Gaceta 128

PODER EJECUTIVO 1

DECRETOS 1

RESOLUCIONES 3

DOCUMENTOS VARIOS 5

AGRICULTURA Y GANADERÍA 5

ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO 5

EDUCACIÓN PÚBLICA 6

SALUD 6

AMBIENTE Y ENERGÍA 8

PODER JUDICIAL 9

AVISOS 9

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 9

AVISOS 9

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA 9

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS 9

LICITACIONES 11

ADJUDICACIONES 14

FE DE ERRATAS 21

REGLAMENTOS 23

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA 23

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS 23

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA 23

BANCO DE COSTA RICA 24

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO 24

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL 24

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA 24

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 25

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD 26

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA 27

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS 30

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE CARTAGO 30

RÉGIMEN MUNICIPAL 31

AVISOS 31

NOTIFICACIONES 48

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

N° 32447 - MOPT-MJ

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y GRACIA

En el ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; y con fundamento en lo establecido en el Acuerdo Centroamericano sobre Circulación Carretera, Ley N° 3148, publicada en el Alcance N° 39 a La Gaceta N° 207 del 13 de setiembre de 1963; la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, N° 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas; la Ley General de Caminos Públicos, N° 5060 del 22 de agosto de 1972 y sus reformas; la Ley General de la Administración Pública, N° 6227 del 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, N° 7331 del 13 de abril de 1993 y sus reformas y restantes disposiciones del ordenamiento jurídico vigente.

Considerando:

1º—Que en la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, Ley N° 7331, del 13 de abril de 1993, y sus reformas, se incorpora el concepto de “Vehículos de Interés Histórico” sin que en ésta ni en ninguna otra normativa se determine los alcances de dicho concepto. 

2º—Que por lo general dicho concepto está referido a vehículos antiguos y que puedan llegar a ser declarados oficialmente con valor histórico para la nación por la Entidad competente del Estado costarricense.

3º—Que la Procuraduría General de la República, en su oficio C-002-2005, de fecha 10 de enero de 2005, responde a los Ministros de Obras Públicas y Transportes, y Cultura, Juventud y Deportes, consulta jurídica sobre los alcances del término “vehículos de interés histórico”, concluyendo, en lo que interesa que …” Al encontrarnos ante una materia en la que se requiere la verificación de determinadas características especiales de ciertos vehículos automotores, y siendo el Ministerio de Obras Públicas y Transportes la dependencia encargada de velar por la regulación de todos los aspectos relacionados con la contaminación ambiental producida por los vehículos automotores disponiendo las especificaciones técnicas respectivas, así como verificar que aquellos cumplan con todas las disposiciones establecidas en la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, es criterio de esta Procuraduría General que es a ese Ministerio al que le corresponde la redacción y emisión del reglamento en cuestión, e igualmente le corresponderá hacerse cargo de resolver las solicitudes de declaratoria de interés histórico de los vehículos que cumplan con los parámetros que para el efecto se establezcan.”(sic)

4º—Que dicho criterio de la Procuraduría General es aclaratorio del vacío normativo existente en la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres por la omisión en su articulado de una definición clara del término “vehículos de interés histórico”, y siendo los criterios de la Procuraduría General de carácter vinculante y de obligatorio cumplimiento para la Administración, permiten al Ministerio de Obras Públicas y Transportes la redacción y emisión del reglamento sobre esta materia.

5º—Que la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres exime a los vehículos de interés histórico únicamente del cumplimiento obligatorio de las regulaciones del control de emisiones contaminantes que es parte de la revisión técnica vehicular preceptiva (RTV), requisito indispensable para circular legalmente por las vías terrestres públicas de la Nación. Sin embargo, en la revisión técnica se verifican partes y elementos de los vehículos que, por su antigüedad, los vehículos de interés histórico no cumplen. En estas circunstancias, resulta indispensable aplicar un régimen especial a los vehículos de interés histórico en la revisión técnica vehicular que salvaguarde su carácter representativo y simbólico de una determinada etapa de la producción automovilística, y les permita circular legalmente por las vías terrestres públicas de la Nación.

6º—Que se debe facilitar la circulación de estos vehículos, cuando lo amerite, pero en las condiciones y con las limitaciones que fueren aconsejables y una vez cumplidos todos los requisitos para ser declarados oficialmente con valor histórico para la Nación por la Entidad competente del Estado costarricense.

7º—Que como a la fecha no existe disposición alguna que regule esta materia, es imprescindible dotar al país de disposiciones reglamentarias específicas en este campo. Por tanto:

Decretan:

El siguiente,

Reglamento de vehículos de interés histórico

CAPÍTULO I

Catalogación

Artículo 1º—Objeto y clasificación. El presente Reglamento tiene por objeto emitir disposiciones normativas a efectos de que vehículos de motor con determinada antigüedad y de singular fabricación se puedan someter a la preceptiva revisión técnica vehicular (RTV) y puedan circular legalmente, por las vías públicas terrestres de la Nación. Dichos vehículos están incorporados en la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y sus reformas bajo el concepto de “Vehículos de Interés Histórico”, pero serán considerados como tales en la revisión técnica vehicular (RTV) cuando cumplan los requisitos estipulados en el presente reglamento. Para que un vehículo sea declarado de valor histórico, deberá cumplir como mínimo con los siguientes requisitos:

a.   Demostrar con documento idóneo de acuerdo a lo estipulado en el artículo dos, inciso b), tener como mínimo treinta y cinco años de antigüedad contados a partir de la fecha de su fabricación. Si la fecha de fabricación no se conociera con exactitud, se tomará como tal, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar. Sus piezas y repuestos deberán ser de fabricación en el período de la producción normal del vehículo, con excepción de los elementos que se consumen con el uso, sustituidos por reproducciones o equivalencias efectuadas con posterioridad al período de producción normal del vehículo, que habrán de hallarse inequívocamente identificadas. Si hubiera tenido modificaciones en la estructura o componentes, la consideración de vehículo de interés histórico se determinará en el momento de la catalogación.

b.  Ningún otro vehículo con igual o mayor tiempo de antigüedad será considerado como de interés histórico si no reúne estas condiciones, por lo cual no le serán aplicables las disposiciones del presente reglamento.

Artículo 2º—Requisitos para la RTV bajo el concepto de vehículo de interés histórico. Para que un vehículo sea sometido a la RTV bajo el concepto de “Vehículo de Interés Histórico” se requerirá resolución del Ministro de Obras Públicas y Transportes catalogando el vehículo como tal, para lo cual:

a)  El propietario del vehículo o su representante legal dirigirá solicitud escrita en ese sentido a la Dirección de Circulación y Estudios Técnicos (DCET) de la División de Circulación y Transporte de Carga, o a la oficina que en su lugar se designe en el MOPT para estos efectos.

b)  El propietario del vehículo o su representante legal adjuntará a la solicitud indicada en el inciso anterior toda la documentación en su poder que acredite y defina las características técnicas e históricas del vehículo. A falta de documentación técnica del vehículo, podrá aportar un informe o ficha técnica reducida, certificados por el fabricante o su Distribuidor Autorizado.

Esta información deberá ser reconocida por una entidad o asociación nacional autorizada por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, relacionada con este tipo de vehículos, o por un laboratorio de vehículos oficial extranjero y/o de una asociación extranjera homónima, para que evalúe y acredite en el país las características y autenticidad del vehículo.

Lo anterior permitirá que una vez presentada la solicitud el MOPT pueda emitir la resolución final. Los gastos en que haya de incurrirse para el cumplimiento de lo anterior correrán por cuenta del propietario del vehículo.

Dentro de la resolución por parte del MOPT, se incorporarán todas las limitaciones a la circulación del vehículo cuando se consideren necesarias por razones técnicas y de seguridad de la circulación vial, así como aquellas condiciones que no deben serle exigidas en la inspección técnica, sin detrimento de lo que el MOPT pueda decidir en estos aspectos.

c)  El propietario del vehículo o su representante legal entregará el informe de revisión técnica del vehículo, con no más de treinta (30) días naturales de haberse realizado. Además, deberá entregar la certificación de propiedad del vehículo y fotocopia cotejada del original del Derecho de Circulación al día; o bien la respectiva documentación de primer ingreso al país expedida por la Dirección General de Aduanas.

Artículo 3º—Actuación del MOPT. El MOPT, de acuerdo a lo establecido en el artículo segundo inciso a) de este Decreto,  una vez examinado el vehículo y analizada la documentación que fuere presentada, emitirá un informe sobre la autenticidad de aquél, sus características técnicas y condiciones y exenciones técnicas que el vehículo debe cumplir en las inspecciones periódicas y posibles limitaciones a su circulación.

Artículo 4º—Resolución final del procedimiento. El Ministro de Obras Públicas y Transportes  dictará la resolución final del procedimiento incluyendo en ella, si fuera favorable a la catalogación del vehículo como “Vehículo de interés histórico”, la declaración como tal, así como las limitaciones que se impongan a la circulación del vehículo, y las condiciones técnicas específicas que no se exigirán al mismo en la revisión técnica vehicular.

La empresa encargada de la revisión técnica de vehículos deberá transcribir en la Tarjeta de Revisión Técnica Vehicular estas limitaciones a la circulación del vehículo y las condiciones técnicas específicas que no se exigirán al mismo en la revisión técnica.

CAPÍTULO II

Circulación

Artículo 5º—Requisitos generales. Para que estos vehículos circulen por las vías terrestres públicas de la Nación deben tener toda la documentación que legalmente corresponde.

Artículo 6º—Revisión técnica previa a la inscripción como vehículo de interés histórico. Para que el propietario del vehículo pueda realizarle a éste la revisión técnica para inscribirlo como “Vehículo de Interés Histórico”, deberá cumplirse lo siguiente:

6.1-  Notificada la resolución a que se refiere el artículo 2º al propietario del vehículo, éste solicitará en cualquier estación fija de la empresa de RTV, si la resolución fuese favorable, la revisión técnica para su inscripción en el Registro Nacional.

6.2-  La revisión técnica vehicular se realizará tomando en cuenta las condiciones técnicas que no se le exigirán y que figuren en la resolución dictada al efecto por el MOPT.

6.3-  Una vez efectuada la revisión, y si ésta resultare favorable, la estación emitirá el correspondiente informe que servirá para el trámite de inscripción, pero no emitirá, ni entregará la Tarjeta de RTV, ni ningún otro tipo de documento que permita suponer que el vehículo completó con éxito la revisión técnica, hasta tanto éste haya sido inscrito en el respectivo Registro y asignadas placas con número de matrícula especial.

6.4-  Una vez inscrito el vehículo y asignadas las placas con número de matrícula especial y colocadas éstas en el vehículo, el propietario deberá troquelar en el chasis, en lugar fácilmente visible para la revisión técnica, ese número de matrícula con el código que la identifica como vehículo de interés histórico. Sólo entonces regresará a la estación de RTV para dicha comprobación positiva y para que se le entregue la Tarjeta de RTV y cualquier otro tipo de documento que permita confirmar que el vehículo completó con éxito la revisión técnica.

6.5-  Una vez cumplido lo anterior, la estación de RTV emitirá la Tarjeta de RTV indicando claramente en ella la fecha de fabricación del vehículo o, en su defecto, la fecha del año de comercialización, si éstas fueran conocidas, las limitaciones a la circulación que le fueron impuestas al vehículo y las condiciones técnicas que no se le exigirán  en la revisión técnica vehicular periódica y que figuran en la resolución dictada al efecto por el MOPT.

Artículo 7º—Número y placas de matrícula. Se dispone lo siguiente:

7.1- Todo vehículo que entre a este régimen de “Vehículos de Interés Histórico” deberá tener asignadas placas con un número de matrícula especial.

El número de matrícula especial será el que le corresponda como “Vehículo de Interés Histórico”, no correspondiendo este número de matrícula con el número de matrícula que le correspondió originalmente.

7.2-  Para asignarles las placas con el número de matrícula especial a los vehículos que ya circulen legalmente por las vías públicas terrestres de la Nación, y que resulten acogidos dentro de este régimen, deberá realizarse, previamente, el depósito de sus placas originales, y proceder con el trámite que le sea indicado en el Registro Público de la Propiedad de Bienes Muebles.

7.3-  El vehículo de motor procedente del extranjero que resulte catalogado como de interés histórico, se le asignará también la placa de matrícula correspondiente a “Vehículo de Interés Histórico”, y no podrá exhibir la placa extranjera original.

7.4-  Las características de la placa de matrícula especial se atendrán a lo que establece la legislación vigente para las placas de matrícula, pero en ellas figurará, antecediendo al número de matrícula, la inscripción VH de identificación de Vehículo de Interés Histórico.

Artículo 8º—Normas de circulación. El propietario y/o conductor de un “Vehículo de Interés Histórico” se atendrá a lo siguiente:

8.1-  En lo que no está previsto específicamente en este reglamento, serán aplicables a los vehículos de interés histórico las normas que regulan la circulación de los vehículos en general y, en consecuencia, también les serán aplicables las obligaciones previstas en la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y sus reformas, y demás normativa vigente.

8.2-  Deberán cumplirse las limitaciones que figuren en su tarjeta de RTV derivadas de la resolución de catalogación del MOPT.

8.3-  La revisión técnica periódica de estos vehículos se efectuará con la frecuencia que señala la convocatoria oficial de revisión técnica de vehículos para la categoría de vehículos a la que pertenezca y en la que resultaron inscritos.

8.4-  Aquellos vehículos de interés histórico que, por su antigüedad o características constructivas, no dispongan de los sistemas de alumbrado y señalización óptica exigidos en nuestra legislación no podrán circular entre las 18:00 horas y las 6:00 horas del día siguiente, ni en circunstancias que hagan necesario el empleo de tales sistemas.

8.5-  Los vehículos de interés histórico que no sean capaces de superar la velocidad de 40 kilómetros/hora sólo circularán por vías urbanas y por el espaldón, si fuera practicable y suficiente, o, en su defecto, lo harán lo más próximo posible al borde exterior derecho de la calzada, excepto cuando vayan a efectuar un adelantamiento o un giro a la izquierda, maniobras que únicamente podrán realizar si con ellas no obligan a otros conductores a modificar bruscamente la dirección o la velocidad de sus vehículos.

8.6-  Los vehículos de interés histórico no circularán por autopistas, ni carreteras convencionales sin regulación de velocidad o señalizadas para más de 40 kilómetros/hora, si no alcanzan, como mínimo, la velocidad de 60 kilómetros/hora, o si por sus características constructivas no poseen los preceptivos cinturones de seguridad requeridos en nuestra legislación.

8.7-  Asimismo, mediante resolución del MOPT podrá prohibirse, en determinadas fechas y vías, la circulación de los vehículos de interés histórico que no sean capaces de superar esa velocidad de 60 kilómetros/hora. Igualmente, se podrán emitir otros tipos de prohibiciones a la circulación de estos vehículos cuando, por razones de seguridad, así lo considere el Ministro y se consigne en la citada resolución.

En caso de que los dueños o conductores de dichos vehículos incumplan con las obligaciones, prohibiciones y limitaciones impuestas dentro de la Resolución que le otorga la Condición de Vehículo Histórico, las autoridades de Tránsito podrán hacer el correspondiente retiro de las placas e iniciar el proceso para el levantamiento de dicha Condición ante el Despacho del Ministro de Obras Públicas y Transportes.

Artículo 9º—Plazos. Para el cumplimiento de las actuaciones que se han estipulado se respetarán los plazos que estén en vigor a la entrada en vigencia del presente reglamento.

Artículo 10.—Vigencia. Rige treinta días después de su publicación en La Gaceta y deroga toda norma de igual o inferior rango o jerarquía en lo que se le oponga.

Transitorios

Transitorio único.—Se concede un plazo máximo de 6 meses a partir de la fecha del rige del presente Decreto Ejecutivo para que en el MOPT y en el Ministerio de Justicia se adopten las medidas necesarias, en lo que les corresponda, para poner en aplicación la totalidad de lo estipulado en el presente Reglamento.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veinte días del mes de junio del dos mil cinco.

Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Publicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante y la Ministra de Justicia y Gracia, Patricia Vega Herrera.—1 vez.—(D32447-51585).

 

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Poder Ejecutivo.—San José, a las 14:25 horas del día diecinueve del mes de mayo del dos mil cinco.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Quepos-Savegre”.

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº 05/0382 de 25 de abril del 2005, remitido por el Departamento de Terrenos de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Nº 29364-000, cuya naturaleza es terreno de montaña y repastos con una casa, situado en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas, con una medida de 5.336.183,97 metros cuadrados y cuyos linderos de la finca madre según el Registro Público de la Propiedad son: norte, con río Paquita, Eliseo Arce Alvarado, Rose Sequerira, Finca Anita de Compañía Bananera y lote destinado a cementerio; al sur, con Finca Anita de Compañía Bananera, quebrada Boca Vieja y Raúl Castillo, Carretera Quepos-Savegre, Finca Anita de Compañía Bananera, lote La Isabel, Rafael Matamoros; al este, con Quebrada Boca Vieja y Raúl Castillo, quebrada Boca Vieja en medio e Inversiones Dompe y Garro S. A., y al oeste, Finca Anita de Compañía Bananera y río Paquita y quebrada Boca Vieja en medio río Paquita e Inversiones Dompe y Garro S. A.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 14.957.37 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: naturaleza: terreno de montaña y repastos con una casa. Ubicación: distrito 01 Quepos, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas y cuyos linderos son: norte, con calle pública con 814.44 metros de frente; al sur, con resto de finca; al este, con Finca Hermanos Jiménez Otárola, y al oeste, con el Liceo de Quepos. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Quepos-Savegre”.

3º—Constan en el expediente administrativo Nº 27.530 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado Nº P-958224-2004, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 14.957,37 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble.

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar.

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2º, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad: al Sistema de Folio Real Matrícula Nº 29364-000.

b)  Naturaleza: terreno de montaña y repastos con una casa.

c)  Ubicación: situado en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas.

d)  Linderos: norte, con calle pública con 814.44 metros de frente; al sur, con resto de finca; al este, con Finca Hermanos Jiménez Otárola, y al oeste, con el Liceo de Quepos.

e)  Propiedad: Brenes Méndez Hermanos Sucesores Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-151938, representada por Eugenia María Brenes Castro, cédula Nº 1-310-579.

f)   De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 14.957,37 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Quepos-Savegre”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula Nº 29364-000, situado en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas y propiedad de Brenes Méndez Hermanos Sucesores Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-151938, representada por Eugenia María Brenes Castro, cédula Nº 1-310-579 y cuyos linderos son: norte, con calle pública con 814.44 metros de frente; al sur, con resto de finca; al este, con Finca Hermanos Jiménez Otárola, y al oeste, con el Liceo de Quepos, con una área total de 14.957,37 metros cuadrados, conforme a lo indicado en el plano catastrado Nº P-958224-2004, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Quepos-Savegre”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante.—1 vez.—(Solicitud Nº 33558).—C-46050.—(51577).

 

N° 323.—Poder Ejecutivo.—San José, a las 14:30 horas del día diecinueve del mes de mayo del dos mil cinco.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Quepos-Savegre”.

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº 05/0332 de 18 de abril del 2005, remitido por el Departamento de Terrenos de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Nº 16103-003-004-005-006-007, cuya naturaleza es terreno de agricultura y pastos, situado en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas, con una medida de 501.799,55 metros cuadrados y cuyos linderos de la finca madre según el Registro Público de la Propiedad son: norte, con calle pública con 1088,60 metros; al sur, con Francisco Novoa Gabuardi y otro; al este, con quebrada en medio y otros, y al oeste, con quebrada y otros.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 15.238,63 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: naturaleza: terreno de agricultura y pastos. Ubicación: distrito 01 Quepos, cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas y cuyos linderos son: norte, con calle pública con 1.144,64 metros de frente; al sur, con resto de finca; al este, con Ingrid Villalobos Mora, y al oeste, con quebrada Boca Vieja en medio, Brenes Méndez Hermanos Sociedad Anónima. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Quepos-Savegre”.

3º—Constan en el expediente administrativo Nº 27.529 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado Nº P-977184-2005, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 15.238,63 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble.

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar.

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2º, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad: al Sistema de Folio Real matrícula Nº 16103-003-004-005-006-007.

b)  Naturaleza: terreno de agricultura y pastos.

c)  Ubicación: situado en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas.

d)  Linderos: norte, con calle pública con 1.144,64 metros de frente; al sur, con resto de finca; al este, con Ingrid Villalobos Mora, y al oeste, con quebrada Boca Vieja en medio, Brenes Méndez Hermanos Sociedad Anónima.

e)  Propiedad: Antonio, cédula Nº 1-314-490, Alberto, cédula Nº 1-345-633, Ascensión, cédula Nº 1-383-460, Cruz, cédula Nº 1-398-1325, Omar, cédula Nº 1-438-684, todos de apellido Jiménez Otárola.

f)   De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 15.238,63 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Quepos-Savegre”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula Nº 16103-003-004-005-006-007, situado en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas y propiedad de Antonio, cédula Nº 1-314-490, Alberto, cédula Nº 1-345-633, Ascensión, cédula Nº 1-383-460, Cruz, cédula Nº 1-398-1325, Omar, cédula Nº 1-438-684, todos de apellido Jiménez Otárola y cuyos linderos son: norte, con calle pública con 1.144,64 metros de frente; al sur, con resto de finca; al este, con Ingrid Villalobos Mora, y al oeste, con quebrada Boca Vieja en medio, Brenes Méndez Hermanos Sociedad Anónima, con una área total de 15.238,63 metros cuadrados, conforme a lo indicado en el plano catastrado Nº P-977184-2005, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Quepos-Savegre”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante.—1 vez.—(Solicitud Nº 33559).—C-46050.—(51578).

 

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

DIRECCIÓN DE SALUD ANIMAL

DEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL

DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

EDICTOS

El señor Javier Molina Ulloa, con cédula Nº 1-543-142, vecino de Heredia, en calidad de regente veterinario de la Compañía Droguería Molimor JS SRL, con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Clortet 200gr. Fabricado por: Laboratorio Eco Animal Health Ltda., con los siguientes principios activos: cada Kg contiene: 200g de Clortetraciclina y las siguientes indicaciones terapéuticas: agente antimicrobiano específico para los agentes etiológicos seceptibles a la clortetraciclina. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 10 de junio del 2005.—Dr. Benigno Alpízar Montero, Jefe.—(50947).

 

ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

El Ministerio de Economía, Industria y Comercio y la Secretaría Técnica del Órgano de Reglamentación Técnica pone a disposición de las instituciones y público en general, los proyectos de reglamentos técnicos que se están analizando en la Unión Aduanera Centroamericana:

Normalización

-    Etiquetado de calzado

-    Etiquetado de bebidas destiladas

-    Etiquetado de bebidas fermentadas

-    Sistema Internacional de Unidades (SI)

Hidrocarburos

-    Recipientes a presión. Cilindros portátiles para contener GLP. Especificaciones de fabricación

-    Recipientes a presión. Cilindros portátiles para contener GLP. Válvula de acoplamiento rápido. Especificaciones

-    Gasolina regular. Especificaciones

-    Transporte terrestre de gas licuado de petróleo a granel (GLP). Especificaciones

-    Transporte terrestre de hidrocarburos líquidos (Excepto GLP). Especificaciones.

-    Productos de petróleo. Gases licuados de petróleo: propano comercial, butano comercial y sus mezclas. Especificaciones.

-    Recipientes a presión. Cilindros portátiles para contener GLP. Sello de inviolabilidad (Marchamo). Especificaciones

-    Recipientes a presión. Cilindros portátiles para contener GLP. Válvula de acoplamiento roscado (tipo POL). Especificaciones

Y el siguiente reglamento técnico nacional:

-    Huevos frescos o refrigerados de gallina para consumo humano.

Para lo cual se otorga un período de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este aviso; para presentar ante dicha Secretaría, sus observaciones. Esto según el Artículo Nº 361 de la Ley General de la Administración Pública.

El texto de los proyectos de reglamentos técnicos, así como los expedientes con la información que sirvió de base para la emisión de la propuesta, se encuentra en las oficinas de la Secretaría, sita en el Edificio IFAM, del Colegio Lincoln 200 m oeste, 100 m sur, 200 m oeste, 1er. piso, frente al Despacho Ministerial; en horarios de 8am a 4pm, jornada continua. La versión digital está disponible en el sitio: http://www.reglatec.go.cr o bien la puede solicitar a la siguiente dirección electrónica: reglatec@meic.go.cr.

Las observaciones podrán ser entregadas a la dirección física y electrónica  indicadas  anteriormente o  al fax: Nº 297-1439.

28 de junio del 2005.—Orlando Muñoz, Jefe.—Departamento de Reglamentación Técnica.—1 vez.—(Solicitud Nº 25987).—C-17595.—(50753).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD

Y MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO

REPOSICIÓN DE TÍTULOS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1º, folio 8º, asiento N° 26, emitido por el Instituto Profesional de Educación Comunitaria (IPEC) de Agua Buena, en el año dos mil dos, a nombre de Castro Ruíz Maikol. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 20 de junio del 2005.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(49873).

 

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante esta Supervisión se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica”, Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 270, título Nº 493, emitido por el Liceo Ing. Manuel Benavides Rodríguez, en el año mil novecientos ochenta y dos, a nombre de Villalobos Espinoza José Rafael. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 9 de junio del 2005.—Departamento de Supervisión Nacional.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Director.—(50729).

 

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del diploma de conclusión de estudios de la educación diversificada “Rama Técnica”, inscrito en el tomo Nº 1, folio Nº 19, asiento Nº 3, título N° 13, emitido por el Colegio Técnico Profesional Carlos Manuel Vicente Castro, en el año mil novecientos setenta y cuatro, a nombre de Gutiérrez Chavarría Jeannette. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 6 de junio del 2005.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(50757).

 

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 136, título Nº 560, emitido por el Liceo de Costa Rica Nocturno, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Alejandra Leticia Gómez Sánchez. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veinte días del mes de junio del dos mil cinco.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(51189).

 

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Área de Letras, inscrito en el tomo 1, folio 73, título Nº 704, emitido por el Liceo Nocturno de Desamparados, en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Gustavo Adolfo Jiménez Hernández. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintinueve días del mes de julio del dos mil cuatro.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(51573).

 

SALUD

CONSEJO DE ATENCIÓN INTEGRAL

El Ministerio de Salud convoca a las organizaciones no gubernamentales que atienden y administran los Centros de Atención Integral, para niños y niñas hasta doce años de edad, el viernes 29 de julio del 2005 a las 13:00 horas, con el objetivo de que nombren a un o una representante, para que integre el Consejo de Atención Integral. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 8º, inciso c) y 9º de la Ley N° 8017 “Ley General de Centros de Atención Integral”, publicada en La Gaceta N° 181 del 21 de setiembre del 2000.

Lugar: aula Nº 2 de la Sala de Convenciones del Ministerio de Salud, sita San José, avenidas 6a y 8a, calle 16.

Para mayor información comunicarse a los teléfonos 257-0559 o 233-0333 (ext. 237) con la Srta. Silvia Carmona.—San José, 8 de junio del 2005.—M.Sc. Delia Villalobos Álvarez, Viceministra de Salud y Presidenta.—1 vez.—(O. C. Nº 488).—C-7145.—(51517).

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

AVISOS

Se hace saber a terceros e interesados que dentro de las diligencias administrativas promovidas por el señor Marcos Alexander Piedra Rodríguez, en contra de la inscripción del documento que ocupó el asiento 08659, del tomo 373 del diario, que es constitución de la sociedad Claroji S. A., por resolución de las 10:00 horas del 25 de octubre del 2004 se resolvió consignar inmovilización en la inscripción de dicha entidad, registrada en el sistema automatizado bajo el número de cédula jurídica Nº 3-101-371440, así como en el inmueble del partido de Alajuela, matrícula 172328-000, la que deberá mantenerse hasta que los interesados soliciten su levantamiento por los medios procedentes o una autoridad judicial competente ordene su cancelación. (Referencia: expediente Nº RPJ-029-2004).—Curridabat, 16 de junio del 2005.—Lic. Grace Lu Scott Lobo, Subdirectora.—1 vez.—(Solicitud Nº 18189).—C-5720.—(51128).

 

DIRECCIÓN GENERAL DE ADAPTACIÓN SOCIAL

DRH-PAJ-0985-05

A: Mendry Romero Araya, cédula 07-136-0324

Limón, Barrio Cristóbal Colón

Del centro de nutrición 100 metros al sur, 50 al oeste y 25 al sur.

Estimada señora:

En atención a Resolución de las 11:00 horas del 31 de mayo del 2005, suscrita por el licenciado Guillermo Arroyo Muñoz, Director General de Adaptación Social; se le comunica Despido sin Responsabilidad Patronal, por ausencias injustificadas al trabajo desde el 21 de mayo del 2005.

Contra la Resolución supra indicada, proceden los recursos de Revocatoria y Apelación dentro de los cinco y tres días hábiles respectivamente, posteriores al recibido de la presente comunicación. Dichos recursos deben ser presentados ante el Despacho del Director General de Adaptación Social. Los originales de la Resolución y del presente Oficio constan en poder de esta Dirección donde los puede retirar si lo considera pertinente.

Se le previene que la presentación de los recursos indicados no aparejan como consecuencia directa, la suspensión del acto ordenado mediante el presente Oficio, al tenor de lo dispuesto en el Art. 148 de la Ley General de la Administración Pública.—San José, 21 de junio del 2005.—Lic. Randall Loría Rivera, Asesor Jurídico.—(Solicitud Nº 43333).—C-39920.—(49628).                                                        3. v. 3

 

REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Los señores Beatriz Ángela Farroni, de Argentina, Raúl Alberto Pereyra, de Argentina mayores, casados, vecinos de Puntarenas, pasaportes número 11769942N y 05326273M respectivamente, solicitan la Patente de Invención denominada EL DISPOSITIVO PARA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES POR SUEÑO. Dispositivo que funciona para que en el momento en que un conductor del vehículo comienza a relajarse y deja de oprimir el volante suene una alarma, y de esa manera el individuo está en alerta nuevamente por el sonido que el dispositivo emite. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es H03B/, cuyos inventores son Beatriz Ángela Farroni y Raul Alberto Pereyra. La solicitud correspondiente lleva el número 7552, y fue presentada a las 11:37:19 del 27 de octubre de 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de junio del 2005.—Lic. Rafael Quesada, Registrador.—Nº 42188.—(50038).

 

La señora Kristel Faith Neurohr, mayor, soltera, abogada, cédula Nº 1-1143-447, vecina de San José, en su condición de apoderada de Eastgate Investments Limited, de Bermudas, solicita la Patente de Invención denominada DISPOSITIVO DE ALMACENAMIENTO DE DATOS. Se describe un dispositivo de almacenamiento de datos para almacenar información digital en forma legible, dicho dispositivo está constituido por uno o más elementos de memoria, cada elemento de memoria comprende un conducto magnético plano que tiene la capacidad de sostener y propagar una pared de dominio magnético formada en un canal de propagación continuo, cada canal continuo es provisto por lo menos con uno y de preferencia con un número grande de nodos de inversión en los que se cambia la dirección de magnetización de una pared de dominio que se propaga a lo largo del conducto bajo la acción de un campo aplicado conveniente, tal como un campo magnético giratorio. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es G11C 19 /08, cuyo inventor es Russel Paul Cowburn. La solicitud correspondiente lleva el número 7499, y fue presentada a las 14:52:59 del 27 de setiembre de 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de mayo del 2005.—Lic. Ana Catalina Monge, Registradora.—Nº 42147.—(50039).

El señor Vicente Lines Fournier, mayor, casado, abogado, cédula 1-830-937, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Construction Research & Technology GMBH, de R. D. Alemana, solicita la Patente de Invención denominada MÉTODO DE LUBRICACIÓN DE CONDUCTOS PARA LECHADAS CEMENTOSAS. Se refiere a un método de lubricación del paso de una composición cementosa a través de un conducto, que comprende añadir al conducto, antes de añadir la composición cementosa al mismo, una solución acuosa de una composición lubricante sólida que consiste escencialmente en (i) carbonato o bicarbonato de metal alcalino (ii) poli (óxido de etileno) y (iii) sucfactante de sulfato aniónico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es B65G 53/38, cuyo inventor es Terje Angelsakaar. La solicitud correspondiente lleva el número 7690, y fue presentada a las 14:13:19 del 14 de Febrero del 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de mayo del 2005.—Lic. Rafael Quesada, Registrador.—Nº 42146.—(50040).

 

El señor Sergio Jiménez Odio, mayor, casado, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-897-615, en su condición de apoderado especial de Fibrester Latinoamericana S. A., de Costa Rica, solicita el Modelo Industrial denominado BAÑERA TINAS, SPAS O SISTEMAS PARA HIDROMASAJES.

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Modelo diseñado para el confort de las personas que lo usen, capacidad de cinco personas, cuatro sentadas y una acostada en una especie de cama lateral diseñada anatómicamente, su forma específica no roza con productos similares ya que se distinguen varios aspectos de suma importancia, colocación de un sistema o equipo de hidromasaje simple (el usado en pequeñas tinas) uso si lo amerita de dos motores lo que hace independiente las zonas del mismo, sistemas manuales de control, la forma del modelo es simétrica en su totalidad y sus curvas aunque fuertes y rectas dan armonía al conjunto, posee además un soporte perimetral o deck, el que asemeja a tablilla de madera, aislando el modelo por completo en su parte interior. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es 99/00, cuyo inventor es Orlando Odio Montealegre. La solicitud correspondiente lleva el número 7278, y fue presentada a las 14:58:23 del 6 de enero del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de junio del 2005.—Lic. Rafael Quesada, Registrador.—Nº 42004.—(50041).

 

La señora (ita) Nora Madrigal González, mayor, secretaria, vecina de San José, cédula 1-998-184, en su calidad de apoderada de Shering OY, de Finlandia, solicita la Patente de Invención denominada UN SISTEMA DE ENTREGA Y UN PROCESO DE FABRICACIÓN PARA UN SISTEMA DE ENTREGA.

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Esta invención se refiere, a un sistema de entrega que comprende una construcción cuerpo (7) y al menos una cápsula (8) que contiene una composición farmacéutica, dicha cápsula tiene al menos un primer terminal y un segundo terminal. De acuerdo con la invención la construcción cuerpo (7, 12, 34) tiene por lo menos dos partes fijadoras (9, 10), y cada parte fijadora tiene por lo menos un primer terminal y un segundo terminal, dicho primer terminal de cada parte fijadora que tiene una superficie adaptada a la cara y cubre una de por lo menos del primer y segundo terminales de la cápsula (8), el diámetro de por lo menos una de las partes fijadoras que varía a lo largo de su longitud entre dicho primer terminal y dicho segundo terminal, y la cápsula (8) está montada entre dicho al menos dos partes fijadoras. La invención además se refiere a un proceso de fabricación de un sistema de entrega, dicho sistema comprende una construcción cuerpo y por lo menos una cápsula que contiene una composición farmacéutica. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61F 6 /14, cuyos inventores son Esa Hallinen, Heikki Lyytikainen, Penti Jarvela, Ilkka Kivi. La solicitud correspondiente lleva el número 7709, y fue presentada a las 08:54:38 del 20 de febrero del 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 2 de junio del 2005.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 42212.—(50308).

 

La señora (ita) Nora Madrigal González, mayor, secretaria, vecina de San José, cédula 1-998-184, en su calidad de Bumpads Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada SISTEMA DE PUBLICIDAD (VALLA) PARA VEHICULOS.

