La Gaceta Nº 13
MINISTERIO
DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
MINISTERIO
DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES
MINISTERIO
DE JUSTICIA Y GRACIA
MINISTERIO
DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
MINISTERIO
DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
MODIFICACIONES
A LOS PROGRAMAS
TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
INSTITUTO
NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
INSTITUTO
NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
AUTORIDAD
REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
AUTORIDAD
REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
N° 146-MOPT.—San
José, 24 de noviembre del 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y
TRANSPORTES, ACUERDAN:
Artículo 1º—De
conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 7495 del 3 de mayo de 1995,
reformada mediante Ley N° 7757 del 10 de marzo de 1998, publicada en La
Gaceta N° 72 del 15 de abril de 1998, expropiar al señor Rodolfo Bonilla
Soto, cédula N° 1-270-752, el bien inmueble inscrito en el Registro Público de
la Propiedad al tomo 1527, folio 447, Nº 112.667, asientos 7 - 10, situado en
el distrito 09, cantón 01 de la provincia de Alajuela, un área de terreno
equivalente a 470,08 metros cuadrados, según plano catastrado Nº A-935967-2004,
cuya naturaleza es terreno de potrero con una casa de habitación, y cuyos
linderos son: norte, con resto de finca; al sur, con calle pública con 21,69
metros de frente; al este, con Yanira Marín Camacho, y al oeste, con Servica.
Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado:
“Corredor San José- San Ramón”.
Artículo 2º—Dicha
expropiación se requiere para la ejecución del citado Proyecto de Obra Pública,
conforme las disposiciones legales citadas y la Declaratoria de interés público
contenida en la Resolución Administrativa N° 125 del 1º de marzo del 2005,
publicada en La Gaceta N° 72 del 15 de abril del 2005.
Artículo 3º—La estimación del
bien inmueble es de ¢21.773.600,00 (veintiún millones setecientos setenta y
tres mil seiscientos colones con 00/100), que corresponde al total de la suma a
pagar de conformidad con el Avalúo Administrativo N° 26-2005 de fecha 30 de
setiembre del 2005, del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el cual no
fue aceptado por el propietario, según oficio sin número de fecha 15 de
noviembre del 2005, por lo que procede la confección del presente Acuerdo
Expropiatorio, según lo estipulado en el artículo 28, inciso a) de la Ley de
Expropiaciones N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas.
Artículo 4º—Comisionar y
autorizar a la Procuraduría General de la República a efecto de que proceda a
interponer el proceso especial de justiprecio hasta su final ante el Juzgado
Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, incluyendo la protocolización e
inscripción registral del terreno expropiado, conforme lo establecido en la Ley
de Expropiaciones N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas.
Artículo 5º—Rige a partir de
su publicación.
Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante.—1 vez.—(Solicitud Nº 31596).—C-19820.—(3355).
N° 148-MOPT.—San
José, 24 de noviembre del 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y
TRANSPORTES,
ACUERDAN:
Artículo 1º—De
conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 7495 del 3 de mayo de 1995,
reformada mediante Ley N° 7757 del 10 de marzo de 1998, publicada en La
Gaceta N° 72 del 15 de abril de 1998, expropiar al señor José Gabriel
Sánchez Mora, cédula N° 1-863-413, el bien inmueble inscrito en el Registro
Público de la Propiedad al Sistema Folio Real matrícula Nº 366.573-000, situado
en el distrito 06, cantón 02 de la provincia de Alajuela, un área de terreno
equivalente a 250,71 metros cuadrados, según plano catastrado Nº A-921189-2004,
cuya naturaleza es terreno para construir, y cuyos linderos son: norte, con
calle pública con 8,10 metros de frente y Ramírez Solórzano S. A., al sur, con
Ramírez Solórzano S. A., Fulvio Quirós Ruiz y María Díaz Zúñiga; al este, con
Ramírez Solórzano S. A., y al oeste, con Fulvio Quirós Ruiz y María Díaz
Zúñiga. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto
denominado: “Corredor San José- San Ramón”.
Artículo 2º—Dicha
expropiación se requiere para la ejecución del citado Proyecto de Obra Pública,
conforme las disposiciones legales citadas y la Declaratoria de interés público
contenida en la Resolución Administrativa N° 189 del 17 de marzo del 2005,
publicada en La Gaceta N° 82 del 29 de abril del 2005.
Artículo 3º—La estimación del
bien inmueble es de ¢ 6.267.750,00 (seis millones doscientos sesenta y siete
mil setecientos cincuenta colones con 00/100), que corresponde al total de la
suma a pagar de conformidad con el Avalúo Administrativo N° 36-2005 de fecha 12
de setiembre del 2005 del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el cual
no fue aceptado por el propietario, según oficio que consta en el Expediente
Administrativo N° 27.515, del Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles,
por lo que procede la confección del presente Acuerdo Expropiatorio, según lo
estipulado en el artículo 28, inciso a) de la Ley de Expropiaciones N° 7495 del
3 de mayo de 1995 y sus reformas. Asimismo dicho inmueble soporta gravámenes
inscritos ante el Registro Público de la Propiedad.
Artículo 4º—Comisionar y
autorizar a la Procuraduría General de la República a efecto de que proceda a
interponer el proceso especial de justiprecio hasta su final ante el Juzgado
Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, incluyendo la protocolización e
inscripción registral del terreno expropiado, conforme lo establecido en la Ley
de Expropiaciones N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas.
Artículo 5º—Rige a partir de
su publicación.
Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante.—1 vez.—(Solicitud Nº 31596).—C-19820.—(3356).
Nº 031-C.—San
José, 13 de octubre de 2005
LA PRIMERA VICEPRESIDENTA
EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA
REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE CULTURA, JUVENTUD Y
DEPORTES
Con fundamento en lo
establecido por los artículos 140, inciso 2) y 146 de la Constitución Política,
25, inciso 1 de la Ley General de Administración Pública y 2 del Estatuto de
Servicio Civil.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar en
propiedad en el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes a la señora Kattia
Sánchez Chaves, cédula de identidad 01-0797-0309, en el puesto de Profesional
de Archivo Nacional A, Cargo: Archivista Administrativo, número 072680,
escogida de Nómina de Elegibles Nº 1133-05 de la Dirección General de Servicio
Civil.
Artículo 2º—Rige a partir del
16 de octubre del 2005.
LINETH SABORÍO CHAVERRI.—La Ministra de Cultura, Juventud y Deportes a.í., Amalia Chaverri Fonseca.—1 vez.—(2952).
Nº 202-MCJD.—San
José, 3 de octubre de 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE CULTURA, JUVENTUD Y
DEPORTES
Con fundamento en el
artículo 140, inciso 20 y 146 de la Constitución Política y el artículo único
de la Ley 8367 del 24 de julio de 2003 y el artículo Nº 9 de la Directriz Nº 7
del Presidente de la República del 29 de noviembre de 1991.
ACUERDAN:
1º—Designar a
Marco Antonio Calderón
Delgado, cédula Nº 2-349-768, funcionario del Archivo
Nacional de Costa Rica, para que participe en la Estancia-Curso de
“Conservación y Restauración de Documentación”, que se realizará en Madrid,
España del 24 de octubre al 11 de noviembre de 2005.
2º—Los gastos de transporte
internacional, el hospedaje y la alimentación serán cubiertos por el Ministerio
de Educación y Cultura de España.
3º—Rige del 22 de octubre al
12 de noviembre del 2005.
ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—La Ministra de Cultura, Juventud y Deportes a. í., Amalia Chaverri Fonseca.—1 vez.—(2950).
Nº 203-MCJD.—San
José, 3 de octubre de 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE CULTURA, JUVENTUD Y
DEPORTES
Con fundamento en el
artículo 140, inciso 20 y 146 de la Constitución Política y el Artículo único
de la Ley 8367 del 24 de julio de 2003 y el artículo Nº 9 de la Directriz Nº 7
del Presidente de la República del 29 de noviembre de 1991,
ACUERDAN:
1º—Designar a Jorge
Arturo Arias Eduarte, cédula Nº 2-444-310, funcionario del Archivo Nacional de
Costa Rica, para que participe en la Estancia-Curso de “Reprografía aplicada a
los Archivos”, que se realizará en Madrid, España, del 24 de octubre al 11 de
noviembre de 2005.
2º—Los gastos de transporte
internacional, el hospedaje y la alimentación serán cubiertos por el Ministerio
de Educación y Cultura de España.
3º—Rige del 22 de octubre al
12 de noviembre de 2005.
ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—La Ministra de Cultura, Juventud y Deportes a. í., Amalia Chaverri Fonseca.—1 vez.—(2951).
Nº 140.—San
José, 26 de setiembre del 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y GRACIA
Con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 140, inciso 1) y 146 de la Constitución Política,
artículos 53 inciso a) y 65 de la Ley General de Policía (Ley Nº 7410) y los
artículos 115 y 117 del Reglamento General de la Policía Penitenciaria (Decreto
Ejecutivo Nº 26061-J).
Considerando:
I.—Que los servidores
que se dirán cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 64 de la
Ley General de la Policía y en los artículos 21, 115 y 117 del Reglamento
General de Policía Penitenciaria; ocupando actualmente puestos en propiedad en
la Policía Penitenciaria.
II.—Que
tales servidores aprobaron satisfactoriamente el curso Básico Policial, de
conformidad con los artículos 117 y 119 del Reglamento General de Policía Penitenciaria.
III.—Que en la sesión número
22-05, capítulo V, artículo trece, del Consejo de Personal de la Policía
Penitenciaria, realizada en fecha 1º de setiembre del 2005, refrendó la
incorporación de los siguientes funcionarios al Estatuto Policial: Acuña Madriz
Olga María 6-242-886, Aguilar Garita Efraín 3-233-785, Aguilar Sandoval Ramiro
Elí 3-350-068, Aguilar Villegas José Antonio 2-555-006, Arguijo Salas Wilber
cc: Wilberth 6-186-548, Arias Aguilar Julio César 1-689-050, Arias Arias Saúl
Ernesto 1-1243-269, Artavia Ocampo Tobías 6-330-769, Atencio Bolaños Mainor
David 6-292-649, Azofeifa Méndez Didier Gerardo 6-192-317, Badilla Badilla
Óscar Oldemar 1-973-143, Badilla Castillo Jorge Luis 5-276-604, Bolaños
Alvarado Edgardo Francisco 2-515-327, Castro Ramírez Sonia 6-140-330, Céspedes
Blanco Lenín Gerardo 7-153-832, Cruz Cordero Leandro 7-135-107, Díaz Campos
Sergio Martín 1-1108-394, Duarte Zúñiga Jeffry Gerardo 1-1211-041, Elizondo
Chavarría Fabio Geovanny 1-613-903, Espinoza Orozco Róger Antonio 2-442-162,
Fajardo Herrera Yohanan Mauricio 4-174-897, Garro Monge Adrián 1-905-717,
González Rojas Diego Armando 2-614-261, Herrera Mora Harold Daniel 1-996-815,
Jiménez Barrios Mauricio Guillermo 1-1123-327, Jiménez Cerdas Juan José
6-310-230, Jiménez García Carlos Luis 2-401-471, Jiménez Masís Edward Gabriel
1-1123-486, Marín Ruiz Franklin Adalberto 1-1127-051, Masís Bonilla José
Alexander 1-771-791, Mena Díaz Roy Braynier 6-325-714, Mena Piedra Domingo de
Jesús 6-185-733, Miranda Vásquez Jorge Alejandro 1-1199-496, Mora Alvarado
Carlos Alberto 1-792-948, Mora Vargas Jorge Jesús 1-1086-923, Morales Morera
Cecilio 2-316-150, Morales Zúñiga Yorleny 2-546-948, Núñez Araya Yois André
2-597-986, Núñez Vargas Dilson Alejandro 4-187-861, Ocampo Salazar Greivin
1-477-249, Oconitrillo Bolaños Greivin 2-325-891, Padilla Castro Isaac Javier
1-1153-642, Padilla Valverde Jean Carlos 1-1174-531, Peña Lara Miguel Ángel
5-218-997, Peña Sánchez Carlos Fidel 5-292-400, Peralta García Douglas
5-289-851, Pérez Jiménez José Vicente 5-298-361, Prado Hidalgo Oswaldo Mauricio
cc: Octavio 1-747-913, Quesada Barboza Silvia Kristel 1-1198-171, Ramírez
Gamboa Geiner Antonio 6-303-901, Ramírez Granados Manuel Enrique 3-312-499,
Ramírez Montenegro Eduardo Francisco 3-288-943, Ramírez Quesada Cristian
Alberto 3-336-929, Ramírez Valverde Daniel 1-1249-095, Rivas Doña Virginia
8-067-322, Rivera Solano Jonatan Gerardo 3-374-523, Robles Castro Michael
Esteban 7-154-295, Robles Garro Edwin Yanuario 3-348-116, Rodríguez Ávila
Jefrey Antonio 2-605-246, Rodríguez Barrantes Eric Rolando 7-162-978, Rodríguez
Flores Carlos José 3-343-460, Rodríguez Ramírez Miguel Ángel 2-604-900,
Rodríguez Sánchez Darío Arnaldo 3-352-875, Rodríguez Vega Óscar Manuel
2-569-727, Sánchez Cortés Jorge Armando 1-664-673, Sánchez Morales Carlos
Felipe 6-241-373, Sánchez Serrano Joseph Steven 1-1244-993, Saravia Marín
Gustavo Alejandro 1-1122-044, Segura Cascante Arelys 1-1153-088, Sosa Ovares
Juan Carlos 6-347-254, Ulate López Manuel Antonio 2-616-428, Ureña Ulloa Juan
Gerardo 3-202-084, Valverde Huertas Alexis 1-735-277, Valverde Solís Jonathan
6-345-155, Varela Alfaro Javier Lucas 1-912-342, Varela González Adolfo
2-445-421, Vargas Aguilar Merkesideth 3-288-783, Vargas Mora Luis Ángel
4-177-593, Vargas Vargas Cristian Andrés 2-585-475, Vega Abarca José Francisco
1-1240-212, Villagra Villagra Pedro Eliécer 6-157-886, Zúñiga Aguirre Ronny
Eliécer 5-317-906, Zúñiga Leal Milton 5-319-526, Zúñiga Sandí Eida Ester
1-882-157.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Incluir
dentro del régimen del Estatuto Policial a los siguientes agentes de seguridad:
Funcionario Número
de cédula
Acuña Madriz Olga María 6-242-886
Aguilar Garita Efraín 3-233-785
Aguilar Sandoval Ramiro
Elí 3-350-068
Aguilar Villegas José
Antonio 2-555-006
Arguijo Salas Wilber cc:
Wilberth 6-186-548
Arias Aguilar Julio
César 1-689-050
Arias Arias Saúl Ernesto 1-1243-269
Artavia Ocampo Tobías 6-330-769
Atencio Bolaños Mainor
David 6-292-649
Azofeifa Méndez Didier
Gerardo 6-192-317
Badilla Badilla Óscar
Oldemar 1-973-143
Badilla Castillo Jorge
Luis 5-276-604
Bolaños Alvarado Edgardo
Francisco 2-515-327
Castro Ramírez Sonia 6-140-330
Céspedes Blanco Lenín
Gerardo 7-153-832
Cruz Cordero Leandro 7-135-107
Díaz Campos Sergio
Martín 1-1108-394
Duarte Zúñiga Jeffry
Gerardo 1-1211-041
Elizondo Chavarría Fabio
Geovanny 1-613-903
Espinoza Orozco Róger
Antonio 2-442-162
Fajardo Herrera Yohanan
Mauricio 4-174-897
Garro Monge Adrián 1-905-717
González Rojas Diego
Armando 2-614-261
Herrera Mora Harold
Daniel 1-996-815
Jiménez Barrios Mauricio
Guillermo 1-1123-327
Jiménez Cerdas Juan José 6-310-230
Jiménez García Carlos
Luis 2-401-471
Jiménez Masís Edward
Gabriel 1-1123-486
Marín Ruiz Franklin
Adalberto 1-1127-051
Masís Bonilla José
Alexander 1-771-791
Mena Díaz Roy Braynier 6-325-714
Mena Piedra Domingo de Jesús 6-185-733
Miranda Vásquez Jorge
Alejandro 1-1199-496
Mora Alvarado Carlos
Alberto 1-792-948
Mora Vargas Jorge Jesús 1-1086-923
Morales Morera Cecilio 2-316-150
Morales Zúñiga Yorleny 2-546-948
Núñez Araya Yois André 2-597-986
Núñez Vargas Dilson
Alejandro 4-187-861
Ocampo Salazar Greivin 1-477-249
Oconitrillo Bolaños
Greivin 2-325-891
Padilla Castro Isaac
Javier 1-1153-642
Padilla Valverde Jean
Carlos 1-1174-531
Peña Lara Miguel Ángel 5-218-997
Peña Sánchez Carlos
Fidel 5-292-400
Peralta García Douglas 5-289-851
Pérez Jiménez José
Vicente 5-298-361
Prado Hidalgo Oswaldo
Mauricio cc: Octavio 1-747-913
Quesada Barboza Silvia
Kristel 1-1198-171
Ramírez Gamboa Geiner
Antonio 6-303-901
Ramírez Granados Manuel
Enrique 3-312-499
Ramírez Montenegro
Eduardo Francisco 3-288-943
Ramírez Quesada Cristian
Alberto 3-336-929
Ramírez Valverde Daniel 1-1249-095
Rivas Doña Virginia 8-067-322
Rivera Solano Jonatan
Gerardo 3-374-523
Robles Castro Michael
Esteban 7-154-295
Robles Garro Edwin
Yanuario 3-348-116
Rodríguez Ávila Jefrey
Antonio 2-605-246
Rodríguez Barrantes Eric
Rolando 7-162-978
Rodríguez Flores Carlos
José 3-343-460
Rodríguez Ramírez Miguel
Ángel 2-604-900
Rodríguez Sánchez Darío
Arnaldo 3-352-875
Rodríguez Vega Óscar
Manuel 2-569-727
Sánchez Cortés Jorge
Armando 1-664-673
Sánchez Morales Carlos
Felipe 6-241-373
Sánchez Serrano Joseph
Steven 1-1244-993
Saravia Marín Gustavo
Alejandro 1-1122-044
Segura Cascante Arelys 1-1153-088
Sosa Ovares Juan Carlos 6-347-254
Ulate López Manuel
Antonio 2-616-428
Ureña Ulloa Juan Gerardo 3-202-084
Valverde Huertas Alexis 1-735-277
Valverde Solís Jonathan 6-345-155
Funcionario Número
de cédula
Varela
Alfaro Javier Lucas 1-912-342
Varela González Adolfo 2-445-421
Vargas Aguilar
Merkesideth 3-288-783
Vargas Mora Luis Ángel 4-177-593
Vargas Vargas Cristian
Andrés 2-585-475
Vega Abarca José
Francisco 1-1240-212
Villagra Villagra Pedro
Eliécer 6-157-886
Zúñiga Aguirre Ronny
Eliécer 5-317-906
Zúñiga Leal Milton 5-319-526
Zúñiga Sandí Eida Ester 1-882-157
Artículo 2º—Rige a
partir de la fecha de su publicación.
ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—La Ministra de Justicia y Gracia, Patricia Vega Herrera.—1 vez.—(Solicitud Nº 23402-M. Justicia).—C-84145.—(3145).
Nº 051-MICIT.—San José, 4 de octubre del 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
En uso de las
facultades que les confieren los artículos 140, inciso 20) y 146 de la
Constitución Política, el artículo 28, inciso 2) de la Ley General de la Administración
Pública y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viajes y Transporte de
Funcionarios Públicos.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Autorizar a
José Antonio Brenes Arce, cédula de identidad uno - ocho siete tres - cero
cuatro tres, Gregorio Arce Gómez, cédula de identidad dos - tres cinco dos -
dos dos tres, Marianela Arias Avendaño, cédula de identidad uno - seis uno
siete - seis uno uno, Ana Contreras Alfaro, cédula de identidad dos - tres
cuatro siete - cuatro nueve tres, José González Mercado, cédula de identidad
uno - cinco siete cuatro - cinco tres tres, Luis González Villalobos, cédula de
identidad uno - cinco seis nueve - cero cinco uno, Carlos Herrera Martínez,
cédula de identidad dos - tres tres cero - uno dos nueve, Luigi Longhi Córdoba,
cédula de identidad dos - cuatro seis cero - dos ocho uno, Zianne Ramírez
Arias, cédula de identidad dos - tres nueve nueve - seis cero cinco, Hazle
Rojas García, cédula de identidad uno - seis tres cero - cuatro cinco nueve,
Eulogio Domínguez Vargas, cédula de identidad uno - cuatro cero uno - tres
cinco tres, José Aníbal Fernández Urpí, cédula de identidad uno - cuatro siete
siete - dos cuatro tres, todos funcionarios del Centro de Formación de
Formadores (CEFOF), para que viajen a Tokio, Japón, del 4 al 13 de noviembre
del año 2005, con el propósito de participar en un curso de acreditación de
consultores por parte de la Agencia de Cooperación Internacional de Japón
(JICA).
Artículo 2º—Todos los gastos
serán cubiertos por la Agencia de Cooperación Internación de Japón JICA.
Artículo 3º—Rige a partir del
2 hasta el día 15 de noviembre del año dos mil cinco.
Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Ciencia y Tecnología, Fernando Gutiérrez Ortiz.—1 vez.—(Solicitud Nº 084-05).—C-17070.—(3354).
Nº 1083.—San José, a las 13:35 horas del día 24 del mes de
noviembre del dos mil cinco.
Diligencias de declaratoria
de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con
inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Corredor San
José-San Ramón”.
Resultando:
1º—Mediante oficio N°
05/1117 del 8 de noviembre del 2005, remitido por el Departamento de
Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se
solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el
fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de
anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3
de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el
Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Nº 311029-000, cuya
naturaleza es terreno para agricultura lote dos, situado en el distrito 07
Rosario, cantón 06 Naranjo de la provincia de Alajuela, con una medida de 5
012,99 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro
Público de la Propiedad son: norte, con Cafetalera El Rosario S. A.; al sur,
con Cafetalera El Rosario S. A.; al este, con calle pública con 109,30 metros, y
al oeste, con calle pública con 89,05 metros de frente.
2º—Del referido inmueble es
de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 396,05 metros
cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno
para agricultura lote dos. Ubicación: distrito 07 Rosario, cantón 06 Naranjo de
la provincia de Alajuela y cuyos linderos son: norte, con calle pública con
frente de 56,13 metros; al sur, con resto de finca; al este, con resto de finca
y calle pública con frente de 24,63 metros, y al oeste, con resto de finca.
Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado
“Corredor San José-San Ramón”.
3º—Constan en el expediente
administrativo Nº 27.640 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes
documentos:
a) Plano Catastrado Nº A-926198-2004, mediante el
cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del
citado inmueble un área total de 396,05 metros cuadrados.
b) Estudio sobre la inscripción del inmueble;
c) Información básica sobre el propietario, la
ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se
requiere obtener, y los bienes a valorar;
4º—En razón de lo
anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al
requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado
supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida,
conoce este Despacho y,
Considerando:
De conformidad con las
disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas
y Transportes Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se
encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias
dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia
necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los
particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de
Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos Nº 7762 del 14 de abril de
1998.
La Ley de Expropiaciones Nº
7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, establece en sus artículos 2º, 18,
19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el
cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a
dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el
bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional
de anotación en el correspondiente Registro Público.
En ese sentido la
Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95
del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que
resulta procedente.
De conformidad con las
disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los
artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16,
27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la
Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 de 22 de agosto de
1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a
continuación se describe:
a) Inscripción al Registro Público de la
Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Nº 311029-000.
b) Naturaleza: terreno para agricultura lote Dos.
c) Ubicación: situado en el distrito 07 Rosario,
cantón 06 Naranjo de la provincia de Alajuela.
d) Linderos: norte, con calle pública con frente
de 56,13 metros; al sur, con resto de finca; al este, con resto de finca y
calle pública con frente de 24,63 metros, y al oeste, con resto de finca.
e) Propiedad: Cafetalera El Rosario S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-065696, representada por Juan José Fernández Alvarado, cédula
N° 1-416-650.
f) De dicho inmueble se necesita un área total
en conjunto de 396,05 metros cuadrados, para la construcción del proyecto
denominado “Corredor San José-San Ramón”, según se ha establecido supra.
Además, conforme a lo
establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este
acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la
Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria
para la construcción del proyecto en referencia.
Procedan las dependencias
administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento
que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495,
artículo 21 y concordantes. Por tanto,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y
TRANSPORTES, RESUELVEN:
1º—Declarar de interés
público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema
de Folio Real matrícula Nº 311029-000, situado en el distrito 07 Rosario,
cantón 06 Naranjo de la provincia de Alajuela y propiedad de Cafetalera El
Rosario S. A., cédula jurídica Nº 3-101-065696, representada por Juan José
Fernández Alvarado, cédula N° 1-416-650 y cuyos linderos son: norte, con calle
pública con frente de 56,13 metros; al sur, con resto de finca; al este, con
resto de finca, calle pública con frente de 24,63 metros, y al oeste, con resto
de finca, con una área total de 396,05 metros cuadrados, conforme a lo indicado
en el Plano Catastrado Nº A-926198-2004, necesaria para la construcción del
proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.
2º—Ordénese mandamiento
provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de
dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la
continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº
7495 y sus reformas.
3º—Procedan las dependencias
administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al
efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia
de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de
Expropiaciones y sus reformas.
Notifíquese y publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante.—1 vez.—(Solicitud Nº 31596).—C-58870.—(3357).
Nº 1084.—San
José, a las 13:40 horas del día 24 del mes de noviembre del dos mil cinco.
Diligencias de declaratoria
de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con
inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Corredor San
José-San Ramón”.
Resultando:
1º—Mediante oficio N°
05/1107 de 8 de noviembre del 2005, remitido por el Departamento de Adquisición
de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó
que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de
declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación
que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo
de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro
Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Nº 43071-000, cuya naturaleza
es terreno agricultura con casa y local comercial, situado en el distrito 13
Garita, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela, con una medida de 1
200,00 metros cuadrados y cuyos linderos de la finca madre según Registro
Público de la Propiedad son: norte con el estado; al sur, con calle pública; al
este, con Julia Campos, y al oeste, con Rubén Arguedas.
2º—Del referido inmueble es
de impostergable adquisición un área de terreno equivalente a 381,76 metros
cuadrados y que presenta las siguientes características: naturaleza: terreno
agricultura con casa y local comercial. Ubicación: distrito 13 Garita, cantón
01 Alajuela de la provincia de Alajuela y cuyos linderos son: norte, con el
estado; al sur, con resto de finca; al este, con el estado, Julia Campos, y al
oeste, con Rubén Arguedas, Rolando Arguedas Campos. Siendo necesaria su
adquisición para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San
Ramón”.
3º—Constan en el expediente
administrativo Nº 27.624 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes
documentos:
a) Plano Catastrado Nº A-975826-2005, mediante el
cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del
citado inmueble un área total de 381,76 metros cuadrados;
b) Estudio sobre la inscripción del inmueble;
c) Información básica sobre el propietario, la
ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se
requiere obtener, y los bienes a valorar.
4º—En razón de lo
anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al
requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado
supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida,
conoce este Despacho y,
Considerando:
De conformidad con las
disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas
y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio
se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas
necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la
vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que
realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley
General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de
abril de 1998.
La Ley de Expropiaciones, Nº
7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2º, 18, 19
y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el
cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder
a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público
el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento
provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.
En ese sentido la
Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95
del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que
resulta procedente.
De conformidad con las
disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos
11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136
de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley
General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 de 22 de agosto de
1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a
continuación se describe:
a) Inscripción al Registro Público de la
Propiedad: al Sistema de Folio Real Matrícula número 43071-000.
b) Naturaleza: terreno agricultura con casa y
local comercial.
c) Ubicación: Situado en el distrito 13 Garita,
cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela.
d) Linderos: norte, con el estado; al sur, con
resto de finca; al este, con el estado, Julia Campos, y al oeste, con Rubén
Arguedas, Rolando Arguedas Campos.
e) Propiedad: Mirox Limitada, cédula jurídica Nº
3-102-121306, representada por Miriam Alfaro González, cédula N° 2-227-978.
f) De dicho inmueble se necesita un área total
en conjunto de 381,76 metros cuadrados, para la construcción del proyecto
denominado “Corredor San José-San Ramón”, según se ha establecido supra.
Además, conforme a lo
establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este
acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la
Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del
proyecto en referencia.
Procedan las dependencias
administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento
que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495,
artículo 21 y concordantes. Por tanto,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y
TRANSPORTES, RESUELVEN:
1º—Declarar de interés
público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al
Sistema de Folio Real matrícula Nº 43071-000, situado en el distrito 13 Garita,
cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela y propiedad de Mirox Limitada,
cédula jurídica Nº 3-102-121306, representada por Miriam Alfaro González,
cédula N° 2-227-978 y cuyos linderos son: norte, con el estado; al sur, con
resto de finca; al este, con el estado, Julia Campos, y al oeste, con Rubén
Arguedas, Rolando Arguedas Campos, con una área total de 381,76 metros
cuadrados, conforme a lo indicado en el Plano Catastrado Nº A-975826-2005,
necesaria para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San
Ramón”.
2º—Ordénese mandamiento
provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de
dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la
continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº
7495 y sus reformas.
3º—Procedan las dependencias
administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al
efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia
de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de
Expropiaciones y sus reformas.
Notifíquese y publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante.—1 vez.—(Solicitud Nº 31596).—C-58870.—(3358).
DIRECCIÓN GENERAL DE
ADUANAS
RES-DGA-706.—San José, a las nueve horas con cinco minutos del día
veintinueve de diciembre del dos mil cinco.
Considerando:
I.—Que de conformidad
con el artículo 11 de la Ley Nº 7557, Ley General de Aduanas y sus reformas, la
Dirección General de Aduanas es el órgano superior jerárquico nacional en
materia aduanera, en el uso de esta competencia, le corresponde la dirección
técnica y administrativa de las funciones aduaneras que esta Ley y las demás
disposiciones del ramo le conceden al Servicio Nacional de Aduanas; la emisión
de políticas y directrices para las actividades de las aduanas y dependencias a
su cargo; el ejercicio de las atribuciones aduaneras y la decisión de las
impugnaciones interpuestas ante ella por los administrados.
II.—Que
el artículo 31 del RECAUCA, establece como obligación a los Depositarios
Aduaneros el mantener e informar a la autoridad Aduanera sobre las mercancías
recibidas, retiradas u objeto de otras operaciones permitidas en la forma y
condiciones que establezca el servicio aduanero.
III.—Que el artículo 48 de la
Ley General de Aduanas, establece que los Depositarios Aduaneros deberán
mantener y enviar, a la autoridad aduanera competente, registros de mercancías
admitidas, depositadas, retiradas, abandonadas u objeto de otros movimientos,
según los formatos y las condiciones que establezca la Dirección General de
Aduanas.
IV.—Que en la Aduana
Santamaría se implementará en fecha 27 de febrero deL 2006 el nuevo sistema
informático denominado Sistema de Información para el Control Aduanero TIC@,
suplantando así el sistema anterior (SIA), circunstancia que afectará, entre
otros, el sistema de inventarios que llevan los Depositarios Aduaneros.
V.—Que en virtud de las potestades que la norma confiere a
esta Dirección General, esta autoridad considera necesario señalar las
especificaciones con las que se debe presentar el inventario inicial de las
mercancías, al nuevo sistema denominado Sistema de Información para el Control
Aduanero TIC@, que se encuentran bajo custodia de los Depositarios Aduaneros
que se localizan en la jurisdicción de la Aduana Santamaría. Por tanto,
Con fundamento en las consideraciones
de hecho y derecho citadas el Director General de Aduanas, resuelve que:
1) En ocasión de la implementación del nuevo
sistema denominado, Sistema de Información para el Control Aduanero TICA, los
Depositarios Aduaneros deben presentar un inventario de las mercancías que se
encuentran bajo su custodia.
2) Los encargados de realizar los inventarios
deberán de hacerlo, de la toma física del 100% de las mercancías que se
encuentren en el depósito, no pudiendo utilizar para tal fin el método del muestreo.
3) El inventario debe de incluir el código de
ubicación, número de movimiento de inventario de entrada, año movimiento de
inventario de entrada, fecha ingreso al régimen, tipo de bulto, cantidad total
de bultos, condición del bulto, descripción de la mercancía, tipo de registro,
nombre o razón social del consignatario, tipo de operación, además de los
totales de control de cantidades.
4) Los inventarios deben ser acompañados por una
certificación extendida por un contador público autorizado, pero además este
inventario debe ser transmitido utilizando el mensaje “Depósitos con tipo de
operación inventario inicial”, que debe ser firmado y encriptado por el
representante legal del depositario, utilizando para esto el certificado
digital que previamente tuvo que haber solicitado en el Departamento de
Registro de la Dirección General de Aduanas.
5) La fecha de corte para la entrega del
inventario debe ser el miércoles 22 de febrero del 2006, para que sea entregado
el día 23 de febrero del 2006, con toda la información antes indicada.
Comuníquese y publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.—José Alberto Martínez Loría, Director General de Aduanas.—1 vez.—(Solicitud Nº 10148-Hacienda).—C-30270.—(2761).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL
ESTADO
GERENCIA DE INSUMOS AGRÍCOLAS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Nº 327/05.—El señor Ricardo Fournier Vargas, cédula 1-454-720, en calidad de Representante Legal de la compañía Agrosuperior S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Amigo Calcio compuesto a base de nitrógeno-calcio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 9 de diciembre del 2005.—Programa Registro Agroquímicos.—Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa.—(2721).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Nº 003/2006.—El señor Marcos Céspedes Madrigal, cédula número 1-316-957, en calidad de Representante Legal de la compañía Aseferagri S. A, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Granumax compuesto a base de Carbonato de calcio-Carbonato de magnesio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 6 de enero del 2006.—Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa Programa Registro de Agroquímicos.—(3006).
Nº 002/2006.—El señor Marcos Céspedes Madrigal, cédula número 1-316-957, en calidad de Representante Legal de la compañía Aseferagri S. A, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Granumax S compuesto a base de carbonato de calcio-carbonato de magnesio-azufre. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 6 de enero del 2006.—Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa Programa Registro de Agroquímicos.—(3007).
N° 340-05.—El señor Erick Blanco Villalobos, cédula N° 6-256-074, en calidad de Representante Legal de la compañía Grupo Polymer de Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Insecticida de nombre comercial Farber 0,1 BO compuesto a base de Bifentrina. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 12 de diciembre del 2005.—Programa Registro Agroquímicos.—Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa.—(3165).
N° 341-05.—El señor Erick Blanco Villalobos, cédula N° 6-256-074, en calidad de Representante Legal de la Compañía Grupo Polymer de Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Insecticida de nombre comercial Polyagro 0,1 BO compuesto a base de Bifentrina. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 12 de diciembre del 2005.—Programa Registro Agroquímicos.—Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa.—(3166).
DIVISIÓN DE CONTROL DE
CALIDAD
Y MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA
EDUCATIVO
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada “Rama Académica” Modalidad de Ciencias, inscrito en el Tomo 1, Folio 22, Título N° 255, emitido por el Colegio Nocturno Braulio Carrillo Colina, en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de López Rodríguez Ana Lesbia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 29 de noviembre del 2005.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(1727).
Ante esta Supervisión se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 108, diploma Nº 1372, emitido por el Colegio Calasanz, en el año dos mil uno, a nombre de Karl Walter Hutt Fernández. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veinte días del mes de diciembre del dos mil cinco.—Msc. Trino Zamora Zumbado, Director, Departamento de Supervisión Nacional.—Nº 78182.—(2255).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 63 y Título Nº 551, emitido por el Liceo José Joaquín Vargas Calvo, en el año mil novecientos noventa y cinco, a nombre de Ericka Guzmán Moreno. Se solicita la reposición del título indicado por corrección del nombre, cuyo nombre y apellidos correctos son: Erika Guzmán Moreno. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 6 de enero del 2005.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(2327).
Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 76, título N° 624, emitido por el Colegio Técnico Profesional Ricardo Castro Beer, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Peraza Arguedas Marcela. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son: Negrini Peraza Marcela Vanessa. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 22 de noviembre del 2005.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(2689).
DEPARTAMENTO DE
ORGANIZACIONES SOCIALES
AVISOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social se
ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa
Autogestionaria para el Desarrollo de los Sistemas de Salud R. L., siglas
COODESISA R. L. acordada en asamblea celebrada el día 4 de noviembre del 2005.
Resolución C-1357 del día 16 de diciembre del 2005. En cumplimiento con lo
dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la
Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción
correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en
el Diario Oficial La Gaceta.
Consejo de Administración:
Presidenta: Sandra Li
Chen Apuy
Vicepresidenta: Cecilia M.
Sanchún Macin
Secretario: Mario Quirós Meza
Vocal 1: Erick Ulate Quesada
Vocal 2: Karina Solís Alfaro
Suplente 1: Carlos Muñoz
Retana
Suplente 2: Yetty Gross
Robles
Gerente:
Mauricio Vargas
Fuentes.
San José, 16 de diciembre del 2005.—Lic. José Joaquín Orozco, Jefe.—(2678).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordé introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada: Sindicato de Trabajadores Municipales de Grecia, Siglas Sitramudegre, acordada en asamblea celebrada el 7 de octubre del 2005. Expediente M-100. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante Tomo: 2, Folio: 250, Asiento: 4378 del día 16 de diciembre del 2005. La reforma afecta los artículos 11 y 26 del Estatuto. San José, 16 de diciembre del 2005.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(3144).
REGISTRO NACIONAL
DIRECCIÓN DE PERSONAS
JURÍDICAS
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación de Ayuda al Egresado Alcohólico Desamparados. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 562, asiento: 8006; adicional tomo: 562, asiento: 13318.—Curridabat, a los tres días del mes de enero del año dos mil seis.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 78685.—(2970).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Federación de Tiro, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover las disciplinas del tiro deportivo y olímpico y actividades afines en todas sus categorías, ramas y modalidades. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la federación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Rodrigo Ruiz Soto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 562, asiento: 10566).—Curridabat, 6 de enero del 2006.—Lic. Grace Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez.—Nº 78775.—(3109).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la Reforma Total de la Asociación Costarricense de Traductores e Intérpretes Profesionales; para que de ahora en adelante se denomine: Asociación Costarricense de Traductores e Intérpretes Profesionales (ACOTIP). Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 552, asiento: 14280. Curridabat, 29 de setiembre del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 78779.—(3110).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación Academia Costarricense de Ortodoncia y Ortopedia Dentofacial. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 559, asiento: 16 342.—Curridabat, 21 de noviembre del 2005.—Registro de Personas Jurídicas.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 78770.—(3111).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Empresarios Turísticos del Pacífico Sur de Costa Rica, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: promover cambios en la vida social, económica y cultural de los empresarios turísticos de la región, sus comunidades y la sociedad, en forma tal que se estimule y fomente el desarrollo del turismo en el pacífico sur de Costa Rica. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Wálter Odio Victory. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 562, asiento: 5639).—Curridabat, 15 de diciembre del 2005.—Registro de Personas Jurídicas.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 78813.—(3112).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación Comunidad Urbanización El Cedral Número Dos. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 562, asiento: 11689.—Curridabat, 10 de enero del 2006.—Registro de Personas Jurídicas.—Lic. Grace Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez.—Nº 78818.—(3113).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Profesional de Futbolín Asociación Deportiva, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover a nivel nacional e internacional la práctica del futbolín como deporte. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente Marco Mora Mora. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite (Tomo: 560, Asiento: 11399).—Curridabat, 7 de noviembre del 2005.—Lic. Grace Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez.—Nº 78834.—(3325).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Iglesia Cristiana Jesucristo es el Señor de Santa Bárbara de Heredia, con domicilio en la provincia de Heredia. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Realizar sin fines de lucro y en beneficio de los particulares que necesiten de ellos, programas educativos y de evangelismo dentro del concepto integral del ser humano enseñado en el evangelio de Jesucristo. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: María del Carmen Ramírez Martínez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 562, Asiento: 11808).—Curridabat, 10 de enero del 2006.—Lic. Grace Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez.—Nº 77891.—(3326).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Iglesia Cristiana Tabernáculo de Vida de Fray Casiano, Puntarenas, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Realizar sin fines de lucro y en beneficio de los particulares que necesiten de ellos, programas educativos y de evangelismo dentro del concepto integral del ser humano enseñado en el Evangelio de Jesucristo. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidente: Maribel Castro Cerdas. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 561, Asiento: 17509).—Curridabat, 3 de enero del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 78892.—(3327).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación Centro para Desarrollo Cristiano; para que de ahora en adelante se denomine: Asociación Conquista Cristiana. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Documento Tomo: 560, Asiento: 3502).—Curridabat, 1º de diciembre del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 78925.—(3328).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Ambiental, Ecológica y Protectora del Cerro Ceiba, con domicilio en la provincia de Alajuela. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Defender el ambiente y la ecología del Cerro Ceiba. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Judas Salazar Arce. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 562, Asiento: 7367).—Curridabat, 9 de diciembre del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 78963.—(3329).
INSTITUTO METEOROLÓGICO
NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Expediente Nº 11895-P.—Juan Guillermo Castro Castro, solicita concesión de aprovechamiento de agua del pozo NA - 818 en su propiedad en Buenos Aires, Palmares. Coordenadas 228.823 - 489.728 Hoja Naranjo utilizará 1 litro por segundo para uso domésticos. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de setiembre del 2005.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(2112).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Expediente Nº 2591.—Marco Julio Pérez Chacón solicita en concesión 0,16 litros por segundo de un nacimiento en su propiedad ubicada en Naranjo, para usos domésticos y riego. Coordenadas. 229.800 491.800, hoja Naranjo. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes de la primera publicación.—San José, 16 de diciembre del 2005.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 78353.—(2641).
Expediente Nº 12007.—Carlos Sanabria Aguilar solicita concesión de agua de quebrada Pavas captada en propiedad de Luis Manuel Chavarría González, en Llano Grande de Cartago, en cantidad de un litro por segundo. Coordenadas 215.500 / 547.800, hoja Istarú. Propietarios de predios inferiores Juan Arias Quesada, Urbano Porras Brenes; Hernán Araya Leitón. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de diciembre del 2005.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 78433.—(2642).
Exp. Nº 11904.—Isidro Ugalde Rodríguez, solicita concesión de un nacimiento sin nombre realizando la captación en propiedad de Vidal Viques Quesada. Sita en Florencia, San Carlos Alajuela. Coordenadas 265.200 / 487.250 Hoja Aguas Zarcas. Utilizará 4 litros por segundo para uso doméstico, abrevadero, granja, porqueriza y piscicultura, propietarios de predios inferiores Petronila González Jarquín, Isidro Ugalde R., Anabelle Brenes Moya, Edgar Chacón Palma. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de setiembre de 2005.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 78537.—(2715).
Exp. Nº 11903.—Édgar Chacón Palma, solicita concesión de un nacimiento sin nombre realizando la captación en propiedad de Vidal Viques Quesada. Sita en Florencia, San Carlos Alajuela. Coordenadas 265.200 / 487.250 Hoja Aguas Zarcas. Utilizará 3 litros por segundo para uso doméstico y piscina; propietarios de predios inferiores Petronila González Jarquín, Isidro Ugalde R., Anabelle Brenes Moya. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de setiembre de 2005.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 78538.—(2716).
Expediente Nº 9911.—Coffex Internacional MM S. A., solicita en concesión 0.75, 0.70, 3.00, 1.70, 1.50, 0.80, 0.90, 0.80, 1.75 litros por segundo de nueve nacimientos captados en su propiedad en Naranjo, para usos domésticos y riego. Coordenadas en el mismo orden: 235.060-493.900, 235.010-493875, 234.930-494.630, 234.930-494.650, 234.640-494.520, 234.730-494.570, 234.740-494.590, 234.750-494.600, 234.800-494.235, hoja Naranjo. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes de la primera publicación.—San José, 7 de diciembre del 2005.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 78638.—(2971).
Expediente Nº 11992.—Royalty S. A., solicita en concesión 0.90, 0.95, 0.75, 0.75, 0.75 y 1.75 litros por segundo de 6 nacimientos captados en propiedades de Coffex Internacional MM S. A., y Empresa Matague S.A., para usos domésticos y riego. Coordenadas en el mismo orden: 234.400-493.900 / 234.300-493.900 / 233.850-494.900 / 233.915-493.980 / 233.900-493.950 / 234.700-494.200, hoja Naranjo. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes de la primera publicación.—San José, 8 de diciembre del 2005.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 78639.—(2972).
Expediente Nº 12039.—Compañía Comercializadora de los Andes S. A., solicita concesión de aguas de una quebrada sin nombre y río Purires, ubicadas en su propiedad en coordenadas 202.160 / 538.680, en cuanto al río Purires, se presentan cuatro puntos de toma: Pto. 1:202.490 / 538.800; Pto. 2: 202.490 / 538.860; Pto. 3: 202.480 / 538.900, y Pto. 4: 202.490 / 538.960, hoja Istarú, en Tobosi, El Guarco de Cartago, para lechería y riego en cantidad de 3 litros por segundo de la quebrada y 6 litros por segundo para cada punto de toma del río Purires. Propietarios de predios inferiores: Plantas Reales S. A., LL Ornamentales de la Montaña S. A., y Adolfo Thames Leiva. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo dentro del mes contado de la primera publicación.—San José, 10 de enero del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 78743.—(2973).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. Nº 12049.—Jorge Antonio Ceciliano Calderón, solicita en concesión, 8 litros por segundo de Quebrada La Víbora captada en propiedad de Orlando Navarro en El Guarco, para usos turísticos, piscicultura y riego. Coordenadas: 201.400 / 537.550, Hoja Tapantí. Predios inferiores: Nora y Germán Ceciliano Navarro. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes de la primera publicación.—San José, 11 de enero del 2006.—Departamento de Aguas J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 78790.—(3114).
Exp. Nº 12048.—Sitio Tranquilo de Dominical S. A., solicita en concesión, 0,50 litros por segundo de cada uno de dos nacimientos que afloran en su propiedad en Pérez Zeledón para usos domésticos y turísticos, piscina y riego. Coordenadas: 146.520 / 564.380 y 146.620 / 564.400, Hoja San Isidro. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes de la primera publicación.—San José, 11 de enero del 2006.—Departamento de Aguas J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 78791.—(3115).
Exp. Nº 12047.—Joseph Rush Wimberly, solicita concesión de aguas de un nacimiento sin nombre en su propiedad en coordenadas 208.980 / 519.680, Hoja Abra, en San Antonio de Escazú, para doméstico y riego en cantidad de 0,20 litros por segundo. Propietarios de predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de enero del 2006.—Departamento de Aguas J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 78792.—(3116).
Exp. Nº 12046.—José Rafael Calvo Jiménez, solicita concesión de aguas de un nacimiento sin nombre en su propiedad en coordenadas 211.290 / 546.490, Hoja Istarú, en Llano Grande de Cartago, para doméstico, abrevadero, granja y riego en cantidad de 0,75 litros por segundo. Propietarios de predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de enero del 2006.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 78796.—(3117).
Exp. Nº 12045.—Manuel Antonio Ureña Umaña, solicita concesión de aguas de la Quebrada Salado, en su propiedad en coordenadas 181.950 / 532.734, Hoja Dota, en San Marcos de Tarrazú, para beneficio de café en cantidad de 1,00 litro por segundo. Propietarios de predios inferiores: Romilio Ureña Monge y Fanny Ureña Jiménez. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de enero del 2006.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 78797.—(3118).
Exp. Nº 6854.—José y otros Araya Sanches, solicita aumento de caudal de el Río Reventado, en su propiedad en coordenadas 213.200 / 547.800, Hoja Istarú, en Llano Grande de Cartago, para riego en cantidad de 3,00 litros por segundo. Propietarios de predios inferiores: S.U.A. El Rodeo y Rafael Calvo Jiménez. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de enero del 2006.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 78798.—(3119).
Exp. Nº 4780.—Flores de Altura S. A., solicita aumento de caudal de un nacimiento sin nombre en su propiedad en coordenadas 216.100 / 546.200, Hoja Istarú, en Llano Grande de Cartago, para doméstico y riego en cantidad de 1,50 litros por segundo. Propietarios de predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de enero del 2006.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 78799—(3120).
Exp. Nº 12043.—Manuel María Murillo Hidalgo, solicita en concesión 2,5
litros por segundo de un nacimiento en propiedad de Aparicio Ramírez Herra en
su propiedad en Guatuso para piscicultura. Coordenadas 299.220 / 431.500, Hoja
Guatuso. Propietarios de predios inferiores: no se indican. Quienes se
consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José,
10 de enero del 2006.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº
78828—(3121).
Registro Civil –
Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Expediente Nº 15007-2003.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas treinta y dos minutos, del veintinueve de agosto del dos mil tres. Diligencias de ocurso incoadas en este Registro por Matilde Solano Matamoros, mayor, casada, ama de casa, costarricense, cédula de identidad número uno-novecientos cuarenta y uno-trescientos veintiséis, vecina de San Rafael, Oreamuno, Cartago, tendente a la rectificación del asiento de nacimiento de José Alberto Jiménez Solano, que lleva el número cuatrocientos treinta y seis, folio doscientos dieciocho, del tomo mil ochocientos sesenta y nueve, de la Sección de Nacimientos de la provincia de San José, en el sentido de que la fecha de nacimiento es veinticinco de febrero del dos mil tres y no como aparece actualmente consignada. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, practíquese la respectiva anotación marginal de advertencia en el asiento de nacimiento correspondiente, se ordena publicar por tres veces el edicto de ley para que los interesados, dentro de ocho días posteriores a la primera publicación, aleguen sus derechos. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ricardo Patricio Chavarría Barquero, Oficial Mayor a. í.—Nº 77923.—(1891).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Expediente Nº 19864-05.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y cincuenta minutos del veintidós de noviembre del dos mil cinco. Diligencias de ocurso incoadas en este Registro por Gloria Leticia Porras Suárez, mayor, casada, costarricense, comerciante, cédula de identidad número ocho-cero setenta y siete-ochocientos veintitrés, vecina de Dominical, Osa, Puntarenas, tendente a la rectificación de su asiento de naturalización, que lleva el número... en el sentido que los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Suárez Balderas” y no como se consignaron. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta y se previene a las partes interesadas, para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado. Notifíquese y publíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—Nº 78619.—(2974).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Maireni Méndez Mesén conocida como Maireny Méndez Mesén, ha dictado una resolución que en lo conducentes dice: Resolución Nº 3114-2004.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas cincuenta minutos del dieciséis de diciembre del dos mil cuatro. Ocurso. Expediente Nº 21825-2004. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de matrimonio de Esmeralda Mesén Delgado, en el sentido que el nombre y los apellidos de la cónyuge son “Esmeralda Maireni del Carmen Méndez Mesén hija de Librado Méndez Araya y Beleida Mesén Delgado, costarricenses”, y no como aparecen actualmente consignados. Publíquese esta resolución por una vez en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(3034).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Juan Carlos Torres Gutiérrez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 1749-2004.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas y cincuenta y cinco minutos del siete de junio del dos mil cuatro. Diligencias de ocurso incoadas por Juan Carlos Torres Gutiérrez, mayor, soltero, jornalero, costarricense, cédula de identidad número seis-doscientos setenta y ocho-seiscientos cincuenta y uno, vecino de Ciudadela 22 de Octubre, Corredor, Corredores, Puntarenas. Expediente Nº 11096-2004. Resultando: 1º—…, 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Juan Carlos Torres Gutiérrez… en el sentido de que los apellidos del padre son “Obregón Torres” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(3167).
Registro Civil –
Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y
NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de
naturalización
Gui Lian Qiu Li, mayor, casada, comerciante, china, cédula residencia Nº 626-102045-2879, vecina de San José, expediente Nº 2214-2002. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 28 de noviembre del 2005.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(3416).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
PLAN ANUAL DE COMPRAS AÑO
2006
PROGRAMA 779-ACTIVIDAD CENTRAL
Cód. Unid. Tipo Precio Monto
merc. Descripción med. fuente Período Cantidad unitario ¢
10101 000 000000 ALQUILER
DE EDIFICIOS, LOCALES Y TERRENOS CONTRATO 001 1º y 2º SEM 24 783.333 18.800.000,00
10103 000 000000 ALQUILER
DE EQUIPO DE CÓMPUTO CONTRATO 001 1º y 2º SEM 24 22.500 540.000,00
10199 000 000000 OTROS
ALQUILERES CONTRATO 001 1º y 2º SEM 10 50.000 500.000,00
10201 000 000000 SERVICIO
DE AGUA Y ALCANTARILLADO CONTRATO 001 1º y 2º SEM 12 315.167 3.782.000,00
10202 000 000000 SERVICIO
DE ENERGÍA ELÉCTRICA CONTRATO 001 1º y 2º SEM 12 1.331.000 15.972.000,00
10203 000 000000 SERVICIO
DE CORREO CONTRATO 001 1º y 2º SEM 2.000 150 300.000,00
10204 000 000000 SERVICIO
DE TELECOMUNICACIONES CONTRATO 001 1º y 2º SEM 36 441.944 15.910.000,00
10299 000 000000 OTROS
SERVICIOS BÁSICOS SERVICIO 001 1º y 2º SEM 30 16.667 500.000,00
10301 000 000000 INFORMACIÓN SERVICIO 001 1º y 2º SEM 20 192.757 3.855.144,00
10302 000 000000 PUBLICIDAD
Y PROPAGANDA SERVICIO 001 1º y 2º SEM 10 100.000 1.000.000,00
10303 000 000000 IMPRESIÓN,
ENCUADERNACIÓN Y OTROS SERVICIO 001 1º y 2º SEM 500 2.300 1.150.000,00
10304 000 000000 TRANSPORTE
DE BIENES SERVICIO 001 1º y 2º SEM 25 8.000 200.000,00
10305 000 000000 SERVICIOS
ADUANEROS SERVICIO 001 1º y 2º SEM 5 50.000 250.000,00
10306 000 000000 COMISIONES
Y GASTOS POR SERVICIO FINANCIEROS Y COMERCIALES SERVICIO 001 1º y 2º SEM 12 4.167 50.000,00
10406 000 000000 SERVICIOS
GENERALES SERVICIO 001 1º y 2º SEM 100 8.490 849.017,00
10501 000 000000 TRANSPORTE
DENTRO DEL PAÍS SERVICIO 001 1º y 2º SEM 200 1.500 300.000,00
10502 000 000000 VIÁTICOS
DENTRO DEL PAÍS VIAJE 001 1º y 2º SEM 1.000 9.000 9.000.000,00
10503 000 000000 TRANSPORTE
EN EL EXTERIOR VIAJE 001 1º y 2º SEM 8 250.000 2.000.000,00
10504 001 000000 VIÁTICOS
EN EL EXTERIOR VIAJE 001 1º y 2º SEM 8 375.000 3.000.000,00
10601 000 000000 SEGUROS CONTRATO 001 1º y 2º SEM 24 499.343 11.984.234,00
10701 000 000000 ACTIVIDADES
DE CAPACITACIÓN CURSOS 001 1º y 2º SEM 30 100.000 3.000.000,00
10702 015 000000 ACTIVIDADES
PROTOCOLARIAS Y SOCIALES - ALIMENTOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 5.000 20 100.000,00
10702 020 000000 ACTIVIDADES
PROTOCOLARIAS Y SOCIALES - SERVICIOS SERVICIO 001 1º y 2º SEM 50 66.000 3.300.000,00
10702 025 000000 ACTIVIDADES
PROTOCOLARIAS Y SOCIALES - OTRAS BEBIDAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 1.200 83 100.000,00
10801 001 000000 MANTENIMIENTO
DE EDIFICIOS Y LOCALES
- REPARACIÓN O REMODELACIÓN SERVICIO 001 1º y 2º SEM 15 546.667 8.200.000,00
10801 005 000000 MANTENIMIENTO
DE EDIFICIOS Y LOCALES - ELECTRICIDAD EDIFICIOS SERVICIO 001 1º y 2º SEM 20 25.000 500.000,00
10801 900 000005 SERVICIO
DE CARGA Y REVISION DE EXTINTOR SERVICIO 001 1º y 2º SEM 40 7.500 300.000,00
10805 000 000000 MANTENIMIENTO
Y REPARACIÓN DE EQUIPO DE TRANSPORTE SERVICIO 001 1º y 2º SEM 100 60.000 6.000.000,00
10806 035 000000 MANTENIMIENTO
Y REPARACIÓN DE EQUIPO
DE
COMUNICACIÓN-TELÉFONOS SERVICIO 001 1º y 2º SEM 25 2.000 50.000,00
10806 045 000000 MANTENIMIENTO
Y REPARACIÓN DE EQUIPO DE COMUNICACIÓN
EQUIPO
AUDIO Y VIDEO SERVICIO 001 1º y 2º SEM 10 30.000 300.000,00
10806 900 000000 MANTENIMIENTO
Y REPARACIÓN DE EQUIPO DE
COMUNICACIÓN-OTROS SERVICIO 001 1º y 2º SEM 20 7.500 150.000,00
10807 005 000000 MANTENIMIENTO
Y REPARACIÓN DE EQUIPO Y
MOBILIARIO
DE OFICINA
MÁQUINA
ESCRIBIR ELÉCTRICA SERVICIO 001 1º y 2º SEM 15 6.667 100.000,00
10807 010 000000 MANTENIMIENTO
Y REPARACIÓN DE EQUIPO Y MOBILIARIO DE
OFICINA-FOTOCOPIADORAS SERVICIO 001 1º y 2º SEM 15 26.667 400.000,00
10807 020 000000 MANTENIMIENTO
Y REPARACIÓN DE EQUIPO Y MOBILIARIO DE
OFICINA-REP.
MOB. DE OFICINA SERVICIO 001 1º y 2º SEM 50 4.000 200.000,00
10807 035 000000 MANTENIMIENTO
Y REPARACIÓN DE EQUIPO Y MOBILIARIO DE
OFICINA-REP.
CALC/SUMADORAS SERVICIO 001 1º y 2º SEM 25 4.000 100.000,00
10807 070 000000 MANTENIMIENTO
Y REPARACIÓN DE EQUIPO Y MOBILIARIO DE
OFICINA-REP.
