La Gaceta Nº 19
MINISTERIO
DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
JUNTA
DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSE
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
AUTORIDAD
REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
JUNTA
DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSÉ
INSTITUTO
NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
INSTITUTO
DE DESARROLLO AGRARIO
AUTORIDAD
REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Nº 1022-P.—San José, 28 de
noviembre del 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
En uso de
las facultades que le confiere el
artículo 139 de la Constitución Política de la República de Costa Rica y
el artículo 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública.
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar al Master Fernando Gutiérrez Ortiz, cédula de identidad seis-cero nueve nueve- res siete siete,
Ministro de Ciencia y Tecnología, para que viaje a la Ciudad de Salvador de
Bahía, Brasil del 1º al 2 de diciembre del presente año, con el propósito de
participar en la “XXVI Reunión de la Asamblea del Programa Iberoamericano de
Ciencia y Tecnología para el Desarrollo CYTED”.
Artículo 2º—Todos los gastos
del viaje serán cubiertos por el Consejo Nacional de Desenvolvimiento
Científico y Tecnológico de Brasil (CNPq)
y la Secretaría General del Programa Iberoamericano de Ciencia y
Tecnología para el Desarrollo (CYTED).
Artículo 3º—Durante su
ausencia en el Ministerio de Ciencia y Tecnología se encargará de la Cartera el
señor Viceministro de Ciencia y Tecnología, Luis Adrián Salazar Solís.
Artículo 4º—Rige a partir de
las catorce horas con cuarenta y ocho minutos del veintinueve de noviembre
hasta las once horas con treinta y ocho minutos del día cuatro de diciembre del
año dos mil cinco.
Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—1 vez.—(Solicitud Nº 086-05-MICIT).—C-10520.—(5118).
Nº 1024-P.—San José, 12 de
enero del 2006
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Con
fundamento en el artículo 139 de la Constitución Política,
ACUERDA:
Artículo
1º—Asistir a la Ciudad de Tegucigalpa, Honduras en Visita Oficial, con motivo
de participar en el Traspaso de Poderes. La salida se efectuará el día 26 de
enero a las 6:37 horas y regresando el día 27 de enero a las 20:50 horas, ambas
fechas del presente año.
Artículo 2º—Los gastos de
viáticos, transporte y de representación, serán cubiertos por el Título
201-Presidencia de la República, Programa 02100-Administración Superior,
Subpartida 10504-Viáticos al Exterior y Subpartida 10503, Transporte en el
Exterior.
Artículo 3º—Se otorga la suma
adelantada de ¢595.226,00, que corresponde ¢96.816,00 para cubrir los viáticos
y ¢498.410,00 para gastos de representación, sujetos a liquidación.
Artículo 4º—Rige desde las
6:37 horas del 26 de enero hasta las 20:50 horas del 27 de enero del 2006.
ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—1 vez.—(Solicitud Nº 18-2006).—C-10470).—(5119).
Nº 423-G.—San José, 12 de
octubre del 2005
LA PRIMERA VICEPRESIDENTA
EN EJERCICIO DE LA
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con
fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 y 146, de la
Constitución Política.
ACUERDAN:
Artículo
1°—Modificar el artículo 2º del Acuerdo Ejecutivo Nº 375-2005-G, para que se
lea de la siguiente manera:
“Artículo 2°—Los
gastos por concepto de pasajes aéreos y transporte terrestre al interior de
Cartagena de Indias por un monto de 100 US dólares, serán cubiertos con cargo
al Título 106, Programa 049, Subpartida 142 “Transporte de o para el Exterior”.
Además se reconocerán gastos por concepto de viáticos correspondientes a gastos
menores, por un monto de 96 US dólares, los cuales, serán cubiertos con cargo
al Título 106, Programa 049, Subpartida 132 “Gastos de Viaje al Exterior”.
Artículo
2°—Rige a partir del 17 de octubre y hasta el 22 de octubre del 2005,
inclusive.
LINETH SABORÍO CHAVERRI.—El Ministro de Gobernación y Policía a. í., Máster Miguel Ángel Quesada Niño.—1 vez.—(Solicitud Nº 24110).—C-10470.—(5501).
Nº 001-H.—San José, 4 de
enero del 2006
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
En uso de
las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 8) y 20), y 146 de
la Constitución Política y 25.1, 27.1, 28.2.b de la Ley General de la
Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.
Considerando:
I.—Que
mediante acuerdo Nº 126-H del 16 de octubre del 2003, se nombró al licenciado
Juan Carlos Gómez Sánchez, cédula de identidad Nº 1-511-641, en el cargo de
Director de la Policía de Control Fiscal del Ministerio de Hacienda.
II.—Que dicho nombramiento
rige a partir del 16 de octubre del 2003.
III.—Que actualmente para el
Ministerio de Hacienda es prioritario alcanzar la consolidación del
fortalecimiento de los recursos humanos y materiales de la Dirección General de
Tributación, del Tribunal Fiscal Administrativo, del Servicio Nacional de
Aduanas y de la Dirección de Policía de Control Fiscal, aprobado en el Presupuesto
del Ministerio de Hacienda para el año 2006, así como el diseño y puesta en
marcha de una Unidad de Asuntos Internos para el Ministerio de Hacienda, con el
apoyo del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos; proyecto que requiere
ser liderado con una eficiente contraparte nacional.
IV.—Que estos fines resultan
prioritarios para la Hacienda Pública por la necesidad de aumentar la
recaudación nacional de los ingresos fiscales en el corto plazo para el
cumplimiento de los objetivos estratégicos institucionales y para cumplir con
los objetivos establecidos en el Convenio de Cooperación establecido entre el
Departamento del Tesoro de los Estados Unidos de América con el Ministerio de
Hacienda, respectivamente. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo
1º—Que el señor, Juan Carlos Gómez Sánchez, cédula de identidad Nº 1-511-641,
quien funge como Director de la Policía de Control Fiscal de este Ministerio,
se destacará en el Despacho del Ministro de Hacienda, por un plazo de tres
meses, prorrogables por períodos iguales, a los efectos de constituirse como
contraparte nacional para lograr el fortalecimiento de los recursos humanos y
materiales de la Dirección General de Tributación, del Tribunal Fiscal
Administrativo, del Servicio Nacional de Aduanas y de la Dirección de Policía
de Control Fiscal, aprobado en el Presupuesto del Ministerio de Hacienda para
el año 2006, así como el diseño y puesta en marcha de una Unidad de Asuntos
Internos para el Ministerio de Hacienda, con el apoyo del Departamento del
Tesoro de los Estados Unidos.
Artículo 2º—Que en razón de
lo anterior, se recargan las funciones atinentes al cargo del Director de la
Policía de Control Fiscal, en el señor Mario Bonilla Morales, cédula de
identidad Nº 3-276-447, quien funge como Subdirector de la Dirección de Policía
de Control Fiscal.
Artículo 3º—El presente
acuerdo rige a partir del 4 enero del 2006.
ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Hacienda, David Fuentes Montero.—1 vez.—(Solicitud Nº 5221).—C-27520.—(5120).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL
ESTADO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Nº 329/05.—El señor Eduardo Vivero Agüero, cédula 1 665 002, en calidad de Representante Legal de la compañía Servicio Agrícola Cartaginés S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San Carlos, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Foliveex Mango compuesto a base de Nitrógeno-Fósforo-Potasio-Boro-Zinc-Molibdeno-Azufre. Conforme con lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 9 de diciembre del 2005.—Gerencia de Insumos Agrícolas.—Programa Registro Agro Químicos.—Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa.—Nº 79630.—(4429).
El señor Javier Molina Ulloa, cédula Nº 1-543-142, vecino de Heredia, en calidad de regente veterinario de la Compañía Droguería Molimor JS SRL, con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 2: Stresnil, fabricado por: Laboratorio Janssen Animal Health, con los siguientes principios activos: Azaperona 40mg/ml y las siguientes indicaciones terapéuticas: tranquilizante, sedante y neuroléptico para su uso en porcinos. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 16 de enero del 2006.—Departamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Alexis Sandí Muñoz, Director.—1 vez.—(5429).
El señor Javier Molina Ulloa, cédula Nº 1-543-142, vecino de Heredia, en calidad de regente veterinario de la Compañía Droguería Molimor JS SRL con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Furofat, fabricado por: Laboratorio San Jorge Bago para Biogénesis, S. A. de Argentina, con los siguientes principios activos: Zeranol 12mg/comprimidos y las siguientes indicaciones terapéuticas: agente anabólico para bovinos y ovinos. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 16 de enero del 2006.—Departamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Alexis Sandí Muñoz, Director.—1 vez.—(5430).
DIVISIÓN DE CONTROL DE
CALIDAD
Y MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA
EDUCATIVO
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica”, Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el Tomo 1, Folio 46, Título Nº 571, emitido por el Colegio Técnico Profesional Mario Quirós Sasso, en el año mil novecientos ochenta y uno, a nombre de Rivera Dilbertta Marlon. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y por corrección del apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son: Rivera Delbert Marlon Enrique. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 19 de diciembre del 2005.—Departamento de Pruebas Nacionales.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(4997).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 42, título Nº 266, emitido por el Colegio Nocturno Pbro. Enrique Menzel, en el año mil novecientos noventa y tres, a nombre de Calderón Flores Rocío. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los siete días del mes de noviembre del dos mil cinco.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—Nº 80279.—(5362).
REGISTRO NACIONAL
DIRECCIÓN DE PERSONAS
JURÍDICAS
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación Costarricense de Agencias de Publicidad. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles, a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 561, asiento: 6551.—Curridabat, a los cuatro días del mes de enero del dos mil seis.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 80100.—(5363).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Deportiva Carrizaleña Dos Mil Tres, con domicilio en la provincia de Alajuela. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: agrupar a los grupos deportivos de Carrizal de Alajuela, sin distinción de rama deportiva. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente Juan Diego Marín Salazar. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles, a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 558, asiento: 5107).—Curridabat, a los seis días del mes de enero del año dos mil seis.—Lic. Grace Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez.—Nº 80116.—(5364).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Cultural de Quepos y Manuel Antonio, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: promover la apertura de una biblioteca pública en Quepos, de forma tal que se le motive a la población tanto de Quepos como de Manuel Antonio en la adquisición de hábitos de lectura. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta Jeannette Solís Alpízar. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles, a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 555, asiento: 14025).—Curridabat, a los treinta y un días del mes de octubre del año dos mil cinco.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 80125.—(5365).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Campos de Oro y Candelaria de Abangares, con domicilio en la provincia de Guanacaste. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Construir, y realizar las reparaciones necesarias del acueducto rural de Campos de Oro y Candelaria de Abangares. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima con limitación de suma en la cantidad de dos millones de colones, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Flor Sequeira Vega. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 555, asiento: 8738; adicional tomo: 560, asiento: 2107).—Curridabat, 25 de octubre del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 80141.—(5366)
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Cristiana Unidos por la Fe, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promulgar y divulgar la fe y el amor de nuestro señor Jesucristo, a través de las Sagradas Escrituras. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: José María Delgado Salazar. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 562, asiento: 4618).—Curridabat, 3 de enero del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 80262.—(5367).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Cristiana Tabernáculo de Fe Alfa, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: El desarrollo socioeconómico, educativo y de evangelización dentro del concepto integral del ser humano, enseñado en el evangelio de Jesucristo. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Vicente Carballo Briceño. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley No 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 558, asiento: 13388; adicional tomo: 561, asiento: 10303).—Curridabat, 6 de diciembre del 2005.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 80321.—(5368).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación del Hogar Jesús María y José Pavas. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 560, asiento: 1836.—Curridabat, 29 de noviembre del 2005.—Registro de Personas Jurídicas.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(5510).
REGISTRO DE PATENTES DE
INVENCIÓN
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Manrique Constenla Umaña, mayor, casado, administrador de empresas, vecino de San José, cédula Nº 1-402-579 en su condición de apoderado generalísimo de Grupo Constenla Sociedad Anónima, de Costa Rica, solicita el Modelo Industrial denominada TAPA DOSIFICADOR.
PARA
VER IMÁGENES SOLO EN La Gaceta
IMPRESA O EN FOMATO PDF
Consiste en una tapa dosificador abre fácil de empuje a presión, que puede ser fabricada en polipropileno o politileno, rosca interna pasa ocho hilos, borde superior curvo, medida 20 mm por 14.5 mm de altura. El dosificador se sitúa en la parte superior de la tapa y está elaborado en el mismo material del resto de la tapa, solo que con un menor grosor de manera que permita que con un empuje a presión quede disponible el dosificador. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es 09-0 1 /, cuyo(s) inventor(es) (son). La solicitud correspondiente lleva el número 8084, y fue presentada a las 14:53:54 del 9 de noviembre del 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de noviembre del 2005.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—(4493).
INSTITUTO METEOROLÓGICO
NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Expediente Nº 12060.—Adita Cordero Castro, solicita en concesión 3,5 litros por segundo de un nacimiento captado en su propiedad, en San Carlos. Coordenadas: 252.5 / 490-0, hoja Quesada. Predio inferior: Anabelle Cordero Castro. Quien se considere lesionado, debe manifestarlo dentro del mes de la primera publicación.—San José, 16 de enero del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 79636.—(4436).
Expediente Nº 12037-P.—Roberto Enrique Romero Mora, solicita concesión de aprovechamiento de agua de tres pozos perforados números MTP-210, MTP-211, MTP-212 en su propiedad. Sita en Santa Cruz, Guanacaste, ubicación cartográfica coordenadas 268.400/344.400, 268.500/344.00, 268.400/343.500 Hoja Matapalo. Caudal solicitado 5.67, 5.67 y 5.60 litros por segundo respectivamente, para uso doméstico. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 6 de enero del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 79648.—(4437).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. 12054.—Rey Rive S. A., solicita, en concesión, 2 litros por segundo de quebrada Yerbabuena en propiedad de Juan José Sánchez Vega en Tierra Blanca para riego. Coordenadas 210.400 / 549.150, hoja Istarú. Propietarios de predios inferiores: Mario Poveda Picado. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de enero del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(4622).
Expediente Nº 12068.—Parque de Oro Treinta S. A., solicita, en concesión, 2 litros por segundo del pozo CN-525, perforado en su propiedad en Carrillo, para usos domésticos. Coordenadas: 281.075 / 349.200. Hoja Carrillo Norte. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes de la primera publicación.—San José, 17 de enero del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(5062).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. 12041.—Juan Pedro Cabrera Vega solicita, en concesión, 0,50 litros por segundo de la quebrada Derrumbe, en propiedad de Costa de Palmira C.D.P. S. A. en Vázquez de Coronado, para usos domésticos. Coordenadas: 221.800 / 538.250, hoja Carrillo. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes de la primera publicación.—San José, 16 de diciembre de 2005.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(5103).
Exp. 12065-P.—Banco Crédito Agrícola de Cartago S. A., solicita concesión de aprovechamiento de agua de un pozo perforado número AB - 1947 en su propiedad, Sita en el Hospital, San José, ubicación cartográfica coordenadas 212.070 / 526.500 Hoja San José, caudal solicitado 2 litros por segundo para uso industrial y doméstico Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 enero de 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(5116).
Exp. Nº 12067-P.—Urbanizadora La Laguna S. A. Solicita concesión de aprovechamiento de agua de un pozo perforado número AB - 2179 en su propiedad, sita en Colón Mora, San José, ubicación cartográfica coordenadas 211.450 / 511.240 Hoja Abra. Caudal solicitado 2.1 litros por segundo para uso doméstico y riego. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de enero del 2006.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 80402.—(5582).
Exp. 12038-P.—Urbanizadora La Laguna S. A. Solicita concesión de aprovechamiento de agua de un pozo perforado número AB-2256 en su propiedad, Sita en San Miguel, Santo Domingo, Heredia, ubicación cartográfica coordenadas 217.320 / 528.820. Hoja Abra. Caudal solicitado 18 litros por segundo para uso doméstico y riego. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 6 de enero del 2006.— Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 80403.—(5583).
DIRECCIÓN GENERAL DE
TRANSPORTE
Y COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLE
DGTCC-094-2006.—San José, a los diecisiete días del mes de enero del año dos mil seis, se tiene por presentada la solicitud por parte del señor José Valerio Contreras, mayor, casado una vez, empresario, cédula de identidad Nº 4-100-969 y vecino de Heredia, quien solicita autorización para la entrada en operación de dos tanques cisternas para el transporte de producto limpio, específicamente av gas y jet fuel, el cual prestará el servicio desde los planteles de RECOPE hasta los principales aeropuertos internacionales del país. Se otorga un plazo de ocho días hábiles a partir de la publicación que resulte, en uno de los diarios de mayor circulación en el país y en el Diario Oficial La Gaceta, para que cualquier persona natural o jurídica, que tenga interés o pueda resultar afectada con la operación de los nuevos tanques cisternas, haga llegar a esta Dirección su criterio, opinión u oposición al respecto, aportando toda prueba que la sustente.—San José, a las siete horas del día 18 de enero del 2006.—Msc. Óscar Porras Torres, Director General.—1 vez.—(5447).
DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO
Ante esta Dirección se ha recibido solicitud de la licenciada Maribel Calderón Jiménez, cédula de identidad Nº 9-0081-0101, quien pretende que se le inscriba como notaria pública. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta de la interesada para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 03-000535-624-NO.—San José, 29 de noviembre del 2005.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—(5508).
Registro
Civil-Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso Incoadas por Mitzy Mayela Monge Campos, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2336-2005.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas veintiséis minutos, del veintidós de diciembre del dos mil cinco. Ocurso. Expediente Nº 12245-2005. Resultando: 1º—…, 2º—…, Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Diego Alexander Sánchez Campos... en el sentido que los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Monge Campos” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(5055).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ana Ruth Campos Quesada, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 066-06.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas y dos minutos del doce de enero del dos mil seis. Ocurso. Exp. N° 11776-05. Resultando: 1º—…; 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Ana Ruth Campos Quesada... en el sentido que el primer apellido del padre de la persona ahí inscrita es “Ocampo” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 80221.—(5377).
BANCO CENTRAL DE COSTA RICA Y
ÓRGANOS DE DESCONCENTRACIÓN MÁXIMA
PROGRAMA DE ADQUISICIONES
PARA EL AÑO 2006
Cifras en colones
Banco
Central Órganos
de
de desconcentración
Descripción Costa
Rica máxima1
SERVICIOS 9.018.356.820,4 1.088.681.108,1
Alquileres 162.531.984,0 215.551.000,0
Alquiler de edificios, locales y terrenos 101.300.000,0 214.646.000,00
Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario 58.294.484,0 100.000,00
Alquiler de equipo de cómputo 200.000,00
Alquiler y derechos para telecomunicaciones 2.700.000,0 0,00
Otros alquileres 237.500,0 605.000,00
Servicios básicos 277.050.505,6 188.593.484,6
Servicio de agua y alcantarillado 15.570.000,0 7.042.000,00
Servicio de energía eléctrica 106.500.000,0 71.650.000,00
Servicio de correo 1.454.761,0 693.000,00
Servicio de telecomunicaciones 132.889.744,6 108.183.484,58
Otros servicios básicos 20.636.000,0 1.025.000,00
Servicios comerciales y financieros 7.048.571.363,5 133.292.570,0
Información 75.015.208,3 127.684.570,00
Publicidad y propaganda 100.000.000,0 0,00
Impresión, encuadernación y otros 6.696.823.500,0 5.498.000,00
Transporte de bienes 635.000,0 110.000,00
Servicios de transferencia electrónica de información 176.097.655,3 0,00
Servicios de gestión y apoyo 656.937.724,2 198.635.012,6
Servicios médicos y de laboratorio 1.000.000,0 0,00
Servicios jurídicos 56.717.000,0 0,00
Servicios de ingeniería 101.089.675,0 0,00
Servicios en ciencias económicas y sociales 59.619.000,0 145.046.710,80
Servicios de desarrollo de sistemas informáticos 25.000.000,0 19.539.700,01
Servicios generales 270.262.049,2 31.469.012,00
Otros servicios de gestión y apoyo 143.250.000,0 2.579.589,75
Gastos de viaje y de transporte 44.207.748,0 38.845.281,5
Transporte dentro del país 8.529.050,0 900.000,00
Transporte en el exterior 35.678.698,0 37.945.281,50
Seguros, reaseguros y otras obligaciones 135.217.385,0 56.442.544,4
Seguros 135.217.385,0 56.442.544,38
Capacitación y protocolo 161.319.110,0 108.399.701,5
Actividades de capacitación 147.547.610,0 96.030.701,50
Actividades protocolarias y sociales 13.771.500,0 12.369.000,00
Mantenimiento y reparación 528.374.000,0 131.442.335,6
Mantenimiento de edificios y locales 202.243.000,0 29.360.791,20
Mantenimiento y reparación
de maquinaria y equipo de producción 15.000.000,0 0,00
Mantenimiento y reparación de equipo
de transporte 15.400.000,0 23.050.000,00
1 Incluye: Consejo Nacional de Supervición del Sistema Financiero (CONASSIF). Superintendecia General de Entidades Financieras (SUGEF). Superintendencia de Pensiones (SUPEN) y Superintendencia General de Valores (SUGEVAL),
Banco
Central Órganos
de
de desconcentración
Descripción Costa
Rica máxima
Mantenimiento y reparación de equipo
de comunicación 83.740.000,0 1.250.000,00
Mantenimiento y reparación de equipo
y mobiliario de oficina 14.436.000,0 13.352.044,40
Mantenimiento y reparación de equipo de
cómputo y sistemas de información 197.155.000,0 59.061.500,00
Mantenimiento y reparación de otros equipos 400.000,0 5.368.000,00
Servicios diversos 4.147.000,0 17.479.178,0
Otros servicios no especificados 4.147.000,0 17.479.178,00
MATERIALES Y SUMINISTROS 299.887.643,1 100.271.154,1
Productos químicos y conexos 100.715.359,2 33.365.230,5
Combustibles y lubricantes 17.628.000,0 11.700.000,00
Productos farmacéuticos y medicinales 3.500.000,0 220.000,00
Tintas, pinturas y diluyentes 79.387.359,2 20.256.630,49
Otros productos químicos 200.000,0 1.188.600,00
Alimentos y productos agropecuarios 11.701.754,4 5.243.311,0
Alimentos y bebidas 11.701.754,4 5.243.311,00
Materiales y productos de uso en la
construcción y mantenimiento 41.760.220,0 9.451.560,3
Materiales y productos metálicos 0,0 638.470,1
Materiales y productos minerales y asfálticos 0,0 105.000,0
Madera y sus derivados 3.750.000,0 835.000,00
Materiales y productos eléctricos,
telefónicos y de cómputo 37.610.220,0 3.303.090,20
Materiales y productos de plástico 400.000,0 0,00
Otros materiales y productos de
uso en la construcción 0,0 4.570.000,00
Herramientas, repuestos y accesorios 12.905.128,0 2.803.000,0
Herramientas e instrumentos 2.473.800,0 380.000,00
Repuestos y accesorios 10.431.328,0 2.423.000,00
Útiles, materiales y suministros diversos 132.805.181,6 49.408.052,3
Útiles y materiales de oficina y cómputo 17.831.633,3 10.378.807,00
Útiles y materiales médico,
hospitalario y de investigación 2.085.000,0 547.912,00
Productos de papel, cartón e impresos 58.005.934,0 30.283.663,52
Textiles y vestuario 9.430.640,7 2.221.571,00
Útiles y materiales de limpieza 19.393.717,0 1.926.580,60
Útiles y materiales de resguardo y seguridad 5.115.000,0 0,00
Útiles y materiales de cocina y comedor 345.000,0 250.000,00
Otros útiles, materiales y suministros 20.598.256,6 3.799.518,20
BIENES DURADEROS 3,847,407,737,1 664,856,985,9
Maquinaria, equipo y mobiliario 3.183.187.893,1 584.536.985,9
Maquinaria y equipo para la producción 12.408.250,0 0,00
Equipo de transporte 33.245.115,0 0,00
Equipo de comunicación 474.409.707,5 12.445.631,00
Equipo y mobiliario de oficina 5.630.800,0 3.269.000,00
Equipo y programas de cómputo 2.635.295.270,6 552.985.840,80
Equipo sanitario, de laboratorio e investigación 835.000,0 137.000,20
Equipo y mobiliario educacional,
deportivo y recreativo 20.800.000,0 4.226.057,85
Maquinaria y equipo diverso 563.750,0 11.473.456,00
Construcciones, adiciones y mejoras 658.439.244,0 80.320.000,0
Edificios 658.439.244,0 80.320.000,00
Bienes duraderos diversos 5.780.600,0 0,0
Piezas y obras de colección 5.780.600,0 0,00
TOTAL GENERAL 2 13,165,652,200,62 1,853,809,248,07
San José, 17 de enero del 2006.—Departamento de
Presupuesto y Planificación Operativa.—Lic. Celia Alpízar P., Directora.—1
vez.—(O. C. Nº 2006007738).—C-97220.—(4941).
2 Incluye: compromisos del 2005
PRESUPUESTO DE INGRESOS Y
EGRESOS AÑO 2006
Cifras en colones
Monto Monto
Código Objeto
del gasto Subpartida partida
INGRESOS
1.0.0.0.00.00.0.0.000 INGRESOS
CORRIENTES 63,715.281.846,1
1.3.0.0.00.00.0.0.000 INGRESOS
NO TRIBUTARIOS 62.147.376.917,6
1.3.1.0.00.00.0.0.000 VENTA
DE BIENES Y SERVICIOS 1.917.417.524,8
1.3.1.2.00.00.0.0.000 Venta
de servicios 1.917.417.524,8
1.3.2.0.00.00.0.0.000 INGRESOS
DE LA PROPIEDAD 59.912.317.784,8
1.3.2.1.00.00.0.0.000 TRASPASO
DE DIVIDENDOS 723.497.394,4
1.3.2.3.00.00.0.0.000 RENTA
DE ACTIVOS FINANCIEROS 59.188.820.390,4
1.3.2.3.01.00.0.0.000 Intereses
sobre títulos valores 11.126.874.320,8
1.3.2.3.02.00.0.0.000 Intereses
y comisiones sobre préstamos 993.174.266,0
1.3.2.3.03.00.0.0.000 Otras
rentas de activos financieros 47.068.771.803,6
1.3.3.0.00.00.0.0.000 MULTAS,
SANCIONES, REMATES Y CONFISCACIONES 7.792.939,7
1.3.3.1.00.00.0.0.000 Multas
y sanciones 7.792.939,7
Monto Monto
Código Objeto
del gasto Subpartida partida
1.3.9.0.00.00.0.0.000 OTROS
INGRESOS NO TRIBUTARIOS 309.848.668,3
1.3.3.1.00.00.0.0.000 Reintegros
en efectivo 26.222.923,9
1.3.3.9.00.00.0.0.000 Ingresos
varios no especificados 283.625.744,4
1.4.0.0.00.00.0.0.000 TRANSFERENCIAS
CORRIENTES 1.567.904.928,6
1.4.1.0.00.00.0.0.000 Transferencias
corrientes del sector público 937.978.433,6
1.4.2.0.00.00.0.0.000 Transferencias
corrientes del sector privado 629.926.495,0
3.4.0.0.00.00.0.0.000 RECURSOS
DE EMISIÓN MONETARIA 144.511.274.513,1
TOTAL DE INGRESOS 208.226.556.359,2
EGRESOS
0 REMUNERACIONES 9.543.603.051,5
0 01 Remuneraciones
básicas 4.106.014.990,2
0 01 01 Sueldos
para cargos fijos 3.765.518.722,8
0 01 03 Servicios
especiales 340.496.267,4
0 02 Remuneraciones
eventuales 145.689.110,7
0 02 01 Tiempo
extraordinario 92.863.187,2
0 02 02 Recargo
de funciones 29.122.661,6
0 02 05 Dietas 23.703.261,9
0 03 Incentivos
salariales 3.153.243.129,3
0 03 01 Retribución
por años servidos 1.865.591.365,6
0 03 02 Restricción
al ejercicio liberal de la profesión 162.596.683,8
0 03 03 Decimotercer
mes 567.787.787,9
0 03 04 Salario
escolar 353.308.802,8
0 03 99 Otros
incentivos salariales 203.958.489,2
0 04 Contribuciones
patronales al desarrollo y la seguridad social 1.141.253.910,2
0 04 01 Contribución
Patronal al Seguro de Salud de la CCSS. (9,25%) 630.244.696,7
0 04 02 Contribución
Patronal al Instituto Mixto de Ayuda Social 34.067.280,9
0 04 03 Contribución
Patronal al Instituto Nacional de Aprendizaje 102.201.842,7
0 04 04 Contribución
Patronal al Fondo de Desarrollo Social
y
Asignaciones Familiares 340.672.809,0
0 04 05 Contribución
Patronal al Banco Popular y de Desarrollo Comunal 34.067.280,9
0 05 Contribuciones
patronales a fondos de pensiones y otros fondos de
capitalización 993.401.911,1
0 05 01 Contribución
Patronal al Seguro de Pensiones de la CCSS. (4,75%) 323.639.168,6
0 05 02 Aporte
Patronal al Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias 102.201.842,7
0 05 03 Aporte
Patronal al Fondo de Capitalización Laboral 204.403.685,4
0 05 05 Contribución
patronal a fondos administrados por entes privados (5,33%) 363.157.214,4
0 99 Remuneraciones
diversas 4.000.000,0
0 99 99 Otras
remuneraciones 4.000.000,0
1 SERVICIOS 9.631.804.463,6
1 01 Alquileres 162.531.984,0
1 01 01 Alquiler
de edificios, locales y terrenos 101.300.000,0
1 01 02 Alquiler
de maquinaria, equipo y mobiliario 58.294.484,0
1 01 04 Alquiler
y derechos para telecomunicaciones 2.700.000,0
1 01 99 Otros
alquileres 237.500,0
1 02 Servicios
básicos 277.050.505,6
1 02 01 Servicio
de agua y alcantarillado 15.570.000,0
1 02 02 Servicio
de energía eléctrica 106.500.000,0
1 02 03 Servicio
de correo 1.454.761,0
1 02 04 Servicio
de telecomunicaciones 132.889.744,6
1 02 99 Otros
servicios básicos 20.636.000,0
1 03 Servicios
comerciales y financieros 7.580.457.363,5
1 03 01 Información 75.015.208,3
1 03 02 Publicidad
y propaganda 100.000.000,0
1 03 03 Impresión,
encuadernación y otros 6.696.823.500,0
1 03 04 Transporte
de bienes 635.000,0
1 03 06 Comisiones
y gastos por servicios financieros y comerciales 531.886.000,0
1 03 07 Servicios
de transferencia electrónica de información 176.097.655,3
1 04 Servicios
de gestión y apoyo 656.937.724,2
1 04 01 Servicios
médicos y de laboratorio 1.000.000,0
1 04 02 Servicios
jurídicos 56.717.000,0
1 04 03 Servicios
de ingeniería 101.089.675,0
1 04 04 Servicios
en ciencias económicas y sociales 59.619.000,0
1 04 05 Servicios
de desarrollo de sistemas informáticos 25.000.000,0
1 04 06 Servicios
generales 270.262.049,2
1 04 99 Otros
servicios de gestión y apoyo 143.250.000,0
1 05 Gastos
de viaje y de transporte 123.859.391,2
1 05 01 Transporte
dentro del país 8.529.050,0
1 05 02 Viáticos
dentro del país 7.758.100,0
1 05 03 Transporte
en el exterior 35.678.698,0
1 05 04 Viáticos
en el exterior 71.893.543,2
1 06 Seguros,
reaseguros y otras obligaciones 135.217.385,0
1 06 01 Seguros 135.217.385,0
1 07 Capacitación
y protocolo 163.229.110,0
1 07 01 Actividades
de capacitación 147.547.610,0
1 07 02 Actividades
protocolarias y sociales 13.771.500,0
1 07 03 Gastos
de representación institucional 1.910.000,0
1 08 Mantenimiento
y reparación 528.374.000,0
1 08 01 Mantenimiento
de edificios y locales 202.243.000,0
Monto Monto
Código Objeto
del gasto Subpartida partida
1 08 04 Mantenimiento
y reparación de maquinaria y equipo de producción 15.000.000,0
1 08 05 Mantenimiento
y reparación de equipo de transporte 15.400.000,0
1 08 06 Mantenimiento
y reparación de equipo de comunicación 83.740.000,0
1 08 07 Mantenimiento
y reparación de equipo y mobiliario de oficina 14.436.000,0
1 08 08 Mantenimiento
y reparación de equipo de cómputo y sistemas
de
información 197.155.000,0
1 08 99 Mantenimiento
y reparación de otros equipos 400.000,0
1 99 Servicios
diversos 4.147.000,0
1 99 99 Otros
servicios no especificados 4.147.000,0
2 MATERIALES
Y SUMINISTROS 299.887.643.1
2 01 Productos
químicos y conexos 100.715.359,2
2 01 01 Combustibles
y lubricantes 17.628.000,0
2 01 02 Productos
farmacéuticos y medicinales 3.500.000,0
2 01 03 Tintas,
pinturas y diluyentes 79.387.359,2
2 01 99 Otros
productos químicos 200.000,0
2 02 Alimentos
y productos agropecuarios 11.701.754,4
2 02 03 Alimentos
y bebidas 11.701.754,4
2 03 Materiales
y productos de uso en la construcción y mantenimiento 41.760.220,0
2 03 03 Madera
y sus derivados 3.750.000,0
2 03 04 Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo 37.610.220,0
2 03 06 Materiales
y productos de plástico 400.000,0
2 04 Herramientas,
repuestos y accesorios 12.905.128,0
2 04 01 Herramientas
e instrumentos 2.473.800,0
2 04 02 Repuestos
y accesorios 10.431.328,0
2 99 Útiles,
materiales y suministros diversos 132.805.181,6
2 99 01 Útiles
y materiales de oficina y cómputo 17.831.633,3
2 99 02 Útiles
y materiales médico, hospitalario y de investigación 2.085.000,0
2 99 03 Productos
de papel, cartón e impresos 58.005.934,0
2 99 04 Textiles
y vestuario 9.430.640,7
2 99 05 Útiles
y materiales de limpieza 19.393.717,0
2 99 06 Útiles
y materiales de resguardo y seguridad 5.115.000,0
2 99 07 Útiles
y materiales de cocina y comedor 345.000,0
2 99 99 Otros
útiles, materiales y suministros 20.598.256,6
3 INTERESES
Y COMISIONES 173.698.608.000,0
3 01 Intereses
sobre títulos valores 164.441.682.000,0
3 01 01 Intereses
sobre títulos valores internos de corto plazo 42.372.027.000,0
3 01 02 Intereses
sobre títulos valores internos de largo plazo 122.069.655.000,0
3 02 Intereses
sobre préstamos 4.567.085.000,0
3 02 08 Intereses
sobre préstamos del Sector Externo 4.567.085.000,0
3 04 Comisiones
y otros gastos 4.689.841.000,0
3 04 01 Comisiones
y otros gastos sobre títulos valores internos 1.041.000,0
3 04 05 Diferencias
por tipo de cambio 4.688.800.000,0
5 BIENES
DURADEROS 3.847.407.737,1
5 01 Maquinaria,
equipo y mobiliario 3.183.187.893,1
5 01 01 Maquinaria
y equipo para la producción 12.408.250,0
5 01 02 Equipo
de transporte 33.245.115,0
5 01 03 Equipo
de comunicación 474.409.707,5
5 01 04 Equipo
y mobiliario de oficina 5.630.800,0
5 01 05 Equipo
y programas de cómputo 2.635.295.270,6
5 01 06 Equipo
sanitario, de laboratorio e investigación 835.000,0
5 01 07 Equipo
y mobiliario educacional, deportivo y recreativo 20.800.000,0
5 01 99 Maquinaria
y equipo diverso 563.750,0
5 02 Construcciones,
adiciones y mejoras 658.439.244,0
5 02 01 Edificios 658.439.244,0
5 99 Bienes
duraderos diversos 5.780.600,0
5 99 02 Piezas
y obras de colección 5.780.600,0
6 TRANSFERENCIAS
CORRIENTES 11.205.245.464,0
6 01 Transferencias
corrientes al sector público 9.774.649.840,9
6 01 02 Transferencias
corrientes a Órganos Desconcentrados 9.774.649.840,9
6 02 Transferencias
corrientes a personas 59.725.623,1
6 02 01 Becas
a funcionarios 58.725.623,1
6 02 99 Otras
transferencias a personas 1.000.000,0
6 03 Prestaciones 1.011.901.000,0
6 03 01 Prestaciones
legales 700.000.000,0
6 03 02 Pensiones
y jubilaciones contributivas 218.831.000,0
6 03 04 Decimotercer
mes de pensiones y jubilaciones 18.070.000,0
6 03 99 Otras
prestaciones a terceras personas 75.000.000,0
6 04 Transferencias
corrientes a entidades privadas sin fines de lucro 274.969.000,0
6 04 02 Transferencias
corrientes a fundaciones 274.969.000,0
6 06 Otras
transferencias corrientes al sector privado 73.000.000,0
6 06 01 Indemnizaciones 73.000.000,0
6 07 Transferencias
corrientes al sector externo 11.000.000,0
6 07 01 Transferencias
corrientes a organismos internacionales 11.000.000,0
TOTAL GENERAL DE EGRESOS ¢208.226.556.359,2
San José, 17 de enero del 2006.—Departamento de
Presupuesto y Planificación Operativa.—Lic. Celia Alpízar P., Directora.—1
vez.—(O. C. Nº 2006007738).—C-291620.—(4942).
ÁREA SALUD DE TALAMANCA
REGIÓN HUETAR ATLÁNTICA
PROGRAMA ANUAL DE COMPRAS DEL
2006
De conformidad con el artículo 7 del Reglamento a la
Ley de Contratación Administrativa, se pública el texto que corresponde al
Programa Anual de Compras del Área Salud de Talamanca.
PROGRAMACIÓN ANUAL DE COMPRA
DE ARTÍCULOS
Partida Monto Trim. estim.
Presup. Descripción
del artículo estimado
en ¢ inicio compra
2114 Impresión,
encuadernación y otros 141.500,00 I, II, III, IV
2141 Transportes
de bienes 2.000.000,00 I, II, III, IV
2152 Manten.
y reparac. de may. y equipo de ofic. 1.800.000,00 I, II, III, IV
2153 Manten.
y reparac. de equipo de transportes 8.500.000,00 I, II, III, IV
2154 Manten.
y reparac. de equipos y máquinas 8.500.000,00 I, II, III, IV
2156 Manten.
y reparac. de edificios por terceros 13.000.000,00 I, II, III, IV
2159 Manten.
reparac. equipo cómputo 2.000.000,00 I, II, III, IV
2184 Traslado
de pacientes 68.000.000,00 I, II, III, IV
2192 Servicios
de seguridad y vigilancia 25.400.000,00 I, II, III, IV
2193 Mantenimiento
zonas verdes 3.200.000,00 I, II, III, IV
2199 Otros
servicios no personales 7.400.000,00 I, II, III, IV
2201 Combustible
(gasolina, diesel, lubricantes) 1.915.000,00 I, II, III, IV
2203 Medicinas 8.842.000,00 I, II, III, IV
2205 Productos
químicos y conexos 1.560.000,00 I, II, III, IV
2206 Tintas,
pinturas y diluyentes 1.040.000,00 I, II, III, IV
2207 Textiles
y vestuarios 4.300.000,00 I, II, III, IV
2209 Llantas
y neumáticos 2.250.000,00 I, II, III, IV
2210 Productos
de papel y cartón 5.011.000,00 I, II, III, IV
2211 Impresos
y otros 712.000,00 I, II, III, IV
2212 Mat.
produc. metal 810.000,00 I, II, III, IV
2213 Productos
alimenticios 2.790.000,00 I, II, III, IV
2214 Madera
y sus derivados 810.000,00 I, II, III, IV
2215 Otros
materiales de construcción 3.600.000,00 I, II, III, IV
2216 Mat.
prod. eléctricos, teléf, cómputo 810.000,00 I, II, III, IV
2217 Instrumentos
y herramientas 135.000,00 I, II, III, IV
2218 Mat.
prod. vidrio 405.000,00 I, II, III, IV
2219 Instrumental
médico y laboratorio 6.250.000,00 I, II, III, IV
2220 Mat.
prod. plásticos 405.000,00 I, II, III, IV
2221 Repuestos
de equipo de transporte 5.812.500,00 I, II, III, IV
2223 Otros
repuestos 4.500.000,00 I, II, III, IV
2225 Útiles
y materiales de oficina 2.500.000,00 I, II, III, IV
2227 Útiles
y materiales de limpieza 2.700.000,00 I, II, III, IV
2229 Envases
y empaque de medicina 732.000,00 I, II, III, IV
2231 Útiles
de cocina y comedor 79.000,00 I, II, III, IV
2233 Otros
útiles y materiales 1.460.000,00 I, II, III, IV
2237 Otros
materiales y suministros 282.000,00 I, II, III, IV
2241 Combustible
p/ equipo de transporte 6.650.000,00 I, II, III, IV
2243 Lubricantes,
grasas p/ equipo de transporte 597.000,00 I, II, III, IV
2315 Equipo
cómputo 2.588.000,00 I, II, III, IV
2320 Equipo
y mobiliario de oficina 7.800.000,00 I, II, III, IV
2390 Equipos
varios 1.000.000,00 I, II, III, IV
Estas adjudicaciones se efectuarán por medio del
programa ordinario de compras de la Institución y financiadas con el
presupuesto ordinario aprobado por la Contraloría General de la República.
Hone Creek, 9 de enero del 2006.—Lic. Sandra Méndez
Mendoza, Administradora.—1 vez.—(4977).
DIRECCIÓN FINANCIERO CONTABLE
PROGRAMA DE COMPRAS 2006
Servicio o Monto Fecha Fuente
de
mercadería Programa estimado ¢ adquisición financiamiento
Equipo y mobi-
liario de oficina Gestión
Financiera 2.500.000 Marzo-2006 Dirección
Financiero
Contable
Equipo de cómputo Gestión
Financiera 13.000.000 Abril-2006 Dirección
Financiero
Contable
Equipo comunica-
ciones Gestión
Financiera 2.000.000 Marzo-2006 Dirección
Financiero
Contable
Equipos varios Gestión
Financiera 2.000.000 Abril-2006 Dirección
Financiero
Contable
San José, 17 de enero del 2006.—Lic. Iván Guardia
Rodríguez, Director.—1 vez.—(4989).
GERENCIA DIVISIÓN DE
PENSIONES
SUBÁREA DE CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la
Ley de Contratación Administrativa y 7 del Reglamento General de Contratación
Administrativa, se informa del programa de adquisiciones proyectado para el
período 2006:
PROGRAMA DE COMPRAS
AÑO 2006
Partida Concepto Monto
en colones
2102 Alquiler
de locales 17.750.000,00
2103 Alq.
maquin. equipo mob. 4.200.000,00
2106 Otros
alquileres 15.900.000,00
2112 Información 5.000.000,00
2113 Publicidad
y propaganda 90.000.000,00
2114 Impresión,
encuadernación y otros 129.815.000,00
2131 Actividades
de capacitación 191.522.000,00
2148 Honorarios
y consultorías 17.951.000,00
2149 Contratación
servicios de ingeniería 1.000.000,00
2151 Mantenimiento
de instalaciones y obras 3.000.000,00
2152 Mantenimiento,
rep. de eq. y móbil. oficina 4.822.000,00
2153 Mantenim.
rep. equipos de transporte 1.043.000,00
2154 Mantenimiento,
rep. de otros equipos 3.223.000,00
2156 Mantenimiento
y reparac. edif. por terceros 35.300.000,00
2157 Mantenim.
y reparac. equipo comunicación 8.783.500,00
2159 Mantenimiento
de equipo de cómputo 133.159.500,00
2162 Contratación
servicios jurídicos 30.000.000,00
2165 Contrat.
serv. ciencias econom. y sociales 10.000.000,00
2170 Contrat.
serv. desarrollo sist. inform. 61.000.000,00
2191 Contrat.
serv. limpieza edificios 18.925.000,00
2192 Contrat.
serv. vigilancia 58.096.000,00
2205 Otros
product. químicos y conexos 310.000,00
2206 Tintas,
pinturas y diluyentes 13.799.500,00
2207 Textiles
y vestuarios 13.000.000,00
2210 Productos
de papel y cartón 15.123.480,00
2211 Impresos
y otros 32.476.000,00
2223 Otros
repuestos 15.637.000,00
2225 Útiles
y materiales de oficina 9.018.500,00
2227 Útiles
y materiales de limpieza 168.500,00
2231 Útiles
cocina y comedor 81.000,00
2233 Otros
útiles y materiales 2.300.500,00
2237 Otros
materiales y suministros 693.500,00
2310 Equipo
y mobiliario de oficina 5.985.000,00
2315 Equipo
de cómputo 130.000.000,00
Dirección Financiero Administrativa.—Lic. Gustavo
Picado Chacón, Director.—1 vez.—(5108).
