TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES
JUNTA
DE PROTECCION SOCIAL DE SAN JOSÉ
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
INSTITUTO
DE DESARROLLO AGRARIO
PATRONATO
NACIONAL DE LA INFANCIA
INSTITUTO
NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
MUNICIPALIDAD
DE SAN ISIDRO DE HEREDIA
Nº 15.961
REFORMA DEL ARTÍCULO 182 DEL CÓDIGO
MUNICIPAL
Asamblea Legislativa:
El artículo 182 del
Código Municipal, Ley N° 7794, de 30 de abril de 1998, y sus reformas,
establece en sus disposiciones finales que las municipalidades podrán utilizar
los recursos provenientes de la Ley N° 6282, de 14 de agosto de 1979, para
apoyar las necesidades de las bibliotecas municipales.
La Ley N° 6282,
una modificación al antiguo Código Municipal, establece que los recursos
provenientes del cobro de patentes de licores, deben ser destinados por las
municipalidades a la adquisición y el fraccionamiento de inmuebles, para
desarrollar proyectos de vivienda de interés social.
El artículo 182 del actual Código
Municipal, pretende que los recursos provenientes del impuesto a los licores y
la cerveza” sean utilizados para financiar la cultura, apoyando económicamente
a las bibliotecas.
El espíritu que inspiró esa norma es
loable, sin embargo, por razones formales merecería ser modificada de manera
que permita la generalización, incluyendo en el artículo a las bibliotecas
públicas, que de acuerdo con los lineamientos de la Organización de las
Naciones Unidas para la Ciencia y la Cultura (UNESCO, siglas en inglés), son el
principal centro de información local que facilita a los usuarios todo tipo de
datos y conocimientos, prestando sus servicios sobre la base de igualdad de
acceso de todas las personas, independientemente de su edad, raza, sexo,
religión, nacionalidad, idioma o condición social.
El texto vigente establece que podrán
financiarse con esos recursos “las bibliotecas municipales de su jurisdicción”
pero deja por fuera todas aquellas bibliotecas públicas que dependen del
Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, las cuales afrontan necesidades
imposibles de solucionar en el nivel ministerial.
Existen
comunidades cuya única biblioteca depende del Ministerio de Cultura, Juventud y
Deportes, por lo que no pueden recibir aportes procedentes de esos fondos. De
las 58 bibliotecas públicas que hay en el país, solo doce son bibliotecas
municipales ubicadas en los siguientes cantones: en la provincia de San José:
Curridabat y Aserrí; en la provincia de Heredia: Belén; en la provincia de
Limón: Matina y Siquirres; en la provincia de Cartago: Paraíso; en la provincia
de Guanacaste: Cañas, Bagaces, Tilarán, Nicoya y Hojancha; las cuarenta y siete
bibliotecas públicas restantes, no reciben ningún aporte municipal a pesar de
que todas y cada una de ellas, le presta servicios a los pobladores de cada
cantón donde se ubica una institución de este tipo.
Proponemos entonces autorizar a las
municipalidades -no obligarlas-a que, si llegan a contar con recursos
suficientes para esos fines, provenientes del cobro de patentes y cerveza,
colaboren con cualquier biblioteca pública, sea o no municipal.
La propulsora original de esta
propuesta es la señora Olga Rodríguez Chaves, directora de la Biblioteca
Pública de Palmares, institución perteneciente al Ministerio de Cultura,
Juventud y Deportes, quien ante la situación apremiante de la biblioteca a su
cargo y ante la imposibilidad legal de recibir colaboración por parte de la
municipalidad, ha sugerido la reforma del artículo en mención.
Esta propuesta
había sido presentada por la diputada Irene Urpí Pacheco el 1° de mayo de 1999
y remitida al expediente N° 13.525, el que fue revisado, justificado y avalado
por la Comisión Permanente de Gobierno y Administración, quienes presentaron
“Dictamen Afirmativo de Mayoría”.
Asimismo, el diputado Guido Vega
Molina y la diputada María de los Ángeles Víquez Sáenz mandaron poner el
expediente a despacho para el trámite correspondiente en el año 2002 y 2003
respectivamente. El mismo fue enviado a archivo en esta última fecha, según lo
establece el artículo 119 del Reglamento de la Asamblea Legislativa.
Lo anterior me ha motivado para
retomar tan noble proyecto de ley, presentándolo a la corriente legislativa
para el trámite correspondiente.
Por lo anterior expuesto, solicito
respetuosamente al Plenario legislativo la aprobación del presente proyecto de
ley.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA,
DECRETA:
REFORMA DEL ARTÍCULO 182 DEL CÓDIGO
MUNICIPAL
Artículo único.—Refórmase
el artículo 182 del Código Municipal, Ley N° 7794, de 30 de abril de 1998, cuyo
texto dirá:
“Artículo
182.—Autorízase a las municipalidades para que los fondos provenientes de la
Ley N° 6282, también puedan utilizarse en la construcción, mantenimiento,
reparación, compra de material, material bibliográfico, equipo y recurso humano
de las bibliotecas municipales y bibliotecas públicas de su jurisdicción.”
Rige a partir
de su publicación.
Luis Ángel Ramírez
Ramírez, Diputado
NOTA: Este proyecto pasó a estudio e informe de la
Comisión Permanente de Gobierno y Administración.
San José, 9 de agosto de
2005.—1 vez.—C-32795.—(68622).
Nº 6250-05-06
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
ACUERDA:
Artículo único.—Declarar
cerrado el primer período de Sesiones Ordinarias de la Cuarta Legislatura.
Rige a partir
del treinta y uno de julio de dos mil cinco.
Publíquese
Asamblea Legislativa.—San
José, a los veintiocho días del mes de julio de dos mil cinco.—Gerardo González
Esquivel, Presidente.—Daisy Serrano Vargas, Primera Secretaria.—Luis Paulino
Rodríguez Mena, Segundo Secretario.—1 vez.—C-7145.—(68625).
Nº 6251-05-06
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
ACUERDA:
Artículo único.—Declarar
abierto el primer período de Sesiones Extraordinarias de la Cuarta Legislatura.
Publíquese
Asamblea Legislativa.—San
José, al primer día del mes de agosto de dos mil cinco.—Gerardo González
Esquivel, Presidente.—Daisy Serrano Vargas, Primera Secretaria.—Luis Paulino
Rodríguez Mena, Segundo Secretario.—1 vez.—C-7145.—(68626).
Nº 6252-05-06
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
En uso de las
atribuciones que le confiere el inciso 16) del artículo 121 de la Constitución
Política, el Plenario Legislativo, en sesión ordinaria Nº 46, celebrada el
primero de agosto de dos mil cinco.
ACUERDA:
Conceder permiso de sobrevuelo
y aterrizaje a una aeronave de la Fuerza Aérea del Reino de España, la cual
trasladará a la Vicepresidenta Primera del Gobierno de España, Excelentísima
Señora María Teresa Fernández de la Vega Sanz, quien visitará Costa Rica
durante el período comprendido entre el 1º y el 2 de agosto del 2005.
Las características de la aeronave son
las siguientes:
Tipo: Airbus 310
Registro: T22-1
Agencia: Fuerza Aérea de España
Armamento: Aeronave No Artillada
En caso de que por
decisión del Gobierno de España, la aeronave titular no pueda desarrollar la
misión, se autoriza el sobrevuelo y aterrizaje para una aeronave alterna con
las siguientes características:
Tipo: Airbus 310
Registro: T22-2
Agencia: Fuerza Aérea de España
Armamento: Aeronave No Artillada
Publíquese
Asamblea Legislativa.—San
José, a los tres días del mes de agosto del dos mil cinco.—Gerardo González
Esquivel, Presidente.—Daisy Serrano Vargas, Primera Secretaria.—Luis Paulino
Rodríguez Mena, Segundo Secretario.—1 vez.—C-15695.—(68627).
Nº 6253-05-06
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
En uso de las
atribuciones que le confiere el inciso 16) del artículo 121, de la Constitución
Política, el Plenario Legislativo en sesión ordinaria Nº 47, celebrada el tres
de agosto de dos mil cinco.
ACUERDA:
Conceder permiso de
sobrevuelo por cinco días a una aeronave de la Fuerza Aérea de la República de
Colombia, la cual trasladará el cinco de agosto próximo, al Doctor Álvaro Uribe
Vélez, Presidente de la República, en ruta hacia Colombia, procedente de los
Estados Unidos de Norteamérica.
Las características de la aeronave son
las siguientes:
Tipo: B 737
Registro: FAC 0001
Agencia: Fuerza Aérea de
Colombia
Armamento: Aeronave No Artillada
Comandante: TC. Alberto Parra Ruiz
Tripulantes: nueve (9)
Pasajeros: veinte (20)
En caso de que por
decisión del Gobierno de Colombia, la aeronave titular no pueda desarrollar la
misión, se autoriza el sobrevuelo y aterrizaje para una aeronave alterna con
las siguientes características:
Tipo: F-28
Registro: FAC 0002
Agencia: Fuerza Aérea de
Colombia
Armamento: Aeronave No Artillada
Publíquese
Asamblea Legislativa.—San
José, a los tres días del mes de agosto del dos mil cinco.—Gerardo González
Esquivel, Presidente.—Daisy Serrano Vargas, Primera Secretaria.—Luis Paulino
Rodríguez Mena, Segundo Secretario.—1 vez.—C-16645.—(68628).
Nº 32521-MP
LA PRIMERA VECEPRESIDENTA
EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA
REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 118 y 140, incisos 5) y 14), de la Constitución
Política,
Decretan:
Artículo 1º—Convócase a
sesiones extraordinarias a la Asamblea Legislativa a partir del 1º de agosto
del 2005, a fin que se conozcan los siguientes proyectos de ley:
1. Expediente Nº 15.408. Ley de Premios
Nacionales.
2. Expediente Nº 15.725. Reformas a
la Ley del Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural (SINART).
3. Expediente Nº 15.499. Reforma
Integral a la Ley General de Salud.
4. Expediente Nº 15.378. Autorizar
al Instituto de Desarrollo Agrario y al Instituto Nacional de Vivienda y
Urbanismo a condonar deudas del Programa de Compensación Social.
5. Expediente Nº 14.581. Reforma
Integral de la Ley de Semillas, Ley Nº 6289 de 10 de enero de 1979.
6. Expediente Nº 15.568. Ley para
el transporte interno de ganado bovino y sus productos para consumo humano.
7. Expediente Nº 15.631.
Autorización al Sistema Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento
para que condone la deuda de los miembros de la sociedad de usuarios de agua de
La Cruz de Peñas Blancas.
8. Expediente Nº 15.795. Creación
del Sistema de Banca de Desarrollo Agropecuario.
9. Expediente Nº 15.836.
Modificación al artículo 3º, de la Ley de Aprobación del Contrato de Préstamo
Nº 1436/OC-CR, entre la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de
Desarrollo, Programa de Fomento de la Producción Agropecuario.
10. Expediente Nº 15.864.
Modificación al artículo 1º, incisos c), d), e), al artículo 2º, inciso d), al
artículo 4º, inciso c), al artículo 5º, inciso a), al artículo 6º, inciso c),
al artículo 7º, al artículo 8º, al artículo 10, inciso b), d), e), f), l), m),
ñ), al artículo 10 bis, al artículo 16, al artículo 18, al artículo 20 bis, y
adición de los incisos c) y d), al artículo 5º, del inciso e), al artículo 6,
de los incisos o), p), q) y r), al artículo 10, del transitorio I, a la Ley de
creación del fideicomiso para la protección y el fomento agropecuarios para
pequeños y medianos productores, Nº 8147 y sus Reformas, Ley para posibilitar
la reactivación económica de los pequeños y medianos productores beneficiarios
de FIDAGRO.
11. Expediente Nº 15.801.
Autorización a la Municipalidad de San Carlos para que done un lote de su
propiedad a la Junta de Educación del Colegio de San Martín de Ciudad Quesada.
12. Expediente Nº 15.856. Ley de
Apertura de la Casación Penal.
13. Expediente Nº 15.465. Reforma
del título y del párrafo segundo del artículo 174 del Código Penal de la
República de Costa Rica, Ley Nº 4573 (párrafo adicionado por Ley Nº 8143).
14. Expediente Nº 15.731. Ley de
Cobro Judicial.
15. Expediente Nº 15.732. Reforma a
los artículos 1º, 3º, 4º, 5º, 6º, 12, 14, 17 y 20 de la Ley Contra la Violencia
Doméstica, Ley de la República Nº 7586 del 10 de abril de 1996.
16. Expediente Nº 15.818. Reforma
de los artículos 3º, 4º y 6º de la Ley Reguladora de los Derechos de Salida del
Territorio Nacional, Nº 8316.
17. Expediente Nº 15.444. Reforma
al artículo 16, inciso d), de la Ley de Correos, Nº 7768, de 24 de abril de
1998.
18. Expediente Nº 15.370. Reformas
a la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, Ley Nº 8262 y
Reforma a la Ley Orgánica del Banco Popular y de Desarrollo Comunal Nº 4351 y
Leyes Conexas.
19. Expediente Nº 15.866.
Benemeritazgo a favor del Patronato Nacional de la Infancia.
20. Expediente Nº 15.192.
Modificación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Radio y Televisión
Cultural, Nº 8346, y sus Reformas.
21. Expediente Nº 15.807.
Autorización a Junta de Desarrollo Regional de la Zona Sur de la provincia de
Puntarenas (JUDESUR), para pagar a los exoreros desalojados de los Parques
Nacionales Corcovado y Piedras Blancas de la Península de Osa, no indemnizados.
22. Expediente Nº 15.450. Ley de
Reforzamiento y Reivindicación Histórica de la Anexión del Partido de Nicoya a
Costa Rica.
23. Expediente Nº 15.341. Ley de
abolición del castigo físico contra niños, niñas y adolescentes.
24. Expediente Nº 15.687.
Aprobación del Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud (OMS),
para el control del tabaco.
25. Expediente Nº 15.743.
Aprobación de la Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción.
26. Expediente Nº 15.897. Ley
General de Residuos.
27. Expediente Nº 15.083. Ley para
el fortalecimiento y modernización del Instituto Costarricense de Electricidad,
Reforma a la Ley Nº 449 de 8 de abril de 1949 y sus Reformas.
28. Expediente Nº 15.166. Comisión
Especial Mixta que tendrá como objetivo el estudio, análisis y dictamen de los
proyectos “Ley de Fortalecimiento y Modernización del Instituto Costarricense
de Electricidad, Reforma a la ley Nº 449 del 8 de abril de 1949 y sus Reformas”
y “Reforma parcial a la Ley Constitutiva del Instituto Costarricense de
Electricidad, Nº 449 de 1949”, expedientes 15.083 y 14.669 respectivamente; así
como implementación de medidas para el mejoramiento en los servicios de
telecomunicaciones y energía.
29. Expediente Nº 15.908. Comisión
Especial del Adulto Mayor que identificará, estudiará, tanto los obstáculos que
afectan a los adultos mayores, así como los estímulos necesarios que requiere
el sector, promueva los cambios legislativos necesarios para remover esos
obstáculos y promover los estímulos necesarios para este estrato de la población,
conozca y dictamine todos los proyectos de ley que están relacionados con el
adulto mayor, que se encuentran en la corriente legislativa.
30. Expediente Nº 15.371. Reformas
a la Ley de Protección al Trabajador, Nº 7983 publicada en La Gaceta Nº
35, Alcance Nº 11 del 18-02-2000, a la Ley Integral para la Persona Adulta
Mayor, del 19 de octubre de 1999, Ley Nº 7935, publicada en La Gaceta Nº
221, Alcance Nº 88, del 15 de noviembre de 1999 y la Ley Orgánica de la Caja
Costarricense de Seguro Social, Ley Nº 17, publicada en La Gaceta Nº 239
del 27 de octubre de 1943 y sus Reformas.
31. Expediente Nº 15.876. Código de
la Persona Adulta Mayor.
32. Expediente Nº 15.823. Comisión
especial facultada para estudiar, analizar y dictaminar el proyecto de ley “Ley
General de Cooperativas”, expediente Nº 15.810.
33. Expediente Nº 15.810. Ley
General de Cooperativas.
34. Expediente Nº 15.945. Reforma a
la Ley Nº 3284, Código de Comercio.
35. Expediente Nº 15.637. Tratado
de Libre Comercio entre Costa Rica y la Comunidad del Caribe.
36. Expediente Nº 14.276. Ley de
certificados, firma y documentos electrónicos (firma digital).
37. Expediente Nº 15.828. Reforma
de la Ley Nº 7969, Ley reguladora del servicio público de transporte remunerado
de personas en vehículos modalidad taxi.
38. Expediente Nº 13.001. Ley de
Ejecución de las Sanciones Penales Juveniles.
39. Expediente Nº 15.249. Ley de
Ferias del Agricultor.
40. Expediente Nº 15.559. Reforma
al párrafo quinto del artículo 86 de la Ley General de Aduanas Nº 7557, del 20
de octubre de 1995 y sus Reformas.
41. Expedientes Nº 15.009.
Modificación del artículo 70 bis, de la Ley Nº 4240 del 15 de noviembre de
1968, Ley de Planificación Urbana y sus Reformas.
42. Expediente Nº 15.087. Protocolo
relativo a una enmienda al Convenio de Aviación Civil Internacional (artículo 3
bis).
43. Expediente Nº 15.739. Creación
del Centro de Cultura, Educación y Tecnología “La Aduana”, y autorización al
Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo para que traspase a título gratuito
un inmueble de su propiedad al Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes.
44. Expediente Nº 15.533. Comisión
especial que conocerá y dictaminará el expediente Nº 15.516, “Ley de Pacto
Fiscal y Reforma Fiscal Estructural”.
45. Expediente Nº 15.516. Ley de
Pacto Fiscal y Reforma Fiscal Estructural.
46. Expediente Nº 15.254. Ley que
autoriza al IMAS, a la cancelación de operaciones morosas menores a cien mil
colones a beneficiarios del INVU.
47. Expediente Nº 15.002 Comisión
Especial investigadora del financiamiento de los partidos políticos y las
donaciones que hayan recibido sus candidatos presidenciales durante la campaña
electoral del 2002-2006, asimismo la comisión podrá recomendar y dictaminar la
legislación necesaria en materia electoral.
48. Expediente Nº 15.796. Reforma a
varios artículos del Código Electoral, Ley Nº 1536 del 10 diciembre de 1952 y
sus Reformas.
49. Expediente Nº 14.269. Ley
General de Migración y Extranjería.
50. Expediente
Nº 14.452. Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo (denominado
originalmente): Reforma a varios artículos de la Ley Nacional de Emergencia, Nº
7914 del 28 de setiembre de 1999.
51. Expediente Nº 15.543.
Aprobación del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el
Mar, 1974, sus protocolos y enmiendas. (Solas 74).
52. Expediente Nº 15.295. Ley de
Reforma al artículo 2º de la Ley Nº 7531, del 13 de julio de 1995.
53. Expediente Nº 14.919. Ley que
adiciona un título de Garantías Ambientales en la Constitución Política.
54. Expediente Nº 14.850. Adición
del Título XI al Código Electoral de las distintas modalidades del referéndum.
55. Expediente Nº 15.303. Ley que
deroga la Ley de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra, Ley Nº 1922 de 5 de
agosto de 1955 y sus Reformas.
56. Expediente Nº 14.889. Reforma
del artículo 59 de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional, Ley Nº 1644
de 27 de setiembre de 1953 y sus Reformas.
57. Expediente Nº 14.585. Ley de
Recurso Hídrico.
58. Expediente Nº 15.148. Ley
General del Servicio Nacional de Salud Animal (originalmente denominado: Ley
del Servicio Veterinario Oficial).
59. Expediente Nº 15.278. Ley
Reguladora de la Actividad Portuaria de la Costa del Pacífico.
Artículo 2º—Rige a partir
del 1º de agosto del 2005.
Dado en la Presidencia de
la República.—San José, a los veintiocho días del mes de julio del año dos mil
cinco.
LINETH SABORÍO
CHAVERRI.—El Ministro de la Presidencia a. í., Luis A. Madrigal Pacheco.—1
vez.—(Solicitud Nº 186-2005).—C-80770.—(D32521-68179).
Nº 32537-MP
EL PRESIDENTE DE LA RÉPUBLICA
Y LA MINISTRA DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 118 y 140, incisos 5) y 14), de la Constitución
Política,
Decretan:
Artículo 1º—Retírese del
conocimiento de sesiones extraordinarias de la Asamblea Legislativa el
siguiente proyecto de ley:
1. Expediente Nº 15.370. Reformas a la Ley de
Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, Ley Nº 8262 y Reforma a la
Ley Orgánica del Banco Popular y de Desarrollo Comunal Nº 4351 y Leyes Conexas.
Artículo 2º—Rige a partir
del 9 de agosto del 2005.
Dado en la Presidencia de
la República.—San José, a los nueve días del mes de agosto del año dos mil
cinco.
ABEL PACHECO DE LA
ESPRIELLA.—La Ministra de la Presidencia, Lineth Saborío Chaverri.—1
vez.—(Solicitud Nº 183-2005).—C-7145.—(D32537-68180).
Nº 32538-MP
LA PRIMERA VECEPRESIDENTA
EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA
REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 118 y 140, incisos 5) y 14), de la Constitución
Política,
Decretan:
Artículo
1º—Amplíase la convocatoria a sesiones extraordinarias de la Asamblea
Legislativa hecha por el Decreto Ejecutivo Nº 32521-MP del 1º de agosto del
2005, a fin de que se conozcan los siguientes proyectos de ley:
1. Expediente Nº 14.482. Protocolo relativo a una
enmienda al Convenio de Aviación Civil Internacional (artículo 83 bis).
2. Expediente Nº 14.539. Reforma
del artículo 12 de la Ley de Creación de la Comisión de Préstamos para la
Educación (CONAPE), Ley Nº 6041, del 18 de enero de 1977, (originalmente denominado):
Reforma del artículo 12 de la Ley de Creación de la Comisión Nacional de
Préstamos para Educación (CONAPE), Ley Nº 6041, del 9 de febrero de 1977.
3. Expediente Nº 14.611. Reforma
del Sistema de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional.
4. Expediente Nº 15.131. Ley para
no sujetar las actividades para la construcción del proyecto de la nueva
carretera a San Carlos, Sección Naranjo-Florencia, a determinados tributos.
5. Expediente Nº 15.134. Código
Procesal Contencioso Administrativo.
6. Expediente Nº 15.174. Ley de
Amnistía Tributaria en el Régimen Municipal.
7. Expediente Nº 15.494. Ley para
el Fortalecimiento de la Legislación contra el Terrorismo.
8. Expediente Nº 15.729. Reforma a
la Ley de Notificaciones.
9. Expediente Nº 15.776. Ley de
aprobación del Acuerdo de Diálogo Político y Cooperación entre la Unión Europea
Centroamérica.
10. Expediente Nº 15.844. Adición
de un artículo 3º bis, a la Ley Nº 6450 del 15 de julio de 1980 y sus Reformas.
11. Expediente Nº 15.928. Ley que
integra el Título IV -Régimen Artístico-, al Estatuto de Servicio Civil, Ley de
la República Nº 1581 del 30 de mayo de 1953.
12. Expediente Nº 15.965. Ley de
Reestructuración de la Carga Tributaria que pesa sobre los Productos Derivados
del Tabaco.
Artículo 2º—Rige a partir
del 12 de agosto del 2005.
Dado en la Presidencia de
la República.—San José, a los doce días del mes de agosto del año dos mil
cinco.
LINETH SABORÍO
CHAVERRI.—El Ministro de la Presidencia a. í., Luis A. Madrigal Pacheco.—1
vez.—(Solicitud Nº 184-2005).—C-19940.—(D32538-68181).
Nº 32550-MP
LA PRIMERA VECEPRESIDENTA
EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA
REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 118 y 140, incisos 5) y 14), de la Constitución
Política,
Decretan:
Artículo 1º—Retírese del
conocimiento de sesiones extraordinarias de la Asamblea Legislativa el
siguiente proyecto de ley:
1. Expediente Nº 15.444. Reforma al artículo 16,
inciso d), de la Ley de Correos, Nº 7768, de 24 de abril de 1998.
Artículo 2º—Rige a partir
del 11 de agosto del 2005.
Dado en la Presidencia de
la República.—San José, a los once días del mes de agosto del año dos mil
cinco.
LINETH SABORÍO
CHAVERRI.—El Ministro de la Presidencia a. í., Luis A. Madrigal Pacheco.—1
vez.—(Solicitud Nº 182-2005).—C-7145.—(D32550-68182).
Nº 32554-MP
LA PRIMERA VECEPRESIDENTA
EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA
REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 118 y 140, incisos 5) y 14), de la Constitución Política,
Decretan:
Artículo 1º—Amplíase la
convocatoria a sesiones extraordinarias de la Asamblea Legislativa hecha por el
Decreto Ejecutivo Nº 32521-MP del 1º de agosto del 2005, a fin de que se
conozcan los siguientes proyectos de ley:
1. Expediente Nº 14.915. Comisión Especial de
Turismo que identificará y estudiará, tanto los obstáculos que afectan la
actividad turística, así como los estímulos necesarios que requiere ese sector,
promueva los cambios legislativos necesarios para remover los obstáculos y promueva
estímulos necesarios, conozca y dictamine los proyectos de ley que estén
relacionados con la actividad turística.
2. Expediente Nº 14.935.
Autorización al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo para que done un
terreno de su propiedad a la Municipalidad de El Guarco.
3. Expediente Nº 15.723. Creación
del Museo de Guanacaste.
4. Expediente Nº 15.728.
Modificación del inciso e), del artículo 10 y adición de un artículo 22 a la
Ley de Creación del Fideicomiso para la Protección y el Fomento Agropecuarios
para Pequeños y Medianos Productores, Nº 8147 y sus Reformas. Ley para
posibilitar la reactivación económica de los pequeños y medianos productores
incorporados a FIDAGRO.
5. Expediente Nº 15.842. Reforma
del artículo 48 de la Constitución Política.
6. Expediente Nº 15.875. Ley
Reguladora del Proceso de Trámites y Formalización de Titulación de Propiedades
a través del Instituto de Desarrollo Agrario.
7. Expediente Nº 15.882.
Autorización a la Municipalidad de Desamparados para que done un terreno de su
propiedad a la Junta Administrativa del Colegio Máximo Quesada de Patarrá,
Desamparados.
8. Expediente Nº 15.907.
Autorización a la Municipalidad de Desamparados para que segregue un terreno y
lo traspase, a título de donación a la Caja Costarricense del Seguro Social,
para construir el EBAIS en Dos Cercas.
9. Expediente Nº 15.950.
Autorización al Ministerio de Justicia y Gracia para que segregue un terreno de
su propiedad y lo traspase, a título de donación, a la Junta Administrativa del
Liceo Joaquín Gutiérrez Mangel, en San Rafael Arriba de Desamparados.
Artículo 2º—Rige a partir
del 17 de agosto del 2005.
Dado en la Presidencia de
la República.—San José, a los diecisiete días del mes de agosto del año dos mil
cinco.
LINETH SABORÍO
CHAVERRI.—El Ministro de la Presidencia a. í., Luis A. Madrigal Pacheco.—1
vez.—(Solicitud Nº 185-2005).—C-22820.—(D32554-68183).
Nº 32562-MAG
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y
GANADERÍA
Con fundamento en las
facultades establecidas en los artículos 140, incisos 3), 8), 18) y 20) y 146
de la Constitución Política, los artículos 25, 27.1, 28.2b, de la Ley Nº 6227
del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública, la Ley Nº 7064
de 29 de abril de 1987, Ley de Fomento a la Producción Agropecuaria, que
incorpora la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y Ganadería y la Ley Nº
8147 de 24 de octubre del 2001 y sus reformas, Ley de Creación del Fideicomiso
Agropecuario para la Protección y el Fomento Agropecuarios para Pequeños y
Medianos Productores.
Considerando:
I.—Que mediante Ley Nº
8147 del 24 de octubre del 2001, se emitió la Ley de Creación del Fideicomiso
para la Protección y el Fomento Agropecuarios para Pequeños y Medianos
Productores.
II.—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº
32101-MAG de 19 de agosto del 2004, publicado en La Gaceta Nº 8 del 12
de enero del 2005, se emitió el Reglamento actual y vigente a la Ley Nº 8147 y
sus reformas.
III.—Que el artículo 68 del Reglamento
a la Ley Nº 8147, regula el plazo definido para el envío a cobro judicial de
las operaciones formalizadas a favor del Fideicomiso Agropecuario, el cual por
la experiencia generada en la atención de los créditos otorgados, así como en
los fines y objetivos perseguidos con la creación del Fideicomiso y la recuperación
de la condición de sujetos de crédito por parte de los beneficiarios del mismo
y los efectos económicos y sociales que se producen a nivel de los pequeños y
medianos productores agropecuarios del país, se ha considerado necesario
modificar. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Modifíquese
el artículo 68 del Decreto Ejecutivo Nº 32101-MAG, “Reglamento a la Ley Nº 8147
y sus reformas, de Creación del Fideicomiso para la Protección y el Fomento
Agropecuarios para Pequeños y Medianos Productores”, el cual se leerá de la
siguiente manera:
“Artículo 68.—Del envío a
cobro judicial: Toda operación formalizada a favor del Fideicomiso
Agropecuario, será enviada a cobro judicial por los Abogados Externos que haya
nombrado el Fiduciario para tal fin, una vez que se presente un atraso en el
pago del principal y/o de intereses, por más de ciento ochenta días calendario.
Dentro de ese plazo y previo al envío a cobro judicial, el Fiduciario a través
de los mecanismos que estime convenientes, realizará el cobro administrativo de
dicha operación, con lo cual se intentará la recuperación del crédito sin
recurrir a la sede judicial”.
Artículo 2º—Rige a partir
de su publicación.
Dado en la Presidencia de
la República.—San José, a los siete días del mes de julio del dos mil cinco.
ABEL PACHECO DE LA
ESPRIELLA.—El Ministro de Agricultura y Ganadería, Rodolfo Coto Pacheco.—1
vez.—(Solicitud Nº 43004).—C-20920.—(D32562-68889).
Nº 32564-S
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE SALUD
En uso de las facultades
que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución
Política; 27 y 28 de la Ley Nº 6227 de 2 de mayo de 1978 “Ley General de la
Administración Pública”; 1 y 2 de la Ley Nº 5395 de 30 de octubre de 1973 “Ley
General de Salud”.
Considerando:
1.—Que la Contraloría
General de la República emitió el Manual sobre Normas Técnicas de Control
Interno relativas a los Sistemas de Información Computarizados, el cual tiene
carácter de obligatorio para las entidades y órganos que conforma la Hacienda
Pública.
2. Que dicho Manual tiene como fin
fundamental ser una guía para la Administración en su responsabilidad de
establecer, mantener y perfeccionar sus sistemas y su control interno, por lo
que la norma N° 302.09 establece la Constitución de un Comité Gerencial de
Informática como coadyuvante de la administración superior del Sistema de
Información Computarizado.
3.—Que se hace necesario contar con un
instrumento normativo que especifique y regule la organización y funciones del
Comité Gerencial de Informática del Ministerio de Salud, dentro de las pautas
establecidas por el Manual sobre Normas Técnicas de Control Interno emitido por
la Contraloría General de la República, en atención a las necesidades y
objetivos propios de la institución.
4.—Que se hace necesario y oportuno
crear en el Ministerio de Salud el Comité Gerencial de Informática. Por
tanto,
decretan:
Artículo 1º—Del
Comité. Créase el Comité Gerencial de Informática en el Ministerio de
Salud, en adelante denominado “El Comité”, como órgano asesor consultivo,
adscrito al Despacho del Viceministro o de la Viceministra de Salud.
El Comité brindará asesoría en lo
relativo a la administración del sistema de información computarizado y los
recursos humanos, materiales y financieros que se destinen para su desarrollo,
así como apoyar la formulación e implementación de una política institucional
que permita la regulación y dirección de la gestión informática.
Artículo 2º—Integración.
El Comité estará integrado por un representante titular y otro suplente de las
siguientes dependencias:
a) Viceministro o Viceministra de Salud, quien
coordinará.
b) Dirección de Asuntos Jurídicos.
c) Dirección de Informática, quien fungirá como
Secretaría Técnica.
d) Dirección Administrativa.
e) Dirección de Desarrollo de la Salud.
f) Una persona representante de las demás
Direcciones de Nivel Central.
g) Una persona representante de las Direcciones
Regionales.
Los miembros ejercerán el
cargo en forma ad honorem y su nombramiento se hará constar en un Acuerdo
Ejecutivo.
Artículo 3º—Asesorías.
El Comité podrá contar con los asesores necesarios para el cumplimiento de sus
objetivos, lo cual no implica la contratación de personal o de consultorías.
Estas personas podrán asistir a las sesiones con voz pero sin voto.
Artículo 4º—Funciones. El
Comité tendrá las siguientes funciones:
a) Asesorar en la formulación y definición de
políticas institucionales relativas a la gestión informática.
b) Avalar las especificaciones o guías de
referencia necesarias para la adquisición de hardware y software y para la
elaboración e informe correspondiente de los estudios preliminares y de
factibilidad para el desarrollo de nuevos sistemas de información
computarizados.
c) Asesorar en la aprobación del plan estratégico
y planes anuales operativos relativos a la función informática.
d) Controlar y evaluar la ejecución de los planes
estratégicos y operativos aprobados, relativos a la adquisición de hardware y
software y al desarrollo de nuevos sistemas de información computarizados.
e) Asegurar que el nuevo equipo sea contratado
bajo criterios de oportunidad y conveniencia con una relación adecuada de
beneficio-costo.
f) Promover la cultura informática
institucional.
g) Evaluar la necesidad de disponer de hardware y
software adicional.
h) Todas aquellas que le sean encomendadas por el
Ministro de Salud.
Artículo 5º—De las
atribuciones del Coordinador. Al Coordinador del Comité le corresponderá
presidir y coordinar las sesiones y para esos efectos tendrá las siguientes
atribuciones:
a) Abrir y cerrar las sesiones.
b) Fijar el orden de los asuntos que deba conocer
el Comité.
c) Dirigir los debates y poner a votación los
asuntos.
d) Convocar a sesiones extraordinarias por
iniciativa propia o a instancia de la mayoría del Comité.
e) Levantar las actas correspondientes a cada
sesión.
f) Comunicar los acuerdos.
g) Llevar el control de los acuerdos e informar
sobre el avance de los mismos.
h) Llevar el archivo de los documentos.
Artículo 6º—Funciones
de la Secretaría Técnica. Serán funciones de la Secretaría Técnica del
Comité, las siguientes:
a) Traducir los requerimientos de automatización
de las actividades administrativas y operativas institucionales a términos
informáticos como guías de referencia para la adquisición de hardware y
software y estudios preliminares y de factibilidad para el desarrollo de nuevos
sistemas de información.
b) Controlar y coordinar las actualizaciones y
ajustes que se originen en el Plan Estratégico Informático, con el tiempo,
ejecución y avances tecnológicos.
c) Establecer, controlar y coordinar el buen uso
de los estándares informáticos institucionales, con nuevas políticas o
directrices superiores.
d) Controlar y coordinar las decisiones en
materia informática que originen actualizaciones y ajustes a los cronogramas de
los proyectos informáticos en su desarrollo.
e) Analizar los factores técnicos informáticos
que afectan la relación costo-beneficio y emitir el criterio respectivo.
f) Valorar y asesorar al Comité en la
terminología y prácticas informáticas orientadas al desarrollo de los Sistemas
de Información.
g) Preparar los proyectos de planes estratégicos
y operativos en materia informática de la institución para su presentación al
Superior.
h) Analizar previamente las propuestas de
proyectos informáticos de los usuarios, con el objeto de determinar su
potencial, definiendo las especificaciones técnicas que se deben considerar
para los estudios preliminares y de factibilidad.
i) Elevar al Comité los proyectos que de acuerdo
a su criterio técnico califican como sistemas de información gerencial y son
propicios de un desarrollo informático.
j) Efectuar estudios sobre las tendencias de la
tecnología y de sus aplicaciones dentro de la institución.
k) Recomendar todo lo relativo a la capacitación
del recurso humano que participa en los procesos informáticos.
Artículo 7º—Sesiones y
quórum. El Comité sesionará ordinariamente dos veces al mes y
extraordinariamente cada vez que sea convocado por su Coordinador. El quórum
para sesionar válidamente será de la mayoría absoluta de sus integrantes y los
acuerdos serán adoptados por mayoría absoluta de los miembros presentes.
Si no hubiere quórum, el Comité podrá
sesionar válidamente en segunda convocatoria veinticuatro horas después de la
señalada para la primera, salvo casos de urgencia, conforme a la opinión del
Coordinador, en que podrá sesionar después de media hora y para ello será
suficiente la asistencia de la tercera parte de sus miembros.
Artículo 8º—Las sesiones del Comité
serán siempre privadas, pero éste podrá disponer, acordándolo así por
unanimidad de sus miembros presentes, que tenga acceso a ella personas que
puedan contribuir con su gestión, concediéndoles o no el derecho de participar
en las deliberaciones con voz pero sin voto.
Artículo 9º—No podrá ser objeto de
acuerdo ningún asunto que no figure en el orden del día, salvo que estén
presentes los dos tercios de los miembros del Comité y sea declarada la
urgencia del asunto por el voto favorable de la totalidad de los miembros
presentes.
Artículo 10.—Actas. De cada
sesión se levantará un acta, que contendrá la indicación de las personas que
estuvieron presentes, así como las circunstancias de lugar y tiempo en que se
ha celebrado, los puntos principales de la deliberación, el contenido de los
acuerdos, la forma y resultado de la votación.
Artículo 11.—Las actas se aprobarán en
la siguiente sesión ordinaria. Antes de esa aprobación carecerán de firmeza los
acuerdos tomados en la respectiva sesión, a menos que los miembros presentes
acuerden su firmeza por al menos votación de dos tercios de la totalidad de los
miembros del Comité.
Las actas serán firmadas por el
Presidente y por aquellos miembros que hubieren hecho constar su voto
disidente.
Los miembros del Comité podrán hacer
constar en el acta su voto contrario al acuerdo adoptado y los motivos que lo
justifiquen, quedando en tal caso exentos de las responsabilidades que, en su
caso, pudieren derivarse de los acuerdos.
Artículo 12.—En lo no regulado en el
presente decreto, rige lo dispuesto en la Ley General de la Administración
Pública, en materia de órganos colegiados.
Artículo 13.—Rige a partir de su
publicación.
Dado en la Presidencia de
la República.—San José, a los veinte días del mes de junio del dos mil cinco.
ABEL PACHECO DE LA
ESPRIELLA.—El Ministro de Salud a.í, Dr. Francisco Cubillo Martínez —1 vez.—(O.
C. Nº 488).—C-61770.—(D32564-68892).
N 32567-H
LA PRIMERA VICEPRESIDENTA
EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA
REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en las
atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la
Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1), y 28 inciso
2), acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública del 2
de mayo de 1978, la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la
República y Presupuestos Públicos del 18 de setiembre de 2001 y su Reglamento,
Decreto Ejecutivo Nº 30058-H-MP-PLAN del 19 de diciembre del 2001, la Ley Nº
6735, Ley de creación del Instituto de Desarrollo Agrario, del 29 de marzo de
1982 y el Decreto Ejecutivo Nº 31708-H del 16 de marzo del 2004 y sus reformas.
Considerando:
1º—Que el artículo 2 de
la Ley que crea el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA), publicada en La
Gaceta Nº 71 del 15 de abril de 1982, establece que esta institución tendrá
como actividad ordinaria el tráfico de tierras, a través de la compra, venta,
hipoteca, arrendamiento y adquisición de bienes y servicios para el desarrollo
de la tierra y su explotación rural.
2º—Que la Entidad mediante los oficios
PE-3214-2005 del 14 de junio del 2005 y PE-3555-2005 del 27 de julio del 2005,
solicita aumentar el gasto presupuestario por un monto de ¢ 1,500.0 millones,
con la finalidad de poder hacer frente en forma parcial a la demanda existente
de tierras.
3º—Que mediante el Decreto Ejecutivo
N° 31708-H, publicado en La Gaceta Nº 62 del 29 de marzo del 2004 y sus
reformas, se promulgaron las Directrices Generales de Política Presupuestaria
del 2005 para los Ministerios, demás Órganos según corresponda y entidades
públicas cubiertas por el Ámbito de la Autoridad Presupuestaria, las cuales
fueron conocidas por el Consejo de Gobierno y aprobadas por el Presidente de la
República, estableciendo el gasto presupuestario del período 2005 al Instituto
de Desarrollo Agrario.
4º—Que mediante STAP-CIRCULAR-0435-04
del 14 de abril del 2004 se comunicó al IDA el gasto presupuestario máximo
fijado para el año 2005, el cual no contempla los gastos indicados en el
considerando 2 de este decreto.
5º—Que por lo anterior, resulta
necesario modificar el gasto presupuestario máximo fijado al IDA para el año
2005 en el decreto citado y sus reformas. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Modificar al
Instituto de Desarrollo Agrario el gasto presupuestario máximo para el año
2005, establecido en el artículo 1° del Decreto Ejecutivo N° 31708-H, publicado
en La Gaceta N° 62 del 29 de marzo de 2004, y sus reformas y comunicado
mediante el STAP-CIRCULAR-0435-04, de manera que éste no exceda la suma de ¢
9,089.0 millones en ese período.
Artículo 2º—Rige a partir de su
publicación.
Dado en la Presidencia de
la República.—San José, a los cinco días del mes de agosto del dos mil cinco.
LINETH SABORIO
CHAVERRI.—El Ministro de Hacienda, Federico Carrillo Zürcher.—1 vez.—(Solicitud
Nº 31965).—C-19425.—(D32567-68898).
N° 32568-MEP
LA PRIMERA VICEPRESIDENTA
EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA
REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
En ejercicio de las
atribuciones conferidas por el artículo 140 incisos 8) y 18) de la Constitución
Política y 59 de la Ley General de la Administración Pública,
Considerando:
1º—Que mediante el
Decreto Ejecutivo Nº 31.579-MEP del 17 de octubre del 2003 se creó la Oficina
de Derechos de la Niñez y la Adolescencia del Ministerio de Educación Pública,
como una dependencia del Despacho del Viceministerio Académico.
2º—Que desde su creación dicha Oficina
y el personal que la integran han funcionado directamente subordinados al
Despacho del Señor Ministro, en cuyo sitio se encuentran físicamente asentados.
3º—Que siendo los Derechos de la Niñez
y la Adolescencia una materia de trascendental importancia, se requiere del
seguimiento permanente del Jerarca institucional por lo que deviene imperativo
formalizar la adscripción de aquella Oficina al Despacho del Ministro. Por
Tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Modifíquese
el artículo 1° del Decreto Ejecutivo Nº 31.579-MEP del 17 de octubre del 2003,
para que se lea de la siguiente manera:
“Artículo 1º—Créase la
Oficina de Derechos de la Niñez y la Adolescencia del Ministerio de Educación
Pública, como dependencia del Despacho del Ministro, a cuyo cargo estará la
coordinación y asesoramiento en materia de aplicación de las políticas
educativas que se desarrollen en relación con los derechos de la niñez y la
adolescencia en la Educación Preescolar, la Educación General Básica y la
Educación Diversificada.”
Artículo 2º—Deróguese el
artículo 4° del Decreto Ejecutivo Nº 31.579-MEP, del 17 de octubre del 2003.
Artículo 3º—Modifíquese el artículo 10
inciso A) acápite 1. del Decreto Ejecutivo Nº 21896-MEP, del 25 de enero de
1993 y sus reformas, para que se lea de la siguiente manera:
“a) 1. La Dirección Superior y la coordinación de
las siguientes dependencias: División de Desarrollo Curricular, el Centro
Nacional de Didáctica, el Departamento de Informática Educativa de la División
de Informática, División de Control de Calidad y Macro Evaluación del Sistema
Educativo, Departamento de Planificación de Desarrollo Educativo de las
Direcciones Provinciales, Departamento de Desarrollo Educativo de la
Direcciones Regionales.”
Artículo 4º—Rige a partir
de su publicación.
Dado en la Presidencia de
la República.—San José, a los siete días del mes de junio del dos mil cinco.
LINETH SABORÍO
CHAVERRI.—El Ministro de Educación Pública, Manuel Antonio Bolaños Salas.—1
vez.—(Solicitud Nº 44225).—C-17165.—(D32568-68901).
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Nº 122-PE.—San José, 5 de agosto del
2005
LA PRIMERA VICEPRESIDENTA
EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA
REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en los
artículos 140, inciso 8) y 146 de la Constitución Política; lo dispuesto en la
Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República Nº 8428 y el
artículo 34 del Reglamento de gastos de viaje emitido por la Contraloría
General de la República,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Designar al
señor Alexánder Ramírez Solano, con cédula Nº 1-786-804, Director de
Información y Comunicación, para que viaje a Miami, Estados Unidos de América,
con motivo de recibir un curso intensivo sobre “Técnicas de Investigación de
Opinión Pública”. La salida del señor Ramírez Solano se efectuará el día 10 de
agosto y su regreso el día 15 de agosto, ambas fechas del presente año.
Artículo 2º—Los viáticos, transporte e
inscripción al curso serán cubiertos por el Título 104-Presidencia de la
República, Programa 02700- Información y Comunicación, Subpartidas 132- Gastos
de Viaje al Exterior y Subpartidas 142- Transporte de o para el Exterior. Se le
cancelará viáticos únicamente del 10 al 14 de agosto del 2005.
Artículo 3º—Se otorga la suma
adelantada de ¢727.759,00 corresponde a ¢390.387,00 para gastos de viáticos y
¢337.372,00 para cancelar la inscripción del curso sujeto a liquidación.
Artículo 4º—Rige a partir del 10 al 15
de agosto del 2005.
LINETH SABORÍO
CHAVERRI.—El Ministro de la Presidencia a. í, Luis A. Madrigal Pacheco.—1
vez.—(Solicitud Nº 180-2005).—C-9975.—(68184).
Nº 128-PE.—San José, 11 de agosto de
2005
LA PRIMERA VICEPRESIDENTA
EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA
REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en los
artículos 140, inciso 8) y 146 de la Constitución Política; lo dispuesto en la
Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República Nº 8428 y el
artículo 34 del Reglamento de gastos de viaje emitido por la Contraloría
General de la República,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Designar a la
señora Cindy Centeno Mena, con cédula Nº 9-103-044, Periodista de la Dirección
de Prensa, para que viaje a Santiago, Chile, con motivo de participar del
“Encuentro de Portavoces de Gobierno de los Estados Miembros de la Organización
de los Estados Americanos”; organizado por la OEA (Organización de los Estados
Americanos y la CEPAL (Comisión Económica para América Latina y el Caribe).
Artículo 2º—Los organizadores del evento
cubrirán los gastos de alimentación y hospedaje durante la estadía en Chile,
así como los gastos de transporte aéreo, traslados e imprevistos.
Artículo 3º—Rige a partir del día 15
al 19 de agosto del 2005.
LINETH SABORÍO
CHAVERRI.—El Ministro de la Presidencia a. í, Luis A. Madrigal Pacheco.—1
vez.—(Solicitud Nº 180-2005).—C-7620.—(68198).
N° 898-P.—San José, 27 de julio del
2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
En uso de las facultades
que le confieren los artículos 139 inciso 3) de la Constitución Política,
artículo 33 de la Ley General de Policía, y artículos 52, 157 y 158 del Decreto
Ejecutivo Nº 32177-SP: “Reglamento de Organización del Ministerio de Seguridad
Pública”, publicado en el Alcance Nº 1 a La Gaceta Nº 6, del lunes 10 de
enero del 2005.
Considerando:
1º—Que el artículo 139,
inciso 3) de la Constitución Política establece como deber y atribución
exclusiva del Presidente de la República, ejercer el mando supremo de la Fuerza
Pública.
2º—Que el numeral 33 de la Ley General
de Policía, establece que el Presidente de la República podrá organizar y
convocar, con carácter transitorio, a la Reserva de las Fuerzas de Policía,
como cuerpo auxiliar extraordinario, con carácter ad honorem, para atender
estados de emergencia o situaciones excepcionales.
3º—Que de conformidad con los
numerales 52 y 157 del Reglamento de Organización del Ministerio de Seguridad
Pública, la Reserva de la Fuerza Pública estará adscrita al Ministerio de
Seguridad Pública, cuando sea convocada con carácter temporal. Asimismo, el numeral
158 incisos 1), 4) y 6) del mismo cuerpo reglamentario, dispone que cuando la
Reserva haya sido convocada de conformidad con lo establecido en la Ley General
de Policía, tendrá, en esas circunstancias y dentro de ese marco de
competencias, entre otras, las siguientes funciones: coordinar con la Fuerza
Pública las labores de prevención, vigilancia y protección en el territorio
nacional para preservar la seguridad de los habitantes, sus bienes y sus
derechos y libertades constitucionales; velar por el cumplimiento de la
normativa ambiental ejerciendo las labores de vigilancia, protección y
conservación del ambiente y denunciando, ante los órganos administrativos y
judiciales competentes, aquellos actos y omisiones que contravengan esta
normativa; y aquellas otras que se deriven del ordenamiento jurídico, de
conformidad con su competencia.
4º—Que el Ministro de Seguridad
Pública ha solicitado al Presidente de la República, convocar a la Reserva de
la Fuerza Pública a partir del veintisiete de julio al veintisiete de octubre
del año dos mil cinco, para colaborar con los cuerpos de policía durante el
desarrollo de actividades propias de su competencia, en relación con los
siguientes eventos: Romería a Cartago, Día de la Madre, Fiestas Patrias del 15
de setiembre, y para reforzar la presencia policial en resguardo de los
recursos forestales del país, de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº
30494-MINAE-MOPT-SP del 5 de junio del 2002.
5º—Que en cumplimiento del numeral 8
inciso j) de la Ley General de Policía, y ante los daños y amenazas por el
fuerte invierno que durante estos últimos años ha ocasionado severos fenómenos
atmosféricos, inundaciones, y demás situaciones de peligro y emergencia se
requiere prestar colaboración a los cuerpos policiales del país y auxiliar a
las comunidades, municipalidades, comités y organizaciones de servicio público
para la atención de dichos eventos.
6º—Que es necesario reforzar la
presencia policial para dar cumplimiento efectivo al Decreto Ejecutivo N°
30494-MINAE-MOPT-SP del 5 de junio del 2002, publicado en La Gaceta Nº
119 del 21 de junio del 2002, de vigencia indefinida el cual establece en su
artículo 5 la obligación del Ministerio de Seguridad Pública de coadyuvar con
el Ministerio de Ambiente y Energía, en el control de la tala ilegal mediante
las brigadas de control necesarias.
7º—Que las citadas situaciones exigen
ineludiblemente el reforzamiento de las fuerzas de policía que ordinariamente
velan por el orden y la seguridad del país. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Convocar,
conforme lo solicitado por el Ministro de Seguridad Pública, y con carácter
transitorio, a la Reserva de las Fuerzas de Policía, como cuerpo auxiliar
extraordinario, con carácter ad honoren, para atender y coordinar con las
autoridades de policía, las labores de vigilancia y protección de la seguridad
pública, de sus ciudadanos y sus bienes, y cooperar para el mantenimiento de la
tranquilidad y el orden público durante la realización de actividades los
siguientes eventos: Romería a Cartago, Día de la Madre (15 de agosto), Fiestas
Patrias (15 de setiembre), y para reforzar la presencia policial en resguardo
de los recursos forestales del país, de conformidad con el Decreto Ejecutivo N°
30494-MINAE-MOPT-SP del 5 de junio del 2002.
Artículo 2º—Los efectivos convocados
mediante este acto quedarán subordinados al Ministro de Seguridad Pública,
quien dispondrá de todo lo pertinente para tal efecto, de conformidad con la
legislación vigente.
Artículo 3º—La presente convocatoria
será para el período comprendido entre las cero horas del día veintisiete de
julio hasta las veinticuatro horas del día veintisiete de octubre del dos mil
cinco.
Artículo 4º—Rige a partir del
veintisiete de julio del dos mil cinco.
ABEL PACHECO DE LA
ESPRIELLA.—1 vez.—(Solicitud Nº 23332).—C-30895.—(68186).
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Nº 06-MSP.—San José, 1º de abril del
2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en las
atribuciones que les confiere los artículos 140, incisos 20), y el artículo
146, de la Constitución Política.
ACUERDAN:
Artículo 1°—Autorizar al
Licenciado Alfonso Murillo Berrocal, portador de la cédula de identidad número
2-409-513, Asesor de la Dirección General de Migración y Extranjería, para que
viaje vía aérea a la República de China con el objeto de participar en el “62°
Seminario sobre Desarrollo Nacional”, a celebrarse los días comprendidos entre
el 8 de abril al 7 de mayo del año 2005.
Artículo 2°—Los gastos por concepto de
transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por el Gobierno de la
República de China.
Artículo 3º—Rige a partir del 7 de
abril al 8 de mayo del 2005.
ABEL PACHECO DE LA
ESPRIELLA.—El Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, Rogelio
Ramos Martínez.—1 vez.—(Solicitud Nº 32453).—C-8570.—(68134).
Nº 07-MSP.—San José, 13 de abril del
2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en las
atribuciones que le confiere los artículos 140, incisos 20), y el artículo 146,
de la Constitución Política.
ACUERDAN:
Artículo 1°—Autorizar a
la señora Rosibel Vargas Durán, portadora de la cédula de identidad número
6-120-437, Jefa del Departamento de Migraciones de la Dirección General de
Migración y Extranjería, para que viaje vía aérea a la República Dominicana con
el objeto de participar en el “Seminario de Capacitación sobre Trata de
Personas”, a celebrarse los días 20 y 21 de abril del año 2005.
Artículo 2°—Los gastos por concepto de
transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la Organización
Internacional para las Migraciones.
Artículo 3º—Rige del 19 al 22 de abril
del 2005.
ABEL PACHECO DE LA
ESPRIELLA.—El Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, Lic.
Rogelio Ramos Martínez.—1 vez.—(Solicitud Nº 32453).—C-8570.—(68135).
N° 08-DGME.—San José, 19 de abril del
2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146, de la Constitución Política
y 97, de la Ley de Contratación Administrativa.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Autorizar a
las señoras Marielos Quirós Jiménez, cédula de identidad número 3-290-705, Jefa
del Departamento de Cómputo, Yesenia Naranjo Morales, cédula de identidad
número 1-829-847, Asistente Administrativa, Roxana Chaves Orozco, cédula de
identidad número 1-415-730, Directora Administrativa, y María Eugenia Víctor
Sánchez, cédula de identidad número 1-647-492, Asesora del Departamento de
Planificación, todas de la Dirección General de Migración y Extranjería, para que
viajen vía aérea a los Estados Unidos de América, con el objeto de participar
en el “Seminario de Administración y Planificación para Proyectos de
Identificación Ciudadana”, a celebrarse los días comprendidos entre el 2 y el 4
de mayo del año 2005, ambos inclusive.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por el Consorcio GTK -
TML, con fundamento en el artículo 97 de la Ley de Contratación Administrativa
número 7494 y el contrato suscrito entre dicho Consorcio y el Ministerio de
Gobernación y Policía, a las nueve horas del veinte de setiembre y su addendum,
de las catorce horas, treinta minutos del día veintinueve de noviembre, ambas
fechas del año dos mil cuatro, refrendados por la Contraloría General de la
República mediante oficio 15748 (DI-AA-2851), del diez de diciembre de ese
mismo año.
Artículo 3º—Rige del 1º al 5 de mayo
del 2005.
ABEL PACHECO DE LA
ESPRIELLA.—El Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, Rogelio
Ramos Martínez.—1 vez.—(Solicitud Nº 32453).—C-11895.—(68136).
Nº 012-GRH-DGME.—San José, 6 de julio
del 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, incisos 1), 8) y 20), y 146,
de la Constitución Política, 25, 27 inciso l), 28 inciso 2), acápite b) y 111
inciso 1) de la Ley General de Administración Pública, y 1, 6, 29 y 30 de la
Ley General Policía Nº 7410.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Otorgar
investidura como miembro de la Policía de Migración y Extranjería, con los
derechos y deberes que le impone la Ley General de Migración y Extranjería y la
Ley General de Policía, al funcionario Eduardo Lezama Lezama, cédula
5-0187-0590, puesto Profesional 1.
Artículo 2º—La investidura otorgada en
el presente acuerdo no se afectará de forma alguna en caso de que la clase de
puesto actual varíe en el futuro por motivo de reasignación, ascenso u otro,
siempre que el servidor continúe
ejerciendo funciones para la Policía de Migración y Extranjería.
Artículo 3º—Rige a partir del 1º de
diciembre del 2004.
ABEL PACHECO DE LA
ESPRIELLA.—El Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, Lic.
Rogelio Ramos Martínez.—1 vez.—(Solicitud Nº 32487).—C-8570.—(68137).
Nº 015-GRH-DGME.—San José, 6 de julio
del 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, incisos 1), 8) y 20), y 146, de la Constitución
Política, 25, 27, inciso l), 28, inciso 2), acápite b) y 111 inciso 1) de la
Ley General de Administración Pública, y 1, 6, 29 y 30 de la Ley General
Policía Nº 7410.
ACUERDAN:
Artículo
1º—Otorgar investidura como miembro de la Policía de Migración y Extranjería,
con los derechos y deberes que le impone la Ley General de Migración y
Extranjería y la Ley General de Policía, al funcionario Gilberto Zúñiga Marín,
cédula 4-0142-0055, puesto Inspector 3.
Artículo 2º—La investidura otorgada en
el presente acuerdo no se afectará de forma alguna en caso de que la clase de
puesto actual varíe en el futuro por motivo de reasignación, ascenso u otro,
siempre que el servidor continúe ejerciendo funciones para la Policía de
Migración y Extranjería.
Artículo 3º—Rige a partir del 20 de
junio del 2005.
ABEL PACHECO DE LA
ESPRIELLA.—El Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, Lic.
Rogelio Ramos Martínez.—1 vez.—(Solicitud Nº 32487).—C-8570.—(68138).
Nº 016-GRH-DGME.—San José, 6 de julio
del 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140, incisos 1), 8) y 20), y 146, de la Constitución Política,
25, 27 inciso l), 28 inciso 2), acápite b) y 111 inciso 1) de la Ley General de
Administración Pública, y 1, 6, 29 y 30 de la Ley General de Policía Nº 7410.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Revocar investidura
otorgada mediante acuerdo Nº 2598-MGPSP, al señor Jorge Soto García, cédula
2-0388-0201, por cuanto el mismo ya no desempeña funciones operativas en la
Policía de Migración y Extranjería.
Artículo 3º—Rige a partir del 29 de junio
del 2005.
ABEL PACHECO DE LA
ESPRIELLA.—El Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, Lic.
Rogelio Ramos Martínez.—1 vez.—(Solicitud Nº 32487).—C-6195.—(68139).
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Nº 319- MSP.—San José, 17 de agosto
del 2005
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA,
Y SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las
atribuciones conferidas por los numerales 28 inciso 2) aparte a) de la Ley
General de la Administración Pública.
Considerando:
1°- Que el artículo 28
inciso 2) aparte a) de la Ley General de la Administración Pública, establece
que el Ministro es el órgano jerárquico superior del respectivo Ministerio, y
le corresponde de manera exclusiva, dirigir y coordinar todos los servicios del
Ministerio.
2º—Que corresponde a la Dirección de
la Policía de Control de Drogas del Ministerio de Seguridad Pública, el
adecuado y oportuno cumplimiento de la gestión administrativa y financiera de
dicha Dependencia, por lo que, con la finalidad de agilizar y cumplir a
cabalidad con dicha función, se hace necesario designar a un encargado para la
firma y aprobación de todas las acciones tendientes a la programación y
ejecución de los recursos económicos aprobados y asignados por el Ministerio de
Hacienda y la Asamblea Legislativa al Programa Presupuestario 108-098-023,
mediante publicación anual en la Ley de Presupuesto Nacional, para cumplimiento
de las metas y objetivos de la Dirección de la Policía de Control de Drogas, en
ausencia del Director General de la misma Policía. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
Lic. Juan José Arévalo Montoya, mientras ocupe el cargo de Subdirector de la
Dirección de la Policía de Control de Drogas del Ministerio de Seguridad
Pública, como encargado de la firma y aprobación de todas las acciones
tendientes a la programación y ejecución de los recursos económicos aprobados y
asignados por el Ministerio de Hacienda y la Asamblea Legislativa al Programa
Presupuestario 108-098-023, mediante publicación anual en la Ley de Presupuesto
Nacional, para cumplimiento de las metas y objetivos de la Dirección de la
Policía de Control de Drogas, en ausencia del Lic. Allan Solano Aguilar, quien
ocupa el cargo de Director General de la Policía de Control de Drogas por
motivo de incapacidad, vacaciones, viaje fuera del país o bien por encontrarse
fuera de las oficinas centrales de la Dirección en funciones propias de su
cargo, y que consisten en:
1) Firmar recibido conforme, en todas las
facturas de mercancías por compras del Programa 108-098-023.
2) Autorizar con su firma de las solicitudes de
pedido para compras por el procedimiento de contratación administrativa para el
Programa 108-098-023.
3) Autorizar reservas de presupuesto para
traslados a caja chica y compras urgentes, por medio de la caja auxiliar y
gastos fijos, según tipificación del Ministerio de Hacienda, del Programa
108-098-023.
4) Firmar, conjuntamente con el Director
Financiero o el Tesorero, para la emisión de cheques para compras por caja
chica y pago de viáticos.
5) Solicitar las modificaciones necesarias,
mediante traslado de partidas y subpartidas del presupuesto del Programa
108-098-023, ante la Dirección de Presupuesto Nacional o la Asamblea
Legislativa.
6) Aprobar con su firma, la programación
presupuestaria anual del Programa 108-098-023.
7) Aprobar las solicitudes de adelantos de
viáticos y gastos de transporte y sus liquidaciones para gastos realizados
dentro y fuera del país, para personal del Programa 108-098-023.
8) Aprobar las órdenes de publicación para el
Programa 108-098-023, en el Diario Oficial La Gaceta.
