Gaceta Nº 14

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MUNICIPALIDAD DE PARRITA

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

CITACIONES

FE DE ERRATAS

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 32860-H

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 30058-H-MP-PLAN de 19 de diciembre de 2001; la Ley N° 5695, Ley de Creación del Registro Nacional, de 28 de mayo de 1975 y sus reformas y el Decreto Ejecutivo Nº 32270-H de 1º de marzo de 2005 y sus reformas.

Considerando:

1º—Que el Registro Nacional, creado mediante la Ley N° 5695 denominada “Ley de Creación del Registro Nacional”, publicada en La Gaceta N° 106 de 7 de junio de 1975, es una dependencia del Ministerio de Justicia y Gracia cuya función primordial es registrar en forma eficaz y eficiente los documentos que se presenten al Registro Nacional para su inscripción, así como garantizar y asegurar a los ciudadanos los derechos con respecto a terceros.

2º—Que es función de la Junta Administrativa del Registro Nacional, ejecutar los programas de mejoras, de acuerdo con las necesidades de las dependencias a su cargo; motivo por el cual requiere efectuar inversiones en los proyectos Unificación de Servidores y Almacenamiento SAN (Storage Área Network); con el fin de fortalecer los sistemas tecnológicos de información para garantizar el mejor uso de los servicios que se ofrecen a la ciudadanía.

3º—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 32270-H, publicado en La Gaceta Nº 54 de 17 de marzo de 2005, la Autoridad Presupuestaria formuló las Directrices de Política Presupuestaria del 2006, las cuales fueron conocidas por el Consejo de Gobierno y aprobadas por el Poder Ejecutivo, estableciendo en el artículo 1º del citado decreto, el total de gasto presupuestario del presente año, para las entidades cubiertas por el ámbito del mencionado Órgano Colegiado.

4º—Que mediante el oficio STAP-CIRCULAR-0475-05 de 12 de abril de 2005, se comunicó a la Junta Administrativa del Registro Nacional el gasto presupuestario máximo fijado para el año 2006.

5º—Que por lo anterior, se hace necesario modificar el gasto máximo presupuestario de la Junta Administrativa del Registro Nacional para el 2006. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Modifícase a la Junta Administrativa del Registro Nacional el gasto presupuestario máximo fijado para el año 2006, según lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto Ejecutivo N° 32270-H, publicado en La Gaceta N° 54 de 17 de marzo de 2005, de manera que éste no podrá exceder la suma de ¢7.386.20 millones en ese período.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los cinco días del mes de enero del dos mil seis.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Hacienda, David Fuentes Montero.—1 vez.—(Solicitud Nº 44137).—C-24220.—(D32860-3859).

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Nº 1085.—San José, a las 13:45 horas del día 24 del mes de noviembre del dos mil cinco.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

Resultando:

1º—Mediante oficio N° 05/1103 de 8 de noviembre del 2005, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Nº 257625-000, cuya naturaleza es terreno construir 2 Etapa, Urbanización El Progreso, situado en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José de la provincia de San José, con una medida de 335,75 metros cuadrados y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con lote 31 destinado a calle pública con 11,00 metros; al sur, con Autopista General Cañas; al este, con lote 1; y al oeste, con lote 3.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 335,75 metros cuadrados y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno construir 2 Etapa, Urbanización El Progreso. Ubicación: distrito 07 Uruca, cantón 01 San José de la provincia de San José y cuyos  linderos son: norte, con calle pública (avenida 1) 10,98 metros; al sur, con Autopista General Cañas 12,34 metros; al este, con Emido S. A., y al oeste con Emido S. A. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

3º—Constan en el expediente administrativo Nº 27.631 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano Catastrado No. SJ-1019104-2005, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 335,75  metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener y los bienes a valorar;

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995  y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 de 22 de  agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad: al Sistema de Folio Real Matrícula Nº 257625-000.

b)  Naturaleza: terreno para construir 2 Etapa, Urbanización El Progreso.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José, de la provincia de San José.

d)  Linderos: norte, con calle pública (avenida 1) 10,98 metros; al sur, con Autopista General Cañas 12,34 metros; al este, con Emido S.A., y al oeste, con Emido S. A.

e)  Propiedad: Emido Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-036349, representada por Carlos Federspiel Pinto, cédula N° 1-389-757.

f)   De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 335,75 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Nº 257625-000,  situado en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José, de la provincia de San José y propiedad de Emido Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-036349, representada por Carlos Federspiel Pinto, cédula N° 1-389-757 y cuyos linderos son: Norte con calle pública (avenida 1) 10,98 metros; al sur, con Autopista General Cañas 12,34 metros; al este, con Emido S. A., y al oeste, con Emido S. A, con una área total de 335,75 metros cuadrados, conforme a lo indicado en el Plano Catastrado Nº SJ-1019104-2005, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y Publíquese,

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante.—1 vez.—(Solicitud Nº 31596).—C-58870.—(3359).

Nº 1086.—San José, a las 13:50 horas del día 24 del mes de noviembre del dos mil cinco.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

Resultando:

1º—Mediante oficio N° 05/1114 de 8 de noviembre del 2005, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al  Sistema de Folio Real Nº 257651-000, cuya naturaleza es terreno para construir 2 Etapa, Urbanización El Progreso, situado en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José, de la provincia de San José, con una medida de 422,35 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con Urbanización El Progreso; al sur, con lote 31 destinado a calle pública con 11,00 metros; al este, con lote 16 y  al oeste, con lote 14.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición un área de terreno equivalente a 422,35 metros cuadrados y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno para construir 2 Etapa, Urbanización El Progreso. Ubicación: distrito 07 Uruca, cantón 01 San José de la provincia de San José y cuyos  linderos son: norte, con carretera o circunvalación 13,58 metros; al sur, con calle pública (avenida 1) 11,03 metros, al este, con Emido S. A., y al oeste, con Emido S.A. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.637 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano Catastrado Nº SJ-1018082-2005, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 422,35  metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener y los bienes a valorar;

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 de 22 de  agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad: al Sistema de Folio Real Matrícula Nº 257651-000.

b)  Naturaleza: terreno para Construir 2 Etapa, Urbanización El Progreso.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José de la provincia de San José.

d)  Linderos: norte, con carretera o circunvalación 13,58 metros; al sur, con calle pública (avenida 1) 11,03 metros, al este con Emido S. A., y al oeste, con Emido S.A.

e)  Propiedad: Emido Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-036349, representada por Carlos Federspiel Pinto, cédula N° 1-389-757.

f)   De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 422,35 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Nº 257651-000,  situado en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José de la provincia de San José y propiedad de Emido Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-036349, representada por Carlos Federspiel Pinto, cédula N° 1-389-757 y cuyos linderos son: norte, con carretera o circunvalación 13,58 metros; al sur, con calle pública (avenida 1) 11,03 metros; al este, con Emido S. A., y al oeste, con Emido S. A., con una área total de 422,35 metros cuadrados, conforme a lo indicado en el Plano Catastrado Nº SJ-1018082-2005, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante.—1 vez.—(Solicitud Nº 31596).—C-58870.—(3360).

Nº 1087.—San José, a las 13:55 horas del día 24 del mes de noviembre del dos mil cinco.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

Resultando:

1º—Mediante oficio N° 05/1108 de 8 de noviembre del 2005, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al  Sistema de Folio Real Nº 257623-000, cuya naturaleza es terreno para construir 2 Etapa, Urbanización El Progreso, situado en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José de la provincia de San José, con una medida de 418,85 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con lote 31 destinado a calle pública; al sur, con Autopista General Cañas; al este, con lote 32 destinado a calle pública, y  al oeste, con lote 02.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición un área de terreno equivalente a 418,58 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno para construir 2 Etapa, Urbanización El Progreso. Ubicación: distrito 07 Uruca, cantón 01 San José de la provincia de San José y cuyos  linderos son: norte, con calle pública (avenida 1) 10,60 metros; al sur, con Autopista General Cañas 12,53 metros; al este, con calle pública 31,31 metros, y al oeste, con Emido S. A. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.630 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano Catastrado Nº SJ-1018315-2005, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 418,58 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener y los bienes a valorar.

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones Nº 7495 del 3 de mayo de 1995  y sus reformas establece en sus artículos 2º, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 de 22 de  agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad: al Sistema de Folio Real Matrícula Nº 257623-000.

b)  Naturaleza: terreno  para construir 2 Etapa, Urbanización El Progreso.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José de la provincia de San José.

d)  Linderos: norte, con calle pública (avenida 1) 10,60 metros; al sur, con Autopista General Cañas 12,53 metros; al este, con calle pública 31,31 metros, y al oeste, con Emido S. A.

e)  Propiedad: Emido Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-036349, representada por Carlos Federspiel Pinto, cédula N° 1-389-757.

f)   De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 418,58 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Número 257623-000, situado en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José de la provincia de San José y propiedad de Emido Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-036349, representada por Carlos Federspiel Pinto, cédula N° 1-389-757 y cuyos linderos son: norte, con calle pública (avenida 1) 10,60 metros; al sur, con Autopista General Cañas 12,53 metros; al este, con calle pública 31,31 metros, y al oeste, con Emido S. A., con una  área total de 418,58  metros cuadrados, conforme a lo indicado en el Plano Catastrado Nº SJ-1018315-2005, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante.—1 vez.—(Solicitud Nº 31596).—C-58870.—(3361).

Nº 1088.—San José, a las 14:05 horas del día 24 del mes de noviembre del dos mil cinco.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

Resultando:

1º—Mediante oficio N° 05/1109 de 8 de noviembre del 2005, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al  Sistema de Folio Real Nº 257627-000, cuya naturaleza es terreno construir 2 Etapa, Urbanización El Progreso, situado en el distrito 7º Uruca, cantón 1º San José de la provincia de San José, con una medida de 300,40 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con lote 31 destinado a calle pública con 11,00 metros; al sur, con Autopista General Cañas; al este, con lote 2, y al oeste, con lote 4.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición un área de terreno equivalente a 300,40 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno construir 2 Etapa, Urbanización El Progreso. Ubicación: distrito 07 Uruca, cantón 01 San José de la provincia de San José y cuyos  linderos son: norte, con calle pública (avenida 1) 11,00 metros; al sur, con Autopista General Cañas 10,99 metros; al este, con Emido S. A., y al oeste, con Inmotropi Inmobiliaria Tropical S.A. Siendo necesaria su  adquisición para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

3º—Constan en el expediente administrativo Nº 27.632 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano Catastrado Nº SJ-1019105-2005, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 300,40  metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2º, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 de 22 de  agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad: al Sistema de Folio Real Matrícula Nº 257627-000.

b)  Naturaleza: terreno Construir 2 Etapa, Urbanización El Progreso.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 7º Uruca, cantón 1º San José de la provincia de San José.

d)  Linderos: norte, con calle pública (avenida 1) 11,00 metros; al sur, con Autopista General Cañas 10,99 metros; al este, con Emido S. A., y al oeste, con Inmotropi Inmobiliaria Tropical S. A.

e)  Propiedad: Emido Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-036349, representada por Carlos Federspiel Pinto, cédula N° 1-389-757.

f)   De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 300,40 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Nº 257627-000, situado en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José de la provincia de San José y propiedad de Emido Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-036349, representada por Carlos Federspiel Pinto, cédula N° 1-389-757 y cuyos linderos son: norte, con calle pública (avenida 1) 11,00 metros; al sur, con Autopista General Cañas 10,99 metros; al este, con Emido S. A., y al oeste, con Inmotropi Inmobiliaria Tropical S. A., con una  área total de 300,40  metros cuadrados, conforme a lo indicado en el Plano Catastrado Nº SJ-1019105-2005, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante.—1 vez.—(Solicitud Nº 31596).—C-58870.—(3362).

Nº 1109.—San José, a las 10:25 horas del día 28 del mes de noviembre del dos mil cinco.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

Resultando:

1.  Mediante oficio N° 05/1105 de 8 de noviembre del 2005, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Nº 339627-000, cuya naturaleza es terreno para construir, situado en el distrito 06 San Rafael, cantón 02 San Ramón de la provincia de Alajuela, con una medida de 899,86 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con calle pública; al sur, con Ramírez Solórzano S. A., al este, con Ramírez Solórzano S. A., y al oeste, con Ramírez Solórzano S. A.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición un área de terreno equivalente a 899,14 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno para construir. Ubicación: distrito 06 San Rafael, cantón 02 San Ramón de la provincia de Alajuela y cuyos linderos son: norte, con calle pública; al sur, con Ramírez Solórzano Sociedad Anónima; al este, con Tobías Gerardo Arroyo Ramírez; y al oeste, con Ramírez Solórzano Sociedad Anónima. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto  denominado “Corredor San José-San Ramón”.

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.618 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano Catastrado Nº A-991733-2005, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 899,14  metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 de 22 de  agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad: al Sistema de Folio Real Matrícula Nº 339627-000.

b)  Naturaleza: terreno para construir.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 06 San Rafael, cantón 02 San Ramón de la provincia de Alajuela.

d)  Linderos: norte, con calle pública; al sur, con Ramírez Solórzano Sociedad Anónima; al este, con Tobías Gerardo Arroyo Ramírez, y al oeste, con Ramírez Solórzano Sociedad Anónima.

e)  Propiedad: Bicideportivo Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-206682, representada por Mainor Martín León Cruz, cédula N° 2-421-046.

f)   De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 899,14 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Número 339627-000, situado en el distrito 06 San Rafael, cantón 02 San Ramón de la provincia de Alajuela y propiedad de Bicideportivo Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-206682, representada por Mainor Martín León Cruz, cédula N° 2-421-046, y cuyos linderos son: norte, con calle pública; al sur, con Ramírez Solórzano Sociedad Anónima; al este, con Tobías Gerardo Arroyo Ramírez, y al oeste, con Ramírez Solórzano Sociedad Anónima, con una área total de 899,14 metros cuadrados, conforme a lo indicado en el Plano Catastrado Nº A-991733-2005, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante.—1 vez.—(Solicitud Nº 31596).—C-58870.—(3363).

Nº 001118.—San José, a las catorce horas y treinta y cinco minutos del día treinta del mes de noviembre del dos mil cinco.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

Resultando:

1º—Mediante oficio N° 05/1102 de 8 de noviembre del 2005, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Número 405663-000, cuya naturaleza es terreno para construir, situado en el distrito 06 San Rafael, cantón 02 San Ramón de la provincia de Alajuela, con una medida de 350,14 metros cuadrados y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con calle pública con 11,52 metros, Mauricio Benavides Chaves y Gilber Hang Gómez todos en parte; al sur, con Ramírez Solórzono S. A.; al este, con Mauricio Benavides Chaves y Marino Porras Venegas ambos en parte, y al oeste, con Víctor Manuel Villalobos Jiménez.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición un área de terreno equivalente a 350,14 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno para construir. Ubicación: distrito 06 San Rafael, cantón 02 San Ramón de la provincia de Alajuela y cuyos linderos son: norte, con calle pública, Mauricio Benavides Chaves y Gilber Hang Gómez; al sur, con Ramírez Solórzono S. A.; al este, con Mauricio Benavides Chaves y Marino Porras Venegas, y al oeste, con Víctor Manuel Villalobos Jiménez y Piedades Chacón Barrantes. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.621 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado No. A-1003971-2005, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 350,14 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble.

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar.

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad: al Sistema de Folio Real matrícula número 405663-000.

b)  Naturaleza: terreno para construir.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 06 San Rafael, cantón 02 San Ramón de la provincia de Alajuela.

d)  Linderos: norte, con calle pública, Mauricio Benavides Chaves y Gilber Hang Gómez; al sur, con Ramírez Solórzono S. A.; al este, con Mauricio Benavides Chaves y Marino Porras Venegas, y al oeste, con Víctor Manuel Villalobos Jiménez y Piedades Chacón Barrantes.

e)  Propiedad: Piedades Chacón Barrantes, cédula N° 6-045-610.

f)   De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 350,14 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Número 405663-000, situado en el distrito 06 San Rafael, cantón 02 San Ramón de la provincia de Alajuela y propiedad de Piedades Chacón Barrantes, cédula N° 6-045-610 y cuyos linderos son: norte, con calle pública, Mauricio Benavides Chaves y Gilber Hang Gómez; al sur, con Ramírez Solórzono S. A., al este, con Mauricio Benavides Chaves y Marino Porras Venegas, y al oeste, con Víctor Manuel Villalobos Jiménez y Piedades Chacón Barrantes, con una área total de 350,14 metros cuadrados, conforme a lo indicado en el Plano Catastrado No. A-1003971-2005, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante.—1 vez.—(Solicitud Nº 31596).—C-58870.—(3364).

Nº 001119.—San José, a las catorce y cuarenta horas del día treinta del mes de noviembre del dos mil cinco.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”.

Resultando:

1º—Mediante oficio N° 05/1162 de 11 de noviembre del 2005, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes y Inmuebles de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real número 133791-001-002-003, cuya naturaleza es terreno de potrero lote B, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas, con una medida de 97.874,10 metros cuadrados y cuyos linderos de la finca madre según el Registro Público de la Propiedad son: norte, con Oscar Saborío Alvarado; al sur, con calle pública; al este, con lote C, al oeste, con lote A.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición un área de terreno equivalente a 3.864,09 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno de potrero lote B. Ubicación: distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas y cuyos linderos son: norte, con Leonor Bendaña Madrigal y Quebrada Palma Quemada; al sur, con carretera nacional con 150,00 metros de frente, Rosaura Bendaña Madrigal y María de la Cruz Bendaña Ocampo y Quebrada Palma Quemada; al este, con Rosaura Bendaña Madrigal y María de la Cruz Bendaña Ocampo, y Quebrada Palma Quemada, y al oeste, con carretera nacional con 43,90 metros de frente, Leonor Bendaña Madrigal y quebrada Palma Quemada. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”.

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.655 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado Nº P-1001443-2005, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 3.864,09 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble.

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar.

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad: al Sistema de Folio Real Matrícula número 133791-001-002-003.

b)  Naturaleza: terreno de potrero lote B.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas.

d)  Linderos: norte, con Leonor Bendaña Madrigal y Quebrada Palma Quemada; al sur, con carretera nacional con 150,00 metros de frente, Rosaura Bendaña Madrigal y María de la Cruz Bendaña Ocampo y Quebrada Palma Quemada; al este, con Rosaura Bendaña Madrigal y María de la Cruz Bendaña Ocampo, y quebrada Palma Quemada, y al oeste, con carretera nacional con 43,90 metros de frente, Leonor Bendaña Madrigal y quebrada Palma Quemada.

e)  Propiedad: Elsie Bendaña Ocampo, cédula número 6-103-1149, Teresa Bendaña Madrigal, cédula número 6-126-982 y Rosario de los Ángeles Bendaña Madrigal, cédula número 6-180-239.

f)   De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 3.864,09 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Número 133791-001-002-003, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas y propiedad de Elsie Bendaña Ocampo, cédula número 6-103-1149, Teresa Bendaña Madrigal, cédula número 6-126-982 y Rosario de los Ángeles Bendaña Madrigal, cédula número 6-180-239 y cuyos linderos son: norte, con Leonor Bendaña Madrigal y quebrada Palma Quemada; al sur, con carretera nacional con 150,00 metros de frente, Rosaura Bendaña Madrigal y María de la Cruz Bendaña Ocampo y Quebrada Palma Quemada; al este, con Rosaura Bendaña Madrigal y María de la Cruz Bendaña Ocampo, y quebrada Palma Quemada, y al oeste, con Carretera Nacional con 43,90 metros de frente, Leonor Bendaña Madrigal y Quebrada Palma Quemada, con una área total de 3.864,09 metros cuadrados, conforme a lo indicado en el Plano catastrado Nº P-1001443-2005, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante.—1 vez.—(Solicitud Nº 31596).—C-58870.—(3365).

Nº 001120.—San José, a las catorce y cuarenta y cinco horas del día treinta del mes de noviembre del dos mil cinco.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

Resultando:

1º—Mediante oficio N° 05/1118 de 8 de noviembre del 2005, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Número 156463-000, cuya naturaleza es terreno inculto, situado en el distrito 02 San José, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela, con una medida de 185,26 metros cuadrados según el Registro Público de la Propiedad y con una medida de 213,09 metros cuadrados según Plano catastrado N° A-1023156-2005 y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con calle pública con 8,36; al sur, con Antonia Calvo Arias; al este, con María Ramírez Méndez, y al oeste, con Antonia Calvo Arias.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 213,09 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno inculto. Ubicación: distrito 02 San José, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela y cuyos linderos son: norte, con calle pública; al sur, con Rosa María Salazar Cambronero; al este, con Hermanas Campos Sancho, y al oeste, con German Calvo Arias. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.641 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado Nº A-1023156-2005, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 213,09 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble.

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar.

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad: al Sistema de Folio Real Matrícula número 156463-000.

b)  Naturaleza: terreno inculto.

c)  Ubicación: Situado en el Distrito 02 San José, Cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela.

d)  Linderos: norte, con calle pública; al sur, con Rosa María Salazar Cambronero; al este, con Hermanas Campos Sancho, y al oeste, con German Calvo Arias.

e)  Propiedad: Delfina Arce Oreamuno, cédula N° 2-122-529.

f)   De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 213,09 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula número 156463-000, situado en el distrito 02 San José, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela y propiedad de Delfina Arce Oreamuno, cédula N° 2-122-529 y cuyos linderos son: norte, con calle pública; al sur, con Rosa María Salazar Cambronero; al este, con Hermanas Campos Sancho, y al oeste, con German Calvo Arias, con una área total de 213,09 metros cuadrados, conforme a lo indicado en el Plano catastrado Nº A-1023156-2005, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante.—1 vez.—(Solicitud Nº 31596).—C-58870.—(3366).

Nº 1121.—San José, a las catorce y cincuenta horas del día treinta del mes de noviembre del dos mil cinco.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

Resultando:

1º—Mediante oficio N° 05/1100 de 8 de noviembre del 2005, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Número 407317-000, cuya naturaleza es terreno para construir, situado en el distrito 06 San Rafael, cantón 02 San Ramón de la provincia de Alajuela, con una medida de 219,00 metros cuadrados y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con calle pública; al sur, con resto de Ramírez Solórzano S. A.; al este, con Bicideportivo S. A., y al oeste, con servidumbre de paso en medio resto de Ramírez Solórzano S. A.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición un área de terreno equivalente a 219,00 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno para construir. Ubicación: Distrito 06 San Rafael, Cantón 02 San Ramón de la provincia de Alajuela y cuyos linderos son: Norte con Calle pública, al Sur con servidumbre de paso y Ramírez Solórzano S.A., al Este con Bicideportivo S. A. y al Oeste con calle pública, servidumbre de paso en medio resto de Ramírez Solórzano S. A. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.619 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano Catastrado No. A-848478-2003, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 219,00 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad: al Sistema de Folio Real Matrícula Número 407317-000.

b)  Naturaleza: terreno para construir.

c)  Ubicación: Situado en el Distrito 06 San Rafael, Cantón 02 San Ramón de la provincia de Alajuela.

d)  Linderos: norte, con calle pública; al sur, con servidumbre de paso y Ramírez Solórzano S. A.; al este, con Bicideportivo S. A., y al oeste, con calle pública, servidumbre de paso en medio resto de Ramírez Solórzano S. A.

e)  Propiedad: Ramírez Solórzano Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-177501, representada por Manrique Ramírez Quirós, cédula número 2-399-062 y Jeannette Solórzano Fonseca, cédula número 2-420-286.

f)   De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 219,00 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula Número 407317-000, situado en el distrito 06 San Rafael, cantón 02 San Ramón de la provincia de Alajuela y propiedad de Ramírez Solórzano Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-177501, representada por Manrique Ramírez Quirós, cédula número 2-399-062 y Jeannette Solórzano Fonseca, cédula número 2-420-286 y cuyos linderos son: norte, con calle pública; al sur, con servidumbre de paso y Ramírez Solórzano S.A.; al este, con Bicideportivo S. A.; y al oeste, con calle pública, servidumbre de paso en medio resto de Ramírez Solórzano S. A., con una área total de 219,00 metros cuadrados, conforme a lo indicado en el Plano Catastrado No. A-848478-2003, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante.—1 vez.—(Solicitud Nº 31596).—C-58870.—(3367).

Nº 1122.—San José, a las catorce y cincuenta y cinco horas del día treinta del mes de noviembre del dos mil cinco.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

Resultando:

1º—Mediante oficio N° 05/1122 de 8 de noviembre del 2005, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Número 312520-000, cuya naturaleza es terreno de potrero, situado en el distrito 13 Garita, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela, con una medida de 10.102,27 metros cuadrados y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con calle pública con 142,60 metros; al sur, con Autopista Bernardo Soto con 134,83 metros; al este, con Lote 3 de José Eduardo Villalobos Eduarte, y al oeste, con Intersección carretera Bernardo Soto con la carretera Alajuela a Atenas.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición un área de terreno equivalente a 28,89 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno de potrero. Ubicación: distrito 13 Garita, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela y cuyos linderos son: norte, con resto de finca y José Eduardo Villalobos Eduarte; al sur, con carretera Bernardo Soto; al este, con resto de finca y José Eduardo Villalobos Eduarte, y al oeste, con carretera Bernardo Soto. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.647 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano Catastrado No. A-1024239-2005, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 28,89 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad: al Sistema de Folio Real Matrícula Número 312520-000.

b)  Naturaleza: terreno de potrero.

c)  Ubicación: Situado en el Distrito 13 Garita, Cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela.

d)  Linderos: norte, con resto de finca y José Eduardo Villalobos Eduarte; al sur, con carretera Bernardo Soto; al este, con resto de finca y José Eduardo Villalobos Eduarte, y al oeste, con carretera Bernardo Soto.

e)  Propiedad: Roberto Villalobos Eduarte, cédula N° 2-324-150.

f)   De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 28,89 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Número 312520-000, situado en el Distrito 13 Garita, Cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela y propiedad de Roberto Villalobos Eduarte, cédula N° 2-324-150 y cuyos linderos son: norte, con resto de finca y José Eduardo Villalobos Eduarte; al sur, con carretera Bernardo Soto; al este, con resto de finca y José Eduardo Villalobos Eduarte, y al oeste, con carretera Bernardo Soto, con una área total de 28,89 metros cuadrados, conforme a lo indicado en el Plano Catastrado No. A-1024239-2005, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante.—1 vez.—(Solicitud Nº 31596).—C-58870.—(3368).

Nº 1123.—San José, a las 15:00 horas del día 30 del mes de noviembre del 2005.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”.

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº 05/1187 de 15 de noviembre del 2005, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Nº 16651-000, cuya naturaleza es terreno de potrero en parte con cacao, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas, con una medida de 19.824,00 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según el Registro Público de la Propiedad son: norte, con carretera y en parte parcela 129; al sur, con quebrada Golfo en medio de otras; al este, con carretera quebrada en medio otras y al oeste, con parcelas 129 y 121.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición un área de terreno equivalente a 3.273,10 metros cuadrados y que presenta las siguientes características: naturaleza: terreno de potrero en parte con cacao, ubicado: distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas, y cuyos linderos son: norte, con carretera nacional con 153,59 metros de frente y Asdrúbal Carvajal Porras; al sur, con resto de finca y quebrada Gallo; al este, con quebrada Gallo, y al oeste, con Asdrúbal Carvajal Porras. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”.

3º—Constan en el expediente administrativo Nº 27.659 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano Catastrado Nº P-993683-2005, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 3.273,10 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble.

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener y los bienes a valorar.

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad: al Sistema de Folio Real Matrícula Nº 16651-000.

b)  Naturaleza: terreno de potrero en parte con cacao.

c)  Ubicación: situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas.

d)  Linderos: norte, con carretera nacional con 153,59 metros de frente y Asdrúbal Carvajal Porras; al sur, con resto de finca y quebrada Gallo; al este, con quebrada Gallo, y al oeste, con Asdrúbal Carvajal Porras.

e)  Propiedad: Roberto Román Alfaro, cédula Nº 2-241-638.

f)   De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 3.273,10 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula Nº 16651-000, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas y propiedad del señor Roberto Román Alfaro, cédula Nº 2-241-638, y cuyos linderos son: norte, con carretera nacional con 153,59 metros de frente y Asdrúbal Carvajal Porras; al sur, con resto de finca y quebrada Gallo; al este, con quebrada Gallo, y al oeste, con Asdrúbal Carvajal Porras, con una área total de 3.273,10 metros cuadrados, conforme a lo indicado en el plano catastrado Nº P-993683-2005, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante.—1 vez.—(Solicitud Nº 31596).—C-58870.—(3369).

Nº 1124.—San José, a las 15:05 horas del día 30 del mes de noviembre del 2005.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”.

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº 05/1186 del 15 de noviembre del 2005, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble sin inscribir, de conformidad con el Plano Catastrado Nº P-1011660-2005, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas, con una medida de 378,85 metros cuadrados.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición un área de terreno equivalente a 378,85 metros cuadrados y que presenta las siguientes características: ubicación: en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas, y cuyos linderos son: norte, con Carretera Nacional con un frente de 16,00 metros y cementerio de Matapalo; al sur, con resto de finca y Sigifredo Segura Núñez; al este, con Carretera Nacional con un frente de 70,45 metros y Sigifredo Segura Núñez, y al oeste, con resto de finca y cementerio de Matapalo. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”.

3º—Constan en el expediente administrativo Nº 27.658 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado Nº P-1011660-2005, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 378,85 metros cuadrados.

b)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener y los bienes a valorar.

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Terreno sin inscribir de conformidad con el plano catastrado Nº P-1011660-2005.

b)  Ubicación: situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas.

c)  Linderos: norte, con Carretera Nacional con un frente de 16,00 metros y cementerio de Matapalo; al sur, con resto de finca y Sigifredo Segura Núñez; al este, con Carretera Nacional con un frente de 70,45 metros y Sigifredo Segura Núñez, y al oeste, con resto de finca y cementerio de Matapalo.

d)  Propiedad: Mariana Víquez Saldaña, cédula de identidad Nº 6-058-994.

e)  De dicho inmueble se necesita un área de 378,85 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”, según se ha establecido supra.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble sin inscribir de conformidad con el plano catastrado Nº P-1011660-2005, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas y propiedad de Mariana Víquez Saldaña, cédula de identidad Nº 6-058-994, y cuyos linderos son: norte, con Carretera Nacional con un frente de 16,00 metros y cementerio de Matapalo; al sur, con resto de finca y Sigifredo Segura Núñez; al este, con Carretera Nacional con un frente de 70,45 metros y Sigifredo Segura Núñez, y al oeste, con resto de finca y cementerio de Matapalo, con una área total de 378,85 metros cuadrados, conforme a lo indicado en Plano Catastrado Nº P-1011660-2005, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”.

2º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante.—1 vez.—(Solicitud Nº 31596).—C-47320.—(3370).

Nº 1125.—San José, a las 15:10 horas del día 30 de noviembre del 2005.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”.

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº 05/1189 del 15 de noviembre del 2005, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble sin inscribir, de conformidad con el Plano Catastrado Nº P-1008416-2005, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas, con una medida de 7.825,87 metros cuadrados.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición un área de terreno equivalente a 7.825,87 metros cuadrados y que presenta las siguientes características: ubicación: en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas, y cuyos linderos son: norte, con Carretera Nacional con un frente de 286,50 metros; al sur, con resto de finca; al este, con Carretera Nacional con un frente de 100,00 metros de frente y el ICE y al oeste, con Walter Robles. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”.

3º—Constan en el expediente administrativo Nº 27.661 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado Nº P-1008416-2005, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 7.825,87 metros cuadrados.

b)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener y los bienes a valorar.

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2º, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Terreno sin inscribir de conformidad con el plano catastrado Nº P-1008416-2005.

b)  Ubicación: situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas.

c)  Linderos: norte, con Carretera Nacional con un frente de 286,50 metros; al sur, con resto de finca; al este, con Carretera Nacional con un frente de 100,00 metros de frente y el ICE y al oeste, con Walter Robles.

d)  Propiedad: Jorge Eduardo Álvarez Rodríguez, cédula de identidad Nº 9-075-032.

e)  De dicho inmueble se necesita un área de 7.825,87 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”, según se ha establecido supra.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble sin inscribir de conformidad con el plano catastrado Nº P-1008416-2005, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas y propiedad de Jorge Eduardo Álvarez Rodríguez, cédula de identidad Nº 9-075-032, y cuyos linderos son: norte, con Carretera Nacional con un frente de 286,50 metros; al sur, con resto de finca; al este, con Carretera Nacional con un frente de 100,00 metros de frente y el ICE, y al oeste, con Walter Robles, con una área total de 7.825,87 metros cuadrados, conforme a lo indicado en plano catastrado Nº P-1008416-2005, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”.

2º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante.—1 vez.—(Solicitud Nº 31596).—C-47320.—(3371).

Nº 1126.—San José, a las 15:15 horas del día 30 de noviembre del 2005.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”.

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº 05/1164 de 11 de noviembre del 2005, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Nº 122853-000, cuya naturaleza es terreno para construir, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas, con una medida de 1.244,40 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según el Registro Público de la Propiedad son: norte, con calle pública con un frente de 20 metros; al sur, con Almirante Sociedad Anónima; al este, con Almirante Sociedad Anónima; al oeste, con Almirante Sociedad Anónima.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición un área de terreno equivalente a 387,63 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: naturaleza: terreno para construir. Ubicación: distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas, y cuyos linderos son: norte, con Carretera Nacional con 15,00 metros de frente y Almirante Sociedad Anónima; al sur, con resto de finca y Almirante Sociedad Anónima; al este, con Carretera Nacional con 4,98 metros de frente y Almirante Sociedad Anónima, y al oeste, con Almirante Sociedad Anónima. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”.

3º—Constan en el expediente administrativo Nº 27.657 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado Nº P-1013701-2005, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 387,63 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble.

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar.

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2º, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad: al Sistema de Folio Real matrícula Nº 122853-000.

b)  Naturaleza: terreno para construir.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas.

d)  Linderos: norte, con Carretera Nacional con 15,00 metros de frente y Almirante Sociedad Anónima; al sur, con resto de finca y Almirante Sociedad Anónima; al este, con Carretera Nacional con 4,98 metros de frente y Almirante Sociedad Anónima, y al oeste, con Almirante Sociedad Anónima.

e)  Propiedad: Elvis Espinoza Naranjo, cédula Nº 1-794-632.

f)   De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 387,63 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula Nº 122853-000, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas y propiedad de Elvis Espinoza Naranjo, cédula Nº 1-794-632, y cuyos linderos son: norte, con Carretera Nacional con 15,00 metros de frente y Almirante Sociedad Anónima; al sur, con resto de finca y Almirante Sociedad Anónima; al este, con Carretera Nacional con 4,98 metros de frente y Almirante Sociedad Anónima, y al oeste, con Almirante Sociedad Anónima, con una área total de 387,63 metros cuadrados, conforme a lo indicado en el plano catastrado Nº P-1013701-2005, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante.—1 vez.—(Solicitud Nº 31596).—C-58870.—(3372).

Nº 1127.—San José, a las 15:20 horas del día 30 de noviembre del 2005.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº 05/1120 de 8 de noviembre del 2005, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Nº 312522-000, cuya naturaleza es terreno de potrero, situado en el distrito 13 Garita, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela, con una medida de 11.985,30 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con calle pública con 54 metros 49 centímetros; al sur, con Autopista Bernardo Soto con 138 metros 54 centímetros; al este, con lote 1 de José Eduardo Villalobos Eduarte, y al oeste, con lote 3 de José Eduardo Villalobos Eduarte.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición un área de terreno equivalente a 141,50 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: naturaleza: terreno de potrero. Ubicación: distrito 13 Garita, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela, y cuyos linderos son: norte, con resto de finca; al sur, con carretera Bernardo Soto; al este, con resto de finca, y al oeste, con Roberto Villalobos Eduarte. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

3º—Constan en el expediente administrativo Nº 27.643 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado Nº A-1024237-2005, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 141,50 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble.

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar.

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2º, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad: al Sistema de Folio Real matrícula Nº 312522-000.

b)  Naturaleza: terreno de potrero.

c)  Ubicación: situado en el distrito 13 Garita, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela.

d)  Linderos: norte, con resto de finca; al sur, con carretera Bernardo Soto; al este, con resto de finca, y al oeste, con Roberto Villalobos Eduarte.

e)  Propiedad: José Eduardo Villalobos Eduarte, cédula Nº 2-275-1215.

f)   De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 141,50 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula Nº 312522-000, situado en el distrito 13 Garita, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela, y propiedad de José Eduardo Villalobos Eduarte, cédula Nº 2-275-1215, y cuyos linderos son: norte, con resto de finca; al sur, con carretera Bernardo Soto; al este, con resto de finca, y al oeste, con Roberto Villalobos Eduarte, con una área total de 141,50 metros cuadrados, conforme a lo indicado en el plano catastrado Nº A-1024237-2005, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante.—1 vez.—(Solicitud Nº 31596).—C-58870.—(3373).

Res. 1128.—San José, a las quince y veinticinco horas del día treinta del mes de noviembre del dos mil cinco.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº 05/1121 de 8 de noviembre del 2005, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al  Sistema de Folio Real número 135371-000, cuya naturaleza es terreno cultivado con árboles frutales con una casa, situado en el distrito 13 Garita, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela, con una medida de 2 369,58 metros cuadrados y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con carretera Aeropuerto El Coco San Ramón, al sur con carretera a Atenas y Daisy y Grace Montoya Madrigal, al este con Álvaro Rojas Garita, y al oeste con Gonzalo González González, Daisy y Grace Montoya Madrigal.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición un área de terreno equivalente a 286,79 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno cultivado con árboles frutales con una casa. Ubicación: Distrito 13 Garita, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela y cuyos linderos son: norte, con 61,21 metros frente a la carretera Bernardo Soto; al sur, con resto de finca; al este, con resto de finca y Álvaro Rojas Garita, y al oeste, con carretera Bernardo Soto y Gonzalo González G. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.645 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado Nº A-1024679-2005, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 286,79  metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble.

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar.

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995  y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 de 22 de  agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 135371-000.

b)  Naturaleza: terreno cultivado con árboles frutales con una casa.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 13 Garita, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela.

d)  Linderos: norte, con 61,21 metros frente a la carretera Bernardo Soto; al sur, con resto de finca; al este, con resto de finca y Álvaro Rojas Garita, y al oeste con carretera Bernardo Soto y Gonzalo González G.

e)  Propiedad: Doris Oliva González Torres, cédula Nº 2-245-777.

f)   De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 286,79 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto:

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 135371-000, situado en el Distrito 13 Garita, Cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela y propiedad de Doris Oliva González Torres, cédula Nº 2-245-777 y cuyos linderos son: norte, con 61,21 metros frente a la carretera Bernardo Soto; al sur, con resto de finca; al este, con resto de finca y Álvaro Rojas Garita, y al oeste, con carretera Bernardo Soto y Gonzalo González G., con una área total de 286,79 metros cuadrados, conforme a lo indicado en el Plano Catastrado Nº A-1024679-2005, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante.—1 vez.—(Solicitud Nº 31596).—C-58870.—(3374).

Res. Nº 1129.—San José, a las quince y treinta horas del día treinta del mes de noviembre del dos mil cinco.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº 05/1119 de 08 de noviembre del 2005, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al  Sistema de Folio Real número 141754-000, cuya naturaleza es terreno con dos casas, situado en el Distrito 13 Garita, Cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela, con una medida de 632,48 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con calle pública; al sur, con marginal Autopista Bernardo Soto; al este, con Juan Arias Vargas y Luis Araya Calvo, y al oeste, con Autopista Bernardo Soto.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición un área de terreno equivalente a 616,73 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno con dos casas. Ubicación: Distrito 13 Garita, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela y cuyos  linderos son: norte, con calle pública; al sur, con carretera Bernardo Soto; al este, con Juan Vicente Arias Vargas y Stacey Kadira Rodríguez Arroyo, y al oeste, con calle pública. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.642 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado Nº A-1022528-2005, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 616,73 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble.

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995  y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 de 22 de  agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad: al Sistema de Folio Real matrícula número 141754-000. 

b)  Naturaleza: terreno con dos casas.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 13 Garita, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela.

d)  Linderos: norte, con calle pública; al sur, con carretera Bernardo Soto; al este, con Juan Vicente Arias Vargas y Stacey Kadira Rodríguez Arroyo, y al oeste, con calle pública.

e)  Propiedad: Carlos María González Porras, cédula Nº 2-153-376. 

f)   De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 616,73 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto:

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 141754-000, situado en el distrito 13 Garita, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela y propiedad de Carlos María González Porras, cédula Nº 2-153-376 y cuyos linderos son: norte, con calle pública; al sur, con carretera Bernardo Soto; al este, con Juan Vicente Arias Vargas y Stacey Kadira Rodríguez Arroyo, y al oeste, con calle pública, con una área total de 616,73 metros cuadrados, conforme a lo indicado en el Plano Catastrado Nº A-1022528-2005, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante.—1 vez.—(Solicitud Nº 31596).—C-58870.—(3375).

Res. Nº 1130.—San José, a las quince y treinta y cinco horas del día treinta del mes de noviembre del dos mil cinco.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”.

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº 05/1163 del 11 de noviembre del 2005, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble sin inscribir, de conformidad con el plano catastrado Nº P-1010249-2005, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas, con una medida de 205,68 metros cuadrados.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición un área de terreno equivalente a 205,68 metros cuadrados y que presenta las siguientes características: Ubicación: En el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas, y cuyos linderos son: norte, con Carretera Nacional con 10,19 metros de frente y Heidi Segura Navas; al sur, con resto de finca y Walter Robles; al este, con Carretera Nacional con 9,00 metros de frente y Walter Robles, y al oeste, con Heidi Segura Navas. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”.

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.656 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado Nº P-1010249-2005, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 205,68 metros cuadrados.

b)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995  y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 de 22 de  agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Terreno sin inscribir de conformidad con el plano catastrado Nº P-1010249-2005.

b)  Ubicación: situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas.

c)  Linderos: norte, con Carretera Nacional con 10,19 metros de frente y Heidi Segura Navas; al sur, con resto de finca y Walter Robles; al este, con Carretera Nacional con 9,00 metros de frente y Walter Robles, y al oeste con Heidi Segura Navas.

d)  Propiedad: lveth Navas Morales, cédula de identidad número 6-169-971.

e)  De dicho inmueble se necesita un área de 205,68  metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”, según se ha establecido supra.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto:

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble sin inscribir  de conformidad con el plano catastrado Nº P-1010249-2005, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas y propiedad de lveth Navas Morales, cédula de identidad número 6-169-971 y cuyos linderos son: norte, con Carretera Nacional con 10,19 metros de frente y Heidi Segura Navas; al sur, con resto de finca y Walter Robles; al este, con Carretera Nacional con 9,00 metros de frente y Walter Robles, y al oeste, con Heidi Segura Navas, con una  área total de 205,68 metros cuadrados, conforme a lo indicado en Plano Catastrado Nº P-1010249-2005, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”.

2º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante.—1 vez.—(Solicitud Nº 31596).—C-47320.—(3376).

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

GERENCIA DE INSUMOS AGRÍCOLAS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Nº 327/05.—El señor Ricardo Fournier Vargas, cédula 1-454-720, en calidad de Representante Legal de la compañía Agrosuperior S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Amigo Calcio compuesto a base de nitrógeno-calcio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 9 de diciembre del 2005.—Programa Registro Agroquímicos.—Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa.—(2721).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Nº 003/2006.—El señor Marcos Céspedes Madrigal, cédula número 1-316-957, en calidad de Representante Legal de la compañía Aseferagri S. A, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Granumax compuesto a base de Carbonato de calcio-Carbonato de magnesio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 6 de enero del 2006.—Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa Programa Registro de Agroquímicos.—(3006).

Nº 002/2006.—El señor Marcos Céspedes Madrigal, cédula número 1-316-957, en calidad de Representante Legal de la compañía Aseferagri S. A, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Granumax S compuesto a base de carbonato de calcio-carbonato de magnesio-azufre. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 6 de enero del 2006.—Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa Programa Registro de Agroquímicos.—(3007).

N° 340-05.—El señor Erick Blanco Villalobos, cédula N° 6-256-074, en calidad de Representante Legal de la compañía Grupo Polymer de Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Insecticida de nombre comercial Farber 0,1 BO compuesto a base de Bifentrina. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 12 de diciembre del 2005.—Programa Registro Agroquímicos.—Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa.—(3165).

N° 341-05.—El señor Erick Blanco Villalobos, cédula N° 6-256-074, en calidad de Representante Legal de la Compañía Grupo Polymer de Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Insecticida de nombre comercial Polyagro 0,1 BO compuesto a base de Bifentrina. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 12 de diciembre del 2005.—Programa Registro Agroquímicos.—Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa.—(3166).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD

Y MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 63 y Título Nº 551, emitido por el Liceo José Joaquín Vargas Calvo, en el año mil novecientos noventa y cinco, a nombre de Ericka Guzmán Moreno. Se solicita la reposición del título indicado por corrección del nombre, cuyo nombre y apellidos correctos son: Erika Guzmán Moreno. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 6 de enero del 2005.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(2327).

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 76, título N° 624, emitido por el Colegio Técnico Profesional Ricardo Castro Beer, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Peraza Arguedas Marcela. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son: Negrini Peraza Marcela Vanessa. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 22 de noviembre del 2005.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(2689).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 23, asiento Nº 277, emitido en el año mil novecientos noventa y uno, y del Título de Técnico Medio en Secretariado Comercial, inscrito en el tomo 1, folio 15, asiento Nº 275, emitido en el año mil novecientos ochenta y nueve, ambos fueron otorgados por el Colegio Técnico Profesional Mario Quirós Sasso, a nombre de Vanessa Marín Alvarado. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los siete días del mes de noviembre del dos mil cinco.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(3547).

