Gaceta
Nº 11
TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES
MODIFICACIONES
A LOS PROGRAMAS
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACÍFICO
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
AUTORIDAD
REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
INSTITUTO
NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
N° 32818-MINAE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DEL AMBIENTE Y ENERGÍA
En el ejercicio de las
facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la
Constitución Política, el artículo 1º de la Ley Forestal, N° 7575 publicada en La
Gaceta N° 72 del 16 de abril de 1996, los artículos 82, 84 y 87 de la Ley
de Conservación de la Vida Silvestre N° 7317 publicada en La Gaceta N°
235 del 7 de diciembre de 1992, el artículo 27 de la Ley General de la
Administración Pública N° 6227 de fecha 2 de mayo de 1978, el artículo 32 de la
Ley Orgánica del Ambiente, N° 7554 publicada en La Gaceta N° 215 del 13
de noviembre de 1995.
Considerando:
1º—Que es interés del
Gobierno fortalecer las estructuras administrativas en el campo de los recursos
naturales, a fin de contar con políticas definidas que garanticen el uso
racional de dichos recursos.
2º—Que la Reserva Nogal se
sitúa dentro de los límites de Finca Nogal, propiedad de Compañía Bananera
Atlántica, Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-009490 de la provincia de
Heredia, cantón décimo, Sarapiquí, distrito primero, Puerto Viejo, y se
encuentra el inmueble inscrito bajo la matrícula N° 194848-000, con un área de un
millón cuarenta y nueve mil ochocientos veintidós metros con noventa y cinco
decímetros cuadrados, según plano catastrado número: H-931959-2004.
3º—Que el área de la Reserva
Nogal que se pretende conformar como Refugio de Vida Silvestre Privado se localiza
a 8 kilómetros de la Estación Biológica La Selva entre el Río Sucio y una
plantación de banano; se compone de dos fragmentos de bosque que suman 102.6600
hectáreas. Sus pendientes van de 0 a 5%, se inunda anualmente por las crecidas
de dicho río y se encuentra a 45 m.s.n.m. Aparte de estar incluida en la
propuesta del Corredor Biológico Mesoamericano, su área está incluida dentro de
las prioridades de protección para el pago de servicios ambientales, así como
la perpetuación y protección de especies con poblaciones amenazadas y reducidas
de flora y fauna.
4º—Que la naturaleza del área
que se quiere someter, es bosque secundario en diferentes sucesiones de
recuperación. No existen evidencias de trochas ni claros producidos por
aprovechamientos anteriores, ya que fueron colonizados por especies heliófitas.
Que la flora y fauna que lo componen es variada y concordante con la que se
establece en el Plan de Manejo, como: Ceibo, Fruta Dorada, Guarumos y
Jinocuaves. Así como Escalera de mono, Uña de Gato, entre otras. También se
logró apreciar durante el recorrido realizado por funcionarios del MINAE, gran
variedad de aves como el pájaro chanco y tucancillo; ranas y huellas de
reptiles, anfibios y mamíferos.
5º—Que el área descrita,
constituye un núcleo muy importante para la conservación de la Vida Silvestre
dentro de la categoría de manejo de Refugio de Vida Silvestre Privado,
localizada claramente en la zona donde se ubica el inmueble, por las
características propias del medio ambiente. Que por continuar desapareciendo de
nuestro medio y por ende de nuestro planeta los bosques y las especies de vida
silvestre esa categoría de manejo permite conservarlas y manejarlas dentro de
un desarrollo sostenible sirviendo a la vez como regulador ambiental.
6º—Que en el documento
técnico presentado efectuado en la zona, se demuestra que es un área silvestre
que protege la biodiversidad y que sirve para brindar oportunidades a la
investigación científica, la recreación y la educación; siendo objetivos
primordiales de este refugio, conservar y proteger el bosque natural.
7º—Que el propietario de
dicho inmueble accedió voluntariamente a incorporarse a este régimen de
protección de la vida silvestre, comprometiéndose a no desarrollar ninguna
actividad que ponga en peligro la fragilidad de los diferentes ecosistemas,
existentes en la zona. Por tanto,
DECRETAN:
Artículo 1º—Declárese
“Refugio de Vida Silvestre Privado Nogal”, los dos fragmentos de bosque que
suman ciento dos hectáreas seis mil seiscientos metros cuadrados (102.6600 hectáreas),
ubicados en la hoja cartográfica río Sucio 3 447 III, coordenadas geográficas
(Datum WGS84) que forman parte del inmueble matrícula folio N° 194848-000, de
la provincia de Heredia, cantón décimo, Sarapiquí, distrito primero, Puerto
Viejo; propiedad de Compañía Bananera Atlántica Limitada, cédula jurídica Nº
3-102-009490, con un área total de un millón cuarenta y nueve mil ochocientos
veintidós metros con noventa y cinco decímetros cuadrados, según plano
catastrado Nº H-931959-2004.
Artículo 2º—El propietario de
dicho inmueble se comprometió a no desarrollar ninguna actividad que no se
encuentre estipulada en el respectivo plan de manejo o sus adendum y que
comprometa la existencia o afecte negativamente la flora y fauna silvestres sin
el permiso del Ministerio del Ambiente y Energía y dará toda la colaboración
necesaria a los funcionarios del MINAE, para las labores de control y
verificación de las políticas ambientales mediante el Área de Conservación
Cordillera Volcánica Central del Sistema Nacional de Áreas de Conservación; así
como a los investigadores e inspectores de recursos naturales, estudiantes y
otros que esporádicamente visiten dicha área en las funciones propias de sus
respectivos cargos, estudios e investigaciones. Asimismo, se comprometen a
cumplir con las disposiciones que al efecto señalan la Ley de Conservación de
la Vida Silvestre, la Ley Forestal, sus respectivos reglamentos, y las demás
disposiciones vigentes en materia de normativa jurídica ambiental.
Artículo 3º—Dicho inmueble estará
sometido a la categoría de Refugio de Vida Silvestre Privado, durante un
período de diez años, prorrogables por períodos iguales, para lo cual el
propietario deberá solicitarlo con un mínimo de tres meses de antelación a la
finalización de dicho período. En caso de no querer mantener dicha categoría de
manejo, el propietario deberá de manifestar su deseo de desafectar la finca
mediante escrito presentado ante la subregión competente del Área de
Conservación Cordillera Volcánica Central.
Artículo 4º—La administración
del Refugio le compete al dueño de la propiedad, pero el MINAE será quien dicte
la política, en cuanto al manejo y uso de los recursos naturales y medio
ambiente.
Artículo 5º—La presente
declaratoria será derogada por la Administración, en caso de comprobarse
incumplimiento del plan de manejo aprobado y la normativa jurídica ambiental
que rige para los refugios de vida silvestre. De igual forma, se derogará la
presente declaratoria en caso de desacato por parte del propietario, a las
disposiciones técnicas y recomendaciones que gire el Área de Conservación
Cordillera Volcánica Central y Ministerio del Ambiente y Energía.
Artículo 6º—Rige a partir de
su publicación.
Dado en la Presidencia
de la República.—San José, a los diecinueve días del mes de setiembre del dos
mil cinco.
ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro del Ambiente y Energía, Carlos Manuel Rodríguez Echandi.—1 vez.—(D32818-2781).
Nº 32856-H
LA PRIMERA VICEPRESIDENTA
EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA
REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en las
atribuciones que le confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la
Constitución Política; los artículos 25 inciso l), 27 inciso l) y 28 inciso 2)
acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de
mayo de 1978; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la
República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre del 2001 y su Reglamento,
Decreto Ejecutivo Nº 30058-H-MP-PLAN de 19 de diciembre de 2001; la Ley Nº
6091, Ley de Creación del Museo de Arte Costarricense de 7 de octubre de 1977 y
sus reformas; y el Decreto Ejecutivo Nº 32270-H del 1º de marzo del 2005.
Considerando:
1º—Que mediante la Ley
Nº 6091, publicada en el Alcance Nº 157 a La Gaceta Nº 209 del 4 de
noviembre de 1977, y sus reformas, se crea el Museo de Arte Costarricense como
un órgano desconcentrado, con personalidad jurídica instrumental, adscrito al
Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, con el propósito de velar por el
fomento, la conservación, la divulgación y el estímulo de las artes y la
literatura costarricense en todas sus manifestaciones.
2º—Que el Museo requiere
incorporar recursos para la realización de los proyectos “Centro Cultural La
Aduana”.
3º—Que mediante el Decreto
Ejecutivo Nº 32270-H, publicado en La Gaceta Nº 54 del 17 de marzo de
2005, la Autoridad Presupuestaria formuló las Directrices de Política
Presupuestaria del 2006, las cuales fueron conocidas por el Consejo de Gobierno
y aprobadas por el Presidente de la República, estableciendo en el artículo 1º
del citado decreto, el gasto presupuestario máximo para el año 2006, de las
entidades cubiertas por el ámbito del mencionado Órgano Colegiado.
4º—Que mediante el oficio
STAP-0462-05 del 5 de abril del 2005, se comunicó al Museo el gasto máximo
presupuestario fijado para el año 2006.
5º—Que por lo anterior, se
hace necesario modificar el gasto presupuestario máximo fijado al Museo de Arte
Costarricense para el 2005. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Modifícase
al Museo de Arte Costarricense el gasto presupuestario máximo para el período
2006, establecido según el artículo 1º del Decreto Ejecutivo Nº 32270-H y sus
reformas, publicado en La Gaceta Nº 54 del 17 de marzo de 2005, de
manera que este no podrá exceder la suma de ¢ 761,8 millones.
Artículo 2º—Rige a partir de
su publicación.
Dado en la Presidencia
de la República.—San José, a los catorce días del mes de diciembre del dos mil
cinco.
LINETH SABORÍO CHAVERRI.—El Ministro de Hacienda, David Fuentes Montero.—1 vez.—(Solicitud Nº 48540-Cultura).—C-24855.—(D32856-2752).
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Nº 1014-P.—San José, 7 de
diciembre del 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
En uso de las
facultades que les confieren los artículos 140 inciso 20) de la Constitución
Política, 25 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley General de la
Administración Pública.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a
Jeremías Vargas Chavarría, cédula Nº 02-323-014, Ministro de Trabajo y
Seguridad Social a. í., para participar en el “Segundo Seminario-Taller sobre los
Programas de Mejora de la Calidad de la Educación y Formación Ocupacional e
Inserción Laboral”, que se realizará en Antigua, Guatemala del doce al catorce
de diciembre del año 2005.
Artículo 2º—Los gastos por
concepto de transporte aéreo de ida y de regreso, los viáticos de estadía así
como los gastos de alojamiento serán cubiertos por la Agencia Española de
Cooperación Internacional.
Artículo 3º—Rige del 11 al 15
de diciembre del 2005.
Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—1 vez.—(Solicitud Nº 27921-MTSS).—C-8820.—(2049).
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Nº 204.—San José, 9 de
noviembre del 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Considerando:
Con fundamento en los
artículos 140, inciso 2), y 146 de la Constitución Política de Costa Rica,
artículo 12, inciso a), del Estatuto de Servicio Civil y resolución Nº 10684
del Tribunal de Servicio Civil de las nueve horas cincuenta minutos del
veintiséis de octubre del dos mil cinco.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Despedir
con justa causa y sin responsabilidad para el Estado, al servidor Manuel
Benavides Montoya, mayor de edad, cédula de identidad Nº 4-126-846, quien
labora como misceláneo en el Colegio Técnico Profesional Industrial de Calle
Blancos.
Artículo 2º—El presente
acuerdo rige a partir del veintitrés de noviembre del dos mil cinco.
ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Educación Pública, Manuel Antonio Bolaños Salas.—1 vez.—(Solicitud Nº 40964).—C-10470.—(2418).
MINISTERIO DE SALUD
Nº 4589-DM-Y.—San José, 1º de
setiembre del 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en los
artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Autorizar a
la licenciada Marlen Solís Mata, portadora de la cédula de identidad Nº
01-0470-0976, Coordinadora del Centro de Información y Comunicación del
Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud, para
que asista y participe en la 4a. Reunión de Coordinación Regional de la
Biblioteca Virtual en Salud y el 7° Congreso Regional de Información en
Ciencias de la Salud (CRICS7), a realizarse en Salvador, Bahía, Brasil, del 19
al 23 de setiembre del 2005.
Artículo 2º—Los gastos de
transporte y estadía serán cubiertos por la Organización Panamericana de la
Salud.
Artículo 3º—Rige del 19 al 23
de setiembre del 2005.
Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—La Ministra de Salud, Dra. María del Rocío Sáenz Madrigal.—1 vez.—Nº 78069.—(2043).
Nº 4924-DM-Y.—San José, 7 de
octubre del 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en los
artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Autorizar a
la doctora Viviana Méndez Rodríguez, portadora de la cédula de identidad Nº
01-0706-0755, funcionaria del Instituto Costarricense de Investigación y
Enseñanza en Nutrición y Salud, para que asista y participe en el “Curso
Centroamericano para la Información de Tutores Nacionales sobre Gestión de
Calidad para Laboratorios”, a realizarse en la Ciudad de Antigua Guatemala,
Guatemala, del 10 al 15 de octubre del 2005.
Artículo 2º—Los gastos de
transporte y estadía serán cubiertos por la Organización Panamericana de la
Salud.
Artículo 3°—Rige del 10 al 15
de octubre del 2005.
Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—La Ministra de Salud, Dra. María del Rocío Sáenz Madrigal.—1 vez.—Nº 78070.—(2044).
Nº 4984-DM-Y.—San José, 28 de
octubre del 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE SALUD
Con fundamento en los
artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Autorizar a
la Dra. María de la Paz Barboza Argüello, portadora de la cédula de identidad
Nº 08-0064-0322, funcionaria del Instituto Costarricense de Investigación y
Enseñanza en Nutrición y Salud, para que asista y participe en el “I Encuentro
Nacional de Epidemiología de Campo y IV Encuentro Científico Regional de
Tephinet para las Américas”, a realizarse en Buenos Aires, Argentina, del 9 al
11 de noviembre del 2005.
Artículo 2º—Los gastos de
transporte y estadía serán cubiertos por la Training Programs in Epidemiology
and Public Health Interventions Network (TEPHINET).
Artículo 3º—Rige del 9 al 11
de noviembre del 2005.
Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Salud a. í., Dr. Francisco Cubillo Martínez.—1 vez.—Nº 78072.—(2046).
Nº 9181-DM.—San José, 18 de
noviembre del 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en los
artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Autorizar a
la doctora Nidia Calvo Fonseca, portadora de la cédula de identidad Nº
03-0217-078, funcionaria del Instituto Costarricense de Investigación y
Enseñanza en Nutrición y Salud, para que participe en la VIII Reunión de la
Comisión Intergubernamental de la Iniciativa de los Países de Centroamérica
para la Interrupción de la Transmisión Vectorial y Transfuncional de la
Enfermedad de Chagas, a realizarse en Tegucigalpa, Honduras, del 7 al 9 de
diciembre del 2005.
Artículo 2º—Los gastos de
transporte y estadía serán cubiertos por la Organización Panamericana de la
Salud.
Artículo 3º—Rige del 7 al 9
de diciembre del 2005.
Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—La Ministra de Salud, Dra. María del Rocío Sáenz Madrigal.—1 vez.—Nº 78071.—(2045).
DIRECCIÓN NACIONAL DE
DESARROLLO
DE LA COMUNIDAD
AVISO
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad del Área Legal y de Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de los Almendros de Cutris de San Carlos. Por medio de su representante: José Luis Síbaja Mora, cédula Nº 2-0409-0241 ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Área de Legal y de Registro.—San José, 13 de diciembre del 2005.—Área Legal y de Registro.—Lic. Donald Picado Angulo, Jefe.—1 vez.—(2470).
DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN
CIVIL
La Dirección General de Aviación Civil, avisa que el señor Carlos Delgado Aguilar, mayor, casado una vez, Licenciado en Ciencias Económicas, vecino de San José, portador de la cédula de identidad número cinco-ciento cuatro-setecientos cincuenta y uno, en calidad de Gerente General con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa denominada Servicios Aéreos Nacionales Sociedad Anónima (SANSA), ha solicitado para su representada Ampliación al Certificado de Explotación para ofrecer servicios internacionales de vuelos no regulares internacionales de pasajeros, carga y correo en la ruta San José, Costa Rica-Managua, Nicaragua y v.v. Todo lo anterior conforme a la Ley General de Aviación Civil Nº 5150 del 14 de mayo de 1973 y sus reformas y el Reglamento para el Otorgamiento de Certificados de Explotación Decreto Nº 3326-T del 25 de octubre de 1973 y demás disposiciones nacionales e internacionales concordantes. El Consejo Técnico de Aviación Civil en el artículo tercero de la sesión ordinaria Nº 106-2005 celebrada el día 19 del mes de diciembre del 2005 señaló que la solicitud reúne los requisitos formales exigibles, por lo cual acordó emplazar a los interesados, a fin de que apoyen o se opongan a esta solicitud dentro de los quince días hábiles siguientes contados a partir del día de la publicación del presente aviso en una audiencia pública a la cual se les convoca por este medio. Los interesados deberán presentar sus objeciones a la solicitud en forma escrita y con la prueba correspondiente. La oportunidad para la presentación de estas objeciones vence tres días hábiles antes de la celebración de la audiencia pública. La audiencia se efectuará a las 10:30 horas del día hábil siguiente al vencimiento del emplazamiento.—Cap. Rodolfo Cruz Montealegre, Director General.—1 vez.—(Solicitud Nº 43678).—C-13770.—(2067).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL
ESTADO
GERENCIA DE INSUMOS
AGRÍCOLAS
PROGRAMA REGISTRO EQUIPOS Y
APLICACIÓN AÉREA
EDICTO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Nº 01-2006.—El señor Alejandro Sebianne González, cédula 1-408-405, en calidad de representante legal, de la compañía Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte Sociedad Anónima, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del equipo Spray Boom para aplicaciones en piña. Marca: Farmco. Modelo SM1500 - 36M. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 2 de enero del 2006.—Ing. Erick Arce Coto, Subdirector.—(1184).
DIRECCIÓN DE SALUD ANIMAL
EDICTOS
La señora Karol Chaves Rivera,
con número de cédula 1-840-913, vecina de San José, en calidad de apoderada
generalísima de la compañía Chaso del Valle con domicilio en San José. Solicita
el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 4: Kit para la
detección de anticuerpos frente a influenza porcina H1N1. Fabricado por:
Laboratorios Idexx Laboratorios Inc. USA, con los siguientes principios
activos: antígeno de influenza porcina H1N1 y las siguientes indicaciones terapéuticas:
diagnóstico en la detección de anticuerpos frente a influenza porcina en suero
y plasma. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG Reglamento de Registro
y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a
oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5
días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este
edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 28 de octubre del
2005.—Departamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.—Dr.
Benigno Alpízar Montero.—1 vez.—(1938).
La señora Karol Chaves Rivera,
con número de cédula 1-840-913, vecina de San José, en calidad de apoderada
generalísima de la compañía Chaso del Valle con domicilio en San José. Solicita
el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 4: Kit para la
detección de anticuerpos frente a rinotraqueitis infecciosa bovina. Fabricado
por: Laboratorios Idexx Laboratorios Inc. USA, con los siguientes principios
activos: antígeno de rinotraqueitis infecciosa bovina y las siguientes
indicaciones terapéuticas: para diagnóstico invitro en la detección de
anticuerpos frente a rinotraqueitis bovina. Con base en el Decreto Ejecutivo N°
28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se
cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este
Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día
siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia,
28 de octubre del 2005.—Departamento de Registro y Control de Medicamentos
Veterinarios.—Dr. Benigno Alpízar Montero.—1 vez.—(1939).
La señora Karol Chaves Rivera,
con número de cédula 1-840-913, vecina de San José, en calidad de apoderada
generalísima de la compañía Chaso del Valle, con domicilio en San José.
Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 4: Kit
para la detección de anticuerpo frente a mycobacterium paratuberculosis.
Fabricado por: Laboratorios Idexx Laboratorios Inc. USA, con los siguientes
principios activos: antígeno de mycobacterium paratuberculosis y las siguientes
indicaciones terapéuticas: diagnóstico invitro en la detección de anticuerpos
frente a mycobacterium paratuberculosis en suero y plasma. Con base en el
Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos
Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan
valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a
partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial
La Gaceta.—Heredia, 28 de octubre del 2005.—Departamento de Registro y
Control de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Benigno Alpízar Montero.—1
vez.—(1940).
La señora Karol Chaves Rivera,
con número de cédula 1-840-913, vecina de San José, en calidad de apoderada
generalísima de la compañía Chaso del Valle, con domicilio en San José.
Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 4: Kit
para la detección de anticuerpo frente a giardia. Fabricado por: Laboratorios
Idexx Laboratorios Inc. USA, con los siguientes principios activos: dispocitivo
de conjugado/hisopo de peroxidasa antigiardia y las siguientes indicaciones
terapéuticas: un inmunoensayo rápido para la detección de antígeno de giardia en
heces de caninos y felinos. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG
Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a
terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento,
dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la
publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 28
de octubre del 2005.—Departamento de Registro y Control de Medicamentos
Veterinarios.—Dr. Benigno Alpízar Montero.—1 vez.—(1941).
La señora Karol Chaves Rivera,
con número de cédula 1-840-913, vecina de San José, en calidad de apoderada
generalísima de la compañía Chaso del Valle, con domicilio en San José.
Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 4: Kit para
la detección de inmunoglobulina potros-lgG. Fabricado por: Laboratorios Idexx
Laboratorios Inc. USA, con los siguientes principios activos: inmunoglobulina
potros-1gG y las siguientes indicaciones terapéuticas: diagnóstico invitro en
la detección de anticuerpos frente a inmunoglobulina potros lgG. Con base en el
Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos
Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan
valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a
partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial
La Gaceta.—Heredia, 28 de octubre del 2005.—Departamento de Registro y
Control de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Benigno Alpízar Montero.—1
vez.—(1942).
DIVISIÓN DE CONTROL DE
CALIDAD
Y MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA
EDUCATIVO
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Supervisión se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 01, Folio 114 y Asiento Nº 919, emitido por el Liceo de Moravia, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Mario Calderón Rocha. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veinticinco días del mes de abril del dos mil cinco.—Msc. Trino Zamora Zumbado, Director Departamento Supervisión Nacional.—(1406).
Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Rama Académica, Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el Tomo 1, Folio 42 y Título Nº 56, emitido por el Liceo del Sur, en el año mil novecientos setenta y cuatro, a nombre de Minor Cartín Valle. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 3 de diciembre del 2004.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(1564).
Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 119, Diploma Nº 793, emitido por el Liceo de Coronado, en el año dos mil, a nombre de Elisa Grijalba Matamoros. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 21 de setiembre del 2005.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(1567).
Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 114, título N° 2602, emitido por el Instituto de Alajuela, en el año dos mil, a nombre de Mesén Rodríguez Marlon Andrés. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 19 de diciembre del 2005.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(1698).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada “Rama Académica” Modalidad de Ciencias, inscrito en el Tomo 1, Folio 22, Título N° 255, emitido por el Colegio Nocturno Braulio Carrillo Colina, en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de López Rodríguez Ana Lesbia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 29 de noviembre del 2005.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(1727).
Ante esta Supervisión se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 108, diploma Nº 1372, emitido por el Colegio Calasanz, en el año dos mil uno, a nombre de Karl Walter Hutt Fernández. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veinte días del mes de diciembre del dos mil cinco.—Msc. Trino Zamora Zumbado, Director, Departamento de Supervisión Nacional.—Nº 78182.—(2255).
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD
INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Víctor
Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, vecino de San
José, en concepto de Apoderado Especial de Skateboard World Industries, Inc.,
de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:
“Para ver la imagen solo en Gaceta en formato PDF”
como marca de fábrica, en clase 28 internacional. Para proteger y distinguir: artículos deportivos y de gimnasia no incluidos en otras clases, patinetas, ruedas de patinetas vendidas ya sea separadamente o como una unidad con las mismas, así como, partes metálicas y accesorios de patinetas, a saber, cojinetes o soportes, piezas de montura, cubiertas y/o pistas, cintas de agarre y almohadillas de elevación, esquis de acuáticos, esquis para surfear, esquis, bordes de esquis, raspadores para esquis, cobertores de piel de foca para esquis, ligaduras para esquis, cobertores de suela para esquis, ceras para esquis, tablas de surfear, correas de tablas de surfear, bolsos especialmente diseñados para esquis y para tablas de surfear, tablas de surfear pequeña, tablas de surfear a vela, tablas de nieve, trineos, tablas de vela para navegación, arnes para tablas de vela para navegar, mástiles para tablas de vela para navegar, planeadores dirigibles, patines de hielo, patines de rueda, palos para el hockey, almohadillas protectoras para partes de trajes deportivos, protectores de codos (coderas), protectores de rodilla (rodilleras), protectores de espinilla (espinilleras), sacos para el boxeo, raquetas, cuerdas para raquetas, bicicletas estacionarias para ejercicios, maquinaria para ejercicios físicos, bolas y/o pelotas para juegos, bates para juegos, cometas y/o papalotes, carretes para cometas, y/o papalotes, juguetes, juegos y artículos para jugar, artículos para jugar en piscinas, juegos de tablero, juegos electrónicos de mano, juegos de salón, partes y accesorios de todos los productos antes indicados. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio del 2005. Expediente 2005-0004710. De conformidad con el artículo 15 de la Ley 7978, una vez notificado el presente edicto rige un plazo contado a partir del día hábil siguiente, de seis meses para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. En caso contrario se tendrá por abandonada la solicitud caducando el derecho y archivándose la solicitud.—San José, 5 de setiembre del 2005.—Nº 74712.—(102722).
REGISTRO DE DERECHOS DE AUTOR
Y CONEXOS
Eduardo Alberto Zúñiga Fallas, mayor, divorciado una vez, economista y poeta, cédula de identidad Nº 6-113-904, vecino de Granadilla Norte de Curridabat, Las Brisas, contiguo a la pulpería Las Brisas, solicita la inscripción de los derechos morales y los derechos patrimoniales sobre la obra individual literaria (poesía) divulgada titulada HIJAS DE LA CALLE. La obra consiste en una colección de poesías con temas sociales. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los treinta días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo ciento trece de la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos. Expediente Nº 4780.—Curridabat, dos de enero del dos mil seis.—Lic. Andrés Hernández Osti.—1 vez.—Nº 78207.—(2254).
DIRECCIÓN DE PERSONAS
JURÍDICAS
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación Bancaria Costarricense. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 561, asiento: 9880.—Curridabat, 8 de diciembre del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(2063).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Escuela Cristiana Gloria, con domicilio en la provincia de Heredia. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover la educación cristiana de los niños provenientes de hogares misioneros y servidores de Cristo. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Bonita Ahring Clifton. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 563, asiento: 4439).—Curridabat, 6 de enero del 2006.—Lic. Grace Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez.—Nº 78391.—(2638).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación El Faro Caridad, con domicilio en la provincia de Heredia. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes defender y fortalecer los derechos humanos de todas las personas quienes son y han sido víctimas de violación a sus derechos fundamentales sin distinción de raza, sexo, religión, edad o nacionalidad. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Raisa Sánchez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 556, asiento: 3329; Adicional tomo: 560, asiento: 1108).—Curridabat, 6 de enero del 2006.—Lic. Grace Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez.—Nº 78392.—(2639).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación Centro de Aprendizaje para la Conservación en Sarapiquí. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 560, asiento: 19034.—Curridabat, 28 de noviembre del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 78420.—(2640).
COMISIÓN DE INCENTIVOS
Calendario de reuniones
y fechas límite para presentar solicitudes a la Comisión de Incentivos (Fondo de Incentivos y PROPYME) -2006
-PROGRAMAS NO CONCURSABLES- *
Mes Fecha de cierre** Fecha de reunión
Febrero 9 de enero 8 de febrero
Marzo 31 de enero 1º de marzo
Abril 28 de febrero 5 de abril
Mayo 4 de abril 3 de mayo
Junio 2 de mayo 7 de junio
Julio 31 de mayo 28 de junio
Agosto 4 de julio 2 de agosto
Setiembre 31 de julio 6 de setiembre
Octubre 5 de setiembre 4 de octubre
Noviembre 3 de octubre 1º de noviembre
Diciembre 31 de octubre 29 de noviembre
Enero 2007 28 de noviembre Febrero 2007
*- Fondo de Incentivos (eventos y promoción de
vocaciones científicas - PVC)
- Programa de desarrollo del capital humano en
las PYME del Fondo PROPYME
Para el resto de los
programas rigen fechas de convocatoria a concurso, que también se consignan a
continuación
** Días hábiles y la hora de cierre es a las 4:00
p. m., en caso de concederse algún feriado la fecha que rige es el próximo día
hábil.
Condiciones:
En caso de no poder
realizar la reunión se mantiene la fecha de cierre.
La Comisión tratará de
cumplir con las fechas estipuladas, pero en caso de no poder reunirse, no
constituye un compromiso con los solicitantes, esto en los casos en que se
realice la actividad y la Comisión no se haya podido reunir y por lo tanto se
considerará extemporánea.
Calendario de reuniones
Comisión de Incentivos (Fondo de Incentivos y PROPYME) - 2006
-PROGRAMAS CONCURSABLES-
Mes Tipo Fecha de
reunión*
Marzo PROPYME – demanda 1º de marzo
Marzo PROPYME – oferta 3 de mayo
Abril PROPYME – demanda 3 de mayo
Mayo PASP (Proyectos Asociados 3 de mayo
al Sector Productivo)
Junio PROPYME (oferta),
posgrados 28 de junio
Setiembre PROPYME - demanda, Proyectos 6 de setiembre
de Investigación y reinserción
y PASP (Proyectos Asociados
al Sector Productivo)
Noviembre PROPYME – oferta 1º de noviembre
Noviembre Posgrados 29 de noviembre
* Días hábiles en caso de concederse algún
feriado la fecha que rige es el próximo día hábil.
Condiciones
La Comisión tratará de
cumplir con las fechas estipuladas, pero en caso de no poder reunirse, no
constituye un compromiso con los solicitantes.
PROGRAMACIÓN PARA PROGRAMAS
CONCURSABLES
PROPYME
- CONCURSABLE -
1era. 2 da. 3 era.
Actividad Convocatoria Convocatoria Convocatoria
Demanda 2 al 27 de 13 de febrero 12 junio al 3
enero 2006 al 16 marzo de agosto
Análisis
Técnico 30 de enero 27 de marzo 7 al 25 de
al 17 de febrero al 21 de abril agosto
Preselección
(Comisión de 20 de febrero 24 de abril 4
al 14 de
Incentivos) al 3 de marzo al 5 de mayo setiembre
Oferta 6 al 31 de marzo 8 de mayo 18
de setiembre
al
2 junio al 6 de octubre
Análisis
Técnico 3 al 28 de abril 5 al 23 de junio 9 al 27 de octubre
Selección 2 al 12 de mayo 26 de junio al 30 octubre al
7
de julio 10 de noviembre
POSGRADOS
Actividad Primera Convocatoria Segunda Convocatoria
Presentación
de
solicitudes 2 al 25 de mayo 1º al 21 de setiembre
PROYECTOS
(INVESTIGACIÓN Y REINSERCIÓN)
Primera Convocatoria
Presentación de solicitudes 3 al 20 de julio
PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN
ASOCIADOS CON
EL SECTOR PRODUCTIVO (PASP)
Primera
Convocatoria Segunda Convocatoria
Presentación
de
Solicitudes 1º al 23 de marzo 3 al 20 de julio
Fechas de publicación
(por ser año electoral, posiblemente algunas tengan que adelantarse
PROPYME demanda 2 de enero 2006
PROPYME demanda 13 de febrero 2006
PROPYME oferta 6 de marzo 2006
PASP 1º de marzo 2006
PROPYME oferta y posgrados 2 de mayo 2006
PROPYME demanda 12 de junio 2006
Proyectos de Investigación
y reinserción y PASP 3 de julio 2006
Posgrados 1º de
setiembre 2006
PROPYME oferta 18 de setiembre 2006
Acuerdo firme unánime.
Acuerdo Firme Unánime.
Tomado en la sesión Nº 168, del 9 de noviembre del 2005.
San José 24 de noviembre del 2005.—MBA Fernando Gutiérrez O., Presidente.—1 vez.—(Solicitud Nº 085-05).—C-60420.—(2084).
INSTITUTO METEOROLÓGICO
NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. Nº 12022-P.—Lomas de Islita S. A., solicita concesión del pozo CZ-75 y CZ-76 que se ubica en su propiedad en Bejuco, Nandayure, coordenadas 204.425 / 382.100 y 204.525 / 382.500 Hoja Cerro Azul y que utilizará 3,00 litros por segundo de cada uno para uso de riego. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 4 enero del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 77621.—(1309).
Exp. Nº 12021-P.—Iván González Rojas, solicita concesión del pozo AH-67 que se ubica en su propiedad en Liberia, coordenadas 301.750 / 358.000 Hoja Ahogados y que utilizará 0,73 litros por segundo para usos domésticos, abrevadero, granja, lechería, piscina doméstica y riego. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 4 enero del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 77622.—(1310).
Expediente Nº 12004-P.—Comercio Empresarial S. A., solicita concesión de aprovechamiento de agua del pozo RG-748, en su propiedad en Colón Mora, San José, en cantidad de 2 litros por segundo para uso doméstico. Coordenadas 210.350 / 3507.600 Hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de diciembre del 2005.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 77724.—(1532).
Exp. 11963.—Maribel Barrantes
Zúñiga, solicita concesión de agua de un nacimiento, realizando las captaciones
en su propiedad en Sirrí Sur, Naranjo, Alajuela. Coordenadas 235.540 - 494.460
Hoja Naranjo. Utilizará 0,5 litros por segundo para uso en beneficio de café.
Propietarios de predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren
lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 1º de diciembre de
2005.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(1582).
Exp. 12027.—El Banco Crédito Agrícola de Cartago, solicita concesión de aguas del río Toro en su propiedad en coordenadas 273.185 / 510.611 Hoja Aguas Zarcas, en Pital de San Carlos, para riego, en cantidad de 51 litros por segundo. Propietarios de predios inferiores: Compañía Inversiones y Procesadora Tropical Inprotsa S. A. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de enero de 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 77853.—(1649).
Exp. 12033.—Productores de Monteverde S. A. Solicita concesión de aprovechamiento de agua del nacimiento, sin nombre, captada en propiedad de Susan Mary Hugles, sita en Monteverde, Puntarenas, ubicación cartográfica coordenadas 255.300 de latitud y 448.500 de longitud, Hoja Juntas. Caudal solicitado 3.25 litros por segundo para uso Industria. Propietarios de predios inferiores. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 enero del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(1687).
Exp. 12034.—Sociedad de
Usuarios de Agua Barrio Central de Monteverde, solicita concesión de
aprovechamiento de agua de nacimiento sin nombre, captada en propiedad de Curi
Cancha S. A. Sita en Guacimal, Puntarenas, ubicación cartográfica coordenadas
254.458 de latitud y 449.520 de longitud, hoja Juntas. Caudal solicitado. 2.21
litros por segundo para uso doméstico abrevadero y riego. Propietarios de
predios inferiores. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben
manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 6 enero del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón,
Jefe.—(1688).
Expediente Nº 10287-P.—Condoparc S. A., solicita aumento de la concesión de agua del pozo perforado número AB-2138 en su propiedad. Sita en Pozos, Santa Ana, San José, ubicación cartográfica Coordenadas 213.750 / 512.820 Hoja Abra, caudal solicitado 1.88 litros por segundo para uso doméstico. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de enero del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 7785.—(1885).
Expediente Nº 12031-P.—Constructora El Tiquilote S. A., solicita concesión del pozo AH-56 que se ubica en su propiedad en Cañas Dulces, Liberia, Guanacaste, coordenadas 297.575 / 372.175. Hoja Ahogados, que utilizará 5 litros por segundo para usos domésticos. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de enero del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 77946.—(1886).
Expediente Nº 12023.—María Claribel Rojas Salas, solicita concesión de aprovechamiento de agua de nacimiento sin nombre. Sita en San José, Naranjo, Alajuela realizando la captación en propiedad de Alejandro Rojas Villalobos en cantidad de 0.5 litros por segundo para riego y abrevadero coordenadas 238.200 / 492.400 hoja Naranjo. Propietarios de predios inferiores: Alejandro Rojas Villalobos, Mirilla Rojas Salas, Jorge Isidro Rojas Salas, Ana Rojas Salas. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 4 de enero del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 77963.—(1887).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Expediente Nº 11895-P.—Juan Guillermo Castro Castro, solicita concesión de aprovechamiento de agua del pozo NA - 818 en su propiedad en Buenos Aires, Palmares. Coordenadas 228.823 - 489.728 Hoja Naranjo utilizará 1 litro por segundo para uso domésticos. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de setiembre del 2005.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(2112).
Nº 3272-M.—San José, a
las once horas del veintitrés de diciembre del dos mil cinco.
Diligencias de cancelación de
credenciales de Concejal Suplente del Concejo Municipal del Distrito de
Paquera, provincia de Puntarenas, que ostenta el señor Luciano Calderón
Calderón. Expediente 619-F-2005.
Resultando:
1º—Mediante nota presentada
ante la Secretaría de este Tribunal el 7 de diciembre del 2004, la señora
Lidieth Angulo Fernández, Secretaria Municipal del Concejo Municipal del
Distrito de Paquera, comunica el acuerdo adoptado en la sesión Nº 204 del 29 de
noviembre del 2005, en donde se conoció y aceptó la renuncia presentada por el
señor Luciano Calderón Calderón a su cargo de Concejal Suplente del Concejo
Municipal de Distrito de Paquera.
2º—En los procedimientos no
se observan defectos que causen nulidad.
Redacta el magistrado Fonseca
Montoya; y,
Considerando:
I.—Hechos probados:
para la resolución del presente asunto, se tienen los siguientes: a) que el
señor Luciano Calderón Calderón es Concejal Suplente del Concejo Municipal de
Distrito de Paquera, provincia de Puntarenas, según consta en la Declaratoria
de Elección de Síndicos propietarios y suplentes, Miembros propietarios y
suplentes de los Concejos Municipales de Distrito e Intendentes,
correspondientes a los distritos de Colorado, San Isidro de Peñas Blancas,
Lepanto, Cóbano, Paquera y Monteverde (resolución del Tribunal Supremo de
Elecciones Nº 139-E-2003 de las 15:56 horas del 27 de enero del 2003, visible a
folios 10 y siguientes); b) que el señor Luciano Calderón Calderón fue
propuesto por el Partido Unidad Social Cristiana (véase nómina de candidatos a
folio 9 del expediente); c) que el Concejo Municipal de Distrito de Paquera
conoció de la renuncia presentada por la Concejal Suplente Calderón Calderón,
en la sesión Nº 204, celebrada el 29 de noviembre del 200 (véase folio 1 del
expediente); y d) que el candidato a Concejal Suplente que sigue en la nómina
del Partido Unidad Social Cristiana que no resultó electo ni ha sido designado
por este Tribunal para desempeñar el cargo, en ese Concejo de Distrito, es el
señor Rujul Kayen Solórzano (ver folios 9 y 24).
II.—Sobre el fondo: El
artículo 56 del Código Municipal regula el tema de la renuncia y sustitución de
los Concejales de Distrito, estableciendo que:
“Para ser miembro
de un Concejo de Distrito se deben reunir los mismos requisitos señalados en el
artículo 22 del código para ser regidor municipal, excepto el referente a la
vecindad que, en este caso, deberá ser el distrito correspondiente. En
cualquier momento, los miembros de los Concejos de Distrito podrán renunciar a
sus cargos; en tal caso, corresponderá al Tribunal Supremo de Elecciones
reponer a los propietarios cesantes en el cargo, con los suplentes del mismo
partido político, siguiendo el orden de elección”.
Ante la renuncia del
señor Luciano Calderón Calderón a su cargo como Concejal Suplente, lo que
procede es cancelar su credencial y designar a quien corresponda, según lo
dispone la norma transcrita y con base en la aplicación analógica de lo
dispuesto en el artículo 25 inciso d) del Código Municipal que establece en
relación con los regidores, que el número de regidores suplentes debe
completarse, escogiendo de entre los candidatos que no resulten electos, a
quien habría seguido según las reglas que determinaron la elección.
En el caso concreto, al
probarse en autos que el candidato a Concejal Suplente que sigue en la lista
propuesta por el Partido Unidad Social Cristiana, que no fue electo ni ha sido
designado por el Tribunal para desempeñar el cargo, es el señor Rujul Kayen
Solórzano, es a él a quien se designa para completar de esta manera el número
de concejales suplentes del Concejo Municipal de Distrito de Paquera, quien
deberá ser juramentado como Concejal Suplente por el citado Concejo, para que
lo integre a la brevedad posible. Por tanto,
Cancélese la credencial de
Concejal Suplente del Concejo Municipal de Distrito de Paquera, provincia de
Puntarenas, que ostenta el señor Luciano Calderón Calderón, por el Partido
Unidad Social Cristiana. Para sustituir la vacante que deja el señor Calderón
Calderón en el puesto de Concejal Suplente, se designa al señor Rujul Kayen
Solórzano. La anterior designación rige
a partir de la juramentación y a hasta el cuatro de febrero del dos mil siete,
fecha en que finaliza el presente período legal. Notifíquese a los señores
Calderón Calderón y Kayen Solórzano y al Concejo Municipal de Distrito de
Paquera. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.
Oscar Fonseca Montoya.—Luis Antonio Sobrado González.—Eugenia María Zamora Chavarría.—Juan Antonio Casafont Odor.—Ovelio Rodríguez Chaverri.—1 vez.—(Nº 142-2006).—C-37420.—(2069).
Nº 0035-E-2006.—San José, a
las ocho horas con treinta y cinco minutos del cuatro de enero del dos mil
seis.
Consulta formulada por la
señora Lisbeth Quesada Tristán, Defensora de los Habitantes, sobre si la
utilización de las instalaciones de la Defensoría de los Habitantes para la
realización de las Elecciones Infantiles, entraría en conflicto con las
limitaciones impuestas por ley a la participación política. Expediente Nº
635-CO-2005.
Resultando:
1º—En oficio presentado
ante la Secretaría de este Tribunal, el día trece de diciembre del año dos mil
cinco, suscrito por la señora Lisbeth Quesada Tristán, Defensora de los
Habitantes, se consulta si la utilización de las instalaciones de la Defensoría
de los Habitantes para la realización de las Elecciones Infantiles, entraría en
conflicto con las limitaciones impuestas por ley a la participación política, “en
el tanto, podemos suponer que los menores, junto con sus padres, dentro del
marco de la fiesta electoral, harán ingreso a las instalaciones con los
distintivos de su color político” (folio 03).
2º—Mediante el artículo
segundo de la sesión ordinaria Nº 120-2005, celebrada el día quince de
diciembre del año dos mil cinco, este Tribunal acordó asignar la consulta
planteada al Magistrado al que, por turno, correspondiera (folio 01).
3º—En los procedimientos se
han observado las prescripciones de ley.
Redacta el Magistrado
Casafont Odor; y,
Considerando:
I.—Sobre la
competencia del Tribunal Supremo de Elecciones para evacuar consultas
formuladas. Es potestad de este Tribunal “Interpretar en forma exclusiva
y obligatoria las disposiciones constitucionales y legales referentes a la
materia electoral”, conforme al inciso 3) del artículo 102 de la
Constitución Política, así como el inciso c) del artículo 19 del Código
Electoral, que estipula que puede ejercerse “de oficio o a solicitud de los
miembros del Comité Ejecutivo Superior de los partidos políticos inscritos”.
En la resolución N° 3146-E-2000 de las ocho horas y cinco minutos del ocho de
diciembre del dos mil, se indicó: “que las interpretaciones de oficio,
proceden cuando son necesarias para resolver algún caso concreto sometido a su
decisión o bien, cuando lo gestione cualquier interesado, siempre que, en este
último caso, el propio Tribunal estime que las normas, por su imprecisión u
oscuridad en el aspecto de que se trate, requieren de que se fije o aclare su
verdadero sentido y que, además, tal interpretación se considere útil para el
adecuado desarrollo de todas aquellas actividades propias del proceso electoral
o relacionadas con éste y que, por lo tanto, son de interés para los actores en
ese proceso”. A pesar de ello, como parte de la potestad oficiosa de
interpretar las disposiciones relacionadas con la materia electoral, aún cuando
el gestionante carece de legitimación para plantear la consulta, al no cubrirle
el requisito señalado en el inciso c) del artículo 19 del Código Electoral, se
procede a evacuarla.
II.—Sobre el Fondo.
Las competencias del Tribunal Supremo de Elecciones se encuentran señaladas, de
manera general, en los artículos 9 y 99 de la Constitución Política, al
atribuirle, en forma exclusiva, “La organización, dirección y vigilancia de
los actos relativos al sufragio”, y, más específicamente, por el numeral
102, todas ellas relacionadas con el sufragio, aparte de “Las otras
funciones que le encomiende esta constitución o las Leyes” (inciso 9).
Por su parte, en cuanto a las
actuaciones que se pueden interpretar como relativas al sufragio, la
jurisprudencia electoral ha señalado en su resolución Nº 004 de las nueve horas
y veinticinco minutos del tres de enero de mil novecientos noventa y seis, lo
siguiente:
“La Enciclopedia
Jurídica Omeba, señala que “El sufragio es el medio por el cual el pueblo
procede a la elección de sus autoridades, siendo él un elemento básico de todo
régimen democrático” y agrega: “El fundamento del sufragio está basado en el
derecho que asiste a todo ciudadano de ser gobernado por las autoridades por él
elegidas... El sufragio puede ser activo o pasivo. Es activo cuando el
ciudadano vota en una elección, por los candidatos para ocupar determinados
cargos públicos; y es pasivo cuando se es elegido”. (Bibliográfica Omeba,
Buenos Aires, 1968, Tomo XXV, pág. 943). El sufragio, entonces, no comprende
cualquier tipo de votación, sino tan solo aquella que se relaciona directamente
con el derecho ciudadano a elegir y ser electo para un cargo público de
elección popular. Este fue, sin duda alguna, el alcance que el legislador
le asignó al término sufragio en los artículos 9 y 99 de la Constitución
Política, al fijar la competencia genérica atribuida al Tribunal Supremo de
Elecciones. Esta conclusión no solo se extrae de la interpretación de tales
normas constitucionales, con el auxilio de la doctrina jurídica transcrita, lo
cual parece suficiente sino que, para abundamiento, la propia Constitución se
encarga de definir, con extraordinaria claridad, lo que el constituyente quiso
significar con ese término. “El sufragio- dispone el artículo 93- es función
cívica primordial y obligatoria y se ejerce ante las Juntas Electorales en
votación directa y secreta, por los ciudadanos inscritos en el Registro Civil.
En consecuencia,
“La organización, dirección y vigilancia” atribuidas como una competencia
genérica al Tribunal Supremo de Elecciones, se refiere a los actos relativos al
SUFRAGIO definido clara y específicamente por el propio legislador en el
artículo 93 de la Constitución y no a otros. Toda resolución o actuación de
los organismos públicos o privados que no sean “relativos al sufragio”, por
respeto al principio de legalidad al que está sometido el órgano electoral,
quedan fuera de su competencia genérica otorgada por la Constitución Política,
salvo que la ley ordinaria, en forma expresa, le atribuyera una competencia
diferente y específica, lo cual, para el caso concreto, no ha ocurrido” (el resaltado no es del original).
De lo anterior, se
concluye que no existe limitación legal para el uso de las instalaciones de la
Defensoría de los Habitantes en las Elecciones Infantiles del día cinco de
febrero del año dos mil seis, evento organizado por la Comisión Nacional de
Rescate de Valores en conjunto con la Defensoría de los Habitantes y la Asociación
Civitas de Costa Rica, por no ser actos relativos al sufragio dada la
naturaleza de la actividad, y además, por ser actuaciones de organismos
públicos y privados que no están bajo la tutela o supervisión de este organismo
electoral; sin embargo, debe velarse celosamente por no dar a conocer los
resultados del evento antes del cierre de las Juntas Receptoras de Votos, por
su potencial efecto en la libre emisión del sufragio por parte de los
ciudadanos. En todo caso, cabe indicar que es loable este tipo de actividades
organizadas por organizaciones públicas y privadas, para contribuir en la
educación de nuestros futuros ciudadanos, en el respeto de los principios
democráticos y de participación política. Por tanto,
Por lo anterior y con
fundamento en lo expuesto, se evacua la consulta presentada por la señora
Lisbeth Quesada Tristán, Defensora de los Habitantes, en los términos
siguientes:
No existe limitación legal
para el uso de las instalaciones de la Defensoría de los Habitantes en las
Elecciones Infantiles del día cinco de febrero del año dos mil seis, evento
organizado por la Comisión Nacional de Rescate de Valores en conjunto con la
Defensoría de los Habitantes y la Asociación Civitas de Costa Rica. No
obstante, en la organización del evento deben adoptarse las cautelas indicadas
en el último considerando de esta resolución. Notifíquese y comuníquese en los
términos señalados en el artículo 19, inciso c) del Código Electoral.
Oscar Fonseca Montoya.—Luis Antonio Sobrado González.—Eugenia María Zamora Chavarría.—Juan Antonio Casafont Odor.—Ovelio Rodríguez Chaverri.—1 vez.—(Nº 138-2006).—C-55385.—(2070).
Registro Civil –
Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Expediente Nº 15007-2003.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas treinta y dos minutos, del veintinueve de agosto del dos mil tres. Diligencias de ocurso incoadas en este Registro por Matilde Solano Matamoros, mayor, casada, ama de casa, costarricense, cédula de identidad número uno-novecientos cuarenta y uno-trescientos veintiséis, vecina de San Rafael, Oreamuno, Cartago, tendente a la rectificación del asiento de nacimiento de José Alberto Jiménez Solano, que lleva el número cuatrocientos treinta y seis, folio doscientos dieciocho, del tomo mil ochocientos sesenta y nueve, de la Sección de Nacimientos de la provincia de San José, en el sentido de que la fecha de nacimiento es veinticinco de febrero del dos mil tres y no como aparece actualmente consignada. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, practíquese la respectiva anotación marginal de advertencia en el asiento de nacimiento correspondiente, se ordena publicar por tres veces el edicto de ley para que los interesados, dentro de ocho días posteriores a la primera publicación, aleguen sus derechos. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ricardo Patricio Chavarría Barquero, Oficial Mayor a. í.—Nº 77923.—(1891).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Seidy Cerdas Martínez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: N° 945-2004.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas, cuarenta minutos del diez de marzo del dos mil cuatro. Diligencias de ocurso incoadas por Seidy Cerdas Martínez, mayor, soltera, costarricense, oficios del hogar, cédula de identidad número tres-trescientos uno-cuatrocientos setenta, vecina de Tucurrique, Jiménez, Cartago. Expediente Nº 803-2004. Resultando: 1º—…; 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:...; II.—Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Charlotte Missoten Cerdas... en el sentido que el nombre, apellidos y nacionalidad del padre son “Tony Joseph Missotten Nicolai” y “Belga” respectivamente y no como se consignó. Publíquese esta resolución por una vez en el Diario Oficial. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(1702).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Johana Campos Zúñiga, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1052-2005.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas cincuenta minutos, del nueve de junio del dos mil cinco. Ocurso. Expediente Nº 3669-2005. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:.., Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de William Steve Cavallini Zúñiga y Stephanny Pamela Bejarano Zúñiga, en el sentido que los apellidos de la madre de las personas ahí inscritas son “Campos Zúñiga”, y no como se consignaron. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 77966.—(1889).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Adonay Cubero Mora, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2144-05.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas y cincuenta minutos, del dieciséis de noviembre del dos mil cinco. Ocurso. Expediente Nº 10892-05. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Precédase a rectificar los asientos de matrimonio de Andrés Reyes Reyes, en el sentido que los apellidos del cónyuge son Rosales Reyes”, hijo de “Ángel Rosales Pizarro y María de los Ángeles Reyes Reyes, costarricenses” y los asientos de nacimiento de Nuria, Nancy Julissa, Bernal Andrey, Anthony y Josseline todos de apellidos Reyes Cubero, en el sentido que el primer apellido del padre de las personas ahí inscritas es Rosales” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 77997.—(1890).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María Magnonia Bonilla Pérez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 972-2005.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cincuenta minutos del seis de junio del dos mil cinco. Ocurso. Expediente Nº 2498-2005. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Alison Priscilla Castillo Bonilla, en el sentido que el nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “María Magnonia” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—Sección Actos Jurídicos.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 78082.—(2047).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Reyna Urbina Duarte, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1928-2005.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas treinta y tres minutos del cuatro de octubre del dos mil cinco. Ocurso. Expediente Nº 8578-05. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Bianca Vanessa Urbina Duartes... en el sentido que el segundo apellido de la madre es “Duarte” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 78115.—(2048).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Martha Lorena Cerros Martínez, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1726-2005.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas cuarenta minutos del veintinueve de agosto del dos mil cinco. Expediente Nº 7960-2005. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Ismael Antonio Cerro Martínez, que lleva el número..., el de Lázaro Moisés Cerro Martínez, que lleva el número... y el de María Elena Cerro Martínez, que lleva el número... en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre... son “Martha Lorena Cerros Martínez”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 78127.—(2256).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Beleida Patricia Solís Barquero, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 724-2001.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas treinta minutos del veinte de abril del dos mil uno. Diligencias de ocurso incoadas por Beleida Patricia Solís Barquero, costarricense, portadora de la cédula de identidad número seis-doscientos noventa y dos-novecientos seis, mayor, soltera, oficios del hogar, vecina de Calle Zamora, San Ramón, Alajuela. Expediente Nº 3801-2001. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Aleyda Patricia Herrera Solís, que lleva el número setecientos veintidós, folio trescientos sesenta y uno, tomo trescientos noventa y seis de la Sección de Nacimientos de la provincia de Guanacaste, en el sentido de que los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Solís Barquero” y no como se consignó. Publíquese esta resolución por una vez en el Diario Oficial. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(2435).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Juana Martínez Molina, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 1630-05.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cuarenta minutos, del doce de agosto del dos mil cinco. Expediente Nº 6795-05. Resultando: 1.—…, 2º—…, Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:… III.—Sobre el fondo:.. Por tanto: Precédase a rectificar el asiento de nacimiento de Róger Jesús Murillo Molina, que lleva el número… en el sentido que los apellidos de la madre... son Martínez Molina.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(2456).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Juan Santiago Ordóñez Pérez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2187-2005.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas veintidós minutos, del veintitrés de noviembre del dos mil cinco. Ocurso. Expediente Nº 9280-2005. Resultando 1º—…, 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Juan Santiago Ordóñez Pérez, en el sentido que los apellidos del padre y el nombre de la madre del cónyuge son “Ordóñez Taleno” y “Teonila” respectivamente, y no como se consignaron. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 78399.—(2643).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ana Celia Medina, no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2069-05.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas y treinta y ocho minutos, del cuatro de noviembre del dos mil cinco. Ocurso. Expediente Nº 14504-05. Resultando: 1º—…, 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:.., II.—Hechos no probados:.... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Precédase a rectificar el asiento de nacimiento de Christopher Serrano Medina… en el sentido que el apellido de la madre de la persona ahí inscrita es “Medina, no indica segundo apellido” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(2664).
Registro
Civil-Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y
NATURALIZACIONES
Aviso de solicitud de naturalización
Manuel de Jesús Rey Leiva, mayor, casado, comerciante, cubano, cédula residencia Nº 315-171928-004422, vecino de Belén Heredia, expediente 1549-2005. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 28 de noviembre del 2005.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(1682).
Armando de Jesús Herrera Espinoza, mayor, casado, piloto fumigador, nicaragüense, cédula de residencia 132-RE-000422-00-1999, vecino de Guápiles, Pococí, Limón, expediente 1299-2003. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 28 de noviembre del 2005.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora.—1 vez.—Nº 77961.—(1892).
Liliam Rodríguez Cao, mayor, casada, ingeniera civil, cubana, cédula residencia 315-175718-004904, vecina de Río Segundo Alajuela, expediente Nº 1113-2004. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 28 de noviembre del 2005.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(1968).
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
INSTITUTO COSTARRICENSE SOBRE DROGAS
PROGRAMA ANUAL DE COMPRAS 2006
En cumplimiento al artículo 6º de la Ley de Contratación Administrativa y al 7º del Reglamento General de Contratación Administrativa, se hace del conocimiento general el Programa Anual de Compras para el año 2006, que considera los montos máximos para cada programa y fuente de financiamiento:
Prog.
1: Prog.
2: Prog.