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Un sistema publicitario y de barrera para vehículos que comprende una barrera de estacionamiento para vehículos tiene una cara frontal y una cara posterior y una superficie superior entre ellas y un par de superficies finales. La barrera tiene una superficie inferior en general horizontal que se puede colocar sobre una superficie de estacionamiento. Un medio de acoplamiento se usa para asegurar la barrera de estacionamiento a la superficie de estacionamiento. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es E01C 11/22, cuyos inventores son Scott J. Fenimore, Richard Militana. La solicitud correspondiente lleva el número 7689, y fue presentada a las 14:01:46 del 14 de febrero del 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 2 de junio del 2005.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 42213.—(50309).

 

 La señora (ita) Nora Madrigal González, mayor, secretaria, vecina de San José, cédula 1-998-184, en su calidad de apoderada de Instituto de Ecología A.C., de México, solicita la Patente de Invención denominada AISLAMIENTO, DETERMINACIÓN ESTRUCTURAL, SÍNTESIS, ACTIVIDAD BIOLÓGICA Y APLICACIÓN COMO AGENTE DE CONTROL DE LA FEROMONA MARCADORA DE HOSPEDERO Y SUS DERIVADOS DE LAS MOSCAS DE LA FRUTA DEL GÉNERO.

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El ácido 2-(2,14- Dimetil-pentadecanoilamino) - pentanedióico (I) y compuestos de la fórmula (II), en la que los sustituyentes tienen el significado descrito en la especificación, son utilizados como disuasivos de oviposición en contra de las siguientes moscas de la fruta (Diptera: Tephritidae) de importancia económica: A. grandis, A.ludens (Mosca mexicana de la fruta), A. obliqua (Mosca del mango), A. serpentina (Mosca de los zapotes), A. striata (mosca de la guayaba), y A. suspensa (mosca caribeña de la fruta). Las sustancias antes mencionadas, si son formuladas adecuadamente, pueden ser usadas para reducir el daño que estos insectos ocasionan a la fruta cultivada en huertos comerciales y semi-comerciales, en huertos de traspatio y en árboles aislados en jardines residenciales. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A 01 25/00, cuyos inventores son Martín Ramón Aluja Schuneman, Francisco Díaz- Fleischer, Andrew J.F. Edmunds, Leonhard Hagmann. La solicitud correspondiente lleva el número 6121, y fue presentada a las 11:28:00 del 19 de octubre de 1999. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 2 de junio del 2005.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 42214.—(50310).

 

La señor(a)(ita) Khorana Arias Cortés, mayor, casada, abogada, vecina de Heredia, cédula Nº 4-166-877, en su condición de apoderada especial de Bioengineering Resources Inc., de EUA, solicita la Patente de Invención denominada MÉTODOS PARA INCREMENTAR LA PRODUCCIÓN DE ETANOL DE UNA FERMENTACIÓN MICROBIANA. Un método estable y continuo para producir etanol a partir de la fermentación bacteriana anaeróbica de un sustrato gaseoso que contiene al menos un gas reductor. Dicha fermentación incluye cultivar bacterias acetogénicas anaeróbicas en un biorreactor de fermentación con un medio nutriente líquido, proporcionar el sustrato gaseoso al biorreactor y manipular las bacterias en el mismo reduciendo el potencial redox o aumentando la proporción de NAD (P) H respecto de NAD (p) en el caldo de fermentación, después de que las bacterias alcancen un estado estacionario y una concentración estable de células de biorreactor. La concentración de ácido acetio libre en el biorreactor se mantiene en menos de 5g/L de ácido libre. Dicho método permite la producción de etanol en el caldo de fermentación en el biorreactor a una productividad mayor de 10g/L diarios. Se produce tanto etanol como acetato en una proporción de etanol a cetato dentro del rango 1:1 y 20:1. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C12P 7/06, cuyos inventores son James L Gaddy, Dinesh K. Arora, Ching Whan Ko, John Randall Phillips, Rahul Basu, Carl V. Wikstrom, Edgar C Clausen. La solicitud correspondiente lleva el número 6891, y fue presentada a las 13:00:00 del 24 de enero del 2003. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de junio del 2005.—Lic. Rafael Quesada, Registrador.—Nº 42370.—(50521).

AMBIENTE Y ENERGÍA

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

EDICTO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. 11839.—Mainor Fernández Monge y Álvaro Figueroa Sterloff, solicitan concesión de Quebrada Pavas realizando la captación en propiedad de Adrián Figueroa Sterloff en Llano Grande, Cartago. Coordenadas 214.85 / 547.27 Hoja Istaru. Utilizará 0,6 litros por segundo para riego. Propietarios de predios inferiores: Adrián Figueroa Sterloff. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de junio del 2005.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 42196.—(50043).

DIRECCIÓN GENERAL TRANSPORTE

Y COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLE

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

O-DGTCC-935-2005.—Que el día veinticuatro de marzo del dos mil cinco, se tiene por presentada la solicitud por parte del señor José Rafael Fonseca Molina, con cédula de identidad número 1-1076-652, mayor, soltero, Empresario, vecino de San Isidro del General, en su condición de Apoderado Generalísimo sin límite de suma, de la sociedad Gasolinera Brunca S. A., con cédula jurídica numero 3-101-244992; para cambio de titularidad y prestación de servicio público por concepto de traspaso de la estación de servicio conocida como estación de servicio Gasnosur, ubicada en Buenos Aires, provincia de Puntarenas; cuyo permisionario de servicio público actual es Gasnosur S. A., cédula jurídica 3-101-121811, representada por José Rafael Fonseca Valerio, mayor, casado una vez, empresario, vecino de Pérez Zeledón, en su condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, quien ha manifestado que no se le tenga como prestatario del servicio público de estación de servicio Gasnosur, una vez autorizado el respectivo cambio de titular y manifiesta expresamente traspasar a Gasolinera Brunca S. A., con cédula jurídica número 3-101-244992 todos los derechos inherentes al negocio mercantil de estación de servicio. Se otorga un plazo de quince días hábiles a partir de la primera publicación en el Diario Oficial La Gaceta, para que aquellos acreedores e interesados se presenten a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 479 del Código de Comercio. Publíquese este aviso por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 22 de mayo del 2005.—MSc. Óscar Porras Torres, Director General.—(50198).

 

PODER JUDICIAL

AVISOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

Hace saber que ante esta Dirección se ha recibido solicitud de la licenciada Rebeca Flores Loría, cédula de identidad Nº 1-1107-525, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta de la interesada para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Exp. Nº 05-000244-624-NO.—San José, 1º de junio del 2005.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—Nº 42899.—(51309).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

AVISOS

Registro Civil - Dirección General

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 67 del Código Electoral, se hace saber: que el señor Orlando Barrantes Cartín, cédula de identidad número uno-cuatrocientos veintiséis-setecientos setenta y cinco, en su condición de presidente del partido Movimiento de Trabajadores y Campesinos, en escrito presentado a este Registro, a las trece horas y cincuenta y ocho minutos del día seis de junio del año dos mil cinco, ha solicitado la inscripción de dicho partido a escala provincial, agregando para esos efectos protocolización del acta de Asamblea Constitutiva, que incluye programa doctrinal y la divisa que será una bandera con las siguientes características: una franja amarilla horizontal en la parte superior y en la parte inferior del mismo tamaño una verde. En el centro y del doble del tamaño de las anteriores una franja roja. Sobre esta franja central y en blanco, el dibujo un puño, con las letras mayúsculas MTC. Protocolización del acta de asamblea provincial que designó el Comité Ejecutivo Superior, así como ciento cincuenta y tres fórmulas de adhesiones colectivas y listado alfabético de las mismas. Previénese a quienes sean interesados para que dentro del término de cinco días contados desde la publicación de este aviso, hagan las objeciones que estimen del caso.—San José, 23 de junio del 2005.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ana Isabel Fernández A., Oficial Mayor Electoral.—1 vez.—(O. C. Nº 1028-2005).—(51519).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

JUSTICIA Y GRACIA

PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

MODIFICACIÓN AL PLAN DE COMPRAS PARA EL AÑO 2005

PRESUPUESTO ORDINARIO

                                                                        Tipo                                                        Unidad                                        Monto estimado           Período

Programa                                                     de bien                                                   de medida           Cantidad             contratación             semestral

                                                    162-Consultorías

Procuraduría Gl de la Rep.          Consultorías                                                                Unidad                      10                   3.300.000,00                     I

                                                                                                                                                                     Total                   3.300.000,00

                                                    199-Otros Servicios no Personales

Procuraduría Gl de la Rep.          Servicios Residenciales                                               Unidad                        2                      800.000,00                     I

                                                                                                                                                                     Total                      800.000,00

                                                    254-Productos Metálicos para construcción

Procuraduría Gl de la Rep.          Soldadura 6013                                                           Unidades                   15                        30.000,00                     I

Procuraduría Gl de la Rep.          Lámina de hierro galvanizado

                                                    liso N° 28                                                                    Unidades                   30                        75.000,00                     I

Procuraduría Gl de la Rep.          Accesorios para baños                                                Unidades                   15                        20.000,00                     I

                                                                                                                                                                     Total                      125.000,00

                                                    258-Madera

Procuraduría Gl de la Rep.          Madera                                                                        Unidad                      15                      150,000,00                     I

Procuraduría Gl de la Rep.          Regla                                                                           Unidad                      30                      150.000,00                     I

                                                                                                                                                                     Total                      300.000,00

                                                    259-Otros Materiales de construcción

Procuraduría Gl de la Rep.          Tapas                                                                          Unidad                      50                        15.000,00                     I

Procuraduría Gl de la Rep.          Inodoros                                                                      Unidad                        5                        40.000,00                     I

Procuraduría Gl de la Rep.          Cajas Telefónicas                                                        Unidad                      20                          5.000,00                     I

Procuraduría Gl de la Rep.          Laca transparente para madera                                   Unidad                        6                        20.000,00                     I

                                                                                                                                                                     Total                        80.000,00

                                                    260-Instrumentos, herramientas, otros

Procuraduría Gl de la Rep.          Máscara protectora para soldar                                  Unidad                        2                      100.000,00                     I

                                                                                                                                                                     Total                      100.000,00

                                                    282-Útiles y Materiales de Oficina

Procuraduría Gl de la Rep.          Portasellos                                                                  Unidad                      20                        50.000,00                     I

                                                                                                                                                                     Total                        50.000,00

                                                    286-Otros útiles y materiales específicos

Procuraduría Gl de la Rep.          Goma loca                                                                   Unidad                      10                        50.000,00                     I

                                                                                                                                                                     Total                        50.000,00

                                                    390-Equipos varios

Procuraduría Gl de la Rep.          Coffee Maker                                                              Unidades                     5                        50.000,00                     I

                                                                                                                                                                     Total                        50.000,00

San José, 24 de junio del 2005.—Lic. Jorge Omar Camacho Alvarado, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 29558).—C-39540.—(51825).

 

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

     Y ALCANTARILLADOS

PROGRAMA ANUAL DE COMPRAS AÑO 2005

Segunda modificación

                                                                            Fuente                                                                                                                                       Fecha

Unidad solicitante                                     financiamiento                Descripción                                              Monto                              ejecución

                                                                                                                                                                    dólares                 colones

Mantenimiento de Operación de

Sistemas-Electromecánica, Dirección

Operación de Sistemas                                  Fondos AyA             PLC’s y Equipo Automatización                                15.000.000,00        III trimestre

Mantenimiento de Operación de

Sistemas-Electromecánica, Dirección

Operación de Sistemas                                  Fondos AyA             Radios Modems                                                           10.000.000,00        III trimestre

Aguas Residuales, Dirección                                                           Compra de Aireadores, Bombas

Operación de Sistemas                                  Fondos AyA             de Recirculación, Difusores                                         30.000.000,00        III trimestre

Aguas Residuales, Dirección                                                           Malla ciclón para protección de

Operación de Sistemas                                  Fondos AyA             las estructuras de dos plantas de

                                                                                                        tratamiento                                                                   15.000.000,00        III trimestre

San José, 29 de junio del 2005.—Lic. Lilliana Navarro Castillo, Dirección  de Suministros.—1 vez.—(Sol. 23044).—C-24340.—(52045).     

 

AVISOS

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO
ELÉCTRICO DE CARTAGO

PLAN DE COMPRAS 2005

La Junta Administrativa del Servicio Eléctrico de Cartago, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 7° del Reglamento de Contratración Administrativa, procede a publicar la siguiente modificación al Plan de Compras, correspondiente al Presupuesto Extraordinario 1-2005 y continuación del Presupuesto Ordinario.

Código presupuestario                Nombre de la cuenta y descripción del artículo                          Monto en miles        Fecha estimada trimestral

2            16            1                Servicio de marcación de líneas en el campo.                                                          3.500,00                            III

2            16            1                Consultoría en ejecución de Plan de Registro y Evaluación

                                                de datos obtenidos de los medidores de Calidad

                                                de Suministro Eléctrico.                                                                                          8.000,00                            III

2            16            1                Consultoría para realizar pruebas de estabilidad

                                                en el Embalse de Capellades del Sistema Birrís.                                                     3.000,00                            III

2            16            1                Servicios de un profesional en ingeniería en comunicaciones.                                 7.200,00                            III

2            16            1                Consultoría para el desarrollo e implementación de una interfase

                                                Gis con capacidad para el control y monitoreo SCADA.                                     50.000,00                            III

2            16            1                Servicios para el desarrollo y mantenimiento del Sistema SCADA.                       4.000,00                            III

2            16            1                Consultoría para la programación y mantenimiento de pantallas

                                                del Sistema SCADA.                                                                                              7.600,00                            III

2            16            1                Servicios de apoyo a la Auditoría Interna.                                                              2.000,00                            III

2            16            1                Servicios de apoyo a la Uen Servicio al Cliente.                                                     5.000,00                            III

2              6            2                Servicio de mantenimiento de seguridad de los servidores.                                        500,00                            III

2              6            3                Remodelación de grúas.                                                                                         31.000,00                            III

2              6            6                Mantenimiento de obras civiles en el Sistema Hidroeléctrico Birrís.                      6.000,00                            III

2              6            7                Servicios de apoyo en informix.                                                                                 300,00                            III

3              2            4                Equipo de comunicaciones (Switch, router, lector, inyector, tarjetas).                28.000,00                            III

3              2            4                Bobinas de 100 amperios, tarjetas de comunicación

                                                para control de recloser.                                                                                        12.500,00                            III

3              9            2                Medidores de variables eléctricas.                                                                        22.601,60                            III

3              9            3                Controles para recloser, cable para control electrónico.                                         9.279,55                            III

3              9            4                Herrajes (aisladores, grapas y varillas, arandelas, pernos,

                                                preformados, bases para medidores, conectores).                                                96.000,00                            III

3              9            7                Adquisición de luminarias de 150 y 250 watts para alumbrado público.             57.600,00                            III

3            13                              Material para plotter.                                                                                             5.000,00                            III

4              1                              Adquisición de transformadores de distribución.                                                 38.000,00                            III

4              2                              Máquina fotocopiadora.                                                                                         7.000,00                            III

4              3                              Grúa con brazo articulado de doble canasta.                                                         78.000,00                            III

4              5                              Maquinaria y equipo de laboratorio (Patrón portatil tipo socket).                        7.200,00                            III

4              9                              Equipo de cómputo.                                                                                               8.000,00                            III

4            10                              Análisis, diseño, programación e implementación

                                                de un Sistema para Plataforma de Servicios de Jasec.                                           20.000,00                            III

4            10                              Adquisición de servidores y periféricos.                                                              25.000,00                            III

4            10                              Adquisición de una solución informática para el control de obras

                                                de la Red Eléctrica de Jasec.                                                                                  10.600,00                            III

5              1                              Adquisición de terreno.                                                                                         46.500,00                            III

6              2                              Confección de 200 mallas de tierra.                                                                        5.000,00                            III

6              3                              Obras de protección de canales, tomas, tuberías y embalses del Sistema

                                                Hidroeléctrico Birrís.                                                                                            15.000,00                            III

6              3                              Instalación de un sistema hidráulico de compuertas en tomas

                                                de captación de agua del Sistema Hidroeléctrico Birrís.                                          3.000,00                            III

6              3                              Mano de obra, equipos y materiales para la instalación

                                                sistema de tierra aislado.                                                                                            500,00                            III

6              3                              Servicios para la reubicación y revisión de enlaces de cobre.                                  1.000,00                            III

Cartago, 28 de junio del 2005.—Contratar Bienes y Servicios.—Lic. Abel Gómez Leandro.—1 vez.—(O. C. Nº 12730).—C-72145.—(51827).

LICITACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº LR-117-2005

Compra de equipo informático

La Proveeduría de este Ministerio recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 26 de julio del 2005, para la compra de equipo informático.

El interesado tiene el cartel a su disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta fecha, o podrá obtenerlo en la recepción de la Proveeduría del Ministerio de Seguridad Pública, la cual se encuentra ubicada en Barrio Córdoba, frente al Colegio Castro Madriz.

San José, 26 de junio del 2005.—Bach. José Ramírez Pérez, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 40741).—C-4770.—(51797).

 

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

La Proveeduría del Tribunal Supremo de Elecciones estará recibiendo ofertas para las siguientes contrataciones:

Tipo de                                                                                                               Fecha y hora límite para

licitación                                                 Descripción                               presentación de ofertas

Pública             03-2005       Contrato para el suministro integral

                                                   de los insumos requeridos para la

                                                   elaboración de cédulas de identidad       5 de agosto   10:00 horas

Por Registro    09-2005       Alquiler de un local para la oficina

                                                   Regional del TSE en Buenos Aires

                                                   de Puntarenas                                                27 de julio    10:00 horas

Los interesados en este concurso podrán retirar gratuitamente el cartel de mérito, para lo cual deberán apersonarse en la referida Proveeduría, sita costado oeste del Parque Nacional en San José, tercer edificio, planta baja, o bien podrá obtenerse en forma electrónica en la página Web del Tribunal www.tse.go.cr, link “TSE en la Red de Transparencia Institucional/adquisiciones”, sin embargo, en todo caso prevalecerá el entregado por esta oficina.

Se recuerda a los potenciales oferentes formalizar su inscripción en el respectivo Registro de Proveedores de previo a la presentación de ofertas.

Lic. Javier Ignacio Vega Garrido, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 1158-2005).—C-12100.—(51953).

 

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN RESTRINGIDA 20053-149

Servicio de información semestral de encuestas

salariales de mercado del sector financiero

El Departamento de Proveeduría del Banco Central de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del día 19 de julio del 2005, para el “Servicio de información semestral de encuestas salariales de mercado del sector financiero”. Los interesados pueden retirar el diskette que contiene el cartel, en el Departamento de Proveeduría de este Banco, previo al pago no reembolsable de ¢500,00 (quinientos colones 00/100).

San José, 29 de junio del 2005.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Rafael Ramírez A., Director a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 7204).—C-5720.—(51798).

 

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 5-2005

Adquisición de equipo audiovisual

La Universidad Estatal a Distancia (UNED), recibirá ofertas por escrito, hasta el día 22 de julio del 2005, a las 14:00 horas, para la adquisición de equipo audiovisual.

Los interesados tienen el cartel a disposición vía Internet en forma gratuita, en la siguiente dirección: www.uned.ac.cr/contratacion a partir de esta fecha, o podrán obtenerlo en la Oficina de Contratación y Suministros, edificio “A”, tercer nivel, previo pago de ¢2.000,00 (dos mil colones exactos) en las cajas de la Oficina de Tesorería, sede central de la UNED, de la rotonda de La Bandera 800 metros al este, carretera a Sabanilla de Montes de Oca.

Sabanilla, 29 de junio del 2005.—Oficina de Contratación y Suministros.—MBA. Pablo Ramírez Mendoza, Jefe.—1 vez.—(51936).

 

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2005-035

Servicios de auxiliares en registros médicos

Área Santo Domingo de Heredia

El Área de Adquisiciones con autorización de la Dirección de Recursos Materiales, recibirá ofertas por escrito hasta las 11:00 horas del día 20 de julio del 2005.

Ítem único:

Servicio de auxiliares en registros médicos del Área Santo Domingo de Heredia.

Rigen las condiciones generales para servicios continuos mayo de 1997 y Notas Importantes para servicios continuos de agosto 2004.

Demás condiciones y especificaciones técnicas exclusivas para este concurso se encuentran a la venta en la fotocopiadora, piso comercial, Edificio Anexo Lic. Jenaro Valverde.

San José, 28 de junio del 2005.—Subárea de Carteles.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—C-7620.—(51800).

 

ÁREA DE SALUD DE NARANJO

DIRECCIÓN MÉDICA Y ADMINISTRACIÓN

DEPTO. DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN REGISTRO 001-2005

Contratación de servicios profesionales de seguridad y vigilancia

para el edificio central del área de salud de Naranjo

La Dirección Médica y la Administración del Área de Salud de Naranjo, recibirá ofertas por escrito hasta la 1:00 p. m. horas del 13 de julio del 2005.

Ítem único:

Contratación de servicios profesionales de seguridad y vigilancia para el edificio central del área de salud de Naranjo

Rigen las condiciones para concursos promovidos por la sección de contratos con sus respectivas modificaciones a partir de mayo de 1997.

Además las notas generales y notas importantes de octubre del 2003 insertas en el folleto de venta en el Departamento de la Proveeduría del área de salud de Naranjo.

El valor del cartel es de ¢500.00

Naranjo, 29 de junio del 2005.—Lic. Liliana Páez R., Administradora.—1 vez.—(51818).

 

HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS

DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 0026-05

Espaciadores

La Dirección de Recursos Materiales del Hospital San Juan de Dios debidamente autorizada, les informa que recibirá ofertas por escrito hasta el día 18 de julio del 2005, a las 13:00 horas para la adquisición de lo siguiente:

Espaciadores.

Rigen las notas generales marzo 1998, así como los componentes para efectos de formar contrato y las especificaciones técnicas para este concurso que estarán a la venta en nuestra Oficina de Recursos Materiales del Hospital San Juan de Dios.

San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Erick Cruz Méndez, Jefe.—1 vez.—(51931).

 

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 0024-05

Distribuidor

La Dirección de Recursos Materiales del Hospital San Juan de Dios debidamente autorizada, les informa que recibirá ofertas por escrito hasta el día 18 de julio del 2005, a las 13:00 horas para la adquisición de lo siguiente:

Distribuidor.

Rigen las notas generales marzo 1998, así como los componentes para efectos de formar contrato y las especificaciones técnicas para este concurso que estarán a la venta en nuestra Oficina de Recursos Materiales del Hospital San Juan de Dios.

San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Erick Cruz Méndez, Jefe.—1 vez.—(51932).

 

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 046-2005

Contratación de servicios para la distribución de recibos

por consumo eléctrico en varias regiones del país

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados que recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del día 27 julio del 2005, en la Proveeduría de este Instituto, sita 400 metros norte de la esquina este de la Oficinas Centrales, para el suministro de lo siguiente:

Requerimiento:

Contratación de servicios para la distribución de recibos por consumo eléctrico en varias regiones del país.

Mayores especificaciones, condiciones generales y especiales podrán adquirirse en la Proveeduría de este Instituto.

San José, 28 de junio del 2005.—Dirección de Proveeduría.—Ing. Carlos Casco Peña, Coordinador-Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 320073).—C-7620.—(52046).

 

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 051-2005

Adquisición de acero de prospección P.H. Pirrís

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados que recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 10 de agosto del 2005, en la Proveeduría de este Instituto, sita 400 metros norte de la esquina este de la Oficinas Centrales, para el suministro de lo siguiente:

Requerimiento:

Adquisición de acero de prospección P.H. Pirrís.

Mayores especificaciones, condiciones generales y especiales podrán adquirirse en la Proveeduría de este Instituto.

San José, 29 de junio del 2005.—Licitaciones-Dirección de Proveeduría.—Ing. Carlos Casco Peña, Coordinador.—1 vez.—(O. C. Nº 320073).—C-6195.—(52047).

 

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE NICOYA

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 04-2005

Contratación de los servicios de construcción de cunetas para el mejoramiento del sistema de drenaje de la Ruta Entr. N 150

Rancho Vegas - Entr. N 160 Barrio Matapalo

(Matapalo- Santo Domingo), Código

de camino C-5-02-089

La Proveeduría de la Municipalidad de Nicoya, invita a participar en la licitación por registro Nº 04-2005, para el proyecto de contratación de los servicios de construcción de cunetas para el mejoramiento de la vía. La fecha límite para la recepción de ofertas y apertura de las mismas será el viernes 15 de julio del 2005, hasta las 14:00 horas, sólo se tomará en cuenta el reloj de la Proveeduría.

Se realizará una visita de campo el día miércoles 6 de julio a las 9:00 horas. El cartel de licitación y especificaciones generales pueden ser retirados en la Oficina de Proveeduría de la Municipalidad de Nicoya, situada costado sur del Parque de Nicoya, el cartel de licitación tiene un costo de  ¢1.000,00 (mil colones).

Nicoya, 28 de junio del 2005.—Unidad Técnica de Gestión Vial.—Ing. Julio César López Díaz.—1 vez.—(51773).

 

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 03-2005

Contratación de maquinaria pesada para el mantenimiento

rutinario mediante bacheo mecanizado de la Ruta Entr.

N 150 Curime - Entr. C 227 Pilas Blancas (Sección

Curime - Dulce Nombre). Código de

camino C-5-02-045

La Proveeduría de la Municipalidad de Nicoya, invita a participar en la licitación por registro Nº 03-2005 para el proyecto de contratación de maquinaria pesada para el mantenimiento rutinario mediante bacheo mecanizado de la vía. La fecha límite para la recepción de ofertas y apertura de las mismas será el viernes 15 de julio del 2005, hasta las 13:00 horas, sólo se tomará en cuenta el reloj de la Proveeduría.

El cartel de licitación y especificaciones generales pueden ser retirados en la Oficina de Proveeduría de la Municipalidad de Nicoya situada costado sur del Parque de Nicoya, el cartel de licitación tiene un costo, de ¢1.000,00 (mil colones).

Nicoya, 28 de junio del 2005.—Unidad Técnica de Gestión Vial.—Ing. Julio César López Díaz.—1 vez.—(51774).

MUNICIPALIDAD DE GOLFITO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 01-05

Obras de mejoramiento en el Polideportivo

de Río Claro, distrito Guaycará

La Municipalidad de Golfito, invita a todas las personas físicas o jurídicas a participar en la Licitación Pública Nº 01-05 que tengan la capacidad de brindar este tipo de servicios.

Esta contratación rige a partir del 7 de julio hasta el 24 de agosto del presente año. La apertura de las ofertas será el 24 de agosto al ser las catorce horas (2:00 p. m.) del 2005.

El cartel de licitación tiene un costo de ¢10.000,00 (diez mil colones netos) y lo pueden retirar en la oficina de la Unidad de Proveeduría, contra la presentación del recibo correspondiente.

Este proceso tiene una visita obligatoria para el día 13 de julio a las 10:00 a. m. en las instalaciones del polideportivo de Río Claro.

Para mayor información comunicarse al teléfono 775-2038, con la extensión 12.

Golfito, 28 de junio del 2005.—Aida Soto Rodríguez, Alcaldesa Municipal.—1 vez.—(51791).

 

ADJUDICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

LICITACIÓN POR REGISTRO N° 17-2005

Compra de botas

La Proveeduría de este Ministerio comunica que por resolución N° LRG-17-2005 de las 13:00 horas del día 28 de junio del 2005, se resuelve adjudicar la presente licitación de la siguiente forma:

Posición 1 y única:

9020 pares de botas policial de cuero

Con las siguientes especificaciones: pares de botas policiales, marca Cobán, clase Rhino, cuero flor entera, de primera calidad, de amarrar, pegadas y cosidas, con diseño de suela bronco que tiene alta resistencia a la flexión y tracción, resistencia al desgarramiento, caña alta de lona negra americana de 210 milímetros sin contar tacón, hilos de alta resistencia de nylon y doble costura en la parte superior del talón, suela y tacón de caucho antideslizante, suela de 10,5 mm espesor, tacón de 37.0 mm de espesor, suela y tacón con diseño tipo bronco, ojetes inoxidables 8 por bota, revestidos de pintura negra, con sobre plantilla removible de esponja de neopreno forrada en su exterior por cambrel, adhesivos de alta adhesión y penetración resistente a la humedad y al agua, lengüeta que cubre toda la parte frontal del pie, con fuelle al 100% para garantizar la no penetración del agua, talonera tipo box calf en la parte inferior lleva una plancha de neopreno, cambrión estampado con tres nervios, respiradores metálicos inoxidables con perforación tipo tamiz, cordones cien por ciento nylon tipo redondo que cubren todos los ojetes de la bota puesta, cantidades a escoger por la Dirección General de la Fuerza Pública y demás especificaciones del cartel, la oferta y el contrato.

Precio del par: ¢8.625.

Monto total adjudicado: ¢77.797.500.00.

Plazo de entrega: 10 días hábiles después de recibido el pedido.

Garantía: 22 meses a partir de la fecha de entrega del mismo, esta garantía es efectiva contra defectos de fabricación en condiciones normales de uso, almacenamiento y manipulación.

Empaque: en cajas de 10 pares de botas cada una, cada caja contiene botas solo de un número y cada bota cuenta con su bolsa individual identificada con el nombre Cobán.

Toda la confección y fabricación de las botas son de excelentes acabados, el cuero utilizado, suelas, cordones y demás son de primera calidad, no existe ningún desperfecto en la bota.

Total adjudicado correspondiente a la LRG 17-2005 para la compra de botas: ¢77.797.500.00 (setenta y siete millones setecientos noventa y siete mil quinientos colones exactos).

Todo según la oferta y el cartel.

San José, 28 de junio del 2005.—Bach. José Ramírez Pérez, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 40743).—C-20920.—(51950).

 

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 39-2005

Otros combustibles, grasas y lubricantes

La Proveeduría Institucional avisa, que de acuerdo con la resolución de adjudicación por la compra de “Otros combustibles, grasas y lubricantes” de las 12:00 horas del día 28 de junio del 2005, la licitación arriba indicada quedó adjudicada de la siguiente manera:

A la oferta Nº 3, Lubricantes Industriales Automotrices S. A., cédula jurídica Nº 3-101-024186-25.

Posición Nº 1:

1800 unid.               Aceite lubricante para motor fuera de borda de la marca Esso Aquaglide TCWIII en cuartas, en cajas de 12 unidades c/u. (150 cajas) a un monto unitario de ¢939,40 para un total adjudicado de ¢1.690.920,00 (un millón seiscientos noventa mil novecientos veinte colones exactos).

Posición Nº 2:

600 unid.                 Aceite lubricante para motor fuera de borda de la marca Racing 20W50 en cuartos de 12 unidades cada una (50 cajas) a un monto unitario de ¢801,00, para un total adjudicado de ¢480.600,00 (cuatrocientos ochenta mil seiscientos colones exactos).

Posición Nº 3:

20 estañones

(208,2 litros c/u.)    Aceite lubricante de la marca Essolube XD3-15W40 a un precio de ¢158.096,00 para un total adjudicado de ¢3.161.920,00 (tres millones cientos sesenta y un mil novecientos veinte colones exactos).

Total adjudicado a la oferta Nº 3 de ¢5.333.440,00 (cinco millones trescientos treinta y tres mil cuatrocientos cuarenta colones exactos).

Tiempo de entrega: 2 días hábiles contra orden de pedido forma de pago usual de Gobierno.

Garantía del producto: garantizamos los aceites lubricantes aquí cotizado marca Esso/Exxon y fabricado en los Estados Unidos de Norteamérica y Panamá, hasta por 24 meses contra defectos de fabricación sin romper los sellos de garantía almacenados y manipulados en forma adecuada y en condiciones de uso normales.

A la oferta Nº 7, Caycesa CR. S. A., cédula jurídica Nº 3-101-364379.

Posición Nº 4:

31 unidades             De aceite lubricante para motores marinos API CI-4 , aprobación global, excelente calidad en motores de diesel y gasolina, resiste la perdida de viscosidad y espesado por el hollín y oxidación, prolongada a la vida del motor, brinda escudo contra las formas de desgaste, ayuda a reducir el consumo de aceite neutraliza ácidos para evitar corrosión, propiedades físicas y químicas típicas adjuntas en estañones de 208,17 litros Long Life 40 Engine Oil, Pensoil, a un precio de ¢206.856,00, para un total adjudicado a la oferta Nº 7, Caycesa CR. S. A., cédula jurídica Nº 3-101-364379-00 de ¢6.412.536,00 (seis millones cuatrocientos doce mil quinientos treinta y seis colones exactos).

Plazo de entrega: 2 días hábiles.

Forma de pago: usual de Gobierno

Garantía: 18 meses contra defectos de fabricación, en condiciones normales de uso, almacenamiento y manipulación.

Para un gran total adjudicado de ¢11.745.976,00 (once millones setecientos cuarenta y cinco mil novecientos setenta y seis colones exactos).

La presente adjudicación queda sujeta para su ejecución al cumplimiento de los requisitos de refrendo o formalización contractual que correspondieren de conformidad con la resolución de la Contraloría General de la República del 28 de enero del 2000.

Todo de acuerdo con los términos del cartel y la oferta.

San José, 28 de junio del 2005.—Bach. José Ramírez Pérez, Proveedor Institucional.—1 vez.—(51977).

 

AGRICULTURA Y GANADERÍA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0013-2005

Compra de equipo automotor

Se avisa a todos los interesados en esta licitación, para el Ministerio de Agricultura y Ganadería, que por resolución de adjudicación Licitación Pública Nº 0013-2005, de las 14:00 horas del día 27 de junio del 2005, se adjudica de la siguiente manera:

Línea Nº 1

Purdy Motor Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-005744.

7   Vehículos marca Toyota, estilo Hi Lux Pick Up 4x4, cabina sencilla, modelo 2006, combustible diesel con turboalimentador,  potencia 75 kw, dirección hidráulica, palanca de tracción accionada mecánicamente, aire acondicionado.

$17.100,00 c/u                                                      Total $119.700,00

Entrega: 10 días hábiles.

Todo de acuerdo con los términos del cartel y la oferta.

Línea Nº 3

Auto Ensambladora S. A., cédula jurídica Nº 3-101-007866.

1   Vehículo marca KIA, estilo: Picanto, cuatro puertas, modelo 2006. Combustible gasolina, potencia 50 Kw/5500 r.p.m., dirección hidráulica, aire acondicionado.

$7.100,00.

Entrega: 60 días naturales.

Todo de acuerdo con los términos del cartel y la oferta.

Se declara desierta la Línea Nº 2.

San José, 28 de junio  del 2005.—Lic. Blanca Córdoba Berrocal, Proveedora Institucional.—1 vez.—(Solicitud N° 33673).—C-12845.—(51801).

 

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2005500016

Venta de tres (3) vehículos de la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF)

El Departamento de Proveeduría del Banco Central de Costa Rica informa a los interesados en la Licitación Pública N° 2005500016 “Venta de tres (3) vehículos de la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF)”, que mediante acta de adjudicación N° 395-2005, se acordó adjudicar el concurso de la siguiente forma:

Renglón N° 1

Un vehículo Toyota Corolla Station, placa N° 52-57, se declara infructuoso porque no se recibieron ofertas.

Renglón N° 2

Un vehículo Toyota Corolla Station, placa N° 52-56, se le adjudicó a la señora Margarita Montero Delgado, por un monto total de ¢1.475.000,00

Renglón N° 3

Un vehículo Nissan Sunny Station, placa N° 52-46, se le adjudicó al señor Rafael Salazar Núñez, por un monto total de ¢162.000,00.

San José, 16 de junio del 2005.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Eduardo Ruiz Vargas, Director.—1 vez.—(51781).

 

LICITACIÓN RESTRINGIDA 20053-147

Conectividad a Swift

El Departamento de Proveeduría del Banco Central de Costa Rica, informa a los interesados en esta licitación, que mediante acta N° 399-2005, se acordó adjudicar el presente concurso a la empresa Infonet Telecomunicaciones de Centroamérica S. A., por un monto total de $24.521,56 (veinticuatro mil quinientos veintiuno con 56/100 dólares).