SALUD

EDICTO Nº DAJ-074-2006

El Ministerio de Salud avisa que por haber poseído en forma pública, pacífica y de buena fe por más de diez años el inmueble donde se encuentra funcionando el Área Rectora de Salud de Tibás. Sita en la provincia de San José, cantón trece Tibás, distrito uno San Juan, con naturaleza: Terreno construido en el cual se ubica el Área Rectora de Salud de Tibás, inmueble que de conformidad con el plano catastrado SJ-1044808-2006 posee un área de 250.77 metros cuadrados (doscientos cincuenta metros con setenta y siete decímetros cuadrados). Colinda: al norte, con Isabel González Cervantes; al sur, con Edwin Bastos Hernández; al este, con María Estela Jiménez Saborío, y al oeste, con calle pública número tres con acera en medio. Para efectos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad a nombre del Estado-Ministerio de Salud, se informa que un mes después de la publicación del presente edicto, iniciará gestiones para la mencionada inscripción vía información posesoria o administrativa, según lo que mejor convenga a los intereses de este Ministerio. Para efectos videndi, el plano del terreno mencionado puede ser solicitado en la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud. La oposición puede ser remitida a la mencionada Dirección. Sita San José, avenidas 6 y 8, calle 16, o por medio del fax Nº 256-2768.—San José, 10 de enero del 2006.—Dirección Asuntos Jurídicos.—Lic. Ronny Stanley Muñoz Salazar, Director.—1 vez.—Nº 79031.—(3515).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa Autogestionaria para el Desarrollo de los Sistemas de Salud R. L., siglas COODESISA R. L. acordada en asamblea celebrada el día 4 de noviembre del 2005. Resolución C-1357 del día 16 de diciembre del 2005. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Consejo de Administración:

Presidenta: Sandra Li Chen Apuy

Vicepresidenta: Cecilia M. Sanchún Macin

Secretario: Mario Quirós Meza

Vocal 1: Erick Ulate Quesada

Vocal 2: Karina Solís Alfaro

Suplente 1: Carlos Muñoz Retana

Suplente 2: Yetty Gross Robles

Gerente:

Mauricio Vargas Fuentes.

San José, 16 de diciembre del 2005.—Lic. José Joaquín Orozco, Jefe.—(2678).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordé introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada: Sindicato de Trabajadores Municipales de Grecia, Siglas Sitramudegre, acordada en asamblea celebrada el 7 de octubre del 2005. Expediente M-100. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante Tomo: 2, Folio: 250, Asiento: 4378 del día 16 de diciembre del 2005. La reforma afecta los artículos 11 y 26 del Estatuto. San José, 16 de diciembre del 2005.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(3144).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de gestor oficioso de Skateboard World Industries, Inc., de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

 

“Para ver la imagen solo en Gaceta en formato PDF”

 

como marca de fábrica, en clase 25 internacional, para proteger y distinguir: Ropa (vestuario), calzado, sombrerería. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio del 2005, según expediente Nº 2005-0004707. De conformidad con el artículo 15 de la Ley Nº 7978, una vez notificado el presente edicto rige un plazo contado a partir del día hábil siguiente, de seis meses para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. En caso contrario se tendrá por abandonada la solicitud caducando el derecho y archivándose la solicitud.—San José, 5 de setiembre del 2005.—Nº 75010.—(103070).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de gestor oficioso de Skateboard World Industries, Inc., de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

 

“Para ver la imagen solo en Gaceta en formato PDF”

como marca de fábrica, en clase 18 internacional, para proteger y distinguir: Bolsos incluidos en esta clase, baúles y bolsos de viajero (valijas), cuero e imitaciones de cuero y artículos hechos de estas materias y no incluidos en otras clases, carteras, billeteras, maletas, maletines, portapapeles, portadocumentos, llaveros de cuero, sombrillas. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio del 2005, según expediente Nº 2005-0004708. De conformidad con el artículo 15 de la Ley Nº 7978, una vez notificado el presente edicto rige un plazo contado a partir del día hábil siguiente, de seis meses para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. En caso contrario se tendrá por abandonada la solicitud caducando el derecho y archivándose la solicitud.—San José, 5 de setiembre del 2005.—Nº 75011.—(103071).

AMBIENTE Y ENERGÍA

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Expediente Nº 2591.—Marco Julio Pérez Chacón solicita en concesión 0,16 litros por segundo de un nacimiento en su propiedad ubicada en Naranjo, para usos domésticos y riego. Coordenadas. 229.800 491.800, hoja Naranjo. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes de la primera publicación.—San José, 16 de diciembre del 2005.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 78353.—(2641).

Expediente Nº 12007.—Carlos Sanabria Aguilar solicita concesión de agua de quebrada Pavas captada en propiedad de Luis Manuel Chavarría González, en Llano Grande de Cartago, en cantidad de un litro por segundo. Coordenadas 215.500 / 547.800, hoja Istarú. Propietarios de predios inferiores Juan Arias Quesada, Urbano Porras Brenes; Hernán Araya Leitón. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de diciembre del 2005.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 78433.—(2642).

Exp. Nº 11904.—Isidro Ugalde Rodríguez, solicita concesión de un nacimiento sin nombre realizando la captación en propiedad de Vidal Viques Quesada. Sita en Florencia, San Carlos Alajuela. Coordenadas 265.200 / 487.250 Hoja Aguas Zarcas. Utilizará 4 litros por segundo para uso doméstico, abrevadero, granja, porqueriza y piscicultura, propietarios de predios inferiores Petronila González Jarquín, Isidro Ugalde R., Anabelle Brenes Moya, Edgar Chacón Palma. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de setiembre de 2005.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 78537.—(2715).

Exp. Nº 11903.—Édgar Chacón Palma, solicita concesión de un nacimiento sin nombre realizando la captación en propiedad de Vidal Viques Quesada. Sita en Florencia, San Carlos Alajuela. Coordenadas 265.200 / 487.250 Hoja Aguas Zarcas. Utilizará 3 litros por segundo para uso doméstico y piscina; propietarios de predios inferiores Petronila González Jarquín, Isidro Ugalde R., Anabelle Brenes Moya. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de setiembre de 2005.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 78538.—(2716).

Expediente Nº 9911.—Coffex Internacional MM S. A., solicita en concesión 0.75, 0.70, 3.00, 1.70, 1.50, 0.80, 0.90, 0.80, 1.75 litros por segundo de nueve nacimientos captados en su propiedad en Naranjo, para usos domésticos y riego. Coordenadas en el mismo orden: 235.060-493.900, 235.010-493875, 234.930-494.630, 234.930-494.650, 234.640-494.520, 234.730-494.570, 234.740-494.590, 234.750-494.600, 234.800-494.235, hoja Naranjo. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes de la primera publicación.—San José, 7 de diciembre del 2005.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 78638.—(2971).

Expediente Nº 11992.—Royalty S. A., solicita en concesión 0.90, 0.95, 0.75, 0.75, 0.75 y 1.75 litros por segundo de 6 nacimientos captados en propiedades de Coffex Internacional MM S. A., y Empresa Matague S.A., para usos domésticos y riego. Coordenadas en el mismo orden: 234.400-493.900 / 234.300-493.900 / 233.850-494.900 / 233.915-493.980 / 233.900-493.950 / 234.700-494.200, hoja Naranjo. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes de la primera publicación.—San José, 8 de diciembre del 2005.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 78639.—(2972).

Expediente Nº 12039.—Compañía Comercializadora de los Andes S. A., solicita concesión de aguas de una quebrada sin nombre y río Purires, ubicadas en su propiedad en coordenadas 202.160 / 538.680, en cuanto al río Purires, se presentan cuatro puntos de toma: Pto. 1:202.490 / 538.800; Pto. 2: 202.490 / 538.860; Pto. 3: 202.480 / 538.900, y Pto. 4: 202.490 / 538.960, hoja Istarú, en Tobosi, El Guarco de Cartago, para lechería y riego en cantidad de 3 litros por segundo de la quebrada y 6 litros por segundo para cada punto de toma del río Purires. Propietarios de predios inferiores: Plantas Reales S. A., LL Ornamentales de la Montaña S. A., y Adolfo Thames Leiva. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo dentro del mes contado de la primera publicación.—San José, 10 de enero del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 78743.—(2973).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. Nº 12049.—Jorge Antonio Ceciliano Calderón, solicita en concesión, 8 litros por segundo de Quebrada La Víbora captada en propiedad de Orlando Navarro en El Guarco, para usos turísticos, piscicultura y riego. Coordenadas: 201.400 / 537.550, Hoja Tapantí. Predios inferiores: Nora y Germán Ceciliano Navarro. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes de la primera publicación.—San José, 11 de enero del 2006.—Departamento de Aguas J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 78790.—(3114).

Exp. Nº 12048.—Sitio Tranquilo de Dominical S. A., solicita en concesión, 0,50 litros por segundo de cada uno de dos nacimientos que afloran en su propiedad en Pérez Zeledón para usos domésticos y turísticos, piscina y riego. Coordenadas: 146.520 / 564.380 y 146.620 / 564.400, Hoja San Isidro. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes de la primera publicación.—San José, 11 de enero del 2006.—Departamento de Aguas J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 78791.—(3115).

Exp. Nº 12047.—Joseph Rush Wimberly, solicita concesión de aguas de un nacimiento sin nombre en su propiedad en coordenadas 208.980 / 519.680, Hoja Abra, en San Antonio de Escazú, para doméstico y riego en cantidad de 0,20 litros por segundo. Propietarios de predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de enero del 2006.—Departamento de Aguas J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 78792.—(3116).

Exp. Nº 12046.—José Rafael Calvo Jiménez, solicita concesión de aguas de un nacimiento sin nombre en su propiedad en coordenadas 211.290 / 546.490, Hoja Istarú, en Llano Grande de Cartago, para doméstico, abrevadero, granja y riego en cantidad de 0,75 litros por segundo. Propietarios de predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de enero del 2006.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 78796.—(3117).

Exp. Nº 12045.—Manuel Antonio Ureña Umaña, solicita concesión de aguas de la Quebrada Salado, en su propiedad en coordenadas 181.950 / 532.734, Hoja Dota, en San Marcos de Tarrazú, para beneficio de café en cantidad de 1,00 litro por segundo. Propietarios de predios inferiores: Romilio Ureña Monge y Fanny Ureña Jiménez. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de enero del 2006.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 78797.—(3118).

Exp. Nº 6854.—José y otros Araya Sanches, solicita aumento de caudal de el Río Reventado, en su propiedad en coordenadas 213.200 / 547.800, Hoja Istarú, en Llano Grande de Cartago, para riego en cantidad de 3,00 litros por segundo. Propietarios de predios inferiores: S.U.A. El Rodeo y Rafael Calvo Jiménez. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de enero del 2006.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 78798.—(3119).

Exp. Nº 4780.—Flores de Altura S. A., solicita aumento de caudal de un nacimiento sin nombre en su propiedad en coordenadas 216.100 / 546.200, Hoja Istarú, en Llano Grande de Cartago, para doméstico y riego en cantidad de 1,50 litros por segundo. Propietarios de predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de enero del 2006.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 78799—(3120).

Exp. Nº 12043.—Manuel María Murillo Hidalgo, solicita en concesión 2,5 litros por segundo de un nacimiento en propiedad de Aparicio Ramírez Herra en su propiedad en Guatuso para piscicultura. Coordenadas 299.220 / 431.500, Hoja Guatuso. Propietarios de predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de enero del 2006.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 78828—(3121).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Expediente Nº 12042-P.—Chacra de la Rastrillada Honda S. A. Solicita en concesión 0,50 litros por segundo del pozo RA-86 perforado en su propiedad en Paquera de Puntarenas, para usos domésticos, abrevadero y riego. Coordenadas 193.530 / 420.295. Hoja Río Ario. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de enero del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 79033.—(3516).

Expediente Nº 12051-P.—Productos de Pollo Kornelsen y Duek S. A. Solicita concesión de aprovechamiento de agua de un pozo perforado número RT-68 en su propiedad. Sita en Río Cuarto, Grecia, Alajuela. Ubicación cartográfica. Coordenadas 264.262 / 512.781. Hoja Río Cuarto, Caudal solicitado 3 litros por segundo para uso industrial. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 enero del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 79034.—(3517).

Expediente Nº 12040-P.—La CCSS solicita en concesión, 5 litros por segundo del pozo AB-1836 perforado en su propiedad en el Hospital de las Mujeres Adolfo Carit Eva en San José, para usos hospitalarios. Coordenadas: 211.900 / 527.450, hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de enero del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(3533).

Expediente Nº 11017-P.—Humberto Vargas Vásquez y Familia Vargas Fernández S. A., solicitan concesión del pozo NA-211, que se ubica en su propiedad en Granja Palmares. Coordenadas: 226.720 / 488.300, hoja Naranjo y que utilizará 0.50 litros por segundo para usos domésticos. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 1º de enero del 2006.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(3582).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil – Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Expediente Nº 19864-05.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y cincuenta minutos del veintidós de noviembre del dos mil cinco. Diligencias de ocurso incoadas en este Registro por Gloria Leticia Porras Suárez, mayor, casada, costarricense, comerciante, cédula de identidad número ocho-cero setenta y siete-ochocientos veintitrés, vecina de Dominical, Osa, Puntarenas, tendente a la rectificación de su asiento de naturalización, que lleva el número... en el sentido que los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Suárez Balderas” y no como se consignaron. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta y se previene a las partes interesadas, para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado. Notifíquese y publíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—Nº 78619.—(2974).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se avisa a las partes interesadas que en este Registro se encuentra en trámite el proceso administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de Yanín Nacira Álvarez Hernández. Expediente Nº 29118-05.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas, cinco minutos del doce de diciembre del dos mil cinco. Proceso administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de Yanín Nacira Álvarez Hernández, que lleva el número cero veinte, folio cero diez, del tomo seiscientos noventa y tres, de la provincia de Alajuela, Sección de Nacimientos, en el sentido que la misma es hija de “Miguel Alfonso Vargas Aguilar y Ana Rosa Álvarez Hernández, costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, se confiere audiencia dentro del término de ocho días a partir de la primera publicación en el Diario Oficial La Gaceta al señor Miguel Alfonso Vargas Aguilar, al señor Carlos Alberto Castro Porras y a la señora Ana Rosa Álvarez Hernández, con el propósito que se pronuncien con relación a este proceso. Se ordena publicar este edicto por tres veces en el mismo Diario y se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—(Nº 36-2006).—C-33020.—(3380).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por, Jianqin Fang Wang, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2345-2005.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos, San José, a las nueve horas, cincuenta y ocho minutos del veintitrés de diciembre del dos mil cinco. Ocurso. Expediente Nº 34196-2005 Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de matrimonio de Jiangin Fang Wang..., en el sentido que el nombre y apellido de la cónyuge son “Jianqin Fang, no indica segundo apellido hija de Zhongshan Fang y Qinglian Wang, no indican segundo apellido” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(2943).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Larane Daniel Shiblert, Expediente N° 12998-2001 ha dictado una resolución que en lo conducente dice: N° 1360-2001.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del trece de agosto del dos mil uno. Diligencias de ocurso incoadas por Larane Daniel Shiblert, cédula de identidad número siete-cero treinta y ocho-trescientos noventa y nueve. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.— Sobre el fondo:... Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Larane Daniel Shiblert, que lleva el número trescientos noventa y nueve, folio doscientos, tomo treinta y ocho, de la Sección de nacimientos de la provincia de Limón en el sentido de que el nombre y apellidos del padre y el nombre, apellidos y nacionalidad de la madre de la persona ahí inscrita son: “Vincent George Daniels Clarke” y “Edna Beatriz Hilbert Hilbert, costarricense”, respectivamente y no como se consignó. Publíquese esta resolución por una vez en el Diario Oficial. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Departamento Civil.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(2999).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Rosario Reyes Sandoval, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2294-2005.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las siete horas veinte minutos del diecinueve de diciembre del dos mil cinco. Ocurso. Expediente Nº 8604-00. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Claudia Irene Chinchilla Reyes... en el sentido que el nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “Rosario” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(3001).

Se hace saber que en este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Harold Gerónimo Rodríguez Vanegas, conocido como Harold Gerónimo Rodríguez Guadamuz, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución N° 2164-05.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección deActos Jurídicos.—San José, a las siete horas y treinta y cinco minutos del veintiuno de noviembre del dos mil cinco. Ocurso. Exp. N° 5969-05. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: procédase a rectificar el asiento de matrimonio de Gerónimo Rodríguez Guadamuz…, en el sentido que el apellido del cónyuge es “Rodríguez, no indica segundo apellido” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 78868.—(3330).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Maureen Sánchez Cambronero, exp. N° 20043-2001 ha dictado una resolución que en lo conducente dice: N° 1987-2001.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—San José, a las diecisiete horas treinta minutos del dieciséis de octubre del dos mil uno. Diligencias de ocurso incoadas por Maureen Sánchez Cambronero, mayor, casada, del hogar, costarricense, cédula de identidad número dos-quinientos veintiséis-setecientos siete. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Maureen del Carmen Sánchez Cambronero, que lleva el número setecientos siete, folio trescientos cincuenta y cuatro, tomo quinientos veintiséis de la Sección de Nacimientos de la provincia de Alajuela, en el sentido de que los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son: “Vargas Sánchez” y no como se consignó. Publíquese esta resolución por una vez en el Diario Oficial. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Hugo Montero Hernández, Jefe a.í.—1 vez.—Nº 78876.—(3331).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Cristina Campos Arias, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2050-2004.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina  de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas y treinta minutos del treinta de junio del dos mil cuatro. Ocurso. Exp. N° 11450-04. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando. I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: procédase a rectificar los asientos de nacimiento de Michelle Alexandra y Maikol Alexander ambos Fernández Campos... en el sentido que el primer apellido del padre de los mismos es “Hernández” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a.í.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 78948.—(3332).

Se hace saber que, en diligencias de ocurso incoadas por Damaris Astorga Urbina, en exp. Nº 5959-2001, este Registro ha dictado una resolución, que en lo conducente dice: Nº 0902-2001. Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas treinta minutos del dieciocho de mayo del dos mil uno. Diligencias de ocurso incoadas por, Damaris Astorga Urbina, soltera, oficios del hogar, costarricense, cédula de identidad siete-cero setenta y nueve-ochocientos quince, vecina de Emilia Guápiles Pococí. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Greivin Martín Mora Astorga, que lleva el número ochocientos nueve, folio cuatrocientos cinco, tomo mil cuatrocientos sesenta y uno, de la Sección de Nacimientos de la provincia de San José, en el sentido de que los apellidos del padre de la persona ahí inscrita son: “Moya Chinchilla”. Publíquese esta resolución una vez en el Diario Oficial.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 78970.—(3333).

Se hace saber a Orlando Vargas Rojas, Ana Lucía Murillo Solís y José Antonio Solís Oviedo, que este Registro en procedimiento administrativo de rectificación del asiento de nacimiento del menor Esteban Antonio Solís Murillo, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 2340-2005.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas, cuarenta y cuatro minutos del veintidós de diciembre del dos mil cinco. Expediente N° 8442-2005. Resultando: 1º—...; 2º—...; Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Esteban Antonio Solís Murillo, que lleva el número novecientos noventa y uno, folio cuatrocientos noventa y seis, tomo doscientos veintinueve, de la provincia de Heredia, Sección de Nacimientos, en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Orlando Vargas Rojas y Ana Lucía Murillo Solís, costarricenses”. Consúltese con el Tribunal Supremo de Elecciones para su resolución definitiva. Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í., Lic. Ligia María González Richmond, Jefa Sección Actos Jurídicos. En razón de ignorarse el domicilio actual de los señores Orlando Vargas Rojas, Ana Lucía Murillo Solís y José Antonio Solís Oviedo, se les notifica por este mismo medio.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—1 vez.—(Nº 37-2006).—C-11570.—(3379).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

CIENCIA Y TECNOLOGÍA

PLAN DE COMPRAS 2006

ID

Programa               Codmerc                                  Descripción                                              Cantidad               Periodo                                  Total ¢

218                  10101-001-000050           Alquiler de edificios y locales                                            1                        Anual                                100.000

218                  10103-005-000001           Alquiler de equipo de cómputo                                          6                        Anual                                250.000

218                  10199-000-000000           Otros alquileres                                                                6                        Anual                                125.000

218                  10199-900-000890           Alquiler de tarimas                                                           8                        Anual                                125.000

218                  10203-001-000001           Contrato de servicios de correo                                      46                        Anual                                300.000

218                  10204-001-000300           Contrato de servicios de telecomunicaciones                  12                        Anual                             6.000.000

218                                                                                                                                                                                                                  10.541.000

218                  10301-001-000080           Contrato de servicios de información

                                                                  Imprenta Nacional                                                       160                        Anual

218                  10302-001-000001           Servicios de publicidad a medios de comunicación

                                                                  diversos                                                                          21                        I y II semestre

218                  10302-001-000040           Servicios de publicidad radiofónica                                    5                        Anual

218                  10303-001-000001           Impresión de broshures diferentes                             16506                        I,II,III trimestre

218                  10303-001-000001           Impresión                                                                  4800                        I,II,III trimestre

218                  10303-001-000005           Impresión de folletos diferentes                                 5056                        I,II,III trimestre

218                  10303-001-000050           Impresión de boletines diferentes                                   20                        I,II,III trimestre

218                  10303-001-000100           Impresión de afiches diferentes                                  5304                        I,II,III trimestre

218                  10303-001-000350           Impresión de revistas diferentes                                 6200                        I,II,III trimestre

218                  10303-001-001340           Gasto de transporte todo tipo                                           0                        I y II semestre

218                  10303-005-000100           Empaste todo tipo                                                     1970                        I,II,III y IV trimestre

218                  10303-020-000001           Servicio de fotocopiado                                              4500                        I,II,III y IV trimestre

218                  10305-001-000001           Servicio de desalmacenaje                                                 2                        I y II semestre                   200.000

218                  10305-010-000001           Servicios de agencia aduanal                                             2                        I y II semestre                   100.000

218                                                                                                                                                                                                                    1.000.000

218                  10404-001-000015           Asesoría Proyectos Culturales y socioculturales                4                        I,II,III y IV trimestre

218                  10406-900-000003           Servicio de confección de llaves                                       9                        I,II,III y IV trimestre

218                  10501-001-000001           Transporte dentro del país                                               0                        I,II,III y IV trimestre        550.000

218                  10502-001-000001           Viáticos dentro del país                                                                                                                    1.800.000

218                  10503-001-000000           Transporte en el exterior                                                 0                        I,II,III y IV trimestre     3.500.000

218                  10504-001-000005           Viáticos al exterior                                                           0                        I,II,III y IV trimestre     4.000.000

218                  10601-001-000001           Seguros                                                                                                       I,II,III y IV trimestre     4.500.000

218                  10601-001-000001           Pago de seguros                                                                6                        I,II,III y IV trimestre

218                  10701-001                         Actividades de capacitación                                                                                                              1.000.000

218                  10701-001-000040           Seminarios todo tipo                                                      11                        I,II,III y IV trimestre

218                  10701-001-000080           Capacitación recursos humanos                                        6                        I,II,III y IV trimestre

218                  10701-001-000600           Capacitación en Administración                                       3                        I,II,III y IV trimestre

218                  10701-001-001800           Capacitación en Derecho                                               15                        I,II,III y IV trimestre

218                  10701-005-000001           Servicio de restaurante, catering service                         44                        I,II,III y IV trimestre     1.000.000

218                  10701-020-002105           Suscripción a congresos, seminarios, talleres y otros         6                        I,II,III y IV trimestre

218                  10702-020-003100           Servicio de Confección de Arreglos Florales                     6                        I,II,III y IV trimestre

218                  10805-001-000020           Reparación y mantenimiento de vehículos                       5                        anual                              4.000.000

218                  10806-035-000001           Mantenimiento, reparación y limpieza de equipo

                                                                  de comunicación                                                              2                        anual                              1.000.000

218                  10807-010-000080           Mantenimiento y reparación de fotocopiadora                 3                        anual                                 500.000

218                  10807-020-000010           Contrato de mantenimiento y repración de mobiliario

                                                                  y equipo de oficina                                                           3                        anual                              1.000.000

218                  10808-015-000001           Reparación y mantenimiento correctivo y o

                                                                  preventivo de computadora                                              3                        anual                              2.000.000

218                  19905-005-000010           Deducible de póliza de vehículo                                        1                        anual                                 500.000

218                  20101-001-000005           Contrato de cupones de gasolina                                       2                        I y II semestre                5.700.000

218                  20101-005-000005           Contrato de cupones para diesel                                       2                        I y II semestre                   500.000

218                  20101-010-000281           Líquido para radiador                                                        0                        I,II,III y IV trimestre

218                  20101-010-001010           Líquido para frenos                                                          0                        I,II,III y IV trimestre

218                  20101-010-001205           Aceite lubricante sae 50                                                   0                        I,II,III y IV trimestre

218                  20104-001                         Tintas Pinturas y Diluyentes                                                                                                            3.200.000

218                  20104-085-000001           Tinta todo tipo                                                            536                        I,II,III y IV trimestre

218                  20104-085-009020           Cartuchos de tinta todo tipo                                         618                        I,II,III y IV trimestre

218                  20104-090-000001           Tonner todo tipo                                                         110                        I,II,III y IV trimestre

218                  20103-001                         Alimentos y Bebidas                                                                                                                         1.500.000

218                  20203-005-000020           Azúcar                                                                         150                        I,II,III y IV trimestre

218                  20203-005-000040           Café                                                                             150                        I,II,III y IV trimestre

218                  20203-005-000120           Te                                                                                  50                        I,II,III y IV trimestre

218                  20203-015-000035           Galletas todo tipo                                                         300                        I,II,III y IV trimestre

218                  20203-030-000001           Leche y derivados                                                            0                        I,II,III y IV trimestre

218                  20203-030-000020           Crema                                                                          150                        I,II,III y IV trimestre

218                  20203-050-000080           Atunes                                                                           25                        I,II,III y IV trimestre

218                  20203-900-000205           Agua envasada y purificada (bidón)                                 60                        I,II,III y IV trimestre

218                  20203-900-000400           Gaseosas                                                                       320                        I,II,III y IV trimestre

218                  20203-900-000800           Jugos                                                                              20                        I,II,III y IV trimestre

218                  20301-230-000001           Materiales y productos metálicos                                     5                                                                 150.000

218                  20303-001                         Madera y sus derivados                                                     5                                                                 150.000

218                  20304.001203.03.01         Materiales y Productos eléctricos, telefónicos

                                                                  y de computo                                                                 20                                                                 500.000

218                  20304-025-006430           Cable utp categoría 5                                                 1 caja                        I y II semestre

218                  20304-065-000001           Extensiones eléctricas                                                    11                        I,II,III y IV trimestre

218                  20304-135-000001           Protector de picos                                                          11                        I,II,III y IV trimestre

218                  20304-155-000406           Fuente de poder                                                                6                        I Y II semestre

218                  20306-001                         Materiales y productos de plástico                                    4                                                                   50.000

218                  20401-001                         Herramientas e instrumentos                                            4                                                                 150.000

218                  20402-001                         Repuestos y accesorios                                                                                                                     2.650.000

218                  20402-001-000005           Llantas todo tipo                                                           24                        I,II,III y IV trimestre

218                  20402-040-000006           Baterías todo tipo                                                            5                        I,II,III y IV trimestre

218                  20402-045-000001           Repuestos para vehículos todo tipo                                25                        I,II,III y IV trimestre

218                  20402-065-000020           Repuestos para central telefónica y teléfono                  25                        I,II,III y IV trimestre

218                  20402-080-000001           Repuestos para computación en general                         25                        I,II,III y IV trimestre

218                  20402-100-000001           Filtros todo tipo                                                             20                        I,II,III y IV trimestre

218                  20402-190-000001           Repuestos para sistema de comunicación

                                                                  o radiocomunicación                                                      25                        I,II,III y IV trimestre

218                  20402-900-000001           Repuestos                                                                       29                        I,II,III y IV trimestre

218                  299.010.001                      Útiles y materiales de oficina y computo                        10                                                              3.000.000

218                  29901-001-025005           Almohadillas para sellos                                                 20                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-1                             Cintas para máquina de escribir                                       19                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-005-000001           Bandas de hule                                                                56                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-010-000001           Basureros                                                                         6                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-015-000001           Bolígrafos                                                                    974                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-020-000001           Borrador todo tipo                                                       131                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-025-150010           Prensas para fólder                                                         19                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-030-000002           Cinta adhesiva                                                              212                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-040-000001           Clip tamaño a escoger                                                  490                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-045-000001           Corrector                                                                       99                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-050-000010           Chinches                                                                      115                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-055-000001           Engrapadora                                                                   13                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-060-000001           Fechadores                                                                       6                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-065-000001           Goma                                                                           119                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-070-000001           Grapas                                                                          135                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-075-000001           Portaminas                                                                    51                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-080-000001           Minas                                                                             55                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-085-000001           Lápiz mina negra                                                         242                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-090-000001           Máquina saca puntas                                                         4                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-095-000001           Marcadores todo tipo                                                   476                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-100-000001           Numerador manual                                                           7                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-105-000001           Papelera de metal                                                             2                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-110-000001           Perforadora metálica                                                      28                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-125-000010           Saca grapas                                                                     21                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-130-000001           Tijeras                                                                           15                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-155-000002           Portasellos                                                                       2                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-160-000001           Sello de hule                                                                   27                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-170-000001           Porta diskettes                                                               15                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-175-000001           Dispensador para cinta                                                   13                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-175-000300           Dispensador de clips                                                         7                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-175-000400           Dispensador de tarjetas de presentación                          13                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-280-000530           Cintas para máquina de escribir Swintec

                                                                  2000-3500 correct                                                         46                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-410-000001           Diskette                                                                     2679                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-410-000010           Disco DVD                                                                 1500                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-410-001000           Disco compacto en blanco                                         3170                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-415-000001           Goma blanca                                                                  72                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-430-000005           Cassette para video V.H.S.                                              45                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-430-000010           Microcassette de audio de 60 min                                   25                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-430-000020           Casasette de video 120 min                                            29                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-430-000501           Cassette de audio                                                            71                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-900-000250           Cinta para máquina impresora                                        25                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-900-001101           Portafolios                                                                       6                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-900-001300           Cejillas plásticas                                                           115                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-900-001725           Resorte metálico para encuadernar                                   0                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-900-002415           Portadocumentos (portatitulos)                                 2013                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-900-002500           Humedecedor de dedos                                                      7                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-900-002550           prensa papeles con logo                                               400                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-900-002720           Porta CD                                                                       12                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-900-004000           Almohadillas para mouse                                                  6                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-900-004005           Transparencias o filmina de acetato.                            186                        I,II,III y IV trimestre

218                  29901-900-004020           Transparencia de inyección de tinta                             108                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-001                         Productos de papel cartón e impresos                                                                                               5.500.000

218                  29903-001-000001           Archivador de cartón                                                   299                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-001-000005           Archivador de acordeón                                               205                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-001-001000           Carpetas todo tipo                                                     6809                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-005-000004           Papel bond medidas y color a escoger                       54552                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-005-000221           Papel bond original tamaño carta membretado         54000                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-005-000650           Papel kimberly prestige de 90 grs color a escoger     53940                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-015-000001           papel fotográfico                                                             8                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-035-000004           Papel para fax de 30 mts                                              548                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-045-000080           Cartulina medida y color a escoger                             1710                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-050-000001           Tapas para encuadernación                                          200                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-060-000001           Sobres                                                                      55990                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-065-000001           Servilletas color a escoger                                                0                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-075-000005           Cinta para calculadora y sumadora                                  25                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-105-000001           Papel Adhesivo                                                            152                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-145-000001           Tarjetas de todo tipo                                                  5900                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-195-000002           Diccionarios                                                                     5                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-200-000001           Libros                                                                              0                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-205-000001           Revistas                                                                           0                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-215-000001           Formularios diversos                                                      71                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-220-000001           Agendas todo tipo                                                          86                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-225-000003           Cuaderno rayado común todo tipo                                  27                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-225-000500           Cuaderno de resortes todo tipo                                     105                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-230-075075           Libretas de taquigrafía                                                    27                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-235-000001           Block diversos                                                              207                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-235-007000           Block para notas adhesivas en la parte

                                                                  superior quita y pon                                                   2016                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-235-011010           Block rayado común                                                    138                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-260-000001           Etiquetas                                                                        85                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-900-000001           Cartapacio todo tipo                                                  1525                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-900-001070           Calcomanías en adhesivo                                            4020                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-900-001099           Papel de construcción                                                    28                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-900-004920           Cajas de cartón                                                             500                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-900-006405           Vasos de papel o cartón                                              4000                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-900-007200           Papel de pulpa de banano                                               20                        I,II,III y IV trimestre

218                  29903-900-009535           Almanaque lunario                                                       150                        I,II,III y IV trimestre

218                  29904-001                         Textiles y vestuario                                                                                                                         1.000.000

218                  29904-070-000001           Uniformes                                                                      12                        I,II,III y IV trimestre

218                  29904-090-000010           Banners                                                                          10                        I,II,III y IV trimestre

218                  29904-095-000001           Tela                                                                               42                        I,II,III y IV trimestre

218                  29904-095-000560           Manta                                                                            13                        I,II,III y IV trimestre

218                  29904-900-001410           Bolso                                                                           500                        I,II,III y IV trimestre

218                  29905-001                         Útiles y materiales de limpieza                                                                                                            250.000

218                  29905-020-000001           Hipoclorito de sodio                                                       20                        I,II,III y IV trimestre

218                  29905-025-000001           Desinfectante                                                                 20                        I,II,III y IV trimestre

218                  29905-030-000001           Desodorante ambiental                                                   19                        I,II,III y IV trimestre

218                  29905-150-000001           Betún en pasta                                                                 3                        I,II,III y IV trimestre

218                  29905-165-000001           Limpiador de muebles                                                       3                        I,II,III y IV trimestre

218                  29905-165-000350           Limpiadores                                                                     2                        I,II,III y IV trimestre

218                  29905-175-000005           Detergente                                                                       3                        I,II,III y IV trimestre

218                  29905-175-000190           Jabón                                                                               3                        I,II,III y IV trimestre

218                  29907-001                         Útiles y materiales de cocina y comedor                                                                                              100.000

218                  29907-005-000002           Cubierto todo tipo                                                          10                        I Y II semestre

218                  29907-005-000041           Cuchara todo tipo                                                          20                        I Y II semestre

218                  29907-005-000260           Tenedor todo tipo                                                          20                        I Y II semestre

218                  29907-010-000002           Cuchilla todo tipo                                                            6                        I Y II semestre

218                  29907-020-000020           Pichel de vidrio                                                                5                        I Y II semestre

218                  29907-025-000002           Plato todo tipo                                                              15                        I Y II semestre

218                  29907-030-000040           Taza con plato de vidrio                                                57                        I Y II semestre

218                  29907-030-000099           Vasos todo tipo                                                              25                        I Y II semestre

218                  29907-035-000085           Vajilla todo tipo                                                               1                        I Y II semestre

218                  29907-045-000001           Pirex                                                                                7                        I Y II semestre

218                  29907-065-000001           Bandejas todo tipo                                                           6                        I Y II semestre

218                  29907-065-000001           Bandeja todo tipo                                                             3                        I,II,III y IV trimestre

218                  29999-001                         Otros útiles materiales y suministros                                                                                                2.000.000

218                  29999-005-000001           Trofeos                                                                          30                        I,II,III y IV trimestre

218                  29999-005-000005           Medallas                                                                     1700                        I,II,III y IV trimestre

218                  29999-005-000010           Estatuillas                                                                    186                        I,II,III y IV trimestre

218                  29999-060-000020           Baterías pequeñas                                                         150                        I,II,III y IV trimestre

218                  29999-060-000100           Batería alcalina                                                            156                        I,II,III y IV trimestre

218                  29999-060-050030           Batería grande para foco                                                50                        I,II,III y IV trimestre

218                  29999-075-000100           Pegamento                                                                     10                        I,II,III y IV trimestre

218                  29999-900-005900           Carné                                                                           100                        I Y II semestre

218                  50102-005-000001           Vehiculo todo tipo                                                           0                        I Y II semestre

218                  50103-001                         Equipo de comunicación                                                                                                                      300.000

218                  50103-005-000002           Instalación de Central Telefónica                                     1

218                  50103-005-000100           Teléfono todo tipo                                                        10                        I Y II semestre

218                  50103-015-000001           Fax                                                                                  3                        I Y II semestre

218                  50103-020-000030           Grabadora todo tipo                                                         3                        I Y II semestre

218                  50103-900-000001           Proyector de imágenes multimedia                                   5                        I Y II semestre

218                  50103-900-00500             Puntero láser                                                                    2                        I Y II semestre

218                  50103-900-000500           Retroproyector                                                                2                        I Y II semestre

218                  50103-900-000710           Cámara de vídeo                                                               1                        I Y II semestre

218                  50103-900-001750           Parlantes                                                                          4                        I Y II semestre

218                  50103-900-001900           Audífonos                                                                        1                        I Y II semestre

218                  50104-001                         Equipo y mobiliario de oficina

218                  50104-015-000001           Mesa                                                                                1                        I Y II semestre

218                  50104-025-000001           Calculadora                                                                      2                        I Y II semestre

218                  50104-025-000180           Calculadora impresora, para escritorio, pantalla y cinta    2                        I Y II semestre

218                  50104-900-000260           Estantería                                                                      30                        I Y II semestre

218                  50104-015-000260           Mesas Pleglables

218                  50105-001                         Equipo y programas de computo                                                                                                      1.700.000

218                  50105-100-000001           Microcomputador                                                          16                        I Y II semestre

218                  50105-100-005300           Microcomputador portátil                                                2                        I Y II semestre

218                  50105-105-000015           impresoras                                                                       5                        I Y II semestre

218                  50105-110-002040           Actualizaciones software antivirus                                  40                        I Y II semestre

218                  50105-120-000001           Teclado                                                                          18                        I Y II semestre

218                  50105-125-000001           Discos duros                                                                   12                        I Y II semestre

218                  50105-130-000400           Tarjetas de red inalámbricas                                             4                        I Y II semestre

218                  50105-130-000610           Tarjeta de expansión de memoria                                   16                        I Y II semestre

218                  50105-140-000001           Mouse                                                                            20                        I Y II semestre

218                  50105-140-000025           Llave Maya                                                                      5                        I Y II semestre

218                  50105-140-000110           Quemador de cd                                                                0                        I Y II semestre

218                  50105-140-001511           Enrutador Gatway                                                            4                        I Y II semestre

218                  50105-140-003750           Hubs 8 a 16 puert                                                             5                        I Y II semestre

218                  50105-140-003850           Rack mediano                                                                  1                        I Y II semestre

218                  50105-145-000001           Monitor                                                                           3                        I Y II semestre

218                  50105-155-000005           Unidad de potencia ininterrumpida                                   5                        I Y II semestre

218                  50107-001                         Equipo y mobiliario educacional deportivo y recreativo                                                                      200.000

218                  50107-005-000001           pizarra                                                                             1                        I Y II semestre

218                  50199-001                         Maquinaria y equipo diverso                                                                                                                200.000

218                  50199-310-000200           Cámara para seguridad                                                      2                        I Y II semestre

218                  50199-900-000300           Cofee maker eléctrico                                                      2                        I Y II semestre

218                  50199-900-004320           Carrito multiuso                                                               1                        I Y II semestre

218                  50207-020-000005           Instalación eléctrica menor                                              1                        I Y II semestre

218                  60201-001-000010           Becas para funcionarios                                                    1                        I,II,III y IV trimestre        500.000

Fressia Corrales Esquivel, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº 002).—C-672050.—(3544).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES AÑO 2006

En cumplimiento con lo establecido en el artículo 6º de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 7º del Reglamento General de Contratación Administrativa, el Banco Nacional de Costa Rica, hace de conocimiento público su plan anual de adquisiciones para el año 2006.

                                                                                                                                                    Monto                    Período                         Fuente

                                                                                                                                                  estimado                estimado                            de

                                                                                                                   Proyecto              millones de          inicio proced.                   financia-

Descripción                                                                                            o programa              colones ¢             contratación                     miento

Alquiler de edificios                                                                                    320101                    1.044.1              Primer semestre        Recursos propios

Otros alquileres (ejemplo beepers, parqueos)                                            320701                       289.7              Primer semestre        Recursos propios

Anuncios y propaganda (prensa)                                                               322401                       359.1              Primer semestre        Recursos propios

Anuncios y propaganda, patrocinios en radio y t.v.                                  322501                       488.7              Primer semestre        Recursos propios

Anuncios y propaganda (radio y t.v.)                                                        322601                       787.9              Primer semestre        Recursos propios

Memoria anual                                                                                            322701                           5.3              Primer semestre        Recursos propios

Impresión y otros servicios publicitarios                                                   322801                       778.1              Primer semestre        Recursos propios

Fletes                                                                                                          324501                       133.9              Primer semestre        Recursos propios

Transportes dentro del país                                                                        324801                         46.7              Primer semestre        Recursos propios

Mantenimiento y reparación de edificios                                                   327501                       510.5              Primer semestre        Recursos propios

Servicio de limpieza                                                                                    327601                       600.0              Primer semestre        Recursos propios

Mantenimiento y reparación vehículos                                                      327701                         22.8              Primer semestre        Recursos propios

Mantenimiento y reparación otros equipos                                               328101                       436.7              Primer semestre        Recursos propios

Mantenimiento y reparación equipos de computación                              328201                    2.286.1              Primer semestre        Recursos propios

Mantenimiento y reparación equipos de acondicionado                            328301                         86.4              Primer semestre        Recursos propios

Gastos de notario, judiciales y similares                                                     328401                         26.7              Primer semestre        Recursos propios

Otros servicios no personales                                                                     328501                       108.4              Primer semestre        Recursos propios

Consultorías                                                                                                328801                       746.2              Primer semestre        Recursos propios

Consultarías para programas de capacitación                                             329201                       260.4              Primer semestre        Recursos propios

Combustibles y lubricantes                                                                        330101                       101.5              Primer semestre        Recursos propios

Repuestos y accesorios para vehículos                                                      330301                           5.9              Primer semestre        Recursos propios

Otros productos químicos                                                                          330401                         15.3              Primer semestre        Recursos propios

Materiales y accesorios eléctricos                                                              330501                         54.3              Primer semestre        Recursos propios

Materiales y accesorios de edificios                                                           330701                       166.3              Primer semestre        Recursos propios

Materiales y accesorios equipo de cómputo                                              330801                         78.0              Primer semestre        Recursos propios

Materiales y accesorios otros equipos                                                       330901                         80.0              Primer semestre        Recursos propios

Materiales y accesorios equipo aire acondicionado                                    331001                         17.3              Primer semestre        Recursos propios

Ropa y otros textiles y vestuario                                                               331101                       146.2              Primer semestre        Recursos propios

Útiles diversos, herramientas y otros                                                         331201                         76.2              Primer semestre        Recursos propios

Artículo de aseo y limpieza                                                                        331301                         68.9              Primer semestre        Recursos propios

Papelería de escritorio                                                                                 331501                       336.3              Primer semestre        Recursos propios

Útiles y materiales de oficina                                                                      331701                       269.4              Primer semestre        Recursos propios

Útiles y materiales de computación                                                            331801                       417.6              Primer semestre        Recursos propios

Diarios, revistas e informes comerciales                                                     331901                         17.2              Primer semestre        Recursos propios

Útiles y materiales médicos                                                                        332001                           3.9              Primer semestre        Recursos propios

Otros materiales y suministros                                                                   335001                       151.7              Primer semestre        Recursos propios

Gastos por alimentación para actividades de capacitación                         335401                         52.9              Primer semestre        Recursos propios

Otros gastos por alimentación                                                                    335501                       195.0              Primer semestre        Recursos propios

Aplicaciones y remodelaciones                                                                   801001                    2.480.3              Primer semestre        Recursos propios

Construcciones                                                                                           801002                    4.448.8              Primer semestre        Recursos propios

Equipo de cómputo y software                                                                  901001                  10.933.2              Primer semestre        Recursos propios

Mobiliarios y equipo de oficina                                                                  902001                    1.245.8              Primer semestre        Recursos propios

Aire acondicionado                                                                                     903001                       454.0              Primer semestre        Recursos propios

Plantas eléctricas                                                                                         904001                         41.0              Primer semestre        Recursos propios

Equipo de seguridad                                                                                    906001                    1.133.1              Primer semestre        Recursos propios

Vehículos                                                                                                    907001                         46.3              Primer semestre        Recursos propios

Obras de arte                                                                                               908001                         20.0              Primer semestre        Recursos propios

Total General                                                                                                                       ¢22.879.4

La Uruca, 11 de enero del 2006.— Proveeduría General.—Lic. Erick Leitón Mora, Jefe de Contrataciones.—1 vez.—(Nº 1489-2006).—C-114770.—(3168).

 

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN REGIONAL SERVICIOS MÉDICOS HUETAR NORTE

PROGRAMACIÓN ANUAL DE COMPRAS PARA EL 2006

En cumplimiento con el artículo 6º de la Ley de Contratación Administrativa, se publica así el Programa de Adquisiciones para y el presupuesto 2006. De la Unidad Ejecutora 2499 Dirección Regional Servicios Médicos

2100             Servicios no Personales                 ¢ 31.267.000,00

2200             Materiales y suministros              ¢ 11.601.500,00

2300             Maquinaria y equipo                      ¢ 2.883.000,00

                                                                           ¢ 45.751.500,00

2100   SERVICIOS NO PERSONALES                      ¢ 31.267.000,00

2102   Alquiler de edificios, locales y terrenos

Corresponde al arrendamiento por periodos fijos y ocasionales, (no incluye locales para charlas y/o capacitación) para uso de oficinas, habitaciones para empleados, bodegas, estacionamientos, centros de salud y locales diversos.

2106   Otros Alquileres

Incluye. Contratos por alquiler de edificios y locales

2114   Impresión y encuadernación y otros

Servicios por concepto de publicación, impresión y encuadernación de libros.

2141   Transportes de Bienes

Erogaciones por concepto de transporte de carga de objetos y animales dentro de territorio nacional. Comprende además el servicio de remolque.