AIRE ACONDICIONA SERVICIO 001 1º y 2º SEM 12 41.667 500.000,00
10807 900 000000 MANTENIMIENTO
Y REPARACIÓN DE EQUIPO Y MOBILIARIO DE
OFICINA-OTROS SERVICIO 001 1º y 2º SEM 100 7.000 700.000,00
10808 000 000000 MANTENIMIENTO
Y REPARACIÓN DE EQUIPO DE CÓMPUTO
Y
SISTEMAS DE INFORMACIÓN SERVICIO 001 1º y 2º SEM 125 40.000 5.000.000,00
10899 000 000000 MANTENIMIENTO
Y REPARACIÓN DE OTROS EQUIPOS SERVICIO 001 1º y 2º SEM 50 20.000 1.000.000,00
19902 000 000000 INTERESES
MORATORIOS Y MULTAS SERVICIO 001 1º y 2º SEM 20 2.500 50.000,00
19905 005 000000 DEDUCIBLES-DEDUCIBLES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 15 133.333 2.000.000,00
19999 000 000000 OTROS
SERSVICIOS NO ESPECIFICADOS SERVICIO 001 1º y 2º SEM 30 16.667 500.000,00
20101 001 000000 COMBUSTIBLES
Y LUBRICANTES-GASOLINA UNIDAD 001 1º y 2º SEM 1.922 5.150 9.898.300,00
20101 005 000000 COMBUSTIBLES
Y LUBRICANTES-DIESEL UNIDAD 001 1º y 2º SEM 160 5.150 824.000,00
20101 010 000000 COMBUSTIBLES
Y LUBRICANTES-LUBRICANTES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 50 5.634 281.700,00
20101 015 000000 COMBUSTIBLES
Y LUBRICANTES-GRASAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 20 1.500 30.000,00
20101 020 000000 COMBUSTIBLES
Y LUBRICANTES-SELLADORES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 35 1.429 50.000,00
20104 005 000000 TINTAS,
PINTURAS Y DILIYENTES- AGUARRAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 15 1.667 25.000,00
20104 085 000000 TINTAS,
PINTURAS Y DILIYENTES - TINTA UNIDAD 001 1º y 2º SEM 350 8.500 2.975.000,00
20104 090 000000 TINTAS,
PINTURAS Y DILIYENTES - TONNER UNIDAD 001 1º y 2º SEM 200 50.000 10.000.000,00
20199 100 000000 OTROS
PRODUCTOS QUIMICOS - REMOVEDORES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 20 7.500 150.000,00
20199 115 000000 OTROS
PRODUCTOS QUIMICOS - DIELÉCTRICO UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 3.500 350.000,00
20199 120 000000 OTROS
PRODUCTOS QUIMICOS - DESENGRASANTE UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 5.000 500.000,00
20203 005 000000 PRODUCTOS
ALIMENTICIOS - GRANOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 2.500 760 1.900.000,00
20203 015 000000 PRODUCTOS
ALIMENTICIOS - HARINAS Y DERIVADOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 800 375 300.000,00
20203 900 000000 PRODUCTOS
ALIMENTICIOS - OTROS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 500 1.600 800.000,00
20301 010 000000 PRODUCTOS
METÁLICOS PARA CONSTRUCCIÓN
CERRADURAS
/LLAVINES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 10 10.000 100.000,00
20301 130 000000 PRODUCTOS
METÁLICOS PARA CONSTRUCCIÓN - REMACHES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 7.000 7 50.000,00
20301 170 000000 PRODUCTOS
METÁLICOS PARA CONSTRUCCIÓN - GRAPAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 750 200 150.000,00
20301 900 000000 PRODUCTOS
METÁLICOS PARA CONSTRUCCIÓN - OTROS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 500 1.000 500.000,00
20302 000 000000 MATERIALES
Y PRODUCTOS MINERALES Y ASFALTICOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 20 7.500 150.000,00
20303 000 000000 MADERA
Y SUS DERIVADOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 5.000 500.000,00
20304 065 000000 MATERIALES
Y PRODUCTOS ELECTRICOS, TELEFONICOS
Y
DE CÓMPUTO EXTENSIONES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 50 1.000 50.000,00
20304 075 000000 MATERIALES
Y PRODUCTOS ELECTRICOS, TELEFONICOS
Y
DE CÓMPUTO - REGLETAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 50 1.000 50.000,00
20304 140 000000 MATERIALES
Y PRODUCTOS ELECTRICOS, TELEFONICOS
Y
DE CÓMPUTO -TUBOS FLUORESCENTES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 200 750 150.000,00
20304 155 000000 MATERIALES
Y PRODUCTOS ELECTRICOS, TELEFONICOS
Y
DE CÓMPUTO-BATERÍAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 50 5.000 250.000,00
20305 000 000000 MATERIALES
Y PRODUCTOS DE VIDRIO UNIDAD 001 1º y 2º SEM 200 1.000 200.000,00
20306 000 000000 MATERIALES
Y PRODUCTOS DE PLASTICO UNIDAD 001 1º y 2º SEM 700 214 150.000,00
20399 000 000000 OTROS
MATERIALES Y PRODUCTOS DE USO EN LA CONSTRUCCION UNIDAD 001 1º y 2º SEM 1.000 100 100.000,00
20401 045 000000 HERRAMIENTAS
E INSTRUMENTOS - MARTILLOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 10 5.000 50.000,00
20401 050 000000 HERRAMIENTAS
E INSTRUMENTOS - ALICATES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 12 6.250 75.000,00
20401 900 000000 HERRAMIENTAS
E INSTRUMENTOS- OTROS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 200 4.375 875.000,00
20402 001 000000 REPUESTOS
Y ACCESORIOS - LLANTAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 25 10.000 250.000,00
20402 005 000000 REPUESTOS
Y ACCESORIOS - NEUMÁTICOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 50 600 30.000,00
20402 040 000000 REPUESTOS
Y ACCESORIOS - BATERÍAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 50 2.000 100.000,00
20402 045 000000 REPUESTOS
Y ACCESORIOS - REPUESTOS PARA VEHÍCULOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 150 5.000 750.000,00
20402 050 000000 REPUESTOS
Y ACCESORIOS - REPUESTOS PARA MOTOCICLETAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 7.500 750.000,00
20402 060 000000 REPUESTOS
Y ACCESORIOS - REPUESTOS PARA FOTOCOPIADORA UNIDAD 001 1º y 2º SEM 50 14.000 700.000,00
20402 080 000000 REPUESTOS
Y ACCESORIOS - REPUESTOS PARA EQUIPOS DE CÓMPUTO UNIDAD 001 1º y 2º SEM 60 5.000 300.000,00
20402 150 000000 REPUESTOS
Y ACCESORIOS - BUJIAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 40 1.250 50.000,00
20402 280 000000 REPUESTOS
Y ACCESORIOS - REP. P/MAQUINARIAS PROTECTORAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 10 5.000 50.000,00
20402 295 000000 REPUESTOS
Y ACCESORIOS - FIBRAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 50 3.000 150.000,00
20402 900 000005 CILINDRO
PARA FAX PANASONIC UNIDAD 001 1º y 2º SEM 12 20.833 250.000,00
20402 900 000010 CILINDRO
PARA FAX BROTHER UNIDAD 001 1º y 2º SEM 12 20.833 250.000,00
20402 900 000800 PUNTA
PARA CAUTIN UNIDAD 001 1º y 2º SEM 15 2.667 40.000,00
20402 900 003210 PIÑONES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 10 15.000 150.000,00
20402 900 004120 REPUESTOS
PARA PUERTAS PARA BAÑO
Y/O
VENTANAS, CELOSIAS, ESPEJOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 25 2.000 50.000,00
20402 900 004420 PASTILLAS
PARA FRENOS DE DISCO. UNIDAD 001 1º y 2º SEM 20 6.500 130.000,00
29901 001 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-ALMOHADILLAS
PARA
SELLOS DE HULE UNIDAD 001 1º y 2º SEM 80 313 25.000,00
29901 005 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-BANDAS DE HULE UNIDAD 001 1º y 2º SEM 80 188 15.000,00
29901 010 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-BASUREROS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 20 3.500 70.000,00
29901 015 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-BOLÍGRAFOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 6.000 28 170.000,00
29901 020 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-BORRADORES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 250 60 15.000,00
29901 025 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-BROCHES PARA ARCHIVO UNIDAD 001 1º y 2º SEM 20 1.000 20.000,00
29901 030 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-CINTA ADHESIVA UNIDAD 001 1º y 2º SEM 750 160 120.000,00
29901 040 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-CLIPS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 800 106 85.000,00
29901 045 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-CORRECTORES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 250 120 30.000,00
29901 050 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-CHINCHES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 150 15.000,00
29901 055 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-ENGRAPADORAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 80 1.438 115.000,00
29901 060 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-FECHADORES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 150 967 145.000,00
29901 065 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-GOMAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 300 133 40.000,00
29901 070 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-GRAPAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 300 183 55.000,00
29901 075 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-PORTAMINAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 275 109 30.000,00
29901 080 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-MINAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 500 40 20.000,00
29901 085 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-LÁPICES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 2.000 28 55.000,00
29901 090 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-MÁQUINA SACAPUNTAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 20 7.250 145.000,00
29901 095 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-MARCADORES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 1.700 112 190.000,00
29901 100 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-NUMERADORES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 10 17.000 170.000,00
29901 105 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-PAPELERAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 20 1.500 30.000,00
29901 110 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-PERFORADORAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 40 1.375 55.000,00
29901 115 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-REFUERZOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 250 60 15.000,00
29901 120 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-REGLAS Y TRASPORTADORES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 200 50 10.000,00
29901 125 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-SACAGRAPAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 300 30.000,00
29901 130 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-TIJERAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 75 533 40.000,00
29901 135 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-ESPONJAS/ESPONJERAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 150 267 40.000,00
29901 145 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-CRAYONES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 50 400 20.000,00
29901 150 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-PLUMAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 180 167 30.000,00
29901 155 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-PORTASELLOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 50 400 20.000,00
29901 160 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-SELLOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 150 867 130.000,00
29901 170 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-ARCHIVADORES DE DISKETTES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 75 2.533 190.000,00
29901 175 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-DISPENSADORES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 250 25.000,00
29901 180 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-LIMPIATIPOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 75 467 35.000,00
29901 185 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-CINTAS ADLER UNIDAD 001 1º y 2º SEM 50 700 35.000,00
29901 195 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-CINTAS BROTHER UNIDAD 001 1º y 2º SEM 84 2.976 250.000,00
29901 205 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-CINTAS CANON UNIDAD 001 1º y 2º SEM 24 1.500 36.000,00
29901 225 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-CINTAS EPSON UNIDAD 001 1º y 2º SEM 150 4.917 737.500,00
29901 235 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-CINTAS IBM UNIDAD 001 1º y 2º SEM 24 1.000 24.000,00
29901 245 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-CINTAS OLIVETTI UNIDAD 001 1º y 2º SEM 24 1.000 24.000,00
29901 250 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-CINTAS OLYMPIA UNIDAD 001 1º y 2º SEM 72 500 36.000,00
29901 255 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-CINTAS PANASONIC UNIDAD 001 1º y 2º SEM 72 500 36.000,00
29901 280 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-CINTAS SWINTEC UNIDAD 001 1º y 2º SEM 72 333 24.000,00
29901 305 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-CINTAS VARIAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 150 400 60.000,00
29901 310 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-PORTACLIPS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 50 200 10.000,00
29901 315 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-GOMEROS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 150 100 15.000,00
29901 320 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-CINTA P/WHEEL WRITER UNIDAD 001 1º y 2º SEM 24 625 15.000,00
29901 345 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-MAQ. ROTULA EN CINTAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 4 50.000 200.000,00
29901 385 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-CINTA HEWLETT PACKARD UNIDAD 001 1º y 2º SEM 35 2.500 87.500,00
29901 390 000000 ÚTILES
Y MAT. DE OFICINA Y CÓMPUTO-CINTAS CASIO UNIDAD 001 1º y 2º SEM 50 1.000 50.000,00
29901 410 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE OFICINA Y CÓMPUTO-DISKETTE ,LIMPIAD. UNIDAD 001 1º
y 2º SEM 80 313 25.000,00
29901 415 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE OFICINA Y CÓMPUTO-GOMA Y PEGAMENTO UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 150 15.000,00
29901 420 000000 OTROS
MATERIALES ESPECÍFICOS-TIZA UNIDAD 001 1º y 2º SEM 15 500 7.500,00
29901 430 000000 OTROS
MATERIALES ESPECÍFICOS-CASSETTES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 75 160 12.000,00
29901 435 000000 MOBILIARIO
Y EQ. DE OFICINA – ELEM RESPALDO DATOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 20 750 15.000,00
29901 900 000125 PINCEL
N° 4 UNIDAD 001 1º y 2º SEM 40 150 6.000,00
29901 900 000130 PINCEL
N° 5 UNIDAD 001 1º y 2º SEM 40 150 6.000,00
29901 900 000135 PINCEL
N° 6 UNIDAD 001 1º y 2º SEM 40 150 6.000,00
29901 900 000140 PINCEL
N° 7 UNIDAD 001 1º y 2º SEM 40 150 6.000,00
29901 900 000195 PINCEL
N° 18 UNIDAD 001 1º y 2º SEM 40 150 6.000,00
29901 900 000200 ETIQUETA
AUTOADHESIVA UNIDAD 001 1º y 2º SEM 200 50 10.000,00
29901 900 000235 PORTA
AFICHE UNIDAD 001 1º y 2º SEM 5 1.000 5.000,00
29901 900 000240 SOBRE
PLÁSTICO PARA RESGUARDAR LICENCIAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 10 800 8.000,00
29901 900 000250 CINTA
PARA IMPRESORA UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 1.000 100.000,00
29901 900 000500 PLÁSTICO
PARA ENCUADERNAR UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 100 10.000,00
29901 900 000600 TIRAS
DE ABECEDARIOS PLASTICOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 85 8.500,00
29901 900 000750 ÚTILES
Y MATERIALES DE OFICINA UNIDAD 001 1º y 2º SEM 200 175 35.000,00
29901 900 000800 PESTAÑAS
DIVISORAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 200 100 20.000,00
29901 900 001300 CEJILLAS
PLÁSTICAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 200 75 15.000,00
29901 900 001340 CEJILLAS
PLÁSTICAS OFICIO UNIDAD 001 1º y 2º SEM 200 125 25.000,00
29901 900 001480 PLANTILLA
PARA SELLOS DE HULE UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 350 35.000,00
29901 900 001600 RODILLO
ENTINTADO PARA SUMADORA UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 500 50.000,00
29901 900 001700 PEINE
PARA ENCUADERNAR UNIDAD 001 1º y 2º SEM 200 75 15.000,00
29901 900 001720 PEINETA
PARA ENCUADERNACION UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 400 40.000,00
29901 900 001900 PORTALAPICES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 150 15.000,00
29901 900 002050 PORTA
MENSAJES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 20 1.000 20.000,00
29901 900 002100 ORGANIZADOR
PARA GAVETA Y/O ESCRITORIO UNIDAD 001 1º y 2º SEM 24 708 17.000,00
29901 900 002150 ORGNIZADOR
PARA ESCRITORIO UNIDAD 001 1º y 2º SEM 10 10.000 100.000,00
29901 900 002200 PAQUETE
DE MATERIALES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 24 625 15.000,00
29901 900 002350 GUIA
TELEFÓNICA UNIDAD 001 1º y 2º SEM 24 1.042 25.000,00
29901 900 002400 PORTA
BLOCKS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 10 2.000 20.000,00
29901 900 002415 PORTA
DOCUMENTOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 20 1.000 20.000,00
29901 900 002416 PIN
PUNZÓN, PARA DOCUMENTOS. UNIDAD 001 1º y 2º SEM 18 722 13.000,00
29901 900 002420 PRENSA
TIPO LOTERIA UNIDAD 001 1º y 2º SEM 24 583 14.000,00
29901 900 002500 HUMEDECEDOR
DE DEDOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 100 10.000,00
29901 900 002550 SUJETA
PAPEL UNIDAD 001 1º y 2º SEM 16 1.156 18.500,00
29901 900 002600 PORTA
TARJETAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 15 667 10.000,00
29901 900 002650 PORTA
LAPICEROS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 20 500 10.000,00
29901 900 002720 PORTA
C.D. UNIDAD 001 1º y 2º SEM 25 2.880 72.000,00
29901 900 002725 ARCHIVADOR
DE DISCOS COMPACTOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 40 1.200 48.000,00
29901 900 002800 SOBRE
DE MANILA TAMAÑO OFICIO, CIERRE METÁLICO UNIDAD 001 1º y 2º SEM 2.000 23 45.000,00
29901 900 002900 PRENSA
LIBROS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 30 167 5.000,00
29901 900 002950 JUEGO
DE GEOMETRIA UNIDAD 001 1º y 2º SEM 24 208 5.000,00
29901 900 003750 TACO
PARA MEMORANDUM UNIDAD 001 1º y 2º SEM 12 625 7.500,00
29901 900 003950 SOBRE
PLÁSTICO TAMAÑO CARTA. UNIDAD 001 1º y 2º SEM 200 60 12.000,00
29901 900 004000 ALMOHADILLA
PARA MOUSE UNIDAD 001 1º y 2º SEM 35 286 10.000,00
29901 900 004005 TRANSPARENCIA
O FILMINA DE ACETATO UNIDAD 001 1º y 2º SEM 500 200 100.000,00
29901 900 004020 TRANSPARENCIA
PARA IMPRESORA DE INYECCIÓN DE TINTA UNIDAD 001 1º y 2º SEM 260 200 52.000,00
29901 900 004040 LÁMINAS
TRANSPARENCIAS DE 22X28 CM UNIDAD 001 1º y 2º SEM 50 300 15.000,00
29903 001 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS
-
ARCHIVADORES Y CARPETAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 10.000 60 600.000,00
29903 005 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS - PAPEL BOND UNIDAD 001 1º y 2º SEM 3.000 933 2.800.000,00
29903 010 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS - PAPEL CARBÓN UNIDAD 001 1º y 2º SEM 125 280 35.000,00
29903 015 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS - PAPEL FOTOGRÁFICO UNIDAD 001 1º y 2º SEM 15 3.200 48.000,00
29903 020 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS - PAPEL HIGIÉNICO UNIDAD 001 1º y 2º SEM 3.000 58 175.000,00
29903 025 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS
- PAPEL
FÓRMULAS CONTINUAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 150 8.000 1.200.000,00
29903 035 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS - PAPEL PARA FAX UNIDAD 001 1º y 2º SEM 40 18.750 750.000,00
29903 040 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS - PAPEL PERIÓDICO UNIDAD 001 1º y 2º SEM 40 625 25.000,00
29903 045 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS
- CARTÓNES,
CARTULINAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 225 178 40.000,00
29903 055 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS
- PAPEL
PARA ENVOLVER UNIDAD 001 1º y 2º SEM 300 83 25.000,00
29903 060 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS - SOBRES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 15.000 15 225.000,00
29903 065 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS - SERVILLETAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 85 102 8.700,00
29903 075 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS
- CINTAS CALCULADORA UNIDAD 001 1º y 2º SEM 125 256 32.000,00
29903 090 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS - TOALLAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 136 350 47.600,00
29903 100 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS - PAPEL SEROGRÁFICO UNIDAD 001 1º y 2º SEM 36 667 24.000,00
29903 105 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS - PAPEL ADHESIVO UNIDAD 001 1º y 2º SEM 40 250 10.000,00
29903 145 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS - TARJETAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 1.000 32 32.000,00
29903 165 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS - PAPEL COUCHE UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 50 5.000,00
29903 180 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS
- CINTA PAPEL ENGOMADO UNIDAD 001 1º y 2º SEM 300 50 15.000,00
29903 185 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS - PAPEL BRISTOL UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 15 1.500,00
29903 190 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS – PRODUCTOS
DE
PAPEL Y CARTÓN UNIDAD 001 1º y 2º SEM 1.000 210 210.000,00
29903 195 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS - DICCIONARIOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 15 8.333 125.000,00
29903 200 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS - LIBROS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 300 2.000 600.000,00
29903 205 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS - REVISTAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 40 1.000 40.000,00
29903 210 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS - SUSCRIPCIÓN Y ENVÍO UNIDAD 001 1º y 2º SEM 45 42.222 1.900.000,00
29903 215 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS - FORMULARIOS DIVERSOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 1.200 354 425.000,00
29903 220 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS - AGENDAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 1.750 175.000,00
29903 225 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS - CUADERNOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 200 175 35.000,00
29903 230 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS - LIBRETAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 125 280 35.000,00
29903 235 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS - BLOCKS DIVERSOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 850 300 255.000,00
29903 240 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS - ORGANIZADORES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 12 2.083 25.000,00
29903 260 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS - ETIQUETAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 35 3.500,00
29903 270 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS
- TAPAS ENCUADERNACIÓN UNIDAD 001 1º y 2º SEM 200 275 55.000,00
29903 900 000000 PRODUCTOS
DE PAPEL Y CARTÓN E IMPRESOS - OTROS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 1.000 361 361.400,00
29903 900 000001 PAPEL
TÉRMICO UNIDAD 001 1º y 2º SEM 350 571 200.000,00
29903 900 000002 PAPEL
REFLECTIVO UNIDAD 001 1º y 2º SEM 25 960 24.000,00
29903 900 000010 PAPEL
LEDGER, TAMANO CARTA UNIDAD 001 1º y 2º SEM 200 33 6.500,00
29903 900 000100 PAPEL
LEDGER TAMANO OFICIO UNIDAD 001 1º y 2º SEM 125 32 4.000,00
29903 900 000290 FICHAS
MEDIDAS A ESCOGER UNIDAD 001 1º y 2º SEM 40 38 1.500,00
29903 900 001015 CALENDARIOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 12 300 3.600,00
29903 900 001020 FICHAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 500 90 45.000,00
29903 900 001025 FICHAS
BIBLIOGRÁFICAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 400 90 36.000,00
29903 900 001040 CEJILLAS
DIVISORAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 300 253 75.750,00
29903 900 001045 CINTAS
IMPRESAS EN ADHESIVO UNIDAD 001 1º y 2º SEM 24 200 4.800,00
29903 900 001050 PAPEL
KIMBERLY COLOR Y MEDIDAS A ESCOGER UNIDAD 001 1º y 2º SEM 10.000 10 100.000,00
29903 900 001070 CALCOMANIAS
EN ADHESIVO UNIDAD 001 1º y 2º SEM 210 124 26.000,00
29903 900 001099 PAPEL
CONSTRUCCION UNIDAD 001 1º y 2º SEM 250 140 35.000,00
29903 900 002350 PAPEL
CREPE EN COLORES VARIADOS A ESCOGER UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 150 15.000,00
29903 900 002400 PAPEL
SEDA UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 100 10.000,00
29903 900 002700 LOMO
PARA ENCUADERNACION UNIDAD 001 1º y 2º SEM 200 183 36.600,00
29903 900 004920 CAJAS
DE CARTÓN UNIDAD 001 1º y 2º SEM 110 250 27.500,00
29903 900 005400 HOJAS
EN PAQUETES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 350 35.000,00
29903 900 006320 LIMPIONES
DE PAPEL UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 40 4.000,00
29903 900 006405 VASOS
DE PAPEL O CARTÓN UNIDAD 001 1º y 2º SEM 210 105 22.050,00
29903 900 006800 BOLSAS
DE PAPEL UNIDAD 001 1º y 2º SEM 120 225 27.000,00
29903 900 006900 TAPAS
PARA ENCUADERNACIÓN UNIDAD 001 1º y 2º SEM 400 375 150.000,00
29903 900 009505 CARTAPACIOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 10 1.200 12.000,00
29903 900 009525 PRODUCCION
DE BROCHURE UNIDAD 001 1º y 2º SEM 6.000 50 300.000,00
29903 900 009540 CUBO
DE PAPEL BLANCO UNIDAD 001 1º y 2º SEM 120 375 45.000,00
29903 900 009545 CUBO
DE PAPEL EN DIFERENTES COLORES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 70 500 35.000,00
29903 900 009560 GUÍAS
PARA ARCHIVO TAMAÑO CARTA UNIDAD 001 1º y 2º SEM 200 375 75.000,00
29903 900 009565 GUÍAS
PARA ARCHIVO TAMAÑO OFICIO UNIDAD 001 1º y 2º SEM 250 400 100.000,00
29903 900 100000 CONTRATO
DE IMPRESOS Y OTROS (CONTRATO MARCO) UNIDAD 001 1º y 2º SEM 3 66.667 200.000,00
29904 001 000000 TEXTILES
Y VESTUARIO - ALFOMBRAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 10 20.000 200.000,00
29904 035 000000 TEXTILES
Y VESTUARIO - CAMISAS/CAMISETAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 30 2.667 80.000,00
29904 050 000000 TEXTILES
Y VESTUARIO - GABACHAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 35 6.000 210.000,00
29904 055 000000 TEXTILES
Y VESTUARIO - PANTALONES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 35 7.100 248.500,00
29904 070 000000 TEXTILES
Y VESTUARIO - UNIFORME UNIDAD 001 1º y 2º SEM 16 43.750 700.000,00
29904 075 000000 TEXTILES
Y VESTUARIO - ZAPATOS/BOTAS/BOTINES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 4 7.500 30.000,00
29904 095 000000 TEXTILES
Y VESTUARIO - TELAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 1.700 170.000,00
29904 100 000000 TEXTILES
Y VESTUARIO - ESTROPAJO, MECHAS PARA PISOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 40 325 13.000,00
29904 105 000000 TEXTILES
Y VESTUARIO - PAÑOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 600 60.000,00
29904 110 000000 TEXTILES
Y VESTUARIO - LIMPIONES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 50 400 20.000,00
29904 115 000000 TEXTILES
Y VESTUARIO - CAPAS Y CAPOTES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 22 9.091 200.000,00
29904 130 000000 TEXTILES
Y VESTUARIO - COBERTORES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 10 1.600 16.000,00
29904 140 000000 TEXTILES
Y VESTUARIO - GUANTES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 20 750 15.000,00
29904 165 000000 TEXTILES
Y VESTUARIO - PARAGUAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 4 3.250 13.000,00
29904 180 000000 TEXTILES
Y VESTUARIO - SOMBRILLAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 4 2.500 10.000,00
29904 900 000001 BANDERA UNIDAD 001 1º y 2º SEM 1 11.500 11.500,00
29904 900 003700 RED
DE VOLEYBALL UNIDAD 001 1º y 2º SEM 1 3.000 3.000,00
29905 000 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE LIMPIEZA UNIDAD 001 1º y 2º SEM 1.000 360 359.580,00
29905 020 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE LIMPIEZA - CLORO UNIDAD 001 1º y 2º SEM 90 719 64.710,00
29905 025 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE LIMPIEZA - DESINFECTANTE UNIDAD 001 1º y 2º SEM 90 564 50.760,00
29905 030 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE LIMPIEZA - DESODORANTE AMBIENTAL UNIDAD 001 1º y 2º SEM 250 380 95.000,00
29905 070 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE LIMPIEZA - POTASA UNIDAD 001 1º y 2º SEM 24 450 10.800,00
29905 100 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE LIMPIEZA - REMOVEDOR UNIDAD 001 1º y 2º SEM 36 1.500 54.000,00
29905 125 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE LIMPIEZA - ABRILLANTADOR UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 126 12.600,00
29905 130 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE LIMPIEZA-CEPILLOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 300 30.000,00
29905 135 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE LIMPIEZA
-ESCOBAS,
ESCOBILLAS, ESCOBONES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 36 450 16.200,00
29905 140 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE LIMPIEZA-CERAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 884 88.400,00
29905 145 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE LIMPIEZA-HISOPOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 24 650 15.600,00
29905 150 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE LIMPIEZA-BETÚN UNIDAD 001 1º y 2º SEM 450 280 126.000,00
29905 155 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE LIMPIEZA-ESCURRIDOR PARA MECHAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 4 25.000 100.000,00
29905 160 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE LIMPIEZA-ESPONJAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 200 115 23.000,00
29905 165 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE LIMPIEZA-LIMPIADORES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 200 345 69.000,00
29905 170 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE LIMPIEZA-LÍQUIDOS ABRILLANTADORES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 145 14.500,00
29905 175 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE LIMPIEZA-DETERGENTES Y JABONES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 1.000 426 426.000,00
29905 180 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE LIMPIEZA-GANCHO/PALO DE PISO UNIDAD 001 1º y 2º SEM 24 1.800 43.200,00
29905 185 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE LIMPIEZA-BOLSAS PLÁSTICAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 1.500 208 312.500,00
29905 195 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE LIMPIEZA-DESINCRUSTANTE UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 100 10.000,00
29905 900 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE LIMPIEZA-VARIOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 36 1.300 46.800,00
29905 900 012700 DESATORADOR
DE CAÑERIA UNIDAD 001 1º y 2º SEM 36 871 31.350,00
29906 000 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE RESGUARDO Y SEGURIDAD UNIDAD 001 1º y 2º SEM 500 219 109.400,00
29906 025 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE RESGUARDO Y
SEGURIDAD-FOCOS Y LINTERNAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 18 4.200 75.600,00
29906 080 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE RESGUARDO Y SEGURIDAD-MÁSCARAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 150 15.000,00
29907 005 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE COCINA Y COMEDOR
CUCHARAS,
CUBIERTOS, TENEDORES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 50 1.140 57.000,00
29907 010 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE COCINA Y COMEDOR-CUCHILLOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 12 1.333 16.000,00
29907 020 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE COCINA Y COMEDOR-PICHELES UNIDAD 001 1º y 2º SEM 10 270 2.700,00
29907 025 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE COCINA Y COMEDOR-PLATOS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 36 758 27.300,00
29907 030 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE COCINA Y COMEDOR
-TAZAS,
VASOS, JARRAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 36 333 12.000,00
29907 035 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE COCINA Y COMEDOR-VAJILLAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 5 15.000 75.000,00
29907 060 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE COCINA Y COMEDOR-BANDEJAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 12 3.750 45.000,00
29907 070 000000 ÚTILES
Y MATERIALES DE COCINA Y COMEDOR-SERVILLETEROS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 12 1.250 15.000,00
29999 000 000000 OTROS
ÚTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 500 280 140.000,00
29999 010 000000 OTROS
ÚTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS-ARTÍCULOS
DE FOTOGRAFÍA UNIDAD 001 1º y 2º SEM 1 120.000 120.000,00
29999 060 000000 OTROS
ÚTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS-BATERÍAS PARA FOCO UNIDAD 001 1º y 2º SEM 500 650 325.000,00
29999 065 000000 OTROS
ÚTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS-BOLSAS PLÁSTICAS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 300 200 60.000,00
29999 900 000000 OTROS
ÚTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS-OTROS UNIDAD 001 1º y 2º SEM 100 2.300 230.000,00
29999 900 007400 VALIJA
PARA MOTOCICLETA (BAULETO) UNIDAD 001 1º y 2º SEM 4 31.250 125.000,00
50102 000 000000 EQUIPO
DE TRANSPORTE VEHICULO 280 1º y 2º SEM 2 2.500.000 5.000.000,00
50103 005 000000 EQUIPO
DE COMUNICACIÓN - CENTRALES Y TELÉFONOS UNIDAD 280 1º y 2º SEM 18 8.889 160.000,00
50103 010 000000 EQUIPO
DE COMUNICACIÓN - EQUIPO RADIOCOMUNICACIÓN UNIDAD 280 1º y 2º SEM 3 46.667 140.000,00
50103 015 000000 EQUIPO
DE COMUNICACIÓN - FAX UNIDAD 280 1º y 2º SEM 2 35.000 70.000,00
50103 020 000000 EQUIPO
DE COMUNICACIÓN - EQUIPO DE GRABACIÓN UNIDAD 280 1º y 2º SEM 2 30.000 60.000,00
50103 025 000000 EQUIPO
DE COMUNICACIÓN - TELEVISORES UNIDAD 280 1º y 2º SEM 2 10.000 20.000,00
50103 045 000000 EQUIPO
DE COMUNICACIÓN - MEGÁFONOS UNIDAD 280 1º y 2º SEM 1 10.000 10.000,00
50103 900 000710 CÁMARA
DE VIDEO UNIDAD 280 1º y 2º SEM 2 120.000 240.000,00
50103 900 000720 CÁMARA
DE VIDEOCONFERENCIA UNIDAD 280 1º y 2º SEM 1 200.000 200.000,00
50104 001 000000 EQUIPO
Y MOBILIARIO DE OFICINA-ARCHIVADORES UNIDAD 280 1º y 2º SEM 6 50.000 300.000,00
50104 005 000000 EQUIPO
Y MOBILIARIO DE OFICINA-BIBLIOTECAS UNIDAD 280 1º y 2º SEM 4 75.000 300.000,00
50104 010 000000 EQUIPO
Y MOBILIARIO DE OFICINA-ESCRITORIOS UNIDAD 280 1º y 2º SEM 8 65.000 520.000,00
50104 020 000000 EQUIPO
Y MOBILIARIO DE OFICINA-SILLAS Y SILLONES UNIDAD 280 1º y 2º SEM 18 72.222 1.300.000,00
50104 025 000000 EQUIPO
Y MOBILIARIO DE OFICINA-CALCULADORAS UNIDAD 280 1º y 2º SEM 17 35.000 595.000,00
50104 030 000000 EQUIPO
Y MOBILIARIO DE OFICINA-FOTOCOPIADORAS UNIDAD 280 1º y 2º SEM 2 710.000 1.420.000,00
50104 045 000000 EQUIPO
Y MOBILIARIO DE OFICINA-AIRE ACONDICIONADO UNIDAD 280 1º y 2º SEM 6 500.000 3.000.000,00
50104 055 000000 EQUIPO
Y MOBILIARIO DE OFICINA-RELOJES UNIDAD 280 1º y 2º SEM 3 288.333 865.000,00
50105 100 000000 EQUIPO
Y PROGRAMAS DE CÓMPUTO-MICROCOMPUTADORAS UNIDAD 280 1º y 2º SEM 10 705.923 7.059.230,77
50105 105 000000 EQUIPO
Y PROGRAMAS DE CÓMPUTO - IMPRESORAS UNIDAD 280 1º y 2º SEM 10 235.714 2.357.142,86
50105 110 000000 EQUIPO
Y PROGRAMAS DE CÓMPUTO - SOFTWARE Y PROGRAMAS UNIDAD 280 1º y 2º SEM 3 1.733.333 5.200.000,00
50105 120 000000 EQUIPO
Y PROGRAMAS DE CÓMPUTO - TECLADOS UNIDAD 280 1º y 2º SEM 5 3.000 15.000,00
50105 125 000000 EQUIPO
Y PROGRAMAS DE CÓMPUTO - DISCOS DUROS UNIDAD 280 1º y 2º SEM 5 55.000 275.000,00
50105 130 000000 EQUIPO
Y PROGRAMAS DE CÓMPUTO - TARJETAS UNIDAD 280 1º y 2º SEM 8 65.625 525.000,00
50105 140 000000 EQUIPO
Y PROGRAMAS DE CÓMPUTO - OTROS ACCESORIOS UNIDAD 280 1º y 2º SEM 41 7.512 308.000,00
50105 145 000000 EQUIPO
Y PROGRAMAS DE CÓMPUTO - MONITORES UNIDAD 280 1º y 2º SEM 5 60.000 300.000,00
50105 155 000000 EQUIPO
Y PROGRAMAS DE CÓMPUTO - UPS UNIDAD 280 1º y 2º SEM 25 116.000 2.900.000,00
50106 000 000000 EQUIPO
SANITARIO, DE LABORATORIO E INVESTIGACIÓN UNIDAD 280 1º y 2º SEM 10 10.000 100.000,00
50107 005 000000 EQUIPO
Y MOBILIARIO EDUCACIONAL, DEPORTIVO
Y RECREATIVO - PIZARRAS UNIDAD 280 1º y 2º SEM 2 15.000 30.000,00
50107 015 000000 EQUIPO
Y MOBILIARIO EDUCACIONAL, DEPORTIVO Y RECREATIVO
- JUEGOS EDUCATIVOS UNIDAD 280 1º y 2º SEM 30 4.000 120.000,00
50107 900 000000 EQUIPO
Y MOBILIARIO EDUCACIONAL, DEPORTIVO
Y RECREATIVO - OTROS UNIDAD 280 1º y 2º SEM 40 3.750 150.000,00
50199 025 000000 MAQUINARIA
Y EQUIPO DIVERSO-PERCOLADORES UNIDAD 280 1º y 2º SEM 3 25.000 75.000,00
50199 045 000000 MAQUINARIA
Y EQUIPO DIVERSO-EXTINTORES UNIDAD 280 1º y 2º SEM 4 60.000 240.000,00
50199 055 000000 MAQUINARIA
Y EQUIPO DIVERSO- REFRIGERADORA DOMÉST UNIDAD 280 1º y 2º SEM 1 300.000 300.000,00
50199 075 000000 MAQUINARIA
Y EQUIPO DIVERSO-LÁMPARAS UNIDAD 280 1º y 2º SEM 14 14.000 196.000,00
50199 900 000000 MAQUINARIA
Y EQUIPO DIVERSO-OTROS UNIDAD 280 1º y 2º SEM 200 9.350 1.870.000,00
50199 900 002660 ESTACIÓN
DE TRABAJO 8 509.453 4.075.626,37
50199 900 000300 COFFEE
MAKER ELÉCTRICO UNIDAD 280 1º y 2º SEM 2 12.000 24.000,00
50199 900 002820 CAFETERA
ELÉCTRICA UNIDAD 280 1º y 2º SEM 1 25.000 25.000,00
50199 900 003200 DESHUMIDIFICADOR UNIDAD 280 1º y 2º SEM 2 45.000 90.000,00
50199 900 004010 MOTOGUADAÑA UNIDAD 280 1º y 2º SEM 2 40.000 80.000,00
50199 900 008400 PROTECTORA
DE CHEQUES UNIDAD 280 1º y 2º SEM 1 600.000 600.000,00
59903 000 000000 BIENES
INTANGIBLES UNIDAD 280 1º y 2º SEM 300 667 200.000,00
San José, 10 de enero del 2006.—Dixa
Córdoba Gómez, Proveedora Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº
30390).—C-637850.—(3025).
PROGRAMA 783 “ADMINISTRACIÓN PENITENCIARIA”
PLAN DE COMPRAS PERÍODO 2006
Subpartida Subclase Consecutivo Descripción Unid.
med Tipo fuente Período Cantidad Cost. total ¢
10101 000 000000 Alquiler
de edificios, locales y terrenos
10101 001 000000 Alquiler
de edificios y terrenos - Alquiler de edificios
10101 001 000001 ALQUILER DE EDIFICIOS Mes P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 4.800.000.00
10101 001 000020 ALQUILER
DE BODEGAS Mes P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 19.800.000.00
10101 001 000050 CONTRATO
DE ALQUILER DE EDIFICIOS Y TERRENOS (CONTRATO MARCO) Mes P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 27.600.000.00
10102 000 000000 Alquiler
de Maquinaria, equipo y mobiliario
10102 001 000000 Alquiler
de Maquinaria, equipo y mobiliario - Equipos varios
10102 001 000025 ALQUILER DE CENTRAL TELEFÓNICA Mes P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 1.080.000.00
10102 001 00035 ALQUILER
DE FOTOCOPIADORA Mes P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 1.320.000.00
10102 010 000000 Alquiler
de Maquinaria, equipo y mobiliario - Alquiler de equipo transporte
10102 010 000001 ALQUILER DE MONTACARGAS Horas P. ordinario I
y II Semestre 2006 48 240.000.00
10102 010 000045 ALQUILER
DE GRÚA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 120.000.00
10102 010 000055 ALQUILER
DE TANQUE CISTERNA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 360.000.00
10199 000 000000 Otros
alquileres
10199 900 000000 Otros
alquileres - Otros alquileres
10199 900 000002 ALQUILER DE ANDAMIOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 30.000.00
10199 900 000400 ALQUILER
DE CABAÑA SANITARIA PORTÁTIL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 450.000.00
Subpartida Subclase Consecutivo Descripción Unid.
med Tipo fuente Período Cantidad Cost. total ¢
10199 900 001000 ALQUILER
DE TOLDOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 1.300.000.00
10301 000 000000 Información
10301 001 000000 Información
- Información
10301 001 000080 CONTRATO DE SERVICIO DE INFORMACIÓN IMPRENTA NACIONAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 7.000.000.00
10302 000 000000 Publicidad
y propaganda
10302 001 000000 Publicidad
y propaganda - Publicidad
10302 001 000001 SERVICIO DE PUBLICIDAD Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 4.000.000.00
10302 001 000040 SERVICIO
DE PUBLICIDAD RADIOFÓNICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 1.500.000.00
10303 000 000000 Impresión,
encuadernación y otros
10303 001 000000 Impresión,
encuadernación y otros - Servicio de impresión
10303 001 000001 IMPRESIÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.500 625.000.00
10303 001 000005 FOLLETO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 600.000.00
10303 001 000020 PANFLETO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 960.000.00
10303 001 000050 BOLETÍN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.500 1.500.000.00
10303 001 000090 CARNÉ Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5.000 2.050.000.00
10303 001 000100 AFICHE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.500 875.000.00
10303 001 001000 CHEQUE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5.000 1.900.000.00
10303 001 001300 SOBRE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 8.000 200.000.00
10303 001 001520 RAZÓN
TELEFÓNICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 4.500 450.000.00
10303 001 001800 CONTRATO
SERVICIO DE IMPRESIÓN, ENCUADERNACIÓN Y OTROS (CONTRATO MARCO) Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 3.000.000.00
10303 005 000000 Impresión,
encuadernación y otros - Servicio de encuadernación
10303 005 000001 SERVICIO DE ENCUADERNACIÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 120 72.000.00
10303 005 000100 EMPASTE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 78.000.00
10204 000 000000 Servicio
de telecomunicaciones
10204 001 000000 Servicio
de telecomunicaciones - Servicio telefónico
10204 001 000001 SERVICIO TELEFÓNICO NACIONAL E INTERNACIONAL Mes P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 72.000.000.00
10204 001 000200 PAGO
DE SERVICIO DE CONEXIÓN PARA INTERNET -LÍNEA- Mes P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 24.000.000.00
10204 001 000300 CONTRATO
DE TELECOMUNICACIONES (CONTRATO MARCO) Mes P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 24.000.000.00
10204 005 000000 Servicio
de telecomunicaciones - Servicios de comunicación
10204 005 000001 PAGO SERVICIO DE RADIOLOCALIZACIÓN Mes P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 2.004.000.00
10204 005 000010 ALQUILER
DE RADIOLOCALIZADOR Mes P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 2.004.000.00
10203 000 000000 Servicio
de correo
10203 001 000000 Servicio
de correo - Servicio de correo
10203 001 000001 CONTRATO DE SERVICIO DE CORREOS (CONTRATO MARCO) Mes P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 15.000.000.00
10202 000 000000 Servicio
de energía eléctrica
10202 001 000000 Servicio
de energía eléctrica - Energía eléctrica
10202 001 000010 CONTRATO SERVICIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA (CONTRATO MARCO) Mes P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 396.000.000.00
10201 000 000000 Servicio
de agua y alcantarillado
10201 005 000000 Servicio
de agua y alcantarillado - Servicio de agua
10201 005 000001 CONTRATO DE SERVICIO DE AGUA POTABLE (CONTRATO MARCO) Mes P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 468.000.000.00
10299 000 000000 Otros
servicios básicos
10299 005 000000 Otros
servicios básicos - Recolección de basura
10299 005 000015 CONTRATO DE RECOLECCIÓN DE BASURA Mes P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 12.000.000.00
10501 005 000000 Transporte
dentro del país - Pago de peaje
10501 005 000005 PAGO DE PEAJE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 1.200.000.00
10504 001 000000 Viáticos
en el exterior
10504 001 000000 Viáticos
en el exterior - Viáticos en el exterior
10504 001 000005 PAGO DE VIÁTICOS AL EXTERIOR Días P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 1.070.000.00
10503 000 000000 Transporte
en el exterior
10503 001 000000 Transporte
en el exterior - Servicio de transporte al exterior
10503 001 000020 TRASLADO DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS Días P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 1.070.000.00
10304 000 000000 Transporte
de bienes
10304 001 000000 Transporte
de bienes - Transporte de bienes
10304 001 000001 TRANSPORTE DE CARGA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 550.000.00
10304 001 000100 TRANSPORTE
DE VALORES Mes P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 93.600.00
10501 000 000000 Transporte
dentro del país
10501 001 000000 Transporte
dentro del país - Transporte dentro del país
10501 001 000001 TRANSPORTE DENTRO DEL PAÍS Días P. ordinario I
y II Semestre 2006 365 11.680.000.00
10501 001 000300 TRASLADO
DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS Días P. ordinario I
y II Semestre 2006 365 11.680.000.00
10601 000 000000 Seguros
10601 001 000000 Seguros
- Seguros
10601 001 000001 PAGO DE SEGUROS Mes P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 93.600.000.00
10601 001 000010 CONTRATO
DE SEGUROS (CONTRATO MARCO) Mes P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 100.200.000.00
10601 001 000020 PAGO
SEGURO RIESGOS DE TRABAJO Mes P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 52.200.000.00
10402 000 000000 Servicios
Jurídicos
10402 001 000000 Servicios
Jurídicos - Servicios Jurídicos
10402 001 000305 CONSULTORÍA O ASESORÍA LEGAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 1.000.000.00
10402 001 004010 ASESORÍA
O CONSULTORÍA EN CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 1.000.000.00
10403 000 000000 Servicios
de Ingeniería
10403 001 000000 Servicios
de Ingeniería - Servicios de Ingeniería
10403 001 000010 CONSULTORÍA O ASESORÍA EN ARQUITECTURA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 1.000.000.00
10403 001 000020 CONSULTORÍA
O ASESORÍA EN CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 1.000.000.00
10403 001 001005 AUDITORÍA
DE SISTEMAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 1.000.000.00
10404 000 000000 Servicios
en Ciencias Económicas y Sociales
10404 001 000000 Servicios
en Ciencias Económicas y Sociales - Servicios en Ciencias Económicas y Sociales
10404 001 000080 CONSULTORÍA O ASESORÍA EN ADMINISTRACIÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 1.350.000.00
10404 001 000082 CONSULTORÍA
O ASESORÍA EN FINANZAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 1.200.000.00
10404 001 000130 CONSULTORÍA
EN GESTIÓN HUMANA Y CAMBIO ORGANIZACIONAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 1.150.000.00
Subpartida Subclase Consecutivo Descripción Unid.
med Tipo fuente Período Cantidad Cost. total ¢
10404 001 000150 CONSULTORÍA
O ASESORÍA EN ESTADÍSTICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 1.000.000.00
10404 001 001010 AUDITORÍA
FINANCIERA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 1.250.000.00
10404 001 001015 AUDITORÍA
INFORMÁTICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 1.000.000.00
10404 001 001025 AUDITORÍA
EXTERNA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 1.300.000.00
10404 001 001030 AUDITORÍA
INTERNA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 1.000.000.00
10404 001 001035 AUDITORÍA
EN MATERIA DE SEGURIDAD Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 1.125.000.00
10404 001 002300 CONSULTORÍA
EN RECURSOS HUMANOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 1.000.000.00
10405 000 000000 Servicios
de desarrollo de Sistemas informáticos
10405 001 000000 Servicios
de Desarrollo de Sistemas Informáticos - Servicios de Desarrollo de Sistemas
Informáticos
10405 001 002700 CONSULTORÍA EN ORGANIZACIÓN Y MANEJO DE INFORMACIÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 1.000.000.00
10806 900 000000 Mantenimiento
y reparación de equipo de comunicación-Otros
10806 900 000120 MANTENIMIENTO, REPARACIÓN Y LIMPIEZA DE FAX Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 50 1.750.000.00
10806 900 000025 REPARACIÓN
DE VIDEO BEAM Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 6 240.000.00
10807 000 000000 Mantenimiento
y reparación de equipo y mobiliario de oficina
10807 001 000000 Mantenimiento
y reparación de equipo y mobiliario de oficina-Máquina escribir manual
10807 001 000001 REPARACIÓN DE MÁQUINA DE ESCRIBIR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 70 1.750.000.00
10807 001 000005 MANTENIMIENTO
PREVENTIVO Y CORRECTIVO MÁQUINA DE ESCRIBIR MANUAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 70 1.750.000.00
10807 005 000000 Mantenimiento
y reparación de equipo y mobiliario de oficina-Máquina escribir eléctrica
10807 005 000001 REPARACIÓN DE MÁQUINA DE ESCRIBIR ELÉCTRICA Y
ELECTRÓNICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 40 1.200.000.00
10807 005 000005 REVISIÓN
DE MÁQUINA DE ESCRIBIR ELÉCTRICA Y ELECTRÓNICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 40 600.000.00
10807 005 000015 MANTENIMIENTO
PREVENTIVO Y CORRECTIVO MÁQUINA DE ESCRIBIR ELÉCTRICA O Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 40 800.000.00
10807 010 000000 Mantenimiento
y reparación de equipo y mobiliario de oficina-Fotocopiadoras
10807 010 000001 REPARACIÓN Y/O LIMPIEZA DE FOTOCOPIADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 1.500.000.00
10807 010 000020 REVISIÓN
DE FOTOCOPIADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 1.000.000.00
10807 010 000080 MANTENIMIENTO
Y/O REPARACIÓN DE FOTOCOPIADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 750.000.00
10807 020 000000 Mantenimiento
y reparación de equipo y mobiliario de oficina-Rep. mob.
de oficina
10807 020 000001 MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE
OFICINA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 90 1.800.000.00
10807 020 000010 CONTRATO
MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE MOBILIARIO Y EQUIPO OFICINA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 90 1.800.000.00
10807 025 000000 Mantenimiento
y reparación de equipo y mobiliario de oficina-Rep. reloj
marcador
10807 025 000001 REPARACIÓN DE RELOJ MARCADOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 225.000.00
10807 035 000000 Mantenimiento
y reparación de equipo y mobiliario de oficina-Rep. calc/sumadoras
10807 035 000001 REPARACIÓN DE CALCULADORA Y SUMADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 300.000.00
10807 045 000000 Mantenimiento
y reparación de equipo y mobiliario de oficina-Rep. maq.
Protectora
10807 045 000001 REPARACIÓN DE PROTECTORA DE CHEQUES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 50.000.00
10807 070 000000 Mantenimiento
y reparación de equipo y mobiliario de oficina-Rep. aire
acondiciona
10807 070 000001 REPARACIÓN DE AIRE ACONDICIONADO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 6 270.000.00
10807 070 000010 MANTENIMIENTO
PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE AIRE ACONDICIONADO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 6 300.000.00
10807 070 000020 REVISIÓN
DE AIRE ACONDICIONADO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 6 210.000.00
10808 000 000000 Mantenimiento
y reparación de equipo de cómputo y sistemas de información
10808 015 000000 Mantenimiento
y reparación de equipo y mobiliario de oficina-Equipo de cómputo
10808 015 000001 REPARACIÓN Y/O MANTENIMIENTO CORRECTIVO Y/O PREVENTIVO
DE COMPUTADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 1.980.000.00
10808 015 000010 MANTENIMIENTO,
REPARACIÓN Y REVISIÓN DE MONITOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 1.125.000.00
10808 015 000040 MANTENIMIENTO
Y REPARACIÓN DE IMPRESORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 35 822.500.00
10808 015 000100 MANTENIMIENTO,
REPARACIÓN Y REVISIÓN DE SCANNER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 115.000.00
10808 015 000120 MANTENIMIENTO,
REPARACIÓN Y REVISIÓN DE UNIDAD DE POTENCIA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 28 616.000.00
10808 015 000200 CONVERSIÓN
O ACTUALIZACIÓN DE EQUIPO DE COMPUTACIÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 750.000.00
10808 015 000250 REPARACIÓN
Y MANTENIMIENTO DE UNA FUENTE DE PODER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 1.125.000.00
10899 000 000000 Mantenimiento
y reparación de otros equipos
10899 005 000000 Mantenimiento
y reparación de otros equipos-Rep. Electrodomésticos
10899 005 000160 REPARACIÓN DE LICUADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 26 1.742.000.00
10899 005 000180 REPARACIÓN
DE BATIDORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 105.000.00
10899 005 000200 REPARACIÓN
DE ELECTRODOMÉSTICOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 180.000.00
10805 000 000000 Mantenimiento
y reparación de equipo de transporte
10805 001 000000 Mantenimiento
y reparación de equipo de transporte-Vehículos
10805 001 000010 REPARACIÓN Y SUMINISTRO DE REPUESTOS PARA VEHICULO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 80 60.000.000.00
10805 001 000020 REPARACIÓN
Y MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 80 52.000.000.00
10805 001 000022 MANTENIMIENTO
PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE VEHÍCULOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 80 56.000.000.00
10805 001 000030 REPARACIÓN,
ENDEREZADO, CARROCERÍA Y PINTURA DE VEHÍCULOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 7.500.000.00
10805 005 000000 Mantenimiento
y reparación de equipo de transporte-Motocicletas
10805 005 000001 REPARACIÓN DE MOTOCICLETA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 1.750.000.00
10805 005 000101 ENDEREZADO
Y PINTURA DE MOTOCICLETAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 1.050.000.00
10804 005 000000 Mantenimiento
y reparación de Maquinaria y equipo de producción-Básculas, romanas y balanzas
10804 005 000100 MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE ROMANA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 27 3.375.000.00
10804 005 000200 MANTENIMIENTO
Y REPARACIÓN DE BASCULA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 2.750.000.00
10806 045 000000 Mantenimiento
y reparación de equipo de comunicación-Teléfonos
10806 030 000001 MANTENIMIENTO, REPARACIÓN Y LIMPIEZA DE CENTRAL
TELEFÓNICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 450.000.00
10806 030 000500 REPARACIÓN
DE TELÉFONO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 380.000.00
10806 035 000000 Mantenimiento
y reparación de equipo de comunicación-Teléfonos
10806 035 000001 MANTENIMIENTO, REPARACIÓN Y LIMPIEZA DE EQUIPO DE
COMUNICACIÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 35 1.295.000.00
10806 035 000100 MANTENIMIENTO,
REPARACIÓN Y LIMPIEZA DE RADIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 690.000.00
10806 035 000500 REPARACIÓN,
MANTENIM. PREVENTIVO Y/O CORRECTIVO DE EQ. RADIOCOMUNIC Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 1.680.000.00
10806 035 000510 REPARACIÓN
DE RADIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 175.000.00
10806 045 000000 Mantenimiento
y reparación de equipo de comunicación-Equipo audio y video
10806 045 000010 REPARACIÓN Y/O MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE VIDEO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 175.000.00
10806 045 000040 REPARACIÓN
Y/O MANTENIMIENTO DE TELEVISOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 500.000.00
10806 045 000060 REPARACIÓN
Y/O MANTENIMIENTO DE VHS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 600.000.00
10806 045 000080 REPARACIÓN
Y/O MANTENIMIENTO DE GRABADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 125.000.00
10806 045 000200 REPARACIÓN
Y/O MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE SONIDO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 175.000.00
Subpartida Subclase Consecutivo Descripción Unid.
med Tipo fuente Período Cantidad Cost. total ¢
10804 050 000000 Mantenimiento
y reparación de Maquinaria y equipo de producción-Rep. Eq. Refirgerac.