9) Aprobar todas aquellas acciones en las que el
se requiera la firma del responsable del Programa 108-098-023, para la
autorización del trámite de ejecución presupuestaria.
Artículo 2º—Rige a partir
del 17 de agosto del 2005.
Rogelio Ramos Martínez,
Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº
23365).—C-25335.—(68185).
N° 320-MSP.—San José, 17 de agosto del
2005
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Y SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las
atribuciones conferidas por el artículo 140, inciso 20) y artículo 146 de la
Constitución Política de Costa Rica.
ACUERDA:
Artículo 1º—Nombrar en el
cargo de Subdirector de la Policía de Control de Drogas del Ministerio de
Seguridad Pública, al Lic. Juan José Arévalo Montoya, cédula de identidad N°
8-060-767, quien ocupa el puesto N° 78143, Jefe I de Investigación.
Artículo 2º—Rige a partir del 17 de
agosto del 2005.
Lic. Rogelio Ramos
Martínez, Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—(Solicitud
Nº 23365).—C-5720.—(68187).
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
N° 048-MOPT.—San José, 12 de abril del
2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y
TRANSPORTES
ACUERDAN:
Artículo 1º—De
conformidad con lo dispuesto por la Ley 7495 del 3 de mayo de 1995, reformada
mediante Ley N° 7757 del 10 de marzo de 1998, publicada en La Gaceta N°
72 del 15 de abril de 1998, expropiar a la empresa Tunatun Internacional Costa
Rica S. A., cédula jurídica número 3-101-238206, representada por el señor
Robert Assaraf, pasaporte 98 RE 14463, dos terrenos que miden: 440,93 metros
cuadrados, según plano catastrado N° A-639542-2000 y 7 542 metros cuadrados,
según plano catastrado N° A-638703-2000, e inscritos en el Registro Público de
la Propiedad al sistema de Folio Real matrícula N° 37260-000, cuya naturaleza
es terreno de potrero, situado en el distrito 2 San José, del cantón 1º
Alajuela de la provincia de Alajuela, y cuyos linderos son: del terreno que mide:
440,93 metros cuadrados, al norte, con calle pública con 45,69 metros; al sur,
con resto de finca; al este, con Antonio Quirós Durán, y al oeste, con sucesión
de Eleida Herrera Herrera, del terreno que mide: 7 542 metros cuadrados, al
norte, con Antonio Quirós Durán; al sur, con Belisario Murillo Vargas; al este,
con resto de finca y Antonio Quirós Durán, y al oeste, con resto de finca.
Siendo necesaria su adquisición para la “Carretera Ciudad Colón-Orotina, Radial
Coyol”.
Artículo 2º—Dicha expropiación se
requiere para la ejecución del citado Proyecto de Obra Pública, conforme las
disposiciones legales citadas y las declaratorias de interés público contenidas
en las Resoluciones Administrativas N° 6000 de fecha 22 de noviembre del 2000,
publicada en La Gaceta N° 44 del 2 de marzo del 2001, corregida mediante
Fe de Erratas de fecha 4 de enero del 2002, publicada en La Gaceta N° 16
del 23 de enero del 2002 y N° 6027 del 22 de noviembre del 2000, publicada en La
Gaceta N° 28 del 8 de febrero del 2001.
Artículo 3º—La
estimación total de los dos lotes es de ¢43.332.627,06 (cuarenta y tres
millones trescientos treinta y dos mil seiscientos veintisiete colones con seis
céntimos), que corresponde al total de la suma a pagar de conformidad con el
avalúo administrativo N° 2005-016 de fecha 25 de febrero del 2005, del
Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Dicho avalúo fue comunicado a la
empresa Tunatun Internacional Costa Rica S. A., no obstante el representante de
la citada empresa no se encuentra en el país, según oficio sin número de fecha
17 de marzo del 2005, del Departamento de Terrenos. El monto del avalúo se
desglosa de la siguiente manera:
-Faja N°
l ¢3.413.062,76
-Faja N° 2 ¢38.919.736,80
-Cerca de malla ciclón ¢999.827,50
-Total: ¢43.332.627,06
Artículo 4º—Dicho
inmueble tiene gravámenes, inscritos en el Registro Público de la Propiedad,
los cuales impiden el otorgamiento de una escritura pública ante la Notaría del
Estado, por lo que procede la confección del presente Acuerdo Expropiatorio,
según lo estipulado en el artículo 28 inciso b) de la Ley de Expropiaciones N°
7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas.
Artículo 5º—Comisionar y autorizar a
la Procuraduría General de la República a efecto de que proceda a interponer el
proceso especial de justiprecio hasta su final ante el Juzgado Contencioso
Administrativo y Civil de Hacienda, incluyendo la protocolización e inscripción
registral del terreno expropiado, conforme lo establecido en la Ley de
Expropiaciones N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas.
Artículo 6º—Rige a partir de su
publicación.
Publíquese.—ABEL PACHECO
DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Trasportes, Randall Quirós
Bustamante.—1 vez.—(Solicitud Nº 33074).—C-23770.—(68023).
MINISTERIO DE SALUD
N° 984-DM.—San José, 24 de mayo del
2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE SALUD
En uso de las facultades
que les confieren los artículos 140 incisos 1) y 20) y 146 de la Constitución
Política; 28 de la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978 Ley General de la
Administración Pública; 3 del Decreto Ejecutivo N° 31078-S, del 5 de marzo del
2003, publicado en La Gaceta N° 61 del 27 de marzo del 2003 “Reglamento
para las Investigaciones en que Participan Seres Humanos”.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Designar a
las siguientes personas como miembros del Consejo Nacional de Investigación de
Salud (CONIS):
a) Dra. María del Carmen Oconitrillo Gamboa,
cédula N° 2-312-235, como suplente de la presidenta Dra. Ileana Herrera
Gallegos.
b) M.Sc. Mariela Víquez Ramírez, cédula N°
4-111-780, como propietaria; Prof. Irene Arias Brenes, cédula Nº 2-239-296,
como suplente.
c) Dra. Sandra Rodríguez Ocampo, cédula Nº
1-650-390, como propietaria; Dr. Ignacio Salón Echeverría, cédula N° 1-443-580,
como suplente.
d) Dr. Luis Alberto Fallas López, cédula N°
1-657-747, como propietario; Dr. Manuel Triana Ortiz, cédula N° 8-063-412, como
suplente.
e) Dra. Sisy Castillo Ramírez, cédula N°
1-564-847, como propietaria, Lic. Edda Quirós Rodríguez, cédula N° 1-509-481,
como suplente.
f) Dr. Rubén Darío Arjona Brown, cédula N°
8-055-522, como propietario; Lic. Barley Quirós Navarro, cédula Nº_3-373-059,
como suplente.
g) Lic. Olmedo Castro Rojas, cédula Nº l-305-431,
como propietario; Lic. Santiago Coto Céspedes, cédula Nº 3-190-731, como
suplente.
h) Lic. Ronald Alberto Chinchilla González,
cédula N° 1-676-023, como asesor legal en sustitución de la Lic. Olga Carrillo
Bianchi.
Artículo 2º—Rige a partir
del 24 de mayo del 2004.
Publíquese.—ABEL PACHECO
DE LA ESPRIELLA.—Dra. María del Rocío Sáenz Madrigal, Ministra de Salud.—1
vez.—(O. C. Nº 488).—C-15695.—(68025).
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
N° 157.—San José, 18 de abril del 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚLICA
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los
artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política, 28 párrafo
segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, la Ley de
Régimen de Zonas Francas Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, la
Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del
Comercio Exterior de Costa Rica Nº 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto
Ejecutivo Nº 29606-H-COMEX del 18 de junio del 2001, denominado Reglamento a la
Ley de Régimen de Zonas Francas y sus reformas.
Considerando:
1º—Que mediante el
acuerdo ejecutivo Nº 101 de fecha 8 de marzo del 2002, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta Nº 66 del 5 de abril del 2002; se le otorgó a la
empresa Compañía de Plásticos Internacional Tapaco Sociedad Anónima, cédula
jurídica Nº 3-101-305775, los beneficios e incentivos contemplados por la Ley
de Zonas Francas Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su
Reglamento.
2º—Que el día 24 de noviembre del
2004, la empresa Compañía de Plásticos Internacional Tapaco S. A., solicitó la
renuncia al Régimen de Zonas Francas ante la Gerencia de Operaciones y Control
de PROCOMER.
3º—Que de conformidad con el artículo
30, inciso a) del Reglamento al Régimen de Zonas Francas, PROCOMER debe
verificar que la empresa esté al día en el pago del derecho por el uso del
régimen y en las demás obligaciones previstas en la Ley 7210, sus reformas y su
Reglamento.
4º—Que la Comisión de Regímenes
Especiales de PROCOMER, en sesión N° 118-2005 celebrada el día 12 de enero del
2005, conoció la solicitud de la empresa Compañía de Plásticos Internacional
Tapaco S. A., y con fundamento en el informe de la Gerencia de Operaciones de
PROCOMER número 49 de fecha 21 de diciembre del 2004, acordó lo siguiente:
“ (...)
1) Trasladar el presente informe al Ministerio de
Comercio Exterior a fin que el Poder Ejecutivo resuelva lo pertinente sobre la
renuncia presentada.
2) En caso de que el Poder Ejecutivo resuelva
aceptar la renuncia presentada, a partir de ese momento se debe eliminar los
cargos por derecho del uso del régimen.”
5º—Que la empresa
Compañía de Plásticos Internacional Tapaco S. A., rindió en su oportunidad el
depósito de garantía, el cual se encuentra vigente a la fecha.
6º—Que se ha cumplido con los
procedimientos de Ley. Por tanto,
ACUERDAN:
1º—Aceptar la renuncia al
Régimen de Zona Franca presentada por la empresa Compañía de Plásticos
Internacional Tapaco S. A.
2º—Otorgar a la empresa Compañía de
Plásticos Internacional Tapaco S. A., el plazo de quince días hábiles a partir
de la notificación del presente acuerdo ejecutivo, para que proceda a la
liquidación de sus operaciones dentro del Régimen de Zona Franca. Una vez
transcurrido dicho plazo, los bienes que no hayan salido de la Zona Franca,
conforme a los procedimientos aplicables, se considerarán en estado de abandono
a favor del Fisco.
3º—Rige a partir de su comunicación.
Comuníquese y
publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Comercio Exterior,
Manuel A. González Sanz.—1 vez.—(68019).
N° 232.—San José, 23 de mayo del 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los
artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 28 párrafo
segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la Ley de
Régimen de Zonas Francas Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la
Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del
Comercio Exterior de Costa Rica Nº 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto
Ejecutivo Nº 29606-H-COMEX del 18 de junio del 2001, denominado Reglamento a la
Ley de Régimen de Zonas Francas y sus reformas,
Considerando:
1º—Que mediante acuerdo
ejecutivo Nº 275-2001 de fecha 10 de setiembre del 2001, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta Nº 182 del 21 de setiembre del 2001; modificado por el
Acuerdo Ejecutivo Nº 153-2004 de fecha 19 de marzo del 2004, sin publicar; y
por el Acuerdo Ejecutivo número 331-2004 de fecha 24 de mayo del 2004,
publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 129 del 2 de julio del 2004;
se le concede a la empresa Coca Cola Industrias S. A., cédula de persona
jurídica Nº 3-101-279501, los beneficios e incentivos contemplados por la Ley
de Régimen de Zonas Francas, Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus
reformas y su Reglamento.
2º—Que mediante carta presentada el 21
de abril del 2005, en la Gerencia de Operaciones de la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Coca Cola Industrias
S. A., solicitó tomar nota de la modificación de la razón social y de la cédula
jurídica inscritas en el Registro Público, de manera que en el futuro éstas se
lean de la siguiente manera: Coca Cola Industrias S. R. L., cédula jurídica Nº
3-102-279501.
3º—Que la Comisión de Regímenes
Especiales de PROCOMER, en sesión número 122-2005, celebrada el día 20 de mayo
del año en curso, conoció la solicitud de la empresa Coca Cola Industrias S.
A., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el
informe de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER Nº 25-2005 de fecha 2 de mayo
del 2005, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del
Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley Nº 7210, sus reformas y
su Reglamento.
4º—Que en virtud de las reformas
legales y reglamentarias que han operado con posterioridad al otorgamiento del
Régimen de Zonas Francas a la empresa, se hace necesario adecuar en lo
conducente el Acuerdo Ejecutivo original.
5º—Que se han observado los
procedimientos de Ley. Por tanto,
ACUERDAN:
1º—Modificar el Acuerdo
Ejecutivo Nº 275-2001 de fecha 10 de setiembre del 2001, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta Nº 182 del 21 de setiembre del 2001, y sus reformas,
de forma tal que, de ahora en adelante, la razón social y la cédula jurídica de
la empresa se lean de la siguiente manera: Coca Cola Industrias, S. R. L.,
cédula jurídica número 3-102-279501.
2º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo Nº
275-2001 de fecha 10 de setiembre del 2001, publicado en el Diario Oficial La
Gaceta Nº 182 del 21 de setiembre del 2001, y sus reformas, para que en el
futuro la cláusula novena se lea de la siguiente manera:
“9. La beneficiaria se obliga a presentar ante
PROCOMER un informe anual de operaciones, en los formularios y conforme a las
condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses siguientes al
cierre del año fiscal. Asimismo, la beneficiaria estará obligada a suministrar
a PROCOMER y, en su caso, al Ministerio de Hacienda, toda la información y las
facilidades requeridas para la supervisión y control del uso del Régimen de
Zonas Francas y de los incentivos recibidos. Asimismo, deberá permitir que
funcionarios de la citada Promotora ingresen a sus instalaciones, en el momento
que lo consideren oportuno, y sin previo aviso, para verificar el cumplimiento
de las obligaciones de la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento.”
3º—En todo lo que no ha
sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo
Nº 275-2001 de fecha 10 de setiembre del 2001, publicado en el Diario Oficial La
Gaceta Nº 182 del 21 de setiembre del 2001, y sus reformas.
4º—La empresa deberá suscribir un
addéndum al Contrato de Operaciones.
5º—Rige a partir de su comunicación.
Comuníquese y
publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Comercio Exterior,
Manuel A. González Sanz.—1 vez.—(68021).
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN NACIONAL
Y POLÍTICA ECONÓMICA
Nº 013-PLAN.—San José, 21
de junio del 2005
El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE PLANIFICACIÓN
NACIONAL
Y POLÍTICA ECONÓMICA
Con fundamento en lo
dispuesto en artículos 140, inciso 20), y 146, de la Constitución Política y
25.1 y 27.1 de la Ley General de la Administración Pública (N° 6227 de 2 de
mayo de 1978).
ACUERDAN:
Artículo 1°—Autorizar a
las señoras Virginia Sancho Alpízar, cédula de identidad número 1-377-778 y
Gabby Somarribas Jones, cédula de identidad número 1-474-129, funcionarias del
Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), para que
viajen y asistan al curso “Modernización del Estado y Planificación para el
Desarrollo Regional y Local”, que se realizará en la Ciudad de Panamá, Panamá,
los días 29 y 30 de junio del 2005.
Artículo 2°—La Agencia de Cooperación
Internacional de Chile (AGCI) cubrirá gastos por concepto de viáticos de las
señoras Sancho y Somarribas y gastos por concepto de transporte de la señora
Sancho. Los tiquetes aéreos de la señora Somarribas serán cubiertos por cuota
de Gobierno. MIDEPLAN cubrirá gastos de pólizas de seguros por accidente y
enfermedad (INS: Seguro Viajeros con Asistencia) de las señoras Sancho y
Somarribas, con cargo al Título 127 (Ministerio de Planificación Nacional y
Política Económica), Programa 863 (Actividades Centrales), Subpartidas 150
(Seguros), del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2005 (Ley N° 8428 de 29 de noviembre del 2004).
Artículo 3°—Rige del 28 de junio al 1º
de julio del 2005.
Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA
ESPRIELLA.—La Ministra de Planificación Nacional y Política Económica a. í.,
Florita Azofeifa Monge.—1 vez.—(Solicitud Nº 25880).—C-10945.—(68141).
N° 014-PLAN.—San José, 21 de junio del
2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
LA MINISTRA DE PLANIFICACIÓN NACIONAL
Y POLÍTICA ECONÓMICA
Con fundamento en lo
dispuesto en artículos 140, inciso 20), y 146, de la Constitución Política y
25.1 y 27.1 de la Ley General de la Administración Pública (N° 6227 de 2 de
mayo de 1978) y en el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para los
Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.
ACUERDAN:
Artículo 1°—Autorizar a
la señora Ana Lucía Gutiérrez Barquero, cédula de identidad número 4-111-698,
funcionaria del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica
(MIDEPLAN), para que viaje y asista al “Encuentro Mundial del 2005 de los
Asociados a los Programas Ciudades Sostenibles y Agenda 21 Local”, que se
realizará en La Habana, Cuba, del 26 de junio al 1º de julio del 2005.
Artículo 2°: El Programa de Naciones
Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) y el Programa de las Naciones Unidas para
los Asentamientos Humanos (ONU-HABITAT) cubrirán gastos de transporte y
viáticos por concepto de hospedaje. MIDEPLAN cubrirá viáticos por concepto de
alimentación y gastos de póliza de seguro por accidente y enfermedad (INS: Seguro
Viajeros con Asistencia) con cargo al Título 127 (Ministerio de Planificación
Nacional y Política Económica), Programa 863 (Actividades Centrales),
Subpartidas 132 (Gastos de Viaje en el Exterior), del Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2005 (Ley N°
8428 de 29 de noviembre del 2004).
Artículo 3°—Rige del 25 de junio al 2
de julio del 2005.
Publíquese.—ABEL PACHECO
DE LA ESPRIELLA.—La Ministra de Planificación Nacional y Política Económica a.
í., Florita Azofeifa Monge.—1 vez.—(Solicitud Nº 25880).—C-10945.—(68142).
N° 015-PLAN.—San José, 12 de julio de
2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE PLANIFICACIÓN
NACIONAL
Y POLÍTICA ECONÓMICA
Con fundamento en lo
dispuesto en artículos 140, inciso 20), y 146, de la Constitución Política y
25.1 y 27.1, de la Ley General de la Administración Pública (N° 6227 de 2 de
mayo de 1978) y en el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para los
Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.
ACUERDAN:
Artículo 1°—Autorizar al
señor German Chacón Araya, cédula de identidad número 1-440-652, funcionario
del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), para
que viaje y asista al taller “Las Comunidades de Aprendizaje, Experiencia del
Chile Solidario”, que se realizará en Viña del Mar, Chile, del 18 al 22 de
julio del 2005.
Artículo 2°—La Comisión Interamericana
de Desarrollo Social de la Organización de Estados Americanos (CIDES) cubrirá
gastos de transporte y viáticos y MIDEPLAN cubrirá póliza de seguro por
accidente y enfermedad (INS: Seguro Viajeros con Asistencia) con cargo al
Título 127 (Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica),
Programa 863 (Actividades Centrales), Subpartida 150 (Seguros) del Presupuesto
Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2005
(Ley N° 8428 de 29 de noviembre del 2004).
Artículo 3°—Rige del 16 al 24 de julio
del 2005.
Publíquese.—ABEL PACHECO
DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Planificación Nacional y Política Económica,
Jorge Polinaris Vargas.—1 vez.—(Solicitud Nº 25880).—C-9520.—(68143).
N° 016-PLAN.—San José, 18 de julio del
2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE PLANIFICACIÓN
NACIONAL
Y POLÍTICA ECONÓMICA
Con fundamento en lo
dispuesto en artículos 140, inciso 20), y 146, de la Constitución Política y
25.1 y 27.1 de la Ley General de la Administración Pública (N° 6227 de 2 de
mayo de 1978) y en el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para los
Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.
ACUERDAN:
Artículo 1°—Autorizar a
la señora Adela Chaverri Tapia, cédula de identidad número 1-512-881, y al
señor Luis Antonio Román Hernández, cédula de identidad número 1-585-568,
funcionarios del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica
(MIDEPLAN), para que viajen y asistan al Seminario Regional “Gobernabilidad,
Democracia y Participación: El Enfoque de las Políticas Públicas”, a realizarse
en Guatemala, Ciudad de Guatemala, del 25 al 29 de julio del 2005.
Artículo 2°—La Agencia de Cooperación
Internacional de Chile (AGCI) cubrirá gastos por concepto de transporte y
viáticos de la señora Chaverri Tapia y gastos de viáticos para el señor Román
Hernández. Los tiquetes aéreos del señor Román serán cubiertos por cuota de
gobierno. MIDEPLAN cubrirá gastos de impuestos de boleto aéreo, impuestos
aeroportuarios de entrada y salida de Guatemala del señor Román y pólizas de
seguro por accidente y enfermedad de los dos participantes (INS: Seguro
Viajeros con Asistencia) con cargo al Título 127 (Ministerio de Planificación
Nacional y Política Económica), Programa 863 (Actividades Centrales),
Subpartida 132 (Gastos de Viaje en el Exterior) del Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2005 (Ley N°
8428 de 29 de noviembre del 2004).
Artículo 3°—Rige del 25 al 29 de julio
del 2005.
Publíquese.—ABEL PACHECO
DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Planificación Nacional y Política Económica,
Jorge Polinaris Vargas.—1 vez.—(Solicitud Nº 25880).—C-11895.—(68144).
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO
DE LA COMUNIDAD
El Registro Público de
Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad del Área Legal y de Registro, hace
constar que la Asociación de Desarrollo Específica Promejoras Comunales de San
Juan de Pavas, San José. Por medio de su representante: Cristina Elizabeth
Araya Rodríguez, cédula 06-0215-0438, ha hecho solicitud de inscripción de
dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la
Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento
que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir
de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en
especial a la Municipalidad, para que formule los reparos que estimen
pertinentes a la inscripción en trámite manifestándolo por escrito a esta Área
de Legal y de Registro.—San José, 12 de agosto del 2005.—Área de Legal y de
Registro, Donald Picado Angulo, Jefe.—1 vez.—(68621).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
Programa Registro de Agroquímicos
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Nº 147/2005.—El señor Carlos Hidalgo Murillo, cédula o pasaporte 1-523-404, en calidad de representante legal de la compañía Dow Agrosciences Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del herbicida, de nombre comercial Stampir 42 EC, compuesto a base de Propanil + Triclopyr, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 8 de agosto del 2005.—Programa Registro de Agroquímicos.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Jefa a. í.—(67565).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Nº 181/2005.—El señor
Carlos Hidalgo Murillo, cédula o pasaporte 1-523-404, en calidad de
representante legal de la compañía Dow Agrosciences Costa Rica S. A., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción
del fungicida, de nombre comercial Gavel 75 WG compuesto a base de Mancozeb +
Zoxamide, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº
7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el
Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles,
contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial
La Gaceta.—Heredia, 8 de agosto del 2005.—Programa Registro
Agroquímicos.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Jefa a. í.—(67563).
Nº 148-2005.—El señor German Quintero
Ovalles, cédula 5-450 951, en calidad de representante legal de la compañía
Insecticidas Internacionales de Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se
encuentra en la ciudad de San Jose, solicita inscripción del herbicida de
nombre comercial Twingo 60 EC, compuesto a base de butaclor, conforme a lo que
establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros
con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del
Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera
publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 18
de agosto del 2005.—Programa Registro de Agroquímicos.—Ing. Aura Jiménez
Ramírez, Jefa.—(67583).
Nº 176-2005.—El señor German Quintero
Ovalles, cédula 5-450-951, en calidad de Representante legal de la compañía
Insecticidas Internacionales de Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se
encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fungicida, de
nombre comercial Inchloraz 40 EC, compuesto a base de Procloraz, conforme a lo
que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a
terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio
Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir
de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia,
18 de agosto del 2005.—Programa Registro de Agroquímicos.—Ing. Aura Jiménez
Ramírez, Jefa.—(67585).
Nº 175-2005.—El señor German Quintero
Ovalles, cédula 5-450-951, en calidad de representante legal de la compañía
Insecticidas Internacionales de Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se
encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fungicida, de
nombre comercial Onix 25 SC, compuesto a base de Propiconazole + Carbendazina,
conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se
solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio
Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a
partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La
Gaceta.—Heredia, 18 de agosto del 2005.— Programa Registro de
Agroquímicos.—Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa.—(67586).
Nº 167-2005.—El señor German Quintero
Ovalles, cédula 5-450-951, en calidad de Representante Legal de la compañía
Insecticidas Internacionales de Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se
encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del insecticida, de
nombre comercial Cebicid 80 WP, compuesto a base de Carbaril, conforme a lo que
establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros
con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del
Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera
publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia,
18 de agosto del 2005.—Programa Registro de Agroquímicos.—Ing. Aura Jiménez
Ramírez, Jefa.—(67587).
Nº 151-2005.—El señor German Quintero
Ovalles, cédula 5-450-951, en calidad de Representante Legal de la compañía
Insecticidas Internacionales de Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se
encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fungicida, de
nombre comercial Inicol 70 WP, compuesto a base de Propineb, conforme a lo que
establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros
con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del
Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera
publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 18
de agosto del 2005.—Programa Registro de Agroquímicos.—Ing. Aura Jiménez
Ramírez, Jefa.—(67588).
Nº 150-2005.—El señor German Quintero
Ovalles, cédula 5-450-951 en calidad de Representante Legal de la compañía
Insecticidas Internacionales de Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se
encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del herbicida, de
nombre comercial Dimetrin Facil 80 WG, compuesto a base de Ametrina + Diuron,
conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria No. 7664. Se
solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio
Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a
partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La
Gaceta.—Heredia, 18 de agosto del 2005.—Programa Registro de
Agroquímicos.—Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa.—(67590).
Nº 149-2005.—El señor German Quintero
Ovalles, cédula 5-450-951, en calidad de Representante Legal de la compañía Insecticidas
Internacionales de Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la
ciudad de San José, solicita inscripción del herbicida, de nombre comercial
Duplo 48 EC, compuesto a base de Butaclor + Propanil, conforme a lo que
establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros
con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del
Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera
publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 18 de
agosto del 2005.—Programa Registro de Agroquímicos.—Ing. Aura Jiménez Ramírez,
Jefa.—(67591).
Nº 170-2005.—La señora Ivette Enríquez
Guevara, cédula o pasaporte 420 183438-00 3963, en calidad de Representante
Legal de la compañía FMC Latinoamérica S. A., cuyo domicilio fiscal se
encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del insecticida, de
nombre comercial Brigadier 0,3 GB, compuesto a base de Bifentrina, conforme a
lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a
terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio
Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a
partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La
Gaceta.—Heredia, 8 de agosto de 2005.—Programa Registro de
Agroquímicos.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Jefa a.í.—(67597).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
N° 153-2005.—El señor
Mario Arrea Siermann, cédula o pasaporte Nº 1 542 398, en calidad de
representante legal de la compañía Syngenta Costa Rica S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita inscripción del
Fungicida, de nombre comercial Score 25 EC, compuesto a base de Difenoconazol,
conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se
solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio
Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a
partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La
Gaceta.—Heredia, 8 de agosto del 2005.—Programa Registro Agroquímicos.—Ing.
Marielos Rodríguez Porras, Jefa, a, í.—(67995).
Nº 143-2005.—El señor Marvin Martínez Araya, cédula o pasaporte Nº 3-175-543, en calidad de representante legal de la compañía Químicas Costarricenses S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fungicida, de nombre comercial Agromart Imazalil 50 EC, compuesto a base de Imazalil, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 8:10 horas del 27 de julio del 2005.—Gerencia de Insumos Agrícolas.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Jefa a. í.—(68477).
Nº 156-2005.—El señor Juan Carlos Cruz Solís, cédula 2-337-260, en calidad de representante legal de la compañía Basf de Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fungicida, de nombre comercial Opal 7,5 EC, compuesto a base de Epoxiconazol, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 8 de agosto del 2005.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Jefa a. í.—(68521).
Nº 145-2005.—El señor Luis Carlos Gómez Robleto, cédula 1-447-989, en calidad de Representante Legal de la compañía Aguas Frescas del Pacífico S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fungicida-Bactericida, de nombre comercial New Funbact 25 SL, compuesto a base de Sulfato de Cobre, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 10 de agosto del 2005.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Jefa a.í.—(68612).
Nº 172-2005.—El señor Víctor Manuel Madrigal Ureña, cédula número 1-310-479, en calidad de Representante Legal de la Compañía Agrofuturo S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del insecticida, de nombre comercial Drexel Carbaril 48 SC, compuesto a base de Carbaril, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 8 de agosto del 2005.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Jefa a.í.—(68620).
DIRECCIÓN DE SALUD ANIMAL
EDICTOS
Bernardo Calvo Rodríguez,
con cédula de identidad Nº 1-673-308, vecino de Guápiles, en calidad de regente
veterinario de la compañía Droguería Mont Vec, con domicilio en Jiménez,
Pococí, Limón, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del
grupo 3: Biocan R INJ. Vacuna Antirrábica Inactivada. Fabricado por:
Laboratorio Bioveta, A. S., República Checa, UE, con los siguientes principios
activos: virus de la rabia inactivada y las siguientes indicaciones
terapéuticas: para la inmunización activa contra la enfermedad de la rabia en
perros, gatos, vacunos, caballos, ovejas, cabras, cerdos y animales de piel.
Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG, “Reglamento de Registro y
Control de Medicamentos Veterinarios”, se cita a terceros con derecho a
oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5
días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este
edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 18 de agosto del
2005.—Departamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.—Dr.
Benigno Alpízar Montero.—1 vez.—(68068).
Bernardo Calvo
Rodríguez, con cédula de identidad Nº 1-673-308, vecino de, Guápiles, en
calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Mont Vec con domicilio
en Jiménez, Pococí, Limón, solicita el registro del siguiente medicamento
veterinario del grupo 3: Clotean Inj. Ad us Vet. Antitoxina Tetánica. Fabricado
por Laboratorio Bioveta, A. S. República Checa, UE, con los siguientes
principios activos: antitoxina tetánica y las siguientes indicaciones
terapéuticas: para la inmunización activa pasiva de animales sometidos a
procesos quirúrgicos, heridas o en otras condiciones similares, para la terapia
del tétano en los estados iniciales de la enfermedad. Con base en el Decreto
Ejecutivo Nº 28861-MAG, “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos
Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan
valer en este Departamento, dentro del término de 5, días hábiles, contados a
partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial
La Gaceta.—Heredia, 18 de agosto del 2005.—Departamento de Registro y
Control de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Benigno Alpízar Montero.—1
vez.—(68069).
El Señor Javier Molina Ulloa, cédula Nº 1-543-142, vecino de Heredia, en calidad de Regente Veterinario de la Compañía Droguería Molimor JS SRL con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Vapona 500 EC. Fabricado por: Laboratorio Formulaciones Químicas S. A. (Formuquisa) Para Amvac Chemical Inc, con los siguientes principios activos: Diclorvos 48.5% y las siguientes indicaciones terapéuticas: control de Tórsalo, garrapatas, ácaros de la sarna y moscas que afectan al ganado. Se recomienda su uso en aspersión sobre el ganado y en instalaciones pecuarias. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 21 de julio del 2005.—Dr. Benigno Alpízar Montero.—1 vez.—(68520).
DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD
Y MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA
EDUCATIVO
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta Subdirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 128, asiento N° 615, emitido por el Liceo
Académico Diurno de Ciudad Neily, en el año dos mil uno, a nombre de William
Calderón Nájera. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 1º de agosto del 2005.—Lic.
Marvin Loría Masís, Subdirector.—(67268).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Subdirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios
de la Educación Diversificada, “Rama Académica”, Modalidad de Ciencias y
Letras, inscrito en el tomo 1, folio 43, título Nº 531, emitido por el Colegio
Seráfico San Francisco, en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de
Cubero Sancho Leda Cecilia. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 8 de julio del
2005.—División de Control de Calidad.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—Nº
53000.—(67925).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta Subdirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios
de Educación Diversificada, Rama Académica, Modalidad de Ciencias y Letras,
inscrito en el tomo 1, folio 88, título Nº 1116, emitido por el Liceo José
Joaquín Vargas Calvo, en el año mil novecientos ochenta, a nombre de Gladys
Salazar Navas. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, dieciséis de agosto del dos
mil cinco.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(68057).
Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 8, Título N° 78, y del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Dibujo Arquitectónico, inscrito en el Tomo 1, Folio 47, Título N° 854, ambos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional Industrial de Calle Blancos, en el año mil novecientos ochenta y nueve, a nombre de Peña Cruz Gustavo Adolfo. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 20 de junio del 2005.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(68609).
REGISTRO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir
a su Estatuto Social de la organización social denominada: Unión de
Trabajadores Agrícolas Cartagineses, siglas UTRAC, acordada en asamblea
celebrada el 29 de mayo del 2005. Expediente A-188. En cumplimiento con lo
dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la
inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La
reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este
Registro mediante tomo: 1, folio: 219, asiento: 4.362, del día 9 de agosto del
2005. La reforma afecta los artículos 13 y 14 del estatuto.—San José, 9 de
agosto del 2005.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(67253).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De
conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y
Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que
acordó introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada:
Cooperativa de Caficultores de Pilangosta R. L., siglas COOPEPILANGOSTA R. L.,
acordada en asamblea celebrada el 12 de marzo del 2005. Expediente 42. En
cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones
Cooperativas, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el
Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos 9, 17, 37 y 65
del estatuto.—San José, 31 de mayo del 2005.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez,
Jefe.—Nº 52964.—(67926).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
este Registro ha procedido a la inscripción de la organización social
denominada: Sindicato de Policías y Oficiales de la Seguridad Pública y
Privada, siglas SIPO, acordada en asamblea celebrada el día 4 de agosto del
2005. Expediente Nº P-209. Habiéndose cumplido con las disposiciones contenidas
en los artículos 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se procede a la inscripción
correspondiente. La organización ha sido inscrita en los libros de registro que
al efecto lleva este Registro mediante tomo: 15, folio: 453, asiento: 4364 del
18 de agosto del 2005. La junta directiva se formó de la siguiente manera:
Secretario General Melchor
Astúa Venegas
Subsecretario General Marvin
Ramírez Fallas
Secretario de Actas y Correspondencia German Álvarez Marín
Secretario de Conflictos y Relaciones
Públicas Minor
Carazo Espinoza
Secretaria de Finanzas Silvia
Monge Mora
Vocal 1 Arcilio
Sánchez Cisneros
Vocal 2 Rolando
Rodríguez Carvajal
Fiscal Orlando
Espinoza García
San José, 18 de agosto
del 2005.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(68011).
REGISTRO NACIONAL
CIRCULAR REGISTRAL-DRP-9-2005
De: Lic. Róger Hidalgo
Zúñiga.
Director Registro de la Propiedad
Inmueble.
Para: Subdirección;
Asesoría Jurídica; Coordinación Registral; Coordinación del Área de Servicios;
Jefes de Registradores; Registradores y Dirección de Regionales.
Fecha: 11 de agosto del
2005.
Asunto:
• Aclaración a la Circular Registral DRP-1-2002: área original
inscrita.
Según el “Por tanto” de
la Circular Registral DRP-1-2002, del 18 de octubre del 2002, en aplicación del
artículo 22 de la Ley de Catastro Nacional:
“...Así las
cosas, con un plano catastrado se puede rectificar la medida de un inmueble
hasta un máximo de un diez por ciento de su área original inscrita,
no importando el origen del título que motivó la inscripción, siempre y cuando
la rectificación no exceda dicho porcentaje. Para rectificaciones en
sede notarial, mayores a ese diez por ciento, sigue rigiendo lo que
señala el artículo 13 de la Ley de informaciones posesorias, debiendo
efectuarse el estudio registral de los antecedentes hasta el 23 de octubre de
1930, que siempre se ha realizado. Los tribunales siempre conservan la
competencia para resolver sobre rectificaciones de medida, que excedan los
porcentajes que señala el artículo 13 de la referida Ley de informaciones
posesorias (artículo 14 de dicha Ley)...”
Se aclara que se debe
tomar como “área original inscrita”, la que indique la publicidad registral
vigente, Y No la que genere un estudio del tracto sucesivo histórico de
la finca de que se trate.
El cumplimiento de este criterio es
de carácter obligatorio, de acuerdo con lo que indica el artículo 16 de la
Ley sobre inscripción de documentos en el Registro Público, Nº 3883 del 30 de
mayo de 1967 y sus reformas.—San José, 17 de agosto del 2005.—Lic. Róger
Hidalgo Zúñiga, Director.—1 vez.—(Solicitud Nº 42886).—C-9045.—(68027).
CIRCULAR REGISTRAL-DRP-10-2005
De: Lic. Róger Hidalgo
Zúñiga.
Director Registro de la Propiedad
Inmueble
Para: Subdirección;
Asesoría Jurídica; Coordinación Registral; Coordinación del Área de Servicios;
Jefes de Registradores; Registradores y Dirección de Regionales.
Fecha: 11 de agosto del
2005.
Asunto:
• Anotación e inscripción de mandamientos
judiciales.
En acatamiento de lo que
ordena el “considerando IV” del voto 10991-2000, de las 15:22 horas, del 12 de
diciembre del 2000, que en lo conducente indica lo siguiente:
“... Es dable afirmar que
la gestión planteada por un Juez del Poder Judicial ante el Registro Público de
la Propiedad, para que anote al margen de una finca la existencia de una
demanda, no constituye un exhorto ni un suplicatorio, sino -como dice el mismo
numeral 282 citado- un mandamiento, es decir, una orden judicial que el
Registro está obligado a acatar, pues en estos casos actúa como mero auxiliar
de la Justicia, según los términos del artículo 140 inciso 9) de la
Constitución Política.
(...).
Debe partirse
de que la función del Registro Público de la Propiedad Inmueble, a la hora de
recibir un mandamiento de anotación de demanda judicial, debe limitarse a
efectuar la debida anotación o inscripción del documento (según corresponda) y
a informar al juez en caso de detectar en el mandamiento aspectos
contradictorios o erróneos, para que sea el órgano jurisdiccional respectivo el
que dicte las órdenes correspondientes...”
A partir de esta fecha; no
procederá la cancelación de presentación de un mandamiento judicial. En el
caso de no existir la finca relacionada en el mandamiento, lo que impide llevar
a cabo la anotación o inscripción del mandamiento judicial; se hará constar ese
motivo, y se devolverá defectuoso el documento, en espera de que la autoridad
judicial ordene lo que considere pertinente.
La cancelación de los mandamientos
judiciales procederá únicamente en los siguientes casos:
a) Aplicación de la prescripción de los artículos
471 y 468 del Código Civil.
b) Cuando deba resolverse la colisión de un
derecho real frente a uno personal, conforme lo dispone el artículo 455 del
Código Civil.
c) Cuando debiendo pagar los derechos respectivos
en razón de la materia; éstos no sean debidamente cancelados.
Se deja sin efecto,
cualquier circular anterior que contraríe la aplicación de la presente disposición.—Lic.
Róger Hidalgo Zúñiga, Director.—1 vez.—(Solicitud Nº 42886).—C-11420.—(68028).
OFICINA CENTRAL DE MARCAS DE GANADO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Nº 73.485.—Campos Jiménez
Claudio, cédula Nº 1-354-403, mayor, casado una vez, agricultor, con domicilio
en Puntarenas, Buenos Aires, Potrero Grande, solicita el registro de:
7
O
Y
como marca de ganado que usará
preferentemente en vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para
hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a
partir de la primera publicación de este edicto. De conformidad con el artículo
15 de la Ley 7978, una vez notificado el presente edicto, rige un plazo de 15
días para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 23 de
mayo del 2005.—Nº 46783.—(57532).
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
AVISOS
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación de Fútbol Sala. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 555, asiento: 18739.—Curridabat, 3 de agosto del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(68044).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Entrenadores de Futsal, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Agrupar a los entrenadores de Futsal de Costa Rica, con el propósito de brindar servicios en toda esta materia. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo con un límite de suma de tres millones de colones y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Rodrigo León Chaverri. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 555, asiento: 18752).—Curridabat, 18 de agosto del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(68045).
Se hace saber a
terceros e interesados que dentro de las diligencias administrativas incoadas
de oficio por este Registro, en razón de la existencia de un error registral en
la inscripción del documento que ocupó el asiento diecisiete mil seiscientos
cinco (17605), del tomo cuatrocientos sesenta y nueve (469) del Diario, que es
protocolización de acta de la entidad Latincermex S. A., se resolvió consignar
inmovilización en sus inscripciones registradas en el sistema automatizado bajo
el número de cédula jurídica 3-101-179002, la que deberá mantenerse hasta que
los interesados soliciten su levantamiento por los medios procedentes o una
autoridad judicial competente ordene su cancelación. (Referencia: expediente Nº
RPJ-015-2005).—Curridabat, 9 de agosto del 2005.—Lic. Grace Lu Scott Lobo,
Subdirectora.—1 vez.—(Solicitud Nº 18193).—C-5720.—(68056).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación de Mujeres de Acosta. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 552, asiento: 3992.—Curridabat, 23 de mayo del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 53328.—(68391).
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Iglesia Poder
Restaurador de Jesucristo, con domicilio en la provincia de Cartago. Cuyos
fines principales entre otros son los siguientes: Extensión del Reino de
Jesucristo, mediante la predicación de la palabra de Dios. Cuyo representante
judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto
lo es el Presidente: Alberto Stephenson Sterling. Por encontrarse dicha entidad
dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de
1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los
requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación
a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
(Tomo: 554, asiento: 2693.—Curridabat, 24 de junio del 2005.—Lic. Enrique
Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 53351.—(68392).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación Administradora de Acueducto de Monterrey de San Carlos. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 555, Asiento: 8013; Adicional Tomo: 544, Asiento: 13484.—Curridabat, 21 de julio del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 53440.—(68558).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación de Damas Diplomáticas. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 550, Asiento: 4529.—Curridabat, 15 de abril del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 53394.—(68559).
REGISTRO DE DERECHOS DE AUTOR Y
CONEXOS
AVISO
Isabel Jiménez Odio,
mayor, casada una vez, MBA en Administración de Negocios, cédula de identidad
1-793-375, vecina de La Unión de Tres Ríos, apoderada generalísima sin límite
de suma de Inmobiliaria M & J S. A., cédula jurídica 3-101-098259 y
domiciliada en San José, solicita la inscripción a favor de su representada de
los derechos morales y los derechos patrimoniales sobre la obra literaria colectiva
divulgada titulada CONOZCA
SU CASA. Los derechos
morales sobre las fotografías contenidas en la obra le corresponden a Demarca
Publicidad S.A., cédula jurídica Nº 3-101-229447. La obra consiste en un
folleto para los clientes sobre los materiales utilizados en la construcción de
sus casas y facilitar el mantenimiento preventivo de los mismos. Publíquese por
una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes
crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los
treinta días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo ciento
trece de la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos. Expediente Nº
4676.—Curridabat, 16 de agosto del 2005.—Lic. Andrés Hernández Osti.—1 vez.—Nº
53212.—(68393).
REGISTRO DE PATENTES DE INVENSIÓN
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
La
señora Karla Villalobos Wong, mayor, soltera, abogada, cédula 1-1036-375,
vecina de San José, en su condición de Codena Inc, de Canadá, solicita la
Patente de Invención denominada EXTRACTOS DERIVADOS DE PLANTAS DE QUINOPODIO
Y USOS DE ESTOS. Esta invención se refiere a pesticidas botánicos. En
particular esta invención se refiere a compuestos y métodos para controlar
pestes que infectan las plantas con extractos y plantas y en forma notable con
composiciones comprendiendo extractos de aceites derivados de material de la
planta Chenopodium sp. La invención además se refiere a compuestos
comprendiendo esos extractos como compuestos pesticidas que además brindan las
ventajas de un desarrollo mínimo de resistencia a los mismos, toxicidad mínima
para los mamíferos, actividad residual mínima y compatibilidad ambiental. Los
compuestos pesticidas de la presente invención comprenden a-terpinene,
p-cimente, limonene, carvacrol, carveol, nerol, timol y carvona. La memoria
descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A01N 65 /00, cuya
inventora es Helene Chiasson. La solicitud correspondiente lleva el número
7679, y fue presentada a las 10:04:04 del 10 de febrero de 2005. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de agosto de
2005.—Lic. Ana Catalina Monge, Registradora.—Nº 54022.—(67495).
El señor Ernesto Gutiérrez Blanco,
mayor, casado, abogado, vecino de San José, cédula 1-848-886, en su condición
de apoderado especial de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención
denominada AGONISMO DEL RECEPTOR DE 5HT2A PARA EL TRATAMIENTO DE DISFUNCIÓN
TERMOREGULADORA. La presente invención se relaciona con un método para
tratar desórdenes termorreguladores mediante la administración de compuestos y composiciones
de compuestos que mediante la modulación de los niveles de 5HT activan el
receptor 5HT2a. Se relaciona con la terapia utilizando antagonistas de 5HTla y
IAs en combinación y composiciones farmacéuticas y productos que lo contengan.
La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31 /138, cuyos
inventores son Liza Leventhal, Kimberly Jean Sipe, Lawrence Thomas O’ Connor,
Terrance Harold Andree, Darlene Coleman Deecher, Istvan Jozsef Merchenthaler.
La solicitud correspondiente lleva el número 7688, y fue presentada a las
10:56:15 del 14 de febrero de 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese en el
diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 28 de julio de 2005.—Lic. Rafael Quesada, Registrador.—Nº
54023.—(67496).
INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. 11865-P.—Tormentas
del Pacífico S. A., solicita concesión de aprovechamiento de agua del pozo
denominados, C N - 425 en su propiedad en Sardinal, Carrillo, Guanacaste.
Coordenadas 280.100-347.800 Hoja Carrillo Norte utilizará 2,5 litros por
segundo para usos domésticos, piscina doméstica y riego. Quienes se consideren
lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 18 de agosto de 2005.—Departamento
de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(68020).
Expediente Nº 11868-P.—Banco Cuscatlán de Costa
Rica S. A. (Fiduciario del Fideicomiso
Global Outreach S. A.), solicita en concesión 4,50 litros por segundo del pozo
MTP-160, perforado en su propiedad en Santa Cruz, para usos turísticos.
Coordenadas 266.248-340.586, hoja Matapalo. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 23 de agosto del 2005.—Departamento de Aguas.—J. M.
Zeledón Calderón, Jefe.—(68470).
Expediente Nº
11867-P.—Banco Cuscatlán de Costa Rica S. A. (Fiduciario del Fideicomiso Global
Outreach S. A.), solicita en concesión 2,35, 3,80, 4,35, litros por segundo
respectivamente de los pozos MTP-163, 164 y 165, perforado en su propiedad en
Santa Cruz, para usos turísticos. Coordenadas 267.060-340.900 / 267.230-340.875
/ 266.970-340.910, hoja Matapalo. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 23 de agosto del 2005.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón,
Jefe.—(68471).
Registro Civil-Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. N°
24520-2003.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San
José, a las diez horas del trece julio del dos mil cinco. Diligencias de ocurso
incoadas en este Registro por Víctor Rubén Romero Leitón, mayor, costarricense,
soltero, comerciante, cédula de identidad número siete-cero veintitrés-ochocientos
noventa y siete, Virginia Jiménez Arias, mayor, soltera, costarricense,
comerciante, cédula de identidad número siete-cuarenta y cuatro-seiscientos
ochenta y dos, Víctor Andrey Romero Jiménez, mayor, costarricense, soltero,
estudiante, cédula de identidad número siete-ciento cuarenta y uno-ochocientos
noventa y cinco, vecinos de Limón, solicitan la rectificación del asiento de
naturalización de Felipe Rubén Romero, visible al folio doscientos ochenta y
uno/doscientos ochenta y dos, página ciento seis, acuerdo número ciento treinta
y cuatro, del libro de acuerdos número quince del Ministerio de Relaciones
Exteriores en poder del Registro Civil, en el sentido que el apellido es “Ching
hijo de Koe Quian Ching y Ng Shee” y no como se consignó. De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 66 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de
Elecciones y del Registro Civil, practíquese la respectiva anotación marginal
de advertencia en el asiento de naturalización correspondiente, se ordena
publicar por tres veces el edicto de ley para que los interesados dentro de
ocho días posteriores a la primera publicación, aleguen sus derechos.
Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a í.—Lic. Ligia María
González Richmond, Jefa.—Nº 52736.—(67500).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Expediente N°
5721-2004.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San
José, a las doce horas cuarenta minutos del dos de junio del dos mil cinco.
Diligencias de ocurso incoadas en este Registro por Flor de María Argüello
Zúñiga, divorciada, del hogar, costarricense, cédula de identidad número
ocho-cero cero uno-setecientos cuarenta y siete, vecina de Pavas, Rohrmoser,
tendente a la rectificación de su asiento de naturalización que lleva el número
setecientos cuarenta y siete, folio cuatrocientos cuarenta y cinco, del tomo
uno, de la Sección de Opciones y Naturalizaciones, en el sentido que el lugar y
la fecha de nacimiento de la persona ahí inscrita son “San Jorge, Rivas,
Nicaragua, el dieciséis de noviembre de mil novecientos treinta y siete”
respectivamente y no como se consignaron. De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del
Registro Civil, practíquese la respectiva anotación marginal de advertencia en
el asiento de naturalización correspondiente, se ordena publicar por tres veces
el edicto de ley para que los interesados dentro de ocho días posteriores a la
primera publicación, aleguen sus derechos.—Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas
Vargas, Director General a. í.—Lic. Ligia María González Richmond,
Jefa.—(67986).
Se avisa a las
partes interesadas que en este Registro se encuentra en trámite el proceso
administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de David Rubén Castro
Mendoza. Expediente Nº 10048-05.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de
Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas veinticinco minutos del cinco de
agosto del dos mil cinco. Proceso administrativo de rectificación del asiento
de nacimiento de David Rubén Castro Mendoza, que lleva el número seiscientos
ochenta y siete, folio trescientos cuarenta y cuatro, tomo quinientos
veintiuno, de la Sección de Nacimientos de la provincia de Alajuela, en el
sentido que el mismo es hijo de “José Francisco Cuenca Prado, ecuatoriano y
Lesbia Mendoza Pavón, nicaragüense” y no como se consignó. Se confiere
audiencia dentro del término de ocho días a partir de la primera publicación en
el Diario Oficial La Gaceta a los señores Rubén Castro Alvarado, José
Francisco Cuenca Prado y David Rubén Castro Mendoza, con el propósito de que se
pronuncien en relación a este proceso. Conforme lo señala el artículo 66 de la
Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese
este edicto por tres veces en el mismo Diario y se previene a las partes
interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic.
Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond,
Jefa.—(Nº 1031-2005).—C-28520.—(68032).
Expediente N° 30115-04.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de agosto del dos mil cinco. Proceso administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Jonathan Mauricio Calderón Zúñiga, que lleva el número setecientos sesenta y seis, folio trescientos ochenta y tres, del tomo cuatrocientos treinta y seis, de la Sección de Nacimientos de la provincia de Cartago, por aparecer inscrito como Jonathan Mauricio Zúñiga Zúñiga, en el asiento número quinientos treinta y cinco, folio doscientos sesenta y ocho, tomo cuatrocientos treinta y siete, de la Sección de Nacimientos de la provincia de Cartago y de rectificación del precitado asiento de nacimiento en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Marvin Calderón Rodríguez y María Isabel Zúñiga Madriz, costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, se confiere audiencia dentro del término de ocho días a partir de la primera publicación en el Diario Oficial La Gaceta a los señores Johnny Mauricio Zúñiga Mata, María Isabel Zúñiga Madriz y Marvin Calderón Rodríguez, con el propósito que se pronuncien en relación a este proceso administrativo. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—(Nº 1031-2005).—C-28520.—(68033).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Expediente N° 35644-2004.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas treinta minutos, del dieciséis de agosto del dos mil cinco. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Ana Isabel Cortés Espinoza, que lleva el número trescientos treinta y uno, folio ciento sesenta y seis, del tomo ochocientos cincuenta y cinco, de la Sección de Nacimientos de la provincia de Alajuela, inscrito en provincia que no le corresponde por cuanto nació en el Hospital Dr. Enrique Baltodano Briceño y el partido que le corresponde es Guanacaste donde se inscribirá. Se confiere audiencia por ocho días al señor Jaime Cortés Cortés y a la señora Margarita Espinoza Caldera, después de la notificación y la publicación con el propósito que se pronuncien. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(Nº 1030-2005).—C-6195.—(68030).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Roxana María Padilla Vindas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1409-2005.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cuarenta y cuatro minutos del diecinueve de julio del dos mil cinco. Ocurso. Expediente Nº 09654-2005. Resultando: 1º—…, 2º—… Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…, Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de María Fernanda Goñi Rodríguez, en el sentido que el primer apellido de la madre de la misma es “Padilla” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa Sección de Actos Jurídicos.—1 vez.—(68061).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Máximo Rivera García, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 0923-05.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas veinte minutos del dos de junio del dos mil cinco. Expediente Nº 6298-05. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de matrimonio de Máximo Rivera García con María Antonieta Azofeifa Solano, lleva el número... en el sentido que el segundo apellido de la madre del cónyuge es “Benítez” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 53191.—(68394).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Carlos Alberto García Beita, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1245-2005.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas veintiséis minutos del veintinueve de junio del dos mil cinco. Ocurso. Expediente N° 1548-2005. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Carlos Alberto García Beita, en el sentido que los apellidos de la madre son “Castro Beita” y no como se consignaron, se deniega en cuanto al otro extremo de la petitoria. Publíquese esta resolución por una vez en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 53217.—(68395).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Md. Khayrul Islam, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 1603-05.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas treinta y cinco minutos del diez de agosto del dos mil cinco. Expediente Nº 10547-05. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de matrimonio de Md Khayrul Islam, no indica segundo apellido con Tania Marcela Cardozo Monge, que lleva el número... en el sentido que el nombre del padre y el apellido de la madre del cónyuge son “Hazi Md.” y “Khatun, no indica segundo apellido” respectivamente y “no indican nacionalidad de los padres”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond. Jefa.—1 vez.—Nº 53243.—(68396).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Dennis Wayne Christopher, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 1574-05. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las siete horas treinta minutos del nueve de agosto del dos mil cinco. Expediente Nº 4229-05. Resultando: 1º—… 2º—… Considerando: I.—Hechos Probados... II.—Hechos no Probados... III.—Sobre el fondo...; Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de matrimonio de Dennis Wayne Christopher, no indica segundo apellido con Andrea Viviana Barrientos Rojas, que lleva el número... en el sentido que el nombre de la madre del cónyuge es Joyce Marie.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 53410.—(68560).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de Solicitud de naturalización
Claudia Anabel
Valle Pérez, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, carné refugiado
070NIC000237302, vecina de Liberia Guanacaste, expediente Nº 3891-2004. Se ha
presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto
por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155
del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la
nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas
del caso.—San José, 6 de junio del 2005.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director
General a. í.—1 vez.—(68018).
Edwin Geovany Torrez Barrera, mayor, soltero, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 135-RE-49649-00-99, vecino de Santa Ana, San José, expediente Nº 3307-2004. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 6 de junio del 2005.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—1 vez.—Nº 53227.—(68397).
Daysi Janiva Torrez Barrera, mayor, mayor, soltera, del hogar, nicaragüense, cédula de residencia 135-RE-49648-00-99, vecina de Santa Ana, San José, expediente Nº 3305-2004. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 6 de junio del 2005.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—1 vez.—Nº 53228.—(68398).
Anabell
Martínez Rizo, mayor, soltera, miscelánea, nicaragüense, cédula de residencia
270-179752-104122, vecina de Puntarenas, expediente 2675-2003. Se ha presentado
a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los
artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de
abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad
costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San
José, 13 de julio del 2005.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a.
í.—1 vez.—Nº 53309.—(68399).
CIENCIA Y TECNOLOGÍA
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 00130-2005
Compra de productos de cómputo
La Proveeduría
Institucional, recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 7 de octubre del
2005, para la licitación supracitada.
El
interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema Compra Red en forma
gratuita en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a
partir de esta notificación, o podrá obtenerlo en la Proveeduría Institucional
del Ministerio de Ciencia y Tecnología, que se encuentra ubicado 1 300 metros
norte de la Embajada Americana. Edificio Franklin Chang.
MBA Fressy Corrales
Esquivel, Proveedora Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 051).—C-4295.—(69345).
CAJA COSTARRICENSE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL SAN CARLOS
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 05-007
H.S.C.
Una cámara de flujo laminar para corte
de biopsias
La Unidad de Compras del
Hospital San Carlos, recibirá ofertas para el siguiente artículo:
Licitación por registro
Nº 05-007 H.S.C., descripción 01 una cámara de flujo laminar para corte de
biopsias.
Fecha y hora de recibo y apertura de
oferta: 20 de setiembre del 2005 a las 13:00 horas.
Costo del cartel ¢500,00
El cartel con las condiciones y
especificaciones está a disposición de los interesados en la Unidad de Compras
del Hospital San Carlos, situado 2 kilómetros al norte del Parque de Ciudad
Quesada. Para más información al teléfono 460-4805.
San Carlos, 25 de agosto
del 2005.—Oficina de Compras.—Lic. María Dolores Zúñiga Gamboa, Jefa.—1
vez.—(69362).
HOSPITAL SAN FRANCISCO DE ASÍS
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 005-2005
Equipo de cómputo
El
Hospital San Francisco de Asís, comunica la fecha de apertura: viernes 16 de
setiembre del 2005, a la 1:30 p. m., el cartel se encuentra disponible para
retiro en el Servicio de Proveeduría en el siguiente horario.
De lunes
a jueves de 2:00 a 3:00
Viernes de 1:00 a 2:00
Grecia,
23 de agosto del 2005.—Proveeduría.—Bach. Mª del Carmen Víquez Rojas, Jefa.—1
vez.—(69391).
INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO
POLICITACIÓN Nº 78-05
Venta bienes inmuebles
El Instituto Nacional de
Vivienda y Urbanismo (INVU), avisa a los interesados que desean adquirir una
propiedad, que recibirá propuestas hasta las diez horas (10 a.m.) del día 20 de
setiembre del 2005.
VENTA DE BIENES INMUEBLES:
Propiedad |
Área m² |
Plano catastrado |
Detalle |
Precio base ¢ |
Folio Real 1163865-000 |
321,49 |
SJ-250081-95 |
Lote Nº 1 Urbanización La Troja |
7.297.823,00 |
Folio Real 1183396-000 |
1.453,68 |
SJ-472131 |
Reserva, forma irregular, frente a calle pública, ubicada en San José, Distrito 10, cantón primero San José Urbanización Hatillo Nº 1, frente Bomba Shell en la entrada de Hatillo 1 |
35.615.160,00 |
Folio Real 1094078 |
4.728,11 |
SJ-852961-2003 |
Lote Reserva Nº 2, sito Provincia de San José, Cantón 1º Distrito 11 San Sebastián, Urbanización San Sebastián Nº 3, 25 oeste de la Guardia Rural |
28.368.660,00 |
Folio Real 1134690 |
12 557,47 |
SJ-751290-2001 |
Lote en Korobó, Urbanización Orquídeas |
137.016.219,86 |
Folio Real 7011181C-000 |
1.375,96 |
L-783670-2000 |
Lote, donde se ubicaba la sede Regional de INVU, en Pacuare Nº 2, Provincia de Limón |
24.203.050,00 |
Folio Real P-794151-2002 |
755,98 |
P-794151-2002 |
Lote donde se ubicaba la sede regional de INVU en Barranca, Puntarenas |
23.000.980,00 |
Las demás
condiciones de venta podrán los interesados retirarlos en el Proceso de
Proveeduría, 3er. piso del edificio Jutsini, oficinas centrales, previo el pago
de ¢ 1.000,00 (mil colones).
San José, 24 de agosto
del 2005.—MBA. Adolfo Calvo Navarro, Proveedor.—1 vez.—(O. C. Nº
0108845).—C-34370.—(69352).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2005-00016
Compra de 33 camiones para la
operación
de las cuadrillas a nivel nacional
El Instituto
Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº
4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 9:00 horas del día 23
de setiembre del 2005, para la “Compra de 33 camiones para la operación de las
cuadrillas a nivel nacional”.
Los documentos que
conforman el cartel podrán accesarse en la página de Internet del AyA,
www.aya.go.cr o retirarse en la
Dirección de Suministros de AyA, sita en el tercer piso del módulo C del
Edificio Sede del AyA en Pavas.
San José, 26 de agosto
del 2005.—Lic. Lilliana Navarro Castillo, Proveeduría.—1 vez.—(Solicitud Nº
22920).—C-5720.—(69351).
JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA
Y DE DESARROLLO ECONÓMICO
DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA
ADMINISTRACIÓN DE DESARROLLO
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº AD-010-2005
Adquisición de vehículos para la
Administración de Desarrollo
Se
avisa a los interesados en participar en la Licitación por Registro Nº
AD-010-2005, promovida para la adquisición de vehículos para la Administración
de Desarrollo, que la fecha límite para la recepción y apertura de ofertas será
el día 20 de setiembre del 2005, hasta las 10:00 a. m., en la oficina de la
Proveeduría de la Administración de Desarrollo, sita en Moín-Limón.
Los interesados en verificar las
condiciones de los vehículos como opción de pago, pueden presentarse el día 7
de setiembre del año en curso, a la Administración de Desarrollo, a las 14:00
horas.
El cartel con las especificaciones
técnicas, estarán a la disposición en la oficina de la Proveeduría de la
Administración de Desarrollo, así como en las oficinas de JAPDEVA en San José,
ubicadas 200 metros sur y 25 oeste de la Gran Terminal de Buses del Caribe.
San José, 26 de agosto
del 2005.—Lic. Víctor Brooks Pecou, Subjefe Administrativo Oficina de San
José.—1 vez.—(69333).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE TURRUBARES
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 01-2005
Mejoramiento de la capa de rodamiento
de las
calles Interurbanas de San Pablo
La Municipalidad de
Turrubares, informa a todos aquellos interesados en la Licitación por Registro
Nº 01-2005 “Mejoramiento de la capa de rodamiento de las calles Interurbanas de
San Pablo”, que pueden pasar a la oficina de la Unidad Técnica de Gestión Vial
a recoger dicho documento, el valor de este es de ¢ 1.500,00, la fecha de
apertura será el 18 de octubre del 2005, a las 10:00.a.m. en el salón de
sesiones de la Municipalidad.