2152   Mantenimiento y reparación de equipo oficina

Incluye: reparación de archivos, escritorios, mesas y otros equipos de oficina.

2153   Mantenimiento equipo de transportes

Reparaciones menores a los equipos de transportes, motos, vehículos entre otros.

2154   Mantenimiento reparación maquinaria y equipo

Reparación y mantenimiento de equipos médicos, comunicación, equipo de producción entre otros.

2156   Mantenimiento edificios

Comprende los pagos por conservación y reparación menores de edificios.

2157   Mantenimiento y Reparación de Equipo de Comunicación

Corresponde al mantenimiento y reparaciones preventivos y habituales de equipo de comunicación tales como centrales telefónicas, antenas, transmisores, receptores, teléfonos, faxes, equipo de radio, video filmador, equipo de cine, entre otros.

2159   Mant. Rep. de Equipo de Cómputo y Sist. de Información.

Contempla los gastos por concepto de mantenimiento y reparación preventivos y habituales de computadoras tanto la parte física como en el conjunto de programas y sus equipos auxiliares y otros.

2199   Otros servicios públicos

La contratación de servicios en limpieza y aseos, vigilancias y otros

2200   MATERIALES Y SUMINISTROS                  ¢ 11.601.500.00

2205   Productos químicos y conexos

Sustancias químicos, ácidos, oxígeno, acetileno, reactivo, detergentes, fumigantes, jabón, germicidas, toda clase de jabones.

2206   Tintas, pinturas y diluyentes

Comprende los gastos por concepto de productos y sustancias naturales o artificiales que se emplean para teñir, pintar y dar un color determinado a un objeto, como por ejemplo: tintas de impresión y tintas para escribir, dibujar y para imprenta; pinturas, barnices, esmaltes y lacas, pigmentos y colores preparados, diluyentes y removedores de pintura, entre otros.

2207   Textiles y vestuarios

Incluye ropa de cama, ropa para uniformes de colaboradores, capas, botas, toallas, manteles.

2209   Llantas y neumáticos

Llantas para vehículos, motocicletas y neumáticos.

2210   Productos papel cartón

Papel de escritorio, sobre, papel corto y largo, papel higiénico, tarjetas y cartulina.

2211   Impresos y otros

Incluye, revistas, periódicos, libros de contabilidad, libretas, cuadernos, calendarios, cartapacios, estampillas, timbres.

2212   Materiales y productos metálicos

Comprende la adquisición de materiales y productos fabricados con minerales metálicos, como hierro, acero, aluminio, cobre, zinc, bronce, y otros, por ejemplo: Lingotes, varillas, planchas

2213   Productos alimenticios

Todo tipo de producto alimenticios para consumo humano.

2215   Materiales de construcción

Todo tipo de materiales relacionados con la construcción o mantenimiento de bienes muebles.

2216   Materiales y prod. eléctricos, telef. y de cómputo

Adquisición de materiales y productos que se requieren en la construcción, mantenimiento y reparación de los sistemas eléctricos, telefónicos y de cómputo. Como ejemplo se sitan los siguientes: todo tipo de cable, tubos, conectores, uniones, cajas octagonales, toma corrientes, cajas telefónicos.

2220   Materiales y productos plástico

Incluye la adquisición de artículos de plástico que se requieren en labores de construcción, mantenimiento y reparación, tales como: mangueras, recipientes, tubos y accesorios de tipo PVC, láminas, entre otros.

2221   Repuestos equipo transportes

Todo tipo de repuestos para equipo de transportes.

2223   Otros repuestos

Incluye: Todo tipo de repuestos requeridos para maquinaria y equipo de comunicaciones, producción, talleres, educacional, médico y laboratorio, oficina.

2225   Útiles de oficina

Útiles de oficina necesarios para las labores de oficina, lápices, bolígrafos, esponjas, reglas, cintas para máquinas de escribir.

2237   Otros materiales y suministros

Cualquier otro material necesario para la atención de los clientes externos e internos.

2241   Combustible lubricantes

Toda clase de combustible para vehículos, motos etc.

2243   Lubricantes y grasas

Todo tipo de grasas y lubricantes para equipo de transportes.

2300   MAQUINARIA Y EQUIPO                              ¢ 2.883.000.00

2310   Equipo y mobiliario de oficina

Todo equipo de oficina, sillas, escritorios, fotocopiadoras, mesas, ventiladores entre otros.

2315   Equipo de cómputo

Equipo tales como, computadoras, terminales de vídeo, perforadoras, impresoras y scanner.

2340   Equipo para comunicaciones

Erogaciones por concepto de equipo para trasmitir y recibir información, haciendo partícipe a terceros mediante comunicaciones telefónicas, satelitales, de microondas, radiales, audiovisuales y otras, ya sea para el desempeño de las labores normales de la entidad, o para ser utilizados en labores de capacitación o educación en general. Comprende los artículos complementarios capitalizables e indispensables para el funcionamiento de los equipos. Se incluyen en esta subpartida por ejemplo, centrales telefónicas, antenas, transmisores, receptores, teléfonos, faxes, equipo de radio, televisores, cámaras de televisión, videograbadoras, equipo de cine, equipos de sonido, proyectores de transparencias, video filmador, entre otros.

2390   Equipos Varios

Se refiere a la adquisición de maquinaria, equipo y mobiliario que no se contemplan en las subpartidas anteriores, tales como:

Equipo y mobiliario de ingeniería y dibujo: Para labores en el campo de la ingeniería, arquitectura y dibujo técnico. Por ejemplo, mesa para dibujar y escalímetros.

Maquinaria y equipo de refrigeración: Para sistemas de refrigeración, por ejemplo, cámaras frigoríficas, congeladores, equipo de refrigeración, aire acondicionado y otros.

Equipo y mobiliario doméstico: Para sodas, comedores y casas de habitación, como mesas, sillas, juegos de sala, juegos de dormitorio; cocinas y hornos, entre otros.

Maquinaria, equipo y mobiliario de resguardo y seguridad: Para la protección de personas y bienes, como: armas de fuego, sistemas de alarma, cajas de seguridad, extintores y otros similares.

Maquinaria y equipo de señalamiento: Para el señalamiento en toda clase de vías de comunicación (carreteras, vías férreas, puertos fluviales, marítimos y aéreos) tales como: equipo para señalización, luces de señalamiento y semáforos.

Equipo fotográfico y de revelado: Para la toma y revelado de fotografías, por ejemplo, cámaras fotográficas, trípodes, lentes, lámparas, equipo de revelado, ampliadoras y otros.

Ciudad Quesada, 10 de enero del 2006.—Lic. María del Rosario Salas Cordero, Asistente Administrativo a. í.—1 vez.—(3000).

 

ÁREA DE SALUD FLORENCIA

REGIÓN HUETAR NORTE

PROGRAMA ANUAL DE COMPRAS

AÑO 2006

En cumplimiento con el artículo 7º de la Ley de Contratación Administrativa, se publica el Programa de Adquisiciones, Presupuesto 2006 del Área de Salud Florencia, U.E.2481:

- 2100   SERVICIOS NO PERSONALES               ¢ 92.734.500,00

- 2200   MATERIALES Y SUMINISTROS           ¢ 20.187.000,00

- 2300   MAQUINARIA Y EQUIPO                       ¢ 7.600.000,00

Total                                                                       ¢ 120.521.500,00

2100     SERVICIOS NO PERSONALES           ¢ 92.734.500,00

2102 - Alquiler de Edificios

Contratos por alquiler de edificio

2112 – Información y Publicidad

Publicación de avisos de carácter oficial

2113 – Publicidad y Propaganda

Anuncios, cuñas, avisos, otros

2114 – Impresión, Encuadernación y Otros

Servicios por concepto de publicación, impresión y encuadernación de libros

2151 – Mantenimiento de Instalaciones y Otras Obras

Reparación de infraestructura

2152 – Mantenimiento y Reparación Equipo de Oficina

Reparación de archivos, escritorios, mesas, sillas, equipos eléctricos, otros

2153 – Mantenimiento Equipo de Transporte

Reparaciones menores a los equipos de transportes (vehículos, motos, otros)

2154 – Mantenimiento y Reparación de Otros Equipos

Reparación y mantenimiento de equipos médicos, y otros

2156 – Mantenimiento y Reparación de Edificio

Comprende los pagos por conservación y reparaciones menores de oficinas, bodegas, y otros

2157 – Mantenimiento y Reparación Equipo de Comunicación

Reparación y mantenimiento de centrales telefónicas, antenas, transmisores, equipo de radio, otros

2159 – Mantenimiento y Reparación Equipo de Computo y Sistema de Información

Reparación y mantenimiento de computadoras, equipos auxiliares y otros

2184 – Traslados

Pagos que realiza la Institución a empresas por el servicio de transporte a los usuarios

2191 - Contratos Servicio Limpieza de Edificio

2192 - Contratos Servicio de Seguridad y Vigilancia de Edificio

La contratación de servicios en limpieza y vigilancia de edificio

2199 - Otros Servicios Públicos

Servicio de copias fotostáticas, fumigación de edificios, otros

2200     MATERIALES Y SUMINISTROS         ¢ 20.187.000,00

2203 - Medicinas

Productos medicinales que utiliza la Institución

2205 - Productos Químicos y Conexos

Oxígeno, insecticidas y fumigantes, otros

2206 - Tintas, Pinturas y Diluyentes

Tintas de impresión, pinturas, diluyentes, renovadores de pintura, otros

2207 – Textiles y Vestuarios

Incluye ropa de cama, uniformes para el personal, capas, botas, otros

2209 – Llantas y Neumáticos

Llantas para vehículos, motocicletas y neumáticos

2210 – Productos Papel y Cartón

Papel para computadora, fotocopiadora, fax, higiénico, cartulinas, otros

2211 – Impresos y Otros

Cuadernos, agendas, timbres, cartapacios, otros

2212 – Materiales y Productos Metálicos

Varillas, alambres, cerraduras, candados, otros

2214 – Madera y sus Derivados

Todo tipo de madera, puertas, ventanas, marcos, otros

2215 – Otros Materiales y Productos de uso en la Construcción

Todo tipo de materiales relacionados con la construcción o mantenimiento de Edificios

2216 – Materiales y Productos Eléctricos, Teléfono y Cómputo

Todo tipo de materiales relacionados con el mantenimiento y reparación de los sistemas eléctricos, telefónicos y de cómputo

2217 – Instrumentos y Herramientas

Todo tipo de instrumentos y herramientas de hierro

2218 – Materiales y Productos de Vidrio

Todo tipo de materiales relacionados con la construcción de ventanas, puertas espejos, otros

2219 – Instrumentos Médicos y Laboratorio

Materiales médicos, agujas, guantes, jeringas, gasa, otros

2220 – Materiales y Productos Plásticos

Todo tipo de materiales relacionados con la construcción, mangueras, tubos, accesorios de tipo PVC, láminas, otros

2221 – Repuestos Equipo Transporte

Todo tipo de repuestos para equipo de transporte

2223 – Otros Repuestos

Repuestos para equipo de comunicaciones, médico, construcción, otros

2225 – Utiles y Materiales de Oficina

Suministros para oficina, lapiceros, lapices, cintas maquina escribir, otros

2229 – Envases y Empaques Médicos

Bolsas plásticas para medicinas, envases, frascos, otros

2233 – Otros Utiles y Materiales

Señales de tránsito, rollos para fotografías, otros

2237 – Otros Materiales y Suministros

Materiales necesarios para la atención de los usuarios externos e internos

2241 – Combustible Equipo de Transporte

Toda clase de combustible, diesel y gasolina para vehículos

2243 – Lubricantes y Grasas Equipo de Transporte

Todo tipo de grasas y lubricantes para equipo de transporte

2300     MAQUINARIA Y EQUIPO                        ¢ 7.600.000,00

2310 - Equipo y Mobiliario de Oficina

Adquisición de escritorios, estanterías, butacas, sillas, archivos, otros

2315 - Equipo de Cómputo

Adquisición de computadoras, impresoras, servidores

2340 – Equipo para Comunicaciones

Adquisición de equipo de sonido

Florencia, San Carlos, 12 de enero del 2006.—Lic. Grettel Solano Rodríguez, Administradora.—1 vez.—(3400).

 

ÁREA DE SALUD DE GOICOECHEA 2

(CLÍNICA DR. RICARDO JIMÉNEZ NÚÑEZ)

Programa de compras período 2006

Con fundamento en lo establecido en los artículos 6 y 96, inciso i); de la Ley de Contratación Administrativa, el artículo 7, incisos 7.1, 7.2 y 7.3; artículo 8, inciso 1), del Reglamento General de Contratación Administrativa, se publica el siguiente programa de compras, el cual se financiará con el presupuesto de operaciones aprobado, para el período 2006.

CONSOLIDADO GENERAL

Cuenta                Nombre de la Cuenta                                  Monto

                  SERVICIOS NO PERSONALES                                         

2102          Alquiler edificios, locales y terreno                           45.000,00

2112          Información                                                           500.000,00

2114          Impresión, encuadernación y otros                      1.000.000,00

2122          Telecomunicaciones                                            7.000.000,00

2124          Servicios de correo                                                 100.000,00

2126          Energía eléctrica                                               22.000.000,00

2128          Servicios de agua                                                 8.000.000,00

2130          Otros servicios públicos                                       2.000.000,00

2134          Gastos de viajes dentro del país                            2.000.000,00

2140          Transportes en el país                                            650.000,00

2141          Transportes de bienes                                          1.560.000,00

2142          Seguro de daños y otros seguros                           1.500.000,00

2144          Seguro de riesgos profesionales                            3.486.000,00

2151          Mantenimiento de instalación y otras obras        3.000.000,00

2152          Mantenimiento y reparación de equipo

                  y mobiliario de oficina                                        4.500.000,00

2153          Mantenimiento y reparación de equipos

                  de transporte                                                       2.000.000,00

2154          Mantenimiento y reparación de otros equipos     6.000.000,00

2155          Mantenimiento y reparación de maquinaria

                  y equipo de producción                                        1.500.000,00

2156          Mantenimiento y reparación de

                  edificios por terceros                                           3.000.000,00

2157          Mantenimiento y reparación de equipo

                  de comunicación                                                 1.000.000,00

2159          Mant.y reparación de eq. de cómputo

                  y sist. de información                                          2.000.000,00

2162          Contratación servicios jurídicos                              500.000,00

2184          Traslados                                                            7.000.000,00

2191          Contratación de servicios de

                  limpieza de edificios                                          28.000.000,00

2192          Contratación servicios de vigilancia                  22.000.000,00

2199          Otros servicios no personales                              9.745.000,00

                  Total                                                              140.086.000,00

                  MATERIALES Y SUMINISTROS                                         

2201          Combustibles, lubricantes y grasas                           200.000,00

2203          Medicinas                                                          33.000.000,00

2205          Otros productos químicos y conexos                 55.000.000,00

2206          Tintas, pinturas y diluyentes                               3.983.000,00

2207          Textiles y vestuarios                                         10.000.000,00

2209          Llantas y neumáticos                                             300.000,00

2210          Productos de papel y cartón                              10.000.000,00

2211          Impresos y otros                                                 7.000.000,00

2212          Materiales de productos metálicos                          378.000,00

2213          Alimentos y bebidas                                               600.000,00

2214          Madera y sus derivados                                           500.000,00

2215          Otros materiales y productos de

                  uso en la construcción                                            683.000,00

2216          Materiales y productos eléctricos,

                  telefónicos y de cómputo                                       639.000,00

2217          Instrumentos y herramientas                               1.000.000,00

2218          Materiales y productos de vidrio                             300.000,00

2219          Instrumental y material médico

                  y de laboratorio                                                 10.000.000,00

2220          Materiales y productos de plástico                          100.000,00

2221          Repuestos equipo de transporte                           1.000.000,00

2223          Otros repuestos                                                 17.000.000,00

2225          Útiles y materiales de oficina                            10.000.000,00

2227          Útiles y materiales de limpieza                            3.000.000,00

2228          Útiles y materiales de resguardo

                  y seguridad                                                          1.100.000,00

2229          Envases y empaques de medicina                       11.000.000,00

2231          Útiles de cocina y comedor                                    300.000,00

2233          Otros útiles y materiales                                      4.000.000,00

2237          Otros materiales y suministros                               500.000,00

2241          Combustible equipo de transporte                        2.089.000,00

2243          Lubricantes, grasas equipo de transportes                500.000,00

                  Total                                                              184.172.000,00

                  MAQUINARIA Y EQUIPO                                                  

2310          Equipo y mobiliario de oficina                             3.000.000,00

2315          Equipo de cómputo                                             4.362.500,00

2320          Equipo médico y de laboratorio                         10.000.000,00

2340          Equipo para comunicaciones                               1.500.000,00

2390          Equipos varios                                                     2.500.000,00

                  Total                                                                21.362.500,00

Guadalupe, Goicoechea, 15 de enero del 2006.—Administración General.—Lic. Edwin Cambronero Granados, Administrador.—1 vez.—(3765).

HOSPITAL SAN VICENTE DE PAÚL

PROGRAMA DE COMPRAS 2006

El Hospital San Vicente de Paúl de la Caja Costarricense de Seguro Social, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 7, 7.1., 7.2 y 7.3 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, procede a publicar el programa de compras de este centro para el año 2006. El tipo de proyecto en que se ubica: Programa Atención Integral a la Salud. Subprogramas: Provisión de Servicios Ambulatorios, Provisión Servicios de Hospitalización, Unidad Programática 2208, Hospital San Vicente de Paúl, Atención Especializada, Ambulatoria y Hospitalización, Gestión Apoyo Clínico y Complementarios, teniendo como fuente de financiamiento el presupuesto de egresos.

                                                                                                                                   Cantidad     Monto estimado                  Fecha probable

Descripción                                                                                                               estimada      de la compra ¢                       de compra

SERVICIOS NO PERSONALES

MANT. REPAR EDIFICIOS TERCEROS                                                                                         23.000.000,00     De acuerdo con necesidades

SERV DE DESARROLLO SISTEMAS INFORM                                                                                  3.000.000,00     II trimestre

CONTR SERV. MED. LAB. Y FARMACIA                                                                                        3.500.000,00     De acuerdo con necesidades

CONTRATACIÓN LIMPIEZA EDIFICIOS                                                                                    176.670.000,00     I trimestre

CONTRATACIÓN SERVICIOS VIGILANCIA                                                                                156.000.000,00     I trimestre

MANTENIMIENTO DE ZONAS VERDES                                                                                         2.500.000,00     I trimestre

OTROS SERVICIOS NO PERSONALES                                                                                              6.000.000,00     I trimestre

MATERIALES Y SUMINISTROS

MEDICINAS                                                                                                                                     45.000.000,00     De acuerdo a necesidades del servicio.

Se incluye medicamentos tales como: alfuzocina, carvedilol, clopidogrel, dextrosa,

dinoprostene, enterex, fórmula para alimentación, hepatic aid, lactulosa, levoflo-

xacina, mesalamine, metoclopramida, misoprostol, neumo 23, omeprazol, propa-

fenona, rosuvastatina, acetil cisteína, entre otros.

OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS Y CONEXOS                                                                           117.447.400,00     De acuerdo a necesidades del servicio.

Se incluye entre otros; acetona, ácido acético glacial, candelas, tinta, cloro, jabón

líquido, jabón en spray, limpiador de lentes para endoscopio, sodio, hipoclorito,

tinta para usos diversos en oficinas.

TINTAS PINTURAS Y DILUYENTES                                                                                              4.000.000,00     I trimestre

Barsol, removedor de pintura, barniz, masilla, pintura varios tipos, rodillo, entre

otros.

TEXTILES Y VESTUARIOS                                                                                                              8.000.000,00     De acuerdo a necesidades del servicio.

Colchones agua, térmicos y anti-úlceras, tiras sobre cosida

PRODUCTOS PAPEL Y CARTÓN                                                                                                        Papel bond

                                                                                                                                                         ¢5,220,000,00

                                                                                                                                                         papel higiénico

                                                                                                                                                              ¢2.460,500

                                                                                                                                                                 servilletas

                                                                                                                                                            ¢150,000,00

                                                                                                                                                             toallas papel

                                                                                                                                                            roll extender

                                                                                                                                                         ¢4,808,150,00     I trimestre

Carpetas colgantes, de archivo, cartulinas, formularios continuos, papel - Bond,

carbón, mimeógrafo, facsímile, para fotocopiadora, periódico, para máquina su-

madora, termosensible - papel higiénico, servilletas, toallas de papel, sobre con

membrete

IMPRESOS Y OTROS                                                                                                                         7.000.000,00     De acuerdo a necesidades del servicio.

Pruebas psicométricas, agendas, cuadernos, etiquetas, libretas apuntes, libro de

actas, entre otros.

MATERIALES DE PROD. METAL                                                                                                   4.000.000,00     De acuerdo a necesidades del servicio.

angulares, láminas, llavines, tornillo, agarraderas, clavos, entre otros.

ALIMENTOS Y BEBIDAS                                                                                                                                           

Abarrotes varios                                                                                                                                60.000.000,00     I trimestre

MADERA Y SUS DERIVADOS                                                                                                           2.000.000,00     I trimestre

madera, marcos, láminas de plywood, lápiz de carpintería, reglas, entre otros.

OTROS MAT. Y PROD. CONSTRUCCIÓN                                                                                       3.000.000,00     I trimestre

conctores, fluorescentes, fusibles, ventiladores, lámparas de emergencia, entre

otros

MAT. Y PROD. ELECT. TEL Y COMUNIC.                                                                                    2.000.000,00     I trimestre

bombillos, breker, cables varios, tomacorrientes, trifulcadores, tubos, varillas,

entre otros.

INSTRUMENTO Y HERRAMIENTA                                                                                                   500.000,00     I trimestre

Cintas métricas, desatornilladores, limas, tenazas, cepillos, serruchos, juegos de

llaves, taladros, entre otros.

MATERIALES Y PRODUCTOS DE VIDRIO                                                                                        500.000,00     I trimestre

vidrios - regulares y ópticos, entre otros

INSTRUMENTAL MÉDICO Y LABORATORIO                                                                           115.000.000,00     De acuerdo a necesidades del servicio.

Agujas, asas, aspiradores de oído y nariz, bisturí, broncoscopio, catéter, chasis

de metal, cobertor de plomo, disector de cuerda vocal, espéculos, fuente de

marcapaso, ganchos para extrac cuerpos, manguitos para esfigmomanómetro,

mangos para bisturí, paletas para marcapaso, pinzas varias, rinoscopio, sondas,

tapones, estetoscopio, filtros aspiración, tijeras-disección, quirúrgica, iris-tubo

orotraqueal, vasijas de acero, películas radiográficas, entre otros.

MAT. Y PROD. PLÁSTICO                                                                                                               1.000.000,00     I trimestre

codos, reducciones, uniones, adaptadores, tubo PVC, láminas acrílicas, entre

otros.

OTROS REPUESTOS                                                                                                                       57.000.000,00     De acuerdo a necesidades del servicio.

Disco duro, ratón (mouse) unidad de cd-rom, para computadora, tinta cartucho

de color para impresora de exámenes, llave maya, sellos metálicos y de hule,

carbón.

ÚTILES Y MAT. DE OFICINA                                                                                                          5.500.000,00     I trimestre

Almohadilla para sello, borrador regular y para pizarra, chinches, cinta - adhesiva,

impresora, máquina escribir, máquina sumadora, relojes marcadores, plástica –

clips, corrector, disco compacto regrabable, diskette, engrapadora, dispensador

para cinta, gomero, grapas, humedecedor de dedos, filminas, lápices, lapiceros,

marcadores, sacapuntas, perforadoras, prensas metálicas, reglas, sacagrapas,

tijeras, sellos varios.

ÚTILES Y MAT. RESG. Y SEGURIDAD                                                                                            2.800.000,00     II trimestre

Anteojos de protección, cinturón pélvico, botas de hule, delantal de plomo, puertas

de seguridad, guantes ambidiestros, entre otros.

ENVASES Y EMPAQUES MEDICINA                                                                                               2.500.000,00     De acuerdo a necesidades del servicio.

Bolsas plásticas, bolsas de polietileno, cajas de cartón, cajas de gaveta

ÚTILES COCINA Y COMEDOR                                                                                                        4.000.000,00     I trimestre

Cucharas - plásticas, aluminio, acero inoxidable-plato descartable, vaso plástico

transparente

OTROS ÚTILES Y MATERIALES                                                                                                     5.000.000,00     De acuerdo a necesidades del servicio.

Baterías corrientes, bombillos, artículos deportivos, entre otros.

OTROS MAT. Y SUMINISTROS                                                                                                           500.000,00     De acuerdo a necesidades del servicio.

Mapas, mecate, casette de video, láminas de acetato, cinta engomada, gafe-

tes, entre otros.

EQUIPO Y MOBILIARIO DE OFICINA

Mueble modular Consulta Externa                                                                                                     10.000.000,00     I trimestre

Archivo                                                                                                                               3                270.000,00     I trimestre

Archivos modulares grandes                                                                                                 2                700.000,00     I trimestre

Calculadora                                                                                                                          6                350.000,00     I trimestre

Fax                                                                                                                                      1                180.000,00     I trimestre

Mesa grande para sesiones                                                                                                    1                200.000,00     I trimestre

Pizarra acrílica                                                                                                                     9                315.000,00     I trimestre

Silla giratoria oficina                                                                                                          16                560.000,00     I trimestre

Silla para sala de juntas                                                                                                         8                160.000,00     I trimestre

Silla corriente de metal                                                                                                       30                450.000,00     I trimestre

Escritorio modular                                                                                                               1                150.000,00     I trimestre

EQUIPO DE CÓMPUTO

Servidor de almacenamiento                                                                                                 1             4.600.000,00     I trimestre

Computadora                                                                                                                       4             1.525.100,00     I trimestre

Impresora inyección de tinta                                                                                                7                230.000,00     I trimestre

EQUIPO MÉDICO Y LABORATORIO

Aspiradores de pared                                                                                                            7             2.000.000,00     I trimestre

Aspiradores portátiles                                                                                                          2                350.000,00     I trimestre

Autoclave dental                                                                                                                  1                500.500,00     I trimestre

Autoclave eléctrico pequeña                                                                                                 1                500.000,00     I trimestre

Cama de cuidado ortopédico                                                                                                 1                500.000,00     I trimestre

Camas con cambio de posición                                                                                             2             1.400.000,00     I trimestre

Camilla para transporte de pacientes                                                                                    1                300.000,00     I trimestre

Electrocauterio                                                                                                                    2                800.000,00     I trimestre

Esfignomanómetro de pie                                                                                                    6                500.000,00     I trimestre

Esfignomanómetro de pared                                                                                                 2                  80.000,00     I trimestre

Esfignomanómetro digital                                                                                                    1                  50.000,00     I trimestre

Gigantes de pie                                                                                                                     2                  31.000,00     I trimestre

Lámpara cuello de ganso                                                                                                      6                161.000,00     I trimestre

Lámpara frontal                                                                                                                   3                600.000,00     I trimestre

Laringoscopios                                                                                                                     2                800.000,00     I trimestre

Negatoscopio                                                                                                                       5                425.000,00     I trimestre

Oxímetro portátil                                                                                                                2                800.000,00     I trimestre

Set de diagnóstico de pared                                                                                                   1                200.000,00     I trimestre

Sierra eléctrica para yesos                                                                                                    1             2.000.000,00     I trimestre

Silla de ruedas                                                                                                                       5             1.650.000,00     I trimestre

Silla de ruedas ortopédica                                                                                                      2                650.000,00     I trimestre

Sillas de metal para arsenal                                                                                                   4                200.000,00     I trimestre

Simulador de pacientes para pruebas

(Phanton)                                                                                                                            1             2.000.000,00     I trimestre

Unidad de electrocirugía                                                                                                       1             4.000.000,00     I trimestre

EQUIPO PARA COMUNICACIONES

Equipo de proyección                                                                                                           1                600.000,00     I trimestre

Teléfono                                                                                                                            13                200.000,00     I trimestre

EQUIPOS VARIOS

Aire acondicionado                                                                                                              6             2.700.000,00     I trimestre

Balanza                                                                                                                                6                450.000,00     I trimestre

Balanza digital                                                                                                                      1                  50.000,00     I trimestre

Cámara de refrigeración                                                                                                       1                900.000,00     I trimestre

Estantes metálicos                                                                                                             18             1.200.000,00     I trimestre

Locker de metal                                                                                                                 10                600.000,00     I trimestre

Máquina selladora de bolsas                                                                                                  3                240.000,00     I trimestre

Microondas                                                                                                                          6                500.000,00     I trimestre

Reloj marcador fechador                                                                                                      1                250.000,00     I trimestre

Romana eléctrica 50 kgr                                                                                                      1                255.000,00     I trimestre

Vitrina metálica                                                                                                                   1                250.000,00     I trimestre

Heredia, 11 de enero del 2006.—Dr. Jorge Fonseca Renauld, Director General.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Kathia Castro Alvarado, Coordinadora Subárea de Programación.—1 vez.—(3766).

DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES

AREA DE ADQUISICIONES

Con el propósito de cumplir con las disposiciones publicadas en el Diario Oficial La Gaceta Nº 243 del viernes 16 de diciembre del 2005, por la Contraloría General de la República, particularmente respecto a la integración y uniformidad de la información contractual; se comunica a los interesados el cambio en la nomenclatura de los concursos que a continuación se detallan:

                               COMPRAS DIRECTAS        

Nomenclatura actual                           Nueva nomenclatura

CD-2006-001                                         2006CD-000001

CD-2006-002                                         2006CD-000002

CD-2006-003                                         2006CD-000003

CD-2006-004                                         2006CD-000004

CD-2006-005                                         2006CD-000005

CD-2006-006                                         2006CD-000006

CD-2006-007                                         2006CD-000007

CD-2006-008                                         2006CD-000008

CD-2006-009                                         2006CD-000009

CD-2006-010                                         2006CD-000010

CD-2006-011                                         2006CD-000011

CD-2006-012                                         2006CD-000012

CD-2006-013                                         2006CD-000013

CD-2006-014                                         2006CD-000014

CD-2006-015                                         2006CD-000015

CD-2006-016                                         2006CD-000016

CD-2006-017                                         2006CD-000017

CD-2006-018                                         2006CD-000018

CD-2006-019                                         2006CD-000019

CD-2006-020                                         2006CD-000020

               LICITACIONES REGISTRADAS                

LR-2006-001                                          2006LR-000001

LR-2006-002                                          2006LR-000002

LR-2006-003                                          2006LR-000003

LR-2006-004                                          2006LR-000004

LR-2006-005                                          2006LR-000005

LR-2006-006                                          2006LR-000006

LR-2006-007                                          2006LR-000007

LR-2006-008                                          2006LR-000008

              LICITACIONES POR REGISTRO               

LXR-2006-001                                       2006LG-000001

LXR-2006-002                                       2006LG-000002

LXR-2006-003                                       2006LG-000003

LXR-2006-004                                       2006LG-000004

LXR-2006-005                                       2006LG-000005

                   LICITACIONES PÚBLICAS                    

PU-2006-001                                         2006LN-000001

PU-2006-002                                         2006LN-000002

PU-2006-003                                         2006LN-000003

PU-2006-004                                         2006LN-000004

PU-2006-005                                         2006LN-000005

San José, 13 de enero del 2006.—Departamento de Adquisiciones.—Manuel Carballo Moreira, Coordinador General.—1 vez.—C-28620.—(3789).

AVISOS

COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.

ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

PRESUPUESTO 2006

(Miles de colones)

                                                                                                                       Monto estimado                  Fecha estimada                          Fuente de

          Tipo de bienes y servicios                                                               (miles de colones)                  inicio proceso                       financiamiento

  1- Luminarias para alumbrado público                                                               110.000                             Febrero 2006                     Recursos propios

  2- Postes para alumbrado público                                                                        45.000                             Febrero 2006                     Recursos propios

  3- Cable triplex, acero galvanizado, aluminio, cobre                                             90.000                             Marzo 2006                       Recursos propios

  4- Uniformes de operario                                                                                     50.000                             Febrero 2006                     Recursos propios

  5- Postes de concreto y hierro galvanizado                                                          30.000                             Marzo 2006                       Recursos propios

  6- Transformadores                                                                                              50.000                             Marzo 2006                       Recursos propios

  7- Servicio de reparación de transformadores                                                       30.000                             Marzo 2006                       Recursos propios

  8- Repuestos para unidad generadora de la P.H. Brasil                                        44.000                             Marzo 2006                       Recursos propios

  9- Rediseño del sistema de enfriamiento de P. H. Brasil                                      60.000                             Abril 2006                         Recursos propios

10- Construcción de caracol de la unidad N° 1 P. H. Belén                                 100.000                             Junio 2006                         Recursos propios

11- Torno horizontal                                                                                              35.000                             Febrero 2006                     Recursos propios

12- Rodete para Unidad N° 3 de P.H. Electriona                                                   57.000                             Febrero 2006                     Recursos propios

13- Limpieza de embalse de P. H. Nuestro Amo                                                   40.000                             Abril 2006                         Recursos propios

14- Limpieza de embalse de P H. Daniel Gutiérrez                                               60.000                             Marzo 2006                       Recursos propios

15- Contratación de consultoría para el diseño del trazo de

      la ruta nacional N° 702, por construcción de proyecto                                    77.000                             Julio 2006

16- Consultoría para estudio de prefactibilidad y factibilidad

      del proyecto eólico San Buenaventura                                                           148.000                             Enero 2006                        Recursos propios

17- Servicio de transporte de empleados para los diferentes                               286.000                             Marzo 2006                       Recursos propios

     centros de trabajo de la CNFL (1)

18- Servicio de soda comedor para el personal del plantel                                                                                                                       

      río Virilla de la CNFL (2)                                                                                 33.000                             Febrero 2006                     Recursos propios

19- Servicio de vigilancia (3)                                                                                 900.000                             Enero 2006                        Recursos propios

20- Asfaltado de obras hidráulicas y carpeta en vía internas

      en el vivero de Coronado                                                                                  30.000                             Mayo 2006                        Recursos financiados

21- Construcción de edificio Depto. Alumbrado Público                                    250.000                             Enero 2006                        Recursos financiados

22- Remodelación del edificio de Recursos Humanos                                            78.000                             Julio 2006                          Recursos propios

NOTAS: 1. Incluye contratación por tres años, monto aprobado en el presupuesto 2006 ¢95.000 miles.

                2. Incluye contratación por tres años, monto aprobado en el presupuesto 2006 ¢11.000 miles.

                3- Incluye contratación por tres años, monto aprobado en el presupuesto 2006 ¢300.000 miles.

San José, 12 de enero del 2006.—Sección Control Presupuesto.—Lic. Juan Manuel Casasola Vargas, Jefe.—1 vez.—(3532).

 

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE PÉREZ ZELEDÓN

UNIDAD DE PROVEEDURÍA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES 2006

Según la Ley 7494, sección segunda, artículo 6 y el Reglamento General de la Contratación Administrativa, capítulo II, artículo 7, comunica a todos los potenciales oferentes el programa de Adquisiciones para el período 2006.

PROGRAMA I DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN GENERAL

Fuente de financiamiento: Recursos Propios

SERVICIOS                                                                                                                              48.450.763,10

Servicios comerciales y financieros                                                 5.942.000,00

Información                                                                                                    200.000,00

Publicidad y propaganda                                                                      2.600.000,00

Impresión, encuadernación y otros                                                     3.142.000,00

A utilizar en Concejo mpl, Auditoría, Alcaldía

mpl, Ases.serv. técnicos, Hacienda y Des.Urb.

Servicios de gestión y apoyo                                                             29.027.861,50

Servicios jurídicos                                                                                      180.000,00

Servicios de ingeniería                                                                           5.950.000,00

Servicios generales (Contratación de vigilancia

y limpieza) otros                                                                                    22.732.861,50

Otros servicios de gestión y apoyo (Revisión Técnica)                  165.000,00

Contratación de un perito para avalúo

de propiedades Catastro, para contratación de servicios

de limpieza y vigilancia, contratación de Director

Técnico Catastro

Gastos de viaje y de transporte                                                          2.018.890,75

Transporte dentro del país                                                                        630.000,00

Viáticos dentro del país                                                                         1.388.890,75

Capacitación y protocolo                                                                    6.090.000,00

Actividades de capacitación                                                                 4.090.000,00

Actividades protocolarias y sociales                                                 1.000.000,00

Gastos de representación institucional                                             1.000.000,00

Mantenimiento y reparación                                                              5.372.010,85

Mantenimiento de edificios y locales                                                       20.000,00

Mantenimiento y reparación de equipo de transporte \                 3.835.010,85

Mantenimiento y reparación de equipo de comunicación                  47.000,00

Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliario de oficina     360.000,00

Mantenimiento y reparación equipo de cómputo

y sistemas de información                                                                      1.110.000,00

MATERIALES Y SUMINISTROS                                                                                    21.085.489,95

Productos químicos y conexos                                                         10.045.847,25

Combustibles y lubricantes                                                                  3.238.000,00

Productos farmacéuticos y medicinales                                                 150.000,00

Tintas, pintura y diluyentes                                                                  6.654.847,25

Otros productos químicos                                                                             3.000,00

Alimentos y productos agropecuarios                                                  31.000,00

Alimentos y bebidas

A utilizar por Servicios Generales                                                            31.000,00

Materiales y productos de uso en la construcción                          988.000,00

Materiales y productos metálicos                                                           580.000,00

Materiales y productos eléctricos, telefónicos

y de cómputo                                                                                                 408.000,00

Herramientas, repuestos y accesorios                                             1.118.000,00

Herramientas e instrumentos                                                                       18.000,00

Repuestos y accesorios                                                                          1.100.000,00

Útiles materiales y suministros diversos                                       8.902.642,70

Útiles y materiales de oficina y cómputo                                           3.420.246,50

Productos de papel, cartón e impresos                                               4.750.686,20

Textiles y vestuarios                                                                                     80.000,00

Útiles y materiales de limpieza                                                                 601.710,00

Útiles y materiales de resguardo y seguridad                                         50.000,00

BIENES DURADEROS                                                                                                       21.269.638,00

Maquinaria, equipo y mobiliario                                                   21.269.638,00

Equipo de comunicación                                                                       5.351.776,00

Equipo y mobiliario de oficina                                                            7.466.725,00

Equipo y programas de cómputo                                                         7.979.137,00

Maquinaria y equipo diverso                                                                   472.000,00

Compra de equipo de comunicación, equipo

y mobiliario de oficina, equipos de cómputo, para

las unidades administrativas, equipo para

mejoras en la central telefónica, equipo de sonido y

mobiliario para el salón de sesiones

PROGRAMA II SERVICIOS COMUNALES

Fuente de financiamiento Recursos Propios y transferencias

SERVICIOS                                                                                             44.576.661,10

Alquileres                                                                                               16.300.000,00

Alquiler de edificios, locales y terrenos                                            4.000.000,00

Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario                                   9.800.000,00

Otros alquileres                                                                                        2.500.000,00

Para el alquiler del terreno del relleno sanitario

y alquiler de equipo para la Comisión de la

Condición de la Mujer y alquiler de maquinaria

y vagonetas para la atención de emergencias

cantonales y recolección de basura

Servicios comerciales y financieros                                                 1.095.000,00

Publicidad y propaganda                                                                          795.000,00

Impresión, encuadernación y otros                                                         300.000,00

Servicios de gestión y apoyo                                                             19.776.399,10

Servicios de ingeniería                                                                           2.500.000,00

Servicios generales (contratación servicios

limpieza y vigilancia) otros                                                                16.356.399,10

Otros servicios de gestión y apoyo (Revisión Técnica)                  920.000,00

Contratación de servicios para la perforación

de un pozo para extraer agua, en el lavado de

camiones recolectores, contratación de servicios

de limpieza y vigilancia

Gastos de viaje y de transporte                                                             968.262,00

Transporte dentro del país                                                                        818.262,00

Viáticos dentro del país                                                                             150.000,00

Capacitación y protocolo                                                                    1.330.000,00

Actividades de capacitación                                                                    930.000,00

Actividades protocolarias y sociales                                                    400.000,00

Mantenimiento y reparación                                                              5.107.000,00

Mantenimiento de instalaciones y otras obras                                2.057.000,00

Mantenimiento y reparación de maquinaria

y equipo de producción                                                                         1,000.000,00

Mantenimiento y reparación de equipo de transporte                       600.000,00

Mantenimiento y reparación de equipo de comunicación                250.000,00

Mantenimiento y reparación de equipo

y mobiliario de oficina                                                                            1.000.000,00

Mantenimiento y reparación equipo de cómputo

y sistemas de información                                                                          200.000,00

MATERIALES Y SUMINISTROS                                                                                    76.156.710,03

Productos químicos y conexos                                                         24.493.852,00

Combustibles y lubricantes                                                                22.070.400,00

Productos farmacéuticos y medicinales                                                   75.000,00

Tintas, pinturas y diluyentes                                                                1.822.452,00

Otros productos químicos                                                                        526.000,00

Materiales y productos de uso en la construcción                    26.928.500,00

Materiales y productos metálicos                                                        3.131.400,00

Materiales y productos minerales y asfálticos,                              18.600.000,00

Madera y sus derivados                                                                             275.000,00

Materiales y productos eléctricos, telefónicos

y de cómputo                                                                                             1.754.400,00

Materiales y productos de plástico                                                     1.464.000,00

Otros materiales y productos de uso en la construcción              1.703.700,00

Herramientas, repuestos y accesorios                                          11.703.500,00

Herramientas e instrumentos                                                                    953.500,00

Repuestos y accesorios                                                                        10.750.000,00

Útiles, materiales y suministros diversos                                    13.030.858,03

Útiles y materiales de oficina y cómputo                                               559.122,00

Productos de papel, cartón e impresos                                               5.865.258,00

Textiles y vestuario                                                                                 2.064.878,03

Útiles y materiales de limpieza                                                             1.059.500,00

Útiles y materiales de resguardo y seguridad                                   2.603.600,00

Otros útiles, materiales y suministros                                                   878.500,00

BIENES DURADEROS                                                                                                         6.305.000,00

Maquinaria, equipo y mobiliario                                                     6.305.000,00

Equipo de comunicación                                                                           165.000,00

Equipo y mobiliario de oficina                                                            1.140.000,00

Equipo y programas de cómputo                                                         1.500.000,00

Equipo y mobiliario educacional, deportivo y recreativo           2.500.000,00

Maquinaria y equipo diverso                                                               1.000.000,00

Compra de equipos de comunicación, equipo

y mobiliario de oficina y equipo de cómputo para

los diferentes servicios, además de compra

de sillas y mesas para la Biblioteca Pública y otros

equipos para diferentes oficinas

PROGRAMA III INVERSIONES

Fuente de Financiamiento: Recursos de la Ley 8114, Recursos Propios, Préstamos, Transferencias

SERVICIOS                                                                                                                              50.736.351,15

Alquileres                                                                                               38.936.648,15

Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario                                38.936.648,15

Para el alquiler de maquinaria y equipo

en proyecto de bacheo mecanizado y para

reparaciones de rutas nacionales

Servicios comerciales y financieros                                                 2.000.000,00

Publicidad y propaganda                                                                      2.000.000,00

Servicios de gestión y apoyo                                                                   365.000,00

Otros servicios de gestión y apoyo (Revisión Técnica)                  365.000,00

Para Unidad Técnica de Conservación Vial

y Dirección Técnica de Estudios

Gastos de viajes y de transporte                                                           400.000,00

Transporte dentro del país                                                                        150.000,00

Viáticos dentro del país                                                                             250,000.00

Capacitación y protocolo                                                                        424.703,00

Actividades de capacitación                                                                    424,703.00

Mantenimiento y reparación                                                              8.610.000,00

Mantenimiento y reparación de maquinaria

y equipo de producción                                                                         5,500.000,00

Mantenimiento y reparación de equipo de transporte                   2.760.000,00

Mantenimiento y reparación de equipo

de cómputo y sistemas de información                                                   350.000,00

MATERIALES Y SUMINISTROS                                                                                 184.402.028,55

Productos químicos y conexos                                                         77.552.436,00

Combustibles y lubricantes                                                                76.483.106,00

Productos farmacéuticos y medicinales                                                 200.000,00

Tintas, pinturas y diluyentes                                                                   759.330,00

Otros productos químicos                                                                        110.000,00

Alimentos y productos agropecuarios                                               363.000,00

Alimentos y bebidas                                                                                   363.000,00

Materiales y productos de uso en la construcción                    54.686.529,55

Materiales y productos metálicos                                                     16.918.240.00

Materiales y productos minerales y asfálticos                               37.615.182,55

Materiales y productos eléctricos, telefónicos

y de cómputo                                                                                                 153.107,00

Materiales para construcción de bodega, oficinas,

mejoram. sistemas de drenajes y otros

Herramientas, repuestos y accesorios                                          50.441.000,00

Herramientas e instrumentos                                                                    594.000,00

Repuestos y accesorios                                                                        49.847.000,00

Útiles, materiales y suministros diversos                                      1.359.063,00

Útiles y materiales de oficina y cómputo                                               353.594,00

Productos de papel, cartón e impresos                                                  975.469,00

Textiles y vestuario                                                                                       30.000,00

BIENES DURADEROS                                                                      43.572.580,00

Maquinaria, equipo y mobiliario                                                   43.572.580,00

Maquinaria y equipo para la producción                                        38.300.000,00

Equipo de transporte                                                                              3.000.000,00

Equipo y mobiliario de oficina (Unidad Técnica

Cons. Vial y Dirección Técnica y Estudios)                                        380.000,00

Equipo y programas de cómputo                                                             992.580,00

Maquinaria y equipo diverso                                                                   900.000,00

Compra de equipos y mobiliario de oficina,

de un sistema de posicionamiento geográfico y una

microcomputadora para la Dirección Técnica

y estudios, compra de un retroexcavador, dos

motocicletas para los inspectores y UPS

de la Unidad Técnica de Conservación Vial.

Pérez Zeledón, 10 de enero del 2006.—Lic. Rafael Navarro Mora, Proveedor Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 7595).—C-160020.—(3558).