10804 050 000001 REPARACIÓN DE SISTEMA DE REFRIGERACIÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 1.400.000.00
10804 050 000100 MANTENIMIENTO
PREVENTIVO Y CORRECTIVO P/EQUIPO DE REFRIGERACIÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 1.740.000.00
10804 050 000200 REPARACIÓN
Y/O MANTENIMIENTO DE REFRIGERADORAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 675.000.00
10804 010 000000 Mantenimiento
y reparación de Maquinaria y equipo de producción-Repar. de
bombas de agua
10804 010 000001 REPARACIÓN DE BOMBAS DE AGUA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 195.000.00
10899 010 000000 Mantenimiento
y reparación de otros equipos-Rep. eq. Cocina
10899 010 000020 MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE BAÑO MARÍA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 725.000.00
10899 010 000080 MANTENIMIENTO
Y REPARACIÓN DE COCINAS DE GAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 27 6.750.000.00
10804 035 000000 Mantenimiento
y reparación de Maquinaria y equipo de producción-Repar. Plantas
10804 035 000001 MANTENIMIENTO Y/O REPARACIÓN DE PLANTAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 1.950.000.00
19905 005 000000 Deducibles-Deducibles
19905 005 000010 DEDUCIBLE DE PÓLIZA DE VEHICULO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 7.000.000.00
10801 900 000000 Mantenimiento
de edificios y locales - Otros
10801 900 000005 SERVICIO DE CARGA Y REVISIÓN DE EXTINTOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 4.000.000.00
20101 000 000000 Combustibles
y lubricantes
20101 001 000000 Combustibles
y lubricantes-Gasolina
20101 001 000005 CONTRATO DE CUPONES PARA GASOLINA (CONTRATO MARCO) Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 100.000.000.00
20101 005 000005 CONTRATO
DE CUPONES PARA DIESEL (CONTRATO MARCO) Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 90.000.000.00
20101 010 000000 Combustibles
y lubricantes-Lubricantes
20101 010 000001 ACEITE LUBRICANTE Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.500 1.750.000.00
20101 010 000150 LUBRICANTE
PENETRANTE Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 300.000.00
20101 010 000160 ACEITE
LUBRICANTE SAE 40 Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 2.100.000.00
20101 010 000240 ACEITE
LUBRICANTE P/MOTOCICLETA Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 60.000.00
20101 010 000280 ANTIOXIDANTE
PARA RADIADOR Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 80 40.000.00
20101 010 000281 LIQUIDO
PARA RADIADOR Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 80 44.000.00
20101 010 000320 ACEITE
HIDRÁULICO Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 65.000.00
20101 010 000405 ACEITE
DE TRANSMISIÓN Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 90 63.000.00
20101 010 000641 ANTICORROSIVO
P/RADIADOR Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 80 32.000.00
20101 010 001010 LIQUIDO
PARA FRENO Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 60.000.00
20101 010 001015 LIQUIDO
PARA DIRECCIONES Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 60 30.000.00
20101 010 001312 ACEITE
LUBRICANTE 15W40 Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 250 175.000.00
20101 010 002540 ACEITE
PARA COMPRESOR Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 14.400.00
20101 010 006300 ACEITE
USO DOMESTICO SIMILAR A 3 EN 1 Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 40 18.000.00
20101 010 006400 ACEITE
SINTÉTICO Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 60.000.00
20101 015 000000 Combustibles
y lubricantes-Grasas
20101 015 000001 GRASA Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 51 102.000.00
20101 015 000021 GRASA
AUTOMOTRIZ Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 50 75.000.00
20101 015 000300 GRASA
BLANCA Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 20.000.00
20101 015 000400 GRASA
BIODEGRADABLE Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 40.000.00
20101 900 000000 Combustibles
y lubricantes-Otros combustibles
20101 900 000001 CANFÍN Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 60.000.00
20101 900 000100 CILINDRO
GAS PROPANO Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000.000 190.000.000.00
20101 900 000105 GAS
PROPANO Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.100.000 214.500.000.00
20101 900 000605 JERINGA
P/GRASA LUBRICANTE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 35.000.00
20102 000 000000 Productos
farmacéuticos y medicinales
20102 040 000000 Productos
farmacéuticos y medicinales-Anestésicos
20102 040 000001 ANESTESIA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.800 570.000.00
20102 040 000100 XILOCAÍNA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 150.000.00
20102 040 000120 LIDOCAÍNA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 150.000.00
20102 040 000140 CARBOCAÍNA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 150.000.00
20102 050 000000 Productos
farmacéuticos y medicinales-Analgési-no-narcótic
20102 050 000001 ACETAMINOFÉN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 300.000.00
20102 050 000400 TYLENOL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 280.000.00
20102 050 000600 ASPIRINA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 200.000.00
20102 050 000700 MEJORAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 6.000 960.000.00
20102 055 000000 Productos
farmacéuticos y medicinales-Analgésicos locales
20102 055 000100 COFAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 50 75.000.00
20102 055 000800 ZEPOL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 39.000.00
20102 060 000000 Productos
farmacéuticos y medicinales -Anestésicos locales
20102 060 000300 ANESTENKA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 87.500.00
20102 065 000000 Productos
farmacéuticos y medicinales-Anticolinégicos/antiespasmódicos
20102 065 000300 ESPASMOCIBALGINA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 400 340.000.00
20102 065 000500 BUSCAPINA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 350 140.000.00
20102 065 000700 BUSCAPINA
COMPUESTO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 135.000.00
20102 065 001440 DORIVAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 30.000.00
20102 090 000000 Productos
farmacéuticos y medicinales- anti-inflamatorio / antirreumático / analgésico
20102 090 000001 VOLTAREN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 150 37.500.00
20102 090 000100 CATAFLAN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 120 36.000.00
20102 090 001600 MOTRIN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 26.000.00
20102 090 002400 SULINDAC Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 30.000.00
20102 165 000000 Productos
farmacéuticos y medicinales-Prep.ginecológicas
20102 165 000900 TROFODERMIN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 25.000.00
20102 165 001000 OVULO
VAGINAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 120 228.000.00
20102 165 001020 GYNO-DAKTARIN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 150.000.00
20102 225 000000 Productos
farmacéuticos y medicinales-Antisépticos bucales
20102 225 0000000 PASTA DENTAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 205.000 51.250.000.00
Subpartida Subclase Consecutivo Descripción Unid.
med Tipo fuente Período Cantidad Cost. total ¢
20102 270 000000 Productos
farmacéuticos y medicinales-Materiales para uso odontológico
20102 270 000900 AMALGAMA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 3.500.000.00
20103 000 000000 Productos
veterinarios
20103 280 000000 Productos
veterinarios-Medicinas para uso veterinario
20103 280 000920 VITAMINAS PARA ANIMALES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 50 150.000.00
20103 285 000000 Productos
veterinarios -Vacunas veterinarias
20103 285 000001 VACUNA USO VETERINARIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 60.000.00
20103 285 000210 VACUNA
ANTIRRÁBICA CANINA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 50.000.00
20102 900 000000 Productos
farmacéuticos y medicinales-Varios
20102 900 000050 MEDICINAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5.000 7.500.000.00
20102 900 002020 FLUORURO
-ANTICARIES- Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 160.000.00
20104 000 000000 Tintas,
pinturas y diluyentes
20104 005 000000 Tintas,
pinturas y diluyentes- Aguarrás
20104 005 000001 AGUARRÁS Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.120 1.560.000.00
20102 000 000000 Productos
farmacéuticos y medicinales I
y II Semestre 2006 0.00
20102 325 000000 Productos
farmacéuticos y medicinales-Alcohol I
y II Semestre 2006 0.00
20102 325 000001 ALCOHOL Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 750.000.00
20102 325 000110 ALCOHOL
DE 90 GRADOS Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 900.000.00
29905 000 000000 Útiles
y materiales de limpieza
29905 015 000000 Útiles
y materiales de limpieza - Carbolina
29905 015 000001 CARBOLINA Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 16.000 8.000.000.00
29905 020 000000 Útiles
y materiales de limpieza - Cloro
29905 020 000001 HIPOCLORITO DE SODIO -CLORO- Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 15.000 1.950.000.00
29905 020 000011 HIPOCLORITO
DE SODIO INDUSTRIAL Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 10.000 1.300.000.00
29905 020 000060 HIPOCLORITO
DE SODIO GRANULADO Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 200.000.00
29905 020 000082 HIPOCLORITO
DE SODIO AL 12 % DE CONCENTRACIÓN Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 10.000 1.350.000.00
29905 020 000099 HIPOCLORITO
DE SODIO AL 5 % DE CONCENTRACIÓN Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 10.000 1.300.000.00
29905 020 000100 HIPOCLORITO
DE SODIO AL 6 % DE CONCENTRACIÓN Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 15.000 1.950.000.00
29905 025 000000 Útiles
y materiales de limpieza - Desinfectante
29905 025 000001 DESINFECTANTE Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 600.000.00
29905 025 000120 DESINFECTANTE
BACTERICIDA Y GERMICIDA Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 420.000.00
29905 025 000160 DESINFECTANTE
LIMPIADOR MULTIUSO, DIFERENTES AROMAS Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.500 500.000.00
29905 025 000250 DESINFECTANTE
LIMPIADOR, REMOVEDOR DE MANCHAS Y GRASA Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 500.000.00
29905 025 000260 DESINFECTANTE
TIPO HOSPITALARIO Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 525.000.00
29905 025 000305 DESINFECTANTE
GERMICIDA Y FUNGICIDA Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.800 450.000.00
29905 025 000380 DESINFECTANTE
EN PASTILLA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 600.000.00
29905 025 000501 DESINFECTANTE
PARA INSTRUMENTAL ODONTOLÓGICO Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 52.500.00
29905 025 000600 DESINFECTANTE
CONCENTRADO Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 800.000.00
29905 025 000604 DESINFECTANTE
CONCENTRADO USO VETERINARIO Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 90 18.000.00
29905 025 000610 DESINFECTANTE
LIMPIADOR MULTIUSO A BASE DE CLORURO DE BENZOALCONIO Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 390.000.00
29905 025 000940 DESINFECTANTE
BIODEGRADABLE Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 700.000.00
29905 030 000000 Útiles
y materiales de limpieza - Desodorante ambiental
29905 030 000001 DESODORANTE AMBIENTAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.500 2.800.000.00
29905 030 000200 CONTROLADOR
AMBIENTAL, BACTERICIDA-GERMICIDA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 2.700.000.00
29905 030 000301 NEUTRALIZADOR
DE MALOS OLORES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 1.750.000.00
29905 030 000303 CONTROLADOR
DE MALOS OLORES EN AGUAS NEGRAS, CLOACAS, ETC Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.500 1.575.000.00
29905 030 000550 DESODORANTE
AMBIENTAL GERMICIDA Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 4.000 1.400.000.00
29905 030 000600 DESODORANTE
AMBIENTAL CONCENTRADO Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 4.000 1.600.000.00
29905 030 000701 DESODORANTE
AMBIENTAL EN VARIOS AROMAS, PARA CLÓSET Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.500 6.300.000.00
29905 030 000702 DESODORANTE
AMBIENTAL ANTI HONGOS, HUMEDAD Y POLILLA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 1.500.000.00
29905 030 000800 DESODORANTE
AMBIENTAL LIQUIDO PARA PISOS Y SANITARIOS Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 700.000.00
29905 030 050010 DESODORANTE
AMBIENTAL EN AEROSOL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 4.000 7.200.000.00
29905 030 050040 PASTILLAS
DESODORANTES PARA INODORO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 4.500 5.400.000.00
20199 040 000000 Otros
productos químicos - Fungicidas
20199 040 000001 FUNGICIDA Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 2.500.000.00
20199 045 000000 Otros
productos químicos - Herbicidas 0.00
20199 045 000001 HERBICIDA Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 2.600.000.00
20199 050 000000 Otros
productos químicos - Insecticidas 0.00
20199 050 000001 INSECTICIDA Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 4.000 4.000.000.00
20199 050 000020 INSECTICIDA
Y CUCARACHICIDA EN AEROSOL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 1.350.000.00
20199 050 000021 INSECTICIDA
NEMATICIDA GRANULADO, TERBUTOS-CARBOFURAN, ACCIÓN SIST Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.500 6.500.000.00
20199 050 000360 INSECTICIDA
EN POLVO Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.500 12.600.000.00
20199 050 001305 INSECTICIDA
GRANULADO PARA MOSCAS Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 1.750.000.00
20199 050 100040 INSECTICIDA
EN AEROSOL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 800.000.00
29905 000 000000 Útiles
y materiales de limpieza
29905 070 000000 Útiles
y materiales de limpieza - Potasa
29905 070 000001 POTASA Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 3.300.000.00
20104 085 000000 Tintas,
pinturas y diluyentes - Tinta
20104 085 000001 TINTA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 1.500.000.00
20104 085 000005 TINTA
PARA NUMERADOR AUTOMÁTICO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 540.000.00
20104 085 000010 TINTA
PARA NUMERADOR METÁLICO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 570.000.00
20104 085 000100 TINTA
PARA SELLOS DE HULE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.500 625.000.00
20104 085 003200 TINTA
PARA FAX Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 2.800.000.00
20104 085 007900 TINTA
PARA MARCADOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 150 90.000.00
20104 085 009020 CARTUCHOS
DE TINTA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 16.000.000.00
20104 085 009200 TINTA
PARA IMPRESORA DE INYECCIÓN EPSON Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.200 15.600.000.00
20104 085 009400 TINTA
PARA IMPRESORA HEWLETT PACKARD -CARTUCHO- Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 5.800.000.00
20104 085 009900 TINTA
PARA IMPRESORA LEXMARK -CARTUCHO- Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 1.800.000.00
Subpartida Subclase Consecutivo Descripción Unid.
med Tipo fuente Período Cantidad Cost. total ¢
20104 085 010000 TINTA
PARA RODILLO DE MÁQUINA DE ESCRIBIR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 135.000.00
20104 085 010020 TINTA
PARA DUPLICADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 150 2.250.000.00
20104 085 010040 MASTER
PARA DUPLICADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 50 1.500.000.00
20104 085 010060 TINTA
PARA PLOTTER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 66 1.716.000.00
20104 090 000000 Tintas,
pinturas y diluyentes - Tóner
20104 090 000001 TÓNER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 6.000.000.00
20104 090 000005 TÓNER
PARA FOTOCOPIADORA BROTHER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 125 5.250.000.00
20104 090 000010 TÓNER
PARA IMPRESORA HEWLETT PACKARD Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 3.100.000.00
20104 090 000020 TÓNER
PARA FOTOCOPIADORA PANASONIC Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 50 1.900.000.00
20104 090 000100 TÓNER
PARA FOTOCOPIADORA CANON Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 36 900.000.00
20104 090 000200 TÓNER
PARA FOTOCOPIADORA LANIER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 36 720.000.00
20104 090 000300 TÓNER
PARA FOTOCOPIADORA GESTETNER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 36 540.000.00
20104 090 000400 TÓNER
PARA FOTOCOPIADORA MITA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 36 648.000.00
20104 090 000600 TÓNER
PARA FOTOCOPIADORA XEROX Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 1.050.000.00
20104 090 000700 TÓNER
PARA FOTOCOPIADORA SHARP Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 720.000.00
20104 090 000850 TÓNER
PARA FOTOCOPIADORA RICOH Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 150.000.00
20104 090 001000 TÓNER
PARA FOTOCOPIADORA MINOLTA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 60 2.100.000.00
20104 090 001100 TÓNER
PARA IMPRESORA LÁSER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 24 720.000.00
20104 090 001750 TÓNER
PARA IMPRESORA EPSON Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 276.000.00
20104 090 001800 TÓNER
PARA IMPRESORA PANASONIC Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 24 432.000.00
20104 090 001950 TÓNER
PARA IMPRESORA LEX-MARK Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 3.180.000.00
20104 090 002420 TÓNER
PARA FOTOCOPIADORA KONICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 24 480.000.00
20104 090 002880 TÓNER
PARA FAX PANASONIC Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 60 900.000.00
20104 090 002900 TÓNER
PARA FAX LANIER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 300.000.00
20104 090 003140 TÓNER
PARA FAX XEROX Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 160.000.00
20199 100 000000 Otros
productos químicos - Removedores
20199 100 000001 REMOVEDOR Gramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 1.350.000.00
20199 100 000900 REMOVEDOR
DE GRASA Gramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 1.350.000.00
20199 000 000000 Otros
productos químicos
20199 115 000000 Otros
productos químicos - Dieléctrico
20199 115 000001 DIELÉCTRICO -UTILIZADOS EN EQUIPO ELÉCTRICO- Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 960.000.00
20199 115 000002 DIELÉCTRICO
DESENGRASANTE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 750.000.00
20199 115 000003 DIELÉCTRICO
DESENGRASANTE SOLVENTE DE ALTA SEGURIDAD SECADO RÁPIDO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 900.000.00
20199 115 000320 DIELÉCTRICO
SECADO RÁPIDO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 900.000.00
20199 115 000400 DIELÉCTRICO
RESTAURADOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 750.000.00
20199 115 000402 DIELÉCTRICO
RESTAURADOR DESPLAZADOR DE HUMEDAD BARNIZ AISLANTE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 750.000.00
20199 115 000500 DIELÉCTRICO
LOCALIZADOR DE FALLAS EN CIRCUITOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 750.000.00
20199 120 000000 Otros
productos químicos - Desengrasante
20199 120 000002 DESENGRASANTE LÍQUIDO Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 350 157.500.00
20199 120 000400 DESENGRASANTE
LIMPIADOR Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 250 85.000.00
20199 120 000403 DESENGRASANTE
LIMPIADOR DE EQUIPO ELÉCTRICO Y ELECTRÓNICO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 310 775.000.00
20199 120 000406 DESENGRASANTE
LIMPIADOR DE EQUIPO ELÉCTRICO Y ELECTRÓNICO, SECADO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 260 780.000.00
20199 120 000700 DESENGRASANTE
PARA COCINA Y HOLLÍN (CORTA GRASA) Gramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 6.000 600.000.00
20199 120 000800 DESENGRASANTE
DIELÉCTRICO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 350 875.000.00
29905 000 000000 Útiles
y materiales de limpieza
29905 125 000000 Útiles
y materiales de limpieza - Abrillantador
29905 125 000001 ABRILLANTADOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 450.000.00
29905 125 000003 ABRILLANTADOR
DE ALUMINIO Y ACERO INOXIDABLE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 600.000.00
29905 125 000100 ABRILLANTADOR
Y PULIDOR CON PODER BACTERICIDA PARA METAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 190.000.00
20199 000 000000 Otros
productos químicos
20199 130 000000 Otros
productos químicos - Desoxidante
20199 130 000001 DESOXIDANTE Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 480.000.00
20199 130 000210 DESOXIDANTE
PENETRANTE Y LUBRICANTE DE USO PESADO Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 360.000.00
20199 145 000000 Otros
productos químicos - Solventes
20199 145 000001 SOLVENTE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 350 700.000.00
20199 145 000021 SOLVENTE
DESENGRASANTE LÍQUIDO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 500.000.00
20199 145 000025 SOLVENTE
DESENGRASANTE PARA EQUIPO ELÉCTRICO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 900.000.00
20199 145 000565 SOLVENTE
DIELÉCTRICO DESHUMEDECEDOR PARA EQUIPO ELÉCTRICO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 400 1.200.000.00
20199 145 000566 SOLVENTE
DIELÉCTRICO DE SEGURIDAD Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 1.050.000.00
20199 145 000700 SOLVENTE
LIMPIADOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 250 625.000.00
20199 145 000720 SOLVENTE
LIMPIADOR INDUSTRIAL, MULTIUSO NO INFLAMABLE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 320 640.000.00
20199 145 001090 DISOLVENTE
PARA LIMPIEZA DE EQUIPOS ELECTRÓNICOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 315 787.500.00
20199 175 000000 Otros
productos químicos - Pastas
20199 175 000001 PASTAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 210.000 65.100.000.00
20199 175 000800 PASTA
PARA GOTERAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 350 315.000.00
20199 175 001550 PASTA
SELLADORA DE REVESTIMIENTO METÁLICO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 150 120.000.00
20199 000 000000 Otros
productos químicos
20199 200 000000 Otros
productos químicos - Nematicidas
20199 200 000001 NEMATICIDA Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 650 585.000.00
20199 215 000000 Otros
productos químicos - Ácidos
20199 215 000001 ACIDO Gramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 50 100.000.00
20199 215 000020 ACIDO
P/BATERÍA Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 720.000.00
20199 215 000100 ACIDO
CLORHÍDRICO Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 200.000.00
20199 215 000200 ACIDO
MURIÁTICO Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 700 245.000.00
20199 270 000000 Otros
productos químicos - Productos orgánicos
20199 270 000010 CLORO ORGÁNICO Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 12.000 9.600.000.00
20199 270 000040 DESATORADOR
BIOLÓGICO PARA TUBERÍAS DE DESAGÜE Y DRENAJE Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.500 1.680.000.00
Subpartida Subclase Consecutivo Descripción Unid.
med Tipo fuente Período Cantidad Cost. total ¢
20199 000 000000 Otros
productos químicos
20199 900 000000 Otros
productos químicos - Otros
20199 900 000055 RESINA COMPUESTA Gramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 16.000 640.000.00
20199 900 000060 RESINA
FOTOCURADA Gramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 11.500 230.000.00
20199 900 000700 AMALGAMA Gramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.800 1.080.000.00
20199 900 000850 AMONIO
QUATERNARIO Gramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 67.500.00
20199 900 001706 FLÚOR Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 76.000.00
20199 900 001821 CREMA
QUITA GRASA PARA MECÁNICOS Gramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 6.000 210.000.00
20199 900 005300 RESINA Gramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 18.000 720.000.00
20199 900 005310 RESINA
EPÓXICA Gramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 11.500 230.000.00
20199 900 005315 RESINA,
TIPO FOTOCURADO Gramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 12.000 540.000.00
20199 900 008750 GAS
PARALIZANTE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5.000 9.000.000.00
20199 900 009220 GARRAPATICIDA Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 50 30.000.00
20199 900 012240 FLUORURO
DE SODIO Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 6.000 1.800.000.00
20199 900 012600 VENENO Gramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 9.000 3.105.000.00
20199 900 121580 RODENTICIDA Gramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 8.000 520.000.00
29905 000 000000 Útiles
y materiales de limpieza
29905 900 000000 Útiles
y materiales de limpieza-Varios
29905 900 012700 DESATORADOR DE CAÑERÍA Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.500 1.610.000.00
29904 010 000000 Textiles
y vestuario - Cobijas
29904 010 000001 COBIJA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 6.000 18.000.000.00
29904 010 000005 COBIJA
INDIVIDUAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 6.000 18.000.000.00
29904 010 000020 COBIJA
MATRIMONIAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 6.000.000.00
29904 015 000000 Textiles
y vestuario - Colchones / colchonetas
29904 015 000030 COLCHÓN DE ESPUMA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 4.000 16.000.000.00
29904 015 000160 COLCHÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 4.000 16.000.000.00
29904 025 000000 Textiles
y vestuario - Blusas
29904 025 000001 BLUSA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 1.000.000.00
29904 035 000000 Textiles
y vestuario - Camisas/camisetas
29904 035 000001 CAMISA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 7.000 29.400.000.00
29904 035 000140 CAMISETA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 400 1.800.000.00
29904 035 000141 CAMISETAS
-T SHIRT- Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 400 1.800.000.00
29904 000 000000 Textiles
y vestuarios
29904 045 000000 Textiles
y vestuario - Enaguas
29904 045 000001 ENAGUA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 1.200.000.00
29904 055 000000 Textiles
y vestuario - Pantalones
29904 055 000001 PANTALÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 7.000 49.000.000.00
29904 055 000040 PANTALÓN
DE ARMY Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 1.830.000.00
29904 055 000110 PANTALÓN
P/ VIGILANCIA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 7.000 49.000.000.00
29904 070 000000 Textiles
y vestuario - Uniforme I
y II Semestre 2006
29904 070 000001 UNIFORME Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 7.000 91.000.000.00
29904 070 000005 UNIFORME
POLICIAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 7.000 91.000.000.00
29904 075 000000 Textiles
y vestuario - Zapatos/botas/botines
29904 075 000001 ZAPATOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 75 750.000.00
29904 075 000800 BOTAS
CANA ALTA TIPO POLICIAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.500 45.500.000.00
29904 075 000850 BOTAS
DE CUERO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 4.000 42.000.000.00
29904 075 000900 BOTAS
DE HULE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 600.000.00
29904 080 000000 Textiles
y vestuario - Hilos
29904 080 000001 HILO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 121.600.00
29904 080 000040 HILO
DE NYLON Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 105.000.00
29904 080 000130 HILO
P/SUTURA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 250 125.000.00
29904 080 000145 SUTURAS
USO MEDICO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 250 137.500.00
29904 090 000000 Textiles
y vestuario - Mecates
29904 090 000080 MECATE Metro P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 600.000.00
29904 090 000085 MECATE
DE CABUYA Metro P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 650.000.00
29904 090 000259 MECATE
DE NYLON Metro P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 175.000.00
29904 095 000000 Textiles
y vestuario - Telas 0.00
29904 095 000001 TELA Metro P. ordinario I
y II Semestre 2006 900 2.250.000.00
29904 095 000003 ARMY Metro P. ordinario I
y II Semestre 2006 900 1.800.000.00
29904 095 000005 TELA
PARA MUEBLES Metro P. ordinario I
y II Semestre 2006 900 1.710.000.00
29904 095 000079 CASIMIR Metro P. ordinario I
y II Semestre 2006 900 1.080.000.00
29904 095 000099 DACIÓN Metro P. ordinario I
y II Semestre 2006 900 1.800.000.00
29904 095 000119 DAMASCO Metro P. ordinario I
y II Semestre 2006 900 1.620.000.00
29904 095 000180 DOCOMA Metro P. ordinario I
y II Semestre 2006 900 1.710.000.00
29904 095 001540 QUIANA Metro P. ordinario I
y II Semestre 2006 900 1.350.000.00
29904 095 001860 TERCIOPELO Metro P. ordinario I
y II Semestre 2006 900 1.170.000.00
29904 095 050020 FRANELA Metro P. ordinario I
y II Semestre 2006 900 1.350.000.00
29904 100 000000 Textiles
y vestuario - Estropajo, mechas para pisos
29904 100 000100 MECHA INDUSTRIAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.500 10.500.000.00
29904 100 000101 MECHA
INDUSTRIAL 600 G REFORZADA CON 4 COSTURAS, TIPO AMERICANO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.500 10.500.000.00
29904 100 075040 ESTROPAJOS
PARA PISOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.500 10.500.000.00
29904 105 000000 Textiles
y vestuario - Paños 0.00
29904 105 000001 PAÑO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 2.500.000.00
29904 105 100050 PAÑOS
DE ALGODÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 2.500.000.00
29904 110 000000 Textiles
y vestuario - Limpiones 0.00
29904 110 000001 LIMPIONES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 1.200.000.00
Subpartida Subclase Consecutivo Descripción Unid.
med Tipo fuente Período Cantidad Cost. total ¢
29904 110 000010 LIMPIÓN
DE ALGODÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 1.200.000.00
29904 115 000000 Textiles
y vestuario - Capas y capotes 0.00
29904 115 000001 CAPAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 400 6.000.000.00
29904 115 000006 CAPA
DE NYLON PVC Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 400 7.200.000.00
29904 115 000063 CAPA
PONCHO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 400 5.600.000.00
29904 115 000065 CAPAS
DE HULE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 400 5.400.000.00
29904 120 000000 Textiles
y vestuario - Cinta engomada para encuadernación 0.00
29904 120 000001 CINTA
ENGOMADA PARA ENCUADERNACIÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 350 420.000.00
29904 125 000000 Textiles
y vestuario - Cortinas 0.00
29904 125 000002 CORTINA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 5.000.000.00
29904 125 000300 CORTINA
P/BAÑO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 5.000.000.00
29904 130 000000 Textiles
y vestuario - Cobertores
29904 130 000010 COBERTOR P/CPU Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 400.000.00
29904 130 000011 COBERTOR
PARA ESCÁNER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 42.000.00
29904 130 000012 COBERTOR
DE 3 PIEZAS, P/EQUIPO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 170 476.000.00
29904 130 000020 COBERTOR
PARA IMPRESORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 80 224.000.00
29904 130 000039 COBERTOR
PARA TECLADO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 280.000.00
29904 130 000060 COBERTOR
PARA TECLADO Y PANTALLA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 90 252.000.00
29904 130 000070 COBERTOR
PARA CPU -MINITORRE- Y TECLADO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 750.000.00
29904 130 000120 COBERTOR
PARA MONITOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 80 224.000.00
29904 130 000160 COBERTOR
PARA FOTOCOPIADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 42.000.00
29904 135 000000 Textiles
y vestuario - Gorras
29904 135 000002 GORRA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 0.00
29904 145 000000 Textiles
y vestuario - Jackets 0.00
29904 145 000020 JACKET Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 9.600.000.00
29904 145 000100 JACKET
DE TELA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 9.600.000.00
29904 155 000000 Textiles
y vestuario - Manteados
29904 155 000001 MANTEADO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 1.080.000.00
29904 155 000002 MANTEADO
DE LONA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 1.080.000.00
29904 170 000000 Textiles
y vestuario - Sabanas y sobrecamas
29904 170 000001 SÁBANA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 10.500.000.00
29904 170 000005 SÁBANA
INDIVIDUAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 4.000 16.000.000.00
29904 170 000020 SÁBANA
MATRIMONIAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 10.000.000.00
29904 205 000000 Textiles
y vestuario - Viniles
29904 205 000001 VINIL Metro P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 900.000.00
29904 220 000000 Textiles
y vestuario - Insignias
29904 220 000001 INSIGNIA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 7.000 7.000.000.00
29904 220 000020 INSIGNIA
BORDADA EN TELA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 7.000 7.000.000.00
29904 900 000000 Textiles
y vestuario - Otros
29904 900 000001 BANDERA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 87.500.00
29904 900 000004 BANDERA
DE TELA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 40.000.00
29904 900 000020 PABELLÓN
NACIONAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 55.000.00
29904 900 000299 DELANTAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 350 1.400.000.00
29904 900 000601 FELPA
PARA RODILLO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 200.000.00
29906 900 000000 Útiles
y materiales de resguardo y seguridad-Otros
29906 900 001220 CINTURÓN POLICIAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 4.000 26.000.000.00
29903 000 000000 Productos
de papel, cartón e impresos
29903 001 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Archivadores y carpetas
29903 001 000001 ARCHIVADOR DE CARTÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.500 1.750.000.00
29903 001 000002 ARCHIVADOR
DE CARTÓN MEDIA CARTA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 750.000.00
29903 001 000005 ACHIVADOR
ACORDEÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 160.000.00
29903 001 001200 CARPETAS
COLGANTES TAMAÑO CARTA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 12.500 1.125.000.00
29903 001 025010 ARCHIVADORES
DE CARTÓN TAMAÑO CARTA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.500 1.625.000.00
29903 001 025015 ARCHIVADORES
DE CARTÓN TAMAÑO OFICIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.500 1.700.000.00
29903 001 030015 CARPETAS
COLGANTES TAMAÑO OFICIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25.000 2.375.000.00
29903 001 125030 CARPETAS
DE MANILA TAMAÑO CARTA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30.000 510.000.00
29903 001 125040 CARPETAS
MANILA TAMAÑO OFICIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 40.000 840.000.00
29903 005 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Papel bond
29903 005 000004 PAPEL BOND MEDIDAS Y COLOR A ESCOGER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5.000 8.000.000.00
29903 005 000121 PAPEL
BOND DE 75 g, PARA FOTOCOPIADORA, EN LAMINAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 4.500.000.00
29903 005 000162 PAPEL
PARA FOTOCOPIADORA TAMAÑO LEGAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.500 4.000.000.00
29903 005 000221 PAPEL
BOND ORIGINAL, TAMAÑO CARTA, MEMBRETADO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.500 4.500.000.00
29903 005 000240 PAPEL
ORIGINAL BOND TAMAÑO OFICIO, MEMBRETADO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.500 4.750.000.00
29903 005 175056 PAPEL
BOND BLANCO, 75 G, TAMAÑO CARTA, ORIGINAL Y FOTOCOPIADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 4.000 6.000.000.00
29903 005 175057 PAPEL
BOND BLANCO 75 G, TAMAÑO OFICIO, ORIG. Y FOTOCOPIADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 4.800.000.00
29903 010 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Papel carbón
29903 010 000001 PAPEL CARBÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 600.000.00
29903 010 175020 PAPEL
CARBÓN TAMAÑO CARTA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 600.000.00
29903 010 175025 PAPEL
CARBÓN TAMAÑO OFICIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 700.000.00
29903 015 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Papel fotográfico
29903 015 000001 PAPEL FOTOGRÁFICO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 100.000.00
29903 015 000060 PAPEL
FOTOGRÁFICO BRILLANTE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 120.000.00
29903 020 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Papel higiénico
29903 020 000060 PAPEL HIGIÉNICO PERFUMADO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 210.000 15.960.000.00
29903 020 000080 PAPEL
HIGIÉNICO TIPO JUMBO (DISPENSADOR) Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 850.000.00
29903 020 175075 PAPEL
HIGIÉNICO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 210.000 15.960.000.00
29903 025 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Papel formulas continuas
29903 025 000001 PAPEL FORMULA CONTINUA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 8.400.000.00
Subpartida Subclase Consecutivo Descripción Unid.
med Tipo fuente Período Cantidad Cost. total ¢
29903 025 000003 PAPEL
FORMULA CONTINUA MEMBRETADO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 400 4.400.000.00
29903 025 000005 PAPEL
FORMULA CONTINUA DE 21.59 X 27.94 cm, UN TANTO, 75 g Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 4.200.000.00
29903 025 000040 PAPEL
FORMULA CONTINUA DE 21,59 X 27,94 cm, DE DOS TANTOS, 1500 Uds Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 6.000.000.00
29903 025 000060 PAPEL
FORMULA CONTINUA DE 21.59 X 27.94 cm, TRES TANTOS, 1000 Uds Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 700 6.580.000.00
29903 025 000080 PAPEL
FORMULA CONTINUA DE 21.59 X 27.94 cm., 4 TANTOS, 750 Uds Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 3.150.000.00
29903 035 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Papel para fax
29903 035 000003 PAPEL PARA FAX DE 15 Pts Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 200.000.00
29903 035 000004 PAPEL
PARA FAX, DE 30 Pts Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 360.000.00
29903 035 200005 PAPEL
TÉRMICO PARA FAX, DE 30 Pts Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 360.000.00
29903 045 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Cartones, cartulinas
29903 045 000001 CARTÓN NO. 60, MEDIDAS A ESCOGER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 200.000.00
29903 045 000002 CARTONES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 50 150.000.00
29903 045 000005 CARTÓN
NO. 40. MEDIDAS Y COLOR A ESCOGER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 60 120.000.00
29903 045 000080 CARTULINA
COLOR Y MEDIDAS A ESCOGER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.500 1.500.000.00
29903 050 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Lijas
29903 050 000002 LIJA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 390.000.00
29903 050 000600 LIJA
EN BANDA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 80.000.00
29903 050 000800 LIJA
EN DISCOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 50 45.000.00
29903 060 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Sobres
29903 060 000001 SOBRES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 32.000.00
29903 060 000060 SOBRE
BLANCO, TAMAÑO CARTA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 12.000.00
29903 060 000061 SOBRES
BLANCOS TAMAÑO OFICIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 15.000.00
29903 060 000120 SOBRE
BLANCO, CON MEMBRETE, MEDIDAS A ESCOGER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 16.000.00
29903 060 000379 SOBRE
DE MANILA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 52.500.00
29903 060 000540 SOBRE
DE MANILA NO. 10, DE 22.8 X 30. 5 cm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 30.000.00
29903 060 000905 SOBRES
MEMBRETADOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 24.000.00
29903 065 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Servilletas
29903 065 000001 SERVILLETAS COLOR A ESCOGER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 700.000.00
29903 075 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Cintas calculadora
29903 075 000005 CINTAS PARA CALCULADORA Y SUMADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 170.000.00
29903 100 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Papel xerografito
29903 100 000001 PAPEL XEROGRAFITO MEDIDAS A ESCOGER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 3.000.000.00
29903 100 000002 PAPEL
XEROGRAFITO, DE 75 G, MEDIDAS A ESCOGER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 4.000.000.00
29903 105 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Papel adhesivo
29903 105 000001 PAPEL ADHESIVO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 400.000.00
29903 145 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Tarjetas
29903 145 000001 TARJETAS DE TODO TIPO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 1.800.000.00
29903 145 000400 TARJETAS
DE IDENTIFICACIÓN CON O SIN BANDA MAGNÉTICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 1.200.000.00
29903 185 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Papel bristol
29903 185 000001 PAPEL BRISTOL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 360.000.00
29903 190 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Productos de papel y cartón
29903 190 000001 CONTRATO DE PRODUCTOS DE PAPEL Y CARTÓN (CONTRATO MARCO) Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 3.500.000.00
29903 900 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Otros
29903 900 000001 PAPEL TÉRMICO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 425.000.00
29903 900 001050 PAPEL
KIMBERLY COLOR Y MEDIDAS A ESCOGER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 480.000.00
29903 900 001099 PAPEL
CONSTRUCCIÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 1.500.000.00
29903 900 001400 PAPEL
ESPECIAL PARA IMPRESORA DE INYECCIÓN DE TINTA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 4.000 8.000.000.00
29903 900 004920 CAJAS
DE CARTÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 450.000.00
29903 900 009400 PAPEL
GLOSSY Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 370.000.00
29903 000 000000 Productos
de papel, cartón e impresos
29903 195 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Diccionarios
29903 195 000001 DICCIONARIOS EN ESPAÑOL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 25.000.00
29903 195 000002 DICCIONARIOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 65.000.00
29903 195 001000 DICCIONARIO
INGLES-ESPAÑOL/ ESPAÑOL- INGLES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 35.000.00
29903 195 001005 DICCIONARIO
INGLES ESPAÑOL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 30.000.00
29903 195 003999 DICCIONARIO
DE SINÓNIMOS Y ANTÓNIMOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 32.500.00
29903 200 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Libros
29903 200 000001 LIBROS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 93.000.00
29903 200 000010 LIBROS
DE ACTAS, DE 150 FOLIOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 750.000.00
29903 200 000020 LIBROS
DE ACTAS, DE 200 FOLIOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 1.100.000.00
29903 200 000060 LIBROS
DE ACTAS, DE 400 FOLIOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 1.250.000.00
29903 200 001000 LIBROS
DE ADMINISTRACIÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 32.500.00
29903 200 001025 LEY
GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 17.500.00
29903 200 001030 LEY
DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPUBLICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 17.500.00
29903 200 001040 LIBRO
“DIVISIÓN TERRITORIAL ADMINISTRATIVA DE COSTA RICA” Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 17.500.00
29903 200 001070 LEY
DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Y SU REGLAMENTO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 20.000.00
29903 200 005000 LIBROS
DE INFORMÁTICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 40.000.00
29903 200 006000 LIBROS
DE LEYES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 35.000.00
29903 200 006010 LIBRO
CÓDIGO DE TRABAJO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 32.500.00
29903 200 006020 LIBRO
“CÓDIGO DE TRABAJO Y LEGISLACIÓN” Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 30.000.00
29903 200 006140 CÓDIGO
CIVIL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 27.500.00
29903 200 006150 CÓDIGO
PENAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 17.500.00
29903 200 006265 LEY
DE ARRENDAMIENTOS URBANOS Y SUBURBANOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 12.500.00
29903 200 006310 LEY
SOBRE ENRIQUECIMIENTO DE SERVIDORES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 12.500.00
29903 200 006400 LEY
DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 17.500.00
29903 200 007000 LIBROS
DE MECÁNICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 17.500.00
29903 210 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Suscripción y envío
29903 210 000200 SUSCRIPCIÓN Y ENVÍO DE PERIÓDICOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 4 3.200.000.00
Subpartida Subclase Consecutivo Descripción Unid.
med Tipo fuente Período Cantidad Cost. total ¢
29903 215 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Formularios diversos
29903 215 000001 FORMULARIOS DIVERSOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 6.000 3.300.000.00
29903 215 000500 FORMULAS
DE CHEQUES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 6.000 4.200.000.00
29903 220 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Agendas
29903 220 000001 AGENDA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 1.000.000.00
29903 220 000040 AGENDA
EJECUTIVA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 900.000.00
29903 220 000200 PLANIFICADOR
MENSUAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 225.000.00
29903 225 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Cuadernos
29903 225 000003 CUADERNO RAYADO COMÚN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 3.000.000.00
29903 225 000500 CUADERNO
DE RESORTES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 3.800.000.00
29903 230 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Libretas
29903 230 000930 LIBRETAS DE RESORTES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 750.000.00
29903 230 002019 LIBRETAS
PARA TAQUIGRAFÍA, DE 80 HOJAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 900.000.00
29903 230 075075 LIBRETA
DE TAQUIGRAFÍA PLASTIFICADA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 1.000.000.00
29903 235 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Bloques diversos
29903 235 000001 BLOQUES DIVERSOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 4.000.000.00
29903 235 000005 BLOQUE
DE SOLICITUD DE ACCIONES DE PERSONAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 1.000.000.00
29903 235 000700 BLOQUE
LIQUIDACIÓN DE VIÁTICOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 800.000.00
29903 235 003400 ADELANTO
FONDO DE CAJA CHICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 900.000.00
29903 235 004000 BLOQUE
DE GASTOS DE VIAJE POR ADELANTADO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 800.000.00
29903 235 004020 BLOQUE
GASTOS DE VIAJE DENTRO DEL PAÍS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 800.000.00
29903 235 006000 BLOQUE
DE MEMORANDO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 500.000.00
29903 235 007000 BLOQUE
PARA NOTAS ADHESIVAS EN LA PARTE SUPERIOR --QUITA Y PON-- Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 2.400.000.00
29903 235 011000 BLOQUE
PAPEL RAYADO COMÚN MEDIDAS Y COLOR A ESCOGER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 3.300.000.00
29903 235 011999 BLOQUE
PARA RECADOS TELEFÓNICOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 600.000.00
29903 235 025500 LIQUIDACIÓN
DE GASTO DE VIAJE EN EL INTERIOR DEL PAÍS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 500.000.00
29903 260 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Etiquetas
29903 260 000001 ETIQUETAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 900.000.00
29903 260 000040 ETIQUETAS
ADHESIVAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 900.000.00
29903 270 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Tapas encuadernación
29903 270 000001 TAPAS PARA ENCUADERNACIÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 210.000.00
29903 270 000060 TAPAS
PARA ENCUADERNACIÓN TAMAÑO CARTA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 105.000.00
29903 270 000080 TAPAS
PARA ENCUADERNACIÓN TAMAÑO OFICIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 105.000.00
29903 280 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Fórmula continua
29903 280 000001 FORMULA CONTINUA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 8.000.000.00
29903 280 000003 PAPEL
FORMULA CONTINUA MEMBRETADA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 6.000.000.00
29903 280 000005 FORMULA
CONTINUA DE 21.59 X 27.94 cm, UN TANTO, 75 g, 2500 Uds Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 700 7.000.000.00
29903 280 000040 FORMULA
CONTINUA DE 21.59 X 27.94 cm, DOS TANTOS, 1500 Uds Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 5.000.000.00
29903 280 000060 FORMULA
CONTINUA DE 21.59 X 27.94 cm, TRES TANTOS, 1000 Uds Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 6.000.000.00
29903 280 000080 FORMULA
CONTINUA DE 21.59 X 27.94 cm, CUATRO TANTOS, 750 Uds Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 700 7.000.000.00
29903 280 000100 FORMULA
CONTINUA DE 21.59 X 27.94 cm, CINCO TANTOS, 600 Uds Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 6.000.000.00
29903 280 000250 FORMULA
CONTINUA DE 21.59 X 35.56 cm, UN TANTO, 60 g, 3000 Uds Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 5.000.000.00
29903 280 000310 FORMULA
CONTINUA DE 21.59 X 35.56 cm, TRES TANTOS, 2500 Uds Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 8.000.000.00
29903 900 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Otros
29903 900 100000 CONTRATO DE IMPRESOS Y OTROS (CONTRATO MARCO) Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 3.500.000.00
29903 295 000000 Productos
de papel y cartón e impresos - Otros
29903 900 009515 TIQUETE DE PEAJE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 1.500.000.00
29903 900 009560 GUÍAS
PARA ARCHIVO TAMAÑO CARTA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 600.000.00
29903 900 009565 GUÍAS
PARA ARCHIVO TAMAÑO OFICIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 700.000.00
29903 900 001035 SEPARADOR
DE PORTAFOLIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 120.000.00
29903 900 001040 CEJILLAS
DIVISORAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 650.000.00
29903 900 001070 CALCOMANÍAS
EN ADHESIVO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 1.500.000.00
20204 000 000000 Alimentos
para animales
20204 001 000000 Alimentos
para animales - Alimentos para animales
20204 001 000001 ALIMENTOS Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 1.000.000.00
20204 001 000100 ALIMENTOS
PARA PERROS Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 500.000.00
20204 001 000110 CARNAZA
PARA PERROS (HUESO NATURAL) Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 500.000.00
20204 001 000120 ALIMENTO
CONCENTRADO GRANULADO Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 500.000.00
20204 001 000140 ALIMENTO
SUPLEMENTO ENERGÉTICO Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 500.000.00
20203 000 000000 Productos
alimenticios
20203 001 000000 Productos
alimenticios - Alimentos
20203 001 000400 CONTRATO DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS (CNP), CONTRATO MARCO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 1.500.000.000.00
20203 005 000000 Productos
alimenticios - Granos
20203 005 000001 GRANOS Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 4.000 2.400.000.00
20203 005 000120 TÉ Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 60.000 1.500.000.00
20203 010 000000 Productos
alimenticios - Carne
20203 010 000001 CARNE Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 60.000 90.000.000.00
20203 010 000020 CARNE
DE RES Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 60.000 90.000.000.00
20203 010 000400 CERDO Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 50.000 80.000.000.00
20203 010 000500 POLLO Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 50.000 70.000.000.00
20203 010 000800 PESCADO Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 30.000 51.000.000.00
20203 010 000820 PAVO Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 5.000 5.500.000.00
20203 015 000000 Productos
alimenticios - Harinas y derivados
20203 015 000001 HARINAS Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 600.000.00
20203 015 000002 PASTAS Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 50.000 35.000.000.00
20203 015 000005 CARACOLITOS Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 20.000 7.000.000.00
20203 015 000010 ESPAGUETI Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 20.000 6.900.000.00
20203 015 000020 PAN Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 200.000 130.000.000.00
Subpartida Subclase Consecutivo Descripción Unid.
med Tipo fuente Período Cantidad Cost. total ¢
20203 015 000030 CABITOS Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 10.000 3.000.000.00
20203 015 000035 GALLETAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 136.000 5.440.000.00
20203 015 000040 SOPA
TIPO MAGUI Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 6.000 1.800.000.00
20203 015 000055 VITAMAÍZ Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 4.000 1.080.000.00
20203 015 000060 QUEQUES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 2.500.000.00
20203 015 000065 ARROLLADOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 1.500.000.00
20203 020 000000 Productos
alimenticios - Aceites y derivados
20203 020 000001 ACEITE Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 25.000 19.500.000.00
20203 020 000200 MANTEQUILLA Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 4.000 2.200.000.00
20203 020 000300 MARGARINA Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 4.000 2.200.000.00
20203 025 000000 Productos
alimenticios - Verduras y hortalizas
20203 025 000001 VERDURAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 50.000 17.500.000.00
20203 025 000100 HORTALIZAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20.000 6.000.000.00
20203 030 000000 Productos
alimenticios - Leche y derivados
20203 030 000001 LECHE Y DERIVADOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5.000 7.500.000.00
20203 030 000040 QUESOS Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 2.010.000.00
20203 030 000060 HELADOS Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 800.000.00
20203 040 000000 Productos
alimenticios - Cereales
20203 040 000040 AVENA Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 800.000.00
20203 045 000000 Productos
alimenticios - Embutidos
20203 045 000020 MORTADELA Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 50.000 32.500.000.00
20203 045 000060 SALCHICHAS Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 50.000 30.000.000.00
20203 045 000040 SALCHICHÓN Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 50.000 32.500.000.00
20203 045 000080 CHORIZO Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 50.000 30.000.000.00
20203 050 000000 Productos
alimenticios - Mariscos
20203 050 000005 SARDINA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 6.000 3.600.000.00
20203 050 000080 ATUNES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30.000 69.300.000.00
20203 050 000300 PESCADO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 1.600.000.00
20203 900 000000 Productos
alimenticios - Otros
20203 900 000001 HUEVOS Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 20.000 12.000.000.00
20203 900 000005 TORTILLAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 330.000.00
20203 900 000020 GELATINA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5.000 2.000.000.00
20203 900 000040 FLAN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 800.000.00
20203 900 000240 JALEAS
Y MERMELADAS Gramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 1.050.000.00
20203 900 000260 SIROPE Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 9.000 9.000.000.00
20203 900 000400 GASEOSAS Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 200.000.00
20203 900 000820 PULPA
DE FRUTAS CONCENTRADA Gramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 700.000.00
20203 900 001100 SALSA Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 16.000 8.000.000.00
20203 900 001200 CONDIMENTOS Gramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 8.000 2.000.000.00
20203 900 001320 FRUTAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30.000 7.500.000.00
20203 900 001420 VEGETALES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30.000 9.000.000.00
20203 900 001500 VINAGRE Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 5.000 1.250.000.00
20302 000 000000 Materiales
y productos minerales y asfálticos
20302 001 000000 Materiales
y productos minerales y asfálticos - Cemento
20302 001 000001 CEMENTO Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 10.000 1.000.000.00
20301 000 000000 Materiales
y productos metálicos
20301 001 000000 Productos
metálicos para construcción - Aldabas
20301 001 000001 ALDABA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 150 180.000.00
20301 001 000280 ALDABA
CON LLAVE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 150 450.000.00
20301 001 000600 ALDABA
GIRATORIA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 150 270.000.00
20301 005 000000 Productos
metálicos para construcción - Bisagras
20301 005 000001 BISAGRAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 150.000.00
20301 005 000005 BISAGRAS
DE 2.54 cm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 150.000.00
20301 005 000320 BISAGRA
DE PIANO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 54.000.00
20301 010 000000 Productos
metálicos para construcción - Cerraduras /llavines 0.00
20301 010 000001 CERRADURAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 180.000.00
20301 010 000020 CERRADURA
CON LLAVE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 150 330.000.00
20301 010 000030 LLAVÍN
CORRIENTE P/PUERTA, CON LLAVE Y SEGURO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 150 330.000.00
20301 010 000045 LLAVÍN
DE DOBLE PASO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 150 1.125.000.00
20301 010 000060 CERRADURA
PARA GAVETA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 50 25.000.00
20301 010 000080 LLAVÍN
DE PERILLA, CON LLAVE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 200.000.00
20301 010 000090 LLAVÍN
ELÉCTRICO CON SUS ADITAMENTOS, PARA PUERTA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 60.000.00
20301 010 000100 LLAVÍN
PARA VEHICULO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 157.500.00
20301 015 000000 Productos
metálicos para construcción - Herrajes
20301 015 000001 HERRAJE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 150.000.00
20301 015 000350 CELOSÍAS
EN ALUMINIO ANODIZADO NATURAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 150.000.00
20301 025 000000 Productos
metálicos para construcción - Picaportes
20301 025 000001 PICAPORTES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 148.000.00
20301 035 000000 Productos
metálicos para construcción - Accesorios met/baños
20301 035 000001 ACCESORIOS PARA BAÑOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 120.000.00
20301 035 000005 CACHERAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 300.000.00
20301 040 000000 Productos
metálicos para construcción - Láminas
20301 040 000001 LAMINAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 75.000.00
20301 040 000340 LAMINAS
DE HIERRO LISO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 45.000.00
20301 040 000450 LAMINA
DE HIERRO NEGRO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 76.000.00
20301 040 000750 LAMINA
DE HIERRO GALVANIZADO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 180.000.00
20301 045 000000 Productos
metálicos para construcción - Alambre
20301 045 001000 ALAMBRE NEGRO Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 45.000.00
Subpartida Subclase Consecutivo Descripción Unid.
med Tipo fuente Período Cantidad Cost. total ¢
20301 045 001100 ALAMBRES
PARA ELECTRICIDAD, ALTA/BAJA TENSIÓN, TELECOMUNICACIONES Metros P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 25.000.00
20301 045 001750 ALAMBRE
DE NAVAJILLAS TIPO HELICAL Metros P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 2.800.000.00
20301 045 001800 ALAMBRE
DE PÚAS Metros P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 250.000.00
20301 055 000000 Productos
metálicos para construcción - Aluminio
20301 055 000500 ALUMINIO PARA MARCO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 43.000.00
20301 055 000560 ALUMINIO
PARA VENILLA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 9.000.00
20301 060 000000 Productos
metálicos para construcción - Angulares
20301 060 000001 ANGULAR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 900 3.600.000.00
20301 060 000500 ANGULAR
DE HIERRO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 900 3.600.000.00
20301 065 000000 Productos
metálicos para construcción - Arandelas metálicas
20301 065 000002 ARANDELAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 8.000 1.200.000.00
20301 065 000060 ARANDELA
PLANA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 7.000 700.000.00
20301 065 000065 ARANDELA
DE SEGURIDAD Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 6.000 600.000.00
20301 075 000000 Productos
metálicos para construcción - Cadenas
20301 075 000001 CADENA Metros P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 80.000.00
20301 085 000000 Productos
metálicos para construcción - Clavos
20301 085 000001 CLAVO DE ACERO Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 250 75.000.00
20301 085 000080 CLAVO
DE ACERO, CON CABEZA Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 189.000.00
20301 085 000500 CLAVO
DE HIERRO Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 265.000.00
20301 085 000505 CLAVO
DE HIERRO CON CABEZA Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 265.000.00
20301 085 001000 CLAVO
DE HIERRO SIN CABEZA Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 250.000.00
20301 085 001500 CLAVO
PARA TECHO Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 255.000.00
20301 090 000000 Productos
metálicos para construcción - Cumbreras
20301 090 000001 CUMBRERA DE HIERRO GALVANIZADO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 300.000.00
20301 100 000000 Productos
metálicos para construcción - Hierro galvanizado
20301 100 000001 LAMINAS DE HIERRO GALVANIZADO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 6.000.000.00
20301 100 000020 LAMINA
DE HIERRO GALVANIZADO NO. 26 Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 7.000.000.00
20301 100 000100 LAMINA
H/G ACANALADO PARA TECHO NO.26 DE 0.81 X 3.05 Pts Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 5.000.000.00
20301 100 000200 LAMINA
H/G ONDULADO PARA TECHO NO.26 DE 1.05 X 1.83 Pts Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 4.000.000.00
20301 100 000260 LAMINA
H/G. ONDULADO NO. 26 Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 3.500.000.00
20301 100 000440 LAMINA
DE H/G. ONDULADO NO. 32 Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 900 3.240.000.00
20301 100 000600 LAMINA
DE H/G. LISO NO. 16 Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 2.400.000.00
20301 100 000840 LAMINA
DE H/G. LISO NO. 30 Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 700 2.240.000.00
20301 100 000980 LAMINA
DE H. G. RECTANGULAR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 3.500.000.00
20301 110 000000 Productos
metálicos para construcción - Mallas metálicas
20301 110 000003 MALLA GALVANIZADA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 1.750.000.00
20301 110 000205 MALLA
HEXAGONAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 1.500.000.00
20301 110 000305 MALLA
CICLÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 700 2.940.000.00
20301 115 000000 Productos
metálicos para construcción - Perfil
20301 115 000001 PERFIL RT Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 140.000.00
20301 115 000210 PERFILES
DE HIERRO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 180.000.00
20301 115 001100 PERFIL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 160.000.00
20301 120 000000 Productos
metálicos para construcción - Platinas
20301 120 000001 PLATINA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 15.000.00
20301 120 000752 PLATINA
HN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 12.000.00
20301 120 001020 PLATINA
LISA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 12.000.00
20301 120 001200 PLATINA
DE HIERRO GALVANIZADO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 25.000.00
20301 130 000000 Productos
metálicos para construcción - Remaches
20301 130 000001 REMACHE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5.000 250.000.00
20301 135 000000 Productos
metálicos para construcción - Tubos metálicos
20301 135 000005 TUBO CUADRADO INDUSTRIAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 700 1.820.000.00
20301 135 000015 TUBO
EMT Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 2.400.000.00
20301 135 000370 TUBO
DE ABASTO PARA LAVATORIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 400 600.000.00
20301 135 000380 TUBO
DE ABASTO PARA SERVICIO SANITARIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 400 600.000.00
20301 135 001320 TUBOS
E.M.T Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 2.400.000.00
20301 135 001700 TUBO
INDUSTRIAL RECTANGULAR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 800.000.00
20301 135 001957 TUBO
H N Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 2.400.000.00
20301 135 002000 TUBO
H G Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 4.500.000.00
20301 140 000000 Productos
metálicos para construcción - Varillas metálicas
20301 140 000001 VARILLAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 1.950.000.00
20301 140 000005 VARILLA
CUADRADA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 1.250.000.00
20301 140 000075 VARILLA
DE BRONCE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 100.000.00
20301 140 000320 VARILLA
DE HIERRO REDONDO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 1.250.000.00
20301 140 002100 VARILLAS
DE ACERO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 2.700.000.00
20301 145 000000 Productos
metálicos para construcción - Gasas metálicas
20301 145 000001 GASAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 140.000.00
20301 145 000105 GASAS
PARA MANGUERA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 140.000.00
20301 155 000000 Productos
metálicos para construcción - Niples 0.00
20301 155 000020 NIPLE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 50
20301 155 000400 NIPLE
DE HIERRO NEGRO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 50 15.000.00
20301 155 000630 NIPLE
DE ALUMINIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 50 20.000.00
20301 160 000000 Productos
metálicos para construcción - Conectores
20301 160 000001 CONECTORES EMT Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 10.000.00
20301 165 000000 Productos
metálicos para construcción - Celosías c/herra.met
20301 165 000100 CELOSÍAS DE VIDRIO CON HERRAJES DE ALUMINIO, COMPLETAS E
INSTALADAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 1.500.000.00
20301 170 000000 Productos
metálicos para construcción - Grapas
20301 170 000005 GRAPA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 100.000.00
20301 170 000010 GRAPAS
AISLANTES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 100.000.00
Subpartida Subclase Consecutivo Descripción Unid.
med Tipo fuente Período Cantidad Cost. total ¢
20301 170 000120 GRAPA
CORRUGADA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 100.000.00
20301 175 000000 Productos
metálicos para construcción - Tornillos
20301 175 000001 TORNILLOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 8.000 112.000.00
20301 175 001100 TORNILLO
AUTORROSCANTE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.200 13.200.00
20301 175 001200 TORNILLO
CABEZA HEXAGONAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 11.000.00
20301 175 001699 TORNILLO
PARA MADERA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5.000 45.000.00
20301 175 002040 TORNILLO
TODO ROSCA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.500 27.500.00
20301 175 002079 TORNILLO
TIRAFONDO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 36.000.00
20301 175 002400 TORNILLO
PARA METAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 7.000 84.000.00
20301 175 002960 TORNILLO
PARA TECHO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20.000 300.000.00
20301 180 000000 Productos
metálicos para construcción - Soldadura
20301 180 000005 SOLDADURA DE ESTAÑO 60/40 Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 600.000.00
20301 180 000010 SOLDADURA
DE ESTAÑO 50/50 Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 600.000.00
20301 180 000015 SOLDADURA
ESTAÑO Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 600.000.00
20301 180 002260 SOLDADURA
EN FRIÓ Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 600.000.00
20301 180 002280 SOLDADURA
CON RESINA Metros P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 112.800.00
20304 180 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo-Electrodos
20304 180 000039 ELECTRODOS Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 600.000.00
20301 185 000000 Productos
metálicos para construcción - Llaves
20301 185 000001 LLAVES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 1.820.000.00
20301 185 000039 LLAVE
DE CHORRO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.500 2.050.000.00
20301 185 000080 LLAVE
PARA LAVATORIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 1.350.000.00
20301 185 000099 LLAVE
DE PASO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 975.000.00
20301 185 000139 LLAVE
PARA CAÑERÍA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 16.500.00
20301 190 000000 Productos
metálicos para construcción - Reducciones metálica
20301 190 000001 REDUCCIONES METÁLICAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 105.000.00
20301 190 004750 REDUCCIÓN
COBRE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 87.000.00
20301 190 006000 REDUCCIÓN
LISA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 87.000.00
20301 215 000000 Productos
metálicos para construcción - Varilla para tierra
20301 215 000001 VARILLA PARA TIERRA -COOPER WELL- Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 80 96.000.00
20301 220 000000 Productos
metálicos para construcción - Acoples
20301 220 000001 ACOPLE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 270.000.00
20301 220 000020 ACOPLE
EMT Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 270.000.00
20301 225 000000 Productos
metálicos para construcción - Pasadores
20301 225 000001 PASADORES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 600.000.00
20301 230 000000 Productos
metálicos para construcción - Pines
20301 230 000001 PINES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 1.600.000.00
20301 235 000000 Productos
metálicos para construcción - Rieles
20301 235 000001 RIELES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 380.000.00
20301 235 000005 RIELES
PARA GAVETAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 570.000.00
20301 260 000000 Productos
metálicos para construcción - Curvas metálicas
20301 260 000020 CURVA E.M.T Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 440.000.00
20301 260 000300 CURVAS
DE ACERO INOXIDABLE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 360.000.00
20301 260 000400 CURVAS
DE HIERRO DÚCTIL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 700 210.000.00
20301 260 000500 CURVAS
GALVANIZADAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 700 350.000.00
20301 265 000000 Productos
metálicos para construcción - Canoas y botaguas
20301 265 000001 CANOAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 900.000.00
20301 265 000015 SOPORTES
PARA CANOAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 45.000.00
20301 265 000050 BAJANTE
PARA CANOA EN HIERRO GALVANIZADO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 450.000.00
20301 265 001000 BOTA
AGUAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 300.000.00
20301 275 000000 Productos
metálicos para construcción - Uniones metálicas
20301 275 000005 UNIONES E.M.T Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 8.750.00
20301 275 000100 UNIÓN
DE TOPE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 7.500.00
20301 275 002255 UNIÓN
ACERO INOXIDABLE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 12.500.00
20301 275 003500 UNIÓN
SENCILLA HIERRO GALVANIZADO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 15.000.00
20301 280 000000 Productos
metálicos para construcción - Codos metálicos
20301 280 000020 CODOS DE HIERRO GALVANIZADO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 16.250.00
20301 280 001000 CODO
HIERRO NEGRO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 17.500.00
20301 285 000000 Productos
metálicos para construcción - Tes metálicos
20301 285 000020 TE EMT Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 8.750.00
20301 285 001000 TE
ROSCABLE HIERRO NEGRO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 11.250.00
20301 285 001800 TE
HIERRO NEGRO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 7.500.00
20301 285 003040 TE
DE ALUMINIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 12.500.00
20301 900 000000 Productos
metálicos para construcción - Otros
20301 900 000010 RODÍN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 50 175.000.00
20301 900 000015 CACHERA
PARA FREGADERO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 100.000.00
20301 900 000025 PRODUCTOS
METÁLICOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 380.000.00
20301 900 000900 MARCO
PARA VENTANA EN ALUMINIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 50 600.000.00
20301 900 003400 ALAMBRINA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 7.500 1.125.000.00
20301 900 003700 BRILLO
FINO Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 5.000 5.000.000.00
20301 900 003720 BRILLO
GRUESO Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 5.000 5.000.000.00
20301 900 003800 CAJAS
EMT Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 30.000.00
20301 900 004425 TACHUELA Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 15.000.00
29904 000 000000 Textiles
y vestuarios
29904 015 000000 Textiles
y vestuario - Colchones / colchonetas
29904 015 000220 COLCHONETA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5.000 20.000.000.00
Subpartida Subclase Consecutivo Descripción Unid.
med Tipo fuente Período Cantidad Cost. total ¢
20303 000 000000 Madera
y sus derivados
20303 001 000000 Madera
y sus derivados - Alfajía
20303 001 000005 ALFAJÍA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 4.500.000.00
20303 001 000010 ALFAJÍA
DE 2.54 X 7.62 cm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 4.500.000.00
20303 045 000000 Madera
y sus derivados - Regla
20303 045 000005 REGLA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 4.000.000.00
20303 045 000020 REGLA
DE 2.54 X 7.62 cm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 4.000.000.00
20303 050 000000 Madera
y sus derivados - Rodapié
20303 050 000005 RODAPIÉ Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 2.500.000.00
20303 055 000000 Madera
y sus derivados - Tabla
20303 055 000001 TABLA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 5.600.000.00
20303 055 000005 TABLA
DE 2.54 X 25.40 cm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 5.600.000.00
20303 060 000000 Madera
y sus derivados - Tablilla
20303 060 000005 TABLILLA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 3.750.000.00
20303 080 000000 Madera
y sus derivados - Venilla
20303 080 000005 VENILLA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 3.750.000.00
20303 090 000000 Madera
y sus derivados - Formaleta
20303 090 000001 FORMALETA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 10.500.000.00
20303 900 000000 Madera
y sus derivados - Otros
20303 900 000010 PLYWOOD Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.500 33.250.000.00
20303 900 000020 MADERA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 8.000 32.000.000.00
20303 900 000250 MADERA
PRETENSADA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 200.000.00
20303 900 000400 MADERA
AGOMERADA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 275.000.00
20306 000 000000 Materiales
y productos de plástico
20306 005 000000 Materiales
y productos de plástico - Codos PVC y otros
20306 005 000001 CODOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 525.000.00
20306 005 000005 CODOS
P.V.C Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 525.000.00
20306 000 000000 Materiales
y productos de plástico
20306 015 000000 Materiales
y productos de plástico - Tapones PVC y otros
20306 015 000001 TAPONES P.V.C Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.200 480.000.00
20306 015 000040 TAPONES
LISOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 600.000.00
20306 015 000070 TAPONES
MACHO P.V.C., ROSCA EXTERNA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 400.000.00
20306 015 000110 TAPONES
HEMBRA P.V.C., ROSCA INTERNA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 900 450.000.00
20306 015 000140 TAPONES
HEMBRA P.V.C Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 700 280.000.00
20306 020 000000 Materiales
y productos de plástico - Te PVC y otros
20306 020 000002 TE PVC Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 9.000.00
20306 025 000000 Otros
materiales construcción - Tubos
20306 025 000001 TUBOS EN PVC Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 40 80.000.00
20306 025 000005 TUBO
DE ABASTO PARA LAVATORIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 40 100.000.00
20306 025 001020 TUBO
CONDUIT Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 40 80.000.00
20306 025 001125 TUBO
CONDUIT PVC Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 40 80.000.00
20306 025 001200 TUBO
PARA CANOA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 40 80.000.00
20306 025 001400 TUBOS
PVC Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 40 80.000.00
20306 030 000000 Materiales
y productos de plástico - Uniones PVC y otros
20306 030 000001 UNIONES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 18.000.00
20306 030 000005 UNIÓN
P.V.C Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 18.000.00
20306 030 000040 UNIÓN
P.V.C. LISA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 18.000.00
20306 030 000159 UNIONES
CONDUIT PVC Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 18.000.00
20302 075 000000 Materiales
y productos minerales y asfálticos - Láminas
20302 075 000001 LAMINA DE FIBROCEMENTO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 120.000.00
20302 075 000023 LAMINA
DE FIBROCEMENTO -FIBROLIT 100- DE 1.22 X 2.44 Pts X 11 mm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 120.000.00
20302 075 000026 LAMINA
DE FIBROCEMENTO -FIBROLIT 100- DE 1.22 X 2.44 X 14 mm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 120.000.00
20302 075 000061 LAMINA
FIBROCEMENTO -FIBROLIT 100- 122 X 244 cm X 6 mm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 120.000.00
20302 075 002000 LAMINA
DE CEMENTO PLYCEM FIBROLIT Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 120.000.00
20302 075 002010 LAMINA
DE CEMENTO PLYCEM FIBROLIT 122 X 274 cm X 8 mm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 120.000.00
20302 075 002030 LAMINA
DE CEMENTO PLYCEM FIBROLIT 122 X 244 cm X 11 mm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 120.000.00
20302 075 002090 LAMINA
DE CEMENTO PLYCEM TABLICEM Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 120.000.00
20302 075 002120 LAMINA
DE CEMENTO PLYCEM DECOCEM Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 120.000.00
20302 075 002300 LAMINA
DE CEMENTO PLYCEM FIBROLIT PARA CIELOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 120.000.00
20302 075 002500 LAMINAS
GYPSUM Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 120.000.00
20304 000 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo
20304 005 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo - Apagadores
20304 005 000001 APAGADOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 60.000.00
20304 005 000004 APAGADOR
DE PLACA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 60.000.00
20304 005 000060 APAGADOR
DE PARCHE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 60.000.00
20304 010 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo - Arrancadores
20304 010 000001 ARRANCADORES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 45.000.00
20304 010 000010 ARRANCADORES
PARA TUBOS FLUORESCENTES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 45.000.00
20304 015 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo - Balastos 0.00
20304 015 000001 BALASTRO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 105.000.00
20304 015 000003 BALASTRO
PARA TUBO FLUORESCENTE BIPIN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 105.000.00
20304 015 000060 BALASTRO
PARA TUBO FLUORESCENTE MONOPIN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 105.000.00
20304 015 000140 BALASTRO
DE 2 X 40 WATTS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 105.000.00
20304 020 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo - Interruptores
20304 020 000001 INTERRUPTORES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 45.000.00
20304 020 000100 INTERRUPTOR,
2 PLACAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 45.000.00
20304 020 000280 INTERRUPTOR,
3 PLACAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 60.000.00
20304 020 001099 INTERRUPTOR
DE CUCHILLA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 90.000.00
Subpartida Subclase Consecutivo Descripción Unid.