3:
Dirección
y administración Control
de la oferta Reducción de la demanda Total
Fuente
de financ. Fuente
de financ. Fuente de financ. Fuente
de financ. Periodo
estimado
Código Descripción Transf.
de gob. Comisos e intereses Transf. de gob. Comisos e intereses Transf.
de gob. Comisos e intereses Transf.
de gob. Comisos
e intereses de inicio
1 SERVICIOS 43.141,08 - 43.852,52 17.163,90 7.059,13 4.700,00 94.052,73 21.863,90
1,01 ALQUILERES 35.710,26 32.856,61 - 5.259,13 - 73.826,00 -
1.01.01 Alquiler
de edificios, locales y terrenos 34.710,26 32.606,61 - 5.259,13 - 72.576,00 - I-II semestre
1.01.99 Otros
alquileres 1.000,00 250,00 - - - 1.250,00 - I-II semestre
1,03 SERVICIOS
COMERCIALES Y
FINANCIEROS 370,00 400,00 2.000,00 - 1.900,00 770,00 3.900,00
1.03.01 Información 45,00 - - - 200,00 45,00 200,00 I-II semestre
1.03.02 Publicidad
y propaganda - 200,00 1.000,00 - 700,00 200,00 1.700,00 I-II semestre
1.03.03 Impresión,
encuadernación y otros 75,00 200,00 1.000,00 - 1.000,00 275,00 2.000,00 I-II semestre
1.03.04 Transporte
de bienes 50,00 - - - - 50,00 - I-II semestre
1.03.06 Comisiones
y gastos por serv. financieros y
comerciales 200,00 - - - - 200,00 - I-II semestre
1,04 SERVICIOS
DE GESTIÓN Y APOYO 450,00 2.057,31 12.156,90 - 1.000,00 2.507,31 13.156,90
1.04.06 Servicios
generales 250,00 1.957,31 11.556,90 - - 2.207,31 11.556,90 I-II semestre
1.04.99 Otros
servicios de gestión y apoyo 200,00 100,00 600,00 - 1.000,00 300,00 1.600,00 I-II semestre
1,05 GASTOS
DE VIAJE Y DE TRANSPORTE 3.010,82 5.600,00 1.500,00 1.500,00 1.300,00 10.110,82 2.800,00
1.05.01 Transporte
dentro del país 50,00 100,00 - - 100,00 150,00 100,00 I-II semestre
1.05.02 Viáticos
dentro del país 960,82 3.000,00 1.500,00 - 1.200,00 3.960,82 2.700,00 I-II semestre
1.05.03 Transporte
en el exterior 1.000,00 1.000,00 - 750,00 - 2.750,00 - I-II semestre
1.05.04 Viáticos
en el exterior 1.000,00 1.500,00 - 750,00 - 3.250,00 - I-II semestre
1,07 CAPACITACIÓN
Y PROTOCOLO 700,00 500,00 500,00 100,00 500,00 1.300,00 1.000,00
1.07.01 Actividades
de capacitación 600,00 400,00 500,00 100,00 500,00 1.100,00 1.000,00 I-II semestre
1.07.02 Actividades
protocolarias y sociales 100,00 100,00 - - - 200,00 - I-II semestre
1,08 MANTENIMIENTO
Y REPARACIÓN 2.900,00 2.438,60 1.007,00 200,00 - 5.538,60 1.007,00
1.08.01 Manten.
de edificios y locales 500,00 - - - - 500,00 - I-II semestre
1.08.05 Manten.
y reparación de equipo de transporte 800,00 1.000,00 507,00 100,00 - 1.900,00 507,00 I-II semestre
1.08.06 Manten.
y reparación de equipo de comunicación 100,00 - - - - 100,00 - I-II semestre
1.08.07 Manten.
y reparación de equipo y mobiliario
de
oficina 900,00 238,60 500,00 100,00 - 1.238,60 500,00 I-II semestre
1.08.08 Manten.
y reparación de eq. de cómputo y
sis./infor. 600,00 1.200,00 - - - 1.800,00 - I-II semestre
2 MATERIALES
Y SUMINISTROS 15.303,90 11.040,00 1.000,00 2.550,00 1.470,70 28.893,90 2.470,70
2.01 PRODUCTOS
QUÍMICOS Y CONEXOS 9.748,90 7.450,00 - 1.700,00 100,00 18.898,90 100,00
2.01.01 Combustibles
y lubricantes 5.348,90 5.000,00 - 900,00 - 11.248,90 - I-II semestre
2.01.02 Productos
farmacéuticos y medicinales 100,00 50,00 - - - 150,00 - I-II semestre
2.01.04 Tintas,
pinturas y diluyentes 3.500,00 2.000,00 - 800,00 100,00 6.300,00 100,00 I-II semestre
2.01.99 Otros
productos químicos 800,00 400,00 - - - 1.200,00 - I-II semestre
2,02 ALIMENTOS
Y PRODUCTOS AGROPE-
CUARIOS 400,00 500,00 - 200,00 600,00 1.100,00 600,00
2.02.02 Productos
agroforestales 100,00 100,00 - - - 200,00 - I-II semestre
2.02.03 Alimentos
y bebidas 300,00 400,00 - 200,00 600,00 900,00 600,00 I-II semestre
2,03 MAT.
y PROD. DE USO EN CONST. Y
MANTEN. 655,00 150,00 - - - 805,00 -
2.03..01 Materiales
y productos metálicos 175,00 - - - - 175,00 - I-II semestre
2.03.03 Madera
y sus derivados 150,00 - - - - 150,00 - I-II semestre
2.03.04 Materiales
y productos eléctricos, telef. y de
cómputo 130,00 100,00 - - - 230,00 - I-II semestre
2.03.99 Otros
materiales y productos de uso en la
construcción 200,00 50,00 - - - 250,00 - I-II semestre
2,04 HERRAMIENTAS,
REPUESTOS Y
ACCESORIOS 1.250,00 750,00 1.000,00 100,00 - 2.100,00 1.000,00
2.04.01 Herramientas
e instrumentos - 50,00 - 100,00 - 150,00 - I-II semestre
2.04.02 Repuestos
y accesorios 1.250,00 700,00 1.000,00 - - 1.950,00 1.000,00 I-II semestre
2,99 ÚTILES,
MATERIALES Y SUMINISTROS
DIVERSOS 3.250,00 2.190,00 - 550,00 770,70 5.990,00 770,70
2.99.01 Útiles
y materiales de oficina y cómputo 750,00 400,00 - 200,00 270,70 1.350,00 270,70 I-II semestre
2.99.03 Productos
de papel, cartón e impresos 1.450,00 1.200,00 - 300,00 500,00 2.950,00 500,00 I-II semestre
2.99.04 Textiles
y vestuario 50,00 40,00 - - - 90,00 - I-II semestre
2.99.05 Útiles
y materiales de limpieza 700,00 300,00 - - - 1.000,00 - I-II semestre
2.99.06 Útiles
y materiales de resguardo y seguridad 50,00 - - - - 50,00 - I-II semestre
2.99.07 Útiles
y materiales de cocina y comedor 50,00 50,00 - - - 100,00 - I-II semestre
2.99.99 Otros
útiles, materiales y suministros 200,00 200,00 - 50,00 - 450,00 - I-II semestre
5 BIENES
DURADEROS 1.000,00 - 300,00 - - - 1.300,00 -
5,01 MAQUINARIA,
EQUIPO Y MOBILIARIO 1.000,00 300,00 - - - 1.300,00 -
5.01.03 Equipo
de comunicación - 100,00 - - - 100,00 - I-II semestre
5.01.04 Equipo
y mobiliario de oficina 500,00 100,00 - - - 600,00 - I-II semestre
5.01.05 Equipo
y programas de cómputo 500,00 100,00 - - - 600,00 - I-II semestre
Unidad Administrativa Financiero.—Licenciada Bernardita Marín Salazar, Jefa Administrativa Financiera.—1 vez.—(Solicitud Nº 20557).—C-131680.—(2420).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
DIRECCION DE GESTIÓN REGIONAL Y RED DE SERVICIOS DE SALUD CENTRAL SUR
PROGRAMA DE COMPRAS AÑO 2006
Para cumplir con lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y artículo 7 de su Reglamento, se procede a publicar el programa de compras para el año 2006, correspondiente a las unidades adscritas a esta Dirección Regional.
Periodo estimado de inicio: I y II Trimestre del año 2006
Programa: Cuentas que inician con 21 y 22: Atención integral a las personas.
Cuentas que inician con 23: Equipamiento
Fuente de financiamiento: Presupuesto de operaciones
Cuenta Unidad Descripción
del bien
presup. Descripción Monto ejecutora Nombre o
servicio
2102 Alquiler
de edificios, locales 15.000.000 2331 Área
de Salud Puriscal Alquiler
de edificios y locales para oficinas,
y
terrenos 15.000.000 2332 Área
de Salud Paraíso bodegas y
albergue de Ebais.
21.316.000 2333 Área
de Salud La Unión
2.000.000 2334 Área
de Salud Acosta
9.096.000 2335 Área
de Salud Aserrí
5.160.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
69.838.272 2342 Área
de Salud de Cartago
49.500.000 2348 Área
de Salud Turrialba
3.400.000 2382 Área
de Salud Mora
2.200.000 2390 Área
de Salud Corralillo
142.774 2395 Área
de Salud Oreamuno
2103 Alquiler
de maquinaria,
equipo
y mobiliario 1.200.000 2342 Área
de Salud de Cartago Alquiler de
equipo medico.
2106 Otros
Alquileres 135.000 2305 Hospital
Chacón Paut Alquileres de
radiolocalizadores y
190.000 2331 Área
de Salud Puriscal fotocopiadoras.
144.000 2332 Área
de Salud Paraíso
144.000 2333 Área
de Salud La Unión
126.000 2334 Área
de Salud Acosta
90.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
200.000 2342 Área
de Salud de Cartago
1.200.000 2348 Área
de Salud Turrialba
240.000 2352 Área
de Salud Los Santos
90.000 2390 Área
de Salud Corralillo
1.937.220 2395 Área
de Salud Oreamuno
350.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2112 Información
y Publicidad 2.250.000 2305 Hospital
Chacón Paut Publicación de
los procedimientos de
123.000 2331 Área
de Salud Puriscal contratación
administrativa, concursos
10.000 2332 Área
de Salud Paraíso de plazas.
200.000 2335 Área
de Salud Aserrí
300.000 2342 Área
de Salud de Cartago
100.000 2348 Área
de Salud Turrialba
101.000 2352 Área
de Salud Los Santos
110.000 2395 Área
de Salud Oreamuno
1.221.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2113 Publicidad
y propaganda 140.000 2335 Área
de Salud Aserrí Perifoneo.
2114 Impresos
encuadernación y otros 250.000 2305 Hospital
Chacón Paut Impresión y
encuadernación de libros,
206.000 2331 Área
de Salud Puriscal revistas y
otros.
10.000 2332 Área
de Salud Paraíso
20.000 2333 Área
de Salud La Unión
780.000 2335 Área
de Salud Aserrí
20.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
500.000 2342 Área
de Salud de Cartago
100.000 2348 Área
de Salud Turrialba
378.000 2352 Área
de Salud Los Santos
1.100.000 2390 Área
de Salud Corralillo
1.883.265 2395 Área
de Salud Oreamuno
218.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2131 Actividades
de capacitación 350.000 2335 Área
de Salud Aserrí Cursos y
capacitaciones.
1.000.000 2342 Área
de Salud de Cartago
275.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2140 Transportes
y fletes en el país 28.250.000 2305 Hospital
Chacón Paut Transporte de
empleados, acarreo de sueros,
3.215.000 2331 Área
de Salud Puriscal materiales
y otros.
400.000 2332 Área
de Salud Paraíso
350.000 2333 Área
de Salud La Unión
1.043.000 2335 Área
de Salud Aserrí
8.000.115 2342 Área
de Salud de Cartago
9.027.800 2352 Área
de Salud Los Santos
2.468.078 2395 Área
de Salud Oreamuno
2141 Transporte
de Bienes 2.500.000 2305 Hospital
Chacón Paut Transporte de
sueros, oxígeno, materiales de
750.000 2331 Área
de Salud Puriscal construcción,
basura.
150.000 2332 Área
de Salud Paraíso
1.050.000 2335 Área
de Salud Aserrí
3.345.400 2342 Área
de Salud de Cartago
2.500.000 2348 Área
de Salud Turrialba
3.341.050 2395 Área
de Salud Oreamuno
2142 Seguro
de daños 450.000 2333 Área
de Salud La Unión Pólizas
vehículos, motos, edificios.
1.401.000 2352 Área
de Salud Los Santos
308.000 2395 Área
de Salud Oreamuno
2144 Seguros
riesgos profesionales 1.518.000 2333 Área
de Salud La Unión Seguros
riesgos profesionales.
1.479.000 2395 Área
de Salud Oreamuno
2150 Confec.
y reparac. vestuario 550.000 2305 Hospital
Chacón Paut Confección y
reparación de uniformes, ropa,
50.000 2332 Área
de Salud Paraíso cortinas,
etc.
25.000 2333 Área
de Salud La Unión
76.000 2348 Área
de Salud Turrialba
2151 Mantenim.
instalaciones 1.100.000 2305 Hospital
Chacón Paut Mantenimiento
preventivo y reparaciones
y
otras obras 1.000.000 2332 Área
de Salud Paraíso
900.000 2335 Área
de Salud Aserrí
2.000.000 2342 Área
de Salud de Cartago
2.000.000 2348 Área
de Salud Turrialba
500.000 2390 Área
de Salud Corralillo
2152 Mantenim.
y reparac. de maquin. 1.000.000 2305 Hospital
Chacón Paut Mantenimiento y
reparaciones a equipos
equipo
de oficina. 200.000 2331 Área
de Salud Puriscal de
oficina.
800.000 2332 Área
de Salud Paraíso
5.000.000 2333 Área
de Salud La Unión
1.600.000 2334 Área
de Salud Acosta
763.000 2335 Área
de Salud Aserrí
72.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
1.000.000 2342 Área
de Salud de Cartago
2.500.000 2348 Área
de Salud Turrialba
1.608.000 2352 Área
de Salud Los Santos
800.000 2382 Área
de Salud Mora
1.200.000 2390 Área
de Salud Corralillo
604.000 2392 Área
de Salud El Guarco
1.358.882 2395 Área
de Salud Oreamuno
880.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2153 Mantenim.
y reparac. de equipo 450.000 2305 Hospital
Chacón Paut Mantenimiento y
reparación de vehículos.
de
transporte por terceros 3.164.000 2331 Área
de Salud Puriscal
450.000 2332 Área
de Salud Paraíso
2.000.000 2333 Área
de Salud La Unión
1.500.000 2334 Área
de Salud Acosta
1.600.000 2335 Área
de Salud Aserrí
1.500.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
1.400.000 2342 Área
de Salud de Cartago
4.500.000 2348 Área
de Salud Turrialba
2.569.200 2352 Área
de Salud Los Santos
1.660.000 2382 Área
de Salud Mora
1.380.000 2390 Área
de Salud Corralillo
500.000 2392 Área
de Salud El Guarco
4.507.222 2395 Área
de Salud Oreamuno
1.953.500 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2154 Mantenim.
y reparac. maquinaria 2.000.000 2305 Hospital
Chacón Paut Mantenimiento
preventivo y correctivo de y
equipo por terceros 818.000 2331 Área
de Salud Puriscal varios
equipos.
1.050.000 2332 Área
de Salud Paraíso
7.000.000 2333 Área
de Salud La Unión
1.800.000 2334 Área
de Salud Acosta
10.161.000 2335 Área
de Salud Aserrí
2.800.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
4.020.000 2342 Área
de Salud de Cartago
4.500.000 2348 Área
de Salud Turrialba
5.372.000 2352 Área
de Salud Los Santos
1.400.000 2382 Área
de Salud Mora
1.200.000 2390 Área
de Salud Corralillo
2.985.000 2392 Área
de Salud El Guarco
5.009.250 2395 Área
de Salud Oreamuno
484.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2155 Mantenim.
rep. maquinaria y 250.000 2335 Área
de Salud Aserrí Mantenimiento
preventivo y correctivo
equipo
de producción 150.000 2390 Área
de Salud Corralillo de varios
equipos.
1.555.500 2395 Área
de Salud Oreamuno
2156 Mantenim.
y reparación de 4.000.000 2305 Hospital
Chacón Paut Reparaciones y
trabajos menores en diversos edificios
por terceros 4.800.000 2331 Área
de Salud Puriscal edificios.
9.000.000 2332 Área
de Salud Paraíso
21.000.000 2333 Área
de Salud La Unión
15.000.000 2334 Área
de Salud Acosta
25.000.000 2335 Área
de Salud Aserrí
1.500.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
13.600.350 2342 Área
de Salud de Cartago
8.900.000 2348 Área
de Salud Turrialba
7.310.000 2352 Área
de Salud Los Santos
2.500.000 2382 Área
de Salud Mora
8.000.000 2390 Área
de Salud Corralillo
14.600.000 2392 Área
de Salud El Guarco
16.255.000 2395 Área
de Salud Oreamuno
15.400.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2157 Mantenimiento
y reparac. de 1.500.000 2305 Hospital
Chacón Paut Mantenimiento y
reparaciones a equipos equipo
de comunicaciones 169.000 2331 Área
de Salud Puriscal de
comunicaciones
400.000 2332 Área
de Salud Paraíso
700.000 2333 Área
de Salud La Unión
1.000.000 2334 Área
de Salud Acosta
440.000 2335 Área
de Salud Aserrí
100.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
1.000.200 2342 Área
de Salud de Cartago
500.000 2348 Área
de Salud Turrialba
200.000 2382 Área
de Salud Mora
150.000 2390 Área
de Salud Corralillo
150.000 2392 Área
de Salud El Guarco
504.206 2395 Área
de Salud Oreamuno
491.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2159 Mantenimiento
y reparac. 1.100.000 2305 Hospital
Chacón Paut Mantenimiento
preventivo y correctivo para
de
equipo de Computo 400.000 2331 Área
de Salud Puriscal equipos de
computo.
1.500.000 2332 Área
de Salud Paraíso
3.000.000 2333 Área
de Salud La Unión
8.950.000 2335 Área
de Salud Aserrí
300.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
2.500.000 2342 Área
de Salud de Cartago
1.500.000 2348 Área
de Salud Turrialba
300.000 2382 Área
de Salud Mora
600.000 2390 Área
de Salud Corralillo
455.000 2392 Área
de Salud El Guarco
5.100.000 2395 Área
de Salud Oreamuno
1.500.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2184 Traslados 55.800.000 2331 Área
de Salud Puriscal Traslados
de clientes externos a centros 4.100.000 2332 Área de Salud Paraíso de referencia y/o
servicios de urgencias.
2.500.000 2333 Área
de Salud La Unión
9.000.000 2334 Área
de Salud Acosta
3.720.000 2335 Área
de Salud Aserrí
20.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
13.000.000 2348 Área
de Salud Turrialba
29.695.000 2352 Área
de Salud Los Santos
5.120.000 2390 Área
de Salud Corralillo
7.499.948 2395 Área
de Salud Oreamuno
2188 Contratación
de 8.500.000 2331 Área
de Salud Puriscal Compra de
servicios de registros médicos,
servicios
médicos 26.766.000 2332 Área
de Salud Paraíso laboratorio,
farmacia y otros inherentes al
farmacéuticos
y de 22.400.000 2333 Área
de Salud La Unión campo de
salud.
laboratorio 27.000.000 2334 Área
de Salud Acosta
310.370.000 2335 Área
de Salud Aserrí
126.000.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
308.559.000 2342 Área
de Salud de Cartago
34.500.000 2348 Área
de Salud Turrialba
49.215.796 2352 Área
de Salud Los Santos
19.000.000 2382 Área
de Salud Mora
26.200.000 2390 Área
de Salud Corralillo
80.974.080 2392 Área
de Salud El Guarco
63.600.000 2392 Área
de Salud El Guarco
10.962.814 2395 Área
de Salud Oreamuno
2191 Contratación
de servicios 10.691.000 2331 Área
de Salud Puriscal Compra de
servicios de limpieza.
de
limpieza de edificios 9.000.000 2332 Área
de Salud Paraíso
22.000.000 2333 Área
de Salud La Unión
15.000.000 2334 Área
de Salud Acosta
22.830.000 2335 Área
de Salud Aserrí
26.640.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
51.467.400 2342 Área
de Salud de Cartago
56.760.000 2348 Área
de Salud Turrialba
23.478.630 2352 Área
de Salud Los Santos
14.500.000 2382 Área
de Salud Mora
19.100.000 2390 Área
de Salud Corralillo
27.701.000 2392 Área
de Salud El Guarco
27.808.830 2395 Área
de Salud Oreamuno
5.154.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2192 Contratac.
servicios de vigilancia 8.910.000 2333 Área
de Salud La Unión Compra
servicios de vigilancia.
8.000.000 2334 Área
de Salud Acosta
13.744.500 2335 Área
de Salud Aserrí
36.000.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
14.000.004 2342 Área
de Salud de Cartago
35.603.000 2348 Área
de Salud Turrialba
24.851.454 2352 Área
de Salud Los Santos
32.000.000 2382 Área
de Salud Mora
500.000 2390 Área
de Salud Corralillo
23.200.000 2392 Área
de Salud El Guarco
54.058.110 2395 Área
de Salud Oreamuno
11.418.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2193 Contratación
servicios 1.000.000 2332 Área
de Salud Paraíso Arreglo y
limpieza de zonas verdes.
de
mantenim. de zonas verdes 3.600.000 2335 Área
de Salud Aserrí
1.500.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
2.200.020 2342 Área
de Salud de Cartago
3.000.000 2348 Área
de Salud Turrialba
816.000 2352 Área
de Salud Los Santos
500.000 2382 Área
de Salud Mora
2.340.990 2395 Área
de Salud Oreamuno
2199 Otros
servicios no personales 1.500.000 2305 Hospital
Chacón Paut Fumigación,
limpieza de tanques, lavado
4.513.000 2331 Área
de Salud Puriscal de ropa,
recarga de extintores y otros.
2.200.000 2332 Área
de Salud Paraíso
2.000.000 2333 Área
de Salud La Unión
2.800.000 2334 Área
de Salud Acosta
5.415.000 2335 Área
de Salud Aserrí
4.000.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
16.076.502 2342 Área
de Salud de Cartago
3.000.000 2348 Área
de Salud Turrialba
4.104.420 2352 Área
de Salud Los Santos
3.500.000 2382 Área
de Salud Mora
2.070.000 2390 Área
de Salud Corralillo
3.812.000 2392 Área
de Salud El Guarco
3.200.000 2395 Área
de Salud Oreamuno
761.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2201 Combustible,
lubricantes 750.000 2305 Hospital
Chacón Paut Combustible,
lubricantes y grasas
y
grasas 172.500 2331 Área
de Salud Puriscal
198.000 2335 Área
de Salud Aserrí
371.500 2348 Área
de Salud Turrialba
100.000 2390 Área
de Salud Corralillo
123.543 2395 Área
de Salud Oreamuno
2203 Medicinas 268.000 2331 Área
de Salud Puriscal Productos
medicinales y farmacéuticos.
1.200.000 2332 Área
de Salud Paraíso
879.000 2333 Área
de Salud La Unión
900.000 2334 Área
de Salud Acosta
1.670.000 2335 Área
de Salud Aserrí
100.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
1.500.000 2342 Área
de Salud de Cartago
2.000.000 2348 Área
de Salud Turrialba
1.710.500 2352 Área
de Salud Los Santos
125.000 2382 Área
de Salud Mora
2.200.000 2390 Área
de Salud Corralillo
800.000 2392 Área
de Salud El Guarco
2.341.250 2395 Área
de Salud Oreamuno
2205 Otros
productos químicos 6.700.000 2305 Hospital
Chacón Paut Gas, reactivos,
sustancias químicas, jabón, y conexos 4.295.000 2331 Área de Salud Puriscal tintas, toners.
3.000.000 2332 Área
de Salud Paraíso
25.400.000 2333 Área
de Salud La Unión
22.000.000 2334 Área
de Salud Acosta
3.322.500 2335 Área
de Salud Aserrí
20.415.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
5.292.500 2342 Área
de Salud de Cartago
16.500.000 2348 Área
de Salud Turrialba
19.900.724 2352 Área
de Salud Los Santos
12.500.000 2382 Área
de Salud Mora
5.000.000 2390 Área
de Salud Corralillo
2.443.000 2392 Área
de Salud El Guarco
1.108.690 2395 Área
de Salud Oreamuno
200.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2206 Tintas,
pinturas y diluyentes 2.000.000 2305 Hospital
Chacón Paut Tintas y
pinturas.
1.680.000 2331 Área
de Salud Puriscal
2.000.000 2332 Área
de Salud Paraíso
2.500.000 2333 Área
de Salud La Unión
2.628.000 2334 Área
de Salud Acosta
3.545.000 2335 Área
de Salud Aserrí
3.100.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
2.345.050 2342 Área
de Salud de Cartago
2.000.000 2348 Área
de Salud Turrialba
900.000 2382 Área
de Salud Mora
700.000 2390 Área
de Salud Corralillo
2.834.000 2392 Área
de Salud El Guarco
740.259 2395 Área
de Salud Oreamuno
3.701.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2207 Textiles
y vestuarios 17.817.000 2305 Hospital
Chacón Paut Uniformes,
colchones, zapatos, almohadas, 5.574.000 2331 Área
de Salud Puriscal ropa de
cama, ropa para pacientes y otros.
4.200.000 2332 Área
de Salud Paraíso
3.000.000 2333 Área
de Salud La Unión
2.500.000 2334 Área
de Salud Acosta
3.458.000 2335 Área
de Salud Aserrí
3.000.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
6.050.033 2342 Área
de Salud de Cartago
9.000.000 2348 Área
de Salud Turrialba
3.638.557 2352 Área
de Salud Los Santos
2.500.000 2382 Área
de Salud Mora
2.075.000 2390 Área
de Salud Corralillo
3.249.920 2395 Área
de Salud Oreamuno
249.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2209 Llantas
y neumáticos 2.200.000 2305 Hospital
Chacón Paut Compra llantas y
neumáticos.
2.714.000 2331 Área
de Salud Puriscal
225.000 2332 Área
de Salud Paraíso
500.000 2333 Área
de Salud La Unión
900.000 2334 Área
de Salud Acosta
772.000 2335 Área
de Salud Aserrí
225.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
500.000 2342 Área
de Salud de Cartago
3.000.000 2348 Área
de Salud Turrialba
3.300.000 2352 Área
de Salud Los Santos
700.000 2382 Área
de Salud Mora
828.000 2390 Área
de Salud Corralillo
300.500 2392 Área
de Salud El Guarco
484.400 2395 Área
de Salud Oreamuno
960.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2210 Productos
de papel y cartón 2.000.000 2305 Hospital
Chacón Paut Papelería de
oficina y de otros usos.
3.417.000 2331 Área
de Salud Puriscal
2.700.000 2332 Área
de Salud Paraíso
6.000.000 2333 Área
de Salud La Unión
2.700.000 2334 Área
de Salud Acosta
8.105.500 2335 Área
de Salud Aserrí
2.810.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
5.071.079 2342 Área
de Salud de Cartago
8.000.000 2348 Área
de Salud Turrialba
3.464.225 2352 Área
de Salud Los Santos
1.400.000 2382 Área
de Salud Mora
3.000.000 2390 Área
de Salud Corralillo
2.775.200 2392 Área
de Salud El Guarco
2.401.159 2395 Área
de Salud Oreamuno
2.600.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2211 Impresos
y otros 2.000.000 2305 Hospital
Chacón Paut Agendas, libros,
cartulinas, formularios, 618.000 2331 Área de Salud Puriscal cuadernos y otros.
900.000 2332 Área
de Salud Paraíso
430.500 2333 Área
de Salud La Unión
1.000.000 2334 Área
de Salud Acosta
888.000 2335 Área
de Salud Aserrí
734.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
1.563.037 2342 Área
de Salud de Cartago
1.500.000 2348 Área
de Salud Turrialba
750.300 2352 Área
de Salud Los Santos
800.000 2382 Área
de Salud Mora
305.000 2390 Área
de Salud Corralillo
1.287.000 2392 Área
de Salud El Guarco
2.218.407 2395 Área
de Salud Oreamuno
255.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2212 Materiales
de productos de metal 5.000.000 2305 Hospital
Chacón Paut Materiales varios
de metal.
300.000 2331 Área
de Salud Puriscal
50.000 2332 Área
de Salud Paraíso
300.000 2333 Área
de Salud La Unión
500.000 2334 Área
de Salud Acosta
1.000.000 2335 Área
de Salud Aserrí
100.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
406.000 2342 Área
de Salud de Cartago
700.000 2348 Área
de Salud Turrialba
186.500 2392 Área
de Salud El Guarco
387.291 2395 Área
de Salud Oreamuno
100.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2213 Alimentos
y bebidas 143.000 2305 Hospital
Chacón Paut Productos
alimenticios.
845.000 2331 Área
de Salud Puriscal
1.125.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2214 Madera
y sus derivados 3.800.000 2305 Hospital
Chacón Paut Productos varios
derivados de madera.
600.000 2331 Área
de Salud Puriscal
200.000 2332 Área
de Salud Paraíso
250.000 2334 Área
de Salud Acosta
1.500.000 2335 Área
de Salud Aserrí
50.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
300.000 2342 Área
de Salud de Cartago
800.000 2348 Área
de Salud Turrialba
100.000 2390 Área
de Salud Corralillo
193.500 2392 Área
de Salud El Guarco
250.000 2395 Área
de Salud Oreamuno
2215 Otros
materiales y 95.000.000 2305 Hospital
Chacón Paut Materiales para
construcción.
productos
de construcción 1.000.000 2331 Área
de Salud Puriscal
300.000 2332 Área
de Salud Paraíso
200.000 2333 Área
de Salud La Unión
500.000 2335 Área
de Salud Aserrí
100.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
306.000 2342 Área
de Salud de Cartago
1.800.000 2348 Área
de Salud Turrialba
4.524.799 2352 Área
de Salud Los Santos
500.000 2382 Área
de Salud Mora
1.000.000 2390 Área
de Salud Corralillo
288.500 2392 Área
de Salud El Guarco
186.025 2395 Área
de Salud Oreamuno
50.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2216 Materiales
y productos 3.200.000 2305 Hospital
Chacón Paut Materiales
eléctricos y similares.
eléctricos,
telefónicos 600.000 2331 Área
de Salud Puriscal
y
de cómputo 200.000 2332 Área
de Salud Paraíso
75.000 2333 Área
de Salud La Unión
500.000 2334 Área
de Salud Acosta
1.390.000 2335 Área
de Salud Aserrí
650.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
307.000 2342 Área
de Salud de Cartago
800.000 2348 Área
de Salud Turrialba
200.000 2392 Área
de Salud El Guarco
158.398 2395 Área
de Salud Oreamuno
139.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2217 Instrumentos
y herramientas 700.000 2305 Hospital
Chacón Paut Herramientas
varias.
185.000 2331 Área
de Salud Puriscal
137.000 2332 Área
de Salud Paraíso
150.000 2333 Área
de Salud La Unión
550.000 2334 Área
de Salud Acosta
300.000 2335 Área
de Salud Aserrí
200.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
506.000 2342 Área
de Salud de Cartago
500.000 2348 Área
de Salud Turrialba
100.000 2390 Área
de Salud Corralillo
221.832 2395 Área
de Salud Oreamuno
2218 Materiales
y productos de vidrio 300.000 2305 Hospital
Chacón Paut Vidrios, espejos
y similares.
300.000 2331 Área
de Salud Puriscal
100.000 2332 Área
de Salud Paraíso
150.000 2333 Área
de Salud La Unión
500.000 2335 Área
de Salud Aserrí
50.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
540.000 2342 Área
de Salud de Cartago
400.000 2348 Área
de Salud Turrialba
16.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2219 Instrumental
y materiales 2.250.000 2305 Hospital
Chacón Paut Artículos de uso
médico, odontología,
médicos
y de laboratorio 689.000 2331 Área
de Salud Puriscal enfermería
y laboratorio.
2.300.000 2332 Área
de Salud Paraíso
4.500.000 2333 Área
de Salud La Unión
4.700.000 2334 Área
de Salud Acosta
6.142.000 2335 Área
de Salud Aserrí
750.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
3.072.050 2342 Área
de Salud de Cartago
13.000.000 2348 Área
de Salud Turrialba
4.069.300 2352 Área
de Salud Los Santos
1.200.000 2382 Área
de Salud Mora
2.000.000 2390 Área
de Salud Corralillo
6.276.500 2392 Área
de Salud El Guarco
4.718.150 2395 Área
de Salud Oreamuno
2220 Materiales
y productos plásticos 2.000.000 2305 Hospital
Chacón Paut Productos varios
de plástico.
400.000 2331 Área
de Salud Puriscal
50.000 2332 Área
de Salud Paraíso
25.000 2333 Área
de Salud La Unión
250.000 2335 Área
de Salud Aserrí
150.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
306.500 2342 Área
de Salud de Cartago
500.000 2348 Área
de Salud Turrialba
367.401 2395 Área
de Salud Oreamuno
18.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2221 Repuestos
p/ equipo de transporte 780.000 2305 Hospital
Chacón Paut Accesorios y
repuestos para equipos de 4.284.000 2331 Área de Salud Puriscal transporte.
260.000 2332 Área
de Salud Paraíso
1.300.000 2333 Área
de Salud La Unión
2.500.000 2334 Área
de Salud Acosta
1.174.000 2335 Área
de Salud Aserrí
200.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
1.000.000 2342 Área
de Salud de Cartago
3.500.000 2348 Área
de Salud Turrialba
3.328.180 2352 Área
de Salud Los Santos
2.200.000 2382 Área
de Salud Mora
690.000 2390 Área
de Salud Corralillo
900.000 2392 Área
de Salud El Guarco
1.004.162 2395 Área
de Salud Oreamuno
1.100.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2223 Otros
repuestos 2.800.000 2305 Hospital
Chacón Paut Repuestos varios
2.771.000 2331 Área
de Salud Puriscal
1.500.000 2332 Área
de Salud Paraíso
5.400.000 2333 Área
de Salud La Unión
4.200.000 2334 Área
de Salud Acosta
1.062.000 2335 Área
de Salud Aserrí
2.500.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
1.504.000 2342 Área
de Salud de Cartago
4.000.000 2348 Área
de Salud Turrialba
5.604.000 2352 Área
de Salud Los Santos
1.500.000 2382 Área
de Salud Mora
800.000 2390 Área
de Salud Corralillo
2.664.000 2392 Área
de Salud El Guarco
2.381.526 2395 Área
de Salud Oreamuno
2.800.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2225 Útiles
y materiales de oficina 900.000 2305 Hospital
Chacón Paut Suministros
varios para uso en la oficina.
1.680.000 2331 Área
de Salud Puriscal
1.850.000 2332 Área
de Salud Paraíso
4.200.000 2333 Área
de Salud La Unión
1.433.500 2334 Área
de Salud Acosta
2.050.000 2335 Área
de Salud Aserrí
1.100.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
3.006.251 2342 Área
de Salud de Cartago
8.000.000 2348 Área
de Salud Turrialba
3.005.360 2352 Área
de Salud Los Santos
900.000 2382 Área
de Salud Mora
3.450.000 2390 Área
de Salud Corralillo
1.600.000 2392 Área
de Salud El Guarco
990.316 2395 Área
de Salud Oreamuno
2.044.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2227 Útiles
y materiales de limpieza 3.200.000 2305 Hospital
Chacón Paut Artículos para
limpieza y aseo.
1.810.000 2331 Área
de Salud Puriscal
650.000 2332 Área
de Salud Paraíso
70.500 2333 Área
de Salud La Unión
484.000 2334 Área
de Salud Acosta
290.000 2335 Área
de Salud Aserrí
30.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
300.000 2342 Área
de Salud de Cartago
1.500.000 2348 Área
de Salud Turrialba
1.478.100 2352 Área
de Salud Los Santos
300.000 2382 Área
de Salud Mora
69.000 2390 Área
de Salud Corralillo
88.079 2395 Área
de Salud Oreamuno
91.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2228 Útiles
y materiales de resguardo 436.500 2331 Área
de Salud Puriscal Materiales
para protección y/o seguridad.
y
seguridad 250.000 2332 Área
de Salud Paraíso
700.000 2334 Área
de Salud Acosta
700.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
200.000 2348 Área
de Salud Turrialba
700.000 2395 Área
de Salud Oreamuno
2229 Envases
y empaques médicos 100.000 2305 Hospital
Chacón Paut Frascos,
empaques, goteros, tapones, cajas,
1.510.000 2331 Área
de Salud Puriscal bolsas y
contenedores.
175.000 2332 Área
de Salud Paraíso
1.300.000 2333 Área
de Salud La Unión
700.000 2334 Área
de Salud Acosta
40.000 2335 Área
de Salud Aserrí
1.381.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
1.050.000 2342 Área
de Salud de Cartago
3.500.000 2348 Área
de Salud Turrialba
1.620.000 2352 Área
de Salud Los Santos
2.500.000 2382 Área
de Salud Mora
690.000 2390 Área
de Salud Corralillo
1.030.000 2392 Área
de Salud El Guarco
1.785.225 2395 Área
de Salud Oreamuno
2231 Útiles
de cocina y comedor 5.500.000 2305 Hospital
Chacón Paut Utensilios de
comedor y cocina.
120.000 2331 Área
de Salud Puriscal
300.000 2348 Área
de Salud Turrialba
2233 Otros
útiles y materiales 1.600.000 2305 Hospital
Chacón Paut Basureros,
cintas, barreras, baterías, rollos
436.500 2331 Área
de Salud Puriscal de
película y otros.
3.000.000 2332 Área
de Salud Paraíso
1.000.000 2333 Área
de Salud La Unión
700.000 2334 Área
de Salud Acosta
1.189.500 2335 Área
de Salud Aserrí
3.500.000 2348 Área
de Salud Turrialba
415.500 2352 Área
de Salud Los Santos
219.000 2390 Área
de Salud Corralillo
3.325.000 2392 Área
de Salud El Guarco
1.285.983 2395 Área
de Salud Oreamuno
440.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2237 Otros
materiales y suministros 225.500 2331 Área
de Salud Puriscal Suministros
varios.
30.000 2332 Área
de Salud Paraíso
274.000 2333 Área
de Salud La Unión
300.000 2334 Área
de Salud Acosta
65.000 2335 Área
de Salud Aserrí
1.010.50 2342 Área
de Salud de Cartago
400.000 2348 Área
de Salud Turrialba
440.000 2352 Área
de Salud Los Santos
100.000 2390 Área
de Salud Corralillo
1.174.500 2392 Área
de Salud El Guarco
1.171.500 2395 Área
de Salud Oreamuno
440.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2241 Combustible
equipo de transporte 2.100.000 2305 Hospital
Chacón Paut Combustible para
vehículos y motos.
11.424.000 2331 Área
de Salud Puriscal
2.600.000 2332 Área
de Salud Paraíso
1.500.000 2333 Área
de Salud La Unión
4.478.500 2335 Área
de Salud Aserrí
1.700.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
8.000.000 2348 Área
de Salud Turrialba
17.745.600 2352 Área
de Salud Los Santos
6.000.000 2382 Área
de Salud Mora
3.335.000 2390 Área
de Salud Corralillo
903.318 2395 Área
de Salud Oreamuno
4.495.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2243 Lubricantes
y grasas 763.000 2235 Área
de Salud Aserrí Aceite,
lubricantes, para vehículos
equipo
transportes 300.000 2305 Hospital
Chacón Paut
1.750.000 2331 Área
de Salud Puriscal
340.000 2332 Área
de Salud Paraíso
345.000 2333 Área
de Salud La Unión
322.000 2336 Área
de Salud Alajuelita
1.846.000 2348 Área
de Salud Turrialba
2.175.600 2352 Área
de Salud Los Santos
340.000 2382 Área
de Salud Mora
150.000 2390 Área
de Salud Corralillo
344.500 2392 Área
de Salud El Guarco
234.417 2395 Área
de Salud Oreamuno
420.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur
2256 Productos
químicos 3.090.509 2342 Área
de Salud de Cartago Materiales
para los diversos procedimientos
laboratorio
y reactivos de
enfermería
2305 Maquinaria
y Equipo de Producción 390.000 2305 Hospital
Chacón Paut Máquina coser
500.000 2332 Área
de Salud Paraíso Compresor
80.000 2334 Área
de Salud Acosta Selladoras
de calor
1.900.000 2395 Área
de Salud Oreamuno Selladoras de
bolsa grado medico
4.000.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur Máquina de
microfilmación
2310 Equipo
y mobiliario de oficina 4.225.000 2305 Hospital
Chacón Paut Equipo varios de
oficina
2.100.000 2331 Área
de Salud Puriscal Archivos,
máqs escrib., estantes y ventilads.
2.000.000 2332 Área
de Salud Paraíso Calculadoras,
sillas, archivo.
1.050.000 2333 Área
de Salud La Unión Máquina de
escribir
10.000.000 2334 Área
de Salud Acosta Máquinas de
escribir, muebles modulares,
sillas,
archivos, escritorios, destructoras de
papel.
1.000.000 2335 Área
de Salud Aserrí Muebles
modulares, sillas plegables
2.000.000 2342 Área
de Salud de Cartago Equipos varios
de oficina
2.000.000 2348 Área
de Salud Turrialba Archivos,
escritorios, sillas, calculadoras.
763.000 2352 Área
de Salud Los Santos Sumadoras,
sillas
1.750.000 2390 Área
de Salud Corralillo Equipos
varios de oficina
2.000.000 2392 Área
de Salud El Guarco Mueble
modular, silla
870.000 2395 Área
de Salud Oreamuno Silla,
escritorios, archivo, sumadoras,
maletines
100.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur Escritorios, sillas
2315 Equipo
de Cómputo 3.530.000 2305 Hospital
Chacón Paut Equipos varios de
cómputo
4.600.000 2331 Área
de Salud Puriscal Equipos
varios de cómputo
3.000.000 2332 Área
de Salud Paraíso Equipo
computo, impresoras
1.230.000 2333 Área
de Salud La Unión Equipos
varios de cómputo
3.000.000 2334 Área
de Salud Acosta Computadoras,
impresoras, UPS
3.000.000 2335 Área
de Salud Aserrí Computadoras,
impresoras
5.300.000 2336 Área
de Salud Alajuelita Computadoras
4.000.000 2342 Área
de Salud de Cartago Equipos
varios de computo
1.900.000 2348 Área
de Salud Turrialba Equipo
cómputo, Impresora, UPS
4.880.000 2352 Área
de Salud Los Santos Servidores,
computadoras
2.200.000 2392 Área
de Salud El Guarco Microcomputadoras,
UPS, Impresora
1.200.000 2395 Área
de Salud Oreamuno Impresoras
3.500.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur Equipos de computo,
impresoras
2320 Equipo
médico y de laboratorio 3.940.000 2305 Hospital
Chacón Paut Camas
5.129.400 2331 Área
de Salud Puriscal Esfignomanómetros,
romanas, monitor
fetal,
equipo dental móvil
3.000.000 2332 Área
de Salud Paraíso Sillas de
ruedas
6.420.000 2333 Área
de Salud La Unión Carro para
paro
3.000.000 2334 Área
de Salud Acosta Lámpara de
observación, bomba de
infusión,
Autoclave, amalgamador,
esfigmomanómetro,
desionizador de agua
3.000.000 2335 Área
de Salud Aserrí Cama
electrónica, esfigmomanómetros
electrónicos,
incuvadora
2.000.000 2336 Área
de Salud Alajuelita Nebulizadores,
amalgamadores
6.652.000 2342 Área
de Salud de Cartago Equipos
médicos
6.800.000 2348 Área
de Salud Turrialba Equipo
médicos
5.250.000 2352 Área
de Salud Los Santos Autoclave
2.400.000 2392 Área
de Salud El Guarco Autoclave
3.400.000 2392 Área
de Salud El Guarco Amalgamadores,
unidades limpieza dental,
bomba
de alta succión
4.500.000 2395 Área
de Salud Oreamuno Esfigmomanómetros,
equipo de rayos x
dental,
agitador de velociad, contador
hematológico,
secador láminas incubadora.
2330 Equipo
de transportes, trac 10.000.000 2382 Área
de Salud Mora Ambulancia.
2340 Equipo
de comunicaciones 554.500 2331 Área
de Salud Puriscal Radio de
Comunicación
180.000 2334 Área
de Salud Acosta Fax
500.000 2335 Área
de Salud Aserrí Radios de
comunicación, teléfono
300.000 2336 Área
de Salud Alajuelita Equipo de
sonido
1.000.000 2342 Área
de Salud de Cartago Teléfonos,
fax, radiocomunicador base,
radiocomunicador
móvil
1.000.000 2348 Área
de Salud Turrialba Faxcimil,
teléfonos.
465.000 2352 Área
de Salud Los Santos Radio
comunicación, telefax.
2360 Maquinaria
y equipo p/ talleres 445.000 2305 Hospital
Chacón Paut Varios equipos
200.000 2348 Área
de Salud Turrialba Máquina
soldadora
250.000 2390 Área
de Salud Corralillo Varios
equipos
2390 Equipos
varios 2.560.000 2305 Hospital
Chacón Paut Equipos varios
1.532.100 2331 Área
de Salud Puriscal Aire
Acondicionado
1.500.000 2332 Área
de Salud Paraíso Aire
acondicionado
5.000.000 2334 Área
de Salud Acosta Pizarras,
refrigeradoras, aire acondicionado
reloj
marcador, centrífuga, guillotina,
muebles
aéreos
1.000.000 2342 Área
de Salud de Cartago Refrigeradora,
extractor de aire, aire
acondicionado,
mesas
3.100.000 2348 Área
de Salud Turrialba Refrigeradoras,
banco giratorio, mesa,
plantilla
eléctrica
600.000 2352 Área
de Salud Los Santos Extinguidores
1.580.000 2395 Área
de Salud Oreamuno Balanza
portátil, reloj de intervalos, horno
de
secado
100.000 2399 D.G.R.R.S.S.
Central Sur Aspiradora
San José, 5 de enero del 2006.—Msc. Efraím Jiménez Chaves, Director Administrativo.—1 vez.—(2064).
ÁREA DE SALUD DE BARRANCA U.P 2590
Programa de compras año 2006
Costo Periodo estimado
Cuenta Descripción estimado
¢ de compra
2192 Servicio de vigilancia 30.000,00 Segundo trimestre
2140 Servicio de transportes de Ebais 4.500.000,00 Segundo trimestre
2152 Mantenimiento y reparación de
equipos de aire
acondicionado 3.500.000.00 Primer trimestre
2154 Mantenimiento y reparación
de equipo médico 2.000.000,00 Primer trimestre
2152 Mantenimiento y reparación
de equipo de cómputo 2.000.000,00 Primer trimestre
2320 Ultrasonido ginecológico 15.000.000,00 Segundo trimestre
2225 Materiales de oficina 2.000.000,00 Primer trimestre
2205 Cartuchos de tinta
para impresoras 3.000.000,00 Primer trimestre
2320 Unidad dental completa
para móvil odontológica 3.000.000,00 Primer trimestre
2310 Compra de equipo de oficina 3.000.000,00 Primer trimestre
2310 Compra e instalación de sistema
circuito cerrado de
televisión 10.000.000,00 Primer trimestre
Barranca, Puntarenas, 6 de enero del 2006.—Recursos Materiales.—Lic. César González Baltodano.—1 vez.—(2068).
SUCURSAL EN CIUDAD NEILY
PROGRAMA DE COMPRAS 2006
La Sucursal del Seguro Social Ciudad Neily, Unidad Programática 1606, da a conocer el programa de compras para el año 2006:
Descripción Código
bien o servicio Monto
¢ presupuestario
Información
y publicidad 65.000,00 2112
Impresión, encuadernación y otros 78.000,00 2114
Telecomunicaciones 740.000,00 2122
Servicio de correos 42.000,00 2124
Energía eléctrica 3.113.000,00 2126
Servicio de agua 333.000,00 2128
Otros servicios públicos 80.000,00 2130
Mant. rep. maq. y equipo ofic. por terc. 549.000,00 2152
Mant. y rep. vehic. por terceros 840.000,00 2153
Mant. rep. edificios por terceros 2.400.000,00 2156
Mant. rep. equipo de comunicación 90.000,00 2157
Mant. rep. eq.
cómputo y sit. inform. 210.000,00 2159
Otros servicios no personales 335.000,00 2199
Gasolina lubr. y grasas 54.000,00 2201
Otros prod. quím. y conexos 516.500,00 2205
Tintas, pinturas y diluyentes 611.000,00 2206
Textiles y vestuarios 114.500,00 2207
Llantas y neumáticos 188.000,00 2209
Productos papel y cartón 750.000,00 2210
Impresos y otros 430.000,00 2211
Maderas y sus derivados 42.000,00 2214
Materiales de construcción 237.500,00 2215
Mater. y prod. eléctricos telef. y cómp. 130.000,00 2216
Instrumentos y herramientas 35.000,00 2217
Materiales y productos de vidrio 60.000,00 2218
Repuestos equipo de transporte 850.000,00 2221
Otros repuestos 725.000,00 2223
Útiles y materiales de oficina 605.000,00 2225
Útiles y materiales de limpieza 55.000,00 2227
Otros materiales y suministros 189.000,00 2237
Combustible equipo de transporte 1.400.000,00 2241
Lubricantes y grasas equipo de transp. 170.000,00 2243
Ciudad Neily, 5 de enero del 2006.—Lic. Ronald Salazar Obando, Administrador a. í.—1 vez.—(2076).
HOSPITAL MONSEÑOR SANABRIA
Programa de compras año 2006
Cuenta Descripción Monto ¢
2114 Impresión, encuadernación y otros 3.104.000,00
2122 Telecomunicaciones 17.000.000,00
2124 Servicios de correo 786.500,00
2126 Energía eléctrica 203.251.000,00
2128 Servicio de agua 115.000.000,00
2130 Otros servicios públicos 3.500.000,00
2131 Actividades de capacitación 6.000.000.00
2134 Gastos viajes dentro del país 25.500.000,00
2140 Transportes dentro del país 30.835.000,00
2142 Seguro daños y otros seguros 11.448.500,00
2144 Seguro riesgos profesionales 15.607.000,00
2150 Confección reparación vest. por
terceros 1.000.000,00
2151 Mantenimiento de instalac. y otras
obras 2.500.000,00
2152 Mantenimiento y rep. equipo oficina 5.000.000,00
2153 Mantenimiento y rep. equipo de
transporte 5.000.000,00
2154 Mantenimiento y reparación
de otros equipos 123.774.000,00
2155 Mantenimiento y reparación
maquinaria
y equipo produc. 4.000.000,00
2156 Mantenimiento y reparación
edificio por terceros 102.260.000,00
2157 Mantenimiento y reparación equipo
de comunicaciones 3.000.000,00
2159 Mantenimiento y reparación de
equipo de cómputo 5.000.000,00
2170 Servicio de desarrollo sistemas
informáticos 3.500.000,00
2184 Traslados 218.865.500,00
2186 Hospedajes 3.771.000,00
2188 Contrato servicios médicos
y de laboratorio 5.318.500,00
2199 Otros servicios no personales 20.000.000,00
2201 Gasolina, lubricantes y grasas 1.500.000,00
2203 Medicinas 34.094.500,00
2205 Otros productos químicos y conexos 300.000.000,00
2206 Tintas, pinturas y diluyentes 3.500.000,00
2207 Textiles y vestuarios 51.894.000,00
2209 Llantas y neumáticos 1.885.500,00
2210 Productos de papel y cartón 28.574.500,00
2211 Impresos y otros 3.000.000,00
2212 Materiales y productos de metal 2.500.000,00
2213 Alimentos y bebidas 235.500.500,00
2214 Madera y sus derivados 2.500.000,00
2215 Otros productos y materiales
de construcción 50.000.000,00
2216 Materiales y productos eléctricos 2.500.000,00
2217 Instrumentos y herramientas 4.947.500,00
2218 Materiales y productos de vidrio 2.500.000,00
2219 Instrumentos médicos y de
laboratorio 77.643.500,00
2220 Materiales y productos de plástico 2.500.000,00
2221 Reparación equipo de transporte 3.977.000,00
2223 Otros repuestos 111.352.000,00
2225 Útiles y materiales de oficina 7.580.000,00
2227 Útiles y materiales de limpieza 8.871.000,00
2228 Útiles y materiales de resguardo y
seguro 1.000.000,00
2229 Envases y empaques para medicinas 852.500,00
2231 Útiles de cocina y comedor 5.784.500,00
2233 Otros útiles y materiales 10.413.000,00
2237 Otros materiales y suministros 615.000,00
2241 Combustible equipo de transporte 15.091.500,00
2243 Lubricantes y grasas para
equipo de transporte 2.000.000,00
2245 Fármacos para tratamientos
especiales 7.500.000,00
2310 Equipo y mobiliario de oficina 11.000.000,00
2315 Equipo de cómputo 11.000.000,00
2320 Equipo médico y de laboratorio 51.000.000,00
2330 Equipo de tracción y elevación 4.000.000,00
2340 Equipo para comunicaciones 3.000.000,00
2360 Maquinaria y equipo para talleres 2.000.000,00
2370 Maquinaria y equipo de construcción 2.000.000,00
2380 Libros 1.000.000,00
2390 Equipos varios 20.000.000,00
2392 Piezas y obras de colección 1.000.000,00
2615 Accesorios médicos anteojos 1.000.000,00
2617 Accesorios médicos
aparatos ortopédicos 57.140.000,00
Puntarenas, 5 de enero del 2006.—Oficina de Compras.—Sr. Francisco A. Jaen Vargas, Jefe.—1 vez.—(2181).
ÁREA DE SALUD CATEDRAL NORESTE CLÍNICA CENTRAL
PROGRAMA DE ADQUISICIONES PARA EL AÑO 2006
En cumplimiento de lo que establece el artículo 6º de la Ley de Contratación Administrativa y 7,3 del Reglamento de Contratación Administrativa, se da a conocer el Programa de Adquisiciones para el año 2006, del Área de Salud:
1. SERVICIOS
NO PERSONALES
Partida Descripción Monto
¢ Periodo
2102 Alquiler de locales 4.680.000,00 I-II semestre
2103 Alq.
maq. equipo y mobiliario 150.000,00 I-II semestre
2112 Información
y Publicidad 321.000,00 I-II semestre
2114 Impresión
encuad. y otros 135.000,00 I-II semestre
2122 Telecomunicaciones 2.339.000,00 I-II semestre
2124 Servicios
de correo 45.000,00 I-II semestre
2126 Energía
eléctrica 7.541.000,00 I-II semestre
2128 Servicios
de Agua 7.379.000,00 I-II semestre
2130 Otros
servicios públicos 1.209.000,00 I-II semestre
2134 Gastos
viajes dentro del país 587.500,00 I-II semestre
2140 Transp.
fletes en el país 113.000,00 I-II semestre
2141 Transporte
de bienes 50.000,00 I-II semestre
2142 Seguro
de daños y otros seg. 1.839.000,00 I-II semestre
2152 Mant. rep. maq. y eq. ofic. 1.360.000,00 I-II
semestre
2153 Mant.
y rep. eq. transporte 1.456.000,00 I-II semestre
2154 Mant.
y rep. otros equipos 1.525.000,00 I-II semestre
2155 Mante.
y rep. maq. y eq. prod. 100.000,00 I-II semestre
2156 Mant.
repar. ed terceros 25.000.000,00 I-II semestre
2157 Mant
y rep. equipo comunic. 470.000,00 I-II semestre
2159 Mant
y rep. equipo cómputo 6.798.000,00 I-II semestre
2184 Traslados 270.000,00 I-II semestre
2188 Contr.
serv. med. lab. y farm. 1.500.000,00 I-II semestre
2191 Cont.
limpieza edificios 17.583.000,00 I-II semestre
2192 Contrato
serv. vigilancia 19.537.000,00 I-II semestre
2199 Otros
serv. no personales 200.000,00 I-II semestre
2. MATERIALES
Y SUMINISTROS
2201 Gasolina Lubr. y Grasas 179.000,00 I-II semestre
2203 Medicinas 5.360.000,00 I-II semestre
2205 Otros
prod. quim. y conexos 983.000,00 I-II semestre
2206 Tintas,
pinturas y diluyentes 2.923.000,00 I-II semestre
2207 Textiles
y vestuarios 2.570.000,00 I-II semestre
2209 Llantas
y neumáticos 200.000,00 I-II semestre
2210 Productos
de papel y cartón 5.611.500,00 I-II semestre
2211 Impresos
y otros 3.679.000,00 I-II semestre
2212 Materiales
de prod. metal 196.000,00 I-II semestre
2214 Madera
y sus derivados 90.000,00 I-II semestre
2215 Otros
materiales y prod. construcción 468.000,00 I-II semestre
2216 Mat.
y prod. electric. tel y com. 762.500,00 I-II semestre
2217 Instrument.
y herramienta 123.000,00 I-II semestre
2218 Mater.
y produc. de vidrio 75.000,00 I-II semestre
2219 Instrum.
médico y lab. 7.238.000,00 I-II semestre
2220 Mater.
y prod. de plástico 100.000,00 I-II semestre
2221 Rep.
equipo de transporte 164.500,00 I-II semestre
2223 Otros
repuestos 4.000.000,00 I-II semestre
2225 Útiles
y materiales de oficina 2.548.000,00 I-II semestre
2227 Útiles
y mat. de limpieza 100.000,00 I-II semestre
2233 Otros
útiles y materiales 211.000,00 I-II semestre
2237 Otros
mater. y suministros 330.000,00 I-II semestre
2241 Combustible
eq. de transporte 626.500,00 I-II semestre
2243 Lubri.
grasas y eq. de tran. 135.000,00 I-II semestre
3. MAQUINARIA
Y EQUIPO
2310 Eq. y mobiliario de of. 579.000,00 I-II semestre
2315 Equipo
de Computo 3.011.000,00 I-II semestre
2320 Equipo
médico y laborat. 6.138.000,00 I-II semestre
2340 Equipo
para comunicaciones 463.000,00 I-II semestre
2390 Equipos
varios 1.390.000,00 I-II semestre
4. TRANSFERENCIAS
CORRIENTES
2617 Acces. med. apart. ortopédicos 24.736.000,00 I-II semestre
San José, 26 de diciembre del 2005.—Lic. Hernán Serrano Gómez, Administrador.—1 vez.—Nº 78251.—(2247).