 

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES 2006

PRESUPUESTO ORDINARIO 2006

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo sexto de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo sétimo del Reglamento de Contratación Administrativa el Departamento de la Proveeduría de la Municipalidad de Heredia, hace del conocimiento a los interesados del programa de adquisiciones para el 2006.

Partida    Subpartida                                                                                                              Monto ¢

1                                              Servicios                                                                              744.395.565,63

1                           1                 Alquileres                                                                              14.600.000,00

1                           2                 Servicios básicos                                                              457.205.444,84

1                           3                 Servicios comerciales y financieros                                38.330.000,00

1                           4                 Servicios de gestión y apoyo                                           90.867.500,00

1                           5                 Gastos de viaje y transporte                                               8.495.000,00

1                           6                 Seguros y otras obligaciones                                           58.937.620,79

1                           7                 Capacitación y protocolo.                                                 24.175.000,00

1                           8                 Mantenimiento y reparación                                             51.785.000,00

2                                              Materiales/Suministros                                                234.216.866,10

2                           1                 Productos químicos y conexos                                        62.312.100,00

2                           2                 Alimentos y productos agropecuarios                             3.640.000,00

2                           3                 Materiales y productos en uso en la

                                                construcción y mantenimiento                                         75.137.500,00

2                           4                 Herramientas, repuestos y accesorios                            32.433.000,00

2                           5                 Bienes para la producción y comercialización                  500.000,00

2                         99                Útiles, materiales y suministros diversos                     60.194.266,10

5                                              Bienes duraderos                                                             162.354.800,00

5                           1                 Maquinaria, equipo y mobiliario                                  113.929.800,00

5                           2                 Construcciones adiciones y mejoras                              48.425.000,00

Heredia, 12 de enero del 2006.—Lic. Jonathan Fonseca Castro, Proveedor Municipal a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 23107).—C-35295.—(3557).

 

CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PAQUERA

PLAN DE ADQUISICIONES DE BIENES

Y SERVICIOS PARA EL 2006

El Concejo Municipal realizará compras para el año 2006, según se detalla.

Servicios                                                   ¢9.500.000,00

Materiales y suministros                       ¢15.652.967,14

Bienes duraderos                                      ¢3.750.000,00

Paquera, 11 de enero del 2006.—Iris Flores López, Asistente Administrativa.—1 vez.—(3401).

 

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

MODIFICACIÓN AL PROGRAMA DE ADQUISICIONES ORDINARIO PROYECTADO PARA EL AÑO 2006

De conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y los artículos 7.1, 7.2 y 7.3 de su Reglamento General, se adiciona el Programa de Adquisiciones Proyectado para este año del siguiente modo:

Gasto/Objeto:

10406: Servicios Generales

Descripción                                      Monto                Semestre

Servicio de Polarizado de vidrios   ¢ 1.500.000,00            Primero

Proveeduría.—Lic. Javier Ignacio Vega Garrido, Proveedor.—1 vez.—(OP Nº 120-2006).—C-8820.—(3867).

BANCO DE COSTA RICA

MODIFICACIÓN PROGRAMA DE ADQUISICIONES

AÑO 2006

                                           Fecha                   Fuente                     Monto

Descripción            estimada         financiamiento         aproximado

1 Compra de una máquina

embozadora                      I Semestre                 BCR                    US$ 285.000,00

San José, 16 de enero del 2006.—Oficina de Contratación Administrativa.—Osvaldo Villalobos G., Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 54424).—C-6320.—(3914).

 

LICITACIONES

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN POR REGISTRO N° 219-2006

Contratación del suministro e implementación

de un sistema de información geográfica

La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito, a las 10:00 horas del 13 de febrero del 2006, para el: “Contratación del suministro e implementación de un sistema de información geográfica”.

El cartel puede ser retirado en la Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección de Bienes del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca, previo pago de la suma de ¢3.000,00 (tres mil colones con 00/100).

La Uruca, 16 de enero del 2006.—Proveeduría General.—Lic. Erick Leitón Mora, Jefe de Contrataciones.—1 vez.—(Pub-1495-2006).—C-8270.—(3868).

 

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 113-2005

Adquisición de 2028 baterías para los vehículos de la flota ICE

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados que recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del día 23 de de febrero del 2006, en la Proveeduría de este Instituto, sita 300 metros norte de la esquina este de la Oficinas Centrales, para el suministro de lo siguiente:

Requerimiento:

Adquisición de 2028 baterías para los vehículos de la flota ICE

Mayores especificaciones, condiciones generales y especiales podrán adquirirse en la Proveeduría de este Instituto, o accesando la siguiente dirección electrónica: http://www.grupoice.com/proveeduria/index.jsp

San José, 13 de enero del 2006.—Licitaciones-Dirección de Proveeduría.—Ing. Carlos Casco Peña, Coordinador.—1 vez.—(OS Nº 320073).—C-8270.—(3869).

 

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 7299

Servicios de aseo y limpieza en edificios del ICE

ubicados en la Región Central Cartago

El Instituto Costarricense de Electricidad recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del día 14 de marzo del 2006 para lo siguiente:

Requerimiento:

Servicios de aseo y limpieza en edificios del ICE ubicados en la Región Central Cartago.

El cartel se puede adquirir por medio de fotocopias cancelando el costo de las mismas en la Dirección de Proveeduría sita 400 metros norte del edificio central o en nuestra dirección electrónica www.grupoice.com.

San José, 16 de enero del 2005.—Ing. Carlos Casco P., Coordinador Licitaciones-Dirección Proveeduría.—1 vez.—(O. S. Nº 320073).—C-7720.—(3871).

 

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUERDUCTOS

      Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN POR REGISTRO 2006-0006 (Convocatoria)

Ampliación estación de bombeo Bajo Barrantes, San Ramón

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del día 17 de febrero del 2006, para la “Ampliación estación de bombeo Bajo Barrantes, San Ramón”.

Los documentos que conforman el cartel podrán accesarse en la página de Internet del AyA, www.aya.go.cr o retirarse en la Dirección de Suministros de AyA, sita en el tercer piso del módulo C del edificio Sede del AyA en Pavas.

San José, 16 de enero del 2006.—Lic. Lilliana Navarro Castillo, Proveeduría.—1 vez.—(Solicitud Nº 37475).—C-6620.—(3915).

ADJUDICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 013-2004

Por la adquisición de equipo descartable para transfusión de

soluciones por medio de bomba de infusión

La subárea de adquisiciones del Hospital México, comunica a los interesados en el presente concurso, el resultado del mismo.

Ítem único: 20.000 unidades de equipo descartable para transfusión de soluciones por medio de bomba de infusión. Empresa adjudicada: Cefa Central Farmacéutica S. A. Monto adjudicado: $143.200,00 (ciento cuarenta y tres mil doscientos dólares exactos). Lo anterior según adjudicación del 19 de diciembre del 2005, suscrito por la señorita Emma C. Zúñiga Valverde, secretaria de la junta directa, con base en acuerdo tomado en sesión 8018 del 13 de diciembre del 2005.

San José, 12 de enero del 2006.—Subárea de Adquisiciones.—Bach. Freddy Alfaro Ramírez, Jefe.—1 vez.—(3577).

 

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 015-2005

Por la adquisición de pescado en filet

La subárea de adquisiciones del Hospital México, comunica a los interesados en el presente concurso, el resultado del mismo.

Ítem único: pescado en filet. Empresa adjudicada: Aquacorporación Internacional S. A. Monto anual adjudicado ¢24.218.350,00 (veinticuatro millones doscientos dieciocho mil trescientos cincuenta colones exactos).

Lo anterior según adjudicación del 6 de diciembre del 2005, suscrito por el Dr. José Enrique Mangel León, Director General a. í.

San José, 12 de enero del 2006.—Subárea de Adquisiciones.—Rodrigo Rivera Bonilla, Subjefe.—1 vez.—(3578).

 

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 070-2005

Por la adquisición de cateters tipo prótesis varios tipos

La subarea de adquisiciones del Hospital México, comunica a los interesados en el presente concurso, el resultado del mismo.

Ítems del 01 al 42: cateters tipo prótesis. Empresa adjudicada: Multiservicios Electromédicos S. A. Monto total adjudicado: $23.280,00. (veintitrés mil doscientos ochenta dólares exactos).

En lo que respecta a los ítems del 43 al 52 se declararon desiertos y se volverán a publicar.

Lo anterior según adjudicación del 3 de diciembre del 2005, suscrito por el Dr. José Enrique Mangel León Director a. í.

San José, 12 de enero del 2006.—Subárea de Adquisiciones. Rodrigo Rivera Bonilla, Subjefe.—1 vez.—(3580).

 

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 071-2005

Por la adquisición de suturas varias

La subárea de adquisiciones del Hospital México, comunica a los interesados en el presente concurso, el resultado del mismo.

Ítems 1, 4 y 5: suturas varias. Empresa adjudicada: Productos Médicos Promedic S. A. Monto adjudicado: $12.918,63 (doce mil novecientos dieciocho dólares con 63/100).

Ítem 2, se declara insubsistente y el ítem 3 se declara desierto. Ambos se volverán a publicar nuevamente.

Lo anterior según adjudicación del 3 de diciembre del 2005, suscrito por el Dr. José Enrique Mangel León, Director General a. í.

San José, 12 de enero del 2006.—Subárea de Adquisiciones.—Rodrigo Rivera Bonilla, Subjefe.—1 vez.—(3581).

 

HOSPITAL NACIONAL DE GERIATRÍA Y GERONTOLOGÍA

“DR. RAÚL BLANCO CERVANTES”

OFICINA DE COMPRAS

LICITACIÓN POR REGISTRO LRG-012-2005

Reactivos químicos y biológicos

Se le indica a los interesados en el concurso arriba señalado que por Resolución de la Dirección General de este Centro Hospitalario, dictada a las nueve horas y treinta minutos del día diez de enero del dos mil seis, se declara desierto el concurso por cuanto se espera consolidar la adquisición de química clínica por medio de Oficinas Centrales de la Caja Costarricense de Seguro Social en aproximadamente 1.5 meses, lo que implicaría que antes de finalizar este proceso o finalizándolo se debe declarar desierto.

Cumplimos con lo previsto en el Reglamento de Contratación Administrativa. El expediente respectivo se encuentra a disposición para cualquier consulta en el Sótano Norte, Oficina de Compras del Hospital, a partir de esta publicación.

San José, 13 de enero del 2006.—Bach. Adriana Chávez Díaz, Jefa Oficina de Compras a. í.—1 vez.—(3852).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE LIMÓN

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 01-2005

Rehabilitación de 725 metros de calle

asfaltada en barrio Pacuare por la iglesia católica

El Concejo Municipal de Limón, en sesión extraordinaria Nº 88 artículo II inciso r) del 5 de enero del 2006, acordó por unanimidad, adjudicar la Licitación Pública Nº 01-2005, Rehabilitación de 725 metros de calle asfaltada en barrio Pacuare por la iglesia católica, a la empresa Consultora y Constructora Jiménez S. A., cédula jurídica Nº 3-101-175114, al ofrecer el menor costo por la suma de ¢23.416.500,00 y para realizar los trabajos en un tiempo de diez días naturales, de acuerdo a las especificaciones técnicas indicadas en el cartel y a las condiciones indicadas en la oferta.

Limón, enero del 2006.—Proveeduría.—Apolonio Palacio Castañeda, Proveedor Municipal.—1 vez.—(3572).

 

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 02-2005

Formulación plan regulador costero

sector playa Westfalia a boca río La Estrella

El Concejo Municipal de Limón, en sesión extraordinaria Nº 88 artículo II inciso r) 2 del 5 de enero de 2006, acordó por unanimidad, adjudicar la Licitación Pública Nº 02-2005, Formulación plan regulador costero sector playa Westfalia a boca río La Estrella, a la empresa Ecoplan Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-121785, al obtener el mayor puntaje de los aspectos evaluados por la suma de ¢21.338.316,00 y para realizar los servicios en un tiempo de ocho semanas de acuerdo a las especificaciones técnicas indicadas en el cartel y a las condiciones indicadas en la oferta.

Limón, enero del 2006.—Proveeduría.—Apolonio Palacio Castañeda, Proveedor Municipal.—1 vez.—(3573).

 

REGISTRO DE PROVEEDORES

INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL

Se invita a todas las personas físicas y/o jurídicas a formar parte de nuestro Registro de Proveedores. Los formularios pueden retirarse en nuestras oficinas situadas en San Vicente de Moravia, del Colegio Lincoln 200 metros al oeste, 100 sur y 200 oeste, solicitar su remisión al teléfono 507-1111 o al fax 240-7123 o accesarlo por medio de la página electrónica del IFAM www.ifam.go.cr. Lo anterior en cumplimiento con los artículos 108 de la Ley 59.3 del Reglamento General de Contratación Administrativa. Los Proveedores que ya se encuentran inscritos, deben verificar telefónicamente que su documentación está en regla, y enviar nota haciendo constar que sus condiciones no han variado, en caso de que no lo hagan serán excluidos del respectivo Registro.

Moravia, 12 de enero del 2006.—Sección Proveeduría.—Lic. Inés Vásquez Sánchez, Jefa.—1 vez.—(3419).

 

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

PROVEEDURÍA MUNICIPAL

El Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Montes de Oca, en cumplimiento del artículo 108 de la Ley de la Contratación Administrativa y 59.3 del Reglamento de Contratación, procede a invitar a los posibles oferentes de bienes y servicios, a formar parte del Registro de Proveedores.

SECCIÓN SEGUNDA

Registro de Proveedores

Artículo 108.—Especialización. En cada proveeduría institucional, se llevará un registro de los proveedores interesados en contratar con la Administración.

El Poder Ejecutivo regulará, mediante decreto, el funcionamiento del Registro de Proveedores de las proveedurías institucionales del Gobierno Central.

Para formar parte de estos registros, deberá acreditarse ante la Administración la existencia de la persona física o jurídica, su nacionalidad, los poderes de sus representantes, la calidad en que potencialmente participaría, sea como proveedor directo o intermediario.

El reglamento definirá las condiciones que se exigirán para determinar la idoneidad de los integrantes del Registro de Proveedores.

Quienes ya formen parte del Registro de Proveedores no se verán obligados a acreditar, documentalmente, ningún requisito relativo a la persona física o jurídica que participa; salvo en los casos de sustitución de personeros o de información adicional que solicite el cartel.

La Administración invitará, por lo menos una vez al año, mediante publicación en el Diario Oficial, a formar parte del Registro de Proveedores.

En cualquier tiempo, los proveedores interesados podrán solicitar su incorporación al registro.

La formula para la incorporación al Registro de Proveedores se puede solicitar en las oficinas de la Proveeduría Municipal, ubicadas en la primera planta del Palacio Municipal, costado norte del Parque Kennedy, San Pedro de Montes de Oca. Información al telefax: 253-5119.

San Pedro de Montes de Oca, 11 de enero del 2006.—Lic. Víctor Hugo Portilla Madrigal, Proveedor Municipal.—1 vez.—(3545).

MUNICIPALIDAD DE PÉREZ ZELEDÓN

De conformidad con los artículos 108 de la Ley de Contratación Administrativa, se invita a personas físicas y jurídicas a formar parte de nuestro registro de proveedores o bien actualizar la información existente, para lo cual deberán cumplir con lo establecido en la Descripción de Requisitos y Trámites que se realizan en esta, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 8220, publicada en La Gaceta Nº 112, de fecha 12 de junio del 2002, específicamente en el artículo 11 de dicha publicación. La documentación se recibirá personalmente en la oficina de la Proveeduría Municipal. Sita en San Isidro de El General, costado sur de la catedral o bien al apartado 274-8000. Para información adicional al teléfono 771-0390, extensión 108.

Proveeduría.—Rafael Navarro Mora, Proveedor.—1 vez.—(3426).

 

MUNICIPALIDAD DE SAN PABLO DE HEREDIA

Invitación a formar parte del Registro de Proveedores

De conformidad con el artículo 108 de la Ley de Contratación Administrativa se invita a personas físicas y jurídicas a integrar el Registro de Proveedores de esta Municipalidad, para ser considerados en las contrataciones promovidas por la Proveeduría. Los proveedores que ya se encuentren inscritos deberán obligatoriamente informar mediante nota si toda la información presentada a la fecha se encuentra vigente, dentro de un plazo perentorio de 15 días hábiles a partir de esta publicación, caso contrario suministrar la documentación pertinente. Los proveedores que no actualicen la información en los términos antes indicados y que tengan más de un año de inscritos serán excluidos del Registro de Proveedores. Los formularios de inscripción los pueden obtener en la Proveeduría Municipal localizada 50 metros al oeste del Palacio Municipal en San Pablo de Heredia, costado noroeste del parque central de San Pablo de Heredia.

San Pablo de Heredia, 11 de enero del 2006.—Proveeduría Municipal.—Lic. Hugo Miranda Alvarado, Proveedor.—1 vez.—(O. C. Nº 11751).—C-7720.—(3792).

 

MUNICIPALIDAD DE LIMÓN

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

Requisitos para Registro de Proveedores

1.  Presentar solicitud escrita dirigida al Departamento de Proveeduría, suscrita por el propietario o representante legal de la empresa, cuya personería deberá acreditar en original.

2.  Indicar nombre, razón o denominación social, números de cédula, dirección geográfica, apartado postal, número de teléfono, fax, etc.

3.  Descripción de la actividad comercial de la empresa, con descripción de los bienes y servicios que ofrecen, si son proveedores directos o intermediarios, así como de su capacidad, cantidad, volumen, etc.

4.  Para demostrar experiencia, indicar las actividades o servicios realizados a otras empresas o instituciones.

5.  Citas de inscripción en el Registro Público y fotocopia de la cédula jurídica, autenticadas por notario.

6.  Aportar certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones.

7.  Aportar declaración jurada de que no les alcanza la prohibición señalada en el artículo 22º de la Ley de Contratación Administrativa y sus reformas.

8.  Deben estar debidamente inscritos como contribuyentes de impuestos sobre la renta y operar con facturas timbradas o autorizadas.

9.  En caso de representantes de casas extranjeras, indicar el número de la licencia correspondiente.

10.  En todos los casos la documentación aportada deberá ser original o fotocopias debidamente certificadas por notarios.

11.  Las empresas de transportes y constructoras en general, físicas y jurídicas, deben aportar certificación del Registro Público de la maquinaria y equipo registrado a su nombre.

12.  Las empresas físicas o jurídicas ya inscritas, para su renovación deben notificar las variaciones de sus datos y calidades cada vez que tengan cambios.

13.  Las empresas físicas o jurídicas que no renueven su inscripción anualmente no se considerarán inscritas.

Enero del dos mil seis.—Apolonio Palacio C., Proveedor Municipal.—1 vez.—(3571).

 

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE CONCESIONES

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL N° 01 - 2005

Concesión de obra con servicio público

corredor vial San José - Cartago

FASE DE PRECALIFICACIÓN

La Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Concesiones se permite comunicar que, mediante acuerdo Nº 04 de la sesión ordinaria Nº 01-06 del Directorio del Consejo Nacional de Concesiones, celebrada el 11 de enero de 2006, se aprobaron modificaciones al cartel de licitación del indicado proyecto.

Específicamente, deben suprimirse los siguientes puntos.

    Sección 5.1.1 Experiencia exitosa aceptable, donde dice “c. La operación de carreteras concesionadas”.

    Sección 5.1.4 Experiencia en operación de concesiones viales.

    Documento 6-B Operación de Concesiones de Carreteras.

Sin embargo, la Administración conserva la facultad de exigir experiencia en operación de concesiones bajo otras modalidades de acreditación durante la fase de licitación y adjudicación del proyecto de concesión. Conforme lo dispone el artículo 47 del Reglamento General de Contratación Administrativa, se procede a prorrogar el plazo de presentación de ofertas, las que se recibirán hasta las nueve horas del diez de marzo de dos mil seis, en las oficinas de la Secretaría Técnica, situadas en el segundo piso del Edificio Equus, al costado oeste de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, en San Pedro de Montes de Oca.

San José, 16 de enero del 2006.—William Calvo Quesada. Secretario Técnico a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 33086).—C-13220.—(3878).

 

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 1818-2006

Suministro e instalación de un sistema de detección

y alarma de incendio inteligente para el edificio

de la sede central del Banco Nacional de C. R.

Se comunica a los interesados en esta Licitación Pública, que el aviso que salió publicado en La Gaceta número 10, página 42 del viernes 13 de enero del 2006, deberá leerse el tercer párrafo de la siguiente manera:

El cartel y planos pueden ser retirados en la Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección de Bienes del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca, previo pago de la suma de ¢20.000,00 (veinte mil colones con 00/100).

Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.

La Uruca, San José, 13 de enero del 2006.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora.—1 vez.—(Pub. Nº 1493-2006).—C-8820.—(3784).

 

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

AREA DE ADQUISICIONES

SUBÁREA DE CARTELES

LICITACIÓN PÚBLICA 2006-001 (Aviso Nº 2)

Varios tipos de reactivos

A los oferentes interesados en participar en este concurso, se les comunica que se prórroga la apertura de ofertas para el 10 de febrero del 2006, a las 9:00 horas.

El cartel permanece invariable.

San José, 13 de enero del 2006.—Lic. Vilma Arias Marchena, Coordinadora.—1 vez.—C-5520.—(3785).

 

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 7279

Adquisición de aires acondicionados de diferentes

tipos para la ampliación del SNT

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba indicada que la misma fue prorrogada para el 15 de marzo del 2006 a las 9:00 a.m.

Fecha de apertura anterior: 25 del enero del 2006 a las 10:00 horas

San José, 13 de enero del 2006.—Eugenio Fatjo Rivera, Licitaciones-Proveeduría.—1 vez.—(O. S. Nº 320073).—C-5520.—(3872).

 

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 7291 (Modificación Nº 4)

Adquisición de equipo terminal CPE’s G.SHDSL y equipos

de prueba de líneas de cobre para servicios G.SHDSL

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la misma fue prorrogada para el día 2 de marzo del 2006 a las 10:00 a. m., además se le debe efectuar la siguiente modificación:

Sustituir el punto 2.2.2 del ítem 2, capítulo III por el siguiente:

2.2.2. El instrumento debe contar con baterías de alta duración con capacidad de al menos 5 horas de operación continua. Las baterías del instrumento deben ser sustituibles e intercambiables en campo por el usuario. Debe tener un “indicador” en pantalla del nivel de carga de baterías.

Sustituir el punto 2.6.7 del ítem 2, capítulo III por el siguiente:

2.6.7. El equipo deberá contar de una unidad base que pueda ser configurado para realizar mediciones en cable de cobre y servicios G.SHDSL (ATU-R/ATU-C). El equipo deberá integrar las opciones de software que permitan detectar y verificar problemas en las capas ATM e IP, logrando conectarse a la Internet y certificar que la conexión a cualquier página WEB esté funcional. Deseable que ambos módulos de medición (ATU-R/ATU-C) estén integrados y contenidos simultáneamente en la unidad base.

Sustituir el punto 2.6.24 del ítem 2, capítulo III por el siguiente:

2.6.24.  El equipo deberá permitir la configuración automática del mismo mediante la asignación de teclas multifunción para que el técnico pueda probar el ATU-C, ATU-R o DTE sin perder tiempo en la configuración del instrumento. De igual forma el cambio de operación entre modo ATU-R o ATU-C debe ser mediante el uso de estas teclas multifunción. Deseable que no se tenga que apagar y encender el instrumento ni cambiar módulos.

Sustituir el punto 4.1 del ítem 4, capítulo III por el siguiente:

4.1.  Anchos de banda:

4.1.1. Velocidad de datos IP hasta al menos 1 Mbps.

4.1.2.  Velocidad de datos ISDN hasta al menos 512 Kbps.

Sustituir el punto 4.7 del ítem 4, capítulo III por el siguiente:

4.7.  Debe cumplir con los estándares de audio:

4.7.1. G.722

4.7.2. G.722.1

4.7.3. G.711.

4.7.4. G.728.

4.7.5. Deseable que cumpla con G.729A.

Sustituir el Artículo 5.6 del ítem 5, capítulo III por el siguiente:

5.6.  Debe cumplir con los estándares de audio:

5.6.1. G.722

5.6.2. G.722.1

5.6.3. G.711.

5.6.4. G.728.

5.6.5. Deseable que cumpla con la norma G.729A.

Apertura de ofertas: 10:00 horas del día 24 de enero del 2006.

San José, 13 de enero de 2006.—Eugenio Fatjó Rivera, Licitaciones-Dirección Proveeduría.—1 vez.—(O. S. Nº 320073).—C-26970.—(3873).

 

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 9-201-05

(Enmienda y aclaración N° 2)

Contratación de los servicios de mano de obra, materiales

y equipo para la construcción estructural del edificio de

oficinas centrales de Recope en barrio Tournón

Le comunicamos a los interesados en participar en el concurso en referencia que deben pasar al primer piso de las Oficinas Centrales de Recope a retirar la enmienda y aclaración Nº 2 al cartel.

San José, 13 de enero del 2006.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 2005-5-107).—C-5520.—(3786).

 

COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.

Les comunicamos que se prorrogó el recibo de ofertas de las siguientes licitaciones:

Licitación                  Descripción                         Prorrogada       Hora

  Pública

Nº 40-2005      Reconstrucción del sistema de

                        distribución eléctrica en el cantón

                        de la Unión, Cartago, incluye

                        materiales y mano de obra                 14/02/2006        13:00

   Por

Registro

Nº 44-2005      Contratación de servicios de

                        consultoría para la realización del

                        estudio de pre y factibilidad

                        del Proyecto Eólico San

                        Buenaventura                                     13/02/2006        13:00

  Pública

Nº 01-2006      Estudio de factibilidad para la

                        ampliación y modernización de la

                        Planta Hidroeléctrica Anonos            16/02/2006        13:00

  Pública

Nº 02-2006      Estudio de prefactibilidad del

                        Proyecto Hidroeléctrico Ciruelas       15/02/2006        13:00

   Por

Registro

Nº 12-2006      Contratación de consultoría para

                        desarrollar el estudio de prefactibilidad

                        para el Proyecto Hidroeléctrico

                        Brasil II                                             20/02/2006        13:00

José Antonio Salas Monge, Proveedor General.—1 vez.—(3875).

BN SOCIEDAD ADMINISTRADORA

DE FONDOS DE INVERSIÓN S. A.

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 01-2006

Contratación de la solución para el diseño e instalación

del sistema de cableado estructurado (voz y datos)

para las oficinas de BN Sociedad Administradora

de Fondos de Inversión S. A.

La Proveeduría de BN Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S. A., informa que la fecha de apertura de la licitación de referencia se prorroga para el 2 de febrero del 2006 a las 10:00 a. m.

El resto del cartel permanece invariable.

San José, 16 de enero del 2006.—Lic. Ana Cecilia Arias, Jefa Administrativa Financiero.—1 vez.—(3912).

 

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ASERRÍ

REGLAMENTO PARA LA INSTALACIÓN

DE MÁQUINAS DE JUEGOS PIN BALL

La Municipalidad de Aserrí, en sesión ordinaria N° 184, celebrada el día 31 de octubre del 2005, por medio del acuerdo Nº 04-184, artículo cuarto, el cual a la vez fue debidamente modificado y ratificado en la sesión ordinaria N° 185, celebrada el día 7 de noviembre del 2005, aprobó el siguiente:

REGLAMENTO PARA LA INSTALACIÓN

DE MÁQUINAS DE JUEGOS PIN BALL

Artículo 1º—La Municipalidad de Aserrí con las facultades otorgadas por la Constitución Política de la República  de Costa Rica y el Código Municipal vigente, en su afán por mantener la moral, las buenas costumbres y el orden público, así como para salvaguardar la salud mental de los niños, niñas y adolescentes, se dispone a reglamentar la instalación de las llamadas máquinas pin ball.

Artículo 2º—La Municipalidad de Aserrí fiscalizará y mantendrá un debido control de las patentes que otorgue para el funcionamiento de las máquinas pin ball.

Artículo 3º—La Licencia comercial, se le extenderá al  Propietario del Local, donde se explotarán las Máquinas de Juegos; o en su lugar a quien tenga en alquiler el local.

Artículo 4º—En el contrato deberá estipularse claramente la ubicación exacta y nombre del establecimiento comercial donde se instalarán las máquinas.

Artículo 5º—El costo de la patente comercial para dicho fin será de ¢8.000,00 mensual, por cada máquina instalada y cada año la Administración adecuará el valor de la patente, teniendo como parámetro el aumento en el costo de la vida.

Artículo 6º—Por ser una actividad secundaria dentro de un centro o establecimiento comercial, el máximo, a autorizar será de dos máquinas por establecimiento en una actividad secundaria.

Artículo 7º—La empresa gestionante realizará un contrato con el propietario del local, mediante el cual adquieren compromisos en forma solidaria, que permitan velar por los derechos de los y las menores de edad. Este documento deberá estar autenticado por un abogado y deberá presentarse una copia ante el Departamento de patentes de la Municipalidad de Aserrí.

Artículo 8º—La distancia entre los Centros Educativos y Religiosos y el local comercial donde se instalarán las maquinas, será de 80 metros como mínimo.

Artículo 9º—El horario estipulado por la  Ley de Juegos, para el funcionamiento de este tipo de máquinas, será de lunes a viernes, de las 16:00 a las 22:00 horas y los sábados, domingos y feriados de las 13:00 a las 23:00 horas,

Artículo 10.—La Municipalidad de Aserrí hará cumplir con lo establecido en la Ley de Juegos y su respectivo Reglamento, para lo cual mantendrá estricta vigilancia.

Artículo 11.—El administrado que sea concesionario de una patente para que funcionen máquinas pin ball, en el cantón de Aserrí, deberá comunicar por escrito a la Municipalidad de Aserrí por medio de su Departamento de Patentes, la cantidad de máquinas que instalará, el lugar exacto, nombre del negocio, nombre del propietario y copia del contrato previo.

Artículo 12.—De acuerdo con la población total por área geográfica del cantón de Aserrí, se autoriza la siguiente cantidad de máquinas por distrito:

                                                                                Cantidad

                       Distrito                                         de máquinas

Aserrí                                                     150

Salitrillos                                                  75

Tarbaca                                                     25

Vuelta de Jorco                                         50

San Gabriel                                               50

Monte Rey                                               10

La Legua                                                   10

Artículo 13.—La edad mínima para el uso de las máquinas pin ball es de 12 años, según lo indica el Código de la Niñez y la Adolescencia. El propietario del local que incumpla con esta regla, podrá ser sancionado con el retiro de la máquina y la cancelación de la patente comercial.

Artículo 14.—La instalación de máquinas pin ball podrá realizarse únicamente en locales comerciales autorizados. No se permite la instalación de estas máquinas en las casas de habitación y se autorizarían un máximo de dos máquinas por local comercial a excepción de los centros que sean exclusivos para juegos.

Artículo 15.—El Departamento encargado de administrar el presente Reglamento será el Departamento de Administración Tributaria, Sección de Patentes de esta Municipalidad.

Artículo 16.—El propietario del negocio donde se encuentre ubicada una máquina pin ball que incumpla con el presente Reglamento, podrá ser sujeto a que se le clausure el uso de la máquina y el local comercial.

Artículo 17.—El presente Reglamento podrá ser modificado o ampliado, de acuerdo con lo que estipule el Municipio, con base en lo que dicte la experiencia.

Artículo 18.—Se prohibirá terminantemente extender patentes para la instalación y funcionamiento de las máquinas denominadas “Chuky”.

Artículo 19.—Cada Máquina tendrá una calcomanía de identificación con su respectivo número.

Artículo 20.—Una vez que se haya cumplido con el requisito que legalice este reglamento, el mismo deberá colocarse a la vista de los usuarios en los negocios donde se exploten estas máquinas.

Artículo 21.—Este Reglamento rige una vez publicado en el Diario Oficial La Gaceta.

Luis Vargas Salazar, Alcalde Municipal a. í.—1 vez.—(3017).

 

AVISOS

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL CEMENTERIO DE SAN MATEO

REGLAMENTO

Disposiciones generales

Artículo 1º—Se establece el presente Reglamento del Cementerio Municipal de San Mateo, para regular las relaciones entre la Junta Administrativa del Cementerio Municipal y los interesados en lo que atañe al uso de dicho cementerio.

Artículo 2º—Las materias tratadas en este Reglamento están sujetas al previo cumplimiento de todo lo dispuesto en el Reglamento General de Cementerios (Decreto Ejecutivo Nº 17 del 5 de setiembre de 1931 y sus reformas); en el Decreto Ejecutivo Nº 704 del 7 de noviembre de 1949 (en materia de propiedad a inhumaciones y exhumaciones) y el resto de la legislación conexa.

Artículo 3º—En todas las materias de este Reglamento no deja a decisión del Concejo, es vinculante la decisión del Alcalde Municipal, la cual puede sin embargo ser recurrida ante aquel. Además se le da autoridad a la Junta Administrativa del cementerio para tomar todas las decisiones que conlleven al mejoramiento del activo bien inmueble administrado.

De las inhumaciones

Artículo 4º—Para las inhumaciones en el cementerio el interesado deberá presentarse con el certificado de defunción ante la Junta Administrativa del Cementerio o el tesorero el cual le confeccionará el recibo correspondiente por el monto que le corresponde pagar, el cual será determinado por la Administración de acuerdo con las categorías establecidas en el artículo 10 de este Reglamento y las tarifas vigentes al momento de pago. La copia del comprobante de ingreso, debidamente cancelado, se entrega al encargado del cementerio para que se proceda a realizar la inhumación.

Artículo 5º—Si la inhumación se fuere a realizar en una bóveda particular, deberá mediar la autorización de la persona propietaria del derecho o alguno de quienes aquella hubiere designado como corresponsales en el contrato de adquisición según lo estipulado en el artículo 20 del presente Reglamento. Esta autorización puede ser autenticada por notario público en caso necesario.

Artículo 6º—La presentación del comprobante de ingreso cancelado deberá hacerse dos horas antes de la inhumación en los casos en que la misma se realice en nichos de la Junta Administrativa o bóvedas particulares, con el fin de determinar el sitio exacto y la ausencia de restos con menos de cinco años de inhumados.

Artículo 7º—Cuando se desee, efectuar una inhumación en una bóveda que no tuviera osario propio y únicamente se pueda disponer de una fosa o nicho que contenga restos de una inhumación de más de cinco años de anterioridad, podrá permitirse la nueva inhumación mediante autorización del propietario en la forma que se estipula en el artículo tras anterior, siempre y cuando entre el cadáver inhumado y el que se pretende inhumar existan los vínculos familiares señalados en el artículo I del Decreto Nº 704 del 7 de setiembre de 1949. En el caso de que al abrirse el nicho se determine que continúe una momia cuyo estado no deja espacio para la nueva inhumación, se dará prioridad a la momia y el cadáver se inhumará en otro lugar.

Artículo 8º—No se permitirá la inhumación en cajas de metal u otro material que impida la fácil descomposición de los restos.

Artículo 9º—No se permitirá la inhumación de más de un cadáver en la misma caja y en la misma fosa, salvo cuando se trate de la madre y el producto del parto muertos en el acto de alumbramiento.

Artículo 10.—Las inhumaciones se realizarán entre las 8:00 a.m. y las 6:00 p.m. para inhumaciones fuera de este horario se requerirá orden de la autoridad competente (Junta Administrativa). La hora de la inhumación afectará el monto a pagar según sea ordinario, vespertino o dominical de acuerdo con las tarifas oportunamente aprobadas por la Junta Administrativa.

De las exhumaciones

Artículo 11.—Las exhumaciones extraordinarias se realizarán por orden judicial. Las ordinarias mediante autorizaciones del Ministerio de Salud para trasladar los restos a otra sepultura o para ser incinerados.

Artículo 12.—Las exhumaciones ordinarias a solicitud de los interesados se realizarán en presencia del encargado del cementerio y dos parientes cercanos de la persona fallecida. Las que estuvieran motivadas por el interés de la Junta Administradora, con el fin de ocupar un espacio en el que hubiesen transcurrido cinco años desde la última inhumación, requerirán la presencia de un representante de dicha Administración del cementerio. En ambos casos deberá levantarse un acta, cuya fórmula dispondrá y suministrará la misma Administración.

Artículo 13.—Se consideran exhumaciones ordinarias por interés de la Junta Administradora, las que tiene lugar en nichos de alquiler, vencido el plazo de arrendamiento.

Artículo 14.—Para los efectos de exhumación, se considerará como interesados con derecho ante la Administración los parientes indicados en el artículo 1º: del Decreto Nº 704 del 7 de setiembre de 1949, pero en caso de conflicto con el propietario de la bóveda que contuviere los restos, sus derechos deberán definirse por mandamiento judicial.

Artículo 15.—El acta para traslado de restos deberá contener la autorización de los propietarios de ambas bóvedas, en caso de traslado dentro del cementerio; o del propietario de la bóveda que los contenga los restos en caso de traslado a otro cementerio. En este último caso se requerirá la constancia de la Administración del cementerio en cuestión, donde se indique que se ha reservado el espacio para tal fin.

Artículo 16.—A partir del momento en que los restos de una persona han salido del cementerio, la Junta Administradora salva su responsabilidad, la cual será asumida por el solicitante y el propietario de la bóveda que firmarán el acta correspondiente.

Artículo 17.—No podrán ser trasladados los restos momificados que se hallaren en bóvedas particulares o nichos de alquiler.

Artículo 18.—Las exhumaciones ordinarias por interés de particulares, sólo se podrán efectuar dentro de la jornada ordinaria de los empleados del cementerio y quedarán sujetas al pago de los derechos oportunamente fijados por la Junta Administradora.

De la adquisición, conservación y traspaso de derecho

Artículo 19.—La adquisición, conservación y traspaso de derechos sobre parcelas para ubicación de bóvedas particulares se regirán por lo dispuesto en el Decreto Nº 704 del 7 de setiembre de 1949; por las normas pertinentes del Reglamento General de Cementerios y por el presente Reglamento.

Artículo 20.—La adquisición de derechos en el cementerio, se llevarán a cabo previa aprobación de la Junta Administrativa, en documento extendido por aquella, en la cual se hagan constar la calidades del adquiriente, los detalles sobre ubicación física y área del derecho adquirido de acuerdo con el plano regulador del cementerio, los nombres de al menos dos personas que en orden de prioridades sean designadas por adquiriente como herederos y/o responsables y cualquier otra información a criterio de la Junta Administrativa.

Artículo 21.—Los traspasos permitidos de acuerdo con el decreto antes mencionado, se harán ante la Junta Administrativa mediante testimonio de escritura pública o ejecutoria de sentencia judicial. En caso de existencia de restos en el derecho, el documento deberá hacer constar el vínculo familiar respectivo entre los contratantes. Todo traspaso que no llene este requisito será nulo.

Artículo 22.—Para adquirir un derecho en el Cementerio Municipal se requiere ser vecino del cantón. Ninguna persona física podrá tener más de un derecho individual en este cementerio. Estos derechos no podrán ser de más de tres parcelas juntas, definidas éstas como espacios de 1,25 por 2,50 metros. Ninguna persona jurídica podrá ser adquiriente de un derecho en el cementerio, salvo por ejecutoria de sentencia judicial

Artículo 23.—Los derechos de tres parcelas sólo se adjudicarán con el compromiso formal de construir en ellos mausoleos subterráneos conforme se definen en el artículo 38.

Artículo 24.—El monto a pagar por los derechos será determinado por la Junta Administrativa en su oportunidad y será revisado cada vez que se juzgue conveniente.

Artículo 25.—Los derechos sólo se adjudicarán en orden de ubicación geográfica según lo disponga la Junta Administrativa y de acuerdo con el plano regulador aprobado por el Concejo, y se hará efectiva su ubicación sólo en el momento en que el interesado diere inicio a la construcción

Artículo 26.—Todo propietario de derecho se compromete en el acto mismo de adquisición al pago de la cuota anual de mantenimiento, la cual será fijada y periódicamente revisada por la Junta Administrativa conforme con lo dispuesto por el artículo 87 del Código Municipal. La omisión en el pago de esta cuota constituirá gravamen sobre el derecho respectivo según lo dispuesto por el artículo 70 del mismo código.

Artículo 27.—La Junta Administrativa reservará un área exclusiva para derechos triples que permita la construcción a profundidad de los mausoleos.

Artículo 28.—La Junta Administrativa reserva el derecho de suspender en forma indefinida cuando lo crea oportuno la venta de parcelas en el cementerio.

De las construcciones

Artículo 29.—En ninguna parcela se permitirá la construcción de más de un nicho subterráneo y uno sobre la superficie. Por encima de los nichos superficiales, solo se permitirá la construcción de osarios, cuyo diseño deberá ser previamente aprobado por la Junta Administrativa del cementerio. Las bóvedas sólo podrán ser de diseño sencillo en forma de prisma rectángular y con una altura máxima sobre el suelo de 70 cm.

Artículo 30.—Los derechos podrán ser ocupados por la construcción en toda su longitud, pero deberán dejar 10 cm. por cada costado, en caso de ser sencillos y 20 cm. en caso de ser dobles o triples

Artículo 31.—La tapas de los nichos deberán dar a los callejones de acceso y las lápidas o placas de identificación se colocarán sobre las bóvedas en forma tal que denoten el nicho a que hacen referencia.

Artículo 32.—Las construcciones de bóvedas quedan sujetas al pago de derechos de construcción, cuyo monto será objeto de determinación por parte de la Municipalidad de San Mateo, de acuerdo con el valor de la obra.

Artículo 33.—Cualquier daño o deterioro ocasionado por la construcción de una bóveda será reparado de inmediato por el interesado. En caso contrario el costo de la reparación será cargado a su cuenta con la Junta Administrativa y constituirá gravamen sobre el derecho respectivo.

Artículo 34.—Todas las bóvedas construidas en el cementerio deberán ser de color blanco, no importa el material utilizado en el acabado de las mismas.

Artículo 35.—Ninguna bóveda que se construya deberá tener aceras, ni salientes de ninguna especie sobre los callejones de acceso.

Artículo 36.—Los jarrones, macetas y otros recipientes que se coloquen sobre las bóvedas deberán estar permanentemente drenados por medio de agujeros conforme con lo que dispone el Decreto Nº 20 del 8 de noviembre de 1938.

Artículo 37.—La Junta Administrativa no se responsabilizará por ningún accidente que suceda al realizarse trabajos de cualquier clase en las bóvedas particulares.

Artículo 38.—Los mausoleos subterráneos a que se refiere el artículo 23 se definen como construcciones de 3 nichos en fondo colocados en ambas parcelas laterales y con acceso por la parcela central. Este acceso está cubierto por una lápida debidamente asegurada. La construcción no podrá sobresalir más de 20 centímetros de nivel del suelo, ni podrá tener una profundidad mayor de 2 metros del mismo nivel.

De la reparación, cuidado y conservación de las bóvedas particulares

Artículo 39.—Todo propietario de derecho en el cementerio está en la obligación de mantener en buen estado de conservación y presentación la bóveda de su propiedad.

Artículo 40.—Los trabajos de reparación se podrán llevar a cabo con la sola notificación a la administración, siempre que no constituya modificación estructural de la bóveda.

Artículo 41.—La pintura para la conservación de las bóvedas deberá ser de color blanco. Sólo se permitirán otros colores en los materiales no sujetos a ser pintados como piedras o mosaicos que estuvieren colocados en las bóvedas construidas en la sección antigua del cementerio a la fecha de aprobación del presente Reglamento.

Del alquiler de nichos

Artículo 42.—Los nichos de propiedad de la Junta Administrativa se arrendarán en adelante por periodos de cinco años.

Artículo 43.—El arrendamiento de un nicho sólo será renovable a juicio de la Junta Administrativa cuando las circunstancias lo permitieren y por periodos de un año.

Artículo 44.—Las tarifas a cobrar serán fijadas por la Junta Administrativa, tomando en cuenta los costos de oportunidad y de mantenimiento más un porcentaje de utilidad para desarrollo.

Artículo 45.—Vencido el período de arrendamiento la Junta Administrativa quedará facultada para exhumar y trasladar al osario general los restos contenidos en el respectivo nicho.

Artículo 46.—Los nichos de alquiler no se podrán utilizar para depositar restos o momias traídos de este u otro cementerio.

Artículo 47.—El contrato de arrendamiento sólo es factible al ocurrir una defunción, por lo tanto el mismo no es factible ni reservable.

Disposiciones finales

Artículo 48.—La Junta Administrativa del Cementerio tiene la autoridad para hacer respetar y acatar las disposiciones de este Reglamento.

Artículo 49.—Este reglamento rige a partir de su publicación después de haber sido sometido a consulta pública por 10 días según artículo 47 del Código Municipal, párrafo 2 deroga cualquier disposición anterior que se le opusiere y se complementa con las disposiciones parciales que la Junta Administrativa emitiere en cualquier sentido sobre la materia, particularmente en lo referente a tarifas.

Los asuntos no previstos en el mismo serán regulados conforme con la legislación vigente en la materia.

María del C. Montoya A.—1 vez.—Nº 78862.—(3334).

REMATES

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12984, cadena ¢47.250; 12985, esclava ¢13.500; 12990, cadena, 3 dijes, anillo, arete ¢14.175; 13020, 2 cadenas, dijes ¢16.080; 13033, 3 anillos ¢7.315; 13034 esclava ¢21.280; 13035, cadena dije, anillo ¢35.910; 13056, anillo, 2 esclavas ¢19.800; 13064, 4 argollas, anillo, pulsera ¢14.520; 13070, cadena ¢39.600; 13071, cadena, dije, 2 argollas ¢9.240; 13073, esclava ¢39.600; 13091, 4 argollas ¢5.240; 13096, cadena, dije ¢9.170; 13103, cadena ¢59.605; 13109, esclava ¢10.480; 13119, anillo ¢6.500; 13142, 2 anillos, 2 dijes, arete ¢7.280; 13143, 2 esclavas ¢18.200; 13157, esclava ¢32.250; 13159, anillo ¢7.095; 13165, cadena, dije, 2 anillos ¢55.470; 13175, 2 anillos, 3 argollas, 3 dijes, 2 par aretes ¢11.520; 13180, 3 anillos, reloj cid ¢14.080; 13182, gargantilla, cadena, dije, 4 aretes, esclava, 2 anillos, pulsera, 2 argollas ¢91.520; 9424 vhs pa ¢6.600, 10968, cepilladora key ¢10.430; 11163, TV sa ¢22.780; 11241, trunzadora me ¢20.960; 11254, radiograbador lg ¢18.070; 11456, bicicleta ro ¢20.160; 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13166, cámara v so ¢38.700; 13170, 2 parlantes pi ¢7.740. Los bienes en remate podrán ser cancelados antes del remate o entrar en arreglo de pago a fin de ser excluidos del acto de remate.

