Gaceta
Nº 6
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
JUNTA ADMINISTRATIVA PORTUARIA Y DE DESARROLLO
ECONÓMICO DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA
INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSÉ
MUNICIPALIDAD SAN ISIDRO DE HEREDIA
Nº 32858-MP-MTSS-H
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA,
LA MINISTRA DE LA PRESIDENCIA, EL
MINISTRO
DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
En uso de las
facultades conferidas por el artículo 140, incisos 3) y 18) y el
artículo 146, ambos de la Constitución Política.
Considerando:
1º—Que el
Gobierno de la República, ha expuesto sus intenciones por una
política salarial que beneficie a los servidores públicos y
esté en concordancia con las políticas económicas y
sociales desarrolladas en beneficio de toda la ciudadanía costarricense.
2º—Que es
necesario incrementar el salario de los servidores públicos armonizando
la capacidad fiscal del Estado y las políticas gubernamentales
destinadas a propiciar el desarrollo y bienestar del país, coadyuvando
en particular con los esfuerzos para el control del costo de la vida, de forma
que la integración de dichas acciones redunde en beneficio de los
trabajadores y trabajadoras.
3º—Que el
incremento salarial que aquí se autoriza, sumado a los demás
componentes salariales del Sector Público, recupera el poder adquisitivo
del salario total de los servidores públicos.
4º—Que en
consonancia con las políticas mencionadas se dispone realizar un aumento
porcentual al salario base que corresponda a cada categoría ocupacional.
Por tanto,
Decretan:
Artículo
1º—Se autoriza un aumento general al salario base de todos los
servidores públicos consistente en un 5% (cinco por ciento) a partir del
primero de enero del 2006.
Artículo
2º—El incremento indicado en el artículo precedente se
aplicará sobre el salario base de las clases de puestos de los
servidores públicos, según la determinación que para cada
una de estas realice la Dirección General de Servicio Civil, conforme al
proceder técnico y jurídico de aplicación.
Artículo
3º—Aquellos componentes salariales que no estén en
función del salario base de las diferentes modalidades de empleo,
serán incrementados en el mismo porcentaje del aumento general
aquí acordado, mediante resolución.
Artículo
4º—La Autoridad Presupuestaria según su proceder
administrativo y técnico, hará extensiva a las instituciones que
corresponda las resoluciones que respecto de las disposiciones del presente
decreto, emita la Dirección General de Servicio Civil. Asimismo,
autorizará el aumento establecido en el artículo 1° anterior
para las instituciones cubiertas por su ámbito.
Artículo
5º—El presente incremento se aplicará a los pensionados y
pensionadas, de acuerdo con lo que establezcan las leyes correspondientes para
cada régimen.
Artículo
6º—Se mantiene el 8,19% sobre el salario total por concepto de
salario escolar, el cual será cancelado en la segunda quincena del mes
de enero, siguiendo las regulaciones existentes.
Artículo
7º—Ninguna institución pública, entes descentralizados
o empresas públicas del Estado podrán exceder en monto,
porcentaje, ni vigencia el límite de aumento general definido en el
presente Decreto.
Artículo
8º—Este incremento general de salarios rige a partir del 1° de
enero del 2006 y corresponde al primer semestre del mismo año, pudiendo
ser pagado en la segunda quincena del mes de febrero del 2006.
Dado en la Presidencia
de la República.—San José, a los dieciséis
días del mes de diciembre del dos mil cinco.
ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—La Ministra de la Presidencia, Lineth Saborío Chaverri, El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Fernando Trejos Ballestero y el Ministro de Hacienda, David Fuentes Montero.—1 vez.—(Solicitud Nº 14832.—C-32270.—(D32858-613).
DIRECCIÓN GENERAL
DE SERVICIO CIVIL
Nº 33-SC.—San
José, 15 de diciembre del 2005
Se hace saber que la
Dirección General de Servicio Civil ha emitido las siguientes
resoluciones:
- DG-342-2005, se revaloran las
clases genéricas del Manual General de Clasificación de Clases.
- DG-343-2005, se crean las
clases Jefe de Seguridad Institucional y Coordinador de Seguridad Institucional
para ser incluidas en el Manual Institucional del Registro Nacional, se
modifica la Resolución DG-173-2001 del 15 de noviembre del 2001 de
creación del Manual Institucional de Clases del Registro Nacional para
incluir en éste, las clases Jefe de Seguridad Institucional y
Coordinador de Seguridad Institucional. También se modifica el
artículo 2° de su homóloga la DG-221-2004 del 3 de setiembre
del 2004 para crear e incluir la Especialidad Gestión de la Seguridad en
el Manual Descriptivo de Especialidades del Régimen de Servicio Civil.
Además se modifica el artículo 1° de la Resolución
DG-221-2004, para asignar a la Especialidad Gestión de la Seguridad el
código 541.
- DG-344-2005, se asigna
especialidades y subespecialidades a los puestos de la Procuraduría
General de la República de conformidad con el detalle que se adjunta a
esta resolución. Se modifica el Manual Institucional de la
Procuraduría General de la República (Resolución DG-184-99
del 2 de diciembre de 1999 y sus reformas), con el fin de eliminar las
atinencias académicas de las clases y cargos indicados en el
artículo anterior, excepto en las clases Analista de Sistemas,
Coordinador de Núcleo Informático y Contador 1. Asigna grupo de
especialidad (G. de E.:) a las clases del Manual citado, excepto en las clases
Director de Núcleo Informático, Analista de Sistemas y Contador
1.
- DG-345-2005, se modifica el
anexo del artículo 2° de la Resolución DG-221-2004 con el fin
de incluir la Maestría Profesional en Química Industrial como atinencia
académica de varias especialidades.
- DG-346-2005, se modifica el
anexo del artículo 2° de su homóloga la DG-221-2004, con el
fin de incluir lo siguiente: el Bachillerato y la Licenciatura en
Psicología como atinencia académica de la especialidad Planificación
-Psicología-; el Bachillerato en Educación Especial con
énfasis en Problemas de Aprendizaje como atinencia académica de
varias especialidades; el Bachillerato en Administración Educativa como
atinencia académica de la especialidad Promoción Social; la
Maestría Profesional en Currículo y Docencia Universitaria como
atinencia académica de varias especialidades; la Maestría
Profesional en Psicopedagogía como atinencia académica de las
varias especialidades y la Maestría Profesional en Enseñanza del
Inglés con mención en Dirección y Evaluación de
Programas de Inglés como atinencia académica de la especialidad
Educación en el Sistema Penitenciario, subespecialidad Enseñanza
Media en el Sistema Penitenciario, área académica Inglés.
- DG-347-2005, se incluye la
carrera de Diplomado en Construcción en varias especialidades,
específicamente para el rango de aplicación.
- DG-348-2005, se autoriza un
aumento extraordinario de un nueve ochenta y uno por ciento (9,81%) sobre el
salario base, para todas las clases de puestos administrativas anteriores el
Manual Institucional de Clases del Ministerio de Agricultura y
Ganadería, contenidas en los Estratos Operativo, Calificado y
Técnico, ajustando el nuevo salario base a la Escala de Sueldos de la
Administración Pública vigente.
- DG-351-2005, se modifica el
anexo del artículo 2º de la Resolución DG-221-2004 del 3 de
setiembre del 2004, mediante la cual se aprobó el Manual Descriptivo de
Especialidades del Régimen de Servicio Civil, con sus respectivas
atinencias académicas, para que se modifique la especialidad
Formación Profesional. Además, se establece la Normativa para la
aplicación de la especialidad Formación Profesional y sus
Subespecialidades para los puestos de Instructor en Formación para el
Trabajo.
- DG-353-2005, se modifica el
artículo 2° de su homóloga la DG-221-2004 del 3 de setiembre
del 2004, con el propósito de redefinir la Especialidad
Investigación Delictiva; los cambios anteriores a que se refiere lo
anterior no afectarán los derechos adquiridos de los funcionarios que
estén nombrados en puestos con la especialidad Investigación
Delictiva. También se modifica la Resolución DG-173-2001 del 15
de noviembre del 2001 con la que se crea el Manual Institucional del Registro
Nacional: en su artículo 1° de para incluir en las Clases Jefe
Administrativo 2 y Profesional Licenciado 2 varios elementos. Además, se
incluye en la Clase Institucional Profesional Bachiller 1 el cargo Investigador
con modificaciones.
- DG-354-2005, se asigna varios
grupos de especialidad a los puestos del Tribunal Registral Administrativo. Se
considera ampliado el rango de aplicación de las especialidades
Administración (subespecialidad Generalista), Derecho, Labores
Básicas de Mantenimiento y Labores Varias de Oficina, de tal manera que
se incluyen las clases correspondientes de los puestos a los cuales se les
asigna la especialidad. También se modifica su homóloga la
DG-248-2002 de las quince horas del día diecinueve de noviembre del dos
mil dos, mediante la cual se aprueba el Manual Institucional de Clases del
Tribunal Registral Administrativo, a fin de que se suprima el Anexo a la misma
denominado: “Carreras Universitarias atinentes para las clases: Director
Administrativo y Asistente Administrativo”. Además las carreras
académicas que se hayan considerado como atinentes para las distintas
clases de puesto del Tribunal Registral Administrativo y no estén
consideradas en la especialidad asignada al puesto, a solicitud de parte,
deberán ser objeto de estudio por parte de la Oficina de Recursos
Humanos a fin de determinar si procede la inclusión.
- DG-355-2005, se modifica el
anexo del artículo 2° de la Resolución DG-221-2004 con el fin
de: incluir el Bachillerato en Ingeniería Agronómica con
énfasis en Economía Agrícola como atinencia
académica de varias especialidades; incluir la Licenciatura en
Economía Agrícola con énfasis en Agroambiente como
atinencia académica de varias especialidades; incluir la Maestría
Profesional en Gerencia Agroempresarial como atinencia académica de
varias especialidades, siempre y cuando el candidato, en la eventualidad de un
nombramiento o ascenso, esté debidamente incorporado al colegio
profesional respectivo y modifica el rango de aplicación de la
especialidad de Ciencias Agronómicas para que se indique que la
Maestría en Gerencia Agroempresarial es la misma carrera que la
Maestría Profesional en Gerencia Empresarial.
- DG-356-2005, se modifica el
anexo del Artículo 2° de la Resolución DG-221-2004 con el fin
de: incluir la Maestría en Comunicación con mención en
Comunicación Organizacional como atinencia académica de varias
especialidades, siempre y cuando el candidato, en la eventualidad de un
nombramiento o ascenso, esté debidamente incorporado al colegio
profesional respectivo e incluir la Maestría Profesional en
Comunicación con mención en Publicidad como atinencia
académica de varias especialidades, siempre y cuando el candidato, en la
eventualidad de un nombramiento o ascenso, esté debidamente incorporado
al colegio profesional respectivo.
- DG-357-2005, se modifica su
homóloga la DG-095-96 del 10 de diciembre de 1996, mediante la cual se
aprobó el Manual Institucional de Aprendizaje, a fin de incluir en
aquellas clases en que se está asignando especialidad, la leyenda (G. de
E.:). Además se asignan varios grupos de especialidad para diferentes
puestos.
- DG-358-2005, se modifica el
anexo del artículo 2° de su homóloga la DG-221-2004 del 3 de
setiembre del 2004, mediante la cual se aprobó el Manual Descriptivo de
Especialidades del Régimen de Servicio Civil, con sus respectivas
atinencias, para que se incluya en el apartado ubicación al Instituto
Nacional de Aprendizaje (INA) en varias especialidades. Además se
considera ampliado el rango de aplicación de varias especialidades, de
tal manera que se incluyen las clases correspondientes de los puestos a los
cuales se les asigna especialidad.
- DG-359-2005, se modifica el
artículo 2° de su homóloga la DG-221-2004 del 3 de setiembre
del 2004, con la que se crea el Manual Descriptivo de Especialidades del
Régimen de Servicio Civil, a fin de incluir como atinencia
académica las carreras Licenciatura en Turismo, con énfasis en
Administración de Hoteles y Restaurantes, énfasis en
Administración de Agencias de Viajes y énfasis en
Administración de Ecoturismo en las especialidades del Manual
Descriptivo de Especialidades del Régimen.
- DG-360-2005, se modifica la
Resolución DG-112-98 de las nueve horas del día cuatro de agosto
de mil novecientos noventa y ocho mediante la cual se aprobó el Manual
Institucional de Clases de la Dirección General de Aviación
Civil, a fin de establecer varios requisitos de la clase Oficial Aeroportuario
y modifica la Resolución DG-221-2004 del 3 de setiembre del 2004, con la
que se crea el Manual Descriptivo de Especialidades del Régimen de
Servicio Civil, a fin de que la especialidad Operación Aeroportuaria se
lea como se detalla en la resolución.
Publíquese.—Guillermo Lee Ching, Director General.—1 vez.—(Solicitud Nº 16609).—C-78120.—(585).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL
ESTADO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Nº 321/05.—El señor Marcos Céspedes Madrigal, cédula 1-316-957 en calidad de representante legal de la compañía Aseferagri S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial FGM, compuesto a base de Magnesio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 9 de diciembre del 2005.—Programa Registro de Agroquímicos.—Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa.—(105681).
Nº 322/05.—El señor Marcos Céspedes Madrigal, cédula 1-316-957 en calidad de representante legal de la compañía Aseferagri S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Azufertil + Zinc + Boro, compuesto a base de Magnesio-Calcio-Azufre-Zinc-Boro. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 9 de diciembre del 2005.—Programa Registro de Agroquímicos.—Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa.—(105682).
Nº 323/05.—El señor Marcos Céspedes Madrigal, cédula 1-316-957 en calidad de representante legal de la compañía Aseferagri S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Tigsamag + Zinc + Boro, compuesto a base de Magnesio-Calcio-Zinc-Boro. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 9 de diciembre del 2005.—Programa Registro de Agroquímicos.—Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa.—(105683).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Nº 318-2005.—El señor Cecil Alfaro Bravo, cédula 1-687-521, en calidad de Representante Legal de la compañía Plantas y Flores Ornamentales S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Preservante, de nombre comercial Chrysal BVB SL, compuesto a base de Bencil Adenina-Giberelinas. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 9 de diciembre del 2005.—Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa, Programa Registro Agroquímicos.—Gerencia Insumos Agrícolas.—(082).
Nº 319-2005.—El señor Cecil Alfaro Bravo, cédula 1-687-521, en calidad de Representante Legal de la compañía Plantas y Flores Ornamentales S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Preservante de nombre comercial Chrysal AVB, compuesto a base de Nitrato de plata. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 9 de diciembre del 2005.—Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa Programa Registro Agroquímicos.—Gerencia Insumos Agrícolas.—(083).
Nº 320-2005.—El señor Cecil Alfaro Bravo, cédula 1-687-521, en calidad de Representante Legal de la compañía Plantas y Flores Ornamentales S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José solicita inscripción del Preservante de nombre comercial Chrysal Clear Cut Flower Food, compuesto a base de Glucosa. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario Del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 9 de diciembre del 2005.—Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa Programa Registro Agroquímicos.—Gerencia Insumos Agrícolas.—(084).
Nº 334-2005.—La señora María Del Milagro Chaves Desanti, cédula 1-986-566, en calidad de Representante Legal de la compañía María del Milagro Chaves Desanti, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Agrocote 38-0-0 compuesto a base de Nitrógeno-Azufre. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 9 de diciembre del 2005.—Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa, Programa Registro Agroquímicos.—Gerencia Insumos Agrícolas.—(098).
Nº 335-2005.—La señora María del Milagro Chaves Desanti, cédula 1-986-566, en calidad de Representante Legal de la compañía María del Milagro Chaves Desanti, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial POLY -S 38-0-0 compuesto a base de Nitrógeno-Azufre. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 9 de diciembre del 2005.—Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa Programa Registro Agroquímicos.—Gerencia Insumos Agrícolas.—(099).
DIVISIÓN DE CONTROL
DE CALIDAD
Y MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA
EDUCATIVO
REPOSICIÓN DE
TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo I, Folio 32 y Título Nº 280, emitido por el Liceo Nuevo de Limón, en el año mil novecientos noventa y tres, a nombre de Chavarría Muñoz Madelyn. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 7 de noviembre del 2005.—Lic. Marvin Loría Masís, Sudirector.—Nº 76435.—(105628).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Supervisión se ha presentado la solicitud de reposición del Certificado de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada en la Modalidad Comercial, Especialidad de Secretariado, inscrito en el Tomo 1, Folio 30, Asiento Nº 6 y del Diploma de Técnico Medio en Secretaria, inscrito en el Tomo 1, Folio 26, Título 726, ambos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de San Sebastián, en el año mil novecientos ochenta y dos, a nombre de Damassio Solano Yamileth. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y por corrección del apellido, cuyo nombre y apellidos correctos son: Yamileth Damazio Solano. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 20 de diciembre del 2005.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(69).
Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 21, Título N° 48, emitido por el Colegio Profesional Administrativo San Marcos, en el año dos mil dos, a nombre de Montenegro Quesada Ricardo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 5 de diciembre del 2005.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(076).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 43 y título Nº 511, emitido por el Liceo Santa Cruz, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de Ema Xiomara Briceño Viales. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—16 de diciembre del 2005.—Departamento de Pruebas Nacionales.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(138).
REGISTRO NACIONAL
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Administrativa del Acueducto Rural La Guaria del Valle de La Estrella de Limón de la provincia de Limón, con domicilio en la provincia de Limón. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: construir un acueducto para la comunidad La Guaria. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: José Díaz Rodríguez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 554, asiento: 4341).—Curridabat, 26 de setiembre del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 76980.—(339).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación para el Desarrollo de la Comunidad de Brasilia de Sabalito, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: fomentar entre sus asociados el espíritu de ayuda mutua en el orden de desarrollo social y cultural. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Óscar Navarro Cubero. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite (tomo: 560, asiento: 9181; adicional tomo: 561, asiento: 13971).—Curridabat, 12 de diciembre del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 77126.—(340).
REGISTRO DE PATENTES DE
INVENCIÓN
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Joel Andre Frederick Marchal, canadiense, mayor, casado, empresario, pasaporte JS211173, en su condición de apoderado generalísimo de Casori Turismo Sociedad Anónima, de Costa Rica, solicita el modelo de utilidad denominada CARRITOS SOBRE RIELES. Mejoras realizadas a vehículos livianos, de tipo carro de golf, cuadraciclos u otro, los cuales serán impulsados por motor eléctrico, gas o bien por propios usuarios y específicamente adaptados para la prestación de este servicio en los rieles existentes, agregándosele a los mismos para estos efectos ruedas similares a las de un tren especialmente diseñadas con el fin de prestar el servicio. La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es B60F 1 /00, cuyo inventor es Joel Andre Frederick Marchal. La solicitud correspondiente lleva el número 7233, y fue presentada a las 13:37:51, del 27 de enero del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 2 de diciembre de 2005.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 76881.—(106260).
INSTITUTO
METEOROLÓGICO NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Expediente 11966.—Ganadera Hurtado Limitada solicita concesión de agua de 2 nacimientos y río Salitral realizando las captaciones en su propiedad en Cañas Dulces, Guanacaste. Coordenadas 309.570 - 375.60 - 309600 - 375.650 - 309.400 - 375.500 respectivamente. Hoja Curubande. Utilizará 120 litros por segundo del Río Salitral, N - 1, 56.7 litros por segundo y 60.5 litros por segundo N - 2, para usos: turístico, balneario. Propietarios de predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 1º de diciembre de 2005.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(105846).
Expediente Nº 12006.—Autos Hermanos Barrantes S. A., solicita concesión de agua de 4 nacimientos en su propiedad, en Valverde Vega, en cantidad de 5 litros por segundo de cada uno. Coordenadas 235.250-500.750 / 235.230-500.755 / 235.220-500.760 / 235.240-500.765, hoja Naranjo. Propietarios de predios inferiores: Juan Araya Castro, Óscar Alpízar Rojas, Miguel Villalobos Zúñiga y Cristian Gutiérrez Gutiérrez. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de diciembre del 2005.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 76807.—(106261).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Expediente Nº 11968-P.—Zapatería Glicy S.R.L. S. A., solicita concesión de aprovechamiento de agua de pozos AB-2295 en su propiedad en Rivera, Belén, Heredia. Coordenadas: 219.320/516.544. Hoja Abra. Utilizará 2 litros por segundo para uso doméstico y riego. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 1º de diciembre del 2005.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(017).
Expediente Nº 11974-P.—Irving Perera Ramírez y Fernando Soley Soler, solicita en concesión 2 litros por segundo del pozo BA-859 perforado en su propiedad en Barva, para usos domésticos. Coordenadas: 224.150/521.000. Hoja Barva. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de diciembre del 2005.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(018).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. Nº 12012-P.—Los Doce S. A., solicita concesión de agua del pozo RG-194 en su propiedad en Turrúcares, Alajuela, en cantidad de 5 litros por segundo para uso doméstico, abrevadero, granja piscina y riego. Coordenadas 213.400 / 498.600 Hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de diciembre del 2005.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 77116.—(341).
Exp. Nº 12009.—Rancho La Montaña en Las Nubes S. A., solicita concesión de agua de dos nacimientos sin nombre. Sita en Savegre, Aguirre, Puntarenas captadas en su propiedad, en cantidad de 2.50 y 0.50 litros por segundo. Coordenadas 143.650 / 550.280, 145.400 - 550.100 Hoja Dominical. Propietarios de predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de diciembre de 2005.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 77117.—(342).
Exp. Nº 12013.—José Rafael Calvo, solicita en concesión 1,50 litros por segundo del Río Reventado captada en su propiedad de Everardo Araya Hernández ubicada en Cartago, para riego. Coordenadas aproximada: 213.200 / 547.800, Hoja Istarú. Predios inferiores Carlos Aguilar Guzmán y Luis Gustavo Rivera Sánchez. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes de la primera publicación.—San José, 16 de diciembre de 2005.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 77118.—(343).
Exp. Nº 12010.—Agrocomercial Novapor S. A., solicita concesión de agua de Quebrada Hormiguero. Sita en Río Naranjo Bagaces, Guanacaste, realizando la captación en su propiedad, en cantidad de 5 litros por segundo. Coordenadas 297.350 / 417.600 Hoja Miravalles. Propietarios de predios inferiores: Ángel Rojas Bermúdez, Gonzalo Albado Zeledón y Sergio Segura Luna. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de diciembre del 2005.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 77119.—(344).
Exp. Nº 12011.—Flor María López Villegas, solicita en concesión 8 litros por segundo de quebrada Agua Caliente en propiedad de Kemada S. A., ubicada en Bagaces, para restaurante, piscina, cabinas y riego. Coordenadas: 299.450 / 405.150, Hoja Miravalles. Predios inferiores: Didier Arrieta Ulate y Róger Ramírez Murillo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes de la primera publicación.—San José, 16 de diciembre del 2005.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 77120.—(345).
Exp. Nº 11995.—Xinia María, María Lidia, Sandra, todas Rivera Sánchez, María Rosa Sánchez Vega y Luis Gustavo Rivera Sánchez, solicitan en concesión 2 litros por segundo del Río Yerbabuena captado en su propiedad ubicada en Oreamuno, para riego. Coordenadas: 211.100 / 549.720, Hoja Istarú. Predios inferiores: Eladio Elizondo Blanco y Juan José Sánchez Vega. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes de la primera publicación.—San José, 8 de diciembre de 2005.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 77121.—(346).
Exp. Nº 11994.—Sociedad de Usuarios de Agua de la Quebrada Sanatorio, solicita en concesión 4 litros por segundo de la Quebrada Sanatorio captada en propiedad de Iris y Olga ambas Guillén Dittel ubicada en Oreamuno, para usos domésticos y riego. Coordenadas: 212.680 / 549.100, Hoja Istarú. Predios inferiores María Rosa Sánchez Vega, Asdrúbal Ribera Sánchez y Gilberto Araya Sánchez. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes de la primera publicación.—San José, 8 de diciembre de 2005.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 77122.—(347).
Exp. Nº 11993.—Inversiones Block de Notas S. A., solicita en concesión un litro por segundo de cada uno de dos nacimientos captados en su propiedad ubicada en Abangares, para usos domésticos, abrevadero, lechería y riego. Coordenadas: 255.600-443.150 / 255.550-443.100, Hoja Juntas. Predios inferiores no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes de la primera publicación.—San José, 8 de diciembre de 2005.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 77123.—(348).
DIRECCIÓN DE
GEOLOGÍA Y MINAS
SOLICITUD DE
EXPLOTACIÓN EN CAUCE
DE DOMINIO PÚBLICO
En expediente Nº
10-2005 el señor Rafael Ángel Rojas Rodríguez, mayor,
casado una vez, abogado, vecino de Ciudad Quesada, cédula de identidad
Nº 9-009-547, en calidad de apoderado generalísimo sin límite
de suma de Hidro Canalete S. A., cédula de personería
jurídica Nº 3-101-229298, solicita a nombre de su representada,
concesión de explotación de materiales (piedra, lastre y arena)
del cauce de dominio público del río Zapote con las siguientes
características:
Localización Geográfica:
Sito en:
Higuerón, distrito: 04 Bijagua, cantón: 13 Upala, provincia: 02
Alajuela.
Hoja cartográfica:
Hoja Miravalles, escala
1:50.000 del I.G.N.
Localización
cartográfica:
Entre coordenadas
generales: 308985.156 - 423559.269 y 309061.320 -423271.414, límite
aguas abajo; 308408.336 - 423217.758 y 308371.683 -423278.197, límite
aguas arriba.
Área solicitada:
12 ha. 6 256,97 m2,
según consta en plano aportado al folio 21, mismo que debe utilizarse
para la revisión en el campo del amojonamiento.
Derrotero:
Coordenadas del
vértice Nº 1-308408.336 norte y 423217.758 este.
Línea Acimut Distancia
(m)
1-2 358°
04’ 89,27
2-3 29°
11’ 70,61
3-4 19°
11’ 57,05
4-5 348°
18’ 72,51
5-6 61°
17’ 76,78
6-7 10°
55’ 73,67
7-8 350°
54’ 103,11
8-9 344°
16’ 172,66
9-10 102°
08’ 92,55
10-11 99°
47’ 109,75
11-12 113°
06’ 97,00
12-13 209°
22’ 84,76
13-14 180°
02’ 78,18
14-15 168°
47’ 87,32
15-16 170°
53’ 65,72
16-17 171°
07’ 53,56
17-18 241°
19’ 70,94
18-19 246°
15’ 85,48
19-20 230°
17’ 112,55
20-21 199°
58’ 73,22
21-22 204°
03’ 56,65
22-1 301°
14’ 70,68
Edicto basado en la
solicitud inicial aportada el 11 de agosto del 2005, área y derrotero
aportados el 11 de agosto del 2005.
Con quince días
hábiles de término, contados a partir de la segunda
publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer
hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.
San
José, 15 de diciembre del 2005.—Registro Nacional
Minero.—Lic. Rosa María Ovares Alvarado.—Nº
76615.—(105629).
2 v.
2. Alt.
DIRECCIÓN NACIONAL
DE NOTARIADO
Hace saber que ante
esta Dirección se tramitan diligencias de reposición parcial del
tomo dos del protocolo de la notaria Lidiette Chaves Aguilar. Se cita a
aquellas personas interesadas, a fin de que dentro del mes siguiente a la
última publicación de este aviso, presenten a este Despacho las
reproducciones de los instrumentos públicos en su poder y se apersonen
para hacer valer sus derechos (artículo 64 del Código Notarial).
Expediente Nº 04-000459-0624-NO.—San José, 22 de noviembre
del 2005.—Lic. Roy Jiménez Oreamuno, Director a.
í.—Nº 76436.—(105630).
3 v.
3.
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Ante esta Dirección se ha recibido solicitud del licenciado Juan Carlos Castro Loría, cédula de identidad Nº 1-621-217, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta del interesado para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 05-1039-624-NO.—San José, 16 de diciembre del 2005.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—(110).
Ante esta Dirección se ha recibido solicitud del licenciado Nicolás Miranda Miranda, cédula de identidad Nº 8-0079-0424, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta del interesado para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 05-780-624-NO.—San José, 20 de setiembre del 2005.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—Nº 77050.—(349).
Ante esta Dirección se ha recibido solicitud de la licenciada María Gabriela Bolaños Bellído, cédula de identidad Nº 1-1021-903, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta de la interesada para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 05-000970-624-NO.—San José, 2 de diciembre del 2005.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—Nº 77105.—(350).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL DR. ENRIQUE
BALTODANO BRICEÑO
SECCIÓN DE SUMINISTROS
Fuente de
financiamiento: Presupuesto ordinario Hospital Dr. Enrique Baltodano
Briceño.
PROGRAMACIÓN DE COMPRAS AÑO
2006
Cuenta Monto
presup. Descripción estimado
¢
Servicios
No Personales
2112 Información
y Publicidad 2.000.000,00
2114 Impresión
Encuad. y otros 300.000,00
2122 Telecomunicaciones 10.000.000,00
2124 Servicios
de correo 500.000,00
2126 Energía
eléctrica 140.700.000,00
2128 Servicios
de agua 30.000.000,00
2130 Otros
servicios públicos 5.000.000,00
2134 Gastos
de viaje dentro del país 20.000.000,00
2140 Transportes-fletes
en el país 2.500.000,00
2141 Transportes
de bienes 1.500.000,00
2142 Seguros
de daños 15.500.000,00
2144 Seguros
riesgos profesionales 10.374.000,00
2146 Comisión
y otros cargos 400.000,00
2149 Servicios
de ingeniería 4.000.000,00
2152 Mantenimiento
y reparación de equipo 3.000.000,00
2153 Mantenimiento
y reparación de equipo 5.000.000,00
2154 Mant.
y Repar. Otros equipos 90.000.000,00
2155 Mant.
Repar. Maq. y equipo Producc. 5.000.000,00
2156 Mantenimiento
Reparac. Edificio 20.000.000,00
2157 Mant.
y Reparac. Equipo comunicación 8.000.000,00
2159 Manten.
y reparación equipo cómputo 7.000.000,00
2184 Traslados 120.000.000,00
2186 Hospedajes 1.200.000,00
2188 Contratación
servicios médicos, (Patología) 1.000.000,00
2193 Serv.
Mantenimiento zonas verdes 12.000.000,00
2199 Otros
servicios no personales 2.000.000,00
Materiales
y Suministros
2201 Combustible,
lubricantes y grasas 99.000.000,00
2203 Medicinas 22.000.000,00
2205 Otros
productos químicos y conexos 79.000.000,00
2206 Tintas
pinturas y diluyentes 10.000.000,00
2207 Textiles
y vestuarios 40.000.000,00
2209 Llantas
y neumáticos 2.500.000,00
2210 Productos
papel y cartón 10.000.000,00
2211 Impresos
y otros 3.000.000,00
2212 Materiales de producción metal 6.500.000,00
2213 Alimenticios
y bebidas 155.000.000,00
2214 Madera
y sus derivados 1.250.000,00
2215 Otros
materiales y Produc. Construcción 5.500.000,00
2216 Mat.
y Prod. Elct. Tel y comunicación 7.500.000,00
2217 Instrumentos
y herramientas 5.000.000,00
2218 Material
y Prod. de vidrio 2.000.000,00
2219 Instrumental
médico y laboratorio 95.000.000,00
2220 Material
y Produc. de plástico 2.250.000,00
2221 Repuestos,
equipo de transportes 5.000.000,00
2223 Otros
repuestos 68.000.000,00
2225 Útiles
y materiales de oficina 7.500.000,00
2227 Útiles
y materiales de limpieza 6.000.000,00
2228 Útiles
y Material Resg. y Seguridad 2.000.000,00
2229 Envases
y empaques 3.500.000.00
2231 Útiles
y materiales de cocina 5.000.000.00
2233 Otros
útiles y materiales 500.000.00
2237 Otros Mater. y suministro 19.500.000.00
2241 Combustible
y equipo de transporte 15.000.000.00
2243 Lubricantes
grasas y Eq. de Trans. 1.500.000.00
Maquinaria
y Equipo
2310 Equipo
y mobiliario oficina 2.000.000.00
2315 Equipo
de cómputo 7.000,000.00
2320 Equipo
médico y de laboratorio 18.645.000.00
2340 Equipo
para comunicaciones 2.000.000.00
2390 Equipos
varios 5.000.000.00
2617 Accesorios
médicos 35.000.000.00
Lic. Oscar
Sánchez Fuentes, Encargado de compras.—Lic. Johel Dávila
Mora, Director Administrativo Financiero.—1 vez.—(195).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD SAN ISIDRO
DE HEREDIA
PROGRAMA DE ADQUISICIONES
PERÍODO 2006
De conformidad con lo
establecido en el artículo 6º de la Ley de Contratación
Administrativa y artículo 7º del Reglamento de Contratación
Administrativa, se da a conocer el programa de adquisiciones para período
2006.
Monto Período
estimado ejecución
PROGRAMA
I – SERVICIOS 8.547.235,65 Ene.
a Dic. 06
ADMINISTRACIÓN
–AUDITORÍA INTERNA
Póliza
riesgos, servicios públicos, seguro vehículos
mantenimiento
vehículos y sistemas, equipo y mobiliario,
honorarios
consultorías, serv. contratados, mant. edificio
y maquinas,
gastos representación, viáticos, capacitación
y otros gastos
del servicio
PROGRAMA
I – MATERIALES Y SUMINISTROS 3.200.000,00 Ene.
a Dic.06
ADMINISTRACIÓN
– AUDITORÍA INTERNA
Materiales
necesarios para la ejecución del programa
(papelería,
útiles oficina, aseo, combustible mantenimiento,
bolsas,
herramientas, repuestos, etc.)
PROGRAMA
I – BIENES DURADEROS 526.915,50 Ene.
a Dic. 06
ADMINISTRACIÓN
Compra
equipo oficinas y programas
PROGRAMA
II – SERVICIOS 42.409.082,47 Ene.
a Dic.06
(BASURA-CAMINOS
Y CALLES-CEMENTERIO-
VÍAS
EDUCATIVOS Y CULTURALES)
Gastos
rutinarios para el desarrollo del servicio, como
pólizas,
disposición final basura, vehículos, servicios
públicos,
cementerio, mantenimiento equipo,
alquiler recolector
y otros.
PROGRAMA
II MATERIALES Y SUMINISTROS 42.613.422,65 Ene.
a Dic. 06
(BASURA-CAMINOS
Y CALLES-CEMENTERIO-
VÍAS
APORTE EN ESPECIE PARA SERVICIOS Y
PROYECTOS
COMUNITARIOS
Materiales
necesarios que se utilizan en los servicios para
el desarrollo de
los mismos (uniformes, combustible,
aceites, bolsas,
materiales y agregados uso construcción,
herramientas,
repuestos y accesorios, llantas, equipo
seguridad,
mantenimiento caminos señalización de vías
y otros
Mejoras: Esc.
José Martí, Kinder José Martí, Esc.
Colonia
Isidreña, Colegio San Isidro, Hogar Ancianos
Ntra.
Señora Ángeles, Ebais San José, Esc. Sta. Cruz,
Esc. Sta. Elena,
Esc. San José, Esc. Sta. Cecilia,
Esc.
Concepción, Esc. San Francisco, mej. Salón
Comedor
Concepción, Salón Comunal San Frco.
Centro
Nutrición San Frco., remod. comunal San José,
acceso peatonal:
Barrio Lourdes, Calle Solís,
Calle a la
pista, paso peatonal Río Tranqueras a Calle
San Luis, acceso
peatonal, Sta. Cecilia-Iglesia-Minisúper
La
Cortesía, Calle Mercedes, Concepción, mejoras
Calle Amistad,
acceso peatonal Calle Mercedes San Frco.,
mej. Cancha San
José, mej. Cancha Multiuso Sta. Elena,
mobiliario:
Salón Sta. Cecilia y Salón Concepción,
mejoras
área comunal deportiva San Frco.
Mejoras
Polideportivo.
PROGRAMA
II – BIENES DURADEROS 11.380.361,00 Ene.
a Dic.06
BASURA-CAMINOS
Compra
vehículo recolección basura, reparaciones
mayores
maquinaria, adiciones y mejoras de los servicios
PROGRAMA
III – SERVICIOS 768.169,20 Ene.
a Dic.06
INVERSIONES
(Seguros
y otras obligaciones)
III-3
MATERIALES Y
SUMINISTROS – VÍAS
COMUNICACIÓN 66.515.194,00 Ene.
a Dic.06
OBRAS
POR ADMINISTRACIÓN – LEY 8114
Unidad
Técnica de Gestión Vial Municipal mantenimiento
rutinario de la
red vial, mejoramiento y rehabilitación red
vial cantonal,
recarpeteo Calle Leones-Monteverde,
Sta. Cecilia,
Calle Gildo, cuadrantes San Isidro
de Pizza El
Paseo 100 al oeste y Calle Rinconada,
alcantarillado
mayor contiguo Bar la Pista y Cuesta
Los Chizos,
bacheo del cantón, alcantarillas
mayores en el
cantón.
Reacondicionamiento
Edif. Municipal, mej. Esc.Música,
const. 1era.
etapa Biblioteca Pública, mej. Pte. Zamora
y pasarela
colegio, const. pte. peatonal por Lubricentro
San Frco., mej.
pte. peatonal Río Tibás, mejoras en
acueductos en el
cantón, entubados en el cantón,
const. rampas
Ley Nº 7600, mej. Centro Urbano, muro
contención
entre acera y Río Tranqueras y entre acera
Calle Salas,
mejoras Parque Infantil Urb. San Isidro,
iluminación
cancha Dep. Concepción.
PROGRAMA
III – BIENES DURADEROS 7.783.500,00 Ene.
a Dic.06
San Isidro Heredia, 22
de diciembre del 2005.—Sandra Ramírez Villalobos,
Proveedora.—1 vez.—(140).
AVISOS
REFINADORA COSTARRICENSE
DE PETRÓLEO S. A.
DIRECCION DE SUMINISTROS
PROGRAMA ANUAL DE
ADQUISICIONES
PERIODO: ENERO-DICIEMBRE 2006
A continuación
se presenta el Programa Anual de Adquisiciones desagregado según los
programas que conforman la estructura presupuestaria de RECOPE, en millones de
colones.
PROGRAMA DE INVERSIONES
Monto
Partida y descripción del proyecto Descripción
de la obra Descripción
de la contratación estimado Mes
de inicio
AMPLIACIÓN CAPACIDAD
DE ALMACENAMIENTO
1250-500-2221 Ampliación
capacidad Contrataciones
varias para la ampliac.
de
almacenamiento de
la capacidad de almacenamiento Copias
heliográficas y otros 2,70 Mayo
- setiembre
1250-500-2516 Servicios
de aseo, limpieza,
Confecc.
lavandería y otros. 0,25 Febrero-mayo-
octubre
1250-500-2714 Reparación
de vehículos
asignados
al proyecto 2,00 Febrero-
mayo- octubre
1250-500-3220 Compra
de útiles y materiales
de
oficina 0,70 Enero-
mayo- setiembre
1250-500-3311 Compra
pinturas y prods. químicos 0,30 Enero-
mayo- setiembre
1250-500-3411 Compra
de herramientas
asignadas
al proyecto 0,70 Febrero-
mayo- octubre
1250-500-3421 Compra
de repuestos para los
vehículos
asignados al proyecto 0,60 Febrero-
mayo- octubre
1250-500-3510 Compra
materiales de construcción
para
ser utilizados en el proyecto 12,00 Febrero-
mayo- octubre
1250-514-9111 IV y V Esfera LPG Construcción
e Interconexión de Esfera
N°
4 y N° 5 de Gas Propano en Refinería
para
LPG en la Refinería Construc.
de dos esferas de 25 MBBL 8,40 Noviembre
1250-514-2513 Servicios
profesionales en Ingeniería 5,00 Enero
a julio
1250-519-9111 Tanques
de diesel
Barranca
(50 MBBLS) Construc.
de un tanque de 50 MBBLS para
Diesel
en Barranca Construc.
de un tanque de 50 MBBLS
para
Diesel en Barranca 1.500,00 Febrero
1250-519-2513 Servicios
profesionales en Ingeniería 0,50 Julio
1250-520-9111 Tanque
crudo liviano refinería
(100
MBBLS) Construc.
de un tanque de 100 MBBLS
para
Crudo Liviano en la Refinería Construc
de un tanque de 100 MBBLS
para
Crudo Liviano en la Refinería 5,78 Noviembre
1250-520-2513 Servicios
profesionales en ingeniería 0,75 Julio
1250-521-9111 Tanque
diesel Refinería
(100 MBBLS) Construc.
de un tanque de 100 MBBLS
para Diesel en la Refinería Construc.
de un tanque de 100 MBBLS
para Diesel en la Refinería 2,90 Mayo
1250-521-2513 Servicios
profesionales en ingeniería 1,07 Julio
1250-522-2513 Tanque
gasolina El Alto
(35 MBBLS) ConstruC.
de dos tanques de 35 MBBLS
para Gasolina en El Alto Servicios
profesionales en ingeniería 1,12 Julio
1250-523-2513 Tanque
diesel El Alto
(100
MBBLS) Construc.
de un tanque de 100 MBBLS
para Diesel en El Alto Servicios
profesionales en ingeniería 2,50 Julio
1250-524-9111 Tanque
Jet La Garita
(25
MBBLS) Construc.
de dos tanques de 25 MBBLS
para
almacenar Jet en La Garita Construcción
de dos tanques de 25
MBBLS p/ almacenar Jet en La Garita 1.735,00 Noviembre
1250-524-2513 Servicios
profesionales en ingeniería 0,48 Julio
1250-525-2513 Tanque
Jet Barranca (25 MBBLS) Construc.
de dos tanques de 25 MBBLS
para
almacenar Jet en Barranca Servicios
profesionales en ingeniería 0,60 Julio
1250-526-2513 Reposición
de tanque 719 en
Moín
y un tanque de 50 MBBLS
de
AV GAS Construc.
de un tanque de 50 MBBLS
para
el Tanque 719 en Moín Servicios
profesionales en ingeniería 0,52 Julio
1250-527-2513 Tanque
gasolina súper
La
Garita (30 MBBLS) Construc.
de dos tanques de 30 MBBLS
para
Gasolina Súper en La Garita Servicios
profesionales en ingeniería 0,40 Julio
1250-552-9111 Tanques
gasoleo Moín (6 MBBLS) Construc.
de un tanque de 6 MBBLS
para
Gasoleo en Moín Construc.
de un tanque de 6 MBBLS
para
Gasoleo en Moín 235,00 Enero
1250-552-2513 Servicios
profesionales en ingeniería 0,38 Julio
SUBTOTAL 3.519,65
EDIFICACIONES
1201-007 Terrenos
La Garita Adquisic.
de terrenos para conformar
el
anillo de seguridad en planteles Compra
de terrenos en La Garita 50,00 Octubre
1201-008 Terrenos
Barranca Adquisic.
de terrenos para conformar
el
anillo de seguridad en planteles Compra
de terrenos en Barranca 50,00 Octubre
1250-402-9211 Edificio
Oficinas Centrales Mejoras
al edificio adquirido por
Recope
para albergar el personal
del
área metropolitana Mejoras
al Edificio administrativo
de
Recope 600,00 Enero
1250-407-9211 Edificio
atención al Cliente
y
Centro Médico Construc.
del edificio para albergar
el
Centro Médico del Plantel El Alto
y
el edificio de Servicio al Cliente Construc.
del edificio del Centro
Médico
y Servicio al Cliente 150,00 Enero
1250-409-9211 Bodegas
Refinería - La Garita Construc.
del edificio para albergar
los
talleres de mantenim. de La Garita Construc.
del edificio de bodegas
en
La Garita 200,00 Enero
1250-411-2513 Bodegas
y Talleres Refinería
y
Distribución Construc.
del edificio para albergar
los
talleres de mantenimiento de la
Refinería
y dstribución Servicios
profesionales p/ el diseño
de
las bodegas y talleres de la
Refinería
y Distribución 10,00 Enero
SUBTOTAL 1.060,00
OBRAS DE MEJORAMIENTO EN FACILIDADES
PORTUARIAS Y REFINACION
1250-303-8221 Conservación
de energía Instalación
de equipo para medición
gasto
y producción de energía en
diferentes
unidades de proceso y
para
recuperación de calor de hornos,
calderas
y tuberías Adquisic.
de contabilizadores de
consumo
y medidores para el
sistema
de conservación de energía 50,00 Marzo
1250-308-9111 Modernizac.
de la Refinería Ampliación
de la capacidad de
procesamiento
de la Refinería a 40
mil
barriles diarios. Ingeniería básica. Segunda
fase del proyecto de
modernización
de la Refinería 56.000,00 Diciembre
1250-308-2513 Consultoría
para desarrollar el
cartel
de construcción y otras
contrataciones
de servicios
profesionales
en ingeniería 180,00 Enero
a mayo
1250-308-2221 Copias
heliográficas y otros 0,20 Mayo-
setiembre
1250-308-2441 Compra
de pasajes aéreos 3,00 Mayo-
setiembre
1250-361-8211 Reposic.
equipo de proceso Reposición
de una serie de bombas
e
intercambiadores de calor de las
distintas
unidades de proceso de
Refinería,
los cuales han llegado al
final
de su vida útil Compra
de equipo de proceso
(Bombas,
torres, intercambiadores
de
calor y otros) 800,00 Enero
a diciembre
1250-364-9111 Obras
menores Refinería Construc.
varias obras en la Refinería Contratación
de varias obras,
adiciones
y mejoras en el plantel
de
la Refinería 755,00 Febrero
a julio
Contratación
de varias obras de
construcción
de edificios y obras
complementarias
en Moín 425,00 Febrero
a julio
1250-365-9111 Sistema
enfriamiento Refinería Adquisición
de sistema de circuito
cerrado
para el agua de enfriamiento
de
la Refinería Contratac.
de la ingeniería, la procura
y
la construc. del sistema enfriamiento
de
la Refinería 2.085,00 Diciembre
1250-365-2513 Servicios
profesionales en Ingeniería 1,00 Julio
1250-370-9111 Unidad
de vacío Adquisic.,
instalac. e interconexión
de
la unidad de vacío Instalac.
e interconexión de la Unidad
de
vacío en la refinería 1.950,00 Noviembre
1250-371-9111 Dragado
del muelle Mejoras
en la zona de maniobras
del
muelle petrólero Mejoras
al patio de maniobras del
muelle
petrolero en Limón 1.450,00 Enero
1250-372-2513 Sistema
de mezclado en línea
para
Producción Sistema
en línea que permita la
producción
de los productos de
consumo
final en una forma más
rápida
y eficiente Servicios
profesionales para la
Ingeniería
Básica 35,00 Noviembre
1250-373-9111 Reconstruc.
del horno TH-101 Reconstrucción
del horno de
Termocraqueo
de la Refinería, el
cual
es indispensable para la planta
en
el proceso de Refinación Reconstrucción
del horno de
termocraqueo
de la Refinería 250,00 Enero
SUBTOTAL 63.984,20
OBRAS PARA EL MEJORAMIENTO
OLEODUCTO Y PLANTELES
1250-311-9111 Cargaderos
El Alto Construcción
de instalaciones
requeridas
para atender demanda
en
el Plantel El Alto. Incluye
ubicación
de cargaderos, construc.
de
nuevos cargaderos, áreas de
maniobras
y acceso de cisternas. Construc.
del Patio de Cargaderos
El
Alto 600,00 Octubre
1250-313-9111 Terminal
Atlántico Nueva
terminal para la importación Construc.
de la terminal Portuaria
de
hidrocarburos en el Atlántico en
el Atlántico 32.000,00 Diciembre
que
permita descarga de buques
1250-313-2441 petroleros
y trasiego de derivados
del
petróleo Compra
de boletos aéreos 2,50 Enero-mayo-setiembre
1250-313-2513 Servicios
profesionales en Ingeniería 15,00 Febrero
1250-314-2513 Cargaderos
La Garita Construc.
de instalaciones requeridas
para
atender demanda en el Plantel
La
Garita. Incluye ubicación de
cargaderos,
construcción de nuevos
cargaderos,
áreas de maniobras y
acceso
de cisternas. Realizac.
del diseño final del Patio de
Cargaderos
La Garita 10,00 Febrero
1250-328-9211 Terminal
Pacífico Terminal
para la importación de
hidrocarburos
en el Pacífico que Construcción
o compra de la
permita
descarga de buques terminal
Pacífico 3.000,00 Abril
1250-328-2500 petroleros
y trasiego de productos
mpios
al Plantel Barranca y La Garita Servicios
profesionales en Ingeniería
y
otras especialidades 35,00 Febrero-
marzo- julio
1250-343-9111 Separador
de Aguas
Oleaginosas
La Garita Ampliar
en un canal adicional el
separador
existente para aumentar Construcción
del Separador de Aguas
la
capacidad de tratamiento según Oleaginosas
La Garita 251,00 Mayo
1250-343-2513 los
requerimientos del plantel
y
estar en posibilidad de sacar
a
mantenimiento una parte
del
separador Servicios
profesionales en Ingeniería 7,00 Febrero
1250-344-9111 Separador
de Aguas
Oleaginosas
El Alto Construcción
de un separador nuevo
para
tratar el área de tanques de Construcción
del Separador
almacenamiento
y complementar de
Aguas Oleaginosas El Alto 251,00 Mayo
1250-344-2513 la
capacidad del separador actual Servicios
profesionales en Ingeniería 6,00 Febrero
1250-352-2500 Poliducto
Limón –
La
Garita (III Etapa) Construc.
de una tubería enterrada Varios
servicios profesionales en
y
protegida catódicamente, de
300 mm Ingeniería
para la construc. y
de
diámetro y 158,7 km de longitud, supervisión
de la III Etapa 150,00 Enero
a setiembre
1250-352-2119 que
uniría la Refinería y el Plantel Alquiler
de equipos de oficina
La
Garita, aprovechando los para
la Unidad Ejecutora del Proyecto 1,00 mayo-setiembre
1250-352-2221 derechos
de paso actual del poliducto Copias
heliográficas y otros 3,00 Mayo-setiembre
1250-352-2441 Compra
de boletos aéreos 15,00 Enero-mayo-setiembre
1250-352-2714 Reparac.
vehículos asignados proyecto 5,00 Febrero-mayo-octubre
1250-352-3221 Compra
de útiles y materiales de oficina 5,00 Enero-mayo-setiembre
1250-352-3411 Compra
herramient. asignadas proyecto 5,00 Febrero-mayo-octubre
1250-352-3421 Compra
repuestos y accesorios para
los
vehículos asignados al proyecto 5,00 Febrero-mayo-octubre
1250-352-8224 Compra
mobiliario y equipo de oficina
asignados
al proyecto 5,00 Febrero-mayo-octubre
1250-352-8225 Compra
equipo y programas cómputo
asignados
al proyecto 15,00 Febrero-mayo-octubre
1250-353-9111 Nuevo
Plantel Aeropuerto
Internac.
