).

 

En la notaría de Rosamira Cordero Méndez, se constituyó Alvaloza Daesan S. A. Capital: diez mil colones, domicilio: San Ramón, cincuenta metros al oeste de la Escuela Laboratorio.—Lic. Rosamira Cordero Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 36931.—(41663).

 

Por escritura otorgada ante mí a las 16:00 horas del 26 de mayo del 2005, se constituyó la sociedad Corporación Fotográfica H & H S. A., presidente: Henry Alberto Torres Jiménez.—Lic. Edwin Angulo Gatgens, Notario.—1 vez.—Nº 36932.—(41664).

 

Por escritura otorgada en San José a las doce horas del veinte de diciembre del dos mil cuatro, se constituyó la Sociedad de esta plaza denominada Piel de Otoño del Sur Costarricense S. A. Presidenta: Dora Cecilia Quirós Díaz, cédula seis-doscientos seis ochocientos quince. Duración: noventa y nueve años. Domicilio: La Palma, Parrita, Puntarenas. Capital: diez mil colones. Acciones: comunes y nominativas.—Lic. Benjamín Jiménez Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 36933.—(41665).

 

Mediante escritura número noventa, visible del folio setenta y tres frente al folio setenta y cuatro vuelto del notario que se indicará, Mauricio Camacho Pérez y Ana María Camacho Pérez, constituyen Mau - Motors Sociedad Anónima. Domicilio social será en San José, entre calles veintisiete y veintinueve, avenida central, casa número doscientos siete. Plazo social: noventa y nueve años. El objeto de la sociedad será el comercio en general. Capital social: mil colones. Administración: junta directiva con tres miembros, conformada por el presidente, secretario y tesorero. El presidente es apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente: Mauricio Camacho Pérez.—San José, a las diecisiete horas del dieciséis de mayo del año dos mil cinco.—Lic. Rolando Castro Córdoba, Notario.—1 vez.—Nº 36934.—(41666).

 

El suscrito notario público, hago constar que por escritura de las 9:00 horas del 17 de marzo del año 2005, se constituyó la empresa Total Our Soursing S. A., sociedad anónima. Presidente Aarón Hernández Cervantes.—San José, 7 de abril del 2005.—Lic. Juan Antonio Madriz Arce, Notario.—1 vez.—Nº 36935.—(41667).

 

En esta notaría mediante escritura número cuarenta de las quince horas del veintitrés de mayo del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Ahora Express Sociedad Anónima. Capital social debidamente suscrito y pagado.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil cinco.—Lic. Lourdes Rojas Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 36936.—(41668).

 

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 24 de mayo del 2005, se constituye la sociedad Hovi C. Y. S. A. Domicilio: San José, Barrio La Cruz, 205 metros al suroeste de la plaza González Víquez, contiguo al bar Siete. Objeto: el comercio, la industria, la ganadería, la agricultura, y la prestación de todo tipo de servicios lícitos en general. Plazo: 100 años. Capital: ¢10.000,00 representado por 10 acciones comunes y nominativas de ¢1.000,00 cada una. Presidenta: Viviana Quesada Yanicelli.—San José, 24 de mayo del 2005.—Lic. Carlos Alberto Sánchez Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 36938.—(41669).

 

Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del veinticinco de mayo del dos mil cinco, se protocoliza acta número ocho de Café Familia Vargas Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno- doscientos cuarenta y siete mil doscientos setenta y ocho, mediante la cual se nombra presidente y secretario.—San Marcos de Tarrazú, 25 de mayo del 2005.—Lic. Marco Antonio Vargas V., Notario.—1 vez.—Nº 36940.—(41670).

 

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas, treinta minutos del veintitrés de mayo del dos mil cinco, se constituye la sociedad Transportes Transvarza A y M Sociedad Anónima. Presidente: Mario Adolfo Vargas Valverde. Secretaria: Ana Victoria Ovares Sáenz.—San Marcos de Tarrazú, 25 de mayo del 2005.—Lic. Heilyn Valverde Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 36941.—(41671).

 

Mediante escritura ante mí otorgada, en San José a las ocho horas del veintiséis de mayo del dos mil cinco, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Transportes Grupo Seis S. A. Se modificó la cláusula de la representación y se cambiaron los miembros de la junta directiva.—Lic. Eduardo García Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 36942.—(41672).

 

Ante esta notaría de la escritura de las ocho horas del veintitrés de mayo del dos mil cinco, se modifican las cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo la sociedad Suplidora del Sol Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2005.—Lic. José Carlos Barquero Arce, Notario.—1 vez.—Nº 36943.—(41673).

 

Ante esta notaría de la escritura número ciento veintinueve de las ocho horas del veintisiete de abril del dos mil cinco, se modifican las cláusulas segunda y cuarta de la sociedad Componentes Hidráulicos y de Servicios Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos veintitrés mil setecientos sesenta.—San José, 27 de abril del 2005.—Lic. Miguel Ángel Sáenz Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 36944.—(41674).

 

Por escritura número cuarenta y seis de las nueve horas del veinticinco de mayo del dos mil cinco, otorgada ante la notaria María José Chaves Cavallini, se constituyó la sociedad C.A. Wisdom Oceans S. A., con un capital social de mil colones dividido en mil acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.—Lic. María José Chaves Cavallini, Notaria.—1 vez.—Nº 36945.—(41675).

 

En esta notaría comparecieron José Alonso Vargas Herrera y Sindy Céspedes Chaves, para constituir Fulhe del Este Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Objeto: comercio, industria, etc. Domicilio: Montes de Oca. Plazo: 100 años. Presidente: José Alonso Vargas Herrera. Secretaria: Sindy Céspedes Chaves. Ambos con 1253 Código Civil. Escritura otorgada en San José, a las 8:00 horas del 20 de mayo del 2005.—Lic. Claudio Antonio Hernández Guerrero, Notario.—1 vez.—Nº 36949.—(41676).

 

Por escritura número ciento doce-tres del 25 de mayo del 2005, se constituyó en esta notaría la sociedad de esta plaza Asesorías Financiero Administrativas Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2005.—Lic. Nicole Preinfalk Lavagni, Notario.—1 vez.—Nº 36950.—(41677).

 

Por escritura número doscientos ochenta y siete, otorgada ante mi notaría a las 16:00 horas del 26 de mayo del 2005, se modificaron las cláusulas primera, segunda, tercera y sexta, del pacto constitutivo de la entidad Johel Alfaro e Hijos Limitada, en cuanto al nombre, que en adelante será William Alfaro e Hijos Limitada, en cuanto al domicilio, el plazo social y la representación.—Lic. Maynor Barrantes Castro, Notario.—1 vez.—Nº 36951.—(41678).

 

Por escritura otorgada a las ocho horas hoy, protocolicé acuerdos de asambleas generales extraordinarias de accionistas de Sun Ferns S. A. y de Hersal Trust S. A., fusionándose ambas por absorción, prevaleciendo la primera. Se reforma la cláusula quinta de la sociedad prevaleciente, acumulándose el capital social de ambas compañías. En lo demás, los estatutos, nombramientos de directores y fiscal de la sociedad prevaleciente, se mantienen en plena vigencia.—San José, 27 de mayo del 2005.—Lic. Ricardo Ugarte Mora, Notario.—1 vez.—Nº 36953.—(41679).

 

Por escritura número doscientos cuarenta y tres de las dieciséis horas del día diecinueve de mayo del año dos mil cinco, los señores Juan Mauricio Barboza Padilla, Cornelio Barboza Padilla y Gabriel Barboza Padilla, constituyen la sociedad Cabarbo MBP Sociedad Anónima. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, 16:30 horas del 19 de mayo del 2005.—Lic. Magda González Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 36957.—(41680).

 

En esta notaría ante escritura número treinta y uno del 24 de mayo del 2005, al ser las 10:00 horas se procedió a constituir la sociedad denominada Pistachios con Sabor Sociedad Anónima, representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, al presidente y al secretario, los cuales podrán actuar conjunta o separadamente.—Lic. Carina Mattera Soto, Notaria.—1 vez.—Nº 36959.—(41681).

 

En esta notaría ante escritura número veintiocho del 16 de mayo del 2005, al ser las 19:00 horas se procedió a constituir la sociedad denominada Poroto Rojo Dos Mil Sociedad Anónima, representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, al presidente y al secretario, los cuales podrán actuar conjunta o separadamente.—Lic. Carina Mattera Soto, Notaria.—1 vez.—Nº 36960.—(41682).

 

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad anónima denominada Luz Jurídica Sociedad Anónima, por un plazo social de noventa y nueve años; con domicilio social en Cartago, contiguo a la esquina suroeste de los Tribunales de Cartago. El presidente de la sociedad lo es el señor Gerardo Machado Ramírez con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Expido en Cartago a las dieciocho horas del 13 de mayo del 2005.—Lic. Winner Obando Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 36961.—(41683).

 

A las ocho horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad El Alamo de Centroamérica S. A. en la que se reforman las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo.—San José, 28 de abril del 2005.—Lic. Carmen Estrada Feoli, Notaria.—1 vez.—Nº 36962.—(41684).

 

Mediante escritura 144, visible al folio 62, frente, hasta folio 63, frente, y número 180, visible al folio 73, vuelto, hasta folio 74, frente, del tomo 2 del protocolo del notario público Carlos Arturo Paniagua Gómez, otorgadas en Grecia a las 19:00 horas del 4 de abril del año 2005 y a las 15:00 horas del 12 de mayo del año 2005, se constituyó: Grupo CARIBEAN Sociedad Anónima. Objeto: compra y venta de bienes raíces y comercio en general. Capital social: 10 mil colones. Presidente y tesorero: apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Carlos Arturo Paniagua Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 36963.—(41685).

 

Mediante escritura Nº 143, visible al folio Nº 60, vuelto, hasta folio Nº 61, vuelto y Nº 173, visible al folio Nº 71, vuelto, del tomo Nº 2 del protocolo del notario público Carlos Arturo Paniagua Gómez, otorgadas en Grecia a las 18:00 horas del 4 de abril del 2005 y a las 12:00 horas 30 minutos del 4 de mayo del 2005, se constituyó Grupo Asekan Sociedad Anónima, Objeto: compra y venta de bienes raíces y comercio en general. Capital social: 10 mil colones. Presidente y tesorero apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Carlos Arturo Paniagua Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 36964.—(41686).

 

Por medio de escritura número 1-192 otorgada a las 14:00 horas del día 26 de mayo del 2005, se protocolizó acta de la sociedad Consultoría Rala de San José S. A., por medio de la cual se otorgó poder generalísimo al señor Carlos Fischel Mora.—Lic. Roberto Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 36968.—(41687).

 

Por medio de escritura número 1-191 otorgada, a las 13:00 horas del 26 de mayo del dos mil cinco, se protocolizó acta de la sociedad Consultoría Rala de San José S. A., por medio de la cual se otorgó poder generalísimo al señor Huber Garnier Oreamuno.—Lic. Roberto Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 36969.—(41688).

 

Por medio de escritura número 1-190 otorgada, a las 11:00 horas del 26 de mayo del 2005, se protocolizó acta de la sociedad GB&K Desarrollos Inmobiliarios S. A., por medio de la cual se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo.—Lic. Roberto Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 36970.—(41689).

 

Por escritura otorgada ante el notario Luis Fernando Castro Gómez, a las once horas cuarenta minutos del 24 de mayo del 2005, Albamo Sociedad Anónima., modificó la cláusula quinta.—San José, 24 de mayo del 2005.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 36972.—(41690).

 

Por escritura número doscientos diez otorgada en esta notaría, a las doce horas y veintisiete minutos del quince de abril del dos mil cinco, las señoras Laura Anita Natalina Frittoli mayor, soltera, portadora de la cédula de residencia de Costa Rica número siete cinco ocho-cero uno nueve uno cinco tres seis-cero cero cero dos tres nueve dos, y Anna María Cesura In Frittoli, mayor, casada, ama de casa, portadora de la cédula de residencia de Costa Rica siete cinco ocho-uno siete cuatro cinco nueve seis-cero cero dos uno dos cuatro, constituyeron Zeugma Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, con domicilio en San José. El capital social es de diez mil colones representado en diez acciones nominativas de mil colones cada una. Cuyo presidente, secretario son el segundo y primer compareciente.—San José, 26 de mayo del dos mil cinco.—Lic. Adriana Quirós Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 36973.—(41691).

 

Mediante escritura autorizada por mí, a las trece horas del veinticinco de mayo del dos mil cinco, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria celebrada, a las diez horas del veinte de mayo del dos mil cinco, por los accionistas de Inversiones Belaqui Oeste Sociedad Anónima (la compañía), cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y tres mil setecientos cuarenta y ocho, mediante la cual se modificó la totalidad de su pacto constitutivo.—San José, veintiséis de mayo del dos mil cinco.—Lic. Raymundo José Macís Delgado, Notario.—1 vez.—Nº 36974.—(41692).

 

Mediante escritura autorizada por mí, a las catorce horas del veinticinco de mayo del dos mil cinco, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria celebrada, a las nueve horas del veinte de mayo del dos mil cinco, por los accionistas de Comercializadora Ugalmont Sociedad Anónima (la Compañía), cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y cinco mil doscientos cuarenta y nueve, mediante la cual se modificó la totalidad de su pacto constitutivo.—San José, veintiséis de mayo del dos mil cinco.—Lic. Raymundo José Macís Delgado, Notario.—1 vez.—Nº 36975.—(41693).

 

Por escritura otorgada ante esta notaría, en la ciudad de San José, a las nueve horas del veintiséis de mayo del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Leadership Technologies de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo social: 100 años.—San José, 26 de mayo del 2005.—Lic. Karla Quevedo Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 36976.—(41694).

 

Por escritura número ciento veintisiete-dos, otorgada ante esta notaría, a las veinte horas del veintitrés de mayo del dos mil cinco, se constituyó la sociedad anónima denominada Condominios El Rayo Sociedad Anónima, con un capital social: un millón doscientos mil colones, plazo social: noventa y nueve años, Domicilio de la sociedad: Nicoya, Guanacaste, cincuenta metros sur de las oficinas del Instituto Costarricense de Electricidad.—Nicoya, 25 de mayo del 2005.—Lic. Jesús Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 36977.—(41695).