Luis Fernando Rojas Arredondo, Apoderado.—1 vez.—Nº 78820.—(3122).

 

COMPRA VENTA Y CASA DE EMPEÑO TANGO Y CASH Nº 2

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Luis Fernando Rojas Arredondo, Apoderado.—1 vez.—Nº 78822.—(3124).

 

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO DE COSTA RICA

AVISO

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Extravío de certificado Nº 61595269, de dólares por un monto de $1.936,58 a la orden de Marta Eugenia Delgado Jiménez, cédula Nº 1-286-415 emitido a la orden, con vencimiento al 02/01/2006, serie Nº 2454149.—Marta Eugenia Delgado Jiménez, Solicitante.—(2683).

 

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

OFICINA EN JUNTAS DE ABANGARES

AVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal (ventanilla de servicios Las Juntas de Abangares), hace del conocimiento del público en general, el extravío del siguiente certificado de ahorro a plazo fijo a la orden de Jara Chavarría Jesús, cédula 06-0059-0997.

Certificado                                                             Fecha                  Cupón                                 Fecha

número                                      Monto            vencimiento           número       Monto      vencimiento

16104560220009646          $1.953,00       05-02-2006                01              $3.99         05-01-06

                                                                                                      02              $3.99         05-02-06

Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

Las Juntas de Abangares, 4 de enero del 2006.—Norberth Murillo Rojas, Coordinador.—Nº 78875.—(3339).

 

INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

S. D. E. Nº 678-858-2005.—Liquidación de la Cooperativa Autogestionaria de Servicios Públicos modalidad taxi Concorde Responsabilidad Limitada (COOPECONCORDE R. L.) a las dieciséis horas del dieciséis de diciembre de dos mil cinco.

Resultando:

Que la Cooperativa Autogestionaria de Servicios Públicos modalidad taxi Concorde Responsabilidad Limitada (COOPECONCORDE R. L.), fue inscrita en el Registro de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, mediante resolución Nº 858 del 29 de mayo de mil novecientos ochenta y nueve.

Que mediante sentencia Nº 299, del 17 de abril de mil novecientos noventa y cinco, emitida por el Juzgado de Trabajo I de San José, ratificada mediante sentencia de II Instancia del Tribunal Superior de Trabajo de San José, se declaró disuelta a la organización social antes citada.

Considerando:

I.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo 4179 del veintidós de agosto de mil novecientos sesenta y ocho, acordada u ordenada la disolución de una cooperativa, ésta entrará en liquidación conservando su personería jurídica para esos efectos. Dicha liquidación estuvo a cargo de una Comisión Liquidadora integrada por tres miembros nombrados de acuerdo con lo establecido en ese mismo artículo, quienes presentaron el informe final de liquidación en nota del 1º de noviembre de 2005.

II.—Con fundamento en los artículos 88, 89, 90, 91, 92 y 93 de la citada ley, el Instituto Nacional de Fomento Cooperativo -INFOCOOP-, considera que se han cumplido los requisitos para la liquidación de dicha cooperativa. Por tanto,

Con base en las razones dichas y la Ley citada, el Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, declara liquidada a la Cooperativa Autogestionaria de Servicios Públicos modalidad taxi Concorde Responsabilidad Limitada (COOPECONCORDE R. L.) de conformidad con el informe presentado por la Comisión Liquidadora para ese efecto, a fin de que el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social proceda a su cancelación definitiva.

San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Edgar Quirós Núñez, Subdirector Ejecutivo.—(Solicitud Nº 35160).—C-46220.—(3381).

 

S. D. E. Nº 679-929-2005.—Liquidación de la Cooperativa Autogestionaria de Transportistas de Coronado Responsabilidad Limitada (COOPEASOTRANSCO R. L.) a las dieciséis horas del dieciséis de diciembre de dos mil cinco.

Resultando:

Que la Cooperativa Autogestionaria de Transportistas de Coronado Responsabilidad Limitada (COOPEASOTRANSCO R. L.) fue inscrita en el Registro de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, mediante resolución Nº 929 del 31 de enero de mil novecientos noventa y dos.

Que mediante sentencia Nº 2270, del 8 de junio de mil novecientos noventa y ocho, emitida por el Juzgado de Trabajo, se declaró disuelta a la organización social antes citada.

Considerando:

I.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo 4179 del veintidós de agosto de mil novecientos sesenta y ocho, acordada u ordenada la disolución de una cooperativa, ésta entrará en liquidación conservando su personería jurídica para esos efectos. Dicha liquidación estuvo a cargo de una Comisión Liquidadora integrada por tres miembros nombrados de acuerdo con lo establecido en ese mismo artículo, quienes presentaron el informe final de liquidación en nota del 8 diciembre de 2005.

II.—Con fundamento en los artículos 88, 89, 90, 91, 92 y 93 de la citada ley, el Instituto Nacional de Fomento Cooperativo -INFOCOOP-, considera que se han cumplido los requisitos para la liquidación de dicha cooperativa. Por tanto,

Con base en las razones dichas y la Ley citada, Cooperativa Autogestionaria de Transportistas de Coronado Responsabilidad Limitada (COOPEASOTRANSCO R. L.) de conformidad con el informe presentado por la Comisión Liquidadora para ese efecto, a fin de que el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social proceda a su cancelación definitiva.

San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Edgar Quirós Núñez, Subdirector Ejecutivo.—(Solicitud Nº 35160).—C-46220.—(3382).

 

S. D. E. Nº 680-926-2005.—Liquidación de la Cooperativa Autogestionaria de Transporte de Cartago Responsabilidad Limitada (COOPEDAN R. L.) a las dieciséis horas del dieciséis de diciembre de dos mil cinco.

Resultando:

Que la Cooperativa Autogestionaria de Transporte de Cartago Responsabilidad Limitada (COOPEDAN R. L.) fue inscrita en el Registro de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, mediante resolución Nº 926 del 24 de enero de mil novecientos noventa y dos.

Que mediante sentencia Nº 495-99, del 15 de noviembre de mil novecientos noventa y nueve, emitida por el Juzgado Segundo de Trabajo de Cartago, se declaró disuelta a la organización social antes citada.

Considerando:

I.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo 4179 del veintidós de agosto de mil novecientos sesenta y ocho, acordada u ordenada la disolución de una cooperativa, ésta entrará en liquidación conservando su personería jurídica para esos efectos. Dicha liquidación estuvo a cargo de una Comisión Liquidadora integrada por tres miembros nombrados de acuerdo con lo establecido en ese mismo artículo, quienes presentaron el informe final de liquidación en nota del 12 diciembre de 2005.

II.—Con fundamento en los artículos 88, 89, 90, 91, 92 y 93 de la citada ley, el Instituto Nacional de Fomento Cooperativo -INFOCOOP-, considera que se han cumplido los requisitos para la liquidación de dicha cooperativa. Por tanto,

Con base en las razones dichas y la Ley citada, Cooperativa Autogestionaria de Transporte de Cartago Responsabilidad Limitada (COOPEDAN R. L.) de conformidad con el informe presentado por la Comisión Liquidadora para ese efecto, a fin de que el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social proceda a su cancelación definitiva.

San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Edgar Quirós Núñez, Subdirector Ejecutivo.—(Solicitud Nº 35160).—C-46220.—(3383).

 

S. D. E. Nº 681-497-2005.—Liquidación de la Cooperativa de Autogestión y de Servicios Múltiples de Oro Responsabilidad Limitada (COOPEORO R. L.) a las dieciséis horas del dieciséis de diciembre de dos mil cinco.

Resultando:

Que la Cooperativa de Autogestión y de Servicios Múltiples de Oro Responsabilidad Limitada (COOPEORO R. L.) fue inscrita en el Registro de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, mediante resolución Nº 497 del seis de abril de mil novecientos ochenta y dos.

Que mediante sentencia Nº 31-93, del 1º de junio de mil novecientos noventa y tres, emitida por el Juzgado de Trabajo de Limón, se declaró disuelta a la organización social antes citada.

Considerando:

I.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo 4179 del veintidós de agosto de mil novecientos sesenta y ocho, acordada u ordenada la disolución de una cooperativa, ésta entrará en liquidación conservando su personería jurídica para esos efectos. Dicha liquidación estuvo a cargo de una Comisión Liquidadora integrada por tres miembros nombrados de acuerdo con lo establecido en ese mismo artículo, quienes presentaron el informe final de liquidación en nota del 15 de noviembre del dos mil cinco.

II.—Con fundamento en los artículos 88, 89, 90, 91, 92 y 93 de la citada ley, el Instituto Nacional de Fomento Cooperativo -INFOCOOP-, considera que se han cumplido los requisitos para la liquidación de dicha cooperativa. Por tanto,

Con base en las razones dichas y la Ley citada, Cooperativa de Autogestión y de Servicios Múltiples de Oro Responsabilidad Limitada (COOPEORO R. L.) de conformidad con el informe presentado por la Comisión Liquidadora para ese efecto, a fin de que el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social proceda a su cancelación definitiva.

San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Edgar Quirós Núñez, Subdirector Ejecutivo.—(Solicitud Nº 35160).—C-46220.—(3384).

 

S. D. E. Nº 682-836-2005.—Liquidación de la Cooperativa Autogestionaria de Transportes de Servicio Público Fenix Responsabilidad Limitada (COOPEFENIX R. L.) a las dieciséis horas del dieciséis de diciembre de dos mil cinco.

Resultando:

Que la Cooperativa Autogestionaria de Transportes de Servicio Público Fenix Responsabilidad Limitada (COOPEFENIX R. L.) fue inscrita en el Registro de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, mediante resolución Nº 836 del veintiocho de setiembre de mil novecientos ochenta y ocho.

Que mediante sentencia Nº 818, del 14 de agosto de mil novecientos noventa y cinco, emitida por el Juzgado de Trabajo Segundo de San José, se declaró disuelta a la organización social antes citada.

Considerando:

I.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo 4179 del veintidós de agosto de mil novecientos sesenta y ocho, acordada u ordenada la disolución de una cooperativa, ésta entrará en liquidación conservando su personería jurídica para esos efectos. Dicha liquidación estuvo a cargo de una Comisión Liquidadora integrada por tres miembros nombrados de acuerdo con lo establecido en ese mismo artículo, quienes presentaron el informe final de liquidación en nota del 3 de noviembre del dos mil cinco.

II.—Con fundamento en los artículos 88, 89, 90, 91, 92 y 93 de la citada ley, el Instituto Nacional de Fomento Cooperativo -INFOCOOP-, considera que se han cumplido los requisitos para la liquidación de dicha cooperativa. Por tanto,

Con base en las razones dichas y la Ley citada, Autogestionaria de Transportes de Servicio Público Fenix Responsabilidad Limitada (COOPEFENIX R. L.) de conformidad con el informe presentado por la Comisión Liquidadora para ese efecto, a fin de que el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social proceda a su cancelación definitiva.

San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Edgar Quirós Núñez, Subdirector Ejecutivo.—(Solicitud Nº 35160).—C-46220.—(3385).

 

D. E. Nº 2791-839-2005.—Liquidación de la Cooperativa Autogestionaria Industrial y de Servicios de Cariari Responsabilidad Limitada (COOPRISCA R. L.) a las diez horas del diecinueve de diciembre de dos mil cinco.

Resultando:

Que la Cooperativa Autogestionaria Industrial y de Servicios de Cariari Responsabilidad Limitada (COOPRISCA R. L.) fue inscrita en el Registro de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, mediante resolución Nº 839 del 20 de octubre de mil novecientos ochenta y ocho.

Que mediante sentencia Nº 201-03-92, emitida por el Juzgado de Trabajo de Pococí y Guácimo, se declaró disuelta a la organización social antes citada.

Considerando:

I.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo 4179 del veintidós de agosto de mil novecientos sesenta y ocho, acordada u ordenada la disolución de una cooperativa, ésta entrará en liquidación conservando su personería jurídica para esos efectos. Dicha liquidación estuvo a cargo de una Comisión Liquidadora integrada por tres miembros nombrados de acuerdo con lo establecido en ese mismo artículo, quienes presentaron el informe final de liquidación en nota del 1º de diciembre del dos mil cinco.

II.—Con fundamento en los artículos 88, 89, 90, 91, 92 y 93 de la citada ley, el Instituto Nacional de Fomento Cooperativo -INFOCOOP-, considera que se han cumplido los requisitos para la liquidación de dicha cooperativa. Por tanto,

Con base en las razones dichas y la Ley citada, Cooperativa Autogestionaria Industrial y de Servicios de Cariari Responsabilidad Limitada (COOPRISCA R. L.) de conformidad con el informe presentado por la Comisión Liquidadora para ese efecto, a fin de que el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social proceda a su cancelación definitiva.

San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Patricia Jiménez Gómez, Directora Ejecutiva.—(Solicitud Nº 35160).—C-46220.—(3386).

 

D. E. Nº 2792-232-2005.—Liquidación de la Cooperativa Agropecuaria y de Servicios Múltiples de Bataan de Matina de Limón Responsabilidad Limitada (COOPESERBA R. L.) a las diez horas del diecinueve de diciembre de dos mil cinco.

Resultando:

Que la Cooperativa Agropecuaria y de Servicios Múltiples de Bataan de Matina de Limón Responsabilidad Limitada (COOPESERBA R. L.) fue inscrita en el Registro de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, mediante resolución número 232 del 6 de octubre de mil novecientos sesenta y nueve.

Que mediante sentencia Nº 139-84, del 10 de agosto de mil novecientos ochenta y cuatro, emitida por el Juzgado de Trabajo de Limón, se declaró disuelta a la organización social antes citada.

Considerando:

I.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo 4179 del veintidós de agosto de mil novecientos sesenta y ocho, acordada u ordenada la disolución de una cooperativa, ésta entrará en liquidación conservando su personería jurídica para esos efectos. Dicha liquidación estuvo a cargo de una Comisión Liquidadora integrada por tres miembros nombrados de acuerdo con lo establecido en ese mismo artículo, quienes presentaron el informe final de liquidación en nota del 23 de noviembre del dos mil cinco.

II.—Con fundamento en los artículos 88, 89, 90, 91, 92 y 93 de la citada ley, el Instituto Nacional de Fomento Cooperativo -INFOCOOP-, considera que se han cumplido los requisitos para la liquidación de dicha cooperativa. Por tanto,

Con base en las razones dichas y la Ley citada, Cooperativa Agropecuaria y de Servicios Múltiples de Bataan de Matina de Limón Responsabilidad Limitada (COOPESERBA R. L.) de conformidad con el informe presentado por la Comisión Liquidadora para ese efecto, a fin de que el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social proceda a su cancelación definitiva.

San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Patricia Jiménez Gómez, Directora Ejecutiva.—(Solicitud Nº 35160).—C-46220.—(3387).

 

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

Edicto Nº 01-2006.—Para los fines consiguientes se hace saber que se ha recibido solicitud de traspaso de la licencia comercial Nº 5349 propiedad de Garro Castillo Margarita Emilia, cédula 1-451-315, localización 01-04-042-031 ubicada en Vargas Araya, 200 oeste del Súper Sindy, con actividad de sala de belleza, a favor de Iris Patricia Quesada Salazar, cédula 3-254-973. La Municipalidad de Montes de Oca brindará ocho días de plazo a partir de esta publicación para oír objeciones.—San Pedro de Montes de Oca, 5 de enero del 2006.—Gestión Tributaria.—Johnny Walsh Agüero, Jefe.—1 vez.—Nº 78962.—(3335).

MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS

ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

Edicto Nº 090-12-05.—Blas Alexis Rodríguez Hernández, con cédula número 6-130-214, con domicilio en San Francisco de Dos Ríos, con base en el artículo número treinta y ocho de la Ley Zona Marítimo Terrestre número seis mil cuarenta y tres del dos de marzo de mil novecientos setenta y siete y Decreto Ejecutivo número siete mil ochocientos cuarenta y uno-P del dieciséis de diciembre de mil novecientos setenta y siete, solicita en uso de suelo una parcela de terreno sita en Bajos Negros, distrito: Paquera, cantón Central, provincia de Puntarenas. Mide: 3.806,21 m2. Linderos: norte, zona restringida; sur, zona restringida; este, calle pública, y oeste, zona pública. Uso: habitacional. Esta publicación no otorga derechos a efectos de concesión, ni en el caso de que las futuras disposiciones de un Plan Regulador varíen el destino de la parcela. Se conceden treinta días hábiles, a partir de esta única publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad, en papel sellado de un colón y los timbres correspondientes, en dos tantos.

Puntarenas, 20 de diciembre del 2005.—Luz Marina Jiménez Jara, Coordinadora.—1 vez.—Nº 78987.—(3336).

 

Edicto Nº 081-12-05.—Julián Solano Cordero, con cédula número 1-428-578, con domicilio en Río Oro de Santa Ana de San José, con base en el artículo número treinta y ocho de la Ley Zona Marítimo Terrestre número seis mil cuarenta y tres del dos de marzo de mil novecientos setenta y siete y Decreto Ejecutivo número siete mil ochocientos cuarenta y uno-P del dieciséis de diciembre de mil novecientos setenta y siete, solicita en uso de suelo una parcela de terreno sita en Costa de Pájaros, distrito: Manzanillo, cantón Central, provincia de Puntarenas. Mide: 2.166,07 m2. Linderos: norte, calle pública; sur, zona pública; este, zona restringida, y oeste, zona restringida. Uso: agropecuario. Esta publicación no otorga derechos a efectos de concesión, ni en el caso de que las futuras disposiciones de un Plan Regulador varíen el destino de la parcela. Se conceden treinta días hábiles, a partir de esta única publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad, en papel sellado de un colón y los timbres correspondientes, en dos tantos.

Puntarenas, 15 de diciembre del 2005.—Luz Marina Jiménez Jara, Coordinadora.—1 vez.—Nº 78937.—(3337).

EDICTO Nº 006-01-06

Colochos del Bongo S. A. Nº 1,_ con cédula jurídica Nº 3-101-183111 con domicilio en playa Manzanillo con base en el artículo Nº 38 de la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 del 2 de marzo del 1977, y Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una parcela de terreno. Sita en playa Manzanillo, distrito Cóbano, cantón central, provincia Puntarenas. Mide: 13 815,67 metros cuadrados. Es terreno para dedicarlo al uso de: Zona protección zona hotelera de baja densidad y zona residencial turística: norte, zona restringida; sur, zona restringida y calle pública; este, propiedad privada, y al oeste, calle pública. La presente publicación se realiza de acuerdo al Plan Regulador aprobado para dicho sector costero. Se conceden 30 días hábiles, a partir de esta única publicación para oír oposiciones las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad, en papel sellado de un colón y los timbres correspondientes en dos tantos.

Puntarenas, 11 de enero del 2006.—Luz Marina Jiménez Jara, Coordinadora.—1 vez.—(3411).

 

EDICTO Nº 001-01-06

Colochos del Bongo S. A. Nº 2, con cédula jurídica 3-101-183111 con domicilio en San José, con base en el artículo número: 38 de la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre número: 6043 del 2 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una parcela de terreno. Sita en playa Manzanillo, distrito: Cóbano, cantón: central, provincia: Puntarenas. Mide: 6 690,82 metros cuadrados. Es terreno para dedicarlo al uso de: zona protección. Linderos: norte, zona restringida; sur, zona restringida y zona pública; este, calle pública, y al oeste, zona pública. La presente publicación se realiza de acuerdo al Plan Regulador aprobado para dicho sector costero. Se conceden 30 días hábiles, a partir de esta única publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad, en papel sellado de un colón y los timbres correspondientes en dos tantos.

Puntarenas, 3 de enero del 2006.—Luz Marina Jiménez Jara, Coordinadora.—1 vez.—(3412).

 

MUNICIPALIDAD DE PARRITA

DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

EDICTO

Eagles Over Bejuco Beach S. A., en español Águilas sobre Playa Bejuco S. A., cédula jurídica Nº 3-101-341238, representada por el señor Víctor Manuel Mora Delgado, mayor, casado, abogado, vecino de San José, cédula de de identidad Nº 1-489-053. Con base en la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 del 2 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una parcela de terreno localizada en Playa Bejuco, distrito Parrita, cantón Parrita, provincia de Puntarenas. Mide 4.617,60 m2, de conformidad al plano de catastro P-711291-2001, es terreno para dedicarlo al uso hotel cabinas, de conformidad al Plan Regulador aprobado. Linderos: norte, calle pública en proyecto 10 metros; sur, zona pública 50 metros de ancho; este, Municipalidad de Parrita; oeste, Municipalidad de Parrita. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que las disposiciones del Plan Regulador aprobado en este sector de playa, afecten el uso actual de la parcela, se conceden treinta días para oír oposiciones las cuales deberán venir acompañadas de dos copias, parcela ubicada entre los mojones frente a costa 280 al 282, frente a manglar del 350 al 357 del Instituto Geográfico Nacional.

Parrita, 17 de marzo del 2003.—Marvin Mora Chinchilla, Jefe.—1 vez.—Nº 78887.—(3338).

 

AVISOS

CONVOCATORIAS

CONSORCIO MUSICAL MAJ CLÁSICO S. A

Se convoca a todos los accionistas de la sociedad de esta plaza Consorcio Musical Maj Clásico S. A., cédula jurídica número 3-101-396923, a la asamblea general extraordinaria a celebrarse a las dieciocho horas, del trece de febrero del dos mil seis, en las oficinas JC y Asociados ubicadas 300 metros al sur de la antigua Dos Pinos.—San José, a las ocho horas, del doce de enero del dos seis.—Lic. Mónica Patricia Lleras Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 79254.—(3739).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y DE ARQUICTECTOS DE COSTA RICA

1.  Contrato OC-342318, propiedad del Arq. Edgardo Madrigal Mora (A-11570).

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-342318, propiedad del Arq. Edgardo Madrigal Mora (A-11570).

2.  Contrato SJ-333178, propiedad del Ing. Mauricio Arce Lara (IC-6744).

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría SJ-333178, propiedad del Ing. Mauricio Arce Lara (IC-6744).

_______

3.  Contrato CS-6036-EX, propiedad del Arq. Jorge Mario Rojas Vega (A-5358).

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría CS-6036-EX, propiedad del Arq. Jorge Mario Rojas Vega (A-5358).

______

4.  Contrato SJ-331418, propiedad del Ing. Ithamar Fernández Varela (IC-3054).

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría SJ-331418, propiedad del Ing. Ithamar Fernández Varela (IC-3054).

______

5.  Contrato OA-315386-EX, OA-311706-EX, OC-334110-EX, OL-117864-EX, OA315333-EX, propiedad del Ing. Luis A. Campos Quesada (IC-4430).

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente a los contratos de consultoría OA-315386-EX, OA-311706-EX, OC-334110-EX, OL-117864-EX, OA-315333-EX, propiedad del Ing. Luis A. Campos Quesada (IC-4430).

6.  Contrato OC-356867, propiedad del Ing. Eduardo Alfaro Chavarría (ICO-9976).

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-356867, propiedad del Ing. Eduardo Alfaro Chavarría (ICO-9976).

San José, 3 de enero del 2006.—Departamento de Registro de Responsabilidad Profesional.—Arq. Luis Alban Apuy Herrera, Jefe.—(O/C Nº 2647).—C-67670.—(2100).

MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRESTAMO

El señora Teresa Monge Arguedas, cédula Nº 3-099-044, ha solicitado a MUCAP la reposición del títulos valor Nº 211-314-350420 por un monto de 3.609.168,51, los cuales fueron emitidos a su orden el día 6 de enero del 2006. Se emplaza a los interesados a manifestarse dentro del plazo de 15 días naturales posterior a la última publicación.—6 de enero del 2006.—Teresa Monge Arguedas, Solicitante.—(2238).

TOPP COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

Topp Costa Rica Sociedad Anónima, cédula número 3-101-095549 solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los seis libros de ley: libro de diario, mayor, inventarios y balances, actas de junta directiva, actas de asamblea general, registro de accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Juan Manuel Godoy Pérez.—Nº 78324.—(2407).

 

UNIVERSIDAD HISPANOAMERICANA

Ante la Oficina de Registro de la Universidad Hispanoamericana, se ha presentado la solicitud de reposición del título de licenciada en Contaduría Pública, inscrito en el tomo 2, folio 76, Nº 3088, emitido por la Universidad Hispanoamericana, el veintiocho de abril del año dos mil cinco, a nombre de María Haydeé Campos Cordero. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 9 de enero del 2006.—Dra. Magdalena Román Zeledón, Directora de Registro.—(2682).

JC ESQUIVEL Y ASOCIADOS S. A.

JC Esquivel y Asociados Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero setenta y seis mil trescientos ochenta y ocho, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: un libro de Inventarios y Balances, un libro de Diario y el libro Mayor. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta. Presidente: Juan Carlos Esquivel Favareto, cédula de identidad N° 1-611-609.—San José, 10 de enero del 2006.—Juan Carlos Esquivel Favareto, Notario.—(2741).

 

UNISERSE SERVICIO UNIVERSAL DE SEGUROS S. A.

Uniserse Servicio Universal de Seguros S. A., cédula jurídica Nº 3-101-186881, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: diario, mayor e inventario y balances, tres en total. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Andrea Benavides Aguiar.—(2780).

 

INTERAMERICANA DE MUEBLES M. I. S. A.

Interamericana de Muebles M. I. S. A., cédula jurídica Nº 3-101-290406, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de tres libros: Actas de Asamblea General, de Junta Directiva y de Accionistas. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Róger Carmona González, Notario.—Nº 78593.—(2975).

 

ACCIÓN ROURC S. A.

Acción Rourc S. A., cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-tres seis dos ocho cuatro seis, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de Registro de Socios, Asamblea General de Socios, Actas del Consejo de Administración, Inventarios y Balances, Mayor y Diario. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, ocho de setiembre del dos mil cinco.—Stella Urcuyo Peña, Presidenta.—Nº 78597.—(2976).

 

COMPAÑÍA TURÍSTICA BELMAR SOCIEDAD ANÓNIMA

Compañía Turística Belmar Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y dos mil quinientos cincuenta y cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de la totalidad de los libros contables. Todos los anteriores número uno.—Pedro Luis Belmar Valerio, Presidente.—Nº 78679.—(2977).

 

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

MUTUAL ALAJUELA DE AHORRO

Y PRÉSTAMO PARA LA VIVIENDA

De conformidad con los artículos 690-961 del Código de Comercio, el señor Álvaro Ramírez Paniagua, cédula 400650537, solicita la reposición de los Certificados de Participación Hipotecaria número 118 302 2000042831 y 118 302 2000042832 por ¢1.000.000,00 y ¢700.000,00 respectivamente.—Heredia, 11 de enero del 2006.—Servicios Financieros.—Kattia Yannarella Montero.—(2948).

CENTRO TURÍSTICO REGIÓN NORTE EMPLEADOS

SEGURO SOCIAL, SOCIEDAD ANÓNIMA

El Centro Turístico Región Norte Empleados Seguro Social, Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-047753, solicita por extravío la reposición de la acción número 0575, perteneciente al Sr. Vasco Núñez Núñez, cédula Nº 6-0079-0057 se hace saber la presente publicación para cumplir con lo establecido en el artículo seiscientos ochenta y nueve del Código de Comercio.—Lic. Rodolfo Fernández Barrantes, Presidente Junta Directiva.—N° 78829.—(3125).

 

Se hace saber que se solicita la reposición por extravío de los siguientes títulos y certificados del señor Jaime Guillermo Cerdas Solano portador de la cédula de identidad 1-573-178, Conclusión de Estudios Secundarios del Colegio Anastasio Alfaro, Bachillerato en Ingeniería Acuícola de la Universidad de San José; Bachillerato en Educación con énfasis en Profesor de Secundaria para la Enseñanza de las Ciencias Naturales de la Universidad Central; Título de Técnico en Manejo Forestal y Vida Silvestre y Certificado del curso de Producción Cunícola ambos de la Escuela Centroamericana de Ganadería; curso de Plantas Epífitas y curso de Aves de Costa Rica, ambos de la Universidad de Costa Rica; cursos sobre Agricultura Orgánica, Cultivos Hidropónicos, Plantas Ornamentales y Biotecnología del Instituto Nacional de Aprendizaje; curso de P. A. B., y de R. C. P de la Cruz Roja Costarricense; y Certificado como Buzo NAUI extendido por Buzos del Trópico.—Lic. Francisco J. Vargas Solano, Notario.—(3134).

ELFEHE SOCIEDAD ANÓNIMA

Elfehe Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta y nueve mil quinientos treinta y nueve, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de Asamblea General de Accionistas y Actas de Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencias al Contribuyente (Legalización de Libros) de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Elizabeth Wesson Acuña.—(3308).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

SOLBARRA SOCIEDAD ANÓNIMA

Solbarra Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y nueve mil doscientos sesenta y cuatro, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los seis libros legales y contables de la compañía, a saber: Actas de Junta Directiva número uno, Actas de Asamblea de Socios número uno, Actas de Registro de Accionistas número uno, Diario número uno, Mayor número uno e Inventario y Balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—Nº 79037.—(3524).

VILLAVEGA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Yo, Juan Félix Villalobos Vega, mayor, casado una vez, portador de la cédula de identidad número cuatro-cero cuarenta y dos-cuatrocientos cincuenta y dos, vecino de Heredia, en mi condición de gerente, hago constar que hemos iniciado la reposición del libro de Actas de Asamblea de Socios de Villavega Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica Nº 3-102-025378, inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público al tomo 140, folio 310, asiento 240.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario.—(3554).

 

PUBLICACIÓN DE unA VEZ

ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA DEL ACUEDUCTO

RURAL DE CARRILLOS BAJO DE POÁS

Luis Araya Araya, cédula de identidad Nº 2-158-117, y Jaime Miranda Campos, cédula de identidad Nº 2-154-352, ambos actuando en calidad de vicepresidente y vocal respectivamente, de la Asociación Administradora del Acueducto Rural de Carrillos Bajo de Poás, cédula de persona jurídica Nº 3-002-214108, expediente Nº 9275, solicitamos al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los siguientes libros: Actas de Junta Directiva número uno, Actas de Asamblea General número uno, Diario número uno, Mayor número uno, e Inventario y Balances número uno; los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles, a partir de la presente publicación a cualquier interesado, a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—Carrillos Bajo de Poás, 20 de diciembre del 2005.—Luis Araya Araya, Vicepresidente.—Jaime Miranda Campos, Vocal.—1 vez.—Nº 79038.—(3523).

 

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas con treinta minutos del tres de noviembre del dos mil cinco, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Centriz Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-036194. Se reforma la cláusula quinta del pacto social, se disminuye el capital social en lo que corresponde a las acciones preferentes.—San José, doce de enero del dos mil seis.—Lic. Alejandro Castro Carvajal, Notario.—Nº 78916.—(3259).

 

PUBLICACIÓN DE unA VEZ

Mediante escritura otorgada en San Rafael de Heredia, a las 12:00 horas del siete de diciembre del año 2005, Pedro Antonio Villalobos Hernández, Susan Figueroa Salazar y Julieta María Matamoros Hernández, constituyeron la sociedad anónima denominada El - Bet - El S. A. Domicilio social: San Rafael de Heredia. Capital: suscrito y pagado. Plazo: 99 años. Presidente: Pedro Antonio Villalobos Hernández.—San Rafael de Heredia, 3 de enero del año 2006.—Lic. Guillermo Miranda Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 78732.—(2923).

Ante esta notaría, se ha constituido la sociedad Colina Buena Vista Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—Nº 78731.—(2924).

Mediante escritura otorgada en San Rafael de Heredia, a las 8:00 horas del primero de enero del año 2006, Yolanda María Hernández Espinoza y Javier Eduardo Murillo Rojas, constituyeron la sociedad anónima denominada Twister S. A. Domicilio social: San Rafael de Heredia. Capital: suscrito y pagado. Plazo: 99 años. Presidenta: Yolanda María Hernández Espinoza.—San Rafael de Heredia, 3 de enero del año 2006.—Lic. Guillermo Miranda Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 78733.—(2925).

Por escritura doscientos treinta y ocho, de las 8:00 horas del día 11 de enero del 2006, se protocoliza el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Finca Baúl de Óleos Sociedad Anónima, se reforma cláusula octava.—Lic. Marcela Morales Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 78734.—(2926).

Por escritura Nº 142 de las 17:30 horas del día 9 de enero del 2006, Ivonne Scott Lobo y Rolando Esteban Alvarado Scott constituyeron sociedad denominada Desarrollo Humano Integral DHI Sociedad Anónima, capital social ¢10.000,00, plazo social 99 años. Presidenta: Ivonne Scott Lobo.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 78735.—(2927).

Por escritura ciento setenta y ocho-uno de las 10:00 horas del 9 de enero del 2006, se constituye El Ropero Sociedad Anónima, se nombra Junta Directiva y Fiscal.—Lic. Aníbal Granados Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 78737.—(2928).

En esta notaría a las 14:00 horas del 29 de noviembre del 2005, Carlos Luis Montero Barboza, Ana Lorena Hernández Alvarado, Patricia Guerrero Chavarría y Josué Salas Montero, constituyen Bazar Universal de San Ramón S. A. Presidente: Carlos Luis. Capital social: 20 mil colones.—San Ramón, Alajuela.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 78738.—(2929).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, los señores Israel José Araya Ugalde y Rolando Araya Ugalde, constituyen la sociedad anónima denominada Agrícola Montenegro S. A., Plazo: 99 años. Capital: ¢100.000.00. Domicilio: Montenegro de Bagaces, Guanacaste, doscientos metros al este de la Escuela Presidente: Israel José Araya Ugalde, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cañas, 6 de enero de 2006.—Lic. Luis Ramón Sibaja Campos, Notario.—1 vez.—Nº 78739.—(2930).

En mi notaría, en escritura número ciento cincuenta y cinco-dos, de las diez horas del diez de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Luzorma S. A. Capital social: cien mil colones. Domicilio social: Cañas, Guanacaste, de la estación de los Bomberos, trescientos metros al este. Plazo: noventa y nueve años. Junta Directiva: Presidenta nombrada: Luz Marina Bolívar Flores.—Cañas, Guanacaste, diez de enero del dos mil seis.—Lic. Ana Judith Porras Bolívar, Notaria.—1 vez.—Nº 78740.—(2931).

Por escritura número ciento noventa y cinco, de las nueve horas del día dieciocho de noviembre del dos mil cinco, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria número veintisiete. Dos mil cuatro, de la sociedad Educación Bilingüe de Cartago S. A., en donde se modifica la cláusula segunda de los estatutos.—Cartago, once de enero del dos mil seis.—Lic. Sergio Centeno Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 78741.—(2932).

Por escritura número trece, otorgada ante mi notaría, a las diez horas, del día veintiuno de noviembre del año dos mil cinco, se adicionó la cláusula undécima, a los estatutos de la sociedad Basilicata y Calabria S. A., y se reorganizó la Junta Directiva.—San José, 12 de enero del 2006.—Lic. Viviana Aguilar Álvarez, Notaria.—1 vez.—(2934).

Ante esta notaría se constituyó la empresa La Cofradía Mercantil S. A. Presidente Jimmy Díaz Hernández. Capital social: cien mil colones.—Mario Alberto Rodríguez Zamora, Notario.—1 vez.—(2945).

A las quince horas del día once de enero del dos mil seis, se constituyo la compañía Ultra Servicios y Bienes Raíces U.P. Sociedad Anónima, con un capital social de ciento veinte mil colones representado por ciento veinte mil acciones comunes y nominativas de un colon cada una. Presidente apoderado general sin límite de suma y Gerente General con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic.  Luis Miguel Carballo Pérez, Notario.—1 vez.—(2949).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 16:00 horas del día 9 de enero del 2006, se constituyó una sociedad anónima denominada Rojalva de Cóbano Sociedad Anónima, domiciliada en Esparza de Puntarenas, 50 metros oeste de la Clínica de la Caja Costarricense de Seguro Social. Capital social: 10.000 colones.—Lic. Yorleny Villegas Ovares, Notaria.—1 vez.—(2953).

Por escritura hoy otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Martín Pescador del Coco Sociedad Anónima.—6 de enero del año dos mil seis.—Lic. Javier Campos Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 78549.—(2954).

Por escritura otorgada ante mí, hoy a las 19:00 horas se constituyó la sociedad de esta plaza Ke Panne Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Ke Panne S. A., domicilio: Pozos de Santa Ana, capital: diez mil colones representado por cien acciones comunes y nominativas de cien colones cada una, íntegramente suscrito y pagado, objeto: tendrá como objeto principal el ejercicio del comercio, la industria, la agricultura en general.—San José, 9 de enero de 2006.—Lic. Fernando Sánchez Rojas, Notario.—1 vez.—(3015).

Ante esta notaría, al ser las diez horas veinte minutos del día doce de enero del dos mil seis, se ha constituido la sociedad Empresa Armahe Uno Sociedad Anónima, con domicilio en San José, gran terminal del caribe, con un capital social de quinientos mil colones, teniendo la representación el presidente y el secretario. Dado en esta capital el doce de enero del dos mil seis.—Lic. Gabriela Quirós Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(3023).

El día de hoy he protocolizado acta constitutiva de la sociedad de esta plaza denominada Mayoreo del Norte Goicoechea Sociedad Anónima, con domicilio en: Calle Blancos, Goicoechea, San José, ciento veinticinco metros este de la Panamco Tica. Presidente: Marcos Isidro Solís Rodríguez. Tesorero: José Francisco Valerín Quesada, Secretario: José Rafael Valerín Quesada, Fiscal: Rodrigo Villalobos Vargas.—Ciudad de Heredia, once de enero de dos mil seis.—Lic.  William Villegas Badilla, Notario.—1 vez.—(3028).

El día de hoy he protocolizado acta constitutiva de la sociedad de esta plaza denominada Caribe y Trabajo Sociedad Anónima, con domicilio en: Punta Uva, Limón, trescientos metros sur de la Escuela de Playa Chiquita. Presidente: Edsart Joris Besier, Tesorero: Greivin Benavides Quesada, Secretaria: Evelyn Avendaño Gutiérrez. Fiscal: Rodrigo Villalobos Vargas.—Ciudad de Heredia, once de enero de dos mil seis.—Lic. Wiliam Villegas Badilla, Notario.—1 vez.—(3029).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 12 de enero del 2006, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de las 9:00 horas del 11 de diciembre del 2005 de la sociedad Chac Mool S. A., se reformaron las cláusulas segunda y décimo segunda y se adicionó la décimo sétima.—San José, 12 de enero del 2006.—Lic. José Abundio Gutiérrez Antonini, Notario.—1 vez.—(3031).

Por escritura otorgada en San José, a las 8:00 horas del 11 de enero del 2006, se reforma cláusula novena y se agrega la cláusula decimotercera al pacto social de Club de la Playa Marmai S. A.—San José, 12 de enero del 2006.—Lic. Celina María González Ávila, Notaria.—1 vez.—(3033).

En esta notaría, mediante escritura número 156-29 otorgada en San Isidro de Heredia, a las 16:10 horas del 11 de enero del 2006, se reformó la cláusula seis de los Estatutos de la sociedad Cocodrile Vetements Sociedad Anónima, y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Gonzalo Villalobos Ramírez, Notario.—1 vez.—(3035).

Ante mí, Roberto Romero Mora, se otorga escritura número ciento noventa y ocho, al ser las doce horas  del día doce de enero del dos mil seis,  en donde se constituye la sociedad denominada Vistas de Puerto Viejo RQM Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital: 100.000,00 colones y la representación judicial y extrajudicial le corresponden al presidente y al secretario de la compañía. Es todo.—San José, 12 de enero del 2006.—Lic. Roberto Romero Mora, Notario.—1 vez.—(3036).

Ante mí, Roberto Romero Mora, se otorga escritura número ciento noventa y siete, al ser las diecisiete horas cuarenta minutos del día once de enero del dos mil seis, en donde se constituye la sociedad denominada Consultorías Grupo G Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital: 100.000,00 colones y la representación judicial y extrajudicial le corresponden al presidente y al tesorero de la compañía. Es todo.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Roberto Romero Mora, Notario.—1 vez.—(3037).

Mediante escritura número doscientos sesenta otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas treinta minutos del diez de enero del dos mil seis, se constituyó Marrindrax Sociedad Anónima. Presidente: Mario Rojas Jiménez. Capital: totalmente suscrito y pagado. Domicilio social: Heredia.—Lic. Luis Fernando Chavarría Saborío, Notario.—1 vez.—(3038).

En mi notaría, el día de hoy se constituyó Costa Rica Target Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Mario Enrique Arias Sequeira. Es todo.—San Ramón, 10 de enero del 2006.—Lic. Silvia María Chaves Quesada, Notaria.—1 vez.—(3040).

En esta notaría se constituyó la sociedad denominada Escazú Hot Spring Water Sociedad Anónima. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Representación a cargo del presidente.—San José, 20 de diciembre del 2006.—Lic. José Fredy González León, Notario.—1 vez.—Nº 78744.—(3042).

Mediante escritura número ciento cincuenta, otorgada ante esta notaría, a las doce horas del nueve de enero del dos mil seis, se protocolizó acta de la sociedad PJC Corporación de Inversión Ltda., mediante la cual se reformó cláusula sexta de sus estatutos, y se ratificó en su puesto al gerente y al agente residente y se revocó el nombramiento del subgerente.—San José, 9 de enero del 2006.—Lic. Melania Suñol Ocampo, Notaria.—1 vez.—Nº 78745.—(3043).

Mediante escritura número ciento cincuenta y uno, otorgada ante esta notaría, a las trece horas del nueve de enero del dos mil seis, se protocolizó acta de la sociedad Agencias Globales Ltda., mediante la cual se reformó las cláusulas segunda, cuarta y décima de sus Estatutos, y se ratificó en su puesto a la gerente y se nombró nuevo gerente.—San José, 9 de enero del 2006.—Lic. Melania Suñol Ocampo, Notaria.—1 vez.—Nº 78746.—(3044).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del diez de enero del año dos mil seis, la sociedad IAN Y LJ Propiedades, Sociedad Anónima, nombra nuevo secretario.—San Isidro de Pérez Zeledón, diez de enero del año dos mil seis.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—Nº 78748.—(3045).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del nueve de enero del año dos mil seis, Whitney Onstad y John David Matlage constituyen Serena Surf Company Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Serena Surf Company S. A., el cual es un nombre de fantasía y cuya traducción al español es Compañía Serena Surf Sociedad Anónima. Su domicilio estará en Playa Guapil, trescientos metros sur de Iguana Lodge, provincia de Puntarenas, pudiendo establecer agencias o sucursales en otro u otros lugares del país o fuera de él. Presidenta: La socia Whitney Onstad. Capital social: diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas. Plazo: noventa y nueve años.—San Isidro de Pérez Zeledón, nueve de enero del dos mil seis.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—Nº 78749.—(3046).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del nueve de enero del año dos mil seis, Whitney Onstad y John David Matlage constituyen Ruta Maya Café Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Ruta Maya Café S. A., el cual es un nombre de fantasía. Su domicilio estará en Dominical de Osa, provincia de Puntarenas, contiguo a Pueblo del Río, pudiendo establecer agencias o sucursales en otro u otros lugares del país o fuera de él. Presidente: El socio John David Matlage. Capital social: diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas. Plazo: noventa y nueve años.—San Isidro de Pérez Zeledón, nueve de enero del dos mil seis.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—Nº 78750.—(3047).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las diez horas cinco minutos, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada por Waltana Sociedad Anónima, en la que se reforma la cláusula sétima de las constitutivas, se conoce y acepta la renuncia del secretario y tesorero y se nombran nuevos.—San Isidro de Pérez Zeledón, 19 de diciembre del 2005.—Lic. Olman Vargas Cubero, Notario.—1 vez.—Nº 78751.—(3048).

Por escritura otorgada en esta notaría en San José de las quince horas del nueve de enero del año dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Diseños y Proyectos Metropolitanos Sociedad Anónima. Se reforma cláusula segunda, se nombra secretaria.—San José, once de enero del dos mil seis.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 78752.—(3049).

Por escritura otorgada en esta notaría en San José de las catorce horas del día nueve de enero del año dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Ingenieros Metropolitanos Sociedad Anónima. Se reforma cláusula quinta, se nombra tesorero.—San José, once de enero del dos mil seis.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 78753.—(3050).

Por escritura veintisiete-cuarenta y ocho, otorgada a las diez horas del primero de diciembre del año dos mil cinco, ante el licenciado Olman Alberto Rivera Valverde, Andrés Hernández Jiménez y Henry Hernández Padilla, constituyen Molar HJ del Sur Sociedad Anónima.—Lic. Olman A. Rivera Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 78754.—(3051).

Que por escritura número ciento cincuenta y dos - tres, otorgada a las once horas del once de enero de dos mil seis, ante la notaria Yolanda Chinchilla Bonilla, se crea la sociedad denominada Corporación Arifo del Sur Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, con un plazo social de noventa y nueve años, y un capital social de diez mil colones, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es Geiner Arias Fonseca, cédula número uno- mil ciento noventa- cero seiscientos setenta y uno.—San Isidro de Pérez Zeledón, once de enero de dos mil seis.—Lic. Yolanda Chinchilla Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 78755.—(3052).

Por escritura pública Nº 171-1, otorgada el día de hoy, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Bienes y Servicios Nacaro BSN S. A., por medio de la cual se reforma su pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Carmona de Nandayure, Guanacaste, 9 de enero del 2006.—Lic. Víctor Julio Chavarría Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 78756.—(3053).

Ante mí, Ademar Zúñiga Quirós, notario público con oficina en Ciudad Colón y de paso por San José, se constituye la sociedad denominada: Consultores en Sistemas Informáticos de Costa Rica S. A. Capital social: diez mil colones exactos. Plazo social: 99 años. Objeto: amplio. Representación: Presidente. Escritura otorgada en San José, a las 10:00 horas del 8 de diciembre del 2005.—Lic. Ademar Zúñiga Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 78757.—(3054).