ÁREA DE SALUD HEREDIA CUBUJUQUÍ
CLÍNICA DR. FRANCISCO BOLAÑOS ARAYA
UNIDAD EJECUTORA 2214
Programa de compras año 2006
En atención a lo que establece el artículo N° 6 de la Ley 7494 de la Contratación Administrativa, que versa sobre el principio de publicidad solicito la publicación del presupuesto aprobado para el Área de Salud Heredia Cubujuquí, para el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del 2006.
Código Descripción Monto ¢
2100 SERVICIOS NO PERSONALES
2102 Alq. edif. locales y terren. 120.500,00
2114 Impresión, encuad. y otros 151,000,00
2122 Telecomunicaciones 3.232.000,00
2124 Servicios de correo 62.000,00
2126 Energía eléctrica 9.982.000,00
2128 Servicios de agua 3.671.000,00
2130 Otros servicios públicos 128.000,00
2134 Gasto viaj. dentro del país 1.000.000,00
2140 Transportes dentro del país 385.000,00
2141 Transportes de bienes 171.000,00
2142 Seguro de daños y otros 1.818.500,00
2144 Seguro riesgos profesionales 2.266.000,00
2152 Mat. y rep. eq. y mob. ofi. 774.500,00
2153 Mant. y rep. eq. transporte 560.500,00
2154 Mantenim. y rep. otros eq. 6.860.500,00
2156 Mant. repar. Ed. terceros 13.475.000,00
2157 Mante. y rep. equipo comun. 374.000,00
2159 Mant. y rep. equipo cómputo 1.043.000,00
2184 Traslados 545.500,00
2191 Cont. limpieza edificios 19.360.000,00
2199 Otros servicios no personales 1.958.000,00
Total 67.938.000,00
2200 MATERIALES Y SUMINISTROS
2201 Gasolina lub. y grasas 6.323.000,00
2205 Otros productos químicos y c. 30.000.000,00
2206 Tintas pinturas y diluyentes 397.000,00
2207 Textiles y vestuarios 11.000.000,00
Código Descripción Monto ¢
2209 Llantas y neumáticos 460.000,00
2210 Productos de papel y cartón 10.000.000,00
2211 Impresos y otros 10.000,000,00
2212 Materiales de pord. metálicos 18.000.000,00
2214 Madera y sus derivados 18.000.000,00
2215 Otros productos químicos y c. 18.000.000,00
2216 Mat. y prod. elect. tel. y com. 20.000.000,00
2217 Instrumental y herramientas 500.000,00
2218 Mater. y prod. de vidrio 10.000.000,00
2219 Instrumental médico y lab. 39.509.000,00
2220 Mater. y prod. de plástico 100.000,00
2221 Rep. equipo de transporte 10.000.000,00
2223 Otros repuestos 7.909.000,00
2225 Útiles y materiales de oficina 2.212.000,00
Z227 Útiles y materiales de limpieza 500.000,00
2229 Envases y empaque de med. 20.000.000,00
2233 Otros útiles y materiales 19.900.000,00
2241 Combustible equipo de transp. 2.500.000,00
2243 Lubric. grasas y equ. de trans. 500.000,00
Total 255.810.000,00
2300 MAQUINARIA Y EQUIPO
2310 Equ. y mobi. de oficina 580.000,00
2315 Equipo de cómputo 1.300.000,00
2320 Equipo médico y lab. 8.257.000,00
2360 Maqu. equ. p/talleres 100.000,00
2390 Equipos varios 3.855.000,00
Total 14.092.000,00
Heredia, 9 de enero del 2006.—Administración.—Lic. Nelson Soto Villalobos, Director Administrativo.—1 vez.—(2274).
HOSPITAL WILLIAM ALLEN T.
Programa de compras año 2006
Para cumplir con lo establecido en el artículo 6º de la Ley de Contratación Administrativa y artículo 7º de su Reglamento, se procede a publicar el programa de compras para el año 2006, correspondiente al Hospital William Allen T.
Código Descripción Monto ¢
2100 SERVICIOS NO PERSONALES 215.419.000,00
2103 Alq. maq. equipo y mobiliar. 500.000,00
2112 Información 360.000,00
2140 Transporte dentro del país 1.500.000,00
2151 Mante. de inst. otras obras 60.000.000,00
2152 Mante. y rep. eq. y mob. oficina 5.000.000,00
2153 Mant. y rep. eq. transporte 3.500.000,00
2154 Mante. y repar. otros equipos 77.250.000,00
2155 Mant. y rep. maq. y eq. producción 10.000.000,00
2156 Mant. repar. ed. terceros 30.000.000,00
2157 Mant. y rep. eq. comunicación 3.200.000,00
2159 Mant.y rep. eq. cómputo 5.200.000,00
2192 Contrato serv. vigilancia 15.309.000,00
2193 Mant. serv. mant. zonas verd. 2.100.000,00
2199 Otros serv. no personales 1.500.000,00
2200 MATERIALES Y SUMINISTROS 328.941.000,00
2201 Gasolina lubr. y grasas 37.000.000,00
2203 Medicinas 10.000.000,00
2205 Otros prod. quim. y conexos 45 000.000,00
2206 Tintas pinturas y diluyentes 3.945.000,00
2207 Textiles y vestuarios 25.500.000,00
2209 Llantas y neumáticos 1.500.000,00
2210 Productos papel y cartón 9.000.000,00
2211 Impresos y otros 600.000,00
2212 Materiales de prod. metal 1.544.500,00
2213 Alimentos y bebidas 115.000.000,00
2214 Madera y sus derivados 922.000,00
2215 Otros mat. y prod. construcción 2.221.000,00
2216 Mat. y prod. elect. tel. y co. 3.222.000,00
2217 Instrument. y herramienta 800.000,00
2218 Mater. y prod. de vidrio 50.000,00
2219 Instrument. médico y laborato. 25.000.000,00
2220 Mater. y prod. de plástico 286.500,00
2221 Rep. equipo de transporte 4.500.000,00
2223 Otros repuestos 22.000.000,00
2225 Útiles y mater. de oficina 2.000.000,00
2227 Útiles y mater. de limpieza 2.000.000,00
2229 Envases y emp. medicina 1.000.000,00
2231 Útiles cocina y comedor 1.500.000,00
2233 Otros útiles y materiales 5.000.000,00
2237 Otros mater. y suministros 800.000,00
2241 Combustible eq. de transpor. 7.650.000,00
2243 Lubri. grasas y eq. de tran. 900.000,00
2300 MAQUINARIA
Y EQUIPO 47.000.000,00
2310 Eq. y mobiliario de oficina 1.410.000,00
2315 Equipo de cómputo 24.500.000,00
2320 Equipo médico y laboratorio 20.640.000,00
2340 Equipo para comunicaciones 450.000.00
Turrialba, 4 de enero del 2006.—Dirección Administrativo Financiera.—MSc. Alexis Vargas Matamoros, Director.—1 vez.—(2358).
DIRECCIÓN EQUIPAMIENTO INSTITUCIONAL
Programación anual de compras año 2006
De conformidad con el artículo Nº 7º del Reglamento de Contratación Administrativa, se publica:
Inicio
Monto compra
Partida Unidad estimado trimestre
presupuestaria Objeto medida (en colones) estimado
2305 Maquinaria y equipos
de
producción UN 512.000.000 I
2310 Equipo
y mobiliario de oficina UN 10.000.000 I
2315 Equipo
de cómputo UN 10.000.000 II
2320 Equipo
médico y laboratorio UN 1.801.000.000 I
2330 Equipo
de transporte,
tracción y
elevación UN 50.000.000 I
2340 Equipo
de Telecomunicaciones UN 10.000.000 I
2390 Equipos
varios UN 407.000.000 I
TOTAL
GENERAL
¢ 2.800.000.000.000 I
Estas adquisiciones se efectuarán por medio del programa ordinario de compras de la Institución y dispone de recursos presupuestarios suficientes aprobados por la Contraloría General de la República.
San José, 9 de enero del 2006.—Departamento de Adquisiciones.—Manuel Carballo Morera, Coordinador General.—1 vez.—C-16470.—(2421).
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES 2006 (Ampliación)
De conformidad con lo estipulado en el artículo Nº 6 de la Ley de Contratación Administrativa y los artículos Nº 7.1, 7.2 y 7.3 del Reglamento General de Contratación Administrativa, se informa a todos los interesados que durante el período 2006, se contratará lo siguiente:
Descripción Monto Máximo Cuatrimestre
anual
¢
SERVICIOS CONTINUOS (*)
Contratación
de servicios
profesionales en anestesiología. 420.000.000,00 I
Contratación de servicios
profesionales en neurocirugía. 20.000.000,00 I
Contratación de servicios
profesionales en foniatría. 5.500.000,00 I
Contratación de servicios
profesionales de odontología
especializada. Inestimable I
Contratación de servicios
profesionales en psicología. 45.000.000,00 II
Contratación de servicios
profesionales en ORL. Inestimable III
Contratación de servicios para
realizar radiografías panorámicas
(ortopantomografías). 10.000.000,00 I
Contratación de servicios para
realizar ultrasonidos. 12.000.000,00 I
Contratación de servicios
profesionales en infectología. 32.340.000,00 I
Contratación de servicios de
hospedaje para pacientes. Inestimable I
Contratación de servicios
profesionales en fisiatría. 60.000.000,00 II
Contratación de servicios
profesionales en enfermería. Inestimable II
Contratación de servicios de
laboratorio químico-clínico. Inestimable III
Contratación de servicios
profesionales en ortopedia para
conformar sesión de rodillas. 18.000.000,00 I
Contratación de servicios
profesionales en ortopedia-
traumatología y neurocirugía
para conformar sesión de
columna vertebral. 17.000.000,00 I
Contratación de servicios de
farmacia en Guadalupe Goicoechea. 12.000.000,00 I
Contratación de servicios
radiológicos en Guadalupe Goicoechea. Inestimable I
Contratación de servicios
profesionales en medicina
general en San Ramón de
Alajuela. 17.200.000,00 I
Contratación de servicios
profesionales en medicina
general (paquete completo) en
Cariari de Pococí. 23.000.000,00 I
Contratación de servicios
profesionales de ortopedia para
conformar una sesión de
miembros superiores. 18.000.000,00 I
Contratación de servicios
profesionales de ortopedia en
varias localidades (C. Neily,
C. Quesada, Guápiles, Quepos,
San Isidro del General, San Ramón
de Alajuela, Turrialba, Liberia). Inestimable I
Contratación de servicios
profesionales para tratamiento
del dolor e infiltraciones epidurales. Inestimable I
Contratación de servicios
profesionales de óptica. 20.000.000,00 I
Contratación para el suministro
de prótesis y ortesis para pacientes. Inestimable I
Contratación de servicios
profesionales de anatomía patológica. 7.000.000,00
Suministro regular de sillas de
ruedas y otros equipos ortopédicos
para lesionados medulares del INS. Inestimable I
Contratación de servicios
profesionales en ortopedia para
la Subdirección de Prestaciones
Sanitarias. Inestimable I
Contratación de servicios
profesionales de Terapia Física
en la Zona Sur y Turrialba. 29.500.000,00 I
Contratación de servicios
profesionales de Terapia
Ocupacional para atención descen-
tralizada. 15.000.000,00 II
Contratación de servicios
profesionales para mantenimiento
preventivo y correctivo de
autoclaves en varios dispensarios
en todo el país. 12.000.000,00 I
Contratación de servicios
profesionales para mantenimiento
preventivo y correctivo de ascensores
en la Subdirección de Prestaciones
Sanitarias. 6.000.000,00 I
Contratación de servicios
profesionales para visitas hospitalarias. 36.000.000,00 I
Contratación de servicios
profesionales para valoración de
daño corporal. 30.000.000,00 I
Contratación de servicios
profesionales de odontología general
en varias partes del país. Inestimable I
ARTÍCULOS CONTINUOS (*)
Compra de resmas de papel. 134.076.120,00 I
Kit de mantenimiento. 12.366.720,00 I
Compra de artículos para respaldo. 5.428.200,00 I
Compra de tintas para impresora. 29.061.410,28 I
Compra de materiales de mantenimiento. 8.698.537,15 I
Compra de artículos de oficina. 28.007.418,52 I
Compra de formula continua. 7.050.139,00 I
SERVICIOS NO CONTINUOS
Construcción de depósito para
desechos sólidos hospitalarios en
la Subdirección de Prestaciones
Sanitarias. 40.000.000,00 II
(*) 12 meses
NOTA: Las adquisiciones se cancelarán con el presupuesto propio del Instituto, el cual está contemplado en el Programa Anual de Gasto Ordinario.
San José, 10 de enero del 2006.—Carlos Quesada Hidalgo, Subjefe.—Departamento de Proveeduría.—1 vez.—(O. C. Nº 18424).—C-112500.—(2730).
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 1821-2006
Construcción del edificio para el Banco
Nacional
en La Fortuna de San Carlos
La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito, a las diez horas del 20 de febrero del 2006, para la “Construcción del edificio para el Banco Nacional en La Fortuna de San Carlos”.
El cartel y planos pueden ser retirados en la Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección de Bienes del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca, previo pago de la suma de ¢ 30.000, 00 (treinta mil colones con 00/100).
La Uruca, 11 de enero del 2006.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—(Nº 1486-2004).—C-7720.—(2731).
BANCO DE COSTA RICA
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 4667
Adquisición de una máquina embozadora
de tarjetas de crédito y débito
Se les informa a los interesados que el Banco de Costa Rica recibirá ofertas por escrito hasta las diez horas con treinta minutos del día 15 de febrero del 2006, para contratar el equipo en referencia.
Para mayor información favor pasar a retirar el cartel de la Licitación que incluye las especificaciones y condiciones generales en la Oficina de Contratación Administrativa del BCR, ubicada en el tercer piso del edificio Schyfter, frente al costado este del Banco Central.
Oficina de Contratación Administrativa.—Osvaldo Villalobos González, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 54424).—C-6620.—(2732).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 0001-06
Objeto: Hoja de bisturí y cuchilletes
El Departamento de Recursos Materiales del Hospital San Juan de Dios les informa a todos los potenciales oferentes que recibirá ofertas por escrito en original y sobre cerrado hasta el día 30 de enero del 2006 a las 9:00 horas para la adquisición de lo siguiente;
Objeto: Hoja de bisturí y cuchilletes
Rigen las notas generales marzo 1998, así como los componentes para efectos de formar contrato y las especificaciones técnicas para este concurso, que estarán a la venta en nuestra oficina de Recursos Materiales del Hospital San Juan de Dios.
San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Marvin Solano Solano, Jefe Area de Compras.—1 vez.—(2466).
HOSPITAL DR. ENRIQUE BALTODANO BRICEÑO
PROVEEDURÍA-SECCIÓN COMPRAS
LICITACION PÚBLICA N° PHEBB-010-1-2006
El Departamento de Proveeduría del Hospital Dr. Enrique Baltodano Briceño, comunica a los interesados en participar en el concurso de Licitación Pública N° PHEBB-010-1-2006, que estará recibiendo ofertas hasta las 14:00 horas del día 7 de febrero del 2006, de lo siguiente
Ítem único:
240726 litros de gas licuado de petróleo (G.L.P.)
Los interesados pueden adquirir el cartel en el Departamento de Proveeduría del Hospital Dr. Enrique Baltodano Briceño de Liberia, a un costo de ¢1.000,00. Rigen para este concurso el cartel y las condiciones generales para contratos.
Liberia, 6 de enero del 2006.—Departamento Proveeduría.—Lic. Oscar Sánchez Fuentes, Encargado.—1 vez.—(2469).
HOSPITAL SAN FRANCISCO DE ASÍS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 004-2006
Gas propano
Con vencimiento el día martes 14 de febrero del 2006, a las 10:00 a. m. Los interesados deben retirar el cartel de especificaciones técnicas y las condiciones administrativas generales en la Subárea de Adquisiciones del Hospital San Francisco de Asís-Grecia, en el siguiente horario:
De lunes a jueves de 7:00 a. m. a 3:30 p. m.
Viernes de 7:00 a. m. a 2:30 p. m.
Grecia, 6 de enero del 2006.—Área de Recursos Materiales.—Bach. Ma. del Carmen Víquez Rojas, Jefa.—1 vez.—(2748).
JUSTICIA Y GRACIA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 04-2005
Compra de concentrado
Se avisa a los interesados que la Junta Directiva del Patronato de Construcciones, Instalaciones y Adquisición de Bienes en sesión N° 1509, celebrada el 9 de enero del 2006, adjudicó, el citado concurso licitatorio de la siguiente manera, de conformidad con los requisitos técnicos, legales y administrativos, establecidos en el cartel.
A la empresa Corporación Pipasa por un monto total de ¢ 44.355.350,00 (cuarenta y cuatro millones trescientos cincuenta y cinco mil trescientos cincuenta colones exactos), los ítemes Nos. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13. Entrega: inmediato, cada catorce días a partir del refrendo por parte de la Contraloría General de la República. El Contrato de esta licitación es por un año prorrogable por plazos iguales hasta completar cuatro años.
Garantía de cumplimiento: será de un 10% y deberá tener una vigencia de dos meses adicionales a la fecha definitiva de recepción del objeto contratado.
San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Dixa Córdoba Gómez, Proveedora Instirucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 15779).—C-8820.—(2672).
REGISTRO NACIONAL
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 26-2005
Traslado de información de tomos de
mercantil
al sistema automatizado de personas jurídicas
La Proveeduría General del Registro Nacional comunica a los participantes en el concurso arriba mencionado, que mediante acuerdo firme N° 3002 tomado por la junta administrativa del Registro Nacional, en la sesión ordinaria N° 01-2006, celebrada el día 5 de enero del 2005, se acordó por unanimidad:
Se declara desierta la Licitación por Registro Nº 26-2005 denominada traslado de información de tomos de mercantil al sistema automatizado de personas jurídicas; por cuanto:
§ La oferta N° 1 de WWWDATUMNET S. A., se encuentra técnicamente descalificada al no cumplir con el requisito de admisibilidad correspondiente a experiencia, además de superar la estimación y disponible presupuestario que tiene la administración para esta contratación.
§ La oferta N° 2 de TTS de Costa Rica S. A., se encuentra financieramente descalificada al no cubrir su estructura de precios el rubro de mano de obra.
San José, 10 de enero del 2006.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Mauricio Madrigal Calvo, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 44138).—C-12120.—(2733).
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
LICITACIÓN POR REGISTRO N° 207-2005
Remodelación de la nueva oficina del
Banco Nacional
de Costa Rica en el centro comercial plaza Rohrmoser
Se comunica a los interesados en la Licitación por Registro, que el Subcomité de Licitaciones en el artículo N° 4, sesión ordinaria N° 271-2005, celebrada el 20 de diciembre del 2005, acordó:
Adjudicar la Licitación por Registro Nº 207-2005, promovida para la “Remodelación de la nueva oficina del Banco Nacional de Costa Rica en el centro comercial plaza Rohrmoser”, a la empresa Ecosistemas de Construcción S. A., por un costo total por las obras de ¢ 35.798.071,00 impuestos incluidos, pagaderos en tres tractos, distribuidos de la siguiente manera: dos pagos parciales por avance de obra que juntos no deben sumar más del setenta y cinco (75%) por ciento del costo total de la obra y un pago final por la suma restante; todos que serán hechos luego del recibo de las facturas por avance de obra o entrega final de la misma, a entera conformidad del Banco, a través del sistema BN páguese, dentro los treinta días naturales siguientes a la presentación de la factura por parte del adjudicatario en la oficina de Pago de Proveedores situada en La Uruca.
El plazo de entrega de la totalidad de las obras es de 28 días naturales. La garantía técnica por los trabajos es de cinco años y la correspondiente por vicios ocultos de diez años.
Dentro de los tres días hábiles posteriores a la firmeza del acto de adjudicación, el adjudicatario deberá presentar una garantía de cumplimiento vigente por un monto mínimo del diez (10%) por ciento del total adjudicado (costo de la obra), es decir ¢ 3.579.807,10. La misma deberá tener una vigencia mínima de sesenta (60) días naturales posteriores a la fecha de entrega final de la obra. Si la terminación de la obra se atrasa por motivos imputables al adjudicatario, la vigencia debe ampliarse y el costo de la prórroga correrá por cuenta del adjudicatario.
La Uruca, 11 de enero del 2006.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—(Nº 1487-2006).—C-16520.—(2734).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 1807-2005
Contratación de una (1) empresa que
preste el servicio
de alimentación para las actividades de capacitación
que promueve el centro de capacitación
del Banco Nacional
Se comunica a los interesados en esta Licitación Pública, que el Comité de Licitaciones en el artículo Nº 6, sesión Nº 804-2005, celebrada el 20 de diciembre del 2005, acordó:
Adjudicar a la empresa COOPECOBANA R.L., de la siguiente manera:
Precio refrigerio tipo 1:
Opción Nº 1: $1.48 i.v.i.
Opción Nº 2: $2.13 i.v.i.
Opción Nº 3: $1.97 i.v.i.
Opción Nº 4: $1.86 i.v.i.
Opción Nº 5: $1.86 i.v.i.
Precio refrigerio tipo 2: $2.34 i.v.i.
Precio almuerzo: $3.39 i.v.i.
Por un plazo de un año prorrogable en forma automática por períodos iguales a conveniencia del Banco, hasta un máximo de cuatro años en total, salvo que el Banco comunique al adjudicatario su intención de no aplicar la prórroga como mínimo un mes antes del vencimiento del contrato.
Al presentarse a firmar el contrato, cada adjudicatario deberá presentar una garantía de cumplimiento por un monto mínimo de US $1.000,00 (un mil dólares). La vigencia de esta garantía empezará a regir a partir de la fecha de la firma del contrato y deberá mantenerse vigente durante todo el plazo de la contratación.
La Uruca, 10 de enero del 2006.—Proveeduría Casa Matriz.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—(Solicitud Nº 1485-2006).—C-18220.—(2749).
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 105034
Servicios de aseo en el complejo de
INS-SALUD
Se comunica a los interesados en la presente contratación que, la Gerencia con base en las consideraciones de orden legal y técnico dictaminadas por el Departamento de Proveeduría en oficio PROV-7245-2005 del 14 de diciembre del 2005, el cual se tendrá como parte integrante de este acuerdo, resuelve readjudicar el concurso como se detalla:
Distribuidora
y Envasadora de Químicos S. A., cédula Nº
3-101-059070
Descripción
del servicio:
Contratación del servicio integral de limpieza en varios módulos del Complejo Integral de Prestaciones Sanitarias, ubicado 600 metros sur de las instalaciones de Canal 6 en La Uruca:
Módulos objeto del servicio Área en m2
Módulo 1 de Casa de Salud. 2.670
Módulo 2 de Casa de Salud. 2.371
Sótano Casa salud. 1.510
Servicio central y pasillo de
Rehabilitación a núcleo B. 260
Caseta vigilancia norte. 33
Depósito basura. 40
Parque norte. 2.532
ÁREA TOTAL. 9.416 m2
• Costo mensual: ¢ 8.144.357,78
• Costo anual: ¢ 97.732.293,36
Demás condiciones según cartel y su oferta.
San José, 10 de enero del 2006.—Departamento de Proveeduría.—Carlos Quesada Hidalgo, Subjefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18424).—C-13770.—(2735).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 105044
Servicios de derecho de licencias de uso
y/o acceso a aplicación
vía internet (servicio ASP) de un sistema para la
valoración
de costos de reparación de daños de vehículos
Se comunica a los interesados en la presente contratación que la Junta Directiva, en sesión N° 8765, acuerdo N° VIII, del 4 de enero del 2006 y con sustento en las consideraciones de orden legal y técnico dictaminadas por el Departamento de Proveeduría en oficio PROV-7199-2005 del 9 de diciembre del 2005, el cual se tendrá como parte integrante de este acuerdo, resuelve adjudicar esta licitación de la siguiente manera:
Descripción
del servicio:
Contratación del derecho de licencias de uso y/o acceso a un servicio de aplicación vía internet de un sistema apropiado para la valoración de costos de reparación de daños de vehículos por tiempos, para la atención de accidentes amparados por el Seguro Voluntario de Automóviles.
Adjudicatario:
Audatex LTN S. de R.L. de C.V. (Oferta Nº 1).
Registro Federal de Contribuyentes Nº ALT030210LV9
Costo mensual: $ 45.900,00
Costo anual: $ 550.800,00
Plazo de entrega: 15 días naturales
Cantidad: derecho de acceso a aplicación vía Internet (servicio asp): 32.
En caco de que el INS requiera el uso de más accesos, estos serán brindados sin costo adicional.
Demás condiciones y especificaciones según cartel y su oferta.
Departamento de Proveeduría.—Lic. Luis Leitón Aguilar, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18424).—C-13770.—(2736).
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 305019
Servicios médicos para la consulta
de valoración de daño corporal
Se comunica a los interesados en la presente contratación que la Dirección Administrativa con sustento en las consideraciones incluidas en el oficio PROV-0107-2006 del 9 de enero del 2006, acuerda adjudicar el presente contrato de la siguiente forma:
1. Servicios Sasa Mahmoud S. A., cédula jurídica Nº 3-101-187873.—Oferta Nº 1
Descripción
renglón único
Contratación de Servicios Profesionales en medicina con experiencia (en valoración de daño corporal) para la consulta de Valoración del Daño Corporal, a pacientes amparados por los regímenes obligatorios (Riesgos del Trabajo, Seguro Obligatorio Automotor), y otros seguros comerciales que administre el INS.
El servicio incluye: Atención en consulta Externa de Valoración del Daño Corporal para fijación de impedimentos, conforme con lo establecido en la Ley de Riesgos del Trabajo.
Tarifa del servicio: ¢ 2.500,00 por consulta
Cuenta cliente: 12150010110470511 Banco Uno
Demás condiciones y características técnicas según cartel y su oferta del 23 de noviembre del 2005.
San José, 11 de enero del 2006.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Luis Leitón Aguilar, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18424).—C-11020.—(2737).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
LICITACIÓN POR REGISTRO 0046-05
Objeto: tijeras metzembaum
A los interesados en el presente concurso se les hace saber, que por resolución de la Dirección General de este Hospital y tomando en cuenta la recomendación vertida por la Comisión de Compras en sesión del día 6 de enero del 2006, dicho concurso se adjudica a favor de:
Kendall
Innovadores en Cuidados al Paciente S. A.—(Oferta Nº 1)
Ítem 1.
Tijera de metzembaum de 5 mm de diámetro
Cantidad: 36 unidades
Precio unitario: $69,00
Precio total: $2.484,00
Productos
Médicos Hospitalarios S. A.—(Oferta Nº 02)
Ítem Nº 2
Tijera de Coagulación Laparoscópica Tipo Mezembaum
Cantidad: 24 unidades
Precio unitario $547,40
Precio total $13.137,60
San José, 9 de enero de 2006.—Dirección de Recursos Materiales.—Lic. Marvin Solano Solano, Coordinador Área de Compras.—1 vez.—(2464).
LICITACIÓN POR REGISTRO 0003-A-05
Objeto: Equipo estéril descartable para infusión de suero
A los interesados en el presente concurso se les hace saber, que por resolución de la Dirección General de este Hospital y tomando en cuenta la recomendación vertida por la Comisión de Compras en sesión del día 5 de enero del 2006, dicho concurso se adjudica a favor de:
Esadyuen Medical Supply S. A.—(Oferta 4)
Ítem único:
Equipo estéril descartable para infusión de sueros
Cantidad: 150.000 unidades
Precio unitario: ¢85,00
Precio total: ¢12.750.000,00
San José, 9 de enero de 2006.—Dirección de Recursos Materiales.—Lic. Marvin Solano Solano, Coordinador Área de Compras.—1 vez.—(2465).
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Nº PI-065.—Proveeduría Institucional.—San José, a las ocho horas del doce de octubre del dos mil cinco.
Resultando:
1º—Que esta Proveeduría Institucional mediante solicitud de pedido Nº 1504000001 de fecha 20 de octubre del 2004, inició el procedimiento de contratación administrativa, Contratación Directa Nº CD-5699-04, para la adquisición de equipos y mobiliarios de oficina. (Ver del folio 6 al 11 del expediente de Contratación Administrativa).
2º—Que el cartel de licitación invitó a todos los proveedores interesados en participar en la licitación Nº CD-5699-04, y además indicó que se recibirían ofertas por escrito y en sobre cerrado hasta las 09:00 horas del 1º de noviembre del 2004, para la adquisición de varios equipos de cómputo, entre los cuales se destacan las líneas o ítems 1, 2 y 3 y con las siguientes características:
“(…)
Ítem Descripción
1 Servidor de archivo, con las siguientes características:
Marca: Especificar (para los componentes internos, se deberá adjuntar una lista certificada por el fabricante del equipo, indicando los modelos originales de ensamblaje, los cuales deben ser iguales a los cotizados).
Tipo de CPU: De rack.
Modelo: Especificar. Certificado por Microsoft para Windows NT, Server 2000, y Server 2003, presentar lista de HCL, donde incluya el modelo ofertado, sí el modelo HCL o para cualquier otro documento solicitado, corresponde a otra numeración, adjuntar documentos del fabricante, indicando la equivalencia. Debe ser certificado por Microsoft debido que es la plataforma que tiene el MTSS.
Procesador: Dos procesadores Intel Xeon o superior con Hyper Threading. Velocidad de 3.2 Ghz. Especificar la capacidad de crecimiento en procesadores y velocidad en Ghz.
Memoria Cache: 512 KB por procesador como mínimo de nivel 2,2 MB de nivel 3.
Memoria RAM: 6 GB mínimo, con la menor cantidad de módulos que permite la configuración ofertada, de 64 bits, tipo ECC DDR SDRAM, 2 vías interleaved, expandible a 12 GB, con “chips” de 10 ns (nanosegundos), del tipo PC 2100 como mínimo. Capacidad de crecimiento hasta 12 GB mínimo.
Contralor de video: Integrada, con 8 MB de VRAM como mínimo, no compartido o tomado de la memoria RAM.
Disco duro: Cuatro ultra 320 SCSI de 146 GB, de 10 KRPM, configurados en RAID 1 por hardware. Especificar capacidad de crecimiento (cantidad) en disco duro y almacenamiento.
Floppy: De 1.44 MB, en 8.89 cm (3.5 pulgadas).
DVD-RW: De la tecnología más reciente (interno) que permita quemar discos compactos.
Fuente de poder: Que soporte crecimiento máximo de la configuración y con mecanismo implementado de apagado suave por hardware, n+1 redundante.
Tarjeta de control: Integrada en la tarjeta madre, para floppy, DVD, como mínimo, con capacidad de instalarle unidad de tecnología PCI, con 2 ranuras como mínimo, para instalarle tarjeta de expansión.
Tarjeta de red: Dos Ethernet de 10/100/1000 base T, conector RJ 45, integradas.
Software configuración: Debe traer software de configuración (drivers) de todos sus componentes de hardware para Windows NT, Server 2000 y 2003.
Cables: Los necesarios para interconectar todos los dispositivos ofertados.
Manuales: De operación y del software instalado completo, originales y de configuración de hardware.
Diskettes y/o CDs: Debe de entregar los diskettes y/o CDs originales del software instalado, los drivers respectivos de cada uno de los dispositivos de hardware instalados y de configuración de hardware y sus respectivas licencias.
BIOS: Flash ROM, con soporte a “plug & play”. Indicar la dirección electrónica en Internet, donde se puede obtener las actualizaciones del Bios y demás actualizaciones, además con capacidad de soportar Hyper Threading en su última versión activa.
Puertos en la tarjeta: Paralelo (DB25), serial (DB9) y USB, teclado y mouse (mini-dim), todo integrado directamente en la tarjeta madre, como mínimo.
Tarjetas controladoras: Capacidad de conectarse a un switch de consola para compartir monitor, teclado y mouse.
Abanicos: Redundantes (n+1).
2 Unidad de respaldo externo, con las siguientes características:
Marca: Especificar (para los componentes internos, se deberá adjuntar una lista certificada por el fabricante del equipo, indicando los modelos originales de ensamblaje, los cuales debe ser iguales a los cotizados).
Capacidad almacenamiento: 160/320 GB.
Tipo de chasis: Para instalar en Rack. Especificar dimensiones de unidad de respaldo.
Software de configuración: Debe traer software de configuración (drivers) de su hardware para Windows NT, Server 2000 y 2003.
Interfase: Con adaptador SCSI.
3 Software de Sistema Operativo, con las siguientes características:
- Windows Server 2003.
- Con 150 licencias call clientes.
- Entregar manuales, licencias y CDs de software.
- Debe instalarse y dejarse configurado en el servidor de archivo solicitado en el ítem 1, como un servidor más de la granja de servidores bajo el dominio establecido en el MTSS.
- Debe incluir capacitación de instalación y configuración para al menos dos funcionarios del MTSS.
(…) (Lo resaltado es nuestro y no del original)”. (Ver folios del 22 al 25 de Contratación Administrativa).
3º—Que mediante acta de apertura de la Contratación Directa Nº CD5699-04, suscrita por los funcionarios de la Proveeduría licenciados Henry Carvajal Chavarría y Juan Carlos Brenes Brenes, que se realizó a las 09:00 horas del día 1º de noviembre del 2004, aparecen las siguientes casas comerciales: Alfa Group (extemporánea) y Consultoría Consolidada S. A. (COCOSA). (Ver folio 3 del expediente de contratación administrativa).
4º—Que la empresa Consultoría Consolidada S. A., presenta ante esta Proveeduría Institucional a las 08:42 horas del día 1º de noviembre del 2004 su oferta económica para participar en la Contratación Directa Nº CD5699-04, la cual señala en lo que interesa lo siguiente:
“(…)
Ítem Descripción
1 Servidor de archivo, con las siguientes características:
Marca: Marca Premio, modelo: Zeux DXE. Especificamos (para los componentes internos, adjuntamos una lista certificada por el fabricante del equipo, indicando los modelos originales de ensamblaje, los cuales son iguales a los cotizados).
Tipo de CPU: De rack.
Modelo: Zeux DXE, está certificado por Microsoft para Windows NT, Server 2000, y Server 2003, presentamos lista de HCL, donde incluya el modelo ofertado, sí el modelo HCL. Entendemos, cumplimos y aceptamos lo indicado en la presente cláusula del cartel. Está certificado por Microsoft debido que es la plataforma que tiene el MTSS.
Procesador: Dos procesadores Intel Xeon, Hyper Threading. Velocidad de 3.2 Ghz. Cuenta con una capacidad de crecimiento en procesadores de dos y velocidad en Ghz. De 3.6 GHz.
Memoria Cache: 1024 KB por procesador de nivel 2,2 MB de nivel 3.
Memoria RAM: 8 GB, con la menor cantidad de módulos que permite la configuración ofertada, de 64 bits, tipo ECC DDR SDRAM, 2 vías interleaved, expandible a 16 GB, con “chips” de 10 ns (nanosegundos), del tipo PC 2100.
Contralor de video: Integrada, con 8 MB de VRAM, no compartido o tomado de la memoria RAM.
Disco duro: Cuatro ultra 320 SCSI de 146 GB, de 10 KRPM, configurados en RAID 1 por hardware. La capacidad de crecimiento (cantidad) es de 6 discos duros y almacenamiento interno es 876 Gb.
Floppy: De 1.44 MB, en 8.89 cm (3.5 pulgadas).
DVD-RW: De la tecnología más reciente (interno) que permite quemar discos compactos.
Fuente de poder: Soporta crecimiento de la configuración y con mecanismo implementado de apagado suave por hardware, n+1 redundante.
Tarjeta de control: Integrada en la tarjeta madre, para floppy, DVD, con capacidad de instalarle unidad de tecnología PCI, con 2 ranuras libres para instalarle tarjetas de expansión.
Tarjeta de red: Dos Ethernet de 10/100/1000 base T, conector RJ 45, integradas, una en la placa y la otra en PCI.
Software configuración: Trae software de configuración (drivers) de todos los componentes de hardware para Windows NT, Server 2000 y 2003.
Cables: Los necesarios para interconectar todos los dispositivos ofertados.
Manuales: De operación y del software instalado completo, originales y de configuración de hardware.
Diskettes y/o CDs: Debe de entregar los diskettes y/o CDs originales del software instalado, los drivers respectivos de cada uno de los dispositivos de hardware instalados de configuración de hardware y sus respectivas licencias.
BIOS: Flash ROM, con soporte a “plug & play” la dirección electrónica en Internet, donde se puede obtener las actualizaciones del Bios y demás actualizaciones, es www.premiopc.com, además con capacidad de soportar Hyper Threading en su última versión activa.
Puertos en la tarjeta: Paralelo (DB25), serial (DB9) y USB, teclado y mouse (mini-dim), todo integrado directamente en la tarjeta madre, como mínimo.
Tarjetas controladoras: Capacidad de conectarse a un switch de consola para compartir monitor, teclado y mouse.
Abanicos: Redundantes (n+1).
2 Unidad de respaldo externo, con las siguientes características:
Marca: Marca: Tandberg, modelo: LTO-2. Especificamos (para los componentes internos, que adjuntamos una lista certificada por el fabricante del equipo, indicando los modelos originales de ensamblaje, los cuales son iguales a los cotizados).
Capacidad almacenamiento: 200/400 GB.
Tipo de chasis: Para instalar en Rack. 19.33 x 17.27 x 6.58 cm software de configuración: trae software de configuración (drivers) de su hardware para Windows NT, Server 2000 y 2003.
Interfase: Con adaptador SCSI.
Alternativa: Se ofrece un premio Phoenix que funcione como servidor de almacenamiento.
Capacidad almacenamiento: 438 GB. (Con cuatro discos de 146 GB en Raid-5).
Tipo de chasis: Para instalar en Rack. 2U software de configuración: trae software de configuración (drivers) de su hardware para Windows NT, Server 2000 y 2003.
Interfase: Con adaptador SCSI.
3 Software de Sistema Operativo, con las siguientes características:
- Windows Server 2003.
- Con 150 licencias call clientes.
- Entregar manuales, licencias y CDs de software.
- Se instalará y dejará configurado en el servidor de archivo solicitado en el ítem 1, como un servidor más de la granja de servidores bajo el dominio establecido en el MTSS.
- Incluimos capacitación de instalación y configuración para dos funcionarios del MTSS.
(…)
Precio
Ítem Precio
Nº 1 US$9.100,00
(nueve mil cien dólares americanos exactos).
Nº 2 US$9.300,00
(nueve mil trescientos dólares americanos exactos).
Nº 2 US$5.600,00
(cinco mil seiscientos dólares americanos exactos).
Nº 3 US$6.400,00
(seis mil cuatrocientos dólares americanos exactos).
Total oferta
base US$24.800,00
(veinticuatro mil ochocientos dólares americanos exactos).
Total oferta
alternativa US$21.100,00
(veintiún mil cien dólares americanos exactos).
(…)”
(Lo resaltado es nuestro y no del original) “. (Ver folios que van del 35 al 65 del expediente de contratación administrativa).
5º—La Proveeduría Institucional mediante documento sin número denominado “Análisis Integral de Contrataciones Administrativas Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Contratación Directa Nº 15-CD-5699-2004. Objeto: equipo y mobiliario de oficina. Asunto: Análisis”, de fecha 8 de noviembre del 2004, señala en lo que interesa: “(…) B. Propuesta de adjudicación: Línea Nº 1. 1 servidor de archivo con las mismas características presentadas en el cartel y la oferta. (…) Precio unitario $9.100,00. Total: $9.100,00. Línea Nº 2. Unidad de respaldo externo con las mismas características del cartel y la oferta. Precio unitario: $5.600,00. Precio total: $5.600,00. Línea Nº 3. 1 software de Sistema Operativo con las mismas características presentadas en el cartel y la oferta. Precio unitario: $6.400,00. Total: $6.400,00 (…)”. (Ver folios que van del 108 al 115 del expediente de contratación administrativa).
6º—Que la Proveeduría Institucional y la Dirección General Administrativa mediante acta de adjudicación de fecha 25 de noviembre del 2004, resuelve acoger el análisis integral y recomendación de adjudicación, y ratificó la recomendación de adjudicación a nombre de Consultoría Consolidada S. A., por un monto de $21.100,00. (Ver folios que van del 116 al 121 del expediente de Contratación Administrativa).
7º—La Proveeduría Institucional emite aviso de adjudicación con relación a la Contratación Directa Nº CD-5699-2004, el día 25 de noviembre del 2004, en el cual se adjudicó a la empresa Consultoría Consolidada (Oferta Nº 1), las líneas 1, 2 y 3 de esa contratación, debiendo cumplir con el suministro de un servidor de archivos con las mismas características presentadas en el cartel y la oferta, unidad de respaldo externo con las mismas características del cartel y la oferta y un software de Sistema Operativo con las mismas características presentadas en el cartel y la oferta. (Ver folios 122 y 124 del expediente de Contratación Administrativa).
8º—Esta Proveeduría Institucional mediante oficio Nº DP-527-04 de fecha 13 de diciembre del 2004, y que fue notificado a la empresa Consultoría Consolidada S. A., le previene a dicha empresa el aporte de la garantía de cumplimiento que corresponde a un 5% sobre el objeto contratado. (Ver folio 125 del expediente de Contratación Administrativa).
9º—Que mediante recibo de garantía de cumplimiento Nº 21-2004, se recibió por parte de Consultoría Consolidada S. A., comprobante por ¢512.000,00 (colones) depósito bancario, Nº 09213376 que corresponde al 5% del monto establecido, según indica el cartel. (Ver folio 130).
10.—Que el Departamento de Informática de este Ministerio mediante oficio Nº DI-085 de fecha 20-18 de abril del 2005, informa a la Proveeduría Institucional sobre las anomalías que presenta el servidor adquirido para la Dirección Nacional de Pensiones, y al respecto indica en lo que interesa: “(…) Estas anomalías radican en la cantidad de discos duros, ya que se había solicitado cuatro discos duros de 146 GB cada uno, y el servidor únicamente trae uno. Además, se pidió con una unidad DVD-RW y en su lugar trae una unidad de disco compacto (CD-ROM). Esas son algunas anomalías que hemos detectado a simple vista, no sabemos si cumple con lo solicitado, como por ejemplo: dos procesadores Intel Xeon a 3.2 Ghz, 8 GB de memoria principal, entre otras características. (…) Por otra parte, esa empresa no ha entregado la unidad de respaldo (tape backup), que debió entregar junto con el servidor. Queda pendiente la capacitación al personal técnico informático en Windows Server 2003, la instalación del Windows en el servidor y la instalación del servidor (…)”. (Ver folios 134 y 135 del expediente de contratación administrativa).
11.—En virtud de la respuesta otorgada por parte del Departamento de Informática, esta Proveeduría Institucional de este Ministerio mediante oficio Nº PI-230 de fecha 29 de abril del 2005, solicita al señor Ronald Leitón Ocario, representante legal de COCOSA, informe a la mayor brevedad posible la fecha en que se hará entrega de los equipos pendientes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, y recordarle la Unidad de Respaldo y el software del Sistema Operativo, y además le remite copia del oficio Nº DI-085 del Departamento de Informática donde se indica que el servidor entregado por su representada no corresponde a lo que se le adjudicó, y solicita a la mayor brevedad posible solucionar este inconveniente y hacer la entrega del equipo lo más pronto posible. (Ver folio 136).
12.—Por su parte el señor Daniel Sáenz H., Jefe del Departamento de Informática de este Ministerio, mediante correo electrónico de fecha 14 de abril del 2005, le solicita al señor Ronald Leitón (COCOSA), solventar las anomalías que se presenta el equipo entregado por su representada, específicamente en cuanto a las características del servidor, las cuales no cumple con lo solicitado en el cartel y oferta, además le solicita información sobre los otros equipos que faltan de entregar. (Ver folio 138 del expediente de contratación administrativa).
13.—Por otro lado la Proveeduría Institucional mediante oficio Nº PI-374 de fecha 13 de junio del 2005, y que fue notificado a la empresa Consultoría Consolidada S. A. COCOSA, el día 28 de junio del 2005, (según consta en acta de recibido visible al folio 149), concede a dicha empresa un plazo improrrogable de tres días hábiles para que se sirva entregar el equipo que cuente con todos y cada uno de los requerimientos estipulados en el cartel y oferta, pues de lo contrario finalizado el plazo otorgado y de no recibirse el correspondiente equipo, se procederá ejecutar la garantía de cumplimiento, sin perjuicio de las sanciones administrativas de apercibimiento e inhabilitación, establecidas en los artículos 99, 100 siguientes y concordantes de la Ley de Contratación Administrativa, y el artículo 106 siguientes y concordantes del Reglamento General de Contratación Administrativa, así como de la determinación de los daños y perjuicios ocasionados a este Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Todo lo anterior con fundamento en el principio constitucional del debido proceso y del artículo 20 de la Ley de Contratación Administrativa, así como el artículo 22 del Reglamento de Contratación Administrativa, que al efecto prescriben en lo que interesa lo siguiente: “(…) El contratista está obligado a cumplir, plenamente, con las condiciones del concurso, lo ofrecido tanto en su oferta como en cualquier manifestación formal documentada que haya aportado adicionalmente durante el procedimiento del concurso o aceptado en la formalización o ejecución del contrato (…)”. (Lo resaltado es nuestro y no del original), a fin de ajustar la conducta de la empresa Consultoría Consolidada S. A. COCOSA, a la oferta presentada. (Ver folios que van del 143 al 148 del expediente de contratación administrativa).
14.—La Proveeduría Institucional mediante resolución Nº PI-021-2005 de las ocho horas del siete de julio del dos mil cinco, resuelve conceder audiencia a la empresa Consultoría Consolidada S. A. COCOSA, por el plazo improrrogable de diez días hábiles, contados a partir de la notificación de dicha resolución para que se sirva expresar su posición en cuanto a los hechos que se enuncian en los anteriores resultados, y en especial consideración sobre su posible incumplimiento contractual, con relación a la entrega del equipo de cómputo, derivado de la adjudicación a su favor de los ítems Nos. 1, 2 y 3 de la Contratación Directa Nº CD-5699-04; además se le indica en dicha resolución que en caso de comprobarse y de determinarse el incumplimiento contractual del suministro del equipo de cómputo, esta Proveeduría Institucional estará resolviendo unilateralmente la relación contractual originada de la adjudicación de los ítems 1, 2 y 3 de la Contratación Directa Nº CD-5699-04, a favor de la empresa Consultoría Consolidada S. A. COCOSA, y se procederá ejecutar la garantía de cumplimiento, sin perjuicio de las sanciones administrativas de apercibimiento por escrito e inhabilitación, establecidas en los artículos 99, 100 siguientes y concordantes de la Ley de Contratación Administrativa, y el artículo 106 siguientes y concordantes del Reglamento General de Contratación Administrativa, así como la determinación de los daños y perjuicios ocasionados a este Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Considerando:
I.—Que la Proveeduría Institucional de este Ministerio de conformidad con los artículos 11, 14, 34, 99, 100 y 106 de la Ley de Contratación Administrativa Ley Nº 7494, así como de los artículos 13, 16, inciso 2), 22), 36), y 106 del Reglamento General de Contratación Administrativa Decreto Ejecutivo Nº 25038-H, y de los artículos 1º, 8º, 10, incisos f) y K), del Reglamento para el Funcionamiento de las Proveedurías Institucionales de los Ministerios del Gobierno Decreto Ejecutivo Nº 30640-H, es el órgano competente y facultado para iniciar los procedimientos administrativos tendientes a dar por terminado unilateralmente sus relaciones contractuales, en caso de incumplimientos imputables al contratista, así como de ejecutar la garantía de cumplimiento, y la imposición de sanciones administrativas de apercibimiento escrito e inhabilitación, así como la determinación de los daños y perjuicios ocasionados a este Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para su posterior cobro.
II.—Que la empresa Consultoría Consolidada S. A., de conformidad con los artículos 20 de la Ley de Contratación Administrativa y artículo 22 del Reglamento General de Contratación Administrativa esta obligada a cumplir cabalmente, con lo ofrecido en su propuesta, a saber:
“(…)
Ítem Descripción
1 Servidor de archivo, con las siguientes características:
Marca: Marca: Premio, modelo: Zeux DXE. Especificamos (para los componentes internos, adjuntamos una lista certificada por el fabricante del equipo, indicando los modelos originales de ensamblaje, los cuales son iguales a los cotizados).
Tipo de CPU: De rack.
Modelo: Zeux DXE, está certificado por Microsoft para Windows NT, Server 2000, y Server 2003, presentamos lista de HCL, donde incluya el modelo ofertado, sí el modelo HCL. Entendemos, cumplimos y aceptamos lo indicado en la presente cláusula del cartel. Está certificado por Microsoft debido que es la plataforma que tiene el MTSS.
Procesador: Dos procesadores Intel Xeon, Hyper Threading. Velocidad de 3.2 Ghz. Cuenta con una capacidad de crecimiento en procesadores de dos y velocidad en Ghz. De 3.6 GHz.
Memoria Cache: 1024 KB por procesador de nivel 2,2 MB de nivel 3.
Memoria RAM: 8 GB, con la menor cantidad de módulos que permite la configuración ofertada, de 64 bits, tipo ECC DDR SDRAM, 2 vías interleaved, expandible a 16 GB, con “chips” de 10 ns (nanosegundos), del tipo PC 2100.
Contralor de video: Integrada, con 8 MB de VRAM, no compartido o tomado de la memoria RAM.
Disco duro: Cuatro ultra 320 SCSI de 146 GB, de 10 KRPM, configurados en RAID 1 por hardware. La capacidad de crecimiento (cantidad) es de 6 discos duros y almacenamiento interno es 876 Gb.
Floppy: De 1.44 MB, en 8.89 cm (3.5 pulgadas).
DVD-RW: De la tecnología más reciente (interno) que permite quemar discos compactos.
Fuente de poder: Soporta crecimiento de la configuración y con mecanismo implementado de apagado suave por hardware, n+1 redundante.
Tarjeta de control: Integrada en la tarjeta madre, para floppy, DVD, con capacidad de instalarle unidad de tecnología PCI, con 2 ranuras libres para instalarle tarjetas de expansión.
Tarjeta de red: Dos Ethernet de 10/100/1000 base T, conector RJ 45, integradas, una en la placa y la otra en PCI.
Software configuración: Trae software de configuración (drivers) de todos los componentes de hardware para Windows NT, Server 2000 y 2003.
Cables: Los necesarios para interconectar todos los dispositivos ofertados.
Manuales: De operación y del software instalado completo, originales y de configuración de hardware.
Diskettes y/o CDs: Debe de entregar los diskettes y/o CDs originales del software instalado, los drivers respectivos de cada uno de los dispositivos de hardware instalados de configuración de hardware y sus respectivas licencias.
BIOS: Flash ROM, con soporte a “plug & play” la dirección electrónica en Internet, donde se puede obtener las actualizaciones del Bios y demás actualizaciones, es www.premiopc.com, además con capacidad de soportar Hyper Threading en su última versión activa.
Puertos en la tarjeta: Paralelo (DB25), serial (DB9) y USB, teclado y mouse (mini-dim), todo integrado directamente en la tarjeta madre, como mínimo.
Tarjetas controladoras: Capacidad de conectarse a un switch de consola para compartir monitor, teclado y mouse.
Abanicos: Redundantes (n+1).
2 Unidad de respaldo externo, con las siguientes características:
Marca: Marca: Tandberg, modelo: LTO-2. Especificamos (para los componentes internos, que adjuntamos una lista certificada por el fabricante del equipo, indicando los modelos originales de ensamblaje, los cuales son iguales a los cotizados).
Capacidad almacenamiento: 200/400 GB.
Tipo de chasis: Para instalar en Rack. 19.33 x 17.27 x 6.58 cm.
Software de configuración: Trae software de configuración (drivers) de su hardware para Windows NT, Server 2000 y 2003.
Interfase: Con adaptador SCSI.
Alternativa: Se ofrece un premio Phoenix que funcione como servidor de almacenamiento.
Capacidad almacenamiento: 438 GB. (Con cuatro discos de 146 GB en Raid-5).
Tipo de chasis: Para instalar en Rack. 2U.
Software de configuración: Trae software de configuración (drivers) de su hardware para Windows NT, Server 2000 y 2003.
Interfase: Con adaptador SCSI.
3 Software de Sistema Operativo, con las siguientes características:
- Windows Server 2003.
- Con 150 licencias call clientes.
- Entregar manuales, licencias y CDs de software.
- Se instalará y dejará configurado en el servidor de archivo solicitado en el ítem 1, como un servidor más de la granja de servidores bajo el dominio establecido en el MTSS.
- Incluimos capacitación de instalación y configuración para dos funcionarios del MTSS.
Sin embargo la empresa Consultoría Consolidada S. A. COCOSA, deja en la bodega de este Ministerio, un equipo de cómputo (servidor) que no cumplen un lo estipulado en las condiciones técnicas cartel y en su oferta.
Ante dicha situación el Departamento de Informática del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, no otorga el correspondiente visto bueno, al equipo de computo entregado por la empresa Consultoría Consolidada S. A. COCOSA, pues el mismo no cumple con cada uno de los requerimientos, en especial en cuanto a los siguientes puntos: “(…) Estas anomalías radican en la cantidad de discos duros, ya que se había solicitado cuatro discos duros de 146 GB cada uno, y el servidor únicamente trae uno. Además, se pidió con una unidad DVD-RW y en su lugar trae una unidad de disco compacto (CD-ROM). Esas son algunas anomalías que hemos detectado a simple vista, no sabemos si cumple con lo solicitado, como por ejemplo: dos procesadores Intel Xeon a 3.2 Ghz, 8 GB de memoria principal, entre otras características. (…) Por otra parte, esa empresa no ha entregado la unidad de respaldo (tape backup), que debió entregar junto con el servidor. Queda pendiente la capacitación al personal técnico informático en Windows Server 2003, la instalación del Windows en el servidor y la instalación del servidor (…)”. (Ver folios 134 y 135 del expediente de Contratación Administrativa).
Por su parte de esta Proveeduría Institucional mediante oficio Nº PI-374 de fecha 13 de junio del 2005, le concede a la empresa Consultoría Consolidada S. A. COCOSA, el plazo improrrogable de tres días hábiles, para que se sirva entregar el equipo que cuente con todos y cada uno de los requerimientos estipulados en el cartel y en su oferta.
III.—La empresa Consultoría Consolidada S. A., dentro del nuevo plazo concedido para entregar el equipo de cómputo que reuniera cada uno de los puntos exigidos en el cartel y en su oferta. Sin embargo la empresa Consultoría Consolidada S. A., no prestó atención a lo solicitado por esta Proveeduría Institucional, consecuentemente dicha empresa se encuentra incumpliendo con las obligaciones contraídas en el acto de adjudicación.
IV.—La Proveeduría Institucional mediante resolución Nº PI-021-2005 de las ocho horas del siete de julio del dos mil cinco, concede audiencia a la empresa Consultoría Consolidada S. A., por un plazo de diez días hábiles para que se sirva expresar su posición en cuanto al incumplimiento de sus obligaciones.
Por su parte esta Proveeduría Institucional al valorar los documentos que constan en el expediente determina que no existe justificación alguna, en cuanto al incumplimiento de lo pactado en el cartel de licitación, oferta y acto de adjudicación.
Es necesario aclararle a la empresa Consultoría Consolidada S. A. COCOSA, que la oferta presentada por ella se ajustó a cada uno de los requerimientos estipulados en el cartel; es decir, empresa debió considerar cada uno de los requerimientos establecidos en el cartel, por cuanto esos son las condiciones técnicas solicitadas por este Ministerio.
Esta Proveeduría Institucional no exime de la responsabilidad del incumplimiento que dicha empresa cometió en contra de este Ministerio.
V.—Que esta Proveeduría Institucional una vez analizada la prueba existente en expediente administrativo, y de la normativa enunciada, tiene por acreditado y documentado el incumplimiento por parte de la empresa Consultoría Consolidada S. A. COCOSA, de la obligación de entregar un equipo de cómputo que cuente con cada uno de los requerimientos estipulados en el cartel, oferta y acto de adjudicación, la cual en ningún momento debió ser de cumplimiento parcial, sino que de conformidad con los artículos 20 de la Ley de Contratación Administrativa y 22 del Reglamento General de Contratación Administrativa su cumplimiento debió ser pleno y cabalmente, sin embargo no fue así.
En virtud de acreditado dicho incumplimiento y de conformidad con los artículos 11 de la Ley de Contratación Administrativa y del artículo 13 del Reglamento General de Contratación Administrativa se desprende la facultad o derecho que cuenta el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a través de la Proveeduría Institucional de resolver unilateralmente sus relaciones contractuales, por motivo de incumplimiento por parte del contratista sin causa alguna que lo justifique.
A su vez el incumplimiento contractual consiste en el no ejecutar la prestación debida, que en el caso en particular consistió en la no entrega del equipo ofertado y adjudicado con cada una de sus especificaciones por parte de la empresa Consultoría Consolidada COCOSA. Por otro lado el derecho de resolución contractual tiene como finalidad, que un convenio o contrato celebrado eficazmente sea considerado como no concluido en razón de un incumplimiento voluntario e imputable de una de las partes involucradas en la relación contractual, consecuentemente en ejercicio de ese derecho, se extingue la relación obligatoria, lo que equivale a deshacer o invalidar el vínculo jurídico.
Por su parte la Sala Constitucional ha señalado en la sentencia Nº 1205-96 de las nueve horas del 15 de marzo de 1996, en lo que interesa lo siguiente:
“(...) De igual manera y respecto de la resolución, doctrinariamente se ha entendido la misma como el modo de disolución anormal de un contrato en razón de una causa sobreviniente, que corresponde al incumplimiento de una de las partes y que extingue retroactivamente al contrato (...)”.
