La Gaceta Nº 28

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

ACUERDOS

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

HACIENDA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

EDUCACIÓN PÚBLICA

JUSTICIA Y GRACIA

AMBIENTE Y ENERGÍA

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

DECRETOS

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

LICITACIONES

ADJUDICACIONES

REGISTRO DE PROVEEDORES

FE DE ERRATAS

REGLAMENTOS

ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

MUNICIPALIDADES

REMATES

MUNICIPALIDADES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSE

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE PARRITA

MUNICIPALIDAD DE LIMÓN

AVISOS

CONVOCATORIAS

NOTIFICACIONES

CITACIONES

FE DE ERRATAS

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 32875-MP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE LA PRESIDENCIA

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 y 146 de la Constitución Política, 27 y 28 de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”; y

Considerando:

I.—Que el programa Escuela Iberoamericana de Gobierno y Políticas Públicas (IBERGOP), es una iniciativa regional que busca generar instrumentos y herramientas que fortalezcan la gobernabilidad democrática; siendo su carácter iberoamericano fundamental en la construcción de iniciativas y prácticas concretas de cooperación que permitan alcanzar lo dispuesto por las Cumbres Iberoamericanas de Jefes de Estado, en las que de manera reiterada se resalta como objetivo fundamental el de alcanzar la gobernabilidad mediante democracias eficientes, participativas, basadas en los principios de la dignidad, la libertad, la igualdad y la solidaridad.

II.—Que la sede del programa IBERGOP Costa Rica y el Ministerio de la Presidencia y el Programa Estado de la Nación del Consejo Nacional de Rectores de las Universidades Públicas, han desarrollado múltiples actividades de formación y capacitación tendientes al fortalecimiento democrático. Asimismo se han propiciado espacios de diálogo y análisis colectivo junto con los distintos actores académicos, sociales y productivos de país, con el objetivo de construir una visión conjunta del desarrollo nacional.

III.—Que dentro del plan académico 2004-2005 del Programa IBERGOP, se hizo un análisis del desarrollo económico y social iberoamericano, en el contexto del gran desafío que supone la gobernabilidad, como instrumento o herramienta que pretende generar las habilidades necesarias, tanto en los poderes públicos como en la sociedad, para generar soluciones que sean producto de un amplio consenso nacional y con un fuerte contenido de inclusión y solidaridad. Papel fundamental que en este proceso desempeña la economía social.

IV.—Que el Gobierno de la República reconoce la función democratizadora de las organizaciones de economía social de nuestro país al liderar un proceso en el que los distintos intereses se encuentran en un terreno neutral de acción cooperativa.

V.—Que con base en las anteriores consideraciones, se considera oportuno y conveniente, dar el aval a la iniciativa de las organizaciones de economía social costarricense de crear una Red Iberoamericana de Economía Social, así como de hacer llegar ante esa Secretaría General Iberoamericana el interés de nuestro país de que en la próxima Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno se le reconozca a esta Red como expresión de la economía social, contribuyendo al desarrollo de la gobernabilidad democrática de nuestros pueblos.

VI.—Que este esfuerzo constituye un referente en materia de buen gobierno y políticas públicas, combinando en forma armónica los aportes técnicos -académicos y la praxis política, tal y como lo demanda la visión estratégica del programa IBERGOP. Por tanto:

Decretan:

1º—Avalar la creación de la Red Iberoamericana de Economía Social como instrumento que coadyuva en el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática, reconociendo el papel de las organizaciones de la economía social en el desarrollo integral de nuestro país; su contribución al desarrollo local integrado, generando empleos dignos y riqueza colectiva; su incidencia en la cohesión y equidad social y en el desarrollo de una ética de la solidaridad, responsabilidad social y a la lucha contra la pobreza.

2º—Rige a partir de su emisión.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veinticinco días del mes de enero del dos mil seis.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—La Ministra de la Presidencia Lineth Saborío Chaverri.—1 vez.—(Solicitud Nº 20-2006).—C-31920.—(D32875-9924).

ACUERDOS

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Nº 001-DRH.—San José, 15 de diciembre del 2005.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA,

Y SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, incisos 2) y 20), 146, 191 y 192 de la Constitución Política de Costa Rica, y 2, y 12 inciso a) del Estatuto del Servicio Civil y nómina 183505 enviada por el Proceso de Dotación de la Dirección General del Servicio Civil.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar en Propiedad en el Ministerio de Gobernación y Policía, Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad (Dinadeco), en el puesto Nº 002514, de la Clase Profesional Licenciado de Dinadeco Nivel A, al señor Luis Roberto Garita Arguedas, cédula de identidad Nº 04-0164-0001.

Artículo 2º—Rige a partir del 1º de enero del 2006.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública, Lic. Rogelio Ramos Martínez.—1 vez.—(Solicitud Nº 24112).—C-11020.—(8210).

MINISTERIO DE CULTURA JUVENTUD Y DEPORTES

Nº 252-MCJD.—San José, 6 de diciembre de 2005.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES

Con fundamento en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el artículo 1, inciso 7) de la Ley 7411 del 25 de mayo de 1994 y el artículo 7, inciso c) de la Ley N° 8316 del 26 de setiembre de 2002.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Designar a la señora Amalia Chaverri Fonseca, Viceministra de Cultura, Juventud y Deportes, portadora de la cédula de identidad 1-294-445, para que participe en la Reunión del Comité Directivo del Proyecto “Red Centroamericana de Museos”, que se realizará en Belmopan, Belice, del 23 al 27 de enero de 2006.

Artículo 2º—Los gastos de transporte internacional, el hospedaje y la alimentación serán cubiertos por el Proyecto “Red Centroamericana de Museos”.

Artículo 3º—Rige del 23 al 27 de enero de 2006.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Cultura, Juventud y Deportes, Guido Sáenz González.—1 vez.—(Solicitud Nº 27473).—C-11570.—(8211).

MINISTERIO DE JUSTICIA Y GRACIA

Nº 05.—San José, 9 de enero del 2006.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del 28 de agosto de 1973 y el Decreto Ejecutivo N° 24333-MP del 23 de mayo de 1995.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al señor Alexander José Piedra Díaz, mayor, cédula 1-1105-371, vecino de Desamparados, San José, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación de Asistencia para el Invidente, cédula jurídica 3-006-301181 de la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—La Ministra de Justicia y Gracia, Patricia Vega Herrera.—1 vez.—(Solicitud Nº 30392).—C-8270.—(8212).

 

Nº 06.—San José, 9 de enero del 2006

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y GRACIA

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146, de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley Nº 5338 del 28 de agosto de 1973 y el Decreto Ejecutivo N° 24333-MP del 23 de mayo de 1995.

ACUERDAN:

Artículo 1°—Nombrar a la señora Roxana Ivette Pereira Villalobos, mayor, cédula 4-110-180, vecina de Santo Domingo de Heredia, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación para el Desarrollo de Santo Domingo, cédula jurídica 3-006-354356 de la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2°—Rige a partir de su publicación.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—La Ministra de Justicia y Gracia, Patricia Vega Herrera.—1 vez.—(Solicitud Nº 30393).—C-8270.—(8249).

 

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO

DE LA COMUNIDAD

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad del Área Legal y de Registro, hace constar que la Asociación de Desarrollo Integral de Asentamiento Monseñor Morera de Tilarán de Guanacaste. Por medio de su representante: Jorge Alberto Ulloa Medrano, cédula 05-0141-0879 ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Área Legal y de Registro.—San José, 21 de diciembre del 2005.—Lic. Donald Picado Angulo, Jefe Área Legal y de Registro.—1 vez.—(8203).

HACIENDA

Resolución Nº 01-2006.—División Órgano de Normalización Técnica.—San José, a las diez horas del dieciséis de enero del dos mil seis.

Considerando:

I.—Que de conformidad con el artículo 4º, inciso e), de la Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Nº 7509 de 9 de mayo de 1995, reformada por Ley Nº 7729 de 4 de diciembre de 1997, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 245, de 19 de diciembre de 1997, se establece que no están afectos a este impuesto: “...e) Los inmuebles que constituyan bien único de los sujetos pasivos (personas físicas) y tengan un valor máximo equivalente a cuarenta y cinco salarios base, no obstante, el impuesto deberá pagarse sobre el exceso de esa suma. El concepto de “salario base” usado en esta Ley es el establecido en el artículo 2° de la Ley Nº 7337 de 5 de mayo de 1993”.

II.—Que el artículo 2° de la Ley Nº 7337 citada indica que: “La denominación “salario base”...corresponde al monto equivalente al salario mensual del “Oficinista 1” que aparece en la relación de puestos de la Ley de Presupuesto Ordinario de la República, aprobada en el mes de diciembre anterior...”.

III.—Que de conformidad con el artículo 2° de la Ley Nº 7337 transcrito, el monto correspondiente al salario de Oficinista 1, en el mes de noviembre de 2006, corresponde a la suma de ¢200.200,00 (doscientos mil doscientos colones netos).

IV.—Que el artículo 12 de la Ley Nº 7509, Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles y sus reformas, crea el Órgano de Normalización Técnica, como órgano técnico especializado y asesor obligado de las Municipalidades y le faculta, en el inciso a), a dictar disposiciones de carácter general, las cuales deberán publicarse en el Diario Oficial y en un diario de circulación nacional.

V.—Que este Órgano de Normalización Técnica, de conformidad con la normativa citada, procede a indicar que el monto no afectó, para el periodo 2006 del 1º de enero al 31 de diciembre, para todos aquellos bienes inmuebles únicos a que se refiere el artículo 4º, inciso e), ibídem es la suma de ¢9.009.000,00 (nueve millones nueve mil colones netos). Por tanto,

Con fundamento en las consideraciones precedentes, estarán no afectos al pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles para el periodo 2006 todos aquellos inmuebles que constituyan bien único de los sujetos pasivos, -personas físicas- y cuyo valor, registrado en la respectiva Municipalidad, no exceda de ¢9.009.000,00 (nueve millones nueve mil colones netos). Asimismo, aquellos inmuebles que no obstante constituir bien único, su valor exceda del monto indicado, deberán pagar el impuesto, el cual se calculará sobre el exceso de la suma indicada.

Rige a partir del 1° de enero del 2006.

Notifíquese a: Concejos y Alcaldes Municipales de todo el país.

Publíquese.—San José, dieciséis de enero del dos mil seis.—M.B.A. Marietta Montero Zúñiga, Directora.—1 vez.—(Solicitud Nº 20271).—C-20395.—(9949).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

GERENCIA INSUMOS AGRÍCOLAS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Nº 004-2006.—La señora Monserrat Alfaro Solano, cédula 1-1149-188, en calidad de representante legal de la compañía Rotam Costa Rica CRI S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita el cambio de nombre del insecticida de nombre comercial Nudrin 90 SP al nuevo nombre LASH 90 SP, compuesto a base de Metomil, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 16 de enero del 2006.—Programa Registro Agroquímicos.—Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa.—(7735).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Nº 241-2005.—El señor Rodolfo Blasio de la Vega, cédula Nº 8-081-073 en calidad de representante legal de la compañía Polyquímicos Blasio & Gutiérrez S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante, de nombre comercial Polyquímicos Sulfato de Zinc Monohidratado, compuesto a base de Zinc-Azufre, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 27 de setiembre del 2005.—Programa Registro de Agroquímicos.—Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa.—(8267).

Nº 250-2005.—El señor Rodolfo Blasio de la Vega, cédula Nº 8-0081-0073, en calidad de representante legal de la compañía Polyquímicos Blasio & Gutiérrez S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Polyquímicos Nitrato de Magnesio Hexahidratado, compuesto a base de Nitrógeno-Magnesio, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 13 de octubre del 2005.—Programa Registro de Agroquímicos.—Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa.—(8268).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO DE TRANSPORTE PÚBLICO

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DE

 CONCESIONES Y PERMISOS

AUDIENCIA PÚBLICA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

De conformidad con el artículo 10 de la Ley N° 3503, Ley Reguladora del Transporte Remunerado de Personas en Vehículos Automotores , artículos N° 21 de la sesión ordinaria 1-2000 del 25 de marzo del 2000 del Consejo de Transporte Público y artículo 39 de la Constitución Política ante solicitudes para permisos especiales para el transporte de trabajadores, se concede audiencia de Ley a los prestatarios del transporte remunerado de personas que a continuación se señalan y a todas aquellas personas que consideren se están afectando sus derechos, por el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente de la presente publicación, para que hagan valer sus derechos correspondientes, mencionen si es de su interés brindar el servicio respectivo, para lo cual deberán adjuntar con la respuesta de la audiencia los requisitos necesarios para conceder el permiso de que se trate.

Así mismo, se les indica que deben señalar casa u oficina o bien, número de fax, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso o ya no existiere.

Las contestaciones a las audiencias otorgadas deberán ser presentadas al Departamento de Administración de Concesiones y Permisos, Unidad de Buses del Consejo de Transporte Público, haciendo referencia al número de expediente, nombre del solicitante y modalidad del permiso.

La persona jurídica o física a la cual se le otorga audiencia se detalla a continuación: Autotransportes San Antonio Sociedad Anónima, se indica lo siguiente al respecto:

Expediente: 08-046

DING-05-1422

Transporte de trabajadores por primera vez

Solicitante: Juan Luis Retana Meza

Centro laboral: Distribuidora de Materiales Asociados Didema Sociedad Anónima

Recorridos: sentido 1-2 sale de San José costado norte del antiguo Banco Anglo, Paseo de los Estudiantes, Plaza González Víquez, la Y Griega, San Francisco de Dos Ríos, Barrio San José de Curridabat sentido 2-1 Barrio San José de Curridabat, San Francisco de Dos Ríos, la Y Griega, Plaza González Víquez, calle 11, costado norte del antiguo Banco Anglo.

DE LUNES A VIERNES

Sale del antiguo Banco Anglo                        Llega a Barrio San José

07:00 a.m.                                                     07:30 a.m

Sale de Barrio San José                                 Llega al antiguo Banco Anglo

05:00 p.m.                                                     05:40 p.m.

UNIDAD PROPUESTA

Placa                 Marca                 Estilo         Modelo        Capacidad

SJB-5638          Internacional             S1800           1990          32 pasajeros

SJB-7620          Internacional             S1800           1997          30 pasajeros

Lic. Manuel Arce Jiménez, Director Ejecutivo.—(Solicitud Nº 4273).—C-74270.—(9168).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD

Y MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 42, título Nº 464, emitido por el Colegio María Auxiliadora de Heredia, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Grettel Vega Chinchilla. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 11 de octubre del 2005.—Departamento de Pruebas Nacionales.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(7722).

CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO

PARA LA EDUCACIÓN TÉCNICA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Yo, José Oldemar Gómez Moreno, portador de la cédula Nº 5-256-936, solicito la publicación de tres veces consecutivas de la pérdida del Título de Profesor de Estado de mi persona, dado en el Centro de Investigación y Perfeccionamiento para la Educación Técnica (C.I.P.E.T), en diciembre de 1996, registrado en el tomo 1, folio 16 y asiento 356 del Libro de Actas.—Nicoya, 24 de enero del 2006.—José Oldemar Gómez Montero.—(7673).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Transportes Roosevelth, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Agrupar y representar a sus afiliados, tanto personas físicas como jurídicas, en la protección, defensa y desarrollo de la actividad del transporte de estudiantes y servicios especiales. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Víctor Manuel Arguedas Barrantes. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 557, asiento: 19561; adicional tomo: 561, asiento: 5832).—Curridabat, 6 de diciembre del dos mil cinco.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 81996.—(8188).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Padres de Familia Liceo Experimental de Grecia, con domicilio en la provincia de Alajuela. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Auspiciar la creación y funcionamiento de instituciones y organismos educacionales, como colegios de segunda enseñanza, escuelas vacacionales, escuelas de artes y oficios, y cualquier otra organización tendiente a satisfacer las necesidades de formación cultural de la niñez y juventud del cantón. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Víctor Manuel Rodríguez Soto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 558, asiento: 10216; adicional tomo: 562, asiento: 6636).—Curridabat, 3 de enero del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(8264).

REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Mariano Monge Otárola, de Costa Rica, mayor, casado una vez, ingeniero civil, cédula Nº 1-155-464, vecino de San José, solicita la Patente de Invención denominada COLUMNETA. Se refiere a un nuevo tipo de planchas de concreto y acero para formaleta y panel col con las cuales se puede construir cualquier obra grande o pequeña, la cual es de concreto armado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es E04C  3/02, cuyo inventor es Mariano Monge Otárola. La solicitud correspondiente lleva el Nº 8062, y fue presentada a las 09:01:25 del 26 de octubre del 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 5 de enero del 2006.—Lic. Rafael Quesada, Registrador.—Nº 81331.—(7572).

La señora Laura Granera Alonso, mayor, abogada, casada una vez, vecina de Heredia, cédula Nº 1-995-938, en su condición de apoderada especial de Stokely-Van Camp, Inc, de E.U.A., solicita el Diseño Industrial denominada PORCIÓN DE BOTELLA.

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Diseño para una porción de botella. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es 09-0 1, cuyos inventores son Machelle D. Stockwell, Charles A. Curtiss, Stuart M. Leslie, Tomohito Osano. La solicitud correspondiente lleva el Nº 7252, y fue presentada a las 13:57:26 del 11 de febrero del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 4 de enero del 2006.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 81408.—(7573).

La señora Laura Granera Alonso, mayor, casada una vez, abogada, vecina de Heredia, cédula Nº 1-995-938, en su condición de apoderada especial de Advanced Drainage Systems Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada EMPAQUETADURA. Una junta anular para efectuar un sello hermético para agua entre dos secciones de una tubería corrugada. La junta incluye porción de sellado dimensionada para calzar dentro de una porción rebajada anular en una de las secciones acopladas de la tubería corrugada y una porción de sellado integralmente moldeada con la porción de sentado. La porción de sellado incluye una primera porción resaltada, una segunda porción resaltada y una superficie arqueada que se extiende entre la primera y la segunda porción resaltada. La masa de la porción de sentado es menor que la masa de la porción de sellado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es F16L 21 /02, cuyos inventores son William Shaffer, William C. Andrick. La solicitud correspondiente lleva el Nº 7242, y fue presentada a las 13:40:53 del 3 de febrero del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de enero del 2006.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 81409.—(7574).

La señora Laura Granera Alonso, mayor, casada, abogada, cédula de identidad Nº 1-995-938, vecina de San José, en su condición de apoderada de Owens-Brockway Glass Container Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada SISTEMA AUTOMATIZADO DE CONFORMIDAD DE CALIDAD. Un proceso de sistematización, monitoreo y auditaje de un proyecto para la producción de un producto o servicio que incluye el proveer una descripción del proyecto como una interconexión entre las etapas requeridas para producir un producto o servicio y provee unas bases de datos hechas a la medida para el almacenamiento de y acceso a documentos asociados con cada etapa de dicha descripción. En cada etapa de la producción del producto o servicio, se ingresan documentos en las bases de datos apropiadas de manera que durante y en la culminación del proyecto puede ser auditada al tener acceso a los documentos en la base de datos o en las bases de datos asociadas con dicha etapa. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es G06F  17/ 60, cuyos inventores son Robert S., Wacke, Karen M. Kerr. La solicitud correspondiente lleva el Nº 8055, y fue presentada a las 13:44:56 del 21 de octubre del 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 6 de enero del 2006.—Lic. Ana Catalina Monge, Registradora.—Nº 81410.—(7575).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado de Wyeth, de EUA, solicita la Patente de Invención denominada PROCESO PARA LA PREPARACIÓN DE 3 QUINOLINA 7 SUSTITUIDA Y 3-QUINOL-4-ONA CARBONITRILOS.

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Se ofrece un proceso para la preparación de 3 quinocarbonitrilos 7 sustituidos y intermedios útiles en un proceso para preparar 3 quinocarbonitrilos 7 sustituidos y se describen las sales farmacéuticamente aceptables. Donde el 7-fluor-o-4-oxo-1,4-dihidro-3-quinolinacarbonitrilo es convertido en tres pasos en 3 quinolinacarbonitrilo es convertido en tres pasos en 3 quinolinacarbonitrilos 7 sustituidos que inhiben la acción de ciertas proteínas quinasas y son útiles en el tratamiento del cáncer. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 215/54, cuyos inventores son: Diane Harris Boschelli, Yanong Daniel Wang, Steven Laurence Jonson. La solicitud correspondiente lleva el número 7511, y fue presentada a las 11:01:13, del 6 de octubre del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de setiembre del 2005.—Lic. Ana Catalina Monge, Registradora.—Nº 81680.—(7848).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Mentor Medical Systems B.V., de países bajos, solicita la Patente de Invención denominada APARATO Y MÉTODO PARA MANUFACTURAR UNA CUBIERTA DE SILICONA PARA IMPLANTES DE SENO. La invención hace referencia a un aparato para fabricar una cubierta de silicón para implante de seno, que consta de una estación de inmersión para sumergir repetidamente por lo menos un molde de tal cubierta en una solución plástica, en donde el molde, en su lado inferior, es colocado en un brazo ajustable, de modo que, durante la operación, por lo menos antes de una inmersión completa del molde, de un extremo superior del molde se ponga en contacto con la solución plástica. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es B29C 41 / 14, cuyo inventor es Smit Jan Johan Hendrik. La solicitud correspondiente lleva el número 7290, y fue presentada, a las 13:11:41, del 23 de marzo del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de setiembre del 2005.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 81681.—(7849).