Juan Santamaría Construc.
de la línea de suministro
de
combustible para el Aeropuerto
Juan
Santamaría Construcc.
del nuevo plantel en el
Aeropuerto
Internac. Juan Santamaría 9.000,00 Enero
1250-354-2513 Terminal
Aeropuerto Liberia Construcción
de la línea de suministro
de
combustib. p/ el Aeropuerto de Liberia Servicios
profesionales en Ingeniería
p/
la realizac. del protocolo del proyecto 15,00 Febrero
1250-382-9111 Equipo
oleoducto y planteles Adquisición
de una serie de equipos
para
ser utilizados tanto en planteles,
como
en las estaciones de bombeo del
oleoducto.
Se incluyen bombas, motores,
equipo
menor, válvulas, instrumentos y
herramientas Construc.
sistema contra incendio
en
Barranca, instalac. motobombas,
instalac.
de sistema de descarga de
camiones
cisterna, reforzamiento
estructural
de tanques y compra
e
instalación de un tanque para
almacenar
Slop en Siquirres. 500,00 Enero
a junio
1250-382-8211 Bomba
y filtro para trasegar
combustible,
medidor de caudal,
eje
completo de bomba, conjunto
de
alarmas contra incendio,
cochina
inteligente, motores,
planta
de emergencia, generador
eléctrico
y otros equipos de
oleoducto
y planteles. 560,00 Enero-marzo-mayo
1250-389-3411 Sistema
Instrumentac. Planteles Adquisición
e instalación de equipos
y
herramientas p/ análisis, diagnóstico, Compra
de herramientas 10,00 Agosto
1250-389-8211 mantenimiento,
inspecc. y supervis.
de
las instalaciones de planteles Sistema
de medición de volumen,
y
estaciones de bombeo bombas
hidráulicas, transmisores
de
flujo, baños de temperatura
y
equipos de diagnóstico. 130,00 Marzo
1250-389-8225 Compra
de equipo y programas
de
cómputo para el sistema
de
instrumentación 20,00 Febrero-mayo-octubre
1250-389-9111 Instalación
de operadores “rotork”. 334,00 Enero
1250-390-9111 Patio
de cargaderos Moín Construc.
de instalaciones requeridas
p/
atender demanda en Moín. Incluye
ubicac.
y construc. nuevos cargaderos,
áreas
de maniobras y acceso de cisternas Construcción
de instalaciones
requeridas
para atender demanda
en
Moín. 3.210,00 Enero
1250-390-2513 Servicios
profesionales en ingeniería 27,00 Febrero
1250-392-9111 Obras
menores oleoducto
y
planteles Construcción
de diversas edificaciones
e
instalaciones en planteles Instalación
de bomba p/ mejorar
bombeo
de Ifos en Moín. 150,00 Marzo
Readecuación
de un acueducto en
el
Plantel Barranca. 75,00 Mayo
Techado
patio de válvulas en Moín 24,00 Febrero
Pavimentac.
de patio de maniobras
de camiones cisternas en Plant. Barranca 65,00 Febrero
Reparación
de tanques en Turrialba 35,00 Junio
Obras
menores varias en los planteles 60,00 Abril
Remodelac.
de oficinas de producto
negro
Plantel El Alto. 15,00 Febrero
Construcción
de instalaciones para
el suministro de gasolina a pescadores 30,00 Marzo
1250-398-9111 Sistema
de ventas de Ifos
en
Moín Mejoras
en los equipos de produc.,
bombeo,
trasiego y medición desde
la
refinería hasta el muelle petrolero Construcción
del sistema de ventas
de
Ifos en Moín 1.970,00 Mayo
1250-398-2221 Copias
heliográficas y otros 2,00 Mayo-setiembre
Servicios
profesionales en ingeniería 25,00 Febrero
1250-399-9111 Sistema
de medición
de
nivel de tanques
planteles Instalac.
y compra del equipo de
medición
de tanques en custodia Construc.
del Sistema de Medición
del
nivel de tanques en Planteles 700,00 Octubre
1250-399-2221 Copias
heliográficas y otros 0,50 Febrero
1250-399-2513 servicios
profesionales en ingeniería 0,50 Mayo-
setiembre
SUBTOTAL 53.344,50
SISTEMAS DE INFORMACIÓN
1250-602-2119/
2221/2500/2711/
2719/2993/3220/
8225 Sistema
Integrado de Administr.
Financiera
Génesis Proyecto
de Modernización
Tecnológica
de Recope
con
base en el Sist. Integrado
Administrativo
Financiero
que
incluya plataforma
e
implantación Fotocopias,
contratac. servicios
profesionales,
servicios de capacitac.,
compra
útiles y materiales de ofic.,
y
compra equipo y programas
de
cómputo 246,00 Febrero
1250-603-
2519/2993/8225 Sistema
Integr. de Computac.
Digital
Siditoc Sistema
Integr. de Computac.
Digital
para la empresa, el
cual
considera: bibliotecas,
planotecas,
archivo central,
administrac.
de correspondenc.,
acuerdos
de junta directiva y
digitalizac.
de documentac.
final
de procesos Contratac.
servicios profesionales,
servicios
de capacitación y compra
de
equipo y programas de cómputo 55,00 Febrero
1250-604-2519/
2993/8225 Sistema
de Información
Geográfica
y Sala de
Contingencias Sala
de situación o elemento
físico
y virtual computacional
de
monitoreo de información,
sobre
la operación de la
infraestructura
de Recope
en
un despliegue gráfico
georeferenciado
en tiempo
real,
mediante el uso de
herramientas
telemáticas Contratac.
servicios profesionales
y
compra de equipo y programas
de
cómputo 35,00 Febrero
1250-605-
2519 /8225 Herramientas
de
Tecnología
de Informac. Desarrollo
de herramientas en
tecnología
de informac. para
la
Dirección de Estudios de
Demanda
Energética Contratac.
servicios profesionales
y
compra de equipo y programas
de
cómputo 18,00 Febrero
1250-606-
2993 /8225 Desarrollo
de Plataformas
Tecnológicas
de Seguridad Mejora
y desarr. de Plataformas
Tecnológicas
de Seguridad con
el
fin de garantizar la protección
de
la información contenida en
las
diferentes estructuras
tecnológicas
contra accesos
internos
y externos, indebidos
y
maliciosos Actualizac.
de cuatro componentes
tecnológicos
asociados con la
seguridad
informática 105,00 Enero
1250-607-
2993/8225 Gestión
de servicios
Informáticos
y telemáticos
a
nivel Institucional Mejora
de la gestión de servicios
informáticos
y telemáticos a nivel
institucional
para garantizar una
oportuna
y proactiva gestión de
las
tecnologías implementadas Implement.
de tres herramientas
p/
la gestión de servics. informáticos 130,00 Enero
SUBTOTAL 589,00
EQUIPO
OPERACIONAL, MOBILIARIO
Y
EQUIPO DE APOYO, VEHICULOS
1230-001 Licencias
Software Soporte Adquisición
de diversas licencias
de
software soporte p/ toda la Empr. 200
licencias de software para
toda
la Empresa 190,00 Enero
a diciembre
1205-003 Equipo
y herram. p/ talleres Adquisic.
de diversos equipo p/
talleres
en Refinería y planteles Herramientas
para talleres
de
Zona Atlántica 127,00 Enero
a diciembre
Herramientas
p/ talleres en planteles 80,00 Enero
a diciembre
1205-004 Equipo
contra incendio
y
recolección de derrames Adquisic.
de equipo contra incendio
y
recolección de derrames Equipos
fijos contra incendio y
recolección
de derrames 220,00 Enero
a julio
Equipos
idóneos para el control
de
derrames 200,00 Enero
a diciembre
1205-006 Equipo
pesado de construc. Reposic.
y adquisic. de equipo pesado
p/
la Gerencia de Mercadeo y Distribuc. Sustitución
de equipo auxiliar para
brindar
la atención adecuada de la
infraestructura 770,00 Enero
a diciembre
Adquisición
de equipo pesado 80,00 Marzo
1206-001 Mobiliario
y equipo de oficina Adquisic.
de mobiliario y equipo
de
oficina para las diferentes
dependencias
de la Empresa Mobiliar.
y equipo de oficina para
la
Administración Superior 10,00 Enero
a diciembre
Mobiliar.y
equipo de oficina para
dependencias
de la Gerencia de
Administrac.
y Finanzas 80,00 Enero
a diciembre
Mobiliar.
y equipo de oficina para
la
Gerencia de Comercio Internac.
y
Desarrollo 500,00 Enero
a diciembre
Mobiliar.
y equipo de oficina para
la
Gerencia de Mercadeo y Distribuc. 25,00 Enero
a diciembre
Mobiliar.
y equipo de oficina para
la
Gerencia de Refinación 35,00 Enero
a diciembre
1206-004 Equipo
de cómputo Reposic.
y ampliac. del parque
computacional
de la Empresa,
incluyendo
el soporte lógico
necesario
para las distintas
actividades Equipo
de cómputo: impresoras,
“scanner”,
computadoras,
retroproyectores,
servidores
de
estaciones, equipo periférico
y
otros p/ el desarr. e implantac.
de los sistemas institucionales 500,00 Enero
a diciembre
1206-005 Equipo
de laboratorio Adquisic.
de equipo para los
laboratorios
de control de proceso
y
de control calidad de la refinería
y
planteles Dotación
de equipo a laboratorios
de
Control Calidad (Moín, El Alto
y
La Garita) 548,90 Enero
a diciembre
1206-006 Equipo
de radiocomunicac.
y telefonía Adquisic.
equipo de radiocomun.
y telefonía Adquisic.
de 10 equipos para la
plataforma
de comunicación,
equipos
para el mejoramiento
de
las centrales telefónicas,
equipos
para la red y equipos
de
comunicación 292,00 Enero
a julio
1206-007 Equipo
de soda Adquisic.
de equipo p/ las sodas
que
brindan servicio de comida a
los
empleados en la Refinería
y
Planteles Equipos
varios p/ la soda de refinería 5,00 Abril
1206-008 Equipo
médico y odontológ. Adquisic.
de equipo médico y
odontológico
para Oficinas Ctles,
Refinería
y Planteles Equipos
médics p/ la atenc. del
personal 22,00 Marzo
1206-012 Equipo
seguridad industrial Adquisic.de
seguridad industrial
para
las Oficinas Centrales,
Refinería
y Planteles Equipo
para seguridad industrial
de
la Refinería , compra de chalecos
antibalas,
sist. de control de acceso
y
otros equipos de segurid. industrial 150,00 Marzo
1206-014 Equipo
de metrología Equipo
de metrología p/ laboratorios Equipo
p/ laboratorios de metrología
(para
grandes masas y volúmenes y
para
pequeñas masas, temperatura
y
tiempo) 100,00 Enero
a diciembre
1207-004 Reposición
de vehículos Adquisic.
de vehículos p/ reposic.
de
unidades deterioradas Sustituir
vehículos, motos, bicicletas
y
otros medios de transporte de la
Empresa,
según estudio de reposic.
de
vehículos. Mantenimiento mayor
de
vehículos. 400,00 Enero-marzo
SUBTOTAL 4.334,90
TOTAL DE INVERSIONES 126.832,25
Nota: La
financiación de los bienes y servicios señalados anteriormente se
realizará con recursos propios.
PROGRAMA DE OPERACIONES
Servicios y materiales
Monto Partida
Descripción
de la partida Descripción
del bien o servicio estimado Mes presupuest.
ALQUILERES 2100
Alquileres
de edificios, locales y terrenos, Alquiler
de locales para actividades de la Gerencia General 1,00 Febrero
- agosto
maquinaria,
equipo y mobiliario, equipo
de
cómputo y otros. Otros
alquileres de equipos y transporte para la Gerencia General 1,00 Mayo
- noviembre
Alquiler
de parqueo para vehículos de clientes y personal de la
Empresa
ubicado en el Edif. Vista Palace. 5,56 Enero
a diciembre
Alquiler
de fotocopiadoras, central telefónica y radiolocalizadotes
para
las áreas de la Gerencia de Comercio Internac. y Desarrollo 6,46 Enero
a diciembre
Alquiler
de salas para reuniones de las diferentes áreas de la
Gerencia
de Comercio Internacional y Desarrollo 0,15 Enero
a diciembre
Alquiler
de central telefónica, equipo de transporte liviano
y
pesado, equipo y maquinaria especial, equipo de oficina,
de
cómputo, fax, fotocopiadoras y radiolocalizadores, así
como
el alquiler de estacionamiento, de cilindros para
almacenamiento
de nitrógeno, hidrógeno y otros gases,
de
equipos de medición, electrónico de monitoreo y otros
equipos
especializados de la Refinería 50,96 Enero
a diciembre
Alquileres
de casas, edificios y parqueos para diferentes
áreas
de la Gerencia de Administración y Finanzas 182,52 Enero
a diciembre
Alquiler
de maquinaria, equipo, mobiliario y vehículos
para
actividades de la Gerencia de Administrac. y Finanzas 10,78 Enero
Otros
alquileres para las diferentes dependencias de la
Gerencia
de Administración y Finanzas 31,65 Enero
a diciembre
Alquiler
de buses para el traslado de público externo
de
la Oficina de Prensa 0,38 Marzo
Alquiler
de equipo de transporte con características
especiales
para el traslado de equipo informático
especializado
al nuevo edificio de Recope 1,00 Junio
Alquiler
de bóvedas para custodia de medios magnéticos 0,65 Octubre
Alquiler
de bus p/ transp. de personal en el mes de la Calidad 0,10 Octubre
Alquiler
de toldos, mesas, sillas, manteles y otros para
actividades
del mes de la Calidad 0,15 Octubre
Alquiler
de edificios, locales y terrenos para la Dirección
de
Servicios Operativos de la Gerenc. de Mercadeo y Distribuc. 12,05 Enero
a diciembre
Alquiler
de edificios, locales y terrenos para la Dirección
de
Servicio al Cliente de la Gerencia de Mercadeo y Distribuc. 0,60 Febrero
Alquiler
de edificios, locales y terrenos para la Dirección
de
Distribuc. de combustibles de la Gerencia de Mercadeo
y
Distribución 48,50 enero
- febrero -
abril
- octubre
Alquiler
de maquinaria, equipo y mobiliario p/ la Dirección
de
Servicios Operativos de la Gerencia de Mercadeo y Distrib. 5,30 Enero
a diciembre
Alquiler
de maquinaria, equipo y mobiliario p/ la Dirección
de
Distribuc. de Combustibles de la Gerencia de Mercadeo
y
Distribución 16,10 Febrero
- marzo-
mayo
- julio-
agosto
- octubre
Otros
alquileres p/ las diferentes dependencias de la Gerencia
de
Mercadeo y Distribución 6,56 Enero
a diciembre
SUBTOTAL 381,48
PUBLICIDAD,
INFORMAC., IMPRES., 2200
ENCUADERNACIÓN Y OTROS
Servicios de información, publicidad
y propaganda. Material
promocional, Código de Etica, Programa de Valores,
Transparencia
y Comisión de Valores 4,00 Enero
- julio
Servicios de impres., encuadernac. y otros Trabajos
de encuadernación e impresión de folletos, etiquetas,
formularios,
manuales e instructivos de las diferentes
dependencias
de la Refinería 4,27 Enero
a diciembre
Trabajos
de publicidad y propaganda para diferentes áreas
de
la Gerencia de Comercio Internacional y Desarrollo,
tales
como: 8,00 Enero
a diciembre
-
Elaboración de manuales para el sector de consumidores
-
Diseño e impresión de Revista Energética
-
Materiales educativos e informativos sobre ahorro en la
operación de vehículos
-
Programa interno de conservación de energía
Empastado
de documentos de las diferentes áreas de la
Gerencia
de Comercio Internacional y Desarrollo 4,15 Enero
a diciembre
Monto
Partida y descripción del proyecto Descripción
de la obra Descripción
de la contratación estimado Mes
de inicio
Servicios
de impres., encuadernac., compra de libros,
leyes,
tarjetas de presentación, libretas e informes
de
seguimiento de Auditoría, confección de folletos
y
otros servicios similares para las dependencias de
la
Gerencia de Administración y Finanzas 7,20 Febrero
0,42 Febrero
Impresión
de afiches de valores y documentos
de
la Contraloría de Servicios 1,25 Junio
Elaboración
de material audiovisual de la Oficina
de
Prensa: programa educativo y programa de inducción 7,50 Enero
Contratación
de espacios en medios impresos para
publicaciones
de uso ordinario 40,00 Febrero
Campañas
sobre productos que distribuye Recope,
ahorro
energético y comportamiento de los precios
internacionales
del petróleo 170,00 Febrero
- junio
Elaboración
de material promocional y reimpresión
de
documentos para programa educativo, producción
digital
memoria 2005 y resumen de logros par el
período
2002-2006, elaboración de revista electrónica
y
producción del periódico institucional “Petrotico” 9,40 Enero
- febrero -
marzo
- junio
Servicios
de impres. y encuadernac. para la Dirección
de
Servicios Operativos de la Gerencia de Mercadeo
y
Distribución 4,20 Febrero
a diciembre
Servicios
de impresión y encuadernac. para la Dirección
de
Servicio al Cliente de Gerencia de Mercadeo y Distribuc. 1,40 Marzo-
junio-
setiembre
- noviembre
Material
promocional para la Direcc. de Servicio al Cliente
de
la Gerencia de Mercadeo y Distribución 3,75 Marzo
a junio
SUBTOTAL 265,53
SERVICIO
TELECOMUNICACIONES 2324
Gastos por servicio
nacional e internac.
de telefonía,
cablegrafía, radio localizad,
red de informac., télex,
facsímil,
comunicac. electrónica y
otros
servicios similares Alquiler
de radiolocalizadores de la Auditoría Interna 0,05 Febrero
Gastos
varios en telecomunicacs. y servics. públicos,
áreas
de la Gerencia de Mercadeo y Distribución 21,80 Enero
a diciembre
SUBTOTAL 21,85
VIÁTICOS,
TRANSPORTE Y FLETES 2400
Viáticos y
transp.. dentro del territorio
nacional y al exterior,
transp.. de bienes
hacia el exterior o dentro del
territorio
nacional, transp. de productos
derivados
del petróleo entre planteles Transporte
y flete internacional para áreas de la Gerencia
de
Administración y Finanzas 9,50 Enero
a diciembre
Servicio
de encomiendas de Gerencia de Administr. y Finanzas 3,00 Enero
a diciembre
Transporte
de paquetes de la Gerencia de Administración
y
Finanzas, mudanza al nuevo edificio de Recope 10,00 Enero
Transporte
aéreo internacional para visitas programadas
por
la Junta Directiva 6,42 Enero
a diciembre
Transporte
aéreo internacional para la Presidencia y otros
funcionarios
con el fin de efectuar visitas a organismos
internacionales 2,50 Marzo-
julio- octubre
Transporte
y flete internac. de la Gerencia de Comercio
Internacional
y Desarrollo para desarrollar estrategias
de
negocio y proyectos de invers., así como para participar
en
sesiones de trabajo con CEPAL-GTZ y OLADE, entre otros 6,13 Enero
a diciembre
Servicios
de remolque en caso de averías de los vehículos
de
la Gerencia de Comercio Internacional y Desarrollo 0,10 Enero
a diciembre
Transporte
aéreo internac. p/ actividades de la Gerencia
General,
sobre Cooperación Internacional y giras con
Organismos
Internacionales 2,50 Marzo-junio-setiembre
Transporte
aéreo internacional de la Auditoría Interna 1,60 Enero
a diciembre
Transporte
aéreo internacional para visitas de inspecc.
de
puertos de carga gasolina, reuniones Unión Aduanera
y
pasantía en Metrología 2,10 Febrero
- mayo-
agosto
- noviembre
Transporte
aéreo internacional de muestras de Av Gas
y
otros combustibles para análisis químicos 2,85 Marzo-junio-setiembre
Transporte
dentro del país para la Dirección de Servicio
al
Cliente de la Gerencia de Mercadeo y Distribución 1,34 Enero
a diciembre
Viáticos
al exterior y dentro del país para la Dirección
de
Servicio al Cliente de Gerencia de Mercadeo y Distribuc. 2,08 Enero
a diciembre
Transporte
aéreo internac. para diferentes dependencias
de
la Gerencia de Mercadeo y Distribución 1,00 Enero
a diciembre
Transporte
de bienes para la Dirección de Distribución
de
Combustibles de la Gerencia de Mercadeo y Distribuc. 10,26 Marzo-
mayo- junio-
julio
- agosto
SUBTOTAL 61,37
SERVICIOS DE
GESTIÓN Y APOYO 2500
Servicios médicos y de
laboratorio,
servicios jurídicos, de ingeniería, en
ciencias económicas y sociales,
servicios
generales y otros. Asesoría
Legal externa de la Presidencia 3,00 Enero
Asesoría
externa en economía y ciencias sociales para
la
Presidencia 2,00 Marzo
- julio
Contratac.
de un abogado en materia tributaria y aduanal
p/
asesorar a los profesionales en Derecho de la Asesoría Legal 42,40 Marzo
Servicios
profesionales, consultorías y asesorías promovidas
por
la Gerencia de Refinación, tales como: 438,34 Enero
a diciembre
-
Servicios médicos, de laboratorio, de ingeniería, ciencias
económicas y sociales, servicios
de limpieza instalaciones
y edificios de la Refinería,
servicios de mensajería, archivo
y distribuc. de documentos,
misceláneos y de verificación
de linderos, de fumigación,
así como de recolección y de
traslado de desechos, entre otros
Servicios
de ingeniería para el apoyo en el desarrollo de
proyectos
promovidos por la Gerencia de Comercio
Internacional
y Desarrollo, tales como: 15,00 Enero
a diciembre
-
Desarrollo de un plan integral para gas licuado
-
Diagnóstico del poliducto
-
Estudio sobre la segunda etapa de la Refinería versus
alta conversión
-
Identificación de necesidades de ampliac. del Sistema
Nacional de Petróleo y
evaluación de su factiblidad
-
Elaborac. de estudios para reposic. equipo y desarrollo
de obras menores
-
Modernizac. de sistemas contra incendio en los planteles
La Garita y El Alto
Servicios
generales contratados por diferentes áreas de la
Gerencia
de Comercio Internac. y Desarrollo, tales como:
fumigación,
reparaciones menores, parqueos ocasionales
y
lavado de alfombras, entre otros. 0,40 Enero
a diciembre
Otros
servicios de gestión de la Gerencia de Comerc. Internac.
y
Desarrollo, tales como: servicios informáticos para el
mantenimiento
y soporte del equipo de cómputo, servicios
para
realizar encuesta sobre consumo de biomasa y otros. 11,90 Enero
a diciembre
Honorarios
y consultorías promovidas por la Gerencia de
Administración
y Finanzas, tales como: 359,59 Enero
-
Servicios jurídicos para la resoluc. y aclarac. de aspectos
relativos a las propiedades de la
Empresa 2,98 Febrero
-
Servicios profesionales de Topografía para asesorar en
aspectos relativos a las propiedades de
la Empresa así
como para elaborar programas de
mantenimiento
del nuevo edificio de Recope 10,98 Enero
-
Servicios profesionales para certificación de divisas
y de contaduría para
Auditoría Externa 8,91 Enero
-
Servicios profesionales de nutricionista y archivista 7,00 Enero
-
Servicios generales como el lavado y compra de
cortinas, lavado de alfombras,
fumigación, reparación
de persianas, lavado de
vehículos, servicios de limpieza
y otros 485,53 Enero
a diciembre
Soporte
técnico mensual a la plataforma de hardware
de
la Gerencia de Administ. y Finanzas y Administ. Superior 5,54 Setiembre
Mantenimiento
mensual de los sistemas de Egresos,
Contingencia
de Egresos, Contabilidad y Presupuesto 9,37 Agosto
Mantenimiento
mensual de los sistemas de Inventario,
Compras
y Activos Fijos 8,35 Noviembre
Mantenim.
mensual de los sistemas Fórmula de Precios,
Control
de gestión, Marcas, Estados Financieros, Convenc.
de
Medicamentos y Becas por Convención 8,00 Abril
Mantenimiento
mensual del sistema de Recursos Humanos 15,00 Octubre
Estudio
de satisfacción en el servicio brindado por
Tecnología
Informática 5,00 Abril
Asesoría
por la Administrac. del ambiente operativo IBM 9,00 Octubre
Contratac.
de servicios para la investigac. y el análisis
de
la imagen de la Empresa en los ciudadanos y el enfoque
en
los medios de comunicación 6,00 Enero
Contratación
de servicios de monitoreo de noticias 2,38 Noviembre
Asesoría
externa jurídica para la Gerencia General,
Presidencia
y Junta de Relaciones Laborales 5,00 Febrero-agosto
Asesoría
a Comisión de Valores para implementac.
de
herramientas de transparencia 4,00 Marzo
Contratación
de Auxiliar de Laboratorio para dar
apoyo
en el Plantel de Barranca, en cumplimiento
del
Decreto Ejecutivo Nº 30711-MEIC 0,60 Enero
Servicios
de limpieza de laboratorios de control
de
calidad y metrología 2,00 Enero
Servicios
de Ingeniería Electrónica para laboratorios 5,80 Enero
Servicios
p/ rondas interlaboratoriales AASHTO y ASTM 1,40 Enero
Servicios
de análisis de muestras de combustible en el exterior 1,50 Enero
Servicios
de administración para elaboración de Plan
de
Información sobre programas de Recope 1,50 Enero
Consultoría
para realizar levantamiento y mapeo de
procesos
institucionales 7,80 Febrero
Mantenimiento
para la acreditación de pruebas 6,50 Marzo
Servicios
médicos y de laboratorio para las dependencias
de
la Gerencia de Mercadeo y Distribución 31,79 Enero
a diciembre
Servicios
de Ingeniería para las Direcciones de Servicios
Operativos
y de Servicio al Cliente 11,21 Enero
a diciembre
Servicios
en ciencias económicas y sociales para la Direcc.
de
Servicio al Cliente de la Gerencia de Mercadeo y Distribuc. 3,00 Abril
a junio
Servicios
generales contratados por diferentes áreas de la
Gerencia
de Mercadeo y Distribución 72,65 Enero
a diciembre
Otros
servicios de gestión de la Gerencia de Mercadeo
y
Distribución 142,92 Enero
a diciembre
SUBTOTAL 1.754,35
MANTENIM. Y
REPARAC. DE BIENES 2700
De edificios y locales,
de instalaciones
y otras obras, de maquinaria y
equipo
de producc., de equipo de
transporte,
de equipo de comunicac., de
equipo
y mobiliario de oficina, de
equipo de
cómputo y sistemas de
información. Remodelación
de última etapa casas de huéspedes
en
Limón y mantenimiento de otros edificios 20,00 Abril
Reparación
de vehículos de la Gerencia General 1,50 Febrero-mayo-agosto
Reparación
de equipo de oficina y mobiliario
de
la Gerencia General 0,30 Febrero
- octubre
Reparac.
de otros equipos en oficinas y casas
de
huéspedes Limón 1,00 Febrero
- agosto
Mantenim.
menor de oficinas de la Gerencia
de
Comercio Internacional y Desarrollo, recarga
de
extintores, certificación de la red de datos en el
edificio
Minae, entre otros. 4,94 Enero
a diciembre
Mantenim.
de la flotilla de vehículos de la Gerencia
de
Comercio Internacional y Desarrollo 9,11 Enero
a diciembre
Mantenim.
de equipo de oficina y telefónico
de
las diferentes áreas de la Gerencia de Comercio
Internacional
y Desarrollo. 0,60 Enero
a diciembre
Mantenim.
de aires acondicionados, mobiliario
y
equipo de oficina de la Gerencia de Comercio
Internacional
y Desarrollo. 3,15 Enero
a diciembre
Mantenim.
del Sistema de Importación y
Exportac.
de Hidrocarburos (Simex) y del equipo
de
cómputo de Gerencia Comercio Internac. y Desarr. 11,30 Enero
a diciembre
Servicios
de mantenim. promovidos por la Gerencia
de
Refinación, tales como: 1.049,40 Enero
a diciembre
-
Trabajos de obra civil para la Refinería, entre ellos:
Mantenim. de edificios, bodegas,
casetas, talleres,
viviendas y otros
-
Mantenim. preventivo y correctivo de instalaciones
y otras áreas como tanques,
torres, hornos, tuberías,
sistemas de alumbrado, terminal
petrolera, sistemas
de aguas pluviales y oleaginosas,
cableado
estructurado y defensas
-
Mantenim. y reparación de maquinaria, equipo de
producc., de transporte liviano y
pesado, equipo de
radiocomunicac., mobiliarios y equipo de
oficina, de
cómputo, de soda, de laboratorio
y de protección
integral,entre otros
Mantenim.
prevent. y correctivo de los descampaderos
de
autobuses propiedad de Recope 4,00 Enero
Mantenimiento
y reparac. de instalaciones y edificios
de
las diferentes dependencias de la Gerencia de
Administración
y Finanzas, tales como:
-
Mantenimientos varios Dirección de Recursos Humanos 2,55 enero
a diciembre
-
Reparaciones varias para la conservac. de instalaciones
y remodelación del Almacén
de la Refinería 51,81 Enero
a diciembre
-
Mantenim. de instalaciones, zonas verdes, extintores
y equipos de microfilm 37,04 Enero
-
Mantenimiento y reparac. de equipo de transporte 20,21 Enero
- Marzo
-
Mantenimiento y reparac. de equipo de comunicación 1,50 Enero
-
Mantenim. y reparac. de equipo y mobiliar. de oficina 7,80 Enero
a diciembre
-
Mantenimiento y reparación de equipo de cómputo 2,37 Enero
a diciembre
-
Mantenimiento y reparación de otros equipos 4,04 Enero
Mantenimiento
de equipos de cómputo y de Sistema
Audinet
de la Auditoría Interna 4,17 Octubre
Mantenimiento
de vehículos de la Auditoría Interna 1,20 Enero
a diciembre
Mantenimiento
de vehículos de la Presidencia 2,00 Enero
- julio
Mantenimiento
de oficinas de la Presidencia 0,50 Febrero
- julio
Reparac.
equipo de oficina y mobiliario de la Presidencia 0,30 Abril
Mantenimiento
de vehículos de Tecnología Informática 2,00 Junio
Mantenimiento
de Software Base de Datos Oracle 14,80 Julio
Mantenimiento
de Software Operativo Hewlett Packard 7,10 Noviembre
Mantenimiento
de Software antivirus institucional 2,00 Octubre
Mantenim.
anual del servidor EPM del proyecto Génesis 0,80 Diciembre
Mantenimiento
del servidor IBM 15,57 Junio
Mantenimiento
servidores institucionales SUN 7,12 Marzo
Mantenimiento
de Software Plataforma Microsoft 7,51 Noviembre
Mantenimiento
de aires acondicionados del Centro
de
Cómputo y UPS’s 7,85 Diciembre
Mantenimiento
de servidores del Proyecto
de
Digitalización Documental 9,00 Diciembre
Mantenimiento
de servidores Hewlett Packard 21,00 Setiembre
Pintura
del techo y cambio de bajantes y canoas
del
Laboratorio de Control de Calidad en El Alto 0,60 Junio
Remodelación
del Laboratorio de Control de
Calidad
en Moín y casa Nº 12 1,60 Marzo
Mejoramiento
de las instalaciones del Laboratorio
de
Control de Calidad en La Garita 2,00 Marzo
Mantenimiento
del Laboratorio Nacional de
Metrología
de Grandes Masas 1,20 Junio
Mantenim.
de vehículos Aseguramiento de la Calidad 4,00 marzo-
junio-
setiembre
- noviembre
Mantenim.
de espectrofotómetro, calibración
con
filtros certificados 0,52 Marzo
Mantenimiento
de equipo de laboratorio 2,25 Abril
Mantenimiento
de aires acondicionados
Aseguramiento
de la Calidad 1,60 Abril
Mantenimiento
de Caldera Plantel La Garita 0,22 Abril
Mantenim.
de Balanzas, Aseguramiento de la Calidad 0,40 Abril
Mantenim.
equipo de climatización Laborat. de Metrología 1,50 Abril
Mantenim.
equipo de oficina Aseguramiento de la Calidad 0,55 Abril
Mantenim.
de edificios y locales de las dependencias
de
la Gerencia de Mercadeo y Distribución 77,80 Enero
a diciembre
Mantenim.
de instalaciones y otras obras p/ dependencias
de
la Gerencia de Mercadeo y Distribución 305,85 Enero
a diciembre
Mantenim.
y reparación de equipo de producción de las
Direcciones
de Servics. Operativos y de Distrib. de Combustibles 55,00 Enero
a diciembre
Mantenimiento
y reparación de equipo de transporte de las
dependencias
de la Gerencia de Mercadeo y Distribución 38,20 Enero
a diciembre
Mantenimiento
y reparación de equipo de comunicac. de las
Direcciones
de Servics. Operativos y de Distrib. de Combustibles 9,10 Enero
a diciembre
Mantenimiento
y reparación de mobiliario y equipo de oficina
de
la Gerencia de Mercadeo y Distribución 24,06 Enero
a diciembre
Mantenimiento
y reparac. del equipo de cómputo y sistemas
de
información de la Gerencia de Mercadeo y Distribución 15,24 Enero
a diciembre
Mantenimiento
y reparac. de otros equipos de la Gerencia
de
Mercadeo y Distribución 26,20 Enero
a diciembre
SUBTOTAL 1.903,41
OTROS SERVICIOS NO
PERSONALES 2900
Gastos de
representación institucional,
servicios internos, servidumbres de
operación, actividades de capacitac.,
comisiones y gastos por servicios
financieros y comerciales, servicios
aduaneros, servicios de transferencia
electrónica de informac., entre otros. Alquiler
de sala p/ sesión de trabajo del Sistema Nacional
de
Comisiones de Valores y otras actividades de Gerenc. Gral. 0,50 Enero
- julio
Alquiler
de sala p/actividades de Aseguramiento de la Calidad 0,30 Junio
Servicios
de capacitación para el personal de la Empresa 68,50 Enero
a diciembre
Pago
servidumbres de la Gerencia de Mercadeo y Distribuc. 144,00 Enero
a diciembre
SUBTOTAL 213,30
COMBUSTIBLES,
GRASAS
Y LUBRICANTES 3100
Diversos tipos de combustibles (gasolina,
diesel, bunker y otros), utilizados para
el consumo interno y los lubricantes Atención
de la flotilla de vehículos de la Gerencia
de
Administración y Finanzas 0,88 Enero
Diesel
para planta y lubricantes varios 1,50 Enero
Combustibles
y lubricantes para diferentes áreas
de
la Gerencia de Administración y Finanzas 1,55 Enero
Combustibles,
aceites, grasas y lubricantes para
los
equipos de planta de la Refinería como generadores,
compresores,
motores y bombas de proceso, entre
otros,
así como para lubricar cables de acero, sistemas
hidráulicos
y de grúa utilizados en las operaciones
portuarias,
además de los requeridos para la flotilla
vehicular
de la Refinería 61,15 Enero
a diciembre
Combustibles
y lubricantes p/ las áreas de la Gerencia
de
Mercadeo y Distribución 11,75 Enero
a diciembre
SUBTOTAL 76,83
ÚTILES, MATERIALES
Y SUMINISTROS DIVERSOS 3200
Útiles y materiales de ofic.. y cómputo,
médicos, hospitalarios y de investigac.,
productos de papel, cartón e impresos,
textiles y vestuario (de administración,
operación y otros), útiles y materiales
de limpieza, de resguardo y seguridad,
de cocina y comedor, materiales para
actividades protocolarias y
sociales Accesorios
p/ equipo cómputo, papel para impresoras,
fotocopiadoras
y fax, lápices, bolígrafos y útiles varios
para
las dependencias de la Gerencia de Comercio
Internacional
y Desarrollo 9,66 Enero
a diciembre
Útiles
y materiales de limpieza para las diferentes
áreas
de la Gerencia de Comercio Int. y Desarrollo 0,13 Enero
a diciembre
Suscripciones
varias de la Gerencia de Comercio
Internacional
y Desarrollo, sobre el comportamiento
del
mercado petrolero y sus precios. Papelería en gral. 33,10 Enero
a diciembre
Uniformes
y calzado para el personal de la Gerencia
de
Comercio Internac. y Desarrollo que debe visitar
los
diferentes planteles de la Empresa 3,39 Enero
a diciembre
Suministros
varios para la Gerencia de Comercio
Internacional
y Desarrollo, tales como: tarjetas
de
memoria, rollos de película y otros 0,28 Enero
a diciembre
Artículos
genéricos como útiles de ofic., equipo
menor
de cómputo, útiles y materiales médicos,
productos
de papel, cartón e impresos, libros,
revistas
y suscripción de periódicos, textiles y
vestuarios
(uniformes operativos, de seguridad
y
otros), artículos de cocina y comedor, así como
materiales
y suministros varios para la Refinería 121,76 Enero
a diciembre
Sobres
de cuero para mesa de reuniones de Jta Dtva. 0,50 Febrero
Suscripc. a revista
Chemical Engineering para
la Auditoría Interna 0,06 Octubre
Alimentos,
bebidas y materiales para recepciones
a
funcionarios y personal ajeno a Recope 0,30 Marzo
- setiembre
Alimentos
y bebidas para funcionarios externos
del
Sistema Nacional de Comisiones de Valores 0,30 Marzo
- junio
Útiles
y materiales de oficina, de limpieza,
de
computación y otros, para diferentes
dependencias
de Gerencia de Administr. y Finanzas 15,80 Enero
a diciembre
Productos
de papel, cartón e impresos, suscripción
de
periódicos para el Área Metropolitana 7,46 Enero
a diciembre
Uniformes
y calzado para el personal de la Gerencia
de
Administr. y Finanzas que debe visitar los planteles 14,39 Marzo
Útiles
y materiales de limpieza para diferentes áreas
de
la Gerencia de Administración y Finanzas 1,15 Enero
Útiles
y materiales de resguardo y seguridad,
de
cocina y comedor y otros, para las dependencias
de
la Gerencia de Administración y Finanzas 6,87 Enero
- setiembre
Contrataciones
para la realizac. de conferencias
de
prensa, foros y seminarios con público externo. 3,00 Enero
Realización
de un Taller ARPEL - RECOPE
Documentos
técnicos ASTM, AASTHO, sobre
asfalto,
combustible y otros 1,32 Abril
Confección
de gabachas p/ personal de laboratorios 0,50 Junio
Útiles
y materiales de oficina y cómputo para
diferentes
dependencias de la Gerencia
de
Mercadeo y Distribución 24,64 Enero
a diciembre
Materiales
médicos para la Dirección de Servicios
Operativos
de la Gerencia de Mercadeo y Distribución 13,00 Julio
Útiles
y materiales de papel, cartón e impresos p/ las
Direcciones
de Servicios Operativos y de Servicio al Cliente 20,15 Enero
a diciembre
Textiles
y vestuario para las áreas de la Gerencia
de
Mercadeo y Distribución 46,60 Enero
a diciembre
Útiles
y materiales de limpieza para las Direcciones
de
Servicios Operativos y de Servicio al Cliente
de
la Gerencia de Mercadeo y Distribución 9,70 Enero
a diciembre
Útiles
y materiales de resguardo y seguridad,
de
cocina y comedor y otros, para las dependencias
de
la Gerencia de Mercadeo y Distribución 7,06 Enero
a diciembre
Útiles
y materiales para recepciones de la Dirección
de
Servicio al Cliente 4,50 Marzo-
junio-
julio
- setiembre
Otros
útiles y materiales para la Gerencia de Mercadeo
y
Distribución 79,54 Enero
a diciembre
SUBTOTAL 425,15
PRODUCTOS
QUÍMICOS Y CONEXOS 3300
Pinturas y
colorantes, productos químicos
usados en el proceso
productivo y otros
productos
conexos “Tóner”
para impresora de red de Tecnolog. Informática 0,50 Junio
Productos
químicos y pinturas para mantenimiento de
instalaciones,
estructuras, tuberías y equipos de la
Refinería,
espumógeno y reactivos, así como las tintas
“tóners”
de impresoras y fotocopiadoras, entre otros. 147,19 Enero
a diciembre
Tintas
y “tóner” para impresoras y facsímiles de
la
Gerencia de Comercio Internacional y Desarrollo,
así
como pinturas y diluyentes p/ trabajos de mantenimiento 9,92 Enero
a diciembre
Pinturas
y otros productos químicos p/ las dependencias
de
la Gerencia de Administración y Finanzas 23,02 Enero
a diciembre
Pintura
de edificios, Aseguramiento de la Calidad 0,50 Mayo
Productos
químicos, reactivos y patrones, Aseguramiento
de
la Calidad 9,00 Marzo-junio-setiembre
Pinturas
y productos químicos para áreas de la Gerencia
de
Mercadeo y Distribución 21,89 Enero
a diciembre
SUBTOTAL 212,02
REPUESTOS, ACCESORIOS
Y
HERRAMIENTAS 3400
Partes necesarias para la reparación
de los bienes,
herramientas menores
e instrumentos, repuestos
y
accesorios eléctricos o mecánicos,
llantas
y neumáticos Mantenimiento
de vehículos de la Auditoría Interna 0,57 Enero
a diciembre
Herramientas
para equipar los vehículos de la Gerencia
de
Comercio Internacional y Desarrollo 0,52 Enero
a diciembre
Llantas
y repuestos p/ el funcionamiento de la flotilla
de
vehículos de la Gerencia de Comercio Intern. y Desarrollo 4,25 Enero
a diciembre
Herramientas
para la intervenc. de equipos relacionados
con
la operación de la planta de la refinería y el muelle
petrolero,
así como el instrumental médico
y
de laboratorio requeridos 27,52 Enero
a diciembre
Repuestos
eléctricos, mecánicos y otros para la reparac.
y
mantenimiento de instalaciones, estructuras y equipos
de
planta en la Refinería, así como para el mantenimiento
de
las instalaciones portuarias y de los equipos de laborat.
y
de seguridad 610,67 Enero
a diciembre
Herramientas
y repuestos varios para las dependencias
de
la Gerencia de Adm. y Finanzas 6,14 Enero
a diciembre
Instrumentos
y herramientas para laboratorios como probetas,
termómetros,
embudos, balones, cristalería y otras herramientas 10,00 Mayo
Repuestos
y accesorios como destiladores automáticos,
equipo
punto de inflamación, equipo para RVP, equipo
JFTOT,
penetrómetros, centrífugas, destiladores, baños
plantillas,
máquina de octanaje, equipo de laboratorio
de
pruebas y metrología 15,00 Marzo-junio-setiembre
Instrumentos
y herramientas varios p/ las áreas de la Gerenc.
de
Mercadeo y Distribución 15,05 Enero
a diciembre
Repuestos
y accesorios varios para las áreas de la Gerencia
de
Mercadeo y Distribución 105,00 Enero
a diciembre
SUBTOTAL 794,72
MATERIALES
DE CONSTRUCCIÓN 3500
Materiales utilizados en la
construcción
de obras, fabricados ya sea con minerales
metálicos y no metálicos, madera
de todo tipo, materiales y productos
eléctricos, telefónicos y de
cómputo,
de vidrio, de plástico y otros. Materiales
necesarios para reparaciones menores en la
Gerencia
de Comercio Internacional y Desarrollo 0,90 Enero
a diciembre
Materiales
de construcción y demás suministros necesarios
en
la operación de la Refinería 439,87 Enero
a diciembre
Materiales
para cableado de red, Tecnología Informática 2,00 Marzo
Materiales
varios para la remodelación de diferentes
áreas
de la Gerencia de Adm. y Finanzas 5,18 Enero
a diciembre
Materiales
y productos metálicos para la Dirección
de
Servicios Operativos de la Gerencia Mercadeo y Distribuc. 5,12 Enero
a diciembre
Madera
y derivados y productos de vidrio para la Dirección
de
Servicios Operativos de la Gerencia de Mercadeo y Distribución 5,54 Enero
a diciembre
SUBTOTAL 458,60
PRODUCTOS
ALIMENTICIOS 3600
Alimentos y bebidas para el personal,
servicio de restaurante externo Servicios
de restaur. externo en refinería y otros alimentos
requeridos
en actividades de capacitación, reuniones y
charlas
en general 123,28 Enero
a diciembre
Alimentos
requeridos en actividades de capacitación,
reuniones
y charlas en general de la Gerencia de Comercio
Internacional
y Desarrollo. 1,82 Enero
a diciembre
Contratación
de alimentación para la realización de
seminario
de promotores informativos y corresponsales 0,10 Julio
Productos
alimenticios p/ actividades de las dependencias
de
la Gerencia de Administración y Finanzas 9,83 Enero
a diciembre
Servicios
de restaurante externo en el Area Metropolitana 550,61 Enero
a diciembre
Alimentos
y bebidas p/ reuniones y actividades de la Presidencia 0,60 Abril
- junio -
setiembre-diciembre
Alimentos
y bebidas p/ reuniones y actividades de Gerencia
General
(Valores, Jta. de Relacs Laborales, Salud Ocupacional) 1,25 Enero-febrero-abril-
julio-setiemb-diciemb
Alimentos
y bebidas para actividades del mes de la Calidad
y
de reconocimiento del desempeño laboral 1,00 Octubre
- noviembre
Productos
medicinales y farmacéuticos p/ áreas de la Gerencia
de
Mercadeo y Distribución 13,48 Enero
a diciembre
Productos
alimenticios p/ las dependencias de la Gerencia
de
Mercadeo y Distribución 44,37 Enero
a diciembre
SUBTOTAL 746,33
MATERIALES Y SUMINISTROS
MÉDICOS
Y FARMACÉUTICOS 3900
Productos medicinales y
farmacéuticos,
materiales varios Productos
medicinales y farmacéuticos p/ áreas de Gerencia
de
Administración y Finanzas 3,20 Enero
Compras
menores de productos medicinales, farmacéuticos,
ornamentales
y decorativos varios de la Gerencia de Refinación 3,36 Enero
a diciembre
SUBTOTAL 6,56
TOTAL
GENERAL 7.321,50
NOTA:
El financiamiento de estas contrataciones se realizará con recursos
propios.
PROGRAMA DE
CAJA
Materiales
para el reabastecimiento de existencias
Descripción Detalle Monto
estimado
003 Suministros
de oficina Papelería,
diskettes, formularios, bolígrafos, cintas y otros 77,54
006 Material
de ferretería Pernos,
tornillos, llavines, bisagras y otros 23,44
010 Artículos
de limpieza Toallas,
papel higiénico, detergentes, desinfectantes y otros 49,07
020 Balines,
roles y retenedores Rodamientos
todo tipo, retenedores y otros 17,76
026 Empaques
todo tipo Empaquetaduras,
sellos mecánicos y repuestos 221,21
030 Equipo
de seguridad Uniformes,
zapatos, aditivos para espuma y otros 90,60
034 Fajas,
llantas y neumáticos Mangueras,
acoples, llantas y otros 38,72
036 Filtros
todo tipo Filtros
para combustible, oleoducto y vehículos 37,06
040 Herramientas
y accesorios Brocha,
mazo, cuchillo y otras herramientas 13,09
044 Instrumentos
y partes Repuestos
reguladores de aceite, control líquido y otros 102,26
045 Instrumentos
de control y medición Indicadores,
medidores y partes, transmisores, totalizadores, registros, densidad v otros 11,53
048 Materiales
para construcción Recubrimiento
caldera, cemento, block, varilla, hierro y otros 40,56
056 Materiales
para accesorios eléctricos Cables,
balastros, bombillos, interruptores y otros 107,92
058 Metales
y metaloides Láminas
de hierro negro, angulares, barras de acero, bronce y otros 20,41
060 Partes
automotrices Repuestos
y partes para Toyota, Nissan, Datsun, Mack y otras marcas, partes para motor 14,63
062 Partes
para bombas Repuestos
para bombas Worthington, Nash, Viking y otras marcas 148,83
064 Calderas Repuestos
y materiales de mantenimiento 10,00
066 Partes
para compresores Cojinetes,
anillos Bering y otros 5,00
068 Repuestos
para equipo y maquinaria Repuestos
para motores Caterpillar y maquinaria para soldar, turbinas 44,78
070 Generadores Generadores
eléctricos, repuestos y accesorios 2,00
072 Repuestos
para maquinaria pesada Repuestos
para tractores, grúas, cargadores, niveladoras, perforadoras y otros 0,17
075 Partes
para brazo cargadero Brazos
para llenado de combustible, codos, émbolos y otros 24,55
080 Partes
para teléfonos y radios Partes
varias teléfonos y radiocomunicaciones 1,02
084 Pinturas
y revestimientos Pinturas
de aceite, acrílicas, barnices y diluyentes 42,66
088 Productos
químicos Desatoradores
de tubería, productos para caldera, emulsiones y otros 29,30
090 Lubricantes
y grasas Aceite
SAE30, 40, 90, 140 y grasas 21,68
092 Suministros
misceláneos Comestibles,
medicamentos y otros 12,90
096 Tubos
y accesorios Tubería
para oleoducto pared gruesa y delgada y accesorios 107,47
098 Válvulas
varias Válvulas
de bola, aguja, compuerta, doble sello y otros 119,07
TOTAL GENERAL 1.435,23
NOTA: Dado
que se trata de compras de artículos para el inventario permanente, los
procesos de contratación se iniciarán en los meses según
sea el comportamiento de la demanda. Estas contrataciones serán
financiadas con recursos propios.
San José, 15 de
diciembre del 2005.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma
Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº
2005-5-0107).—C-619420.—(106399).