CENTRO NACIONAL DE
REHABILITACIÓN
Programa anual de compras
año 2006
Código Descripción Monto
(¢)
2000 Servicios
Personales 2.409.002.513,95
2001 Sueldos
cargos fijos 953.863.984,58
2002 Sueldos
personal sustituto 127.975.000,00
2003 Aumentos
anuales 567.918.741,91
2005 Sobresueldo
aumento salarial 30.742.728,51
2008 Dedicación
Ley Inc. Médico 89.786.905,00
2009 Dedicación
exclusiva 124.980.502,53
2012 Peligrosidad 2.442.102,00
2014 Bonif.
Adic. Prof. Ciencias 21.893.229,28
2015 Remuneración
por vacaciones 15.596.000,00
2016 Dif.
Apl. Escala salarial 96.930,34
2017 Carrera
profesional 97.468.959,64
2018 Disponibilidad
administrativa 2.499.930,16
2021 Tiempo
extraordinario 45.358.500,00
2022 Recargo
Nocturno 60.000.000,00
2024 Disponibilidades
médicos 4.907.000,00
2025 Días
feriados 14.000.000,00
2026 Guardias
médicos residentes 60.605.000,00
2027 Extras
corriente médico 450.000,00
2035 Compensación
de vacaciones 1.831.000,00
2039 Remuneración
por recargo 2.574.000,00
2092 Sueldos
adicionales 183.918.000,00
2099 Otros
serv. Personales 94.000,00
2100 Servicios
no personales 340.795.000,00
2112 Información 281.500,00
2113 Publicidad
y propaganda 281.500,00
2114 Impresión
encuad. y otros 67.500,00
2122 Telecomunicaciones 6.750.000,00
2124 Servicios
de Correo 562.500,00
2126 Energía
eléctrica 44.437.500,00
2128 Servicios
de agua 76.556.500,00
2130 Otros
servicios públicos 339.000,00
2131 Actividades
de capacitación 9.500.000,00
2134 Gastos
viajes dentro del país 2.500.000,00
2140 Transporte
dentro del país 2.000.000,00
2141 Transporte
de bienes 3.000.000,00
2142 Seguro
daños y otros seguros 4.100.000,00
2144 Seguros
riesgos profesionales 6.686.000,00
2150 Conf.
Repr. vest. por terceros 900.000,00
2151 Mant.
de inst. otras obras 2.000.000,00
2152 Manten.
y rep. eq. y mob. ofi 1.836.000,00
2153 Mant,
y rep. eq. transporte 12.500.000,00
2154 Mant.
y repar.otros eq. 28.932.500,00
2155 Mant.
y rep. maq. y eq. prod. 2.200.000,00
2156 Mant.
Repara. ed. Terceros 26.970.000,00
2157 Mant.
y Rep. Equipo Comunic. 525.500,00
Código Descripción Monto
(¢)
2159 Mant.
y Rep. Equipo Cómputo 13.948.500,00
2184 Traslados 56.000.000,00
2186 Hospedajes 10.000.000,00
2188 Contr.
Serv. Méd. Lab. y Farm. 4.320.000,00
2193 Mant.
Serv. Mant. Zonas Verdes 6.575.000,00
2199 Otros
servicios no personales 17.025.500,00
2200 Materiales
y suministros 353.741.000,00
2201 Gasolina,
Lub. y Grasas 52.000.000,00
2203 Medicinas 18.985.500,00
2205 Otros
Prod. Quím. y conexos 24.515.000,00
2206 Tintas pinturas y diluyente 2.985.000,00
2207 Textiles
y vestuarios 25.000.000,00
2209 Llantas
y neumáticos 542.000,00
2210 Productos
de papel y cartón 13.575.000,00
2211 Impresos
y otros 4.235.500,00
2212 Materiales
de prod. metal 1.099.500,00
2213 Alimentos
y bebidas 89.500.000,00
2214 Madera
y sus derivados 400.000,00
2215
Otros Mat. y Prod. Construc. 6.552.500,00
2216 Mat.
y Prod. Elect. Tel y Co. 1.578.500,00
2217 Instrument.
y herramienta 1.138.500,00
2218 Mater.
y Prod. de vidrio 171.500,00
2219 Instrum.
Médico y Laborado. 70.940.000,00
2220 Mater.
y Prod. de plástico 198.000,00
2221 Rep.
Equipo de Transportes 3.183.000,00
2223 Otros
repuestos 17.373.000,00
2225 Utiles
y mater. de oficina 3.353.000,00
2227 Utiles
y mat. de limpieza 3.197.000,00
2228 Utiles
y mat. Resg. y seg. 1.000.000,00
2229 Envases
y Emp. Medicina 1.066.000,00
2231 Útiles
cocina y comedor 1.980.000,00
2233 Otros
Útiles y Materiales 2.272.500,00
2237 Otros
Materiales y Suministros 900.000,00
2241 Combusti.
Eq. de Transporte 5.000.000,00
2243 Lubri.Grasas
y Eq. de Trans. 1.000.000,00
2300 Maquinaria
y equipo 38.770.000,00
2310 Eq.
y Mobiliario de Ofic. 1.860.000,00
2315 Equipo
de Cómputo 7.017.000,00
2320 Equipo
Médico y Laboratorio 18.842.000,00
2340 Eq.
Para comunicaciones 1.311.000,00
2380 Libros 500.000,00
2390 Equipos
varios 9.240.000,00
2400 Desembolsos
financieros 2.000.000,00
2415 Derechos
sobre activos 2.000.000,00
2600 Transferencias
corrientes 735.142.500,00
2603 Contrib.
Patronal a I.V.M 104.835.500,00
2604 Transf.
Empr. Públ. Financiera 11.042.500,00
2605 Tran.
Inst. Públ. Servicio 33.111.500,00
2606 Aport.
Pat. al Fdo de Retiro 60.597.500,00
2607 Contrib.
Pat. Asoc. Solid. 37.840.500,00
2609 Ayuda económica por Enfer. 5.661.000,00
2610 Subsidios
por incapacidad 187.112.000,00
2611 Subsidios
de maternidad 2.220.000,00
2612 Subs.
Enf. Empleados 65.000.000,00
2613 Subs.
Mat. Empleados 610.500,00
2617 Acces.
Med. Apart. Ortoped. 160.000.000,00
2618 Aporte
Ley Prot. Trab. 7983 66.215.000,00
2626 Subs.
Enf. Trab. Ind. 896.500,00
Total
de egresos en efectivo 3.879.451.013,95
EGRESOS
EN ESPECIE 0,00
2200 Materiales
y suministros 195.084.000,00
2254 Medicinas 77.139.000,00
2256 Produc.
Quím. Lab. y Reactivos 12.000.000,00
2258 Textiles
y vestuarios 35.780.000,00
2261 Productos
de papel y cartón 226.000,00
2262 Impresos
y otros 789.000,00
2270 Instrum-Médico
y Laborat. 68.673.000,00
2280 Envases
y empaques Medici. 477.000,00
2600 Transferencias
corrientes 264.838.000,00
2602 Contrib.
Patronal S.E.M 264.838.000,00
2700 DEPRECIACIONES 187.202.000,00
2701 Deprec.
Maq. Mobil. y Equipo 145.000.000,00
2702 Depreciación
de Edificios 42.202.000,00
Total
de egresos en especie 647.124.000,00
Total 4.526.575.013,95
San José, 19 de enero del 2006.—Unidad de
Compras.—Kattya Ortiz González, Jefa.—1 vez.—(5422).
ÁREA DE SALUD OROTINA-SAN
MATEO
REGIÓN PACÍFICO CENTRAL
Plan anual de compras año
2006
Cuenta Nombre Monto
estimado (¢)
2188 Contratación
Servicios Médicos y de Laboratorio 6.237.000,00
2191 Contratación
servicios de limpieza 14.210.000,00
2188 Contratación
servicios de vigilancia 19.400.000,00
Alajuela, 20 de enero del 2006.—Lic. Miguel Rojas Arce,
Administrador.—1 vez.—(5425).
HOSPITAL MÉXICO
Publicación de compras año
2006
El Hospital México, de la Caja Costarricense de Seguro
Social, en cumplimiento a lo establecido en los artículos 7, 7.1, 7.2 y 7.3 del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, procede a publicar el
Programa de compras del centro para el año 2006. El tipo de proyecto que se
ubica es: Programa, Atención Integral a la Salud, Subprogramas: Atención
Ambulatoria, Atención Hospitalaria, Actividad Programática: Atención Integral a
las Personas. Distribuido en periodos trimestrales, siendo su fuente de
financiamiento del Presupuesto de Egresos.
Monto
Cuenta Descripción total anual
(¢)
2106 Otros
alquileres 44.500.000,00
2141 Transporte
de bienes 35.000.000,00
2149 Servicios
profesionales en consultoría 14.000.000,00
2154 Mant.
rep. Maq. y equipo por terceros 450.000.000,00
2156 Mant.
rep. edificios por terceros 900.000.000,00
2199 Otros
servicios no personales 162.300.000,00
2203 Medicinas 634.200.000,00
2205 Otros
productos químicos y conexos 1.054.000.000,00
2210 Productos
de papel y cartón 80.000.000,00
2211 Impresos
y otros 9.000.000,00
2213 Productos
alimenticios 438.000.000,00
2214 Madera y
derivados 8.000.000,00
2216 Materiales
y productos eléctricos 25.000.000,00
2217 Instrumentos
y herramientas 20.000.000,00
2219 Instrumentos
med. y laboratorio 1.050.000.000,00
2223 Otros
repuestos 500.000.000,00
2225 Útiles y
materiales de oficina 10.000.000,00
2227 Útiles y
materiales de limpieza 64.000.000,00
2229 Envases y
empaques de medicina 10.000.000,00
2231 Útiles
cocina y comedor 18.000.000,00
2233 Otros
útiles y materiales 12.000.000,00
2245 Fármacos
p. tratamientos especiales 685.800.000,00
2310 Equipo y
mobiliario de oficina 20.000.000,00
2315 Equipo de
cómputo 127.845.000,00
2320 Equipo
médico y laboratorio 286.393.500,00
2390 Equipos
varios 40.000.000,00
Total ¢
6.698.038.500,00
San José, 19 de enero del 2006.—Área de
Adquisiciones.—Freddy Alfaro Ramírez, Jefe.—1 vez.—(5432).
ÁREA DE SALUD SANTA BÁRBARA
DE HEREDIA
UNIDAD PROGRAMÁTICA: 2278
COMPLEMENTO AL PROGRAMA ANUAL
DE COMPRAS
FUENTE DE FINANCIAMIENTO:
PRESUPUESTO 2006
Descripción Unidad Monto estimado Período estimado
artículo o servicio medida Lugar en
colones inicio contrato
Ítem único
Cuenta: 2188
Contratación de auxiliares
de registros médicos por
terceros UD
4 Área
de
Salud 12.323.000,00 Segundo Trimestre
16 de enero del 2006.—MBA. Manuel Mora Mora,
Administrador.—1 vez.—(5442).
SUCURSAL PÉREZ ZELEDÓN
PROGRAMA DE ADQUISICIONES AÑO
2006
1 Servicios
no personales 20.041.500,0
2102 Alquiler
de edificios 1.444.500,0
2112 Información
y publicidad 147.000,0
2114 Impresión
encuad. y otros 36.500,0
2122 Telecomunicaciones 1.051.000,0
2124 Servicios
de correo 498.000,0
2126 Energía
eléctrica 4.995.000,0
2128 Servicios
de agua 489.000,0
2130 Otros
servicios públicos 284.000,0
2134 Gastos
viaj. dentro del p. 5.231.000,0
2140 Transp.
fletes en el país 245.000,0
2142 Seguro
de daños 391.000,0
2144 Seguro
riesgos profesional 422.500,0
2152 Mantenim. rep. maq. y eq. of. 1.446.500,0
2153 Mant.
y rep. eq. transporte 1.470.500,0
2156 Mant.
repar. ed. terceros 825.000,0
2160 Gastos
judiciales 663.000,0
2199 Otros
serv. no personales 402.000,0
2 Materiales
y suministros 16.510.000,0
2205 Otros
prod. quim. y conexos 2.151.000,0
2207 Textiles
y vestuarios 262.000,0
2209 Llantas
y neumáticos 697.000,0
2210 Productos
papel y cartón 1.323.500,0
2211 Impresos
y otros 3.036.500,0
2215 Materiales
de construcción 360.000,0
2217 Instrument.
y herramienta 63.000,0
2221 Rep.
equipo de transporte 1.729.000,0
2223 Otros
repuestos 1.559.000,0
2225 Útiles
y mater. de oficina 793.500,0
2227 Útiles
y mat. de limpieza 150.000,0
2237 Otros
mater. y suministros 404.000,0
2241 Combusti.
eq. de transpor. 3.236.500,0
2243 Lubri.
grasas y eq. de tran. 745.000,0
San Isidro de Pérez Zeledón, 16 de enero del 2006.—Lic.
Jorge Minor Mata Arias, Administrador a. í. Sucursal.—1 vez.—(5436).
CENTRO DE TRANSPLANTE
HEPÁTICO
Y CIRUGÍA HEPATOBILIAR
Montos Presupuestarios aprobados al Centro de
Transplante Hepático y Cirugía Hepatobiliar de la Caja Costarricense de Seguro
Social para las compras directas, licitaciones públicas, restringidas, por
invitación, por registro y otras para el año 2006.
Materiales y suministros
2203 MEDICINAS ¢125.000.000,00
2205 OTROS
PROD QUIM Y CONEXOS ¢100.000.000,00
2206 PINTURAS.
TINTURAS ¢1.000.000,00
2207 TEXTILES
Y VESTUARIOS ¢5.000.000,00
2210 PROD DE
PAPEL Y CARBÓN ¢3.000.000,00
2211 IMPRESOS
Y OTROS ¢1.500.000,00
2213 PRODUCTOS
ALIMENTICIOS ¢7.500.000,00
2215 MATER
DE CONSTRUCCIÓN ¢5.000.000,00
2219 INSTR
MÉDICO Y DE LABORAT ¢100.000.000,00
2223 OTROS
REPUESTOS ¢3.800.000,00
2225 ÚTILES
Y MAT DE OFICINA ¢2.300.000,00
2229 ENVASES
Y EMP MED ¢500.000,00
2237 OTROS
MAT Y SUMINISTROS ¢2.000.000,00
2245 FARMACOS/TRAT
ESPECIAL ¢100.000.000,00
Total materiales y suministros ¢456.600.000,00
Maquinaria y equipo
2310 EQUIP Y
MOB DE OFICINA ¢7.300.000,00
2315 EQUIPO
DE CÓMPUTO ¢5.000.000,00
2320 EQUIPO
MED Y DE LABORAT ¢178.500.000,00
2340 EQ PARA
COMUNICACIONES ¢200.000,00
2350 EQ
EDUCAC Y RECREAT ¢2.500.000,00
2380 LIBROS ¢1.500.000,00
2390 EQUIPOS
VARIOS ¢5.000.000,00
Total maquinaria y equipo ¢200.000.000,00
Total ambas partidas ¢656.600.000,00
San José, 17 de enero del 2006.—MBA. Luis Wachong,
Administrador.—1 vez.—(5610).
SUCURSAL EN BUENOS AIRES
PROGRAMA DE ADQUISICIONES AÑO
2006
Cumpliendo con el artículo 6 de la Ley de Contratación
Administrativa, solicito realizar la siguiente publicación.
SERVICIOS NO PERSONALES
Cuenta Nombre
cuenta Monto
2102 Alquiler de
edificios, locales y terreno 1.600.000,00
2112 Información 35.000,00
2114 Impresión,
encuadernado y otros 43.000,00
2122 Telecomunicaciones 475.000,00
2124 Servicios
de correo 51.500,00
2126 Energía
eléctrica 884.500,00
2128 Servicios
de agua 114.000,00
2130 Otros
servicios públicos 30.000,00
2134 Gastos
viajes dentro del país 2.214.000,00
2140 Transportes
en el país 339.000,00
2141 Trasporte
de bienes 65.000,00
2142 Seguro de
daños y otros seguros 176.000,00
2144 Seguro de
riesgo de personal 149.000,00
2152 Mantenimiento
reparación de equipos
y
mobiliario de 304.000,00
2153 Mantenimiento
y reparación equipo
de
transporte pc 305.500,00
Cuenta Nombre
cuenta Monto
2156 Mantenimiento
y reparación de edificio a tercero 25.000,00
2157 Mantenimiento
y reparación de equipo
de
comunicación 115.500,00
2159 Mantenimiento
y reparación de equipo
de
cómputo 230.000,00
2160 Gastos
judiciales 164.000,00
2199 Otros
servicios no personales 196.000,00
MATERIALES Y SUMINISTROS
2205 Otros
productos químicos y conexos 13.000,00
2206 Tintas, pinturas
y diluyentes 635.000,00
2207 Textiles y
vestuarios 51.500,00
2209 Llantas y
neumáticos 220.000,00
2210 Productos
papel y cartón 300.500,00
2211 Impresos y
otros 301.000,00
2212 Materiales
y productos metálicos 43.000,00
2215 Otros
materiales y productos de
uso en
construcción 58.000,00
2216 Materiales
y productos eléctricos,
telefónicos
y de c 46.000,00
2217 Instrumentos
y herramientas 13.000,00
2218 Materiales
y productos de vidrio 35.500,00
2220 Materiales
y productos de plástico 34.000,00
2221 Reparación
de equipo de transporte 753.000,00
2223 Otros
repuestos 585.000,00
2225 Útiles y
materiales de oficina 177.000,00
2227 Útiles y
materiales de limpieza 173.500,00
2237 Otros
materiales y suministros 153.500,00
2241 Combustible
y equipo de transporte 783.000,00
2243 Lubricantes,
grasa y equipo de transporte 242.000,00
TOTAL DE ACTIVIDAD ¢
12.133.500,00
Lic. Mercedes Morera Zúñiga, Administradora.—1
vez.—(5624).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN REGIONAL
Y RED DE SERVICIOS DE SALUD CHOROTEGA
Programación de compras año 2006
Cuenta Monto
presup. Descripción estimado ¢
SERVICIOS NO PERSONALES
2114 Impresión
encuad. y otros 200.000,00
2122 Telecomunicaciones 3.300.000,00
2124 Servicios
de correo 20.000,00
2126 Energía
eléctrica 7.000.000,00
2128 Servicios
de agua 650.000,00
2130 Otros
servicios públicos 300.000,00
2134 Gastos
de viaje dentro del país 19.500.000,00
2140 Transportes-fletes
en el país 1.900.000,00
2142 Seguro
de daños 500.000,00
2144 Seguros
riesgos profesionales 543.000,00
2152 Mantenimiento
y reparación
de
equipo 500.000,00
2154 Manten.
y repar. otros equipos 500.000,00
2156 Mantenimiento
reparación edificio 5.400.000,00
2159 Mantenimiento
y reparac.
equipo
cómputo 5.500.000,00
2191 Contratación
servicios limpieza 4.100.000,00
2192 Contratación
servicios de vigilancia 11.500.000,00
2199 Otros
servicios no personales 3.500.000,00
MATERIALES
Y SUMINISTROS
2201 Combustible,
lubricantes y grasas 50.000,00
2205 Otros
productos químicos y conexos 500.000,00
2206 Tintas,
pinturas y diluyentes 730.000,00
2207 Textiles
y vestuarios 450.000,00
2209 Llantas
y neumáticos 40.000,00
2210 Productos
papel y cartón 1.500.000,00
2211 Impresos
y otros 100.000,00
2212 Materiales
de producción metal 1.000.000,00
2213 Alimenticios
y bebidas 210.000,00
2214 Madera
y sus derivados 1.000.000,00
2215 Otros
materiales y produc. construcción 3.000.000,00
2217 Instrumentos
y herramientas 300.000,00
2218 Material
y prod. de vidrio 1.000.000,00
2221 Repuestos
equipo transporte 2.300.000,00
2223 Otros
repuestos 1.500.000,00
2225 Útiles
y materiales de oficina 2.700.000,00
2227 Útiles
y materiales de limpieza 300.000,00
2233 Otros
útiles y materiales 2.000.000,00
2241 Combustible
equipo transporte 3.700.000,00
2243 Lubricantes
grasas equipo transporte 400.000,00
MAQUINARIA
Y EQUIPO
2310 Equipo
y mobiliario de oficina 2.150.000,00
2315 Equipo
de cómputo 3.700.000,00
2390 Equipos
varios 1.100.000,00
Fuente de financiamiento: presupuesto ordinario,
Dirección de Gestión Regional y Red de Servicios de Salud Chorotega.
Liberia, Guanacaste, 20 de enero del 2006.—Lic.
Florencio Acuña Ortiz, Asistente Administrativo.—1 vez.—(5886).
MUNICIPALIDAD DE LA UNIÓN
PROGRAMA ANUAL DE COMPRAS
2006
De conformidad con lo estipulado en el artículo N° 6 de
la Ley de Contratación Administrativa y los artículos N° 7.1, 7.2 y 7.3 del
Reglamento General de Contratación Administrativa, se informa a todos los
interesados que durante el periodo 2006, se contratará lo siguiente:
N° Bien o servicio Monto Periodo Fuente
1 Alquileres 17.000.000,00 1, 2, 3, 4 trim Presup. ordin.
2 Servicios
básicos 28.259.410,00 1, 2, 3, 4 trim Presup. ordin.
3 Serv.
comer. y finan. 6.450.000,00 1, 2, 3, 4 trim Presup. ordin.
4 Serv.
gestión y apoyo 34.200.000,00 1, 2, 3, 4 trim Presup. ordin.
5 Gastos
viaje y transp. 900.000,00 1, 2, 3, 4 trim Presup. ordin.
6 Seguros
y otras oblig. 12.596.350,00 1, 2, 3, 4 trim Presup. ordin.
7 Capacitación
y protoc. 4.975.000,00 1, 2, 3,4 trim Presup. ordin.
8 Mantenim.
y repar. 6.446.150,00 1, 2, 3, 4 trim Presup. ordin.
9 Servicios
diversos 1.500.000,00 1, 2, 3, 4 trim Presup. ordin.
10 Prods.
químicos y conex. 14.675.000,00 1, 3 trim Presup. ordin.
11 Mater.
y product p/ construc. 62.588.590,00 1, 2, 3, 4trim Presup. ordin.
12 Herram.,
repuest. y accesorios 3.500.000,00 1, 2, 3, 4 trim Presup. ordin.
13 Bienes
p/ la produce. y comerc. 3.489.580,00 1, 2, 3, 4 trim Presup. ordin.
14 Útiles,
materiales y sumin. varios 28.925.440,00 1, 3 trim Presup. ordin.
15 Construcciones
adic. y mejoras 99.622.520,00 1, 2, 3, 4 trim Presup. ordin.
16 Maquinaria,
equipo y mobil. 27.364.980,00 2, 3, 4 trim Presup. ordin.
Total 352.493.000,00
Estas adquisiciones se llevarán a cabo con el
presupuesto propio de la Municipalidad, el cual está contemplado en el programa
anual de gasto.
De igual manera se invita a todos los proveedores a
formar parte de nuestro Registro de Proveedores, los cuales deberán realizar su
inscripción en la Oficina de Proveeduría de esta Municipalidad.
Sr. Marvin Durán Vega, Proveedor Municipal.—1 vez.—(5445).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL
SERVICIO ELÉCTRICO
MUNICIPAL DE CARTAGO
PLAN DE COMPRAS 2006
La Junta Administrativa del Servicio Eléctrico
Municipal de Cartago, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 7º del
Reglamento de Contratación Administrativa, procede a publicar el Programa de
Compras 2006, Presupuesto Ordinario 2006.
Ítem Código Descripción Monto
Presupuestario del Artículo Miles
1-04-02-00 Servicios Jurídicos 20.039,00
1 1-04-02-00 Servicios de notariado 1.000,00
2 1-04-02-00 Servicios de abogacía 800,00
3 1-04-02-00 Otros Servicios Jurídicos 18.239,00
4 1-04-03-00 Servicios de Consultoría en Ingeniería 70.000,00
1-04-04-00 Servicios Profesionales en Ciencias
Económicas
y Sociales 33.150,00
5 1-04-04-00 Servicios Profesionales en Auditoría
Externa
Financiera 4.651,00
6 1-04-04-00 Servicios Profesionales en Inventario
Físico
Materiales de Almacén 2.236,20
7 1-04-04-00 Servicios Profesionales en Inventario
Físico
mobiliario y equipo 4.700,00
8 1-04-04-00 Servicios Profesionales en Estudio en
Materia
Financiera y contable 1.467,00
9 1-04-04-00 Servicios Profesionales en Estudio
de
la Estructura Organizativa, Sistema
de
clasificación y valoración de puestos
con
base en competencias, Estudio del
Mercadeo
Salarial, Estudio de cargas de
trabajo,
Sistema de Evaluación del
Desempeño
con base en competencias,
Sistema
de Incentivos y de Promoción de
los
Funcionarios y definición de los alcances
de
un Sistema de DO. 3.000,00
10 1-04-04-00 Servicios Profesionales en Conciliación
de
registros y otros en facturación 3.150,00
11 1-04-04-00 Servicios Profesionales en Levantamiento
de
requerimientos Sistema de Facturación 5.000,00
12 1-04-04-00 Otros Servicios Profesionales en Ciencias
Económicas
y Sociales 8.945,80
1-04-05-00 Servicios Profesionales de Desarrollo
de
Sistemas Informáticos 76.562,70
13 1-04-05-00 Servicios Profesionales de Desarrollo
de
un Sistema de Planificación Institucional 7.500,00
14 1-04-05-00 Servicios Profesionales de Mantenimiento
del
Sistema SIFAJ 7.000,00
15 1-04-05-00 Servicios Profesionales de Desarrollo
Sistema
de Facturación 7.000,00
16 1-04-05-00 Servicios Profesionales de Sistemas
Informáticos
en Facturación 8.000,00
17 1-04-05-00 Otros Servicios Profesionales de
Desarrollo
de Sistemas Informáticos 47.062,70
18 1-04-06-01 Servicios de Vigilancia 130.000,00
Ítem Código Descripción Monto
Presupuestario del Artículo Miles
19 1-04-06-02 Servicios de Aseo 28.500,00
1-04-06-03 Otros Servicios al Cliente 40.100,00
20 1-04-06-03 Mano de obra especializada para
realizar
el servicio de cortas y reco-
nexiones 24.000,00
21 1-04-06-03 Otros Servicios varios al Cliente 16.100,00
1-04-99-00 Otros Servicios Profesionales de
Gestión
y Apoyo 81.672,09
22 1-04-99-00 Consultoría Especializada en materia
de
Tarifas de Electricidad 5.000,00
23 1-04-99-00 Servicios de Asesoría Legal en Materia
de
Control y Fiscalización 1.000,00
24 1-04-99-00 Servicios Profesionales de Estudio
Técnico
Sistema de Información 3.000,00
25 1-04-99-00 Servicios Profesionales de Desarrollo
de
un Plan de Continuidad de Negocios 5.000,00
26 1-04-99-00 Servicios Profesionales Administrativos
y
Técnicos para la Dirección de la UEN
de
Proyectos 2.000,00
27 1-04-99-00 Servicios Profesionales de Actualización
y
Mantenimiento Sistema SCADA 2.000,00
28 1-04-99-00 Servicios Profesionales de pruebas,
diseños
y servicios para obras en la
infraestructura 2.000,00
29 1-04-99-00 Servicios Profesionales de Servicio
de
Consultoría de Procesos Ajustes
y
Equipos 1.500,00
30 1-04-99-00 Servicios Profesionales de Asistente
Administrativo 3.000,00
31 1-04-99-00 Servicios Profesionales de Servicio de
Lectura
de Medidores 7.000,00
32 1-04-99-00 Pruebas, Diseño Obras de Protección
Infraestructura 5.000,00
33 1-04-99-00 Otros Servicios varios Profesionales
de
Gestión y Apoyo 45.172,09
34 1-05-01-00 Servicios de Transporte dentro del país 20.617,00
1-07-01-00 Actividades de Capacitación 42.300,00
35 1-07-01-00 Congreso de Auditoría 500,00
36 1-07-01-00 Participación en congresos, talleres
y
cursos de Auditoría 2.000,00
37 1-07-01-00 Curso Administración Base Datos
Oracle
400,00
38 1-07-01-00 Curso Administración Proyectos 300,00
39 1-07-01-00 Curso Aplicación Web bajo Oracle 550,00
40 1-07-01-00 Oracle Tunning 550,00
41 1-07-01-00 Linux avanzado 400,00
42 1-07-01-00 Capacitación en trabajo en equipo,
relaciones
de jerarquía, delegación,
autoridad,
liderazgo, desarrollo de
valores,
servicio al cliente, manejo
del
cambio, control interno, software
de
oficina, inglés, temas técnicos en
redes
eléctricas y de producción de
energía,
electrónica, entre otros. 22.000,00
43 1-07-01-00 Capacitación para el personal de la
UEN
en EIA y Proyectos 150,00
44 1-07-01-00 Eventos de capacitación, charlas,
cursos
y similares 3.500,00
45 1-07-01-00 Calidad de voltaje, 500,00
46 1-07-01-00 Medición trifásica 2 500,00
Ítem Código Descripción Monto
Presupuestario del Artículo Miles
47 1-07-01-00 Bóvedas de Transformadores. 500,00
48 1-07-01-00 Otras actividades varias de capacitación 10.450,00
49 1-08-01-00 Mantenimiento de Edificios y Locales 7.365,00
1-08-03-00 Mantenimiento de Instalaciones
y
Otras Obras 44.250,00
50 1-08-03-00 Mantenimiento, equipamiento de
mobiliario,
ampliaciones de insta-
laciones,
mejoras en maquinaria. 500,00
51 1-08-03-00 Mantenimiento menor en las
instalaciones
(eléctrica, tuberías) 8.750,00
52 1-08-03-00 Servicios de limpieza de maleza 7.000,00
53 1-08-03-00 Servicios de mano de obra de dragado 7.000,00
54 1-08-03-00 Otros Servicios de Mantenimiento
de
Instalaciones y Otras Obras 21.000,00
1-08-04-00 Mantenimiento y Reparación de
Maquinaria
y Equipo de Producción 7.500,00
55 1-08-04-00 Servicio de Mantenimiento y Repara-
ción
de equipos electromecánicos en
centrales
hidroeléctricas 2.000,00
56 1-08-04-00 Servicio de Mantenimiento y Repa-
ración
de los equipos de generación 5.500,00
57 1-08-05-00 Mantenimiento y Reparación de
Equipo
de Transporte 39.200,00
1-08-06-00 Mantenimiento y Reparación
de
Equipos de Comunicación 2.300,00
58 1-08-06-00 Reparación Repetidora de Radio 950,00
59 1-08-06-00 Otros Servicios de Mantenimiento
y
Reparación de Equipos de Comu-
nicación 1.350,00
60 1-08-07-00 Mantenimiento y Reparación de
Equipo
y Mobiliario de Oficina 17.275,80
61 1-08-08-00 Mantenimiento y Reparación
Equipo
de Cómputo y Sistemas
Informáticos 5.300,00
62 1-08-99-00 Mantenimiento y Reparación
de
Otros Equipos. Incluye
el
mantenimiento y reparación
preventivos
y habituales de otros
equipos,
comprende entre otros el
mantenimiento
y reparación de equipo
y
mobiliario y otros equipos
no
contemplados 17.184,00
2-01-04-00 Tintas, Pinturas y Diluyentes 4.450,00
63 2-01-04-00 Compra de Toner para impresora láser 1.480,00
64 2-01-04-00 Tintas para impresora Epson, HP 600,00
65 2-01-04-00 Pinturas en spray para marcar equipos
y
postes 200,00
66 2-01-04-00 Pintura Acrílica Anticorrosiva 150,00
67 2-01-04-00 Otras Tintas, Pinturas y Diluyentes 2.020,00
2-01-99-00 Otros Productos Químicos 11.181,00
68 2-01-99-00 Productos químicos, insecticida,
herbicida,
raticida y desodorantes
ambientales 2.130,00
69 2-01-99-00 Aplicación herbicidas a subestaciones 2.800,00
70 2-01-99-00 Aplicación de fungicidas en las insta-
laciones 200,00
71 2-01-99-00 Líquido penetrante WD 40 400,00
72 2-01-99-00 Silicone en Tubo 400,00
73 2-01-99-00 Espuma de poliretano 1.000,00
74 2-01-99-00 Inhibidor de oxidación y desengrasador 500,00
75 2-01-99-00 Varios Productos Químicos 3.751,00
2-03-01-00 Materiales y Productos Metálicos 21.840,00
76 2-03-01-00 Varillas, candados, laminas, angulares
y
otros 2.000,00
77 2-03-01-00 Cerraduras y Candados 500,00
78 2-03-01-00 Láminas de Zinc 50,00
79 2-03-01-00 Cadenas para motosierras 100,00
80 2-03-01-00 Brazos Hidráulicos de metal para puerta 50,00
81 2-03-01-00 Bases para balastros 2.500,00
82 2-03-01-00 Varilla, perling, laminas de hierro,
angulares 7.500,00
83 2-03-01-00 Platinas, tubos, Hierro U y H 7.500,00
84 2-03-01-00 Otros Materiales y Productos Metálicos 1.640,00
85 2-03-02-00 Materiales y Productos Minerales
Asfálticos 17.510,00
86 2-03-03-00 Madera y sus Derivados 2.110,00
87 2-03-04-00 Materiales y Productos Eléctricos,
Telefónicos
y Cómputo 2.800,00
88 2-04-01-00 Incluye la adquisición de imple-
mentos
no capitalizables que se
requieren
para realizar actividades
Ítem Código Descripción Monto
Presupuestario del Artículo Miles
manuales
como la carpintería,
mecánica,
electricidad, artesanía,
agricultura,
instrumentos médicos,
hospitalarios
y de investigación
entre
otras 29.352,20
89 2-04-02-00 Incluye la adquisición de partes
y
accesorios que se usan en el
mantenimiento
y reparaciones de
maquinaria
y equipo. 89.005,00
2-05-01-01 Conductor Cable 10.050,00
90 2-05-01-01 Cable cobre forrado 50,00
91 2-05-01-01 Cable TSJ 3x12 2.000,00
92 2-05-01-01 Cable de aluminio ACSR 3x4 AWG
para
la instalación de acometidas de
bajo
voltaje para operar hasta 600VAC
a
una temperatura de 75ºC en opera-
ción
normal. Empacados en rollos de
100
m c/u. 6.240,00
93 2-05-01-01 Cable de control de cobre 7 x 12
AWG
numerados o con identificación
de
color con aislamiento de Pvc
resistente
a la abrasión y a los rayos UL.
Certificado
UL. 1.300,00
94 2-05-01-01 Otro conductor cable 460,00
Medidores 30.000,00
95 2-05-01-02 Medidores polifásicos para registro de
energía
en kilovatios/hora y demanda
en
kilovatios, kilovoltiamperios reactivos
con
registro multitarifa. Multirango
para
voltajes entre 120 y 480 VAC con
modo
de memoria RAM de 48 Kbytes
para
perfil de carga. 6.300,00
96 2-05-01-02 Medidores de energía monofásicos de
estado
sólido forma 2S clase 200, 3
hilos
60 hz TA 30 amperios, con
capacidad
para transmisión remota de
energía
vía radiofrecuencia. 23.200,00
97 2-05-01-02 Otros medidores 500,00
98 2-05-01-03 Interruptores de Potencia 19.000,00
2-05-01-04 Herrajes 41.800,00
99 2-05-01-04 Bases clase 100 para medidor
monofásico
estándar de cuatro terminales
con
elementos metálicos no ferrosos
numeradas
consecutivamente y con
logotipo
de JASEC. 2.000,00
100 2-05-01-04 Bases para medidor trifásico de siete
terminales
con elementos metálicos
no
ferrosos numerados consecu-
“tivamente
y con logotipo de JASEC,
con
palanca de desconexión y contra
intemperie,
clase NEMA 3R 2.400,00
101 2-05-01-04 Aros para base clase 100 estándar de
metal
no ferroso y corrugados 1.200,00
102 2-05-01-04 Aisladores de porcelana de 2¼” tipo carrete 300,00
103 2-05-01-04 Separadores sintéticos 1.500,00
104 2-05-01-04 Conectores de compresión de aluminio
Nº
1 figura H universal 440,00
105 2-05-01-04 Conectores de compresión de aluminio
Nº
2 figura H universal 560,00
106 2-05-01-04 Remates de aluminio para cable Nº 4 2.600,00
107 2-05-01-04 Otros Herrajes 30.800,00
2-05-01-05 Otros Accesorios 15.755,00
108 2-05-01-05 Artículos para utilizar en la elaboración
de
mejoras a oficinas 25,00
109 2-05-01-05 Tape 1.300,00
110 2-05-01-05 Tubos EMT 1.000,00
111 2-05-01-05 Hebillas para cinta Band-it 200,00
112 2-05-01-05 Cinta Band-it 800,00
113 2-05-01-05 Marchamos plásticos tipo candado
estándar 1.000,00
114 2-05-01-05 Marchamos plásticos tipo candado
con
inserto de color 1.875,00
115 2-05-01-05 Fundas desconectadoras para medi-
dores,
de polyster flexible y resistente
con
capacidad de aislamiento
hasta
5000 voltios. 900,00
116 2-05-01-05 Regletas para conexiones de 10
posiciones
para alambrado de medi-
dores
trifásicos con protector acrílico
transparente 1.125,00
117 2-05-01-05 Tubo electrogalvanizado EMT de 2”
fabricación
americana sello UL 600,00
118 2-05-01-05 Tubo electrogalvanizado EMT de 3/4”
fabricación
americana sello UL 500,00
119 2-05-01-05 Conduleta electrogalvanizada EMT
tipo
LB de 2” fabricación americana
sello
UL 240,00
120 2-05-01-05 Conduleta electrogalvanizada botagua
EMT
de 2” fabricación americana sello UL 300,00
121 2-05-01-05 Conector para tubo EMT de tornillo de 2”
fabricación
americana con sello UL 90,00
122 2-05-01-05 Conector para tubo EMT de presión
de
3/4” fabricación americana con
sello
UL 80,00
Ítem Código Descripción Monto
Presupuestario del Artículo Miles
123 2-05-01-05 Cinta aislante eléctrica de PVC con
capacidad
de aislamiento hasta 600
voltios,
19mm de ancho x 20,1m
de
largo x 0,177mm de espesor, listada
UL 3.200,00
124 2-05-01-05 Tapas plásticas transparente de material
resistente
a la intemperie para sustituir
medidor
estándar en una base rendonda
clase
100 2.000,00
125 2-05-01-05 Otros Accesorios varios 520,00
126 2-05-01-06 Adquisición de bombillos como re-
puestos
de las Series Navideñas 6.000,00
127 2-99-01-00 Útiles y Materiales de Oficina
y
Cómputo 19.682,00
128 2-99-03-00 Productos de Papel, Cartón e Impresos 17.785,00
129 2-99-04-00 Textiles y Vestuario. Incluye la adqui-
sición
de todo tipo de hilados, tejidos de
fibra
artificiales y naturales, prendas
de
vestir, incluye tanto la adquisición
de
los bienes terminados como los
materiales
para elaborarlos: uniformes,
zapatos
dieléctricos, paños para piso, paños
para
manos, capas, botas de hule, camisas,
pantalones,
jackes frigoríficas, persianas,
gabachas,
maletín para PC portátil,
alfombras
de tránsito pesado 14.311,00
130 2-99-05-00 Útiles y Materiales de Limpieza 1.720,00
2-99-99-00 Otros Útiles, Materiales y Suministros 15.963,20
131 2-99-99-00 Adornos para ciertas fechas en
oficina,
rollos de película 35 mn y
medallas,
envases de plástico 50,00
132 2-99-99-00 Bolsas de basura, bolsas de empaque,
papel
higiénico jumbo 120,00
133 2-99-99-00 Bolsas plásticas, servilletas y papel
higiénico 120,00
134 2-99-99-00 Adornos para embellecer edificios públicos 780,70
135 2-99-99-00 Adquisición de Series Navideñas y
Decoraciones
Luminosas 9.000,00
136 2-99-99-00 Varios útiles, materiales y suministros 5.892,50
137 5-01-02-00 Adquisición de Equipo de Transporte 110.000,00
138 5-01-03-00 Equipo de Comunicación. Adquisición de
cámara
fotográfica digital con pantalla,
cámaras
de videograbación, televisor,
fax,
teléfonos walkie talkie, radios
portátiles,
proyector portátil, modems,
routers
y otros 10.250,00
5-01-04-00 Equipo y Mobiliario de Oficina 8.450,00
139 5-01-04-00 Adquisición de sillas operativas con
brazos,
sillas de espera, archivos de 4
gavetas,
muebles de ampos, calcu-
ladoras
de escritorio y un ventilador 1.000,00
140 5-01-04-00 Fechador Electrónico 190,00
141 5-01-04-00 Calculadora electrónica 10,00
142 5-01-04-00 Otros Equipos y Mobiliarios de Oficina 7.250,00
5-01-05-00 Equipo y Programas de Computo 17.675,00
143 5-01-05-00 Memoria USB 175,00
144 5-01-05-00 Computadoras de escritorio, impresoras
de
inyección de tinta, impresora láser
color,
PC portátil, licencias de aotucat,
licencias
de project, pocket, disco duro
externo,
quemadores de DVD doble capa 5.000,00
145 5-01-05-00 Impresora láser multiuso 1.000,00
146 5-01-05-00 Monitor plano de quarzo líquido de 21” 400,00
147 5-01-05-00 Teléfonos IP 400,00
148 5-01-05-00 Otros Equipos y Programas de Computo 10.700,00
5-01-06-00 Equipo Sanitario, de Laboratorio e
Investigación 3.000,00
149 5-01-06-00 Mesa de pruebas para luminarias 2.000,00
150 5-01-06-00 Otro Equipo sanitario, de laboratorio
e
investigación 1.000,00
5-01-07-00 Equipo y Mobiliario Educativo,
Deportivo
y Recreativo 2.000,00
151 5-01-07-00 Mesas modulares 1.415,00
152 5-01-07-00 Sillas 585,00
5-01-99-00 Maquinaria y Equipo Diverso 17.950,00
153 5-01-99-00 Adquisición de sillas, mesas de
cocina para hornos de microondas,
revelado
de películas, lentes para
cámara
de grabación, cafeteras y otros 1.000,00
154 5-01-99-00 Caja de seguridad, equipos de seña-
lización
e iluminación de emergencia
para
vehículo, cámaras fotográficas
digitales,
equipo de dibujo, 2 extintores 1.800,00
155 5-01-99-00 Sensores de nivel y traductores de planta 6.000,00
156 5-01-99-00 Equipo de cocina y otros 2.000,00
157 5-01-99-00 Artículos varios para toma de lecturas 1.350,00
158 5-01-99-00 Cámara digital de cinco megapixeles,
ZOOM
óptico 4X, memoria adicional
de
1MB, estuche y cargador 500,00
159 5-01-99-00 Compresor de aire de 2HP 120voltios,
60
hz 400,00
160 5-01-99-00 Sistema Preventivo contra incendios
para
la sala de servidores 3.000,00
161 5-01-99-00 Otra Maquinaria y Equipo Diverso 1.900,00
Ítem Código Descripción Monto
Presupuestario del Artículo Miles
5-02-99-00 Otras Construcciones, Adiciones
y
Mejoras 660.266,10
162 5-02-99-00 Contratación de Mano de Obra y
Asesoría
para realizar el proyecto de
iluminación
de Sitios Históricos de la
Ciudad
de Cartago 34.000,00
163 5-02-99-00 Adquisición e instalación de equipos
para
la puesta en funcionamiento de
Sistema
Inalámbrico de acceso fijo. 24.282,10
164 5-02-99-00 Contratación de Mantenimiento de
Tomas
y Canales 15.000,00
165 5-02-99-00 Automatización Tomas y Plantas
Sistema
Barro Morado 25.000,00
166 5-02-99-00 Ampliación automatización Sistema
Birrís 10.000,00
167 5-02-99-00 Reparación techo planta Birrís 3 6.000,00
168 5-02-99-00 Construcción de malla perimetral plantel
Birrís
3 7.000,00
169 5-02-99-00 Construcción Caseta Control Capellades 13.000,00
168 5-02-99-00 Anillo de Fibra Óptica 365.000,00
169 5-02-99-00 Mejoramiento de Subestaciones 14.484,00
170 5-02-99-00 Contratación de mano de obra para
la
instalación de Motivos Luminosos e
Iluminación
de los Árboles de Navidad 4.050,00
171 5-02-99-00 Remodelación antigua bodega en
600
m2 incluye equipamiento y mobi-
liario 80.000,00
172 5-02-99-00 Acondicionamiento antiguo tanque de
agua
y sistema de bombeo 3.000,00
173 5-02-99-00 Mezzanine en bodega 7.000,00
5-02-99-00 Varias construcciones, adiciones y mejoras 52.450,00
TOTAL 1.883.221,09
Cartago, 19 de enero del 2006.—Contratar Bienes y Servicios.—Lic.
Abel Gómez Leandro.—1 vez.—(O. C. Nº 15225).—C-291620.—(5121).
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
107-2005
Adquisición de repuestos
para equipos auxiliares
de las Unidades Nos. 5, 6, 7, 8, 9 y 10
del Centro de Generación Moín
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los
interesados que recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del día 16 de marzo del
2006, en la Proveeduría de este Instituto, sita 300 metros norte de la esquina
este de la Oficinas Centrales, para el suministro de lo siguiente:
Requerimiento
Adquisición de repuestos para equipos auxiliares de las
Unidades Nos. 5, 6, 7, 8, 9 y 10 del Centro de Generación Moín.
Mayores
especificaciones, condiciones generales y especiales podrán adquirirse en la
Proveeduría de este Instituto, o accesando la siguiente dirección electrónica:
http://www.grupoice.com/proveeduria/index.jsp.
San José, 19 de enero del 2006.—Dirección de
Proveeduría.—Ing. Carlos Casco Peña, Coordinador-Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº
320073).—C-8820.—(5975).
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
001-2006
Adquisición de
herramientas y equipo
manual para uso en líneas de distribución
El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los
interesados que recibirá ofertas hasta las 10:00 horas, del día 2 de marzo del
2006, en la Proveeduría de este Instituto. Sita 300 metros norte de la esquina
este de las Oficinas Centrales, para el suministro de lo siguiente:
Requerimiento:
Adquisición de herramientas y equipo manual para uso en líneas de distribución.
Mayores especificaciones, condiciones generales y
especiales podrán adquirirse en la Proveeduría de este Instituto, o accesando
la siguiente dirección electrónica: http://www.grupoice. com/proveeduria/index.jsp.
San José, 19 de enero del 2006.—Dirección de
Proveeduría.—Ing. Carlos Casco Peña, Coordinador.—1 vez.—(O. C. Nº
320073).—C-8820.—(5977).
COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y
LUZ S. A.
Invita a participar en las siguientes licitaciones:
Licitación Descripción Apertura Hora Valor
¢
Pública
Nº 04-2006 Contratación
de servicios de mano
de
obra para distribuir facturas
por
servicios eléctricos a domici-
lio
y otros documentos relacio-
nados
con esta actividad en las
sucursales. 28/02/2006 13:00 500,00
Licitación Descripción Apertura Hora Valor
¢
Por
Registro
Nº 05-2006 Contratación
de mano de obra para
instalar
acometidas y medidores
eléctricos
monofásicos. 22/02/2006 13:00 500,00
Pública
Nº 06-2006 Servicios
de seguridad y vigilancia
para
los diferentes planteles de la
CNFL 27/02/2006 13:00 1.000,00
Regirá para estas licitaciones la Ley y Reglamento de
Contratación Administrativa, así como las condiciones especiales, que pueden
retirar en nuestra Sección de Proveeduría, 250 metros este de Pozuelo S. A., en
la Uruca.
José Antonio Salas Monge, Proveedor General.—1
vez.—(6000).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
-UNIDAD EJECUTORA-
PRÉSTAMO BID 1377/OC-CR
PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Nº 83-05
Para la contratación de
una institución de educación superior para
el diseño y ejecución de un programa de capacitación
y actualización profesional en gerencia para
los y las fiscales del Ministerio Público
de la República de Costa Rica
La Unidad Ejecutora del Programa de Modernización Poder
Judicial-BID, comunica a los interesados en el concurso arriba citado, que en
sesión de Consejo Superior, celebrada el día 15 de diciembre del 2005, artículo
XLV, dispuso lo siguiente:
Declarar infructuoso el procedimiento.
Esta
comunicación, se realiza conforme los oficios 11537-05 de la Secretaría General
de la Corte Suprema de Justicia, y el COF/CCR/1717/2005, de la representación
del Banco Interamericano de Desarrollo.
San José, 20 de enero del 2006.—Lic. Sonia Navarro
Solano, Directora Ejecutiva.—1 vez.—(5986).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
N° 85-05
Contratación de servicios
para la delimitación de concepto y ejecución de una campaña nacional de
prevención en el contexto de trabajo de la Dirección Nacional de Prevención de
la Violencia y el Delito (DINAPREVI-MJ)
La Unidad Ejecutora del Programa de Modernización Poder
Judicial-BID, comunica a los interesados en el concurso arriba citado, que en
sesión de Consejo Superior, celebrada el día 15 de diciembre del 2005, artículo
XLVI, dispuso lo siguiente:
Declarar infructuoso el procedimiento.
Esta
comunicación, se realiza conforme los oficios 11538-05 de la Secretaría General
de la Corte Suprema de Justicia, y el COF/CCR/1716/2005, de la representación
del Banco Interamericano de Desarrollo.
San José, 20 de enero del 2006.—Lic. Sonia Navarro
Solano, Directora Ejecutiva.—1 vez.—(5989).
LICITACIÓN POR REGISTRO
20054-105
Contratación de un servicio para el alquiler de equipo
de fotocopiado para el BCCR
El Departamento de Proveeduría del Banco Central de
Costa Rica, informa a los interesados en esta licitación, que mediante acta N°
463-2005, se acordó adjudicar el presente concurso a la empresa Documentos y
Digitales Difoto S. A., por la suma total mensual de $3.900,00
San José, 20 de enero
del 2006.—Departamento de Proveeduría.—MBA. Eduardo Ruiz Vargas,
Director.—1 vez.—(O. C. Nº 7788).—C-6070.—(5979).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
20055-75
Contratación del servicio
de aseo y limpieza en el
edificio principal
y el plantel en Moravia del BCCR
El Departamento de Proveeduría del Banco Central de
Costa Rica, informa a los interesados en esta licitación, que mediante acta Nº
464-2005, se acordó adjudicar el presente concurso a la empresa Multinegocios
Internacionales América S. A., por la suma total anual de ¢93.024.231,96.
San José, 20 de enero del 2006.—Departamento de
Proveeduría.—MBA. Eduardo Ruiz Vargas, Director.—1 vez.—(O. C. Nº 7788).—C-6070.—(5981).
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
1-2005
Compra de cien (100)
estaciones de trabajo
para uso de la Dirección Regional Cartago Sur
Se comunica a los interesados en la Licitación por
Registro, que el Subcomité de Licitaciones del Banco Regional Cartago Sur, en
el artículo Nº 2, sesión ordinaria Nº 005-2006, celebrada el 19 de enero del
2006, acordó:
Adjudicar
a la empresa Componentes El Orbe S. A., por la suma de $120.458,00
i.v.i. (ciento veinte mil cuatrocientos cincuenta y ocho dólares exactos), con
un plazo de entrega igual a 30 días naturales y con una garantía técnica de 36
meses.