 

Por escritura número ciento ochenta y siete-trece, otorgada ante ésta notaría a las nueve horas del veinticinco de mayo del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad anónima denominada Puerto Jardín Sociedad Anónima, con un capital social: cuatro millones de colones, plazo social: noventa y nueve años, domicilio de la sociedad: será Limonal de San Juanillo, Santa Cruz, Guanacaste, finca Pachamama.—Nicoya, 26 de mayo del 2005.—Lic. Eusebio Agüero Araya, Notario.—1 vez.—Nº 36978.—(41696).

 

Por escritura otorgada a las doce horas del día de hoy, en esta notaría, se reformó la cláusula primera de la sociedad domiciliada en San José, Expresso y Capucchino S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta y cuatro mil ciento siete.—Escazú, veinte de mayo de dos mil cinco.—Lic. Percy Chamberlain Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 36980.—(41697).

 

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las a 9:00 horas del día 9 de mayo del año 2005, se constituyó Repuestos y Distribuciones Alga Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando individualmente. Plazo social: noventa y nueve años a partir del día de constitución. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, 26 de mayo del año dos mil cinco.—Lic. José Manuel Ortiz Durman, Notario.—1 vez.—Nº 36981.—(41698).

 

Por escritura número ciento ochenta otorgada ante esta notaría, a las trece horas del doce de mayo del dos mil cinco, se modificó el pacto social y se cambió junta directiva de la sociedad denominada Corporación Médica Soar de Costa Rica Sociedad Anónima.—Lic. Lidiette Jiménez Arias, Notaria.—1 vez.—Nº 36982.—(41699).

 

Ante esta notaría, a las catorce horas del veintisiete de mayo del dos mil cinco, se cambia la denominación de la sociedad Marimar LTDA a Casa Mari Mar Segseg LTDA. Domicilio: Su domicilio social será Heredia de la estación de Bomberos, cuatrocientos metros al oeste y veinticinco metros al norte. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Heredia, veintisiete de mayo del dos mil cinco.—Lic. Ana Daisy Morales Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 36984.—(41700).

 

Por escritura otorgada ante esta notaría el día quince de febrero del año en curso, se reformó la cláusula octava de Corporación Oasis Sociedad Anónima, asimismo se revocan nombramiento de tesorero y se hace nuevo nombramiento.—San José, veintiséis de mayo del año dos mil cinco.—Lic. Alonso Arley Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 36985.—(41701).

 

Por escritura otorgada, a las 15:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea de accionistas de Los Olmos S. A., donde se reforman cláusulas segunda, quinta, décima de los estatutos.—San José, veintiséis de mayo del dos mil cinco.—Lic. Edgar Díaz Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 36986.—(41702).

 

Por escritura otorgada hoy ante mí, número ciento veintiséis, se protocolizó acta de asamblea de socios de la empresa White Woods Sociedad Anónima por la cual se modifican los estatutos sociales en cuanto al nombre para denominarse Gto de Costa Rica Sociedad Anónima. Se modifica el domicilio social y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, veintiséis de mayo del dos mil cinco.—Lic. María Vanessa Wells Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 36989.—(41703).

 

Por escritura, otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 20 de enero del 2005, se constituyó la sociedad Inversiones Pato Tuack Tuack S. A. Plazo 99 años. Domicilio: Liberia, barrio Moracia frente a cantina el Malinche. Objeto: el ejercicio del comercio en general, capital social diez mil colones suscritos y pagados. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Liberia, 20 de mayo del 2005.—Lic. Ana Gabriela Acevedo Rivera, Notaria.—1 vez.—Nº 36991.—(41704).

 

Por escritura otorgada, a las 11:00 horas del 26 de mayo del dos mil cinco, se protocoliza acta de socios de Trsterenomi Limitada, se nombran gerentes. Es todo.—Veintisiete de mayo del dos mil cinco.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 36992.—(41705).

 

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las dieciséis horas del veintiséis de mayo del año dos mil cinco, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de Berdof Sociedad Anónima, en que se modifica la cláusula sétima de los estatutos.—San José, 27 de mayo del 2005.—Lic. Marco A. Jiménez Carmiol, Notario.—1 vez.—Nº 36995.—(41706).

 

Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Colibrí Shopping Network Sociedad Anónima, con un capital social de doce mil colones y un plazo de noventa y nueve años. Escritura otorgada a las diecinueve horas del veintiséis de mayo de dos mil cinco, ante el notario Arcelio Alberto Hernández Mussio.—San José, 27 de mayo del 2005.—Lic. Arcelio Hernández Mussio, Notario.—1 vez.—Nº 36996.—(41707).

 

Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Air Mail CR Sociedad Anónima, con un capital social de doce mil colones y un plazo de noventa y nueve años. Escritura otorgada a las catorce horas del veintiséis de mayo del dos mil cinco ante el notario Arcelio Alberto Hernández Mussio.—San José, 27 de mayo del 2005.—Lic. Arcelio Alberto Hernández Mussio, Notario.—1 vez.—Nº 36997.—(41708).

 

Por escritura otorgada ante mí, hoy se constituyó Deportes Internacionales Cristóbal S. A., domiciliada en Bello Horizonte de Escazú. Objeto: los eventos deportivos, el comercio y la industria en general, capital social cien mil colones, plazo social 99 años a partir de hoy, presidenta: Gina Ching Morera.—San José, 27 de mayo del 2005.—Lic. Mario Gonzalo Soto Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 36998.—(41709).

 

Por escritura número 81, de las 11:30 horas del día 23 de noviembre del año 2004, otorgada en esta notaría, los señores Ariel José Morales Morice y Francisco Ernesto Morice Zamora, constituyeron Mori Dreamer A. M. Sociedad Anónima. Capital social: ¢100.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 37002.—(41710).

 

Por escritura número 24, de las 17:00 horas del día 25 de mayo del año 2005, otorgada en esta notaría, los señores Gunter Winter, Orlando Arce Mayorga, Udo Schwarz, y Juan Carlos Delgado Paniagua, constituyeron Sodas Unidas de Playas del Coco Sociedad Anónima. Capital social: ¢100.000,00.—Lic. Fernando Abarca Pizarro y Lic. Soledad Salas Morales, Notarios.—1 vez.—Nº 37003.—(41711).

 

Por escritura número 23, de las 15:00 horas del día 23 de mayo del año 2005, otorgada en esta notaría, los señores Michele Nodari y María de los Ángeles Caravaca Pizarro, constituyeron Normic Centroamericana Sociedad Anónima. Capital social: ¢120.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca y Lic. Soledad Salas Morales, Notarios.—1 vez.—Nº 37004.—(41712).

 

Por escritura pública otorgada ante mí, a las trece horas del trece de mayo del dos mil cinco, la sociedad denominada Bufete Herrera Ortiz Limitada, reforma las cláusulas segunda, tercera y quinta de sus estatutos sociales.—San José, trece de mayo del dos mil cinco.—Lic. Hellen Mireya Castillo Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 37005.—(41713).

 

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Taximetron Sociedad Anónima, presidente con facultades de apoderado generalísimo.—San José, veinticinco de mayo del dos mil cinco.—Lic. Óscar Picado Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 37007.—(41714).

 

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Superfrío Sociedad Anónima, presidente con facultades de apoderado generalísimo.—San José, veinticinco de mayo del dos mil cinco.—Lic. Óscar Picado Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 37008.—(41715).

 

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Grúas Alfaro G Sociedad Anónima, plazo social de noventa y nueve años, capital social de dieciséis mil colones totalmente suscrito y pagado. Representada por su presidente Óscar Vinicio Alfaro Moya.—Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, 19 de mayo del 2005.—Lic. Greivin Jiménez Méndez, Notario.—1 vez.—Nº 37009.—(41716).

 

A las diez horas del veinticuatro de mayo del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Seguridad Omega S & M Sociedad Anónima, capital íntegramente suscrito y pagado, representada por su presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos.—Ciudad Quesada, 24 de mayo del 2005.—Lic. Jorge Arturo Hidalgo Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 37010.—(41717).

 

Por escritura pública adicional Nº 54, otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 24 de mayo del 2005, se agrega la información, la compañía se dominará Kiev-Ukrania Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Kiev-Ukrania S. A. El domicilio social será: Turrialba centro, contiguo a la Mucap. El objeto de la compañía será todo el ejercicio de comercio y bienes raíces, en sus diferentes ramas y modalidades, así como la agricultura y la industria. La compañía durará noventa y nueve años, contados a partir del día de hoy. El capital social de la compañía es la suma de diez mil colones sin céntimos, representando por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, debidamente suscritas y pagadas.—Turrialba, 24 de mayo del 2005.—Lic. Luis Carlos Montoya Piedra, Notario.—1 vez.—Nº 37011.—(41718).

 

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del veinticinco de mayo del año dos mil cinco, Adrián Ceciliano Altamirano y Eliécer Quirós Vargas constituyen Cascadas Farallas Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Cascadas Farallas S. A., el cual es un nombre de fantasía. Su domicilio estará en Platanillo de Pérez Zeledón, doscientos metros noroeste de la entrada del Líbano, provincia de San José, pudiendo establecer agencias o sucursales en otro u otros lugares del país o fuera de él. Presidente: el señor Caroline Baser. Capital social: diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, íntegramente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años.—San Isidro de Pérez Zeledón, veinticinco de mayo del dos mil cinco.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—Nº 37012.—(41719).

 

Luca Tartaglione cédula de residencia siete cédula de residencia cinco ocho-uno seis nueve ocho dos cinco-cero cero dos cero cinco seis y Natalia López Benavides cédula de identidad número uno-uno cero tres cinco-cero ocho ocho cinco, constituyen la sociedad denominada Inversiones Lunata & MS S. A., que es nombre de fantasía, domiciliado en Liberia, Guanacaste, ante la notaria pública Lucía Viales Sotela.—Lic. Lucía Viales Sotela, Notaria.—1 vez.—Nº 37013.—(41720).

 

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del dieciocho de mayo del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Rojas Ruiz Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pagado, presidente y secretaria con la representación social.—San José, 18 de mayo del 2005.—Lic. Esther Touma Ulloa, Notaria.—1 vez.—Nº 37015.—(41721).

 

El suscrito notario, Arturo Montero Flores, notario público con oficina en Curridabat, costado sur de la iglesia católica, hace saber a quien interese para los fines que correspondan que a esta notaría se ha presentado el señor Víctor H. Méndez Salas y la señora Katia Gólcher Barguil, presidente y secretaria respectivamente para constituir la sociedad K-Vial División Metropolitana S. A.—Curridabat, San José, a los veintisiete días de mayo del año dos mil cinco.—Lic. Arturo Montero Flores, Notario.—1 vez.—Nº 37023.—(41722).

 

Ante mí, Anabelle Mora Rivera, notaria pública con oficina en la capital, compareció el señor Édgar Quirós González, mayor, casado tres veces, ingeniero agrónomo, portador de la cédula de identidad número uno-doscientos cuarenta y uno-seiscientos noventa y cuatro, en su calidad de apoderado generalísimo, se constituye en mi oficina a las diez horas del veinte de mayo del dos mil cinco, un aumento de capital social por la suma de seis millones de colones de la sociedad Distribuidora de Bicicletas DISDEBI S. A., inscrita en el Registro Público sección mercantil al tomo quinientos treinta y uno, asiento diecisiete mil quinientos ochenta y nueve, secuencia uno, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y cinco mil trescientos setenta y cinco.—San José, 26 de mayo del 2005.—Lic. Anabelle Mora Rivera, Notaria.—1 vez.—Nº 37024.—(41723).

 

Servicios Agrocomerciales Castro y Barrantes S.R.L., comunica que mediante asamblea general extraordinaria celebrada al ser las 17:00 horas del 28 de marzo del 2005, se aumentó el capital social a la suma de treinta millones de colones; y mediante asamblea general extraordinaria celebrada, a las 17:00 horas del 28 de abril del 2005, se acordó modificar su domicilio social.—Barva, 27 de mayo del 2005.—Lic. Otto Giovanni Ceciliano Mora, Notario.—1 vez.—Nº 37025.—(41724).

 

Ante esta notaría se constituyó el día veintinueve de julio del dos mil cuatro, la sociedad anónima denominada Cafetalera La Flor del Roble de Coto Brus S. A., capital social suscrito y pagado.—San Vito, a las nueve horas del día veintiséis de mayo del dos mil cinco.—Lic. Ana Rocío Castro Sequeira, Notaria.—1 vez.—Nº 37027.—(41725).

 

Por escritura otorgada ante esta notaría, el diecisiete de mayo del dos mil cinco, se constituye la sociedad Propiedades Corporativas Kgbmar S. A.—San José, veintisiete de mayo del dos mil cinco.—Lic. Leyla Rita Calderón Campos, Notaria.—1 vez.—Nº 37028.—(41726).

 

Por escritura otorgada ante este notario, a las 12:00 horas del 13 de mayo del 2005, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad Autotransportes Los Corales S. A., en la que se reforma el pacto social.—San José, 26 de mayo del 2005.—Lic. Luis Femando León Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 37029.—(41727).

 

Modificación de la cláusula primera y cláusula sétima del acta constitutiva de la sociedad denominada Comtempo Boutique Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-tres dos ocho siete cero cero. Lo anterior mediante escritura número doscientos siete, del tomo noveno de la suscrita notaria.—Heredia, 27 de mayo del 2005.—Lic. Tatiana Camacho Acosta, Notaria.—1 vez.—Nº 37031.—(41728).

 

Por escritura otorgada a las 17:30 horas de hoy, ante mí, se constituyó Farina Basich Sociedad Anónima, con domicilio en Escazú. Capital íntegramente suscrito y pagado, junta directiva: presidente con facultades individuales de apoderado generalísimo, sin limitación de suma.—San José, diez de mayo del dos mil cinco.—Lic. Edgar Díaz Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 37032.—(41729).