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
DIRECCIÓN GENERAL
DE AVIACIÓN CIVIL
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 04-2005
Eliminación de
obstáculo en la zona de seguridad,
Aeropuerto Internacional Tobías
Bolaños Palma
El Consejo
Técnico de Aviación Civil y la Dirección General de
Aviación Civil, a través de la Proveeduría Institucional,
recibirá ofertas en sobre cerrado, hasta las 14:00 horas del 10 de
febrero del 2006, para el proyecto “Eliminación de
obstáculo en la zona de seguridad, Aeropuerto Internacional
Tobías Bolaños Palma”.
Se realizará una
visita al sitio el día 17 de enero del 2006 a las 10:30 horas. Lugar de
reunión: Administración del Aeropuerto Internacional
Tobías Bolaños, ubicada en Pavas, San José. Esta visita es
obligatoria y se considerará como requisito de admisibilidad,
indispensable para concursar.
El cartel respectivo se podrá
retirar a partir de esta publicación, en la Proveeduría
Institucional, ubicada en las oficinas centrales, en La Uruca, contiguo a la
Dirección General de Migración y Extranjería, previo pago
de ¢.500,00 en la Caja de la Tesorería de esta
Dirección. También estará disponible en www.dgac.go.cr.
Este cartel se complementa
con tres láminas de planos, las cuales pueden ser adquiridas por cuenta
del oferente en Jiménez y Tanzi, ubicado frente al edificio Numar, San
José.
San José, 19 de
diciembre del 2005.—Bach. José Alberto Cascante Torres, Proveedor
Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº
17621).—C-11020.—(915).
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
LICITACIÓN POR
REGISTRO Nº 0001-2006
Remodelación de la
nueva oficina del Banco
Nacional de Costa Rica en Tres
Ríos
La Proveeduría
Regional de Cartago Sur del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá
ofertas por escrito, a las diez horas del veintitrés de enero del dos
mil seis, para la “Remodelación de la nueva oficina del Banco
Nacional de Costa Rica en Tres Ríos”.
El pliego de condiciones
puede ser retirado en la Oficina de la Proveeduría Regional, situada en
San Rafael de Oreamuno, frente a la Ferretería Iztarú, previo
pago de la suma de ¢.15.000,00 (quince mil colones exactos).
Se realizará una
visita conjunta al sitio para conocer el alcance de la obra el día doce
de enero del dos mil seis a las once horas.
La Uruca, 3 de enero
del 2006.—Proveeduría General.—Lic. Erick Leitón
Mora, Jefe de Contrataciones.—1 vez.—(Nº
1473-2006).—C-9920.—(918).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 1817-2006
Contratación de
servicios profesionales para la fiscalización de
inversiones y valoración de
bienes muebles e inmuebles
La Proveeduría
General del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito,
a las 10:00 horas del 30 de enero del 2006, para la “Contratación
de servicios profesionales para la fiscalización de inversiones y
valoración de bienes muebles e inmuebles”. El cartel puede ser
retirado en la Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la
Dirección de Bienes del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca, frente
a las instalaciones de la Mercedes Benz, previo pago de la suma de ¢.2.000,00
(dos mil colones 00/100).
La Uruca, 4 de enero
del 2006.—Proveeduría General.—Lic. Erick Leitón
Mora, Jefe de Contrataciones.—1 vez.—(Nº 1474-2006).—C-8270.—(919).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL SAN FRANCISCO DE
ASÍS
HSFA-LP-008-05
800 cn Hioscina Bromuro 10
mg tabletas
Los interesados deben
retirar el cartel y especificaciones técnicas en la Subárea de
Adquisiciones del Hospital San Francisco de Asís, Grecia, en el
siguiente horario:
De
lunes a jueves de
7:00 a. m. a 3:30 p. m.
Viernes de
7:00 a. m. a 2:30 p. m.
Con vencimiento al día 23 de enero del 2006, a las 10:00 a.m.
Grecia, 2 de enero del
2006.—Área de Recursos Materiales.—Bach. Mª del Carmen
Víquez Rojas, Jefa.—1 vez.—(627).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE
ORO
LICITACIÓN POR
REGISTRO Nº 01-2006
Contratación de un
profesional en Psicología para laborar
en la Oficina Municipal de la Mujer de
la
Municipalidad de Montes de Oro
El Concejo Municipal de
Montes de Oro, mediante capítulo VI, de la sesión ordinaria
Nº 01-2006, celebrada por esta Corporación el 2 de enero del 2006,
aprobó en forma definitiva el cartel para iniciar el proceso de
Licitación por Registro Nº 01-2006, para la Contratación de
un profesional en Psicología para laborar en la Oficina Municipal de la
Mujer de la Municipalidad de Montes de Oro.
El cartel de esta
licitación podrá ser retirado en esta Municipalidad a partir de
la presente publicación.
Las ofertas se
recibirán hasta las diez horas del día lunes 25 de enero del
2006, en la oficina de la Alcaldía Municipal.
Miramar, 3 de enero del
2006.—Cynthia Villalobos Cortés, Secretaria Municipal.—1
vez.—(630).
AVISOS
RADIOGRÁFICA
COSTARRICENSE S. A.
LICITACIÓN POR
REGISTRO Nº 100-2006
Plataforma
inalámbrica WI-FI
Radiográfica
Costarricense S. A. se permite invitar a los interesados en participar en la
licitación arriba indicada, retirando el respectivo cartel en la
Proveeduría de la Institución, sita avenida 5a, calle
la, por la suma de ¢1.000,00, previo pago en las Cajas de
Racsa. La apertura se llevará a cabo el día 6 de febrero del
año 2006, a las 10:00 horas de la mañana en la Sala de Aperturas.
San José, 4 de
enero del 2006.—Xavier Sagot Ramírez, Proveedor.—1
vez.—(Solicitud Nº 31342).—C-4970.—(939).
BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 10-2004
Contratación de
servicios de seguridad y vigilancia para
las sucursales, agencias y oficinas
del Banco
Crédito Agrícola de
Cartago
El Departamento de
Proveeduría y Licitaciones, con oficinas ubicadas 600 metros sur del
Autobanco de Bancrédito, Barrio La Lima, Cartago, informa a los interesados
en la licitación pública Nº 10-2004, que la
adjudicación de la misma ha recaído sobre la siguiente empresa y
bajo las condiciones que se detallan a continuación:
Adjudicatario: Comandos de Seguridad
Delta S. A.
Monto adjudicado: costo
anual del servicio ¢ 407.931.527,16, (cuatrocientos siete millones
novecientos treinta y un mil quinientos veintisiete colones con
dieciséis céntimos).
Departamento de
Proveeduría y Licitaciones.—Lic. Ericka Granados
Sánchez.—1 vez.—(O. C. Nº
6562).—C-6620.—(920).
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 105043
Servicios de
lavandería de ropa hospitalaria
de uso en el Complejo INS-Salud
En concordancia con las
facultades conferidas por el artículo 11 del Reglamento Interno de
Contratos Administrativos, la Gerencia, con sustento en las consideraciones de
orden legal y técnico dictaminadas por la Dirección
Administrativa, en oficio PROV-7379-2005 del 23 de diciembre de 2005, el cual
se tendrá como parte integrante de este acuerdo, resuelve adjudicar la
presente licitación de la siguiente forma:
1. Lavandería Asociadas Ramaya S.
A. (Oferta Nº 1), cédula jurídica Nº 3-101-026318.
Renglón único
Descripción del servicio:
Procesado de lavado y planchado de ropa
sucia y contaminada utilizada por los pacientes amparados por los seguros que
administra el Instituto y por el personal médico y paramédico a
cargo de su atención, para obtener como resultado ropa limpia,
desinfectada, seca, doblada y planchada.
Las prendas sujetas a
planchado son las gabachas, pijamas de hombre (pantalón y camisa), batas
de levantarse para mujer, camisas y pantalones del personal del centro de
equipos.
El servicio debe incluir, el
empaque en bolsa plástica transparente de las siguientes prendas: todos
los cubre-paquetes, sabanas o campos abiertos y cerrados, funda, sacos
pequeños, pijamas, gabachas del centro de equipos y las gabachas del
resto de personal.
Los textiles antes citados
deben ser lavados en forma independiente a la demás ropa. Las bolsas en
que se empacan la ropa limpia, serán aportadas por el proveedor.
Los textiles serán
entregados a la ropería, en bultos con un peso no mayor de 15 kilogramos
cada uno.
Monto máximo anual adjudicado:
¢ 120.000.000,00.
Costo por kilogramo de ropa
procesada: ¢ 415,31.
Forma de pago: Por mes vencido. El Oferente debe indicar el
número de cuenta cliente (SINPE 17 dígitos) y el nombre del banco
en el que desea sean depositados los pagos por medio de transferencia
electrónica. En caso de pago por SINPE regirá lo dispuesto a Ley
Nº 8204. Si no dispone de Cuenta Cliente el pago se realizará
mediante trámite de cheque, por mes vencido, 10 días naturales
posteriores a la presentación de la factura del mes inmediato anterior y
una vez recibido el servicio a satisfacción.
Las cotizaciones
correspondientes a cotizaciones en moneda extranjera, se cancelarán al
tipo de cambio promedio (Σ Tipo de cambio de compra + tipo de cambio de
venta / 2), referencia Banco Central de Costa Rica, del día en que se
pone a disposición del adjudicatario dicho pago.
Formalización: Conforme al artículo 32 del Reglamento General
de Contratación Administrativa, el perfeccionamiento del contrato se
verificará cuando sea otorgada válidamente la garantía de
cumplimiento y realizado el trámite de refrendo legal, (cuando
corresponda).
En los contratos que deban
formalizarse en documento privado a efecto de que sean refrendados por la
Contraloría General de la República, los costos de
formalización serán asumidos por partes iguales conforme a la
normativa vigente.
Vigencia del contrato: Será por un año; las partes por mutuo
acuerdo podrán renovar el contrato por períodos anuales hasta un
máximo de 4 renovaciones. El acuerdo de renovación debe ser suscrito
formalmente por las partes con al menos un mes de antelación a la fecha
de vencimiento de la anualidad respectiva.
No obstante lo anterior el
Instituto se reserva el derecho de aplicar en cualquier momento lo dispuesto
por el artículo 13 del Reglamento General de Contratación
Administrativa.
Inicio del contrato: Debe iniciarse dentro de los dos meses siguientes a la
formalización del contrato previa coordinación con la
Dirección de INS-Salud.
Reajuste de precio: Para futuros reajustes de precios regirá la
siguiente fórmula matemática:
PV =
PC {% MO (IMotm / IMOtc) +% GA (IGAtg / I GAtc) + %I (I Iti / I Itc)+U}
Donde:
Pv = Precio variado
Pc = Precio de
cotización
MO = Porcentaje de costo de
mano de obra del precio de cotización
I = Porcentaje de insumos del
precio de cotización
GA = Porcentaje de gastos
administrativos del precio de cotización U = Porcentaje de utilidad del
precio de cotización
I MO
tm = Índice del costo
de la mano de obra en el momento considerado para la variación
I MO
tc = Índice del costo
de la mano de obra en el momento de la cotización
II
ti = Índice del costo
de insumos en el momento considerado para la variación
II
tc = Índice del costo
de insumos en el momento de la cotización
I GA
tg = Índice del costo
de gastos administrativos en el momento considerado para la variación
I GA
tc = Índice del costo
de gastos administrativos en el momento de la cotización
Los índices de mercado que se
utilizarán serán los siguientes:
A. Mano de obra: Decreto de Salarios
Mínimos, elaborado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y
publicados en el Diario Oficial La Gaceta. Capitulo I Servicios,
promedio simple de los renglones de Trabajador Semicalificado y Trabajador
Calificado.
B. Insumos: Índice de Precios
al Productor Industrial, elaborado por el Banco Central de Costa Rica.
C. Gastos administrativos:
Índice de Precios al Consumidor, elaborado por el Banco Central de Costa
Rica.
La composición porcentual del
precio que aportó el adjudicatario es la siguiente:
Mano de obra: 45,00%
Gastos
Administrativos: 7,00%
Insumos: 40,00%
Utilidad: 8,00%
Demás condiciones según
cartel y su oferta.
2. La oferta Nº 2, Lavandería
Industrial Economy S. A., incumple por cuanto ofrece lavadoras con capacidades
máximas que oscilan entre 13,64 kg y 22,73 kg y secadoras con
capacidades máximas que oscilan entre 13,64 kg y 22,73 kg, siendo lo
solicitado en el punto III, numeral E, párrafo segundo del cartel, lo
siguiente:
… “Como
mínimo debe disponer de 2 lavadoras con capacidad entre 75 libras (34,09
kg) y 110 libras (50 kg) o más y 2 secadoras con capacidad superior a 50
libras (22,72 kg) y equipo básico de planchado…”
Por lo anterior, tal como se puede
observar, dicha empresa no cumple con las características mínimas
que debe tener el equipo tanto en las lavadoras como en el equipo de secado, ya
que solo una secadora cumple con el mínimo de kilogramos solicitado.
Por consiguiente, este
aspecto se considera un hecho trascendental, dado que limitó la
participación de eventuales oferentes, por la capacidad mínima de
cada equipo requerido, ya que esto influiría en la determinación
del costo por kilogramo.
Además, el cartel en
el punto VIII, numeral 2, inciso C, indica:
“Los días feriados se
entrega y recoge ropa igual que el día sábado, se entrega limpia
8:00 a. m. y se recoge sucia 8:00 a. m.…”
Por lo tanto, este oferente al indicar en
su oferta:
…“362 días del
año, excluyendo Viernes Santo, 25 de diciembre y 1º de enero.
En caso de requerir
atención para estos días libres, se llegará a un acuerdo
favorable para ambas partes…”
Esta ante un incumplimiento formal, dado
que condiciona una cláusula invariable del cartel, ya que no considera
tres días feriados, los cuales si están incluidos en la
cláusula antes descrita.
San José, 3 de
enero del 2006.—Lic. Edgardo Vindas Chávez, Gerente.—Lic.
Luis Leitón Aguilar, Jefe Departamento de Proveeduría.—1
vez.—(O. C. Nº 18421).—C-66020.—(921).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL WILLIAM ALLEN T.
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2005-14
Compra de tortillas variadas
A los interesados en el concurso de la
Licitación por Registro Nº 2005-14 por la “Compra de
tortillas variadas, para el Hospital William Allen T., se les comunica que fue
declarada desierta por resolución de la Administración.
Turrialba, 3 de enero del 2006.—Unidad de
Adquisiciones.—Royer Sánchez Bogantes.—1 vez.—(908).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS
LICITACIÓN
PÚBLICA 2005-00018
Compra de tubería y
accesorios en PVC y polietileno
El Instituto
Costarricense de Acueductos y Alcantarillados cédula jurídica
4-000-042-138, comunica que mediante Acuerdo de Junta Directiva Nº
2005-1037, se adjudica la Licitación Pública 2005-00018
“Compra de tubería y accesorios en PVC y polietileno” a:
Hidro Rymca S. A.—(Oferta
Nº 1 )
Posición Precios Costo
Nº Descripción
del artículo Cantidad UM unitarios total
Solicitud:
1100019577 0,00
2 ADAPTADOR
MACHO PVC Ø 100 MM 24 PZA 2.30 55,20
4 CODO
PVC Ø 100 MM 90º 8 PZA 4.24 33,92
5 CURVA
PVC 22.5º SCH-40 8 PZA 7.89 63,12
15 TEE
PVC LISA Ø 150 MM 1 PZA 21.18 21,18
26 UNION
DE COMPRESION HEMBRA Ø 12 MM 65 PZA 1.22 79,30
27 UNION
DE COMPRESION MACHO Ø 12 MM 65 PZA 1.13 73,45
Solicitud:
1100019688 0,00
6 ADAPTADOR
MACHO PVC Ø 100 MM 13 PZA 2.30 29,90
7 CODO
PVC 90º Ø 100 MM 5 PZA 4.24 21,20
Solicitud:
1100019903 0,00
3 ADAPTADOR
MACHO PVC Ø 1 16 PZA 2.30 36,80
18 TEE
PVC LISA Ø 150 MM 2 PZA 21.18 42,36
22 TUBO
DE POLIETILENO Ø 5 408 M 2.38 971,04
23 TUBO
DE POLIETILENO Ø 1 515 M 0.33 169,95
31 UNION
DE COMPRESION HEM 103 PZA 1.22 125,66
32 UNION
DE COMPRESION MAC 103 PZA 1.13 116,39
Solicitud:
1100019539 0,00
7 TUBO
DE POLIETILENO Ø 12 MM 860 M 0.33 283,80
8 UNION
DE COMPRESION HEMBRA Ø 12 MM 25 PZA 1.22 30,50
9 UNION
DE COMPRESION MACHO Ø 12 MM 25 PZA 1.13 28,25
12 TEE
LISA PVC Ø 200 MM 1 PZA 49.11 49,11
13 TEE
LISA PVC Ø 150 MM 1 PZA 21.18 21,18
18 ADAPTADOR
MACHO PVC Ø 100 MM 22 PZA 2.30 50,60
Solicitud:
1100019776 0,00
1 TUBO
POLIETILENO Ø 100 MM SDR-11 203 M 10.38 2.107,14
2 TUBO
POLIETILENO Ø 100 MM SDR-13.5 372 M 8.66 3.221,52
3 TUBO
POLIETILENO Ø 150 MM SDR-13.5 98 M 18.73 1.835,54
14 ADAPTADOR
MACHO PVC Ø 100 MM 21 PZA 2.30 48,30
15 CODO
PVC Ø 100 MM 90º 4 PZA 4.24 16,96
16 CODO
PVC Ø 150 MM 90º 7 PZA 13.48 94,36
19 REDUCCION
LISA PVC 250 X 200 MM 2 PZA 61.02 122,04
Solicitud:
1100019697 0,00
6 TUBO
DE POLIETILENO Ø 12 MM 100 M 0.33 33,00
8 CURVA
PVC Ø100MM 22.5º SCH-40/SDR-17 C/E 4 PZA 7.89 31,56
9 CURVA
PVC Ø150MM 22.5º SCH-40/SDR-17 C/E 2 PZA 19.48 38,96
Solicitud:
1100019518 0,00
1 TEE
PVC LISA Ø 150 MM 5 PZA 21.18 105,90
5 TEE
PVC LISA Ø 200 MM 2 PZA 49.11 98,22
11 ADAPTADOR
MACHO PVC Ø 100 MM 10 PZA 2.30 23,00
Solicitud:
1100019891 0,00
6 REDUCCIÓN
LISA PVC (250 X 150) MM Ø 1 PZA 87.18 87,18
10 TEE
LISA PVC 150 MM Ø 11 PZA 21.18 232,98
27 TUBO
POLIETILENO SDR-9 (12 MM Ø) 925 M 0.33 305,25
30 UNIÓN
COMPRESIÓN HEMBRA,
PVC
12 MM Ø 185 PZA 1.22 225,70
31 UNIÓN
COMPRESIÓN MACHO,
PVC
12 MM Ø 185 PZA 1.13 209,05
Solicitud:
1100019923 0,00
3 CODO
PVC Ø 150 MM 90º 4 PZA 13.48 53,92
10 UNION
DE COMPRESION HEMBRA Ø 12 MM 147 PZA 1.22 179,34
11 UNION
DE COMPRESION MACHO Ø 12 MM 147 PZA 1.13 166,11
Solicitud:
1100020117 0,00
2 CODO
PVC Ø 250 MM 45º CON EMPAQUE 6 PZA 376.06 2,256,36
Solicitud:
1100020208 0,00
4 TUBO
DE POLIETILENO Ø 12 MM SDR-9 2,200 PZA 0.33 726,00
6 UNION
DE COMPRESION MACHO Ø 12 MM 430 PZA 1.13 485,90
7 UNION
DE COMPRESION HEMBRA Ø 12 MM 430 PZA 1.22 524,60
Subtotal 15,531,80
Impuesto
de venta 2,019,13
Monto
total adjudicado $17,550,93 i.i
Condiciones:
Precios: Firmes, definitivos e invariables.
Forma de pago: 100%
del valor adjudicado una vez se realice la entrega en el lugar especificado y
el mismo será dentro de los treinta días posteriores al recibido
conforme.
Plazo de entrega: 30
días naturales contados a partir del recibido del Pedido.
Lugar de entrega: Según lo indicado en el
cartel.
Otros: Previo a la
confección del contrato debe aportar la constancia de encontrarse al
día en las obligaciones obrero patronales con al CCSS
Demás condiciones de acuerdo al cartel y la
oferta respectiva.
Amanco
Tubosistemas de Costa Rica S. A.—(Oferta Nº
2)
Posición Precios Costo
Nº Descripción
del artículo Cantidad UM Unitarios total
Solicitud:
1100019577 0,00
1 ADAPTADOR
MACHO PVC Ø 75 MM 6 PZA 2.26 13,56
3 CODO
PVC Ø 50 MM 45º 9 PZA 1.00 9,00
8 LATA
1/4 GAL PEGAMENTO PVC 15 UND 5.79 86,85
9 REDUCCION
PVC LISA 75 X 63 MM 1 PZA 2.36 2,36
10 SILLETA
PVC 75 X 12 MM 1 PZA 5.58 5,58
11 SILLETA
PVC 100 X 12 MM 2 PZA 5.58 11,16
12 SILLETA
PVC ROSCADA 100 X 12 MM 20 PZA 5.53 110,60
13 SILLETA
PVC ROSCADA 75 X 12 MM 7 PZA 5.53 38,71
14 TEE
PVC LISA Ø 50 MM 4 PZA 1.22 4,88
19 TUBO
DE POLIETILENO SDR-11 Ø 12 MM 325 M 0.35 113,75
29 UNION
DE TRANSICION PVC Ø 50 MM 15 PZA 5.79 86,85
30 UNION
DE REPARACION PVC Ø 63
MM
SDR-17 6 PZA 2.66 15,96
31 UNION
DE REPARACION PVC Ø 75
MM
SDR-17 4 PZA 7.83 31,32
32 UNION
DE REPARACION PVC Ø 100
MM
SDR-17 21 PZA 13.12 275,52
33 UNION
DE REPARACION PVC Ø 150
MM
SDR-17 1 PZA 21.50 21,50
Solicitud:
1100019903 0,00
1 ADAPTADOR
MACHO PVC Ø 1 3 PZA 0.13 0,39
2 ADAPTADOR
MACHO PVC Ø 7 16 PZA 2.26 36,16
4 CODO
PVC Ø 50 MM 45º 2 PZA 1.00 2,00
5 CODO
PVC Ø 100 MM 45º 5 PZA 4.84 24,20
7 34
LATAS DE PEGAMENTO P 8,500 GAL 0.02 196,86
8 REDUCCION
PVC LISA Ø 75 1 PZA 2.36 2,36
9 REDUCCION
PVC LISA Ø 75 2 PZA 2.36 4,72
10 SILLETA
PVC LISA Ø 75 X 2 PZA 5.58 11,16
11 SILLETA
PVC LISA Ø 150 1 PZA 12.40 12,40
12 SILLETA
PVC ROSCADA Ø 1 42 PZA 5.53 232,26
13 SILLETA
PVC ROSCADA Ø 1 1 PZA 12.29 12,29
15 SILLETA
PVC ROSCADA Ø 7 22 PZA 5.53 121,66
17 TEE
PVC LISA Ø 63 MM 1 PZA 3.91 3,91
19 TEE
PVC REDUCIDA Ø 63 X 2 PZA 4.86 9,72
30 TUBO
PVC Ø 75 MM SDR-41 6 PZA 10.76 64,56
34 UNION
DE TRANSICION PVC 4 PZA 5.79 23,16
36 UNION
DE REPARACION PVC 5 PZA 2.66 13,30
37 UNION
DE REPARACION PVC 11 PZA 7.83 86,13
38 UNION
DE REPARACION PVC 10 PZA 13.12 131,20
39 UNION
DE REPARACION PVC 3 PZA 21.50 64,50
Solicitud:
1100019539 0,00
11 REDUCCION
PVC 200 X 150 MM 2 PZA 29.98 59,96
14 TEE
LISA PVC Ø 50 MM 4 PZA 1.22 4,88
16 SILLETA
PVC Ø 150 X 19 MM 2 PZA 12.40 24,80
17 SILLETA
PVC Ø 200 MM X 19 MM 3 PZA 19.59 58,77
Solicitud:
1100019776 0.00
12 ADAPTADOR
MACHO PVC Ø 19 MM 6 PZA 0.13 0,78
13 ADAPTADOR
MACHO PVC Ø 75 MM 4 PZA 2.26 9,04
18 FLANGER PVC Ø
200 MM 2 PZA 44.34 88,68
20 SILLETA
PVC LISA 150 X 19 MM 1 PZA 12.40 12,40
21 TEE
PVC LISA Ø 250 MM 1 PZA 214.97 214,97
22 UNION
DE TRANSICION PVC Ø 50 MM 1 PZA 5.79 5,79
23 UNION
DE REPARACION PVC Ø 75
MM
SDR-17 1 PZA 7.83 7,83
24 UNION
DE REPARACION PVC Ø 100
MM
SDR-17 4 PZA 13.12 52,48
25 UNION
DE REPARACION PVC Ø 150
MM
SDR-17 8 PZA 21.50 172,00
Solicitud:
1100019697 0,00
7 TEE
REDUCIDA PVC 50 X 12 MM CON ROSCA 20 PZA 2.36 47,20
Solicitud:
1100019518 0.00
2 TEE
PVC LISA Ø 50 MM 5 PZA 1.22 6,10
3 REDUCCION
PVC 75 X 63 MM 2 PZA 2.36 4,72
4 REDUCCION
PVC 75 X 50 MM 1 PZA 2.36 2,36
6 REDUCCION
PVC 200 X 150 MM 4 PZA 29.98 119,92
7 CODOS
PVC Ø 200 MM 45º CON EMPAQUE 5 PZA 71.51 357,55
9 FLANGER PVC Ø
200 MM 4 PZA 44.34 177,36
12 ADAPTADOR
MACHO PVC Ø 75 MM 26 PZA 2.26 58,76
13 ADAPTADOR
MACHO PVC Ø 19 MM 1 PZA 0.13 0,13
Solicitud:
1100019891 0,00
1 ADAPTADOR
MACHO PVC 75 MM Ø 32 PZA 2.26 72,32
2 CODO
PVC 45º X 50 MM Ø 26 PZA 1.00 26,00
3 PEGAMENTO
(124 LATAS DE ¼ GL) 31 GAL 23.16 717,96
4 REDUCCIÓN
LISA PVC (75 X 50) MM Ø 19 PZA 2.36 44,84
5 REDUCCIÓN
LISA PVC (75 X 63) MM Ø 7 PZA 2.36 16,52
7 SILLETA
PVC (75 X 12) MM Ø 10 PZA 5.58 55,80
8 TEE
LISA PVC 50 MM Ø 15 PZA 1.22 18,30
9 TEE
LISA PVC 63 MM Ø 4 PZA 3.91 15,64
11 TEE
LISA PVC 250 MM Ø 1 PZA 214.97 214,97
19 TUBO
PVC SDR 41 (75 MM Ø) 2 PZA 10.76 21,52
20 TEE
REDUCIDA PVC (63 X 12) MM Ø 3 PZA 4.86 14,58
21 UNIÓN
TRANSICIÓN PVC, 38, MM Ø 2 PZA 4.32 8,64
22 UNIÓN
TRANSICIÓN PVC, 50 MM Ø 52 PZA 5.79 301,08
23 UNIÓN
REPARACIÓN SDR-17 (63 MM Ø) 9 PZA 2.66 23,94
24 UNIÓN
REPARACIÓN SDR-17 (75 MM Ø) 18 PZA 7.83 140,94
25 UNIÓN
REPARACIÓN SDR-17 (100 MM Ø) 5 PZA 13.12 65,60
26 SILLETA
ROSCADA PVC (75X12) MM Ø 10 PZA 5.53 55,30
Solicitud:
1100019923 0,00
1 ADAPTADOR
MACHO PVC Ø 75 MM 17 PZA 2.26 38,42
2 CODO
PVC Ø 100 MM 45º 18 PZA 4.84 87,12
4 REDUCCION
LISA PVC Ø 75 X 63 MM 3 PZA 2.36 7,08
5 TEE
LISA PVC Ø 50 MM 9 PZA 1.22 10,98
6 TEE
LISA PVC Ø 63 MM 5 PZA 3.91 19,55
Solicitud: 1100020117 0,00
1 FLANGER
PVC Ø 200 MM 11 PZA 44.34 487,74
Solicitud: 1100020208 0,00
1 FLANGER
PVC Ø 200 MM 6 PZA 44.34 266,04
2 FLANGER
PVC Ø 250 MM 2 PZA 54.92 109.84
5 ADAPTADOR
MACHO PVC Ø 75 MM 12 PZA 2.26 27.12
Subtotal 6.234,86
Impuesto
de Venta 810,53
Monto
total adjudicado $7,045,39 i.i
Condiciones:
Precios: Firmes, definitivos e invariables.
Forma de pago: 100% del valor adjudicado una vez se
realice la entrega en el lugar especificado y el mismo será dentro de
los treinta días posteriores al recibido conforme.
Plazo de entrega: 30 días naturales contados a
partir del recibido del Pedido.
Lugar de entrega: Según lo indicado en el
cartel.
Otros: Previo a la confección del contrato debe
aportar la constancia de encontrarse al día en las obligaciones obrero
patronales con la CCSS.
Durman
Esquivel S. A.—Oferta Nº 3
Posición Precios Costo
Nº Descripción
del artículo Cantidad UM Unitarios total
Solicitud:
1100019577 0,00
6 EMPAQUE
PARA FLANGER PVC Ø 150 MM 2 PZA 480.00 960,00
7 FLANGER
PVC Ø 150 MM 2 PZA 11,947.60 23.895,20
16 TEE
PVC REDUCIDA ROSCADA 25 X 12 MM 2 PZA 465.30 930,60
17 TEE
PVC REDUCIDA ROSCADA 50 X 12 MM 18 PZA 1,733.40 31.201,20
18 TEE
PVC REDUCIDA ROSCADA 63 X 12 MM 18 PZA 4,648.50 83.673,00
20 TUBO
PVC-13.5 DE 12MM X 6M C/C 39 PZA 852.60 33.251,40
21 TUBO
PVC-32.5 DE 50MM X 6M C/C 386 PZA 2,998.80 1.157.536,80
22 TUBO
PVC-32.5 DE 62MM X 6M C/C 99 PZA 4,400.20 435.619,80
23 TUBO
PVC-32.5 DE 75MM X 6M C/E 83 PZA 6,575.80 545.791,40
24 TUBO
PVC-32.5 DE 100MM X 6M C/E 514 PZA 10,838.80 5.571.143,20
25 TUBO
PVC-32.5 DE 150MM X 6M C/E 17 PZA 23,510.10 399.671,70
28 UNION
DE TRANSICION PVC Ø 25 MM 4 PZA 1,283.50 5.134,00
Solicitud:
1100019688 0,00
1 TUBO
PVC SDR-26 DE 100MM X 6 C/E 92 PZA 13,416.20 1.234.290,40
2 TUBO
PVC SDR-13.5 DE 12MM X 6M C/C 1 PZA 852.60 852,60
3 TUBO
PVC SDR-32.5 DE 50MM X 6M C/C 4 PZA 2,998.80 11.995,20
4 TUBO
PVC SDR-32.5 DE 75MM X 6M C/E 4 PZA 6,575.80 26.303,20
5 TUBO
PVC SDR-32.5 DE 100MM X 6M C/E 10 PZA 10,838.80 108.388,00
8 EMPAQUE
PARA FLANGER Ø 100 MM 4 PZA 400.00 1.600,00
Solicitud:
1100019903 0,00
6 FLANGER
PVC Ø 150 MM 2 PZA 11,947.60 23.895,20
20 TEE
REDUCIDA ROSCADA Ø 15 PZA 1,733.40 26.001,00
21 TEE
REDUCIDA ROSCADA Ø 17 PZA 4,648.50 79.024,50
24 TUBO
PVC Ø 50 MM SDR-32 319 PZA 2,998.80 956.617,20
25 TUBO
PVC Ø 63 MM SDR-32 735 PZA 4,400.20 3.234.147,00
26 TUBO
PVC Ø 75 MM SDR-32 425 PZA 6,575.80 2.794.715,00
27 TUBO
PVC Ø 100 MM SDR-3 425 PZA 10,838.80 4,606.490,00
28 TUBO
PVC Ø 150 MM SDR-3 352 PZA 23,510.20 8.275.590,40
29 TUBO
PVC Ø 63 MM SDR-41 2 PZA 3,518.20 7.036,40
33 UNION
DE TRANSICION PVC 2 PZA 1,283.50 2.567,00
Solicitud:
1100019539 0,00
1 TUBO
PVC Ø 200 MM SDR-32.5 C/E 63 PZA 39,778.20 2.506.026,60
2 TUBO
PVC Ø 150 MM SDR-32.5 C/E 1,147 PZA 23,510.20 26,966.199,40
3 TUBO
PVC Ø 100 MM SDR-32.5 C/E 2,103 PZA 10,838.80 22.793.996,40
4 TUBO
PVC Ø 75 MM SDR-32.5 C/E 204 PZA 6,575.80 1.341.463,20
5 TUBO
PVC Ø 63 MM SDR-32.5 20 PZA 4,400.20 88.004,00
6 TUBO
PVC Ø 50 MM SDR-32.5 870 PZA 2,988.80 2.600.256,00
10 REDUCCION
PVC 200 X 50 MM 2 PZA 33,398.20 66.796,40
15 FLANGER PVC Ø
150 MM 4 PZA 11,947.60 47.790,40
Solicitud: 1100019776 0,00
4 TUBO
PVC Ø 150 MM SDR-17 35 PZA 43,600.20 1.526.007,00
5 TUBO
PVC Ø 150 MM SDR-26 30 PZA 29,164.80 874.944,00
6 TUBO
PVC Ø 200 MM SDR-26 36 PZA 49,411.60 1.778.817,60
7 TUBO
PVC Ø 50 MM SDR-32.5 2 PZA 2,998.80 5.997,60
8 TUBO
PVC Ø 100 MM SDR-32.5 2 PZA 10,838.80 21.677,60
9 TUBO
PVC Ø 150 MM SDR-32.5 59 PZA 23,510.20 1.387.101,80
10 TUBO
PVC Ø 200 MM SDR-32.5 64 PZA 39,778.20 2.545.804,80
11 TUBO
PVC Ø 250 MM SDR-32.5 4 PZA 61,975.20 247.900,80
17 FLANGER PVC Ø
150 MM 7 PZA 11,947.60 83.633,20
Solicitud: 1100019697 0,00
1 TUBO
PVC SDR-32.5 DE 57MM X 6M C/E 260 PZA 6,575.80 1.709.708,00
2 TUBO
PVC SDR-32.5 DE 100MM X 6M C/E 615 PZA 10,838.80 6.665.862,00
3 TUBO
PVC SDR-32.5 DE 50MM X 6M C/C 110 PZA 2,998.80 329.868,00
4 TUBO
PVC SDR-26 DE 100MM X 6M C/E 170 PZA 13,416.20 2.280.754,00
5 TUBO
PVC SDR-32.5 DE 150MM X 6M C/E 787 PZA 23,510.20 18.502.527,40
Solicitud:
1100019518 0,00
8 FLANGER
PVC Ø250MM C/TORNILLO – EMPAQUE 6 PZA 40,000.00 240.000,00
10 FLANGER PVC Ø
150 MM 4 PZA 11,947.60 47.790,40
Solicitud: 1100019891 0.00 0,00
12 TUBO
PVC SDR 13.5 (12 MM Ø) 7 PZA 852.60 5.968,20
13 TUBO
PVC SDR 17 (50 MM Ø) 169 PZA 5,595.80 945.690,20
14 TUBO
PVC SDR 32.5 (50 MM Ø) 3,106 PZA 2,998.80 9.314.272,80
15 TUBO
PVC SDR 32.5 (63 MM Ø) 920 PZA 4,400.20 4.048.184,00
16 TUBO
PVC SDR 32.5 (75 MM Ø) 540 PZA 5,575.80 3.010.932,00
17 TUBO
PVC SDR 41 (50 MM Ø) 6 PZA 2,401.00 14.406,00
18 TUBO
PVC SDR 41 (63 MM Ø) 4 PZA 3,518.20 14.072,80
28 TEE
REDUCIDA ROSCADA PVC (50X12) MM Ø 135 PZA 1,733.40 234.009,00
29 TEE
REDUCIDA ROSCADA PVC (63X12) MM Ø 40 PZA 4,648.50 185.940,00
Solicitud:
1100019923 0,00
7 TUBO
PVC Ø 38 MM SDR-32.5 364 PZA 1,969.80 717.007,20
8 TUBO
PVC Ø 50 MM SDR-32.5 1,126 PZA 2,998.80 3.376.648,80
9 TUBO
PVC Ø 63 MM SDR-32.5 651 PZA 4,400.20 2.864.530.20
Solicitud:
1100020208 0,00
3 EMPAQUE
DE HULE Ø 200 MM 2 PZA 975.00 1.950,00
Subtotal 149.070.859,20
Impuesto
de venta 19.379.211,69
Monto
total adjudicado ¢168.450.070,89 i.i
Condiciones:
Precios: Firmes,
definitivos e invariables.
Forma de pago: 100% del valor
adjudicado una vez se realice la entrega en el lugar especificado y el mismo
será dentro de los treinta días posteriores al recibido conforme.
Plazo de entrega: 30
días naturales contados a partir del recibido del Pedido.
Lugar de entrega:
Según lo indicado en el cartel.
OBSERVACION IMPORTANTE:
Se declaran desierta las posiciones 1-2 y
3 (Solicitud de Pedido: 1100019833), posiciones 14-16 y 35 (Solicitud de Pedido
1100019903), debido a que no fueron cotizada.
Demás condiciones de
acuerdo al cartel y la oferta respectiva.
San José, 2 de
enero del 2006.—Lic. Lilliana Navarro Castillo,
Proveeduría.—1 vez.—(Solicitud Nº
37458).—C-447755.—(574).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
LICITACIÓN POR
REGISTRO Nº 02-2005
Adquisición de un
sistema de luces y sonido para el teatro municipal
La Municipalidad de
Alajuela, informa a los interesados en la referida licitación, que el
Concejo Municipal del Cantón Central de Alajuela, mediante el
artículo Nº 7, capítulo V de la sesión ordinaria
Nº 46-05, celebrada por esta Corporación el martes 15 de noviembre
del presente año, aprueba definitivamente adjudicar la supracitada
licitación a la empresa Grupo Iliaco Profesional S. A., por un
monto de ¢ 19.899.830,00.
Subproceso de
Proveeduría.—Lic. Edgar Palma Solórzano, Proveedor
Municipal.—1 vez.—(617).
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
Contratación de
abogados externos para el cobro
de tasas e impuestos municipales
A los interesados en
esta licitación se les hace saber que el Concejo Municipal del
Cantón Central de Cartago, mediante artículo 13°, acta N°
261-05 de sesión celebrada el 20 de diciembre del 2005, acordó
adjudicar este proceso licitatorio a las siguientes personas:
Lic. Raúl
Escalante Soto, cédula Nº 1-651-021
Lic. Jimmy Enrique Ramos
Corea, Nº cédula 5-595-216
Lic. Carlos Valencia Kamer,
cédula Nº 1-494-901
Lic. Jorge Isaac Solano
Aguilar, cédula Nº 3-305-010
Lic. Juan Ignacio Mas Romero,
cédula Nº 1-730-551
Lic. Miguel Barboza Calvo,
cédula Nº 1-677-133
Todo lo demás de
acuerdo con los términos de la oferta y el cartel.
Guillermo Coronado Vargas,
Gestor del Proceso de Proveeduría.—1 vez.—(899).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 01-2005
Recarpeteo de calles en
los distritos
del Cantón Central de Cartago
A los interesados en
esta licitación se les hace saber que el Concejo Municipal del
Cantón Central de Cartago, mediante artículo 9°, acta N°
262-05 de sesión celebrada el 26 de diciembre del 2005, acordó
adjudicar este proceso licitatorio de la siguiente forma:
Asfaltos Orosi Siglo XXI S. A.,
cédula jurídica 3-101-316814.
Monto de la oferta para
llevar a cabo la ejecución de los trabajos requeridos: ¢
99.000.000.00 (noventa y nueve millones de colones exactos).
Plazo de entrega: (16)
días naturales a partir del recibo de la orden de compra.
Forma de pago: según
la indicada en el pliego de condiciones.
Todo lo demás de
acuerdo con los términos de la oferta y el cartel.
Guillermo Coronado
Vargas, Gestor del Proceso de Proveeduría.—1 vez.—(900).
LICITACIÓN POR
REGISTRO 10-2005
Adquisición de un
vehículo tipo camión
de volquete con batea metálica
A los interesados en
esta licitación se les hace saber que el Concejo Municipal del
Cantón Central de Cartago, mediante artículo 12°, acta N°
262-05 de sesión celebrada el 26 de diciembre del 2005, acordó
declarar desierto este proceso licitatorio.
Guillermo Coronado
Vargas, Gestor del Proceso de Proveeduría.—1 vez.—(901).
MUNICIPALIDAD DE OSA
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 05-2005
Adquisición de un
vehículo tipo pick-up de alta potencia,
doble tracción, doble cabina,
fondos Judesur
La Proveeduría
de la Municipalidad de Osa, avisa a los interesados en el concurso antes
indicado, que en la sesión ordinaria del Concejo Municipal,
correspondiente al acta Nº 50-2005, celebrada el día 20 de
diciembre del 2005, en el capítulo Nº 7, acuerdo Nº 2, se
adjudica a la empresa Purdy Motor S. A. el objeto del presente concurso
por un monto de ¢.13.925.000,00. Cumpliendo con lo previsto en el
Reglamento de Contratación Administrativa, se indica que el expediente
se encuentra a deposición para cualquier consulta en el Departamento de
Proveeduría Municipal.
Ciudad Cortés, 4
de enero del 2006.—Proveeduría Institucional.—Carlos
Quintana Vargas, Encargado.—1 vez.—(916).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 06-2005
Adquisición de un
retroexcavador-cargador (back-hoe) nuevo,
cabina cerrada, balde multipropósito,
brazo extensible
y aire acondicionado, fondos Judesur
La Proveeduría
de la Municipalidad de Osa, avisa a los interesados en el concurso antes
indicado, que en la sesión ordinaria del Concejo Municipal,
correspondiente al acta Nº 50-2005 celebrada el día 20 de diciembre
del 2005, en el capítulo Nº 7, acuerdo Nº 3, se adjudica a la
empresa Comercial de Potencia y Maquinaria S. A. el objeto del presente
concurso por un monto de $.80.500,00 (ochenta mil quinientos dólares de los
Estados Unidos de Norteamérica) incluido el ítem opcional de la
oferta. Cumpliendo con lo previsto en el Reglamento de Contratación
Administrativa, se indica que el expediente se encuentra a disposición
para cualquier consulta en el Departamento de Proveeduría Municipal.
Ciudad Cortés, 4
de enero del 2006.—Proveeduría Institucional.—Carlos
Quintana Vargas, Encargado.—1 vez.—(917).
AVISOS
RADIOGRÁFICA
COSTARRICENSE S. A.
LICITACIÓN POR
REGISTRO Nº 107-2005
Adquisición de 96
baterías abiertas estacionarias tipo ácido- plomo
Radiográfica
Costarricense S. A., comunica a los oferentes en la Licitación arriba
indicada, fue adjudicada a la firma Electronic Engineering S.A.,
según lo estipulado en el cartel y oferta.
San José, 4 de
enero del 2006.—Xavier Sagot Ramírez, Proveedor.—1
vez.—(Solicitud Nº 31342).—C-3870.—(940).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD SAN ISIDRO
HEREDIA
De conformidad con los
artículos 108 de la Ley de Contratación Administrativa 59 de su
Reglamento se invita a personas físicas y jurídicas a integrar el
Registro de Proveedores de esta Municipalidad, a efecto de ser considerados
como potenciales oferentes, mediante solicitud de inscripción firmada
por el interesado y el apoderado; según sea el caso, en la oficina de
Proveeduría Municipal cumpliendo con los siguientes requisitos:
1) Nota de solicitud dirigida al
Departamento de Proveeduría la cual debe contener las calidades del
solicitante sea persona física o jurídica, nombre del o de los
representantes legales así como indicación de los poderes que
ostentan, la firma del solicitante o representante legal, y lugar o medio para
recibir notificaciones.
2) Copia certificada por notario
público de la cédula de identidad proveedor, de sus
representantes legales, y de la cédula jurídica.
3) Original o copia reciente certificada de
certificación de inscripción, personería jurídica.
4) Original o copia reciente certificada de
naturaleza y propiedad de las acciones de la sociedad.
5) Declaración Jurada donde el
proveedor declare bajo fe de juramento que no le alcanzan ninguna de las
prohibiciones para contratar con la Administración, y que se encuentra
al día en el pago de todo tipo de impuestos nacionales, así como
con sus obligaciones con la Caja Costarricense de Seguros Social
6) Descripción de la actividad a que
se dedica y los bienes y servicios que ofrece e incorporar listas o
catálogos si los tuviera
7) Cualquier otra información que se
estime conveniente.
8) Los proveedores ya inscritos
podrán mediante nota informar si toda la información presentada a
la fecha se mantiene invariable, de lo contrario suministrar la
documentación de los cambios realizados.
NOTA: Para
Departamento Tesorería
Lista de personas
autorizadas a retirar los cheques ante el Departamento de Tesorería de
la Municipalidad y su registro de firmas, copia cédula identidad.
San Isidro de Heredia,
12 de diciembre del 2005.—Sandra Ramírez Villalobos, Proveedora
Municipal.—1 vez.—(141).
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
CONSEJO NACIONAL DE
VIALIDAD
LICITACIÓN POR
REGISTRO N° 57-2005
Contratación de
servicios profesionales para el diseño de la
reconstrucción de la Ruta
Nacional N° 32, Sección: Intersección
Tournón-puente sobre el
río Virilla
Se comunica a las
empresas interesadas en participar en la Licitación en referencia, que
pueden retirar la enmienda Nº 1 al pliego de condiciones en la
Proveeduría del CONAVI, ubicada 100 metros sur y 25 metros oeste de la
Iglesia Católica de Zapote.
San José, 22 de
diciembre del 2005.—Unidad de Proveeduría y Sumunistros.—MBA.
Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº
31587).—C-4970.—(651).
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 62-2005
Suministro de puentes
modulares metálicos lanzables
Se comunica a las
empresas interesadas en participar, que se encuentra disponible la Enmienda
N° 1 de la Licitación en referencia, en las instalaciones actuales
de la Unidad de Proveeduría y Suministros del CONAVI, sita 100 metros
sur y 25 oeste, de la iglesia católica de Zapote. Así mismo la
fecha de apertura de ofertas se mantiene para las 10:30 horas del día 9
de febrero del 2006 en las oficinas de la Proveeduría, que se
ubicarán de la rotonda de la Betania, 50 metros este y 10 metros norte,
carretera a Guadalupe.
San José, 22 de
diciembre del 2005.—Unidad de Proveeduría y
Suministros.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1
vez.—(Solicitud Nº 31586).—C-6620.—(653).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 47-2005
Diseño y
construcción de puentes en la Ruta
Nacional N° 3, sección: Atenas-San Mateo
Se comunica a las
empresas interesadas en participar en la Licitación en referencia, que
el plazo para la recepción de ofertas se extenderá, por lo tanto
este Consejo recibirá ofertas de conformidad con los términos
cartelarios, hasta las 10:00 horas del 23 de febrero de 2006, en las oficinas de
la Proveeduría, que se ubicarán de la rotonda de la Betania, 50
metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.
San José, 2 de
enero del 2006.—Unidad de Proveeduría y Suministros.—MBA.
Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº
31588).—C-6070.—(922).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 53-2005
Diseño y
Construcción del Puente sobre el Río Perico,
Ruta Nacional Nº 150, Boulevard
de Entrada a Nicoya
Se comunica a las
empresas interesadas en participar en la Licitación en referencia, que
el plazo para la recepción de ofertas se extenderá, por lo tanto
este Consejo recibirá ofertas de conformidad con los términos
cartelarios, hasta las 10:00 horas del 22 de febrero de 2006, en las oficinas
de la Proveeduría, que se ubicarán de la rotonda de la Betania,
50 metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.
San José, 2 de
enero del 2006.—Unidad de Proveeduría y Suministros.—MBA.
Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº
31589).—C-6070.—(924).
LICITACIÓN POR
REGISTRO 60-2005
Proyecto: Diseño y
Construcción del Puente sobre la Quebrada
La Fortuna Ruta Nacional Nº 2,
sección: Río Claro- La Fortuna
Se comunica a las
empresas interesadas en participar en la Licitación en referencia, que
el plazo para la recepción de ofertas se extenderá, por lo tanto
este Consejo recibirá ofertas de conformidad con los términos
cartelarios, hasta las 10:00 horas del martes 21 de febrero de 2006, en las
oficinas de la Proveeduría, que se ubicarán de la rotonda de la
Betania, 50 metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.
San José, 2 de
enero del 2006.—Proveeduría y Suministros.—MBA. Arturo
Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº
31591).—C-6070.—(925).
LICITACIÓN POR
REGISTRO Nº 61-2005
Diseño y
construcción del puente sobre la quebrada
ubicada en la estación 342+960,
Ruta Nacional
Nº 2, sección: Río
Claro-Corredores
Se comunica a las
empresas interesadas en participar en la Licitación en referencia, que
el plazo para la recepción de ofertas se extenderá, por lo tanto
este Consejo recibirá ofertas de conformidad con los términos cartelarios,
hasta las 13:30 horas del 21 de febrero de 2006, en las oficinas de la
Proveeduría, que se ubicarán de la rotonda de la Betania, 50
metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.
San José, 2 de
enero del 2006.—Unidad de Proveeduría y Suministros.—MBA. Arturo
Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº
31592).—C-6070.—(926).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 62-2005
Suministro de puentes
modulares metálicos lanzables
Se comunica a las
empresas interesadas en participar en la Licitación en referencia, que
el plazo para la recepción de ofertas se extenderá, por lo tanto
este Consejo recibirá ofertas de conformidad con los términos
cartelarios, hasta las 10:00 horas del martes 28 de febrero de 2006, en las oficinas
de la Proveeduría, que se ubicarán de la Rotonda de la Betania,
50 metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.