Cuando
se presente a retirar la orden de compra el adjudicatario deberá presentar una
garantía de cumplimiento un monto del 10% del total adjudicado. La misma deberá
tener una vigencia mínima de hasta 60 días naturales posteriores a la fecha del
recibo de los equipos a entera satisfacción del Banco.
La Uruca, San José, 20 de enero del 2006.—Proveeduría
General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora.—1 vez.—(O. P. Nº
1504).—C-8270.—(5983).
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
4633
Adquisición de 148
switches de Red Lan
El Banco de Costa Rica comunica a los interesados, que
la Comisión de Contratación Administrativa, en reunión C. CADTVA Nº 02-2006,
artículo II, celebrada el 17 de enero del 2006, acordó adjudicar la licitación
en referencia a la empresa Corporación Font S. A. en su opción Nº 1 por
un monto total de US $366.108,60 i.v.i, con un plazo de entrega de 20 días
hábiles y una garantía de los equipos de dos años.
San José, 23 de enero del 2006.—Oficina de Contratación
Administrativa.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Área de Licitaciones.—1 vez.—(O .C.
Nº 54424).—C-6070.—(6013).
PROGRAMA INTEGRAL DE
MERCADEO AGROPECUARIO
PROCESO DE PROVEEDURÍA
En aras de mantener actualizado nuestro Registro de
Oferentes y en cumplimiento de lo establecido por el artículo 59.3 del
Reglamento de Contratación Administrativa, invitamos formalmente a todas los
interesados para que realicen su inscripción formal a dicho registro, para ello
deberán llenar el formulario R05-GPV-01 denominado “Solicitud de ingreso al
ingreso al Registro de Proveedores”; este último puede ser adquirido en
nuestras oficinas ubicadas 500 metros este del Mall Real Cariari. También se
insta a todos aquellos oferentes que ya se encuentran inscritos, para que
procedan a renovar, si así se requiere, su inscripción a efecto de mantener
actualizados sus datos.
Cualquier
consulta al respecto puede realizarse al teléfono: 239-1233, extensiones: 222 ó
258.
Erick Aguilar V., Proveeduría.—1 vez.—(Solicitud Nº
13172).—C-6620.—(5122).
COLEGIO UNIVERSITARIO DE
PUNTARENAS
INSCRIPCIÓN EN REGISTRO DE
PROVEEDORES
El Colegio Universitario de Puntarenas, cédula jurídica
Nº 3-007-045479-29, solicita a todos los interesados en formar parte de nuestro
Registro de Proveedores de bienes y servicios; con fundamento en el artículo
108 de la Ley Nº 7494, Ley de la Contratación Administrativa y de los artículos
59.2 y 59.3 del Reglamento de la Contratación Administrativa, se sirvan
presentar a la mayor brevedad posible, toda la documentación para dicho
registro y entre los cuales deberán incluir la siguiente información:
PERSONAS JURÍDICAS
a) Razón
o denominación social del oferente.
b) Citas
de inscripción en el Registro Público.
c) Dirección
geográfica y postal, número de teléfono y de facsímil y número de la cuenta
corriente.
d) Fotocopia
de la cédula jurídica.
e) Nombre
completo, firma, documento de identidad (copia), cargo y facultades de quien
suscriba en su representación.
f) Certificación
de Capital Social y de propiedad de las cuotas o acciones.
g) Declaración
jurada de que no les alcanzan las prohibiciones establecidas del Art. 22 de la
Ley de Contratación Administrativa.
h) Indicar
empresas públicas y/o privadas a las que han prestado sus servicios.
i) Descripción
de la actividad normal a que se dedica, indicando los bienes y servicios que
ofrece, sus características y especificaciones. Incorporar guías, catálogos,
manuales, etc.
j) Fotocopia
de constancia que lo acredite como contribuyente ante la Tributación Directa.
Asimismo, indicar si cuenta con facturas debidamente timbradas por la Dirección
General de la Tributación Directa o en su defecto presentar oficio de esa
Dirección donde autoriza su dispensa.
PERSONAS FÍSICAS
a) Nombre
y apellidos.
b) Fotocopia
de documento de identificación.
c) Nacionalidad.
d) Dirección
postal y geográfica exacta, número de teléfono y/o facsímil.
e) Descripción
de la actividad normal a que se dedica -los bienes y servicios que ofrece- y
años de experiencia.
f) Declaración
jurada que no le alcanzan las prohibiciones del Art. 22 de la Ley de
Contratación Administrativa.
2º—La documentación se recibirá personalmente en la
oficina de la Proveeduría del Colegio Universitario de Puntarenas, sita en la
ciudad de Puntarenas (antigua aduana) o por Correo Certificado al Aptdo. Nº 148
- 5400 Puntarenas, Costa Rica.
3º—Se
advierte que cada año, los interesados deberán renovar su inscripción, a efecto
de mantener vigente y activa su permanencia en el Registro de Proveedores.
Para
cualquier consulta o aclaración al respecto, favor hacerlo a través del
teléfono 661-4444, ext. 217 o al Fax 661-2769.
Puntarenas, 20 de enero del 2006.—Clever Araya
Villalobos, Proveedora a. í.—1 vez.—(5458).
MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO
Con el objetivo de actualizar el Registro de
Proveedores de Bienes y Servidos, según lo estipula el artículo 108 de la Ley
de Contratación Administrativa, la Municipalidad de Guácimo, invita a personas
físicas y jurídicas que deseen inscribirse a nuestro registro de proveedores,
se sirvan suministrar la siguiente información:
Ø Solicitud
escrita a la Proveedora Municipal solicitando ser parte del Registro de
Proveedores.
Ø Nombre
y apellidos o razón social.
Ø Número
de cédula de la persona sea física o jurídica y la respectiva fotocopia.
Ø Nacionalidad.
Ø Certificación
original de la personería jurídica.
Ø Aportar
certificación original de la naturaleza y propiedad de las acciones con vista
en el libro de accionistas de la empresa.
Ø Declaración
jurada de que no alcanza las prohibiciones del artículo 22 de la Ley de
Contratación Administrativa.
Ø Dirección
postal, geográfica, número de teléfono, número de fax.
Ø Descripción
de la actividad a la cual se dedica, bienes y servicios que ofrece.
Ø Declaración
jurada de estar al día con los pagos obrero patronales de la CCSS.
Ø Cualquier
otra información adicional.
Katty Lobo Rodríguez, Proveedora Municipal.—1
vez.—(5509).
REFINADORA COSTARRICENSE
DE PETRÓLEO S. A.
En acato a lo dispuesto en el numeral 106.5 del
Reglamento General de Contratación Administrativa, se le informa a toda la
Administración Pública que se ha tomado el acuerdo de inhabilitar la
participación del proveedor Fernando Caldas y Asociados S. A., cédula jurídica
Nº 3-101-142511 en todos los procedimientos de contratación administrativa que
se gestionen en Recope, por un periodo de 60 (sesenta) meses contados a partir
del 4 de enero del 2006, por cuanto ha incurrido en las causales tipificadas en
el artículo 100 de la Ley de Contratación Administrativa.
10 de enero del 2006.—Ing. Norma Álvarez Morales,
Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 2005-5-170).—C-6070.—(5069).
CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 11-2005
Compra de materiales para la confección de licencias de
conducir
El Departamento de Proveeduría del Consejo de Seguridad
Vial, a través de la Unidad de Licitaciones, informa a los interesados en
participar en la licitación de referencia que se hacen las siguientes
modificaciones y correcciones al cartel:
En el Punto 12. Plazo de entrega:
Debe leerse correctamente:
12.1.1
Primer año: La entrega será la primera mitad tres meses después de la
adjudicación y del respectivo refrendo del contrato por parte de la Contraloría
General de la República y la segunda mitad en la tercera semana del mes de
octubre del año 2006.
Condiciones específicas:
En las páginas 16 y 17 del cartel, agregar
característica número 11:
La
tarjeta deberá traer la leyenda D.G.E.V. bajo impresión con tinta ultravioleta
en la parte superior lateral derecha del frente de las licencias, justo debajo
de la Bandera de Costa Rica.
En la página 18 del cartel en el punto de Acabado Final
de la tarjeta. Específicamente en la Viñeta 2 debe leerse correctamente:
El laminado a utilizar en la cara frontal, debe ser de
25 micrones de grosor y deberá ser compuesto de poliéster amorfo con un
pegamento de polietileno activado a calor/presión para garantizar seguridad
superior contra intentos de deslaminación utilizando calor.
La vigencia de la oferta deberá ser de 30 días hábiles
como mínimo.
La fecha de la apertura es para el día 7 de febrero del
2006, a las 10:00 a.m. según lo indicado en publicación en el Diario Oficial La
Gaceta Nº 7 de fecha 10 de enero de 2006.
Los
demás términos del cartel permanecen invariables.
San José, 9 de enero del 2006.—Departamento de
Proveeduría.—Bach. Alexánder Vásquez Guillén, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº
29658).—C-14320.—(5985).
CONSEJO NACIONAL DE
VIALIDAD
LICITACIÓN PÚBLICA N° 62-2005
Suministro de puentes
modulares metálicos lanzables
Se comunica a las empresas interesadas en participar,
que se encuentra disponible la enmienda N° 2 de la licitación en referencia, en
las instalaciones actuales de la Unidad de Proveeduría y Suministros del
CONAVI, sita 100 metros sur y 25 oeste, de la iglesia católica de Zapote. Así
mismo la fecha de apertura de ofertas se mantiene para las 10:00 horas del
martes 28 de febrero del 2006 en las oficinas de la Proveeduría, que se
ubicarán de la rotonda de la Betania, 50 metros este y 10 metros norte,
carretera a Guadalupe.
San José, 19 de enero del 2006.—Unidad de Proveeduría y
Suministros.—MBA Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº
24004).—C-6620.—(6003).
DIRECCIÓN DE RECURSOS
MATERIALES
ÁREA DE ADQUISICIONES
En La Gaceta N° 14 del 19 de enero del 2006, se
publicó el comunicado del cambio en la nomenclatura de los concursos que a
continuación se detallan con la referencia 3789, en los títulos, donde dice:
LICITACIONES REGISTRADAS, debe decir: LICITACIONES RESTRINGIDAS.
Todo
lo demás permanece igual.
La Uruca, San José, enero del 2006.—Lic. José Miguel
Chavarría Delgado, Director General a. í., de la Imprenta Nacional.—1
vez.—C-exento.—(6312).
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2-55-2005
(Modificación)
Compra de sistemas
didácticos para el subsector
de refrigeración,
subsector de telemática y aires acondicionados
El proceso de adquisiciones del Instituto Nacional de
Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en la
Licitación por Registro Nº 2-55-2005, de “Compra de sistemas didácticos para el
subsector de refrigeración, subsector de telemática y aires acondicionados”, lo
siguiente:
El cartel de esta licitación se modifica de la
siguiente manera:
1. En
la página 024 de 031 del pliego de especificaciones técnicas, punto 3.1, donde
dice: “La unidad interior y exterior (Evaporadora y condensadora) deben ser
de la misma marca.”, debe leerse correctamente: “La unidad interior y
exterior (Evaporadora y condensadora) podrá ser de igual o diferente marca.”
San José, 20 de enero del 2006.—Proceso de
Adquisiciones.—Allan Altamirano Díaz, Proveedor Institucional.—1
vez.—(Solicitud Nº 34157).—C-9920.—(5987).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 9-134-05 (Prórroga)
Contratación de una solución informática integral
(consultoría, software
soporte y base tecnológica) que
brinde apoyo automatizado
a las áreas administrativo-
financieras y de costos de
Recope
Le comunicamos a los interesados en participar en el concurso
en referencia que la fecha de apertura y recepción de ofertas se prorrogó para
el día 28 de febrero del 2006, a las 9:00 horas.
San José, 20 de enero del 2006.—Dirección de
Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 2005-5-0107).—C-4970.—(5990).
REGLAMENTO JUEGO Nº 88 DE LOTERÍA INSTANTÁNEA
“PARES O NONIS”
Artículo 1º—Cambio de premios: el jugador podrá hacer
efectivos los premios instantáneos obtenidos, en las Oficinas Centrales de la
Junta de Protección Social de San José o en sus agencias autorizadas.
La
Junta no pagará premios contra boletos que presenten alteraciones o roturas que
hagan dudar de su legitimidad, o si el boleto no está incluido en la lista
oficial de validación.
Artículo
Nº 2º—Plan de Premios: En cada 3.000.000 de boletos
540.000 premios de ¢200
150.000 premios de ¢400
30.000 premios de ¢1.000
30.000 premios de ¢5.000
2 premios de ¢500.000
1 premio de ¢5.000.000
Artículo 3º—Participación en el sorteo de La Rueda de
la Fortuna: Las personas que al raspar su boleto comprueben que aparece la
palabra “RASPA” participan directamente en el sorteo de La Rueda de la Fortuna.
Artículo
4º—Convalidación computarizada: Si el premio es superior a ¢5.000 (cinco mil
colones), requiere convalidación computarizada y se pagará únicamente en las
oficinas centrales de la Junta de Protección Social de San José.
Artículo
5º—Caducidad: La Junta de Protección Social, no pagará premios un mes después
de que oficialmente anuncie la finalización del respectivo juego.
Artículo
6º—Cierre de premios convalidados: El Departamento de Tesorería, al final de
cada juego de lotería instantánea, debe realizar un cierre de los premios
convalidados de acuerdo al plan de premios aprobado por la Junta Directiva y
pagados en el Departamento de Tesorería y rendir el informe respectivo ante la
Gerencia General de la Junta de Protección Social de San José.
Artículo
7º—Se aprueba el presente reglamento según artículo V), inciso 5), de la sesión
Nº 35-2005, celebrada el veinte de setiembre del 2005.
San José, 17 de enero del 2006.—Departamento de
Loterías.—Rodrigo Fernández Cedeño, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº
6523).—C-15420.—(5082).
COLEGIO DE CONTADORES
PRIVADOS DE COSTA RICA
REGLAMENTO DEL FONDO DE AYUDA
Y SOCORRO MUTUO
Por acuerdo de la asamblea general extraordinaria de
Contadores Mutualistas Nº 01-2005, celebrada el 10 de diciembre del 2005 y
según propuesta presentada por la Junta Directiva, se acuerda la publicación de
la modificación de los artículos Nº 35 y 36, del Reglamento del Fondo de Ayuda
y Socorro Mutuo, en relación con el cambio de fecha para la convocatoria de la
asamblea general ordinaria de informes y elección de miembros del consejo de
administración del Fondo de Ayuda y Socorro Mutuo (FASMU) quedando la redacción
de los artículos de la siguiente forma:
Artículo 35.—Los miembros del Consejo de Administración
ejercen sus funciones por un período de dos años, contados a partir de su
elección y se renuevan parcialmente, en la
Asamblea General Ordinaria de Mutualistas, la siguiente manera: el Tesorero y los tres Vocales en los años
impares; y el Presidente, el Secretario y el Fiscal en los años pares.
Podrán ser reelectos parcial o totalmente.
Artículo 36.—La Asamblea General debe reunirse ordinariamente el tercer sábado de enero de cada
año. La Junta Directiva del Colegio tiene facultad para convocar
extraordinariamente a asamblea de mutualistas cuando las circunstancias
referentes al FASMU así lo requieran.
Transitorio: El nombramiento del Presidente, Secretario
y el Fiscal que se elija en la presente
Asamblea regirán en sus puestos a partir del día de hoy y hasta el tercer
sábado de enero 2008, y el nombramiento del Tesorero y los tres Vocales actualmente
en ejercicio se prorrogará hasta el tercer sábado de enero de 2007:
REGLAMENTO DE CREACIÓN DEL
FONDO
DE CONSEJOS REGIONALES,
Por acuerdo de la asamblea general extraordinaria de
Colegiados Nº 116-2005, celebrada el 11 de diciembre de 2005 y según propuesta
presentada por la Junta Directiva, se acuerda la publicación de la modificación
de los artículos Nº 3 y 7 del Reglamento de Creación del Fondo de Consejos
Regionales, en relación con el cambio de fecha para la convocatoria de la
Asamblea General Extraordinaria de informes y elección de miembros del consejo
de administración del Fondo de Consejos Regionales (FOCORE) quedando la
redacción de la siguiente forma:
Artículo 3º—Su administración corresponderá a un
Consejo de Administración, cuyos deberes y derechos y obligaciones detallará el
presente Reglamento, el cual será electo en la Asamblea
General Extraordinaria de Colegiados, el tercer domingo de enero de cada año.
Artículo 7º—Los miembros del Consejo de Administración
del FOCORE ejercerán sus funciones por dos años, a partir de la fecha de su
nombramiento, podrán ser reelectos y se renovarán de la siguiente manera: el Secretario, el primero y segundo Vocal en año
impar. El Presidente y el Tesorero en año par.
Transitorio: El nombramiento Presidente, el Fiscal y el
Tesorero que se elijan en la presente Asamblea regirán en sus puestos a partir
del día de hoy y hasta el tercer domingo de enero de 2008. El Secretario,
primero y segundo Vocal cuyo nombramiento esta vigente a la fecha se prorrogara
hasta el tercer domingo de enero de 2007
REGLAMENTO DEL CENTRO DE
CAPACITACION PERMANENTE
Por acuerdo de la asamblea general extraordinaria de
Colegiados Nº 116-2005, celebrada el 11 de diciembre del 2005 y según propuesta
presentada por la Junta Directiva, se acuerda la publicación de la modificación
de los artículos Nº 7 y 8 del Reglamento del Centro de Capacitación Permanente,
en relación con el cambio de fecha para la convocatoria de la asamblea general
extraordinaria de informes y elección de miembros del Centro de Capacitación
Permanente (CECAP) quedando la redacción de la siguiente forma:
Artículo 7º—El CECAP será un organismo adscrito a la
Junta Directiva del Colegio de Contadores Privados de Costa Rica, en adelante
denominado el Colegio. El Consejo de Administración del CECAP estará integrado
por cinco miembros, que serán: presidente, secretario, tesorero y dos vocales.
Tendrá también un fiscal, con voz pero sin voto. Los miembros serán nombrados
por Asamblea General Extraordinaria de
Colegiados. El Consejo de Administración del CECAP deberá presentar los
informes anuales en Asamblea General
Extraordinaria de colegiados que se realizará el tercer domingo de enero de
cada año.
Artículo 8º—Los miembros del Consejo de Administración
del CECAP ejercerán funciones por un período de dos años, contados a partir de
la fecha de su nombramiento, y se renovarán
parcialmente de la siguiente manera: el Secretario, el Segundo Vocal y el
Fiscal en el año par; el Presidente, el Tesorero y el Primer Vocal en el
año impar.
Transitorio: El nombramiento del Secretario el 2do.
Vocal, y el Fiscal que se elijan en la
presente Asamblea regirán en sus puestos a partir del día de hoy y hasta tercer
domingo de enero de 2008. El Presidente, el Tesorero y el Primer Vocal cuyo nombramiento esta vigente a la fecha se
prorrogará hasta el tercer domingo de enero de 2007.
REGLAMENTO DEL TRIBUNAL DE
ELECCIONES
Por acuerdo de la asamblea general ordinaria de
Colegiados Nº 97-2005, celebrada el 11 de diciembre de 2005 y según propuesta
presentada por la Junta Directiva, se acuerda la publicación de la modificación
de los artículos Nº 2 , 3 y 12 del Reglamento del Tribunal de Elecciones, en
relación con el cambio de fecha para la convocatoria de la Asamblea General
Extraordinaria de elección de miembros del Tribunal de elecciones del colegio
de Contadores Privados de Costa Rica, quedando la redacción de los artículos de
la siguiente forma:
Artículo 2º—Estará integrado por cinco miembros electos
en asamblea general extraordinaria de colegiados
que se realizará el tercer domingo de enero de
cada año.
Artículo 3º—Los miembros del Tribunal serán:
presidente, vicepresidente, secretario, vocal uno, vocal dos, durarán en sus
cargos dos años y sus nombramientos se harán en el siguiente orden: en el año impar el vicepresidente y el segundo
Vocal, y en el año par, Presidente, Secretario y el Vocal primero, asumirán
sus puestos en el mismo acto de elección y serán juramentados por el presidente
de la Junta Directiva. En caso de renuncia, expulsión o muerte de tres o más de
los miembros del tribunal la Junta Directiva del Colegio en apego a la Ley Nº
1269 y su Reglamento realizará la convocatoria pertinente.
Artículo 12.—Contra las resoluciones que emita el
Tribunal sobre la inscripción de tendencias cabrán los recursos de revocatoria
y apelación en subsidio.
El Tribunal decidirá sobre el recurso de revocatoria y
elevará en efecto devolutivo el recurso de apelación ante un Tribunal de
apelaciones electorales. Este Tribunal estará integrando por tres miembros
electos en asamblea general de Colegiados del 3er. domingo de enero de cada
año, de su seno nombrarán un presidente, sus decisiones se tomarán por mayoría
de votos en un lapso de cinco días hábiles y contra ellas no cabrá recurso
alguno. Dicho Tribunal contará con el apoyo de la Asesoría Legal del Colegio.
Para
interponer los recursos de revocatoria y apelación en subsidio se presentarán
en un término de tres días hábiles a partir de la notificación respectiva.
El
Tribunal de apelaciones electorales durará en sus funciones hasta un mes
después de finalizado el proceso electoral.
Transitorio:
El nombramiento del Presidente, Secretario y 1er. Vocal que se elijan en la
presente Asamblea regirán en sus puestos a partir del día de hoy y hasta el
tercer domingo de enero de 2008. El Vicepresidente y segundo Vocal cuyo
nombramiento esta vigente a la fecha se prorrogara hasta el tercer domingo de
enero de 2007.
San José, 3 de enero del 2006.—CPI Lic. Norberto Peña
González, Secretario.—1 vez.—(OC Nº 16996).—C-52270.—(4626).
GERENCIA DIVISIÓN DE PENSIONES
DIRECCIÓN FINANCIERA ADMINISTRATIVA
VENTA PÚBLICA Nº 002-2006
La Dirección Financiera Administrativa con la autorización
de la Gerencia de División de Pensiones, de conformidad con el “Reglamento para
la venta de bienes adquiridos por ejecuciones de garantía o pago de
obligaciones” y conforme al artículo 61 del Reglamento de Contratación
Administrativa se llevará a cabo la venta de las siguientes propiedades con la
modalidad de venta pública:
Tipo de inmueble Localización
1 lote 1
Alajuela (Naranjo)
13 casas 2
Desamparados (Damas, Los Guidos),
1
Moravia (La Trinidad), 3 Goicoechea
(Ipís,
El Carmen), 2 Alajuela (Naranjo,
San
Rafael), 1 Heredia (San Antonio
de
Belén), 3 Cartago (Tejar, Cot, Tres Ríos),
1
Limón (Centro).
Información adicional: El cartel de este concurso, está a disposición de los
interesados en la Subárea de Bienes Inmuebles, División de Pensiones, segundo
piso Edificio Jorge Debravo, diagonal a la Corte Suprema de Justicia, avenida
8, calle 21 en horario de lunes a viernes de 8:00 a. m., a 12:00 m. d. El
presente concurso puede ser financiado con la Caja, si el oferente reúne los
requisitos de crédito hipotecario de la CCSS.
Fecha
y lugar de la apertura de los sobres con las ofertas: El mismo se efectuará en la sala de reuniones en el
quinto piso del edificio Jorge Debravo, ubicado en San José avenida 8 y calle
21. La venta se realizará el día martes 14 de febrero del 2006, a las 10:00 a.
m. Lo anterior en conformidad con el inciso 61.2.3. del Reglamento de
Contratación Administrativa.
San José, 20 de enero del 2006.—Subárea Bienes Inmuebles.—Lic. Edgar Vargas Jiménez, Coordinador.—1 vez.—(5940).
OFICINA EN SAN JOSÉ
AVISO
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Yo Yip Kan
Lo Fung, cédula de identidad Nº 8-047-408, solicitante del certificado de
depósito a plazo, emitido por el Banco Nacional de Costa Rica, oficina de
avenida diez este-095, que se detalla a continuación:
C.D.P Monto
$ Emisión Vencimiento
400-02-095-029458-2 7,233.54 03/11/2005 03/05/2006
Cupón Monto
$ Emisión Vencimiento
01 39.78 03/11/2005 03/02/2006
02 39.78 03/02/2006 03/05/2006
Título(s)
emitido (s) a la orden, a una tasa de interés del 2.20 %.
Solicito reposición de este
documento por causa de extravío.
Se publica este anuncio por
tres veces consecutivas para oír reclamos de terceros, por el término de quince
días.
Lilly
Cheng Lo.—Nº 79849.—(4901).
SUCURSAL EN CARTAGO
AVISO
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
La
presente es para indicarles que la señora Eida Mercedes Coto Cedeño, cédula Nº
3-0096-0293 nos indica que se le extravío el CDP 400-01-075-129696-1 con fecha
de emisión 19-12-2005 por ¢ 336.796,56 (trescientos treinta y seis mil
setecientos noventa y seis colones con 56/100) con vencimiento 19-12-2006 con
una tasa de interés 14.00% y el cupón Nº 1 por ¢ 43.379,39 (cuarenta y tres mil
trescientos setenta y nueve colones con 39/100), este certificado de depósito a
plazo fue emitido en el Banco Nacional de Costa Rica, Sucursal en Cartago.
Cartago,
16 de enero del 2006.—Álvaro Zúñiga Meoño, Director Comercial.—Nº
79866.—(4902).
FACULTAD DE DERECHO
AVISOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Gloriana Murillo Chaves, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier
persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la
solicitante, podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la
Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días
posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo
Facio”, 19 de enero del 2006.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto,
Director.—(5945).
Eida de los Ángeles Solis Loría, ha
presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en
Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y
costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor
Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los
cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
“Rodrigo Facio”, 19 de enero del 200.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea
Nieto, Director.—(5947).
JUNTA DIRECTIVA
APROBACIÓN COMPROMISOS DE
GESTIÓN
2006 – 2007
La junta
directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, en el artículo 24 de la
sesión Nº 8023, celebrada el de de 2005, acordó:
1º—Aprobar
los términos para la gestión de la atención, gestión financiera y gestión
administrativa, así como los objetivos y metas de salud propuestos en función
de dar respuesta a los problemas de salud del país según el Plan de Atención de
Salud a las Personas, establecidos y convenidos en el compromiso de gestión
suscrito para el período 2006-2007, entre las Gerencias de las Divisiones
Administrativa y Médica y los proveedores internos de servicios de salud no
desconcentrados, contando para ello con el aval de las demás Gerencias de
División, en lo que les compete, a fin de que los compromisos de gestión
mencionados adquieran eficacia a partir de su vigencia.
A
continuación se detalla la asignación de recursos financieros:
PRESUPUESTO
2006
UNIDADES
NO DESCONCENTRADAS
(EN
COLONES)
Asignación
Unidad Nombre de la unidad de efectivo
2105 HOSPITAL
DE LAS MUJERES ADOLFO CARIT 4.610.722.615
2205 HOSPITAL SAN RAFAEL DE ALAJUELA 9.690.353.265
2207 HOSPITAL CARLOS L. VALVERDE 5.260.996.410
Asignación
Unidad Nombre de la
unidad de
efectivo
2210 ÁREA DE SALUD DE CATEDRAL NORESTE 1.205.675.191
2211 ÁREA DE SALUD DE GOICOECHEA 2
(JIMÉNEZ NÚÑEZ) 2.136.271.507
2212 ÁREA DE SALUD DE GOICOCHEA 1 630.140.751
2214 ÁREA DE SALUD DE HEREDIA CUBUJUQUÍ
(FRANCISCO BOLAÑOS) 1.550.000.000
2215 ÁREA DE SALUD DE MORAVIA 618.080.968
2216 CLÍNICA MARCIAL RODRÍGUEZ 3.204.727.881
2231 ÁREA DE SALUD DE SANTO DOMINGO
DE HEREDIA 945.955.079
2232 ÁREA DE SALUD DE SAN RAFAEL DE
HEREDIA 753.788.604
2236 ÁREA DE SALUD DE GRECIA 396.143.177
2237 ÁREA DE SALUD DE SAN RAMÓN 1.238.500.600
2251 ÁREA DE SALUD DE ATENAS 760.052.419
2253 ÁREA DE SALUD DE SAN PEDRO DE POÁS 557.750.287
2254 ÁREA DE SALUD DE VALVERDE VEGA 444.068.629
2256 ÁREA DE SALUD DE OROTINA 760.009.521
2273 ÁREA DE SALUD DE SAN ISIDRO DE
HEREDIA 360.012.378
2274 ÁREA DE SALUD DE HEREDIA VIRILLA
(LOS LAGOS DE HEREDIA) 722.003.994
2276 ÁREA DE SALUD DE ALAJUELA SUR
(SAN RAFAEL OJO DE AGUA) 845.000.000
2277 ÁREA DE SALUD DE ALAJUELA
OESTE (SAN JOSE DE ALAJUELA) 1.065.246.948
2278 ÁREA DE SALUD DE SANTA BÁRBARA 643.403.499
2281 ÁREA DE SALUD DE ALAJUELA NORTE 939.494.497
2305 HOSPITAL CHACÓN PAUT 1.516.246.323
2308 HOSPITAL MAX TERÁN 3.075.999.309
2314 ÁREA DE SALUD DE ZAPOTE
CATEDRAL (CARLOS DURÁN) 2.475.540.340
2315 ÁREA DE SALUD DE DESAMPADOS
1 (MARCIAL FALLAS) 2.587.878.012
2332 ÁREA DE SALUD DE PARAÍSO 861.713.622
2333 ÁREA DE SALUD DE LA UNIÓN 886.682.137
2334 ÁREA DE SALUD DE ACOSTA 666.497.725
2335 ÁREA DE SALUD DE ASERRÍ 1.220.316.933
2336 ÁREA DE SALUD DE ALAJUELITA 1.148.002.401
2339 ÁREA DE SALUD DE DESAMPARADOS 3 823.047.000
2342 ÁREA DE SALUD DE CARTAGO 1.465.287.521
2348 ÁREA DE SALUD DE TURRIALBA 1.555.670.013
2351 ÁREA DE SALUD DE PARRITA 563.006.307
2382 ÁREA DE SALUD DE MORA 637.384.952
2390 ÁREA DE SALUD LA SIERRA CORRALILLO 435.342.549
2392 ÁREA DE SALUD GUADALUPE CARTAGO 991.027.100
2395 ÁREA DE SALUD DE SAN RAFAEL
DE OREAMUNO 944.715.090
2402 HOSPITAL LOS CHILES 1.762.400.751
2471 ÁREA DE SALUD DE LA FORTUNA 571.012.338
2472 ÁREA DE SALUD SANTA ROSA DE POCOSOL 545.204.237
2473 ÁREA DE SALUD DE AGUAS ZARCAS 747.591.800
2474 ÁREA DE SALUD DE PUERTO VIEJO 946.343.131
2475 ÁREA DE SALUD DE PITAL 458.483.041
2477 ÁREA DE SALUD DE GUATUZO 495.800.000
2481 ÁREA DE SALUD DE FLORENCIA 365.054.601
2483 ÁREA DE SALUD DE CIUDAD QUESADA 669.724.238
2484 ÁREA DE SALUD DE LOS CHILES 398.216.001
2501 HOSPITAL MONSEÑOR SANABRIA 10.890.644.748
2503 HOSPITAL DE LA ANEXIÓN 5.517.317.602
2504 HOSPITAL DE UPALA 2.342.092.782
2511 ÁREA DE SALUD DE SAN
RAFAEL DE PUNTARENAS 1.562.393.010
2535 ÁREA DE SALUD DE NICOYA 920.923.425
2553 ÁREA DE SALUD DE MIRAMAR 528.525.311
2555 ÁREA DE SALUD DE CAÑAS 1.092.684.313
2557 ÁREA DE SALUD DE BAGACES 645.342.784
2558 ÁREA DE SALUD DE TILARÁN 891.816.308
2559 ÁREA DE SALUD DE LA CRUZ 708.341.406
2560 ÁREA DE SALUD DE FILADELFIA 852.895.739
2562 ÁREA DE SALUD DE NANDAYURE 515.364.795
2563 ÁREA DE SALUD DE HOJANCHA 323.399.738
2582 ÁREA DE SALUD DE COLORADO 143.032.582
2592 ÁREA DE SALUD DE GARABITO 533.011.000
2594 ÁREA DE SALUD DE AGUIRRE 584.249.770
2601 HOSPITAL TONY FACIO 9.462.870.359
2631 ÁREA DE SALUD DE SIQUIRRES 1.596.040.843
2632 ÁREA DE SALUD DE LIMÓN 1.280.053.186
2634 ÁREA DE SALUD DE GUÁPILES 915.242.799
2650 ÁREA DE SALUD DE HORQUETAS 792.449.754
2651 ÁREA DE SALUD VALLE DE LA ESTRELLA 585.701.810
2654 ÁREA DE SALUD DE BATÁN 1.049.077.004
2655 ÁREA DE SALUD DE GUÁCIMO 957.565.310
2680 ÁREA DE SALUD DE TALAMANCA 1.146.599.883
2703 HOSPITAL TOMÁS CASAS 2.359.724.245
2704 HOSPITAL DE CIUDAD NEILLY 4.485.419.849
2705 HOSPITAL SAN VITO DE COTO BRUS 2.551.190.139
Asignación
Unidad Nombre de la
unidad de
efectivo
2758 ÁREA DE SALUD DE CORREDORES 904.000.000
2759 ÁREA DE SALUD DE OSA 924.540.859
2760 ÁREA DE SALUD DE PÉREZ ZELEDÓN 384.854.556
2761 ÁREA DE SALUD DE GOLFITO 972.228.664
2762 ÁREA DE SALUD DE COTO BRUS 695.421.200
2801 CENTRO NAC. DEL DOLOR
Y CUIDADOS PALIATIVOS 504.590.562
2802 CLÍNICA OFTALMOLÓGICA 747.049.530
TOTAL 128.519.241.554
2º—Aprobar
los términos para la gestión de la atención, gestión financiera y gestión
administrativa, así como los objetivos y metas de salud propuestos en función
de dar respuesta a los problemas de salud del país según el Plan de Atención de
Salud a las Personas, establecidos y convenidos en el compromiso de gestión
suscrito para el período 2006-2007, entre las Gerencias de las Divisiones
Administrativa y Médica y los proveedores internos de servicios de salud
desconcentrados, contando para ello con el aval de las demás Gerencias de
División, en lo que les compete, a fin de que los compromisos de gestión
mencionados adquieran eficacia a partir de su vigencia.
3º—Autorizar a los
establecimientos que han suscrito el correspondiente compromiso de gestión
2006-2007, cubiertos por la Ley 7852 denominada “Desconcentración de los
hospitales y las clínicas de la Caja Costarricense de Seguro Social”, según lo
previsto en su artículo 8º, el ejercicio de las potestades y facultades conferidas
en el Título Tercero del Compromiso de Gestión mencionado, respecto de la
gestión de recursos humanos, contratación administrativa y presupuesto.
A
continuación se detalla la asignación de los recursos financieros:
PRESUPUESTO 2006
UNIDADES DESCONCENTRADAS
(EN COLONES)
Asignación
Unidad Nombre de la unidad de efectivo
2102* HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS 32.618.509.529
2103 HOSPITAL CARLOS SÁENZ HERRERA 17.409.021.697
2104* HOSPITAL MÉXICO 29.623.850.841
2202 HOSPITAL BLANCO CERVANTES 4.174.725.226
2203 CENTRO NACIONAL DE REHABILITACIÓN 3.877.735.575
2206 HOSPITAL SAN FRANCISCO DE ASÍS 4.450.009.940
2208 HOSPITAL SAN VICENTE DE PAÚL 7.418.234.470
2213 ÁREA DE TIBÁS URUCA MERCED 2.189.231.948
2217 ÁREA DE SALUD DE CORONADO 2.402.470.397
2233 ÁREA DE SALUD BELÉN FLORES 1.337.800.000
2235 ÁREA DE SALUD DE NARANJO 896.853.194
2252 ÁREA DE SALUD DE PALMARES 810.000.770
2272 ÁREA DE SALUD DE ALFARO RUIZ 399.989.519
2304 HOSPITAL NACIONAL PSIQUIÁTRICO 7.677.157.410
2306 HOSPITAL MAX PERALTA 11.832.590.112
2307 HOSPITAL WILLIAM ALLEN 4.718.442.996
2311 ÁREA SALUD MATA REDONDA HOSPITAL 2.092.779.693
2312 ÁREA DE SALUD DE HATILLO 2.609.410.778
2331 ÁREA DE SALUD DE PURISCAL 1.405.403.731
2352 ÁREA DE SALUD DE LOS SANTOS 945.000.000
2401 HOSPITAL DE SAN CARLOS 7.296.891.248
2502 HOSPITAL ENRIQUE BALTODANO 7.521.991.359
2531 ÁREA DE SALUD DE SANTA CRUZ 1.628.374.804
2552 ÁREA DE SALUD DE ESPARZA 762.617.215
2556 ÁREA DE SALUD DE ABANGARES 789.227.226
2579 ÁREA DE SALUD PENINSULAR 1.205.000.000
2586 ÁREA DE SALUD DE CHACARITA 800.819.471
2590 ÁREA DE SALUD DE BARRANCA 951.008.395
2602 HOSPITAL DE GUÁPILES 5.438.273.699
2652 ÁREA DE SALUD DE CARIARI 1.366.967.663
2701 HOSPITAL ESCALANTE PRADILLA 9.900.612.193
2702 HOSPITAL DE GOLFITO 3.658.399.620
2732 ÁREA DE SALUD DE BUENOS AIRES 1.647.900.200
TOTAL 181.857.300.918
* Pendiente la suscripción del
compromiso de gestión 2006-2007.
Se aclara
que la Junta Directiva ha suspendido totalmente la autonomía como unidad
desconcentrada al Hospital Calderón Guardia, sin embargo, se le ha realizado la
reserva presupuestaria correspondiente para el período 2006
PRESUPUESTO 2006
UNIDAD EN PROCESO DE
INTERVENCIÓN
(EN COLONES)
Asignación
Unidad Nombre de la unidad de efectivo
2101 HOSPITAL
CALDERÓN GUARDIA 28.458.625.896
4º—Aprobar
los términos para la gestión de la atención, gestión financiera y gestión
administrativa, así como los objetivos y metas de salud propuestos en función
de dar respuesta a los problemas de salud del país según el Plan de Atención de
Salud a las Personas, establecidos y convenidos en el compromiso de gestión
suscrito para el período 2006-2007, entre las Gerencias de las Divisiones
Administrativa y Médica y los proveedores externos de servicios de salud, que
lo han firmado, contando para ello con el aval de las demás Gerencias de
División, en lo que les compete, a fin de que los compromisos de gestión
mencionados adquieran eficacia a partir de su vigencia.
A
continuación se detalla la asignación de recursos financieros:
PRESUPUESTO 2006
UNIDADES EXTERNAS
(EN COLONES)
Asignación
Unidad Nombre de la unidad de efectivo
2131 ÁREAS DE
SALUD DE BARVA
Y SAN PABLO (COOPESIBA) 1.226.000.000
2218 ÁREA DE SALUD DE PAVAS (COOPESALUD) 2.263.180.300
2219 ÁREA DE SALUD DE TIBÁS (COOPESAIN) 1.567.827.093
2317 ÁREA DE SALUD DE SAN RAFAEL ABAJO,
ARRIBA Y SAN MIGUEL (COOPESALUD) 1.551.278.167
2318 ÁREA DE SALUD DE SAN FRANCISCO
Y SAN ANTONIO (COOPESANA) 693.150.210
2343* ÁREA DE SALUD DE CURRIDABAT (UCR) 1.285.140.474
2345 ÁREAS DE SALUD DE ESCAZÚ
Y LEÓN XIII-LA CARPIO (ASEMECO) 2.102.260.524
2346* ÁREA DE SALUD DE MONTES DE OCA (UCR) 1.101.635.730
2347 ÁREA DE
SALUD DE SAN SEBASTIÁN-
PASO ANCHO (COOPESAIN) 952.955.640
2349* ÁREA DE SALUD DE SAN JUAN,
SAN DIEGO Y CONCEPCIÓN (UCR) 889.939.122
2387 ÁREA SALUD DE SANTA ANA (COOPESANA) 1.048.408.000
TOTAL 14.681.775.260
*
Pendiente la suscripción del compromiso de gestión 2006-2007.
Publíquese
en el Diario Oficial La Gaceta, para los efectos legales
correspondientes.
Acuerdo firme.
Emma C. Zúñiga Valverde, Secretaria Junta Directiva.—1 vez.—C-147935.—(5123).
Resolución
RRG-5313.—San José, a las nueve horas del doce de enero de dos mil cuatro.
Fijación de margen de comercialización
de combustibles en las estaciones de servicio, exceptuando las marinas, las
aéreas y a los distribuidores de combustibles sin punto fijo de venta.
Expediente Nº ET-157-2005.
Resultando:
I.—El 7
de diciembre del 2004, por medio de resolución Nº RRG-4194-2004 se otorgó a
la industria un margen de comercialización de los combustibles, de ¢21,816. La
tarifa fue publicada en La Gaceta Nº 250 del 22 de diciembre del 2004.
II.—El día 4 de noviembre
del 2005, la empresa Estación de Servicio San Juan S. A., con cédula
jurídica Nº 3-101-036 587, representada por el Ingeniero Álvaro Mesén Madrigal,
en calidad de representante legal de la Estación de Servicio San Juan S. A.,
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma alguna (folios 02-94),
presentó petición formal, con el fin de obtener un margen de distribución de
combustibles de ¢30,762 por litro, que representa un incremento de ¢8,924 por
litro (40,91%) sobre el margen vigente.
III.—El 7 de noviembre del
2005, mediante oficio Nº 1441-RG-2005 se ordenó el inicio de trámite por
parte de la Reguladora General, que se encuentra bajo el expediente Nº
ET-157-2005 (folio 97).
IV.—El 24 de noviembre del
2005, mediante oficio Nº 1073-DEN-2005 se le comunica a la Reguladora
General que el 75% de la estaciones de servicio del país, cumplieron con los
por tanto 3° y 4° de la resolución Nº RRG-4194-2004 del 7 de diciembre del
2004, publicada en La Gaceta Nº 250 del 22 de diciembre del 2004 (folio
98).
V.—El 25 de noviembre del
2005, mediante la RRG-5163, la Reguladora General dejó sin efecto los por
tanto 3° y 4° de la resolución Nº RRG-4194-2004 del 7 de diciembre del 2004,
publicada en La Gaceta Nº 250 del 22 de diciembre del 2004, con base en
lo indicado por la Dirección de Servicios de Energía en el oficio Nº
1073-DEN-2005 del 25 de noviembre del 2005 (folio 106-108).
VI.—El 25 de noviembre del
2005, mediante oficio Nº 1570-RG-2005 la Reguladora General le indica a la Dirección Servicios de Energía,
proceder con el trámite de admisibilidad del ET-157-2005 (folio 99).
VII.—El 25 de noviembre
del 2005, mediante oficio Nº 1078-DEN-2005 la Dirección de Servicios de
Energía le solicita a la Dirección de Fiscalización y Defensa del Usuario la
convocatoria a audiencia pública (folios 100-102).
VIII.—El 2 de diciembre
del 2005, en los periódicos Al Día y La Nación, se publicó la convocatoria
de la audiencia pública folios (103-104).
IX.—El 7 de diciembre del
2005, en La Gaceta Nº 236, se publicó la convocatoria a la audiencia
pública (folio 110).
X.—Que en el informe de
instrucción (folios 144-150) se indica que dentro del plazo legal estipulado
para ello se presentaron las siguientes oposiciones:
1. Defensoría de los Habitantes (folios
125-132). La Defensoría de los Habitantes analizó los argumentos de la Estación
de Servicio San Juan y consideró que efectivamente, la actividad del expendio
de combustible ha visto disminuidos sus ingresos poniendo en riesgo el
equilibrio económico de la actividad, lo cual se refleja en los resultados
negativos de los estados financieros. Esa situación podría ameritar un aumento
en el margen, pero la Defensoría considera que el ajuste requerido podría ser
inferior al solicitado. Al analizar la petición, la Defensoría consideró
pertinente revisar el estudio técnico realizado por la Autoridad Reguladora
para fijar el margen de comercialización vigente. Esto con la finalidad de
tener un punto de comparación entre los niveles de costos, gastos e inversiones
que reporta la estación que solicita el ajuste, y aquellos que la Autoridad
Reguladora reconoció en la última fijación. La intención de la Defensoría es
determinar si el comportamiento de los rubros reportado por la empresa petente
es razonable a la luz del artículo 32 de la Ley de la Autoridad Reguladora.
2. Estación de
Servicio Costa Rica (folios del 111 al 113). Que la Estación de Servicio
Costa Rica presenta posición, solicitando se revise el rubro de la comisión por
compras con tarjetas; por cuanto, en el caso particular de ellos en el año 2004
fue de un 14,00%.
3. RECOPE (folio
118-123). Que RECOPÉ (folio 114) solicita que cualquier monto aprobado por
margen de comercialización sea transferido al consumidor final, de tal forma
que se varíe en la misma cantidad y dirección las tarifas vigentes de dicho
producto.
4. Total
Petróleo de Costa Rica S. A. (folio 118-123). Total Petróleo Costa Rica S.
A., presenta posición señalando los siguientes aspectos:
a. Que es práctica normal del negocio de venta
de combustibles el pago anticipado de los mismos con la Refinadora Costarricense
de Petróleo. Esto implica que en promedio el combustible se paga dos días antes
de que el mismo esté a disposición en las Estaciones de Servicio para la venta.
Así mismo, se mantiene en promedio tres días de combustible en los tanques de
cada Estación, el cual ya fue debidamente pagado, pero no así vendido. Por lo
tanto, se tiene un promedio de cinco días de inventario flotante, por el cual
ya se pagó, pero aún no se recupera el capital de trabajo.
b. Que los
precios de los combustibles alcanzaron su pico más alto de precios a finales de
octubre del 2005, donde llegaron a subir un 40% con relación a los precios del
1º de enero del 2005. Aún con las dos últimas rebajas decretadas a finales del
año, los precios subieron un promedio del 18% entre el 1º de enero y el 31 de
diciembre del 2005. Ya para el año 2006, estando hoy apenas 2 de enero, hay
solicitados dos aumentos de ¢31 y ¢28 colones para la gasolina súper. De
aprobarse estos aumentos (¢59 colones), habría que sumar un 14% adicional al capital
de trabajo necesario para comprar combustibles.
c. Que dentro de
los principales rubros de la operación del petente, se encuentran los salarios.
Los cuales han tenido los siguientes aumentos; 6,8% en enero del 2005; 7,3% en julio del 2005 y 6,3% en enero
del 2006. Esto significa aumentos del 21,82% acumulado de enero del 2005 a
junio del 2006. Sin contemplar el incremento del próximo julio del año en
curso, el cual se estima en un 5%, sin embargo el mismo deberá ser cubierto con
el aumento de margen que se fije en esta solicitud.
d. Que la
inflación (IPC) del año pasado a noviembre del 2005 fue del 14,19%, y se estima
en un 12% para el año 2006, afectando directamente los gastos generales de
nuestra actividad.
e. Que las
ventas en pista, son pagadas en un promedio del 25% con tarjetas de crédito, y
que al subir los precios de los combustibles automáticamente se incrementan los
costos de comisión (calculada porcentual mente sobre el valor absoluto pagado
por los combustibles), y se disminuye la utilidad del margen de
comercialización de los operadores de estaciones de servicio.
f. Que para
poder cumplir con la normativa vigente de las estaciones de servicio se
requiere de una inversión constante, donde no solo se le asegure a los clientes
que se va a cumplir con todas las normas de seguridad requeridas por ley
(MINAE, ARESEP), sino que encontrarán en nuestras Estaciones de Servicio
infraestructura de lase mundial, mejorando la calidad de vida, la competencia y
la competitividad de nuestro país. El costo de estas inversiones es
generalmente calculado e indexado en dólares lo que aumenta su peso en un
margen establecido en moneda local.
g. La estructura
no contempla algunos de los costos indispensables para el buen manejo de una
estación o que son incluso de orden legal, tal y como el gasto por pago de
patente de funcionamiento a las municipalidades correspondientes.
h. El aumento de
8,946 colones por litro, es incluso insuficiente, basados en el análisis que mi
representada hizo de la evolución de los gastos incurridos en las Estaciones de
Servicio, únicamente al nivel de capital de trabajo, desde el último aumento de
margen el pasado 22 de diciembre del 2004.