San Pablo, 25 de agosto
del 2005.—Roberto M. González Cordero, Alcalde Municipal.—1 vez.—(69319).
MUNICIPALIDAD DE GOLFITO
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 08-05
Contratación de los servicios de
recolección de basura residencial
y comercial para las comunidades del
distrito primero
del cantón de Golfito
La Municipalidad de
Golfito invita a todos los interesados a participar en la licitación pública Nº
08-05 correspondiente a la contratación de los servicios de recolección de
basura residencial y comercial para las comunidades del distrito primero del
cantón de Golfito. Esta contratación rige del 1º de enero del 2006 al 31 de
diciembre del 2007.
Se estarán recibiendo ofertas desde el
2 de setiembre hasta las 2:00 p.m. del 3 de octubre del 2005.
El cierre y apertura de las ofertas
será a las 2:00 p.m. del día 3 de octubre del mismo año.
El costo del cartel es de ¢ 5.000.
__________
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 09-05
Contratación de los servicios de
recolección de basura residencial
y comercial para las comunidades del
distrito segundo
del cantón de Golfito
La Municipalidad de
Golfito invita a todos los interesados a participar en la licitación pública Nº
09-05 correspondiente a la contratación de los servicios de recolección de
basura residencial y comercial de las comunidades del distrito segundo del
cantón de Golfito. Esta contratación rige del 1º de enero del 2006 al 31 de
diciembre del 2007.
Se estarán recibiendo ofertas desde el
2 de setiembre hasta las 3:00 p.m. del 3 de octubre del 2005.
El cierre y apertura de las ofertas
será a las 3:00 p.m. del día 3 de octubre del mismo año.
El costo del cartel es de ¢ 5.000.
__________
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 10-05
Contratación de los servicios de
recolección de basura residencial
y comercial para las comunidades del
distrito tercero
del cantón de Golfito
La Municipalidad de
Golfito invita a todos los interesados a participar en la licitación pública Nº
10-05 correspondiente a la contratación de los servicios de recolección de
basura residencial y comercial para las comunidades del distrito tercero del cantón
de Golfito. Esta contratación rige del 1º de enero del 2006 al 31 de diciembre
del 2007.
Se estarán recibiendo ofertas desde el
2 de setiembre hasta las 4:00 p.m. del 3 de octubre del 2005.
El cierre y apertura de las ofertas
será a las 4:00 p.m. del día 3 de octubre del mismo año.
El costo del cartel es de ¢ 5.000.
Para mayor información
comunicarse al telefax 775-2038 con la señora Karen Moya Díaz, Proveedora
Municipal.
Golfito, 24 de agosto del
2005.—Aida Soto Rodríguez, Alcaldesa Municipal.—1 vez.—(69338).
SEGURIDAD PÚBLICA
LICITACIÓN POR REGISTRO N° 107-2005
Compra de productos de papel y cartón
La Proveeduría
Institucional de este Ministerio informa a los interesados en la licitación por
registro arriba indicada, que por resolución LR 107-2005 de las 10:00 horas del
día 23 de agosto del presente año, se adjudica de la siguiente manera:
A la empresa Sauter
Mayoreo S. A., cédula jurídica Nº 3-101-217607, las siguientes
posiciones:
Línea Nº 1:
1000 Archivador de cartón (ampo),
tamaño oficio, marca Artesco, precio unitario ¢510,00, monto total de la línea:
¢510.000,00.
Línea Nº 5:
20000 Carpeta de manila, tamaño
oficio, caja con 100 uds, marca Ampo, precio unitario ¢17,35, monto total de la
línea: ¢347.000,00.
Línea Nº 14:
10000 Sobre de manila Nº 13, tamaño
oficio, marca Papiro, precio unitario ¢23.65, monto total de la línea:
¢236.500,00.
Línea Nº 15:
15000 Sobre de manila Nº 10, tamaño
carta, marca Papiro, precio unitario ¢20,15, monto total de la línea: ¢
302.250,00.
Línea Nº 17:
15000 Sobre blanco Nº 13, tamaño
oficio, caja con 500 uds, marca Papiro, precio unitario ¢4,83, monto total de
la línea: ¢72.450,00. Total adjudicado: ¢857.000,00 (Ochocientos cincuenta y
siete mil colones 00/100).
Plazo de entrega: 1 día hábil después
de recibir la orden de compra.
Forma de pago: Usual de Gobierno.
Garantía del Producto: 36 meses contra
defectos de fabricación en condiciones normales de uso, almacenamiento y
manipulación.
A la Empresa Direx
Internacional S. A., cedula jurídica Nº 3-101-076898, las siguientes
posiciones:
Línea Nº 2:
5000 Carpeta colgante, tamaño oficio,
caja con 25 uds, marca Ampo, precio unitario ¢86.86, monto total de la línea:
¢434.300,00.
Línea Nº 3:
2500 Carpeta colgante, tamaño carta,
caja con 25 uds, marca Ampo, precio unitario ¢76,63, monto total de la línea: ¢
191.575,00.
Línea Nº 4:
10000 Fólder de manila, tamaño carta,
caja con 100 uds, marca Ampo, precio unitario ¢15,20, monto total de la línea:
¢152.000,00.
Total adjudicado: ¢ 777.875,00
(Setecientos setenta y siete mil ochocientos setenta y cinco colones 00/100).
Plazo de entrega: Inmediata después de
recibir la orden de compra. Forma de pago: Usual de Gobierno.
Garantía del Producto: 36 meses contra
defectos de fabricación en condiciones normales de uso, almacenamiento y
manipulación.
A la empresa Jiménez
& Tanzi S. A., cedula jurídica Nº 3-101-006463, las siguientes
posiciones:
Línea Nº 16:
15000 Sobre blanco Nº 10, tamaño
carta, marca Papiro, precio unitario ¢3,40, monto total de la línea: ¢
51.000,00 (cincuenta y un mil colones 00/100).
Total adjudicado: ¢51.000.00
(Cincuenta y un mil colones 00/100). Plazo de entrega: 1 día hábil después de
recibir la orden de compra. Forma de pago: Usual de Gobierno.
Garantía del producto: 36 meses contra
defectos de fabricación en condiciones normales de uso, almacenamiento y
manipulación.
A la empresa Moore de
Centroamérica S. A., cedula jurídica Nº 3-101-008964, las siguientes
posiciones:
Línea Nº 7:
225 Papel para fotocopiadora, marca Moore
Milenium, tamaño carta, resmas con 500 hojas cada una, precio unitario
¢1.375,00, monto total de la línea: ¢309.375,00.
Línea Nº 11:
25 Papel fórmula continua, cuatro
tantos, tamaño carta, marca Moore Milenium, caja con 600 fórmulas, precio
unitario ¢10.300.00, monto total de la línea: ¢257.500,00.
Total adjudicado: ¢566.875,00
(Quinientos sesenta y seis mil ochocientos setenta y cinco colones 00/100).
Plazo de entrega: 1 día hábil después
de recibir la orden de compra.
Forma de pago: Usual de Gobierno.
Garantía del Producto: 192 meses
contra defectos de producción.
A la empresa C.A.P.P.A., cédula
jurídica Nº 3-101-217063, las siguientes posiciones:
Línea Nº 6:
800 Papel para fotocopiadora, marca
I.D., tamaño oficio, resmas con 500 hojas cada una, precio unitario ¢1.465.00,
monto total de la línea: ¢1.172.000,00.
Línea Nº 13:
1000 Papel térmico para fax, rollo de
21.5 cms x 30 mts, precio unitario ¢550,00, monto total de la línea:
¢550.000,00.
Total adjudicado: ¢1.722.000,00 (Un
millón setecientos veintidós mil colones 00/100).
Plazo de entrega: 1 día hábil después
de recibir la orden de compra.
Forma de pago: Usual de Gobierno.
Garantía del producto: 60 meses contra
defectos de fabricación en condiciones normales de uso, almacenamiento y
manipulación, contados a partir de la fecha de entrega.
A la empresa
Formularios Standard Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-021096, las
siguientes posiciones:
Línea Nº 8:
400 Papel fórmula continua, un tanto,
tamaño carta, marca Standard, modelo ST911-1, caja con 2500 fórmulas, precio
unitario ¢6.300.00, monto total de la línea: ¢2.520.000,00.
Línea Nº 9:
600 Papel fórmula continua; dos
tantos, tamaño carta, marca Standard, modelo ST911-2, caja con 1250 fórmulas,
precio unitario ¢8.800,00, monto total de la línea: ¢ 5.280.000,00.
Línea Nº 10:
400 Papel fórmula continua, tres
tantos, tamaño carta, marca Standard, modelo ST911-3, caja con 750 fórmulas,
precio unitario ¢8.400,00, monto total de la línea: ¢ 3.360.000,00.
Línea Nº 12:
2 Papel fórmula continua, un tanto,
tamaño planillero, marca Standard, modelo ST1411-1, caja con 2500 hojas, precio
unitario ¢10.925,00, monto total de la línea: ¢21.850,00.
Total adjudicado: ¢7.800.000,00 (Siete
millones ochocientos mil colones 00/100).
Plazo de entrega: 1 día hábil después
de recibir la orden de compra.
Forma de pago: Usual de Gobierno.
Garantía del producto: 180 meses
contados a partir de la entrega bajo las condiciones de almacenamiento
apropiadas.
Todo de acuerdo con los
términos del cartel y de la oferta.
San
José, 25 de agosto de 2005.—Bach. José Ramírez Pérez, Proveedor
Institucional.—1 vez.—(Solicitud N° 23366).—C-45620.—(69353).
LICITACIÓN POR REGISTRO N° 108-2005
Compra de equipo para comunicaciones
La Proveeduría
Institucional de este Ministerio informa a los interesados en la licitación por
registro arriba indicada, que por resolución LR 108-2005 de las 10:00 horas del
día 23 de agosto del presente año, se adjudica de la siguiente manera:
A la empresa Mercadeo
Institucional BR S. A., cédula jurídica Nº 3-101-285289, las
siguientes posiciones:
Línea Nº 1:
4 Video grabadoras VHS con DVD, 6
cabezas, marca Daewoo, modelo DSCB87N, precio unitario ¢92.000.00, monto total
de la línea ¢368.000,00.
Línea Nº 3:
200 Teléfonos digitales para
escritorio, marca General Electric, modelo 26928B, inalámbricos, precio
unitario ¢11.100,00, monto total de la línea: ¢2.220.000,00.
Línea Nº 4:
178 Fax de papel térmico, marca
Brother, modelo 275, precio unitario ¢59.400,00, monto total de la línea: ¢10.573.200,00.
Total adjudicado: ¢13.161.200,00
(Trece millones ciento sesenta y un mil doscientos colones 00/100).
Plazo de entrega: 1 día hábil después
de recibir la orden de compra. Forma de pago: Usual de Gobierno.
Garantía del producto: 36 meses contra
defectos de fabricación en condiciones normales de uso, almacenamiento y
manipulación, contados a partir de la fecha de entrega.
A la empresa Siemens
S. A., cédula jurídica Nº 3-101-005831, la siguiente posición:
Línea Nº 2:
203 teléfonos digitales standard,
marca Siemens, modelo Euroset 3005, precio unitario ¢8.194,00, monto total de
la línea ¢1.663.382,00.
Total adjudicado: ¢1,663.382.00 (Un
millón seiscientos sesenta y tres mil trescientos ochenta y dos colones
00/100).
Plazo de entrega: 1 día hábil después
de recibir la orden de compra.
Forma de pago: Usual de Gobierno.
Garantía del producto: 36 meses contra
defectos de fabricación en condiciones normales de uso, almacenamiento y
manipulación, contados a partir de la fecha de entrega.
Todo de acuerdo con los términos del
cartel y de la oferta.
San José, 25 de
agosto del 2005.—Bach. José Ramírez Pérez, Proveedor Institucional.—1
vez.—(Solicitud N° 23366).—C-18070.—(69354).
BANCO CENTRAL DE COSTA RICA
LICITACIÓN POR REGISTRO N° 2005400026
Adquisición de software para la
Superintendencia
General de Entidades Financieras
(SUGEF)
El Departamento de
Proveeduría del Banco Central de Costa Rica informa a los interesados en la
Licitación por Registro N° 2005400026 “Adquisición de software para la
Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF)”, que mediante acta
de adjudicación N° 421-2005, se acordó adjudicar el concurso de la siguiente
forma:
Los renglones Nº 1, Nº 2
y Nº 3, se declaran infructuosos porque no se recibieron ofertas.
Renglón Nº 4. Actualización de
Contrato Websense para doscientos cincuenta (250) usuarios y aplicaciones
relacionadas. Se le adjudicó a la empresa SPC Internacional S. A., por
un monto total de US$ 6.945,00.
Renglón Nº 5. Actualización de
Contrato Smartnet AR-NBD para Equipos Concentrador VPN 3015, Cisco PIX 525 y
adquisición de Contrato SmartNet AR-NBD para equipo IDS 4215 y 4250. Se le
adjudicó a la empresa SPC Internacional S. A., por un monto total de US$
5.520,00.
San José, 17 de agosto
del 2005.—Lic. Eduardo Ruiz Vargas, Director.—1 vez.—(69356).
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 044-2005
Alquiler de local comercial para
ubicar
la oficina periférica en Palmares
El Proceso de
Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, hace del
conocimiento de los interesados, que el Proceso de Contratación Administrativa,
resolvió declarar infructuosa la presente Licitación Pública Nº 044-2005, por
cuanto no se recibieron ofertas para este concurso.
San
José, 25 de agosto del 2005.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic.
Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(69327).
INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO
LICITACION PÚBLICA Nº 24-04
Contratación de profesionales para la
prestación de servicios en
avalúos de bienes inmuebles y
fiscalización de inversiones
de las operaciones del sistema de
ahorro y préstamo
y avalúos de bienes inmuebles y Dirección
Técnica de casos de interés social
La Junta Directiva del
Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, en sesión ordinaria Nº 5495,
artículo II, Inc. 2) celebrada el 22 de agosto de 2005, acordó adjudicar
parcialmente la Licitación Pública 24-04, contratación de profesionales para la
prestación de servicios en avalúos de bienes inmuebles y fiscalización de
inversiones de las operaciones del sistema de ahorro y préstamo y avalúos de
bienes inmuebles y dirección técnica de casos de interés social, según detalle:
Región Brunca; 2 profesionales: Calificación
Oferta
6 Ing. José Clarencio Bolaños Blanco 86
Oferta
2 Ing. Óscar Leandro Guzmán 88.1
Región
Atlántica: 2 profesionales:
Oferta
Nº 23 Ing. Víctor Azofeifa Alvarado 91
Oferta
Nº 26 Ing. Rónald Rodríguez Calderón 86.67
Región
Huetar Norte: 1 profesional
Oferta
Nº 29 Arq. Rocío Maldonado Favaratto 89.1
Región Central: 10
(diez) profesionales con
mayor calificación:
Oferta
Nº 14 Ing. Roberto Loría González 96
Oferta
Nº 34 Ing. Silvio Mena Cantón 96
Oferta
Nº 3 Ing. Maritza Rodríguez Pacheco 95
Oferta
Nº 5 Ing. Bárbara Szymaneck Aleksandrowicz 92
Oferta
Nº 12 Ing. Luis Arturo Somarribas Benach 92
Oferta
Nº 17 Ing. Vernon Ortega Jiménez 92
Oferta
Nº 18 Arq. Ismael Antonio Quesada Arce 92
Oferta
Nº 25 Arq. Juan Eduardo Arteaga Moya 92
Oferta
Nº 30 Ing. Arturo Ching
Wong 92
Oferta Nº 31 Ing.
Wálter Vargas Benavides 92
Región Pacífico Central: 1 profesional
Oferta
Nº 32 Ing. Edgar Alfaro Loría 88
Región Chorotega: 2 profesionales
Oferta
Nº 1 Ing. Álvaro Lara Vargas 83
Oferta
Nº 15 Arq.
Miguel Córdoba Martínez 82
San
José, 23 de agosto de 2005.—MBA. Adolfo Calvo Navarro, Proveedor.—1 vez.—(O. C.
Nº 0108843).—C-20995.—(69358).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 28-04
Contratación de servicios
profesionales abogados
externos para cobro judicial
La Junta Directiva del
Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo en Sesión Ordinaria Nº 5495,
artículo II, Inc. 3) celebrada el día 22 de agosto de 2005, acordó adjudicar la
licitación 28-04, contratación de servicios profesionales abogados externos para
cobro judicial, a los 15 profesionales que obtuvieron la calificación más alta,
según detalle:
Calificación
1. Oferta 2 Sandra Echeverría
Mesén 100
2.
Oferta 45 Alfonso Romero Coto 99
3.
Oferta 16 Guido Francisco Campos
Campos 99
4.
Oferta 65 Humberto Piedra Hernández 99
5.
Oferta 71 José Rafael Vargas Zúñiga 99
6.
Oferta 77 Farid Breedy Gonzalez 98
7.
Oferta 37 Ingrid Lambert Miller 98
8.
Oferta 24 Jimmy Ramos Corea 98
9.
Oferta 32 Luis Evora Castillo 98
10.
Oferta 61 Sergio Leiva Urcuyo 98
11.
Oferta 53 Ginette Garita Medrano 98
12.
Oferta 86 José Antonio Barleta Chaves 97
13.
Oferta 49 Luis Sáenz Zumbado 97
14.
Oferta 78 Alejandro Delgado Faith 96
15.
Oferta 55 Óscar Gómez Ulloa 96
San
José, 23 de agosto de 2005.—MBA. Adolfo Calvo Navarro, Proveedor.—1 vez.—(O. C.
Nº 0108843).—C-17720.—(69359).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2005-0035
Automatización de la colección
bibliográfica
del Centro de Documentación
El Instituto
Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, cédula jurídica Nº 4-000-042138,
comunica que mediante Resolución de Gerencia Nº 512 del 25 de agosto del 2005,
se adjudica la licitación por registro Nº 2005-0035, automatización de la
colección bibliográfica del Centro de Documentación, a:
Managerial Services Infotec S.
A.—Oferta Nº 1.
Posición Nº 1
Servicio de Automatización de la
Colección Bibliográfica del Centro de Documentación del AyA, de acuerdo a las
etapas indicadas en los Términos de Referencia, por un monto total de $40.950,00
Monto total adjudicado
$40.950,00 exactos.
CONDICIONES:
Precios: Firmes,
definitivos e invariables.
Forma de pago: Una vez realizada la
etapa de inventario con la aprobación y satisfacción del AyA se realizará un
pago inicial del 10% del monto total adjudicado.
Posteriormente por cada 1.500
documentos procesados a satisfacción del AyA, se realizarán pagos del 15% del
monto total adjudicado hasta completar el 100% de la contratación (o sea
después del pago inicial se realizarán 6 pagos).
Plazo de entrega: El plazo máximo de
duración es de 9 meses contados a partir de la entrega del pedido.
Demás condiciones de
acuerdo al cartel y la oferta respectiva.
San José, 26 de agosto
del 2005.—Lic. Lilliana Navarro Castillo, Proveeduría.—1 vez.—(Solicitud Nº
22918).—C-11895.—(69355).
LICITACIÓN POR REGISTRO 2005-0038
Mantenimiento preventivo al sistema de
telemetría
El Instituto
Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, cédula jurídica Nº 4-000-042138,
comunica que mediante resolución de Gerencia Nº 513 del 24 de agosto del 2005,
se adjudica la licitación por registro Nº 2005-0038, “Mantenimiento preventivo
al sistema de telemetría” a:
Oferta Nº 1. GB Tecnología S. A.,
posición Nº 1:
Servicio de mantenimiento
del sistema de telemetría de AyA, en la banda UHF, Región Metropolitana, 74
puntos, a razón de 1 visita cada 2 meses, para un total de $ 77.800,00 exactos.
Monto total adjudicado: $
77.800,00 exactos.
Condiciones:
Precios: Firmes, definitivos e
invariables.
Forma de
pago: El pago se hará en forma
parcial contra presentación y previa aprobación de la factura. Estos pagos
serán equivalentes al monto total del contrato entre el número de visitas.
Plazo de
ejecución: 24 meses contados a partir de
la entrega de la Orden de Inicio.
Lugar de
entrega: En los lugares indicados en
los Términos de Referencia, Volumen II del Cartel.
Demás condiciones de
acuerdo al cartel y la oferta respectiva.
San José, 26 de agosto
del 2005.—Proveeduría.—Lic. Lilliana Navarro Castillo.—1 vez.—(Solicitud Nº
22919).—C-9995.—(69357).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ
PROVEEDURÍA
LICITACIÓN RESTRINGIDA Nº 18-2005
Contratación de empresa para análisis,
rediseño de procesos,
valoración de unidades ejecutoras y de
cargas
laborales, en la Municipalidad de
Escazú
Se declara desierto este
concurso por insuficiencia de cobertura en tiempo en las garantías de
participación de las empresas participantes. El expediente se encuentra a la
disposición en las oficinas de la Proveeduría de la Municipalidad de Escazú.
Cira Castro Myrie,
Proveedora.—1 vez.—(69330).
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 054-2005
(Prórroga Nº 1)
Alquiler de local comercial para
ubicar la oficina
periférica de Santo Domingo
La fecha de recepción de
ofertas se traslada para el 9 de setiembre del 2005, a las 15:00 horas.
Demás condiciones y requisitos
permanecen invariables.
San
José, 26 de agosto del 2005.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic.
Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(69328).
CONSEJO SUPERIOR DE EDUCACIÓN
El Consejo Superior de Educación, comunica que, en el informe DFOE-EC-11-2003. la Contraloría General de la República, División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, Área de Servicios de Educación, Culturales y Deportivos, solicita publicar, en el Diario Oficial La Gaceta, las directrices que aprueba este Consejo, con el fin de hacerlas de conocimiento de todas las partes que se vean afectadas.
ACUERDOS DE INTERÉS PÚBLICO
I SEMESTRE - AÑO 2005
Acta:
Nº 02-2005 del 18 de enero del 2005
Tema:
Escuela Centroamérica de Ganadería
Acuerdo: Nº
02-02-05
• Conformar una comisión integrada por la señora Rosa Carranza, Supervisora de Instituciones Parauniversitarias, Lidieth Saborío, Curriculista del Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP) y Rocío Segura Quesada, Asesora Legal del Consejo Superior de Educación (CSE), y coordinadora de la comisión, para que lleven a cabo la investigación completa de las irregularidades de Escuela Centroamérica de Ganadería y denunciadas a este Consejo y proponer las acciones correspondientes, para el 7 de febrero del 2005.
• Denegar la firma de los títulos de los estudiantes que ingresaron a la carrera, sin haber presentado el título de bachiller en Educación Media.
• Solicitarle al Secretario General del Consejo Superior de Educación que en conjunto con la Licda. Soledad Chinchilla, Asesora Legal, amplíen, detalladamente, el informe referente a las anomalías denunciadas de la Escuela Centroamericana de Ganadería, incorporando aclaraciones de la señora Carranza, Supervisora de Instituciones Parauniversitarias y considerando, en lo que corresponda, los pronunciamientos de la Sala Constitucional acerca del mismo, entre otros aspectos, el ingreso de estudiantes a instituciones de educación superior, sin cumplir el obligado requisito de ostentar el título de bachiller.
• Trasladar este acuerdo para conocimiento de las autoridades de la Escuela Centroamericana de Ganadería.
Tema:
Programas de Estudio de Informática de redes de computadoras, Informática de Soporte y en Programación, Diseño Publicitario, Producción Pecuaria y Agrícola de Educación Técnica
Acuerdo: Nº
11-02-05
• Aprobar los programas de estudio de Undécimo año como plan piloto y solicitar que los programas de Undécimo y Duodécimo año se ajusten a la plantilla curricular, aprobada por el Consejo Superior de Educación y los remitan para conocimiento y aprobación de este Consejo.
Acta:
Nº 03-2005 del 24 de enero del 2005
Tema:
Reglamento de Matrícula y Traslados de los Estudiantes
Acuerdo Nº
02-03-05
• Solicitar al Ministro de Educación Pública, modificar la sección IV del Decreto Nº 31663-MEP “Reglamento de Matrícula y Traslados de los Estudiantes” para aplicarse a cualquier estudiante, indistintamente de la nacionalidad.
• Solicitar al Ministro de Educación Pública, realice las gestiones necesarias para que la División de Control de Calidad y Macroevaluación, actualice los requisitos y lineamientos vigentes, en cuanto a reconocimiento de estudios del exterior.
• Solicitar al Ministro de Educación Pública, se le brinde la capacitación correspondiente al personal de las Direcciones Regionales, encargadas de tramitar la equiparación de estudios en el exterior.
Tema:
Programa de Nuevas Oportunidades para Jóvenes
Acuerdo Nº
03-03-05
• Devolver la propuesta de Normativa Interna para el Programa de Nuevas Oportunidades para Jóvenes, solicitud presentada, mediante oficio DM 0133-01 suscrito por el señor Ministro de Educación Pública, Manuel Antonio Bolaños Salas, por las siguientes razones:
1) La propuesta no reúne requisitos mínimos de presentación.
1.1 Fotocopias de mala calidad, con información no legible.
1.2 Carece de numeración secuencial.
1.3 No contiene índice.
1.4 Fotocopiaron páginas de la versión 2002.
2) Carece de la información para determinar la magnitud de los cambios a la versión vigente del año 2002.
2.1 No existe justificación que fundamente lo modificado.
3) No se especifica si los cambios a aprobar, consideran lo normado en el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes, Decreto Ejecutivo Nº 31635-MEP, febrero 2004.
4) Se concede un plazo de diez días hábiles, para su correcta presentación al Consejo Superior de Educación.
Tema:
Guías didácticas para la enseñanza del Cooperativismo
Acuerdo 07-03-05
• Aprobar las Guías Didácticas para la Enseñanza de los Valores y Principios del Cooperativismo, solicitud presentada mediante oficio DM 9411-12 y suscrito por el señor Manuel Antonio Bolaños Salas, Ministro de Educación Pública.
Acta:
Nº 04-2005 del 25 de enero del 2005
Tema:
Lecturas incluidas en los programas de estudio de I y II ciclos de Educación General Básica
Acuerdo Nº
04-04-05
• Acoger la moción presentada por el señor Guillermo Vargas Salazar, para que las lecturas indicadas en los programas de estudio de I y II Ciclos sean de carácter obligatorio, como una medida afirmativa para promover la lectura en nuestros niños y, con ello, enriquecer su formación integral, mejorar la expresión oral y escrita y, fundamentalmente, descubrir el placer de la lectura.
• Trasladar a la Comisión de Planes y Programas para su correspondiente análisis, el tema de las lecturas específicas contenidas en los Programas de Estudio de I y II ciclos, con el fin de enriquecer lo establecido.
• Solicitar a la Directora de Educación Académica del Ministerio de Educación Pública, la lista oficial de lecturas asignadas a los estudiantes, por ciclo e indicadas en los Programas de Estudio.
Tema:
Reglamento de Educación Superior Parauniversitaria
Acuerdo 07-04-05
• Aprobar la propuesta de modificaciones al Reglamento de Educación Superior Parauniversitaria, con base en el Informe No. 127-2004 de la Comisión de Leyes y Reglamentos.
• Solicitar al Ministerio de Educación Pública, realizar las gestiones necesarias para la publicación en el Diario Oficial La Gaceta, el decreto correspondiente al Reglamento de Educación Superior Parauniversitaria.
Acta:
Nº 05-2005 del 31 de enero del 2005
Tema:
Evaluación externa de las Pruebas Nacionales
Acuerdo 05-05-05
• Que se ejecute una evaluación externa de las Pruebas Nacionales, en particular, las correspondientes a Bachillerato, por profesionales con grado de Doctor o magíster en Educación o áreas afines, preferiblemente en Evaluación o Investigación educativa, con reconocida trayectoria en trabajos de evaluación o de investigación. La experiencia en estos campos debe ser probada con presentación de copias de artículos o informes de trabajos.
• Esta investigación debe comprender, al menos, los temas referentes al sustento teórico, concepción, estructura, elaboración, personal académico responsable, administración y evaluación de las Pruebas Nacionales.
• Se autoriza a los miembros del Consejo Superior de Educación y al Secretario General para iniciar este proceso.
• El cartel de condiciones y la asignación del estudio deberá realizarse en un plazo de 30 días.
Tema:
Respuesta a inquietudes de padres de familia de la Escuela de Guatemala
Acuerdo 06-05-05
• Que de los planteamientos presentados por los padres de familia de la Escuela República de Guatemala, este Consejo no encuentra justificación para eliminar el trabajo por áreas en el segundo ciclo de la Enseñanza General Básica. Más bien, muchas de las situaciones allí planteadas vendrían a mejorar por medio de esta modalidad de trabajo. Por tanto, se reitera la aplicación del trabajo por áreas en las instituciones educativas en concordancia con el acuerdo 31-97 del Consejo Superior de Educación.
Acta:
Nº 09-2005 del 21 de febrero del 2005
Tema:
Criterio acerca de informe de la Escuela Centroamericana de Ganadería
Acuerdo 02-09-05
• Solicitar a la Escuela Centroamericana de Ganadería, el calendario de aplicación de las pruebas por suficiencia y copia de recibo de los temarios respectivos para garantizar los derechos de los estudiantes.
• Autorizar a la Escuela Centroamericana de Ganadería, como caso excepcional y por única vez, la aplicación de las pruebas de suficiencia a los estudiantes Rodrigo Riggioni Romero, Marcela Ovares Ramírez, Juan Pablo Porras Ramírez, Claudio Steven Cambronero Chaves, Jordan Cortés Sirias, Yendry Jiménez Garita, Daniel López Abarca, Iván José Molina Molina, Andrea Ríos Leiva y Salvador Antonio Zúñiga Solís, para que sean acreedores del título de Diplomado en Producción Animal , Agroindustria y Manejo Forestal y Vida Silvestre, según corresponda.
• Solicitar al Consejo Directivo de la Escuela Centroamericana de Ganadería, aplicar las medidas disciplinarias necesarias a los funcionarios que permitieron el ingreso de estudiantes al Diplomado, sin haber cumplido los requisitos establecidos en la Ley.
• Solicitar al Consejo Directivo la revisión y modificación del Reglamento de Régimen Académico y Disciplinario de la Escuela Centroamericana de Ganadería, para el ajuste a la normativa general de la Educación Superior Parauniversitaria, según el informe de la Comisión Especial integrada en acuerdo 02-02-05.
Tema:
Recreación de la Ruta de los Héroes
Artículo 4
El Consejo Superior de Educación acuerda en firme:
1) Disponer la ejecución oficial, anual y obligatoria de la actividad educativa “Recreación de la Ruta de los Héroes”, con la activa participación de estudiantes, docentes, autoridades administrativas de los centros educativos, de los Asesores Supervisores y de las Direcciones Regionales, según los objetivos, estrategias y características que se describen en los considerandos y en los documentos específicos que se anexan a este acuerdo.
2) Establecer como objetivos de la actividad educativa “RECREACIÓN DE LA RUTA DE LOS HÉROES”, los siguientes:
a. General: realizar una actividad educativa de ámbito nacional de concienciación de la importancia cívico-histórica de la gesta heróica de 1856-1857 para que permanezca vigente como memoria y compromiso vivo del pueblo costarricense con la libertad, la soberanía nacional y la paz.
b. Específicos:
I. Consolidar la celebración de la actividad educativa oficial RECREACIÓN DE LA RUTA DE LOS HÉROES como una actividad permanente en el sistema educativo costarricense, con la participación del Museo Histórico Cultural Juan Santamaría, gobiernos locales, grupos comunales organizados de la sociedad civil.
II. Reconocer en la guerra contra los filibusteros contra los filibusteros, un proceso histórico liderado por Costa Rica, en el que los países centroamericanos demostraron al mundo la perseverancia, el coraje, el heroísmo, el patriotismo y la valentía como actitudes indispensables para que una nación alcance las metas que se propone.
III. Destacar el sitio histórico de la Hacienda Santa Rosa y su Casona como el santuario cívico de los costarricenses.
IV. Incentivar en las jóvenes generaciones el interés por el conocimiento de la historia patria por medio del rescate de los valores y las actitudes cívicas ejemplarizadas por los hombres y mujeres de 1856 en momentos de adversidad.
V. Generar en las comunidades del país una actitud activa y crítica de valoración y respeto por los símbolos y monumentos que identifican y fortalecen la identidad local y nacional.
VI. Propiciar espacios institucionales, locales y nacionales, para reflexionar en torno a los peligros que se ciernen sobre los costarricenses tales como la violencia, la corrupción pública y privada, la drogadicción, la desintegración familiar y el menosprecio por una cultura política de paz y democracia forjada a lo largo de nuestra vida independiente.
3) El recorrido que comprende la RECREACIÓN DE LA RUTA DE LOS HÉROES, comprende dos etapas: la primera etapa corresponde al trayecto que sale de San José el 4 de marzo frente a la Catedral Metropolitana, pasando por La Garita, Atenas, San Mateo, Esparza y Puntarenas. Allí la “tropa” de estudiantes se divide continuando unos por tierra y otro por mar atravesando el Golfo de Nicoya y remontando una sección del Río Tempisque hasta alcanzar los puertos importantes de Bebedero o Bolsón, continua por Bagaces hasta llegar a Liberia y luego concluir en la Hacienda Santa Rosa el 20 de marzo; la segunda etapa inicia el recorrido el 24 de noviembre en el sitio en donde se ubicaba la antigua Plaza de la Artillería, costado oeste del Banco Central, hasta llegar el 4 de diciembre a Ciudad Quesada, sigue por el Río San Carlos hasta llegar a Puerto Viejo, San Juan del Norte, Puerto Lacustre de la Virgen, La Trinidad.
4) Instruir a las autoridades competentes para que incluyan anualmente en el Calendario Escolar las actividades correspondiente a la RECREACIÓN DE LA RUTA DE LOS HÉROES”.
5) Disponer que durante la realización de cada una de las etapas que comprende la “Recreación de la Ruta de los Héroes”, en todos los centros educativos desde preescolar hasta Educación Diversificada se realice un estudio especial de la Campaña Nacional y su trascendencia en la historia de Costa Rica, según las “Guías Didácticas” que, al efecto, elaborará la Asesoría Nacional de Estudios Sociales.
6) Comunicar a la Administración para su ejecución.
Acta:
Nº 12-2005 8 de marzo del 2005
Tema:
Aprobación de temarios de las Pruebas Nacionales.
Acuerdo 04-12-05
• Aprobar la propuesta de temarios para las Pruebas Nacionales, presentada por la División de Control de Calidad y Macroevaluación.
• No obstante, los temarios de Secretariado Bilingüe y Secretariado Ejecutivo deberán incluir las observaciones elaboradas por el Departamento de Educación Técnica.
Tema:
Aprobación de carrera del Parauniversitario INDICO
Acuerdo 05-12-05
• Aprobar la carrera de Diplomado en Desarrollo para Internet del Instituto Parauniversitario de Didáctica Computacional (INDICO), solicitado por el señor Kalman Aviram Neuman en nota IPDICO-DA-05-2005, según plan de estudios.
Tema:
Aprobación de carrera del Parauniversitario INDICO
Acuerdo 06-12-05
• Aprobar la carrera de Diplomado en Diseño Gráfico del Instituto Parauniversitario de Didáctica Computacional (INDICO), solicitado por el señor Kalman Aviram Neuman por medio de la nota IPDICO-DA-05-2005.
Tema:
Aprobación de carrera del Parauniversitario INDICO
Acuerdo 07-12-05
• Aprobar la carrera de Diplomado en Administración de Proyectos del Instituto Parauniversitario de Didáctica Computacional), solicitado por el señor Kalman Aviram Neuman en nota IPD-CO-DA-05-2005, según plan de estudios.
Acta:
Nº 13-2005 del 14 de marzo del 2005
Tema:
Inclusión de modificaciones
Acuerdo 05-13-05
• Modificar el acuerdo No. 04-12-05 de la sesión No. 12-2005 del 8 de marzo de 2005, para que se lea:
• Aprobar la propuesta de temarios para las Pruebas Nacionales presentada por la División de Control de Calidad y Macroevaluación, incorporando las modificaciones a los temarios de la asignatura de Matemática, señaladas en el Informe “Revisión de Temarios para las Pruebas Nacionales 2005”. Además, incluir las observaciones elaboradas por el Departamento de Educación Técnica, en las especialidades de Secretariado Bilingüe y Secretariado Ejecutivo.
Acta:
Nº 15-2005 del 29 de marzo del 2005
Tema:
Evaluación de Pruebas Nacionales de Bachillerato
Acuerdo 01-15-05
1) Aprobar el contenido del pliego de condiciones para la contratación directa de servicios profesionales, para la evaluación de las Pruebas Nacionales de Bachillerato.
2) Delegar en el Secretario General del Consejo Superior de Educación, las gestiones necesarias para realizar la contratación de servicios profesionales, en los términos definidos en el pliego de condiciones aprobado.
Acta:
Nº 17-2005 del 12 abril del 2005
Tema:
Revocatoria de acuerdo
Acuerdo 03-17-05
• Revocar el acuerdo 05-13-05 de la sesión No. 13-05 del 14 de marzo del año en curso, a efecto de que vigente el acuerdo No. 04-12-05 de la sesión No. 12-05 del 8 de marzo del año en curso, referente a los temarios para las Pruebas Nacionales de Bachillerato, a fin de evitar confusiones entre estudiantes y padres de familia.
• No obstante, el Consejo Superior de Educación reitera que dicha modificación fue el de integrar los procesos de enseñanza-aprendizaje. Por lo que reafirma este Consejo, que el documento con las modificaciones de los temarios, deberá mantenerse como apoyo, que oriente el accionar de profesores y estudiantes.
• Con respecto al contenido del oficio suscrito por los señores Asesores de Matemática de la División de Control de Calidad y Macroevaluación, este Consejo continuará con el análisis en los aspectos técnicos y en los términos en que fue planteado.
Tema:
Materias especiales de I y II ciclo
Acuerdo 09-17-05
• Reiterar el compromiso de este Consejo con la Política Educativa vigente, en cuanto a favorecer una formación integral del estudiantado, mediante las materias complementarias contenidas en los planes de estudio de la Educación Primaria.
Acta:
Nº 21-2005 del 2 de mayo del 2005
Tema:
Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes
Acuerdo 05-21-05
• Dejar sin efecto el acuerdo No. 10-24-04, en el cual se modifican los artículos 82, inciso f), 83 inciso a) y 84 inciso d).
• Modificar el artículo 82, inciso f), para que se lea: “Interrupción del proceso educativo hasta por un período de cinco días”.
• Modificar el artículo 83, inciso a) para que se lea: “Interrupción del proceso educativo hasta por diez días (naturales)”.
• Modificar el artículo 84, inciso a) para que se lea: “Interrupción del proceso educativo hasta por quince días naturales”.
• Solicitar al Ministro de Educación Pública Manuel A. Bolaños Salas realizar las diligencias necesarias para modificar el Decreto Ejecutivo No. 31635-MEP, del cuatro de febrero de 2004, para que se ajuste a la Resolución de la Sala Constitucional No. 2004-02670.
Tema:
Perfil ideal del docente
Acuerdo 07-21-05
• Solicitar al Secretario General del Consejo Superior de Educación, realizar una contratación directa con un(a) curriculista para que unifique y armonice las posiciones del CENADI y de la División de Desarrollo Curricular con respecto al Perfil Ideal del Docente.
Acta:
Nº 22-2005 del 9 de mayo del 2005
Tema:
Representación del Consejo Superior de Educación
Acuerdo 02-22-05
• Designar al Dr. Wilberth Pérez Ramírez, como representante del Consejo Superior de Educación ante el Consejo Directivo del Colegio Universitario de Puntarenas, a partir del 1 de julio y por un período de tres años a partir de la juramentación.
Tema:
Plan Piloto Bilingüe Español-Inglés
Acuerdo 06-22-05
• Solicitar al Departamento de Investigación Educativa, una evaluación del Plan Piloto Bilingüe Español-Inglés para el Ciclo de Transición y I y II Ciclo de la Educación General Básica, en las escuelas de Manuel Antonio de la Región Educativa de Aguirre y Z13 de la Región Educativa de San Carlos de los años 2002, 2003 y 2004. Para esta evaluación tomar en cuenta la participación del Departamento de Educación Preescolar, Departamento de Educación Académica y Oficina de Lenguas Extranjeras.
Acta:
Nº 23-2005 del 16 de mayo del 2005
Tema:
Obligatoriedad de lecturas de I y II ciclos
Acuerdo 04-23-05
1) Establecer como medida, la obligatoriedad del personal docente de leer, con sus estudiantes, de manera planificada y creativa, durante las lecciones para el fomento de la lectura en la población de Educación Primaria, además, desarrollar las acciones necesarias para la formación de lectores independientes, de acuerdo con el grado de madurez escolar de cada grupo estudiantil.
2) Definir como lecturas obligatorias en clase, para que el personal docente lea con sus estudiantes, la lista de “lecturas sugeridas” que se incluyó en los programas de Español de Primero y Segundo ciclos de la Educación General Básica para el año 2000. Esta lista se adjunta al presente acuerdo y puede ser enriquecida según el criterio de cada docente, quien puede seleccionar, además, otros materiales literarios apropiados para el fomento y el disfrute de la lectura.
3) Solicitar al Ministerio de Educación Pública que, en un plazo no mayor de 15 días hábiles, presente al Consejo Superior de Educación, un plan de acción para implementar este acuerdo, en el que se consideren -al menos- los siguientes elementos:
a. Acciones para la actualización de personal docente de primaria, en el tema del fomento de la lectura.
b. Estrategias para facilitar el acceso del personal docente y los estudiantes, a la literatura que se ha establecido como obligatoria, y a otras fuentes literarias que complementen la formación estética y el desarrollo integral del estudiantado.
c. Establecimiento -dentro de la programación del trabajo de aula- de dos lecciones semanales dedicadas a la lectura dirigida en Primer Ciclo, con miras a la lectura independiente en el Segundo Ciclo, actividad planificada, animada y orientada por cada educador.
d. Acciones estratégicas que deben ejecutarse en las escuelas primarias, para el desarrollo de proyectos institucionales que fomenten la lectura.
e. Participación de miembros de las comunidades, en proyectos dirigidos a la promoción de la lectura en niños y niñas escolares.
f. Análisis de la situación de las bibliotecas escolares y propuesta de acciones para su participación activa y coordinada en la promoción de la lectura en las poblaciones estudiantiles de Educación Primaria.
g. Acciones de seguimiento del mencionado Plan de Acción y su respectiva evaluación.
h. Definición de los pasos o etapas de este Plan de Acción, para implementarlos a partir del segundo semestre del año 2005, ya que en el año 2006 el Plan deberá ejecutarse plenamente.
4) Analizar las diversas propuestas que se han hecho llegar al Consejo Superior de Educación acerca de obras literarias para la Educación Primaria que deben tomarse en consideración en este esfuerzo para fomentar la lectura y decidir lo que mejor corresponda.
5) Analizar las obras literarias establecidas como lecturas obligatorias en la Educación Secundaria, con miras a estimular la lectura y su disfrute en las poblaciones adolescentes, para tomar las decisiones más apropiadas.
Acta:
Nº 26-2005 del 6 junio del 2005
Tema:
Temario de la Prueba de Tercer Ciclo de Italiano
Acuerdo 02-26-05
• Trasladar para su correspondiente análisis a la Comisión de Planes y Programas, oficio DM 4364-05 suscrito por el señor Manuel A. Bolaños Salas, Ministro de Educación, quien remite temario unificado para la Prueba de Tercer Ciclo de Italiano.
Tema:
Consulta a Auditoría Interna del MEP
Acuerdo 03-26-05
• Devolver la consulta a la Auditoría Interna del Ministerio de Educación Pública por considerarse una respuesta insatisfactoria, la información solicitada y manifestarle que no fue la normativa que rige para el alquiler de edificios y mobiliario escolar lo que se les solicitó, sino un estudio exhaustivo sobre todos los centros educativos que están siendo alquilados a particulares y las condiciones en que este procedimiento se ha llevado a cabo, para determinar si cumplen con las disposiciones legales vigentes, si están lastimando los intereses superiores de los estudiantes y del proceso educativo y si existen circunstancias contrarias a lo dispuesto por la Ley de Enriquecimiento Ilícito.
Tema:
Evaluación Colegios Experimentales
Acuerdo 04-26-05
• Solicitar al Ministro de Educación Pública, realizar las gestiones para la evaluación de los Colegios Experimentales Bilingües que incluya cada uno de los aspectos contemplados en el Plan de Desarrollo Institucional, aprobado por el Plenario del Consejo Superior de Educación en la Sesión Nº 10-98, en un plazo no mayor de cuatro meses.
• Solicitar al Señor Ministro de Educación Pública que informe, a más tardar el 1º de julio del 2005, al Consejo Superior de Educación, la nómina de Colegios Experimentales Bilingües que actualmente están funcionando, indicando la fecha y el acuerdo que autoriza su integración a la experiencia.
• Informar a los Colegios Experimentales Bilingües que no podrán realizar examen de admisión en tanto el Consejo Superior de Educación no lo autorice.
Acta:
Nº 27-2005 del 13 junio del 2005
Tema:
Plan Nacional de Educación a Distancia
Acuerdo 03-27-05
I. Que el Colegio Nacional de Educación a Distancia se regirá, durante un lapso de cinco años por las siguientes disposiciones:
a) El Colegio Nacional de Educación a Distancia (CONED) es una oferta educativa que será implementada y administrada por la Universidad Estatal a Distancia, en su condición líder en la educación a distancia en Costa Rica.
b) El CONED tendrá como objetivo fundamental, ofrecer educación formal en el nivel de Tercer Ciclo de la Educación General Básica y la Educación Diversificada, a personas mayores de edad (18 años cumplidos al momento del primer ingreso al CONED), utilizando la metodología de educación a distancia.
c) Los estudiantes de CONED, en ambos ciclos, deberán aprobar las Pruebas Nacionales del Ministerio de Educación Pública, necesarias para optar al título de Conclusión de la Educación General Básica y el de Bachiller en Educación Media.
d) El promedio general de las calificaciones obtenidas por el estudiante, en todas las asignaturas durante el sétimo, el octavo y el noveno años, constituirá la “nota de presentación” para efecto de las Pruebas Nacionales de IX año y tendrá un valor del 40% del total de la “calificación final” de cada asignatura.
e) Los estudiantes de Educación Diversificada del CONED, tendrán nota de presentación para la aplicación de las Pruebas Nacionales de Bachillerato en Educación Media; la cual consiste en el promedio de las calificaciones obtenidas en décimo y undécimo año en Español, Matemáticas, Estudios Sociales, Inglés o Francés, Educación Cívica y Biología, Física o Química (según corresponda) y tendrá un valor de 40% en la calificación final de la asignatura.
f) El plan de estudios para cada nivel (7º, 8º y 9º años) del Tercer Ciclo de la Educación General Básica será el siguiente: Español, Matemática, Educación Cívica, Ciencias Naturales, Estudios Sociales y lengua extranjera, de acuerdo con los programas de estudio aprobados por el Consejo Superior de Educación para el año educativo correspondiente. Asimismo, todo estudiante para poder egresarse deberá aprobar dos cursos optativos que brindará el CONED. (por ejemplo: Principios de Contabilidad; Cómo formar pequeñas empresas; Técnicas secretariales)
g) El plan de estudios de la Educación Diversificada en cada nivel (10º y 11º años) será el siguiente: Español, Matemática, Estudios Sociales, Educación Cívica, Lengua extranjera (según corresponda) y Biología, Química o Física (según corresponda), de acuerdo con los programas de estudio aprobados por el Consejo Superior de Educación para el año educativo correspondiente. Asimismo, todo estudiante para poder egresarse, deberá aprobar durante el nivel dos cursos optativos que brindará el CONED. (por ejemplo: Principios de Contabilidad; Cómo formar pequeñas empresas; Técnicas Secretariales).
h) Todo estudiante que ingrese por primera vez al CONED, deberá aprobar el curso de Introducción de Técnicas de Educación a Distancia, el que tendrá por fin primordial brindar las herramientas pedagógicas para que el estudiante pueda adaptarse a la modalidad de educación a distancia, propia del CONED.
i) Las asignaturas se aprobarán semestralmente con nota mínima de 65% para el III Ciclo de Educación General Básica y 70% para la Educación Diversificada y según la reglamentación que emita el CONED, la cual deberá contar con la aprobación del Consejo Superior de Educación.
j) La evaluación de los cursos se hará por medio de dos tareas (10% c/u) y dos exámenes parciales (40% c/u), los cuales se presentarán en las fechas previstas en el cronograma por el CONED. Adicionalmente, el estudiante tendrá opción a realizar un examen de reposición de la prueba en que haya tenido menor rendimiento, conforme al cronograma diseñado. Supletoriamente se aplicará el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes en todos sus alcances y extremos.
k) Los estudiantes del CONED que consideren poseer el dominio suficiente de los objetivos y la temática en determinada asignatura, podrán someterse a las pruebas por suficiencia en concordancia con lo que establece para este fin, el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes.
l) El CONED podrá reconocer los años educativos completos, debidamente aprobados, en cualesquiera de las modalidades de la educación formal.
m) El CONED aplicará adecuaciones curriculares, a los estudiantes que lo requieran de acuerdo con las disposiciones y lineamientos que emita el Ministerio de Educación Pública para tal efecto.
II. Que transcurrido el período de cinco años de funcionamiento del CONED, se deberá efectuar una evaluación de la experiencia para determinar sus efectos para la comunidad educativa.
III. El Ministerio de Educción Pública y la Universidad Estatal a Distancia deberán suscribir un Convenio de cooperación, tendente a implementar el modelo del Colegio de Educación Estatal a Distancia.
Tema:
Modificación al Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes
Acuerdo 05-27-05
• Solicitar al Ministro de Educación Pública, realizar las gestiones necesarias, para que se dicte la modificación del Decreto Ejecutivo Nº 31635-MEP, Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes, con base en la propuesta que se detalla a continuación:
Considerando
1) Que el Consejo Superior de Educación en las sesiones Nº 11-96 y Nº 47-99 aprueba que en los Colegios Amubri-Talamanca y Boruca respectivamente, se modifique la oferta académica y se incluyan las asignaturas Educación Ambiental, Artesanía Indígena, Música Indígena y Lengua Indígena.
2) Que como oferta académica oficial es necesario delimitar el valor porcentual de cada uno de los componentes de la calificación que se asignará en la evaluación del aprendizaje, para garantizar el debido proceso.
3) Que los parámetros de la evaluación de los aprendizajes se encuentran consignados en el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes y es omiso en relación con los componentes de evaluación de las asignaturas que se imparten en los colegios indígenas.
4) Que el Consejo Superior de Educación en la Sesión Nº 27-05 del día 13 de junio de 2005, analizó y aprobó el valor porcentual de los componentes de la calificación bajo los que se evaluarán las asignaturas Educación Ambiental, Artesanía Indígena, Música Indígena y Lengua Indígena, en los Colegios de Amubri-Talamanca y Boruca.
Artículo 1º—Modifíquese el artículo 29 del Decreto Ejecutivo Nº 31635-MEP, Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes, del 4 de febrero de 2004, para que se lea:
ARTÍCULO 29
DEL VALOR PORCENTUAL DE CADA UNO
DE LOS COMPONENTES DE LA CALIFICACIÓN
La calificación de los aprendizajes del estudiante en cada asignatura, excepto conducta, será el resultado de la suma de los siguientes valores porcentuales:
a) En el primer año del I Ciclo de la Educación General Básica, en las asignaturas de Matemáticas, Estudios Sociales, Ciencias, Español y Lengua Extranjera y Lengua Indígena el valor porcentual es el siguiente:
Trabajo cotidiano 50%
Trabajo extraclase 10%
Pruebas (mínimo dos) 30%
Concepto 5%
Asistencia 5%
b) En el segundo y tercer año del I Ciclo de la Educación General Básica en las asignaturas Matemáticas, Estudios Sociales, Ciencias, Español, Lengua Extranjera y Lengua Indígena:
Trabajo cotidiano 40 %
Trabajo extraclase 10 %
Pruebas (mínimo dos) 40 %
Concepto 5 %
Asistencia 5 %
c) En el II Ciclo de la Educación General Básica en las asignaturas Matemática, Estudios Sociales, Ciencias, Español, Lengua Extranjera y Lengua Indígena:
Trabajo cotidiano 30%
Trabajo extraclase 10%
Pruebas(mínimo dos) 50%
Concepto 5%
Asistencia 5%
No obstante, para la calificación en el tercer período de VI año se regirá según lo establecido en el artículo 109 de este Reglamento.
d) En el I Ciclo de la Educación General Básica, en las asignaturas Educación Religiosa, Educación Musical, Educación Agrícola, Educación Física, Educación para el Hogar, Artes Plásticas, Artes Industriales y Culturas Indígenas:
Trabajo cotidiano 60%
Trabajo extraclase 10%
Prueba 20%
Concepto 5%
Asistencia 5%
e) En el II Ciclo de la Educación General Básica, en las asignaturas Educación Religiosa, Educación Musical, Educación Agrícola, Educación Física, Educación para el Hogar, Artes Plásticas, Artes Industriales y Culturas Indígenas:
Trabajo cotidiano 50%
Trabajo extraclase 10%
Prueba 30%
Concepto 5%
Asistencia 5%
f) Tanto en el III Ciclo de la Educación General Básica en las asignaturas Artes Industriales, Educación para el Hogar, Artes Plásticas, Educación Ambiental, Artesanía Indígena y Música Indígena como en los Colegios Nocturnos, en los IPEC y los CINDEA en la asignatura de Desarrollo Social Laboral:
Trabajo cotidiano 50%
Trabajo extraclase 10%
Prueba 30%
Concepto 5%
Asistencia 5%
g) Tanto en el primer año del III Ciclo de la Educación General Básica (Sétimo Año), como en el primer año de las modalidades de IPEC y CINDEA, para las asignaturas Matemática, Español, Estudios Sociales, Ciencias Generales, Inglés, Francés, Educación Cívica y Lengua Indígena:
Trabajo cotidiano 25%
Trabajo extraclase 10%
Pruebas (mínimo dos) 55%
Concepto 5%
Asistencia 5%
Artículo 2º—Rige a partir del 1º de febrero de 2006.
Tema:
Temario de la Prueba de Tercer Ciclo de Italiano
Acuerdo 06-27-05
• Aprobar el temario unificado para la Prueba de Tercer Ciclo de Italiano, correspondiente al Plan Piloto Italo-Costarricense, según lo establecido en el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes, remitido mediante oficio DM 4364-05, suscrito por el Señor Ministro de Educación Pública, Manuel Antonio Bolaños Salas.
Acta:
Nº 29-2005 del 20 junio del 2005
Tema:
Evaluación externa de Pruebas Nacionales
Acuerdo 04-29-05
• Adjudicar la Contratación Directa Nº 1-2005, para la evaluación externa de Pruebas Nacionales, a la Universidad de Costa Rica, de acuerdo con lo estipulado en el escenario A de la oferta presentada por esa institución.
Acta:
Nº 30-2005 del 27 de junio del 2005
Tema:
Plan Estratégico para el Fomento de la Lectura
Acuerdo 02-30-05
1) Acoger la propuesta definitiva del Plan Estratégico para el Fomento de la Lectura, la cual se hace operativa mediante los siguientes documentos:
A. Plan Estratégico para el Fomento de la Lectura.
B. Lista de lecturas obligatorias para el personal docente de I y II ciclo para el período de transición, 2º semestre de 2005.
C. Circular del Ministro de Educación sobre el Acuerdo Nº 04-23-05, de la sesión No. 23-05 del 16 de mayo de 2005, sobre el período especial de fomento a la lectura.
D. Circular del Ministro de Educación sobre lista de libros para la implementación del período de lectura.
2) Remitir los mencionados documentos al Despacho del señor Ministro de Educación Pública, para las acciones pertinentes.
3) Solicitar a la División de Desarrollo Curricular del MEP y al Departamento de Desarrollo Profesional del CENADI, que se organice una oferta educativa para el personal en servicio, sobre estrategias de evaluación formativa de la animación de la lectura en la Educación Primaria. Esta oferta podrá incluir cursos de actualización para el personal en servicio sobre este tema, y la elaboración de un texto similar al de estrategias de animación de la lectura, pero en este caso, sobre la evaluación formativa.
Tema:
Evaluación del Sistema Educativo
Acuerdo 06-30-05
• Solicitar a la División de Planeamiento Educativo del Ministerio de Educación Pública, información referente al grado de avance de la evaluación del Sistema Educativo a la luz de la Política Educativa vigente.
Tema:
Propuesta Nacional de Pedagogía Hospitalaria
Acuerdo 07-30-05
• Trasladar a la Comisión de Planes y Programas para su respectivo análisis, la Propuesta Nacional de Pedagogía Hospitalaria presentada por la Escuela del Hospital de Niños.
Tema:
Solicitud de modificación del tiempo de aplicación de pruebas
Acuerdo 08-30-05
• Solicitar al Departamento de Evaluación del Ministerio de Educación Pública, su pronunciamiento acerca del fondo de la consulta planteada (criterio técnico) para ser analizada en la sesión del día lunes 11 de julio del año en curso.
• Solicitar al Director proponente que amplíe criterios.
Tema:
Centro Interamericano de la Educación Tecnológica
Acuerdo 09 -30-05
• Ratificar la postulación del señor Henry Rodríguez Serrano, cédula 1-464-744, como director del Centro Interamericano de Educación Tecnológica, solicitud suscrita por el señor Germán Alberto Ramírez García, como apoderado generalísimo de Laureate Internacional de Costa Rica dueño de la CIET.
Tema:
Escuela Agrícola e Industrial
Acuerdo 10-30-05
• Aprobar la carrera de Diplomado en Servicios y Actividades Ecoturísticas de la Escuela Agrícola e Industrial ETAI, hecha mediante oficio ETAI 021-2005 suscrita por el señor Uriel Barrantes Cartín, Director de la ETAI.
San José, 12 de agosto del 2005.—Danilo Barrantes Santamaría, Secretario General.—1 vez.—(67595).
COLEGIO UNIVERSITARIO DE ALAJUELA
CONSEJO DIRECTIVO
El Consejo Directivo del Colegio Universitario de Alajuela, según acuerdos números 2004, 2022 y 2063, adoptados respectivamente en las sesiones Nº 2267-05 del 4 de marzo del 2005, 2272-05, del 6 de abril del 2005, y 2289-05 del 15 de junio del 2005, acordó reformar el Reglamento Autónomo de Organización y Servicios del Colegio Universitario de Alajuela, para que los artículos que se enlistan de seguido se lean a partir de esta fecha, de la siguiente manera:
Artículo 7º—La aplicación de este Reglamento corresponde al Decano, al Departamento de Recursos Humanos y, en lo que corresponda, a los niveles de Jefatura. La interpretación auténtica del mismo, es competencia exclusiva del Consejo Directivo.
Artículo 8º—Este Reglamento se aplicará a todos los trabajadores del CUNA, ligados a éste por una relación de empleo público, sin excepción alguna.
Artículo 9º—Se adiciona el artículo 9º del Reglamento con una nueva definición que dirá:
Comisión de Recursos Humanos: Está integrada por el Decano, el Jefe del Departamento de Recursos Humanos y el Jefe de la Unidad respectiva. En caso de los puestos docentes, participará el Coordinador de la Carrera respectiva. Serán funciones de esta Comisión:
1. Establecer los requisitos y bases de selección para los diferentes puestos que se concursen, de acuerdo con la naturaleza del puesto y las necesidades de la institución.
2. Pronunciarse sobre los estudios de reasignación de puestos.
3. Determinar conjuntamente con el Departamento de Recursos Humanos las áreas de desarrollo, en materia de estudio y/o capacitación.
4. Administrar el fondo que anualmente se presupuesta para la concesión de becas de estudios al personal.
5. Actuar como elemento asesor de la Administración Superior, conjuntamente con el Departamento de Recursos Humanos, en lo relativo a necesidades de capacitación.
6. Determinar los estímulos y obligaciones para los beneficiarios, contemplados dentro del programa de estudios y/o capacitación.
7. Otras, encomendadas por el Consejo Directivo.
Artículo 22.—La selección de personal se hará por medio de pruebas de idoneidad, de atestados o de ambos. Únicamente se admitirán aspirantes que reúnan los requisitos para ser nombrados en el puesto que se trate. Para la selección del personal se requerirá el asesoramiento técnico de la dependencia donde existan puestos vacantes, cuyos jefes están en la obligación de brindarlo.
Durante la primera semana de servicio del nuevo trabajador, independientemente del tipo de contrato que defina su relación de servicio con el CUNA, recibirá capacitación para el desempeño del puesto mediante un curso intensivo de inducción elaborado exclusivamente para esta institución. En el caso de los docentes, este curso deberá efectuarse con al menos una semana de anticipación a la fecha de inicio del curso lectivo, para lo cual debe haberse formalizado su nombramiento.
El curso de inducción responderá a las necesidades de la institución en cada campo (docente, administrativo, docente-administrativo), por lo que se desarrollarán programas diferenciales ajustados a los puestos de trabajo y se utilizarán los métodos de enseñanza pertinentes para cada caso, con las nuevas tecnologías informáticas y telemáticas según corresponda con el fin de lograr los mayores niveles de eficiencia en el desempeño, desde que la persona ingresa a la institución.
Artículo 25.—Cuando resulte necesario realizar un concurso por oposición, el Departamento de Recursos Humanos iniciará el procedimiento dentro de los siguientes ocho días naturales posteriores a aquel en que se produjo la vacante, sin perjuicio de que se puedan iniciar los procedimientos al momento de conocerse la fecha a partir de la cual queda vacante la plaza.