Ante mí, Ademar A. Zúñiga Quirós, notario público con oficina en Ciudad Colón y de paso por San José, se constituye la sociedad denominada Inversiones Marosi de Costa Rica S. A. Capital social: diez mil colones exactos. Plazo social: 99 años. Objeto: amplio. Representación: presidente. Escritura otorgada en San José, a las 16:00 horas del 21 de setiembre del 2005.—Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 78758.—(3055).

Ante mí, Ademar A. Zúñiga Quirós, notario público con oficina en Ciudad Colón y de paso por San José, se constituye la sociedad denominada Inversiones Amacha de Costa Rica S. A. Capital social: diez mil colones exactos. Plazo social: 99 años. Objeto: amplio. Representación: presidente. Escritura otorgada en San José, a las 16:00 horas del 21 de setiembre del 2005.—Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 78759.—(3056).

Ante mí, Ademar A. Zúñiga Quirós, notario público con oficina en Ciudad Colón y de paso por San José, se constituye la sociedad denominada Inversiones Siadrivalverde S. A. Capital social: cien mil colones exactos. Plazo social: 99 años. Objeto: amplio. Representación: presidente. Escritura otorgada en San José, a las 11:00 horas del 11 de enero del 2006.—Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 78760.—(3057).

Que por escritura otorgada en San José, el cinco de enero del dos mil seis, a las once horas, se reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva de la sociedad denominada Compañía Támesis S. A. Se nombró como presidente al señor Randy Ambrus y secretaria a Candi Georgeanna Ambrus. De igual manera por escritura pública otorgada el diecisiete de setiembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Q y M Consultores Avanzados S. A. Es todo.—San José, 9 de enero del 2006.—Lic. William Muñoz Bravo, Notario.—1 vez.—Nº 78761.—(3058).

Inversiones Rofleca Int S. A., modifica cláusula sexta del pacto social. Nombra presidente y tesorero de junta directiva.—Flores, 11 de enero del 2006.—Lic. Nidia Arias Vindas, Notaria.—1 vez.—Nº 78762.—(3059).

Por escritura otorgada ante mí, número doscientos, a las 18:00 horas del 2 de enero del 2006, se constituyó la sociedad Sihepa S. A. Domicilio: Moravia, San Blas, del Lagar cien metros al oeste. Capital: diez mil colones. Presidente: Carlos Herrera Monge.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Ernesto Azofeifa Cedeño, Notario.—1 vez.—Nº 78763.—(3060).

Por escritura otorgada ante mí, número ciento noventa y ocho, a las 8:00 horas del 2 de enero del 2006, se constituyó la sociedad Muzmoma S. A. Domicilio: Moravia, San Blas, del Lagar cien metros al oeste. Capital: diez mil colones. Presidenta: María Monge Muñoz.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Ernesto Azofeifa Cedeño, Notario.—1 vez.—Nº 78764.—(3061).

Al ser las doce horas del siete de enero del dos mil seis, se protocoliza acta de asamblea general de la entidad Servicios Múltiples Automotrices Hermanos Gutiérrez Sociedad Anónima. Se reforma cláusula novena.—Lic. Allan Garro Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 78765.—(3062).

Mediante escritura otorgada ante el suscrito, se constituyó sociedad anónima denominada Pehey de Goicoechea Sociedad Anónima. Capital social: doce mil colones. Presidenta: Yamileth Herrera Fonseca. Domicilio: San Vicente de Moravia.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Rodrigo Antonio Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—Nº 78767.—(3063).

Mediante escritura otorgada ante el suscrito, se constituyó sociedad anónima denominada Herdel e Hijos Sociedad Anónima. Capital social: doce mil colones. Presidenta: Yamileth Herrera Fonseca. Domicilio: San Vicente de Moravia.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Rodrigo Antonio Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—Nº 78768.—(3064).

Mediante escritura otorgada ante el suscrito notario se constituyó la sociedad anónima denominada Buendulcita Sociedad Anónima. Capital social: cinco mil colones. Presidente: Dagoberto Gómez Garita. Domicilio: Zapote.—San José, 15 de diciembre del 2005.—Lic. Rodrigo Antonio Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—Nº 78769.—(3065).

Por escritura otorgada ante la suscrita, a las quince horas del siete de octubre del dos mil cinco, se constituyó Distribuidora Zetes Dize S.A. Objeto principal: actividades comerciales. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cincuenta mil colones netos enteramente suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, once de enero del dos mil seis.—Lic. Iliana Cecilia Arce Umaña, Notaria.—1 vez.—Nº 78771.—(3066).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:40 horas del 22 de diciembre del 2005, se constituyó la sociedad Knowing Costa Rica Tours S. A., cuyo capital social se encuentra totalmente suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 9 de enero del 2006.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 78772.—(3067).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 12:00 horas del 10 de enero del 2006, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Cezan del Mar S. A., en virtud de la cual se reformaron las cláusulas sexta y octava del pacto social y se eligió nuevo presidente y nuevo secretario.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 78773.—(3068).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 10:00 horas del 10 de enero del 2006, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Los Cinco Canadienses S. A., en virtud de la cual se reformó la cláusula octava del pacto social y se eligió nueva junta directiva.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 78774.—(3069).

Maximiliano Jorge Ertl y Romina Astrid Gargiulo, constituyen la sociedad que se denominará Verde Pacífico Jardines Ltda., nombre de fantasía, capital social: cien mil colones, cien cuotas sociales de mil colones cada una. Representación judicial y extrajudicial: el gerente y el subgerente, actuando individualmente o conjuntamente. Escritura número ochenta y dos, otorgada en San José, a las doce horas del día cinco de enero del dos mil seis, ante el notario Eugenio Hernández Rodríguez.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 78776.—(3070).

Por escritura XII-153, otorgada a las 15:00 horas del 11/01/2006, se reforma cláusula cuarta del pacto constitutivo y se nombra presidente y secretario de junta directiva de Alis S. A.—Lic. Rolando Alfredo Corella Cruz, Notario.—1 vez.—Nº 78777.—(3071).

Ante esta notaría el ocho de agosto del dos mil cinco, se constituyó con plazo de noventa y nueve años la sociedad Soul Rebel S. A., domiciliada en San José, San Francisco, del edificio Unisys, doscientos metros al norte y veinticinco al oeste, casa siete A, capital social de mil colones suscritos y pagados. Su administración está a cargo de la junta directiva y la representa el presidente. Se emplaza a los interesados para que hagan valer sus derechos. Es todo.—San José, doce de enero del dos mil seis.—Lic. Juan Diego Vargas Garita, Notario.—1 vez.—Nº 78778.—(3072).

Por escritura número setenta y cinco otorgada a las doce horas del día nueve de enero del dos mil seis, protocolicé un acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima Capital Tecún Umán S.A., en la cual se acordó la revocatoria de los miembros de la junta directiva y el fiscal, y se modifican las cláusulas segunda y novena de la escritura social.—San José, once de enero del dos mil seis.—Lic. Óscar Noé Ávila Molina, Notario.—1 vez.—Nº 78783.—(3073).

Por escritura otorgada ante mí a las 10:00 horas del 13 de diciembre del 2005, se constituyó la sociedad Eurocapital Group IACR Sociedad Anónima. Plazo: 50 años. Domicilio social: San José, avenida 10 bis, calles 21 y 23, número 2180. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 13 de diciembre del 2005.—Dr. Fernando Mora Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 78785.—(3074).

A efecto de publicación del edicto correspondiente, informo que en escritura número trescientos sesenta y seis del tomo catorce de mi protocolo, del día 11 de enero del año en curso, al ser las dieciséis horas, comparecieron los señores Eduardo Gómez Sánchez, mayor, casado en segundas nupcias, empresario, técnico en diseño y decoración de zonas verdes y jardines, vecino de San Francisco, Concepción, La Unión, Cartago, ciento cincuenta metros al este de la escuela pública, cédula número tres-ciento cuarenta y uno-novecientos cuarenta y dos y Danubio Quirós Picado, mayor, casado una vez, empresario y abogado, vecino de Guanacaste, Liberia, Curubandé, doscientos metros al noreste de la capilla católica, cédula de identidad tres - doscientos nueve - ochocientos noventa y nueve, para constituir la sociedad Espacios y Jardines Internacionales Sociedad Anónima.—San José, a los doce días del mes de enero del año 2006.—Lic. Miguel Chacón Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 78786.—(3075).

Por escritura otorgada hoy en esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Modernas Prefabricadas Sociedad Anónima.—San José, nueve de enero del dos mil seis.—Lic. Zaida María Sequeira Ávalos, Notaria.—1 vez.—Nº 78787.—(3076).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del once de enero del dos mil seis, los señores Alexánder Ruiz Castillo y Leda Villalobos Camacho constituyeron Grupo Paarvi Sociedad Anónima. Presidente: Alexánder Ruiz Castillo, capital social: diez mil colones netos.—Lic. Sergio Bravo Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 78788.—(3077).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del once de enero del dos mil seis, los señores Alexánder Ruiz Castillo y Yendry Barrantes Agüero constituyeron Grupo Arco Gris del Norte Sociedad Anónima. Presidente: Alexander Ruiz Castillo, capital social: diez mil colones netos.—Lic. Sergio Bravo Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 78789.—(3078).

Por escritura otorgada a las 14:00 horas del 23 de noviembre del 2005 se protocolización 2 de Finrol Atenas F.A. Sociedad Anónima.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—1 vez.—Nº 78793.—(3079).

Por escritura otorgada a las 17:40 horas del 1º de diciembre del 2005, se protocolización 4 de Importadora Foro Seis Sociedad Anónima.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—1 vez.—Nº 78794.—(3080).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas del día dos de diciembre del dos mil cinco, se constituye Complejo Furati del Este Sociedad Anónima.—San José, dos de diciembre del dos mil cinco.—Lic. Ricardo Javier Hidalgo Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 78795.—(3081).

Hoy protocolicé acuerdos de asamblea general de Aero Fumigación Centroamericana S. A., por lo que se reforma la cláusula 11ª, se aceptan renuncias a directores y se nombran sustitutos.—San José, 6 de enero del 2006.—Lic. Rodrigo Mendieta García, Notario.—1 vez.—Nº 78800.—(3082).

Por escritura otorgada ante el notario público William Méndez Rosales en Pital de San Carlos, a las doce horas del cinco de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Anita Boutique Sociedad Anónima, con domicilio en Pital de San Carlos, Alajuela, setenta y cinco metros sur de Cooperativa Coocique.—Pital de San Carlos, 10 de enero del 2006.—Lic. William Méndez Rosales, Notario.—1 vez.—Nº 78803.—(3083).

Vanessa Carmona y Martín Russo, constituyen la sociedad denominada Indígena Tamarindo S. A. Escritura otorgada en Santa Cruz, Guanacaste, a las 18:00 horas del 12 de noviembre del 2005.—Lic. Gabriela Serrano Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 78805.—(3084).

Ante la notaria María Isabel González Rojas se constituye JIMECA.A. Capital: 50.000. Plazo: 99 años. Domicilio: San José, vecino de Santa Ana, Urbanización Bosques de Santa Ana, casa número treinta y ocho F.—Once de enero del dos mil seis.—Lic. María Isabel González Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 78806.—(3085).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 11:00 horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Vacheron Constantin S. A., mediante la cual se aumenta el capital social de la compañía, se reforman las cláusulas segunda, quinta y sexta del pacto social y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Óscar Bejarano Coto, Notario.—1 vez.—Nº 78809.—(3086).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la compañía Proud of My Surfside Land Sociedad Anónima, por la que se reforma la cláusula del domicilio, la cláusula de la administración, y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, once de enero del dos mil seis.—Lic. Aldomar Ulate Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 78810.—(3087).

En mi notaría se constituyó la sociedad Carey de Sierpe de Osa S.A., presidente: Yuri ILYushchenko, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 12 de enero del 2006.—Lic. Luis G. Guerrero Jara, Notario.—1 vez.—Nº 78812.—(3088).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la compañía Ten Green Bottles Hanging Sociedad Anónima, por la que se reforma la cláusula del domicilio, la cláusula de la administración, y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, once de enero del dos mil seis.—Lic. Aldomar Ulate Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 78811.—(3089).

Eric Vinicio Moya Soto y Allen Gerardo Moya Soto, constituyen la sociedad Construcciones y Diseños ERICMO Sociedad Anónima. Capital: veinte mil colones, plazo: noventa y nueve años. Presidente: el primero. Escritura 239, otorgada ante el notario José Luis Ramos Castellón, el 6 de enero del 2006.—Lic. Allen Gerardo Moya Soto, Notario.—1 vez.—Nº 78815.—(3090).

Ante esta notaría a las diecisiete horas quince minutos del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Castilla Tiedra Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—San José, catorce de diciembre del dos mil cinco.—Lic. Luis Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 78816.—(3091).

En esta notaría, mediante escritura número ciento seis, de las ocho horas del once de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad civil Gesta del Cincuenta y Seis Sociedad Anónima. Administrador: Gerardo Vargas Alcázar.—Alajuela, once de enero del dos mil seis.—Lic. Laura Jaén Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 78819.—(3092).

Por escritura número ciento siete otorgada ante esta notaría, a las trece horas del seis de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Luxembourg M.M.G.R. Sociedad Anónima. Capital social: mil colones. Presidente: Gerrit Hendrik Rotgans.—San José, once de enero del dos mil seis.—Lic. Sindy Priscilla González Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 78823.—(3093).

Los señores Lars Bock, único apellido por su nacionalidad alemana, pasaporte de su país número cinco cero cuatro uno seis cinco seis ocho tres ocho, y Marco Antonio Carballo González, mayor, cédula seis-cero ochenta y dos-trescientos treinta y tres, constituyen las sociedades Modena del Mar Sociedad Anónima, Napoli del Mar Sociedad Anónima, Oristano del Mar Sociedad Anónima, Padova del Mar Sociedad Anónima, Palermo del Mar Sociedad Anónima, Parma del Mar Sociedad Anónima, Pavia del Mar Sociedad Anónima, Perugia del Mar Sociedad Anónima, Pescara del Mar Sociedad Anónima, Piacenza del Mar Sociedad Anónima, Piamonte del Mar Sociedad Anónima, Pisa del Mar Sociedad Anónima. Pistoia del Mar Sociedad Anónima, Ponziane del Mar Sociedad Anónima, Pordenone del Mar Sociedad Anónima, Potenza del Mar Sociedad Anónima, Prato del Mar Sociedad Anónima, Puglia del Mar Sociedad Anónima, Ravenna del Mar Sociedad Anónima, Rieti del Mar Sociedad Anónima, Rimini del Mar Sociedad Anónima, Riviera del Mar Sociedad Anónima, Salerno del Mar Sociedad Anónima, San Marino del Mar Sociedad Anónima, San Pietro del Mar Sociedad Anónima, Sardegna del Mar Sociedad Anónima, Sassari del Mar Sociedad Anónima, Savona del Mar Sociedad Anónima, Sicilia del Mar Sociedad Anónima, Siena del Mar Sociedad Anónima, Siracusa del Mar Sociedad Anónima, Stromboli del Mar Sociedad Anónima, Teramo del Mar Sociedad Anónima, Terni del Mar Sociedad Anónima, Torino del Mar Sociedad Anónima, Toscano del Mar Sociedad Anónima, Trentino del Mar Sociedad Anónima, Trento del Mar Sociedad Anónima, Treviso del Mar Sociedad Anónima, Trieste del Mar Sociedad Anónima, Udine del Mar Sociedad Anónima, Umbria del Mar Sociedad Anónima, Urbino del Mar Sociedad Anónima, Ustica del Mar Sociedad Anónima, Varese del Mar Sociedad Anónima, Vaticano del Mar Sociedad Anónima, Veneto del Mar Sociedad Anónima, Verbania del Mar Sociedad Anónima, Vercelli del Mar Sociedad Anónima y Vicenza del Mar Sociedad Anónima, con domicilio en Playa Naranjo, Puntarenas, capital social cien mil colones. Presidente Lars Bock.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Jorge Eduardo Bustamante Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 78824.—(3094).

Lars Bock, único apellido por su nacionalidad alemana, pasaporte de su país número cinco cero cuatro uno seis cinco seis ocho tres ocho, y Jenny Gotz, único apellido por su nacionalidad alemana, pasaporte de su país número tres dos uno dos cero tres tres tres siete, constituyen las sociedades Abruzzo del Mar Sociedad Anónima, Adige del Mar Sociedad Anónima, Alessandria del Mar Sociedad Anónima, Ancona del Mar Sociedad Anónima, Arezzo del Mar Sociedad Anónima, Ascoli del Mar Sociedad Anónima, Asinara del Mar Sociedad Anónima, Asti del Mar Sociedad Anónima, Avellino del Mar Sociedad Anónima, Bari del Mar Sociedad Anónima, Basilicata del Mar Sociedad Anónima, Belluno del Mar Sociedad Anónima, Benevento del Mar Sociedad Anónima, Bergamo del Mar Sociedad Anónima, Bologna del Mar Sociedad Anónima, Bolzano del Mar Sociedad Anónima, Brescia del Mar Sociedad Anónima, Brindisi del Mar Sociedad Anónima, Calabria del Mar Sociedad Anónima, Campobasso del Mar Sociedad Anónima, Capri del Mar Sociedad Anónima, Carrara del Mar Sociedad Anónima, Como del Mar Sociedad Anónima, Cremona del Mar Sociedad Anónima, Crotone del Mar Sociedad Anónima, Elba del Mar Sociedad Anónima, Emilia del Mar Sociedad Anónima, Ferrara del Mar Sociedad Anónima, Firenze del Mar Sociedad Anónima, Foggia del Mar Sociedad Anónima, Garda del Mar Sociedad Anónima, Genova del Mar Sociedad Anónima, Grosseto del Mar Sociedad Anónima, Imperia del Mar Sociedad Anónima, Ischia del Mar Sociedad Anónima, Isernia del Mar Sociedad Anónima, Lazio del Mar Sociedad Anónima, Lecco del Mar Sociedad Anónima, Liguria del Mar Sociedad Anónima, Linosa del Mar Sociedad Anónima Livorno del Mar Sociedad Anónima, Lombardia del Mar Sociedad Anónima, Lucca del Mar Sociedad Anónima, Macerata del Mar Sociedad Anónima, Maddalena del Mar Sociedad Anónima, Maggiore del Mar Sociedad Anónima, Mantova del Mar Sociedad Anónima, Massa del Mar Sociedad Anónima, Matera del Mar Sociedad Anónima, y Messina del Mar Sociedad Anónima, con domicilio en Playa Naranjo, Puntarenas. Capital social cien mil colones. Presidente Lars Bock.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Jorge Eduardo Bustamante Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 78825.—(3095).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas, del día 21 de diciembre del 2005, se constituyó Fiduciaria Libertad Sociedad Anónima. Capital totalmente suscrito y pagado, con domicilio en la ciudad de Heredia. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. José Ramón Quesada Acuña, Notario.—1 vez.—Nº 78826.—(3096).

Por escritura número sesenta otorgada ante esta notaría, a las quince horas treinta minutos, del veintiuno de diciembre del dos mil cinco, se constituyó la firma Paraíso El Pizote Verde Sociedad Anónima, con un capital social de diez millones de colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintiuno de diciembre del dos mi cinco.—Lic. Rebeca González Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 78827.—(3097).

El suscrito notario, Oscar Carrillo Baltodano, he protocolizada en conotariado con Miguel Carranza Céspedes, un acto de asamblea extraordinaria donde se modifica la cláusula quinta del pacto social de la sociedad denominada Río Santa Inversiones Santaneca Sociedad Anónima, con un incremento en su capital social de doscientos un millones novecientos mil colones exactos. Es todo.—Puntarenas, 11 de enero del 2006.—Lic. Óscar Carrillo Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 78830.—(3098).

El suscrito notario Óscar Carrillo Baltodano, he constituido en conotariado con Miguel Carranza Céspedes, la sociedad anónima denominada Constructora y Servicios del Pacífico C.S.P. Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones exactos, por un plazo social de noventa y nueve años, en donde figura como presidente el señor Hugo Alberto Vásquez Huerta. Es todo.—Puntarenas, 11 de enero del 2006.—Lic. Óscar Carrillo Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 78831.—(3099).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas, del diez de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Jaco Trailer y Cass S. A. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, once de enero del dos mil seis.—Lic. Andre Wells Downey, Notario.—1 vez.—Nº 78782.—(3100).

Ante esta notaría, por escritura otorgada, a las diez horas, del día doce de enero del dos mil seis, Larp Associates S. A., y Yellow Innovative Landas S. A., constituyen la sociedad denominada Toro Rojo Limitada.—San José, doce de enero del dos mil seis.—Lic. David Gutiérrez Swanson, Notario.—1 vez.—(3133).

Ante esta notaría, por escritura otorgada, a las nueve horas, del día doce de enero del dos mil seis, Larp Associates S. A., y Yellow Innovative Landas S. A., constituyen la sociedad denominada Veranda Condo Investments Limitada.—San José, doce de enero del dos mil seis.—Lic. David Gutiérrez Swanson, Notario.—1 vez.—(3135).

Ante esta notaría, por escritura otorgada, a las diez horas treinta minutos, del día doce de enero del dos mil seis, Larp Associates S. A., y Yellow Innovative Landas S. A., construyen la sociedad denominada CSL Property Trust Limitada.—San José, doce de enero del dos mil seis.—Lic. David Gutiérrez Swanson, Notario.—1 vez.—(3136).

Ante esta notaría, por escritura otorgada, a las once horas, del día doce de enero del dos mil seis, Larp Associates S. A., y Yellow Innovative Landas S. A., constituyen la sociedad denominada Jackson Herradura Estate Limitada.—San José, doce de enero del dos mil seis.—Lic. Ronald Lachner González, Notario.—1 vez.—(3137).

Ante esta notaría, por escritura otorgada, a las once horas treinta minutos, del día doce de enero del dos mil seis, Larp Associates S. A., y Yellow Innovative Landas S. A., constituyen la sociedad denominada Costa Rica K.M.I.T. Limitada.—San José, doce de enero del dos mil seis.—Lic. Ronald Lachner González, Notario.—1 vez.—(3138).

Ante esta notaría, por escritura otorgada, a las doce horas, el día doce de enero del dos mil seis, Larp Associates S. A., y Yellow Innovative Landas S. A., constituyen la sociedad denominada Tail Dancing Limitada.—San José, doce de enero del dos mil seis.—Lic. Ronald Lachner González, Notario.—1 vez.—(3139).

Por escritura otorgada el día de ayer ante mí, se constituyó la compañía denominada MATOGAHER Sociedad Anónima, con un capital social de mil colones, la representación judicial y extrajudicial la ostenta el presidente con facultades de apoderado generalísimo. Domicilio social: en Alajuela, Santiago Oeste El Coco, doscientos metros al este de Panificadora Bimbo.—San José, doce de enero del dos mil seis.—Lic. Aldomar Ulate Vargas, Notario.—1 vez.—(3142).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas, del 12 de enero del 2006, se constituyó la sociedad Fire Protection Management Consultants S. A. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Domicilio: Alajuela. Plazo: 99 años.—Alajuela, 11:00 horas, del 12 de enero del 2006.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(3150).

Por escritura número ciento dos, otorgada ante esta notaría el día once de enero del año dos mil seis, a las quince horas, se reformó la cláusula quinta de la sociedad Propiedades Borgonuovo Inc. S. A.—Lic. Adriana Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—(3160).

Por escritura número ciento ocho, otorgada ante esta notaría, el día nueve de enero del año dos mil seis, a las quince horas, se protocolizó el acta número tres de sesión de asamblea general extraordinaria de socios de Diversiones de Escazú Sociedad Anónima, mediante la cual se aumentó el capital social de la empresa y se reformó la cláusula quinta de los estatutos sociales de la empresa.—San José, nueve de enero del año dos mil seis.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1 vez.—(3161).

Por escritura número veintidós otorgada ante mí, a las diez horas, del día de hoy se constituye ALC Management Group S. A.—San José, doce de enero del dos mil seis.—Lic. Ronald Fernando Rojas Zamora, Notario.—1 vez.—(3162).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las diecisiete horas, del día doce de enero del dos mil, se constituyó la sociedad Jetway Trading de Costa Rica Limitada. Gerente general con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Cuotas sociales debidamente suscritas y pagadas.—San José, 13 de enero del 2006.—Lic. Kattia Vargas Álvarez, Notaria.—1 vez.—(3182).

Por escritura pública otorgada a las ocho horas, del día trece de enero del año dos mil seis, se constituyó ante esta notaría la sociedad Impresos Ocampo Urbina R Y G de Costa Rica Sociedad Anónima, licenciado Gustavo Adolfo Chinchilla Zúñiga, colegiado: doce mil cuatrocientos cincuenta y tres.—San José, trece de enero del dos mil seis.—Lic. Gustavo Adolfo Chinchilla Zúñiga, Notario.—1 vez.—(3184).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día cinco de diciembre del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad anónima denominada Distribuciones Arias Monge Jujogar Sociedad Anónima.—San José, trece de enero del año dos mil seis.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—(3185).

Ante esta notaría, mediante escritura pública Nº 20, tomo 5, otorgada a las 11:00 horas, del 12 de enero del 2006, se constituyó la sociedad Uno y Ochenta Sol Costa Lote Perla Uno y Ochenta Limitada.—San José, 13 de enero del 2006.—Lic. Mauricio Chaves Mesén, Notario.—1 vez.—(3190).

Ante esta notaría, mediante escritura pública Nº 19, tomo 5, otorgada a las 10:00 horas, del 12 de enero del 2006, se constituyó la sociedad Cuarenta y Tres Sol Lote en Costa Dorado Cuarenta y Tres Limitada.—San José, 13 de enero del 2006.—Lic. Mauricio Chaves Mesén, Notario.—1 vez.—(3191).

Ante esta notaría, mediante escritura pública Nº 18, tomo 5, otorgada a las 9:00 horas, del 12 de enero del 2006, se constituyó la sociedad Cuarenta y Dos Costa Lote del Sol Amatista Cuarenta y Dos Limitada.—San José, 13 de enero del 2006.—Lic. Mauricio Chaves Mesén, Notario.—1 vez.—(3193).

Ante esta notaría, mediante escritura pública Nº 17, tomo 5, otorgada a las 8:00 horas, del 12 de enero del 2006, se constituyó la sociedad Cuarenta y Uno en Costa del Sol Lote Diamante Cuarenta y Uno Limitada.—San José, 13 de enero del 2006.—Lic. Mauricio Chaves Mesén, Notario.—1 vez.—(3194).

Ante esta notaría, mediante escritura pública Nº 21, tomo 5, otorgada a las 12:00 horas, del 12 de enero del 2006, se constituyó la sociedad L. IIEAD Incorporated Limitada.—San José, 13 de enero del 2006.—Lic. Mauricio Chaves Mesén, Notario.—1 vez.—(3195).

Ante esta notaría, mediante escritura pública Nº 16, tomo 5, otorgada a las 12:00 horas, del 11 de diciembre del 2005, se constituyó la sociedad Sesenta y Ocho en Costa del Sol Lote Sesenta y Ocho Diamante Limitada.—San José, 13 de enero del 2006.—Lic. Mauricio Chaves Mesén, Notario.—1 vez.—(3196).

Ante mi notaría se constituyó el día de hoy la compañía denominada Inmobiliaria Iguana Verde S. A. Capital social: diez mil colones. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma._ Presidente: Philip Brian Bennie, secretaria: Sylvia María del Busto de Privette. Domicilio: Santo Domingo de Heredia, cuatrocientos metros este del Banco de Costa Rica. Plazo: cien años.—A las 15:00 horas, del 10 de enero del 2006.—Lic. Miguel Córdoba Retana, Notario.—1 vez.—Nº 78835.—(3197).

Por escritura otorgada en San José, ante el notario público Pablo Peña Ortega, se protocolizaron acuerdos de la empresa Publicidad en Puntos Estratégicos P.P.E. S. A. Mediante el cual se modificaron sus estatutos.—San José, once de enero del año dos mil seis.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 78837.—(3198).

Por escritura otorgada en San José, ante el notario público Pablo Peña Ortega, se protocolizaron acuerdos de la empresa T.S.M. Soluciones Metalmecánicas S. A. Mediante el cual se modificaron sus estatutos.—San José, once de enero del año dos mil seis.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 78838.—(3199).

Por escritura otorgada ante el notario Gonzalo Vargas Acosta, se modificaron acuerdos de la empresa Hacienda Inmobiliaria Punta Escondida C.R.C. S. A., mediante el cual se modifican la totalidad de sus estatutos.—San José, once de enero del año dos mil seis.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—Nº 78839.—(3200).

Por escritura otorgada ante el notario Carlos Gutiérrez Font, de las trece horas, del día seis de enero del año dos mil seis, se protocolizaron acuerdos de la empresa Hacienda Inmobiliaria Plaza Roble X.T. R.S. A. Mediante el cual se modifican las cláusulas segunda, quinta y sexta.—San José, trece de enero del año dos mil seis.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—Nº 78840.—(3201).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:30 horas, del 25 de octubre del dos mil cinco, Carlos Luis Fallas Bonilla y María Iris Navarro Blanco, constituyen Inversiones Comerciales San Luis C M Dos Sociedad Anónima. Representación judicial y extrajudicial corresponden al presidente y secretario. Presidente: Carlos Luis Fallas Bonilla.—Santa María de Dota, 10 de enero del 2006.—Lic. Lisandro Valverde Porras, Notario.—1 vez.—Nº 78841.—(3202).

Hoy, a las dieciséis horas, se constituyó la sociedad Ceiticos Vegetales Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse S. A. Para la propaganda y la papelería se usará AVESA. Presidente: Rafael Ángel Varela Granados.—Pérez Zeledón, 10 de enero del año 2006.—Lic. Juan Luis Artavia Mata, Notario.—1 vez.—Nº 78842.—(3203).

Se hace saber que por escritura número ciento noventa y siete visible al folio ochenta y tres vuelto, del protocolo tomo número dos, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la sociedad anónima denominada Mundo Propio S. A., nombramiento de junta directiva y cambió de domicilio social.—San José, a las diez horas del diez de enero del dos mil seis.—Lic. Juan Carlos Araya Masís, Notario.—1 vez.—Nº 78843.—(3204).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye Inmobiliaria Divero FyA del Este Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado por los socios. Domicilio: San José. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: la industria y el comercio en general.—San José, once de enero del dos mil seis.—Lic. Ricardo José Retana Chinchilla, Notario.—1 vez.—Nº 78844.—(3205).

En esta notaría, se constituyó Gidajoke S. A., con un capital de un millón doscientos mil colones, plazo 99 años, domicilio en Sabanilla de Montes de Oca, regida por el Código de Comercio y Elementos Industriales S S. A., modifica las cláusulas segunda y quinta de los estatutos y ratifica nombramientos de junta directiva.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Cristhian Obando Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 78845.—(3206).

Por escritura pública otorgada en esta notaría, a las dieciséis horas del once de enero del dos mil seis, Marco Antonio Garro Masís y Javier Enrique Garro Masís, constituyen la sociedad denominada Distribuidora El Oriente Importador CH. Y CR Sociedad Anónima.—Alajuela, 12 de enero del 2006.—Lic. Yamileth Rodríguez Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 78846.—(3207).

Por escritura pública otorgada en esta notaría, a las dieciséis horas del once de enero del dos mil seis, Javier Enrique Garro Masís y Marco Antonio Garro Masís, constituyen la sociedad denominada Inversiones Luz de Oriente P. CR Sociedad Anónima.—Alajuela, 12 de enero del 2006.—Lic. Yamileth Rodríguez Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 78847.—(3208).

Que mediante escritura número ciento treinta y nueve, de folio ciento sesenta y nueve frente del tomo primero de mi protocolo, se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Fuzzion Desarrollos Comerciales e Inversión de San Pedro Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-cuatro uno seis cero cinco seis, en donde se conoció la renuncia del secretario y se otorga poder general sin límite de suma a Carla de la Hoz Martínez.—San José, diez de enero del dos mil seis.—Lic. Jorge Eduardo Ramos Ramos, Notario.—1 vez.—Nº 78848.—(3209).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del día diecisiete de noviembre del año dos mil cinco, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Muralqui S. A., mediante la cual se modifica la cláusula sexta de los estatutos, y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Byron Vargas Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 78849.—(3210).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Fishbone.Corp Sociedad Anónima. El plazo social es de cien años, el capital social es la suma de diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una y la representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente. Es todo.—San José, 12 de enero del 2006.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 78851.—(3211).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Fontaine Properties Limitada. El plazo social es de cien años, el capital social es la suma de diez mil colones representado por diez cuotas nominativas de mil colones cada una y la representación judicial y extrajudicial corresponde a los dos gerentes. Es todo.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 78852.—(3212).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad TVJMVB Holding Company Sociedad Anónima. El plazo social es de cien años, el capital social es la suma de diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una y la representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y secretario. Es todo.—San José, 12 de enero del 2006.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 78853.—(3213).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario en San José, a las 9:00 horas del 20 de noviembre del 2005, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de N P Cuatro Mil Quinientos G R X S. A., celebrada en San José, a las 8:00 horas del 20 de noviembre del 2005, en la que se acordó nombrar nueva junta directiva, y reformar la cláusula 7º del pacto social.—San José, 20 de noviembre del 2005.—Lic. Luis Enrique Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 78854.—(3214).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas treinta minutos del once de enero del año dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima denominada Leadtek Latinoamérica S. A., el plazo es de cien años, con capital social de cien mil colones, y el presidente, secretario y tesorero son los representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjunta o separadamente.—Lic. Jorge Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 78855.—(3215).

Mediante escritura número ciento treinta y seis, se constituye Colliers International (Costa Rica) Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones y domiciliada en San José.—Doce de enero del dos mil seis.—Lic. Juan Carlos Ayala Montero, Notario.—1 vez.—Nº 78856.—(3216).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del día 12 de enero del 2006, se constituye Pegasus Las Terrazas S. A.—Lic. Gonzalo Monge Núñez, Notario.—1 vez.—Nº 78857.—(3217).

La suscrita notaria hace constar que ante esta notaría, se constituyeron las siguientes sociedades anónimas: The Singing Bird S. A., The Candid Dawn S. A., The Enchanted Lake S. A., Land of the South S. A., The Virgin Forest S. A., todas con domicilio en Ojochal, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al este del Hotel Villas Gaía, e Inversiones Tatrumer S. A., con domicilio en la provincia de San José, San Isidro de Pérez Zeledón, barrio El Ollón frente antigua escuela.—Ciudad Cortés, 10 de enero del 2006.—Lic. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—Nº 78860.—(3218).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del doce de diciembre del dos mil cinco, se constituye Pegasus Investments Sociedad Anónima.—Lic. Gonzalo Monge Núñez, Notario.—1 vez.—Nº 78858.—(3219).

Hoy he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Exclusividades Ramses S. A., en la cual se modifican las cláusulas segunda, sexta, sétima.—Curridabat, 11 de enero del 2006.—Lic. Deborah Ann Lores Lares, Notaria.—1 vez.—Nº 78861.—(3220).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Operaciones Plutarco S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y decimocuarta del pacto social referente al domicilio social y a la representación de la empresa.—San José, 12 de enero del 2006.—Lic. Catalina Pujol Rueda, Notaria.—1 vez.—Nº 78864.—(3221).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de Finca Los Palmos S. A., mediante la cual se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombra junta directiva. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las doce horas del cinco de enero del año dos mil seis.—Lic. Juan Manuel Gómez Solera, Notario.—1 vez.—Nº 78865.—(3222).

Por escritura otorgada a las 11:00 horas del 11 de noviembre del 2005, se constituyó la sociedad Invoco Sociedad Anónima, con domicilio en Santo Domingo de Heredia. Presidenta: Marilú Varela Murillo. Plazo social: cien años. Capital: diez mil colones, representado por diez acciones de mil colones cada una, comunes y nominativas, suscritas y pagadas.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Ramón Nonato Méndez Salas, Notario.—1 vez.—Nº 78866.—(3223).

Escritura número doscientos veintisiete otorgada a las diecinueve horas del tres de setiembre del dos mil cinco, ante la suscrita notaria, se constituye Fundación Debra Latinoamericana. Capital social: diez mil colones. Plazo social: perpetuo y domicilio social Costa Rica, Heredia, Santo Tomás de Santo Domingo, oficinas de la Fundación Debra de Costa Rica, costado oeste de la escuela.—Santo Domingo de Heredia, 11 de enero del 2006.—Lic. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 78867.—(3224).

La suscrita notaria da fe de que Servicios y Productos Múltiples SERPROMU S. A., cédula jurídica Nº 3-101-323863, con domicilio en San José, Goicoechea, Calle Blancos, del Abastecedor Aristóteles, trescientos metros al norte y setenta y cinco metros al este, en asamblea celebrada a las cuatro y diez minutos de la tarde del diez de diciembre del dos mil tres, cambió de junta directiva para todo el resto del plazo social, eligiendo como presidenta a Eugenia Hidalgo Vásquez, mayor, casada una vez, contadora, vecina de San José, cédula de identidad Nº 1-635-130.—Lic. Rita Díaz Amador, Notaria.—1 vez.—Nº 78869.—(3225).

Por escritura otorgada ante los notarios públicos Andrea Gallegos Acuña y Óscar Gallegos Borbón a las 10:00 horas del 15 de diciembre del 2005, Corporación Flor de Trébol del Oeste Sociedad Anónima, protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas modificando la cláusula novena del pacto social de la compañía.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Andrea Gallegos Acuña, Notaria.—1 vez.—Nº 78870.—(3226).

Por medio de escritura otorgada al ser las ocho horas del día treinta de noviembre del año dos mil cinco, ante el notario público Juan Francisco Molinero Hernández, por medio de protocolización de acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios, se acordó reformar las cláusulas primera y segunda de la sociedad de esta plaza Flamingo´s Coast Real Estate Investment Corporation Sociedad Anónima, la cual en adelante se denominará Río Oro Realty Inc Sociedad Anónima.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Juan Francisco Molinero Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 78871.—(3227).

Las señoras Irene Chacón Madrigal y Ángela Salas Gutiérrez, constituyen sociedad anónima denominada Kimgio Sociedad Anónima, mediante la escritura número doscientos uno, otorgada a las diez horas del siete de diciembre del año dos mil cinco, del tomo uno del protocolo de la notaria Deyanira Amador Mena.—San José, 12 de enero del 2006.—Lic. Deyanira Amador Mena, Notaria.—1 vez.—Nº 78872.—(3228).

Ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad Parrothead Adventures Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Norman Mory Mora, Notario.—1 vez.—Nº 78877.—(3229).

Ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad Flightline Engeneering Limited Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Norman Mory Mora, Notario.—1 vez.—Nº 78878.—(3230).

Ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad Blue Water Charters Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Norman Mory Mora, Notario.—1 vez.—Nº 78879.—(3231).

Mediante protocolización de acta de asamblea general extraordinaria y extraordinaria de accionistas, se reformó la cláusula primera de los estatutos de la sociedad Segura Piedra y Asociados S.A.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Norman Mory Mora, Notario.—1 vez.—Nº 78880.—(3232).

Ante mi notaría, mediante escritura número 206 de las 18:00 horas del 2 de enero del 2006, se ha constituido la sociedad denominada Inversiones Serrano y Moreno Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de Orotina, con un capital social de diez mil colones.—Orotina, 6 de enero del 2006.—Lic. Douglas Marín Orozco, Notario.—1 vez.—Nº 78881.—(3233).

Ante mi notaría, mediante escritura número 169 de las 13:00 horas del 10 de enero del 2006, se ha constituido la sociedad denominada Potencial Pacífico Empresarial Oir Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de Jacó, con un capital social de diez mil colones.—Orotina, 10 de enero del 2006.—Lic. Randall Marín Orozco, Notario.—1 vez.—Nº 78882.—(3234).

Ante mi notaría, mediante escritura número 170 de las 14:00 horas del 10 de enero del 2006, se ha constituido la sociedad denominada Asuntos Jacobeños a la Enésima Potencia Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de Jacó, con un capital social de diez mil colones.—Orotina, 10 de enero del 2006.—Lic. Randall Marín Orozco, Notario.—1 vez.—Nº 78883.—(3235).

Ante mi notaría, mediante escritura número 168 de las 12:00 horas del 10 de enero del 2006, se ha constituido la sociedad denominada Negocios Turísticos Ormoro de Jacó Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de Jacó, con un capital social de diez mil colones. Orotina, 10 de enero del 2006.—Lic. Randall Marín Orozco, Notario.—1 vez.—Nº 78884.—(3236).

Ante esta notaría, al ser las doce horas del siete de diciembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad GPZ Impulsora Industrial Fénix Sociedad Anónima, con capital de doce mil colones y presidente Enrique Gutiérrez González.—San José, doce de enero del dos mil seis.—Lic. Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 78886.—(3237).

Mediante escritura pública número noventa y cuatro, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día once de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Romat Sociedad Anónima.—San José 11 de enero del 2006.—Lic. Pablo Andrés Esquivel Chaverri, Notario.—1 vez.—Nº 78888.—(3238).

Que por escritura otorgada ante la notaría de la Llicenciada Martha Eugenia Araya Chaverri, a las 8:00 horas del día 26 de diciembre del 2005, se constituye la fundación denominada Fundación para la Formación Democrática y la Promoción de los Derechos Humanos -Fundehum. Plazo: Perpetuo.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Martha Araya Chaverri, Notaria.—1 vez.—Nº 78889.—(3239).

En mi notaría a las doce horas del cinco de enero del dos mil seis, se constituyó Cado S. A.—Santa Ana, doce de enero del dos mil seis.—Lic. Jessica Delgado Cedeño, Notaria.—1 vez.—Nº 78890.—(3240).

Por escritura firmada en esta notaría a las trece horas del veintidós de noviembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Clínica Dental Alajuela Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidenta: Liliana Gómez Alpízar. Monto de capital: cien mil colones.—San José, veintidós de noviembre del dos mil cinco.—Lic. Jerry Alberto Calvo Torres, Notario.—1 vez.—Nº 78893.—(3241).

Por escritura firmada en esta notaría a las doce y treinta minutos del veintidós de noviembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Inmobiliaria Zumbado Gómez Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente: José Alberto Zumbado Benavides. Monto de capital: cien mil colones.—San José, veintidós de noviembre del dos mil cinco.—Lic. Jerry Alberto Calvo Torres, Notario.—1 vez.—Nº 78894.—(3242)

Por escritura firmada en esta notaría a las once horas del veintidós de noviembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Obando y Solano Asociados Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. capital: totalmente suscrito y pagado. Presidenta: Ana Fiorella Solano Jiménez. Monto de capital: cien mil colones.—San José, veintidós de noviembre del dos mil cinco.—Lic. Jerry Alberto Calvo Torres, Notario.—1 vez.—Nº 78895.—(3243).

Por escritura firmada en esta notaría a las doce y cuarenta y cinco horas del veintidós de noviembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Óptica Arauna Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente: Nelson David Guerrero Villalobos. Monto de capital: cien mil colones.—San José, veintidós de noviembre del dos mil cinco.—Lic. Jerry Alberto Calvo Torres, Notario.—1 vez.—Nº 78896.—(3244).

Ante mí, Juan Diego Arias Rojas, notario público con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad anónima denominada Corporación Diez Vente Uno Sociedad Anónima, a las nueve horas del día dieciocho de diciembre del dos mil cinco. Presidente y tesorera con la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Atenas, 12 de enero del 2006.—Lic. Juan Diego Arias Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 78897.—(3245).

Ante mí, Juan Diego Arias Rojas, notario público con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad anónima denominada Audio Butique Marzu de Atenas S. A., a las dieciséis horas del día once de enero del dos mil seis. Presidente y tesorero con la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Atenas, 11 de enero del 2006.—Lic. Juan Diego Arias Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 78898.—(3246).

Ante mí, Alejandro Alonso Román González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día nueve de enero del dos mil seis, a las ocho horas, en la ciudad de Atenas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Los Apartamentos Rocaverde Sociedad Anónima, en la cual se nombra nuevo presidente y tesorero y se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Atenas, once de enero del dos mil seis.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—Nº 78899.—(3247).

Por escritura Nº 35 otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 20 de diciembre del 2005, se constituyó la compañía Franco Portones S. A. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Presidente con representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio: San Josecito de San Isidro de Heredia.—San José, 2 de enero del 2006.—Lic. Joice María Esquivel López, Notaria.—1 vez.—Nº 78903.—(3248).

Por escritura Nº 44 otorgada en mi notaría, a las 9:00 horas del 10 de enero del 2006. protocolicé en lo conducente acuerdos de acta número 46 de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Asociación Anre de Costa Rica S. A., en la que se modifica cláusula novena del pacto social.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Joice María Esquivel López, Notaria.—1 vez.—Nº 78904.—(3249).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyeron las sociedades Realty Views, y Seales Holdings Sociedad Anónima. Objeto: Comercio en general. Domicilio: San José. Presidente con facultades de apoderado generalísimo.—Lic. Róger Petersen Morice, Notario.—1 vez.—Nº 78905.—(3250).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada: Sueños Mediterráneos Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Objeto: Comercio en general. Presidente con facultad de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Juan Carlos Montes de Oca Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 78906.—(3251).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyeron las sociedades Calatraba de La Mancha y Pinares del Sol Naciente, ambas sociedades anónimas. Objeto: Comercio en general. Domicilio: San José. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. André Vargas Siverio, Notario.—1 vez.—Nº 78907.—(3252).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario público José Antonio Aiza Juárez, a las doce horas, del diez de enero, del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Familia Schwartz de Nosara Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Nicoya, diez de enero del dos mil seis.—Lic. José Antonio Aiza Juárez, Notario.—1 vez.—Nº 78908.—(3253).

Gerardo y Servulo, ambos Porras Corrales, constituyen Ganadera Porras Corrales G P C Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Domicilio: Piedades de Santiago, Puriscal. Plazo social: cincuenta años. En Santiago de Puriscal, a las nueve horas del veintitrés de setiembre del dos mil cinco, ante la notaria Viria Picado Rodríguez.—Lic. Viria Picado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 78909.—(3254).