San José, 29 de junio del 2005.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Eduardo Ruiz Vargas, Director.—1 vez.—(Solicitud Nº 7205).—C-4295.—(51802).

 

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 001-2005

Remodelación de la nueva oficina de Playa Sámara, Nicoya

Se comunica a los interesados en la Licitación por Registro Nº 001-2005, que el Subcomité de Licitaciones de la Dirección Regional Guanacaste Puntarenas, en el artículo 3º, sesión ordinaria Nº 007-2005, celebrada el 24 de junio del 2005, por votación nominal, unánime y en firme acordó:

Adjudicar dicha licitación a la empresa E. S. Consultoría y Construcción Sociedad Anónima, por un monto total por la obra de US$88.000,00 (ochenta y ocho mil dólares americanos exactos).

La Uruca, 28 de junio del 2005.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—(O. Pub. Nº 1311-2005).—C-5245.—(51832).

 

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 105009

Resmas de papel

Se comunica a los oferentes, que en concordancia con las facultades conferidas por el artículo 11 del Reglamento Interno de Contratos Administrativos, la Gerencia, con sustento en las consideraciones de orden legal y técnico dictaminadas por la Dirección Administrativa, en oficio PROV-3210-2005 del 21 de junio de 2005, el cual se tendrá como parte integrante de este acuerdo, resuelve adjudicar la presente licitación de la siguiente forma:

1.   Guilá & Cia Ltda., cédula jurídica Nº 3-102-031762. (Oferta Nº 1).

                                                                                               Costo

                                                                                 Unitario          Total

Renglón   Cantidad          Descripción                              I.V.I.

12                05        Unidades de papel para

                                planos 91.44 cms (36”)

                                Código: 1003111                 ¢6.483,94    ¢32.420,00

Forma de pago: trámite de cheque, 10 días naturales posteriores a la presentación de la factura, una vez recibido el suministro a satisfacción

Plazo de entrega: inmediato, a partir del día siguiente a la notificación de la orden de compra.

Formalización: conforme al artículo 32 del Reglamento General de Contratación Administrativa, el perfeccionamiento del contrato se verificará cuando sea otorgada válidamente la garantía de cumplimiento y realizado el trámite de refrendo legal, (cuando corresponda).

Vigencia del contrato: será por un año; las partes por mutuo acuerdo podrán renovar el contrato por períodos anuales hasta un máximo de 2 renovaciones. El acuerdo de renovación deberá ser suscrito formalmente por las partes con al menos un mes de antelación a la fecha de vencimiento de la anualidad respectiva.

No obstante lo anterior el Instituto se reserva el derecho de aplicar en cualquier momento lo dispuesto por el artículo 13 del Reglamento General de Contratación Administrativa.

Demás condiciones según cartel y su oferta.

2. PAYCA, Papeles y Cartones S. A., cédula jurídica Nº 3-101-162961. (Oferta Nº 2).

                                                                                               Costo

                                                                                 Unitario          Total

Renglón   Cantidad          Descripción                              I.V.I.

01                24        Paquetes de papel galgo,

                                tiza natural verge de 90

                                grm. Paquetes: de 100

                                hojas. Código 1001222            $1.695           $40.68

02               500       Paquetes de papel galgo,

                                tiza natural verge de 120

                                grm. Paquetes: de 100

                                hojas. Código: 1000226             $2.26      $1.130,00

09                05        Papel bond 20, 27,94 cm

                                x 43,18 cm. Presentación:

                                en resmas de 500 hojas.

                                Código: 1001491                        $5.65           $28.25

                                Costo total                                               $1.198,93

Forma de pago: trámite de cheque, 10 días naturales posteriores a la presentación de la factura, una vez recibido el suministro a satisfacción.

Plazo de entrega: 14 días naturales, a partir del día siguiente a la notificación de la orden de compra.

Formalización: conforme al artículo 32 del Reglamento General de Contratación Administrativa, el perfeccionamiento del contrato se verificará cuando sea otorgada válidamente la garantía de cumplimiento y realizado el trámite de refrendo legal, (cuando corresponda).

Vigencia del contrato: será por un año; las partes por mutuo acuerdo podrán renovar el contrato por períodos anuales hasta un máximo de 2 renovaciones. El acuerdo de renovación deberá ser suscrito formalmente por las partes con al menos un mes de antelación a la fecha de vencimiento de la anualidad respectiva.

No obstante lo anterior el Instituto se reserva el derecho de aplicar en cualquier momento lo dispuesto por el artículo 13 del Reglamento General de Contratación Administrativa.

Demás condiciones según cartel y su oferta.

3.   Inversiones La Rueca S. A., cédula jurídica Nº 3-101-089260. (Oferta Nº 3).

                                                                                               Costo

                                                                               Unitario            Total

Renglón   Cantidad          Descripción                              I.V.I.

07             65.000    Resmas de papel,

                                tamaño carta.

                                Presentaciones: resmas

                                de 500 hojas.

                                Código: 1001241                    $2.685    $174.525,00

08              1.200     Resmas de papel,

                                tamaño legal.

                                Presentaciones: resmas

                                de 500 hojas.

                                Código: 1000259                    $3.179        $3.814,80

                                Costo total                                           $178.339,80

Forma de pago: trámite de cheque, 10 días naturales posteriores a la presentación de la factura, una vez recibido el suministro a satisfacción.

Plazo de entrega: renglón Nº 7, primera entrega: 21.000 resmas, 14 días naturales, a partir del día siguiente a la notificación de la orden de compra.

La segunda, tercera y cuarta entrega: se debe entregar 21.000 resmas cada 3 meses, después de la primera entrega. Renglón Nº 8: 14 días naturales, a partir del día siguiente a la notificación de la orden de compra.

Formalización: conforme al artículo 32 del Reglamento General de Contratación Administrativa, el perfeccionamiento del contrato se verificará cuando sea otorgada válidamente la garantía de cumplimiento y realizado el trámite de refrendo legal, (cuando corresponda).

Vigencia del contrato: será por un año; las partes por mutuo acuerdo podrán renovar el contrato por períodos anuales hasta un máximo de 2 renovaciones. El acuerdo de renovación deberá ser suscrito formalmente por las partes con al menos un mes de antelación a la fecha de vencimiento de la anualidad respectiva.

No obstante lo anterior el Instituto se reserva el derecho de aplicar en cualquier momento lo dispuesto por el artículo 13 del Reglamento General de Contratación Administrativa.

Demás condiciones según cartel y su oferta.

4.  Caycesa C. R. S. A., cédula jurídica Nº 3-101-364379. (Oferta Nº 5).

                                                                                               Costo

                                                                                 Unitario          Total

Renglón   Cantidad          Descripción                              I.V.I.

04                28        Paquetes de papel

                                Kimberly gris granito.

                                Presentaciones: 10

                                hojas de cartulina de

                                180 gramos

                                Código: 1001457                  ¢542,40      ¢15.187,00

05                28        Paquetes de papel

                                Kimberly Marfil duna.

                                Presentaciones: 10

                                hojas de cartulina de

                                180 gramos

                                Código: 1001458                  ¢542,40      ¢15.187,00

06                28        Paquetes de papel

                                Kimberly verde

                                campiña.

                                Presentaciones: 10

                                hojas de cartulina de

                                180 gramos.

                                Código: 1001456                  ¢542,40      ¢15.187,00

                                Costo total                                             ¢45.561,00

Forma de pago: trámite de cheque, 10 días naturales posteriores a la presentación de la factura, una vez recibido el suministro a satisfacción.

Plazo de entrega: 10 días naturales, a partir del día siguiente a la notificación de la orden de compra.

Formalización: conforme al artículo 32 del Reglamento General de Contratación Administrativa, el perfeccionamiento del contrato se verificará cuando sea otorgada válidamente la garantía de cumplimiento y realizado el trámite de refrendo legal, (cuando corresponda).

Vigencia del contrato: será por un año; las partes por mutuo acuerdo podrán renovar el contrato por períodos anuales hasta un máximo de 2 renovaciones. El acuerdo de renovación deberá ser suscrito formalmente por las partes con al menos un mes de antelación a la fecha de vencimiento de la anualidad respectiva.

No obstante lo anterior el Instituto se reserva el derecho de aplicar en cualquier momento lo dispuesto por el artículo 13 del Reglamento General de Contratación Administrativa.

Demás condiciones según cartel y su oferta.

5.  Reajuste de precio. Para futuros reajustes de precios regirá la siguiente fórmula matemática:

PV= PC {% MO(IMotm/IMOtc) +% GA (IGAtg/I GAtc) + %I (I Iti/I Itc)+U}

Donde:

Pv= Precio variado.

Pc= Precio de cotización.

MO= Porcentaje de costo de mano de obra del precio de cotización.

I= Porcentaje de insumos del precio de cotización.

GA= Porcentaje de gastos administrativos del precio de cotización.

U= Porcentaje de utilidad del precio de cotización.

I MO

tm= índice del costo de la mano de obra en el momento considerado para la variación.

I MO

tc= índice del costo de la mano de obra en el momento de la cotización.

I I

ti= Índice del costo de insumos en el momento considerado para la variación.

I I

tc= Índice del costo de insumos en el momento de la cotización.

I GA

tg= índice del costo de gastos administrativos en el momento considerado para la variación.

I GA

tc= índice del costo de gastos administrativos en el momento de la cotización.

Los índices de mercado que se utilizarán serán los siguientes:

A. Mano de obra: Decreto de Salarios Mínimos Semestral emitido por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y publicado en el Diario Oficial La Gaceta. Se utilizará el promedio simple de los renglones Trabajadores no Calificados y Trabajadores Semicalificados del Capítulo I “Agricultura, Explotación de Minas y Canteras, Industrias Manufactureras, Construcción, Electricidad, Comercio, Turismo, Servicios, Transportes y Almacenamientos”.

B.  Gastos administrativos: Índice de Precios al Consumidor (IPC) mensual, calculado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos.

C.  Insumos: Se aplicará el Índice General de Precios al Productos Industrial (IPPI) mensual, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos.

La composición porcentual del precio será aportada por los adjudicatarios Nos. 1 y 5, en su oportunidad.

Para las ofertas Nos. 2 y 3, no se aplicarán reajustes de precios a ofertas presentadas en divisa, de conformidad con lo establecido en la Resolución Nº 5280 del 7 de mayo de 1996, de la Contraloría General de la República.

6.  La oferta Nº 5, Caycesa C. R. S. A., se desestima para los renglones Nos. 7 y 8, por cuanto no aporta el certificado extendido por algún laboratorio independiente para la verificación de especificaciones técnicas, siendo éste un requisito técnico de admisibilidad de la oferta. Así mismo, se desestima para los renglones Nos. 1 y 2, por cuanto no aportó la muestra, tal como se solicitó en el punto IV, numeral N. “Muestras”, del pliego de condiciones. Para el renglón Nº 3, se desestima, por cuanto la muestra presentada fue una cartulina de 120 gramos, siendo lo solicitado en el cartel, cartulina de 180 gramos.

7.  Los renglones Nos. 10 y 14, se declaran desiertos, ya que el costo supera la estimación presupuestaria, según análisis comparativo de costos históricos, basados en precio de la última factura registrado dentro del sistema SAP. (Factura a la vista en el expediente).

8.  Los renglones Nos. 11 y 13, resultaron desiertos por falta de ofertas.

9.  El renglón Nº 3, se declara desierto, por cuanto la única oferta participante, incumple con un aspecto técnico.

San José, 27 de junio del 2005.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Luis Leitón Aguilar, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18405).—C-91870.—(51833).

 

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE ADQUISICIONES

SUBÁREA DE ADJUDICACIONES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2005-015

Explotacion de soda del CENDEISSS

A los interesados en el presente concurso se les comunica que por resolución del Departamento de Adquisiciones, de fecha 21 de junio del 2005, se resuelve adjudicar a:

María Elena Cortés Benavides

Ítem único: explotación de soda del CENDEISSS.

Monto mensual adjudicado: ¢291.500,00.

Monto anual adjudicado: ¢3.498.000,00.

San José, 28 de junio del 2005.—Luz Mary Hidalgo Hernández, Coordinadora.—1 vez.—C-3820.—(51808).

 

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 10-2004

Servicios de limpieza, mensajería y mantenimiento

La Proveeduría del Instituto debidamente autorizada, comunica a todos los participantes en la licitación pública Nº 10-2004, servicios de limpieza, mensajería y mantenimiento que mediante acuerdo de Junta Directiva tomado en sesión Nº 5366, artículo 5º, inciso IV, del 21 de junio del presente año, se adjudica dicha licitación de la siguiente forma:

a)  Se adjudica a la empresa Mundo de Limpieza S. A., los siguientes renglones:

Servicio de limpieza en Oficinas Centrales (punto 2.1, inciso a; del cartel) por la suma de treinta y cuatro millones treinta y dos mil colones netos (¢34.032.000,00), por un plazo de dos años con opción de prórroga.

Servicio de Mantenimiento (punto 2.3 del cartel) por la suma de cinco millones cuarenta mil colones netos (¢5.040.000,00).

b)  Se adjudica a la empresa Anarg S. A., los siguientes renglones:

Servicio de limpieza en Oficina de Información en el Aeropuerto Juan Santamaría y en la Dirección de Correos (punto 2.1, incisos b. y c. del cartel) por la suma de novecientos ochenta y siete mil ciento catorce colones con 38/100 (¢987.114,38), por un plazo de dos años con opción de prórroga.

Servicio de mensajería (punto 2.2 del cartel) por la suma de cinco millones quinientos cincuenta y dos mil ochocientos treinta y nueve colones con 35/100 (¢5.552.839,35).

Proveeduría.—Lic. Miguel Zaldívar Gómez, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 48271).—C-9950.—(52048).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN PÚBLICA PU-13-2004

Readecuación de infraestructura para personas con discapacidad

física II etapa, en las diferentes zonas de la Institución

La Junta Directiva en la sesión 4192, artículo VI celebrada el 27 de junio del 2005, acordó adjudicar la licitación en referencia en los siguientes términos: líneas 1, 2, 3 y 4 a la oferta 2 de la Empresa Molina Arce Construcción y Consultoría S. A., por un monto de $ 84.790,44.

Líneas 5 y 6 a la oferta 3 de la empresa Desarrollos en Construcción DECO S. A., por un monto de $ 196.555,40.

San José, 29 de junio del 2005.—Norbert García Céspedes, Encargado.—1 vez.—(Solicitud Nº 34098).—C-5720.—(51829).

 

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 9-0049-2005

Contratación de los servicios de transporte de combustibles Jet A-1

Se les comunica que la Presidencia de la empresa mediante oficio P-879-2005, acordó adjudicar la licitación de referencia de acuerdo al siguiente detalle:

Oferente: Transvago S. A.—Representante legal: José Enrique Valerio Contreras.—(Oferta Nº 1).

Monto a adjudicar ¢ 159.824.500,00 impuestos incluidos.

De acuerdo al siguiente desglose de rutas:

Ø Garita-Liberia: ¢ 140.140.000,00 (¢6.37*22.000.000 lts).

Ø Moín-Santamaría: ¢ 18.515.000,00 (¢5.29*3.500.000 lts).

Ø Moín-Garita: ¢ 578.000,00 (¢5.78*100.000 lts).

Ø Moín-Liberia: ¢591.500,00 (¢11.83*50.000 lts).

Descripción: Contratación de cinco equipos para el transporte de combustible tipo Jet-A1 entre las diferentes terminales de distribución de RECOPE en todo el país.

Demás especificaciones conforme la oferta y el cartel respectivo.

Forma de pago: el contratista semanalmente presentará en la oficina del encargado del control de transferencias interplanteles los documentos de cobro, donde se determinará el volumen transportado y la ruta cubierta, estos documentos serán sellados y firmados en el plantel de destino de la transferencia.

Plazo contractual: un (1) año, prorrogable por dos períodos iguales hasta completar tres años, a opción y discrecionalidad de RECOPE.

A. Notas importantes:

1.  El adjudicatario dispondrá de ocho (8) días hábiles contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, por un monto de siete por ciento (7%) del total adjudicado y con una vigencia mínima de dos (2) meses adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto del contrato, observando los demás requisitos y condiciones que al respecto establece la Ley de la Contratación Administrativa, Reglamento General de Contratación Administrativa y el Reglamento de Contrataciones de RECOPE.

2.  Según la modificación al Reglamento de Refrendo promulgado por la Contraloría General de la República y publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 2 de enero del 2003, la presente contratación se formalizará mediante la emisión respectiva de la orden de compra y la suscripción de un contrato el cual será confeccionado por la Asesoría Legal de RECOPE y refrendado por la Contraloría General de la República.

3.  Con el fin de validar jurídicamente el documento definido para formalizar la presente contratación, se deberán reintegrar las especies fiscales de ley, correspondientes a un 0,5% del total adjudicado. El aporte del impuesto de timbre fiscal será pagadero en partes iguales entre RECOPE y el contratista.

4.  La relación contractual vincula al contratista para su ejecución, no existiendo relación obrero patronal entre ambas partes contratantes ni entre RECOPE y el personal del contratista; por ello, este último asumirá el pago de las cargas sociales y pólizas de riesgos del trabajo derivadas de esta contratación.

5.  Para efectos del contratista se entiende que RECOPE está contratando el presente servicio por el período de un año, por lo que la prerrogativa de prórroga no le crea ningún derecho.

6.  El adjudicatario está supeditado a cumplir de forma estricta con todos los dictados cartelarios del presente concurso.

Nota:  En el cumplimiento de “Otras condiciones de aceptabilidad” deben ser verificados y acreditados por la fiscalización del contrato.

San José, 27 de junio del 2005.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 2004-5-169).—C-26145.—(51830).

COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL JESÚS OCAÑA ROJAS

La Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional Jesús Ocaña Rojas de Alajuela, comunica a los interesados, que según recomendaciones de la comisión técnica valuadora y con la revisión de las aclaraciones recibidas, se adjudica la licitación por registro Nº 02-2005, compra de equipo cómputo y audiovisual para informática, de la siguiente forma:

Línea uno:

Mobrisa - Ramaaleda S. A.

Calificación 95

Línea dos:

Mobrisa - Ramaaleda S. A.

Calificación 95

Línea tres:

Mobrisa - Ramaaleda S. A.

Calificación 90

Prof. Rodrigo Guillén Espinoza, Presidente Junta Administrativa.—1 vez.—(51769).

 

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE LIBERIA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 01-2005

Adquisición de una compactadora para suelos nueva tipo

vibratorio para la Municipalidad de Liberia

La Municipalidad de Liberia, comunica a los participantes en la Licitación Pública número 01-2005, que el Concejo Municipal de Liberia, mediante Acuerdo Municipal Nº 2, Artículo 3, Inciso 2, Sesión Ordinaria Nº 25-2005, celebrada el día 22 de junio del 2005, acordó adjudicar esta licitación al Consorcio Metec-Aditec, cédulas jurídicas Nº 3-101-282240 y 3-101-090903, representadas por los señores Omar Enrique Rojas Donato, cédula de identidad 1-460-740 y Roni Melzer Frencz, cédula de identidad 1-895-807, por un monto de treinta y nueve millones quinientos cuarenta y ocho mil seiscientos setenta colones (¢39.548.670,00).

Liberia, 29 de junio de 2005.—Lic. Fernando Acevedo Ángulo, Proveedor Municipal a. í.—1 vez.—(52042).

 

FE DE ERRATAS

SEGURIDAD PÚBLICA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN POR REGISTRO N° 0075-2005

Compra de chalecos antibalas

Se avisa a los interesados en participar en esta contratación, que según resolución Nº R-DAGJH-366-2005 dictada por el ente contralor el día 23 de junio del 2005, el recurso de objeción se declara sin lugar por tanto la nueva fecha de apertura se programa para el día 15 de julio del año en curso, a las trece horas, todo lo demás permanece invariable.

San José, 29 de junio del 2005.—Bach. José Ramírez Pérez, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 40744).—C-5720.—(51804).

 

JUSTICIA Y GRACIA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 02-2005

Construcción de dos módulos de alojamiento y obras exteriores para privados de libertad C.A.I. Pococí

Se comunica a todos los participantes en esta licitación, que se amplía en 20 días hábiles el plazo para la adjudicación de dicho procedimiento licitatorio.

San José, 28 de junio del 2005.—Lic. Dixa Córdoba Gómez, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº 15756).—C-3345.—(51805).

 

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 05-2005

Renovación de equipo de cómputo para el Registro Nacional

El Departamento de Proveeduría del Registro Nacional comunica a todos los interesados en la presente licitación que en lo que respecta al ítem 2 de sesenta y nueve (69) impresoras monocromáticas, en las especificaciones técnicas, donde dice:

“Deben tener instalados por lo menos 64 Megabytes de memoria RAM”.

Debe leerse correctamente:

“Deben tener instalados por lo menos 256 Megabytes de memoria RAM”.

Dado lo anterior, la fecha de recepción de ofertas se traslada para el 11 de julio a las once horas (11:00 a.m.), manteniéndose invariables los demás términos del cartel.

San José, 28 de junio del 2005.—Lic. Mauricio Madrigal Calvo, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 44124).—C-6195.—(51951).

 

AMBIENTE Y ENERGÍA

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº LR-52-2005

Remodelación y acondicionamiento del edificio del Ministerio

del Ambiente y Energía en avenida 18 y calle 9, San José, específicamente de la porción del inmueble donde se

ubicará la Dirección General de Hidrocarburos,

Transporte y Comercialización

de Combustibles

Se avisa a los interesados en esta contratación, que se han efectuado algunas modificaciones técnicas al cartel, las cuales estarán a disposición en el sistema CompraRed, en la dirección electrónica www.hacienda.go.cr, a partir del siguiente día hábil posterior a la presente publicación, o podrán obtenerlo inmediatamente para fotocopiar, en la Proveeduría Institucional del Ministerio, en el tercer piso de las oficinas centrales, ubicadas 200 metros al este y 75 metros al norte de la antigua “Casa Matute”, calle 25, avenidas 8 y 10, Barrio Francisco Peralta, San José.

Además se aclara que se han agregado dos láminas de croquis y que todos los croquis correspondientes podrán ser obtenidos en versión digital en la Proveeduría Institucional, para lo cual el oferente deberá aportar un disquete.

Asimismo, se avisa que se ha reprogramado la apertura para el día 26 de julio del 2005 a las 10:00 horas.

Todo lo demás permanece invariable.

San José, 29 de junio del 2005.—Lic. Marcos Montero Cruz, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 43728).—C-11420.—(51806).

 

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS

DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 0009-2005

Objeto: Pinzas: varios tamaños y medidas (Bodega de quirófano)

La Dirección de Recursos Materiales del Hospital San Juan de Dios debidamente autorizada, les comunica a todos los interesados en participar en dicha licitación, cuya fecha para la recepción de las ofertas está programada para el día 12 de julio del 2005, a las 13:00 horas, les informamos que la misma se ha prorrogado, a solicitud de la Dra. Julia Vargas Carranza y el Dr. Mario Barba Figueroa, se modificaron los ítemes Nos 8 y 9 del cartel licitatorio por tal motivo la apertura será para el día 18 de julio del 2005, a las 13:00 horas y se les recuerda pasar a la Oficina de Recursos Materiales a recoger el cartel licitatorio con las modificaciones correspondientes.

San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Erick Cruz Méndez, Jefe.—1 vez.—(51930).

 

CLÍNICA DR. CLORITO PICADO

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 003-05 (Modificaciones al cartel)

Papel higiénico en rollos, jumbo y toallas

Se les comunica a los interesados en la presente licitación las siguientes  modificaciones:

Modificación 1:

Capítulo II, Condiciones Técnicas, ítem 2. Papel higiénico en rollo jumbo roll.

Característica 4, se amplía el rango del ancho de la hoja, quedando de la siguiente manera:

Jumbo roll de 500 metros de longitud como mínimo, con un rango entre 90 mm y 100 mm de ancho de hoja.

Modificación 2:

Capítulo II, Condiciones Técnicas, ítem 3. Toallas interfoleadas desechables.

Característica 2, se modifica quedando de la siguiente manera:

Empaque en cajas de cartón, la cual debe contener un mínimo de 12 paquetes y cada paquete debe contener como mínimo 120 toallas.

Se les comunica que la fecha para la recepción de ofertas se traslada para el día jueves 14 de julio del 2005, a las 10:00 a.m.

Las demás condiciones se mantienen invariables.

San José, 28 de junio del 2005.—Unidad de Compras.—Bach. Milena Salas Esquivel.—1 vez.—(51959).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

      Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº LPU-2005-00004

(Circular Nº 1) Términos de referencia

Servicio de vigilancia, Región Chorotega

 El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la licitación arriba indicada, que se prorroga la fecha de apertura para el día 3 de agosto del 2005 a las 10:00 horas.

La fecha límite para presentación de consultas referente a la presente licitación, será hasta el día 25 de julio del 2005.

Asimismo, a partir de esta publicación podrán retirar la Circular Nº 1, en la Proveeduría del AyA, sita en el módúlo C, piso 3 del edificio sede del AyA en Pavas, la cual contiene los nuevos términos de referencia, quedando de esta manera sin efecto los anteriores.

Las demás condiciones permanecen invariables.

San José, 29 de junio del 2005.—Dirección de Suministros.—Lic. Lilliana Navarro Castillo, Proveeduría.—1 vez.—(Solicitud Nº 23043).—C-6670.—(51807).

 

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

DEPARTAMENTO SUMINISTROS BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº LP-02-2005

Compra de equipo de cómputo para el equipamiento

de las nuevas direcciones regionales y oficinas locales

Se avisa a todos los interesados en la licitación pública Nº LP-02-2005, para el Patronato Nacional de la Infancia, que la fecha de recepción de ofertas es el 21 de julio del 2005 a las 14:00 horas se mantiene invariable, y se realizan las siguientes aclaraciones y modificaciones al cartel:

En la página 6 Punto 4, viñeta 3.

Donde dice:

4.  LÍNEAS A COTIZAR:

Línea Nº 1: Compra de sesenta y cinco (65) impresoras Láser.

Impresoras láser con las siguientes especificaciones técnicas:

-    TECNOLOGÍA: LÁSER MONOCROMÁTICA.

Léase correctamente:

4.  LÍNEAS A COTIZAR:

Línea Nº 1: Compra de sesenta y cinco (65) impresoras Láser.

Impresoras láser con las siguientes especificaciones técnicas:

-    TECNOLOGÍA: LÁSER MONOCROMÁTICA O LED MONOCROMÁTICA.

Todo lo demás permanece invariable.

San José, 29 de junio del 2005.—Maureen Arias Aguilar, Coordinadora a. í.—1 vez.—(51961).

 

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE LA UNIÓN

LICITACIÓN PÚBLICA N° LP 01-2005

Adquisición de dos camiones recolectores de basura totalmente refaccionados de 19 toneladas métricas de capacidad,

modelo mínimo año 1996, caja año 2000

Se le comunica a todos los interesados en la licitación por registro N° LPR 01-2005 publicada en La Gaceta N° 120 del 22 de junio del 2005, que se han realizado las siguientes modificaciones:

1.  En lugar de licitación por registro N° LPR 01-2005, léase correctamente licitación pública Nº 01-2005.

2.  El plazo para la recepción de las ofertas varía del martes 12 de julio del 2005 al viernes 29 de julio del 2005.

Todas las demás condiciones de la invitación y del cartel permanecen invariables.

24 de junio del 2005.—Marvin Durán Vega, Proveedor.—1 vez.—(51790).

 

REGLAMENTOS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

En sesión Nº 120, artículo primero, de la asamblea colegiada representativa celebrada el dos de mayo del presente año, se acordó la adición al artículo 98 del Estatuto Orgánico de la Universidad de Costa Rica, del inciso b ter), de la siguiente manera:

b ter) Integrarán las asambleas de escuela las jefaturas administrativas, con voz, pero sin voto.

San José, 23 de junio del 2005.—Dr. Henning Jensen Pennington, Rector a. í.—1 vez.—C-3345.—(51193).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

AGENCIA EN SANTO DOMINGO

AVISO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Yo Yamileth Barquero Zamora, con cédula de identidad Nº 9-013-363, como beneficiaria del certificado de depósito a plazo, que se detalla a continuación: Nº 031026689-7 extendido a su orden por el Banco Nacional, emitido el: 15 de abril del 2005 a: 90 días. Plazo con vencimiento el: 15/07/del 2005 a una tasa de interés anual del: 11.00 % por un monto de quinientos ochenta y dos mil ciento treinta y uno con 07/100 (¢ 582.131,07) El detalle de los cupones es: cero cupón.

Solicito reposición de estos documentos por causa de extravío de los mismos. Se pública este anuncio por tres veces para oír reclamos de terceros, por el término de quince días.

Plataforma de Servicios.—Diana Villalobos Rodríguez.—(50416).

 

Yo, Yamileth Barquero Zamora, con cédula de identidad Nº 9-013-363, como beneficiaria del certificado de depósito a plazo, que se detalla a continuación: Nº 031017976-5, extendido a su orden por el Banco Nacional, emitido el: 15 de abril del 2005 a: 90 días plazo con vencimiento el: 15/07/del 2005 a una tasa de interés anual del: 1.95 % por un monto de dos mil novecientos setenta dólares con 50/100 ($ 2.970,50) El detalle de los cupones es: cero cupón.

Solicito reposición de estos documentos por causa de extravío de los mismos.

Plataforma de Servicios.—Diana Villalobos Rodríguez.—(50417).

 

OFICINA EN SAN PEDRO DE MONTES DE OCA

AVISO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

A quien interese, hago constar que el certificado de depósito a plazo del Banco de Costa Rica:

Cert. Nº            Monto          Plazo        Emitido            Vence         Tasa

61444448        $ 5.687,28     120 días    05/01/2005      05/04/2005    2.00%

                                                                                                              anual

Certificado emitido a la orden de: Fernández Sanabria Guillermo, cédula Nº 901100102. Ha sido reportado como extraviado por lo que se solicita al Banco de Costa Rica su reposición de acuerdo con lo establecido en los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

San José, 15 de junio del 2005.—Jorge Leandro Vargas, Oficial Operativo.—(50629).

 

El certificado de depósito a plazo del Banco Nacional de Costa Rica número 400-01-149-1886-8, plazo: 8 meses, monto: 310.800 colones, emitido el 20 de mayo del 2003 con vencimiento al 2 de enero del 2004 a nombre de Ana Lorena González Valverde, ha sido extraviado.

Lic. Ana Lorena González Valverde, Notaria.—Nº 34467.—(50756).

 

BANCO DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

La señora Flora Roxana Corrales Chavarría, mayor, casada una vez, vecina de Aserrí y portadora de la cédula 1-576-889, avisa el extravío del certificado de inversión a plazo de seis meses del Banco de Costa Rica, número 61456631 y lo hace de conocimiento público para su reposición. Es todo.

San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Rafael Agustín Corrales Chavarría, Notario.—Nº 42887.—(51312).

 

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

AVISO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Para dar cumplimiento con lo que establece nuestro Código de Comercio artículo 708-709 el señor Manuel E. Pacheco Rivera; portador de la cédula de identidad Nº 03-225-0268, ha solicitado la reposición del certificado a plazo en colones Nº 205-304-2052250, por un monto de ¢189.270,10 y cupón de intereses Nº 609750 por ¢10.212,70 ambos vencieron 09-11-2004.

Transcurrido el término de quince días a partir de la última publicación, se repondrá dicho título valor.

Cartago, 25 de enero del 2005.—Elieth Vargas Calderón, Facilitador Punto Comercial Los Ángeles.—Nº 42299.—(50320).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

OFICINA PERIFÉRICA EN SAN ANTONIO DE BELÉN

AVISO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal, oficina Periférica en San Antonio de Belén, hace del conocimiento del público en general que la señora Solano Ulloa Evelyn, cédula de identidad número 1-810-757, ha solicitado por motivo de extravío la reposición del certificado de depósito a plazo número 16103160220064075 por un monto de $1.200 (un mil doscientos dólares) con vencimiento al 8 de agosto del 2005 y los cupones de interés numerados del 001 al 007 por un monto bruto de $2,61 (dos dólares con sesenta y un centavos) y un monto neto de $2,40 (dos dólares con cuarenta centavos) cada uno, con vencimiento al 7 de marzo del 2005, el primero, al 7 de abril del 2005, el segundo, al 7 mayo del 2005, el tercero, al 7 de junio del 2005, el cuarto, al 7 de julio del 2005, el quinto, al 7 de agosto del 2005, el sexto, el 8 de agosto del 2005, el sétimo.

Lo anterior para los efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

21 de junio del 2005.—Lic. Miriam Villalobos García, Coordinadora Oficina.—(50581).

 

SUCURSAL EN SAN RAMÓN

AVISO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal de este domicilio, hace del conocimiento del público en general, que el señor Matamoros Blanco José Fco., cédula 2-364-975, depósito de ahorro a plazo fijo,

                                                                                        Fecha               Cupón           Monto               Fecha

Certificado                              Monto               vencimiento        número          cupón         vencimiento

16101560210223860  ¢1.186.000,00             21/5/2005              001      ¢20.418,95    21/5/2005

16101560220223855          $2.589,00             21/8/2005   certificado capitalizable

Lo anterior para cumplir con lo estipulado en los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

San Ramón, 22 de junio del 2005.—Lic. Leonardo Araya Alpízar, Gerente.—(50740).

 

SUCURSAL EN PURISCAL

AVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal de este domicilio, hace de conocimiento del público en general que el señor Freddy Guzmán Arias, cédula Nº 9-0058-0401, ha solicitado, por motivo de robo, la reposición de los cheques de gerencia 1001/1002/1003 de la cuenta corriente 16101002200110763 por un monto de ¢604.433,75, ¢410.401,77 y ¢123.330,83 en su respectivo orden.

Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

Puriscal, 27 de junio del 2005.—William Valverde Fernández, Subgerente.—(51171).

 

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORI-R-1649-2005.—Rodríguez Hernández Gloriana, R-126-2005, costarricense, cédula Nº 4-0143-0975, ha solicitado reconocimiento del diploma de Master en Administración de Negocios, Universidad de Ginebra, Suiza. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los tres días del mes de junio del dos mil cinco.—Ing. Warner Carvajal Lizano, MSc., Jefe.—C-12845.—(50151).

 

ORI-R-1764-2005.—Zeledón Ruiz María del Pilar, R-130-2005, costarricense, cédula Nº 2-0395-0098, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor, Universidad de Barcelona, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los nueve días del mes de junio del dos mil cinco.—Ing. Warner Carvajal Lizano, MSc., Jefe.—C-12845.—(50152).

 

ORI-R-1766-2005.—Bárcenas Parra Ana María, R-131-2005A, colombiana, cédula de residencia Nº 420-0211788-0008018, ha solicitado reconocimiento del diploma de Especialista en Gerencia de Producción y Operaciones, Universidad de la Sabana, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los diez días del mes de junio del dos mil cinco.—Ing. Warner Carvajal Lizano, MSc., Jefe.—C-12845.—(50153).

 

ORI-R-1768-2005.—Bárcenas Parra Ana María, R-131-2005A, colombiana, cédula de residencia Nº 420-0211788-0008018, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Químico, Universidad Nacional de Colombia, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los diez días del mes de junio del dos mil cinco.—Ing. Warner Carvajal Lizano, MSc., Jefe.—C-12845.—(50154).

 

ORI-R-1773-2005.—Otalora Severino Leslie, R-133-2005, colombiana, cédula de residencia Nº 420-0214753-0008735, ha solicitado reconocimiento del diploma de Enfermera, Universidad Metropolitana, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los diez días del mes de junio del dos mil cinco.—Ing. Warner Carvajal Lizano, MSc., Jefe.—C-12845.—(50155).