 

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veintisiete de mayo del dos mil cinco, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Corporación Travis Sociedad Anónima, donde se procedió a modificar la cláusula relativa al plazo social. Es todo.—San José, veintisiete de mayo del dos mil cinco.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—Nº 37033.—(41730).

 

Los señores Reyner Alexis López Montero y María Margarita Montero Castro constituyen la sociedad denominada Rayman Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Guápiles de Pococí, Limón, al ser las dieciséis horas del dieciocho de mayo del dos mil cinco.—Lic. Geiner Solano Dormond, Notario.—1 vez.—Nº 37034.—(41731).

 

Los señores Donald Eduardo Chinchilla Olivares y Digna María Olivares Zúñiga constituyen la sociedad denominada Dochioli Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Guápiles de Pococí, Limón, al ser las diecisiete horas del veintiséis de mayo del dos mil cinco.—Lic. Geiner Solano Dormond, Notario.—1 vez.—Nº 37035.—(41732).

 

En mi notaría por escritura número ciento dos, otorgada en San José, a las dieciséis horas del veintiséis de mayo del dos mil cinco, del tomo primero, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Ariguanabo Sociedad Anónima, donde se modifica la junta directiva, San José, a las diecisiete horas del veintiséis de mayo del dos mil cinco.—Lic. Luis Alejandro Vargas Carazo, Notario.—1 vez.—Nº 37036.—(41733).

 

Yo, Isaac Montero Solera, notario público con oficina abierta en Barva, hago constar que mediante escritura número ciento ochenta y ocho, otorgada ante esta notaría, el diecinueve de mayo de dos mil cinco, se constituyó la sociedad Transmilenium Sociedad Anónima, cuyo presidente lo es Róger Bonilla Rojas, cédula número uno-setecientos ochenta y dos-ciento dieciocho.—Barva, veintiséis de mayo de dos mil cinco.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—Nº 37038.—(41734).

 

El suscrito Amado Alejandro Sánchez Harding, notario público con oficina abierta en San José, hace constar que mediante la escritura número veinticuatro del tomo primero de su protocolo, la señora Marta Eugenia Badilla Chamberlain y el señor Joao Manuel Baptista Da Palma constituyeron la sociedad Cachopo Sociedad Anónima.—San José, veintiséis de mayo de dos mil cinco.—Lic. Amado Alegandro Sánchez Harding, Notario.—1 vez.—Nº 37040.—(41735).

 

En esta notaría se realizó la protocolización de acta de la sociedad denominada Cueros San Antonio Sociedad Anónima, reformándose la cláusula sétima del pacto constitutivo.—San José, veintisiete de mayo del dos mil cinco.—Lic. Jorge Andrés García Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 37041.—(41736).

 

Por asamblea general de las doce horas del once de mayo del año dos mil cinco, se constituyó la compañía Consultoría Arqpix y Asociados Sociedad Anónima, socios: Gustavo Adolfo Hernández Raventos y Guillermo Hernández Robert. Capital suscrito y pagado. Domicilio social en la provincia de San José, Moravia, trescientos norte y setenta y cinco oeste de Perimercados, notario: Marco Acuña Esquivel. Así consta en escritura número ciento ochenta y siete, de las doce horas del once de mayo del año dos mil cinco.—San José, veintisiete de mayo del año dos mil cinco.—Lic. Marco Acuña Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 37047.—(41737).

 

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del dieciséis de marzo del dos mil cinco, se corrigió la denominación social de la sociedad Costarrican Coffee Products J.A.C. Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de abril del dos mil cinco.—Lic. Rolando Ángulo Gatgens, Notario.—1 vez.—Nº 37049.—(41738).

 

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día veintisiete de mayo del dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza Puntayacu Sociedad Anónima. Presidente: Jorge Velarde Silva. Capital social: suscrito y pagado.—San José, 27 de mayo del 2005.—Lic. Roberto Suñol Prego, Notario.—1 vez.—Nº 37050.—(41739).

 

En la notaría del Lic. Gilberth Quirós Castro, a las 8:30 horas del 28 de junio del 2004, se protocolizó acta de la empresa Asesores de Comercio S. A., en la que se nombró nueva junta directiva, se modificó el plazo social y se elimina la figura del agente residente.—San José, 25 de mayo del 2005.—Lic. Gilberth Quirós Castro, Notario.—1 vez.—Nº 37052.—(41740).

 

Ante este notario público, Bernardo Guzmán Núñez, se constituye escritura número doscientos sesenta y ocho, en donde se constituye Corporación Foboso Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse su aditamento final en S. A., inscrita en el tomo primero, folio ciento setenta y cinco vuelto, del protocolo del suscrito notario; cuyo capital social está representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.—Alajuela, 24 de mayo del dos mil cinco.—Lic. Bernardo Guzmán Núñez, Notario.—1 vez.—Nº 37054.—(41741).

 

Ante esta notaría, a las dieciséis horas veinte minutos del día veinticuatro de mayo del año dos mil cinco, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Rohan y Gandor Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula del domicilio social y la cláusula de la administración y la representación.—San José, 24 de mayo del 2005.—Lic. Sergio José Solano Montenegro, Notario.—1 vez.—Nº 37055.—(41742).

 

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 23 de mayo del 2005, se reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Desarrollo Inmobiliario Siete S Diss S. A.—San José, 27 de mayo del 2005.—Lic. Benjamín Gutiérrez Contreras, Notario.—1 vez.—Nº 37057.—(41743).

 

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:30 horas del 23 de mayo del 2005, se reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Vista Golf Siete S S. A.—San José, 27 de mayo del 2005.—Lic. Benjamín Gutiérrez Contreras, Notario.—1 vez.—Nº 37058.—(41744).

 

Por escritura otorgada, a las 15:00 horas del día de hoy, protocolicé modificación cláusulas II, V y VI de los estatutos de Pondo S. A.—San José, 19 de mayo del 2005.—Lic. José Antonio Gómez Cortés, Notario.—1 vez.—Nº 37059.—(41745).

 

Ante mi Ana Catalina Lizano Picado, abogada y notaria se aceptó la renuncia de la junta directiva, se nombra nueva junta directiva y se modifica la cláusula segunda y octava del pacto constitutivo de la sociedad denominada Security Specialists Company S-C-O Sociedad Anónima.—Desamparados, a las quince horas y treinta minutos del doce de abril de dos mil cinco.—Lic. Ana Catalina Lizano Picado, Notaria.—1 vez.—Nº 37063.—(41746).

 

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Ikon Obras Civiles Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pagado. Presidente: Vinicio Mora Sáenz.—Cartago, 1º de octubre del 2004.—Lic. Jorge Bonilla Peña, Notario.—1 vez.—Nº 37064.—(41747).

 

Carlos Eduardo Solano Serrano y Gloriana Gamboa Serrano constituyen Harmonía Integral, capital diez mil colones, plazo 99 años a partir de hoy. Objeto: masajes terapeutas, agroindustria y comercio en general. Escritura número 177.—Paraíso de Cartago, 19 de abril del 2005.—Lic. Ana Irene Granados Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 37067.—(41748).

 

Por escritura de las 10:00 horas del 20 de abril recién pasado, se constituyó ante mi notaría la sociedad denominada Mercedes Estrella del Sur Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, su apoderado generalísimo sin límite de suma lo es Marco Antonio Vega Guzmán.—San José, 24 de mayo del 2005.—Lic. Douglas Román Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 37068.—(41749).

 

En mi notaría, por escritura pública otorgada a las diez horas del diecinueve de mayo del año en curso, se constituyó la fundación denominada Fundación Faro de Luz para la Familia y la Juventud.—San José, 27 de mayo del 2005.—Lic. José Manuel Hidalgo Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 37069.—(41750).

 

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 27 de abril del 2005, se constituyó la sociedad denominada Agroinsumos del Trópico Sociedad Anónima.—Alajuela, 27 de abril del 2005.—Lic. Mónica Arroyo Herrera, Notaria.—1 vez.—Nº 37070.—(41751).

 

Por escritura otorgada ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima Constructora Slechta y Asociados Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado, plazo noventa y nueve años. El presidente es el apoderado generalísimo sin límite de suma de dicha sociedad.—San José, 22 de mayo del 2005.—Lic. Pablo Bogarín Bustamante, Notario.—1 vez.—Nº 37072.—(41752).

 

Ante el suscrito notario, se protocoliza el acta número cinco de asamblea general extraordinaria de socios de la entidad denominada Sociedad Anónima Rojo Acusa, en la cual se reforma y se nombra nueva junta directiva y se establece el domicilio social en Mata Redonda del cantón central de San José, en el barrio Rohrmoser Nunciatura 100 metros norte y 50 este de la embajada de España bajo la cláusula 2, así como se modifica la cláusula 11 eliminándose el cargo de vicepresidente, secretario pasando a ser únicamente el de secretario. Es todo.—San José, 25 de abril del 2005.—Lic. Daniel González Mora, Notario.—1 vez.—Nº 37065.—(41753).

 

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del día veintisiete de mayo del dos mil cinco, la sociedad de esta plaza Importaciones Comerciales Milu Sociedad Anónima, reforma cláusulas segunda y sexta de los estatutos, y nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 27 de mayo del 2005.—Lic. Roberto Suñol Prego, Notario.—1 vez.—Nº 37051.—(41754).

 

El suscrito Lic. Otto Giovanni Ceciliano Mora, hago constar que ante esta notaría, al ser las 9:00 horas del 18 de mayo del 2005, se constituyó Leones y Ríos Sociedad Anónima.—Lic. Otto Giovanni Ceciliano Mora, Notario.—1 vez.—Nº 37026.—(41755).

 

El suscrito notario público hace constar que protocolicé el acta número tres de asamblea general extraordinaria de accionistas de empresa de seguridad Nancite Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda (del domicilio) y sexta (de la administración), se otorga Poder General y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 20 de mayo del 2005.—Dr. Gonzalo Fajardo Salas, Notario.—1 vez.—(41825).

 

El suscrito notario público hace constar que protocolicé el acta número nueve de asamblea general extraordinaria de accionistas de Papagayo Servicios Generales PSG Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda (del domicilio) y sexta (de la administración), se otorga Poder General y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 20 de mayo del 2005.—Dr. Gonzalo Fajardo Salas, Notario.—1 vez.—(41826).

 

El suscrito notario público hace constar que protocolicé el acta número dos, de asamblea general extraordinaria de accionistas de Krempel Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda (del domicilio) y sétima (de la administración), se otorga poder general y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 20 de mayo del 2005.—Dr. Gonzalo Fajardo Salas, Notario.—1 vez.—(41827).

 

El suscrito notario público hace constar que protocolicé el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de Villanicolli Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda (del domicilio) y sétima (de la administración), se otorga Poder General y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 20 de mayo del 2005.—Dr. Gonzalo Fajardo Salas, Notario.—1 vez.—(41829).

 

El suscrito notario público hace constar que protocolicé el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de Vercelli Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda (del domicilio) y sétima (de la administración), se otorga Poder General y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 20 de mayo del 2005.—Dr. Gonzalo Fajardo Salas, Notario.—1 vez.—(41830).

 

El suscrito notario público hace constar que protocolicé el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de Picos de Europa Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda (del domicilio) y sétima (de la administración), se otorga Poder General y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 20 de mayo del 2005.—Dr. Gonzalo Fajardo Salas, Notario.—1 vez.—(41831).

 

El suscrito notario público hace constar que protocolicé el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de Pazo de Raxoi Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda (del domicilio) y sétima (de la administración), se otorga poder general y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 20 de mayo de 2005.—Dr. Gonzalo Fajardo Salas, Notario.—1 vez.—(41832).

 

El suscrito notario público hace constar que protocolicé el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de Olistano Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas primera (de la denominación social) segunda (del domicilio) y sétima (de la administración), se otorga poder general y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 20 de mayo de 2005.—Dr. Gonzalo Fajardo Salas, Notario.—1 vez.—(41833).

 

El suscrito notario público hace constar que protocolicé el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de Montartino Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda (del domicilio) y sétima (de la administración), se otorga poder general y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 20 de mayo de 2005.—Dr. Gonzalo Fajardo Salas, Notario.—1 vez.—(41834).

 

El suscrito notario público hace constar que protocolicé el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de Lowenfeld Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda (del domicilio) y sétima (de la administración), se otorga poder general y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 20 de mayo de 2005.—Dr. Gonzalo Fajardo Salas, Notario.—1 vez.—(41836).

El suscrito notario público hace constar que protocolicé el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de Headrick Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda (del domicilio) y sétima (de la administración), se otorga poder general y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 20 de mayo de 2005.—Dr. Gonzalo Fajardo Salas, Notario.—1 vez.—(41837).

 

El suscrito notario público hace constar que protocolicé el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de Falconara Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda (del domicilio) y sétima (de la administración), y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 20 de mayo de 2005.—Dr. Gonzalo Fajardo Salas, Notario.—1 vez.—(41838).

 

El suscrito notario público hace constar que protocolicé el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de Disston Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda (del domicilio) y sétima (de la administración), se otorga poder general y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 20 de mayo de 2005.—Dr. Gonzalo Fajardo Salas, Notario.—1 vez.—(41839).

 

El suscrito notario público hace constar que protocolicé el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de Dickinson Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda (del domicilio) y sétima (de la administración), se otorga poder general y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 20 de mayo del 2005.—Dr. Gonzalo Fajardo Salas, Notario.—1 vez.—(41840).

 

El suscrito notario público hace constar que protocolicé el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de CMS Construction Managment Services Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda (del domicilio) y sétima (de la administración), se otorga poder general y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 20 de mayo de 2005.—Dr. Gonzalo Fajardo Salas, Notario.—1 vez.—(41841).

 

El suscrito notario público hace constar que protocolicé el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de Campo de Cirpana Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda (del domicilio) y sétima (de la administración), se otorga poder general y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 20 de mayo de 2005.—Dr. Gonzalo Fajardo Salas, Notario.—1 vez.—(41842).