Debidamente facultado al efecto protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Pame S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas segunda, sexta, sétima del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 3 de enero del 2006.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—Nº 78910.—(3255).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, Alimer Sociedad Anónima, protocoliza acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, reformando la cláusula novena en cuanto a la administración. Se conoce la renuncia de la junta directiva, fiscal y gerente general y se hacen nuevos nombramientos.—San José, doce de enero de dos mil seis.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1 vez.—Nº 78911.—(3256).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del día de hoy, se constituyó Fraternity Spirits World Inc., domicilio San José; su objeto será el comercio e industria en general, plazo 100 años. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y tesorero.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. José Antonio Gómez Cortés, Notario.—1 vez.—Nº 78912.—(3257).

Ante el notario Diego Arturo Oviedo Alpízar y por medio de la escritura número ciento seis, de las quince horas del diez de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Producciones Alimenticias Bien Me Sabe Limitada.—San José, doce de enero del dos mil seis.—Lic. Diego A. Oviedo Alpízar, Notario.—1 vez.—Nº 78913.—(3258).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del día once de enero del presente año, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Lavaud Club Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda reformar la cláusula sexta del pacto social y se nombra junta directiva.—San José, once de enero del dos mil seis.—Lic. Norman de Pass Ibarra, Notario.—1 vez.—Nº 78918.—(3260).

Por escritura otorgada a las doce horas del día de hoy, se constituyó Corporación Art-Men del Nuevo Milenio S. A. Domicilio: San José. Plazo social: noventa y años. Objeto: Inversiones de todo tipo. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 15 de diciembre del 2005.—Lic. Luis Javier Padilla Ujueta, Notario.—1 vez.—Nº 78919.—(3261).

Mediante escritura número ciento diecinueve-dos, visible al folio ochenta y cuatro, frente del tomo segundo del protocolo de esta notaría, se modifica la cláusula primera de la escritura ciento doce-dos para constituir la sociedad Inversiones J.C. Cassoli de Alajuela Sociedad Anónima, en San José, a las diecinueve horas del once de enero del dos mil seis. El presidente Juan Carlos Castro Solís.—San José, doce de enero del dos mil seis.—Lic. Karina Alvarado Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 78920.—(3262).

Por escritura número nueve, del tomo treinta y seis de mi protocolo, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del doce de enero del año dos mil seis, protocolicé asamblea de la sociedad denominada L Merosa LL Limitada, en la cual se reforma la cláusula cuarta del pacto constitutivo.—San Rafael de Heredia, doce de enero del año dos mil seis.—Lic. Manuel Francisco Camacho Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 78921.—(3263).

A las diez horas del dieciocho de noviembre del dos mil cinco, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Odontología Hoy G.V.G. Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Capital: suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Representación: George Webb Choiseul y Gabriel Mejía Ramírez, apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Alexandra Alfaro Céspedes, Notaria.—1 vez.—Nº 78922.—(3264).

Por escritura otorgada en esta ciudad ante el notario Roberto Portilla Barrantes, a las 9:30 horas del 9 de diciembre del 2005, se constituyó Cismiranda S. A. Capital social: veinte mil colones. Domicilio social: San Isidro de Pérez Zeledón, La Ceniza, 700 metros al sur de la plaza de deportes. Presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente: José Cisneros Miranda y Adonai Cisneros Miranda.—San Isidro de Pérez Zeledón, 10 de enero del 2006.—Lic. Roberto Portilla Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 78923.—(3265).

Por escritura doscientos ochenta y seis-uno, otorgada en esta notaría, a las catorce horas del cuatro de enero del año dos mil seis, se constituyó la Abcelular Sociedad Anónima. Domiciliada en San Isidro, Pérez Zeledón, San José, exactamente cincuenta metros del ICE. Capital social ochenta mil colones, divido en ocho acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San Isidro, Pérez Zeledón, quince horas del once de enero del dos mil seis.—Lic. Luis Diego Solís Soto, Notario.—1 vez.—Nº 78924.—(3266).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del doce de enero del dos mil seis, se protocolizó acta de la compañía Inversiones Alvager del Pacífico Sociedad Anónima, mediante la cual se adiciona escritura, se autoriza retiro sin inscribir, se reforman las cláusulas primera y quinta de los estatutos, y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 12 de enero del 2006.—Lic. Alexis Gómez Guillén, Notario.—1 vez.—Nº 78926.—(3267).

Hoy día he protocolizado acta de la sociedad de esta plaza cuya razón social es Pacific Sun Showers Sociedad Anónima, en la cual se nombra nuevo presidente, y se modifica la cláusula segunda de los estatutos.—San José, quince horas del cinco de enero del dos mil seis.—Lic. Rosa Iselle Sánchez Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 78927.—(3268).

Hoy día he protocolizado acta de la sociedad de esta plaza cuya razón social es Playa Penca del Mar Sociedad Anónima, en la cual se nombra nuevo presidente, y se modifica la cláusula segunda de los estatutos.—San José, dieciséis horas del cinco de enero del dos mil seis.—Lic. Rosa Iselle Sánchez Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 78928.—(3269).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las nueve horas del día cinco de diciembre del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad anónima Hostería Segoviana de Costa Rica S. A. Administración: presidente, representación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Plazo social: cien años.—San José, 9 de enero del 2006.—Lic. Lary Glorianna Escalante Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 78929.—(3270).

Ante esta notaría, por escritura otorgada en San José, a las quince horas treinta minutos del seis de enero del año dos mil seis, protocolicé acuerdos de asamblea general de la sociedad Grupo Corporativo de Servicios Tecnológicos Digitales A Y J Internacionales S. A. Se modifica cláusula primera de los estatutos.—Lic. Marlon Gerardo Gómez Pizarro, Notario.—1 vez.—Nº 78930.—(3271).

Ante esta notaría, por escritura otorgada en San José, a las dieciocho horas del tres de noviembre del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad Inversiones Pérez y Gutiérrez S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Marlon Gerardo Gómez Pizarro, Notario.—1 vez.—Nº 78931.—(3272).

Ante esta notaría, por escritura otorgada en San José, a las quince horas del seis de enero del año dos mil seis, protocolicé acuerdos de asamblea general de la sociedad Comunicaciones Inteligentes M &H del Este S. A. Se modifica cláusula octava de los estatutos y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Marlon Gerardo Gómez Pizarro, Notario.—1 vez.—Nº 78932.—(3273).

Investments Grana Sociedad Anónima, cambia de junta directiva y fiscal, por todo el plazo social.—San José, 19 de diciembre del 2005.—Lic. Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 78933.—(3274).

Por escritura Nº 65, otorgada a las 11:00 horas del 12 de enero del 2006, ante el suscrito notario, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Compañía Farmacéutica Suizo Costarricense S. A., en los que se modifica la cláusula sexta de los estatutos: administración y representación: la representación la tendrán el presidente y el vicepresidente de la junta directiva y el secretario tendrá facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 12 de enero del 2006.—Lic. Marco A. Jiménez Carmiol, Notario.—1 vez.—Nº 78934.—(3275).

Por escritura otorgada a las once horas del día once de enero del año dos mil seis, se constituye Forest Solutions Ban Lok, traducido al español Soluciones Forestales Sociedad Anónima. Plazo social: noventa años.—San José, once de enero del dos mil seis.—Lic. Marta E. Benavides Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 78935.—(3276).

Por escritura otorgada hoy, se constituyó la compañía Andremo S.A. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones. Presidenta: Andrea Susana Mora Ortiz. Objeto: comercio en general.—San José, a las diecisiete horas del diez de enero del dos mil seis.—Lic. Rogelio Fernández Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 78936.—(3277).

Por escritura otorgada en mi notaría, el día de hoy, se constituyó la sociedad de este domicilio Corporación Mirosa Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente: el socio Sonke Friedrich Reinhold Schmidt.—11 de enero del 2006.—Lic. Ginette Miranda Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 78938.—(3278).

Por escritura otorgada en mi notaría, el día de hoy, se constituyó la sociedad de este domicilio Las Ventanas del Barco Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente: el socio Rainer Kraemer.—Lic. Ginette Miranda Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 78939.—(3279).

Por escritura otorgada en mi notaría, el día de hoy, se constituyó la sociedad de este domicilio Corporación El Naranjal Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente: el socio Mario Jiménez Zúñiga.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Grace Jiménez Viales, Notaria.—1 vez.—Nº 78940.—(3280).

Ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea de socios de Provehotel S. A., según la cual se modifica el capital social.—San José, 12 de enero del 2006.—Lic. Jorge Gerardo Cerdas Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 78742.—(3281).

Ante esta notaría se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Solcaribe Sociedad Anónima. Se reforma las cláusulas segunda y quinta del pacto constitutivo.—Turrialba, 11 de enero del 2006.—Lic. Laura Ramírez Ulate, Notaria.—1 vez.—Nº 78945.—(3282).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del día veinticuatro de julio del mil novecientos noventa y uno, se protocolizó el acta de la sociedad Hacienda Piza Gabriel Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula décima primera.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario.—1 vez.—Nº 78946.—(3283).

Por escritura otorgada a las nueve horas del veintiuno de diciembre del dos mil cinco, se reforma la junta directiva se nombran presidente, secretario, tesorero y fiscal de la sociedad Inmobiliaria Capetown Sociedad Anónima, cédula jurídica numero tres-ciento uno-trescientos treinta y dos mil novecientos noventa y cuatro.—Alajuela, 11 de enero del 2005.—Lic. Braulio Murillo Segura, Notario.—1 vez.—Nº 78947.—(3284).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad G Y E Redes Óptimas S. A., en escritura pública Nº 34, del tomo cuarto de la notaria Sandra Araya Vega, a las 15:00 horas del 30 de diciembre del 2005, cuyos representantes legales son Esteban Segura Herrera y Geinner Robles Rojas.—Cartago, 2 de enero del 2006.—Lic. Sandra Araya Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 78953.—(3285).

Cesión y traspaso de acciones, reforma de la cláusula segunda y nombramiento de nueva junta directiva, de la sociedad Servitecnología LS S. A. Presidente: William Lizano Castillo.—Cartago, 11 de enero del 2006.—Lic. Sandra Lucrecia Araya Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 78954.—(3286).

Ante esta notaría, el día de hoy, mediante escritura número cinco- noventa y ocho, de las diez horas, Douglas Andrés Vega Navarro y Luis Alfredo Medrano Steele, constituyen Central América Trading Assistence Costa Rica Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Ricardo Rodríguez Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 78955.—(3287).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las quince horas del once de enero del dos mil seis, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Duplirex Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula novena de los estatutos sociales.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Raúl Herrera Ortiz, Notario.—1 vez.—Nº 78956.—(3288).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Luromako Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.—Lic. Sergio Cubillo Lorenzo, Notario.—1 vez.—Nº 78957.—(3289).

Por escritura otorgada ante mí, a las 21:15 horas del 16 de diciembre del 2005, se constituyó la sociedad denominada Liang Cheng Hnos Sociedad Anónima, su domicilio será en Guanacaste, Nicoya, del Banco Popular cien metros sur, su capital social será de cien mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una, el plazo social será de  noventa y nueve años.—San José, 16 de diciembre del 2005.—Lic. Xinia Paniagua Durán y Lic. Carlos Enrique López Baltodano, Notarios.—1 vez.—Nº 78958.—(3290).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:30 horas del 11 de enero del 2006, se constituyó la sociedad denominada Farmacia Solaris Sociedad Anónima, su domicilio será en San José, Ciudad Colón, cien metros este de la casa cural, su capital social será de cien mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una, el plazo social será de  noventa y nueve años.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. María Jesús Ugalde Zamora y Lic. Carlos Enrique López Baltodano, Notarios.—1 vez.—Nº 78959.—(3291).

Por escritura otorgada ante mí, a las 21:30 horas del 16 de diciembre del 2005, se constituyó la sociedad denominada LS Fantasy Sociedad Anónima, su domicilio será en Guanacaste, Nicoya, del Banco Popular cien metros sur, su capital social será de cien mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una, el plazo social será de  noventa y nueve años.—San José, 16 de diciembre del 2005.—Lic. Xinia Paniagua Durán y Lic. Carlos Enrique López Baltodano, Notarios.—1 vez.—Nº 78960.—(3292).

Por escritura otorgada ante mí, a las 21:00 horas del 16 de diciembre del 2005, se constituyó la sociedad denominada Robken Sociedad Anónima, su domicilio será en Guanacaste, Nicoya, del Banco Popular cien metros sur, su capital social será de cien mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una, el plazo social será de  noventa y nueve años.—San José, 16 de diciembre del 2005.—Lic. Xinia Paniagua Durán y Lic. Carlos Enrique López Baltodano, Notarios.—1 vez.—Nº 78961.—(3293).

Por escritura número ciento sesenta y siete-treinta, otorgada hoy ante mí, se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo de Vargas Marías y Asociados S. A.—San José, 12 de enero del 2006.—Lic. Patricia Lara Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 78964.—(3294).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del día de hoy, se constituyó Castro Gazel Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, avenida segunda, calle ocho, setenta y cinco metros al este del Hotel Talamanca. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Luis Castillo Ralda, Notario.—1 vez.—Nº 78965.—(3295).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada Corazón Celeste del Sur Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado en letras de cambio. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidenta: Gabriela Moses Kagan.—Santo Domingo de Heredia, 4 de enero del 2006.—Lic. Luis Edgardo Ramírez Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 78967.—(3296).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de Donan I.N.V.S.A. Se nombra presidente de junta directiva: Víctor Julio Arauz Flores. Escritura otorgada en San José, a las 14:00 horas del 10 de enero de 2006. Ante la notaria Ana Giselle Zamora Espinoza.—Lic. Ana Giselle Zamora Espinoza, Notaria.—1 vez.—Nº 78968.—(3297).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de Edata E.D.T.S.A. Se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo. Escritura otorgada en San José, a las 14:00 horas del 8 de noviembre del 2005. Ante la notaria Ana Giselle Zamora Espinoza.—Lic. Ana Giselle Zamora Espinoza, Notaria.—1 vez.—Nº 78969.—(3298).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día doce de enero del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Casinos Europa Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 12 de enero del 2006.—Lic. Rubén Rojas Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 78975.—(3299).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, se constituyen las sociedades Inversiones Kovalam del Oeste Sociedad Anónima, Inversiones Pazcuaro del Oeste Sociedad Anónima, Inversiones Xingu del Oeste Sociedad Anónima e Inversiones Basadré del Oeste Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Melania Calzada Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 78976.—(3300).

Protocolización de acta de la compañía Brasilian Jeans S. A., según la cual se reforma la cláusula sexta del pacto social constitutivo, y se hace nombramiento del secretario de la junta directiva.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Helberth Obando Durán, Notario.—1 vez.—Nº 78977.—(3301).

Mediante escritura otorgada en esta notaría a las diez horas del seis de enero del año dos mil seis, se constituye Nouraland Sociedad Anónima. Virginie Accatcha, Presidenta.—San José, 7 de enero del 2006.—Lic. Felipe Calvo Argeñal, Notario.—1 vez.—Nº 78978.—(3302).

En mi notaría, ubicada en Heredia, a las diecinueve horas del siete de diciembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad anónima denominada Merari Bienes Inmobiliarios del Paraíso S. A., cuyo domicilio está en San José en el edificio del Centro Comercial San José Dos Mil, contiguo a la tienda de juguetes Toys. Presidente: Merari Rebeca Mendoza Alfaro. Tesorero: Febe Raquel Mendoza Alfaro. Capital social. diez mil colones sin céntimos.—Heredia, 9 de diciembre del 2005.—Lic. Dorca Enríquez Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 78982.—(3303).

Se comunica a los interesados que los socios, Wilfredo Gómez Gómez y Kennly Ugalde Bogantes, van a constituir la entidad Sociedad Deportiva de Recreación y Servicios Múltiples Chrestos Sociedad Anónima Deportiva, la cual se dedicará a la práctica del deporte en general.—Esparza, 6 de enero del 2006.—Lic. Wagner Acevedo Picado, Notario.—1 vez.—Nº 78983.—(3304).

Por escritura pública otorgada ante esta notario, a las 13:00 horas del 3 de enero del 2006, se constituyó la sociedad Carrotico Corporación MC S. A. Plazo social: 99 años.—Lic. Luis Fernando León Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 78984.—(3305).

Por escritura otorgada en mi notaría a las ocho horas del veintiocho de noviembre dos mil cinco, Luis Fernando Cuello Jiménez y Juan Carlos Rodríguez Márquez, constituyen la sociedad Inversiones Cuello Jiménez Sociedad Anónima, domiciliada en La Aurora de Alajuelita, casas 32 B. Capital social de cien mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. El primer socio suscribe y cancela cuatro acciones y el segundo seis. La representación le corresponde al presidente con facultades de apoderados generalísimo sin límite de suma. Presidente: Juan Carlos Cuello Jiménez. Secretario: Juan Carlos Rodríguez Márquez.—Lic. Ladislao Wilber Calderón Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 78985.—(3306).

Mediante escritura otorgada a las 15:00 horas del día de hoy, protocolicé acuerdos tomados en asambleas extraordinarias de accionistas de las sociedades Swiss Internacional Group S. A., Discovery Internacional Group S. A. y Sistemas Auxiliares de Costa Rica S. A., celebradas a las 8:00, 9:00 y 10:00 horas del 11 de enero del 2006, respectivamente, mediante los cuales se reformaron las cláusulas terceras de sus estatutos sociales.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Rubén Hernández Valle, Notario.—1 vez.—Nº 78986.—(3307).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del doce de enero del dos mil seis, se modificó las cláusulas segundas del domicilio y novena de La Alambra Rojo Alicante S. A., cédula jurídica Nº 3-101-351601.—San José, 12 de enero del 2006.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(3393).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas, del nueve de enero del dos mil seis, se modificó las cláusulas segunda del domicilio y novena de Silene Forestal S. A., cédula jurídica número 3-101-367107.—San José, 9 de enero del 2006.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(3394).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas, del diez de enero del dos mil seis, se modificó la cláusula segunda del domicilio de Bosques XXII Vino de las Lomas S. A., cédula jurídica número 3-101-365567.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Jean Pierre Sbravatti, Notario.—1 vez.—(3395).

En mi notaría se constituyó la sociedad denominada Inversiones Coldent Ltda. Gerentes: Germán Vázquez Ríos y Fernando Narváez Espinoza.—Heredia, 12 de enero del 2006.—Lic. Sergio Elizondo Garofalo, Notario.—1 vez.—(3396).

En mi notaría se constituyó la sociedad Piscinas Tabares Limitada. Gerente: Rodrigo Tavares Vanegas.—Heredia, doce de enero del dos mil seis.—Lic. Sergio Elizondo Garofalo, Notario.—1 vez.—(3397).

Ante esta notaría mediante escrituras de las 9:00, 10:00, 11:00, 12:00 horas, del 20 de diciembre del 2005, y de las 8:00, 9:00, 10:00, 11:00, 12:00 y 13:00 horas, del 3 de enero del 2006, se constituyeron las siguientes sociedades de responsabilidad limitada: Astrodomo Ltda., Eagle Falls Ltda., Pegasus Star Ltda., Freeland Ltda., Goldtrace Ltda., Scorpio Group Ltda., Gatewales Ltda., Interway Ltda., Novastar Ltda., Nilsia Port Ltda., respectivamente, y mediante escrituras de las 8:00 y 9:00 horas, del 19 de diciembre del 2005, se constituyeron las siguientes sociedades anónimas Arianne Methodology S. A., y Carpathian Development S. A., respectivamente.—San José, 12 de enero del 2006.—Lic. Marvin Céspedes Méndez, Notario.—1 vez.—(3398).

El día nueve de noviembre del dos mil cinco, ante mi notaría se constituyó la sociedad denominada Givica y Oller S. A. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Plazo noventa y nueve años. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio social: San José.—San José, diez de enero del dos mil seis.—Lic. Danilo Rivas Solís, Notario.—1 vez.—(3399).

Ante esta notaría se ha constituido la sociedad Bit By a Little Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—(3403).

Carlos José Oreamuno Morera y Nirza Garmendia Mora, constituyen cinco sociedades Trasimoph Diez Sociedad Anónima; (ii) Mindaire Treinta y Tres Sociedad Anónima; (iii) Protsove Veintiuno Sociedad Anónima; (iv) Lielso Catorce Sociedad Anónima; y (v) Solieth Cincuenta y Cinco Sociedad Anónima; todos nombres de fantasía. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: dos mil colones. Presidente: Carlos José Oreamuno Morera. Escritura otorgada en San José, a las diecisiete horas del cuatro de enero del dos mil seis.—Lic. Alexander Araya Zúñiga, Notario.—1 vez.—(3407).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas con treinta minutos del dos de enero del dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Mediterranean Shipping Company Costa Rica Sociedad Anónima, en la que se transforma la empresa de sociedad anónima a sociedad de responsabilidad limitada.—San José, once de enero del dos mil seis.—Lic. Kattia M. Fallas Chacón, Notaria.—1 vez.—(3409).

Por escritura otorgada ante mí, el día 4 de noviembre del 2005, se constituyó Nogal del Este S. A.—Heredia, 13 de enero del 2006.—Lic. Mario Benavides Rubí, Notario.—1 vez.—(3418).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las nueve horas treinta minutos, del treinta de noviembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Baviera Quinientos Cuatro A Sociedad Anónima. Plazo social cien años. Capital social: mil colones.—San José, trece de enero del dos mil seis.—Lic. Marvin Wiernik Lipiec, Notario.—1 vez.—(3420).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las diez horas, del treinta de noviembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Baviera Cuatrocientos Cuatro A Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Capital social: mil colones.—San José, trece de enero del dos mil seis.—Lic. Marvin Wiernik Lipiec, Notario.—1 vez.—(3421).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las nueve horas, del trece de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Discovery Hills CR Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo social: cien años. Capital social: mil colones.—San José, trece de enero del dos mil seis.—Lic. Marvin Wiernik Lipiec, Notario.—1 vez.—(3422).

Ante esta notaría, se constituyó la empresa La Cofradía Mercantil P & D S. A. Presidente: Jimmy Díaz Hernández. Capital social: cien mil colones.—Lic. Mario Alberto Rodríguez Zamora, Notario.—1 vez.—(3424).

Ante mí, Tatiana Rodríguez Arroyo, notaria pública con oficina abierta en San José, se reformó cláusula segunda del domicilio social de Danza de Mar Limitada, a las catorce horas, del trece de enero del dos mil seis, en San José. Es todo.—Lic. Tatiana Rodríguez Arroyo, Notaria.—1 vez.—(3428).

Ante mí, Tatiana Rodríguez Arroyo, notaria pública con oficina abierta en San José, se reformó cláusula octava sobre la administración de Nacho y Ale S. A., a las catorce horas, del dos de noviembre del dos mil cinco, en San José. Es todo.—Lic. Tatiana Rodríguez Arroyo, Notaria.—1 vez.—(3429).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas, del 12 de enero del 2006, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria  de la sociedad denominada Cerro Okrieger S. A., en la cual se reforma la cláusula segunda de los estatutos y se nombra junta directiva, fiscal y agente residente por el resto del período social.—San José, 12 de enero del 2006.—Lic. Alberto Fernández López, Notario.—1 vez.—(3432).

Por la escritura número cincuenta y ocho, otorgada ante esta notaría, a las doce horas, del día doce del mes de enero del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Socol Sol Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Domicilio social: provincia de Limón, carretera a Portete, frente a la cueva, apartamento número cuatro. Presidente: Robert Grzegorz Majchrzak.—San José, 12 de enero del 2006.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—(3433).

Por escritura pública otorgada hoy ante mí en San José, a las 9:15 horas, protocolicé acta de la compañía Plásticos Sonrisa S. A., por la cual se modificó la cláusula segunda del pacto social en cuanto al domicilio de la sociedad.—San José, 5 de enero del 2006.—Lic. Mario Antonio Morelli Astúa, Notario.—1 vez.—Nº 79004.—(3435).

Por escritura pública se constituyó Servicios Dentales Móviles de Costa Rica S. A., otorgada a las 18:00 horas del 12 de enero del 2006.—San José, 13 de enero del 2006.—Lic. Herminda Morales Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 79013.—(3436).

Protocolización de acta de Cerbol S. A. Se nombra junta directiva y se reforman las cláusulas 3ª y 8ª. Escritura autorizada a las 18:00 horas del 11 de enero del 2006.—Lic. Gerardo Echeverría Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 79006.—(3437).

Mediante escritura número sesenta y cinco, otorgada en Alajuela a las once horas con cincuenta y un minutos del día tres de enero del año dos mil seis, visible al folio cuarenta y nueve frente del tomo primero de mi protocolo, los señores Stephen Laurence (nombre) y Cathy Sue (nombre), ambos de apellidos Fitzhenry, con un solo apellido en razón de nacionalidad, constituyeron S And C Blue Lake Sociedad Anónima.—Alajuela, doce de enero del año dos mil seis.—Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 79014.—(3438).

Mediante escritura número sesenta y cuatro bis, otorgada en Alajuela, a las once horas con cuarenta y tres minutos del día tres de enero del año dos mil seis, visible al folio cuarenta y siete frente del tomo primero de mi protocolo, los señores Stephen Laurence (nombre) y Cathy Sue (nombre), ambos de apellidos Fitzhenry, con un solo apellido en razón de nacionalidad, constituyeron Fitz Green S.C. Sociedad Anónima.—Alajuela, doce de enero del año dos mil seis.—Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 79015.—(3439).

El día dieciséis del mes de agosto del año dos mil cuatro, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad anónima Xauxacasa Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y siete cuatrocientos sesenta y nueve, domiciliada en San José, en el protocolo del notario público Licenciado Orlando Antonio Quirós Díaz, escritura pública número dos, tomo primero.—Coronado, 5 de diciembre del 2005.—Lic. Orlando Antonio Quirós Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 79016.—(3440).

Por escritura otorgada en la notaría del notario público Óscar Luis Trejos Antillón, número 88, del tomo 10, de las 10:00 horas del día 12 del mes de enero del año 2006, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Navardun S. A., se modifican estatutos y se nombra junta directiva.—San José, 12 de enero del año 2006.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—Nº 79017.—(3441).

En mi notaría, se constituyó la sociedad Asesoría Legal y Notarial Géminis Sociedad Anónima. Cualquier reclamo hacerlo al Registro Nacional.—Palmares, Alajuela, once de enero del dos mil seis.—Lic. Verny Pacheco Segura, Notario.—1 vez.—Nº 79018.—(3442).

Ante esta notaría, a las ocho horas del día cinco de enero del dos mil seis, se constituyó Z.E.I.N.A. Transportes Multifuncionales Sociedad Anónima. Plazo social noventa y nueve años. Se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Sandra Jiménez Torres, Notaria.—1 vez.—Nº 79019.—(3443).

Mediante escritura pública número doscientos sesenta y siete-cuatro otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima Transportes Tramvar del Norte S. A. Capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado.—Alajuela, 10 de noviembre del 2005.—Lic. Lilliana Villalobos Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 79020.—(3444).

Por escritura otorgada ante mí, a las 18:00 horas del 12 de enero del 2006, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Rocadura Jurásica Sociedad Anónima, en la que se reformaron las cláusulas segunda y sétima del estatuto.—Ciudad Quesada, 12 de enero del 2006.—Lic. Raúl Hidalgo Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 79021.—(3445).

Por escritura de las 15:00 horas del 12 de enero del 2006, el notario debidamente autorizado, protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Video Laparascopía Ginecológica V.L.G. S. A., por la cual se aumenta el capital y se modifica cláusula quinta.—San José, 12 de enero del 2006.—Lic. Carlos Miguel Chacón Sartoressi, Notario.—1 vez.—Nº 79022.—(3446).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas y treinta minutos del diez de enero del dos mil seis, constitución de sociedad denominada Inversiones Boa Internacional S. A. Presidente: Rafael Horacio Orellana Amaya.—Lic. Katia Marcela Salas Guevara, Notaria.—1 vez.—Nº 79023.—(3447).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del diez de enero del dos mil seis, constitución de sociedad denominada Inversiones Teva S. A. Presidente: Rafael Horacio Orellana Amaya.—Lic. Katia Marcela Salas Guevara, Notaria.—1 vez.—Nº 79024.—(3448).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaría, en la ciudad de San José, a las diez horas del día dos de enero del dos mil seis, se protocolizó el acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Servicentro Óptimo S Sociedad Anónima, mediante la cual se reformaron las cláusulas segunda, tercera y sexta del pacto social. Se adiciona una nueva cláusula al pacto social. Se revoca el nombramiento de tesorero y se hace una nueva designación. Se revoca el cargo de agente residente de la compañía.—San José, dos de enero del dos mil seis.—Lic. Marcela Filloy Zerr, Notaria.—1 vez.—Nº 79032.—(3449).

A las 15:00 horas del día de hoy, se constituyó en mi notaría, la compañía Juego Mundo Ltda. Se nombra gerente.—San José, 9 de enero del 2006.—Lic. Édgar Nassar Guier, Notario.—1 vez.—Nº 79035.—(3450).

Por escritura otorgada, a las diez horas del cinco de enero del dos mil seis, se constituye la sociedad denominada Home Depot Lighting Sociedad Anónima (Centro de Iluminación para el Hogar Sociedad Anónima). Capital suscrito y pagado.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1 vez.—Nº 79036.—(3451).

El suscrito notario hace constar y da fe, que fue constituida la sociedad anónima denominada Distribuidora Yayca Sociedad Anónima, el día siete de enero del dos mil seis, por un plazo de noventa y nueve años, socios: José Yadir Calderón Castro, presidente y Carolina Isabel Canales Castro, tesorera. El presidente tiene la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, al tenor del artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil de Costa Rica, capital de diez mil colones.—San José, a las nueve horas del siete de enero del dos mil seis.—Lic. Rodrigo Vega Morales, Notario.—1 vez.—Nº 79054.—(3455).

Por escritura otorgada ante el notario Emersson Orozco Suárez, a las ocho horas del tres de enero de de dos mil seis, se protocolizaron los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Keyland Holding Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres - ciento uno - trescientos noventa y seis mil cuatrocientos treinta y ocho, por cuanto hubo cambios de miembros de la junta directiva; se reformó la cláusula segunda, en cuanto al domicilio.—San José, tres de enero del dos mil seis.—Lic. Emersson Orozco Suárez, Notario.—1 vez.—Nº 79055.—(3456).

Por escritura Nº 135-43, otorgada en San Isidro de El General, a las 10:00 horas del 11 de enero del presente año, se constituye la sociedad costarricense que se denominará con el nombre de Finca Chompipes S.A.—San Isidro de El General, 12 de enero del 2006.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 79063.—(3464).

Por escritura pública, se protocoliza asamblea de socios de las sociedades denominadas CTM Dos Los Tulipanes Rojos de Ostional II Sociedad Anónima, M V A Cuatro El Guayabo Verde IV Sociedad Anónima, M V A Diez El Madero X Sociedad Anónima, HEC Once La Piedra de Luna de Playa Escondida XI Sociedad Anónima, HEC Dieciséis El Azabache de Garza Sociedad Anónima y N S Dieciocho kiwi Velloso XVIII Sociedad Anónima por cambio de nombre, domicilio y junta directiva.—San José, 13 de enero del 2006.—Lic. Henry Delgado Jara, Notario.—1 vez.—Nº 79064.—(3465).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy protocolicé el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Inversiones y Representaciones Mato Grosso Colorado S. A. Se reforman las cláusulas segunda y décima primera del pacto social.—Ciudad Quesada, 12 de enero del 2006.—Lic. Walter José Jiménez Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 79066.—(3466).

Mediante escritura número noventa y nueve-cuatro otorgada el día de hoy ante esta notaría, se protocolizó asamblea general extraordinaria que modificó la cláusula quinta de los estatutos de la compañía denominada Sunshine Caribbean Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y ocho mil ciento noventa y cinco, aumentándose el capital social de la misma a la suma de cinco millones de colones.—San José, 12 de enero del 2006.—Lic. Yorleny Murillo Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 79065.—(3467).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, se constituyó la sociedad Tuna Verde de Costa Rica S. A. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 12 de enero del 2006.—Lic. Raúl Álvarez Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 79073.—(3472).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, se constituyó la sociedad Great Fish of Costa Rica Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 12 de enero del 2006.—Lic. Raúl Álvarez Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 79074.—(3473).

Por escritura de las 12:30 horas del 11 de enero del 2006, se protocoliza acta de la sociedad Atlantia South Limitada, se reforma cláusula sexta y se nombran gerentes. Es todo.—Jacó, 11 de enero del 2006.—Lic. José Juan Sánchez Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 79076.—(3474).

En la ciudad de Cartago al ser las dieciséis horas del once de enero del dos mil seis, Johana Fuentes Mata y Christian Porras Gómez, constituyen la sociedad anónima Active Marketing A Y M Sociedad Anónima. Ante los notarios Christian Chinchilla Monge y Karol Mata Araya.—Cartago, 12 de enero del 2006.—Licenciados Karol Mata Araya y Christian Chinchilla Monge, Notarios.—1 vez.—Nº 79077.—(3475).

Por escritura otorgada ante mí a las 8:30 horas del 11 de enero del 2006, se adicionó la escritura de constitución de la sociedad Excel S. A., modificándose su nombre a Excel Logística S. A.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Sara Sáenz Umaña, Notaria.—1 vez.—Nº 79078.—(3476).

Por escritura de las catorce horas del diez de junio del dos mil dos, se protocolizó acta de junta directiva de Río Agres del Oeste Nueve S. A., cédula tres-ciento uno-ciento ochenta y cuatro mil doscientos veintisiete, domiciliada en Escazú, trescientos metros al este de La Hulera Nacional, celebrada a las diez horas del día tres de junio de dos mil dos, donde se aprobó por unanimidad otorgar poderes generalísimos sin limitación de suma, a las señoras Robinson Mejía, Gómez Torres y al señor Rojas Chaves.—San José, 9 de enero del 2006.—Lic. Luis Eduardo Ortíz Meseguer, Notario.—1 vez.—(3534).

Por escritura otorgada ante mi notaría el diez de enero del año dos mil seis, se constituye la compañía Facargutsa S. A. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: diez mil colones.—San José, 13 de enero del 2006.—Lic. Jorge Luis Fonseca Fonseca, Notario.—1 vez.—(3535).

Por escritura otorgada ante mi notaría el once de enero del año dos mil seis, se constituye la compañía La Familia Sánchez y Rodríguez S.A. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: diez mil colones.—San José, 13 de enero del 2006.—Lic. Jorge Luis Fonseca Fonseca, Notario.—1 vez.—(3536).

Mediante escritura número treinta y tres otorgada a las ocho horas del quince de diciembre del dos mil cinco, ante los notarios Andrea Cordero Montero y Mario José Varela Martínez, actuando en el protocolo de la primera, se constituyó la sociedad Avoc Z  R A Nueve Sociedad Anónima.—San José, a las diez horas del once de enero del dos mil seis.—Lic. Mario José Varela Martínez y Lic. Andrea Cordero Montero, Notaria.—1 vez.—(3537).

El suscrito notario Jorge Julián Ortega Volio, carné Nº 15401, hace constar que mediante escritura número ochenta y tres, de las trece horas del día quince de diciembre del dos mil cinco y visible al folio ochenta y dos frente del tomo primero de mi protocolo se constituyó la sociedad Inmobiliaria Royca Internacional Sociedad Anónima.—San José, quince de diciembre del dos mil cinco.—Lic. Jorge Julián Ortega Volio, Notario.—1 vez.—(3548).

Ante mí, notario público, siendo las 16:30 horas del día 18 de julio del 2005, se reformó la presidente de la directiva de la sociedad Corporación Rabasmu de Costa Rica Sociedad Anónima y la reforma de la cláusula décima.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Javier Solís Ordeñana, Notario.—1 vez.—(3549).

Ante este notario, se protocolizó la reforma a los estatutos sociales de Britania Cincuenta y Uno Lila S. A., en San José, a las ocho horas del doce de enero del dos mil seis, modificando la cláusula primera: cambiando su nombre por Nikibritania S. A.; cláusula tercera: El domicilio será en la ciudad de San José, Rohrmoser, teniendo como presidenta a: Nicole Marie Pochet Ballester con cédula de identidad número uno-mil ciento diecisiete-quinientos treinta, teniendo con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—San José, quince de junio del dos mil cinco.—Lic. Sharon Erzsébeth Mariaca Carpio, Notaria.—1 vez.—(3550).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del trece de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada: Control de Investigación y Seguridad Privada Sociedad Anónima. Capital Social diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, trece de enero del dos mil seis.—Lic. Guerin Lacayo González, Notario.—1 vez.—(3552).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diez horas, el día dos de enero del dos mil seis, LARP Associates S. A., y Yellow Innovative Landas S. A., constituyen la sociedad denominada El Chutil Del Cornisuelo Limitada.—San José, doce de enero de dos mil seis.—Lic. Luis Mariano Jiménez Barrantes, Notario.—1 vez.—(3553).

Al ser las catorce horas del once de enero del dos mil seis, se constituyó ante esta notaría, la sociedad Maremy Ochocientos Doce Sociedad Anónima, capital social veinte mil colones, domicilio Heredia, San Pablo.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Ivannia Esquivel Carrillo, Notaria.—1 vez.—(3555).

Por medio de la escritura número ciento catorce otorgada ante la notaria Marianela Portuguez Sánchez, a las quince horas del veintinueve de noviembre del dos mil cinco, compareciendo, Leonardo Fonseca Vega, mayor, casado una vez, vecino de San José, El Alto de la Trinidad de Moravia, Urbanización Villa Margarita, casa número uno-c, Transportista, portador de la cédula número uno-cuatrocientos setenta y uno- cuatrocientos ochenta y tres y Josefina Castillo Fuentes, mayor, casada una vez, ama de casa, con cédula de identidad número tres-ciento noventa y seis-doscientos veintisiete y Hairo Leonardo Fonseca Castillo, mayor divorciado una vez, portador de la cédula número uno-mil diez- cuatrocientos sesenta y cuatro, transportista y Randal Fonseca Castillo, mayor, casado una vez, portador de la cédula número uno-mil cincuenta y dos-trescientos treinta y cinco, transportista y Gabriela Fonseca Castillo, mayor, soltera, estudiante, cédula número uno-mil doscientos ochenta y tres-quinientos setenta y cuatro y Karla Vanesa Fonseca Castillo, mayor, soltera, estudiante, portadora de la cédula número uno-mil doscientos trece -trescientos diecisiete, todos de la misma dirección del primer compareciente, constituyen una sociedad anónima de esta plaza cuya razón social es Josefina y Leonardo Transport de Costa Rica, Sociedad Anónima.—San José, doce de enero del dos mil seis.—Lic. Marianela Portuguez Sánchez, Notaria.—1 vez.—(3556).

Por escritura otorgada hoy ante el suscrito, fue constituida la sociedad Producciones Sacramento Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado totalmente.—San José, diez de enero de dos mil cinco.—Lic. William Chaves Villalta, Notario.—1 vez.—(3579).

Grettel Kopper Céspedes, Fiorella Hidalgo Koper Sugey Hidalgo Koper, fundan la sociedad Corporación de Inversiones Treinta de Marzo Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Presidenta: Grettel Kopper Céspedes.—Ciudad Quesada 13 de enero del 2006.—Lic. Alejandra Arguedas Chaves, Notaria.—1 vez.—(3583).

A efecto de publicación del edicto correspondiente, le informo que el día 28 de noviembre del 2005, Multiservicios Tierra Tica S. A., cédula jurídica número 3-101-265315, procedió a reformar la cláusula tercera del domicilio, la cláusula sexta de la representación y se nombra como presidente al señor Juan Pablo Núñez Pérez, cédula N° 1-917-020. Dicha reforma fue protocolizada mediante escritura cuatrocientos dieciocho- doce, tomo N° 12 de las 10:00 horas del día 28 de noviembre del 2005, por el Notario Gerardo Quesada Monge.—San José, 13 de enero del 2006.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—Nº 79080.—(3585).

Por escritura número veinticinco - treinta y seis, otorgada ante los notarios Jorge Antonio Salas Bonilla y Dora María Fernández Rojas, se constituyó la sociedad Constructora Nieto Calero S. A. Capital: cincuenta mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio: Pavas. Presidente y Secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Objeto: el comercio en general.—San José, 19 de diciembre del 2005.—Lic. Dora María Fernández Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 79082.—(3586).

A las 8:00 horas del 16 de noviembre del 2005, protocolicé actas de asamblea general extraordinaria de accionistas y cuotistas de las sociedades Hacienda Ojo de Agua S. A. y El Faro Griego Limitada, celebradas en su domicilio social a las 16:00 horas del 7 de noviembre del 2005 y a las 18:00 horas del 1° de octubre del 2005, respectivamente, mediante las cuales se acuerda la fusión por absorción de ambas sociedades, prevaleciendo la sociedad Hacienda Ojo de Agua S. A. Se reforman las cláusulas segunda del domicilio, y quinta del capital, del pacto social.—San José, 16 de noviembre del 2005.—Lic. Ligia Castiglioni Longueira, Notaria.—1 vez.—Nº 79083.—(3587).

Por escritura número ciento quince hecha ante el notario Marvin Velásquez Aguilar, a las nueve horas treinta minutos del día trece de enero del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Agrícola Siempre Verde A.S.V. Sociedad Anónima. Siendo apoderado generalísimo sin límite de suma el presidente, el socio Jafet Surez Madrigal, capital integrante suscrito y pagado.—San José, a las once horas del día trece de enero del año dos mil seis.—Lic. Marvin Velásquez Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 79084.—(3588).

En mi notaría a las quince horas del diecisiete de diciembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Representaciones Tecnológicas de Cartago R.T.C. S. A., con un capital social de trescientos dólares, representado por tres acciones comunes y nominativas de cien dólares cada una, cuyo domicilio social será en San José, Goicoechea, Calle Blancos, Urbanización El Encanto, del Abastecedor Santa Julia cincuenta metros oeste, cincuenta metros norte y cincuenta metros oeste, casa número doce-GG, por un plazo social de noventa y nueve años.—San José, doce de enero del dos mil seis.—Lic. Rocío Quirós Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 79086.—(3589).

Por escritura número doscientos cuatro - dos, otorgada en esta notaría a las 12:00 horas del 12 de enero del año 2006, se constituyó: Liga de Trabajadores de Parrita Sociedad Anónima S. A. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: San José, Zapote, de las Torres de Radio Columbia, doscientos metros al sur, cincuenta metros al este, edificio Don Erasmo, oficina 103. Capital social: cien mil colones. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar en forma separada.—San José, 12 de enero del 2006.—Lic. Laura Hernández Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 79088.—(3590).

En esta notaría en escritura otorgada a las catorce horas del diez de enero de dos mil seis, se constituye la sociedad denominada C K Trading Corporation Sociedad Anónima y en español como C K Corporación Comercial S. A. Presidenta Irene Cho (nombre) Kunz (apellido), con un capital social, total, suscrito y pagado de cien mil colones, plazo de noventa y nueve años. Es todo.—San José, doce de enero de dos mil seis.—Lic. Alex Villegas Méndez, Notario.—1 vez.—Nº 79091.—(3591).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad Inversiones Salazar & Salazar Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado. Representación a cargo presidente.—Ciudad Quesada, 11 de enero del 2006.—Lic. Sheila Elena Chaves Berrocal, Notaria.—1 vez.—Nº 79092.—(3592).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del once de enero del presente año, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Automotores Aztecas de Tancayu Sociedad Anónima. Es todo.—Lic. Paola Colombo Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 79093.—(3593).

Por escritura otorgada ante mí, el día 28 de octubre del 2005 regístrese nombre de la entidad Servimed International Corporation Sociedad Anónima.—San José, once de enero del dos mil seis.—Lic. Ihara González Medina, Notaria.—1 vez.—Nº 79094.—(3594).

Se deja constancia que en esta notaría, el día once de enero del dos mil seis, mediante escritura otorgada a las catorce horas la Asociación Club de Mujeres de Costa Rica, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria donde se cambia la junta directiva. Presidenta Grace Leanna Woodman Maloy.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 79095.—(3595).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento nueve, visible a folios setenta y tres frente y vuelto, y setenta y cuatro frente y vuelto del tomo primero de mi protocolo, otorgada a las diez horas del primero de agosto del año dos mil cinco, se constituye la sociedad anónima denominada: Manza AM Charpentier Automotriz Sociedad Anónima, representada por su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—San José, trece de enero del año dos mil seis.—Lic. Erick Barrios Sancho, Notario.—1 vez.—Nº 79097.—(3596).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento veintidós, visible a folio ochenta y uno frente y vuelto del tomo primero de mi protocolo, otorgada a las quince horas del nueve de enero del año dos mil seis, se protocolizaron acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Aseccss Viajes S. A., cédula jurídica número tres -ciento uno-uno siete uno cero dos tres, mediante la cual se modificó el domicilio social, se reformó la cláusula octava: de la administración, se reorganizó la junta directiva y fiscalía respectivamente, y se suprimió la cláusula décima cuarta sobre el agente residente, todas del pacto constitutivo.—San José, trece de enero del año dos mil seis.—Lic. Erick Barrios Sancho, Notario.—1 vez.—Nº 79098.—(3597).

Por escritura otorgada ante mí se constituyó la sociedad Moving On Sociedad Anónima. El plazo social es de cien años, el capital social es la suma de diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una y la representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente. Es todo.—San José, 13 de enero del 2006.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—Nº 79104.—(3598).

Por escritura otorgada ante mí se protocolizan los acuerdos de asamblea extraordinaria de accionistas de la empresa Feeling Good Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula segunda del nombre y se nombra nuevo presidente. Es todo.—San José, 13 de enero del 2006.—Lic. Carlos Rivera Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 79105.—(3599).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 8:30 del 5 de enero del 2006, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo:se modifican cláusula segunda del domicilio y cláusula octava de la administración. Se hacen los siguientes nombramientos: Gerente General uno: Dennis Ray Marcott, y Gerente General dos: Terry Jean Marcott; en la sociedad Fruitful Land Limitada.—San José, 6 de enero del 2006.—Lic. Katherine Mourelo Rímola, Notaria.—1 vez.—Nº 79106.—(3600).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 del 12 de enero del 2006, se modifican la siguiente cláusula del pacto constitutivo: se modifica cláusula octava de la administración. Se hacen los siguientes nombramientos: Gerente General: Scott Alan Baker, y Subgerente General: Joahanna Bermúdez; agente residente: Andrea Dall’Anesse Agüero, en la sociedad Urban Boom Investments Limitada.—San José, 12 de enero del 2006.—Lic. Katherine Mourelo Rímola, Notaria.—1 vez.—Nº 79107.—(3601).