5. Asociación Costarricense de Expendedores de
Combustible (folio 124). La ACEC (Asociación Costarricense de Expendedores
de Combustible), presenta posición indicando lo siguiente:
a. El Arq. Hebel Mesén Cano, asesor de la ACE ha
realizado un análisis relacionado con los costos estipulados en el modelo
vigente para la fijación de márgenes. De ese análisis obtiene que los costos
considerados en dicho modelo se encuentran subvaluados.
b. Además según
la ultima fijación de márgenes, se dejaron de lado costos que a la suma
representan un valor muy importante y que inciden en el resultado final.
XI.—El
10 de enero del 2006, a las 14:00 horas, en el Auditorio de la Autoridad
Reguladora se realizó la audiencia pública.
XII.—El 10 de febrero del
2005, vence el plazo para que la Reguladora General resuelva la presente
petición.
XIII.—Que la referida
solicitud de Estación de Servicio San Juan S. A., fue analizada por la
Dirección de Servicios de Energía, de la Autoridad Reguladora, produciéndose el
oficio 20-DEN-2006/1040, del 11 de enero del 2006, que corre agregado al
expediente.
XIV.—Que en procedimientos se
han observado los plazos y las prescripciones de ley.
Considerando:
I.—Que del
oficio 20-DEN-2006/1040-2006, arriba citado, que sirve de sustento a esta
resolución, conviene extraer lo siguiente:
1- El margen vigente de ¢21,816 por litro fue aprobado
mediante resolución Nº RRG-4194-2004 del 7 de diciembre del 2005, y fue
publicada en La Gaceta Nº 250 del 22 de diciembre del mismo año.
2- La solicitud
del petente sin incluir el costo del transporte, es por un monto de ¢30,740 por
litro, equivalente a un aumento del 40,91% sobre el margen vigente, o sea
¢8,924 por litro.
3- Para el
presente estudio se utilizó la información del mercado corresponde al año 2004,
lo anterior para cumplir con lo que establece la metodología de cálculo.
4- La estructura
de costos de la estación tipo se actualizó de la siguiente manera:
a) Los costos que están en función del ingreso
por venta de combustibles de la estación tipo, se actualizaron automáticamente
sobre la base del volumen de ventas en litros y el precio vigente de venta de
los combustibles.
b) Los costos que
dependen de las ventas en litros y que tienen un valor ya definido por litro
(ejemplo, canon de la Autoridad Reguladora, programa de control de calidad del
combustible) fueron modificados.
c) Se procedió a
realizar una revisión con base en la información presentada por las estaciones
y se concluyó que no hay en activos registrados específicamente en el rubro de
Vehículos, Pick-Up en sus contabilidades, por lo que se procede a cotizar una
moto de mensajería y se toma el precio promedio (incluye gastos de inscripción)
de cuatro cotizaciones, esto representa una disminución en el rubro de vehículo
de un 83,73%.
d) Se revisaron
los costos que se ajustan por índices de precios, como el Índice de la
Construcción Edificios, tomando también en cuenta la actualización de valores
Base unitarios por tipología constructiva del Ministerio de Hacienda (Alcance
Nº 48 a La Gaceta Nº 243 del 16/12/2005), y el Índice de Precios al
Consumidor, resultando un incremento del 39,45% con respecto al valor utilizado
en el estudio anterior.
e) Se ajustaron
los salarios y las cargas sociales de la estructura vigente.
f) Los activos
se ajustaron por inflación y otros especificados en dólares se ajustaron de
acuerdo al valor del dólar en moneda nacional con base a la información oficial
del Banco Central al 10 de enero del 2006.
g) El precio de
los combustibles que expenden las estaciones de servicio se actualizó al
considerar los precios vigentes a la fecha del estudio.
5- El valor de la maquinaria se incrementó en
8,56%, en lo que respecta al mobiliario se incrementa en 12,16%, equipo de
seguridad se incrementa en 11,35%, herramientas se incrementa en 14,93%,
repuestos se incrementa en 7.89%; todos con respecto al valor reconocido en el
estudio anterior, esto como resultado de la actualización, por el tipo cambio
al 10 de enero del 2006.
6- Excluido el
capital de trabajo, a la base tarifaria se le reconoce un incremento del 7,68%.
En el caso del capital de trabajo este creció un 18,27% con respecto al estudio
anterior. En total a la base tarifaria se le reconoció un incremento del
15,32%.
7- En el presente
estudio, las pérdidas de energía por evaporación, en los combustibles,
gasolinas (súper y regular), son de 0,4%, este porcentaje es el mismo que se
utilizó en el estudio anterior. No se reconoce ningún monto por derrame de
combustibles, pues éste se corrige con buenas prácticas en su manejo.
8- No se
aceptaron los montos adicionados a la mano de obra por horas extras y días
libres de lo vigilantes, debido a que el modelo contempla por ejemplo 8
pisteros y no todas las bombas tienen esta cantidad de empleados, así como
tampoco todas tienen un contador a tiempo completo, siendo la mayoría por
servicios profesionales, para lo cual no se tiene que pagar cargas patronales;
de igual forma con la contratación de servicios de vigilancia, originando una
compensación por los rubros solicitados.
9- El incremento
en la tarifa, recomendado por la Dirección de Servicios de Energía es de
15,96%, menor que el solicitado por el petente que fue de 40,91%.
10- Las
estaciones de servicio requieren de un incremento en su margen de
comercialización de ¢3,482 por litro, que redondeando el entero más próximo
queda en ¢4 por litro (15,96% de aumento respecto al margen actual de
¢21,816/litro). Con ello el margen de comercialización de las estaciones de
servicio sería de ¢25,298 por litro vendido.
11- El margen de
comercialización promedio a incorporar en el precio del combustible al
consumidor final en estación de servicio sería de ¢25,28, al cual se le debe
adicionar un costo promedio de transporte de ¢3,79 por litro y con ello obtener
un margen total de ¢29,064 por litro.
12- El
incremento recomendado por la Dirección de Servicios de Energía es 24,95% menor
que el solicitado por el petente que fue de 40,91%.
13- Para la
audiencia pública presentó oposición únicamente la Defensoría de los Habitantes
y cuatro posiciones; Estación de Servicio Costa Rica, Recope, Total Petróleo, y
la ACEC (Asociación Costarricense de Expendedores de Combustible).
14- El
incremento promedio absoluto en el precio de los cuatro combustibles que se
distribuyen en estaciones de servicio es de ¢4,00 por litro, mientras que el
relativo es de 1,12%.
15- La
evaluación de calidad del servicio del suministro de combustibles, se realiza
mediante el Programa de Evaluación de Calidad, el cual incluye verificar la
calidad, cantidad, continuidad del servicio, calibración de surtidores y la
verificación de los precios de los productos.
16- Para las
evaluaciones de calidad el convenio correspondiente al CELEQ se firmó con
FUNDEVI, y esto generó algunas inquietudes legales, lo cual obligó a
rescindirlo y para substituirlo se elaboró un nuevo convenio con la Universidad
de Costa Rica, el cual ya fue firmado por las partes y solo espera el refrendo
de la Contraloría General de la República. Debido a la rescisión del convenio,
a partir del segundo cuatrimestre del presente año, los resultados de las
evaluaciones, por parte de los laboratorios son parciales, ya que sólo se
cuenta con resultados de uno de los dos laboratorios.
17- Durante el
primero y segundo cuatrimestre de este año, solamente se detectó una estación
de servicio con incumplimientos de calidad y 24 estaciones con incumplimientos
en cantidad.
18- En este
estudio tarifario se están otorgando recursos para cumplir con el Programa de
Evaluación de Calidad de las Estaciones de Servicio, desglosado como sigue:
Evaluación de cantidad y calidad ¢895.590 por año; certificación de surtidores
y limpieza de tanques ¢240.343 por año y dentro de las inversiones el aforador
volumétrico con un monto de ¢269871; así como los recursos para que se mantenga
vigente con la calibración gravimétrica.
19- El precio
que los consumidores de combustibles pagan para asegurar la calidad de los
combustibles es de ¢0,27 /litro. Para el pago de las evaluaciones de los
laboratorios, RECOPE debe retener un monto de ¢0,21 /litro vendido y
trasladarlo, según lo establecido en el convenio suscrito entre las partes.
20- Las
estaciones de servicio cuando requieran adquirir surtidores adicionales o
sustituir los existentes, deben hacerlo por surtidores nuevos, no
reconstruidos. El modelo tarifario considera 4 surtidores electrónicos nuevos
no reconstruidos. La unidad de medida debe ser en litros, de acuerdo con lo que
establece el Sistema Internacional de Unidades (SI) el cual rige en el país y
el precio debe aparecer en colones que es la moneda nacional.
II.—Que en
relación con lo manifestado en la oposición y las posiciones resumidas en el
resultando X, de esta resolución, se responde lo siguiente:
1. Defensoría de los Habitantes de la
República. Para el presente estudio se hizo una actualización de la tarifa
siguiendo los pasos siguientes:
a. Los costos que están en función del ingreso
por venta de combustibles de la estación tipo, se actualizaron automáticamente
sobre la base del volumen de ventas en litros y el precio propuesto de venta de
los combustibles.
b. Los costos que
dependen de las ventas en litros y que tienen un valor ya definido por litro
(ejemplo, canon de la Autoridad Reguladora, programa de control de calidad del
combustible) fueron modificados.
c. Los rubros de
los activos para se actualizaron por inflación y se les aplicó el tipo de
cambio a la fecha de de la audiencia.
d. Se revisaron
los costos que se ajustan por índices de precios. Los índices aplicados fueron
el Índice de la Construcción (Edificios) y el Índice de Precios al Consumidor.
e. Se ajustaron
los salarios y las cargas sociales de la estructura vigente.
f. Los activos,
costos y gastos que se ajustaron por inflación y son los mínimos que se
hicieron con base en las estimaciones oficiales (Banco Central) y propias para
el año 2005.
g. El precio de
los combustibles que expenden las estaciones de servicio se actualizó al
considerar los vigentes a la fecha del estudio.
2. Estación de Servicio Costa Rica (folios del
111 al 113). Con respecto a las comisiones bancarias por la venta de
combustibles mediante uso de tarjetas de crédito o débito, en el estudio
anterior se hizo una revisión de dicho costo, ya que en el mercado financiero
nacional el cobro es variado en cuanto al porcentaje que se aplica. Para
revisar este costo, se calculó una muestra de estaciones de servicio y se les
solicitó que mediante certificación de contador público o declaración jurada
dieran el peso relativo que tienen estos gastos financieros con respecto al
ingreso total por concepto de venta de combustible. Para calcular el peso
relativo a reconocer en la estación tipo, se procedió a calcular un promedio
con los datos reportados hasta el 8 de noviembre 2004.
3. RECOPE
(folio 114). El incremento en el margen de comercialización se le traslada
al consumidor final como lo establece la Ley 7593.
4. Total
Petróleo Costa Rica S. A. (Folios 118 al 123).
a. El modelo ya contempla la situación planteada
por la posición, o sea se reconoce cinco días de capital de trabajo en la base
tarifaría.
b. En el modelo
se actualizan los precios vigentes al día de la Audiencia, tomando así los más
actualizados posible, por lo tanto, no se pueden tomar en cuenta aquellos que
están en trámite para su aprobación.
c. En el modelo
se actualiza los salarios, en caso específico se tomo el segundo semestre del
2005, y el aumento decretado en el primer trimestre del año 2006.
d. En el modelo
se le aplica la inflación a diciembre del 2005, que fue de un 14,08%, a rubros
de los activo que son importantes dentro de la base tarifaria.
e. En el modelo
se reconoce un 24,21% por comisiones de tarjetas sobre las ventas.
f El valor de
las edificaciones se incrementó en 39,45% con respecto al valor reportado en el
estudio tarifario anterior, esto anterior resultó de la revisión de los valores
de los componentes de la estación de servicio tipo que se hace con fundamento
en la publicación del estudio de valorización de propiedades que hizo el
Ministerio de Hacienda y que fue publicado en el Alcance Nº 48 a La Gaceta
Nº 243 del 16 de diciembre del 2005, y la aplicación del índice de la
construcción (edificios), efectivamente no se modifica el modelo hasta que no
se cuente con un estudio de la industria donde se demuestre que la mayoría
tienen las obras que falta reconocer.
g. Este gasto
está contemplado en el modelo y se puede apreciar en el rubro de patentes e
impuestos.
h. Según el dato
que el modelo nos entrega, se ocupa un aumento en el margen de ¢3.482, un 6.89%
para alcanzar la utilidad del 15% asignado al modelo.
5. ACEC (Asociación Costarricense de
Expendedores de Combustible) (folio 124).
a. Al no especificar los costos en mención, no
podemos referirnos a los mismos.
b. El valor de
las edificaciones se incrementó 39,45% con respecto al valor reportado en el
estudio tarifario anterior, lo anterior resultó de la revisión de los valores
de los componentes de la estación de servicio tipo que se hace con fundamento
en la publicación del estudio de valorización de propiedades que hizo el
Ministerio de Hacienda y que fue publicado en el Alcance Nº 48 a La Gaceta
Nº 243 del 16 de diciembre del 2005, y la aplicación del índice de la
construcción (edificios), no se modifica el modelo hasta que no se cuente con
un estudio de la industria donde se demuestre que la mayoría de las estaciones
tienen las obras a reconocer.
c. Se toman los
valores permitidos dentro del modelo, se pueden hacer variaciones siempre y
cuando se justifiquen las mismas con un estudio de los rubros a reconocer y que
sean representativos de la industria, y que vayan acorde con el artículo 32 de
la Ley Nº 7593.
III.—Que
de conformidad con los resultandos y considerandos que anteceden, de acuerdo al
mérito de los autos, lo procedente es fijar el margen de comercialización de
los combustibles en las estaciones de servicio en ¢25,298/litro, tal como se
dispone. Por tanto,
Con
fundamento en las facultades conferidas en los artículos 5°, inciso d), 57,
incisos c) y g), de la Ley Nº 7593, 41 del Decreto Ejecutivo Nº 29732-MP,
Reglamento a la Ley Nº 7593, la Ley Nº 6588 y su reglamento y, la Ley General
de la Administración Pública,
LA REGULADORA GENERAL,
RESUELVE:
I.—Fijar
el margen de comercialización para las estaciones de servicio, exceptuando las
marinas, aéreas y sin punto fijo de venta en ¢25,298 por litro vendido.
II.—Fijar los precios de los
combustibles que se venden al consumidor final en estaciones de servicio con
punto fijo de venta, de acuerdo con el detalle siguiente:
PRECIOS CONSUMIDOR FINAL EN
ESTACIONES DE SERVICIO
(Colones por litro)
Precios
plantel
Precios
plantel con impuestos único
Combustibles sin impuestos y margen
Gasolina súper (1) 291,999 426,00
Gasolina regular
(1) 276,400 406,00
Diesel (1) 213,170 307,00
Kerosene (1) 289,611 338,00
(1) El precio de estos combustibles en estación
de servicio contempla un margen total (con transporte incluido), de
comercialización promedio de ¢29,064/ litro.
III.—Se le
indica a todas las estación de servicio, que en adelante, dos meses después de
cada cierre fiscal deberán cumplir con los siguientes:
1. Remitir un análisis vertical de sus gastos
exclusivamente los relacionados con el servicio de suministro de combustible
(al último nivel de detalle) relacionando cada cuenta de costo y gasto con el
ingreso obtenido en la venta de combustible, y un análisis horizontal
comparando las cuentas de ingresos costos y gastos del periodo de cierre
correspondiente, con el periodo anterior. Deberán justificarse aquellas cuentas
en las que el aumento del gasto sea superior al porcentaje de inflación del
período correspondiente (del 1º octubre a 30 de setiembre).
2. Reportar el
número de surtidores y las mangueras por cada uno de ellos, según el siguiente
cuadro.
TOTAL DE SURTIDORES TOTAL
DE MANGUERAS
3. Reportar los empleados por turno en la
actividad de venta de combustibles según el siguiente cuatro:
Nº
DE EMPLEADOS
PUESTOS
Y SU CALIFICACIÓN POR TURNOS
1er 2do 3ero
Pisteros,
obrero semicalificado
Cajeros, obrero calificado
Guardas, obrero calificado
Contador, Técnico Educación
Superior
Oficinista, obrero
semicalificado
Mensajero, obrero no
calificado
Otros (Especifique por tipo
de puesto)
IV.—Indicar
a todas las estaciones de servicio del país que deben cumplir con el Programa
de Evaluación de calidad, como sigue:
- Certificar la calidad y cantidad de los
productos que expenden, mediante laboratorios estatales autorizados por ARESEP.
Las pruebas se hacen 3 veces al año como mínimo. En los casos de cumplimiento,
el laboratorio entregará el certificado original a la estación de servicio y
solamente en los casos de incumplimientos, los laboratorios remitirán los
certificados originales a la ARESEP, para que esta proceda según lo
establecido.
- Certificar la
calibración de los surtidores, lo cual debe hacer dos veces al año y se deben
enviar a la ARESEP los dos certificados originales; el primero a más tardar el
15 de julio de cada año y el segundo el 15 de enero del año siguiente.
- Cada estación
de servicio debe llevar bitácoras donde se registren la información indicada y
tenerlas actualizadas y disponibles en el momento que le sean solicitadas por
ARESEP.
- Realizar la
verificación periódica de la correcta calibración de los surtidores, y
registrar en bitácoras los resultados volumétricos, así como, los cambios
oficiales de precios de los combustibles, indicando hora y fecha.
- Controlar que
los tanques de almacenamiento de combustibles estén libres de agua e impurezas
y realizarles la limpieza cuando sea necesario, (no se debe presentar
certificación de limpieza de tanques a la ARESEP). Registrar en bitácoras.
- Suspender la
venta de combustibles de los tanques en los que se descarga producto y dar un
tiempo prudencial para el reposo de los mismos.
- Deben
controlar, al menos en forma visual, la calidad de los combustibles que reciben
y verificar que en las facturas se indique el número del certificado de calidad
de RECOPE.
- Presentar a
ARESEP certificaciones de calibración de los surtidores nuevos, expedida por la
empresa que los vende.
- Brindar
mantenimiento de instalaciones y equipos y llevar los registros de los mismos
en una bitácora.
- Brindar
mantenimiento preventivo y correctivo de los tanques de almacenamiento de
combustibles y mantener los registros mediante una bitácora.
- Los
aforadores volumétricos que se utilicen en las verificaciones de los surtidores
deben ser de acero inoxidable, calibrados por el método gravimétrico y por un
laboratorio acreditado. Esto se debe registrar en bitácora.
- Todos los
surtidores de combustibles deben estar numerados de izquierda a derecha y de
afuera hacia adentro. Los números deben colocarse en un lugar visible.
- Mantener los
surtidores en buenas condiciones, que la pantalla permita leer claramente el
precio vigente, el volumen servido y la cantidad total.
- Permitir y
facilitar la labor de los laboratorios, en el horario que se está brindando el
servicio y cerrar para la venta la isla que esté en inspección.
- Colocar
rótulos visibles al público en los surtidores fuera de uso, en la(s)
manguera(s) que estén cerradas, y para ponerlos en operación, se debe cumplir
con el procedimiento establecido. Enviar el acta correspondiente a la ARESEP en
la que se indique la solución del problema.
- Contar con
surtidores en buenas condiciones y cuando requieran adquirir o sustituir
surtidores, deben hacerlo por surtidores nuevos, no reconstruidos. La unidad de
medida debe ser en litros, de acuerdo con lo que establece el Sistema
Internacional de Unidades (SI) el cual rige en el país y el precio debe
aparecer en colones que es la moneda nacional.
V.—Publicar
los listados de las estaciones de servicio que no cumplan con los lineamientos
establecidos en el Programa de Evaluación de Calidad.
VI.—Indicar
a RECOPE que para efectos de cubrir los costos de las evaluaciones de calidad y
cantidad de las estaciones de servicio, en este estudio tarifario se asignó un
monto de ¢0,21/litro vendido para este concepto, por lo que se debe recaudar
este monto.
En cumplimiento de lo que
ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se
indica que contra la anterior resolución caben los recursos ordinarios de
revocatoria y de apelación y, el extraordinario de revisión. El de revocatoria
podrá interponerse ante el Regulador General; a quien corresponde resolverlo;
el de apelación y revisión, podrán interponerse ante la Junta Directiva, a la
que corresponde resolverlos.
El recurso de revocatoria y
el de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir
del día siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos
señalados en el artículo 354 de la citada ley.
De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 3°, inciso c), de la Ley Nº 8114, Ley de
Simplificación y Eficiencia Tributarias; la Refinadora Costarricense de
Petróleo S. A., aplicará los precios el día siguiente a la publicación en La
Gaceta, de la presente resolución.
Publíquese y notifíquese.—Lic. Aracelly Pacheco Salazar, Reguladora
General.—1 vez.—(Oficio Nº 62-DAF-2006).—C-231630.—(5437).
Res.
RRG-5314.—San José, a las ocho horas con cuarenta y cinco minutos del doce de
enero de dos mil seis.
Fijación
de margen de comercialización y precios del gas licuado de petróleo en
estaciones de servicio. (Expediente ET-134-2005).
Resultando:
1º—Que el
2 de setiembre del 2005 mediante oficio 526-DEN-2005, la Dirección de Servicios
de Energía, remite a la Reguladora General la fijación de oficio del margen de
comercialización y precio del Gas licuado de Petróleo en estaciones de
servicio.
2º—Que el 10 de octubre del 2005
mediante oficio 1288-RG-2005 la Reguladora General solicita al Archivo Central,
la apertura del expediente para proceso de audiencia pública sobre la fijación
de margen y precio del Gas Licuado de Petróleo en estaciones de servicio.
3º—Que el 26 de octubre del
2005 mediante oficio 1349-RG-2005 la Reguladora General solicita a la Dirección
de Fiscalización y Defensa del Usuario, convocar a audiencia pública, el
estudio sobre la fijación de margen y precio del Gas Licuado de Petróleo en
estaciones de servicio.
4º—Que el 4 de noviembre del
2005, se publicó la convocatoria a audiencia pública en los periódicos Al Día y
Diario Extra.
5º—Que el 10 de noviembre del
2005 se publica la convocatoria a audiencia pública en el diario oficial La
Gaceta N° 217.
6º—Que el 12 de diciembre del
2005 a las 9:00 horas se realizó la audiencia pública en el Auditorio de la
Autoridad Reguladora.
7º—Que el 12 de enero del
2006 vence el plazo legal para que la Reguladora General se pronuncie sobre
esta fijación tarifaria.
8º—Que la referida fijación
de margen de comercialización y precio del gas licuado de petróleo, fue
analizada por la Dirección de Servicios de Energía, de la Autoridad Reguladora,
produciéndose el oficio 21-DEN-2006/1042, del 11 de enero de 2006, que corre agregado
al expediente.
9º—Que en procedimientos se
han observado los plazos y las prescripciones de ley.
Considerando:
I.—Que del
oficio 21-DEN-2006, del 11 de enero del 2006, que sirve de sustento a esta
resolución, conviene extraer lo siguiente:
1) Que la resolución RRG-1134-2000 del 28 de
marzo del 2000, publicada en La Gaceta N° 88 de 9 de mayo del 2000, condicionó
el fijar un margen para comercializar el Gas Licuado de Petróleo en las
estaciones de servicio y por ende fijar el precio del combustible al consumidor
final en la estación de servicio, a que se emitiera una normativa por parte de
otros entes.
2) Que las estaciones de servicio que distribuyen
Gas Licuado de Petróleo tienen opción de suministro, directamente del plantel
de Recope ubicado en Limón, o bien de los envasadores, existiendo facilidades
de suministro en cinco provincias del país.
3) Que según información suministrada por el
Ministerio de Ambiente y Energía, a mayo del 2005 en el país, únicamente hay 8
estaciones de servicio autorizadas a expender gas licuado de Petróleo para
carburación; a la fecha, las provincias de Guanacaste y Limón no cuentan con
estaciones de servicio autorizadas para distribuir gas licuado de petróleo.
4) Que si bien el consumo del Gas Licuado muestra
un crecimiento por año superior al 68% entre los años 2000 y 2003, su
participación respecto al consumo total de combustible es de apenas un 2,56% en
el 2003.
5) Que la normativa vigente, emitida por el
Ministerio de Ambiente y Energía, permite que se establezcan estaciones de
servicio exclusivas en el suministro de gas licuado, o bien mixtas (distribuyen
conjuntamente Gasolinas y Diesel). De momento, las autorizadas por dicho
Ministerio son mixtas.
6) Que al estar catalogadas las estaciones como
mixtas, estas presentan infraestructura adicional para la venta de GLP, pero
todas muestran costos operativos conjuntos, lo que genera ciertas economías en
la operación de esta actividad.
7) Que la mayoría de las estaciones autorizadas
para vender gas licuado de petróleo cobran un margen de comercialización que es
4% menor que el que cobran las estaciones por lo otros combustibles (Gasolinas,
Diesel) que está fijado por la Autoridad Reguladora.
8) Que el 63% de las estaciones que distribuyen
gas licuado de petróleo y que están autorizadas para vender gas licuado por el
Ministerio de Ambiente de Energía, aplican un margen que es 31% superior al que
cobran el 37% restante; lo anterior indica que existe un diferencial del 31% en
el margen que cobran las estaciones autorizadas a vender gas licuado.
9) Que por ahora no es razonable aplicar un
programa de evaluación, tanto de la calidad como de la cantidad del producto,
ya que las ventas de LPG en estaciones de servicio son muy bajas y sería muy
costoso. Tampoco se le dará en el margen fijado el monto de ¢270.338 para la
compra de un aforador volumétrico debido a que el equipo que se utiliza en GLP
es diferente al de los otros combustibles y además es costoso.
10) Que también la Dirección consideró, que por
ahora, no es necesario que las
estaciones de servicio realicen la limpieza de tanques de GLP pues son bastante
nuevos. Por lo tanto el margen fijado no incluye ¢240.594 destinados a la
limpieza de tanques.
11) Que a las estaciones de servicio que expenden
Gas Licuado para carburación se les debe fijar un margen de comercialización
igual al que tienen los otros combustibles que expenden las mismas estaciones y
que es fijado por la Autoridad Reguladora.
12) Que el margen fijado a las estaciones de
servicio que expenden Gas Licuado para carburación debe ser máximo, y por ende,
el precio del combustible al
consumidor final en estación debe ser máximo.
II.—Que de conformidad con los resultandos y
considerandos que anteceden y de acuerdo al mérito de los autos, lo procedente es
fijar el margen de comercialización de combustibles en estaciones de servicio,
tal y como se dispone. Por tanto,
Con fundamento en las
facultades conferidas en los artículos 5° inciso d), 57 incisos c) y g) de la
Ley 7593, 41 del Decreto Ejecutivo 29732-MP, Reglamento a la Ley 7593, la Ley
6588 y su reglamento y, la Ley General de la Administración Pública,
LA REGULADORA GENERAL,
RESUELVE:
I.—Fijar
para la comercialización del GLP en estaciones de servicio, un margen de
¢25,015/litro.
II.—Fijar el margen como un
máximo a adicionar en el precio final del combustible, de manera que el precio
del combustible al consumidor en estación de servicio será máximo.
III.—Fijar los precios del
GLP que se vende al consumidor final en las estaciones de servicio autorizadas
por el Minae, de acuerdo con el siguiente detalle:
Precios consumidor final
de GLP en estaciones
de servicio (colones por litro)
Producto Precio
Envasador Precio en Estación
Anterior Vigente Anterior Vigente*
G.L.P. 0,000 267,070 0,00 292,00
(1) El precio del gas licuado de petróleo
(G.L.P.) incluye un margen de comercialización (sin transporte) de ¢25,015 /
litro. Transporte incluido en precio al envasador.
* Precios máximos de venta.
IV.—Por
medio del convenio establecido con los laboratorios estatales para evaluar la
calidad y cantidad de las gasolinas y el diesel que se vende en las estaciones
de servicio, se verificará el precio al que las estaciones venden el GLP para
carburación.
V.—Indicar a todas las
estaciones de servicio del país que expendan GLP, como carburante, que deben
permitir a los laboratorios autorizados, la verificación del precio al que
expenden este producto.
En cumplimiento de lo que
ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se
indica que contra la anterior resolución caben los recursos ordinarios de
revocatoria y de apelación y, el extraordinario de revisión. El de revocatoria
podrá interponerse ante el Regulador General; a quien corresponde resolverlo; el
de apelación y revisión, podrán interponerse ante la Junta Directiva, a la que
corresponde resolverlos.
El recurso de revocatoria y
el de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir
del día siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos
señalados en el artículo 354 de la citada ley.
De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 3° inciso c) de la Ley 8114, Ley de Simplificación y
Eficiencia Tributarias; la Refinadora Costarricense de Petróleo, S. A., aplicará
los precios el día siguiente a la publicación en La Gaceta, de la presente
resolución.
Publíquese
y notifíquese.—Lic. Aracelly Pacheco Salazar, Reguladora General.—1 vez.—(O. F.
62-DAF-2006).—C-75260.—(5438).
Res. Nº
RRG-5315.—San José, a las nueve horas con diez minutos de doce de enero de dos
mil seis. Expediente Nº ET-189-2005
Solicitud
de ajuste extraordinario, por aplicación de fórmula automática de precios de
combustible asfalto, que expende la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A.
Resultando:
I.—Que la
Refinadora Costarricense de Petróleo S.A. (RECOPE), mediante oficio P-1736-2005
del 14 de diciembre de 2005, recibido en la Autoridad Reguladora el 15 de
diciembre (folios 02 y 03), suscrito por el Lic. Litleton Bolton Jones,
Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de esa
empresa; solicitó que se rebaje el precio del combustible Asfalto, que expende
en sus planteles, así como la actualización del parámetro Pi. Los
fundamentos de esa petición constan agregados a los autos.
II.—Que la fórmula de ajuste
automático de los precios de los combustibles que expende RECOPE, fue
establecida en la resolución RRG-4471-2005 de las once horas con treinta
minutos del veintinueve de junio de dos mil cinco, publicada en La Gaceta
N° 133 del 11 de julio de 2005.
III.—Que con respecto a los
impuestos a los combustibles, se aplica lo que dispone la Ley de Simplificación
y Eficiencia Tributarias (8114) del 4 de julio de 2001, publicada en el Alcance
53 a La Gaceta N° 131 del 9 de julio de 2001 y el Decreto Ejecutivo N°
32723 del 4 de octubre de 2005, publicado en La Gaceta N° 213 del 4 de
noviembre de 2005 y que actualizó los montos anteriores en 2,725%,
correspondiente a la inflación ocurrida durante el trimestre compuesto por los
meses de julio, agosto y setiembre de 2005.
IV.—Que de conformidad con lo
establecido en los artículos 30 y 36 de la Ley 7593, las fijaciones
extraordinarias de tarifas no requieren del trámite de audiencia pública.
V.—Que para los efectos de
esta fijación de precio debe quedar claro que el artículo 45 de la Ley 7384
está vigente, tal como lo indicó el dictamen C-111-2003 del 23 de abril de
2003, de la Procuraduría General de la República.
VI.—Que el plazo con que
cuenta la Autoridad Reguladora para resolver las peticiones por fórmula
automática, está señalado en el artículo 43 del Decreto Ejecutivo 29 732-MP,
del 16 de agosto de 2001, que es el Reglamento a la Ley 7593, según el cual, la
resolución final deberá dictarse dentro de los quince días hábiles después de
iniciado el trámite.
VII.—Que la solicitud de
RECOPE fue analizada por la Dirección de Servicios de Energía de la Autoridad
Reguladora de los Servicios Públicos, produciéndose el Oficio 27-DEN-2006/396,
fechado 12 de enero de 2006, que corre agregado al expediente.
VIII.—Que en los plazos y
procedimientos se han observado las prescripciones de ley.
Considerando:
I.—Que del
oficio 27-DEN-2006/396 arriba citado, que sirve de sustento a esta resolución,
conviene extraer lo siguiente:
1) Se comprobó la utilización, por parte de
RECOPE, de los parámetros establecidos en la última fijación extraordinaria
publicada en La Gaceta N° 230 del 29 de noviembre de 2005; encontrándose
que el resultado del ajuste en los precios plantel obtenido por la Refinadora
corresponde a la fecha de corte del 12 de diciembre de 2005, correspondiente al
período de cálculo comprendido entre el 28 de noviembre y el 12 de diciembre de
2005; los cuales determinan que debería aplicarse una rebaja sobre los precios
vigentes del combustible en plantel citado en el resultando I, sin considerar
el impuesto único a los combustibles.
2) El ajuste se aplica sobre los precios
vigentes, sin impuesto único, fijados en la resolución RRG-5144-2005 de las
trece horas con treinta minutos del veintidós de noviembre de 2005, publicada
en La Gaceta N° 230 del 29 de noviembre de 2005.
3) Respecto del monto único del impuesto que se
aplica, es lo señalado en la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias,
Ley 8114 del 4 de julio de 2001 y el Decreto Ejecutivo 32 723-H, publicado en La
Gaceta N° 213 del 4 de noviembre de 2005, según la siguiente tabla:
IMPUESTO UNICO A APLICAR POR
TIPO
DE COMBUSTIBLE (EN COLONES POR LITRO)
Producto Impuesto
único
Asfalto 26,25
4) Para los distribuidores de combustible sin
punto fijo, se publica el precio al que deben vender a sus clientes, según el
margen de comercialización definido por la Autoridad Reguladora y que consiste
en el precio plantel de RECOPE resultante de la aplicación del ajuste
automático, sin impuestos, más el impuesto único por tipo de combustible y un
margen de comercialización de ¢ 3,746 por litro.
5) El ajuste final en el precio del combustible
Asfalto que expende RECOPE en plantel se debe a la variación de los precios
internacionales de los hidrocarburos y a la variación en el tipo de cambio.
6) Deben establecerse los nuevos parámetros del
Asfalto.
7) Con respecto a la proporción de ajuste Pi,
presentados por RECOPE, una vez revisado el cálculo, se comprobó su correcta
aplicación.
8) Deben fijarse tarifas para este combustible
que vende RECOPE en sus planteles, al consumidor final directo y para las
estaciones sin punto fijo de venta que venden al consumidor final.
Por
tanto,
Con
fundamento en los resultandos y considerando precedentes, al tenor de las
potestades conferidas en los artículos 5° inciso d), 57 incisos c) y g) de la
Ley 7593, el Decreto 29 732-MP, la Ley 6588 y su reglamento y, la Ley General
de la Administración Pública,
LA REGULADORA GENERAL,
RESUELVE:
I.—Fijar
los nuevos parámetros para la futura aplicación de la fórmula de ajuste de
precios, para el combustible Asfalto, según se detalla a continuación:
PEi PRi FOB PEi US$/ TCR TCE Proporción
US$/BBL US$/BBL BBL
Futura ¢/US$ ¢/US$ Futura Pi
Producto Anterior actual aplicación actual aplicación %
Asfalto 30,405 28,655 28,655 495,59 495,59 85,28
II.—Fijar
el precio del combustible Asfalto al nivel de plantel, para el consumidor final
directo, de acuerdo con el detalle siguiente:
PRECIOS PLANTEL RECOPE
COLONES POR LITRO
Precio
Plantel sin impuesto Precio
con impuesto
Productos Anterior Precio vigente Anterior Precio vigente
Asfalto
AC-20,
AC-30, PG-70 (2) 179,631 172,735 205,881 198,985
(2) Para efecto del pago correspondiente del flete
por el cliente, considere la fórmula establecida en resolución RRG-3786-2004,
publicada en La Gaceta Nº 155 del 10 de agosto de 2004.
III.—Fijar
el precio del combustible Asfalto que venden al consumidor final, los
distribuidores de combustibles que operan sin punto fijo de venta, de acuerdo
con el detalle siguiente:
PRECIOS DEL DISTRIBUIDOR DE
COMBUSTIBLES
SIN PUNTO FIJO A CONSUMIDOR FINAL.
EN COLONES POR LITRO
Precio
Plantel sin impuesto Precio
con impuesto
Productos Anterior Precio vigente Anterior Precio vigente
Asfalto
AC-20,
AC-30, PG-70 (1) 179,631 172,735 209,627 202,731
(1) Incluye un margen total de ¢3.746 colones por
litro.
V.—Indicar
a RECOPE que debe enviar el reporte diario de los precios de referencia de los
crudos y derivados.
En cumplimiento de lo que
ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se
indica que contra la anterior resolución caben los recursos ordinarios de
revocatoria y de apelación y, el extraordinario de revisión. El de revocatoria
podrá interponerse ante la Reguladora General; a quien corresponde resolverlo;
el de apelación y revisión, podrán interponerse ante la Junta Directiva, a la
que corresponde resolverlos.
El recurso de revocatoria y
el de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir
del día siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos
señalados en el artículo 354 de la citada ley.
De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 3 inciso c) de la Ley 8114 del 4 de julio de 2001, la
Refinadora Costarricense de Petróleo, S.A., aplicará los precios el día
siguiente a su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y notifíquese.—Lic. Aracelly Pacheco Salazar, Reguladora
General.—1 vez.—(Of. Nº 62-DAF-2006).—C-77490.—(5439)
RES
RRG-5316.—San José, a las nueve horas con veinte minutos del doce de enero del
dos mil seis.(Expediente ET-001-2006).
Solicitud de ajuste
extraordinario, por aplicación de fórmula automática de precios de combustibles Gasolina Super,
Gasolina Regular, Diesel, Keroseno,
Búnker, Diesel Pesado, Av-Gas, Jet A-1 General Y Nafta Pesada, que expende la
Refinadora Costarricense de Petróleo S. A.
Resultando:
I.—Que la
Refinadora Costarricense de Petróleo S. A. (RECOPE), mediante oficio
P-1774-2005 del 22 de diciembre de 2005, recibido en la Autoridad Reguladora el
2 de enero de 2006 (folios 02 y 03), suscrito por el Lic. Litleton Bolton
Jones, Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma
de esa empresa, según certificación que consta en este expediente; solicitó que
se aumente el precio de los combustibles Gasolina Súper, Gasolina Regular,
Diesel, Keroseno, Búnker, Diesel Pesado (Gasóleo), Av-Gas, Jet A-1 General y la
Nafta Pesada, que expende en sus planteles, así como la actualización de los
parámetros Pi. Los fundamentos de esa petición constan agregados a los
autos.
II.—Que la fórmula de ajuste
automático de los precios de los combustibles que expende RECOPE, fue
establecida en la resolución RRG-4471-2005 de las once horas con treinta
minutos del veintinueve de junio de dos mil cinco, publicada en La Gaceta
N° 133 del 11 de julio de 2005.
III.—Que con respecto a los
impuestos a los combustibles, se aplica lo que dispone la Ley de Simplificación
y Eficiencia Tributarias (8114) del 4 de julio de 2001, publicada en el Alcance
53 a La Gaceta N° 131 del 9 de julio de 2001 y el Decreto Ejecutivo 32
723 del 4 de octubre de 2005, publicado en La Gaceta N° 213 del 4 de
noviembre de 2005 y que actualizó los montos anteriores en 2,725%, correspondiente
a la inflación ocurrida durante el trimestre compuesto por los meses de julio,
agosto y setiembre de 2005.
IV.—Que de conformidad con lo
establecido en los artículos 30 y 36 de la Ley 7593, las fijaciones
extraordinarias de tarifas no requieren del trámite de audiencia pública.
V.—Que según lo dispuesto en
la resolución RRG-2774-2002, de las ocho horas del 26 de setiembre de 2002, se
deben fijar los precios de los combustibles que consume la Flota Pesquera
Nacional, conforme se modifiquen los precios plantel de RECOPE, sin el impuesto
único.
VI.—Que para los efectos de
esta fijación de precio debe quedar claro que el artículo 45 de la Ley 7384
está vigente, tal como lo indicó el dictamen C-111-2003 del 23 de abril de
2003, de la Procuraduría General de la República.
VII.—Que el plazo con que
cuenta la Autoridad Reguladora para resolver las peticiones por fórmula
automática, está señalado en el artículo 43 del Decreto Ejecutivo 29 732-MP,
del 16 de agosto de 2001, que es el Reglamento a la Ley 7593, según el cual, la
resolución final deberá dictarse dentro de los quince días hábiles después de
iniciado el trámite.
VIII.—Que la solicitud de
RECOPE fue analizada por la Dirección de Servicios de Energía de la Autoridad
Reguladora de los Servicios Públicos, produciéndose el oficio 28-DEN-2006 /397,
fechado 12 de enero de 2006, que corre agregado al expediente.
IX.—Que en los plazos y
procedimientos se han observado las prescripciones de ley.
Considerando único:
I.—Que del
oficio 28-DEN-2006/397 arriba citado, que sirve de sustento a esta resolución,
conviene extraer lo siguiente:
1. Se comprobó la utilización, por parte de
RECOPE, de los parámetros establecidos en la última fijación extraordinaria
publicada en La Gaceta N° 246 del 21 de diciembre de 2005; encontrándose
que el resultado del ajuste en los precios plantel obtenido por la Refinadora
corresponde a la fecha de corte del 21 de diciembre de 2005, correspondiente al
período de cálculo comprendido entre el 7 y el 21 de diciembre de 2005, el cual
determina que debería aplicarse un aumento sobre los precios vigentes de los
combustibles en plantel citados en el resultando I, sin considerar el impuesto
único a los combustibles.
2. El ajuste se aplica sobre los precios
vigentes, sin impuesto único, fijados en las resolución RRG-5218-2005 del doce
de diciembre de 2005, publicada en La Gaceta N° 246 del 21 de diciembre
de 2005.
3. Respecto del monto único del impuesto que debe
aplicarse a la estructura del precio a los combustibles, es el señalado en la
Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias, Ley 8114 del 4 de julio de 2001
y el Decreto Ejecutivo 32 723-H, publicado en La Gaceta N° 213 del 4 de
noviembre de 2005, según la siguiente tabla:
IMPUESTO ÚNICO A APLICAR POR
TIPO
DE COMBUSTIBLE (EN COLONES POR LITRO)
Producto Impuesto
único
Gasolina súper 136,25
Gasolina regular 130,50
Diesel 76,75
Keroseno 37,50
Bunker 13,00
Diesel pesado 25,00
Av-gas 130,50
Jet A-1 general 78,00
Nafta pesada 18,25
4. El aumento en el precio plantel, sin
impuestos, de los combustibles que expende RECOPE, produce un aumento al
consumidor final en estación de servicio de 7,28% para la gasolina súper; 7,39%
para la gasolina regular, 3,91% para el diesel y un 5,33% para el keroseno.
Como promedio, la rebaja relativa para los cuatro combustibles que se
distribuyen en estaciones de servicio es de 5,98% (¢22,75/litro), excluidos los
combustibles para aviación.
5. Para los distribuidores de combustible sin
punto fijo, se publica el precio al que deben vender a sus clientes, según el
margen de comercialización definido por la Autoridad Reguladora y que consiste
en el precio plantel de Recope resultante de la aplicación del ajuste
automático, sin impuestos, más el impuesto único por tipo de combustible y un
margen de comercialización de ¢ 3,746 por litro.
6. El ajuste final en los precios de todos los
combustibles que expende Recope en plantel se debe a la variación de los
precios internacionales de los hidrocarburos y a la variación en el tipo de cambio.
7. Deben establecerse los nuevos parámetros para
la futura aplicación de la fórmula de ajuste de precios.
8. Deben fijarse tarifas para combustibles que
vende RECOPE en sus planteles, al consumidor final directo; para los que venden
al consumidor final en estaciones de servicio; el que consume la Flota Pesquera
Nacional y para las estaciones sin punto fijo de venta que venden al consumidor
final. Por tanto,
Con
fundamento en los resultandos y considerando precedentes, al tenor de las
potestades conferidas en los artículos 5 inciso d), 57 incisos c) y g) de la
Ley 7593, el Decreto 29 732-MP, la Ley 6588 y su reglamento y, la Ley General
de la Administración Pública,
LA REGULADORA GENERAL,
RESUELVE:
I.—Fijar
los nuevos parámetros para la futura aplicación de la fórmula de ajuste de
precios, según se detalla a continuación:
PEi PEi TCE
US$/BB PRi FOB US$/BBL TCR ¢/US$ Proporc.
L US$/BBL Futura ¢/US$ Futura Pi
Producto anterior actual aplicac. actual aplicac. %
Gasolina Súper 56,453 62,925 62,925 496,79 496,79 98,67
Gasolina Regular 56,381 62,770 62,770 496,79 496,79 101,73
Diesel 68,496 71,683 71,683 496,79 496,79 119,00
Keroseno 69,310 73,626 73,626 496,79 496,79 96,59
Búnker (Fuel Oil) 38,103 41,073 41,073 496,79 496,79 116,18
Diesel Pesado 56,401 59,812 59,812 496,79 496,79 97,43
AV-GAS 76,865 84,359 84,359 496,79 496,79 149,89
JET A-1 General 69,310 73,626 73,626 496,79 496,79 117,55
Nafta Pesada 56,697 63,399 63,399 496,79 496,79 95,75
II.—Fijar
los precios de los combustibles al nivel de plantel, de acuerdo con el detalle
siguiente:
PRECIOS PLANTEL RECOPE
COLONES POR LITRO
Precio
plantel sin
impuesto Precio con impuesto
Precio Precio
Productos Anterior vigente Anterior vigente
Gasolina súper (1) 260,732 291,999 396,982 428,249
Gasolina regular (1) 246,498 276,400 376,998 406,900
Diesel (1) 200,761 213,170 277,511 289,920
Keroseno (1) 271,564 289,611 309,064 327,111
Búnker (Fuel Oil) (2) 125,568 137,797 138,568 150,797
Diesel Pesado (2) 185,232 197,329 210,232 222,329
Av-Gas (1) 297,266 343,727 427,766 474,227
Jet A-1 general (1) 191,640 206,535 269,640 284,535
Nafta Pesada (1) 260,607 291,795 278,857 310,045
(1) Para efecto del pago correspondiente del
flete por el cliente, considere la fórmula establecida en resolución
RRG-5059-2005 publicada en La Gaceta N° 208 del 28 de octubre del 2005.
(2) Para efecto del pago correspondiente del
flete por el cliente, considere la fórmula establecida en resolución
RRG-3786-2004, publicada en La Gaceta Nº 155, del 10 de agosto de 2004.
III.—Fijar
los precios de los combustibles que se venden al consumidor final en estaciones
de servicio con punto fijo, de acuerdo con el detalle siguiente:
PRECIOS CONSUMIDOR FINAL EN
ESTACIONES DE SERVICIO
COLONES POR LITRO
Precio
plantel sin
impuesto Precio con impuesto
Precio Precio
Productos Anterior vigente Anterior vigente
Gasolina súper (1) 260,732 291,999 426,00 457,00
Gasolina regular (1) 246,498 276,400 406,00 436,00
Diesel (1) 200,761 213,170 307,00 319,00
Keroseno (1) 271,564 289,611 338,00 356,00
Av-Gas (2) 297,266 343,727 441,00 487,00
Jet A-1 general (2) 191,640 206,535 282,00 297,00
(1) El precio final contempla un margen de
comercialización total promedio (con transporte incluido) de ¢29,064 / litro en
estaciones de servicio.
(2) El precio final en las estaciones aéreas
contempla margen de comercialización total promedio (con transporte incluido)
de ¢ 12,835 / litro.
IV.—Fijar
el precio del gas licuado del petróleo (LPG) para carburación de vehículos al
consumidor final en estaciones de servicio con punto fijo, de acuerdo con el
siguiente cuadro:
PRECIOS CONSUMIDOR FINAL LPG
EN ESTACIONES DE SERVICIO
COLONES POR LITRO
Precio
envasador con
impuesto Precio con impuesto
Precio Precio
Productos Anterior vigente Anterior vigente *
L.P.G. (1) 267,070 276,625 292,00 302,00
(1) El precio del gas licuado del petróleo (LPG)
incluye un margen de comercialización de ¢25,015 / litro. Transporte incluido
en precio del envasador.