Artículo 32.—El registro de elegibles se conformará en estricto orden de calificación. El acto de nombramiento que se realice con base en el registro de elegibles, al que se acompañará la calificación asignada por el Departamento de Recursos Humanos, será notificado a cada uno de los concursantes que hayan señalado lugar o medio de notificación, los cuales tendrán un plazo de 3 días hábiles, para plantear recursos ordinarios ante el Decano, quien resolverá el recurso de revocatoria dentro de los cinco días hábiles siguientes. En caso de mantener su decisión, procederá a remitir el expediente al Consejo Directivo con un informe sucinto y emitirá una resolución emplazando al apelante para que, dentro de los tres días hábiles siguientes, comparezca ante el Consejo Directivo en defensa de sus derechos. El Consejo Directivo resolverá lo que corresponda en un plazo de ocho días hábiles.
Artículo 35.—Todo trabajador del CUNA debe estar amparado por un contrato de servicios o acción de personal. Los contratos se confeccionarán en tres ejemplares: dos para el CUNA y otro para el trabajador y contendrán, en términos generales, las cláusulas y estipulaciones particulares que regulan la prestación de sus servicios y así satisfacer los requisitos exigidos en este Reglamento. En toda acción de personal se deberá indicar la forma de contratación en los términos establecidos en el artículo 36 del presente reglamento.
Artículo 36.—Los contratos de servicio serán:
1. A plazo indefinido: Se celebrarán con aquellos trabajadores indispensables para satisfacer las necesidades propias y permanentes del CUNA, mediante un nombramiento en propiedad, una vez satisfechos los procedimientos de concurso interno o externo, o de nombramiento sin oposición establecido en el artículo 11 del Estatuto de Servicio Civil aplicable supletoriamente al CUNA, conforme a lo dispuesto en el artículo 185 del presente Reglamento.
2. Plazo fijo: Se celebrarán con los trabajadores administrativos y docentes que sea necesario nombrar para satisfacer necesidades temporales del CUNA.
El Colegio Universitario de Alajuela, asignará en la medida de sus posibilidades, los recursos necesarios para ejecutar los programas de carrera administrativa, señalados anteriormente.
El Reglamento de Carrera Administrativa establecerá normas para que todos los programas que la conforman se lleven a cabo conforme a los principios de idoneidad comprobada, eficacia, eficiencia y justicia. Los ascensos en puestos de trabajo se harán una vez descartada la existencia de sanciones disciplinarias por falta grave.
Artículo 48.—La clasificación del trabajador docente se hará según los siguientes parámetros:
1. Profesor I, quien no posea el grado mínimo de Bachiller Universitario, reclutado y seleccionado en virtud de inopia debidamente declarada en concurso público.
2. Profesor II, quien posea el grado académico de Bachiller Universitario, en la especialidad que se concursa.
3. Profesor III, quien posea la condición de egresado de un plan de licenciatura o de postgrado, en la especialidad que se concursa o en un área atinente a la educación.
4. Profesor IV, a quien posea el grado de licenciatura, en la especialidad que se concursa o en un área atinente a la Educación o quien posea el grado académico de Bachiller Universitario y además una Maestría, ambas en la especialidad que se concursa o en un área atinente a la educación.
5. Profesor V, a quien además de la Licenciatura posea un Post-grado, ambos en la especialidad que se concursa o en un área atinente a la educación.
6. Profesor ad honoren, es la persona que colabora sin recibir remuneración en actividades de docencia, investigación y acción social, será nombrado por el Decano y deberá cumplir con los funciones establecidas en el manual descriptivo de puestos.
7. Profesor visitante, es el extranjero que la institución contrata por un período de un año o menos (renovable hasta por un máximo de dos períodos), para laborar en docencia, investigación y acción social, en virtud de convenios o programas de cooperación internacional.
8. Profesor emérito, es el docente jubilado de la institución que hubiese prestado servicios de reconocido valor a la educación y la cultura nacional. El nombramiento lo hará el Consejo, a propuesta del Decano.
Artículo 49.—Los coordinadores de carreras serán nombrados a plazo indefinido, después de cumplir satisfactoriamente el período de prueba y mientras se mantenga vigente la carrera respectiva y se cumpla con la evaluación anual del desempeño.
Los coordinadores deberán poseer al menos el grado de Licenciatura Universitaria en una especialidad afín al área en la que hayan de ejercer sus funciones. Serán nombrados por el Decano mediante concurso interno. En caso de no existir candidato calificado, el Decano recurrirá al registro de elegibles o en su defecto realizará el concurso público correspondiente. Sus funciones y normas de contratación serán las establecidas en el manual descriptivo de puestos. Cuando un trabajador posea nombramiento en propiedad en algún otro puesto y sea nombrado como coordinador de carrera, conservará su derecho a ejercer ese otro puesto en caso de que terminare su contrato como coordinador de carrera.
Artículo 53.—La asignación de jornada según carga académica se hará de acuerdo con la siguiente tabla:
Horas Horas de
Jornada lectivas atención estudiantes
¼ 4 1
½ 5-8 2
¾ 9-12 3
1 TC 13-16 4
La diferencia de jornada no contemplada dentro de esta distribución debe cumplirse realizando las siguientes actividades: asistencia a reuniones y consejo de carrera, participación en tribunales, trabajo de comisiones, elaboración y revisión de exámenes por suficiencia, colaboración en acciones propias de cada coordinación, preparación de lecciones y evaluaciones.
Artículo 54.—El Régimen de Carrera Docente concede todos los beneficios establecidos en los artículos 46 y 48 del presente Reglamento y en los demás que se establezcan en el Reglamento específico para tal efecto.
El ascenso a una categoría laboral superior dependerá del cumplimiento de los requisitos establecidos para cada categoría, de acuerdo con el artículo 48 del presente Reglamento.
Artículo 55.—El CUNA no garantiza a los servidores docentes que su nombramiento se pueda prolongar indefinidamente en el tiempo, ni que la jornada originalmente asignada pueda ser mantenida, debido a los posibles cambios en las carreras o en la matrícula. Sin embargo, la terminación de la relación laboral derivada de tales supuestos se regulará por lo establecido en el artículo 171, inciso 6), de este Reglamento y por el artículo 192 de la Constitución Política. Así mismo, las modificaciones de jornada tendrán como límite el respeto a los derechos de los trabajadores, de los límites generalmente aceptados por el ejercicio del “ius variandi” legal.
Artículo 74.—El CUNA dará la prestación de servicios de lunes a domingo, en horario diurno y nocturno, respetando las jornadas respectivas de los trabajadores, según haya sido la firma de su contrato laboral, anterior o posterior de la entrada en vigencia del presente Reglamento y respetando su derecho a disfrutar el o los días de descanso absoluto que le correspondan, según se trate de jornada laboral ordinaria o acumulativa.
Artículo 75.—Cuando el interés público lo demande o se requiera el establecimiento de roles especiales, se podrán trabajar los días de descanso semanal, previa autorización del Decanato. El cambio deberá ser comunicado a los trabajadores afectados con un mínimo de tres días de anticipación, siempre que sea posible. El cambio definitivo de horario deberá contar con el aval de la jefatura correspondiente. En la eventualidad de que se llegue a exceder la jornada ordinaria correspondiente al trabajador, se reconocerá el pago de salario extraordinario, de acuerdo con los parámetros establecidos por la Contraloría General de la República y el presente Reglamento.
Artículo 77.—En el lapso comprendido entre el tercer sábado de diciembre y el primer lunes de enero del año siguiente, la Semana Santa y la segunda semana de julio, habrá cierre institucional y el CUNA no brindará servicio al público. Durante estos periodos sus trabajadores disfrutarán de vacaciones.
Los trabajadores docentes disfrutarán de vacaciones durante la primera semana de enero e ingresarán a partir del segundo lunes del mes de enero. En todos los casos, el saldo de vacaciones que pudiere quedar pendiente, deberá ser disfrutado preferiblemente durante los tres meses siguientes al día en que se haga exigible el derecho.
Artículo 82.—
A)…
B) 1.…
2. Para asistir a cursos de capacitación afines con el cargo, recomendados por la Comisión de Recursos Humanos y aprobados por el Consejo Directivo, hasta por un máximo de tres meses.
Artículo 113.—Los trabajadores del CUNA están obligados a laborar jornadas diurnas mínimas de 40:00 horas semanales, 37.5 horas semanales para jornadas mixtas y 33:00 horas semanales para jornadas nocturnas.
La jornada mínima podrá, a juicio exclusivo de los jefes y siguiendo las instrucciones de los mismos, extenderse hasta el máximo de la jornada ordinaria de cuarenta y ocho horas en jornada diurna, cuarenta y dos horas en jornada mixta y treinta y seis horas en jornada nocturno, señaladas por el Código de Trabajo, de acuerdo con lo estipulado en los respectivos contratos de trabajo.
Los errores en el desempeño laboral ocurridos durante la jornada ordinaria, imputables al trabajador, deberán ser subsanados fuera de la jornada ordinaria, sin que el tiempo adicional sea objeto de remuneración.
Artículo 115.—Todos los trabajadores sin distinción alguna, quedan obligados a cumplir con la jornada laboral ordinaria por la que fueron contratados.
Artículo 121.—La asistencia será registrada personalmente por cada trabajador al inicio y finalización de cada fracción de jornada, mediante el sistema establecido al efecto.
Artículo 127.—No obstante lo anterior, las ausencias deberán justificarse por escrito, a más tardar el siguiente día hábil de haber ocurrido la misma. La Dirección correspondiente determinará si la ausencia es justificada o no.
Artículo 130.—La llegada tardía injustificada mayor de treinta minutos, se calificará como media ausencia para efectos de sanción y no pago del salario que a ella corresponda.
Artículo 131.—Las llegadas tardías serán reportadas en forma inmediata, dentro de la misma jornada en que ocurra. La jefatura correspondiente valorará si la llegada tardía es justificable o no.
Artículo 132.—Se entenderá como omisión de marca, la ausencia de esta en el respectivo registro, en la jornada laboral del día correspondiente.
Artículo 133.—Para justificar una omisión de marca, el trabajador deberá llenar la boleta correspondiente a más tardar el siguiente día hábil de haber ocurrido la misma. La jefatura inmediata determinará si la omisión es justificada o no.
Artículo 147.—Las sanciones establecidas en el presente capítulo serán aplicadas por los representantes patronales, dentro de un mes contado a partir del momento que haya concluido el procedimiento en el que se determine la responsabilidad del trabajador en los casos en los que se requiera realizar dicho procedimiento. En los demás supuestos, se aplicará la sanción correspondiente dentro del mes siguiente al día en que el jefe del trabajador al que corresponda sancionar, tenga conocimiento de la falta, de acuerdo con lo establecido en el artículo 153.
Artículo 149.—Las llegadas tardías injustificadas, computables al final de un mismo mes calendario, serán sancionadas de la siguiente forma:
1. Por tres, amonestación verbal.
2. Por cuatro, amonestación escrita.
3. Por cinco, suspensión sin goce de salario durante tres días.
4. Por seis, suspensión sin goce de salario durante cinco días.
5. Por siete, suspensión sin goce de salario durante ocho días.
6. Por ocho, despido sin responsabilidad patronal.
Se incorpora el término “injustificadas” y se comienza por amonestación verbal, graduando en forma racional y progresiva las sanciones.
Artículo 161.—Toda queja o denuncia deberá ser presentada por escrito ante la jefatura inmediata del trabajador denunciado, quien según la gravedad de la misma, la reservará para su conocimiento o la elevará al Decanato, si este trabajador hallare mérito ordenará la inmediata investigación de los cargos, conforme a lo previsto en este capítulo, para lo cual se ordenará la apertura del procedimiento administrativo correspondiente y la instalación del Órgano Director unipersonal o colegiado según corresponda.
Artículo 165.—Si de la instrucción no resultare mérito para continuar las diligencias, el Órgano Director, mediante resolución razonada, propondrá al Decanato, el archivo del expediente.
En caso contrario, formulará por escrito los cargos que resultaren, los cuales comunicará al trabajador, citándolo en el acto, a una comparecencia oral y privada. Entre la notificación y la fecha de la audiencia deberá mediar por lo menos quince días hábiles. Se notificará al trabajador investigado personalmente o en su casa de habitación, o por medio de alguno de los medios autorizados por la normativa procesal vigente. Dentro del plazo indicado, por escrito o en el acto de la comparecencia, el trabajador deberá presentar por escrito, o en forma oral, sus descargos y ofrecer la prueba en abono de los mismos.
Si el trabajador investigado desea ofrecer prueba testimonial u otra que se deba recibir en la comparecencia, deberá hacerlo saber al Órgano Director, con ocho días hábiles de anticipación por lo menos, para que éste pueda proceder a realizar las citaciones correspondientes, o bien presentar directamente la prueba al momento de la comparecencia.
El investigado podrá hacerse acompañar de un asesor legal de su escogencia.
La ausencia injustificada del trabajador investigado no impedirá la realización de la comparecencia.
Artículo 166
Recibido el descargo, o en caso de que no se formule dentro del término establecido, el instructor procederá a evacuar la prueba, con las formalidades que prescribe el articulado correspondiente de la Ley General de Administración Pública.
Evacuadas las pruebas, se tendrá por concluida la investigación, debiendo el Órgano Director presentar en el plazo previsto por ley, el informe con su recomendación a la instancia competente, según la gravedad de la falta, para que éste dicte la resolución final correspondiente, en el plazo de un mes.
Artículo 168.—En resguardo de los derechos del trabajador el procedimiento disciplinario deberá efectuarse con celeridad y eficiencia. Procurará la administración por todos los medios, precisar los hechos en su configuración real, que le permita emitir una resolución ajustada a derecho. El trabajador que por culpa, dolo, o negligencia ocasionare el retardo injustificado del procedimiento incurrirá en responsabilidad personal.
Artículo 182.—Las disposiciones del presente Reglamento no perjudicarán los derechos adquiridos por los trabajadores nombrados con anterioridad a la entrada en vigencia del presente reglamento.
Se reforman los artículos 9º, 16, 17, 19, 20, 32, 153, para que en todos los casos en que se hace referencia a la “Unidad” de Recursos Humanos se lea “Departamento” de Recursos Humanos.
Se acuerda eliminar el artículo transitorio único. Publíquese.
Alajuela, 5 de agosto del 2005.—Lic. Marcelo Prieto Jiménez, Decano.—1 vez.—(68478).
Junta de Protección Social de San José.—Junta Directiva, a ser los diecinueve días del mes de julio del dos mil cinco.
Resultando:
1º—Que conforme a los incisos a) y b) del artículo 8° del Reglamento Orgánico de la Junta de Protección Social de San José, Decreto Ejecutivo N° 28025-MTSS-MP y sus reformas, corresponde a la Junta Directiva dictar las políticas que regirán la Institución, así como cumplir y velar porque se cumplan las leyes y reglamentos vigentes en la materia.
Considerando:
I.—Que el artículo 2º de la Ley de Loterías N° 7395, dispone que la Junta de Protección Social de San José, debe tener como principio rector en materia de administración, distribución y adjudicación de cuotas de lotería, su “seguridad económica” y brindar “participación al mayor número de personas en el negocio”.
II.—Por su parte, debe tenerse presente que según lo establece el artículo 2° de la Ley de Loterías N° 7395, la Junta de Protección Social de San José es la única administradora y distribuidora de las loterías y en virtud de lo anterior, tiene plena potestad para regular y establecer las condiciones y requisitos que mejor garanticen el ejercicio y uso de las concesiones de cuotas de lotería, criterio que ha sido reiterado por la Sala Constitucional mediante el Voto N° 2003-000558 de las 14:48 horas del 29 de enero del 2003, al indicar: “... la Sala considera que si existen juegos permitidos por la Ley, su ejercicio debe ser regulado por la autoridad administrativa correspondiente, como ocurre en el caso de la Lotería Nacional...”
III.—Que según dispuso la Sala Constitucional en el Voto N° 3403-95 de las 17:42 horas del 28 de junio de 1995, las cuotas de loterías al ser concesiones otorgadas a los adjudicatarios, que no revisten carácter de “propiedad” del adjudicatario y por ende ni siquiera forman parte de los derechos hereditarios.
IV.—Que en aras de cumplir los fines públicos que fueran otorgados por Ley a esta Institución y según se establece como una obligación ineludible del cumplimiento de las metas señaladas en los proyectos, programas y presupuestos, a partir de lo dispuesto en el artículo 110 inciso j) de la Ley de la Administración Financiera y Presupuestos Públicos N° 8131, es menester fijar porcentajes máximos de devolución de las diferentes loterías, como una medida tendiente a garantizar la seguridad económica de la Junta, principio rector contenido en el artículo 2° de la Ley de Loterías N° 7395 y a contrarrestar los motivos que impiden una mayor colocación de las loterías entre los consumidores. Por tanto:
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSÉ,
DICTA LA SIGUIENTE DIRECTRIZ PARA LOS ADJUDICATARIOS
Y PERSONAS QUE TIENEN CONTRATOS VIGENTES
PARA LA VENTA DE LOTERÍA NACIONAL
Y LOTERÍA POPULAR
Artículo 1º—De la evaluación del récord de ventas y devoluciones. En los meses de abril, agosto y enero de cada año, el Departamento de Loterías hará una evaluación del récord de ventas y devoluciones reportadas para cada concesionario o vendedor autorizado, obteniendo un promedio para cada período.
Artículo 2º—Del procedimiento de evaluación. El procedimiento de evaluación para cada período indicado en el artículo anterior, consistirá en una entrevista que deberá efectuar el Departamento de Loterías a los concesionarios o vendedores autorizados, cuando su promedio de ventas, sean menores o iguales al 85% de la cantidad de billetes retirados o cuando las devoluciones alcancen un promedio de 15% o mayor de su cuota.
Se deberá realizar una entrevista individualizada con cada concesionario o vendedor, los cuales podrán presentar en ese acto los alegatos y las pruebas que justifican las devoluciones o las no ventas en los porcentajes indicados en esta Directriz, de lo cual el Departamento de Loterías deberá tomar nota.
Artículo 3º—De los resultados. Si de los resultados obtenidos por el Departamento de Loterías en las entrevistas realizadas, se determina que no existe justificación razonable para obtener los porcentajes de ventas iguales o superiores al 85% o una devolución igual o mayor al 15%, los controles indicados en el artículo anterior, serán remitidos a la Comisión de Comparecencias, la cual iniciará los procedimientos administrativos ordinarios, luego de los cuales recomendará al Jefe del Departamento de Loterías si procede el reajuste de la cuota correspondiente.
Artículo 4º—De la distribución de excedentes. El Departamento de Loterías, con la aprobación de la Dirección de Producción y Ventas, dispondrá la distribución del excedente de las loterías producto de los reajustes de cuotas y cuotas no retiradas, prioritariamente entre los adjudicatarios y concesionarios que presenten un expediente limpio de sanciones con loterías ilegales y especulación, que no reporten devoluciones de Lotería Nacional y Lotería Popular o entre aquellos que presenten los más bajos niveles de devolución en ambas loterías.
Artículo 5º—Vigencia de la presente directriz. Las presentes disposiciones rigen a partir de su publicación.
San José, 25 de agosto del 2005.—Departamento de Loterías.—Sr. Rodrigo Fernández Cedeño, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 6435).—C-34220.—(69324).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Álvaro González
Fernández, cédula Nº 6-064-833, dueño del certificado de depósito a plazo en
dólares, doy aviso que el certificado Nº 61490663, emitido por el BCR, por el
monto de $ 2.270,00 se extravió. Esto para los efectos correspondientes.—Álvaro
González Fernández, Solicitante.—(67167).
OFICINA EN SAN FRANCISCO DE DOS RÍOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
A quien interese, hago
constar que el certificado de depósito a plazo del Banco de Costa Rica:
Cert. Nº Monto Plazo Emitido Vence Tasa
61541244 ¢500.000,00 72
días 01/08/2005 13/10/2005 10.25% anual
Certificado emitido a la
orden de Asociación Solid. Empleados de Pretensados Nac., cédula jurídica Nº
3-002-071486. Hellen Andrea Rivera Solano, solicitante, cédula N° 1-1144-0481.
Emitido por la oficina en San
Francisco de Dos Ríos, ha sido reportado como perdido, por lo que se solicita
al Banco de Costa Rica, su reposición de acuerdo con lo establecido en los
artículos 708 y 709 del Código de Comercio.
San Francisco de Dos
Ríos, 8 de agosto del 2005.—Sr. Roberto Rivera Rojas, Jefe Operativo.—(67644).
AGENCIA DE PARRITA
La suscrita: Gladys Esquivel Mena, cédula número uno-cuatro cinco seis-ocho cinco dos, hago constar que se perdió el certificado a plazo número seis uno cuatro siete uno cuatro tres tres cero uno-cero tres-dos mil, cinco, del Banco de Costa Rica, Agencia de Parrita a mi nombre, por un monto de doscientos mil colones, con una vigencia del primero de marzo del dos mil cinco al primero de junio del dos mil cinco. Es todo, leo lo escrito lo encuentro conforme y firmo en Parrita a las quince horas del doce de agosto del dos mil cinco.—Gladys Esquivel Mena, Solicitante.—Nº 52806.—(67714).
CENTRO COMERCIAL DEL SUR
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
A quien interese, hago constar que el certificado de depósito a plazo del Banco de Costa Rica, certificado Nº 61473232, monto ¢289.952,25, plazo 182 días, emitido el 03/03/2005, vence el 05/09/2005, tasa 13.50 anual. Certificado emitido a la orden de Alicia Chacón Vargas, cédula Nº 1-353-616. Emitido por la oficina Centro Comercial del Sur, ha sido reportado como perdido, por lo que se solicita al Banco de Costa Rica su reposición de acuerdo con lo establecido en los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.—San José, 23 de agosto del 2005.—Sr. Juan Pablo Rodríguez Montero, Oficina de Plataforma.—Nº 53305.—(68401).
AVISO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ORI-R-2270.—Villarroel Daniel Manuel Alberto, R-166-2005, chileno, cédula de residencia Nº 425-98225-1538, ha solicitado reconocimiento del diploma de ingeniero de ejecución en mecánica, Universidad de Santiago de Chile, Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 22 de julio del 2005.—Oficina de Registro e Información.—Ing. Warner Carvajal Lizano M.Sc, Jefe.—C-12845.—(67165).
DEPARTAMENTO ORDENAMIENTO AGRARIO
Se emplaza a todos los interesados en el proceso de titulación de tierras promovido ante el Instituto de Desarrollo Agrario al amparo de la Ley Nº 2825 Ley de Tierras y Colonización y sus reformas y su Reglamento para la Titulación de Tierras en Reservas Nacionales, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 173 del martes 10 de setiembre del 2002, por:
Johnny Martín Araya Vargas, costarricense, mayor, cédula de identidad Nº 9-0065-0999, casado, Agricultor, vecino de Siquirres, Santa Marta, 100 al este de la iglesia católica, poseedor de la parcela número 303-1000 del programa de Titulación Pascua, con una medida de: 20 Ha, 5.858,75 metros cuadrados, según plano catastrado Nº L-702048-2001, cuyos linderos son: norte, Marielos Carranza Villalobos; sur, Delfina Cordero Acuña y calle pública de 12,30 m; este, Marielos Carranza Villalobos y calle pública; oeste, calle pública y Marvin Brenes Soto; situado en Florida, distrito 3° Florida, cantón 3° Siquirres, provincia 7° Limón. Terreno para agrícola.
Johnyny Martín Araya Vargas, costarricense, mayor, cédula de identidad 9-0065-0999, casado, agricultor, vecino de Siquirres, Santa Marta, 100 al este de la iglesia católica, poseedor de la parcela Nº 303-1001 del programa de Titulación Pascua, con una medida de: 28 Ha, 1.815,35 metros cuadrados, según plano catastrado Nº L-702049-2001, cuyos linderos son: norte, Marielos Carranza Villalobos y calle pública; sur, Heymer Loaiza Cubero y Adilio Segura Cascante; este, Yenni Zoraida Soto Camacho y calle pública; oeste, Alicia Nájera Cordero, Carlos Romero Mora y Didier Nuñez V., situado en Florida, distrito 3° Florida, cantón 3° Siquirres, provincia 7° Limón. Terreno para agrícola.
Las presentes diligencias no tienen objeto de evadir
las consecuencias legales de un juicio sucesorio. Quien se crea con derecho
sobre el inmueble que se pretende traspasar e inscribir en el Registro de la
Propiedad, deberá hacerlo saber al Departamento Ordenamiento Agrario, del
Instituto de Desarrollo Agrario, en sus oficinas centrales ubicadas en
Residencial Los Colegios, del cantón de Moravia, contiguo al Colegio de
Ingenieros Agrónomos, dentro de un plazo de 30 días naturales contados a partir
de la publicación de este edicto.—San José, 23 de agosto del 2005.—Programa
Nacional de Titulación.—Gilberto Rodríguez Soto, Coordinador.—1 vez.—Nº
53353.—(68400).
EDICTO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Al señor Henry Ruiz Mayorga, se le comunica que la señora Teresa Benita Cortez Jirón, ha solicitado en fecha cuatro de agosto del dos mil cinco, la intervención del Patronato Nacional de la Infancia, a fin de que la Institución emita la recomendación para la salida del país de su hija menor de edad Yesenia Carolina Ruiz Cortez. Conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Salida del País de Personas Menores de Edad, artículo tercero, se otorga el plazo de ocho días hábiles, a partir de la última publicación a fin que quien tenga derecho o interés pueda manifestar su oposición o asentimiento. Publíquense dos edictos consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y uno en un diario de circulación nacional, a costa de la parte interesada.—Oficina Local del Sur.—Lic. Patricia Hernández Sánchez, Representante Legal.—(68469).
ÁREA DE ESTADÍSTICAS CONTINUAS
UNIDAD ÌNDICES DE PRECIOS
El Instituto Nacional de Estadística y Censos, avisa que los Índices de Precios de los Insumos Básicos de la Industria de la Construcción, correspondientes al mes de julio, son los siguientes:
ÍNDICES DE PRECIOS DE LOS INSUMOS BÁSICOS
DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN
JULIO 2005
ÍNDICES DE PRECIOS DE INSUMOS
PARA
LA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS Y VIVIENDA
Base Enero 1976=100
JUN
2005 JUL 2005 VARIACIÓN (%)
EDIFICIOS 12
256,84 12 606,35 2,85
VIVIENDA 12
625,14 12 866,73 1,91
ÍNDICES DE PRECIOS DE MANO DE
OBRA PARA
LA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS Y VIVIENDA
Base Enero 1976=100
JUN
2005 JUL 2005 VARIACIÓN (%)
MANO DE OBRA EN EDIFICIOS 12 745,24 13
468,85 5,68
MANO DE OBRA EN VIVIENDA 12 643,79 13
351,80 5,60
ÍNDICES DE PRECIOS DE
ACTIVIDADES PARA
LA CONSTRUCCIÓN DE URBANIZACIONES
Base Enero 1984=100
RAMA DE ACTIVIDAD JUN
2005 JUL 2005 VARIACIÓN (%)
TUBERÍA AGUAS PLUVIAL 1
358,39 1 372,24 1,02
TUBERÍA AGUAS NEGRAS PVC 1 650,74 1
694,18 2,63
TUBERÍA AGUAS NEGRAS CONCRETO 1 098,81 1
106,08 0,66
TUBERÍA AGUA POTABLE 1
876,95 1 924,81 2,55
PREVISTA AGUAS NEGRAS PVC 1 679,75 1
738,57 3,50
PREVISTA AGUAS NEGRAS CONCRETO 1 418,46 1
437,14 1,32
PREVISTA AGUA POTABLE 1
725,84 1 761,35 2,06
TRAGANTES 1
678,29 1 709,67 1,87
POZOS 1
899,16 1 931,50 1,70
CAJAS DE SIFÓN 1
716,65 1 740,38 1,38
CORDÓN Y CAÑO 2
104,92 2 151,73 2,22
ACERAS 2
136,87 2 200,81 2,99
DESFOGUE 2
133,15 2 197,21 3,00
CUNETA MEDIA CAÑA 1
270,65 1 300,41 2,34
CABEZALES PARA PASOS POR ACERA 2 064,66 2
135,72 3,44
PASOS POR ACERA 2
086,09 2 141,45 2,65
VÁLVULAS H. F. 1
014,85 1 033,72 1,86
HIDRANTES 1
097,89 1 113,34 1,41
LIMPIEZA Y DESENRAICE 910,79 918,71 0,87
CORTE DE TIERRA 1
104,22 1 111,18 0,63
RELLENO Y COMPACTACIÓN 1
034,52 1 035,52 0,10
SUB-BASE, BASE Y CONF. SUBRASANTE 1 723,67 1
808,71 4,93
CARPETA ASFÁLTICA 1
277,93 1 282,57 0,36
ÍNDICES DE PRECIOS PARA LA
CONSTRUCCIÓN DE ACUEDUCTOS
Base Enero 1983=100
RAMA DE ACTIVIDAD JUN
2005 JUL 2005 VARIACIÓN (%)
TUBERÍA PVC 150 mm 1
990,27 2 007,03 0,84
TUBERÍA PVC 200 mm 2
325,72 2 332,52 0,29
TUBERÍA PVC 250 mm 2
369,52 2 374,73 0,22
TUBERÍA PVC 300 mm 2
383,22 2 387,55 0,18
PREVISTA 12 mm 2
176,21 2 224,07 2,20
HIDRANTE 1
698,87 1 752,22 3,14
PROMEDIO TUBOS Y PREVISTA 2 195,30 2
208,29 0,59
SIN COSTO TUBO 150 mm 1
719,16 1 751,80 1,90
TUBO 200 - 500 mm 1
613,97 1 652,54 2,39
PROMEDIO 1
692,64 1 726,71 2,01
ÍNDICE GENERAL DE ACUEDUCTOS 1 824,68 1
838,46 0,75
ÍNDICES DE PRECIOS PARA LA
CONSTRUCCIÓN DE ALCANTARILLADOS
Base Enero 1983=100
RAMA DE ACTIVIDAD JUN
2005 JUL 2005 VARIACIÓN (%)
TUBERÍA PVC 150 mm 1
684,40 1 700,63 0,96
TUBERÍA PVC 200 mm 1
420,09 1 441,30 1,49
TUBERÍA PVC 250 mm 1
354,88 1 370,17 1,13
TUBERÍA PVC 300 mm 1
360,31 1 374,76 1,06
PREVISTA 100 mm 1
375,92 1 396,01 1,46
PROMEDIO PVC 1
440,51 1 456,33 1,10
TUBO DE CONCRETO 300 mm 1
820,65 1 854,84 1,88
TUBO DE CONCRETO 610 mm 1
858,60 1 873,37 0,79
TUBO DE CONCRETO 910 mm 1
832,54 1 851,69 1,05
PROMEDIO DE CONCRETO 1
842,84 1 862,51 1,07
CAJAS DE REGISTRO 1
857,63 1 872,33 0,79
CAJAS DE SIFÓN 1
534,23 1 564,13 1,95
PROM. CAJAS REGISTRO Y SIFÓN 1 801,77 1
818,68 0,94
REPOSICIÓN DE CARPETA 1
715,20 1 731,75 0,97
ÍNDICE GENERAL ALCANTARILLADO 1 702,94 1
721,67 1,10
ÍNDICES DE PRECIOS DE ELEMENTOS
PARA LA
CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS Y PUENTES
Base Julio 1990=100
ELEMENTOS JUN
2005 JUL 2005 VARIACIÓN (%)
ACERO ESTRUCTURAL 562,39994 562,39994 0,00000
ACERO POSTENSIÓN 357,73002 358,81734 0,30395
ACERO REFUERZO 795,03180 795,03180 0,00000
ACETILENO 2156,34457 2156,34457 0,00000
ADITIVO RETARDANTE /ACEL 558,42698 558,42698 0,00000
ALAMBRE DE PÚAS 1297,82336 1297,82336 0,00000
ALAMBRE ELÉCTRICO 275,40105 275,40105 0,00000
ALAMBRE NEGRO 720,80964 720,80964 0,00000
ARENA 870,64945 900,83952 3,46753
ASFALTO 85/100 1171,80416 1171,80416 0,00000
BARRAS O BARRENOS 607,51573 607,51573 0,00000
BROCA 3” diám. 517,59886 519,17211 0,30395
BUNKER 1077,52515 1077,52515 0,00000
CEMENTO 1340,60676 1338,49892 -
0,15723
CLAVOS 852,87469 852,87469 0,00000
COLCHONETA 4 * 2 * 1,23 * 3,2 m 564,88700 566,60398 0,30395
COSTO DE POSESIÓN 621,66912 623,55869 0,30395
DIESEL 1186,72039 1176,01233 -
0,90232
DINAMITA 280,00439 280,00439 0,00000
ELEMENTO VIGA
PRETENSADA/GUARDACAMINO 620,39662 672,64895 8,42241
EMULSIÓN ASFÁLTICA 1162,44885 1162,44885 0,00000
EPOXY P/ MARCADORES 735,42112 737,65644 0,30395
FLANGER 12 * 65 573,84454 575,58875 0,30395
FULMINANTE 291,68477 291,68477 0,00000
GAVIÓN 2,4 m 2 * 1 * 0,5 MALLA 8 * 10 1040,65767 1046,99347 0,60883
GAVIÓN 2,4 m 2 * 1 * 1,0 MALLA 8 * 10 1040,65767 1046,99347 0,60883
GASOLINA 1147,93613 1138,21692 -
0,84667
GRAPAS P/ ALAMBRE 470,45933 470,45933 0,00000
LAMINA DE ALUMINIO LISO Nº 16 578,93746 579,34467 0,07034
LIQUIDO PARA CURA 523,44198 523,44198 0,00000
LLANTAS 472,32135 494,32785 4,65922
LUBRICANTES 788,78321 797,85012 1,14948
MADERA CONTRACHAPADA
(PLYWOOD) 752,14210 762,11545 1,32599
MADERA ESPECIAL PARA BARANDA 261,73000 261,73000 0,00000
MADERA FORMALETA 1700,39023 1700,39023 0,00000
MALLA CICLÓN 686,44676 686,44676 0,00000
MANGUERAS COMP. 600 cc 943,15162 947,47626 0,45853
MANO DE OBRA 797,08504 842,33991 5,67755
MARCADOR PAVIMENTO
(REF. 1 CARA) 498,59842 500,11391 0,30395
MARCADOR PAVIMENTO
(REF. 2 CARAS) 482,35417 483,82029 0,30395
MARCO Y REJILLA METAL 18” * 23” 187,76095 187,76095 0,00000
MARCO Y TAPA DE METAL 187,76095 187,76095 0,00000
MATERIAL P/ SELLADO JUNTAS 159,65079 159,65079 0,00000
MATERIAL REFLECTANTE SEÑALES 207,84323 207,84323 0,00000
MEDIA CAÑA 36 cm * 1 m 382,24426 382,24426 0,00000
OXIGENO INDUSTRIAL 2400,99048 2400,99048 0,00000
PIEDRA BRUTA 642,85501 642,85501 0,00000
PIEDRA QUEBRADA 576,79520 576,79520 0,00000
PILOTE ACERO ESTRUCTURAL
12 * 12 * 53” 572,12096 573,85993 0,30395
PILOTE ACERO ESTRUCTURAL
12 * 12 * 74” 562,00539 563,71362 0,30395
PILOTE HORMIGÓN PRETENSADO
30 * 30 758,55299 841,96412 10,99608
PILOTE HORMIGÓN PRETENSADO
35 * 35 929,31815 1019,80080 9,73646
PILOTE HORMIGÓN REFORZADO 1171,35643 1289,42391 10,07955
PINTURA P/ ESTRUCTURAS 907,72224 918,29402 1,16465
PINTURA Y ESFERAS P/ VÍAS 1195,79461 1143,31918 - 4,38833
POSTE DE VIGA GALVANIZADA 527,91134 529,51593 0,30395
POSTE
PRETENSADO/GUARDACAMINO 1096,83111 1176,12167 7,22906
POSTE P/ CERCA DE ALAMBRE 1942,09972 2018,45039 3,93135
POSTE P/ SEÑAL VERTICAL 606,70514 596,51031 -
1,68036
REPUESTOS 894,51105 896,82689 0,25889
SOLDADURA 714,08194 715,84776 0,24729
TABLE ESTACA ACERO MP (116) 509,10005 510,64747 0,30395
TELA DE FIBRA SINTÉTICA 550,63767 550,63767 0,00000
TERMINAL GALVANIZADO
P/GUARDACAMINO 536,52549 538,15626 0,30395
TERMINAL VIGA P/GUARDACAMINO 703,21001 756,97072 7,64504
TINTA DE SERIGRAFÍA 218,34162 218,34162 0,00000
TIPO DE CAMBIO 517,57619 519,14937 0,30395
TORNILLOS GALVANIZADOS 156,32196 156,32196 0,00000
TUB. ACERO CORRUGADO
1,07 m CAL. 16 476,02163 477,46851 0,30395
TUB. ACERO CORRUGADO
1,37 m CAL. 16 512,26583 513,82287 0,30395
TUB. ACERO CORRUGADO
1,83 m CAL. 12 449,41771 450,78372 0,30395
TUB. ACERO CORRUGADO
2,59 m CAL. 12 449,41771 450,78372 0,30395
TUB. ACERO CORRUGADO
2,90 m CAL. 12 486,76276 488,24228 0,30395
TUB. ACERO CORRUGADO
3,35 m CAL. 12 491,29016 492,78344 0,30395
TUB. ACERO CORRUGADO
3,51 m CAL. 12 488,83245 490,31827 0,30395
TUB. ACERO CORRUGADO
3,96 m CAL. 12 486,57550 488,05445 0,30395
TUB. HORMIGÓN CLASE III
0,61 m DIÁM. 660,92031 671,09838 1,53998
TUB. HORMIGÓN CLASE III
0,76 m DIÁM. 660,29538 680,74694 3,09733
TUB. HORMIGÓN CLASE III
0,91 m DIÁM. 667,24265 677,52621 1,54120
TUB. HORMIGÓN CLASE III
1,07 m DIÁM. 614,40420 633,43171 3,09690
TUB. HORMIGÓN CLASE III
1,22 m DIÁM. 771,74810 783,64116 1,54105
TUB. HORMIGÓN CLASE III
1,37 m DIÁM. 642,49212 652,36910 1,53729
TUB. HORMIGÓN CLASE III
1,52 m DIÁM. 677,29487 687,71879 1,53905
TUB. HORMIGÓN CLASE III
1,83 m DIÁM. 672,36671 682,74732 1,54389
TUB. HORMIGÓN CLASE III
2,13 m DIÁM. 713,15859 735,24315 3,09672
TUB. HORMIGÓN CLASE III
2,90 m DIÁM. 728,29457 747,08927 2,58065
TUB. HORMIGÓN CLASE IV
0,61 m DIÁM. 446,92148 446,92148 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE IV
0,76 m DIÁM. 315,95153 315,95153 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE IV
0,91 m DIÁM. 458,61903 458,61903 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE IV
1,07 m DIÁM. 420,15159 420,15159 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE IV
1,22 m DIÁM. 454,45068 454,45068 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE IV
1,37 m DIÁM. 472,42181 472,42181 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE IV
1,52 m DIÁM. 457,65912 457,65912 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE IV
1,83 m DIÁM. 458,09661 458,09661 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE IV
2,13 m DIÁM. 457,02468 457,02468 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE IV
2,90 m DIÁM. 433,62646 433,62646 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE V
0,61 m DIÁM. 458,47352 458,47352 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE V
0,76 m DIÁM. 313,72140 313,72140 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE V
0,91 m DIÁM. 459,20699 459,20699 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE V
1,07 m DIÁM. 399,40872 399,40872 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE V
1,22 m DIÁM. 457,60536 457,60536 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE V
1,37 m DIÁM. 455,24821 455,24821 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE V
1,52 m DIÁM. 456,93956 456,93956 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE V
1,83 m DIÁM. 459,73433 459,73433 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE V
2,13 m DIÁM. 456,03562 456,03562 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE V
2,90 m DIÁM. 459,04286 459,04286 0,00000
TUB. HORMIGÓN PERFORADO 10 cm 364,57652 364,57652 0,00000
TUB. HORMIGÓN PERFORADO 15 cm 364,00205 364,00205 0,00000
TUB. HORMIGÓN PERFORADO 20 cm 365,16424 365,16424 0,00000
TUB. SIN REFUERZO C-14 10 cm 361,00499 371,26473 2,84199
TUB. SIN REFUERZO C-14 15 cm 335,15947 345,05521 2,95255
TUB. SIN REFUERZO C-14 20 cm 464,85902 482,35893 3,76456
TUB. SIN REFUERZO C-14 25 cm 422,51239 437,35525 3,51300
TUB. SIN REFUERZO C-14 30 cm 441,36931 448,27723 1,56511
TUB. SIN REFUERZO C-14 38 cm 490,27698 503,17525 2,63081
TUB. SIN REFUERZO C-14 46 cm 316,09319 316,09319 0,00000
TUB. SIN REFUERZO C-14 53 cm 484,59087 498,31378 2,83185
TUB. SIN REFUERZO C-14 61 cm 531,02583 545,62711 2,74964
TUB. SIN REFUERZO C-14 76 cm 327,09139 327,09139 0,00000
TUB. SIN REFUERZO C-14 91 cm 567,94398 583,61437 2,75914
VIGA GALVANIZADA 487,84435 489,32716 0,30395
WATER STOP 6”*3/16” 208,77368 208,79024 0,00793
San José, 22 de agosto del 2005.—Jaime Vaglio Muñoz, Gerente.—1 vez.—(Solicitud Nº 20638).—C-144145.—(68055).
El Concejo Municipal de San Isidro de Heredia, en sesión ordinaria N° 49-2005, del 22 de agosto de 2005, mediante acuerdo por unanimidad y definitivamente aprobado con dispensa de trámite de Comisión N° 880-2005, aprobó el aumento en la tarifa de servicio de limpieza de vías y sitios públicos, quedando de la siguiente manera:
Servicio de limpieza de vías y sitios públicos Tasa mensual
Por metro lineal ¢72,50
Rige 30 días después de su publicación.
San Isidro de Heredia, 23 de abril del 2005.—Marcela Guzmán Calderón, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(68519).
COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
Centésima cuarta asamblea general extraordinaria sábado 17 de setiembre del 2005. La junta directiva del Colegio de Licenciados y Profesores en Letras, Filosofía, Ciencias y Artes, convoca a la centésima cuarta asamblea general extraordinaria que se efectuará el sábado 17 de setiembre del 2005, en primera convocatoria a las 7:00 a. m., en las instalaciones del Centro Cultural y Recreativo, ubicado en Desamparados de Alajuela. En caso de no alcanzarse el quórum requerido, la asamblea iniciará una hora después, de acuerdo con el artículo 16 de la Ley Orgánica.
Orden del día
I. Apertura y comprobación del quórum.
II. Himno Nacional de Costa Rica.
III. Propuesta para reformar el artículo 72 del Reglamento General de la Ley Orgánica 4770.
IV. Informe de Auditoría Externa para el período marzo 2002-diciembre del 2004.
V. Informe de la Comisión Investigadora creada por acuerdo N° 4 de la asamblea general ordinaria XCVII, celebrada el 19 de marzo del 2005.
VI. Himno del Colegio.
VII. Clausura de la asamblea.
MSc. Carlos Luis Rojas Porras, Presidente.—Lic. Olga Marta Villalobos Chacón, Secretaria.—(69111).
2 v. 1.
FUNDACIÓN INCIENSA FUNIN
Convocatoria a todos los miembros a la asamblea extraordinaria de patrocinadores. Día: 19 de setiembre del 2005, hora: 5:00 p. m., lugar: oficinas de FUNIN Oficentro Ejecutivo La Sabana, edificio 6, piso 3. Orden del día: Designación de nuevo director en la junta administrativa de FUNIN, por motivo de renuncia. Primera convocatoria: a las 5:00 p. m., si a la hora señalada no hubiese quórum legal necesario, se realizará en segunda convocatoria: a las 6:00 p. m., con los socios presentes.—MBA. Sofía Elizondo Jiménez.—1 vez.—(69107).
DEXTRO QUÍMICA S. A.
Se convoca a los accionistas de Dextro Química S. A., a una asamblea general extraordinaria a celebrarse en las oficinas de la sociedad a las 8:00 horas, del día 12 de setiembre del año 2005, para conocer los siguientes temas.
Orden del día:
1. Verificación del quórum y apertura de la asamblea.
2. Asuntos relacionados con las actividades actuales de explotación de la sociedad, para su discusión y aprobación por parte de la asamblea.
3. Otros asuntos a petición de los señores accionistas.
San José, 25 de agosto del 2005.—Wendy Rojas Madrigal, Presidenta.—1 vez.—(69116).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
COMPAÑÍA COMERCIAL HERMANOS GAMBOA
MARÍN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Compañía Comercial
Hermanos Gamboa Marín Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula jurídica
tres-ciento dos-tres nueve cuatro tres seis, con domicilio en Paracito de Santo
Domingo de Heredia, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa
la reposición por extravío de los siguientes libros: Actas de Asambleas de
Socios, Registro de Cuotistas. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante la Oficina de Información de la Administración Tributaría de San
José en el término de 8 días hábiles a partir de la publicación de este
aviso.—Lic. Rubén Ramírez Quirós, Notario.—(67133).
INVIASA DE GUADALUPE SOCIEDAD ANÓNIMA
Inviasa de Guadalupe
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-227383, con domicilio en Purral,
Goicoechea, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la
reposición por extravío de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y
Balances, Actas del Consejo de Administración, Actas de Asambleas de Socios,
Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición
ante la Oficina de Información de la Administración Tributaria de San José en
el término de 8 días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic.
Rubén Ramírez Quirós, Notario.—(67134).
Annia Paniagua Gamboa,
cédula Nº 2-108-866, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la
reposición del libro de inventarios y balances. Quien se considere afectado
puede manifestar su oposición ante el Área de Recaudación y Gestión de la
Administración Tributaria de Guanacaste, en el término de ocho días hábiles a
partir de la publicación de este aviso.—Annia Paniagua Gamboa.—Nº 52752.—(67504).
HOTELERA INTERNACIONAL DE GOLFITO S.
A.
Hotelera Internacional de
Golfito S. A., con cédula jurídica número 3-101-221536, solicita ante la
Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes
libros: diario, mayor, inventarios y balances, actas de asamblea general de
socios, actas de junta directiva y registro de accionistas. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia
al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José,
en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación
del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 14 de julio del 2005.—Luis Diego
Lizano Sibaja, Notario.—Nº 52772.—(67505).
YOLAN QUI SOCIEDAD ANÓNIMA
Yolan Qui Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno- cero ocho cinco cuatro siete tres,
solicita ante la Dirección de Tributación Directa, la reposición de los libros
de actas de asamblea de socios y Registro de socios, ambos número uno. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y
Asistencia al Contribuyente, (Legalización de Libros), Administración Regional
de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última
publicación en el Diario Oficial La Gaceta y de circulación
nacional.—Yolanda Quijano Jiménez, Representante.—Nº 54100.—(67506).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
EL PARAÍSO CASA RÍO NOSARA SOCIEDAD
ANÓNIMA
El Paraíso Casa Río
Nosara Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-230150, solicita ante la
Dirección General de Tributación Directa la reposición de los siguientes
libros: Diario, Mayor e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado
puede manifestar su oposición ante el área de Información y Asistencia al
Contribuyente de la Administración Tributaria de Guanacaste, en el término de
ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Meilyn Muramusato,
Presidenta.—Nº 51088.—(64747).
INVERSIONES CLOGUI S. A.
Inversiones Clogui S. A.,
con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-veintiséis mil
ochocientos cuarenta y cinco, solicita a su Vicepresidente, por motivo de
extravío, la reposición de los certificados de acciones que representan el cien
por ciento del capital social de la empresa, sea la suma de trescientos mil
colones exactos, representado por sesenta acciones comunes y nominativas de
cinco mil colones cada una. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición, en el término de quince días contados a partir de la presente
publicación, en el Bufete de Facio Abogados, San Rafael de Escazú, Centro
Corporativo Plaza Roble, Edificio El Patio, tercer piso, oficina número
uno.—San José, 18 de agosto del
2005.—Grettel Kopper Arguedas, Vicepresidenta.—(67578).
GUIGRE S. A.
Guigre S. A., con cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-treinta y nueve mil ciento noventa y
tres, solicita a su Presidenta y Secretario, por motivo de extravío, la
reposición de los certificados de acciones que amparan las acciones que
representan el cien por ciento del capital social de la empresa, sea la suma de
doce mil colones exactos, representado por doce acciones comunes y nominativas
de un mil colones cada una. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición, en el término de quince días contados a partir de la presente
publicación, en el Bufete de Facio Abogados, San Rafael de Escazú, Centro
Corporativo Plaza Roble, Edificio El Patio, tercer piso, oficina número
uno.—San José, 18 de agosto del 2005.—Grettel Kopper Arguedas,
Presidenta.—(67579).
VIDIKA S. A.
Vidika S. A., con cédula
jurídica Nº 3-101-15300-9 solicita ante la Dirección General de Tributación
Directa la reposición de los siguientes libros legales. 1 Diario, 1 Mayor, 1
Inventario y Balances, 1 Actas Consejo Administración, 1 Actas Asambleas de
Socios, 1 Registro de Socios, debido al extravío de los mismos, quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y
Asistencia al Contribuyente en la Administración Tributaria de San José, en el
término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el
Diario Oficial La Gaceta.—Juan Manuel Malavasi Montes de Oca,
Representante Legal.—(67584).
EL NARANJAL DE JACÓ SOCIEDAD ANÓNIMA
El Naranjal de Jacó
Sociedad Anónima, cédula jurídica número: 3-101-1130796, solicita ante la
Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros:
Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Consejo de Administración,
Actas de Asambleas Generales, Actas de Asamblea de Socios. Quien se considere afectado
puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al
Contribuyente de la Administración Tributaria de Puntarenas, en el término de
ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Carmen María
Bolaños Vargas, Notaria.—Nº 53039.—(67930).
JACÓ CALIENTE SOCIEDAD ANÓNIMA
Jacó Caliente Sociedad
Anónima, cédula jurídica número: 3-101-112310, solicita ante la Dirección
General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor,
Inventarios y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asambleas
Generales, Actas de Asamblea de Socios. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante el Área de información y Asistencia al
Contribuyente de la Administración Tributaria de Puntarenas, en el término de
ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Carmen María
Bolaños Vargas, Notaria.—Nº 53040.—(67931).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
HOSPITAL SAN JOSÉ S. A.
Hospital San José S. A., cédula jurídica 3-101-176555, comunica que Mohammad Alfahed, conocido como Mozart James Petrella, cédula de residencia número 202-02034550000025, ha solicitado la reposición del título correspondiente a las acciones numeradas de la 07001 y 07100, ambas inclusive, en virtud de haberse extraviado. De conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio, los interesados podrán comunicar sus oposiciones a esta reposición en las oficinas del Hospital San José S. A., Escazú, carretera Próspero Fernández, dentro de los siguientes 30 días naturales a esta publicación, de lo contrario se procederá a la reposición respectiva.—San José, 16 de agosto del 2005.—Alfredo Pizarro Campos, Departamento Legal.—Nº 53053.—(67932).
Yo, María de los Ángeles Soto Acuña, mayor, casada, comerciante, vecina de Palmares de Alajuela, cédula de persona física Nº 1-387-951, solicito ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los libros de Diario, Mayor e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede dirigir su oposición a la Administración Tributaria de Alajuela en el término de ocho días hábiles a partir de la fecha de la última publicación.
Palmares, 23 de agosto del 2005.—María de los Ángeles Soto Acuña, Solicitante.—(67984).
VISTA UJARRAS SOCIEDAD ANÓNIMA
Vista Ujarras Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- ciento cincuenta y seis mil cuatrocientos noventa y dos, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de actas de asamblea general de socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Marcela Vargas Madrigal, Notaria.—(67997).
HOTEL EL BAMBÚ DE SARAPIQUÍ S. A.
Hotel El Bambú de Sarapiquí S. A., cédula jurídica 3-101-113117, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de seis libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas Consejo de Administración, Actas Asamblea de Socios, Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de información y Asistencia al contribuyente de la Administración Tributaria de la Zona Norte, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 16 de agosto del 2005.—José Allen González Rodríguez, Presidente.—Nº 53059.—(68119).
INMOBILIARIA RODRIGO CHAN E HIJOS SOCIEDAD ANÓNIMA
Inmobiliaria Rodrigo Chan e Hijos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-274390, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los libros diario, mayor, inventarios y balances, actas del consejo de administración, actas de asamblea de socios y registro de obligaciones. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Liberia, en el término de ocho días a partir de la publicación de este aviso.—23 de agosto del 2005.—Rodrigo Chan Ching.—Nº 53153.—(68404).
DON RODRIGO SOCIEDAD ANÓNIMA
Don Rodrigo Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-118357, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los libros diario, mayor, inventarios y balances, actas del consejo de administración, actas de asamblea de socios y registro de obligaciones. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Liberia, en el término de ocho días a partir de la publicación de este aviso.—23 de agosto del 2005.—Rodrigo Chan Ching.—Nº 53154.—(68405).
ALMACÉN RODRIGO CHAN CHING SOCIEDAD ANÓNIMA
Almacén Rodrigo Chan Ching Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-57562, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los libros diario, mayor, inventarios y balances, actas del consejo de administración, actas de asamblea de socios y registro de socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Liberia, en el término de ocho días a partir de la publicación de este aviso.—23 de agosto del 2005.—Rodrigo Chan Ching.—Nº 53155.—(68406).
SEINVSA INGENIERÍA SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, Ana Ruth Solórzano Rodríguez, cédula Nº 2-412-327, mayor, casada una vez, contadora, y vecina de Buenos Aires de Palmares de Alajuela, Barrio La Y Griega, en mi calidad de apoderada generalísima sin límite de suma, hago constar que hemos iniciado la reposición de libros de mayor, diario e inventarios y balances, de la sociedad denominada Seinvsa Ingeniería Sociedad Anónima inscrita en el Registro Público Sección Mercantil, al tomo: 1310, Folio: 99, asiento: 98, con cédula jurídica 3-101-201959, domiciliada en Buenos Aires de Palmares.—Ana Ruth Solórzano Rodríguez, Apoderada Generalísima.—Nº 53257.—(68407).
BANCOMUNAL UNIDOS CON LA VIRGINIA
BANUVI
SOCIEDAD ANONIMA.
Bancomunal Unidos con La Virginia Banuvi Sociedad Anónima. cédula jurídica número 3-101-210514, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor e Inventarios y Balances, quien se considere afectado dirigir la oposición a la Sección de Legalización de Libros, en el término de 8 días hábiles contados a partir de la última publicación.—Hectos Gutiérrez Jiménez, Presidente.—Nº 53428.—(68562).
FUNDACIÓN DONANTES AFILIADOS
Y
ADMINISTRADORES DEL DIEZMO DE DIOS
Fundación Donantes Afiliados y Administradores del Diezmo de Dios (DAADIOS), cédula jurídica número tres-cero cero seis-cero seis uno cero ocho dos, solicita ante la Unidad de Autorizaciones y Aprobaciones de la Contraloría General de la República, la reposición de los libros legales y contables. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Unidad de cita, ubicada en las instalaciones del Órgano Contralor, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 16 de agosto del 2005.—Luis Carmiol Uribe, Presidente.—(67981).
2 v. 1.
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
ASOCIACIÓN CÍVICA PALMAREÑA
El suscrito Manuel Antonio Rojas Salas, cédula Nº 2-282-665, vecino de Palmares de Alajuela, en mi calidad de presidente de la Asociación Cívica Palmareña, cédula jurídica Nº 3-002-078276, domiciliada en el centro de Palmares de Alajuela, mediante este acto hago constar que por haberse extraviado los libros de Actas de Junta Directiva y de Asamblea de Asociados de mi representada, se han iniciado los trámites ante el Registro Público de Asociaciones, para la reposición y legalización de los nuevos libros de actas indicados, por lo que se emplaza por el término de ocho días a cualquier interesado a oponerse a dicho trámite.—Palmares, 23 de mayo del 2005.—Manuel Antonio Rojas Salas, Presidente.—1 vez.—(67600).
ASOCIACIÓN DE COMPAÑEROS Y EXCOMBATIENTES
DEL DOCTOR RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
Con cédula jurídica Nº 3-002-330883, la Asociación de Compañeros y Excombatientes del Doctor Rafael Ángel Calderón Guardia, solicita ante el Registro Público, Sección Asociaciones, la reposición de los libros Diario, Mayor, Inventario y Balances. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante esa misma Sección del Registro Público, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de esta publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 23 de agosto del 2005.—María de los Ángeles Varela Pacheco.—1 vez.—(68060).
ASOCIACIÓN ACUEDUCTO RURAL DE LONDRES DE AGUIRRE
Yo, Ulises Fernández Godínez, en mi condición de presidente, hago constar que hemos iniciado la reposición de los libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances. Por haberse extraviado de la Asociación Acueducto Rural de Londres de Aguirre. Por lo que se emplaza por ocho días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la reposición en trámite ante el Registro de Asociaciones.—San José, 22 de agosto del 2005.—Ulises Fernández Godínez, Presidente.—1 vez.—Nº 53127.—(68403).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:30 horas del 11 de agosto del 2005, se constituyó la sociedad Seniga del Oeste Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Presidente: Eugenio Vargas Chavarría.—Lic. Mercedes Vargas Pinaud, Notaria.—1 vez.—Nº 52368.—(66620).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 7:30 horas del 6 de agosto del 2005, se constituye la sociedad Maquinaria Agrícola Cazamu S. A. Capital social: cien mil colones. Plazo: cien años. Domicilio: Florencia, Santa Clara, San Carlos, Alajuela.—San José, 10 de agosto del 2005.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 52369.—(66621).
En la notaría de la notaria pública Paula Arroyo Rojas, se hicieron presentes los señores Jorge Antonio Bonilla Cervantes, Ana Lourdes Moura De Bonilla, Rodolfo Gerardo Bonilla Cervantes y Manuel Antonio Bonilla Soto, constituyen la sociedad Bomo Ja Sociedad Anónima, domiciliada en La Uruca, de la Toyota cien metros al norte y cincuenta metros al oeste, con un capital de cien mil colones. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las quince horas treinta minutos del once de agosto del dos mil cinco.—Lic. Paula Arroyo Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 52370.—(66622).
El día de hoy protocolicé acta de asamblea general de accionistas de la sociedad Colecciones Mimi Guzmán S.R.L., mediante la cual se reforma la cláusula cuarta del pacto constitutivo.—Cartago, 17 de agosto del 2005.—Lic. Hernán Gerardo Coto Morales, Notario.—1 vez.—Nº 52371.—(66623).
Ante esta notaría, en escritura número tres-cuatro, con fecha 12 de agosto del 2005, a las 16:00 horas, se ha constituido la sociedad denominada Franchise Growth System Sociedad Anónima, cuyo domicilio estará en San José. Capital social: cien mil colones. Es todo.—San José, 12 de agosto del 2005.—Lic. Jonathan Ruiz Campos, Notario.—1 vez.—Nº 52372.—(66624).
Ante esta notaría, en escritura número trescientos siete, con fecha 12 de agosto del 2005, a las 10:00 horas, se ha constituido la sociedad denominada Publiplasma C Y R Sociedad Anónima, cuyo domicilio estará en San José. Capital social: cien mil colones. Es todo.—San José, 12 de agosto del 2005.—Lic. José Alexander Chacón Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 52373.—(66625).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del día veinte de julio del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada El Hornito de Mama S. A. Capital social: suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: Edgar Federico Solano Canales.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 52374.—(66626).
Abel Humberto Víquez Brenes, José Antonio Tabush Clare y Anabelle Sheinfeld Fuhrman, constituyen la empresa mercantil denominada Soluciones Dermatológicas Tavishe Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 8:00 horas del día 20 de julio del 2005.—Lic. Jimmy Monge Sandí, Notario.—1 vez.—Nº 52379.—(66627).
Al ser las dieciocho horas del once de agosto del dos mil cinco, se constituyó ante mi notaría la sociedad Fire & Rescue Services Sociedad Anónima, por un capital social de diez mil colones, la cual tiene en calidad de presidente a Erick Méndez Fernández y con un plazo social de noventa y nueve años.—Lic. Mónica Zumbado Fallas, Notaria.—1 vez.—Nº 52383.—(66628).
Mediante escritura otorgada a las 11:00 horas del 18 de agosto del 2005 se constituyó la sociedad Pinilla Resort Development Sociedad Anónima, con traducción en español (Complejo desarrollo Pinilla Sociedad Anónima). Domicilio Social: Guachipelín de Escazú, Centro Corporativo Plaza Roble, edificio los Balcones, edificio B primer piso. Capital social: diez mil colones, íntegramente suscrito y pagado; Representación: Presidente y Secretario.—San José, 18 de agosto del 2005 —Lic. Marcela Barquero Acosta, Notaria.—1 vez.—(66716).
Ante esta notaría, en escritura número ciento cincuenta, tomo sétimo, se constituye sociedad anónima denominada Consultora Financiera de Inversiones Bianco Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, siendo su representante legal Luis Óscar Bianco Sánchez. Es todo.—Alajuela, dieciocho de agosto del dos mil cinco.—Lic. Roy Solís Calvo, Notario.—1 vez.—(66740).
Ante esta notaría, en escritura número ciento cincuenta y cinco, tomo sétimo, se constituye sociedad anónima denominada Emusa de Alajuela Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, siendo su representante legal Eduardo Murillo Hidalgo. Es todo.—Alajuela, dieciocho de agosto del dos mil cinco.—Lic. Roy Solís Calvo, Notario.—1 vez.—(66741).
El suscrito notario Sebastián Mesen Arias, hace constar que por medio de la escritura número catorce, folio trece vuelto a dieciséis vuelto del tomo primero de mi protocolo, a las trece horas del primero de agosto del dos mil cinco se constituye sociedad de nombre Cartemi Orotina de Costa Rica Sociedad Anónima.—Lic. Sebastián Mesén Arias, Notario.—1 vez.—(66743).
El suscrito notario Sebastián Mesén Arias, hace constar que por medio de la escritura número trece, folio diez vuelto a trece vuelto del tomo primero de mi protocolo, a las veinte horas del tres de julio de dos mil cinco se constituye sociedad de nombre Negocios Fernosc DM Sociedad Anónima.—Lic. Sebastián Mesén Arias, Notario.—1 vez.—(66745).