San José, 3 de
enero del 2006.—Unidad de Proveeduría y Suministros.—MBA.
Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº
31593).—C-6070.—(927).
LICITACIÓN RESTRINGIDA
Nº 03-2005
Compra de un camión
grúa con brazo hidráulico que será
utilizado por el Departamento de
Puentes y Alcantarillas
de la Dirección de
Conservación Vial
El Consejo Nacional de
Vialidad (Conavi) con ocasión de la licitación indicada en la
referencia, comunica a los potenciales oferentes interesados en participar que
ésta se deja en suspenso hasta nuevo aviso.
San José, 3 de
enero del 2006.—Proveeduría y Suministros.—MBA. Arturo
Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 31594).—C-4970.—(941).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 37-2005
Mejoramiento ruta nacional
Nº 320
Sección:
Tárcoles-Bijagual
Para la
licitación en referencia, con base en lo dispuesto en el artículo
157 de la Ley General de la Administración Pública, se informa a
las personas interesadas en participar que se procede a dejar sin efecto la
publicación aparecida en el Diario Oficial La Gaceta Nº 230
de 29 de noviembre de 2005 y se fija fecha de apertura para las 10:00 horas del
17 de febrero de 2006.
San José, 4 de
enero del 2006.—Proveeduría y Suministros.—MBA. Arturo
Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº
31595).—C-4970.—(942).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 54-2005
Proyecto: Diseño y
Construcción del Puente sobre el Río Grande,
Ruta Nacional N° 150, Boulevard de
entrada a Nicoya
Se comunica a las
empresas interesadas en participar en la Licitación en referencia, que
el plazo para la recepción de ofertas se extenderá, por lo tanto
este Consejo recibirá ofertas de conformidad con los términos cartelarios,
hasta las 13:30 horas del miércoles 22 de febrero de 2006, en las
oficinas de la Proveeduría, que se ubicarán de la Rotonda de la
Betania, 50 metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.
San José, 2 de
enero del 2006.—Proveeduría y Suministros.—MBA. Arturo
Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº
31590).—C-6070.—(943).
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 106010 (Modificación-prórroga)
Contratación de
servicios de salas de cirugía y camas
para hospitalización dentro del
Área Metropolitana
Se comunica a los interesados
en el presente concurso, cuya invitación se publicó en el Diario
Oficial La Gaceta N° 245 del 20 de diciembre del 2005, que:
I) Modificaciones: En el aparte X
Responsabilidades del adjudicatario B. Técnicas, se debe agregar
el siguiente inciso:
44) El adjudicatario debe disponer en sus
instalaciones de un espacio físico para guardar y custodiar al menos
seis equipos de artroscopía, los cuales son propiedad de los
médicos ortopedistas contratados por el INS y quienes requieren hacer
uso de ellos para las artroscopías que deban realizar a los pacientes
referidos por el INS. Dichos equipos son propiedad de los médicos
contratados por el instituto y por lo tanto el mantenimiento de los mismos y la
garantía de su adecuado funcionamiento es responsabilidad exclusiva de
cada médico y no del adjudicatario.
El espacio
que el adjudicatario designe para guardar y custodiar dichos equipos debe
reunir las condiciones de seguridad necesarias para que solamente los
propietarios de los equipos tengan acceso a los mismos.
II) Apertura de ofertas: Se prorroga para las 9:00
horas del 19 de enero del 2006.
Las demás
condiciones permanecen invariables.
San José, 4 de
enero del 2006.—Departamento de Proveeduría.—Luis
Leitón Aguilar, Jefe.—1 vez.—(O/C Nº
18421).—C-12120.—(928).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL SAN FRANCISCO DE
ASÍS
MODIFICACIÓN
CARTEL HSFA-LP-001-06
Abarrotes
Se amplía la
fecha de apertura para el día viernes 27 de enero del 2006, a las 10:00
a. m.
Favor de retirar
modificaciones al cartel en la Subárea de Adquisiciones del Hospital San
Francisco de Asís, Grecia, en el siguiente horario:
De
lunes a jueves de
7:00 a. m. a 3:30 p. m.
Viernes de
7:00 a. m. a 2:30 p. m.
Grecia, 3 de enero del
2006.—Área de Recursos Materiales.—Bach. Mª del Carmen
Víquez Rojas, Jefa.—1 vez.—(626).
HOSPITAL DE GOLFITO
UNIDAD DE COMPRAS
LICITACIÓN
PÚBLICA N° LP-01-2005
Servicios a terceros para
vigilancia y seguridad del Hospital de Golfito
La Unidad de Compras
del Hospital de Golfito, comunica que sobre la publicación de la
adjudicación en La Gaceta N° 130 del 6 de julio del 2005, léase
correctamente lo siguiente:
Oferente: Vigilantes
de Golfito S. A.
Ítem: Nº 1
Descripción
artículo Servicio de vigilancia y seguridad
Monto adjudicado:
¢37.360.440,00.
Golfito, 3 de enero del
2006.—Dirección Administrativa Financiera.—Bach. Mayela
Arauz Arauz, Administradora.—1 vez.—(936).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
LICITACIÓN POR
REGISTRO LPR 2005-00055
En La Gaceta
Nº 245, del 20 de diciembre del 2005, se publicó la
Licitación por Registro Nº LPR 2005-00055, en la página 32,
en la segunda columna, donde dice:
Demás
condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.
Nº Descripción Precio Costo
art. el
artículo Cantidad UM unitario total
1 Lija
para agua Nº 100 630 PZA 0,53 333,90
54 Soldadura
7018 x 1/8”, caja
de
5 kg 9 CA 20,43 183,87
55 Disco
de corte 7x 3/32 x 7/8” 45 UND 2,27 102,15
56 Disco
de esmerilar 7x 1/4 x 7/8” 7 UND 4,10 28,70
57 Tornillo
rosca ordinaria 3/8 x
1
1/4” con tuerca y arandela 440 UND 0,13 57,20
58 Tornillo
acero grado 5 con
tuerca,
arandela plana y aran-
dela
de presión 125 x 16 mm
(5
x 5/8”) 128 UND 1,04 133,12
60 Pintura
base minio rojo antico-
rrosivo 7 GAL 46,79 327,53
60 Diluyente
para pintura 12 GAL 6,51 78,12
85 Cubreválvula
de 190 mm C/tapa 13 PZA 23,46 304,98
Subtotal 1.549,57
Impuesto
de venta 201,44
Monto
total adjudicado $
1.751,01 i.i.
Debe decir:
Demás
condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.
Válvulas y Equipos S.
A.—Oferta Nº 6
Nº Descripción Precio Costo
art. el
artículo Cantidad UM unitario total
1 Lija
para agua Nº 100 630 PZA 0,53 333,90
54 Soldadura
7018 x 1/8”, caja
de
5 kg 9 CA 20,43 183,87
55 Disco
de corte 7x 3/32 x 7/8” 45 UND 2,27 102,15
56 Disco
de esmerilar 7x 1/4 x 7/8” 7 UND 4,10 28,70
57 Tornillo
rosca ordinaria 3/8 x
1
1/4” con tuerca y arandela 440 UND 0,13 57,20
58 Tornillo
acero grado 5 con
tuerca,
arandela plana y aran-
dela
de presión 125 x 16 mm
(5
x 5/8”) 128 UND 1,04 133,12
60 Pintura
base minio rojo antico-
rrosivo 7 GAL 46,79 327,53
60 Diluyente
para pintura 12 GAL 6,51 78,12
85 Cubreválvula
de 190 mm C/tapa 13 PZA 23,46 304,98
Subtotal 1.549,57
Impuesto
de venta 201,44
Monto
total adjudicado $
1.751,01 i.i.
Todo lo demás
queda igual.
La Uruca, San
José, enero del 2006.—Lic. José Miguel Chavarría
Delgado, Director de la Imprenta Nacional.—1 vez.—(909).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
LICITACIÓN POR
REGISTRO Nº 06-2005
(Modificaciones al cartel)
Contratación de los
servicios de recolección, transporte y disposición
final de los desechos sólidos
ordinarios del
Cantón Central de Alajuela
La Municipalidad del
Cantón Central de Alajuela, comunica a los interesados en la referida
licitación, las modificaciones al cartel, aprobadas por el Concejo
Municipal, en la sesión ordinaria Nº 51-05, mismas que
podrán retirarse a partir de esta publicación en el Subproceso de
Proveeduría, sita en el primer piso del edificio Centro Cívico.
La fecha de apertura se prorroga para el día 24 de enero del 2006, a las
10:00 horas.
Subproceso de
Proveeduría.—Lic. Edgar Palma Solórzano, Proveedor
Municipal.—1 vez.—(619).
AVISOS
REFINADORA COSTARRICENSE
DE PETRÓLEO
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 9-134-05
(Prorroga enmienda Nos. 3 y 4 y
aclaración N° 2)
Contratación de una solución informática integral
(Consultoría,
software soporte y base
tecnológica) que brinde apoyo automatizado
a las áreas
administrativo-Financieras y de Costos de RECOPE
Le comunicamos a los
interesados en participar en el concurso en referencia que la fecha de apertura
y recepción de ofertas se prorrogó para el día 10 de
febrero del 2006 a las 9:00 horas. Asimismo, deben pasar al primer piso de las
Oficinas Centrales de RECOPE a retirar las enmiendas Nos. 3 y 4 y la
aclaración N° 2 al cartel.
San José, 3 de enero
del 2006.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma
Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº
2005-5-0107).—C-5520.—(655).
APROBACIÓN CONDICIONES
GENERALES PARA
LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y
SERVICIOS
LICITACIONES PÚBLICAS, POR
REGISTRO,
RESTRINGIDAS Y COMPRAS DIRECTAS
DE MENOR CUANTÍA
La Junta Directiva de
la Caja Costarricense de Seguro Social, en el artículo 3º de la
sesión 8010, celebrada el 21 de noviembre del 2005, aprobó las
siguientes “Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y
Servicios Licitaciones Públicas, Por Registro, Restringidas y Compras
Directas de Menor Cuantía”:
TABLA CONTENIDO
Condiciones Generales
Compras de Bienes y
Servicios Licitaciones Públicas, por Registro,
Restringidas y Contratación
Directa de Menor Cuantía
I Parte
Capítulo I Sobre la
presentación de ofertas.
Capítulo II Ofertas
por mercaderías o servicios procedente del Exterior.
Capítulo III Ofertas
por mercadería o servicios en el país (en plaza)
II Parte
Condiciones Especiales
Capítulo IV Contratación
Servicios Continuos.
Capítulo V Compra de
Medicamentos.
Capítulo VI Ofertas de
venta de propiedad.
Capítulo VII
Contratación de Obra Pública, Consultorías Arquitectura e
Ingeniería.
Capítulo VIII
Glosario.
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO
SOCIAL
DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES
Condiciones generales para
la contratación de Bienes y Servicios
Licitaciones Públicas, por
Registro, Restringidas
y Compras Directas de Menor
Cuantía
El cartel es el
reglamento específico de la contratación, donde estarán
incorporadas las especificaciones técnicas y administrativas que
regirán para el concurso y sirve de base para las posteriores etapas del
proceso de contratación administrativa; en lo no dispuesto
específicamente en él privan las condiciones generales
siguientes:
CAPÍTULO I
Sobre la
presentación de ofertas
1) Tanto la oferta como los documentos
anexos a ella deben dirigirse a la Caja Costarricense de Seguro
Social-Área de Adquisiciones, redactados en idioma español, libre
de borrones, tachaduras y alteraciones que hagan dudar de su legitimidad.
Toda oferta debe expresar el
país de origen del producto, casa fabricante, nombre del exportador o
distribuidor. La oferta y proforma debe ser original del principal o télex
dirigida a la CCSS cuando corresponda.
Si proviene del exterior debe
tener indicado claramente el nombre, firma, y la personería que ostenta
la persona que compromete a la empresa que oferta. Deberán adjuntar la
certificación de la personería jurídica correspondiente al
oferente debidamente consularizada.
Debe indicar el código
de proveedor, ya sea que la cotización sea libre de impuestos a nivel de
aduanas o como representante de casas extranjeras.
Para efectos de
notificaciones se requiere: nombre de la persona física,
dirección exacta, número de teléfono, facsímile,
correo electrónico o cualquier otro medio de comunicación.
Para personas
jurídicas: se debe indicar la dirección de la empresa oferente
del producto y el nombre de su apoderado, quién deberá tener la
capacidad de representar y obligar a la firma oferente por la totalidad de los
montos que se establecen en la plica
2) Vigencias mínimas y copias de las
ofertas:
- Licitaciones Públicas
y por Registro: 120 días naturales (1 copia).
- Licitaciones Restringidas: 90
días naturales (1 copia).
- Compras Directas: 60
días naturales (1 copia).
- Todos los plazos se inician a
partir del día de la apertura de las ofertas.
- Si la oferta no especifica la
vigencia, se tendrá como cláusula invariable el mínimo
antes indicado y se entiende que rige a partir del día de la apertura.
- Plazo de adjudicación:
Igual al de la vigencia de la oferta según el tipo de concurso.
En las contrataciones por un plazo
determinado, la oferta debe indicar precios unitarios y totales en
números y letras, si existiera diferencia entre el precio unitario y
total, prevalecerá el precio unitario consignado en letras. Para
contratos por plazo indeterminado el costo unitario será declarado como
costo mensual
3) Garantía de participación
(porcentajes y plazos):
- Licitaciones públicas,
por registro 1% del monto cotizado, salvo que el cartel disponga otra cosa.
- Para licitaciones
restringidas: El porcentaje a solicitar será de 1% a partir del monto
que facultativamente defina cada administración en el pliego de
condiciones.
- Licitaciones públicas
y por registro vigencia no menor de 180 días naturales a partir de la
fecha de apertura.
- Licitaciones restringidas
vigencia no menor de 150 días naturales a partir de la fecha de
apertura.
- De los documentos denominados
cartas de garantía bancarias, certificados del INS (Instituto Nacional
de Seguros), títulos valores y similares, entregar original y una
fotocopia.
- Cuando entreguen certificados
de depósito a plazo, en colones, dólares norteamericanos o
cualquier otra moneda disponible en el mercado de divisas, en calidad de
garantía de participación o cumplimiento, deberá
expresarse claramente al dorso y firmarse por el Titular del Depósito;
la siguiente razón de endoso:
“Páguese a Caja
Costarricense de Seguro Social para garantizar la participación /
cumplimiento de (PRINCIPAL) licitación OBJETO Y Nº DE
CONCURSO.”
- La firma debe identificarse
con nombre completo y número de cédula.
- Excepto en el Área de
Adquisiciones; la Institución con el propósito de facilitar el
depósito en efectivo del monto de la garantía de
participación y / o cumplimiento, permitirá que éste se
deposite máximo el día anterior previsto para la apertura. Para
tal efecto se habilitan las siguientes cuentas bancarias:
- Banco Nacional de Costa Rica,
Cuenta Nº 3599-8 (Para depósitos en colones).
- Banco Nacional de Costa Rica,
Cuenta Nº 60379-5 (Para depósitos en dólares Americanos).
Si el oferente deposita el monto de las
garantías en estas cuentas, debe incluir en el sobre junto con la
oferta, la copia del comprobante de depósito que le extiende el Banco.
Con el propósito de registrar en las cuentas contables internas,
utilizar las siguientes cuentas:
- El depósito que se
haga en colones debe acreditarse a la cuenta 105-01-1 SEM y el depósito
de dinero que se efectuó en la cuenta en dólares debe acreditarse
a la cuenta 105-05-2 SEM utilizando el formulario normal del recibo de
garantías.
- Se advierte al proveedor que
de conformidad con el Art. 55.1, del Reglamento General de Contratación
Administrativa, si no incluye el comprobante del depósito con la oferta,
la excluirá automáticamente; excepto que se demuestre que el
depósito fue realizado previo a la fecha de la apertura del concurso.
4) Garantía de cumplimiento:
- Licitaciones públicas
y por registro: 5% del monto adjudicado, salvo que el cartel exprese otro
porcentaje o monto fijo de garantía. (Art. 35 del Reglamento).
- Licitaciones restringidas y
compras directas: el porcentaje a solicitar será de un 5% a partir del
monto que facultativamente defina cada administración en el pliego de
condiciones.
- Para compras directas el
monto de la garantía de cumplimiento será del 5% a partir de 3
millones, salvo que el cartel exprese otro porcentaje o monto fijo de
garantía (artículo 35 del Reglamento).
- El adjudicatario
deberá aportar la garantía de cumplimiento dentro de un plazo de
10 días hábiles siguientes a la firmeza del acto de
adjudicación 1; de no hacerlo se tendrá por
insubsistente la adjudicación.
__________
1 Artículos
35.1 y 32.3 del Reglamento General de Contratación Administrativa.
- Vigencia: SUMINISTROS. Tiempo
máximo de entrega más cuatro meses adicionales a partir de la
última entrega.
- SERVICIOS CONTINUOS. Vigencia
de 4 meses posteriores al plazo establecido como máximo, para el
cumplimiento del contrato.
- EQUIPOS: Vigencia tiempo
máximo de entrega más cuatro meses adicionales a partir de la
última entrega, salvo que específicamente el cartel señale
otro plazo.
NOTA: Cuando se realicen modificaciones
al contrato, deberá ajustarse proporcionalmente la garantía de
cumplimiento.
El oferente queda obligado a
entregar de conformidad con lo que dispone el cartel, la oferta y sus complementos, el acto de adjudicación, el
contrato debidamente refrendado y la orden de compra, los bienes y servicios
contratados.
5) Servicios de Consultoría
- Garantía de
cumplimiento
Monto: La garantía de cumplimiento será de un
7.5% del monto total adjudicado por la consultoría y deberá ser
ajustada cuando ocurran variaciones al CONTRATO, conforme a la Ley y el
Reglamento sobre la materia.
Plazo para rendirla: Dicha garantía deberá ser rendida por el
ADJUDICATARIO previo al retiro de la orden de compra o del CONTRATO.
Vigencia: Deberá tener una vigencia mínima de 4
meses adicionales contados a partir del último día del plazo
ofrecido para el RECIBO CONFORME del objeto del CONTRATO. La vigencia
deberá ser ajustada cuando ocurran variaciones sobre el plazo de entrega
que superen la vigencia original de la Oferta.
Obra Pública.
6) Remodelaciones, readecuaciones y
construcciones.
- Garantía de
cumplimiento
Monto: La garantía de cumplimiento será de un
10% del monto total adjudicado y deberá ser ajustada cuando ocurran
variaciones al CONTRATO, conforme a la Ley y el Reglamento sobre la materia.
Vigencia: Deberá tener una vigencia mínima que
incluya el plazo para realizar la construcción, más 12 meses
adicionales contados a partir de la recepción definitiva. La vigencia
deberá ser ajustada cuando ocurran variaciones sobre el plazo de entrega
que superen la vigencia original del contrato.
7) Cláusulas penales por
ejecución tardía y prematura
- De conformidad con el
artículo 36.3 del Reglamento General de Contratación
Administrativa, todo atraso en la entrega pactada producto de cualquier tipo de
contratación; se penará con una cláusula penal que tenga
concordancia con el artículo 712 del Código Civil, de tal manera
que el monto de las mismas no supere el 25% señalado en la misma
legislación sobre el monto de la factura.
- La cláusula penal se
establece en un 1.66% sobre el monto de la factura por cada día natural
de atraso hasta llegar al 25% establecido hasta un máximo de 15
días naturales.; en caso de que el proveedor no atienda la responsabilidad
de cancelarla, previo proceso señalado en el artículo 36.4 del
Reglamento General de Contratación Administrativa, se dispondrá
proporcionalmente de la garantía de cumplimiento, según lo
establece el artículo 35.5 del mismo cuerpo normativo. El acto firme de
la ejecución de la garantía o el pago de la Cláusula Penal
acarreará el inicio de un procedimiento para determinar la
aplicación de la sanción prevista en el Artículo 99 y 100
de la Ley de Contratación Administrativa cuando corresponda.
- En el caso de
recepción de mercaderías procedentes del exterior, toda
anticipación en la entrega por más de quince días
naturales; los costos de los bodegajes corren por cuanta del proveedor.
La ejecución de
garantías en monedas diferentes al colón, se realizará al tipo de cambio
interbancario fijado por el Banco central de Costa Rica, vigente al día en que se adopte
la decisión administrativa de ejecutarla; fundamentada en las
condiciones establecidas en el artículo 36.4 del RGCA y en concordancia
con el artículo 37.4 del mismo cuerpo normativo.
El pago de los importes
correspondientes a la aplicación de las Cláusulas penales, se
recibirá en efectivo o en cheque certificado únicamente.
8) En cuanto a la presentación de las
muestras
- En todos los carteles de
licitación, en que se solicite la presentación de muestras junto
con las ofertas, se debe entender que las muestras vengan marcadas con las
indicaciones usuales del producto de fábrica. Pero quien resulte
adjudicatario deberá obligarse, además, a entregar a la Caja el
producto con absolutamente todas las indicaciones pedidas en el cartel, y
cumplir la entrega del producto con todos los requisitos establecidos en la
ficha técnica. 2
__________
2 Oficio
451 de fecha 12 de enero del año 2000, suscrito por la Secretaría
de Junta Directiva.
- Firme el acuerdo que adjudica
el concurso, o publicado el que lo declara desierto o infructuoso, los
oferentes no adjudicatarios quedan obligados al retiro de las muestras dentro
de los dos meses siguientes, siempre y cuando no se hubiesen utilizado en
pruebas de calidad y por ende fueron destruidas.
- Las muestras que no hubieren
sido retiradas en el plazo establecido, pasarán a ser propiedad de la
CCSS.
ANÁLISIS COMPARATIVO DE
PRECIOS:
Para efectos
comparativos de los precios de las ofertas, los análisis se
efectuarán con el tipo de cambio de venta interbancario fijado por el
Banco Central de Costa Rica, que rige el día anterior al de la apertura
de las ofertas, en concordancia con lo que dispone el artículo 37.4 del
Reglamento General de Contratación Administrativa.
9) De los timbres
- Como consecuencia de la
aplicación del Reglamento sobre Refrendo de la Contrataciones de la
Administración Pública, los contratistas deben ajustarse a las
disposiciones publicadas en La Gaceta Nº 28 del 9 de febrero del
año 2000.
- En las licitaciones
públicas, la oferta debe acompañarse de un timbre de veinte
colones de la Ciudad de las Niñas y un timbre de doscientos colones del
Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas. 3
__________
3 (Decreto
Nº 20014, La Gaceta Nº 209 del 5/11/90).
- Para cumplir con la firma de
contratos el contratista está obligado a depositar un equivalente al
.25% del monto adjudicado por concepto de especies fiscales o un entero de
gobierno por el monto correspondiente, según lo dispone el
artículo 5 del Reglamento sobre Refrendos de las Contrataciones de la
Administración Pública.
- En caso de ampliación
de contratos sujetos a prórrogas, el proveedor debe cancelar el
equivalente a las especies fiscales previo a iniciarse la ejecución de
las prórrogas; de igual manera debe ajustarse cuando existan
modificaciones en el precio de los contratos. Oficio Nº 1271 de fecha 9 de
febrero del año 2004, la División de Desarrollo Institucional,
Unidad de Autorizaciones y Aprobaciones, de la Contraloría General de la
República.
CAPÍTULO II
Ofertas por
mercaderías o servicios procedentes del exterior
1) La oferta o proforma debe ser original al
principal, dirigida al Área de Adquisiciones de la Caja Costarricense de
Seguro Social, sita en calles 5 y 7, avenida segunda, piso 11 del edificio Lic.
Laureano Echandi. Horario para todos los efectos de la Contratación
Administrativa de 8 a.m. a las 3:00 p.m.
“El oferente al cotizar
debe referirse en su oferta a cada punto del cartel y señalar
expresamente que cumple con todas y cada una de las condiciones expresadas en
este”.
“El oferente al cotizar debe
referirse en su oferta a cada punto del cartel y señalar expresamente
que cumple con todas y cada una de las condiciones expresadas en este” 4
__________
4 La
Junta Directiva en la sesión 7313, Artículo 14, celebrada el 18
de marzo de 1999.
2) Toda oferta que provenga del exterior
debe tener indicado claramente el nombre, firma, y la personería que
ostenta la persona que compromete a la empresa que oferta. Deberán
adjuntar la certificación de la personería jurídica o
documento equivalente en la que se demuestra la facultad de la persona
correspondiente al oferente.
Debe indicar el código
de proveedor, ya sea que la cotización se reciba directamente del
exterior o sea libre de impuestos a nivel de aduanas.
3) Para cumplir con el artículo 5 b,
del Reglamento sobre el refrendo de las Contrataciones de la
Administración Pública publicado en La Gaceta Nº 28
del 9 de febrero del 2000; en el evento de que el oferente sea adjudicado debe
acompañarse el poder suficiente o acreditarse la representación
legal, que otorga la casa del exterior al representante en el país, para
suscribir contratos entre las partes, tal como lo dispone el CÓDIGO
CIVIL en los artículos 1253 al 1255. Este documento debe
acompañarse con la oferta, y debe venir debidamente consularizado y
refrendado por el Ministerio de Relaciones Exteriores e inscrito cuando
corresponda.
4) Las cotizaciones de mercancías
extranjeras que arriben, independientemente del modo de transporte
(Aéreo, marítimo y/o terrestre), deben efectuarse en
términos D.D.U. (Delivered Dutty Unpaid) (Entregado con impuesto sin
pagar). Destino final: almacén fiscal designado por la
Institución (D.D.U.: almacén fiscal designado por la
Institución).
Se entiende que el vendedor
termina su obligación de entrega, cuando las mercancías hayan
sido puestas a disposición de la CCSS, en el Almacén fiscal que
la misma indique; asumiendo todos los gastos, riesgos y trámites hasta
el lugar indicado. 5
__________
5 Ver publicación en La Gaceta Nº 87
del 20 de mayo de 1998.
Ténganse en cuenta que el oferente
adjudicado sea persona física o jurídica, debe honrar los pagos
por servicios de bodegaje, transporte interno o cualquier otra erogación
que la Administración esté obligada a realizar para lograr la
ejecución del contrato en el menor tiempo posible; esto cuando
eventualmente, la mercancía se haya depositado en un Almacén
diferente al expresado por la Institución en el cartel y que por razones
de urgencia se requiera el producto. La notificación de cobro que
realice la Subárea de Desalmacenaje del Área de Adquisiciones, previa
conformación del expediente en donde consten las pruebas de las
cancelaciones realizadas por la Administración, serán suficientes
para que el proveedor a su vez cancele a ésta la erogación.
5) Cuando se coticen productos perecederos
tales como radioactivos, reactivos, vacunas, y medicamentos que requieran
refrigeración, las cotizaciones de mercaderías deben efectuarse
en términos D.D.U. AEROPUERTO SANTAMARÍA; la Caja
coordinará la nacionalización del producto y la entrega a la
Unidad usuaria.
El vendedor deberá
remitir en un plazo de 8 días naturales después de producido el
despacho, copia de los siguientes documentos, en español: facturas,
guías áreas o BL, lista de empaque, certificado de origen si el
producto procede de un país que tenga convenio con Costa Rica.
Certificado de Tamizaje en español en caso de productos de origen
humano. Los documentos deben ser enviados al Área de Adquisiciones, sita
en calles 5 y 7 avenida 2 piso 13 del edificio Laureano Echandi.
La Caja coordinará la
nacionalización del producto, previo recibo de parte del vendedor o su
representante en el país, de los siguientes documentos, en
español: facturas, guías áreas o BL, lista de empaque,
certificado de origen si el producto procede de un país que tenga
convenio con Costa Rica. Certificado de Tamizaje en español en caso de
productos de origen humano. Los documentos deben recibirse en un plazo no menor
de diez días hábiles, previo al arribo de la mercancía a
la Aduana, en la Subárea de Desalmacenajes del Área de
Adquisiciones, sita en calles 5 y 7 avenida 2 piso 13 del edificio Lic.
Laureano Echandi o según se establezca en cada cartel.
La carencia de estos
documentos que impidan la nacionalización adecuada del producto y su
posible deterioro es responsabilidad directa del proveedor.
El precio cotizado debe
incluir los costos hasta el almacén fiscal ubicado en la Aduana
Santamaría.
Para estos productos, tanto
en la oferta como en los documentos de despacho de la mercancía
(Conocimiento de Embarque y Factura) deben indicar en forma clara que el
producto requiere refrigeración.
6) Medios de pago: Se
aceptarán los siguientes, salvo que el cartel especifique o
señale otra cosa: Cobranza Bancaria (Cobranza no Bancaria), con
documentos consignados a la CCSS, o Carta de Crédito, con ajuste a los
requisitos que para cada uno de ellos se indican a continuación:
A. Cobranza Bancaria o Remesa Directa
(Cobranza no Bancaria), para todos los pagos al exterior.
En caso de que el proveedor utilice como
forma de pago la Cobranza Bancaria, éste deberá autorizar al
banco correspondiente la entrega de los documentos originales a la CCSS, para
que pueda realizar la debida nacionalización e iniciar el trámite
de Control de Calidad del producto.
Las cancelaciones se
realizarán como máximo después de 60 días naturales
de nacionalizado el producto.
Lo anterior como consecuencia
de la recepción definitiva que se hará en el Área de
Almacenamiento y Distribución de la Institución y que queda
sustentado en una acta firmada y aceptada por la Comisión Técnica
que recomendó el producto.
Todas las comisiones tanto
locales como del exterior y cualquier gasto adicional que genere esta forma de
pago, correrán por cuenta del contratista.
B. CARTA DE CRÉDITO CONFIRMADA*
E IRREVOCABLE:
* (La condición de
confirmación en la carta de crédito está sujeta a que el
Banco del exterior la acepte)
Operará únicamente para
sumas superiores a $20.000.00 (veinte mil dólares de los Estados Unidos
de América). Las comisiones del exterior corren por cuenta del
contratista y las nacionales por cuenta de la Caja.
En caso de adjudicaciones
parciales o totales, el contratista que haya condicionado su venta a la
apertura de una carta de crédito debe considerar las siguientes
políticas de pago:
ü 100% como consecuencia de la recepción
definitiva del producto que se hará en el Área de Almacenamiento
y Distribución de la Institución y que queda sustentado en un
acta firmada y aceptada por la Comisión Técnica que
recomendó el producto.
En caso de que el proveedor utilice como
forma de pago la Carta de Crédito, éste deberá autorizar
al banco correspondiente la entrega de los documentos originales a la CCSS,
para que pueda realizar la debida nacionalización e iniciar el
trámite de Control de Calidad del producto.
El pago se realizará, como
máximo, dentro de los 60 días naturales posteriores a la
nacionalización del producto.
ü Para pagos utilizando la Carta de Crédito, el
vendedor deberá remitir en un plazo de 8 días naturales
después de producido el despacho, copia de los siguientes documentos, en
español: facturas, guías áreas o BL, lista de empaque,
certificado de origen si el producto procede de un país que tenga
convenio con Costa Rica. Certificado de Tamizaje en español en caso de
productos de origen humano. Los documentos deben ser enviados al Área de
Adquisiciones, sita en calles 5 y 7, avenida 2, piso 13 del edificio Laureano
Echandi o se establezca en cada cartel.
Para los efectos correspondientes el
representante del proveedor, en el país, debe ser informado por el
exportador, del ingreso del producto, para lograr la nacionalización
oportuna y evitar atrasos en el proceso de recepción definitiva y de la
cancelación de las facturas.
En caso de rechazo del
producto por las Comisiones Técnicas correspondientes, por
incumplimiento de alguna de las condiciones establecidas en el cartel, la
oferta y la recomendación técnica, se iniciarán con ajuste
a derecho de inmediato los procesos de resolución del contrato teniendo
como fundamento el resultado del análisis de la Comisión
Técnica correspondiente.
La Caja realizará las
contrataciones necesarias para enfrentar esta situación totalmente
imprevisible que afecte o amenaza gravemente la continuidad de los servicios
públicos esenciales.
El contratista queda obligado
a reintegrar a la Caja, el precio pagado por los productos adquiridos,
más los daños y perjuicios causados a la Institución por
causa de su incumplimiento.
Como complemento se
procederá a la ejecución de la garantía de cumplimiento
previo Procedimiento Administrativo y a la sanción establecida en el
artículo 100, inciso D) de la Ley de Contratación Administrativa.
7) Contratación de Equipos
La cancelación de la carta de
crédito se realizará de la siguiente manera:
- 50% (Cincuenta por ciento), a
la vista, contra la presentación de los documentos de embarque en
español (facturas, guías áreas o BL, lista de empaque,
certificado de origen).
- Para lograr la
nacionalización del equipo se debe de haber recibido copia de los
siguientes documentos: facturas, guías áreas o BL, lista de
empaque, certificado de origen, guía área o carta de porte. Los
documentos deben redactarse en español y recibirse en un plazo
máximo de diez días hábiles antes del arribo de la
mercancía.
- El 50% restante se
cancelará treinta días naturales después de que se realice
la recepción definitiva del equipo en el lugar de destino y que queda
sustentado en un acta firmada por la comisión técnica que
recomendó el producto.
- Cuando corresponda a un
equipo que deba ser instalado y que inclusive requiere del arribo de un
Ingeniero de fábrica del país de origen, el acta final de
recepción se otorgará hasta que el equipo esté funcionando
satisfactoriamente y el tiempo máximo para esta cancelación será
de 60 días naturales después de que ocurra lo anterior.
Las cotizaciones deberán
realizarse D.D.U. (Delivered Dutty Unpaid) Almacén Fiscal designado por
la Institución, según lo publicado en La Gaceta Nº 87
del 7 de mayo de 1998.
ü La
Institución aceptará ofertas de proveedores que coticen en plaza
con precios exonerados de impuestos a nivel de aduana. Sin embargo, la oferta
debe indicar claramente que los productos se entregarán directamente en
el Almacén General de la Caja Costarricense de Seguro Social. En
consecuencia, todos los costos de nacionalización, así como todos
los costos internos de movilización de la mercadería, hasta ese
lugar, correrán por cuenta del proveedor. 6
__________
6 De
conformidad con el oficio Nº 11995, del 5 de octubre de 1990, emanado de
la Contraloría General de la República.
ü Cuando la
Institución otorgue la exoneración de impuestos a nivel de
aduana, el proveedor debe entregar, dentro de los cinco días
hábiles siguientes a la entrega de la exoneración; copia de la
póliza de desalmacenaje debidamente certificada por la agencia de aduana
que realizó el levante de la mercadería, copia certificada de la
lista de empaque, de la factura comercial y del conocimiento de embarque. Los
documentos deben ser entregados directamente en la Subárea de
Desalmacenajes del Área de Adquisiciones, sita en el piso 13 de oficinas
centrales de la Caja Costarricense de Seguro Social, ubicada en calles 5 y 7, avenida
segunda o según se establezca en cada cartel.
ü El
beneficio contemplado en el artículo 12 de la Ley 7017, Ley de
Incentivos de la Producción Industrial son aplicables únicamente
a la Industria costarricense; en consecuencia criterio anterior que se le
oponga a de entenderse modificado.
ü El
beneficio contemplado en el artículo 12 resulta procedente cuando se
compruebe que se trata de productos o mercancías nacionales siempre que
se verifiquen los requisitos de: a) origen del producto, b) calidad
equiparable, abastecimiento adecuado y precio igual o inferior al de los
importados. 7
__________
7 Oficio Nº 25 del 6 de enero del año
2003-División de Asesoría y Gestión Jurídica
-Contraloría General de la República.
El interesado debe solicitar formal y
expresamente en su oferta que se le aplique tal beneficio aportando el
certificado de origen del producto nacional. (Página Nº 5 del
Oficio.)
8) De los empaques, embalajes y su
identificación
ü Los
embalajes y empaques deben ser apropiados al tipo de mercancía,
suficientes y utilizar cintas plásticas o metálicas, resistentes
y seguras, preferiblemente impresas por el vendedor.
ü Todos los
bultos, interiores y exteriores (cajas, paletas, etc.), deben tener impresa o
en etiqueta la siguiente información:
ü EMPAQUE
EXTERIOR, número de orden de compra y país de origen,
identificación de riesgo, utilizar simbología apropiada,
posición, refrigeración u otra indicación especial.
ü EMPAQUE
INTERIOR, nombre del artículo o producto y fabricante, número de
lote, fecha de fabricación y expiración, cantidad, instrucciones
de manejo y almacenamiento.
ü Los
empaques primarios y secundarios deberán indicar el contenido y ser
estrictamente fieles a lo contratado.
ü Las
etiquetas de toda mercadería deben ser en idioma español con las
condiciones requeridas para cada caso y con la leyenda de “Propiedad de
la CCSS”, o logotipo de “Propiedad de la Caja” en forma
visible.
ü Todos los
envases y empaques de los medicamentos, deben ser fácilmente
diferenciables, a simple vista, mediante las normas que al efecto establezca la
Caja.
ü Cuando se
trate de la reposición de mercaderías por reclamos, faltantes y
otros motivos, deben indicarse claramente esas condiciones en los documentos
correspondientes y de ser posible en los empaques exteriores.
El incumplimiento de estas
disposiciones acarreará el rechazo de la mercadería.
El vendedor por medio de su
representante, distribuidor o apoderado, deberá en cualquier momento de
la ejecución del contrato atender, en los plazos que se señalen,
las solicitudes que la Administración le formule, referentes a
documentos necesarios para trámites de pago, desalmacenajes, permisos,
entre otros, así como los reclamos que se originen por faltantes,
omisiones o deficiencias en el cumplimiento de los términos del
contrato.
Toda suma que por concepto de
cláusula penal, bodegaje, u otro, deba pagarse a la Caja debido a falta
o defecto de documentos, tales como facturas, guías aéreas,
conocimientos de embarque, lista de empaque, u otro, que no estén
ajustadas al marco legal y disposiciones aduaneras; porque la mercancía
se extravíe a falta de identificación o marcas, o bien porque se
reexporte de oficio, serán cobradas al vendedor por medio de su
representante, distribuidor o apoderado, a través de quien
sometió la oferta a consideración de la Caja, cuyo reintegro
deberá efectuarse en el plazo que en cada caso en concreto la Caja
señale.
El vendedor queda comprometido
a facilitar a la Caja cuando ésta lo requiera, la obtención de
muestras de las mercancías mientras éstas se encuentren en
aduanas, a efecto de proceder con los análisis previos que estime
necesarios.
Todos los gastos aduaneros,
de desalmacenaje, bodegajes y otros, que se originen por mercancía que
viene como reposición por reclamos, faltantes, u otras situaciones y que
sea la Caja quien haya corrido con el pago, deberán ser cancelados por
el vendedor por medio de su representante, distribuidor o apoderado, en el
plazo que se señale, y a ello se sumarán los intereses de ley
(artículo 1163, Código Civil) hasta su efectivo pago, desde el
momento que se hace la erogación hasta el reintegro.
Los bienes y servicios
provenientes del exterior condicionados a la cancelación por medio de
Cobranza no Bancaria; serán cancelados mediante transferencia
electrónica de fondos, una vez que se acredite su recepción o
recibo definitivo de la mercancía o servicio de conformidad con lo
arriba señalado.
Entrega del Producto y la Orden de
Compra o Contrato:
Ver puntos Nº 7 y
Nº 8 del Capítulo Nº 3 y siguientes referentes a ofertas por
mercadería o servicios en el país.
Como consecuencia de la
aplicación del Reglamento sobre Refrendo de la Contrataciones de la
Administración Pública, las personas físicas o
jurídicas deben ajustarse a las disposiciones publicadas en La Gaceta
Nº 28 del 9-02-2000.
NOTAS:
- Si no fue invitado por medio
del fax, (en Compras Directas o Licitaciones Restringidas) y el cartel lo
adquirió en la fotocopiadora del piso comercial (mezanine); se le
solicita estar pendiente de las modificaciones al cartel sí las hubiera.
Estas se exhiben en los ampos que se encuentran a su disposición en el
piso 11 en el Área de Adquisiciones.
- Los recursos de
objeción deben presentarse en el primer tercio del tiempo programado
para recibir ofertas según lo dispone el artículo 88.1 del
Reglamento General de Contratación Administrativa; y la
Resolución 187-99 del 10 de mayo de 1999 y el Oficio Nº 8027 del 1
de julio de 1997 de la Contraloría General de la República.
Posterior a este tiempo
se consideran extemporáneas las aclaraciones que formulen los oferentes
sobre el contenido del cartel.
CAPÍTULO III
Ofertas por
mercaderías o servicios en el país en plaza
La oferta debe ser
original del principal, dirigida al Área de Adquisiciones de la Caja
Costarricense de Seguro Social, sita en calles 5 y 7, avenida segunda, piso 11
del edificio Lic. Laureano Echandi. Horario para todos los efectos de la
Contratación Administrativa de 8:00 a.m. a las 3:00 p.m. o cualquier
horario fijado por la Institución.
El oferente al cotizar, debe
referirse en su oferta a cada punto del cartel y señalar expresamente
que cumple con todas y cada una de las condiciones expresadas en este. 8
__________
8 Acuerdo
de Junta Directiva en Sesión 7313, Artículo 14, celebrada el
18-03-1999.
Debe indicar el
código de proveedor, ya sea la cotización en plaza o libre de
impuestos a nivel de aduana.
Los oferentes deben indicar
si el precio total que cotizan incluye o no los impuestos. Si los incluye deben
declararlos por separado, ya que el monto de su oferta se analizará sin
incluir los impuestos.
De conformidad con el oficio
número 11995 del 5 de octubre de 1990, emanado de la Contraloría
General de la República, la Institución aceptará ofertas
de proveedores que coticen en plaza con precios exonerados de impuestos a nivel
de aduana. Sin embargo, la oferta debe indicar claramente que los productos son
ofertados bajo esas condiciones y que se entregarán directamente en el
Almacén General de la Caja Costarricense de Seguro Social.
En consecuencia, todos los
costos internos de nacionalización, así como todos los internos
de movilización de la mercancía, hasta ese lugar, correrán
por cuenta del proveedor.
1) Forma de pago: La Caja
cancelará las facturas en un plazo de 30 días naturales, contados
a partir de la fecha de la recepción definitiva del producto en el
Área de Almacenamiento y Distribución; lo anterior con fundamento
en las actas que emitan las comisiones técnicas.
ü El
oferente debe indicar en su oferta el número de cuenta y el banco por
medio del cual deberá hacerse el pago.
ü Si la
oferta se hizo en otra moneda diferente al Colón, el pago se
podrá realizar en colones costarricenses, según el Valor
Comercial efectivo que se obtiene sumando el tipo de cambio de la compra
más el de la venta y dividiendo el resultado de ambos entre dos. 9
__________
9 Según
oficio DTG 1743-2002 del Departamento de Tesorería. General. Y oficio DJ
3871-2002 de la Dirección Jurídica.
2) Lugar de entrega de las
mercaderías: Área de Almacenamiento y Distribución, La
Uruca, San José; salvo que específicamente el cartel
señale otro.
3) El oferente, persona física o
jurídica, debe aportar copia de la cédula correspondiente.
4) De las Cuotas obrero-patronales:
ü El
Departamento de Tesorería o la Sucursal, según corresponda,
previo al pago de cada factura debe cerciorarse de que el proveedor se
encuentra al día en el pago de las obligaciones con la Caja.
ü De
conformidad con la directriz Nº 34 de la Presidencia de la
República, de los Ministerios de la Presidencia de Trabajo y Seguridad
Social se advierte:
“…el deber ineludible
de las empresas contratantes de cumplir estrictamente las obligaciones
laborales y de seguridad social, teniéndose su inobservancia como causal
de incumplimiento del contrato respectivo.”
Las personas físicas o
jurídicas que no figuren como patronos en la Caja Costarricense de
Seguro Social deberán incluir una declaración jurada en el
sentido de que no tienen trabajadores a su cargo y consecuentemente no están
obligados a su aseguramiento en los regímenes de la Caja Costarricense
de Seguro Social.
ü Las
personas físicas o jurídicas que participan en cualquier proceso
de Contratación Administrativa deberán presentar con su oferta:
“Una certificación
original o copia certificada, emitida por el Departamento de Gestión de
Cobros o bien por las Sucursales de la CCSS, en donde se cancelen las
planillas, en la que se declare que el oferente obligado, se encuentra al
día en las cuotas obrero-patronales.” 10
__________
10 Acuerdo
4° de Junta Directiva, de la Sesión 7558, artículo 22, de
fecha 18 junio del 2001. Artículo 85 de la Ley de Protección al
Trabajador Nº 7983 publicada en el Alcance Nº 11 a La Gaceta Nº
35 de fecha 18 de febrero del 2000.
Previo al acto de adjudicación,
deberá comprobarse que se mantiene esa condición.
ü La
División de Asesoría y Gestión Jurídica de la
Contraloría General de la República, ha dispuesto en el oficio
Nº 25 de fecha 6 de enero del año 2003; que los beneficios
contemplados en el artículo 12 de la Ley 7017 son aplicables
únicamente a la Industria costarricense; en consecuencia criterio
anterior que se le oponga a de entenderse modificado.
ü El
beneficio contemplado en el artículo 12 resulta procedente cuando se
compruebe que se trata de productos o mercancías nacionales siempre que
se verifiquen los requisitos de: a) origen del producto, b) calidad
equiparable, abastecimiento adecuado y precio igual o inferior al de los
importados.
5) Declaraciones juradas
En las ofertas se deberán hacer
las siguientes declaraciones juradas:
ü Que al
oferente no le alcanza ningunas de las prohibiciones previstas en el
artículo 22 de la Ley de Contratación Administrativa.
ü Como
complemento a la declaración jurada que establece el artículo
53.1 del citado reglamento, si resultare adjudicado debe aportar una
certificación donde se acredite oficialmente el contenido de la
declaración de previo a la firma del respetivo contrato o entrega de la
orden de compra.
ü Aportar
certificación sobre personería legal de los oferentes y naturaleza
y propiedad de las acciones según artículo 56.1.1.1 del mismo
reglamento, o bien ajustarse a lo dispuesto en el artículo 108 punto 5
de la Ley de Contratación Administrativa.
6) De las adjudicaciones
ü Se
advierte a los proveedores que la Institución se reserva el derecho de
realizar adjudicaciones parciales por ítem, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 45.2 y 57.2 del Reglamento General de
Contratación Administrativa, cuando el objeto de la compra sea
susceptible de división de la compra. Sin embargo, al tenor de lo
dispuesto por el artículo 49.4 del Reglamento, el proveedor está
obligado a cotizar por la totalidad de las unidades solicitadas en el cartel
por cada ítem.
ü Cuando se
presenten plicas que ofrezcan productos nuevos con los cuales la
Institución no tiene ninguna experiencia en su uso, y ésta es la
de menor precio, la Institución se reserva el derecho de hacer adjudicaciones
parciales a varias ofertas, de un renglón se estima que de esa forma se
satisface mejor manera el interés público, todo en
atención a la aplicación del Principio de Eficiencia que
establece el artículo 4 de la Ley de Contratación Administrativa.
ü Para
carteles con sistema de ponderación que excluye como único factor
a evaluar el precio:
ü Las
ofertas admisibles son aquellas que cumplan legal, técnica y
administrativamente y será seleccionada la de menor precio, en caso de
existir dos o más ofertas que cumplan técnica, legal y
administrativamente y que ofrezcan el mismo precio, la administración se
reserva el derecho de adjudicar a dos ofertas con un máximo de 50% a
cada uno. 11
__________
11 Oficio
10984 agosto 2001.
ü En La
Gaceta Nº 221 de fecha 11 de noviembre de 2004, la Contraloría
General de la República dispuso lo siguiente:
“Las Administraciones
Públicas deben establecer el monto estimado por reservar de sus
presupuestos para una determinada contratación. Como parte de la
estimación se impone realizar un estudio técnico o de mercado
para obtener – en términos razonables– el posible precio por
pagar. Los documentos que amparan tal estimación y el estudio
técnico o de mercado deberán constar en el expediente
administrativo, así mismo, será obligación del jerarca
referirse a ellos en la decisión que da inicio al procedimiento de que
se trate, según lo ordena el artículo 7º de la Ley de
Contratación Administrativa.”
La adjudicación debe dictarse
considerando los lineamientos existentes en torno a la razonabilidad de los precios
que debe cancelar la Administración por el producto o servicio
contratado.
7) Entrega del producto y de la Orden de
Compra o Contrato:
ü Con
fundamento a lo establecido por la Sala Constitucional y la Contraloría
General de la Republica, el plazo de entrega de los productos adjudicados,
corre a partir del día posterior a la notificación del retiro del
contrato u orden de compra, debidamente refrendado por la Contraloría
General de la República o la Dirección Jurídica
según corresponda, de acuerdo a los niveles de refrendo autorizados por
la Contraloría General de la República y al monto asignado para
cada Centro de Salud. La Gaceta Nº 28 del 9 de febrero del 2000.
ü Para
adjudicaciones en firme por montos inferiores a los indicados, el plazo de
entrega rige a partir del día posterior a la notificación del
retiro de la Orden de Compra o Contrato debidamente suscrito y firmado,
según corresponda.
ü Para
suministros: la entrega de la orden de compra, se determinará a partir
de la firmeza administrativa del acto de adjudicación, considerando los
siguientes plazos:
ü Para
adjudicaciones en plaza: máximo 10 días hábiles
después de la firmeza del acto de Adjudicación.
ü Para
adjudicaciones de productos provenientes del exterior condicionadas a:
& Cobranza Bancaria o Remesa Directa (Cobranza no
Bancaria): 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de
adjudicación.
NOTA:
Los contratos se
entregaran a partir del día siguiente de la notificación del
retiro del documento debidamente refrendado cuando corresponda.
ü Cuando el
cartel del concurso establezca para la primera entrega un plazo máximo,
las entregas subsiguientes a la primera, se deben realizar en las fechas que se
indique en el Contrato u Orden de Compra. El plazo máximo rige solo para
la primera entrega.