 

ORI-R-978-2005.—Hernández Companioni Humberto Carlos, R-62-2005, costarricense, cédula Nº 08-0076-0321, ha solicitado reconocimiento del diploma de Bachiller en Artes, Universidad Duke, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los trece días del mes de junio del dos mil cinco.—Ing. Warner Carvajal Lizano, MSc., Jefe.—C-12845.—(50156).

 

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

JUNTA DIRECTIVA

APROBACIÓN CUADRAGÉSIMA NOVENA REVALUACIÓN

MONTOS DE PENSIONES EN CURSO DE PAGO

SEGURO INVALIDEZ, VEJEZ Y MUERTE

La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, en el artículo 31 de la sesión 7970, celebrada el 23 de junio del 2005, acordó aprobar cuadragésima novena revaluación de los montos de las pensiones en curso de pago del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte, a partir del 1º de julio del año 2005, en estos términos:

1)  Revalorizar los montos de las pensiones otorgadas antes del 1º de julio del año 2005, de conformidad con lo indicado en el cuadro siguiente:

CUADRO Nº 8

Revalorización según vigencia

Vigencia de la Pensión                                 Revalorización

Antes del 01/01/2005                                             5.0000%

Enero 2005                                                             4.8333%

Febrero 2005                                                          3.7500%

Marzo 2005                                                           2.9167%

Abril 2005                                                              2.0833%

Mayo 2005                                                            1.2500%

Junio 2005                                                             0.4167%

En el caso de muerte la revalorización se aplica al monto de la pensión del causante y corresponderá a los beneficiarios el monto de pensión que indica el Reglamento.

2)  Aumentar el monto de la pensión mínima de ¢44.308,00 (cuarenta y cuatro mil ochocientos ocho colones) a ¢46.523,00 (cuarenta y seis mil quinientos veintitrés colones).

3)  Para las pensiones nuevas que se otorguen se utilizarán los topes máximos de pensión indicados en la siguiente tabla:

CUADRO Nº 9

Monto máximo de pensión

Trimestre

postergable*                                              Monto

 0                                                          581,728

 1                                                          590,454

 2                                                          599,180

 3                                                          607,906

 4                                                          616,632

 5                                                          628,267

 6                                                          639,901

 7                                                          651,536

 8                                                          663,170

 9                                                          677,714

10                                                         692,257

Trimestre

postergable*                                              Monto

11                                                         706,800

12                                                         721,343

13                                                         735,886

14                                                         750,430

15                                                         764,973

16                                                         779,516

17                                                         794,059

18                                                         808,602

19 y más                                              823,146

* Incremento por cada trimestre postergable:

   Primer año: 1.50%

   Segundo año: 2%

   Tercer año: 2.5%

4)  Establecer la base mínima contributiva del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte en un monto igual al ingreso mínimo de referencia existente, de acuerdo con la escala contributiva de los trabajadores independientes.

5)  Rige a partir del 1º de julio del año 2005.

Acuerdo firme.

San José, 27 de junio del 2005.—Emma C. Zúñiga Valverde, Secretaria.—1 vez.—C-33970.—(51958).

 

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

CONSEJO DIRECTIVO

Considerando:

La Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, regula la expropiación forzosa por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación se acuerda en ejercicio del poder de imperio de la Administración Pública, el cual comprende toda forma de privación de la propiedad privada o de derechos o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser expropiados conforme a esta ley.

En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad necesita constituir un derecho de servidumbre y un sitio de torre, necesario para el paso de la línea de transmisión denominada Naranjo-Poás, Tramo Naranjo-Mesón, sobre una finca inscrita en el Registro Público, Nº 73346-001 al 007 del partido de Alajuela, cantón 12 Valverde Vega, distrito 2 Sarchí Sur.

Según Registro Público, este inmueble presenta un área de 56.466,77 metros cuadrados, cuya naturaleza es terreno de café, caña con una casa, lindante: al norte, con quebrada Huevos; al sur, con calle pública y lote de Gerardo Gilber Acuña Sánchez; al este, con Arturo Hidalgo, y al oeste, con Raúl Murillo y lote de Gerardo Gilber Acuña Sánchez. Propiedad de Ana María Rigioni Murillo, cédula Nº 2-115-229, casada una vez, Marlene Suárez Campos, cédula Nº 6-097-512, casada una vez, Alonso José Chávez Suárez, cédula Nº 1-1169-699, soltero, Marco Vinicio Chávez Suárez, cédula Nº 1-1308-823, soltero, Luis Carlos Chávez Suárez, cédula Nº 1-836-829, casado una vez, Andrés Eduardo Chávez Suárez, cédula Nº 1-987-015, soltero. Todos mayores y vecinos de Grecia, costado norte del parque.

Que a solicitud del Proyecto de Obras de Transmisión de la UEN de Proyectos y Servicios Asociados del Instituto Costarricense de Electricidad, esta servidumbre y sitio de torre fueron valorados en la suma de ¢5.557.746,20 (cinco millones quinientos cincuenta y siete mil setecientos cuarenta y seis colones con veinte céntimos), según avalúo Nº 412-2003.

De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de constituir esta servidumbre, por lo que con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979 y supletoriamente la Ley Nº 7495 procede decretar la expropiación correspondiente. Por tanto,

1º—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢5.557.746,20 colones.

2º—De no ser aceptado por los propietarios, el respectivo avalúo, constitúyase sobre la finca anteriormente mencionada y descrita, el derecho de servidumbre y sitio de torre, que se describe así:

El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de paso sobre una franja de terreno, con una longitud sobre la línea de centro de 228,12 metros y un ancho de 20 metros, para un área de servidumbre de 4.555,78 metros cuadrados; que corresponde a un 8,07% de la superficie total de la finca, según plano catastrado de la servidumbre Nº A-837729-2003.

La franja de la servidumbre tiene una orientación noroeste-sureste, iniciando en el lindero con quebrada Talolinga con un azimut de 109°01’28”, recorriendo un área cultivada con café, cítricos, musáceas y algunos frutales; para posteriormente cambiar de dirección en el PI RATON 1 (sitio de torre), ubicado en las coordenadas 230532,82 norte y 499673,17 oeste, aproximadamente a 110 metros del lindero noroeste sobre la línea de centro de la franja de servidumbre; para finalizar con la colindancia sureste que da a la vía pública con azimut de 134°54’54”. El terreno presenta una pendiente que oscila aproximadamente de 0 a 15% en el sector sureste (frente a la propiedad) y de 30 a 50% en la colindancia noroeste con la quebrada Talolinga.

Los propietarios deberán limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente. No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga máxima o contingencia. Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos. Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele al ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra.

Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, y supletoriamente en la Ley Nº 7495 y los planos levantados por ese Instituto.

3º—La servidumbre descrita se establecerá en favor de la finca del partido de Alajuela, inscrita en el Registro Público, número trescientos cincuenta y siete mil ochocientos setenta y ocho-cero cero cero, terreno para construir destinado a construcción de la subestación de el Proyecto Hidroeléctrico Peñas Blancas, sita en el distrito trece Peñas Blancas, del cantón dos San Ramón, provincia de Alajuela, mide: sesenta y dos mil novecientos tres metros con dos decímetros cuadrados y linda así: norte, río Chachagua; sur, calle pública con un frente de ciento siete metros con noventa y un centímetros en parte y con servidumbre de paso de veintidós metros con treinta y cuatro centímetros; este, Fabio Luis López Salazar; oeste, Rafael Ángel Zamora Gamboa y tiene el plano catastrado número A-setecientos treinta y nueve mil trescientos cuarenta y seis-mil novecientos ochenta y ocho.

4º—Continúese con los trámites de rigor.

5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión Nº 5599 del 30 de marzo del 2004.

6º—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Geovanni Bonilla Goldoni, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(51199).

 

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

A Denis Flores Orozco, se le comunica que por resolución de las once horas treinta minutos del once de noviembre del dos mil cuatro, se dictó medida de protección a favor de la persona menor de edad Georgina Flores Sánchez en la cual se ordenó el abrigo temporal a favor de la misma para que permanezca ubicada a cargo de la Institución en el Albergue de Hatillo. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta Institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente Nº 115-104-2004.—Oficina Local del Sur.—Lic. Patricia Hernández Sánchez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 16272).—C-5400.—(49801).

 

Se le comunica al señor Marvin Cerdas Salas, que en la oficina local del PANI de San Carlos se dictaron medidas de protección en sede administrativa de cuido provisional a favor del joven Leonars Ricardo Rojas Castro en el hogar del señor Marvin Cerdas Salas, mediante resolución de las diez horas y veinte minutos del día dieciséis de mayo del dos mil cinco. Se le concede a los progenitores un plazo de cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto para que hagan valer sus derechos. Contra la resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en el plazo de 3 días hábiles. Deben señalar lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro administrativo de esta oficina.—Oficina Local de San Carlos.—Lic. Marianela Soto Rodríguez, Órgano Director.—(Solicitud Nº 16272).—C-4800.—(49802).

 

Se le comunica a la señora Jovita Alfaro Quirós que en la oficina local del PANI de San Carlos, se dictó resolución de incompetencia territorial en razón de que se trasladó el expediente del niño José Pablo Alfaro Quirós a la Oficina Local de Heredia siendo que el nuevo domicilio del niño es en Heredia, Puente Salas, de la Urbanización Las Tres Marías, tercera casa color amarilla, columnas vino, mediante resolución de las diez horas del día seis de mayo del dos mil cinco. Se les concede a los progenitores un plazo de cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto para que hagan valer sus derechos. Contra la resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en el plazo de 3 días hábiles. Deben señalar lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro administrativo de esta oficina.—Oficina Local de San Carlos.—Lic. Marianela Soto Rodríguez, Órgano Director.—(Solicitud Nº 16272).—C-4800.—(49803).

 

Se le comunica al señor Álvaro Bolaños Calderón la resolución de las catorce horas del treinta y uno de mayo del año en curso, dictada en este despacho, en virtud de la cual se resuelve: 1) Recomendar a la Dirección General de Migración y Extranjería, se autorice la salida del país de los jóvenes Kelany y Álvaro, ambos de apellidos Bolaños Campos, para que viajen a Cuba, con la sola autorización de su madre, debiendo informarle a esta entidad en el momento que las citadas personas menores de edad ingresen nuevamente al territorio nacional. Notifíquese la presente resolución a la señora Sury Yorleny Campos Araya personalmente o en su casa de habitación, al señor Álvaro Bolaños Calderón, se le deberá notificar por medio de edictos en el Diario Oficial La Gaceta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 numeral 2) de la Ley General de la Administración Pública. A La Dirección General de Migración y Extranjería en su Departamento de Asesoría Jurídica. Recursos: contra la presente resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación, el primero deberá interponerse ante esta Representación Legal y el de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José de la Clínica de los Doctores Echandi, 250 metros al sur, edificio verde. Dichos recursos podrán interponerse de forma separada o conjunta en el término de tres días contados al día posterior a la notificación de la presente resolución. Es potestativo usar ambos recursos o uno de ellos, pero será inadmisible el que se interponga vencido el plazo señalado. Expediente Nº 245-0024-2005.—Oficina Local de Grecia.—Lic. Carmen Lidia Durán Víquez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 16272).—C-6300.—(49804).

 

 

A Martha Macloud Manzanares se le comunica la resolución de las nueve horas del seis de junio del año en curso, en la que se resuelve: I) Dictar medida de protección de cuido provisional del niño José Isaac Macloud Manzanares en el hogar de los señores María Cecilia Solano Bonilla y Bernal Marcel Solano Bonilla. II) Brindar seguimiento social a la situación del niño en el hogar guardador por el término de la medida de protección. Expediente Nº 245-0029-2005. Recursos: apelación. Plazo: 48 horas siguientes a su notificación a partir de la tercera publicación ante la Presidencia Ejecutiva, señalando lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro administrativo de esta oficina.—Grecia, 6 de junio del 2005.—Lic. Carmen Lidia Durán Víquez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 16272).—C-4200.—(49805).

 

A las doce horas del veintiuno de junio del año dos mil cinco se le comunica al señor Isaac Moreno Rincón la resolución de las once horas del día veintiuno de junio del año dos mil cinco, que recomendó la salida del país del menor Elkin Geovany Moreno Navarro, con la sola autorización de su madre Rut Navarro Villamizar, para viajar a Estados Unidos. Se previene a las partes señalar lugar para futuras notificaciones en el perímetro de la Oficina Local de Heredia, de lo contrario las resoluciones posteriores quedarán notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de ser dictadas. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto. Recurso de apelación el cual deberá interponerse ante la Oficina Local de Heredia, la cual elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José, de la Clínica Drs. Echandi 250 mts sur, en forma verbal o escrita dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación, debiendo señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional de la Presidencia Ejecutiva. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada.—Junio 2005.—Oficina Local de Heredia.—Lic. Ilse Trejos Salas, Representante Legal.—(49831).

 

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

A Wagner José García Araya, se les comunica la resolución de este despacho de las 14:00 horas del 10-6-2005, por medio de la cual se ordenó medidas de protección a favor de Johan García Sánchez, donde se le ordenó a la madre cesar su conducta negligente hacia el niño, vigilar los programas de televisión que él observa, cuidar el vocabulario utilizado por el niño y los demás miembros del hogar, mantener al niño en el sistema educativo, cumplir las normas y tareas que en él se les asignen, cumplir con las citas de orientación que le programe el equipo Interdisciplinario de la Escuela y referir la situación al IMAS, para que el niño sea incorporado a un hogar comunitario, donde pueda permanecer mientras no esté en lecciones. Se ordenó seguimiento de la situación a la Escuela Los Jardines. Recurso: apelación. Plazo: dos días hábiles siguientes a la tercera publicación, ante este Órgano Director, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras dentro del perímetro administrativo de este despacho y de alzada, en San José. Expediente Nº 244-00138-05.—San Ramón, 14 de junio del 2005.—Lic. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento Administrativo PANI, San Ramón.—(Solicitud Nº 16276).—C-4820.—(51102).

A Luis Fernando Angulo Picado, se le comunica la resolución de este Despacho de las 16:00 horas del 03-06-2005 por medio de la cual se ordenó cuido provisional y depósito administrativo de María Fernanda, Wanda Daniela y Ana Yancy Angulo Leitón, con los abuelos Wiliam Leitón y Lineth Sandoval. La medida se dicta por un plazo de seis meses. Una vez firme la presente resolución, la cuidadora deberá iniciar el proceso judicial respectivo. Recurso: apelación. Plazo: dos días hábiles siguientes a la tercera publicación, ante este Órgano Director, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras dentro del perímetro administrativo de este Despacho y de alzada, en San José. Expediente Nº 244-00117-05.—San Ramón, 3 de junio del 2005.—Lic. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento Administrativo PANI San Ramón.—(Solicitud Nº 16276).—C-3920.—(51103).

 

A Osvaldo Torres Lobo y Reina Isabel Castillo Flores, se les comunica la resolución de este Despacho de las 14:00 horas del 9 de junio del 2005, por medio de la cual se ordenó medida de protección al IMAS, a favor de Melquisidec Torres Castillo, como medida de protección, seguridad y estabilidad. Recurso: apelación. Plazo: dos días hábiles después de la tercera publicación, ante este Órgano Director, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras dentro del perímetro administrativo de este Despacho y de alzada, en San José, edificio central del PANI. Expediente Nº 244-00059-01.—San Ramón, 9 de junio del 2005.—Lic. Ana Lorena Fonseca Méndez, Abogada.—(Solicitud Nº 16276).—C-3320.—(51104).

 

A Oldemar Vargas Vargas, se le comunica la resolución de este Despacho de las 8:00 horas del 10 de junio del 2005, por medio de la cual se ordenó medida de protección a favor de Sigifredo Vargas Solís, donde se le ordenó medida de protección a la CCSS para que brinde seguimiento y tratamiento al niño por el presunto abuso sexual sufrido. Recurso: apelación. Plazo: dos días hábiles siguientes al de la tercera publicación, ante este Órgano Director, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras dentro del perímetro administrativo de este Despacho y de alzada, en San José, de lo contrario las resoluciones que se dicten, se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas. Expediente Nº 244-133-05.—San Ramón, 10 de junio del 2005.—Lic. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento Administrativo PANI San Ramón.—(Solicitud Nº 16276).—C-4220.—(51105).

 

A Raúl Pérez Arias, se le comunica la resolución de este Despacho de las 11:00 horas del 13 de junio del 2005, por medio de la cual se ordenó medida de protección a la madre para que cumpla su rol adecuadamente y sin dejar de lado las responsabilidades con relación a sus hijos e hijas, al IMAS, para ayuda económica a la familia, a fin de que puedan solventar sus necesidades básicas, a favor de María Gabriela, Kenneth Alberto, Óscar Andrés y Alejandro Raúl Pérez Madrigal, como medida de protección, seguridad y estabilidad. Recurso: apelación. Plazo: dos días hábiles después de la tercera publicación, ante este Órgano Director, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras dentro del perímetro administrativo de este despacho y de alzada, en San José, edificio central del PANI. Expediente Nº 244-00164-04.—San Ramón, 13 de junio del 2005.—Lic. Ana Lorena Fonseca Méndez, Abogada.—(Solicitud Nº 16276).—C-4220.—(51106).

 

Se le comunica a María Rodríguez Agüero, las resoluciones de las catorce horas del diez de octubre del dos mil dos, que ubicó al joven Kevin Roberto Rodríguez Agüero al lado de Sonia Molina Gabuardi y la resolución de las diez horas con cincuenta minutos del día catorce de junio del dos mil cinco, que otorgó el depósito administrativo del joven supra citado al lado de la señora Molina Gabuardi. Notifíquese lo anterior a los interesados, de conformidad con la Ley de Notificaciones vigente. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, dentro del plazo de tres días después de notificada. El recurso podrá presentarse ante el mismo Órgano que dictó la resolución. La interposición del recurso no suspende la ejecución de lo aquí resuelto. Deben señalar lugar o medio para el recibo de notificaciones dentro del perímetro de esta oficina. En caso de que el lugar señalado fuese incierto o no existiere, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24:00 horas después de dictadas, igual efecto se producirá si el medio electrónico informado no fuese eficaz en su transmisión. Expediente Nº 112-00989-1987.—Oficina Local del Este, Goicoechea, 14 de junio del 2005.—Lic. Roberto Marín Araya, Abogado.—(Solicitud Nº 16276).—C-5120.—(51107).

 

A José Alexander Prieto Cerdas, se le comunica la resolución de las 10:00 horas del día 15 de junio del 2005, que ubicará mediante cuido provisional a sus hijas Gabriela Vanessa, Alexandra Vanessa, Marjorie Vanessa, Natalia Vanessa y Karla Vanessa, todas Prieto Zúñiga en su abuela materna Sonia Felicia Artavia Rodríguez. En contra de dicha resolución solo procede el recurso de apelación, presentado verbalmente o por escrito en las siguientes 48:00 horas a la publicación de este edicto, ante quien emitió esta resolución y quien elevará a la Presidencia Ejecutiva de la entidad en San José, señalando lugar para notificaciones en el perímetro judicial de Guadalupe o fax. Expediente Nº 112-133-05.—Oficina Local de Guadalupe.—Lic. Gerardo Sánchez Rodríguez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 16276).—C-4820.—(51108).

 

A Yohenna Umaña Portilla, se le comunica la resolución de las 8:00 horas del 7 de junio del 2005, que resolvió depósito administrativo de la niña Paula Umaña Portilla en su abuela materna Guiselle Portilla Chinchilla. En contra de esta resolución solo procede el recurso de apelación, presentado verbalmente o por escrito en las siguientes 48 horas a la publicación del tercer edicto, ante quien emitió esta resolución y quien elevará a la Presidencia Ejecutiva de la entidad en San José, señalando lugar para notificaciones en el perímetro judicial de Guadalupe o fax. 12-79-05.—Oficina Local de Guadalupe.—Lic. Gerardo Sánchez Rodríguez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 16276).—C-4220.—(51109).

 

Al señor Julio Zúñiga Abum, se le comunica la resolución de las ocho horas cuarenta y cinco minutos del trece de junio del dos mil cinco, dictada por la Oficina Local de Cartago, que ordenó medidas de protección, de cuido provisional de la persona menor de edad Yuri Isabel Zúñiga Salgado. Contra esta resolución procede el recurso de apelación dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la última publicación de este edicto, correspondiendo a la Presidencia Ejecutiva resolver dicho recurso. Debiendo señalar lugar para atender notificaciones dentro del perímetro de la Oficina Local de Cartago. En caso de omisión las resoluciones posteriores se darán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Expediente administrativo Nº 331-00137-05.—Lic. Johanna Víctor Arrieta, Órgano Director del Procedimiento Administrativo, Oficina Local de Cartago.—(Solicitud Nº 16276).—C- 5120.—(51110).

 

A Grace Arguedas Solano, se le comunica la resolución de las 9:00 horas del 2 de mayo del 2005, mediante la cual se dictó medida de protección y depósito al niño Martín Angelo Arguedas Solano en los señores Orlando Bonilla Vindas y María Luisa Rodríguez Mena. Plazo: para ofrecer recurso de revocatoria con apelación en subsidio, 48 horas contadas a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. María de los Ángeles Mora Rojas, Representante Legal, Oficina Local de Desamparados.—(Solicitud Nº 16276).—C-2420.—(51111).

 

A los señores Eladio Carballo Mora, Lilliana Quesada Granados, Óscar Francisco Muñoz Luna, se les comunica la resolución de las 12:00 horas del 15 de junio del 2005, que dictó medida de protección a favor de la adolescente Shirley Carballo Quesada y su hijo Kendall Muñoz Carballo en el Hogar de Madre Adolescente. Plazo: para ofrecer recurso de apelación, cuarenta y ocho horas contadas a partir de la tercera publicación de este edicto.—Lic. María de los Ángeles Mora Rojas, Representante Legal, Oficina Local de Desamparados.—(Solicitud Nº 16276).—C-2420.—(51112).

 

A Missuri Vindas Pérez, se le comunica la resolución de las 15:00 horas del 20 de mayo del 2005, que resolvió depósito administrativo de la adolescente Karen Missuri Vindas Pérez en la señora Auristela Nájera Montoya. En contra de esta resolución solo procede el recurso de apelación, presentado verbalmente o por escrito en las siguientes 48 horas a la publicación del tercer edicto, ante quien emitió esta resolución y quien elevará a la Presidencia Ejecutiva de la entidad en San José, señalando lugar para notificaciones en el perímetro judicial de Guadalupe o fax. 111-7-92.—Oficina Local del Este. 20 de junio del 2005.—Lic. Gerardo Sánchez Rodríguez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 16276).—C-5120.—(51113).

 

A Alejandro González Moraga, se le comunica la resolución de este Despacho de las 15:00 horas del 16 de mayo del 2005, por medio de la cual se ordenó como medida de protección a favor de las persona menores de edad Alejandro y Denisse González Sandí y Ólger Andrés Sandí Villafuerte, se ordenó depósito administrativo de las personas menores de edad con su abuela materna, la señora Dennia Villafuerte Chavarría. Recurso: apelación. Plazo: dos días hábiles siguientes al de la segunda publicación, ante este Órgano Director, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras dentro del perímetro administrativo de este Despacho y de alzada, en San José, de lo contrario las resoluciones que se dicten, se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas. Expediente Nº 631-00235-92.—San Ramón, 10 de junio del 2005.—Lic. Noelia Solórzano Cedeño, Órgano Director del Procedimiento Administrativo PANI Puntarenas.—(Solicitud Nº 16276).—C-3920.—(51114).

 

A Rafael Antonio Hernández, se le comunica que por resolución de las veintidós horas del doce de junio del dos mil cinco, se dictó medida de protección a favor de las personas menores de edad Rosa Azucena y José Rafael, ambos Hernández Pérez en la cual se ordenó su abrigo temporal para que permanezcan ubicados a cargo de la Institución en el Albergue Caritas Felices. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta Institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente Nº 115-077-2005-Equipo B.—Lic. Patricia Hernández Sánchez, Representante Legal, Oficina Local del Sur.—(Solicitud Nº 16276).—C-5720.—(51115).

A María Albertina Ortega Martínez, se le comunica que por resolución de las diez horas del diecisiete de junio del dos mil cinco se dictó medida de protección a favor de la persona menor de edad Katrin Vanessa Espinoza Ortega, en la cual se ordenó el cuido provisional en hogar sustituto a favor de la misma para que permanezca ubicada a cargo de su tía paterna la señora Maritza Pérez Espinoza. Asimismo, se declaró la incompetencia por razón de territorio y se refirió la situación a la Oficina Local del Oeste. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de la Oficina Local del Oeste, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante la Representación Legal de la Oficina Local del Oeste dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente en O.L. Oeste.—Lic. Patricia Hernández Sánchez, Representante Legal, Oficina Local del Sur.—(Solicitud Nº 16276).—C-6320.—(51116).

 

A quien interese, se le comunica que por resolución de las once horas del diecisiete de junio del dos mil cinco, se declaró estado de abandono en sede administrativa de la persona menor de edad Eliécer Rogelio Pereira Sandí; asimismo, se ordenó el depósito administrativo de tales menores de edad a cargo de esta Institución quien a su vez lo delega en su hermana señora Elena María Pereira Chavarría. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local; o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber, además, que contra la presente resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta Institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (artículo 139 Código de Niñez y Adolescencia).—Lic. Patricia Hernández Sánchez, Representante Legal, Oficina Local del Sur.—(Solicitud Nº 16276).—C-5720.—(51117).

 

A María Irlani Solórzano Reyes, se le comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina de Alajuela, de las quince horas del dieciséis de junio del dos mil cinco, que resolvió el abrigo temporal de los niños Axel, Anderson y Mailin, todos Solórzano Reyes en un albergue de esta institución, por seis meses. Recursos: apelación. Plazo: 48:00 horas contadas a partir del siguiente a la última publicación de este aviso, señalando lugar para atender notificaciones dentro del perímetro administrativo de esta oficina, el cual es de un kilómetro alrededor de la sede y si no lo hacen, las resoluciones futuras se tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas.—Alajuela, 16 de junio del 2005.—Lic. Marta L. Jiménez Araya, Representante Legal.—(Solicitud Nº 16276).—C-2620.—(51101).

 

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Convoca a audiencia pública, para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de:

I.—Solicitud de la empresa Autobuses Unidos de Coronado S. A., para aumentar las tarifas de las rutas 142-143, tramitada bajo el expediente ET-58-2005, según se detalla:

Ruta                                          Descripción                                            Tarifa         Tarifa            Dif.

                                                                                                                 Vigen. ¢     Propue. ¢   Absoluta ¢   %

                        San José-San Isidro de Coronado                              165             180            15        9,09

                        (Autobuses)

                        Ext. San Isidro de Coronado-San Antonio             125             135            10        8,00

                        Ext. San Isidro de Coronado-San Rafael                  125             135            10        8,00

142                Ext. San Isidro de Coronado-San Pedro                  125             135            10        8,00

                        Ext. San Isidro de Coronado-El Rodeo                    125             135            10        8,00

                        Ext. San Isidro de Coronado-San Francisco           125             135            10        8,00

                        Ext. San Isidro de Coronado-Patio de Agua          125             135            10        8,00                                        Ext. San Isidro de Coronado-Dulce Nombre              125                 135                 10                        8,00

                        Tarifa Mínima                                                                   125             135            10        8,00

142                Dulce Nombre-San Antonio centro-Clínica

Periférica      de Coronado                                                                    130             140            10        7,69

                        San Isidro-Cascajal                                                        165             180            15        9,09

143                San Isidro-Las Nubes                                                   125             135            10        8,00

                        San Isidro-San Rafael                                                    125             135            10        8,00

                        Cascajal-San Rafael                                                        125             135            10        8,00

Corredor común:

Ruta                                       Descripción                                          Tarifa       Tarifa          Dif.

                                                                                                                 Vigen    Propue.¢ absoluta¢ %

44-                 San José-Ipís-Facio-La Mora-Zetillal                       170             185            15        8,82

45-47            San José-Vista de Mar                                                   170             185            15        8,82

                        San José-Rancho Redondo                                          200             215            15        7,50

El martes 12 de julio del 2005, a las dieciséis horas (4 p. m.) se llevará a cabo la Audiencia Pública en el Salón Parroquial de la Iglesia de San Isidro Labrador de Coronado ubicado del edificio municipal de Coronado 100 metros este, para conocer sobre esta petición. El plazo para recibir posiciones sobre esta solicitud vence el viernes 8 de julio del 2005, a las dieciséis horas.

II.—Solicitud de la empresa Transportes Arnoldo Ocampo S. A., para aumentar las tarifas de la ruta 437, tramitada bajo el expediente ET-61-2005, según se detalla:

Ruta                                      Trayecto                      Tarifa                 Tarifa              Aumento %

                                                                                     Vigente ¢         solicitada ¢

                                            Heredia-San Pablo

437                                    Heredia-San Pablo           100                       145                        45,00

El jueves 14 de julio del 2005, a las dieciséis horas (4 p. m.) se llevará a cabo la Audiencia Pública en el Auditorio de la Autoridad Reguladora, para conocer sobre esta petición. El plazo para recibir posiciones sobre esta solicitud vence el viernes 8 de julio del 2005, a las dieciséis horas.

Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar los expedientes que constan en la Dirección de Fiscalización y Defensa del Usuario, situada en Sabana Sur, 400 m oeste del Edificio de la Contraloría General de la República, San José.

Cualquier interesado, con interés legítimo o derecho subjetivo, puede participar en la audiencia y quien desee hacer uso de la palabra, debe formular por escrito, en original, su posición ante esta Autoridad Reguladora, sustentando su pretensión con las pruebas que sean pertinentes. En el documento debe indicar lugar dentro del perímetro de San José o número de fax donde ser notificado. En el caso de una persona física deberá aportar fotocopia de su cédula; las personas jurídicas deberán aportar certificación de personería vigente. Dentro del plazo legal otorgado se recibirán posiciones mediante el facsímil 290-2010, mismas que deberán estar firmadas y debiendo presentar el original a más tardar el día de la celebración de la audiencia. En caso de faltar algún requisito de los anteriores, se rechazará la posición presentada. Se informa que el Consejero del Usuario para estas solicitudes es Juan Manuel Quesada, ext. 135. Para cualquier información adicional a los teléfonos 800-827-3737 ó 220-0102.

San José, 28 de junio del 2005.—Lic. Xinia Herrera Durán, Directora de Fiscalización y Defensa del Usuario.—1 vez.—(Nº 532-Daf.-2005).—C-34570.—(51574).

 

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE CARTAGO

HERMANDAD DE LA CARIDAD DE CARTAGO

AVISOS

Ante esta Junta de Protección Social de Cartago, hoy Hermandad de la Caridad de Cartago, de conformidad con las disposiciones que emanan de la Ley Nº 58 del 9 de agosto de 1930, Nº 52 del 12 de marzo de 1923, del Decreto Ley Nº 704 del 7 de setiembre de 1949, Ley Nº 5395 del 30 de octubre de 1973 “Ley General de Salud” Nº 5412 del 8 de noviembre de 1973 “Ley Orgánica del Ministerio de Salud”, leyes conexas y sus reformas, del Decreto Ejecutivo Nº 22183-S del 6 de mayo de 1993 “Reglamento General de Cementerios Nacionales, Públicos y Privados”, se ha presentado el señor Manuel de Jesús, cédula de identidad Nº 3-125-907 y las señoras María de los Ángeles, cédula de identidad 3-078-389 y Virginia, cédula 3-090-398, todos de apellidos Noguera Piedra, quienes manifiestan bajo juramento de ley y exonerando a la Junta de Protección Social de Cartago, hoy Hermandad de la Caridad de Cartago, de responsabilidades ante terceros de iguales o mejores derechos, que son los únicos y universales herederos del señor quien en vida se llamó Salomón Noguera Piedra, bajo cuyo nombre se encuentra inscrito el derecho de arrendamiento de la Fosa Nº 261, folio 217, tomo 1 de la Sección Los Ángeles del Cementerio General de Cartago y que en virtud de lo anterior solicita que se inscriba la mencionada fosa a nombre de cada uno de ellos. Nombran como representante a la señora Virginia Noguera Piedra. Lo anterior se hace del conocimiento de todos aquellos terceros de iguales o mejores derechos, para que puedan presentar las oposiciones de ley en el término de quince días hábiles a partir de la publicación del presente edicto.

Cartago, 15 de junio del 2005.—José Rafael Soto Sanabria, Gerente.—1 vez.—Nº 42916.—(51316).

 

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

Nombramiento interino del Alcalde

El Concejo Municipal de San José, acordó nombrar en el cargo de Alcaldesa interina a la profesora Luz María Soto Molina, Segunda Alcaldesa Suplente, con cédula de identidad Nº 2-175-061, del 25 al 28 de junio del 2005, ambos días inclusive, en ausencia del titular Ing. Johnny Araya Monge, quien cumple con obligaciones de su cargo en la ciudad de Guatemala.

Así como también, el día 1º de julio del 2005, en razón del goce de vacaciones del señor Alcalde.

Acuerdo firme Nº 1, artículo III, de la sesión ordinaria Nº 164, celebrada por la Corporación Municipal del cantón central de San José, el 21 de junio del 2005.

Acuerdo firme Nº 2, artículo III, de la sesión ordinaria Nº 164, celebrada por la Corporación Municipal del cantón central de San José, el 21 de junio del 2005.

San José, 27 de junio del 2005.—Departamento de Comunicaciones.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 2961).—C-6670.—(51538).

 

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

EDICTO

Para los fines consiguientes se hace saber que el señor Erick Marino Obando Gómez, cédula de identidad número uno-nueve seis cuatro-ocho dos siete, propietario de la patente de licores nacionales Nº 88, que se explota en el bar denominado Marino’s Bar, ubicado en Vargas Araya, ha solicitado el traspaso a nombre de la sociedad conocida como Ecka Marina O.G. S. A., cédula jurídica número tres-uno cero uno cuatro cero dos siete tres uno. La Municipalidad de Montes de Oca otorga un plazo de ocho días hábiles a partir de esta publicación para oír objeciones de terceros.

San Pedro de Montes de Oca, 17 de junio del 2005.—Br. Johnny Walsh A., Gestor Tributario.—Mayela Urrea V., Gestión Tributaria.—1 vez.—Nº 43047.—(51486).

 

MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ, GUANACASTE

DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

EDICTO

Pilar Duarte Duarte, cédula Nº 5-103-557, con base a la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 del 2 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una parcela de terreno localizada en Playa Brasilito, distrito Cabo Velas, cantón Santa Cruz, provincia de Guanacaste. Mide: 708,43 m2. Es terreno para dedicarlo a uso residencial local. Linderos: norte, Juan Onofre Duarte Moraga; sur, plaza de deportes; este, calle pública; oeste, Julián Cruz Vallejos. Se conceden treinta días para oír oposiciones, las cuales deben venir acompañadas de dos copias. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que las futuras disposiciones del Plan Regulador varíen el destino de la parcela.

Santa Cruz, 24 de junio de 2005.—Edwin Ortiz Ortiz, Encargado.—1 vez.—(51188).

 

MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE

ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

Jesús Eliberto Vargas Gómez, mayor, costarricense, soltero en unión libre, misceláneo, con cédula de identidad Nº 5-271-080, vecino de Playa San Miguel, Bejuco de Nandayure, 400 metros este de la entrada, con base en la Ley de Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 del 2 de marzo de 1977 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de marzo de 1977, solicita en concesión un terreno localizado en Playa San Miguel, distrito sexto Bejuco, cantón noveno Nandayure, de la provincia de Guanacaste. Mide 904,86 metros cuadrados, para darle un uso residencial turístico. Sus linderos son: norte, zona restringida de la ZMT; sur, zona restringida de la ZMT; este, zona de protección de manglares; y oeste, servidumbre de paso en ZMT. Se concede a los interesados un plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de ésta única publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en la Municipalidad ante la oficina del Alcalde Municipal. El opositor debe identificarse debidamente.