* Precios máximos de venta según RRG-5314-2006.
V.—Fijar
el precio de los combustibles que la Refinadora Costarricense de Petróleo,
S.A., le vende a la Flota Pesquera Nacional, de acuerdo con el detalle
siguiente:
PRECIOS A FLOTA PESQUERA
NACIONAL
(COLONES POR LITRO)
Producto precio
plantel sin impuesto
Gasolina Regular 276,400
Diesel 213,170
Precio a
Flota pesquera Nacional según resolución RRG-2774- 2002 del 26 de setiembre de 2002 y artículo
45 de Ley 7384.
VI.—Fijar
los precios de los combustibles que venden al consumidor final, los
distribuidores de combustibles que operan sin punto fijo de venta, de acuerdo
con el detalle siguiente:
PRECIOS DEL DISTRIBUIDOR DE
COMBUSTIBLES SIN PUNTO FIJO A CONSUMIDOR FINAL.
EN COLONES POR LITRO
Precio
plantel sin
impuesto Precio con impuesto
Precio Precio
Productos Anterior vigente Anterior vigente
Gasolina súper (1) 260,732 291,999 400,728 431,995
Gasolina regular (1) 246,498 276,400 380,744 410,646
Diesel (1) 200,761 213,170 281,257 293,666
Keroseno (1) 271,564 289,611 312,810 330,857
Búnker (Fuel Oil) (1) 125,568 137,797 142,314 154,543
Diesel Pesado (1) 185,232 197,329 213,978 226,075
Av-Gas (1) 297,266 343,727 431,512 477,973
Jet A-1 general (1) 191,640 206,535 273,386 288,281
Nafta Pesada (1) 260,607 291,795 282,603 313,791
(1) Incluye un margen total de ¢3,746 colones por
litro.
VII.—Indicar
a Recope que debe enviar el reporte diario de los precios de
referencia de los crudos y derivados.
En cumplimiento de lo que
ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se
indica que contra la anterior resolución caben los recursos ordinarios de
revocatoria y de apelación y, el extraordinario de revisión. El de revocatoria
podrá interponerse ante la Reguladora General; a quien corresponde resolverlo;
el de apelación y revisión, podrán interponerse ante la Junta Directiva, a la
que corresponde resolverlos.
El recurso de revocatoria y
el de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir
del día siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos
señalados en el artículo 354 de la citada ley.
De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 3 inciso c) de la Ley 8114 del 4 de julio de 2001, la
Refinadora Costarricense de Petróleo S. A., aplicará los precios el día
siguiente a su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y notifíquese.—Lic. Aracelly Pacheco Salazar, Reguladora
General.—1 vez.—(OF Nº 62-DAF-2006).—C-137295.—(5440).
Resolución
RRG-5317.—San José, a las nueve horas con treinta minutos de doce de enero de
dos mil seis. Expediente ET-002-2006.
Solicitud de ajuste
extraordinario, por aplicación de fórmula automática de precios de combustible
gas licuado del petróleo (LPG), que expende la Refinadora Costarricense de Petróleo
S. A.
Resultando:
I.—Que la
Refinadora Costarricense de Petróleo S. A. (RECOPE), mediante oficio
GAF-1756-2005 del 20 de diciembre del 2005, recibido en la Autoridad Reguladora
el 2 de enero de 2006 (folios 02 y 03), suscrito por el Lic. Litleton Bolton
Jones, Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma
de esa empresa, solicitó que se aumente el precio del combustible Gas Licuado
del Petróleo (LPG), que expende en sus planteles, así como la actualización de
los parámetros Pi. Los fundamentos de esa petición constan agregados a
los autos.
II.—Que la fórmula de ajuste
automático de los precios de los combustibles que expende RECOPE, fue
establecida en la resolución RRG-4471-2005 de las once horas con treinta
minutos del veintinueve de junio de dos mil cinco, publicada en La Gaceta
N° 133 del 11 de julio de 2005.
III.—Que con respecto a los
impuestos a los combustibles, se aplica lo que dispone la Ley de Simplificación
y Eficiencia Tributarias (8114) del 4 de julio del 2001, publicada en El
Alcance 53 a La Gaceta N° 131 del 9 de julio de 2001 y el Decreto
Ejecutivo N° 32 723 del 4 de octubre de 2005,
publicado en La Gaceta N° 213 del 4 de noviembre de 2005 y que actualizó
los montos anteriores en 2,725%, correspondiente a la inflación ocurrida
durante el trimestre compuesto por los meses de julio, agosto y setiembre de
2005.
IV.—Que
de conformidad con lo establecido en los artículos 30 y 36 de la Ley 7593, las
fijaciones extraordinarias de tarifas no requieren del trámite de audiencia
pública.
V.—Que
para los efectos de esta fijación de precio debe quedar claro que el artículo
45 de la Ley 7384 está vigente, tal como lo indicó el dictamen C-111-2003 del
23 de abril de 2003, de la Procuraduría General de la República.
VI.—Que
el plazo con que cuenta la Autoridad Reguladora para resolver las peticiones
por fórmula automática, está señalado en el artículo 43 del Decreto Ejecutivo
29 732-MP, del 16 de agosto de 2001, que es el Reglamento a la Ley 7593, según
el cual, la resolución final deberá dictarse dentro de los quince días hábiles
después de iniciado el trámite.
VII.—Que
la solicitud de RECOPE fue analizada por la Dirección de Servicios de Energía
de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, produciéndose el Oficio
29-DEN-2006/398, fechado 12 de enero de 2006, que corre agregado al expediente.
VIII.—Que
en los plazos y procedimientos se han observado las prescripciones de ley.
Considerando:
I.—Que del oficio 29-DEN-2006/398 arriba citado, que sirve de sustento a
esta resolución, conviene extraer lo siguiente:
1) Se comprobó la utilización, por parte de
RECOPE, de los parámetros establecidos en la última fijación extraordinaria
publicada en La Gaceta N° 230 del 29 de noviembre de 2005; encontrándose
que el resultado del ajuste en los precios plantel obtenido por la Refinadora
corresponde a la fecha de corte del 16 de diciembre de 2005, correspondiente al
período de cálculo comprendido entre el 2 y el 16 de diciembre de 2005; los
cuales determinan que debería aplicarse un aumento sobre los precios vigentes
del combustible en plantel citado en el resultando I, sin considerar el
impuesto único a los combustibles.
2) El ajuste se
aplica sobre los precios vigentes, sin impuesto único, fijados en la resolución
RRG-5144-2005 de las trece horas con treinta minutos del veintidós de noviembre
de 2005, publicada en La Gaceta N° 230 del 29 de noviembre de 2005.
3) Respecto del
monto único del impuesto que se aplica, es lo señalado en la Ley de
Simplificación y Eficiencia Tributarias, Ley 8114 del 4 de julio de 2001 y el
Decreto Ejecutivo 32 723-H, publicado en La Gaceta N° 213 del 4 de
noviembre de 2005, según la siguiente tabla:
IMPUESTO
UNICO A APLICAR POR TIPO
DE COMBUSTIBLE (EN COLONES
POR LITRO)
Producto Impuesto único
L.P.G. 26,25
4) Para los distribuidores de combustible sin
punto fijo, se publica el precio al que deben vender a sus clientes, según el
margen de comercialización definido por la Autoridad Reguladora y que consiste
en el precio plantel de RECOPE resultante de la aplicación del ajuste
automático, sin impuestos, más el impuesto único por tipo de combustible y un
margen de comercialización de ¢ 3,746 por litro.
5) El ajuste final
en el precio de este combustible que expende RECOPE en plantel se debe a la
variación de los precios internacionales de los hidrocarburos y a la variación
en el tipo de cambio.
6) Deben
establecerse los nuevos parámetros para el Gas Licuado del Petróleo (LPG).
7) Con respecto a la
proporción de ajuste Pi, presentados por RECOPE, una vez revisado el
cálculo, se comprobó su correcta aplicación.
8) Deben fijarse
tarifas para este combustible que vende RECOPE en sus planteles, al consumidor
final directo; para las estaciones sin punto fijo de venta que venden al
consumidor final y en su cadena de distribución.
Por tanto,
Con fundamento en los resultandos y considerando precedentes, al tenor de
las potestades conferidas en los artículos 5° inciso d), 57 incisos c) y g) de
la Ley 7593, el Decreto 29 732-MP, la Ley 6588 y su reglamento y, la Ley
General de la Administración Pública,
LA
REGULADORA GENERAL, RESUELVE:
I.—Fijar los nuevos parámetros para la futura aplicación de la fórmula de
ajuste de precios, para el combustible Gas Licuado del Petróleo (LPG), según se
detalla a continuación:
PEi TCE
PEi PRi FOB US$/BBL TCR ¢/US$ Proporción
US$/BBL US$/BBL futura ¢/US$ futura Pi
Producto anterior actual aplicación actual aplicación %
L.P.G. 47,123 49,307 49,307 496,20 496,20 82,00
II.—Fijar los precios del combustible Gas Licuado del Petróleo al nivel
de plantel, para el consumidor final directo, de acuerdo con el detalle
siguiente:
PRECIOS PLANTEL
RECOPE
COLONES POR LITRO
Precio
plantel Precio
Producto sin
impuesto con
impuesto
Precio Precio
Anterior vigente Anterior vigente
L.P.G. 205,925 215,717 232,175 241,967
III.—Fijar el precio del combustible Gas Licuado del Petróleo que venden
al consumidor final, los distribuidores de combustibles que operan sin punto
fijo de venta, de acuerdo con el detalle siguiente:
PRECIOS
DEL DISTRIBUIDOR DE COMBUSTIBLES SIN PUNTO
FIJO A CONSUMIDOR
FINAL. EN COLONES POR LITRO
Precio
plantel Precio
Productos sin
impuesto con
impuesto
Precio Precio
Anterior vigente Anterior vigente
L.P.G. (1) 205,925 215,717 235,921 245,713
(1) Incluye un margen total de ¢ 3,746 colones por
litro.
IV.—Fijar los precios del Gas Licuado del Petróleo en la cadena de
comercialización hasta el consumidor final de acuerdo con el siguiente detalle:
PRECIO DE
GAS LICUADO DE PETRÓLEO POR TIPO DE ENVASE
Y POR CADENA DE
DISTRIBUCIÓN EN COLONES POR LITRO
Y CILINDRO INCLUYE
IMPUESTO ÚNICO (1)
Precio
a facturar
Precio
a facturar por distribuidor Precio a facturar
Tipos de envase por
el envasador y agencias por detallistas
Tanques fijos (por litro) 276,625 (*) (*)
Cilindro de
8,598 litros 2
378,00 2 735,00 3 145,00
Cilindro de
17,195 litros 4 757,00 5 470,00 6 291,00
Cilindro de
21,495 litros 5 946,00 6 838,00 7 864,00
Cilindro de
34,392 litros 9 514,00 10 941,00 12 582,00
Cilindro de
85,981 litros 23 785,00 27 352,00 31 455,00
(*) No se comercializa en esos puntos de ventas.
(1) Precios máximos
de venta según resolución RRG-1907-2001 publicada en La Gaceta N° 65 del
2 de abril del 2001.
V.—Indicar a RECOPE que debe enviar el reporte diario de los precios de
referencia de los crudos y derivados.
En
cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de la Ley General de la
Administración Pública, se indica que contra la anterior resolución caben los recursos
ordinarios de revocatoria y de apelación y, el extraordinario de revisión. El
de revocatoria podrá interponerse ante la Reguladora General; a quien
corresponde resolverlo; el de apelación y revisión, podrán interponerse ante la
Junta Directiva, a la que corresponde resolverlos.
El
recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de
tres días contados a partir del día siguiente a la notificación; el de
revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 inciso c) de la Ley 8114 del 4 de
julio de 2001, la Refinadora Costarricense de Petróleo, S. A., aplicará los
precios el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y notifíquese.—Lic. Aracelly Pacheco Salazar, Reguladora
General.—1 vez.—(OF Nº 62-DAF-2006).—C-92975.—(5441).
CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA
Para
exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la solicitud
presentada por el Consejo Técnico de Aviación Civil (CETAC), con el fin de que
se modifiquen las tarifas del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría,
tramitadas bajo el expediente ET-175-2005, según se detalla:
Aeropuerto
Internacional Juan Santamaría
Resumen de las Tarifas de
Servicios Aeronáuticos
Valores en US$
Periodi- Tarifas Tarifas Tarifas Tarifas
Unidad cidad 2002 Propuestas Dife- Dife- Propuestas Dife- Propu- Dife-
de de vigentes (1) 2002
(2) rencia rencia 2003
(3) rencia estas rencia
Categoría tarifaria medida cobro $ $ $ % $ $ % 2004 (4) $ %
1.1
Tarifas de Aterrizaje
Aeronaves aviación general y agrícola
(vuelos locales) 1000
kg P/ aterrizaje 0,1912 0,1912 0,0000 0,00 0,1876 (0,0036) -1,90 0,1875 (0,0001) -0,08
Aeronaves aviación general (vuelos
internacionales) 1000
kg P/aterrizaje 0,3825 0,3825 0,0000 0,00 0,3752 (0,0073) -1,90 0,3749 (0,0003) -0,08
Periodi- Tarifas Tarifas Tarifas Tarifas
Unidad cidad 2002 Propuestas Dife- Dife- Propuestas Dife- Propu- Dife-
de de vigentes (1) 2002
(2) rencia rencia 2003
(3) rencia estas rencia
Categoría tarifaria medida cobro $ $ $ % $ $ % 2004 (4) $ %
Aeronaves comerciales 1000
kg P/aterrizaje 0,3825 0,3825 0,0000 0,00 0,3752 (0,0073) -1,90 0,3749 (0,0003) ,08
Aeronaves de carga 1000
kg P/aterrizaje 0,3825 0,3825 0,0000 0,00 0,3752 (0,0073) -1,90 0,3749 (0,0003) -0,08
1.2 Tarifas de Aproximación
Aviación general menos de 12,500 kg 1000 kg P/aterrizaje 0,4414 0,4413 (0,0001) -0,02 0,4329 (0,0084) -1,90 0,4326 (0,0003) -0,08
Aeronaves comerciales o generales
internacionales menos de 12,500 kg. 1000 kg P/aterrizaje 0,4414 0,4413 (0,0001) -0,02 0,4329 (0,0084) -1,90 0,4326 (0,0003) -0,08
Aeronaves comerciales menos
de 60,000 kg. 1000
kg P/aterrizaje 0,8753 0,8753 0,0000 0,00 0,8587 (0,0166) -1,90 0,8580 (0,0007) -0,08
Aeronaves comerciales 60,000 kg.
A menos de 90,000 kg. 1000
kg P/aterrizaje 1,6550 1,6550 0,0000 0,00 1,6235 (0,0315) -1,90 1,6223 (0,0013) -0,08
Aeronaves comerciales
más de 90,000kg. 1000
kg P/aterrizaje 3,2291 3,2291 0,0000 0,00 3,1676 (0,0614) -1,90 3,1652 (0,0025) -0,08
Helicópteros menos de 12,500 kg. 1000 kg P/aterrizaje 0,4414 0,4413 (0,0001) -0,02 0,4329 (0,0084) -1,90 0,4326 (0,0003) -0,08
Helicópteros más de 12,500 kg. 1000 kg P/aterrizaje 0,8753 0,8753 0,0000 0,00 0,8587 (0,0166) -1,90 0,8580 (0,0007) -0,08
1.3 Derechos de iluminación.
Puentes de abordaje y buses
Iluminación 1000
kg P/aterrizaje 0,0368 0,0368 0,0000 0,00 0,0361 (0,0007) -1,90 0,0342 (0,0018) -5,08
Puentes de abordaje 1000
kg P/aterrizaje 0,5354 0,5361 0,0007 0,12 0,6615 0,1255 23,41 0,6456 (0,0159) -2,40
Autobuses de abordaje 1000
kg P/aterrizaje 0,5354 0,5361 0,0007 0,12 0,6615 0,1255 23,41 0,6456 (0,0159) -2,40
1.4 Tarifa de infraestructura
del campo aéreo
Construcción y mejoras
de pista y rampa 1000
kg P/aterrizaje 1,7836 0,8438 (0,9398) -52.69 2,4081 1,5644 185.40 2,4012 (0,0069) -0,29
1.5 Tarifas de estacionamiento
de aeronaves
Menos de 90 minutos 1000
kg P/estacionamiento libre libre libre n/a libre n/a
Entre 91 y 180 minutos 1000
kg P/estacionamiento 0,3843 0,3849 0,0006 0,14 0,5055 0,1207 31,36 0,5539 0,0484 9.57
Entre 181 y 360 minutos 1000
kg P/estacionamiento 0,7590 0,7600 0,0010 0,13 0,9984 0,2384 31,36 1,0939 0,0955 9.57
Entre 361 y 480 minutos 1000
kg P/estacionamiento 1,9022 1,9049 0,0027 0,14 2,5023 0,5974 31,36 2,7417 0,2394 9.57
Días completos (de 481
minutos en adelante) 1000
kg P/estacionamiento 4,8031 4,8104 0,0073 0,15 6,3191 1,5086 31,36 6.9236 0,6045 9.57
1.6 Tarifa de carga
Uso de la terminal 1
Kg Mensual 0,0042 0,0042 0,0000 0,00 0,0038 (0,0004) -8.90 0,0036 (0,0002) -4,20
1.7 Concesionarias servicios
aeronáuticos
Tarifa de distribución de
combustible Litro Mensual 0,0073 0,0073 0,0000 0,00 0,0068 (0,0005) -6.90 0,0065 (0,0003) -5,08
(1) Tarifas fijadas y publicadas por medio de la
resolución de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos Nº RRG-2677 del
26/07/2002 y publicadas en La Gaceta Nº 155 del 14/08/2002.
(2) El CETAC propone ajuste a las tarifas
aeroportuarias aprobadas en el año 2002, atendiendo el oficio 15333 FOE-OP-0633
del 24/12/2005, de la Contraloría General de la República.
(3) El CETAC solicita modificación de las tarifas
aeroportuarias del año 2003, atendiendo lo establecido en el Contrato de
Gestión Interesada el cual señala que las tarifas se ajustan anualmente.
4) El CETAC solicita modificación de las tarifas
aeroportuarias del año 2004, atendiendo lo establecido en el Contrato de
Gestión Interesada el cual señala que las tarifas se ajustan anualmente.
El
miércoles 1º de marzo del 2006, a las nueve horas (9:00 a. m.) se llevará a
cabo la Audiencia Pública en el auditorio de la Autoridad Reguladora, para
conocer sobre esta petición. El plazo para recibir posiciones sobre esta
solicitud vence el miércoles 22 de febrero del 2006, a las quince horas.
Se hace
saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que
constan en la Dirección de Fiscalización y Defensa del Usuario, situada en
Sabana Sur, 400 metros oeste del edificio de la Contraloría General de la
República, San José.
Cualquier
interesado, con interés legítimo o derecho subjetivo, puede participar en la
audiencia y quien desee hacer uso de la palabra, debe formular por escrito, en
original, su posición ante esta Autoridad Reguladora, sustentando su pretensión
con las pruebas que sean pertinentes. En el documento debe indicar lugar dentro
del perímetro de San José o número de fax donde ser notificado en el caso de
una persona física deberá aportar fotocopia de su cédula; las personas
jurídicas deberán aportar certificación de personería vigente.
Dentro del
plazo legal otorgado se recibirán posiciones mediante el facsímile 290 20 10,
mismas que deberán estar firmadas y debiendo presentar el original a más tardar
el día de la celebración de la audiencia. Se informa que el Consejero del
Usuario para esta solicitud es el Lic. Daniel Fernández Sánchez. Para cualquier
información adicional a los teléfonos 800-827-3737 ó 220-0102.
Dirección
de Fiscalización y Defensa del Usuario.—Lic. Xinia Herrera Durán.—1 vez.—(Of.
Nº 64-DAF-2006).—C-95400.—(5856).
Con
fundamento en el Decreto Ejecutivo Nº 21384-S en su artículo 13, Reglamento
para la Administración de los Cementerios de la Junta de Protección Social de
San José, publicado en La Gaceta Nº 143 del 28 de julio de 1992, así
como oficio AL-029 de la Lic. Shirley López Rivas, Asesora Legal a.í., con
fecha 10 de enero del 2006 y la Declaración Jurada rendida ante el notario
público Lic. Luis Mariano Salazar Mora, la Gerencia General representada por el
Msc. Luis Polinaris Vargas, cédula Nº 1-413-994, mayor, casado, vecino de
Tibás, autoriza acogiendo el criterio Legal, el traspaso del derecho de
arriendo del Cementerio General mausoleo 8 subterráneo, cuadro Nº 2 ampliación
este, lado círculo oeste, inscrito al tomo 10, folio 269 al señor José Manuel
Solís Pinaud, cédula Nº 1-0401-0425. Si en el plazo de quince días a partir de
la publicación del aviso, no existiere oposición, se autoriza a la
Administración de Cementerios, para que comunique al interesado lo resuelto.
San José,
17 de enero del 2006.—Manuel Roldán Porras, Administrador de Cementerios.—1
vez.—Nº 80194.—(5376).
ÁREA DE ESTADÍSTICAS
CONTINÚAS
UNIDAD ÍNDICES DE PRECIOS
El
Instituto Nacional de Estadística y Censos, avisa que los Índices de precios de
los insumos básicos de la industria de la construcción, correspondientes al mes
de diciembre 2005, son los siguientes:
Índices de precios de los
insumos básicos de la industria de la construcción diciembre 2005 índices de
precios de insumos para la construcción de edificios y vivienda
Base enero 1976=100
Nov.
2005 Dic. 2005 Variación (%)
Edificios 12.734,12 12.740,84 0,05
Vivienda 13.167,63 13.133,68 -0,26
Índices de precios de mano de
obra para la construcción de edificios y vivienda
Base Enero 1976=100
Nov.
2005 Dic. 2005 Variación (%)
Mano de obra en edificios 13.468,85 13.468,85 0,00
Mano de
obra en vivienda 13.351,80 13.351,80 0,00
Índices de precios de
actividades para la construcción de urbanizaciones
Base enero 1984=100
Rama de actividad Nov.
2005 Dic. 2005 Variación (%)
Tubería aguas pluvial 1.463.18 1.463.18 0.00
Tubería
aguas negras PVC 1.949.59 1.949.59 0.00
Tubería
aguas negras concreto 1.171.37 1.171.37 0.00
Tubería
agua potable 2
226.32 2 226.32 0.00
Prevista
aguas negras PVC 1.912.85 1.912.85 0.00
Prevista
aguas negras concreto 1.571.25 1.571.25 0.00
Prevista
agua potable 2
016.04 2 016.04 0.00
Tragantes 1.712.48 1.715.22 0.16
Pozos 1.932.48 1.936.81 0.22
Cajas de
sifón 1.925.25 1.927.32 0.11
Cordón y
caño 2
172.63 2 175.13 0.12
Aceras 2
224.21 2 226.22 0.09
Desfogue 2
215.85 2 218.13 0.10
Cuneta
media caña 1.300.63 1.300.68 0.00
Cabezales
para pasos por acera 2
135.77 2 137.99 0.10
Pasos
por acera 2
152.99 2 156.26 0.15
Válvulas
h. f. 1.071.08 1.072.06 0.09
Hidrantes 1.154.63 1.152.40 -0.19
Limpieza
y desenraíce
940.78 945.97 0.55
Corte de
tierra 1.142.46 1.149.83 0.64
Relleno
y compactación 1.140.21 1.142.52 0.20
Sub-base,
base y conf. subrasante 1.875.31 1.876.46 0.06
Carpeta
asfáltica 1.498.18 1.426.36 -4.79
Índices de precios para la construcción de acueductos
Base
enero 1983=100
Rama de actividad Nov.
2005 Dic. 2005 Variación (%)
Tubería
PVC 150 mm 2
387.77 2 386.44 -0.06
Tubería
PVC 200 mm 2
957.46 2 957.17 -0.01
Tubería
PVC 250 mm 3
020.41 3 020.22 -0.01
Tubería
PVC 300 mm 3
043.40 3 043.24 -0.01
Prevista
12 mm 2
654.14 2 654.14 0.00
Hidrante 1.840.98 1.839.58 -0.08
Promedio
tubos y prevista 2
700.57 2 699.65 -0.03
Sin
costo tubo 150 mm 1.861.19 1.858.60 -0.14
Tubo 200
- 500 mm 1.805.52 1.803.92 -0.09
Promedio 1.846.65 1.844.30 -0.13
Índice
general de acueductos 2
125.42 2 107.98 -0.82
Índices de precios para la construcción de
alcantarillados
Base
Enero 1983=100
Rama de actividad Nov.
2005 Dic. 2005 Variación (%)
Tubería PVC 150 mm 1.961.54 1.959,79 -0,09
Tubería
PVC 200 mm 1.583.02 1.581,26 -0,11
Tubería
PVC 250 mm 1.497.06 1.495,15 -0,13
Tubería
PVC 300 mm 1.564.87 1.561,68 -0,20
Prevista
100 mm 1.509.51 1.507,37 -0,14
Promedio
PVC 1.649.58 1.647,95 -0,10
Tubo de
concreto 300 mm 2
008.57 2.007,76 -0,04
Tubo de
concreto 610 mm 1.941.61 1.940,22 -0,07
Tubo de
concreto 910 mm 1.898.97 1.898,17 -0,04
Promedio
de concreto 1.931.05 1.930,04 -0,05
Cajas de
registro 2
042.52 2.042,61 0,00
Cajas de
sifón 1.620.35 1.623,21 0,18
Prom. Cajas
registro y sifón 1.973.29 1.973,79 0,03
Reposición
de carpeta 1.906.57 1.875,99 -1,60
Índice
general alcantarillado 1.858.59 1.846,78 -0,64
Índices de precios de elementos para la construcción de
carreteras y puentes
Base
Julio 1990=100
Elementos Nov.
2005 Dic. 2005 Variación (%)
Acero estructural 554.304,79 582.560,17 5.09744
Acero
postensión 369.488,13 372.000,23 0.67989
Acero
refuerzo 693.205,03 703.839,83 1.53415
Acetileno
2.156.344,57 2156.344,57 0.000,00
Aditivo
retardante /acel 664.038,96 761.580,91 14.689,19
Alambre
de púas 1.323.866,91 1323.866,91 0.000,00
Alambre
eléctrico 275.401,05 275.401,05 0.000,00
Alambre
negro 698.864,62 709.210,91 1.48044
Arena 931.109,74 931.109,74 0.000,00
Asfalto
85/100 1.330.233,60 1301.575,43 -2.154,37
Barras o
barrenos 607.515,73 607.515,73 0.000,00
Broca 3”
diam 534.611,65 538.246,39 0.67989
Bunker 1.291.116,53 1206.542,70 -6.55044
Cemento 1.347.167,85 1351.664,78 0.33381
Clavos 869.481,43 882.931,36 1.54689
Colchoneta
4 * 2 * 1,23 * 3,2 m 583.454,08 587.420,90 0.679,89
Costo de
posesión 642.102,56 646.468,12 0.679,89
Diesel 1.400.136,42 1316.287,87 -5.988,60
Dinamita 280.004,39 280.004,39 0.000,00
Elemento
viga pretensada/guardacamino 672.648,95 672.648,95 0.000,00
Emulsión
asfáltica 1.184.183,95 1153.778,81 -2.56760
Epoxy p/
marcadores 759.593,44 764.757,80 0.67989
Flanger
12 * 65 592.706,05 596.735,77 0.67989
Fulminante 291.684,77 291.684,77 0.000,00
Elementos Nov.
2005 Dic. 2005 Variación (%)
Gavión 2,4 m 2 * 1 * 0,5 malla 8 * 10 1.110.192,02 1125.339,41 1.364,39
Gavión
2,4 m 2 * 1 * 1,0 malla 8 * 10 1.110.192,02 1125.339,41 1.364,39
Gasolina 1.337.652,01 1247.946,83 -6.70617
Grapas
p/ alambre 470.459,33 470.459,33 0.000,00
Lámina
de aluminio liso N° 16 728.537,38 729.600,63 0.14594
Líquido
para cura 534.134,01 534.134,01 0.000,00
Llantas 523.250,46 527.322,95 0.778,31
Lubricantes
871.040,33 879.372,95 0.956,63
Madera
contrachapada (plywood) 973.578,04 985.559,28 1.230,64
Madera
especial para baranda 261.730,00 261.730,00 0.000,00
Madera
formaleta 1.700.390,23 1700.390,23 0.000,00
Malla
ciclón 654.251,34 654.251,34 0.000,00
Mangueras
Comp. 600 c.c. 966.642,45 974.391,83 0.801,68
Mano de
obra 842.339,91 842.339,91 0.000,00
Marcador
pavimento (Ref. 1 cara) 514.986,69 518.488,01 0.679,89
Marcador
pavimento (Ref. 2 caras) 498.208,51 501.595,76 0.679,89
Marco y
rejilla metal 18” * 23” 187.760,95 187.760,95 0.000,00
Marco y
tapa de metal 187.760,95 187.760,95 0.000,00
Material
P/ sellado juntas 159.650,79 159.650,79 0.000,00
Material
reflectante señales 207.843,23 207.843,23 0.000,00
Media
caña 36 cm * 1 m 382.244,26 382.244,26 0.000,00
Oxígeno
industrial 2400.990,48 2400.990,48 0.000,00
Piedra
bruta 642.855,01 642.855,01 0.000,00
Piedra
quebrada 639.258,35 639.258,35 0.000,00
Pilote
acero estructural 12 * 12 * 53” 590.925,81 594.943,43 0.679,89
Pilote
acero estructural 12 * 12 * 74” 580.477,76 584.424,35 0.679,89
Pilote
hormigón pretensado 30 * 30 859.233,89 859.233,89 0.000,00
Pilote
hormigón pretensado 35 * 35 1.024.633,29 1024.633,29 0.000,00
Pilote
hormigón reforzado 1.294.733,25 1294.733,25 0.000,00
Pintura
p/ estructuras 934.969,94 934.969,94 0.000,00
Pintura
y esferas p/ vías 925.960,27 926.487,51 0.056,94
Poste de
viga galvanizada 545.263,08 548.970,25 0.679,89
Poste
pretensado/guardacamino 1.176.121,67 1176.121,67 0.000,00
Poste p/
cerca de alambre 2.018.450,39 2018.450,39 0.000,00
Poste P/
señal vertical 575.289,16 557.653,47 -3.06554
Repuestos 913.628,05 928.849,88 1.66609
Soldadura 734.575,35 745.146,86 1.43913
Table
estaca acero mp (116) 525.833,49 529.408,56 0.679,89
Tela de
fibra sintética 603.438,54 603.438,54 0.000,00
Terminal
galvanizado p/ guardacamino 554.160,37 557.928,02 0.679,89
Terminal
viga p/ guardacamino 756.970,72 756.970,72 0.000,00
Tinta de
serigrafía 218.341,62 218.341,62 0.000,00
Tipo de
cambio 534.588,24 538.222,82 0.679,89
Tornillos
galvanizados 156.321,96 156.321,96 0.000,00
Tub.
acero corrugado 1,07 m cal. 16 491.667,83 495.010,61 0.679,89
Tub.
acero corrugado 1,37 m cal. 16 529.103,32 532.700,62 0.679,89
Tub.
acero corrugado 1,83 m cal. 12 464.189,47 467.345,43 0.679,89
Tub.
acero corrugado 2,59 m cal. 12 464.189,47 467.345,43 0.679,89
Tub.
acero corrugado 2,90 m cal. 12 502.762,01 506.180,21 0.679,89
Tub.
acero corrugado 3,35 m cal. 12 507.438,21 510.888,21 0.679,89
Tub.
acero corrugado 3,51 m cal. 12 504.899,73 508.332,47 0.679,89
Tub.
acero corrugado 3,96 m cal. 12 502.568,59 505.985,48 0.679,89
Tub.
hormigón clase III 0,61 M diam. 680.640,32 680.640,32 0.000,00
Tub.
hormigón clase III 0,76 M diam. 699.920,27 699.920,27 0.000,00
Tub.
hormigón clase III 0,91 M diam. 687.167,05 687.167,05 0.000,00
Tub.
hormigón clase III 1,07 M diam. 651.270,00 651.270,00 0.000,00
Tub.
hormigón clase III 1,22 M diam. 794.790,90 794.790,90 0.000,00
Tub.
hormigón clase III 1,37 M diam. 661.628,76 661.628,76 0.000,00
Tub.
hormigón clase III 1,52 M diam. 697.491,21 697.491,21 0.000,00
Tub.
hormigón clase III 1,83 M diam. 692.479,14 692.479,14 0.000,00
Tub.
hormigón clase III 2,13 M diam. 755.947,42 755.947,42 0.000,00
Tub.
hormigón clase III 2,90 M diam. 764.709,30 764.709,30 0.000,00
Tub.
hormigón clase IV 0,61 M diam. 446.921,48 446.921,48 0.000,00
Tub.
hormigón clase IV 0,76 M diam. 315.951,53 315.951,53 0.000,00
Tub.
hormigón clase IV 0,91 M diam. 458.619,03 458.619,03 0.000,00
Tub.
hormigón clase IV 1,07 M diam. 420.151,59 420.151,59 0.000,00
Tub.
hormigón clase IV 1,22 M diam. 454.450,68 454.450,68 0.000,00
Tub.
hormigón clase IV 1,37 M diam. 472.421,81 472.421,81 0.000,00
Tub.
hormigón clase IV 1,52 M diam. 457.659,12 457.659,12 0.000,00
Tub.
hormigón clase IV 1,83 M diam. 458.096,61 458.096,61 0.000,00
Tub.
hormigón clase IV 2,13 M diam. 457.024,68 457.02468 0.000,00
Tub.
hormigón clase IV 2,90 M diam. 433.626,46 433.626,46 0.000,00
Tub.
hormigón clase V 0,61 M diam. 458.473,52 458.473,52 0.000,00
Tub.
hormigón clase V 0,76 M diam. 313.721,40 313.721,40 0.000,00
Tub.
hormigón clase V 0,91 M diam. 459.206,99 459.206,99 0.000,00
Tub.
hormigón clase V 1,07 M diam. 399.408,72 399.408,72 0.000,00
Tub.
hormigón clase V 1,22 M diam. 457.605,36 457.605,36 0.000,00
Tub.
hormigón clase V 1,37 M diam. 455.248,21 455.248,21 0.000,00
Tub.
hormigón clase V 1,52 M diam. 456.93956 456.939,56 0.000,00
Tub.
hormigón clase V 1,83 M diam. 459.734,33 459.734,33 0.000,00
Tub.
hormigón clase V 2,13 M diam. 456.035,62 456.035,62 0.000,00
Tub.
hormigón clase V 2,90 M diam. 459.042,86 459.042,86 0.000,00
Tub.
hormigón perforado 10 cm 364.576,52 364.576,52 0.000,00
Tub.
hormigón perforado 15 cm 364.002,05 364.002,05 0.000,00
Tub.
hormigón perforado 20 cm 365.164,24 365.164,24 0.000,00
Tub. sin
refuerzo c-14 10 cm 380.883,24 380.883,24 0.000,00
Tub. sin
refuerzo c-14 15 cm 354.332,48 354.332,48 0.000,00
Tub. sin
refuerzo c-14 20 cm 498.765,09 498.765,09 0.000,00
Elementos Nov.
2005 Dic. 2005 Variación (%)
Tub. sin refuerzo c-14
25 cm 451.270,43 451.270,43 0.000,00
Tub. sin
refuerzo c-14 30 cm 454.753,40 454.753,40 0.000,00
Tub. sin
refuerzo c-14 38 cm 515.267,37 515.267,37 0.000,00
Tub. sin
refuerzo c-14 46 cm 316.093,19 316.093,19 0.000,00
Tub. sin
refuerzo c-14 53 cm 511.179,01 511.179,01 0.000,00
Tub. sin
refuerzo c-14 61 cm 559.315,81 559.315,81 0.000,00
Tub. sin
refuerzo c-14 76 cm 327.091,39 327.091,39 0.000,00
Tub. sin
refuerzo c-14 91 cm 598.305,36 598.305,36 0.000,00
Viga
galvanizada 503.879,14 507.304,95 0.679,89
Water
stop 6”*3/16” 218.199,30 218.215,86 0.007,59
San José, 17 de enero del
2006.—Jaime Vaglio Muñoz, Gerente.—1
vez.—(Solicitud Nº 20656).—C-176120.—(4616).
INSTITUTO DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA
Somete a
consulta pública los siguientes proyectos de norma:
PN INTE 5725-3: 2006,
“Exactitud (veracidad y precisión) de resultados y métodos de medición — Parte
3: medidas intermedias de la precisión de un método de medición normalizado”.
PN
INTE-IEC 60669-1: 2006, “Accesorios eléctricos — Interruptores para
instalaciones eléctricas fijas domésticas y similares — Requisitos generales”.
Se
recibirán observaciones a los anteriores proyectos de norma hasta el 27 de
marzo del 2006.
Para mayor información, comuníquese
con la División de Normalización al 283 4522 o a los correos
jrestrepo@inteco.or.cr o grodriguez@inteco.or.cr.
Carlos E.
Rodríguez Director Ejecutivo.—1 vez.—(5498).
Dora
Agüero Barrantes, mayor, soltera, comerciante, vecina de Río Claro de Pavones,
con cédula de identidad Nº 2-178-884. Con base en el artículo 38 de la Ley 6043
sobre la Zona Marítima Terrestre del 2 de marzo de 1977, y el Decreto Ejecutivo
N° 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una parcela
localizada en el sector de Río Claro de Pavones, del distrito cuarto del cantón
sétimo, de la provincia de Puntarenas, según plano catastrado P-131494-1993,
entre los mojones 315-316, consta de una área de 409,30 m2, es
terreno para dedicarlo a uso de Zona Comercial (Z.C.) declarado en el Plan
Regulador Parcial Sector Costero Turístico Bahía Pavon. Linda: norte,
servidumbre de paso (4 metros); sur, Municipalidad de Golfito; este,
Municipalidad de Golfito; oeste, calle pública (6 metros). Se advierte que la
presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin
perjuicio de las futuras disposiciones de la Ley varíen el destino de la
parcela, se conceden 30 días hábiles a partir de esta única publicación para
oír oposiciones las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad, en
papel sellado y con los timbres correspondientes, a dos tantos, además deberá
identificarse debidamente el opositor.
Golfito, 13 de mayo del 2005.—Aida Luz Soto Rodríguez, Alcaldesa a. í.—1 vez.—Nº 80183.—(5370).
DEPARTAMENTO DE ZONA MARÍTIMO
TERRESTRE
La
sociedad Comide S. A. cédula jurídica Nº 3-101-067147 con base en la Ley de la
Zona Marítimo Terrestre 6043 del 2 de marzo de 1977 y el Decreto Ejecutivo N°
7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una parcela
localizada en el cantón de Osa, en Dominical distrito cuarto Bahía Ballena de
la provincia de Puntarenas, mide 6 834,32 m2, según plano catastral
P-576537-85, para uso Zona de Alojamiento Turístico. Linderos: norte, zona
restringida; sur, calle pública; este, zona restringida; oeste, zona
restringida. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y
la misma se realiza sin perjuicio de las futuras disposiciones del Plan Regulador
o Plan de Uso de Suelo que puedan variar el destino de la parcela. Se conceden
treinta días hábiles a partir de esta publicación para oír oposiciones las
cuales deberán de ser presentadas ante esta Municipalidad en papel sellado y
timbres correspondientes a tres tantos.
Ciudad
Puerto Cortés, 17 de enero del 2006.—Lic. Gabriel Villachica Zamora, Alcalde.—1
vez.—Nº 80190.—(5371).
Iglesia de
Dios de Evangelio Completo, cédula jurídica Nº 3-012-045687 con base en la Ley
de la Zona Marítimo Terrestre 6043 del 2 de marzo de 1977 y el Decreto
Ejecutivo N° 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una
parcela localizada en el cantón de Osa, en Dominical distrito cuarto Bahía
Ballena de la provincia de Puntarenas, mide 3 999,22 m2, según plano
catastral P-102472-05 para uso Cooperativa. Linderos: norte, costanera sur y
zona restringida; sur, zona pública y zona restringida; este, zona restringida,
oeste, zona restringida. Se advierte que la presente publicación no otorga
derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de las futuras disposiciones
del Plan Regulador o Plan de Uso de Suelo que puedan variar el destino de la
parcela. Se conceden treinta días hábiles a partir de esta publicación para oír
oposiciones las cuales deberán de ser presentadas ante esta Municipalidad en
papel sellado y timbres correspondientes a tres tantos.
Ciudad Puerto Cortés, 17 de
enero del 2006.—Lic. Gabriel Villachica Zamora, Alcalde.—1 vez.—Nº
80191.—(5372).
CONDOMINIO PLAZA REAL CARIARI
Condominio
Plaza Real Cariari, convoca a sus copropietarios a la asamblea general
ordinaria que se llevará a cabo el día 3 de febrero del 2006. Lugar: Condominio
Plaza Real Cariari-Multicines Cariari. Informes teléfono Nº 293-3827.
AGENDA:
1. Informe de las actividades administrativas
durante el 2005.
2. Informe del auditor externo correspondiente al
2005.
3. Proyecto presupuesto general para el 2006.
4. Nombramiento de los directores a quienes se
les vence el período.
5. Asuntos varios.
Primera
convocatoria: 9:00 a. m.
Segunda convocatoria: 10:00
a. m.
Heredia,
20 de enero del 2006.—Junta Administradora.—Rafael Ángel Gutiérrez Badilla,
Presidente.—1 vez.—(5943).
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
CASTILLO Y MORERA SOCIEDAD
ANÓNIMA
El suscrito, Otoniel Castillo López, cédula Nº 5-127-652, en mi
condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad
denominada Castillo y Morera Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-43719,
domiciliada en Liberia de Guanacaste, hago constar que he iniciado los trámites
ante la Dirección General de Tributación de asamblea general para la reposición
de los libros legales: Actas de Asamblea General, Actas de Junta Directiva,
Registro de Accionistas, Inventarios y Balances, Mayor y Menor, pertenecientes
a mi representada.—Liberia, 10 de enero del 2006.—Otoniel Castillo López,
Apoderado Generalísimo.—Nº 78333.—(2387).
PAFISA S. A
Pafisa S.
A., cédula jurídica número 3-101-115481, solicita ante la Dirección General de
Tributación la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventario y
Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asambleas de Socios y
Registro de accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el área de Información y Asistencia al contribuyente de la Administración
Tributaria de San José, en el termino de ocho días hábiles a partir de la
publicación de este aviso.—Franco Arturo Pacheco Arce, Representante
Legal.—(4534).
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
UNIVERSIDAD METROPOLITANA
CASTRO CARAZO
Ante el
Departamento de Registro de la Universidad Metropolitana Castro Carazo, se ha
presentado solicitud de reposición de Diploma, por motivo de haberse extraviado
el documento correspondiente al título de Bachiller en Administración de
Empresas Turísticas, registro en el control de emisiones de títulos en el tomo
1, folio 118, asiento 2470, con fecha 5 del mes de abril del 2003, a nombre de
Patricia Sánchez Arias, cédula de identidad tres-trescientos-cero cuarenta y
siete (3-300-047). Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los 15 días hábiles a partir de la tercera publicación en La
Gaceta.—San José, 17 de enero del
2006.—Departamento de Registro.—MSc. Javier Sánchez Corrales, Rector.—(4629).
EFRASS DEL TRÓPICO SOCIEDAD ANÓNIMA
Sociedad
Efrass del Trópico Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-183312,
solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los
siguientes seis libros: diario, mayor, inventarios y balances. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y
Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional
de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última
publicación.—San José, 11 de enero del 2006.—Billy Solís Vargas,
Presidente.—(4631).
SILGUTA S. A.
Silguta S. A., cédula jurídica Nº 3-101-077197, solicita ante la
Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros:
Diario Nº 1, Mayor Nº l, Inventarios y Balances Nº 1, Actas de Junta Directiva
Nº l, Actas de Asamblea General Nº l, Registro de Accionistas Nº l. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y
Asistencia al Contribuyente Administración Tributaria de San José, en el
término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación.—Silvia
Gutiérrez Alarcón, Representante Legal.—Nº 79860.—(4903).
PRIMERA COMPAÑÍA UNIDA DE DESARROLLO S.
A.
Primera Compañía Unida de Desarrollo S. A., cédula Nº 3-101-017282,
solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros:
Diario Nº 1, Mayor Nº 1, Inventarios y Balances Nº 1, Actas de Junta Directiva
Nº 1, Actas de Asamblea General Nº l, Registro de Accionistas Nº 1. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia
al Contribuyente Administración Tributaria de San José, en el término de ocho
días hábiles contados a partir de la última publicación.—Silvia Gutiérrez
Alarcón, Representante Legal.—Nº 79861.—(4904).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
BN VALORES, PUESTO DE BOLSA
S. A.
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
BN
Valores, Puesto de Bolsa S. A., cédula jurídica número Nº 3-101-225529,
solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de
Libros “registro de socios”. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente
(Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de
ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial
La Gaceta.
San José,
19 de enero del 2006.—Carlos Zamora Quesada, Gerente Administrativo
Financiero.—(5094).
INVERSIONES RIVENDEL J.B.V., S. A.
Inversiones Rivendel J.B.V., S. A., con cédula jurídica número tres-
ciento uno-trescientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos diecinueve, solicita
ante la Dirección General de Tributación la reposición de los libros
siguientes: diario, inventarios y balances, mayor, junta directiva asambleas
generales, registro de socios. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente
(Legalización de Libros), Administración Tributaria de San José, en el termino
de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario
Oficial La Gaceta.—José Enrique Brenes Vargas, Representante
Legal.—(5101).
ARCE Y LEITÓN SOCIEDAD ANÓNIMA
Arce y
Leitón Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-145570,
solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de
los libros: diario, mayor, inventarios y balances, asambleas generales, juntas
directivas y registro de accionistas. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al
Contribuyente (Legalización de Libros) de la Administración Tributaria de San,
José en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última
publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Wolfgang Stefan Schneider,
Representante Legal.—(5115).
GALIM DEL NORTE S.A.
Galim del
Norte S. A., cédula jurídica Nº 3-101-145819, solicita ante la Dirección
General de Tributación Directa, la reposición de los libros de actas junta
directiva, actas asamblea general y registro de accionistas. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante el área de Recaudación y Gestión de
la Administración Tributaria de San José, en término de 8 días hábiles, a
partir de la última publicación de este aviso.—Lic. Álvaro Villalobos García, Notario.—Nº
80210.—(5373).
ENTRETENIMIENTO VIRTUAL DE COSTA RICA S.
A.
Entretenimiento Virtual de Costa Rica S. A., con cédula de persona
jurídica Nº 3-101-335272, solicita ante la Dirección General de Tributación, la
reposición del libro siguiente: Registro de accionistas. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia
al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San
José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última
publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 11 de enero del
2006.—Lic. Paola Montealegre Sauma, Notaria.—Nº 80288.—(5374).
HOTELES AUROLA S. A.
Carlos
Chinchilla Castillo, comunica el extravío del siguiente certificado de dos
acciones Nº CO O237 acciones todas comunes a nombre de Carlos Chinchilla
Castillo. Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 690,
691, 692, 708 y 709 del Código de Comercio. Se avisa que se procederá a reponer
las acciones aludidas, si transcurrido un mes a partir de la publicación del
último aviso no se hubiera presentado oposición al respecto.—San José, 18 de
enero del 2006.—Carlos Chinchilla Castillo.—Nº 80066.—(5375).
Extravío de certificado Nº
61562367, de dólares por un monto de $ 3.036.00 a la orden de Yolanda Alfaro
Sánchez, cédula Nº 4-0128-0629 emitido el 16/09/2005 a la orden, con
vencimiento al 16/01/2006, con una tasa al 2.15%.—Yolanda Alfaro Sánchez,
Solicitante.—(5423).