E1 señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado una vez, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial Aventis Cropscience GMBH, de R. D. Alemana, solicita la Patente de Invención denominada FORMULACIÓN CONCENTRADA EN SUSPENSIÓN QUE CONTIENE PIRIMETANILO. La invención proporciona una formulación Sc acuosa que comprende: a) 50 a 80% p/v de pirimetanilo; b) 0,2 a 5% p/v de un tensioactivo de copolímero de bloques de polioxietileno-polioxipropileno; y c) 0,2 a 5% p/v de un tensioactivo condensado de naftalén-formaldehído. Hemos observado que las formulaciones según la invención se solidifican cuando se trituran durante la fabricación, presentando además una baja tendencia a cristalizar cuando se conservan durante períodos prolongados. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A01N 43/54, cuyo(s) inventores son Dimitrova Galia, Richard Charles Sewell. La solicitud correspondiente lleva el número 6305, y fue presentada, a las 12:48:00, del 9 de febrero del 2001. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de setiembre del 2005.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 81682.—(7850).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Shering Aktiengesellschaft, de R. F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES FARMACÉUTICAS QUE COMPRENDEN UNO O VARIOS ESTEROIDES, UNO O VARIOS COMPONENTES DE TETRAHIIDROFOLATOS Y VITAMINA B12. Se relaciona con un conjunto de elementos (o “Kit”) farmacéutico que comprende una pluralidad de unidades de dosificación oral, para usar en su método anticonceptivo hormonal o una terapia de reemplazo hormonal en hembras de mamíferos, donde dicho conjunto comprende al menos 10 unidades de dosificación que contienen: uno o más esteroides seleccionados del grupo que consiste en estrógenos y progestógenos; uno o más componentes de tetrahidrofolato; y vitamina B12. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31/ 714, cuyo inventor es Herman Jan Tijmen Coelingh Bennink. La solicitud correspondiente lleva el número 7420, y fue presentada, a las 12:11:07, del 20 de agosto del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de noviembre del 2005.—Lic. Rafael Quesada, Registrador.—Nº 81683.—(7851).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado una vez, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Merck & Co Inc., de EUA, solicita la Patente de Invención denominada 5-CLORO-3-(4-METANOSULFONILFENIL)-6-METIL[2,3`]-BIPIRIDINIL EN FORMA CRISTALINA PURA Y PROCESO PARA SU SÍNTESIS. Esta invención abarca la forma V poliforma del compuesto A de la fórmula estructural (A) que es útil para el tratamiento de las enfermedades en las que media la ciclooxigenasa-2. La invención comprende ciertas composiciones farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades en las que media la ciclooxigenasa-2 que comprenden la forma V poliforma del compuesto A. La invención también incluye un proceso para sintetizar la forma V poliforma del Compuesto A. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 213/61, cuyos inventores son Louis S. Crocker, Andrew Kotliar, Ian W. Davies, Richard G. Osifchin. La solicitud correspondiente lleva el número 6606, y fue presentada, a las 12:49:30, del 8 de marzo del 2002. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de octubre del 2005.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 81684.—(7852).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado de Shering Aktiengesellschaft, de R. F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada USO DE COMPLEJOS METÁLICOS CON CONTENIDO DE PERFLUOROALQUILO COMO MEDIO DE CONTRASTE EN IMÁGENES DE RESONANCIA MAGNÉTICA PARA REPRESENTAR TROMBOS INTRAVASALES. Uso de complejos metálicos con contenido de perfluoroalquilo que presentan una concentración de formación de micelas crítica <10-3 mo1/1, un diámetro hidrodinámico de micelas (2 Rh) > 1nm y una relajación de protones en plasma de (R1) > 10 1/mmol.s, como medio de contraste en las imágenes de resonancia magnética para representar trombos intravasales. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 49/08, cuyos inventores son Bernd Misselwitz, Jophannes Platzek, Yoko Kawata, Hanns-Joachim Weinmann, Takishi Yokawa, Urich Neidballa. La solicitud correspondiente lleva el número 7623, y fue presentada, a las 12:24:37, del 15 de diciembre del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de setiembre del 2005.—Lic. Ana Catalina Monge, Registradora.—Nº 81685.—(7853).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Schering Aktiengesellschaft, de R. F. Alemania, solicita la Patente de invención denominada TINTURAS DE CIANINA HIDROFÍLICAS, REACTIVAS CON TIOL Y CONJUGADOS DE LAS MISMAS CON BIOMOLÉCULAS PARA DIAGNÓSTICO POR FLUORESCENCIA. La presente invención se refiere a nuevas tinturas para fluorescencia de la clase de las tinturas de cianina, especialmente indotricarbocianinas con un máximo de absorción y de fluorescencia en el rango espectral entre 700 y 900nm, un grupo reactivo específico para tiol y tres, preferiblemente cuatro, grupos sulfonato para obtener un aumento de la solubilidad en agua así como la producción de tinturas. La presente invención también se refiere a los conjugados de dichas tinturas con biomóleculas y a usos de los mismos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C09B 23 /08, cuyos inventores son Kai Licha, Christin Perlitz. La solicitud correspondiente lleva el número 7925, y fue presentada, a las 13:02:10, del 28 de julio del 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de setiembre del 2005.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 81686.—(7854).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, cédula 1-335-794, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado de Lee Masonry Products LLC., de EUA., solicita la Patente de Invención denominada REVESTIMIENTO DE BLOQUE Y ESTRELLA. Una losa de cimentación de revestimiento formada de bloques de revestimiento que tiene un tamaño de aproximadamente una y media veces más grande que los bloques de tamaño estándar y hechos de hormigón prefabricado. Los bloques de revestimiento de la mitad de tamaño se utilizan como bloques extremos en hileras alternativas. El bloque extremo de preferencia tiene cuatro lados que tienen una pluralidad de proyecciones y rebajos para unirse con bloques de revestimiento adyacentes. Cuando se utiliza para formar una losa de cimentación de revestimiento, la losa de cimentación tiene bordes uniformemente alineados y resiste el levantamiento ascendente y rotación asociados con los medios bloques de la técnica anterior. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es E02 /, cuyos inventores son Mcallister, Kenneth, L., Mccoy, Kenny, W., Dice, Derek, W. La solicitud correspondiente lleva el número 7411, y fue presentada, a las 10:41:49, del 6 de agosto del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 5 de octubre del 2005.—Lic. Ana Catalina Monge, Registradora.—Nº 81687.—(7855).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Valvosanitaria, de Italia, solicita la Patente de Invención denominada TORNILLO PARA LA INMOVILIZACIÓN ANTIFRAUDE. Esta invención se refiere a un tornillo para la inmovilización antifraude de una mariposa o palanca de abrazadera en el vástago de control de un obturador de válvula o llave de paso, que comprende una caña roscada que tiene una cabeza poligonal coronada por una cúpula con forma de cono truncado, semiesférica o con otra forma, cuya base se extiende sobre el borde la superficie de perímetro de dicha cabeza poligonal, en el que dicha cúpula es libre de girar alrededor de la caña por encima de dicha cabeza poligonal, de manera que sólo por medio de una herramienta especial se puede apretar o aflojar la caña roscada de tornillo por medio de la cabeza poligonal, mientras que actuando sobre la cúpula con cualquier herramienta u utensilio no se consigue ningún efecto ya que es capaz de girar loca alrededor de la caña roscada. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es F16B 41 /00, cuyo inventor es Vittorio Bugatti. La solicitud correspondiente lleva el número 7284, y fue presentada, a las 12:54:57, del 12 de marzo del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de setiembre del 2005.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 81688.—(7856).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, divorciado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Schering Aktiengesellschaft, de R. F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada SISTEMA TERAPÉUTICO TRANSDÉRMICO ESTABLE A LOS RAYOS UV. El invento se refiere a un nuevo sistema terapéutico transdérmico estable a los rayos UV (TTS) que consiste en una capa de base, por lo menos una matriz que contiene sustancia activa y opcionalmente una película despegable y además un agente absorbedor de rayos UV, donde entre la capa de base y la matriz que contiene, sustancia activa, que se encuentra más alejada de la superficie de la piel, se prevé por lo menos una capa adhesiva que contiene agente absorbedor de rayos UV y entre la capa adhesiva que contiene el agente absorbedor de rayos UV y la matriz que contiene sustancia activa, que está más alejada de la superficie de la piel, se prevé por lo menos una capa separadora que es impermeable a la sustancia activa e impermeable al agente absorbedor de rayos UV. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 9 /70, cuyos inventores son Jochen Schumacher, Manfred Susse, Stephan Mletzko, Jan-Peter Ingwersen, Thomas Langguth, Dirk Schenk, Hubert Kaffl. La solicitud correspondiente lleva el número 7952, y fue presentada, a las 12:39:13, del 19 de agosto del 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de noviembre del 2005.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 81689.—(7857).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, casado, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado de Norbrook Laboratories Limited, de Reino Unido, solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES DE ACTUACIÓN PROLONGADA QUE CONTIENEN UN COMPUESTO DE SALICILANILIDA, UNA ESPECIE DE POLÍMERO Y AL MENOS OTRO COMPUESTO ANTI-PARASITICIDA. Una composición preparada para el tratamiento de animales con parásitos, parásitos que se saben susceptibles al menos una entre avermectinas, milbemicinas o salicilanilidas, comprende por ejemplo ivermectina en una cantidad comprendida entre el 0,1 y el 10% (p/v), un solvente seleccionado dentro del grupo consistente en glicerol formal, propilenglicol, polietilenglicol y combinaciones de los mismos, y una salicilanilida tal como closantel en una dosis requerida por el animal a ser tratado, habitualmente de alrededor de 2,5 mg/kg vivo de peso del animal a ser tratado, una especie polimérica seleccionada dentro del grupo consistente en polivinilpirrolidona y copolímeros de bloque de polioxipropileno/ polioxietileno, dichas especies poliméricas mejoran la biodisponibilidad del closantel en la medida que pueden lograrse niveles en plasma sanguíneo de dicho compuesto de más de alrededor de 20 ppm a lo largo de un período de tratamiento. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31 /7048, cuyos inventores son Cromie, Lillian, Duffy, Sean, Blakely, William. La solicitud correspondiente lleva el número 7429, y fue presentada, a las 12:36:02, del 24 de agosto del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de setiembre del 2005.—Lic. Ana Catalina Monge, Registradora.—Nº 81709.—(7858).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado de Saudi Arabian Oil Company, de Arabia Saudita, solicita la Patente de Invención denominada PROCESO PARA INCREMENTAR LA PRESIÓN PARCIAL EN PROCESOS DE HIDROPROCESAMIENTO. En una unidad de hidrocraqueo, se alimentan los gases vaporizados (flash gases) provenientes del separador de alta presión al fondo de una zona de absorción en la cual los gases entrantes son puestos en contacto a contracorriente con un solvente pobre. El solvente pobre elimina por absorción el contenido de metano, etano, propano, butanos y pentanos (c1+) del contenido de hidrógeno. La corriente de gas que sale de la parte superior de la zona de absorción contiene típicamente hidrógeno con una pureza de 90 a 98 mo1%, o aun mayor, hidrógeno que es alimentado a la corriente de gas reciclada para proveer hidrógeno con una pureza en la gama de 96 a 99 mol%, con lo cual se provee un aumento de la eficiencia total de la unidad hidroprocesadora. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C01G 47 /00, cuyos inventores son: Mehra, Yuv, Raj, Abdulai, Ali-Hassan. La solicitud correspondiente lleva el número 7393, y fue presentada, a las 11:19:56, del 16 de julio del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de setiembre del 2005.—Lic. Ana Catalina Monge, Registradora.—Nº 81710.—(7859).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado de Basf Aktiengesellschaft, de R. F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada ISOXAZOLINAS SUSTITUIDAS POR 3-HETEROARILO.

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La presente invención se refiere a isoxazolinas sustituidas por 3- heteroarilo de la fórmula I en la que las variables tienen los significados siguientes: x es heteroarilo sustituido de cinco miembros con uno a cuatro átomos de nitrógeno, o con uno a tres átomos de nitrógeno y un átomo de oxígeno o de azufre; o heteroarilo sustituido de seis miembros con uno a cuatro átomos de nitrógeno; donde el heteroarilo de cinco miembros no es pirazolilo o tienilo; R1-R7 significan hidrógeno, alquilo o halógenoalquilo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A01N 43/80, cuyos inventores son Oliver Wagner, Michael Rack, Matthias Witschel, Cyrill Zagar, Andreas Landes. La solicitud correspondiente lleva el número 7537, y fue presentada, a las 12:00:07, del 19 de octubre del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera. publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de setiembre del 2005.—Lic. Ana Catalina Monge, Registradora.—Nº 81711.—(7860).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, cédula 1-335-794, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado de Shering Aktiengesellschaft, de R. F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada PIRIMIDINAS INHIBIDORAS DE CHK, PDK Y AKT, SU PRODUCCIÓN Y SU USO COMO AGENTES FARMACÉUTICOS. Esta invención se relaciona con derivados de pirimidina de fórmula general (I) como inhibidores de quinasas, su producción y su uso como medicación para el tratamiento de diversas enfermedades. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 239/30, cuyos inventores son Judi Bryant, Monica Kochanny, Shendong Yuan, Seok Kuy Khim, Brad Buckman, Damian Arnaiz, Ulf Bomer, Hans Briem, Peter Sperling, Christoph Huwe, Joacim Kuhnke, Martina Schafer, Lars Wortmann, Dirk Kosemund, Emil Eckle, Richard Feldman, Gary Phillips. La solicitud correspondiente lleva el número 7866, y fue presentada, a las 13:13:27, del 9 de junio del 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 5 de octubre del 2005.—Lic. Ana Catalina Monge, Registradora.—Nº 81712.—(7861).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado de Shering Aktiengesellschaft, de R. D. Alemana, solicita la Patente de Invención denominada INHIBIDORES DE LA CARBOXPEPTIDASA B PLASMÁTICA. Los compuestos de la siguiente fórmula (I), por ejemplo: donde R1, R2, R3 y R4 tienen los valores que se definen en la presente, son útiles como inhibidores de plasma carboxipeptidasa B. También se describen composiciones farmacéuticas que contienen dichos compuestos, métodos para usar los compuestos como agentes antitrombóticos y procesos para sintetizarlos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07F 9 / 30, cuyos inventores son: Brad Buckman, Kumar Emayan, Imadul Islam, Karen May, Judi Bryant, Raju Mohan, Cristopger West, Shendong Yuan. La solicitud correspondiente lleva el número 7513, y fue presentada, a las 11:02:46, del 6 de octubre del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de setiembre del 2005.—Lic. Ana Catalina Monge, Registradora.—Nº 81713.—(7862).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Basf Aktiengellschaft, de R. D. Alemana, solicita la Patente de Invención denominada TRIAZOLOPIRIMIDAS FUNGUICIDAS, PROCEDIMIENTOS PARA SU OBTENCIÓN Y EL USO DE LAS MISMAS PARA COMBATIR HONGOS NOCIVOS, ASÍ COMO PRODUCTOS QUE LAS CONTIENEN. Se refiere a triazolopirimidas fungicidas, procedimientos para su obtención y el uso de las mismas para combatir hongos nocivos, así como productos que las contienen. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 487/04, cuyos inventores son: Tormo I Blasco, Jordi, Blettner, Carsten, Muller, Bernd, Gewer, Markus, Grammenos, Wassilios, Grote, Thomas, Gypser, Andreas, Rheinheimer, Joachim, Schafer, Peter, Schieweck, Frank, Shcwogler, Anja, Ammerman, Eberhard, Strathmann, Siegfried, Lorenz, Gisela, Stierl, Reinhard, Shofl, Ulrich. La solicitud correspondiente lleva el número 7484, y fue presentada, a las 12:14:13, del 20 de setiembre del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de noviembre del 2005.—Lic. Rafael Quesada, Registrador.—Nº 81714.—(7863).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Shering Aktiengellsschaft, de R. D. Alemana, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE BENZIMIDAZOL 1-FENIL-2-HETEROARIL-SUSTITUIDOS, SU USO PARA PREPARAR EL TRATAMIENTO DE ENFERMEDADES INMUNOLÓGICAS. Se describen derivados de benzimidazol, su preparación y su uso para preparar médicamento para el tratamiento y la profilaxis de enfermedades que están asociadas con la activación de la microglia, y enfermedades inmunológicas mediadas por células T así como preparados farmacéuticos que contienen los nuevos derivados de benzimidazol. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 401 /04, cuyos inventores son Blume, Thorsten, Halfbrodt, Wolfang, Kuhnke, Joachim, Monning, Ursula, Elger, Bernd, Schneider, Herbert. La solicitud correspondiente lleva el número 7442, y fue presentada, a las 13:50:39, del 1º de setiembre del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de noviembre del 2005.—Lic. Rafael Quesada, Registrador.—Nº 81715.—(7864).

E1 señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, cédula 1-335-794, vecina de San José, en su condición de Shering, Artiengesellschaft, de R. D. Alemana, solicita la Patente de Invención denominada INHIBIDORES DE LA MICROGLIA PARA INTERRUMPIR REACCIONES INMUNES ASOCIADAS CON INTERLEUCINA 12 Y FNY. Uso de inhibidores de la microglia para preparar fármacos que inhiben las reacciones inmunes asociadas con monocitos, macrófagos y células- T y su uso para el tratamiento de enfermedades inmunológicas asociadas con células- T y reacciones inflamatorias no asociadas con células-T. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31 /4184, cuyos inventores son Blume, Thorsten, Docke, Wolf-Dietrich, Halfbrodt, Wolfang, Kuhnke, Joachim, Monning, Ursula, Elger, Bernd, Schneider, Herbert. La solicitud correspondiente lleva el número 7441, y fue presentada, a las 13:49:49, del 1º de setiembre del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de setiembre del 2005.—Lic. Ana Catalina Monge, Registradora.—Nº 81716.—(7865).

La señora María Vargas Uribe, mayor, abogada, cédula 1-785-618, vecina de San José, apoderada especial de Applied Molecular Evolution Inc., de EUA, solicita la Patente de Invención denominada ANTICUERPOS DE HUMANO, ANTI-AVB3 RECOMBINANTES, ÁCIDOS NUCLEICOS QUE CODIFICAN A LOS MISMOS Y MÉTODO DE USO. La invención proporciona anticuerpos injertados LM609 mejorados, que muestran una afinidad de enlace selectiva a la avB3, o un fragmento funcional de los mismos. También proporciona moléculas de ácido nucleico que codifican a los anticuerpos injertados LM609 mejorados. Adicionalmente, se proporcionan métodos para inhibir una función de la avB3 poniendo en contacto la avB3 con un anticuerpo injertado LM609 mejorado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07K 16 / 28, cuyos inventores son William D. Huse, Wu Herrea. La solicitud correspondiente lleva el número 6538, y fue presentada, a las 13:49:00, del 20 de diciembre del 2001. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de octubre del 2003.—Lic. Norma Palma Brenes, Registradora.—Nº 81717.—(7866).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, cédula Nº 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado de Shering Aktiengesellschaft, de R.D. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE QUINOLONA E ISOQUINOLONA,

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un método para su preparación y su uso como inhibidores de la inflamación. Derivados de quinolina e isoquinolina de la fórmula general I a un método para su preparación y a su uso como inhibidores de la inflamación. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 215/40, cuyos inventores son Jaroch, Stefan, Lehmann, Manfred, Schmees, Norbert, Berger, Markus, Rehwinkel, Hartmut, Krolikiewicz, Konrad, Skuballa, Werner, Schacke, Heike, Schottelius, Arndt. La solicitud correspondiente lleva el Nº 7553, y fue presentada a las 12:33:50 del 27 de octubre del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de setiembre del 2005.—Lic. Ana Catalina Monge, Registradora.—Nº 81834.—(8070).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada 4-[(2,4-DICLORO-5-METROXIFENIL) AMINO]-6-ALKOXI-3-QUINOLINCARBONITRILOS PARA EL TRATAMIENTO DE LESIONES ISQUEMICAS.

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Los compuestos de fórmula (I), en donde X es N,CH; N es un número entero de 1 a 3; y R y R independientemente son alquilo de 1 a 3 átomos de carbono, y sales farmacéuticamente aceptables de dichos compuestos, con la condición de que cuando N es 1, X no puede ser N; son útiles para la inhibición de la permeabilidad vascular causada por enfermedad, lesión o algún otro trauma. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31/496, cuyos inventores son Diane Harris Boschelli, Margaret María Zaleska, Frank Charles Boschelli, Kim Thimothy Arndt. La solicitud correspondiente lleva el Nº 7931, y fue presentada a las 12:57:13 del 3 de agosto del 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1º de noviembre del 2005.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 81835.—(8071).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Shering Aktiengesellschaft, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE BENCENO SUSTITUIDOS CON TRIMEROS MACROCÍCLICOS.

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El invento se refiere a complejos metálicos de la fórmula (I), donde Hal representa bromo o yodo y A1 y A2 tienen significados diferentes. Los complejos metálicos de acuerdo con el invento son adecuados para ser usados como medios de contraste. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 257/02, cuyos inventores son Johannes Platzek, Hanns -Joachim Weinmann, Heiko Schirmer, José Luis Martín, Juan R. Harto, Bjorn Riefke. La solicitud correspondiente lleva el Nº 7937, y fue presentada a las 12:44:21 del 9 de agosto del 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1º de noviembre del 2005.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 81836.—(8072).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, divorciado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Dow Agrosciences LLC, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada 6-ALQUIL O ALQUENIL-4 AMINOPICOLINATOS Y USO DE LOS MISMOS COMO HERBICIDAS. Ácidos 4-Aminopicolinicos que poseen sustituyentes alquilo o alquenilo en la posición 6 y los derivados amina y ácidos de los mismos que son herbicidas que demuestran un amplio espectro en el control de malezas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 213/79, cuyos inventores son Terry Balko, Ann Marie Buysse, Stephen Craig Fields, Nicholas Martín Irvine, William Ching-Leug Lo, Christian Thomas Lowe, John Richburg, Paul Richard Schmitzer. La solicitud correspondiente lleva el Nº 7979, y fue presentada a las 12:50:17 del 7 de setiembre del 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 12 de diciembre del 2005.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 81837.—(8073).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado una vez, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Helsinn Healthcare S. A., de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada MÉTODO PARA EL TRATAMIENTO POST OPERATORIO DE NÁUSEA Y VÓMITO. Se facilitan métodos para el tratamiento de náusea y vómito post operatorio, así como emesis en general, con antagonistas receptores 5-HT3. En particular, el invento ofrece los métodos para reducir la náusea y vómito post operatorios y otros eventos eméticos con palonosetron. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31/4748, cuyos inventores son Luigi Baroni, Alberto Macciocchi, Enrico Braglia, Riccardo Braglia. La solicitud correspondiente lleva el Nº 7949, y fue presentada a las 13:18:08 del 16 de agosto del 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de noviembre del 2005.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 81838.—(8074).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, cédula Nº 1-335-794, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado de Academisch Ziekenhuis Leiden, de Países Bajos, solicita la Patente de Invención denominada PEPTIDE INHIBITORS OF TOXINS DERIVED FROM LL-37. La presente invención se refiere a un grupo de compuestos péptidos que tienen afinidad por toxinas y especialmente por toxinas bacterianas, tales como el lipopolisacárido o el ácido lipoteicoico. Estos compuestos pueden inhibir o neutralizar las toxinas. Además, la presente invención se refiere al uso de estos compuestos como agentes terapéuticos o de diagnóstico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07K 14/47, cuyos inventores son Johannes Jakobus Grote, Jan Wouter Drijfohut. La solicitud correspondiente lleva el Nº 7926, y fue presentada a las 13:06:46 del 28 de julio del 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de noviembre del 2005.—Lic. Ana Catalina Monge, Registradora.—Nº 81839.—(8075).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, cédula Nº 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado de Shering Aktiengesellschaft, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada TRATAMIENTO DE LA HIPERTENSIÓN EN MUJERES QUE RECIBEN TERAPIA DE REEMPLAZO HORMONAL. Se describe un método para reducir la tensión arterial y lograr el efecto de una terapia de reemplazo hormonal (TRH) en una mujer hipertensa que recibe TRH, y que comprende administrar a la mujer dosis efectivas de drospirenona y un estrógeno. En una realización, la mujer ya está tomando medicación antihipertensiva cuando se inicia el método. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 3158/5, cuyo inventor es Adel H. Karara. La solicitud correspondiente lleva el Nº 7571, y fue presentada a las 11:19:36 del 5 de noviembre del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de setiembre del 2005.—Lic. Ana Catalina Monge, Registradora.—Nº 81840.—(8076).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, cédula Nº 1-335-794, vecino de San José, en su condición de F. Hoffmann- La Roche AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada ÁCIDOS BIFOSFONICOS PARA EL TRATAMIENTO Y PREVENCIÓN DE OSTEOPOROSIS. La presente invención se refiere al empleo de los ácidos bisfosfonicos o las sales farmacéuticamente aceptables de los mismos, para la elaboración de medicamentos para la prevención o tratamiento de trastornos caracterizados por un aumento patológico de la resorción ósea, especialmente para la prevención y tratamiento de la osteoporosis La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61P 19/10, cuyos inventores son Bauss, Frieder, Pichler, Bernhard, Turley, Stephen. La solicitud correspondiente lleva el Nº 7507, y fue presentada a las 12:04:05 del 5 de octubre del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de setiembre del 2005.—Lic. Ana Catalina Monge, Registradora.—Nº 81841.—(8077).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado una vez, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de British American Tobacco (Investment) Limited, de Reino Unido, solicita el modelo industrial denominado WALLET.