med Tipo fuente Período Cantidad Cost. total ¢
20304 020 001700 SWITCHES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 90.000.00
20304 025 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo - Cables
20304 025 000001 CABLE Metro P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 300.000.00
20304 025 001120 CABLE
PARA AUDIO Metro P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 300.000.00
20304 025 001140 CABLE
PARA VIDEO Metro P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 300.000.00
20304 025 004000 CABLE
TSJ Metro P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 300.000.00
20304 025 005980 CABLE
TELEFÓNICO Metro P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 300.000.00
20304 025 006540 CABLE
RJ 45 Metro P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 300.000.00
20304 030 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo - Cajas
20304 030 000001 CAJA OCTOGONAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 100.000.00
20304 030 000300 CAJA
HEXAGONAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 100.000.00
20304 030 000330 CAJA
RECTANGULAR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 100.000.00
20304 030 000600 CAJAS
TELEFÓNICAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 100.000.00
20304 045 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo - Conectores
20304 045 000001 CONECTORES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 45.000.00
20304 045 000002 CONECTORES
EMT Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 37.500.00
20304 045 001420 CONECTORES
TSJ Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 35 52.500.00
20304 045 001430 CONECTOR
RJ Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 38 57.000.00
20304 045 001440 CONECTOR
RJ-45 Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 40 60.000.00
20304 045 001450 CONECTORES
EQUIPOS DE RADIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 200.000.00
20304 045 001600 CONECTORES
PARA TOKEN RING Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 45.000.00
20304 050 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo - Cordones
20304 050 000001 CORDÓN Metro P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 1.200.000.00
20304 050 000440 CORDÓN
TELEFÓNICO Metro P. ordinario I
y II Semestre 2006 950 760.000.00
20304 050 000441 CORDÓN
TELEFÓNICO UN PAR Metro P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 640.000.00
20304 050 000460 CORDÓN
TELEFÓNICO 2 PARES Metro P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 800.000.00
20304 060 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo - Enchufes
20304 060 000001 ENCHUFE DE DOS PASTILLAS PARA TELÉFONO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 35 70.000.00
20304 060 000005 ENCHUFE
DE HULE POLARIZADO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 38 95.000.00
20304 000 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo
20304 065 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo - Extensiones
20304 065 000001 EXTENSIONES ELÉCTRICAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 400 760.000.00
20304 070 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo - Lámparas
20304 070 000001 LÁMPARAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 3.040.000.00
20304 070 000005 LÁMPARA
FLUORESCENTE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 3.200.000.00
20104 000 000000 Tintas,
pinturas y diluyentes
20104 195 000000 Tintas,
pinturas y diluyentes- Selladores
20104 195 000001 SELLADOR Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 300.000.00
20104 195 000300 SELLADOR
PARA CEMENTO Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 300.000.00
20304 000 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo
20304 075 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo - Regletas
20304 075 000001 REGLETA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 700.000.00
20304 075 000003 REGLETA
DE 6 TOMAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 700.000.00
20104 000 000000 Tintas,
pinturas y diluyentes
20104 205 000000 Tintas,
pinturas y diluyentes- Barniz
20104 205 000001 BARNIZ Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 570.000.00
20104 205 000005 BARNIZ
NATURAL Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 150 285.000.00
20104 205 000040 BARNIZ
TRANSPARENTE Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 150 285.000.00
20104 220 000000 Tintas,
pinturas y diluyentes- Pintura
20104 220 000003 PINTURA ACRÍLICA, COLOR A ESCOGER Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 420.000.00
20104 220 000010 PINTURA
LÁTEX Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 400 1.960.000.00
20104 220 000069 PINTURA
ANTICORROSIVA Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 400 2.000.000.00
20104 220 000120 PINTURA
DE ACEITE Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 2.320.000.00
20306 000 000000 Materiales
y productos de plástico
20306 225 000000 Materiales
y productos de plástico - Reducciones
20306 225 000001 REDUCCIONES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 150 52.500.00
20306 225 000020 REDUCCIÓN
P.V.C Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 150 52.500.00
20304 085 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo - Sockets
20304 085 000001 SOCKETS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 80.000.00
20304 000 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo
20304 095 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo - Breaker
20304 095 000001 BREAKER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 110 66.000.00
20302 000 000000 Materiales
y productos minerales y asfálticos
20302 290 000000 Materiales
y productos minerales y asfálticos - Masilla
20302 290 000001 MASILLA Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 90.000.00
20399 000 000000 Otros
materiales y productos de uso en la construcción
20399 395 000000 Otros
materiales y productos de uso en la construcción - Loza sanitaria
20399 395 000505 LAVATORIOS, COLOR A ESCOGER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 675.000.00
20399 395 000540 ORINALES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 350.000.00
20399 395 000720 TAZA
PARA INODORO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 90.000.00
20399 395 000900 INODOROS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 375.000.00
20304 000 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo
20304 120 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo - Bases p/tubo fluorescente
20304 120 000001 BASES PARA TUBO FLUORESCENTE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 432.000.00
20304 120 000010 BASES
PARA TUBO FLUORESCENTE BIPIN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 540.000.00
20304 120 000040 BASE
P/TUBO FLUORESCENTE MONOPIN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 18 648.000.00
Subpartida Subclase Consecutivo Descripción Unid.
med Tipo fuente Período Cantidad Cost. total ¢
20304 000 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo
20304 125 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo - Tomacorrientes
20304 125 000005 TOMACORRIENTE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 21.600.00
20304 125 000020 TOMACORRIENTE
DOBLE DE PLACA POLARIZADO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 50.000.00
20401 000 000000 Herramientas
e instrumentos
20401 001 000000 Herramientas
e instrumentos - Llaves
20401 001 000002 LLAVE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 90.000.00
20401 001 000060 LLAVE
DE FONTANERÍA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 25.000.00
20401 001 000219 LLAVE
INGLESA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 78.000.00
20401 005 000000 Herramientas
e instrumentos - Baldes
20401 005 000002 BALDE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 45.000.00
20401 005 000010 CUBETA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 50.000.00
20401 005 000020 BALDE
DE ALUMINIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 65.000.00
20401 005 000320 BALDE
PLÁSTICO CON RODINES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 49.000.00
20401 010 000000 Herramientas
e instrumentos - Brocas
20401 010 000001 BROCA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 700.00
20401 015 000000 Herramientas
e instrumentos - Cinceles en acero
20401 015 000002 CINCEL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 30.000.00
20401 025 000000 Herramientas
e instrumentos - Escaleras
20401 025 000001 ESCALERA DE ALUMINIO DE ABRIR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 125.000.00
20401 025 000002 ESCALERA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 100.000.00
20401 025 000200 ESCALERA
DE MADERA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 75.000.00
20401 030 000000 Herramientas
e instrumentos - Mazos
20401 030 000002 MAZO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 4 8.000.00
20401 030 000040 MAZO
DE BOLA DE 1 KILO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 4 6.000.00
20401 030 000080 MAZO
DE BOLA DE 3 KILOS CON CABO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 4 12.000.00
20401 035 000000 Herramientas
e instrumentos - Palas y palines
20401 035 000002 PALA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 30.000.00
20401 035 000505 PALÍN
TAMAÑO STANDARD Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 25.000.00
20401 040 000000 Herramientas
e instrumentos - Platinas
20401 040 000002 PLATINA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 40.000.00
20401 045 000000 Herramientas
e instrumentos - Martillos
20401 045 000002 MARTILLO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 45.000.00
20401 045 000005 MARTILLO
DE UÑA, CON MANGO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 45.000.00
20401 050 000000 Herramientas
e instrumentos - Alicates
20401 050 000002 ALICATE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 45.000.00
20401 050 000339 ALICATE
DE PUNTA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 8 32.000.00
20401 050 000480 ALICATE
DE PUNTA FINA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 8 24.000.00
20401 050 000580 ALICATE
DE PRESIÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 50.000.00
20401 050 000940 ALICATE
PLANO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 42.000.00
20401 050 001000 TENAZA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 6 24.000.00
20401 050 001300 ALICATE
CONECTOR DE FITTING COAXIAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 4 18.000.00
20401 050 001320 ALICATE
PARA CONECTOR RJ45 Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 10.500.00
20401 055 000000 Herramientas
e instrumentos - Cortadoras
20401 055 000001 CORTADORA DE CABLE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 15.000.00
20401 055 000060 CORTADORA
PUNTA FINA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 35.000.00
20401 070 000000 Herramientas
e instrumentos - Cepillos
20401 070 000019 CEPILLOS DE ACERO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 10.000.00
20401 070 000180 CEPILLO
DE BRONCE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 15.000.00
20401 070 000200 CEPILLO
PARA ARMAS (ACERO INOXIDABLE) Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 52.500.00
20401 070 000240 CEPILLO
PARA ESMERIL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 12.500.00
20401 075 000000 Herramientas
e instrumentos - Juegos de cubos
20401 075 000001 CUBO, JUEGO DE 1.127 A 3.17 cm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 12.000.00
20401 075 000060 CUBO
CON ESPIGA DE 0.95 cm, JUEGOS DE 6 mm A 22 mm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 19.500.00
20401 075 000140 CUBO
MILIMÉTRICO JUEGO DE 0.95 A 3.70 mm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 7.000.00
20401 075 000240 CUBO
JUEGO DE 27 mm A 5 mm. CON ESPIGA DE
19 mm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 13.000.00
20401 075 000259 CUBO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 7.500.00
20401 075 000280 CUBO
PARA USAR CON MANERAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 12.000.00
20401 075 000320 CUBO
DE 1,27 cm, 24 mm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 11.000.00
20401 075 000405 MANERAL
CON TRINQUETE (RATCHET) DE CROMO PARA CUBO, CON ESPIGA DE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 10.000.00
20401 080 000000 Herramientas
e instrumentos - Cuchillas
20401 080 000002 CUCHILLAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 15.000.00
20401 080 000005 CUCHILLA
DE HOJA ANCHA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 17.500.00
20401 085 000000 Herramientas
e instrumentos - Destornillador/desarmado 0.00
20401 085 000199 DESTORNILLADOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 360.000.00
20401 085 000520 DESTORNILLADOR
PHILLIPS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 360.000.00
20401 085 000640 DESTORNILLADOR
PLANO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 360.000.00
20401 090 000000 Herramientas
e instrumentos - Reglas
20401 090 000020 REGLAS PLÁSTICAS TRANSPARENTES DE 40 cm PARA DIBUJO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 50 25.000.00
20401 090 000040 REGLAS
PLÁSTICAS TRANSPARENTE DE 60 cm PARA DIBUJO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 18.000.00
20401 090 000060 REGLAS
PLÁSTICAS DE 50 cm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 8.000.00
20401 095 000000 Herramientas
e instrumentos - Limas y limatones
20401 095 000001 LIMA CUADRADA GRANO ORDINARIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 20.000.00
20401 095 000002 LIMA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 20.000.00
20401 095 000020 LIMA
PARA AFILAR MACHETES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 27.000.00
20401 095 000040 LIMA
TIPO CUCHILLO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 25.000.00
20401 095 000530 LIMA
TRIANGULAR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 19.000.00
Subpartida Subclase Consecutivo Descripción Unid.
med Tipo fuente Período Cantidad Cost. total ¢
20401 100 000000 Herramientas
e instrumentos - Marcos para seguetas
20401 100 000001 MARCOS PARA SEGUETA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 42.000.00
20401 000 000000 Herramientas
e instrumentos
20401 105 000000 Herramientas
e instrumentos - Instrumentos de medición
20401 105 000001 INSTRUMENTO DE MEDICIÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 18.000.00
20401 105 001220 MEDIDORES
DE COMBUSTIBLE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 108.000.00
20401 105 002304 MULTÍMETRO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 75.000.00
20401 105 002305 MULTÍMETRO
DIGITAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 70.000.00
20401 105 002340 MULTÍMETRO
PORTÁTIL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 70.000.00
20401 105 003100 ESFIGNOMANÓMETRO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 36.000.00
20401 105 003600 MULTITESTER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 25.000.00
20401 105 003605 TESTER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 30.000.00
20401 115 000000 Herramientas
e instrumentos - Instrumentos médicos
20401 115 000001 INSTRUMENTOS MÉDICOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 75.000.00
20401 115 000002 INSTRUMENTOS
PARA CIRUGÍA DENTAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 4 160.000.00
20401 115 000430 ESPEJO
BUCAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 45.000.00
20401 115 000760 INSTRUMENTO
PARA AMALGAMA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 20.000.00
20401 115 000940 PORTA
MATRIZ Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 5.000.00
20401 115 001000 ESTETOSCOPIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 60.000.00
20401 115 001100 ESPECULO
GRANDE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 60 180.000.00
20401 115 001120 ESPECULO
PEQUEÑO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 60 180.000.00
20401 115 001140 ESPECULO
MEDIANO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 60 180.000.00
20401 115 001500 MASCARILLA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 30.000.00
20401 115 001510 MASCARILLA
PARA NEBULIZADOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 30.000.00
20401 115 002400 MARTILLO
DE REFLEJO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 112.500.00
20401 115 002480 PERA
DE HULE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 12.500.00
20401 115 003240 LANCETAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 22.500.00
20401 115 003310 AMALGAMADOR
DELTAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 4.000.00
20401 120 000000 Herramientas
e instrumentos - Sierras
20401 120 000001 SIERRA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 160.000.00
20401 135 000000 Herramientas
e instrumentos - Tijeras
20401 135 000001 TIJERA PARA CORTAR METAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 30.000.00
20401 135 000002 TIJERA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 35.000.00
20401 145 000000 Herramientas
e instrumentos - Cautines
20401 145 000003 CAUTÍN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 25.000.00
20401 150 000000 Herramientas
e instrumentos - Pistola para soldar
20401 150 000002 PISTOLA PARA SOLDAR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 24.000.00
20401 155 000000 Herramientas
e instrumentos - Cintas métricas
20401 155 000002 CINTA MÉTRICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 87.500.00
20401 155 000080 CINTA
MÉTRICA DE METAL (CM. Y PULG.) Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 87.500.00
20401 165 000000 Herramientas
e instrumentos - Escuadras
20401 165 000002 ESCUADRA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 50.000.00
20401 165 000400 ESCUADRA
UNIVERSAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 26.000.00
20401 175 000000 Herramientas
e instrumentos - Formón
20401 175 000002 FORMÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 48.000.00
20401 180 000000 Herramientas
e instrumentos - Niveles
20401 180 000001 NIVEL DE ALUMINIO PARA CARPINTERÍA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 12.300.00
20401 180 000002 NIVEL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 4 12.000.00
20401 185 000000 Herramientas
e instrumentos - Serruchos
20401 185 000001 SERRUCHO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 6 30.000.00
20401 190 000000 Herramientas
e instrumentos - Cuchillos
20401 190 000001 CUCHILLO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 40.000.00
20401 190 000505 CUCHILLO
TIPO CARNICERÍA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 500.000.00
20401 190 000600 MACHETE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 70 315.000.00
29906 080 000000 Útiles
y materiales de resguardo y seguridad-Máscaras
29906 080 000001 MASCARA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 90.000.00
29906 080 000050 MASCARA
ANTIGÁS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 147.500.00
29906 000 000000 Útiles
y materiales de resguardo y seguridad
29906 010 000000 Útiles
y materiales de resguardo y seguridad - Equipo de seguridad diverso
29906 010 002001 ANTEOJOS PARA SOLDAR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 4 14.400.00
29906 010 006000 POLAINAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 7.500.00
29906 010 007001 ZAPATOS
DE SEGURIDAD Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 270.000.00
29906 010 008303 CINTURÓN
DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y OCUPACIONAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 20.000.00
29906 010 008305 CINTURÓN
LUMBAR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 22.500.00
29906 010 008306 CINTURONES
POLICIAL Y/O MILITAR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 3.440.000.00
29906 010 008901 CODERAS
-ANTIMOTINES- Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 68.000.00
29906 010 008902 RODILLERAS
-ANTIMOTINES- Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 65.000.00
29906 010 008903 ESPINILLERAS
-ANTIMOTINES- Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 63.000.00
29906 010 008919 FAJA
PORTA ARMAS, ESPOSAS, MUNICIONES, BASTÓN, ETC Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 129.000.00
29906 010 008920 ESCUDO
DE PROTECCIÓN PARA POLICÍA ANTIMOTÍN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 160.000.00
29906 075 000000 Útiles
y materiales de resguardo y seguridad-Guantes
29906 075 002200 GUANTES PARA SOLDAR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 8 32.000.00
29906 075 008917 GUANTES
-ANTIMOTINES- Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 63.000.00
20401 000 000000 Herramientas
e instrumentos
20401 220 000000 Herramientas
e instrumentos - Espátula
20401 220 000001 ESPÁTULA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 60 150.000.00
20401 220 000100 ESPÁTULA
PLÁSTICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 50.000.00
20401 220 000200 ESPÁTULA
ACANALADA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 60 180.000.00
Subpartida Subclase Consecutivo Descripción Unid.
med Tipo fuente Período Cantidad Cost. total ¢
20401 230 000000 Herramientas
e instrumentos - Herramientas
20401 230 000001 HERRAMIENTA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 160.000.00
20401 230 000005 KIT
DE HERRAMIENTAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 50.000.00
20401 230 000320 MALETA
DE INSTRUMENTOS PARA MANTENIMIENTO DE MICROCOMPUTADOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 35.000.00
20401 270 000000 Herramientas
e instrumentos - Guillotina manual
20401 270 000001 GUILLOTINA MANUAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 600.000.00
20401 280 000000 Herramientas
e instrumentos - Estuche /funda /cubierta
20401 280 000100 ESTUCHE PARA C.D Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 35 87.500.00
20401 280 000520 FUNDA
PARA ARMAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 60 240.000.00
20401 280 000525 FUNDA
DE CUERO PARA REVOLVER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 60 240.000.00
20401 280 000560 FUNDA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 60 240.000.00
20401 295 000000 Herramientas
e instrumentos- Machos
20401 295 000005 MACHO ORDINARIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 39.000.00
20401 295 001005 MACHO
MILIMÉTRICO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 40.500.00
20401 295 001200 MACHOS
CON MANUBRIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 45.000.00
20401 295 001400 JUEGO
DE MACHOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 15.000.00
20402 000 000000 Repuestos
y accesorios
20402 001 000000 Repuestos
y accesorios - Llantas
20402 001 000005 LLANTA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 250 8.750.000.00
20402 001 000200 LLANTA
7.00R15, DOBLE SERVICIO ÍNDICE DE CARGA 105. SENCILLA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 9.000.000.00
20402 001 000205 LLANTA
7.00R16, DOBLE SERVICIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 12.000.000.00
20402 001 000230 LLANTA
155/80R12, PASAJERO, ÍNDICE DE CARGA 77 Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 13.000.000.00
20402 001 000240 LLANTA
165 RADIAL 33.02 cm, TACO PASAJERO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 11.000.000.00
20402 001 000241 LLANTA
185/70R14, PASAJERO, ÍNDICE DE CARGA 87 Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 12.000.000.00
20402 001 000256 LLANTA
175/70R14, PASAJERO, ÍNDICE DE CARGA 84 Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 11.000.000.00
20402 001 000340 LLANTA
195/70R15, PASAJERO, ÍNDICE DE CARGA 92 Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 13.000.000.00
20402 001 000370 LLANTA
195/75R14, PASAJERO, ÍNDICE DE CARGA 92 Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 13.000.000.00
20402 001 000380 LLANTA
195/75R15, PASAJERO, ÍNDICE DE CARGA 95 Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 15.000.000.00
20402 001 003999 LLANTA
PARA MOTOCICLETA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 270.000.00
20402 005 000000 Repuestos
y accesorios - Neumáticos
20402 005 000003 NEUMÁTICO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.200 9.600.000.00
20402 005 000005 NEUMÁTICO
15.24 X 30.48 cm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 80 480.000.00
20402 005 000080 NEUMÁTICO
16.51 X 33.02 cm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 60 300.000.00
20402 005 000105 NEUMÁTICO
17.5 X 33.02 cm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 150 450.000.00
20402 005 000115 NEUMÁTICO
18.5 X 35.56 cm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 50 175.000.00
20402 010 000000 Repuestos
y accesorios - Elementos de impresión
20402 010 000005 BOLITA PARA MÁQUINA DE ESCRIBIR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 40.000.00
20402 010 000020 MARGARITA
PARA MÁQUINA DE ESCRIBIR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 40 100.000.00
20402 015 000000 Repuestos
y accesorios - Repuestos para polígrafo
20402 015 000001 REPUESTO PARA POLÍGRAFO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 150.000.00
20402 025 000000 Repuestos
y accesorios - Repuestos para radio 0.00
20402 025 000001 REPUESTOS
PARA RADIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 60 300.000.00
20402 040 000000 Repuestos
y accesorios - Baterías
20402 040 000001 BATERÍA 12 VOLTIOS, 4 PLACAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 540.000.00
20402 040 000003 BATERÍA
DE 12 VOLTIOS, 7 PLACAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 40 760.000.00
20402 040 000005 BATERÍA
DE 12 VOLTIOS, 9 PLACAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 250 5.250.000.00
20402 040 000006 BATERÍAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 2.100.000.00
20402 040 000020 BATERÍA
DE 12 VOLTIOS MOTOCICLETA, GB16 AH>=19 Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 360.000.00
20402 040 000045 BATERÍA
UPS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 6.000.000.00
20402 040 000190 BATERÍA
PARA MOTOCICLETA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 280.000.00
20402 045 000000 Repuestos
y accesorios - Repuestos para vehículos
20402 045 000001 REPUESTOS PARA VEHICULO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 1.600.000.00
20402 045 000009 TAPONES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 6.000 330.000.00
20402 050 000000 Repuestos
y accesorios - Repuestos para motocicletas
20402 050 000001 REPUESTOS PARA MOTOCICLETA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 600.000.00
20402 060 000000 Repuestos
y accesorios - Repuestos para fotocopiadora
20402 060 000001 REPUESTOS PARA FOTOCOPIADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 1.050.000.00
20402 065 000000 Repuestos
y accesorios - Repuestos para central telefónica
20402 065 000160 BATERÍA PARA TELÉFONO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 25.000.00
20402 080 000000 Repuestos
y accesorios - Repuestos para equipos de cómputo
20402 080 000001 REPUESTOS PARA COMPUTACIÓN EN GENERAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 2.700.000.00
20402 080 000100 REPUESTOS
PARA IMPRESORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 750.000.00
20402 080 000160 PARLANTE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 6 24.000.00
20402 100 000000 Repuestos
y accesorios - Filtros
20402 100 000001 FILTRO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 3.600.000.00
20402 100 000002 FILTRO
PARA AIRE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 120 360.000.00
20402 100 000003 FILTRO
PARA DIESEL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 500.000.00
20402 100 000004 FILTRO
PARA ACEITE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 4.200.000.00
20402 100 000005 FILTRO
PARA GASOLINA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 350.000.00
20402 105 000000 Repuestos
y accesorios - Retenedores
20402 105 000002 RETENEDOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 37.500.00
20402 120 000000 Repuestos
y accesorios - Cables
20402 120 000005 CABLE ALIMENTADOR PARA FUENTE DE PODER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 25.000.00
20402 120 000035 CABLE
PARA RED Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 27.600.00
20402 120 000050 CABLE
PARALELO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 27.600.00
20402 120 000055 CABLE
PLANO PARA DISCO DURO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 21.000.00
20402 120 000060 CABLE
SERIAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 11.000.00
Subpartida Subclase Consecutivo Descripción Unid.
med Tipo fuente Período Cantidad Cost. total ¢
20402 140 000000 Repuestos
y accesorios - Fusibles
20402 140 000001 FUSIBLE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 100.000.00
20402 145 000000 Repuestos
y accesorios - Roles
20402 145 000001 ROL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 18.000.00
20402 150 000000 Repuestos
y accesorios - Bujías
20402 150 000001 BUJÍA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 11.000.00
20402 160 000000 Repuestos
y accesorios - Repuestos para bombas
20402 160 000001 REPUESTOS PARA BOMBA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 24.000.00
20402 190 000000 Repuestos
y accesorios - Repuestos para sistemas de comunicación
20402 190 000001 REPUESTOS PARA SISTEMA DE COMUNICACIÓN Y/O
RADIOCOMUNICACIÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 20.000.00
20402 190 000100 REPUESTOS
PARA EQUIPO DE COMUNICACIÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 1.000.000.00
20402 215 000000 Repuestos
y accesorios - Empaques
20402 215 000001 EMPAQUE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 18.000.00
20402 215 000380 EMPAQUE
DE TEFLÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 37.500.00
20402 240 000000 Repuestos
y accesorios - Repuestos para equipo
20402 240 000100 REPUESTOS PARA EQUIPO DE REFRIGERACIÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 30.000.00
20402 240 000200 REPUESTOS
PARA EQUIPO DE AIRE ACONDICIONADO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 42.000.00
20402 000 000000 Repuestos
y accesorios
20402 310 000000 Repuestos
y accesorios - Repuestos Inodoros-lavatorios
20402 310 000001 REPUESTOS PARA ORINAL Y/O INODORO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 72.000.00
20402 310 000005 ASIENTO
PARA INODORO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 90.000.00
20402 320 000000 Repuestos
y accesorios - Repuestos para Maquinaria pesada
20402 365 000050 REPUESTOS PARA EQUIPO ODONTOLÓGICO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 120.000.00
20402 365 000200 REPUESTOS
PARA EQUIPO MEDICO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 70.000.00
20402 900 000000 Repuestos
y accesorios - Otros repuestos
20402 900 000001 REPUESTOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 30.000.00
20402 900 000320 REPUESTOS
PARA COMPRESOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 15.000.00
20402 900 003800 RODILLO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 150 75.000.00
20402 900 003990 REPUESTOS
PARA PLANTA ELÉCTRICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 4 20.000.00
20402 900 004410 BUSHING Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 11.000.00
20402 900 004540 REPUESTOS
PARA CORTADOR DE CÉSPED Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 4 12.000.00
29901 000 000000 Útiles
y materiales de oficina y cómputo
29901 001 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Almohadillas para sellos
de hule
29901 001 025005 ALMOHADILLA PARA SELLOS DE HULE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 155.000.00
29901 005 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Bandas de hule
29901 005 000001 BANDAS DE HULE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 2.700.000.00
29901 010 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Basureros
29901 010 000001 BASUREROS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 1.000.000.00
29901 010 000079 BASURERO
PLÁSTICO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 540.000.00
29901 010 000120 BASURERO
PLÁSTICO CON TAPA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 50 3.250.000.00
29901 010 075025 BASUREROS
DE METAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 700.000.00
29901 015 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Bolígrafos
29901 015 000001 BOLÍGRAFO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 8.000 1.040.000.00
29901 015 100011 BOLÍGRAFO
AZUL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 8.000 1.040.000.00
29901 015 100012 BOLÍGRAFOS
NEGROS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 8.000 1.040.000.00
29901 015 100015 BOLÍGRAFO
ROJO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 390.000.00
29901 020 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Borradores
29901 020 000001 BORRADOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.500 625.000.00
29901 020 000110 BORRADOR
PARA TINTA Y LÁPIZ Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 160.000.00
29901 020 000280 BORRADOR
PARA PIZARRA ACRÍLICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 600.000.00
29901 020 125010 BORRADOR
DE ESCOBILLA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 700.000.00
29901 025 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Broches para archivo
29901 025 150010 PRENSA PARA FÓLDER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 1.000.000.00
29901 030 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Cinta adhesiva
29901 030 000001 CINTA ADHESIVA MÁGICA, DE 1.27 cm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 42.000.00
29901 030 000002 CINTA
ADHESIVA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 42.000.00
29901 030 000200 CINTA
ADHESIVA PARA ENMASCARAR (MASKING TAPE), DE 3.81 cm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 450.000.00
29901 030 000220 CINTA
ADHESIVA PARA ENMASCARAR (MASKING TAPE), DE 5.08 cm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 525.000.00
29901 030 175010 CINTA
ADHESIVA PLÁSTICA TRANSPARENTE DE 18 mm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 400.000.00
29901 030 175015 CINTA
ADHESIVA PLÁSTICA TRANSPARENTE DE 25 mm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 420.000.00
29901 040 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Clips
29901 040 000039 CLIP TAMAÑO JUMBO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.600 672.000.00
29901 040 000060 CLIP
TIPO MARIPOSA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 750.000.00
29901 040 250005 CLIP
NO. 1 Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 6.000 900.000.00
29901 045 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Correctores
29901 045 000001 CORRECTOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 60.000.00
29901 045 000005 CORRECTOR
LIQUIDO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 200.000.00
29901 045 000100 CORRECTOR
DE PAPEL (TIPO RADEX) Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 200.000.00
29901 045 000400 CORRECTOR
LIQUIDO TIPO LÁPIZ Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 900.000.00
29901 050 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Chinches
29901 050 000010 CHINCHES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 135.000.00
29901 055 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Engrapadoras
29901 055 000001 ENGRAPADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 700 910.000.00
29901 055 000700 ENGRAPADORA
INDUSTRIAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 900.000.00
29901 055 450010 ENGRAPADORA
DE METAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 1.040.000.00
29901 060 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Fechadores
29901 060 000001 FECHADORES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 200.000.00
29901 060 000005 FECHADORES
AUTOMÁTICOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 540.000.00
Subpartida Subclase Consecutivo Descripción Unid.
med Tipo fuente Período Cantidad Cost. total ¢
29901 065 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Gomas
29901 065 000001 GOMA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 450.000.00
29901 065 550015 GOMA
LIQUIDA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 750.000.00
29901 070 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Grapas
29901 070 000001 GRAPAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 1.000.000.00
29901 070 575020 GRAPAS
PARA ENGRAPADORA ESTÁNDAR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.500 1.225.000.00
29901 075 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Portaminas
29901 075 000001 PORTAMINAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 1.000.000.00
29901 075 000040 PORTAMINAS
DE 0.7 mm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 500.000.00
29901 075 600005 PORTAMINAS
DE 0.5 mm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 400.000.00
29901 080 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Minas
29901 080 000001 MINAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 900 135.000.00
29901 080 000006 MINAS
0.7 mm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 900 135.000.00
29901 080 600025 MINAS
DE 0.5 mm, DUREZA HB Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 120.000.00
29901 085 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Lápices
29901 085 000001 LÁPIZ MINA NEGRA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 7.000 560.000.00
29901 085 000080 LÁPICES
DE COLORES, DE 24 Uds Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 300.000.00
29901 085 000805 LÁPIZ
BICOLOR DELGADO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 127.500.00
29901 085 001206 LÁPIZ
HB Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 240.000.00
29901 090 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Máquina sacapuntas
29901 090 000001 MÁQUINA SACAPUNTAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 750.000.00
29901 090 000040 TAJADOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 400 80.000.00
29901 095 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Marcadores
29901 095 000001 MARCADOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 1.050.000.00
29901 095 000003 MARCADOR
FOSFORESCENTE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.500 875.000.00
29901 095 000120 MARCADOR
FOSFORESCENTE, PUNTA GRUESA, COLOR A ESCOGER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.500 875.000.00
29901 095 000400 MARCADOR
PARA PIZARRA ACRÍLICA, PUNTA REDONDA, COLOR A ESCOGER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 1.050.000.00
29901 095 000710 MARCADOR
PUNTA BISELADA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 1.050.000.00
29901 095 001060 MARCADOR
PERMANENTE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 7.000 2.450.000.00
29901 095 001600 MARCADOR
PARA PIZARRA ACRÍLICA, PUNTA GRUESA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.500 875.000.00
29901 100 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Numeradores
29901 100 000010 NUMERADOR AUTOMÁTICO DE METAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 240.000.00
29901 105 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Papeleras
29901 105 000001 PAPELERA DE METAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 2.000.000.00
29901 105 750005 PAPELERA
DE METAL, DE 3 COMPARTIMIENTOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 2.000.000.00
29901 110 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Perforadoras
29901 110 000001 PERFORADORA METÁLICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 720.000.00
29901 110 000505 PERFORADORA
INDUSTRIAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 750.000.00
29901 115 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Refuerzos
29901 115 000001 REFUERZO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 280.000.00
29901 120 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Reglas y trasportadores
29901 120 000001 REGLA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 400.000.00
29901 120 000040 REGLA
METÁLICA DE 30 cm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 210.000.00
29901 120 850025 REGLA
PLÁSTICA DE 30 cm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 120.000.00
29901 125 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Sacagrapas
29901 125 000010 SACAGRAPA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.200 300.000.00
29901 130 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Tijeras
29901 130 000001 TIJERA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 750.000.00
29901 130 000300 TIJERA
GRANDE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 500.000.00
29901 130 900025 TIJERA
TIPO OFICINA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 675.000.00
29901 135 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Esponjas/esponjeras
29901 135 001000 ESPONJERA DE HULE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 900 360.000.00
29901 155 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Portasellos
29901 155 000001 PORTASELLOS METÁLICO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 510.000.00
29901 155 000002 PORTASELLOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 510.000.00
29901 170 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Archivadores de disquetes 0.00
29901 170 000001 PORTADISQUETES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 120.000.00
29901 170 000005 ARCHIVADOR
DE DISQUETE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 400 260.000.00
29901 175 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Dispensadores
29901 175 000001 DISPENSADOR PARA CINTA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 350 157.500.00
29901 175 000100 DISPENSADOR
DE CINTA ADHESIVA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 135.000.00
29901 175 000300 DISPENSADOR
DE CLIPS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 600.000.00
29901 175 000500 DISPENSADOR
PARA PAPEL HIGIÉNICO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 2.000.000.00
29901 190 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Cintas BSi
29901 190 000001 CINTA IMPRESORA PARA MÁQUINA DE ESCRIBIR ELÉCTRICA
BSI-301 Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 150 270.000.00
29901 190 000020 CINTA
CORRECTORA PARA MÁQUINA DE ESCRIBIR ELÉCTRICA BSI-301 Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 150 52.500.00
29901 190 000040 CINTA
PARA IMPRESORA B.S.I. MOD. 22381 Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 150.000.00
29901 195 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Cintas Brother
29901 195 000001 CINTA IMPRESORA PARA MÁQUINA DE ESCRIBIR BROTHER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 150 300.000.00
29901 195 000019 CINTA
CORRECTORA PARA MÁQUINA DE ESCRIBIR BROTHER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 150 97.500.00
29901 195 000039 CINTA
PARA IMPRESORA BROTHER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 320.000.00
29901 195 000060 CINTA
PARA IMPRESORA BROTHER M1909 NEGRA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 360.000.00
29901 195 000320 CINTA
P/IMPRESORA BROTHER M 1409 Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 170.000.00
29901 205 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Cintas Canon
29901 205 000002 CINTA PARA EMPRESO CANNON Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 60 126.000.00
29901 205 000003 CINTA
IMPRESORA PARA MÁQUINA DE ESCRIBIR CANNON Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 40 60.000.00
29901 205 000299 CINTA
CORRECTORA PARA MÁQUINA DE ESCRIBIR CANNON Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 40 24.000.00
Subpartida Subclase Consecutivo Descripción Unid.
med Tipo fuente Período Cantidad Cost. total ¢
29901 210 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Cintas Citizen
29901 210 000200 CINTA P/IMPRESORA CITIZEN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 30.000.00
29901 210 000405 CINTA
PARA MÁQUINA SUMADORA CITIZEN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 10.800.00
29901 225 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Cintas Epson
29901 225 000001 CINTAS PARA IMPRESORA EPSON Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 7.200.000.00
29901 225 000120 CINTA
PARA IMPRESORA EPSON FX-1050 Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 400 3.600.000.00
29901 225 000220 CINTA
PARA IMPRESORA EPSON LX810 Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 2.100.000.00
29901 225 000228 CINTA
PARA IMPRESORA EPSON LQ 1170 Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 400 3.600.000.00
29901 225 000270 CINTA
A COLORES LX 300, EPSON Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 6.400.000.00
29901 225 000275 CINTA
NEGRA PARA IMPRESORA EPSON LX 300 Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 6.400.000.00
29901 225 000420 CINTA
PARA IMPRESORA EPSON FX-1170 Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 5.400.000.00
29901 225 000520 CINTA
P/IMPRESORA EPSON LQ 2170 Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 3.000.000.00
29901 235 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Cintas IBM
29901 235 000002 CINTA IBM Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 110.000.00
29901 235 000800 CINTA
PARA IMPRESORA IBM Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 70 105.000.00
29901 245 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Cintas Olivetti
29901 245 000002 CINTA OLIVETTI Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 80 280.000.00
29901 245 000019 CINTA
IMPRESORA PARA MÁQUINA DE ESCRIBIR OLIVETTE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 50 100.000.00
29901 245 001000 CINTA
PARA IMPRESORA OLIVETTE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 75.000.00
29901 245 001020 CINTA
CORRECTORA PARA MÁQUINA DE ESCRIBIR OLIVETTI Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 50 50.000.00
29901 250 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Cintas Olympia
29901 250 000002 CINTA IMPRESORA OLIMPIA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 50 100.000.00
29901 250 000003 CINTA
IMPRESORA PARA MÁQUINA DE ESCRIBIR OLYMPIA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 250 450.000.00
29901 250 000299 CINTA
CORRECTORA P/MAQ DE ESC. OLYMPIA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 150 120.000.00
29901 255 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Cintas Panasonic
29901 255 000002 CINTA PARA IMPRESORA PANASONIC Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 90 270.000.00
29901 255 000003 CINTA
IMPRESORA PARA MÁQUINA DE ESCRIBIR PANASONIC Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 150.000.00
29901 255 000005 CINTA
PANASONIC Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 80 200.000.00
29901 255 000040 CINTA
IMPRESORA PARA MÁQUINA DE ESCRIBIR ELECTRÓNICA PANASONIC Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 60 120.000.00
29901 255 001000 CINTA
CORRECTORA PARA MÁQUINA DE ESCRIBIR PANASONIC Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 50 50.000.00
29901 275 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Cintas Smith Corona
29901 275 000002 CINTA SMITH CORONA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 40.000.00
29901 275 000060 CINTA
IMPRESORA PLÁSTICA PARA MÁQUINA DE ESCRIBIR ELECTRÓNICA SMITH Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 75.000.00
29901 275 000339 CINTA
CORRECTORA P/MÁQUINA DE ESCRIBIR SMITH CORONA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 15.000.00
29901 275 000600 CINTA
IMPRESORA H CORRECTABLE PARA SMITH CORONA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 9.000.00
29901 275 000640 CINTA
CORRECTORA PARA MÁQUINA DE ESCRIBIR SMITH CORONA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 15.000.00
29901 280 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Cintas Swintec
29901 280 000001 CINTA CORRECTORA PARA MÁQUINA DE ESCRIBIR SWINTEC Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 30.000.00
29901 280 000002 CINTA
SWINTEC Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 60 180.000.00
29901 280 000019 CINTA
IMPRESORA PARA MÁQUINA DE ESCRIBIR SWINTEC Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 50 125.000.00
29901 305 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Cintas Varias
29901 305 000005 CINTA PARA RELOJ MARCADOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 45.000.00
29901 305 000010 CINTA
PARA IMPRESIÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 400 1.400.000.00
29901 305 000015 CINTA
IMPRESORA CALCULADORA ESTÁNDAR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 350 210.000.00
29901 305 000020 CINTA
PARA RELOJ MARCADOR ACOPRINT Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 45.000.00
29901 305 000025 CINTA
ENTINTADA DE NYLON PARA MÁQUINA DE ESCRIBIR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 400 680.000.00
29901 305 000030 CINTA
CORRECTORA PARA MÁQUINA DE ESCRIBIR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 120.000.00
29901 305 000040 CINTA
PARA RELOJ MARCADOR ITR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 18.000.00
29901 305 000060 CINTA
PARA RELOJ MARCADOR MECÁNICO AMANO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 16.500.00
29901 305 000520 CINTA
PARA MÁQUINA DE SUMAR STANDARD Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 300.000.00
29901 305 000600 CINTA
IMPRESORA BICOLOR PARA MÁQUINA CALCULADORA STANDARD Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 450.000.00
29901 305 000800 CINTA
IMPRESORA BICOLOR PARA MÁQUINA DE ESCRIBIR STANDARD Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 450.000.00
29901 305 000820 CINTA
PLÁSTICA PARA MÁQUINA DE ESCRIBIR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 450.000.00
29901 305 000840 CINTA
IMPRESORA BICOLOR PARA MÁQUINA DE ESCRIBIR MANUAL STANDARD Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 450.000.00
29901 305 000850 CINTA
IMPRESORA BICOLOR P/MÁQUINA DE ESCRIBIR ELECTRÓNICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 350 630.000.00
29901 305 000860 CINTA
IMPRESORA BICOLOR P/MÁQUINA DE ESCRIBIR MANUAL OLIMPIA DE NYLON Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 450.000.00
29901 305 000950 CINTA
BICOLOR P/SUMADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 120.000.00
29901 305 001040 CINTA
PARA IMPRESORA 90-40-1 Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 220 209.000.00
29901 310 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Portaclips
29901 310 000100 PORTACLIP MAGNÉTICO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 700 350.000.00
29901 385 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Cinta Hewlett Packard
29901 385 000002 CINTA P/IMPRESORA HEWLETT PACKARD Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 70 266.000.00
29901 390 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Cintas Casio
29901 390 000105 CINTA BICOLOR PARA MÁQUINA DE SUMAR CASSIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 150 90.000.00
29901 900 000000 Útiles
y mat. de oficina y cómputo-Otros
29901 900 000065 TORNILLO DE ALUMINIO PARA ENCUADERNACIÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 100.000.00
29901 900 000070 TORNILLO
DE EXTENSIÓN PARA ENCUADERNAR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 60.000.00
29901 900 000080 ALMOHADILLA
PARA HUELLA DACTILAR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 400 120.000.00
29901 900 000085 ROTULADOR
DE LLANTAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 52.500.00
29901 900 000095 PINCEL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 6 18.000.00
29901 900 000200 ETIQUETA
AUTOADHESIVA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 64.000.00
29901 900 000250 CINTA
PARA IMPRESORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 16.000.000.00
29901 900 000750 ÚTILES
Y MATERIALES DE OFICINA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 10.374.000.00
29901 900 001120 PORTAFOLIO
CON PRENSA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 1.600.000.00
29901 900 001300 CEJILLAS
PLÁSTICAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 400.000.00
29901 900 001600 RODILLO
ENTINTADO PARA SUMADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 195.000.00
29901 900 002400 PORTA
BLOQUES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 450.000.00
29901 900 002500 HUMEDECEDOR
DE DEDOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.500 2.000.000.00
Subpartida Subclase Consecutivo Descripción Unid.
med Tipo fuente Período Cantidad Cost. total ¢
29901 900 002720 PORTA
C.D Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 900.000.00
29901 900 002725 ARCHIVADOR
DE DISCOS COMPACTOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 960.000.00
29901 900 003505 PIN
PARA PIZARRA DE CORCHO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 400 180.000.00
29901 900 004000 ALMOHADILLA
PARA MOUSE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.200 1.080.000.00
29901 900 004020 TRANSPARENCIA
PARA IMPRESORA DE INYECCIÓN DE TINTA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 700.000.00
29904 900 000000 Textiles
y vestuario - Otros
29904 900 001540 TOALLA SANITARIA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5.000 4.000.000.00
29905 000 000000 Útiles
y materiales de limpieza
29905 130 000000 Útiles
y materiales de limpieza-Cepillos
29905 130 000001 CEPILLO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 90.000.00
29905 130 000020 CEPILLO
DE RAÍZ Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 400 240.000.00
29905 130 000500 CEPILLO
PARA LIMPIAR ARMAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 60 54.000.00
29905 135 000000 Útiles
y materiales de limpieza-Escobas, escobillas, escobones 0.00
29905 135 000001 ESCOBA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 1.400.000.00
29905 135 000016 ESCOBA
LARGA PARA CIELOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 720.000.00
29905 135 000059 ESCOBILLA
PARA SACUDIR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 150.000.00
29905 135 000099 ESCOBÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 980.000.00
29905 135 100015 ESCOBAS
PLÁSTICAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 1.400.000.00
29905 140 000000 Útiles
y materiales de limpieza-Ceras
29905 140 000001 CERA Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 640.000.00
29905 140 000002 CERA
LIQUIDA Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 640.000.00
29905 140 000220 CERA
EN PASTA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 480.000.00
29905 145 000000 Útiles
y materiales de limpieza-Hisopos
29905 145 125010 HISOPO PARA INODORO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 620.000.00
29905 155 000000 Útiles
y materiales de limpieza-Escurridor para mechas
29905 155 000001 ESCURRIDOR DE MECHAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 80 1.600.000.00
29905 160 000000 Útiles
y materiales de limpieza-Esponjas
29905 160 000001 ESPONJA DE ALAMBRE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 12.000 1.080.000.00
29905 160 000021 ESPONJA
DE FIBRA, LAVAPLATOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 12.000 1.080.000.00
29905 165 000000 Útiles
y materiales de limpieza-Limpiadores
29905 165 000001 LIMPIADOR DE MUEBLES Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 50 6.500.00
29905 165 000040 LIMPIADOR
PARA MUEBLES METÁLICOS Y DE MADERA Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 150 16.500.00
29905 165 000110 LIMPIADOR
DE LLANTAS Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 28.000.00
29905 165 000155 LIMPIADOR
DE EQUIPO ELECTRÓNICO Y DE CÓMPUTO Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 160.000.00
29905 165 000180 LIMPIADOR
DESENGRASANTE Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 135.000.00
29905 165 000200 LIMPIADOR
DESINFECTANTE Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 40.000 4.800.000.00
29905 165 000215 LIMPIADOR
DIELÉCTRICO Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 240.000.00
29905 165 000220 LIMPIADOR
EN CREMA PARA USO DE TALLERES Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 600.000.00
29905 165 000225 LIMPIADOR
ESPECIAL PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y ELECTRÓNICO Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 360.000.00
29905 165 000245 LIMPIADOR
GERMICIDA, DESODORIZANTE Y DESINFECTANTE Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 400 140.000.00
29905 165 000280 LIMPIADOR
LUBRICANTE Y ABRILLANTADOR Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 228.000.00
29905 165 000285 LIMPIADOR
MULTIUSO Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 270.000.00
29905 165 000295 LIMPIADOR
NEUTRO PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 288.000.00
29905 165 000320 LIMPIADOR
PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 800 304.000.00
29905 165 000330 LIMPIADOR
PARA RADIADOR Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.200 300.000.00
29905 165 000335 LIMPIADOR
PARA SISTEMA DE FRENOS Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 600.000.00
29905 165 000350 LIMPIADORES Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 4.000 520.000.00
29905 165 150020 LIMPIADOR
DE CRISTALES Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 150.000.00
29905 175 000000 Útiles
y materiales de limpieza-Detergentes y jabones
29905 175 000005 DETERGENTE Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 15.000 5.625.000.00
29905 175 000040 DETERGENTE
DESENGRASANTE LIQUIDO Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 5.000 2.500.000.00
29905 175 000060 DETERGENTE
EN POLVO Kilogramos P. ordinario I
y II Semestre 2006 15.000 5.625.000.00
29905 175 000190 JABÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 210.000 46.200.000.00
29905 175 000200 JABÓN
BACTERICIDA LIQUIDO PARA MANOS Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 5.000 2.000.000.00
29905 175 000210 JABÓN
CILÍNDRICO LAVAPLATOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 9.500 570.000.00
29905 175 000230 JABÓN
DE MANOS USO INSTITUCIONAL CON DISPENSADOR Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 6.000 2.700.000.00
29905 175 000240 JABÓN
DE TOCADOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 210.000 46.200.000.00
29905 175 000275 JABÓN
LAVAPLATOS EN CREMA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 8.000 1.040.000.00
29905 175 000285 JABÓN
LIQUIDO Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 50.000 20.000.000.00
29905 175 000350 JABÓN
MEDICADO ANTIPULGAS (USO VETERINARIO) Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 6.000 2.700.000.00
29905 175 000355 JABÓN
PARA INSTRUMENTAL QUIRÚRGICO Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 1.500.000.00
29905 175 000370 JABÓN
PARA USO MECÁNICO Litros P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 1.350.000.00
29905 180 000000 Útiles
y materiales de limpieza-Gancho/palo de piso 0.00
29905 180 000001 PALO
DE PISO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 1.000.000.00
29905 180 225010 GANCHO
METÁLICO PARA LIMPIAR PISOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.300 1.300.000.00
29905 000 000000 Útiles
y materiales de limpieza 0.00
29905 900 000000 Útiles
y materiales de limpieza-Varios 0.00
29905 900 000300 VENTOSA
PARA ASEO DE INODORO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 555.000.00
29905 900 200015 PALA
PLÁSTICA PARA BASURA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 900.000.00
20304 130 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo -Bombillos y bulbos 0.00
20304 130 000002 BOMBILLO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 6.000 1.200.000.00
20304 130 000440 BULBO
DE HALÓGENO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 1.200.000.00
29902 025 000000 Útiles
y materiales medico hospitalario y de investigación-Agujas 0.00
29902 025 000002 AGUJA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 1.200.000.00
29902 030 000000 Útiles
y materiales medico hospitalario y de investigación-Algodón 0.00
29902 030 000001 ALGODÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 1.900.000.00
29902 045 000000 Útiles
y materiales medico hospitalario y de investigación-Gasa 0.00
29902 045 000005 GASA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 2.000.000.00
Subpartida Subclase Consecutivo Descripción Unid.
med Tipo fuente Período Cantidad Cost. total ¢
29902 050 000000 Útiles
y materiales medico hospitalario y de investigación-Jeringas 0.00
29902 050 000010 JERINGA
DESCARTABLE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 1.500.000.00
29907 005 000000 Útiles
y materiales de cocina y comedor-Cucharas, cubiertos, tenedores
29907 005 000041 CUCHARA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 220.000.00
29907 010 000000 Útiles
y materiales de cocina y comedor-Cuchillos
29907 010 000001 CUCHILLO DE COCINA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 2.500.000.00
29907 015 000000 Útiles
y materiales de cocina y comedor-Ollas y sartenes
29907 015 000020 OLLA DE ALUMINIO CON TAPA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 22.500.000.00
29907 015 000090 OLLA
ARROCERA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 150 13.500.000.00
29907 015 000500 OLLA
HOTELERA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 150 15.000.000.00
29907 015 000900 MARMITA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 50 2.250.000.00
29907 015 001000 SARTÉN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 50 3.250.000.00
29907 020 000000 Útiles
y materiales de cocina y comedor-Picheles
29907 020 000001 PICHEL DE ALUMINIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 60.000.00
29907 020 000100 PICHEL
DE ACERO INOXIDABLE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 90.000.00
29907 025 000000 Útiles
y materiales de cocina y comedor-Platos
29907 025 000002 PLATO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 2.000.000.00
29907 030 000000 Útiles
y materiales de cocina y comedor-Tazas, vasos, jarras
29907 030 000099 VASO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 2.000.000.00
29907 030 000100 VASO
DE VIDRIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 1.350.000.00
29907 030 000160 VASO
PLÁSTICO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.500 1.375.000.00
29907 030 000180 VASO
DE POLICARBONATO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.500 2.250.000.00
29901 410 000000 Útiles
y materiales de oficina y cómputo-Disquete, limpiad.
29901 410 000001 DISQUETE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100.000 30.000.000.00
29901 410 000005 MINI
CD REGRABABLE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 1.425.000.00
29901 410 001000 DISCO
COMPACTO EN BLANCO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 1.200.000.00
29902 000 000000 Útiles
y materiales medico hospitalario y de investigación
29902 120 000000 Útiles
y materiales medico hospitalario y de investigación-Guantes
29902 120 000006 GUANTES DESECHABLES EN LÁTEX Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5.000 150.000.00
29902 120 000040 GUANTES
ESTERILIZADOS, PARA USO GINECOLÓGICO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5.000 150.000.00
29904 000 000000 Textiles
y vestuarios
29904 900 000000 Textiles
y vestuario - Otros
29904 900 004165 GUANTES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 300 270.000.00
29906 000 000000 Útiles
y materiales de resguardo y seguridad
29906 075 000000 Útiles
y materiales de resguardo y seguridad-Guantes
29906 050 000005 BATÓN POLICIAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3.000 45.000.000.00
29906 075 000120 GUANTES
DE CUERO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 800.000.00
29901 000 000000 Útiles
y materiales de oficina y cómputo
29901 415 000000 Útiles
y materiales de oficina y cómputo-Goma y pegamento
29901 415 000001 GOMA BLANCA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 600.000.00
29901 415 000025 SILICÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 70.000.00
29999 000 000000 Otros
útiles, materiales y suministros
29999 075 000000 Otros
útiles, materiales y suministros-Espuma
29999 075 000100 PEGAMENTO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 120 66.000.00
29999 075 000260 PEGAMENTO
P.V.C Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 45.000.00
29901 000 000000 Útiles
y materiales de oficina y cómputo
29901 420 000000 Otros
materiales específicos-Tiza
29901 420 000001 TIZA Cajas P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 600.000.00
20304 000 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo
20304 135 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo -Protector de Picos
20304 135 000001 PROTECTOR DE PICOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 9.000.000.00
20304 135 000020 PROTECTOR
DE PICOS CON SEIS TOMAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 7.500.000.00
20305 000 000000 Materiales
y productos de vidrio
20305 145 000000 Materiales
y productos de vidrio-Vidrio y paletas
20305 145 000099 VIDRIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 500 12.500.000.00
20305 145 000700 SOBRES
DE VIDRIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 1.250.000.00
29901 000 000000 Útiles
y materiales de oficina y cómputo
29901 425 000000 Otros
materiales específicos-Cintas magnéticas
29901 425 000005 CINTA MAGNÉTICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 35.000.00
29901 425 000800 DATA
CARTRIDGE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 35 140.000.00
29901 425 001250 CINTA
MAGNÉTICA DE CARTUCHO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 45.000.00
20304 000 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo
20304 140 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo -Tubos fluorescentes
20304 140 000001 TUBO FLUORESCENTE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 2.200.000.00
20304 140 000090 TUBO
FLUORESCENTE F-40 T-12, MONOPIN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 900.000.00
20304 140 000100 TUBO
FLUORESCENTE F-40 T-12 DL BIPIN, DE 40 WATTS, 1.20 Pts Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 1.500.000.00
29901 000 000000 Útiles
y materiales de oficina y cómputo
29901 430 000000 Otros
materiales específicos-Casetes
29901 430 000040 CASETE DE VIDEO 160 MINUTOS (VHS) Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 850.000.00
29901 430 000501 CASETE
DE AUDIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 450.000.00
29999 000 000000 Otros
útiles, materiales y suministros
29999 020 000000 Otros
útiles, materiales y suministros-Bolas para deporte
29999 020 000099 BOLA DE BALONCESTO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 5.250.000.00
29999 020 000199 BOLA
DE FÚTBOL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.500 10.000.000.00
29999 020 000300 BOLA
DE PAPIFÚTBOL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 6.400.000.00
29907 060 000000 Útiles
y materiales de cocina y comedor-Bandejas
29907 065 000001 BANDEJA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 30.000.000.00
29907 065 000210 BANDEJA
DE POLICARBONATO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 9.000 23.400.000.00
Subpartida Subclase Consecutivo Descripción Unid.
med Tipo fuente Período Cantidad Cost. total ¢
20304 145 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo -Porta electrodos
20304 145 000001 PORTA ELECTRODOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 600 270.000.00
20306 000 000000 Materiales
y productos de plástico
20306 445 000000 Materiales
y productos de plástico-Mangueras
20306 445 000001 MANGUERA Metro P. ordinario I
y II Semestre 2006 350 210.000.00
50199 000 000000 Maquinaria
y equipo diverso
50199 045 000000 Maquinaria
y equipo diverso-Extintores
50199 045 000001 EXTINTOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 65 3.380.000.00
50199 045 000004 EXTINTOR
DE CO2 -CARBONO- Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 65 3.250.000.00
50199 045 000059 EXTINTOR
DE AGUA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 65 3.380.000.00
50199 045 000159 EXTINTOR
POLVO QUÍMICO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 65 2.795.000.00
50199 045 001000 TABLA
INDICADORA PARA EXTINTORES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 240 1.008.000.00
50199 045 001020 GANCHO
DE SOPORTE PARA EXTINTORES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 240 480.000.00
29999 000 000000 Otros
útiles, materiales y suministros
29999 060 000000 Otros
útiles, materiales y suministros-Baterías para foco
29999 060 000015 BATERÍA MEDIANA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.500 275.000.00
29999 060 000020 BATERÍA
PEQUEÑA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.500 275.000.00
29999 060 000100 BATERÍA
ALCALINA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2.000 600.000.00
29999 060 050030 BATERÍA
GRANDE PARA FOCO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25.000 3.750.000.00
29906 000 000000 Útiles
y materiales de resguardo y seguridad
29906 025 000000 Útiles
y materiales de resguardo y seguridad-Focos y linternas
29906 025 000001 FOCO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5.000 40.000.000.00
29906 025 000140 LINTERNA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5.000 110.000.000.00
29905 000 000000 Útiles
y materiales de limpieza
29905 185 000000 Útiles
y materiales de limpieza-Bolsas plásticas
29905 185 000160 BOLSA PLÁSTICA PARA BASURA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5.000 2.500.000.00
29999 000 000000 Otros
útiles, materiales y suministros
29999 065 000000 Otros
útiles, materiales y suministros-Bolsas plásticas
29999 065 000001 BOLSA PLÁSTICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5.000 2.500.000.00
29999 070 000000 Otros
útiles, materiales y suministros-Espuma
29999 070 000060 ESPUMA DE URETANO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 7.000 28.000.000.00
50199 000 000000 Maquinaria
y equipo diverso
50199 050 000000 Maquinaria
y equipo diverso-Armas
50199 050 000001 REVOLVER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 3.420.000.00
50199 050 000020 REVOLVER
CALIBRE NO. 38 ESPECIAL, CAÑÓN LARGO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 4.200.000.00
50199 050 000500 PISTOLA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 4.350.000.00
50199 050 001000 CARABINA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 5.000.000.00
29906 000 000000 Útiles
y materiales de resguardo y seguridad
29906 030 000000 Útiles
y materiales de resguardo y seguridad-Balas
29906 030 000001 BALA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 9.000 4.365.000.00
29906 030 000002 TIRO
CALIBRE 9 mm., DE PÓLVORA NO EXPANSIVA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 9.000 4.365.000.00
29906 030 000040 BALA
PARA REVOLVER CALIBRE NO. 38 Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 9.000 4.365.000.00
29906 030 000100 TIRO
PARA REVOLVER CALIBRE 30 Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 9.000 4.365.000.00
29906 035 000000 Útiles
y materiales de resguardo y seguridad-Esposas
29906 035 000001 ESPOSAS Par P. ordinario I
y II Semestre 2006 70 1.260.000.00
29906 040 000000 Útiles
y materiales de resguardo y seguridad-Cartuchera, funda
29906 040 000001 CARTUCHERA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 35 665.000.00
29906 055 000000 Útiles
y materiales de resguardo y seguridad-Cascos
29906 055 000020 CASCO PARA MOTOCICLISTA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 8 96.000.00
29906 055 000610 CASCO
ANTIMOTÍN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 350.000.00
29906 065 000000 Útiles
y materiales de resguardo y seguridad-Chalecos
29906 065 010001 CHALECO ANTIBALAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 750.000.00
50101 000 000000 Maquinaria
y equipo para la producción
50101 001 000000 Maq.
y equipo para la producción-Maquinaria
50101 001 000630 MÁQUINA PLASTICADORA DE CARNÉS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 70.000.00
50199 000 000000 Maquinaria
y equipo diverso
50199 350 000000 Maquinaria
y equipo diverso-Equipo de refrigeración
50199 350 000001 CÁMARA DE REFRIGERACIÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 6.750.000.00
50101 000 000000 Maquinaria
y equipo para la producción
50101 010 000000 Maq.
y equipo para la producción-Generadores y plantas
50101 010 000002 GENERADOR DE PLANTA ELÉCTRICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 1.000.000.00
50101 010 000200 PLANTA
ELÉCTRICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 30.000.000.00
50101 065 000000 Maq.
y equipo para la producción-Máq. encuadernadoras
50101 065 000001 MÁQUINA ENCUADERNADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 50.000.00
50101 075 000000 Máq.
y equipo para la producción-Balanzas, romanas, etc.