UNIVERSIDAD SANTA LUCÍA
La Universidad Santa Lucía comunica que ha iniciado el proceso de
reposición del título de Enfermera, con grado académico de licenciatura, que le
expidió esta Universidad el día cinco de abril de mil novecientos noventa y
siete a la señora Lilliana María Chávez Valdivia, portadora de la cédula uno-ochocientos
setenta y ocho-cero cuarenta y dos, el cual se encuentra inscrito en el
Registro de Títulos de la Universidad Santa Lucía, bajo el tomo 1 folio 118, Nº
2620. Lo anterior por habérsele extraviado el mismo a la señora Lilliana María
Chávez Valdivia. Se comunica a todo aquel que desee manifestar su oposición a
esta gestión, deberá de presentarla por escrito en el plazo máximo de treinta
días naturales siguientes a la última publicación de este edicto, ante la
oficina de Registro de la Universidad Santa Lucía, ubicada setenta y cinco
metros al este del cine Omni.—MSc. Ligia Meneses Sanabria, Rectora.—(5463).
La
Universidad Santa Lucía comunica que ha iniciado el proceso de reposición del
título de Enfermera, con grado académico de licenciatura, que le expidió esta
Universidad el día cinco de abril de mil novecientos noventa y siete a la
señora Olga Matarrita Villalobos, portadora de la cédula cinco-ciento ochenta y
seis-trescientos veinticuatro, el cual se encuentra inscrito en el Registro de
Títulos de la Universidad Santa Lucía, bajo el tomo 1 folio 12, Nº 260. Lo
anterior por habérsele extraviado el mismo a la señora Olga Matarrita
Villalobos. Se comunica a todo aquel que desee manifestar su oposición a esta
gestión, deberá de presentarla por escrito en el plazo máximo de treinta días
naturales siguientes a la última publicación de este edicto, ante la oficina de
Registro de la Universidad Santa Lucía, ubicada setenta y cinco metros al este
del cine Omni.—MSc. Ligia Meneses Sanabria, Rectora.—(5468).
POCOSOLITO S. A.
Pocosolito
S. A., con cédula jurídica 3-101-037546, solicita ante la Dirección General de
Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas Consejo de
Administración, Actas Asamblea de Socios, Registro de Socios, Mayor, Diario, Inventarios
y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el
Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros)
Administración Regional de la Zona Norte, en el término de ocho días hábiles
contados a partir de la ultima publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 4 de setiembre del 2005.—Frank Crone Arias, Apoderado.—(5502).
VARGAS Y MORALES SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, Fernando Alberto Gamboa Calvo, mayor, soltero, abogado, vecino de
San Isidro de Pérez Zeledón, cédula uno- ochocientos ochenta - novecientos
cincuenta y nueve, en mi calidad de presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma, hago constar que hemos iniciado la reposición
de los libros Diario Número Uno, Inventarios y Balances Número Uno, Mayor
Número Uno, de Vargas y Morales Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-
ciento uno- cero noventa y cuatro mil trece, inscrita en la Sección Mercantil
del Registro Público bajo el tomo quinientos veintiocho, folio doscientos
cuarenta, asiento trescientos quince.—Fernando Alberto Gamboa Calvo,
Presidente.—Nº 80334.—(5586).
LAS CANCIONES DE BARÚ PACÍFICO SOCIEDAD
ANÓNIMA
Yo, Brandi, nombre, Wilcox, único apellido en razón de mi nacionalidad
estadounidense, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de la Florida de
Barú de Pérez Zeledón, frente a la escuela, pasaporte de su país número dos
cero nueve seis cinco cuatro uno ocho cero en mi calidad de secretaria con
facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, hago constar que hemos
iniciado la reposición de los libros Diario Número Uno, Inventarios y Balances
Número Uno, Mayor Número Uno, Actas de Asamblea General Número Uno, Actas de
Junta Directiva Número Uno, Registro de Accionistas Número Uno de Las Canciones
de Barú Pacífico Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno -
trescientos setenta y siete mil setecientos treinta y nueve, inscrita en la
Sección Mercantil del Registro Público bajo el tomo quinientos treinta y ocho y
asiento siete mil novecientos veintitrés.—Brandi Wilcox, Apoderada
Generalísima.—Nº 80335.—(5587).
ARÁBIGA DE EXPORTACIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA
El
suscrito, Marco Vinicio Ruiz Chacón, mayor de edad, casado, administrador,
cédula dos-cuatro uno nueve-dos cinco seis, vecino de Naranjo Centro, en mi
calidad de representante de Arábiga de Exportación Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-uno tres tres cinco ocho siete, solicito a la
Dirección General de Tributación, la reposición del Libro de Actas de Junta
Directiva, el cual se extravió. Quien se considere afectado dirija las
oposiciones al Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización
de Libros) en el término de ocho días contados a partir de la última
publicación.—Naranjo, 19 de enero del 2006.—Marco Vinicio Ruiz Chacón,
Representante.—Nº 80383.—(5588).
PUBLICACIÓN DE unA VEZ
COLEGIO DE CIRUJANOS
DENTISTAS DE COSTA RICA
La Junta
Directiva del Colegio de Cirujanos Dentistas de Costa Rica, en su sesión
ordinaria Nº 1242, celebrada el 27 de julio del 2004, tomó el acuerdo que
textualmente expresa:
Incluir en
el título del Curso de Leyes y Reglamentos un tiempo límite de dos años para su
validez.
Lic. Marvin Sánchez Granados, Director Administrativo.—1 vez.—(5124).
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Por
escritura otorgada ante mí a las 10:00 horas del 16 de diciembre del 2005, Seguridad
Eulen Sociedad Anónima, reformó la cláusula quinta de los estatutos
constitutivos.—San José, 17 de enero del 2006.—Lic. Jaime A. Rojas Fortado,
Notario.—Nº 79670.—(4442).
Mediante escritura pública
número ochenta, otorgada a las 10:00 horas del 18 de enero del 2006, ante los
notarios públicos Sergio Antonio Solera Lacayo y José Luis Herrera Zúñiga, se
realizó la compraventa del establecimiento mercantil denominado “Hotel La Finca
Que Ama”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 478, siguientes y
concordantes del Código de Comercio. Se convoca a los acreedores que pudieran
considerarse afectados por dicha compraventa, para que en el término de 15 días
a partir de la primera publicación, se apersonen a hacer valer sus derechos
ante el notario Solera Lacayo, en el Bufete Facio & Cañas, situado frente
al parqueo del Centro Comercial El Pueblo, barrio Tournón, San José.
Publíquese.—San José, 18 de enero del 2006.—Licenciados Sergio Antonio Solera
Lacayo y José Luis Herrera Zúñiga, Notarios.—(5080).
Por escritura hoy otorgada
ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de la sociedad Desarrollos Tokake Sociedad Anónima.—Trece de diciembre
del dos mil cinco.—Lic. Hernán Rodríguez Chaves, Notario.—Nº
79885.—(4905).
2 v. 2.
PUBLICACIÓN DE unA VEZ
Hago constar que protocolicé
acta de asamblea general extraordinaria de Inversiones y Desarrollos de La
Amada S. A., mediante la cual se acuerda reforman las cláusulas segunda,
séptima y novena de los estatutos, y vista de la renuncia se acuerda nombrar
nueva junta directiva y el fiscal. De igual forma hago constar que se
constituyó la entidad Inmobiliaria Peruana del Señor de Sipan S. A.
Presidenta: Blanca Iparraguirre Santa Cruz, quien ostenta facultades de
apoderada generalísima sin límite de suma. Capital social: totalmente suscrito
y pagado. Plazo social: 100 años.—San José, 17 de enero del 2006.—Lic. Mauricio
Vargas Salas, Notario.—1 vez.—Nº 79946.—(4817).
Pasaje
Cortés Sociedad Anónima y Carlos Rodolfo Cortés Tormo, constituyen La
Pared de Acero Rojo Sociedad Anónima. Plazo 99 años. Capital 100.000
colones. Presidente Carlos Rodolfo Cortés Tormo. Escritura otorgada a las 8:00
horas del 17 de enero del 2006.—Lic. Juan José Montero Cortés, Notario.—1
vez.—Nº 79947.—(4818).
Super
Coronado Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-cero veintidós mil novecientos veinte-treinta y tres, modifica
la cláusula segunda del pacto constitutivo, así acordado en asamblea
extraordinaria realizada a las diecinueve horas con treinta minutos del
veintinueve de abril del dos mil cinco.—Lic. Jorge Arturo Madrigal Benavides,
Notario.—1 vez.—Nº 79949.—(4819).
Por
escritura otorgada en mi notaría a las dieciséis horas de hoy, se constituyó Costa
Rica Customs Sociedad Anónima, siendo nombre de fantasía y pudiendo
abreviar su aditivo en S. A.—San José, 9 de enero del 2006.—Lic. Gerardo
Ruin Céspedes, Notario.—1 vez.—Nº 79952.—(4820).
La
suscrita Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria Pública, constituí la sociedad
denominada Inversiones Fabaes Cactus Sociedad Anónima, con un capital
social de ciento veinte mil colones y un plazo social de noventa y nueve años.
Es todo.—Palmares, 17 de enero del 2006.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza,
Notaria.—1 vez.—Nº 79953.—(4821).
La
suscrita Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria Pública, constituí la sociedad
denominada Corporación Crisandre de Palmares Sociedad Anónima, con un
capital social de cien mil colones y un plazo social de noventa y nueve años.
Es todo.—Palmares, 17 de enero del 2006.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza,
Notaria.—1 vez.—Nº 79954.—(4822).
Mediante
escritura otorgada en mi notaría, a las nueve horas de hoy, protocolicé acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Bosques
de Altamira Casa Cero Cuatro Dos Matsú Sociedad Anónima, mediante la cual
se reformó la cláusula segunda de los estatutos, modificándose el domicilio
social a la ciudad de San Francisco de Heredia, Residencial Bosques de
Altamira, casa 39-40.—Guadalupe, San José, 18 de enero de 2006.—Lic. Mario
Alberto Solórzano Sandoval, Notario.—1 vez.—Nº 79955.—(4823).
Ante mí,
se constituyó Chimiscol Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerente:
Álvaro Rivera Sánchez; subgerente: José María Calderón Sánchez. Capital social:
diez mil colones. Es todo.—San José, 17 de enero del 2006.—Lic. Virgilio Calvo
Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 79956.—(4824).
Ante mí,
se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Venegas Pizarro,
Ugarte y Colegiados, Contadores Públicos Autorizados, donde se reforman
cláusulas primera, segunda, y se aceptan renuncias de gerentes. El nuevo nombre
de la sociedad es Pizarro Ugarte y Asociados.—San José, 12 de enero del
2006.—Lic. Virgilio Calvo Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 79957.—(4825).
Por
escritura otorgada ante mí, a las once horas del 13 de enero del 2006, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad 2
Edifica de Turrialba Sociedad Anónima. Se reforman las cláusulas novena y
decimotercera.—Turrialba, 18 de enero del 2006.—Lic. Viriam Fumero Paniagua,
Notaria.—1 vez.—Nº 79958.—(4826).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del catorce de enero del
dos mil seis, se constituye la sociedad denominada Suplidora de Maderas del
Caribe Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Domicilio social,
Costa Rica, Turrialba, diagonal a la agencia del Instituto Costarricense de
Electricidad. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: totalmente
suscrito y pagado en dinero en efectivo. Gerente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma, con la representación judicial y
extrajudicial.—Turrialba, 14 de enero del 2006.—Lic. Sigifredo Brenes Dittel,
Notario.—1 vez.—Nº 79959.—(4827).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del día diecisiete de
enero de dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada J
C K Holdings Inc. Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Es todo.—San
José, 18 de enero del 2006.—Lic. Randall Chuken Vargas, Notario.—1 vez.—Nº
79960.—(4828).
La empresa
Construcciones y Proyectos COPROSA Sociedad Anónima, nombra nueva
junta directiva y reforma sus estatutos constitutivos. Escritura otorgada ante
la notaria pública Fanny Víquez Arguedas, a las 16:00 horas del dos de
diciembre del dos mil cinco.—Lic. Fredy Humberto Vargas Chavarría, Notario.—1
vez.—Nº 79961.—(4829).
Ante esta
notaría se constituyó la sociedad Estracot Sociedad Anónima. Capital
social: cincuenta y dos mil colones. Domicilio social: Cartago, Tejar de El
Guarco, Urbanización El Silo, casa dieciocho-E. Plazo: noventa y nueve años.
Presidenta: Ana Eirette Coto Grijalba con facultades de apoderada generalísima
sin límite de suma. Escritura otorgada en la ciudad de Cartago, de paso por
Tejar de El Guarco, a las ocho horas del seis de enero del dos mil seis.—Lic.
Rosa María Masís Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 79964.—(4830).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del día 6 de enero de
2006, se constituyó la sociedad El Huipil Sociedad Anónima. Capital
social: totalmente suscrito y pagado.—San José, 10 de enero de 2006.—Lic.
Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—Nº 79966.—(4831).
Mediante
escritura ante mí otorgada en San José, a las doce horas del once de enero del
dos mil seis, se constituyó Seguridad Privada El Búfalo S. A.
Presidente Pablo Martín Sánchez López.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1
vez.—Nº 79968.—(4832).
Por
escritura otorgada en San José, a las 13:00 horas del 9 de noviembre del 2005,
se constituyó Mezogiorno Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Guillermo
Fonseca Quesada.—Lic. Alejandra Fallas Valerio, Notaria.—1 vez.—Nº
79970.—(4833).
Francisco José Otero Peralta y Jacqueline Otero Fregni, constituyen la
sociedad FOP S. A. Plazo social: 99 años, Capital social: diez mil
colones, Presidente: Francisco José Otero Peralta.—San José, 12 de enero del
2006.—Lic. Francisco Chacón Alpízar, Notario.—1 vez.—Nº 79971.—(4834).
Mediante
escritura pública número treinta y uno, otorgada a las dieciséis horas del
cinco de enero del dos mil seis, la suscrita notaria Helen Sinaí Serrano
Salazar, se constituyó la sociedad denominada correctamente: Inversiones
Rohana S. A. Capital totalmente suscrito y pagado.—Lic. Helen Sinaí Serrano
Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº 79972.—(4835).
Ante esta notaría, se efectuó el día 16 de enero del 2006, a las 11:00
horas, reformas al pacto constitutivo de la sociedad anónima denominada Inversiones
Billy ABC Sociedad Anónima, nombrándose al señor José Mena Brenes,
Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic.
Billy Quirós Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 79973.—(4836).
Ante mí, Lic. Susana Patricia Chaves Sell, se otorga escritura número
ciento cincuenta y cuatro, en donde se modificó la cláusula sexta del pacto
social y se nombró nueva junta directiva de la sociedad Propiedades Naiguata
del Sol Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 16 de enero del 2006.—Lic.
Susana Patricia Chaves Sell, Notaria.—1 vez.—Nº 79975.—(4837).
Ante esta
notaría, se constituyó la sociedad denominada Maderas del Norte Brenes y
López Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las 9:00 horas del 18 de enero
del 2006.—Aguas Zarcas de San Carlos, Alajuela.—Lic. Hernán Hidalgo Orozco,
Notario.—1 vez.—Nº 79976.—(4838).
Los
suscritos Beverly Lara Agüero y Manuel Fernández Agüero, constituyen Alalea
S. A.—San José, 14 de enero del 2006.—Lic. Hilda Alpízar Castrillo,
Notaria.—1 vez.—Nº 79977.—(4839).
Por escritura
número sesenta y cuatro - uno, otorgada ante mí, a las dieciséis horas, treinta
minutos del siete de diciembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad
denominada Los Sueños de Ana Belén S. A., la representación judicial y
extrajudicial corresponde al presidente y secretario, en forma conjunta.
Capital social: diez mil colones.—16 de enero del 2006.—Lic. Viviana Solís
Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 79978.—(4840).
Se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la entidad Vidriales
Rocha Ltda. Escritura otorgada en Grecia a las 10:00 horas del 17 de
noviembre del 2005, ante Fabio Evencio Rodríguez Bastos.—Lic. Fabio Evencio
Rodríguez Bastos, Notario.—1 vez.—Nº 79980.—(4841).
Por
escritura otorgada en mi notaría, en San José a las 11:00 horas de hoy, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Comercial
Técnica Internacional Cotisa S. A., mediante la cual se reforman las
cláusulas 2° y 6° de sus estatutos referentes al domicilio y a la
administración.—San José, 18 de enero del 2006.—Lic. Eugenio Segura Solano,
Notario.—1 vez.—Nº 79981.—(4842).
Por
escritura número ciento veinte otorgada ante mí, a las diez horas del once de
enero del año dos mil seis, se modificaron las cláusulas primera, segunda y
sexta del pacto constitutivo de la sociedad Hotelera Occidental Zanzibar,
Sociedad Anónima.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Carolina Muñoz Con,
Notaria.—1 vez.—Nº 79982.—(4843).
Por
escritura número ciento veintiuno otorgada ante mí, a las diez horas quince
minutos del once de enero del año dos mil seis, se modificó la cláusula segunda
del pacto constitutivo de la sociedad Corporación Accionaria del Occidente
Garaycar, Sociedad Anónima.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Carolina
Muñoz Con, Notaria.—1 vez.—Nº 79983.—(4844).
Por
escritura número ciento veintiuno otorgada ante mí, a las diez horas treinta
minutos del once de enero del año dos mil seis, se modificó la cláusula segunda
del pacto constitutivo de la sociedad Los Numeradios de la Nueva Cruzada
Sociedad Anónima.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Carolina Muñoz Con,
Notaria.—1 vez.—Nº 79984.—(4845).
En las
notarías de Irene Cruz Solís y Sergio Rodríguez Garita, a las 14:00 horas del
17 de enero del 2006, se reformó la cláusula sétima de los estatutos de la sociedad
Restaurante La Fonda Azteca S. A., modificando la representación de la
sociedad al presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos
sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, 17 de
enero del 2006.—Lic Sergio Rodríguez Garita, Notario.—1 vez.—Nº 79985.—(4846).
Por
escritura número ciento treinta y seis-tres, otorgada ante esta notaría, a las
16:00 horas del 22 de diciembre del 2006, se constituyó la sociedad anónima
denominada Corporación Frankita S. A. Capital social un millón de
colones, representada por 10 acciones nominativas de 100 mil colones cada una.
Objeto: comercio en general, así como cualquier fin lícito. Domicilio: San
Isidro, Pérez Zeledón, Barrio Sinaí, calle Luz del Mundo cien metros al sur del
Abastecedor La Amistad. Presidente: Minor Kellmitt Vargas Monge, con facultades
de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Yesenia González Retana,
Notaria.—1 vez.—Nº 79987.—(4847).
Por
escritura pública otorgada en esta notaría, a las nueve horas del catorce de
diciembre del dos mil cinco, Alexander Fernando Sánchez Arias y Alexander
Leonel Sánchez Matos, constituyen la sociedad denominada Sánchez Matos
Sucesores Sociedad Anónima.—Palmares, 16 de enero del 2006.—Lic. Xinia
María Chaves Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 79988.—(4848).
Grupo O
R Representaciones Roca S. A.,
modifica cláusula quinta de su pacto constitutivo y nombra nuevo tesorero.
Fecha de asamblea: 15 de noviembre del 2005.—Lic. Randall Fallas Castro,
Notario.—1 vez.—Nº 79989.—(4849).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó una acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de New Lion Garden S.A., mediante
la cual se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, 22 de
noviembre del 2005.—Lic. Sonia Patricia Tacsan Chen, Notaria.—1 vez.—Nº
79990.—(4850).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:51 horas del 17 de enero del
2006, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Mas de Lise
Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: totalmente suscrito y
pagado. Plazo: cien años. Domicilio: Huacas, Santa Cruz, Guanacaste. Objeto:
comercio en general.—Guanacaste, 17 de enero del 2006.—Lic. Ismene Arroyo
Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 79991.—(4851).
Por
escritura pública otorgada ante mi notaría, a las quince horas treinta minutos
del día once de enero del dos mil seis, se acordó la liquidación de la sociedad
denominada Amanco de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 17 de enero
del 2006.—Lic. Luis Manuel Castro Ventura, Notario.—1 vez.—Nº 79992.—(4852).
En
escritura pública otorgada en la ciudad de San José, a las siete horas veinte
minutos del quince de octubre, número ciento dos, tomo sexto del protocolo de
la notaria Ingrid Vargas Bolaños, se constituyó la sociedad anónima denominada Capag-Mercantil
Sociedad Anónima, que se puede abreviar S. A. Domiciliada en San
José, calle dieciséis, avenidas dieciocho y veinte, número dos-C. Presidente:
Luis Alberto Hernández Mora. Objeto: en general el comercio, la agricultura,
ganadería, minería, agroindustria e industria. Así como cualquier otro servicio
relacionado con las actividades indicadas. Plazo: noventa y nueve años. Capital
social: cien mil colones netos.—San José, 16 de enero del 2006.—Lic. Ingrid
Vargas Bolaños, Notaria.—1 vez.—Nº 79993.—(4853).
En
escritura pública otorgada en la ciudad de San José, a las siete horas treinta
minutos del quince de octubre, número ciento tres, tomo sexto del protocolo de
la notaria Ingrid Vargas Bolaños, se constituyó la sociedad anónima denominada Ganapán
Sociedad Anónima, que se puede abreviar S. A. Domiciliada en San
José, calle dieciséis, avenidas dieciocho y veinte, número dos-C. Presidente:
Luis Alberto Hernández Mora. Objeto: en general el comercio, la agricultura, ganadería,
minería, agroindustria e industria. Así como cualquier otro servicio
relacionado con las actividades indicadas. Plazo: noventa y nueve años. Capital
social: cien mil colones netos.—San José, 16 de enero del 2006.—Lic. Ingrid
Vargas Bolaños, Notaria.—1 vez.—Nº 79994.—(4854).
En
escritura pública otorgada en la ciudad de San José, a las siete horas cuarenta
minutos del quince de octubre, número ciento cuatro, tomo sexto del protocolo
de la notaria Ingrid Vargas Bolaños, se constituyó la sociedad anónima
denominada Grupo Unido Zúñiga Zúñiga Sociedad Anónima, que se puede
abreviar GUZZ S. A. Domiciliada en San José, calle dieciséis,
avenidas dieciocho y veinte, número dos-C. Presidente: Adrián Esteban Navarro
Mora. Objeto: en general el comercio, la agricultura, ganadería, minería,
agroindustria e industria. Así como cualquier otro servicio relacionado con las
actividades indicadas. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: cien mil
colones netos.—San José, 15 de enero del 2006.—Lic. Ingrid Vargas Bolaños,
Notaria.—1 vez.—Nº 79995.—(4855).
En
escritura pública otorgada en la ciudad de San José, a las siete horas
cincuenta minutos del quince de octubre, número ciento cinco, tomo sexto del
protocolo de la notaria Ingrid Vargas Bolaños, se constituyó la sociedad
anónima denominada Pe y Zeta Mercantil Sociedad Anónima, que
se puede abreviar S. A. Domiciliada en San José, calle cuatro, avenidas
seis y ocho. Presidenta: Patricia Cruz Navarro. Objeto: en general el comercio,
la agricultura, ganadería, minería, agroindustria e industria. Así como
cualquier otro servicio relacionado con las actividades indicadas. Plazo:
noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones netos.—San José, 15 de
enero del 2006.—Lic. Ingrid Vargas Bolaños, Notaria.—1 vez.—Nº 79996.—(4856).
En
escritura sesenta y nueve de las diecisiete horas del treinta de noviembre del
dos mil cinco, se constituyó sociedad denominada Diroco Guanacaste Sociedad
Anónima. Capital social de diez mil colones. Presidente: Roy Córdoba
Campos. Conotarias: Lic. Melania Jirón Estrada y Lic. Rita María Vargas
Duarte.—Lic. Rita María Vargas Duarte, Notaria.—1 vez.—Nº 79998.—(4857).
En mi
notaría en Esparza, a las nueve horas del diecisiete de enero del año dos mil
seis, por escritura pública número ochenta y tres, iniciada a folio cincuenta
vuelto, del tomo treinta y uno del protocolo del suscrito notario, Célimo
Elizondo Oliverio, Rodolfo Elizondo Salas y José Francisco Elizondo Salas,
constituyen la sociedad denominada National Resort Investments Inc. Sociedad
Anónima.—Esparza, 17 de enero del 2006.—Lic. Luis Gerardo Álvarez Ramírez,
Notario.—1 vez.—Nº 79999.—(4858).
En mi
notaría en Esparza, a las nueve horas del diecisiete de enero del año dos mil
seis, por escritura pública número ochenta y cuatro, iniciada a folio cincuenta
y dos vuelto, del tomo treinta y uno del protocolo del suscrito notario, Bryan
Ocampo Ramos y Andrés Ocampo García, constituyen la sociedad denominada Inversiones
Sombri Sociedad Anónima.—Esparza, 17 de enero del 2006.—Lic. Luis Gerardo
Álvarez Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 80000.—(4859).
En mi
notaría en Esparza, a las nueve horas del diecisiete de enero del año dos mil
seis, por escritura pública número ochenta y cinco, iniciada a folio cincuenta
y cuatro vuelto, del tomo treinta y uno del protocolo del suscrito notario,
Bryan Ocampo Ramos y Andrés Ocampo García, constituyen la sociedad denominada Inversiones
Karo Sociedad Anónima.—Esparza, 17 de enero del 2006.—Lic. Luis Gerardo
Álvarez Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 80001.—(4860).
Por escritura
número cien, otorgada en Heredia, a las nueve horas del veintinueve de
diciembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Inversiones Elime S.
A. El capital social de diez mil colones exactos y su plazo social es de
noventa y nueve años, el cual se encuentra totalmente pagado. Corresponde al
presidente y secretaria de la sociedad conjuntamente la representación judicial
y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.
Presidente: Juan Elizondo Ramírez, cédula 6-0075-0088.—Lic. José Alberto
Villalobos Salas, Notario.—1 vez.—Nº 80002.—(4861).
Por
escritura número ciento tres, otorgada en Heredia, a las nueve horas del
dieciocho de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Estructuras
Modernas S. A. El capital social de diez mil colones exactos y su plazo
social es de noventa y nueve años, el cual se encuentra totalmente pagado.
Corresponde al presidente de la sociedad la representación judicial y
extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.
Presidente: Jorge Campos Céspedes, cédula 4-110-619.—Lic. José Alberto
Villalobos Salas, Notario.—1 vez.—Nº 80003.—(4862).
Por
escritura número 27-21, otorgada ante el suscrito notario, a las 15:00 horas
del 30 de noviembre del 2005, se protocolizan acuerdos de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Sueños Ausentes Sociedad Anónima,
mediante los que se modificaron las cláusulas segunda y sexta de los estatutos
sociales (relativas al domicilio y administración).—San José, 30 de noviembre
del 2005.—Lic. Jorge M. Ulloa Maduro, Notario.—1 vez.—Nº 80005.—(4863).
Por
escritura otorgada a las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del diez de
enero del año dos mil seis, ante mí, se constituyó la sociedad Gelpack
Sociedad Anónima. Capital social: doce mil colones, representada por
presidente y tesorero.—12 de enero del 2006.—Lic. Yuliana Gaitán Ayales,
Notaria.—1 vez.—Nº 80009.—(4864).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del dieciséis de enero
del dos mil seis, se constituye Centro de Especialidades Dermatológicas
Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Hospital Clínica Bíblica, Torre
Omega, piso siete, consultorio número quince. Presidente: Guillermo Cortés
Antía. Capital social: diez mil colones.—San José, 18 de enero del 2006.—Lic.
Gianna Cersosimo D’Agostino, Notaria.—1 vez.—Nº 80010.—(4865).
Mario
Antonio Barquero Solís y Javier Antonio Barquero Zúñiga, constituyen sociedad
anónima denominada Inversiones de Transporte Mundial S. A., con
domicilio en San Miguel de Naranjo un kilómetro al oeste del Restaurante Los
Calabazos, su objeto será el comercio en general con un plazo social de 99 años
y un capital social de cincuenta mil colones.—Naranjo, 17 de enero del
2006.—Lic. Carmen Acuña Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 80011.—(4866).
Mario
Antonio Barquero Solís y Javier Antonio Barquero Zúñiga, constituyen sociedad
anónima denominada Sistemas Globales de Importación S. A., con domicilio
en San Miguel de Naranjo un kilómetro al oeste del Restaurante Los Calabazos,
su objeto será el comercio en general con un plazo social de 99 años y un
capital social de cincuenta mil colones.—Naranjo, 17 de enero del 2006.—Lic.
Carmen Acuña Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 80012.—(4867).
Por
escritura otorgada en la ciudad de San José, a las quince horas del dieciséis
de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima denominada La
Pamela Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de San José, con un
capital de diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: Abibal
Barquero Chacón.—San José, 17 de enero del 2006.—Lic. Andrea Valverde Barahona,
Notaria.—1 vez.—Nº 80013.—(4868).
A las
14:00 horas del dieciséis de enero del año dos mil seis, se constituyó la
sociedad de esta plaza denominada Toranlucky S. A., Capital social:
íntegramente suscrito y pagado. Presidente y secretario de la junta directiva
apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 18 de enero del
2006.—Lic. Julio Enrique Zelaya Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 80014.—(4869).
Ante la
notaría de Elena Murillo Agüero, se constituye sociedad anónima denominada Tuanis
Rides. Escritura otorgada en San José, el 6 de octubre del 2005.—Lic. Elena
Murillo Agüero, Notaria.—1 vez.—Nº 80015.—(4870).
Por
escritura otorgada ante el notario Allan Pérez Montes, al ser las diez horas
del seis de enero del dos mil seis, Michael Cuevas Alfaro y Georgina Badilla
Porras, constituyeron Dynamo Interactiva Sociedad Anónima. Objeto: el
objeto social de la compañía será la asesoría técnica en mercadeo y diseño
gráfico, el comercio, la industria, la ganadería, la agricultura, el
transporte, la construcción, la asesoría en construcción, la representación de
casas extranjeras y cualquier otra actividad relacionada con las empresas con
esos fines. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Presidente: el socio
Michael Cuevas Alfaro, con todas las facultades.—Grecia, nueve de enero del dos
mil seis.—Lic. Allan Pérez Montes, Notario.—1 vez.—Nº 80016.—(4871).
Por
asamblea general extraordinaria de la compañía denominada Wrasse Ventures S.
A., celebrada el día cinco de enero del dos mil seis, se acordó reformar la
cláusula sexta del pacto constitutivo y cambiar la junta directiva de la
misma.—Lic. Eduardo Arroyo Boirivant, Notario.—1 vez.—Nº 80017.—(4872).
Según
escritura número treinta y uno-tres, de las ocho horas del dieciocho de enero
del dos mil seis, los señores Hiram Cervantes Mena y Maritza González Pinto,
constituyen la sociedad Palmitera Belgravia H&M Sociedad Anónima.—San
José, dieciocho de enero del dos mil seis.—Lic. Magda González Salas,
Notaria.—1 vez.—Nº 80018.—(4873).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 9 de enero del
2006, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Corporación
Ticopollo CTP S. A. Se aumenta el capital social y se reforma la cláusula
quinta del pacto social.—Lic. Luis Fernando León Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº
80019.—(4874).
Por
escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó Sonny’s Sports Bar and Grill
S. A. Domiciliada en San José. Capital social: cien mil colones. Presidente:
Stanley Joseph Smith.—San José, 17 de enero del 2006.—Lic. Sergio Arturo
Céspedes Rivera, Notario.—1 vez.—Nº 80020.—(4875).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del doce de enero del
dos mil seis, se constituyó la sociedad Servicios de Mantenimiento Islita
SMI Sociedad Anónima. Representante: el presidente. Capital: íntegramente
suscrito y pagado.—San José, diecisiete de enero del dos mil seis.—Lic.
Raymundo José Macís Delgado, Notario.—1 vez.—Nº 80021.—(4876).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del doce de enero del
dos mil seis, se constituyó la sociedad Grupo Islita HPI Sociedad Anónima.
Representante: el presidente. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San
José, diecisiete de enero del dos mil seis.—Lic. Raymundo José Macís Delgado,
Notario.—1 vez.—Nº 80022.—(4877).
Constitución
de la compañía Velpa Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las trece
horas del once de enero del año dos mil seis.—San José, 13 de enero del
2006.—Lic. Laura Sofía Chavarría Arias, Notaria.—1 vez.—Nº 80024.—(4878).
Constitución
de la compañía M.A. Imagen y Comunicación Sociedad Anónima. Escritura
otorgada a las quince horas del once de enero del año dos mil seis.—San José,
13 de enero del 2006.—Lic. Laura Sofía Chavarría Arias, Notaria.—1 vez.—Nº
80023.—(4879).
El
suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las quince
horas del diecisiete de enero del dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada New
World Earth Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-trescientos diecinueve mil setecientos seis, mediante la
cual se reformó las cláusulas primera y quinta de los estatutos sociales, correspondientes,
respectivamente, a la razón social y capital social, para que en adelante la
sociedad se denomine Química Macias Sociedad Anónima (QUIMACSA), y su
capital se represente por cuatro acciones comunes y nominativas de dos mil
quinientos colones cada una. Es todo.—San José, diecisiete de enero del dos mil
seis.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 80025.—(4880).
Mediante
escritura ochenta y cuatro-tres, otorgada el trece de octubre del año dos mil
cinco, ante la suscrita notaria, las socias Ligia Cecilia Orozco Jiménez y
Mayra Margarita Monge Jiménez, constituyen sociedad anónima Inversiones
L.C.M. Oromog S. A. Capital: cien mil colones, compuestos por diez acciones
comunes y nominativas. Objeto: ejercicio amplio del comercio, industria,
turismo, la agricultura, ganadería. Presidenta: Ligia Cecilia Orozco Jiménez.
Es todo.—Lic. Diana Isabel Borge Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 80026.—(4881).
En esta
notaría, al ser las quince horas del nueve de enero del año dos mil seis, se
protocolizan piezas de la sociedad Developp Kada Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-dos tres ocho uno seis tres, se reforma la
cláusula primera del nombre para que ahora se llame Hotel Two Seasongs
Sociedad Anónima.—San José, 9 de enero del 2006.—Lic. Javier Clot
Barrientos, Notario.—1 vez.—Nº 80027.—(4882).
Ante mi
notaría, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Audiovisuales
Creartes Sociedad Anónima, el día 26 de diciembre del 2005.—Lic. José
Alejandro Silva Yépez, Notario.—1 vez.—Nº 80028.—(4883).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19:30 horas del día 17 de enero del
2006, protocolicé el acta de asamblea general de socios de Cloromix S. A.,
mediante la cual se reformaron las cláusulas segunda y sexta del pacto
constitutivo, y se nombró nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San
José, 17 de enero del 2006.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1
vez.—Nº 80030.—(4884).
Por
escritura pública número doscientos nueve-cuarenta y cinco, de esta fecha,
protocolicé acta de asamblea general de la sociedad Arav de San José S. A.,
mediante la cual se reformaron estatutos de la compañía dicha, y se hacen
nombramientos de directores y fiscal.—San José, 18 de enero del 2006.—Lic.
Frank Vázquez Arias, Notario.—1 vez.—(4944).
Por escritura
otorgada a las diez horas del dieciocho de enero del dos mil seis, se
constituyó Tango-Corea Sociedad Anónima. Capital social: doscientos mil
colones. Presidente tiene facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma.—La Aurora de Heredia, dieciocho de enero del dos mil seis.—Lic. Luis
Fernando Fallas Marín, Notario.—1 vez.—(4947).
Mediante
escritura Nº 131, otorgada a las 12:00 horas del 16 de enero del 2006, Andrés
Cedeño Montoya, Enid Avendaño Cavallini, Mónica Camps Avendaño y Giovanni Massonicic,
constituyen E-Commerse International Limitada.—San José, a las 16:00
horas del 16 de enero del 2006.—Lic. América Zeledón Carrillo, Notaria.—1
vez.—(4951).
Mediante
escritura número doscientos ochenta, otorgada ante el suscrito notario Ramiro Saborío
Castro, al ser las dieciséis horas con treinta minutos del dieciséis de enero
del año dos mil seis, se constituyó la empresa Brisas del Lago Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, dieciséis de enero del dos mil
seis.—Lic. Ramiro Saborío Castro, Notario.—1 vez.—(4960).
Mediante
escritura número ciento diez, otorgada ante el suscrito notario Antonio Maklouf
Coto, al ser las diez horas del día diecisiete de enero del año dos mil seis,
se nombró nuevo fiscal de la sociedad de esta plaza denominada Carmona del
Oeste Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento
treinta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y ocho.—San José, diecisiete de
enero del dos mil seis.—Lic. Antonio Maklouf Coto, Notario.—1 vez.—(4961).
Por
escritura otorgada ante mí, el 18 de enero del 2006, a las 14:30 horas, se
protocolizó acta general extraordinaria de accionistas de Inmobiliaria Copan
Blanca S. A., mediante la cual se reformaron las cláusulas segunda y octava
del acta constitutiva.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Ximena Rodríguez
Yamasaki, Notaria.—1 vez.—(4962).
Por
escritura otorgada ante mí, el 18 de enero del 2006, a las 14:00 horas, se
protocolizó acta general extraordinaria de accionistas de Inmobiliaria
Castelldefels S. A., mediante la cual se reformaron las cláusulas segunda y
octava del acta constitutiva.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Ximena
Rodríguez Yamasaki, Notaria.—1 vez.—(4963).
Por
escritura otorgada hoy, 4 de enero del 2006, a las 21:00 horas, se protocolizó
acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Sark
Brelade Properties S. A., se modificaron las cláusulas segunda y octava de
los estatutos.—San José, 4 de enero del 2006.—Lic. Adrián Echeverría Escalante,
Notario.—1 vez.—(4964).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 7:00 horas del 19 de enero del 2006, se
constituyó la sociedad Bodegas Comerciales Lindora S. A. Presidente y
secretario, apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: diez mil
colones. Domicilio: Alajuela. Plazo: 99 años.—Alajuela, a las 9:00 horas del 19
de enero del 2006.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(4967).
Hoy
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad de esta plaza denominada Producciones J.I.J. S. A., en la que
se aumentó el capital social en la suma de treinta millones de colones, y como
consecuencia, se modificó la cláusula quinta del pacto social.—San José, 16 de
enero del 2006.—Lic. Eugenia Carazo Gólcher, Notaria.—1 vez.—(4973).
Ante la
notaría de la licenciada Yetty Hernández Orias, mediante escritura número
doscientos veintitrés, visible al folio ciento setenta y cuatro frente, del
protocolo primero de la suscrita notaria, otorgada a las 11:00 horas del día 10
de enero del año 2006, se protocolizan acuerdos de asamblea general
extraordinaria de la empresa Finconsul T-Suri S. A., mediante la cual se
reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo, y se nombran nuevos
presidente y secretaria.—Heredia, 10 de enero del 2006.—Lic. Yetty Hernández
Orias, Notaria.—1 vez.—(4993).
Ante la
notaría de la licenciada Yetty Hernández Orias, mediante escritura número
doscientos veinticuatro, visible al folio ciento setenta y cinco frente, del
protocolo primero de la suscrita notaria, otorgada a las 12:00 horas del día 10
de enero del año 2006, se protocolizan acuerdos de asamblea general
extraordinaria de la empresa Dabanga Consultores S.A., mediante la cual
se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo, y se nombra nuevo
presidente y secretaria.—Heredia, 10 de enero del 2006.—Lic. Yetty Hernández
Orias, Notaria.—1 vez.—(4994).
Roberto
Gamboa Rodríguez y Flora Rodríguez Madrigal, constituyen la sociedad denominada
Gamboa Enterprises Sociedad Anónima. Domiciliada en Moravia, San José.
Capital social: totalmente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve
años. Escritura Nº 301 del 10 de enero del 2006, otorgada ante la notaria
Yasmín Herrera Mahomar.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Yasmín Herrera
Mahomar, Notaria.—1 vez.—(4998).
Roberto
Gamboa Rodríguez y Flora Rodríguez Madrigal, constituyen la sociedad denominada
Electronic Commerce of Costa Rica Sociedad Anónima. Domiciliada en
Moravia, San José. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Plazo social:
noventa y nueve años. Escritura Nº 300 del 10 de enero del 2006, otorgada ante
la notaria Yasmín Herrera Mahomar.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Yasmín
Herrera Mahomar, Notaria.—1 vez.—(4999).
Roberto
Gamboa Rodríguez, María Elena Gamboa Rodríguez y Flora Rodríguez Madrigal,
constituyen la sociedad denominada Breakthrough Solutions Sociedad Anónima.
Domiciliada en Moravia, San José. Capital social: totalmente suscrito y pagado.
Plazo social: noventa y nueve años. Escritura Nº 302 del 10 de enero del 2006,
otorgada ante la notaria Yasmín Herrera Mahomar.—San José, 11 de enero del
2006.—Lic. Yasmín Herrera Mahomar, Notaria.—1 vez.—(5000).
Roberto
Gamboa Rodríguez y Flora Rodríguez Madrigal, constituyen la sociedad denominada
Iron Horse Sociedad Anónima. Domiciliada en Moravia, San José. Capital
social: totalmente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.
Escritura Nº 303 del 10 de enero del 2006, otorgada ante la notaria Yasmín
Herrera Mahomar.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. Yasmín Herrera Mahomar,
Notaria.—1 vez.—(5001).
Roy Gerardo Gamboa Rodríguez y Catherine Murillo Zumbado, constituyen la
sociedad denominada Shire Staffing Solutions Sociedad Anónima.
Domiciliada en Moravia, San José. Capital social: totalmente suscrito y pagado.
Plazo social: noventa y nueve años. Escritura Nº 304 del 10 de enero del 2006,
otorgada ante la notaria Yasmín Herrera Mahomar.—San José, 11 de enero del
2006.—Lic. Yasmín Herrera Mahomar, Notaria.—1 vez.—(5002).
En escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006,
tomo tres del protocolo de esta notaria, se constituyó la sociedad denominada Be-Thirty
Eight Zebra Shark LLC SRL.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina Rebeca
Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5003).
En escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006,
tomo tres del protocolo de esta notaria, se constituyó la sociedad denominada Be-Twenty
Five Pink Shells LLC SRL.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina Rebeca
Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5004).
En escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006,
tomo tres del protocolo de esta notaria, se constituyó la sociedad denominada Be-Thirty
Nine Shells Castle LLC SRL.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina Rebeca
Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5005).
En escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006,
tomo tres del protocolo de esta notaria, se constituyó la sociedad denominada Be-Twenty
Four Magic Waves LLC SRL.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina Rebeca
Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5006).
En escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006,
tomo tres del protocolo de esta notaria, se constituyó la sociedad denominada Be-Forty
Blue Tuna LLC SRL.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina Rebeca
Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5007).
En escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006,
tomo tres del protocolo de esta notaria, se constituyó la sociedad denominada Be-Twenty
Three Magic Rainbow LLC SRL.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina
Rebeca Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5008).
En escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006,
tomo tres del protocolo de esta notaria, se constituyó la sociedad denominada Be-Forty
One Wizards Tower LLC SRL.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina Rebeca
Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5009).
En escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006,
tomo tres del protocolo de esta notaria, se constituyó la sociedad denominada Be-Twenty
Two Sparkling Magic LLC SRL.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina
Rebeca Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5010).
En escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006,
tomo tres del protocolo de esta notaria, se constituyó la sociedad denominada Be-Forty
Two Wizard Fish LLC SRL.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina Rebeca
Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5012).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres del
protocolo de esta notaria, se constituyó la sociedad denominada Be-Twenty
One Enchanted Paradise LLC SRL.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina
Rebeca Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5013).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaria, se constituyó la sociedad denominada Be-Forty
Three Wizards Beach LLC SRL.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina
Rebeca Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5014).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaria, se constituyó la sociedad denominada Be-Twenty
Sea Winds LLC SRL.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina Rebeca
Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5015).
En escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006,
tomo tres del protocolo de esta notaria, se constituyó la sociedad denominada Be-Forty
Four Sunny Castle LLC SRL.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina Rebeca
Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5016).
Mediante
escritura pública número treinta y cinco, otorgada en esta notaría, a las
dieciséis horas del dos de mayo del dos mil cinco, se constituyó la sociedad de
esta plaza denominada Yiss de Alajuela Sociedad Anónima, con un capital
social de diez mil colones, dividido en diez acciones comunes y nominativas de
mil colones cada una, que la señora Giselle Bolaños González, es su
presidenta.—Lic. Ana Patricia García Salas, Notaria.—1 vez.—(5017).
En escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006,
tomo tres del protocolo de esta notaria, se constituyó la sociedad denominada Be-Nineteen
Sanpping Turtle LLC SRL.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina Rebeca
Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5018).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Forty
Eight Platinum Castle LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina
Rebeca Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5019).
Mediante
escritura pública número sesenta y uno, otorgada en esta notaría, a las quince
horas del once de octubre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta
plaza denominada Poliresin de Centroamérica Sociedad Anónima, con un
capital social de diez mil colones exactos, dividido en diez acciones comunes y
nominativas de mil colones cada una, que el señor José Martín González
Rodríguez, es su presidente.—Lic. Ana Patricia García Salas, Notaria.—1
vez.—(5020).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Forty
Seven Silver Castle LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina
Rebeca Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5021).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Eighteen
Forest & Sea LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina
Rebeca Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5022).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Forty
Six Sea Tower LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina Rebeca
Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5023).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Seventeen
Manta King LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina Rebeca
Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5024).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Forty
Five Glass Tower LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina
Rebeca Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5025).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Sixteen
Wild Sea LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina Rebeca
Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5026).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Thirty
Seven Bony Fish LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina Rebeca
Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5027).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Fifteen
Enchented Gardens LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina
Rebeca Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5028).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Thirty
Six Bubble Sands LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina
Rebeca Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5029).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Fourteen
Enchanted Star LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina Rebeca
Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5030).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Thirty
Five Crystal Tower LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina
Rebeca Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5031).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Thirteen
Enchanted Lagoon LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina
Rebeca Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5032).
En escritura
Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres del
protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Twelve
Enchanted Sunsets LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina
Rebeca Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5033).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Eleven
Enchanted Sunshine LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina Rebeca
Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5034).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Thirty
Four Enchanted Clouds LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina
Rebeca Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5035).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Ten
Enchanted Palace LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina
Rebeca Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5036).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Thirty
Three Sunny Treasures LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina
Rebeca Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5037).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Nine
Sunfisch LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina Rebeca
Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5038).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Thirty
Two Sunny Sands LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina Rebeca
Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5039).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Eight
Enchanted Island LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina
Rebeca Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5040).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Seven
Magic Bahia LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina Rebeca
Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5041).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Thirty
One Sea Secrets LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina Rebeca
Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5042).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Thirty
Wonder Ocean LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina Rebeca
Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5043).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Six
Enchanted Mountain LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina
Rebeca Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5044).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Twenty
Nine Giant Squid LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina Rebeca
Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5045).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Twenty
Eight Sea Pearl LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina Rebeca
Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5046).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Five
Enchanted Forest LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina
Rebeca Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5047).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Twenty
Seven Sea Diamonds LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina
Rebeca Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5048).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Four
Enchanted Eden LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina Rebeca
Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5049).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Three
Enchanted Castle LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina
Rebeca Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5050).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Twenty
Six Sea Emerald LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina Rebeca
Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5051).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-Two
Magic Village LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina Rebeca
Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5052).
En
escritura Nº 2, otorgada a las 17:00 horas del 19 de enero del 2006, tomo tres
del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Be-One
Enchanted Island LLC S.R.L.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Lina
Rebeca Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(5053).
Por
escritura otorgada, en mi notaría, a las 15:00 horas del día 12 de enero del
2006, se constituyó la sociedad Empresas Chicas OAA Sociedad Anónima.
Plazo social: 99 años. Capital social: 10.000 colones, presidente y secretaria
ostentan facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Heredia, 17
de enero del 2006.—Lic. Julieta López Sánchez, Notaria.—1 vez.—(5081).
Mediante
asamblea general extraordinaria, celebrada al ser las 10:00 horas del 2 de
diciembre del 2005, se reformó la junta directiva de la Roetnor N. y
Hermanos Sociedad Anónima. Cédula jurídica número 3-101-402579, nombrándose
como presidenta a la señora Alice Solís Rojas, quien ostenta facultades de
apoderada generalísima sin límite de suma.—Heredia, 17 de enero del 2006.—Lic.