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El diseño consiste en la forma y configuración de un empaque para artículos de fumado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es 09-03/, cuyos inventores son Andrew Jonathan Bray, Adrián Roy Stewart-Cox, Alan Douglas Tearle, Steven Holford. La solicitud correspondiente lleva el Nº 7072, y fue presentada a las 13:22:25 del 10 de setiembre del 2003. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 24 de octubre del 2005.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 81868.—(8079).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Ball Horticultural Company, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada 4-CETOCAROTENOIDES EN PÉTALOS DE FLORES. Se relaciona a biosíntesis de carotenoide y producción biotecnológica de astaxantina. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C12P/, cuyos inventores son Hauptmann, Randal, Eisenreich, Robert, Eschenfeldt, William, Khambatta, Zubin. La solicitud correspondiente lleva el Nº 7430, y fue presentada a las 12:35:08 del 24 de agosto del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de noviembre del 2005.—Lic. Rafael Quesada, Registrador.—Nº 81869.—(8080).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado una vez, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Bridgestone/Firestone North American Tire LLC, de E.U.A., solicita el modelo industrial denominado SUPERFICIE DE RODADURA DE NEUMÁTICO.

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Nuevo diseño de una superficie de rodadura de neumático. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es 12-15/, cuyos inventores son Timothy J. Lassan, James G. Guspodin, Michel Beauvais. La solicitud correspondiente lleva el Nº 7216, y fue presentada a las 12:48:48 del 5 de enero del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 24 de octubre del 2005.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 81870.—(8081).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de S.C. Johnson Home Storage Inc., de E.U.A., solicita el modelo industrial denominado CONTENEDOR Y TAPA.

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El diseño ornamental para un recipiente y una tapa. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es 07-07/, cuyos inventores son Brian Dais, Joseph Perushek, Donald E. Mccumber, Charles A. Angell. La solicitud correspondiente lleva el Nº 6869, y fue presentada a las 12:33:00 del 20 de diciembre del 2002. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1º de noviembre del 2005.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 81871.—(8082).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de S.C. Johnson Home Storage Inc., de E.U.A., solicita el modelo industrial denominado CONTENEDOR Y TAPA.

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El diseño ornamental para un recipiente y una tapa. La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es 07-07/, cuyos inventores son Brian Dais, Joseph Perusher, Donald E. Mccumber, Charles Austen Angell. La solicitud correspondiente lleva el Nº 6867, y fue presentada a las 10:44:00 del 20 de diciembre del 2002. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1º de noviembre del 2005.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 81872.—(8083).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula Nº 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado de F. Hoffmann La Roche AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada DOSIS ALTAS DE FORMULACIONES DE IBANDRONATO. La invención se refiere a dosis altas de formulación oral de bisfosfonatos y a un proceso para la preparación de tales formulaciones La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61P 31/663, cuyos inventores son Hans-G Kaestle, Bernard Meyer. La solicitud correspondiente lleva el Nº 7549, y fue presentada a las 11:52:31 del 25 de octubre del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de setiembre del 2005.—Lic. Ana Catalina Monge, Registradora.—Nº 81873.—(8084).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de S. C. Johnson Home Storage Inc, de E.U.A., solicita el modelo industrial denominado SUPERFICIE DESECHABLE.

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La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es 7/99, cuyos inventores son William E. Leboeuf, Bryan L. Ackerman, Virginia D. Karul. La solicitud correspondiente lleva el Nº 6723, y fue presentada a las 12:27:00 del 9 de agosto del 2002. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1º de noviembre del 2005.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 81874.—(8085).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado una vez, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Bridgestone/Firestone North American Tire LLC, de E.U.A., solicita el modelo industrial denominado BANDA DE RODADURA.

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El diseño ornamental para una banda de llanta. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es 12-15/, cuyos inventores son Andrea Kindig, John J. Regallis. La solicitud correspondiente lleva el Nº 6707, y fue presentada a las 13:01:00 del 18 de julio del 2002. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 24 de octubre del 2005.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 81875.—(8086).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Helsinn Healthcare S. A., de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada FORMULACIONES FARMACÉUTICAS LÍQUIDAS DE PALONOSETRÓN. Formulaciones líquidas de palonosetrón de almacenamiento estable para reducir una emesis inducida por quimioterapia y radioterapia con palonosetrón. Las formulaciones son de particular utilidad en la preparación de medicamentos líquidos intravenosos y orales. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31/4747, cuyos inventores son Daniele Bonadeo, Ricardo Braglia, Roberta Cannella, Enrico Braglia, Giorgio Calderari. La solicitud correspondiente lleva el Nº 7921, y fue presentada a las 11:49:27 del 22 de julio del 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de setiembre del 2005.—Lic. Rafael Quesada, Registrador.—Nº 81935.—(8087).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada HETEROCICLIL-3-SULFONILINDAZOLES COMO LIGANDOS DE 5-HIDROXITRIPTAMINA-6. Se refiere a los receptores de la serotonina (5-hidroxitriptamina) (5-HT) juegan un papel critico en muchas funciones fisiológicas y de conducta, tanto en humanos como en animales. Estas funciones son mediadas a través de varios receptores de 5-HT distribuidos a través del cuerpo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D/, cuyos inventores son Ronald Charles Bernotas, Yinfa Yan, Albert Robichaud, Guangcheng Liu. La solicitud correspondiente lleva el Nº 7930, y fue presentada a las 12:56:39 del 3 de agosto del 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de noviembre del 2005.—Lic. Rafael Quesada, Registrador.—Nº 81936.—(8088).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Schering Aktiengsellschaft, de R.D. Alemana, solicita la Patente de Invención denominada 5-(2-HIDROZI-3-1-(3-TRIFLUOROMETILFENIL)-CICLOPROPIL-PROPIONILAMINO)-FTALIDA Y COMPUESTOS RELACIONADOS CON ACTIVIDAD MODULADORA DEL RECEPTOR DE PROGESTERONA PARA SER EMPLEADOS EN LA CONTRACEPCIÓN Y EN UNA TERAPIA DE REEMPLAZO HORMONAL.

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La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es/, cuyos inventores son Chmees, Norbert, Lehmann, Manfred, Fuhrmann, Ulrike, Muhn, Peter, Hegele-Hartung, Christa, Klotzbucher, Michael. La solicitud correspondiente lleva el Nº 7490, y fue presentada a las 11:54:35 del 21 de setiembre del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de noviembre del 2005.—Lic. Rafael Quesada, Registrador.—Nº 81937.—(8089).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, vecino de San Jpsé, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Basf Aktiengesellschaft, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada NUEVA MODIFICACIÓN CRISTALINA DEL ANHIDRATO DE BOSCALIDA.

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El objeto de la presente invención es una 2-cloro-N-(4-clorobifenil-2-il) nicotamida monoclínica, que funde a 147-148 grados centígrados, de fórmula 1. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 213/82, cuyos inventores son Winfried Mayer, Hans Ziegler, Karl Heinrich Schneider, Tomas Krohl, Horst Mayer, Peter Erk, Gerhard Cox, Reinhard Stierl. La solicitud correspondiente lleva el Nº 7939, y fue presentada a las 12:45:47 del 9 de agosto del 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de noviembre del 2005.—Lic. Rafael Quesada, Registrador.—Nº 81938.—(8090).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Schering Aktiengesellschaft, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada FORMULACIÓN ORAL DE FLUDARA PURÍSIMO CON LIBERACIÓN RÁPIDA DEL INGREDIENTE ACTIVO. Se refiere a una formulación para comprimidos de liberación rápida con > 99,19 de fludara puro (Fludara purísimo) como ingrediente activo en una composición definida en las impurezas residuales. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 9/28, cuyos inventores son Tilstam Ulf, Lipp Ralph, Tack Johannes-Wilheim. La solicitud correspondiente lleva el Nº 7380, y fue presentada a las 13:01:21 del 24 de junio del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de octubre del 2005.—Lic. Rafael Quesada, Registrador.—Nº 81939.—(8091).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Rohm And Haas Company, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES CON CYCLOPROPENOS Y AGENTES COMPLEJANTES DEL METAL. Una composición que contiene un ciclopropeno y un agente complejante de metal. También se provee un método que incluye contactar tales composiciones con plantas o partes de una planta. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07C 13/04, cuyos inventores son Edward Charles Kostansek, Bridget Marie Stevens. La solicitud correspondiente lleva el Nº 7910, y fue presentada a las 12:09:16 del 19 de julio del 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 2 de noviembre del 2005.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 81940.—(8092).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMBINACIONES ANTINEOPLÁSTICAS QUE COMPRENDEN UN DERIVADO DE RAPAMICINA Y UN INHIBIDOR DE AROMATASA. Esta invención proporciona el uso de una combinación de CCI-779 ó 42-0-(2-hidroxi)etil repamicina y un inhibidor de aromatasa y el uso de la misma para la manufactura de un medicamento para el tratamiento de neoplasmas La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31/436, cuyos inventores son Matthew Sherman, James J. JR Gibbons, Mark Berger, Robert T. Maguire, Robert Friedman. La solicitud correspondiente lleva el Nº 7942, y fue presentada a las 12:24:19 del 12 de agosto del 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de noviembre del 2005.—Lic. Rafael Quesada, Registrador.—Nº 81941.—(8093).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado una vez, vecino de San José, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Neuralab Limited, de Bermudas, Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada INMUNIZACIÓN ACTIVA PARA GENERAR ANTICUERPOS PARA BETA-A-SOLUBLE. La invención proporciona métodos útiles para efectuar la profilaxis o el tratamiento de la enfermedad de alzheimer. Tales métodos implican la administración de fragmentos Beta-A de la región central o C-terminales de Beta-A. Tales fragmentos pueden inducir una mezcla policlonal de anticuerpos que se enlazan específicamente a Beta-A soluble sin enlazarse a las placas. Los anticuerpos pueden inhibir la formación de depósitos amiloides de Beta-A en el cerebro de un paciente a partir de AB soluble previniendo o tratando así la enfermedad. El fragmento Beta-A 15-24 y los subfragmentos de 5-10 aminoácidos contiguos del mismo son los inmunógenos preferidos debido a su capacidad para generar una alta valoración de anticuerpos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C12N 15/85, cuyos inventores son Ted Yednock, Niki Vásquez, Peter Seubert. La solicitud correspondiente lleva el Nº 7922, y fue presentada a las 11:56:10 del 22 de julio del 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 4 de noviembre del 2005.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 81942.—(8094).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada HETEROTRICYCLYL 6-ALKYLIDENE-PENEMAS AS BETA-LACTAMASE INHIBITORS. La presente invención proporciona un compuesto de la fórmula I, composiciones farmacéuticas y el uso del mismo para el tratamiento de una infección o enfermedad bacteriana en un paciente en necesidad del mismo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 519/00, cuyos inventores son Aranapakam Mudumbai Nemkatesan, Tarek Mansour, Takao Abe, Ado Mihira, Atul Agarwal, Hideki Ushirogoshi, Yangson Gu, Satoshi Tamai, Fuk-Wah Sum. La solicitud correspondiente lleva el número 7509, y fue presentada a las 11:00:39 del 6 de octubre de 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de setiembre del 2005.—Nº 81833.—(8069).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Lee Masonry Products LLC., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada REVESTIMIENTO DE BLOQUE Y ESTERILLA. Se refiere en general a un bloque de revestimiento. Más particularmente se refiere a un bloque de revestimiento, empleado para formar una estera de revestimiento que tiene cualidades de enclavamiento, que inhiben fuerzas de levantamiento hidráulico vertical así como inhiben el movimiento en direcciones longitudinal y latitudinal. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es E02B            /, cuyos inventores son Mcallister, Kenneth L., Mc-Coy, Kenny, W., Dice, Dereck, W. La solicitud correspondiente lleva el Nº 7408, y fue presentada a las 12:27:14 del 4 de agosto del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 11 de octubre del 2005.—Lic. Rafael Quesada, Registrador.—Nº 81842.—(8078).

AMBIENTE Y ENERGÍA

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Expediente Nº 12056.—Panamerican Woods Plantations S. A., solicita en concesión 0,40 litros por segundo de Quebrada Arguedas, captada en su propiedad en Nicoya. Coordenadas 209.850/373.250 Hoja Cerro Azul. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo, dentro del mes de la primera publicación.—San José, 16 enero de 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(7697).

Expediente Nº 12057.—Panamerican Woods Plantations S. A., solicita en concesión 0,80 litros por segundo del Río Mala Noche, captado en su propiedad en Nicoya. Coordenadas 209.250/374.000 Hoja Cerro Azul. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo, dentro del mes de la primera publicación.—San José, 16 enero de 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(7698).

Expediente Nº 12069.—Hermosa Village & Town Center S. A., solicita, en concesión, 2 litros por segundo del pozo CN-91, perforado en su propiedad en Carrillo, para usos domésticos. Coordenadas: 284.342 / 353.090. Hoja Carrillo Norte. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes de la primera publicación.—San José, 18 de enero del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(7790).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. Nº 12080.—Rosa Lira Valdivia, solicita en concesión 0,01 litros por segundo de la Quebrada Zopilota en su propiedad en Atenas, para riego. Coordenadas 215.100 / 496.400, Hoja Río Grande. Propietarios de predios inferiores: Rosibel, Ana Isabel y Francisco Salas Bolaños, Carmen Bolaños Muñoz, Carlos Trigueros Castillo, Gustavo Espinoza Salas y Alfredo Bolaños Sánchez. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de enero del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(8237).

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE

Y COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLE

DGTCC-138.—San José, a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil seis, se tiene por presentada la solicitud por parte del señor Aníbal Arrieta Sequeira, mayor, casado una vez, comerciante, cédula de identidad Nº 5-143-693 y vecino de San Antonio de Nicoya, provincia de Guanacaste, en su condición de Apoderado Generalísimo de la sociedad denominada Ganadera Arrieta Leal Gal Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-032084, quien solicita autorización para la entrada en operación de un tanque cisterna para el transporte de producto limpio, específicamente gasolina súper, gasolina regular y diesel, el cual prestará el servicio desde los planteles de RECOPE hasta la Estación de Servicio Multiservicio del Norte Armo S. A., ubicada en Upala, provincia de Alajuela. Se otorga un plazo de ocho días hábiles a partir de la publicación que resulte, en uno de los diarios de mayor circulación en el país y en el Diario Oficial La Gaceta, para que cualquier persona natural o jurídica, que tenga interés o pueda resultar afectada con la operación del nuevo tanque cisterna, haga llegar a esta Dirección su criterio, opinión u oposición al respecto, aportando toda prueba que la sustente.—San José, 27 de enero del 2006.—Msc. Óscar Porras Torres, Director General.—1 vez.—(7752).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

DECRETOS

Nº 1-2006

En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 93, 95 inciso 4), 99, 102 incisos 2), 3) y 9) de la Constitución Política, y 19 inciso f), 48 y 54 del Código Electoral; y,

Considerando:

I.—Que al Tribunal Supremo de Elecciones le corresponde, por disposición constitucional y en forma exclusiva, la organización, dirección y vigilancia de los actos relativos al sufragio. Además, designar a los miembros de las Juntas Electorales, de acuerdo a la ley, e interpretar en forma exclusiva y obligatoria las disposiciones constitucionales y legales referentes a materia electoral.

II.—Que el sufragio, como función cívica primordial y obligatoria, se ejerce ante las Juntas Electorales encargadas de recibirla, votación directa y secreta, de los electores inscritos en el Registro Civil.

III.—Que dentro de los principios constitucionales que regulan el sufragio, se encuentra la garantía de que el sistema facilitará a los ciudadanos el ejercicio de este derecho, el cual se ejerce ante las Juntas Receptoras de Votos, que deben estar conformadas, como mínimo, por tres miembros propietarios y sus respectivos suplentes, siendo obligación del Tribunal velar porque se integren con ese mínimo de miembros.

lV.—Que entre las funciones principales de las Juntas Receptoras de Votos está la de recibir el voto de los electores. Por esta razón, el Tribunal Supremo de Elecciones, debe adoptar las medidas necesarias para que, el día en que se celebren las elecciones, todas las Juntas Receptoras de Votos se encuentren debidamente integradas, juramentadas e inicien su labor a la hora señalada por el Código Electoral.

V.—Que se hace necesario contar con un instrumento legal que especifique y regule la forma en que el Tribunal procederá, por excepción, a integrar e instalar las Juntas Receptoras de Votos, con ciudadanos no propuestos por los partidos políticos que participan con candidaturas inscritas para las elecciones populares convocadas por este Tribunal, y que deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 40 del Código Electoral. Por tanto,

DECRETA:

El siguiente,

REGLAMENTO DE INTEGRACIÓN EXTRAORDINARIA

E INSTALACIÓN DE LAS JUNTAS RECEPTORAS DE

VOTOS POR EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

Artículo 1º—Integración extraordinaria de las Juntas Receptoras de Votos por electores designados por el Tribunal Supremo de Elecciones.

Ante la ausencia total o parcial de electores designados por cada uno de los partidos que participen en las elecciones populares, el Tribunal procederá a designar como miembros de las Juntas Receptoras a ciudadanos que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 40 del Código Electoral o a sus servidores.

Artículo 2º—Escogencia. El Tribunal, por los medios que estime más adecuados, invitará a los ciudadanos a participar como miembros extraordinarios de las Juntas Receptoras de Votos y realizará la designación correspondiente, sea como miembros propietarios o suplentes, de aquellas juntas que tengan menos de tres miembros debidamente juramentados y acreditados, tanto propietarios como suplentes.

Artículo 3º—Juramentación e instalación. Los miembros extraordinarios designados serán instalados y juramentados por los Asesores Electorales o los Delegados ad honorem del Tribunal en coordinación con dicho Asesor.

Artículo 4º—Designación de funcionarios del Tribunal.

El Tribunal podrá designar, además, como miembro extraordinario de una Junta Receptora de Votos, independientemente del lugar en que ésta funcione, a cualquiera de sus servidores, previa juramentación la cual podrá verificarse aún el mismo día de las elecciones.

Artículo 5º—Prohibición. Una vez juramentados, los miembros extraordinarios de las Juntas Receptoras de Votos pasan a ser funcionarios electorales, por tanto, no pueden realizar ningún tipo de ostentación partidista en el desempeño de sus funciones.

Artículo 6º—Vigencia.

Rige a partir de su promulgación.

Dado en San José, a las quince horas del veintiséis de enero del dos mil seis.

Óscar Fonseca Montoya.—Luis Antonio Sobrado González.—Eugenia María Zamora Chavarría.—Juan Antonio Casafont Odor.—Ovelio Rodríguez Chaverri.—1 vez.—(O. C. Nº 551-2006).—C-36595.—(8213).

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

OFICINA ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Expediente Nº 16870-05.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas veinticinco minutos del veinticuatro de enero del dos mil seis. María Nelsy Fonseca Corrales, cédula de identidad número uno-novecientos treinta y cuatro-ochocientos diecinueve, vecina de Naranjo Alajuela; solicita la rectificación del asiento de nacimiento de su hija Mariangel Rodríguez Fonseca, que lleva el número... en el sentido que la misma es hija de “Johnny Sandí Tenorio y María Nelsy Fonseca Corrales, costarricenses”. Conforme lo establece el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta y se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos, dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—(8273).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso Incoadas por Elihoselliet Lubker Chavarría, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 041-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas veintiún minutos del diez de enero del dos mil seis. Ocurso. Expediente Nº 12763-05. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Valery Charlien Varela Zeledón... en el sentido que el nombre y el primer apellido de la madre son “Elihoselliet” y “Lubker” respectivamente y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 81921.—(8104).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ileana Patricia Cambronero Delgado. Expediente Nº 17939-2002, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 1714-2002.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina Actos Jurídicos.—San José, a las dieciocho horas quince minutos, del siete de octubre del dos mil dos. Diligencias de ocurso incoadas por lleana Patricia Cambronero Delgado, mayor, soltera, costarricense, estudiante, cédula de identidad número uno-mil ciento cincuenta y siete-quinientos noventa y uno, vecina de La Granja, Palmares, Alajuela. Resultando I.—..., II.—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Bryan Eduardo Delgado Fallas... en el sentido de los apellidos y nacionalidad de la madre de la persona ahí inscrita son “Cambronero Delgado”, “Costarricense”, respectivamente y no como se consignó. Publíquese esta resolución por una vez en el Diario Oficial. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(8283).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Adolfo Torres Hurtado, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2330-2005 Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cuarenta y seis minutos del veintidós de diciembre del dos mil cinco. Ocurso. Expediente N° 12333-2005. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Adolfo Torres Hurtado, en el sentido que los apellidos del cónyuge son “Hurtado Torres”, y no como se consignaron. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 82018.—(8189).