ü Para
servicios continuos: La ejecución del contrato está supeditada a
la notificación que realice la administración, en cuanto al
momento en que se inicie la prestación del servicio.
8) De la entrega inmediata del producto:
ü La entrega
inmediata del producto, excepto que se regule de otra manera en el cartel, se
entenderá ejecutada, dentro de los cinco días hábiles,
posteriores a la notificación del retiro de la orden de compra o del contrato.
ü Por tanto,
si se cotiza entrega inmediata, la administración entiende que el
producto ingresará al Almacén, en un período máximo
de cinco días hábiles. En estos casos no se aceptaran prorrogas,
salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditados, o
por razones de conveniencia, oportunidad, o bajo principios de razonabilidad y
proporcionalidad, y así lo decida la Administración.
ü En caso de
que exista tabla de ponderación en el cartel, y se establezca en ella la
entrega inmediata, la ponderación máxima para esa variable, se
otorgará por igual a las ofertas que coticen en el rango de 1 a 5
días.
ü El
contratista está obligado a cumplir fielmente con las condiciones del
contrato. En caso de rechazo de productos por incumplimiento de las condiciones
técnicas establecidas en el cartel, la oferta y el contrato respectivo,
debidamente acreditadas en un acta emitida por la Comisión
Técnica respectiva, se actuará de la siguiente manera:
En caso de urgencia apremiante por
desabastecimiento del producto, la Administración implementará un
nuevo concurso. Cuantificara los daños y perjuicios ocasionados (entre
otros: costos del nuevo proceso, pagos adicionales por diferencias de precios,
gastos administrativos, etc.) que serán cobrados al contratista
incumpliente, mediante reclamo administrativo o vía judicial sí
el primero resultare infructuoso.
Todo lo anterior sin perjuicios de la
aplicación de los procedimientos de resolución contractual,
ejecución de garantías, cláusulas penales, sanciones a
particulares, multas, etc.
I PARTE
Condiciones especiales
Capítulo IV
Contratación de
servicios continuos
Para contratos por
plazo indeterminado el costo unitario declarado en la oferta será
interpretado como costo mensual.
1) Si para la ejecución del contrato,
el contratista sea persona física o jurídica requiere, contratar
personal, la Caja no asumirá ninguna responsabilidad laboral o
administrativa respecto a cargas sociales, políticas de riesgos
profesionales, salarios, aguinaldos, preaviso, cesantía y cualquier otro
beneficio; siendo esto de entera responsabilidad del contratista.
2) La Caja se reserva el derecho de
inspeccionar y visitar lugares de trabajo; el equipo con que se cuenta para
trabajar; transporte; verificar recomendaciones; experiencia, etc. Este informe
servirá como complemento para la adjudicación del servicio
solicitado en el cartel.
Los proveedores de servicio
de alimentación deberán cumplir con el Reglamento de Registro de
Proveedores calificados de alimentos para los servicios de nutrición. 12
__________
12 Aprobado
en el artículo 3º de la sesión 7715 celebrada el 12 de
diciembre del año 2002.Publicado en La Gaceta Nº 8 del 13 de
enero del 2003.
3) La firma del contrato se realizará
en el Área de Adquisiciones que tramitó el concurso; de parte del
contratista será suscrito por quien ostente la representación
legal de la empresa.
4) El contratista se compromete a responder
en forma escrita, durante los diez días hábiles después de
recibir la comunicación, toda notificación que se le haga sobre
algún incumplimiento sobre los extremos del contrato. La falta de
respuesta será interpretada como aceptación del incumplimiento,
con las consecuencias que de ello se puedan derivar.
5) Para los efectos de revisión y
reajustes de precios, se aplicarán los mecanismos vigentes según
la naturaleza del contrato; sin embargo la fórmula matemática
será avalada por la Sección de Costos Industriales o el
Órgano técnico competente.
6) La vigencia del contrato será de
un año, que podrá ser prorrogado hasta por cuatro períodos
adicionales iguales (cinco períodos como máximo). Las
prórrogas operan automáticamente, salvo que la Institución
comunique por escrito al contratista con un mínimo de 90 días
naturales de anticipación, su deseo de darlo por concluido: todo con
base en la experiencia y ejecución del contrato; a juicio exclusivo de
la CCSS.
7) Quien resulte adjudicatario se compromete
a suministrar mayor o menor cantidad de los productos o servicios licitados, y
estas variaciones no darán lugar a que los precios unitarios y calidades
del producto sean variados.
8) Los oferentes deben cumplir en su oferta,
y durante la ejecución del contrato, con lo que establece el
artículo 163 del Código de Trabajo y leyes conexas que dice
textualmente:
“El salario se
estipulará libremente pero no podrá ser inferior al que se fije
como mínimo, de acuerdo con las prescripciones de esta ley.” 13
__________
13 Acuerdo de Junta Directiva, sesión 7531,
artículo 28 de fecha 8 de marzo del 2001.
9. Para cuotas obrero patronales y
declaraciones juradas:
Ver puntos 4 y 5 del Capítulo III,
sobre Ofertas por Mercaderías o Servicios en el País.
CAPÍTULO V
Compra de Medicamentos
– Excepto los de la Ley 6914
(Capítulo exclusivo para Dirección
de Recursos Materiales)
1) Toda oferta que provenga del exterior
debe indicar claramente el nombre, y la representación legal que ostenta
la persona, que puede firmar el contrato u orden de compra en caso de que la
oferta resulte adjudicada. Debe acompañarse una copia del poder que
faculta la firma del contrato.
Deberán adjuntar la
certificación de la personería jurídica correspondiente al
oferente.
2) Para cumplir con el artículo 5 b,
del Reglamento sobre el refrendo de las Contrataciones de la
Administración Pública publicado en La Gaceta Nº 28
del 9 de febrero del 2000; en el evento de que el oferente sea adjudicado debe
acompañarse el poder suficiente o acreditarse la representación
legal, que otorga la casa del exterior al representante en el país, para
suscribir contratos entre las partes, tal como lo dispone el CÓDIGO
CIVIL en los artículos 1253 al 1255. Este documento debe
acompañarse con la oferta, y debe venir debidamente consularizado y
refrendado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
3) Todas las ofertas deben indicar el
código de proveedor, ya sea la cotización sea libre de impuestos
a nivel de aduanas o como representante de casas extranjeras.
4) Las ofertas admisibles son aquellas que
cumplan legal, técnica y administrativamente y será seleccionada
la de menor precio, excepto que exista una tabla de ponderación.
De la Adjudicación:
La Caja se reserva la facultad de
rechazar todas las ofertas, si así conviniere a sus intereses.
Se aceptarán
cotizaciones parciales, excepcionalmente cuando se enfrenten situaciones de
urgencia apremiante y así se exprese en el cartel del concurso o bien
adjudicará proporcionalmente en atención a la experiencia que se
tenga con el producto cotizado.
La Caja se reserva el derecho
de hacer las adjudicaciones parciales necesarias para solventar dicha
situación. Por adjudicaciones parciales se entenderá:
Ø Cuando se
adjudique solo una parte del producto solicitado a un oferente.
Ø Cuando se
adjudique la totalidad de lo solicitado a dos o más oferentes.
Ø Cuando el
concurso tenga dos o más renglones y se adjudique a distintos oferentes.
Ø Sobre el
proceso de adjudicación, téngase en cuenta lo señalado en
el punto Nº 6 del Capítulo III, para ofertas de mercaderías
o servicios en el país en plaza.
Ø Para
cumplir con la firma de contratos el proveedor está obligado a depositar
un equivalente al 25% del monto adjudicado por concepto de especies fiscales o
un entero de gobierno por el monto correspondiente, según lo dispone el
artículo 5 del Reglamento sobre Refrendos de las Contrataciones de la
Administración Pública.
Si en las especificaciones
técnicas no se indica el empaque, el oferente debe definir claramente en
su oferta, el tipo y número de envases o empaque primarios, contenidos
en cada envase o empaque secundario. 14
__________
14 La
Gaceta Nº 221 del 21 de noviembre de 1995.
5) El oferente debe: adjuntar fotocopia del
registro sanitario del medicamento, vigente a la fecha de la apertura, así
como para cada una de sus entregas.
El registro sanitario del
medicamento, debe coincidir con lo ofertado con respecto al empaque primario,
nombre genérico y concentración.
6) Indicar precios unitarios y totales en
números y letras coincidentes; si existiera diferencia entre el precio
unitario y el total; prevalecerá el precio unitario consignado en
letras.
7) Indicar expresamente en su oferta que la
propiedad de las cuotas y acciones presentadas oportunamente en el registro de
proveedores, se mantiene Invariable.
8) Para efectos de cumplimiento del
contrato, rige lo establecido en los artículos 72 y 75 del Reglamento de
Compra de Medicamentos, Materia Prima, Envases, Empaques y Reactivos, publicado
en La Gaceta Nº 10 del 15 de enero de 1998 y La Gaceta Nº
65 del 2 de abril de 1998.
9) Indicar partida según sistema
armonizado para los productos que provienen del exterior.
10) Para los productos nacionales y de
importación, debe indicarse en la oferta el período de
estabilidad del producto para cada entrega, a partir de su ingreso a los
almacenes fiscales o al Área de Almacenamiento y Distribución. Si
la ficha técnica del cartel no establece el período de
estabilidad, la Institución no aceptará ofertas que tengan menos
de 24 meses. No se aceptará el ingreso del producto con menos
estabilidad a la establecida en el cartel.
11) Para los productos que ingresen del
exterior, se advierte al proveedor que la nacionalización y la
cancelación de la factura estará sujeta al permiso que otorgue el
Ministerio de Salud, para su internamiento.
12) Cuando coticen productos
perecederos tales como radioactivos, reactivos, vacunas, y medicamentos que
requieran refrigeración, las cotizaciones de mercaderías
extranjeras deben efectuarse en términos D.D.U. AEROPUERTO
SANTAMARÍA, la Caja coordinará la nacionalización del
producto y la entrega a la Unidad usuaria.
La Caja coordinará la
nacionalización del producto, previo recibo de parte del vendedor o su
representante en el país, de los siguientes documentos, en
español: facturas, guías áreas o BL, lista de empaque,
certificado de origen si el producto procede de un país que tenga
convenio con Costa Rica. Certificado de Tamizaje en español en caso de
productos de origen humano. Los documentos deben recibirse en un plazo no menor
de diez días hábiles, previo al arribo de la mercancía a
la Aduana, en la Subárea de Desalmacenajes del Área de
Adquisiciones, sita en calles 5 y 7 avenida 2 piso 13 del edificio Lic.
Laureano Echandi.
La carencia de estos
documentos que permitan la nacionalización adecuada del producto y su
posible deterioro es responsabilidad directa del proveedor.
El precio cotizado debe
incluir los costos hasta el almacén fiscal ubicado en la Aduana
Santamaría.
Para estos productos, tanto
en la oferta como en los documentos de despacho de la mercancía
(Conocimiento de Embarque y Factura) deben indicar en forma clara que el
producto requiere refrigeración.
13) El oferente adjudicado sea persona
física o jurídica, debe realizar los pagos por servicios de
bodegaje, transporte interno, o cualquier otra erogación que la
Administración esté obligada a realizar para lograr la
ejecución del contrato en el menor tiempo posible; cuando eventualmente,
la mercancía se haya depositado en un almacén diferente al
expresado por la Institución en el cartel y que por razones de urgencia
se requiere el producto. La notificación de cobro que realice la
Subárea de Desalmacenaje del Área de Adquisiciones, previa
conformación del expediente en donde consten las pruebas de los pagos
realizados por la Administración, serán suficientes para que el
proveedor del exterior, pague la erogación.
14) Para estos productos, tanto en la
oferta como en los documentos de despacho de la mercadería (Guía
y Factura) deben de indicar en forma clara que el producto requiere
refrigeración.
15) El oferente que resulte
adjudicatario en una licitación, debe cumplir con lo dispuesto en el
artículo 64 del Reglamento para Compra de Medicamentos y Materias
Primas, publicado en La Gaceta Nº 130 de fecha 5 de julio del
año 2004.
16) Toda oferta que provenga del
exterior debe indicar claramente el nombre, y la representación legal
que ostenta la persona, que puede firmar el contrato u orden de compra en caso
de que la oferta resulte adjudicada. Debe acompañarse una copia del
poder que faculta la firma del contrato.
17) Los Oferentes que se mantienen
vigentes con el sistema de registro anterior, si presentan alguna
inconsistencia de información en el registro sanitario, deben presentar
la ampliación del mismo donde subsana la información
correspondiente al producto y al empaque primario, como lo indica la ficha
técnica.
La entrega de la
ampliación del registro sanitario debe efectuarse con el resto de los
documentos al momento de las aperturas de los concursos. No se aceptará
posterior a su cierre, excepto que haya sido extendido previo a la fecha de la
apertura del concurso.
18) Diferencias de hasta un 5% menos
ó más, de la cantidad contratada, se acepta de oficio. Diferencias
mayores al 5% y hasta un máximo del 10% de menos ó más, de
la cantidad contratada, el interesado deberá plantear la solicitud de
autorización y la Administración, mediante un acto razonado,
podrá aceptarlo o rechazarlo. 15
__________
15 Acuerdo
Junta Directiva, artículo 21 sesión Nº 7637, celebrada 4
abril 2002.Publicado en La Gaceta Nº 75 del viernes 19 abril del
2002.
19) El contratista está obligado
a cumplir fielmente con las condiciones del cartel y del contrato. En caso de
rechazo de productos porque no superen los controles de calidad; se actuara de
la siguiente manera:
Ø Se
aplicará el artículo 7º inciso c) del Reglamento para la
Compra de Medicamentos, Materias Primas, Envases y Reactivos (La Gaceta Nº
130 del 5 de julio del 2004).
Ø En caso de
urgencia apremiante por desabastecimiento del producto, la
Administración implementará un nuevo concurso.
Ø Cuantificará
los daños y perjuicios ocasionados (entre otros: costos de nuevo
proceso, pagos adicionales por diferencias de precios, gastos administrativos,
etc.) que serán cobrados al contratista incumpliente.
Ø Todo lo
anterior sin perjuicio de la aplicación de los procedimientos de
resolución contractual, ejecución de garantías,
cláusulas penales, sanciones, multas, etc.
20) Para los efectos de las
cotizaciones se les recuerda que en caso de importación paralela de
medicamentos, debe estarse a lo que al efecto dispone el Decreto Nº
28596-S y, por tanto, debe existir una Certificación de la
Dirección de Registros y Controles del Ministerio de Salud, donde se
autorice la importación paralela del medicamento.
21) Para participar en los concursos
promocionados para las compras de medicamentos deben presentar junto con su
oferta una copia certificada del original del Certificado de Registro,
documento que se encuentra en custodia en el registro de proveedores de
medicamentos (Ley 6914), del Departamento de Adquisiciones. Este punto se
debe omitir sí se trata de compra de materia prima.
22) La Institución
aceptará ofertas de proveedores que coticen en plaza con precios
exonerados de impuestos a nivel de aduana. Sin embargo, la oferta debe indicar
claramente que los productos se entregarán directamente en el
Almacén General de la Caja Costarricense de Seguro Social. 16
__________
16 De
conformidad con el Oficio Nº 11995 del 5 de octubre de 1990, emanado de
la Contraloría General de la República.
En consecuencia, todos los costos
internos de nacionalización, así como todos los internos de
movilización de la mercancía, hasta ese lugar, correrán
por cuenta del proveedor.
23) La División de
Asesoría y Gestión Jurídica de la Contraloría
General de la República, ha dispuesto en el oficio Nº 25 de fecha 6
de enero del año 2003; que los beneficios contemplados en el
artículo 12 de la Ley 7017 son aplicables únicamente a la
industria costarricense; en consecuencia criterio anterior que se le oponga a
de entenderse modificado.
El beneficio contemplado en
el artículo 12 resulta procedente cuando se compruebe que se trata de
productos o mercancías nacionales siempre que se verifiquen los
requisitos de: a) origen del producto, b) calidad equiparable, abastecimiento adecuado
y precio igual o inferior al de los importados.
El interesado debe solicitar
formal y expresamente en su oferta que se le aplique tal beneficio aportando el
certificado de origen del producto nacional. (Página Nº 5 del
Oficio.)
24) Toda garantía deberá
constituirse por cualquiera de los medios que establece el artículo 37
del RGCA y salvo indicación expresa del cartel especifico de cada
concurso, rige lo siguiente en cuanto monto y vigencias:
a. El monto de la garantía de
cumplimiento será de un 10% del monto adjudicado. Esta garantía
se solicitará mediante facsímile y cualquier otro medio
disponible dejando constancia del recibo de la solicitud, por medio del
proveedor. Cuando el adjudicatario no otorgue la garantía de
cumplimiento a entera satisfacción o prevenido para ello no comparezca a
la formalización del contrato, se tendrá por insubsistente la
adjudicación y la administración dispondrá de un plazo de
ocho días hábiles para readjudicar a la segunda oferta mejor
posicionada.
b. Vigencia: la garantía de cumplimiento
tendrá una vigencia que abarque todo el plazo de entrega pactado,
más 120 días adicionales
c. En el caso que la garantía
se rindiera mediante documento, debe aportarse original y copia de esta.
d. Cuando se entreguen certificados de
depósitos en colones o dólares o valores similares en calidad de
garantía, además de una copia, deberá expresarse
claramente al dorso y firmarse por el titular del depósito, la siguiente
razón de endoso: páguese a la Caja Costarricense de Seguro Social
para garantizar el cumplimiento del concurso.
Entrega del Producto y la Orden de
Compra o Contrato:
Ver puntos 7 y 8 del
Capítulo 3 y siguientes referente a ofertas por mercadería o
servicios en el país.
NOTAS:
- Los recursos de
objeción deben presentarse en el primer tercio del tiempo programado
para recibir ofertas según lo dispone el artículo 88.1 del
Reglamento General de Contratación Administrativa; y la
Resolución 187-99 del 10 de mayo de 1999 y el Oficio Nº 8027 del
1º de julio de 1997 de la Contraloría General de la
República.
Posterior a este tiempo se
consideran extemporáneas las aclaraciones que formulen los oferentes
sobre el contenido del cartel.
- Para cuotas obrero
patronales y declaraciones juradas:
Ver puntos 4 y 5 del Capítulo III,
sobre Ofertas por Mercaderías o Servicios en el País.
CAPÍTULO VI
Ofertas de venta de
propiedades
1) Toda persona física o
jurídica que haga una oferta de venta de una propiedad a la Caja
Costarricense de Seguro Social debe presentar los siguientes documentos:
a. Fotocopia de la cédula de
identidad del propietario del inmueble o de la cédula jurídica en
caso de que sea propiedad de una sociedad y de la cédula de identidad
del representante legal.
b. Estudio Registral en el que conste el
derecho a la propiedad y los gravámenes, anotaciones y servidumbres que
afecten la finca.
c. Precio y avalúo del terreno:
Los terrenos que resultaren recomendados serán sometidos a un
avalúo por parte de la Dirección General de Tributación
Directa conforme el artículo 71.2 del Reglamento General de la
Contratación Administrativa. Lo anterior a efecto de que el precio de
adquisición en ningún caso supere el monto de dicho
avalúo.
d. Plano de catastro: Para cada terreno, la
Oferta deberá venir acompañada de original con dos copias y dos
copias del Plano Catastrado o en su defecto del croquis del lote a segregar y
el plano catastrado de la finca madre. Los planos catastrados deberán
ser certificados por el Registro Nacional. El plano de Catastro debe incluir el
derrotero, el área medida y los números de inscripción
ante la dependencia correspondiente.
En caso de tratarse de un
croquis de segregación, luego de la publicación de la
adjudicación, el adjudicatario presentará a la Dirección
Desarrollo de Proyectos el Plano Catastrado de la propiedad segregada,
debidamente registrado previo a la firma de la escritura, lo cual correrá
por cuenta y costo de este.
e. Aquellas propiedades que
estén afectadas por retiros obligatorios o condiciones adicionales
causadas por la ubicación del terreno que restrinjan el área
efectiva permitida para construcción, deben ofrecerse indicando
claramente dichas restricciones, para efectos de su evaluación.
f. La oferta deberá hacer
indicación expresa de tales retiros dictados por los entes oficiales
tales como MOPT, Municipalidades, MIRENEM, o cualquier otro vinculado con la
elaboración de directrices de Planificación Urbana. La Caja
solicitará al oferente aclaraciones en este sentido en caso de existir
dudas al respecto y se reserva el derecho de realizar los estudios necesarios a
este respecto.
2) Información adicional requerida
Tanto el original como las copias del
plano catastrado, deberán estar debidamente firmadas por el dueño
de la propiedad o por personas que tengan representación legal
suficiente para hacerlo.
Deberá contener la
siguiente información:
Ø Se puede
ofrecer una o varias propiedades colindantes entre sí, siempre y cuando
la oferta esté firmada por cada uno de los propietarios o representantes
legales y establezcan el compromiso respectivo de la misma.
Ø Cita de
inscripción en el Registro de la Propiedad, en que conste: naturaleza y
medida del terreno, linderos y situación.
Ø Certificado
del Registro Público con indicación de gravámenes que
tiene la propiedad, clase y monto de los mismos en el entendido de que la
propiedad debe traspasarse a la CCSS, libre de todo tipo de gravámenes y
con sus impuestos municipales y territoriales al día.
Ø Si el
oferente es una sociedad, debe también acompañar certificaciones
de inscripción y personería jurídica de ésta.
Ø Todos los
documentos anexos, incluso los planos deberán venir en duplicado y estar
debidamente firmados por el propietario o por las personas que tengan poder
legal suficiente.
3) Facultad de la Administración
El oferente faculta a la CCSS para que
antes de proceder a la recomendación de adjudicación y como parte
del proceso de determinación de elegibilidad de la propiedad para que
pueda realizar, si lo considera necesario, los siguientes estudios
técnicos:
Ø Revisiones
de niveles y estudios de geotecnia y permeabilidad de los suelos
Ø Estudio de
las condiciones de riesgo sísmico que eventualmente podría
demandar la realización de pruebas comprobatorias.
Ø Referencia
a las posibilidades de explotación de pozos de agua o la
autorización para realizar estudios hidrológicos que determinen
la presencia de aguas subterráneas.
Ø Estudio de
riesgos de inundaciones, deslizamientos, licuefacción y otros.
Ø En caso de
existir pozo, estudios químico bacteriológicos del agua.
Ø Cualquier
otro estudio que se considere conveniente para los intereses de la
Institución.
4) Formalización de la
contratación
La contratación resultante de esta
Licitación, se formalizará mediante una Escritura pública
elaborada por la Dirección Jurídica y registrada por la
Notaría del Estado, una vez que la adjudicación quede en firme.
Quien resultare ADJUDICATARIO
quedará sometido, a la Ley de Contratación Administrativa y su
Reglamento; la inobservancia comprobada de dichas disposiciones por parte del
Adjudicatario podrá dar lugar a que la CCSS, anule la adjudicación
y aplique las sanciones que corresponda.
CAPÍTULO VII
Contratación de
Remodelaciones, Readecuaciones y Construcciones
Consultorías en Arquitectura e
Ingeniería
1) De la participación:
El OFERENTE deberá indicar en
forma clara la condición en que participa, si es como empresa constructora
individual (personas físicas o jurídicas) o empresas
constructoras en consorcio. Si es como consultor independiente o empresa
consultoras en consorcio.
El oferente deberá
estar legal, financiera y técnicamente capacitado para trabajar y
ejercer los servicios que ofrecen en el país, de acuerdo con las
disposiciones correspondientes contenidas en los siguientes cuerpos normativos:
¨ Ley de
Administración Financiera de la República y Presupuestos
Públicos.
¨ Ley
de Contratación Administrativa.
¨ Reglamento
General de Contratación Administrativa.
¨ El
Código de Comercio de Costa Rica.
¨ Código
Civil.
¨ Leyes
y Reglamentos del CFIA.
¨ Ley
y Reglamento de Construcciones.
¨ Código
Eléctrico.
¨ Código
Mecánico.
¨ Código
de Sismos.
El OFERENTE deberá indicar en
forma clara, la condición en que participa, si es como empresa
constructora individual o empresas constructoras en consorcio. Si se optare por
esta última modalidad, deberá cumplirse estrictamente con lo
establecido por el artículo 41 del Reglamento General de
Contratación Administrativa.
Participación empresas
extranjeras:
Las empresas extranjeras que
participen en consorcio o en forma individual deberán acatar las
disposiciones establecidas para empresas nacionales. Para ello deberá
presentar los documentos autenticados por los respectivos consulados de Costa
Rica en sus países. Además deberán designar un domicilio y
un representante en Costa Rica.
Las empresas constructoras o
profesionales extranjeros que no estén inscritos en el CFIA
deberán hacer una inscripción provisional para participar en este
concurso, tal y como lo establece el artículo 16 del Reglamento de
Empresas Consultoras y Constructoras y el artículo 4 e) de la Ley
Orgánica del CFIA.
En caso de ser adjudicados
deberán de ponerse a derecho con la Legislación Costarricense
para ejercer su actividad en el país.
2) Costo del Proyecto:
La obra deberá ser cotizada por
monto alzado, libre de todo impuesto nacional y a nivel de aduana. El monto a
adjudicarse será sin impuestos.
Dicho monto incluirá
el costo de la totalidad de los trabajos a realizar, materiales, mano de obra,
seguros así como los costos por administración, imprevistos,
utilidad, viáticos, transporte, comunicaciones u otros costos directos e
indirectos relacionados con los trabajos de construcción objeto de esta
contratación.
El monto de la oferta,
deberá consignarse claramente en cifras y en letras; en caso de dudas
prevalecerá el monto indicado en letras, además, se deberá
indicar por separado el porcentaje, valor y tipo de los impuestos que la
afectan, y a qué productos esperados se aplican.
Se indicará el
desglose de costos por cada una de las actividades del proceso constructivo o
producto esperado, para lo cual se presentará un PRESUPUESTO DE OBRA.
Asimismo se señalará el porcentaje del monto de la actividad
referido al costo total del proyecto. El desglose de costos por actividad del
proceso constructivo debe coincidir en todo con la programación de obra.
El OFERENTE debe especificar
el monto y los porcentajes correspondientes según el costo total de la
obra, de los siguientes rubros:
¨ Costos directos
¨ Costos
indirectos, desglosado en:
- administración
- otros gastos administrativos.
¨ Utilidad
¨ Imprevistos
3) Subcontratos:
Las empresas participantes que deban
subcontratar obras, maquinarias, equipo y mobiliario médico de baja
complejidad o materiales presentarán junto con la oferta, un listado de
subcontratación, en el cual, se indicarán los nombres de las
empresas, los montos y porcentaje con los cuales se va a subcontratar.
En el caso de realizar un
cambio de alguno de los subcontratistas, deberá contarse con la
autorización previa de la Administración.
El CONSTRUCTOR, no
podrá subcontratar por más del cincuenta por ciento del monto
contratado para la obra (artículo 67.3 RGCA). En todo caso, la
subcontratación no releva al CONSTRUCTOR de su responsabilidad por la
ejecución total del Proyecto en todos los sistemas contratados.
Es responsabilidad del
CONSTRUCTOR velar porque los subcontratistas cumplan con sus responsabilidades
patronales.
4) Adjudicación:
La Administración adoptará
el acuerdo de adjudicación en favor de la oferta mejor calificada
conforme al resultado del procedimiento de Ponderación de Ofertas
establecido en el CARTEL. El plazo previsto para dictar la adjudicación
será el mismo de la vigencia de las ofertas.
En caso de empate:
En caso de que se presente empate en
puntaje obtenido por las ofertas elegibles en la etapa de ponderación,
privarán en su orden los siguientes criterios:
ü Será
seleccionada la oferta que ofrezca el menor precio.
ü Será
seleccionada aquella oferta que tenga en su currículo empresarial mayor
área de construcción (m²) en esa especialidad.
En lo no previsto en las Condiciones
Generales se aplicarán supletoriamente las disposiciones y principios
contenidos en las leyes y reglamentos que rijan la Contratación
Administrativa.
Con la aprobación y
publicación de Las Condiciones Generales y Especiales para la
Contratación de Bienes y Servicios de la Caja Costarricense de Seguro
Social, se derogan las “Condiciones Generales para Licitaciones Publicas
de la Caja Costarricense de Seguro Social, publicadas en La Gaceta
Nº 76 del 25 abril de 1979, así como las modificaciones publicadas
en La Gaceta Nº 197 del 22 octubre de 1979, las cuales rigen
actualmente.”
CAPÍTULO VIII
Glosario
v ADDENDA:
Documentos en los que consten
modificaciones a los elementos esenciales de los contratos refrendados, y que
para su validez deberán contar con el respectivo refrendo de la Unidad
que otorgó el contrato original.
v ADJUDICATARIO:
Persona física o Jurídica a
quien se declara que una contratación le corresponde, al haber superado
todas las condiciones solicitadas en el cartel del concurso y por tal
razón, adquirió el derecho a ser seleccionado como co-contratante
de la Administración.
v ADMINISTRACIÓN:
Refiérase al término CCSS y
sus distintas dependencias.
v ADMINISTRADOR DEL CONTRATO:
Persona o dependencia de la CCSS
encargada de la fiscalización del contrato y responsable de verificar el
fiel cumplimiento de la contratación, tanto cualitativa como
cuantitativamente.
v APROBACIÓN:
Es el acto por el cual la
Administración declara eficaz, conforme a derecho, un acto o contrato
emitido por otro órgano, permitiendo que produzca sus efectos propios.
v ÁREA DE
CONSTRUCCIÓN PONDERADA:
Área de construcción
multiplicada por un factor de ponderación según el tipo de
proyecto.
v AUTORIZACIÓN:
Es aquel acto que dicta la
administración permitiendo o habilitando a una persona física o
jurídica, privada o pública a ejecutar un acto jurídico
determinado en virtud de un derecho ya preexistente.
v AVALÚO FINAL:
Valoración de una cosa en
definitiva, producto de una operación o estudio efectuado por una
autoridad competente en la materia.
v BITÁCORA DEL EQUIPO:
Es el documento de vida del equipo en el
cual, tanto el personal de la Institución como el responsable del
servicio técnico, registrarán todas las actividades
técnico-administrativas que se relacionen con el equipo, comprendidas desde
su instalación hasta que salga de servicio en forma definitiva.
v CAPACITACIÓN EN
FÁBRICA:
Preparación o habilitación
que se les da a ciertos funcionarios en el lugar donde se producen o
manufacturan los bienes, respecto de temas o materias en los que interesa
capacitar o preparar a esas personas.
v CARTEL:
Constituye el reglamento
específico de la contratación que se promueve, en el que se
incorporan las condiciones de carácter técnico, administrativo y
el sistema de valoración de ofertas. Las principales
características son las siguientes:
Claro, concreto, objetivo, suficiente,
técnico y amplio en cuanto a oportunidad de participación.
v CASO FORTUITO:
Aquellos relacionados con acciones del
hombre que revisten un carácter excepcional, tales como invasiones,
guerras etc. O bien los que devienen de la propia condición humana,
tales como epidemias; todos los cuales no pueden ser manejados o controlados
con medidas ordinarias que adopte la Administración.
v CCSS:
Siglas de Caja Costarricense de Seguro
Social.
v CFIA:
Siglas de Colegio Federado de Ingenieros
y de Arquitectos de Costa Rica.
v CLÁUSULAS INVARIABLES
DEL CARTEL:
Son las condiciones establecidas por la
administración en el pliego cartelario, que no pueden ser modificadas
por los oferentes en forma unilateral y que son acatamiento obligatorio.
Constituye un requisito de admisibilidad a la cual los oferentes deben
sujetarse estrictamente.
v COMISIÓN TÉCNICA:
Grupo colegiado de expertos, encargados
de recomendar en forma objetiva, los concursos que se le han encomendado de
acuerdo con su especialidad.
v CONSTRUCTORA:
Nombre con el cual se designa a la
empresa constructora adjudicada en una licitación para la construcción
de una obra.
v CONSULTOR:
Es el Adjudicatario de un concurso para
la prestación de servicios profesionales o de consultoría, que
una vez perfeccionado el contrato, se compromete a su estricto cumplimiento de
acuerdo con las disposiciones contractuales pertinentes.
v CONSULTORA:
Toda persona física o
jurídica que tenga entre sus propósitos la consultoría en
los campos de la Arquitectura y las Ingenierías: Civil,
Eléctrica, Mecánica y Sanitaria, o que esté de hecho
dedicada a tales actividades e inscrita en el Registro que para tales efectos
establece el CFIA.
v CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA:
Incluye todas las disposiciones y
procedimientos establecidos para que los poderes del estado y todas las
administraciones reguladas por las Ley y el Reglamento de Contratación
Administrativa adquieran los bienes y servicios que requieren para la
satisfacción de sus necesidades, en las mejores condiciones en cuanto a
precio y calidad.
v CONTRATACIÓN DIRECTA:
Modalidad excepcional de compra para
facilitar las adquisiciones en aquellos casos expresamente dispuestos en la
normativa institucional y en la legislación prevaleciente, con plena
sujeción a los principios y parámetros que rigen la actividad
contractual del estado.
v CONTRATISTA:
Persona física o Jurídica,
que por contrato suministra un bien, realiza o ejecuta una obra o presta un
servicio por precio determinado.
v CONTRATO:
Acuerdo de voluntades materializado en un
documento escrito mediante el cual se formaliza la relación entre la
Administración y el contratista y ambas partes se obligan a cumplir con
los términos del CARTEL, la oferta y la adjudicación en firme del
objeto licitado.
v CONTRATO DE CONSULTORÍA
DEL CFIA:
Documento oficial del CFIA para
formalizar la inscripción de la responsabilidad profesional del
consultor y de los profesionales responsables del proyecto. Lo anterior de
acuerdo con el Reglamento para la Contratación de Servicios
profesionales de Consultoría del CFIA.
v CURSO DE ESPECIALISTA:
Curso que dará el contratista al
personal médico, profesional y/o técnico de la
Institución. Tiene como objetivo que se adquieran amplios conocimientos
para operación, aplicación, actualización
tecnológica, control de calidad, seguridad, mantenimiento del equipo, etc.
v CURSO DE MANTENIMIENTO:
Entrenamiento que dará el
contratista al personal de mantenimiento de la Institución, de forma que
este adquiera los conocimientos y destrezas necesarios para ejecutar y/o
supervisar labores de mantenimiento preventivo y correctivo del equipo, de
acuerdo a lo recomendado por el fabricante.
v CURSO DE OPERACIÓN:
Entrenamiento que el contratista
dará al operador del equipo, de forma que adquiera los conocimientos y
destrezas necesarios para la apropiada operación del equipo, las
aplicaciones y el mantenimiento básico, de acuerdo a lo recomendado por
el fabricante.
v DEMOLER:
Se entiende como el acto de remover
sistemas estructurales y no estructurales que componen una edificación
para crear un vacío en el espacio en que fueron construidos.
v DDP:
Siglas de Dirección Desarrollo de
Proyectos, dependencia de la Gerencia de la División Operaciones.
v DIRECTOR TÉCNICO:
Es el profesional responsable de la
Dirección Técnica de la Obra a quien alcanzan todas las
responsabilidades establecidas por el CFIA. Además, es el profesional
designado como líder del equipo técnico de la Empresa
Constructora.
v EMPRESA CONSTRUCTORA:
Persona física o jurídica
que tiene la construcción como actividad principal y se encuentre
registrada como tal ante el CFIA.
v ENTIDAD AUDITORA:
Firma de Contadores Públicos
Autorizados, Auditor Externo Independiente, o aquellas sociedades de
profesionales o profesional independiente que poseen el título de
Contador Público Autorizado debidamente inscritos en el Colegio de
Contadores Públicos de Costa Rica.
v ENTREGA PROVISIONAL:
Aviso que da el CONSTRUCTOR a la
Administración, una vez que ha finalizado las obras de
construcción para que ésta establezca fecha y hora para la
RECEPCIÓN PROVISIONAL.
v EQUIPAMIENTO BÁSICO:
Se refiere al equipo y mobiliario
básico incluidos en el Proyecto (planos y especificaciones) para que
sean suministrados por el CONSTRUCTOR durante la etapa de ejecución.
v EQUIPO TÉCNICO:
Es el equipo de profesionales propuesto
por el CONSTRUCTOR en su oferta de servicios, para llevar a cabo la totalidad
de los trabajos objeto de la contratación y asumir la responsabilidad
del proyecto en cada área de especialidad.
v ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS:
Es la descripción en forma
pormenorizada y suficiente de las características técnicas del
bien o servicio que se pretende adquirir.
v EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN:
Conjunto ordenado de documentos, producto
de todas las actuaciones internas o externas que tengan relación con la
contratación debidamente foliado.
v EXPERIENCIA:
Enseñanza o conocimiento que se adquiere,
gracias a la práctica y observación. Para efectos de
contratación administrativa, la experiencia se cataloga como el
cúmulo de conocimientos que determinada persona física o
jurídica ha adquirido en su campo de acción, y que pueda
demostrar mediante documentos fidedignos.
v FACTORES DE EVALUACIÓN:
Dentro de la contratación
Administrativa, son todos aquellos elementos que a discreción de la
administración pueden incorporarse en el sistema de evaluación de
ofertas, o dentro de los demás componentes del pliego cartelario.
v FORMA DE PAGO:
Diferentes modalidades que tiene la
Administración para cumplir con los compromisos económicos
adquiridos como resultado de un contrato u orden de compra, por ejemplo, carta
de crédito, giro a la vista, pagos en plaza, etc.
v FUERZA MAYOR:
Causas de fuerza mayor son aquellas
ajenas a la voluntad de las partes tales como terremotos, huracanes y
demás actos de la naturaleza, huelgas, guerras, accidentes, etc., que
afecten el normal suministro de los servicios solicitados al CONSTRUCTOR y que
aunque se pudiesen prever, no se podrían evitar.
v GARANTÍA DE
CUMPLIMIENTO:
Monto depositado por el adjudicatario a
favor de la administración, con el objeto de asegurar el cumplimiento
cabal del contrato, con el fin de resarcir cualquier daño o perjuicio
ocasionado a la administración por incumplimientos o cumplimientos
defectuosos o tardíos de un contrato.
v GARANTÍA DE
FUNCIONAMIENTO:
Es la obligación que tiene el
contratista de responder por la calidad de un bien, garantizando su
funcionamiento, durante el tiempo establecido en el cartel, en la oferta y en
el contrato.
v GARANTÍA DE
PARTICIPACIÓN:
Documento financiero que deposita el
interesado, previo al vencimiento del término para la recepción
de ofertas; encaminada a asegurar la participación y seriedad de la
oferta que se presenta a la Administración para que en caso de resultar
adjudicatario, concurra a depositar la garantía de cumplimiento y a
formalizar el respectivo contrato manteniendo las condiciones planteadas en la
plica que le procuraron ganar el concurso.
v INCOTERMS:
Es un conjunto de reglas o practicas
internacionales para la interpretación de los términos más
utilizados en el comercio internacional.
v INSPECCIÓN:
Acción realizada por la persona
física o jurídica designada por la Administración para
velar por el fiel cumplimiento de las condiciones contractuales y
técnicas del Cartel de Licitación durante y después del
proceso constructivo.
v JEFE DE PROYECTO:
Profesional en el campo de la
arquitectura o ingeniería designado por la Dirección Desarrollo
de Proyectos quien asumirá la función de enlace entre la CCSS y
el contratista.
CONSTRUCTOR. Será
responsable por la administración constante y cotidiana de la obra, y
responderá por su correcto desarrollo y ejecución. Será
quien apruebe las facturas presentadas por avance de obra, reajustes, extras,
reducciones y ampliaciones de plazo, previa valoración y
recomendación por parte de los inspectores.
v LICITACIÓN POR REGISTRO:
Es el procedimiento de
contratación administrativa, obligatorio y al que se tiene que recurrir,
cuando el monto estimado a contratar no supera el tope establecido para una
licitación por registro, en atención al presupuesto ordinario de
la administración interesada en el concurso respectivo y a la
estimación cuidadosa del negocio. Este tipo de procedimiento requiere la
existencia de un registro de proveedores.
v LICITACIÓN
PÚBLICA:
Es el procedimiento idóneo, para
el trámite de los contratos administrativos. Tiene por fundamento
promover la más amplia competencia, dentro del marco del interés
administrativo, con miras al logro de las mejores condiciones posibles.
v LICITACIÓN RESTRINGIDA
Es el procedimiento de
contratación administrativa, al que acude la administración,
cuando el monto estimado a contratar no supera el tope establecido para la
Licitación Restringida, en función del presupuesto ordinario de
la administración interesada en el concurso y a la estimación
cuidadosa del negocio. Este tipo de concurso requiere de un registro de
proveedores.
v MANUAL DE MANTENIMIENTO:
Documento original impreso o en medio
digital que contenga como mínimo los principios de funcionamiento del
equipo, la descripción de las partes y su función, rutinas de
mantenimiento, seguimiento y localización de averías y
según aplique, diagramas de flujos, neumáticos, fluidos,
electromecánicos, electrónicos u otros.
v MANUAL DE OPERACIÓN:
Documento original impreso o en medio
digital con una descripción detallada de la operación del equipo,
cuidados y mantenimiento que corresponden al operador del mismo.
v MANUAL LISTA DE PARTES:
Documento original impreso o en medio
digital con esquemas detallados del equipo donde se puedan identificar los
componentes por su número de parte.
v MANUAL DE USO DEL SOFTWARE:
Documento original impreso o en medio
digital con una descripción detallada del software, su uso y
aplicaciones.
v MEJORAS TECNOLÓGICAS:
Aspectos ponderables establecidos en el
cartel, que no son de cumplimiento obligatorio y superan las
características básicas del objeto. Puede que en un caso no se
ponderen pero un oferente las ofrezca.
v OBRAS TIPO 1:
Proyectos para la atención de la
Salud, tales como: Quirófanos, Urgencias, Hospitalización,
Consulta Externa de Especialidades y Servicios de Patología.
Tecnologías de apoyo en Hospitales tales como: Laboratorios
Clínicos, Diagnóstico por Imágenes, Farmacias, Centrales
de Esterilización. Servicios Industriales en Hospitales como: Nutrición,
Lavandería, Casa de Máquinas. Clínicas como las Sedes de
Área, CAIS, EBAIS y albergues de ancianos asistidos. También se
incluyen los Laboratorios de Productos Farmacéuticos Electrónicos
y de Material e Instrumental Médico.
v OBRAS TIPO 2:
Se incluyen en este tipo los edificios
institucionales para uso administrativo y educativo, los edificios de oficinas,
supermercados y plantas de proceso de alimentos, hoteles, edificios
comerciales, plantas industriales y centros educativos.
v OBRAS TIPO 3:
Proyecto constructivo destinado a
actividades industriales tales como: Naves Industriales, Fábricas,
Laboratorios de productos electrónicos, químicos y
farmacéuticos, se incluye también Gimnasios, reforzamiento
estructural y readecuación o remodelación de las obras tipo 1.
v OBRAS EXTERIORES:
Se refiere a obras de construcción
que no se encuentran confinadas entre paredes ni bajo una cubierta de techo.
v OBRAS PARCIALES:
Se refiere a obras de construcción
que no impliquen trabajos estructurales, arquitectónicos,
electromecánicos y sanitarios de forma integral.
v OFERTA:
Es la propuesta formal que un interesado
en contratar con la administración dirige a ésta, aceptando las
condiciones del cartel.
v OFERENTE:
Persona física o jurídica o
Empresa o consorcio formado por varias de ellas o una combinación de
ambas, que participa en un concurso presentando su oferta formal.
v ORDEN DE INICIO:
Documento que emite el ADMINISTRADOR DEL
CONTRATO, en el cual se indica la fecha de inicio de los trabajos de
construcción, el plazo de entrega, la fecha de finalización, el
nombre del Director Técnico así como los profesionales
responsables miembros del equipo técnico y los profesionales encargados
de la inspección por parte de la CCSS.
v PERÍODO DE
INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA:
Es el tiempo que transcurre desde que el
equipo se encuentra en el sitio asignado y la Institución ordena que se
proceda a instalar, hasta cuando el mismo está en condiciones de operar,
entiéndase en posición, conectado, probado, calibrado y recibido
en forma definitiva por Equipamiento Institucional o la unidad que éste
designe formalmente.
v PERÍODO DE
GARANTÍA DE FUNCIONAMIENTO:
Es el tiempo durante el cual el proveedor
se compromete a brindar el mantenimiento preventivo de acuerdo a lo recomendado
por el fabricante, así como el correctivo por defectos de
fabricación, instalación y funcionamiento. Esta garantía
incluye mano de obra, repuestos y otros, cuyos costos serán asumidos por
el proveedor.
v PERÍODO DE
GARANTÍA DE LA INSTALACIÓN:
Es el tiempo durante el cual el proveedor
se compromete a brindar el mantenimiento correctivo a la instalación por
defectos inherentes a la misma. Esta garantía incluye mano de obra,
repuestos y otros, cuyos costos serán asumidos por el proveedor.
v PESO RELATIVO:
Monto porcentual que se le asigna a cada
factor incluido dentro de sistema de evaluación de ofertas
v PIMA:
Siglas con las que se identifica al
Programa Integral de Mercadeo Agropecuario del Ministerio de Agricultura y
Ganadería. Entre sus funciones está la de emitir el
boletín semanal del comportamiento de los precios de los productos
agrícolas que se comercializan en el Centro Nacional de Abastecimiento y
Distribución (CENADA). Los precios PIMA sirven de base para estructurar
las fórmulas matemáticas que se incorporan en las tablas de
ponderación de las licitaciones que se promueve para la compra de frutas
verduras y legumbres.
v PLAZO DE ENTREGA:
Período de tiempo en que el
contratista se compromete a entregar los bienes o a suministrar los productos
que constituyen el objeto de la contratación a entera
satisfacción de la CCSS.
v PORCENTAJE FINAL:
Resultado obtenido después de
efectuar las operaciones indicadas en la tabla de ponderación.
v PRECIO ESTIMADO:
Es el monto o valor pecuniario en que se
estima un bien, obra o servicio a un momento determinado.
v PRECIO A EVALUAR:
Precio total de una oferta que se toma
para efectos de compararlo con el del resto de las ofertas recibidas a un
determinado concurso.
v PRECIO MENOR:
Es el menor valor entre dos o más
ofertas, que se toma como base para asignar la puntuación
correspondiente al precio, dentro de un sistema de calificación.
v PRESUPUESTO DE OBRA:
Es el cálculo desglosado por
componentes de cada una de las unidades de obra del proceso de
construcción de manera que se puedan conocer, en detalle y con
precisión; los diferentes materiales por usar y su cantidad, los precios
unitarios del mercado considerados y, en general, todos los aspectos
relacionados con costos de la obra.
v PROGRAMACIÓN DE OBRA:
Se entiende por programación de
obra la Determinación de los tiempos y secuencia de las actividades que
comprende el Proyecto, a fin de poder establecer la duración total del
proceso de ejecución.
v READECUACIÓN:
Actualización sustantiva de los
sistemas arquitectónicos, civiles, sismo-resistentes,
electromecánicos y sanitarios, a fin de adaptar el espacio físico
existente a nuevas condiciones de uso o de actualización
tecnológica.
v RECIBO FINAL:
Documento que emite el Jefe del proyecto
una vez finalizada la revisión total de los productos entregados,
determinando que lo recibido coincide con lo contratado. Se toma como base para
aprobar las gestiones de pagos finales o liquidación de las retenciones
sobre el contrato.
v RECIBO PARCIAL:
Aceptación de una etapa del objeto
contratado acorde con lo establecido en la tabla de pagos contenida en el
cartel.
v RECEPCIÓN DEFINITIVA:
Es el acto que se realiza una vez
finiquitada la obra a entera satisfacción de la Administración
mediante una visita de inspección, y en la que mediante el levantamiento
de un acta, se dan por finalizados los trabajos objeto de esa contratación.