Julieta López Sánchez, Notaria.—1 vez.—(5083).
Mediante
asamblea general extraordinaria, celebrada al ser las 11:00 horas del 3 de
octubre del 2005, se reformó la junta directiva de la Mauripino Sociedad
Anónima. Cédula jurídica número 3-101-088479, nombrándose como presidenta a
la señora Alba Rosa Víquez Víquez, quien ostenta facultades de apoderada
generalísima sin límite de suma.—Heredia, 17 de enero del 2006.—Lic. Julieta
López Sánchez, Notaria.—1 vez.—(5085).
Por
escritura pública de las trece horas del diecinueve de enero del dos mil seis,
se constituyó la sociedad Jhosé Rouge Limitada en San José. Gerente José
Miranda Villalobos.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Yorleny María Campos
Campos, Notaria.—1 vez.—(5109).
Por
escritura otorgada, a las catorce horas treinta minutos del dieciséis de enero
del dos mil seis, se reforma las cláusulas segunda, quinta y octava del pacto
social de la compañía Punta Cambute S. A.—Lic. Mario Pacheco Flores,
Notario.—1 vez.—(5110).
Por
escritura otorgada, ante el suscrito notario a las 8:00 horas del 16 de enero
del año 2006, se constituye sociedad Representaciones Alvasan JT S. A.
Capital social cien mil colones.—Lic. Ricardo Morera Briceño, Notario.—1
vez.—Nº 80034.—(5132).
Por
escritura otorgada, ante esta notaría, a las 16:00 horas del 17 de enero del
2006, se constituyó la sociedad Zamora & Zamora Compañía en
Telecomunicaciones Sociedad Anónima. Presidente: Freddy Zamora Alvarado.
Capital social: diez mil colones.—Lic. Wilber Barquero Bolaños, Notario.—1
vez.—Nº 80035.—(5133).
Ante esta notaría,
se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Inmobiliaria
Jasomon Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Guápiles de Pococí, 18 de
enero del 2006.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—Nº
80036.—(5134).
La empresa
Programación Global Integrada Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-doscientos quince mil setecientos setenta y nueve, acordó lo
siguiente: artículo primero: se acuerda modificar el domicilio de la sociedad
siendo el domicilio actual el siguiente: provincia de San José, cantón Santa
Ana, Bosques de Lindora, casa número ciento dieciocho. Lo anterior lo acordó
según acta de accionista número cinco de fecha seis de diciembre del dos mil
cinco.—Lic. Minor Álvarez López, Notario.—1 vez.—Nº 80037.—(5135).
Por
escritura otorgada ante mí, a las diez horas del dieciséis de enero del dos mil
seis, protocolicé el acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad
de esta plaza denominada Asociación de Bienestar Social del Centro
Evangelístico, en la que se reforman el artículo veinticinco y dieciocho
del pacto constitutivo; asimismo se ratifica los asociados para el período dos
mil seis.—San José, dieciséis de enero del dos mil seis.—Lic. Elizabeth Araya
Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 80038.—(5136).
Ante mí,
Raquel Mayers Marín, notaria pública, con oficina en San José, se constituyó la
sociedad anónima Macofer S. A. Presidente: Sergio Andrade Porras.
Capital: diez mil colones. Plazo: cien años. Domicilio: Curridabat.—San José,
18 de enero del 2006.—Lic. Raquel Mayers Marín, Notaria.—1 vez.—Nº
80039.—(5137).
Por
escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas del diecisiete de enero del
dos mil seis, se protocoliza el acta de asamblea extraordinaria de accionistas
de la sociedad denominada Valle del Río Grande de Orosi Sociedad Anónima,
por medio de la cual se reforma la cláusula sétima de los estatutos
sociales.—San José, diecisiete de enero del dos mil seis.—Lic. Bernal Aragón
Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 80040.—(5138).
Amin Abd
(nombre) Ashshakur (apellido), pasaporte número: cero dos cinco nueve tres tres
cinco cuatro siete y Randall Arias Rodríguez, cédula número uno-diez cuarenta y
siete-ciento sesenta y dos, constituyen Panameño Técnico R y A Sociedad
Anónima, otorgada a las diez horas del diez de diciembre del dos mil cinco,
ante la notaria María del Milagro Ugalde Víquez.—Lic. María del Milagro Ugalde
Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 80041.—(5139).
Aníbal
Espinoza Morera, mayor, cédula número: dos-trescientos cuarenta y
siete-doscientos cincuenta y seis, Elizabeth Víquez Rodríguez, mayor, con la
cédula de identidad número dos-trescientos sesenta y seis - doscientos sesenta,
Esteban Alonso Espinoza Víquez, mayor, cédula de identidad número
dos-quinientos noventa y uno-cuatrocientos cincuenta y nueve y Emmanuel
Espinoza Víquez, mayor, casado una vez, con la cédula de identidad,
dos-quinientos setenta y cuatro-cuatrocientos siete, constituyen Esvi A y E
Sociedad Anónima, otorgado a las diecisiete horas del dieciocho de enero
del dos mil seis ante la notaria María del Milagro Ugalde Víquez.—Lic. María
del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 80042.—(5140).
Por
escritura otorgada, ante la suscrita notaria, a las 8:00 horas del 17 de enero
del 2006, la sociedad Signos Claroscuro S. A., reforma la cláusula quinta
del capital social, se nombra nuevo presidente de la junta directiva y agente
residente.—San José, 17 de enero del 2006.—Lic. Roxana Villalobos Chaves,
Notaria.—1 vez.—Nº 80043.—(5141).
Por
escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 8:00 horas del 17 de enero
del 2006, la sociedad Imágenes Retro S. A. reforma la cláusula quinta
del capital social, se nombra nuevo presidente de la junta directiva y agente
residente.—San José, 17 de enero del 2006.—Lic. Roxana Villalobos Chaves,
Notaria.—1 vez.—Nº 80044.—(5142).
Por
escritura Nº 12 visible a partir del folio 08 frente del tomo 12 de mi
protocolo, de las 20:00 horas del 16 de enero del 2006, se constituyó la
empresa Óscar Morre’s American Thunder Sociedad Anónima, con
domicilio en Lagunilla de Heredia, Residencial Real Santamaría, casa 701.—Lic.
Jorge A. Valverde Retana, Notario.—1 vez.—Nº 80045.—(5143).
Abdenago
Montero Gutiérrez, mayor, soltero, estudiante, cédula uno mil ochenta y cinco
doscientos uno, Gabriela Montero Gutiérrez, mayor, casada una vez, cédula uno
mil cuarenta y dos cero treinta y seis, María Gutiérrez Patiño, mayor, casada
una vez, cédula tres dos sesenta y dos dos sesenta y uno, vecinos todos de
Cartago, doscientos cincuenta metros y veinticinco este de los Tribunales de
Justicia y dijeron: Que vienen a constituir una sociedad de responsabilidad
limitada de acuerdo con el Código de Comercio y las siguientes convenciones:
primera de nombre: la sociedad se denominará Hacienda El Volcán Limitada,
pudiendo abreviarse la última palabra Ltda., el cual será nombre de
fantasía. Segunda del domicilio: el domicilio de la compañía estará en Cartago,
calle ocho, avenida siete y nueve sin perjuicio de establecer sucursales o
agencias en otros lugares del país. Por medio de este edicto se llama a todos
los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes,
contado a partir de su publicación, se apersonen en defensa de sus derechos,
bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Señalo para recibir
notificaciones el fax: 592-2564.—Cartago, 26 de noviembre del 2005.—Lic. Jennie
Valverde Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 80046.—(5144).
Por
escritura autorizada aquí, por el suscrito notario, a las ocho horas del día de
hoy, se protocolizan acuerdos de Bol-Sol Limitada, por los que se
modifica cláusula del pacto social.—San José, 9 de enero del 2006.—Lic. Luis
Solórzano M., Notario.—1 vez.—Nº 80047.—(5145).
Por medio
de la escritura número ocho, otorgada a las doce horas del día dieciocho de
enero del dos mil seis, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada
Lechugas Hidropónicas L H Sociedad Anónima. Capital social diez mil
colones. Plazo noventa y nueve años. Domicilio en Tres Ríos, La Unión, Cartago.
Presidente: Luis Ángel Agüero Jiménez.—Lic. José Manuel Arias González,
Notario.—1 vez.—Nº 80048.—(5146).
La
suscrita notaria comunica que en este notaría mediante escritura número
ochenta, se modificó la cláusula novena de la sociedad Graf Depot S._A.—San
José, diecisiete de enero del dos mil seis.—Lic. Lizeth Martínez Sánchez,
Notaria.—1 vez.—Nº 80050.—(5147).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del 11 de marzo del 2005 se
constituyó la sociedad Cuevas Profundas de Malpaís Sociedad Anónima.
Plazo: 50 años. Domicilio social: avenida 10 bis, calles 21 y 23, número 2180.
Capital social: diez mil colones, totalmente suscrito y pagado. Presidente y
secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San
José, 11 de marzo del 2005.—Lic. Juan Francisco Mora Oreamuno, Notario.—1
vez.—Nº 80051.—(5148).
Por
escritura otorgada a las once horas del día dieciocho de enero de dos mil seis,
se constituyó la sociedad anónima denominada Apart Hotel Aranjuez Sociedad
Anónima. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José,
dieciocho de enero del año dos mil seis.—Lic. Nidia María Cordero Padilla,
Notaria.—1 vez.—Nº 80052.—(5149).
Por
escritura otorgada hoy ante esta notaría, se constituyó la sociedad de esta
plaza denominada Tuna Verde Impoexport de Costa Rica Sociedad Anónima.
Domicilio San José. Capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, 12 de
enero del 2006.—Lic. Karol Álvarez Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 80053.—(5150).
Por
escritura Nº 140, visible al folio 133, frente del tomo cuarto, otorgada a las
ocho horas del diecisiete de enero del 2006, se reforma las cláusulas 2, 4 y 6,
de los estatutos sociales y se nombra nueva junta directiva de la persona
jurídica Silver Breeze S. A., con cédula Nº 3-101-417795.—San José,
dieciocho de enero del dos mil seis.—Lic. Joe Montoya Mora, Notario.—1 vez.—Nº
80054.—(5151).
El
suscrito notario hace constar que en mi notaría al ser las diez horas del día
miércoles dieciocho de enero del año dos mil seis, se constituyó la sociedad
anónima denominada: Playas Río del General Sociedad Anónima, con
domicilio social en Pérez Zeledón, provincia de San José, veinticinco metros al
norte del Polideportivo. El capital social lo es la suma de: diez mil colones,
representado por dos acciones comunes y nominativas de cinco mil colones cada
una.—San Isidro del General, dieciocho de enero del año dos mil seis.—Lic.
Alexander Muñoz Linkimer, Notario.—1 vez.—Nº 80057.—(5152).
Por
escritura otorgada por esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general de
accionistas de Piña Frut Sociedad Anónima, mediante el cual se aumentó
el capital social.—San José, dieciséis de enero del dos mil seis.—Lic. José
Adolfo Borge Lobo, Notario.—1 vez.—Nº 80058.—(5153).
Por
escritura otorgada por esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general de
accionistas de Piñales de Costa Rica GAC Sociedad Anónima, mediante el
cual se aumentó el capital social.—San José, dieciséis de enero del dos mil
seis.—Lic. José Adolfo Borge Lobo, Notario.—1 vez.—Nº 80059.—(5154).
Por
escritura otorgada por esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general de
accionistas de Piñales del Caribe GAC Sociedad Anónima, mediante el cual
se aumentó el capital social.—San José, dieciséis de enero del dos mil
seis.—Lic. José Adolfo Borge Lobo, Notario.—1 vez.—Nº 80060.—(5155).
Por
escritura otorgada por esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general de
accionistas de Piñas Tropicales GAC Sociedad Anónima, mediante el cual
se aumentó el capital social.—San José, dieciséis de enero del dos mil
seis.—Lic. José Adolfo Borge Lobo, Notario.—1 vez.—Nº 80061.—(5156).
Por
escritura otorgada por esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general de
accionistas de Compañía Bananera Banasol Sociedad Anónima, mediante el
cual se aumentó el capital social.—San José, dieciséis de enero del dos mil
seis.—Lic. José Adolfo Borge Lobo, Notario.—1 vez.—Nº 80062.—(5157).
Se ha
modificado la junta directiva de la empresa Oasis de San Isidro S. A. Escritura
otorgada en San José, a las diez horas del nueve de enero del dos mil seis. Se
ha constituido la empresa Inversiones Calderón Cruz S. A. Escritura
otorgada en San José a las diez horas del once de agosto de dos mil cinco. Se
ha modificado la junta directiva de Treble Clef S. A., escritura
otorgada en San José el diecisiete de enero de dos mil seis.—San José, diez de
enero de dos mil seis.—Lic. Tatyana Brenes Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº
80063.—(5158).
Por
escritura otorgada por el suscrito Orlando López Pacheco, a las ocho horas
treinta minutos del dieciocho de enero de dos mil seis protocolicé acuerdos de
asamblea general extraordinaria de la compañía Real Estate Santa Cruz
Sociedad Anónima, por lo que se reforma la cláusula sexta del pacto
social.—San José, dieciocho de enero de dos mil seis.—Lic. Orlando López
Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 80064.—(5159).
Ante esta
notaría, se constituyó, a las 8:00 horas del 14 de noviembre del dos mil cinco,
Invierno Lluvioso Sociedad Anónima. Presidente y apoderado generalísimo
sin límite de suma: Fabricio Francisco Gólcher Solórzano.—Palmares, 17 de enero
del 2006.—Lic. Jenny Esquivel Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 80065.—(5160).
Ante la
suscrita notaria pública Emilia Ulloa Corrales, se constituyó hoy la sociedad
anónima Sociedad A. & A. Seis Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Sociedad
A. & A. Seis S. A., domiciliada en Las Juntas de Abangares en
Guanacaste, setenta y cinco metros oeste del Ministerio de Agricultura. Capital
social representado por ciento veinte acciones comunes y nominativas de cien
colones cada una. Plazo será 100 años. Presidente: José Antonio Aguilar
Trejos.—Abangares, 6 de diciembre del 2005.—Lic. Emilia Ulloa Corrales,
Notaria.—1 vez.—Nº 80067.—(5161).
Por
escritura otorgada por el notario Lic. Felipe Gómez Rodríguez, a las 15:00
horas del 9 de enero del 2006, se constituyó la sociedad Inversiones Unidas
Solís Bolaños E & M Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Inversiones
Unidas Solís Bolaños E & M S. A. Presidente: con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma, el señor Elian Solís Soto. Capital:
suscrito y pago en su totalidad. Firmo en la ciudad de Grecia, el día 19 de
enero del dos mil seis.—Lic. Felipe Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº
80074.—(5162).
Ante esta
notaría el día veintiocho de octubre del dos mil cinco, a las doce horas se
constituyó Katax Sociedad Anónima.—Lic. Erick Castro León, Notario.—1
vez.—Nº 80075.—(5163).
Ante mí,
se constituyeron las empresas Bean Group, frase que traducida al español
tiene como significado Grupo Frijol Sociedad Anónima, b) Carrot Group,
frase que traducida al
español tiene como significado Grupo
Zanahoria Sociedad Anónima,
c) Grupo Coral A & A
Sociedad Anónima, con plazo social de cien años y capital social de cien
mil colones.—San José, diecisiete de enero del año dos mil seis.—Lic. Julio
César Ruiz Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 80076.—(5164).
Por
escritura otorgada el día diecisiete de enero del dos mil seis, se constituyó
la sociedad Servigarden San Isidro Sociedad Anónima, su capital social:
diez mil colones. Corresponde al presidente y al tesorero la representación
judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma.—San Isidro de El General, 17 de enero del
2006.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 80077.—(5165).
Por
escritura otorgada el diecisiete de enero del dos mil seis, se constituyó la
sociedad S S S del Sur Sociedad Anónima. Capital: social: quince mil
colones. Representación judicial y extrajudicial: Corresponde al presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de El
General, 18 de enero del 2006.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Martínez,
Notario.—1 vez.—Nº 80078.—(5166).
Que por
escritura número ciento cincuenta y seis-tres, otorgada a las trece horas del
doce de enero de dos mil seis, ante la notaria Yolanda Chinchilla Bonilla, se
crea la sociedad denominada El Pequeño Agricultor Sociedad Anónima, que
es nombre de fantasía, con un plazo social de noventa y nueve años, y un
capital social de diez mil colones, cuyo presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma es Rone Prado Beita, cédula número seis- ciento
ochenta y cinco-setecientos noventa.—San Isidro de Pérez Zeledón, doce de enero
de dos mil seis.—Lic. Yolanda Chinchilla Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº
80082.—(5167).
A las ocho
horas del día de hoy protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de
la empresa Inforum de Costa Rica S. A., mediante los cuales se reforman
las cláusulas quinta, sexta, décima cuarta y décima octava de los estatutos,
que se refieren a la administración, representación, domicilio y junta
directiva.—San José, 18 de enero del 2006.—Juan Ignacio Mas Romero, Notario.—1
vez.—Nº 80081.—(5168).
A las
catorce horas del catorce de enero del dos mil seis, los señores Luis Sanez
Ayala y Juana Reyes Najera constituyeron Compañía de Estudios de Georecursos
y Ecosistemas Sociedad Anónima Domicilio: San José, Goicoechea. Capital:
veinte mil colones. Presidente: el primero.—San José, 18 de enero del
2006.—Lic. Lillia Fonseca Alvarado, Notaria.—1 vez.—Nº 80090.—(5169).
Por
escritura otorgada ante Marco Antonio Gutiérrez Rojas, notario público, se
constituye la sociedad El Café de la Parroquia S. A. Presidente: Jorge
Mario Madrigal Arrieta, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma. Domicilio social: Heredia.—Heredia, 18 enero del 2006.—Lic. Marco A.
Gutiérrez Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 80091.—(5170).
Por
escritura otorgada ante Marco Antonio Gutiérrez Rojas, notario público, se
constituyen las sociedades Negocios W- C- L. S. A., Grupo Warcaleon
S. A., Inversiones W- C- L- de Heredia S. A. Presidente: Warner
Calvo León, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.
Domicilio social Heredia.—Heredia, 18 de enero del 2006.—Lic. Marco A.
Gutiérrez Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 80092.—(5171).
Por
escritura número cincuenta y ocho-dos, de las trece horas del diecisiete de
enero del año dos mil seis, se constituyó sociedad anónima Lirio del Valle
Sociedad Anónima. Capital social: Es de diez mil colones. Plazo social: es
de noventa y nueve años. Presidente: Wilson Venegas Chacón.—San Isidro de Pérez
Zeledón, diecisiete de enero del des mil seis.—Lic. Eduardo Fallas Mata,
Notario.—1 vez.—Nº 80096.—(5172).
Mediante
escritura número cuarenta y tres otorgada a las diez horas y treinta minutos
del día catorce de marzo del año dos mil cinco. María Auxiliadora Torres Riso y
Luis Ángel Áreas constituyen la empresa El Vigilante del Sur L A T R
Sociedad Anónima.—San José, 10 de enero del 2006.—Lic. Freddy Mora Murillo,
Notario.—1 vez.—Nº 80097.—(5173).
Por escritura
otorgada el día de hoy, se constituyó la
empresa: Comercializadora FRM Agro Industrial Ltda. Plazo: noventa y
nueve años. Domicilio: Pacayas de Alvarado, Cartago. Gerente: Carlos Miguel
Rivera Masís.—Lic. Jonnathan Rojas Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 80098.—(5174).
Por
escritura número setenta, otorgada ante esta notaría el día dieciocho de enero
del año dos mil seis, a las dieciocho horas, se constituyó la sociedad Propiedades
Saloniqui Inc Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital
social: mil doscientos colones de mil doscientas acciones de un colón cada una.
Representación judicial: presidente y secretario.—San José, dieciocho de enero
del año dos mil seis.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—Nº
80101.—(5175).
Por escritura
número sesenta y nueve, otorgada ante esta notaría el día dieciocho de enero
del año dos mil seis, a las diecisiete horas, se constituyó la sociedad Propiedades
Millwood Inc Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital
social: mil doscientos colones de mil doscientas acciones de un colón cada una.
Representación judicial: presidente y secretario.—San José, dieciocho de enero
del año dos mil seis.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—Nº
80102.—(5176).
Por escritura otorgada el día de hoy Kenneth Johnson y Nury Quirós
Rivera constituyen sociedad denominada Aifam Grupo de Tamarindo S. A. Presidente,
apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital cien mil colones
representada por cien acciones de mil colones cada una comunes y nominativas.
Domicilio: Cartago.—Cartago, diecinueve de enero del dos mil seis.—Lic. Maribel
Castillo Masís, Notaria.—1 vez.—Nº 80106.—(5177).
Por la
escritura número sesenta y dos, otorgada ante esta notaría a las diez horas del
día dieciocho del mes de enero del año dos mil seis, se constituyó la sociedad:
Gander International Sociedad Anónima. Plazo social: cien años.
Domicilio social: provincia de Alajuela, Ciudad de Naranjo, ciento cincuenta al
norte de la Capilla María Auxiliadora. Presidente: André Rudolf Gander.—San
José, 18 de enero del 2006.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—Nº
80114.—(5178).
Por
escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del día diecinueve de enero del
dos mil seis, se constituyó la empresa Compañía Edujos del Norte S. A.
Presidente: Eduardo Enrique Almanzor Varela.—Lic. Ronald Valverde Cordero,
Notario.—1 vez.—Nº 80115.—(5179).
Los
señores Carlos Prado Sánchez y Susana Alcázar Selva, constituyen la sociedad
denominada Danere Platino Sociedad Anónima, la cual tendrá su domicilio
en San José, Guadalupe, del cruce a Moravia cincuenta metros al este y
veinticinco al sur, casa color beige sin número. El capital social de la
sociedad es la suma de diez mil colones y el objeto la misma será sin
limitación alguna el comercio en general. Plazo: noventa y nueve años.
Presidente. Carlos Prado Sánchez. Escritura otorgada a las nueve horas treinta
minutos del dieciocho de enero del dos mil seis.—Lic. Carlos Eduardo Umaña
Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 80117.—(5180).
Los
señores Carlos Prado Sánchez y Susana Alcázar Selva, constituyen la sociedad
denominada Canomar Dorado Sociedad Anónima, la cual tendrá su domicilio
en San José, Guadalupe, del cruce a Moravia cincuenta metros al este y
veinticinco al sur, casa color beige sin número. El capital social de la
sociedad es la suma de diez mil colones y el objeto la misma será sin
limitación alguna el comercio en general. Plazo. noventa y nueve años.
Presidente. Carlos Prado Sánchez. Escritura otorgada a las nueve horas del
dieciocho de enero del dos mil seis.—Lic. Carlos Eduardo Umaña Brenes,
Notario.—1 vez.—Nº 80118.—(5181).
Por
escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada Tamaringua
Tour S. A. Capital social debidamente pagado.—San José, 17 de enero del
2006.—Lic. Ricardo Calvo Gamboa, Notario.—1 vez.—Nº 80119.—(5182).
Por
escritura otorgada ante mí, se constituyó la firma de estas plazas A) Midnight
Cowboy Sociedad Anónima B) Amazing Jungle Sociedad Anónima C) Precious
Moments Sociedad Anónima D) Glow In The Dark Sociedad Anónima E) Must
Be True Sociedad Anónima F) Feeling Right Sociedad Anónima G) Wildlife
Adventure Sociedad Anónima H) Sunset Boulevard Sociedad
Anónima I) Gorgeous Man Sociedad Anónima J) Blue Seal Sociedad
Anónima K) Transportes Mediáticos Sociedad Anónima L) Transportes
de Calidad Sociedad Anónima LL) Lucha de Gigantes Sociedad Anónima
M) Gato Casero Sociedad Anónima N) Si lo Sabes Sociedad Anónima
O) La Hormiga Atómica Sociedad Anónima P) Casa de Alquiler Sociedad
Anónima Q) Casa Maestra Sociedad Anónima, domiciliadas en San José,
Costa Rica. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: veinticuatro
mil colones. Presidente: Eddy Delgado Mora. Fecha de otorgamiento: 18 de enero
del 2006. Lugar de otorgamiento: San José, Costa Rica. Agente Residente: Lic.
Daniel Aguilar González.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1 vez.—Nº
80120.—(5183).
Por
escritura otorgada ante mí, se adiciona constitución de sociedad anónima, se
modifica razón social a Agrícola Nahome D. & M. Sociedad Anónima.
Capital social: diez mil colones. Representante legal: Miguel Ángel Linare
Gil.—Orotina, a las 15:30 horas del 18 de enero del 2006.—Lic. Johan Castillo
Umaña, Notario.—1 vez.—Nº 80123.—(5184).
Por
escritura otorgada en esta notaria, a las trece horas del nueve de enero deL dos
mil seis, se constituyó la empresa domiciliada en San José, Inversiones
Kovi-Tico del Este Sociedad Anónima. Capital totalmente suscrito y
pagado.—San José, nueve de enero del dos mil seis.—Lic. Hernán Alexis Pérez
Sanabria, Notario.—1 vez.—Nº 80126.—(5185).
En mi
notaría, mediante escritura otorgada a las 17:00 horas del 27 de octubre del
año 2005, se constituyó la sociedad Inversiones Fachca de Occidente S. A.
Plazo noventa y nueve años. Objeto: Actividades de agropecuarias, industriales
y de servicios en general. Presidente: Teodoro Chaves Quesada.—San Ramón,
Alajuela, 18 de enero del año 2006.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1
vez.—Nº 80127.—(5186).
En
escritura número noventa y tres- atorce de las diez horas del día diecisiete de
enero del dos mil seis, otorgada ante la notaria Pía Picado González, se
constituyó la sociedad Maratón de Oro L. A. R. C Sociedad Anónima.
Domicilio: San José. Objeto social: El desarrollo de proyectos de bienes raíces
y el comercio en general. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social:
cien mil colones exactos. Junta directiva: Presidente: Luis Ángel Ramírez
Calderón, Secretario: Edgar Ramírez Calderón, Tesorera: Marjorie Ramírez
Calderón, fiscal: Leonardo Salas Barahona, agente residente: Pía Picado González.—San
José, 17 de enero del 2006.—Lic. Pía Picado González, Notaria.—1 vez.—Nº
80128.—(5187).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 18 de enero del 2006,
protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Arrienda
Comercial B del B S. A. Se reforma cláusula del domicilio. Se revoca
nombramientos de la junta directiva, fiscal y agente residente y se nombra
nuevos.—San José, 18 de enero del 2006.—Lic. Allan Hernández Vargas, Notario.—1
vez.—Nº 80133.—(5188).
Corporación
Luxat Sociedad Anónima, protocoliza
acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas. Se reforman
las cláusulas primera, y sétima de los estatutos, se nombra nuevo presidente,
secretario. Escritura otorgada en San José, a las doce horas con cuarenta
minutos del dieciocho de enero del dos mil seis.—Lic. Alonso Vargas Araya,
Notario.—1 vez.—Nº 80134.—(5189).
Molino
de Saydó Sociedad Anónima, protocoliza
acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas. Se reforman
las cláusulas primera, y sétima de los estatutos, se nombra nuevo presidente,
secretario y tesorero. Escritura otorgada en San José, a las doce once con
cincuenta y dos minutos del dieciocho de enero de dos mil seis.—Lic. Alonso
Vargas Araya, Notario.—1 vez.—Nº 80135.—(5190).
Corporación
Kaktus del Oriente Sociedad Anónima,
protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas.
Se reforman las cláusulas primera, y sétima de los estatutos, se nombra nuevo
secretario y presidente. Escritura otorgada en San José, a las doce horas con
veinte minutos del dieciocho de enero de dos mil seis..—Lic. Alonso Vargas
Araya, Notario.—1 vez.—Nº 80136.—(5191).
Se publica
edicto de constitución de sociedad anónima denominada GV Asesores Sociedad
Anónima, la cual tendrá un plazo social de noventa y nueve años, y se
constituyó a las doce horas del dieciocho de enero del dos mil seis. Es todo.
Ocho horas del diecinueve de enero del dos mil seis.—San José, diecinueve de
enero del dos mil seis.—Lic. Henry Ricardo Arroyo Villegas, Notario.—1 vez.—Nº
80137.—(5192).
Se publica
edicto de constitución de sociedad anónima denominada Inversiones Tammy del
Pasífico Sociedad Anónima, la cual tendrá un plazo social de noventa y
nueve años, y se constituyó a las once horas del dieciocho de enero del dos mil
seis. Es todo. Ocho horas del diecinueve de enero del dos mil seis.—San José,
diecinueve de enero del dos mil seis.—Lic. Henry Ricardo Arroyo Villegas,
Notario.—1 vez.—Nº 80138.—(5193).
Por
escritura otorgada en San José, a las catorce horas veinte minutos del seis de
enero del dos mil seis, se otorgó escritura de constitución de PW Carrocería
y Pintura del Este Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, San
Francisco de Dos Ríos, del Motel Cascada Azul, cien al este edificio Etiplast.
Capital social: cien mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Celebrada en San
José, a las quince horas del seis de enero del dos mil seis.—Lic. Johnny Vargas
Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 80139.—(5194).
Hoy, ante
esta notaría, se constituyó la sociedad Trigona Hosting S. A.—San José,
17 de enero del 2006.—Lic. Imelda Arias del Cid, Notaria.—1 vez.—Nº
80140.—(5195).
Ingrid
Hernández Zamora y Walter Díaz Quirós, constituyeron ante mi notaría, Distribuidora
de Suministros Zadi Sociedad Anónima, con domicilio en San José, con
capital de diez mil colones, y sus apoderados generalísimos sin limitación de
suma son el presidente y secretario.—San José, nueve de enero del dos mil
seis.—Lic. Kenneth Mora Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 80142.—(5196).
Rodrigo
Quesada Garita y María Cristina Cordero Bermúdez, constituyen Asesorías
Profesionales Q Y C 2006 Sociedad Anónima, nombre de fantasía, pudiendo
abreviarse Asesorías Profesionales Q Y C S. A. Capital social: veinte
mil colones. Domicilio social: Santo Domingo de Heredia, de la entrada a La
Pacífica, cincuenta sur y cincuenta oeste. Representación judicial y
extrajudicial corresponde al presidente y tesorero, con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, conjunta o separadamente. Escritura
otorgada en Santo Domingo, a las 8:00 horas del 19 de enero del 2006.—Lic. Juan
Rafael Morales Salas, Notario.—1 vez.—Nº 80149.—(5197).
Por
escritura otorgada a las ocho horas del dieciséis de enero del año dos mil
seis, se constituyó la sociedad anónima denominada Cuenca & Teruel
Sociedad Anónima, domiciliada en San José, con un plazo social de 100 años,
capital social de 10 mil colones. Presidente y secretario, con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o
separadamente, teniendo ambos la representación judicial y extrajudicial.—San
José, dieciocho de enero del año dos mil seis.—Lic. Guido Alberto Soto Quesada,
Notario.—1 vez.—Nº 80151.—(5198).
Por actas
protocolizadas ante mi notaría, se reformaron las cláusulas segunda y sexta del
pacto social de S.I.D de Costa Rica S. A. Sociedad Anónima.—San José, 19
de enero del 2006.—Lic. Luis Enrique Moya Salgado, Notario.—1 vez.—Nº
80152.—(5199).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaria, a las 12:30 horas del 12 de enero del
2006, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: la segunda
del domicilio que estará en Guanacaste, Santa Cruz, Cabo Velas, Brasilito,
Proyecto Catalina Cove, lote número cuarenta y cinco. Se modifica la cláusula
octava de la administración. Se hacen los siguiente nombramientos: Gerente
general uno: Uri Jacob (nombres) Allon (apellido), de un solo apellido en razón
de su nacionalidad estadounidense. Gerente general dos: Daniel (nombre) Luzon
(apellido), de un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense.
Agente residente: Andrea Dall’Anesse Agüero, en la sociedad Spanish Elegance
Limitada.—San José, 18 de enero del 2006.—Lic. Andrea Dall’Anesse Agüero,
Notaria.—1 vez.—Nº 80153.—(5200).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaria, a las 12:00 horas del 12 de enero del
2006, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: la segunda
del domicilio que estará en Guanacaste, Santa Cruz, Cabo Velas, Brasilito,
Proyecto Catalina Cove, lote número dieciséis. Se modifica la cláusula octava
de la administración. Se hacen los siguiente nombramientos: Gerente general
uno: Daniel (nombre) Luzon (apellido), de un solo apellido en razón de su
nacionalidad estadounidense. Gerente general dos: Uri Jacob (nombres) Allon
(apellido), de un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense.
Agente residente: Andrea Dall’Anesse Agüero, en la sociedad Longboard Beach
Limitada.—San José, 18 de enero del 2006.—Lic. Andrea Dall’Anesse Agüero,
Notaria.—1 vez.—Nº 80154.—(5201).
Ante mi
notaría, en fecha catorce de enero del dos mil seis, a las once horas, Verny
Pacheco Segura, cédula de identidad uno-mil cuatro-doscientos cincuenta y
siete, y Rafaela Segura Céspedes, cédula de identidad dos-doscientos
cuarenta-trescientos sesenta y cinco, constituyeron la sociedad denominada Kal
Wak Sociedad Anónima, domiciliada en Palmares de Alajuela, Rincón de
Zaragoza, ciento cincuenta metros al oeste de la iglesia, el primero ostenta el
cargo de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma.—Lic. Carlos Gerardo Monge Carvajal, Notario.—1 vez.—Nº 80155.—(5202).
Ante mi
notaría, en fecha catorce de enero del dos mil seis, a las quince horas, Verny
Pacheco Segura, cédula de identidad uno-mil cuatro-doscientos cincuenta y siete
y Rafaela Segura Céspedes, cédula de identidad dos-doscientos
cuarenta-trescientos sesenta y cinco, constituyeron la sociedad denominada Diwo
Hú Sociedad Anónima, domiciliada en Palmares de Alajuela, Rincón de
Zaragoza, ciento cincuenta metros al oeste de la iglesia, el primero ostenta el
cargo de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma.—Lic. Carlos Gerardo Monge Carvajal, Notario.—1 vez.—Nº 80156.—(5203).
Ante mi
notaría, en fecha catorce de enero del dos mil seis, a las diez horas, Carlos
Gerardo Monge Carvajal, cédula de identidad número uno-novecientos
diecisiete-doscientos sesenta y siete y Caroline Norma Hernández Ramírez,
cédula de identidad número nueve-ciento tres-doscientos setenta y uno,
constituyeron la sociedad denominada Ñal Dí Sociedad Anónima,
domiciliada en San José, Zapote, barrio Quesada Durán, Las Luisas, Residencial
Pueblo Nuevo, casa uno E, capital social: diez mil colones, el primero ostenta
el cargo de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma.—Lic. Verny Pacheco Segura, Notario.—1 vez.—Nº 80157.—(5204).
Ante mi
notaría, en fecha catorce de enero del dos mil seis, a las once horas, Carlos
Gerardo Monge Carvajal, cédula de identidad número uno-novecientos diecisiete-doscientos
sesenta y siete y Caroline Norma Hernández Ramírez, cédula de identidad número
nueve-ciento tres-doscientos setenta y uno, constituyeron la sociedad
denominada Dulú Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Zapote,
barrio Quesada Durán, Las Luisas, Residencial Pueblo Nuevo, casa uno E, capital
social: diez mil colones, el primero ostenta el cargo de presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Verny Pacheco
Segura, Notario.—1 vez.—Nº 80158.—(5205).
Que por
escritura Nº 95, otorgada en esta notaría, a las 15:30 horas del día 11 de
diciembre del 2004, se disolvió la sociedad Proyectos López Cruz P.L.C.
Sociedad Anónima. Domicilio social: Astúa Pirie, Cariari, Pococí, Limón,
con residencia a 150 metros oeste de pulpería La Viña. Presidente: Marvin López
Camareno, cédula Nº 5-199-777. Capital social: ¢10.000,00.—Cariari, Pococí,
Limón, 12 de enero del 2006.—Lic. Antonio Chávez Olivares, Notario.—1 vez.—Nº
80159.—(5206).
Que por
escritura Nº 94, otorgada en esta notaría, a las 15:30 horas del día 6 de enero
del 2006, se constituyó la sociedad Proyectos Forestales Nueva Era L y C
Sociedad Anónima. Domicilio social: Astúa Pirie, Cariari, Pococí, Limón,
con residencia a 150 metros oeste de pulpería La Viña. Presidente: Marvin López
Camareno, cédula Nº 5-199-777. Capital social: ¢10.000,00.—Cariari, Pococí,
Limón, 6 de enero del 2006.—Lic. Antonio Chávez Olivares, Notario.—1 vez.—Nº
80160.—(5207).
Por
escritura otorgada ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad anónima
denominada Proyectos Familiares Rolo S. A. Se nombra junta directiva y
fiscal.—Heredia, 18 de enero del 2006.—Lic. Juan Carlos Gutiérrez González,
Notario.—1 vez.—Nº 80161.—(5208).
Ante esta
notaría, en la ciudad de Guácimo, Limón, ante el suscrito notario Lic. Marlon
Poyser Watson, el día tres de enero del año dos mil seis, se constituyó el día
de hoy, la empresa denominada Costa Ricans Kayaks Excursiones Sociedad
Anónima, con domicilio cincuenta metros este del Supermercado Palí,
Turrialba centro, distrito y cantón de Turrialba, de la provincia de
Cartago.—Lic. Marlon Poyser Watson, Notario.—1 vez.—Nº 80164.—(5209).
Por
escritura otorgada hoy ante mí, María Imelda y Roberto Carlos, ambos Rivas
Capacho, constituyen Inversiones Artavia Capacho Sociedad Anónima, que
es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse Inversiones Artavia Capacho S. A.
Domicilio social: Santa Cruz, Guanacaste. Plazo social: 99 años. Objeto social:
comercio en general. Capital social: 20.000,00 colones. Presidenta: María
Imelda Rivas Capacho.—San Ramón, 16 de enero del 2006.—Lic. Willy Rojas Chacón,
Notario.—1 vez.—Nº 80166.—(5210).
Mediante
escritura número cuatrocientos once, otorgada ante mi notaría, a las once y
cuarenta y cinco horas del siete de noviembre del año en curso, se constituyó
la compañía Mimaos S.R.L., cuyo plazo social es de noventa y nueve años.
Capital social: doscientos mil colones. Gerente, con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—Grecia, 12 de enero del 2006.—Lic. Kerby Rojas
Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 80167.—(5211).
Roy
González Guzmán, notario con oficina en Alajuela, hago constar que ante esta
notaría, se constituyó la sociedad Importaciones Pasamanería La Perla
Sociedad Anónima, representada por Blanca Esperanza Godoy
Alvarado.—Alajuela, 18 de enero del 2006.—Lic. Roy González Guzmán, Notario.—1
vez.—Nº 80168.—(5212).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del seis de enero del
dos mil seis, se constituyó la sociedad IGSC International Global Service
Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones, debidamente suscrito y
pagado. Plazo: 90 años.—Liberia, quince de enero del dos mil seis.—Lic. José
Humberto Alvarado Angulo, Notario.—1 vez.—Nº 80169.—(5213).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del diecisiete de enero
del dos mil seis, se constituyó la sociedad Mother and Son de Liberia
Sociedad Anónima. Capital social de cien mil colones, debidamente suscrito
y pagado. Plazo: 90 años.—Liberia, a las quince horas quince minutos del
diecisiete de enero del dos mil seis.—Lic. Eric Badilla Córdoba, Notario.—1
vez.—Nº 80170.—(5214).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del diecisiete de enero
del dos mil seis, se constituyó la sociedad Titones de Condega Sociedad
Anónima. Capital social de cien mil colones, debidamente suscrito y pagado.
Plazo: 90 años.—Liberia, a las quince horas del diecisiete de enero del dos mil
seis.—Lic. Eric Badilla Córdoba, Notario.—1 vez.—Nº 80171.—(5215).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del dieciocho de enero
del dos mil seis, se constituyó la sociedad Adrenalina Sport Bar Sociedad
Anónima. Capital social de ciento cincuenta mil colones, debidamente
suscrito y pagado. Plazo: 90 años.—Liberia, a las doce horas del dieciocho de
enero del dos mil seis.—Lic. Eric Badilla Córdoba, Notario.—1 vez.—Nº
80172.—(5216).
Por
escritura otorgada ante mí hoy, se constituyó la sociedad Exhuberant Jewels
Of The Lake Lot Twelve Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Plazo:
noventa y nueve años. Domicilio: provincia de Guanacaste, Puerto San Luis de
Tilarán. Objeto: comercio en general, la industria, el turismo, la educación,
bienes raíces, comercio, agricultura y ganadería, exportación e importación.
Apoderados generalísimos: Sailesh Ramanbhai Patel y Mahesh Ramanbhai Patel,
pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, 13 de enero del 2006.—Lic.
Jorge Arturo Granados Moreno, Notario.—1 vez.—Nº 80174.—(5217).
Por
escritura otorgada ante mí hoy, se constituyó la sociedad Precious Wood Of The
Lake Lot Seventeen Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Plazo:
noventa y nueve años. Domicilio: provincia de Guanacaste, Puerto San Luis de
Tilarán. Objeto: comercio en general, la industria, el turismo, la educación,
bienes raíces, comercio, agricultura y ganadería, exportación e importación.
Apoderados generalísimos: Sailesh Ramanbhai Patel y Mahesh Ramanbhai Patel,
pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, 13 de enero del 2006.—Lic.
Jorge Arturo Granados Moreno, Notario.—1 vez.—Nº 80175.—(5218).
Por
escritura otorgada ante mí hoy, se constituyó la sociedad Good Views Of The
Lake Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Plazo: noventa y nueve
años. Domicilio: provincia de Guanacaste, Puerto San Luis de Tilarán. Objeto:
comercio en general, la industria, el turismo, la educación, bienes raíces,
comercio, agricultura y ganadería, exportación e importación. Apoderado
generalísimo: John Patrick Wilson.—San José, 17 de enero del 2006.—Lic.
Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 80176.—(5219).
Por
escritura otorgada ante mí hoy, se constituyó la sociedad Great Sounds Of
Sandy Lake Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Plazo: noventa y
nueve años. Domicilio: provincia de Guanacaste, Puerto San Luis de Tilarán.
Objeto: comercio en general, la industria, el turismo, la educación, bienes
raíces, comercio, agricultura y ganadería, exportación e importación. Apoderada
generalísima: Laura Jean Murray.—San José, 17 de enero del 2006.—Lic. Franklin
Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 80177.—(5220).
Por
escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la compañía Jesumar Col
Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Jesumar Col S. A.—Liberia, 13
de enero del 2006.—Lic. John Henry Valencia Sepúlveda, Notario.—1 vez.—Nº
80178.—(5221).
Ante la
notaria Ana Virginia Pérez Li, se constituyó la compañía F Y L de Santa
Catarina Sociedad Anónima. Domiciliada en Los Pargos de Santa Cruz,
Guanacaste, cuatrocientos metros al norte y doscientos metros al oeste de la
plaza de deportes. Presidente: Miguel Lima Palermo, pasaporte de la República
de Brasil número CL ocho dos siete nueve dos tres. Secretaria: Flavia Freixo
Lobo, pasaporte de la República de Brasil número CO nueve nueve tres seis nueve
ocho, quienes tienen la representación judicial y extrajudicial, con facultades
de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo: 99 años.—Santa Cruz,
Guanacaste, diecinueve de enero del dos mil seis.—Lic. Ana Virginia Pérez Li,
Notaria.—1 vez.—Nº 80179.—(5222).
Ante esta
notaría, a las quince horas del diecisiete de enero del dos mil seis, se
constituyen las sociedades denominadas: New World Ports Sociedad
Anónima (Puertos del Nuevo Mundo Sociedad Anónima), New World European
Business Sociedad Anónima (Negocio Europeo del Nuevo Mundo Sociedad Anónima),
New World Marketing Sociedad Anónima (Mercadeo del Nuevo Mundo Sociedad
Anónima), New World Clockwise
Progress Sociedad Anónima (Progreso en el Sentido de Las Agujas del Reloj
Sociedad Anónima), New World Quality Sociedad Anónima (Consejeros de
Calidad del Nuevo Mundo Sociedad Anónima), New World Perfect Equilibrium
Sociedad Anónima (Equilibrio Perfecto del Nuevo Mundo Sociedad Anónima), New
World Cross Selling Sociedad Anónima (Venta Cruzada del Nuevo Mundo Sociedad
Anónima), New World Farming Sociedad Anónima (Agricultura del Nuevo
Mundo Sociedad Anónima), New World Processing Sociedad Anónima
(Procesamiento del Nuevo Mundo Sociedad Anónima), New World Spirits
Sociedad Anónima (Espíritus del Nuevo Mundo Sociedad Anónima), New World
Retirement Sociedad Anónima (Retiro del Nuevo Mundo Sociedad Anónima), New
World Balance Sociedad Anónima (Balance del Nuevo Mundo), New World Ying
Yang Sociedad Anónima (Ying Yang del Nuevo Mundo), New World Ecoturism
Sociedad Anónima (Ecoturismo del Nuevo Mundo Sociedad Anónima), New
World Forecast Sociedad Anónima (Pronóstico del Nuevo Mundo Sociedad Anónima),
New World Tranquility (Tranquilidad del Nuevo Mundo Sociedad Anónima), New
World Awakening Sociedad Anónima (Despetar del Nuevo Mundo Sociedad Anónima),
abreviable su aditamento en S. A., que es nombre de fantasía. Domicilio:
San José, de la Estación del Ferrocarril al Pacífico, cien metros norte y
veinticinco metros este, edificio esquinero color gris. Objeto: servicios de
consultoría, actividades industriales, económicas, turísticas, culturales, el
comercio, la agricultura, minería y la ganadería. Plazo: cien años a partir de
su constitución. Capital: diez mil colones.—San José, dieciocho de enero del
dos mil seis.—Lic. Roberto Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—Nº 80180.—(5223).
Por escritura
número doscientos cinco-dos, otorgada hoy ante mí, se modificó la cláusula
segunda de la sociedad Grupo A C System Sociedad Anónima.—San José, a
las 16:35 horas del 17 de enero del 2006.—Lic. Kathia Valverde Molina,
Notaria.—1 vez.—Nº 80182.—(5224).
Por
escritura número ciento ochenta y ocho, otorgada ante esta notaria, a las 10:00
horas del 18 de enero del 2006, la compañía Servicentro Óptimo Sanitario
Sociedad Anónima, modifica la cláusula quinta de los estatutos del capital
social.—San José, dieciocho de enero del dos mil seis.—Lic. Gabriela Vargas
Rounda, Notaria.—1 vez.—Nº 80186.—(5225).
Por
escritura número ciento ochenta y siete, otorgada ante esta notaria, a las 8:00
horas del 18 de enero del 2006, la compañía Industria de Textiles La Unión Rohe
Sociedad Anónima, modifica la cláusula quinta de los estatutos del capital
social.—San José, dieciocho de enero del dos mil seis.—Lic. Gabriela Vargas
Rounda, Notaria.—1 vez.—Nº 80187.—(5226).
Ante esta
notaria, a las 13:00 horas del 13 de enero del 2006, se constituyó la sociedad
denominada Vinorte Sociedad Anónima. Capital social: veinte mil colones.
Presidente y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de
suma. Plazo social: noventa y nueve años.—Aguas Zarcas, 13 de enero del 2006.—Lic.
Xinia Leitón Cambronero, Notaria.—1 vez.—Nº 80188.—(5227).
Ante esta
notaria, a las 13:00 horas del 8 de octubre del 2005, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Vinzel Marel Sociedad Anónima. Capital social:
diez mil colones. Presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años.—Aguas Zarcas, 13 de enero
del 2006.—Lic. Xinia Leitón Cambronero, Notaria.—1 vez.—Nº 80189.—(5228).