De manare que esta Proveeduría Institucional de conformidad con los artículos 11 de la Ley de Contratación Administrativa y 13 del Reglamento General de Contratación Administrativa determina resolver administrativamente, por incumplimiento de la empresa contratista, el contrato existente entre el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y la empresa Consultoría Consolidada S. A. COCOSA, para la compra de equipo de cómputo.
VI.—Por su parte esta posición del contratista de incumplir con la entrega del equipo que reúna las condiciones técnicas estipuladas en el cartel, y en su oferta, ha generado una serie de inconvenientes administrativos y daños a este Ministerio, pues cada día que transcurre con el incumplimiento, se retrasa la instalación adecuada del servidor de archivo adjudicado en una de las líneas de este procedimiento de contratación. Este incumplimiento afectó y continúa afectando el servicio público que brinda este Ministerio, puesto que el servicio no puede darse eficientemente, porque al existir problemas en la instalación adecuada del servidor adjudicado, a afectando la red informática de la Institución, y generando consecuentemente fallas en la custodia de la información, así como dificultades para la obtención de la misma. Además existen inconvenientes para ejecutar algunos programas instalados en algunas unidades administrativas, como son el SIG (Sistema Integrado de Gestión) utilizado en la Dirección de Pensiones.
VII.—Esta Proveeduría Institucional en virtud de la comprobación del incumplimiento debidamente demostrado por parte de la empresa Consultoría Consolidada S. A. COCOSA, y de conformidad con el artículo 100, inciso d), de la Ley de Contratación Administrativa y del artículo 106 del Reglamento General de Contratación Administrativa, recomienda al Señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social la imposición de las sanciones administrativas a la empresa Consultoría Consolidada S. A. COCOSA, cédula jurídica Nº 3-101-158961, de inhabilitar por un período de cuatro años, para participar en procedimientos de contratación administrativa del Misterio de Trabajo y Seguridad Social, ofreciendo equipo de cómputo, por incumplir con la entrega del equipo conforme a las estipulaciones señaladas en el cartel de licitación Nº CD5699-04, oferta de participación y acto de adjudicación.
Además de acuerdo a los numerales 106, inciso 4) e inciso 5), del Reglamento General de la Contratación Administrativa, la sanción de inhabilitación debe comunicarse tanto a la empresa infractora como a la Contraloría General de la República, y publicarse en el Diario Oficial, para efectos de información a toda la Administración Pública.
VIII.—Por otro lado esta Proveeduría Institucional para la determinación de los daños y perjuicios ocasionados al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se tienen por acreditados los siguientes hechos:
a) Que la empresa Consultoría Consolidada S. A. COCOSA, indicó en su oferta que el plazo de entrega será de 22 días hábiles, a partir del recibo de la orden de compra. (Ver folio 55 del expediente de Contratación Administrativa Nº CD5699-04).
b) Que a la empresa Consultoría Consolidada S. A. COCOSA, le fue notificada el día 16 de diciembre del 2004, pues como se desprende de los folios 129, 128 y especial el 130 en el cual se desprende el aporte de la garantía de cumplimiento por parte de la empresa antes mencionada, lo que hacen presumir la notificación previa de la orden de pedido.
c) Que el plazo de entrega inició a correr a partir del 17 de diciembre del 2004, y finalizó el día 31 de enero del 2005.
d) Que esta Proveeduría Institucional mediante resolución Nº PI-021-2005 de las 08:00 horas del 7 de julio del 2005, en su considerando quinto estima los daños y perjuicios en la suma de $21.100,00 (dólares) más los intereses correspondientes.
e) Que a partir del 1º de febrero del 2005, la empresa Consultoría Consolidada S. A. COCOSA, se encuentra en mora en cuanto a la entrega del equipo de cómputo.
f) Que el cobro de intereses corresponden al perjuicio ocasionado al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Mientras que la suma de $21.100,00 corresponde al rubro denominado daño. Por su parte el período de dichos intereses corresponde a 127 días, el cual va del 1º de febrero del 2005 (fecha de inicio del estado en mora en cuanto a la entrega por parte de la empresa Consultoría Consolidada S. A.), al 7 de julio del 2005 (fecha que se dicta la resolución Nº PI-021-2005, que inicia el presente procedimiento administrativo).
En cuanto a la tasa de interés esta Proveeduría Institucional en atención al vacío normativo en la Ley de Contratación Administrativa, así como en el Reglamento General de Contratación Administrativa, en cuanto a la tasa de interés que debe usar la Administración para el cobro de interés, procede de en adecuada hermenéutica jurídica a llenar el vacío expuesto por medio de la técnica de la interpretación e integración, y en tal sentido procede aplicar lo estipulado en el artículo 21 del Reglamento General de Contratación Administrativa, que señala en lo que interesa lo siguiente: “(…) Artículo 21.—Derecho al reconocimiento de intereses. 21.1 (….) deberá reconocer al acreedor intereses sobre lo adeudado (…) según (…) a la tasa “prime rate” para operaciones en dólares americanos (…)”. En virtud de lo anterior esta Proveeduría Institucional utiliza para el calculo de los intereses del presente caso la tasa “prime rate”, por cuanto la suma de la contratación fue dada en dólares americanos.
A su vez se procedió a determinar un promedio anual de la tasa “prime rate” correspondiente al período que va del 1º de febrero del 2005 al 7 de julio del 2005, y se tiene que el mismo es de 5,77%. Posteriormente se calculo dicho promedio en días y se obtuvo que el valor de la tasa promedio prime rate por día es de 0,013%. A su vez se multiplico dicha tasa promedio diaria por el Nº de días comprendido en el período antes señalado, y se obtuvo el 2%.
Posteriormente a los $21.100,00 se le aplicó el 2% y se obtuvo que el concepto de intereses asciende a la suma de $422,00 dólares americanos, y consecuentemente se tiene que el total de la suma de daños y perjuicios asciende a $21.522,00 dólares americanos, sin embargo a ese monto hay que rebajarle el monto depositado por la empresa Consultoría Consolidada S. A. COCOSA, por concepto de garantía de cumplimiento.
IX.—Que la empresa Consultoría Consolidada S.A. COCOSA depositó la garantía de cumplimiento correspondiente al 5 % del monto adjudicado, para asegurar el resarcimiento de cualquier daño eventual o perjuicio ocasionado por el adjudicatario, dicha garantía, de conformidad con las estipulaciones de la contratación era de $1.055 dólares americanos o su equivalente en colones. Por su parte los artículos 34 siguientes y concordantes de la Ley de Contratación Administrativa, y del artículo 35 y 36 siguientes y concordantes del Reglamento General de Contratación Administrativa, establecen la facultad que tiene la Administración de ejecutar la totalidad de la garantía de cumplimiento, y cuando el monto de la garantía de cumplimiento resultare insuficiente para indemnizar los daños y perjuicios, ese saldo en descubierto la Administración deberá reclamarlo por las vías legales pertinentes, tal y como esta sucediendo en el presente caso en concreto.
De manera que en virtud de las anteriores consideraciones del total de daños y perjuicios determinados en el considerando anterior, se le debe resta la suma depositada por concepto de garantía de cumplimiento, obteniéndose como total de daños y perjuicios la suma de $20.467,00 dólares americanos. Por tanto,
En virtud de las consideraciones de hecho y derecho y habiendo observado los plazos de ley, esta Proveeduría Institucional: Resuelve: 1) Resolver administrativamente, por incumplimiento de la empresa contratista, el contrato existente entre el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y la empresa Consultoría Consolidada S. A. COCOSA, para la adquisición de equipo de cómputo; 2) Proceda la Administración a iniciar el procedimiento de cobro administrativo contra la empresa Consultoría Consolidada S. A. COCOSA, cédula jurídica Nº 3-101-158961, por un monto de $20.467,00 por concepto de daños y perjuicios que se le causaron a la Administración por el incumplimiento contractual incurrido por la empresa antes mencionada; 3) Ejecutar la garantía de cumplimiento rendida por la empresa Consultoría Consolidada S. A. COCOSA; 4) Recomendar al señor Ministro de Trabajo y Seguridad imponer a la empresa Consultoría Consolidada S. A. COCOSA, la sanción administrativa de inhabilitación por un período de cuatro años, para participar en procedimientos de contratación administrativa del Misterio de Trabajo y Seguridad Social, ofreciendo equipo de cómputo, por incumplir con la entrega del equipo conforme a las estipulaciones señaladas en el cartel de licitación Nº CD5699-04, oferta de participación y acto de adjudicación. Se le hace saber a la empresa Consultoría Consolidada S. A. COCOSA, que contra esta resolución, de conformidad con los artículos 13.2.4 del Reglamento General de Contratación Administrativa, el cual remite a Ley General de la Administración Pública a los artículos 342, 343, 344, 345, 346 siguientes y concordantes de dicho cuerpo normativo, proceden los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación, los cuales deberán ser presentados, en forma conjunta o por separado, dentro de los tres días hábiles posteriores al recibo de esta comunicación, ante la Proveeduría Institucional del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. El recurso de revocatoria será resuelto por el suscrito y el recurso de apelación lo resolverá el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social. Notifíquese.
Lic. Manuel Sánchez Cascante, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 28266).—C-335465.—(1384).
BANCO CENTRAL DE COSTA RICA
INVITACIÓN PARA INTEGRAR EL REGISTRO DE PROVEEDORES
Con el fin de ampliar y actualizar el Registro de Proveedores potenciales de bienes y servicios que mantiene este Departamento de Proveeduría, se invita a las personas físicas y jurídicas que deseen ser consideradas para futuras contrataciones a que proporcionen por escrito la información necesaria, tal como se establece en los artículos 108 de la Ley de Contratación Administrativa, 59.2 y 59.3 del Reglamento General de Contratación Administrativa.
Los interesados podrán retirar un instructivo con los requerimientos para tal propósito, sin costo alguno, en nuestras oficinas ubicadas en el primer piso del Edificio Principal.
Las empresas o personas físicas que ya están inscritas, deberán presentar un documento con los datos básicos y confirmar que toda la información que se encuentra en el Registro se mantiene invariable. Si han cambiado alguno de los datos de inscripción, deberán comunicarlo y mandar los documentos originales respectivos.
A efecto de realizar los pagos directamente por medio del sistema de transferencia electrónica de fondos, tanto las empresas que ya están inscritas, como las que presenten sus datos por primera vez, deberán reportar a este Departamento el número de cuenta cliente (no cuenta corriente), el cual está compuesto de 17 dígitos.
El posible oferente deberá solicitar dicho número en las oficinas del Banco de su confianza.
Sobre cualquier duda relacionada con el Registro de Proveedores, en especial sobre la cuenta cliente, favor realizar las consultas al teléfono 243-3368.
San José, 6 de enero del 2006.—Departamento de Proveeduría.—MBA. Eduardo Ruiz V., Director.—1 vez.—(O/C Nº 7735).—C-15420.—(2074).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
GERENCIA DIVISIÓN DE OPERACIONES
DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES
DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES
A. Aviso a proveedores de la Ley Nº 6914 compra de medicamentos y materias primas. A todas las personas físicas o jurídicas debidamente registradas en el Ministerio de Salud para la venta de medicamentos y materias primas en el territorio nacional, que aún no forman parte del Registro de Oferentes del Departamento de Adquisiciones y que tiene por objeto la adquisición de productos para la institución, se les invita a apersonarse al Departamento de Adquisiciones, piso 11, de las Oficinas Centrales de la Caja Costarricense de Seguro Social, ubicada en calles 5 y 7, avenidas 2 y 4, para que retiren los documentos necesarios para la inscripción de sus productos a efectos de que puedan participar en los concursos que promueven la institución.
Para mayor información comunicarse a los teléfonos: 295-2566, 295-2815 ó 295-2812, y para los efectos de los trámites de compra consultar La Gaceta Nº 243, de fecha 18 de diciembre del 2001, página 44 y La Gaceta Nº 130, de fecha 30 de julio del 2004, página 44, en donde se encuentra publicado el Reglamento para Compra de Medicamentos, Materias Primas, Envases y Reactivos y sus reformas.
B. Aviso a proveedores de la Ley de Contratación Administrativa. De conformidad con lo establecido en el artículo 108 de la Ley de la Contratación Administrativa, se invita a todas las personas físicas y jurídicas, interesadas en formar parte del Registro de Oferentes del Departamento de Adquisiciones, a retirar los formularios en el Departamento de Adquisiciones, ubicado piso 11 del edificio Laureano Echandi, calles 5 y 7, avenidas 2 y 4, Oficinas Centrales.
A los proveedores inscritos, que han tenido algún cambio respecto a la información presentada en el Registro, que es de su entera responsabilidad hacer las modificaciones correspondientes.
El Área de Adquisiciones esta ubicado en el piso 11 del edificio Laureano Echandi, calles 5 y 7, avenidas 2 y 4, Oficinas Centrales de la CCSS. Su horario de atención al público es de lunes a viernes de 7:00 a. m. a 3:00 p. m., en jornada continua, para todos los efectos.
San José, 10 de enero del 2006.—Manuel Carballo Moreira, Coordinador General.—1 vez.—C-19270.—(2423).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
La Municipalidad de Heredia, avisa a todos los Proveedores de Servicios y Mercaderías interesados en contratar con la Municipalidad de Heredia, con el fin de cumplir con lo que dispone la Ley N° 7494 Ley de Contratación Administrativa vigente.
Se invita, a formar parte del Registro de Proveedores de esta Municipalidad, para la cual deben solicitar y presentar debidamente lleno el formulario de inscripción en el Registro de Proveedores, en el Departamento de Proveeduría, cita costado oeste del Liceo de Heredia.
Las personas o empresas que han cumplido con este requisito no es necesario actualizar, salvo cualquier cambio de dirección, teléfono, etc. favor entregar personalmente la fórmula.
Se hace el recordatorio de la necesidad de poseer factura debidamente avalada por la Dirección General de Tributación Directa, así mismo se hace el recordatorio del deber legal que tiene la Municipalidad, ante los acreditantes de importes o pagos, de actuar como agente de retención o deducción del Impuesto sobre la Renta, de los importes o erogaciones, que en cada caso señala la Ley, artículos 105 y 107, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, 25 y 42 inciso g) del Reglamento General de Gestión, Fiscalización de Recaudación Tributaria y Resolución N° 8/97 La Gaceta N° 170 del 4 de setiembre del 1997.
Heredia, 5 de enero del 2006.—Lic. Jonathan Fonseca Castro, Proveedor Municipal a. í.—1 vez.—(Solicitud N° 23105).—C-10470.—(1673).
MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUÍ
INVITACIÓN A PROVEEDORES
Con el objeto de actualizar el Registro de Proveedores de Bienes y Servicios, según lo estipula el artículo 108 de la Ley de Contratación Administrativa y artículos 59.2, 59.3 del Reglamento General de Contratación Administrativa, la Municipalidad de Sarapiquí invita a personas físicas y jurídicas que deseen inscribirse a nuestro registro de proveedores, se sirvan suministrar la siguiente información:
• Nombre y apellidos o razón social.
• Cédula de la persona sea física o jurídica y copia de la misma.
• Dirección exacta, números de teléfono, fax, apartado postal, dirección electrónica, persona autorizada para establecer relación comercial (agente de ventas), apoderado legal.
• Actividad a la que se dedican y lista de los bienes y/o servicios que ofrece, ordenados alfabéticamente.
• Declaración jurada de no estar afectado/a por las prohibiciones establecidas en el artículo 22 de la Ley de Contratación Administrativa.
• Declaración jurada de estar al día con los impuestos nacionales.
• Declaración jurada y original de certificación que haga constar que se encuentra al día con las obligaciones Obrero Patronales de la CCSS.
• Aportar certificación original de personería Jurídica.
• Aportar certificación original de la naturaleza y propiedad de las acciones con vista en el libro de accionistas de la empresa.
• Las sociedades, empresas y otros ligados a Colegios, deben de presentar original y copia de inscripción.
Si la información no se ha aportado en forma completa o sufrió alguna variación, debe manifestarlo por escrito y aportar los documentos originales respectivos.
Los documentos deberán presentarse directamente en la Unidad de Proveeduría de la Municipalidad, a fin de realizar una revisión preliminar para confirmar el cumplimiento de todos los requisitos. Teléfono: 766-54 33 ó 766 6216 extensión 338.
Andrés Hernández Arguedas, Proveedor Municipal.—Pedro Rojas Guzmán, Alcalde.—1 vez.—(1729).
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
DIRECCIÓN REGIONAL ALAJUELA
DIRECCIÓN DE APOYO
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº LR-004-2005 (Aclaración N° 01)
Contratación de una empresa consultora
para la elaboración
de estudios preliminares, planos de anteproyecto, planos
constructivos, presupuesto, especificaciones técnicas,
inspección y supervisión del proyecto para la
construcción de un nuevo edificio para la
agencia del Banco Nacional en Sarchí,
provincia de Alajuela
La Proveeduría del Banco Regional Alajuela, aclara a los interesados en participar en la Licitación por Registro N° LR-004-2005 lo siguiente.
Del aparto 3 Criterios de evaluación, punto 4, debe leerse de la siguiente manera:
“4. En caso de empate en la puntuación final, la oferta adjudicada será la que presente la mayor puntuación en Experiencia adicional de los Profesionales ofrecidos, si persiste el empate, se adjudicaría a la empresa con mayor puntuación en la Experiencia adicional de la empresa oferente. Si luego de esto persiste el empate, la Proveeduría Regional de la Dirección Regional Alajuela Norte del Banco Nacional de Costa Rica, convocará a todos los oferentes que tengan la condición de empate para definir, por medio de una rifa a la empresa adjudicataria. Esta rifa se hará con el siguiente procedimiento:
1. La Proveeduría Regional comunicará a las empresas empatadas, con cinco días hábiles de anticipación, la convocatoria del sorteo para la adjudicación.
2. El sorteo se realizará en las oficinas de la Dirección Regional Alajuela Norte, ubicadas en el cuarto piso del edificio de la Sucursal del Banco Nacional de Alajuela.
3. Se estima un tiempo de 30 minutos para realizar el sorteo de la adjudicación.
4. La Administración dispondrá de un Notario Público de la Institución.
5. La metodología para adjudicar será:
• La Proveeduría General utilizará un bol con papelitos, con los nombres de los oferentes.
• El proveedor, mostrará los papelitos con los nombres de cada oferente, luego los introduce al bol y sacará un papelito con el nombre del oferente el cual será el adjudicatario del proceso.
6. De todo lo anterior el Notario levantará el acta respectiva.
Por lo anterior se amplia el plazo de entrega de las ofertas para el día 20 de enero del 2006, a las diez horas, según el reloj ubicado en este despacho, momento en el cual serán abiertas en presencia de los interesados que deseen asistir.
Las demás condiciones se mantienen invariables.
Alajuela, 10 de enero del 2006.—Proveeduría Regional Alajuela.—Lic. Adrián Arias Murillo, Proveedor Regional.—1 vez.—(Nº 12-2005).—C-23670.—(2777).
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS
LICITACIÓN PÚBLICA N° 106006 (Aclaraciones)
Servicios de médicos examinadores
Se comunica a los interesados en el presente concurso, cuya invitación a participar se publicó en el Diario Oficial La Gaceta N° 5 del 6 de enero del 2006, las siguientes aclaraciones:
• Punto IV. Requisitos indispensables que deben cumplir todos los oferentes, aparte A. se elimina lo siguiente:
2. Atención únicamente a domicilio
• Punto X. Responsabilidades del adjudicatario, aparte A Formales se agrega el siguiente punto:
11. En caso de que durante el período de ejecución del contrato, se presente alguna de las siguientes situaciones:
• Justificada necesidad de la Administración de contar con médicos que brinden el servicio de exámenes físicos y/o electrocardiograma con valoración cardiovascular, en una o varias zonas específicas del país.
• Resolución de contrato, independientemente de la causa, de algún profesional adjudicado.
• Muerte o incapacidad para ejercer, de alguno de los profesionales adjudicados.
El Instituto se reserva el derecho de incluir anualmente en esta licitación, a otros profesionales, en cuyo caso se seguirá por el procedimiento que de seguido se detalla:
• Se efectuará una publicación en el Diario Oficial La Gaceta y si se considera necesario en un diario de circulación nacional, fijándose una fecha para la recepción de las nuevas ofertas.
• Se realizará un análisis de ofertas de conformidad con las condiciones del presente cartel.
• Se publicará en el Diario Oficial La Gaceta la lista de adjudicatarios, siguiendo todos los requisitos de formalización de este concurso.
• Se incorporarán los adjudicatarios a la presente licitación para la ejecución del servicio.
Las demás condiciones permanecen invariables.—Departamento de Proveeduría.—Luis Leitón Aguilar, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18424).—C-14320.—(2738).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
ÁREA DE ADQUISICIONES
SUBÁREA DE CARTELES
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006-004 (Aviso Nº 2)
Bolsas y equipos para transfusión sanguínea
A los oferentes interesados en participar en este concurso, se les comunica que se modificó el plazo de la primer entrega para los ítemes 1, 2, 7 y 8, el cual debe leerse de la siguiente manera: “...primer entrega a 60 días naturales a partir del día posterior de la notificación para el retiro del contrato”.
San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Vilma Arias Marchena, Coordinadora.—1 vez.—C-4970.—(2750).
En La Gaceta N° 8 del 11 de enero del 2006, en la página 32, se publicó el Programa de Adquisiciones del año 2006 del Centro de Desarrollo e Información en Salud y Seguridad Social, con la referencia 601, al final, después de:
2390 Equipos varios ¢8.320.000,00 I-II semestre
Léase:
Concesión de soda.
La Uruca, San José, enero del 2006.—Lic. José Miguel Chavarría Delgado, Director General a. í. de la Imprenta Nacional.—1 vez.—(2947).
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2-55-2005 (Prórroga)
Compra de sistemas didácticos para el
subsector de refrigeración, subsector de telemática y aires acondicionados
El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en la licitación por registro Nº 2-55-2005, de compra de sistemas didácticos para el subsector de refrigeración, subsector de telemática y aires acondicionados, que la fecha de apertura de esta licitación se prorroga para el próximo 26 de enero del 2006, a las 11:00 horas.
San José, 11 de enero del 2006.—Proceso de Adquisiciones.—Allan Altamirano D., Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 34150).—C-6070.—(2776).
Que la Junta Directiva de esta Institución mediante Acuerdo N° 6 Firme tomado en la sesión N° 3327, celebrada el día 14 de diciembre del año 2005, acordó modificar el inciso f) del Artículo 19 del Reglamento de Caja Chica, para que se lea como sigue:
f) Especificación detallada de los artículos comprados o servicios adquiridos y el valor unitario de cada uno. Cuando se trate de facturas o tiquetes de caja que originalmente no presenten precio unitario, queda facultado el responsable de liquidar el vale para que mediante observación firmada al dorso de la misma anote dicha información. Acuerdo firme.
Departamento de Proveeduría.—Lic. Whitman Cruz Méndez, MBA. Proveedor General.—1 vez.—(2236).
COLEGIOS UNIVERSITARIOS
COLEGIO UNIVERSITARIO DE PUNTARENAS
VENTA PÚBLICA Nº 01-2006
El Colegio Universitario de Puntarenas, mediante acuerdo firme tomado en sesión plenaria extraordinaria Nº 09-05, por el Consejo Directivo, avisa a los interesados sobre la Venta Pública de una propiedad, situada en el Barrio El Cocal, Puntarenas. Los interesados pueden retirar el cartel en la sección de Caja, primera planta, 100 metros al oeste del muelle para cruceros, Paseo de los Turistas, Puntarenas Centro, teléfono 661-44-44, ext. 230-104.
Fecha y lugar de la recepción de las ofertas: Se recibirán ofertas de compra, por escrito en sobre cerrado, las cuales deben ser entregadas en la oficina del Consejo Directivo, ubicado en el Edificio Central del Colegio Universitario de Puntarenas; Paseo de los Turistas, Antigua Aduana, Puntarenas; a más tardar a las 17:00 horas del 15 de febrero del 2006.
I Apertura de las ofertas: Se dará apertura de las ofertas el 15 de febrero de 2006, a las 17:00 horas en el salón del Consejo Directivo, del Colegio Universitario de Puntarenas.
II Inscripción o Folio Real: Partido de Puntarenas, 6-18144-000.
III. Naturalezas: El inmueble es una finca con dos frentes, de topografía plana y forma regular, cuyo terreno es para construir; además cuenta con una construcción apta para desarrollar la actividad hotelera, una marina, zonas verdes, piscinas, árboles frutales y ornamentales (antiguo Hotel Colonial).
IV Área: Área total según Registro Público y Plano Catastro N° P-1748-1972 es de 19.485,028 metros cuadrados mientras que la de la construcción principal es de 6.230,00 metros cuadrados.
V Ubicación: Barrio El Cocal, cantón central, distrito primero, Puntarenas, específicamente al costado este del Hotel Portobello.
VI Linderos: Al norte, con el estero de Puntarenas, con una longitud de 196.99 metros; al sur, con calle pública, con una longitud de 195.58 metros; al este, con Richard Jonson Stone (Yatch Club) con una longitud de 92.43 metros, y al oeste, con Flora Esquivel García (Hotel Portobello) con una longitud de 77.90 metros.
VII Base de Referencia: ¢ 438.088.870,20 (Cuatrocientos treinta y ocho millones ochenta y ocho mil ochocientos setenta colones con 20/100).
“Este procedimiento de venta pública, se regirá por la Ley de Contratación Administrativa y su reglamento”.
Puntarenas, 10 de enero del 2006.—Cléber Araya Villalobos, Director Administrativo.—1 vez.—(2627).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Con base al acuerdo dictado por el Concejo Municipal de Santa Cruz, de su sesión ordinaria Nº 49-2005, artículo Nº 10, inciso 10), de fecha 6 de diciembre del 2005, se acuerda por mayoría 5-2: sacar a remate público 50 patentes para la venta de licores. El cual se realizó el día 21 de diciembre-2005, quedando pendientes de remate 6 patentes ubicadas en: distrito octavo Cabo Velas 4 patentes de Licores y en el distrito tercero Veintisiete de Abril 2 patentes de licores.
Por lo que se procede a un segundo remate fijando la fecha de remate de las 6 patentes de Licores el día 25 de enero del año 2006, a las 10:00 a.m., en la sala de Sesiones de la Municipalidad de Santa Cruz, cuyo precio será de ¢4.500.000,00 a la base.
Publíquese.—Pastor Gómez Ruiz, Alcalde Municipal.—1 vez.—(2478).
SUCURSAL EN SANTA CRUZ
AVISO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Yo, Huan He Chun Yan,
cédula de residencia Nº 626-139023-004033, solicitante del Giro Internacional
Nº 432362 extendido a la orden de Wong Kuai Lin, girado contra el Banco Bizca
Miami, emitido por el Banco Nacional de C. R., sucursal en Santa Cruz, por un
monto de $600,00 (seiscientos dólares con 00/100) con fecha de emisión 17 de
agosto del 2005. Solicito al Banco Nacional de Costa Rica, la reposición de
este documento por causa de extravío. Se publica este anuncio por tres veces
consecutivas para oír reclamos de terceros, por el término de quince días.
Santa Cruz, Guanacaste,
9 de enero del 2006.—Lorenzo Álvarez Moreno, Gerente.—(2185).
CENTRO SERVICIOS FINANCIEROS
CATEDRAL
AVISO
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
El Banco Popular y de
Desarrollo Comunal de este domicilio, hace del conocimiento del público en
general, el extravío del siguiente certificado de ahorro a plazo fijo a la
orden de Bogantes Coto Marvin Gerardo, cédula Nº 4-144-708.
Fecha Fecha
Certificado Nº Monto
¢ vencimiento Cupón Nº Monto vencimiento
16108460210876888 214.696,05 02-03-2006 Capitalizable ***** *****
Lo anterior para
efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.
San José, 4 de enero
del 2006.—Lic. Maricela Ureña Herrera, Coordinadora.—(903).
MACROPROCESO DE OPERACIÓN DE NEGOCIOS
SUCURSAL EN PAVAS
AVISO
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
El Banco Popular y de
Desarrollo Comunal (Sucursal en Pavas), hace del conocimiento del público en
general, el extravío del siguiente certificado de ahorro a plazo fijo a la
orden de Hidalgo Rojas Dunia, cédula Nº 2-349-877.
Fecha Fecha
Certificado Nº Monto
$ vencimiento Cupón Nº Monto
$ vencimiento
161516022014979-3 2.154,00 22-08-2005 001 3.41 22-08-2005
Lo anterior para
efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.
Pavas, 4 de noviembre
del 2005.—Lic. Karla Miranda Pérez, Gerente.—(907).
SUCURSAL JACÓ
AVISO
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Se
procede a hacer reposición de cheque de gerencia del Banco Popular Nº 8721-9, a
nombre de Gestión y Cobro Las Gaviotas S. A., por la suma de $.3.230 (tres mil doscientos treinta
dólares). Cualquier persona que se encuentre afectada presentarse a las
oficinas centrales del Banco Popular, Departamento Legal o en la Sucursal en
Jacó, Puntarenas. Es todo.—San José, 4 de enero del 2006.—Lic. Hazel Solano
Siles, Notaria.—Nº 77482.—(1125).
SUCURSAL EN LIBERIA
AVISOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El Banco Popular y de
Desarrollo Comunal de este domicilio, hace del conocimiento público que el
señor Ponce Contreras José Benito, cédula Nº 5-063-946 y Ponce Alcócer María
Virginia, cédula Nº 5-246-634, ha solicitado por motivo de extravío la
reposición del siguiente certificado de ahorro a plazo.
Nº
certificado Monto
¢ Fecha vencimiento
16100260210210827 1.500.000,00 16-03-06
Nº
cupones Monto
¢ Fecha vencimiento
Del 001
al 012 17.937,50
c/u 16-03-06
Lo anterior para los efectos
de los artículos N° 708 y N° 709 del Código de Comercio.
Liberia, 19 de
diciembre del 2005.—MBA. Deyanira Castro, Subgerente.—(2094).
CENTRO SERVICIOS SUCURSAL
CARTAGO
AVISO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El Banco Popular y de
Desarrollo Comunal de este domicilio, hace del conocimiento del público en
general, el extravío del siguiente certificado de ahorro a plazo fijo a la
orden de Gálvez Gálvez Orlando Salomón, cédula Nº 000090425978.
Fecha Fecha
Certific. Nº Monto vencim. Cupón Nº Monto vencim.
16101260220273291 $ 2.784,00 21-07-05 Capitalizable ******* *******
Lo anterior para
efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.
Cartago, 19 de
diciembre del 2005.—Lic. Gilbert Román Quesada, Subgerente.—(2182).
AVISO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Mauricio Antonio Fallas
Ureña, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura
en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y
costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor
Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los
cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.
Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 14 de diciembre del 2005.—Área de Investigación.—Dr. Daniel
Gadea Nieto, Director, Facultad de Derecho.—(2670).
VICERRECTORÍA ACADÉMICA
REPOSICIÓN DE TÍTULO
AVISOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante el Departamento de
Registro de la Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición de
diploma, por: Extravío. Correspondiente al título de: Bachillerato en Ciencias
de la Educación con Concentración en Problemas de Aprendizaje. Grado académico:
Bachillerato, registrado en el libro de títulos bajo: tomo: 10, folio: 21
asiento: 449, a nombre de: Ponce Alcócer María Virginia. Con fecha: 31-07-1992,
cédula de identidad: Nº 5-246-0634. Se publica este edicto para oír oposiciones
a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en La Gaceta.
Heredia, 22 de julio
del 2005.—Departamento de Registro.—MBA Flor de María Chacón Ramírez,
Directora.—(2095).
Ante el Departamento de
Registro de la Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición de
diploma, por: Extravío. Correspondiente al título de: Bachillerato en Ciencias
de la Educación con Concentración en Administración Educativa. Grado académico:
Bachillerato, registrado en el libro de títulos bajo: tomo: 16, folio: 107
asiento: 829, a nombre de: Ponce Alcócer María Virginia. Con fecha: 07-04-2000,
cédula de identidad: Nº 5-0246-0634. Se publica este edicto para oír
oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en La Gaceta.
Heredia, 22 de julio
del 2005.—Departamento de Registro.—MBA Flor de María Chacón Ramírez,
Directora.—(2098).
Ante el Departamento de
Registro de la Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición de
diploma, por: Extravío. Correspondiente al título de: Diplomado en Ciencias de
la Educación en I y II ciclo. Grado académico: Diplomado, registrado en el
libro de títulos bajo: tomo: 89, folio: 22 asiento: a nombre de: Ponce Alcócer
María Virginia. Con fecha: 14-07-1989, cédula de identidad: Nº 5-0246-0634. Se
publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término
de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.
Heredia, 22 de julio
del 2005.—Departamento de Registro.—MBA Flor de María Chacón Ramírez,
Directora.—(2099).
CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA
Para exponer sobre los
aspectos técnicos, económicos y financieros de:
Solicitud presentada por la
empresa Autotransportes Rosol Limitada, con el fin de que se ajuste la tarifa
de las rutas 424-442, tramitada en bajo el expediente ET-136-2005 y descrita
según se detalla:
Trayecto Tarifa Tarifa variación
vigente solicitada %
Heredia-Mercedes
Sur-Cubujuquí- 110,00 135,00 22,72%
San
Jorge-Universidad
El martes 24 de enero
de 2006, a las diecisiete horas (5:00 p.m.) se llevará a cabo la Audiencia
Pública en el auditorio de la Autoridad Reguladora, para conocer sobre esta
petición. El plazo para recibir posiciones sobre esta solicitud vence el jueves
19 de enero de 2006, a las quince horas.
Se hace saber a los
interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en la
Dirección de Fiscalización y Defensa del Usuario, situada en Sabana Sur, 400
metros oeste del edificio de la Contraloría General de la República, San José.
Cualquier interesado, con
interés legítimo o derecho subjetivo, puede participar en la audiencia y quien
desee hacer uso de la palabra, debe formular por escrito, en original, su
posición ante esta Autoridad Reguladora, sustentando su pretensión con las
pruebas que sean pertinentes. En el documento debe indicar lugar dentro del
perímetro de San José o número de Fax donde ser notificado en el caso de una
persona física deberá aportar fotocopia de su cédula; las personas jurídicas
deberán aportar certificación de personería vigente.
Dentro del plazo legal
otorgado se recibirán posiciones mediante el facsímile 290-2010, mismas que
deberán estar firmadas y debiendo presentar el original a más tardar el día de
la celebración de la audiencia. Se informa que el Consejero del Usuario para
esta solicitud es el Lic. Daniel Fernández Sánchez. Para cualquier información
adicional a los teléfonos 800-827-3737 ó 220-0102.
San
José, 9 de enero del 2006.—Lic. Viria Huertas Guillén, Dirección de
Fiscalización y Defensa del Usuario.—1 vez.—(028-DAF-2006).—C-14320.—(2096).
Resolución RRG-5248.—San
José, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de diciembre
del dos mil cinco.
Solicitud de fijación
tarifaria presentada por la empresa Azucarera El Viejo S. A., para la venta de
la energía eléctrica que genera. Expediente ET-118-2004
Resultando:
I.—Que Azucarera El
Viejo S.A., representada por el señor José A. Jenkins, en su calidad de
Vicepresidente y apoderado generalísimo sin límite de suma de la citada
empresa, según certificación visible a folio 96, mediante nota recibida el 19
de setiembre de 2005, solicita que se fije una tarifa tope promedio de $0,047
por kWh vendido al Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) (folios 2 y
siguientes).
II.—Que la petente tiene la
concesión 857-E, otorgada por el Servicio Nacional de Electricidad, hoy
Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos; para generar electricidad
utilizando como fuente el bagazo, y vender la energía resultante al ICE. Esa
concesión tiene vigencia hasta el 22 de enero del 2006.
III.—Que la planta tiene una
capacidad nominal de 12,5 MW y cuenta con dos turbogeneradores, uno de ellos
tiene una potencia nominal de 7,5 MW y el otro de 5 MW (folio 8 del expediente
ET-118-2005).
IV.—Que la empresa adjunta
información relativa al pago de impuestos, a la existencia de póliza de riesgos
de trabajo y al cumplimiento de pago cargas sociales; así como las
certificaciones y declaraciones juradas que se solicitan en estos casos (folios
91 a 96).
V.—Que por oficio
1175-RG-2005, del 19 de setiembre del 2005 (folio 100), la Reguladora General
ordenó que se iniciara el trámite de la referida solicitud.
VI.—Que por oficio
759-DEN-2005, del 26 de setiembre de 2005, que ocupa los folios de 101 a 103,
la Dirección de Servicios de Energía le previno a la petente presentar
información faltante para el trámite de su solicitud.
VII.—Que mediante nota del 10
de octubre del 2005 (folios 105 y siguientes), recibido en la Autoridad
Reguladora ese mismo día, la petente cumplió satisfactoriamente lo prevenido en
el oficio 759-DEN-2005, arriba citado.
VIII.—Que mediante oficio
914-DEN-2005, del 14 de octubre de 2005, visible a folio 156, se otorgó la
admisibilidad de la citada solicitud.
IX.—Que la convocatoria a
Audiencia Pública, se publicó en los diarios La Nación y Al Día, del 20 de
octubre de 2005 (folios 157 y 158). Dicha convocatoria, también se publicó en La
Gaceta Nº 204, del 24 de octubre del 2005 (folio 159).
X.—Que en el Informe de
Instrucción, visible a folios 183 y 184, se indica que dentro del plazo legal
estipulado para ello, no se presentaron oposiciones.
XI.—Que la audiencia pública
se realizó el 28 de noviembre del 2005 en el Auditorio de la Autoridad
Reguladora. El acta que corresponde a la citada audiencia es la número 51-2005,
que consta en los folios 180 y 181.
XII.—Que el ICE presentó un
documento titulado “Posición del Instituto Costarricense de Electricidad ante
la solicitud de fijación de tarifa de venta de energía eléctrica presentada por
la Azucarera El Viejo, S.A.”, el cual fue presentado de forma extemporánea.
XIII.—Que la citada petición
tarifaria, fue analizada por la Dirección de Servicios de Energía,
produciéndose el oficio 1151-DEN-2005, del 15 de diciembre de 2005, que corre
agregado a los autos (folios 184 y siguientes).
XIV.—Que en los
procedimientos se han observado los plazos y las prescripciones de ley.
Considerando:
I.—Que del referido
informe, incluido en el Oficio 1151-DEN-2005, del 15 de diciembre de 2005, se
desprenden las siguientes conclusiones:
1) Según la información remitida por la empresa,
los costos anuales de cogeneración suman ¢ 86 783 mil, de acuerdo con el siguiente
detalle: costos de materia prima ¢ 8 860 mil, los de mano de obra ¢ 16 745 mil,
los costos indirectos de fabricación ¢ 28 554 mil y gastos por depreciación ¢
32 853 mil.
2) En general, la metodología seguida por la
empresa se basa en las siguientes premisas: valor actual del activo fijo neto:
¢ 572 784 mil, método de depreciación por línea recta, ventas brutas de 6 600
000 kWh, y gastos de operación y mantenimiento según el detalle anterior.
3) Bajo las condiciones y premisas citadas, la
empresa ha determinado una tarifa de U.S
$0,048 por kWh que está dispuesta a aceptar como precio tope.
4) Después del respectivo análisis de la
valoración que se realizó por parte de la empresa a la planta de generación, la
Dirección de Servicios de Energía ha considerado necesario realizar los
siguientes ajustes: (a) Se actualizaron las proyecciones de los
parámetros macroeconómicos a noviembre de 2005; (b) El cálculo del
rédito para el desarrollo se realizó con base en los parámetros de
cogeneración, no incluye la actividad industrial principal de la petente, y
además se actualizaron las variables utilizadas para el cálculo; (c) Se
utilizó como base para la asignación de gastos y activos entre cogeneración y
consumo propio de electricidad la capacidad de los dos turbogeneradores de 12,5
MW; (d) La distribución de gastos entre generación eléctrica y la
actividad industrial (caña de azúcar) se realizó con base al porcentaje de
gastos de generación con respecto al gasto total de la empresa; (e) Para
calcular la base tarifaria se utiliza el activo fijo neto promedio revaluado, y
además se descuenta del cálculo del capital de trabajo los gastos de
depreciación.
5) Según este Estado de Resultados preparado por
la Dirección de Servicios de Energía, con la tarifa recomendada, la empresa
obtendría una utilidad de operación de ¢ 60 427 mil en el periodo 2006, según
el siguiente detalle: Ingresos por ¢ 125 995 mil; Gastos Totales por ¢ 65 568
mil, que comprende los Costos de Materia Prima por ¢ 6 222 mil; Mano de Obra
por ¢ 12 074 mil; Costos Indirectos de Fabricación por ¢ 23 398 mil; una base
tarifaria de ¢ 675 170 mil y un rédito para el desarrollo de 8,95%.
6) Con base en información suministrada por el
Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), se concluye que el costo de
generación promedio de ese Instituto, tomando en cuenta todas las fuentes, es
de $ 0,030 por kWh; variando éste desde $ 0,0212 en el caso de la generación
hidroeléctrica, hasta $ 0,5237 por cada kWh generado por fuentes térmicas.
7) Los costos por concepto de compras a
generadores privados han sido en promedio de $ 7,50 centavos por kWh. Además, la tarifa anual para generación
privada (para empresas con tarifa anual) actualmente es de $ 6 centavos por kWh
en promedio.
8) Es importante advertir que para las
comparaciones anteriores hay que tomar en cuenta que los costos del ICE son a
nivel contable (basados en el pasado); mientras que los precios de generación
privada utilizan como referencia los costos evitados (futuros). Además, los
precios de la generación privada incluyen la respectiva utilidad de la
actividad, mientras que los costos del ICE no.
9) Si se compara con la tarifa que se recomienda
aprobar a la Azucarera El Viejo, S. A. ($ 0,038 por kWh), con los costos de las
plantas generadoras térmicas que tiene el ICE en operación, estas últimas
tienen costos significativamente superiores, que oscilan entre los $0,2524 y
los $2,1633 por kWh.
10) Lo anterior es un indicador de la razonabilidad
de los costos promedios que se han calculado para la Azucarera El Viejo, S.A.
Además se debe tomar en cuenta que la tarifa que se recomienda aprobar es un
precio tope. La tarifa que definitivamente se llegue a convenir, dependerá de
la decisión de ambas partes (ICE y generador privado), de acuerdo con las
condiciones técnicas (operativas) y financieras del ICE y del generador
privado.
11) Con base en la
información suministrada y que consta en el expediente ET-118-2005, el análisis
efectuado por la Dirección de Servicios de Energía y la información sobre
costos y tarifas alternativas, se recomienda aprobar una tarifa de $ 0,038 por
kWh vendido por la Azucarera El Viejo, S. A.
al ICE, de acuerdo con la concesión 857-E.
12) En general, la fijación que ahora se recomienda
no sería obstáculo para hacer fijaciones generales para un grupo particular de
generadores privados que vendan energía al ICE, que se tramiten ante la
Autoridad Reguladora; dado que: (a.) La actual fijación se hace bajo la
modalidad de precio tope, lo que implica que se trata de un rango de precios
(con un máximo o techo), y (b.) Esta fijación es temporal, dado que: (i)
la fecha de la concesión está próxima a expirar (22 de enero de 2006), y (ii)
según la legislación vigente, la empresa debería presentar un estudio tarifario
por lo menos una vez al año, por lo que la fijación que se recomienda es de
corto plazo.
13) En resumen, se recomienda aprobar una tarifa de
venta de energía eléctrica de la empresa Azucarera El Viejo, S. A. al ICE de $ 0,038 por kWh, por las siguientes
razones: (a) Responde a los costos propios de la empresa; (b) Se
calculó con una de las metodologías utilizadas para calcular tarifas de
generación, por parte de la Autoridad Reguladora; (c) Le permite a la
empresa una rentabilidad apropiada para la actividad que realiza; (d)
Esta tarifa es similar a la que tienen empresas de similar actividad, (e.)
Es inferior al costo promedio pagado a los generadores privados durante el
último año ($ 0,075 por kWh); (f) Es inferior al precio promedio de la
última fijación anual para generación privada ($ 0,06001 por kWh); (g)
Es menor a lo que le cuesta al ICE generar energía eléctrica las plantas
térmicas; (h) Se establece como una tarifa tope, que le permite al ICE
negociar con la empresa de acuerdo con sus necesidades y condiciones técnicas y
financieras.
II.—Que de conformidad
con los resultandos y considerandos que preceden y, de acuerdo con el mérito de
los autos, lo procedente es fijar una tarifa tope promedio de $ 0,038 por kWh
para la venta de energía que genera la empresa Azucarera El Viejo S.A., como se
dispone. Por tanto,
Con fundamento en las
potestades conferidas en los artículos 5° inciso d), 57 incisos c) y g) de la
Ley 7593, el Decreto 29732-MP, la Ley
7200 y su reglamento y, la Ley General de la Administración Pública,
LA REGULADORA GENERAL,
RESUELVE:
I.—Fijar una tarifa
tope promedio, es decir que las partes pueden convenir una tarifa diferente,
siempre que sea menor que la fijada aquí,
de $ 0,038 (treinta y ocho centavos de dólar) por kWh, para la venta de
energía eléctrica que genera Azucarera El Viejo, S. A.
II.—Indicarle a la empresa
Azucarera El Viejo, S. A. que esta tarifa debe entenderse como tarifa tope, de
tal forma que la empresa y el Instituto
Costarricense de Electricidad (ICE) pueden convenir una tarifa diferente,
siempre que sea menor que la referida.
III.—Indicarle a la empresa
Azucarera El Viejo, S. A. que la respectiva tarifa debe liquidarse al tipo de
cambio de venta vigente al momento de cada transacción.
IV.—Recordarle a la empresa
Azucarera El Viejo, S. A. que al firmar
el respectivo contrato de compra – venta de energía con el ICE, no debe incluir
ninguna cláusula que indique expresamente el precio al cual se regirá la
transacción. En su lugar, debe establecerse que “las tarifas serán las que
determine la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP)”.
V.—Indicarle a la empresa
Azucarera El Viejo, S. A. y al Instituto
Costarricense de Electricidad (ICE) que el respectivo contrato que lleguen a
firmar para la compra venta de energía, debe ser refrendado por esta Autoridad
Reguladora.
En cumplimiento de lo que
ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se
indica que contra la anterior resolución caben los recursos ordinarios de
revocatoria y de apelación y el extraordinario de revisión. El de revocatoria
podrá interponerse ante la Reguladora General; a quien corresponde resolverlo;
el de apelación y el de revisión, podrán interponerse ante la Junta Directiva,
a la que corresponde resolverlos.
El recurso de revocatoria y
el de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir
del siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados
en el artículo 354 de la citada Ley.
Publíquese y
notifíquese.—Lic. Aracelly Pacheco Salazar, Reguladora General.—1 vez.—(Nº
028-Daf-2006).—C-95720.—(2097).
El Instituto Nacional
de Estadística y Censos, avisa que el índice de precios al consumidor (Base
enero 1995 = 100) correspondiente a diciembre del 2005, es de 350,68; el cual
muestra una variación porcentual mensual de 1,01 y una variación porcentual
acumulada del primero de enero al treinta y uno de diciembre del 2005 (12
meses) de 14,07.
Esta oficialización se hace
con base en estudios realizados en el Instituto Nacional de Estadística y
Censos.
San José, 4 de enero
del 2006.—Jaime Vaglio Muñoz, Gerente.—1 vez.—(Solicitud Nº
20649).—C-5520.—(2445).
INSTITUTO DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA
Somete a consulta
pública los siguientes proyectos de norma:
PN INTE 23-01-01-06, “Cebolla para procesamiento industrial - Requisitos”.
PN INTE 02-03-05-06, “Helados y mezclas para helados - Requisitos”.
PN INTE 12-01-02-06, “Sistemas de gestión - Guía para la integración de
los sistemas de gestión”.
Se recibirán
observaciones a los anteriores proyecto de norma hasta el 18 de marzo del 2006.
Para mayor información,
comuníquese con la División de Normalización al teléfono 283-4522 o a los
correos jrestrepo@inteco.or.cr o grodriguez@inteco.or.cr
Carlos E. Rodríguez,
Director Ejecutivo.—1 vez.—(2116).
TRÁMITE DE NO AFECTACIÓN DE
INMUEBLES (EXONERACIÓN)
Se comunica a todos los
propietarios que el periodo para exoneración del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles (inciso e), artículo 4º de la Ley Nº 7509, inicia el 16 de enero y
finaliza el 7 de abril del 2006.
Alexander
Robles Delgado, Administrador Tributario a. í.—1
vez.—(1936).
BANDERA DEL CANTÓN DE POÁS
La suscrita Secretaria
Municipal, Roxana Chinchilla Fallas, hace constar que en la sesión ordinaria Nº
183 celebrada el 15 de noviembre del 2005, el Concejo Municipal de Poás, aprobó
la Bandera del cantón de Poás que textualmente dice:
Se acuerda:
Acuerdo Nº 2491-11-2005
Por
iniciativa del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Poás, el Concejo
Municipal aprueba la Bandera del cantón de Poás, declarada oficial con los
colores Gris y Rojo, con el siguiente significado: Color Rojo: color fuerte y
llamativo, profundo, llama mucho la atención a los jóvenes, simboliza la sangre
que hay en el ciudadano Poaseño, que lleva con orgullo y lo procede una gran
herencia de nuestros abuelos, que han luchado por mantener la Paz y fortalecer
nuestra Democracia. Que ha luchado por obtener el fruto dulce que produce
nuestro suelo y las madres que han visto y quieren seguir viendo crecer los
niños y los jóvenes saludables, alegres y entusiastas. Color gris: Ceniza del
Volcán, que se convierte en el mejor abono de nuestra tierra y eso lo saben
nuestros campesinos y después de ahí solo es una comparación científica.
Materia Gris, nuestra mente siempre pensante, el esfuerzo de la juventud y la
sabiduría de los mayores. El cielo es gris, la señal de agua fuente de vida y
la fortaleza de nuestra tierra, bella, fértil, única, llena de flores de
increíbles, fragancias y aroma, diversidad de fauna y especialmente de mi gente
hospitalaria, humilde, sencilla y de un gran corazón. Otras Especificaciones:
Las franjas de la bandera son en forma horizontal y el ancho de cada franja
ambas deben ser uniformes, colocadas primer franja de color Rojo, segunda
franja el color gris y tercer franja de color Rojo. Publíquese en el Diario
Oficial La Gaceta.
“Para ver la imagen solo en Gaceta en formato PDF”
Acuerdo Unánime.
San Pedro de Poás, 23
de noviembre del 2005.—Roxana Chinchilla Fallas, Secretaria Municipal.—1
vez.—(1731).
HIMNO A POÁS
La suscrita Secretaria
Municipal, Roxana Chinchilla Fallas, hace constar que en la sesión ordinaria Nº
183 celebrada el 15 de noviembre del 2005, el Concejo Municipal de Poás, aprobó
el Himno a Poás, que textualmente dice:
Acuerdo Nº 2490-11-2005
Aprobar el Himno a Poás
propuesto por el señor Mario Alberto Murillo Campos, autor de su letra y
música, el cual se detalla a continuación:
HIMNO A POÁS
¡Oh Poás!,
que ensalzo tu nombre
de las mieles nacieron
tus hombres,
de tus hijos coronaron
tu frente,
proclamando
riquezas por siempre.
En tus tierras,
benditas por Dios
el asedio, a un futuro
mejor
al forjar tu bello
cantón
hoy
te guardo en el corazón.
Prometo, por siempre
honrarte,
y más nunca, dejaré de
amarte;
de antepasados dignaron
tutores
en
sus nacientes los nombres cantores.
Fresca y verde muy viva
tu flora,
mil colores te pinta la
aurora;
cual guardián de un
valle sin par
creces
fuerte terruño y hogar.
Diversas costumbres, de
antaño nos diste:
las serenatas en cuna
trajiste,
de los Botos e
imponentes Volcán,
un gran nombre, por
siempre te dan.
Compositor letra y
música: Mario Alberto Murillo Campos, vecino de San Pedro de Poás.
San Pedro de Poás, 23
de noviembre del 2005.—Roxana Chinchilla Fallas, Secretaria Municipal.—1
vez.—(1732).
Hace saber a quien
interese que el señor Rodrigo Escalante Vega, cédula Nº 4-055-543; solicita que
se traspase a su nombre un derecho en el cementerio central de Heredia, lote Nº
106 bloque B, con una medida de 3 metros cuadrados, para 2 nichos, s/solicitud
Nº 788, recibo Nº 165-J, inscrito en folio 25, libro 1, el cual fue adquirido
el 20 de julio de 1949. El mismo se encuentra a nombre de María Vega Fonseca de
Escalante. Datos confirmados según constancia extendida por el Departamento de
Rentas y Cobranzas de fecha siete de noviembre del 2005. Se emplaza por 30 días
a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo para que se apersone a
la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de Heredia, a fin de
hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre
del petente.
MSc. Flory Álvarez
Rodríguez, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(2189).
DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO
TERRESTRE
EDICTOS
Quebrada Papaturro S.
A., cédula jurídica Nº 3-101-182791, con base a la Ley sobre Zona Marítimo
Terrestre Nº 6043 del 2 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo Nº 7841-P, del 16
de diciembre de 1977, solicita en concesión una parcela de terreno localizada
en Playa Junquillal, distrito 27 de Abril, cantón Santa Cruz, provincia de
Guanacaste. Mide: 854,59 metros cuadrados. Es terreno para dedicarlo a uso
residencial recreativo y zona de protección. Linderos: norte, quebrada
Arbolito; sur, zona restringida y calle pública; este, quebrada Arbolito y zona
restringida; oeste, calle pública y quebrada Arbolito y zona pública. Se
conceden 30 días hábiles, para oír oposiciones, las cuales deben venir
acompañadas de dos copias. Se advierte que la presente publicación no otorga
derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que las futuras
disposiciones del Plan Regulador varíen el destino de la parcela.
Santa Cruz, 3 de enero
del 2006.—Edwin Ortiz Ortiz, Encargado.—1 vez.—(2428).
Pozo de Mapache S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-182792, con base a la Ley sobre Zona Marítimo Terrestre Nº
6043 del 2 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo Nº 7841-P, del 16 de diciembre
de 1977, solicita en concesión una parcela de terreno localizada en Playa
Junquillal, distrito 27 de Abril, cantón Santa Cruz, provincia de Guanacaste. Mide:
1 206,67 metros cuadrados. Es terreno para dedicarlo a uso residencial
recreativo y zona de protección. Linderos: norte, quebrada Arbolito y zona
restringida; sur, quebrada Arbolito y calle pública; este, quebrada Arbolito y
zona restringida; oeste, calle pública y zona restringida. Se conceden 30 días
hábiles, para oír oposiciones, las cuales deben venir acompañadas de dos
copias. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la
misma se realiza sin perjuicio de que las futuras disposiciones del Plan
Regulador varíen el destino de la parcela.
Santa Cruz, 3 de enero
del 2006.—Edwin Ortiz Ortiz, Encargado.—1 vez.—(2429).
ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
EDICTO
Mariela Alpízar
Alvarado, soltera, de oficios del hogar, con cédula de identidad número
6-182-135, vecina de Playa Coyote, con base en la Ley de Zona Marítimo
Terrestre N° 6043 del 2 de marzo de 1977 y su Reglamento, aprobado mediante
Decreto Ejecutivo N° 7841-P de 16 de marzo de 1977, solicita en concesión un terreno
localizado en Playa Coyote, distrito sexto Bejuco, cantón noveno Nandayure, de
la provincia de Guanacaste. Mide 537,78 metros cuadrados, para darle un uso
Residencial Turístico. Sus linderos son: norte, zona de protección de manglar;
sur, calle pública, este, zona restringida de la ZMT, y oeste, zona restringida
de la ZMT. Se concede a los interesados un plazo máximo de treinta días hábiles
contados a partir de ésta única publicación para oír oposiciones, las cuales
deberán ser presentadas en la Municipalidad ante la oficina del Alcalde
Municipal. El opositor debe identificarse debidamente.
Carmona de Nandayure,
Guanacaste.—Humberto León Abadía, Encargado.—1 vez.—(1947).
DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO
TERRESTRE
EDICTO
El Departamento de la
Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Carrillo, Guanacaste, hace del
conocimiento público que el señor Hernán Cordero Maduro, mayor, casado una vez,
abogado y notario, vecino de San José, portador de la cédula de identidad número
uno-trescientos cuarenta y ocho-cero treinta. Con base en la Ley Sobre la Zona
Marítimo Terrestre número 6043 del 2 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo
número 7841-P del 16 de diciembre de 1977. solicita en concesión un lote de
terreno localizado en Playa Hermosa, distrito Sardinal, cantón Carrillo,
provincia Guanacaste. Mide: 1 453,48 metros cuadrados, según plano catastro
G-475733-98, localizada en la Zona Hotelera y Comercial Turística, según el
Plan Regulador aprobado para la zona, y es terreno para darle un uso de
vivienda unifamiliar y multifamiliar; los linderos son: al norte, cincuenta
metros zona inalienable; al sur, calle pública; al este, Inversiones Delta
Sociedad Anónima; al oeste, Manglar y en parte Equipos Automotores Sociedad
Anónima. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la
misma se realiza sin perjuicio de que el área, uso y frente al mar quedan
sujetas a las disposiciones del Plan Regulador aprobado para la zona. Se
conceden treinta días hábiles contados a partir de ésta publicación para oír
oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en ésta Municipalidad en papel
sellado y con los timbres correspondientes, a dos tantos, además deberá
identificarse debidamente el opositor.