Se hace saber a los señores Rodolfo Gómez Gómez y William Alberto Fernández Ruiz, que en el Procedimiento administrativo de rectificación de los asientos de nacimiento de Guillermo José Fernández Ruiz y de William Alberto Fernández Ruiz que lleva el número setecientos setenta y setecientos treinta y ocho, folios trescientos ochenta y cinco y trescientos sesenta y nueve, tomos trescientos noventa y dos y trescientos ocho de la Sección de Nacimientos de la Provincia de Guanacaste y Puntarenas respectivamente, se ha dictado la resolución que en lo conducente dice: “N° 2959-2005. Tribunal Supremo de Elecciones. San José, a las doce horas y cincuenta minutos del veintidós de noviembre del dos mil cinco. Procedimiento administrativo de rectificación de los asientos de nacimiento de Guillermo José Fernández Ruiz y William Alberto Fernández Ruiz. Resultando: 1º—… Que la Dirección General del Registro Civil, Oficina de Actos Jurídicos, por resolución número 1827-2005 de las siete horas cuarenta y tres minutos del catorce de setiembre del dos mil cinco, dispuso en lo conducente: “Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Guillermo José Fernández Ruiz, que lleva el número setecientos setenta, folio trescientos ochenta y cinco, tomo trescientos noventa y dos, de la Sección de Nacimientos de la Provincia de Guanacaste y el de William Alberto Fernández Ruiz, que lleva el número setecientos treinta y ocho, folio trescientos sesenta y nueve, tomo trescientos ocho, de la Sección de Nacimientos de la Provincia de Puntarenas, en el sentido que las personas ahí inscritas son hijas de “Rodolfo Gómez Gómez y María de los Ángeles Fernández Ruiz, costarricenses y no como se consignó”. 2º—… 3º—…, Considerando:.... por tanto: se aprueba la resolución consultada. Devuélvase el expediente a la Oficina de origen previa copia de estilo. Notifíquese.”.—Óscar Fonseca Montoya, Luis Antonio Sobrado González, Eugenia María Zamora Chavarría, Juan Antonio Casafont Odor, Ovelio Rodríguez Chaverri.—Secretaría del Tribunal Supremo de Elecciones, San José a las siete horas treinta minutos del veintiséis de enero del dos mil seis. Para notificar a los interesados Guillermo José Fernández Ruiz y William Alberto Fernández Ruiz, en razón de ignorar sus domicilios, se procede a hacerlo mediante edicto que se publicará una vez en el Diario Oficial.—Alejandro Bermúdez Mora, Secretario.—1 vez.—(O. C. Nº 499-2006.—C-16550.—(8214).

Se hace saber a los señores, Marco, Nelson Hurtado Reina y la señora Zenelia Cortés Acosta, que en el procedimiento administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de Yonatan José Cortés Acosta que lleva el número seiscientos setenta y seis, folio trescientos treinta y ocho, tomo trescientos setenta y uno, de la Sección de Nacimientos de la provincia de Guanacaste, se ha dictado la resolución que en lo conducente dice:

“N° 3019-2005.—Tribunal Supremo de Elecciones.—San José, a las catorce horas y veinticinco minutos del veintinueve de noviembre del dos mil cinco. Procedimiento administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de Yonatan José Cortés Acosta. Resultando: 1) Que la Dirección General del Registro Civil, Sección de Actos Jurídicos, por resolución número 2733-2004 de las quince horas nueve minutos del veintiuno de octubre del dos mil cuatro, dispuso en lo conducente: “Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Yonatan José Cortés Acosta, que lleva el número seiscientos setenta y seis, folio trescientos treinta y ocho, tomo trescientos setenta y uno, de la Sección de Nacimientos de la provincia de Guanacaste, en el sentido que es hijo de “Wálter Catón Lezama, costarricenses y Zenelia Cortés Acosta, nicaragüense” y no como se consignó, se rechaza el reconocimiento pretendido por el señor Nelson Hurtado Reina, al no existir fundamento legal para concederlo”. 2)..., 3)..., Considerando:...; Por tanto: se aprueba la resolución consultada. Inicie la Inspección Electoral procedimiento administrativo de rigor, tendiente a determinar la eventual concurrencia de responsabilidad disciplinaria de los funcionarios implicados en la diligencia mencionada antes. Asimismo, proceda el Secretario General del Registro Civil, a hacer ante el Ministerio Público, el relato de los hechos descritos anteriormente, a fin de que la respectiva investigación penal determine eventualmente la presunta conducta delictuosa de la señora Zenelia Cortés Acosta. Devuélvase el expediente a la Oficina de origen para su atención. Notifíquese a los interesados”.

Óscar Fonseca Montoya.—Luis Antonio Sobrado González.—Juan Antonio Casafont Odor.—Ovelio Rodríguez Chaverri.—Fernando del Castillo Riggioni.—Secretaría del Tribunal Supremo de Elecciones.—San José, a las siete horas cincuenta minutos del veintiséis de enero del dos mil seis. Para notificar a los interesados, Nelson Hurtado Reina y la señora Zenelia Cortés Acosta, en razón de ignorar sus domicilios, se procede a hacerlo mediante edicto que se publicará por única vez en el Diario Oficial.—Alejandro Bermúdez Mora, Secretario.—1 vez.—(O. C. Nº 499-2006).—C-16550.—(8216).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Grethel Monge Marenco, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1108-2005.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas treinta y dos minutos, del quince de junio del dos mil cinco. Ocurso. Expediente Nº 4427-2005. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Duneshtka Joane Monge Sandí, en el sentido que el segundo apellido de la madre de la persona ahí inscrita es “Marenco” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(8292).

AVISOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIÓN

Avisos de solicitud de naturalización

María Karelia Trujillo Paniagua, mayor, soltera, trabajadora agrícola, nicaragüense, cédula de residencia 135-RE-062752-00-1999, vecina de Turrialba, Cartago, expediente 1877-2004. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 22 de noviembre del 2005.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(7748).

Ivet Tamara Córdoba Torres, mayor, soltera, cubana, estudiante, cédula de residencia 315-184473-005993, vecina de San José, expediente 2273-2005. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense; por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 4 de enero del 2006.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—1 vez.—(7757).

Oussama Kaiss El Beaini conocido como Oussama Aref Kaiss, mayor, casado, comerciante, Libanés, cédula de residencia 655-150215-000242, vecino de Curridabat, San José, expediente 1712-2004. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 18 de enero del 2006.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(7775).

Fengmin Zheng Zheng conocida como Vanessa Zheng, mayor, casada, comerciante, china, cédula de residencia 626-127399-003776, vecina de Hatillo, San José, expediente 1858-2005. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 18 de enero del 2006.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(7776).

Sergio Antonio Flores Morales, mayor, soltero, hornero, nicaragüense, cédula de residencia 270-143065-077777, vecino de Barrio México, San José, expediente 1625-2005, Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 22 de noviembre del 2005.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº 81810.—(8095).

Mayra Andrea Reyes Fonseca, mayor, soltera, nicaragüense, oficios del hogar, cédula de residencia 270-125095-64096, vecina de San Carlos, Alajuela, expediente 2769-2005. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 4 de enero del 2006.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº 81904.—(8096).

Kania Yaniris Fonseca Reyes, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula residencia Nº 018-RE-000998-01-1999, vecina de San Rafael, Guatuso, Alajuela, expediente Nº 627-2003. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 19 de octubre del 2005.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(8226).

 

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

SALUD

UNIDAD DE PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

PRESUPUESTO: CONSEJO TÉCNICO ASISTENCIA MÉDICO SOCIAL

(COLONES)

PLAN DE COMPRAS PARA EL AÑO 2006

Según el artículo sexto de la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, se comunica a todos los interesados que se contratarán los siguientes Bienes, Obras y Servicios en el Año 2006, período de inicio primer trimestre.

Partida                         Unidad                            Concepto                                                                                                                      Programa 621

1                                                                            SERVICIOS                                                                                                               374.626.685,00

1.01                                                                       ALQUILERES                                                                                                              13.325.000,00

1.01.01                          Unidad                            Alquiler de edificio, locales y terrenos                                                                           13.225.000,00

1.01.04                          Unidad                            Alquiler y derechos para telecomunicaciones                                                                     100.000,00

1.03                                                                       SERVICIOS COMERCIALES Y FINANCIEROS                                                  14.700.000,00

1.03.01                          Unidad                            Información                                                                                                                    10.000.000,00

1.03.02                          Unidad                            Publicidad y Propaganda                                                                                                 4.000.000,00

1.04                                                                       SERVICIOS DE GESTIÓN Y APOYO                                                                  242.201.685,00

1.04.06                          Unidad                            Servicios Generales                                                                                                      242.201.685,00

                                      Unidad                            Contratación servicios de limpieza

                                      Unidad                            Contratación servicios de seguridad

                                      Unidad                            Contratación servicios de confección de cortinas

                                      Unidad                            Contratación servicios de confección de persianas

                                      Unidad                            Limpieza de áreas verdes

1.07                                                                       CAPACITACIÓN Y PROTOCOLO                                                                         10.500.000,00

1.07.01                          Unidad                            Actividades de Capacitación                                                                                          10.000.000,00

1.07.02                          Unidad                            Actividades Protocolarias y Sociales                                                                                  500.000,00

1.08                                                                       MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN                                                                     55.500.000,00

1.08.01                          Unidad                            Mantenimiento de Edificios y Locales                                                                          20.000.000,00

1.08.04                          Unidad                            Mantenimiento y reparación de maquinaría y equipo producción                                  1.000.000,00

1.08.05                          Unidad                            Mantenimiento y reparación de equipo de transporte                                                  20.000.000,00

1.08.06                          Unidad                            Mantenimiento y reparación de equipo de comunicación                                                  500.000,00

1.08.07                          Unidad                            Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliario de oficina                                      8.000.000,00

1.08.08                          Unidad                            Mantenimiento y reparación de equipo de computo                                                       6.000.000,00

2                                                                            MATERIALES Y SUMINISTROS                                                                          153.873.315,00

2.01                                                                       PRODUCTOS QUIMICOS Y CONEXOS                                                              76.873.315,00

2.01.01                                                                  Combustibles y Lubricantes                                                                                      50.000.000,00

                                      Unidad                            Gasolina

                                      Unidad                            Diesel

                                      Unidad                            Líquido de frenos

                                      Unidad                            Aceite lubricante sae 40

                                      Unidad                            Aceite de transmisión Nº 90

                                      Unidad                            Aceite lubricante Nº 140

                                      Unidad                            Aceite hidráulico caja de cambios

                                      Unidad                            Grasa de alta temperatura

2.01.02                                                                  Productos Farmacéuticos y Medicinales                                                                       500.000,00

2.01.99                                                                  Otros Productos Químicos                                                                                         26.373.315,00

                                      Unidad                            Fluroceina

                                      Unidad                            Fijadores de película fotográfica

                                      Litro                                Fijadores de película microfilm

                                      Unidad                            Abonos

                                      Unidad                            Fertilizantes

                                      Unidad                            Cloro

                                      Unidad                            Desodorante ambiental

                                      Litro                                Insecticida

                                      Unidad                            Removedores

                                      Unidad                            Solventes

2.02                                                                       ALIMENTOS Y PRODUCTOS AGROPECUARIOS                                               5.500.000,00

2.02.03                          Unidad                            Alimentos y bebidas                                                                                                        5.500.000,00

2.03                                                                       MATERIALES Y PRODUCTOS DE USO EN LA                                                   17.000.000,00

                                                                              CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO

2.03.01                          Unidad                            Materiales y productos metálicos                                                                                   7.000.000,00

2.03.02                          Unidad                            Materiales y productos minerales y asfálticos                                                                   500.000,00

2.03.03                          Unidad                            Madera y sus derivados                                                                                                   2.000.000,00

2.03.04                          Unidad                            Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo                                         2.000.000,00

2.03.06                          Unidad                            Materiales y productos de plástico                                                                                 1.000.000,00

2.03.99                          Unidad                            Otros Materiales y productos de uso en la construcción                                                5.000.000,00

2.04                                                                       HERRAMIENTAS, REPUESTOS Y ACCESORIOS                                              13.000.000,00

2.04.01                                                                  Herramientas e instrumentos                                                                                     1.000.000,00

                                      Unidad                            Esmeriladora

                                      Unidad                            Alicates

                                      Unidad                            Cortadora

                                      Unidad                            Escaleras

                                      Unidad                            Destornilladores

                                      Unidad                            Brocas

                                      Unidad                            Cubos

                                      Unidad                            Llaves

2.04.02                                                                  Repuestos y accesorios                                                                                                12.000.000,00

                                      Unidad                            Llantas

                                      Unidad                            Baterías

                                      Unidad                            Repuestos para vehículos

                                      Unidad                            Repuestos para motocicletas

                                      Unidad                            Repuestos para caloríferos

                                      Unidad                            Repuestos para equipo de cómputo

2.99                                                                       ÚTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS DIVERSOS                                       41.000.000,00

2.99.01                                                                  Útiles y materiales de oficina y cómputo                                                                   7.000.000,00

                                      Unidad                            Bolígrafos

                                      Unidad                            Borradores

                                      Unidad                            Cinta adhesiva

                                      Unidad                            Engrapadora

                                      Frasco                             Goma

                                      Unidad                            Marcadores

                                      Unidad                            Fechadores

                                      Unidad                            Saca grapas

                                      Unidad                            Papeleras

                                      Unidad                            Tijeras

                                      Unidad                            Perforadoras

                                      Unidad                            Diskettes

                                      Unidad                            Discos compactos

                                      Unidad                            Láminas

                                      Unidad                            Lápices

2.99.02                                                                  Útiles y materiales médico, hospitalario y de Investigación                                    5.000.000,00

2.99.03                                                                  Productos de papel, cartón e impresos                                                                      25.000.000,00

                                      Unidad                            Archivadores y carpetas

                                      Unidad                            Papel bond blanco

                                      Rollo                               Papel higiénico jumbo

                                      Unidad                            Papel fórmula continua

                                      Rollo                               Papel para Fax

                                      Resmas                            Cartulina

                                      Unidad                            Sobres blancos y manila

                                      Rollo                               Cinta papel para sumadora

                                      Rollo                               Toallas de papel para manos

                                      Unidad                            Libros de Actas

                                      Unidad                            Suscripción de periódicos

                                      Unidad                            Diccionarios

                                      Unidad                            Cuadernos

                                      Bloque                             Blocks de hojas ralladas

                                      Unidad                            Libros

2.99.04                                                                  Textiles y vestuario                                                                                                       2.000.000,00

                                      Unidad                            Camisas

                                      Unidad                            Pantalones

                                      Par                                   Zapatos

                                      Unidad                            Camisetas

                                      Metro                              Tela franela

                                      Metro                              Tela de docoma

                                      Unidad                            Paños

                                      Unidad                            Gabachas

2.99.05                                                                  Útiles y materiales de limpieza                                                                                   1.000.000,00

                                      Unidad                            Ceras

                                      Unidad                            Escobas

                                      Unidad                            Palo de Piso

                                      Unidad                            Cepillos

                                      Unidad                            Ceras

                                      Unidad                            Jabón

                                      Unidad                            Desinfectante

                                      Unidad                            Bolsas basura

                                      Unidad                            Líquido limpiador

2.99.07                                                                  Útiles y materiales de cocina y comedor                                                                       500.000,00

                                      Unidad                            Limpiones

                                      Unidad                            Vasos

                                      Unidad                            Platos                                                                                                                                                   

                                      Unidad                            Tasas

                                      Unidad                            Cucharas

                                      Unidad                            Tenedores

2.99.99                                                                  Otros útiles, materiales y suministros                                                                          500.000,00

                                      Unidad                            Película fotográfica

                                      Unidad                            Bombillos

                                      Unidad                            Brochas

                                      Unidad                            Guantes

                                      Unidad                            Regletas

                                      Unidad                            Candados

                                      Unidad                            Baterías

                                      Unidad                            Manguera

5                                                                            BIENES DURADEROS                                                                                             304.700.000,00

5.01                                                                       MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO                                                            139.000.000,00

5.01.03                                                                  Equipo de Comunicación                                                                                              2.000.000,00

                                      Unidad                            Teléfonos

                                      Unidad                            Centrales telefónicas

                                      Unidad                            Fax

                                      Unidad                            Equipo de audio y video

                                      Unidad                            Televisor

                                      Unidad                            Radios

                                      Unidad                            Cámaras

                                      Unidad                            Grabadoras

                                      Unidad                            Proyector multimedia

                                      Unidad                            Video Grabadora

                                      Unidad                            DVD

5.01.04                                                                  Equipo y mobiliario de oficina                                                                                   50.000.000,00

                                      Unidad                            Estaciones de trabajo

                                      Unidad                            Sillas

                                      Unidad                            Archivos

                                      Unidad                            Escritorios

                                      Unidad                            Fotocopiadora

                                      Unidad                            Calculadoras

                                      Unidad                            Sumadora

                                      Unidad                            Ventiladores

                                      Unidad                            Aires acondicionados

                                      Unidad                            Refrigeradoras

                                      Unidad                            Estantes

                                      Unidad                            Bibliotecas

5.01.05                                                                  Equipo y programas de cómputo                                                                                75.000.000,00

                                      Unidad                            Tarjetas para Red

                                      Unidad                            Unidad quemadora de C.D.

                                      Unidad                            Unidad Lectora de C.D.

                                      Unidad                            Discos duros

                                      Unidad                            Pantallas

                                      Unidad                            Teclado

                                      Unidad                            Mouse

                                      Unidad                            Monitores

                                      Unidad                            Soplador y aspirador para computadora

                                      Unidad                            Scanner

                                      Unidad                            Impresoras

                                      Unidad                            Unidad de memoria

                                      Unidad                            Unidad de potencia

                                      Unidad                            Fuentes de poder

                                      Unidad                            Filtros

                                      Unidad                            Microcomputadoras

                                      Unidad                            Computador portátil

                                      Unidad                            Licencias

                                      Unidad                            Asistente personal digital (P.D.A.)

5.01.06                                                                  Equipo sanitario, de laboratorio e investigación                                                       3.000.000,00

                                      Unidad                            Sonómetros

                                      Unidad                            Luxometro

                                      Unidad                            Termómetros                                                                                                                                       

5.01.07                                                                  Equipo y mobiliario educacional, Deportivo y Recreativo                                              6.000.000,00

                                      Unidad                            Pantallas de proyección

                                      Unidad                            Pizarras

                                      Unidad                            Proyector de diapositivas

                                      Unidad                            Proyector de imágenes multimedia

                                      Unidad                            Puntero Láser

5.01.99                                                                  Maquinaria y equipo diverso                                                                                       3.000.000,00

                                      Unidad                            Microondas

                                      Unidad                            Hornos

                                      Unidad                            Percoladores

                                      Unidad                            Plantillas eléctricas

                                      Unidad                            Máquina destructora de documentos

                                      Unidad                            Coffe maker

                                      Unidad                            Secadores de manos

                                      Unidad                            Bombas de agua

                                      Unidad                            Sistemas de alarma

                                      Unidad                            Lámparas de emergencia

                                      Unidad                            Cortadoras de zacate

5.02                                                                       CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y MEJORAS                                              165.700.000,00

5.02.99                                                                  Otras construcciones, adiciones y mejoras                                                            165.700.000,00

                                                                              TOTAL GENERAL INSTITUCIONAL

                                                                              CONSEJO TÉCNICO DE ASISTENCIA MÉDICO SOCIAL

                                                                              621 Dirección Superior y Administración General                                              833.200.000,00

San José, 20 de enero del 2006,—Proveeduría Institucional,—Lic, Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora,—1 vez,—(Solicitud Nº 44752),—C-367670—(7703).

 

UNIVERSIDAD NACIONAL

VICERRECTORÍA DE DESARROLLO

DIRECCIÓN

Res. Nº 0024.—La Dirección de la Proveeduría, a las ocho horas del veinticinco de enero del 2006,

Considerando que:

1º—Los artículos 6° de la Ley de Contratación Administrativa N° 7494 del 2 de mayo de 1995 y 7° del Reglamento General de la Contratación Administrativa, Decreto Ejecutivo N° 25038-H, establecen que los entes públicos sujetos a esta normativa, deberán dar a conocer por medio del Diario Oficial La Gaceta a todos los oferentes potenciales el programa de adquisiciones proyectado.

2º—Que es requisito de la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento publicar el Programa de Adquisiciones para el período 2006. SE ACUERDA:

I.—Publicar el siguiente Programa de Adquisiciones de la Universidad Nacional, para el período presupuestario comprendido entre los meses de enero a diciembre de 2006.

II.—La fuente de financiamiento corresponde al presupuesto ordinario. Incluye presupuesto correspondiente al FEES como presupuestos específicos por ley especial y la proyección en prestación de servicios remunerados y donaciones.

III.—Los montos que se describen a continuación están en miles de colones.