50101 075 000500 ROMANA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 4.500.000.00
50101 075 000501 ROMANA
MECÁNICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 4.800.000.00
50101 075 000600 ROMANA
ELECTRÓNICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 5.400.000.00
50104 000 000000 Equipo
y mobiliario de oficina
50104 001 000000 Equipo
y mobiliario de oficina-Archivadores
50104 001 000001 ARCHIVADORES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 70 4.340.000.00
50104 001 000119 ARCHIVADOR
DE METAL, TIPO LEGAL DE 4 GAVETAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 70 4.550.000.00
50104 001 000200 ARCHIVADOR
METÁLICO, CON CAJA DE SEGURIDAD Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 40 3.440.000.00
50104 005 000000 Equipo
y mobiliario de oficina-Bibliotecas
50104 005 000001 BIBLIOTECA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 2.250.000.00
50104 010 000000 Equipo
y mobiliario de oficina-Escritorios
50104 010 000001 ESCRITORIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 45 2.925.000.00
50104 010 000251 ESCRITORIO
TIPO SECRETARIA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 45 2.925.000.00
Subpartida Subclase Consecutivo Descripción Unid.
med Tipo fuente Período Cantidad Cost. total ¢
50104 015 000000 Equipo
y mobiliario de oficina-Mesas
50104 015 000001 MESA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 175.000.00
50104 015 000100 MESA
PARA COMPUTADORA E IMPRESORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 45 2.070.000.00
50104 000 000000 Equipo
y mobiliario de oficina
50104 020 000000 Equipo
y mobiliario de oficina-Sillas y sillones
50104 020 000001 SILLA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 45 675.000.00
50104 020 000004 SILLA
DE ESPERA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 70 1.260.000.00
50104 020 000240 SILLA
GIRATORIA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 45 720.000.00
50104 020 000700 SILLA
ERGONÓMICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 600.000.00
50104 020 001000 SILLÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 350.000.00
50104 020 001039 SILLÓN
EJECUTIVO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 350.000.00
50199 000 000000 Maquinaria
y equipo diverso
50199 275 000000 Maquinaria
y equipo diverso-Mesas varias
50199 270 000600 MESA PLÁSTICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 60 1.440.000.00
50199 275 000003 SILLA
PLÁSTICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 500.000.00
50104 000 000000 Equipo
y mobiliario de oficina
50104 025 000000 Equipo
y mobiliario de oficina-Calculadoras
50104 025 000001 CALCULADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 40 1.160.000.00
50104 030 000000 Equipo
y mobiliario de oficina-Fotocopiadoras
50104 030 000001 FOTOCOPIADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 20.250.000.00
50104 030 000020 FOTOCOPIADORA
A COLOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 3.000.000.00
50104 030 000150 DUPLICADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 1.200.000.00
50104 035 000000 Equipo
y mobiliario de oficina-Máquinas de escribir
50104 035 000001 MÁQUINA DE ESCRIBIR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 800.000.00
50104 040 000000 Equipo
y mobiliario de oficina-Abanicos y ventiladores
50104 040 000059 VENTILADOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 900.000.00
50104 040 000200 VENTILADOR
DE PIE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 1.050.000.00
50104 040 000210 VENTILADOR
TIPO COLUMNA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 1.200.000.00
50104 040 000250 VENTILADOR
INDUSTRIAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 40 4.400.000.00
50104 045 000000 Equipo
y mobiliario de oficina-Aire Acondicionado
50104 045 000001 AIRE ACONDICIONADO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 2.400.000.00
20304 000 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo
20304 150 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo-Lámparas
20304 150 000001 LÁMPARA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 425.000.00
20304 150 000005 LÁMPARA
DE TUBO FLUORESCENTE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 180 2.880.000.00
20304 150 000100 LÁMPARA
DE MERCURIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 50 900.000.00
20304 150 000800 LÁMPARA
METALARG Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 40 6.480.000.00
50104 000 000000 Equipo
y mobiliario de oficina
50104 055 000000 Equipo
y mobiliario de oficina-Relojes
50104 055 000005 RELOJ FECHADOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 4 680.000.00
50104 055 000020 RELOJ
MARCADOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 2.730.000.00
50104 060 000000 Equipo
y mobiliario de oficina-Tarjeteros
50104 060 000020 TARJETERO PARA TARJETAS DE RELOJ MARCADOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 200.000.00
50105 000 000000 Equipo
y programas de cómputo
50105 100 000000 Equipo
y programas de cómputo-Microcomputadoras
50105 100 000001 MICROCOMPUTADOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 60 45.000.000.00
50105 100 000004 MICROCOMPUTADOR
PENTIUM V Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 60 54.000.000.00
50105 100 000005 MICROCOMPUTADOR
PENTIUM IV Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 60 51.000.000.00
50105 100 005300 MICROCOMPUTADOR
PORTÁTIL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 5.000.000.00
50105 105 000000 Equipo
y programas de cómputo - Impresoras
50105 105 000014 IMPRESORA MATRIZ DE PUNTOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 4.500.000.00
50105 105 000015 IMPRESORAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 35 3.500.000.00
50105 105 000760 IMPRESORA
LÁSER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 5.250.000.00
50105 105 000770 IMPRESORA
DE INYECCIÓN -INK JET- Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 2.750.000.00
50105 105 000840 IMPRESORA
PARA IMPRESIÓN DE CARNÉS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 3.000.000.00
50105 110 000000 Equipo
y programas de cómputo - Software y programas
50105 110 000001 SOFTWARE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 9.000.000.00
50105 120 000000 Equipo
y programas de cómputo - Teclados
50105 120 000001 TECLADO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 60.000.00
50105 120 000020 TECLADO
TIPO FERRARI Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 60.000.00
50105 125 000000 Equipo
y programas de cómputo - Discos Duros
50105 125 000001 DISCO DURO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 675.000.00
50105 130 000000 Equipo
y programas de cómputo - Tarjetas
50105 130 000001 TARJETA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 1.100.000.00
50105 130 000200 TARJETA
MADRE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 1.725.000.00
50105 130 000400 TARJETA
RED Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 1.000.000.00
50105 130 000940 TARJETA
DE EMULACIÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 950.000.00
50105 130 000980 TARJETA
PARA IMPRESORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 1.080.000.00
50105 130 001220 TARJETA
DE FAX - MODEM Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 500.000.00
50105 130 002060 TARJETA
DE MEMORIA PARA CÁMARA DIGITAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 350.000.00
Subpartida Subclase Consecutivo Descripción Unid.
med Tipo fuente Período Cantidad Cost. total ¢
50105 135 000000 Equipo
y programas de cómputo - Modems
50105 135 000001 MODEM Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 550.000.00
50105 140 000000 Equipo
y programas de cómputo - Otros accesorios
50105 140 000001 MOUSE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 50 75.000.00
50105 140 000020 LLAVERO
TOKEN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 980.000.00
50105 140 000025 LLAVE
MAYA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 375.000.00
50105 140 000045 SCANNER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 168.000.00
50105 140 000070 FILTRO
ULTRAVIOLETA -PROTECTOR DE PANTALLA- Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 60 96.000.00
50105 140 000100 UNIDAD
LECTORA DE DISCO FLEXIBLE DE 8.89 cm -1.44 MB- Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 180.000.00
50105 140 000110 UNIDAD
LECTORA DE CD-R Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 150.000.00
50105 140 000115 QUEMADOR
DE CD-ROOM Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 350.000.00
50105 140 000116 QUEMADOR
DE DVD Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 350.000.00
50105 140 000123 PRENSA
COPY HOLDER CON BRAZO Y PRENSA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 75.000.00
50105 140 000310 MÓDULOS
DE MEMORIA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 900.000.00
50105 140 000420 CABLE
PARA IMPRESORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 15.000.00
50105 140 000500 CABLE
PARA MODEM Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 12.500.00
50105 140 000568 CABLE Metro P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 35.000.00
50105 140 000580 FAJA
PARA TRANSMISIÓN DE DATOS (BUSES DE DATOS) Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 35.000.00
50105 140 001120 DATA
SWITCH Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 250.000.00
50105 140 001300 COPY
HOLDER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 52.500.00
50105 140 001320 UNIDAD
DE DISCO COMPACTO CD-ROM Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 135.000.00
50105 140 001400 ACCESORIO
PARA IMPRESORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 80 2.800.000.00
50105 140 001515 RUTEADOR
-ROUTER- Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 24.500.000.00
50105 140 001520 ADAPTADOR
TOKEN RING Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 750.000.00
50105 140 001530 ADAPTADOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 35.000.00
50105 140 001540 MODULO
RJ 45 Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.500 97.500.00
50105 140 001701 ASPIRADORA
Y SOPLADORA PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y/O ELECTRÓNICO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 475.000.00
50105 140 003200 KIT
MULTIMEDIA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 175.000.00
50105 140 003850 RACK Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 8 1.608.000.00
50105 140 003860 SWITCH Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 8.750.000.00
50105 140 004070 UNIDAD
DVD Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 1.125.000.00
50105 140 004310 CAJA
MINI TORRE Y/O MEDIA TORRE Y/O TORRE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 170.000.00
50105 145 000000 Equipo
y programas de cómputo - Monitores
50105 145 000001 MONITOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 1.800.000.00
50104 000 000000 Equipo
y mobiliario de oficina
50104 070 000000 Equipo
y mobiliario de oficina - Gabinetes
50104 070 000001 GABINETE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 240.000.00
50104 070 000100 GABINETE
PORTA LLAVES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 100.000.00
50104 070 000400 GABINETE
PARA FOTOCOPIADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 300.000.00
50105 000 000000 Equipo
y programas de cómputo
50105 150 000000 Equipo
y programas de cómputo - UPS
50105 150 000001 UNIDAD DE POTENCIA ININTERRUMPIDA (UPS) Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 100 25.000.000.00
50106 000 000000 Equipo
sanitario, de laboratorio e investigación
50106 001 000000 Equipo
sanitario, de laboratorio e investigación - Botiquines
50106 001 000001 BOTIQUÍN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 120.000.00
50106 000 000000 Equipo
sanitario, de laboratorio e investigación
50106 010 000000 Equipo
sanitario, de laboratorio e investigación - Equipo médico
50106 010 000100 EQUIPO ODONTOLÓGICO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 800.000.00
50106 010 000102 LÁMPARA
DENTAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 55.000.00
50106 010 000220 UNIDAD
DE DIAGNOSTICO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 250.000.00
50106 010 001700 PIEZA
DE MANO DE ALTA VELOCIDAD Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 340.000.00
50106 010 001740 PIEZA
DE MANO DE BAJA VELOCIDAD Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 300.000.00
50106 010 001840 SILLÓN
DENTAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 2.000.000.00
50106 010 001900 MODULO
DENTAL PORTÁTIL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 250.000.00
50106 010 002600 COMPRESOR
DE AIRE PARA USO DENTAL (AGUA Y AIRE) Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 43.000.00
50106 015 000000 Equipo
sanitario, de laboratorio e investigación - Equipo de laboratorio
50106 015 000145 GLUCÓMETRO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 18.000.00
50106 015 000220 CUBETA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 5.000.00
20401 000 000000 Herramientas
e instrumentos
50106 900 000000 Equipo
sanitario, de laboratorio e investigación - Otros
50106 900 000010 EQUIPO MEDICO Y/O DE LABORATORIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 600.000.00
50106 900 006420 DESTRUCTOR
DE AGUJAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 150.000.00
20401 000 000000 Herramientas
e instrumentos
20401 115 000000 Herramientas
e instrumentos - Instrumentos médicos
20401 115 000600 LARINGOSCOPIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 1.500.000.00
20401 305 000000 Herramientas
e instrumentos- Instrumentos de laboratorio
20401 305 002050 BANDEJA PARA INSTRUMENTOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 30.000.00
20401 305 002080 BANDEJA
DE ESTERILIZACIÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 24.000.00
50102 000 000000 Equipo
de transporte
50102 001 000000 Equipo
de transporte - Motocicletas
50102 001 000001 MOTOCICLETA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 4.000.000.00
Subpartida Subclase Consecutivo Descripción Unid.
med Tipo fuente Período Cantidad Cost. total ¢
50102 005 000000 Equipo
de transporte - Vehículos
50102 005 000001 VEHICULO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 4 32.000.000.00
50102 005 000100 VEHICULO
TIPO PICK-UP Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 4 56.000.000.00
50102 005 000200 VEHICULO
TIPO AUTOMÓVIL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 4 32.000.000.00
50102 005 000300 VEHICULO
TIPO RURAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 16.000.000.00
50102 005 000700 MICROBÚS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 28.000.000.00
50102 005 001000 BUSETA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 24.000.000.00
50102 005 001300 CUADRACICLO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 1.300.000.00
50102 010 000000 Equipo
de transporte - Otros transportes de carga
50102 010 000100 MONTA CARGA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 15.000.000.00
50101 000 000000 Maquinaria
y equipo para la producción
50101 900 000000 Máq.
y equipo para la producción-Otros
50101 900 000235 PERRA HIDRÁULICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 220.000.00
50103 000 000000 Equipo
de comunicación
50103 001 000000 Equipo
de comunicación - Antenas
50103 001 000001 ANTENA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 72.000.00
50103 001 000060 ANTENA
PARA RADIO MÓVIL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 50.000.00
50103 001 000100 ANTENA
PARA RADIOTRANSMISIÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 50.000.00
50103 001 000360 ANTENA
PARA EQUIPO BASE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 50.000.00
50103 005 000000 Equipo
de comunicación - Centrales y teléfonos
50103 005 000100 TELÉFONO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 45 2.250.000.00
50103 005 000105 TELÉFONO
CELULAR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 850.000.00
50103 005 000140 TELÉFONO
PARA CENTRAL TELEFÓNICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 40 920.000.00
50103 005 001000 INTERCOMUNICADORES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 120.000.00
50103 010 000000 Equipo
de comunicación - Equipo radiocomunicación
50103 010 000020 EQUIPO PARA RADIO COMUNICACIÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 12.000.000.00
50103 010 000075 ESTACIÓN
MÓVIL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 1.800.000.00
50103 010 000090 ESTACIÓN
BASE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 6 780.000.00
50103 010 000100 RADIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 975.000.00
50103 010 000120 RADIO
MÓVIL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 600.000.00
50103 010 000140 RADIO
RECEPTOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 350.000.00
50103 010 000200 RADIO
PORTÁTIL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 600.000.00
50103 015 000000 Equipo
de comunicación - Fax
50103 015 000001 FAX Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 35 2.100.000.00
50103 020 000000 Equipo
de comunicación - Equipo de grabación
50103 020 000030 GRABADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 100.000.00
50103 020 000300 RADIOGRABADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 150.000.00
50103 020 000400 VIDEOGRABADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 170.000.00
50103 020 000700 REPRODUCTOR
DE DISCOS COMPACTOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 70.000.00
50103 025 000000 Equipo
de comunicación - Televisores
50103 025 000001 TELEVISOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 35 9.100.000.00
50103 030 000000 Equipo
de comunicación - Equipo de comunicación
50103 030 000020 EQUIPO DE COMUNICACIÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 6 210.000.00
50103 030 000699 MULTIPLEXOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 150.000.00
50103 040 000000 Equipo
de comunicación - Sistema de comunicación
50103 040 000510 SISTEMA DE AMPLIFICACIÓN DE SONIDO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 460.000.00
50103 045 000000 Equipo
de comunicación - Megáfonos
50103 045 000001 MEGÁFONO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 80.000.00
50103 000 000000 Equipo
de comunicación
50103 900 000000 Equipo
de comunicación - Otros
50103 900 000450 AMPLIFICADORA DE SONIDO AMBIENTAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 700.000.00
50103 900 000455 AMPLIFICADOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 760.000.00
50103 900 000710 CÁMARA
DE VIDEO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 1.200.000.00
50103 900 001100 EQUIPO
DE AUDIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 600.000.00
50103 900 001700 MICRÓFONO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 80.000.00
50103 900 001705 MICRÓFONO
CON AUDÍFONO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 90.000.00
50103 900 001715 CASCO
OPERADORA (AURICULAR - MICRÓFONO - OREJERAS) Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 120.000.00
50103 900 001750 PARLANTE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 160.000.00
50103 900 002000 CONSOLA
DE OPERADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 600.000.00
50103 900 002620 RADIO
PARA VEHICULO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 1.000.000.00
50103 900 002680 ROUTER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 24.500.000.00
50103 900 002730 CABLE
PARA ANTENA DE RADIO COMUNICACIÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 25.000.00
50103 900 002740 CONMUTADOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 6.000.000.00
50103 000 000000 Equipo
de comunicación
50103 055 000000 Equipo
de comunicación - Pantallas
50103 055 000001 PANTALLA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 220.000.00
50103 055 000020 PANTALLA
DE PROYECCIÓN CON TRÍPODE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 240.000.00
50107 000 000000 Equipo
y mobiliario educacional, deportivo y recreativo
50107 005 000000 Equipo
y mobiliario educacional, deportivo y recreativo - Pizarras
50107 005 000001 PIZARRA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 750.000.00
Subpartida Subclase Consecutivo Descripción Unid.
med Tipo fuente Período Cantidad Cost. total ¢
50107 005 000010 PIZARRA
ACRÍLICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 900.000.00
50103 000 000000 Equipo
de comunicación
50103 060 000000 Equipo
de comunicación - Proyectores
50103 060 000001 PROYECTOR DE FILMINAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 400.000.00
50103 060 000100 PROYECTOR
DE SLIDES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 350.000.00
50103 060 000400 PROYECTOR
MULTIMEDIA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 1.500.000.00
50103 060 000500 RETROPROYECTOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 550.000.00
50107 000 000000 Equipo
y mobiliario educacional, deportivo y recreativo
50107 015 000000 Equipo
y mobiliario educacional, deportivo y recreativo - Juegos educativos
50107 015 000001 BINGO PARA ENTRETENIMIENTO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 12.000.00
50107 015 000002 JUEGO
DE TABLERO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 10.500.00
50107 015 000003 JUEGO
DE DAMAS CHINAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 9.000.00
50107 015 000004 JUEGO
EDUCATIVO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 15.000.00
50107 015 000100 DOMINO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 9.000.00
50107 015 000200 MESA
PARA PING PONG Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 75.000.00
50107 015 000300 JUEGO
DE PIN PON, CON DOS RAQUETAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 30.000.00
50107 015 000450 ROMPECABEZAS
DE MADERA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 18.000.00
50107 020 000000 Equipo
y mobiliario educacional, deportivo y recreativo - Mobiliario para
Kinder-escuela
50107 020 003110 MESA RECTANGULAR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 200.000.00
50103 000 000000 Equipo
de comunicación
50103 065 000000 Equipo
de comunicación - Reproductores
50103 065 000001 REPRODUCTOR DE SLIDE PARA COMPUTADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 110.000.00
50103 065 000100 REPRODUCTOR
DE VIDEO EN DISCOS COMPACTOS (DVD) Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 900.000.00
50107 000 000000 Equipo
y mobiliario educacional, deportivo y recreativo
50107 900 000000 Equipo
y mobiliario educacional, deportivo y recreativo - Otros
50107 900 000900 ESTANTE PARA BIBLIOTECA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 1.100.000.00
50103 000 000000 Equipo
de comunicación
50103 900 000000 Equipo
de comunicación - Otros
50103 900 000300 EQUIPO DE SONIDO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 170.000.00
50103 900 000320 MINICOMPONENTE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 200.000.00
50103 900 000500 PUNTERO
LÁSER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 40.000.00
50101 000 000000 Maquinaria
y equipo para la producción
50101 115 000000 Máq.
y equipo para la producción - Eléctrico
50101 115 000200 COMPRESOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 150.000.00
50101 115 000400 ESMERILADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 55.000.00
50101 115 000440 ESMERIL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 60.000.00
50101 115 000800 TALADRO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 90.000.00
50101 115 001120 ENGRASADORA
MANUAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 30.000.00
50101 115 001200 TECLE
ELÉCTRICO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 220.000.00
50101 115 001310 GATA
HIDRÁULICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 100.000.00
50101 115 001600 SIERRA
CIRCULAR ELÉCTRICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 75.000.00
50101 115 001601 SIERRA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 80.000.00
50101 120 000000 Máq.
y equipo para la producción -Equipo para soldar
50101 120 000100 EQUIPO DE SOLDAR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 35.000.00
50101 120 000200 MÁQUINA
DE SOLDAR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 80.000.00
50101 125 000000 Máq.
y equipo para la producción -Mecánica
50101 125 000300 GATA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 20.000.00
50101 125 000400 GATA
HIDRÁULICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 20.000.00
50101 125 000600 PRENSA
DE BANCO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 30.000.00
50101 125 000650 PRENSA
HIDRÁULICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 35.000.00
50101 125 000800 TECLE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 60.000.00
50101 135 000000 Máq.
y equipo para la producción -Equipo lubricación
50101 135 000200 BOMBA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 110.000.00
50101 140 000000 Máq.
y equipo para la producción -Rauter
50101 140 000001 RAUTER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 135.000.00
50101 145 000000 Máq.
y equipo para la producción -Equipo hidráulico
50101 145 000100 BOMBA HIDRÁULICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 80.000.00
50101 145 000150 CARRETILLA
HIDRÁULICA PARA USO PESADO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 115.000.00
50101 155 000000 Máq.
y equipo para la producción -Máq. remachadora
50101 155 000010 REMACHADORA MANUAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 12.000.00
50101 170 000000 Máq.
y equipo para la producción -Máquina flejadora
50101 170 000001 MÁQUINA FLEJADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 36.000.00
50101 900 000000 Máq.
y equipo para la producción-Otros
50101 900 000035 ENCUADERNADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 70.000.00
50199 000 000000 Maquinaria
y equipo diverso
50199 010 000000 Maquinaria
y equipo diverso-Congeladores
50199 010 000002 CONGELADOR TIPO DOMÉSTICO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 280.000.00
50199 015 000000 Maquinaria
y equipo diverso-Hornos
50199 015 000500 HORNO DE MICROONDAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 975.000.00
50199 015 000600 HORNO
INDUSTRIAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 630.000.00
50199 020 000000 Maquinaria
y equipo diverso-Licuadoras
Subpartida Subclase Consecutivo Descripción Unid.
med Tipo fuente Período Cantidad Cost. total ¢
50199 020 000002 LICUADORAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 1.400.000.00
50199 025 000000 Maquinaria
y equipo diverso-Percoladores
50199 025 000001 PERCOLADOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 450.000.00
50199 025 000100 PERCOLADOR
INDUSTRIAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 825.000.00
50199 030 000000 Maquinaria
y equipo diverso-Plantillas
50199 030 000002 PLANTILLA ELÉCTRICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 12 576.000.00
50199 030 001000 PLANTILLA
DE GAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 380.000.00
50199 075 000000 Maquinaria
y equipo diverso-Lámparas
50199 075 000100 LÁMPARA DE EMERGENCIA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 840.000.00
50199 075 000101 LÁMPARA
DE EMERGENCIA, C/BATERÍA SECA Y 2 REFLECTORES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 875.000.00
50105 000 000000 Equipo
y programas de cómputo
50105 155 000000 Equipo
y programas de cómputo - UPS
50105 155 000005 UNIDAD DE POTENCIA ININTERRUMPIDA CON BANCO DE BATERÍAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 70 4.200.000.00
50105 155 000420 UNIDAD
DE POTENCIA ININTERRUMPIDA DE 800 V.A Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 75 4.875.000.00
50105 155 000520 UNIDAD
DE POTENCIA ININTERRUMPIDA DE 1050 V.A Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 75 5.625.000.00
50101 000 000000 Maquinaria
y equipo para la producción
50101 295 000000 Máq.
y equipo para la producción-Reguladores
50101 295 000001 REGULADOR DE VOLTAJE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 700 14.000.000.00
50101 010 000005 CONGELADOR
INDUSTRIAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 5.500.000.00
50101 295 000040 REGULADOR
DE VOLTAJE CON SUPRESOR DE TRANSITORIOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 700 21.000.000.00
20304 000 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo
20304 155 000000 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo-Baterías
20304 155 000195 BATERÍAS 12 V.1.6 AH Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1.000 1.000.000.00
20304 155 000198 BATERÍA
RECARGABLE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 4.000 6.000.000.00
20304 155 000406 FUENTE
DE PODER Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 1.035.000.00
50199 000 000000 Maquinaria
y equipo diverso
50199 120 000000 Maquinaria
y equipo diverso-Equipo para alarmas
50199 120 000001 ALARMAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 4.500.000.00
50199 120 000010 ALARMAS
PARA PROTECCIÓN DE AUTOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 2.200.000.00
50199 120 000020 ALARMAS
PARA DETECCIÓN DE CALOR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 35 2.100.000.00
50199 120 000025 ALARMAS
PARA DETECCIÓN DE HUMO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 35 2.100.000.00
50199 120 000161 SENSOR
DETECTOR DE MOVIMIENTO DE PERSONAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 40 1.400.000.00
50199 120 000190 SIRENAS
DE IMPACTO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 1.625.000.00
50199 120 000300 ALARMAS
CONTRA INCENDIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 35 1.400.000.00
50199 120 000500 PANEL
DE CONTROL PARA ALARMA DE INCENDIO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 500.000.00
50199 000 000000 Maquinaria
y equipo diverso
50199 130 000000 Maquinaria
y equipo diverso-Bombas para agua
50199 130 000200 BOMBA PARA FUMIGAR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 116.000.00
50199 130 000220 BOMBA
ELÉCTRICA PARA FUMIGAR Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 65.000.00
50199 130 000400 BOMBA
PARA EXTRAER AGUA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 135.000.00
50101 000 000000 Maquinaria
y equipo para la producción
50101 275 000000 Máq.
y equipo para la producción-Batidoras
50101 275 000030 BATIDORAS INDUSTRIALES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 1.425.000.00
50199 150 000000 Maquinaria
y equipo diverso-Reflectores
50199 150 000001 REFLECTORES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 30 750.000.00
50199 150 000205 REFLECTOR
PARA INTEMPERIE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 35 875.000.00
50199 165 000000 Maquinaria
y equipo diverso-Refresqueras
50199 165 000001 REFRESQUERAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 25 1.625.000.00
50199 175 000000 Maquinaria
y equipo diverso-Cámaras de enfriamiento
50199 175 000001 CÁMARAS DE ENFRIAMIENTO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 1.750.000.00
50199 180 000000 Maquinaria
y equipo diverso-Baños de María
50199 180 000001 BAÑOS MARÍA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 320.000.00
50199 185 000000 Maquinaria
y equipo diverso-Freidores
50199 185 000001 FREIDORES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 156.000.00
50199 185 000020 FREIDORES
ELÉCTRICOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 354.000.00
50199 285 000000 Maquinaria
y equipo diverso-Extractores
50199 285 000010 EXTRACTORES DE AIRE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 220.000.00
50199 285 000500 EXTRACTORES
DE GRASA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 240.000.00
50199 285 000600 CAMPANA
METÁLICA PARA LA EXTRACCIÓN DE GRASAS Y OLORES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 280.000.00
50199 305 000000 Maquinaria
y equipo diverso-Detectores
50199 305 000001 DETECTORES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 90.000.00
50199 305 000060 DETECTORES
FERROSOS Y NO FERROSOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 975.000.00
50199 305 000100 DETECTORES
DE ARMAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 600.000.00
50199 310 000000 Maquinaria
y equipo diverso-Cámaras
50199 310 000001 CÁMARAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 300.000.00
Subpartida Subclase Consecutivo Descripción Unid.
med Tipo fuente Período Cantidad Cost. total ¢
50199 310 000041 CÁMARA
FOTOGRÁFICA DE 35 mm Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 260.000.00
50199 310 000300 CÁMARA
DIGITAL FOTOGRÁFICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 780.000.00
50199 320 000000 Maquinaria
y equipo diverso-Sistemas de congelación
50199 320 000001 SISTEMAS DE CONGELACIÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 1.500.000.00
50199 320 000002 SISTEMAS
DE CONGELACIÓN P/CUARTOS FRÍOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 2.000.000.00
50199 000 000000 Maquinaria
y equipo diverso
50199 900 000000 Maquinaria
y equipo diverso-Otros
50199 900 000001 ABRIDOR ELÉCTRICO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 175.000.00
50199 900 000005 CABINA
SANITARIA PORTÁTIL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 600.000.00
50199 900 000010 CAMAROTE
DE MADERA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 17.000.000.00
50199 900 000015 CAMAROTE
DE METAL Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 200 15.000.000.00
50199 900 000035 CAMILLA
PARA MECÁNICO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 120.000.00
50199 900 000040 CAMILLA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 70.000.00
50199 900 000220 COCINA
DE GAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 28.000.000.00
50199 900 000500 OLLA
ARROCERA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 27 2.565.000.00
50199 900 000600 PROCESADOR
DE ALIMENTOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 10.000.000.00
50199 900 000700 CAJA
DE SEGURIDAD CONTRA FUEGO E IMPACTO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 1.000.000.00
50199 900 001500 CAJA
DE SEGURIDAD Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 1.000.000.00
50199 900 001890 LAVADORA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 780.000.00
50199 900 002500 EXTRACTOR
DE JUGOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 450.000.00
50199 900 003100 CÁMARA
PARA ALIMENTOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 10 3.500.000.00
50199 900 004000 CORTADORA
DE ZACATE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 330.000.00
50199 900 004010 MOTOGUADAÑA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 255.000.00
50199 900 004020 CORTADORA
DE ZACATE CON MOTOR DE GASOLINA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 240.000.00
50199 900 004850 VERIFICADORA
DE BILLETES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 15 225.000.00
50199 900 008600 CARRO
TÉRMICO TRANSPORTADOR DE COMIDA, CON BAÑO MARÍA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 5 1.000.000.00
50199 900 009350 BARRAS
DE LUCES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 4 700.000.00
50199 900 009360 SIRENAS
ELECTRÓNICAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 4 500.000.00
50299 000 000000 Otras
construcciones, adiciones y mejoras
50299 005 000000 Otras
construcciones adiciones y mejoras-Aire acondicionado
50299 005 000001 INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE AIRE ACONDICIONADO Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 800.000.00
50299 005 000020 INSTALACIÓN
DE AIRE ACONDICIONADO PARA VEHÍCULOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 200.000.00
50105 000 000000 Equipo
y programas de cómputo
50105 165 000000 Equipo
y programas de cómputo - Instalación de redes
50105 165 000001 INSTALACIÓN DE REDES Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 1.000.000.00
50105 165 000005 INSTALACIÓN
DE RED Y SOFTWARE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 1.500.000.00
50299 000 000000 Otras
construcciones, adiciones y mejoras
50299 010 000000 Otras
construcciones adiciones y mejoras-Instalación de equipos frigoríficos
50299 010 000200 INSTALACIÓN DE EQUIPO DE REFRIGERACIÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 2 1.200.000.00
50299 000 000000 Otras
construcciones, adiciones y mejoras
50207 030 000000 Instalaciones-Instalación
equipo de radiocomunicaciones
50207 030 000001 INSTALACIÓN DE EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACIÓN Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 250.000.00
50207 030 000060 INSTALACIÓN
REPETIDORAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 950.000.00
50207 030 000080 INSTALACIÓN
ANTENAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 850.000.00
10406 000 000000 Servicios
generales
50299 000 000000 Otras
construcciones, adiciones y mejoras
50299 900 000000 Otras
construcciones adiciones y mejoras-Otros
50299 900 000065 INSTALACIÓN DE PLANTAS ELÉCTRICAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 4.500.000.00
50299 900 000080 INSTALACIÓN
DE SILLAS ODONTOLÓGICAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 950.000.00
50299 055 000000 Otras
construcciones, adiciones y mejoras-Remodelaciones
50299 055 000500 REMODELACIÓN DE OFICINAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 1.500.000.00
50299 060 000000 Otras
construcciones, adiciones y mejoras-Instal. sist.vent. aire
50299 060 000001 INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE VENTILACIÓN Y EXTRACCIÓN DE
AIRE Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 350.000.00
50299 080 000000 Otras
construcciones, adiciones y mejoras-Otras construcciones
50299 080 000400 CONSTRUCCIÓN DE PLATAFORMA PARA PLANTA ELÉCTRICA Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 160.000.00
50299 000 000000 Otras
construcciones, adiciones y mejoras
50299 900 000000 Otras
construcciones, adiciones y mejoras-Otros
50299 900 000090 INSTALACIÓN DE CUARTOS FRÍOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 1 20.000.000.00
10701 000 000000 Actividades
de capacitación
10701 001 000000 Actividades
de capacitación
10701 001 000040 SEMINARIOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 600.000.00
10701 020 002105 SUSCRIPCIÓN
A CONGRESOS, SEMINARIOS, TALLERES, SIMPOSIOS, CURSOS, CHARLAS Y SIMILARES Unidad P.
ordinario I y II Semestre 2006 2 400.000.00
29999 000 000000 Otros
útiles, materiales y suministros
29999 055 000000 Otros
útiles, materiales y suministros-Trofeos y medallas
29999 055 000001 TROFEOS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 3 36.000.00
29999 055 000005 MEDALLAS Unidad P. ordinario I
y II Semestre 2006 20 60.000.00
San José, 9 de enero
del 2006.—Lic. Dixa Córdoba Gómez, Proveedora
Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº
23403).—C-3789380.—(3027).
ÁREA DE SALUD DE GOLFITO
PLAN ANUAL DE COMPRAS ÁREA DE
SALUD GOLFITO
De acuerdo a lo
establecido en la Ley de Contratación Administrativa, cumpliendo así con el
principio de publicidad, envío adéndum “Plan Anual de Compras del Área de Salud
de Golfito, para el año 2006”, por tal razón; solicitamos la impresión en el
Diario Oficial La Gaceta:
Cuenta Descripción de la partida Monto
2114 Impresión encuadernados
y otros 890.000,00
2130 Otros servicios públicos 1.600.000,00
2140 Transportes en el país 8.300.000,00
2141 Transportes bienes 1.500.000,00
2152 Mant.
Rep. Eq. y Mob. Oficina 1.300.000,00
2153 Mant. Rep. Eq. Transportes Tere. 3.500.000,00
2154 Mant. Rep. de
otros equipos 1.000.000,00
2156 Mant.
Rep. Edif. terceros 9.000.000,00
2157 Mant.
Rep. Eq. comunicación 831.500,00
2159 Mant. Rep. Eq. Comp. y Sist. Inf. 990.000,00
2184 Traslados 39.000.000,00
2191 Cont. limpieza
edificios 26.500.000,00
2192 Cont. Serv. vigilancia 26.850.500,00
2193 Cont. Ser. Mant. zonas
verdes 5.120.000,00
2199 Otros Ser. no
personales 2.500.000,00
2205 Otros Prod. químicos
y Conexos 1.000.000,00
2206 Tintas, pinturas y diluyentes 1.613.000,00
2209 Llantas y neumáticos 1.900.000,00
2210 Productos papel y cartón 1.000.000,00
2211 Impresión y otros 2.000.000,00
2212 Materiales y productos metálicos 1.000.000,00
2213 Alimentos y bebidas 7.000.000,00
2214 Madera y sus derivados 1.000.000,00
2215 Otros Mt. y Prod. de uso Const. 1.650.000,00
2216 Mat.
Prod. Elect. Tel. comp. 500.000,00
2217 Instrument. y
herramienta 562.000,00
2219 Inst. médico
y laboratorio 3.600.000,00
2220 Materiales productos plásticos 300.000,00
2221 Re. equipo transportes 6.000.000.00
2223 Otros repuestos 3.560.000,00
2225 Útiles y materiales de oficina 2.500.000,00
2227 Útiles y materiales de limpieza 1.800.000,00
2229 Envases y empaques medicina 2.000.000,00
2233 Otros Útiles y Materiales 1.031.000,00
2237 Otros materiales y suministros 1.000.000,00
2243 Lubricantes grasa Eq. transportes 1.600.000,00
2310 Eq. y
Mobiliario Oficina 1.348.500,00
2315 Equipo de cómputo 151.500,00
2320 Equipo médico y Laboratorio 500.000,00
2330 Eq. Transpon Trace. y Elevac. 7.000.000,00
2340 Eq. para
comunicaciones 500.000,00
2390 Equipos varios 500.000,00
Golfito, 4 de enero del 2006.—Dirección
Administración.—Dr. Fabio Robleto Flores, Director.—Minor Vásquez Mora,
Administrador a.í.—1 vez.—(2942).
ÁREA DE SALUD GUÁCIMO
U.P. 2655
PROGRAMA ANUAL DE COMPRAS
AÑO 2006
Cuenta Descrip. artículo Monto estimado Trimestre
2102 Alquiler
de edificios 840.000,00 I II III IV
2188 Compra
de serv. salud 26.500.000,00 I II III IV
2191 Compra
de serv, limpieza 29.800.000,00 I II III IV
2192 Compra
de serv. vigilancia 20.800.000,00 I II III IV
2193 Compra
manten. zonas verdes 1.950.000,00 I II III IV
2205 Otros
prod. químicos y conexos 2.400.000,00 I
II
2209 Llantas
y neumáticos 1.325.000,00 III
2210 Productos
de papel y cartón 4.500.000,00 I II
2219 Instrumental
médico y laboratorio 2.570.000,00 I II III IV
2225 Útiles y
materiales de oficina 2.500.000,00 I II III IV
2227 Útiles y
materiales de limpieza 1.300.000,00 I II III IV
2229 Envases
y empaques medicina 1.200.000,00 I II III IV
2310 Mobiliario
y equipo de oficina 1.450.000,00 I II III IV
2315 Equipo
de cómputo 3.000.000,00 I II III IV
2320 Equipo
médico 2.280.000,00 I II III IV
2330 Eq. transp. tracc. Y elevac. 1.300.000,00 I II III IV
2340 Eq. para comunicaciones 500.000,00 I II III IV
2390 Equipos
varios 2.800.000,00 I II III IV
Total 107.015.000,00
Guácimo, 30 de diciembre del 2005.—Lic.
Ricardo Murillo Sáenz, Administrador.—1 vez.—(3183).
REGIÓN HUETAR NORTE
ÁREA DE SALUD FORTUNA
PROGRAMACIÓN ANUAL DE COMPRAS PERIODO 2006
En cumplimiento con el artículo 6 de la Ley de
Contratación Administrativa se publica el programa de adquisiciones para el
período 2006 del Área de Salud Fortuna, Unidad Ejecutora 2471.
PROGRAMA: Atención Integral de la Salud
Código Denominación
de la Partida Monte
estimado
Presup. Presupuestaria de
contratación ¢
Servicios
no personales
2102 Alquiler
de edificio 8.190.000,00
2114 Impresión
encuadernación y otros 272.000,00
2141 Transporte
de bienes 924.000,00
2152 Mant.
reparación Maq. y Eq. oficina 946.000,00
2153 Mantenimiento
equipo Transporte 3.822.500,00
2154 Mant.
Rep. maquinaria y equipo 2.048.000,00
2155 Mant.
Rep. equipo producción 480.000,00
2156 Mant.
y reparación edificios 16.715.000,00
2157 Mant.
Rep. equipo comunicación 354.000,00
2159 Mant.
Rep. equipo cómputo 800.000,00
2188 Cont.
Serv. Med. Lab. y farmacia 12.362.500,00
2191 Contratación
limpieza edificios 16.589.500,00
2192 Contratación
Serv. vigilancia 17.108.000,00
Materiales
y suministros
2205 Otros
productos químicos y conexos 13.506.500,00
2206 Tintas
y pinturas 890.000,00
2209 Llantas
y Neumáticos 1.477.500,00
2210 Productos
papel y cartón 3.152.000,00
2211 Impresos
y otros 332.500,00
2212 Materiales
y Prod. metálicos 421.500,00
2214 Madera
y sus derivados 112.000,00
2215 Materiales
de construcción 878.000,00
2216 Materiales
y Produc. Eléctricos 880.000,00
2218 Materiales
y productos vidrio 225.000,00
2219 Instrumental
médico y de laboratorio 2.639.000,00
2220 Materiales
y productos plásticos 222.000,00
2221 Repuestos
equipo de transporte 3.060.000,00
2223 Otros
repuestos 1.134.000,00
2225 Útiles
y materiales de oficina 2.259.000,00
2229 Envases
y empaques medicina 1.217.000,00
2233 Otros
útiles y materiales 150.000,00
2237 Otros
materiales y suministros 732.000,00
2241 Combustible
equipo transporte 7.802.000,00
2243 Lubricantes,
grasas equipo transporte 1.425.500,00
Equipamiento
2310 Equipo
y mobiliario de oficina 1.500.000,00
2315 Equipo
de cómputo 1.700.000,00
2320 Equipo
médico y laboratorio 3.500.000,00
2340 Equipo
para comunicaciones 800.000,00
2390 Equipos
varios 2.500.000,00
Fortuna, 12 de enero del 2006.—Lic.
Marcela Corella Alvarado, Administradora.—1
vez.—(3192).
GERENCIA DIVISIÓN FINANCIERA
DIRECCIÓN DE COBROS
De conformidad con el
artículo 7 del Reglamento General de Contratación Administrativa,
correspondiente a la programación anual de compras de la Dirección de Cobros,
se pública lo siguiente.
Partida
Presupuestaria Descripción Montos ¢
2114 Impresión,
encuadernación y otros 150.000
2130 Otros servicios públicos 200.000
2131 Actividades de capacitación 2.000.000
2140 Transporte fletes en el país 300.000
2147 Serv. transferencia
electrónica de información 1.000.000
2152 Mantenimiento y rep. equipo de oficina 1.200.000
2156 Manten. reparación
equipo de terceros 1.500.000
2159 Mant. rep.
equipo de cómp. sistemas Inf. 5.000.000
2160 Gastos judiciales 27.000.000
2170 Contr. serv.
desarrollo sist. inform. 4.000.000
2191 Contratación servicios de limpieza 5.000.000
2192 Contratación servicios de
vigilancia 16.000.000
2199 Otros servicios no personales 500.000
2205 Otros productos químicos y conexos 1.000.000
2210 Productos de papel y cartón 5.500.000
2211 Impresos y otros 2.000.000
2223 Otros repuestos 1.500.000
2225 Útiles y materiales de oficina 4.000.000
2310 Equipo y mobiliario de oficina 1.500.000
2315 Equipo de cómputo 12.000.000
2340 Equipo de comunicaciones 1.000.000
2390 Equipos varios 1.000.000
Estas adquisiciones se
realizan por medio del Programa Ordinario de Compras de la Institución y son
financiadas con el presupuesto ordinario aprobado por la Contraloría General de
la República.
San José, 10 de enero
del 2006.—Lic. Luis Diego Calderón Villalobos, Director.—1 vez.—Nº 78944.—(3320).
Modificación al Programa
de Adquisiciones Ordinario
Proyectado para el año 2006
De conformidad con lo establecido en el artículo 6º de
la Ley de Contratación Administrativa y los artículos 7.1, 7.2 y 7.3 de su
Reglamento General, se adiciona el Programa de Adquisiciones Proyectado para
este año del siguiente modo:
Gasto/Objeto:
10808: Mantenimiento y Reparación de Equipo de Cómputo
y Sistemas de Información.
Descripción Monto
¢ Semestre
Soporte Técnico en la
Plataforma Microsoft 3.575.000.00 Primero
Lic. Javier Ignacio Vega
Garrido, Proveedor.—1 vez.—(Nº
0102-2006).—C-6070.—(3559).
HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
DEPARTAMENTO DE RECURSOS
MATERIALES
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0001-06
Objeto: reactivos
El Departamento de
Recursos Materiales del Hospital San Juan de Dios, les informa a todos los
potenciales oferentes que recibirá ofertas por escrito en original y sobre
cerrado hasta el día 7 de febrero del 2006 a las 9:00 horas para la adquisición
de lo siguiente;
Objeto: reactivos
Rigen las notas
generales marzo 1998, así como los componentes para efectos de formar contrato
y las especificaciones técnicas para este concurso, que estarán a la venta a en
nuestra oficina de Recursos Materiales del Hospital San Juan de Dios.
San José, 12 de enero
del 2006.—Área de Compras.—Lic. Marvin Solano Solano,
Jefe.—1 vez.—(3188).
HOSPITAL DR. MAX PERALTA
JIMÉNEZ
AREÁ DE RECURSO MATERIALES
SUBÁREA DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN LxR-HMPJ-00002-06
Mantenimiento preventivo y
correctivo de hardware y software del Hospital Dr. Max Peralta Jiménez
Se comunica a los
interesados que el Hospital Dr. Max Peralta Jiménez recibirá ofertas para la
siguiente Licitación por Registro:
Licitación Concepto
LxR-HMPJ-00002-06 Mantenimiento preventivo y
correctivo
de hardware y software del Hospital
Dr.
Max Peralta Jiménez
La apertura de las
ofertas será el día miércoles 8 de febrero del 2006 a las diez horas, el costo
por adquirir el cartel será de ¢500,00.
Los interesados podrán
hacer retiro del mismo a partir de esta publicación, en la Subárea de
Adquisiciones del Hospital Dr. Max Peralta Jiménez, ubicado de la esquina
suroeste del Hospital Dr. Max Peralta, 800 metros sur, antigua bodega de
Consucoop. Segundo piso.
Cartago, 12 de enero
del 2006.—Área de Adquisiciones.—Manuel A. Mata Vega,
Encargado.—1 vez.—(3434).
HOSPITAL DR. MAX PERALTA
JIMÉNEZ
ÁREA DE RECURSOS MATERIALES
SUBÁREA DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN LxR-HMPJ-00001-06
Reactivos de coagulación
(tiempo de protombina,
fibrinógeno y tromboplastina)
Se comunica a los
interesados que el Hospital Dr. Max Peralta Jiménez recibirá ofertas para la
siguiente Licitación por Registro:
Licitación Concepto
LxR-HMPJ-00001-06 Reactivos de Coagulación, (tiempo de
protombina,
fibrinógeno y tromboplastina)
La apertura de las
ofertas será el día miércoles 8 de febrero del 2006, a las diez horas, el costo
por adquirir el cartel será de ¢500,00.
Los interesados podrán
hacer retiro del mismo a partir de esta publicación, en la Subárea de
Adquisiciones del Hospital Dr. Max Peralta Jiménez, ubicado de la esquina
suroeste del Hospital Dr. Max Peralta, 800 metros sur, antigua bodega de
Consucoop. Segundo piso.
Área de Adquisiciones.—Manuel A. Mata Vega, Encargado.—1 vez.—(3512).
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
101-2005
Adquisición de repuestos
para bombas de pozo caliente y
trampas de vapor JHW7 para Miravalles I y II
Centro de Generación
Miravalles
El Instituto
Costarricense de Electricidad avisa a los interesados que recibirá ofertas
hasta las 9:00 horas del día 16 de febrero del 2006, en la Proveeduría de este
Instituto, sita 300 metros norte de la esquina este de la Oficinas Centrales,
para el suministro de lo siguiente:
Requerimiento:
Adquisición de
repuestos para bombas de pozo caliente y trampas de vapor JHW7 para Miravalles
I y II Centro de Generación Miravalles.
Mayores
especificaciones, condiciones generales y especiales podrán adquirirse en la
Proveeduría de este Instituto, o accesando la siguiente dirección electrónica:
http://www.grupoice.com/proveeduría/index.jsp.
San José, 13 de enero
del 2006.—Licitaciones-Dirección de Proveeduría.—Ing.
Carlos Casco Peña, Coordinador.—1 vez.—(O/C Nº 320073).—C-8270.—(3538).
MUNICIPALIDAD DE DOTA
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
02-2006
Compra de ciento treinta y
un (131) metros cúbicos de base y ochenta (80) metros cúbicos de sub-base, para
las calles de la urbanización Las Áreas
del distrito Santa María
Artículo VIII, de la
sesión ordinaria Nº 181, del día 9 de enero del 2006, tomado por la Corporación
Municipal de Dota, que dice:
Artículo VIII:
“El Concejo Municipal
de Dota, por unanimidad, acuerda sacar a Licitación por Registro Nº 02-2006, la
compra de ciento treinta y un (131) metros cúbicos de base y ochenta (80)
metros cúbicos de sub-base, para las calles de la urbanización Las Áreas del
distrito Santa María. Las ofertas se recibirán a más tardar el día dos (02) de
febrero del dos mil seis (2006), a las diez (10) horas, en la oficina de la
Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal de Dota y el cartel se puede adquirir
en esta misma oficina. Acuerdo definitivamente aprobado.”
Dota, 11 de enero del
2006.—J. Arturo Vargas Ríos, Secretario.—1 vez.—Nº
78979.—(3321).
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
03-2006
Compra de doscientos
noventa (290) metros cúbicos de base y ciento cincuenta (150) metros cúbicos de
sub-base, para las calles de la urbanización El Guayabal del distrito Santa
María
Artículo IX, de la
sesión ordinaria Nº 181, del día 9 de enero de 2006, tomado por la Corporación
Municipal de Dota, que dice:
Artículo IX:
“El Concejo Municipal
de Dota, por unanimidad, acuerda sacar a Licitación por Registro Nº 03-2006, la
compra de doscientos noventa (290) metros cúbicos de base y ciento cincuenta
(150) metros cúbicos de sub-base, para las calles de la urbanización El
Guayabal del distrito Santa María.
Las
ofertas se recibirán a más tardar el día nueve (09) de febrero del dos mil seis
(2006), a las diez (10) horas, en la oficina de la Unidad Técnica de Gestión
Vial Municipal de Dota y el cartel se puede adquirir en esta misma oficina.
Acuerdo definitivamente aprobado.”
Dota, 11 de enero del
2006.—J. Arturo Vargas Ríos, Secretario.—1 vez.—Nº
78980.—(3322).
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
01-2006
Compra de doscientos
treinta (230) metros cúbicos de base y ciento setenta (170) metros cúbicos de
sub-base, para las calles de la urbanización José Ureña del distrito Santa
María
Artículo VII, de la
sesión ordinaria Nº 181, del día 9 de enero del 2006, tomado por la Corporación
Municipal de Dota, que dice:
Artículo VII:
“El Concejo Municipal
de Dota, por unanimidad, acuerda sacar a Licitación por Registro Nº 01-2006, la
compra de doscientos treinta (230) metros cúbicos de base y ciento setenta
(170) metros cúbicos de sub-base, para las calles de la urbanización José Ureña
del distrito Santa María. Las ofertas se recibirán a más tardar el día veintiséis
(26) de enero del dos mil seis (2006), a las diez (10) horas, en la oficina de
la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal de Dota y el cartel se puede
adquirir en esta misma oficina. Acuerdo definitivamente aprobado”.
Dota, 11 de enero del
2006.—J. Arturo Vargas Ríos, Secretario.—1 vez.—Nº
78981.—(3323).
MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
LICITACIÓN POR REGISTRO 03-06
Compra de cartuchos de
tinta y toners para las
impresoras de la Municipalidad de Heredia
La Proveeduría Municipal
de la Municipalidad de Heredia invita a los diferentes proveedores a participar
del proceso de Contratación denominado: Licitación por Registro 03-06, “compra
de cartuchos de tinta y toners para las impresoras de la Municipalidad de
Heredia”.
Los interesados favor
apersonarse al Departamento de Proveeduría Municipal ubicado en el costado
oeste del Liceo de Heredia, para la recepción del cartel, cuyo costo será de
¢1.500,00 y podrá ser retirado a partir del día 23 de enero del año en curso.
Heredia, 12 de enero
del 2006.—Lic. Jonathan Fonseca Castro, Proveedor
Municipal a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº
23108).—C-7760.—(3539).
LICITACIÓN
POR REGISTRO 04-06
Compra
de suministros y útiles de oficina
de la Municipalidad de Heredia
La Proveeduría
Municipal de la Municipalidad de Heredia invita a los diferentes proveedores a
participar del proceso de Contratación denominado: Licitación por Registro
04-06, “Compra de suministros y útiles de oficina de la Municipalidad de
Heredia”.
Los interesados favor
apersonarse al Departamento de Proveeduría Municipal ubicado en el costado
oeste del Liceo de Heredia, para la recepción del cartel, cuyo costo será de
¢1.500,00 y podrá ser retirado a partir del día 25 de enero del año en curso”.
Lic. Jonathan Fonseca
Castro, Proveedor Municipal a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº
23109).—C-7760.—(3540).
MUNICIPALIDAD DE SAN PABLO
DE HEREDIA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 01-2006
Tratamiento y disposición
final de los desechos sólidos ordinarios,
residenciales, comerciales e institucionales del cantón
de San Pablo de Heredia
La Municipalidad de San
Pablo, invita a participar en la licitación pública Nº 01-2006, Contratación de
servicios para el tratamiento y disposición final de los desechos ordinarios,
residenciales, comerciales e institucionales del cantón de San Pablo.
La fecha límite para la
recepción de ofertas y apertura de la misma será el día 15 de febrero del 2006,
hasta las 10:00 horas, solo se tomará en cuenta el reloj de la Proveeduría.
La apertura será realizada en
el edificio municipal de la Municipalidad de San Pablo, en la misma fecha y
hora antes señaladas.
Las especificaciones técnicas
y condiciones generales pueden ser retiradas en la Proveeduría de la
Municipalidad de San Pablo, sita costado noroeste del Parque de San Pablo.
El costo del cartel es de ¢
3.000,00 (tres mil colones exactos).
San Pablo de Heredia,
11 de enero del 2006.—Lic. Hugo Miranda Alvarado,
Proveedor Municipal.—1 vez.—(Solicitud N°
11751).—C-9920.—(3560).
MUNICIPALIDAD DE SANTA
BÁRBARA DE HEREDIA
CONCURSO EXTERNO Nº 01-2006
Contratación Profesional
Municipal 2
La Municipalidad de
Santa Bárbara de Heredia, los invita a participar en el Concurso Externo Nº
01-2006 “Contratación Profesional Municipal 2 como Ingeniero Topógrafo para la
Municipalidad de Santa Bárbara”.
Para esto se recibirán
las ofertas hasta las once horas de la mañana del 24 de enero del 2006, en el
Departamento de Proveeduría de la Municipalidad. Teléfonos 269-9081/269-7273.
______
CONCURSO EXTERNO Nº 2-2005
Contratación Asesor
Municipal
La Municipalidad de
Santa Bárbara de Heredia, los invita a participar en el Concurso Externo
02-2006 “Contratación de Profesional Municipal 2 A, Asesor Legal de la
Municipalidad de Santa Bárbara”. Para esto se recibirán las ofertas hasta las
once horas de la mañana del 24 de enero del 2006, en el Departamento de
Proveeduría de la Municipalidad.
Cinthya Salas,
Proveedora.—1 vez.—(O. C. Nº 6637).—C-9920.—(3561).
HOSPITAL NACIONAL DE NIÑOS
DR. CARLOS SÁENZ HERRERA
CENTRO CIENCIAS MÉDICAS CCSS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 010-05
(Notificación a los
proveedores)
Por: frutas, verduras y
legumbres
La Dirección General
del Hospital Nacional de Niños, comunica a los proveedores interesados en
participar en el concurso de la Licitación Pública Nº 010-05 para la
adquisición de frutas, verduras y legumbres que la misma se anula.
Lo anterior en cumplimiento
del art. 9º de la Ley Orgánica Nº 2035 y sus reformas.
San José, 9 de enero
del 2006.—Departamento Recursos Materiales.—Dr.
Rodolfo Hernández Gómez, Director General.—1 vez.—(3405).
HOSPITAL DR. MAX PERALTA
JIMÉNEZ
LICITACIÓN POR REGISTRO
LxR-HMPJ-00011-05
Limpiador descontaminante
enzimático
La subárea de
Adquisiciones del Hospital Dr. Max Peralta Jiménez, comunica a los interesados
que el Dr. Luis E. Poveda Esquivel. Director General a. í., de acuerdo a la
recomendación técnica emitida por la Lic. Ileana Solano Ortega. Directora de
Enfermería a. í., Lic. Olga Alvarado Quirós y MSc. Erica Guillén Arias de la
Comisión de Compras de Enfermería, acuerda adjudicar a la empresa Especialistas
en Esterilización y Envase de CR S. A., cédula jurídica Nº 3-101-236355,
oferta número 2, la compra de 455 bidones equivalentes a 600 galones, (455000
litros ya diluido) de Limpiador descontaminante enzimático. Marca Anios, país
de origen Francia.
Monto total adjudicado
$22.295,00 (Veintidós mil doscientos noventa y cinco dólares exactos).
Tiempo de entrega: Según
cartel
Cartago, 12 de enero
del 2006.—Subárea de Adquisiciones.—Manuel A. Mata Vega,
Encargado.—1 vez.—(3477).
HOSPITAL DR. MAX PERALTA
JIMÉNEZ
LICITACIÓN POR REGISTRO
LxR-HMPJ-00005-05
Remodelación área de
Odontología
La subárea de
Adquisiciones del Hospital Dr. Max Peralta Jiménez, comunica a los interesados
que el Dr. Luis E. Poveda Esquivel, Director General a. í., de acuerdo a la
recomendación técnica emitida por el sr. Eduardo Cerdas Salazar. Jefe Servicio
de Mantenimiento y el Ing. Alex Azofeifa Bermúdez, Servicio de Mantenimiento,
acuerda adjudicar a la empresa Consorcio Ingeniería GAIA S. A. Guillermo
Zúñiga Leitón, cédula jurídica 3-101-234410 y cédula de identidad 3-248-703
respectivamente, oferta número 3 para la remodelación del Servicio de
Odontología.
Monto total adjudicado
¢27.178.500,00 (Veintisiete millones cuatrocientos setenta y ocho mil
quinientos colones exactos).
Tiempo de entrega: 45
días hábiles.
Cartago, 12 de enero
del 2006.—Subárea de Adquisiciones.—Manuel A. Mata
Vega, Encargado.—1 vez.—(3490).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº PU-URHA-1-2005
(Desierta)
Concesión y explotación de
la soda comedor
del Centro Regional Polivalente de Limón
La junta directiva en
la sesión Nº 4223, artículo V celebrada el 9 de enero del 2006, acordó declarar
desierta la licitación en referencia por cuanto las ofertas presentadas
incumplen técnicamente.
San José, 13 de enero
del 2006.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado
Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(Solicitud Nº
64154).—C-3870.—(3562).
COMPAÑÍA NACIONAL DE
FUERZA Y LUZ S. A.
LICITACIÓN RESTRINGIDA Nº
29-2005
Suministro de materiales,
equipo y mano de obra necesarios para la construcción de Área Técnica Sucursal
Heredia, Plantel Virilla II
Les comunicamos que el
Consejo de Administración de esta Compañía, en sesión ordinaria Nº 2089, celebrada
el 12 de diciembre del 2005, acordó adjudicar la licitación en referencia de la
siguiente manera:
A: AP Constructora S. A.—(Oferta Nº 2).
¢96.000.000,00.
Óscar Ugarte Medina,
Proveedor General a. í.—1 vez.—(3413).
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
31-2005
Suministro de materiales,
equipo y mano de obra para la construcción del edificio de Redes Eléctricas en
el Plantel Anonos (Etapa I)
Les comunicamos que el
Consejo de Administración de esta Compañía, en sesión ordinaria Nº 2089,
celebrada el 12 de diciembre del 2005, acordó adjudicar la licitación en
referencia de la siguiente manera:
A: Diseyco S. A.—(Oferta
Nº 1).
US$ 198.021,95.
Óscar Ugarte Medina,
Proveedor General a. í.—1 vez.—(3414).
RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE
S. A.
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
108-2005
Nodo Wimax-Abra
Radiográfica
Costarricense S. A., se permite comunicar a los oferentes en la licitación
arriba indicada, que la misma fue adjudicada a la firma comercial Telerad
Telecomunicaciones Radiodigitales S. A. según lo estipulado en el cartel y
la oferta.
San José, 13 de enero
del 2006.—Sr. Xavier Sagot Ramírez, Proveedor.—1
vez.—(Solicitud Nº 31344).—C-3870.—(3563).
MUNICIPALIDAD
DE PUNTARENAS
LICITACIÓN
POR REGISTRO Nº LPR-22-2005
Reconstrucción
de un cargador
El Concejo Municipal,
en sesión ordinaria Nº 319 celebrada el día 6 de enero del 2006, según artículo
2°, inciso B, acuerda: Aprobar en todas sus partes el proceso de Licitación por
Registro LPR-22-2005, “Reconstrucción de un cargador”. Asimismo que se adjudique
a Inversiones Rosavi S. A. por un monto de ¢6.650.000,00 (seis millones
seiscientos cincuenta mil colones netos).
Puntarenas, 13 de enero
del 2006.—Ramón Quesada Jiménez, Proveedor
Municipal.—1 vez.—(3186).
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
LPR-23-2005
Adquisición de un
retroexcavador cargador 4 x4 con menos
de 4000 horas de uso, modelo 2000 mínimo
El Concejo Municipal,
en sesión ordinaria Nº 319 celebrada el día 6 de enero del 2006, según artículo
2°, inciso C), acuerda: Aprobar en todas sus partes el proceso de Licitación
por Registro Nº LPR-23-2005 “Adquisición de un retroexcavador cargador 4x4 con
menos de 4000 horas de uso, modelo 2000 mínimo”. Asimismo que se adjudique a Industrias
Gonzaca S. A., por un monto de ¢24.000.000,00 (veinticuatro millones de
colones netos).
Puntarenas, 13 de enero
del 2006.—Ramón Quesada Jiménez, Proveedor
Municipal.—1 vez.—(3187).