Filadelfia, Guanacaste,
16 de diciembre del 2005.—José Francisco Canales Canales, Encargado.—1
vez.—(2430).
ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
Nº 086-12-05.—Sequeira
Morales Karla Vanessa, con cédula Nº 1-922-863, con domicilio en Jicaral de
Lepanto, con base en el artículo número treinta y ocho de la Ley Zona Marítimo
Terrestre número seis mil cuarenta y tres del dos de marzo de mil novecientos
setenta y siete, y Decreto Ejecutivo número siete mil ochocientos cuarenta y
uno - P, del dieciséis de diciembre de mil novecientos setenta y siete,
solicita en uso de suelo una parcela de terreno sita en Jicaral, distrito
Lepanto, cantón central, provincia de Puntarenas, mide: 150,82 m2.
Linderos: norte, zona restringida; sur, calle pública; este, zona restringida,
y oeste, calle pública. Uso: habitacional. Esta publicación no otorga derechos
a efectos de concesión, ni en el caso de que las futuras disposiciones de un
Plan Regulador varíen el destino de la parcela. Se conceden treinta días
hábiles, a partir de esta única publicación para oír oposiciones, las cuales
deberán ser presentadas en esta Municipalidad, en papel sellado de un colón y
los timbres correspondientes en dos tantos.
Puntarenas, 19 de
diciembre del 2005.—Luz Marina Jiménez Jara, Coordinadora.—1 vez.—(2101).
MOLINOS DE COSTA RICA S. A.
Molinos de Costa Rica
S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-076612-31, convoca a sus accionistas
a asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas que se celebrará a
las 10:00 horas del día martes 31 de enero del año 2006, en sus oficinas sitas
en Alajuela (Del Aeropuerto Juan Santamaría, un kilómetro al norte sobre la
Radial Francisco J. Orlich). El orden del día es conocer de los asuntos a que
se refiere el artículo 155 del Código de Comercio y Reforma del Pacto Social.
De no haber quórum en primera convocatoria, se convocan para segunda
convocatoria que se verificará, cualquiera que sea la asistencia, una hora
después, en el mismo lugar y con el mismo objeto.
San José, 10 de enero
del 2006.—Harry James Zürcher Blen Secretario de Junta Directiva.—1
vez.—(2629).
COMITÉ OLÍMPICO DE COSTA RICA
De conformidad con lo
dispuesto por los Estatutos del Comité Olímpico de Costa Rica y la Carta
Olímpica, se convoca a la asamblea general ordinaria, a celebrarse en la sede
del Comité Olímpico de Costa Rica, ubicado en Vázquez de Coronado, el día 3 de
febrero del 2006, a las dieciocho horas en la primera convocatoria. Sí a la
hora señalada no hubiere el quórum legal necesario, dicha asamblea se celebrará
en la segunda convocatoria a las dieciocho con treinta minutos con los
presentes, para conocer lo siguiente:
ORDEN DEL DÍA
1. Himno Nacional.
2. Revisión y aprobación de credenciales de los
delegados.
3. Comprobación del quórum y lista de presentes.
4. Apertura de la asamblea general ordinaria; por
parte del licenciado Jorge Nery Carvajal, Presidente del CON.
5. Informe contable del periodo 2005 por parte de
la Tesorería.
6. Presupuesto anual para el periodo 2006.
7. Informe de labores periodo 2005 de la
Secretaría General.
8. Informe “Juegos Deportivos Centroamericanos,
2006”.
9. Informe de labores 2005 de la Presidencia.
10. Elección de los miembros del Comité Ejecutivo
en base a lo establecido en los artículos 18, 19 y 20 de los Estatutos del
Comité Olímpico de Costa Rica.
11. Palabras de los miembros electos.
12. Clausura.
13. Himno Olímpico.
14. Refrigerio
A.1 A la vez, nos permitimos recordarles que
para efectos de acreditación como representantes de su Asociación o Federación,
esta debe hacerse por escrito, indicando número de sesión, número de acuerdo,
firmada y sellada por el Presidente y Secretario General de la Asociación o
Federación, caso contrario rige la última acreditación hecha por su Asociación
o Federación ante el Comité Olímpico Nacional de Costa Rica.
A.2 Así mismo recordamos a los señores
representantes de las Asociaciones y Federaciones que para postularse como
candidatos al Comité Ejecutivo, es indispensable la presentación de las
candidaturas correspondientes por escrito con su currículum y avaladas por la
Asociación o Federación, e indicar el número de sesión, número de acuerdo
firmado y sellado por el Presidente y el Secretario General de dicha Asociación
o Federación, a más tardar con ocho días hábiles de anticipación de la misma fecha
límite 23 de enero del 2006 (se hará cumplir este requisito) a fin de que se
pueda emitir criterio legal si se ajusta a los que establecen los Estatutos,
Reglamentos, disposiciones del Comité Olímpico y la Carta Olímpica.
A.3 Las Asociaciones y Federaciones
participantes deben tener como requisito la afiliación al Comité Olímpico de
Costa Rica y la correspondiente afiliación a su Federación Internacional.
Lic. Jorge Nery
Carvajal, Presidente.—Adrián Pearson, Secretario General.—1 vez.—Nº
78378.—(2645).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
RAHES S. A.
Rahes S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-021865, solicita ante la Dirección General de Tributación
Directa, la reposición del libro de Asamblea de Socios. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia
al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José,
en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 15 diciembre del 2005.—Byron
Gálvez Thompson, Presidente.—(935).
NANDAYURE LIMEÑA SOCIEDAD ANÓNIMA
Nandayure
Limeña Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-093227, solicita ante la
Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros de:
Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas del Consejo de Administración,
Acta de Accionistas y Junta Directiva. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al
Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de
ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Alice María
Aguilar Rodríguez, Notaria.—Nº 77395.—(1126).
CORAL MINERAL S. A.
Coral Mineral S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-332150, solicita ante la Dirección General de
Tributación, la reposición de los libros de Registro de Accionistas y de
Asamblea de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente
(Legalización de Libros), Administración Regional de San José en el término de
ocho días hábiles, contados a partir de la publicación en este Diario.—San
José, 3 de enero del 2006.—Lic. José Andrés Corvetti Aguado, Notario.—Nº
77444.—(1127).
MOLDES Y TROQUELES SÁNCHEZ
MOTROSA SOCIEDAD ANÓNIMA
Moldes y Troqueles
Sánchez MOTROSA Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento
uno-setenta y tres mil doscientos setenta y dos-cero siete, sociedad inscrita
en la Sección Mercantil del Registro Público al tomo cuatrocientos dieciocho,
folio: doscientos treinta y cinco, Asiento doscientos veinticuatro, solicita
ante la Dirección General de Tributación la reposición de la totalidad de los
libros contables sean Diario, Mayor, Inventarios y Balances y los libros
legales Actas Consejo de Administración, Actas Asambleas de Propietarios y
Actas Asamblea de Socios, todos los anteriores número uno. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia
al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de
ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Rafael Sánchez
Sánchez, Presidente.—Nº 77656.—(1311).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
PRODUCTORES DE MONTEVERDE
SOCIEDAD ANÓNIMA
Productores de
Monteverde Sociedad Anónima, cita y emplaza a quienes se consideren interesados
en las diligencias de reposición por extravío de los certificados Nº 000236,
000631, 001041, 002018, 002571 y 002912 por dos mil ciento once (2111) acciones
comunes, a nombre de: Leonardo Corea Lumbez. Para que hagan valer sus derechos
dentro de la última publicación de este aviso, de conformidad con las
disposiciones de los artículos 690, 691 y 692 del Código de Comercio.—San José,
3 de enero del 2006.—José Luis Vargas Leitón, Gerente General.—(1361).
INTERNACIONAL DE SEGUROS
SOCIEDAD ANÓNIMA
Internacional de
Seguros Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-156107, solicita ante la
Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros o
libro siguiente: Diario, Mayor, Inventario y Balances. Quien se considere
afectado dirigir la (s) oposición (es) al Área de Información y Asistencia al
Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en
el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del
Diario Oficial La Gaceta.—San José, quince de diciembre del dos mil
cinco.—Hans Morales Mora, Representante Legal.—Nº 77730.—(1535).
ROSA ÁRTICO SOCIEDAD ANÓNIMA
Rosa
Ártico Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres - ciento
uno - trescientos siete mil novecientos setenta y tres, solicita ante la
Dirección General de Tributación Directa, la reposición del libro de asamblea
general de socios. Quien se considere afectado dirigir oposiciones a la Sección
de Legalización de Libros en el término de ocho días hábiles contados a partir
de la ultima publicación del aviso.—San José, 16 de noviembre del 2005.—John
Roberto Marsell Carballo, Representante Legal.—(1700).
DISEÑO ARQUITECTÓNICO Y PROGRAMACIÓN S.
A.
Diseño
Arquitectónico y Programación S. A., cédula de persona jurídica número
3-101-34802, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición
de los libros: Registro de Accionistas y Actas de Junta Directiva. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y
Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de
San José, en el término de 8 días hábiles contados a partir de la última
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 8 de diciembre del
2005.—Manuel Mauricio Hernández.—Nº 78001.—(1895).
CORPORACIÓN LAMBERT DEL PACÍFICO S. A.
Corporación Lambert del
Pacífico S. A., cédula jurídica
número 3-101-1162992, solicita ante la Dirección General de la
Tributación Directa, la reposición del libro de Registro de Accionistas número
uno, y libro de Actas de Junta Directiva número uno. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia
al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de
Puntarenas, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Thierry Patrice Lambert,
Presidente.—Nº 78018.—(1896).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
RALQUI S. A.
Ralqui
S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-112033, solicita ante la Dirección
de General de Tributación, la reposición de los libros: Diario, Mayor,
Inventarios y Balances, Registro de Accionistas, Actas de Asamblea General,
Actas de Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de información y Asistencia al Contribuyente
(Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de
8 días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La
Gaceta.—San José, 25 de octubre del 2005.—Randall Alberto Quirós
Bustamante, Presidente.—Nº 74463.—(102524).
ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE FOSAS
DEL CEMENTERIO OBRERO DE CARTAGO
La Asociación de
Propietarios de Fosas del Cementerio Obrero de Cartago. Comunica que con
acuerdo de junta directiva de las sesiones 01-2005 y 12-2005 y 28-2005
extraordinaria, se anota en el libro de asociados en cumplimiento con las
normas internas de la asociación y de conformidad con el Código Civil y Ley de
Asociación la lista de afiliados que son excluidos por pérdida de afiliación de
conformidad con el artículo y a los propietarios de las fosas del
USUFRUCTO-SITRAPACA, del Sindicato de Trabajadores Areneros de Cartago por
errores de forma y fondo que contravienen el estatuto de la Asociación según el
artículo N° 4 inciso b) de los señores José Guzmán cédula 3-0138-099, Luis
Rojas Barrantes cédula 1270323, Ángel Fco. Leitón Méndez, cédula 3-181-112,
Óscar Piedra Boza cédula 3-161-163, Rafael Ángel Arce Sánchez cédula 0030599,
Norman Gómez Garita cédula 3-131-059 y al Sindicato de Vendedores Ambulantes de
Cartago SIVEFAC cédula 3-001-066743-23 por faltar al orden interno de
inscripciones de una persona jurídica, que contraviene el artículo 4 incisos a)
y b) de la Asociación, como una acto de intervención activa de dos
organizaciones sindicales en una institución de servicio público. Anótese en el
Libro afiliados la exclusión de dichos registros. APFCOPC-003-2005.—María de
los Ángeles Machado Ramírez, Presidenta.—(1734).
La
Asociación de Propietarios de Fosas del Cementerio Obrero de Cartago, comunica
que con acuerdo de Junta Directiva de las sesiones 01-2005 y 12-2005 y 28-2005
extraordinaria se anota en el libro de asociados en cumplimiento con las normas
internas de la Asociación y de conformidad con el Código Civil y Ley de
Asociación la lista de afiliados que son excluidos por pérdida de afiliación de
conformidad con el artículo 5 inicios a), c) y d) de los estatutos de la
Asociación previo informe y lectura de la nómina de afiliados en las actas
respectivas de Junta Directiva que a continuación se detallan. Desafiliación
por violación de estatuto de la Asociación artículo 5 inciso c): Joaquín
Sánchez Calvo sin registro de afiliación ante la Asociación, como exsecretario
de la Asociación 1981-2003 y ex fiscal 2004, Luis Guillermo Monge Aguilar
cédula 9-052-370, Alba Alfaro Alvarado 3-310-098, Luis Guillermo Astorga cédula
3-123-416, Damaris Piedra Sanabria cédula 3-274-043. Anótese en el libro
afiliados la exclusión de dichos registros. APFCOPC-0024-2005.—María de los
Ángeles Machado Ramírez, Presidenta.—(1735).
Jorge Adrián Araya
Arias, cédula dos-trescientos cincuenta y nueve-quinientos ochenta y tres,
iniciará trámites de reposición de los libros de su contabilidad: Mayor, Diario
e Inventarios y Balances, por extravío de los mismos. Se emplaza por ocho días
hábiles a cualquier interesado, a partir de la última publicación en el Diario
Oficial La Gaceta, para que se oponga ante el Área de Información y
Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), de la Administración
Regional de Alajuela de Tributación Directa.—San Ramón, Alajuela, 9 de enero
del 2006.—Jorge Adrián Araya Arias.—(1962).
INHACO CONSULTORES S. A.
Inhaco Consultores S.
A., cédula jurídica N° 3-101-155-355, solicita ante la Dirección General de
Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Diario, Libro de
Inventario y Balances, y Libro mayor, por haberse extraviado los mismos. Quien
se considere afectado, puede manifestar su oposición al Área de Recaudación y
Gestión de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días
hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Vivian González Trejos,
Apoderada.—(1963).
Susana Salas Hidalgo, cédula
uno-mil ciento cincuenta-seiscientos noventa, iniciará trámites de reposición
de los libros de su contabilidad: Mayor, Diario e Inventarios y Balances, por
extravío de los mismos. Se emplaza por ocho días hábiles a cualquier
interesado, a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta,
para que se oponga ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente
(Legalización de Libros), de la Administración Regional de Alajuela de
Tributación Directa.—San Ramón, Alajuela, 9 de enero del 2006.—Susana Salas
Hidalgo.—(1964).
COMPAÑÍA COSTARRICENSE DEL CAFÉ S. A.
Compañía Costarricense
del Café S. A. (CAFESA), avisa que el certificado N° 0322, serie G por 2
acciones, a nombre de La Lucía, S. A., fue extraviado. Transcurridos 15 días a
partir de la tercera publicación de este aviso, se procederá a su
reposición.—San José, 4 de enero del 2006.—MBA. Marco Ant. Pinto Murray,
Gerente General.—(2106).
Compañía
Costarricense del Café S. A. (CAFESA), avisa que el certificado N° 0836, serie
N por 1013 acciones, a nombre de La Trébol de Orosi S. A., fue extraviado.
Transcurridos 15 días a partir de la tercera publicación de este aviso, se
procederá a su reposición.—San José, 4 de enero del 2006.—MBA. Marco Ant. Pinto
Murray, Gerente General.—(2107).
Compañía Costarricense del
Café S. A. (CAFESA), avisa que los certificados N° 0559, serie G por 2
acciones, N° 0566, serie H por 1 acción, N° 0954, serie I por 2 acciones, N°
0695, serie Q por 16 acciones, N° 0785, serie R por 42 acciones, N° 3275, serie
S por 53 acciones y N° 0784, serie T por 17 acciones, a nombre de Cristina
Zeledón González, fueron extraviados. Transcurridos 15 días a partir de la
tercera, publicación de este aviso, se procederá a su reposición.—San José, 4
de enero del 2006.—MBA. Marco Ant. Pinto Murray, Gerente General.—(2108).
CONCRETO ASFÁLTICO NACIONAL SOCIEDAD
ANÓNIMA
Concreto Asfáltico
Nacional Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres - ciento
uno - cero cero ocho seis cinco cero, solicita ante la Dirección General de
Tributación, la reposición de los siguientes tres libros de la sociedad Diario,
Mayor e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente
(Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de
ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial
La Gaceta.—San José, 3 de enero del 2006.—Víctor Padilla Sibaja,
Apoderado Especial.—(2187).
FLORIDA
ICE & FARM CO. S. A
La
sociedad de este domicilio Concepción S. A., cédula jurídica Nº
3-101-027399-30, ha solicitado la reposición de los certificados de acciones de
esta compañía, Nº S 772 por 400.000 acciones y S 773 por 400.000 acciones,
ambos emitidos con fecha 20 de setiembre del 2004, por haberse extraviado los
mismos. Se publica este aviso a efectos del artículo 689 del Código de
Comercio.—Ramón de Mendiola Sánchez, Director General.—Nº 78442.—(2646).
GRUPO PUBLICIDAD E INTERNET INC. SOCIEDAD
ANÓNIMA
Grupo Publicidad e
Internet Inc. Sociedad Anónima, inicialmente denominada Publicidad e Internet
Inc. Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-doscientos ochenta y nueve mil seiscientos cuarenta y dos, solicita a la
Dirección General de la Tributación Directa la reposición de los siguientes
libros: Actas de Junta Directiva, Actas de Asambleas Generales y Registro de
Accionistas. Quien se considere afectado dirigir la oposición al Área de
Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración
Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de
la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 9 de
enero del 2005.—Lic. Rafael Ángel Arias Cordero, Notario.—Nº 78445.—(2649).
MERCADEO INTERNET INC. SOCIEDAD ANÓNIMA
Mercadeo Internet Inc.
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-doscientos ochenta y cinco mil seiscientos treinta y ocho, solicita a la
Dirección General de la Tributación Directa la reposición de los siguientes libros:
Actas de Junta Directiva, Actas Asambleas Generales y Registro de Accionistas.
Quien se considere afectado dirigir la oposición al Área de Información y
Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional
de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 9 de enero del
2005.—Lic. Rafael Ángel Arias Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 78446.—(2650).
PUBLICACIÓN DE unA VEZ
ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE
FOSAS
DEL CEMENTERIO OBRERO DE CARTAGO
La
Asociación de Propietarios de Fosas del Cementerio Obrero de Cartago, comunica
que ante la Asociación, se ha presentado la señora Luz Ramírez Uba cédula
3-0190-0785, viuda de Alpidio Rojas Garro en razón de propietaria de la Fosa 27
lote 23 vecina de San Rafael de Oreamuno a manifestar su solicitud de
determinación de la sucesión Martínez Uba, que está conformada por Luz Ramírez
Uba cédula 301900785, María Isabel Coto Martínez cédula 3-242-073, Ana Coto
Martínez cédula 3-0255-0383 vecinas de Cartago. Se emplaza a terceros
interesados (as) a manifestar mejor derecho en el plazo de 10 días en
secretaría, cita 100 m este y 20 m norte del Liceo Vicente Lachner Sandoval,
Cartago. APFCOC-0015-2005.—María de los Ángeles Machado Ramírez, Presidenta.—1
vez.—(1736).
La Asociación de Propietarios
de Fosas del Cementerio de Obreros de Cartago, comunica que ante la Asociación
se ha presentado la señora Carmen Navarro Mata cédula de identidad 3-142-020,
vecina de Guadalupe de Cartago en calidad de propietaria de la fosa N° 21 del
lote 16 a manifestar su solicitud de determinación de sucesión Navarro Camacho,
que está conformada por Carmen Navarro Mata, cédula 3-142-020, Marvin Camacho
Navarro, cédula 3-314-926, Humberto Camacho Pacheco cédula 3-163-491. Se
emplaza a terceros interesados (as) a manifestar mejor derecho en el plazo de
10 días en la secretaría cita, 100 este y 20 norte del Liceo Vicente Lachner
Sandoval. APFCOPC-0004-2006.—María de los Ángeles Machado Ramírez, Presidenta.—1
vez.—(1737).
La Asociación de Propietarios
de Fosas del Cementerio Obrero de Cartago, comunica que ante la Asociación, se
ha presentado la señora Luz Ramírez Alvarado viuda de Machado, mayor,
pensionada, vecina de Cartago, en calidad de propietaria, cédula 3-122-263, de
las fosas Nº 65, 66, 67, y en el lote Nº 27 a manifestar su solicitud de
determinación de la sucesión Machado Ramírez, que está conformada por María de
los Ángeles Machado Ramírez, cédula 3-215-518, Manuel Antonio Machado Ramírez,
cédula 3-241-405, Luz María Machado Ramírez, cédula 3280695, respectivamente de
cada fosa y en su ausencia en orden descendente a Luis Guillermo Machado
Ramírez, María Guadalupe Machado Ramírez, Gregorio Enrique Machado Ramírez, Ana
Celina Machado Ramírez, José María Machado Ramírez, Carmen María Machado
Ramírez Fernando Antonio Machado Ramírez, Miguel Ángel Machado Ramírez, Gerardo
Machado Ramírez, Carlos Abel Machado Ramírez y Allan Machado Ramírez y todos
hijos (as) y nieto. Se emplaza a terceros interesados (as) a manifestar mejor
derecho en el plazo de 10 días en secretarÍa, cita 100 metros este y 20 metros
norte del Liceo Vicente Lachner Sandoval. Suscríbase en el libro de sucesiones
y propietarios. APFCOPC-0015-2005.—María de los Ángeles Machado Ramírez,
Presidenta.—1 vez.—(1738).
La Asociación de Propietarios
de Fosas del Cementerio de Obreros de Cartago, comunica se ha presentado la
señora María Sita Zúñiga Flores, cédula 3-128-343 Viuda en calidad de
propietaria de la Fosa 12 Lote 7 a manifestar su solicitud de determinación de
la sucesión Sánchez Zúñiga, conformada por sus hijas y nietos (as): mayores,
casadas, vecinas de Cartago y designadas en este: María Sita Zúñiga Flores,
cédula 3-128-343, viuda, Hortensia Sánchez Zúñiga cédula 3235710, María
Gabriela Sánchez Zúñiga cédula 3241925, Ana Victoria Sánchez Zúñiga cédula
3253304, Maritza Sánchez Zúñiga cédula 3258433, Hilda Sánchez Zúñiga cédula
3270525, María Elena Sánchez Zúñiga cédula 3282139, Marcelino Sánchez Zúñiga
cédula 3316834 hijos todos mayores de edad y vecinos de Cartago y nietos
Roberto Brenes Sánchez cédula 3247681, Hedí Antonio Brenes Sánchez cédula
3362448, Jean Paúl Brenes Sánchez cédula 3414 676, Jontanhan Cordero Sánchez,
cédula 393153, Erika Sánchez Calvo cédula 3441613, Jineteh Rivera Fallas cédula
33349130 y adicionalmente los nietos menores de edad: Andrés Loaiza Sánchez,
Baison Loaiza Sánchez, Jogebeth Loaiza Sánchez, Jazmín Sánchez Zúñiga, Diego
Sánchez Rivera, Carolina Sánchez Rivera, Natalia Sánchez Rivera, Elín Sánchez
Rivera, Gabriela Morales Sánchez. Se emplaza a terceros interesados (as) a
manifestar mejor derecho en el plazo de 10 días en la secretaría cita, 100 este
y 20 m norte del Liceo Vicente Lachner Sandoval APFCOPC-0004-2006—María de los
Ángeles Machado Ramírez, Presidenta.—1 vez.—(1740).
La Asociación de Propietarios
de Fosas del Cementerio Obrero de Cartago, comunica que con acuerdo de Junta
Directiva de las sesiones 01-2004 y 12-2005 y 28-2005 extraordinaria se anota
en el libro de asociados en cumplimento con las normas internas de la
asociación y de conformidad con el código civil y Ley de Asociación la lista de
afiliados que son excluidos por fallecimiento, renuncia y perdida de afiliación
previo informe y lectura de la nomina de afiliados por fallecimiento Eduardo
Piedra Aguilar, Aníbal Astorga Guzmán, Alfredo Calvo Mora, Alberto Calvo Rivas,
Álvaro Meneses López, Juan Andrés Solano Rojas, Carlos Torres Ramírez (2002).
Leónidas Bonilla Guzmán (2005) Zoila Calderón Sandoval (1995) Carlos Soto del
Valle Alexis Portugués Sanabria (2005). Se emplaza a terceros interesados (as)
a manifestar mejor derecho en el plazo de 10 días en la secretaría cita, 100
este y 20 m norte del Liceo Vicente Lachner Sandoval. Suscríbase en el libro de
afiliaciones. APFCOPC-0027-2005.—María de los Ángeles Machado Ramírez,
Presidenta.—1 vez.—(1741).
La Asociación de Propietarios
de Fosas del Cementerio Obrero de Cartago, comunica que ante la asociación se ha
presentado el señor Freddy Domian García, cédula 3-299-227, mayor, casado,
ingeniero agrícola, vecino de Cartago en calidad de propietario de la Fosa N°
27 en el Lote N° 17 a manifestar su solicitud de determinación de la sucesión
Domian García, que está conformada por Freddy Domian García cédula 3299227,
Patricia Navarro Tendero cédula 3280484, Franklin Domian García cédula 3220927,
Fabiola Méndez de Domian, Roxana Domian García y a sus hijos Fabricio Gamboa
Domian, Renato Gamboa Domian, Osvaldo Gamboa Domian. Se emplaza a terceros
interesados (as) a manifestar mejor derecho en el plazo de 10 días en la
secretaría cita, 100 este y 20 m norte del Liceo Vicente Lachner Sandoval.
Suscríbase en el libro de sucesiones y propietario. APFCOPC-0018-2006.—María de
los Ángeles Machado Ramírez, Presidenta.—1 vez.—(1743).
La Asociación de Propietarios
de Fosas del Cementerio Obrero de Cartago, comunica que ante la asociación se
ha presentado el señor Efraín Solano Solano, mayor, pensionado, vecino de los
Cartago, en calidad de propietario cédula 3-122-414 de la Fosa Nº 15 y en el
lote N° 24 a manifestar su solicitud de determinación de la sucesión Solano
Redondo, que está conformada por Efraín Solano Solano, cédula 3122414 y su
esposa María Teresa Redondo Vega 3-139-338 y en su ausencia sus hijos Franklin
Solano Redondo, Marlen Solano Redondo y Ana Lucía Solano Redondo. Se emplaza a
terceros interesados (as) a manifestar mejor derecho en el plazo de 10 días en
la secretaría cita, 100 este y 20 m norte del Liceo Vicente Lachner Sandoval.
Suscríbase en el libro de sucesiones y propietarios. APFCOPC-0015-2005.—María
de los Ángeles Machado Ramírez, Presidenta.—1 vez.—(1744).
La Asociación de Propietarios
de Fosas del Cementerio Obrero de Cartago, comunica que ante la Asociación se
ha presentado el señor Luis Guillermo Machado Ramírez, cédula 3-259-931, mayor,
casado, médico, vecino de Cartago en calidad de propietario de las Fosas N° 44
y 45 en el lote N° 21 a manifestar su solicitud de determinación de la sucesión
Machado Rodríguez, que está conformada por Luis Guillermo Machado Ramírez
3-259-931, esposo, Ana Patricia Rodríguez de Machado esposa, de las fosas
respectivamente y en su ausencia a sus Hijas Noelia Patricia Machado Rodríguez
y María Jimena Machado Rodríguez, menores. Se emplaza a terceros interesados
(as) a manifestar mejor derecho en el plazo de 10 días en la secretaría cita,
100 este y 20 m norte del Liceo Vicente Lachner Sandoval. Suscríbase en el
libro de sucesiones y propietarios. APFCOPC-0022-2006.—María de los Ángeles
Machado Ramírez, Presidenta.—1 vez.—(1745).
La Asociación de Propietarios
de Fosas del Cementerio Obrero de Cartago, comunica que se ha presentado la
señora Rosario Mora Segura cédula, soltera vecina del INVU de Cartago en
calidad de propietaria de la Fosa N° 35 en el Lote N° 14 a manifestar su
solicitud de determinación de la sucesión de Mora Segura, que está conformada
por Rosario Mora Segura, mayor, cédula 3-138-593, del nicho superior y a
Joaquín Mora Segura, cédula 3-145-253, mayor, casado, del nicho inferior y en
su ausencia a Esperanza Mora Rodríguez, menor, Viviana Mora Rodríguez, menor y
Ligia María Rodríguez Mora, cédula 3-174-265. Se emplaza a terceros interesados
(as) a manifestar mejor derecho en el plazo de 10 días en la secretaría cita,
100 este y 20 m norte del Liceo Vicente Lachner Sandoval.
APFCOPC-0021-2006.—María de los Ángeles Machado Ramírez, Presidenta.—1
vez.—(1746).
ASOCIACIÓN DEPORTIVA BARRIO MÉXICO
El señor Fernando
Víquez Valverde vicepresidente y apoderado generalísimo sin límite de suma de
la Asociación Deportiva Barrio México, cédula jurídica Nº 3-002-084482, hace
saber que se extraviaron los libros de Diario, Mayor, Inventario y Balances,
Asociados y de Junta Directiva de la Asociación por lo que se solicita su respectiva
reposición. Es todo.—Fernando Víquez
Valverde, Vicepresidente.—1 vez.—(2191).
CASTILLO Y MORERA SOCIEDAD ANÓNIMA
El
suscrito, Otoniel Castillo López, cédula Nº 5-127-652, en mi condición de
apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad denominada Castillo y
Morera Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-43719, domiciliada en Liberia
de Guanacaste, hago constar que he iniciado los trámites ante la Dirección
General de Tributación de asamblea general para la reposición de los libros legales:
Actas de Asamblea General, Actas de Junta Directiva, Registro de Accionistas,
Inventarios y Balances, Mayor y Menor, pertenecientes a mi
representada.—Liberia, 10 de enero del 2006.—Otoniel Castillo López, Apoderado
Generalísimo.—1 vez.—Nº 78333.—(2387).
COLEGIO DE INGENIEROS AGRÓNOMOS DE COSTA
RICA
COMUNICA
Que la Junta Directiva
con fundamento en lo establecido en el artículo 14 de la Ley Nº 7221 y con base
en la potestad que le concede el inciso k) artículo 47 de la citada ley, acordó
en la sesión 25-2005, celebrada el 24 de octubre del 2005, suspender del
ejercicio de la profesión a los siguientes colegiados: 2052 Astorga Domian
Carlos 3-232-137; 5054 Badilla Badilla Mainor 1-747-163; 1779 Barquero
Rodríguez Sandra M. 1-568-327, 4269 Barrantes Espinoza Ana Gabriela 6-262-323;
3932 Calderón Flores Juan 1-729-381; 1457 Chaves González Marco Vinicio
1-642-786; 2544 Fernández Herrera Olman 1-506-365; 5370 Flores Albertazzi
Mauricio 1-665-207; AF450 Flores Arroyo Eric Alonso 1-785-576; 5582 Fonseca Cortés
Carlos Augusto 1-816-530, 4998 Gamboa Porras Humberto 2-481-397; 3478 González
León Francisco 1-433-947, 1013 Herrera Brenes Walter 1-451-246, 1765 Jiménez
Arauz Víctor 8-050-371; 1525 Jiménez Chacón Eugenio 1-512-431; 1463 Jiménez
Martínez Francisco 9-054-865, 2845 Loáiza Gamboa Eduardo 3-196-537; 4833
Matarrita Cortés Luis Carlos l-717-392, 1794 Medina Sánchez Óscar Argenis
4-564-177; 3980 Méndez Calvo Óscar 3-233-514, 4392 Mora Picado Dorian
2-483-377; 5651 Moya García Jorge Roiner 1-976-323; 4947 Munguía Martínez
Rigoberto 8-073-423, 5342 Murillo Garita Federico 1-1080-165; 5446 Ortiz
Cabrera Vilma María 3-1455-193; 5435 Pérez Quesada Víctor 1-1095-654; 2470
Picado Rojas José Luis 3-252-718; 4275 Porras Sánchez Wagner 1-826-682; 4517
Reyes Chaves Luis Fernando 1-653-769, 5174 Rodríguez Cascante Carlos Steeven
1-797-003; 4819 Rodríguez Castro Allen 1-787-774; 4308 Rojas Castro Henry
1-808-452; 4912 Rojas Vargas Alexander 2-443-329; 2496 Ruiz Sánchez Abdenago
5-168-988; 3634 Serrano Rodríguez Eduardo 1-374-527; AF481 Vargas Madriz Isaac
Felipe 1-754-962; 4466 Zúñiga Zamora Geovainer 1-745-888.
Así mismo informa que el
Colegio efectuará las acciones que considere necesarias ante quien corresponda,
con el propósito de evitar que los colegiados citados ejerzan la profesión,
mientras se mantengan en su condición de suspendidos.—San José, 5 de enero del
2006.—Junta Directiva.—Ing. Agr. Mario Coto Carranza, Presidente.—Ing. For.
Igor Zúñiga Garita, Secretario.—1 vez.—(2625).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Por escritura pública
número ciento ochenta y uno otorgada el día de hoy en mi notaría, procotolicé
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa de este
domicilio Derivados de Maíz Alimenticio S. A., celebrada a las nueve
horas del veintinueve de agosto del año dos mil cinco, mediante la cual acuerda
reducir el capital social autorizado de la empresa por reembolso a socios,
reformándose la cláusula quinta de los estatutos. Así se informa a terceros
para los efectos del artículo treinta y uno del Código de Comercio.—San José,
cinco de enero del año dos mil seis.—Dionisio Segura Hernández,
Notario.—(2083).
Yo, José Antonio Muñoz
Fonseca, portador de la cédula de identidad número uno-cuatrocientos treinta y
tres-novecientos treinta y nueve, en mi condición de liquidador con facultades
de apoderado generalísimo sin límite de suma de la compañía Almacenes Unidos
del Oeste A.U.O Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-254988, en
cumplimiento de lo estipulado por el artículo 207 del Código de Comercio de la
República de Costa Rica, comunico que, de acuerdo al artículo 201, inciso (d)
del Código de Comercio de la República de Costa Rica, en asamblea general
extraordinaria de las ocho horas, del treinta de setiembre del 2005, de
Almacenes Unidos del Oeste Sociedad Anónima, se acordó la disolución de la
sociedad. Dentro de los 30 días siguientes a esta publicación, cualquier
interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en
causa legal o pactada.—San José, 3 de enero del 2006.—José Antonio Muñoz
Fonseca, Liquidador.—Nº 78523.—(2647).
PUBLICACIÓN DE unA VEZ
Hoy por escritura otorgada
ante el notario José Manuel Hidalgo Barrantes se constituyó la sociedad Los
Cerros del Zurquí S. A. Capital social: diez mil colones. Escritura
otorgada en San José, a las 17:00 horas del 5 de enero del 2006.—San José, 6 de
enero del 2006.—Lic. José Manuel Hidalgo Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº
77978.—(1824).
Hoy por
escritura otorgada ante el notario José Manuel Hidalgo Barrantes se constituyó
la sociedad Golden Derricks S. A. Capital social: diez mil colones.
Escritura otorgada en San José, a las 17:00 horas del 5 de enero del 2006.—San
José, 6 de enero del 2006.—Lic. José Manuel Hidalgo Barrantes, Notario.—1
vez.—Nº 77979.—(1825).
Patricia y
Elieth ambas de apellidos Alan Tinoco, constituyen Vace del Este S. A.
Fecha de constitución: 24 de noviembre del 2005. Capital social: diez mil
colones. Presidenta: Elieth Alan Tinoco.—Lic. Randall Fallas Castro, Notario.—1
vez.—Nº 77980.—(1826).
Grupo R
y R de Occidentes S. A., aumenta
capital social a diez millones quinientos mil colones. Fecha de asamblea
extraordinaria de accionistas: 21 de noviembre del año 2005.—Lic. Randall
Fallas Castro, Notario.—1 vez.—Nº 77981.—(1827).
Por
escritura de esta notaría, de las doce horas del veinte de diciembre del año
dos mil cinco, se constituyó la compañía denominada Rica Tica Sociedad
Anónima, con domicilio en Alajuela.—Alajuela, 5 de enero del 2006.—Lic.
Carlos Eduardo Araya Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 77982.—(1828).
Por
escritura otorgada hoy ante mí, Francisco Segura Calvo y Claudio Cantillano
Porras, constituyen Deep Green
Investments S. A. Domiciliada en San José. Plazo social: 99 años.
Capital social: ¢100.000,00 dividido en 10 acciones comunes y nominativas de
¢10.000,00 cada una íntegramente suscritas y pagadas. Objetivo: el comercio en
general. Presidente: Burke Allen Miller, como apoderado generalísimo sin límite
de suma.—San José, 6 de enero del 2006.—Lic. Evelio Pacheco Barahona,
Notario.—1 vez.—Nº 77984.—(1829).
Por
escritura otorgada hoy ante mí, Francisco Segura Calvo y Claudio Cantillano
Porras, constituyen La Osa Marina Real Estate S. A. Domiciliada en San
José. Plazo social: 99 años. Capital social: ¢100.000,00 dividido en 10
acciones comunes y nominativas de ¢10.000,00 cada una íntegramente suscritas y
pagadas. Objetivo: el comercio en general. Presidente: Burke Allen Miller, como
apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 6 de enero del 2006.—Lic.
Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—Nº 77985.—(1830).
Por
escritura otorgada hoy ante mí, Zulay Freer Espinoza y Luis Alfredo López
Freer, constituyen Las Corrientes del Mar Azul S. A. Domiciliada en San
José. Plazo social: 99 años. Capital social: ¢100.000,00 dividido en 100
acciones comunes y nominativas de ¢1.000,00 cada una íntegramente suscritas y
pagadas. Objetivo: el comercio en general. Presidenta: Xinia María López Freer,
como apoderada generalísima sin límite de suma.—San José, 6 de enero del
2006.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—Nº 77980.—(1831).
Hoy por
escritura otorgada ante el notario José Manuel Hidalgo Barrantes se constituyó
la sociedad Las Brisas del Cerro Nara S. A. Capital social: diez mil
colones. Escritura otorgada en San José, a las 17:00 horas del 5 de enero del
2006.—San José, 6 de enero del 2006.—Lic. José Manuel Hidalgo Barrantes,
Notario.—1 vez.—Nº 77998.—(1832).
Hoy por
escritura otorgada ante el notario José Manuel Hidalgo Barrantes se constituyó
la sociedad Sky-Blue Kite S. A. Capital social: diez mil colones.
Escritura otorgada en San José, a las 17:00 horas del 5 de enero del 2006.—San
José, 6 de enero del 2006.—Lic. José Manuel Hidalgo Barrantes, Notario.—1
vez.—Nº 77999.—(1833).
Por escritura
Nº 116-43, otorgada en San Isidro de El General, a las 12:30 horas del 20 de
diciembre del 2005, se constituye la sociedad costarricense que se denominará
con el nombre de Dead Man’s Beach S.A.—San Isidro de El General, 5 de
enero del 2006.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 77900.—(1834).
Por
escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del 4 de enero del 2006, se
reforman las cláusulas segunda y sétima de los estatutos, cambiándose el
domicilio social y la administración, de la sociedad Cristal de Calcita
Sociedad Anónima, se efectúa nombramiento de presidente y secretario.—Lic.
María Gabriela Sáncho Carpio, Notaria.—1 vez.—Nº 78000.—(1835).
Ante esta
notaría, a las siete horas cuarenta y cinco minutos del tres de enero del dos
mil seis, se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo y se cambia la
junta directiva de la sociedad denominada Pampa”S Ligth Sociedad Anónima,
cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es
el señor Cirilo Vallejos Dinarte.—Liberia, tres de enero del dos mil seis.—Lic.
Doris Monestel Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 78004.—(1836).
Ante esta
notaría a las siete horas del tres de enero del dos mil seis, se modifica la
cláusula segunda del pacto constitutivo y se cambia la Junta Directiva de la
sociedad denominada Golden Pampa Sociedad Anónima, cuyo presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Cirilo
Vallejos Dinarte.—Liberia, tres de enero del dos mil seis.—Lic. Doris Monestel
Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 78005.—(1837).
Ante esta
notaría a las siete horas quince minutos del tres de enero del dos mil seis, se
modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo y se cambia la junta
directiva de la sociedad denominada Golden Monkey Sociedad Anónima, cuyo
presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el
señor Cirilo Vallejos Dinarte.—Liberia, tres de enero del dos mil seis.—Lic.
Doris Monestel Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 78006.—(1838).
Ante esta
notaría, a las quince horas del dieciséis de diciembre del dos mil cinco, se
modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo y se cambia la junta
directiva de la sociedad denominada Soluna de Zafiro Sociedad Anónima,
cuya presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma es
la señora Leslie Susan (nombres) Lebendiger (apellido).—Liberia, dieciséis de
diciembre del dos mil cinco.—Lic. Doris Monestel Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº
78007.—(1839).
En
escritura adicional autorizada en esta fecha protocolicé el acta de la asamblea
general extraordinaria de socios de Corporación Ganadera e Industrial Valle
Verde S. A., cédula jurídica Nº 3-101-077503. Se modifica pacto social: se
reforma la cláusula sétima referente a formación de la junta directiva y se agrega
la décima sobre formación de reserva legal. Se sustituye tesorera.—Goicoechea,
6 de enero del 2006.—Hermann Soto López, Notario.—1 vez.—Nº 78008.—(1840).
Por
escritura número doscientos cincuenta y uno del tomo veintisiete otorgada en
esta notaría a las dieciséis horas del día nueve de diciembre del año dos mil
cinco, se nombra nueva junta directiva para nuevo período de la sociedad Casa
Blanca del Zurquí Lluvioso Sociedad Anónima.—Alajuela, cuatro de enero del
2006.—Lic. Violeta Miranda Meza, Notaria.—1 vez.—Nº 78009.—(1841).
Ante esta
notaría a las ocho horas quince minutos del tres de enero del dos mil seis, se
modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo y se cambia la junta
directiva de la sociedad denominada Royal Paradise Sociedad Anónima,
cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es
el señor Cirilo Vallejos Dinarte.—Liberia, tres de enero del dos mil seis.—Lic.
Doris Monestel Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 78010.—(1842).
Ante esta
notaría a las ocho horas treinta minutos del tres de enero del dos mil seis, se
modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo y se cambia la junta
directiva de la sociedad denominada Sweet Pampa Sociedad Anónima, cuyo
presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el
señor Cirilo Vallejos Dinarte.—Liberia, tres de enero del dos mil seis.—Lic.
Doris Monestel Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 78011.—(1843).
Ante esta
notaría a las ocho horas del tres de enero del dos mil seis, se modifica la
cláusula segunda del pacto constitutivo y se cambia la junta directiva de la
sociedad denominada Pampa”S Star Sociedad Anónima, cuyo presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Cirilo
Vallejos Dinarte.—Liberia, tres de enero del dos mil seis.—Lic. Doris Monestel
Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 78012.—(1844).
Yo, Ingrid
Brown Sequeira, hago constar que ante mi notaría protocolicé acta de asamblea
extraordinaria de la sociedad denominada Montolive S. A., donde se
reforman cláusulas segunda y sétima. Escritura otorgada en la ciudad de San
José, a las quince horas del veintinueve de noviembre del dos mil cinco.—Lic.
Ingrid Brown Sequeira, Notaria.—1 vez.—Nº 78013.—(1845).
Cesión y
traspaso de acciones, y nombramiento de nueva junta directiva y el fiscal, de
la sociedad Brenes y Valverde S. A. Presidenta Ana Cristina Valverde
Rojas.—Cartago, seis de enero del año dos mil seis.—Lic. Sandra L. Araya Vega,
Notaria.—1 vez.—Nº 78017.—(1846).
Ante esta
notaría a las siete horas treinta minutos del tres de enero del dos mil seis,
se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo y se cambia la junta
directiva de la sociedad denominada Mississippi Partners Sociedad Anónima,
cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es
el señor Cirilo Vallejos Dinarte.—Liberia, tres de enero del dos mil seis.—Lic.
Doris Monestel Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 78019.—(1847).
En esta
notaría se constituyó la sociedad denominada Pulidos Roma Sociedad Anónima,
cuyo presidente es el señor Francisco Roberto Hernández Gamez.—San José, seis
de enero del dos mil cinco.—Lic. Esteban Esquivel Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº
78021.—(1848).
Por
escritura otorgada ante mí, a las diez horas, treinta minutos del seis de enero
del dos mil seis, se constituyó la sociedad Palma Verde Socratea S. A.
Capital social totalmente suscrito y pagado.—San José, seis de enero del dos
mil seis.—Lic. Andre Wells Downey, Notario.—1 vez.—Nº 78022.—(1849).
Por
escritura otorgada ante mí, a las diez horas, del seis de enero del dos mil
seis, se constituyó la sociedad Vista Mona Uno S. A. Capital social
totalmente suscrito y pagado.—San José, seis de enero del dos mil seis.—Lic.
Andre Wells Downey, Notario.—1 vez.—Nº 78023.—(1850).
Ante esta
notaría a las diecisiete horas del día cuatro de enero del dos seis, se
constituyó la sociedad denominada Compañía Fabisaurio Blanco Sociedad
Anónima, cuyo presidente es José Reinaldo Fernández Vega. Domicilio Santa
Cecilia de La Cruz Guanacaste.—La Cruz, 4 de enero del 2006.—Lic. Carmen
Chavarría Marenco, Notaria.—1 vez.—Nº 78024.—(1851).
Por
escritura ante mi otorgada en San José, a las ocho horas del cinco de enero del
dos mil seis se constituyó Media Heads Group S.A..—Lic. Danilo Loaiza
Bolandi, Notario.—1 vez.—Nº 78025.—(1852).
Por
escritura por mí otorgada en San José a las doce horas del siete de noviembre
de dos mil cinco, en donde se modifica el domicilio social y se modifica el
plazo social de Herfo S. A.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—Nº
78026.—(1853).
Mediante
escritura por mí otorgada en San José, a las nueve horas del cinco de enero del
dos mil seis, protocolicé acuerdos de asamblea general de accionistas en donde
se modificó el domicilio, el objeto y la representación de Roca Gris S. A.—Lic.
Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—Nº 78027.—(1854).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del día de hoy, se constituyó la
sociedad denominada Electrónica Pacífico ELPAC Sociedad Anónima.
Domicilio: Alajuela. Plazo: 99 años; Objeto principal: el ejercicio del
comercio en general. Capital: cien mil colones. Presidente y secretaria con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, actuando conjunta o
separadamente, son respectivamente los señores Esteban Gerardo Salas Sánchez y
Gilda María Sánchez Webb.—Alajuela, 5 de enero del 2006.—Lic. María Antonieta
Rodríguez Sandoval, Notaria.—1 vez.—Nº 78028.—(1855).
Por
escritura del día de hoy protocolicé acuerdos de asamblea general de Helgoland
S. A., en la cual modifica la cláusula quinta del capital social,
aumentándolo a setenta mil colones.—San José, 2 de enero del 2006.—Lic. Minorth
Solís Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 78029.—(1856).
Por
escritura otorgada ante los notarios públicos Piero Vignoli Chessler y Vanessa
de Paúl Castro Mora, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Inversiones
Juan Roberto y Viviana Sociedad Anónima. Capital social: diez mil
colones.—San José, 6 de enero del 2006.—Lic.
Piero Vignoli Chessler Mora y Vanessa de Paúl Castro, Notarios.—1 vez.—Nº
78030.—(1857).
Por
escritura número sesenta y uno del tomo segundo del protocolo del suscrito
notario, se protocoliza acta en donde se nombra nueva junta directiva y se
reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo de la empresa MRA Remcoo
Sociedad Anónima.—San José, 7 de diciembre del 2005.—Lic. Alexander
Calderón Mora, Notario.—1 vez.—Nº 78031.—(1858).
Mediante
escritura otorgada en esta notaría se constituyó hoy la sociedad denominada Punta
Maisi S. A.—San Ramón, 5 de enero del 2006.—Lic. Adolfo Hidalgo Agüero,
Notario.—1 vez.—Nº 78035.—(1859).
Mediante
escritura otorgada en esta notaría se constituyó hoy la sociedad denominada Trescientas
Gradas S. A.—San Ramón, 5 de enero del 2006.—Lic. Adolfo Hidalgo Agüero,
Notario.—1 vez.—Nº 78036.—(1860).
Mediante
escritura otorgada en esta notaría se constituyó hoy la sociedad denominada Truenos
de los Ángeles S. A.—San Ramón, 5 de enero del 2006.—Lic. Adolfo Hidalgo
Agüero, Notario.—1 vez.—Nº 78037.—(1861).
Mediante
escritura otorgada en esta notaría se constituyó hoy la sociedad denominada Valle
Géminis S. A.—San Ramón, 5 de enero del 2006.—Lic. Adolfo Hidalgo
Agüero, Notario.—1 vez.—Nº 78038.—(1862).
Mediante
escritura otorgada en esta notaría se constituyó hoy la sociedad denominada Valle
Leo S. A.—San Ramón, 5 de enero del 2006.—Lic. Adolfo Hidalgo
Agüero, Notario.—1 vez.—Nº 78039.—(1863).
Mediante
escritura otorgada en esta notaría se constituyó hoy, la sociedad denominada Valle
Gema S. A.—San Ramón, 5 de enero del 2006.—Lic. Adolfo Hidalgo Agüero,
Notario.—1 vez.—Nº 78040.—(1864).
Por
escritura número sesenta y uno, del tomo sexto de mi protocolo, otorgada ante
mí, Alfredo Cordero Barquero, notario público de Guápiles, a las quince horas
del cuatro de enero del año dos mil seis, se funda la sociedad denominada Herga
del Caribe Sociedad Anónima. Presidente: Ricardo Abel González Araya,
portador de la cédula de identidad número siete-cien-ochocientos noventa y
tres. Domicilio social: San Rafael de Guápiles, Pococí, Limón, quinientos
metros norte y cien metros oeste del Súper San Rafael.—Guápiles, enero cuatro
del año dos mil seis.—Lic. Alfredo Cordero Barquero, Notario.—1 vez.—Nº
78041.—(1865).
Por
escritura otorgada a las nueve horas del primero de diciembre del dos mil
cinco, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de
la compañía Aeropapa de Fumigación Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-cero cero cuatro mil setecientos setenta. Se
revoca nombramiento y se nombra presidente y se confiere poder general con
límite de suma.—Lic. Marcela Vargas
Madrigal, Notaria.—1 vez.—(1868).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del 16 de diciembre del
2005, se constituye la sociedad Nature Land Professional Services S.
A. Plazo: cien años. Capital: diez mil colones. Representación: Presidente
y Secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma,
pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Lic. Marcela Vargas Madrigal,
Notaria.—1 vez.—(1869).
Por
escritura otorgada ante mí el día de hoy, se constituye la compañía denominada Plant
Arte Sociedad Anónima, cuyo domicilio es la ciudad de San José.
Plazo social: noventa y nueve años a partir del día hoy y su capital social se
encuentra totalmente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—San José, cinco de diciembre del dos mil
cinco.—Lic. Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, Notario.—1 vez.—(1931).
Por
escritura otorgada ante el suscrito notario a las 10:00 horas del día 22 de
diciembre del año 2005, se constituyó la sociedad Wilmag Dos Mil Seis S. A.,
Presidente: William Cavalchi C. Domicilio: San José, La Uruca, del Hotel Irazú
150 metros al este, edificio Barsa, Oficina Nº 02.—Lic. Ruhal Barrientos
Saborío, Notario.—1 vez.—(1934).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del diecinueve de noviembre del
dos mil cinco, se constituyó la sociedad Investments Paso Llano
International S. A. Capital social: diez mil colones. Plazo social: cien
años.—Santa Ana, enero nueve del dos mil seis.—Lic. Sergio Fernando Jiménez
Guevara, Notario.—1 vez.—(1945).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del diecinueve de
noviembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Investments Santa
Bárbara International S. A. Capital social: diez mil colones. Plazo social:
cien años.—Santa Ana, enero nueve del dos mil seis.—Lic. Sergio Fernando Jiménez Guevara, Notario.—1
vez.—(1946).
Por
escritura número sesenta y cuatro otorgada ante esta notaría el nueve de enero
del dos mil seis, se constituyó sociedad anónima denominada Terrazas de
Avellanas de Guanacaste S. A. Se nombra Presidente y Tesorero ambos con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar en
forma conjunta o separada.—San José, 9 de enero del 2006.—Lic. Édgar Mauricio
Hernández Araya, Notario.—1 vez—(1948).
Por
escritura número sesenta y tres otorgada ante esta notaría el nueve de enero
del dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima denominada Propiedades
Sueños de Avellanas Uno S. A. Se nombra Presidente y Tesorero ambos con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar en
forma conjunta o separada.—San José, 9 de enero del 2006.—Lic. Édgar Mauricio
Hernández Araya, Notario.—1 vez—(1949).
Por
escritura número sesenta y dos otorgada ante esta notaría el nueve de enero del
dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima denominada Brisas de
Avellanas SB S. A. Se nombra Presidente y Tesorero ambos con facultades de
apoderados generalísimos sin limite de suma pudiendo actuar en forma conjunta o
separada.—San José, 9 de enero del 2006.—Lic. Édgar Mauricio Hernández Araya,
Notario.—1 vez—(1950).
Por
escritura número sesenta y uno otorgada ante esta notaría el nueve de enero del
dos mil seis, se constituyó sociedad anónima denominada Propiedades Paraíso
de Avellanas Dos Mil Seis S. A. Se nombra Presidente y
Tesorero ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma
pudiendo actuar en forma conjunta o separada.—San José, 9 de enero del
2006.—Lic. Édgar Mauricio Hernández Araya, Notario.—1 vez—(1951).
Por
escritura número sesenta otorgada ante esta notaría el nueve de enero del dos
mil seis, se constituyó sociedad anónima denominada El Encanto de
Avellanas de Santa Cruz S. A. Se nombra Presidente y Tesorero ambos con
facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma pudiendo actuar en
forma conjunta o separada.—San José, 9 de enero del 2006.—Lic. Édgar Mauricio
Hernández Araya, Notario.—1 vez—(1952).
Por
escritura número cincuenta y nueve otorgada ante esta notaría el nueve de enero
del dos mil seis, se constituyó sociedad anónima denominada Tres Palitos de
Avellanas S. A. Se nombra Presidente y Tesorero ambos con facultades
de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar en forma
conjunta o separada.—San José, 9 de enero del 2006.—Lic. Édgar Mauricio
Hernández Araya, Notario.—1 vez—(1953).
Por
escritura otorgada ante el suscrito notario en San José a las 9:00 horas del 9
de enero del 2006, se constituyó la sociedad Nihtu Nipa Sociedad Anónima.
Plazo social: 99 años. Domicilio: San José. Objeto: actividades comerciales,
industriales, agrícolas y ganaderas, en especial desarrollo de proyectos
inmobiliarios, urbanísticos, turísticos fuera y dentro del país. Capital
social: diez mil colones.—San José, 9 de enero del 2006.—Lic. Carlos Humberto
Ramírez Vega, Notario.—1 vez.—(1958).
Ante esta
notaría a las quince horas del seis de enero del dos mil seis, mediante la cual
se nombra nueva junta directiva y fiscal para la sociedad Zona Franca
Metropolitana Sociedad Anónima.—San José, 6 de enero del 2006.—Lic. Douglas
Soto Campos, Notario.—1 vez.—Nº 78043.—(1976).
Mediante
escritura otorgada ante mi notaría, a las 11:00 horas del dos de enero del dos
mil seis, se constituye Sterling Group S. A., que se traduce como Grupo
de Máximo Nivel S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma, con domicilio en Santa Ana. Capital social: diez mil
colones.—Santa Ana, 5 de enero del 2006.—Lic. Adilia Caravaca Zúñiga,
Notaria.—1 vez.—Nº 78044.—(1977).
Mediante
escritura otorgada ante mi notaría, a las 11:00 horas del dos de enero del dos
mil seis, se constituye Cool Concepts S. A., que se traduce como Conceptos
Frescos S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma, con domicilio en Santa Ana. Capital social: diez mil
colones.—Santa Ana, 5 de enero del 2006.—Lic. Adilia Caravaca Zúñiga,
Notaria.—1 vez.—Nº 78045.—(1978).
Mediante
escritura otorgada ante mi notaría, a las 11:00 horas del dos de enero del dos
mil seis, se constituye Mango Scent Sociedad Anónima, que se traduce
como Aroma de Mango S. A. Presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma, con domicilio en Santa Ana. Capital social:
diez mil colones.—Santa Ana, 5 de enero del 2006.—Lic. Adilia Caravaca Zúñiga,
Notaria.—1 vez.—Nº 78046.—(1979).
Mediante
escritura otorgada ante mi notaría, a las 11:00 horas del dos de enero del dos
mil seis, se constituye Malinche en Flor Sociedad Anónima. Presidente
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, con domicilio en
Santa Ana. Capital social: diez mil colones.—Santa Ana, 5 de enero del
2006.—Lic. Adilia Caravaca Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 78047.—(1980).
Ante la
suscrita notaria, se constituye Real Picacho Sociedad Anónima. Capital
social: cincuenta mil colones exactos, representado por diez acciones de cinco
mil colones exactos cada una. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio
social: Ciudad Neily, Corredores, Puntarenas, diagonal a alcohólicos anónimos.
Presidente: Esteban Mora Araya.—Ciudad Neily, 25 de noviembre del 2005.—Lic.
Zeidy Cruz Castañeda, Notaria.—1 vez.—Nº 78050.—(1981).
Mediante
escritura otorgada ante mi notaría, a las 11:00 horas del dos de enero del dos
mil seis, se constituye Pampa y Mangos Sociedad Anónima. Presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, con domicilio en Santa
Ana. Capital social: diez mil colones.—Santa Ana, 5 de enero del 2006.—Lic.