 

El suscrito notario público hace constar que protocolicé el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de Caffarella Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda (del domicilio) y sétima (de la administración), se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 20 de mayo del 2005.—Dr. Gonzalo Fajardo Salas, Notario.—1 vez.—(41843).

 

El suscrito notario público hace constar que protocolicé el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de Bramasole Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas primera (de la denominación social), segunda (del domicilio) y sétima (de la administración) y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 20 de mayo del 2005.—Dr. Gonzalo Fajardo Salas, Notario.—1 vez.—(41844).

 

El suscrito notario público hace constar que protocolicé el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de Bealton Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda (del domicilio) y sétima (de la administración), se otorga poder general y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 20 de mayo de 2005.—Dr. Gonzalo Fajardo Salas, Notario.—1 vez.—(41845).

 

El suscrito notario público hace constar que protocolicé el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de Boticelli Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas primera (de la denominación social), segunda (del domicilio) y sétima (de la administración), se otorga poder general y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 20 de mayo de 2005.—Dr. Gonzalo Fajardo Salas, Notario.—1 vez.—(41847).

 

El suscrito notario público hace constar que protocolicé el acta número dos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Bandelier Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda (del domicilio) y sétima (de la administración), y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 20 de mayo de 2005.—Dr. Gonzalo Fajardo Salas, Notario.—1 vez.—(41848).

 

El suscrito notario público hace constar que protocolicé el acta número dos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Shriver Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda (del domicilio) y sétima (de la administración), y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 20 de mayo de 2005.—Dr. Gonzalo Fajardo Salas, Notario.—1 vez.—(41849).

 

Ante esta notaría, se iniciaron los trámites para inscribir la sociedad denominada Estructuras Gutiérrez Hernández FGH S. A., en el Registro Público, Sección Mercantil, domiciliada en la provincia de San José, cantón octavo Mata Redonda, distrito Rohrmoser, con un capital social inicial de cien mil colones, debidamente suscrito y pagado y representado por veinte acciones de cinco mil colones cada una.—San José, treinta de mayo del dos mil cinco.—Lic. Raymundo Vallejos Arrieta, Notario.—1 vez.—(41850).

 

Mediante escritura número trescientos catorce otorgada ante mi notaría, a las diecisiete horas del veinte de diciembre del año dos mil cuatro, se constituyó la compañía Inversiones Johmar R.B.Z. S.R.L., cuyo plazo social es de noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Grecia, 26 de mayo del 2005.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—(41853).

 

Mediante escritura número trescientos cuarenta y tres otorgada ante mi notaría, a las quince horas del seis de mayo del año dos mil cinco, se constituyó la compañía Giojoc S.R.L., cuyo plazo social es de noventa y nueve años. Capital social: ciento cincuenta mil colones. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Grecia, 26 de mayo del 2005.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—(41854).

 

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 17:00 horas del 20 de mayo del 2005, se constituyó Sigma Beauty Center J S V S. A. Plazo: 100 años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 27 de mayo del 2005.—Lic. Antonella Da Re Masís, Notaria.—1 vez.—(41882).

 

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 11:00 horas del 27 de mayo del 2005, se constituyó Monyval S. A. Plazo: 100 años. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, 27 de mayo del 2005.—Lic. Antonella Da Re Masís, Notaria.—1 vez.—(41883).

 

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 14:00 horas del 18 de mayo del 2005, se constituyó Chiquita Herediana E P Z S. A. Plazo: 100 años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 27 de mayo del 2005.—Lic. Carlos Víquez Jara, Notario.—1 vez.—(41884).

 

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciocho horas del tres de mayo del dos mil cinco, se constituyó la sociedad anónima Familia Hermanos Rojas y Segura de Montezuma Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones. Presidente: Francisco Rojas Vargas.—Cóbano de Puntarenas, 4 de mayo del 2005.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 36739.—(41885).

 

Por escritura otorgada ante mí en esta ciudad, a las once horas treinta minutos del día de hoy, se constituyó Daodd Administración S.A., de este domicilio capital íntegramente pagado. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, excepto con las limitaciones indicadas en los estatutos sociales.—San José, a las trece horas del veintisiete de mayo del dos mil cinco.—Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—1 vez.—Nº 37086.—(41886).

 

Ante mì, Roy Zumbado Ulate, se constituye la sociedad denominada Costa Rica Property Options S. A. Capital social: diez mil colones. Presidente: David Paul Blankenship.—Heredia, 27 de mayo del 2005.—Lic. Roy Zumbado Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 37088.—(41887).

 

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas el 27 de mayo del 2005, se aumentó el capital social de Dosel S. A.—Lic. Henry Barrantes Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 37089.—(41888).

 

El suscrito notario hace constar que hoy he protocolizado, el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Improsa Capital Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno - trescientos veintidós mil novecientos setenta y dos, mediante la cual se modifica la cláusula cuarta de sus estatutos, acordándose aumentar el capital social a la suma de ciento veintisiete mil treinta dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, representado por ciento veintisiete mil treinta acciones, comunes y nominativas de un dólar cada una.—San José, 26 de mayo del 2005.—Lic. Álvaro Monge Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 37091.—(41889).

 

Por esta escritura número CVM42-025 del tomo 42 de mi protocolo, otorgada en esta ciudad a las 8:00 hors de hoy, la sociedad costarricense denominada Los Caballitos del Mar de Dominical S. A., cédula jurídica Nº 3-101-156321, modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, 27 de mayo del 2005.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 37092.—(41890).

 

Los señores: Se Hung Kang Kim y Yenory Navarro Castro, constituyen la entidad Consorcio Las Tres Hechiceras de Heredia S.A., con un capital de cien mil colones, representado por 10 acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Domiciliada en Heredia centro, de los Tribunales de Heredia, doscientos metros al este. Escritura otorgada en San José a las 8:00 horas del 21 de mayo del 2005.—Lic. Edgar Montero Mejía, Notario.—1 vez.—Nº 37093.—(41891).

 

Por escritura otorgada a las nueve horas del día veintiocho de mayo del dos mil cinco, ante esta notaría, se constituyó la sociedad Brizuela y Davidson Constructores Generales Limitada. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 30 de mayo del 2005.—Lic. Orlando Baltodano Valdelomar, Notario.—1 vez.—Nº 37094.—(41892).

 

Distribuidora de Combustibles Ramírez y Monge Sociedad Anónima, reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del veintisiete de mayo del año dos mil cinco, ante el notario: Humberto Jarquín Anchía.—Lic. Humberto Jarquín Anchía, Notario.—1 vez.—Nº 37098.—(41893).

 

Por escritura otorgada ante mí, se constituye la sociedad denominada Servicios C&C Asociados Sociedad Anónima, Raúl Daniel Carmona Herrera. Presidente con facultades de apoderado generalísimio.—Lic. Edgardo René Ramos Carmona, Notario.—1 vez.—Nº 37101.—(41894).

 

Por escritura pública número noventa y siete, otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veintisiete de mayo del dos mil cinco, se constituyó la entidad Constructora Sequeira y Martínez Sociedad Anónima. Representación judicial y extrajudicial: presidente y tesorero. Capital social: totalmente pagado.—Cartago, 27 de mayo del 2005.—Lic. Vinicio Mora Campos, Notario.—1 vez.—Nº 37103.—(41895).

 

Por escritura de las 10:00 horas del 10 de marzo del 2005, se constituyó El Carboncito Frawal Sociedad Anónima, domicilio Palmares. Plazo: 99 años. Presidente, secretario y tesorero apoderados generalísimo independientes.—Lic. Gabelo Rodríguez Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 37104.—(41896).

 

Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las catorce horas treinta minutos del 26 de mayo del 2005, se constituyó Hermanos Barquero Zapata Sociedad Anónima, se nombre junta directiva y fiscal, agente residente. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años a partir de hoy.—San José, 26 de mayo del 2005.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—Nº 37105.—(41897).

 

Por escritura otorgada a las ocho horas  del día veintisiete de mayo del dos mil cinco ante el notario Ricardo Castro Páez, se reformó la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad anónima denominada Distribuidora América de Productos de Uretano Sociedad Anónima y se nombró  nueva junta directiva y fiscal.—San José, treinta de mayo del dos mil cinco.—Lic. Ricardo Castro Páez, Notario.—1 vez.—Nº 37106.—(41898).

 

Agropecuaria Vigón S. A., modifica junta directiva. Escritura otorgada en Puerto Viejo de Sarapiquí a las 8:00 horas del 28 de mayo del 2005.—Lic. Linnet Marcella Sanabria Burgos, Notaria.—1 vez.—Nº 37107.—(41899).

 

Agropecuaria Guiluxi S. A., modifica constitución y nombra nueva junta directiva. Escritura otorgada en Puerto Viejo de Sarapiquí a las 8:30 horas del 28 de mayo del 2005.—Lic. Linnet Marcella Sanabria Burgos, Notaria.—1 vez.—Nº 37108.—(41900).

 

En mi notaría de paso por Nandayure, en escritura otorgada a las quince horas del día veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Decomuebles Canjelito Sociedad Anónima, Presidente Rafael Ángel Quirós Calvo y Tesorera Lidia Mayela García Guzmán, ambos con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjuntamente. Capital suscrito y pagado. Connotarios: Jorge Arturo Cubero Blanco y Sara Montero Castrillo.—San José, veintiocho de abril del dos mil cinco.—Lic. Sara Montero Castrillo, Notaria.—1 vez.—Nº 37109.—(41901).

 

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del día veinticuatro de mayo del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Nothing Happens Corporation Sociedad Anónima, domicilia en Costa Rica, provincia Cartago, cantón Turrialba, distrito primero Turrialba, frente a Estación de Servicio Súper Barato, contiguo a Boutique Pasysoca. Capital social: totalmente suscrito y pagado en dinero en efectivo. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, con la representación judicial y extrajudicial.—Turrialba, veinticuatro de mayo del dos mil cinco.—Lic. Alejandro Mata Vega, Notario.—1 vez.—Nº 37110.—(41902).

 

Por escritura pública otorgada ante esta notaría a las ocho horas del día veintiséis de mayo del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Wynand Investment Limitada, con domicilio social en San José. Capital social cien mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social cincuenta años.—San José, veintiséis de mayo del año dos mil cinco.—Lic. Roxana Sofía Lao Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 37112.—(41903).

 

Ante la suscrita notaria, se cambia el nombre de la sociedad: Aarovar Sociedad de Responsabilidad Limitada. Por Transportes Roque Sociedad de Responsabilidad Limitada. Se nombra nuevos Gerentes: a Evelio Quesada González y José Luis Romero Valerio. Ambos serán apoderados generalísimos sin límite se suma, debiendo actuar en forma conjunta. El nuevo será domicilio social: Palmares de Pérez Zeledón, San José, doscientos metros al norte del parque.—Pérez Zeledón, a  las diez horas del veintisiete de mayo del dos mil cinco.—Lic. María Vita Monge Granados, Notaria.—1 vez.—Nº 37117.—(41904).

 

Ante mi notaría a las diez horas del tres de mayo del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad anónima Macasmo S. A. Presidente Manuel Castelló Monzonís.—San José, treinta de mayo del dos mil cinco.—Lic. Víctor Julio Castillo Solís, Notario.—1 vez.—Nº 37119.—(41905).

 

Ante mi notaría a las nueve horas del cuatro de enero del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad anónima Clarity S. A. Presidente Thomas Michael Cossick.—San José, treinta de mayo del dos mil cinco.—Lic. Víctor Julio Castillo Solís, Notario.—1 vez.—Nº 37120.—(41906).

 

Ante mi notaría a las diez horas y treinta minutos del tres mayo del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad anónima Grupo Iberoamericano de Comercio MCM S. A. Presidente: Manuel Castelló Monzonís.—San José, treinta de mayo del dos mil cinco.—Lic. Víctor Julio Castillo Solís, Notario.—1 vez.—Nº 37121.—(41907).

 

Ante mi notaría a las once horas y treinta minutos del tres de mayo del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad anónima ITB Consultora de Sistemas S. A. Presidenta: Iris María Torres Araya.—San José, treinta de mayo del dos mil cinco.—Lic. Víctor Julio Castillo Solís, Notario.—1 vez.—Nº 37122.—(41908).

 

Por escritura otorgada ante el notario público Jorge Luis Pinel Villalobos, a las quince horas del veintiocho de abril del año dos mil cinco, se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo de la Compañía Pesquera Romani y Andrade S. A.—Puntarenas, veinticuatro de mayo del dos mil cinco.—Lic. Jorge Luis Pinel Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 37123.—(41909).

 

Por escritura otorgada ante el suscrito notario en la ciudad de San José a las 10:00 horas del día de hoy protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Occidental Smeralda Sociedad Anónima, aumentando el capital social de la compañía y modificando cláusula quinta del pacto social.—San José, 8 de junio del 2004.—Lic. Oscar Gallegos Borbón, Notario.—1 vez.—Nº 37124.—(41910).

 

Por escritura otorgada ante mí el día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Construcciones Lizano y Artavia S.A., se aumentó el capital social.—San José, 25 de mayo del 2005.—Lic. Ricardo Otárola Otárola, Notario.—1 vez.—Nº 37125.—(41911).

 

José Manuel Borbón Rojas y Ana Mary Rojas Araya, constituyen la sociedad anónima que se denomina Corporación Jomaro y Asociados Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Heredia a las 16:00 horas 30 minutos del día 11 de marzo del 2005.—Lic. Ricardo Martínez Herrera y Lic. Kattia Lobo Cordero, Notarios.—1 vez.—Nº 37127.—(41912).

 

Hernan Garita Sánchez y Stephanie Rebeca Guerrero Cascante constituyen la sociedad que se denomina  I.S. Consultores Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Heredia, a las 15 horas 15 minutos del día 11 de marzo del 2005.—Lic. Ricardo Martínez Herrera y Lic. Kattia Lobo Cordero, Notarios.—1 vez.—Nº 37128.—(41913).

 

Dennis Eduardo Núñez Villegas y Karen Benavides Castro constituyen la sociedad que se denomina Servicios Consultores NB Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Heredia a las 15:00 horas 30 minutos del día 11 de marzo del 2005.—Lic. Ricardo Martínez Herrera y Lic. Kattia Lobo Cordero, Notarios.—1 vez.—Nº 37129.—(41914).