Por escritura autorizada por mí, a las 12:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Rebeca S. A., mediante la cual renuncia directiva y fiscal, se nombran nuevos y se aumenta capital social.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Guillermo José Herrera Martínez, Notario.—1 vez.—(66750).
Ante mi notaría a las catorce horas, del día doce de agosto del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad anónima Carro Pequeño Sociedad Anónima, presidenta Roxana Francisca Badilla Ramírez.—Heredia, dieciocho de agosto del año dos mil cinco.—Lic. Wady Vega Solís, Notario.—1 vez.—(66760).
Ante mi Notaría a las trece horas, del día doce de agosto del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad anónima Inversiones Tecnológicas Sociedad Anónima, presidente Gustavo Adolfo Picado Obando.—Heredia, dieciocho de agosto del dos mil cinco.—Lic. Wady Vega Solís, Notario.—1 vez.—(66761).
Ante mi notaría, mediante escritura número 118, de las 13:00 horas del 17 de agosto del dos mil cinco. Se constituye la sociedad anónima A. A.A. Casino Hotel del Térraba Sociedad Anónima. Domicilio: San José, San Isidro del General, 50 metros norte de Coopealianza. Presidente: Carlos Luis Sánchez Calderón.—San José, a las diez horas del día dieciocho de agosto del dos cinco.—Lic. Grethel Sánchez Cordero, Notaria.—1 vez.—(66766).
Por escritura número doscientos quince-doce, de las catorce horas del día trece de agosto del año dos mil cinco, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Farmacia Santa Paula S. A., en la cual se reforman las cláusulas primera y segunda del pacto social, referentes al nombre y al domicilio respectivamente.—San José, dieciocho de agosto del dos mil cinco.—Lic. Rafael Esquivel Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 52384.—(66793).
En mi notaría por escritura trescientos treinta y cuatro se constituyó Centro de Servicio Tres M Santa Cruz Sociedad Anónima, se nombra junta directiva, capital social cien mil colones.—Nicoya, nueve de agosto del dos mil cinco.—Lic. Henry Odir Briones Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 52387.—(66794).
Ante esta notaría se procedió a reformar la cláusula primera para que se denomine Corporación Loretto Representaciones Internacionales S. A., cláusula tercera cambiando el domicilio social, se reformó la cláusula sexta en cuanto a la representación y se nombra Junta Directiva de la sociedad denominada Clínica Médico Dental Nuestra Señora de Loretto S. A.—San José, veintiocho de julio del dos mil cinco.—Lic. Wálter Solís Amen, Notario.—1 vez.—Nº 52389.—(66795).
A las nueve horas del dieciséis de agosto del dos mil cinco, la sociedad denominada Importadora y Distribuidora Claro Sociedad Anónima, modificó la cláusula sétima de los estatutos, se comisionó al notario Alexánder Quesada Venegas para protocolizar el acta.—Lic. Alexander Quesada Venegas, Notario.—1 vez.—Nº 52392.—(66796).
Que por escritura N° 299, otorgada en esta notaría, a las 14:30 horas del día 19 de julio del 2005, se constituyó la sociedad Agricultores del Milenio Sociedad Anónima. Domicilio social: Astúa Pirie, Cariari, Pococí, Limón, con residencia a 150 metros oeste de Pulpería La Viña. Presidente: Marvin López Camareno, cédula 5-199-777. Capital social: ¢10.000,00.—Cariari, Pococí, Limón, 29 de julio del 2005.—Lic. Antonio Chávez Olivares, Notario.—1 vez.—Nº 52396.—(66797).
Se ha modificado la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Tulipán Ciento Diecinueve S. A., cédula jurídica 3-101-215313, en relación a la administración, bajo la escritura número 339-4 del Licenciado Boris Acosta Castro. Es todo.—San José, a las ocho horas del nueve de agosto del dos mil cinco.—Lic. Boris Acosta Castro, Notario.—1 vez.—Nº 52399.—(66798).
En escritura número ciento ochenta y nueve de las diecisiete horas con treinta minutos del ocho de agosto del dos mil cinco, protocolicé acta de asamblea de accionistas de Condominio Hacienda Gregal Lote Cuatro GHI Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas quinta, sétima y octava del Pacto Constitutivo, se nombra nueva Junta Directiva y Fiscal. Presidente: Eitan Rosenstock Faigenzicht.—San José, 8 de agosto del 2005.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 52400.—(66799).
En escritura número ciento ochenta y ocho de las diecisiete horas del ocho de agosto del dos mil cinco, protocolicé acta de asamblea de accionistas de Condominio Hacienda Gregal Lote Sesenta y Siete GOX Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas quinta, sétima y octava del Pacto Constitutivo, se nombra nueva junta Directiva y Fiscal. Presidente: Jorge Gonzalo Guzmán Jiménez.—San José, 8 de agosto del 2005.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 52401.—(66800).
El día de hoy he protocolizado acta constitutiva de la sociedad de esta plaza Inversiones Rojas y Suárez de Colonia Cruz S. R. L., con domicilio en Curridabat, San José, Colonia Cruz, del comunal setenta y cinco metros oeste. Gerente: Gabriel Rojas Vargas.—Puerto Viejo, Sarapiquí, diecisiete de agosto del dos mil cinco.—Lic. Gabriela Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 52402.—(66801).
Por escritura ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la compañía denominada W.J.B. Sawtooth Montana Sociedad Anónima, donde se modificó la cláusula sétima de los estatutos.—San José, doce de agosto del dos mil cinco.—Lic. Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, Notario.—1 vez.—Nº 52403.—(66802).
Ante esta notaría se constituyó la compañía denominada Abeluz Quince Sociedad Anónima. Capital social doscientos cincuenta mil colones, representado por cinco acciones comunes y nominativas de cincuenta mil colones cada una, debidamente suscritas y pagadas. Apoderados generalísimos sin límite de suma, presidente y secretario.—Cartago, dieciséis de agosto del dos mil cinco.—Lic. Carlos Enrique Leiva Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 52405.—(66803).
Ante esta notaría se constituyó la empresa denominada Abeluz Diez E.I.R.L. Sociedad Anónima. Capital social quinientos mil colones. Se nombra un gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, dieciséis de agosto del dos mil cinco.—Lic. Carlos Enrique Leiva Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 52406.—(66804).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del once de agosto del dos mil cinco, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía de esta plaza, Interlogic Service Sociedad Anonima, en que se reforman las cláusulas sexta y octava del pacto social y se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Harry Castro Carranza, Notario.—1 vez.—Nº 52407.—(66805).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del nueve de agosto del dos mil dos, se constituyó la compañía Panel Ex Sociedad Anónima. Objeto: Industria, comercio, agricultura, ganadería y actividades forestales en general. Domicilio: San José. Plazo: cien años. Capital: suscrito y pagado. Representantes: presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—Lic. Harry Castro Carranza, Notario.—1 vez.—Nº 52408.—(66806).
Ante esta notaría se ha procedido a constituir la sociedad denominada La Libra J.L.D.M. Responsabilidad Limitada. Con un capital de un millón de colones. Representante legal: gerente Juan Luis Delgado Monge. Subgerentes: Eladio Delgado Monge y Elvira María Delgado Monge. Constituida a las 16:30 horas del 12 de agosto del 2005, mediante escritura número 188, protocolo Nº 46, para los efectos que corresponda.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Lidia González Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 52409.—(66807).
Ante esta notaría se ha procedido a constituir la sociedad denominada Cocobolo San Antonio Responsabilidad Limitada. Con un capital de un millón de colones. Representante legal: gerente Juan Luis Delgado Monge. Subgerentes: Eladio Delgado Monge y Elvira María Delgado Monge. Constituida a las 16:00 horas del 12 de agosto del 2005, mediante escritura número 187, protocolo Nº 46, para los efectos que corresponda.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Lidia González Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 52410.—(66808).
Por escritura otorgada ante mí a las diecisiete horas del dieciséis de agosto del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Zenith Enterprise Network Sociedad Anónima. Presidente del Consejo de Administración: John Eberhardt.—Lic. Carlos F. Hernández Aguiar, Notario.—1 vez.—Nº 52412.—(66809).
Por escritura pública número sesenta y tres otorgada ante mí, a las catorce horas del doce de agosto del año dos mil cinco, se constituyó Jungle Paradise Tours J.P.T. Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerente General: Gustavo Adolfo Jonson Hernández.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 52413.—(66810).
Ante mi notaría se constituyó la empresa denominada Importadora Fragancias Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José a las quince horas del diecisiete de agosto del año dos mil cinco.—San José, dieciocho de Agosto del dos mil cinco.—Lic. Dámaso Ruiz Carrión, Notario.—1 vez.—Nº 52414.—(66811).
Por escritura número 39 de las 18:00 horas, del día 20 de julio del año 2005, otorgada en notaría, los señores Alonso Fallas Lara y Berny González Chacón constituyeron Anytime Veinte Diez Sociedad Anónima. Capital social ¢120.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 52415.—(66812).
Por escritura número 17, de las 10:00 horas, del día 5 de julio del año 2005, otorgada en Notaría, los señores Normand Paquette y Berny Gonzélez Chacón constituyeron Finca Vainilla Dos Mil Cinco Sociedad Anónima. Capital social ¢120.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 52416.—(66813).
Por escritura otorgada ante mí el 21 de mayo del 2005, se constituyó la sociedad Mefteh del Oriente Sociedad Anónima, capital social ¢10.000,00 totalmente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—Lic. Michael Calderón Segura, Notario.—1 vez.—Nº 52420.—(66814).
El día de hoy en esta notaría se constituyó Romo del Atlántico Sociedad Anónima, con domicilio en La Selva de Guácimo, representada por Ronald Rogade Alvarado.—Jiménez, tres de abril del dos mil cinco.—Lic. Gustavo Armando Edwards Valerín, Notario.—1 vez.—Nº 52421.—(66815).
A las once horas veinte minutos del diecisiete de agosto del dos mil cinco protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Villas Puesta de Sol Langosta Tres C S. A., donde se revoca el nombramiento de toda la junta directiva. Es todo.—San José, 17 de agosto del 2005.—Lic. Guillermo Chacón Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 52423.—(66816).
Las señoras Eillen Rojas González y Karla Rojas González, constituyen la sociedad denominada Ekklesia Sociedad Anónima, con domicilio en Liberia. Presidente: Pillen Rojas González. Escritura otorgada en Liberia, a las 8:00 horas de 4 de agosto del 2005 ante los notarios Sabino Quintanilla Medina y Ligia Lacayo Rosales.—Lic. Sabino Quintanilla Medina, Notario.—1 vez.—Nº 52424.—(66817).
Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 17:00 horas del 17 de agosto del 2005, se protocoliza en lo conducente el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Loma Real Gaji Sociedad Anónima, según la cual se modifican las cláusulas, de la administración y se nombra nueva junta directiva y se otorga poder generalísimo. Es todo.—San José, 17 de agosto del 2005.—Lic. Mauricio Mata Monge, Notario.—1 vez.—Nº 52426.—(66818).
Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 12:00 horas del 16 de agosto del 2005, se constituye la sociedad Shoofield Sociedad Anónima, se nombra junta directiva y agente residente. Capital social: doce mil colones exactos.—San José, 16 de agosto del 2005.—Lic. Mauricio Mata Monge, Notario.—1 vez.—Nº 52427.—(66819).
Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 10:00 horas del 13 de junio del 2005, se constituye la sociedad Anthony Realty and Investments Sociedad Anónima, se nombra junta directiva y agente residente. Capital social: doce mil colones exactos.—San José, 16 de agosto del 2005.—Lic. Mauricio Mata Monge, Notario.—1 vez.—Nº 52428.—(66820).
Por escritura otorgada ante el notario público William Méndez Rosales, en Pital de San Carlos, a las quince horas con treinta minutos del doce de julio del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Auto Servicios Pitaleños Sociedad Anónima, con domicilio en Pital de San Carlos, Alajuela, veinticinco metros sur de la Cruz Roja.—Pital de San Carlos, 27 de julio del 2005.—Lic. William Méndez Rosales, Notario.—1 vez.—Nº 52430.—(66821).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 11:30 horas del 12 de agosto del 2005, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Kasale Luje S. A. Domicilio: San Miguel, La Tigra, San Carlos, Alajuela. Presidente con la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Ciudad Quesada, 12 de agosto del 2005.—Lic. Cristina Córdoba Hidalgo, Notaria.—1 vez.—Nº 52431.—(66822).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del quince de julio del año dos mil cinco, se constituyó Inversiones Turísticas del Norte Sociedad Anónima. Se nombra presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Lic. Michael Eduardo Briones Briceño, Notario.—1 vez.—Nº 52434.—(66823).
Por escritura otorgada a las catorce horas de hoy ante el suscrito notario, se constituyó Alimentos del Istmo Sociedad Anónima. Domicilio: Guadalupe, Goicoechea, San José. Plazo: 99 años. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Objeto: comercio, agricultura, ganadería, industria.—San José, 3 de agosto del 2005.—Lic. Jorge Fernando Salgado Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 52435.—(66824).
Por escritura autorizada a las nueve horas, protocolicé acta asamblea general de socios de Diseños, Edificaciones y Terrenos S. A., celebrada a las catorce horas del veintiséis de julio dos mil cinco, reformando estatutos en su cláusula segunda, estableciendo domicilio social en la ciudad de San José, distrito primero, Carmen, cantón primero, San José, provincia de San José, calle tres, avenidas primera y tercera, edificio Manuel Enrique Vázquez, segundo piso y cláusula décima primera, señalando que cada treinta de setiembre se practicará inventario y balance sociales. Las utilidades y eventuales pérdidas conforme acciones cada socio, previa separación cinco por ciento utilidades líquidas fondo reserva legal, hasta alcanzar veinte por ciento capital.—San José, 16 de agosto del 2005.—Lic. Fernando Chacón Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 52437.—(66825).
Mediante protocolización de asamblea general extraordinaria de la empresa Macharo Uno Sociedad Anónima, se reforma la cláusula del pacto social. Se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 17 de agosto del 2005.—Lic. Carmen Aguilar Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 52439.—(66826).
Por escritura otorgada en esta notaría en San José, a las nueve horas del día doce de agosto del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Pueblo Vistalmar Sociedad Anónima. Presidente y tesorero con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 12 de agosto del 2005.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 52440.—(66827).
Por escritura número ciento quince del dieciséis de agosto del dos mil cinco, se protocolizó en forma literal ante esta notaría, acta de asamblea extraordinaria de Avanmedia Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó modificar la cláusula quinta de los estatutos del pacto constitutivo.—Lic. Lothar Arturo Volio Volkmer, Notario.—1 vez.—Nº 52441.—(66828).
Por escritura número doscientos cuarenta y cinco-trece, otorgada ante esta notaría a las doce horas del trece de agosto del dos mil cinco, se constituyó la sociedad anónima denominada Lolas Importadoras Sociedad Anónima, con un capital social: cien mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio de la sociedad: Nicoya, Guanacaste, cincuenta sur del Instituto Costarricense de Electricidad.—Nicoya, 16 de agosto del 2005.—Lic. Eusebio Agüero Araya, Notario.—1 vez.—Nº 52444.—(66829).
Por escritura otorgada hoy ante mí, protocolicé: a) Acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada por Inversiones Kuaty S. A. en la que se modifican las cláusulas décima sétima y vigésima segunda y se nombra nueva junta directiva y fiscal S. A.; b) Acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada por Finca Salitral de Esparza S. A. en la que se modifican las cláusulas décima sétima y vigésima segunda y se nombra nueva junta directiva y fiscal y c) Acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada por Gambusinos S. A., en la que se modifica las cláusulas segunda y octava y se nombra nuevo secretario, tesorero y fiscal.—San Ramón, 16 de agosto del 2005.—Lic. Oki Emilio Rojas Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 52446.—(66830).
Esteban Enrique Bogantes Ovares y Nelson David Vargas Castro, constituyen la sociedad anónima denominada Accesorios Speed S. A. Escritura otorgada en Grecia a las 15:00 horas del día 16 de agosto del 2005.—Lic. Miguel Ernesto Alfaro Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 52447.—(66831).
Por escritura otorgada en San José, a las nueve horas del primero de agosto del dos mil cinco, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria y se acuerda disolver la firma denominada Sistemas y Construcciones Me S. A. El presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: cincuenta mil colones. Domicilio social: San José. Ante la notaria Karla Chaves Mejía.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—Nº 52448.—(66832).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 10:00 horas del 16 de agosto del 2005, se protocolizó acta de asamblea de condóminos del Condominio El Monasterio, en la que se reforma el artículo cuarenta y dos y se adiciona un nuevo artículo al Reglamento del condominio y administración.—San José, dieciséis de agosto del dos mil cinco.—Lic. Karen Rokbrand Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 52449.—(66833).
Por escritura 57 de las 9 horas, 50 minutos del 17 de agosto del año 2005 de esta notaría, se adiciona la escritura número 44 cambiando el nombre de la sociedad constituida por el de Empaques Marcaro del Caribe S. A.—Lic. Juan Miguel Vásquez Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 52452.—(66834).
Por escritura otorgada ante las notarias Mayra Alejandra Gutiérrez Monge y Laura Zumbado Loría, en San José a las ocho horas del dieciocho de agosto del año en curso, se constituyen las empresas: Paradise View Estates S. A., Cape View S. A., Shore View S. A., Marbella View Estates S. A., Blue Falls View S. A., White Tide View S. A., Clear Sands View S. A., Mirage View S. A., Oasis View S. A., Harborside View S. A., Pueblo Vista View S. A. y Sunterra View Holdings S. A. Domicilio: San José, avenida diez, calles trece y quince. Administración: presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—San José, dieciocho de agosto del dos mil cinco.—Lic. Laura Zumbado Loría, Notaria.—1 vez.—Nº 52459.—(66835).
Luis Diego Chacón Bolaños, notario público, hace constar que el día 9 de mayo del año en curso, en mi notaría se constituyó Jade International CRC Sociedad Anónima, con un capital de diez mil colones y siendo su presidente apoderado generalísimo sin limitación de suma.—Lic. Luis Diego Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 52460.—(66836).
Luis Diego Chacón Bolaños, hace saber que el día 25 de abril del 2005, en mi notaría se constituyó GSM International Sociedad Anónima, capital social de diez mil colones, presidente es apoderado generalísimo sin limitación de suma.—Lic. Luis Diego Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 52461.—(66837).
En escritura número ochenta y ocho-trece de esta notaría, a las diecisiete horas del día nueve de agosto del dos mil cinco, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones Inmobiliarias G. R. de Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma el pacto constitutivo, se aumenta el capital social, se reforma primera, segunda, tercera, cuarta, quinta, sexta, sétima, octava, novena, décima, décima primera, décima segunda, décima tercera, décima cuarta, décima quinta y décima sexta, se nombra junta directiva: presidente Edgar Ramírez Calderón, vicepresidenta: Floribeth Prendas Vindas, secretario: Luis Ángel Ramírez Calderón, tesorero: Marjorie Ramírez Calderón, fiscal: Leonardo Salas Barahona, se nombra agente residente: Joaquín Picado González, se otorga poder general judicial al Lic. Joaquín Picado González.—Lic. Luis Femando León Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 52464.—(66838).
Se hace saber que la sociedad Distribuidora y Representaciones San Diego S. A., ha modificado su domicilio y capital social.—Lic. Manuel Antonio Hernández Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 52468.—(66839).
Por escritura pública otorgada ante este notario, a las 19:00 horas del 12 de agosto del 2005, se constituyó la sociedad G.H. Transportes, Materiales y Construcciones Limitada. Gerente: German Víquez Mora.—Lic. Manuel A. Hernández Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 52469.—(66840).
Por escritura otorgada por esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Bienes Siena del Este Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula segunda y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, a las catorce horas del dieciséis de agosto de dos mil cinco.—Lic. Xinia Alfaro Mena, Notaria.—1 vez.—Nº 52470.—(66841).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del cinco de agosto del año dos mil cinco, se constituye la sociedad denominada Inversiones La Vega Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado en dinero en efectivo.—Tilarán, diez de agosto del año dos mil cinco.—Lic. Laureana Herrera Solano, Notaria—1 vez.—Nº 52471.—(66842).
(Nombres) Josafat Olaf (apellidos) Juárez Eng y la señora Jacqueline Blanco Vargas, constituyen sociedad denominada Corporación Eng del Norte Sociedad Anónima, escritura otorgada en la ciudad de San José, a las catorce horas del día dieciséis de agosto del año dos mil cinco, ante el notario Pedro Bernal Chaves Corrales. Es todo.—San José, a las diecisiete horas del día diecisiete de agosto del año dos mil cinco.—Lic. Pedro Bernal Chaves Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 52472.—(66843).
En San José, ante esta notaría, al ser las doce horas del dieciséis de agosto del dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Jadestar Propertties Limitada. Capital social suscrito y pagado: diez mil colones exactos.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—Nº 52474.—(66844).
Ante esta notaría a las diecisiete horas del nueve de agosto del dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Águilas Plateadas de la Montaña Sociedad Anónima, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Cirilo Vallejos Dinarte. Domicilio: Playa Brasilito, Santa Cruz, Guanacaste, setenta y cinco metros al sur de la delegación de dicho lugar. El objeto de esta sociedad es el comercio en general. El capital social será la suma de diez mil colones.—Liberia, Guanacaste, nueve de agosto del dos mil cinco.—Lic. Doris Monestel Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 52476.—(66845).
Ante esta notaría a las diecisiete horas treinta minutos del nueve de agosto del dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Rayo de Luz de las Planicies Sociedad Anónima, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Cirilo Vallejos Dinarte. Domicilio: Playa Brasilito, Santa Cruz, Guanacaste, setenta y cinco metros al sur de la delegación de dicho lugar. El objeto de esta sociedad es el comercio en general. El capital social será la suma de diez mil colones.—Liberia, Guanacaste, nueve de agosto del dos mil cinco.—Lic. Doris Monestel Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 52477.—(66846).
Ante esta notaría, a las 11:30 horas del 24 de agosto del año 2004, se constituye la plaza Inversiones Baguini L y F Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Capital: 10 mil colones.—Lic. Francine Campos Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 52478.—(66847).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyeron las sociedades denominadas Big Diamond, Johnn Propertys, Esmeralda Púrpura, Azul Escarlata, Kayac Veloz, Playon Blanco, Flor de Olivo, El Gran Olivo, Corsel Marino, Vilmi Alp, La Palestra, Parcela Azul y Parcela Agua Marina, todas Sociedad Anónima. Domicilio: Heredia centro. Objeto: comercio en general. Presidente: con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Vilma Alpízar Matamoros, Notaria.—1 vez.—Nº 52479.—(66848).
En asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Inversiones Zagonza Anónima, cédula jurídica número tres guión ciento uno guión cero cincuenta y siete mil setecientos cuarenta y nueve, con domicilio social en San José, Barrio La Cruz, calle once avenidas veintiséis y veintiocho que se llevó a cabo el dos de julio del dos mil cinco, en el domicilio social. Se reforma el pacto social en la cláusula quinta.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Víctor Manuel Lobo Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 52480.—(66849).
Por escritura número veintisiete otorgada a las ocho horas del día primero de junio del dos mil cinco, se constituyó ante esta notaría, Tico Seguridad de Activos Sociedad Anónima, nombre de fantasía. Capital social: diez mil colones. Domicilio social: Puntarenas, Mal País, Cóbano, Tango Mar, número ciento siete. Representante judicial y extrajudicial sin límite de suma, presidente y secretario. Presidente: George Henry Boeck Haynes, secretaria: Bárbara Goltermann de Boeck, tesorero: Fabricio Arauz Rodríguez, fiscal: Ernesto José Solano Coto, agente residente: Mónica Antonieta López Solano.—Lic. Mónica Antonieta López Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 52481.—(66850).
Ante la notaría, de la licenciada Ruth Mary Salas Cedeño, en San José, se protocolizó acta número tres de asamblea ordinaria y extraordinaria de Fundadores de la Fundación Salud sin Fronteras FSF, cédula tres-cero cero seis-trescientos quince mil doscientos ochenta y uno, celebrada en su domicilio en San José, Pavas, de la Square de Centroamérica trescientos metros norte y setenta y cinco metros oeste, celebrada a las trece horas, treinta minutos del dieciséis de julio del dos mil cinco, se reelige parcialmente por el plazo de un año la junta Administrativa (presidente, secretaria y vocal uno), escritura pública número ochenta otorgada a los dieciséis horas, diez minutos del dieciséis de agosto del año dos mil cinco. Es todo.—Lic. Ruth Mary Salas Cedeño, Notaria.—1 vez.—Nº 52482.—(66851).
Por escritura otorgada ante mi notaría al ser las doce horas del día dieciséis de agosto del año dos mil cinco, constituyo la sociedad de esta plaza denominada Aerodoc de Costa Rica Sociedad Anónima.—Lic. Roberto Suárez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 52483.—(66852).
Por escrituras otorgadas en la ciudad de San José, a las 10:00 horas y 11:00 horas del 18 de agosto del 2005, protocolizo actas de asambleas extraordinarias de socios de Newtech Marketing Ltda., y Worldwide Capital Advisors WCA Ltda., mediante las cuales reforman la cláusula segunda del plazo social.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 52484.—(66853).
Mediante escritura otorgada en mi notaría, iniciada al folio sesenta y seis vuelto del tomo primero de mi protocolo, protocolicé el acta número uno de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad H Y C Estética Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos mil trescientos setenta y siete, mediante la cual se acordó modificar la cláusula quinta del pacto constitutivo relativa a la administración societaria.—San José, al ser las 13:00 horas del 3 de agosto del 2005.—Lic. Laura Castro Conejo, Notaria.—1 vez.—Nº 52485.—(66854).
Ante la notaría del licenciado Douglas Mora Umaña, se constituyó la sociedad anónima denomina Comercializadora de Bienes Raíces DM, cuya representación la ostenta el presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social de noventa y nueve años.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Douglas Mora Umaña, Notario.—1 vez.—Nº 52486.—(66855).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 8:10 horas del día 8 de agosto del 2005, se cambió el presidente y secretario de la junta directiva, de la sociedad de esta plaza Domo Diseño del Habitat Sociedad Anónima, y se reformó la cláusula sexta del pacto constitutivo. Presidente: Leonardo Jiménez Alvarado, secretaria: Florángel Castro Monge.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Lucía Romero Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 52487.—(66856).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 12:00 horas del día 11 de agosto del 2005, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Mezclas Abada Sociedad Anónima, en la cual se acuerda modificar la cláusula primera de los estatutos relativa al nombre social de la sociedad para que en adelante se le denomine con el nombre de Costa Rica In A Jar S. A. Se nombra presidente y secretario.—San José, 11 de agosto del 2005.—Lic. Karla Villalobos Wong., Notaria.—1 vez.—Nº 52488.—(66857).
Ante Adriana Astúa Quesada, Notaria Pública, se constituyó la sociedad anónima Inversiones Pezeta de Dominical S. A. Capital: diez mil colones. Domicilio: Pérez Zeledón. Plazo: noventa y nueve años por escritura otorgada a las quince horas y diez minutos del tres de agosto del dos mil cinco.—Lic. Adriana Astúa Quesada; Notaria.—1 vez.—Nº 52491.—(66858).
Ante Adriana Astúa Quesada, Notaria Pública, se constituyó la sociedad anónima Jenndylan de Dominical S. A. Capital: diez mil colones. Domicilio: Pérez Zeledón. Plazo: noventa y nueve años por escritura otorgada a las quince horas del tres de agosto del dos mil cinco.—Lic. Adriana Astúa Quesada; Notaria.—1 vez.—Nº 52492.—(66859).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del catorce de julio del dos mil cinco, mediante la escritura número quince, los señores José Martín Azofeifa Rodríguez y Magally Quintana Marín, constituyen la sociedad denominada Corporación de Inversiones B.O.R. S. A.—San José, 8 de agosto del 2005.—Lic. Harry Zurcher Blen, Notario.—1 vez.—Nº 52494.—(66860).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del catorce de julio del dos mil cinco, mediante la escritura número quince, los señores José Martín Azofeifa Rodríguez y Magally Quintana Marín, constituyen la sociedad denominada Desarrollos Roble Verde D.R.V. S. A.—San José, 8 de agosto del 2005.—Lic. Harry Zurcher Blen, Notario.—1 vez.—Nº 52495.—(66861).
Por escritura cuatrocientos cinco del tomo cuatro otorgada ante el notario Máximo Rojas López, del doce de agosto del dos mil cinco, se constituye la sociedad Parque del Agua S. A., con capital social de diez mil colones, un plazo de noventa y nueve años. La junta directiva está formada por Isabel Araya Paniagua, presidenta quien tiene la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma Jorge Eduardo Miranda Araya, tesorero, Eder Miranda Araya secretario y Alonso Miranda Araya, fiscal. El domicilio social es San Isidro de Sucre, contiguo a la Escuela.—San Carlos, 12 de agosto del 2005.—Lic. Máximo Rojas López, Notario.—1 vez.—Nº 52498.—(66862).
Ante esta notaría, por escritura número doscientos setenta y seis, otorgada en la ciudad de Cartago, a las dieciséis horas con cuarenta minutos del veintiocho de julio del dos mil cinco, hago constar que se constituyó la sociedad denominada Importaciones Doble C Sociedad Anónima, presidente: Edgardo Alonso Camacho Salmon. Plazo: noventa y nueve años. Es todo.—Cartago, 17 de agosto del 2005.—Lic. Xochitl Camacho Medina, Notaria.—1 vez.—Nº 52500.—(66863).
Zaira Salazar Castro, Notaria Pública, hace constar que mediante escritura número 12 de las 17:00 horas del día 13 de agosto del tomo 4 de mi protocolo, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Productos de la Altura S. A., su presidenta es la señora Annia Ruth Alvarado Mora, mayor, cédula número 2-373-272.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Zaira Salazar Castro, Notaria—1 vez.—Nº 52502.—(66864
El suscrito, Eduardo Antonio Zúñiga Guillén, Notario Público, por este medio hace constar que mediante escritura pública número cuatrocientos doce, iniciada a folio ciento setenta y uno vuelto del tomo primero de mi protocolo, se constituyó la sociedad de nombre Inversiones Albacora Puntarenas Sociedad Anónima. Capital social: la suma de cien mil colones. Domicilio El Roble de Puntarenas. Urbanización La Reseda, casa número veinticuatro A.—Lic. Eduardo Antonio Zúñiga Guillén, Notario.—1 vez.—Nº 52503.—(66865).
A las dieciséis horas del día siete de agosto del dos mil cinco, se constituyó Credical Sociedad Anónima. Presidente: Juan Bautista Lataste Muñoz. Duración: noventa y nueve años. Domicilio: Cartago. Actividad: industria, agricultura, comercio en general.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Juan de Dios Mora Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 52504.—(66866
Ante la notaría del Lic. Henry Delgado Jara, por medio de la escritura pública numero ocho del tomo quinto, se constituye la sociedad anónima denominada Inversiones Burning S. A., los señores Juan Pablo Martínez Jiménez y el señor José Daniel Sancho Castro, son presidente y secretario de la sociedad quienes tienen la representación Judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma en forma separada. Domicilio social: San José, Guadalupe, Mozotal, 100 metros noroeste de la Plaza de Deportes. Capital social: diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, estos nombramientos son por todo el plazo social de 99 años a partir del 8 de agosto del 2005. Es todo.—Lic. Henry Delgado Jara, Notario.—1 vez.—Nº 52505.—(66867).
Se constituye Adrichina A.C.H.A. Sociedad Anónima, otorgada en Alajuela, a las 16:30 horas del 16 de agosto del 2005.—Lic. Asdrúbal Alfaro Miranda, Notario.—1 vez.—Nº 52506.—(66868).
Se constituye Albergue de Ciudadanos de Oro A.A.S. Sociedad Anónima, otorgada en Alajuela, a las 7:00 horas del 9 de agosto del 2005.—Lic. Asdrúbal Alfaro Miranda, Notario.—1 vez.—Nº 52507.—(66869).
Orlando Elizondo Esquivel, mayor, casado una vez, transportista, cédula de identidad número 9-022-814, Orlando Elizondo Salas, cédula de identidad Nº 2-613-257, Warner Elizondo Ulate, cédula de identidad Nº 2-423-689, Katty María Elizondo Ulate, cédula de identidad Nº 2-458-755, constituyen la sociedad denominada Transportes Hermanos Elizondo S. A., domicilio social: Guácimo de Limón, frente al cementerio. Capital social: doce mil colones. Escritura otorgada al ser las 11:00 horas del 2005. Visible al folio 53 frente del tomo 18 del protocolo del notario público José Ramón Chaves Castillo.—Lic. José Ramón Chaves Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 52509.—(66870).
El suscrito notario hace constar y da fe con vista en la matriz que el nombre correcto de la sociedad objeto de este acto es Invervarias Hansel Villalobos C Y C. Sociedad Anónima, nombre de fantasía, pudiendo abreviarse así Invervarias Hansel Villalobos C Y C. Además, la publicación de la constitución de la presente sociedad, se realizó mediante el comprobante de ingresos número.—Ciudad Quesada, San Carlos, dieciocho de agosto del dos mil cinco.—Lic. Fabricio José Quirós Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 52517.—(66871).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las diecisiete horas del veintiuno de junio del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Invervarias Hansel Villalobos C Y C. Sociedad Anónima, domiciliada en Urbanización Arco Iris de Ciudad Quesada, San Carlos, última entrada, cincuenta metros al norte. Presidente: Hansel Villalobos Cerdas, con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma, con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado.—Ciudad Quesada, a las dieciocho horas del diecisiete de agosto del dos mil cinco.—Lic. Fabricio José Quirós Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 52518.—(66872).
Por medio de escritura otorgada ante mí a las once horas del treinta de mayo del dos mil cinco, se constituye la sociedad anónima denominada Ríos de Agua Viva para Bendecir. Domicilio social: en Barrio San Andrés, del abastecedor la Vanecita, cien metros al sur, en Pérez Zeledón. Plazo social: es de noventa y nueve años. Capital social: es la suma de diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.—San José, dieciocho de agosto del dos mil cinco.—Lic. María Edith Altamirano Arauz, Notaria.—1 vez.—Nº 52519.—(66873).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:30 horas del 17 de mayo del 2001, se constituyó la sociedad denominada Quepra Cofin Sociedad Anónima. Presidente: Miguel Quesada Parado. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio: Barrio Santa Cecilia, cincuenta metros al sur de Materiales Solís.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, San José.—Lic. Julieta Elizondo Calderón, Notaria.—1 vez.—Nº 52520.—(66874).
Por escritura otorgada el día 18 de agosto del 2005, ante esta notaría, se constituye Valencia Aluminio y Metales VAM Sociedad Anónima. Se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, dieciocho de agosto del dos mil cinco.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 52521.—(66875).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 17 de agosto del 2005, se constituyó la sociedad Internet Marketing of San José Inc Sociedad Anónima, capital social debidamente suscrito y pagado por los socios. Domicilio: Cartago. Plazo: noventa y nueve años.—Cartago, 18 de agosto del 2005.—Lic. Zenia Yorleny Loáiciga Arias, Notaria.—1 vez.—Nº 52522.—(66876).
Por escritura número treinta y nueve iniciada al folio dieciocho frente del tomo cuarto de mi protocolo, otorgada a las ocho horas del dieciocho de agosto del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Maquiladora Jonasy Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Se nombra presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.— Alajuela, 18 de agosto del 2005.—Lic. Flory Yalí de la Peña Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 52523.—(66877).
Mediante escritura número cuarenta y seis, otorgada ante esta notaría, a las once horas del diecisiete de agosto del año dos mil cinco, se constituyó Grupo Doce Baulas Sociedad Anónima. Presidente: Édgar Manuel Rodríguez Chacón. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Domicilio social: Heredia centro. Se publica el presente edicto para los efectos de ley.—Lic. Rodrigo Montenegro Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 52524.—(66878).
Ante mi notaría, se constituyó en el día de hoy, la compañía denominada Jorge Ruiz e Hijos Sociedad Anónima. Capital: ¢100.000,00. Presidente: Jorge Alberto Ruiz Rodríguez. Domicilio: San José. Plazo: 99 años.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Fernando Alonso Castro Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 52527.—(66879).
Por escritura otorgada a las quince horas del diecisiete de agosto del año dos mil cinco, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de acciones de la sociedad anónima Ensamble y Blindaje Vehicular Naba S. A. Se aumenta el capital social a tres millones de colones. Se nombra nueva junta directiva. Presidente: Wilman Arley García Mira.—San José, 17 de agosto del 2005.—Lic. Sandra Echeverría Mésen y Lic. Víctor Manuel Rodríguez Rescia, Notarios.—1 vez.—Nº 52528.—(66880).
En mi notaría, a las 10:00 horas del 12 de agosto del 2005, se constituyó la empresa Corporación Adal Valores S. A.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Dennis A. Pineda Soto, Notario.—1 vez.—Nº 52530.—(66881).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del once de julio del dos mil cinco, constituyen Gelbert Lobo Céspedes y Byron Javier Wilford Quirós, la entidad denominada Pulseadores S. A., domiciliada en La Fortuna, San Carlos de Alajuela, contiguo a carnicería El Lomito. El objeto de la sociedad será el comercio en general. El capital social será la suma de diez mil colones. Presidente: Gelbert Lobo Céspedes, mayor de edad, soltero, empresario, cédula seis-doscientos treinta y tres-doscientos treinta, vecino de La Fortuna, San Carlos de Alajuela, barrio El Pastoral.—Bajo Rodríguez de San Ramón, 16 de agosto del 2005.—Lic. Ricaute Jiménez Araya, Notario.—1 vez.—Nº 52531.—(66882).
Por escritura otorgada el día de hoy, ante mí, se modificó pacto constitutivo de Servicentro La Meseta del Este S. A.—San Pablo de Heredia, 12 de agosto del 2005.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—Nº 52532.—(66883).
La sociedad anónima denominada Solapera de Heredia Sociedad Anónima, inscrita en el Registro Nacional, Sección Mercantil, al tomo mil cuatrocientos diecisiete, folio ciento ochenta y cuatro, asiento sesenta, domiciliada en San Francisco de Heredia, trescientos metros al oeste de Cepillos Arco, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos ocho nueve cero cero dos, hace del conocimiento público el deceso de su presidenta señora Rafaela Solano Pereza, y establece su nueva junta directiva habiendo sido nombrada como presidenta la señora Blanca Iris Acuña, mayor, casada en segundas nupcias, cédula de identidad número cinco-dos cero uno dos cero uno, modista, vecina de Residencial La Esperanza, del Comercial Tilarán, doscientos sur cien al oeste, ampliación de la tercera etapa casa número nueve.—Lic. María Eugenia González Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 52533.—(66884).
Por escritura número ciento veinticinco de las dieciséis horas del día dieciséis de agosto del año dos mil cinco, se constituyó ante mi notaría, la sociedad denominada Traditional Chinese Medicine Su Wuen International Sociedad Anónima, que traducido al idioma español significa Medicina Tradicional China Su Wen Internacional.—Heredia, dieciocho de agosto del dos mil cinco.—Lic. Fabio Trujillo Hering, Notario.—1 vez.—Nº 52534.—(66885).
Por escritura número ciento cincuenta y seis-tres, otorgada ante esta notaría, a las diez horas del diecisiete de agosto del dos mil cinco, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Apple Beach Ltda., titular de la cédula jurídica tres-ciento dos-cuatrocientos tres mil quinientos sesenta y siete, mediante la cual se reformaron las cláusulas segunda y sexta y se nombraron nuevo gerente, subgerente y agente residente.—San José, dieciocho de agosto del dos mil cinco.—Lic. Jorge F. Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 52535.—(66886).
Ante esta notaría, se ha constituido la sociedad Pachahike Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—Nº 52536.—(66887).
Por escritura número Ciento seis, del tomo cuarto de mi protocolo, otorgada ante mí, Wilberth Picado Portuguez, notario público de la ciudad de Guápiles, a las catorce horas del veintidós de julio del año dos mil cinco, se funda la sociedad Abril del Cincuenta y Siete Sociedad Anónima. Presidente: Alfredo Cordero Barquero, portador de la cédula de identidad número dos-trescientos veintidós-novecientos cuarenta. Domicilio social: Guápiles, Pococí, Limón, doscientos cincuenta metros sur del Banco Nacional de Costa Rica.—Guápiles, dieciséis de agosto del dos mil cinco.—Lic. Wilberth Picado Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 52537.—(66888).
Por escritura número cuatrocientos cuarenta y siete, del tomo quinto de mi protocolo, otorgada ante mí, Alfredo Cordero Barquero, notario público de Guápiles, a las doce horas del dieciocho de agosto del año dos mil cinco, se funda la sociedad Inversiones MLD de la Argentina Sociedad Anónima. Presidente: Luis Fernando Salas Fuentes, cédula de identidad número siete-cien-setecientos treinta y ocho. Domicilio social: La Argentina, Pocora, Guácimo, Limón, setenta y cinco metros sur del salón comunal.—Guápiles, dieciocho de agosto del dos mil cinco.—Lic. Alfredo Cordero Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 52539.—(66889).
En mi notaría, se constituyó la sociedad Inversiones S N & E Sociedad Anónima, con domicilio en Cartago, Guadalupe, doscientos metros sur de la plaza de deportes, y cuyo capital social se encuentra íntegramente suscrito y pagado. La representación judicial y extrajudicial de la misma corresponde al presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, ocho de agosto del dos mil cinco.—Lic. Yessenia López Chávez, Notaria.—1 vez.—Nº 52540.—(66890).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del ocho de agosto del dos mil cinco, se protocoliza acta número uno de Agrícola Cafetalera JYT Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cincuenta y nueve mil setecientos noventa y siete, mediante la cual se reforma la cláusula primera del pacto social, y se adiciona una nueva cláusula al pacto social.—San Marcos de Tarrazú, 8 de agosto del 2005.—Lic. Marco Antonio Vargas V., Notario.—1 vez.—Nº 52541.—(66891).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del diez de agosto del dos mil cinco, se protocoliza acta número uno de Finca Don Rigo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cincuenta y cinco mil quinientos siete, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social, y se nombra nuevo vicepresidente y vocal uno.—San Marcos de Tarrazú, 10 de agosto del 2005.—Lic. Marco Antonio Vargas V., Notario.—1 vez.—Nº 52542.—(66892).
Por escritura ciento cuarenta y ocho otorgada a las ocho horas del día de hoy, Osael Maroto Segura, María de la Concepción Martínez Mateo, y José y Osael Maroto Martínez, constituyen Agropecuaria Tres M S. A.—San José, 7 de junio del 2005.—Lic. Federico Brealey Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 52543.—(66893).
Por escritura otorgada ante mí a las quince horas, del 12 de agosto del 2005 se constituye la sociedad Elayun del Trópico Húmedo Sociedad Anónima. Presidente y Secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: diez mil colones.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—Nº 52544.—(66894).
Por escritura otorgada ante mí se protocoliza acta de la compañía Food Works Moravia X Y Z S. A. por medio de la cual se reforma la cláusula segunda y tercera del pacto social. Se acepta la renuncia del Presidente de la Junta Directiva y se nombra sustituto. Escritura otorgada en San José, a las once horas del primero de agosto del año dos mil cinco.—Lic. William Guido Madriz, Notario.—1 vez.—Nº 52546.—(66895).
Ante la notaría de la Licenciada Francine Campos Rodríguez se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Xirava Sociedad Anónima. Escritura numero ciento setenta y uno, iniciada al folio ciento cuarenta y seis frente del tomo sexto de mi protocolo, de las ocho horas del once de marzo del dos mil cinco.—Lic. Francine Campos Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 52548.—(66896).
Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas del doce de agosto del dos mil cinco, se constituyó la entidad inversiones C.A.B. del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital debidamente suscrito y pagado. San José, doce de agosto del dos mil cinco.—Lic. Marcia Solano Castro, Notaria.—1 vez.—(67072).
Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas cincuenta minutos del doce de agosto del dos mil cinco, se constituyó la entidad Inversiones R.L. Blanco Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital debidamente suscrito y pagado.—San José, doce de agosto del dos mil cinco.—Lic. Marcia Solano Castro, Notaria.—1 vez.—(67073).
Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas cinco minutos del doce de agosto del dos mil cinco, se constituyó la entidad Inversiones P.R.M. del Norte Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital debidamente suscrito y pagado.—San José, doce de agosto del dos mil cinco.—Lic. Marcia Solano Castro, Notaria.—1 vez.—(67074).
Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas cincuenta y cinco minutos del doce de agosto del dos mil cinco, se constituyó la entidad Inversiones M.K. Oro Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital debidamente suscrito y pagado.—San José, doce de agosto del dos mil cinco.—Lic. Marcia Solano Castro, Notaria.—1 vez.—(67075).
Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas diez minutos del doce de agosto del dos mil cinco, se constituyó la entidad Inversiones J.T.B. del Este Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital debidamente suscrito y pagado.—San José, doce de agosto de dos mil cinco.—Lic. Marcia Solano Castro, Notaria.—1 vez.—(67076).
Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas sesenta minutos del doce de agosto del dos mil cinco, se constituyó la entidad Inversiones R.R. Plata Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital debidamente suscrito y pagado.—San José, doce de agosto de dos mil cinco.—Lic. Marcia Solano Castro, Notaria.—1 vez.—(67077).
Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas quince minutos del doce de agosto del dos mil cinco, se constituyó la entidad Inversiones B.E.B. del Oeste Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital debidamente suscrito y pagado.—San José, doce de agosto de dos mil cinco.—Lic. Marcia Solano Castro, Notaria.—1 vez.—(67078).
Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas veinte minutos del doce de agosto del dos mil cinco, se constituyó la entidad Inversiones M.D.A. Violeta Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital debidamente suscrito y pagado.—San José, doce de agosto de dos mil cinco.—Lic. Marcia Solano Castro, Notario.—1 vez.—(67079).
Por escritura otorgada ante mí a las nueve horas del doce de agosto del dos mil cinco, se constituyó la entidad Inversiones H.R. Amarillo Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital debidamente suscrito y pagado.—San José, doce de agosto de dos mil cinco.—Lic. Marcia Solano Castro, Notaria.—1 vez.—(67080).
Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas veinticinco minutos del doce de agosto del dos mil cinco, se constituyó la entidad Inversiones Bremien Jilms Azul Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital debidamente suscrito y pagado.—San José, doce de agosto del dos mil cinco.—Lic. Marcia Solano Castro, Notaria.—1 vez.—(67081).
Por escritura otorgada ante mí a las diez horas del doce de agosto del dos mil cinco, se constituyó la entidad Inversiones R.A. Cobre Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital debidamente suscrito y pagado.—San José, doce de agosto del dos mil cinco.—Lic. Marcia Solano Castro, Notaria.—1 vez.—(67082).
Por escritura otorgada ante mí a las trece horas del doce de agosto del dos mil cinco, se constituyó la entidad Inversiones D.B. Canela Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital debidamente suscrito y pagado.—San José, doce de agosto de dos mil cinco.—Lic. Marcia Solano Castro, Notaria.—1 vez.—(67083).
Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas treinta minutos del doce de agosto del dos mil cinco, se constituyó la entidad Inversiones R.A.L Celeste Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital debidamente suscrito y pagado.—San José, doce de agosto del dos mil cinco.—Lic. Marcia Solano Castro, Notaria.—1 vez.—(67084).
Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas treinta y cinco minutos del doce de agosto del dos mil cinco, se constituyó la entidad Inversiones B.S. Verde Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital debidamente suscrito y pagado.—San José, doce de agosto del dos mil cinco.—Lic. Marcia Solano Castro, Notaria.—1 vez.—(67085).
Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del doce de agosto del dos mil cinco, se constituyó la entidad Inversiones M.G Cometa Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital debidamente suscrito y pagado.—San José, doce de agosto de dos mil cinco.—Lic. Marcia Solano Castro, Notaria.—1 vez.—(67086).
Por escritura otorgada ante mí a las once horas del doce de agosto del dos mil cinco, se constituyó la entidad Inversiones C.M. Pacífico Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital debidamente suscrito y pagado.—San José, doce de agosto de dos mil cinco.—Lic. Marcia Solano Castro, Notaria.—1 vez.—(67087).
Por escritura otorgada ante mí a las doce horas del doce de agosto del dos mil cinco, se constituyó la entidad Inversiones R.G. Caribe Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital debidamente suscrito y pagado.—San José, doce de agosto de dos mil cinco.—Lic. Marcia Solano Castro, Notaria.—1 vez.—(67088).
Por medio de escritura número dieciséis-ocho protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Cabinas San Isidro S. A., donde se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto social.—San José, 8 de agosto del 2005.—Lic. Carlos Alberto Guardia Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(67099).
Por medio de escritura número diecinueve-ocho protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Ocla de Arancibia S. A., donde se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto social y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 8 de agosto del 2005.—Lic. Carlos Alberto Guardia Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(67100).
Por medio de escritura número quince-ocho protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Clamar S. A., donde se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto social y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 8 de agosto del 2005.—Lic. Carlos Alberto Guardia Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(67101).
Por medio de escritura número diecisiete-ocho protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Hotel de Montaña Arancibia S. A. donde se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto social y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 8 de agosto del 2005.—Lic. Carlos Alberto Guardia Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(67102).
Ecosistema de Vehículos Sociedad Anónima, se modifica en su cláusula segunda que en lo sucesivo se leerá así: El domicilio de la sociedad será en la ciudad de San José, Tibás, cruce frente a Supermercados Auto mercado, pero podrá establecer agencias y/o sucursales en cualquier lugar de la República o en el extranjero.—Lic. Yorleny Campos Oporta, Notaria.—1 vez.—(67105).
Por escritura otorgada a las 17:00 horas del día 21 de julio del 2005, se constituye Proyectos Maru & Víctor Limitada, capital social dos millones de colones, gerente y subgerentes apoderados generalísimos sin limite de suma.—Lic. Franklin Alpízar Hernández, Notario.—1 vez.—(67106).
Por escritura otorgada ante esta notaria a las 10:00 horas del 18 de agosto del año dos mil cinco se reforma la cláusula segunda de los estatutos referente al domicilio, se modifica la cláusula sexta de los estatutos referente a la administración y realiza nuevo nombramiento de junta directiva de la sociedad denominada Don Ted S. A. por todo lo que resta del plazo social.—San José, 18 de julio del 2005.—Lic. Sergio Sancho Hernández, Notario.—1 vez.—(67117).
Por escritura otorgada a las quince horas del veintiséis de julio del dos mil cinco, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Purplefields Inc. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y cinco mil ciento treinta y cuatro, por la cual se modifica la cláusula quinta de los estatutos y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 26 de julio del 2005.—Lic. Rosemarie Maynard Fernández, Notaria.—1 vez.—(67132).
Mediante escritura numero ciento seis otorgada ante la suscrita notaria Katherine Álvarez Cubillo, al ser las diez horas del día dieciséis de agosto del año dos mil cinco, se constituyó la empresa denominada Diez Don Fernando Sociedad Anónima.—San José, dieciséis de agosto del dos mil cinco.—Lic. Katherine Álvarez Cubillo, Notaria.—1 vez.—(67135).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día diecisiete del dos mil cinco, se protocolizó acta de Anura de Monteverde Sociedad Anónima, en la que aumenta el capital social a treinta y ocho millones de colones, representado por treinta y ocho acciones comunes y nominativas de un millón de colones cada una.—Santa Elena, diecisiete de agosto del dos mil cinco.—Lic. Hanna Netzy Lacayo Arguedas, Notaria.—1 vez.—(67138).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 12 de agosto del 2005, se constituyó la sociedad Pipa Hill Corp. S. A. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones, domicilio: Alajuela, plazo: 99 años.—Alajuela, a las 12:00 horas del 12 de agosto del 2005.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(67143).
El día de hoy he protocolizado acta constitutiva de la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Las Américas Heredianas Sociedad Anónima, con domicilio en: Heredia, cien metros oeste de la iglesia del Carmen. Presidente: Ye Fang Wang Hwu, tesorero: Chienkerh Sun, secretaria: Cándida Rosa González Martínez, Fiscal: German Tijerino Sevilla.—Ciudad de Heredia, dieciocho de agosto del dos mil cinco.—Lic. William Villegas Badilla, Notario.—1 vez.—(67177).
Por escritura otorgada ante mi notaría ubicada en San Ramón de Alajuela, a las dieciocho horas del diecisiete de agosto del año dos mil cinco, se constituyó la Sociedad denominada Inmocel Sociedad Anónima. Domiciliada en San José, calle treinta y ocho entre avenida central y segunda. Se nombra presidente con la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San Ramón, agosto del 2005.—Lic. Ivania Rojas Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 52552.—(67182).
Por escritura número trece-tres otorgada ante esta notaría a las 14:00 horas del 16 de agosto del 2005, se constituyó la sociedad anónima denominada Inkara Sociedad Anónima. Presidente y secretario apoderados generalísimos, capital social diez mil colones.—Lic. Ericka Marín Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 52553.—(67183).
Por escritura pública otorgada ante esta Notaría, se constituyeron las sociedades The Sebastian Farm Sociedad Anonima en español La Granja de Sebastián Sociedad Anónima y Paquita S Farm Sociedad Anónima, en español La Granja de Paquita Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las catorce horas del día seis de agosto del año mil cinco.—Lic. Ana Virginia Madrigal Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 52556.—(67184).
Que en mi notaría se constituyo la sociedad denominada Matapalo en Mis Cinco Sentidos S. A. Domicilio 50 metros oeste de la sucursal CCSS Palmar Norte Osa, Puntarenas, al ser las diez horas del día dos de mayo del dos mil cinco, presidente Richard Gruy Henri. Capital social: diez mil colones.—San José, 28 de julio de 2005.—Lic. Minor Zamora Castellón, Notario.—1 vez.—Nº 52558.—(67185).
Ante esta notaría, se modifico la cláusula octava del pacto constitutivo de las siguientes sociedades Finca El Tobogán S. A., La Buena Unión S. A., Asentamiento El Tigre S. A., Piscinas Naturales de UVITA S. A., y El Zumbadito del Sur S. A.—Lic. Dunnia Quesada Soto, Notaria.—1 vez.—Nº 52559.—(67186).
Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría, de las nueve horas del nueve de agosto del dos mil cinco, se constituyó la sociedad La Vida de Harpua S. A., con domicilio en San José, teniendo el presidente y el secretario facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma conjunta o separadamente.—San José, 16 de agosto del 2005.—Lic. Nancy Vieto Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 52565.—(67187).
Por escritura otorgada en San José ante esta notaría, de las diez horas del nueve de agosto del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Borzof S. A., con domicilio en San José, teniendo el presidente facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 16 de agosto del 2005.—Lic. Nancy Vieto Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 52564.—(67188).
Por escritura otorgada en San José ante esta notaría, de las once horas del nueve de agosto del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Franklaborkia S. A., con domicilio en San José, teniendo el presidente facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 16 de agosto del 2005.—Lic. Nancy Vieto Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 52566.—(67189).
Hago contar que por escritura de las 14:00 horas del 30 de junio del 2005, se constituyó ante mi notaría la entidad Consejo Indígena de Centroamérica CICA Costa Rica, Sociedad Civil. Apoderados generalísimos: nueve socios administradores. Domicilio: San José, San Pedro de Montes de Oca. Capital: íntegramente suscrito y pagado por cuotas.—San José, 12 de julio del 2005.—Lic. Rubén Chacón Castro, Notario.—1 vez.—Nº 52567.—(67190).
Ante mí, se constituyó la sociedad anónima denominada Arte e Impresos M G S. A., con un capital de diez mil colones y por un plazo de noventa y nueve años. Se nombró junta directiva.—San José, 5 de agosto del 2005.—Lic. Rocío Herrera Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 52568.—(67191).
Ante mí, se constituyó la sociedad anónima denominada Asesoría M G S. A., con un capital de diez mil colones y por un plazo de noventa y nueve años. Se nombró junta directiva.—San José, 5 de agosto del 2005.—Lic. Rocío Herrera Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 52569.—(67192).
Ante mí, se constituyó la sociedad anónima denominada Comercializadora Maxga S. A., con un capital de diez mil colones y por un plazo de noventa y nueve años. Se nombró junta directiva.—San José, 5 de agosto del 2005.—Lic. Rocío Herrera Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 52571.—(67193).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas, del día diecisiete de agosto del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Caya Caribe SLSCH Sociedad Anónima, domiciliada en Costa Rica, provincia Cartago, cantón Turrialba, distrito primero Turrialba, frente a estación de Servicio Super Barato, contiguo a Boutique Pasysoca. Capital social: totalmente suscrito y pagado en dinero en efectivo. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, con la representación judicial y extrajudicial.—Turrialba, 17 de agosto del 2005.—Lic. Alejandro Mata Vega, Notario.—1 vez.—Nº 52572.—(67194).
En esta notaría a las 9:00 horas del 17 de agosto del 2005, mediante escritura Nº 258 visible al folio 149 vuelto del protocolo Nº 5, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Francos Ana Sociedad Anónima. Capital social: ¢ 50.000,00. Presidente: Franco Elicio Cordero Medina, Nº 5-224-552, agente residente, licenciado José German Zamora Leal, Nº 1-142-488.—Lic. José German Zamora Leal, Notario.—1 vez.—Nº 52573.—(67195).
Maritza Mora Cruz, cédula Nº 5-193-425 y Elbert Peralta Gómez, cédula Nº 5-135-018, constituyen la sociedad denominada Inversiones Crumotza S. A., con un capital social de diez mil colones. Domicilio: Vigia de Nicoya, Guanacaste, 700 metros al sur de la central telefónica. Constituida en escritura pública Nº 221, visible a folio 128 vuelto del tomo quinto del protocolo del notario José German Zamora Leal.—Lic. José German Zamora Leal, Notario.—1 vez.—Nº 52574.—(67196).
Ante el suscrito notario, comparecen a las doce horas del dieciséis de agosto del dos mil cinco, los señores Jesús Salas Chavarría, Tania Vanessa Salas Zúñiga, Gerchell Jesús Salas Zúñiga. Constituyen la sociedad mercantil denominada Seguridad Construcciones y Servicios Salas Zúñiga Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 16 de agosto del 2005.—Lic. Marco V. Calvo Amador, Notario.—1 vez.—Nº 52575.—(67197).
Por escritura número sesenta y siete, otorgada a las diecinueve horas, treinta minutos del seis de agosto del dos mil cinco, se constituyó Agrícola El Gavilán del Norte Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Domicilio social: San Pablo de Heredia. Objeto social: el comercio en general, la industria, la agricultura, la ganadería y la minería. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: suscrito y pagado. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Ana Vanessa Vargas Roldán, Notaria.—1 vez.—Nº 52576.—(67198).
Por escritura número sesenta y seis, otorgada a las diecinueve horas del seis de agosto del dos mil cinco, se constituyó Inmobiliaria Rovi Azul Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Domicilio social: San Pablo de Heredia. Objeto social: el comercio en general, la industria, la agricultura, la ganadería y la minería. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: suscrito y pagado. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Ana Vanessa Vargas Roldán, Notaria.—1 vez.—Nº 52577.—(67199).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las catorce horas del primero de agosto del dos mil cinco, se constituyó Helitico de Costa Rica S. A., con un capital social de diez mil colones y un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución. Ejerce la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma el presidente de la junta directiva.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Claudia Reyes Silva, Notaria.—1 vez.—Nº 52578.—(67200).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 16:30 horas del 11 de febrero del 2005, se constituye la sociedad Vivero San Gabriel Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Es todo.—San José, 16 de agosto del 2005.—Lic. José Pablo Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 52580.—(67201).
En escritura número doscientos veinte-seis-dos mil cinco de las doce horas, cuarenta y cinco minutos del dieciocho de agosto de dos mil cinco, otorgada ante el suscrito, se constituyó la compañía Agroindustrial Abel Fortinoni S. A. Domicilio en San Ignacio de Acosta. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Representante: presidente y tesorera con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma de conformidad con el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil. Pudiendo actuar dichos apoderados en forma individual.—San José, dieciocho de agosto del dos mil cinco.—Lic. Rafael Ángel Fallas Fallas, Notario.—1 vez.—Nº 52581.—(67202).
Se hace constar que en esta notaría, a las 8: 00 horas del diez de agosto del 2005, se constituyó Internet Café Gato Azul Sociedad Anónima. Presidente: Mauricio González Ramírez. Es todo.—San José, diecinueve de agosto del dos mil cinco.—Lic. Carlos Alberto Ulloa Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 52582.—(67203).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 7:00 horas del 17 de agosto del 2005, se constituye la sociedad Clínica Gastro Laparoendoscópica S. A. Capital social: 10.000 colones. Domicilio: Heredia, Santo Domingo, ciento veinticinco metros oeste de la Municipalidad. Presidente: José Armando Muñoz Martínez.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Sonia Carvajal González, Notaria.—1 vez.—Nº 52583.—(67204).
Ante mi notaría, se constituyó la empresa denominada Seguridad Confiable Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las diecisiete horas del diecisiete de agosto del dos mil cinco.—San José, diecisiete de agosto del año dos mil cinco.—Lic. Dámaso Ruiz Carrión, Notario.—1 vez.—Nº 52584.—(67205).
Por escritura pública otorgada hoy ante mí, en San José, a las 7:00 horas, protocolicé acta de la compañía Cristo del Sur S. A., por la cual se modificó la cláusula novena del pacto social.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Mario Antonio Morelli Astúa, Notario.—1 vez.—Nº 52585.—(67206).
Por escritura pública otorgada ante mí, a las ocho horas del diecisiete de agosto del año dos mil cinco, protocolicé acta de la compañía Neonet Group S. A., por la cual se disuelve.—San José, diecisiete de agosto del año dos mil cinco.—Lic. Francisco Morelli Cozza, Notario.—1 vez.—Nº 52586.—(67207).
Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00 horas del 17 de agosto del 2005, se protocolizó acta de la sociedad Tierras de Oro S. A., en la que se reformaron las cláusulas segunda, sexta, novena del pacto social, se adicionaron las cláusulas duodécima y decimatercera y además se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—Ciudad Quesada, 18 de agosto del 2005.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 52590.—(67208).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de Agroforestal del Pacífico S. A. Se reforma la cláusula quinta. Escritura otorgada en San José, a las 14:00 horas del 12 de agosto del 2005.—Lic. Moisés Hunt Rosales, Notario.—1 vez.—Nº 52591.—(67209).