Adilia Caravaca Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 78048.—(1982).
Por escritura
otorgada hoy ante mí, Gene Alejandro Robinson Davis y Jean Paul Garnier Piedra,
constituyen Gerojega S. A., domiciliada en San José. Plazo social: 99
años. Capital social: ¢ 100.000,00 dividido en 10 acciones comunes y
nominativas de ¢ 10.000,00 cada una íntegramente suscritas y pagadas. Objetivo:
el comercio en general. Presidente: Jean Paul Garnier Piedra, como apoderado
generalísimo sin límite de suma.—San José, 6 de enero del 2006.—Lic. Evelio
Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—Nº 78053.—(1983).
Por escritura
otorgada hoy ante mí, Gene Alejandro Robinson Davis y Jean Paul Garnier Piedra,
constituyen Hirvego S. A., domiciliada en San José. Plazo social: 99
años. Capital social: ¢ 100.000,00 dividido en 10 acciones comunes y
nominativas de ¢ 10.000,00 cada una íntegramente suscritas y pagadas. Objetivo:
el comercio en general. Presidente: Jean Paul Garnier Piedra, como apoderado
generalísimo sin límite de suma.—San José, 6 de enero del 2006.—Lic. Evelio
Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—Nº 78055.—(1984).
Por
escritura otorgada hoy ante mí, Gene Alejandro Robinson Davis y Jean Paul
Garnier Piedra, constituyen Vecalpa S. A., domiciliada en San José.
Plazo social: 99 años. Capital social: ¢ 100.000,00 dividido en 10 acciones
comunes y nominativas de ¢ 10.000,00 cada una íntegramente suscritas y pagadas.
Objetivo: el comercio en general. Presidente: Jean Paul Garnier Piedra, como
apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 6 de enero del 2006.—Lic.
Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—Nº 78054.—(1985).
Por
escritura otorgada hoy ante mí, Gene Alejandro Robinson Davis y Jean Paul
Garnier Piedra, constituyen Francseca S. A., domiciliada en San José.
Plazo social: 99 años. Capital social: ¢ 100.000,00 dividido en 10 acciones
comunes y nominativas de ¢ 10.000,00 cada una íntegramente suscritas y pagadas.
Objetivo: el comercio en general. Presidente: Jean Paul Garnier Piedra, como
apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 6 de enero del 2006.—Lic.
Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—Nº 78056.—(1986).
Por
escritura otorgada hoy ante mí, Gene Alejandro Robinson Davis y Jean Paul
Garnier Piedra, constituyen Aldaparo S. A., domiciliada en San José.
Plazo social: 99 años. Capital social: ¢ 100.000,00 dividido en 10 acciones
comunes y nominativas de ¢ 10.000,00 cada una íntegramente suscritas y pagadas.
Objetivo: el comercio en general. Presidente: Jean Paul Garnier Piedra, como
apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 6 de enero del 2006.—Lic.
Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—Nº 78057.—(1987).
Se ha
constituido la empresa Inversiones Repastillo Ambar Primera S. A., San
José a las diez horas del ocho de noviembre del dos mil cinco. Se ha
constituido la empresa Vaas Sociedad Anónima, escritura otorgada el seis
de enero del dos mil seis.—San José, 9 de enero del 2006.—Lic. Tatyana Brenes
Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 78058.—(1988).
Ante mi
notaría, se constituye Confort Ecológico Empresa Individual de
Responsabilidad Limitada, constituida con capital de cien mil colones,
administración por gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite
de suma. En San José a las catorce horas del trece de junio del dos mil
cinco.—Lic. Mario García Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 78059.—(1989).
Mediante
escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Compañía Constructora
MA & TRA S. A. Capital social: enteramente suscrito y pagado.—Pérez
Zeledón, 21 de octubre del 2005.—Lic. Leda Carvajal Oviedo, Notaria.—1 vez.—Nº
78060.—(1990).
Mediante
escritura número diecinueve, visible al folio veintiuno frente del tomo cuarto,
otorgada en Limón a las diez horas del veintiocho de diciembre del dos mil
cinco en esta notaría, Javjelo Sociedad Anónima, con domicilio en Limón
cambia nombre por Corporación Azaro Sociedad Anónima, modifica el
domicilio social, aumenta el capital y nombra nueva junta directiva y fiscal.
Presidente: Greivin Villegas Ruiz.—Limón, a las diez horas del veintiocho de
diciembre del dos mil cinco.—Lic. Lizbeth Edwards Murrell, Notaria.—1 vez.—Nº
78061.—(1991).
Por
escritura Nº 198, otorgada ante la suscrita notaria a las 14:30 horas del 5 de
enero del 2006, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria
de accionistas de la sociedad Compañía Constructora Tamarindo S. A., en
los que se reforma la cláusula del domicilio social: San José, barrio Los
Yoses, frente al costado oeste de la Corte Interamericana de Derechos Humanos,
y la cláusula del capital social: ¢ 10.000.000,00.—San José, 5 de enero del
2006.—Lic. Manuelita Jiménez E., Notaria.—1 vez.—Nº 78064.—(1992).
Por escritura
otorgada ante el suscrito notario público Guillermo Guerrero Corrales, a las
quince horas del dieciséis de noviembre del dos mil cinco, se constituyó la
sociedad C R Digital Avanzada Sociedad Anónima, por los socios Roberth
Beltrán Garavito y Angélica Méndez Luque. Ostentan ambos la representación
judicial y extrajudicial en sus cargos de presidente y secretario
respectivamente. El plazo social será de noventa y nueve años. El capital
social es de cien mil colones. El domicilio social estará en Alajuela,
residencial La Giralda, casa dos LL.—San José, 15 de diciembre del 2005.—Lic.
Guillermo Guerrero Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 78065.—(1993).
Por
escritura otorgada el día de hoy ante mí, se protocolizó acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de la compañía Tierra de Una Luna Azul
Sociedad Anónima, por la que se reforma la cláusula del domicilio, la
cláusula de la administración, y se nombra nuevo secretario de la junta
directiva y agente residente.—San José, 6 de enero del 2006.—Lic. Aldomar Ulate
Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 78067.—(1994).
Constitución
de sociedades anónimas Inversiones Luna de Octubre RB./ Propiedades e
Inversiones Zeus R y B. / Multiservice C’ est la Vie YS su
traducción al español Multiservicios Así es la Vida YS/ La Negrita del Moral.
Modificación pacto constitutivo de Las Pelonas R Y B S. A./ Mar Abierto R y
B S. A.—Liberia, 2 de enero del 2006.—Lic. Anabell Calderón Barrera,
Notaria.—1 vez.—Nº 78068.—(1995).
Por
escritura otorgada ante mí a las trece horas del día tres de enero del dos mil
seis, se constituyó la sociedad Coloumbus Heights Number Seventy
Seven Quete Limitada. Gerente: Paul Iwankowski.—Lic. Lilliana García
Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 78075.—(1996).
Por
escritura otorgada ante mí a las ocho horas con cuarenta y cinco minutos del
día tres de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Coloumbus
Heights Number Sixty Eight Peutren Limitada. Gerente: Paul
Iwankowski.—Lic. Lilliana García Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 78076.—(1997).
Por
escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del día tres de enero del dos mil
seis, se constituyó la sociedad Coloumbus Heights Number Sixty Five
Pesh Limitada. Gerente: Paul Iwankowski.—Lic. Lilliana García Barrantes,
Notaria.—1 vez.—Nº 78077.—(1998).
Por
escritura otorgada ante mí, a las trece horas con treinta minutos del día tres
de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Coloumbus Heights
Number Seventy Nine Quiullaa Limitada. Gerente: Paul
Iwankowski.—Lic. Lilliana García Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 78078.—(1999).
Por
escritura otorgada ante mí, a las doce horas del día tres de enero del dos mil
seis, se constituyó la sociedad Coloumbus Heights Number Seventy Four
Pitigue Limitada. Gerente: Paul Iwankowski.—Lic. Lilliana García Barrantes,
Notaria.—1 vez.—Nº 78079.—(2000).
Por
escritura otorgada ante mí, a las nueve horas con quince minutos del día tres
de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Coloumbus Heights
Number Seventy Pichirre Limitada. Gerente: Paul Iwankowski.—Lic.
Lilliana García Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 78080.—(2001).
Ante esta
notaría, se constituye, al ser las diez y treinta horas del día nueve de enero
la sociedad anónima denominada Inversiones Boomerang Sport. Presidente
Michael Tiffer Ortega. Capital diez mil colones.—San José, 9 de enero del
2006.—Lic. Edgar Méndez Blanco,
Notario.—1 vez.—Nº 78081.—(2002).
Hernando
Garcés García y Fabio Garcés García
constituyen Sun Projects H.F. S.R.L. Capital: ¢1.000.00. Plazo social:
99 años. Gerente: Hernando Garcés García. Domicilio: Lagunilla de Heredia.—San
José, 9 de enero de 2006.—Lic. Gonzalo Fajardo Lee, Notario.—1 vez.—Nº
78083.—(2003).
Ashton
Thomas Allio y Tui Lin Panszczyk Frye constituyen Four Dreamers M.L.G., S.
A. Capital: ¢10.000.00. Plazo social: 99 años. Presidente: Mark Andrew
Gromis. Domicilio: Playa Langosta, Guanacaste.—San José, 9 de enero de
2006.—Lic. Gonzalo Fajardo Lee,
Notario.—1 vez.—Nº 78084.—(2004).
Paul James
Belanger y Edward Seeton constituyen las siguientes sociedades. Pauled Avellanas
Corporation P.A.C. SRL, Sarahaven Avellanas Corporation S.A.C., SRL, Noahaven
Avellanas Corporation N.A.C. SRL, Gold Coast Theater Company SRL, Eviehaven
Avellanas Corporation E.A.C. SRL, Avellanas Haven Corporation A.H.C. SRL y Avellanas
Big A Corporation, SRL. Capital en todas: ¢1.000.00, domicilio en todas:
Playa Tamarindo, Gerente en todas: Paul James Belanger, plazo en todas: 99
años.—San José, 6 de enero del 2006.—Lic.
Gonzalo Fajardo Lee, Notario.—1 vez.—Nº 78085.—(2005).
Por
escritura otorgada ante mí, a las siete horas con cuarenta y cinco minutos del
día tres de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Coloumbus
Heights Number Sixty Four Perdizon Limitada. Gerente: Paul
Iwankowski.—Lic. Lilliana García Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 78087.—(2006).
Por
escritura otorgada ante mí, a las once horas del día tres de enero del dos mil
seis, se constituyó la sociedad Coloumbus Heights Number Seventy One
Pilmaiquen Limitada. Gerente: Paul Iwankowski.—Lic. Lilliana García
Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 78088.—(2007).
Por
escritura otorgada ante mí, a las once horas con quince minutos del día tres de
enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Coloumbus Heights Number
Seventy Two Pilpilen Limitada. Gerente: Paul Iwankowski.—Lic. Lilliana García
Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 78089.—(2008).
Por
escritura otorgada ante mí, a las ocho horas con treinta minutos del día tres
de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Coloumbus Heights
Number Sixty Seven Peuco Limitada. Gerente: Paul Iwankowski.—Lic.
Lilliana García Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 78090.—(2009).
Por
escritura otorgada ante mí, a las doce horas con treinta minutos del día tres
de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Coloumbus Heights
Number Seventy Six Piugansu Limitada. Gerente: Paul Iwankowski.—Lic.
Lilliana García Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 78091.—(2010).
Por
escritura otorgada ante mí, a las doce horas con quince minutos del día tres de
enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Coloumbus Heights Number
Seventy Five Pitigue Limitada. Gerente: Paul Iwankowski.—Lic. Lilliana
García Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 78092.—(2011).
Por
escritura otorgada ante mí, a las once horas con cuarenta y cinco minutos del
día tres de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Coloumbus
Heights Number Seventy Three Pingara Limitada. Gerente: Paul
Iwankowski.—Lic. Lilliana García Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 78093.—(2012).
Por
escritura otorgada a las doce horas del cinco de diciembre del dos mil cinco,
los señores Carl Carlsson y Carlos Eduardo Pérez Gutiérrez constituyen Hoteles
Tico Sol Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones.—San José, seis
de enero del dos mil seis.—Lic. Bismark Rivas Loaíciga, Notario.—1 vez.—Nº
78094.—(2013).
Por
escritura número ciento ochenta y ocho, se protocolizó acta de accionista de Sunflower
Sociedad Anónima, se reforma cláusula sétima y se reforma Junta
Directiva.—Liberia, 2 de enero del 2006.—Lic. Hugo Zúñiga Clachar, Notario.—1
vez.—Nº 78095.—(2014).
Por
escritura pública número doscientos setenta y seis, otorgada ante esta notaría,
a las diez horas, del seis de enero del año dos mil seis, se constituyó la
entidad: Servicios Múltiples Jiménez Jarquín Sociedad Anónima. Representación
judicial y extrajudicial: Presidente y Secretario, capital social totalmente
pagado.—Cartago, seis de enero del año 2006.—Lic. Elizabeth María Campos
Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 78096.—(2015).
Por
escritura otorgada ante mí, a las quince horas cuarenta minutos, del veintiséis
de agosto del dos mil cinco, se protocolizó acta número uno de la asamblea
general extraordinaria de socios de Las Estrellas Doradas de Orosol
S. A., por la cual se nombra nueva junta directiva, y se reforman las
cláusulas tercera, y octava.—San José, catorce de noviembre del dos mil
cinco—Lic. Alejandra Sandoval Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 78099.—(2016).
Por
escritura otorgada ante mí, a las diecinueve horas, del tres de enero del dos
mil seis, se protocolizó acta número ocho de la asamblea general extraordinaria
de accionistas de Productora Valle del Sol S. A., por la cual se
nombró nueva junta directiva y se reformó la cláusula octava de la
administración.—San José, cuatro de enero del dos mil cinco.—Lic. Eduardo
Arroyo Boirivant, Notario.—1 vez.—Nº 78100.—(2017).
Por escritura
otorgada ante mí, a las ocho horas con quince minutos, del día tres de enero
del dos mil seis, se constituyó la sociedad Coloumbus Heights Number
Sixty Six Petrel Limitada. Gerente: Paul Iwankowski.—Lic. Lilliana
García Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 78101.—(2018).
Por
escritura otorgada ante mí, a las trece horas con quince minutos, del día tres
de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Coloumbus Heights
Number Seventy Eight Quichan Limitada. Gerente: Paul
Iwankowski.—Lic. Lilliana García Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 78102.—(2019).
Mediante
acta de las quince horas, del tres de enero del dos mil seis, Arazú S. A.,
modifica pacto constitutivo y nombra nueva junta directiva.—Lic. Roxana Jara
Tenorio, Notaria.—1 vez.—Nº 78103.—(2020).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18:15 horas, del día de hoy, se constituyó la
sociedad denominada Corporación CARUL CU BERE Sociedad Anónima.
Capital totalmente suscrito y pagado. Presidente: Esteban Miguel Lafuente
González.—Cuatro de enero del dos mil seis.—Lic. Kattia Montealegre Picado,
Notaria.—1 vez.—Nº 78104.—(2021).
Ante esta
notaría se procedió a constituir la sociedad denominada Sala de Belleza y
Estética Nueva Imagen S. A. Plazo: cien años. Objeto: agricultura,
industria y comercio en general. Capital social: diez mil colones y cuyos
representantes son Adelina Chaverri Brenes y Jennifer Maffioli Chaverri.—San
José, a las diecisiete horas, del día trece de diciembre del dos mil
cinco.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—Nº 78105.—(2022).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas, del 6 de enero del
2006, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: La segunda
del domicilio social el cual será en San José, Escazú, centro comercial Paco,
edificio Bohemia condominio número uno. La cláusula. Se hacen los siguientes
nombramientos: Presidente: Adrián Clachar Seravalli, secretario: Álvaro Clachar
Baldioceda, tesorera: Karen Clachar Seravalli, fiscal: Arlin Clachar Seravalli,
agente residente: Andrea Dall’Anesse Agüero, en la sociedad Wish Town S. A.—San
José, 6 de enero del 2005.—Lic. Andrea Dall’Anesse Agüero, Notaria.—1 vez.—Nº
78106.—(2023).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas, del 6 de enero del 2006,
protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Tractores Escazú S. A., por medio de la cual se reforma
la cláusula quinta del pacto constitutivo, en la cual se aumentó el capital
social de la compañía.—San José, 6 de enero del 2006.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers,
Notario.—1 vez.—Nº 78107.—(2024).
Por
escritura otorgada ante mí, a las catorce horas, del ocho de diciembre del año
dos mil cinco, se constituyó Tika Properties Sociedad Anónima.
Domicilio: Tilarán, Guanacaste, constado sur del parque, altos de la farmacia
Tilarán. Plazo: 99 años. Capital social: diez acciones de diez mil colones cada
una. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma.—San
José, nueve de enero del dos mil seis.—Lic. Willy Fernando Elizondo Murillo,
Notario.—1 vez.—Nº 78108.—(2025).
Por
escritura otorgada arte mí, a las diez horas, del 6 de enero del 2006, se
constituyó Second Life Dreams T y B C R Sociedad Anónima. Domicilio:
Nuevo Tronadora de Tilarán, Guanacaste, mil metros al este del cruce a
Chimurria. Plazo: 99 años. Capital social: diez acciones de diez colones cada
una. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma.—Tilarán, 6 de enero
del año 2006.—Lic. Willy Fernando Elizondo Murillo, Notario.—1 vez.—Nº
78109.—(2026).
Por
escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del 7 de enero del 2006, se
constituyó Montelago Properties Arenal Sociedad Anónima. Domicilio:
Tilarán, Guanacaste, costado sur del parque, altos de Farmacia Tilarán. Plazo:
99 años. Capital social: doce acciones de diez mil colones cada una. Presidente
y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma.—Tilarán, 7 de enero
del año 2006.—Lic. Willy Fernando Elizondo Murillo, Notario.—1 vez.—Nº
78110.—(2027).
Por
escritura otorgada ante mí, María Chaves Araya, a las ocho horas del primero de
diciembre del año dos mil cinco, se constituye la sociedad Electromecánica
Medic Sociedad Anónima, con domicilio en San José, Goicoechea, Calle
Blancos, cincuenta metros al oeste de la Coca Cola, que tiene como objeto
especial la prestación de servicios profesionales en el campo de la
electromecánica, para edificaciones, remodelaciones, construcción y reparación.
Presidente: Esteban Zamora Zeledón.—San José, primero de diciembre del año dos
mil cinco.—Lic. María Chaves Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 78111.—(2028).
Por
escritura otorgada ante mí, María Chaves Araya, a las nueve horas del primero
de diciembre del año dos mil cinco, se constituye la sociedad Medifek de
Costa Rica Sociedad Anónima, con domicilio en San José, Goicoechea, Calle
Blancos, cincuenta metros al oeste de la Coca Cola, que tiene como objeto
especial la prestación de servicios profesionales en el campo de la
electromecánica, para edificaciones, remodelaciones, construcción y reparación.
Presidente: Esteban Zamora Zeledón.—San José, primero de diciembre del año dos
mil cinco.—Lic. María Chaves Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 78112.—(2029).
El suscrito
notario, hago constar que mediante escritura pública número ciento noventa y
siete en coonotariado con la Lic. Mónica Fernández Mayorga, en su protocolo,
ante nosotros otorgada, a las 15:00 horas del 7 de enero del 2006, Acevedo,
José Ángel y Rafael Ángel todos Jiménez Jiménez, han constituido la sociedad Inversiones
Asejo J y A de Palmares S. A. Capital social: diez mil
colones. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio: Esquipulas de Palmares,
Alajuela, setenta y cinco este de la escuela y ciento cincuenta metros sur.
Presidente: José Ángel Jiménez Jiménez, cédula Nº 9-098-316.—Palmares, 7 de
enero del 2006.—Lic. Mónika y Jorge Fabricio Fernández Mayorga, Notarios.—1
vez.—Nº 78114.—(2030).
Protocolicé
acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Corporación Blue Vacations Sociedad Anónima, mediante
la cual se reformó la cláusula segunda y se nombró agente residente. Escritura
otorgada ante el notario público Lilliana García Barrantes, a las nueve horas
con cuarenta y cinco minutos del ocho de diciembre del año dos mil cinco.—Lic.
Lilliana García Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 78116.—(2031).
Protocolicé
acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Corporación Maravillas Playa Palo Seco Sociedad Anónima,
mediante la cual se reformó la cláusula segunda y se nombró agente residente.
Escritura otorgada ante la notaria pública Lilliana García Barrantes a las
nueve horas con treinta minutos del ocho de diciembre del año dos mil
cinco.—Lic. Lilliana García Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 78117.—(2032).
Protocolicé
acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Corporación Arenas Sublimes de Playa Palo Seco Sociedad
Anónima, mediante la cual se reformó la cláusula segunda y se nombró agente
residente. Escritura otorgada ante la notaria pública Lilliana García Barrantes
a las nueve horas con quince minutos del ocho de diciembre del año dos mil
cinco.—Lic. Lilliana García Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 78118.—(2033).
Por
escritura otorgada ante mí, a las trece horas del seis de diciembre del año dos
mil cinco, se creó la sociedad denominada Osvali Comercial S. A.
Domiciliada en Guácimo, Limón, distrito río Jiménez, caserío los Ángeles,
doscientos metros al norte del cementerio. Presidente: Alí Manolo Barrantes Elizondo.—Lic.
Jorge Luis Valerio Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 78121.—(2034).
Protocolicé
acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Corporación Cocoteros Playa Palo Seco Sociedad Anónima,
mediante la cual se reformó la cláusula segunda y se nombró agente residente.
Escritura otorgada ante la notaria pública Lilliana García Barrantes a las diez
horas del ocho de diciembre del año dos mil cinco.—Lic. Lilliana García
Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 78123.—(2035).
Protocolicé
acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Inversiones Norte de Palo Seco, Sociedad Anónima,
mediante la cual se reformó la cláusula segunda y se nombró agente residente.
Escritura otorgada ante la notaria pública Lilliana García Barrantes a las diez
horas con quince minutos del ocho de diciembre del año dos mil cinco.—Lic.
Lilliana García Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 78124.—(2036).
Protocolicé
acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Canal de Palo Seco Norte Sociedad Anónima, mediante
la cual se reformó la cláusula segunda y se nombró agente residente. Escritura
otorgada ante la notaria pública Lilliana García Barrantes a las diez horas con
treinta minutos del ocho de diciembre del año dos mil cinco.—Lic. Lilliana
García Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 78125.—(2037).
Protocolicé
acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Corporación Clavelon Makai Sociedad Anónima,
mediante la cual se reformó la cláusula segunda y se nombró agente residente.
Escritura otorgada ante la notaria pública Lilliana García Barrantes a las diez
horas con cuarenta y cinco minutos del ocho de diciembre del año dos mil
cinco.—Lic. Lilliana García Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 78126.—(2038).
Ante mi
notaría, se constituyó el día de hoy la Compañía denominada Lapaladapus S.
A. Capital social: mil doscientos colones. Presidente, secretario y
tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.
Presidenta: Liliana Noches; secretario: Thomas Scott, tesorero: Jonathan
Lottman. Domicilio: Tibás, San José, setecientos metros oeste iglesia. Plazo:
cien años, a las 12:00 horas del 7 de enero del dos mil seis.—Lic. Miguel
Córdoba Retana, Notario.—1 vez.—(2065).
He
constituido la sociedad anónima denominada Inversiones J J del Pacífico
Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones exactos, por un
plazo social de noventa y nueve años, en donde figura como presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma el señor Juan Jiménez
Fernández.—Miramar, 6 de enero del 2006.—Lic. Roy Quesada Rodríguez, Notario.—1
vez.—(2066).
Por
escritura otorgada en esta notaría a las 8:00 horas del 5 de enero del 2006, se
protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Pita Rica
S. A., cédula jurídica 3-101-171663, celebrada a las 8:00 horas del 26 de
diciembre del 2005, en la que se modificaron las cláusulas sétima del pacto
social y se nombra fiscal.—San José, 5 de enero del 2006.—Lic. Daniel Befeler
Scharf, Notario.—1 vez.—(2075).
Al ser las
diecisiete horas del seis de enero de dos mil seis, ante el suscrito notario
público, se constituyó la sociedad anónima denominada Juan Castro Blanco
Dude Ranch & Resort Sociedad Anónima. Capital Social: veinte mil
colones. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Clifton Fred Lees
Lees.—San Rafael de Heredia, nueve de enero de dos mil seis.—Lic. Nelson
Ramírez Ramírez, Notario.—1 vez.—(2079).
Al ser las
dieciocho horas del seis de enero de dos mil seis, ante el suscrito notario
público, se constituyó la sociedad anónima denominada Ram Truck One Sociedad
Anónima. Capital social: veinte mil colones. Plazo social: noventa y nueve
años. Presidente: Clifton Fred Lees Lees.—San Rafael de Heredia, nueve de enero
de dos mil seis.—Lic. Nelson Ramírez Ramírez, Notario.—1 vez.—(2080).
La suscrita
notaria hace constar que por escritura otorgada ante esta notaría, el día
catorce de diciembre del dos mil cinco, a las trece horas, treinta minutos, se
constituyó la sociedad denominada Ilegale Internacional Sociedad Anónima,
siendo la presidenta la señora Francis Adriana Clavijo Arango.—Heredia, 4 de
enero del 2006.—Lic. Karla Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—(2082).
Ante esta
notaría, por escritura número setenta-uno otorgada a las dieciocho horas del 6
de enero del 2006, se constituye la sociedad de esta plaza, La Gangoferta
Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 9 de enero del 2006.—Lic. Luis Octavio
Pérez Baires, Notario.—1 vez.—(2102).
Por
escritura otorgada número trescientos setenta y tres de las dieciocho horas del
siete de diciembre del dos mil cinco, se constituyó Tec Instalaciones Guzmán
S. A. Su domicilio social será La Unión de Cartago. Capital: suscrito y
pagado.—San José, 12 de diciembre del 2005.—Lic. Óscar Murillo Castro,
Notario.—1 vez.—(2104).
José
Alberto Arrieta Palacios, notario público con oficina en Liberia, comunica ante
esta notaría, se constituyó la compañía Hermanos Berbea Sociedad Anónima.—Lic.
José Alberto Arrieta Palacios, Notario.—1 vez.—Nº 78128.—(2118).
Mediante
escritura otorgada ante este notario a las 11:00 horas del 13 de diciembre del
2005, se nombra nuevo presidente: Federico Chacón Castro, secretaria: Margarita
de Fátima Chacón Cordero, tesorera: Laura Chacón Cordero, fiscal: Mayela Víquez
Vargas, en la sociedad Junquillal Investments S. A.—Guanacaste, 14 de
diciembre del 2005.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº
78129.—(2119).
Ante mi
notaría por la escritura número ciento veintiséis-quince, se realizó la
protocolización de acuerdos de la asamblea de socios de la sociedad Tangerine
Properties S. A., en la cual se modifica la cláusula quinta del pacto
constitutivo.—San José, 6 de enero del 2006.—Lic. Juan Carlos Montero
Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 78131.—(2120).
El suscrito
notario hace constar que mediante escritura número ochenta y cinco, consignada
a las ocho horas del diecinueve de diciembre del dos mil cinco, se constituyó Translogic
W & W (Transportes Logísticos) Sociedad Anónima.—San José, 6 de enero
del 2006.—Lic. Jaime Amador Huezo, Notario.—1 vez.—Nº 78132.—(2121).
Por
escritura ante mí, Quintanar de La Garita Musgo Número Trece Sociedad
Anónima, reforma cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo.—San
José, 6 de enero del 2006.—Lic. Ricardo Sossa Siles, Notario.—1 vez.—Nº
78133.—(2122).
Ante esta
notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas, treinta minutos del día
seis de enero del dos mil seis, Larp Associates S. A. y Yellow Innovative
Landas S. A., constituyen la sociedad denominada Mojito Real Estate Limitada.—San
José, 9 de enero del 2006.—Lic. Luis Manuel Castro Ventura, Notario.—1 vez.—Nº
78134.—(2123).
Ante esta
notaría, por escritura otorgada a las nueve horas treinta minutos del día seis
de enero del dos mil seis, Larp Associates S. A., y Yellow Innovative Landas S.
A., constituyen la sociedad denominada Ahgxtwo Real Estate Limitada.—San
José, 9 de enero del 2006.—Lic. Ronald Lachner González, Notario.—1 vez.—Nº
78135.—(2124).
Mediante
escritura pública número sesenta y tres del protocolo número uno del notario
Luis Ángel Sánchez Montero, otorgada el dos de enero del dos mil seis, a las
once horas, se protocolizó acta número cinco de asamblea de general de socios
de J Adams A Internacional S. A., en la cual se modificó la cláusula
segunda (del domicilio) de dicha sociedad. Además se nombraron nuevos
secretario y tesorero.—San José, 2 de enero del 2006.—Lic. Luis Ángel Sánchez
Montero, Notario.—1 vez.—Nº 78137.—(2125).
Mediante
escritura pública número sesenta y dos del protocolo número uno del notario
Luis Ángel Sánchez Montero, otorgada el dos de enero del dos mil seis, a las
diez horas, se protocolizó acta número siete de asamblea de general de socios
de Importaciones Clio S. A., en la cual se otorga poder especial.—San
José, 2 de enero del 2006.—Lic. Luis Ángel Sánchez Montero, Notario.—1 vez.—Nº
78138.—(2126).
Mediante
escritura pública número cincuenta y siete del protocolo número tres de la
notaria Xiomara Cordero Artavia, otorgada el día nueve de diciembre del dos mil
cinco, a las nueve horas, se constituyó la sociedad denominada Laboral y
Recursos Humanos Sociedad Anónima, cuyo presidente es el socio Luis Ángel
Sánchez Montero.—Palmares, 29 de diciembre del 2005.—Lic. Xiomara Cordero
Artavia, Notaria.—1 vez.—Nº 78139.—(2127).
Mediante
escritura pública número cincuenta y ocho del protocolo número tres de la
notaria Xiomara Cordero Artavia, otorgada en San José, el día nueve de
diciembre del dos mil cinco, a las nueve horas, treinta minutos, se constituyó
la sociedad denominada Inmobiliaria La Cima de Palmares Sociedad Anónima,
cuyo presidente es el socio Luis Ángel Sánchez Montero.—Palmares, 29 de
diciembre del 2005.—Lic. Xiomara Cordero Artavia, Notaria.—1 vez.—Nº 78140.—(2128).
Mediante
escritura pública número cincuenta y nueve del protocolo número tres de la
notaria Xiomara Cordero Artavia, otorgada en San José, el día nueve de
diciembre del dos mil cinco, a las diez horas, se constituyó la sociedad
denominada Agropecuaria Von Der Spitze Sociedad Anónima, cuyo presidente
es el socio Luis Ángel Sánchez Montero.—Palmares, 29 de diciembre del
2005.—Lic. Xiomara Cordero Artavia, Notaria.—1 vez.—Nº 78142.—(2129).
Los señores
Marco Céspedes Acosta y Andrea Sibaja Sánchez, constituyen la entidad Inversiones
Tecaba Ecológica S. A., domiciliada en San José, Piedades de Santa Ana, 300
metros este y 200 norte de la iglesia de Piedades, con un capital de cien mil
colones, dividido en diez acciones comunes y nominativas de 10 mil colones cada
una. Escritura otorgada en San José, a las 9:00 horas del 9 de abril del
2005.—Lic. Edgar Montero Mejía, Notario.—1 vez.—Nº 78141.—(2130).
Mediante
escritura pública número sesenta del protocolo número tres de la notaria
Xiomara Cordero Artavia, otorgada en San José el día nueve de diciembre del dos
mil cinco, a las diez horas, treinta minutos, se constituyó la sociedad
denominada Agropecuaria La Cima de Palmares Sociedad Anónima, cuyo
presidente es el socio Luis Ángel Sánchez Montero.—Palmares, 29 de diciembre
del 2005.—Lic. Xiomara Cordero Artavia, Notaria.—1 vez.—Nº 78143.—(2131).
Por
escritura otorgada ante mí, a las trece horas del veinte de diciembre del año
dos mil cinco, se constituyó la sociedad Asesoría en Seguridad Ocupacional y
Gestión Ambiental Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones,
íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: Heredia, Mercedes Norte, de la
entrada principal de la urbanización Boruca 100 metros norte, 100 metros oeste,
y 100 metros norte. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: José Marvin
González Barquero, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma.—San José, 20 de diciembre del 2005.—Lic. Fernando Chinchilla Cooper,
Notario.—1 vez.—Nº 78145.—(2132).
Mediante
escritura pública número sesenta y uno del protocolo número ocho de la notaria
Xiomara Cordero Artavia, otorgada el día nueve de diciembre del dos mil cinco,
a las once horas, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Von Der
Spitze Sociedad Anónima, cuyo presidente es el socio Luis Ángel Sánchez
Montero.—Palmares, 29 de diciembre del 2005.—Lic. Xiomara Cordero Artavia,
Notaria.—1 vez.—Nº 78144.—(2133).
Por
escritura número ciento sesenta y nueve otorgada a las diecisiete horas treinta
minutos del día dieciséis de noviembre del año dos mil cinco, en el protocolo
primero del notario público Fabio Trujillo Hering, se protocolizó actas número
uno y número dos, de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Kobala del Bosque S. A., celebradas a las ocho horas
del veintisiete de setiembre y a las ocho horas del día once de octubre,
respectivamente, en las cuales se reformaron las cláusulas segunda del
domicilio en la primera, así como segunda del domicilio y octava de la
administración y se nombró junta directiva y fiscal.—Heredia, dieciséis de
noviembre del año dos mil cinco.—Lic. Fabio Trujillo Hering, Notario.—1 vez.—Nº
78146.—(2134).
Por
escritura número ciento sesenta y ocho otorgada a las dieciocho horas del día
dieciséis de noviembre del año dos mil cinco, en el protocolo primero del
notario público Fabio Trujillo Hering, se protocolizó actas número uno y número
dos, de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad
denominada Kiregopuyu S. A., celebradas a las ocho horas del veintisiete
de setiembre y a las ocho horas del día once de octubre, respectivamente, en
las cuales se reformaron las cláusulas segunda del domicilio en la primera, así
como segunda del domicilio y octava de la Administración y se nombró junta
directiva y fiscal.—Heredia, dieciséis de noviembre del año dos mil cinco.—Lic.
Fabio Trulillo Hering, Notario.—1 vez.—Nº 78147.—(2135).
Por
escritura número ciento sesenta y seis otorgada a las diecisiete horas treinta
minutos del día dieciséis de noviembre del año dos mil cinco, en el protocolo
primero del notario público Fabio Trujillo Hering, se protocolizó actas número
uno y número dos, de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Kokorote del Bosque S. A., celebradas a las ocho horas
del veintisiete de setiembre y a las ocho horas del día once de octubre,
respectivamente, en las cuales se reformaron las cláusulas segunda del
domicilio en la primera, así como segunda del domicilio y octava de la
administración y se nombró junta directiva y fiscal.—Heredia, dieciséis de
noviembre del año dos mil cinco.—Lic. Fabio Trujillo Hering, Notario.—1 vez.—Nº
78148.—(2136).
Por
escritura número ciento sesenta y cinco otorgada a las diecisiete horas del día
dieciséis de noviembre del año dos mil cinco, en el protocolo primero del
notario público Fabio Trujillo Hering, se protocolizó actas número uno y número
dos, de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad
denominada Koskisha S. A., celebradas a las ocho horas del veintisiete de
setiembre y a las ocho horas del día once de octubre, respectivamente, en las
cuales se reformaron las cláusulas segunda del domicilio en la primera, así
como segunda del domicilio y octava de la administración y se nombró junta
directiva y fiscal.—Heredia, dieciséis de noviembre del año dos mil cinco.—Lic.
Fabio Trujillo Hering, Notario.—1 vez.—Nº 78149.—(2137).
Por medio
de escritura Nº 2-135 otorgada a las 10:00 horas del día 6 de enero del año
2006, se protocolizó acta de la sociedad Ecatrans Logística S. A., por
medio de la cual se nombra nueva junta directiva y fiscal y se modificó la
cláusula 3ra y 6ta del pacto constitutivo.—Lic. Roberto Echeverría Alfaro,
Notario.—1 vez.—Nº 78150.—(2138).
Por
escritura Nº 296 otorgada a las 10:00 horas del 10 de octubre del 2005, ante el
notario Ramiro Dennis Smith, se constituye Z Cuatro Producciones S. A.
Plazo 99 años. Domicilio San José. Capital: diez mil. Presidente de junta
directiva a William Rodríguez Santamaría.—Lic. Ramiro Dennis Smith, Notario.—1
vez.—Nº 78151.—(2139).
En esta
notaria, al ser las 10:00 horas de hoy, se constituyó Magic Cool S. A.
Presidente: Ronald Álvarez Álvarez. Capital 100.000,00 colones.—San José, 7 de
enero de dos mil seis.—Lic. José Luis Lee Ching, Notario.—1 vez.—Nº
78152.—(2140).
Ante esta
notaría en San José, al ser las ocho horas del nueve de enero del dos mil seis,
se reforma la cláusula quinta de Hostel Pangea S. A., cédula jurídica
número tres-ciento uno-trescientos noventa mil quinientos setenta y ocho.—San
José, 9 de enero del 2006.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1
vez.—Nº 78154.—(2141).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, los señores Carlos Denton Lister y Olda
María Acuña Bonilla, constituyeron la sociedad denominada Cerebros Asociados
S. A. Capital social: 1.000.000,00. Domicilio San José. Presidente y
secretaria con facultades de apoderados generalísimos.—San José, 4 de enero del
2006.—Lic. Carlos Alberto Vargas Campos, Notario.—1 vez.—Nº 78155.—(2142).
Constitución
de sociedad de responsabilidad limitada Pan Jumbo SRL. Ante la notaría
de la licenciada Hazel Solano Siles. Es todo.—San José, 9 de enero del
2006.—Lic. Hazel Solano Siles, Notaria.—1 vez.—Nº 78159.—(2143).
Por
escritura otorgada ante mí Josefina Apuy Ulate, a las siete horas del día quince
de diciembre del dos mil cinco, se reforma las cláusulas octava y décimo cuarta
del pacto constitutivo de la sociedad Proconsa Chas-S Internacional S. A.
Es todo.—San José, ocho de enero del dos mil seis.—Lic. Josefina Apuy Ulate,
Notaria.—1 vez.—Nº 78157.—(2144).
Constitución
de sociedad de responsabilidad limitada Disalca Comercial SRL. Ante la
notaría de la licenciada Hazel Solano Siles. Es todo.—San José, 9 de enero del
2006.—Lic. Hazel Solano Siles, Notaria.—1 vez.—Nº 78160.—(2145).
El suscrito
notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura
pública de las doce horas treinta minutos del seis de enero del dos mil seis,
se constituyó la sociedad denominada Seguridad y Control K A C H SRL.
Capital suscrito y pagado. Gerente y subgerente con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—Cartago,
seis de enero del dos mil seis.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1
vez.—Nº 78161.—(2146).
Por
escritura número veinticuatro-cuatro del 9 de enero del 2006, se reformó la
cláusula primera del nombre de Inversiones Internacionales Ibiza Sociedad
Anónima, para llamarse Medcorp Internacional del Valle Sociedad Anónima
ante esta notaría.—San José, 9 de enero del 2006.—Lic. Nicole Preinfalk
Lavagni, Notaria.—1 vez.—Nº 78162.—(2147).
Por
escritura número ochenta y seis, otorgada ante la notaria pública Ilse Arguedas
Chaverri, a las dieciséis horas del seis de enero del dos mil seis, se
constituyó la sociedad anónima denominada Central América Chemical Supplies,
con un capital social de diez mil colones, y domiciliada en san Rafael de
Heredia Getsemaní. Se nombraron los miembros de junta directiva,
correspondiendo al presidente la representación judicial y extrajudicial de la
sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma.—Dada en
Heredia el día nueve de enero año dos mil seis.—Lic. Ilse Arguedas Chaverri,
Notaria.—1 vez.—Nº 78163.—(2148).
El día de
hoy, yo Ingrid Reischfleger Montero, notaria pública con oficina en San José,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Asesoría
Económico Legal Robinson-Montt S. A. Se nombra nueva junta directiva, se
cambia nombre, domicilio y representación.—San José, seis de enero del dos mil
seis.—Lic. Ingrid Reischfleger Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 78164.—(2149).
Por
escritura número sesenta y tres - uno, otorgada ante mí a las quince horas
treinta minutos del siete de diciembre del dos mil cinco, se constituyo la
sociedad denominada Biedgus Ujueta Sociedad Anónima, la representación
judicial y extrajudicial corresponde al presidente y vicepresidente, en forma
conjunta. Capital social: diez mil colones.—5 de enero del 2006.—Lic. Viviana
Solís Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 78167.—(2150).
Por
escritura otorgada en San José, a las quince horas del seis de enero del año
dos mil seis, ante esta notaría, se constituyó Tierra Prometida Experimental
Sociedad Anónima. Fernando García Santamaría, Presidente.—San José, nueve
de enero del dos mil seis.—Lic. César Gómez Montoya, Notario.—1 vez.—Nº
78168.—(2151).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría en la ciudad de San José, escritura número
setenta a las nueve horas treinta minutos del día cinco de enero del dos mil
seis, se constituyó la sociedad anónima denominada Buzo & Asociados
Sociedad Anónima, con un capital social de un mil colones.—San José, seis
de enero de dos mil seis.—Lic. Silvia González Castro, Notaria.—1 vez.—Nº
78169.—(2152).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría en la ciudad de San José, escritura número
setenta y uno, a las diez horas treinta minutos del día cinco de enero del dos
mil seis, se constituyó la sociedad anónima denominada I Mabo de Centro
América Sociedad Anónima, con un capital social de un mil colones.—San
José, seis de enero de dos mil seis.—Lic. Silvia González Castro, Notaria.—1
vez.—Nº 78170.—(2153).
Por
escritura otorgada ante el notario Carlos Luis Mellado Soto, en Esparza, a las
12:00 horas del 6 de enero del 2006, los señores John Kattoura, Brenda Kattoura
y John Maroun Kattoura, constituyen una sociedad anónima denominada Corporación
Profecía, Revelación J.J.B Sociedad Anónima. Capital social de ¢100.000,00.
Apoderado generalísimo sin límite de suma, agente residente: Carlos Luis
Mellado Soto.—Lic. Carlos Luis Mellado Soto, Notario.—1 vez.—Nº 78171.—(2154).
Por
escritura otorgada ante el notario Carlos Luis Mellado Soto, en Esparza, a las
14:00 horas del 5 de diciembre del 2005, los señores John Kattoura, Brenda
Kattoura y John Maroun Kattoura, constituyen una sociedad anónima denominada Los
Reyes Marineros J.J.B Sociedad Anónima. Capital social de ¢100.000,00.
Apoderado generalísimo sin límite de suma, agente residente: Carlos Luis
Mellado Soto.—Lic. Carlos Luis Mellado Soto, Notario.—1 vez.—Nº 78172.—(2155).
Por
escritura otorgada ante el notario Carlos Luis Mellado Soto, en Esparza, a las
13:00 horas del 6 de enero del 2006, los señores John Kattoura, Brenda Kattoura
y John Maroun Kattoura, constituyen una sociedad anónima denominada Compañía
Marinera Rodadora Yoyo Sociedad Anónima. Capital social de ¢100.000,00.
Apoderado generalísimo sin límite de suma, agente residente: Carlos Luis
Mellado Soto.—Lic. Carlos Luis Mellado Soto, Notario.—1 vez.—Nº 78173.—(2156).
William
Zúñiga Martínez y Carlos Chinchilla Castro, constituyen la sociedad denominada Soluciones
Automotrices WC Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José al ser las
doce horas del día diez de setiembre del dos mil cinco.—Lic. Juan Edgar Fallas
García, Notario.—1 vez.—Nº 78174.—(2157).
La suscrita
notaria, da fe de que a las quince horas del seis de enero del dos mil seis, se
constituyó la sociedad Asesorías Ginleo de G L A Sociedad Anónima, con
domicilio en Tibás, Llorente, de La Nación doscientos metros al este y
veinticinco metros al sur, la presidenta es Ginnette María León Angulo, mayor,
soltera, licenciada en Enseñanza del Inglés, vecina de Tibás, Llorente, de La
Nación doscientos metros al este y veinticinco metros al sur, con cédula de
identidad número uno- novecientos noventa y siete-cuatrocientos cuarenta
ocho.—Lic. Rita Díaz Amador, Notaria.—1 vez.—Nº 78175.—(2158).
Por
escritura número doscientos noventa y seis, se constituye la sociedad
denominada Villa El Emprendedor del Norte Sociedad Anónima. Presidente:
Charles Crane Reyes.—San José, seis de enero del dos mil seis.—Lic. José Manuel
Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—Nº 78176.—(2159).
Ante mí
Grace Robinson Arias, notaria pública de Siquirres, se constituyó Ornamentales
Pacuare del Caribe Sociedad Anónima, nombramientos: Presidente: Fernando
Shedden Alleth y secretario: Carlos Alberto Céspedes Calvo, ambos con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma para actuar conjunta
o separadamente. Capital: Diez mil colones. Domicilio social: Provincia de
Limón, Siquirres, barrio San Martín cincuenta metros sur del Ebais de Caja
Costarricense de Seguro Social.—9 de enero del 2006.—Lic. Grace Robinson Arias,
Notaria.—1 vez.—Nº 78177.—(2160).
Al ser las
nueve horas del día dos de junio del año dos mil cinco, ante mi notaría se
constituyó la sociedad denominada Paradero Ecológico La Amistad Sociedad
Anónima, pudiendo abreviarse Paradero Ecológico La Amistad S. A.—Pérez
Zeledón, seis de enero del año dos mil seis.—Lic. Maycol A. Borbón Elizondo,
Notario.—1 vez.—Nº 78185.—(2161).
Ante mí Grace
Robinson Arias, notaria pública de Siquirres, se constituyó Ornamentales
Fershedden del Caribe Sociedad Anónima, nombramientos: Presidente: Fernando
Shedden Alleth, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.
Capital: Diez acciones de mil colones cada una. Domicilio social: provincia de
Limón, Siquirres, barrio San Martín cincuenta metros sur del Ebais de Caja
Costarricense de Seguro Social.—9 de enero del 2006.—Lic. Grace Robinson Arias,
Notaria.—1 vez.—Nº 78178.—(2162).
Que por
escritura número 52, visible a folio 38 frente del tomo VI del protocolo del
notario público Lic. Eduardo Abarca Vargas, se constituyó la empresa
representada por Tanya Fay (nombres) Johnson (apellido), mayor, divorciada,
Jefe de oficina, vecina de esta ciudad, frente a los Tribunales de Justicia,
Pérez Zeledón, San José, de un solo apellido en razón de su nacionalidad
estadounidense, pasaporte de su país número cero siete siete siete tres ocho
cuatro tres uno y Patrick Edward (nombre) Engle (apellido), mayor, soltero,
electricista, vecino de la misma dirección de la primera compareciente, de un
solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, pasaporte de su país
cero siete siete cuatro cinco seis ocho uno tres denominada Crow Creek
Sociedad de Responsabilidad Limitada. El motivo de este edicto es la
constitución de la empresa indicada.—San Isidro, Pérez Zeledón, a las 17:00
horas del 21 de diciembre del año 2005.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1
vez.—Nº 78186.—(2163).
Que por
escritura número 58, visible a folio 43 frente del tomo V del protocolo del
notario público Lic. Eduardo Abarca Vargas, se constituyó la empresa
representada por William Edward (nombres) Diesing III (apellido), mayor,
empresario, vecino del cinco, Thompson Way, Morris Plains, New Jersey, Estados
Unidos de Norteamérica, casada uno vez, de un solo apellido en razón de su
nacionalidad Irlandesa, pasaporte de su país número siete uno cero ocho uno
siete uno uno tres, Claudia Katharina (nombres) Schönig- Diesing (apellido),
mayor, empresaria, vecina del mismo domicilio del anterior compareciente,
casada una vez, de un solo apellido en razón de su nacionalidad alemana,
pasaporte de su país número tres cinco cuatro tres tres dos seis cuatro cinco y
Jasper (nombre) Gieling (apellido), mayor, soltero, de un solo apellido en
razón de su nacionalidad holandesa, empresario, comerciante, vecino de Pérez
Zeledón, San José, frente a los Tribunales de Justicia, pasaporte de su país NB
tres tres nueve cinco uno cero siete denominada Tico Pfalz Sociedad de
Responsabilidad Limitada. El motivo de este edicto es la constitución de la
empresa indicada. Pérez Zeledón, San José, .—San Isidro de Pérez Zeledón, a las
17:00 horas del 5 de enero del año 2006.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1
vez.—Nº 78187.—(2164).
Que por
escritura número 54, visible a folio 39 frente del tomo VI del protocolo del
notario público Lic. Eduardo Abarca Vargas, se constituyó la empresa
representada por número cincuenta y cuatro: Ante mi Lic. Eduardo Abarca Vargas,
notario público con oficina en Pérez Zeledón y de Paso por Dominical de Osa,
comparecen: Louis Paul (nombres) Ryan (apellido), mayor, empresario, vecino del
siete tres cuatro, Avenida, Superba, California, Estados Unidos de
Norteamérica, casada uno vez, de un solo apellido en razón de su nacionalidad
Irlandesa, pasaporte de su país número M nueve cero tres cuatro ocho nueve,
Annette (nombres) Ryan (apellido), mayor, empresaria, vecina del mismo
domicilio del anterior compareciente, casada una vez, de un solo apellido en
razón de su nacionalidad estadounidense, pasaporte de su país número uno cinco
cuatro dos seis cuatro uno seis cinco denominada Coco Bella Sociedad de
Responsabilidad Limitada, que es nombre de fantasía, pudiendo. El motivo de
este edicto es la constitución de la empresa indicada, Pérez Zeledón, San
José.—San Isidro de Pérez Zeledón, a las 17:00 horas del 5 de enero del año
2006.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 78188.—(2165).
Por
escritura número ochenta y nueve, otorgada ante el notario Christian García
Morales, se constituyó la sociedad con domicilio en la ciudad de San José,
Curridabat, denominada Pezuville Sociedad Anónima, fecha de
otorgamiento: seis de enero del dos mil seis. Presidenta: Anais Pérez Zúñiga.
Capital social: veinte mil colones, representado por diez acciones comunes y
nominativas. Plazo noventa y nueve años.—San José, seis de enero del 2006.—Lic.
Christian García Morales, Notario.—1 vez.—Nº 78189.—(2166).
Ante esta
notaría se constituyó la sociedad Corporación Ruby Red Sociedad Anónima,
capital social debidamente suscrito y pagado por los socios, la representación
de dicha sociedad, será por medio de la representante Gaye Lynette Hawkes en su
condición de presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma, pudiendo actuar separadamente. El plazo social es de noventa y nueve
años.—San José a las quince horas del cuatro de enero del dos mil seis.—Lic.
Víctor H. Maffioli Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 78190.—(2167).
Ante esta
notaría se constituyó la sociedad Proanorexia Sociedad Anónima, capital
social debidamente suscrito y pagado por los socios, la representación de dicha
sociedad, será por medio del representante George Peters en su condición de
presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma,
pudiendo actuar separadamente. El plazo social es de noventa y nueve años.—San
José, a las catorce horas del cuatro de enero del dos mil seis.—Lic. Víctor H.
Maffioli Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 78191.—(2168).
A las once
horas del seis de enero de dos mil seis, ante esta notaría se constituyó la
sociedad denominada Corporación Cocodaibo Sociedad Anónima. Domicilio
San José. Capital suscrito y pagado. Presidente apoderado generalísimo sin
limitación de suma.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.—Nº
78193.—(2169).
A las
catorce horas del cinco de enero de dos mil seis, ante esta notaría se
constituyó la sociedad denominada Good Action Guiones Corporation Sociedad
Anónima. Domicilio San José. Capital suscrito y pagado. Presidente y tesorero apoderados generalísimos sin
limitación de suma.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.—Nº
78194.—(2170).
Mediante
escritura otorgada en mi notaría, a las 20:00 horas del día de hoy, se
constituyó Uppsala Blanca S. A. Capital todo suscrito y pagado.
Domicilio San José. Presidente, secretario y tesorero, apoderados generalísimos
sin límite de suma.—San José, 5 de enero del 2006.—Lic. Danilo Portuguez
Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 78195.—(2171).
Por
escritura otorgada ante mí, a las diez horas del treinta y uno de marzo del dos
mil cinco, se amplió el plazo social de Inversiones Nacionales Edelca S. A.,
y se reorganizó la junta directiva.—Cartago,1º de abril del 2005.—Lic. José
Miguel Brenes B., Notario.—1 vez.—Nº 78196.—(2172).
Ante esta
notaría, se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo de Inversiones
Romeyo S. A. Referente al capital social, aumentando el número de acciones
emitidas. Es todo.—San José, a las ocho horas del doce de diciembre del año dos mil cinco.—Lic. Kerly
Masís Beita, Notaria.—1 vez.—Nº 78197.—(2173).
Por
escrituras números diez-siete; doscientos cuatro y doscientos cinco, otorgadas
ante nuestras notarías a las quince horas del seis de diciembre de dos mil
cinco; ocho horas del once de noviembre de dos mil cinco y once horas del siete
de diciembre de dos mil cinco, se reforma pacto social constitutivo; se reelige
junta directiva y nueva reelección de junta directiva de la sociedad denominada
INS-Bancrédito Valores Puesto de Bolsa.—San José, 6 de enero del
2006.—Lic. Luis Carlos Marchena Redondo y José Elías Zamora Quesada,
Notarios.—1 vez.—Nº 78198.—(2174).
Por
asamblea general de las quince horas del veintiséis de diciembre del año dos
mil cinco, se constituyó la compañía Compu Office Costa Rica Sociedad
Anónima. Socios: Rolando Alberto Araya Eduarte y Jalma Elena Blanco Campos.
Capital suscrito y pagado. Domicilio social en la provincia de San José,
exactamente en San Francisco de Dos Ríos, Barrio Hispano, ciento veinticinco
metros norte del Supermercado Megasuper. Así consta en escritura número
doscientos cincuenta y nueve, de las quince horas del veintiséis de diciembre
del año dos mil cinco.—San José, veintiséis de diciembre del dos mil
cinco.—Lic. Marco Acuña Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 78199.—(2175).
Por asamblea
general de las quince horas del veintisiete de diciembre del año dos mil cinco,
se constituyó la compañía Tehuelche Patagónica Sociedad Anónima. Socios:
Maximiliano Montenegro, Sebastián Colonna. Capital suscrito y pagado. Domicilio
social en la provincia de San José, exactamente en Sabana Sur, de la
Contraloría General de la República 250 metros sur y 25 metros oeste,
apartamento número 6. Así consta en escritura número doscientos sesenta, de las
quince horas del veintisiete de diciembre del año dos mil cinco.—San José,
veintisiete de diciembre del dos mil cinco.—Lic. Marco Acuña Esquivel,
Notario.—1 vez.—Nº 78200.—(2176).
Mediante
escritura otorgada el día de hoy, ante mi notaría, los señores Xenia Maritza
Blanco Jara, Gilberto Villalobos Zamora, Luis Alberto y Mariel Villalobos
Blanco, constituyen la empresa: Cecosam S. A. Cuyo objeto es el comercio
en general y su domicilio legal es en San Antonio de Desamparados de San
José.—San José, nueve de enero del dos mil seis.—Lic. María Margoth Solís
Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 78202.—(2177).
Por
escritura otorgada hoy ante mí a las 9:00 horas, se constituyó la sociedad con
domicilio en Santo Domingo de Heredia: Digital Color y Creaciones Gráficas B
Y B S. A. Plazo: 99 años . Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San
José, 8 de julio del 2005.—Lic. Eduardo Echeverría Calzada, Notario.—1 vez.—Nº
78204.—(2178).
Por
escritura otorgada ante mi notaría el día tres de enero del dos mil seis, se
constituyó la sociedad con domicilio en San Ramón de Tres Ríos, denominada Qabirim
S. A., con plazo de 99 años. Capital íntegramente suscrito y pagado.—San
José tres de enero del dos mil seis.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano,
Notario.—1 vez.—Nº 78205.—(2179).
Por
escritura otorgada ante mí, a las a las 11:00 horas del 5 de enero de 2006, se
constituyó la sociedad: Inversiones Ferhego S. A. Presidente apoderado
generalísimo sin límite de suma, Capital social: diez mil colones. Domicilio:
Alajuela. Plazo: 99 años. Alajuela a las 10:00 horas del 6 de enero de
2006.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(2183).
Por
escritura otorgada ante la suscrita notaria en San José a las 8:00 horas del
siete de junio del 2005, he procedido a modificar las cláusulas segunda y
octava del pacto constitutivo de la sociedad anónima denominada Vergara
Sociedad Anónima. Domicilio en San José.—San José, 7 de junio del
2005.—Lic. María del Milagro Redondo Valle, Notaria.—1 vez.—(2186).
Kentucky
Fried Chicken de Costa Rica S. A.,
reforma cláusula segunda del pacto constitutivo y establece nuevo domicilio
social. Escritura otorgada a las catorce horas del catorce de diciembre del dos
mil cinco.—Lic. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—(2190).
Por
escritura otorgada ante esta notaría el seis de noviembre de dos mil cinco, se
modificó el pacto social la sociedad denominada Inversiones Condominio Villa
Terranova Número Cinco Sociedad Anónima, para hacer negocios de todo tipo,
presidente deberá contar con el acuerdo de la asamblea de accionistas.—San
José, nueve de enero del dos mil seis.—Lic. Sergio Gamboa Vargas, Notario.—1
vez.—Nº 78221.—(2193).