 

Ante esta notaría, en la escritura otorgada al ser las doce horas del veinte de abril del dos mil cinco; se constituye la sociedad Inversiones Amén del Sol S. A., cuyo plazo social es de 99 años, capital social de diez mil colones y la representación judicial y extrajudicial recaerá sobre el presidente de la junta directiva. Es todo.—San José, tres de abril del dos mil cinco.—Lic. Roberto Castillo Araya, Notario.—1 vez.—Nº 37133.—(41915).

 

Ante mi notaría, se constituyó la sociedad La Mariposa Azul de Porvenir Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: Bellavista de Nandayure, un kilómetro al este de la escuela. Presidente: Raymond Maloof (nombre) Romanos (apellido).—Nandayure, dieciséis de mayo del dos mil cinco.—Lic. Anayancy Elena Rivas Elizondo, Notaria.—1 vez.—Nº 37136.—(41916).

 

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad Valbobthai S. A. Escritura otorgada a las 15:00 horas del 14 de marzo del año 2005. Presidenta: Zahira Yacoub Garita.—Lic. Leyden Briceño Bran, Notaria.—1 vez.—Nº 37137.—(41917)

 

El suscrito notario Víctor Solís Castillo, hace constar que en esta notaria el día veinticinco de mayo del dos mil cinco, se constituyeron Uvita Realty Sociedad Anónima, Pacific Estates Sociedad Anónima, La Jefa Primera Sociedad Anónima y Yode C. R. Sociedad Anónima. Es todo.—Palmar, Osa, Puntarenas, firmo a las nueve horas del veintiséis de mayo del dos mil cinco.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 37139.—(41918).

 

El suscrito notario Víctor Solís Castillo, hace constar que en esta notarìa el día de hoy, se constituyó La Lomita de Ballena Sociedad Anónima. Es todo.—Palmar, Osa, Puntarenas, firmo a las nueve horas del veinticuatro de mayo del dos mil cinco.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 37140.—(41919).

 

El suscrito notario Víctor Solís Castillo, hace constar que en esta notarìa el día veintiuno de mayo de dos mil cinco, se constituyeron Ringdino Investments Sociedad Anónima, Paladahl Investments Sociedad Anónima y Vanderbilt Hills Investments Sociedad Anónima, Es todo.—Firmó en Palmar, Osa, Puntarenas, a las nueve horas del veinticuatro de mayo de dos mil cinco.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 37141.—(41920).

 

El suscrito notario Víctor Solís Castillo, hace constar que en esta notarìa el día de hoy, se protocolizaron las siguientes actas: Mount Herman Estates Sociedad Anónima, Wildlife in the Tropic Sociedad Anónima, Flight to Paradise Sociedad Anónima, Happy Toucan Sociedad Anónima. Es todo, firmo en Palmar, Osa, Puntarenas, a las diecinueve horas del veinticuatro de mayo de dos mil cinco.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 37142.—(41921).

 

Nueve Norte Sociedad Anónima, modifica pacto social, nombramiento de nueva junta directiva, cambio de apoderado y representación legal. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Palmar Norte de Osa, al ser las diez horas treinta minutos del día veinticinco de mayo del dos mil cinco.—Lic. Carlos Corrales Barrientos, Notario.—1 vez.—Nº 37144.—(41922).

 

Por escritura número veinticinco otorgada ante mí, a las diecisiete horas del veintisiete de mayo del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad Macvett Inversiones Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de mayo de dos mil cinco.—Lic. Amado Alejandro Sánchez Harding, Notario.—1 vez.—Nº 37148.—(41923).

 

Por escritura otorgada a las once horas del día viernes veintisiete de mayo del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Lake Superior Investments Sociedad Anónima, cuyo nombre es de fantasía, y cuya traducción al idioma español es Inversiones Lago Superior Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar en su aditamento S. A., su capital social es la suma de veinte mil colones; corresponde la representación judicial y extrajudicial al presidente y al secretario de la sociedad.—San Isidro del General, 30 de mayo del 2005.—Lic. José Miguel León Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 37150.—(41924).

 

Ante mi notaría, se protocolizó asamblea de la compañía Piedra Paz Sociedad Anónima, donde se modifica la cláusula sétima del pacto social.—San José, a las 13:00: horas del 2 de mayo del 2005.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 37151.—(41925).

 

Ante mi notaría, se protocolizó asamblea de la compañía Bleau View Sociedad Anónima, donde se modifica la cláusula primera del pacto social.—San José, a las 11:00 horas del 3 de mayo del 2005.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 37152.—(41926).

 

Ante mi notaría, se protocolizó asamblea de la compañía Playa Grande del Tamarindo PGT Sociedad Anónima, donde se modifica las cláusulas segunda y la sétima del pacto social.—San José,  a las 9:30: horas del 18 de mayo del 2005.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 37153.—(41927).

 

El suscrito notario hace constar que el día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Estaciones R. A S. A., en la que se reforma la cláusula sétima de los estatutos sociales.—San José, 26 de mayo del 2005.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—Nº 37158.—(41928).

 

Por asamblea general extraordinaria de accionista de la sociedad La Antorcha de la Verdad S. A., se modifican las cláusula primera, segunda y undécima. Asimismo se constituye la sociedad anónima Encore Une Fois S. A. Presidente y secretario apoderados generalísimos. Es todo.—San José, al ser las ocho horas del día treinta de mayo del año dos mil cinco.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 37159.—(41929).

 

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del dieciocho de mayo del dos mil cinco, se constituye la sociedad denominada Hidrovegetales de Costa Rica Sociedad Anónima.—Lic. Olga Doris Torres Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 37161.—(41930).

 

Por escritura otorgada ante mí, a las 12:00 horas del día 19 de mayo del 2005, se constituyó la sociedad anónima Armo Construcciones Sociedad Anónima.—San Josè, 30 de mayo del 2005.—Lic. Augusto José Rojas Trejos, Notario.—1 vez.—Nº 37162.—(41931).

 

Por escritura otorgada ante los notarios Adolfo Reynholds Quirós y Wady Espinoza Hernández, a las 7:30 horas del día 26 de mayo del año 2005, se constituyó la empresa de esta plaza Sistemas Elecxtro-Digitales Sociedad Anónima. Capital totalmente suscrito y pagado.—Lic. Wady Espinoza Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 37163.—(41932).

 

Ante esta notaría por escritura otorgada a las dieciocho horas del dieciséis de mayo del dos mil cinco, se constituyó la compañía Inversiones Inmobiliarias Tres G Sociedad Anónima, domicilio San José, Zapote, capital social doce mil colones, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, treinta de mayo del dos mil cinco.—Lic. Paola Di Pippa Estrada, Notaria.—1 vez.—Nº 37164.—(41933).

 

El suscrito notario público da fe y hace constar que los señores: Roberto Suárez Villalobos, y Ana Luz Ramos Molina, conocida como Guiselle, ambos mayores, cédulas de identidad número: cinco-ciento uno-setecientos noventa y dos y cinco-ciento treinta y uno-ochocientos treinta, respectivamente constituyeron ante esta notaría una sociedad anónima denominada La Tita Sociedad Anónima, el día quince de mayo del año dos mil cinco. Es todo.—Firmo en la ciudad de Nicoya, Guanacaste, el día dieciocho de mayo del año dos mil cinco.—Lic. Vladimir Quesada Arce, Notario.—1 vez.—Nº 37165.—(41934).

 

Que por escritura otorgada a las catorce horas del día veintisiete de mayo de dos mil cinco, Condominio Riveras del Monte Quince Papagayo, reforma la cláusula sexta del pacto social y nombra Junta Directiva y Fiscal.—San José, 27 de mayo del 2005.—Lic.  Floria Vargas Gurdián, Notaria.—1 vez.—Nº 37166.—(41935).

 

El suscrito notario hago constar, que mediante escritura ciento cincuenta y seis visible al tomo once del protocolo del Lic. Dagoberto Madrigal Mesén, se está constituyendo la sociedad denominada Sánchez Contabilidades Consevi S.R S. A. Es todo.—Santa Ana, diez horas del veintiséis de mayo del dos mil cinco.—Lic.  Carlos Guerrero Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 37167.—(41936).

 

Por escritura otorgada en esta notaría a las 17:00 horas de hoy, los señores Alfredo Flores Sánchez y Marco Tulio Valverde Gutiérrez constituyeron Consultores Financieros Valflo S. A. Objeto principal, la prestación de servicios de asesoría financiera y administrativos, comercio, industria, ganadería, turismo y agricultura en general así como importación, exportación y representación de casas extranjeras. Plazo: cien años. Capital: cien mil colones, pagado mediante letras de cambio. Presidente: don Alfredo.—San José, 25 de mayo  del 2005.—Lic.  Alfonso Herrera V., Notario.—1 vez.—Nº 37169.—(41937).

 

Protocolización de asamblea general extraordinaria de Corporación Parador De Almagro Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y octava del pacto. Escritura otorgada a las 13:00 horas del 24 de mayo del 2005.—Lic.  Ana Sáenz Beirute, Notaria.—1 vez.—Nº 37170.—(41938).

 

Rosibel Díaz Arias y Karen Barboza Quesaza constituyen Ocean Montain Drive Investments Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las 13:00 horas del 9 de mayo del 2005.—Lic.  Ana Sáenz Beirute, Notaria.—1 vez.—Nº 37171.—(41939).

 

Protocolización de acuerdos de sesión ordinaria de Junta Directiva de La Nación Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula quinta de los estatutos. Escritura otorgada a las 11:00 horas del 23 de mayo del 2005.—Lic.  María Monserrat Bonilla Garro, Notaria.—1 vez.—Nº 37172.—(41940).

 

Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Ngerishne del Caucaso S.A., por medio de la cual se tomó el acuerdo de modificar su razón social por Avenida Vía del Sol S. A.—San José, veinticuatro de mayo de dos mil cinco.—Lic.  Álvaro Emilio Castro Garnier, Notario.—1 vez.—Nº 37174.—(41941).

 

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas treinta del veintisiete de mayo de dos mil cinco, se protocolizaron actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Igna S. A., por medio de la cual se tomó el acuerdo de modificar la cláusula de administración, y su domicilio.—San José, treinta de mayo de dos mil cinco.—Lic. Álvaro Emilio Castro Garnier, Notario.—1 vez.—Nº 37175.—(41942).

 

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del veintisiete de mayo de dos mil cinco, se protocolizaron actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Voo Morno S. A., por medio de la cual se tomó el acuerdo de modificar la cláusula domicilio social.—San José, treinta de mayo de dos mil cinco.—Lic. Álvaro Emilio Castro Garnier; Notario.—1 vez.—Nº 37176.—(41943).

 

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas cuarenta minutos del veintisiete de mayo de dos mil cinco, se protocolizaron actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Arouca S. A., por medio de la cual se tomó el acuerdo de modificar las cláusulas de administración y domicilio social.—San José, treinta de mayo de dos mil cinco.—Lic. Álvaro Emilio Castro Garnier, Notario.—1 vez.—Nº 37177.—(41944).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas quince minutos del veinticuatro de mayo de dos mil cinco, se protocolizaron actas de asamblea general extraordinaria de Accionistas de la sociedad CR Doce Doñanely S. A., por medio de la cual se tomó el acuerdo de modificar el domicilio social, y la cláusula de administración del pacto social de la empresa.—San José, treinta de mayo de dos mil cinco.—Lic. Mónica Farrer Peña, Notaria.—1 vez.—Nº 37178.—(41945).

 

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas treinta minutos del veinticuatro de mayo de dos mil cinco, se protocolizaron actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Alabama S. A., por medio de la cual se tomó el acuerdo de modificar el domicilio social, del pacto social de la empresa.—San José, treinta de mayo de dos mil cinco.—Lic. Mónica Farrer Peña, Notaria.—1 vez.—Nº 37179.—(41946).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del veinticuatro de mayo de dos mil cinco, se protocolizaron actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Don Tomás S. A., por medio de la cual se tomó el acuerdo de modificar el domicilio social de la empresa.—San José, treinta de mayo de dos mil cinco.—Lic. Mónica Farrer Peña, Notaria.—1 vez.—Nº 37180.—(41947).

 

Al ser las diez horas treinta minutos del siete de marzo de dos mil cinco, mediante acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones Nina S. A.,  se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombra como presidente al señor Crede Austin Colgan.—30 de mayo del 2005.—Lic. Kattia Bermúdez M., Notaria.—1 vez.—Nº 37181.—(41948).

Al ser las ocho horas quince minutos del diecinueve de Mayo de dos mil cinco se constituyó la sociedad denominada Medimaze KB Corporation S. A., mediante escritura pública número ciento setenta y dos, ante la Notaria Kattia Bermúdez Montenegro. Se nombró como Presidente el señor Juan Rafael Bonilla Cerdas.—27 de mayo del 2005.—Lic. Kattia Bermúdez M., Notaria.—1 vez.—Nº 37182.—(41949).

 

Al ser las ocho horas del diecinueve de Mayo de dos mil cinco se constituyó la sociedad denominada Ripplewave Am Corporation S. A., mediante escritura pública número ciento setenta y uno, ante la notaria Kattia Bermúdez Montenegro. Se nombró como Presidente el señor Juan Rafael Bonilla Cerdas.—27 de mayo del 2005.—Lic. Kattia Bermúdez M., Notaria.—1 vez.—Nº 37183.—(41950).

 

Al ser las ocho horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de Mayo de dos mil cinco se constituyó la sociedad denominada World Lasting WL Corporation S. A., mediante escritura pública número ciento setenta y cuatro, ante la Notaria Kattia Bermúdez Montenegro. Se nombró como Presidente el señor Juan Rafael Bonilla Cerdas.—27 de mayo del 2005.—Lic. Kattia Bermúdez M., Notaria.—1 vez.—Nº 37184.—(41951).