Carmona de Nandayure, Guanacaste.—Humberto León Abadía, Inspector de Zona Marítima.—1 vez.—(51559).

 

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

FUNDACIÓN WALT WHITMAN

Fundación Walt Whitman, cédula jurídica número tres-cero cero seis-uno cinco seis cuatro cero cuatro, solicita ante la Unidad de Autorizaciones y Aprobaciones de la Contraloría General de la República, la reposición de los siguientes libros: diario, mayor e inventarios y balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Unidad de cita, ubicada en las instalaciones del Órgano Contralor en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Sonia Tenorio Díaz.—Nº 42144.—(50055).

 

TÉCNICOS EN TELECOMUNICACIONES

SOCIEDAD ANÓNIMA LABORAL

Cumpliendo con un requisito de ley sobre la pérdida de documentos, yo Ana Laura Castro León, mayor, portadora de cédula de identidad Nº 1-887-448, en calidad propietaria de letra de cambio por un monto de mil doscientos dólares, hago pública la comunicación que he extraviado dicho documento por lo que solicito reposición a Técnicos en Telecomunicaciones Sociedad Anónima Laboral, cédula jurídica Nº 3-101-181963.—San José, 21 de junio del 2005.—Ana Laura Castro León.—(50098).

 

SUPER RESTAURANTES EXCLUSIVOS

DCR SOCIEDAD ANÓNIMA

Octavio Morán Rendón, guatemalteco, casado, comerciante, vecino de San Rafael de Escazú, portador del pasaporte de su país número cero cero ocho millones cuatrocientos treinta mil seiscientos cuarenta y cuatro, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, de Super Restaurantes Exclusivos DCR Sociedad Anónima, de esta plaza, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y dos mil ciento veintiuno, ha solicitado ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del libro de Actas de Asambleas de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, oficina de San José, en un término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación.—San José, 12 de mayo del 2005.—Octavio Morán Rendón.—(50117).

 

TRANSPORTES ROJAS Y CASTRO SOCIEDAD ANÓNIMA

La compañía de esta plaza denominada Transportes Rojas y Castro Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-sesenta y cinco mil ochocientos uno, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición del libro de accionistas y del libro de actas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Alajuela, 22 de junio de 2005.—Lic. Olga Lydia Guerrero Vargas, Notaria.—Nº 42232.—(50321).

 

APARTAMENTOS CASTRO E HIJOS SOCIEDAD ANÓNIMA

La compañía de esta plaza denominada Apartamentos Castro e Hijos Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-sesenta y cinco mil trescientos veinte, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición del libro de accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Alajuela, 22 de junio de 2005.—Lic. Olga Lydia Guerrero Vargas, Notaria.—Nº 42233.—(50322).

 

COMPAÑÍA MEJOR LTDA.

Compañía Mejor Ltda., cédula jurídica Nº 3-102-0188371, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de libros, Diario, Mayor, Inventarios y Balances y Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación al Diario La Gaceta.—San José, 22 de junio del 2005.—Rodrigo Mendieta García, Notario.—Nº 42279.—(50323).

 

LAUDA SOCIEDAD ANÓNIMA

Lauda Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-72953, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea General y Registro de accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Israel Hernández Flores, Notario.—Nº 42286.—(50324).

 

ZUMBADO Y SÁNCHEZ S. A.

Eduardo Sánchez Oller, mayor, casado una vez, empresario de Heredia, ochocientos metros al oeste del Hipermás , cedula cuatro-ciento veintiuno cuatrocientos dos, apoderado generalísimo sin limitación de suma de la sociedad denominada Zumbado y Sánchez S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cero seis cuatro cinco uno cero, debidamente inscrita en mercantil del Registro Nacional, tomo trescientos sesenta y ocho, folio ciento diecisiete, asiento ciento siete, solicita la reposición del libro de actas de la asamblea de socios número uno, de dicha sociedad, el cual fue extraviado, y se escucha cualquier oposición a la presente gestión en la Oficina de Tributación Directa de Heredia, y el suscrito fue autorizado para solicitar la reposición por la asamblea de socios de la sociedad dicha, a la cual asistió la totalidad del capital social.—Heredia, a las ocho horas del día dieciséis de junio del año dos mil cinco.—Eduardo Sánchez Oller.—Nº 42318.—(50325).

 

GANADERA SANTA ANDREA SOCIEDAD ANÓNIMA

Ganadera Santa Andrea Sociedad Anónima, con número de cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos un mil ochocientos tres, ha solicitado ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de su libro de asamblea general de socios número uno, el cual se extravió. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición a este trámite ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional Zona Norte, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Ciudad Quesada, 10 de junio del 2005.—Carlos Mora Mora, Presidente.—(50361).

 

GALERIA DE VIAJES S. A.

Galería de Viajes S. A., cédula jurídica Nº 3-101-175081, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: un diario, un mayor y un inventarios y balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 23 de junio del 2005.—Álvaro Alemán, Gerente General.—(50418).

 

REPUESTOS ALTRESA SOCIEDAD ANÓNIMA

Repuestos Altresa Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-161224, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los tres libros contables: Diario, Mayor, Inventario y Balances, todos con el número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Juan José Quirós Meléndez, Notario.—Nº 42367.—(50531).

 

MEDIPHARMA, INC Y INMOBILIARIA JAGUA S. A.

Medipharma, Inc., cédula jurídica Nº 3-012-1037097 y Inmobiliaria Jagua S. A., cédula jurídica 3-101-134652 solicitan ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Registro de Socios, Asamblea de Socios, Actas de Consejo Administrativo. Quien se considere afectado, dirigir su oposición al Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Área Administración Tributaria de Cartago en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación.—Cartago, 24 de junio del 2005.—Carlos M. Siblesz, cédula 175-82191-8681, Representante Legal de ambas Sociedades.—(50590).

 

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ACEROS CENTROAMERICANOS SOCIEDAD ANÓNIMA

Aceros Centroamericanos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-once mil quinientos once, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de Actas de Junta Directiva y Registro de Accionistas, por haberse extraviado. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Carla Ortiz Campos.—(50749).

 

WORLD WIDE CAPITAL HOLDINGS SOCIEDAD ANÓNIMA

World Wide Capital Holdings Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos nueve mil seiscientos tres, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro siguiente: registro de accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—Nº 42600.—(50886).

 

GEMHI JAD SOCIEDAD ANÓNIMA

Gemhi Jad Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres- ciento uno- cero treinta y ocho mil setecientos cuarenta y cuatro, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes cinco libros: un libro de actas de junta directiva, un libro de registro de accionistas, un libro mayor, un libro de diario y un libro de inventario y balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Daniel James Henderson, Presidente de Junta Directiva.—Nº 42703.—(50887).

 

IMPORTACIONES HERRERA SOCIEDAD ANÓNIMA

Importaciones Herrera Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3- 101-043756-03, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros de actas: diario, mayor, inventario y balance. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Francisco Augusto Lemus Chiantla, Notario.—Nº 42757.—(50888).

 

CENTRAL MONGE CEMOSA S. A.

Central Monge Cemosa S. A., cédula jurídica Nº 3-101-102127, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: Libro de Actas de Asambleas de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de Alajuela, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 26 de mayo del 2005.—Carlos Federico Monge Chévez, Presidente.—(50959).

 

IMPORTADORA LORÍA Y MONGE S. A.

Importadora Loría y Monge S. A., cédula jurídica Nº 3-101-038055, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Actas de Asambleas de Socios y Libro de Actas de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de Alajuela, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 15 de junio del 2005.—Carlos Federico Monge Chévez, Presidente.—(50960).

 

IMPORTADORA MONGE PITAL S. A.

Importadora Monge Pital S. A., cédula jurídica Nº 3-101-129196, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Actas de Asambleas de Socios y Libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de Alajuela, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 26 de mayo del 2005.—Carlos Federico Monge Chévez, Presidente.—(50961).

 

PREGO MOTOR DE COSTA RICA S. A.

Prego Motor de Costa Rica S. A., cédula Nº 3-101-102108, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de un Libro de Actas de Asambleas de Socios, correspondiente al número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Juan Manuel Sandí Arias, Gerente General.—(50975).

 

CÉFIROS DEL ALBA SOCIEDAD ANÓNIMA

Céfiros del Alba Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y cinco mil trescientos, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del libro Actas de Asamblea General de Accionistas. Quien se considere afectado puede dirigir su oposición a la Administración Tributaria más cercana, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación.—Limón, 16 de junio del 2005.—Roque Brebonería Berza y Jordan Ross Klow, Socios.—Nº 42778.—(51070).

 

Wei Quan Mo, mayor, casado, comerciante, cédula de residencia 62-113490-3464, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa de Limón, la reposición de los libros de Diario, Mayor, Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede dirigir su oposición a la Administración Tributaria de la ciudad de Limón, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación.—Limón, 30 de mayo del 2005.—Wei Quan Mo, Solicitante.—Nº 42779.—(51071).

 

CASTILLO COUNTRY CLUB S. A.

Álvarez Villalón María del Rocío, cédula de identidad Nº 1-436-920, ha extraviado su acción Nº 1825 solicitando al Castillo Country Club S. A., cédula jurídica Nº 3-101-015794-03, la reposición de la misma, de acuerdo con los artículos 689 y 690 del Código de Comercio. Quien se considere afectado dirigir la oposición a la Secretaría de Junta Directiva.—San Rafael de Heredia, 27 de junio del 2005.—Unidad de Cobros.—Marielos Eduarte Montoya.—(51118).

 

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

1. Contrato OC-346146-EX y OC-331167, propiedad del Arq. Josué Gamboa Calvo (A-11459).

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente a los contratos de consultoría OC-346146-EX y OC-331167, propiedad del Arq. Josué Gamboa Calvo (A-11459).

San José, veintitrés de junio del dos mil cinco.—Ing. Olman Vargas Zeledón.

__________

2. Contratos de servicios profesionales para agrimensura, propiedad del Topógrafo Asociado Fabricio Chavarría Pérez (TA-11018).

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica comunica el extravío del protocolo, correspondiente a los contratos de servicios profesionales para agrimensura, propiedad del topógrafo asociado Fabricio Chavarría Pérez (TA-11018).

San José, veintitrés de junio del dos mil cinco.—Ing. Olman Vargas Zeledón.—(O. C. Nº 2342).—C-22820.—(51127).

Yuming Zheng Chen, cédula Nº 8-0082-0134, solicita ante de la Dirección General de Tributación, la reposición de tres libros de Contabilidad: Diario, Mayor e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Guanacaste, en el término de ocho días a partir de la publicación de este aviso. Lic. Wilfrido Pizarro Matarrita, 5-167-130, Contador.—Santa Cruz, Guanacaste, 27 de julio del 2004.—Yuming Zheng Chen.—(51147).

 

INVERSIONES MAR Y PLATA DOS S. A.

Inversiones Mar y Plata Dos S. A., solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de los Libros de Actas de Asamblea General, Actas de Junta Directiva, Registro de Accionistas, Inventarios y Balances, Mayor y Diario. Quien se considere afectado dirigir las oposiciones a la Sección de Timbraje y Legalización de Libros en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación. Ricardo Solera Aguilar, representante legal, Inversiones Mar y Plata Dos Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-167901.—Lic. Fabián Fernández Faith, Notario.—(51367).

 

TRANSUNIÓN COSTA RICA TUCR SOCIEDAD ANÓNIMA

Transunión Costa Rica Tucr Sociedad Anónima, entidad con cédula de persona jurídica número 3-101-147129, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa la reposición del Libro de Actas Asamblea de Socios. Quien se considere afectado dirigir la(s) oposición (es) al Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros). Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Manrique Robert Odio.—Nº 43061.—(51489).

 

ALTERNATIVAS DE VIVIENDA (ALTEVI) S. A

Alternativas de Vivienda (ALTEVI) S. A., cédula jurídica Nº 3-101-065742, domiciliada en San José centro, representada por su apoderado generalísimo sin límite de suma Porfirio Jorge Calvo Vargas, cédula número 3-186-865, hace saber que los libros: Mayor, Diario, Registro de Accionistas, Balances, Actas de Asamblea General y Actas de Junta Directiva, se han extraviado por lo que se solicita a la Dirección General de Tributación la reposición respectiva, confiriéndole a los interesados el término de ley. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de información y asistencia al contribuyente (Legislación de libros), Administración Regional de San José, en término de ocho días hábiles a partir de la última  publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Porfirio Jorge Calvo Vargas.—Nº 43064.—(51490).

 

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

MAQUINARIA Y CALDERAS DE CENTROAMÉRICA S. A.

Maquinaria y Calderas de Centroamérica S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-067591-14, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros de Actas de Consejo de Administración, Acta de Asamblea de Socios y Registro de Socios. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Jesús Pérez Padilla, Contador.—(51172).

 

UNIVERSIDAD DE IBEROAMÉRICA

Ante la Dirección del Departamento de Registro se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachillerato en Psicología, inscrito en el tomo 1, folio 94, Nº 1262, emitido por la Universidad de Iberoamérica-UNIBE-, el 24 de febrero del año 2004, a nombre de Natalia Solano Guzmán. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 22 de junio del 2005.—Departamento de Registro.—Ana Isabel Lara Araya, Directora.—(51186).

 

TAI LEE SOCIEDAD ANÓNIMA

Tai Lee Sociedad Anónima, cédula Nº 3-101-211505, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Consejo Administración, Actas de Registros de Socios y Actas Asamblea de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Tai Nonhung.—Nº 42941.—(51314).

 

C Y S ASESORES EN MERCADEO

Y FINANZAS SOCIEDAD ANÓNIMA

C y S Asesores en Mercadeo y Finanzas Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-101671, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del Libro de Registros de Accionistas número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) de la Administración Central de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—San José, 3 de mayo del 2005.—Rolando Cervantes Barrantes, Presidente.—Nº 42971.—(51315).

COMPAÑÍA COSTARRICENSE DEL CAFÉ S. A. (CAFESA)

Compañía Costarricense del Café S. A. (CAFESA) avisa que los certificados Nº 241 serie A por 12 acciones, Nº 98 serie B por 1 acción, Nº 92 serie C por 2 acciones, Nº 93 serie D por 2 acciones, Nº 428 serie E por 7 acciones, Nº 103 serie E por 3 acciones, Nº 129 serie F por 3 acciones, Nº 145 serie G por 5 acciones, Nº 147 serie H por 3 acciones, Nº 159 serie I por 4 acciones, Nº 164 serie J por 4 acciones, Nº 187 serie K por 126 acciones, Nº 146 serie M por 19 acciones, Nº 145 serie N por 19 acciones, Nº 52 serie O por 52 acciones, Nº 416 serie O por 53 acciones, Nº 1305 serie O por 79 acciones, Nº 181 serie Q por 40 acciones, Nº 2665 serie S por 136 acciones y Nº 192 serie T por 42 acciones, a nombre de Carlos Chacón Monge, fueron extraviados. Transcurridos de 15 días a partir de la tercera publicación de este aviso, se procederá a su reposición.—San José, 20 de junio del 2005.—MBA. Marco Ant. Pinto Murray, Gerente General.—(51560).

 

V&R SOLUCIONES BIOTECNOLÓGICAS SOCIEDAD ANÓNIMA

V&R Soluciones Biotecnológicas Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-243915, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Junta Directiva, Registro de Accionistas y Actas Asamblea de Socios. Un libro de cada uno. Compañía anteriormente llamada Servicios Informáticos Interactivos VAB Sociedad Anónima. Quién se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Echandi Pacheco Rodolfo, Solicitante y Representante Legal.—(51563).

 

COMERCIAL TÉCNICA INTERNACIONAL

COTISA SOCIEDAD ANÓNIMA

Comercial Técnica Internacional Cotisa S. A., cédula jurídica Nº 3-101-269251, solicita ante la Dirección de Tributación Directa, la reposición por extravío de su libro de Registro de Accionistas número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de Heredia, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 24 de mayo del 2005.—Ernesto Lugo Calderón, Presidente.—(51575).

 

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Por escritura otorgada, hoy ante mí, se protocolizó acta de la empresa Embotelladora Centroamericana Sociedad Anónima, en donde reforma la cláusula quinta de los estatutos sociales. Escritura otorgada en San José, a las nueve horas del día diez de mayo del dos mil cinco.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—Nº 42087.—(49943).

 

Por escritura otorgada, hoy ante mí, se protocolizó acta de la empresa Embotelladora Centroamericana Sociedad Anónima, en donde reforma la cláusula quinta de los estatutos sociales. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del día diez de mayo del dos mil cinco.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—Nº 42086.—(49944).

 

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy Mario Alberto Gómez Camareno, mayor, casado una vez, empresario, vecino de Puntarenas, Barrio El Carmen, cincuenta metros este del Edificio Rosalía Palacios, cédula seis-ciento setenta y siete-quinientos cincuenta y siete, vendió a Economarsa Visión G. S. F. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos seis mil trescientos veintiséis, representada por Grettel Solís Fernández, mayor, divorciada de su único matrimonio, optometrista, cédula número uno-cuatrocientos noventa y seis-ciento setenta y tres, vecina de La Uruca, La Peregrina, frente a Taller ABC, el establecimiento mercantil destinado a óptica, denominado “Óptica Marsa”, situado en Puntarenas centro, setenta y cinco metros sur del Palí. El precio de venta quedó depositado en el suscrito notario, y se hace saber lo anterior para los fines citados en los artículos cuatrocientos setenta y nueve, cuatrocientos ochenta, cuatrocientos ochenta y uno, siguientes y concordantes del Código de Comercio. La dirección de mi notaría es San José centro, Edificio Scaglietti, cuarto piso, oficina número cuatrocientos nueve.—San José, 21 de junio del 2005.—Lic. Hugo Gerardo Cavero Araya, Notario.—Nº 42084.—(49945).

 

El suscrito Alonso Javier Castro Monge manifiesto que por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas diez minutos del veintidós de junio del dos mil cinco, se acuerda disminuir el capital social y reformar la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad denominada Inversiones Sábalo Sociedad Anónima.—San José, veintitrés de junio del dos mil cinco.—Lic. Alonso Javier Castro Monge, Notario.—Nº 42472.—(50484).

 

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:30 horas del 1º de abril del 2005, se disminuyó el capital social de la empresa Gala Motor S.A., cédula jurídica número 3-101-159055, en la suma de un millón de dólares moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, siendo su actual capital la suma de quinientos mil dólares, dividido en veinte acciones comunes y nominativas de veinticinco mil dólares cada una, debidamente suscritas y pagadas.—San José, 6 de junio del 2005.—Lic. Beatriz Camacho Román, Notaria.—Nº 38972.—(44947).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Por escritura otorgada ante los Notarios Rafael Medaglia Araya y Laura Zumbado Loría, en San José a las ocho horas del veinte de junio del año en curso, se constituyen las empresas: Cuenca Horizontal S. A.; Cuenca Escondida S. A.; Pradera Vertical S. A.; Pradera Hermosa S.A.; Cabo Dorado S. A.; Montaña Antigua S. A.; Montaña Catedral Sociedad Anónima; Dominical Colonial S. A.; Tamarindo Antigua S.A.; Orange Valley S. A.; Orange Stone S. A.; Coral Canyon S. A.; Coral Wave S. A.; Gray Dolphin S. A., Gray Reef S. A.; White Station S. A.; White Garden S. A.; Fresh Grass S. A.; Fresh Wood S. A., y Big Station S. A. Domicilio: San José, avenida diez, calles trece y quince. Administración: Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo. San José, 20 de junio del 2005.—Lic. Laura Zumbado Loría, Notaria.—1 vez.—Nº 42846.—(51207).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas del día veintidós de junio de dos mil cinco, se protocolizan los Acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Flora y Fauna Realty S. A., donde se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, 22 de junio del 2005.—Lic. Ronald Lachner González, Notario.—1 vez.—Nº 42847.—(51208).

Constitución de diez sociedades anónimas: Villa Rapcity Uno Sociedad Anónima, Villa Rocksprings Dos Sociedad Anónima, Villa Crookston Tres Sociedad Anónima, Villa Rice Lake Cuatro S. A., Villa Oshkosh Cinco S. A., Villa Travderse Seis S. A., Villa Fondulac Siete S. A., Villa Ogdensburg Ocho S. A., Villa Shawnigan Nueve S.A., y Villa Gateshead Diez S. A. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos. Escritura otorgada en la ciudad de San José, ante el Notario Ulises Alberto Obregón Alemán, a las 8:00 horas del 27 de junio del 2005.—Lic. Ulises Obregón Alemán, Notario.—1 vez.—Nº 42848.—(51209).

Por escritura otorgada a las diez horas del día dieciocho de junio del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad Gocoastaljaco Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Presidente con la representación judicial y extrajudicial. Domicilio: San José.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Adrián Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 42849.—(51210).

Por escritura otorgada a las diez horas del día veintiuno de junio del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad Until Tomorrow Inc., Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Presidente con la representación judicial y extrajudicial. Domicilio: San José.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Adrián Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 42850.—(51211).

Se constituyó la sociedad denominada Chiquita Costa de Oro C.D.O Sociedad Anónima. Capital social ¢10.000,00. Presidente y secretaria con facultades de un apoderado generalísimo sin límite de suma. Otorgada en Santa Cruz, Guanacaste, a las 16:00 horas del día 27 de mayo del 2005.—Lic. Claudia Barsaba Mena, Notaria.—1 vez.—Nº 42851.—(51212).

Por escritura otorgada a las ocho horas, treinta minutos del día de hoy protocolice acta de cambio de junta directiva y reforma las cláusulas segunda y decimasegunda del pacto constitutivo de la sociedad denominada Multiservicios Electromecánicos Sociedad Anónima.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—1 vez.—Nº 42852.—(51213).

El día de hoy a las 19:00 horas se protocolizó acta en la que Servicios de Consultoría y Desarrollo Personal S. A., modifica la cláusula 6 del pacto social y nombra secretario y fiscal.—San José, 25 de junio del 2005.—Lic. Fernando Vargas Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 42853.—(51214).

Mediante escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las trece horas con cuarenta y cinco minutos del trece de junio del dos mil cinco, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Condominio La Ladera Bloque AFG Lote Cinco E E E, Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican sus estatutos, se cambia el domicilio social y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente. San José.—Lic. Vilma Camacho Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 42856.—(51215).

Ante esta notaría, al ser las 11:05 horas del 20 de junio del 2005, se constituyó Axun Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial estará a cargo del presidente y del vicepresidente, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—San José, 20 de junio del 2005.—Lic. Viviana Marcela Sandí Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 42857.—(51216).

En esta notaría mediante escritura de las 18:00 horas del 23 de junio del 2005, se protocolizó acuerdos de asamblea extraordinaria de accionistas de Salamanquesa de Manuel Antonio S. A., en que se reforma cláusula noventa de los estatutos.—San José, 23 de junio del 2005.—Lic. Kadir Cortés Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 42861.—(51217).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas de hoy, Romaleoni Sociedad Anónima, modificó la cláusula cuarta de sus estatutos correspondiente al domicilio.—San José, 24 de junio del 2005.—Lic. Damaris Visconti B., Notaria.—1 vez.—Nº 42865.—(51218).

Ante esta notaría, a las 9:00 horas del día 17 de mayo del año 2005, se protocolizan acuerdos de asamblea de socios de Servicios Leyte S. A., donde se reforman las cláusulas primera, quinta y novena de los estatutos sociales y se nombra secretario y tesorero de la junta directiva.—San José, 24 de junio del 2005.—Lic. Luis Enrique Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 42868.—(51219).

Ante esta notaría, a las 8:00 horas del día 17 de mayo del año 2005, se protocolizan acuerdos de asamblea de socios de Eregu Esmeralda Verde S. A., donde se reforman las cláusulas primera y segunda de los estatutos sociales y se nombra nueva junta directiva.—San José, 24 de junio del 2005.—Lic. Luis Enrique Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 42869.—(51220).

Ante esta notaría, a las 12:00 horas del día 19 de abril del año 2005, se protocolizan acuerdos de asamblea de socios de Desarrollos Turísticos Bahía Papagayo S. A., donde se reforma la cláusula quinta de los estatutos sociales.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Luis Enrique Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 42870.—(51221).

La suscrita Notaria Pública Xinia Patricia Aguilar Picado, doy fe que el día veintitrés de junio del dos mil cinco, ante mi notaría se constituyó la sociedad denominada Hermanos Sijaj Sociedad Anónima, en escritura número trescientos noventa y ocho, visible al folio ciento setenta frente, vuelto ciento setenta y uno frente y parte del vuelto del tomo quinto del protocolo de la suscrita Notaria Pública, cuyos representantes legales son Ingrid del Socorro Pereira Sevilla, mayor, soltera, esteticista, portadora de la cédula de identidad número ocho- cero setenta y siete-cuatrocientos tres, vecina de Heredia, Urbanización La Lilliana, segunda etapa, casa número cuatro y Sonia Pereira Sevilla, mayor, divorciada una vez, médico, portadora de la cédula de identidad número ocho-cero sesenta y cuatro-cuatrocientos setenta y nueve, vecina de Heredia, Urbanización La Lilliana, segunda etapa, casa número cuatro. Es todo. Firmo en Heredia el veintisiete de junio del dos mil cinco.—Lic. Xinia Patricia Aguilar Picado, Notaria.—1 vez.—Nº 42871.—(51222).

Jorge Pozo Rosende y Tatiana María Barboza Rojas, constituyen Eurolabs International S. A., presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo: 99 años. Domicilio: será en Curridabat, de Plaza Cristal ciento cincuenta metros este, Condominio Don Carlos II, apartamento número cuatro. Escritura otorgada en San José, a las 15:00 horas del 23 de junio del 2005.—Lic. Lothar Arturo Volio Volkmer, Notario.—1 vez.—Nº 42872.—(51223).

Kattia Ramírez Fernández y Adolfo Enrique Barrantes Malavassi constituyen Ventajas Comerciales Venco S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo: 99 años. Domicilio: el domicilio social será Heredia, San Rafael, trescientos metros oeste y cien metros sur de la Municipalidad. Escritura otorgada en San José a las 11:00 horas del 12 de mayo del año 2005.—Lic. Lothar Arturo Volio Volkmer, Notario.—1 vez.—Nº 42873.—(51224).

En escritura otorgada en connotariado ante las Notarias Margarita Arias Formoso y Reyna María Quirós León, en San José a las diez horas del veintiuno de junio del dos mil cinco, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Pizzeras Donkin S. A., donde se cambia la representación de la sociedad.—San José, 21 de junio del 2005.—Lic. Reyna María Quirós León, Notaria.—1 vez.—Nº 42874.—(51225).

Se nombra como gerente de Edificio Albónico Ltda., cédula jurídica número 3-102-153247, a Helvétia González Murillo, cédula 1-450-987, vecina de San José, avenida segunda, calles 32 y 34 número 2339.—Lic. Luis Peraza Burgdorf, Notario.—1 vez.—Nº 42875.—(51226).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima Ulta Corporación S. A. Capital y acciones suscritas con un plazo social de cien años constituida en San José, al ser las nueve horas del veintisiete de junio del dos mil cinco.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Bismark Rivas Loáiciga, Notario.—1 vez.—Nº 42877.—(51227).

Por escritura otorgada en esta Notaría a las 16:00 horas del 17 de junio del 2005, se constituye la sociedad anónima denominada Inversiones Florem F.M.R. Sociedad Anónima, se nombra junta directiva y fiscal. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Domicilio: San José, Barrio González Lahaman, de Casa Matute Gómez, cien metros sur y trescientos metros este. Plazo social venta y nueve años.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Eugenia Gutiérrez Masís, Notaria.—1 vez.—Nº 42878.—(51228).

Por asambleas general extraordinarias de accionistas de las sociedades Los Campos Silvestres de Ostional S. A., y Los Ruiseñores de Nosara S. A., modifican cláusula primera, segunda y undécima. Asimismo por escritura pública se constituyó la sociedad denominada Arena Brillante de Garza A B G S. A. Domicilio: San José, presidente y secretario representantes. Es todo.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 42881.—(51229).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día diez de junio de dos mil cinco, se constituyó la sociedad, Bienes de Nurydi Sociedad Anónima cuyo capital social es por la suma de diez mil colones. Presidente: apoderado generalísimo sin limitación de suma. Domicilio social: San José.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Xinia Alfaro Mena, Notaria.—1 vez.—Nº 42882.—(51230).

Ante esta notaría a las trece horas del veintitrés de junio del dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Propiedades Aldemaro de Hunab KU S.M.A Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, Sabanilla. Capital social: doce mil colones. Presidente: Alejandro Estrada Blancol.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Teresita Hurtado Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 42884.—(51231).

Ante esta Notaría a las trece horas del veintitrés de junio del dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Madealro Estrada Blanco A.D.M.R Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, Sabanilla. Capital social: doce mil colones. Presidente. Alejandro Estrada Blancol.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Teresita Hurtado Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 42885.—(51232).

A las 8:40 horas del día de hoy, protocolicé el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Enrragupi y F.G.S. S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y octava de los estatutos.—San José, 15 de junio del 2005.—Lic. Cecilia García Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 42886.—(51233).

El suscrito notario público, hace saber que el día dieciocho de marzo del dos mil cinco, al ser las 12:00 horas, en esta notaría se constituyó la empresa denominada Empresa Constructora Luz de Luna de Osa Sociedad Anónima. Siendo nombrado como su presidente el señor Martín Venegas Mora, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: la construcción, comercio, agricultura, industria y otros. Es todo.—Puerto Jiménez de Golfito, 10 de mayo del 2005.—Lic. Miguel Ángel Villanueva Arauz, Notario.—1 vez.—Nº 42888.—(51234).

El suscrito notario público, hace saber que el día nueve de junio del dos mil cinco, al ser las 8:00 horas, en esta notaría se constituyó la empresa denominada Lane Maufield Sol de Osa Sociedad Anónima. Siendo nombrado como su presidente el señor Martín Lane Mayfield, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: comercio, agricultura, industria y otros. Es todo.—Puerto Jiménez de Golfito, 9 de junio del 2005.—Lic. Miguel Ángel Villanueva Arauz, Notario.—1 vez.—Nº 42889.—(51235).

El suscrito notario público, hace saber que el día diecinueve de mayo del dos mil cinco, al ser las 8:00 horas, en esta notaría se constituyó la empresa denominada Construcciones Detalles y Más de Osa Sociedad Anónima. Siendo nombrado como su presidente el señor William Cordero Obregón, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: la construcción, comercio, agricultura, industria y otros. Es todo.—Puerto Jiménez de Golfito, 19 de mayo del 2005.—Lic. Miguel Ángel Villanueva Arauz, Notario.—1 vez.—Nº 42890.—(51236).

La suscrita notaria pública, hace saber que el día veintiséis de mayo del dos mil cinco, al ser las 10:00 horas, en esta notaría se constituyó la empresa denominada Inversiones R.X.J.V.A.-Revi de Buenos Aires Sociedad Anónima. Siendo nombrada como su presidenta la señora Xinia María Villanueva Arauz, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: la construcción, comercio, agricultura, industria y otros. Es todo.—San Vito, Coto Brus, 26 de mayo del 2005.—Lic. Cecilia Chacón Rivera, Notaria.—1 vez.—Nº 42891.—(51237).

Ante esta notaría a las diez horas del trece de junio del dos mil cinco, se constituyó Grupo Casa Jiménez Arias S. A., presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos actuando conjuntamente, domicilio social: Barrio San José de Alajuela, pudiendo abrir sucursales en todo el país, capital social: nueve acciones de diez mil colones cada una, plazo de cien años.—Alajuela, 16 de junio del 2005.—Lic. Javier Turcios Velásquez, Notario.—1 vez.—Nº 42896.—(51238).

Ante mí, a las 14:00 horas del día de hoy, se constituyó MLS Money Line Sistems Limitada.—San Pedro de Montes de Oca, 25 de junio del 2005.—Lic. Juan Diego Soto Suárez, Notario.—1 vez.—Nº 42901.—(51239).

Ante mí, a las 16:00 horas del día de hoy, se constituyó Entregas Inmediatas Farkifa Limitada.—San Pedro de Montes de Oca, 17 de junio del 2005.—Lic. Juan Diego Soto Suárez, Notario.—1 vez.—Nº 42902.—(51240).

Que por escritura otorgada en San José a las doce horas, la suscrita abogada y notaria hago constar que en asamblea general extraordinaria se constituye la sociedad Marketing Consulting Services Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, con un plazo social de noventa y nueve años, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Alfredo Beita Brenes.—San José, veintisiete de junio del dos mil cinco.—Lic. Dinia Matamoros Espinoza, Notaria.—1 vez.—Nº 42903.—(51241).

Por escritura otorgada el día de hoy ante esta notaría se constituyó Incienso de Oriente S. A., capital suscrito y pagado.—Heredia, 23 de junio del 2005.—Lic. Natalia Alvarado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 42904.—(51242).

Por escritura otorgada el día de hoy ante esta notaría se constituyó Grupo Bonsai S. A., capital suscrito y pagado.—Heredia, 23 de junio del 2005.—Lic. Natalia Alvarado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 42905.—(51243).

Por escritura otorgada el día de hoy ante esta notaría se constituyó Constructora Pableña S. A., capital suscrito y pagado.—Heredia, 23 de junio del 2005.—Lic. Natalia Alvarado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 42906.—(51244).

El suscrito notario, hace constar que según escritura número ciento cuarenta y dos visible a folio noventa y tres frente del tomo tercero de mi protocolo, fechada veinticuatro de junio del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Jeniclaur Limitada, en la cual fungen como gerente Cathleen Merriman, estadounidense, número de seguro social de su país dos ocho dos tres ocho seis cero uno siete, y William Marshall, estadounidense, número de seguro social de su país cero dos tres cuatro tres dos ocho cuatro cero. Es todo.—San José, veinticuatro de junio del dos mil cinco.—Lic.  Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—Nº 42910.—(51245).

Mediante escritura número cuatrocientos setenta y cinco, del protocolo diecisiete del suscrito notario, se constituyó la sociedad Ingetel Corporation G.A.P. Sociedad Anónima. Presidente: Greivin Picado Prado. Dado en Tres Ríos, al ser las 9:00 horas del diecisiete de junio del dos mil cinco.—Lic. Rolando Rojas Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 42911.—(51246).

Por escritura de las 13:00 horas del día 20 de junio del 2005, otorgada ante esta notaría, se constituye la sociedad denominada Ingeniería en Servicios Eléctricos, Telefónicos y Mecánicos D M Sociedad Anónima.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Eddie A. Solano Redondo, Notario.—1 vez.—Nº 42913.—(51247).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintiuno de junio del dos mil cinco, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía de esta plaza, Maxcentral Sociedad Anónima, en que se otorgan poderes y se reforman las cláusulas del “domicilio” y la de “asambleas de socios” del pacto social.—Lic. Harry Castro Carranza, Notario.—1 vez.—Nº 42914.—(51248).

María de los Ángeles Gutiérrez Jiménez, con cédula de identidad número uno-seiscientos cincuenta y dos-doscientos tres, y Gilda María Gutiérrez Jiménez, con cédula de identidad número uno-seiscientos treinta-seiscientos noventa y cinco, constituyen la sociedad anónima denominada Crisálida del Sur S. A. a partir del veintitrés de junio del dos mil cinco.—Lic. Josefa Pastora Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 42915.—(51249).

Corporación Acoma S. A., entidad con cédula de persona jurídica Nº 3-101-235120, comunica que mediante asamblea general extraordinaria celebrada al ser las 12:00 horas del 19 de mayo del 2004, se acordó modificar su domicilio social y se cambió la junta directiva y el fiscal.—Lic. Otto Giovanni Ceciliano Mora, Notario.—1 vez.—Nº 42921.—(51250).