Invitación a inscribirse en el Registro de Proveedores
Con el objeto de actualizar
el Registro de Proveedores potenciales de bienes y servicios del Instituto
Nacional de Fomento Cooperativo (INFOCOOP), la Proveeduría invita a todas
aquellas personas físicas y jurídicas que deseen ser tomadas en consideración
para futuras contrataciones, a inscribirse en el “Registro de Proveedores
Institucional”.
Para ello deberán
suministrar la siguiente información:
Personas físicas:
• Presentación de hoja de vida.
• Declaración bajo fe de juramento que no le
afecten las prohibiciones del artículo 22 y 22 bis de la Ley de Contratación
Administrativa.
• Calidad en que potencialmente participaría,
sea como proveedor directo, intermediario o apoderado de otra persona física o
jurídica.
• Tipo de servicio a ofrecer y detallar el
mismo.
Personas jurídicas:
• Certificación de inscripción y su vigencia.
• Certificación de notario o del Registro
Público, de la personería Jurídica del Representante Legal y la vigencia de la
misma.
• Certificación indicando el monto del capital
social.
• Fotocopia certificada de la cédula jurídica,
puede ser de notario o del Registro Público.
• Declaración bajo fe de juramento que no le
afecten las prohibiciones del artículo 22 y 22 bis de la Ley de Contratación
Administrativa.
• Calidad en que potencialmente participaría,
sea como proveedor directo, intermediario o apoderado de otra persona física o
jurídica.
• Tipo de servicio a ofrecer y detallar el
mismo.
Para las personas
físicas o jurídicas que ya están inscritas, deberán presentar un documento con
los datos básicos y confirmar que todo lo que se encuentra en el Registro se
mantiene invariable.
La información con la
documentación que la respalde deberá presentarse en original en la Proveeduría
del INFOCOOP, sita 400 norte del Hospital Nacional de
Niños, c. 20, av. 5 y 7, San José.
San José, 11 de enero
del 2006.—Proceso de Administración y Finanzas.—Lic.
Carmen Lía Guevara Torres, Proveedora.—1
vez.—(Solicitud Nº 35159).—C-17620.—(3149).
MUNICIPALIDAD DE SAN RAMÓN
La Municipalidad de San
Ramón, por el Departamento de Proveeduría, invita a los potenciales oferentes,
que deseen inscribirse o actualizar la información para el Registro de
Proveedores, a retirar el formulario de inscripción en la oficina de
Proveeduría Municipal, ubicada detrás del Estadio Municipal de San Ramón o
solicitarlo al telefax 445-69-72, habrá tiempo hasta el día 15 de abril del
2006.
San Ramón, 9 de enero
del 2006.—Departamento de Proveeduría.—Jorge Eladio
Araya, Proveedor.—1 vez.—(3153).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
Arrendamiento de equipo y
maquinaria
Se avisa a todos los
interesados en las licitaciones: LP-84-2005, LP-85-2005, LP-86-2005,
LP-87-2005, LP-88-2005, LP-89-2005, LP-90-2005, LP-91-2005, LP-92-2005,
LP-93-2005, LP-94-2005 y LP-95-2005 para el “Arrendamiento de Equipo y
Maquinaria para ser utilizados en caminos vecinales varios”, publicadas en La
Gaceta Nº 246 del día 21 de diciembre del 2005, que se realizan las
siguientes modificaciones y aclaraciones a los carteles:
En la Sección I:
Invitación al Proyecto;
Debe entenderse que los
caminos en los que va a ser utilizada la maquinaria respectiva corresponden a
los indicados en la portada y los numerales 2 y 3 de la Sección II: Descripción
de la Contratación de cada cartel.
En el numeral 3.
Maquinaria requerida por tipo y capacidad de la Sección II;
Se aclara que la
brigada del equipo y maquinaria debe entenderse que es por cada línea del
cartel y que la columna de Unidad de Pago de las tablas de Renglones de Pago
debe leerse según las opciones: global, horas y m3km que corresponda en cada
caso.
Por ejemplo: Para la
LP-85-2005, el renglón 7 de la línea 1 debe entenderse 52.000 m3km, el renglón
7 de la línea 2 debe entenderse 93.000 m3km y el renglón 7 de la línea 3 debe
entenderse 220.000 m3km.
De igual forma para el
renglón 7 de las líneas de las LP-86-2005 y LP-87-2005; el renglón 7 de las
líneas 1, 2, 3 y 6, renglón 8 de las líneas 4 y 5 de la LP-89-2005; renglón 8
de las líneas de la LP-90-2005; el renglón 3 de la línea 1 de la LP-91-2005; el
renglón 8 de las líneas 1, 2, 3, 5, 6 y 7, renglón 9 de las líneas 4 y 8 de la
LP-93-2005; el renglón 9 de las líneas de la LP-94-2005; el renglón 9 de la
línea 1, el renglón 8 de la línea 2 y el renglón 10 de la línea 3 de la
LP-95-2005.
En el Numeral 4.2.7.
Visita de preoferta de la Sección IV del cartel de licitación;
Donde dice: “Conjuntamente
con las demás personas físicas y jurídicas interesados en el cartel, el
oferente deberá participar en la visita de preoferta, consistente de un
recorrido por el camino y los alrededores en los que se utilizará la maquinaria,
así como una reunión con el Ingeniero de Proyecto correspondiente y el personal
de supervisión y control. Los gastos relacionados con dicha inspección corren
por cuenta de cada potencial oferente”.
Debe
leerse: Conjuntamente con las demás personas físicas y
jurídicas interesados en el cartel, el oferente deberá participar en la visita
de preoferta, consistente de un recorrido por el camino y los alrededores en
los que se utilizará la maquinaria, así como una reunión con Director Regional
correspondiente o su representante y el personal de supervisión y control. Se
confeccionará un acta donde consten las actuaciones de dicha actividad. Los
gastos relacionados con dicha inspección corren por cuenta de cada potencial
oferente.
La fecha, hora y lugar
de la visita de preoferta se realizará de la siguiente manera:
Licitación Pública Nº
84-2005 - Contratación de equipo y maquinaria en Abangares: el 24 de enero de
2006 a las 8 a.m. Sede MOPT en Cañas.
Licitación
Pública Nº 85-2005 - Contratación de equipo y maquinaria en Buenos Aires: el 24
de enero de 2006 a las 8 a.m. Sitio de reunión: Sede MOPT en Buenos Aires.
Licitación
Pública Nº 86-2005 - Contratación de equipo y maquinaria en Coto Brus: el 25 de
enero de 2006 a las 8 a.m. Sitio de reunión: Sede MOPT en Sabalito.
Licitación
Pública Nº 87-2005 - Contratación de equipo y maquinaria en Los Chiles: el 27
de enero de 2006 a las 8 a.m. Sitio de reunión: Sede MOPT en San Carlos.
Licitación
Pública Nº 88-2005 - Contratación de equipo y maquinaria en Nicoya: el 25 de
enero de 2006 a las 8 a.m. Sitio de reunión: Sede MOPT en Nicoya.
Licitación
Pública Nº 89-2005 - Contratación de equipo y maquinaria en Pérez Zeledón: el
23 de enero de 2006 a las 8 a.m. Sitio de reunión: Sede MOPT en Pérez Zeledón.
Licitación
Pública Nº 90-2005 - Contratación de equipo y maquinaria en Pococí: el 24 de
enero de 2006 a las 8 a.m. Sitio de reunión: Sede MOPT en Pococí.
Licitación
Pública Nº 91-2005 - Contratación de equipo y maquinaria en San Carlos: el 26
de enero de 2006 a las 8 a.m. Sitio de reunión: Sede MOPT en San Carlos.
Licitación
Pública Nº 92-2005 - Contratación de equipo y maquinaria en Santa Cruz: el 23
de enero de 2006 a las 8 a.m. Sitio de reunión: Sede MOPT en Santa Cruz.
Licitación
Pública Nº 93-2005 - Contratación de equipo y maquinaria en Sarapiquí: el 25 de
enero de 2006 a las 8 a.m. Sitio de reunión: Sede MOPT en Sarapiquí.
Licitación
Pública Nº 94-2005 - Contratación de equipo y maquinaria en Siquirres: el 26 de
enero de 2006 a las 8 a.m. Sitio de reunión: Sede MOPT en Siquirres.
Licitación
Pública Nº 95-2005 - Contratación de equipo y maquinaria en Turrialba: el 23 de
enero de 2006 a las 8 a.m. Sitio de reunión: Sede MOPT en Turrialba.
En la primera,
segunda y tercera viñeta del Numeral 5 de la Sección V del cartel de
licitación;
Donde dice: “Si el
contratista se demora para iniciar las operaciones más de 2 días calendario,
contados desde la fecha de inicio establecida en la orden respectiva, a partir
del tercer día de atraso, deberá cancelar una multa de un 1% del monto del
contrato por cada día de atraso, hasta un máximo de 8 días. Sobrepasado ese
plazo de cinco días, la Administración procederá a la resolución contractual.
El retiro de una o más
máquinas sin autorización de la Ingeniería del Proyecto, obligará al contratista
a cancelar a favor del MOPT, una multa correspondiente a un 3% del monto del
contrato, por cada día de ausencia de la máquina o máquinas en el proyecto,
hasta un máximo de 8 días. Sobrepasado ese plazo de cinco días, la
Administración procederá a la resolución contractual.
El incumplimiento de la
obligación de disposición inmediata de la maquinaria ofertada, por razón de
fallas mecánicas en el plazo previsto, según lo establecido en el numeral 4.2.4
de la Sección IV, traerá como consecuencia la aplicación de una multa de 2,5%
del monto total del contrato, hasta un máximo de tres días. Sobrepasado ese
plazo de cinco días, la Administración procederá a la resolución contractual.”
Debe leerse: “Si el
contratista se demora para iniciar las operaciones más de 2 días calendario,
contados desde la fecha de inicio establecida en la orden respectiva, a partir
del tercer día de atraso, deberá cancelar una multa de un 1% del monto del
contrato por cada día de atraso, hasta un máximo de 8 días. Sobrepasado ese
plazo de ocho días, la Administración procederá a la resolución contractual.
El retiro de una o más
máquinas sin autorización de la Ingeniería del Proyecto, obligará al
contratista a cancelar a favor del MOPT, una multa correspondiente a un 3% del
monto del contrato, por cada día de ausencia de la máquina o máquinas en el
proyecto, hasta un máximo de 8 días. Sobrepasado ese plazo de ocho días, la
Administración procederá a la resolución contractual.
El incumplimiento de la
obligación de disposición inmediata de la maquinaria ofertada, por razón de
fallas mecánicas en el plazo previsto, según lo establecido en el numeral 4.2.4
de la Sección IV, traerá como consecuencia la aplicación de una multa de 2,5%
del monto total del contrato, hasta un máximo de tres días. Sobrepasado ese
plazo de tres días, la Administración procederá a la resolución contractual.”
Todo lo demás permanece
invariable.
San José, 11 de enero
del 2006.—MBA. Sylvia Jiménez Cascante, Proveedora
Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 24330).—C-68465.—(3565).
LICITACION PÚBLICA N° 05-2005
Soluciones tecnológicas
para la adquisición e integración
de servidores al módulo de búsqueda y concordancia
y adquisición e integración de estaciones de trabajo
La Proveeduría del
Tribunal Supremo de Elecciones comunica a los interesados en el concurso de
referencia, que se suspende hasta nuevo aviso el plazo para recibir ofertas originalmente estipulado para las 10:00 horas del 1º
de febrero del año en curso, en virtud de haberse presentado un recurso de
objeción al cartel.
Lic. Javier Ignacio
Vega Garrido, Proveedor.—1 vez.—(Nº
104-2006).—C-5520.—(3564).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 4668
(Ampliación de plazo)
Servicio de aseo y
limpieza en varias oficinas
del BCR, ubicadas en todo el país
El Banco de Costa Rica
comunica a los interesados en esta licitación, que se traslada el plazo para
recibir ofertas para el día viernes 27 de enero del 2006.
El resto del cartel queda
igual.
San José, 13 de enero
del 2006.—Oficina Contratación Administrativa.—Osvaldo
Villalobos G., Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 54424).—C-3870.—(3570).
LICITACIÓN PÚBLICA N°
106001(Aclaraciones)
Adquisición de unidades
extintoras de incendios
Se comunica a los
interesados en el presente concurso, cuyo cartel se publicó en el Diario
Oficial N° 231 del 30 de noviembre del 2005, las siguientes aclaraciones:
• En el punto IV. Cuadro de calificación, para
el renglón N° 2, se sustituye en su totalidad el aparte B. Alcance máximo de la canasta, debiendo leerse de la siguiente
manera:
B) ALCANCE MÁXIMO DE
LA CANASTA. (Máximo 45 puntos). Se asignarán puntos según la siguiente tabla:
Alcance máximo de la canasta Puntos
a obtener
Hasta 28.95 m (95
pies) 0
puntos
Más de 28.95 m (95 pies)
hasta 32.00 m (105 pies) 15
puntos
Más de 32.00 m (105 pies)
hasta 41.15 m (135 pies) 25
puntos
Más de 41.15 m (135 pies)
hasta 45.72 m (150 pies) 35
puntos
Más de 45.72 m (150 pies) 45
puntos
• En el punto V. Aspectos generales de la
evaluación, se sustituye en su totalidad el aparte 5, debiendo leerse de la
siguiente manera:
5 Puntaje mínimo para adjudicar: El puntaje
mínimo que debe obtener un Oferente para ser posible Adjudicatario es de 70
puntos.
Quedará a criterio de la Administración
justificar la adjudicación con un puntaje menor, siempre y cuando no existan
ofertas que sobrepasen el puntaje mínimo.
Las demás condiciones
permanecen invariables.
San José, 12 de enero
del 2006.—Departamento de Proveeduría.—Luis Leitón
Aguilar, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18424).—C-18020.—(3542).
LICITACIÓN PÚBLICA N° 106010
(Aclaración)
Contratación de servicios
de salas de cirugía y camas
para hospitalización dentro del área metropolitana
Se comunica a los
interesados en el presente concurso, cuya invitación se publicó en el Diario
Oficial La Gaceta N° 245 del 20 de diciembre del 2005, que:
I) ACLARACIÓN:
En el aparte b) del
inciso 6), numeral A). punto X, se debe leer de
la siguiente forma:
“Póliza
de Responsabilidad Civil General: Contar con una póliza de Responsabilidad
Civil General, que proteja a los pacientes y al personal del INS mientras se
encuentran dentro de las instalaciones de éste. Su monto no debe ser menor a
¢200.000.000,00”.
II) APERTURA DE
OFERTAS:
Se mantiene para las
9:00 horas del 19 de enero del 2006.
Las demás condiciones
permanecen invariables.
San José, 13 de enero
del 2006.—Departamento de Proveeduría.—Luis Leitón
Aguilar, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18424).—C-9370.—(3543).
HOSPITAL NACIONAL DE NIÑOS
DR. CARLOS SÁENZ HERRERA
CENTRO CIENCIAS MÉDICAS CCSS
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
040-05
(Notificación a los proveedores)
Tiras reactivas para
determinación de glucosa en sangre capilar
El Departamento de
Recursos Materiales del Hospital Nacional de Niños, comunica a los proveedores
interesados en participar en el concurso en referencia, que la fecha de
apertura de ofertas indicada para el día 23/01/2006 a las 10:30 a. m., se
prorroga hasta nuevo aviso.
Lo anterior debido a que uno
de los oferentes presentó ante la Contraloría General de la República “Recurso
de objeción al cartel” y el mismo se encuentra en estudio por parte de este
ente contralor.
Por lo tanto en caso de
presentarse alguna modificación al cartel se les estará notificando por este
mismo medio, así como la nueva fecha y hora de apertura de ofertas.
San José, 6 de enero
del 2006.—Departamento Recursos Materiales.—Lic.
Roxana Ureña Aguilar, Jefa a. í.—1 vez.—(3404).
GERENCIA DIVISIÓN DE
OPERACIONES
DIRECCIÓN DESARROLLO DE
PROYECTOS
LICITACIÓN PÚBLICA N°
2005-002 (Alcance Nº 15)
Proyecto: construcción y
equipamiento C.A.I.S. Puriscal
A las personas
interesadas en el presente concurso, se les comunica lo siguiente:
Ä Pasar a retirar sin costo alguno el Alcance N°
15, a las oficinas de la Dirección Desarrollo de Proyectos, ubicadas en avenida
1°, calles 3 y 5, Edificio Torrejón.
Ä La fecha de apertura de ofertas se prorroga
para el día 22 de febrero del 2006 a las 11:00 horas.
El resto del cartel
permanece invariable.
San José, 13 de enero
del 2006.—Unidad Contratación Administrativa.—Lic. Ana
Lorena Cruz Herrera, Coordinadora.—1 vez.—(3408).
HOSPITAL DR. MAX PERALTA
JIMÉNEZ
AREA DE RECURSOS MATERIALES
SUBÁREA DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN POR REGISTRO
LxR-HMPJ-00012-05
Adquisición de Set de
bombas de infusión pediátrica, adulto y opaca
Se comunica a los
interesados en participar en la Licitación por Registro LxR-HMPJ-00012-05, para
la adquisición de Set de bombas de infusión pediátrica, adulto
y opaca, que se realiza la siguiente modificación al cartel:
En lo que respecta a la
entrega inmediata se entenderá para todos los efectos: no mayor a 5 días
hábiles contados a partir al día siguiente de la comunicación que realice la
Administración sobre la disponibilidad para retirar el contrato debidamente
refrendado.
La apertura de las
ofertas se mantiene para el día viernes 20 de enero del 2006 a las 10:00 horas.
Oficina de
Adquisiciones.—Manuel A. Mata Vega, Encargado.—1
vez.—(3513).
ÁREA DE ADQUISICIONES
SUBÁREA DE CARTELES
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2004-007 (Aviso 39)
Reactivos para
determinación bioquímica automatizada
en sangre, orina y otros fluidos biológicos
A los oferentes
interesados en participar en esta licitación, se les comunica que deben de
coordinar con los Directores de los Laboratorios Clínicos de los Centros que a
continuación detallamos para efectos de obtener la cita correspondiente con el
funcionario responsable en el horario de 8:00 a.m. a 3:00 p.m., para la
verificación del espacio donde eventualmente se instalará el equipo para la
determinación bioquímica automatizada.
Laboratorios Clínicos de los
siguientes hospitales:
Hospital México
Hospital Calderón Guardia
Hospital San Juan de Dios
Hospital Nacional de Niños
Hospital Max Peralta
Hospital Tony Facio Castro
Hospital San Rafael de
Alajuela
Hospital San Vicente de Paul
Hospital Escalante Pradilla
Hospital de San Carlos
Hospital Monseñor Sanabria
Hospital Enrique Baltodano
Briceño
Hospital
Guápiles
Además se les comunica
que se encuentra a la venta 5 páginas con aclaraciones al cartel, en la
fotocopiadora del edificio Jenaro Valverde, piso comercial oficinas centrales
de la C.C.S.S., ubicada costado sureste del Teatro Nacional (avenidas 2 y 4,
calles 5 y 7).
El resto del cartel permanece
invariable.
San José, 12 de enero
del 2006.—Departamento de Adquisiciones.—Lic. Vilma
Arias Marchena, Coordinadora.—1 vez.—C-18720.—(3566).
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
102-2005
Adquisición de relés de
impedancia para subestaciones
El Instituto
Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba
mencionada que el cartel fue sujeto a la siguiente corrección (corrección Nº 1)
PÁGINA 16/23.
Donde dice:
“Las fuentes de poder tendrán un voltaje
auxiliar de entrada de 125 VCD ±15%. a través de
convertidores DC/DC regulados, aislando las ondas transitorias entre el banco
de baterías y los componentes electrónicos del relé. Deberá ser monitoreada e
incluir una alarma para casos de fallas, con un contacto NA y uno NC,
alambrados a bornes de regleta.”
Debe decir:
“Las fuentes de poder tendrán un voltaje
auxiliar de entrada en un rango desde 60 a 250 VDC a través de convertidores
DC/DC regulados, aislando las ondas transitorias entre el banco de baterías y
los componentes electrónicos del relé. Deberá ser monitoreada e incluir una
alarma para casos de fallas, con un contacto NA y uno NC, alambrados a bornes
de regleta.”
PÁGINA 17/23.
Donde dice:
“Los relés de protección ofrecidos deben
contar con una interfase de comunicaciones que permita la transferencia de los
datos almacenados en el relé a un servidor de base de datos para
protecciones (SBDP), a través de la unidad central (USC) por medio
del protocolo IEC-61850.”
Debe decir:
“Los relés de protección ofrecidos deben
contar con una interfase de comunicaciones óptica que permita la transferencia
de los datos almacenados en el relé por medio del protocolo IEC-60870-5-103.
Debe ser posible la migración en un futuro del interfaz de comunicación
previsto al interfaz óptico doble redundante Ethernet con protocolo IEC 61850,
para integración a los nuevos sistemas de control y monitoreo. Esto debe ser
posible realizarlo en sitio, sin necesidad de enviar el relé a fábrica.”
PÁGINA 17/23.
Se debe agregar lo siguiente: “Debe contar con 2 conectores tipo ST en su parte
trasera para comunicación por fibra óptica tipo multimodo de 62.5/125
micrómetros, con un presupuesto de potencia mínimo de 8 dB”
PÁGINA 20/23.
En el cuarto párrafo se debe agregar: “La función de bloqueo de oscilación de potencia
también puede ser posible realizarla mediante la supervisión y el monitoreo del
cambio del vector de impedancia, o algún otro método igual o superior al
mismo”.
Asimismo se le comunica que la apertura
de ofertas fue prorrogada para las 9:00 horas del día 13 de febrero del 2006
Fecha de apertura de ofertas anterior: A
las 9:00 horas del día 26 de enero del 2006.
San José, 12 de enero
del 2006.—Ing. Carlos Casco Peña,
Coordinador-Licitaciones.—Dirección de Proveeduría.—1 vez.—(O. C. Nº
320073).—C-15420.—(3541).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 32-05
(Prórroga)
Contratación de servicios
profesionales de notariado
El Instituto Nacional
de Vivienda y Urbanismo, avisa a todos los interesados en participar en la
Licitación Pública Nº 32-05 Contratación de servicios profesionales de
notariado, que se prorroga la fecha de apertura hasta las diez horas del día 17
de febrero de 2006.
De acuerdo con Resolución de
la División de Asesoría y Gestión Jurídica de la Contraloría General de la
República R-DAGJ-754-2005, el pliego de condiciones con las modificaciones
pueden retirarlo los interesados en el tercer piso del edificio Jutsini en el
Proceso de Proveeduría, Oficinas Centrales Invu.
San José, 13 de enero
del 2006.—MBA. Adolfo Calvo Navarro, Proveedor.—1 vez.—(3551).
UNIDAD REGIONAL CENTRAL
ORIENTAL
LICITACIÓN POR REGISTRO
LPR-URCO-2-1-2005
(Modificación y prórroga)
Contratación de servicios
de seguridad y vigilancia
para las instalaciones de la unidad regional central
oriental, ubicada en el barrio Don Bosco
Según resolución
R-DAGJ-009-2006 emitida por la Contraloría General de la República se realizan
las siguientes modificaciones al cartel en mención:
El punto 3.13 de las
Condiciones Invariables, correspondiente a las multas se modifica de la
siguiente forma:
3.13 Multa
El incumplimiento en
cualquiera de los puntos indicados en las especificaciones técnicas del
servicio (específicamente los puntos 1, 1.1 3.1, 3.2, y 3.3), serán
multados con un 0,20% cada uno de ellos por día. Es decir, a manera de ejemplo,
el incumplimiento de cinco aspectos en un solo día generará una multa diaria de
1 % sobre el total mensual del costo del servicio, por puesto de trabajo que
presente el incumplimiento. Si el incumplimiento fuera reincidente en otros
días se volverá a multar de igual manera. Lo anterior con el fin de que la
empresa de seguridad vele por el fiel cumplimiento en todos los alcances del
cartel licitatorio y del contrato correspondiente.
Las multas
se calcularán sobre el costo de cada puesto de trabajo que presente
incumplimientos y no sobre el monto total del contrato. Según lo dispuesto en
el artículo 712 del Código Civil
Además sin
excepción, constituirá incumplimiento el oficial que no porte el carné de
policía auxiliar y de portación de armas y el equipo completo en buen estado y
funcionamiento de acuerdo a lo establecido en las especificaciones técnicas.
(La empresa contratista deberá, con la suficiente antelación, tramitar la
renovación de los carnés de sus oficiales de seguridad y dicho trámite será
total y absolutamente responsabilidad del contratista). El oficial de seguridad
que se encuentre en esta situación no permanecerá laborando en las instalaciones
hasta que no se normalice esta situación documental. En este caso, la empresa
deberá sustituirlo por un oficial que cumpla con este requisito durante el
lapso que dure la renovación de el (los) carné(s).
Sin
embargo, para la renovación del carné de portación de armas y policía auxiliar,
la administración concederá para cada oficial, un plazo de 30 días hábiles, a
partir de la fecha de vencimiento del mismo, dados los requisitos que deben de
cumplirse para este trámite
En caso de
ser necesario aplicar esta cláusula, el monto de la multa será comunicado al
contratista quién podrá depositar el monto respectivo o autorizar a que se
deduzca de la factura pendiente de pago o de la garantía de cumplimiento. En
caso de que el contratista no se manifieste el monto se deducirá de la factura
pendiente de pago.
El Proceso
de Adquisiciones y Suministros será quién informe al Proceso Financiero
Contable de esta Unidad Regional, sobre los montos a descontar de las facturas
pendientes de pago, de acuerdo al reporte realizado por los funcionarios
encargados de supervisar este servicio.
Se advierte que para
efectos de ejecutar esta cláusula, no es necesario que la Administración
constituya en mora al contratista.
El punto 3 de las
Condiciones Técnicas del Servicio, se modifica de la siguiente forma:
3. Condiciones Técnicas del Servicio.
3.1 Perfil del personal de vigilancia (oficiales
fijos, cubre libres, ausencias, incapacidades e imprevistos).
b- Tener aprobado el segundo ciclo de enseñanza
general básica. (sexto grado)
Se modifica la fecha de
apertura para el día 3 de febrero del 2006 a las 10:00 horas.
San José, 12 de enero
del 2006.—Proceso de Adquisiciones.—Allan Altamirano
Díaz, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 34151).—C-29170.—(3567).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN POR REGISTRO
2-55-2005
(Modificaciones, aclaraciones y prórroga)
Compra de sistemas
didácticos para el subsector
de refrigeración, subsector de telemática
y aires acondicionados
El Proceso de
Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores
interesados en participar en la Licitación por Registro 2-55-2005, de “Compra
de sistemas didácticos para el subsector de refrigeración, subsector de
telemática y aires acondicionados”, lo siguiente:
El cartel de esta
licitación se modifica y aclara de la siguiente manera:
1) Sobre la capacidad inicial de líneas
analógicas, digitales ISDN, PRI, BRI; el cartel contempla un enlace E1,
mismo que permite el uso de cualquier tecnología de conexión brindada por el
ICE, por tanto técnicamente no es necesario definir ninguna capacidad inicial
para el equipo por adquirir.
2) Con respecto la capacidad de extensiones
digitales, analógicas o IP y cantidad de teléfonos, es totalmente irrelevante
en este caso, ya que el equipo a adquirir es para fines totalmente
didácticos y lo que se requiere es que los estudiantes sean los que aprendan a
configurar centrales de voz sobre IP.
3) La visita al sitio de la línea 2, indicada en
el punto 3.13, página 11 del pliego de condiciones generales, administrativas y
legales del cartel, se reprograma para los días 24 y 25 de enero del 2006,
a la misma hora indicada en el cartel (10 a.m.).
Debido a lo anterior,
la fecha de apertura de esta licitación se prorroga para el próximo 3 de
febrero del 2006 a las 11:00 horas.
San José, 13 de enero
del 2006.—Allan Altamirano Díaz, Proveedor
Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 34152).—C-12670.—(3568).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL
SERVICIO ELÉCTRICO
MUNICIPAL DE CARTAGO
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 3-2005
Adquisición de Vehículos
tipo rural doble tracción y
Pick up doble tracción
Por este medio se les
comunica a nuestros estimables proveedores que el nuevo cartel de la Licitación
Pública Nº 3-2005 “Adquisición de Vehículos tipo rural doble tracción y Pick up
doble tracción” lo pueden solicitar al e-mail rmolina@jasec.co.cr o bien
retirarlo en nuestras oficinas ubicadas en Barrio Fátima, ubicadas 300 metros
norte y 100 oeste de la iglesia de María Auxiliadora en Cartago centro, para lo
que deben suministrar el respectivo diskette o dispositivo para copiar.
Cabe indicar que dicho
documento sustituye el cartel original.
De igual manera se les
comunica que el acto de apertura se prorroga para el 10 de febrero del 2006
hasta las 10:00 a. m.
Cartago, 13 de enero
del 2006.—Contratar Bienes y Servicios.—Lic. Abel
Gómez Leandro.—1 vez.—(O. C. Nº
15225).—C-7170.—(3569).
El Consejo Nacional de
Supervisión del Sistema Financiero, mediante artículo 14 del acta de la sesión
547-2006, celebrada el 5 de enero del 2006,
considerando:
1. Que en la sesión 197-2000 del 11 de diciembre
de 2000, el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero aprobó los
Acuerdos SUGEF 22-00, “Normas Generales para definir y calcular el patrimonio
de las entidades fiscalizadas por la Superintendencia General de Entidades
Financieras”, y SUGEF 23-00 “Normas para establecer la suficiencia patrimonial
de las entidades fiscalizadas por la Superintendencia General de Entidades
Financieras”. Asimismo, en la sesión 207-2001, celebrada el 12 de febrero de
2001, se aprobaron los Acuerdos SUGEF 25-00, “Normas Generales para definir y
calcular el patrimonio de las Asociaciones Mutualistas de Ahorro y Préstamo
para la Vivienda”, y SUGEF 26-00, “Normas para establecer la suficiencia
patrimonial de las Asociaciones Mutualistas de Ahorro y Préstamo para la
Vivienda”.
2. Que se estima conveniente unificar en un solo
cuerpo normativo toda la regulación relativa al cálculo de la suficiencia
patrimonial de las entidades financieras, con el fin de simplificar la
estructura normativa.
3. Que la revisión de la regulación vigente sobre
el cálculo de la suficiencia patrimonial de las entidades financieras ha
evidenciado la necesidad de definir el tratamiento de instrumentos de capital y
deuda a plazo para su integración en el capital base. En ese sentido, y en
consonancia con los estándares internacionales, se establece que esos
instrumentos deben formar parte del capital secundario y ser amortizados
durante sus últimos cinco años de vigencia, a razón de un 20% anual.
4. Que la estimación genérica de la cartera de
crédito únicamente responde por las pérdidas que se puedan originar en esta
cartera, por lo que se estima oportuno excluir esta estimación genérica como
componente del capital secundario.
5. Que la experiencia de supervisión, ha
demostrado que el tratamiento alternativo vigente para la ponderación de las
participaciones en procesos de titularización, según el cual estas inversiones
se ponderan de acuerdo con el riesgo de los activos subyacentes, no resulta
práctico, por lo que se estima conveniente su eliminación.
6. Que los principios y recomendaciones, de
Basilea estipulan un tratamiento diferenciado de los títulos valores emitidos
por los gobiernos y los bancos centrales según la moneda en que se emitan. Por
tal motivo se propone ponderar los activos a plazo emitidos por el Banco
Central de Costa Rica y el Gobierno de Costa Rica en función de la moneda en
que hayan sido emitidos, diferenciando moneda local y moneda extranjera.
7. Que los títulos valores emitidos por el Banco
Central de Costa Rica y el Gobierno de Costa Rica deben ponderarse según la
calificación otorgada por una calificadora de riesgo a estos dos emisores, se
propone iniciar el proceso de integración de estos títulos al esquema general
de ponderación según la calificación del emisor.
8. Que la práctica de supervisión ha evidenciado
que el riesgo que presentan los instrumentos financieros costarricenses difiere
entre éstos, motivo por el cual se considera necesario tomar en cuenta las
calificaciones de las agencias calificadoras para ponderar estos activos.
9. Que es importante que los ahorrantes cuenten
con el criterio de las agencias calificadoras sobre las entidades financieras
del país, por lo que se considera conveniente incentivar la calificación de las
entidades financieras ponderándolas en su condición de deudores según las
calificaciones emitidas por las agencias calificadoras.
10. Que
los principios y recomendaciones de Basilea reconocen el efecto mitigador de
riesgo de las garantías y proponen la ponderación mixta de las operaciones
crediticias cubiertas parcialmente con valores. Consecuentemente, se estima
conveniente incluir ese tratamiento para la ponderación de las operaciones
crediticias.
11. Que
los principios y recomendaciones de Basilea estipulan que se deben considerar,
en el cálculo del requerimiento de capital de las entidades, el riesgo de
precio al que está expuesta la cartera de inversiones.
12. Que
la experiencia reciente ha evidenciado que las carteras de inversiones de las
entidades pueden sufrir variaciones significativas en su valor por el riesgo de
precio a que están sujetas. Por lo cual se considera conveniente la inclusión
del requerimiento de capital por riesgo de precio en el cálculo de la
suficiencia patrimonial.
13. Que
la práctica de supervisión ha demostrado la conveniencia de introducir el
requerimiento de capital por riesgo operacional en forma integral, por lo que
se elimina el requerimiento de capital por administración de fideicomisos
similares a fondos de inversión y fideicomisos de titularización para incluir
en este Reglamento el riesgo operacional al que está expuesta la entidad en
forma integral en el futuro.
14. Que
este reglamento se emite de conformidad con lo dispuesto en los artículos 131,
inciso n) de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica y 171, inciso s)
de la Ley Reguladora del Mercado de Valores.
dispone:
aprobar el Acuerdo SUGEF 3-06, “Reglamento sobre Suficiencia
Patrimonial de Entidades Financieras”, de conformidad con el siguiente texto.
ACUERDO SUGEF 3-06
REGLAMENTO SOBRE LA
SUFICIENCIA PATRIMONIAL DE ENTIDADES FINANCIERAS
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Objeto.
Este Reglamento tiene por objeto establecer la metodología para el cálculo de
la suficiencia patrimonial de las entidades financieras y establecer el
requerimiento mínimo de capital.
Artículo 2º—Alcance. Las
disposiciones establecidas en este Reglamento son aplicables a las entidades
financieras supervisadas por la Superintendencia General de Entidades
Financieras (en adelante “la SUGEF”), excepto casas de cambio.
Artículo 3º—Definiciones.
Para los propósitos de estas disposiciones se entiende como:
a) Operación back to back: operación
crediticia cuyo saldo total adeudado se encuentra totalmente cubierto mediante
un contrato entre la entidad acreedora y el deudor, en el que ambos acuerdan
expresamente que, en caso de Incumplimiento de las condiciones pactadas, la entidad
acreedora de manera incondicional, inmediata e irrevocable realizará la
compensación del saldo total adeudado de la operación crediticia contra las
sumas de dinero en efectivo que le han sido entregadas o contra instrumentos de
deuda emitidos por ella misma que se encuentran en su poder y traspasados a
favor de la entidad al amparo de dicho contrato, produciéndose con tal
compensación la extinción de las deudas compensadas y liberándose tanto al
deudor como a la entidad de cualquier obligación producto de dicha operación.
b) Operación crediticia: Toda operación,
cualquiera que sea la modalidad de instrumentación o documentación, excepto
inversiones en valores, mediante la cual -asumiendo un riesgo de crédito- una
entidad provee o se obliga a proveer fondos o facilidades crediticias, adquiere
derechos de cobro o garantiza frente a terceros el cumplimiento de
obligaciones.
c) Saldo total adeudado: Suma de saldo de
principal directo o contingente, intereses, otros productos y cuentas por
cobrar asociados a una operación crediticia.
Artículo
4º—Lineamientos Generales. Mediante acuerdo y de conformidad con lo dispuesto
en este Reglamento, el Superintendente debe emitir los Lineamientos Generales
necesarios para la aplicación de esta normativa. Estos lineamientos generales
pueden ser modificados por el Superintendente para mantener actualizadas las
cuentas contables y datos adicionales, la metodología de homologación de
calificaciones y de cálculo del VeR, y las deducciones a que por ley están
sujetas las utilidades.
CAPÍTULO II
Capital base
Artículo 5º—Capital
base. Se define capital base como el monto que resulte de la suma del capital
primario más el capital secundario, menos las deducciones que se indican en el
artículo 8. Para efectos del cálculo del capital base, se considera el capital
secundario hasta el 100% del monto del capital primario.
Para el caso de las
Asociaciones Mutualistas de Ahorro y Préstamo para la vivienda, el capital base
se calcula según se establece en el Artículo 9 de este Reglamento.
Los Lineamientos Generales
deben incluir una guía para el cálculo de la suficiencia patrimonial.
Artículo 6º—Capital primario.
El capital primario se determina como el monto que resulta de la suma de los
elementos indicados en los incisos del a) al e), menos los elementos indicados
en los incisos f) y g) de este Artículo:
a) El capital pagado ordinario, neto de acciones
adquiridas por la propia entidad, o los certificados de aportación menos el
monto máximo que puede destinarse para cubrir el retiro de los aportes hechos
por parte de los asociados para el caso de las cooperativas de ahorro y
crédito, al concluir cada ejercicio económico;
b) El capital pagado preferente de carácter
perpetuo con cláusula de dividendo no acumulativo y neto de acciones adquiridas
por la propia entidad;
c) El capital donado;
d) Las primas en la colocación de acciones netas
de descuentos;
e) La reserva legal;
f) El valor en libros de la plusvalía comprada.
Para este efecto, la deducción corresponde al costo de la plusvalía comprada,
menos la amortización acumulada y la pérdida acumulada por deterioro en su
valor;
g) El valor en libros de las acciones de la misma
entidad dadas en garantía de operaciones crediticias.
Artículo 7º—Capital
secundario. El capital secundario se determina como la suma de los elementos
indicados en los incisos siguientes, siempre respetando su saldo deudor o
acreedor:
a) Ajustes al patrimonio por revaluación de
bienes inmuebles; hasta por una suma no mayor al 75% del saldo de la cuenta
patrimonial correspondiente. No se aceptan los ajustes por revaluaciones de
bienes muebles;
b) Ajustes por cambio de valor razonable de las
inversiones en valores disponibles para la venta cuando su saldo sea deudor;
c) Aportes por capitalizar y donaciones
pendientes de capitalización;
d) Donaciones y otras contribuciones no
capitalizables;
e) El monto máximo que según estatutos, puede
destinarse para cubrir el retiro de los aportes hechos por parte de los
asociados para el caso de las cooperativas de ahorro y crédito, al concluir
cada ejercicio económico;
f) Ajustes por revaluación de participaciones en
otras empresas;
g) Las reservas patrimoniales voluntarias
constituidas con el fin específico de cubrir pérdidas de la entidad y que
mediante acuerdo del máximo órgano directivo se declaran no redimibles;
h) Resultado acumulado de ejercicios anteriores;
i) Resultado del periodo menos las deducciones
que por ley correspondan;
j) El capital pagado preferente de carácter
perpetuo que no califica como capital primario, neto de acciones adquiridas por
la propia entidad;
k) Instrumentos de deuda perpetuos. Para que sean
considerados como capital secundario, estos instrumentos deben cumplir con las
siguientes condiciones:
i. ser subordinados respecto a los acreedores de
la entidad y estar totalmente pagados y
ii. estar disponibles para aplicarse contra
pérdidas también durante el curso normal de operaciones de la entidad. Es
ejemplo de estos instrumentos la obligación subordinada convertible
obligatoriamente en acciones comunes.
Los intereses acumulados por
pagar que generan estos instrumentos no forman parte del capital secundario.
1) Instrumentos de capital y deuda a plazo o con
cláusula de amortización anticipada. Para que sean considerados como capital
secundario, estos instrumentos deben cumplir con las siguientes condiciones:
i. si el instrumento es a plazo, debe tener un
plazo contractual de vencimiento igual o mayor a cinco años. Si el instrumento
es redimible anticipadamente, debe tener una fecha de ejercicio de la opción
igual o mayor a cinco años o debe estar estipulado para su amortización un
preaviso de al menos cinco años. En todos los casos anteriores, desde el
momento en que el plazo remanente de vencimiento sea de cinco años y durante
esos cinco años, se debe deducir un monto correspondiente al 20% cada año para
efectos del cálculo del capital secundario, hasta que el plazo remanente sea
inferior a un año, momento en el que deja de considerarse en el cálculo del
capital secundario. En el caso de los instrumentos con redención anticipada, se
considera la fecha de ejercicio de la opción como la fecha de vencimiento
contractual; en caso de no existir una fecha de ejercicio, aplica el preaviso.
En caso de instrumentos redimibles en tractos, cada tracto debe ser tratado
como un instrumento independiente, y
ii. ser subordinados respecto a otros acreedores
de la entidad (en el caso de instrumentos de deuda) y estar totalmente pagados.
Son ejemplos de estos instrumentos las
acciones preferentes a plazo, las acciones preferentes con cláusula de
amortización anticipada, las obligaciones subordinadas a plazo y las
obligaciones convertibles con opción de redención.
Adicionalmente se incluyen en
este grupo los instrumentos de deuda perpetuos, subordinados respecto a los
acreedores de la entidad y que están totalmente pagados pero que solo están
disponibles para aplicarse contra pérdidas cuando la entidad suspenda el curso
normal de sus operaciones. Los intereses acumulados por pagar que generan estos
instrumentos no forman parte del capital secundario.
Para efectos del cálculo del
capital secundario, estos instrumentos serán considerados hasta un 50% del
monto del capital primario.
Artículo
8º—Deducciones. Al monto que resulte de la suma del capital primario más el
capital secundario, deben deducirse los siguientes elementos, netos de sus
respectivas estimaciones por deterioro o incobrabilidad:
a) Las participaciones en el capital y las
inversiones en deuda subordinada o convertible en capital de otras empresas y
b) Los créditos otorgados a la sociedad
controladora de su mismo grupo o conglomerado financiero.
Artículo 9º—Capital
base para Asociaciones Mutualistas. El capital base se determina como el
resultado de los siguientes rubros:
a) Patrimonio
b) Resultado del periodo;
c) Instrumentos de deuda perpetuos. Para que sean
considerados como capital base, estos instrumentos deben cumplir con las
siguientes condiciones:
i. ser subordinados respecto a los acreedores de
la entidad y estar totalmente pagados y
ii estar disponibles para aplicarse contra
pérdidas también durante el curso normal de operaciones de la entidad. Los
intereses acumulados por pagar que generan estos instrumentos no forman parte
del capital base.
d) Instrumentos de deuda a plazo o con cláusula
de amortización anticipada. Para que sean considerados como capital base, estos
instrumentos deben cumplir con las siguientes condiciones:
i. si el instrumento es a plazo, debe tener un
plazo contractual de vencimiento igual o mayor a cinco años. Si el instrumento
es redimible anticipadamente, debe tener una fecha de ejercicio de la opción
igual o mayor a cinco años o debe estar estipulado para su amortización un
preaviso de al menos cinco años. En todos los casos anteriores, desde el
momento en que el plazo remanente de vencimiento sea de cinco años y durante
esos cinco años, se debe deducir un monto correspondiente al 20% cada año para
efectos del cálculo del capital base, hasta que el plazo remanente sea inferior
a un año, momento en el que deja de considerarse en el cálculo del capital
base. En el caso de los instrumentos con redención anticipada, se considera la
fecha de ejercicio de la opción como la fecha de vencimiento contractual; en
caso de no existir una fecha de ejercicio, aplica el preaviso. En caso de instrumentos
redimibles en tractos, cada tracto debe ser tratado como un instrumento
independiente, y
ii. ser subordinados respecto a otros acreedores
de la entidad (en el caso de instrumentos de deuda) y estar totalmente pagados.
Adicionalmente se incluyen en
este grupo los instrumentos de deuda perpetuos, subordinados respecto a los
acreedores de la entidad y que están totalmente pagados pero que solo están
disponibles para aplicarse contra pérdidas cuando la entidad suspenda el curso
normal de sus operaciones. Los intereses acumulados por pagar que generen estos
instrumentos no forman parte del capital base.
Para efectos del cálculo del
capital base, estos instrumentos son considerados hasta un 50% del patrimonio
más los instrumentos de deuda perpetuos menos la deducción del inciso g) de
este Artículo.
Al monto que resulte de la
suma de los incisos a), b), c) y d) anteriores deben deducirse los siguientes
elementos:
i. las participaciones en el capital y las
inversiones en deuda subordinada o convertible en capital, netas de sus
respectivas estimaciones por deterioro o incobrabilidad, de otras empresas;
ii. los créditos otorgados a la sociedad
controladora de su mismo grupo o conglomerado financiero y
iii. el valor en libros de la plusvalía comprada.
Para este efecto, la deducción corresponde al costo de la plusvalía comprada,
menos la amortización acumulada y la pérdida acumulada por deterioro en su
valor.
CAPITULO III
Riesgo de crédito
Artículo 10.—Activos más pasivos contingentes ponderados por riesgo de
crédito. El cálculo de los activos más pasivos contingentes ponderados según el
grado de riesgo debe realizarse mediante la aplicación de los porcentajes de
ponderación indicados en este capítulo a los saldos netos de estimaciones,
incluyendo los productos y cuentas por cobrar asociados al activo o pasivo
contingente generador.
Para efecto del cómputo de
los activos más pasivos contingentes ponderados por riesgo no se debe tomar
como parte del activo total más pasivos contingentes aquellos que sean
deducidos del capital según el artículo 6, artículo 8 y artículo 9 de este
Reglamento así como las contingencias no crediticias y los documentos
descontados.
Artículo 11.—Equivalente
de crédito. Los siguientes pasivos contingentes deben convertirse en
equivalentes de crédito según el riesgo crediticio que representan. El
equivalente de crédito se obtiene mediante la multiplicación del saldo del
pasivo contingente, neto de estimaciones, por el factor de equivalencia de
crédito según los siguientes incisos:
a) Garantías de participación y cartas de crédito
de exportación: 0,05;
b) Las demás garantías y avales: 0,25 y
c) Líneas de crédito de utilización automática:
0,50.
El equivalente de
crédito debe ser ponderado según el riesgo de la contraparte que se detalla en
los artículos siguientes.
Artículo 12.—Ponderación
al cero por ciento. Se ponderan con cero por ciento:
a) El efectivo;
b) Los activos más pasivos contingentes en bancos
multilaterales de desarrollo reconocidos internacionalmente como tales;
c) Los activos más pasivos contingentes de
emisores y deudores con calificación pública en categoría de riesgo 0 según el
Anexo;
d) Las garantías, avales y cartas de crédito de
importación y de exportación con depósito previo por el monto cubierto, y las
líneas de crédito para tarjetas de crédito y
e) Las disponibilidades en el Banco Central de
Costa Rica y los activos a plazo más pasivos contingentes denominados en moneda
nacional en el Banco Central de Costa Rica y en el Gobierno de la República de
Costa Rica.
Artículo 13.—Ponderación al diez por ciento. Se ponderan con diez por
ciento:
a) Las operaciones back to back,
independientemente del deudor;
b) Los activos más pasivos contingentes de
emisores y deudores con calificación pública en categoría de riesgo 1 según el
Anexo y
c) Los activos a plazo más pasivos contingentes
denominados en moneda extranjera en el Banco Central de Costa Rica y en el
Gobierno de la República de Costa Rica.
Artículo 14.—Ponderación al veinticinco por ciento. Se ponderan con
veinticinco por ciento los activos más pasivos contingentes de emisores y
deudores con calificación pública en categoría de riesgo 2 según el Anexo.
Artículo 15.—Ponderación
al cincuenta por ciento. Se ponderan con cincuenta por ciento:
a) Las operaciones crediticias con garantía
hipotecaria residencial que está habitada por el deudor incluyendo los montos
pendientes de desembolsar y
b) Los activos más pasivos contingentes de
emisores y deudores con calificación pública en categoría de riesgo 3 según el
Anexo.
Artículo 16.—Ponderación al setenta y cinco por ciento. Se ponderan al
setenta y cinco por ciento los activos más pasivos contingentes de emisores y
deudores con calificación pública en categoría de riesgo 4 según el Anexo.
Artículo 17.—Ponderación
al noventa por ciento. Se ponderan al noventa por ciento los activos más
pasivos contingentes de emisores y deudores con calificación pública en
categoría de riesgo 5 según el Anexo.
Artículo 18.—Ponderación
al cien por ciento. Se ponderan con cien por ciento:
a) Los productos y cuentas por cobrar no
incluidos en los artículos del 12 al 17 y
b) El activo total más pasivos contingentes no
incluidos en los Artículos del 12 al 17.
Artículo 19.—Uso de calificaciones. Se aceptan para efectos del cálculo
de la suficiencia patrimonial las calificaciones públicas de riesgo emitidas
bajo criterio internacional por Standard & Poors, Moody’s y Fitch, y las
calificaciones de las agencias calificadoras autorizadas por la SUGEVAL, las
cuales deberán encontrarse dentro de su periodo de vigencia. Las calificaciones
de las agencias calificadoras autorizadas por la SUGEVAL deben ser homologadas
a las calificaciones de las agencias internacionales según la metodología que
se define en los Lineamientos Generales.
La calificación de largo
plazo del emisor o deudor se utiliza para los activos más pasivos contingentes
de largo y de corto plazo. Cuando el emisor solo cuente con una calificación de
corto plazo, esta solo puede utilizarse para ponderar los activos más pasivos
contingentes cuya fecha de vencimiento esté dentro del plazo que abarca la
calificación de corto plazo. Cuando existan dos calificaciones de dos agencias
calificadoras, se aplicará la de mayor riesgo. Cuando existan más de dos
calificaciones de diferentes agencias calificadoras, se considerará la segunda
de mayor riesgo. En caso de que la emisión tenga una calificación de riesgo
propia, debe usarse esta calificación y no la del emisor para determinar la
ponderación de la inversión.
Artículo 20.—Ponderación
de operaciones crediticias cubiertas con valores. Las operaciones crediticias
cubiertas total o parcialmente con valores se ponderan de la siguiente forma:
la parte cubierta de la operación crediticia con un porcentaje igual a la
ponderación que corresponde al riesgo de crédito del instrumento utilizado para
la cobertura según este Capítulo. La parte no cubierta de la operación
crediticia se pondera con un porcentaje igual al que corresponde a la
contraparte de la operación crediticia según este Capítulo. Para el cálculo de
la parte cubierta de una operación crediticia se debe utilizar el valor
ajustado de la garantía según el Artículo de Garantías del Reglamento para la
Calificación de Deudores.
En todo caso debe existir un
contrato que facultó legalmente a la entidad -en su condición de acreedora-,
para que, en caso de incumplimiento de las condiciones pactadas, de manera
incondicional e inmediata pueda proceder a aplicar a la operación crediticia
los valores que se encuentran en poder y trasmitidos a favor de la entidad al
amparo de dicho contrato.
CAPÍTULO IV
Riesgo de precio
Artículo 21.—Instrumentos sujetos a requerimiento de capital por riesgo
de precio. Los instrumentos sujetos a requerimiento de capital por riesgo de
precio son todos los que componen la cartera de inversiones en valores y
depósitos a plazo más los valores adquiridos en recuperación de créditos y las
cuentas de depósito a plazo, excepto los títulos de recompra y las inversiones
en valores y depósitos en entidades en cesación de pagos. Se deben utilizar los
valores en términos brutos.
Artículo 22.—Cálculo
del valor en riesgo. Para determinar el riesgo de precio de la cartera de
inversiones definida en el artículo anterior se debe utilizar la metodología de
“valor en riesgo (VeR)” definida en los Lineamientos Generales.
Artículo 23.—Requerimiento
patrimonial por riesgo de precio. El requerimiento patrimonial por riesgo de
precio es igual al VeR calculado con corte al último día de cada mes
multiplicado por un factor de corrección de seis.
CAPÍTULO V
Suficiencia patrimonial
Artículo 24.—Cálculo de la suficiencia patrimonial. La suficiencia
patrimonial de la entidad se calcula según la siguiente fórmula:
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donde:
SPE = Suficiencia
patrimonial de la entidad
CB = Capital
base
RC = Activos
y pasivos contingentes ponderados por riesgo de crédito
RP = Requerimiento
patrimonial por riesgo de precio
Artículo 25.—Calificación de la entidad por suficiencia patrimonial. La
entidad es calificada por suficiencia patrimonial según el siguiente cuadro:
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Artículo 26.—Calificación global de la entidad y medidas de
saneamiento. La calificación global de la entidad supervisada es igual a la de
mayor riesgo entre aquella determinada según el Artículo anterior y la
determinada según el Acuerdo SUGEF 24-00 “Reglamento para juzgar la Situación
Económica-Financiera de las Entidades Fiscalizadas”.
Las medidas de saneamiento
requeridas en cada uno de los grados de inestabilidad financiera se rigen según
lo dispuesto en el Capítulo III del Acuerdo SUGEF 24-00 “Reglamento para juzgar
la Situación Económica-Financiera de las Entidades Fiscalizadas”.
CAPÍTULO VI
Disposiciones finales
Artículo 27.—Derogatorias. Se derogan las siguientes normas:
a) SUGEF 22-00 “Normas Generales para definir y
calcular el patrimonio de las entidades fiscalizadas por la Superintendencia
General de Entidades Financieras”;
b) SUGEF 23-00 “Normas para establecer la
suficiencia patrimonial de las entidades fiscalizadas por la Superintendencia
General de Entidades Financieras”;
c) SUGEF 25-00 “Normas Generales para definir y
calcular el patrimonio de las Asociaciones Mutualistas de Ahorro y Préstamo
para la Vivienda”; y
d) SUGEF 26-00 “Normas para establecer la
suficiencia patrimonial de las Asociaciones Mutualistas de Ahorro y Préstamo
para la Vivienda”.
Artículo 28.—Referencia. Toda referencia a los Acuerdos SUGEF 22-00,
23-00, 25-00 y 26-00 derogados en el artículo anterior que se realice en las
normas vigentes emitidas por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema
Financiero debe entenderse referida al Acuerdo SUGEF 3-06 “Reglamento sobre la
Suficiencia Patrimonial de Entidades Financieras”.
Rige a partir de tres
meses después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Transitorio I.—Durante el periodo de transición de doce meses, el factor
de corrección utilizado para calcular el requerimiento patrimonial por riesgo
de precio es de dos a partir de la entrada en vigencia y de cuatro a partir de
seis meses después de la entrada en vigencia de este Reglamento.
Transitorio II.—Los lineamientos generales deben ser emitidos por el
Superintendente en un plazo no mayor a 10 días hábiles contados a partir de la
publicación del presente Reglamento.
ANEXO
Equivalencias de las
calificaciones de las agencias
calificadoras de riesgo internacionales
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SUGEF-A-002.
Superintendencia General de Entidades Financieras. Despacho del Superintendente
General de Entidades Financieras, a las 11 horas del 6 de enero del 2006.
Considerando:
1. Que el Consejo Nacional de Supervisión del
Sistema Financiero, mediante el artículo 14 de la sesión 547 del 5 de enero del
2006 aprobó el Reglamento sobre la Suficiencia Patrimonial de Entidades
Financieras, Acuerdo SUGEF 3-06.
2. Que de conformidad con el artículo 4 del
Reglamento sobre la Suficiencia Patrimonial de Entidades Financieras, Acuerdo
SUGEF 3-06, le corresponde al Superintendente emitir los Lineamientos
Generales.
3. Que para este efecto los Lineamientos
Generales deben definir los aspectos necesarios para la aplicación del
Reglamento 3-06 según lo establecido en esa normativa.
4. Que de conformidad con el Artículo 131, inciso
b) de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica (Ley 7558) corresponde al
Superintendente tomar las medidas necesarias para ejecutar los acuerdos del
Consejo Nacional de Supervisión.
Por tanto dispone:
Emitir los
“Lineamientos Generales para la Aplicación del Reglamento sobre la Suficiencia
Patrimonial de Entidades Financieras, Acuerdo SUGEF 3-06”, según el siguiente
texto:
ACUERDO DEL SUPERINTENDENTE
SUGEF-A-002
LINEAMIENTOS GENERALES PARA
LA APLICACIÓN DEL REGLAMENTO SOBRE LA SUFICIENCIA PATRIMONIAL DE ENTIDADES
FINANCIERAS, ACUERDO SUGEF-3-06
Objetivo general:
Determinar la metodología de cálculo del Valor en Riesgo (VeR), la metodología
para la homologación de las calificaciones otorgadas por agencias calificadoras
autorizadas por la Superintendencia General de Valores (SUGEVAL), presentar las
cuentas contables y datos adicionales utilizadas en el cálculo de la
suficiencia patrimonial y las deducciones al resultado del periodo que por ley
corresponde
I. METODOLOGÍA DE
CÁLCULO DEL VALOR EN RIESGO
Objetivo:
Presentar la metodología de cálculo de valor en Riesgo (VeR) con simulación
histórica.
A. Datos requeridos:
a) La cantidad de cada emisión que forma parte de
la cartera de inversiones sujeta al cálculo del VeR a la fecha de corte,
definida la emisión según el código ISIN, y de no contar la emisión con este
código, definida como aquélla con igual emisor, instrumento, moneda, fecha de
vencimiento, premio y periodicidad. La cantidad en el caso de títulos de deuda,
certificados de inversión, etc. es igual al monto facial, en el caso de
acciones, participaciones de fondos de inversión, etc. es igual a la cantidad
de acciones/participaciones.
b) Vector de Precios para cada uno de los 521
días que intervienen en el cálculo del VeR (fuente: Bolsa Nacional de Valores
(BNV), Bloomberg u otro servicio que permita acceder a la información de
precios de las emisiones negociadas en mercados internacionales, que sean
reconocidos por la SUGEVAL). No se consideran las emisiones para las cuales no
existen cotizaciones.
c) Tipo de cambio del colón en la fecha de corte
con respecto a cada una de las monedas extranjeras en que están denominadas las
emisiones de la cartera.
B. Parámetros:
a) Número de observaciones: 500 observaciones
diarias de la cartera.
b) Nivel de confianza: 95%.
c) Periodo de tenencia: 21 días.
C. Método de cálculo:
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II. METODOLOGÍA PARA
HOMOLOGAR LAS ESCALAS DE CALIFICACIÓN DE RIESGO NACIONALES
Objetivo:
Homologar las escalas de calificación de las agencias calificadoras de riesgo
autorizadas por la SUGEVAL a las escalas de calificación de las agencias
calificadoras de riesgo internacionales.
NOTA: La SUGEF mantendrá actualizado en su página
de Internet las equivalencias de las calificaciones de las agencias
calificadoras.
A. Escala principal y segmentos de escalas
La escala de calificación
internacional de Fitch (denominada en adelante como “escala principal”) se
define como la escala internacional a la cual se homologan las escalas de
calificación nacionales A través de esta escala principal pueden determinarse
las equivalencias entre las distintas escalas de calificación nacionales e
Internacionales.
Cada escala de calificación
de las agencias calificadoras autorizadas por la SUGEVAL será dividida en dos
segmentos:
a) Segmento AB: las calificaciones que denotan un
riesgo menor al de “impago inminente” (usualmente inician con las letras A y B)
y
b) Segmento CD: las calificaciones que denotan un
“impago probable” y calificaciones de mayor riesgo (usualmente inician con las
letras C, D y siguientes).
B. Homologación del Segmento AB
La homologación del segmento
AB se realiza de la siguiente forma:
a) Se determina la calificación de riesgo país de
Costa Rica en la escala principal tomando en cuenta el artículo sobre “usos de
calificaciones” del Reglamento.
b) Se determina la cantidad de calificaciones de
la escala principal igual a la calificación determinada en el numeral a) y
hasta la calificación B-. A la calificación de riesgo país de Costa Rica se le
asigna el número 1, a la siguiente calificación el número 2 y así sucesivamente
hasta asignarle un número a la calificación B-.
c) A cada calificación del segmento AB se le
asigna un número: a la mejor calificación se le asigna el número 1, a la
siguiente calificación el número 2 y así sucesivamente hasta asignarle un
número a la calificación de mayor riesgo del segmento AB.
d) Se divide la cantidad de calificaciones en el
segmento AB entre la cantidad de calificaciones determinada en el numeral b).
e) A cada calificación de la escala principal se
le asigna un rango de números del conjunto de números determinado en el numeral
c) según los siguientes dos numerales:
f) El límite inferior del rango de números
asignados a cada calificación de la escala principal se determina de la
siguiente forma: para la mejor calificación es 1 y para las siguientes
calificaciones es igual al límite superior de la calificación anterior más 1.
g) El límite superior del rango de números
asignado a cada calificación de la escala principal es igual al valor
redondeado al número natural más cercano del resultado que se obtiene de
multiplicar el valor obtenido en el numeral d) con el número asignado en el
numeral b) a cada calificación igual a la calificación determinada en el
numeral a) y hasta la calificación B-.
h) A cada calificación de la escala principal se
le asignan las calificaciones del segmento AB que según al rango de números
asignado en el numeral e) y que le corresponden revirtiendo el procedimiento
del numeral c).