 

Al ser las ocho horas treinta minutos del diecinueve de Mayo de dos mil cinco se constituyó la sociedad denominada Whitestraw Ws Investments S. A., mediante escritura pública número ciento setenta y tres, ante la notaria Kattia Bermúdez Montenegro. Se nombró como Presidente el señor Juan Rafael Bonilla Cerdas.—27 de mayo del 2005.—Lic. Kattia Bermúdez M., Notaria.—1 vez.—Nº 37185.—(41952).

 

La suscrita Notaria, hace constar que ante mi Notaría, constituí la sociedad denominada Lubricantes Alysa Sociedad Anónima, domicilio en Heredia, objeto el comercio en general, capital social: diez mil colones. Presidente Luis Edgardo Santamaría Valerio. Escritura otorgada en la ciudad de Heredia, a las ocho horas del treinta de mayo del año dos mil cinco.—Lic. Debora Núñez Miranda, Notaria.—1 vez.—Nº 37186.—41953).

 

Mediante escritura pública número ciento sesenta del tomo cuarto del notario Rodolfo García Aguilar se constituye la sociedad denominada Educo Lámina de Costa Rica Sociedad Anónima, domiciliada en Tacares Norte de Grecia, Alajuela. Presidenta: Ana Patricia Montero Quesada, mayor, casada una vez, educadora, vecina de Tacares Norte de Grecia, Alajuela quinientos metros al este del salón Centro de Amigos, y con cédula de identidad número dos-cuatrocientos veintiocho-doscientos diecisiete.—Lic. Rodolfo García Aguilar, Notario.—1 vez.—(41999).

 

Mediante escritura número doscientos cincuenta y dos, visible al folio ciento setenta y nueve frente del tomo primero de mi protocolo, otorgada a las quince horas del día veintitrés de mayo del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Verdesosiego Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintiséis de mayo del año dos mil cinco.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—(42002).

 

En mi notaría, se constituyó la sociedad Compoji Santa Bárbara Limitada. Gerentes: Roberto Campos González y Miriam Porras Jiménez.—Heredia, 27 de mayo del 2005.—Lic. Sergio Elizondo Garofalo, Notario.—1 vez.—(42003).

 

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del 26 de mayo del 2005, se constituyó la sociedad Distribuidora Alfaro y Chávez S. A. Domiciliada en Alajuela, Villa Bonita. Capital social: diez mil colones. Presidente: Carlos Humberto Alfaro Chávez.—Alajuela, 26 de mayo del 2005.—Lic. Hannia Vargas Paniagua, Notaria.—1 vez.—(42004).

Por escritura otorgada en San José, a las quince horas con cuarenta y cinco minutos del primero de abril del dos mil cinco, se constituyó la empresa de esta plaza Gamara Inmobiliaria Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado.—Lic. Ailyn Blanco Coto, Notaria.—1 vez.—(42015).

 

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del día de hoy, se constituyeron las sociedades Cadena de Tiendas PLB S. A., e Inversiones Peburg S. A. Domicilio: San José, Vista del Mar de Guadalupe. Objeto: en general la agricultura, ganadería, industria y comercio. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Acciones: comunes y nominativas. Plazo: 200 años a partir de hoy. Presidente y secretario ostentan representación judicial y extrajudicial de la empresa.—San José, 2 de mayo del 2005.—Lic. Luis Alberto Arias Naranjo, Notario.—1 vez.—(42020).

 

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del 30 de mayo del 2005, se constituyó Macer de Alajuela Sociedad Anónima.—Alajuela, 30 de mayo del 2005.—Lic. Xinia María Sibaja Jiménez, Notaria.—1 vez.—(42022).

 

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 12:00 horas del 26 de mayo del 2005, se constituyó la sociedad Inversiones Roberto y Karla R K S. A.—San José, 27 de mayo del 2005.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—(42023).

 

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 9:00 horas del 30 de mayo del 2005, protocolicé acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Sierra de Esperanza E Y A S. A., en la cual se reforma las cláusulas segunda y vigésimo segunda del pacto social y se nombra nuevo presidente y secretario de la junta directiva.—San José, 30 de mayo del 2005.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—(42024).

 

Por escritura número cincuenta y cuatro, iniciada a folio veinticuatro frente del tomo décimo de mi protocolo, otorgada a las once horas del dieciocho de marzo del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Arquitectura Empresarial A E Sociedad Anónima. Domiciliada en Alajuela, Urbanización Lisboa, casa número nueve-LL.—Alajuela, 28 de mayo del 2005.—Lic. Rafael de la Peña Rojas, Notario.—1 vez.—(42029).

 

Ante el notario Rafael de la Peña Rojas, por escritura número doscientos noventa y tres-diez, se constituyó la sociedad C & M Aviación Sociedad Civil. Domiciliada en San José, Pavas, Condominio Navarra, apartamento diecinueve. Otorgada en Alajuela, a las veinte horas del veintitrés de mayo del año dos mil cinco.—Alajuela, 23 de mayo del 2005.—Lic. Rafael de la Peña Rojas, Notario.—1 vez.—(42030).

 

Miguel Solís Barquero, Claudina Ugalde Arias, Heriberto Solís Ugalde y Luis Guillermo Solís Ugalde, constituyen la sociedad denominada Quebrador Los Piojos Sociedad Anónima. Domiciliada en Río Claro de Golfito. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Escritura Nº 178 de las 8:00 horas del 20 de mayo del 2005, otorgada ante la notaria Yasmín Herrera Mahomar.—San José, 27 de mayo del 2005.—Lic. Yasmín Herrera Mahomar, Notaria.—1 vez.—(42075).

 

Hoy protocolicé actas de Servicios Palmareños Paisajes de Colores S. A., Euro Inversiones Inmobiliarias S. A., ambas en que se modifica la cláusula quinta, Acueducto La Quinta Esparza S. A., y Compañía Internacional Primero de Octubre S. A., ambas en las que se modifica la cláusula sexta, todas del pacto social constitutivo.—San José, treinta de mayo del año dos mil cinco.—Lic. Arturo Ortiz Sánchez, Notario.—1 vez.—(42076).

 

Hoy ante esta notaría, se adiciona escritura de constitución de sociedad, modificándose la cláusula primera de Red de Desarrollos Turísticos Redetur Sociedad Anónima, se agrega cláusula décima.—San José, treinta de mayo del año dos mil cinco.—Lic. Alejandro Fernández Carrillo, Notario.—1 vez.—(42077).

 

A las once horas del día treinta de mayo del dos mil cinco, se constituyó la compañía Importadora de Maquinaria Agrícola J.B. Sociedad Anónima, con un capital social de cinco millones de colones, representado por cinco millones de acciones comunes y nominativas de un colón cada una. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Luis Miguel Carballo Pérez, Notario.—1 vez.—(42078).

 

A las diez horas del día treinta de mayo del dos mil cinco, se constituyó la compañía Auto Importadora Tropical Sociedad Anónima, con un capital social de dos millones quinientos mil colones, representado por dos millones quinientas mil acciones comunes y nominativas de un colón cada una. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Luis Miguel Carballo Pérez, Notario.—1 vez.—(42079).

 

Por escritura otorgada ante esta notaría, la sociedad Analistas de Costos Constructivos ACSSA Sociedad Anónima, reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo y nombra nuevo vicepresidente y tesorero. Presidente: Héctor Anchía Garbanzo.—San José, veintiséis de mayo del dos mil cinco.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(42081).

 

Por escritura otorgada ante esta notaría, la sociedad Arquitectura e Ingeniería Empresarial A S Sociedad Anónima, reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo y nombra nuevo vicepresidente y tesorero. Presidente: Héctor Anchía Garbanzo.—San José, veintiséis de mayo del dos mil cinco.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(42082).

 

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del día veinticinco de mayo del presente año, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Jasper Tropical Properties Sociedad Anónima, mediante la cual se nombra junta directiva y agente residente y se acuerda crear la cláusula décima primera.—San José, veinticinco de mayo del año dos mil cinco.—Lic. Juan de Dios Álvarez Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 37196.—(42085).

 

Ante esta notaría, mediante escritura de las 10:00 horas del 12 de mayo del 2005, se constituyó la sociedad denominada Vicsam V.M.S.G. Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Juan Carlos Hernández Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 37199.—(42086).

 

A las 10:00 horas del día de hoy se constituyó en mi notaría la compañía Sportmed S. A. Se nombra junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 16 de mayo del 2005.—Lic. Édgar Nassar Guier, Notario.—1 vez.—Nº 37200.—(42087).

 

Por escritura otorgada en mi notaría se modificó el domicilio social de la sociedad Dido Azul Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta mil quinientos setenta y tres, siendo el actual: San José, Curridabat, Residencial Lomas de Curridabat, casa número siete-I.—Cartago, 19 de abril del 2005.—Lic. Jeimy Rojas Alvarado, Notaria.—1 vez.—Nº 37201.—(42088).

 

Por escritura Nº 64 de las 16:00 horas del 25 de mayo del 2005, los señores Carlo Alberto Parlato y Douglas Gerardo Delgado Barboza, constituyen Fenyo Inc Sociedad Anónima.—San José, 30 de mayo del 2005.—Lic. Iara Lancaster Cortés, Notaria.—1 vez.—Nº 37202.—(42089).

 

Por escritura pública de las once horas del diez de mayo del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Coninco Inc Sociedad Anónima, con domicilio social en Alajuela, con un plazo social de cien años, con un capital social de diez mil colones, la representación la ostenta el presidente de la junta directiva. Es todo.—San José, diez de mayo del dos mil cinco.—Lic. Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—Nº 37203.—(42090).

 

Por escritura otorgada en esta notaría a las diez horas del treinta de mayo del dos mil cinco, se constituye Jean Luis Ye S. A. Presidente: Carlos Meneses Granados.—San José, 30 de mayo del 2005.—Lic. Nairy Ulate Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 37204.—(42091).

NOTIFICACIONES

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

De conformidad con resolución N° 3277-2005 de las once horas con treinta minutos del día veintiocho de abril de dos mil cinco. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: Impartir aprobación final a la resolución N° JPIG-121-2005 de sesión celebrada en San José, a las once horas del 24 de noviembre de 2004, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Azofeifa Arley Manuela, cédula de identidad N° 1-140-531, a partir del día 1º de julio de 2004, por la suma de setenta mil cuatrocientos sesenta colones con diez céntimos ¢70.460,10, mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifíquese.—Lic. Fernando Trejos Ballestero, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—Nº 36966.—(41778).

 

De conformidad con resolución N° 1773-2005 de las trece horas con cincuenta minutos del día cuatro de mayo del dos mil cinco. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: Impartir aprobación final a la resolución N° JPIG-10844-2004 de sesión celebrada en San José, a las veintisiete de julio del año dos mil cuatro, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Ávila Ávila Isabel, cédula de identidad N° 4-037-9878, a partir del día 1º de enero de 2004; por la suma de cincuenta y nueve mil seiscientos cuatro colones con ochenta y cinco céntimos ¢59.604,85; mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Fernando Trejos Ballestero, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—(41878).

 

De conformidad con resolución N° 1797-2005 de las diez horas con quince minutos del día cuatro de mayo del dos mil cinco. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social resuelve: Impartir aprobación final a la resolución N° JPIG-4282-2004 de sesión celebrada en San José, el veinticuatro de febrero del dos mil cuatro, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Conejo Ramírez Clara, cédula de identidad N° 1-176-207, a partir del día 1º de noviembre de 2002; por la suma de cuarenta y cuatro mil trescientos treinta y dos colones sin céntimos (¢44.332,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifíquese.—Lic. Fernando Trejos Ballestero, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—(42021).

 

De conformidad con resolución Nº 3292-2005 de las diez horas del día veintiocho de abril del dos mil cinco, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve impartir aprobación final a la resolución Nº JPIG-922-2005 de sesión celebrada en San José, a las once horas del veinticuatro de noviembre de dos mil cuatro, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Solano Barboza Eve Ruth, cédula de identidad Nº 9-001-393, a partir del día 1º de julio del 2004, por la suma de cincuenta y seis mil seiscientos noventa y seis colones sin céntimos (¢ 56.696,00) mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifíquese.—Lic. Fernando Trejos Ballestero, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora—1 vez.—Nº 37235.—(42207).

 

De conformidad con resolución Nº PG-1878-2005 de las nueve horas con cincuenta minutos del día cuatro de mayo del dos mil cinco, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve impartir aprobación final a la resolución Nº JPIG-10056-2004, del día treinta de junio del dos mil cuatro, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga una pensión de guerra incoadas por Triguero Triguero Rufina, cédula de identidad Nº 5-064-112, a partir del día 28 de junio del 2004, por la suma de cincuenta y tres mil seis colones con ocho céntimos (¢ 53.006,08) mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifiquese.—Lic. Fernando Trejos Ballestero, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—(42247).

 

De conformidad con resolución Nº 1789-2005 de las once horas con treinta minutos del día cuatro de mayo del dos mil cinco, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve impartir aprobación final a la resolución Nº JPIG-10848-2004 de sesión celebrada en San José, del veintisiete de julio del dos mil cuatro, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Cordero Morales María Adela, conocida como María Ángela Cordero Morales, cédula de identidad Nº 1-120-459, partir del día 1º de mayo de 2004, por la suma de cincuenta y tres mil cinco colones con noventa céntimos (¢ 53.005,90), mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Fernando Trejos Ballestero, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—(42248).

De conformidad con resolución Nº 1798-2005 de las nueve horas con cincuenta minutos del día cuatro de mayo del dos mil cinco, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve impartir aprobación final a la resolución Nº JPIG-11850-2004 de sesión celebrada en San José, del 27 de julio del 2004, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Meneses Solano Flor María, cédula de identidad Nº 9-007-913, a partir del día 1º de agosto del 2004, por la suma de treinta y cuatro mil setecientos cuarenta y seis colones con veinticinco céntimos (¢ 34.746,25), mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifiquese.—Lic. Fernando Trejos Ballestero, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—(42249).