El día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Repuestos Ciclón del Oeste S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas cuarta y quinta del pacto constitutivo.—Cartago, 23 de junio del 2005.—Lic. Hernán Gerardo Coto Morales, Notario.—1 vez.—Nº 42922.—(51251).

El día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Carrocería Enderezado y Pintura S.R.M., mediante la cual se reforman las cláusulas cuarta y quinta del pacto constitutivo.—Cartago, 23 de junio del 2005.—Lic. Hernán Gerardo Coto Morales, Notario.—1 vez.—Nº 42923.—(51252).

El día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Auto Repuestos C.R. S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas cuarta y quinta del pacto constitutivo.—Cartago, 23 de junio del 2005.—Lic. Hernán Gerardo Coto Morales, Notario.—1 vez.—Nº 42924.—(51253).

En las notarías de Irene Cruz Solís y Sergio Rodríguez Garita, a las 10:00 horas del 27 de junio del 2005, se reformó la cláusula sétima de los estatutos de la sociedad Alaumar S. A., modificando el número de miembros de la junta directiva, nombrándose además un tesorero.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Sergio Rodríguez Garita, Notario.—1 vez.—Nº 42925.—(51254).

En mi notaría a las 11:30 horas del 27 de junio del 2005 se reformaron las cláusulas segunda y sexta, del estatuto de la sociedad denominada Bayview Maya Sociedad Anónima, en el sentido de cambio de domicilio social y representación judicial y extrajudicial.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Karlina Forero Cabezas, Notaria.—1 vez.—Nº 42926.—(51255).

A las 10:50 horas del día de hoy, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Sofrosine S. A., mediante la cual se reforma la cláusula segunda de los estatutos.—San José, 23 de junio del 2005.—Lic. Cecilia García Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 42927.—(51256).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad que se denominará Asesoría en Seguridad de Valores Sociedad Anónima, domiciliada cincuenta metros noreste y cien metros este del Taller Sánchez, Barrio Capri, Ciudad Neily, Corredores, Puntarenas.—Sabalito, Coto Brus, a las nueve horas del veintiuno de junio del dos mil cinco.—Lic. Melvin Araya Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 42930.—(51257).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad que se denominará Seguridad Profesional Hermanos Acuña Sociedad Anónima, domiciliada mil metros al este de la plaza de deportes de Porto Llano de Sabalito, Coto Brus, Puntarenas.—Sabalito, Coto Brus, a las quince horas del veintiuno de junio del dos mil cinco.—Lic. Melvin Araya Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 42931.—(51258).

El suscrito notario Marino Muñoz Elizondo, hace constar que ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Industrial Herra & Rojas Asociados Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, conformada por los señores Ángel Herra Miranda y María Cecilia Rojas Murillo, a las trece horas del lunes veintitrés de mayo del dos mil cinco, mediante escritura doscientos sesenta y dos, visible al folio ciento cincuenta, vuelto del tomo dos del suscrito notario.—Lic. Marino Muñoz Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 42932.—(51259).

Constitución de sociedad anónima denominada Corporación Vientos del Pacífico de Osa Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Corporación Vientos del Pacífico de Osa S. A. Domicilio: distrito segundo Palmar, del cantón quinto Osa, Puntarenas. Presidente: Wagner Masís Carranza. Capital social: diez mil colones.—Puntarenas, 14 de junio del 2005.—Lic. Carlos Quesada Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 42933.—(51260).

Al ser las catorce horas del día veintidós de junio del año dos mil cinco, ante el suscrito, se constituyó la sociedad denominada Eagle Point Estates Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Eagle Point Estates S. A.—Pérez Zeledón, veintidós de junio del año dos mil cinco.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 42934.—(51261).

Al ser las catorce horas treinta minutos del día veintidós de junio del año dos mil cinco, ante el suscrito, se constituyó la sociedad denominada Nature Real Estate Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Nature Real Estate S. A.—Pérez Zeledón, veintidós de junio del año dos mil cinco.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 42935.—(51262).

Se hace saber que el suscrito notario, por medio de escritura número ciento noventa, otorgada a las veintidós horas del veintiuno de abril del dos mil cinco, procedió a protocolizar el acta número dos de asamblea general extraordinaria de socios, celebrada por la firma de esta plaza Corporación de Alimentos a la Leña Sociedad Anónima. En la misma se acordó reformar la cláusula segunda referente al domicilio social, la cláusula octava de la representación y administración de la sociedad y se eligió nueva junta directiva.—San José, veintisiete de junio del dos mil cinco.—Lic. Sergio Echandi Casal, Notario.—1 vez.—Nº 42936.—(51263).

Se comunica que ante esta notaría, al ser las dieciséis horas del dos de junio del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Luna de Setiembre Veintisiete Sociedad Anónima, la cual tiene un plazo de noventa y nueve años, un capital social de cuarenta mil colones y se encuentra domiciliada en San José, Montes de Oca, San Pedro, tercera entrada a Los Yoses, veinticinco metros sur del Supermercado A.M. P.M. Presidente: León Soto Apuy, cédula de identidad número seis-ciento ocho-seiscientos setenta y ocho.—Lic. Sergio Echandi Casal, Notario.—1 vez.—Nº 42937.—(51264).

Por escritura otorgada, ante el notario público Arturo Manuel Campos Aragón, a las 14:00 horas del día 17 de mayo del 2005, comparecen los señores Isaac Saavedra Gaitán y José Pablo Sagot Rosabal, quienes constituyen la compañía New Bronley G.H. S. A., y el representante de la compañía será Isaac Saavedra Gaitán.—San José, 27 de mayo del 2005.—Lic. Arturo Manuel Campos Aragón, Notario.—1 vez.—Nº 42938.—(51265).

Por escritura otorgada, ante el notario público Arturo Manuel Campos Aragón, a las 14:00 horas del día 17 de mayo del 2005, comparecen los señores Isaac Saavedra Gaitán y José Pablo Sagot Rosabal, quienes constituyen la compañía Common Reginal Weal C.R.W. S. A., y el representante de la compañía será Isaac Saavedra Gaitán.—San José, 27 de mayo del 2005.—Lic. Arturo Manuel Campos Aragón, Notario.—1 vez.—Nº 42939.—(51266).

Por escritura otorgada ante mí, el veintisiete de abril del dos mil cinco, se constituyó La Vainilla TI-Cero Cero Seis Seis Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Bonilla Sandoval. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 42940.—(51267).

Ante esta notaria, se constituye la sociedad Muebles y Artesanías Rústicas Junkan Sociedad Anónima. Presidente: Juncan Mathiew Pineda, cédula de identidad uno-setecientos ochenta-cero sesenta y nueve, vecino de Desamparados, Patarrá. Domicilio social: Patarrá. Capital: cien mil colones. Plazo: cien años.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Lissette S. Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 42942.—(51268).

Por escritura otorgada a las dieciséis horas del veintiséis de mayo del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Logasa del Sur S. A. Domiciliada en San José, Barrio Fátima, de Damas de Desamparados, Urbanización Monte Verde, casa ciento setenta y cinco H.—Lic. Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 42943.—(51269).

En mi notaría, mediante escritura Nº 243, de las 09:00 horas del 23 de junio del 2005, se cambió el secretario de la junta directiva de la sociedad Servicios Vagoneteros Netto Sociedad Anónima, así mismo, la representación judicial y extrajudicial le corresponde al presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Santa Bárbara de Heredia, 24 de junio del 2005.—Lic. Lilliana Madrigal Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 42944.—(51270).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintisiete de mayo del dos mil cinco, Wilfredo Rivera Guzmán, de nacionalidad estadounidense, pasaporte de su país número doscientos siete trescientos catorce novecientos once y Ana Lucía Castro Rapso, cédula número uno-setecientos cinco-ciento sesenta y seis, constituyen la sociedad denominada Hostal Ecológico R Y C del Nuevo Milenio Sociedad Anónima, como nombre de fantasía. Domicilio social: en la provincia de Cartago, cantón La Unión, distrito San Juan, propiamente en Urbanización Montúfar, casa ocho U. Capital social: cien mil colones.—Lic. Juan Luis Calvo Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 42945.—(51271).

José Antonio Melián Espinoza y Jesús David Liendo Fuenmayor, constituyen la sociedad Colorgraphics Studio Sociedad Anónima, con capital social de ciento veinte mil colones, representada por los socios José Antonio Melián Espinoza y Jesús David Liendo Fuenmayor como presidente y secretario en calidad de apoderados generalísimos sin límite de suma. Escritura otorgada en San José, a las dieciocho horas y treinta minutos del día diecisiete de junio del dos mil cinco, ante la notaría de San José.—Lic. Rodrigo Urra Galdames, Notario.—1 vez.—Nº 42950.—(51272).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 16:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad CTE Sistemas Computacionales Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Zapote. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, 5 de mayo del 2005.—Lic. Edward Monge Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 42951.—(51273).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:30 horas del 24 de junio del 2005, protocolicé el acta de asamblea general de socios de Comunicaciones Norton S. A., mediante la cual se reformó la cláusula sexta y octava del pacto constitutivo y se nombró nuevo presidente.—San José, 24 de junio del 2005.—Lic. Marvin Céspedes Méndez, Notario.—1 vez.—Nº 42952.—(51274).

Por escritura otorgada el día de hoy en mi notaría, se protocolizó en lo conducente el acta de asamblea general de socios de Reserva Conchal S. A., en la que se modificó la cláusula sexta (administración) del pacto social, se revocó el nombramiento de los miembros de la junta directiva, se hicieron los nombramientos correspondientes, se ratificó el nombramiento de la gerente general y se le otorgaron poderes.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Ana Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 42953.—(51275).

Por escritura otorgada el día de hoy en mi notaría, se protocolizó en lo conducente el acta de asamblea general de socios de Servicios Inmobiliarios Guanacaste Seigua S. A., en la que se modificó la cláusula primera (denominación) del pacto social.—San José, 20 de junio del 2005.—Lic. Ana Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 42954.—(51276).

Mediante escritura otorgada a las diez horas del dieciséis de mayo del año dos mil cinco, ante la notaria Rita Eugenia Guzmán Fernández, se constituye  la  sociedad  denominada  INV Inmobiliaria Esterillos Oeste I. I. E. O.  S. R. L., con un capital social de diez mil colones y un plazo de cien años.—San José, dieciséis de mayo del año dos mil cinco.—Lic. Rita Eugenia Guzmán Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 42957.—(51277).

Mediante escritura otorgada a las once horas del dieciséis de mayo del año dos mil cinco, ante la notaria Rita Eugenia Guzmán Fernández, se constituye  la  sociedad denominada INV Inmobiliaria Pacífico Central P. H. J. M.  S. R. L., con un capital social de diez mil colones y un plazo de cien años.—San José, dieciséis de mayo del año dos mil cinco.—Lic. Rita Eugenia Guzmán Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 42958.—(51278).

Ante esta notaria, se constituyó la asociación denominada Asociación de Padres de Familia del Colegio Rincón Grande de Pavas, representada por la señora Flora Jiménez Morales, en calidad de presidenta, con un capital social de diez mil colones.—Lic. Evelyn Guevara Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 42960.—(51279).

Ante esta notaria, se constituyó la sociedad denominada Pauvar Sociedad Anónima, representada por el señor Randall Francisco Vargas Rojas, en calidad de presidente, con un capital social de diez mil colones.—Lic. Evelyn Guevara Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 42962.—(51280).

Ante esta notaria, se constituyó la sociedad denominada Alemán Fútbol Sociedad Anónima, representada por el señor Allan Alemán Ávila, en calidad de presidente, con un capital social de diez mil colones.—Lic. Evelyn Guevara Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 42963.—(51281).

Ante esta notaria, se constituyó la asociación denominada Asociación Nacional de Transportistas de Alajuela, representada por el señor Olman Alberto Murillo Mesén, en calidad de presidente, con un capital social de diez mil colones.—Lic. Evelyn Guevara Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 42964.—(51282).

Ante esta notaria, se constituyó la sociedad denominada Taller Mecánico Turín S. A., representada por el señor Óscar Arturo Ramos Valencia, en calidad de presidente, con un capital social de diez mil colones.—Lic. Evelyn Guevara Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 42965.—(51283).

La suscrita Francia Charpentier Jiménez notaria pública de esta ciudad, hago constar que en mi protocolo número doce mediante escritura setenta y cinco-doce, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Corporación Puerto Madero Internacional Sociedad Anónima, cuyo capital social es la suma de ochenta mil colones, dividido en ocho acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Plazo social: noventa y nueve años contados a partir del siete de mayo del año dos mil cinco. Presidente: Agustín Mora Rodríguez-Lamas, otorgada en la ciudad de San José, a las dieciséis horas del siete de mayo del dos mil cinco.—Lic. Francia Charpentier Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 42968.—(51284).

Por escritura otorgada ante los notarios públicos Andrea Gallegos Acuña y Óscar Gallegos Borbón, a las 17:00 horas del 17 de junio del 2005, Corporación Flor de Papel Sociedad Anónima, protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas modificando la cláusula novena del pacto social y nombrando nuevos miembros de la junta directiva y fiscal.—San José, 18 de junio del 2005.—Lic. Andrea Gallegos Acuña y Óscar Gallegos Borbón, Notarios.—1 vez.—Nº 42969.—(51285).

El suscrito Olman Castro Madrigal, abogado y notario, hace constar que el nombre de la sociedad es Servicios Varios & Arias, léase Servicios Varios Arias & Arroyo Sociedad Anónima, con domicilio social en Alajuela. Capital social: de diez mil colones, cuyo representante y presidenta es Kattya Arias Arroyo, cédula Nº 1-900-359.—San José, 24 de junio del 2005.—Lic. Olman Castro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 42970.—(51286).

Por escritura otorgada a las ocho horas del día de hoy en esta notaría, se constituyó la compañía de esta plaza denominada Luna de Tahiti Nui Ltda., cuyo objeto será la industria, comercio, agricultura, ganadería en general, con un plazo social de noventa años. Capital: íntegramente suscrito y pagado. El gerente y subgerente tienen la representación judicial y extrajudicial de la compañía y las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil.—Escazú, 27 de junio del 2005.—Lic. Edgar Chamberlain Trejos, Notario.—1 vez.—Nº 42975.—(51287).

Por escritura otorgada a las 9:00 horas del día de hoy, protocolicé modificación cláusula VI del pacto constitutivo de Hurí-Chin S. A.San José, 23 de junio del 2005.—Lic. Luis Enrique Gómez Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 42976.—(51288).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las diecinueve horas del veinte de junio del dos mil cinco, se constituyó la sociedad con domicilio en Finca Peñas Blancas, Santa Cruz, Guanacaste, denominada Las Tres H Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado íntegramente. Presidente: José S. Héctor Contreras.—San José, 20 de junio del 2005.—Lic. Edwin Daniel Leiva Jara, Notario.—1 vez.—Nº 42978.—(51289).

Mediante escritura Nº 2, otorgada ante el suscrito notario a las 16:00 horas del 24 de junio del 2005, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Ferretería La Cascada Tres Ríos S. A., mediante la cual se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo en cuanto a administración y se sustituyen secretaria y tesorero.—San José, 24 de junio del 2005.—Lic. Sergio G. Rivera Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 42980.—(51290).

Mediante escritura Nº 1, otorgada ante el suscrito notario a las 17:00 horas del 23 de junio del 2005, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Maderas y Ferretería La Cascada Devica S. A., mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo en cuanto al domicilio.—San José, 24 de junio del 2005.—Lic. Sergio G. Rivera Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 42981.—(51291).

Ante esta notaría, se constituyó sociedad anónima denominada A A A Flamingalto F Trece Sociedad Anónima, a las diez horas del día diez de abril del dos mil cinco. Es todo.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 42982.—(51292).

Ante esta notaría, se constituyó sociedad anónima denominada F F F Flamingo Filial Los Dos Altos Sociedad Anónima, a las dieciséis horas del día dos de abril del dos mil cinco. Es todo.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 42983.—(51293).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Ajenus Sociedad Anónima. Se acuerda reformar las cláusulas segunda, tercera, cuarta, sexta del pacto social de la compañía. Se acuerda revocar el nombramiento de la junta directiva, fiscal y agente residente, y se nombran nuevos miembros.—San José, 21 de junio del 2005.—Lic. Silvia A. Díaz Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 42984.—(51294).

Flor María Delgado Zumbado, comunica que ante su notaría, se constituyó la sociedad denominada Importadora y Comercializadora Servibelle Sociedad Anónima, para dedicarse a toda clase de negocio lícito.—Belén, 21 de junio del 2005.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—Nº 42985.—(51295).

Lic. Flor María Delgado Zumbado, comunica que la sociedad denominada Actividades Electroindustriales Aeisa S. A., modificó cláusula segunda y quinta del acta constitutiva.—Belén, 21 de junio del 2005.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—Nº 42986.—(51296).

A las doce horas del veintisiete de junio del dos mil cinco, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Nosara Surf City Investments Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente: apoderado generalísimo sin limitación de suma. Domicilio: San José.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.—Nº 42987.—(51297).

En la notaría de Ana Marcela Picado Vásquez, se constituyó la sociedad Rosjoh Montco S. A. Capital: diez mil colones. Domicilio: San Ramón de Alajuela, setenta y cinco metros al este del Colegio Patriarca San José.—San José, 28 de junio del 2005.—Lic. Ana Marcela Picado Vásquez, Notaria.—1 vez.—(51363).

Luis Moshe Lechtman Meltzer y Carlos Castro Murillo, conforman Business Headquarters of Costa Rica Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones, cien acciones comunes y nominativa de mil colones cada una. Representación judicial y extrajudicial el presidente y el secretario actuando individualmente o conjuntamente. Escritura número siete del protocolo cinco otorgada en San José, a las doce horas quince minutos del día veinticuatro de junio del año dos mil cinco, ante el notario Eugenio Hernández Rodríguez.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(51380).

Carlos Castro Murillo y Silvia Francini Zamora Mena, conforman Aconcagua Corp. Sociedad Anónima, nombre de fantasía. Capital social: cien mil colones exactos, cien acciones comunes y nominativas de mil colones exactos cada una. Representación judicial y extrajudicial el presidente y el secretario actuando individualmente. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas cincuenta y cinco minutos del día veinticuatro de junio del año dos mil cinco, número cincuenta y nueve del protocolo primero del notario Luis Moshe Lechtman Meltzer.—Lic. Luis Moshe Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—(51383).

Andrea Centenaro y Denis Herzog, conforman Nixon Tamarindo Corp. Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones, cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Representación judicial y extrajudicial el presidente actuando individualmente. Escritura número cuatro del protocolo cinco otorgada en San José, a las doce horas del día veinticuatro de junio del año dos mil cinco, ante el notario Eugenio Hernández Rodríguez.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(51384).

Carlos Castro Murillo y Silvia Francini Zamora Mena, conforman Mare Serenitatis Inc. Sociedad Anónima, nombre de fantasía. Capital social: cien mil colones exactos, cien acciones comunes y nominativas de mil colones exactos cada una. Representación: judicial y extrajudicial el presidente y el secretario actuando individualmente. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas cincuenta minutos del día veinticuatro de junio del año dos mil cinco, número cincuenta y ocho del protocolo primero del notario Luis Moshe Lechtman Meltzer.—Lic. Luis Moshe Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—(51386).

Carlos Castro Murillo y Eugenio Hernández Rodríguez, conforman Herradura Truman Inc. Sociedad Anónima, nombre de fantasía. Capital social: cien mil colones exactos, cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Representación judicial y extrajudicial el presidente y el secretario actuando individualmente. Escritura otorgada en San José, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del día veinticuatro de junio del año dos mil cinco, número sesenta y nueve del protocolo primero del notario Luis Moshe Lechtman Meltzer.—Lic. Luis Moshe Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—(51388).

Carlos Castro Murillo y Silvia Francini Zamora Mena, conforman Mare Imbrium Inc. Sociedad Anónima, nombre de fantasía. Capital social: cien mil colones exactos, cien acciones comunes y nominativas de mil colones exactos cada una. Representación judicial y extrajudicial el presidente y el secretario actuando individualmente. Escritura otorgada en San José a las ocho horas, cuarenta y cinco minutos del día veinticuatro de junio del año dos mil cinco, número cincuenta y siete del protocolo primero del notario Luis Moshe Lechtman Meltzer.—Lic. Luis Moshe Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—(51389).

Carlos Castro Murillo y Eugenio Hernández Rodríguez, conforman Herradura Paradise Inc. Sociedad Anónima, nombre de fantasía. Capital social: cien mil colones exactos, cien acciones comunes y nominativas de mil colones exactos cada una. Representación judicial y extrajudicial el presidente y el secretario actuando individualmente. Escritura otorgada en San José a las nueve horas, cuarenta minutos del día veinticuatro de junio del año dos mil cinco, número sesenta y ocho del protocolo primero del notario Luis Moshe Lechtman Meltzer.—Lic. Luis Moshe Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—(51391).

Carlos Castro Murillo y Silvia Francini Zamora Mena, conforman Mare Frigiris Corp. Sociedad Anónima, nombre de fantasía. Capital social: cien mil colones exactos, cien acciones comunes y nominativas de mil colones exactos cada una. Representación judicial y extrajudicial el presidente y el secretario actuando individualmente. Escritura otorgada en San José a las ocho horas, cuarenta minutos del día veinticuatro de junio del año dos mil cinco, número cincuenta y seis del protocolo primero del notario Luis Moshe Lechtman Meltzer.—Lic. Luis Moshe Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—(51393).

Carlos Castro Murillo y Eugenio Hernández Rodríguez, conforman Herradura Shelf Inc. Sociedad Anónima, nombre de fantasía. Capital social: cien mil colones exactos, cien acciones comunes y nominativas de mil colones exactos cada una. Representación judicial y extrajudicial el presidente y el secretario actuando individualmente. Escritura otorgada en San José a las nueve horas, treinta y cinco minutos del día veinticuatro de junio del año dos mil cinco, número sesenta y siete del protocolo primero del notario Luis Moshe Lechtman Meltzer.—Lic. Luis Moshe Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—(51394).

Carlos Castro Murillo y Silvia Francini Zamora Mena, conforman Mare Humorum Corp. Sociedad Anónima, nombre de fantasía. Capital social: cien mil colones exactos, cien acciones comunes y nominativas de mil colones exactos cada una. Representación judicial y extrajudicial el presidente y el secretario actuando individualmente. Escritura otorgada en San José a las ocho horas, treinta minutos del día veinticuatro de junio del dos mil cinco, número cincuenta y cinco del protocolo primero del notario Luis Moshe Lechtman Meltzer.—Lic. Luis Moshe Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—(51395).

Carlos Castro Murillo y Eugenio Hernández Rodríguez, conforman Herradura Fire Corp. Sociedad Anónima, nombre de fantasía. Capital social: cien mil colones exactos, cien acciones comunes y nominativas de mil colones exactos cada una. Representación judicial y extrajudicial el presidente y el secretario actuando individualmente. Escritura otorgada en San José a las nueve horas, treinta minutos del día veinticuatro de junio del año dos mil cinco, número sesenta y seis del protocolo primero del notario Luis Moshe Lechtman Meltzer.—Lic. Luis Moshe Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—(51396).

Carlos Castro Murillo y Silvia Francini Zamora Mena, conforman Mare Tranquillitalis Inc. Sociedad Anónima, nombre de fantasía. Capital social: cien mil colones exactos, cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Representación judicial y extrajudicial el presidente y el secretario actuando individualmente. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas veinticinco minutos del día veinticuatro de junio del año dos mil cinco, número cincuenta y cuatro del protocolo primero del notario Luis Moshe Lechtman Meltzer.—Lic. Luis Moshe Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—(51397).

Carlos Castro Murillo y Silvia Francini Zamora Mena, conforman Longomontanus Inc. Sociedad Anónima, nombre de fantasía. Capital social: cien mil colones exactos, cien acciones comunes y nominativas de mil colones exactos cada una. Representación judicial y extrajudicial el presidente y el secretario actuando individualmente. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas veinte minutos del día veinticuatro de junio del año dos mil cinco, número cincuenta y tres del protocolo primero del notario Luis Moshe Lechtman Meltzer.—Lic. Luis Moshe Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—(51398).

Carlos Castro Murillo y Eugenio Hernández Rodríguez, conforman Herradura Business Corp. Sociedad Anónima, nombre de fantasía. Capital social: cien mil colones exactos, cien acciones comunes y nominativas de mil colones exactos cada una. Representación: judicial y extrajudicial el presidente y el secretario actuando individualmente. Escritura otorgada en San José, a las nueve horas veinticinco minutos del día veinticuatro de junio del año dos mil cinco, número sesenta y cinco del protocolo primero del notario Luis Moshe Lechtman Meltzer.—Lic. Luis Moshe Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—(51399).

Carlos Castro Murillo y Silvia Francini Zamora Mena, conforman Lacus Somnionum Inc. Sociedad Anónima, nombre de fantasía. Capital social: cien mil colones exactos, cien acciones comunes y nominativas de mil colones exactos cada una. Representación judicial y extrajudicial el presidente y el secretario actuando individualmente. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas quince minutos del día veinticuatro de junio del año dos mil cinco, número cincuenta y dos del protocolo primero del notario Luis Moshe Lechtman Meltzer.—Lic. Luis Moshe Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—(51401).

Carlos Castro Murillo y Eugenio Hernández Rodríguez, conforman Herradura Trust Inc. Sociedad Anónima, nombre de fantasía. Capital social: cien mil colones exactos, cien acciones comunes y nominativas de mil colones exactos cada una. Representación judicial y extrajudicial el presidente y el secretario actuando individualmente. Escritura otorgada en San José, a las nueve horas veinte minutos del día veinticuatro de junio del año dos mil cinco, número sesenta y cuatro del protocolo primero del notario Luis Moshe Lechtman Meltzer.—Lic. Luis Moshe Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—(51402).

Carlos Castro Murillo y Silvia Francini Zamora Mena, conforman Sinus Aestuun Corp. Sociedad Anónima, nombre de fantasía. Capital social: cien mil colones exactos, cien acciones comunes y nominativas de mil colones exactos cada una. Representación judicial y extrajudicial el presidente y el secretario actuando individualmente. Escritura otorgada en San José a la ocho horas, diez minutos del día veinticuatro de junio del año dos mil cinco, número cincuenta y uno del protocolo primero del notario Luis Moshe Lechtman Meltzer.—Lic. Luis Moshe Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—(51404).

Carlos Castro Murillo y Eugenio Hernández Rodríguez, conforman Monte Los Sueños Inc. Sociedad Anónima, nombre de fantasía. Capital social: cien mil colones exactos, cien acciones comunes y nominativas de mil colones exactos cada una. Representación judicial y extrajudicial el presidente y el secretario actuando individualmente. Escritura otorgada en San José a las nueve horas, quince minutos del día veinticuatro de junio del año dos mil cinco, número sesenta y tres del protocolo primero del notario Luis Moshe Lechtman Meltzer.—Lic. Luis Moshe Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—(51405).

Carlos Castro Murillo y Silvia Francini Mena, conforman Sinus Iridum Inc. Sociedad Anónima, nombre de fantasía. Capital social: cien mil colones exactos, cien acciones comunes y nominativas de mil colones exactos cada una. Representación judicial y extrajudicial el presidente y el secretario actuando individualmente. Escritura otorgada en San José a las ocho horas, cinco minutos del día veinticuatro de junio del año dos mil cinco, número cincuenta del protocolo primero del notario Luis Moshe Lechtman Meltzer.—Lic. Luis Moshe Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—(51407).

Sherwin Cosiol Cohen y Banny Hermann Feinzilber, constituyen Lentes de Contacto Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: un millón de colones, diez cuotas comunes y nominativas de cien mil colones cada una. Representación judicial y extrajudicial el gerente y el subgerente actuando individualmente o conjuntamente. Escritura otorgada en San José a las ocho horas del día veinticuatro de junio del año dos mil cinco, número cuarenta y nueve del protocolo primero del notario Luis Moshe Lechtman Meltzer.—Lic. Luis Moshe Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—(51408).

Carlos Castro Murillo y Eugenio Hernández Rodríguez, conforman Eco - Peace of Costa Rica Sociedad Anónima, nombre de fantasía. Capital social: cien mil colones exactos, cien acciones comunes y nominativas de mil colones exactos cada una. Representación judicial y extrajudicial el presidente y el secretario actuando individualmente. Escritura otorgada en San José a las nueve horas, diez minutos del día veinticuatro de junio del año dos mil cinco, número sesenta y dos del protocolo primero del notario Luis Moshe Lechtman Meltzer.—Lic. Luis Moshe Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—(51409).

Carlos Castro Murillo y Eugenio Hernández Rodríguez, conforman Invest With Peace in Costa Rica Sociedad Anónima, nombre de fantasía. Capital social: cien mil colones exactos, cien acciones comunes y nominativas de mil colones exactos cada una. Representación judicial y extrajudicial el presidente y el secretario actuando individualmente. Escritura otorgada en San José, a las nueve horas cinco minutos del día veinticuatro de junio del año dos mil cinco, número sesenta y una del protocolo primero del notario Luis Moshe Lechtman Meltzer.—Lic. Luis Moshe Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—(51411).

Carlos Castro Murillo y Eugenio Hernández Rodríguez, conforman Development Trust Company Sociedad Anónima, nombre de fantasía. Capital social: cien mil colones exactos, cien acciones comunes y nominativas de mil colones exactos cada una. Representación judicial y extrajudicial el presidente y el secretario actuando individualmente. Escritura otorgada en San José, a las nueve horas del día veinticuatro de junio del año dos mil cinco, número sesenta del protocolo primero del notario Luis Moshe Lechtman Meltzer.—Lic. Luis Moshe Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—(51412).

Por escritura otorgada por el suscrito notario, Guy Greenwood Ávila, a las trece horas del veintiuno de junio del dos mil cinco, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía Wild Life Holdings S. A., por lo que se reforma la cláusula del pacto social.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Guy Greenwood Ávila, Notario.—1 vez.—Nº 42539.—(51414).

Por escritura de las dieciséis horas del dos de junio del dos mil cinco, otorgada ante esta notaría pública, se constituyó la sociedad Consorcio Empresarial Primrose S. A. Plazo: noventa y nueve años a partir del dos de junio del dos mil cinco. La representación judicial y extrajudicial corresponde a la junta directiva en pleno con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: ¢ 10.000. Domicilio: San José, Curridabat del Indoor Club un kilómetro al este.—San José, veintiocho de junio del dos mil cinco.—Lic. Evelyn Renee Lederman Apozdava, Notaria.—1 vez.—Nº 42988.—(51415).

Mediante escritura número 97 del tomo 8 de mi protocolo, se constituyó la sociedad anónima Grupo Hidsa Ingeniería & Construcción S. A.San José, 14 de junio del 2005.—Lic. Ramón Gerardo Solís Camacho, Notario.—1 vez.—Nº 42991.—(51416).

Mediante escritura número 103 del tomo 8 de mi protocolo, se constituyó la sociedad anónima Finca Montañas de Iztarú S. A.San José, 14 de junio del 2005.—Lic. Ramón Gerardo Solís Camacho, Notario.—1 vez.—Nº 42990.—(51417).

Por escritura pública otorgada ante nosotros en San José, a las 8:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Rodamientos y Partes Motrices S. A., con domicilio en San Francisco de Goicoechea. Plazo social: 100 años. Capital social: cien mil colones, suscritos y pagados.—San José, 23 de junio del 2005.—Lic. Fiorella Bombardelli Cozza y Mario Antonio Morelli Astúa, Notarios.—1 vez.—Nº 42992.—(51418).

Por escritura número ciento noventa y cuatro otorgada ante mi notaría, a las catorce horas del veintisiete de junio del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Plateada D.E.K Sociedad Anónima. Representante con facultades de apoderado generalísimo: presidente. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, 28 de junio del 2005.—Lic. Juan José Lara Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 42993.—(51419).

Ante esta notario, y por escritura otorgada a las once horas del día veintiuno de junio del dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza CHF (Centroamericana de Hierro Forjado) Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2005.—Lic. Rafael Ángel Fernández Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 42994.—(51420).

A las 12:00 horas del 24 de enero del 2005, se constituyó la sociedad denominada Ramoda de Valle del General Sociedad Anónima, en donde aparecen como representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar únicamente de manera conjunta, su presidente el señor Juan Luis Vargas Guerrero, cédula de identidad Nº 2-320-948 y su vicepresidente Julio César Vargas Guerrero, cédula de identidad Nº 1-746-767. Plazo social: noventa y nueve años. Agente residente: Lic. Sehaneth Varela Trejos.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notaria.—1 vez.—Nº 42996.—(51421).

En esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Producciones del Sur Dos Mil Uno Sociedad Anónima, cuyo presidente es el señor José Javier Brenes Echeverría.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Esteban Esquivel Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 42999.—(51422).

En esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Producciones del Oeste Dos Mil Tres Sociedad Anónima, cuyo presidente es el señor José Javier Brenes Echeverría.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Esteban Esquivel Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 43000.—(51423).

En esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Producciones del Este Dos Mil Dos Sociedad Anónima, cuyo presidente es el señor José Javier Brenes Echeverría.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Esteban Esquivel Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 43001.—(51424).

Ante mí, Ellyn María Ramírez Quesada, notaria pública con oficina en San José, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Monterosa SJ S. A. Capital social: mil exactos. Plazo social: 99 años. Objeto: amplio. Representación: presidente. Escritura otorgada en San José, a las 8:00 horas del 27 de junio del 2005.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Ellyn María Ramírez Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 43004.—(51425).

Ante mí, Ellyn María Ramírez Quesada, notaria pública con oficina en San José, se constituyó la sociedad denominada Oriente Inmobiliaria S. A. Capital social: mil exactos. Plazo social: 99 años. Objeto: amplio. Representación: presidente. Escritura otorgada en San José, a las 8:30 horas del 27 de junio del 2005.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Ellyn María Ramírez Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 43005.—(51426).

Ante mí, Ellyn María Ramírez Quesada, notaria pública con oficina en San José, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Cerrolargo S.J. S. A. Capital social: mil exactos. Plazo social: 99 años. Objeto: amplio. Representación: presidente. Escritura otorgada en San José, a las 9:00 horas del 27 de junio del 2005.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Ellyn María Ramírez Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 43006.—(51427).

Ante mí, Ellyn María Ramírez Quesada, notaria pública con oficina en San José, se constituyó la sociedad denominada Villa Los Moros S. A. Capital social: mil exactos. Plazo social: 99 años. Objeto: amplio. Representación: presidente. Escritura otorgada en San José, a las 10:00 horas del 27 de junio del 2005.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Ellyn María Ramírez Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 43007.—(51428).

Ante mí, Ellyn María Ramírez Quesada, notaria pública con oficina en San José, se constituyó la sociedad denominada Servicios Inmobiliarios Valparaíso S. A. Capital social: mil exactos. Plazo social: 99 años. Objeto: amplio. Representación: presidente. Escritura otorgada en San José, a las 10:30 horas del 27 de junio del 2005.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Ellyn María Ramírez Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 43008.—(51429).

Ante mí, Ellyn María Ramírez Quesada, notaria pública con oficina en San José, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Los Pinos San José S. A. Capital social: mil exactos. Plazo social: 99 años. Objeto: amplio. Representación: presidente. Escritura otorgada en San José, a las 11:00 horas del 27 de junio del 2005.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Ellyn María Ramírez Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 43009.—(51430).

Ante mí, Ellyn María Ramírez Quesada, notaria pública con oficina en San José, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria de Marfil Indemar S. A. Capital social: mil exactos. Plazo social: 99 años. Objeto: amplio. Representación: presidente. Escritura otorgada en San José, a las 11:30 horas del 27 de junio del 2005.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Ellyn María Ramírez Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 43010.—(51431).