C. Homologación del Segmento CD
El segmento CD se asigna en
su totalidad a la categoría de riesgo 6, por lo cual no es necesario determinar
la equivalencia hacia calificaciones específicas de la escala principal.
III. CUENTAS CONTABLES
PARA EL CÁLCULO DE LA SUFICIENCIA PATRIMONIAL
Objetivo:
Proveer a las entidades una guía para el cálculo de la suficiencia patrimonial.
CÁLCULO DEL CAPITAL BASE PARA
ENTIDADES FINANCIERAS EXCEPTO ASOCIACIONES MUTUALISTAS
DE AHORRO Y PRÉSTAMO
CAPITAL BASE (I + II - III)
I. Capital Primario
C(311.01) Capital pagado
ordinario [en el caso de las cooperativas, multiplicado por (100 - porcentaje
máximo para cubrir el retiro de aportes según el
*(100-D)(20115)) estatuto]
(-) D(20111) Acciones
comunes en tesorería
D(20053) Capital pagado
preferente, neto de acciones en tesorería, de carácter perpetuo con cláusula de
dividendo no acumulativo
C(312) Capital
donado
C(321) Capital
pagado adicional
C(341) Reserva
Legal
(-) C(186.02) Plusvalía
comprada
(-) D(20105) Valor
en libros de acciones de la entidad dadas en garantía de operaciones
crediticias efectuadas por la misma entidad.
II. Capital
Secundario
C(311.01)*D(20115) [solo para cooperativas: el
capital pagado ordinario multiplicado por el porcentaje máximo para cubrir el
retiro de aportes según el estatuto]
C(331.01)*0,75 Ajustes por revaluación
de bienes inmuebles, hasta el 75% del saldo de la cuenta patrimonial
correspondiente
(-) C(331.02) Ajuste
por cambio en el valor razonable de las inversiones disponibles para la venta,
cuando su saldo sea deudor
C(322.01) Aportes por
capitalizar
C(322.02) Donaciones
pendientes de capitalización
C(323) Donaciones
y otras contribuciones no capitalizables
C(332) Ajustes
por revaluación de participaciones en otras empresas
C(343.02.1.01) Reserva voluntaria para
cobertura de pérdidas
C(350) Resultado
acumulado de ejercicios anteriores
C(360) Resultado
de periodo
C(500) -
C(400) Resultado del
periodo menos las deducciones que por ley correspondan
C(311.02)- Capital pagado
preferente, neto de acciones en tesorería, de carácter perpetuo que no califica
D(20053) como capital
primario.
D(20043) Instrumentos
de deuda perpetuos (deben cumplir con lo indicado en el inciso k del Artículo
7)
D(20044) Instrumentos
de capital y deuda a plazo, con cláusula de amortización anticipada e
instrumentos de deuda perpetuos (deben cumplir con lo indicado en el inciso 1
del Artículo 7). Restricción: 50% del capital primario.
III. Deducciones
C(160) Las
participaciones en el capital, netas de estimaciones
D(20116) Las
inversiones en deuda subordinada o convertible en capital de otras empresas,
netas de estimaciones
D(20092) Créditos
otorgados a la sociedad controladora del mismo grupo o conglomerado financiero,
netos de estimaciones
CÁLCULO DEL CAPITAL BASE de asociaciones
mutualistas de ahorro préstamo
CAPITAL BASE (I-II)
I.
Partidas Patrimoniales y otros Rubros
C(300) Patrimonio
C(500) -
C(400) Resultado
del periodo
D(20043) Instrumentos
de deuda perpetuos (deben cumplir con lo indicado con el inciso c) del Artículo
9)
D(20044) Instrumentos
de capital y deuda a plazo, con cláusula de amortización anticipada e
instrumentos de deuda perpetuos (deben cumplir con lo indicado en el inciso d)
del Artículo 9). Restricción: 50% del patrimonio más los instrumentos de deuda
perpetuos menos la deducción del inciso g) del Artículo 9.
II.
Deducciones
C(160) Las
participaciones en el capital, netas de sus respectivas estimaciones por
deterioro o incobrabilidad, de otras empresas
D(20116) Las
inversiones en deuda subordinada o convertible en capital, netas de sus
respectivas estimaciones por deterioro o incobrabilidad, de otras empresas
D(20092) Los
créditos otorgados a la sociedad controladora de su mismo grupo o conglomerado
financiero
C(186.02) Plusvalía
comprada
CÁLCULO DE LOS EQUIVALENTES DE CRÉDITO
A continuación se
indican las cuentas contables cuyo saldo, neto de estimaciones registradas en
la cuenta C(252), debe ser multiplicado con el factor
de equivalencia de crédito:
EQUIVALENTES DE CRÉDITO
Factor
de conversión de 0,05
C
(611.03) Garantías
de participación
C(613) Cartas
de crédito confirmadas no negociadas
Factor
de conversión de 0,25
C(611.01 +
611.02 + 611.04 + 611.05) Otras
garantías y avales
Factor
de conversión de 0,50
C(615) Líneas
de crédito de utilización automática
PONDERACIONES SEGÚN EL
RIESGO DE CRÉDITO
A continuación se
indican las cuentas contables cuyo saldo total se pondera con un ponderador
único o con un ponderador en función de la naturaleza o la calificación del
activo y pasivo contingente. La ponderación debe aplicarse a los saldos netos
de estimaciones, las cuales están contenidas en las cuentas C(129
+ 139 + 149 + 159 + 169 + 179 + 252).
PONDERACIONES ÚNICAS
Ponderador
de 0%
C(111) Efectivo
C(611.01.M.01
+ 611.02.M.01 + 611.03.M.01 + Garantías
y avales valor
611.04.M.01) depósito
previo
C(612.01 +
612.03) Cartas
de crédito emitidas no negociadas valor depósito previo
C(613.01.M.01) Cartas
de crédito confirmadas no negociadas valor depósito previo
C(615.02) Líneas
de crédito para tarjetas de crédito
Ponderador
de 100%
C(123.05) Inversiones
en Recompras
C(140) Cuentas
y productos por cobrar
(-) [D(20117) +…… D(20144)] Cuentas
y productos por cobrar asociados a disponibilidades, inversiones, créditos y
pasivos contingentes
C(150 menos
151.01) Bienes
realizables excepto valores adquiridos
C(170) Propiedad,
Mobiliario y Equipo en uso
C(180 menos
186.02) Otros
activos excepto Plusvalía comprada
PONDERACIÓN SEGÚN LA CONDICIÓN DE BANCO
MULTILATERAL DE DESARROLLO Y SEGÚN LA CALIFICACIÓN DEL EMISOR
C(112 + 113 + 114 + 115) Disponibilidades
excepto efectivo
D(20117) +….D(20123) Cuentas
y productos por cobrar asociados a disponibilidades
C(121 + 122
+ 123 - 123.05 + 124 + 125 + 126) Inversiones
en Valores y Depósitos a Plazo excepto Recompras
D(20124)+
….D(20130) Cuentas
y productos por cobrar asociados a inversiones
C(151.01) Valores
adquiridos en recuperación de créditos, neto de estimaciones
PONDERACIÓN SEGÚN LA CONDICIÓN DE CRÉDITO
BACK TO BACK, OPERACIÓN CREDITICIAS CON GARANTÍA HIPOTECARIA RESIDENCIAL Y
SEGÚN LA CALIFICACIÓN DEL DEUDOR,
C(131 + 132 + 133 + 137 + 138) Cartera de
créditos
D(20131)+….D(20137) Cuentas
y productos por cobrar asociados a créditos
C(611.01.M.02
+ 611.02.M.02 + 611.03.M.02 + Garantías
y avales otorgados
611.04.M.02 + 611.05) (ponderación
de los respectivos
equivalentes de crédito)
C(612.02 +
612.04) Cartas
de créditos emitidas no negociadas sin depósito previo
C(613.01.M.02) Cartas
de crédito confirmadas no negociadas sin depósito previo
C(615.01 +
615.03 + 615.99) Líneas
de crédito de utilización automática excepto tarjetas de crédito (ponderación
de los respectivos equivalentes de crédito)
C(616) Créditos
de contingencia comprometidos
C(617.01) Otras
contingencias crediticias
C(619) Créditos
pendientes de desembolsar
D(20138)+….
D(20144) Cuentas
y productos por cobrar asociados a pasivos contingentes
CUENTAS SUJETAS A RIESGO DE PRECIO
A continuación se
indican las cuentas contables en las cuales se registran los valores cuyo saldo
total bruto (sin deducir las estimaciones) está sujeto al cálculo del Valor en
Riesgo (VeR).
CUENTAS SUJETAS AL CÁLCULO DEL VeR
C(121 + 122
+ 123 - 123.01.M.01 - 123.03.M.01 - Inversiones
en Valores y
123.03.M.04 -123.03.M.07 -123.03.M.10 - Depósitos a Plazo excepto
123.05 -
123.07.M.01 -123.08.M.01 + 125 - las
cuentas de depósitos a
125.01+
126) plazo,
recompras y las
inversiones en valores y depósitos en
entidades en cesación de pagos.
C(151.01) Valores
adquiridos en recuperación de créditos
IV. DEDUCCIONES AL
RESULTADO DEL PERIODO
Objetivo:
Presentar las deducciones a las que por ley está sujeta el resultado del
periodo para ser aplicado en el cálculo del capital secundario.
Los porcentajes a
deducir del resultado del periodo (excedentes en el caso de las cooperativas de
ahorro y crédito) son los siguientes:
Cooperativas de
ahorro y crédito 90%
Bancos
comerciales del Estado 15%
Bancos
Privados y Banco Popular 5%
Las
demás entidades 0%
Publíquese en el Diario
Oficial La Gaceta.
Óscar Rodríguez Ulloa,
Superintendente General.—Lic. Arnoldo Salas Dobles,
Secretario del Consejo a. í.—1 vez.—(O/C Nº 7739).—C-305820.—(3151).
La junta directiva del
Banco Central de Costa Rica, mediante artículo 10 del acta de la sesión
5260-2006, celebrada el 4 de enero del 2006, con sustento en la recomendación
de la División Económica contenida en el documento DE-198 del 20 de diciembre
del 2005, y
Considerando:
a.- que el Tratado de Libre Comercio República
Dominicana-Centroamérica-Estados Unidos (TLC) procura consolidar la inserción
de nuestra económica en los mercados internacionales y constituye un
instrumento fundamental para lograr un mejor aprovechamiento de las ventajas y
oportunidades de tener una participación más amplia en el comercio
internacional de bienes y servicios,
b.- que la consolidación y ampliación de los
mercados de exportación es la mejor opción para potenciar el desarrollo y
crecimiento económico doméstico, mejorar las oportunidades de empleo para la
población, reducir los niveles de pobreza y, consecuentemente, mejorar el
bienestar de la población, fin último de la política económica y social de un
país,
c.- que el Tratado implica un cambio fundamental en
el status de la relación comercial actual, transformando el acceso preferencial
de nuestras exportaciones al mercado estadounidense basado en concesiones
unilaterales concedidas por nuestro principal socio comercial, bajo lo que se
conoce como la “Iniciativa para la Cuenca del Caribe”, en un acceso de pleno
derecho, lo que le otorga a la inversión actual y futura una estabilidad de
largo plazo ausente hoy día,
d.- que la mayor inversión extranjera directa que
se espera propicie el TLC constituirá una fuente de financiamiento sana para
uno de los principales desequilibrios macroeconómicos que enfrenta el país: el
déficit de cuenta corriente de la balanza de pagos,
convino en:
emitir dictamen favorable del Banco Central de Costa Rica
sobre el proyecto de ley “Tratado de Libre Comercio República
Dominicana-Centroamérica-Estados Unidos”. Expediente Nº 16.047.
Lic. Jorge Monge
Badilla, Secretario General.—1 vez.—(O. C. Nº
7739).—C-12120.—(3152).
SUCURSAL EN SANTA CRUZ
AVISO
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Yo, Huan He Chun Yan,
cédula de residencia Nº 626-139023-004033, solicitante del Giro Internacional
Nº 432362 extendido a la orden de Wong Kuai Lin, girado contra el Banco Bizca
Miami, emitido por el Banco Nacional de C. R., sucursal en Santa Cruz, por un
monto de $600,00 (seiscientos dólares con 00/100) con fecha de emisión 17 de
agosto del 2005. Solicito al Banco Nacional de Costa Rica, la reposición de
este documento por causa de extravío. Se publica este anuncio por tres veces
consecutivas para oír reclamos de terceros, por el término de quince días.
Santa Cruz, Guanacaste,
9 de enero del 2006.—Lorenzo Álvarez Moreno,
Gerente.—(2185).
AVISO
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Extravío de certificado
Nº 61595269, de dólares por un monto de $1.936,58 a la orden de Marta Eugenia
Delgado Jiménez, cédula Nº 1-286-415 emitido a la orden, con vencimiento al
02/01/2006, serie Nº 2454149.—Marta Eugenia Delgado Jiménez,
Solicitante.—(2683).
SUCURSAL EN LIBERIA
AVISOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
El Banco Popular y de
Desarrollo Comunal de este domicilio, hace del conocimiento público que el
señor Ponce Contreras José Benito, cédula Nº 5-063-946 y Ponce Alcócer María
Virginia, cédula Nº 5-246-634, ha solicitado por motivo de extravío la
reposición del siguiente certificado de ahorro a plazo.
Nº
certificado Monto
¢ Fecha vencimiento
16100260210210827 1.500.000,00 16-03-06
Nº
cupones Monto
¢ Fecha vencimiento
Del 001
al 012 17.937,50
c/u 16-03-06
Lo anterior para los
efectos de los artículos N° 708 y N° 709 del Código de Comercio.
Liberia, 19 de
diciembre del 2005.—MBA. Deyanira Castro, Subgerente.—(2094).
CENTRO SERVICIOS SUCURSAL
CARTAGO
AVISO
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
El Banco Popular y de
Desarrollo Comunal de este domicilio, hace del conocimiento del público en
general, el extravío del siguiente certificado de ahorro a plazo fijo a la
orden de Gálvez Gálvez Orlando Salomón, cédula Nº 000090425978.
Fecha Fecha
Certific. Nº Monto vencim. Cupón Nº Monto vencim.
16101260220273291 $ 2.784,00 21-07-05 Capitalizable ******* *******
Lo anterior para
efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.
Cartago, 19 de
diciembre del 2005.—Lic. Gilbert Román Quesada,
Subgerente.—(2182).
AVISO
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Mauricio Antonio Fallas
Ureña, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura
en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y
costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor
Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los
cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.
Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 14 de diciembre del 2005.—Área de
Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director, Facultad de Derecho.—(2670).
VICERRECTORÍA ACADÉMICA
REPOSICIÓN DE TÍTULO
AVISOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Ante el Departamento de
Registro de la Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición de
diploma, por: Extravío. Correspondiente al título de: Bachillerato en Ciencias
de la Educación con Concentración en Problemas de Aprendizaje. Grado académico:
Bachillerato, registrado en el libro de títulos bajo: tomo: 10, folio: 21
asiento: 449, a nombre de: Ponce Alcócer María Virginia. Con fecha: 31-07-1992,
cédula de identidad: Nº 5-246-0634. Se publica este edicto para oír oposiciones
a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en La Gaceta.
Heredia, 22 de julio
del 2005.—Departamento de Registro.—MBA Flor de María
Chacón Ramírez, Directora.—(2095).
Ante el Departamento de
Registro de la Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición de
diploma, por: Extravío. Correspondiente al título de: Bachillerato en Ciencias
de la Educación con Concentración en Administración Educativa. Grado académico:
Bachillerato, registrado en el libro de títulos bajo: tomo: 16, folio: 107
asiento: 829, a nombre de: Ponce Alcócer María Virginia. Con fecha: 07-04-2000,
cédula de identidad: Nº 5-0246-0634. Se publica este edicto para oír
oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en La Gaceta.
Heredia, 22 de julio
del 2005.—Departamento de Registro.—MBA Flor de María
Chacón Ramírez, Directora.—(2098).
Ante el Departamento de
Registro de la Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición de
diploma, por: Extravío. Correspondiente al título de: Diplomado en Ciencias de
la Educación en I y II ciclo. Grado académico: Diplomado, registrado en el
libro de títulos bajo: tomo: 89, folio: 22 asiento: a nombre de: Ponce Alcócer
María Virginia. Con fecha: 14-07-1989, cédula de identidad: Nº 5-0246-0634. Se
publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término
de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.
Heredia, 22 de julio
del 2005.—Departamento de Registro.—MBA Flor de María
Chacón Ramírez, Directora.—(2099).
Resolución Nº RRG-5272.—San José, a las ocho horas del seis de enero del dos mil
seis.
Solicitud de ajuste
extraordinario del precio del combustible IFO-380 presentado por la Refinadora
Costarricense de Petróleo S. A. (RECOPE). Expediente Nº ET-003-2006.
Resultando:
I.—Que por oficio P-1757-2005, recibido en la Autoridad
Reguladora el 2 de enero del 2006 (folio 02-05), la Refinadora Costarricense de
Petróleo S. A. (RECOPE o Refinería), representada por el Lic. Litleton Bolton
Jones, en su carácter de presidente de esa empresa y con poder suficiente para
ello, según certificación que consta en los archivos de la Autoridad
Reguladora; solicitó una modificación del precio de venta máximo del IFO-380,
dado que el precio FOB máximo de referencia resultó igual o superior a los
$3/TM al promedio simple de los últimos cinco días del Puerto San Cristóbal,
condición que se cumplió el pasado 16 de diciembre del 2005.
II.—Que
de conformidad con lo establecido en los artículos 30 y 36 de la Ley 7593, las
fijaciones extraordinarias de precios y tarifas no requieren del trámite de
audiencia pública.
III.—Que el plazo con que
cuenta la Autoridad Reguladora para resolver la petición que aquí se resuelve,
está señalado en el artículo 43 del Decreto Ejecutivo 29 732-MP, del 16 de
agosto del 2001, que es el Reglamento a la Ley 7593.
IV.—Que la solicitud de
RECOPE fue analizada por la Dirección de Servicios de Energía de la Autoridad
Reguladora de los Servicios Públicos, produciéndose el oficio N° 11-DEN-2006
del 6 de enero del 2006, que corre agregado al expediente.
V.—Que en los procedimientos se han observado los plazos y
las prescripciones de ley.
Considerando:
1º—Que del oficio
11-DEN-2006 del 06 de enero del presente año adjunto al expediente ET-003-2006,
que sirve de sustento a esta resolución, conviene extraer lo siguiente:
1) Se procedió a revisar la solicitud de RECOPE y
se determinó que los parámetros utilizados por RECOPE son los fijados en la
resolución RRG-4770-2005 publicado en La Gaceta Nº 133 el 11 de julio de 2005 y
los precios máximo y mínimo que presenta RECOPE en su solicitud fueron fijados
en la resolución RRG-5165-2005 del 28 de noviembre del 2005, publicada en La
Gaceta 242 el 15 de diciembre del 2005, los cuales se muestran a continuación:
Cuadro N° 1
PARÁMETROS Y PRECIOS VIGENTES
EN $/TM
Precio FOB Precio
FOB
mínimo
IFO-380 máximo IFO-380
CO IFO-380
(1) 16,592 16,592
I IFO-380 (2) 7,778 7,778
SD IFO-380 (3) 0,961 0,961
CTCA IFO-380 (4) 0,975 0,975
SUBTOTAL 26,306 26,306
PFOB IFO-380 (5) 69,722 320,15
PIFO IFO-380 (6) 96,028 346,456
Donde:
CO= (1) Costos operativos reconocidos
por la ARESEP para el producto IFO-380 en el último Estudio Ordinario de Precios
para productos que se expenden a nivel nacional, es un parámetro de $/TM.
I= (2) Inversiones reconocidas
por la ARESEP en el último estudio ordinario de precios para productos que se
expenden a nivel nacional. Es un parámetro en $/TM.
SD= (3) Servicio de deuda reconocidos
por la ARESEP para el producto IFO-380 en el último estudio ordinario de
precios para productos que se expenden a nivel nacional. Es un parámetro en
$/TM.
CTCA= (4) Cargas Tributarias y Costos Ajenos
reconocidos por la ARESEP para el producto IFO-380 en el último estudio
ordinario de precios para productos que se expenden a nivel nacional. Es un
parámetro en $/TM.
PFOBmax (5) Precio de venta máximo aprobado para el
combustible marino IFO-380 en $/TM.
PFOB min (5) Precio de venta mínimo vigente para el
combustible marino IFO-380 en $/TM.
PIFOmax (6)
Precio de venta máximo para el combustible marino IFO-380 en $/TM.
PIFO min (6) Precio de venta mínimo para el
combustible marino IFO-380 en $/TM.
2º—RECOPE realiza su
solicitud basado en lo siguiente: El procedimiento de ajuste extraordinario
indica que cuando el promedio simple de los últimos cinco días del puerto San
Cristóbal sea igual o superior en $3,00/TM al precio FOB máximo vigente, se
procederá a la modificación del precio de venta máximo para el combustible
IFO-380. Dicho ajuste fue normado de la siguiente manera:
PFOB max 1= PFOB max 0+
(A-PFOB max 0)
Donde:
PFOB max 1 = Precio FOB máximo propuesto
PFOB max
0 = Precio FOB máximo vigente
PFBO min
1 = Precio FOB mínimo propuesto
PFOB min
0 = Precio FOB mínimo vigente
A = Precio promedio simple
de los últimos 5 días de los mercados usados como referencia.
3º—Los precios promedio
del IFO-380 reportados para el Puerto de San Cristóbal, corresponden a las
fechas del 12 al 16 de diciembre de 2005, de las cuales se obtiene un promedio
simple de $287,25/TM, que comparado con los precio FOB promedio anterior a las
fechas del 08 al 12 de noviembre de 2005 se produce una rebaja de -$32,90/TM,
una variación relativa de -10,28%, lo cual se muestra seguidamente:
Cuadro 2
Comparativo Precio promedio
del IFO-380 en el Puerto San Cristóbal
En $/TM
08 de noviembre 2005 325,25 12 de diciembre 2005 281,50
09
de noviembre 2005 322,50 09 de noviembre 2005 284,00
10
de noviembre 2005 321,00 10 de noviembre 2005 284,00
11
de noviembre 2005 319,00 11 de noviembre 2005 289,75
12
de noviembre 2005 313,50 12 de noviembre 2005 297,00
PROMEDIO
SIMPLE 320,15 PROMEDIO SIMPLE 287,25
Variación
absoluta 16/12/2005 (32,90)
Variación
relativa 16/12/2005 (10,28%)
Fuente:
Precios publicados Fuente:
Precios publicados
por Platts por
Platts
Al aplicar la normativa
se tiene que:
PFOB max 1 = PFOB max 0 + (A-PFOB max 0)
PFOB max 1= $320,15+($287,25-$320,15)
PFOB max 1 =$320,15+$32,90
PFOB max 1 =$287,25
El precio FOB máximo
definido se aplica para obtener el PIFO max IFO-380 de la siguiente forma:
PIFO max = PFOB max + CO+ Ii+SD+CTCA
PIFO max =
$287,25+$16,592+$7,778+0,961+$0,975
PIFO max = $ 313,556
4º—Que de acuerdo con
lo realizado en el estudio ordinario correspondiente al período 2005, efectuado
por la Dirección de Servicios de Energía, se determinó que solo hay que
modificar el precio máximo del combustible IFO-380, y mantener el precio mínimo
del combustible IFO-380 de la siguiente manera:
Cuadro 3
PARÁMETROS Y PRECIOS
PROPUESTOS
EN $/TM
Precio
FOB Precio FOB
Parámetros mínimo
IFO-380 máximo IFO-380
CO (1) 16,592 16,592
I
(2) 7,778 7,778
SD (3) 0,961 0,961
CTCA (4) 0,975 0,975
TOTAL 26,306 26,306
PIFO
IFO-380 (6) vigente 96,028 320,15
INCREMENTO
(REBAJA) ABSOLUTO 0,00 (32,90)
PIFO-IFO-380 96,028 313,556
INCREMENTO
(REBAJA) PORCENTUAL 0,00% (9,50%)
5º—La variación del
precio máximo de venta del IFO-380 se muestra a continuación:
Cuadro 4
Variación en el precio máximo
de venta del combustible IFO-380
Precio máximo Diferencia Diferencia
$/TM absoluta
$/TM relativa
Vigente Propuesto
346,456 313,556 (32,90) (9,50%)
El precio máximo
determinado por la Dirección es de 313,556/TM igual a lo presentado por RECOPE
una variación absoluta de $32,90/TM, un 9,50% inferior.
6º—El precio mínimo de venta
del combustible IFO-380 se mantuvo igual al fijado en la resolución
RRG-4831-2005 en la suma de $ 96,0280/TM.
II.—Que
de conformidad con los resultandos y el considerando que preceden y, de acuerdo
con el mérito de los autos, lo procedente es fijar en $313,556/TM el precio
máximo del precio de venta del combustible IFO-380, y el mantener sin variación
el precio venta mínimo del IFO-380 en $ 96,028/TM que expende la Refinadora
Costarricense de Petróleo S. A., en sus planteles, como se dispone. Por tanto,
Con fundamento en las
facultades conferidas en los artículos 5° inciso d), 57 incisos c) y g) de la
Ley 7593, 41 del Decreto Ejecutivo 29732-MP, Reglamento a la Ley 7593, la Ley
6588 y su reglamento y, la Ley General de la Administración Pública,
LA REGULADORA GENERAL,
RESUELVE:
I.—Fijar en $ 313,556/TM el precio máximo del precio del
combustible IFO-380, y mantener el precio venta mínimo del IFO-380 en $
96,028/TM que expende la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A., en sus
planteles, de acuerdo con el siguiente cuadro:
Precio máximo de venta del
combustible IFO-380
$/TM
Precio máximo Diferencia Diferencia
Ajustado por absoluta relativa
Anterior fórmula
346,456 313,556 (32,90) (9,50%)
En cumplimiento de lo
que ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se
indica que contra la anterior resolución caben los recursos ordinarios de
revocatoria y de apelación y, el extraordinario de revisión. El de revocatoria
podrá interponerse ante la Reguladora General; a quien corresponde resolverlo;
el de apelación y revisión, podrán interponerse ante la Junta Directiva, a la
que corresponde resolverlos.
El recurso de revocatoria y
el de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir
del día siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos
señalados en el artículo 354 de la citada ley.
De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 3° inciso c) de la Ley 8114, Ley de Simplificación y
Eficiencia Tributarias; la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A., aplicará
los precios el día siguiente a la publicación en La Gaceta, de la presente
resolución.
Publíquese y
notifíquese.—Lic. Aracelly Pacheco Salazar, Reguladora
General.—1 vez.—(Nº 33-DAF-2005).—C-104895.—(2673).
CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA
Para
exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de:
Solicitud presentada por la
empresa Luis Fernando Castrillo Arias, modalidad autobús, con el fin de que se
ajuste la tarifa de la ruta 1235, tramitada bajo el expediente ET154-2005, y
descrita según se detalla:
Trayecto Tarifa Tarifa Incremento
Vigente
¢ Solicitada ¢ Porcentual
Alajuela-Brasil-El
Llano
Alajuela-Villa
Hermosa-
El
Llano- Brasil-Hospital-
Seguro
Social y Viceversa 90,00 130,00 44,44
El miércoles 25 de
enero del 2006 a las diecisiete horas (5 p.m.) se llevará a cabo la Audiencia
Pública en el auditorio de la Autoridad Reguladora, para conocer sobre esta
petición. El plazo para recibir posiciones sobre esta solicitud vence el lunes
23 de enero del 2006 a las quince horas.
Se hace saber a los
interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en la
Dirección de Fiscalización y Defensa del Usuario, situada en Sabana Sur, 400 metros
oeste del Edificio de la Contraloría General de la República, San José.
Cualquier interesado, con
interés legítimo o derecho subjetivo, puede participar en la audiencia y quien
desee hacer uso de la palabra, debe formular por escrito, en original, su
posición ante esta Autoridad Reguladora, sustentando su pretensión con las
pruebas que sean pertinentes. En el documento debe indicar lugar dentro del
perímetro de San José o número de Fax donde ser notificado en el caso de una
persona física deberá aportar fotocopia de su cédula; las personas jurídicas
deberán aportar certificación de personería vigente.
Dentro del plazo legal
otorgado se recibirán posiciones mediante el facsímile 290-2010, mismas que
deberán estar firmadas y debiendo presentar el original a más tardar el día de
la celebración de la audiencia. Se informa que el Consejero del Usuario para
esta solicitud es el Lic. Daniel Fernández Sánchez. Para cualquier información
adicional a los teléfonos 800-827-3737 ó 220-0102.
Lic. Viria Huertas Guillén,
Dirección de Fiscalización y Defensa del Usuario.—1
vez.—(Nº 37-Daf-2005).—C-14890.—(2766).
El suscrito, Mario
Vindas Navarro, secretario del Concejo de Desamparados, para los efectos que se
derivan, hace del conocimiento del público en general así como de las
instituciones públicas, que se han extraviado los folios originales de las
actas Nos. 259 y 261 del 6 de setiembre y del 15 de setiembre de
2005, respectivamente. Los folios citados están numerados del Nº 91 al 117 y
del Nº 144 al 147.
Desamparados, 7 de
diciembre del 2005.—Mario Vindas Navarro, Secretario
del Concejo.—1 vez.—(3022).
Según acuerdo dictado
por el Concejo Municipal de Santa Cruz, en sesión ordinaria Nº 2-2006, artículo
9º, inciso 01 de fecha 10 de enero del 2006. Inciso 01: Se conoce moción
presentada por la Regidora Marlene López Obando, que dice: Mocionamos, para que
la fecha de la sesión ordinaria del 31 de enero del 2006, sea trasladada para
el lunes 23 de enero del 2006, a partir de las 10:00 a. m., en el salón de
sesiones. Se acuerda por unanimidad: Aprobar la moción presentada.
Publíquese.—Santa Cruz, 12 de enero del 2006.—Pastor Gómez Ruiz,
Alcalde Municipal.—1 vez.—(3157).
DEPARTAMENTO DE SECRETARÍA DEL CONCEJO
El concejo municipal en
Sesión Ordinaria Nº 289 celebrada el 10 de enero del 2006, en artículo segundo,
tramitación urgente, acuerdo Nº 2, conoce y aprueba lo siguiente:
Acuerdo Nº 2—El señor
Alex Contreras Serrano, Alcalde Municipal solicita al concejo la aprobación en
firme y por unanimidad de lo siguiente: El concejo Municipal de la
Municipalidad de Aguirre se adhiere a la publicación del Manual de Valores Base
Unitarios por Tipología Constructiva, publicado en el Alcance N° 48 a., de La
Gaceta Nº_ 243 del 16 de diciembre del 2005, por parte del Órgano de
Normalización del Ministerio de Hacienda._ Asimismo solicita la publicación de
este acuerdo en el Diario Oficial La Gaceta.
El Concejo Acuerda: El concejo
Municipal de la Municipalidad de Aguirre se adhiere a la publicación del Manual
de Valores Base Unitarios por Tipología Constructiva, publicado en el Alcance
N° 48 a., de La Gaceta Nº 243 del 16 de diciembre del 2005, por parte del
Órgano de Normalización del Ministerio de Hacienda. Se aprueba la publicación
en el Diario Oficial La Gaceta._ 5 votos. Acuerdo firme, con dispensa de
trámite.
Quepos,
11 de enero del 2006.—Sandra Alfaro Porras, Secretaria,
a.í.—1 vez.—(3189).
COLEGIO DE FÍSICOS
La Junta Directiva del
Colegio de Físicos, convoca a la próxima asamblea general ordinaria a
efectuarse el miércoles 25 de enero del 2006, en la Universidad de Costa Rica,
en el Auditorio de Física y Matemática. La primera convocatoria será a las 5:00
p. m., en el caso de no haber quórum a esa hora, la segunda convocatoria será
el mismo día a las 5:30 p. m., con los miembros presentes.
Asuntos por conocer
1. Comprobación del quórum.
2. Lectura y aprobación de la “orden del día”._
3. Juramentación de los incorporandos al Colegio.
4. Informe de la presidencia.
5. Informe de la tesorería.
6. Informe de la fiscalía.
7. Elección: presidencia, secretaría, tesorería y
vocal I.
8. Elección: Fiscalía.
9. Elección: puestos vacantes en las comisiones y
comités.
10. Juramentación.
11. Aprobación
del presupuesto correspondiente al período 2006.
12. Aprobación
de nueva cuota de colegiatura.
13. Asuntos
varios.
Posterior
a la realización de la asamblea se ofrecerá una cena.—Master
Warner Chaves Vargas, Vicepresidente.—Nº 29559.—(3143). 2 v.
2
FINCA CASA VIEJA S. A.
Finca Casa Vieja S. A., cédula jurídica: 3-101-261986,
convoca a asamblea general ordinaria de accionistas, a celebrarse en San Juan
de San Ramón, Alajuela, domicilio social en primera convocatoria a las once
horas del día tres de febrero del dos mil seis, de no constituirse el quórum de
ley, de una vez se convoca a segunda convocatoria, a celebrar a una hora
después de la señalada para la primera. Orden del Día:
1) Autorización
para traspasar la finca de Alajuela, Folio Real, matrícula número: ciento
treinta y cinco mil ochocientos noventa- cero cero cero, que es finca de
naturaleza, situación, medida y linderos que indica el Registro.
2) San Ramón once
de enero de 2006.
Lizeth Jiménez Retana.—1 vez.—Nº 78974.—(3324).
AQUA COOL
CORPORATION S. A.
Conste que yo, Manuel
Trinidad Laso Delgado, mayor, casado una vez, peruano, administrador de
negocios, cédula de residencia 455-0219220-0003617, en mi condición de tesorero
y representante legal con facultades suficientes para este acto, hago formal
convocatoria a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad
Aqua Cool Corporation S. A., cédula jurídica 3-101-335303, a celebrar en el
Galpón número 3, bodega 3 de Cenada, Barreal de Heredia, a las diecisiete horas
del día tres de febrero del dos mil seis. En caso de no existir quórum en esa
primera convocatoria, se celebrará la asamblea en segunda convocatoria una hora
después con los accionistas que estuvieren presentes. El objeto de dicha
asamblea será para tratar y acordar la venta de la empresa.—San
José, 12 de enero del 2006.—Manuel Trinidad Laso Delgado.—1 vez.—(3423).
ASOCIACIÓN NACIONAL DE TÉCNICOS
PROFESIONALES DE LA POLICÍA DE TRÁNSITO
Se convoca a sus
afiliados (as) a la primera convocatoria de la asamblea general 2006, el día 20
de enero del 2006, en el Auditorio de las Instalaciones del Instituto Nacional
de Aprendizaje (INA), ubicado en la Uruca, San José.
A partir de las 8:00 a. m.
Orden
de día
1) Comprobación
de quórum.
2) Himno
Nacional.
3) Conocimiento y
aprobación del acta anterior.
4) Informes.
ü Secretaria General.
ü Finanzas.
ü Fiscalía.
5) Reforma
estatutaria.
6) Elección Junta
Directiva
ü Secretario General.
ü Secretario de
Actas y Correspondencia.
ü Secretario de
Finanzas.
ü Secretario de
Educación.
ü Primer Vocal.
ü Tribunal de
Honor.
7) Varios.
8) Mociones.
Luis Rojas Solano,
Secretario de Educación.—1 vez.—(3430).
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
RALQUI S. A.
Ralqui
S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-112033, solicita ante la Dirección
de General de Tributación, la reposición de los libros: Diario, Mayor,
Inventarios y Balances, Registro de Accionistas, Actas de Asamblea General,
Actas de Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de información y Asistencia al Contribuyente (Legalización
de Libros) Administración Regional de San José, en el término de 8 días hábiles
contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 25 de octubre del 2005.—Randall Alberto Quirós Bustamante, Presidente.—Nº
74463.—(102524).
ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE FOSAS
DEL CEMENTERIO OBRERO DE CARTAGO
La Asociación de
Propietarios de Fosas del Cementerio Obrero de Cartago. Comunica que con
acuerdo de junta directiva de las sesiones 01-2005 y 12-2005 y 28-2005
extraordinaria, se anota en el libro de asociados en cumplimiento con las
normas internas de la asociación y de conformidad con el Código Civil y Ley de
Asociación la lista de afiliados que son excluidos por pérdida de afiliación de
conformidad con el artículo y a los propietarios de las fosas del
USUFRUCTO-SITRAPACA, del Sindicato de Trabajadores Areneros de Cartago por
errores de forma y fondo que contravienen el estatuto de la Asociación según el
artículo N° 4 inciso b) de los señores José Guzmán cédula 3-0138-099, Luis Rojas
Barrantes cédula 1270323, Ángel Fco. Leitón Méndez, cédula 3-181-112, Óscar
Piedra Boza cédula 3-161-163, Rafael Ángel Arce Sánchez cédula 0030599, Norman
Gómez Garita cédula 3-131-059 y al Sindicato de Vendedores Ambulantes de
Cartago SIVEFAC cédula 3-001-066743-23 por faltar al orden interno de
inscripciones de una persona jurídica, que contraviene el artículo 4 incisos a)
y b) de la Asociación, como una acto de intervención activa de dos
organizaciones sindicales en una institución de servicio público. Anótese en el
Libro afiliados la exclusión de dichos registros. APFCOPC-003-2005.—María de los Ángeles Machado Ramírez, Presidenta.—(1734).
La
Asociación de Propietarios de Fosas del Cementerio Obrero de Cartago, comunica
que con acuerdo de Junta Directiva de las sesiones 01-2005 y 12-2005 y 28-2005
extraordinaria se anota en el libro de asociados en cumplimiento con las normas
internas de la Asociación y de conformidad con el Código Civil y Ley de
Asociación la lista de afiliados que son excluidos por pérdida de afiliación de
conformidad con el artículo 5 inicios a), c) y d) de los estatutos de la
Asociación previo informe y lectura de la nómina de afiliados en las actas
respectivas de Junta Directiva que a continuación se detallan. Desafiliación
por violación de estatuto de la Asociación artículo 5 inciso c): Joaquín
Sánchez Calvo sin registro de afiliación ante la Asociación, como exsecretario
de la Asociación 1981-2003 y ex fiscal 2004, Luis Guillermo Monge Aguilar
cédula 9-052-370, Alba Alfaro Alvarado 3-310-098, Luis Guillermo Astorga cédula
3-123-416, Damaris Piedra Sanabria cédula 3-274-043. Anótese en el libro afiliados la exclusión de dichos registros.
APFCOPC-0024-2005.—María de los Ángeles Machado
Ramírez, Presidenta.—(1735).
Jorge Adrián Araya Arias,
cédula dos-trescientos cincuenta y nueve-quinientos ochenta y tres, iniciará
trámites de reposición de los libros de su contabilidad: Mayor, Diario e
Inventarios y Balances, por extravío de los mismos. Se emplaza por ocho días
hábiles a cualquier interesado, a partir de la última publicación en el Diario
Oficial La Gaceta, para que se oponga ante el Área de Información y Asistencia
al Contribuyente (Legalización de Libros), de la Administración Regional de
Alajuela de Tributación Directa.—San Ramón, Alajuela, 9 de enero del
2006.—Jorge Adrián Araya Arias.—(1962).
INHACO CONSULTORES S. A.
Inhaco Consultores S.
A., cédula jurídica N° 3-101-155-355, solicita ante la Dirección General de
Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Diario, Libro de
Inventario y Balances, y Libro mayor, por haberse extraviado los mismos. Quien
se considere afectado, puede manifestar su oposición al Área de Recaudación y
Gestión de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días
hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Vivian
González Trejos, Apoderada.—(1963).
Susana Salas Hidalgo, cédula
uno-mil ciento cincuenta-seiscientos noventa, iniciará trámites de reposición
de los libros de su contabilidad: Mayor, Diario e Inventarios y Balances, por
extravío de los mismos. Se emplaza por ocho días hábiles a cualquier
interesado, a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta,
para que se oponga ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente
(Legalización de Libros), de la Administración Regional de Alajuela de
Tributación Directa.—San Ramón, Alajuela, 9 de enero del 2006.—Susana Salas
Hidalgo.—(1964).
COMPAÑÍA COSTARRICENSE DEL CAFÉ S. A.
Compañía Costarricense
del Café S. A. (CAFESA), avisa que el certificado N° 0322, serie G por 2
acciones, a nombre de La Lucía, S. A., fue extraviado. Transcurridos 15 días a
partir de la tercera publicación de este aviso, se procederá a su reposición.—San José, 4 de enero del 2006.—MBA. Marco Ant. Pinto
Murray, Gerente General.—(2106).
Compañía
Costarricense del Café S. A. (CAFESA), avisa que el certificado N° 0836, serie
N por 1013 acciones, a nombre de La Trébol de Orosi S. A., fue extraviado.
Transcurridos 15 días a partir de la tercera publicación de este aviso, se procederá
a su reposición.—San José, 4 de enero del 2006.—MBA.
Marco Ant. Pinto Murray, Gerente General.—(2107).
Compañía Costarricense del
Café S. A. (CAFESA), avisa que los certificados N° 0559, serie G por 2
acciones, N° 0566, serie H por 1 acción, N° 0954, serie I por 2 acciones, N°
0695, serie Q por 16 acciones, N° 0785, serie R por 42 acciones, N° 3275, serie
S por 53 acciones y N° 0784, serie T por 17 acciones, a nombre de Cristina
Zeledón González, fueron extraviados. Transcurridos 15 días a partir de la
tercera, publicación de este aviso, se procederá a su reposición.—San José, 4 de enero del 2006.—MBA. Marco Ant. Pinto
Murray, Gerente General.—(2108).
CONCRETO ASFÁLTICO NACIONAL SOCIEDAD
ANÓNIMA
Concreto Asfáltico
Nacional Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres - ciento
uno - cero cero ocho seis cinco cero, solicita ante la Dirección General de
Tributación, la reposición de los siguientes tres libros de la sociedad Diario,
Mayor e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente
(Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de
ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial
La Gaceta.—San José, 3 de enero del 2006.—Víctor
Padilla Sibaja, Apoderado Especial.—(2187).
FLORIDA ICE & FARM CO. S. A
La
sociedad de este domicilio Concepción S. A., cédula jurídica Nº
3-101-027399-30, ha solicitado la reposición de los certificados de acciones de
esta compañía, Nº S 772 por 400.000 acciones y S 773 por 400.000 acciones,
ambos emitidos con fecha 20 de setiembre del 2004, por haberse extraviado los
mismos. Se publica este aviso a efectos del artículo 689 del Código de Comercio.—Ramón de Mendiola Sánchez, Director General.—Nº
78442.—(2646).
GRUPO PUBLICIDAD E INTERNET INC. SOCIEDAD
ANÓNIMA
Grupo Publicidad e
Internet Inc. Sociedad Anónima, inicialmente denominada Publicidad e Internet
Inc. Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-doscientos ochenta y nueve mil seiscientos cuarenta y dos, solicita a la
Dirección General de la Tributación Directa la reposición de los siguientes
libros: Actas de Junta Directiva, Actas de Asambleas Generales y Registro de
Accionistas. Quien se considere afectado dirigir la oposición al Área de
Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros),
Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles
contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 9 de enero del 2005.—Lic. Rafael Ángel Arias Cordero, Notario.—Nº 78445.—(2649).
MERCADEO INTERNET INC. SOCIEDAD ANÓNIMA
Mercadeo Internet Inc.
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-doscientos ochenta y cinco mil seiscientos treinta y ocho, solicita a la
Dirección General de la Tributación Directa la reposición de los siguientes
libros: Actas de Junta Directiva, Actas Asambleas Generales y Registro de
Accionistas. Quien se considere afectado dirigir la oposición al Área de
Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros),
Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles
contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 9 de enero del 2005.—Lic. Rafael Ángel Arias Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 78446.—(2650).
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
COLEGIO FEDERADO DE
INGENIEROS
Y DE ARQUICTECTOS DE COSTA RICA
1. Contrato OC-342318, propiedad del Arq. Edgardo
Madrigal Mora (A-11570).
El
Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica comunica el
extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría
OC-342318, propiedad del Arq. Edgardo Madrigal Mora (A-11570).
______
2. Contrato SJ-333178, propiedad del Ing.
Mauricio Arce Lara (IC-6744).
El
Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica comunica el
extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría
SJ-333178, propiedad del Ing. Mauricio Arce Lara (IC-6744).
_______
3. Contrato CS-6036-EX, propiedad del Arq. Jorge
Mario Rojas Vega (A-5358).
El
Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica comunica el
extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría
CS-6036-EX, propiedad del Arq. Jorge Mario Rojas Vega (A-5358).
______
4. Contrato SJ-331418, propiedad del Ing. Ithamar
Fernández Varela (IC-3054).
El
Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica comunica el
extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría
SJ-331418, propiedad del Ing. Ithamar Fernández Varela (IC-3054).
______
5. Contrato OA-315386-EX, OA-311706-EX,
OC-334110-EX, OL-117864-EX, OA315333-EX, propiedad del Ing. Luis A. Campos
Quesada (IC-4430).
El Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica comunica el extravío del Cuaderno de
Bitácora, correspondiente a los contratos de consultoría OA-315386-EX,
OA-311706-EX, OC-334110-EX, OL-117864-EX, OA-315333-EX, propiedad del Ing. Luis
A. Campos Quesada (IC-4430).
6. Contrato OC-356867, propiedad del Ing. Eduardo
Alfaro Chavarría (ICO-9976).
El Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica comunica el extravío del Cuaderno de
Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-356867, propiedad del
Ing. Eduardo Alfaro Chavarría (ICO-9976).
San José, 3 de enero
del 2006.—Departamento de Registro de Responsabilidad
Profesional.—Arq. Luis Alban Apuy Herrera, Jefe.—(O/C
Nº 2647).—C-67670.—(2100).
MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRESTAMO
El señora Teresa Monge Arguedas, cédula Nº 3-099-044, ha
solicitado a MUCAP la reposición del títulos valor Nº 211-314-350420 por un
monto de 3.609.168,51, los cuales fueron emitidos a su orden el día 6 de enero
del 2006. Se emplaza a los interesados a manifestarse dentro del plazo de 15
días naturales posterior a la última publicación.—6 de
enero del 2006.—Teresa Monge Arguedas, Solicitante.—(2238).
TOPP COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Topp Costa Rica
Sociedad Anónima, cédula número 3-101-095549 solicita ante la Dirección General
de Tributación la reposición de los seis libros de ley: libro de diario, mayor,
inventarios y balances, actas de junta directiva, actas de asamblea general,
registro de accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente
(Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término
de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario
Oficial La Gaceta.—Juan Manuel Godoy Pérez.—Nº
78324.—(2407).
UNIVERSIDAD HISPANOAMERICANA
Ante
la Oficina de Registro de la Universidad Hispanoamericana, se ha presentado la
solicitud de reposición del título de licenciada en Contaduría Pública,
inscrito en el tomo 2, folio 76, Nº 3088, emitido por la Universidad
Hispanoamericana, el veintiocho de abril del año dos mil cinco, a nombre de
María Haydeé Campos Cordero. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 9 de enero del 2006.—Dra.
Magdalena Román Zeledón, Directora de Registro.—(2682).
JC ESQUIVEL Y ASOCIADOS S. A.
JC Esquivel y Asociados
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero
setenta y seis mil trescientos ochenta y ocho, solicita ante la Dirección
General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: un libro de
Inventarios y Balances, un libro de Diario y el libro Mayor. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia
al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José,
en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación
del Diario Oficial La Gaceta. Presidente: Juan Carlos Esquivel Favareto, cédula
de identidad N° 1-611-609.—San José, 10 de enero del
2006.—Juan Carlos Esquivel Favareto, Notario.—(2741).
UNISERSE SERVICIO UNIVERSAL DE SEGUROS S.
A.
Uniserse Servicio
Universal de Seguros S. A., cédula jurídica Nº 3-101-186881, solicita ante la
Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: diario, mayor e
inventario y balances, tres en total. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al
Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José,
en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación
del Diario Oficial La Gaceta.—Andrea Benavides
Aguiar.—(2780).
INTERAMERICANA DE MUEBLES M. I. S. A.
Interamericana
de Muebles M. I. S. A., cédula jurídica Nº 3-101-290406, solicita ante la
Dirección General de Tributación, la reposición de tres libros: Actas de
Asamblea General, de Junta Directiva y de Accionistas. Quien se considere
afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y
Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el
término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Róger Carmona González, Notario.—Nº
78593.—(2975).
ACCIÓN ROURC S. A.
Acción Rourc S. A.,
cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-tres seis dos ocho cuatro
seis, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los
libros de Registro de Socios, Asamblea General de Socios, Actas del Consejo de
Administración, Inventarios y Balances, Mayor y Diario. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia
al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José,
en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, ocho de
setiembre del dos mil cinco.—Stella Urcuyo Peña, Presidenta.—Nº 78597.—(2976).
COMPAÑÍA TURÍSTICA BELMAR SOCIEDAD
ANÓNIMA
Compañía Turística
Belmar Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento
cuarenta y dos mil quinientos cincuenta y cinco, solicita ante la Dirección
General de Tributación Directa, la reposición de la totalidad de los libros
contables. Todos los anteriores número uno.—Pedro Luis
Belmar Valerio, Presidente.—Nº 78679.—(2977).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
MUTUAL ALAJUELA DE AHORRO
Y PRÉSTAMO PARA LA VIVIENDA
De conformidad con los
artículos 690-961 del Código de Comercio, el señor Álvaro Ramírez Paniagua,
cédula 400650537, solicita la reposición de los Certificados de Participación
Hipotecaria número 118 302 2000042831 y 118 302 2000042832 por ¢1.000.000,00 y
¢700.000,00 respectivamente.—Heredia, 11 de enero del 2006.—Servicios
Financieros.—Kattia Yannarella Montero.—(2948).
CENTRO TURÍSTICO REGIÓN NORTE EMPLEADOS
SEGURO SOCIAL, SOCIEDAD ANÓNIMA
El Centro Turístico
Región Norte Empleados Seguro Social, Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-047753, solicita por extravío la reposición de la acción número 0575,
perteneciente al Sr. Vasco Núñez Núñez, cédula Nº 6-0079-0057 se hace saber la
presente publicación para cumplir con lo establecido en el artículo seiscientos
ochenta y nueve del Código de Comercio.—Lic. Rodolfo
Fernández Barrantes, Presidente Junta Directiva.—N°
78829.—(3125).
Se
hace saber que se solicita la reposición por extravío de los siguientes títulos y
certificados del señor Jaime Guillermo Cerdas Solano portador de la cédula de
identidad 1-573-178, Conclusión de Estudios Secundarios del Colegio Anastasio
Alfaro, Bachillerato en Ingeniería Acuícola de la Universidad de San José;
Bachillerato en Educación con énfasis en Profesor de Secundaria para la
Enseñanza de las Ciencias Naturales de la Universidad Central; Título de
Técnico en Manejo Forestal y Vida Silvestre y Certificado del curso de
Producción Cunícola ambos de la Escuela Centroamericana de Ganadería; curso de
Plantas Epífitas y curso de Aves de Costa Rica, ambos de la Universidad de
Costa Rica; cursos sobre Agricultura Orgánica, Cultivos Hidropónicos, Plantas
Ornamentales y Biotecnología del Instituto Nacional de Aprendizaje; curso de P.
A. B., y de R. C. P de la Cruz Roja Costarricense; y Certificado como Buzo NAUI
extendido por Buzos del Trópico.—Lic. Francisco J. Vargas Solano, Notario.—(3134).
ELFEHE SOCIEDAD ANÓNIMA
Elfehe Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta y nueve
mil quinientos treinta y nueve, solicita ante la Dirección General de
Tributación, la reposición de los libros de Asamblea General de Accionistas y
Actas de Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Información y Asistencias al Contribuyente
(Legalización de Libros) de la Administración Tributaria de San José, en el
término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del
Diario Oficial La Gaceta.—Elizabeth Wesson Acuña.—(3308).
PUBLICACIÓN DE unA VEZ
SOCIEDAD DE SEGUROS DE VIDA DEL MAGISTERIO NACIONAL
Publicación de
liquidaciones de póliza aprobadas por la Junta Directiva.
Diciembre 05
PÓLIZA Nº NOMBRE FECHA
DE FALLECIDO CÉDULA
Nº PAGADO A BENEFIC. TOTAL DE DEDUC. MONTO DE INDEMNIZAC
33935 Alpízar
Saborío Haydee María 21-10-05 6-097-767 9.139.922,00 2.860.078,00 12.000.000,00
43885 Alvarado
Quirós Carlos Luis 16-10-05 3-076-277 11.682.500,00 317.500,00 12.000.000,00
5-085-0850 Álvarez
Álvarez Julia 18-10-05 5-085-850 10.678.428,00 1.321.572,00 12.000.000,00
9980 Arroyo
Soto Ángela María 26-11-04 2-131-411 10.000.000,00 0,00 10.000.000,00
6422 Ávila
Vega Elba María 25-10-05 2-264-653 10.795.883,00 1.204.117,00 12.000.000,00
27458 Badilla
Zúñiga Hilda 01-10-05 1-340-292 10.047.901,00 1.952.099,00 12.000.000,00
24579 Barquero
Camacho Silvio 14-09-05 4-072-200 9.436.234,00 2.563.766,00 12.000.000,00
2664 Bogantes
Alpízar Edwin 12-11-05 2-057-5169 11.165.000,00 835.000,00 12.000.000,00
1-523-771 Bonilla
Bonilla Carmen Luz 03-11-05 1-523-771 10.243.530,00 1.756.470,00 12.000.000,00
5016 Brenes
Protti Ricardo 30-10-05 3-068-636 10.158.481,00 1.841.519,00 12.000.000,00
29715 Corrales
Azofeifa Pedro 16-09-05 1-230-161 10.752.850,00 1.247.150,00 12.000.000,00
34867 Coto
Navarro María Cecilia 31-10-05 3-110-530 11.613.300,00 386.700,00 12.000.000,00
33751 Fonseca
Cordero Rafaela 29-09-05 3-108-155 9.684.545,00 2.315.455,00 12.000.000,00
31638 González
Quirós Carlos Alberto 23-09-05 1-416-216 10.962.352,00 1.037.648,00 12.000.000,00
42756 Gutiérrez
Pimentel Eduardo 14-11-05 3-136-739 11.394.060,00 605.940,00 12.000.000,00
7-122-379 Hamm
Cash Tracy 05-10-05 7-122-379 10.800.000,00 1.200.000,00 12.000.000,00
43335 Hernández
Serrano María Eugenia 28-10-05 9-043-638 9.785.531,00 2.214.469,00 12.000.000,00
1-129-660 Herrera
Arias Carlos 22-10-05 1-129-660 8.244.577,00 3.755.423,00 12.000.000,00
1-756-837 Marín
Mora Henry Gerardo 08-05-05 1-756-837 11.484.039,00 515.961,00 12.000.000,00
16750 Matamoros
Ortega Jorge Alberto 30-10-05 5-087-072 10.215.627,00 1.784.373,00 12.000.000,00
10121 Méndez
Vargas Ervin 26-10-05 2-171-361 6.259.597,00 5.740.403,00 12.000.000,00
6548 Morera
Soto María Ester 03-11-05 2-106-938 11.970.000,00 30.000,00 12.000.000,00
1-217-546 Murillo
López Edwin 15-11-05 1-217-546 11.294.060,00 705.940,00 12.000.000,00
1-464-535 Pascua
Vargas María del Rocío 18-10-05 1-464-535 11.994.060,00 5.940,00 12.000.000,00
7147 Porras
Ferraro María Eugenia 06-10-05 2-226-902 11.366.424,00 633.576,00 12.000.000,00
4-072-846 Ramos
Bogantes Carlos Luis 20-10-05 4-072-846 11.020.941,00 979.059,00 12.000.000,00
6815 Riera
Gomila Juana María 22-09-05 8-001-436 12.000.000,00 0,00 12.000.000,00
11273 Rittner
Funck Gisela 04-10-05 8-017-696 11.975.000,00 25.000,00 12.000.000,00
6,930 Rivera
Padilla Clemencia 15-11-05 3-074-079 10.471.600,00 1.528.400,00 12.000.000,00
270144805079345 Rocha
Fletes René 27-03-05 270144805079345 12.000.000,00 0,00 12.000.000,00
11899 Salazar
Madrigal Manuel Emilio 10-11-05 4-074-772 10.538.700,00 1.461.300,00 12.000.000,00
1-240-784 Valenciano
Marín Luis Alberto 17-10-05 1-240-784 10.504.533,00 1.495.467,00 12.000.000,00
17921 Vallejos
Vallejos Eva 05-02-03 5-031-170 8.828.834,00 1.171.166,00 10.000.000,00
7782 Vega
Villegas Hilda 10-10-05 2-124-580 9.455.358,00 2.544.642,00 12.000.000,00
1-714-090 Villalta
Barrantes Marlen Patricia 25-07-05 1-714-090 12.000.000,00 0,00 12.000.000,00
16185 Villegas
Ulate Trinidad 29-10-05 2-160-027 11.601.378,00 398.622,00 12.000.000,00
381.565.245,00 46.434.755,00 428.000.000,00
San José, 3 de enero
del 2006.—MBA Lilliana Morales Murillo, Directora de
Operaciones.—1 vez.—(3019).
COLEGIO DE FARMACÉUTICOS DE COSTA RICA
El Colegio de
Farmacéuticos de Costa Rica, en asamblea general ordinaria realizada el 11 de
diciembre de 2005, nombró como miembros de su junta directiva para el bienio
2006-2007 a los siguientes doctores:
Dr. Luis Pastor Quirós Presidente
Dra.
Iliana Chavarría Quirós Vicepresidenta
Dra.
Margarita Castillo Umaña Secretaria
Dr.
Eduardo Arturo Vallejo Esquivel Vocal
I
Continúan
en sus cargos los siguientes miembros:
Dr. Víctor Jovel Rojas Gamboa Tesorero
Dr.
Fernando Araya De La O. Vocal
II
Dra.
Gabriela Arguedas Ramírez Vocal
III
San José, 6 de enero
del 2006.—Dra. María Lorena Quirós Luque, Directora Ejecutiva.—Dr. Luis Pastor Quirós, Presidente.—Dra. Margarita
Castillo Umaña, Secretaria.—1 vez.—(3101).
ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA Y
COORDINACIÓN INSTITUCIONAL DEL ASENTAMIENTO PARAÍSO DE SIXAOLA
Yo Elena Cerdas Mesén,
en mi condición de Presidenta, hago constar que hemos iniciado la reposición de
los libros número uno: Actas de asambleas generales, Actas de Junta Directiva,
Registro de Asociados, Mayor, Diario, e Inventarios y Balances, de la
Asociación Administradora de la Producción Agrícola y Coordinación
Institucional del Asentamiento Paraíso de Sixaola, por lo que se emplaza por
ocho días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la reposición en trámite ante el Registro de
Asociaciones.—Elena Cerdas Mesén, Presidenta.—1 vez.—Nº 78770.—(3126).
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Por escritura pública
número ciento ochenta y uno otorgada el día de hoy en mi notaría, procotolicé
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa de este
domicilio Derivados de Maíz Alimenticio S. A., celebrada a las nueve horas del
veintinueve de agosto del año dos mil cinco, mediante la cual acuerda reducir
el capital social autorizado de la empresa por reembolso a socios, reformándose
la cláusula quinta de los estatutos. Así se informa a terceros para los efectos
del artículo treinta y uno del Código de Comercio.—San José, cinco de enero del
año dos mil seis.—Dionisio Segura Hernández, Notario.—(2083).
Yo, José Antonio Muñoz Fonseca,
portador de la cédula de identidad número uno-cuatrocientos treinta y
tres-novecientos treinta y nueve, en mi condición de liquidador con facultades
de apoderado generalísimo sin límite de suma de la compañía Almacenes Unidos
del Oeste A.U.O Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-254988, en
cumplimiento de lo estipulado por el artículo 207 del Código de Comercio de la
República de Costa Rica, comunico que, de acuerdo al artículo 201, inciso (d)
del Código de Comercio de la República de Costa Rica, en asamblea general
extraordinaria de las ocho horas, del treinta de setiembre del 2005, de
Almacenes Unidos del Oeste Sociedad Anónima, se acordó la disolución de la
sociedad. Dentro de los 30 días siguientes a esta publicación, cualquier
interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en
causa legal o pactada.—San José, 3 de enero del
2006.—José Antonio Muñoz Fonseca, Liquidador.—Nº 78523.—(2647).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Por escritura otorgada ante
mí, a las dieciséis horas con treinta minutos del tres de noviembre del dos mil
cinco, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad
Centriz Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-036194. Se reforma la
cláusula quinta del pacto social, se disminuye el capital social en lo que
corresponde a las acciones preferentes.—San José, doce
de enero del dos mil seis.—Lic. Alejandro Castro Carvajal, Notario.—Nº 78916.—(3259).