En mi notaría al ser las 17:00 horas del 23 de diciembre del año dos mil cinco, se constituyó MDB Mardavis Sociedad Anónima.—Lic. Celenia Godínez Prado, Notaria.—1 vez.—Nº 79109.—(3602).

Que en el día de hoy, por escritura número trescientos cuarenta y ocho, ante esta notaría se constituye nueva sociedad denominada Empresa Consultora Alarca E.I.R.L., cuyo capital es diez mil colones, su plazo social es de noventa y nueve años, cuyo presidente es el señor Alejandro Arauz Cavallini. Escritura otorgada el día seis de enero del dos mil seis, a las ocho horas ante la notaria Shirley Ávila Cortés.—Lic. Shirley Ávila Cortés, Notaria.—1 vez.—Nº 79110.—(3603).

Por escrituras otorgadas ante mí, en esta ciudad a las 8:00 horas y 15:00 horas de hoy, se protocolizaron actas de Colectivo Itiquís S. A., y Cambiaso S. A., en la que se reforman estatutos.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—Nº 79111.—(3604).

Por escritura otorgada ante mí, en esta ciudad a las 12:00 horas de hoy, se constituyó la sociedad AB Monterrey Vistas Altas Sociedad Anónima. Capital: cien mil colones. Domicilio: San José. Objeto. Industria y comercio en general. Presidente: Álvaro Hernández González.—San José, 12 de enero del 2006.—Lic. Odilia Arrieta Angulo, Notaria.—1 vez.—Nº 79112.—(3605).

Que mediante escritura veintiocho del tomo primero del notario Dennis León Chinchilla, se constituyó la sociedad Piedades C.J.G. Sociedad Anónima. Capital social cien mil colones. Domicilio social en Santo Domingo de Heredia.—San José, doce de enero del 2006.—Lic. Aixa Quesada Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 79113.—(3606).

Ante mi notaría por la escritura número ciento treinta y ocho-quince se realizó la protocolización de acuerdos de la asamblea de socios de la sociedad Desarrollos Camino del Mar Ltda; en la cual se cambia la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, trece de enero de dos mil seis.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 79114.—(3607).

Ante esta notaría el día 17 de noviembre, se constituyó la sociedad Torres de la Luna Roja S. A., capital totalmente suscrito y pagado.—San José, doce de enero del 2006.—Lic. David Rivera Villegas, Notario.—1 vez.—Nº 79116.—(3608).

El suscrito notario hace constar que en mi notaría, por escritura 13, tomo 10, se ha protocolizado el acta, mediante la cual se ha nombrado presidente de la entidad Canelo & Angulo S. A., cédula Nº 3-101-228223, a Vera Nidia Ángulo Oviedo, cédula 5-209-375.—12 de diciembre del 2005.—Lic. Andrés González López, Notario.—1 vez.—Nº 79117.—(3609).

Ante mí, Lorena Montt Villacura, notaria pública con oficina en San José, el día de hoy se constituyó Importaciones Técnicas F Dos S. A. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, doce de enero del dos mil seis.—Lic. Lorena Montt Villacura, Notaria.—1 vez.—Nº 79118.—(3610).

Mediante escritura otorgada a las ocho horas del dieciséis de noviembre de dos mil cinco, ante mi notaría, se constituyó Constructora Inversiones JKFM Limitada.—San José, 12 de enero del 2006.—Lic. Juan C. Castro Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 79119.—(3611).

Mediante escritura otorgada a las diez horas del diez de enero de dos mil seis, ante mi notaría se constituyó la sociedad R C Baxter Auto Corporation Limitada.—San José, 12 de enero del 2006.—Lic. Juan C. Castro Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 79120.—(3612).

Por escritura otorgada ante mí a las diecisiete horas del doce de enero del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Improving In Costa Rica Limitada. Objeto: Administración de propiedades. Capital social: seis mil colones. Es todo.—Jacó, 12 de enero del 2006.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 79121.—(3613).

Por escritura otorgada ante mí a las catorce horas veinte minutos del diez de enero del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Jamestown Marine Offshore S. A. Objeto: Negocios Inmobiliarios. Capital social: cien mil colones. Es todo.—Jacó 10 de enero del 2006.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 79122.—(3614).

 

NOTIFICACIONES

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Se hace saber a los señores: I) William León Paniagua, cédula de identidad Nº 6-157-730, en condición de titular registral del inmueble del partido de Puntarenas Nº 50322 e interesado en el documento 522-14381. II) César López Vásquez, cédula de identidad Nº 6-183-894, dueño registral de la finca de Puntarenas Nº 50321, deudor en el crédito hipotecario con las citas 470-8721-1-7-1, e interesado en los documentos 499-6160, 530-15919, 533-14417 y 535-8819. III) Banco Uno S. A., cédula jurídica Nº 3-101-46710, representada por Francisco Ernesto Fernández Holman, pasaporte Nº A-005042, en condición de interesado en el documento 530-15919; así como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, que la Dirección de este Registro ha iniciado diligencias administrativas de oficio, en virtud del escrito presentado ante este Despacho por la Lic. Damaris Sanabria Villalobos, registradora Nº 324, donde informa de una doble inmatriculación que involucra las fincas del partido de Puntarenas, Nos. 50321 y 50322, según el plano catastrado P-584758-1985. En virtud de lo denunciado por la Lic. Sanabria Villalobos, se ordenó mediante resolución de las 8:30 horas del 20 de abril último vertida por esta Subdirección, la consignación de nota de advertencia administrativa sobre las fincas de marras. Con tal fin, se les confiere audiencia hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la tercera y última publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presenten los alegatos que a su derecho convengan (artículos 98 del Reglamento del Registro Público Inmueble, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, publicada en La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo de 1998 y 241.4 de la Ley General de la Administración Pública). E igualmente, se les previene que dentro del término establecido para la audiencia, deben señalar apartado postal, casa u oficina, dentro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme los artículos 93, 94, 98 y concordantes del citado Reglamento, en concordancia con el numeral 3º de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, Ley Nº 7637, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 12 de la citada Ley Nº 7637, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. (Ref. expediente Nº 083-2005).—Curridabat, 3 de enero del 2006.—Lic. Walter Méndez Vargas, Subdirector a. í.—(Solicitud Nº 36664).—C-53295.—(2275).

Se hace saber a: I) Inmobiliaria Hemperador del Sur S. A., cédula jurídica Nº 3-101-180628, como propietaria de la finca del partido de Puntarenas matrícula Nº 128402, entidad representada por Jorge Alberto Angulo Mora, cédula de identidad Nº 1-532-729. II) Credomatic de Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-024180, como parte interesada, entidad representada por Alberto Chamorro Chamorro, pasaporte Nº C-335387. III) Punta Corredores S. A., cédula jurídica Nº 3-101-156223, como parte interesada, entidad representada por Jorge Angulo Mora, cédula de identidad Nº 1-532-729. IV) Misty Coral S. A., cédula jurídica Nº 3-101-323082, como parte interesada, entidad representada por Ricardo Rojas Díaz, cédula de identidad Nº 1-173-672. A quienes por desconocerse sus calidades y domicilio, así como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, que la Dirección del Registro Público de la Propiedad Inmueble ha iniciado diligencias administrativas que afectan la finca del partido de Puntarenas matrícula Nº 128402, originadas a partir de escrito, suscrito por la registradora Nº 133 del Grupo de Calificación Nº 2, Lic. Yolanda María Arce Coto, mediante el cual comunica a este Despacho el error de inscripción en el documento presentado al Diario de este Registro bajo el tomo 514, asiento 5652. Con el objeto de cumplir con el debido proceso se les confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presenten los alegatos que a sus derechos convengan. E igualmente se les previene que dentro de dicho término a partir de la publicación del presente edicto, debe señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 96 y concordantes del Reglamento del Registro Público de la Propiedad Inmueble, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo del mismo año. (Ref. expediente Nº 195-2005).—Curridabat, 4 de enero del 2006.—Lic. Walter Méndez Vargas, Subdirector a. í.—(Solicitud Nº 36665).—C-44570.—(2276).

 

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Órgano Director del Procedimiento Administrativo, Oficialía Presupuestal del Ministerio de Justicia, San José. Por no haber sido posible localizar al señor Raúl Barboza Calderón, cédula Nº 1-0718-0877 y en virtud de seguirse procedimiento administrativo de cobro por deuda con el Estado, notifíquesele según lo dispuesto en los artículos 241 y 242 de la Ley General de la Administración Pública por medio de edicto, la resolución dictada por este Órgano Director que literalmente dice: “Resolución Nº 036-C-2005-OD-OP. Órgano Director del Procedimiento Administrativo, Oficialía Presupuestal del Ministerio de Justicia, San José, a las diez horas, del treinta de noviembre del dos mil cinco. Al señor Raúl Barboza Calderón, mayor, soltero, cédula Nº 1-0718-0877, exfuncionario de la Administración Central del Ministerio de Justicia, se le hace saber que por Resolución Nº 012-C-2005-OD-OP de las 13:00 horas, del 19 de setiembre del 2005, este Órgano Director de conformidad con los artículos 218 y 318 de la Ley General de la Administración Pública, dio inicio en su contra a Procedimiento de Cobro Administrativo en expediente Nº 011-C-2005 y le citó a comparecencia por presunta deuda con el Estado de ¢11.557,10, por asuntos de asistencia correspondiendo a 4 horas del día 6 y 4 horas del día 11, ambos del mes de agosto del 2003, deuda certificada el 20-10-2003, por el Coordinador de la Unidad de Planillas de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Justicia. En vista que dicha Resolución no pudo serle notificada en la dirección del domicilio que consta en su expediente, se procede a citarle a comparecencia oral ante el Órgano Director del Procedimiento, constituido por la Licenciada Nidia Rojas Oconitrillo, debiendo comparecer personalmente. La misma se celebrará en la Oficialía Presupuestal ubicada en las Oficinas Centrales de este Ministerio, 75 metros norte de la Clínica Bíblica en San José, a las 11 horas 15 minutos, quince días hábiles posteriores a su notificación. En ésta se recibirá toda la prueba y los alegatos que estime pertinentes los que también puede hacer por escrito y presentarlos en esta Oficialía antes de la comparecencia, así como aportar pruebas artículo 309 párrafo primero de la Ley General de la Administración Pública. Puede hacerse acompañar por un abogado y debe presentar cédula de identidad. Se le previene que de no comparecer en la fecha y hora señalada sin mediar justa causa se continuará con el procedimiento y se resolverá con los elementos de juicio existentes, artículo 252 de la citada Ley. Debe señalar lugar para atender notificaciones, dentro del perímetro de este Órgano Director, dentro del plazo de 3 días hábiles después de notificada esta resolución, de lo contrario las futuras resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después que se dicten, artículos 229 de la Ley General de la Administración Pública, 185 del Código Procesal Civil y 12 del la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. Queda a su disposición el expediente el que puede consultar en la Oficialía Presupuestal de este Ministerio. Consta de certificación de deuda del 20-10-2003. Oficio OP. 998-2005. Resolución 012-C-2005-OD-OP. Acta 008-2005-OP. Nota de fecha 24-10-2005. Sobre certificado devuelto por la Sucursal de Correos de Curridabat. Fórmula de Acuse de Recibo y la presente Resolución. Contra esta Resolución se puede interponer los recursos de revocatoria y apelación en subsidio dentro del término de 24 horas contadas a partir de su notificación, los cuales se presentarán ante este Órgano Director, a quien corresponderá resolver el primero y elevar el segundo al superior jerárquico. Artículos 345, 346 párrafos primeros de la Ley General de la Administración Pública. Se puede usar uno o ambos pero no será admisible el interpuesto pasadas las 24 horas, artículo 347 de la citada Ley. Notifíquese.—Oficialía Presupuestal.—Lic. Nidia Rojas Oconitrillo, Órgano Director.—(Solicitud Nº 30389-M. Justicia).—C-77570.—(3154).

 

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN

Por ignorarse el domicilio actual del patrono Monge Zúñiga Víctor, Nº patronal 0 00601260897 001 001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Asegurados”, se procede a notificar por medio de edicto, que la Sección Transportes y Financieras del Departamento de Inspección conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Asegurados, hace de su conocimiento, que como resultado del estudio iniciado por esta dependencia, se determinó un presunto incumplimiento patronal por haber omitido asegurar ante la Caja a las siguientes trabajadoras: Jessica Acevedo Bermúdez, cédula de identidad Nº 1-1031-166, Stephany Daniela Arroyo Pérez, cédula de identidad Nº 1-1138-589, Johanna Cortés Sánchez, cédula de identidad Nº 2-582-333, Zubeyda Espinoza Zapata, número de carné de asegurado 2-83-11882, María Estelí Flores Mesen, cédula de identidad Nº 6-266-991, María Antonieta Gutiérrez Coto, número de cédula de identidad 1-780-178, Ericka de los Ángeles Jiménez Godínez, cédula de identidad 1-1075-005, Jennifer Morales Díaz, cédula de identidad Nº 1-1161-721, Luciana Ramona Moreno Silva, sin número de identificación, Yina Mayela Novoa Carrillo, cédula de identidad Nº 8-077-990, Marta Nelly Quintero Gómez, carné de asegurado Nº 2-69-24652, Karla Ramírez Jinesta, cédula de identidad Nº 1-1095-256, Sindy Rojas González, cédula de identidad Nº 1-1054-312, Claudia Sáenz Espolet, cédula de identidad Nº 1-666-070, Ingrid Ivannia Solís Alvarado, cédula de identidad Nº 1-1133-569, Kattia Torres Vásquez, cédula de identidad Nº 1-915-319, Nancy Alexandra Varela García, cédula de identidad Nº 1-1049-376, Roxana Varela Valverde, sin número de identificación, Yolanda Zapata Guevara, cédula de identidad Nº 8-059-919, Hazel Patricia Zumbado Hernández, cédula de identidad Nº 1-1076-815, y Marilyn Rebeca Zumbado Hernández, cédula de identidad Nº 1-1127-801, en diferentes lapsos comprendidos en el período del 1º de junio del 2001 al 9 de abril del 2003. El detalle de los salarios eventualmente omitidos consta en las hojas de trabajo contenidas en el expediente administrativo.

Total de salarios                                                    ¢1.673.703,00

Total de cuotas                                                         ¢430.564,00

Banco Popular Obrera                                                ¢20.925,00

Fondo de Capitalización Laboral                               ¢16.935,00

Fondo Pensión Complementaria                                  ¢8.374,00

Aporte Patronal Banco Popular                                   ¢4.190,00

Instituto Nacional de Seguros                                    ¢16.103,00

Se le confiere un plazo de diez días hábiles, contados a partir del quinto día de su publicación, para ofrecer las pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro administrativo de San José, de no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificadas, en el transcurso de 24:00 horas contadas, a partir de la fecha de la resolución. Consulta expediente: en esta oficina situada quinto piso oficinas centrales de la CCSS, avenida segunda, calles cinco y siete, teléfono: 256-0880, fax: 295-2929, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Notifíquese.—San José, 14 de diciembre del 2005.—Sección Transportes y Financieras.—Lic. Lenis Mata Mata, Jefe.—1 vez.—Nº 79043.—(3518).

 

Por ignorarse el domicilio actual del patrono Comunik-T de Latinoamérica S. A., número patronal 2 03101-327636 001 001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Asegurados”, se procede a notificar por medio de edicto, que la Sección Transportes y Financieras del Departamento de Inspección conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Asegurados, hace de su conocimiento, que como resultado del estudio iniciado por esta dependencia, se determinó presunto incumplimiento patronal por haber omitido asegurar ante la Caja a la trabajadora Erika Cortés Fonseca, cédula de identidad Nº 7-158-427, en el período comprendido del 5 de mayo al 19 de agosto del 2003. El detalle de los salarios omitidos consta en la hoja de trabajo que rola en el expediente administrativo.

Total de salarios                                                       ¢240.000,00

Cuotas obrero-patronales                                           ¢52.804,00

Banco Popular Obrera                                                  ¢3.002,00

Fondo de Capitalización Laboral                                 ¢3.600,00

Fondo Pensión Complementaria                                  ¢1.199,00

Aporte Patronal Banco Popular                                      ¢601,00

Instituto Nacional de Seguros                                      ¢2.401,00

Se le confiere un plazo de diez días hábiles, contados a partir del quinto día de su publicación, para ofrecer las pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro administrativo de San José, de no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de la resolución. Consulta expediente: en esta oficina situada quinto piso oficinas centrales de la CCSS, avenida segunda, calles cinco y siete, teléfono: 256-0880, fax: 295-2929, se encuentran a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Notifíquese.—San José, 14 de diciembre del 2005.—Sección Transportes y Financieras.—Lic. Lenis Mata Mata, Jefe.—1 vez.—Nº 79044.—(3519).

 

Por ignorarse el domicilio actual del patrono Luis Jiménez Godínez, número patronal 0-00106410874 001 001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Asegurados”, se procede a notificar por medio de edicto, que la Sección Transportes y Financieras del Departamento de Inspección conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Asegurados, hace de su conocimiento, que como resultado del estudio iniciado por esta dependencia, se determinó presunto incumplimiento patronal por haber omitido asegurar ante la Caja al trabajador Luis Martín Calderón Rodríguez, cédula de identidad Nº 1-697-076, en el período comprendido del 1º de setiembre de 1999 al 5 de agosto del 2003. El detalle de los salarios omitidos consta en la hoja de trabajo que rola en el expediente administrativo.

Total de salarios                                                    ¢4.071.942,00

Total de cuotas                                                      ¢1.001.374,00

Cuotas obreras-patronales                                       ¢895.836,00

Banco Popular Obrera                                                ¢34.636,00

Fondo de Capitalización Laboral                               ¢25.065,00

Fondo Pensión Complementaria                                ¢13.852,00

Aporte Patronal Banco Popular                                   ¢6.927,00

Instituto Nacional de Seguros                                    ¢25.041,00

Se le confiere un plazo de diez días hábiles, contados a partir del quinto día de su publicación, para ofrecer las pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro administrativo de San José, de no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de la resolución. Consulta expediente: en esta oficina situada quinto piso oficinas centrales de la CCSS, avenida segunda, calles cinco y siete, teléfono: 256-0880, fax: 295-2929, se encuentran a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Notifíquese.—San José, 14 de diciembre del 2005.—Sección Transportes y Financieras.—Lic. Lenis Mata Mata, Jefe.—1 vez.—Nº 79045.—(3520).

 

Por ignorarse el domicilio actual del patrono Corporación Mega Alta Seguridad S. A., número patronal 2-03101325697-001-001, número patronal anterior 276.285 00 3, actividad de seguridad (7492), de conformidad con lo dispuesto en el numeral 241 de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificar por medio de edicto, que la Sección Transportes y Financieras del Departamento de Inspección, de la Caja Costarricense de Seguro Social, ha dictado el traslado de cargos que en lo que interesa indica: la Sección Transportes y Financieras, conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Asegurados ante la Caja, se permite hacer de su conocimiento los resultados de la revisión salarial efectuada por esta dependencia, donde se han detectado inicialmente las siguientes omisiones salariales a la Institución, en el reporte de los trabajadores: Alexander Condega Urrutia, cédula de identidad Nº 1-692-198; Bruno Alberto Vega Calderón, cédula de identidad Nº 1-714-142; Mario Sáenz Soto, cédula de identidad Nº 2-344-157; Rafael Ángel Valerio Oses, cédula de identidad Nº 2-379-647; Abel Martínez Martínez, cédula de identidad Nº 6-079-194; William Bogarín Vega, cédula de identidad Nº 6-155-882, y Nelson Rojas Calderón, cédula de identidad Nº 7-152-947, por el período comprendido entre el 1º de setiembre del 2003 hasta el 10 de mayo del 2004.

Total Salarios                                                           ¢1.494.000,00

Total de cuotas obreras y patronales CCSS               ¢328.682,00

Fondo de Capitalización Laboral                                  ¢23.985,00

Fondo de Pensión Complementaria Obligatoria             ¢7.470,00

Banco Popular Obrera                                                  ¢14.940,00

Aporte Patronal Banco Popular                                     ¢3.736,00

Instituto Nacional de Seguros                                       ¢14.940,00

Consulta expediente: en esta oficina cita 5 piso Oficinas Centrales de la Caja, avenida 2, calles 5 y 7, teléfono: 295-29-29, fax: 295-28-28, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles, contados a partir del quinto día siguiente al de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia como Primer Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 2 de enero del 2006.—Sección Transportes y Financieras.—Lic. Lenis Mata Mata, Jefe.—1 vez.—Nº 79046.—(3521).

 

Por ignorarse el domicilio actual del Patrono Corporación Alvarado y Serrano Línea Merc S. A., número patronal 2 03101179671 001 001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Asegurados”, se procede a notificar por medio de edicto, que la Sección Transportes y Financieras del Departamento de Inspección conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Asegurados, hace de su conocimiento, que como resultado del estudio iniciado por esta dependencia, se determinó presunto incumplimiento patronal por haber omitido asegurar ante la Caja al trabajador Elbin Marchena Barrantes, cédula de identidad Nº 5-211-981, en el período comprendido del 1º al 31 de julio del 2004. El detalle del salario omitido consta en la hoja de trabajo que rola en el expediente administrativo.

Total de salario                                                           ¢78.310,00

Total de cuotas                                                           ¢21.732,00

Banco Popular Obrero                                                    ¢783,00

Fondo de Capitalización Laboral                                 ¢2.349,00

Fondo Pensión Complementaria                                     ¢392,00

Aporte Patronal Banco Popular                                      ¢196,00

Se le confiere un plazo de diez días hábiles, contados a partir del quinto día de su publicación, para ofrecer las pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro administrativo de San José, de no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de la resolución. Consulta expediente: en esta oficina situada quinto piso oficinas centrales de la CCSS, avenida segunda, calles cinco y siete, teléfono: 256-0880, fax: 295-2929, se encuentran a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Notifíquese.—San José, 9 de agosto del 2005.—Sección Transportes y Financieras.—Lic. Lenis Mata Mata, Jefe.—1 vez.—Nº 79047.—(3522).

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Resolución RRG-5251.—San José, a las once horas del dieciséis de diciembre del dos mil cinco. Expediente OT-336-2004.

Procedimiento administrativo para determinar la verdad real sobre la supuesta prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas, según boleta de citación 2004-076821 a Omar Pérez Villalobos.

Resultando:

1º—Que el transporte remunerado de personas, en todas sus modalidades, es un servicio público, que sólo puede ser prestado por el Estado o por particulares, sean personas físicas o jurídicas y, en el caso de particulares, deben poseer título legítimo que los faculte para ello, emitido por autoridad competente.

2º—Que mediante resolución RRG-3333-2004 de las 15:30 horas del 12 de febrero del 2004, publicada en La Gaceta 36 del 20 de febrero del 2004, se faculta al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para que por los medios que estimen pertinentes, remueva los vehículos que se encuentren prestando el servicio público de transporte remunerado de personas, sin autorización del Estado.

3º—Que mediante oficio ASD-2004-215, del 29 de junio del 2004, de la Dirección General de Tránsito, recibido en la Autoridad Reguladora el mismo día, se remite para el trámite administrativo correspondiente, la boleta de citación 2004-076821 levantada al señor Omar Pérez Villalobos, portador de cédula de identidad 2-463-708, quien conducía el vehículo placas 308390; por prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas, dándose a la fuga, por lo que el oficial de tránsito Sergio Moya Madriz, no pudo decomisar el citado vehículo (folio 1 a 3).

4º—Que en la llamada Información Sumaria no numerada, visible a folio 3, se detallan los hechos, que se resumen así:

“Realizamos operativo en av. 2 calles 6 y 4, cuando divise el vehículo placa 308390, al detenerse observé 2 pasajeros en asiento trasero. El conductor indica que los pasajeros de nacionalidad Guatemalteca firmaron el documento en oficina de la empresa, pero al consultarles ellos indican que lo llenaron en salida del aeropuerto Internacional Juan Santamaría y por cierto tarifa en dólares, los llevan al Hotel Aurora Holiday INN. Es claro que no hay control previo, ya que el documento se llenó in situ (salida aeropuerto). Al inicio a confeccionarle la boleta de citación respectiva, el señor Pérez se montó a su vehículo y se alejó del lugar dejando en mi poder la licencia, derecho de circulación y las boletas respectivas, las cuales les hago llegar a ustedes. Cabe destacar que la empresa para la que trabaja el señor Pérez es Mundo Rent a Car.”

5º—Que a folio 4 corre certificación del Consejo de Transporte Público en que consta que el vehículo placa 308390 no se encuentra autorizado para prestar transporte público remunerado de personas.

6º—Que el señor Omar Pérez Villalobos, no indicó lugar para oír notificaciones (folio 02).

7º—Que no se encuentra en autos declaración del presunto infractor.

8º—Que en el procedimiento se han observado los plazos y las prescripciones de ley.

Considerando:

I.—Que de conformidad con lo establecido en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593, la prestación no autorizada del servicio público, constituye un ilícito, sancionable según dispone esa misma norma.

II.—Que para determinar la verdad real sobre los hechos acusados, lo procedente es designar la persona que tramitará este caso y dar apertura al procedimiento administrativo ordinario, previsto en los artículos 308 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, como se dispone. Por tanto:

Con fundamento en las facultades conferidas en los artículos 38, inciso d), 44 y 57, inciso e) de la Ley 7593, 129 de la Ley General de la Administración Pública,

LA REGULADORA GENERAL, RESUELVE:

I.—Designar para la tramitación del procedimiento que aquí se ordena a la Lic. Karolina Mena Soto, funcionaria de la Autoridad Reguladora.

II.—Dar inicio al procedimiento administrativo ordinario para determinar la verdad real sobre los hechos detallados, a saber que con el vehículo placas 308390, conducido por Omar Pérez Villalobos se prestó el servicio público de transporte remunerado de personas, sin la autorización del Estado; conducta que constituye un ilícito sancionable de conformidad con lo establecido en los artículos 38, inciso d) y 44, ambos de la Ley 7593.

III.—Citar y emplazar, conforme los artículos 218 y 308, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, a Omar Pérez Villalobos, cédula: 2-463-708, para que comparezca a las 9:00 horas del 2 de febrero del dos mil seis; a la audiencia oral y privada de ley, que se realizará en las oficinas de la Autoridad Reguladora, ubicadas cuatrocientos cincuenta metros al Oeste de la Contraloría General de la República, en Sabana Sur, Mata Redonda, San José. Durante la comparecencia, las partes podrán ofrecer, solicitar la admisión y tramitar toda la prueba que el órgano director del procedimiento califique como pertinente, pedir testimonio a la administración, preguntar o repreguntar testigos y peritos, suyos o de otra parte, aclarar, ampliar o reformar la defensa inicial, proponer alternativas y sus pruebas y formular conclusiones de hecho y derecho en cuanto a la prueba y resultados de la comparecencia. Las partes podrán hacerse acompañar de un abogado. Concluida la indagatoria, se elevará el expediente a la Reguladora General, a quien corresponde dictar el acto final.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 312.2 de la Ley General de la Administración Pública, se le previene a las partes que en la audiencia deberán aportar toda la prueba pertinente, sin perjuicio de que lo puedan hacer por escrito antes de esa fecha.

Las partes y los abogados, pueden examinar el expediente OT-336-2004, en que se tramita este asunto, en la Dirección de Fiscalización y Defensa del Usuario, de la Autoridad Reguladora, en sus oficinas.

En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación y el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse ante la Reguladora General; el de apelación y el de revisión, podrán interponerse ante la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora.

El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de veinticuatro horas, a partir del día siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada Ley. Notifíquese.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Aracelly Pacheco Salazar, Reguladora General.—(Nº 29-DAF-2006).—C-184820.—(2272).

 

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Resolución RRG-5184.—San José, a las ocho horas y treinta minutos del seis de diciembre de dos mil cinco.

Conoce la Reguladora General de la supuesta prestación no autorizada del servicio público de transporte por parte de Róger Medina Zúñiga. Expediente OT-297-2005.

Resultando:

1º—Que el transporte remunerado de personas, en todas sus modalidades, es un servicio público, que sólo puede ser prestado por el Estado o por particulares, sean personas físicas o jurídicas y, en el caso de particulares, deben poseer título legítimo que los faculte para ello, emitido por autoridad competente.

2º—Que mediante resolución RRG-3333-2004 de las 15:30 horas del 12 de febrero de 2004, publicada en La Gaceta Nº 36 del 20 de febrero de 2004, se faculta al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para que por los medios que estimen pertinentes, remueva los vehículos que se encuentren prestando el servicio público de transporte remunerado de personas, sin autorización del Estado.

3º—Que mediante oficio ASD-2005-186 del 29 de agosto del 2005, de la Dirección General de Tránsito, recibido en la Autoridad Reguladora el mismo día, se remite para el trámite administrativo correspondiente, la boleta de citación 2005-082704, levantada al señor Róger Medina Zúñiga, cédula Nº 7-131-265, quien conducía el vehículo placas 426591; por prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas, por lo que el oficial de tránsito Fernando Dondi López decomisó el citado vehículo, que se halla bajo la custodia de la Dirección General de la Policía de Tránsito, Delegación de Tránsito de Siquirres (folios 1 a 3 ).

4º—Que en la llamada Información Sumaria numerada DGTPS-05-2005, visible a folios 3 y 4, se detallan los hechos, que se resumen así: Brinda servicios a José Byron Calero Sevilla, cédula de residencia 00009381, Luis Álvarez Rivera, Manuel González López, todos nicaragüenses, manifiestan que les cobran 5.000 colones de Batán a Corina.

5º—Que a folio 5 corre certificación del Consejo de Transporte Público en que consta que el vehículo placa 426591, no se encuentra autorizado para prestar transporte público remunerado de personas.

6º—Que no se encuentra declaración del presunto infractor.

7º—Que el señor Róger Medina Zúñiga, no aportó medio para recibir notificaciones, por lo que se hace necesario notificarlo mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

8º—Que mediante resolución RRG 4988-2005 de las 8:45 horas del 1º de setiembre de 2005 (folio 11), este Despacho dictó el acto de apertura del procedimiento administrativo sancionador, por la prestación del servicio público de transporte remunerado de personas, no autorizado por el Estado, con el vehículo placas 426591, conducido por el señor Róger Medina Zúñiga; y la convocatoria a la comparecencia oral y privada de ley en la sede de la Autoridad Reguladora; para lo cual se citó a las 9:00 horas del 11 de octubre del 2005, contado a partir del siguiente de la notificación (folios11 a 15).

9º—Que por la citada resolución se ordenó comunicar al señor Róger Medina Zúñiga, la conformación del respectivo órgano director del procedimiento y se le indicó que podía aportar la prueba que estimara conveniente, antes o durante la citada comparecencia. Así mismo, se puso a disposición el expediente administrativo y se le señalaron los recursos que pueden ser interpuestos contra esa resolución (folios 11 a 15).

10.—Que al ser las 9:00 horas del 11 de octubre de 2005, el señor Róger Medina Zúñiga, no se presentó a la comparecencia oral y privada de ley. (Folio 17).

11.—Que mediante auto de las 8:10 horas del 19 de octubre del 2005, este despacho cesó la medida cautelar, ordenando a la Dirección General de Tránsito la respectiva devolución del vehículo placas 426591. Dicho auto fue notificado personalmente. San José, a las 12:30 horas del 25 de octubre del 2005.

12.—Que el 5 de diciembre de 2005, el Órgano Director emite su informe final, que corre agregado en autos.

13.—Que en el procedimiento se han observado los plazos y las prescripciones de ley.

Considerando:

I.—Hechos probados: De importancia para la decisión de esta resolución, se estiman como debidamente demostrados los siguientes hechos, sea porque así han sido acreditados o bien porque el recurrido haya omitido referirse, según lo prevenido en la apertura de este procedimiento:

1)  Que de acuerdo con la Información Sumaria en autos, el señor Róger Medina Zúñiga, el 20 de agosto de 2005, con el vehículo placas 426591, brindaba servicios a José Byron Calero Sevilla, cédula de residencia 00009381, Luis Álvarez Rivera, Manuel González López, todos nicaragüenses, manifiestan que les cobran 5.000 colones de Batán a Colina.

2)  Que la boleta de citación 2005-082704, fue levantada por prestación no autorizada del servicio de transporte público remunerado de personas (folio 2).

3)  Que a folio 5 corre certificación del Consejo de Transporte Público en que consta que el vehículo placa 426591, no se encuentra autorizado para prestar transporte público remunerado de personas.

II.—Hechos no probados: No se tienen de consideración para la resolución de este asunto.

III.—Sobre el fondo:

1)  Que de conformidad con lo establecido en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593, la prestación no autorizada del servicio público, constituye un ilícito, sancionable según dispone esa misma norma.

2)  Que la aplicación de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley Nº 7593, es decir, la remoción de equipo o instrumento que permitan el uso abusivo e ilegal de los servicios públicos regulados por la Ley Nº 7593, siendo que el retiro del vehículo pretende hacer prevalecer el orden público, lo que tiene amparo en una norma de coacción directa, único medio que le permite a la administración evitar la continuación de la conducta no autorizada, mientras se realiza el procedimiento administrativo.

3)  Que la Ley Nº 7969, Ley de Transporte Remunerado de Personas Modalidad Taxi, dispone en sus artículos 2° y 3°, que el transporte remunerado de personas, en la modalidad de taxi, se considera un servicio público, el cual se explota mediante la figura de la concesión administrativa. Por su parte, el artículo 9° de la Ley 7593, dispone que para ser prestador de servicio público deberá obtenerse la respectiva concesión o el permiso del ente público competente en la materia.

4)  Que tal y como se desprende de los autos, el señor Medina Zúñiga no se presentó a la comparecencia, sin que conste que hubiera tenido imposibilidad para hacerlo y siendo que con fundamento en lo establecido en los artículos 218, 220 y 317 de la Ley General de la Administración Pública, se puede establecer que la audiencia es uno de los momentos procesales más importantes de la tramitación del expediente administrativo, toda vez que es la oportunidad para que la parte presente las pruebas que sustenten su posición y para evacuar las que sean necesarias, pudiendo en ella presentarse todos los alegatos y conclusiones que fundamenten la defensa, y dado que la ausencia no se puede tener como aceptación de los hechos, se procede a resolver con los elementos de prueba que, hasta el momento, constan en el expediente.

5)  Que adicionalmente, el marco de hechos que refiere la Información Sumaria, suscrita por el Oficial de Tránsito Fernando Dondi López, contiene una descripción de lo acontecido que pudo apreciar con la directa inmediación de los hechos, lo que contiene los elementos necesarios para configurar la falta intimada y consecuentemente declarar la responsabilidad administrativa correspondiente.

6)  Que una vez establecida la existencia de una infracción a la Ley Nº 7593, lo procedente es determinar la sanción aplicable. En la especie, este caso presenta la conducta prevista como prestación de un servicio público sin la autorización del Estado, en los términos establecidos por el artículo 38 de la citada ley, que se lee así:

“Artículo 38.—Multas. La Autoridad Reguladora sancionará, cumpliendo con el procedimiento administrativo previsto en la Ley General de la Administración Pública, con multa de cinco a diez veces el valor del daño causado que ella determine, a quien suministre un servicio público que incurra en cualquiera de las circunstancias siguientes:

a)       (…)

b)       (…)

c)        (…)

d)       Prestación no autorizada del servicio público.[...]

Cuando no sea posible estimar el daño, se multará con el monto de cinco a veinte salarios base mínimos fijados en el presupuesto ordinario de la República, de acuerdo con la Ley Nº 7337, del 5 de mayo de 1993”.

7)  Que para determinar la sanción, debemos referirnos al Dictamen C-156-2003 del 3 de junio del 2003, emitido por la Procuraduría General de la República, del que conviene extraer lo siguiente:

“[...] el daño causado a la colectividad es el punto de referencia que debe adoptar la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos para cuantificar la multa que debe pagar el infractor. Ahora bien, en el eventual caso de que no existen elementos de juicio ciertos para su cuantificación, entonces deberá aplicar el último párrafo del numeral 38, debido a que, cuando no es posible determinar el daño, la multa será equivalente al monto de cinco a veinte salarios bases mínimos fijados en el presupuesto ordinario de la República, de acuerdo con la Ley Nº 7337 de 5 de mayo de 1993. Con base en lo anterior, el operador jurídico no encuentra mayor dificultad para ejercer las potestades de vigilancia y sanción que le otorga el ordenamiento jurídico a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. Incluso, resulta irrelevante la forma en que se recaba la prueba, ya que bien puede ser aportada por los usuarios del servicio u obtenida por los funcionarios de la ARESEP. En otras palabras, en vista de que el daño causado no es el que sufre un usuario en particular, sino el que se infringe a la colectividad, representada por un grupo de usuarios de un determinado servicio público donde se presenta el hecho anómalo, la prueba que obtienen los funcionarios de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos constituye un elemento idóneo para establecer la sanción respectiva, siempre y cuando se respete, en todos sus extremos, el procedimiento administrativo previsto en la Ley General de la Administración Pública.”

8)  Que en el caso concreto, y según se deduce de la argumentación precedente, el daño ocasionado por la actuación irregular en que incurrió Róger Medina Zúñiga, el día 20 de agosto de 2005, con el vehículo placas 426591, no resulta contablemente cuantificable, ya que aparte de que se trata de un daño a la sociedad por la prestación de un servicio público al margen de la ley y por tanto imposible de cuantificar, también se desconoce el tiempo en que se prestó el servicio sin la autorización del Estado y, el número de personas que hicieron uso de aquél, por lo que a la luz del citado dictamen, corresponde aplicar lo dispuesto en el párrafo segundo del articulo 38, de la Ley Nº 7593.

9)  Que de conformidad con los resultandos y considerandos que preceden y, de acuerdo con el mérito de los autos, lo procedente es declarar que el 20 de agosto de 2005, el señor Róger Medina Zúñiga, cédula Nº 7-131-265, con el vehículo placas 426591, se hallaba prestando servicio público de transporte remunerado de personas, sin la autorización del Estado y, consecuentemente, le cabe la sanción prevista en el artículo 38, inciso d) de la Ley Nº 7593; por lo que se le impone como sanción una multa por la suma de cinco salarios base mínimos, fijados en el Presupuesto Ordinario de la República para un oficinista I para el año 2005, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 7337, que corresponde a la cantidad de ¢184.600,00 (ciento ochenta y cuatro mil seiscientos colones exactos), por lo que la multa asciende a la suma de ¢923,000,00 colones (novecientos veintitrés mil colones exactos), a favor de la Tesorería Nacional, tal y como se dispone.

10) Que se omite pronunciamiento sobre la medida cautelar, por haber cesado la misma, según consta en autos. Por tanto:

Con fundamento en las facultades conferidas en los artículos 38, inciso d), 44 y 57, inciso e) de la Ley Nº 7593, 129 de la Ley General de la Administración Pública.

LA REGULADORA GENERAL, RESUELVE:

1º—Declarar que el 20 de agosto de 2005, el señor Róger Medina Zúñiga, cédula Nº 7-131-265, se hallaba con el vehículo placas 426591, prestando servicio público de transporte remunerado de personas, sin la autorización del Estado por lo que la multa asciende a la suma de ¢923,000,00 colones (novecientos veintitrés mil colones exactos) que deberá depositar a favor de la Tesorería Nacional, en un plazo de diez días contados a partir del día siguiente a la notificación de esta resolución.

2º—Intimar al señor Róger Medina Zúñiga, advirtiéndole que si no se paga la multa que se le ha impuesto, la Tesorería Nacional podrá aplicar coercitivamente el presente acto administrativo, de conformidad con lo que establecen los artículos 149 y 150 de la Ley General de la Administración Pública, para cuyo efecto se notifica a la Tesorería Nacional.

En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación y el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse ante la Reguladora General; a quien corresponde resolverlo; el de apelación y el de revisión, podrán interponerse a ante la Junta Directiva, a la que corresponde resolverlos.

El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir del siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.—Publíquese.—Lic. Aracelly Pacheco Salazar, Reguladora General.— (Nº 1235-DAF-2005).—C-270770.—(105391).

 

CITACIONES

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

Por única vez se cita y emplaza a los causahabientes e interesados en la indemnización que otorga el Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores: Giglio Chavarría Franco Esteban, cédula Nº 112810867, soltero, estudiante, vecino de Heredia, Santo Domingo, San Luis. Caso Nº 2005O02399. Para que dentro del término de nueve días hábiles a partir de la publicación de este aviso, se apersonen al Departamento de Seguro Obligatorio para Vehículos Automotores, en reclamo de sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren pasará en derecho a quien corresponda.—San José, 21 de diciembre del 2005.—Departamento Obligatorio de Vehículos Automotores.—Omar Soto Enríquez, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18424).—C-6620.—(3388).

Por única vez se cita y emplaza a los causahabientes e interesados en la indemnización que otorga el Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores: Rodríguez Arias Luis Alberto, cédula Nº 108530863, casado, agente de ventas, vecino de Cartago, Tres Ríos, San Diego. Caso Nº 2005O02104. Para que dentro del término de nueve días hábiles a partir de la publicación de este aviso, se apersonen al Departamento de Seguro Obligatorio para Vehículos Automotores, en reclamo de sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren pasará en derecho a quien corresponda.—San José, 12 de diciembre del 2005.—Departamento Obligatorio de Vehículos Automotores.—Gino Molinari Garrote, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18424).—C-6620.—(3389).

 

Por única vez se cita y emplaza a los causahabientes e interesados en la indemnización que otorga el Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores: Barboza Fonseca Cecilia Alicia, cédula Nº 104840048, casada, ama de casa, vecina de Cartago, El Guarco, Tejar. Caso Nº 2005I00744. Para que dentro del término de nueve días hábiles a partir de la publicación de este aviso, se apersonen al Departamento de Seguro Obligatorio para Vehículos Automotores, en reclamo de sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren pasará en derecho a quien corresponda.—San José, 12 de diciembre del 2005.—Departamento Obligatorio de Vehículos Automotores.—Gino Molinari Garrote, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18424).—C-6620.—(3390).

 

Por única vez se cita y emplaza a los causahabientes e interesados en la indemnización que otorga el Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores: Arceyuth Cortés Mainor, cédula Nº 701560166, soltero, carpintero, vecino de Limón, Pococí, Rita. Caso Nº 2005O02361. Para que dentro del término de nueve días hábiles a partir de la publicación de este aviso, se apersonen al Departamento de Seguro Obligatorio para Vehículos Automotores, en reclamo de sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren pasará en derecho a quien corresponda.—San José, 6 de enero del 2006.—Departamento Obligatorio de Vehículos Automotores.—Omar Soto Enríquez, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18424).—C-6620.—(3391).

 

Por única vez se cita y emplaza a los causahabientes e interesados en la indemnización que otorga el Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores: Álvarez Valverde Gladys Margot, cédula Nº 104370779, soltero, ama de casa, vecina de San José, Acosta, San Ignacio. Caso Nº 2005O01362. Para que dentro del término de nueve días hábiles a partir de la publicación de este aviso, se apersonen al Departamento de Seguro Obligatorio para Vehículos Automotores, en reclamo de sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren pasará en derecho a quien corresponda.—San José, 4 de enero del 2006.—Departamento Obligatorio de Vehículos Automotores.—Omar Soto Enríquez, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18424).—C-6620.—(3392).

 

Por única vez se cita y emplaza a los causahabientes e interesados en la indemnización que otorga el Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores, por muerte de:

Nombre                                                    Cédula         Agencia

Gómez Gutiérrez Wilmer                       5-310-655      Ag. Guápiles

Espinoza Miranda Jorge Arturo             3-187-347      Ag. Cartago

Rojas Briceño Henry                              1-849-514      Ag. Pavas

Carvajal Ugarte Henry                            1-770-555      Ag. Pavas

Alfaro Esquivel Marco Vinicio               1-122-730      Ag. Alajuela

Leitón Solís Rafael Ángel                       1-417-346      Ag. Pavas

Montero Villalobos Cristian Adolfo      2-592-602      Ag. Pavas

Castro Méndez José Francisco              2-591-360      Ag. Ciud. Quesada

Carvajal Rojas Marvin Gerardo              2-432-623      Ag. Alajuela

Para que dentro del término de nueve días hábiles a partir de la publicación de este aviso, se apersonen a la sucursal señalada anteriormente, en el reclamo de sus derechos apercibidos, que si no lo hicieren la indemnización pasará a quien en derecho corresponda.—San José, 11 de enero del 2006.—Comunicación Institucional.—Lic. Frank Sanabria Villalobos, Subjefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18424).—C-11950.—(3546).

 

FE DE ERRATAS

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

En La Gaceta Nº 223 del 18 de noviembre del 2005, en la página 24, con la referencia 94528, se publicó la resolución Nº 2556-M de las 8:00 horas del 31 de octubre del 2005. El Por tanto, debe leerse correctamente como sigue:

Por mayoría se dispone cancelar la credencial de regidor suplente en la Municipalidad del Cantón Central de la provincia de Puntarenas, que ostenta el señor Mario Alberto Núñez Arias. Para reponer la vacante que se produjo con la anterior cancelación, se designa al señor Róger Miguel Cortés Vargas como regidor suplente, quien ocupará el último lugar entre los regidores suplentes del Partido Movimiento Libertario. La presente designación rige a partir de su juramentación y hasta el 30 de abril de 2006, fecha en que finaliza el presente período constitucional. El Magistrado Sobrado González salva el voto. Comuníquese y publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese a los señores Núñez Arias y Cortés Vargas, así como al Concejo Municipal del Cantón Central de Puntarenas.

La Uruca, San José, enero del 2006.—Lic. José Miguel Chavarría Delgado, Director General a. í., de la Imprenta Nacional.—1 vez.—(4123).