 

De conformidad con resolución Nº 1786-2005 de las trece horas con cinco minutos del día cuatro de mayo del dos mil cinco, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve impartir aprobación final a la resolución Nº JPIG-11066-2004 de sesión celebrada en San José, del veintisiete de julio del dos mil cuatro, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Ríos Quintanilla María de la Cruz, cédula de identidad Nº 5-098-185, a partir del día 1º de junio de 2004; por la suma de cincuenta y tres mil cinco colones con noventa céntimos (¢ 53.005,90), mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifíquese.—Lic. Fernando Trejos Ballestero, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—(42252).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se hace saber a la Hiracet Violeta Ugalde Rodríguez, cédula 6-210-638, en calidad de propietaria registral de la finca del partido de Puntarenas matrícula 135332, que la subdirección de este Registro ha iniciado diligencias administrativas de oficio, en virtud de un oficio presentado a este Despacho por la Registradora 246 del Grupo 1, señora Rosa Méndez Vargas, en el que dice: “Para efectos correspondientes hago de su conocimiento que con el plano P-0854594-2003, se encuentran, inscritas las fincas 6-130441-000 y la 6-135332-000 las cuales son idénticas. Lo anterior es para darle curso y estudio al documento a mí asignado y que ocupa el asiento 13762 tomo 549 del Diario.” Con tal fin, se le confiere audiencia hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho lapso, presente los alegatos que a sus derechos convengan. E igualmente se le previene que dentro de dicho término a partir de la publicación del presente edicto, debe señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, o un número de fax, en donde oír futuras notificaciones de este Despacho, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar fuere impreciso, incierto o ya no existiere. De conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley 3883 del 30 de mayo de 1967 y sus reformas, el artículo 185 del Código Procesal Civil, y el artículo 98 del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo N° 26771-J, del 18 de febrero de 1998 y sus reformas, así como el artículo 3 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. (Ref. Exp. 81-2005).—Curridabat, 19 de mayo del 2005.—Lic. Walter Méndez Vargas, Director a. í.—(Solicitud Nº 41691).—C-37070.—(41876).

 

Se hace saber a la Asociación Solidarista de Empleados del Ingenio Quebrada Azul y Afines, en calidad de acreedor en el documento presentado a este Registro bajo el asiento 6276 del tomo 506 del Diario, por el que se hipoteca la finca del partido de Alajuela matrícula 377211, así como al señor Norberto Corrales López, cédula Nº 1-261-842, en calidad de actor en el mandamiento inscrito en la relacionada finca, bajo las citas 522-4672-1-1-1, que la Subdirección del Registro Público de Bienes Inmuebles ha iniciado diligencias administrativas a instancia del Registrador 343, señor Mario Araya Cascante, manifiesta “Por este medio hago de su conocimiento que el documento de compra venta de lote e hipoteca presentado a este registro bajo las citas del tomo 506-06276, por error involuntario se dejó sin inscribir la hipoteca a favor de la Asociación Solidarista de Empleados del Ingenio Quebrada Azul y Afines, sobre la del partido de Alajuela 377211-000, cuyo deudor (sic) y dueño lo es el señor Oscar Mario Chavarría Prado. Sobre dicha finca está inscrito un mandamiento de practicado 522-04672 de fecha 27-07-2003 del señor Norberto Corrales López (el vendedor) contra el señor Chavarría Prado (actual propietario registral) el día 27-02-2004, la Oficina de Reconstrucción recibe una solicitud de corrección (Nº 137) y se adjunta el documento original, para su correspondiente inscripción, realizado el respectivo estudio y en base a los artículos 87 y siguientes del reglamento de organización del Registro Público elaboro el presente informe para lo que corresponda.” Con tal fin, se les confiere audiencia hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho lapso, presenten los alegatos que a sus derechos convengan. E igualmente se les previene que dentro de dicho término a partir de la publicación del presente edicto, deben señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, a un número de fax, en donde oír futuras notificaciones de este Despacho, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar fuere impreciso, incierto o ya no existiere. De conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley 3883 del 30 de mayo de 1967 y sus reformas, el artículo 185 del Código Procesal Civil, y el artículo 98 del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo N° 26771-J, del 18 de febrero de 1998 y sus reformas, así como el artículo 3 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. (Ref. Exp. 33-2004).—Curridabat, 19 de mayo del 2005.—Lic. Walter Méndez Vargas, Subdirector a. í.—(Solicitud Nº 21949).—C-59870.—(41877).

 

Se hace saber a los señores: I.—Albar Efraín Conejo Bravo, cédula de identidad N° 5-233-878, como parte interesada en el documento con las citas 529-4147; II.—Walter Smith Madrigal, cédula N° 1-490-388, como titular registral de la finca del Partido de Limón, Nº 96993 y como interesado en el documento 529-4147, así como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, que la Dirección de este Registro ha iniciado diligencias administrativas de oficio, en virtud del escrito presentado ante este Despacho por la funcionaria Helen Rodríguez Herrera, Registradora N° 81, donde informa de lo que se detalla: “... me fue asignado el documento 537 asiento 18045, y al realizar el estudio del plano 7-807016-89, hay duplicidad de fincas 7-65071-000 con la 7-096993-000. (linderos diferentes....”. En virtud de lo denunciado por la licenciada Rodríguez Herrera, se ordenó mediante resolución de las 15:25 horas del 27 de julio de 2004, vertida por esta Subdirección, la consignación de nota de advertencia administrativa en los inmuebles del Partido de Limón, matrículas 65071 y 96993. Con tal fin, se les confiere audiencia hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la tercera y última publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presenten los alegatos que a su derecho convengan. E igualmente, se les previene que dentro del término establecido para la audiencia, deben señalar apartado postal, casa u oficina, dentro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J de 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta N° 54 del 18 de marzo del mismo año, en concordancia con el numeral 3º de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, Ley N° 7637, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, artículos 99 del Reglamento de la materia y 12 de la citada Ley N° 7637 en relación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. (Ref. Expediente Nº 145-2004).—Curridabat, 19 de mayo del 2005.—Lic. Walter Méndez Vargas, Subdirector a. i.—(Solicitud Nº 21950).—C-42770.—(42014).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Órgano Director.—Acto de apertura del procedimiento ordinario administrativo contra la empresa Fema S. A., propietaria de Fonda Los Comales.—San José, a las quince horas del dieciocho de mayo del dos mil cinco.

Resultando:

1º—Que por oficio de la Gerencia General del Instituto Costarricense de Turismo G-936-2005 del 17 de mayo del 2005, se nombra como órgano director al Bach. Pablo Valverde Madrigal como Titular y al Lic. Martín Quesada Rivera como Suplente, ambos del Departamento de Fomento, para dar inicio al procedimiento ordinario administrativo contra la empresa Fema S. A., propietaria de Fonda Los Comales, a fin de determinar posibles incumplimientos a lo establecido en el Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas.

2º—Que la empresa Fema S. A., fue declarada turística según resolución de la Junta Directiva tomada en la sesión Nº 2884, artículo 4, del 04 de junio de 1978, para desarrollar la actividad gastronómica en el establecimiento denominado Fonda Los Comales.

3º—Que según oficio FOM-1392-2005, de fecha 12 de mayo del 2004, el señor Eligio Bonilla Carvajal, Supervisor del Departamento de Fomento, informa sobre la situación de la empresa.

Considerando:

I.—Que al Instituto Costarricense de Turismo, según disposiciones expresas contenidas en el Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, Decreto Ejecutivo N° 25226-MEIC-TUR del 15 de marzo de 1996 y sus reformas, le compete conocer y resolver todo lo relacionado con la aplicación del mencionado Reglamento.

II.—Que de conformidad con el artículo 11 inciso b), del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, el ICT tiene la obligación de ejercer control y vigilancia sobre las empresas declaradas, efectuando inspecciones periódicas.

III.—Que el artículo 13, incisos a), d) e i) respectivamente del mismo Reglamento, establece que a las empresas declaradas turísticas se les exige “cumplir con lo que dispone este Reglamento, la legislación vigente y demás normas o disposiciones especiales que regulen su funcionamiento”, “informar al Instituto de cualquier modificación en la planta física, instalaciones o servicios que puedan provocar un cambio en cuanto al tipo, categoría o características principales del establecimiento” y “reportar cualquier cambio de propietario, administradores, accionistas, gerente, domicilio, razón social, nombre comercial u otro cambio en la operación de la empresa”.

IV.—Que el señor Eligio Bonilla Carvajal, Supervisor de este Instituto, informa que el día 12 de mayo del 2004, procedió a realizar una visita al establecimiento Fonda Los Comales, ubicado en el Centro Comercial Guadalupe, con el propósito de realizar una inspección general a las instalaciones para actualizar la categoría de la misma, cuyo resultado fue cero tenedores. Que en vista de que el resultado era insuficiente para mantener la Declaratoria Turística, elaboró un informe contenido en los oficios FOM-1489-2004 y FOM-1496-2004, mediante los cuales se les indicaba a los representantes de la empresa el resultado de la inspección así como de los aspectos técnicos que hicieron que el restaurante perdiera la categoría. Que se le otorga un plazo de treinta días para que se procediera a subsanar las deficiencias encontradas. Que para efectos de la notificación se investiga la dirección del representante de la empresa, y el señor Juan Gamboa, quien dice ser el arrendatario del inmueble, indica que los locales le pertenecen a la sociedad denominada Industrial Pontevedra, representada por la señora Sonia Calderón Porter. Que en vista de que en el expediente administrativo consta otra razón social propietaria de la declaratoria turística, se procedió a consultar vía telefónica a la oficina de la administración del Centro Comercial Guadalupe, donde informaron que efectivamente los dos locales comerciales que había tomado en arriendo la sociedad Fema S. A., le pertenecen actualmente a la sociedad Industrial Pontevedra S. A. cuya representante es la señora Sonia Calderón Porter. Que se contactó con la señora Calderón Porter, y le planteó la posibilidad de tramitar ante este Instituto un cambio de propietarios, sin embargo, la apoderada manifiesta que su representada adquirió dos locales comerciales, no un restaurante, por lo que actualmente no le interesa esa actividad y por consiguiente tampoco la Declaratoria Turística. Que así las cosas no fue posible hacer efectiva la notificación del plazo, ya que por una parte los dueños anteriores no tienen potestad para actuar en el caso, y la actual apoderada de la otra sociedad no tiene interés.

V.—Que en el caso concreto que nos ocupa, existen indicios que la empresa Fema S. A., propietaria de la Fonda Los Comales, ubicado en el Centro Comercial Guadalupe, ha supuestamente infringido lo dispuesto en los incisos a), c), d), i) y j) del artículo 13 del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, al no conservar en buen estado de mantenimiento e higiene las instalaciones que ocupa, al no mantener la categoría mínima aprobada para mantener la declaratoria turística y al no haber reportado los cambios administrativos que se han dado a nivel de propietarios, pudiendo hacerse acreedora a las sanciones establecidas en el artículo 16 del Reglamento en cuestión, a saber amonestación escrita, suspensión de la Declaratoria Turística, cancelación de los beneficios otorgados por recomendación del Instituto, cancelación de los beneficios comprendidos en el artículo 11, incisos c) y e) o la cancelación de la Declaratoria Turística. Por tanto:

De conformidad con lo expuesto, artículo 13 incisos a), c), d), i) y j) y artículo 16 ambos del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas y con fundamento en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública, que rigen lo concerniente a los procedimientos administrativos, este órgano director cita al representante de la empresa Fema S. A., propietaria de Fonda Los Comales, para que personalmente o por medio de un apoderado se presente solo o en compañía de un profesional en Derecho, al Departamento de Fomento del Instituto Costarricense de Turismo, a la comparecencia oral y privada prevista en los artículos 218 y 309 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, a celebrarse quince días hábiles posteriores a la tercera publicación, a las nueve horas. Asimismo, se cita a la misma hora y fecha, como parte interesada en el presente procedimiento al apoderado de la empresa Industrial Pontevedra S. A.

Se previene según lo dispuesto en los artículos 218, 309 y 312 inciso 2), de la Ley General de la Administración Pública, que debe presentarse todas las pruebas antes o en el momento de la comparecencia, bajo apercibimiento de que en caso contrario caducaría su derecho.

Con base en los artículos 217 y 272 de la Ley General de la Administración Pública, se pone a disposición del interesado el expediente administrativo en la sede de este Órgano Director, ubicada en el Departamento de Fomento.

Contra la presente resolución procederán los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse, ante este Órgano Director, en el plazo de veinticuatro horas a partir de esta notificación. El recurso de revocatoria será resuelto por el Órgano Director y el de apelación por la Gerencia del Instituto.—Órgano Director del Procedimiento.—Bach. Pablo Valverde Madrigal.—(Solicitud Nº 48323).—C-145370.—(41183).

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Resolución RRG-4557.—San José, a las once horas del veintidós de abril de dos mil cinco.

Auto inicial del procedimiento administrativo seguido para determinar la verdad real sobre la supuesta prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas, según boleta de citación 2004-293132 a Inés Chaves Carmona. Expediente OT-69-2005.

Resultando:

1º—Que el transporte remunerado de personas, en todas sus modalidades, es un servicio público, que sólo puede ser prestado por el Estado o por particulares, sean personas físicas o jurídicas y, en el caso de particulares, deben poseer título legítimo que los faculte para ello, emitido por autoridad competente.

2º—Que mediante resolución RRG-3333-2004 de las 15:30 horas del 12 de febrero de 2004, publicada en La Gaceta Nº 36 del 20 de febrero de 2004, se faculta al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para que por los medios que estimen pertinentes, remueva los vehículos que se encuentren prestando el servicio público de transporte remunerado de personas, sin autorización del Estado.

3º—Que mediante oficio ASD-2005-050, del 8 de marzo del 2005, de la Dirección General de Tránsito, recibido en la Autoridad Reguladora el mismo día, se remite para el trámite administrativo correspondiente, la boleta de citación 2004-293132, levantada a la señora Inés Chaves Carmona, cédula Nº 5-275-319, quien conducía el vehículo placas 256168; por prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas, por lo que el oficial de tránsito Juan Carlos Medrano decomisó el citado vehículo, que se halla bajo la custodia de la Dirección General de la Policía de Tránsito, Delegación de Liberia. (folios 1 a 3).