Mediante escritura número 179 del tomo 17 de mi protocolo, se constituyó la sociedad denominada Río Limpio S. A.—Guadalupe, 12 de agosto del 2005.—Lic. Aurelia Vargas Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 52592.—(67210).
Mediante escritura número treinta y cinco, visible al folio veintiséis frente del tomo segundo de mi protocolo, otorgada a las diez horas del día diecisiete de agosto del año dos mil cinco, se reformaron las cláusulas sétima, segunda del pacto social, así como se reformó la junta directiva de la sociedad M & M Materiales y Maquinaria Sociedad Anónima. Es todo.—San José, dieciocho de agosto del año dos mil cinco.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—Nº 52595.—(67211).
Mediante escritura número treinta y cuatro, visible al folio veinticinco frente del tomo segundo de mi protocolo, otorgada a las nueve horas del día diecisiete de agosto del año dos mil cinco, se reformaron las cláusulas octava, segunda del pacto social, así como se reformó la junta directiva de la sociedad Selva Tropical Guanacasteca Sociedad Anónima. Es todo.—San José, dieciocho de agosto del año dos mil cinco.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—Nº 52596.—(67212).
Por escritura otorgada en mi notaría a las 10:00 horas del 1º de agosto de 2005, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Ballenato del Pacífico S. A., en virtud de la cual se reformó la cláusula octava del pacto social y se elige nuevo presidente y nuevo secretario.—San José, 1º de agosto del 2005.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 52597.—(67213).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 8:00 horas del 17 de agosto del 2005, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Guaracha del Palmar S. A., en virtud de la cual se reformaron las cláusulas sétima y octava del pacto social y se eligió nuevo presidente.—San José, 17 de agosto del 2005.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 52598.—(67214).
A las quince horas del día de hoy, se constituyó la empresa Idem Soluciones Empresariales Sociedad Anónima. Capital: treinta mil colones. Presidenta: Irene Dobles Quirós.—San José, dieciocho de agosto del dos mil cinco.—Lic. María del Milagro Chaves Desanti, Notaria.—1 vez.—Nº 52599.—(67215).
Por escritura pública otorgada ante mí, a las 17:00 horas del 15 de agosto del 2005, José Pablo Campos Brenes y Marianela Campos Brenes, constituyeron la compañía Corporación Cambre G.Z. Industrial S. A. Presidente don Gerardo Campos Rivera.—Cartago, 18 de agosto del 2005.—Lic. Jaime López Moya, Notario.—1 vez.—Nº 52603.—(67216).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad denominada Mayta J H Sociedad Anónima. Capital: cien mil colones. Domicilio: San José. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: Maikol Humberto Jiménez Argüello.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Manuel Mairena Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 52607.—(67217).
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 17 de junio del 2005, se constituyó la sociedad Inversiones Río Grande del Arroyo Sociedad Anónima. Capital social: ¢36.000,00. Presidente: Minor Arroyo Montiel.—Lic. Ignacio Herrero Knöhr, Notario.—1 vez.—Nº 52609.—(67218).
En mi oficina a las catorce horas del cuatro de agosto del dos mil cinco, mediante escritura número ciento veintiuno visible a folio ciento cuarenta vuelto del tomo primero de mi protocolo, se constituyó la empresa Tica Irlandesa Corporación Dos Mil Cinco Sociedad Anónima. El presidente Adrián Peter Mcateer, ostenta la condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa citada.—San José, diecinueve de agosto del dos mil cinco.—Lic. Jorge Eduardo Ramos Ramos, Notario.—1 vez.—Nº 52611.—(67219).
El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las trece horas, treinta minutos del dieciséis de agosto del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada RODA D A B E S. A. Capital suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjuntamente.—Cartago, dieciséis de agosto del dos mil cinco.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—Nº 52612.—(67220).
Por escritura otorgada a las quince horas de hoy, se constituyó la sociedad Textiles Jorda Sociedad Anónima. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma Gerardo Montero Solórzano.—San José, dieciocho de agosto del dos mil cinco.—Lic. Bernal Chavarría Soley, Notario.—1 vez.—Nº 52613.—(67221).
Por escritura otorgada hoy ante mí, Mauricio Delgado Durán, a las ocho horas, se modifica la cláusula sexta en cuanto a la administración de la sociedad Tresso Mantenimiento de Edificios Sociedad Anónima. Representación en forma conjunta: Harold Gerardo Solís Salas, cédula número dos-cuatrocientos ochenta-cero cuarenta y siete, Cristian Gutiérrez Salas, cédula de identidad número dos-quinientos ocho-cuatrocientos noventa y ocho, Elio David Jiménez Barrantes, cédula de identidad número tres-trescientos cincuenta-novecientos sesenta y tres.—Ciudad Quesada, 4 de mayo del 2005.—Lic. Mauricio Alberto Delgado Durán, Notario.—1 vez.—Nº 52614.—(67222).
Wing Hou Ng Fong y Alfonso Reíd Reíd, conocido como Héctor Reíd Reíd, constituyen la sociedad anónima denominada Importaciones Reidfong Sociedad Anónima. Capital totalmente suscrito y pagado, correspondiendo a su presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar en forma conjunta o separadamente. Escritura otorgada en Guápiles de Pococí, a las quince horas y cuarenta y nueve minutos del diecisiete de mayo del dos mil cinco, ante el notario David López García.—Lic. David López García, Notario.—1 vez.—Nº 52616.—(67223).
Ante esta notaría, constituyen la sociedad denominada JR Publicidad y Producciones Image Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, dieciocho de agosto del dos mil cinco.—Lic. José Álvaro Bonilla Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 52617.—(67224).
El día trece de agosto del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad Desarrollos Soltica Ltda. Capital social: nueve mil colones.—Palmares, dieciséis de agosto del año dos mil cinco.—Lic. Édgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—Nº 52621.—(67225).
Ante mí, se constituyó la sociedad anónima denominada Publicaciones M G S. A., con un capital de diez mil colones y por un plazo de noventa y nueve años. Se nombró junta directiva.—San José, 5 de agosto del 2005.—Lic. Rocío Herrera Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 52570.—(67226).
Se cita y se emplaza a todos los interesados en la inscripción de la sociedad Albergue de Montaña Tejo’s Sociedad Anónima, para que dentro del plazo de ley, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante la oficina de la suscrita notaria para los reclamos respectivos. Notaría ubicada en San José, Barrio Córdoba del Mc’ Donald’s del Parque de la Paz 125 metros al este.—San José, 11 de agosto del 2005.—Lic. Magdalena Melegatti Pereira, Notaria.—1 vez.—Nº 52600.—(67247).
Mediante escritura número ciento ocho, otorgada ante la suscrita notaría Katherine Álvarez Cubillo, al ser las diez horas del día dieciséis de agosto del año dos mil cinco, se constituyó la empresa denominada Veintinueve Don Fernando Sociedad Anónima.—San José, dieciséis de agosto del año dos mil cinco.—Lic. Katherine Álvarez Cubillo, Notaria.—1 vez.—(67290).
Mediante escritura número ciento ocho, otorgada ante la suscrita notaría Katherine Álvarez Cubillo, al ser las doce horas del día dieciséis de agosto del año dos mil cinco, se constituyó la empresa denominada Trece Don Fernando Sociedad Anónima.—San José, dieciséis de agosto del año dos mil cinco.—Lic. Katherine Álvarez Cubillo, Notaria.—1 vez.—(67291).
Por escritura otorgada, a las once horas del dieciocho de agosto del dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada White Rose Project Sociedad Anónima.—Grecia, dieciocho de agosto del dos mil cinco.—Lic. Gisella Yamily Víquez Cubero, Notaria.—1 vez.—(67294).
Ante la notaría de la Licenciada Karoll Paola Sancho Oconitrillo, mediante escritura número setenta y cinco- dos, visible al folio cuarenta y cinco frente, del protocolo segundo de la suscrita notaria, otorgada a las 14:00 horas del día 19 de agosto del año 2005, los señores Erick Acosta Hernández, cédula número uno- nueve cinco siete- seis uno uno; y Angélica Sofía Elizondo Montero, cédula de identidad número tres- uno nueve cuatro- uno cinco seis, constituyen la empresa denominada: Representaciones Ballestero A.H. Sociedad Anónima.—Santo Domingo de Heredia, 20 de agosto del año 2005.—Lic. Karoll Paola Sancho Oconitrillo, Notaria.—1 vez.—(67301).
Ante la notaría de la Licenciada Karoll Paola Sancho Oconitrillo, mediante escritura número setenta y cuatro-dos, visible al folio cuarenta y tres vuelto, del protocolo segundo de la suscrita notaria, otorgada a las 8:00 horas del día 19 de agosto del año 2005, los señores Iván Gustavo Solís Solano, cédula número uno- uno cero cero ocho - ocho siete tres; y Angélica Sofía Elizondo Montero, cédula de identidad número uno- nueve nueve cero-cero uno cuatro, constituyen la empresa denominada: Familia Solís Elizondo Aledan Sociedad Anónima.—Santo Domingo de Heredia, 20 de agosto del año 2005.—Lic. Karoll Paola Sancho Oconitrillo, Notaria.—1 vez.—(67302).
Por escritura número: 256, otorgada a las 18:00 horas del 27 de junio 2005, se constituyó la sociedad Congelatodo Limitada. Gerente: Guillermo Antolín Garrido. Domicilio social: Heredia, Lagunillla, residencial Real Santamaría, casa 866.—San José, Goicoechea, 18 de agosto del 2005.—Lic. José Miguel Ubeda Mejía, Notario.—1 vez.—(67304).
Ante mi notaría, a las catorce horas diez minutos del día cuatro de agosto del año dos mil cinco, se cambia la junta directiva de sociedad denominada Miroso del Sol S. A., presidente cambio de junta directiva, capital suscrito y pagado.—San José, 11 de agosto del 2005.—Lic. Leonardo Díaz Rivel, Notario.—1 vez.—Nº 52254.—(67309).
Mediante escritura 18, otorgada a las 14:00 horas del 12 de agosto del 2005, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Villa Lacil PGCC AL Cuarenta y Uno S. A., mediante la cual se hizo el nombramiento para el cargo de presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Óscar Noé Ávila Molina, Notario.—1 vez.—Nº 52623.—(67310).
Mediante escritura 19, otorgada a las 16:30 horas del 18 de agosto del 2005, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Villa Phosphorus PGCC AVA Dieciocho S. A., mediante la cual se modificó la cláusula novena de la escritura social. Se hizo el nombramiento para el cargo de presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Óscar Noé Ávila Molina, Notario.—1 vez.—Nº 52624.—(67311).
Por escritura número treinta, otorgada a las quince horas del día dieciocho de agosto del año dos mil cinco, protocolicé un acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Ilka Northamerican Corporation Sociedad Anónima, en la cual se acordó la reforma del estatuto social en la cláusula primera y sexta, y se constituyeron poderes generales.—San José, dieciocho de agosto del año dos mil cinco.—Lic. Miguel Antonio Elizondo Soto, Notario.—1 vez.—Nº 52625.—(67312).
Ante esta notaría, el día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Sonrisa del Cielo Sociedad Anónima. Capital social de doscientos mil colones. Objeto: el comercio. Domicilio social Esquipulas, Palmares de Alajuela, 600 m oeste de la escuela pública. Apoderados presidente y secretario actuando en forma conjunta y separada.—Palmares, 17 de agosto del 2005.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—Nº 52626.—(67313).
Por escritura otorgada, ante mi Kathya Maritza Pérez González, a las 17:00 horas del 31 de marzo del dos mil cinco, se constituye la sociedad denominada Christcin Sociedad Anónima.—Lic. Kathya Maritza Pérez González, Notaria.—1 vez.—Nº 52628.—(67314).
En mi notaría, al ser las nueve horas del veintisiete de abril del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada La Puerta del Rey Sociedad Anónima. Es todo.—San José, dieciocho de agosto del dos mil cinco.—Lic. Ivannia Zapata Miranda, Notaria.—1 vez.—Nº 52629.—(67315).
Grace Ayi Huen, Mónica Ayi Huen, Jesús Ayi Con, Rebeca Huen Wong, constituyen la sociedad Xtremely Fashioned Stores G A Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Puntarenas, a las trece horas del día diecisiete de agosto del año dos mil cinco.—Lic. Ricaurter Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 52630.—(67316).
Por escritura otorgada, a las nueve horas del dieciocho de agosto del año dos mil cinco, se constituye la sociedad anónima denominada Nine Whalers Sociedad Anónima. El capital social lo es la suma de diez mil colones, representado por diez acciones de mil colonos cada una y el plazo social es noventa y nueve años. Es todo.—San José, diecinueve de agosto del año dos mil cinco.—Lic. Gabriela Martínez Gould, Notaria.—1 vez.—Nº 52633.—(67317).
Por escritura otorgada, a las ocho horas del dieciocho de agosto del año dos mil cinco, se constituye la sociedad anónima denominada XD Business Sociedad Anónima. El capital social lo es la suma de diez mil colones, representado por diez acciones de mil colonos cada una y el plazo social es noventa y nuevo años. Es todo.—San José, diecinueve de agosto del año dos mil cinco.—Lic. Gabriela Martínez Gould, Notaria.—1 vez.—Nº 52634.—(67318).
Por escritura otorgada, a las diez horas del dieciocho de agosto del año dos mil cinco, se constituye la sociedad anónima denominada Crada Business Sociedad Anónima. El capital social lo es la suma de diez mil colones, representado por diez acciones de mil colonos cada una y el plazo social es noventa y nueve años. Es todo.—San José, diecinueve de agosto del año dos mil cinco.—Lic. Gabriela Martínez Gould, Notaria.—1 vez.—Nº 52635.—(67319).
Protocolización de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Importaciones RE RE Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 8:00 horas del 18 de julio del 2005.—San José, 21 de julio del 2005.—Lic. Aarón Montero Sequeira, Notario.—1 vez.—Nº 52637.—(67320).
Ante esta notaría, se constituyó Clarín Coco Group S. A. Domicilio Playas del Coco, Guanacaste, capital de ¢1.000.000,00, totalmente suscrito y pagado. Representación presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Ricardo Adolfo Badilla Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 52636.—(67321).
Protocolización de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad RE RE Autocentro Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 11:30 horas del 18 de julio del 2005.—San José, 21 de julio del 2005.—Lic. Aarón Montero Sequeira, Notario.—1 vez.—Nº 52638.—(67322).
Protocolización de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Repuestos Retana Guadalupe Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 10:00 horas del 18 de julio del 2005.—San José, 21 de julio del 2005.—Lic. Aarón Montero Sequeira, Notario.—1 vez.—Nº 52639.—(67323).
Por escritura Nº 305, otorgada a las 11:00 horas del 17 de agosto del 2005, ante el notario Guido Laboranti Marchini Niki Sciamanna y Carla Montini constituyen Inversiones NYC S. A. Capital cien mil colones. Domicilio Zapote. Presidente Nuki Sciamanna.—Lic. Guido Laboranti Marchini, Notario.—1 vez.—Nº 52640.—(67324).
Por escritura número 339, otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del día 14 de febrero del año 2005, Carol Ann (nombre) Dintelman (apellido) y Juan Gabriel Angulo Espinoza, constituyeron J And C Tours Sociedad Anónima. Capital social ¢100.000,00.—Lic. Lourdes Líos Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 52641.—(67325).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del dieciséis de julio del dos mil cinco, Olman Vargas Cubero, Ana Patricia Vargas Jara, Olman Gerardo Vargas Jara, y Esteban Vargas Jara constituyeron Propiedades Mil Quinientos Cincuenta y Dos del Sur Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Propiedades Mil Quinientos Cincuenta y Dos del Sur S. A. Su domicilio estará en San Isidro de Pérez Zeledón, ciento cincuenta metros al sur del cementerio, provincia de San José, pudiendo establecer agencias o sucursales en otro u otros lugares del país o fuera de el. Presidente: Olman Vargas Cubero. Capital social: treinta mil colones, representado por treinta acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, íntegramente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. San Isidro, 18 de agosto del 2005.—Lic. Jorge Arturo Pereira Castro, Notario.—1 vez.—Nº 52642.—(67326).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas, cinco minutos del diecisiete de agosto del año dos mil cinco, Consorcio Hermanas Gómez Q. Sociedad Anónima, realiza nombramiento de número presidente, secretario y tesorero.—San Isidro de Pérez Zeledón, 17 de agosto del 2005.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—Nº 52643.—(67327).
Protocolización de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Repuestos Retana Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 9:30 horas del 18 de julio del 2005.—San José, 21 de julio del 2005.—Lic. Aarón Montero Sequeira, Notario.—1 vez.—Nº 52644.—(67328).
Protocolización de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Representaciones Internacionales Grupo RE RE Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 11:00 horas del 18 de julio del 2005.—San José, 21 de julio del 2005.—Lic. Aarón Montero Sequeira, Notario.—1 vez.—Nº 52645.—(67329).
Protocolización de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad G.M. Servicentro Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 10:30 horas del 18 de julio del 2005.—San José, 21 de julio del 2005.—Lic. Aarón Montero Sequeira, Notario.—1 vez.—Nº 52646.—(67330).
Protocolización de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Accesorios La Guaria Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 8:30 horas del 18 de julio del 2005.—San José, 21 de julio del 2005.—Lic. Aarón Montero Sequeira, Notario.—1 vez.—Nº 52647.—(67331).
Protocolización de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Rodeo Arrendamientos Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 9:00 horas del 18 de julio del 2005.—San José, 21 de julio del 2005.—Lic. Aarón Montero Sequeira, Notario.—1 vez.—Nº 52648.—(67332).
Por escritura de las de las diez horas del cinco de agosto del año dos mil cinco, Anexo Gran Hotel S. A. y Good Days S. A., se fusionan por absorción, siendo Anexo Gran Hotel S. A., la compañía prevalente, asumiendo los activos y pasivos de la compañía Good Days S. A.—Luis Alberto Paniagua Acuña y Marvin Gerardo Alfaro Chacón, Notarios.—1 vez.—Nº 52649.—(67333).
Por escritura otorgada el día de hoy a las nueve horas ante este notario publico los señores Luis Enrique Villalobos Gómez e Ílse Méndez Huertas, constituyen Cayari del Manglar Sociedad Anónima. Presidente: Luis Enrique Villalobos. Plazo: cien años. Capital social: treinta y seis mil colones.—San José, 8 de agosto del 2005.—Lic. José Miguel Alfaro Masís, Notario.—1 vez.—Nº 52652.—(67334).
Por escritura otorgada el día de hoy, a las ocho horas ante este notario público los señores Luis Enrique Villalobos Gómez e Ílse Méndez Huertas, constituyen Kita Gatita Azul Sociedad Anónima. Presidente: Luis Enrique Villalobos. Plazo: cien años. Capital social: treinta y seis mil colones.—San José, 8 de agosto del 2005.—Lic. José Miguel Alfaro Masís, Notario.—1 vez.—Nº 52653.—(67335).
Por escritura otorgada el día de hoy, a las siete horas ante este notario público los señores Luis Enrique Villalobos Gómez e Ílse Méndez Huertas, constituyen Chimpo Tropical Tres Sociedad Anónima. Presidente: Luis Enrique Villalobos. Plazo: cien años. Capital social: treinta y seis mil colones.—San José, 8 de agosto del 2005.—Lic. José Miguel Alfaro Masís, Notario.—1 vez.—Nº 52654.—(67336).
Hoy día he protocolizado acta de la sociedad de esta plaza cuya razón social es Sunset Dolphin Sociedad Anónima, en la cual se nombra nuevo presidente y secretario y se modifica la cláusula sexta de los estatutos.—San José, 17 de agosto del 2005.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—Nº 52655.—(67337).
Hoy día he protocolizado acta de la sociedad de esta plaza cuya razón social es Los Mensajeros de Tatooine Sociedad Anónima, en la cual se nombra nuevo presidente.—San José, 17 de agosto del 2005.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—Nº 52656.—(67338).
Por escritura otorgada en mi notaría a las quince horas del seis de agosto del año dos mil cinco, se constituye la fundación denominada Fundación Mujeres del 2000. Patrimonio: seiscientos mil colones. Fundadores: Juan José Granados Mora, Lidia María Muñoz Salazar, Maureen Lucía Granados Muñoz.—Lic. Viviana Álvarez Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 52657.—(67339).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las once horas del seis de agosto del año dos mil cinco, se constituye la sociedad denominada Mobiliaria Gramo de Santo Domingo Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse S. A. Capital social: de diez mil colones representados por diez acciones comunes y nominativas de mil colones. Presidente: Juan José Granados Mora, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Viviana Álvarez Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 52658.—(67340).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las once horas del cinco de agosto del año dos mil cinco, se constituye la sociedad denominada Inomobiliaria Gramo GM Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse S. A. Capital social: de diez mil colones representados por diez acciones comunes y nominativas de mil colones. Presidente: Juan José Granados Mora, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Viviana Álvarez Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 52659.—(67341).
Se hace constar que por escritura número doscientos ochenta y uno, de las diez horas del diecisiete de agosto del dos mil cinco, visible al folio ciento noventa vuelto, del tomo veinticinco del protocolo del notario público Jorge Ross Araya, se constituyó la sociedad Solrium de San José V H A V Sociedad Anónima, cuyo capital es de diez mil colones, domiciliada en San José. Representante: presidente.—San José, diecinueve de agosto del dos mil cinco.—Lic. Jorge Ross Araya, Notario.—1 vez.—Nº 52660.—(67342).
Por escritura de catorce horas de hoy, en esta ciudad, se constituyó La Calle de Atocha Cuarenta y Tres S. A. Domicilio: San José. Presidente: Rodrigo José Mata Abdelnour.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Patricia Rivero Breedy, Notaria.—1 vez.—Nº 52666.—(67343).
Por medio de escritura otorgada en San Isidro del General de Pérez Zeledón, a las doce horas del veinte de julio del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Fábrica Dulces Sueños de Costa Rica, con un plazo social de noventa y nueve años, el domicilio social será la provincia de San José, en el cantón de Pérez Zeledón, en su distrito de San Isidro, setenta y cinco metros al oeste de Disco Centro, como presidente Ellen Louse Hedrick.—San José, diez de agosto del dos mil cinco.—Lic. Rodolfo Herrera García, Notario.—1 vez.—Nº 52669.—(67344).
Ante Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, notario, se constituyó la sociedad anónima Omarmu Umaña S. A. Capital: diez mil colones. Objeto: comercio y servicios. Domicilio: San José. Plazo: 99 años. Presidente: Omar Montero Umaña. Por escritura en San José, 15:00 horas del 21 de julio del 2005.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 52671.—(67345).
Por escritura otorgada a las quince horas del día dieciocho de agosto del dos mil cinco, Condominio Avicenia Número Ciento Cuarenta y Cinco Luciérnanga S. A., reforma la cláusula sexta del pacto social y nombra junta directiva y fiscal.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Floria Vargas Gurdián, Notaria.—1 vez.—Nº 52672.—(67346).
Por escritura Nº 54-42, otorgada en esta notaría, a las 17:00 horas del 11 de agosto del 2005, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada El Paraíso de Tierras Morenas Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos tres, mediante la cual se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo, referente a la representación de la empresa.—Lic. Juan Carlos Sing Ávila, Notario.—1 vez.—Nº 52673.—(67347).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del dieciocho de agosto del dos mil cinco, se constituyó Hacienda Inmobiliaria María Virginia Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: cien años a partir de su constitución. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, dieciocho de agosto del dos mil cinco.—Lic. Alvis González Garita, Notario.—1 vez.—Nº 52675.—(67348).
Por escritura número ciento ochenta y ocho, otorgada ante esta notaría, el día cinco de agosto del año dos mil cinco, a las nueve horas, se protocolizó el acta número cuatro de sesión de asamblea general extraordinaria de socios de Carga Urgente de Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la cual se aumentó el capital social y se reformó la cláusula quinta de los estatutos sociales.—San José, diecinueve de agosto del dos mil cinco.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 52676.—(67349).
Por escritura otorgada ante esta notaría, de las dieciocho horas del veinte de noviembre del dos mil cuatro, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Constructora El Bajo del León Sociedad Anónima, se reformó la cláusula quinta del pacto constitutivo.—Lic. Marianela Alfaro Cascante, Notaria.—1 vez.—Nº 52677.—(67350).
Mediante escritura pública número ciento sesenta y cuatro-cuatro, otorgada a las veinte horas del diecisiete de agosto del año dos mil cinco, protocolizo los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía de esta plaza denominada Comunicación F y F Consultores S. A., mediante la cual se procede a reformar la cláusula primera, segunda y novena, y se nombran nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, diecisiete de agosto del dos mil cinco.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 52678.—(67351).
Por escritura Nº 270, otorgada ante mí, a las 08:00 horas del 3 de agosto del 2005, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Krami S. A., donde se disuelve la sociedad.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 52679.—(67352).
Por escritura otorgada ante mí, a las 08:00 horas del 5 de agosto del 2005, se constituyó Bavaria del Atardecer Esmeralda I Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidenta: Cynthia Gabriela Espinoza Sibaja.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Antonio Montero Campos, Notario.—1 vez.—Nº 52681.—(67353).
Por escritura otorgada ante mí, a las 08:30 horas del 5 de agosto del 2005, se constituyó Bavaria del Atardecer Diamante II Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidenta: Cynthia Gabriela Espinoza Sibaja.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Antonio Montero Campos, Notario.—1 vez.—Nº 52682.—(67354).
Por escritura otorgada ante mí, a las 09:00 horas del 5 de agosto del 2005, se constituyó Bavaria del Atardecer Jade III Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidenta: Cynthia Gabriela Espinoza Sibaja.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Antonio Montero Campos, Notario.—1 vez.—Nº 52683.—(67355).
Por escritura otorgada ante mí, a las 09:30 horas del 5 de agosto del 2005, se constituyó Bavaria del Atardecer Amatista IV Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidenta: Cynthia Gabriela Espinoza Sibaja.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Antonio Montero Campos, Notario.—1 vez.—Nº 52684.—(67356).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 5 de agosto del 2005, se constituyó Bavaria del Atardecer Rubí V Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidenta: Cynthia Gabriela Espinoza Sibaja.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Antonio Montero Campos, Notario.—1 vez.—Nº 52685.—(67357).
Por escrituras otorgadas ante Jorge Ross Araya, a las 15:00 horas del 2 de marzo; ante Carlos Alberto Guardia Gutiérrez, a las 15:30 horas, a las 16:15 horas, a las 16:30 del 24 de junio, y a las 13:00 del día de hoy, se constituyeron respectivamente Inmobiliaria Rodríguez Cruz S. A., Arbusto del Monte S. A., Academia Universitaria Internacional A U I S. A., L`enfant Hereux S. A., y AO Colón S. A. En todas domicilio: San José. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Presidente con plenas facultades.—San José, 17 de agosto del 2005.—Lic. Jorge Ross Araya, Notario.—1 vez.—Nº 52691.—(67358).
Por escritura otorgada ante la notaría de Carlos Bonilla Cruz y Roy Sancho López, a las 16:00 horas del 29 de abril del 2005, se constituyó la sociedad Barú de Dominical S. A. Plazo: 99 años. Capital: diez mil colones, se nombra junta directiva y fiscal y agente residente. Notarios: Carlos Bonilla Cruz y Roy Sancho López.—Palmares, 29 de abril del 2005.—Lic. Roy Sancho López, Notario.—1 vez.—Nº 52695.—(67359).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las quince horas del doce de agosto del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Sumistros Almar.CR Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras en S. A., cuyo capital se encuentra totalmente suscrito y pagado.—San José, doce de agosto del dos mil cinco.—Lic. Karla Villalobos Wong, Notario.—1 vez.—Nº 52696.—(67360).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecinueve horas del dieciocho de agosto del dos mil cinco, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Dualux D S. A., celebrada en Calle Blancos de Goicoechea, 600 metros este de la plaza de deportes, en la que se reforman las cláusulas primera, cuarta y sexta de los estatutos del pacto constitutivo, se reorganiza la junta directiva y se solicita la expedición de la cédula jurídica.—San José, diecinueve de agosto del dos mil cinco.—Lic. Lothar Arturo Volio Volkmer, Notario.—1 vez.—Nº 54003.—(67361).
Por escritura otorgada en esta notaría, se constituyó la entidad que se denomina Inmobiliaria Global BFA Sociedad Anónima. Presidente: Benigno Jiménez Segura. Secretario: Alejandro Jiménez Rodríguez. Escritura otorgada en la ciudad de San José, Curridabat, a las doce horas del veintinueve de julio del año dos mil cinco.—Lic. Eduardo Aguilar Wallen, Notario.—1 vez.—Nº 54004.—(67362).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la entidad que se denomina Lente Azul Comercializadora Sociedad Anónima, siendo los señores José Francisco Chávez Madrigal y Ana Rita Aguilar Wallen, presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, respectivamente. Escritura otorgada en la ciudad de San José, Moravia, a las trece horas del día cinco de agosto del dos mil cinco.—Lic. Juan Carlos Padilla Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 54005.—(67363).
Que por escritura pública número trescientos cincuenta y seis, otorgada a las ocho horas del diecinueve de agosto del dos mil cinco, se constituyó la sociedad anónima de esta plaza denominada Amor Costa Rica Properties Sociedad Anónima, cuya traducción al español es Propiedades Amor Costa Rica Sociedad Anónima. Capital social: doce mil colones.—Lic. Juan Carlos Gutiérrez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 54006.—(67364).
Por escritura pública número doscientos cincuenta y dos, otorgada ante mi notaría, a las once horas con treinta minutos del diez de agosto del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Auto Ingeniería de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: Ricardo Jiménez Vargas, cédula uno-seiscientos treinta y siete-quinientos setenta y nueve.—San José, once de agosto del dos mil cinco.—Lic. Greivin Ureña Fuentes, Notario.—1 vez.—Nº 54007.—(67365).
Por acta de las diecinueve horas del dieciocho de agosto del dos mil cinco, se constituyó Arquitransportes Rosmar Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Socios: Mario Durán Muñoz y Rosemary Monge Zeledón. Presidente: Mario Durán Muñoz. Domicilio: Goicoechea.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Jorge Fernando Calvo Mora, Notario.—1 vez.—Nº 54010.—(67366).
Por acta de las diez horas del dieciséis de agosto del dos mil cinco, se nombra nueva junta directiva de Importaciones Parwong Sociedad Anónima. Presidente: Miguel Enrique Asay Nagato. Domicilio: Santo Domingo, Heredia.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Jorge Fernando Calvo Mora, Notario.—1 vez.—Nº 54011.—(67367).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:30 horas del 10 de agosto del 2005, se constituyó la sociedad anónima denominada Bajura Abangareña Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, cantón Montes de Oca, del Restaurant Taco Bell en San Pedro, 400 metros al oeste y 50 metros al norte. Plazo social: 99 años. Capital social: doce mil colones.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Silvia Alejandra Díaz Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 54015.—(67368).
Protocolizaciones de actas de asambleas generales extraordinarias de socios de las sociedades denominadas Viviendas del Norte Sociedad Anónima y Multigreca Sociedad Anónima, a través de las cuales se fusionaron prevaleciendo la segunda, y se aumentó el capital social de la segunda.—San José, 12 de agosto del 2005.—Lic. Uri Weinstok M., Notario.—1 vez.—Nº 54016.—(67369).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Asesoría y Consultoría de Negocios Ripert S. A., mediante la cual se reforma la cláusula novena del pacto social, se acuerda revocar el nombramiento del presidente, secretaria y tesorera de la junta directiva y fiscal, y se nombran nuevos miembros.—San José, primero de agosto del año dos mil cinco.—Lic. Alberto Allen Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 54017.—(67370).
Publíquese la Constitución de la sociedad Greencore Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerente Mario Alberto Herrera González, subgerente Christian Martínez Barboza, en escritura número doscientos ochenta, folio ciento ochenta y cinco, tomo octavo.—San José, 12 de agosto del 2005.—Lic. Doris Céspedes Elizondo, Notaria.— 1 vez.—Nº 54019.—(67371).
Por escritura número veinticinco-cuatro, otorgada ante esta notaría, a las quince horas treinta minutos del ocho de agosto, se constituyó la sociedad anónima Servicios Estratégicos para el Desarrollo Organizacional y Humano Sociedad Anónima, cuya abreviatura será SEDSA. Su capital social es la suma de diez mil colones, suscrito y pagado.—Heredia, 18 de agosto del 2005.—Lic. Juan Carlos Fernández Valdelomar, Notario.—1 vez.—Nº 54020.—(67372).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizan los acuerdos de asamblea extraordinaria de accionistas de la empresa Paving Júpiter Sociedad Anónima, donde se reforma las cláusulas primera, sexta y se nombra nuevo presidente y secretario. Es todo.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—Nº 54024.—(67373).
Constitución la sociedad anónima Ermepa S. A., con un capital social de diez mil colones, por un plazo de noventa y nueve años, representación judicial y extrajudicial, presidente.—Bagaces, diecisiete de agosto del dos mil cinco.—Lic. Melisa Aragón Arrieta, Notaria.—1 vez.—Nº 54025.—(67374).
Constitución la sociedad anónima Avalúos y Asesorías en Ingienería S. A., con un capital social de diez mil colones, por un plazo de noventa y nueve años, representación judicial y extrajudicial presidente.—Bagaces, diecisiete de agosto del dos mil cinco.—Lic. Melisa Aragón Arrieta, Notaria.—1 vez.—Nº 54026.—(67375).
Constitución la sociedad anónima Wikiw S. A., con un capital social de diez mil colones, por un plazo de noventa y nueve años, representación judicial y extrajudicial presidente.—Bagaces, diecisiete de agosto del dos mil cinco.—Lic. Melisa Aragón Arrieta, Notaria.—1 vez.—Nº 54027.—(67376).
Ante esta notaría se constituye la sociedad denominada Ope Legis Asesores Sociedad Anónima. Domicilio San José. Capital social quince mil colones. Plazo noventa y nueve años. Representante: presidente, secretario y tesorero de los cuales deben actuar al menos dos en forma conjunta.—San José, dieciocho de julio del dos mil cinco.—Lic. Marlon Quintanilla Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 54028.—(67377).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituye la sociedad denominada Fuerza Privada de Seguridad FUPSEG Limitada. Presidente: Esteban Montoya Fernández.—San José, a las 9:00 horas del 19 de agosto del 2005.—Lic. Daniel Blumberg Umaña, Notario.—1 vez.—Nº 54029.—(67378).
Ante esta notaría de la escritura de las ocho horas del dieciocho de agosto del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Alsa Multinivel Sociedad Anónima. Presidente el señor Agustín Font Mas.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Óscar Sáenz Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 54030.—(67379).
Por medio de la escritura número 168, del tomo segundo, del notario David Aarón Garita Madrigal, la sociedad Corporación Internacional Helsea S. A., cédula jurídica Nº 3-101-301335, se procede a reformar la cláusula octava del pacto social, y a cambiar la junta directiva.—Lic. David Aarón Garita Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 54031.—(67380).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día diecinueve de agosto del dos mil cinco, se constituyó la empresa denominada Hermanos Barboza Jiménez Sociedad Anónima, Domiciliada en San José. Presidenta: Lucrecia Martina Barboza Jiménez.—Lic. Jorge Orlando Bermúdez Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 54032.—(67381).
El suscrito, Luis Enrique Salazar Sánchez, notario público
con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día diecisiete de
agosto del dos mil cinco, se protocolizó ante mí, acta de la empresa Administración
Comercial Bucamayo S.R.L., en la cual se modifica el nombre a Administración
Comercial Villaamil S.R.L.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Luis
Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 54033.—(67382).
En la ciudad de San José, a las veinte horas del día dieciocho de agosto del dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Corporación Matemarica Gauss Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse sus dos ultimas palabras en S. A., con un capital social de diez mil colones, yo, Sally Madrigal Saborío, Notaria Pública, hago constar que están representadas en diez acciones de mil colones cada una. Junta directiva: Presidente Rafael Ángel Cordero Martínez, cédula Nº 1-1097-828, secretario Luis Diego Miranda Vásquez, cédula Nº 1-1123-214, tesorero Francisco Miranda Vásquez, cédula Nº 1-1043-419, fiscal Paula Martínez Luna, cédula Nº 5-148-555. El presidente y el secretario son representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma nombrados por todo el plazo social.—Lic. Sally Madrigal Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 54035.—(67383).
Por escrituras públicas se constituyeron las sociedades denominadas: M V A Uno El Cedro Azul I Sociedad Anónima, M V A Dos El Roble Rojo II Sociedad Anónima, M V A Tres El Poro Negro III Sociedad Anónima, M V A Cuatro El Guayabo Verde IV Sociedad Anónima, M V A Cinco El Higuerón Amarillo V Sociedad Anónima, M V A Seis La Teca Plateada VI Sociedad Anónima, M V A Siete La Guaria Morada VII Sociedad Anónima, M V A Ocho El Guachipelín Púrpura VIII Sociedad Anónima, M V A Nueve El Chaperno Dorado IX Sociedad Anónima, M V A Diez El Madero Negro X Sociedad Anónima, M V A Once El Sangrillo Celeste XI Sociedad Anónima, M V A Doce El Zapote Seco XII Sociedad Anónima, M V A Trece El Níspero Anaranjado XIII Sociedad Anónima, M V A Catorce Los Cactus Espinosos XIV Sociedad Anónima y M V A Quince Los Cactus Espinosos de Nosara XV Sociedad Anónima, en todas presidente y secretario representantes, domicilio: Cartago.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 54036.—(67384).
Ronald Sydney Bailis y Fred Peter Hanson, constituyen la sociedad anónima de esta plaza Black Rhino Developments Sociedad Anónima. Plazo noventa y nueve años. Capital cien mil colones. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Escritura otorgada ante el notario Esteban Villegas Castro, a las doce horas del dieciséis de agosto del dos mil cinco.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—Nº 54038.—(67385).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del 16 de agosto del 2005, se constituyó la sociedad denominada Consultorías Empresariales Apolo S. A. Capital social: 50.000 colones. Plazo social: 99 años.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—Nº 54040.—(67386).
Luis Arturo Barrientos Herrera, Leonardo Barrientos Porras y Carlos Rainier Murillo Porras, constituyen B B & M Acarreos y Excavaciones Sociedad Anónima. Mediante escritura otorgada en San José, ante mi notaría, a las quince horas del diez de junio del dos mil cinco.—Lic. Christian Díaz Barcia, Notario.—1 vez.—Nº 54043.—(67387).
Por escritura otorgada en La Uvita de Osa, Puntarenas, ante esta notaría, a las diez horas del quince de julio del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Finca San Miguel M.B de Uvita Sociedad Anónima. Objeto: a la mecánica, agricultura, industria, a la importación y exportación de bienes y servicios, a la actividad de pesca y comercio, y en general todo tipo de actividades económicas lícitas. Cuyo plazo social será de 99 años. Que tendrá su domicilio en La Uvita de Osa, Puntarenas. Capital social: ¢10.000. Presidente: Michel Benoit, cédula de residencia 125-183750-469, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—La Uvita de Osa, Puntarenas, 15 de julio del 2005.—Lic. Yadira Sibaja González, Notaria.—1 vez.—Nº 54041.—(67388).
Por escritura otorgada ante mí, la sociedad Quintanar de la Garita Gris Número Seis Sociedad Anónima, reforma cláusula primera del pacto constitutivo. Se nombra nueva junta directiva.—San José, diecisiete de agosto del dos mil cinco.—Lic. Ricardo Sossa Siles, Notario.—1 vez.—Nº 54042.—(67389).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa de esta plaza denominada Travelone Services And Tours Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula quinta de los estatutos sociales y se aumenta el capital social.—San José, 18 de agosto del año 2005.—Lic. Andrés Arias Victory, Notario.—1 vez.—Nº 54044.—(67390).
Por escritura otorgada ante mí, se constituye la empresa de esta plaza denominada Promotora Turística Tortuguero Sociedad Anónima. Objeto el turismo y el comercio en todas sus ramas, representación presidente, secretario y tesorero en forma conjunta. Domicilio: San José. Plazo social noventa y nueve años.—San José, 18 de agosto del año 2005.—Lic. Andrés Arias Victory, Notario.—1 vez.—Nº 54045.—(67391).
En mi notaría y mediante escritura otorgada a las catorce horas del ocho de agosto del dos mil cinco se constituye Contrataciones S U K R I S Vargas Álvarez Sociedad Anónima, con domicilio en Guápiles, Pococí, Limón. Presidente: Emmanuel Alexánder Vargas Duarte.—Lic. Luz Mercedes Franco Ceballos, Notaria.—1 vez.—Nº 54046.—(67392).
Ante mi Luis Álvaro Durán Araya, notario público de San José, mediante escritura número doscientos cuatro se ha constituido la entidad denominada Plaza Internacional del Café Volcán Arenal S. A. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos.—San José, 17 de agosto del año 2005.—Lic. Luis Álvaro Durán Araya, Notario.—1 vez.—Nº 54052.—(67393).
Que mediante escritura pública número cuarenta y tres-seis visible al folio veintitrés vuelto del tomo sexto del protocolo de la licenciada Geanina Soto Chaves de fecha dieciséis de agosto del dos mil cinco, se constituyó la entidad jurídica denominada Esiqui & Auxi Limitada. Plazo: noventa y cinco años. Capital: diez mil colones. Objeto: del comercio en general.—San José, dieciocho de agosto del dos mil cinco.—Lic. Geanina Soto Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 54055.—(67394).
Se comunica que en esta notaría al ser las doce horas del dieciocho de agosto del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Grupo Empresarial D. R. y J. Sociedad Anónima, la cual tiene un plazo de noventa y nueve años, un capital social de quince mil colones y se encuentra domiciliada en San José, Desamparados, San Rafael Arriba, Residencial Alabama, casa número tres-C. Presidente: Diego Estrada Velásquez, cédula de identidad número uno-cuatrocientos cuarenta y dos- trescientos veinte.—Lic. Sergio Echandi Casal, Notario.—1 vez.—Nº 54057.—(67395).
Mediante escritura otorgada ante este notario a las 10:30 del 10 de agosto del 2005, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: La segunda del domicilio social y la octava de la administración de Playa Azul Cuarenta y Tres Anis U N o Sociedad Anónima.—San José, 10 de agosto de 2005.—Lic. Ariana Azofeifa Vaglio, Notaria.—1 vez.—Nº 54058.—(67396).
Mediante escritura otorgada ante este notario a las 10:00 del 10 de agosto del 2005, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: La segunda del domicilio social y la octava de la administración de Playa Azul Cuarenta y Dos Cuarzo L A N Sociedad Anónima.—San José, 10 de agosto de 2005.—Lic. Ariana Azofeifa Vaglio, Notaria.—1 vez.—Nº 54059.—(67397).
Por escritura otorgada ante mi notaría al ser las diez horas del día dieciséis de agosto del año dos mil cinco se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Jeanesland Sociedad Anónima.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—Nº 54060.—(67398).
El día de hoy, Gustavo Díaz Lacayo, Marco Battaglini, Jorge Daniel Nieto y Esteban Barrenechea Álvarez, constituyeron la sociedad denominada Alimentos Inteligentes S. A. Plazo: cien años. Presidente: Esteban Barrenechea Álvarez. Capital social: cien mil colones.—San José, dieciocho de agosto del año dos mil cinco.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—Nº 54061.—(67399).
Por escritura otorgada ante mí se Constituyo: Inversiones MCJC de Flores Sociedad Anónima. Domicilio social: San José. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: Carlos Rodolfo Campos Chaverri. Escritura otorgada en San José, a las 8:30 horas del 28 de julio de 2005.—Lic. Carmen Aguilar Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 54064.—(67400).
Por escritura otorgada ante mí se constituyó Canabel Sociedad Anónima. Domicilio social: San José. Plazo: noventa y nueve años. Presidenta: Ana Isabel Campos Chaverri. Escritura otorgada en San José, a las 8:00 horas del 28 de julio del 2005.—Lic. Carmen Aguilar Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 54065.—(67401).
Mediante escritura número veintidós, visible al folio veinticuatro frente, del tomo primero del protocolo del notario Jorge Córdoba Umanzor, se constituyó la sociedad Corporación Hivero Sociedad Anónima. Presidente: Marco Antonio Venegas Renauld, apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: doce mil colones.—Grecia, 13 de agosto del 2005.—Lic. Jorge Córdoba Umanzor, Notario.—1 vez.—Nº 54066.—(67402).
Ante mí, Sonia Carrillo Ugalde en mi notaría se modificó Junta Directiva de la entidad denominada: Excavaciones Magua Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos un mil setecientos cuarenta y cinco. La Junta Directiva se modifica en cuanto a su secretario quedando de la siguiente manera: Secretario: Rodolfo Acuña Fernández, mayor, soltero, vecino de Guápiles, cédula de identidad número uno-mil quince-cuatrocientos setenta y dos. Dada en Guápiles a las ocho horas del diecinueve de agosto del dos mil cinco.—Lic. Sonia Carrillo Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 54067.—(67403).
Por escritura otorgada ante las conotarias Flor de María Jara Sánchez y Kattia Nydia Xatruch Ledezma, en Esparza, a las 15:00 horas del día 9 de junio del 2005, los señores Jorge Arturo Ruiz Infante y Anabelle Ledezma Cordero constituyeron una sociedad anónima denominada Multiservicios Jarisa Puntarenas S. A. Plazo social: 100 años.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Notaria.—1 vez.—Nº 54068.—(67404).
Por escritura otorgada en San José, a las dieciséis horas del trece de agosto del dos mil cinco, ante la notaria Reyna María Quirós León se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Hules y Más Jiménez y Calderón Sociedad Anónima. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, trece de agosto del dos mil cinco.—Lic. Reyna María Quirós León, Notaria.—1 vez.—Nº 54069.—(67405).
El suscrito notario hace constar que mediante escritura otorgada ante mí a las 18:00 horas del día 17 de agosto de 2005, se modificó la cláusula sétima del pacto social de la sociedad denominada Commercial Planes, Parts & Services Limitada. Es todo.—San José, 18 de agosto de 2005.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—Nº 54070.—(67406).
Por escritura otorgada ante mí el día de hoy, se constituye la compañía denominada Distribuidora Frukito Sociedad Anónima, cuyo domicilio es la ciudad de San José. Plazo social: noventa y nueve años a partir del día de hoy y su capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado. El Presidente, Secretario y Tesorero tendrán la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, diecisiete de agosto del dos mil cinco.—Lic. Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, Notario.—1 vez.—Nº 54071.—(67407).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyo El Capulín Sámara Suárez S. A. Presidente Walter Suárez Villalobos. Capital 12.000 colones.—San José, 2 de marzo de 2005.—Lic. Max Pérez González, Notario.—1 vez.—Nº 54084.—(67408).
Por escritura otorgada ante mí a las 11:00 horas del 15 de junio del año dos mil cinco, se modifica Junta Directiva de la compañía Selva Mari del Pacífico Sociedad Anónima. Presidenta: Noelia Ramírez Ramírez.—Ciudad Quesada, San Carlos, 15 de junio del 2005.—Lic. José Freddy González León, Notario.—1 vez.—Nº 54085.—(67409).
Protocolización de acta de cambio de estatutos de la compañía Inmobiliaria Sapporo S. A. Presidente: Jorge Luis Salazar Villalobos.—Ciudad Quesada, San Carlos, 19 de agosto del 2005.—Lic. José Freddy González León, Notario.—1 vez.—Nº 54086.—(67410).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas del día de hoy se constituyó la sociedad: Mabedi - JCRS S. A., capital suscrito y pagado; Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 29 de junio del 2005.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—Nº 54087.—(67411).
Dany Rivera Rojas; Eugenia Obando Rojas, Gerardo Rivera Gómez; y Shirley Rivera Rojas constituyen sociedad anónima denominada Inversiones Rivera & Obando Familia S. A. Escritura otorgada en Cartago, a las 10:55 horas del 20 de julio del 2005.—Lic. Eduardo Solano Monge, Notario.—1 vez.—Nº 54089.—(67412).
Gerardo Rivera Gómez; Dany Rivera Rojas; Lorena Rojas Astorga, y Shirley Rivera Rojas constituyen sociedad anónima denominada Procesadora de Productos Perecederos para la Exportación e Importación Rivera & Rivera S. A. Escritura otorgada en Cartago a las 10:45 horas del 20 de julio del 2005.—Lic. Eduardo Solano Monge, Notario.—1 vez.—Nº 54090.—(67413).
Gerardo Rivera Gómez; Lorena Rojas Astorga, Dany Rivera Rojas; y Shirley Rivera Rojas constituyen sociedad anónima denominada Inversiones Rivera & Rojas S. A. Escritura otorgada en Cartago, a las 10:35 horas del 20 de julio del 2005.—Lic. Eduardo Enrique Solano Monge, Notario.—1 vez.—Nº 54091.—(67414).
Asamblea extraordinaria de Anversa Sociedad Anónima, celebrada a las 12:00 horas del 17 de agosto del 2005. Se revocan nombramientos, se nombra junta directiva, se reforma cláusula octava.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Asdrúbal Mena Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 54094.—(67415).
Marco William Solís Umaña y Julie Ann Solís. Constituyen Inversiones Marjulie la Virgen Sociedad de Responsabilidad Limitada. Escritura otorgada en Guápiles al ser las dieciséis horas del día dos de agosto del año dos mil cinco, ante el notario Manuel Delgado Matamoros.—Lic. Manuel Delgado Matamoros, Notario.—1 vez.—Nº 54095.—(67416).
Por escritura otorgada ante esta notaría se constituye la sociedad denominada Corporación Cultural Plus Ultra C.A. Sociedad Anónima.—San José, doce de julio del dos mil cinco.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.—Nº 54096.—(67417).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veintidós de julio del dos mil cinco, se constituyó sociedad Servirecursos Surge Sociedad Anónima, capital social de cien mil colones.—San José, diecinueve de agosto del dos mil cinco.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.—Nº 54097.—(67418).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Smits-Yamaco Motor S. A. Plazo 100 años. Presidente Rodrick Smits Romero.—Lic. Carlos Guillermo Zamora Campos, Notario.—1 vez.—Nº 54098.—(67419).
Protocolización del acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Demar Sociedad Anónima, en la cual se acuerda modificar el presidente, secretario, tesorero y fiscal del pacto constitutivo de la empresa. Escritura otorgada en San José, al ser las catorce horas del día diecisiete de agosto del dos mil cinco, ante el Notario Roberto Romero Mora. Es todo.—San José, al ser las catorce horas del día diecisiete de agosto del dos mil cinco.—Lic. Roberto Romero Mora, Notario.—1 vez.—Nº 52707.—(67420).
Por escritura pública ante la notaría del licenciado Gustavo Adolfo Wattson Gómez, se constituyó Pecuaria El Chile S. A., domiciliada en Los Ángeles de Tilarán, Guanacaste. Capital: 10.000,00 colones suscritos y pagados. Presidente: Douglas Murillo Chavarría. Plazo: 99 años. Lic. Gustavo Adolfo Wattson Gómez.—Tilarán, 18 de agosto del 2005.—Lic. Nayudell Murillo Chavarría, Notaria.—1 vez.—Nº 52709.—(67421).
Por escritura otorgada a las 10:00 horas del día de hoy, en esta notaría, se constituyó la sociedad domiciliada en San José, Inversiones Restrepo Uribe Ltda. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Carlos Restrepo Isaza.—Doce de agosto del dos mil cinco.—Lic. Percy Chamberlain Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 52710.—(67422).
Por escritura otorgada a las 13:00 horas del día de hoy, en esta notaría, se constituyó la sociedad domiciliada en Escazú, Martha`s House Ltda. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Richard Hahn.—Diecisiete de agosto del dos mil cinco.—Lic. Percy Chamberlain Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 52711.—(67423).
Mediante escritura otorgada ante la notaria Rita Eugenia Guzmán Fernández, se modificaron las cláusulas segunda y novena y se reformó la junta directiva de la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Linoleico Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y cinco mil quinientos ocho.—San José, a las catorce horas del primero de agosto del dos mil cinco.—Lic. Rita Eugenia Guzmán Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 52715.—(67427).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Sistemas Innovadores Programados SIP S. A. Dicha sociedad fue constituida a las 13:00 horas del 22 de julio del 2005, ante el notario público Carlos Roberto López Madrigal en escritura número 274 del tomo 1º.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Carlos R. López Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 52716.—(67428).
Mediante escritura número ciento noventa y cinco-cuatro, otorgada ante la suscrita notaria en Santa Cruz, Guanacaste, a las ocho horas del once de agosto del dos mil cinco, se constituye la sociedad denominada Mena Electric Sociedad Anónima, pudiendo leerse en español Mena Eléctrica Sociedad Anónima. Presidente: Jesús Francisco Navarro Mena, mayor, soltero, electricista, vecino de Hatillo de Santa Cruz, Guanacaste, cédula número nueve-cero cincuenta-quinientos ochenta y siete, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo: noventa y nueve años. Capital: diez mil colones, debidamente suscrito y pago. Objeto: el comercio en general.—Santa Cruz, Guanacaste, diecinueve de enero del dos mil cinco.—Lic. María Gabriela Morales Peralta, Notaria.—1 vez.—Nº 52717.—(67429).
Mediante escritura número ciento noventa y seis-cuatro, otorgada ante la suscrita notaria en Santa Cruz, Guanacaste, a las diez horas del once de agosto del dos mil cinco, se constituye la sociedad denominada Inversiones F Y K Sociedad Anónima. Presidente: Jesús Francisco Navarro Mena, mayor, soltero, electricista, vecino de Hatillo de Santa Cruz, Guanacaste, cédula número nueve-cero cincuenta-quinientos ochenta y siete, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo: noventa y nueve años. Capital: diez mil colones, debidamente suscrito y pago. Objeto: el comercio en general.—Santa Cruz, Guanacaste, diecinueve de enero del dos mil cinco.—Lic. María Gabriela Morales Peralta, Notaria.—1 vez.—Nº 52718.—(67430).
Hago constar que por escritura otorgada hoy en esta ciudad, a las 13:00 horas, se constituyó la sociedad Marbella, Inversiones Costa del Sol S. A. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: Javier Arturo Segura Mora.—Cartago, 1º de julio del 2005.—Lic. Óscar Ortega Moya, Notario.—1 vez.—Nº 52720.—(67431).
El señor Nelson Villegas Céspedes, en su calidad personal y como apoderado especial del señor Robert Goldwasser, y Stephen Jerald Wool, constituyen la sociedad anónima Gold States Associates Sociedad Anónima, su domicilio estará en San José, ciento cincuenta metros norte de la iglesia El Perpetuo Socorro, edificio Creaciones Santos, segundo piso. Escritura número noventa y cinco a las once horas, treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil cinco, otorgada en San José, ante los notarios Julio César Ruiz Chavarría y Giovanna Barrantes Esquivel, visible al folio sesenta y cuatro del protocolo primero del notario Ruiz. Ante la notaría de Julio César Ruiz Chavarría, se modificó la cláusula novena y se nombró nueva junta directiva de la sociedad Nueva Era Uno Oro S. A., a las once horas del diecisiete de agosto del dos mil cinco, escritura número noventa y cuatro, visible al folio sesenta y tres vuelto.—Lic. Giovanna Barrantes Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 52721.—(67432).
El 18 de julio del 2005, se constituyó la Sociedad de Usuarios de Agua Los Azahares.—San José, 17 de julio del 2005.—Lic. María Margoth Solís Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 52722.—(67433).
Por escritura otorgada ante el notario Carlos Alberto Rodríguez Pérez, a las dieciséis horas del dieciocho de agosto del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Ferretería El Esparzano Centro Sociedad Anónima.—Moravia, 18 de agosto del 2005.—Lic. Carlos Alberto Rodríguez Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 52723.—(67434).
Por escritura otorgada ante el notario Carlos Alberto Rodríguez Pérez, a las dieciséis horas treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil cinco, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad El Esparzano Materiales y Acabados Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda, cuarta, sétima y se nombra nueva junta directiva.—Moravia, 18 de agosto del 2005.—Lic. Carlos Alberto Rodríguez Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 52724.—(67435).
Protocolización de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Inmobiliaria Los Ranchos del Sur Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula quinta de los estatutos. Escritura otorgada a las 14:00 horas del 16 de agosto del 2005.—Lic. María Monserrat Bonilla Garro, Notaria.—1 vez.—Nº 52726.—(67436).
Por escritura número 2-4 otorgada ante el suscrito notario a las 10:00 horas del 9 de agosto del 2005, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Bienes Raíces Floreños B R F Sociedad Anónima, en la que se modifica la cláusula segunda (del domicilio) y se nombra nuevo presidente.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Luis Sibaja Guillén, Notario.—1 vez.—Nº 52731.—(67437).
A las 15:00 horas del veintidós de julio del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada R M B Services CR S. A. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente, secretario y tesorero de la junta directiva. Apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Carlos Mariano Arrea Anderson, Notario.—1 vez.—Nº 52732.—(67438).
Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 9 de agosto del 2005, ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad El Apuro S. A. Capital social: 10.000 colones. Presidente: Naro Joel Valverde Bermúdez. Plazo: 99 años.—Heredia, 10 de agosto del 2005.—Lic. Alexander Vega Arce, Notario.—1 vez.—Nº 52733.—(67439).
Por escritura otorgada a las 8:30 horas del 9 de agosto del 2005, ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad Muco S. A. Capital social: 10.000 colones. Presidente: Naro Joel Valverde Bermúdez. Plazo: 99 años.—Heredia, 10 de agosto del 2005.—Lic. Alexander Vega Arce, Notario.—1 vez.—Nº 52734.—(67440).
Mediante escritura número ciento cincuenta de las 15:30 horas de hoy, protocolicé un acta de Valuga Hermanos Limitada, mediante la que se aumentó el capital social en ochenta millones de colones.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Carlos M. Serrano Castro, Notario.—1 vez.—Nº 52735.—(67441).
Por escritura número sesenta y ocho-uno, otorgada a las quince horas del once de agosto del dos mil cinco, se nombró nuevo secretario, tesorero, fiscal y agente residente de Cofín Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2005.—Lic. Jorge Manuel Casafont Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 52738.—(67442).
A las 13:00 horas del día 18 de agosto del 2005, ante esta notaría, se protocolizó acta de la sociedad anónima denominada Distribuidora de Repuestos Europeos para Motociclets Sociedad Anónima. Se modifica la razón social a Motos Breymann de Costa Rica S. A.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Randall Segura Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 52742.—(67443).
A las trece horas del doce de agosto del dos mil cinco, se constituyó en San José la sociedad denominada Las Margaritas de Camarita S. A. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial: presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Mauricio José Molina Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 52744.—(67444).
El suscrito notario hace constar que el día de hoy, protocolicé actas de asamblea generales extraordinarias de las siguientes sociedades Coyote Vista Azul S. A., en la que se reforma las cláusulas quinta y sétima de los estatutos sociales, The Lord of the Rings L.R S. A., en que se reforma cláusula sexta de los estatutos sociales, Worldwide Developments W.D. S. A., en que se reforma cláusula sexta de los estatutos sociales y Jojimo Azul S. A., en que se reforma la cláusula sétima de los estatutos sociales.—San José, 17 de agosto del 2005.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—Nº 52751.—(67445).
He constituido las empresas Compañía Boninzeld S. A., y Compañía Internacional Hair Dreams S. A. Capital social: diez mil colones, representación judicial y extrajudicial en la figura del presidente y secretario de la junta directiva.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Carlos Villalobos Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 52745.—(67446).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 17:15 horas del 12 de agosto del año 2005, se adicionó escritura pública donde se constituyó la sociedad Edificaciones Merced Sociedad Anónima, para cambiar su nombre a Edificaciones y Desarrollos Merced EDIDEMER Sociedad Anónima, y reformar las cláusulas primera, segunda y octava de los estatutos.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Gabriel Álvarez Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 52754.—(67447).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 18:00 horas del día 18 de agosto del 2005, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada P. & P. Net Café S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: la ciudad de San José.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—Nº 52755.—(67448).
Marcela Vásquez Hernández y otros, conforman Corporación Kinfan y Marhar S. R. L. Capital: cien mil colones: Gerente: Marcela Vásquez Hernández.—Guápiles, a las 11:00 horas del 17 de agosto del 2005.—Lic. Criselda Valverde Elizondo, Notaria.—1 vez.—Nº 52757.—(67449).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 19 de agosto del 2005, se reformó la cláusula quinta del pacto constitutivo de La Sirena del Trópico Hotel y Villas Sociedad Anónima, aumentando el capital social a veinticinco millones.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Vilma Alpízar Matamoros, Notaria.—1 vez.—Nº 52761.—(67450).
Por escritura otorgada ante esta notaría, en San Ramón de Alajuela, a las 9:00 horas del 21 de julio del año 2005, se constituyó la sociedad denominada Quinta Sol Brillante de Pavones S. A.—San Ramón, 12 de agosto del 2005.—Lic. Mario Alexis González Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 52762.—(67451).
Por escritura otorgada ante esta notaría, en San Ramón de Alajuela, a las 9:30 horas del 21 de julio del año 2005, se constituyó la sociedad denominada Desarrollo Amanecer Americano S. A.—San Ramón, 12 de agosto del 2005.—Lic. Mario Alexis González Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 52763.—(67452).
Por escritura otorgada ante la notaria María Isabel Rodríguez Herrera, a las diecisiete horas del once de julio del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad Autorepuestos Troycar Sociedad Anónima.—Lic. María Isabel Rodríguez Herrera, Notaria.—1 vez.—Nº 52765.—(67453).
Por escritura otorgada ante esta notaría, en San Ramón de Alajuela, a las 16:00 horas del 20 de junio del año 2005, se protocolizó asamblea general de la sociedad denominada Distribución y Mercadeo Xime de Costa Rica S. A.—San Ramón, 9 de agosto del 2005.—Lic. Mario Alexis González Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 52766.—(67454).
Por escritura otorgada ante esta notaría, en San Ramón de Alajuela, a las 10:00 horas del 21 de julio del año 2005, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Araya Mejías S. R. L.—San Ramón, 12 de agosto del 2005.—Lic. Mario Alexis González Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 52767.—(67455).
Por escritura otorgada ante esta notaría en San Ramón de Alajuela a las 8:00 horas del 21 de julio del año 2005, se constituyó la sociedad denominada Casa Quinta S. A.—San Ramón, 12 de agosto del 2005.—Lic. Mario Alexis González Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 52768.—(67456).