Esta recepción está precedida de la recepción provisional.
v RECEPCIÓN PROVISIONAL:
Acto en el cual la Administración
efectúa una revisión conjunta con el CONSTRUCTOR, con el objetivo
de verificar la correcta ejecución de los trabajos constructivos
producto del respectivo contrato.
v RECIBO CONFORME:
Esta acción se lleva a cabo por
parte de la Administración transcurridos doce meses después de la
recepción definitiva. La CCSS verificará la calidad de la
estructura y los equipos instalados durante el primer año de operación,
de no presentarse ningún defecto, se emitirá el recibo conforme
de la obra y se procederá a la devolución de la garantía
de cumplimiento.
v REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL:
Adecuación sismo-resistente de los
elementos estructurales primarios y secundarios de una edificación
existente.
v REFRENDO:
Es el acto administrativo por el cual se
constata la legitimidad y otorga eficacia a un contrato administrativo, dando
lugar a que se produzca sus efectos propios, sea que adquiera ejecutoriedad.
v REGENCIA AMBIENTAL:
Profesional(es) encargado(s) de verificar
el cumplimiento de los compromisos ambientales generados del Estudio de Impacto
Ambiental de un Proyecto.
v REMODELACIONES:
Se refiere a obras de construcción
en infraestructuras existentes que impliquen algunas modificaciones espaciales,
estructurales y de los sistemas electromecánicos y sanitarios.
v REQUISITO DE ADMISIBILIDAD:
Requisitos de orden legal y
técnico que debe cumplir un potencial oferente para que su oferta sea
admitida por la administración y pueda ser objeto de evaluación.
v REQUISITO FINANCIERO:
Condiciones técnico financieras
que debe cumplir un oferente para que su oferta sea admitida en un concurso,
ejemplo estados financieros auditados
v REQUISITOS FORMALES:
Condiciones de orden general que forman
parte de un cartel, fundamentalmente número de concurso, nombre del
objeto a comprar, nombre de la administración que promueve el concurso,
fecha de apertura y otros, y que en sí mismas no constituyen aspectos
esenciales del concurso.
v REQUISITOS TÉCNICOS:
Clausulado o condiciones de orden
técnico, referidas a la descripción del objeto del negocio, tales
como peso, volumen, potencia, color, resistencia, el tipo y otras
características específicas del bien.
v RESERVA DE CRÉDITO
(PRESUPUESTARIA):
Obligación exigible que debe hacer
toda administración que tramite una compra, según lo dispuesto en
los artículos 8 de la Ley de Contratación Administrativa y 10 del
Reglamento General de Contratación Administrativa.
v RESOLUCIÓN CONTRACTUAL:
Es la terminación anormal de un
contrato administrativo por hechos sobrevinientes debidos al incumplimiento de
una de las partes.
v RESCISIÓN :
Es la terminación anormal de un
contrato debida a razones de interés público o por acontecer un
hecho que se califique como caso fortuito o fuerza mayor, en virtud de la cual
se debe indemnizar los daños y perjuicios causados.
v RGCA.:
Reglamento General de Contratación
Administrativa
v SETENA:
Siglas de la Secretaria Técnica
Nacional Ambiental.
v SISTEMA DE ADQUISICIONES:
Sistema diseñado para atender en
forma racional, económica y eficiente los requerimientos de bienes y
servicios de las distintas dependencias de la CCSS, en lo que concierne a los
bienes y servicios necesarios para el cumplimiento cabal y eficaz de los
objetivos y funciones que le son inherentes.
v SUBSANACIÓN DE DEFECTOS:
Aspectos subsanables de la oferta,
según lo dispuesto en el artículo 56 del Reglamento General de
Contratación Administrativa y la jurisprudencia administrativa y
constitucional. Mediante esta figura es posible suplir cualquier
información o documento trascendente omitido, siempre que con ello no se
modifique el contenido de la oferta en cuanto a características y
garantías de las obras, bienes o servicios ofrecidos, precio, plazos de
entrega ni garantía de participación.
v TIEMPO FUERA DE SERVICIO:
Es el período durante el cual un
equipo sale de operación, por un desperfecto propio del mismo o por
causas imputables al responsable del mantenimiento.
v TIEMPO DE INSTALACIÓN:
Plazo requerido en un cartel de
licitación u ofrecido por un participante en su propuesta, para que los
equipos sean debidamente instalados, el cual se cuenta desde el día que
se inician los trabajos de instalación, hasta el día en que queda
debidamente instalado un equipo y es comunicado a la CCSS. El plazo puede
establecerse en días hábiles o naturales, según la
conveniencia de las partes.
v TIEMPO DE PARO ACEPTADO:
Es la cantidad de tiempo mensual que el
equipo puede estar fuera de servicio sin que se le aplique la multa
correspondiente.
v UBICACIÓN:
Instalar, colocar o dejar un bien o
mercancía en determinado espacio o lugar previamente definido en el
cartel o en el contrato.
v UNIDAD TÉCNICA
ESPECIALIZADA:
Parte de la estructura de la
administración que tiene por objeto diseñar, recomendar,
supervisar y controlar aspectos eminentemente técnicos de los bienes y
servicios que adquiere la institución.
v VIDA ÚTIL:
Es el tiempo durante el cual, bajo
condiciones normales de uso y mantenimiento adecuado, el equipo opera
satisfactoriamente, sin que se vea menoscabado por factores de obsolescencia,
altos costos de mantenimiento, u otros factores.
Se instruye a la
Gerencia de Operaciones que lo haga del conocimiento de la Contraloría
General de la República y que proceda con su publicación.
Acuerdo firme.
San José, 20 de
diciembre del 2005.—Emma C. Zúñiga Valverde, Secretaria
Junta Directiva.—1 vez.—C-750330.—(35).
REGLAMENTO PARA LA UTILIZACIÓN
DE RECURSOS INFORMATICOS
INDICE
CAPÍTULO
I Del
Departamento de Informática 1
CAPÍTULO
II Normas para la
seguridad del Departamento de Informática 2
CAPÍTULO
III Sobre el equipo de
computo 3
CAPÍTULO
IV Sobre el
mantenimiento del equipo de computo 4
CAPÍTULO V Normas para la
utilización de las microcomputadoras 5
CAPÍTULO
VI Normas para la
utilización del correo electrónico 7
CAPÍTULO
VII Del uso de Internet 8
CAPÍTULO
VIII Sanciones 9
CAPÍTULO
IX Vigencia 11
REGLAMENTO PARA LA
UTILIZACIÓN
DE RECURSOS INFORMATICOS
Considerando:
1º—Que
JAPDEVA considera necesario proporcionar a sus funcionarios herramientas para
el cumplimiento eficiente de las labores, así como la correcta
comunicación local y remota, de manera tal que permita a los usuarios la
consulta de información de instituciones públicas y privadas a
nivel nacional e internacional, con el fin de enriquecer el desarrollo de sus
actividades, así como de implementar un servicio de transmisión
de información rápido y económico, que permita la
agilización de la toma de decisiones.
2º—Que el personal
debe estar enterado y consciente de las responsabilidades que el uso de dichas
herramientas conlleva, tomando las medidas que correspondan con el
propósito de apoyar y asesorar en el mejor cumplimiento de las metas que
cada dependencia se ha trazado.
3º—Con fundamento
en los artículos 17, inciso a) de la Ley Orgánica de JAPDEVA, en
los artículos 102 y 107 de la Ley General de la Administración
Pública y en el artículo 111 de la Ley de la
Administración Financiera y Presupuestos Públicos, así
como en los derechos y obligaciones de los trabajadores establecidos en el
Código de Trabajo, la Convención Colectiva de Trabajo de JAPDEVA
y su Reglamento Interno de Trabajo, el Consejo de Administración de
JAPDEVA emite el presente
REGLAMENTO PARA LA
UTILIZACIÓN
DE RECURSOS INFORMATICOS
CAPÍTULO I
Del departamento de
informática
Artículo
1º—El Departamento de Informática es el responsable de la
administración de todo el equipo de cómputo, sus accesorios y la
red en cuanto al mantenimiento preventivo y correctivo del equipo,
instalación y mantenimiento de software, aplicaciones desarrolladas,
configuración de equipo y ubicación. En virtud de lo anterior,
será responsable de instruir a cada usuario a quien se le asigne un
equipo de cómputo sobre el correcto uso y mantenimiento del mismo.
Este Departamento es
también el responsable de proporcionar asesoría y asistencia
técnica a los funcionarios de JAPDEVA en materia de uso del servicio de
Internet y Correo Electrónico.
Artículo
2º—Cada equipo de cómputo estará asignado a un usuario
responsable, quien deberá velar por su buen funcionamiento Para tal
efecto deberá reportar cualquier falla o anomalía al Departamento
de Informática, para que se le brinde el soporte técnico
respectivo
Artículo
3º—Solamente los funcionarios de JAPDEVA podrán operar los
equipos. No se permite su uso a personas ajenas a la Institución ni la
instalación de otros paquetes de software, excepto en los casos en que
se cuente con autorización previa y por escrito del Departamento de
Informática.
Artículo
4º—La Unidad de Informática tiene la autoridad para controlar
y negar el acceso a cualquier persona que viole las políticas o
interfiera con los derechos de otros usuarios. También tiene la
responsabilidad de comunicar a aquellas personas que se vean afectadas por las
decisiones tomadas y a sus superiores.
Artículo
5º—La Unidad de Informática no ejerce control sobre el
contenido de la información que circula por la red o sobre quien la
utilice, quedando bajo la responsabilidad del funcionario encargado del equipo
desde donde se accese o utilice. No obstante lo anterior, la
administración pondrá en funcionamiento herramientas de control
que posibilitan analizar y detectar usos indebidos, por lo que se advierte que
el contenido de la información será monitoreada y sujeta a
controles.
CAPÍTULO II
NORMAS PARA LA SEGURIDAD DEL
DEPARTAMENTO
DE INFORMÁTICA
Artículo
6º—El acceso al Departamento de Informática es restringido,
pudiendo ingresar a el sólo el personal autorizado.
Artículo
7º—Toda persona que ingrese al Departamento de Informática y
no pertenezca a esta área deberá estar acompañada por un
empleado del Departamento.
Artículo
8º—Los visitantes externos a JAPDEVA que estén dentro de las
instalaciones del Departamento de Informática deben portar una
identificación en un lugar visible que los distinga como visitante.
Artículo
9º—Los visitantes o funcionarios ajenos al Departamento de
Informática no podrán ingresar al mismo con bolsos, ni maletines,
entre otras cosas. Estos elementos deberán dejarse en la
secretaría del Departamento de Informática.
Artículo 10.—A
la biblioteca, la cintoteca, la sala del computador central o a cualquier
área así rotulada dentro del Departamento de Informática,
sólo podrá tener acceso el personal autorizado.
Artículo
11.—Queda terminantemente prohibido que los visitantes entren al
Departamento de Informática con cualquier medio portátil de
almacenamiento de información.
Artículo 12.—El
Departamento de Informática llevará un registro de: hora de
entrada, razón de la visita y hora de salida del mismo, de todas las
personas ajenas al Departamento.
Artículo 13.—Las
claves de acceso de los distintos sistemas que utiliza el personal del
Departamento de Informática deben
manejarse con el mayor grado de confidencialidad.
Artículo
14.—Queda prohibido para el personal del Departamento de
Informática ausentarse del lugar en donde esté realizando
cualquier aplicación durante su ejecución.
Artículo
15.—Debe llevarse un registro de cualquier material o equipo que ingrese
o salga del Departamento de Informática. Este registro debe contemplar
fecha de entrada o salida, hora entrada o salida, material y nombre de la
persona que lo ingrese o saque.
CAPÍTULO III
Sobre el equipo de
cómputo
Artículo
16.—Las normas y disposiciones del presente reglamento se
aplicarán a los siguientes equipos:
• Servidores (equipo central
donde están instalados los programas principales de la
institución)
• Microcomputadoras con sus
componentes
Microcomputadoras
portátiles (conocidas como notebooks o laptops)
Unidades
ininterrumpidas de poder (UPS)
Impresoras
Terminales de video
(monitores)
Cualquier otro equipo o
herramienta de cómputo que determine necesario el Departamento de
Cómputo en el futuro. Cuando esta situación suceda, será
responsabilidad de dicho Departamento el comunicarlo a los usuarios de los
mismos.
Para los efectos del
presente reglamento, el término “equipo de cómputo”
se aplicará a todo aquel equipo indicado en este artículo.
Artículo 17.—El
software básico que será instalado en las microcomputadoras y
microcomputadoras portátiles de la Institución, será el
siguiente:
NX-View
Sistema Operativo DOS
Windows última versión
Microsoft office ( Word - Excel - Power
Point ) última versión
Antivirus última versión
Cualquier otro que determine necesario el
Departamento de Cómputo en el futuro. Cuando esta situación
suceda, será responsabilidad de dicho Departamento el comunicarlo a los
usuarios de los mismos.
Artículo
18.—Toda adquisición de software original para el área de
las microcomputadoras y las microcomputadoras portátiles, debe contar
con el visto bueno del Departamento de Informática conforme la
estrategia informática de la Institución.
Artículo
19.—Todo software original que se adquiera será para uso exclusivo
de la institución y estará bajo la responsabilidad y custodia de
la Sección de Soporte Técnico del Departamento de Informática.
Artículo 20.—La
Sección de Soporte Técnico del Departamento de
Informática, estará a cargo de las licencias de software y la
instalación de software original en las microcomputadoras y
microcomputadoras portátiles de la institución.
Artículo 21.—El
Departamento de Informática garantizará la actualización
periódica de las licencias de software en las microcomputadoras y
microcomputadoras portátiles.
CAPÍTULO IV
Sobre el mantenimiento del
equipo de cómputo
Artículo
22.—En caso que ocurra algún daño en el equipo de
cómputo, el responsable del equipo deberá reportar dicha
situación a la Sección de Soporte Técnico del Departamento
de Informática, para su respectiva revisión y sanción
según el caso.
Artículo 23.—La
Sección de Soporte Técnico deberá indicar a la Unidad o
Departamento respectivo el tiempo estimado de reparación de su equipo
dañado cuando se vaya a reparar internamente.
Artículo
24.—Cuando el equipo no pueda ser reparado por la Sección de
Soporte Técnico, el Departamento de Informática coordinará
con el Departamento de Proveeduría la reparación del mismo por
parte de empresas contratadas para tal efecto mediante los procesos de
contratación establecidos en la institución.
Artículo
25.—Toda solicitud de adquisición de repuestos y/o accesorios para
el equipo de cómputo, deberá tener la respectiva
justificación por parte del responsable solicitante así como la
respectiva justificación técnica de la Sección de Soporte
Técnico del Departamento de Informática, lo cual deberá
ser coordinado con el Departamento de Proveeduría.
Artículo
26.—Queda terminantemente prohibido trasladar el equipo de cómputo
de una sección a otra sin la debida autorización de la
Sección de Soporte Técnico del Departamento de
Informática. Este traslado deberá ser reportado a la Unidad de
Control de Activos Fijos.
CAPÍTULO V
Normas para la
utilización de las microcomputadoras
Artículo
27.—Cada encargado de sistemas es responsable por el uso, custodia y
salvaguardia de la información que sea de uso para las actividades
diarias de la Institución.
Artículo 28.—Queda
terminantemente prohibido fumar, así como ingresar con cualquier tipo de
alimento o bebida al lugar donde está ubicado el equipo de
cómputo.
Artículo
29.—Cada usuario es responsable de respaldar su información
periódicamente. Para poder respaldar la información en discos
compactos (CD), debe coordinar con la Sección de Soporte Técnico
del Departamento de Informática para que le brinde las facilidades del
caso.
Artículo 30.—El
equipo de cómputo será utilizado únicamente para accesar,
abrir o generar archivos con información exclusiva de la dependencia
responsable del equipo o aquella que contenga información que le sirva
para sus fines laborales.
El equipo de cómputo
sólo podrá ser utilizado por alguna otra dependencia dentro y
fuera de la institución, siempre y cuando dicha información sea
para asuntos de trabajo afines a JAPDEVA.
Artículo
31.—Queda terminantemente prohibida la permanencia de particulares o
personal ajeno solos en las salas donde esté ubicado el equipo de
cómputo.
Artículo 32.—Los
encargados de sistemas o jefaturas inmediatas evitarán que se utilicen
unidades de almacenamiento particulares en sus microcomputadoras, si no han
sido revisados previamente por el antivirus instalado.
Artículo 33.—Los
particulares a quienes por alguna razón excepcional y específica
se les autorice usar el equipo de cómputo, deberán obtener el
visto bueno –preferiblemente por escrito- de la jefatura inmediata
respectiva o en su defecto el de la Gerencia respectiva. No deberán permanecer
solos en la sala de la microcomputadora y la persona que autoriza su uso
deberá asumir la responsabilidad correspondiente.
Artículo 34.—En
caso de una infección por virus a una microcomputadora, la
Sección de Soporte Técnico, una vez corregido el problema,
informará a los administradores de sistemas y jefaturas respectivas,
para que éstas determinen las responsabilidades del caso.
Artículo 35.—El
mantenimiento y limpieza de los microcomputadores será realizado
periódicamente por personal de la Sección de Soporte
Técnico o en su defecto y previa justificación técnica de
parte del Departamento de Informática, podrá ser contratado el
mantenimiento preventivo por parte de la Institución a empresas externas
dedicadas a esta tarea.
Artículo 36.—Es
obligación del Departamento de Informática llevar una tarjeta de
control de los suministros, accesorios, partes o repuestos de cada equipo, la
cual deberá ser actualizada cada vez que el usuario requiera nuevos
suministros.
Artículo
37.—Cada persona a la que se le asigne una notebook es responsable por su
uso, custodia y salvaguarda. Deberá firmar un contrato con la
Institución haciéndose responsable de su salvaguarda. En caso de
pérdida por robo, olvido, daño, descuido entre otras cosas,
será remitido por su superior jerárquico a la Junta de Relaciones
Laborales o al Consejo de Administración de JAPDEVA según
corresponda, para los trámites correspondientes.
Artículo
38.—Cada persona a la que se le asigne una notebook es responsable por la
custodia y salvaguarda de la información, la cual deberá ser solo
para las actividades de la Institución.
Artículo 39.—En
caso que ocurra algún daño en el software de las notebooks, el
responsable del equipo deberá reportar por escrito dicha
situación a la Sección de Soporte Técnico del Departamento
de Informática para su respectiva revisión. La Sección de
Soporte Técnico evaluará si el prestatario incurrió en
falta que provocara el daño reportado y hará el informe
correspondiente a la Junta de Relaciones Laborales o a quien corresponda para
los trámites correspondientes.
Artículo 40.—En
caso de una infección por virus a una notebook el responsable del equipo
deberá llevarla a la Sección de Soporte Técnico para que
se corrija el problema.
Artículo 41.—El
préstamo de la notebook a otro funcionario o dependencia de la
Institución debe hacerse con toda la documentación
correspondiente para trasladar la responsabilidad del equipo al nuevo receptor.
CAPÍTULO VI
Normas para la
utilización del correo electrónico
Artículo
42.—Esta herramienta tiene como objetivo:
1) El intercambio de información y
mensajes entre las dependencias y funcionarios de JAPDEVA.
2) Disminuir el trasiego de documentos tanto
interna como externamente y agilizar el envío de información.
Artículo
43.—Cada usuario tiene una dirección electrónica personal
la cual estará habilitada mientras labore para la institución.
Para poder acceder al correo
electrónico es necesario digitar la clave de acceso. Los usuarios
serán los responsables por el uso de la clave y bajo ninguna
circunstancia debe revelarse. Ésta se deberá de cambiar
periódicamente y cuando expire debe cambiarse de inmediato.
Sólo se
instalará una cuenta por equipo.
El jefe de la unidad
comunicará al departamento de Informática la persona que ha
dejado o dejará de laborar
en JAPDEVA ya sea por
renuncia, pensión, despido o muerte, para eliminarle la
dirección.
En caso de que un usuario
esté disfrutando de sus vacaciones podrá accesar su cuenta desde
cualquier computadora fuera de la Institución.
Artículo 44.—
1) El espacio es limitado, por lo que los
usuarios deben depurar los correos electrónicos almacenados en las
diferentes carpetas, a fin de evitar la saturación de los buzones
correspondientes.
2) Se debe verificar periódicamente
el contenido en el buzón de entrada, con el propósito de mantener
un control y seguimiento de la información transmitida por este medio y
guardar la información que va a requerir posteriormente para el
cumplimiento de sus labores en el disco duro de su equipo de cómputo.
3) Los usuarios deben atender las disposiciones
emitidas con el fin de evitar la propagación de virus
informáticos.
4) Nadie debe ver, copiar, alterar o
destruir el contenido del correo de otra persona sin el consentimiento expreso
del afectado.
5) Los correos recibidos se
mantendrán por quince días naturales, periodo a partir del cual
serán borrados automáticamente.
Artículo
45.—Queda absolutamente prohibido:
1) Enviar mensajes groseros, obscenos o
molestos.
2) El envío de cadenas de correo o
envío masivo de correos, excepto que estos últimos estén
justificados y relacionados con las labores de los funcionarios.
3) Su uso para cualquier actividad que sea
lucrativa o comercial de carácter privado.
CAPÍTULO VII
Del uso de Internet
Artículo
46.—JAPDEVA permitirá el acceso a Internet a aquellos funcionarios
que hayan sido autorizados por sus respectivos Jefes de Departamento o Unidad y
con el visto bueno de la Gerencia Portuaria.
Cada usuario debe hacerse
responsable por el uso que le dé a esta autorización y debe
guardar discreción y ética con respecto a la información
que está manejando.
El acceso a Internet
está controlado por el nombre del usuario, por lo que las
bitácoras de acceso permiten determinar los accesos de cada uno.
El usuario de la Red
será responsable del mal uso que de la misma se haga desde el equipo
asignado, por lo que debe mantener los aspectos básicos de seguridad
para evitar que otra persona, utilizando su máquina o clave, pueda tener
acceso a Internet o al Correo Electrónico sin estar autorizado.
Artículo 47.—De
la misma manera que el uso del correo electrónico, ningún acceso
a esta Red podrá ser usado para propósitos contrarios al
ordenamiento jurídico o contra las normas comunes de la ética y
buena conducta normalmente reconocidas en la sociedad.
La “navegación”
en Internet queda limitada única y exclusivamente para fines propios de
JAPDEVA, los cuales están referidos a:
1) Búsqueda de información
necesaria para la elaboración, ampliación o referencia de temas
relacionados con el trabajo de la Institución.
2) Realizar las tareas diarias de acuerdo
con los objetivos y políticas institucionales.
3) Facilitar la comunicación e
intercambio con la comunidad vinculada a la actividad portuaria y de desarrollo
u otras instituciones con el fin de tener acceso a los últimos avances
relacionados con la especialidad de que se trata.
Artículo
48.—Es absolutamente prohibido:
1) El uso de chats.
2) Realizar compras de servicios y/o
artículos personales.
3) Accesar a páginas de
pornografía, chistes, estaciones de radio, música,
televisión, videos, juegos, etc.
4) Cualquier actividad lucrativa o comercial
de carácter individual o privado.
5) Ingresar a otros sistemas no autorizados,
que puedan causar daños.
6) Efectuar intentos no autorizados de
irrumpir en cualquier computadora ya sea de JAPDEVA o de cualquier otra
organización.
Artículo
49.—Cualquier material y/o datos obtenidos mediante el uso del servicio
de Internet sin contar con las protecciones recomendadas, constituye un riesgo
para el funcionario y para la Institución, por lo que el servidor
será exclusivamente responsable de cualquier daño al sistema o
pérdida de datos que pueda resultar de su proceder.
Artículo 50.—Los
usuarios que accedan a servicios de otras redes a través de una
conexión habilitada por la institución estarán sujetos a
las normas que la institución receptora tenga estipuladas y las
violaciones a las mismas serán penalizadas de acuerdo al reglamento de
cada sitio.
Artículo 51.—Los
usuarios externos, como consultores, que utilicen servicios de JAPDEVA,
estarán sujetos a las mismas regulaciones que los funcionarios de la
institución.
Artículo 52.—En
el momento en que el Departamento de Informática detecte el uso indebido
de las herramientas cuyo uso se regula en este reglamento, enviará la
comunicación correspondiente al jefe del Departamento o la Unidad,
según corresponda, para que este valore la posibilidad de suspenderle al
funcionario el acceso a los servicios sin que con ello se vea perjudicado el
servicio. En caso de así considerarlo necesario, el Jefe enviará
el comunicado al Departamento de Informática, quien deberá
cumplir la orden inmediatamente.
Esta suspensión no
impide que se establezcan procedimientos administrativos, para aplicar
sanciones disciplinarias por el uso indebido del equipo electrónico y
las comunicaciones en la institución.
CAPÍTULO VIII
Sanciones
Artículo
53.—Las faltas en que incurran los trabajadores por el incumplimiento del
presente Reglamento, serán sancionadas con las siguientes medidas
disciplinarias:
a) Amonestación
verbal.
b)
Amonestación por escrito.
c)
Suspensión del trabajo sin goce de salario hasta por ocho días.
d) Despido
sin responsabilidad patronal.
Artículo
54.—Se aplicará la amonestación verbal en los siguientes
casos:
a) A quien por dolo o culpa grave incumpla o
permita a otro incumplir con las normas de seguridad establecidas en el
Capítulo II de este reglamento.
b) A quien envíe mensajes groseros,
obscenos o molestos.
c) A quien envíe cadenas de correo o
envío masivo de correos no relacionados con las labores propias de sus
funciones.
d) A quien accese a páginas de
chistes, estaciones de radio, música, televisión, videos, juegos,
etc.
e) La violación de cualquier otra
prohibición estipulada en este reglamento y que no esté
sancionada en los siguientes artículos.
La amonestación
verbal será aplicada por la Jefatura del Departamento o la Unidad
respectiva, quien además tendrá la obligación de llevar un
control de amonestaciones para efectos de la eventual aplicación de la sanción
prevista en el inciso a) del artículo siguiente.
Artículo 55.—
Se aplicará la
amonestación por escrito en los siguientes casos:
a) A quien, habiendo
recibido una amonestación verbal, por segunda vez incurra en alguna de
las causales que establece el artículo anterior, en un período de
tres meses, contados a partir de la fecha de imposición de la
sanción correspondiente.
b) quien, al incumplir lo establecido en el
artículo 33 de este reglamento, contamine un equipo de cómputo de
la institución con un virus.
c) A quien utilice el correo
electrónico para cualquier actividad lucrativa o comercial de
carácter privado.
d) A quien ingrese a páginas de
chats.
Artículo
56.—Se aplicará la suspensión del trabajo sin goce de
salario hasta por ocho días:
a) A quien, habiendo recibido las sanciones
establecidas en los artículos 55 y 56 incurra nuevamente en alguna de
dichas causales en un período de tres meses calendario, contados a
partir de la fecha de imposición de la última sanción.
b) Al funcionario de la Proveeduría
que tramite, sin el visto bueno del Departamento de Informática, la
compra de equipo de cómputo, sus repuestos y/o accesorios, así
como software y sus licencias.
c) A quien, por dolo o culpa grave, sea
responsable por la pérdida o daño del equipo de cómputo
que le fue asignado.
d) A quien cause daños al sistema o
pérdida de datos que pueda resultar de su proceder por la
violación de las prohibiciones contenidas en este reglamento.
e) A quien viole la discreción y la
ética que debe guardar con respecto a la información que está manejando.
f) A quien permita que otra persona,
utilizando su máquina o clave, pueda tener acceso a Internet o al Correo
Electrónico sin estar autorizado.
g) A quien realice compras de servicios y/o
artículos personales.
Artículo
57.—Será considerada falta grave a efectos de la aplicación
de las sanciones contempladas en los artículos 72 y 81 del Código
de Trabajo:
a) Accesar a páginas de
pornografía para observar, reproducir o transmitir el material contenido
en las mismas.
b) Ingresar a otros sistemas no autorizados
que puedan causar daños.
c) Efectuar intentos no autorizados de
irrumpir en cualquier computadora ya sea de JAPDEVA o de cualquier otra
organización.
d) Se aplicará también la
presente causal a quien, habiendo recibido las sanciones establecidas en los
artículos 55, 56 y 57 incurra nuevamente en alguna de dichas causales.
e) Boicotear o intentar Boicotear los
sistemas
Artículo
58.—En todos los casos la aplicación de una sanción a un trabajador de la
institución cubierto por la Convención Colectiva deberá
someterse a los procedimientos establecidos en el CAPÍTULO XI de la Convención Colectiva de
Trabajo vigente. Para los trabajadores no cubiertos por ella se
aplicarán los procedimientos establecidos en el Libro Segundo de la Ley
General de la Administración Pública.
Artículo 59.—El
Departamento de Informática colaborará estrechamente con los
Jefes de División, Departamento o Sección, según
corresponda, en la sustanciación de los expedientes que deban levantarse
en contra de los trabajadores que sean sorprendidos en violación de lo
estipulado en el presente reglamento.
CAPÍTULO IX
VIGENCIA
Artículo
60.—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.
Aprobado por
Unanimidad.
Limón, 29 de
diciembre del 2005.—María Eugenia Flores Sibaja, Secretaria
General.—1 vez.—(O/C Nº 84291).—C-196585.—(155).
REGLAMENTO DE
ALIMENTACIÓN
Con fundamento en la
competencia que en materia de reglamentación y de acuerdo con lo que
establece el artículo 8 inciso o) de la Ley de Creación del INAMU
Ley 7801, faculta a la Junta Directiva del INAMU a dictar, reformar, derogar e
interpretar los reglamentos internos conforme a la legislación vigente
sobre la materia, se promulga el presente:
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo
1º—Ámbito de aplicación. El presente Reglamento
establece las disposiciones generales a que deben someterse las (os)
funcionarias (os) del Instituto Nacional de las Mujeres que utilicen fondos
públicos para incurrir en gastos de alimentación.
Artículo
2º—Definiciones: Cuando en el presente reglamento se empleen
los términos y definiciones, deben dárseles las aceptaciones que
señalan a continuación:
a. Refrigerios menores: Son los
alimentos que el Instituto proveerá tales como galletas variadas y
bebidas (té, café, gaseosas) los cuales se utilizarán para
reuniones a lo interno de las dependencias de la institución.
b. Instituto Nacional de las Mujeres:
Instituto
c. Montos razonables: Para el
presente reglamento se consideran montos razonables excepto para el
artículo 10° inciso d), los que se detallan seguidamente:
- Refrigerio ligero: Consiste
en un café, té o refresco y un bocadillo, por lo que su costo no
podrá exceder el 50% del monto autorizado por la Contraloría
General de la República para funcionarios públicos para el rubro
de desayuno.
- Refrigerio sustancioso o
suficiente: Consiste en un café, té o refresco y tres bocadillos,
por lo que su costo no podrá exceder el 75% del monto autorizado por la
Contraloría General de la República para funcionarios
públicos para el rubro de desayuno o refrigerio equivalente al costo
establecido.
- Almuerzo: el costo no
podrá exceder el 85% del monto autorizado por la Contraloría
General de la República para funcionarios públicos el rubro de
almuerzo.
- Cena: el costo no
podrá exceder el 85% del monto autorizado por la Contraloría
General de la República para funcionarios públicos para el rubro
de cena.
Artículo
3º—El Reglamento tiene como fin el regular la asignación, uso
y control de los recursos destinados para los gastos de alimentación
para conmemoraciones, agasajos, atención de sesiones de la Junta
Directiva, exposiciones, congresos, seminarios, cursos de capacitación,
talleres, reuniones y otros de características similares.
CAPÍTULO II
Procedimientos de Asignación
Artículo
4º—Pueden solicitar erogaciones para alimentación la
Presidencia Ejecutiva, Auditoría Interna, Dirección
Técnica, Dirección Administrativa Financiera, Áreas
Técnicas y Administrativas del Instituto.
Artículo
5º—La ejecución de los gastos de alimentación se debe
realizar dentro de las metas establecidas en el Plan Anual Operativo y deben
tener contenido presupuestario.
Artículo
6º—De la asignación presupuestaria de recursos para los
gastos de alimentación. Los presupuestos dentro de los cuales
podrán tomarse fondos para las actividades que desarrollen las
direcciones, coordinaciones, o unidades serán los que se detallan
seguidamente:
a. Auditoria Interna (Presupuesto de
la Auditoría Interna).
b. Presidencia Ejecutiva (Presupuesto
Programa Administrativo).
c. Dirección Técnica
(Presupuesto Programa Técnico).
d. Dirección Administrativa
Financiera (Presupuesto Programa Administrativo).
Artículo
7º—Las asignaciones presupuestarias aprobadas en los gastos de
alimentación para la realización de exposiciones, congresos,
seminarios, cursos de capacitación, talleres, reuniones, eventos
especiales y otros de características similares, las cuales están
asignadas a cada programa, deben asegurar el cumplimiento de las metas
contenidas en el Plan Anual Operativo y contar cada evento con la debida
justificación.
Solo tendrán
justificación los gastos de alimentación cuando las actividades
detalladas en el párrafo anterior constituyan apoyo a los programas que
persiguen el cumplimiento de las metas contenidas en el Plan Anual Operativo y
en el Plan Nacional de Desarrollo.
CAPÍTULO III
Procedimiento de uso
Artículo
8º—Reuniones Internas: Se podrán hacer uso de los refrigerios
menores en reuniones que se realicen en alguna dependencia del Instituto ya sea
con mujeres y/o, funcionarios \as públicos externos. Estos productos
serán tramitados y adquiridos por la Proveeduría del Instituto y
se entregarán a las instancias solicitantes a través del
formulario diseñado para tal fin. En caso que la reunión sea con
funcionarios/as de distintas instancias del mismo Instituto deberá
justificarse por la persona encargada de la actividad y quedará a criterio
de la Coordinación Administrativa autorizarlos o no.
Artículo
9º—Talleres, Capacitaciones, Seminarios, Congresos y Exposiciones:
Podrán hacer uso, de conformidad con el artículo 2 inciso c) en
las actividades mencionadas que realice alguna instancia del Instituto ya sea
con mujeres, funcionarios \as públicos dentro y fuera de las
dependencias del Instituto. Podrán hacer uso de alimentación las
y los funcionarios del instituto que se encuentren a cargo o participen en
estas actividades dentro y fuera de las dependencias, siempre que no reciba
viáticos por alimentación.
Artículo 10.—Las
instancias mencionadas en el artículo 7 podrán incurrir en gastos
de alimentación con recursos del presupuesto asignado tal y como se
indica en el artículo 2 inciso a) del presente reglamento, para la atención
de invitados en reuniones o alguna actividad extraordinaria, en las cuales las
necesidades justifiquen el gasto, que sean indispensables y que estén
destinadas al desarrollo puntual de actividades específicas. Con excepción
de la Presidencia Ejecutiva cuando utilice los gastos de representación.
Artículo
11.—Eventos especiales: Para este tipo de actividades es necesario
considerar que la ejecución del gasto para alimentación debe ser
por un monto razonable y debe contar con la aprobación mediante acuerdo
de la Junta Directiva del Instituto. Dentro de este rubro se pueden considerar
como eventos especiales: conmemoraciones, agasajos y otras con
características similares, que sea necesario para su celebración
el gasto de alimentación. No se incluyen en este artículo las
recepciones oficiales, por ser materia regulada por los gastos de
representación. Para efectos de este ítem se considera como monto
razonable para cada uno de los participantes al evento hasta un 100% de los
montos autorizados por la Contraloría General de la República
para funcionarios públicos para desayuno (en caso de refrigerios),
almuerzo y/o cena según corresponda. Para esta clase de eventos se
autoriza el gasto para alimentación para funcionarios del Instituto,
funcionarios de otras instituciones públicas así como terceras
personas Invitadas a la actividad.
Artículo 12.—De
las sesiones de la Junta Directiva: Procederá el suministro de
alimentación a los miembros de la Junta Directiva cuando la
sesión requiera la presencia de sus miembros por un lapso prolongado.
Artículo 13.—Los
gastos de alimentación de la Junta Directiva serán cubiertos por
el presupuesto del Programa Administrativo, dependiendo del monto estimado del
gasto se realizará tal y como se indica en el artículo 2° del
presente reglamento y mediante solicitud de bienes y servicios, por lo que se
aplicarán los procedimientos establecidos en la Proveeduría del
Instituto y lo estipulado en la Ley de Contratación Administrativa y su
Reglamento.
Artículo
14.—Para efectos de este reglamento se considera lapso prolongado
según como se detalla:
a. Si la sesión o actividad se
desarrolla entre las 7:00 a.m. y se extiende hasta las 12:00 m.d. se
proporcionará un refrigerio ligero.
b. Si la sesión o actividad se
desarrolla entre las 12:00 m.d. y se extiende hasta las 2:00 p.m. o más,
se proporcionará almuerzo.
c. Si la sesión o actividad se
desarrolla entre las 2:00 p.m. y se extiende hasta las 6:00 p.m. se
proporcionará un refrigerio ligero.
d. Si la sesión o actividad se desarrolla
entre las 6:00 p.m. o más, se proporcionará cena.
CAPÍTULO IV
Procedimientos de control
de recursos
Artículo
15.—La Coordinación Administrativa confeccionará los
siguientes formularios, tanto para solicitud de alimentos de bodega como para
el traslado de alimentos de eventos:
“Para ver las imágenes solo en Gaceta en formato
PDF”
Artículo
16.—Todas las instancias de Instituto que requieran de alimentos deben
velar porque la cantidad solicitada sean las que correspondan para cada una de
las actividades indicadas en el artículo tercero del presente Reglamento.
Artículo 17.—En
caso de que sobrantes de alimentos las instancias encargadas deberá
remitirlos, mediante el formulario indicado en el artículo 15 del
presente Reglamento a instituciones como escuelas, instituciones de beneficencia,
los CEAAM, que estén más cercanos.
Artículo
18.—Para que la adquisición de los refrigerios menores se realice
en forma ágil y expedita se realizará mediante formulario
denominado “Solicitud de Alimentos a bodega”. Para lo anterior se
debe seguir el procedimiento establecido para las requisiciones a bodega.
Artículo
19.—Para la adquisición de los alimentos indicados en el inciso c)
del artículo 2 del presente Reglamento se aplicarán los
procedimientos establecidos en la proveeduría del Instituto y lo
estipulado en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento.
Artículo 20.—Si
el Instituto proporciona la alimentación a los participantes del evento,
la instancia correspondiente encargada de la actividad para el trámite
de pago de la factura deberá adjuntar a la misma la lista de los
participantes que recibieron la alimentación con la respectiva firma de
asistencia a la actividad.
Artículo 21.—En
casos calificados o de excepción podrá la Presidencia Ejecutiva
autorizar en las actividades indicadas en el artículo 3 del presente
Reglamento, gastos de salonero, vajillas y otras erogaciones acordes con la
actividad que se desee desarrollar. Para este tipo de actividades se
seguirán los procedimientos establecidos en la Proveeduría del
Instituto y lo estipulado en la Ley de Contratación Administrativa y su
Reglamento.
CAPÍTULO V
Prohibiciones
Artículo
22.—Queda totalmente prohibido hacer uso de los recursos asignados para
gastos de alimentación para cubrir necesidades de alimentos de las (os)
funcionarias (os) institucionales, salvo para las actividades consideradas en
el presente reglamento.
CAPÍTULO VI
Sanciones
Artículo
23.—En caso de que se incumplan con las estipulaciones de este
reglamento, será responsabilidad exclusiva de la (el) funcionaria (o)
encargada (o), quien será acreedor de las sanciones que establece el
Reglamento Autónomo de Servicios del Instituto Nacional de las Mujeres.
CAPÍTULO VII
Disposiciones finales
Artículo
24.—Vigencia. Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.
Aprobado por Acuerdo
Firme número 8 del Acta número 41-2005 de la Sesión
Ordinaria de la Junta Directiva celebrada el día 28 de noviembre del
2005 y publicado dicho Acuerdo en La Gaceta N° 240 del 13 de
diciembre del 2005.
Victoria Montero Z.,
Secretaría Junta Directiva.—1 vez.—(O. C. Nº
7275).—C-128470.—(105946).
COLEGIO DE LICENCIADOS Y
PROFESORES
EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS
Y ARTES
Se reforman los
artículos 23, párrafo tercero, 25, 27, 32, 36, 40, 41, 43, 45,
50, 51, 52 del Reglamento General de la Ley Orgánica Nº 4770 y se
agregan dos transitorios para la ejecutoriedad de los artículos del
Reglamento General de la Ley Orgánica Nº 4770 reformados, aprobados
el día 29 de octubre del 2005 por la asamblea general ordinaria CV.
REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY
Nº 4770
Artículo
23.—Dietas. Se reforma el párrafo tercero, para que en
adelante se lea de la siguiente forma:
Por el trabajo
realizado fuera de las sesiones de Junta Directiva y la responsabilidad del
cargo, se reconocerá, sobre el monto de la dieta, un incremento del
cuarenta por ciento para el puesto de presidente, un treinta por ciento para
los cargos de tesorero y secretario y un diez por ciento para los demás
miembros de este órgano.
Artículo
25.—Regionales.
a) El Colegio tendrá el número
de regionales que juzgue conveniente la Junta Directiva, previo estudio de
factibilidad, el cual deberá estar debidamente documentado. Las
regionales serán ratificadas, posteriormente, en asamblea general.
b) Las regionales
estarán administradas por una junta integrada por: presidente,
secretario, tesorero, fiscal y vocal uno, nombrados en Asamblea Regional,
mediante votación secreta.
c) En caso de creación
de una nueva regional, en su primera elección, el secretario, el fiscal
y el vocal uno serán elegidos por solo un año.
d) Cuando la Junta Directiva
del Colegio lo juzgue conveniente, previo informe de la Fiscalía, los
miembros electos podrán ser removidos, o bien sustituidos en caso de
renuncia, muerte, incapacidad permanente, o incumplimiento de funciones.
e) El vocal uno
sustituirá cualquier puesto vacante hasta la próxima Asamblea
Regional y volverá a ocupar su cargo original, para finalizar su
período. En esta asamblea se realizará la elección del
cargo vacante por el tiempo que falte de sustituir. De lo actuado, la Junta
Directiva informará al Tribunal Electoral.
f) Los miembros de
Juntas Regionales no podrán, simultáneamente, desempeñar
ningún cargo en otro órgano, puesto administrativo o
asesoría remunerada del Colegio.
g) La Junta Directiva
establecerá las fechas en que se llevarán a cabo las asambleas
regionales y hará la correspondiente publicación en un diario de
circulación nacional.
h) Las funciones de las
Juntas Regionales serán dadas por la Junta Directiva del Colegio.
i) Su
financiación será incluida en el presupuesto anual de gastos del
Colegio.
j) Las Juntas
Regionales presentarán a la Junta Directiva un plan de trabajo y un
informe trimestral de labores, ambos realizados de acuerdo con las políticas
y procedimientos establecidos por la Junta Directiva.
Artículo
27.—Administración del Colegio. La Junta Directiva
nombrará a un profesional en administración para ocupar la
Dirección Ejecutiva del Colegio, por medio de votación afirmativa
de las dos terceras partes del total de los miembros de la Junta Directiva.
CAPÍTULO III
De los colegiados
Artículo
32.—Incorporación.
a) Podrán hacer solicitud de
incorporación al Colegio los profesionales definidos en el
artículo 3º de la Ley Orgánica Nº 4770.
b) Para obtener la
incorporación al Colegio, el interesado deberá cumplir con los
requisitos mencionados en el artículo 7º de la Ley Orgánica
Nº 4770, incluyendo los documentos académicos y administrativos que
la Junta Directiva considere necesarios para comprobar si en el solicitante
concurren los requisitos académicos y legales para el ejercicio de la
profesión.
c) Para efectos de lo
dispuesto en el inciso b), de este artículo, la Junta Directiva
aprobará el Manual de Incorporación.
d) Se entenderá por
incorporado al Colegio el profesional admitido por la Junta Directiva y
juramentado por su presidente, o por el miembro de la junta en quien él
delegue.
El juramento por tomar
será el siguiente:
“Juráis
a Dios y prometéis a la Patria y al Colegio, observar y defender la
Constitución, las leyes de la República, los Reglamentos y el
Código de Ética Profesional del Colegio y cumplir fielmente los
deberes de vuestra profesión”.
…Sí
juro…
“Si así
lo hiciereis, Dios os ayude; y si no, Él, la Patria y el Colegio os lo demanden”.
e) A todo profesional que se juramente se le
entregará una certificación de su membresía.
f) Sólo
podrá emitirse la certificación de la condición de
colegiado a quien haya rendido el juramento mencionado en el inciso d), de este
artículo.
Artículo
36.—Retiro. Los Colegiados tendrán derecho a retirarse del
Colegio, temporal o indefinidamente, siempre que declaren bajo juramento que
mientras ostenten este estatus no ejercerán su profesión.
CAPÍTULO V
De la
administración financiera
Artículo
40.—Presupuesto.
a) Todo documento relacionado con la
formulación, ejecución, evaluación y control del
presupuesto estará determinado por las políticas y procedimientos
aprobados por la Junta Directiva.
b) La Junta Directiva
convocará, a más tardar en la última semana del mes de
octubre de cada año, una comisión integrada por quienes ostenten
el cargo de presidente, fiscal, tesorero (quien la coordinará),
Dirección Ejecutiva y personal administrativo necesario, para elaborar
el anteproyecto de presupuesto.
c) Los proyectos que
pretendan ser incluidos en el presupuesto serán presentados a la Junta
Directiva como parte del plan anual de trabajo. Lo anterior comprende
regionales, comisiones permanentes, unidades administrativas u otros
órganos del Colegio.
d) En el anteproyecto se
incluirá una partida para responder a egresos no previstos.
Cada proyecto debe ir
respaldado con proyecciones de costos y sus documentos probatorios, como son
criterios técnicos escritos, cotizaciones escritas, entre otros.
Artículo 41.—Estructura
y liquidación del presupuesto. La Junta Directiva, por
mayoría de dos tercios del total de sus miembros, podrá acordar
la modificación de partidas presupuestarias y disponer de ingresos no
presupuestados para su ejecución, en casos muy calificados. El acuerdo
deberá detallar las justificaciones, consignándose además
en el acta los documentos de respaldo. Este acto deberá ser informado a
la Asamblea General por la persona designada en la Tesorería del
Colegio.
El tesorero de Junta
Directiva informará trimestralmente, a este órgano, sobre la
ejecución del presupuesto. Asimismo, en el mes de mayo, deberá
presentar un informe sobre la liquidación de dicho presupuesto.
Artículo 43.—Compras
y contrataciones.
a) El Colegio contará con un
encargado de la gestión de compras quien mantendrá actualizado,
permanentemente, un registro de proveedores que responderá a todas las
necesidades del Colegio.
b) El encargado de la
gestión de compras realizará, al menos, cinco cotizaciones
comparables de bienes y servicios que sea necesario adquirir en forma
cíclica, frecuente y en cantidades importantes. Presentará las
cotizaciones a Junta Directiva, con el fin de que ésta designe a los
oferentes que brinden la mejor opción y los asigne como proveedores del
Colegio por un periodo máximo de un año.
c) Una vez asignados los
proveedores, el encargado de la gestión de compras confeccionará
la orden de compra de acuerdo con las necesidades existentes. Ésta
será aprobada por la Dirección Ejecutiva y la Jefatura Financiera,
o por el funcionario designado para tal efecto por Junta Directiva.
d) Para el caso de las
compras y contrataciones que no excedan el monto establecido en el
artículo 23, inciso g), de la Ley Orgánica del Colegio, una vez
traído al valor actual, mediante la aplicación del índice
de inflación acumulada, basado en los datos provistos por el Banco
Central de Costa Rica y que no sean frecuentes, ni cíclicas, ni
fraccionadas, podrán ser aprobadas por la Dirección Ejecutiva y
la Jefatura Financiera, o por quien la Junta Directiva designe para tal efecto.
Se podrá obviar el procedimiento indicado en este artículo
siempre y cuando exista justificación, verificación de su
contenido presupuestario por la Unidad de Tesorería, Unidad que emitirá
un visto bueno. Para los efectos de esta condición, la
actualización de la suma dineraria establecida por ley será
revisada, al menos, cada seis meses por la Junta Directiva.
e) Las compras y
contrataciones que no cumplan con las categorías establecidas en este
artículo, no sean fraccionadas y no excedan tres veces la suma indicada
en el párrafo anterior, serán aprobadas por la Dirección
Ejecutiva en conjunto con la Jefatura Financiera, o quien designe la Junta
Directiva para tal efecto. Esto mediante el análisis de al menos tres
cotizaciones escritas y comparables.
f) La Dirección
Ejecutiva presentará un informe mensual de todas las compras al tesorero
de Junta Directiva y éste lo elevará a dicha junta para su
conocimiento y aprobación.
g) Toda compra y
contratación no indicada en los párrafos precitados será
autorizada, únicamente, por la Junta Directiva, previo análisis
de al menos tres cotizaciones escritas y comparables.
h) El presidente, o en su
ausencia el vicepresidente, firmará los contratos en que adquiera
compromisos el Colegio, por acuerdo de Junta Directiva, previo visto bueno de
la asesoría legal.
Artículo
45.—Morosidad. El tesorero de Junta Directiva, con base en la
información suministrada por la Dirección Ejecutiva,
informará mensualmente a la junta sobre el estado de morosidad de los
Colegiados y recomendará las medidas correctivas que estime
convenientes.
Artículo 50.—Cajas
chicas. Se autoriza a la Junta Directiva para establecer el número
de cajas chicas que considere conveniente. Éstas se regirán por
los lineamientos que disponga la Junta Directiva, de conformidad con los
manuales de políticas y procedimientos.
Artículo 51.—Auditoría.
La Junta Directiva contratará una Auditoría Externa, cada
año, la cual debe realizarse conforme a las normas y procedimientos que,
para tal efecto, establece el Colegio de Contadores Públicos de Costa
Rica. Incluirá para tal fin en el presupuesto anual la partida
respectiva.
Artículo 52.—Gastos
de viaje y kilometraje.
a) En lo conducente a gastos de
alimentación y kilometraje, el Colegio aplicará el Reglamento de
Gasto de Viaje para los funcionarios públicos de la Contraloría
General de la República.
b) Los gastos de viaje y
kilometraje de los miembros de Junta Directiva, Comisiones, Dirección
Ejecutiva u otros órganos del Colegio, serán aprobados por Junta
Directiva. En casos excepcionales o de extrema necesidad, serán
aprobados por la presidencia, quien informará a la Junta Directiva.
c) En el caso de los gastos
de viaje y kilometraje para los miembros de las Juntas Regionales, serán
aprobados por acuerdo de ese órgano y según las condiciones
establecidas por la Junta Directiva del Colegio para tal fin.
d) Los gastos de
alimentación, hospedaje y kilometraje de los funcionarios y empleados
del Colegio serán autorizados, de forma escrita, por la Dirección
Ejecutiva, quien informará por este medio a la Junta Directiva en forma
mensual. En el caso de los funcionarios de Auditoria Interna, dichos gastos
también podrán ser aprobados por la presidencia, la cual informará
a Junta Directiva.
e) El reconocimiento
económico para gastos de hospedaje dependerá de una tabla creada
por el Colegio, previo estudio de mercado de las zonas, debidamente
documentado, realizado por la Dirección Ejecutiva. Esta tabla se
revisará, al menos, semestralmente.
Transitorio
I.—Para la aplicación del artículo 25 de este reglamento,
los miembros que se encuentren con nombramientos vigentes al momento de
aprobación de esta modificación reglamentaria se
mantendrán en su cargo con las condiciones con que fueron electos, hasta
la finalización de su período de elección.
Transitorio II.—Las
presentes modificaciones derogan cualquier normativa que se contraponga o
contenga elementos aquí regulados.
Rige a partir de su
publicación.
Junta
Directiva.—MSc. Carlos Luis Rojas Porras, Presidente.—Lic. Olga
Marta Villalobos Chacón, Secretaria.—1 vez.—(109).
MUNICIPALIDAD DE SANTA
CRUZ
La Municipalidad de
Santa Cruz, Guanacaste, avisa por este medio a los vecinos y al público
en General, que por acuerdo municipal tomado en la sesión ordinaria
Nº 40-2005, artículo 5, inciso 01, de fecha 4 de octubre del
año 2005, el Concejo Municipal de Santa Cruz adoptó el Plan
Regulador de Playa Cementerio y extremo sur de Playa Frijolar, provincia 05
Guanacaste, cantón 3, Santa Cruz, distrito 06 Cuajiniquil, Plan
Regulador que fue aprobado por el ICT e INVU, de acuerdo a lo dispuesto en el
artículo 31 de la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre y su
Reglamento. Se publica el Reglamento de Zonificación y láminas de
uso de suelo y vialidad. El Plan Regulador rige a partir de esta fecha. El
Reglamento de Planificación y los planos correspondientes que lo
complementan se encuentran a disposición de los interesados en la
Municipalidad.