4º—Que en la llamada Información Sumaria no numerada, visible a folio 3, se detallan los hechos, que se resumen así: Que el día 27 de febrero de 2005, se sorprendió a la conductora Chávez, prestando servicio público no autorizado a los usuarios, quienes al ser consultados manifestaron llamarse: Guadalupe Juárez, José Iván Olivares, Donald José Castro, Amparo Vargas, José y Judith Barrantes, siendo todos indocumentados e ilegales, de nacionalidad nicaragüense. Asimismo indicaron pagar ¢20 000 colones por el transporte de Peñas Blancas a Liberia.

5º—Que a folio 4 corre certificación del Consejo de Transporte Público en que consta que el vehículo placa 256168, no se encuentra autorizado para prestar transporte público remunerado de personas.

6º—Que la señora Chaves Carmona indicó pare recibir notificaciones la dirección Guanacaste, La Cruz, Peñas Blancas, no especificando lugar exacto.

7º—Que de conformidad con lo dispuesto en el Oficio 1539-RG-2003/8337 y la disposición publicada en La Gaceta Nº 240, del 12 de diciembre de 2003, la Dirección de Atención al Usuario funge como Órgano Director de los procedimientos administrativos que se deban seguir, al tenor de lo dispuesto en los artículos 38 y 41 de la Ley Nº 7593.

8º—Que en los procedimientos se han observado los plazos y las prescripciones de ley.

Considerando:

I.—Que de conformidad con lo establecido en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593, la prestación no autorizada del servicio público, constituye un ilícito, sancionable según dispone ese misma norma.

II.—Que la aplicación de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley Nº 7593, es decir, la remoción de equipo o instrumento que permita el uso abusivo e ilegal de los servicios públicos regulados por la Ley 7593, es una medida cautelar y necesaria para el resguardo del fin público.

III.—Que no consta en el expediente lugar para recibir notificaciones por lo que la presente resolución debe notificársele por publicación, por tres veces consecutivas, en el Diario Oficial La Gaceta, según lo dispuesto en el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública (folios 2 y 3).

IV.—Que para determinar la verdad real sobre los hechos acusados, lo procedente es designar la persona que tramitará este caso y dar apertura al procedimiento administrativo ordinario, previsto en los artículos 308 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, como se dispone. Por tanto:

Con fundamento en las facultades conferidas en los artículos 38, inciso d), 44 y 57, inciso e) de la Ley Nº 7593, 129 de la Ley General de la Administración Pública,

LA REGULADORA GENERAL, RESUELVE:

I.—Designar para la tramitación del procedimiento que aquí se ordena a la Lic. María Martha Rojas Chaves, funcionaria de la Autoridad Reguladora.

II.—Dar inicio al procedimiento administrativo ordinario para determinar la verdad real sobre los hechos detallados, a saber que con el vehículo placas 256168, conducido por Inés Chaves Carmona se prestó el servicio público de transporte remunerado de personas, sin la autorización del Estado; conducta que constituye un ilícito sancionable de conformidad con lo establecido en los artículos 38, inciso d) y 44, ambos de la Ley Nº 7593.

III.—Citar y emplazar, conforme los artículos 218 y 308, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, Inés Chaves Carmona, cédula Nº 5-275-319, para que comparezca a las 14:00 horas del décimo quinto día hábil, contados a partir del siguiente a la notificación de esta resolución; a la audiencia oral y privada de ley, que se realizará en las oficinas de la Autoridad Reguladora, ubicadas cuatrocientos cincuenta metros al oeste de la Contraloría General de la República, en Sabana Sur, Mata Redonda, San José. Durante la comparecencia, las partes podrán ofrecer, solicitar la admisión y, tramitar toda la prueba que el órgano director del procedimiento califique como pertinente, pedir testimonio a la administración, preguntar o repreguntar testigos y peritos, suyos o de otra parte, aclarar, ampliar o reformar la defensa inicial, proponer alternativas y sus pruebas y formular conclusiones de hecho y derecho en cuanto a la prueba y resultados de la comparecencia. Las partes podrán hacerse acompañar de un abogado. Concluida la indagatoria, se elevará el expediente a la Reguladora General, a quien corresponde dictar el acto final.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 312.2 de la Ley General de la Administración Pública, se le previene a las partes que en la audiencia deberán aportar toda la prueba pertinente, sin perjuicio de que lo puedan hacer por escrito antes de esa fecha. Las partes y los abogados, pueden examinar el expediente OT-69-2005, en que se tramita este asunto, en la Dirección de Atención al Usuario, de la Autoridad Reguladora, en sus oficinas.

IV.—Notificar a Inés Chaves Carmona, por publicación, por tres veces consecutivas, en el Diario Oficial La Gaceta, según lo dispuesto en el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública.

En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación y el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse ante el Órgano Director del procedimiento, a quien corresponde resolverlo; el de apelación y el de revisión, podrán interponerse ante la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora, a la que corresponde resolverlos.

El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de veinticuatro horas, a partir del día siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.—Notifíquese.—Lic. Aracelly Pacheco Salazar, Reguladora General.—(Nº 440-DAF-2005).—C-142145.—(41492).

Resolución RRG-4611-2005.—San José, a las trece horas y cuarenta cinco minutos del dieciséis de mayo del dos mil cinco.

Auto inicial del procedimiento administrativo seguido para determinar la verdad real sobre la supuesta prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas, según boleta de citación 2004-487505 a Ronny Castillo Fernández. Expediente OT-87-2005.

Resultando:

1º—Que el transporte remunerado de personas, en todas sus modalidades, es un servicio público, que sólo puede ser prestado por el Estado o por particulares, sean personas físicas o jurídicas y en el caso de particulares, deben poseer título legítimo que los faculte para ello, emitido por autoridad competente.

2º—Que mediante resolución RRG-3333-2004 de las 15:30 horas del 12 de febrero de 2004, publicada en La Gaceta Nº 36 del 20 de febrero de 2004, se faculta al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para que por los medios que estimen pertinentes, remueva los vehículos que se encuentren prestando el servicio público de transporte remunerado de personas, sin autorización del Estado.

3º—Que mediante oficio ASD-2005-060, del 17 de marzo del 2005, de la Dirección General de Tránsito, recibido en la Autoridad Reguladora el mismo día, se remite para el trámite administrativo correspondiente, la boleta de citación 2004-487505, levantada al señor Ronny Castillo Fernández, quien conducía el vehículo placas 456916; por prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas, por lo que el oficial de tránsito Alberto Rojas Montero decomisó el citado vehículo, que se halla bajo la custodia de la Dirección General de la Policía de Tránsito, Delegación de San José (folios 1 a 4).

4º—Que en la llamada Información Sumaria no numerada, visible a folio 4, se detallan los hechos, que se resumen así: Que funcionarios de la Fuerza Pública detuvieron al vehículo citado, en el cual transportaba una pasajera quien se identificó con el nombre de Anyi M. Aguilera Mora, portadora de cédula Nº 1-980-096, la cual indicó que el chofer le estaba brindando servicio de taxi.

5º—Que el vehículo es color rojo, portaba triángulos con la leyenda taxi y una copia a color de un permiso que no le corresponde, asimismo circulaba con taxímetro. Que se aporta como prueba documental: Copia de servicio de taxi SJP-4406, visible a folio 3. Portaba derecho de circulación y marchamo correspondiente a vehículo particular.

6º—Que a folio 5 corre certificación del Consejo de Transporte Público en que consta que el vehículo placa 456916, no se encuentra autorizado para prestar transporte público remunerado de personas.

7º—Que el señor Ronny Castillo Fernández, quien conducía el vehículo placas 456916 no señaló dirección o medio para recibir notificaciones.

8º—Que de conformidad con lo dispuesto en el Oficio 1539-RG-2003/8337 y la disposición publicada en La Gaceta Nº 240, del 12 de diciembre del 2003, la Dirección de Atención al Usuario funge como Órgano Director de los procedimientos administrativos que se deban seguir, al tenor de lo dispuesto en los artículos 38 y 41 de la Ley Nº 7593.

9º—Que en los procedimientos se han observado los plazos y las prescripciones de ley.

Considerando:

I.—Que de conformidad con lo establecido en el inciso d) del artículo 38 de la Ley Nº 7593, la prestación no autorizada del servicio público, constituye un ilícito, sancionable según dispone ese misma norma.

II.—Que la aplicación de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley Nº 7593, es decir, la remoción de equipo o instrumento que permita el uso abusivo e ilegal de los servicios públicos regulados por la Ley Nº 7593, es una medida cautelar y necesaria para el resguardo del fin público.

III.—Que no existe documentación de previo por parte del señor Ronny Castillo Fernández.

IV.—Que por no constarle a la Autoridad Reguladora un domicilio exacto del señor Ronny Castillo Fernández, quien conducía el vehículo placas 456916, debe notificársele por publicación, por tres veces consecutivas, en la Sección de Notificaciones del Diario Oficial La Gaceta, según lo dispuesto en el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública.

V.—Que para determinar la verdad real sobre los hechos acusados, lo procedente es designar la persona que tramitará este caso y dar apertura al procedimiento administrativo ordinario, previsto en los artículos 308 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, como se dispone. Por tanto:

Con fundamento en las facultades conferidas en los artículos 38, inciso d), 44 y 57, inciso e) de la Ley Nº 7593, 129 de la Ley General de la Administración Pública,

LA REGULADORA GENERAL, RESUELVE:

I.—Designar para la tramitación del procedimiento que aquí se ordena a la Lic. María Martha Rojas Chaves, funcionaria de la Autoridad Reguladora.

II.—Dar inicio al procedimiento administrativo ordinario para determinar la verdad real sobre los hechos detallados, a saber que con el vehículo placas 456916, conducido por Ronny Castillo Fernández se prestó el servicio público de transporte remunerado de personas, sin la autorización del Estado; conducta que constituye un ilícito sancionable de conformidad con lo establecido en los artículos 38, inciso d) y 44, ambos de la Ley Nº 7593.

III.—Citar y emplazar, conforme los artículos 218 y 308, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, Ronny Castillo Fernández; para que comparezca a las 15:00 horas del décimo quinto día hábil, contados a partir del siguiente a la notificación de esta resolución; a la audiencia oral y privada de ley, que se realizará en las oficinas de la Autoridad Reguladora, ubicadas cuatrocientos cincuenta metros al oeste de la Contraloría General de la República, en Sabana Sur, Mata Redonda, San José. Durante la comparecencia, las partes podrán ofrecer, solicitar la admisión y tramitar toda la prueba que el órgano director del procedimiento califique como pertinente, pedir testimonio a la administración, preguntar o repreguntar testigos y peritos, suyos o de otra parte, aclarar, ampliar o reformar la defensa inicial, proponer alternativas y sus pruebas y formular conclusiones de hecho y derecho en cuanto a la prueba y resultados de la comparecencia. Las partes podrán hacerse acompañar de un abogado. Concluida la indagatoria, se elevará el expediente a la Reguladora General, a quien corresponde dictar el acto final.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 312.2 de la Ley General de la Administración Pública, se le previene a las partes que en la audiencia deberán aportar toda la prueba pertinente, sin perjuicio de que lo puedan hacer por escrito antes de esa fecha.

Las partes y los abogados, pueden examinar el expediente OT-87-2005, en que se tramita este asunto, en la Dirección de Atención al Usuario, de la Autoridad Reguladora, en sus oficinas.

VI.—Notificar a Ronny Castillo Fernández, por publicación, por tres veces consecutivas, en la Sección de Notificaciones del Diario Oficial La Gaceta, según lo dispuesto en el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública.

En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación y el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse ante el Órgano Director del procedimiento, a quien corresponde resolverlo; el de apelación y el de revisión, podrán interponerse ante la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora, a la que corresponde resolverlos.

El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de veinticuatro horas, a partir del día siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.—Notifíquese.—Lic. Aracelly Pacheco Salazar, Reguladora General.—(Nº 440-DAF-2005).—C-161095.—(41493).

CITACIONES

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSÉ

La Junta de Protección Social de San José, en cumplimiento con las disposiciones legales vigentes, convoca al señor Gilberto Guerrero Peña, cédula 1-480-0894, a una comparecencia oral y privada en virtud de que en su expediente existe Oficio L-549-05, en el cual se indica que no retira su cuota de lotería por un período mayor a tres meses, lo cual y de conformidad con lo que establece la Ley de Loterías Nº 7395 en su artículo 14, que dice: “Si un adjudicatario no ha retirado varias cuotas consecutivas durante un plazo de tres meses, la Junta efectuará un estudio, para determinar si corresponde retirarle la adjudicación por abandono”.

Para tal efecto se le convoca el día 15 de junio del 2005, a las 9:00 a. m., en la oficina del Director de Producción y Ventas, que para todos los efectos legales es la sede y el domicilio del Órgano Director y que se encuentra físicamente en la planta baja del edificio principal de la Institución en el inmueble localizado al costado sur del Hospital Nacional de Niños, en San José centro. Si lo considera pertinente puede hacerse acompañar de un abogado.

La no asistencia a la comparecencia no impide continuar con los procedimientos hasta la resolución final, con las sanciones previstas por la Ley de Lotería Nº 7395 y según lo establece la Ley General de Administración Pública. De ser su deseo, puede presentarse en las oficinas del Departamento de Inspectores de Loterías, edificio Administración de Cementerios, avenida 10, 50 metros oeste de la iglesia de Las Ánimas a efecto de que el interesado o su abogado consulte el expediente, de 8:15 a 15:30 horas de lunes a viernes, o bien llamar al teléfono 221-5192, extensión 22.

San José, 24 de mayo del 2005.—Enrique Villalobos Jiménez, Secretario Comisión de Comparecencias.—1 vez.—(O. C. Nº 6041).—C-14270.—(41576).