Que por escritura otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del diecisiete de agosto del año en curso, se constituyó la compañía de esta plaza denominada Vita Corporale Sociedad Anónima.—San José, 17de agosto del 2005.—Lic. Rafael Medaglia Araya, Notario.—1 vez.—Nº 52769.—(67457).
Se publica edicto de constitución de la sociedad anónima Nandaaventuras Sociedad Anónima. La cual tendrá un plazo social de noventa y nueve años, y se constituyó a las diez horas del diez de agosto de dos mil cinco. Es todo.—San José, dieciocho de agosto de dos mil cinco.—Lic. Henry Ricardo Arroyo Villegas, Notario.—1 vez.—Nº 52770.—(67458).
Por escritura otorgada ante el notario Rafael Medaglia Araya en San José, a las ocho horas del doce de agosto del año en curso, se protocoliza Acta de Asamblea General de Socios de la empresa: Inversiones Dorado Siete Oeste S. A., mediante la cual se modifica la cláusula sexta de la administración: en cuanto a que corresponderá al presidente y al secretario, debiendo de actuar siempre en forma conjunta, la representación de la empresa, ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—San José, doce de agosto del dos mil cinco.—Lic. Rafael Medaglia Araya, Notario.—1 vez.—Nº 52773.—(67459).
Por escritura número treinta y uno otorgada por esta notaría a las nueve horas treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil cinco, se protocolizó acta número dos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la firma Raíces del Caribe Sociedad Anónima, en la que se reforma la cláusula sexta de los estatutos sociales y se nombra presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, limitado, así como tesorero, fiscal y agente residente.—San José, dieciocho de agosto del dos mil cinco.—Lic. Rebeca González Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 52775.—(67460).
Por escritura otorgada en mi notaría a las once horas cuarenta minutos del doce de julio del presente año, la sociedad Innovative Business Solutions Inc. Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-tres nueve ocho seis cero tres, se nombra nuevo gerente y reforman estatutos.—San José, ocho de agosto del dos mil cinco.—Lic. Mayling Larios Alegría, Notaria.—1 vez.—(67572).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria a las nueve horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones La Traviata Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas vigésima y vigésima segunda de los estatutos.—San José, 18 de agosto de 2005.—Lic. Jessica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—(67581).
Por escritura otorgada ante esta notaria a las once horas del día diecinueve de agosto del año dos mil cinco. Se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Jocaju de Costa Rica S. A.; en virtud de la cual se reformó la cláusula sexta del pacto social y se eligió nuevo presidente.—Lic. Andrés Eduardo Aguilar Rodríguez, Notario.—1 vez.—(67582).
Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Sur Química S. A., mediante los cuales, se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad.—San José, 17 de agosto del 2005.—Lic. José Pablo Arauz Villarreal, Notario.—1 vez.—(67593).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó Tyco Tec S. A. presidente Alex Ulloa Royo.—Santa Bárbara de Heredia, 9 de agosto del 2005.—Lic. Blanca Aurora González Vargas, Notaria.—1 vez.—(67624).
El día de hoy he protocolizado acta constitutiva de la sociedad de esta plaza denominada Toco Madera Van Tuyn Sociedad Anónima, con domicilio en: Puente Salas de San Pedro, Barva, Heredia, frente entrada principal al Vivero Plantes. Presidente: Rob Van Tuyn, tesorero: Miranda Van de Riet, secretario: Robert Jan Van Tuyn, fiscal: Corne Nuyten.—Ciudad de Heredia, veintidós de agosto de dos mil cinco.—Lic. William Villegas Badilla, Notario.—1 vez.—(67633).
A las diez horas del primero de agosto del dos mil cinco, la Sociedad Esquipi Comercial Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- ciento cincuenta y cinco mil setecientos sesenta y uno, reforma cláusula segunda del pacto social y se nombra nueva junta directiva y fiscal mediante escritura número cuarenta y siete, visible al folio veinticinco vuelto del tomo trece de mi protocolo.—San José, 22 de agosto del 2005.—Lic. Lillia Fonseca Alvarado, Notaria.—1 vez.—(67634).
A las nueve horas del primero de agosto del dos mil cinco, la Sociedad Esquipi Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- cero cuarenta y seis mil sesenta dos, reforma cláusulas segunda, sexta y sétima del pacto social y se nombra nueva junta directiva y fiscal mediante escritura número cuarenta y seis, visible al folio veinticinco del tomo trece de mi protocolo.—San José, 22 de agosto del 2005.—Lic. Lillia Fonseca Alvarado, Notaria.—1 vez.—(67636).
Por escritura otorgada ante esta notaria se constituyó la sociedad Limited Properties Sociedad Anónima.—San José, doce de agosto del año dos mil cinco.—Lic. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—(67637).
Por escritura otorgada ante esta notaria se constituyó la sociedad Conetions San José Sociedad Anónima.—San José, doce de agosto del año dos mil cinco.—Lic. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—(67638).
Por escritura de las 14:30 horas de hoy, protocolicé acta de la compañía La Compiña Barbeña Veintiocho S. A., por la cual se reforman las cláusulas segunda, sétima y novena del pacto constitutivo, que se adiciona también con las cláusulas décima segunda y décima tercera; se aceptan renuncias y se nombran nuevos directores y fiscal.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—Nº 52784.—(67648).
Ante esta notaría se constituyó el día de hoy la sociedad denominada El Coloso Santa Cruz CSC Sociedad Anónima.—Guápiles de Pococí, 19 de agosto del 2005.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—Nº 52785.—(67649).
Por escritura otorgada a las dieciocho horas del día ocho de agosto del dos mil cinco, se constituyó ante mi notaría Sunshine Ornamentales de Costa Rica Ltda., gerente: Jacob Koornneef con facultades de apoderado generalísimo.—Alajuela, nueve de agosto del dos mil cinco.—Lic. Zetty Bou Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 52786.—(67650).
Por escritura número doscientos cuarenta y ocho, los señores Margarita Abrahans Rivera y Christopher Abrahams Rivera, constituyeron la sociedad denominada Sueños del Caribe Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, domiciliada en Barrio Belén de San Ramón de Alajuela, ciento cincuenta metros al este de la antigua Fábrica Ramírez, siendo su presidenta Margarita Abrahans Rivera.—Lic. Gerardo Arturo Delgado Soto, Notario.—1 vez.—Nº 52788.—(67651).
Por escritura número doscientos cuarenta y ocho, los señores Martín Quesada Solís y Christopher Abrahams Rivera, constituyeron la sociedad denominada Comercial Mar y Mar de Occidente Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, domiciliada en Barrio Belén de San Ramón de Alajuela, ciento cincuenta metros al este de la antigua Fábrica Ramírez, siendo su presidente Martín Quesada Solís.—Lic. Gerardo Arturo Delgado Soto, Notario.—1 vez.—Nº 52789.—(67652).
Por escritura otorgada ante mí el día de hoy, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de J Y R de Santa Ana Sociedad Anónima, por la cual se reforman las cláusulas segunda, octava y se nombra junta directiva.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Jorge Sánchez Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 52790.—(67653).
Ante esta notaría hoy diecinueve de agosto, se constituyó la sociedad Corporación El Trébol Sociedad Anónima, domicilio: San José, capital social: diez mil colones. Presidenta: Gladis Barrera Narváez.—Lic. Carmen Alfaro Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 52795.—(67654).
Por escritura de las 12:00 horas de hoy, fue constituida la compañía Hacienda Isla Loros Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Sabana Oeste. Objeto: actividades comerciales, industriales, agrícolas y ganaderas en todas sus ramas y manifestaciones. Plazo: noventa y nueve años. Capital: diez mil colones, suscrito y pagado. Presidente y tesorero con amplias facultades.—San José, 12 de agosto del 2005.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—Nº 52797.—(67655).
Por escritura otorgada ante mí a las diecisiete horas del diecisiete de agosto del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Nemesté S. A. Objeto: venta de artesanías y souvenir. Capital social: cien mil colones. Es todo.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 52798.—(67656).
En esta notaría a las nueve horas del doce de agosto del dos mil cinco, mediante la escritura número cuatro, iniciada al folio siete frente del tomo treinta y seis, se constituyó Linkwood Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado. Presidente, vicepresidente, secretario y tesorero apoderados generalísimos.—Parrita, doce de agosto del dos mil cinco.—Lic. Esther Valverde Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 52808.—(67657).
Por escritura otorgada en San José, a las 16:00 horas del 20 de julio del 2005, se constituyó la sociedad denominada Promotora Activa de Inversiones CR S. A., capital: cien mil colones, objeto: industria y comercio en general, plazo: 99 años. Domicilio: San José.—Lic. Augusto Porras Anchía, Notario.—1 vez.—Nº 52809.—(67658).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las quince horas del veintitrés de abril del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Jenay Flor Sociedad Anónima. Presidente: Jesús Navarro Martínez y secretaria: Flor de María Cruz Moreno. Domicilio: San José, Paso Ancho. Capital: trescientos mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. Francisco Antonio Obando Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 52810.—(67659).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las diez horas del seis de setiembre del dos mil cuatro, se constituyó la sociedad Meiryonch Primaveral Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio social: San José, de la esquina suroeste del Parque Central.—Lic. Francisco Antonio Obando Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 52811.—(67660).
El suscrito Alonso Javier Castro Monge manifiesto que por escritura otorgada ante mí, a las once horas quince minutos del diecinueve de agosto del dos mil cinco, se acuerda reformar la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad denominada Black Sea Int. Corp. Sociedad Anónima.—San José, diecinueve de agosto del dos mil cinco.—Lic. Alonso Javier Castro Monge, Notario.—1 vez.—Nº 52814.—(67661).
El suscrito Alonso Javier Castro Monge manifiesto que por escritura otorgada ante mí, a las once horas del diecinueve de agosto del dos mil cinco, se acuerda reformar la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad denominada Queretaro Overseas Corp. Sociedad Anónima.—San José, diecinueve de agosto del dos mil cinco.—Lic. Alonso Javier Castro Monge, Notario.—1 vez.—Nº 52815.—(67662).
Ante mí, Juan Diego Arias Rojas, notario público con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad anónima denominada J Y F Transportes, a las ocho horas del día veintiuno de agosto del dos mil cinco. Presidente y tesorero con la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.— Atenas, 21 de agosto del 2005.—Lic. Juan Diego Arias Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 52816.—(67663).
Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario público con oficina en Atenas se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones Albrecht y Sonia S. A., a las doce horas del treinta de julio del dos mil cinco. Presidente y tesorero con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, pudiendo actuar conjunta o separadamente, quienes tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Atenas, 17 de agosto del 2005.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 52817.—(67664).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las trece horas del día tres de agosto del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Agro Servicios Jeiro Sociedad Anónima. Presidenta: Anabel Alfaro Jiménez. Domicilio: Birmania de Dos Ríos de Upala, Alajuela. Plazo: noventa y nueve años.—Upala, 18 de agosto del 2005.—Lic. Carlos Luis Ramírez Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 52818.—(67665).
Por escritura otorgada en mi notaría a las 10:00 horas del 19 de agosto del 2005, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Fuente del Sur S. A., en virtud de la cual se reformó la cláusula octava del pacto social y se eligió nuevo presidente y nuevo secretario.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 52819.—(67667).
Por escritura Nº 176-16, de las 14:00 horas del 19 de agosto del 2005, se constituyó la entidad Inversiones Inmobiliarias San Luis M.V. Sociedad Anónima. Plazo: diez años prorrogables. Presidente: Jesús Mora Fernández. Agente residente: Lic. Marco V. Retana Mora.—San José, 19/08/2005.—Lic. Marco Vinicio Retana Mora, Notario.—1 vez.—Nº 52821.—(67668).
Por escritura otorgada, ante el notario público Agustín Álvarez Araya, a las 14:30 horas del 5 de mayo del 2005, Andrea Castañeda Smids y Sonja Smids Stonner, constituyen Administradora de Proyectos Zori Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Goicoechea, Barrio Tournón, Oficentro Torres del Campo, Torre A, cuarto piso. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, 6 de mayo del 2005.—Lic. Agustín Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—Nº 52822.—(67669).
Por escritura otorgada, ante el notario público Agustín Álvarez Araya, a las 14:00 horas del 4 de mayo del 2005, Andrea Castañeda Smids y Sonja Smids Stonner, constituyen Zori de Escazú Uno AAA Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Goicoechea, Barrio Tournón, Oficentro Torres del Campo, Torre A, cuarto piso. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, cinco de mayo del dos mil cinco.—Lic. Agustín Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—Nº 52823.—(67670).
Por escritura otorgada, ante el notario público Agustín Álvarez Araya, a las 14:30 horas del 4 de mayo del 2005, Andrea Castañeda Smids y Sonja Smids Stonner, constituyen Zori de Escazú Dos BBB Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Goicoechea, Barrio Tournón, Oficentro Torres del Campo, Torre A, cuarto piso. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, cinco de mayo del dos mil cinco.—Lic. Agustín Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—Nº 52824.—(67671).
Por escritura otorgada, ante el notario público Agustín Álvarez Araya, a las 15:00 horas del 4 de mayo del 2005, Andrea Castañeda Smids y Sonja Smids Stonner, constituyen Zori de Escazú Tres CCC Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Goicoechea, Barrio Tournón, Oficentro Torres del Campo, Torre A, cuarto piso. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, cinco de mayo del dos mil cinco.—Lic. Agustín Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—Nº 52825.—(67672).
Por escritura otorgada, ante el notario público Agustín Álvarez Araya, a las 15:30 horas del 4 de mayo del 2005, Andrea Castañeda Smids y Sonja Smids Stonner, constituyen Zori de Escazú Cuatro DDD Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Goicoechea, Barrio Tournón, Oficentro Torres del Campo, Torre A, cuarto piso. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, cinco de mayo del dos mil cinco.—Lic. Agustín Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—Nº 52826.—(67673).
Por escritura otorgada, ante el notario público Agustín Álvarez Araya, a las 10:00 horas del 5 de mayo del 2005, Andrea Castaneda Smids y Sonja Smids Stonner constituyen Zori de Escazú Nueve III Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Goicoechea, barrio Tournón, Oficentro Torres del Campo, Torre A, cuarto piso. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, cinco de mayo del dos mil cinco.—Lic. Agustín Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—Nº 52827.—(67674).
Por escritura otorgada, ante el notario público Agustín Álvarez Araya, a las 9:30 horas del 5 de mayo del 2005, Andrea Castaneda Smids y Sonja Smids Stonner constituyen Zori de Escazú Ocho HHH Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Goicoechea, barrio Tournón, Oficentro Torres del Campo, Torre A, cuarto piso. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, cinco de mayo del dos mil cinco.—Lic. Agustín Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—Nº 52828.—(67675).
Por escritura otorgada, ante el notario público Agustín Álvarez Araya, a las 9:00 horas del 5 de mayo del 2005, Andrea Castaneda Smids y Sonja Smids Stonner constituyen Zori de Escazú Siete GGG Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Goicoechea, barrio Tournón, Oficentro Torres del Campo, Torre A, cuarto piso. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, cinco de mayo del dos mil cinco.—Lic. Agustín Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—Nº 52829.—(67676).
Por escritura otorgada, ante el notario público Agustín Álvarez Araya, a las 16:30 horas del 4 de mayo del 2005, Andrea Castaneda Smids y Sonja Smids Stonner constituyen Zori de Escazú Seis FFF Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Goicoechea, barrio Tournón, Oficentro Torres del Campo, Torre A, cuarto piso. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, cinco de mayo del dos mil cinco.—Lic. Agustín Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—Nº 52830.—(67677).
Por escritura otorgada, ante el notario público Agustín Álvarez Araya, a las 16:00 horas del 4 de mayo del 2005, Andrea Castaneda Smids y Sonja Smids Stonner constituyen Zori de Escazú Cinco EEE Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Goicoechea, barrio Tournón, Oficentro Torres del Campo, Torre A, cuarto piso. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, cinco de mayo del dos mil cinco.—Lic. Agustín Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—Nº 52831.—(67678).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las diez horas del diecisiete de agosto del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Nancy Comeaux S. A. Presidenta: Nancy Comeaux. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: comercio, industria, ganadería, agricultura. Capital: veinte mil colones.—Limón, 19 de agosto del 2005.—Lic. Luis Fernando Torres Rueda, Notario.—1 vez.—Nº 52832.—(67679).
Por escritura otorgada ante el notario público Agustín Álvarez Araya, a las 12:30 horas del 27 de junio del 2005, Carolina González Víquez y Guiselle Aragón Gutiérrez, constituyen Inversiones Laguna de Soutwark Sociedad Anónima, domiciliada en San José, San Rafael de Escazú, Multicentro Paco, segundo piso, oficina número veintinueve. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, diecinueve de agosto del dos mil cinco.—Lic. Agustín Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—Nº 52838.—(67680).
Por escritura otorgada ante el notario público Agustín Álvarez Araya, a las 13:00 horas del 27 de junio del 2005, Carolina González Víquez y Guiselle Aragón Gutiérrez, constituyen Inversiones El Río de Hickory Sociedad Anónima, domiciliada en San José, San Rafael de Escazú, Multicentro Paco, segundo piso, oficina número veintinueve. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, diecinueve de agosto del dos mil cinco.—Lic. Agustín Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—Nº 52837.—(67681).
Mediante acta protocolizada por mí el día de hoy, se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Importadora de Empaques Mundiales S. A., se aumenta el capital social. Se nombra tesorero y fiscal, se revoca nombramiento de agente residente.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Miguel Antonio Arias Maduro, Notario.—1 vez.—Nº 52855.—(67682).
John Alexander Quesada Olivares y Sandra Castro Vargas constituyen Daxi Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Limón, a las quince horas del dieciocho de agosto del dos mil cinco. Capital social: diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una.—Lic. Randy Gordon Cruickshank, Notario.—1 vez.—Nº 52856.—(67683).
Por escritura otorgada ante el notario público Agustín Álvarez Araya, a las 10:00 horas del 27 de junio del 2005, Carolina González Víquez y Guiselle Aragón Gutiérrez constituyen Inversiones Valle de Tabard Sociedad Anónima, domiciliada en San José, San Rafael de Escazú, Multicentro Paco, segundo piso, oficina veintinueve. Se nombra presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, 27 de junio del 2005.—Lic. Agustín Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—Nº 52839.—(67684).
Por escritura otorgada ante el notario público Agustín Álvarez Araya, a las 10:30 horas del 5 de mayo del 2005, Andrea Castañeda Smids y Sonja Smids Stonner, constituyen Zori de Escazú Diez JJJ Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Goicoechea, Barrio Tournón, Oficentro Torres del Campo, Torre A, cuarto piso. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, 6 de mayo del 2005.—Lic. Agustín Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—Nº 52835.—(67685).
Por escritura otorgada ante el notario público Agustín Álvarez Araya, a las 11:30 horas del 27 de junio del 2005, Carolina González Víquez y Guiselle Aragón Gutiérrez, constituyen Inversiones Sierra Brunei Sociedad Anónima, domiciliada en San José, San Rafael de Escazú, Multicentro Paco, segundo piso, oficina número veintinueve. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, diecinueve de agosto del dos mil cinco.—Lic. Agustín Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—Nº 52836.—(67686).
Por escritura otorgada ante el notario público Andrés Martínez Chaves, a las 9:00 horas del 28 de julio del 2005, Carolina González Víquez y Guiselle Aragón Gutiérrez, constituyen Energía Renovable Era Sociedad Anónima, domiciliada en San José, San Rafael de Escazú, Multicentro Paco, segundo piso, oficina veintinueve. Se nombra presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, 28 de julio del 2005.—Lic. Andrés Martínez Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 52834.—(67687).
Por escritura otorgada ante el notario público Agustín Álvarez Araya, a las 13:30 horas del 27 de junio del 2005, Carolina González Víquez y Guiselle Aragón Gutiérrez constituyen Inversiones Torca del Cerro Sociedad Anónima, domiciliada en San José, San Rafael de Escazú, Multicentro Paco, segundo piso, oficina número veintinueve. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, diecinueve de agosto del dos mil cinco.—Lic. Agustín Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—Nº 52833.—(67688).
Por escritura otorgada por el suscrito Guy Greenwood Ávila, a las veintidós horas del veintidós de junio del dos mil cinco, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía Lomas Murcia Veinte Sociedad Anónima, por lo que se reforma la cláusula undécima del pacto social.—San José, 17 de agosto del 2005.—Lic. Guy Greenwood Ávila, Notario.—1 vez.—Nº 52840.—(67689).
Protocolización de acta de la firma I B F Gráfica de Costa Rica Sociedad Anónima, donde se nombra presidente y secretario.—Guápiles, Pococí, Limón, 18 de agosto del 2005.—Lic. Arnoldo Antonio Parini Segura, Notario.—1 vez.—Nº 52841.—(67690).
Al ser las catorce horas del día diecisiete de agosto del año dos mil cinco, mediante escritura otorgada ante esta notaría, se constituye la sociedad denominada Tiligue del Sur Sociedad Anónima y pudiendo abreviarse Tiligue del Sur S. A.—Pérez Zeledón, diecinueve de agosto del año dos mil cinco.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 52842.—(67691).
Por escritura otorgada a las doce horas del diecinueve de agosto del dos mil cinco, ante el notario público Audrys Esquivel Jiménez, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la sociedad anónima Inversiones Oscologueca de Orotina OGC S. A. Es todo.—Santa Ana, diecinueve de agosto del dos mil cinco.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 52847.—(67692).
Por escritura otorgada en Liberia, a las 8:00 horas del 19 de agosto del año 2005, se constituyó ante esta notaría, la sociedad denominada Consorcio Jurídico Marín y Peña Sociedad Anónima, con domicilio en Liberia, Guanacaste, del Instituto Nacional de Seguros cien metros al sur, teniendo facultades para abrir agencias o sucursales en el resto del país o en el extranjero. Presidente: Gerardo Enrique Marín Esquivel.—Lic. José Gregorio Quesada Vanegas y Lic. Ana Isabel Campos Sáenz, Notarios.—1 vez.—Nº 52849.—(67693).
Ante la suscrita notaria, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Lang Dos Santos Sociedad Anónima, a las diez y cuarenta horas del treinta de julio del año dos mil cinco. Presidente: Mariano Lang Dos Santos. Capital social: diez mil colones. Domiciliada en San José, San Sebastián, Residencial La Arboleda, apartamento número uno. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Yensi Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 52851.—(67694).
Por escritura otorgada ante mí, a las 07:00 horas del 20 de agosto del 2005, se cambia junta directiva de Corporación Cuenca del Norte Sociedad Anónima.—San José, 20 de agosto del 2005.—Lic. José Luis Torres R., Notario.—1 vez.—Nº 52852.—(67695).
Al ser las doce horas del veinte de agosto del dos mil cinco, en el despacho del notario público: Olger Adonay Arias Sánchez, mediante escritura pública, se constituyó sociedad anónima denominada Invap Sociedad Anónima, representada por su presidente y tesorera, señores Augusto Posada Trujillo y Lydia Orozco Grisales. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—Alajuela, veinte de agosto del dos mil cinco.—Lic. Olger Adonay Arias Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 52854.—(67696).
Por escritura Nº 216, ante los notarios Richard Dean Hamm Royes y Carlos Andrés Aguilar Arrieta, actuando en el protocolo del segundo, los señores Tomás Emilio Soto Bermúdez y Guillermo Machado Coto, constituyen Soto Coto del Sur Sociedad Anónima.—San José, 13 de julio del 2005.—Lic. Richard Dean Hamm Royes, Notario.—1 vez.—Nº 52861.—(67697).
Por escritura número ciento cincuenta y dos, otorgada ante la notaria Rita María Salazar Rodríguez, a las ocho horas del cinco de abril del dos mil cinco, se constituye la sociedad denominada Dinámica Integral y Asociados de Costa Rica Sociedad Anónima, con un capital de cien mil colones y con plazo de noventa y nueve años. Presidenta: Laura Marcela Moreira León.—Alajuela, a las diez horas del día veintidós de agosto del dos mil cinco.—Lic. Rita María Salazar Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(67710).
Por escritura número ciento ocho, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del dieciocho de agosto del dos mil cinco, se constituyó la compañía denominada Cadavi del Norte Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia, con un capital social de cien mil colones. Su actividad principal: el comercio y la industria. Se designa presidente a Carlos José Villalobos Umaña, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, a los veintidós días del mes de agosto del dos mil cinco.—Lic. Carlos Enrique Cerdas Cisneros, Notario.—1 vez.—(67735).
Por escritura otorgada ante mí, se ha constituido la firma Fit Financial Advisor Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Costa Rica. Plazo social: noventa y nueve años. Capital: veinticuatro mil colones. Presidente: Leonardo Douglas Steed. Fecha de otorgamiento: 1º de agosto del 2005.—San José, Costa Rica.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1 vez.—(67739).
Yo, Óscar Venegas Córdoba, notario público de Alajuela, a las diecisiete horas del diecinueve de agosto del dos mil cinco, mediante escritura número noventa y nueve, iniciada a folio sesenta y tres frente del tomo siete de mi protocolo, se cambió el nombre de la sociedad Inmobiliaria Cordero y Díaz S. A., por Air Costa Rica Corp Sociedad Anónima.—Alajuela, 19 de agosto del 2005.—Lic. Óscar Venegas Córdoba, Notario.—1 vez.—(67754).
Yo, Óscar Venegas Córdoba, notario público con oficina en la ciudad de Alajuela, mediante escritura número noventa y cinco, otorgada a las dieciséis horas del cinco de agosto del dos mil cinco, iniciada a folio cincuenta y seis vuelto del tomo siete de mi protocolo, se modificó el domicilio de Agropecuaria La Altura Sociedad Anónima, para que en lo sucesivo sea en la provincia de Alajuela, cantón primero, distrito segundo, Urbanización La Trinidad, de supermercado La Trinidad, cien metros oeste y cien sur, casa esquinera.—Alajuela, once de agosto del dos mil cinco.—Lic. Óscar Venegas Córdoba, Notario.—1 vez.—(67756).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las 15:00 horas del 19 de agosto del 2005, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Tango India Mantenimiento Aeronáutico S. A. Se nombró nuevo presidente de la junta directiva.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Antonella Da Re Masís, Notaria.—1 vez.—(67760).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las 15:00 horas del 18 de agosto del 2005, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Comercializadora C.I.M. S. A. Se nombró nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Antonella Da Re Masís, Notaria.—1 vez.—(67761).
Por escritura otorgada ante esta notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inversiones Jotace Dos Mil Cuatro S. A., en la que se amplía la cláusula tercera del pacto social.—San José, 22 de agosto del 2005.—Lic. Carlos Alberto Vargas Campos, Notario.—1 vez.—(67763).
Ante esta notaría, a las dieciséis horas del veintisiete de junio del dos mil cinco, Erick Rolando Pérez Rodríguez y Milena Vásquez Ramírez, constituyen la sociedad denominada Consorcio Ferretero y Logística de Guanacaste Sociedad Anónima. Nombran presidente al primero. Su objeto principal es el comercio en general. El domicilio social será en San Ramón de Alajuela, veinticinco metros al este del Gimnasio Patriarca. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones, representados por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una.—Lic. José Francisco Jara Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 48843.—(67783).
Mediante escritura número ciento cincuenta y ocho del tomo diecinueve de mi protocolo, se constituyó la empresa denominada Osfa Corporation Sociedad Anónima. Miguel Ángel Vásquez López, notario, teléfono: 233-9275.—Lic. Miguel Ángel Vásquez López, Notario.—1 vez.—Nº 52862.—(67784).
Mediante escritura número ciento sesenta del tomo diecinueve de mi protocolo, se constituyó la empresa denominada Cafeta Tres Sociedad Anónima. Miguel Ángel Vásquez López, notario, teléfono: 233-9275.—Lic. Miguel Ángel Vásquez López, Notario.—1 vez.—Nº 52863.—(67785).
Mediante escritura número ciento sesenta y uno del tomo diecinueve de mi protocolo, se constituyó la empresa denominada Cafeta Cinco Sociedad Anónima. Miguel Ángel Vásquez López, notario, teléfono: 233-9275.—Lic. Miguel Ángel Vásquez López, Notario.—1 vez.—Nº 52864.—(67786).
Por escritura otorgada ante el notario Eric Quesada Arce, a las 15 horas, treinta minutos del 18 de agosto del 2005, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria, de la Asociación Centro Diurno de la Tercera Edad de La Unión. Representante con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, con cargo de presidenta: Ercilia Araya Bellido.—Lic. Eric Quesada Arce, Notario.—1 vez.—Nº 52866.—(67787).
Mediante escrituras otorgadas el día de hoy en mi notaría, se protocolizaron actas de las compañías denominadas Tajo La Lindora S. A., y Arco Iris Octavo S. A., mediante las cuales se reforma en la primera su domicilio y en ambas su junta directiva y se nombra secretario, tesorero, vocal I y vocal II.—San José, 16 de julio del 2005.—Lic. Douglas Castro Peña, Notario.—1 vez.—Nº 52873.—(67788).
Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 29 de junio del 2005, se constituyó la sociedad denominada Interchange Leader School Costa Rica Sociedad Anónima, la cual podrá traducirse como Escuela Líder de Intercambio Costa Rica Sociedad Anónima, su domicilio será en San José, Pavas Lomas del Río, residencia Bri Brí, casa número veintisiete, su capital social será de cien mil colones, representado por cien acciones comunes y nominativas de un mil colones cada una, el plazo social será de noventa y nueve años.—San José, 22 de agosto del 2005.—Lic. Emilice Castillo Obando y Lic. Julio Sánchez Carvajal, Notarios.—1 vez.—Nº 52874.—(67789).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 19 de agosto del 2005, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: la segunda del domicilio social el cual será en Alajuela, San Carlos, Nuevo Arenal, dos kilómetros después del Hotel La Ceiba, carretera a la Fortuna de San Carlos, casa a mano izquierda amarilla. Se modifica la cláusula sétima. Se hacen los siguientes nombramientos: presidente: Mark Louis Mayoka; secretario: Pasquale Maglione; tesorera: Natalie Anne McDonald; fiscal: Dolores Regina Mayoka en la sociedad Story Teller S. A.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Andrea Dall´Anesse Agüero, Notaria.—1 vez.—Nº 52875.—(67790).
Mediante escritura otorgada ante este notaría a las 15:00 horas del 3 de agosto del 2005, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: la segunda del domicilio el cual será en Playa Ocotal, Sardinal, Carrillo, Guanacaste, Proyecto Vistas de Ocotal, casa número ochenta-A. La quinta del capital social, se aumenta en cien mil colones exactos. La sétima del Consejo de Administración. Se hacen los siguientes nombramientos: presidente: Richard K (nombres) Pertile (apellido), de un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense; secretaria: Deborah Hill (nombres) Pertile (apellido), de un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense; tesorero: John Michael (nombre) Jonson (apellido), de un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense; fiscal: Athena Danlyle (nombres) Jonson (apellido), de un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense; agente residente: Andrea Dall´Anesse Agüero en la Sociedad Ocho Fremar Blanco R.C.H. Sociedad Anónima.—San José, 12 de agosto del 2005.—Lic. Ricardo Estrada Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 52876.—(67791).
Mediante escritura otorgada ante este notaría a las 8:00 horas del 8 de agosto del 2005, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: la segunda del domicilio el cual será en la provincia de Guanacaste, cantón Carrillo, distrito Sardinal, Playa Hermosa, de la primera entrada ochocientos metros sur, Hotel Finisterra. La octava de la administración. Se hacen los siguientes nombramientos: Gerente General: Margaret Sheila (nombres) Hawke (apellido), de un solo apellido en razón de su nacionalidad canadiense; subgerente general: George Joseph (nombres) Mc Golrick (apellido), de un solo apellido en razón de su nacionalidad canadiense, en la Sociedad Submarine World Limitada.—San José, 12 de agosto del 2005.—Lic. Ricardo Estrada Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 52877.—(67792).
Por escritura número ciento doce otorgada ante el notario Joaquín Bernardo López Bolaños, a las doce horas del diecinueve de agosto del año dos mil cinco, se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo de la empresa Dalarica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento veintinueve mil novecientos.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Joaquín Bernardo López Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 52878.—(67793).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 18 de agosto del 2005, se constituyó la sociedad Inmobiliaria CCI Jeff & Toni S. A. Plazo social: 99 años. Presidente: Jeffrey James Diterts.—Lic. Luis Fernando León Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 52880.—(67794).
Mediante escritura número cincuenta y ocho suscrita ante mi notaría a las diez horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Inmobiliaria Verdes Praderas Tres SRL, con un capital social de cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Tatiana Rojas Cobb, Notaria.—1 vez.—Nº 52881.—(67795).
Mediante escritura número cincuenta y nueve suscrita ante mi notaría a las once horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Minas de Santa Ana Lote Cuatro SRL, con un capital social de cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Tatiana Rojas Cobb, Notaria.—1 vez.—Nº 52882.—(67796).
Mediante escritura número cincuenta y siete suscrita ante mi notaría a las ocho horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Dagube Int SRL, con un capital social de cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Tatiana Rojas Cobb, Notaria.—1 vez.—Nº 52883.—(67797).
Mediante escritura número cincuenta y siete suscrita ante mi notaría a las nueve horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Sol de Oriente lote Dos SRL, con un capital social de cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado.—San José, 18 de agosto del 2005.—Lic. Tatiana Rojas Cobb, Notaria.—1 vez.—Nº 52884.—(67798).
Ante mi notaría a las nueve horas del día catorce de julio del año dos mil cinco, se constituye sociedad denominada Inversiones Comerciales Internacionales y Asociados Unidos Escobal Sociedad Anónima. Presidente: el señor Carlos Manuel. Capital: suscrito y pagado.—San José, 20 de agosto del 2005.—Lic. Leonardo Díaz Rivel, Notario.—1 vez.—Nº 52885.—(67799).
Yo, María Lilly Alvarado Acosta, notaria pública de San José, hago constar que el día de hoy protocolicé asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Inktwoweb Consulting Group Sociedad Anónima, mediante el cual se reforma la cláusula segunda. Asimismo se acuerda el nombramiento de secretario y tesorero.—San José, 16 de agosto del 2005.—Lic. María Lilly Alvarado Acosta, Notaria.—1 vez.—Nº 52886.—(67800).
Por escritura autorizada por el suscrito notario a las 8:00 horas del 20 de setiembre del 2004, Inversiones Noga S. A., reforma la cláusula segunda (domicilio) del pacto social.—San José, 22 de agosto del 2005.—Lic. Luis Lapeira González, Notario.—1 vez.—Nº 52887.—(67801).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del diecisiete de agosto del dos mil cinco, protocolizando acta de asamblea extraordinaria, se reformó la cláusula primera donde se cambió el nombre de la sociedad denominada Lubri Expreso Cas S. A., para que en adelante se llame L P Fútbol Cinco Sociedad Anónima, se nombró junta directiva, fiscal y agente residente.—Expido en Cartago, a las 13:00 horas del 17 de agosto del 2005.—Lic. Winner Obando Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 52888.—(67802).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:45 horas del 8 de agosto del 2005, se constituyó la sociedad denominada Bagabula de Nicoya Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial.—Nicoya, 8 de agosto del 2005.—Msc. Jesús Jiménez García, Notario.—1 vez.—Nº 52889.—(67803).
Escritura Nº 156, otorgada a las 12:05 horas del 13 de junio del año 2005, ante la suscrita notaria, se constituye Única Veranera Lila-Perlada Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones, íntegramente pagado y suscrito. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio social: Heredia, San Pablo 75 norte del Liceo de San Pablo.—Santo Domingo, Heredia, 17 de agosto del 2005.—Lic. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 52891.—(67804).
Escritura Nº 117, otorgada a las 9:00 horas del 13 de junio del año 2005, ante la suscrita notaria, se constituye Bella Jaracaranda Celestial Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones, íntegramente pagado y suscrito. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio social: Heredia, San Pablo 75 norte del Liceo de San Pablo.—Santo Domingo, Heredia, 17 de agosto del 2005.—Lic. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 52892.—(67805).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Asesorías para la Gestión del Desarrollo (AGEDESA) Sociedad Anónima. Así consta en escritura otorgada en la ciudad de San José a las nueve horas del siete de julio del dos mil cinco, ante la notaria Olga Morera Chaves.—San José, 17 de agosto del 2005.—Lic. Olga Morera Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 52894.—(67806).
Alcides Herrera Espinoza, José Ángel Herrera Espinoza, Jorge Bustamante Chaves, constituyen la sociedad Herrbust Negocios Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las diez horas del tres de mayo del dos mil cinco.—Lic. Luis Guillermo Marín Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 52897.—(67807).
Se constituye sociedad Doyopade S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo: Denis Aguilar Rivera, cédula de identidad Nº 3-364-100. Ante el notario Heriberto Berrocal Cambronero, a las once horas del treinta y uno de julio del dos mil cinco.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Heriberto Berrocal Cambronero, Notario.—1 vez.—Nº 52898.—(67808).
Mediante escritura número trescientos noventa y cinco del tomo ocho, del diecisiete de agosto del dos mil cinco, se constituye la sociedad denominada Coto Brus Inc Responsabilidad Limitada. Gerentes con poder generalísimo sin límite de suma, los señores Herold Rojas Chinchilla y Diego Barrantes González.—San Vito de Coto Brus, 17 de agosto del 2005.—Lic. Arturo Méndez Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 52899.—(67809).
Ante Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, notario, se constituyó la sociedad anónima Heimar Hernández S. A. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio y servicios. Domicilio: San José. Plazo: 99 años. Presidente: Omar Montero Umaña. Por escritura en San José, a las 16:00 horas del 21 de julio del 2005.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 52903.—(67810).
Por escritura otorgada ante mí a las 10:00 horas del 7 de julio del 2005, se constituye la sociedad Villa Ceci Siete Punto Nueve Sociedad Anónima, presidente, secretario, tesorero y fiscal, plazo: noventa y nueve años.—San José, cinco de agosto del dos mil cinco.—Lic. Juan Carlos Castro Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 52904.—(67811).
Por escritura otorgada hoy ante mí, Joaquín Bernardo Boniche Medrano y Carlos Manuel Boniche Medrano, constituyeron Bonimedra JBM Sociedad Anónima. Domicilio: San Ramón de Alajuela. Objeto: compra y venta de bienes muebles e inmuebles. Plazo social: cien años a partir de su constitución. Capital social: un millón de colones, representado por mil acciones comunes y nominativas de un mil colones cada una. Presidente: Joaquín Bernardo Boniche Medrano.—San Ramón, 18 de agosto del 2005.—Lic. Oki Emilio Rojas Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 52906.—(67812).
Por escritura otorgada el veintiuno de julio del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Residencial del Río Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de Liberia, Guanacaste, Centro Comercial Veinticinco de Julio, local número catorce, el plazo social es de noventa y nueve años, el capital social es la suma de un millón quinientos mil colones, su objeto será principalmente inmobiliario, sin perjuicio de que pueda dedicarse al ejercicio del comercio en su forma más amplia, la industria, la ganadería, la agricultura, el turismo. Presidente: Julio César Leiva Muñoz.—Liberia, Guanacaste, diecinueve de agosto del dos mil cinco.—Lic. Ana Karina Leiva Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 52908.—(67813).
Por escritura Nº 180, otorgada ante la suscrita notaria a las 10:00 horas del 19 de agosto del 2005, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Compañía Agrícola Comercial Batalla S. A. en los que se reforma la cláusula el plazo social: 99 años a partir de su constitución y el domicilio social: San José, Curridabat.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Manuelita Jiménez Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 52909.—(67814).
Por escritura otorgada hoy ante mí se constituyó Álvarez Monge HPZ Sociedad Anónima. Presidente: Harold Álvarez Zamora. Capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, diecinueve de mayo del dos mil cinco.—Lic. Ángel López Miranda, Notario.—1 vez.—Nº 52911.—(67815).
Sherwin Cosiol Cohen y Silvia Francini Zamora Mena, constituyen la sociedad que se denominará Ehrlichman Gypsum de Costa Rica Corp. Ltda., nombre de fantasía, capital social: cien mil colones, cien cuotas sociales de cien colones cada una. Representación judicial y extrajudicial: el gerente, actuando individualmente. Escritura número diez, otorgada en San José a las siete horas del día cinco de julio del dos mil cinco.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 52912.—(67816).
En esta notaría, el diecinueve de agosto del dos mil cinco, comparecieron Carlos Luis López Mora y Roxana Chacón López y constituyeron la sociedad denominada Rodacalka Sociedad Anónima, domicilio: ciudad de Aserrí, quinientos metros este del Palí. Capital de treinta mil colones.—Diecinueve, de agosto del dos mil cinco.—Lic. Carlos Alberto Herrera Fuentes, Notario.—1 vez.—Nº 52913.—(67817).
El suscrito notario hace constar que mediante protocolización de acta de asamblea general de cuotistas de la compañía Aram Cahos Industries Limitada se modificaron las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: primera, relativa al nombre se denominará de ahora en adelante Costa Rica Vip Services & Property Management Corp Limitada, cuya traducción al español es Costa Rica Servicios con Clase y Administración de Propiedades Limitada, pudiendo abreviarse en CRVSPM Corp Ltda., y la junta directiva de la sociedad.—San José, diecinueve de agosto del dos mi cinco.—Lic. Juan Carlos González Lavergne, Notario.—1 vez.—Nº 52915.—(67818).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas del día diecinueve de agosto del dos mil cinco, se protocolizan los acuerdos de asamblea ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Baxter Productos Médicos Ltda., donde se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—Lic. Andrés López Vega, Notario.—1 vez.—Nº 52916.—(67819).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del día veintisiete de junio del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Magical Mike Tours Sociedad Anónima, con sede en Curridabat, Urbanización Guayabos. Presidente: James Thomas Zimolka, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintidós de agosto del dos mil cinco.—Lic. Ruth Solano Vázquez, Notaria.—1 vez.—Nº 52917.—(67820).
Ante esta notaría, a las diecisiete horas del día de hoy, se constituyó la compañía domiciliada en Moravia, Urbanización Vía Moravia: WMU Editores Empresariales Sociedad Anónima. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Goicoechea, 4 de julio del 2005.—Lic. María Antonieta Argüello Garita, Notaria.—1 vez.—Nº 52921.—(67821).
Por escritura ciento sesenta y nueve-veinticuatro, de las 10:00 horas del día 19 de julio del 2005, se constituye Corporación Agua Marina Joyeros Sociedad Anónima. Se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Guido Granados Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 52923.—(67822).
Por escritura doscientos veinticuatro, de las 8:00 horas del día 22 de agosto del 2005, se protocoliza el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Cen-Sport International Sociedad Anónima, se nombra nueva junta directiva.—Lic. Marcela Morales Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 52924.—(67823).
Brisas Doradas S. A., cédula Nº 3-101-127689, reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo y cambio de junta directiva.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Hazel Solano Siles, Notaria.—1 vez.—Nº 52925.—(67824).
Blue Sky Beach Resort S. A., cédula Nº 3-101-358734, reforma cláusula sexta del pacto constitutivo y cambio de junta directiva.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Hazel Solano Siles, Notaria.—1 vez.—Nº 52926.—(67825).
Capri Island Resort S. A., cédula Nº 3-101-358722, reforma cláusula sexta del pacto constitutivo y cambio de junta directiva.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Hazel Solano Siles, Notaria.—1 vez.—Nº 52927.—(67826).
Jaco Water Sport S. A., cédula Nº 3-101-348279, reforman cláusulas segunda, quinta y sexta del pacto constitutivo y cambio de junta directiva.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Hazel Solano Siles, Notaria.—1 vez.—Nº 52928.—(67827).
Jaco J Cuatro S. A., cédula Nº 3-101-173432, reforman cláusulas segunda, cuarta y sexta del pacto constitutivo y cambio de junta directiva.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Hazel Solano Siles, Notaria.—1 vez.—Nº 52929.—(67828).
Negro Azabache ETX Azul Marino S. A., cédula Nº 3-101-246523, reforma cláusula sexta del pacto constitutivo y cambio de junta directiva.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Hazel Solano Siles, Notaria.—1 vez.—Nº 52930.—(67829).
Jodongo S. A., se reforma la cláusula octava, y se ratifican los nombramientos de junta directiva, presidente: Mario Garita Salas, cédula 4-096-624, secretaria: Lorena Garita Salas, cédula 4-115-180, tesorera: Elizabeth Garita Salas, cédula 4-110-220, fiscal: Fernando Bolaños Bolaños, cédula 4-077-014.—Lic. Alonso Alvarado Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 52931.—(67830).
Por escritura otorgada, hoy ante mí, se constituye la sociedad denominada Clínica Integral Despertares Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 17 de agosto del 2005.—Lic. Alberto Rojas Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 52932.—(67831).
Por escritura otorgada, hoy ante mí, se constituye la sociedad denominada Seguridad Los Tucanes Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 15 de agosto del 2005.—Lic. Alberto Rojas Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 52933.—(67832).
Por escrituras otorgadas ante mí, a las dieciséis y dieciséis y treinta horas del día diecinueve de agosto del año dos mil cinco, el suscrito notario protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Triángulo de Corcho Sociedad Anónima y Fuenterarcuda Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula sexta del pacto social y se nombra nueva junta directiva.—San José, diecinueve de agosto del dos mil cinco.—Lic. Alberto Coto Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 52934.—(67833).
Se constituye sociedad anónima denominada Invermol del Sur S. A. Escritura otorgada en San José, a las once horas del dieciséis de agosto del dos mil cinco, bajo la escritura número ciento veinticinco del tomo tercero del protocolo del notario Lic. Franklin Fernández Torrentes, carné ochenta y cinco sesenta y seis.—San José, 15 de agosto del 2005.—Lic. Franklin Fernández Torrentes, Notario.—1 vez.—Nº 52936.—(67834).
Ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos, del dieciséis de agosto del dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Atardeceres de Rubí D.V. Sociedad Anónima, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Cirilo Vallejos Dinarte. Domicilio: Liberia, Guanacaste Carretera Interamericana del puente río Los Ahogados tres kilómetros al norte y tres kilómetros y medio al noroeste en Finca Pollito Muerto. El objeto de esta sociedad es el comercio en general, el capital social será la suma de diez mil colones.—Liberia, Guanacaste, dieciséis de agosto del dos mil cinco.—Lic. Doris Monestel Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 52937.—(67835).
Ante esta notaría, a las ocho horas del dieciséis de agosto del dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Conchas Perladas de Flamingo D.W.S Sociedad Anónima, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor David Wayne (nombres) Spell (apellido). Domicilio: Playa Flamingo dos kilómetros al oeste de antigua calle a Flamingo. El objeto de esta sociedad es el comercio en general, el capital social será la suma de diez mil colones.—Liberia, Guanacaste, dieciséis de agosto del dos mil cinco.—Lic. Doris Monestel Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 52938.—(67836).
Ante esta notaría, a las dieciséis horas treinta minutos, del dieciocho de agosto del dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Senderos de Lunas y Estrellas Sociedad Anónima, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Cirilo Vallejos Dinarte. Domicilio: Liberia, Guanacaste Carretera Interamericana del puente río Los Ahogados tres kilómetros al norte y tres kilómetros y medio al noroeste en Finca Pollito Muerto. El objeto de esta sociedad es el comercio en general, el capital social será la suma de diez mil colones.—Liberia, Guanacaste, dieciocho de agosto del dos mil cinco.—Lic. Doris Monestel Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 52939.—(67837).
Ante esta notaría, a las ocho horas treinta minutos del dieciséis de agosto del dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Cielo Azul Celeste de la Bahía P.C.N. Sociedad Anónima, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Paul Chistopher (nombres) Newman (apellido). Domicilio: Tilarán cincuenta metros al oeste de antigua subasta ganadera. El objeto de esta sociedad es el comercio en general, el capital social será la suma de diez mil colones.—Liberia, Guanacaste, dieciséis de agosto del dos mil cinco.—Lic. Doris Monestel Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 52940.—(67838).
Ante esta notaría, a las dieciséis horas del dieciocho de agosto del dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Ocasos del Amanecer Sociedad Anónima, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Cirilo Vallejos Dinarte. Domicilio: Liberia, Guanacaste Carretera Interamericana del puente río Los Ahogados tres kilómetros al norte y tres kilómetros y medio al noroeste en Finca Pollito Muerto. El objeto de esta sociedad es el comercio en general, el capital social será la suma de diez mil colones.—Liberia, Guanacaste, dieciocho de agosto del dos mil cinco.—Lic. Doris Monestel Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 52941.—(67839).
Pal-Vin S. A. Modifica cláusulas primera, segunda y sétima “primera: la sociedad se denominará con el nombre de fantasía La Gioconda Suites S. A.” “Segundo: el domicilio social será en San José Barrio La California frente al Consulado Nicaragüense”. “Sétima: la sociedad será administrada por una Junta Directiva compuesta por tres miembros socios o no, que serán presidente, secretario y tesorero. El presidente y el secretario tendrán la representación legal de la sociedad judicial y extrajudicialmente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente. Secretaria: Antonella Davoli cédula de residencia numero cero cero tres seis dos siete cero-siete cinco ocho-cero uno cero cero cero cero cinco ocho uno.—Lic. Shirley Duarte Duarte, Notaria.—1 vez.—Nº 52942.—(67840).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las 18:00 horas del 29 de marzo del año 2005, se constituyó la sociedad denominada Fertilizantes Aminogrow Internacional Sociedad Anónima. Correspondiendo al presidente la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Mario Alberto Marín Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 52944.—(67841).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las 19:30 horas del 4 de agosto del 2005, se constituyó la sociedad Respiros Sociedad Anónima. Correspondiendo al presidente y tesorero la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar en forma conjunta o independiente.—Lic. Mario Alberto Marín Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 52945.—(67842).
Por escritura otorgada, en esta notaría, a las 18:00 horas del 4 de agosto del 2005, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Seguridad Arrieta y Murillo AM Sociedad Anónima. Correspondiendo al presidente y tesorera la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar en forma conjunta o independiente.—Lic. Mario Alberto Marín Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 52946.—(67843).
Ante esta notaría, a las nueve horas del dieciséis de agosto del dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Vista Linda de la Llanura C.V. Sociedad Anónima, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Cirilo Vallejos Dinarte. Domicilio: Liberia, Guanacaste carretera Interamericana del Puente Río Los Ahogados tres kilómetros al norte y tres kilómetros y medio al noroeste en Finca Pollito Muerto. El objeto de esta sociedad es el comercio en general, el capital social será la suma de diez mil colones.—Liberia, Guanacaste, dieciocho de agosto del dos mil cinco.—Lic. Doris Monestel Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 52947.—(67844).
Por escritura de las 13:00 horas del 1º de abril del 2005, se constituyó la sociedad Inmobiliaria La Reserva de San José S. A. Capital diez mil colones, presidente y secretario con poder.—Lic. Patricia Araya Serrano, Notaria.—1 vez.—Nº 52948.—(67845).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 22 de agosto del 2005, se constituye la sociedad Castelar Dos Punto Uno CCI Sociedad Anónima, presidente, secretario, tesorero y fiscal, plazo noventa y nueve años.—San José, veintidós de agosto del dos mil cinco.—Lic. Eduardo Mora Castro, Notario.—1 vez.—Nº 52950.—(67846).
Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 22 de agosto del 2005, se constituye la sociedad Castelar Dos Punto Dos PCI Sociedad Anónima, presidente, secretario, tesorero y fiscal, plazo noventa y nueve años.—San José, veintidós de agosto del dos mil cinco.—Lic. Eduardo Mora Castro, Notario.—1 vez.—Nº 52951.—(67847).
Ante la notaría del Lic. Carlos Eduardo Rodríguez Paniagua, a las trece horas del diecinueve de agosto del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad anónima denominada Inmobiliaria Charpentier de Alajuela S. A., con capital social de diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, domiciliada en Alajuela Centro, Urbanización Don Bosco casa número cincuenta y uno, teniendo como su presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos, respectivamente a los señores Julio Felipe y Pablo César ambos Charpentier Quesada, cédulas de identidad número dos- cuatrocientos setenta-setecientos ochenta y ocho y dos-cuatrocientos ochenta y tres-doscientos ochenta y cinco.—San José, veintidós de agosto de dos mil cinco.—Lic. Carlos Rodríguez Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 52995.—(67873).
Por escritura otorgada ante esta notaría pública a las 12:00 horas del día 28 de junio del 2005, se constituyó Industrec J Y D S. A. Domicilio: San José. Plazo: 99 años. Capital ¢1.000.000,00. Presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. David Dumani Echandi, Notario.—1 vez.—Nº 52996.—(67874).
Por escritura otorgada hoy ante mí se constituyó la sociedad denominada Madka Fog Sociedad Anónima. El domicilio de la compañía será Curridabat, Urbanización Hacienda Vieja, costado oeste de la escuela La Lía, San José. El plazo de la sociedad es de cien años contados a partir de esta fecha. El capital social es la suma de cien mil colones totalmente suscrito y pagado.—Cariari, Pococí, trece de julio del dos mil cinco.—Lic. Mayra Rojas Guzmán, Notaria.—1 vez.—Nº 52997.—(67875).
Que en mi notaría por escritura del tomo segundo de mi protocolo, los señores Augusto Arce Marín y Pablo Arce Marín, constituyeron la sociedad denominada Benidorm Apartamentos Nueve S. A.—San José, 22 de agosto del dos mil cinco.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 52998.—(67876).
Ante esta notaría, a ser las doce horas del día diecinueve de agosto del año dos mil cinco, los señores Edgar Odón Ugalde Brais y Antonia Medina Chavarría, conocida como Kattia Medina Chavarría, constituyen la sociedad Kattia Medina Chavarría Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones, plazo social: cien años.—San José veintidós de agosto del año dos mil cinco.—Lic. Aurelio Odio Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 52999.—(67877).
Por medio de escritura número ochenta y tres otorgada a las 14:30 horas del 24 de marzo del 2004, ante esta notaría se adiciona la escritura otorgada a las 16:00 horas del 23 de setiembre del 2003, otorgada ante los notarios Lenny Granados Chinchilla y José Luis Ramos Castellón, en el sentido que el nombre de la sociedad se denominará Costa Orpheos Sociedad Anónima.—Orotina, 18 de agosto del 2005.—Lic. José Luis Ramos Castellón, Notario.—1 vez.—Nº 53001.—(67878).
El suscrito Lic. Hiro Yatabe Gutiérrez, notario público con oficina abierta en San José, pone de conocimiento que ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima GHL Real Estate S. A. Mediante la escritura pública número cuarenta y dos visible a folio treinta y seis del tomo primero de mi protocolo, a las ocho horas del veinticinco de junio del año dos mil cinco. Capital social: diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: Sr. George Bradbury. Domicilio social: en Escazú, del centro comercial Paco, cuatrocientos metros al oeste, Condominios La Alambra número cuarenta y dos.—San José, 22 de agosto del 2005.—Lic. Hiro Yatabe Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 53003.—(67879).
Por escritura otorgada por el suscrito notario a las 18:00 horas del 9 de agosto del 2005, se constituyó la sociedad anónima denominada Inmobiliaria de Narila S. A., con un capital social de 100.000,00 colones y domicilio en Naranjo.—Lic. Olman Aguilar Castro, Notario.—1 vez.—Nº 53004.—(67880).
Por escritura número ciento cuarenta y cinco de las 8:00 horas del 16 de agosto del año en curso, se constituyó la sociedad M N Mana Guanacasteco S. A., ante el notario Víctor Hugo Fernández Mora, escritura visible al folio noventa y seis vuelto del tomo sétimo del protocolo del suscrito notario.—San José, 17 de agosto del dos mil cinco.—Lic. Víctor Hugo Fernández Mora, Notario.—1 vez.—Nº 53006.—(67881).
Ante esta notaría, a las nueve horas del treinta y uno de mayo del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Turismo Charlie S.A. Plazo social: noventa y nueve años a partir de su constitución. Su capital social es la suma de cincuenta mil colones. Domicilio: San José, Barrio Amón, calle tres bis, avenidas siete y nueve. Presidente: Carlos Eduardo Hernández Dlaikan, representante con poder generalísimo sin límite de suma.—San José, veintidós de agosto del dos mil cinco.—Lic. Luis Fernando Gamboa Asch, Notario.—1 vez.—Nº 53007.—(67882).
Hoy autoricé escritura de constitución de la Fundación Tttink. Domicilio: Guadalupe de Goicoechea. Patrimonio: Cien mil colones. Objeto: Promover el desarrollo económico y social a través del impulso a la educación, la ciencia y la tecnología, la salud y la conservación de los recursos naturales. Plazo: Perpetuo. Administración: Junta Administrativa integrada por cinco directores.—San José, 12 de agosto del 2005.—Lic. Rodrigo Mendieta García, Notario.—1 vez.—Nº 53008.—(67883).
En mi notaría al ser las dieciséis horas del diecinueve de agosto del año dos mil cinco, se modificaron las cláusulas segunda y décimo sétima de la sociedad denominada Tiami G V Sociedad Anónima.—San José, 19 de agosto del 2005.—Lic. Galina Morales Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 53009.—(67884).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario el día de hoy, se constituye la sociedad Tico Electronics Two S. A.—Alajuela, 18 de agosto del 2005.—Lic. Miguel Jiménez Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 53010.—(67885).
Ante mi notaría por escritura número ciento veintiuno, de las trece horas treinta minutos del día once de agosto del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Sissuwé del Térraba Sociedad Anónima, su presidente es el señor Ernesto Carlos Kelly López. Su capital social es la suma de diez mil colones.—Heredia, once de agosto del año dos mil cinco.—Lic. Fabio Trujillo Hering, Notario.—1 vez.—Nº 53011.—(67886).
Por acta de asamblea general extraordinaria Sudalsa Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- dos siete cinco cinco cero uno, Se acuerda reformar la cláusula segunda del pacto constitutivo, debidamente protocolizada mediante escritura otorgada a las once horas del doce de agosto del dos mil cinco ante el Notario Julio Sandoval Alfaro.—Lic. Julio Sandoval Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 53012.—(67887).
Por escritura otorgada a las diecisiete horas del diecisiete de agosto del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Estructuras Metálicas M.A. de Ceiba, con un capital social de diez mil colones, con un plazo de noventa y nueve años, domiciliada en la Ceiba de Orotina. Presidente: Manuel Arroyo Campos.—Lic. Lexa Rodríguez Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 53013.—(67888).
Por escritura otorgada ante mí se protocolizaron actas de las compañías Altena Heights y Atlantic Development, ambas Sociedad Anónima, donde se reforma las cláusulas administrativas y se cambia la junta directiva.—Lic. Róger Petersen Morice, Notario.—1 vez.—Nº 53014.—(67889).
Por escritura N° trescientos sesenta y ocho, otorgada ante mí, se constituyó la sociedad anónima denominada Comercializadora Angulo Juan S. A., con domicilio social en el provincia quinta Guanacaste cantón primero: Liberia, distrito primero Liberia, Barrio San Miguel, veinticinco este de la Escuela Bilingüe de Ciudad Blanca, plazo social noventa y nueve años, capital social diez mil colones. El objetivo de la sociedad será el ejercicio general del comercio tanto nacional como internacional, la industria, ganadería, agricultura, la construcción la intermediación en compra y venta de todo tipo de bienes muebles e inmuebles.—San José, 22 agosto del 2005.—Lic. Rogelio González Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 53017.—(67890).
Por escritura N° trescientos setenta, otorgada ante mí, se constituyó la sociedad anónima denominada Cocomar Velero S. A., con domicilio social en el provincia quinta Guanacaste cantón quinto Carrillo, distrito tercero Sardinal, Playas del Coco, de la entrada del bulevar cien metros oeste y veinticinco sur, casa color marrón con blanco, plazo social noventa y nueve años, capital social diez mil colones. El objetivo de la sociedad será el ejercicio general del comercio tanto nacional como internacional, la industria, ganadería, agricultura, la construcción la intermediación en compra y venta de todo tipo de bienes muebles e inmuebles.—San José, 22 agosto del 2005.—Lic. Rogelio González Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 53018.—(67891).
Por escritura N° trescientos setenta y uno, otorgada ante mí, se constituyó la sociedad anónima denominada Cocomar Montaña S. A., con domicilio social en el provincia quinta Guanacaste cantón quinto Carrillo, distrito tercero Sardinal, Playas del Coco, de la entrada del bulevar cien metros oeste y veinticinco sur, casa color marrón con blanco, plazo social noventa y nueve años, capital social diez mil colones. El objetivo de la sociedad será el ejercicio general del comercio tanto nacional como internacional, la industria, ganadería, agricultura, la construcción la intermediación en compra y venta de todo tipo de bienes muebles e inmuebles.—San José, 22 agosto del 2005.—Lic. Rogelio González Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 53019.—(67892).
Por escritura número trescientos setenta y dos, otorgada ante mí, se constituyó la sociedad anónima denominada Cocomar Pradera S. A., con domicilio social en la provincia quinta Guanacaste, cantón quinto Carrillo, distrito tercero Sardinal, Playas del Coco, de la entrada del bulevar cien metros oeste y veinticinco sur, casa color marrón con blanco, plazo social noventa y nueve años, capital social diez mil colones. El objetivo de la sociedad será el ejercicio general del comercio tanto nacional como internacional, la industria, ganadería, agricultura, la construcción, la intermediación en compra y venta de todo tipo de bienes muebles e inmuebles.—San José, 22 agosto del 2005.—Lic. Rogelio González Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 53020.—(67893).
Por escritura número trescientos setenta y tres, otorgada ante mí, se constituyó la sociedad anónima denominada Cocomar Horizonte, con domicilio social en la provincia quinta Guanacaste, cantón quinto Carrillo, distrito tercero Sardinal, Playas del Coco, de la entrada del bulevar cien metros oeste y veinticinco sur, casa color marrón con blanco, plazo social noventa y nueve años, capital social diez mil colones. El objetivo de la sociedad será el ejercicio general del comercio tanto nacional como internacional, la industria, ganadería, agricultura, la construcción, la intermediación en compra y venta de todo tipo de bienes muebles e inmuebles.—San José, 22 de agosto del 2005.—Lic. Rogelio González Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 53021.—(67894).