                                                                                                     Monto

Cuenta                      Clase                                                 presupuestado

1 00 00       PARTIDA: SERVICIOS

1 01 00       Alquileres                                                       149.042.702,43

1 01 01       Alquiler de edificios, locales y terrenos               145.950.000,00

1 01 02       Alquiler maquin., equipo y mobiliario                          50.000,00

1 01 03       Alquiler equipo de cómputo                                    1.992.702,43

1 01 04       Alquiler y derechos p/ telecomunicac.                    1.000.000,00

1 01 99       Otros alquileres.                                                          50.000,00

1 03 00       Servicios comerciales

                   y financieros                                                   152.031.245,32

1 03 01       Información                                                      128.581.715,00

1 03 03       Impresión, encuadernac. y otros                          23.349.530,32

1 03 04       Transporte de bienes                                                   50.000,00

1 03 06       Servicios aduaneros                                                     50.000,00

1 04 00       Servicios de gestión y apoyo                         294.712.517,04

1 04 01       Servicios médicos y de laboratorio                              30.000,00

1 04 02       Servicios jurídicos                                                  4.500.000,00

1 04 03       Servicios de ingeniería                                          13.315.011,50

1 04 04       Servicios en ciencias económ. y soc.                    12.000.000,00

1 04 05       Serv. de desarr. de sist. informáticos                       5.500.000,00

1 04 06       Servicios generales                                               22.462.143,54

1 04 99       Otros servicios de gestión apoyo                        236.905.362,00

1 05 00       Gastos de viaje y transporte                            24.712.075,10

1 05 03       Transporte en el exterior                                     24.712.075,10

1 07 00       Capacitación y protocolo                                 14.476.530,68

1 07 01       Actividades de capacitación                                 10.575.000,00

1 07 02       Actividades protocolarias y sociales                       3.901.530,68

1 08 00       Mantenimiento y reparación                        134.317.495,76

1 08 01       Manten. de edificios y locales                                9.939.148,41

1 08 02       Manten. de vías de comunicación                                50.000,00

1 08 03       Manten. de instalac. y otras obras                          1.008.560,00

1 08 04       Manten. y repar. máq y equipo produc.                91.686.077,31

1 08 05       Manten. y repar. equipo de transp.                            368.750,00

1 08 06       Manten. y repar equipo comunic.                              300.000,00

1 08 07       Manten. y repar equipo y mobil. ofic.                  17.424.776,96

1 08 08       Manten. y repar. Eq. de comp. y sist.                   12.260.610,28

1 08 99       Manten. y repar. de otros equipos                          1.279.572,80

2 00 00       PARTIDA: MATERIALES Y SUMINISTOS                             

2 01 00       Productos químicos y conexos                   1.042.276.941,93

2 01 01       Combustibles y lubricantes                                   92.741.865,36

2 01 02       Productos farmacéuticos y medicinales                  2.351.860,17

2 01 99       Otros productos químicos                                       9.183.216,40

2 02 00       Alimentos y productos agropecuarios            11.710.803,89

2 02 01       Productos pecuarios y otras especies                         750.000,00

2 02 03       Alimentos y bebidas                                             10.446.808,89

2 02 04       Alimentos para animales                                           513.995,00

2 03 00       Materiales y productos de uso en construc.  52.763.432,65

2 03 01       Materiales y productos metálicos                                50.000,00

2 03 03       Madera y sus derivados                                                50.000,00

2 03 04       Materiales y proa eléct., telef. y comp.                33.595.681,94

2 03 05       Materiales y productos de vidrio                                 50.000,00

2 03 06       Materiales y productos de plástico                              95.620,00

2 03 99       Otros materiales y productos de uso

                   en la construcción                                                18.922.130,71

2 04 00       Herramientas, repuestos y accesorios           28.167.587,82

2 04 01       Herramientas e instrumentos                                 2.768.909,27

2 04 02       Repuestos y accesorios                                         25.398.678,55

2 99 00       Útiles, materiales y suministros diversos   475.261.339,76

2 99 01       Útiles y materiales de oficina y cómputo             66.673.346,68

2 99 02       Útiles y mater. médicos, hospit. y de inv.            73.286.802,43

2 99 03       Productos de papel, cartón e impresos                 67.324.414,82

2 99 04       Textiles y vestuario                                               2.099.345,41

2 99 05       Útiles y materiales de limpieza                             30.129.277,36

2 99 07       Útiles y materiales de cocina y comedor                2.422.500,00

2 99 99       Otros útiles, materiales y suministros                 214.431.653,06

5 00 00       PARTIDA: BIENES DURADEROS

5 01 00       Maquinaria, equipo y mobiliario              1.570.542.574,08

5 01 01       Maquinaria y equipo para la producción                 3.908.305,92

5 01 02       Equipo de transporte                                            39.033.339,00

5 01 03       Equipo de comunicación                                      43.515.000,00

5 01 04       Equipo y mobiliario de oficina                           164.368.943,74

5 01 05       Equipo y programas de cómputo                        630.793.826,48

5 01 06       Equipo sanitario, de laboratorio e inves.             372.156.972,56

5 01 07       Equipo y mobil. Educac. deportivo y recr.          145.894.881,91

5 01 99       Maquinaria y equipo diverso                               170.871.304,47

5 02 00       Construcciones; adiciones y mejoras       1.275.829.379,05

5 02 01       Edificios                                                            388.695.849,00

5 02 02       Vías de comunicación terrestre                               1.500.000,00

5 02 06       Obras urbanísticas                                              350.791.200,00

5 02 07       Instalaciones                                                        36.292.912,00

5 02 99       Otras construcc., adiciones y mejoras                 498.549.418,05

5 99 00       Bienes duraderos diversos                                   461.640,00

5 99 03       Bienes intangibles                                                       50.000,00

5 99 99       Otros bienes duraderos                                              411.640,00

IV.—Oportunamente se publicará cualquier cambio importante.

V.—Publicar por una única vez.

Dra. Ada Cartín Brenes, Directora Proveeduría Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 22288).—C-88570.—(7736).

 

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE SALUD DE ABANGARES

Part.                Descripción                     Asignación ¢       A realizarse

2140     Transportes y fletes en país           6.500.000,00    I-II-III-IV Trim.

2151     Manten. de instalac. y otros           2.000.000,00    I-II-III-IV Trim.

2153     Mant y repar. eq. transp.               3.000.000,00    I-II-III-IV Trim.

2154     Mant. y reparación equipo             9.000.000,00    I-II-III-IV Trim.

2156     Mant. y reparación edificios        10.000.000,00    I-II-III-IV Trim.

2188     Contrat. servicios médicos           13.000.000,00    I-II-III-IV Trim.

2191     Contrat. servicios limpieza edif.   15.000.000,00    I-II-III-IV Trim.

2192     Contrat. servicios vigilanc. edif.     9.000.000,00    I-II-III-IV Trim.

Materiales y suministros

2205     Productos químicos y conexos     12.000.000,00    I-II-III-IV Trim.

2206     Tintas, pinturas y diluyentes          5.500.000,00    I-II-III-IV Trim.

2210     Productos de papel y cartón           1.800.000,00    I-II-III-IV Trim.

2212     Materiales y producs. metálicos     2.000.000,00    I-II-III-IV Trim.

2214     Madera y derivados                        1.000.000,00    I-II-III-IV Trim.

2215     Materiales de construcción             2.000.000,00    I-II-III-IV Trim.

2216     Materiales y prod. eléctricos          1.000.000,00    I-II-III-IV Trim.

2218     Materiales productos de vidrio       1.000.000,00    I-II-III-IV Trim.

2219     Instrumental médico y laborat.      2.500.000,00    I-II-III-IV Trim.

2221     Repuestos equipo transporte          2.800.000,00    I-II-III-IV Trim.

2223     Otros repuestos                              3.800.000,00    I-II-III-IV Trim.

Maquinaria y equipo

2305     Maquinaria y equipo produc.          1.200.000,00    I-II-III-IV Trim.

2310     Equipo y mobiliario oficina            1.000.000,00    I-II-III-IV Trim.

2315     Equipo de cómputo                        2.000.000,00      II-III-IV Trim.

2320     Equipo médico                               3.500.000,00      II-III-IV Trim.

2390     Equipos varios                               1.800.000,00    I-II-III-IV Trim.

Abangares, 25 de enero del 2006.—Lic. José Ángel León Aguilar, Administrador.—1 vez.—(7759).

 

MUNICIPALIDES

MUNICIPALIDAD DE GRECIA

PLAN DE COMPRAS AÑO 2006

PROGRAMA I: DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN GENERALES

Servicios:                                                             ¢27.253.241,63

Materiales y suministros:                                     16.319.164,90

Bienes duraderos:                                                  18.578.400,00

Total:                                                                  ¢62.150.806,53

PROGRAMA II: SERVICIOS COMUNALES

Servicios:                                                           ¢259.651.353,28

Materiales y suministros:                                     24.776.309,34

Bienes duraderos:                                                    8.200.000,00

Total:                                                                ¢292.627.662,62

PROGRAMA III: INVERSIONES

Servicios:                                                             ¢38.255.226,76

Materiales y suministros:                                   153.851.900,00

Bienes duraderos:                                                       546.684,00

Total:                                                                ¢192.653.810,76

PROGRAMA IV: PARTIDAS ESPECÍFICAS

Servicios:                                                               ¢9.153.500,00

Materiales y suministros:                                     16.012.500,00

Bienes duraderos:                                                  15.334.000,00

Total:                                                                  ¢40.500.000,00

TOTAL GENERAL                                         ¢587.932.279,91

Grecia, 17 de enero del 2006.—Martín Castro Rodríguez, Coordinador de Proveeduría.—1 vez.—(7767).

 

MUNICIPALIDAD DE LIMÓN

Se avisa a todos los potenciales oferentes, que con el fin de cumplir con lo que establece el artículo 6° de la Ley de Contratación Administrativa Nº 7494 y el 7° de su Reglamento se publica el Programa de Adquisiciones por bienes y servicios con el Presupuesto Ordinario Ajustado 2006:

PROGRAMA DE ADQUISICIONES 2006

PROGRAMA I DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN GENERAL

-    Servicios:                                                                      ¢59.566.521,00

Para servicios básicos, comerciales y financieros, de gestión y apoyo, gastos de viaje y transporte, seguros, reaseguros y otras obligaciones, para capacitación y protocolo, mantenimiento y reparación de maquinaria y equipos de producción y de oficina, por contratación directa, excluidos de los procedimientos ordinarios de contratación, por su limitado volumen y trascendencia económica.

-    Materiales y suministros:                                          ¢11.624.796,00

Para las adquisiciones rutinarias de suministros para oficina, maquinaria de informática, productos de limpieza y otros suministros diversos, excluidos de los procedimientos ordinarios de contratación por su limitado volumen y trascendencia económica.

PROGRAMA II SERVICIOS COMUNALES

-    Servicios                                                                       ¢94.615.777,00

Para servicios de reparación y mantenimiento de maquinaria operativa y equipos de oficina, seguros de vehículos y de riesgos profesionales, honorarios por consultorías, alquiler de equipos y terrenos por contratación directa, excluidos de los procedimientos ordinarios de contratación, por su limitado volumen y trascendencia económica.

-    Materiales y suministros                                           ¢65.866.840,00

Para las adquisiciones rutinarias de suministros de repuestos y materiales para el mantenimiento de vehículos de operación para los servicios comunales, combustibles, materiales de construcción civil para mantenimiento de edificios, por contratación directa, excluidos de los procedimientos ordinarios de contratación por su limitado volumen y trascendencia económica.

-    Bienes duraderos                                                           ¢6.500.000,00

Maquinaria y equipo diverso     ¢6.000.000,00

Libros para la biblioteca                  500.000,00

PROGRAMA III INVERSIONES

-    Servicios:                                                                             705.891,00

Para seguros, reaseguros y otras obligaciones.

-    Materiales y suministros                                               2.531.591,00

Materiales y suministros diversos, de oficina, para el vehículo de ingeniería municipal, por contratación directa, dado su limitado volumen y trascendencia económica.

-    Bienes duraderos                                                             3.000.000,00

Adquisición de maquinaria, equipo y mobiliario, por contratación directa, dado su limitado volumen y trascendencia económica.

Limón, enero del 2006.—Apolonio Palacios C., Proveedor Municipal.—1 vez.—(7913).

 

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

Modificación al programa anual de adquisiciones del 2006

De conformidad con lo estipulado en el artículo Nº 6 de la Ley de Contratación Administrativa y los artículos Nº 7.1, 7.2 y 7.3 del Reglamento General de Contratación Administrativa, se informa a todos los interesados que durante el período año 2006, se contratará lo siguiente:

Descripción                                    Monto           Cuatrimestre

Mantenimiento preventivo y                  ¢221.812.920,00               I

correctivo de sistemas de aire

acondicionado en edificio central

Mantenimiento preventivo y                   ¢51.468.824,00                I

correctivo de sistemas de aire

acondicionado en todo el país

Contratación de servicios de                    ¢77.500.000,00                I

corrección y estandarización de

datos

Neurocirugía                                                Inestimable                    I

Servicios médicos para la                             Inestimable                    I

valoración de daño corporal

Contratación de servicios médicos               Inestimable                    I

para sesión de miembros superiores

Contratación de servicios de                        Inestimable                    I

ultrasonido

Radiografías panorámicas                            Inestimable                    I

Contratación de servicios de                        Inestimable                    I

soporte técnico en sitio

Asesoría en gestión de Recursos               ¢25.000.000,00                I

Humanos                                                        (Anual)

Servicios de fumigación                            ¢15.000.000,00               1

                                                                      (Anual)

Servicios de anestesiología                           Inestimable                    I

Servicios farmacéuticos en Batán              ¢5.500.000,00                 I

Mantenimiento de edificios                         Inestimable                    I

Contratación de servicios de cirugía             Inestimable                    I

general

Mantenimiento de fotocopiadoras           ¢20.000.000,00                I

                                                                      (Anual)

Nota: Las adquisiciones se cancelarán con el presupuesto propio del Instituto, el cual está contemplado en el programa anual de gastos ordinario.

Departamento de Proveeduría.—Lic. Luis Leitón Aguilar, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18427).—C-33620.—(9985).

 

LICITACIONES

SALUD

INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE

Y LA RECREACIÓN

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

Concurso: COMPRA DIRECTA Nº 0019-2006

Objeto de contrato: servicios profesionales en topografía

FINANCIAMIENTO: FONDOS PÚBLICOS

El Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación, le invita a participar en este concurso, para lo cual se recibirán ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 17 de febrero del 2006, en la Proveeduría Institucional, ubicada dentro del Gimnasio Nacional, Sabana Este.

Se realizará visita técnica al ser las 9:00 horas del 14 de febrero del 2006, frente a las graderías del Velódromo en el Parque de la Paz, a cargo del Ingeniero Alexander Molina Villalobos.

Los interesados podrán retirar el cartel en la Proveeduría del ICODER Gimnasio Nacional, sin costo alguno a partir de la presente publicación.

San José, 2 de febrero del 2006.—Lic. Eduardo Alonso Ramírez Brenes, Proveedor Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 6261).—C-7170.—(10076).

 

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 02-2006

Traslado de información de tomos de mercantil

al Sistema Automatizado de Personas Jurídicas

El Departamento de Proveeduría del Registro Nacional, invita a participar en la Licitación de referencia, mediante la cual se pretende contratar una empresa para que destaque un total de 10 personas para el traslado de la información contenida en los tomos de mercantil, al Sistema Automatizado de Inscripción con que cuenta el Registro de Personas Jurídicas.

Se recibirán ofertas hasta las nueve horas (9:00 a. m.) del día 21 de febrero del 2006, en sus oficinas ubicadas en el Módulo 5 del Registro Nacional. El cartel respectivo puede ser retirado, sin costo alguno, en estas mismas oficinas.

San José, 3 de febrero del 2006.—Lic. Mauricio Madrigal Calvo, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 44141).—C-6620.—(10077).

 

COLEGIOS UNIVERSITARIOS

COLEGIO UNIVERSITARIO PARA EL RIEGO

Y EL DESARROLLO DEL TRÓPICO SECO

CONCURSO EXTERNO Nº 01-2006

Decano

El Consejo Directivo invita al público en general a participar en el proceso de selección para el nombramiento del Decano, por un período de cuatro años. El pliego de condiciones podrá ser retirado a partir de esta publicación en las instalaciones del CURDTS, ubicadas 9 km al suroeste de San Miguel de Cañas, Guanacaste. La recepción de ofertas tendrá como fecha límite el 23 de febrero del 2006, hasta las 12:00 m.d., para mayor información comunicarse al teléfono 674-0268.

Cañas, 1º de febrero del 2006.—MSc. Jorge Rodríguez Chavarri, Decano.—1 vez.—(9914).

 

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 106012

Servicios de mantenimiento preventivo y correctivo

al sistema de agua helada y equipo complementario

de oficinas centrales del INS

El Instituto Nacional de Seguros recibirá ofertas por escrito, hasta las 9:00 horas, del 17 de marzo del 2006, para el suministro en plaza, con todos los gastos pagos e impuestos incluidos, para la contratación de los servicios citados.

Los interesados podrán pasar a retirar el pliego de condiciones en el Departamento de Proveeduría de esta institución, ubicado en el octavo piso del edificio central, el cual tiene un costo de ¢350,00.

Departamento de Proveeduría.—Lic. Luis Leitón Aguilar, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18427).—C-5520.—(9989).

 

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 106013

Servicios de mantenimiento preventivo y correctivo

a sistemas de aires acondicionados en todo el país

El Instituto Nacional de Seguros recibirá ofertas por escrito, hasta las 9:00 horas, del 17 de marzo del 2006, para el suministro en plaza, con todos los gastos pagos e impuestos incluidos, para la contratación de los servicios citados.

Los interesados podrán pasar a retirar el pliego de condiciones en el Departamento de Proveeduría de esta institución, ubicado en el octavo piso del edificio central, el cual tiene un costo de ¢650,00.

San José, 3 de febrero del 2006.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Luis Leitón Aguilar, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18427).—C-5520.—(9990).

 

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE ADQUISICIONES

DIRECCIÓN GESTIÓN REGIONAL PACÍFICO CENTRAL

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000011

Servicios de limpieza

El Área de Adquisiciones con la autorización de la Dirección de Recursos Materiales recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas, del día 1º de marzo del 2006, para el suministro de:

Ítem único: Servicios de limpieza. Dirección Gestión Regional Pacífico Central.

Rigen las Condiciones Generales para los concursos amparados bajo la Ley Nº 7494, la cual se encuentran a la venta en la fotocopiadora del edificio Jenaro Valverde, piso comercial, oficinas centrales de la CCSS, ubicada costado sureste del Teatro Nacional (avenidas 2 y 4, calles 5 y 7), a partir de esta publicación.

San José, 1º de febrero del 2006.—Subárea de Carteles.—Lic. Vilma Arias Marchena, Coordinadora.—1 vez.—C-6620.—(9987).

 

HOSPITAL DE GOLFITO

UNIDAD DE COMPRAS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº LP-001-2006

Suministros de frutas, verduras y legumbres

La Unidad de Compras del Hospital de Golfito, les informa a todos los potenciales oferentes que se recibirán ofertas por escrito en original y sobre cerrado hasta el día 28 de febrero del 2006, a las 9:00 horas, para la adquisición de lo siguiente:

Objeto: Suministros de frutas, verduras y legumbres.

Rigen las notas generales marzo 1998, así como los componentes para efectos de forma contrato y las especificaciones técnicas para este concurso, que estarán disponibles en la Unidad de Compras del Hospital de Golfito.

————

LICITACIÓN PÚBLICA Nº LP-002-2006

Suministros de abarrotes

La Unidad de Compras del Hospital de Golfito, les informa a todos los potenciales oferentes que se recibirán ofertas por escrito en original y sobre cerrado hasta el día 28 de febrero del 2006, a las 10:00 horas, para la adquisición de lo siguiente:

Objeto: Suministros de abarrotes.

Rigen las notas generales marzo 1998, así como los componentes para efectos de forma contrato y las especificaciones técnicas para este concurso, que estarán disponibles en la Unidad de Compras del Hospital de Golfito.

————

LICITACIÓN PÚBLICA Nº LP-003-2006

Suministros de productos cárnicos

La Unidad de Compras del Hospital de Golfito, les informa a todos los potenciales oferentes que se recibirán ofertas por escrito en original y sobre cerrado hasta el día 28 de febrero del 2006, a las 11:00 horas, para la adquisición de lo siguiente:

Objeto: Suministros de productos cárnicos.

Rigen las notas generales marzo 1998, así como los componentes para efectos de forma contrato y las especificaciones técnicas para este concurso, que estarán disponibles en la Unidad de Compras del Hospital de Golfito.

————

LICITACIÓN PÚBLICA Nº LP-004-2006

Suministros de carne de pollo

La Unidad de Compras del Hospital de Golfito, les informa a todos los potenciales oferentes que se recibirán ofertas por escrito en original y sobre cerrado hasta el día 28 de febrero del 2006, a la 1:00 p. m., para la adquisición de lo siguiente:

Objeto: Suministros de carne de pollo.

Rigen las notas generales marzo 1998, así como los componentes para efectos de forma contrato y las especificaciones técnicas para este concurso, que estarán disponibles en la Unidad de Compras del Hospital de Golfito.

————

LICITACIÓN PÚBLICA Nº LP-005-2006

Suministros de productos lácteos (leche, queso, natilla y helados)

La Unidad de Compras del Hospital de Golfito, les informa a todos los potenciales oferentes que se recibirán ofertas por escrito en original y sobre cerrado hasta el día 28 de febrero del 2006, a las 2:00 p. m., para la adquisición de lo siguiente:

Objeto: Suministros productos lácteos (leche, queso, natilla y helados).

Rigen las notas generales marzo 1998, así como los componentes para efectos de forma contrato y las especificaciones técnicas para este concurso, que estarán disponibles en la Unidad de Compras del Hospital de Golfito.

Golfito, 1º febrero del 2006.—Dirección Administrativa Financiera.—Bach. Mayela Arauz Arauz, Administradora.—1 vez.—(10005).

 

HOSPITAL NACIONAL DE NIÑOS

DR. CARLOS SÁENZ HERRERA

CENTRO CIENCIAS MÉDICAS CCSS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 001-06

7000 latas fórmula nutricional elemental

El Departamento de Recursos Materiales debidamente autorizada por la Dirección General, les invita a participar en el siguiente concurso:

                                                                   Descripción de                                             Fecha y hora

Nº Trámite                                               lo requerido                                                de apertura

Licitación Pública   7000 latas

Nº 001-06                   Fórmula nutricional elemental hipoalergénica a

base de aminoácidos: porcentajes como aporte calórico: 12% de proteínas, 41% de grasa, 47% de carbohidratos, vitaminas y minerales.

                                       Polvo para dilución. Lata con 400 g a 454 g.              Jueves 6 de abril del

                                                                                                                                          2006, a la 1:30 p. m.

El Departamento de Recursos Materiales del Hospital de Niños, recibirá ofertas por escrito en la fecha y hora indicada anteriormente, en la que se llevará a cabo el acto de apertura correspondiente.

Favor solicitar el Cartel en el Departamento de Recursos Materiales. Para aquellos trámites que ameriten el depósito de garantía de participación, deberán presentarse con tiempo razonable, para poder cumplir y realizar la confección del comprobante “recibo de garantía”, depositarlo en la caja general y entregar su oferta en nuestro departamento, antes del plazo de apertura establecido.

Se les sugiere presentarse 1 (una) hora antes (o más) de la apertura con el propósito de confección con tiempo del recibo correspondiente al depósito de la garantía de participación y el depósito de la misma en la Caja General del H.N.N. Con la garantía debidamente depositada en la Unidad Validación de Derechos (fondo rotatorio) deben presentarse al Departamento de Recursos Materiales (con el recibo debidamente sellado y firmado correspondiente al depósito de la garantía en mención), para entregar la oferta respectiva.

San José, 25 de enero del 2006.—Departamento de Recursos Materiales.—Lic. Roxana Ureña Aguilar, Jefa, a. í.—1 vez.—(10016).

 

Licitación Pública N° 011-05

Contratación de servicios privados de limpieza

El Departamento de Recursos Materiales debidamente autorizada por la Dirección General, les invita a participar en el siguiente concurso:

                                                                   Descripción de                                          Fecha y hora

Nº Trámite                                               lo requerido                                             de apertura

Licitación Pública         Contratación de servicios privados de

Nº 011-05                         limpieza de los edificios de especialida-

des médicas, Centro de Prevención de Discapacidades y edificio de estacionamiento. Duración un año con posibilidad de prorrogar por cuatro

                                             periodos más.                                                          Viernes 7 de abril 2006,

                                                                                                                                 a la 1:30 p. m.

El Departamento de Recursos Materiales del Hospital Nacional de Niños, recibirá ofertas por escrito en la fecha y hora indicada anteriormente, en la que se llevará a cabo el acto de apertura correspondiente.

Favor solicitar el cartel en el Departamento de Recursos Materiales. Para aquellos trámites que ameriten el depósito de garantía de participación, deberán presentarse con tiempo razonable, para poder cumplir y realizar la confección del comprobante “recibo de garantía”, depositarlo en la Caja General y entregar su oferta en nuestro departamento, antes del plazo de apertura establecido.