Ante mi Álvaro José Meza Lazarus, se otorga escritura número ciento noventa y siete, a las nueve horas del veintisiete de junio del dos mil cinco, en donde se constituye sociedad Ircosol Caribe Sociedad Anónima, con representación judicial y extrajudicial al presidente y secretario, pudiendo actuar conjunta o separadamente otorgada. Con capital social de diez mil dólares. Es todo.—San José, a las diez horas del veintisiete de junio del dos mil cinco.—Lic. Álvaro José Meza Lazarus, Notario.—1 vez.—Nº 43011.—(51432).

Mediante asamblea general extraordinaria la sociedad Compañía Agropecuaria de Limón Sociedad Anónima, reforma las cláusulas segunda y décima del pacto constitutivo y nombra junta directiva, acta protocolizada por la suscrita notaria, mediante escritura número dieciséis, de las quince horas del veintidós de junio del año en curso.—San José, veintitrés de junio del dos mil cinco.—Lic. Roxana Rodríguez Cascante, Notaria.—1 vez.—Nº 43014.—(51433).

Por escritura otorgada a las quince horas del día veinticuatro de junio del año dos mil cinco, ante el notario: Víctor Julio Víquez Arias, se constituyó la sociedad Carmira de Desamparados de San Mateo Sociedad Anónima, con domicilio en Desamparados de San Mateo, con un plazo de noventa y nueve años, capital social: diez mil colones, suscrito y pagado, su objeto: el comercio en general. Presidente: Alexánder Gerardo Carranza Hernández, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Agente residente: Lic. Víctor Julio Víquez Arias.—Atenas, 24 de junio del 2005.—Lic. Víctor Julio Víquez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 43015.—(51434).

Mediante escritura pública otorgada a las ocho horas del día veinte de junio del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Funeraria Navi Sociedad Anónima pudiendo abreviarse Funeraria Navi S. A., capital social diez mil colones. Presidente: Eladio Navarro Quesada.—Lic. Katherine Villalobos Rosales, Notaria.—1 vez.—Nº 43016.—(51435).

Mediante escritura otorgada ante el suscrito, se constituyó sociedad anónima denominada Gran Hogar Feliz del Este Sociedad Anónima. Capital social: sesenta mil colones. Presidente: Muy San Ng Lao Ho. Domicilio: Heredia.—San José, 15 de junio del 2005.—Lic. Rodrigo Antonio Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—Nº 43026.—(51436).

Mediante escritura otorgada, ante el suscrito, se constituyó sociedad anónima denominada Liverpool del Atlántico Este Sociedad Anónima. Capital social: sesenta mil colones. Presidente: Muy San Ng Lao Ho. Domicilio: Heredia.—San José, 15 de junio del 2005.—Lic. Rodrigo Antonio Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—Nº 43025.—(51437).

Xinia Yorleny Solís Villarevia y Rodolfo Herrera Loáiza, constituyen Finca Nazareth de Pococí Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Guápiles, al ser las nueve horas del día veinticuatro de junio del dos mil cinco.—Lic. Katia Castillo Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 43028.—(51438).

Los Almendros de Ocotal Sociedad Anónima, aprueba gestión de administración y acuerdos, acepta renuncia de junta directiva y se hace nuevo nombramiento de junta directiva y fiscal por el resto del plazo social. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del veintisiete de junio del dos mil cinco.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 43029.—(51439).

Asociación Costarricense de Salud Pública, acepta renuncia de tesorero de junta directiva y se nombra a la señora Olga Segura Cárdenas por el resto del plazo social. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del veinticuatro de junio del dos mil cinco.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 43031.—(51440).

Mediante escritura autorizada por mí, a las diecisiete horas del veinticuatro de junio del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Fujitsu Consulting Costa Rica Sociedad Anónima, con un capital social de mil dólares moneda de curso legal de los Estados Unidos de América.—San José, veinticuatro de junio del dos mil cinco.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 43032.—(51441).

Mediante escritura autorizada por mí, a las diez horas del quince de junio del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Desarrollo Tranquilo de Punta Leona Limitada, con un capital social de cincuenta mil colones.—San José, veintisiete de junio del dos mil cinco.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 43033.—(51442).

Ante mi notaría, por escritura de las 8:00 horas del 24 de junio del 2005, se protocolizó acta de Decor Portones S. A., en donde se reforma el artículo segundo de los estatutos sociales.—San José, 27 de febrero del 2005.—Lic. Giovanni Castaldini Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 43034.—(51443).

Por escritura pública otorgada, ante el suscrito notario, a las trece horas del veintitrés de mayo de dos mil cinco, se constituye la sociedad Misa Sociedad Anónima. Capital social de diez mil colones, enteramente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: San José, Desamparados, del Restaurante El Nopal doscientos metros al sur y ciento cincuenta al oeste, actividad: el comercio, la industria, el turismo, la ganadería, la agricultura y la prestación de toda clase de servicios.—Lic. Jorge Antonio Fournier Estrada, Notario.—1 vez.—Nº 43035.—(51444).

Por escritura otorgada, en mi notaría, a las 15:00 horas, se constituye la sociedad denominada Administración de Propiedades Corona Realty Sociedad Anónima, abreviable su aditamento a S. A., capital íntegramente suscrito y pagado. Representación presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 6 de junio del 2005.—Lic. Nuria Rodríguez Bermúdez, Notaria.—1 vez.—Nº 43036.—(51445).

Por escritura número veintidós, otorgada en San José, a las once horas del veintisiete de junio del año dos mil cinco, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la firma Agropecuaria Santa Bárbara Sociedad Anónima, domiciliada en Santa Bárbara de Santa Cruz, Guanacaste, capital suscrito y cancelado. Se reforman cláusula segunda domicilio social, cláusula quinta aumento de capital social, cláusula octava representación judicial y extrajudicial de la compañía y nombramiento de nueva junta directiva; presidente, vicepresidente secretario y tesorera apoderados generalísimos sin límite de suma, efectuado ante el notario Helmuth Ajún Murillo.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Helmuth Ajún Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 43037.—(51446).

El día de hoy el suscrito notario protocolizo: A) Acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Industrias Buenos Aires S. A. celebrada en sus oficinas sociales a las ocho horas del día primero de junio del año dos mil cinco, mediante la cual se fusiona con las sociedades Productos Kali S. A., Carnes y Embutidos Buenos Aires S. A., y Ganadera El Golfo S. A., prevaleciendo Industrias Buenos Aires S. A., se reforman las cláusulas segunda, quinta y sétima del pacto social; y se nombra junta directiva. B) Acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Productos Kali S. A. celebrada en sus oficinas sociales a las nueve horas del día primero de junio del año dos mil cinco, mediante la cual se fusiona con las sociedades Industrias Buenos Aires S. A., Carnes y Embutidos Buenos Aires S. A., y Ganadera El Golfo S. A., prevaleciendo Industrias Buenos Aires S. A. C) Acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Carnes y Embutidos Buenos Aires S. A. celebrada en sus oficinas sociales a las diez horas del día primero de junio del año dos mil cinco, mediante la cual se fusiona con las sociedades Industrias Buenos Aires S. A., Productos Kali S. A., y Ganadera El Golfo S. A., prevaleciendo Industrias Buenos Aires S. A.; y D) Acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Ganadera El Golfo S. A., celebrada en sus oficinas sociales a las once horas del día primero de junio del año dos mil cinco, mediante la cual se fusiona con las sociedades Industrias Buenos Aires S. A., Carnes y Embutidos Buenos Aires S. A., y Productos Kali S. A., prevaleciendo Industrias Buenos Aires S. A.—San José, veinticuatro de junio del año dos mil cinco.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—Nº 43043.—(51447).

Por escritura otorgada, ante mi notaría, el veintitrés de junio de este año, se reforman las cláusulas segunda y cuarta del pacto social constitutivo de la compañía Comerinsa S. A., del domicilio y el plazo.—Lic. Jorge Luis Fonseca Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 43044.—(51448).

He constituido la sociedad anónima denominada Ganadera Palermo Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones exactos, por un plazo social de noventa y nueve años, en donde figura como presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma el señor Erick Morice Castro.—Puntarenas, 27 de junio del 2005.—Lic. Roy Quesada Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 43045.—(51449).

El día de hoy, he constituido la compañía denominada Inversiones Comerciales V.V.M.I. Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones. Presidente: Víctor Manuel Espinoza Rivas, quien ostenta la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—Puntarenas, al ser las dieciocho horas con cero minutos del veintiuno de junio de dos mil cinco.—Lic. Carlos Alfonso Martínez Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 43046.—(51450).

Mynor Mendoza Barrientos, Fressy Lorena Guzmán Carvajal y Michael Mendoza Guzmán, constituyen Inmobiliaria Apalussa Sociedad Anónima, mediante escritura otorgada en  San José, ante mi notaría, a las diez horas del catorce de abril del dos mil cinco.—Lic. Mauricio Villalobos Barrientos, Notario.—1 vez.—Nº 43050.—(51451).

Hoy ante mí, se constituyó la sociedad Agrícola Río Coto S. A. capital social diez mil colones. Presidente y secretario, apoderados generalísimos sin límite de suma.—Cartago, veinticuatro de junio del dos mil cinco.—Lic. Juan Pablo Navarro Solano, Notario.—1 vez.—Nº 43052.—(51452).

Hoy ante mí, se constituyó la sociedad Agrícola Turubarú S. A. capital social diez mil colones. Presidente y secretario, apoderados generalísimos sin límite de suma.—Cartago, veinticuatro de junio del dos mil cinco.—Lic. Juan Pablo Navarro Solano, Notario.—1 vez.—Nº 43051.—(51453).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Piazza San Marco de Escazú S. A., domiciliada en San José. Capital social: diez mil colones. Presidente: Pietro D´Onghia. Escritura número treinta y cinco de las 8:00 horas del 24 de junio del 2005.—Lic. Bárbara Durán Avilés, Notaria.—1 vez.—Nº 43053.—(51454).

El día 11 de mayo del 2005, se otorgó escritura de protocolización de cambio de nombre de la sociedad Popos del Pacífico S. A., para que se denomine Camaronal Surf Cam S. A.Lic. Luis Charpentier Acuña, Notario.—1 vez.—Nº 43054.—(51455).

Olga Amoros Prunera y Mario Alexander Calderón Solís, constituyen Tierras Exóticas Sociedad Anónima. Escritura otorgada en  Limón, a las ocho horas treinta minutos del veintisiete de junio del año dos mil cinco. Capital social diez mil colones.—Lic. Randy Gordon Cruikshank, Notario.—1 vez.—Nº 43055.—(51456).

Escritura número ciento siete se reforma la cláusula novena del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva de la sociedad Telas Sintéticas Internacionales Sociedad Anónima, se reforma la cláusula quinta y se modifican las acciones de mil colones cada una a nueve acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Presidente Mauricio Misaine Vega; Secretaria Silvia Soto Arce, Tesorero Daniel Soto Arce.—San José, 24 de junio del 2005.—Lic. Ernesto Torres Torres, Notario.—1 vez.—Nº 43058.—(51457).

Por escritura otorgada hoy en esta ciudad a las 17:00 horas ante el suscrito notario los señores Jorge Guillermo Hernández González y Álvaro Hernández González constituyeron la sociedad denominada Finca Llajas S. A., Domicilio: Puntarenas, Objeto: comercio en general, Plazo: 99 años. Capital social: cien mil colones suscritos y pagados. Presidente: Benjamín Tallarigo.—San José, 24 de junio del 2005.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—Nº 43059.—(51458).

En mi notaría, mediante escritura otorgada a las 16:00 horas del 27 de junio del año 2005, se constituyó la sociedad Agroservicios Cafeteros de Occidente S. A. Plazo noventa y nueve años. Objeto: Actividades comerciales y de servicios en general, además de agropecuarias e industriales. Presidente: Sergio Antonio Fernández Ramírez.—San Ramón, Alajuela, 28 de junio del año 2005.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—Nº 43062.—(51459).

Mediante escritura número cuarenta y ocho del veinticuatro de junio del dos mil cinco se constituyó la sociedad Ana Wilmas Sensuales de Jacó Sociedad Anónima. Capital social: debidamente suscrito y pagado.—Lic. Lourdes Rojas Martínez, Notario.—1 vez.—Nº .—(51460).

Ante mí, Javier Carvajal Portuguez, notario público, a las ocho horas diez minutos del veintisiete de junio del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Gracón Servicios Profesionales Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintisiete de junio del dos mil cinco.—Lic. Javier E. Carvajal Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 43068.—(51461).

Por escritura número ciento noventa y nueve del tomo segundo de mi Protocolo, otorgada en mi notaría a las dieciséis horas del día veinticuatro de junio del dos mil cinco, se constituyó la empresa Cantik Bagus Importación y Exportación S. A., plazo social de noventa y nueve años, capital social cien mil colones. Presidente: Nelson Humberto Ortiz.—Lic. Barina Benavides Pérez, Notaria.—1 vez.—Nº 43069.—(51462).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las quince horas del día de hoy, se constituyó la compañía con domicilio en Heredia, denominada Condominios Vistas El Escondido Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2005.—Lic. Bernal Vega Maroto, Notario.—1 vez.—Nº 43070.—(51463).

Mediante escritura número cuarenta y cinco de las ocho horas del dieciséis de junio del año dos mil cinco ante el suscrito notario se constituyó la sociedad denominada Adelmalbert Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar Adelmalbert S. A.—San José, a los veintisiete días de junio del dos mil cinco.—Lic. Christian Badilla Villarreal, Notario.—1 vez.—Nº 43071.—(51464).

Mediante escritura pública número setenta y tres, otorgada en San José a las catorce horas del veinte de junio del dos mil cinco, se constituyó la sociedad de nombre Orinoco Parima Sociedad Anónima. Presidente Saúl José Guerrero Quintero con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo: cien años.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 43072.—(51465).

En escritura pública número 85, de las 11:00 horas del 27 de junio de 2005, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Tango Flamingo S. A., cédula jurídica 3-101-130217, secretario de junta directiva, se nombran presidente y secretario y se modifica la cláusula segunda de los estatutos sociales refente al domicilio.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Adriana Calvo Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 43073.—(51466).

Mediante escritura número ochenta y ocho otorgada a las quince horas del veintisiete de junio de dos mil cinco, se protocoliza asamblea extraordinaria de Jurakan Costa Rica S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y cuatro mil ochocientos sesenta y dos, en donde se modifica el domicilio social de la compañía quedando el mismo en San José, Oficientro Torres del Campo, Torre primera, segundo piso, Nassar Abogados, y se otorga un poder generalísimo sin límite de suma.—Lic. Alina Nassar Jorge, Notaria.—1 vez.—Nº 43076.—(51467).

El suscrito notario hace constar que mediante escritura otorgada a las 10:00 horas del 21 de junio del 2005, se reforman cláusulas quinta y sexta del pacto constitutivo de la sociedad Cero Riesgo Información Crediticia Digitalizada Sociedad Anónima.—San José, 21 de junio del 2005.—Lic. Bernan Luis Salazar Ureña, Notario.—1 vez.—Nº 43077.—(51468).

Ante mí Ricardo Valderrama Obando, Notario Público de Alajuela a las 9:00 horas del 28 de junio del dos mil cinco, se constituyó Inversiones Almafer Riodos S. A., domicilio será en Alajuela Río Segundo setenta y cinco metros al oeste del Super Mercado Santiago. Apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente es el presidente: Alexander Alfaro Zumbado y secretario Otto Alfaro González.—Alajuela, 28 de junio del 2005.—Lic. Ricardo Balderrama Obando, Notario.—1 vez.—(51507).

El día de hoy he protocolizado acta constitutiva de la sociedad de esta plaza denominada L Y L Español Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de Heredia, ciento cincuenta metros al norte de la Estación de Servicio Cordero Lizano, calle diez, avenidas central y segunda. Presidente: Oky Lissette García Hidalgo, Tesorero: Illich Carlos Chaves Montoya, Secretaria: Ana Odilíe García Hidalgo, Fiscal: Marieta Hidalgo Alfaro.—Heredia, veintisiete de junio del dos mil cinco.—Lic.  William Villegas Badilla, Notario.—1 vez.—(51557).

Se ha constituido la sociedad anónima Acose de Golfito S. A., con un capital social de diez mil colones, cuyo domicilio social es Golfito, Barrio Llano Bonito, casa ciento catorce, y cuyo presidente es Heriberto Ortega Franco, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Golfito, catorce de junio del dos mil cinco.—Lic. Gustavo Martínez Caton, Notario.—1 vez.—Nº 43081.—(51589).

Por escritura otorgada a las 12:00 horas del 23 de junio del 2005, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de socios de Hacienda Tilajari S. A., en donde se reforma la cláusula segunda del pacto social y se nombra Fiscal.—Ciudad Quesada, 27 de junio del 2005.—Lic. Bernal Monge Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 43082.—(51590).

Ante esta notaría a las ocho horas del día de hoy se constituyó la sociedad denominada Inversiones A West Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, Escazú centro, frente Café Torino, Centro Comercial El Río. Capital suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: Nulsy Prudencia González Rodríguez.—San José, 10 de junio del 2005.—Lic. Róger Salas Granados, Notario.—1 vez.—Nº 43083.—(51591).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:40 horas del día 21 de junio del año 2005, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Grant Stalnaker Dos Mil Cinco Sociedad Anónima, domiciliada en La Fortuna de San Carlos, Alajuela. Presidente: Jonathan Grant Stalnaker.—21 de junio del año 2005.—Lic. Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 43085.—(51592).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 16:00 horas del día 23 de junio del año 2005, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Henry Salazar Sociedad Anónima. Domiciliada en La Fortuna de San Carlos, Alajuela. Presidente: Henry Salazar Chaverri.—23 de junio del año 2005—Lic.  Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 43086.—(51593).

Se reforma la cláusula segunda del pacto social de la sociedad Corporación Parador de Jáen S. A., con cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos dieciocho mil novecientos dos, para que en lo sucesivo se lea así: Del domicilio: El domicilio de la sociedad será en la ciudad de San José, Sabana Sur, de la Contraloría General de la República doscientos metros oeste y ciento veinticinco metros al sur pudiendo establecer agencias y sucursales dentro y fuera del país. Asimismo se nombra nueva junta directiva y fiscal. Escritura otorgada a las 8:00 horas del 28 de junio del 2005.—Lic. María Gabriela Valladares Navas, Notaria.—1vez.—Nº 43087.—(51594).

Por escritura otorgada el día 27 de junio del 2005, ante esta notaría, se constituye Reputación Digital Sociedad Anónima. Se designa Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 27 de junio del 2005.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 43089.—(51595).

Mediante la escritura 60, tomo 1, del protocolo de la Lic. María Felicia Gómez Navarro, se protocolizó constitución de la sociedad Costa Rica Supply Chain & Services, CSCS Sociedad Anónima, a las catorce horas del 9 de junio de 2005, capital suscrito y pagado, plazo 99 años, domicilio Heredia.—Heredia, a las catorce horas del nueve de junio de 2005.—Lic. María Felicia Gómez Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 43090.—(51596).

Ante mi notaría, por escritura 46, tomo tercero de mi protocolo, se constituye la sociedad Servicios Profesionales Melicosis N Y R S. A. Presidente: Nelson Navarro Quirós y Secretario Roy Francisco Madrigal Alfaro, ambos con facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Yalile Villalobos Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 43091.—(51597).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del 7 de octubre del 2004, se constituyó la sociedad Prosistems A Y P Promotora de Sistemas de Información S. A.San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Raphael Piedra Ureña, Notario.—1 vez.—Nº 43095.—(51598).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del 6 de octubre del 2004, se constituyó la sociedad Giland Servicios Informáticos S. A.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Raphael Piedra Ureña, Notario.—1 vez.—Nº 43096.—(51599).

Que en escrituras setenta y siete y cincuenta y tres del tomo tercero del notario Henry Gómez Pineda, se constituyeron las sociedades Fincas Caballo de Oro S. A., y los Urigatos del Pacífico S. A. Es todo.—San José, veintisiete de junio del dos mil cinco.—Lic. Henry Gómez Pineda, Notario.—1 vez.—Nº 43097.—(51600).

A las 10:00 horas del día de hoy, se constituyó en mi notaría la compañía Sportmed Ortopedia S. A. Se nombra Junta Directiva, Fiscal y Agente Residente.—San José, 16 de mayo del 2005.—Lic. Édgar Nassar Guier, Notario.—1 vez.—Nº 43098.—(51601).

Hoy protocolicé acta asamblea general extraordinaria de accionistas de Organización Kiru Sociedad Anónima, en virtud de la cual se reforman las cláusulas segunda, décima y duodécima del pacto social de la compañía y se hacen nuevos nombramientos de la Junta Directiva. Escritura otorgada en la ciudad de San José, el ocho de junio del 2005.—Lic. Mario Quirós Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 43101.—(51602).

Hoy protocolicé acta asamblea general extraordinaria de accionistas de Jaotex Sociedad Anónima, en virtud de la cual se reforman las cláusulas segunda, décima y duodécima del Pacto Social de la compañía y se hacen nuevos nombramientos de la Junta Directiva. Escritura otorgada en la ciudad de San José, el ocho de junio del 2005.—Lic. Mario Quirós Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 43102.—(51603).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del día veintiséis de mayo del año en curso, se reformó las cláusulas primera y sexta del pacto constitutivo de la sociedad de este domicilio denominada Campo Bonm Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de junio del dos mil cinco.—Msc. Arturo Terán París, Notario.—1 vez.—Nº 43108.—(51604).

Por escritura Pública otorgada a las veinte horas del día veintitrés de junio del año dos mil cinco, se constituye la sociedad denominada Corporación de Transporte y Comercio Milo del Caribe Sociedad Anónima, domiciliada en la ciudad de San José, Jardines de Tibás, del Peribásicos doscientos metros al sur, veinticinco al oeste manzana F. Capital social diez mil colones, totalmente suscrito y pagado. Presidente, con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Lic.  Yelba Rojas Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 43110.—(51605).

Por escritura número doscientos tres otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del dieciséis de junio del año dos mil cinco, se modifica la cláusula sétima de la sociedad denominada Freno Seguro del Oeste FSO Sociedad Anónima.—San José, veinte de junio del dos mil cinco.—Lic. Marvin José Villagra López, Notario.—1 vez.—Nº 43113.—(51606).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del veintisiete de junio del año dos mil cinco, se procedió a la protocolización de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inter Beauty S. A., celebrada en el domicilio social a las doce horas del cuatro de mayo del dos mil cinco; en la que se conoce de la reforma de la cláusula sétima de la administración; y nuevo nombramiento del fiscal y ratificación de Junta Directiva.—Lic. Marco Vinicio Álvarez Mattey, Notario.—1 vez.—Nº 43115.—(51607).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las trece horas del día veintisiete de junio de dos mil cinco, se reformó cláusulas segunda, octava, se nombra nueva Junta Directiva y Agente Residente de la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Wade Florence Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Es todo.—San José, veintiocho de junio de dos mil cinco.—Lic. Randall Chuken Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 43116.—(51608).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día veintiocho de junio de dos mil cinco, se constituyo la sociedad de esta plaza denominada JSR Jenny Inc Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Es todo.—San José, veintiocho de junio de dos mil cinco.—Lic. Randall Chuken Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 43117.—(51609).

He constituido la empresa Inversiones Caalfame S.A., capital social diez mil colones, representante judicial y extrajudicial en la figura del presidente señor Carlos Fallas Mejía.—San José, 28 de junio del 2005.—Lic. Reyna Liz Mairena Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 43118.—(51610).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 8:00 horas del 27 de junio de 2005, se protocolizaron actas de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Sinfonía Celestial SRL, en las que se modifican las cláusulas quinta, sexta, sétima, octava y tercera de los estatutos, se revocan el anterior nombramiento de gerente y se nombran gerentes.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Henry Lang Wien, Notario.—1 vez.—Nº 43119.—(51611).

Por escritura otorgada en mi notaría a las quince horas del veinte de junio del 2005, se constituye sociedad denominada Balaton Sociedad Anónima, capital íntegramente suscrito y pagado. Presidente con facultades.—Lic. José Mario Rojas Ocampo, Notario.—1 vez.—Nº 43120.—(51612).

Por escritura otorgada en esta notaría a las dieciséis horas del diez de junio del dos mil cinco, se protocoliza acta de la sociedad denominada Vaxxen Internacional Sociedad Anónima, en la que se modifica cláusula sétima del pacto social.—Lic. José Mario Rojas Ocampo, Notario.—1 vez.—Nº 43121.—(51613).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en la ciudad de Alajuela, se constituyó la sociedad denominada Umaña y Montero Veinte-D Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Domicilio la ciudad de Cartago.—Alajuela, 27 junio del 2005.—Lic.  Óscar Rodríguez Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 43122.—(51614).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en la ciudad de Alajuela, se constituyó la sociedad denominada El Dorado de San Sebastián Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones. Domicilio la ciudad de San José.—Alajuela, 27 de junio del 2005.—Lic. Óscar Rodríguez Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 43123.—(51615).

En mi notaría a las 12:00 horas de hoy, se constituyó Gama Uno Sociedad Anónima, abreviándose Gama Uno S.A. Capital: diez mil colones, domicilio: Tibás. San José, Residente: Manfred Gómez Vásquez.—Tibás, 27 de junio de 2005.—Lic. Sugeily Celenia Hernández Azofeifa, Notaria.—1 vez.—Nº 43124.—(51616).

Por escritura número ochenta y cinco, otorgada ante la notaria María Gabriela Rojas Ulloa, a las 9:00 horas del 24 de junio del 2005, se constituyó la sociedad The Graphic Station S. A. Representación judicial y extrajudicial: Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: diez mil colones. Plazo: 99 años.—San José, 24 de junio del 2005.—Lic. María Gabriela Rojas Ulloa, Notaria.—1 vez.—Nº 43128.—(51617).

En mi notaría, al ser las quince horas treinta minutos del día veintisiete de junio de dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Oceans Secrets Limitada, con domicilio en Santa Ana y con un capital social de diez mil colones.—San José, veintiocho de junio del dos mil cinco.—Lic. Carlos M. Serrano Castro, Notario.—1 vez.—Nº 43131.—(51618).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyeron las siguientes sociedades Diamond Trees Industries Sociedad Anónima, cuya traducción al español es Industrias Arboles de Diamantes Sociedad Anónima, Papilo Mackaon Business Sociedad Anónima, cuya traducción al español es Negocios Papilo Mackaon Sociedad Anónima, Pardo Atardecer Sociedad Anónima, Pieris Napi Investments Sociedad Anónima, cuya traducción al español es  Inversiones Pieris Napi Sociedad Anónima, Arthemis Danaus Corporation Sociedad Anónima, cuya traducción al español es Corporación Arthemis Danaus Sociedad Anónima, White Dreams Investments Sociedad Anónima, cuya traducción al español es Inversiones Sueños Blancos Saciedad Anónima, Industrias Abetos Azules Sociedad Anónima, Pensamientos Caducifolios Sociedad Anónima, Actias Luna Busines Sociedad Anónima cuya traducción al español es Negocios Actias Luna Sociedad Anónima, Inversiones Grammia Virgo Sociedad Anónima, Golden Days Insdustries Sociedad Anónima cuya traducción al español es Industrias Días Dorados Sociedad Anónima, Silver Stones Corporation Sociedad Anónima, cuya traducción al español es Corporación Piedras Plateadas.—San José, veintiuno de junio del dos mil cinco.—Lic. Juan Carlos González Lavergne, Notario.—1 vez.—Nº 43132.—(51619).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del 23 de setiembre del 2003, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Altos de la Ribera Sociedad Anónima, donde se reforma las cláusulas, primera y segunda del pacto constitutivo de la sociedad.—San José, 14 de febrero del 2005.—Lic. Mauricio Campos Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 43134.—(51620).

Mediante escritura otorgada ante este notaría a las 8:30 horas del 28 de junio del 2005, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: La Segunda del domicilio social el cual será en Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, Proyecto Villas Mapache, condominios Valle Grande, condominio número cinco; La sétima de administración: Tres gerentes con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y se hacen los siguientes nombramientos: Gerente uno: Anthony William Chiechi, Gerente dos: William Anthony Chiechi, Gerente tres: Dianne Chiechi, en la sociedad Colonial Street Ltda.—San José, 28 de junio del 2005.—Lic. Andrea Dall’ Anesse Agüero, Notaria.—1 vez.—Nº 43136.—(51621).

Mediante escritura otorgada ante este notaría a las 9:00 horas del 28 de junio del 2005, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: La Segunda del domicilio social el cual será en Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, Proyecto Villas Mapache, condominios Valle Grandef; condominio número cinco; La Sétima de administración: Tres gerentes con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y se hacen los siguientes nombramientos: Gerente uno: Anthony William Chiechi, Gerente dos: William Anthony Chiechi, Gerente tres: Dianne Chiechi, en la sociedad Volcanic Stones Ltda.—San José, 28 de junio del 2005.—Lic. Andrea Dall’ Anesse Agüero, Notaria.—1 vez.—Nº 43137.—(51622).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 9:30 horas del 28 de junio del 2005, de la sociedad Havaiana Beach Ltda., se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo, del domicilio para que en adelante sea: Guanacaste, Carrillo, Palmira, del Aeropuerto Daniel Oduber ocho kilómetros al sur edificio Do It Center, local número dos y la cláusula octava de la administración, y se nombran nuevos Gerente General Uno y Gerente General Dos, señores: Ledys del Carmen Martínez Díaz y Joseph Richard (nombres) Irish (apellido), respectivamente.—San José, 28 de junio del 2005.—Lic. Andrea Dall’ Anesse Agüero, Notaria.—1 vez.—Nº 43138.—(51623).

Que mediante la escritura número trescientos sesenta y uno  en el protocolo dieciséis  de notario José F. Chaves Campos, se constituye la sociedad denominada Franz Biehl Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado, domicilio social San José.—22 de junio 2005.—Lic. José Francisco Chaves Campos, Notario.—1 vez.—Nº 43140.—(51624).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas cuarenta minutos del veinticuatro de mayo del dos mil cinco, se realizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Finca Artemis S. A.—San José, veintisiete de junio del dos mil cinco.—Lic. Mónica Cuellar González, Notaria.—1 vez.—Nº 43141.—(51625).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las dieciséis horas treinta minutos del día veintisiete de junio del presente año, se constituyó la sociedad Rica Costa Inmobiliaria Sociedad Anónima, domicilio Heredia, capital totalmente suscrito y pagado.—San José, veintisiete de junio del año dos mil cinco.—Lic. Alejandro Batalla Bonilla y Lic. Rafaela Solano Granados, Notarios.—1 vez.—Nº 43147.—(51626).

Por escritura pública número cuarenta y cuatro otorgada ante mi notaría, a las diecisiete horas del veintitrés de junio del dos mil cinco, se realizó la reforma integral de los estatutos sociales de la compañía Interamericana de Exportaciones Sociedad Anónima, se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente. Asimismo, se acordó otorgar un poder generalísimo sin límite de suma.—San José, veintitrés de junio del dos mil cinco.—Lic. Rodrigo Cordero Campos, Notario.—1 vez.—Nº 43148.—(51627).

Por escritura otorgada hoy ante mí a las 10:00 horas, se constituyó la sociedad con domicilio en Paraíso Cartago: Cortés Gutiérrez S. A. Plazo: 99 años. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, 19 de marzo del 2005.—Lic. Eduardo Echeverría Calzada, Notario.—1 vez.—Nº 43151.—(51628).

Que ante el notario Maximiliano Arias Sancho, por escritura número ciento treinta y cinco, otorgada al ser las dieciséis horas del veintidós de junio del dos mil cinco, se acordó otorgar poder generalísimo, modificar cláusulas segunda y sétima del pacto social y dirección del agente residente, se acordó revocar el nombramiento del agente residente y nombrar otro; de la sociedad denominada El Reto Gris Ltda.—San José, veintiocho de junio del dos mil cinco.—Lic. Maximiliano Arias Sancho, Notario.—1 vez.—Nº 43152.—(51629).

Que ante el notario Maximiliano Arias Sancho, por escritura número ciento treinta y seis, otorgada al ser las ocho horas del veintiocho de junio del dos mil cinco, se acordó modificar cláusulas segunda, cuarta y sexta del pacto social y dirección del agente residente, se acordó revocar el nombramiento de la junta directiva y agente residente y nombrar otros, y se autoriza nueva emisión de acciones; de la sociedad denominada Eyes of the Sea Sociedad Anónima.—San José, 28 de junio del 2005.—Lic. Maximiliano Arias Sancho, Notario.—1 vez.—Nº 43153.—(51630).

Que ante el notario Maximiliano Arias Sancho, por escritura número ciento treinta y cuatro, otorgada al ser las quince horas del veintidós de junio de dos mil cinco, se acordó otorgar poder generalísimo, modificar cláusula segunda del pacto social y dirección del agente residente, se acordó revocar el nombramiento del secretario, tesorero, fiscal y agente residente y nombrar otros; de la sociedad denominada Playa Azul Siete ANS Ambar Sociedad Anónima.—San José, 28 de junio del 2005.—Lic. Maximiliano Arias Sancho, Notario.—1 vez.—Nº 43154.—(51631).

Que ante el notario Maximiliano Arias Sancho, por escritura número ciento treinta y tres, otorgada al ser las catorce horas del veintidós de junio de dos mil cinco, se acordó otorgar poder generalísimo de la sociedad denominada Oportunidades Azules OAL Sociedad Anónima.—San José, 28 de junio del 2005.—Lic. Maximiliano Arias Sancho, Notario.—1 vez.—Nº 43155.—(51632).

El día de hoy en mi notaría se constituyó Sibaja y Jiménez Sociedad Anónima, plazo social noventa y nueve años, capital social diez mil colones, presidente Carlos Sibaja Murillo, secretaria Marlen Jiménez Carballo; ambos con poder generalísimo sin límite de suma, representación conjunta o separada.—San Ramón, veinticuatro de junio del dos mil cinco.— Lic. Silvia Chaves Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 43156.—(51633).

Por escritura otorgada ante la notaria María Isabel Rodríguez Herrera, a las ocho horas del once de junio del año dos mil cinco, se constituyó Espíritu Santo Luz del Mundo Sociedad Anónima.—Lic. María Isabel Rodríguez Herrera, Notaria.—1 vez.—Nº 43157.—(51634).

Yo, Carolina Selva Fariñas, hago constar que ante mi notaría constituí la sociedad denominada F. Salazar & Asociados S. A. Domicilio San José, Montes de Oca, Sabanilla, capital social mil colones, objeto servicios de ingeniería y construcción y el comercio en general. Presidente Federico Salazar Boza. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las quince horas del veintisiete de mayo del dos mil cinco.—Lic. Carolina Selva Fariñas, Notaria.—1 vez.—Nº 43159.—(51635).

Yo, Carolina Selva Fariñas, hago constar que ante mi notaría protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Mil Novecientos Diecinueve S. A. Se reforma cláusula segunda, y se nombra presidente. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las quince horas treinta minutos del veintisiete de mayo del dos mil cinco.—Lic. Carolina Selva Fariñas, Notaria.—1 vez.—Nº 43160.—(51636).

Por escritura número ciento veinte otorgada en mi notaría a las 8:00 horas del 21 de junio del 2005, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Multipartes CG y RG S. A. por la que se modifican las cláusulas primera, tercera y cuarta del pacto social.—San José, veintisiete de junio del dos mil cinco.—Lic. José Gerardo Guillén Mora, Notario.—1 vez.—Nº 43161.—(51637).

Mediante escritura número setenta y ocho, otorgada en mi notaría a las 15:30 horas del 27 de mayo del 2005 se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad denominada Transportes Unidos de Manuel Antonio de Quepos S. A.—San José, veintisiete de junio del dos mil cinco.—Lic. José Gerardo Guillén Mora, Notario.—1 vez.—Nº 43162.—(51638).