REGLAMENTO DE USO Y
ZONIFICACIÓN
1) Marco legal. Como ya se ha
mencionado antes, las leyes -y sus respectivos reglamentos- que fundamentan
este Plan Regulador Costero son:
• Ley 6043, sobre la Zona
Marítimo-Terrestre: promulgada en 1977. Es la ley que el Estado ha
establecido para la aplicación en las franjas costeras de nuestro
país, cediendo a los gobiernos locales (municipalidades de los cantones
litorales) la administración de los terrenos. Esta ley permite el pleno
control del desarrollo en las costas, garantizando con ello un adecuado equilibrio
entre los recursos naturales y las necesidades de los seres humanos. El
artículo 18 de la ley define claramente lo que son los planes
reguladores y la importancia que tienen para el cumplimiento del
espíritu de esta ley.
• Ley 4240, de
Planificación Urbana: promulgada en 1968. Esta ley no rige en la franja
de ZMT, pero sí regula todo lo relativo a los terrenos adyacentes que
son de propiedad privada. En su sección segunda atiende todo lo relativo
a los planes reguladores.
• Ley 833, de Construcciones:
promulgada desde el año 1949. Es la ley que determina toda la normativa
legal para levantar todo tipo de construcciones. Se complementa con el
Reglamento de Construcciones, del año 1983.
2. Reglamento de zonificación.
Este es el verdadero instrumento que siendo producto del presente plan
podrá incidir significativamente en el ordenamiento territorial de la
franja de ZMT y áreas adyacentes que contempla el mismo. Para ello es
indispensable su correspondiente publicación en La Gaceta, y con
ello proveerle su carácter de obligatoriedad para con los futuros
concesionarios y demás particulares y autoridades.
2.1. Objetivos.
• Proteger y conservar todos
los recursos naturales del área de estudio.
• Establecer un adecuado
control del desarrollo de las futuras construcciones que se produzcan en el
área de estudio.
• Favorecer el desarrollo de
las comunidades vecinas, incorporándolas a recibir los beneficios de la
actividad turística.
2.2. Definiciones. Para ayudar en la
comprensión de los diferentes términos técnicos utilizados
generalmente en reglamentos de usos del suelo, a continuación se
incluyen algunas definiciones:
• Acceso: es la vía
pública que da frente a cada lote, terreno o propiedad.
• Certificado de uso: es el
documento en el que se establece la posibilidad de destinar una porción
de terreno para poder llevar a cabo la construcción de obras en las
áreas comprendidas en un Plan Regulador Costero.
• Concesionario: persona
jurídica o física a la que se otorga un derecho de
concesión en la ZMT por parte de la municipalidad correspondiente; todo
ello de conformidad con lo establecido por el Plan Regulador Costero.
• Concesión: es el
contrato de carácter público establecido entre la municipalidad
correspondiente y cada concesionario a quien se otorga el derecho de uso de un
lote o terreno en la franja de ZMT, y que además deberá ser
debidamente inscrito en el Registro Nacional de Concesiones. Por cada
concesión deberá pagarse un cánon anual.
• Densidad: es la
relación establecida entre el número de habitantes u ocupantes y
la superficie de un terreno (generalmente expresada en hectáreas). Se
dice que es bruta, cuando incluye la totalidad del terreno y neta cuando se
excluyen las áreas destinadas a zonas verdes y vialidades.
• Edificación: es
aquella obra destinada al hospedaje, alimentación, residencia, comercio
y demás actividades, ligadas a la recreación y turismo. No se
podrá construir ninguna obra en terrenos que no hayan sido previamente
amojonados y que cuenten con la respectiva concesión inscrita.
• Infraestructura: servicios e
instalaciones de carácter urbano y de apoyo a la planta
turística, como: carreteras, aceras, acueductos, alcantarillados,
tendido eléctrico, telefónico, puentes, drenajes, etc.
• Permiso de
construcción: es la autorización para iniciar una
construcción, que solamente puede ser otorgada por la municipalidad
correspondiente.
• Urbanización:
dotación a un terreno de las obras de infraestructura necesarias, para
el desarrollo o levantamiento de edificaciones.
• Uso permitido: se considera
prioritario y totalmente compatible con lo que técnicamente establece el
Plan Regulador Costero. No requiere ningún tipo de autorización
expresa para desarrollarlo, salvo los procedimientos administrativos normales
que se establecen tanto en la Ley 6043 (de la ZMT) y en el Reglamento de
Construcciones.
• Uso condicionado: aquel uso
que no es considerado prioritario para las condiciones del terreno, en el cual
el concesionario no generará conflicto con los usos permitidos. Puede
ser otorgado, previo estudio y autorización municipal y del ICT,
mediante certificado.
• Uso no conforme:
también llamado conflictivo o restrictivo; es el que no se ajusta
técnicamente a lo establecido en el Plan Regulador Costero, ya sea
porque provocaría problemas o porque se considera conveniente no
permitirlo, no se permitirán bajo ninguna condición.
• Visado de
construcción: es el visto bueno técnico a los planos de un
proyecto de construcción que es extendido por algunas instancias como el
ICT y el INVU, pero sin que ello signifique que puedan iniciarse las obras,
para lo cual se requiere de contar con el permiso municipal final.
Es conveniente reiterar que toda
construcción debe tener sus respectivos planos aprobados por el INVU, el
ICT y la municipalidad respectiva; debe existir el previo pago del impuesto
correspondiente. De igual manera, no se concederán patentes o permisos
de usos a cualquier inmueble, en que el uso solicitado no concuerde con la
zonificación o el reglamento. El otorgamiento de patentes debe tener
previo permiso del ICT y éstas deben otorgarse a concesionarios vigentes
a quienes se les ha autorizado proyectos turísticos recreativos,
comerciales y otros que merecen dicha patente. Lo anterior también rige
para el caso de las propiedades privadas adyacentes a la franja de la ZMT.
En el caso de usos o
edificaciones conflictivas existentes a la fecha de vigencia de este
reglamento, podrán continuarse con las siguientes limitaciones:
• No podrá ampliarse o
remodelarse; solamente se podrán hacer mejoras para guardar la
estética, higiene y seguridad, previa autorización municipal.
• No podrá cambiarse a
otro uso conflictivo, salvo que éste sea más compatible, con el
uso propuesto en el presente plan regulador, a juicio del Concejo Municipal y
el ICT.
• Los terrenos y edificaciones
conflictivos existentes, están sujetos prioritariamente a su
expropiación y pago de mejoras, de acuerdo a lo que indica la Ley 6043 y
su reglamento, siempre y cuando éstos se hayan ocupado o edificado,
acorde a las leyes vigentes, antes de la promulgación de la misma y con
los permisos respectivos.
2.3. Normas generales del uso del suelo. Para
efectos del presente reglamento, el sector de Playa Cementerio y Extremo Sur de
Playa Frijolar quedará dividida en distintas zonas, a saber:
1- Zona Comercial
2- Zona Residencial Recreativa
3- Zona Hotelera
4- Zona de Protección
5- Zona de Servicios Básicos
6- Zona Asociaciones y Cooperativas
7- Zona Pública
8- Vialidad y estacionamiento
CUADRO DE ÁREAS Y
PORCENTAJES
Zonas Área
m2 %
Zona
Comercial 4
631,54 3,14
Zona
Residencial Recreativa 33
019,01 22,39
Zona
Hotelera 54
907,99 37,24
Zona
de Protección 34
085,50 23,12
Zona
de Servicios Básicos 1
822,99 1,24
Zona
de Asociaciones y Cooperativas 836,73 0,57
Cementerio 463,66 0,31
Vialidad
y Estacionamientos 17
689,11 12,00
Total 147
456,53 100,00
• Zona comercial (ZC)
Propósito: es el área
dedicada a todo tipo de comercio relacionado con el turismo o el consumo local,
exceptuando aquel que interfiera con las actividades propias de la
recreación y del turismo en la playa.
Los mojones de referencia de
la ubicación de la ZC son los siguientes: posterior a la calle entre los
mojones N° 154 al N° 155 y la segunda entre los mojones N° 177 y el
N° 178.
Usos Permitidos:
Restaurant-bares, cafeterías, sodas, tiendas deportivas, souvenirs,
artesanías, juegos de salón, bazares, abastecedores, agencias de
viajes, farmacias, panaderías, verdulerías.
Usos Condicionales: Salones
de baile, discotecas, vivienda.
Usos No Conformes o
Conflictivos: Cualquier uso que no sean los estipulados anteriormente.
Requisitos:
Altura
máxima 7.50
m o 2 pisos
Cobertura 60
%
Retiro
frontal 3
m
Retiro
posterior 3
m
Retiro
a mojones 3
m
Retiro
lateral 3
m
Área
mínima 500
m2
Concesiones: De acuerdo a lo establecido
en la Ley 6043 y su Reglamento.
• Zona Residencial Recreativa
(ZRR)
Propósito: permitir la
recreación, esparcimiento de la zona, no permanente, siempre que estas
obras busquen la mayor integración con el medio existente.
Localización: La
primera zona se encuentra posterior a la Zona de Protección entre los
mojones N° 148 al N° 152, la segunda posterior a la calle paralela a
los mojones, entre el N° 156 al N° 172 y la tercera zona entre la calle
perpendicular a la líneas de mojones y la Quebrada Zapote.
Usos Permitidos: Vivienda
unifamiliar, ranchos instalaciones deportivas.
Usos Condicionales: Vivienda
multifamiliar, parqueos, apartamentos, cabinas, venta de artesanía.
Usos No Conformes o
Conflictivos: Cualquier uso que no sea los estipulados anteriormente y que
genere ruido, humo y contaminación.
Requisitos:
Altura
máxima 7.50
m o 2 pisos
Cobertura 40
%
Densidad
60
hab./ha.
Retiro
frontal 3
m
Retiro
posterior 3
m
Retiro
a mojones 3
m
Retiro
lateral 3
m
Área
mínima 500
m2
Área
máxima 4000
m2
Concesiones: De acuerdo a lo establecido
en la Ley 6043 y su Reglamento.
• Zona Hotelera (ZH)
Propósito: área reservada
para la construcción de instalaciones de hospedaje (hoteles, viviendas
turísticas, cabinas y cabañas, albergues, etc.),
gastronomía y demás servicios conexos al turismo local, nacional
e internacional.
Localización: Los
mojones de referencia de la ubicación de la ZH son los siguientes:
posterior a la Zona de Protección entre los mojones N° 145 al N°
148 y posterior a los mojones N° 154 más 34 m hasta el N° 169.
Usos Permitidos: Hoteles,
cabinas, cabañas, albergues, restaurant-bar, cafeterías, sodas
áreas deportivas, tiendas, casino y demás servicios conexos con
la actividad de hospedaje.
Usos Condicionales: Comercio
de artículos deportivos y souvenirs, viviendas, discoteca.
Usos No Conformes o
Conflictivos: Cualquier instalación o actividad que no este ligada al
servicio de hospedaje y que no sea estrictamente turística.
Requisitos:
Altura
máxima 7.50
m o 2 pisos
Cobertura 40
%
Densidad
50
hab./ha.
Retiro
frontal 5
m
Retiro
posterior 5
m
Retiro
a mojones 5
m
Retiro
lateral 5
m
Área
mínima 2000
m2
Pendiente
máxima utilizable 30
%
Concesiones: De acuerdo a lo establecido
en la Ley 6043 y su Reglamento.
• Zona de Protección
(Zpro)
Propósito: son terrenos que
corresponden a las áreas inmediatas a las riberas de manglares,
ríos o quebradas, los cuáles deben ser protegidos para evitar
erosión y derrumbes que causen daños mayores, además de
mejorar la calidad paisajística.
Localización: Los
mojones de referencia de la ubicación de la ZPRO son los siguientes:
entre los mojones del N° 138 más 14 m hasta el N° 152 más
18 m y a ambos lados de la Quebrada Zapote entre los mojones N° 169 hasta
el N° 176.
Usos Permitidos:
Reforestación de especies nativas de la zona, vías de
infraestructura de carácter permanente que sean estrictamente necesarias
para comunicar zonas.
Usos Condicionales: Obras de
retención, gaviones.
Usos No Conformes o
Conflictivos: Todo tipo de construcciones.
Concesiones: De acuerdo a lo
establecido en la Ley 6043 y su Reglamento.
• Zona Pública (ZP)
Propósito: lograr el cumplimiento
de la Ley 6043 y su Reglamento en cuanto al derecho de uso público de la
faja de los 50 m inalienables, establecida por la Ley de la ZMT y demarcada
debidamente por la línea de mojones oficiales del IGN.
Localización: Los
mojones de referencia de la ubicación de la ZP son los siguientes: desde
el N° 138 más 14 m hasta el N° 179.
Usos Permitidos: Los
señalados en la Ley 6043 y su Reglamento.
Usos Condicionales: No se
recomienda ningún uso condicional.
Usos No Conformes o
Conflictivos: En esta zona no se permite ninguna edificación permanente
o cualquier uso de carácter permanente, como lo indica la Ley 6043 y su
Reglamento.
Concesiones: En esta zona no
se otorgarán concesiones y los concesionarios colindantes con la zona
pública deben hacerse responsables de la protección,
mejoramiento, conservación y vigilancia de la inalienabilidad de dicha
zona.
• Zona para Asociaciones y
Cooperativas (ZCOO)
Propósito: hacer efectivo el
Inciso C, del artículo 57 de la Ley 6043 y su Reglamento, el cual dice:
“Hasta una cuarta parte de la zona deberá ofrecerse, como
concesiones, para fines de esparcimiento, descanso y vacaciones, a cooperativas
de turismo, agrupaciones gremiales o asociaciones de profesionales, sindicatos
de trabajadores, federaciones de estudiantes, federaciones o confederaciones
sindicales, juntas progresistas, asociaciones comunes o de desarrollo de la
comunidad, o entidades de servicio social o clubes de servicio, sin
ánimo de lucro. En estos casos las concesiones llevan la
condición implícita de que las instalaciones que se construyan no
podrán dedicarse a fines lucrativos ni unirse para fines político
electorales, todo lo cual les será prohibido.”
Localización: Los
mojones de referencia de la ubicación de la ZCOO son los siguientes:
entre los mojones N° 153 más 8 m hasta el N° 154 más 14 m
contiguo a la Zona Pública.
Usos Permitidos: Cabinas,
albergues, piscina, restaurante, instalaciones de tipo recreativo,
núcleo de servicios sanitarios, sodas, vestidores, áreas de
pic-nic y para campamento sin fines de lucro.
Usos Condicionales: Salones
de juego, salones de reuniones.
Usos No Conformes o
Conflictivos: Toda actividad o edificación que no sean estrictamente
recreativo-turístico o que genere lucro.
Requisitos :
Altura
máxima 7.50
m o 2 pisos
Cobertura 40
%
Densidad
60
hab./ha.
Retiro
frontal 3
m
Retiro
posterior 3
m
Retiro
a mojones 3
m
Retiro
lateral 3
m
Área
mínima 500
m2
Área
máxima 4000
m2
Concesiones: La Municipalidad de Santa
Cruz ofrecerá; por medio de avisos públicos, en los principales medios
de comunicación, las áreas dispuestas para tal fin; las ofertas
se recibirán y calificarán; la escogencia recaerá en
aquellos proyectos que se ajusten a los objetivos indicados por la Ley.
• Zona de Servicios
Básicos (ZSB)
Propósito: es el área que
debe considerar un núcleo de servicios sanitarios, duchas, vestidores,
guardarropía, áreas de pic-nic, estacionamientos, a los
visitantes que no pernoctan en el área.
Localización: Los
mojones de referencia de la ubicación de la ZSB son los siguientes: posterior
a la Zona de Cooperativas entre los mojones N° 153 y N° 154. La otra
zona se encuentra entre la calle perpendicular a la Zona Pública y la
Quebrada Zapote entre los mojones N° 176 y N° 177.
Usos Permitidos:
Núcleos de servicios sanitarios, vestidores, duchas, parqueos, puestos
de información turística, puestos de primeros auxilios y
servicios telefónicos.
Usos Condicionales: Ranchos
para pic-nic, refresquería, sodas, venta de comidas ligeras.
Usos No Conformes o
Conflictivo: Toda edificación o actividad que no sea estrictamente de
servicio público.
Requisitos:
Altura
máxima 4.50
m o 1 piso
Cobertura 30
%
Densidad
40
hab./ha.
Retiro
frontal 3
m
Retiro
posterior 3
m
Retiro
a mojones 3
m
Retiro
lateral 3
m
Área
mínima 400
m2
Concesiones: De acuerdo a lo establecido
en la Ley 6043 y su Reglamento en estas zonas no se darán concesiones de
terrenos a particulares, sólo se permitirán otorgar licencias de
explotación y administración de los servicios.
• Zona de Vialidad y Estacionamiento
(ZVE):
Propósito: permitir la libre
circulación vehicular y el fácil acceso a todos los sectores,
servicios e instalaciones con que cuente el sitio, así como dotar las
áreas de estacionamiento, requerido por los visitantes no pernotantes.
Localización: Los
mojones de referencia de la ubicación de la ZVE son los siguientes:
entre los mojones N° 145 hasta el N° 178 con dos accesos a la playa el
primero entre los mojones N° 154 y el N° 155; el segundo entre el
N° 178 y el N° 179.
Usos Permitidos: Estacionamientos
y calles peatonales.
Usos Condicionales: Ninguno.
Usos No Conformes o
Conflictivos: Ninguno.
Concesiones: De acuerdo a lo
establecido en la Ley 6043 y su Reglamento.
• Cementerio
Propósito: Dejar área para
que siga funcionando el cementerio para el bien de la comunidad.
Concesiones: No se
darán concesiones.
Sanciones. La contravención de las normas del presente
reglamento, se sancionará de la siguiente manera:
a. La instalación de
actividades en edificios ya existentes, que implique un uso inconciliable con
la zonificación indicada, ya sea, un uso conflictivo o un uso
condicional no autorizado, se sancionará con la clausura del local, sin
perjuicio de la responsabilidad penal en que incurra.
b. El Concejo Municipal suspenderá
toda obra que se ejecute en contra de la zonificación, pudiendo disponer
para ello del auxilio de la Fuerza Pública.
c. Se aplicarán además,
todas las sanciones civiles y penales, contempladas en las leyes correspondientes.
Serán acreedores a dichas sanciones, tanto los infractores como los
funcionarios responsables del incumplimiento de este reglamento, que consienten
en la violación de éste.
Modificación del reglamento y
vigencia. Las modificaciones y variantes,
que se deseen introducir al presente reglamento, se someterá al criterio
técnico del ICT de acuerdo a la Ley 6043, Ley de la Zona Marítimo
Terrestre y su Reglamento y la Tramitación prevista en el
artículo 17 de la Ley de Planificación Urbana 4220 del 15 de
noviembre de 1968.
“Para ver las imágenes solo en Gaceta en formato
PDF”
Santa Cruz, 13 de
diciembre del 2005.—Pastor Gomes Ruiz, Alcalde Municipal.—Olenin
Carmona, Proveedor Municipal.—1 vez.—(426).
“Para ver las imágenes solo en Gaceta en formato
PDF”
San José, 19 de
diciembre del 2005.—Refrendado por Ernesto Retana Delvó, Auditor
Interno.—Aprobado por Roy González Rojas,
Gerente.—Departamento de Contabilidad.—MBA. Rodrigo Madrigal F.,
Director.—1 vez.—(O. C. Nº 6816).—C-552620.—(40).
AVISO
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Yo, Floria Medina
Orias, con cédula 5-0075-0006, beneficiaria del certificado de
depósito a plazo y cupones de interés, emitido por el Banco
Nacional de Costa Rica, en Oficina Principal, que se detalla a
continuación:
Certificado de depósito a plazo Monto
$ Emisión Vencimiento
400-02-208-200565-2 12.566,83 05/12/2005 05/12/2006
Cupón
de interés Monto
$ Vencimiento
400-02-208-200565-2-001 113.10 05/03/2006
400-02-208-200565-2-002 113.10 05/06/2006
400-02-208-200565-2-003 113.10 05/09/2006
400-02-208-200565-2-004 113.10 05/12/2006
Título y
cupón emitido a la orden, con una tasa de interés del 3.60%.
Solicito la reposición de este documento por causa de robo.
Se publica este anuncio por
tres veces consecutivas para oír reclamos de terceros, por el
término de quince días.
San José, 21 de
diciembre del 2005.—Oficina Principal.—Óscar Esquivel
Fallas, Jefe de Plataformas.—(002).
PERIFÉRICA DE
JACÓ
AVISO
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
El Banco Popular y de
Desarrollo Comunal, Periférica de Jacó, hace del conocimiento del
público en general, que el señor Jara Jiménez Luis
Armando, cédula 1-0791-0883, ha solicitado, por motivo de extravío,
reposición del certificado de ahorro a plazo número
161004360210012281, por un monto de ¢5.000.000,00 (cinco millones de
colones netos) y cupones de intereses número 001, 002 y 003 por un monto
de ¢44.166,65 c/u, con vencimientos el día 2 de enero, 2 de
febrero, 2 de marzo del 2006, 19 respectivamente, lo anterior para efectos de
cumplir con los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.
14 de diciembre del
2005.—MBA. Eric Hurtado González, Coordinador.—(105694).
SUCURSAL EN LIMÓN
AVISO
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
EL Banco Popular y de
Desarrollo Comunal de este domicilio hace del conocimiento del público
en general que la persona física Segura Montero José Milton,
cédula 4-072-537, ha solicitado, por motivo de pérdida, la reposición
del certificado de depósito a plazo normal Nº 16100860210252987,
por un monto de un millón ochenta y cinco mil sesenta con 42/100
(1.085.060,42), con fecha de vencimiento el día 4 de enero del 2006.
Lo anterior para los efectos
de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio. Dicho
certificado está con cláusula a la orden.
Limón, 28 de
diciembre del 2005.—Autorizado, Lic. Genjer Dávila
Curtis.—(62).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Gabriel Gerardo
Valenciano Rojas ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de
Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la
vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito
dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de
Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio,
9 de diciembre del 2005.—Área de Investigación.—Dr.
Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 76845.—(106265).
Mario Enrique Acuña
Jara ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura
en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y
costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al
señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica,
dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 9 de diciembre del
2005.—Área de Titulación.—Dr. Daniel Gadea Nieto,
Director.—Nº 76846.—(106266).
VICERRECTORÍA
EJECUTIVA
AVISO
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Ante la Oficina de
Registro de la Universidad Estatal a Distancia, se ha presentado -por motivo de
extravío- solicitud de reposición del diploma, correspondiente al
título de Doctorado en Educación, registrado Tomo VIII, Folio
1316, asiento 28, extendido a nombre de Jorge Francisco Sánchez Montero,
cédula de identidad 1-383-375. Se solicita la publicación del
edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del
término de quince días hábiles, a partir de la tercera
publicación en La Gaceta.—San José, 13 de diciembre
del 2005.—Oficina de Registro.—Manuel Sánchez Alonso,
Jefe.—(003).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
El Departamento de
Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica
comunica que el Comité Institucional para el Reconocimiento y
Equiparación de Grados y Títulos en su sesión Nº
06-2005, artículo 7º, del 2 de diciembre del 2005, en uso de sus
facultades estipuladas en el artículo 6º de la Ley Orgánica
del Instituto Tecnológico de Costa Rica y el Reglamento para el
Reconocimiento y Equiparación de Grados y Títulos acordó:
Ante la solicitud de revisión
de acuerdo de la sesión Nº 01-2005, artículo 8º del 23
de mayo del 2005, presentada por Gerardo Guadarrama Del Valle, cédula
8-0078-0831, el Comité Institucional para el Reconocimiento y Equiparación
de Títulos y Grados (CIRE), modifica el acuerdo tomado en la
sesión mencionada, para que se lea de la siguiente manera:
Acuerda:
1. Reconocer el título de
ingeniería electromecánica, otorgado por el Instituto
Tecnológico de Tlalnepantla, Estados Unidos Mexicanos, el trece de
febrero del 2004.
2. No reconocer grado académico, por
cuanto no viene especificado en el diploma otorgado por el Instituto
Tecnológico de Tlalnepantla, Estados Unidos Mexicanos, el trece de
febrero del 2004.
3. No equiparar el título de
ingeniero electromecánico otorgado, por el Instituto Tecnológico
de Tlalnepantla, Estados Unidos Mexicanos, el trece de febrero del 2004, con el
título de ingeniero de mantenimiento industrial del Instituto
Tecnológico de Costa Rica (ITCR), por no tener coincidencias significativas.
4. Equiparar los estudios realizados en el
Instituto Tecnológico de Tlalnepantla, Estados Unidos Mexicanos, con el
grado académico de licenciatura que otorga el Instituto
Tecnológico de Costa Rica.
Acuerdo firme.
Cartago, 12 de
diciembre del 2005.—Departamento de Admisión y
Registro.—Máster William Vives Brenes, Director.—(Solicitud
Nº 46310).—C-42320.—(38).
El Departamento de
Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica
comunica que el Comité Institucional para el Reconocimiento y Equiparación
de Grados y Títulos en su sesión Nº 06-2005, artículo
6º, del 2 de diciembre del 2005, en uso de sus facultades estipuladas en
el artículo 6º de la Ley Orgánica del Instituto Tecnológico
de Costa Rica y el Reglamento para el Reconocimiento y Equiparación de
Grados y Títulos acordó:
El Comité
Institucional para el Reconocimiento y Equiparación de Títulos y
Grados (CIRE), ante la solicitud del señor Eliseo Alberto Yusso,
pasaporte 04542475M, acuerda:
1. Reconocer el título de arquitecto,
otorgado por la Universidad de Buenos Aires, Argentina, el 16 de diciembre de
1975.
2. No reconocer grado académico, por
cuanto no viene especificado en el diploma otorgado por la Universidad de
Buenos Aires, Argentina, el 16 de diciembre de 1975.
3. Equiparar el título de arquitecto,
otorgado por la Universidad de Buenos Aires, Argentina, el 16 de diciembre de
1975, con el título de arquitecto, que otorga el Instituto
Tecnológico de Costa Rica.
4. Equiparar los estudios realizados en la
Universidad de Buenos Aires, Argentina, con el grado académico de
licenciatura que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.
Acuerdo firme.
Cartago, 12 de
diciembre del 2005.—Departamento de Admisión y
Registro.—Máster William Vives Brenes, Director.—(Solicitud
Nº 46312).—C-42320.—(39).
EDICTO
PUBLICACIÓN DE primera VEZ
Se
comunica a la señora Rosita Schulze, la resolución de las catorce
horas del día trece de diciembre del dos mil cinco, que recomendó
a la Dirección General de Migración y Extranjería, se
autorice la salida del país de la niñas Catharina Rosita y Paula
Andrea, ambas de apellido Schulze, para que viajen con destino a Estados Unidos
de Norteamérica. Se le notifica por medio de edicto por desconocerse su
paradero. Recursos: revocatoria con apelación en subsidio, el primero
deberá interponerse ante la representación legal de esta Oficina
Local en Santa Ana, y el segundo para ante la Presidencia Ejecutiva de la
Entidad en San José. Plazo: dichos recursos podrán interponerse
en forma separada o en conjunto en el término de tres días
contados del día posterior a su última
publicación.—Lic. Olga Myriam Boza Fernández, Órgano
Director.—(134).
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
S. D. E. Nº
593-924.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo-INFOCOOP.—San
José, a las quince horas del cinco de diciembre del dos mil cinco.
Liquidación de la
Cooperativa Autogestionaria de Transporte de Servicio Público modalidad
Taxi Rey Responsabilidad Limitada (COOPEREY R. L.).
Resultando:
Que la Cooperativa
Autogestionaria de Transporte de Servicio Público modalidad Taxi Rey
Responsabilidad Limitada (COOPEREY R. L.), fue inscrita en el Registro de
Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, mediante
resolución Nº 924 del 16 de noviembre de 1991.
Que mediante sentencia
Nº 867 de fecha 11 de julio de mil novecientos noventa y seis, emitida por
el Juzgado Civil y de Trabajo de San José se declaró disuelta a
la organización social antes citada.
Considerando:
I.—Que de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley de Asociaciones
Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo
4179 del veintidós de agosto de mil novecientos sesenta y ocho, acordada
u ordenada la disolución de una cooperativa, ésta entrará
en liquidación conservando su Personería Jurídica para
esos efectos. Dicha liquidación
estuvo a cargo de una Comisión Liquidadora integrada por tres
miembros nombrados de acuerdo con lo establecido en ese mismo artículo,
quienes presentaron el informe final de liquidación en nota del 21 de
noviembre de 2005.
II.—Con fundamento en
los artículos 88, 89, 90, 91, 92 y 93 de la citada ley, el Instituto
Nacional de Fomento Cooperativo -INFOCOOP-, considera que se han cumplido los
requisitos para la liquidación de dicha cooperativa. Por tanto,
Con base en las razones
dichas y la Ley citada, el Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, declara
liquidada a la Cooperativa Autogestionaria de Transporte de Servicio
Público modalidad Taxi Rey Responsabilidad Limitada (COOPEREY R. L.) de
conformidad con el informe presentado por la Comisión Liquidadora para
ese efecto, a fin de que el Departamento de Organizaciones Sociales del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social proceda a su cancelación
definitiva.
Lic. Edgar
Quirós Núñez, Subdirector Ejecutivo.—(Solicitud
Nº 35157).—C-39275.—(105747).
S. D. E. Nº
596-936.—Liquidación de la Cooperativa de Producción y
Comercialización de La Unión de Pequeños Agricultores de
Limón Responsabilidad Limitada (COOPEUPAL R. L.) a las quince horas del
siete de diciembre de dos mil cinco.
Resultando:
Que la Cooperativa de
Producción y Comercialización de La Unión de
Pequeños Agricultores de Limón Responsabilidad Limitada
(COOPEUPAL R. L.), fue inscrita en el Registro de Organizaciones Sociales del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, mediante resolución Nº
936 del 13 de mayo de mil novecientos noventa.
Que mediante sentencia
Nº 100-98, emitida por el Juzgado II Civil y de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, el 17 de julio de mil novecientos noventa
y ocho, se declaró disuelta a la organización social antes
citada.
Considerando:
I.—Que
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley de
Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento
Cooperativo 4179 del veintidós de agosto de mil novecientos sesenta y
ocho, acordada u ordenada la disolución de una cooperativa, ésta
entrará en liquidación conservando su Personería
Jurídica para esos efectos. Dicha liquidación estuvo a cargo de
una Comisión Liquidadora integrada por tres miembros nombrados de
acuerdo con lo establecido en ese mismo artículo, quienes presentaron el
informe final de liquidación en nota del 1º de diciembre de 2005.
II.—Con fundamento en
los artículos 88, 89, 90, 91, 92 y 93 de la citada ley, el Instituto
Nacional de Fomento Cooperativo -INFOCOOP-, considera que se han cumplido los
requisitos para la liquidación de dicha cooperativa. Por tanto,
Con base en las razones
dichas y la Ley citada, el Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, declara
liquidada a la Cooperativa de Producción y Comercialización de La
Unión de Pequeños Agricultores de Limón Responsabilidad
Limitada (COOPEUPAL R. L.) de conformidad con el informe presentado por la
Comisión Liquidadora para ese efecto, a fin de que el Departamento de
Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social proceda a
su cancelación definitiva.
Lic. Edgar
Quirós Núñez, Subdirector Ejecutivo.—(Solicitud
Nº 35157).—C-39275.—(105748).
S. D. E. Nº
597-753.—Liquidación de la Cooperativa de Vivienda de Pozos de
Santa Ana, Responsabilidad Limitada (COOPEPOZOS R. L.), a las quince horas del
siete de diciembre del dos mil cinco.
Resultando:
Que
la Cooperativa de Vivienda de Pozos de Santa Ana, Responsabilidad Limitada
(COOPEPOZOS R. L.), fue inscrita en el Registro de Organizaciones Sociales del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, mediante resolución
número 753 del 21 de octubre de mil novecientos ochenta y seis.
Que mediante sentencia
Nº 717, emitida por el Juzgado Primero de San José, el 17 de
Febrero de mil novecientos noventa y nueve, se declaró disuelta a la
organización social antes citada.
Considerando:
I.—Que de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley de Asociaciones
Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo
4179 del veintidós de agosto de mil novecientos sesenta y ocho, acordada
u ordenada la disolución de una cooperativa, ésta entrará
en liquidación conservando su Personería Jurídica para
esos efectos. Dicha liquidación estuvo a cargo de una Comisión
Liquidadora integrada por tres miembros nombrados de acuerdo con lo establecido
en ese mismo artículo, quienes presentaron el informe final de
liquidación en nota del 18 de octubre de 2005.
II.—Con fundamento en
los artículos 88, 89, 90, 91, 92 y 93 de la citada ley, el Instituto
Nacional de Fomento Cooperativo -INFOCOOP-, considera que se han cumplido los
requisitos para la liquidación de dicha cooperativa. Por tanto,
Con base en las razones
dichas y la Ley citada, el Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, declara
liquidada a la Cooperativa de Vivienda de Pozos de Santa Ana, Responsabilidad
Limitada (COOPEPOZOS R. L.), de conformidad con el informe presentado por la
Comisión Liquidadora para ese efecto, a fin de que el Departamento de
Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social proceda a
su cancelación definitiva.
Lic. Edgar
Quirós Núñez, Subdirector Ejecutivo.—(Solicitud
Nº 35157).—C-39275.—(105749).
S. D. E. Nº
598-907.—Liquidación de La Cooperativa Autogestionaria de
Transporte Público modalidad Taxi de Alajuela Responsabilidad Limitada
(COOPEMANGO R. L.) a las quince horas del siete de diciembre de dos mil cinco.
Resultando:
Que la Cooperativa
Autogestionaria de Transporte Público modalidad Taxi de Alajuela
Responsabilidad Limitada (COOPEMANGO R. L.), fue inscrita en el Registro de
Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, mediante
resolución número 907 del 30 de abril de mil novecientos noventa
y uno.
Que mediante sentencia
Nº 348, emitida por el Juzgado de Trabajo de Alajuela, el 03 de noviembre
del dos mil, se declaró disuelta a la organización social antes
citada.
Considerando:
I.—Que de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley de Asociaciones
Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo
4179 del veintidós de agosto de mil novecientos sesenta y ocho, acordada
u ordenada la disolución de una cooperativa, ésta entrará
en liquidación conservando su Personería Jurídica para
esos efectos. Dicha liquidación estuvo a cargo de una Comisión
Liquidadora integrada por tres miembros nombrados de acuerdo con lo establecido
en ese mismo artículo, quienes presentaron el informe final de
liquidación en nota del 12 de noviembre de 2005.
II.—Con fundamento en
los artículos 88-, 89, 90, 91, 92 y 93 de la citada ley, el Instituto
Nacional de Fomento Cooperativo -INFOCOOP-, considera que se han cumplido los
requisitos para la liquidación de dicha cooperativa. Por tanto,
Con base en las razones
dichas y la Ley citada, el Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, declara
liquidada a la Cooperativa Autogestionaria de Transporte Público
modalidad Taxi de Alajuela Responsabilidad Limitada (COOPEMANGO R. L.) de
conformidad con el informe presentado por la Comisión Liquidadora para
ese efecto, a fin de que el Departamento de Organizaciones Sociales del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social proceda a su cancelación
definitiva.
Lic. Edgar Quirós
Núñez, Subdirector Ejecutivo.—(Solicitud Nº
35157).—C-39275.—(105750).
CONVOCA A AUDIENCIA
PÚBLICA
Para
exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de:
Solicitud presentada por la
empresa de Inversiones Legu de Costa de Pájaros S. A., con el fin de que
se fijen las tarifas del servicio de cabotaje, modalidad lancha: Costa de
Pájaros-Isla de Chira y Viceversa, Costa de Pájaros-Isla Venado y
Viceversa tramitada bajo el expediente ET-129-2005, según se detalla:
Trayecto Tarifa
solicitada
(colones)
Costa de
Pájaros-Isla de Chifa y Viceversa
Costa de
Pájaros-Isla de Venado y Viceversa ¢2.495,00
El jueves 9 de febrero
del 2006 a las 17:00 horas (5:00 p.m.) se llevará a cabo la Audiencia
Pública en el auditorio de la Salón de la Escuela de San Antonio,
Isla de Chira, para conocer sobre esta petición. El plazo para recibir
posiciones sobre esta solicitud vence el jueves 2 de febrero del 2006 a las
quince horas.
Se hace saber a los
interesados que pueden consultar y fotocopiar los expedientes que constan en la
Dirección de Fiscalización y Defensa del Usuario, situada en
Sabana Sur, 400 m oeste del Edificio de la Contraloría General de la
República, San José.
Cualquier interesado, con
interés legítimo o derecho subjetivo, puede participar en la
audiencia y quien desee hacer uso de la palabra, debe formular por escrito, en
original, su posición ante esta Autoridad Reguladora, sustentando su
pretensión con las pruebas que sean pertinentes. En el documento debe
indicar lugar dentro del perímetro de San José o número de
Fax donde ser notificado en el caso de una persona física deberá
aportar fotocopia de su cédula; las personas jurídicas
deberán aportar certificación de personería vigente.
Dentro del plazo legal
otorgado se recibirán posiciones mediante el facsímile 290-2010,
mismas que deberán estar firmadas y debiendo presentar el original a
más tardar el día de la celebración de la audiencia. Se
informa que el Consejero del Usuario para esta solicitud es el Lic. Daniel
Fernández Sánchez. Para cualquier información adicional a
los teléfonos 800-827-3737 ó 220-0102.
Lic. Viria Huertas
Guillén.—Jorge A. Romero Vargas, Proveedor General.—Lic.
Xinia Herrera Durán, D. Fiscalización y Defensa del
Usuario.—1 vez.—(Nº 007-DAF-2006.—C-18720.—(465).
AVISO
Con fundamento en el
Decreto Ejecutivo Nº 21384-S en su artículo 15, Reglamento para la
Administración de los Cementerios de la Junta de Protección
Social de San José, publicado en La Gaceta Nº 143 del 28 de
julio de 1992, así como oficio AL-1489 de la Lic. Marcela Sánchez
Quesada, asesora legal, con fecha 5 de diciembre del 2005 y la
declaración jurada rendida ante el notario público Lic. Rodolfo
Acosta Sánchez, la Gerencia General, representada por el Msc. Luis
Polinaris Vargas, cédula Nº 1-413-994, mayor, casado, vecino de
Tibás, autoriza acogiendo el criterio legal, el traspaso del derecho de
arriendo del Cementerio General, mausoleo 7, cuadro ampliación este,
lado este, línea tercera, inscrito al tomo 7, folio 445, a la
señora Ana Cecilia Morales Wedel, cédula Nº 1-0324-0003. Si
en el plazo de quince días a partir de la publicación del aviso,
no existiere oposición, se autoriza a la Administración de
Cementerios, para que comunique a la interesada lo resuelto.
San
José, 16 de diciembre del 2005.—Administración de
Cementerios.—Manuel Roldán Porras, Administrador.—1
vez.—Nº 76938.—(354).
CONCEJO MUNICIPAL
El Concejo Municipal de
San Isidro de Heredia, en sesión ordinaria 78-2005, del 16 de diciembre
del 2005, mediante acuerdo N° 1425-2005 por unanimidad y definitivamente
aprobado, con dispensa de trámite de Comisión, aprobó que
a partir del 1º de enero de 2006, se cobre el 22.25% anual de intereses
por concepto de atraso en el pago de impuestos, tasas y servicios, basados en
el artículo 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
Rige a partir de su publicación
San Isidro de Heredia,
2 de enero del 2006.—Marcela Guzmán Calderón, Secretaria
Municipal.—1 vez.—(143).
ZONA MARÍTIMO
TERRESTRE
AVISO
Valle Velazque Sandra,
cédula Nº 9-051-551, con base a la Ley Sobre la Zona
Marítimo Terrestre, Nº 6043 del 2 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo
Nº 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una
parcela de terreno localizada en Playa Penca, distrito Tempate, cantón
Santa Cruz, provincia de Guanacaste. Mide: 1.059 m², es terreno para
dedicarlo a uso habitacional. Linderos: norte, Municipalidad de Santa Cruz;
sur, Roberto Monte Oca; este, calle pública; y oeste, Municipalidad de
Santa Cruz. Nota: se conceden treinta días para oír oposiciones,
las cuales deben venir acompañadas de dos copias. Nota: se advierte que
la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza
sin perjuicio de que las futuras disposiciones del plan regulador varíen
el destino de la parcela.—Santa Cruz, 12 de diciembre del 2005.—
Edwin Ortiz Ortiz, Encargado.—1 vez.—Nº 77062.—(353).
ASOCIACIÓN HOGAR
SALVANDO
AL ALCOHÓLICO ROBERTO SOTO GATGENS
Se convoca a todos los
asociados de la Asociación Hogar Salvando al Alcohólico Roberto
Soto Gatgens, cédula jurídica 3-002-061546, a la asamblea general
extraordinaria, que se celebrará en la sede social de la
Asociación el día 31 de enero del año en curso a las 18:00
horas, para conocer del nombramiento del fiscal por renuncia. De no haber
quórum a la hora indicada se convoca en segunda convocatoria para las
19:00 horas y la sesión se celebrará con el número de
asociados que concurra.—Jairo Gutiérrez Bedoya, Presidente Junta
Directiva.—1 vez.—(405).
FUNDACIÓN YUNIS PARA EL
MEJORAMIENTO DE LA EDUCACIÓN
Se convoca a los
miembros de la Junta Administrativa de la Fundación Yunis para el Mejoramiento
de la Educación a sesión ordinaria el día 26 de enero del
2006, en su sede sita en calle segunda entre avenidas Central y Segunda de la
ciudad de San José a las nueve de la mañana. De no haber
quórum se pasará la reunión para las diez de la mañana
y se efectuará con cualquier número de miembros presentes. Orden
del día: 1) Conocer y aprobar el Informe financiero anual que se
presentará ante los socios fundadores y ante la Contraloría
General de la República. 2) Varios. Convocatoria hecha por José
Rafael Ruiz Monge, cédula: 8-055-446.
————
Se convoca a los
miembros de la Junta Administrativa de la Fundación Yunis para el
Mejoramiento de la Educación a sesión ordinaria el día 28
de enero del 2006, en su sede a las dos de la tarde para elegir la nueva
directiva. De no haber quórum se pasará la reunión para
las tres de la tarde y se efectuará con cualquier número de
miembros presentes. Convocatoria hecha por José Rafael Ruiz Monge,
cédula: 8-055-446.—José Rafael Ruiz Monge.—1
vez.—(446).
Se convoca a los miembros
fundadores de la Fundación Yunis para el Mejoramiento de la
Educación a asamblea general ordinaria que se celebrará en su
domicilio el día veintisiete de enero del dos mil seis a las diez de la
mañana. De no haber quórum se pasará la reunión
para las diez y treinta y se efectuará con cualquier número de
miembros presentes. Orden del día: 1) Conocer y aprobar el informe
financiero anual que será presentado a la Contraloría. 2) Varios.
Convocatoria hecha por Carlos Alberto Alvarado Yunis, cédula:
7-040-503.—Carlos Alberto Alvarado Yunis.—1 vez.—(448).
MAS & IMBSEN S. A.
MAS & IMBSEN S. A.,
convoca a los señores accionistas a una asamblea general extraordinaria,
que se llevará a cabo en su domicilio número 85 S, calle 29,
avenidas 2 y 6, en San José, a las 10:00 horas del 30 de enero del 2006,
en primera convocatoria, para conocer de reforma al pacto social en
modificación del plazo social y reforma de cláusula tercera de
los Estatutos. Terminada la anterior y a continuación, se convoca a los
señores accionistas a Asamblea General Ordinaria, cuyo orden del
día, serán los asuntos que indica el artículo 155 del
Código de Comercio y además, del informe de resultados desde la
fundación de la Compañía, hasta el 30 de setiembre del
2005. Los documentos están a disposición de los señores
accionistas, en las oficinas de la Compañía. Si no hubiere
quórum en primera convocatoria, se convoca a los señores
accionistas, a las dos asambleas indicadas, en el mismo lugar, para los mismos
asuntos, una hora después en segunda convocatoria.—San
José, 21 de diciembre del 2005.—Francisco Mas Herrera,
Presidente.—1 vez.—Nº 77223.—(764).
RANCHO SAN RAFAEL S. A.
Se convoca a asamblea
general extraordinaria de accionistas de la compañía Rancho San
Rafael S. A., a celebrarse en su sede social: Barrio Luján, San
José, de la esquina noreste de Plaza González Víquez, 150
metros al noreste, edificio Jiménez Barletta, 2do. piso, el día 2
de febrero del 2006, a las 9:00 horas. Agenda: 1) Aprobar o rechazar compra de
finca o sociedad propietaria de finca en Guanacaste. 2) De aprobarse el
anterior punto, nombrar apoderado para que represente la sociedad en todo acto
e instancia referente, incluso comparecer ante notario público. 3)
Garantizar pagos del precio de la finca por medio de documento de
garantía crediticia que puede incluir la firma de una hipoteca. 4)
Asuntos varios. 5) Otros asuntos que se presenten y se apruebe conocer. De no
haber quórum a la hora señalada se celebrará la asamblea
en segunda convocatoria una hora después.—San José, 2 de
enero del 2006.—Carlos Manuel Jiménez Freer, Secretario de la
Junta Directiva.—1 vez.—Nº 77272.—(765).
CONDOMINIO VILLA LINDA
Condominio Villa Linda,
Escazú, convoca a la asamblea general de condóminos del
Condominio Villa Linda a celebrarse en la casa Nº 5 del Condominio Villa
Linda el día domingo 5 de febrero del 2006, a las 10:00 horas en primera
convocatoria. En caso de no existir el quórum necesario se hará
en segunda convocatoria una hora después, para la que fue citada la
primera. De no existir el quórum necesario en esta segunda convocatoria
se hará en tercera convocatoria, dos horas después para la que
fue citada la primera y se realizará con el número de
condóminos presentes.
Puntos a tratar:
1) Conclusión de los puntos de la
asamblea anterior llevada a cabo el 6 de febrero del 2005.
2) Revisión y aprobación del
estado financiero de diciembre 2004 a diciembre 2005.
3) Discusión de problemas legales
varios.
Alice Newcomb C.,
Administradora.—1 vez.—(930).
INMOBILIARIA LOS JARDINES S. A.
Inmobiliaria Los Jardines S. A., convoca a los
señores accionistas a asamblea general ordinaria, que se
celebrará en sus instalaciones Club Cariari, Ciudad Cariari,
Belén de Heredia, a las 17:00 horas del 9 de febrero del 2006, en
primera convocatoria, para conocer su cierre económico al treinta de
setiembre último, con la agenda que indica el artículo 155 del
Código de Comercio. Si no hubiere quórum a la hora indicada, en
segunda convocatoria, para los mismos asuntos, en el mismo lugar, se convoca a
los señores accionistas una hora después.—San José,
2 de enero del 2006.—Rafael Ángel Gutiérrez Badilla,
Presidente.—1 vez.—(937).
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
BAC SAN JOSÉ S. A.
Se comunica que los
siguientes títulos valores emitidos por el Bac San José S. A., a
la orden de Arnoldo Cocozza Guerrero y Roberto Cocozza Arias, han sido
extraviados:
Certificado
Nº Monto
$ Emisión Vencimiento
110513000 1.777,00 16/06/2005 16/12/2005
Cupón
Nº Monto
$ Emisión Vencimiento
110513000001 23,91 16/06/2005 16/12/2005
Por lo tanto,
solicitamos proceder de inmediato con los trámites de paro de pago y
restitución de estos títulos.—San José, 12 de
diciembre del 2005.—Harold Castillo M.—(104316).
IS COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
IS Costa Rica Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres- ciento
uno-cero treinta y cuatro mil setecientos noventa y uno, solicita ante la
Dirección General de Tributación, la reposición de los
siguientes libros: Actas de Junta Directiva, y Registro de Accionistas. Quien
se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área
de Información y Asistencia al Contribuyente, de la
Administración Tributaria de San José, en el término de
ocho días hábiles contados a partir de la publicación en
el Diario Oficial La Gaceta.—Irene Soto Soto.—(105700).
INDUSTRIA MAQUILADORA PLÁSTICA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Industria
Maquiladora Plástica Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y cuatro mil
novecientos dos, solicito ante la Dirección General de
Tributación Directa, la reposición de los libros siguientes:
Actas Junta Directiva, Acta Asamblea General, Registro de Accionistas, Diario,
Mayor e Inventario y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición a la Sección de Legalización de Libros
Administración Regional Heredia, en el término de ocho
días hábiles a partir de la última
publicación.—Fernando Segura Araya.—(105944).
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
AIMAR LOGISTICS SOCIEDAD
ANÓNIMA
La empresa Aimar
Logistics Sociedad Anónima, antes denominada como Rioalva de
Centroamérica Sociedad Anónima, con cédula jurídica
número tres-ciento uno-ciento veintitrés mil cuarenta y uno, solicita
ante la Dirección General de Tributación, la reposición de
los libros de Diario y Mayor, ambos número uno. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante el Área de
Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de
Libros), Administración Tributaria en San José, en el
término de ocho días hábiles, contados a partir de la
última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, dos de enero del dos mil seis.—Lic. Alejandro
Fernández Carrillo, Notario.—(019).
Yo,
Cayetano Montero Villalobos, cédula seis-ciento veinticinco-setecientos
once, he procedido a establecer trámite para reposición de libros
contables ante la Administración Tributaria de Alajuela. Con la
finalidad, por extravío del inscrito, se reponga libro Registro de
Compras, en tanto me encuentro inscrito en el sistema simplificado. Cualquier
oposición debe dirigirse a las oficinas de la Tributación Directa
en Alajuela en el plazo de quince días a partir de la publicación
del presente aviso.—Palmares, diecinueve de diciembre del
2005.—Lic. Albino Solórzano V., Notario.—(104).