Por
escritura otorgada en esta notaría, a las once horas del siete de enero del dos
mil seis, se constituyó la sociedad domiciliada en Quepos con el nombre Gil-And
Sociedad Anónima. Se suscribe y se paga totalmente el capital una vez.—San
José, nueve de enero del dos mil seis.—Lic. Carlos Adán Pacheco Solórzano,
Notario.—1 vez.—Nº 78222.—(2194).
Por
escritura de las 8:00 horas del 2 de enero del 2006, se protocolizó el acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Orzan Norte S.
A. Se nombra junta directiva y fiscal. Presidente José Pablo Badilla
Villanueva.—San José, 2 de enero del 2006.—Lic. Eladio González Solís, Notario.—1
vez.—Nº 78224.—(2195).
Por
escritura otorgada, en esta notaría, a las diez horas del quince de diciembre
del dos mil cinco, se reforman las siguientes cláusulas de la compañía Imdagu
IIASJ Sociedad Anónima: primera: del nombre: la sociedad se denominará Inversiones
Dahmen Quesada Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula segunda del
domicilio que en adelante dirá: segunda: del domicilio: el domicilio social
será la ciudad de a Playas del Coco-Guanacaste, cien metros al oeste del Banco
Nacional de Costa Rica, Centro Comercial Uno, local número cuatro. Se nombra
nuevo tesorero y fiscal. Se reforma la cláusula octava del pacto social, en
cuanto a la representación: corresponderá al presidente y al tesorero la
representación judicial y extrajudicial de la compañía, quines actuarán con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, conforme al artículo
mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, pudiendo actuar conjunta o
separadamente. Firmo en Bagaces a las nueve horas del cuatro de enero del dos
mil seis.—Lic. Daniela Alpízar Mairena, Notaria.—1 vez.—Nº 78225.—(2196).
Rita Pérez
González, mayor, cédula de identidad siete - ciento sesenta y dos - doscientos
cincuenta, casada una vez, comerciante, vecina de Guácimo centro, Limón
contiguo al Súper Guácimo, y Manuel Salvador Pérez Centeno, mayor, cédula de
identidad siete - cero sesenta y dos - trescientos sesenta y dos, casado
segunda vez, comerciante, mismo vecindario de la primera constituyen una
sociedad de responsabilidad limitada que se denominará Inversiones Torre
Fuerte S.R.L. El domicilio de la sociedad estará en Guácimo centro, Limón
en el mismo domicilio que el primer compareciente.—Guácimo, Limón, a las
catorce horas del siete de diciembre del dos mil cinco.—Lic. Esteban Cubero
Toruño, Notario.—1 vez.—Nº 78231.—(2197).
Ante mi
notaría, a las ser las quince horas del día veintisiete de agosto del año dos
mil cinco, se constituye la sociedad anónima Corporación de Amigos Unidos
Gotens Sociedad Anónima, presidenta la señora Yorleny Rosales Zúñiga,
capital suscrito y pagado.—San José, 16 de diciembre del 2005.—Lic. Leonardo
Díaz Rivel, Notario.—1 vez.—Nº 78232.—(2198).
Ante esta
notaría, se modificó la junta directiva de la sociedad Inversiones Ruicar S.
A., escritura número veintiuno, de las 8:00 horas. Presidenta: Lucila
Robles González.—San José, 4 de enero del 2006.—Lic. Norma Sotela Leiva,
Notaria.—1 vez.—Nº 78233.—(2199).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizaron acuerdos de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Monolandia S. A.,
mediante los cuales se reforman cláusulas 2 y 9 del pacto social.—Lic. Gabriela
Calderón Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 78234.—(2200).
Por
escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas quince minutos del cinco de
enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Sea Of Surprises Limitada.
Gerente del Consejo de Administración: Philippe Bouali El Idrissi.—Lic.
Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 78235.—(2201).
Por
escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del cinco de enero del dos
mil seis, se constituyó la sociedad Palms Of The Sea Limitada. Gerente
del Consejo de Administración: Enrico Anthony Fazzini.—Lic. Alejandro Pignataro
Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 78236.—(2202).
Por
escritura pública otorgada ante este notario, a las 7:15 horas del 2 de enero
del 2006, se constituyó la sociedad Inmobiliaria C&R Garabito Dos Mil
Cinco S. A., plazo social 99 años, presidente: Carlos Vázquez.—Lic. Luis
Fernando León Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 78237.—(2203).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:30 horas del 2 de enero del 2006,
se protocolizó acta de asamblea general ordinaria de Avicultores Unidos
Avuga S. A. Se nombran vocal uno y fiscal.—Lic. Luis Fernando León Alvarado
y Lic. Erick Alberto Lizano Bonilla, Notarios.—1 vez.—Nº 78238.—(2204).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:15 horas del 28 de noviembre del
2005, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Grupo
Guardia S. A. Se reforma la totalidad del pacto social.—Lic. Luis Fernando
León Alvarado y Lic. Pía Picado González, Notarios.—1 vez.—Nº 78241.—(2205).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 24 de noviembre del
2005, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Distribuidora
de Pollo Don Tico S. A. Se reforma la totalidad del pacto social.—Lic. Pía
Picado González y Lic. Luis Fernando León Alvarado, Notarios.—1 vez.—Nº
78239.—(2206).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:30 horas del 2 de enero del 2006,
se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Serviavuga
S. A. Se reforma la totalidad del pacto social.—Lic. Luis Fernando León
Alvarado y Lic. Erick Alberto Lizano Bonilla, Notarios.—1 vez.—Nº 78240.—(2207).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 2 de enero del 2006,
se protocolizó acta de asamblea general ordinaria de Granja Avícola Los Once
S. A. Se nombra nuevo secretario, vocal dos y fiscal.—Lic. Luis Fernando
León Alvarado y Erick Alberto Lizano Bonilla, Notarios.—1 vez.—Nº
78242.—(2208).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:15 horas del 2 de enero del 2006,
se protocolizó acta de asamblea general ordinaria de Los Doce S. A. Se
nombra nuevo secretario, vocal tres y fiscal.—Lic. Luis Fernando León Alvarado
y Erick Alberto Lizano Bonilla, Notarios.—1 vez.—Nº 78243.—(2209).
Ante
nosotros, Álvaro José Meza Lazarus y Yorleny Murillo Vargas, se otorga
escritura número noventa y seis-cuatro, en donde se modificó la cláusula sétima
del pacto social y se nombró nueva junta directiva de la sociedad Young An
Hat Sociedad Anónima. Es todo.—San José, a las once horas del nueve de
enero del dos mil seis.—Lic. Álvaro José Meza Lazarus, Notario.—1 vez.—Nº
78245.—(2210).
Ante mí,
Álvaro José Meza Lazarus, se otorga escritura número doscientos nueve, en donde
se modificó la cláusula décima primera del pacto social y se nombró nueva junta
directiva de la sociedad Vehículos y Repuestos Coreanos de Centroamérica
(VERECO) Sociedad Anónima. Es todo.—San José, a las once horas quince
minutos del nueve de enero del dos mil seis.—Lic. Álvaro José Meza Lazarus,
Notario.—1 vez.—Nº 78246.—(2211).
Ante esta
notaría, a las 9:00 horas del 5 de enero del año 2006, se constituyó la
sociedad denominada KJI Gaming Sociedad Anónima. Duración 100 años.
Domicilio: San José. Capital social: cien colones. Presidente representante
legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 5
de enero del año 2006.—Lic. Marielos Meléndez Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº
78247.—(2212).
Ante esta
notaría, a las 8:00 horas del 5 de enero del año 2006, se constituyó la
sociedad denominada Triple Eight Betting Corp Sociedad Anónima. Duración
100 años. Domicilio: San José. Capital social: cien colones. Presidente
representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma.—San José, 5 de enero del año 2006.—Lic. Marielos Meléndez Hernández,
Notaria.—1 vez.—Nº 78248.—(2213).
Ante mi
notaría, mediante escritura número trescientos cincuenta y cinco-tres, se
constituyó la sociedad anónima denominada Alimentos Balanceados P y C de
Heredia Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Alimentos Balanceados P y
C de Heredia S. A., presidente Dagoberto Pizarro Valle, quien tiene la
representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma. Su plazo social es de noventa y nueve años a
partir de hoy. El capital social es de diez mil colones, mismo que fue suscrito
y pagado en el acto. Escritura otorgada en Heredia a las ocho horas del
veintinueve de octubre del año dos mil cinco.—Lic. Juan Carlos Salvador Guzmán,
Notario.—1 vez.—Nº 78250.—(2214).
Mediante
esta notaría, al ser las doce horas y trece horas respectivamente del cuatro de
enero del dos mil seis, se constituyeron respectivamente las siguientes
sociedades Bufete E.A.C. Abogados y Notarios Sociedad Anónima y Cars
And Partners del B.A.E. Sociedad Anónima.—San José, cuatro de enero del dos
mil seis.—Lic. Karolina Calvo Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 78255.—(2215).
Por
escritura otorgada ante mí, se constituye la compañía denominada Corporación
e Inversiones Selica Sociedad Anónima. Su plazo social es de noventa y
nueve años, su capital se encuentra totalmente suscrito y pagado, el
presidente, tesorero y secretario son los representantes legales, con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 14 de
diciembre del dos mil cinco.—Lic. Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, Notario.—1
vez.—Nº 78256.—(2216).
Yo,
Carolina Selva Fariñas, hago constar que ante mi notaría, protocolicé acta de
asamblea ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Inmobiliaria
Cuarzo Azul S. A., donde se reforma cláusula segunda, y se nombra nueva
junta directiva y fiscal. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las
diecinueve horas del cuatro de enero del dos mil seis.—Lic. Carolina Selva
Fariñas, Notaria.—1 vez.—Nº 78260.—(2217).
Ante esta
notaría, se constituyó el día veintitrés de agosto del dos mil cinco, la
sociedad anónima denominada Cega y Sucesores S. A., capital social
suscrito y pagado.—San Vito, a las once horas y diez minutos del día quince de
diciembre del dos mil cinco.—Lic. Carlos Rodríguez Carmona, Notario.—1 vez.—Nº
78259.—(2218).
Por
escritura otorgada ante el notario Ulises Dixon Morales, a las 10:00 horas del
14 de noviembre del 2005, se crea Alje Inmobiliaria del Sur S. A., cuyo
presidente con las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma lo
es Álvaro Zeledón Siles.—San José, enero del 2006.—Lic. Ulises Dixon Morales,
Notario.—1 vez.—Nº 78216.—(2219).
Carlos
Eduardo Quirós Cabezas y Norma Patricia Ramírez Barrantes, constituyen la
sociedad Beu-Ribe S. A. Capital social trescientos mil colones.—San
José, a las trece horas del quince de diciembre del dos mil cinco.—Lic. Adriana
Pacheco Madrigal, Notaria.—1 vez.—Nº 78217.—(2220).
Por
escrituras otorgadas ante esta notaría pública, se constituyeron las sociedades
Colorado Running Trail Investments S. A., Harkwood Hills Real Estate S. A.,
La Barkeira Azul S. A., y Fuel Transportation Supliers Of Costa Rica S.
A.—San José, 30 de noviembre del 2005.—Lic. Rodney Montalbán Rivera,
Notario.—1 vez.—Nº 78219.—(2221).
Por
escrituras otorgadas ante esta notaría pública, se constituyó Costa Rica
Solid Mortgage Company S. A.—San José, 3 de enero del 2006.—Lic. Rodney
Montalbán Rivera, Notario.—1 vez.—Nº 78220.—(2222).
Actuando en
Santo Domingo de Heredia, en escritura pública número cuarenta y dos, otorgada
a las diez horas del seis de enero del año dos mil seis, se constituye la sociedad
Transportes Refrigerados de Costa Rica Sociedad Anónima, capital social
de catorce mil colones, domicilio social: Buenos Aires de Puntarenas, se nombra
junta directiva: presidente: Raúl Fonseca Jara, vicepresidente: Gustavo Porras
Monge, secretario: Alexis Corea García, tesorero: Carlos Eduardo Brenes Vega,
vocal uno y fiscal: Jorge Arturo Sánchez Araya, vocal dos: Willian García
Álvarez, vocal tres: Harold Álvarez Ortega.—San José, a las nueve horas del
nueve de enero del año dos mil seis.—Lic. Tatiana María Barboza Hernández,
Notaria.—1 vez.—Nº 78223.—(2223).
Por
escritura otorgada ante el notario Ulises Dixon Morales, a las 17:00 horas del
4 de noviembre del 2005, se reforma la cláusula sexta y se nombran nuevo
presidente y tesorero y se crea el cargo de vocal de Asesores Profesionales
en Fútbol S. A., cuyo presidente con las facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma lo es Eduardo Torres Núñez.—San José, enero del
2006.—Lic. Ulises Dixon Morales, Notario.—1 vez.—Nº 78215.—(2224).
Por escritura
otorgada ante el notario Ulises Dixon Morales, a las 10:00 horas del 13 de
diciembre del 2005, se reforma las cláusulas primera, segunda, tercera, y se
nombra nuevo agente residente de The Dreams Machine S. A., cuyo
presidente con las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma lo
es Bruce Wayne Miller.—San José, diciembre del 2005.—Lic. Ulises Dixon Morales,
Notario.—1 vez.—Nº 78214.—(2225).
Ante esta
notaria a las siete horas del día cuatro de enero del año dos mil seis, los
señores Ana Isabel Gamboa Aguilar, Cinthya Méndez Gamboa y Elías Jiménez
Gamboa, constituyen la sociedad Representaciones Internacionales Gamboa e
Hijos Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente con
facultades de apoderados generalísimo sin límite de suma. Capital social cien
mil colones. Domiciliada en barrio México, San José.—Lic. Ana Lucía Castillo
Soto, Notaria.—1 vez.—Nº 78210.—(2226).
Mediante
escritura pública número treinta y uno, otorgada a las dieciséis horas del
cinco de enero del dos mil seis, la suscrita notaria Helen Sinaí Serrano
Salazar, se constituyó la sociedad denominada Anaro S. A. Capital:
totalmente suscrito y pagado.—Lic. Helen Sinaí Serrano Salazar, Notaria.—1
vez.—Nº 78211.—(2227).
En esta
notaría, a las once horas del siete de diciembre del dos mil cinco, se
constituyó la empresa denominada Conexiones Integradas JRL S. A.
Escritura número ciento treinta y seis, protocolo décimo de la notaria pública
María Elena Salazar Díaz. Capital social: diez mil colones. Presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: José Roberto Ramírez
Loría, actuando en conjunto o separadamente. Domicilio San José, calle central,
avenidas veinte y veintidós, casa veinte cuarenta y cuatro. Plazo social: cinco
años a partir de su constitución, prorrogables en forma automática.—Lic. María
Elena Salazar Díaz, Notaria.—1 vez.—Nº 78212.—(2228).
Por
escritura otorgada el día quince de diciembre del dos mil cinco ante esta
notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Control Satelital de
Centroamérica. Capital: suscrito y pagado.—Moravia, nueve de enero del dos
mil seis.—Lic. Juan Manuel Barquero Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 78213.—(2229).
Ante María
Gabriela Giral Arias, notaria, se constituyó: J JOY, Sociedad Anónima.
Capital: diez mil colones. Objeto: prestación servicios médicos, resguardo de
equipos médicos, consulta y chequeo de enfermos. Domicilio: provincia de Limón,
cantón cero uno Limón, distrito cero uno Limón, del Registro Civil cincuenta
metros norte. Plazo: 99 años. Presidente: Joyce Peynado Barnes.—Limón, a las
doce horas, treinta minutos del cuatro de enero del dos mil seis.—Lic. María
Gabriela Giral Arias, Notaria.—1 vez.—Nº 78209.—(2230).
Mediante
escritura número treinta y tres otorgada ante los notarios Andrea Cordero
Montero y Mario José Varela Martínez, se constituyeron las sociedades Bayside
Tambor A K U Uno Sociedad Anónima y Bayside Tambor Z Y W Tres Sociedad
Anónima.—San José, a las trece horas del seis de enero del año dos mil
seis.—Lic. Andrea Cordero Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 78206.—(2231).
Por
escritura otorgada ante mí, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria
de la compañía denominada Beaver Creek Capital Investment Sociedad Anónima,
donde se modificó la cláusula sétima de los estatutos y se nombra Junta
Directiva.—San José, dos de enero del dos mil seis.—Lic. Carlos Luis Salas
Porras, Notario.—1 vez.—Nº 78257.—(2232).
Por
escritura otorgada en Alajuela a las 8:00 horas del 5 de enero del 2006 ante la
notaría de la licenciada Celina María González Ávila, se constituye la Sociedad
Inversiones Bezara Higle Sociedad Anónima.—Lic. Celina María González
Ávila, Notaria.—1 vez.—(2233).
Por
escritura número cincuenta y seis, otorgada ante esta notaría, a las diez horas
del día nueve de enero del año dos mil seis, protocolicé asamblea general
extraordinaria de accionistas de la firma Equipos de Refrigeración X S. A.,
mediante la cual se modifica la cláusula quinta de los estatutos y se aumenta
su capital social a la suma de cincuenta millones de colones.—Alajuela, 9 de
enero del 2006.—Lic. Jorge Gerardo Barrantes Jaikel, Notario.—1 vez.—(2277).
Por
escritura número ciento setenta y nueve-doce, de las nueve horas del tres de
enero del dos mil seis, del tomo doce, se constituye la sociedad Inmobiliaria
Playa Potrero Sociedad Anónima. Se nombran presidente, secretario y
tesorero de la junta directiva y fiscal.—Lic. Juan Carlos Segares Lutz,
Notario.—1 vez.—(2280).
Por
escritura número ciento ochenta-doce, de las ocho y treinta horas del tres de
enero del dos mil seis, del tomo doce, se constituye la sociedad F I Stelmar
Sociedad Anónima. Se nombra presidente, secretario y tesorero de la junta
directiva y fiscal.—Lic. Juan Carlos Segares Lutz, Notario.—1 vez.—(2281).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del nueve de enero del
2006, se modificó la cláusula quinta del pacto social de la sociedad denominada
Agropecuaria Mube Sociedad Anónima. Aumentándose el capital social en
setecientos cuarenta millones de colones.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic.
Flor de María Zambrana Orozco, Notaria.—1 vez.—(2283).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del nueve de enero del
2006, se modificó la cláusula quinta del pacto social de la sociedad denominada
Caucasia C.A.S.H. Sociedad Anónima. Aumentándose el capital social en
setenta millones de colones.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Flor de María
Zambrana Orozco, Notaria.—1 vez.—(2284).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del nueve de enero del
2006, se modificó la cláusula quinta del pacto social de la sociedad denominada
Prestaya Sociedad Anónima. Aumentándose el capital social en sesenta
millones de colones.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Flor de María
Zambrana Orozco, Notaria.—1 vez.—(2285).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del nueve de enero del
2006, se modificaron las cláusulas quinta y decimosexta del pacto social de la
sociedad denominada Yarumal Doseme Sociedad Anónima. Aumentándose el
capital social en ciento cincuenta millones de colones, y la decimosexta en
relación a la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, 10 de enero
del 2006.—Lic. Flor de María Zambrana Orozco, Notaria.—1 vez.—(2286).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del nueve de enero del
2006, se modificó la cláusula quinta del pacto social de la sociedad denominada
Agropecuaria Los Olivos Sociedad Anónima. Aumentándose el capital social
en trescientos sesenta y cinco millones ciento setenta y cinco mil colones.—San
José, 10 de enero del 2006.—Lic. Flor de María Zambrana Orozco, Notaria.—1
vez.—(2287).
Por
escritura otorgada en mi notaría, a las 15:00 horas del 9 de enero del 2006,
protocolicé acuerdos de asamblea de socios de Agropecuaria Vargas Benavides
S. A. Se reforman cláusulas II, VIII, y IX de los estatutos.—San Juan de
Tibás, 10 de enero del 2006.—Lic. Édgar Gutiérrez López, Notario.—1
vez.—(2290).
Christopher
Leif Bragg Gutiérrez y Gregory John Schubert constituyen la sociedad anónima de
esta plaza Bluff Springs Cra Sociedad Anónima. Plazo noventa y nueve
años. Capital diez mil colones. Presidente y tesorero con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, escritura otorgada ante el notario
Esteban Villegas Castro, a las dieciséis horas del catorce de diciembre del dos
mil cinco.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(2293).
Christopher
Leif Bragg Gutiérrez y Gregory John Schubert constituyen la sociedad anónima de
esta plaza Painted Paradise Views Sociedad Anónima. Plazo noventa y
nueve años. Capital diez mil colones. Presidente y tesorero con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, escritura otorgada ante el notario
Esteban Villegas Castro, a las dieciséis horas del catorce de diciembre del dos
mil cinco.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(2294).
Christopher
Leif Bragg Gutiérrez y Gregory John Schubert, constituyen la sociedad anónima
de esta plaza Point Clear Horizon Sociedad Anónima. Plazo noventa y
nueve años. Capital diez mil colones. Presidente y tesorero con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, escritura otorgada ante el notario
Esteban Villegas Castro, a las dieciséis horas del catorce de diciembre del dos
mil cinco.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(2295).
Christopher
Leif Bragg Gutiérrez y Gregory John Schubert, constituyen la sociedad anónima
de esta plaza Gulf Shores Dreams Sociedad Anónima. Plazo noventa y nueve
años. Capital diez mil colones. Presidente y tesorero con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, escritura otorgada ante el notario
Esteban Villegas Castro, a las dieciséis horas del catorce de diciembre del dos
mil cinco.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(2296).
Christopher
Leif Bragg Gutiérrez y Gregory John Schubert, constituyen la sociedad anónima
de esta plaza Gulf Breeze Adventures Sociedad Anónima. Plazo noventa y
nueve años. Capital diez mil colones. Presidente y tesorero con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, escritura otorgada ante el notario
Esteban Villegas Castro, a las dieciséis horas del catorce de diciembre del dos
mil cinco.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(2297).
Christopher
Leif Bragg Gutiérrez y Gregory John Schubert, constituyen la sociedad anónima
de esta plaza Oshawa Springs Sociedad Anónima. Plazo noventa y nueve
años. Capital diez mil colones. Presidente y tesorero con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, escritura otorgada ante el notario
Esteban Villegas Castro, a las dieciséis horas del catorce de diciembre del dos
mil cinco.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(2298).
Christopher
Leif Bragg Gutiérrez y Gregory John Schubert, constituyen la sociedad anónima
de esta plaza Mantario Adventure Hill Sociedad Anónima. Plazo noventa y
nueve años. Capital diez mil colones. Presidente y tesorero con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, escritura otorgada ante el notario
Esteban Villegas Castro, a las dieciséis horas del catorce de diciembre del dos
mil cinco.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(2299).
Christopher
Leif Bragg Gutiérrez y Gregory John Schubert, constituyen la sociedad anónima
de esta plaza Reed Mountain Investments Sociedad Anónima. Plazo noventa
y nueve años. Capital diez mil colones. Presidente y tesorero con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, escritura otorgada ante el notario
Esteban Villegas Castro, a las dieciséis horas del catorce de diciembre del dos
mil cinco.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(2300).
Christopher
Leif Bragg Gutiérrez y Gregory John Schubert, constituyen la sociedad anónima
de esta plaza Leaf Rapids Cro Sociedad Anónima. Plazo noventa y nueve
años. Capital diez mil colones. Presidente y tesorero con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, escritura otorgada ante el notario
Esteban Villegas Castro, a las dieciséis horas del catorce de diciembre del dos
mil cinco.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(2301).
Christopher
Leif Bragg Gutiérrez y Gregory John Schubert, constituyen la sociedad anónima
de esta plaza Nottoway Vacation Adventure Sociedad Anónima. Plazo:
noventa y nueve años. Capital: diez mil colones. Presidente y tesorero con facultades
de apoderados generalísimos sin límite de suma. Escritura otorgada ante el
notario Esteban Villegas Castro, a las dieciséis horas del catorce de diciembre
del dos mil cinco.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(2302).
Christopher
Leif Bragg Gutiérrez y Gregory John Schubert, constituyen la sociedad anónima
de esta plaza Mount Storm Investments Sociedad Anónima. Plazo: noventa y
nueve años. Capital: diez mil colones. Presidente y tesorero con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma. Escritura otorgada ante el notario
Esteban Villegas Castro a las dieciséis horas del catorce de diciembre del dos
mil cinco.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(2303).
Christopher
Leif Bragg Gutiérrez y Gregory John Schubert, constituyen la sociedad anónima
de esta plaza Dorcas Adventure Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve
años. Capital: diez mil colones. Presidente y tesorero con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma. Escritura otorgada ante el notario
Esteban Villegas Castro a las dieciséis horas del catorce de diciembre del dos
mil cinco.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(2304).
Christopher
Leif Bragg Gutiérrez y Gregory John Schubert, constituyen la sociedad anónima
de esta plaza Thourmount Adventure Jungle Sociedad Anónima. Plazo:
noventa y nueve años. Capital: diez mil colones. Presidente y tesorero con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Escritura otorgada
ante el notario Esteban Villegas Castro a las dieciséis horas del catorce de
diciembre del dos mil cinco.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1
vez.—(2305).
Christopher
Leif Bragg Gutiérrez y Gregory John Schubert, constituyen la sociedad anónima
de esta plaza Boelhaven Springs CRC Sociedad Anónima. Plazo: noventa y
nueve años. Capital: diez mil colones. Presidente y tesorero con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma. Escritura otorgada ante el notario
Esteban Villegas Castro a las dieciséis horas del catorce de diciembre del dos
mil cinco.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(2306).
Christopher
Leif Bragg Gutiérrez y Gregory John Schubert, constituyen la sociedad anónima
de esta plaza Tappahanock Hills Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve
años. Capital: diez mil colones. Presidente y tesorero con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma. Escritura otorgada ante el notario
Esteban Villegas Castro a las dieciséis horas del catorce de diciembre del dos
mil cinco.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(2307).
Christopher
Leif Bragg Gutiérrez y Gregory John Schubert, constituyen la sociedad anónima
de esta plaza Highlands Coco Villa Sociedad Anónima. Plazo: noventa y
nueve años. Capital: diez mil colones. Presidente y tesorero con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma. Escritura otorgada ante el notario
Esteban Villegas Castro a las dieciséis horas del catorce de diciembre del dos
mil cinco.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(2308).
Christopher
Leif Bragg Gutiérrez y Gregory John Schubert, constituyen la sociedad anónima
de esta plaza Old Church Investments Sociedad Anónima. Plazo: noventa y
nueve años. Capital: diez mil colones. Presidente y tesorero con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma. Escritura otorgada ante el notario
Esteban Villegas Castro a las dieciséis horas del catorce de diciembre del dos
mil cinco.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(2309).
Christopher
Leif Bragg Gutiérrez y Gregory John Schubert, constituyen la sociedad anónima
de esta plaza Seabrook Hill Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve
años. Capital: diez mil colones. Presidente y tesorero con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma. Escritura otorgada ante el notario
Esteban Villegas Castro a las dieciséis horas del catorce de diciembre del dos
mil cinco.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(2310).
Christopher
Leif Bragg Gutiérrez y Gregory John Schubert, constituyen la sociedad anónima
de esta plaza Romney Real Estates Sociedad Anónima. Plazo: noventa y
nueve años. Capital: diez mil colones. Presidente y tesorero con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma. Escritura otorgada ante el notario
Esteban Villegas Castro a las dieciséis horas del catorce de diciembre del dos
mil cinco.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(2311).
Christopher
Leif Bragg Gutiérrez y Gregory John Schubert, constituyen la sociedad anónima
de esta plaza Barnwell Properties Sociedad Anónima. Plazo: noventa y
nueve años. Capital: diez mil colones. Presidente y tesorero con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma. Escritura otorgada ante el notario
Esteban Villegas Castro a las dieciséis horas del catorce de diciembre del dos
mil cinco.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(2312).
Christopher
Leif Bragg Gutiérrez y Gregory John Schubert, constituyen la sociedad anónima
de esta plaza Manassas Springs Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve
años. Capital: diez mil colones. Presidente y tesorero con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma. Escritura otorgada ante el notario
Esteban Villegas Castro a las dieciséis horas del catorce de diciembre del dos
mil cinco.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(2313).
Christopher
Leif Bragg Gutiérrez y Gregory John Schubert, constituyen la sociedad anónima
de esta plaza Mount Airy Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años.
Capital: diez mil colones. Presidente y tesorero con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma. Escritura otorgada ante el notario Esteban
Villegas Castro a las dieciséis horas del catorce de diciembre del dos mil
cinco.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(2314).
Christopher
Leif Bragg Gutiérrez y Gregory John Schubert, constituyen la sociedad anónima
de esta plaza Burlington Coco Investments Sociedad Anónima. Plazo:
noventa y nueve años. Capital: diez mil colones. Presidente y tesorero con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Escritura otorgada
ante el notario Esteban Villegas Castro a las dieciséis horas del catorce de
diciembre del dos mil cinco.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1
vez.—(2315).
Christopher
Leif Bragg Gutiérrez y Gregory John Schubert, constituyen la sociedad anónima
de esta plaza Greenville Vacation Hill Sociedad Anónima. Plazo: noventa
y nueve años. Capital: diez mil colones. Presidente y tesorero con facultades
de apoderados generalísimos sin límite de suma. Escritura otorgada ante el
notario Esteban Villegas Castro a las dieciséis horas del catorce de diciembre
del dos mil cinco.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(2316).
Christopher
Leif Bragg Gutiérrez y Gregory John Schubert, constituyen la sociedad anónima
de esta plaza Springville Investments CRC Sociedad Anónima. Plazo:
noventa y nueve años. Capital: diez mil colones. Presidente y tesorero con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Escritura otorgada
ante el notario Esteban Villegas Castro a las dieciséis horas del catorce de
diciembre del dos mil cinco.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1
vez.—(2317).
Christopher
Leif Bragg Gutiérrez y Gregory John Schubert, constituyen la sociedad anónima
de esta plaza Payson Properties Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve
años. Capital: diez mil colones. Presidente y tesorero con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma. Escritura otorgada ante el notario Esteban
Villegas Castro a las dieciséis horas del catorce de diciembre del dos mil
cinco.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(2318).
Christopher
Leif Bragg Gutiérrez y Gregory John Schubert, constituyen la sociedad anónima
de esta plaza Owtjo Estates Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve
años. Capital: diez mil colones. Presidente y tesorero con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma. Escritura otorgada ante el notario
Esteban Villegas Castro a las dieciséis horas del catorce de diciembre del dos
mil cinco.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(2319).
Christopher
Leif Bragg Gutiérrez y Gregory John Schubert, constituyen la sociedad anónima de
esta plaza Proving Ground Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años.
Capital: diez mil colones. Presidente y tesorero con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma. Escritura otorgada ante el notario Esteban
Villegas Castro a las dieciséis horas del catorce de diciembre del dos mil
cinco.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(2320).
Christopher
Leif Bragg Gutiérrez y Gregory John Schubert, constituyen la sociedad anónima
de esta plaza Buckeye Pacific Properties Sociedad Anónima. Plazo:
noventa y nueve años. Capital: diez mil colones. Presidente y tesorero con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Escritura otorgada
ante el notario Esteban Villegas Castro a las dieciséis horas del catorce de
diciembre del dos mil cinco.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1
vez.—(2321).
Mediante
escritura número doscientos treinta y dos, de las dieciséis horas del día tres
de noviembre del dos mil cinco, en la notaría a mi cargo se constituyó la
empresa denominada Riquezas de Portagolpe Sociedad Anónima, el que es un
nombre de fantasía, domiciliada en El Llano de Santa Cruz, Guanacaste, frente a
la gasolinera.—Lic. Damián Alfaro Carvajal, Notario.—1 vez.—(2323).
Por
escritura de las diez horas del día de hoy, se constituyó la empresa Investments
Ror Jr Sociedad Anónima, se nombró junta directiva, fiscal y agente
residente.—San José, diez de enero del dos mil seis.—Lic. Karen Zamora Román,
Notaria.—1 vez.—(2326).
Que por
escritura otorgada a las quince horas del día veinte de diciembre del dos mil
cinco, Condominio Riveras del Monte Catorce del Este S. A., reforma la
cláusula sexta del pacto social y nombra junta directiva y fiscal.—San José, 21
de diciembre del 2005.—Lic. Floria Vargas Gurdián, Notaria.—1 vez.—Nº
78261.—(2328).
Ante esta
notaría se constituyó mediante escritura número doscientos noventa y ocho la
sociedad denominada A. Z. A. D. I. Servicios Odontológicos Sociedad Anónima,
el día nueve de enero del dos mil seis, en la ciudad de San José al ser las
trece horas treinta minutos del dos mil seis.—San José, diez de enero del dos
mil seis.—Lic. Rubén Eduardo Naranjo Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 78262.—(2329).
Constitución
de sociedad anónima denominada Amigos de Santarrita Nandayureños Sociedad
Anónima, la cual tendrá un plazo social de noventa y nueve años, y se
constituyó a las siete horas del diez de octubre del dos mil cinco. Es todo.
Ocho horas del nueve de enero del dos mil seis.—San José, nueve de enero del
dos mil seis.—Lic. Henry Ricardo Arroyo Villegas, Notario.—1 vez.—Nº
78263.—(2330).
Constitución
de sociedad anónima denominada Cabo Malibú Sociedad Anónima, la cual
tendrá un plazo social de noventa y nueve años, y se constituyó a las siete
horas treinta minutos del siete de enero del dos mil seis. Es todo. San José,
nueve de enero del dos mil seis.—Lic.
Henry Ricardo Arroyo Villegas, Notario.—1 vez.—Nº 78264.—(2331).
Ante esta
notaría se constituyó la sociedad New Urban Solutions S. A., capital
social: veinte mil colones, plazo social: cien años, representación: el
presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite
de suma.—San José, 9 de enero del 2006.—Lic. Hazel Villalobos Villar y Sonia
Montero Briceño, Notarias.—1 vez.—Nº 78265.—(2332).
Ante esta
notaría se constituyó la sociedad Level
3 Development S. A., capital social: veinte mil colones, plazo
social: cien años, representación: el presidente y secretario con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 9 de enero del
2006.—Lic. Hazel Villalobos Villar y Sonia Montero Briceño, Notarias.—1 vez.—Nº
78266.—(2333).
Ante esta
notaría se constituyó la sociedad Casa Latina S. A., capital social:
veinte mil colones, plazo social: cien años, representación: el presidente y
secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San
José, 9 de enero del 2006.—Lic. Hazel Villalobos Villar y Sonia Montero
Briceño, Notarias.—1 vez.—Nº 78267.—(2334).
Ante esta
notaría se constituyó la sociedad López y Morejón Enterprise S. A.,
capital social: veinte mil colones, plazo social: cien años, representación: el
presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite
de suma.—San José, 9 de enero del 2006.—Lic. Hazel Villalobos Villar y Sonia
Montero Briceño, Notarias.—1 vez.—Nº 78268.—(2335).
Ante esta
notaría se constituyó la sociedad Dreams Construction of Costa Rica S. A.,
capital social: veinte mil colones, plazo social: cien años, representación: el
presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite
de suma.—San José, 9 de enero del 200.—Lic. Hazel Villalobos Villar y Sonia
Montero Briceño, Notarias.—1 vez.—Nº 78269.—(2336).
En mi
notaría, mediante escritura de las quince horas del nueve de enero del año en
curso, se constituyó la sociedad Costa Rica Santuario de la Humanidad S. A.
Presidente: Jonathan Chaves Arias.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Hugo
Francisco Velázquez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 78272.—(2337).
Por
escritura otorgada ante el suscrito notario a las 8:00 horas del 4 de enero del
2006, se constituye la sociedad Representaciones Patralva BH S. A.
Capital social: 100 mil colones.—Lic. Ricardo Morera Briceño, Notario.—1
vez.—Nº 78273.—(2338).
Ante esta
notaría, en escritura pública número ciento noventa y cuatro, otorgada en
Cartago, a las once horas del doce de diciembre del dos mil cinco, se
constituyó la sociedad Cavallini & Arguedas Consultores Internacionales
S. A., el presidente tiene la judicial y extrajudicial de la sociedad con
facultades de apoderado generalísimo representación sin límite de suma.—Lic.
Daniel Rodríguez Montero, Notario.—1 vez.—Nº 78274.—(2339).
Por
escritura otorgada en esta ciudad y notaría a las quince horas con treinta
minutos de hoy, fue constituida Inversiones Brook y Brian Sociedad Anónima,
abreviándose S. A. Domicilio: San José. Objeto: agricultura, ganadería,
minería, turismo, industria y comercio. Plazo: noventa y nueve años. Capital:
íntegramente suscrito y pagado. Presidente y secretario con poder
generalísimo.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Luis Diego Acuña Delcore,
Notario.—1 vez.—Nº 78275.—(2340).
Ante esta
notaría se constituyó la entidad jurídica denominada H Y M Rental Sociedad
Anónima. Escritura otorgada ante la notaria pública Patricia Benavides
Chaverri, al ser las trece horas del día nueve de enero del dos mil seis.—Lic.
Patricia Benavides Chaverri, Notaria.—1 vez.—Nº 78277.—(2341).
Ante esta
notaría se constituyó la entidad jurídica denominada Representaciones e
Inversiones C. S. Sociedad Anónima. Escritura otorgada ante la notaria
pública Patricia Benavides Chaverri, al ser las doce horas del día cinco de
enero del dos mil seis.—Lic. Patricia Benavides Chaverri, Notaria.—1 vez.—Nº
78278.—(2342).
Que el día
trece de diciembre del dos mil cinco, ante esta notaría se constituyó la
sociedad anónima denominada Earnest Enterprises of South Coast Sociedad
Anónima, cuya traducción al español es Empresa Earnest de la Costa Sur,
la representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponde al
presidente, secretaria y tesorera, con facultades de apoderados generalísimos
sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San Isidro de El
General, 5 de enero del 2006.—Lic. Danis Astrid Méndez Zúñiga, Notaria.—1
vez.—Nº 78282.—(2343).
Que el día
diecisiete de diciembre del dos mil cinco, ante esta notaría se constituyó la
sociedad anónima denominada Transportes Saldaña del Sur, la
representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponde al
presidente y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de
suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San Isidro de El General, 9 de
enero del 2006.—Lic. Danis Astrid Méndez Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº
78281.—(2344).
Ante esta
notaría, mediante escritura número ciento ochenta y nueve, otorgada en la
ciudad de Santa Cruz, Guanacaste, a las nueve horas del día nueve de enero del
dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Seguridad Eco Tamarindo Sociedad Anónima,
mediante la cual se reformó la cláusula sétima del pacto constitutivo de la
empresa.—Santa Cruz, Guanacaste, nueve de enero del dos mil seis.—Lic. Álvaro
Jesús Guevara Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 78283.—(2345).
Mediante
escritura Nº 93-2, otorgada en la ciudad de San José a las 13:00 horas del 9 de
enero del 2006, ante el notario público Óscar Sandoval Morales, se constituyó Inversiones
Minas Tririth IMT S. A. Su capital social es la suma de 10.000 colones y su
plazo social es de 99 años.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Óscar Sandoval
Morales, Notario.—1 vez.—Nº 78284.—(2346).
Mediante
escritura Nº 239, otorgada en la ciudad de San José a las 20:00 horas del 6 de
enero del 2006, ante el notario público Raúl Guevara Villalobos, se constituyó DM
Soluciones Integrales en Ingeniería S. A. Su capital social es la suma de
10.000 colones y su plazo social de 99 años.—San José, 9 de enero del
2006.—Lic. Raúl Guevara Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 78285.—(2347).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del día nueve de enero
del dos mil seis, se protocolizó el acta número uno de asamblea general
extraordinaria celebrada por los accionistas de Inter Arroba Mérica Sociedad
Anónima, donde se reforman las cláusulas quinta, sexta y sétima del pacto
constitutivo, se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 9 de enero del
2006.—Lic. Óscar Alberto Sandoval Morales, Notario.—1 vez.—Nº 78286.—(2348).
Por
escritura otorgada en San José, a las 10:00 horas del 25 de noviembre del 2005,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Inmobiliaria Olla Cuatro Sociedad Anónima, por la cual se
modifica la cláusula segunda del domicilio y sétima de sus estatutos de
constitución y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 25 de
noviembre del 2005.—Lic. Fernando Mora Oreamuno, Notario.—1 vez.—Nº
78288.—(2349).
Ante el
notario Erick Varela Vargas se constituyó la sociedad Inversiones Escorpión
de Oro WC Limitada por un plazo social de noventa y nueve años desde el día
diez de diciembre del dos mil cinco y con un capital social de diez mil
colones.—San José, nueve de enero del dos mil seis.—Lic. Erick Varela Vargas,
Notario.—1 vez.—Nº 78289.—(2350).
La empresa Dextro
Química S. A., cédula jurídica Nº 3-101-207844, modifica su representación
social.—San José, 9 de enero del 2006.—Lic. María Margoth Solís Solís,
Notaria.—1 vez.—Nº 78290.—(2351).
Sonia
Vargas Hernández y Jimmy José Calderón Retana constituyen la sociedad
denominada Somyim Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Cartago al ser
las quince horas del seis de enero del dos mil seis, ante la notaria Ligia
Calvo Cuadra.—Cartago, 9 de enero del 2006.—Lic. Ligia Calvo Cuadra, Notaria.—1
vez.—Nº 78291.—(2352).
Por
escritura otorgada ante el notario Misael Chacón Corrales, en Puntarenas, a las
diez horas del día cinco de enero del dos mil seis, los señores Domingo Salas
Mata, Henry Salas López, Elvin Salas López, Leonel Salas López y Roberto Salas
López, constituyen una sociedad anónima denominada Ganadera El Venadito S.
A.—Lic. Misael Chacón Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 78293.—(2353).
Hoy se
constituyó la sociedad Los Pobres en Espíritu S. A., el presidente
apoderado generalísimo sin límite de suma, capital suscrito y pagado, plazo: 99
años.—San José, 30 de diciembre del 2005.—Lic. Lissette Rodríguez Barrantes,
Notaria.—1 vez.—Nº 78297.—(2354).
Se modifica
la cláusula octava de los estatutos y se nombra junta directiva, de la sociedad
Inversiones Pilarica La Carpintera S. A.—San José, 24 de noviembre del
2005.—Lic. Lissette Rodríguez Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 78298.—(2355).
Se modifica
la cláusula sexta y se nombra junta directiva de la sociedad Inversiones
Teminrojala S. A.—San José, 24 del noviembre del 2005.—Lic. Lissette
Rodríguez Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 78299.—(2356).
Por
escritura otorgada en San José a las dieciséis horas del cuatro del enero del
dos mil seis, ante mi notaría, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Lago Renta Carro S.A., se
nombra presidente y secretaria.—Lic. Mauricio Villalobos Barrientos, Notario.—1
vez.—Nº 78300.—(2360).
Por
escritura otorgada a las ocho horas, quince minutos del ocho de enero del dos
mil seis, Jean Fernand Schiettekatte y Christian Díaz Barcia, constituyen Lot
Sea Breeze One B Red Sociedad Anónima.—Playa Tamarindo, Santa Cruz,
Guanacaste, 9 de enero del 2006.—Lic. Juvenal Alberto Castillo Barahona,
Notario.—1 vez.—Nº 78303.—(2361).
Por
escritura otorgada a las ocho horas del ocho de enero del dos mil seis, Jean
Fernand Schiettekatte y Christian Díaz Barcia, constituyen Sea Breeze
Management SBM Sociedad Anónima.—Playa Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, 9
de enero del 2006.—Lic. Juvenal Alberto Castillo Barahona, Notario.—1 vez.—Nº
78304.—(2362).
Por
escritura otorgada hoy a las ocho horas, Christian Díaz Barcia y Scott Landon
Campbell, constituyen R Landon Holdings Sociedad Anónima.—San José, 22
de noviembre del 2005.—Lic. Mauricio Villalobos Barrientos, Notario.—1 vez.—Nº
78305.—(2363).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas, quince minutos del día
diecinueve del mes de octubre del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad
denominada California Burgercompany Sociedad Anónima.—San José, 19 de
octubre del 2005.—Lic. Juvenal Alberto Castillo Barahona, Notario.—1 vez.—Nº
78306.—(2364).
Por
escritura otorgada a las nueve horas del ocho de enero del dos mil seis, Jean
Fernand Schiettekatte y Christian Díaz Barcia, constituyen Lot Sea Breeze
Two B Blue Sociedad Anónima.—Playa Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, 9 de
enero del 2006.—Lic. Juvenal Alberto Castillo Barahona, Notario.—1 vez.—Nº
78307.—(2365).
Por
escritura otorgada a las ocho horas del 29 de setiembre del 2005, Christian
Díaz Barcia y Andrea Cervantes Agüero, constituyen Prime Second Holdings P.
H. C. A. Sociedad Anónima.—San José, 5 de enero del 2006.—Lic. Mauricio
Villalobos Barrientos, Notario.—1 vez.—Nº 78308.—(2366).
Por
escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del nueve de enero del dos
mil seis, que es protocolización de acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria
de accionistas de la sociedad L Grupo Tajulco CRC Sociedad Anónima, se
acordó reformar la cláusula segunda del pacto constitutivo y se nombra nueva
junta directiva y fiscal.—San José, a las dieciséis horas del nueve de enero
del dos mil seis.—Lic. Kathya Rojas Venegas, Notaria.—1 vez.—Nº 78309.—(2367).
Por
escritura otorgada ante mí, a las quince horas del nueve de enero del dos mil
seis, que es protocolización de acuerdos tomados en asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Stiller Ozean Sociedad Anónima,
se acordó reformar la cláusula segunda del pacto constitutivo y se nombra nueva
junta directiva y fiscal.—San José, a las quince horas del nueve de enero del
dos mil seis.—Lic. Kathya Rojas Venegas, Notaria.—1 vez.—Nº 78310.—(2368).
Por
escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del nueve de enero del dos mil
seis, que es protocolización de acuerdos tomados en asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Abendwerden Sociedad Anónima,
se acordó reformar la cláusula segunda del pacto constitutivo y se nombra nueva
junta directiva y fiscal.—San José, a las catorce horas del nueve de enero del
dos mil seis.—Lic. Kathya Rojas Venegas, Notaria.—1 vez.—Nº 78311.—(2369).
Al ser las
20:00 horas del día quince de diciembre del año dos mil cinco, se constituyó la
sociedad anónima Costa Rica School of Massage Therapy CRSMT S. A.
Escritura otorgada en Playa Sámara, Guanacaste.—Lic. Fabiola López González,
Notaria.—1 vez.—Nº 78312.—(2370).
Se hace
constar que por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, al ser las
18:00 horas del 6 de enero del presente año, se ha constituido la sociedad Maderios
INC Sociedad Anónima, con un capital social de un millón doscientos mil
colones. Presidente: Thomas Dean Ramos.—San José, 6 de enero del 2006.—Lic.
Fabiola López González, Notaria.—1 vez.—Nº 78313.—(2371).
Mediante
escritura pública número sesenta y cinco-tres de las trece horas del día 2 de
enero del 2006, se constituyó en Playa Sámara, Guanacaste la sociedad anónima Vagabundos
INC. Sociedad Anónima. Presidente: Peter Philip (nombre) Adams
(apellido).—Lic. Fabiola López González, Notaria.—1 vez.—Nº 78314.—(2372).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 28 de noviembre del 2005,
José Luis Mejías Venegas y María de los Ángeles Mejía Venegas, constituyen la
sociedad Jolimar de Hojancha J. M. Limitada. Domicilio: Hojancha,
Guanacaste, 100 metros este y 30 sur de Agencia del Banco Nacional. Gerente:
José Luis Mejías Venegas.—Nicoya, 9 de enero del 2006.—Lic. José Olivier Moreno
Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 78315.—(2373).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día tres de enero
del dos mil seis, la sociedad El Duende del Bosque Azul DBA Limitada,
reforma las cláusulas primera, segunda y sétima, y el nombramiento de gerente y
agente residente.—San José, 4 de enero del 2005.—Lic. Tatiana Rojas Hernández,
Notaria.—1 vez.—Nº 78316.—(2374).
En escritura número doscientos sesenta de las dieciséis horas del catorce de diciembre del dos mil cinco, protocolicé Acta de Asamblea de Accionistas de Condominio La Ladera Bloque BHI Lote Catorce NNN Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas sétima y octava del Pacto Constitutivo, se nombra nueva Junta Directiva.—Presidenta: Teresita Loría Rodríguez.—San José, 14 de diciembre del 2005.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 78317.—(2375).
En escritura número doscientos sesenta y uno de las diez horas con treinta minutos del diecinueve de diciembre del dos mil cinco, protocolicé acta de asamblea de accionistas de Condominio Hacienda Gregal Lote Sesenta XAU Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula cuarta del pacto constitutivo.—San José, 19 de diciembre del 2005.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 78318.—(2376).
Por escritura Nº 129-43, otorgada en San Isidro de El General, a las 12:30 horas de hoy, se constituye la sociedad costarricense que se denominará con el nombre de Encounters In The Wild Jungle S. A.—San Isidro de El General, 9 de enero del 2006.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 78320.—(2377).
Por escritura otorgada en esta notaría se constituyo la entidad que se denomina Grupo Élite Suministros de Costa Rica Sociedad Anónima. Presidente: Allan Esquivel Jiménez. Escritura otorgada en la ciudad de San José.—Curridabat, a las dieciocho horas del día seis de enero del año dos mil seis.—Lic. Eduardo Aguilar Wallen, Notario.—1 vez.—Nº 78319.—(2378).
Por escritura Nº 130-43, otorgada en San Isidro de El General, a las 13:00 horas de hoy, se constituye la sociedad costarricense que se denominará con el nombre de Forest Fog And Ocean Tides S. A.—San Isidro de El General, 9 de enero del 2006.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 78321.—(2379).
Por escritura Nº 131-43, otorgada en San Isidro de El General, a las 13:30 horas de hoy, se constituye la sociedad costarricense que se denominará con el nombre de Parrots Monkeys And Hummingbirds S. A.—San Isidro de El General, 9 de enero del 2006.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 78322.—(2380).
Por escritura Nº 132-43, otorgada en San Isidro de El General, a las 14:00 horas de hoy, se constituye la sociedad costarricense que se denominará con el nombre de The Beauty Of The Rainy Forests Of Costa Rica S. A.—San Isidro de El General, 9 de enero del 2006.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 78323.—(2381).
Por escritura otorgada ante el notario Mauricio Arias Ruiz, se constituye la plaza Drunito Estelar Sociedad Anónima, plazo: noventa y nueve años, capital: mil colones, domicilio San José, Escazú, centro de Negocios Trilogía, frente a carretera Próspero Fernández, edificio número tres segundo piso presidenta: Tannia Romero Tejedor, Secretaria: Tannia Calderón Quesada, Tesorera: Valeria Di Palma Cárter. Agente residente: Melissa Guardia Tinoco.—San José, nueve de enero de dos mil seis.—Lic. Mauricio Arias Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 78326.—(2382).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del día cinco de enero del dos mil seis, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Giumacar Dieciocho S. A., mediante la cual se modificó la cláusula primera de los estatutos.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 78328.—(2383).
Por escritura otorgada en mi notaría a las 9:00 horas del 9 de enero de 2006, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada CRCA Pan Nuestro S. A., en virtud de la cual se reformó la cláusula sétima del pacto social y se eligió nueva junta directiva.—San José, 9 de enero del 2006.—José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 78329.—(2384).
A efecto de publicación del edicto correspondiente, informo que el día nueve de enero del año en curso, en la escritura número trescientos cincuenta y ocho, visible a folio ciento cuarenta y seis frente del tomo catorce de mi protocolo, procedí a protocolizar el acta de la asamblea extraordinaria de la sociedad Mark Internacional Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-noventa mil ochocientos treinta y seis, en dicha acta se modificó la cláusula segunda en cuanto al domicilio social.—San José, 9 de enero del 2006.—Lic. Miguel Chacón Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 78330.—(2385).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del nueve de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Inversiones L.G.N. Villa López Sociedad Anónima. Representación: presidente individualmente y el secretario en caso de fallecimiento del presidente. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: debidamente suscrito y pagado.—San José, 9 de enero del 2006.—Lic. Ana Lorena Coto Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 78332.—(2386).
El suscrito notario, hace constar que por escritura otorgada ante mí, el día de hoy se constituyó Blue Water Media S. A.—San José, 9 de enero del 2006.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—Nº 78334.—(2388).
Manrique Monge Briceño e Ingrid Paniagua Guevara, constituyen la sociedad denominada Corporación Agropecuaria Nicoya de la Bajura-Marar, cuyo domicilio social es Nicoya, Guanacaste, frente a Riteve. Escritura otorgada en San José, a las siete horas del veintinueve de noviembre del dos mil cinco.—Lic. Allan Rodolfo Monge Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 78335.—(2389).
Por escritura otorgada ante esta notario, a las once horas del nueve de enero del dos mil seis, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Trust International Services T I S Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó la cláusula noventa del pacto social.—San José, nueve de enero del dos mil seis.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 78336.—(2390).
Por escritura otorgada en esta notaría en San José, a las trece horas del día dos de enero del año dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Severin Kring Sociedad Anónima. Presidente y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 9 de enero del 2006.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 78337.—(2391).
Por escritura otorgada en esta notaría en San José, a las ocho horas treinta minutos del día dos de diciembre del año dos mil cinco, se constituyeron las sociedades denominadas: a) Sunburst Las Orquídeas Sociedad Anónima; b) Sunburst Los Tulipanes Sociedad Anónima; c) Sunburst Las Guarias Sociedad Anónima; d) Sunburst Las Calas Sociedad Anónima; e) Sunburst Los Lirios Sociedad Anónima; f) Sunburst Las Amapolas Sociedad Anónima; g) Sunburst Los Claveles Sociedad Anónima; h) Sunburst Los Girasoles Sociedad Anónima; i) Sunburst Las Margaritas Sociedad Anónima; j) Sunburst Las Rosas Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 9 de enero del 2006.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 78338.—(2392).
Ante mí, Roy Harold Elizondo Durán, notario público, se constituyó la sociedad denominada Gerapri Inversiones Sociedad Anónima, domiciliada en Pérez Zeledón, barrio San Luis, con un plazo social de noventa y nueve años a partir del cuatro de enero del dos mil seis, conformado por un capital social de dos mil colones, representado por dos acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidenta: Flory Isabel del Carmen Salazar Cubillo.—Pérez Zeledón, a las doce horas del nueve de enero del dos mil seis.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1 vez.—Nº 78339.—(2393).
Ante mí, Roy Harold Elizondo Durán, notario público, se constituyó la sociedad denominada Compañía de Transportes Segura del Sur Sociedad Anónima, domiciliada en Pérez Zeledón, frente al Estadio Municipal, con un plazo social de noventa y nueve años a partir del cuatro de enero del dos mil seis, conformado por un capital social de diez mil colones, representado por dos acciones comunes y nominativas de cinco mil colones cada una. Presidente: José Giovanny Segura Angulo.—Pérez Zeledón, a las trece horas del nueve de enero del dos mil seis.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1 vez.—Nº 78340.—(2394).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del diez de enero del dos mil seis, Melania Soto Barrionuevo y Marcelo Rodríguez Sancho, constituyen la sociedad denominada Plagima M.G.H. Sociedad Anónima, como nombre de fantasía. Domicilio social: provincia de Heredia, cantón Heredia, distrito Heredia, propiamente Centro Comercial Plaza Heredia, local comercial número veintisiete C. Capital social: cien mil colones.—Lic. Gerardo Villalobos Montero, Notario.—1 vez.—Nº 78341.—(2395).
En esta notaría, al ser las once horas del veinticuatro de noviembre del año dos mil cinco, se protocolizan piezas de la sociedad Developp Spianet Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos tres cero tres ocho ocho, se reforma la cláusula primera del nombre para que ahora se llame Valle Bello Lodge Sociedad Anónima.—San José, 5 de enero del 2006.—Lic. Javier Clot Barrientos, Notario.—1 vez.—Nº 78342.—(2396).
Mediante escritura otorgada el 9 de enero del 2006, ante esta notaría, se constituye la sociedad denominada Los Alguaciles Sociedad Anónima.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Manuela Guillén Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº 78343.—(2397).
Por escritura otorgada ante mí, se constituye la sociedad denominada Constructora Cris & J del Norte Sociedad Anónima. Domicilio: Esparza, setenta y cinco metros norte del Restaurante Tabares. Capital social: diez mil colones. Representante legal: Jorge Wong Segura.—Orotina, a las 15:00 horas del 6 de enero del 2006.—Lic. Johan Castillo Umaña, Notario.—1 vez.—Nº 78344.—(2398).
Ante mi notaría, por escritura número trece-dos, de las dieciocho horas del siete de enero del dos mil seis, visible a folios seis vuelto siete frente y vuelto, y ocho frente del tomo segundo, se constituyó la sociedad J L Y M de Liberia Sociedad Anónima. Domiciliada en Liberia, Guanacaste, INVU Sabanero dos, casa número noventa y seis. Mario Centeno Centeno, presidente, como apoderado generalísimo sin límite de suma. El capital social será cien mil colones, representadas por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una, y se suscriben dos letras de cambio por un monto de diez mil colones y noventa mil colones cada una.—Liberia, siete de enero del dos seis.—Lic. Karla Marcela Duarte Arauz, Notaria.—1 vez.—Nº 78345.—(2399).