Se les sugiere presentarse 1 (una) hora antes (o más) de la apertura con el propósito de confección con tiempo del recibo correspondiente al depósito de la garantía de participación y el depósito de la misma en la Caja General del H.N.N. Con la garantía debidamente depositada en la Unidad Validación de Derechos (fondo rotatorio) deben presentarse al Departamento de Recursos Materiales (con el recibo debidamente sellado y firmado correspondiente al depósito de la garantía en mención), para entregar la oferta respectiva.

San José, 24 de enero del 2006.—Departamento de Recursos Materiales.—Lic. Roxana Ureña Aguilar, Jefa, a. í.—1 vez.—(10017).

 

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACION POR REGISTRO Nº 116-2005

Adquisición de dos analizadores para

redes dwdm/sdh/ethernet

El Instituto Costarricense de Electricidad informa a los interesados en la Licitación arriba mencionada que recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del día 23 de marzo del 2006, para lo siguiente:

Requerimiento:

Adquisición de 2 analizadores para redes wdm/sdh/ethernet.

El cartel se puede adquirir por medio de fotocopias cancelando el costo de las mismas en la Dirección de Proveeduría, sita 400 metros norte del Edificio Central ó en nuestra dirección electrónica www.grupoice.com.

San José, 2 de febrero del 2006.—Ing. Carlos Casco Peña, Coordinador Licitaciones - Dirección de Proveeduría.—1 vez.—(Solicitud Nº 320073).—C-7170.—(10091).

 

LICITACION POR REGISTRO Nº 117-2005

Adquisición de probadores para PDH, DSH, FO y DWDM

El Instituto Costarricense de Electricidad informa a los interesados en la licitación arriba mencionada que recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del día 27 de marzo del 2006 para lo siguiente:

Requerimiento:

Adquisición de probadores para PDH, DSH, FO y DWDM

El cartel se puede adquirir por medio de fotocopias cancelando el costo de las mismas en la Dirección de Proveeduría sita 400 metros norte del edificio central o en nuestra dirección electrónica www.grupoice.com.

San José, 2 de febrero del 2006.—Dirección Proveeduría.—Ing. Carlos Casco P., Coordinador Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 320073).—C-6620.—(10092).

 

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 7287

Servicios de mantenimiento en aseo y limpieza de edificaciones

del Sistema Nacional de Telecomunicaciones del área periférica

(zona de Alajuela, zona de Heredia, zona de Cartago

y Los Santos), en el área metropolitana (zona sur-este,

zona norte-oeste, edificio central San José) y área

regional (zona Chorotega, zona Brunca, zona

Pacífico Central, zona Atlántica,

zona Huetar Norte)

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada que recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del día 16 de marzo del 2006 para lo siguiente:

Requerimiento:

Servicios de mantenimiento en aseo y limpieza de edificaciones del Sistema Nacional de Telecomunicaciones del área periférica (zona de Alajuela, zona de Heredia, zona de Cartago y Los Santos), en el área metropolitana (zona sur-este, zona norte-oeste, edificio central San José) y area regional (zona Chorotega, zona Brunca, zona Pacífico Central, zona Atlántica, zona Huetar Norte).

El cartel se puede adquirir por medio de fotocopias cancelando el costo de las mismas en la Dirección de Proveeduría sita 400 metros norte del edificio central o en nuestra dirección electrónica vww.grupoice.com.

San José, 1° de febrero del 2006.—Ing. Carlos Casco P. Coordinador Licitaciones.—Dirección Proveeduría.—1 vez.—(O. C. Nº 320073).—C-12670.—(10093).

 

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE LIMÓN

LICITACIÓN PÚBLICA N° 02-2006

Contratación de 4 abogados externos para el cobro judicial

En las oficinas de la Municipalidad de Limón, ubicadas frente al costado Norte del Parque Vargas, en el centro de la Ciudad de Limón, Cantón de Limón, de la provincia de Limón, se recibirán ofertas hasta las quince horas del 23 de febrero del 2006, para la escogencia de 4 abogados o firmas de abogados, a quienes se les encargará lo relacionado con el cobro judicial y de las cuentas de contribuyentes morosos de la Municipalidad de Limón.

La documentación o cartel para esta Licitación podrá obtenerse gratuitamente en las Oficinas de la Proveeduría Municipal a partir de esta publicación.

Febrero del 2006.—Apolonio Palacio C. Proveedor Municipal.—1 vez.—(10081).

 

ADJUDICACIONES

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 214-2005

Compra e instalación de soluciones (hardware y software)

de Telebanco para varias oficinas del Banco Nacional

Se comunica a los interesados en la Licitación por Registro, que el Comité de Licitaciones en el artículo Nº 10, sesión ordinaria Nº 807-2006, celebrada el 31 de enero del 2006, acordó:

Adjudicar la Licitación por Registro Nº 214-2005 “Compra e instalación de soluciones (hardware y software) de Telebanco para varias oficinas del Banco Nacional”, a la empresa Sonivisión S. A., de la siguiente manera:

A. Ítem uno: “Compra e_ instalación de una solución (hardware y software) de Telebanco para la oficina Zapote”, la oferta alternativa por un monto total de $21.696,00; impuestos incluidos.

B.  Ítem dos: “Compra e instalación de una solución (hardware y software) de Telebanco para la oficina de San Pedro”, la oferta alternativa  por un monto total de $40.284,50; impuestos incluidos.

C.  Ítem tres: “Compra e instalación de una solución (hardware y software) de Telebanco para la oficina de La Uruca” la oferta alternativa por un monto total de $32.803,90; impuestos incluidos.

D. Ítem cuatro: “Compra e instalación de una solución (hardware y software) de Telebanco para la oficina de Calle Blancos”, la oferta alternativa por un monto total de $21.018,00; impuestos incluidos.

Con una garantía técnica sobre los dispositivos y componentes, así como sobre la instalación, componentes y el funcionamiento, será de treinta y seis (36) meses y la misma comenzará a regir en el momento en que los equipos sean recibidos por el Banco debidamente instalados y funcionando a su plena satisfacción.

Asimismo, se adjudica el servicio de mantenimiento post garantía para todos los ítemes por un monto de $339,00 anuales para cada uno de los ítemes.

El plazo de entrega e instalación para cada ítem, será de sesenta (60) días naturales, contados a partir del aviso del Banco al adjudicatario para que pase a recoger el contrato refrendado.

Al presentarse a firmar el contrato, el adjudicatario deberá presentar una garantía de cumplimiento vigente por un monto del 10% del monto total adjudicado (sin considerar el costo anual del servicio de mantenimiento post-garantía). Dicha garantía deberá regir a partir de la firma del contrato y deberá tener una vigencia mínima de sesenta (60) días naturales contados a partir de la fecha del recibo de la solución debidamente funcionando y en producción a entera conformidad del Banco.

Una vez que se inicie la prestación del mantenimiento preventivo y correctivo post-garantía, el adjudicatario deberá rendir una garantía de cumplimiento vigente, equivalente al 10% del monto anual de dicho mantenimiento.

La Uruca, San José, 2 de febrero del 2006.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedor.—1 vez.—(Nº 1521).—C-22020.—(9991).

 

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 215-2005

Suministro e instalación de un archivo móvil

para el Centro Institucional de Procesamiento

y Administración de Crédito CIPAC en La Uruca

Se comunica a los interesados en la Licitación por Registro, que el Subcomité de Licitaciones en los artículos Nº 5 y 6, sesiones ordinarias Nº 272-2006, 274-2006, celebradas el 17 y 31 de enero del 2006 respectivamente, acordó:

Adjudicar la Licitación por Registro Nº 215-2005, promovida para el “Suministro e instalación de un archivo móvil para el Centro Institucional de Procesamiento y Administración de Crédito CIPAC en La Uruca”, a la empresa Euromobilia S. A., por un costo total por los equipos de US$67.360,65; impuestos incluidos, pagaderos luego del recibo del archivo móvil debidamente instalado y funcionando a entera conformidad del Banco, a través del sistema BN páguese, dentro de los treinta días naturales siguientes a la presentación de la factura por parte del adjudicatario en la oficina de Pago de Proveedores situada en La Uruca, con un plazo de entrega de 45 días naturales y una garantía técnica de cinco años.

Dentro de los tres días hábiles posteriores a la firmeza del acto de adjudicación, el adjudicatario deberá presentar una garantía de cumplimiento vigente por un monto del 10% del total adjudicado, es decir la suma de US$6.736,07. Dicha garantía deberá regir a partir de la fecha precitada y deberá tener una vigencia mínima de sesenta (60) días naturales posteriores a la fecha del recibo de los archivos móviles debidamente instalados a entera conformidad del Banco. Si la entrega de los equipos se atrasa por motivos imputables al contratista, la vigencia de dicha garantía debe ampliarse y el costo de la prórroga correrá por cuenta del contratista.

La Uruca, San José, 2 de febrero del 2006.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora.—1 vez.—(Nº 1522).—C-15420.—(9992).

 

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

OFICINA DE SUMINISTROS

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 61-2005

Contratación de servicios profesionales para el mantenimiento

del sistema informático de la oficina de administración financiera

A los interesados en el concurso indicado se les comunica que la Administración, acordó adjudicar la Licitación indicada de la siguiente manera:

A: Electromática S. A., cédula jurídica Nº 3-101-266085

Servicios profesionales para el mantenimiento del sistema informático de la Oficina de Administración Financiera. Precio por hora $20,00. Total ¢6.500.000,00

Todo de acuerdo con la oferta y el cartel respectivo.

Sabanilla de Montes de Oca, 3 de febrero del 2006.—Unidad de Licitaciones.—Lic. Ana Barrantes M., Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 90209).—C-5520.—(10079).

 

CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN

FÁBRICA NACIONAL DE LICORES

SECCIÓN PROVEEDURÍA

LICITACIÓN POR REGISTRO L.P.R. Nº 2005-07

Compra de 350.000 cajas de cartón

La Fábrica Nacional de Licores, por medio de su Proveeduría, comunica a los interesados que mediante acuerdo de la junta directiva del Consejo Nacional de Producción Nº 36476 tomado en sesión 2622 (Ord.), artículo 8, celebrada el día 25 de enero del 2006, se dispuso adjudicar la totalidad de la compra de 350.000 cajas de cartón Nº 15 por valor de $126.560,00 impuesto de ventas incluido, a la única empresa participante Empaques Santa Ana S. A., la que cotizó las tres líneas solicitadas de conformidad con los términos establecidos en el cartel correspondiente. El detalle de la adjudicación se describe como sigue:

Línea                                                                                             Costo

               Descripción                                    Cantidad         US $ IVI

1          Cajas para Guaro Cacique 365 ml.           225.000        81.360,00

2          Cajas para Vodka Zar 365 ml.                   85.000        30.736,00

3          Cajas genéricas                                           40.000        14.464,00

            Total                                                                           126.560,00

Por lo anterior, se invita al adjudicatario a que deposite la garantía de cumplimiento por el 5% del monto adjudicado, con los siguientes requisitos:

    Esta garantía deberá contar con una vigencia mínima de 60 días adicionales de la fecha de recepción definitiva del contrato.

    Adjuntar un timbre deportivo de ¢5,00 (cinco colones).

    Presentar declaración jurada en donde se indique que la empresa se encuentra al día en los impuestos nacionales.

    Aportar una certificación extendida por la Caja Costarricense de Seguro Social, en donde conste que se encuentra al día con las obligaciones respectivas.

Todo lo anterior deberá presentarse en la oficina de la Proveeduría, dentro de los cinco días hábiles siguientes contados a partir de la fecha en que quede en firme la adjudicación. El depósito deberá emitirse a favor del Consejo Nacional de Producción, en la Tesorería de FANAL en Rincón de Salas, Grecia.

Alajuela, 1º de febrero del 2006.—Área Administrativa.—MBA. Francisco Merino Carmona, Coordinador.—1 vez.—(9983).

 

REGISTRO DE PROVEEDORES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DIVISIÓN DE OPERACIONES

DIRECCIÓN RECURSOS MATERIALES

Aviso a proveedores de medicamentos

A todos los proveedores y Representantes de Casas Extranjeras se les comunica:

1)  El Comité Central de Farmacoterapia acordó:

A. En la sesión 2005-48 celebrada el 7 de diciembre del 2005:

1.a.  Excluir el código 1-10-02-1310 de la LOM: Fenoximetilpenicilina base 500 mg (800.000 unidades) o 625 mg (1.000.000 unidades) (como fenoximetilpenicilina potásica). Tabletas ranuradas o Tabletas ranuradas recubiertas (“film coated”).

No se dará trámite a nuevas compras con la presentación anterior, ni a nuevos registros de oferentes con la presentación anterior.

2.a.  Modificar la presentación de los medicamentos en el código 1-10-03-0087: PAS (Ácido para-amino salicílico) base 500 mg (como sal sódica) Tabletas con recubierta o PAS (Ácido para-amino salicílico) base 4g. (como sal sódica) en gránulos con cubierta entérica. Sobres (sachets) 4 g./ paquete.

Y en su lugar incluyó la siguiente presentación en ese mismo código 1-10-14-0685 quedando así: Ácido aminosalicílico (PAS) 4g. en Gránulos de liberación retardada con cubierta entérica. Sobres con 4 gramos en gránulos.

No se dará trámite a nuevas compras con la presentación anterior, ni a nuevos registros de oferentes con la presentación anterior.

3.a.  Modificar la presentación del medicamento en el código 1-10-02-0185: Amoxicilina base 500 mg (como amoxicilina trihidrato). Cápsulas o tabletas recubiertas con película.

Y en su lugar incluyó la siguiente presentación en ese mismo código 1-10-02-0185 quedando así: Amoxicilina base 500 mg (como amoxicilina trihidrato) más Ácido clavulánico 125 mg (Como Clavulanato de potasio). Tabletas recubiertas.

No se dará trámite a nuevas compras con la presentación anterior, ni a nuevos registros de oferentes con la presentación anterior.

B.  En la sesión 2005-49 celebrada el 14 de diciembre de 2005:

1.b. Modificar la presentación de los medicamentos en el código 1-10-14-0685: los siguientes códigos: Ácido Alendrónico (como sal sódica trihidrata) 10 mg Tabletas ó Ácido Risedrónico (como sal sódica anhidra en la forma hemipentahidratada) 5mg Tabletas recubiertas.

Y en su lugar incluyó la siguiente presentación en ese mismo código 1-10-14-0685 quedando así: Alendronato (como sal monosódica trihidrata) equivalente a 70 mg de Ácido alendrónico. Tabletas ó Risedronato (como sal sódica anhidra en la forma hemipentahidrata) 35 mg Tabletas recubiertas.

Tabletas en blister con 2 ó 4 tabletas.

No se dará trámite a nuevas compras con la presentación anterior, ni a nuevos registros de oferentes con la presentación anterior.

C.  En la sesión 2005-50 celebrada el 21 de diciembre de 2005:

1.c.  Solicita incluir los siguientes requisitos en el código 1-10-18-4509 Sevofluorano. Solución anestésica para inhalación.

1-   El oferente que resulte adjudicado se compromete a hacer entrega a la CCSS de vaporizadotes de sevofluorano (corresponden a los indicados en el cartel).

2-   Los vaporizadotes requieren ser compatibles para máquinas ADU y para máquinas no electrónicas según especificaciones.

3-   Con la oferta deberá aportarse una muestra del vaporizador, indicación de la frecuencia de calibración, garantía de calibración e indicar el nombre del responsable de hacer la calibración cuyo costo correrá por cuenta del oferente.

4-   Además al momento del Registro de Oferentes deben presentar una muestra del vaporizador en el Laboratorio de Normas y Calidad de Medicamentos.

En cuanto a las modificaciones los interesados (oferentes y posibles oferentes) deben revisar las variaciones en la nueva ficha técnica vigente, disponible en la siguiente dirección: edificio Genaro Valverde, piso 11, calles 5 y 7, avenidas 2º y 4º (edificio anexo a la CCSS).

2)  La Unidad Financiera del Área de Adquisiciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 7 del Reglamento General de Contratación Administrativa, comunica la siguiente adquisición:

Descripción                                Monto ¢      Periodo       Partida

Contratación de

Servicios Profesionales

en Derecho                          37.500.000.000        2006            2162

Esta adquisición se efectuará por medio del programa ordinario de compras de la Institución y quien dispone de recursos presupuestario suficientes aprobados por la Contraloría General de la República.

3)  Aviso a Proveedores de la Ley Nº 6914 compra de Medicamentos y Materias Primas. A todas las personas físicas o jurídicas debidamente registradas en el Ministerio de Salud para la venta de medicamentos y materias primas en el territorio nacional, que aún no forman parte del Registro de medicamentos Área de Adquisiciones y que tiene por objeto la adquisición de productos para la institución se les invita a apersonarse al Área de Adquisiciones, piso 11, de las Oficinas Centrales de la Caja Costarricense de Seguro Social, ubicada en calles 5 y7, avenidas 2º y 4º, para que retiren los documentos necesarios para la inscripción de sus productos a efectos de que puedan participar en los concursos que promueven la Institución.

Para mayor información comunicarse a los teléfonos 295-2566, 295-2815 ó 295-2812 y para los efectos de los trámites de compra consultar La Gaceta Nº 243, de fecha 18 de diciembre del 2001, página 44 y La Gaceta Nº 130, de fecha 30 de julio del 2004, página 44 en donde se encuentra publicado el Reglamento para Compra de Medicamentos, Materias Primas, Envases y Reactivos y sus reformas.

3.1  A todas las personas físicas o jurídicas, se les invita a hacer los trámites para inscribirse en el medicamento Nitroprusiato de Sodio, código 1-10-08-4580, ya que este producto no tiene oferentes inscritos. Así mismo se les informa que en el Área de Adquisiciones, está disponible la lista de todos los productos que no tienen oferentes inscritos.

3.2  A todos los interesados se les recuerda que el artículo 15 del Reglamento para compra de Medicamentos, Materias Primas, Envases y Reactivos, reza: “El Departamento de Adquisiciones comunicará al interesado el resultado de su solicitud de inscripción en el Registro de Oferentes, en un plazo máximo de sesenta días naturales a partir de la fecha en que fue recibida”.

4)  Aviso a Proveedores de la Ley de Contratación Administrativa. De conformidad con lo establecido en el artículo 108 de la Ley de la Contratación Administrativa, se invita a todas las personas físicas y jurídicas, interesadas en formar parte del Registro de Oferentes del Área de Adquisiciones, a retirar los formularios en el Área de Adquisiciones, ubicado piso 11 del edificio Laureano Echandi, calles 5 y 7, avenidas 2º y 4º, Oficinas Centrales.

A los proveedores inscritos, que han tenido algún cambio respecto a la información presentada en el Registro, que es de su entera responsabilidad hacer las modificaciones correspondientes.

El Área de Adquisiciones esta ubicado en el piso 11 del edificio Laureano Echandi, calles 5 y 7, avenidas 2 y 4, Oficinas Centrales de la CCSS. Su horario de atención al público es de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. en jornada continua, para todos los efectos.

San José, 26 de enero del 2006.—Sub-Área de Medicamentos.—Lic. Guisselle López Rubí, Coordinadora a. í.—Shirley Tatiana Hernández Bonilla, Registro de Medicamentos.—1 vez.—C-58320.—(8218).

 

AVISOS

RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A.

REGISTRO Y ACTUALIZACIÓN DE PROVEEDORES

Radiográfica Costarricense S. A., se permite comunicar a todos aquellos oferentes interesados, que de acuerdo con el Capítulo XIII y el artículo 108 de la Ley de Contratación Administrativa; se invita a todas aquellas personas físicas o jurídicas a inscribirse y/o actualizar el Registro de Proveedores.

Para ello deberán retirar el formulario correspondiente en la Proveeduría de la Institución, sita avenida 5ª, calle 1ª, en horas de oficina.

San José, 30 de enero del 2006.—Xavier Sagot Ramírez, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 31346).—C-4970.—(8217).

 

OPERADORA PLANES PENSIONES COMPLEMENTARIAS S. A.

De conformidad con el artículo 108 de la Ley de Contratación Administrativa y sus artículos 59.3 y 60.2 de su Reglamento, invita a todas aquellas personas físicas y jurídicas que deseen formar parte del Registro de Proveedores, a retirar el formulario de inscripción, o actualizar la información para los proveedores inscritos en nuestras oficinas, ubicadas carretera a Heredia diagonal al salón de Fiestas Tica Linda, antiguo Salón El Pentágono. Las personas físicas o jurídicas que ya se hubieren inscrito, solo deberán actualizar la información.

Para cualquier información, favor comunicarse al 261-8920 extensión 202 ó 105, Unidad de Compras o facsímil 261-0970-261-8933.

24 de enero del 2006.—Departamento de Administración y Finanzas.—Lic. Jorge Arce Carranza, Jefe.—1 vez.—(8243).

 

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE NARANJO

Según lo establecido en los artículos 108 de La Ley de Contratación Administrativa y 59.2 y 59.3 del Reglamento de Contratación Administrativa, invitamos a todos los proveedores potenciales de bienes y servicios, personas físicas y jurídicas que desean ser consideradas para futuras contrataciones para que envíen por escrito la información necesaria a efecto de ampliar y actualizar el Registro de Proveedores de esta Municipalidad para el año 2006.

Los interesados deberán retirar el formulario de inscripción con los requisitos para tal propósito, sin costo alguno, en la oficina de Proveeduría.

A los proveedores que hayan realizado con anterioridad este trámite, les solicitamos apersonarse a nuestras oficinas a verificar que su inscripción y la información requerida se encuentre debidamente actualizado.

Naranjo, 24 de enero del 2006.—Proveeduría Municipal.—Ólger Alpízar Villalobos, Proveedor.—1 vez.—(O. C. Nº 2815).—C-7170.—(8250).

 

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

AVISO DE MODIFICACIÓN

Arrendamiento de equipo y maquinaria

Se avisa a todos los interesados en las licitaciones: LP Nº 84-2005, LP Nº 85-2005, LP Nº 86-2005, LP Nº 87-2005, LP Nº 88-2005, LP-89-2005, LP Nº 90-2005, LP Nº 91-2005, LP Nº 92-2005, LP Nº 93-2005, LP Nº 94-2005 y LP Nº 95-2005, para el “Arrendamiento de equipo y maquinaria para ser utilizados en caminos vecinales varios”, publicadas en La Gaceta Nº 246 del día 21 de diciembre del 2005, que se realiza la siguiente modificación a los carteles:

Debe incluirse una cuarta viñeta en el numeral 5 de la sección V del cartel de licitación donde diga:

“En ningún caso, la sumatoria de las multas podrá ser superior al 25% del monto del contrato, en cuyo caso se procederá a la resolución del contrato correspondiente”.

Todo lo demás permanece invariable.

San José, 3 de febrero del 2006.—Proveeduría.—M.Sc. Heidy Román Ovares, Proveedora Institucional a. í.—1 vez.—(9982).