LÍNEAS AÉREAS
COSTARRICENSES S. A.
Para los efectos de los
artículos 689 y 690 del Código de Comercio, Líneas
Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que
por haberse extraviado al propietario, repondrá el siguiente certificado
de acciones: Certificado Nº 00063 con 22 acciones de la serie H.
Certificado Nº 0050 con 40 acciones de la serie A. Accionista:
Álvaro Vargas Arredondo. Folio 53.—San José, 2 de enero del
2006.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(108).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
COLEGIO FEDERADO DE
INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
5 de diciembre del 2005
Nº 3881-2005-DRD
Ingeniero
Jorge Luis Salazar Álvarez
Estimado ingeniero:
Por las
características del caso, el Departamento Régimen Disciplinario
ha decidido realizar una investigación, por lo que se le informa que
bajo expediente Nº 183-05, el Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos tramita denuncia contra usted, presentada por el Sr. Miguel Solano
Brenes.
En virtud de lo anterior, se
le concede diez días hábiles, contados a partir de la fecha de
recibida esta nota, para pronunciarse al respecto.
Posteriormente, este
expediente será trasladado a un Asesor, según lo establecido en
el procedimiento para el trámite de denuncias, por presunta
violación al Código de Ética Profesional, y luego al
Fiscal del Colegio de Ingenieros Tecnólogos, para que emita su criterio
en cuanto a si su actuación se ha ajustado a lo dispuesto en el
Código de Ética Profesional de este Colegio Federado.
Se le
agradece indicar una dirección en el área metropolitana donde
remitirle las notificaciones al respecto, o señalar un fax para esos
efectos.
Atentamente,
Ing. Gerardo Campos
Chacón, Jefe, Departamento de Régimen Disciplinario.—(O. C.
Nº 2634).—C-24770.—(114).
5 de diciembre del 2005
Nº 3883-2005-DRD
Ingeniero
Jorge Luis Salazar Álvarez
Estimado ingeniero:
Por las
características del caso, el Departamento Régimen Disciplinario
ha decidido realizar una investigación, por lo que se le informa que
bajo expediente Nº 184-05, el Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos tramita denuncia contra usted, presentada por el Colegio Federado
de Ingenieros y de Arquitectos.
En virtud de lo anterior, se
le concede diez días hábiles contados a partir de la fecha de
recibida esta nota, para pronunciarse al respecto.
Posteriormente, este
expediente será trasladado a un Asesor, según lo establecido en
el procedimiento para el trámite de denuncias, por presunta
violación al Código de Ética Profesional, y luego al
Fiscal del Colegio de Ingenieros Tecnólogos, para que emita su criterio
en cuanto a si su actuación se ha ajustado a lo dispuesto en el
Código de Ética Profesional de este Colegio Federado.
Se le agradece indicar una
dirección en el área metropolitana donde remitirle las
notificaciones al respecto, o señalar un fax para esos efectos.
Atentamente,
Ing. Gerardo Campos
Chacón, Jefe, Departamento de Régimen Disciplinario.—(O. C.
Nº 2634).—C-24770.—(115).
EMERGENCIAS DENTALES S. A.
Emergencias
Dentales S. A., cédula jurídica Nº 3-101-377570, solicita a
la Dirección General de Tributación, la reposición del
libro de Registro de Socios y comunica a cualquier afectado manifestar su
oposición ante la Unidad de Timbraje y Legalización de Libros de
Tributación Directa, en el término de ocho días
hábiles a partir de la última publicación.—San
José, 2 de enero del 2006.—Rodolfo Volio Brenes,
Representante.—Nº 77024.—(356).
FERRETERÍA SAN RAFAEL SOCIEDAD
ANÓNIMA
Ferretería San
Rafael Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-ciento seis mil cero setenta y seis, solicita ante la Dirección
General de Tributación, la reposición de los siguientes libros
contables: Diario número dos, Mayor número dos e Inventarios y
Balances número dos. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Recaudación y Gestión de
la Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho
días hábiles a partir de la publicación de este
aviso.—Lic. Jorge Cordero Leandro, Notario.—Nº
77125.—(357).
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Por escritura otorgada
hoy, ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Club Internacional
Colón Sociedad Anónima, mediante los cuales se nombra nueva
junta directiva y fiscal, y se modifica la cláusula quinta del pacto
constitutivo, en la cual se disminuye su capital social.—San José,
15 de diciembre del 2005.—Lic. Rodrigo José Pastor Peralta, Notario.—(105737).
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Por escritura otorgada
ante esta notaria, a las 13:00 horas del 28 de noviembre del 2005, se
protocolizó acta mediante la cual se acuerda la disolución de la
sociedad Contables Barrantes Contabar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—19
de diciembre del 2005.—Lic. Iris Mora Jiménez,
Notaria.—Nº 76953—(204).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Por escritura
número doscientos sesenta y tres de las once horas del veintiuno de
diciembre del dos mil cinco, otorgada ante el licenciado Pablo Valerio Soto, la
señora Carmen María Aragón Campos, en su calidad personal,
cede la patente número cuatro cuatro ocho tres cero cero uno y vende el
local comercial denominado Restaurante Las Américas, a la sociedad
Restaurante Las Américas Express Sociedad Anónima, con
cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos diecisiete mil
cuatrocientos cuarenta y tres. Asimismo, cualquier reclamo que deba realizar
algún acreedor interesado por obligaciones contraídas con
anterioridad al día veintiuno de diciembre del dos mil cinco,
sírvase presentarse en el lapso de quince días a la oficina del
suscrito notario a hacer valer sus derechos.—Alajuela, al ser las doce
horas del veintiuno de diciembre del dos mil cinco.—Lic. Pablo Valerio
Soto, Notario.—Nº 77034.—(355).
PUBLICACIÓN DE unA VEZ
Por escritura otorgada ante
nosotros, a las dieciséis horas, del día veinte de diciembre del
dos mil cinco, protocolizamos actas de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Grupo Británico GBCR para el Desarrollo y las
Inversiones S. A.; y Corporación de Supermercados Unidos S.
A., las cuales se fusionaron por absorción entre sí,
prevaleciendo Corporación de Supermercados Unidos S. A.; y
ésta última aumenta su capital social, reformando la
cláusula quinta de sus estatutos.—San José, veinte de
diciembre del año dos mil cinco.—Lic. José David
Zúñiga Vega y Aida Magally Pochet Meléndez,
Notarios.—1 vez.—(119).
Por
escritura Nº 7, de las 20:00 horas, del 23-12-2005,del protocolo 14, se
constituyó sociedad denominada Servicios Urbanos Internacionales del
Norte AGDM S. A.—San José, dos de enero del dos mil
seis.—Lic. Edmundo Arias Rosales, Notario.—1 vez.—(122).
Por
escritura Nº 5, de las 19:00 horas, del 23-12-2005, del protocolo 14, se
constituyó sociedad denominada Desarrollos Internacionales La Costa
del Sur MCR S. A.—San José, dos de enero del dos mil
seis.—Lic. Edmundo Arias Rosales, Notario.—1 vez.—(123).
Por
escritura Nº 6, de las 19 horas 30 minutos, del 23-12-2005, del protocolo
14, se constituyó sociedad denominada Inversiones y Desarrollos
Urbanos El Buen Gusto Mana S. A.—San José, dos de enero del
dos mil seis.—Lic. Edmundo Arias Rosales, Notario.—1
vez.—(124).
Por
escritura Nº 4, de las 18 horas 30 minutos, del 23-12-2005, del protocolo
14, se constituyó sociedad denominada Inversiones Urbanas
Éxito Internacional S. A.—San José, dos de enero del
dos mil seis.—Lic. Edmundo Arias Rosales, Notario.—1
vez.—(125).
Por
escritura Nº 8, de las 20 horas 30 minutos, del 23-12-2005, del protocolo
14, se constituyó sociedad denominada Servicios Interanacionales
Puntarenas ARSS S. A.—San José, dos de enero del dos mil
seis.—Lic. Edmundo Arias Rosales, Notario.—1 vez.—(126).
En
escrituras otorgadas en mi notaría protocolicé asamblea general
extraordinaria de las sociedades Aurelia Investment S. A., Baramex S.
A., Darilix S. A.—San José, 2 de enero del
2006.—Lic. Eleazar Duarte Briones, Notario.—1 vez.—(132).
Ante mi
notaría, a las 17:00 horas del 21 de diciembre del 2005, se
constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones Jimcor
S. A. Presidenta: Lucinia Córdoba Piedra.—San José,
1º de enero de 2006.—Lic. Farid Breedy G., Notario.—1
vez.—(139).
Ante esta
notaría, al ser las quince horas del trece de diciembre del año
dos mil cinco, se constituyeron las compañías: Ferrari
F-Cuatrocientos Treinta de Costa Rica S. A., Inmobiliaria Portón
de Bronce S. A., Grupo Comercial Torre de Marfil S. A., Energía
Geotérmica EG de Costa Rica S. A. Presidente es el apoderado.
Capital social: totalmente suscrito y pagado. Notario: Leonardo Ugalde
Cajiao.—San José, 16 de diciembre del 2005.—Lic. Alvis
González Garita, Notario.—1 vez.—(183).
Por la
escritura doscientos sesenta y uno-uno, a las ocho horas y treinta minutos del
trece de diciembre del dos mil cinco, otorgada ante la Lic. Guiselle Arroyo
Segura, los señores Luis Ángel Soto Salas y Silvina Castillo
Soto, constituyen la sociedad anónima denominada Inversiones Luadsi
Sociedad Anónima.—Alajuela, a las diez horas del dos de enero
del dos mil seis.—Lic. Guiselle Arroyo Segura, Notaria.—1
vez.—(186).
Por la
escritura doscientos sesenta y dos-uno, a las diez horas del trece de diciembre
del dos mil cinco, otorgada ante la Lic. Guiselle Arroyo Segura, los
señores Luis Ángel Soto Salas y Adriana Soto Castillo,
constituyen la sociedad anónima denominada Inversiones Aledri
Sociedad Anónima.—Alajuela, a las diez horas del dos de enero
del dos mil seis.—Lic. Guiselle Arroyo Segura, Notaria.—1
vez.—(188).
Por la
escritura doscientos cincuenta y nueve-uno, a las trece horas del trece de
diciembre del dos mil cinco, otorgada ante la Lic. Guiselle Arroyo Segura, los
señores Luis Ángel Soto Salas y Silvina Castillo Soto,
constituyen la sociedad anónima denominada Inversiones Luisil
Sociedad Anónima.—La Guácima, Alajuela, a las ocho
horas del dos de enero del dos mil seis.—Lic. Guiselle Arroyo Segura,
Notaria.—1 vez.—(189).
Por la
escritura doscientos sesenta-uno, a las dieciséis horas con treinta
minutos del doce de diciembre del dos mil cinco, otorgada ante la Lic. Guiselle
Arroyo Segura, los señores Luis Ángel Soto Salas y Alejandra Soto
Castillo, constituyen la sociedad anónima denominada Castillo de Sot
Sociedad Anónima.—La Guácima, Alajuela, a las nueve
horas del dos de enero del dos mil seis.—Lic. Guiselle Arroyo Segura,
Notaria.—1 vez.—(190).
Por
escritura otorgada a las 10:00 horas del día de hoy, se
constituyó Finca Río Perla S. A. Domicilio: San
José. Su objeto será el comercio e industria en general. Plazo:
100 años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado.
Representación judicial y extrajudicial indistintamente cualquiera de
los miembros.—San José, 20 de diciembre del 2005.—Lic.
José Antonio Gómez Cortés, Notario.—1
vez.—(191).
Por
escritura otorgada en esta notaría, a las dieciocho horas del día
veintinueve de noviembre del dos mil cinco, se protocolizó el acta de
asamblea extraordinaria de la sociedad Seguridad y Manutención
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-034304, donde se modifica la cláusula quinta del pacto
constitutivo.—San José, 30 de noviembre del 2005.—Lic.
Elidiette Patricia Vargas Chacón, Notaria.—1 vez.—(192).
Por
escritura otorgada en mi notaría, en esta ciudad, hoy a las trece horas,
se protocolizó acta de A.R.A.W. Visión S. A., mediante la
cual se revoca el nombramiento de la secretaria, y se nombra sustituto. Se
modifica la cláusula octava del pacto social.—San José,
veintitrés de diciembre del dos mil cinco.—Lic. Rodolfo Acosta
Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 76939.—(196).
Licenciado
Carlos Alberto Reynolds Vargas, notario público con oficina en San
Isidro de Coronado, hago constar que según escritura número
ochenta y cuatro, visible al folio cuarenta y tres frente del protocolo
número cincuenta y seis, otorgada a las once horas del día
veintidós de diciembre del año dos mil cinco, procedí a
protocolizar acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Esperanza
y Rivera Sociedad Anónima, según la cual se acuerda reformar
la “cláusula sexta de la administración”.—Lic.
Carlos A. Reynolds Vargas, Notario.—1 vez.—Nº
76942.—(197).
Licenciado
Carlos Alberto Reynolds Vargas, notario público con oficina en San
Isidro de Coronado, hago constar que según escritura número
ochenta y cinco, visible al folio cuarenta y tres vuelto del protocolo
número cincuenta y seis, otorgada a las doce horas del día
veintidós de diciembre del año dos mil cinco, procedí a
protocolizar acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Constructora
Arco Iris Sociedad Anónima, según la cual se acuerda reformar
la “cláusula sexta de la administración”.—Lic.
Carlos A. Reynolds Vargas, Notario.—1 vez.—Nº
76943.—(198).
Licenciado
Carlos Alberto Reynolds Vargas, notario público con oficina en San
Isidro de Coronado, hago constar que según escritura número
ochenta y tres, visible al folio cuarenta y dos frente del protocolo
número cincuenta y seis, otorgada a las diez horas del día
veintidós de diciembre del año dos mil cinco, procedí a
protocolizar acta de la asamblea general extraordinaria de socios de F Y
Vega y Asociados Sociedad Anónima, según la cual se acuerda
reformar la “cláusula sexta de la
administración”.—Lic. Carlos A. Reynolds Vargas,
Notario.—1 vez.—Nº 76944.—(199).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaria, a las diez horas del tres de diciembre
del año dos mil cinco, número veintisiete-uno, se
constituyó la entidad denominada Desarrollos Hermanos Porras
Internacional Sociedad Anónima. Se nombró junta directiva.
Capital: suscrito y pagado. Domicilio: Cartago. Es todo.—San José,
a las nueve horas del quince de diciembre del dos mil cinco.—Lic. Eliana
Fonseca Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 76945.—(200).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaria, a las once horas del tres de diciembre
del año dos mil cinco, número veintiocho-uno, se
constituyó la entidad denominada Asociación Liverpool. Se
nombró junta directiva y agente residente. Presidente: Mauricio
Calderón Rodríguez. Es todo.—Cartago, a las ocho horas del
quince de diciembre del dos mil cinco.—Lic. Eliana Fonseca Rojas,
Notaria.—1 vez.—Nº 76946.—(201).
Ante
mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario público con oficina
en Atenas, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la
sociedad anónima denominada Printemps Eternel Sociedad Anónima,
mediante la cual se nombra nuevo presidente, y se modifica la
representación judicial y extrajudicial de la compañía
dicha. Presidente con la representación judicial y extrajudicial, con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma.—Atenas, 19 de diciembre del 2005.—Lic. Henry Víquez
Arias, Notario.—1 vez.—Nº 76949.—(202).
Ante esta
notaria, se constituyó la sociedad BJ Injimeca Bienes Sociedad
Anónima. Otorgado en San José, al ser las ocho horas del
dieciséis de diciembre del año dos mil cinco.—Lic. Iliana
Cruz Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 76951.—(203).
Ante
mí Francisco Agustín Bustamante Barboza, notario público,
comparecieron los señores Alfonso, Cristhian Andrés, Verny y
Marta, todos Quesada Bustamante, y constituyeron la entidad denominada Inversiones
Grupo Tribu Sociedad Anónima, con domicilio en Piedra Blanca de
Mora, doscientos metros sur de la iglesia católica, con un capital
social de veinte mil colones, plazo social de noventa y nueve años, como
presidente Verny Quesada Bustamante. Escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las 8:00 horas del 15 de diciembre del 2005.—Santiago de
Puriscal, 15 de diciembre del 2005.—Lic. Francisco A. Bustamante Barboza,
Notario.—1 vez.—Nº 76954.—(205).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:15 horas del catorce de
diciembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Spider Dorado
de Islita Sociedad Anónima. Representante: el presidente. Capital:
íntegramente suscrito y pagado.—San José, veinte de
diciembre del dos mil cinco.—Lic. Raymundo José Macís
Delgado, Notario.—1 vez.—Nº 76955.—(206).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:30 horas del catorce de
diciembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Inversiones
Pinguin de Islita Sociedad Anónima. Representante: el presidente.
Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, veinte
de diciembre del dos mil cinco.—Lic. Raymundo José Macís
Delgado, Notario.—1 vez.—Nº 76956.—(207).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del catorce de
diciembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Villa Cedro de
Islita Sociedad Anónima. Representante: el presidente. Capital:
íntegramente suscrito y pagado.—San José, veinte de
diciembre del dos mil cinco.—Lic. Raymundo José Macís
Delgado, Notario.—1 vez.—Nº 76957.—(208).
Ante
mí, José Humberto Alvarado Angulo, a las ocho horas del
veintitrés de setiembre del año dos mil cinco, Rafael Vega
Rodríguez y Shirley del Socorro Castillo Martínez, constituyen la
sociedad Grupo Vega Castillo Veca Sociedad Anónima, con un plazo
social de noventa años, domiciliada en Liberia, con un capital social de
cien mil colones.—Lic. José Humberto Alvarado Angulo,
Notario.—1 vez.—Nº 76958.—(209).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:30 horas del 23 de
noviembre del 2005, se constituyó la sociedad AM Audio Sociedad
Anónima. Capital: diez mil colones, totalmente suscrito y pagado. La
representación la tendrá el presidente y secretaria con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de
suma.—Lic. Jorge Alberto Vargas Acuña, Notario.—1
vez.—Nº 76959.—(210).
Ante esta
notaría se constituyó la entidad jurídica denominada Inversiones
Rivas Sociedad Anónima. Escritura otorgada ante la notaria
pública Patricia Benavides Chaverri, al ser las diez horas del
día treinta y uno del mes de diciembre del año dos mil
cinco.—Lic. Patricia Benavides Chaverri, Notaria.—1 vez.—Nº
76960.—(211).
Ante esta
notaría se constituyó la entidad jurídica denominada Rida
Sociedad Anónima. Escritura otorgada ante la notaria pública
Patricia Benavides Chaverri, al ser las doce horas del día treinta y uno
del mes de diciembre del año dos mil cinco.—Lic. Patricia
Benavides Chaverri, Notaria.—1 vez.—Nº 76961.—(212).
Ante esta
notaría se constituyó la entidad jurídica denominada Cuatro
Ríos Incorporated Sociedad Anónima. Escritura otorgada ante
la notaria pública Patricia Benavides Chaverri, al ser las catorce horas
del día veinticuatro del mes de diciembre del año dos mil
cinco.—Lic. Patricia Benavides Chaverri, Notaria.—1
vez.—Nº 76962.—(213).
Ante esta
notaría se constituyó la entidad jurídica denominada Tankful
Sociedad Anónima. Escritura otorgada ante la notaria pública
Patricia Benavides Chaverri, al ser las diez horas del día veintiocho
del mes de diciembre del año dos mil cinco.—Lic. Patricia
Benavides Chaverri, Notaria.—1 vez.—Nº 76963.—(214).
Ante esta
notaría se constituyó la entidad jurídica denominada Leo
Juna Incorporated Sociedad Anónima. Escritura otorgada ante la
notaria pública Patricia Benavides Chaverri, al ser las trece horas del
día veintiocho del mes de diciembre del año dos mil
cinco.—Lic. Patricia Benavides Chaverri, Notaria.—1 vez.—Nº
76964.—(215).
Ante esta notaría
se constituyó la entidad jurídica denominada Mighty Monte
Incorporated Sociedad Anónima. Escritura otorgada ante la notaria
pública Patricia Benavides Chaverri, al ser las doce horas del
día veintiocho del mes de diciembre del año dos mil
cinco.—Lic. Patricia Benavides Chaverri, Notaria.—1
vez.—Nº 76965.—(216).
Ante esta
notaría se constituyó la entidad jurídica denominada La
Force Incorporated Sociedad Anónima. Escritura otorgada ante la
notaria pública Patricia Benavides Chaverri, al ser las quince horas del
día veinte del mes de diciembre del año dos mil cinco.—Lic.
Patricia Benavides Chaverri, Notaria.—1 vez.—Nº
76966.—(217).
Ante esta
notaría se constituyó la entidad jurídica denominada F
R Sociedad Anónima. Escritura otorgada ante la notaria pública
Patricia Benavides Chaverri, al ser las once horas del día treinta y uno
del mes de diciembre del año dos mil cinco.—Lic. Patricia
Benavides Chaverri, Notaria.—1 vez.—Nº 76970.—(218).
Se avisa
que ante la suscrita notaria Marelyn Jiménez Durán, se constituye
la sociedad Espejo de Agua Sociedad Anónima con capital un
millón de colones corresponde al presidente la representación
judicial y extrajudicial de la sociedad con las facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—Liberia, 28 de diciembre
del 2005.—Lic. Marelyn Jiménez Durán, Notaria.—1
vez.—Nº 76971.—(219).
Se avisa
que ante la suscrita notaria Marelyn Jiménez Durán, se constituye
la sociedad La Torre de Neptuno Sociedad Anónima con capital un
millón de colones corresponde al presidente la representación
judicial y extrajudicial de la sociedad con las facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—Liberia, 28 de diciembre
del 2005.—Lic. Marelyn Jiménez Durán, Notaria.—1 vez.—Nº
76972.—(220).
Se avisa
que ante la suscrita notaria Marelyn Jiménez Durán, se constituye
la sociedad El Cafecito Tico Sociedad Anónima con capital un
millón de colones corresponde al presidente la representación
judicial y extrajudicial de la sociedad con las facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—Liberia, 28 de diciembre
del 2005.—Lic. Marelyn Jiménez Durán, Notaria.—1
vez.—Nº 76973.—(221).
Se avisa
que la sociedad denominada Los Altos del Pacifico El Laurel Cuatro D
Sociedad Anónima, reforma la cláusula sétima del pacto
constitutivo.—Liberia, 18 de noviembre del 2005.—Lic. Marelyn
Jiménez Durán, Notaria.—1 vez.—Nº
76974.—(222).
En mi
notaría a las nueve horas del diecisiete de diciembre del dos mil cinco,
se constituyó la sociedad denominada Ecoturismo Frischeisen Campo
Tres Sociedad Anónima,
pudiendo abreviarse Ecoturismo Frischeisen S. A., siendo sus apoderados
generalísimos sin límite de suma los señores Elke
Frischeisen y Karl Heinz Frischeisen.—San Vito, veintiocho de diciembre
del 2005.—Lic. Gabriela Vargas Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº
76976.—(223).
Por
escritura otorgada ante mí, a las once horas treinta minutos del seis de
diciembre del dos mil cinco, se constituyó El Cotito Leffi S. A.,
domiciliada en La Soledad de Zapotal, Nandayure, Guanacaste, ochocientos metros
al oeste de la pulpería, capital social diez mil colones, plazo social
noventa y nueve años. Presidente: Frank Leffringhausen.—Carmona de
Nandayure, 16 de diciembre del 2005.—Lic. Julio César Madrigal
Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 76981.—(224).
La suscrita
notaria pública, hace saber que ante esta notaría, se
constituyó la sociedad anónima Inversiones Varnu Sociedad
Anónima. Presidente: Manuel Antonio Vargas
Núñez.—San José, cinco de diciembre del dos mil
cinco.—Lic. Miriam Hernández Abarca, Notaria.—1
vez.—Nº 76982.—(225).
Por
escritura otorgada, ante esta notaría, se constituyó la sociedad Mercadeo
Interactivo M.I.S.A. Solemnis, capital social mil colones, domicilio San
José, presidente y secretario son apoderados generalísimos,
actuando conjunta o separadamente.—Lic. Francisco Muñoz Rojas,
Notario.—1 vez.—Nº 76985.—(226).
Por
escritura otorgada, ante esta notaría, a las dieciocho horas del
día catorce de diciembre del año dos mil cinco, se
protocolizó acuerdos de asamblea de la empresa denominada Akyra
Sociedad Anónima, se hacen nombramientos de junta directiva y se
modifican estatutos.—Lic. Eduardo Hernández Aguilar,
Notario.—1 vez.—Nº 76986.—(227).
Por
escritura otorgada, ante esta notaría, a las ocho horas del día
veintiuno de diciembre del dos mil cinco, se, constituyen las sociedades
denominadas QOC Rosa Dos Uno Uno S. A., QOC Margarita Dos Uno Dos S. A., QOC
Girasol Dos Uno Tres S. A., QOC Geranio Dos Dos Uno S. A., QOC Amapola Dos Dos
Dos S. A., QOC Petunia Dos Dos Tres S. A, QOC Crisanteno Dos Tres Uno S. A.,
QOC Jazmín Dos Tres Dos S. A., QOC Pastora Cuatro Uno Uno S. A., QOC
Hortensia Cuatro Uno Dos S. A., QOC Gardenia Cuatro Uno Tres S. A., QOC
Magnolia Cuatro Dos Uno S. A., QOC Dalia Cuatro Dos Dos S. A., QOC Lirio Cuatro
Dos Tres S. A., QOC Malva Cuatro Tres Uno S. A., QOC Itabo Cuatro Tres Dos S.
A., QOC Azucena Cinco Uno Uno S. A., QOC Buirnalda Cinco Uno Dos S. A., QOC
Clavel Cinco Uno Tres S. A., QOC Azalea Cinco Dos Uno S. A., QOC Tulipán
Cinco Dos Dos S. A., QOC Anturio Cinco Dos Tres S. A., QOC Guaria Cinco Tres
Uno S. A., QOC Camelia Cinco Tres Dos S. A., QOC Orquídea Rest S. A.,
QOC Crotones SPA & GYM S. A. Capitales totalmente suscritos y
pagados.—Lic. Luis Eduardo Hernández Aguilar, Notario.—1
vez.—Nº 76987.—(228).
El suscrito
notario hace constar, que el día de hoy en esta notaría, se ha
constituido la junta directiva de la sociedad denominada Saraex del Norte
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero
noventa y cinco mil ochocientos cincuenta y uno, siendo presidente: José
Gerardo Sánchez Martínez, cédula cuatro-cien-mil
dieciocho, secretaria: María Eugenia Muñoz Pinel, cédula
uno-cuatrocientos veintinueve-ciento noventa y dos y tesorero: Carlos Eduardo
Campos Castro, cédula nueve-cero cuarenta y siete-cuatrocientos ochenta
y seis. La representación judicial y extrajudicial de dicha sociedad
corresponde al presidente y secretaria actuando conjunta o
separadamente.—San José, quince de diciembre del año dos
mil cinco.—Lic. Óscar Alberto Parini Segura, Notario.—1
vez.—Nº 76988.—(229).
En mi notaría
a las quince horas de diecisiete de diciembre del dos mil cinco, se
constituyó la sociedad Representaciones Tecnológicas S.A.,
con un capital social de trescientos dólares, moneda de los Estados
Unidos de Norteamérica, representado por tres acciones comunes y
nominativas de cien dólares cada una, domicilio social será en
San José, Goicoechea, Calle Blancos, Urbanización El Encanto, del
Abastecedor Santa Julia, cincuenta metros oeste, cincuenta metros norte y
cincuenta metros oeste, casa número doce - GG, por un plazo social de
noventa y nueve años.—San José, diecisiete de diciembre del
dos mil cinco.—Lic. Rocío Quirós Arroyo, Notaria.—1
vez.—Nº 76989.—(230).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del día 14 de
diciembre del dos mil cinco, se constituye la sociedad denominada MV Conta
S. A. Objeto: ejercicio amplio de la actividad turística, bienes
raíces, agrícola, comercial, etc. Capital social: doce mil
colones exactos, íntegramente suscrito y pagado. Plazo: 99
años.—Lic. Andrés Eduardo Calvo Herra, Notario.—1
vez.—Nº 76990.—(231).
Que por
acta de asamblea general extraordinaria de Sistemas Bioreales Sociedad de
Responsabilidad Limitada, empresa domiciliada en Pérez
Zeledón, San José, frente a los Tribunales de Justicia,
cédula de persona jurídica número tres-uno cero dos-cuatro
cero seis uno uno uno, empresa inscrita en
el Registro Mercantil del Registro Público de la Propiedad Inmueble,
bajo el tomo cinco cinco dos; asiento seis tres uno cero, reformó la
cláusula sexta del pacto social y se nombró nuevo subgerente
operativo. El motivo de este edicto es la modificación del pacto social
dicho atrás.—San Isidro, Pérez Zeledón, a las 18:00
horas del día 14 diciembre del 2005.—Lic. Eduardo Abarca Vargas,
Notario.—1 vez.—Nº 76992.—(232).
Que por acta
de asamblea general extraordinaria de Garland Properties Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica
número tres-uno cero dos-cuatro cero dos cero siete cuatro, domiciliada
en San Isidro de El General, frente a los Tribunales de Justicia, inscrita el
tomo cinco cinco uno, folio uno ocho siete cero tres, se reformó la
cláusula sexta del pacto social y se nombró nuevo subgerente y
otorgar. El motivo de este edicto es la modificación del pacto social
dicho.—San Isidro, Pérez Zeledón, a las 18:00 horas del
día 7 de diciembre del 2005.—Lic. Eduardo Abarca Vargas,
Notario.—1 vez.—Nº 76993.—(233).
Por
escritura pública otorgada, ante esta notaría, a las dieciocho
horas del dieciséis de octubre del dos mil cinco, se constituyó
la sociedad Súper Comercial Vázquez de Coronado Sociedad
Anónima, con domicilio en San José.—Lic. Silvia
María Valdivia Alomá, Notaria.—1 vez.—Nº
76995.—(234).
Los
señores Fernando Brenes Ballestero y Etelvina Jiménez
Marín mediante escritura otorgada en mi notaría, a las dieciocho
horas del día veintidós de noviembre del año dos mil
cinco, constituyeron la compañía Grupo Fernadela JFG Sociedad
Anónima.—San José, dos de enero del dos mil
seis.—Lic. Carlos Eduardo González Herrera, Notario.—1
vez.—Nº 76996.—(235).
Por escritura
otorgada, ante mi notaría, a las nueve horas del día quince de
diciembre del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad
anónima denominada Apartamentos Granada del Este Sociedad
Anónima, se suscribe capital social, se nombra junta directiva y apoderados
generalísimos sin límite de suma.—San José, quince
de diciembre del año dos mil cinco.—Lic. Aida Alvarado
Céspedes, Notaria.—1 vez.—Nº 76997.—(236).
Mediante
escritura número noventa y cuatro, otorgada a las diez horas del
día veintidós de diciembre del año dos mil cinco, Carlos
Emilio Fonseca Gutiérrez y Guiselle Durán Campos constituyen La
Research Planning Sociedad Anónima.—San José, 2 de
enero del 2006.—Lic. Freddy Mora Murillo, Notario.—1
vez.—Nº 76999.—(237).
Mediante
escritura número 150, otorgada ante mi notaría, a las 9:00 horas
del 27 de diciembre del 2005, Giubczyce Sociedad Anónima,
realizó revocaciones y sustituciones de nombramientos en junta
directiva.—San José, Santa Ana, 29 de diciembre del
2005.—Lic. Adilia Caravaca Zúñiga, Notaria.—1
vez.—Nº 77000.—(238).
Por la
escritura número cuarenta y tres, otorgada ante esta notaría, a
las trece horas del diecinueve del mes de diciembre del año dos mil
cinco, se constituyó la sociedad Kreuzer Wohnhaus Sociedad
Anónima. Plazo social: cien años. Domicilio social: provincia
de Guanacaste, Calle Los Maderos diecinueve-veintiuno, Cartagena, Santa Cruz.
Presidente: Peter Paul Kreuzer.—San José, 19 de diciembre del
2005.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—Nº 77001.—(239).
Por la
escritura número cincuenta y uno, otorgada ante esta notaría a
las diecisiete horas del día veintisiete del mes de diciembre del
año dos mil cinco, se protocolizó la asamblea general ordinaria y
extraordinaria de Wunderhaus Nosara Sociedad Anónima, mediante la
cual se modifica la junta directiva y se nombra nuevo presidente, secretario,
tesorero y fiscal. Domicilio social: Alajuela Centro, doscientos metros al
norte del Almacén Llobet, Gimnasio Strong.—San José, 2 de
enero del 2006.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—Nº
77002.—(240).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del veintiuno
de diciembre del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad Pacific
Coast Limousines S. A. Objeto: transporte remunerado de personas y objetos.
Capital social: sesenta mil colones. Es todo.—Jacó, 21 de
diciembre del 2005.—Lic. César Augusto Mora Zahner,
Notario.—1 vez.—Nº 77003.—(241).
Por
escritura otorgada, ante esta notaría, a las 15 horas 55 minutos del 19
de diciembre del 2005, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de la firma La Huerta del Pichote S. A. Se reorganiza
junta directiva.—San José, 2 de enero del 2006.—Lic. Rebeca
González Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 77004.—(242).
Por
escritura otorgada, ante esta notaría, a las 15 horas 45 minutos del 19
de diciembre del 2005, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de la firma Gaia MR S. A. Se modifica cláusula
quinta de los estatutos sociales.—San José, 2 de enero del
2006.—Lic. Lucila de Pedro Fernández, Notaria.—1
vez.—Nº 77005.—(243).
Por
escritura número sesenta y uno, otorgada ante esta notaría, a las
dieciséis horas del veintiuno de diciembre del dos mil cinco, se
constituyó la firma Condominio Flamingo Parque Verde Limitada,
con un capital social de seis millones quinientos mil colones. Gerente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma.—San José, veintiuno de diciembre del dos mil
cinco.—Lic. Rebeca González Monge, Notaria.—1
vez.—Nº 77006.—(244).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 16:00 horas del 19
de diciembre del 2005, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de la firma Pilas de Canjel S. A.. Se reorganiza Junta
Directiva.—San José, 2 de enero del 2006.—Rebeca
González Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 77007.—(245).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Las Tres
del Rin S. A. Objeto: industria, agricultura, ganadería y comercio
en general. Capital social, íntegramente suscrito y
pagado.—Heredia, 14 de diciembre del 2005.—Lic. Carlos
Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—Nº
77008.—(246).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Inmobiliaria
del Rin S. A.. Objeto: industria, agricultura, ganadería y comercio
en general. Capital social, íntegramente suscrito y pagado.—Heredia,
14 de diciembre del 2005.—Lic. Carlos Sánchez Carballo,
Notario.—1 vez.—Nº 77009.—(247).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Chorcuaco
de Pavón S. A. Objeto: industria, agricultura, ganadería y
comercio en general. Capital social, íntegramente suscrito y
pagado.—Heredia, 14 de diciembre del 2005.—Lic. Carlos
Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—Nº
77010.—(248).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Los Tuyos
S. A. Objeto: industria, agricultura, ganadería y comercio en
general. Capital social, íntegramente suscrito y pagado.—Heredia,
14 de diciembre del 2005.—Lic. Carlos Sánchez Carballo,
Notario.—1 vez.—Nº 77011.—(249).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Inmobiliaria
RRH S. A. Objeto: industria, agricultura, ganadería y comercio en
general. Capital social, íntegramente suscrito y pagado.—Heredia,
14 de diciembre del 2005.—Lic. Carlos Sánchez Carballo,
Notario.—1 vez.—Nº 77012.—(250).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Guachirin
S. A. Objeto: industria, agricultura, ganadería y comercio en
general. Capital social, íntegramente suscrito y pagado.—Heredia,
14 de diciembre del 2005.—Lic. Carlos Sánchez Carballo,
Notario.—1 vez.—Nº 77013.—(251).
Ante esta notaría el día 28 de diciembre del 2005 a las
9:00 horas se constituyó Vista Haskins Sociedad Anónima.—29
de diciembre del 2005.—Lic. Luis A. Canales Cortés,
Notario.—1 vez.—Nº 77014.—(252).
Hace
constar que ante esta notaría se ha constituido la sociedad denominada Los
Halcones del Paraíso Sur Sociedad Anónima, en escritura
número noventa y dos-uno de mi protocolo, constituida a las diez horas
del once de octubre del 2005. Es todo.—Freddy Montes Pérez,
Notario.—1 vez.—Nº 77015.—(253).
Hace
constar que ante esta notaría se ha constituido la sociedad
anónima denominada Consultores Dinámicos y Servicios
Conglomerados Sociedad Anónima, en escritura número cuarenta
y dos- uno de mi protocolo, constituida a las trece horas del doce de julio del
2005. Es todo.—Freddy Montes Pérez, Notario.—1 vez.—Nº
77016.—(254).
Gerardo Alfaro Medrano y Marta Ureña Jiménez, constituyen
la sociedad Inversiones Alfaro y Ureña De La Cruz Inalure Sociedad
Anónima, domicilio: La Cruz, Guanacaste, 100 metros al norte del
estadio de fútbol. Presidente. Gerardo Alfaro Medrano.—San
José, 2 de enero del 2006.—Lic. Luis Ángel Salazar
Ureña, Notario.—1 vez.—Nº 77017.—(255).
Por
escritura otorgada ante mi notaría en la ciudad de San José a las
8:20 horas del 19 de diciembre del 2005, se constituyó la sociedad Anvag
& Aevi Sociedad Anónima, plazo social: noventa y nueve
años contados a partir del momento de su constitución, capital
social totalmente suscrito y pago en dinero efectivo.—San José, 19
de diciembre del 2005.—Lic. Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1
vez.—Nº 77018.—(256).
Por
escritura otorgada en esta notaría a las dieciséis horas del
día ocho de noviembre del dos mil cinco, se modifica razón
notarial de Amob de Heredia Asociados Sociedad Anónima, por Cerrajería
América de Heredia Sociedad Anónima.—Lic. Mario Enrique
Ulate Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 77019.—(257).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del
día 8 de diciembre del 2005, se constituyó la sociedad denominada
Ryalinaele Sociedad Anónima, domiciliada en La Fortuna de San
Carlos, Alajuela.—Misma fecha.—Lic. Manuel Jones Chacón,
Notario.—1 vez.—Nº 77021.—(258).
Por
escritura otorgada ante esta misma notaría a las 10:00 horas del 15 de
diciembre del 2005, se protocolizó el acta número uno de asamblea
general extraordinaria de socios de la compañía Tienda de
Recuerdos La Cascada S. A., en la cual se reforma la cláusula
décima segunda de los estatutos, renuncia el secretario de la junta
directiva y se nombra sustituto por el resto del plazo social.—Misma
fecha.—Lic. Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—Nº
77022.—(259).
Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las trece horas del día veintinueve de diciembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Reserva Ecoturística Playa Joselito Sociedad Anónima.—San José, dos de enero del dos mil seis.—Lic. Juan Carlos González Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 77025.—(260).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del día doce de diciembre del dos mil cinco, Larp Associates S. A. y Yellow Innovative Landas S. A., constituyen la sociedad denominada Casa de José Limitada.—San José, doce de diciembre del dos mil cinco.—Lic. Juan Carlos Pizarro Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 77027.—(261).
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE
PENSIONES
De
conformidad con resolución Nº PG-9346-2005 de las nueve horas con
cuarenta y cinco minutos del día once de octubre del dos mil cinco, el
Ministro de Trabajo y seguridad social resuelve impartir aprobación
final a la resolución Nº JPIG-6693-2005 de sesión celebrada en
San José a las nueve horas del día 28 de junio del 2005, de la
Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de
pensión de guerra incoadas por Obando Calvo Leticia María,
cédula de identidad Nº 3-124-1002, a partir del día 1º
de mayo del 2005, por la suma de diecisiete mil quinientos doce colones con
veintiún céntimos (¢.17.512,21) mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de
los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da
así por agotada la vía administrativa.
Notifíquese.—Lic. Fernando Trejos Ballestero, Ministro de Trabajo
y Seguridad Social.—Lic. Luis Carlos Montero Benavides, Director.—1
vez.—Nº 77069.—(351).
JUSTICIA Y GRACIA
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO PÚBLICO DE LA
PROPIEDAD INMUEBLE
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Se hace
saber a los licenciados José Antonio Umanzor Rodríguez,
cédula N° 1-534-853 y Elena Mayela Arias Varela, cédula
N° 1-437-077, como notarios cartulantes de los documentos 546-9628 y
547-5970, así como a cualquier tercero con interés
legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, que la
Dirección de este Registro ha iniciado diligencias administrativas de
oficio, en virtud del escrito presentado ante este Despacho por la Lic.
Aída María Fernández Leal, Registradora N° 382, donde
informa lo que se detalla: “... mediante documento con citas...
456-1996... se efectuaba hipoteca de primer grado, sobre las fincas del partido
de Guanacaste... números 100655-000 y 100656-000, por un monto total de
2.500.000,00 colones y con una responsabilidad individual de 1.250.000,00 cada
una, por un error involuntario... omití inscribirla sobre la primer
finca... A posterior... el deudor... procedió (sic)... a hipotecar de
nuevo ese inmueble... mediante documento 487-6788 en primer grado. No omito
manifestar que sobre el inmueble de marras existen otros documentos presentados
546-9628... y 547-5970...”.
En
virtud de lo denunciado por la Lic. Fernández Leal, se ordenó
mediante resolución de las 7:59 horas del 1° de marzo último,
vertida por esta Subdirección, la consignación de sendas notas de
advertencia administrativa sobre las fincas del Partido de Guanacaste,
matrículas 100655 y 100656. Con tal fin, se les confiere audiencia hasta
por el término de 15 días hábiles contados a partir del
día siguiente a la tercera y última publicación del
presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presenten los
alegatos que a su derecho convengan (Arts. 98 del Reglamento del Registro
Público Inmueble, que es Decreto Ejecutivo N° 26771-J, publicado en La
Gaceta N° 54 del 18 de marzo de 1998 y 241.4 de la Ley General de la
Administración Pública). E igualmente, se les previene que dentro
del término establecido para la audiencia, deben señalar apartado
postal, casa u oficina, dentro de la ciudad de San José, o número
de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este Despacho,
conforme los artículos 93, 94, 98 y concordantes del citado Reglamento,
en concordancia con el numeral 3 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y
otras Comunicaciones Judiciales, Ley N° 7637, bajo apercibimiento, que de
no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas
veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se
producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no
existiere, conforme con los artículos 99 del Reglamento de la materia y
12 de la citada Ley N° 7637, en correlación con el artículo
185 del Código Procesal Civil. (Ref. expediente Nº
037-2005).—Curridabat, 5 de diciembre del 2005.—Lic. Wálter
Méndez Vargas, Subdirector a. í.—(Solicitud Nº
36614).—C-48470.—(105752).
Se hace saber a: I) Manuel
Gómez Vega y Seleidy Ugalde Gómez, cédulas de identidad
por el orden usual, números 5-255-149 y 5-294-216, en condición
de titulares registrales de los derechos 1 y 2 respectivamente, del inmueble
del partido de Guanacaste Nº 99937 y como beneficiarios de la
habitación familiar con las citas 450-18162-1-4-1. II) Brecor del Norte
B C S. A., cédula Nº 3-101-248180, en la persona de José
Rafael Brenes Hernández, cédula Nº 3-091-770, interesado en
el documento 548-18472, así como a cualquier tercero con interés
legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, que la Dirección
de este Registro ha iniciado diligencias administrativas de oficio, en virtud
del escrito presentado ante este Despacho por el Lic. Víctor Bonilla
Gutiérrez -Registrador N° 321-, mediante el cual informa de una
doble inmatriculación, que involucra los inmuebles del partido de
Guanacaste, números 99937 y 133159, ambos con el número de plano
catastrado G-303301-1996. En virtud de lo denunciado por el funcionario Bonilla
Gutiérrez, se ordenó mediante resolución de las 8:15 horas
del 18 de marzo último vertida por esta Subdirección, la
consignación de nota de advertencia administrativa sobre sendas fincas.
Con tal fin, se les confiere audiencia hasta por el término de 15
días hábiles contados a partir del día siguiente a la
tercera y última publicación del presente edicto, a efecto de que
dentro de dicho término, presenten los alegatos que a su derecho
convengan (Arts. 98 del Reglamento del Registro Público Inmueble, que es
Decreto Ejecutivo N° 26771-J, publicado en La Gaceta N° 54 del
18 de marzo de 1998 y 241.4 de la Ley General de la Administración
Pública). E igualmente, se les previene que dentro del término
establecido para la audiencia, deben señalar apartado postal, casa u
oficina, dentro de la ciudad de San José, o número de
facsímil, donde oír futuras notificaciones de este Despacho,
conforme los artículos 93, 94, 98 y concordantes del citado Reglamento,
en concordancia con el numeral 3 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y
otras Comunicaciones Judiciales, Ley N° 7637, bajo apercibimiento, que de
no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas
veinticuatro horas después de dictadas. (Igual consecuencia se
producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no
existiere, conforme con los artículos 99 del Reglamento de la materia y
12 de la citada Ley N° 7637, en correlación con el artículo
185 del Código Procesal Civil. (Ref. expediente Nº
058-2005).—Curridabat, 8 de diciembre del 2005.—Wálter
Méndez Vargas, Subdirector a. í.—(Solicitud Nº 36615).—C-44195.—(105753).
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Se hace saber a los señores
James Wilfred Mcyntosh, cédula de residencia Nº 280-80295-3430 y
Manuel Enrique Ortiz Chavarría, mayor de edad, soltero,
misceláneo, cédula de identidad Nº 6-226-262; y a terceros
con interés legítimo; sus herederos o representantes legales;
que: En diligencia administrativa de Oficio, que se tramita en este Despacho,
se dictó la siguiente resolución: “(Expediente Nº
266-2004), Registro Público de la Propiedad Inmueble. Curridabat, a las
catorce horas con veinte minutos del nueve de diciembre del año dos mil
cinco. Diligencias administrativas de Oficio, presentado a esta
Dirección a las 9:15 horas del día 9 de diciembre del 2004,
iniciadas por escrito de la Registradora Nº 421 del Grupo 2, señora
María del Rocío Mora Barboza, en el cual manifiesta en lo
conducente: “... según estudio realizado al plano 7-996675-1991,
este se encuentra asignado a las fincas 7-50132-000 y 7-51296-000, según
calificación del documento 543-1990”. Visto lo anterior y en
virtud de que aparecen inscritos los inmuebles indicados supra, con el mismo
número de plano, sea, el L996675-1991, según se desprende del
estudio realizado en los documentos de inscripción de ambos inmuebles, y
en resguardo de la seguridad jurídica que debe dimanar de la publicidad
de los asientos registrales, este Despacho, por resolución de las 10:00
horas del 26 de enero del presente año, ordenó consignar una nota
de Advertencia Administrativa, sobre los inmuebles del Partido de Limón,
matrículas 50132 y 51296, con el fin de investigar los hechos denunciados
por la Registradora, señora María del Rocío Mora Barboza,
en virtud de lo anterior, por haber sido devuelto de la Oficina de Correo, el
sobre de notificación de la respectiva audiencia, y con el
propósito de cumplir con el principio constitucional del debido proceso,
por desconocerse el domicilio actual y exacto, se resuelve: conferir audiencias
hasta por el término de quince días hábiles, contados a
partir del día siguiente a la fecha de la tercera publicación
consecutiva, de un aviso en el Diario Oficial La Gaceta, a los
señores James Wilfred Mcyntosh, soltero, panameño, cédula
de residencia Nº 280-80295-3430, en su condición de propietario de
la finca inscrita al partido de Limón matrícula 51296,
según documento 393-13391; y Manuel Enrique Ortiz Chavarría,
mayor de edad, soltero, misceláneo, cédula de identidad Nº
6-226-262, fiador solidario, del señor Róger Parkar Brown,
propietario de la finca de Limón matrícula 50132, según
documento 507-14490; y a terceros con interés legítimo; sus
herederos o representantes legales; para que en el término indicado,
hagan valer sus derechos y se les previene a los interesados: 1- Que dentro del
término establecido para la audiencia presenten los alegatos que a sus
derechos convengan, también deben señalar apartado postal, o
número de fax, o casa u oficina dentro del perímetro de la Ciudad
de San José, en donde oír notificaciones de este Despacho, bajo
apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se
tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas.
2- Igual consecuencia se producirá, si el lugar señalado fuere
impreciso o incierto o si ya no existiere, artículos 20 y 21 de la Ley
sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público, Nº
3883 del 30 de mayo de 1967 y sus reformas, 185 del Código Procesal
Civil y 98 del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo
Nº 26771-J del 18 de febrero de 1998 y sus reformas. Así como el
artículo 3° de la Ley de Notificaciones. Notifíquese. Ref.
expediente Nº 266-2004.—Curridabat, 12 de diciembre del
2005.—Lic. Róger Hidalgo Zúñiga,
Director.—(Solicitud Nº 36659).—C-57020.—(106389).
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
En La Gaceta
Nº 208 del 28 de octubre del 2005, se publicó el Acuerdo Ejecutivo
Nº 044-2005-MSP, mediante el cual ingresa al Régimen del Estatuto
Policial el señor Mainor Alfaro Varela, cédula de identidad
Nº 02-0492-0273, siendo que en La Gaceta Nº 193 del 07 de
octubre del 2005 se publicó el Acuerdo Ejecutivo Nº 325-2005-MSP
donde se consignó el ingreso al Régimen del Estatuto Policial del
citado funcionario, en razón de ello se debe corregir el Acuerdo
Ejecutivo Nº 044-2005-MSP en cuanto al número de puesto, clase de
puesto y al rige del señor Alfaro Varela, que debe leerse
correctamente puesto Nº 008280, clase de puesto Agente de
Policía, rige a partir del 07 de octubre del 2005 y no como se
indicó.
San José, 8 de
noviembre del 2005.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de
Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, Lic. Rogelio
Ramos Martínez.—1 vez.—(Solicitud Nº
36102).—C-8820.—(869).