PUBLICACIÓN DE unA VEZ
Licenciada
Virginia Umaña Segura, Notaria Pública, comunica que mediante escritura Nº 9
del 16-12-05. Fausto Rojas Cordero y Sharon Rojas Piedra, constituyeron la
sociedad Hic Et Nunc S. A., en idioma latín que en español significa Aquí y
Ahora S. A.—San José, 16 de enero del 2006.—Lic.
Virginia Umaña Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 78615.—(2841).
Se avisa que ante la suscrita notaria Marelyn Jiménez
Durán, se constituye la sociedad Dos Pedos Viejos Sociedad Anónima con capital
un millón de colones corresponde al presidente secretario y tesorero la
representación judicial y extrajudicial de la sociedad con las facultades
apoderados generalísimos sin límite de suma. Actuando conjunta o separadamente.—Liberia, 10 de enero del 2006.—Lic. Marelyn Jiménez Durán,
Notaria.—1 vez.—Nº 78616.—(2842).
En mi notaría a las quince horas del veinticinco de
diciembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Agroambiente
S. A., con un capital social de diez mil colones, representado por diez
acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, cuyo domicilio social
será en Heredia, costado noreste de la basílica de Santo Domingo de Heredia,
cien metros norte y setenta y cinco metros este, por un plazo social de noventa
y nueve años.—San José, veinticinco de diciembre del dos mil cinco.—Lic. Silvia
Alvarado Quijano, Notaria.—1 vez.—Nº 78617.—(2843).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
dieciséis horas del día de hoy, se constituyó La Linda Chemita Limitada, plazo
99 años, representante: gerente con facultades de apoderado generalísimo,
domicilio San Rafael de Escazú, objeto: comercio, capital social, diez mil
colones.—San José, 5 de enero del 2006.—Lic. Maribell
Arcia Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 78618.—(2844).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
9:00 del 10 de enero del 2006, se modifica la segunda cláusula del pacto
constitutivo: Del domicilio que estará en Guanacaste, Liberia, Comunidad, del
Aeropuerto Daniel Oduber ocho kilómetros sur edificio Do It Center, local
número dos. Se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo. Se adiciona
la cláusula décima segunda. Se hacen los siguientes nombramientos: Gerente
General Uno: Raymond Mark (nombres) Tasillo (apellido), de un solo apellido en
razón de su nacionalidad estadounidense. Gerente General Dos: Julián Raymond
(nombres) Belsh (apellido), de un solo apellido en razón de su nacionalidad
estadounidense. Agente residente: Andrés Montejo Morales, en la sociedad Valley
of the Blue Sky Limitada.—San José, 11 de enero del
2006.—Lic. Andrea Dall’Anesse Agüero, Notaria.—1
vez.—Nº 78620.—(2845).
Ante el suscrito notario, se constituye la empresa
Conservaciones Naturales Gutiérrez Obregón Sociedad Anónima. Domicilio social:
Ciudad Neily, Corredor, Corredores, Puntarenas; doscientos metros al sur de las
instalaciones de la Universidad Estatal a Distancia. Capital social: noventa
mil colones exactos, representados por nueve acciones comunes y nominativas.
Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Roy Gutiérrez Obregón.—Ciudad Neily, cuatro de enero de dos mil seis.—Hiner
Fernando Segura Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 78621.—(2846).
Mediante protocolización de acta de asamblea de
accionistas otorgada ante mi notaría a las diez horas del once de noviembre de
dos mil cinco se constituyó la sociedad de esta plaza Inversiones Dibuni
Sociedad Anónima. Objeto: comercio en general, representación: Presidente.
Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones.—Lic.
Ana Yhansey Fernández Corrales y Silvia Pacheco Alfaro, Notarias.—1 vez.—Nº 78622.—(2847).
En mí notaría el día de hoy he constituido la sociedad
Inversiones La Pequeña Mula :R:L., Gerente Daniel
Antonio Juárez Corea, domiciliada en Bocas de Nosara, Nicoya, Guanacaste.—Bocas
de Nosara, veintitrés de noviembre de dos mil cinco.—Lic. José Joaquín Quesada
Castro, Notario.—1 vez.—Nº 78623.—(2848).
Tito Almengor Villarreal, hace saber que ante la
notaría del Lic. Gustavo Martínez Catón, con oficina en Golfito, ha constituido
la sociedad anónima Servicios del Golfo Dulce Tita Tercera Sociedad Anónima,
con un capital social de diez mil colones, cuyo domicilio social será en
Kilómetro Cinco de Golfito, cien metros este de la casona de Catano.—Golfito,
veintitrés de diciembre del dos mil cinco.—Lic.
Gustavo Adolfo Martínez Catón, Notario.—1
vez.—Nº 78624.—(2849).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis
horas del día nueve de enero del año dos mil seis, se constituyó la sociedad
denominada Mookie Sociedad Anónima. Presidente: Amir Kossarian con facultades
de apoderado generalísimo sin límite de suma conjuntamente con el secretario
Randall Chaves Moreno.—Lic. Enny Mary Cordero Rivera,
Notaria.—1 vez.—Nº 78625.—(2850).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece
horas veinte minutos del día veintiocho de noviembre del año dos mil cinco, se
constituyó NOUVELLE BMW SERIE TRE N.B.M.W.S.T Sociedad Anónima.—San José, once
de enero del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1
vez.—Nº 78626.—(2851).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece
horas veinte minutos del día veintiocho de noviembre del año dos mil cinco, se
constituyó Cayenne-Porsche Stability Management Sociedad Anónima.—San José,
once de enero del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—Nº 78627.—(2852).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece
horas veinte minutos del día veintiocho de noviembre del año dos mil cinco, se
constituyó Boxter Aerodinámico P.O Sociedad Anónima.—San José, once de enero
del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1
vez.—Nº 78628.—(2853).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece
horas veinte minutos del día veintiocho de noviembre del año dos mil cinco, se
constituyó Cabriolet Carrera Porsche Inigualable C.C.P.I Sociedad Anónima.—San
José, once de enero del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—Nº 78629.—(2854).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece
horas veinte minutos del día veintiocho de noviembre del año dos mil cinco, se
constituyó Nuevo Novecientos Once Carrera Dos Mil Seis C.C.P. Sociedad
Anónima.—San José, once de enero del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy,
Notario.—1 vez.—Nº 78630.—(2855).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once
horas treinta minutos del día nueve de diciembre del año dos mil cinco, se
constituye la sociedad con domicilio en Playa Matapalo de Aguirre, denominada
Les Delices Du Chef Limite. Capital social la suma de diez millones de colones.—Lic. Joaquín Sancho Mora, Notario.—1
vez.—Nº 78633.—(2856).
Por escritura otorgada ante esta
Notaría a las once horas del día nueve de diciembre del año dos mil cinco se
constituye la sociedad con domicilio en Playa Matapalo de Aguirre, denominada
Hotelera Sirius Playa Matapalo Limitada. Capital social la suma de diez
millones de colones.—Lic. Joaquín Sancho Mora, Notario.—1 vez.—Nº 78634.—(2857).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho
horas del día nueve de setiembre del año dos mil cinco se constituye la
sociedad con domicilio en Quepos, frente al Banco Popular, denominada
Inmobiliaria Viki de Quepos Limitada. Capital social: la suma de cien mil
colones.—Nikohl Vargas Araya, Notaria.—1 vez.—Nº
78635.—(2858).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece
horas del dieciocho de noviembre del año dos mil cinco, se reforman las
cláusulas sétima y octava de la sociedad con domicilio en Quepos, frente al
Banco Popular, denominada Inmobiliaria Don Carlos S. A., cédula jurídica número
tres-ciento uno-ciento ochenta mil ochocientos nueve.—Lic. Joaquín Sancho Mora,
Notario.—1 vez.—Nº 78636.—(2859).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce
horas del dieciocho de noviembre del año dos mil cinco, se reforman las
cláusulas sétima y octava de los estatutos, de la sociedad con domicilio en
Quepos, frente al Banco Popular, denominada Desarrollos Turísticos Playa El Rey
S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y nueve mil
novecientos cincuenta.—Lic. Joaquín Sancho Mora, Notario.—1
vez.—Nº 78637.—(2860).
Lic. Virginia Umaña Segura, notaria pública, comunica
que mediante escritura Nº 7 del 16-12-05, Fausto Rojas Cordero y Sharon Rojas
Piedra constituyeron la sociedad Ex Nihilo S. A., en idioma latín que en
español significa De la Nada S. A.—San José, 16 de enero del 2006.—Lic.
Virginia Umaña Segura, Notaria.—1 vez.—Nº
78642.—(2861).
Lic. Virginia Umaña Segura, notaria pública, comunica
que mediante escritura Nº 6 del 16-12-05, Fausto Rojas Cordero y Sharon Rojas
Piedra constituyeron la sociedad Ad Multos Annos S. A., en idioma latín que en
español significa Por Muchos Años S. A.—San José, 16 de enero del 2006.—Lic.
Virginia Umaña Segura, Notaria.—1 vez.—Nº
78643.—(2862).
Lic. Virginia Umaña Segura, Notaria Pública, comunica
que mediante escritura Nº 8 del 16-12-05, Fausto Rojas Cordero y Sharon Rojas
Piedra constituyeron la sociedad Quo Vadis Fausto S. A., en idioma latín que en
español significa Adonde Vas Fausto S. A.—San José, 16
de enero del 2006.—Lic. Virginia Umaña
Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 78644.—(2863).
Lic. Virginia Umaña Segura, notaria pública, comunica
que mediante escritura Nº 3 del 16-12-05, Fausto Rojas Cordero y Sharon Rojas
Piedra constituyeron la sociedad Ad Infinitum S. A., en idioma latín que en
español significa Hasta el Infinito S. A.—San José, 16 de enero del 2006.—Lic.
Virginia Umaña Segura, Notaria.—1 vez.—Nº
78645.—(2864).
Lic. Virginia Umaña Segura, notaria pública, comunica
que mediante escritura Nº 5 del 16-12-05, Fausto Rojas Cordero y Sharon Rojas
Piedra constituyeron la sociedad Ad Libitum S. A., en idioma latín que en
español significa Con Libertad S. A.—San José, 16 de enero del 2006.—Lic.
Virginia Umaña Segura, Notaria.—1 vez.—Nº
78646.—(2865).
Que por escritura N° 103, otorgada en esta notaría, a
las 15:00 horas del día 10 de enero del 2006, se constituyó la sociedad
Proyectos Cave C Y V Sociedad Anónima. Domicilio social: Campo Cinco, Cariari,
Pococí, Limón, con residencia situada detrás del redondel. Presidente:
Jhonattan Carranza Trejos, cédula 7-112-261. Capital social: ¢10.000,00.—Cariari, Pococí, Limón, 10 de enero del 2006.—Lic. Antonio Chávez Olivares, Notario.—1 vez.—Nº 78647.—(2866).
Lic. Virginia Umaña Segura, notaria
pública, comunica que mediante escritura Nº 4 del 16-12-05, Fausto Rojas
Cordero y Sharon Rojas Piedra constituyeron la sociedad Ad Calendas Graecas S.
A., en idioma latín que en español significa Para un Futuro Lejano S. A.—San José,
16 de enero del 2006.—Lic. Virginia Umaña Segura, Notaria.—1
vez.—Nº 78648.—(2867).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece
horas veinte minutos del día veintiocho de noviembre del año dos mil cinco, se
constituyó Industria Avanzada de Vehículos Europeos Sociedad Anónima.—San José,
once de enero del año dos mil seis.—Lic.
Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—Nº
78650.—(2868).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece
horas veinte minutos del día veintiocho de noviembre del año dos mil cinco, se
constituyó Amanecer Europeo Sociedad Anónima.—San José, once de enero del año
dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—Nº
78651.—(2869).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece
horas veinte minutos del día veintiocho de noviembre del año dos mil cinco, se
constituyó Industria Europea Automotriz I.E.A Sociedad Anónima.—San José, once
de enero del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1
vez.—Nº 78652.—(2870).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece
horas veinte minutos del día veintiocho de noviembre del año dos mil cinco, se
constituyó La Voiture Plus Elegant B.M.W. Sociedad Anónima.—San José, once de
enero del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1
vez.—Nº 78653.—(2871).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece
horas veinte minutos del día veintiocho de noviembre del año dos mil cinco, se
constituyó La Meilleur Voiture Sociedad Anónima.—San José, once de enero del
año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1
vez.—Nº 78654.—(2872).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las 8:00 horas
del 10 de enero del 2006, se constituyó Contec AAC Costa Rica Limitada. Plazo:
100 años. Domicilio: Escazú. Capital social: ¢10.000,00. Dos gerentes con
facultades independientes de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, diez de enero del dos mil seis.—Carlos Alberto
Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 78655.—(2873).
Ante el Licenciado Marvin Ramírez Víquez el día 7 de
noviembre del 2005, se constituye la sociedad Grúas Plataforma Hernández Calvo
Sociedad Anónima.—Lic. Marvin Ramírez V., Notario.—1 vez.—Nº 78656.—(2874).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho
horas del seis de enero del presente año, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la compañía Breezy Shores BS, Sociedad
Anónima, mediante la cual se acuerda reformar las cláusulas primera, sexta y se
nombra Junta Directiva.—San José, seis de enero del año dos mil seis.—Lic.
Anais Pacheco Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 78659.—(2875).
Por escritura otorgada hoy ante mí, protocolicé acta de
la asamblea general extraordinaria de accionistas, celebrada por Inversiones
Solís y Solís del Pacífico S. A., en la que se revoca el nombramiento de la
secretaria y el tesorero de la junta directiva y se modifica la cláusula sétima
de los estatutos. Presidente: Johnny Solís Alpízar.—San
Ramón, 1º de diciembre del 2005.—Lic. Willy Rojas Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 78660.—(2876).
Por escritura otorgada ante mí a las trece horas con
quince minutos del día cuatro de enero del dos mil seis, se constituyó la
sociedad Coloumbus Heights Number Ninety Seven Tordo Limitada. Gerente: Paul
Iwankowski.—Lic. Carlos Fernando Hernández Aguiar,
Notario.—1 vez.—Nº 78662.—(2877).
Por escritura otorgada ante mí a las trece horas del
día cuatro de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Coloumbus
Heights Number Ninety Six Tococo Limitada. Gerente: Paul Iwankowski.—Lic. Carlos Fernando Hernández Aguiar, Notario.—1 vez.—Nº 78663.—(2878).
Por escritura otorgada ante mí a las catorce horas con
quince minutos del día cuatro de enero del dos mil seis, se constituyó la
sociedad Coloumbus Heights Number Ninety Nine Tortolon Totoralero Limitada.
Gerente: Paul Iwankowski.—Lic. Carlos Fernando
Hernández Aguiar, Notario.—1 vez.—Nº 78664.—(2879).
Por escritura otorgada ante mí a las trece horas con
treinta minutos del día cuatro de enero del dos mil seis, se constituyó la
sociedad Coloumbus Heights Number Ninety Eight Torito Limitada. Gerente: Paul
Iwankowski.—Lic. Carlos Fernando Hernández Aguiar,
Notario.—1 vez.—Nº 78665.—(2880).
Por escritura otorgada ante mí a las catorce horas del
día cuatro de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Coloumbus
Heights Number One Hundreed Totoralero Limitada. Gerente: Paul Iwankowski.—Lic. Carlos Fernando Hernández Aguiar, Notario.—1 vez.—Nº 78666.—(2881).
En mi notaría, mediante escritura doscientos
veinticuatro, se nombran nuevos puestos de junta directiva sean secretaria y
tesorero, de la sociedad Baru Sistema Médico Sociedad Anónima.—San
José, 3 de enero del 2006.—Lic. Ericka Castro Argüello, Notaria.—1 vez.—Nº 78667.—(2882).
El suscrito Randall Fallas Castro, notario público con
oficina en la ciudad de San José, hace constar que en fecha 14 de diciembre del
2005, se constituyó la sociedad Efiense del Norte Sur Sociedad Anónima.—San
José, 2 de enero del 2006.—Lic. Randall Fallas Castro, Notario.—1 vez.—Nº 78670.—(2883).
Ante mi notaría mediante escritura número setenta y
ocho de las trece horas del día diecisiete de diciembre de dos mil cinco, se
constituyó Vivero La Floresta Sociedad Anónima, con un capital social de diez
mil colones representados por diez acciones comunes y nominativas de mil
colones cada una, y con domicilio social en la provincia de Guanacaste, cantón
Santa Cruz, distrito Santa Cruz, barrio Limón de la Universidad de Costa Rica
cien metros al norte y cincuenta metros al este.—San José, 10 de enero del
2006.—Lic. Monserrat Alfaro Solano, Notaria.—1 vez.—Nº
78672.—(2884).
Ante mi notaría mediante escritura número setenta y
siete de las trece horas del día dieciséis de diciembre de dos mil cinco, se
constituyó Casa Kyoto Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil
colones representados por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada
una, y con domicilio social en Santa Cruz de Guanacaste, cien metros al este de
Mercado Municipal.—San José, 10 de enero del
2006.—Lic. Monserrat Alfaro Solano, Notaria.—1 vez.—Nº
78671.—(2885).
Por escritura otorgada ante mí el día de hoy, se
constituyó la empresa Kan Tecnologic S. A. Capital social: totalmente suscrito
y pagado, acciones comunes y nominativas. Plazo: noventa y nueve años.
Domicilio en San José. Presidente, secretario y tesorero con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José,
10 de enero del 2006.—Lic. Clay Neil Bodden, Notario.—1
vez.—Nº 78673.—(2886).
Por escritura número nueve otorgada ante el suscrito
notario a las 16:00 horas del día 10 de enero del 2006, se constituyó
Lubricentro y Taller de Servicios Unidos M.J.R. Sociedad Anónima. Capital
social: 12.000 colones íntegramente suscritos y pagado. Domicilio social será
en Siquirres, del Banco Nacional de Costa Rica, trescientos metros al norte y
cien metros al oeste. Plazo social: 99 años. Presidente: José Luis Vega
Benavides.—Siquirres, 10 de enero del 2006.—Lic.
Alejandro Argüello Leiva, Notario.—1 vez.—Nº
78674.—(2887).
Por escritura pública número sesenta y seis, iniciada
al folio cuarenta y cinco frente del tomo quinto del protocolo, se protocolizó
asamblea general extraordinaria de socios de empresa Alfaro Limitada, mediante
la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo correspondiente
al plazo social.—San José, 19 de diciembre del
2005.—Lic. Marvin José Villagra López, Notario.—1
vez.—Nº 78675.—(2888).
En escritura número treinta y cinco-uno de las ocho
horas del día primero de diciembre del dos mil cinco, otorgada ante la notaria
Ana Marcela Bonilla Castro, se constituyó la sociedad La Casita del Cielo de
Los Holt Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Objeto social: la siembra de
flores ornamentales y el comercio en general. Plazo social: noventa y nueve
años. Capital social: cien mil colones exactos. Junta directiva: presidente:
John Stephen Holt, vicepresidenta: Susan Kilgore Skinner, secretario: Eric
Abram Holt, tesorera: Abby E. Holt, fiscal: Joaquín Picado González, agente
residente: Ana Marcela Bonilla Castro.—San José, 30 de
noviembre del 2005.—Lic. Ana Marcela Bonilla Castro, Notaria.—1
vez.—Nº 78676.—(2889).
Por escritura número ciento noventa y cuatro, otorgada
ante la notaria Vannesa Calvo González, a las catorce horas del diecinueve de
agosto del dos mil cuatro, se constituye la sociedad de esta plaza denominada
Copal de Buenos Aires Sociedad Anónima, nombrándose como presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma al señor José Beita
Henrichs.—San José, 11 de marzo del 2005.—Lic. Vannesa
Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 78677.—(2890).
Por escritura otorgada a las 8:00 horas de hoy, ante
mí, se constituyó Vinos y Licores del Caribe Vilica Sociedad Anónima, con
domicilio en Moravia. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Junta directiva:
presidente con facultades individuales de apoderado generalísimo, sin
limitación de suma.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic.
Edgar Díaz Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 78678.—(2891).
Ante esta Notaría en San José, al ser las quince horas
del diez de enero del dos mil seis, se reforma la cláusula segunda de Filial
XXXVIII Magenta BL Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-cierto uno-
trescientos setenta y un mil quinientos veinticinco.—San José, 9 de enero del
2006.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1
vez.—Nº 78680.—(2892).
Por escritura doscientos veintiséis ante esta Notaría a
las doce horas treinta minutos del diez de enero del año en curso, se
constituye la sociedad denominada Alexpicam Sociedad Anónima: acto en que se
nombró como presidente al señor Alexander Picado Campos, cédula número
dos-trescientos noventa y siete-ciento sesenta y cinco.—Alajuela, 10 de enero
del 2006.—Lic. Libni Muñoz Sarmiento, Notario.—1
vez.—Nº 78681.—(2893).
Orlando Robert Barrantes Méndez, Omar Luis Cervantes
Méndez y Christian Quesada Méndez, constituyen la sociedad anónima denominada
Cerbamenque Sociedad Anónima. Capital totalmente suscrito y pagado,
correspondiendo a su presidente la representación judicial y extrajudicial, con
facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma; escritura otorgada en
Guápiles de Pococí, a las diecisiete horas y cuarenta y un minutos del dos de
enero del dos mil seis, ante el Notario David López García, carne número
catorce mil novecientos diecinueve.—Lic. David López García, Notario.—1 vez.—Nº 78683.—(2894).
Orlando Álvarez Álvarez y Yamileth Solano Morales,
constituyen la sociedad anónima denominada Hermanos Álvarez Solano Sociedad
Anónima, capital totalmente suscrito y pagado, correspondiendo a su presidente
y secretario la representación judicial y extrajudicial, con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar en forma conjunta
o separada; escritura otorgada en Guápiles de Pococí, a las catorce horas y
cincuenta y cinco minutos del seis de diciembre del dos mil cinco, ante el
Notario David López García, carne número catorce mil novecientos diecinueve.—Lic.
David López García, Notario.—1 vez.—Nº 78684.—(2895).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez
horas del día quince de diciembre del año dos mil cinco, se constituyó la
sociedad denominada Adam Dale Lybbert Adl Sociedad Anónima; domiciliada en Costa
Rica, Cartago, Turrialba, Turrialba, trescientos metros al sur del Supermercado
Palí, frente a Estación de Servicio Super Barato. Capital social: Totalmente
suscrito y pagado en dinero en efectivo. Presidente, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma, con la representación judicial y
extrajudicial.—Turrialba, 15 de diciembre del
2005.—Lic. Luis Carlos Montoya Piedra, Notario.—1
vez.—Nº 78686.—(2896).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez
horas treinta minutos del día quince de diciembre del año dos mil cinco, se
constituyeron las sociedades denominadas Nowlin Family Trust Sociedad Anónima;
domiciliadas en Costa Rica, Cartago, Turrialba, Turrialba, trescientos metros
al sur del Supermercado Palí, frente a Estación de Servicio Super Barato.
Capital social: Totalmente suscrito y pagado en dinero en efectivo. Presidente
y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma,
con la representación judicial y extrajudicial.—Turrialba,
15 de diciembre del 2005.—Lic. Luis Carlos Montoya Piedra, Notario.—1 vez.—Nº 78687.—(2897).
La suscrita notaria Sandra Cerdas Mora, doy fe que en
mi notaría se constituyó la sociedad Servicios Profesionales Juvasa Digital
Sociedad Anónima, nombrándose como presidente al señor Julio Vargas Sánchez. Es
todo.—San José, 17 de agosto del 2005.—Lic. Sandra
Cerdas Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 78688.—(2898).
Por escritura otorgada ante el Notario Público Andrés
Martínez Chaves, a las 17:00 horas del 8 de diciembre del 2005, Yeimi Sandoval
Salazar y Ana Patricia Herrera Aguilar, constituyen Distribuidora Patika DP
Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia, Miraflores, de la pulpería El Chavo,
primera alameda, casa número ciento ocho. Se nombra presidente, secretario,
tesorero y fiscal.—San José, 8 de diciembre del
2005.—Lic. Andrés Martínez Chaves, Notario.—1 vez.—Nº
78689.—(2899).
Mediante escritura otorgada ante el Notario Andrés
Martínez Chaves, de las dieciséis horas del diez de enero del dos mil seis, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Proveeduría
Total Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula quinta relativa al capital
social de la sociedad.—Lic. Andrés Martínez Chaves,
Notario.—1 vez.—Nº 78690.—(2900).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece
horas del nueve de enero de dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima El
Wemo de las Delicias Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil
colones. Presidente: Maurits Louis Westerberg.—Cóbano
de Puntarenas, 10 de enero del 2006.—Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1
vez.—Nº 78695.—(2901).
Por escritura otorgada ante mí se constituyó la
sociedad Empresas Virtuales Sociedad Anónima. El plazo social es de cien años,
el capital social es la suma de diez mil colones representado por diez acciones
comunes y nominativas de mil colones cada una y la representación judicial y
extrajudicial corresponde al presidente y al secretario.—Es
todo.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 78702.—(2902).
Por escritura otorgada ante el notario Roy Faustino
Jiménez Rodríguez, a las diecisiete horas treinta minutos del veintitrés de
setiembre del dos mil cinco, se constituyó JRS Golfito Development Sociedad
Anónima. Domicilio Ciudad Neily, frente a los tribunales de Corredores,
Puntarenas. Capital diez mil colones. Presidente: James Rickey Smith.—Ciudad Neily, cinco de enero del dos mil seis.—Lic. Roy
Faustino Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº
78703.—(2903).
Mediante escritura pública número ciento noventa y dos
otorgada ante mí a las diecisiete horas treinta minutos del diez de enero del
dos mil seis, se constituyó la sociedad Inversiones Residencial Marifer Cero
Seis S. A., capital totalmente suscrito y pagado. Presidente con representación
judicial y extrajudicial.—Lic. Marlon Sánchez Cortés,
Notario.—1 vez.—Nº 78709.—(2904).
Por escritura otorgada a las quince horas de hoy, se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Southtex Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó parcialmente la
cláusula primera y la cláusula sétima del pacto constitutivo, y se revocaron
los nombramientos del tesorero de la junta directiva, así como del fiscal y del
agente residente, llenándose sus vacantes por el resto del plazo social con nuevos
nombramientos.—San José, diez de enero del dos mil seis.—Lic. Bernal Chavarría
Soley, Notario.—1 vez.—Nº 78710.—(2905).
Por escritura otorgada a las catorce horas de hoy, se
adicionó la escritura otorgada en esta notaría en la ciudad de San José, a las once
horas del día catorce de noviembre del dos mil cinco, protocolizándose el acta
de asamblea general extraordinaria de Accionistas de la sociedad Lluvia Verde
Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó la cláusula segunda del pacto
constitutivo.—San José, cuatro de enero del dos mil
seis.—Lic. Jorge Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº
78711.—(2906).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00
horas del 15 de diciembre del año 2005, se constituyó la sociedad de esta plaza
denominada Dos Capitans Limitada. Capital social totalmente suscrito y pagado.
Plazo: cien años. Domicilio: Huacas, Santa Cruz, Guanacaste. Objeto: Comercio
en general.—Guanacaste, 15 de diciembre del 2005.—Lic.
Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 78712.—(2907).
La empresa Desarrollo Ecoturísticos Montaña del Paraíso
S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos veinte mil seiscientos
tres, reforma la cláusula quinta, aumentando el capital social en la suma de
cuarenta y cinco millones de colones.—Fortuna, San Carlos, a las ocho horas del
diez de enero del dos mil seis.—Lic. Denia Vásquez Pacheco, Notaria.—1 vez.—Nº 78714.—(2908).
Por escritura otorgada en esta notaría en San José de
las once horas del día nueve de enero del año dos mil seis, se protocolizó acta
de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Sexto Milenio S M
Sociedad Anónima. Se reforma cláusula segunda, quinta, sétima, se nombra junta
directiva, fiscal y agente residente.—San José, diez
de enero de dos mil seis.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1
vez.—Nº 78716.—(2909).
Por escritura otorgada en esta notaría en San José a
las trece horas del día nueve de enero del año dos mil seis, se constituyó la
sociedad denominada Crystal Blue Property Holdings Sociedad Anónima. Presidente
y tesorero con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Felipe Beeche
Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 78717.—(2910).
Mediante escritura de las nueve horas del once de enero
del dos mil seis, Alexis Soto Hidalgo y Cesar Salvi, constituyen la sociedad
Perilandia C. A. Sociedad Anónima. Presidente: Alexis Soto Hidalgo. Plazo
social será de noventa y nueve años. Capital social treinta mil colones
constituido por tres acciones de diez mil colones cada una. Objeto industria y
comercio en general, y asesorías, comercialización de servicios profesionales,
agricultura, ganadería, exportación, importación y exportación, representación.—Heredia, once de enero del dos mil seis.—Lic. Karoline
Alfaro Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 78718.—(2911).
Mediante escritura de las diez horas del seis de enero
del dos mil seis, Laura López Prudant, José Manuel Guillén López, Mary Paz
Guillén López, constituyen la sociedad Real Doña Laura G & L Sociedad
Anónima, presidenta: Laura López Prudant. Plazo social será de noventa y nueve
años, capital social treinta mil colones constituido por tres acciones de diez
mil colones cada una. Objeto industria y comercio en general, y asesorías,
comercialización de servicios profesionales, agricultura, ganadería,
exportación, importación y exportación, representación de casas extranjeras.—Heredia, once de enero del dos mil seis.—Lic. Karoline
Alfaro Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 78719.—(2912).
Ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada
Transportes Privados Monteverde Sociedad Anónima. Capital social diez mil
colones, corresponde al presidente y tesorero la representación judicial y
extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Atenas,
9 de enero del 2006.—Lic. Carlos Francisco García Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 78720.—(2913).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima No
Limit Cellphone And Video Games.—San José, diez de
diciembre del dos mil cinco.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 78721.—(2914).
Ante mí, Ademar Soto Alpízar, notario público de
Alajuela, a las 9:00 horas del 28 de julio del 2005, se constituyó Maxidoma V Y
P S. A. Con domicilio en San Pedro de Poás, Alajuela.—Lic.
Ademar Soto Alpízar, Notario.—1 vez.—Nº 78723.—(2915).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las
15:00 horas del 10 de enero del 2006, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de las 10:00 horas del 5 de diciembre del 2005 de la sociedad
Corporación Quesna S. A. Se reformó la cláusula segunda.—San
José, 10 de enero del 2006.—Lic. José Abundio Gutiérrez Antonini, Notario.—1 vez.—Nº 78724.—(2916).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las
17:00 horas del 10 de enero del 2006, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de las 11:00 horas del 10 de enero del 2006 de la sociedad
Pacific Sapphire Investments S. A. Se reformaron las cláusulas segunda y décima
segunda.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Rolando
Romero Obando, Notario.—1 vez.—Nº 78725.—(2917).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las
17:30 horas del 10 de enero del 2006, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de las 13:00 horas del 6 de enero del 2006 de la sociedad
Inversiones La Gruta Dorada del Este S. A. Se reformaron las cláusulas segunda
y cuarta.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Rolando
Romero Obando, Notario.—1 vez.—Nº 78726.—(2918).
Por escritura otorgada por el notario Lic. Felipe Gómez
Rodríguez, a las 15:00 horas del 9 de enero del 2006, se constituyó la sociedad
Inversiones E Y M Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Inversiones E Y M S. A.
Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, el
señor Elian Solís Soto. Capital: suscrito y pago en su totalidad. Firmo en la
ciudad de Grecia, a las 17:00 horas del 9 de enero del 2006.—Lic.
Felipe Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº
78727.—(2919).
Por escrituras otorgadas, a las catorce horas treinta
minutos y a las quince horas del seis de enero del dos mil seis, se constituyen
Schlitt Overseas Limitada y Vida Eagles Nest Limitada respectivamente.—Jacó, seis de enero del dos mil seis.—Lic. José Juan
Sánchez Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 78728.—(2920).
Ante esta notaría, se ha constituido la sociedad Colina
Buena Vista Transporte I Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1
vez.—Nº 78729.—(2921).
Ante esta notaría, se ha constituido la sociedad Can
Molinetes Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado.—Lic.
César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—Nº
78730.—(2922).
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO PÚBLICO DE LA
PROPIEDAD INMUEBLE
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Se hace saber a los
señores: I) William León Paniagua, cédula de identidad Nº 6-157-730, en
condición de titular registral del inmueble del partido de Puntarenas Nº 50322
e interesado en el documento 522-14381. II) César López Vásquez, cédula de
identidad Nº 6-183-894, dueño registral de la finca de Puntarenas Nº 50321,
deudor en el crédito hipotecario con las citas 470-8721-1-7-1, e interesado en
los documentos 499-6160, 530-15919, 533-14417 y 535-8819. III) Banco Uno S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-46710, representada por Francisco Ernesto Fernández
Holman, pasaporte Nº A-005042, en condición de interesado en el documento
530-15919; así como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o
a sus representantes legales, que la Dirección de este Registro ha iniciado
diligencias administrativas de oficio, en virtud del escrito presentado ante
este Despacho por la Lic. Damaris Sanabria Villalobos, registradora Nº 324,
donde informa de una doble inmatriculación que involucra las fincas del partido
de Puntarenas, Nos. 50321 y 50322, según el plano catastrado P-584758-1985. En
virtud de lo denunciado por la Lic. Sanabria Villalobos, se ordenó mediante
resolución de las 8:30 horas del 20 de abril último vertida por esta
Subdirección, la consignación de nota de advertencia administrativa sobre las
fincas de marras. Con tal fin, se les confiere audiencia hasta por el término
de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la tercera y última
publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término,
presenten los alegatos que a su derecho convengan (artículos 98 del Reglamento
del Registro Público Inmueble, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, publicada
en La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo de 1998 y 241.4 de la Ley General de la
Administración Pública). E igualmente, se les previene que dentro del término
establecido para la audiencia, deben señalar apartado postal, casa u oficina,
dentro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír futuras
notificaciones de este Despacho, conforme los artículos 93, 94, 98 y
concordantes del citado Reglamento, en concordancia con el numeral 3º de la Ley
de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, Ley Nº 7637,
bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se
tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual
consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya
no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 12 de
la citada Ley Nº 7637, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal
Civil. (Ref. expediente Nº 083-2005).—Curridabat, 3 de
enero del 2006.—Lic. Walter Méndez Vargas, Subdirector a. í.—(Solicitud
Nº 36664).—C-53295.—(2275).
Se hace
saber a: I) Inmobiliaria Hemperador del Sur S. A., cédula jurídica Nº
3-101-180628, como propietaria de la finca del partido de Puntarenas matrícula
Nº 128402, entidad representada por Jorge Alberto Angulo Mora, cédula de
identidad Nº 1-532-729. II) Credomatic de Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº
3-101-024180, como parte interesada, entidad representada por Alberto Chamorro
Chamorro, pasaporte Nº C-335387. III) Punta Corredores S. A., cédula jurídica
Nº 3-101-156223, como parte interesada, entidad representada por Jorge Angulo
Mora, cédula de identidad Nº 1-532-729. IV) Misty Coral S. A., cédula jurídica
Nº 3-101-323082, como parte interesada, entidad representada por Ricardo Rojas
Díaz, cédula de identidad Nº 1-173-672. A quienes por desconocerse sus
calidades y domicilio, así como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus
albaceas o a sus representantes legales, que la Dirección del Registro Público
de la Propiedad Inmueble ha iniciado diligencias administrativas que afectan la
finca del partido de Puntarenas matrícula Nº 128402, originadas a partir de
escrito, suscrito por la registradora Nº 133 del Grupo de Calificación Nº 2,
Lic. Yolanda María Arce Coto, mediante el cual comunica a este Despacho el
error de inscripción en el documento presentado al Diario de este Registro bajo
el tomo 514, asiento 5652. Con el objeto de cumplir con el debido proceso se
les confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles contados a
partir del día siguiente a la publicación del presente edicto, a efecto de que
dentro de dicho término, presenten los alegatos que a sus derechos convengan. E
igualmente se les previene que dentro de dicho término a partir de la
publicación del presente edicto, debe señalar apartado postal, casa u oficina
dentro del perímetro de la ciudad de San José, donde oír futuras notificaciones
de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 96 y concordantes del
Reglamento del Registro Público de la Propiedad Inmueble, que es Decreto
Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta Nº 54
del 18 de marzo del mismo año. (Ref. expediente Nº
195-2005).—Curridabat, 4 de enero del 2006.—Lic. Walter Méndez Vargas,
Subdirector a. í.—(Solicitud Nº
36665).—C-44570.—(2276).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Órgano
Director del Procedimiento Administrativo, Oficialía Presupuestal del
Ministerio de Justicia, San José. Por no haber sido posible localizar al señor
Raúl Barboza Calderón, cédula Nº 1-0718-0877 y en virtud de seguirse
procedimiento administrativo de cobro por deuda con el Estado, notifíquesele
según lo dispuesto en los artículos 241 y 242 de la Ley General de la
Administración Pública por medio de edicto, la resolución dictada por este
Órgano Director que literalmente dice: “Resolución Nº 036-C-2005-OD-OP. Órgano
Director del Procedimiento Administrativo, Oficialía Presupuestal del
Ministerio de Justicia, San José, a las diez horas, del treinta de noviembre
del dos mil cinco. Al señor Raúl Barboza Calderón, mayor, soltero, cédula Nº
1-0718-0877, exfuncionario de la Administración Central del Ministerio de
Justicia, se le hace saber que por Resolución Nº 012-C-2005-OD-OP de las 13:00
horas, del 19 de setiembre del 2005, este Órgano Director de conformidad con
los artículos 218 y 318 de la Ley General de la Administración Pública, dio
inicio en su contra a Procedimiento de Cobro Administrativo en expediente Nº
011-C-2005 y le citó a comparecencia por presunta deuda con el Estado de
¢11.557,10, por asuntos de asistencia correspondiendo a 4 horas del día 6 y 4
horas del día 11, ambos del mes de agosto del 2003, deuda certificada el
20-10-2003, por el Coordinador de la Unidad de Planillas de la Dirección de
Recursos Humanos del Ministerio de Justicia. En vista que dicha Resolución no
pudo serle notificada en la dirección del domicilio que consta en su
expediente, se procede a citarle a comparecencia oral ante el Órgano Director
del Procedimiento, constituido por la Licenciada Nidia Rojas Oconitrillo,
debiendo comparecer personalmente. La misma se celebrará en la Oficialía
Presupuestal ubicada en las Oficinas Centrales de este Ministerio, 75 metros
norte de la Clínica Bíblica en San José, a las 11 horas 15 minutos, quince días
hábiles posteriores a su notificación. En ésta se recibirá toda la prueba y los
alegatos que estime pertinentes los que también puede hacer por escrito y
presentarlos en esta Oficialía antes de la comparecencia, así como aportar
pruebas artículo 309 párrafo primero de la Ley General de la Administración
Pública. Puede hacerse acompañar por un abogado y debe presentar cédula de
identidad. Se le previene que de no comparecer en la fecha y hora señalada sin
mediar justa causa se continuará con el procedimiento y se resolverá con los
elementos de juicio existentes, artículo 252 de la citada Ley. Debe señalar
lugar para atender notificaciones, dentro del perímetro de este Órgano
Director, dentro del plazo de 3 días hábiles después de notificada esta
resolución, de lo contrario las futuras resoluciones se tendrán por notificadas
24 horas después que se dicten, artículos 229 de la Ley General de la
Administración Pública, 185 del Código Procesal Civil y 12 del la Ley de
Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. Queda a su
disposición el expediente el que puede consultar en la Oficialía Presupuestal
de este Ministerio. Consta de certificación de deuda del 20-10-2003. Oficio OP.
998-2005. Resolución 012-C-2005-OD-OP. Acta 008-2005-OP. Nota de fecha
24-10-2005. Sobre certificado devuelto por la Sucursal de Correos de
Curridabat. Fórmula de Acuse de Recibo y la presente Resolución. Contra esta
Resolución se puede interponer los recursos de revocatoria y apelación en
subsidio dentro del término de 24 horas contadas a partir de su notificación,
los cuales se presentarán ante este Órgano Director, a quien corresponderá
resolver el primero y elevar el segundo al superior jerárquico. Artículos 345,
346 párrafos primeros de la Ley General de la Administración Pública. Se puede
usar uno o ambos pero no será admisible el interpuesto pasadas las 24 horas,
artículo 347 de la citada Ley. Notifíquese.—Oficialía
Presupuestal.—Lic. Nidia Rojas Oconitrillo, Órgano Director.—(Solicitud
Nº 30389-M. Justicia).—C-77570.—(3154).
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Res. RRG-5178.—San José, a las siete horas del seis de diciembre del dos
mil cinco. (Expediente OT-262-2005).
Conoce la Reguladora
General de la supuesta prestación no autorizada del servicio público de
transporte por parte de Fabián Eduardo Cajahuanca.
Resultando:
1º—Que el transporte
remunerado de personas, en todas sus modalidades, es un servicio público, que
sólo puede ser prestado por el Estado o por particulares, sean personas físicas
o jurídicas y, en el caso de particulares, deben poseer título legítimo que los
faculte para ello, emitido por autoridad competente.
2º—Que mediante resolución
RRG-3333-2004 de las 15:30 horas del 12 de febrero del 2004, publicada en La
Gaceta 36 del 20 de febrero del 2004, se faculta al Ministerio de Obras
Públicas y Transportes, para que por los medios que estimen pertinentes,
remueva los vehículos que se encuentren prestando el servicio público de
transporte remunerado de personas, sin autorización del Estado.
3º—Que mediante oficio
ASD-2005-164 del 14 de julio del 2005, de la Dirección General de Tránsito,
recibido en la Autoridad Reguladora el mismo día, se remite para el trámite
administrativo correspondiente, la boleta de citación 2005-025664, levantada al
señor Fabián Eduardo Cajahuanca, pasaporte 000582077, quien conducía el
vehículo placas 359342; por prestación no autorizada del servicio público de
transporte remunerado de personas, por lo que el oficial de tránsito Alejandro
Salas Araya decomisó el citado vehículo, que se halla bajo la custodia de la
Dirección General de la Policía de Tránsito, Delegación de Tránsito de Heredia
(folios 1 a 3).
4º—Que en la llamada
Información Sumaria numerada ESA-034-07-05, visible a folio 3, se detallan los
hechos que se resumen así: brinda servicio público a los señores Yamileth Puerta
Balmaceda y al señor Francisco Rosales Rosales, los cuales no portaban
identificación, quienes manifiestan ser vecinos del centro de Heredia y que el
servicio sería de San Rafael al centro de Heredia, pagando el servicio una vez
finalizado el mismo.
5º—Que a folio 5 corre
certificación del Consejo de Transporte Público en que consta que el vehículo
placa 359342, no se encuentra autorizado para prestar transporte público
remunerado de personas.
6º—Que no se encuentra
declaración del presunto infractor con antelación a la citación a
comparecencia.
7º—Que el señor Fabián
Eduardo Cajahuanca no aportó medio para recibir notificaciones, por lo que se
hace necesario notificarlo mediante publicación en la Sección de Notificaciones
del Diario Oficial La Gaceta, por tres veces consecutivas.
8º—Que mediante resolución
RRG 4943-2005 de las 10:00 horas del 17 de agosto del 2005 (folio 11), este
Despacho dictó el acto de apertura del procedimiento administrativo
sancionador, por la prestación del servicio público de transporte remunerado de
personas, no autorizado por el Estado, con el vehículo placas 359342, conducido
por el señor Fabián Eduardo Cajahuanca y la convocatoria a la comparecencia
oral y privada de ley en la sede de la Autoridad Reguladora; para lo cual se citó
a las 13:30 horas del 22 de setiembre del 2005 contado a partir del siguiente
de la notificación (folios 11 a 15).
9º—Que por la citada
resolución se ordenó comunicar al señor Fabián Eduardo Cajahuanca, la
conformación del respectivo órgano director del procedimiento y se le indicó
que podía aportar la prueba que estimara conveniente, antes o durante la citada
comparecencia. Así mismo, se puso a disposición el expediente administrativo y
se le señalaron los recursos que pueden ser interpuestos contra esa resolución
(folios 11 a 15).
10.—Que
al ser las 13:30 horas del 22 de setiembre del 2005, el señor Fabián Eduardo
Cajahuanca, no se presentó a la comparecencia oral y privada de ley (folio 16).
11.—Que
el 2 de diciembre del 2005, el Órgano Director emite su informe final, que
corre agregado en autos.
12.—Que
en el procedimiento se han observado los plazos y las prescripciones de ley.
Considerando:
I.—Hechos probados: De importancia para la decisión de
esta resolución, se estiman como debidamente demostrados los siguientes hechos,
sea porque así han sido acreditados o bien porque el recurrido haya omitido
referirse, según lo prevenido en la apertura de este procedimiento:
1. Que de acuerdo con la Información Sumaria
numerada ESA-034-07-05, el día 9 de julio del 2005, el señor Fabián Eduardo
Cajahuanca localizado en el lugar conocido como San Josecito de San Rafael de
Heredia, brinda servicio público a los pasajeros identificados con el nombre de
Yamileth Puerta Balmaceda y Francisco Rosales Rosales, los cuales no portaban
identificación.
2. Que al ser consultados por el oficial de
tránsito, los pasajeros manifiestan ser vecinos del centro de Heredia y que el
servicio sería de San Rafael al centro de Heredia, pagando el servicio una vez
finalizado el mismo.
3. Que la boleta de citación 2004-025664, fue
levantada por prestación no autorizada del servicio de transporte público
remunerado de personas (folio 2).
4. Que a folio 4 corre certificación del Consejo
de Transporte Público en que consta que el vehículo placa 359342, no se
encuentra autorizado para prestar transporte público remunerado de personas.
II.—Hechos
no probados: No se tienen de consideración para la resolución de este asunto.
III.—Sobre
el fondo.
1. Que de conformidad con lo establecido en el
inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593, la prestación no autorizada del
servicio público, constituye un ilícito, sancionable según dispone esa misma
norma.
2. Que la aplicación de lo dispuesto en el
artículo 44 de la Ley 7593, es decir, la remoción de equipo o instrumento que
permitan el uso abusivo e ilegal de los servicios públicos regulados por la Ley
7593, siendo que el retiro del vehículo pretende hacer prevalecer el orden
público, lo que tiene amparo en una norma de coacción directa, único medio que
le permite a la administración evitar la continuación de la conducta no
autorizada, mientras se realiza el procedimiento administrativo.
3. Que la Ley 7969, Ley de Transporte Remunerado
de Personas Modalidad Taxi, dispone en sus artículos 2° y 3°, que el transporte
remunerado de personas, en la modalidad de taxi, se considera un servicio
público, el cual se explota mediante la figura de la concesión administrativa.
Por su parte, el artículo 9° de la Ley 7593, dispone que para ser prestador de
servicio público deberá obtenerse la respectiva concesión o el permiso del ente
público competente en la materia.
4. Que tal y como se desprende de los autos, el
señor Cajahuanca no se presentó a la comparecencia, sin que conste que hubiera
tenido imposibilidad para hacerlo y siendo que con fundamento en lo establecido
en los artículos 218, 220 y 317 de la Ley General de la Administración Pública,
se puede establecer que la audiencia es uno de los momentos procesales más
importantes de la tramitación del expediente administrativo, toda vez que es la
oportunidad para que la parte presente las pruebas que sustenten su posición y
para evacuar las que sean necesarias, pudiendo en ella presentarse todos los
alegatos y conclusiones que fundamenten la defensa y dado que la ausencia no se
puede tener como aceptación de los hechos, se procede a resolver con los
elementos de prueba que, hasta el momento, constan en el expediente.
5. Que adicionalmente, el marco de hechos que
refiere la Información Sumaria, suscrita por el Oficial de Tránsito Alejandro
Salas Araya, contiene una descripción de lo acontecido que pudo apreciar con la
directa inmediación de los hechos, lo que contiene los elementos necesarios
para configurar la falta intimada y consecuentemente declarar la
responsabilidad administrativa correspondiente.
6. Que una vez establecida la existencia de una
infracción a la Ley 7593, lo procedente es determinar la sanción aplicable. En
la especie, este caso presenta la conducta prevista como prestación de un
servicio público sin la autorización del Estado, en los términos establecidos
por el artículo 38 de la citada ley, que se lee así:
“Artículo 38. Multas.
La Autoridad Reguladora sancionará, cumpliendo con el procedimiento
administrativo previsto en la Ley General de la Administración Pública, con
multa de cinco a diez veces el valor del daño causado que ella determine, a
quien suministre un servicio público que incurra en cualquiera de las
circunstancias siguientes:
a (…)
b (…)
c (…)
d) Prestación no autorizada del servicio público.
[...]
Cuando no sea posible estimar
el daño, se multará con el monto de cinco a veinte salarios base mínimos
fijados en el presupuesto ordinario de la República, de acuerdo con la Ley Nº
7337, del 5 de mayo de 1993.”
7. Que para determinar la sanción, debemos
referirnos al Dictamen C-156-2003 del 3 de junio del 2003, emitido por la
Procuraduría General de la República, del que conviene extraer lo siguiente:
“[...] el daño causado a la colectividad es el
punto de referencia que debe adoptar la Autoridad Reguladora de los Servicios
Públicos para cuantificar la multa que debe pagar el infractor. Ahora bien, en
el eventual caso de que no existen elementos de juicio ciertos para su
cuantificación, entonces deberá aplicar el último párrafo del numeral 38,
debido a que, cuando no es posible determinar el daño, la multa será
equivalente al monto de cinco a veinte salarios bases mínimos fijados en el
presupuesto ordinario de la República, de acuerdo con la Ley Nº 7337 de 5 de
mayo de 1993. Con base en lo anterior, el operador jurídico no encuentra mayor
dificultad para ejercer las potestades de vigilancia y sanción que le otorga el
ordenamiento jurídico a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.
Incluso, resulta irrelevante la forma en que se recaba la prueba, ya que bien
puede ser aportada por los usuarios del servicio u obtenida por los
funcionarios de la ARESEP. En otras palabras, en vista de que el daño causado
no es el que sufre un usuario en particular, sino el que se infringe a la
colectividad, representada por un grupo de usuarios de un determinado servicio
público donde se presenta el hecho anómalo, la prueba que obtienen los
funcionarios de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos constituye un
elemento idóneo para establecer la sanción respectiva, siempre y cuando se
respete, en todos sus extremos, el procedimiento administrativo previsto en la
Ley General de la Administración Pública.”
8. Que en el caso concreto, y según se deduce de
la argumentación precedente, el daño ocasionado por la actuación irregular en
que incurrió Fabián Eduardo Cajahuanca, el día 9 de julio de 2005, con el
vehículo placas 359342, no resulta contablemente cuantificable, ya que aparte
de que se trata de un daño a la sociedad por la prestación de un servicio
público al margen de la ley y por tanto imposible de cuantificar, también se
desconoce el tiempo en que se prestó el servicio sin la autorización del Estado
y, el número de personas que hicieron uso de aquel, por lo que a la luz del
citado dictamen, corresponde aplicar lo dispuesto en el párrafo segundo del
artículo 38, de la Ley 7593.
9. Que de conformidad con los resultandos y
considerandos que preceden y, de acuerdo con el mérito de los autos, lo
procedente es declarar que el 1º de julio de 2005, el señor Fabián Eduardo
Cajahuanca, pasaporte 000582077, con el vehículo placas 359342, se hallaba
prestando servicio público de transporte remunerado de personas, sin la
autorización del Estado y, consecuentemente, le cabe la sanción prevista en el
artículo 38, inciso d) de la Ley 7593; por lo que se le impone como sanción una
multa por la suma de cinco salarios base mínimos, fijados en el Presupuesto
Ordinario de la República para un Oficinista I para el año 2005, de conformidad
con lo establecido en la Ley 7337, que corresponde a la cantidad de ¢184.600,00
(ciento ochenta y cuatro mil seiscientos colones exactos), por lo que la multa
asciende a la suma de ¢923.000,00 colones (novecientos veintitrés mil colones
exactos), a favor de la Tesorería Nacional, tal y como se dispone.
10. Se
omite pronunciamiento sobre la medida cautelar, por haber cesado la misma,
según consta en autos. Por tanto,
Con fundamento en las
facultades conferidas en los artículos 38, inciso d), 44 y 57, inciso e) de la
Ley 7593, 129 de la Ley General de la Administración Pública,
LA REGULADORA GENERAL,
RESUELVE:
1º—Declarar que el 9 de
julio del 2005, el señor Fabián Eduardo Cajahuanca, pasaporte 000582077, se
hallaba con el vehículo placas 359342, prestando servicio público de transporte
remunerado de personas, sin la autorización del Estado por lo que la multa
asciende a la suma de ¢923.000,00 colones (novecientos veintitrés mil colones
exactos) que deberá depositar a favor de la Tesorería Nacional, en plazo de
diez días contados a partir del día siguiente a la notificación de esta
resolución.
2º—Intimar por primera vez al
señor Fabián Eduardo Cajahuanca, pasaporte 000582077, advirtiéndole que si no
se paga la multa que se le ha impuesto, la Tesorería Nacional podrá aplicar
coercitivamente el presente acto administrativo, de conformidad con lo que
establecen los artículos 149 y 150 de la Ley General de la Administración
Pública, para cuyo efecto se notifica a la Tesorería Nacional.
3º—Notificar a Fabián Eduardo
Cajahuanca, mediante publicación en la Sección de Notificaciones del Diario
Oficial La Gaceta, por tres veces consecutivas, en virtud de no constarle medio
a este Despacho.
En cumplimiento de lo que
ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se indica
que contra esta resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y de
apelación y el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse
ante la Reguladora General; a quien corresponde resolverlo; el de apelación y
el de revisión, podrán interponerse ante la Junta Directiva, a la que
corresponde resolverlos.
El recurso de revocatoria y
el de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir
del siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados
en el artículo 354 de la citada ley.
Publíquese.—Lic. Aracelly Pacheco Salazar, Reguladora General.—(Nº 1235-DAF-2005).—C-270770.—(105390).
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Resolución RRG-5251.—San José, a las once horas del dieciséis de diciembre del
dos mil cinco. Expediente OT-336-2004.
Procedimiento
administrativo para determinar la verdad real sobre la supuesta prestación no
autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas, según
boleta de citación 2004-076821 a Omar Pérez Villalobos.
Resultando:
1º—Que el transporte
remunerado de personas, en todas sus modalidades, es un servicio público, que
sólo puede ser prestado por el Estado o por particulares, sean personas físicas
o jurídicas y, en el caso de particulares, deben poseer título legítimo que los
faculte para ello, emitido por autoridad competente.
2º—Que mediante resolución
RRG-3333-2004 de las 15:30 horas del 12 de febrero del 2004, publicada en La
Gaceta 36 del 20 de febrero del 2004, se faculta al Ministerio de Obras Públicas
y Transportes, para que por los medios que estimen pertinentes, remueva los
vehículos que se encuentren prestando el servicio público de transporte
remunerado de personas, sin autorización del Estado.
3º—Que
mediante oficio ASD-2004-215, del 29 de junio del 2004, de la Dirección General
de Tránsito, recibido en la Autoridad Reguladora el mismo día, se remite para
el trámite administrativo correspondiente, la boleta de citación 2004-076821
levantada al señor Omar Pérez Villalobos, portador de cédula de identidad
2-463-708, quien conducía el vehículo placas 308390; por prestación no
autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas, dándose a
la fuga, por lo que el oficial de tránsito Sergio Moya Madriz, no pudo
decomisar el citado vehículo (folio 1 a 3).
4º—Que en la llamada
Información Sumaria no numerada, visible a folio 3, se detallan los hechos, que
se resumen así:
“Realizamos operativo en av. 2 calles 6 y
4, cuando divise el vehículo placa 308390, al detenerse observé 2 pasajeros en
asiento trasero. El conductor indica que los pasajeros de nacionalidad
Guatemalteca firmaron el documento en oficina de la empresa, pero al
consultarles ellos indican que lo llenaron en salida del aeropuerto
Internacional Juan Santamaría y por cierto tarifa en dólares, los llevan al
Hotel Aurora Holiday INN. Es claro que no hay control previo, ya que el
documento se llenó in situ (salida aeropuerto). Al inicio a confeccionarle la
boleta de citación respectiva, el señor Pérez se montó a su vehículo y se alejó
del lugar dejando en mi poder la licencia, derecho de circulación y las boletas
respectivas, las cuales les hago llegar a ustedes. Cabe destacar que la empresa
para la que trabaja el señor Pérez es Mundo Rent a Car.”
5º—Que a folio 4 corre
certificación del Consejo de Transporte Público en que consta que el vehículo
placa 308390 no se encuentra autorizado para prestar
transporte público remunerado de personas.
6º—Que el señor Omar Pérez
Villalobos, no indicó lugar para oír notificaciones (folio 02).
7º—Que no se encuentra en
autos declaración del presunto infractor.
8º—Que en el procedimiento se
han observado los plazos y las prescripciones de ley.
Considerando:
I.—Que de conformidad con lo establecido en el inciso d)
del artículo 38 de la Ley 7593, la prestación no autorizada del servicio
público, constituye un ilícito, sancionable según dispone esa misma norma.
II.—Que
para determinar la verdad real sobre los hechos acusados, lo procedente es
designar la persona que tramitará este caso y dar apertura al procedimiento
administrativo ordinario, previsto en los artículos 308 siguientes y
concordantes de la Ley General de la Administración Pública, como se dispone.
Por tanto:
Con fundamento en las
facultades conferidas en los artículos 38, inciso d), 44 y 57, inciso e) de la
Ley 7593, 129 de la Ley General de la Administración Pública,
LA REGULADORA GENERAL,
RESUELVE:
I.—Designar para la tramitación del procedimiento que aquí
se ordena a la Lic. Karolina Mena Soto, funcionaria de la Autoridad Reguladora.
II.—Dar inicio al procedimiento administrativo ordinario para
determinar la verdad real sobre los hechos detallados, a saber que con el
vehículo placas 308390, conducido por Omar Pérez Villalobos se prestó el
servicio público de transporte remunerado de personas, sin la autorización del
Estado; conducta que constituye un ilícito sancionable de conformidad con lo
establecido en los artículos 38, inciso d) y 44, ambos de la Ley 7593.
III.—Citar y emplazar,
conforme los artículos 218 y 308, siguientes y concordantes de la Ley General
de la Administración Pública, a Omar Pérez Villalobos, cédula: 2-463-708, para
que comparezca a las 9:00 horas del 2 de febrero del dos mil seis; a la
audiencia oral y privada de ley, que se realizará en las oficinas de la
Autoridad Reguladora, ubicadas cuatrocientos cincuenta metros al Oeste de la
Contraloría General de la República, en Sabana Sur, Mata Redonda, San José.
Durante la comparecencia, las partes podrán ofrecer, solicitar la admisión y
tramitar toda la prueba que el órgano director del procedimiento califique como
pertinente, pedir testimonio a la administración, preguntar o repreguntar
testigos y peritos, suyos o de otra parte, aclarar, ampliar o reformar la
defensa inicial, proponer alternativas y sus pruebas y formular conclusiones de
hecho y derecho en cuanto a la prueba y resultados de la comparecencia. Las
partes podrán hacerse acompañar de un abogado. Concluida la indagatoria, se
elevará el expediente a la Reguladora General, a quien corresponde dictar el
acto final.
En cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 312.2 de la Ley General de la Administración Pública,
se le previene a las partes que en la audiencia deberán aportar toda la prueba
pertinente, sin perjuicio de que lo puedan hacer por escrito antes de esa
fecha.
Las partes y los abogados,
pueden examinar el expediente OT-336-2004, en que se tramita este asunto, en la
Dirección de Fiscalización y Defensa del Usuario, de la Autoridad Reguladora,
en sus oficinas.
En cumplimiento de lo que
ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se
indica que contra esta resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria
y de apelación y el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá
interponerse ante la Reguladora General; el de apelación y el de revisión,
podrán interponerse ante la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora.
El recurso de revocatoria y
el de apelación deberán interponerse en el plazo de veinticuatro horas, a
partir del día siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los
plazos señalados en el artículo 354 de la citada Ley. Notifíquese.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Aracelly Pacheco
Salazar, Reguladora General.—(Nº
29-DAF-2006).—C-184820.—(2272).
MUNICIPALIDAD DE SANTA
CRUZ
DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
En La Gaceta número 115,
página 52 de fecha 15 de junio del 2001, se publicó por error involuntario que
el área que solicita en concesión el señor Carlos Wong Araya, cédula 6-067-385
en playa Pitahaya era de 1 650,62 siendo el área correcta 1 019,15 esto según
plano catastrado G-891853-2003.
Publíquese.—Eduin
Ortiz Ortiz, Encargado.—1 vez.—(3353).