 

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA N° 47-2005

Diseño y construcción de puentes en la Ruta Nacional N° 3,

Sección: Atenas-San Mateo

Se comunica a las empresas interesadas en participar en la Licitación en referencia, que el plazo para la recepción de ofertas se extenderá, por lo tanto este Consejo recibirá ofertas de conformidad con los términos cartelarios, hasta las 10:00 horas del 20 de marzo del 2006, en las oficinas de la Proveeduría, ubicadas de la Rotonda de La Betania, 50 metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.

San José, 2 de febrero del 2006.—Unidad de Proveeduría y Suministros.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 24009).—C-5520.—(10082).

 

LICITACIÓN PÚBLICA N° 53-2005

Diseño y construcción del puente sobre el río Perico,

Ruta Nacional N° 150, Boulevard de entrada a Nicoya

Se comunica a las empresas interesadas en participar en la Licitación en referencia, que el plazo para la recepción de ofertas se extenderá, por lo tanto este Consejo recibirá ofertas de conformidad con los términos cartelarios, hasta las 11:00 horas del 20 de marzo del 2006, en las oficinas de la Proveeduría, ubicadas de la Rotonda de La Betania, 50 metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.

San José, 2 de febrero del 2006.—Unidad de Proveeduría y Suministros.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 24010).—C-5520.—(10083).

 

LICITACIÓN PÚBLICA N° 54-2005

Diseño y construcción del puente sobre el río Grande,

Ruta Nacional 150, boulevard de entrada a Nicoya

Se comunica a las empresas interesadas en participar en la Licitación en referencia, que el plazo para la recepción de ofertas se extenderá, por lo tanto este Consejo recibirá ofertas de conformidad con los términos cartelarios, hasta las 10:00 horas del 21 de marzo del 2006, en las oficinas de la Proveeduría, ubicadas de la Rotonda de la Betania, 50 metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.

San José, 2 de febrero del 2006.—Unidad de Proveeduría y Suministros.—MBA Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 24011).—C-5520.—(10086).

 

LICITACIÓN POR REGISTRO N° 60-2005

Diseño y construcción del puente Quebrada La Fortuna,

Ruta Nacional 2, Sección río Claro - La Fortuna

Se comunica a las empresas interesadas en participar en la Licitación en referencia, que el plazo para la recepción de ofertas se extenderá, por lo tanto este Consejo recibirá ofertas de conformidad con los términos cartelarios, hasta las 11:00 horas del 21 de marzo del 2006, en las oficinas de la Proveeduría, ubicadas de la Rotonda de la Betania, 50 metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.

San José, 2 de febrero del 2006.—Unidad de Proveeduría y Suministros.—MBA Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 24012).—C-5520.—(10087).

 

LICITACIÓN POR REGISTRO N° 61-2005

Diseño y construcción, del puente sobre la quebrada ubicada

en la Estación 342+960, Ruta Nacional N° 2,

Sección: río Claro-Corredores

Se comunica a las empresas interesadas en participar en la Licitación en referencia, que el plazo para la recepción de ofertas se extenderá, por lo tanto este Consejo recibirá ofertas de conformidad con los términos cartelarios, hasta las 10:00 horas del 22 de marzo del 2006, en las Oficinas de la Proveeduría, ubicadas de la Rotonda de la Betania, 50 metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.

San José, 2 de febrero del 2006.—Unidad de Proveeduría y Suministros.—MBA Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 24013).—C-5520.—(10088).

 

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 0217-2006 (Modificación Nº 2)

Compra e instalación del Sistema de Circuito Cerrado de

Televisión para el Centro Institucional de Procesamiento

y Administración de Crédito y la nueva oficina en el

centro comercial de Plaza Rohrmoser

del Banco Nacional de Costa Rica

La Proveeduría General del Banco Nacional, comunica a los interesados en esta Licitación, la siguiente modificación:

Para el ítem uno:

I.   Requerimientos técnicos mínimos:

1.  Ocho cámaras de video digitales:

El punto 1 inciso 1.1 deberá leerse de la siguiente manera:

1.1       Deberán ser a color, como mínimo con 470 líneas y puntos de barrido y como máximo con 520 líneas y puntos de barrido con sus respectivos lentes vari focales de 3-8 mm, con conector de cuatro (4) pines y filtro anti-destello, auto iris y cumplimiento con la certificación CE Clase B.

El punto 1 inciso 1.8 del mismo apartado, deberá leerse de la siguiente manera:

1.8       Debe contar con un rango dinámico de 95 decibeles como mínimo y 100 decibeles como máximo.

Para el ítem dos:

II.  Requerimientos técnicos mínimos:

1   Quince cámaras de video digitales:

El punto 1 inciso 1.1 deberá leerse de la siguiente manera:

1.1       Deberán ser a color, como mínimo con 470 líneas y puntos de barrido y como máximo con 520 líneas y puntos de barrido con sus respectivos lentes vari focales de 3-8 mm, con conector de cuatro (4) pines y filtro anti-destello, auto iris y cumplimiento con la certificación CE Clase B.

El punto 1 inciso 1.8 del mismo apartado, deberá leerse de la siguiente manera:

1.8       Debe contar con un rango dinámico de 95 decibeles como mínimo y cien decibeles como máximo.

Las demás condiciones del pliego de condiciones se mantienen invariables.

La Uruca, San José, 2 de febrero del 2006.—Proveeduría Casa Matriz.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—(Nº 1520).—C-17070.—(9994).

 

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 0218-2006 (Modificación Nº 1)

Compra e instalación de una solución de lectoclasificación

para el procesamiento de documentos de cuentas corriente

La Proveeduría General del Banco Nacional, comunica a los interesados en esta Licitación, la siguiente modificación:

3. Requerimientos técnicos mínimos que deberá cumplir la solución que se oferte, punto 9, deberá leerse de la siguiente manera:

El equipo debe poseer como mínimo 24 bolsillos (Pockets), con capacidad de crecimiento de cómo mínimo 36 bolsillos.

El punto 18 del mismo apartado, se deberá leer de la siguiente manera:

Las funciones que deberá realizar la solución será de acuerdo con el siguiente orden:

Primer corrida: Captura de datos e las imágenes, (header) o cabeza de lote, con identificador de oficina de origen y fecha. Endoso de los documentos: fecha, consecutivo de proceso parametrizables. Separación inicial de documentos por grupos de cuentas: cuentas matriculadas para devolver al cliente.

Segunda corrida: A las cuentas que fueron procesadas en la corrida anterior, aplicando el algoritmo de ordenamiento, que debe ser parte de la solución ofertada, deben quedar debidamente ordenadas por número de cuenta y documento.

Condiciones especiales:

El punto Y) se deberá leer de la siguiente manera:

Y) A la fecha de apertura de las ofertas, la solución ofertada debe estar totalmente instalada y funcionando en al menos tres instituciones o empresas públicas o privadas, nacionales o internacionales, con la capacidad de procesar al menos 12.500 documentos por hora, con una velocidad mínima de procesamiento de doscientos diez documentos por minuto y arquitectura de red utilizada en el Banco Nacional.

La empresa oferente para comprobar su experiencia en obras similares, anexará una lista de las mismas, con la información mínima que se detalla a continuación:

Institución o empresa.

Representante técnico encargado del proceso.

Número de teléfono del representante.

Volumen de procesamiento de documentos diarios.

Velocidad de procesamiento de documentos por minuto.

El Banco se reserva el derecho de verificar la información contenida en la precitada lista, para lo cual podrá hacer las consultas al representante técnico a los números de teléfono consignados en la lista; de esta manera, si la información no puede ser confirmada con el representante, sea porque éste la contradiga o porque no pueda ser localizado con la información suministrada por el oferente, no se considerará la obra a efectos de tener por acreditada la experiencia.

Criterios de evaluación:

Consideraciones generales:

El punto 2. Se deberá leer de la siguiente manera:

2. Consolidación de la empresa en el mercado        5 puntos.

El oferente debe indicar la cantidad de meses consecutivos, completos y cumplidos que tiene de estar consolidado en el mercado distribuyendo e implementando soluciones de lectoclasificación.

Al oferente_ con 10 años o más, se le asignarán 5 puntos, a los de menos de 10 años, se les asignará puntaje de acuerdo con la siguiente distribución:

Años                 Puntos

10 o más                    5

Hasta 7                      3

Hasta 5                      2

A efectos de probar tal consolidación, el oferente deberá aportar una lista, bajo fe de juramento, de las ventas hechas de este tipo de solución en el mercado, sin importar la marca, en los últimos diez años (indicando mes y año) anteriores a la fecha de la apertura de las ofertas, con indicación del nombre y teléfono del comprador a quien poder consultar.

Se aclara a todos los oferentes, que toda aquella empresa con menos de cinco años cumplidos a la fecha de recepción de ofertas, en ventas de este tipo de solución en el mercado, recibirá cero puntos en el presente criterio.

En caso de duda el Banco se reserva el derecho de solicitar copia de las facturas de venta hechas por oferente, en donde se demuestre que ha distribuido equipos en el mercado costarricense. Para todos los efectos se considerarán únicamente los últimos diez años. Las copias de las facturas presentadas deberán indicar claramente que se realizaron ventas de una solución de lectoclasificación por parte del oferente.

Las demás condiciones del pliego de condiciones se mantienen invariables.

La Uruca, San José, 2 de febrero del 2006.—Proveeduría Casa Matriz.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—(Nº 1519).—C-36320.—(9995).

 

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 105037

Servicios médicos en cirugía reconstructiva

para la Subdirección de INS-Salud

Se comunica a los interesados en el presente concurso, cuya adjudicación se publicó en el Diario Oficial La Gaceta Nº 05 del 6 de enero del 2006, que deberá leerse correctamente:

                Cirugías         

Tarifas                        Monto

1                      ¢12.500,00

2                      ¢27.200,00

3                      ¢44.500,00

4                      ¢61.000,00

5                      ¢79.500,00

6                    ¢119.000,00

Especial        ¢199.000,00

La demás condiciones permanecen invariables.

Departamento de Proveeduría.—Lic. Luis Leitón Aguilar, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18427).—C-11620.—(9997).

 

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 7293 (Modificación Nº 1)

Adquisición de repuestos para motores diesel

I.H.I PCF 2.5-1.8V del Centro de Generación Moín

El Instituto Costarricense de Electricidad informa a los interesados en la licitación arriba mencionada que se le debe efectuar la siguiente modificación:

La cláusula Nº 8 del capítulo II debe sustituirse por lo siguiente:

“8.      Tiempo de entrega:

Los bienes deben ser entregados en un plazo no mayor a 210 días naturales, a partir de la notificación de la orden de compra”

Fecha de apertura: 10:00 horas del día 1° de marzo del 2006.

San José, 1° de febrero del 2006.—Dirección Proveeduría.—Ing. Carlos Casco P., Coordinador Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 320073).—C-7170.—(10094).

 

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

   Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006-00002 (Circular Nº 2)

Servicio de bacheo de roturas con mezcla asfáltica caliente

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (A y A), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los potenciales oferentes, que se recibirán ofertas hasta las 11:00 horas, día 8 de marzo del 2006, para “Servicio de bacheo de roturas con mezcla asfáltica caliente”.

La fecha límite para presentar consultas de la presente licitación será hasta el 16 de febrero del 2006.

Las demás condiciones permanecen invariables.

San José, 2 de febrero del 2006.—Proveeduría.—Lic. Lilliana Navarro Castillo.—1 vez.—(Solicitud Nº 37495).—C-6070.—(9993).

 

AVISOS

COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 40-2005

Reconstrucción del sistema de distribución eléctrica en el Cantón

de la Unión, Cartago, incluye materiales y mano de obra

Les comunicamos que el recibo de ofertas de la licitación en referencia, se prorrogó para el miércoles 1º de marzo del 2006, a las 13:00 horas en la Proveeduría.

José Antonio Salas Monge, Proveedor General.—1 vez.—(9922).

 

REGLAMENTOS

ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

El Ministerio de Economía, Industria y Comercio y la Secretaría Técnica del Órgano de Reglamentación Técnica, informa que el MEIC pone a disposición de las instituciones y público en general el siguiente proyecto de Reglamento Técnico:

-    A nivel nacional: RTCR: XXX: 2006. Reforma al RTCR 100:1997. Etiquetado de los alimentos preenvasados. (Adición a la sección 4.2 “Lista de ingredientes” referente a sustancias alergénicas).

-    A nivel centroamericano: RTCA 01.01.11:05 Cantidad de producto en preempacados. (Contenido neto).

Para lo cual se otorga un período de 10 días hábiles, de conformidad con el artículo 361 de la Ley General de la Administración Pública, contados a partir del día siguiente de la publicación de este aviso, para presentar ante dicha Secretaría, sus observaciones.

Los textos de estos reglamentos técnicos, se encuentran en las oficinas de la Secretaría, sita en el Edificio IFAM, del Colegio Lincoln 200 metros oeste, 100 metros sur, 200 metros oeste, 1er. piso, frente al Despacho Ministerial; en horarios de 07:00 a. m a 03:00 p. m., jornada continua. La versión digital está disponible en este sitio http://www.reglatec.go.cr o bien la puede solicitar a la siguiente dirección electrónica: reglatec@meic.go.cr.

Las observaciones podrán ser entregadas a la dirección física y electrónica indicada anteriormente o al fax: 297-1439.

San José, 30 de enero del 2006.—Lic. Carlos Castro Rodríguez, Oficial Mayor.—1 vez.—(Solicitud Nº 46606).—C-8820.—(8590).

 

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DE GARANTÍAS Y JUBILACIONES

DEL FONDO DE JUBILACIONES

La Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, en sesión ordinaria Nº 5518 artículo IV, inciso 5) celebrada el día 14 de diciembre de 2006, acuerda: modificar el artículo 8, del Reglamento del Régimen de Garantías y Jubilaciones, del Fondo de Jubilaciones, publicado en La Gaceta Nº 20 del 28 de enero de 2005, atendiendo las recomendaciones de la Superintendencia de Pensiones contenida entre otros en el oficio SP-1289 del 11 de julio de 2005, para que en adelante se lea:

“Artículo 8º—No retiro de fondos. A los afiliados que dejen de laborar para el Instituto, se les aplicará lo establecido en el párrafo tercero del artículo 75 de la Ley de Protección al Trabajador por lo que, los fondos acumulados deberán trasladarse a la operadora de planes de pensión complementaria que el trabajador haya escogido, para que le administre la cuenta individual dentro del Régimen Obligatorio de Pensiones.

En caso de muerte de un afiliado, su beneficiario o beneficiarios recibirán en un solo pago los beneficios que le correspondan.

Recibida la copia de la orden de personal, que establece el cese de funciones del empleado o funcionario al Fondo, la Junta conocerá y aprobará en la siguiente sesión dicho traslado.

San José, 17 de enero de 2006.—MBA. Adolfo Calvo Navarro, Jefe Proceso de Proveeduría.—1 vez.—(8198).

 

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ

REGLAMENTO REGISTRO DE PROVEEDORES DE LA

MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ, GUANACASTE

SECCIÓN I

Disposiciones generales

Artículo 1º—Las disposiciones de este Reglamento regularán el funcionamiento del Registro de Proveedores de la Municipalidad de Santa Cruz, Guanacaste, según lo dispuesto por el artículo 108 de la Ley de Contratación Administrativa N° 7494 del 24 de abril de 1995 y el Reglamento General de Contratación Administrativa N° 25038-H del 7 de marzo de 1996.

Artículo 2º—La Sección de Proveeduría será la encargada de administrar, para todos los efectos, trámites y procedimientos del registro de Proveedores. Para ello, implantará la organización que se estime necesaria con el apoyo de los medios tecnológicos y recursos que garanticen la eficiencia y eficacia del registro.

Artículo 3º—El Registro de Proveedores es una base de datos en la cual se incluirá la información necesaria y disponible de las personas físicas y jurídicas que deseen participar en los diferentes procesos de contratación administrativa que promueva la Institución, que por su naturaleza y circunstancia no se encuentren supeditadas a Licitación Pública. Este Registro tiene como finalidad mantener actualizados los requisitos, datos y características de potenciales proveedores con el propósito de adquirir de ellos bienes y/o servicios ofrecidos, cuando la Institución los requiera.

Artículo 4º—A efectos de mantener actualizado el Registro de Proveedores, la Municipalidad invitará a los interesados en integrarlo mediante publicación en el Diario Oficial y dos diarios de circulación nacional, al menos una vez al año.

SECCIÓN II

De los requisitos

Artículo 5º—Las personas físicas y jurídicas que estén interesadas en formar parte del Registro de Proveedores de la Municipalidad de Santa Cruz deberán llenar el formulario emitido por la Proveeduría de la Municipalidad con la siguiente información:

1)  Solicitud escrita o formulario emitido por la Sección de Proveeduría de la Municipalidad de Santa Cruz.

2)  Indicar nombre o razón social de la empresa.

3)  Describir la actividad a que se dedica la empresa o persona en la rama de interés. Indicar bienes o servicios que se ofrecen con sus respectivas especificaciones o características particulares.

4)  Las empresas domiciliadas e inscritas en Costa Rica, aportar original (o fotocopia autenticada) de certificación extendida por Registro Público o bien por un Notario Público, en cuanto a la naturaleza jurídica de las acciones. Además con vista en el libro de accionistas de la empresa, presentar certificación de la propiedad de las acciones. Esta última deberá ser emitida por notario público, todo de acuerdo con lo que al respecto establece el artículo 24.4.2 del Reglamento General de la Contratación Administrativa.

5)  Tratándose de personas jurídicas, se deberá presentar Certificación de Personería Jurídica, emitida por el Registro Público o bien por un Notario Público.

6)  Aportar fotocopia de cédula de identidad o de la cédula jurídica de la empresa, según corresponda.

7)  Indicar dirección postal y geográfica exacta, domicilio legal de la empresa, número de teléfono, telefax, apartado postal y cualquier otra referencia importante para localización.

8)  El solicitante personal o el representante o apoderado de la empresa debe adjuntar las declaraciones juradas, según el artículo 53 del Reglamento de Contratación Administrativa.

9)  Indicar si poseen facturas autorizadas por el Ministerio de Hacienda. En caso que se encuentre en un Régimen de Tributación Simplificado, debe presentar los documentos que lo demuestren.

10) Forma de pago: Indicar la disposición de aceptar la forma de pago que indicare el cartel del concurso correspondiente o en su defecto, la forma de pago usual de la Institución.

11) Aportar declaración bajo la fe de juramento de que la empresa o proveedor no ha sido sancionado administrativamente, por incumplimiento de contratos en la administración.

12) Cuando el interesado en inscribirse actúe como apoderado especial, general o generalísimo, como distribuidor u otro, debe establecerlo claramente y presentar las certificaciones correspondientes que deberán guardar estricto ajuste al ordenamiento jurídico.

13) Nombre del funcionario autorizado para establecer relación comercial (agente de ventas).

14) Presentar certificación de la personería del (o los) representante(s) legal(es) u apoderado(s).

Artículo 6º—La información aportada para lograr la inscripción será considerada como verídica por el solo hecho de presentar la solicitud de inscripción y la información complementaria correspondiente. Salvo prueba en contrario presentada por un interesado que se considere lesionado.

Artículo 7º—La Municipalidad se reserva el derecho de solicitar la autenticación de fotocopias de certificaciones o documentos que se adjunten según el artículo N° 7 de este Reglamento.

Artículo 8º—Todos los documentos presentados con la solicitud de inscripción al registro de proveedores, deben ser firmados por las personas que ostenten la representación legal de la empresa y tiene poder para ello.

Artículo 9º—La Sección de Proveeduría llevará un historial de las empresas que han incumplido los plazos establecidos, las respuestas a las invitaciones y las observaciones sobre la calidad y precios de los productos y/o servicios recibidos, por parte de las unidades Administrativas solicitantes. Con base en este historial y mediante resolución avalada por el Director de Administración Interna, excluirá de oficio a los proveedores que no convengan a los intereses institucionales.

SECCIÓN III

De la inclusión y exclusión al registro

Artículo 10.—Una vez recibida la solicitud de incorporación al Registro de Proveedores, la Municipalidad de Santa Cruz por medio de su Sección de Proveeduría, verificará que toda la información solicitada en el artículo N° 7 esté a derecho. En caso contrario, previo aviso por escrito que enviará la Sección de Proveeduría, el interesado deberá subsanar los defectos en plazo de ocho días hábiles contados a partir del recibido de la comunicación antes indicada. Si la prevención no es atendida en tiempo y forma, la solicitud se tendrá por rechazada y se procederá a su archivo, sin ser incluida en la base de datos indicada al inicio.

Artículo 11.—Los proveedores potenciales incluidos en el Registro de Proveedores están en la obligación de comunicar a la Proveeduría todo cambio en sus datos generales: Dirección geográfica, teléfono fax o descripción, características de la mercancía, servicios y otros, así como en los poderes, representación de la empresa, propiedad de las acciones y situaciones similares.

Artículo 12.—Cuando al proveedor se le aplique la sanción de suspensión para contratar con la Administración, con apego a las regulaciones que sobre la materia contenga el ordenamiento jurídico, tal circunstancia se hará constar en el Registro de Proveedores, a efecto de dar cumplimiento con el fin legal previsto.

SECCIÓN IV

Disposiciones finales

Artículo 13.—La Administración mantendrá integradas en forma permanente al Registro de Proveedores a todas aquellas personas físicas o jurídicas que han sido consideradas, con sujeción a los procedimientos establecidos.

Artículo 14.—Clasificación de Proveedores: Se clasificarán con relación en su actividad, si es constructor, consultor, distribuidor, comerciante, fabricante u otros.

Artículo 15.—En todo lo no previsto por este Reglamento, rige lo que disponga la Ley General de Contratación Administrativa N° 7494 del 24 de abril de 1995 y su Reglamento.

Artículo 16.—Este reglamento rige a partir de su publicación en el diario Oficial La Gaceta.

Aprobado por el Concejo Municipal de la Municipalidad de Santa Cruz, en sesión ordinaria N° 35-2005, Artículo 8, Inciso 5) del 30 de agosto del 2005.

Santa Cruz, 26 de enero del 2006.—Olenin Carmona Álvarez, Proveedor Municipal.—1 vez.—(8140).

 

REMATES

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE

REMATE Nº 01-2006

LOTE DE ARTÍCULOS DE FIBRA DE VIDRIO

Se comunica a los interesados del presente proceso, que por acuerdo Nº 49, artículo V, de la sesión ordinaria Nº 182, celebrada por la Corporación Municipal del Cantón Central de San José, el día 25 de octubre, 2005 y por autorización de la Contraloría General de la República mediante el oficio 00340 (DAGJ-0051-2006) de fecha 11 de enero, 2006, se rematará el día 23 de febrero, 2006 a las nueve horas en el Plantel Municipal de Pavas, ubicado al final del Bulevar de Rohrmoser 200 metros norte carretera al Aeropuerto Tobías Bolaños y 150 metros este contiguo al Complejo Recreativo de la Municipalidad de San José de conformidad con el Avalúo Administrativo 193-2005, un lote de artículos de fibra de vidrio, el cual podrá ser examinado el día 16 de febrero del 2006 de las nueve horas a las quince horas, por favor coordinar con el señor Francisco Barquero al 295-6303.