Por escritura número trescientos setenta y cuatro, otorgada ante mí, se constituyó la sociedad anónima denominada Cocomar Playa con domicilio social en la provincia quinta Guanacaste, cantón quinto Carrillo, distrito tercero Sardinal, Playas del Coco, de la entrada del bulevar cien metros oeste y veinticinco sur, casa color marrón con blanco, plazo social noventa y nueve años, capital social diez mil colones. El objetivo de la sociedad será el ejercicio general del comercio tanto nacional como internacional, la industria, ganadería, agricultura, la construcción, la intermediación en compra y venta de todo tipo de bienes muebles e inmuebles.—San José, 22 de agosto del 2005.—Lic. Rogelio González Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 53022.—(67895).
Por escritura número trescientos setenta y cinco, otorgada ante mí, se constituyó la sociedad anónima denominada Cocomar Lomas, con domicilio social en la provincia quinta Guanacaste, cantón quinto Carrillo, distrito tercero Sardinal, Playas del Coco, de la entrada del bulevar cien metros oeste y veinticinco sur, casa color marrón con blanco, plazo social noventa y nueve años, capital social diez mil colones. El objetivo de la sociedad será el ejercicio general del comercio tanto nacional como internacional, la industria, ganadería, agricultura, la construcción, la intermediación en compra y venta de todo tipo de bienes muebles e inmuebles.—San José, 22 de agosto del 2005.—Lic. Rogelio González Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 53023.—(67896).
Por escritura número trescientos setenta y seis, otorgada ante mí, se constituyó la sociedad anónima denominada Cocomar Nuve, con domicilio social en la provincia quinta Guanacaste, cantón quinto Carrillo, distrito tercero Sardinal, Playas del Coco, de la entrada del bulevar cien metros oeste y veinticinco sur, casa color marrón con blanco, plazo social noventa y nueve años, capital social diez mil colones. El objetivo de la sociedad será el ejercicio general del comercio tanto nacional como internacional, la industria, ganadería, agricultura, la construcción, la intermediación en compra y venta de todo tipo de bienes muebles e inmuebles.—San José, 22 de agosto del 2005.—Lic. Rogelio González Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 53024.—(67897).
Por escritura N° trescientos setenta y siete, otorgada ante mí, se constituyó la sociedad anónima denominada Cocomar Luna, con domicilio social en la provincia quinta Guanacaste, cantón quinto Carrillo, distrito tercero Sardinal, Playas del Coco, de la entrada del Bulevar cien metros oeste y veinticinco sur, casa color marrón con blanco, plazo social noventa y nueve años, capital social diez mil colones. El objetivo de la sociedad será el ejercicio general del comercio tanto nacional como internacional, la industria, ganadería, agricultura, la construcción, la intermediación en compra y venta de todo tipo de bienes muebles e inmuebles.—San José, 22 agosto del 2005.—Lic. Rogelio González Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 53025.—(67898).
Por escritura N° trescientos setenta y ocho, otorgada ante mí, se constituyó la sociedad anónima denominada Cocomar Sol, con domicilio social en el provincia quinta Guanacaste, cantón quinto Carrillo, distrito tercero Sardinal, Playas del Coco, de la entrada del Bulevar cien metros oeste y veinticinco sur, casa color marrón con blanco, plazo social noventa y nueve años, capital social diez mil colones. El objetivo de la sociedad será el ejercicio en general del comercio tanto nacional como internacional, la industria, ganadería, agricultura, la construcción, la intermediación en compra y venta de todo tipo de bienes muebles e inmuebles.—San José, 22 de agosto del 2005.—Lic. Rogelio González Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 53026.—(67899).
Por escritura N° trescientos setenta y nueve, otorgada ante mí, se constituyó la sociedad anónima denominada Cocomar Atardecer, con domicilio social en la provincia quinta Guanacaste, cantón quinto Carrillo, distrito tercero Sardinal, Playas del Coco, de la entrada del Bulevar cien metros oeste y veinticinco sur, casa color marrón con blanco, plazo social noventa y nueve años, capital social diez mil colones. El objetivo de la sociedad será el ejercicio general del comercio tanto nacional como internacional, la industria, ganadería, agricultura, la construcción, la intermediación en compra y venta de todo tipo de bienes muebles e inmuebles.—San José, 22 agosto del 2005.—Lic. Rogelio González Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 53027.—(67900).
Por escritura N° trescientos ochenta, otorgada ante mí, se constituyó la sociedad anónima denominada Cocomar Cerros, con domicilio social en el provincia quinta Guanacaste, cantón quinto Carrillo, distrito tercero Sardinal, Playas del Coco, de la entrada del Bulevar cien metros oeste y veinticinco sur, casa color marrón con blanco, plazo social noventa y nueve años, capital social diez mil colones. El objetivo de la sociedad será el ejercicio general del comercio tanto nacional como internacional, la industria, ganadería, agricultura, la construcción, la intermediación en compra y venta de todo tipo de bienes muebles e inmuebles.—San José, 22 de agosto del 2005.—Lic. Rogelio González Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 53028.—(67901).
Por escritura N° trescientos ochenta y uno, otorgada ante mí, se constituyó la sociedad anónima denominada Cocomar Amanecer, con domicilio social en el provincia quinta Guanacaste, cantón quinto Carrillo, distrito tercero Sardinal, Playas del Coco, de la entrada del Bulevar cien metros oeste y veinticinco sur, casa color marrón con blanco, plazo social noventa y nueve años, capital social diez mil colones. El objetivo de la sociedad será el ejercicio general del comercio tanto nacional como internacional, la industria, ganadería, agricultura, la construcción, la intermediación en compra y venta de todo tipo de bienes muebles e inmuebles.—San José, 22 de agosto del 2005.—Lic. Rogelio González Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 53029.—(67902).
Por escritura N° trescientos ochenta y dos, otorgada ante mí, se constituyó la sociedad anónima denominada Cocomar Palmera con domicilio social en el provincia quinta Guanacaste, cantón quinto Carrillo, distrito tercero Sardinal, Playas del Coco, de la entrada del bulevar cien metros oeste y veinticinco sur, casa color marrón con blanco, plazo social noventa y nueve años, capital social diez mil colones. El objetivo de la sociedad será el ejercicio general del comercio tanto nacional como internacional, la industria, ganadería, agricultura, la construcción la intermediación en compra y venta de todo tipo de bienes muebles e inmuebles.—San José, 22 agosto del 2005.—Lic. Rogelio González Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 53030.—(67903).
GOBERNACIÓN Y POLICÍA
DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Resolución D.JUR 01983-2004-SB.—Dirección General de Migración y Extranjería, al ser las ocho horas diez minutos del catorce de diciembre del dos mil cuatro. Se conoce el recurso de revocatoria con apelación subsidiaria presentado por la señora Jenifer Louise Gaeb, mayor, de nacionalidad estadounidense, portadora del pasaporte Nº 302931356, contra la resolución de la Dirección General Nº 8997-2004-DPTP-icn, de las ocho horas treinta minutos del dos de noviembre del dos mil cuatro, la cual denegó permiso temporal de permanencia.
Resultando:
1º—Que la señora Gaeb, de calidades indicadas, presentó en tiempo y forma incidente de nulidad relativa recurso de revocatoria con apelación en subsidio contra la resolución de la Dirección General Nº 8997-2004-DPTP-icn, de las ocho horas treinta minutos del dos de noviembre del dos mil cuatro, la cual denegó permiso temporal de permanencia, argumentando que, de conformidad con el artículo 66 bis del Reglamento a la Ley General de Migración y Extranjería, su caso no se encuentra dentro de los presupuestos legalmente contemplados.
2º—La recurrente argumenta entre otras cosas lo siguiente: A) Que se le denegó el permiso para permanecer en el país. B) Que no tiene ningún tipo de record criminal. C) Que realiza un trabajo beneficioso y voluntario para los niños de la iglesia y su único motivo para permanecer en nuestro país es ayudar en dicha iglesia.
3º—Que el procedimiento administrativo de permiso temporal de trabajo se tramita bajo el expediente Nº 7177-2004 del Departamento de Permisos Temporales y Prórrogas de esta Dirección General.
4º—Que en el conocimiento del presente asunto, han sido observados los procedimientos de ley.
Considerando:
I.—Que la señora Gaeb, presentó ante el Departamento de Permisos Temporales y Prórrogas formal solicitud para que le fuese otorgado un permiso temporal de permanencia con el fin de prestar sus servicios en la Asociación Primer Iglesia Bautista Fundamental Independiente de Coronado, sin embargo el mismo que fue denegado por esta Dirección General, en estricto apego a las políticas que pretenden establecer mecanismos tendientes a regular el ingreso desproporcionado de extranjeros al territorio nacional, siendo una potestad discrecional de esta Dirección el otorgamiento o no de los permisos temporales.
II.—Debe esta Dirección General hacer ver a la recurrente que la denegatoria de su solicitud de permiso temporal se fundamenta en la aplicación de políticas migratorias que permitan gobernar los flujos migratorios a lo interno del país. Con fundamento en lo anterior, es que esta Dirección General considera improcedente otorgar permisos a personas independientemente de su nacionalidad que desean radicar en el país; ya que provocaría un injustificado ingreso y permanencia de extranjeros en el país. Asimismo, es importante indicar que el artículo 66 bis del Reglamento a la Ley General de Migración y Extranjería, establece los supuestos en que un extranjero puede gestionar un permiso temporal de permanencia en el país, sea la prestación del servicio a entes estatales u organismos internacionales o centros educativos en cumplimiento de contratos o programas especiales; profesionales y técnicos altamente calificados, a estudiantes y a empleadas domésticas, no siendo el caso de la señora Gaeb, uno de ellos. Nótese en esos términos, armonizando de esta forma con el principio de legalidad administrativa como rector que la decisión de no otorgar el permiso pretendido encontró motivación jurídica fundamentalmente en la ausencia de norma que autorice a esta representación para proceder conforme a la solicitud planteada de toda la actuación de la Administración Pública. Siendo precisamente que el fundamento jurídico de mayor relevancia y que motivó la resolución impugnada correspondió precisamente a la ausencia de sustento legal comoconditio sine qua non, para otorgar el permiso pretendido. Por tanto,
Con base en lo expuesto esta Dirección General, resuelve: declarar sin lugar recurso de revocatoria presentado por la señora Jenifer Louise Gaeb, de calidades antes referidas, y confirmar la resolución de la Dirección General Nº 8997-2004-DPTP-icn, de las ocho horas treinta minutos del dos de noviembre de dos mil cuatro. Se admite la apelación subsidiaria y se emplaza a la recurrente para que haga valer sus derechos ante el superior jerárquico, para lo cual cuenta con tres días hábiles a partir del día siguiente de la presente comunicación. Notifíquese.—Lic. Flor de María Arce Chacón, Subdirectora General.—(Solicitud Nº 32453).—C-83955.—(68146).
SEGURIDAD PÚBLICA
AUTO DE APERTURA DE CAUSA
ADMINISTRATIVA
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Causa Nº
365-2005-DDL-SIP.—Ministerio de Seguridad Pública. Departamento Disciplinario
Legal, Sección de Inspección Policial. San José, a las nueve horas con treinta
minutos del día doce de agosto del año dos mil cinco. De conformidad con lo
ordenado en los artículos 211, 214 y 241, siguientes relacionados y
concordantes de la Ley General de Administración Pública, 10 de la Ley Orgánica
del Ministerio de Seguridad Pública y Decreto Ejecutivo Nº 28856-SP publicado
en La Gaceta Nº 163 del día 25-8-2000, procede este Despacho, a dar curso
a las diligencias útiles y necesarias dentro del Procedimiento Administrativo
Ordinario Nº 365-2005-DDL-SIP contra el señor Emmanuel Flores González, cédula
Nº 4-105-284, funcionario de la Policía de Proximidad de Desamparados, San
José, quien resultó materialmente imposible notificar personalmente por
ignorarse su domicilio actual, ello aunado a las ausencias de trabajo en que ha
incurrido. Lo anterior, a efecto de determinar responsabilidad disciplinaria
que le pueda caber por los hechos que se le atribuyen, a saber: ausencias al
trabajo a partir del día 11 de febrero del 2005; siendo que, en caso de
comprobarse, podría generar el despido por causa justificada y la
correspondiente compulsión al pago del salario equivalente a las jornadas no
laboradas. Recávese la prueba pertinente, a fin de esclarecer la verdad real de
los hechos, haciéndole saber al funcionario en cuestión, que este Órgano
Director ha ordenado realizar audiencia oral y privada, a celebrarse en el
Departamento Disciplinario Legal del Ministerio de Seguridad Pública, ubicada
en el tercer piso del Módulo Valverde Vega, frente al Colegio Castro Madriz,
Barrio Córdoba de esta capital, a partir de las 10:30 horas del décimo quinto
día hábil contado a partir de la tercera publicación del presente acto. Para
ello se designa al asistente legal, licenciado José Luis Araya Leandro, como
representante del Órgano Director. El mencionado inculpado deberá comparecer
personalmente y no por medio de representante o apoderado, aunque puede hacerse
asesorar y acompañar de un abogado durante todo el proceso. En tal sentido se
le hace saber al aludido inculpado, que el día de la comparecencia será el
momento procesal oportuno para ofrecer y recibir toda la prueba y los alegatos
pertinentes; pudiendo aportar prueba escrita con antelación a dicha
comparecencia. Asimismo se le hace de su conocimiento que en contra de esta
resolución proceden los recursos de Revocatoria y Apelación en subsidio, a
interponer ante el Órgano Director que dicta esta resolución, a quien
corresponde resolver el primero y elevar el segundo al superior jerárquico. Es
potestativo emplear uno o ambos, pero será inadmisible el interpuesto pasadas
24 horas contadas a partir de la tercera publicación de este acto. Se le
advierte igualmente al encausado que debe señalar lugar en donde atender
futuras notificaciones, caso contrario se le tendrán por notificadas las
resoluciones emitidas por este Despacho en el transcurso de 24 horas. Toda la
documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada y
fotocopiada en este Despacho en días y horas hábiles a costa del interesado,
advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad
con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la
Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las
partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés
únicamente para este Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en
responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza las personas que hicieren uso
indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Todo de
conformidad con el artículo 312 de la Ley General de la Administración Pública.
Notifíquese.—Departamento Disciplinario Legal.—Lic. Astrid Rodríguez Rodríguez,
Jefa.—(Solicitud Nº 23356).—C-59585.—(67163).
Causa Nº
891-2005-DDL-SIP.—Ministerio de Seguridad Pública. Departamento Disciplinario
Legal, Sección de Inspección Policial. San José, a las nueve horas del día doce
de agosto del año dos mil cinco. De conformidad con lo ordenado en los
artículos 211, 214 y 241, siguientes relacionados y concordantes de la Ley
General de Administración Pública, 10 de la Ley Orgánica del Ministerio de
Seguridad Pública y Decreto Ejecutivo Nº 28856-SP publicado en La Gaceta
Nº 163 del día 25-8-2000, procede este Despacho, a dar curso a las diligencias
útiles y necesarias dentro del Procedimiento Administrativo Ordinario Nº
891-2005-DDL-SIP contra el señor Luis Felipe Gutiérrez Venegas, cédula Nº
1-795-896, funcionario de la Unidad de Investigaciones Especializadas, quien
resultó materialmente imposible notificar personalmente por ignorarse su
domicilio actual, ello aunado a las ausencias de trabajo en que ha incurrido.
Lo anterior a efecto de determinar responsabilidad disciplinaria que le pueda
caber por los hechos que se le atribuyen, a saber: ausencias al trabajo a
partir del día 31 de marzo del 2005; siendo que, en caso de comprobarse, podría
generar el despido por causa justificada y la correspondiente compulsión al
pago del salario equivalente a las jornadas no laboradas. Recávese la prueba
pertinente, a fin de esclarecer la verdad real de los hechos, haciéndole saber
al funcionario en cuestión, que este Órgano Director ha ordenado realizar
audiencia oral y privada, a celebrarse en el Departamento Disciplinario Legal
del Ministerio de Seguridad Pública, ubicado en el tercer piso del Módulo
Valverde Vega, frente al Colegio Castro Madriz, Barrio Córdoba de esta Capital,
a partir de las 8:30 horas del decimoquinto día hábil contado a partir de la
tercera publicación del presente acto. Para ello se designa al asistente legal,
licenciado José Luis Araya Leandro, como representante del Órgano Director. El
mencionado inculpado deberá comparecer personalmente y no por medio de
representante o apoderado, aunque puede hacerse asesorar y acompañar de un
abogado durante todo el proceso. En tal sentido se le hace saber al aludido
inculpado, que el día de la comparecencia será el momento procesal oportuno
para ofrecer y recibir toda la prueba y los alegatos pertinentes; pudiendo
aportar prueba escrita con antelación a dicha comparecencia. Asimismo se le
hace de su conocimiento que en contra de esta resolución proceden los recursos
de Revocatoria y Apelación en subsidio, a interponer ante el Órgano Director
que dicta esta resolución, a quien corresponde resolver el primero y elevar el
segundo al superior jerárquico. Es potestativo emplear uno o ambos, pero será
inadmisible el interpuesto pasadas 24 horas contadas a partir de la tercera
publicación de éste acto. Se le advierte igualmente al encausado que debe
señalar lugar en donde atender futuras notificaciones, caso contrario se le
tendrán por notificadas las resoluciones emitidas por este Despacho en el
transcurso de 24 horas. Toda la documentación habida en el expediente
administrativo puede ser consultada y fotocopiada en este Despacho en días y
horas hábiles a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza
dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40
constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se
declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes
legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para este Ministerio y
las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de
otra naturaleza las personas que hicieren uso indebido o no autorizado de la
información que aquí se consigne. Todo de conformidad con el artículo 312 de la
Ley General de Administración Pública. Notifíquese.—Departamento Disciplinario
Legal.—Lic. Astrid Rodríguez Rodríguez, Jefa.—(Solicitud Nº
23356).—C-59585.—(67164).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Se notifica mediante
edicto, al no ser posible por medio común, según el artículo 241 inciso 4) de
la Ley General de la Administración Pública al señor Ari Ricardo Portilla Gómez
y demás ocupantes la resolución Nº 2035-05 DM, de las diez horas cuarenta y
cinco minutos del dieciséis de mayo del dos mil cinco, en diligencias de
desahucio administrativo promovido por Beatriz Portilla Gómez. Expediente Nº
891-05. Notifíquese.—Departamento de Desalojos Administrativos.—Lic. Alejandro
Chan Ortiz, Jefe.—Nº 52799.—(67713).
ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
COMISIÓN PARA PROMOVER LA COMPETENCIA
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Unidad Técnica de
Apoyo.—San José, a las nueve horas del diecisiete de agosto del dos mil cinco.
(Referirse Expediente Nº LI-02-05)
Resultando:
Único.—La Unidad Técnica
de Apoyo a la Comisión para Promover la Competencia, recibió oficio DM-0825-5,
del 3 de agosto del año en curso, suscrito por el señor Manuel A. González
Sanz, Ministro de Comercio Exterior. En dicho oficio solicita la opinión de la
Comisión para Promover la Competencia, en relación con el posible
establecimiento de un contingente para la importación de maíz blanco, por
motivo de desabastecimiento de este producto en el mercado nacional que
corresponde a 22.638 TM para el segundo semestre del 2005, junto con la
aplicación de una tarifa arancelaria reducida para la importación.
Considerando:
1º—De conformidad con el
artículo 6 de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del
Consumidor, Ley Nº 7472 y el artículo 24 de su reglamento, la Administración
Pública puede establecer, previa recomendación favorable de la Comisión para
Promover la Competencia, contingentes de importación o exportación, cuando
existan circunstancias anormales o desórdenes en el mercado interno o externo,
debidos a fuerza mayor, caso fortuito y toda situación que genere o pueda
generar un problema grave de desabastecimiento en el mercado local, que no
pueda satisfacerse acudiendo a los mecanismos del mercado, o cuando estos deban
aplicarse en virtud de restricciones negociadas o impuestas por socios
comerciales, mientras estas circunstancias excepcionales subsistan, a juicio de
esa Comisión.
2º—Para dar cumplimiento a la anterior
disposición, la misma Ley 7472 establece que la Comisión antes de resolver lo
pertinente respecto a la medida, debe conceder una audiencia escrita a los
interesados por un término de cinco días. Siendo lo anterior un trámite
previsto en forma obligatoria por la ley y en aras de cumplir con el principio
de celeridad en los trámites, la Comisión para Promover la Competencia decidió,
mediante acuerdo que consta en el artículo décimo segundo de la Sesión
Ordinaria Nº 39-00 del 24 de octubre del 2000, que la Unidad Técnica de Apoyo
le de la audiencia de ley a las partes, en forma inmediata, sin necesidad de
consultarle a ésta. Por tanto,
Esta Unidad le confiere a
todos los interesados audiencia escrita por un plazo de cinco días para que se
pronuncien sobre el establecimiento de la medida. En este acto, se pone a
disposición de los interesados todos los documentos que forman el expediente
administrativo Nº LI-02-05, los cuales pueden ser vistos en las oficinas de la
Comisión para Promover la Competencia, en el Edificio del IFAM, sita San José,
Moravia, Urbanización Los Colegios, del Colegio Lincoln 200 oeste, 100 sur y
200 oeste, contiguo al Edificio de la Orquesta Sinfónica Nacional; segundo
piso. Notifíquese.—Isaura Guillén M., Directora Ejecutiva UTA-CPC.—(Solicitud
Nº 39805).—C-52785.—(67282).
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE TRANSPORTE
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Expediente N°
TAT-064-00.—Tribunal Administrativo de Transporte.—San José, a las ocho horas
del veinticinco de abril del dos mil cinco.
PREVENCIÓN:
Visto el recurso de
apelación presentado por Eduardo Ulloa Mora, quien dice ser apoderado del señor
German Peraza Díaz, contra el artículo único de la sesión 3158, celebrada por
la extinta Comisión Técnica de Transportes el 10 diciembre de 1997, se previene
al recurrente, que por no constar en autos y dentro del término perentorio de
cinco días proceda a aportar los siguientes documentos:
1) Poder otorgado por German Peraza Díaz, al
señor Eduardo Ulloa Mora.
2) Poder otorgado por German Peraza Díaz al señor
Jairo Solís Villalobos.
Se previene al
recurrente, que de conformidad con los numerales 297, 255, 264, siguientes y
concordantes de la Ley General de la Administración Pública, así como el 23 de
la Ley Nº 7969, de no aportar la prueba solicitada se declarará inevacuable_y
se procederá al archivo del expediente. Notifíquese al fax Nº 223-72-53.
Lic. Luis Gerardo Fallas
Acosta, Instructor.—(Solicitud Nº 22675).—C-22820.—(67270).
CONSEJO DE TRANSPORTE PÚBLICO
DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DE
CONCESIONES Y PERMISOS
AUDIENCIA PÚBLICA
De conformidad con el
Artículo 10 de la Ley Nº 3503, Ley Reguladora del Transporte Remunerado de
Personas en Vehículos Automotores, artículo Nº 21 de la sesión ordinaria 1-2000
del 25 de marzo del 2000 del Consejo de Transporte Público y artículo 39 de la
Constitución Política ante solicitudes para permisos especiales para el
Transporte de Estudiantes y Trabajadores, se concede audiencia de Ley a los
prestatarios del transporte remunerado de personas que a continuación se
señalan y a todas aquellas personas que consideren se están afectando sus
derechos, por el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente de la
presente publicación, para que hagan valer sus derechos correspondiente,
mencionen si es de su interés brindar el servicio respectivo, para lo cual
deberán adjuntar con la respuesta de la audiencia los requisitos necesarios
para conceder el permiso de que se trate.
Así mismo, se les indica que deben
señalar casa u oficina o bien, número de fax, donde atender futuras
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán por notificadas con el
sólo transcurso de veinticuatro horas. Igual consecuencia se producirá si el
lugar señalado fuere impreciso o ya no existiere.
Las contestaciones a las audiencias
otorgadas deberán ser presentadas al Departamento de Administración de
Concesiones y Permisos, Unidad de Buses del Consejo de Transporte Público,
haciendo referencia al número de expediente, nombre del solicitante y modalidad
del permiso.
La persona jurídica o física a la cual
se le otorga audiencia se detalla a continuación: Empresa Transportes
Naranjo-Sociedad Anónima, se indica lo siguiente al respecto:
1)-Expediente: 04-190
DING-05-924
Transporte de Trabajadores por primera vez
Solicitante: Jesús Alcázar Barahona
Centro Laboral: Empresa Tico Pride Electronics Sociedad Anónima
Recorrido: Rosario-Naranjo-Coyol de Alajuela (Zona Franca Bess) y viceversa.
DE LUNES A SÁBADO
Sale del Rosario Llega a la Zona Franca Bess
en
El Coyol de Alajuela
6:00 a. m. 6:45 a. m.
Sale de la Zona Franca Bess
en
El Coyol de Alajuela Llega
del Rosario
4:00 p. m. 4:45 p. m.
6:00
p. m. 6:45
p. m.
UNIDADES PROPUESTAS
Placa Marca Modelo Capacidad
AB-1701 TOYOTA 1998 26 PASAJEROS
AB-999 VOLVO 1996 70 PASAJEROS
Lic. Sergio Valerio
Rojas, Director Ejecutivo a. í.—(Solicitud Nº 04260).—C-63920.—(67283).
De conformidad con el
artículo 10 de la Ley Nº 3503, Ley Reguladora del Transporte Remunerado de
Personas en Vehículos Automotores, artículos Nº 21 de la sesión ordinaria
1-2000 del 25 de marzo del 2000 del Consejo de Transporte Público y artículo 39
de la Constitución Política ante solicitudes para permisos especiales para el
Transporte de Estudiantes y Trabajadores, se concede audiencia de Ley a los
prestatarios del transporte remunerado de personas que a continuación se
señalan y a todas aquellas personas que consideren se están afectando sus
derechos, por el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente de la
presente publicación, para que hagan valer sus derechos correspondiente,
mencionen si es de su interés brindar el servicio respectivo, para lo cual
deberán adjuntar con la respuesta de la audiencia los requisitos necesarios
para conceder el permiso de que se trate.
Así mismo, se les indica que deben
señalar casa u oficina o bien, número de fax, donde atender futuras notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
que se dicten, se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de
veinticuatro horas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere
impreciso o ya no existiere.
Las contestaciones a las audiencias
otorgadas deberán ser presentadas al Departamento de Administración de
Concesiones y Permisos, Unidad de Buses del Consejo de Transporte Público,
haciendo referencia al número de expediente, nombre del solicitante y modalidad
del permiso.
La persona jurídica o física a la cual
se le otorga audiencia se detalla a continuación: Empresa Vemsa Sociedad
Anónima, se indica lo siguiente al respecto:
1)-Expediente: 11-206
DING-05-947
Transporte de Trabajadores por primera vez
Solicitante: Erick Meza Orozco
Centro Laboral: Fábrica Productos Kitty Sociedad Anónima
Recorrido: Sale de Plaza de Deportes de Llano Grande-pasa por El Cementerio-Bar y Restaurante La Teja-Barrio Los Ángeles-hasta las instalaciones ubicadas 2 kilómetro al norte del Colegio Seráfico Carretera a Llano Grande y viceversa.
DE LUNES A DOMINGO
Sale de la Plaza de Deportes Llega a la Fábrica
de
Llano Grande Productos
Kitty
5:30
a. m. 6:00
a. m.
Sale de la Fábrica Llega a la Plaza de Deportes
Productos Kitty de Llano Grande
4:30 p. m. 5:30 p. m.
10:00 p. m. 10:30 p. m.
UNIDAD PROPUESTA
Placa Marca Modelo Capacidad
SJB-7888 HYUNDAI 1997 25
PASAJEROS
Lic. Sergio Valerio
Rojas, Director Ejecutivo a. í.—(Solicitud Nº 04260).—C-63920.—(67284).
Audiencia Pública.—De conformidad con
el Artículo 10 de la Ley Nº 3503, Ley Reguladora del Transporte Remunerado de
Personas en Vehículos Automotores, artículo Nº 21 de la sesión ordinaria 1-2000
del 25 de marzo del 2000 del Consejo de Transporte Público y Artículo 39 de la
Constitución Política, ante solicitudes para permisos especiales para el
Transporte de Estudiantes y Trabajadores, se concede audiencia de Ley a los
prestatarios del transporte remunerado de personas que a continuación se
señalan y a todas aquellas personas que consideren se están afectando sus
derechos, por el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente de la
presente publicación, para que hagan valer sus derechos correspondiente, mencionen
si es de su interés brindar el servicio respectivo, para lo cual deberán
adjuntar con la respuesta de la audiencia los requisitos necesarios para
conceder el permiso de que se trate.
Así mismo, se les indica que deben
señalar casa u oficina o bien, número de fax, donde atender futuras
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las
resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán por notificadas con el
sólo transcurso de veinticuatro horas. Igual consecuencia se producirá si el
lugar señalado fuere impreciso o ya no existiere.
Las contestaciones a las audiencias
otorgadas deberán ser presentadas al Departamento de Administración de
Concesiones y Permisos, Unidad de Buses del Consejo de Transporte Público,
haciendo referencia al Nº de expediente, nombre del solicitante y modalidad del
permiso.
La persona jurídica o física a la cual
se le otorga audiencia se detalla a continuación: González y Villegas Sociedad
Anónima, Delio Morales Cascante, Transportes Jacó Sociedad Anónima, se indica
lo siguiente al respecto:
1) Expediente: 03-087
DING-05-989
Transporte de Trabajadores por primera vez
Solicitante: Hotel Punta Leona, representante Miguel Fernández Tercero
Centro Laboral: Hotel Punta Leona Sociedad Anónima
Recorrido: Punta Leona - Orotina y viceversa.
DE LUNES A DOMINGO
Sale
de Orotina Llega a Sale de Llega a
Punta
Leona Punta Leona Orotina
05:00 a.m. 06:00
a.m. 06:00 a.m. 07:00 a.m.
06:50
a.m. 08:00 a.m. 12:00 m.d. 01:00 p.m.
01:00
p.m. 02:00 p.m. 05:30 p.m 06:30 p.m.
11:00
p.m. 12:00 m.n.
UNIDAD PROPUESTA
Placa Marca Modelo Capacidad
PB-1481 VOLVO 2005 51 PASAJEROS
Departamento de
Administración de Concesiones y Permisos.—Lic. Sergio Valerio Rojas, Director
Ejecutivo a. í.—(Solicitud Nº 04260).—C-63920.—(67285).
Audiencia Pública.—De conformidad con
el Artículo 10 de la Ley Nº 3503, Ley Reguladora del Transporte Remunerado de
Personas en Vehículos Automotores , Artículo Nº 21 de la sesión ordinaria
1-2000 del 25 de marzo del 2000 del Consejo de Transporte Público y Artículo 39
de la Constitución Política ante solicitudes para permisos especiales para el
Transporte de Estudiantes y Trabajadores, se concede audiencia de Ley a los
prestatarios del transporte remunerado de personas que a continuación se
señalan y a todas aquellas personas que consideren se están afectando sus
derechos, por el plazo de diez días hábiles
a partir del día siguiente de la presente publicación, para que hagan
valer sus derechos correspondiente, mencionen si es de su interés brindar el
servicio respectivo, para lo cual deberán adjuntar con la respuesta de la
audiencia los requisitos necesarios para conceder el permiso de que se trate.
Así mismo, se les indica que deben
señalar casa u oficina o bien, número de fax, donde atender futuras notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones
posteriores que se dicten, se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso
de veinticuatro horas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado
fuere impreciso o ya no existiere.
Las contestaciones a las audiencias
otorgadas deberán ser presentadas al Departamento de Administración de
Concesiones y Permisos, Unidad de Buses del Consejo de Transporte Público,
haciendo referencia al Nº de expediente, nombre del solicitante y modalidad del
permiso.
La persona jurídica o física a la cual
se le otorga audiencia se detalla a continuación: Empresa Fernando Zúñiga e
Hijos Sociedad Anóniman se indica lo siguiente al respecto:
1) Expediente: 12-208
DING-05-962
Transporte de Trabajadores por primera vez
Solicitante: Oscar Ramírez Vargas
Centro Laboral: Servicios Administrativos Vargas Mejía Sociedad Anónima
Recorridos: Sentido 1-2: Sale del Parque Central de San José costado sur, Avenida cuatro, calles 0 y 2, Avenida cuatro, calle 14, Avenida 8, calle 28, Avenida 3, calle 42, Ruta Nacional 1, La Rivera de Belén (Intel de Costa Rica) Sentido 2-1: La Rivera de Belén, (Intel de Costa Rica), Ruta Nacional 1, calle 42, Avenida 10, calles 0 y 2, costado sur del Parque Central, Avenida 2, calles 0 y 2 y viceversa.
DE LUNES A DOMINGO
Llega
a La Rivera de Belén
(Instalaciones
de Intel
Sale
de Parque Central de
Costa Rica)
05:30 a.m. 06:00
a.m.
06:30
a.m. 08:30
a.m.
Sale de La Rivera de Belén
(Instalaciones
de Intel
de
Costa Rica) Llega
al Parque Central
05:00 p.m. 06:00
p.m.
06:00 p.m. 08:00
p.m.
UNIDAD
PROPUESTA
Placa Marca Modelo Capacidad
HB-1372 BLUE BIRD 1995 52 PASAJEROS
Departamento de
Administración de Concesiones y Permisos.—Lic. Sergio Valerio Rojas, Director
Ejecutivo a. í.—(Solicitud Nº 04260).—C-69150.—(67286).
Audiencia Pública.—De conformidad con
el Artículo 10 de la Ley Nº 3503, Ley Reguladora del Transporte Remunerado de
Personas en Vehículos Automotores, Artículo Nº 21 de la sesión ordinaria 1-2000
del 25 de marzo del 2000 del Consejo de Transporte Público y Artículo 39 de la
Constitución Política ante solicitudes para permisos especiales para el
Transporte de Estudiantes y Trabajadores, se concede audiencia de Ley a los
prestatarios del transporte remunerado de personas que a continuación se
señalan y a todas aquellas personas que consideren se están afectando sus
derechos, por el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente de la
presente publicación, para que hagan valer sus derechos correspondiente,
mencionen si es de su interés brindar el servicio respectivo, para lo cual
deberán adjuntar con la respuesta de la audiencia los requisitos necesarios
para conceder el permiso de que se trate.
Así mismo, se les indica que deben
señalar casa u oficina o bien, numero de fax, donde atender futuras
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las
resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán por notificadas con el
sólo transcurso de veinticuatro horas. Igual consecuencia se producirá si el
lugar señalado fuere impreciso o ya no existiere.
Las contestaciones a las audiencias
otorgadas deberán ser presentadas al Departamento de Administración de
Concesiones y Permisos, Unidad de Buses del Consejo de Transporte Público,
haciendo referencia al Nº de expediente, nombre del solicitante y modalidad del
permiso.
La persona jurídica o física a la cual
se le otorga audiencia se detalla a continuación: Empresa Trausanic Sociedad
Anónima, Autobuses Romero Sociedad Anónima, Coopepar R.L., se indica lo
siguiente al respecto:
1) Expediente: 03-07-310
DING-05-967
Transporte de Trabajadores por primera vez
Solicitante: Asociación Solidarista de Empleados de Vidriera Centroamericana S. A., & Afines (ASEVIC) representante Alexánder Monge Monge
Centro Laboral: Vidriera Centroamericana S. A., & Afines (ASEVIC)
Recorridos y horarios:
Ruta Paraíso-Vicesa (entrada): Sale del Parque de Paraíso a las 05:10 a.m. y llega a la empresa en San Nicolás - Taras a las 05:50 a.m.
Ruta Aguacaliente-Vicesa (entrada): Sale del Parque de los Ángeles a las 04:50 a.m. y llega a la Empresa a las 05:50 a.m., en San Nicolás-Taras.
Ruta Vicesa -Aguacaliente-Paraíso (salida): Sale de las instalaciones de la Empresa en San Nicolás a las 06:30 a.m. y llega al Parque de Paraíso a las 07:40 a.m.
Ruta Paraíso-Vicesa (entrada): Sale del Parque de Paraíso a las 12:50 p.m. y llega a la Empresa en San Nicolás-Taras a las 01:50 p.m.
Ruta Vicesa-Aguacaliente-Paraíso (salida): Sale de las instalaciones de la Empresa a las 02:30 p.m. y llega al Parque de Paraíso a las 03:50 p.m.
Ruta Paraíso-Aguacaliente-Vicesa (entrada): Sale del Parque de Paraíso a las 08:30 p.m. y llega a la Empresa en San Nicolás-Taras a las 09:50 p.m.
Ruta Vicesa-Aguacaliente-Paraíso (salida): Sale de las instalaciones de la Empresa en San Nicolás-Taras a las 10:30 p.m. y llega al Parque de Paraíso a las 11:40 p.m.
UNIDADES PROPUESTAS
Placa Marca Modelo Capacidad
CB-1319 INTERNACIONAL 1992 54 PASAJEROS
GB-739 CS 1996 64 PASAJEROS
Departamento de Administración
de Concesiones y Permisos.—Lic. Sergio Valerio Rojas, Director Ejecutivo a.
í.—(Solicitud Nº 04260).—C-64220.—(67287).
CONSEJO DE TRANSPORTE PÚBLICO
DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN
DE CONCESIONES Y PERMISOS
AUDIENCIA PÚBLICA
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con el artículo 10 de la Ley Nº 3503, Ley Reguladora del Transporte Remunerado de Personas en Vehículos Automotores, artículos 21 de la sesión ordinaria Nº 1-2000 del 25 de marzo del 2000 del Consejo de Transporte Publico y artículo 39 de la Constitución Política ante solicitudes para permisos especiales para el Transporte de Estudiantes y Trabajadores, se concede audiencia de Ley a los prestatarios del transporte remunerado de personas que a continuación se señalan y a todas aquellas personas que consideren se están afectando sus derechos, por el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente de la presente publicación, para que hagan valer sus derechos correspondiente, mencionen si es de su interés brindar el servicio respectivo, para lo cual deberán adjuntar con la respuesta de la audiencia los requisitos necesarios para conceder el permiso de que se trate. Así mismo, se les indica que deben señalar casa u oficina o bien, número de fax, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso o ya no existiere. Las contestaciones a las audiencias otorgadas deberán ser presentadas al Departamento de Administración de Concesiones y Permisos, Unidad de Buses del Consejo de Transporte Público, haciendo referencia al número de expediente, nombre del solicitante y modalidad del permiso. La persona jurídica o física a la cual se le otorga audiencia se detalla a continuación: Empresa Discar S. A. se indica lo siguiente al respecto:
1)-Expediente: 05-088.
DING-05-903
Transporte de Trabajadores por primera vez
Solicitante: Roxana María Pérez Rojas
Centro Laboral: Segundo Circuito Judicial en Goicoechea
Recorrido: sale de Hatillo 8, Colonia 15 de Setiembre, carretera circunvalación, San Sebastián, La Guacamaya, Parque de La Paz, rotonda de Zapote, rotonda de San Pedro, rotonda de La Bandera, antigua rotonda del Gallito, cruce de la Coca Cola, edificio del Segundo Circuito Judicial y viceversa.
DE LUNES A VIERNES
Sale
de Hatillo 8 Llega
a Goicoechea
7:00 a. m. 7:45 a.m.
Sale
de Goicoechea Llega
a Hatillo 8
4:45 p.m. 5:30 p.m.
UNIDAD PROPUESTA
Placa Marca Modelo Capacidad
SJB-4078 ASIA 1995 25 pasajeros
Lic. Manuel Arce Jiménez, Director Ejecutivo.—(Solicitud Nº 04254).—C-62420.—(68472).
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
De conformidad con resolución N° PG-5773-2005 de las once horas del día veintinueve de junio del 2005. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social resuelve: impartir aprobación final a la resolución N° JPIGTA-2794-2005 de sesión celebrada en San José, a las catorce horas del día veintiocho de febrero del 2005, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Abarca Padilla Jerónima, cédula de identidad N° 3-159-393, a partir del día 1º de abril del 2004; por la suma de cincuenta y tres mil cinco colones con noventa céntimos (¢53.005,90); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifíquese.—Lic. Fernando Trejos Ballestero, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—Nº 53439.—(68561).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE BELÉN
IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
La Municipalidad de Belén, de conformidad con las facultades que confiere a la Administración Tributaria Municipal, el párrafo tercero del artículo 17 de la Ley del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (Ley Nº 7509 del 9 de marzo de 1995, y sus reformas), y artículo 137, inciso d), del Código de Normas y Procedimientos Tributarios (Ley Nº 4755 del 29 de abril de 1971 y sus reformas), por desconocerse el domicilio fiscal de los contribuyentes, es necesario notificar por este medio la siguiente información correspondiente a los avalúos realizados por nuestra Corporación Municipal para efectos del impuesto de bienes inmuebles de las propiedades ubicadas en la jurisdicción del cantón de Belén, que no presentaron la declaración de bienes inmuebles.
Valor
Valor Valor total Número
Dis Finca Du Hz Der Cédula Nombre terreno construcción avalúo avalúo
2 3513 0 3101356193 BELÉN
MADRILESKO SOCIEDAD ANÓNIMA 110.768.018,00 - 110.768.018,00 AV2045704
2 5386 8 3101291070 CONSULTORES
FINANCIEROS COFIN S. A. 7.857.086,00 - 7.857.086,00 AV2004804
1 6540 F 0 3101302212 INVERSIONES BARVI JACO SOCIEDAD ANÓNIMA 29.766.060,00 4.512.000,00 34.278.060,00 AV1085604
1 6544 F 0 3101169427 INVERSIONES M M S. A. 29.766.060,00 4.512.000,00 34.278.060,00 AV1085304
1 6545 F 0 3101169427 INVERSIONES M M S. A. 29.766.060,00 4.512.000,00 34.278.060,00 AV1085804
1 6546 F 0 3101169427 INVERSIONES M M S. A. 29.766.060,00 4.512.000,00 34.278.060,00 AV1085904
2 8855 0 345 RODRÍGUEZ
ALFARO CRISTINA 19.236.724,00 - 19.236.724,00 AV2068604
2 11952 0 3101101364 DISTRIBUIDORA
AVÍCOLA COSTARRICENSE S. A. 24.729.879,00 25.160.544,00 49.890.423,00 AV2004904
2 25121 0 3101202923 ACTIVOS
DE ESCAZÚ DEL SUR S. A. 64.530.640,00 - 64.530.640,00 AV2024904
1 25263 0 3002075829 ASOCIACIÓN
DEL COMITÉ PROMEJORA 7.901.500,00 412.116,00 8.313.616,00 AV1053204
2 25532 0 106730255 AGUILAR
DALOLIO ROCÍO LORENA 4.688.345,00 3.661.200,00 8.349.545,00 AV2010604
2 25639 F 0 3101269715 INMOBILIARIA LA PRESTANCIA SOCIEDAD ANÓNIMA 70.330.880,00 33.075.618,00 103.406.498,00 AV2040804
2 26727 F 0 3101265347 CONDOMINIO BELÉN TRES A MADRID S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2049504
2 26728 F 0 3101265289 CONDOMINIO BELÉN CUATRO A MONSERRAT S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2049604
2 26735 F 0 3101265276 CONDOMINIO BELÉN ONCE A VI/AMALA S. A. 323.015.680,00 95.160.499,00 418.176.179,00 AV2050204
2 26736 F 0 3101265348 CONDOMINIO BELÉN DOCE A PAMPLONA S. A. 323.015.680,00 95.160.499,00 418.176.179,00 AV2053504
2 26739 F 0 3101265278 CONDOMINIO BELÉN QUINCE A AMPURDAN S. A. 323.015.680,00 96.707.278,00 419.722.958,00 AV2053804
2 26740 F 0 3101265341 CONDOMINIO BELÉN DIECISÉIS A GARONA S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2053904
2 26741 F 0 3101265402 CONDOMINIO BELÉN DIECISIETE A PANADES S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2054004
2 26742 F 0 3101265333 CONDOMINIO BELÉN DIECIOCHO A VALLADOLID S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2054104
2 26744 F 0 3101265320 CONDOMINIO BELÉN VEINTE A JARAMA S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2054204
2 26745 F 0 3101265342 CONDOMINIO BELÉN VEINTIUNO A BILBAO S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2054304
2 26746 F 0 3101265247 CONDOMINIO BELÉN VEINTIDÓS A OVIEDO S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2054404
2 26747 F 0 3101265234 CONDOMINIO BELÉN VEINTRÉS A SALAMANCA S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2054504
2 26749 F 0 3101265534 CONDOMINIO BELÉN DOS B VALENCIA S. A. 323.015.680,00 93.805.084,00 416.820.764,00 AV2054704
2 26751 F 0 3101265466 CONDOMINIO BELÉN CUATRO B ALICANTE S. A. 323.015.680,00 90.911.759,00 413.927.439,00 AV2054904
2 26753 F 0 3101265372 CONDOMINIO BELÉN SEIS B PEÑARROYA S. A. 323.015.680,00 92.184.822,00 415.200.502,00 AV2055104
2 26754 F 0 3101265233 CONDOMINIO BELÉN SIETE B LA SERENA S. A. 323.015.680,00 92.184.822,00 415.200.502,00 AV2055204
2 26755 F 0 3101265366 CONDOMINIO BELÉN OCHO B BADAJOZ S. A. 323.015.680,00 97.971.472,00 420.987.152,00 AV2055304
2 26770 F 0 3101265270 CONDOMINIO BELÉN DOS E MURCIA S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2056704
2 26771 F 0 3101265339 CONDOMINIO BELÉN TRES E CASTELLÓN S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2056804
2 26773 F 0 3101265552 CONDOMINIO BELÉN UNO F ALCÁZAR S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2057004
2 26774 F 0 3101265279 CONDOMINIO BELÉN DOS F JAÉN S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2057104
2 26775 F 0 3101265533 CONDOMINIO BELÉN TRES F ÁVILA S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2057204
2 26776 F 0 3101265557 CONDOMINIO BELÉN CUATRO F MÁLAGA S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2057304
2 26777 F 0 3101265417 CONDOMINIO BELÉN CINCO F ALMERIA S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2051504
2 26778 F 0 3101265318 CONDOMINIO BELÉN SEIS F LARCA S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2051604
2 26779 F 0 3101265340 CONDOMINIO BELÉN UNO G ALBACETE S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2051704
2 26780 F 0 3101265414 CONDOMINIO BELÉN DOS G GIJON S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2051804
2 26781 F 0 3101265335 CONDOMINIO BELÉN TRES G LISBOA S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2051904
2 26782 F 0 3101265419 CONDOMINO BELÉN CUATRO G FARO S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2057604
2 26783 F 0 3101265371 CONDOMINIO BELÉN CINCO G BEJA S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2057704
2 26785 F 0 3101265324 CONDOMINIO BELÉN CUATRO I MILAN S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2057904
2 26786 F 0 3101265375 CONDOMINIO BELÉN DOS I BARI S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2058004
2 26787 F 0 3101265269 CONDOMINIO BELNUNO H COIMBRA S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2058104
2 26788 F 0 3101265280 CONDOMINIO BELÉN DOS H SETUBAL S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2058204
2 26789 F 0 3101265555 CONDOMINIO BELÉN TRES H VENECIA S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2058304
2 26790 F 0 3101265322 CONDOMINIO BELÉN CUATRO H NÁPOLES S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2058404
2 26791 F 0 3101265245 CONDOMINIO BELÉN CINCO H SICILIA S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2058504
2 26792 F 0 3101265282 CONDOMINIO BELÉN SEIS H ROMA S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2058604
2 26794 F 0 3101265554 CONDOMINIO BELÉN TRES I FLORENCIA S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2058704
2 26795 F 0 3101265374 CONDOMINIO BELÉN SEIS I SIRACUSA S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2058804
2 26797 F 0 3101265349 CONDOMINIO BELÉN OCHO I CATANIA S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2059104
2 26798 F 0 3101265337 CONDOMINIO BELÉN NUEVE I TARENTO S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2059204
2 26800 F 0 3101265343 CONDOMINIO BELÉN ONCE I BOLZANO S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2059404
2 26801 F 0 3101265373 CONDOMINIO BELÉN DOCE I AOSTA S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2059504
2 26802 F 0 3101265334 CONDOMINIO BELÉN TRECE I PARMA S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2059604
2 26803 F 0 3101265288 CONDOMINIO BELÉN CATORCE I PERUSA S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2059704
2 26804 F 0 3101265364 CONDOMINIO BELÉN QUINCE I CATANZARO S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2059804
2 26805 F 0 3101265409 CONDOMINIO BELÉN DIECISÉIS I BERGAMO S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2059904
2 26806 F 0 3101265284 CONDOMINIO BELÉN DIECISIETE I CONSENZA S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2060004
2 26807 F 0 3101265377 CONDOMINIO BELÉN DIECIOCHO I ANCONA S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2060104
2 26808 F 0 3101265346 CONDOMINIO BELÉN DIECINUEVE I MARSALA S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2060204
2 26809 F 0 3101265248 CONDOMINIO BELÉN VEINTE I AMALFI S. A. 323.015.680,00 66.723.562,00 389.739.242,00 AV2060304
2 26810 F 0 3101265408 CONDOMINIO BELÉN VEINTIUNO I PIZA S. A. 323.015.680,00 81.715.420,00 404.731.100,00 AV2060404
2 26816 F 0 3101265338 CONDOMINIO BELÉN VEINTISIETE I PESCARA S. A. 323.015.680,00 94.767.562,00 417.783.242,00 AV2052404
2 26819 F 0 3101265295 CONDOMINIO BELÉN TREINTA I GÉNOVA S. A. 323.015.680,00 94.767.562,00 417.783.242,00 AV2052704
2 26820 F 0 3101265350 CONDOMINIO BELÉN TREINTA Y UNO I MÓNACO S. A. 323.015.680,00 94.767.562,00 417.783.242,00 AV2052804
1 27710 0 3101262680 INVERSIONES
EDAGLO DE BELÉN SOCIEDAD ANÓNIMA 7.044.819,00 - 7.044.819,00 AV1082904
3 28979 F 0 3101365017 NANNY EXPRESS DE COSTA RICA S. A. 4.083.247,90 32.738.057,50 36.821.305,40 AV3011204
3 28981 F 0 3101245766 INVERSIONES VILOR SOCIEDAD ANÓNIMA 4.083.247,90 32.738.057,50 36.821.305,40 AV3005504
3 28984 F 0 3101388690 LA LUNA DE BELÉN JS SOCIEDAD ANÓNIMA 4.083.247,90 32.738.057,50 36.821.305,40 AV3011104
2 30536 0 3101038549 BANCO
INTERFIN SOCIEDAD ANÓNIMA 60.918.076,00 4.608.930,00 65.527.006,00 AV2048104
2 31461 2 400500616 CHAVES
ARAYA ALFONSO 10.967.800,00 16.700.860,00 27.668.660,00 AV2017604
1 31515 0 3101138177 CORPORACIÓN
I B C S. A. 37.827.735,00 46.050.570,00 83.878.305,00 AV1080904
2 33257 4 202360836 RODRÍGUEZ
SALAS VÍCTOR MANUEL 56.601.830,00 - 56.601.830,00 AV2071404
2 33257 5 202360836 RODRÍGUEZ
SALAS VÍCTOR MANUEL 56.601.830,00 - 56.601.830,00 AV2071504
2 33257 6 202710301 RODRÍGUEZ
SALAS JORGE LUIS 56.601.830,00 - 56.601.830,00 AV2071604
2 33257 7 103890827 VARGAS
YOUNG NELLY 56.601.830,00 - 56.601.830,00 AV2071704
2 33257 8 202710301 RODRÍGUEZ
SALAS JORGE LUIS 56.601.830,00 - 56.601.830,00 AV2071804
2 33257 9 202950665 RODRÍGUEZ
SALAS VILMA 56.601.830,00 - 56.601.830,00 AV2071904
2 33257 10 202950665 RODRÍGUEZ
SALAS VILMA 56.601.830,00 - 56.601.830,00 AV2072004
1 33843 0 3002045317 ASOCIACIÓN
NACIONAL DE EDUCADORES 138.834.083,00 132.884.885,00 271.718.968,00 AV1010604
2 34229 F 0 3101307544 INMOBILIARIA EL SURA FCC SOCIEDAD ANÓNIMA 63.364.448,00 44.360.951,00 107.725.399,00 AV2041404
2 34230 F 0 3101309343 INMOBILIARIA CAOBA FCC SOCIEDAD ANÓNIMA 63.364.448,00 44.360.951,00 107.725.399,00 AV2041504
1 34343 B 0 3101012421 PROPIEDADES CECILIA S. A. 75.281.760,00 - 75.281.760,00 AV1088304
1 34429 6 203740122 QUIRÓS
MURILLO JOAQUÍN BERNANDO 21.520.240,00 - 21.520.240,00 AV1079004
1 34429 7 105750622 HERRERA
GARCÍA MARTHA EUGENIA 21.520.240,00 - 21.520.240,00 AV1079104
2 39552 0 3101291070 CONSULTORES
FINANCIEROS COFIN S. A. 44.767.933,00 - 44.767.933,00 AV2008104
2 39561 0 3002045619 ASOC
HNAS TERC CAPUCHINAS SAGRFAM 40.367.040,00 49.043.450,00 89.410.490,00 AV2037604
2 40034 1 202890049 HERNÁNDEZ
ALVARADO ASDRÚBAL RAMÓN 4.624.200,00 1.334.424,00 5.958.624,00 AV2017204
2 40257 0 3101232328 BIENES
Y PROPIEDADES IPACARAY S. A. 121.725.824,00 - 121.725.824,00 AV2048604
2 45644 B 0 3101356193 BELÉN MADRILESKO SOCIEDAD ANÓNIMA 155.653.592,00 - 155.653.592,00 AV2048204
2 45645 0 3101223572 INVERSIONES
SAN LÁZARO TREINTA Y CUATRO S. A. 155.723.064,00 - 155.723.064,00 AV2048304
2 45646 0 3101223572 INVERSIONES
SAN LÁZARO TREINTA Y CUATRO S. A. 145.351.982,00 1.351.280,00 146.703.262,00 AV2093104
2 46848 0 3101116045 HERMANOS
ARAYA ALFARO S. A. 7.089.594,00 14.432.886,00 21.522.480,00 AV2026004
2 47151 1 202781196 ALFARO
MORERA CLARA ISABEL 33.445.392,00 - 33.445.392,00 AV2031304
2 47151 2 202420766 ALFARO
MORERA MARÍA DE LOS ÁNGELES 33.445.392,00 - 33.445.392,00 AV2031404
2 47151 4 202420766 ALFARO
MORERA MARÍA DE LOS ÁNGELES 33.445.392,00 - 33.445.392,00 AV2031504
2 47151 5 202690654 ALFARO
MORERA JOSÉ ÁNGEL 33.445.392,00 - 33.445.392,00 AV2031604
2 47151 6 202550751 ALFARO
MORERA BLANCA ROSA 33.445.392,00 - 33.445.392,00 AV2031704
2 47151 8 202781196 ALFARO
MORERA CLARA ISABEL 33.445.392,00 - 33.445.392,00 AV2031804
2 47151 9 202420766 ALFARO
MORERA MARÍA DE LOS ÁNGELES 33.445.392,00 - 33.445.392,00 AV2031904
2 47151 10 202690654 ALFARO
MORERA JOSÉ ÁNGEL 33.445.392,00 - 33.445.392,00 AV2032004
2 47151 11 202550751 ALFARO
MORERA BLANCA ROSA 33.445.392,00 - 33.445.392,00 AV2032104
2 47151 12 203370346 ALFARO
MORERA WILLIAM 33.445.392,00 - 33.445.392,00 AV2032204
2 47213 1 3101374049 INVERSIONES
MURYFER DE BELÉN S. A. 29.558.196,00 - 29.558.196,00 AV2069404
2 47214 0 3101374049 INVERSIONES
MURIFER DE BELÉN S. A. 29.558.196,00 - 29.558.196,00 AV2091704
2 47223 0 3102043339 ARGISAVA
LIMITADA 3.592.800,00 3.207.480,00 6.800.280,00 AV2086604
2 47551 0 3101041556 HUERTAS
Y ARIAS SOCIEDAD ANÓNIMA 47.349.900,00 - 47.349.900,00 AV2064604
1 47924 0 3101227869 CORREOS
DE COSTA RICA S. A. 5.411.584,00 6.183.815,00 11.595.399,00 AV1060904
1 52117 0 400989574 MURILLO
MURILLO LUIS HUMBERTO 7.330.052,00 - 7.330.052,00 AV1062404
1 52585 0 3101317859 ROARVI
DE BELÉN SOCIEDAD ANÓNIMA 99.963.600,00 - 99.963.600,00 AV1057604
2 53751 0 202640031 JIMÉNEZ
ALFARO FLORA 17.607.184,00 - 17.607.184,00 AV2067904
2 53759 0 202640031 JIMÉNEZ
ALFARO FLORA 13.837.736,00 - 13.837.736,00 AV2067804
2 53765 0 3102031752 EMPRESA
CONSTRUCTORA FEDERICO RODRÍGUEZ S. A. 13.840.860,00 - 13.840.860,00 AV2069504
2 54583 0 3101171567 FONTANAS
DE LA RIBERA S. A. 23.432.450,00 - 23.432.450,00 AV2037904
2 55379 0 103060175 HIDALGO
HIDALGO ADRIÁN 5.277.681,00 - 5.277.681,00 AV2083904
2 55381 0 3101091924 ELIVACO
S. A. 5.730.142,00 - 5.730.142,00 AV2084204
2 55499 0 3102043339 ARGISAVA
LIMITADA 14.706.676,00 6.991.865,00 21.698.541,00 AV2039704
3 56137 0 3101358445 CENTRO
DE SERVICIOS MÚLTIPLES LA RIBERA S. A. 93.662.205,00 - 93.662.205,00 AV3001004
1 57294 0 3101025434 ISA
S. A. 58.666.113,00 3.873.412,00 62.539.525,00 AV1045104
1 57693 0 3101012421 PROPIEDADES
CECILIA S. A. 37.364.895,00 - 37.364.895,00 AV1083504
2 58993 0 3101317859 ROARVI
DE BELÉN SOCIEDAD ANÓNIMA 49.619.912,00 22.871.680,00 72.491.592,00 AV2044304
2 59743 0 400570560 CHAVES
ARAYA OTONIEL 3.666.476,00 1.401.540,00 5.068.016,00 AV2016204
2 60003 1 204440987 RODRÍGUEZ
ARGUEDAS DANISA 9.730.710,00 - 9.730.710,00 AV2020104
1 60112 0 3101293586 PAMEL
SAN ANTONIO SOCIEDAD ANÓNIMA 4.268.610,00 5.629.400,00 9.898.010,00 AV1079404
2 60253 1 204440987 RODRÍGUEZ
ARGUEDAS DANISA 6.010.200,00 - 6.010.200,00 AV2019904
2 60488 0 103060175 HIDALGO
HIDALGO ADRIÁN 7.694.314,00 - 7.694.314,00 AV2083804
2 60892 0 3101026744 KADEJON
S. A. 32.334.952,00 23.826.760,00 56.161.712,00 AV2002204
1 61582 0 3101031732 CHAYFER
S. A. 22.649.328,00 11.321.600,00 33.970.928,00 AV1078004
2 63136 0 400450539 CHAVES
CAMPOS MELIDA 21.596.807,00 - 21.596.807,00 AV2089004
3 65686 0 3101046941 GONZÁLEZ
Y BRENES S. A. 48.429.458,00 30.716.078,00 79.145.536,00 AV3010404
3 65756 0 400358143 MURILLO
GONZÁLEZ ROGELIO 5.130.000,00 - 5.130.000,00 AV3012704
2 69696 0 3101086154 SEQUEIRA
Y CAMPOS S. A. 8.753.280,00 - 8.753.280,00 AV2063104
2 70203 0 401010425 CAMPOS
RODRÍGUEZ FRANCISCO 3.595.493,00 - 3.595.493,00 AV2026404
1 70387 0 3101017167 LOZA
S. A. 45.530.616,00 6.212.647,00 51.743.263,00 AV1077204
2 70499 0 400660485 CAMPOS
BOGANTES RAMÓN 1.684.897,00 2.435.442,00 4.120.339,00 AV2016604
1 71722 0 3101262680 INVERSIONES
EDAGLO DE BELÉN SOCIEDAD ANÓNIMA 4.869.624,00 9.721.960,00 14.591.584,00 AV1078804
3 72665 0 3101013039 VEHÍCULOS
RECREATIVOS S. A. 16.767.324,00 19.075.488,00 35.842.812,00 AV3003804
2 74014 0 3101035195 COMERCIAL
SIQUIARES S. A. 23.619.428,00 7.028.670,00 30.648.098,00 AV2097304
1 74054 1 Z7068117 SCHEIB
JOSELYIN 10.317.197,00 14.311.210,00 24.628.407,00 AV1020104
1 74054 2 301750367 MURILLO
AGUERO MIREYA 10.317.197,00 14.311.210,00 24.628.407,00 AV1020204
1 74148 0 62616497004557 MEI LING
LIANG 10.871.140,00 - 10.871.140,00 AV1069404
2 77497 0 3101354908 JAMOYJA
SOCIEDAD ANÓNIMA 2.831.034,00 2.332.200,00 5.163.234,00 AV2029604
1 81846 0 3101072399 C M
M SOCIEDAD ANÓNIMA 9.253.029,00 11.167.020,00 20.420.049,00 AV1085104
2 81884 0 3101306901 PRODUCTORA
LA FLORIDA SOCIEDAD ANÓNIMA 2.702.700,00 68.790,00 2.771.490,00 AV2000404
1 81993 0 310285669 AGUIBA
LTDA 10.364.306,00 - 10.364.306,00 AV1052504
2 82211 0 401070946 MORERA
CHAVES ELIGIA MARÍA 19.065.288,00 - 19.065.288,00 AV2044404
2 82227 0 202970533 ZAMORA
FONSECA RAFAEL ÁNGEL 13.227.032,00 6.137.950,00 19.364.982,00 AV2045304
2 82229 0 202970533 ZAMORA
FONSECA RAFAEL ÁNGEL 13.432.692,00 - 13.432.692,00 AV2045204
3 84102 0 3101034491 POPITO
S. A. 190.342.503,00 - 190.342.503,00 AV3004204