Ante esta
notaría, mediante escritura otorgada a las diecisiete horas del nueve de enero
del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza Arthelps Sociedad
Anónima.—San José, a las diez horas del diecinueve de enero del dos mil
seis.—Lic. Mauricio Quirós González, Notario.—1 vez.—Nº 80195.—(5229).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las siete horas del siete de enero del año dos
mil seis, se constituyó la empresa de esta plaza Grupo Reiro Sociedad
Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado.—Lic. Wady A. Espinoza
Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 80196.—(5230).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas treinta minutos del día
cinco de enero del año dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Mountain
Thirteen Construction Japar Sociedad Anónima. Domiciliada en Cartago, Turrialba,
trescientos metros al sur del Supermercado Palí, frente a estación de servicio
Super Barato. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Presidente, con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, con la representación
judicial y extrajudicial.—Turrialba, cinco de enero del dos mil seis.—Lic. Luis
Carlos Montoya Piedra, Notario.—1 vez.—Nº 80197.—(5231).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del día cinco de enero
del año dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Embree Welding
Service Sociedad Anónima. Domiciliada en Cartago, Turrialba, trescientos
metros al sur del Supermercado Palí, frente a estación de servicio Super
Barato. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario,
con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, con la
representación judicial y extrajudicial.—Turrialba, cinco de enero del dos mil
seis.—Lic. Luis Carlos Montoya Piedra, Notario.—1 vez.—Nº 80198.—(5232).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas treinta minutos del día
cinco de enero del año dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Charlie
Brandy Investments Sociedad Anónima. Domiciliada en Cartago, Turrialba,
trescientos metros al sur del Supermercado Palí, frente a estación de servicio
Super Barato. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Presidente y
secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, con
la representación judicial y extrajudicial.—Turrialba, cinco de enero del dos
mil seis.—Lic. Luis Carlos Montoya Piedra, Notario.—1 vez.—Nº 80199.—(5233).
Por
escritura otorgada a las doce horas del cinco de enero del dos mil seis, se
constituyeron las sociedades Plantation Acres Teak Sociedad Anónima, Plantation
Acres Amazonas Uno ZAY Sociedad Anónima, Plantation Acres Yangtze Dos
WBV Sociedad Anónima, Plantation Acres Paraná-La Plata Tres SCT Sociedad
Anónima, Plantation Acres Mekong Cuatro QDR Sociedad Anónima, Plantation
Acres Mackenzie Cinco OEP Sociedad Anónima, Plantation Acres Eufrates
Seis NFÑ Sociedad Anónima, Plantation Acres Danubio Siete LGM Sociedad
Anónima. Domiciliada en Cartago, Turrialba, trescientos metros al sur del
Supermercado Palí, frente a estación de servicio Super Barato. Capital social:
totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario, con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, con la representación judicial y
extrajudicial.—Turrialba, cinco de enero del dos mil seis.—Lic. Luis Carlos
Montoya Piedra, Notario.—1 vez.—Nº 80200.—(5234).
Por escritura
número veinticuatro-VII, otorgada el día de hoy, ante esta notaría, Brian
Layton Newman, Zacarías Helio Flores Novo y Derk Johannes Van Dijk,
constituyeron la sociedad CR Gold Mines S. A., cuya traducción al
español es Minas de Oro CR S. A.—San José, dieciséis de enero del dos
mil seis.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—Nº 80205.—(5235).
Constitución
de sociedad mercantil denominada Dayla I.N.T. Negocios Internacionales
Sociedad Anónima. Plazo 99 años. Capital: 100.000,00 colones. Presidenta:
Martha Alexandra Araujo García. Escritura número doscientos treinta y uno, de
las diez horas del 14 de noviembre del 2005.—Lic. Zianny María Ugarte Ulate,
Notaria.—1 vez.—Nº 80208.—(5236).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas, se constituye la
sociedad Comercializadora Costarricense de Eventos Sociales y Afines RSRS
Sociedad Anónima. Se nombra junta directiva. Capital social: cuarenta mil
colones. Domicilio: Tibás, San José.—Cartago, 13 de enero del 2006.—Lic. Juan Carlos
Carballo Zeuli, Notario.—1 vez.—Nº 80209.—(5237).
Ante esta
notaria, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de la sociedad de esta plaza Lomas Flamingo Sociedad Anónima, mediante
la cual se revoca el nombramiento del tesorero, fiscal y agente residente, y se
realizan nuevos nombramientos, además de modificar la cláusula segunda del
pacto constitutivo.—San José, 18 de enero del 2006.—Lic. María del Rocío Cortés
Arias, Notaria.—1 vez.—Nº 80212.—(5238).
Bar y
Restaurante Pelicano Azul, protocoliza
acta en que aumenta su capital social y hace nombramientos por el resto del
plazo social. Escritura otorgada en San José, a las quince horas del diecinueve
de diciembre del dos mil cinco.—Lic. Álvaro Pizarro Obando, Notario.—1 vez.—Nº
80213.—(5239).
Por
escritura otorgada a las 15:00 horas del 13 de enero del 2006, Johnny Vargas
Mora y Giovanni Romanini Monge, constituyen la sociedad International JR
Distributors Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Iara
Lancaster Cortés, Notaria.—1 vez.—Nº 80214.—(5240).
Ante mi
notaría, mediante escritura número setenta y nueve, de las trece horas
cincuenta minutos del día diecisiete de diciembre del dos mil cinco, se
constituyó Casa Las Brumas RCG Sociedad Anónima, con un capita social de
diez mil colones, representados por diez acciones comunes y nominativas de mil
colones cada una, y con domicilio social en la provincia de Guanacaste, cantón
Santa Cruz, distrito Santa Cruz, barrio Limón de la Universidad de Costa Rica,
cien metros al norte y cincuenta metros al este.—San José, diecisiete de enero
del dos mil seis.—Lic. Monserrat Alfaro Solano, Notaria.—1 vez.—Nº
80216.—(5241).
Ante mi
notaría, mediante escritura número ochenta, de las catorce horas veinte
minutos, del día diecisiete de diciembre del dos mil cinco, se constituyó Corga
Primera de Santa Cruz Sociedad Anónima, con un capital social de
diez mil colones representados por diez acciones comunes y nominativas de mil
colones cada una, y con domicilio social en la provincia de Guanacaste, cantón
Santa Cruz, distrito Santa Cruz, barrio Limón de la Universidad de Costa Rica
cien metros al norte y cincuenta metros al este.—San José, diecisiete de enero
del dos mil seis.—Lic. Monserrat Alfaro Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 80217.—(5242).
En mi
notaría, a las dieciséis horas del dieciséis de enero del año dos mil seis, se
constituyó Raya del Norte Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente
suscrito y pagado. Presidente con la representación judicial y extrajudicial de
la sociedad, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.
Domiciliada en Ciudad Quesada, San Carlos, trescientos metros norte de la
escuela Enseñanza Especial. Plazo social por noventa y nueve años.—Lic.
Margarita Madrigal Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 80218.—(5243).
La
suscrita notaria hace constar que el día de hoy se ha constituido la sociedad
denominada D. Y P. Umaña Rodríguez Sociedad Anónima,
siendo su presidente: Carlos Alberto Umaña Ávila, cédula dos-trescientos
catorce-ciento treinta y cuatro y el capital social de diez mil colones.—Ciudad
Quesada, diecisiete de enero del dos mil seis.—Lic. Rita Waldina Arce Rojas,
Notaria.—1 vez.—Nº 80219.—(5244).
Por
escritura otorgada en la ciudad de San José, a las dieciocho horas, del seis de
diciembre del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad Consultoría Integral
Femay Sociedad Anónima, con domicilio en San José. Capital íntegramente
suscrito y pagado. Presidente Félix Orlando Vásquez Rojas, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 19 de enero del año
2006.—Lic. Anáis Porras González, Notaria.—1 vez.—Nº 80220.—(5245).
Por
escritura número cincuenta y ocho, de las 8:00 horas, del 16 de setiembre se
protocolizó en forma literal acta de asamblea extraordinaria de José Corrales
S. A., cédula jurídica Nº 3-101-376843, mediante la cual se cambia nombre a
Costa Rica Rural S. A. Se reformó la cláusula de administración,
reorganizando la junta directiva y se aumentó el capital social.—Lic. Jorge
Antonio Quirós Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 80222.—(5246).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas, del 4 de enero del
2006, se constituyó la sociedad AJ Jones Sociedad Anónima. Plazo:
99 años. Capital social: la suma de cien mil colones. Presidenta: Sandra Jones
Serrano.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Rodolfo Solís Rodríguez,
Notario.—1 vez.—Nº 80223.—(5247).
Por
escritura otorgada el veintitrés de diciembre del dos mil cinco, se constituye
la sociedad Columna Artes Gráficas Sociedad Anónima. Presidente: Olivia Columna
Lezama. Plazo social: noventa y nueve años.—Grecia, dieciocho de enero del dos
mil seis.—Lic. Isabel Cristina Vargas Trejos, Notaria.—1 vez.—Nº 80224.—(5248).
Por
escritura otorgada, a las once horas del veinte de octubre del dos mil cinco,
se constituye la sociedad Corporaciones Cureña Empresa de Responsabilidad
Limitada. Gerente: Donald Quesada Aguilar. Plazo social: noventa y nueve
años.—Grecia, dieciocho de enero del dos mil seis.—Lic. Isabel Cristina Vargas
Trejos, Notaria.—1 vez.—Nº 80225.—(5249).
Cristian
Alvarado Hernández y otros constituyen la sociedad Nova Consulting
International Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Alajuela, a
las once horas, del día diecisiete de enero del año dos mil seis. Testimonio
expedido a la misma hora, fecha y lugar de su otorgamiento.—Lic. Fernando
Hernández Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 80226.—(5250).
En
escritura número treinta y nueve-uno de esta notaría, a las ocho horas, del día
dieciocho de enero del dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria
y extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones Malimar Sociedad
Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda y sexta del pacto
constitutivo, se nombra nueva junta directiva, siendo que la representación de
la sociedad le corresponde por igual al presidente, secretario y tesorero,
quienes deberán actuar conjuntamente al menos dos de ellos, con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, nombramientos que recaen en:
Presidenta: María de los Ángeles Rodríguez Madrigal, secretaria: María Elena
Rodríguez Madrigal y tesorera: Lilliam Rodríguez Madrigal y se otorga poder
general judicial al señor Joaquín Picado González.—Lic. Ana Marcela Bonilla
Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 80227.—(5251).
Por
escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad anónima denominada GNF
Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años a partir del siete de
diciembre del 2005. Objeto: comercio en general. Pudiendo dedicarse también a
la industria, ganadería, agricultura, porcicultura. Presidente y tesorero con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Heredia, dieciocho
de enero del dos mil seis.—Lic. Elizabeth Víquez Matamoros, Notaria.—1 vez.—Nº
80229.—(5252).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas, del doce de enero del
año dos mil seis, la sociedad Rancho Las Tortugas Alegres Sociedad
Anónima, revoca el nombramiento del presidente y reforma la cláusula del
domicilio.—San Isidro de Pérez Zeledón, doce de enero del año dos mil
seis.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—Nº 80232.—(5253).
Por
escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas, del once de enero del año
dos mil seis, la sociedad Inversiones RGCR - CCH del Sur Sociedad
Anónima, reforma la cláusula sétima de las constitutivas.—San Isidro de
Pérez Zeledón, once de enero del año dos mil seis.—Lic. Ana Patricia Vargas
Jara, Notaria.—1 vez.—Nº 80233.—(5254).
Por
escritura otorgada en esta notaría, a las 9:00 horas, del 13 de enero del 2006,
se constituye Video-Arte Producciones Ltda., con un capital social de
diez mil colones.—Lic. Olga Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 80234.—(5255).
Ante esta
notaría, se constituyó Consultorías Villalobos y Morales
S. A. Otorgada en Alajuela, a las 9:00 horas, del 17 de enero del
2006.—Lic. Pablo Rodríguez Solano, Notario.—1 vez.—Nº 80235.—(5256).
Por
escritura otorgada, a las 15:45 horas, del 15 de setiembre del 2005, ante el
suscrito notario, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria donde
se modificó la cláusula segunda del domicilio de la sociedad Visol S.
A.—Heredia, 18 de enero del 2006.—Lic. Luis Antonio Álvarez Chaves,
Notario.—1 vez.—Nº 80236.—(5257).
ASESORÍA JURÍDICA DE
PROMECE
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Asesoría
Jurídica del Programa de Mejoramiento de la Calidad de la Enseñanza Preescolar
y Tercer Ciclo, San José, a las diez horas, del trece de enero del dos mil
seis.
Dado que
en el procedimiento administrativo incoado contra la empresa Corporación GIMA
S. A., adjudicatario de la licitación por Registro Nº 13-2003, no se ha podido
notificar la resolución inicial por ser de domicilio actualmente desconocido,
de conformidad con lo que dispone el artículo 241.2 de la Ley General de la
Administración Pública se resuelve notificar por publicación en el Diario
Oficial La Gaceta, lo siguiente:
Programa de Mejoramiento de
la Calidad de Enseñanza Preescolar y Tercer Ciclo. Ministerio de Educación
Pública. Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—San José, a las diez
horas, del trece de enero del dos mil seis.
Procedimiento administrativo
tendente a determinar el incumplimiento de las obligaciones por parte del
contratista y la eventual determinación de daños y perjuicios causados a la
Administración Pública, en la ejecución del contrato por la empresa Corporación
GIMA S. A., en la Licitación por Registro Nº 13-2003, línea 1, para la
adquisición e instalación de equipo de cómputo para asesores de idiomas.
Siguiendo el procedimiento dispuesto en el artículo 13.2.2. del Reglamento General
de la Contratación Administrativa, se le confiera audiencia por un plazo de
diez días, al representante de dicha empresa, para expresar su oposición y
aporte la prueba que estime pertinente.
Resultando:
1º—Que
mediante oficio número PROMECE-1775-05, suscrito por el Master Carlos Alberto
Barrantes Rivera, Director del Programa de Mejoramiento de la Calidad
Preescolar y Tercer Ciclo del Ministerio de Educación Pública, se ordenó
sustanciar el presente procedimiento tendente a determinar la verdad real de
los hechos respecto de los presuntos incumplimientos de parte de la empresa
Corporación GIMA S. A., cédula jurídica Nº 3-101-077762.
2º—Que en el oficio citado se
nombró como órgano director del procedimiento administrativo al Lic. Fernando
Villanea Bulgarelli, Asesor Jurídico de PROMECE.
Considerando:
I.—Que los
hechos que se les imputan como presunto incumplimiento de las obligaciones
pactadas contractualmente serían las siguientes irregularidades: 1) Que el día
16 de noviembre del 2004, se reportó una falla en un CPU Lanix, en la Dirección
Regional de Upala, sin que a la fecha se haya reparado, 2) que el día 8 de
febrero del 2005, se reportó una falla en un CPU Lanix, en la Dirección
Regional de San José, sin que a la fecha se haya reparado, 3) que el día 15 de
marzo del 2005, se reportó una falla en un CPU Lanix, en la Dirección Regional
de Upala, sin que a la fecha haya sido reparado, 4) que el día 19 de setiembre
del 2005, se reportó una falla en un CPU Lanix, en la Dirección Regional de San
Carlos, sin que a la fecha haya sido reparado, 5) que no se han realizado las
visitas semestrales de mantenimiento de los equipos. Por tanto:
EL ÓRGANO DIRECTOR DEL
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO RESUELVE:
I.—Abrir
procedimiento administrativo ordinario tendente a determinar la verdad real de
los hechos respecto de los presuntos incumplimientos de las empresas que
conforman el Consorcio.
II.—Los cargos que se le
imputan y sobre los cuales queda intimado, se detallan en considerando I, de la
presente resolución.
III.—El acto final que se
dicte podría llevar la declaración de eventual responsabilidad para la empresa
Corporación GIMA S. A., sancionable de verificarse la procedencia de establecer
las sanciones, con la ejecución de la garantía de cumplimiento si la hubiere,
la cuantificación de daños y perjuicios y el cobro en la vía correspondiente,
según sea determinada la gravedad de los incumplimientos.
IV.—El expediente respectivo
puede ser consultado en PROMECE.
V.—Se
previene al representante legal, su deber de señalar dentro de tercero día,
casa u oficina en la ciudad de San José, o número de fax, donde atender futuras
notificaciones, bajo el apercibimiento de que, de no hacerlo, de ser equívoco,
impreciso o inexistente el señalamiento o de tornarse incierto, los actos que
se dicten se tendrán por notificados por el solo transcurso de las veinticuatro
horas a partir del día siguiente de que se emitan.
VII.—Contra esta resolución
procede el recurso de revocatoria ante este órgano director, y el de apelación
para ante el Director de PROMECE, ambos dentro del plazo de veinticuatro horas
a partir del día siguiente de la notificación.
Notifíquese.—San
José, 17 de enero del 2006.—Lic. Fernando Villanea Bulgarelli.—(O. C. Nº
002-2006).—C-135320.—(4494).
Asesoría Jurídica del
Programa de Mejoramiento de la Calidad de la Enseñanza Preescolar y Tercer
Ciclo, San José, a las diez horas, del trece de enero del dos mil seis.
Dado que en el procedimiento
administrativo incoado contra el Consorcio formado por la empresa Corporación
GIMA S. A. y Corporativo Lanix S. A. de Capital Variable, adjudicatario en la
Licitación Pública Internacional número 03-2003, no se ha podido notificar la
resolución inicial por ser de domicilio actualmente desconocido, de conformidad
con lo que dispone el artículo 241.2 de la Ley General de la Administración
Pública, se resuelve notificar por publicación en el Diario Oficial La
Gaceta, lo siguiente:
Programa
de Mejoramiento de la Calidad de Enseñanza Preescolar y Tercer Ciclo. Ministerio
de Educación Pública. Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—San
José, a las diez horas, del trece de enero del dos mil seis.
Procedimiento administrativo
tendente a determinar el incumplimiento de las obligaciones por parte del
contratista y la eventual determinación de daños y perjuicios causados a la
Administración Pública, en la ejecución del contrato y el Consorcio formado por
la empresa Corporación GIMA S. A., y Corporativo Lanix S. A., de Capital
Variable, en la Licitación Pública Internacional Nº 03-2003, línea 3, para la
adquisición de 11 salas de innovación inalámbrica, 60 tecnomóviles, 66
estaciones de trabajo y 60 redes inalámbricas. Siguiendo el procedimiento
dispuesto en el artículo 13.2.2. del Reglamento General de la Contratación
Administrativa, se le confiere audiencia por un plazo de diez días, al
representante de dicha empresa, para expresar su oposición y aporte la prueba
que estime pertinente.
Resultando:
1º—Que
mediante oficio número PROMECE-1775-05, suscrito por el Master Carlos Alberto
Barrantes Rivera, Director del Programa de Mejoramiento de la Calidad de
Enseñanza Preescolar y Tercer Ciclo del Ministerio de Educación Pública, se
ordenó sustanciar el presente procedimiento tendente a determinar la verdad
real de los hechos respecto de los presuntos incumplimientos de parte del
Consorcio conformado por las empresas Corporación GIMA S. A., cédula jurídica
Nº 3-101-077762 y Corporativo Lanix S. A., de Capital Variable, cédula jurídica
Nº 3-112-354139.
2º—Que en el oficio citado se
nombró como órgano director del procedimiento administrativo al Lic. Fernando
Villanea Bulgarelli, Asesor Jurídico de PROMECE.
Considerando:
I.—Que los
hechos que se les imputan como presunto incumplimiento de las obligaciones
pactadas contractualmente serían las siguientes irregularidades: 1) Que el día
15 de marzo del 2005, se reportó una falla en un CPU Lanix, en el Liceo de Los
Ángeles de Pital, sin que a la fecha se haya reparado, 2) que el día 5 de mayo
del 2005, se reportó una falla en el CPU Lanix, en el Liceo del Este, sin que a
la fecha se haya reparado, 3) que el día 23 de mayo del 2005, se reportó una
falla en un CPU Lanix, en el Liceo de Canalete, sin que a la fecha haya sido
reparado, 4) que el día 24 de mayo del 2005, se reportó una falla en un monitor
Lanix, en la Asesoría Nacional de Inglés, retirando el monitor, sin que a la
fecha haya sido devuelto, 5) que no se han realizado las visitas semestrales de
mantenimiento de los equipos adquiridos; hechos que de comprobarse podrían acarrear
responsabilidad para los contratistas. Por tanto:
EL ÓRGANO DIRECTOR DEL
PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO RESUELVE:
I.—Abrir
procedimiento administrativo ordinario tendente a determinar la verdad real de
los hechos respecto de los presuntos incumplimientos de las empresas que
conforman el Consorcio.
II.—Los cargos que se le
imputan y sobre los cuales queda intimado, se detallan en considerando I, de la
presente resolución.
III.—El acto final que se dicte
podría llevar la declaración de eventual responsabilidad para las empresas
Corporación GIMA S. A., y Corporativo Lanix S. A., de Capital Variable,
sancionable de verificarse la procedencia de establecer las sanciones, con la
ejecución de la garantía de cumplimiento si la hubiere, la cuantificación de
daños y perjuicios y el cobro en la vía correspondiente, según sea determinada
la gravedad de los incumplimientos.
IV.—El expediente respectivo
puede ser consultado en PROMECE.
V.—Se previene a los representante
legales del consorcio, su deber de señalar dentro del tercer día, casa u
oficina en la ciudad de San José, o número de fax, donde atender futuras
notificaciones, bajo el apercibimiento de que, de no hacerlo, de ser equívoco,
impreciso o inexistente el señalamiento o de tornarse incierto, los actos que
se dicten se tendrán por notificados por el solo transcurso de las veinticuatro
horas a partir del día siguiente de que se emitan.
VII.—Contra esta resolución
procede el recurso de revocatoria ante este órgano director, y el de apelación
para ante el Director de PROMECE, ambos dentro del plazo de veinticuatro horas
a partir del día siguiente de la notificación.
Notifíquese.—San José, 17 de
enero del 2006.—Lic. Fernando Villanea Bulgarelli.—(O. C. Nº 002-2006).—C-143570.—(4496).
DIRECCIÓN NACIONAL DE
PENSIONES
De
conformidad con resolución Nº PG-9373-2005 de las once horas del día doce de
octubre del 2005. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social resuelve: impartir
aprobación final a la resolución Nº JPIG-2779-2005 de sesión celebrada en San
José, a las catorce horas del día 28 de febrero del 2005, de la Junta de
Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de Guerra
incoadas por Hidalgo Alfaro Margarita, cédula de identidad Nº 2-181-922, a
partir del día 1º de julio del 2004; por la suma de cincuenta y tres mil seis
colones con ocho céntimos (¢53.006,08), mensuales en forma vitalicia, sin
perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la
fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Fernando
Trejos Ballestero, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—Lic. Luis Carlos
Montero Benavides, Director.—1 vez.—(5470).
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO PÚBLICO DE LA
PROPIEDAD INMUEBLE
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Se hace
saber a María Esther Araya Alfaro, número de identidad y domicilio
desconocidos, en su condición de acreedor por crédito hipotecario y demandante
en proceso ejecutivo Nº 1818-99-2 que pesa sobre la finca del partido de San
José, matrícula 313342-002, Juan Rafael Ureña Blanco, cédula de identidad
número 1-344-994, de domicilio desconocido, en su condición de demandante en
proceso ejecutivo Nº 01-001311-182-CI(5), que pesan en la finca del partido de
San José, matrícula 313342-001-002, que en este Registro se ha iniciado a
instancia de la registradora licenciada Patricia Chacón Argüello, Diligencias
Administrativas Oficiosas mediante escrito de las 9:46 horas, el día 29 de
abril del 2005, por el cual manifiesta, en lo que interesa textualmente: “(...)
el documento presentado a este Registro bajo el asiento 19571 del tomo 550,
recibido el 26 de abril del 2005 y que se refiere a hipoteca por el consecutivo
01, y cancelación por el consecutivo 02 de la finca del partido de San José,
300884-000 indica el plano 1-480058-1982, el cual esta duplicado en la finca
también de San José, 313342-000 y también tiene la misma naturaleza, número de
lote, ubicación y medida. (...)”. Que por lo anterior, esta Dirección
procedió a la apertura del expediente administrativo Nº 111-2005, y mediante
resolución de las once horas y treinta y ocho minutos del día cuatro de mayo
del dos mil cinco, ordenó la consignación de advertencia administrativa sobre
los inmuebles del partido de San José, matrículas 300884 y 313342-001-002.
Además, con el objeto de cumplir con el debido proceso, y habiéndose autorizado
por resolución de las diez horas y cincuenta y cinco minutos, del día cuatro de
enero del dos mil cinco, se resuelve: conferir audiencia a: María Esther Araya
Alfaro y Juan Rafael Ureña Blanco por el término de quince días contados a
partir del día siguiente de la publicación del edicto en el Diario Oficial La
Gaceta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 del Reglamento
del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J del 18 de febrero de
1998, publicado en La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo de 1998. A efecto de
que dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos convengan
y se le previene, que en el acto de notificarle esta resolución o dentro de
tercer día, debe señalar número de fax; apartado postal, casa u oficina dentro
del perímetro de la ciudad de San José, en donde oír futuras notificaciones de
este despacho, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las
resoluciones se le tendrán por notificadas veinticuatro horas después de
dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso
o incierto, o ya no existiere, artículos 20 y 21 de la Ley Nº 3883 del 30 de
mayo de 1967 y sus reformas; artículo 185 del Código Procesal Civil y artículo
3º de la Ley Nº 7637, del 11 de diciembre de 1996 que es la Ley de
Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. (Ref. expediente
Nº 111-2005).—Curridabat, 10 de enero del 2006.—Lic. Walter Méndez Vargas,
Subdirector a. í.—(Solicitud Nº 36620).—C-64370.—(4497).
OFICIALÍA PRESUPUESTAL
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Órgano
Director del Procedimiento Administrativo.—Oficialía Presupuestal del
Ministerio de Justicia, San José. Por no haber sido posible localizar a la
señora Shantani Rankin Mackenzie, cédula Nº 01-1093-0181, y en virtud de
seguirse procedimiento administrativo de cobro por deuda con el Estado,
notifíquesele según lo dispuesto en los artículos 241 y 242 de la Ley General
de la Administración Pública por medio de edicto, la resolución dictada por
este Órgano Director que literalmente dice: “Resolución Nº
039-C-2005-OD-OP.—Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—Oficialía
Presupuestal del Ministerio de Justicia.—San José, a las once horas del cinco
de diciembre del dos mil cinco. A la señora Shantani Rankin Mackenzie, mayor,
casada, cédula Nº 01-1093-0181, exfuncionaria de la Dirección General de
Adaptación Social del Ministerio de Justicia, se le hace saber que por
resolución Nº 020-C-2005-OD-OP de las 10 horas 30 minutos del 30 de setiembre
del 2005, este Órgano Director de conformidad con los artículos 218 y 318 de la
Ley General de la Administración Pública, dio inicio en su contra a Procedimiento
de Cobro Administrativo en expediente Nº 018-C-2005, y le citó a comparecencia
por presunta deuda con el Estado de ¢35.154,20, por habérsele girado de más 9
días de la segunda quincena de diciembre del 2003, por ausencias de los días 22
al 30 de diciembre del 2003, deuda certificada por la Unidad de Planillas de la
Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Justicia el 29 de marzo del
2004. En vista que dicha resolución no pudo serle notificada en la dirección
del domicilio que consta en su expediente, se procede a citarle a comparecencia
oral ante el Órgano Director del Procedimiento, constituido por la licenciada
Nidia Rojas Oconitrillo, debiendo comparecer personalmente. La misma se
celebrará en la Oficialía Presupuestal ubicada en las Oficinas Centrales de
este Ministerio, 75 metros norte de la Clínica Bíblica en San José, a la 1:00
de la tarde 45 minutos, quince días hábiles posteriores a su notificación. En
esta se recibirá toda la prueba y los alegatos que estime pertinentes los que
también puede hacer por escrito y presentarlos en esta Oficialía antes de la
comparecencia, así como aportar pruebas artículo 309 párrafo primero de la Ley
General de la Administración Pública. Puede hacerse acompañar por un abogado y
debe presentar cédula de identidad. Se le previene que de no comparecer en la
fecha y hora señalada sin mediar justa causa se continuará con el procedimiento
y se resolverá con los elementos de juicio existentes, artículo 252 de la
citada Ley. Debe señalar lugar para atender notificaciones, dentro del
perímetro de este Órgano Director, dentro del plazo de 3 días hábiles después
de notificada esta resolución, de lo contrario las futuras resoluciones se
tendrán por notificadas 24:00 horas después que se dicten, artículos 229 de la
Ley General de la Administración Pública, 185 del Código Procesal Civil y 12
del la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales.
Queda a su disposición el expediente el que puede consultar en la Oficialía
Presupuestal de este Ministerio. Consta de certificación de deuda del
29-03-2004. Oficio Nº OP-1090-2005. Resolución Nº 020-C-2005-OD-OP. Acta Nº
016-2005-OP. Sobre certificado, fórmula de acuse de recibo devuelto por la
Sucursal de Correos de Hatillo y la presente resolución. Contra esta resolución
se puede interponer los recursos de revocatoria y apelación en subsidio dentro
del término de 24:00 horas contadas a partir de su notificación, los cuales se
presentarán ante este Órgano Director, a quien corresponderá resolver el
primero y elevar el segundo al superior jerárquico. Artículos 345, 346 párrafos
primeros de la Ley General de la Administración Pública. Se puede usar uno o
ambos pero no será admisible el interpuesto pasadas las 24:00 horas, artículo
347 de la citada Ley. Notifíquese. Lic. Nidia Rojas Oconitrillo, Órgano
Director”.—Lic. Nidia Rojas Oconitrillo, Órgano Director.—(Solicitud Nº
23405).—C-77570.—(5126).
Órgano Director del
Procedimiento Administrativo.—Oficialía Presupuestal del Ministerio de
Justicia, San José. Por no haber sido posible localizar a la señora Johanna
Moreira Mata, cédula Nº 7-0086-0301, y en virtud de seguirse procedimiento
administrativo de cobro por saldo de deuda con el Estado, notifíquesele según
lo dispuesto en los artículos 241 y 242 de la Ley General de la Administración
Pública por medio de edicto, la resolución dictada por este Órgano Director que
literalmente dice: “Resolución Nº 038-C-2005-OD-OP.—Órgano Director del
Procedimiento Administrativo.—Oficialía Presupuestal del Ministerio de Justicia.—San
José, a las diez horas del cinco de diciembre del dos mil cinco. A la señora
Johanna Moreira Mata, mayor, divorciada, cédula de identidad Nº 7-0086-0301,
exfuncionaria de la Dirección General de Adaptación Social del Ministerio de
Justicia, se le hace saber que por resolución Nº 003-C-2005-OD-OP de las 9:00
horas del 12 de setiembre del 2005, este Órgano Director de conformidad con los
artículos 218 y 318 de la Ley General de la Administración Pública, dio inicio
en su contra a Procedimiento de Cobro Administrativo en expediente Nº
002-C-2005, y le citó a comparecencia por saldo de deuda con el Estado de
¢14.877,16, determinado en resolución del Poder Ejecutivo Nº 550-2003 de las
9:00 horas 20 minutos del 31 de marzo del 2003. En vista que dicha resolución
no pudo serle notificada, en la dirección del domicilio que consta en su
expediente, se procede a citarle a comparecencia oral ante el Órgano Director
del Procedimiento, constituido por la licenciada Nidia Rojas Oconitrillo,
debiendo comparecer personalmente. La misma se celebrará en la Oficialía
Presupuestal ubicada en las Oficinas Centrales de este Ministerio, 75 metros
norte de la Clínica Bíblica en San José, a la 1:00 de la tarde, quince días
hábiles posteriores a su notificación. En esta se recibirá toda la prueba y los
alegatos que estime pertinentes los que también puede hacer por escrito y
presentarlos en esta Oficialía antes de la comparecencia, así como aportar
pruebas artículo 309 párrafo primero de la Ley General de la Administración
Pública. Puede hacerse acompañar por un abogado y debe presentar cédula de
identidad. Se le previene que de no comparecer en la fecha y hora señalada sin
mediar justa causa se continuará con el procedimiento y se resolverá con los
elementos de juicio existentes, artículo 252 de la citada Ley. Debe señalar
lugar para atender notificaciones, dentro del perímetro de este Órgano
Director, dentro del plazo de 3 días después de notificada esta resolución, de
lo contrario las futuras resoluciones se tendrán por notificadas 24:00 horas
después que se dicten, artículos 229 de la Ley General de la Administración
Pública, 185 del Código Procesal Civil y 12 de la Ley de Notificaciones,
Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. Queda a su disposición el
expediente el que puede consultar en la Oficialía Presupuestal de este
Ministerio. Consta de certificación de deuda del 27-01-2003. Oficio
OP-078-2003, certificación del 20-02-2003. Oficios D.J. 03-0306. D.J. 03-1789.
Resolución Nº 550-2003. Oficios OP-672-2004. DJ. 04-1023. OP-971-2005.
Resolución Nº 003-C-2005-OD-OP. Acta Nº 002-2005-OP. Oficio OD-OP 004-2005.
notas del Centro de Carteros de Heredia y de la Sucursal de Correos de San
Pablo. Sobre certificado devuelto por la Sucursal de Correos de San Pablo.
Fórmula de acuse de recibo y la presente resolución. Contra esta resolución se
puede interponer los recursos de revocatoria y apelación en subsidio dentro del
término de 24:00 horas contadas a partir de su notificación, los cuales se
presentarán ante este Órgano Director, a quien corresponderá resolver el
primero y elevar el segundo al superior jerárquico. Artículos 345, 346 párrafos
primeros de la Ley General de la Administración Pública. Se puede usar uno o
ambos pero no será admisible el interpuesto pasadas las 24:00 horas, artículo
347 de la citada Ley. Notifíquese. Lic. Nidia Rojas Oconitrillo, Órgano
Director”.—Lic. Nidia Rojas Oconitrillo, Órgano Director.—(Solicitud Nº
23404).—C-77570.—(5127).
DEPARTAMENTO DE INSPECCIÓN
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Por
ignorarse la dirección actual de la empresa International Hiperagnum S. A., N°
Patronal: 285.502-00-0, y/o de su representante legal Agustini Franco Alba,
cédula de identidad 6-0082-0791, y de conformidad con lo dispuesto en el
numeral 241, Ley General de Administración Pública, se procede a notificar por
medio de edicto, que la Sección Comercio y Estudios Especiales del Departamento
de Inspección - Área Industria y Comercio, ha dictado el traslado de cargos del
29 de julio del 2005, que literalmente dice:
“... se procedió a
confeccionar hojas de trabajo por los trabajadores Falcón Espinoza Sandra
Patricia, número de identificación 9-751-586, quien labora como ayudante de
cocina desde el 28 de enero del 2002; Hernández García Roberto Gustavo, cédula
1-0543-0412, salonero desde el 19 de mayo del 2004; y Maradiaga Centeno
Yamileth del Socorro, asegurada número 2-71-61900, miscelánea desde el 7 de
febrero del 2004, por omisiones salariales desde sus fechas de ingreso y hasta
el 31 de octubre del 2004. Las hojas de trabajo se confeccionaron de
conformidad con el Decreto de Salarios Mínimos de Ley emitido por el Ministerio
de Trabajo, en los años del 2002 al 2004. De acuerdo con lo expuesto, el total
de salarios correspondientes al período del 28 de enero del 2002 al 31 de
octubre del 2004, que se le imputarían a su representada por no haber reportado
a los trabajadores mencionados en su oportunidad ante la Institución,
ascendería eventualmente a la suma de ¢5.017.412,00; lo que representaría en
cuotas obreras y patronales en los Regímenes de Enfermedad y Maternidad e
Invalidez, Vejez y Muerte la suma de ¢1.103.841,00. (...). Se le otorga un
plazo de 10 días hábiles, contados a partir de la fecha de recibo de la
comunicación del traslado de cargos, para ofrecer las pruebas de descargo y
hacer las alegaciones jurídicas que considere pertinentes ...”.
Se le
previene en este acto, que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones
dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el cual
corresponde en un todo al Perímetro Judicial que para los efectos
jurisdiccionales posee el Primer Circuito Judicial de San José. La restricción
de perímetro no aplica si el medio señalado lo constituye un número facsimilar
o cualquier otro medio electrónico de los señalados por la Ley N° 7637 de 21 de
octubre de 1996.
En esta oficina, sita en San
José, av. 4º, calle 7, edificio Da Vinci, tercer piso, Dpto. Inspección Área
Industria y Comercio en la Sección Comercio y Estudios Especiales (costado este
Of. Centrales de la Caja), se encuentra a su disposición el expediente para los
efectos que dispone la ley. Notifíquese.—Sección Comercio y Estudios
Especiales, Dpto. de Inspección - Área Industria y Comercio.—Lic. Carlos
Granados Chavarría, Jefe.—Nº 80329.—(5584).
Por ignorarse la dirección
actual de la empresa Soda El Prado Ltda., N° Patronal: 17.370 00 6, y/o su
representante legal señor Álvaro Alien Fiatt; y de conformidad con lo dispuesto
en el numeral 241, Ley General de Administración Pública, se procede a
notificar por medio de edicto, que la Sección Comercio y Estudios Especiales
del Departamento de Inspección - Área Industria y Comercio, ha dictado el
Traslado de Cargos del 28 de noviembre del 2005, que literalmente dice:
“... Se procedió a
confeccionar hojas de trabajo por la trabajadora Ligia del Socorro Zúñiga
Aguirre, identificación extranjera ante la Caja 2-61-80253, por omisiones
salariales durante el período comprendido entre el 1º de febrero de 1993 y el
31 de enero de 1994; y diferencias salariales por los meses de abril, mayo,
julio, agosto y octubre de 1998; abril de 1999; enero, abril, junio y julio del
2000 y abril del 2002 (...) El total de salarios (...) que se le imputarían a
su representada por no haber reportado a la trabajadora Ligia del Socorro
Zúñiga Aguirre en su oportunidad a la CCSS, ascendería eventualmente a la suma
de ¢371.930,67; lo que representaría en cuotas obreras y patronales en los
Regímenes de Enfermedad y Maternidad e Invalidez, Vejez y Muerte, la suma de ¢81.817,00.
En lo referente a los otros aportes correspondientes a la Ley de Protección al
Trabajador, se detallan a continuación: Banco Popular ¢41,00; Fondo de
Capitalización Laboral ¢67,00; Fondo de Pensión Complementaria Obligatoria
¢17,00; Aporte Patronal Banco Popular ¢8,00; Instituto Nacional de Seguros
¢33,00.
(...) Se
le otorga un plazo de 10 días hábiles, contados a partir de la fecha de recibo
de este documento, para ofrecer la prueba de descargo y hacer las alegaciones
jurídicas que considere pertinentes ...”.
Se le
previene en este acto, que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones
dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el cual
corresponde en un todo al Perímetro Judicial que para los efectos
jurisdiccionales posee el Primer Circuito Judicial de San José. La restricción
de perímetro no aplica si el medio señalado lo constituye un número facsimilar
o cualquier otro medio electrónico de los señalados por la Ley N° 7637 de 21 de
octubre de 1996.
En esta oficina, sita en San
José, av. 4º, calle 7, edificio Da Vinci, tercer piso, Dpto. Inspección Área
Industria y Comercio en la Sección Comercio y Estudios Especiales (costado este
Of. Centrales de la Caja), se encuentra a su disposición el expediente para los
efectos que dispone la ley. Notifíquese.—Sección Comercio y Estudios
Especiales, Dpto. de Inspección - Área Industria y Comercio.—Lic. Carlos
Granados Chavarría, Jefe.—Nº 80330.—(5585).
San José,
a las diez horas del diez de enero del dos mil seis.—Notificación de traspaso
de Planta de Tratamiento de Aguas Residuales denominada Rincón Verde II de la
Municipalidad de San Pablo a A y A.
Resultando:
1º—Que
Acueductos y Alcantarillados para cumplir con la competencia que tiene en todo
el país en materia de alcantarillado, está desarrollando un proyecto, mediante
el cual, se definirán diversas etapas para recibir, mantener y operar pequeñas
plantas de tratamiento de aguas residuales, que se encuentran en urbanizaciones
bajo administración municipal.
2º—Que la planta de Rincón
Verde II ubicada en San Pablo de Heredia, se escogió como una de las plantas
para desarrollar la primera etapa del proyecto por lo que es necesario realizar
el respectivo traspaso a AyA.
3º—Que la Municipalidad de
San Pablo, acordó traspasar la planta de tratamiento de Rincón Verde, de
conformidad con lo estipulado en la sesión ordinaria Nº 191-06 celebrada el 9
de enero del 2006. Por tanto,
Se
comunica a los usuarios de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la
Urbanización Rincón Verde II, inscrita en el Registro Público de la Propiedad,
a nombre de la Municipalidad de San Pablo, bajo el Sistema de Folio Real Nº
191542, terreno destinado a área comunal donde se ubica la planta de
tratamiento de aguas residuales, situada en el distrito de San Pablo del cantón
de San Pablo de Heredia, con una medida de tres mil cincuenta y siete metros
con ochenta y cuatro decímetros cuadrados, de la cual se segregarán mil
ochocientos seis metros cuadrados que corresponden a la planta de tratamiento,
en virtud de que dicha planta será traspasada por la Municipalidad de San Pablo
a AyA, para que se encargue de su administración y operación, por lo que una
vez que el traspaso sea aprobado por la Contraloría General de la República, se
gestionará para incorporarlos como usuarios de AyA, y se les aplicará la tarifa
aprobada para el Instituto en materia de alcantarillado, se les apercibe para
que en el plazo de tres días a partir de esta publicación, presenten sus
oposiciones a la presente gestión y hagan valer sus derechos ante esta
Subgerencia. Notifíquese.—Olman Chacón Garita, Subgerente General.—1
vez.—(Solicitud Nº 37477).—C-18170.—(5128).
ASESORÍA LEGAL REGIÓN BRUNCA
Instituto de Desarrollo Agrario, Asesoría Legal, Región Brunca, San
Isidro de Pérez Zeledón, a las doce horas quince minutos, del veintidós de
abril del dos mil cinco. Previamente a resolver lo que en derecho corresponde
en las presentes diligencias de Nulidad de Título, iniciada contra Evelin Salas
Méndez, mayor, con cédula número 6-280-327, copropietaria del lote 46 del
asentamiento Jeannette Pacheco, inscrita en el Registro de la Propiedad,
partido Puntarenas, bajo el sistema de Folio Real matrícula número
103-629-001-002. Se le concede audiencia por el término de quince días hábiles,
a partir de la presente publicación, para que se apersone a este Instituto en
defensa de sus derechos, y ofrezca la prueba en apoyo de los mismos, y para que
dentro de los tres días posteriores a la notificación de esta resolución,
señale lugar en donde recibir notificaciones dentro del perímetro de la Ciudad
de San Isidro de Pérez Zeledón, bajo el apercibimiento, que de no hacerlo así,
cualquier notificación se le tendrá por realizada con el solo transcurso de
veinticuatro horas. Se hace del conocimiento al administrado, que el expediente
de nulidad número 006-2005, se instruye por incumplimiento del artículo 68
inciso 4-B, de la Ley 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, sea por
abandono injustificado del lote en cuestión, el mismo se encuentra en esta
Asesoría para su consulta y estudio, en el constan los siguientes documentos:
los oficios de la Subregional de Piedras Blancas número OSPB-1102-2004, carta
del Comité de Vivienda de Ojo de Agua denunciando el abandono, copias escritura
de traspaso y plano, copia cédula de residencia del otro copropietario y el
estudio registral respectivo del inmueble. Notifíquese.—Lic. Margarita Elizondo
Jiménez, Asesora Legal Región Brunca.—(4970).
2 v. 2.
Instituto de Desarrollo
Agrario, Asesoría Legal Región Brunca, San Isidro de Pérez Zeledón, a las once
horas con cuarenta minutos, del veintiséis de octubre del dos mil cuatro,
previamente a resolver lo que en derecho corresponde las presentes diligencias
de nulidad de título, iniciadas contra Rosalio Mendoza López, con cédula número
5-230-175 y Yamileth Porras Porras, con cédula 6-292-112, copropietarios del
lote número 216, del asentamiento Jeannette Pacheco. inscrito en el Registro
Público de la Propiedad, partido de Puntarenas, bajo el sistema de Folio Real
matrícula número 104-062-001-002, se les concede audiencia por el término de
quince días hábiles, a partir de la presente publicación, para que se apersonen
a este Instituto en defensa de sus derechos, y ofrezcan la prueba en apoyo de
los mismos, y para que dentro de los tres días posteriores a la notificación de
esta resolución, señalen lugar en donde recibir notificaciones dentro del
perímetro de la ciudad de San Isidro de Pérez Zeledón, bajo el apercibimiento,
que de no hacerlo así, cualquier notificación se les tendrá por realizada con
el solo transcurso de veinticuatro horas. Se hace del conocimiento de los administrados,
que el expediente de nulidad número 080-2004, se instruye por incumplimiento de
los artículos 66 y 68 inciso 4-B, de la Ley 2825 del 14 de octubre de 1961 y
sus reformas, sea por abandono injustificado del lote en cuestión, el mismo se
encuentra en esta Asesoría para su consulta y estudio, en el constan los
siguientes documentos: los Oficios de la Subregional números OSPB-778-2004 y
OSPB-779-2004, ambos de fecha 2 de setiembre del 2004, Oficio del Coordinador
Agrario de la Región Brunca de fecha 28 de setiembre del 2004, y el Estudio de
Registro respectivo de la propiedad. Notifíquese.—Lic. Margarita Elizondo
Jiménez, Asesora Legal Región Brunca.—(4971). 2 v. 2.
Instituto de Desarrollo
Agrario, Asesoría Legal Región Brunca, San Isidro de Pérez Zeledón. A las trece
horas treinta minutos, del cuatro de octubre del año dos mil cinco. Previamente
a resolver lo que en derecho corresponde en las presentes diligencias de
revocatoria de la adjudicación, iniciadas contra Jeiner Gómez Campos, mayor,
soltero, con cédula número 1-831-393, copropietario del lote 18 del
asentamiento Jeannette Pacheco, finca inscrita en el Registro Público, partido
de Puntarenas, con matricula de Folio Real número 103-607-001-002. Se le
concede audiencia por el término de quince días hábiles, a partir de la
presente publicación, para que se apersone a este Instituto en defensa de sus
derechos, a la Asesoría Legal de la Región Brunca. Sita en San Isidro de Pérez
Zeledón, Instalaciones del MAC y ofrezca la prueba en apoyo de los mismos, y
para que dentro de los tres días posteriores a la notificación de esta
resolución, señale lugar en donde recibir notificaciones dentro del perímetro
de la Ciudad de San isidro de Pérez Zeledón, bajo el apercibimiento, que de no
hacerlo así, cualquier notificación se le tendrá por notificada con el solo
transcurso de veinticuatro horas. Se hace del conocimiento del administrado,
que el expediente de nulidad, número 044-2005, se instruye por incumplimiento
del artículo 68 inciso 4-B; de la Ley 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus
reformas, sea por abandono injustificado del lote en cuestión, la misma se
encuentra en esta Asesoría para su consulta y estudio, en el constan los
siguientes documentos: los oficios de la Subregional de Osa número
OSPB-443-2005, carta de denuncia planteada por la señora Adriana Jiménez
Fernández y el estudio registral respectivo.—Lic. Margarita Elizondo Jiménez,
Asesora Legal Región Brunca.—(4972).
2
v. 2.
En la
resolución Nº RRG-5250-2005.—San José, a las diez horas y quince minutos del
dieciséis de diciembre del dos mil cinco, publicada en La Gaceta Nº 9
del 12 de enero del 2006, en el por tanto debe leerse correctamente:
Tarifa 1
A) Precio de energía
colones/kWh
Enero-Agosto Setiembre-Diciembre
Punta (1) 47,68 41,20
Fuera de punta
(2) 36,11 20,98
Notifíquese
y publíquese.
San José, 17 de enero del 2006.—Lic. Aracelly Pacheco Salazar,
Reguladora General.—1 vez.—(Solicitud Nº 051-DAF-2006).—C-8820.—(4946).
En la resolución
RRG-5248-2005.—San José, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos, del
dieciséis de diciembre del dos mil cinco, publicada en La Gaceta Nº 11,
del 16 de enero del 2006, en el Por Tanto I debe leerse correctamente:
“(tres coma ocho centavos de dólar).
Notifíquese y publíquese.—Lic. Aracelly Pacheco Salazar, Reguladora
General.—1 vez.—(Of. Nº 62-DAF-2006).—C-5245.—(5866).