NOTIFICACIONES

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Nº 0817-2005-DMG.—Despacho del señor Ministro.—San José, a las nueve horas veinte minutos del siete de junio del dos mil cinco.

Conoce este Despacho Recurso de Apelación interpuesto por la señora Yawdie Martina Emery Merlo, ciudadana de nacionalidad nicaragüense, pasaporte Nº C 749273, contra la resolución Nº 1679-2002-DP-PEM-BBL, de las diecisiete horas con cincuenta y siete minutos del día veintisiete de junio del dos mil dos, de la Dirección General de Migración y Extranjería, en donde de ordena su deportación y el respectivo impedimento de entrada al país.

Resultando:

1º—Que mediante resolución Nº 1679-2002-DP-PEM-BBL, de las diecisiete horas con cincuenta y siete minutos del día veintisiete de junio del dos mil dos, la Dirección General de Migración y Extranjería, declara ilegal la permanencia de la extranjera Yawdie Martina Emery Merlo, y ordena su deportación y el respectivo impedimento de entrada al país, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1º, 7º incisos 5), 7) y 10); 49; 50 inciso c), 60 inciso 9); 63; 118 inciso 3) y 119, de la Ley General de Migración y Extranjería.

2º—Que inconforme con la resolución citada, la señora Yawdie Martina Emery Merlo, interpuso recurso de revocatoria el cual fue resuelto, siendo conocido la revocatoria mediante resolución Nº D.JUR.823-2002-MHN, de las nueve horas con diez minutos del diez de julio del dos mil dos, declarándose sin lugar, elevándose el expediente para la resolución del recurso de apelación.

3º—Que se han realizado las diligencias útiles y necesarias para el dictado de la presente resolución.

Considerando:

I.—Es facultad de la Dirección General de Migración y Extranjería controlar el ingreso y la permanencia de extranjeros en el país, y su radicación temporal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3º, 36, 39, 63, 64 y 67 a 72 de la Ley General de Migración y Extranjería, 45 y siguientes del Reglamento a la Ley General de Migración y Extranjería. Asimismo, han sido otorgados el debido proceso y la respectiva audiencia para ejercer su derecho de defensa, de conformidad con los principios generales y migratorios vigentes.

II.—Se tienen como hechos demostrados de especial importancia para el dictado de la presente resolución, los siguientes:

a)  Que la recurrente ingresó por última vez a territorio costarricense el 26 de setiembre del 2000.

b)  Que al momento de la detención la recurrente la extranjera tenía su visa vencida.

c)  Que la recurrente fue deportada mediante la resolución Nº 1679-2002-DP-PEM-BBL, de las diecisiete horas con cincuenta y siete minutos del día veintisiete de junio del año dos mil dos y que la revocatoria fue resuelta mediante resolución Nº D.JUR.823-2002-MHN, de las nueve horas con diez minutos del diez de julio del año dos mil dos.

III.—Que en el recurso planteado alega la recurrente que está casada con costarricense por lo que adjunta copias de constancia del matrimonio.

 IV.—Que mediante resolución 1414-2004-ALG, de las doce horas cuarenta minutos del día tres de junio del dos mil cuatro, se le hizo prevención para que presentara certificado de matrimonio emitido por el Registro Civil para demostrar en vínculo con costarricense. Como medio de notificación la recurrente dejó un número de teléfono, al cual se llamó y la persona que contestó indicó que la señora Emery Merlo, ya no vivía en ese lugar y no sabia donde encontrarla. Hasta la fecha la recurrente no se ha presentado ni ha enviado escrito alguno indicando el cambio de domicilio ni nuevo lugar o medio para notificarle. De conformidad con el artículo 241 inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública establece que cuando se ignore o esté equivocado el lugar para notificaciones al interesado por culpa de éste, deberá comunicársele el acto por publicación, en cuyo caso la comunicación se tendrá por hecha cinco días después de ésta última. Asimismo este Despacho procede a confirmar lo resuelto por el a quo pues no demostró con documento idóneo emitido por el Registro Civil el vínculo con costarricense de conformidad con el artículo 35 inciso ch) de la Ley General de Migración y Extranjería. En virtud de lo anteriormente expuesto así como en los artículos 118 inciso 3) y 119 de la supracitada ley, lo que procede es rechazar el presente extremo. Por tanto:

EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA, RESUELVE:

De conformidad con los hechos expuestos rechazar el recurso de apelación incoado por la señora Yawdie Martina Emery Merlo, y por ende se mantiene en todos sus extremos la resolución número 1679-2002-DP-PEM-BBL, de las diecisiete horas con cincuenta y siete minutos del día veintisiete de junio del año dos mil dos, donde de ordena su deportación y el respectivo impedimento de entrada al país.

Notifíquese por edicto.

Lic. Rogelio Ramos Martínez, Ministro de Gobernación y Policía.—(Solicitud Nº 40728).—C-85520.—(51562).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

De conformidad con resolución Nº 4138-2005 de las ocho horas del día veinte de mayo del dos mil cinco, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: impartir aprobación final a la resolución Nº JPIG-925-2005 de sesión celebrada en San José, a las diez horas del treinta de setiembre del dos mil cuatro, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Sandoval Salas María Faustina, cédula de identidad Nº 5-066-880, a partir del día 1º de enero del 2003, por la suma de cuarenta y cuatro mil trescientos treinta y dos colones sin céntimos ¢44.332,00, mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Fernando Trejos Ballestero, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—(51190).

 

De conformidad con resolución N° PG-4347-2005 de las ocho horas del día veinte de mayo del 2005, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social resuelve impartir aprobación final a la resolución N° JPIG-1165-2005, de sesión celebrada en San José, a las diez horas del día veintidós de noviembre del 2004, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga una Pensión de Guerra incoadas por Bustos Cascante Cecilia, cédula de identidad N° 5-049-548, a partir del día 22 de noviembre del 2004; por la suma de cincuenta y tres mil seis colones con ocho céntimos (¢53.006,08) mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Fernando Trejos Ballestero, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—Nº 42867.—(51317).

 

De conformidad con resolución N° 4244-2005 de las ocho horas con quince minutos del día veinticuatro de mayo del dos mil cinco. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social resuelve: impartir aprobación final a la resolución Nº JPIG-819-2005 de sesión celebrada en San José, a las diez horas del treinta de setiembre de dos mil cuatro, de la Junta de Pensiones a Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Herrera Calderón Irene, cédula de identidad N° 1-208-956, a partir del día 1º de enero del 2002; por la suma de cuarenta y ocho mil doscientos treinta y siete colones con treinta céntimos ¢48.237,30; mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Fernando Trejos Ballestero, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—Nº 43075.—(51485).

 

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se hace saber en vista de que han sido devueltos por diferentes razones que adelante se expondrán, por parte de Correos de Costa Rica, los siguientes Certificados de Correo: Nº RR 05517145 5CR, dirigido a Jorge Enrique González Hidalgo, cédula Nº 4-092-202, por resultar desconocido según el sello impreso, Nº RR 05517130 5CR, dirigido a Gloria Astorga Calderón, cédula Nº 3-309-670, representante de Transportes Cortés S. A., cédula jurídica Nº 3-101-149265 por cambio de domicilio según el sello impreso, Nº RR 05517105 8CR, dirigido a Luis Eugenio Alvarado Miranda, cédula Nº 1-576-656, por cambio de domicilio según el sello impreso, Nº RR 05517106 1CR, dirigido a Tatiana Obando Bermudez, cédula Nº 1-1097-745, por cambio de domicilio según el sello impreso, Nº RR 05517144 1CR, dirigido a José Enrique González Hidalgo, cédula 4-092-202, por resultar desconocido según el sello impreso, Nº RR 05517113 2CR, dirigido al Licenciado Andrés López Vega, cédula Nº 1-815-693, por resultar desconocido según el sello impreso, Nº RR 05517114 6CR, dirigido a la Licenciada Gloria Vega Chávez, cédula Nº 1-438-004, por cambio de domicilio según el sello impreso, Nº RR 05517122 5CR, dirigido a la Licenciada Lourdes Fernández Mora, cédula Nº 1-735-493, por resultar inexacta la dirección, según el sello impreso, Nº RR 05517103 5CR, dirigido a Natalia Marie Cubero Bedoya, cédula Nº 1-955-161, por no ser reclamado, según el sello impreso, Nº RR 05517141 5CR, dirigido a Eduardo Gutiérrez Font, cédula Nº 1-597-129, por haber sido rehusado, según el sello impreso, Nº RR 05517109 2CR, dirigido a Manfred Gerardo Xirinachs Jiménez, cédula Nº 1-928-916, por resultar desconocido, según el sello impreso, que se les brinda audiencia por medio de edicto por las razones expuestas y consignadas en los respectivos sobres de correo, a sus herederos, albaceas, a cualquier otro representante legal, o a cualquier otra persona con interés legítimo, que en la investigación que se lleva a cabo en este Registro, dentro el expediente Nº 140-2004, originado en virtud del escrito firmado por Mario Zúñiga Cartín, cédula Nº 4-094-775, en su condición de representante legal de Mercantil Avícola de Heredia S. A., cédula jurídica Nº 3-101-064507, y de Avícola La Meseta S. A., cédula jurídica Nº 3-101-038351, debidamente autenticado por el Lic. Helberto Moreira González, cédula Nº 4-100-1495, carné de colegiado 2078, presentado ante esta Dirección el día 19 de julio de este año, por medio del cual manifiesta, literalmente en lo que interesa, lo siguiente:

“…

En tiempo y forma me presento ante su Autoridad interponiendo formal ocurso, vía reclamo administrativo que fundamento en la Ley Orgánica del Registro Público, sus reglamentos, Código Civil y Código Agrario; ocurso que fundamento así:

1)  Como consta en el documento que adjunto el Juzgado Agrario de Alajuela, expidió a esta dirección mandamiento de anotación en proceso ordinario número 02-160078-638-AG, ello con fundamento en la resolución de las 9:50 horas del 21 de agosto del 2002, mandamiento de anotación que se anotó al tomo Nº 509, asiento Nº 04389, a las 12:40 horas del 30 de agosto del   2002, al margen de las fincas del partido de Heredia de Folios Reales números ciento treinta y cuatro mil doscientos noventa y cuatro-cero cero cero, ciento sesenta y seis mil novecientos ochenta y nueve-cero cero cero y la ciento noventa y seis mil quinientos ochenta y seis-cero cero cero.

2)  Que por ministerio de ley toda anotación marginal expedida por una Autoridad Judicial, está sujeta prescripción decenal conforme a los Artículos Nos. 468 a 470 del Código Civil, modificado por el Artículo Nº 178, inciso a) del Código Notarial Nº 7764 del 17 de abril de 1998, y solamente pueden ser levantadas por mandato judicial, situación que no ha sucedido en este caso, por el contrario en forma irregular y contra todos los procedimientos y reglamentos el Registro ordenó el levantamiento con la supuesta aplicación del Artículo Nº 452 del Código Civil, aludiéndose que las fincas no les pertenecen a los demandados, cuando el Juez ordenó la anotación en las fincas madres.

3)  Que este levantamiento ilegal que se estableció, es irregular y merece una investigación administrativa y legal, toda vez que desde que se ordenó este levantamiento irregular el demandado ha fraccionado la finca Nº 134294-000 en forma dolosa a efectos de hacer nugatorios nuestros derechos reales, y con el único objeto de que posteriormente terceros eventuales aleguen la buena fe, por lo que de inmediato esta Autoridad debe ordenar el cumplimiento del mandato judicial y mantener la anotación decenal que se le ordenara mediante mandamiento a las 10:00 horas del 21 de agosto del 2002.

Con fundamento en los hechos expuestos, citas de derecho aludidas y prueba que presento, solicito: que se declaren con lugar las presentes diligencias ocursales.

Que se ordene inmediatamente previo el trámite ocursal la anotación por mandato judicial en la finca madre y en las fraccionadas.

Que se expida oficio contestatorio al Juzgado Agrario de Alajuela, mediante el cual la dirección del Registro Público comunica el fiel cumplimiento a la Autoridad Judicial.

Que en el momento oportuno se testimonió piezas al Ministerio Público para que se inicie la investigación interna.

…”

Tal y como se indicó, debido a la devolución del respectivo acuse por parte de Correos de Costa Rica, de los certificados por medio de los cuales se les notificó la Resolución de las 8:33 del 17 de noviembre de 2004, esta Dirección por Resolución de las 7:33 del miércoles 16 de marzo del 2005, ampliada por la Resolución de las 07:54 del 13 de junio corriente, se autorizó la publicación de un edicto por tres veces consecutivas, para conferirles audiencia a las citadas partes, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presenten los alegatos que a sus derechos convengan. Y se le previene, que dentro del término establecido para la audiencia, deben señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los Artículos Nos. 93, 94, 96 y concordantes del Reglamento del Registro Público de la Propiedad Inmueble, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo del mismo año, en concordancia con el numeral 3 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, Ley Nº 7637, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los Artícu1os Nos. 20 y 21 de la Ley Nº 3883 de 30 de marzo de 1967 y sus reformas, y el Artículo Nº 185 del Código Procesal Civil. (Referencia: expediente Nº 140-2004). Notifíquese.—Curridabat, 13 de junio del 2005.—Lic. Róger Hidalgo Zúñiga, Director a. í.—(Solicitud Nº 42807).—C-129695.—(51129).

 

Se hace saber a la señora Vera Violeta Carcache Acevedo, cédula de residencia número 27010635544589, en calidad de propietaria del usufructo en la finca del partido de Heredia matrícula 139389, por el derecho dos (002), y al señor Andrés Antonio Espinoza Neira, cédula de residencia número 27010635544589, como representante de la menor Violeta Andrea Espinoza Carcache, en su calidad de propietaria de la nuda propiedad en la finca de cita, por el derecho uno (001), que la Dirección de este Registro ha iniciado diligencias administrativas de oficio en virtud de un informe rendido por el Lic. Ronald Calderón, en su oportunidad registrador 2 del Grupo 3, en el cual denuncio que los siguientes hechos: “…Según consta en la página trece (13) línea veintiocho la compareciente Mirna Violeta Carcache Chamorro, mayor, soltera de nacionalidad nicaragüense con cédula de residencia número 27010635444588 se constituyó deudora del Banco Nacional de Costa Rica por la suma allí indicada ofreciendo como garantía su finca inscrita en el folio real de la provincia de Heredia número 139389 como consta en la pagina dieciocho (18) línea veintidós (22). El documento bajo el tomo 408 asiento 13764 con el objeto de esta no se anotó en su oportunidad, esto dio pie a que se presentara el documento que ocupa el tomo 408 asiento 18838 presentado a las ocho horas doce minutos del 28 de mayo de 1996, que fue otorgado a las diez horas del 25 de marzo de 1996 ante el notario Hugo Luis Levy Mena. En el documento antes mencionado Mirna como dueña de la finca ya indicada vende a la menor Violeta Andrea Espinoza Carcache, soltera, de nueve años con citas del Registro de nacimientos de la provincia de Heredia al tomo ciento noventa y uno (191) folio trescientos siete (307) asiento seiscientos trece (613), representada por su padre Andrés Antonio Espinoza Neira, soltero, de nacionalidad nicaragüense con cédula de residencia numero 27010635544589, reservándose la vendedora del derecho de usufructo de la finca vendida. Este acto quedó debidamente inscrito el 17 de julio de 1999. Posteriormente se anota el documento que ocupa el tomo 408 asiento 13764 y se inscribe la hipoteca a favor del Banco Nacional de Costa Rica y las limitaciones de la Ley Nº 7052 a favor del BANHVI por ser beneficiario al bono de la vivienda que consta en la pagina veintinueve (29) línea tres (3) del día 26 de mayo de 1999 por el señor Luis Eduardo Seravalli Carpió.” Por lo que se les confiere audiencia hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente edicto,   a efecto de que dentro de dicho lapso, presenten los alegatos que a sus derechos convengan, y se les previene, que en el acto de notificarles esta resolución o dentro de tercer día, deben señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José o fax donde oír futuras notificaciones de este Despacho, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso o incierto, o ya no existiere, de conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley Nº 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas, el artículo 185 del Código Procesal Civil, y el artículo 98 del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, del 18 de febrero de 1998 y sus reformas, así como el artículo 3º de la Ley de  Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. (Referencia: expediente Nº 71-2001).—Curridabat, 15 de junio del 2005.—Lic. Róger Hidalgo Zúñiga, Director.—(Solicitud Nº 42861).—C-66995.—(51130).

 

Se hace saber a los señores 1) Jorge Céspedes Castro, cédula de identidad 7-71-176, en calidad de propietario registral de la finca del partido de San José, matrícula 490325 y 2) Ramón Danilo Cerdas Durán, cédula de identidad 1-505-449, en calidad de adquirente de la finca de cita, por el documento presentado al Diario de este Registro bajo el asiento 11605 del tomo 538, que la Dirección de este Registro ha iniciado diligencias administrativas, a instancia de la Registradora 313 del Grupo 2, Lic. Adelia María Rodríguez Rodríguez, quien en escrito presentado a esta Oficina manifiesta literalmente: “Por este medio le informo que correspondió el documento bajo el asiento 18294 del tomo 535, en el cual se hipoteca la finca del partido de San José, número 329463-000 que indica el número de plano SJ-539486-1984, está duplicado con la finca de San José 490325-000, ambas provienen de la finca de San José 78376-000.” Con tal fin, se les confiere audiencia hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho lapso, presenten los alegatos que a sus derechos convengan. E igualmente se les previene que dentro de dicho término a partir de la publicación del presente edicto, deben señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, o un número de fax, en donde oír futuras notificaciones de este Despacho, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar fuere impreciso, incierto o ya no existiere. De conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley Nº 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas, el artículo 185 del Código Procesal Civil, y el artículo 98 del Reglamento de Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, del 18 de febrero de 1998 y sus reformas, así como el artículo 3º de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. (Referencia: expediente Nº 112-2004).—Curridabat, 15 de junio del 2005.—Lic. Róger Hidalgo Zúñiga, Director.—(Solicitud Nº 42862).—C-42770.—(51131).

 

Se hace saber a los albaceas o representantes de la sucesión de Ana Rodríguez Solís, como propietaria del derecho once en la finca del partido de Limón matrícula nueve mil novecientos treinta y seis (9936-11), que la Subdirección del Registro Público ha iniciado diligencias administrativas a instancia del señor Gonzalo Eladio Jiménez Matarrita, mayor, casado dos veces, pensionado judicial, vecino de Nicoya, setenta y cinco metros al sur de Radio Pampa, cédula de identidad cinco-cero setenta y uno-novecientos veinticuatro, quien en escrito presentado a este Despacho manifiesta en lo que interesa: “…vengo ante sus honorables oficios a solicitar la inmovilización de Administrativa por el término Prudencial… de la finca Folio Real de Limón número ciento cuatro mil diecisiete-cero cero cero, proveniente de la finca del mismo partido, número nueve mil novecientos treinta y seis, submatrículas cero cero uno a cero once, lo cual se fundamente en lo siguiente: Primero: Soy copropietario de un derecho a la mitad en susodicha finca, derecho que se describe como derecho cero cero uno. En dicha finca además mío existen otros diez copropietarios, de nombres Odilie, Haydée, Daisy, Mary, Hilda, Tulio, Edwin, Anita, José, todos Rodríguez Solís y el señor Humberto Jiménez Baglio. Segundo: Cual va a ser mi sorpresa, que este miércoles 12 de febrero del año en curso, revisando mis propiedades en el Registro Público, me encuentro que yo y los demás copropietarios, mediante escritura número 137 del tomo cuadragésimo del notario Alberto Ortega Rodríguez de las doce horas del veinte de agosto del dos mil dos, vendimos al señor José Arguedas Fernández, …el cual por medio de dicha escritura inscribió la finca Folio Real de Limón número ciento cuatro mil diecisiete-cero cero cero y de la cual aporto certificación registral. Tercero: Ahora bien, en la escritura nos ubica a todos los vendedores como vecinos de Limón, Corinto, Guápiles… Por allí empiezan las primeras falsedades en dicha escritura… y lo más grave del asunto es que pone o da fe de que en su protocolo firmamos todos y yo ni siquiera conozco su oficina, conozco al adquirente ni he vendido nada, siendo además que pone a firmar a cuatro de los copropietarios los cuales ya fallecieron y lo comprueba (sic) con las certificaciones de defunción que acompaño. Los fallecidos son Odilie Rodríguez Solís, cédula 1-075-3587, quien falleció el 18 de marzo de 1995, Humberto Jiménez Baglio, cédula 3-077-084, quien falleció el 8 de agosto de 1999, Hilda Rodríguez Solís, cédula 1-055-3022, quien falleció el 10 de mayo de 1991. Dicho sea de paso, más evidente la estafa y el fraude en perjuicio mío y de los demás… “Petitoria: 1º—Solicito se inmovilice en el Registro Nacional la propiedad Folio Real del partido de Limón 104017-000 o se anote en la misma para seguridad de terceros y evitar posibles traspasos fraudulentos, nota de inmovilización, por un término no menor a un año, por mientras se presenta el proceso ordinario correspondiente y se le da curso al mismo en los Tribunales para anular dicho título 2…” Con tal fin, se les confiere audiencia hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho lapso, presenten los alegatos que a sus derechos convengan. E igualmente se les previene que dentro de dicho término a partir de la publicación del presente edicto, deben señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, o un número de fax, en donde oír futuras notificaciones de este Despacho, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar fuere impreciso, incierto o ya no existiere. De conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley Nº 3883 del 30 de mayo de 1967 y sus reformas, el artículo 185 del Código Procesal Civil, y el artículo 98 del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, del 18 de febrero de 1998 y sus reformas, así como el artículo 3º de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. (Referencia: expediente Nº 19-2003).—Curridabat, 14 de junio del 2005.—Lic. Walter Méndez Vargas, Subdirector a. í.—(Solicitud Nº 42847).—C-84095.—(51132).

 

Se hace saber a terceros e interesados, que por resolución de las once horas del ocho de junio del dos mil cinco, de la Subdirección del Registro Público en el expediente administrativo Nº 41-2004, “…Se resuelve: I.—Consignar la inmovilización, de las fincas del partido de Cartago matrículas 124858 y 145920, la que se mantendrá hasta que una autoridad judicial competente ordene su levantamiento, o las partes interesadas lo soliciten en la forma debida. II.—Ante la solicitud expresa de la Registradora 394, Lic. Guisselle Arce Orozco, ordena el levantamiento de la nota de advertencia que soporta la finca lel partido de Cartago matrícula 66531. III.—Se comisiona al Lic. José Francisco Cruz Valverde, funcionario del Departamento de Asesoría Jurídica de este Registro para que inmovilice las fincas del partido de Cartago matrículas 124858 y 145920, así como para que levante la nota de advertencia en la finca del mismo partido matrícula 66531, o bien en caso de ausencia a cualquiera de los asesores que componen ese Departamento. VI.—Que la señora registradora, apunte el defecto a que hace referencia en su oficio en el documento presentado a este Registro bajo el asiento 3802 del tomo 549 del Diario, sea: “Indicar número de plano. Artículo 174 el Código Notarial”; hasta que las partes interesadas indiquen el plano correcto de dicho inmueble. Siendo que una vez aportado el número de plano correcto, la registradora proceda a inscribir el relacionado documento, si el mismo no adolece de ningún defecto que impida su inscripción. V.—También se ordena el desglose del presente expediente, a efecto de remitir el testimonio de escritura presentado a este Registro bajo el asiento 3802 del tomo 549 del Diario, a la Registradora 394, Lic. Guiselle Arce Orozco, para que proceda conforme a derecho. V.—Una vez ejecutado lo que se ordena en este “Por tanto”, archívese el presente asunto. Notifíquese.—Lic. Walter Méndez Vargas, Subdirector.—(Solicitud Nº 42846).—C-38495.—(51133).

 

Se hace saber a la señora Nelly Martínez Jiménez, cédula de identidad Nº 1-258-245, que se le brinda audiencia por medio de edicto, por desconocerse su lugar de residencia o domicilio exacto, así como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, que la Dirección del Registro Público de la Propiedad Inmueble ha iniciado diligencias administrativas incoadas porta Registradora Lic. Geidy Víquez Castro, Nº 409, mediante escrito por medio del cual informa sobre la supuesta doble inmatriculación de las fincas del partido de limón, 74334 y 82262, 74336 y 78884, 74329 y 77958, y 74339 y 78022. El escrito fue presentado ante la Dirección de este Registro, el día 1º de marzo de 2005, mediante el cual indica en lo que interesa:

“…A esta oficina ha sido presentado el documento tomo 548, asiento 6286, cuyo contrato es la venta de 10 inmuebles, todos del partido de Limón, de los cuales 4 de ellos tienen planos que constan en otros inmuebles que tienen la misma descripción, estos son:

Provincia                        Finca                              Plano

Limón                         074334-000                  7-288553-1995

                                    082262-000

Limón                         074336-000                  7-322731-1996

                                    078884-000

Limón                         074329-000                  7-322830-1996

                                    077958-000

Limón                         074339-000                  7-324639-1996

                                    078022-000

Con tal fin, se le confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presente los alegatos que a sus derechos convengan. E igualmente se le previene que dentro de dicho término a partir de la publicación del presente edicto, deben señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 96 y concordantes del Reglamento del Registro Público de la Propiedad Inmueble, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, del 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo del mismo año, en concordancia con el numeral 3 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, Ley Nº 7637, así como el señalamiento de lugar y medio para recibir notificaciones en el Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, ante la Sección Tercera del Tribunal Superior Contencioso Administrativo, conforme a los artículos 2º, 3º y 5º de la Ley Nº 7274 del 10 de diciembre de 1991, Ley de Creación de la Sección Tercera del Tribunal Superior Contencioso Administrativo, órgano superior jerárquico impropio de este Registro, en el eventual caso de ulterior recurso de apelación en contra de lo que resuelva en definitiva este registro, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere. Artículos 20 y 21 de la Ley Nº 3883 del 30 de mayo de y sus reformas y artículo 185 del Código Procesal Civil.” (Referencia: expediente Nº 042-2005).—Curridabat, 15 de junio del 2005.—Lic. Róger Hidalgo Zúñiga, Director.—(Solicitud Nº 42863).—C-59870.—(51134).

 

Se hace saber a quien interese, que en diligencias administrativas de oficio originadas por escrito presentado a esta Dirección a las 13:49 horas del día 26 de abril deL 2005, se levantó al efecto el expediente administrativo Nº 104-2005, dentro del cual se dictó la resolución final, en Curridabat, a las 15:18 del 10 de junio deL 2005, cuyo por tanto literalmente dice: “En virtud de lo expuesto y normativa enunciada, se resuelve: I.—Una vez firme esta resolución, consignar inmovilización en las fincas del Partido de San José matrículas quinientos diez mil ciento veintiuno (510121) y quinientos dieciséis mil doscientos treinta y seis (516236), hasta que una autoridad judicial competente solicite su cancelación, o las partes interesadas de común acuerdo presenten documento idóneo, autorizando lo que corresponda, el cual deberá ser debidamente calificado por el registrador respectivo, quien velará por el cumplimiento de todos los requisitos y exigencias que establezca el ordenamiento jurídico, a efecto de que proceda, previa autorización requerida por su persona, a la corrección del error y a la cancelación de inmovilización. II.—Se ordena la cancelación de la nota de advertencia generada con el trámite de este expediente en las fincas del partido de San José matrículas quinientos diez mil ciento veintiuno (510121) y quinientos dieciséis mil doscientos treinta y seis (516236). III.—Para consignar la inmovilización y la cancelación de la referida nota de advertencia, se comisiona al Departamento de Asesoría Jurídica de este Registro en la persona de la Lic. Kattia Meza Brenes, o en su ausencia a cualquiera de los otros asesores de ese Departamento. Lic. Wálter Méndez Vargas, Subdirector a. í.” (Referencia: expediente Nº 104-2005). Notifíquese.—Curridabat, 10 de junio del 2005.—Lic. Wálter Méndez Vargas, Subdirector a. í.—(Solicitud Nº 42808).—C-34220.—(51135).

 

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Res. RRG-4736.—San José, a las ocho horas y veinte minutos del diecisiete de junio de dos mil cinco. (Expediente OT-117-2005).

Auto inicial del procedimiento administrativo seguido para determinar la verdad real sobre la supuesta prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas, según boleta de citación 2004-440103. A Rolando Vargas Sequeira.

Resultando:

I.—Que el transporte remunerado de personas, en todas sus modalidades, es un servicio público, que sólo puede ser prestado por el Estado o por particulares, sean personas físicas o jurídicas y, en el caso de particulares, deben poseer título legítimo que los faculte para ello, emitido por autoridad competente.

II.—Que mediante resolución RRG-3333-2004 de las 15:30 horas del 12 de febrero de 2004, publicada en La Gaceta 36 del 20 de febrero de 2004, se faculta al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para que por los medios que estimen pertinentes, remueva los vehículos que se encuentren prestando el servicio público de transporte remunerado de personas, sin autorización del Estado.

III.—Que mediante oficio ASD-2005-078, del 12 de abril del 2005, de la Dirección General de Tránsito, recibido en la Autoridad Reguladora el mismo día, se remite para el trámite administrativo correspondiente, la boleta de citación 2004-440103, levantada al señor Rolando Vargas Sequeira, quien conducía el vehículo placas 419621; por prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas, por lo que el oficial de tránsito Aquiles Ramírez Huertas decomisó el citado vehículo, que se halla bajo la custodia de la Dirección General de la Policía de Tránsito, Delegación de Tránsito de Limón, folios. (folio 1 a 3).

IV.—Que en la llamada Información Sumaria numerada DGPTS-01-2005, visible a folio 3, se detallan los hechos, que se resumen así: El conductor al inicio indica que viaja con una amiga, posteriormente admite que es una pasajera, que el vehículo no es de él que se lo trabaja a una señora porque está desempleado, la pasajera se niega a identificarse, dice no conocer al conductor y que le paga por el traslado de Corrales a Limón centro.

V.—Que a folio 5 corre certificación del Consejo de Transporte Público en que consta que el vehículo placa 419621 no se encuentra autorizado para prestar transporte público remunerado de personas.

VI.—Que el señor Rolando Vargas Sequeira no indicó para recibir notificaciones (folio 2 y 3).

VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el Oficio 1539-RG-2003/8337 y la disposición publicada en La Gaceta 240, del 12 de diciembre de 2003, la Dirección de Atención al Usuario funge como Órgano Director de los procedimientos administrativos que se deban seguir, al tenor de lo dispuesto en los artículos 38 y 41 de la Ley 7593.

VIII.—Que en los procedimientos se han observado los plazos y las prescripciones de ley.

Considerando:

I.—Que de conformidad con lo establecido en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593, la prestación no autorizada del servicio público, constituye un ilícito, sancionable según dispone esa misma norma.

II.—Que la aplicación de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 7593, es decir, la remoción de equipo o instrumento que permita el uso abusivo e ilegal de los servicios públicos regulados por la Ley 7593, es una medida cautelar y necesaria para el resguardo del fin público.

III.—Que de la documentación que consta en el expediente, no es posible establecer que el día de los hechos el señor Rolando Vargas Sequeira con el vehículo placas 419621, no haya prestado un servicio público sin autorización del Estado.

IV.—Que no consta en el expediente lugar para recibir notificaciones por lo que la presente resolución debe notificársele por publicación, por tres veces consecutivas, en el Diario Oficial La Gaceta, según lo dispuesto en el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública (folio 2 y 3).

V.—Que para determinar la verdad real sobre los hechos acusados, lo procedente es designar la persona que tramitará este caso y dar apertura al procedimiento administrativo ordinario, previsto en los artículos 308 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, como se dispone. Por tanto:

Con fundamento en las facultades conferidas en los artículos 38, inciso d), 44 y 57, inciso e) de la Ley 7593, 129 de la Ley General de la Administración Pública.

LA REGULADORA GENERAL, RESUELVE:

I.—Designar para la tramitación del procedimiento que aquí se ordena a la Licda. María Martha Rojas Chaves, funcionaria de la Autoridad Reguladora.

II.—Dar inicio al procedimiento administrativo ordinario para determinar la verdad real sobre los hechos detallados, a saber que con el vehículo placas 419621, conducido por Rolando Vargas Sequeira se prestó el servicio público de transporte remunerado de personas, sin la autorización del Estado; conducta que constituye un ilícito sancionable de conformidad con lo establecido en los artículos 38, inciso d) y 44, ambos de la Ley 7593.

III.—Citar y emplazar, conforme los artículos 218 y 308, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, Rolando Vargas Sequeira, para que comparezca a las 14:00 horas del 14 de julio de 2005; a la audiencia oral y privada de ley, que se realizará en las oficinas de la Autoridad Reguladora, ubicadas cuatrocientos cincuenta metros al Oeste de la Contraloría General de la República, en Sabana Sur, Mata Redonda, San José. Durante la comparecencia, las partes podrán ofrecer, solicitar la admisión y, tramitar toda la prueba que el órgano director del procedimiento califique como pertinente, pedir testimonio a la administración, preguntar o repreguntar testigos y peritos, suyos o de otra parte, aclarar, ampliar o reformar la defensa inicial, proponer alternativas y sus pruebas y formular conclusiones de hecho y derecho en cuanto a la prueba y resultados de la comparecencia. Las partes podrán hacerse acompañar de un abogado. Concluida la indagatoria, se elevará el expediente a la Reguladora General, a quien corresponde dictar el acto final.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 312.2 de la Ley General de la Administración Pública, se le previene a las partes que en la audiencia deberán aportar toda la prueba pertinente, sin perjuicio de que lo puedan hacer por escrito antes de esa fecha.

Las partes y los abogados, pueden examinar el expediente OT-117-2005, en que se tramita este asunto, en la Dirección de Atención al Usuario, de la Autoridad Reguladora, en sus oficinas.

IV.—Notificar a Rolando Vargas Sequeira, por publicación, por tres veces consecutivas, en el Diario Oficial La Gaceta, según lo dispuesto en el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública.

En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación y el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse ante el Órgano Director del procedimiento, a quien corresponde resolverlo; el de apelación y el de revisión, podrán interponerse ante la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora, a la que corresponde resolverlos.

El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de veinticuatro horas, a partir del día siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.

Notifíquese.

Lic. Aracelly Pacheco Salazar, Reguladora General.—(525-DAF-2005).—C-148920.—(50150).

 

AVISOS

COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA

SUSPENSIONES

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Con fundamento en el artículo 241 de la LGPA, se procede a notificar a los Lic. Eduardo Devandas Brenes, CPA 309, y Lic. María Teresa Morales Cartín, CPA 1297, acuerdo dictado por la Junta Directiva del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, número 340-2005, tomada en sesión ordinaria el 17 de junio del 2005, que en lo que interesa dice:

“…

Con fundamento en los artículos 16 de la Ley N° 1038 y 76 del Reglamento Decreto Ejecutivo 13606-E, se acuerda suspender en el goce de los derechos como miembro del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica a:

                                                                               N° de cuotas

Carné                   Nombre                                    adeudadas

309               Eduardo Devandas Brenes                          04

1297              María Teresa Morales Cartín                     08

Esta suspensión entrará a regir en forma automática, si transcurridos cinco días hábiles después de su notificación, los profesionales que se indican no han procedido a cancelar el total de las cuotas adeudadas más la multa correspondiente, ante el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Se advierte que la falta de pago en una cuota de colegiatura, los excluye automáticamente de la póliza colectiva de vida. Notifíquese a los interesados… Acuerdo firme”.

Se les hace saber que el plazo de esta notificación corre a partir del quinto día de hecha la tercera publicación en este Diario.

Es todo. Publíquese por tres veces consecutivas.—Lic. Dunnia Zamora Solano, Directora Ejecutiva.—(50739).