Ante mi notaría, por escritura número catorce-dos, de las diecinueve horas del siete de enero del dos mil seis, visible a folios ocho vuelto, nueve frente y vuelto, y diez frente del tomo segundo, se constituyó la sociedad Saymar Sociedad Anónima. Domiciliada en Liberia, Guanacaste, barrio Los Cerros, de licorera El Brocal ciento cincuenta metros al norte. Marco Vinicio Díaz Quesada, presidente, y Saray Tamara Pomares Iraheta, secretaria, como apoderados generalísimos sin límite de suma. El capital social será cien mil colones, representadas por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una y se suscriben dos letras de cambio por un monto de cincuenta mil colones cada una.—Liberia, siete de enero del dos seis.—Lic. Karla Marcela Duarte Arauz, Notaria.—1 vez.—Nº 78346.—(2400).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las trece horas con treinta minutos del dieciséis de diciembre del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Consorcio del Norte Sociedad Anónima, cuyo presidente es el señor Hugo Marcos Vargas Garro.—San José, 16 de diciembre del 2005.—Lic. Angie Cruickshank Lambert, Notaria.—1 vez.—(2417).
Ante esta notaria pública, se protocolizó asamblea general ordinaria de las 10:00 horas del diez de enero del dos mil seis, de constitución y nombramiento de junta directiva, fiscal y agente residente de la denominada Corporación Rotonda El Guanacaste Sociedad Anónima.—Alajuela, 10 de enero del 2006.—Lic. María del Carmen Rojas Guzmán, Notaria.—1 vez.—(2433).
Por escritura otorgada ante el notario Marlon
Campbell Griffiths, se constituyó la sociedad anónima denominada Medmarcris,
a las diecinueve horas del día nueve de enero del año dos mil seis.—San José,
diez de enero del dos mil seis.—Lic. Marlon Campbell Griffiths, Notario.—1
vez.—(2438).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del once de octubre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada AC Servicios Logísticos Arce Campos Sociedad Anónima.—San José, nueve de enero del dos mil seis.—Lic. Gerardo Aguilar Artavia, Notario.—1 vez.—(2448).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario se constituyó la sociedad anónima denominada Inmobiliaria Pacoja P. V. S. A. Domicilio: San José. Capital: veinticinco mil colones. Presidente: Javier Porras Soto, a las ocho horas del veintiocho de julio del dos mil cinco.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Luis Carvajal Arias, Notario.—1 vez.—(2451).
Por escritura otorgada el día de hoy, el suscrito notario protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de Proveedores Universales Gala Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma el pacto social y se modifica la cláusula primera de los estatutos.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Román Esquivel Font, Notario.—1 vez.—(2452).
Por escritura otorgada el día de hoy, el suscrito notario protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de El Benjamín de Montes de Oca Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma el pacto social.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Román Esquivel Font, Notario.—1 vez.—(2453).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del seis de enero del dos mil seis, se constituye la sociedad Grupo JMG S. A. Presidente: Roneld Cuadra Córdoba, domicilio: Pavas, San José.—A las siete horas del nueve de enero del dos mil seis.—Lic. Efrén Rivera Garbanzo, Notario.—1 vez.—(2454).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del diez de enero del dos mil seis, se constituye la sociedad Inversiones Funglai S. A. Presidente: Guoxiong Fung Hou, domicilio: Pavas, San José.—A las ocho horas del diez de enero del dos mil seis.—Lic. Efrén Rivera Garbanzo, Notario.—1 vez.—(2455).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del diez de enero del dos mil seis, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Filial Dos Condominio Sierra Nevada, en la cual se modifica la cláusula del domicilio social y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Marina Aguiluz Armas, Notaria.—1 vez.—(2462).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del día catorce de diciembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Osceri Sociedad Anónima.—Tamarindo, quince de diciembre del dos mil cinco.—Lic. Alejandra Sandoval Quesada, Notaria.—1 vez.—(2471).
Por escritura número treinta y cinco, otorgada ante mi notaría, a las quince horas del día diez de enero del dos mil seis, se modificó la cláusula sexta de los estatutos de la sociedad Inmobiliaria Villas del Rey S. A., y se reorganiza la junta directiva.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Viviana Aguilar Álvarez, Notaria.—1 vez.—(2472).
Por escritura número treinta y seis, otorgada ante mi notaría, a las quince horas con treinta minutos, del día diez de enero del dos mil seis, se modificó la cláusula segunda de los estatutos de la sociedad Fuego Scrpita S. A., y se reorganiza la junta directiva.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Viviana Aguilar Álvarez, Notaria.—1 vez.—(2473).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 10:30 horas del día 6 de enero del 2006, se constituyó la sociedad de esta plaza Nunivak Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjunta. Domicilio: Heredia. Capital: suscrito y pagado. Plazo: 99 años.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Gabriel Álvarez Hernández, Notario.—1 vez.—(2474).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 14:30 horas del día 4 de enero del 2006, se constituyó la sociedad de esta plaza Visión Tecnológica Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjunta. Domicilio: Heredia. Capital: suscrito y pagado. Plazo: 99 años.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Gabriel Álvarez Hernández, Notario.—1 vez.—(2475).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 12:30 horas del día 5 de enero del 2006, se constituyó la sociedad de esta plaza Seguridad del Istmo SDI Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjunta o separadamente. Domicilio: Heredia. Capital: suscrito y pagado. Plazo: 99 años.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Gabriel Álvarez Hernández, Notario.—1 vez.—(2476).
Por escritura Nº 51 otorgada a las 8:00 horas del 9 de enero del 2006, ante el notario Guido Laboranti Marchini, Verónica Figus Jiménez y Carlos Dittel Jiménez, constituyeron Vero S. A. Plazo: 99 años. Domicilio: San José. Presidenta: Verónica Figus Jiménez.—Lic. Guido Laboranti Marchini, Notario.—1 vez.—(2477).
En escritura de las ocho horas del quince de diciembre del dos mil cinco, se modificó la cláusula segunda del pacto social de la sociedad denominada Desarrollos Españoles MJA de Costa Rica S. A.—San José, quince de diciembre del dos mil cinco.—Lic. Sonsire Ivonne Espinoza Ríos, Notaria.—1 vez.—Nº 78347.—(2479).
En escritura de las ocho horas quince minutos del quince de diciembre del dos mil cinco, se modificó la cláusula segunda del pacto social de la sociedad denominada Importaciones MJR Aramex S. A.—San José, quince de diciembre del dos mil cinco.—Lic. Sonsire Ivonne Espinoza Ríos, Notaria.—1 vez.—Nº 78348.—(2480).
Yamileth Guerrero Navarro, Jessica Yamileth Solís Guerrero, Edwin Solís Araya y Kimberly Solís Guerrero, constituyeron ante mi notaría Panadería y Pastelería Kimberlyn Yajek Sociedad Anónima, con capital de diez mil colones y su apoderado generalísimo sin limitación de suma es el presidente.—San José, nueve de enero del dos mil seis.—Lic. Kenneth Mora Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 78349.—(2481).
Sonia Delgado Villalobos y Jorge La Fuente Prendas, constituyen Inversiones Lade Fátima Sociedad Anónima, con domicilio en San José, Desamparados, cuyo objeto es el comercio en general, capital de diez mil colones y su apoderado generalísimo sin limitación de suma es el presidente.—San José, cinco de enero del dos mil seis.—Lic. Kenneth Mora Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 78350.—(2482).
Asamblea general extraordinaria de Comercializadora Eben-Ezer del Oeste S. A., donde se cambia junta directiva y fiscal, domicilio fiscal y se aumenta plazo. Presidente: Adrián Ávila Solís.—Goicoechea, 25 de octubre del 2005.—Lic. Miguel A. Meza Mora, Notario.—1 vez.—Nº 78351.—(2483).
Por escritura otorgada ante esta notaría de las 10:00 horas del 4 de enero del 2006, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de Sanur Hijos S. A.—San José, 4 de enero del 2006.—Lic. Ana Gabriela Aguilar Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 78352.—(2484).
Por escritura de las 10:00 se constituyó Trend & Trade Marcas Sociedad Anónima, presidente: Carlos Alfredo Macaya Ortiz.—San José, 22 de noviembre del dos mil cinco.—Lic. María Elena González Larrad, Notaria.—1 vez.—Nº 78354.—(2485).
En escritura pública número doscientos uno-seis, de las nueve horas del tres de enero del dos mil seis, visible al folio ciento treinta y tres vuelto del tomo sexto del notario Bernal Ernesto Fuentes Vargas, se constituye Texico RO Sociedad Anónima, con un plazo de noventa y nueve años contado a partir de la fecha de constitución. Corresponde la representación judicial y extrajudicial de la compañía al presidente y secretario de la junta directiva con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando separadamente.—San José, 3 de enero del 2006.—Lic. Bernal Ernesto Fuentes Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 78356.—(2486).
Por escritura otorgada a las quince horas, treinta minutos del seis de enero del dos mil seis, ante los notarios Manuel Solano Avendaño y Mario Alberto Solano Campos, actuando en el protocolo del primero, se constituyó la sociedad Acmore Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado.—San José, 6 de enero del 2006.—Lic. Mario Alberto Solano Campos, Notario.—1 vez.—Nº 78357.—(2487).
Por escritura otorgada a las quince horas, treinta minutos del seis de enero del dos mil seis, ante los notarios Manuel Solano Avendaño y Mario Alberto Solano Campos, actuando en el protocolo del primero, se constituyó la sociedad Acmore Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado.—San José, 6 de enero del 2006.—Lic. Mario Alberto Solano Campos, Notario.—1 vez.—Nº 78357.—(2487).
Por escritura otorgada a las quince horas del seis de enero del dos mil seis, ante los notarios Manuel Solano Avendaño y Mario Alberto Solano Campos, actuando en el protocolo del primero, se constituyó la sociedad Makunas Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado.—San José, 6 de enero del 2006.—Lic. Mario Alberto Solano Campos, Notario.—1 vez.—Nº 78358.—(2488).
Carlos José Oreamuno Morera y Nirza Garmendia Mora, constituyen dos sociedades: (i) Jandalf Tres de Mindoro Sociedad Anónima, (ii) Samikoh SMK del Oeste Sociedad Anónima, todos nombres de fantasía. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: dos mil colones. Presidente: Carlos José Oreamuno Morera. Escrituras otorgadas en San José, a las diez horas y diez horas con veinte minutos, respectivamente, del seis de enero del 2006.—Lic. Alexander Araya Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 78360.—(2490).
Mediante escritura autorizada por mí, a las dieciséis horas del cuatro de enero del dos mil seis, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria celebrada, a las nueve horas del tres de enero del dos mil seis, por los accionistas de Vehículo de Roxana Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y seis mil trescientos cincuenta y siete, mediante la cual se modificó nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 6 de enero del 2006.—Lic. Alexander Araya Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 78361.—(2491).
Por escritura número 304, otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del día 4 de enero del 2006, los señores Carlos Alberto Artavia Solís y María Auristela Solís Araya, constituyen la sociedad denominada Artavia Solís S. A. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Carlos Alberto Artavia Solís.—Lic. Guillermo Angulo Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 78362.—(2492).
Se deja constancia que en esta notaría, el día quince de diciembre del dos mil cinco, mediante escritura otorgada a las dieciocho horas, treinta minutos del quince de diciembre del dos mil cinco, la Comercial Interamericana Uno Zafiro S. A., protocolizó acta de asamblea general extraordinaria donde se cambia la junta directiva. Presidenta: Vanessa Calvo González,.—Lic. Mónica Monge Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 78363.—(2493).
Se deja constancia que en esta notaría, el día quince de diciembre del dos mil cinco, mediante escritura otorgada a las diecinueve horas, treinta minutos del quince de diciembre del dos mil cinco, la Carmau Consultores S. A., protocolizó acta de asamblea general extraordinaria donde se cambia la junta directiva. Presidenta: Vanessa Calvo González,.—Lic. Jimmy Meza Lazarus, Notario.—1 vez.—Nº 78364.—(2494).
HACIENDA
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Por ignorarse el
domicilio actual del señor Sergio Jiménez Alvarado, cédula N° 1-785-993, se
dispone a tenor de los artículos 241 y siguientes de la Ley General de la
Administración Pública así como del artículo 7 de la Ley 7637, Ley de
Notificaciones, Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales, notificar por
medio de edicto la resolución N° ODP-GMB-009-2006 de las trece horas del cuatro
de enero del 2006, en el cual se cita y emplaza al citado señor en calidad de
presunto responsable de haber incumplido en tiempo y forma con la rendición de
la ejecución presupuestaria y con la liquidación del presupuesto para el
período 2004 de la Unidad Ejecutora del Convenio de Cooperación Técnica 1030
OC/CR “Programa de Apoyo a la Profundización del Estado y del Sector Privado”,
así como en la no presentación de la firma consultora que llevaría a cabo la
Auditoría sobre la gestión y ejecución del programa 1030 OC/CR y el cierre de
operaciones correspondiente al 2004. La cual literalmente dice: “N° ODP
GMB-009-2006. Ministerio de Hacienda. Órgano Director del Procedimiento. San
José, a las trece horas del cuatro de enero del dos mil seis. De conformidad con
los artículos 39 de la Constitución Política, 214, 217, 218, 249 y 308
siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, así
como el acuerdo de nombramiento del Órgano Director DM-088-2005, adicionado y
aclarado mediante DM-092-2005, se cita y emplaza al señor Sergio Jiménez
Alvarado, cédula N° 1-785-993, en razón del cargo que ejerció como Coordinador
de la Unidad Ejecutora del Convenio de Cooperación Técnica 1030 OC/CR, a una
comparecencia oral y privada que se celebrará en la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Hacienda, sita en el quinto piso del edificio central ubicado en
las antiguas instalaciones del extinto Banco Anglo Costarricense diagonal al
Teatro Nacional, el día 22 de febrero del 2006 a las 10:00 horas. Asimismo, se
le indica que comparece en calidad de supuesto responsable para que manifieste
las razones por las cuales supuestamente incumplió en tiempo y forma con la
rendición del informe de ejecución presupuestaria y con la presentación de la
liquidación del presupuesto para el período 2004 de la Unidad Ejecutora del
Convenio de Cooperación Técnica 1030 OC/CR “Programa de Apoyo a la
Profundización del Estado y a la apertura al Sector Privado”, así como en la no
presentación de la firma consultora que llevaría a cabo la Auditoría sobre la
gestión y ejecución del programa 1030 OC/CR y el cierre de operaciones
correspondiente al año 2004. Lo anterior de conformidad con prueba que se
encuentra en el expediente y que a continuación le señalo: 1) Que mediante Ley
N° 7160; la Asamblea Legislativa aprobó el contrato de Préstamo de Cooperación
Técnica N° 1030/OC-CR suscrito entre la República de Costa Rica y el Banco
Interamericano de Desarrollo. (Ver Anexo que consta de 272 folios). 2) Que
mediante oficio número 12815 (FOE-GU-435) de fecha 21 de octubre del 2004, la
Contraloría General de la República solicitó al Despacho del señor Ministro,
indicar el monto del presupuesto ordinario de la Unidad Ejecutora Central del
Convenio de Cooperación Técnica 1030 OC/CR aprobado para el ejercicio del año
2005, o en su defecto informar si la gestión de dicho programa será finalizada
en el presente ejercicio presupuestario. (Folio 22). 3) Que mediante oficio
número N° DM-075-2005 de fecha 17 de enero del 2005, este Despacho le requirió
al Lic. Sergio Jiménez Alvarado, Coordinador de la Unidad Ejecutora 1030 OC/CR
rendir un informe de lo requerido por el Órgano Contralor en su oficio 12815.
(Folio 39). 4) Que mediante oficio N° 7078 (FOE-GU-211) de fecha 21 de junio
del 2005; notificado a este Despacho, el día 22 del mismo mes y año, la
Contraloría General de la República pone en conocimiento del Despacho del señor
Ministro el incumplimiento en la presentación del informe de ejecución
presupuestaria y de la liquidación del presupuesto para el período 2004, de la
Unidad Ejecutora Central del Convenio de Cooperación Técnica 1030 OC/CR y el
requerimiento de información en relación con la ejecución de recursos en el
período 2005, otorgándole un plazo de cinco días. (Folios 48 al 47). 5) Que
mediante oficio número DM-1029-2005 de fecha 29 de junio del 2005, el Despacho
del señor Ministro le informó a la Contraloría General de la República, que de
acuerdo con lo indicado por el señor Sergio Jiménez Alvarado, el informe de
liquidación presupuestaria aún no se encontraba terminado, ya que la firma
contable contratada para realizar las liquidaciones y registros contables no ha
finalizado su labor, asimismo señala, que dicho informe será remitido en los
próximos días. (Folio 48). 6) Que ante la no presentación del informe requerido
en el oficio N° 7078, mediante oficio número 8739 (FOE-GU-252) de fecha 22 de
julio del 2005, la Contraloría General de la República solicitó establecer una
fecha perentoria e improrrogable en la que se remitiera la documentación de
marras, sin perjuicio de las acciones que ordene para determinar posibles
responsables ante el referido incumplimiento. (Folios 53 al 54). 7) Que
mediante oficio N° ADP-GMB-002-2005 de fecha 14 de noviembre del 2005,
notificado el día 14 del mismo mes y año, el Órgano Director de Procedimiento
solicitó al señor Ministro de Hacienda, David Fuentes Montero, remitir en el
plazo de tres días hábiles, copia certificada o el original del contrato y/o
nota de nombramiento del señor Sergio Jiménez Alvarado como Coordinador de la
Unidad Ejecutora del Convenio de Cooperación Técnica 1030 OC/CR. Así como
cualquier otro documento atinente a su nombramiento. (Folios 114 y 115). 8) Que
mediante oficio N° DM-1930-2005 de fecha 30 de noviembre del 2005, notificado
el día 1º de diciembre del presente año, el señor David Fuentes Montero, en su
condición de Ministro de Hacienda, remitió copia de varios documentos atinentes
al nombramiento del señor Sergio Jiménez. (Folios 120 al 128). De conformidad
con lo anteriormente expuesto, se procede a citar a una comparecencia al señor
Sergio Jiménez Alvarado, en su condición dicha, con el fin de que señale las
razones por las cuales supuestamente incumplió en tiempo y forma con la
rendición del informe de ejecución presupuestaria y con la presentación de la
liquidación del presupuesto para el período 2004, de la Unidad Central del
Convenio de Cooperación Técnica 1030 OC/CR, así como en la no contratación de
la firma consultora que llevaría a cabo la Auditoría sobre la gestión y ejecución
del Programa 1030 OC/CR y el cierre de operaciones correspondiente al año 2004.
Los hechos expuestos, eventualmente, si se comprobara el incumplimiento de los
deberes que le fueron asignados como Coordinador de la Unidad Ejecutora del
Convenio de Cooperación Técnica 1030 OC/CR, podrían conllevar la remisión del
expediente al Ministerio Público para que se realice la investigación
correspondiente por el delito de Incumplimiento de Deberes que se regula en el
artículo 332 del Código Penal, así como la posible determinación de
responsabilidad civil de conformidad con los artículos 198, 207 y 208
siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública y los
artículos 2º y 3º y siguientes de la Ley contra la Corrupción y Enriquecimiento
Ilícito en la Función Pública. Por tanto, el Órgano Director del Procedimiento,
resuelve: citar y emplazar al señor Sergio Jiménez Alvarado, de calidades que
constan en autos, a una comparecencia oral y privada, ante este Órgano Director
de Procedimiento, que se celebrará en las instalaciones de la Asesoría Jurídica
del Ministerio de Hacienda, sita en el quinto piso del edificio central ubicado
en las antiguas instalaciones del extinto Banco Anglo Costarricense diagonal al
Teatro Nacional, el día 22 de febrero del 2006 a las 10:00 horas, con el fin de
que señale las razones por las cuales supuestamente incumplió en tiempo y forma
con la rendición del informe de ejecución presupuestaria y con la presentación
de la liquidación del presupuesto para el período 2004, de la Unidad Central
del Convenio de Cooperación Técnica 1030 OC/CR, así como en la no contratación
de la firma consultora que llevaría a cabo la Auditoría sobre la gestión y
ejecución del Programa 1030 OC/CR y el cierre de operaciones correspondiente al
año 2004. Es importante destacar que de no comparecer el día señalado, se podrá
continuar con el procedimiento administrativo y resolver con los elementos
probatorios que consten en autos, al amparo de lo establecido en los artículos
252 y 315 de la Ley General de la Administración Pública. De igual manera se le
indica que puede comparecer personalmente o por medio de apoderado, según lo
indica el numeral 220 de la Ley General de la Administración Pública. A su
disposición con el Órgano Director de Procedimiento, en la Asesoría Jurídica se
encuentra el expediente administrativo, constituido por dos tomos, el primero
que consta de 160 folios útiles y un anexo que contiene copia de la Ley 7760 y
el Informe del Programa 1030 OC/CR que consta de 272 folios útiles, para lo que
tenga a bien consultar. Se le recuerda que con fundamento en el artículo 337,
inciso 2) de la Ley supra citada, usted tiene el derecho de renunciar al plazo
otorgado en este acto pudiendo presentarse ante el Órgano Director a comparecer
antes de la fecha mencionada, manifestando su renuncia al plazo, por escrito.
Se le informa que a efectos de ejercer su derecho de defensa, podrá ofrecer y
aportar toda la prueba que estime pertinente, desde la presente notificación y
hasta el momento de su comparecencia oral y privada, pero toda presentación
previa deberá hacerse por escrito, según lo dispone el artículo 312 de la supra
citada Ley. Asimismo, se le informa que en el
acto de la comparecencia deberá señalar lugar para oír notificaciones futuras y
que de no hacerlo operará la notificación automática de las futuras resoluciones
que se emitan, de conformidad con el artículo 12 de la Ley de Notificaciones,
Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. Se producirá igual consecuencia
si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas a esta
Oficina, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso,
incierto o inexistente, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 185 del
Código Procesal Civil y 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras
Comunicaciones Judiciales. Se hace también de su conocimiento que este acto
administrativo tiene los recursos ordinarios de ley, de conformidad con el
artículo 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública, los cuales
deberán interponerse ante este Órgano
Director en el término de 24 horas, una vez notificada la presente resolución.
No omito manifestar, que el presente Órgano Director de Procedimiento, se
encuentra destacado en la Asesoría Jurídica, ubicada en el quinto piso del
edificio central ubicado en las antiguas instalaciones del extinto Banco Anglo
Costarricense diagonal al Teatro Nacional. Lic. Gabriela Murillo Blanco, Órgano
Director del Procedimiento.
Notificar: publicar en el Diario Oficial La Gaceta, por tres veces
consecutivas, en la Sección de Notificaciones.—Lic. Gabriela Murillo Blanco,
Órgano Director del Procedimiento.—(Solicitud Nº 36836).—C-221120.—(1928).
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE
PENSIONES
De conformidad con
resolución Nº PG-9333-2005, de las ocho horas, del día once de octubre del
2005. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: Impartir aprobación
final a la resolución Nº JPIG-6670-2005, de sesión celebrada en San José, a las
catorce horas, del día 6 de junio del 2005, de la Junta de Pensiones e
Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por
Valverde Jiménez Ilma, cédula de identidad Nº 1-198-128, a partir del día 1º de
octubre del 2004, por la suma de cincuenta y tres mil seis colones con setenta
céntimos (¢53.006,70); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los
aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por
agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Fernando Trejos Ballestero,
Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—Lic. Luis Carlos Montero Benavides,
Director.—1 vez.—(2447).
JUSTICIA Y GRACIA
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO PÚBLICO DE LA
PROPIEDAD INMUEBLE
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Se
hace saber a la señora Rafaela Gutiérrez Calvo, cédula de identidad Nº
5-094-488, en su condición de parte interesada en las presentes diligencias por
demanda ordinaria que pesa en la finca del Partido de Guanacaste matrícula
120866, que en este Registro se ha iniciado diligencia administrativa de oficio
a instancia del señor subdirector Licenciado Wálter Méndez Vargas, mediante
oficio SDRP-287-2005 con fecha 9 de noviembre del 2005, donde comunica una
posible doble inmatriculación de las fincas del Partido de Guanacaste
matrículas ciento veinte mil ochocientos sesenta y seis (120866) y ciento
veintiún mil novecientos sesenta y siete (121967), escrito que en lo que
interesa, expresa: “ (...) Visto su escrito, presentado a esta Dirección el
día 25 de octubre de este año, en donde solicitan sea corregido un error en una
escritura del notario Enrique Amador Madriz, a la fecha fallecido según sus
manifestaciones, (pues no se aporta con el escrito, ninguno de los documentos
que menciona en su contenido); les debo indicar lo siguiente, atendiendo el
derecho de respuesta que tutela el artículo 27 de la Constitución Política: 1)
Que hechos los estudios del plano mencionado: G-359770-1979; el mismo está
utilizado en las fincas de Guanacaste 120866 y 121967, (...). 7) Que esta
situación configura una doble inmatriculación de inmuebles, por lo cual esta
Dirección debe proceder a la apertura de un expediente administrativo para
conocer de este asunto,... (…).” En razón de lo informado por el Licenciado
Méndez Vargas se procedió a la apertura del expediente administrativo número
322-2005 y en resguardo de la seguridad jurídica que propone la publicidad
registral, mediante resolución de las 9:00 horas del día 30 de noviembre del
2005 se ordenó la consignación de advertencia administrativa en las fincas del
Partido de Guanacaste matrículas ciento veinte mil ochocientos sesenta y seis
(120866) y ciento veintiún mil novecientos sesenta y siete (121967). Además,
con el objeto de cumplir con el debido proceso, y habiéndose autorizado por
resolución de las quince horas y treinta minutos del día catorce de diciembre
del dos mil cinco se resuelve: conferir audiencia a Rafaela Gutiérrez Calvo por
el término de quince días contados a partir del día siguiente de la publicación
del edicto en el Diario Oficial La Gaceta, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 98 del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo N°
26771-J del 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta N° 54 de 18 de
marzo de 1998. A efecto de que dentro de dicho término presente los alegatos
que a sus derechos convengan y se le previene, que en el acto de notificarle
esta resolución o dentro de tercer día, debe señalar número de fax; apartado
postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, en donde
oír futuras notificaciones de este Despacho, bajo apercibimiento que de no
cumplir con lo anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas
veinticuatro horas después de dictadas.
Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto,
o ya no existiere, artículos 20 y 21 de la Ley Nº 3883 del 30 de mayo de 1967 y
sus reformas; artículo 185 del Código Procesal Civil y artículo 3º de la Ley Nº 7637 del 11 de diciembre de
1996 que es la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones
Judiciales. (Referencia expediente Nº 322-2005).—Curridabat, 14 de diciembre
del 2005.—Lic. Róger Hidalgo Zúñiga, Director.—(Solicitud
Nº 36660).—C-70970.—(1333).
Se hace
saber al licenciado Oswald Bruce Esquivel, cédula N° 1-783-444, como notario
cartulante del documento 540-2889, así como a cualquier tercero con interés
legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, que la Dirección de
este Registro ha iniciado diligencias administrativas a instancia de Alex José
Cano Tellez, cédula de residencia 27014727008164 y Maritza González Chaverri,
cédula N° 1-624-844, residentes de Heredia Urbanización Jerez, quienes
presentaron ante este Despacho, escrito por el cual informan de una supuesta
nulidad del crédito hipotecario constituido mediante la escritura cuyo testimonio
generó el asiento de presentación 9078 del tomo 514. Dicha nulidad radica en
que al momento de constituir el relacionado crédito, los deudores (aquí
gestionantes) no ostentaban la condición de propietarios registrales; siendo el
acreedor el entonces propietario. Aunado a lo anterior, manifiestan que al
inscribir la compraventa del inmueble que nos ocupa a favor de ambos, la misma
se efectuó “...libre de gravámenes, reclamos de terceros y anotaciones...”. En
virtud de lo anterior, solicitan “... se proceda a cancelar la hipoteca
inscrita tomo 514 asiento 09078 secuencia 01-0001 001....”. Con tal fin, se le
confiere audiencia hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir
del día siguiente a la tercera y última publicación del presente edicto, a efecto
de que dentro de dicho término, presente los alegatos que a su derecho
convengan (Arts. 98 del Reglamento del Registro Público Inmueble, que es
Decreto Ejecutivo N° 26771-J, publicado en La Gaceta N° 54 del 18 de
marzo de 1998 y 241.4 de la Ley General de la Administración Pública). E
igualmente, se le previene que dentro del término establecido para la
audiencia, debe señalar apartado postal, casa u oficina, dentro de la ciudad de
San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este
Despacho, conforme los artículos 93, 94, 98 y concordantes del citado
Reglamento, en concordancia con el numeral 3º de la Ley de Notificaciones,
Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, Ley N° 7637, bajo apercibimiento,
que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas
veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el
lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los
artículos 99 del Reglamento de la Materia y 12 de la citada Ley Nº 7637, en
correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. (Referencia
expediente Nº 231-2004).—Curridabat, 12 de diciembre del 2005.—Lic. Wálter
Méndez Vargas, Subdirector a. í.—(Solicitud Nº 36617).—C-49520.—(1334).
Se hace saber al señor Juan
Diego Ferraro Carazo, cédula de identidad número 1-462-720, en su condición de
apoderado generalísimo sin límite de suma de Inversiones B Y F de Guápiles
Sociedad Anónima, que en este Registro se ha iniciado diligencia administrativa
a instancia de la Licenciada Yirlany González Blanco, cédula de identidad
número 1-966-831, en su condición de apoderada especial de la señora Maribel
Carranza Trejos, cédula de identidad Nº 7-096-928, vecina de Cariari Pococí,
Limón, mediante escrito presentado en esta Dirección a las 14:20 horas del día
6 de abril del 2005, y que en lo que interesa, textualmente manifiesta: “(…)
Solicito atentamente se me aclare por qué razón, existen dos inscripciones de
inmuebles con la misma descripción, ubicación y plano. Dichas propiedades
pertenecen al partido de Limón matrícula Ochenta y nueve mil quinientos
cincuenta y uno derecho cero cero cero y la Propiedad del partido de Limón
matrícula noventa y cuatro mil ciento sesenta y cinco derecho cero cero cero.
Sobre esta situación existe una gran problemática, ya que, existen dos personas
con título de propiedad sobre el mismo inmueble, y por ende problemas al
ejercer la posesión del mismo, el título de propiedad otorgado a mi apoderada
fue en fecha doce de enero del año dos mil y el otro título que pertenece a la
señora Luz Marina Sandí Vindas, con cédula de identidad número 7-0091-0405, fue
otorgado en fecha treinta de noviembre del año dos mil. Al registro nacional le
compete vigilar sobre toda inscripción que se realice, es casi normal que en la
sección de catastro existan varios planos sobre un mismo inmueble, pero que
existan dos títulos de propiedad sobre el mismo inmueble es catastrófico. Dicha
solicitud de respuesta, se realiza con el fin de que se aclare por parte de
esta entidad lo que sucedió. Mi apoderada se encuentra en una situación legal
muy compleja ya que este inmueble además cuanta con limitaciones del BANHVI y
una grave situación de Posesión ya que la señora Sandí Vindas ya se encuentra
ocupando el inmueble. (…).” Por lo anterior, esta Dirección procedió a la
apertura del expediente administrativo Nº 087-2005 para dar inicio a las
presentes diligencias administrativas, y mediante resolución de las 8:00 horas
del día 13 de abril del 2005, se ordenó la consignación de advertencia
administrativa sobre los inmuebles del Partido de Limón matrículas 89551 y
94165. Además, con el objeto de cumplir con el debido proceso, y habiéndose
autorizado por resolución de las once horas y veinte minutos del día catorce de
diciembre del dos mil cinco se resuelve: conferir audiencia a Juan Diego
Ferraro Carazo, por el término de quince días contados a partir del día
siguiente de la publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 del Reglamento del Registro
Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J del 18 de febrero de 1998,
publicado en La Gaceta N° 54 de 18 de marzo de 1998. A efecto de que
dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos convengan y se
le previene, que en el acto de notificarle esta resolución o dentro de tercer
día, debe señalar número de fax; apartado postal, casa u oficina dentro del
perímetro de la ciudad de San José, en donde oír futuras notificaciones de este
Despacho, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las
resoluciones se le tendrán por notificadas veinticuatro horas después de
dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso
o incierto, o ya no existiere, artículos 20 y 21 de la Ley Nº 3883 del 30 de
mayo de 1967 y sus reformas; artículo 185 del Código Procesal Civil y artículo
3º de la Ley Nº 7637 del 11 de diciembre de 1996 que es la Ley de
Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. (Referencia
expediente Nº 087-2005.—Curridabat, 14 de diciembre del 2005.—Lic. Wálter
Méndez Vargas, Subdirector a. í.—(Solicitud Nº 36616).—C-77570.—(1335).
Se hace saber a: I-Giselle
Calvo Monge, cédula Nº 2-503-839, como parte interesada. II-Fredy Porras Ávila,
cédula Nº 2-416-010, como parte interesada. III-Hilda Marta Calvo Monge, cédula
Nº 2-305-520, como parte interesada. Así como a sus representantes legales,
albaceas o a cualquier tercero con interés legítimo, que la Dirección del
Registro Público de la Propiedad Inmueble ha iniciado Diligencias
Administrativas que afectan la finca del partido de Alajuela matrícula:
doscientos un mil ochocientos cuarenta y dos (201842), a efecto de investigar
la inscripción del documento presentado al Diario de este Registro bajo el tomo
509, asiento 12457. En virtud de lo anterior, se ordenó al Departamento de
Asesoría Jurídica, mediante resolución de las 9:50 horas del 2 de diciembre del
2005, consignar nota de advertencia administrativa sobre dicho inmueble y con
el objeto de cumplir con el debido proceso se les confiere audiencia, hasta por
el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la
publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término,
presenten los alegatos que a sus derechos convengan. E igualmente se les
previene que dentro de dicho término a partir de la publicación del presente
edicto, deben señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de
la ciudad de San José, donde oír futuras notificaciones de este Despacho,
conforme a los artículos 93, 94, 96 y concordantes del Reglamento del Registro
Público de la Propiedad Inmueble, que es Decreto Ejecutivo N° 26771-J, de 18 de
febrero de 1998, publicado en La Gaceta N° 54 del 18 de marzo del mismo
año. (Ref. expediente Nº 336-2005).—Curridabat, 6 de diciembre del 2005.—Lic.
Wálter Méndez Vargas, Subdirector a. í.—(Solicitud Nº 36661).—C-34670.—(1721).
Se hace saber a la siguientes
partes: Mario Salazar Madrigal, cédula Nº 2-235-924, José Alfredo Mora Flores,
cédula Nº 1-674-138, Floribeth Barboza Picado, cédula Nº 1-901-857 y Manuel
Porras Hidalgo, cédula Nº 1-559-188, que se les brinda audiencia por medio de
edicto, por desconocerse su lugar de residencia o domicilio exacto, así como a
cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes
legales, que la Dirección del Registro Público de la Propiedad Inmueble ha
iniciado diligencias administrativas incoadas por el Registrador licenciado
Carlos Gerardo Monge Carvajal, mediante escrito por medio del cual informa sobre
la supuesta doble inmatriculación de las fincas del partido de San José, 457461
y 464995. El escrito fue presentado ante la Dirección de este Registro, el día
12 de mayo del 2005, mediante el cual indica en lo que interesa: “...Por
este medio me dirijo a usted, para hacer de su conocimiento que fue asignado a
mi persona el documento con citas 551-13591, y al realizar el estudio del plano
SJ-734440-1988 me encuentro que aparece registrado a dos fincas SJ-457461-000 y
la SJ-464995-000 de madera duplicada…”. Realizado un estudio preliminar de
lo informado por el Registrador se determinó que ambos inmuebles aparecen
inscritos con idéntica descripción, plano, difiriendo del propietario, además
que provienen de la misma finca madre. Con tal fin, se les confiere audiencia,
hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a
la publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término,
presente los alegatos que a sus derechos convengan. E igualmente se le previene
que dentro de dicho término a partir de la publicación del presente edicto,
deben señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad
de San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este
Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 96 y concordantes del Reglamento del
Registro Público de la Propiedad Inmueble, que es Decreto Ejecutivo N° 26771-J,
de 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta N° 54 del 18 de marzo del mismo año, en concordancia con el numeral 3 de
la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judicial, Ley N°
7637, así como el señalamiento de lugar y medio para recibir notificaciones en
el Segundo Circuito Judicial de la ciudad de San José (Goicoechea), ante la
Sección Tercera del Tribunal Superior Contencioso Administrativo, conforme a
los artículos 2º, 3º y 5º de la Ley N° 7274 de 10 de diciembre de 1991,
Ley de Creación de la Sección Tercera del Tribunal Superior Contencioso
Administrativo, órgano superior jerárquico impropio de este Registro, en el
eventual caso de ulterior recurso de apelación en contra de lo que resuelva en
definitiva este registro, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo
anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas 24 horas después de
dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso,
incierto o ya no existiere. Artículos 20 y 21 de la Ley 3883 de 30 de mayo de 1967, y sus reformas y artículo 185 del
Código Procesal Civil. (Ref.
expediente Nº 122-2005).—Curridabat, 2 de enero del 2006.—Lic. Róger
Hidalgo Zúñiga, Director a. í.—(Solicitud Nº 36662).—C-36320.—(1723).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
DIRECCIÓN DE RECURSOS
MATERIALES
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Se notifica al señor
Elmer Denis Carvajal Sánchez, cedula Nº 1-791-381 apoderado generalísimo de la
empresa Facasa del Atlántico S. A, que en el expediente administrativo del
contrato Nº 2543, cuyo objeto es la prestación de los Servicios de
Mantenimiento de Zonas Verdes para el Área de Salud de Horquetas de Río Frío,
existe una resolución que se dictó en el Área de Adquisiciones de la Dirección
de Recursos Materiales de la Caja Costarricense de Seguro Social, que indica en
su parte dispositiva lo siguiente. Por tanto,
1º—Se declara la
resolución del contrato Nº 2543, producto del concurso LR 2001-40 cuyo objeto
era la prestación de los Servicios de Mantenimiento de Zonas Verdes para el
Área de Salud de Horquetas de Río Frío. Todo de conformidad con el artículo
13.2 y siguientes del Reglamento General de Contratación Administrativa.
Sobre la resolución que
dicte la administración, cabrán los recursos establecidos en el artículo Nº 343
y siguientes de la Ley General de Administración Pública.
El expediente administrativo
que contiene los documentos relacionados con este procedimiento se encuentra
disponible, para ser consultado o fotocopiado total o parcialmente, en el Área
de Adquisiciones, Subárea de Garantías ubicado en el piso Nº 11 de las Oficinas
Centrales de la CCSS. (Avenida segunda, calles 5 y 7 San José). Es necesario
destacar que los costos de las fotocopias corren por cuenta del contratista.
NOTA
: El horario de atención al público está
comprendido entre las 7:00 y las 15:00 horas (artículo Nº 272 de la Ley General
de la Administración Pública).
San
José, 4 de enero del 2006.—Lic. Teresa Valverde Quirós, Coordinadora Subárea de
Garantías.—Lic. Jorge Arturo Gonzáles Cuadra, Coordinador Área de
Adquisiciones.—C-46220.—(1337).
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Res. RRG-5178.—San José, a las siete horas del seis de diciembre del dos mil cinco. (Expediente OT-262-2005).
Conoce la Reguladora General de la supuesta prestación no autorizada del servicio público de transporte por parte de Fabián Eduardo Cajahuanca.
Resultando:
1º—Que el transporte remunerado de personas, en todas sus modalidades, es un servicio público, que sólo puede ser prestado por el Estado o por particulares, sean personas físicas o jurídicas y, en el caso de particulares, deben poseer título legítimo que los faculte para ello, emitido por autoridad competente.
2º—Que mediante resolución RRG-3333-2004 de las 15:30 horas del 12 de febrero del 2004, publicada en La Gaceta 36 del 20 de febrero del 2004, se faculta al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para que por los medios que estimen pertinentes, remueva los vehículos que se encuentren prestando el servicio público de transporte remunerado de personas, sin autorización del Estado.
3º—Que mediante oficio ASD-2005-164 del 14 de julio del 2005, de la Dirección General de Tránsito, recibido en la Autoridad Reguladora el mismo día, se remite para el trámite administrativo correspondiente, la boleta de citación 2005-025664, levantada al señor Fabián Eduardo Cajahuanca, pasaporte 000582077, quien conducía el vehículo placas 359342; por prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas, por lo que el oficial de tránsito Alejandro Salas Araya decomisó el citado vehículo, que se halla bajo la custodia de la Dirección General de la Policía de Tránsito, Delegación de Tránsito de Heredia (folios 1 a 3).
4º—Que en la llamada Información Sumaria numerada ESA-034-07-05, visible a folio 3, se detallan los hechos que se resumen así: brinda servicio público a los señores Yamileth Puerta Balmaceda y al señor Francisco Rosales Rosales, los cuales no portaban identificación, quienes manifiestan ser vecinos del centro de Heredia y que el servicio sería de San Rafael al centro de Heredia, pagando el servicio una vez finalizado el mismo.
5º—Que a folio 5 corre certificación del Consejo de Transporte Público en que consta que el vehículo placa 359342, no se encuentra autorizado para prestar transporte público remunerado de personas.
6º—Que no se encuentra declaración del presunto infractor con antelación a la citación a comparecencia.
7º—Que el señor Fabián Eduardo Cajahuanca no aportó medio para recibir notificaciones, por lo que se hace necesario notificarlo mediante publicación en la Sección de Notificaciones del Diario Oficial La Gaceta, por tres veces consecutivas.
8º—Que mediante resolución RRG 4943-2005 de las 10:00 horas del 17 de agosto del 2005 (folio 11), este Despacho dictó el acto de apertura del procedimiento administrativo sancionador, por la prestación del servicio público de transporte remunerado de personas, no autorizado por el Estado, con el vehículo placas 359342, conducido por el señor Fabián Eduardo Cajahuanca y la convocatoria a la comparecencia oral y privada de ley en la sede de la Autoridad Reguladora; para lo cual se citó a las 13:30 horas del 22 de setiembre del 2005 contado a partir del siguiente de la notificación (folios 11 a 15).
9º—Que por la citada resolución se ordenó comunicar al señor Fabián Eduardo Cajahuanca, la conformación del respectivo órgano director del procedimiento y se le indicó que podía aportar la prueba que estimara conveniente, antes o durante la citada comparecencia. Así mismo, se puso a disposición el expediente administrativo y se le señalaron los recursos que pueden ser interpuestos contra esa resolución (folios 11 a 15).
10.—Que al ser las 13:30 horas del 22 de setiembre del 2005, el señor Fabián Eduardo Cajahuanca, no se presentó a la comparecencia oral y privada de ley (folio 16).
11.—Que el 2 de diciembre del 2005, el Órgano Director emite su informe final, que corre agregado en autos.
12.—Que en el procedimiento se han observado los plazos y las prescripciones de ley.
Considerando:
I.—Hechos probados: De importancia para la decisión de esta resolución, se estiman como debidamente demostrados los siguientes hechos, sea porque así han sido acreditados o bien porque el recurrido haya omitido referirse, según lo prevenido en la apertura de este procedimiento:
1. Que de acuerdo con la Información Sumaria numerada ESA-034-07-05, el día 9 de julio del 2005, el señor Fabián Eduardo Cajahuanca localizado en el lugar conocido como San Josecito de San Rafael de Heredia, brinda servicio público a los pasajeros identificados con el nombre de Yamileth Puerta Balmaceda y Francisco Rosales Rosales, los cuales no portaban identificación.
2. Que al ser consultados por el oficial de tránsito, los pasajeros manifiestan ser vecinos del centro de Heredia y que el servicio sería de San Rafael al centro de Heredia, pagando el servicio una vez finalizado el mismo.
3. Que la boleta de citación 2004-025664, fue levantada por prestación no autorizada del servicio de transporte público remunerado de personas (folio 2).
4. Que a folio 4 corre certificación del Consejo de Transporte Público en que consta que el vehículo placa 359342, no se encuentra autorizado para prestar transporte público remunerado de personas.
II.—Hechos no probados: No se tienen de consideración para la resolución de este asunto.
III.—Sobre el fondo.
1. Que de conformidad con lo establecido en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593, la prestación no autorizada del servicio público, constituye un ilícito, sancionable según dispone esa misma norma.
2. Que la aplicación de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 7593, es decir, la remoción de equipo o instrumento que permitan el uso abusivo e ilegal de los servicios públicos regulados por la Ley 7593, siendo que el retiro del vehículo pretende hacer prevalecer el orden público, lo que tiene amparo en una norma de coacción directa, único medio que le permite a la administración evitar la continuación de la conducta no autorizada, mientras se realiza el procedimiento administrativo.
3. Que la Ley 7969, Ley de Transporte Remunerado de Personas Modalidad Taxi, dispone en sus artículos 2° y 3°, que el transporte remunerado de personas, en la modalidad de taxi, se considera un servicio público, el cual se explota mediante la figura de la concesión administrativa. Por su parte, el artículo 9° de la Ley 7593, dispone que para ser prestador de servicio público deberá obtenerse la respectiva concesión o el permiso del ente público competente en la materia.
4. Que tal y como se desprende de los autos, el señor Cajahuanca no se presentó a la comparecencia, sin que conste que hubiera tenido imposibilidad para hacerlo y siendo que con fundamento en lo establecido en los artículos 218, 220 y 317 de la Ley General de la Administración Pública, se puede establecer que la audiencia es uno de los momentos procesales más importantes de la tramitación del expediente administrativo, toda vez que es la oportunidad para que la parte presente las pruebas que sustenten su posición y para evacuar las que sean necesarias, pudiendo en ella presentarse todos los alegatos y conclusiones que fundamenten la defensa y dado que la ausencia no se puede tener como aceptación de los hechos, se procede a resolver con los elementos de prueba que, hasta el momento, constan en el expediente.
5. Que adicionalmente, el marco de hechos que refiere la Información Sumaria, suscrita por el Oficial de Tránsito Alejandro Salas Araya, contiene una descripción de lo acontecido que pudo apreciar con la directa inmediación de los hechos, lo que contiene los elementos necesarios para configurar la falta intimada y consecuentemente declarar la responsabilidad administrativa correspondiente.
6. Que una vez establecida la existencia de una infracción a la Ley 7593, lo procedente es determinar la sanción aplicable. En la especie, este caso presenta la conducta prevista como prestación de un servicio público sin la autorización del Estado, en los términos establecidos por el artículo 38 de la citada ley, que se lee así:
“Artículo
38. Multas. La Autoridad Reguladora sancionará, cumpliendo con el
procedimiento administrativo previsto en la Ley General de la Administración
Pública, con multa de cinco a diez veces el valor del daño causado que ella
determine, a quien suministre un servicio público que incurra en cualquiera de
las circunstancias siguientes:
a (…)
b (…)
c (…)
d) Prestación no autorizada
del servicio público. [...]
Cuando
no sea posible estimar el daño, se multará con el monto de cinco a veinte
salarios base mínimos fijados en el presupuesto ordinario de la República, de
acuerdo con la Ley Nº 7337, del 5 de mayo de 1993.”
7. Que para determinar la sanción, debemos referirnos al Dictamen C-156-2003 del 3 de junio del 2003, emitido por la Procuraduría General de la República, del que conviene extraer lo siguiente:
“[...] el daño causado a la colectividad es el punto
de referencia que debe adoptar la Autoridad Reguladora de los Servicios
Públicos para cuantificar la multa que debe pagar el infractor. Ahora bien, en
el eventual caso de que no existen elementos de juicio ciertos para su
cuantificación, entonces deberá aplicar el último párrafo del numeral 38,
debido a que, cuando no es posible determinar el daño, la multa será
equivalente al monto de cinco a veinte salarios bases mínimos fijados en el
presupuesto ordinario de la República, de acuerdo con la Ley Nº 7337 de 5 de mayo
de 1993. Con base en lo anterior, el operador jurídico no encuentra mayor
dificultad para ejercer las potestades de vigilancia y sanción que le otorga el
ordenamiento jurídico a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.
Incluso, resulta irrelevante la forma en que se recaba la prueba, ya que bien
puede ser aportada por los usuarios del servicio u obtenida por los
funcionarios de la ARESEP. En otras palabras, en vista de que el daño causado
no es el que sufre un usuario en particular, sino el que se infringe a la
colectividad, representada por un grupo de usuarios de un determinado servicio
público donde se presenta el hecho anómalo, la prueba que obtienen los
funcionarios de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos constituye un
elemento idóneo para establecer la sanción respectiva, siempre y cuando se
respete, en todos sus extremos, el procedimiento administrativo previsto en la
Ley General de la Administración Pública.”
8. Que en el caso concreto, y según se deduce de la argumentación precedente, el daño ocasionado por la actuación irregular en que incurrió Fabián Eduardo Cajahuanca, el día 9 de julio de 2005, con el vehículo placas 359342, no resulta contablemente cuantificable, ya que aparte de que se trata de un daño a la sociedad por la prestación de un servicio público al margen de la ley y por tanto imposible de cuantificar, también se desconoce el tiempo en que se prestó el servicio sin la autorización del Estado y, el número de personas que hicieron uso de aquel, por lo que a la luz del citado dictamen, corresponde aplicar lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 38, de la Ley 7593.
9. Que de conformidad con los resultandos y considerandos que preceden y, de acuerdo con el mérito de los autos, lo procedente es declarar que el 1º de julio de 2005, el señor Fabián Eduardo Cajahuanca, pasaporte 000582077, con el vehículo placas 359342, se hallaba prestando servicio público de transporte remunerado de personas, sin la autorización del Estado y, consecuentemente, le cabe la sanción prevista en el artículo 38, inciso d) de la Ley 7593; por lo que se le impone como sanción una multa por la suma de cinco salarios base mínimos, fijados en el Presupuesto Ordinario de la República para un Oficinista I para el año 2005, de conformidad con lo establecido en la Ley 7337, que corresponde a la cantidad de ¢184.600,00 (ciento ochenta y cuatro mil seiscientos colones exactos), por lo que la multa asciende a la suma de ¢923.000,00 colones (novecientos veintitrés mil colones exactos), a favor de la Tesorería Nacional, tal y como se dispone.
10. Se omite pronunciamiento sobre la medida cautelar, por haber cesado la misma, según consta en autos. Por tanto,
Con fundamento en las facultades conferidas en los artículos 38, inciso d), 44 y 57, inciso e) de la Ley 7593, 129 de la Ley General de la Administración Pública,
LA REGULADORA GENERAL, RESUELVE:
1º—Declarar que el 9 de julio del 2005, el señor Fabián Eduardo Cajahuanca, pasaporte 000582077, se hallaba con el vehículo placas 359342, prestando servicio público de transporte remunerado de personas, sin la autorización del Estado por lo que la multa asciende a la suma de ¢923.000,00 colones (novecientos veintitrés mil colones exactos) que deberá depositar a favor de la Tesorería Nacional, en plazo de diez días contados a partir del día siguiente a la notificación de esta resolución.
2º—Intimar por primera vez al señor Fabián Eduardo Cajahuanca, pasaporte 000582077, advirtiéndole que si no se paga la multa que se le ha impuesto, la Tesorería Nacional podrá aplicar coercitivamente el presente acto administrativo, de conformidad con lo que establecen los artículos 149 y 150 de la Ley General de la Administración Pública, para cuyo efecto se notifica a la Tesorería Nacional.
3º—Notificar a Fabián Eduardo Cajahuanca, mediante publicación en la Sección de Notificaciones del Diario Oficial La Gaceta, por tres veces consecutivas, en virtud de no constarle medio a este Despacho.
En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación y el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse ante la Reguladora General; a quien corresponde resolverlo; el de apelación y el de revisión, podrán interponerse ante la Junta Directiva, a la que corresponde resolverlos.
El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir del siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.
Publíquese.—Lic. Aracelly Pacheco Salazar, Reguladora General.—(Nº 1235-DAF-2005).—C-270770.—(105390).
AVISOS
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Procedimiento
disciplinario contra: Ing. Luis Fernando Cervantes Umaña (IC-1636) denunciante:
Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos. Expediente Nº 46-04
Tribunales de Honor,
auto de intimación, a las catorce horas del seis de diciembre del dos mil
cinco, el Tribunal de Honor del Colegio de Ingenieros Civiles, nombrado por la
Junta Directiva General en la sesión N° 31-04/05-G.O, celebrada el 4 de agosto
del 2005, acuerdo N° 10, con sede en oficinas de Tribunales de Honor del
Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, ubicada en el tercer piso del
edificio del Colegio Federado en Granadilla de Curridabat comunica:
Al ingeniero Luis Fernando
Cervantes Umaña, con carné IC-1636, número de cédula 3-188-723, que de
conformidad con el acuerdo de Junta Directiva General arriba citado, se abrió
el presente procedimiento ordinario disciplinario en su contra por supuestas
faltas a:
• Ley Orgánica del CFIA: artículo 8, incisos
a) y b)
• Reglamento Interior General: artículo 53
• Código de Ética Profesional:1, 2, 3, 4, 5,18
y 19.
Los hechos que se le
imputan en su actuación como profesional responsable de las obras propiedad de
la señora Seidy Zúñiga Picado, beneficiaria del Bono Familiar de la Vivienda
por medio del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (según expediente Nº
962-02) son:
- Desviación de los recursos del Bono Familiar
de la Vivienda por parte del Ing. Cervantes Umaña
-
Incumplimiento de sus responsabilidades como profesional para la construcción
de la vivienda de la Sra. Zúñiga Picado.
De encontrarse alguna
violación a la reglamentación vigente arriba indicada, se estaría sancionando
al denunciado según lo establecido en los artículos 26, 31, 33, 45 del Código
de Ética Profesional, dentro del marco establecido por los artículos del 21 al
25 de ese mismo Código. Corresponde la sanción máxima, según los artículos
citados, 24 meses máximo de suspensión en el ejercicio profesional.
También se le previene al
denunciado, de lo establecido en el artículo 24 del Código de Ética Profesional
que establece “Cuando con una misma conducta se violen varias disposiciones del
presente Código, se aplicará la sanción establecida para la falta más grave”
Sobre los cargos que se le
hacen al denunciado, se le concede el plazo improrrogable de veintiún días
hábiles, contados a partir de la notificación del presente auto para que
conteste y diga si los rechaza por ser falsos, si los acepta por ser ciertos o
si los acepta sólo parcialmente y con modificaciones y rectificaciones, así
como para ofrecer toda la prueba de descargo que considere oportuna y
conveniente.
En caso de no comparecer en
el plazo conferido en esta resolución, se le advierte que el proceso continuará
sin su participación, sin perjuicio de que pueda apersonarse en cualquier
momento pero sin reposición de ningún trámite y tomando el proceso en el estado
en que se encuentre (artículo 81 del Reglamento del Proceso Disciplinario del
CFIA).
Se le
hace saber al denunciado que este procedimiento ordinario disciplinario se
tramita con estricto apego a todas las normas y principios del procedimiento
administrativo establecidos en el Reglamento de proceso disciplinario de los
miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica,
publicado en el Diario Oficial La Gaceta, Nº 225 del jueves 22 de
noviembre del 2001 y con garantía de todos los medios para que ejerza su
defensa, indicándole que debe apersonarse a hacer valer sus derechos, que tiene
derecho a ser oído y ofrecer prueba de descargo, acceso en todo momento al
expediente y sus piezas y los antecedentes de la denuncia presentada en su
contra. Tiene derecho a hacerse representar y asesorar por un abogado, técnico
o cualquier persona calificada que estime conveniente.
La
presente resolución tiene los recursos ordinarios de revocatoria con apelación
(artículo 107 del Reglamento de Proceso Disciplinario), para lo cual cuenta con
un plazo de siete días hábiles contados a partir de la notificación de esta
resolución. El recurso de revocatoria deberá plantearse ante este mismo
tribunal y será resuelto en la misma sede. El de apelación será planteado de
igual forma y será resuelto por la Junta Directiva General.
I) Actualmente obra en poder de este Tribunal de
Honor el expediente disciplinario, cuyo acceso se regulará conforme lo
establecido en los artículos 48, 49 y 50 del Reglamento del Proceso
Disciplinario de los Miembros del CFIA.
II) Se previene al denunciado Ing. Solís Quesada,
que en el acto de ser notificado o dentro del tercer día y por escrito, deberá
señalar lugar, oficina o número de fax donde recibir notificaciones, bajo el
apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le
tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas siguientes
a que sean dictadas. Igual consecuencia sufrirá si el lugar o medio designado
fuere impreciso, incierto o se encontrare cerrado o ya no existiere. Se le
advierte que si señala un fax, deberá velar porque este se encuentre
funcionando normalmente. Asimismo, en caso de desperfecto o inhabilitación
deberá comunicarlo en forma inmediata y señalar nuevo lugar para atender
futuras notificaciones.
Copia de este traslado está siendo remitido al Ing. Gerardo Campos
Chacón, Jefe del Departamento de Régimen Disciplinario, como parte interesada
en este proceso. Notifíquese.—Tribunal de Honor Colegio de Ingenieros
Civiles.—Ing. Roy Acuña Prado, Presidente.—(O/C Nº 2642.—C-107270.—(868).
AVISOS
CÁMARA DE INDUSTRIALES DE ALIMENTOS BALANCEADOS
En convocatoria publicada el 14 de diciembre del 2005 en Diario Oficial La Gaceta N° 241; por error involuntario, en agenda a desarrollar, en punto “D” se hace referencia al año 2005, siendo lo correcto: 2006. Resto del texto corre igual.
11 de enero del 2006.—José Alvarado Alfaro, Presidente.—1 vez.—(2665).