Se les informa que una vez publicado este aviso, los interesados deberán retirar copia del avalúo número 193-Expediente Administrativo Nº 2298 de la Dirección General de Tributación con el detalle respectivo (al cual se le deberá de rebajar el 25%) en el Área de Licitaciones, Departamento de Proveeduría ubicado en el sótano del edificio municipal José Figueres Ferrer, avenida diez.

San José, 1º de febrero del 2006.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Guillermo Barquero Cruz, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 3169).—C-9370.—(9533).

 

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

SUCURSAL EN PUNTARENAS

AVISO

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal, Sucursal de Puntarenas, hace del conocimiento del público en general, que Inversiones Porteñas El Malecón S. A., cédula jurídica Nº 3-101-183171, ha solicitado, por motivo de extravío, la reposición del certificado de ahorro a plazo Nº 16100460210155271, por un monto de ¢15.000.000,00 (quince millones de colones netos), con vencimiento 07-03-2006 y cupones numerados del 007 al 009 ambos inclusive por un monto de ¢193.750,00 (ciento noventa y tres mil setecientos cincuenta colones netos cada uno), con fecha de vencimiento 07-01-2006, 07-02-2006 y 07-03-2006, respectivamente, lo anterior para efectos de cumplir con los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

Puntarenas, 29 de diciembre del 2005.—MSc. Carlos Casares Odio, Subgerente.—(7662).

 

CENTRO DE SERVICIOS FINANCIEROS DEL VALLE

AVISO

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

EL Banco Popular y de Desarrollo Comunal, Centro de Servicios Financieros del Valle, hace del conocimiento del público en general, el extravío del siguiente certificado de ahorro a plazo fijo a nombre de Garro Solís Berta, cédula 1-324-478.

    Certificado Nº       Monto ¢     Vencimiento    Monto   Vencimiento

16100760210142301 500.000,00     17-12-2005     5.625,00     17-04-2005

                                                                                 5.688,28     17-05-2005

Capitalizable                                                             5.752,27     17-06-2005

                                                                                 5.816,99     17-07-2005

                                                                                 5.882,43     17-08-2005

                                                                                 5.948,61     17-09-2005

                                                                                 6.015,53     17-10-2005

                                                                                 6.083,20     17-11-2005

                                                                                 6.151,64     17-12-2005

Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código del Comercio.

San José, 21 de diciembre del 2005.—Lic. Mauricio Granados Vargas, Subgerente.—Nº 81819.—(8097)

 

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

En sesión ordinaria de Junta Directiva Nº 5393, artículo 5º, inciso VI, celebrada el día 13 de diciembre del 2005.

SE ACUERDA:

Acoger la recomendación del Departamento de Concesiones dada mediante oficio DCO-1020-2005 y aprobar las siguiente directrices:

a)  Incorporar dentro de los contratos de concesión una cláusula donde se detalle el porcentaje del monto de la garantía de ejecución del proyecto que pretende desarrollar todo concesionario, mismo que se recomienda en 5%.

b)  Establecer como fecha última para el depósito de la garantía de cumplimiento el día de la firma del contrato de concesión.

c)  Solicitar a las municipalidades que dentro de los contratos de concesión se establezca un plazo perentorio para el inicio de las obras del proyecto que ofrece ejecutar el concesionario, bajo pena de que se inicie el procedimiento de cancelación de la concesión, el cual no debe ser mayor a dieciocho meses después de formalizar el contrato.

d)  Ante el incumplimiento de algunas de estas condiciones, la Municipalidad deberá iniciar el proceso de cancelación de la concesión a efecto de otorgarla a otra persona física o jurídica con capacidad y disposición real de ejecutar el proyecto.

Departamento de Concesiones.—Arq. Luis Guillermo Miranda Aguilar, Jefe a. í.—(Solicitud Nº 48357).—C-33080.—(7724).

 

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

DEPARTAMENTO DE ORDENAMIENTO AGRARIO

Se emplaza a todos los interesados en el proceso de titulación de tierras promovido ante el Instituto de Desarrollo Agrario al amparo de la Ley Nº 2825 “Ley de Tierras y Colonización y sus reformas y su Reglamento para la Titulación de Tierras en Reservas Nacionales, publicado en el Diario oficial La Gaceta Nº 173, del martes 10 de setiembre del 2002, por Yorlen Silva Ávila, costarricense, mayor, cédula de identidad número dos-cuatrocientos ochenta y tres-ciento noventa, soltera, oficios domésticos, Giovanni González Valdelomar, costarricense, mayor, cédula de identidad seis-doscientos treinta-cero ochenta y ocho, soltero, administrador de empresas, vecinos de Guápiles, ciento cincuenta metros norte y veinticinco oeste del cementerio de Guápiles, poseedores de la parcela número 134-2006 del programa de Titulación Limón 034, con una medida de seiscientos cincuenta metros con cincuenta y cuatro decímetros, según plano catastrado Nº L-quinientos sesenta y seis mil ciento setenta-mil novecientos ochenta y cuatro, con frente de calle de veintiséis metros con noventa decímetros, cuyos linderos son: norte, Enrique Chaves Núñez; sur, calle pública; este, Cristina Núñez Núñez, y al oeste, Justina Núñez Briceño. Situado en Sagrada Familia, distrito 5º Cariari, cantón 2º Pococí; provincia 7º Limón y que es terreno para construir. Las presentes diligencias no tienen objeto de evadir las consecuencias legales de un sucesorio. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende traspasar e inscribir en el Registro de la Propiedad, deberá hacerlo saber al Departamento Ordenamiento Agrario, del Instituto de Desarrollo Agrario, en sus oficinas centrales ubicadas en Residencial Los Colegios, del cantón de Moravia, contiguo al Colegio de Ingenieros Agrónomos, dentro de un plazo de 30 días naturales contados a partir de la publicación de este edicto.

San José, 30 de enero del 2006.—Programa Nacional de Titulación.—Marco Antonio Zúñiga Montero, Coordinador a. í.—1 vez.—(8265).

 

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSE

INSTITUCIÓN BENEMÉRITA

Comunica a los arrendatarios del Cementerio General y Metropolitano que la Administración de Cementerios de la Junta de Protección Social de San José, con fundamento en el acuerdo de Junta Directiva, correspondiente al artículo IV) inciso 4) del acta 0299 de la sesión celebrada el 12 de enero de 1999, punto 2) que en lo conducente dice:

La Junta Directiva Acuerda:

Aumentar los servicios que brindan los Cementerios General y Metropolitano en forma automática, según el costo de la vida determinado al final de cada año, siendo un 14.07% en el 2005.

Cementerio General                                                       ¢

Tapa de osario-subterráneo                                          10.475.00

Tapa osario aéreo                                                            6.285.00

Inhumación, exhumación                                               46.585.00

Inhumaciones en subterráneo                                        58.235.00

Permisos para enchape en paladina                                8.150.00

Permisos para enchape en mármol                                12.235.00

Permisos para construcción de nicho                              5.500.00

Permisos para repello de nicho                                       2.095.00

Certificaciones                                                                   410.00

Traspasos                                                                       4.890.00

Arriendo de nichos                                                          9.320.00

Cuota de mantenimiento                                                 2.795.00

Alquiler de electricidad                                                   3.450.00  por hora

Cementerio Metropolitano

Inhumación, exhumación                                               73.735.00

Traspasos                                                                       4.890.00

Permisos para pegar placas                                                710.00

Derecho de arriendo dos lugares                                 162.080.00

Derecho de arriendo cuatro lugares                             311.865.00

Cuota de mantenimiento dos lugares                              4.005.00

Cuota de mantenimiento cuatro lugares                          8.100.00

Los montos regirán a partir de su publicación.

Manuel Roldán Porras, Administrador de Cementerios.—1 vez.—(O. C. Nº 7148).—C-25320.—(7881).

 

A los arrendatarios o herederos legítimos que con fundamento en el artículo octavo del Decreto Ejecutivo N° 704 que es Ley decretada de la Junta Fundadora de la República, se declara en abandono los siguientes mausoleos del Cementerio General y se dan por resueltos los contratos correspondientes:

Arrendataria Ester Venegas Zeledón                   Arrendatarios Abel, Rafael y Alfredo Montero

de Zeledón, ubicación mausoleo 12,                   Barrantes, ubicación mausoleo 14, cuadro 2

cuadro 2 ampliación oeste, lado norte                ampliación oeste, lado sur, línea tercera, tomo

línea segunda, tomo 10, folio 61.                         10, folio 469.

Arrendatario Rosendo Escala Palan,                  Arrendatario Pedro Pagés Rosés Zeledón,

ubicación mausoleo 25, cuadro callejón            ubicación mausoleo 5, cuadro 3 ampliación

ampliación oeste lado oeste,                                  oeste, lado oeste, línea segunda, tomo 11,

línea primera tomo 11, folio 67.                            folio 447.

Arrendataria María Equed Matta v. de                Arrendatario Rodolfo Heinrich Traube, ubicación

Joaquín, ubicación mausoleo 3,                            mausoleo 7, cuadro ampliación oeste lado este

cuadro 3 ampliación oeste, lado este,                  línea segunda, tomo 12, folio 89.

línea segunda, tomo 11, folio 475.

Arrendatario Juan Balué Rodríguez                    Arrendatario Elliot Sand and Navigation

ubicación mausoleo 8, cuadro 4                           Company to United, Fruite Company

ampliación oeste lado sur línea                            Colón Panamá, ubicación mausoleo 6,

primera, tomo 12, folio 199                                    cuadro 4 ampliación oeste, lado sur, línea

                                                                                       tercera, tomo 12, folio 239

Arrendatario Humberto Gei Bernini,                  Arrendatarios Hillmerth Siercke Wichmaun,

ubicación mausoleo 1, cuadro 5                           ubicación mausoleo 3, cuadro letra B, lado sur,

ampliación oeste, lado este, línea                         línea primera, tomo 14, folio 117.

primera, tomo 13, folio 87.

Arrendatario José María Arce Bartolini,            Arrendataria Eulalia Ruiz Contreras v. de Reyes

ubicación mausoleo 7, cuadro letra B,                Colaboay, ubicación mausoleo 3, cuadro letra B,

lado sur, línea primera, tomo 14,                           lado sur, línea segunda, tomo 14, folio 213.

folio 125.

Arrendataria Glora Heilbran Faneute,                Arrendataria Ana María Carrillo Castro v. de

ubicación mausoleo 3, cuadro letra                     Brenes Mesén, ubicación mausoleo 24, cuadro

B, lado oeste, línea tercera, tomo 14,                   letra A, línea octava, tomo 15, folio 311.

folio 261.

Arrendatario León Furner, ubicación

mausoleo 5, cuadro 8 ampliación oeste,

lado este, línea quinta, tomo 16, folio 137.

Si en el plazo de quince días a partir de la publicación del aviso, los supuestos herederos o interesados de los dueños de mausoleos declarados en abandono no se presentan a la Administración a reclamar sus derechos, los mausoleos pasarán a ser propiedad de la Junta de Protección Social de San José, la cual dispondrá de estos según convenga a sus intereses.

San José, 19 de enero del 2006.—Manuel Roldán Porras, Administrador de Cementerios.—1 vez.—(O. C. 7148).—C-42370.—(7882).

 

Con fundamento en el Decreto Ejecutivo Nº 21384-S en su artículo 15, Reglamento para la Administración de los Cementerios de la Junta de Protección Social de San José, publicado en La Gaceta Nº 143 del 28 de julio de 1992, así como oficio AL-89 de la Lic. Marcela Sánchez Quesada, Asesora Legal, con fecha 24 de enero del 2006 y la Declaración Jurada rendida ante el Notario Público Lic. Luis Diego Valdelomar Esquivel, la Gerencia General representada por el Msc. Luis Polinaris Vargas, cédula Nº 1-413-994, mayor, casado, vecino de Tibás, autoriza acogiendo el criterio legal, el traspaso del derecho de arriendo del Cementerio General mausoleo 5, cuadro adicional 7, lado oeste, línea primera, inscrito al tomo 15, folio 425 al señor José Emilio Lacayo Zamora, cédula Nº 1-1087-0355.

Si en el plazo de quince días a partir de la publicación del aviso, no existiere oposición, se autoriza a la Administración de Cementerios, para que comunique al interesado lo resuelto.

San José, 26 de enero del 2006.—Manuel Roldán Porras, Administrador de Cementerios.—1 vez.—(7907).

 

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE PARRITA

DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

EDICTO

Inversiones Guido Sánchez S. A., cédula jurídica número 3-101-154022, representada por el señor Robert Hunter (nombres) Ranson (apellido) jr., mayor, casado dos veces, analista de suelos, ciudadano de Estados Unidos de Norteamérica, vecino de Isla Palo Seco, pasaporte de su país número 086614152, en su calidad de apoderado generalísimo. Con base en la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre Nº 6043, del 2 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo N° 7841-P, del 16 de diciembre de 1977, solicita en Concesión una parcela de terreno localizada en Playa Isla Palo Seco, distrito Parrita, cantón Parrita, provincia de Puntarenas. Mide: 4 897,49 m2, de conformidad al plano de catastro P-1037192-2005, para dedicarlo al uso hotel cabinas conforme al Plan Regulador aprobado. Linderos: norte, zona de protección al estero; sur, calle pública 14 metros de ancho; este, Municipalidad de Parrita, y al oeste, Municipalidad de Parrita. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que las disposiciones del plan regulador aprobado en este sector de playa, afecten el uso actual de la parcela, se conceden treinta días para oír oposiciones las cuales deberán venir acompañadas de dos copias. Ubicada entre los mojones frente a costa 804-805 y 806, del Instituto Geográfico Nacional.

Parrita, 25 de enero del 2006.—Sección de Arrendamiento.—Marvin Mora Chinchilla, Jefe.—1 vez.—(8269).

 

MUNICIPALIDAD DE LIMÓN

ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

Tarifa para inspecciones y publicación

de edictos en la Zona Marítimo Terrestre

La Municipalidad del cantón Central de Limón, con base a la Ley sobre Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 del 2 de marzo de 1977 y el artículo 34 del Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de diciembre de 1977, hace del conocimiento a los interesados de la Tarifa para Inspecciones y publicación de Edictos en la Zona Marítimo Terrestre jurisdicción del cantón Central de Limón.

A) Tarifa de inspecciones:

Sector Westfalia                         ¢34.759,99

Sector Vizcaya                             40.350,19

Sector Bananito                            42.165,05

Sector Estero Negro                     46.303,25

Sector Margarita                           48.553,85

Sector Estrella                              50.804,45

Sector Río Tuba                           59.589,05

B) Tarifa publicación de edictos:

El costo para la publicación de edictos en el Diario Oficial La Gaceta es de 7.520,00 colones (siete mil quinientos veinte colones). Los interesados podrán pagar la suma indicada en la Tesorería Municipal o a nombre de la municipalidad en el banco que se le indique.

Acuerdo del Concejo Municipal de Limón, sesión extraordinaria Nº 85, celebrada el día jueves 1º de diciembre  del 2005, bajo el artículo II, inciso f).

Limón, enero de 2006.—Lic. Róger Rivera Mora, Alcalde Municipal.—1 vez.—(7912).

 

AVISOS

CONVOCATORIAS

SINDICATO INDUSTRIAL DE TRABAJADORES ELÉCTRICOS

Y DE TELECOMUNICACIONES

La Junta Directiva de S.I.T.E.T., convoca a todos los afiliados (as) a la asamblea general anual de medio período, la que se realizará el día viernes 31 de marzo del 2006, a partir de las 16:00 horas, en las Oficinas del S.I.T.E.T., sita: avenida 9, calles 2 y 4, casa Nº 222.

De no haber quórum, los presentes, definirán el día, hora y lugar en que se realizará en segunda convocatoria.—San José, 24 de enero del 2006.—Luis Emilio Alcócer Gutiérrez, Secretario General Adjunto.—Roberto Tijerino Sirias, Secretario de Actas.—1 vez.—(9919).

 

COLEGIO DE PROFESIONALES

EN INFORMÁTICA Y COMPUTACIÓN

El Colegio de Profesionales en Informática y Computación, convoca a sus miembros, a la asamblea general extraordinaria que se celebrará el día viernes 17 de febrero del 2006, a las 5:30 de la tarde, en el Auditorio de la Universidad Latinoamericana de Ciencia y Tecnología, ULACIT. De no haber quórum, la segunda convocatoria se realizará, a las 6:30 p. m., en el mismo lugar.

La agenda para esta asamblea es la siguiente:

I.   Establecimiento del quórum.

II.  Aprobación de agenda.

III.      Cambio de estado de miembros suspendidos.

IV.      Mociones.

V.  Cierre de la actividad.

MSc. German A. Zúñiga Aguilar, Vicepresidente.—Lic. Marlon Esquivel Díaz, Secretario.—1 vez.—(9937).

 

ANTARES CARGA AÉREA Y MARÍTIMA S. A.

La sociedad Antares Carga Aérea y Marítima S. A., convoca a sus socios a la asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios a celebrarse en primera convocatoria a las doce horas del veintisiete de febrero del año dos mil seis, en las oficinas de la empresa situadas en Heredia, frente a la entrada principal del Centro Comercial Real Cariari, en sus instalaciones con el siguiente orden del día:

1)  Informe del presidente. Aprobación o improbación del mismo.

2)  Informe del secretario. Aprobación o improbación del mismo.

3)  Informe del fiscal.

4)  Aprobación o improbación del aumento de capital social.

5)  Aprobación o improbación de las reformas a las cláusulas segunda, quinta y sexta de los Estatutos Sociales.

6)  Revocación del nombramiento del Secretario y Tesorero de la Junta Directiva, Fiscal y del Agente Residente y elección del nuevo Tesorero y Secretario de la Junta Directiva, así como la elección del nuevo Fiscal del Agente Residente.

De no haber quórum en hora y fecha señalada se instaurará la asamblea en segunda convocatoria una hora después con el número de socios presentes.—Gilbert Eduardo Soto Bolaños, Presidente.—1 vez.—(10012).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

PUNTA POCHOTE INTERNACIONAL S. A.

Punta Pochote Internacional S. A., cédula jurídica Nº 3-101-105478, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Asamblea de Socios, Actas de Consejo de Administración y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—(7690).

 

H&M CONSULTORES ELÉCTRICOS

Y TELEFÓNICOS SOCIEDAD ANÓNIMA

H&M Consultores Eléctricos y Telefónicos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero treinta y tres mil novecientos ochenta y cinco, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de los libros siguientes: Actas de Asamblea General de Socios, Actas de Junta Directiva, Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de libros), Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 13 de enero del 2006.—Herman E. Meza Valverde, Presidente.—(7765).

 

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

AMÉRICA EMPRESAS INCORPORADAS S. A.

América Empresas Incorporadas S. A., cédula jurídica número tres- ciento uno-cero veinte mil trescientos siete, solicita ante la dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario- Mayor- Inventario y Balances- Actas Asamblea Socios. Quien se considere afectado puedo manifestar su oposición ante al Área de Información y Asistencia del Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el termino de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Grace Barquero Varela, Notaria.—Nº 81762.—(8099).

 

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CENTRO AMÉRICA

Ante el registro de la Universidad Autónoma de Centro América se ha presentado la solicitud de reposición del título de: Bachiller en Ciencias de la Educación Preescolar, emitido por esta casa de estudios el 27 de enero de 1989, inscrito en el tomo I-V12-3303, nombre de Ivette Molina Aguilar. Se solicita la reposición por haberse extraviado el original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la publicación en el Diario Oficial.—Campus Los Cipreses, Curridabat, 25 de enero del 2006.—Giovanni Sánchez Murillo, Registrador.—Nº 81770.—(8100).

 

Ante este Registro se ha presentado solicitud de reposición de los títulos de: Bachiller en Terapia Física, emitido por la Universidad el 2 de mayo de 1997, inscrito en el Nº 1-9417, y de Licenciada en Terapia Física, emitido por la Universidad el 25 de agosto de 1998, inscrito en el Nº I-4869, a nombre de María Nazareth González Gamboa. Se solicita la reposición por haberse extraviado los originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la publicación en el Diario Oficial.—San José, 20 de enero del 2006.—Giovanni Sánchez M., Registrador.—Nº 81957.—(8101).

 

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

BANCO INTERFÍN S. A.

Hago constar que extravíe el cupón Nº 20 correspondiente al certificado de inversión número 103-101-16538 con fecha de emisión 24-05-2005, la fecha de vencimiento de dicho cupón es del 24-01-2006, por un monto de ¢82.500,08 (ochenta y dos mil quinientos colones con 08/100). Por este motivo solicito se proceda con el trámite correspondiente para su reposición.—Heredia, 24 de enero del 2006.—Antonio Zumbado Martínez.—(8134).

 

BANCO CUSCATLÁN DE COSTA RICA S. A.

El Banco Cuscatlán de Costa Rica S. A., de este domicilio, hace del conocimiento del público en general, que Siemens S. A., cédula jurídica 3-101-005831-29, ha solicitado por motivo de extravío la reposición del cheque de gerencia Nº 23449-4, emitido por el Banco Cuscatlán de Costa Rica S. A., por un monto de $758,42 (setecientos cincuenta y ocho dólares con 42/100) a nombre de Siemens S. A. Lo anterior para efectos de cumplir con los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.—24 de enero del 2006.—Norberto Izurieta, Gerente de División Telecomunicaciones Privadas.—Hernán Hernández, Gerente Comercial.—(8145).

 

MANGUERAS Y FITINERÍAS SOCIEDAD ANÓNIMA,

Mangueras y Fitinerías Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-100541, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de un Libro de Actas de la Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), de la Administración Tributaría de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, diez de enero del dos mil seis.—Lic. Carlos Mauricio Vargas Caravaca, Notario.—(8200).

 

MUCAP

El señor José Alcides Calvo Serrano, cédula 9-066-393, ha solicitado a MUCAP la reposición del título valor Nº 357428, por un monto de ¢200.000,00 el cual fue emitido a su orden el día 21 de junio del 2005. Se emplaza a los interesados a manifestarse dentro del plazo de 15 días naturales posterior a la última publicación.—San José, 24 de enero del 2006.—Agencia Cartago Centro.—Lic. Enrique Martínez Solano.—(8277).

PUBLICACIÓN DE unA VEZ

 COLEGIO DE INGENIEROS AGRÓNOMOS DE COSTA RICA

Comunica que en la asamblea general ordinaria N° 128, celebrada el 28 de enero de 2006, se renovó parcialmente la Junta Directiva para el período 2006, quedando integrada de la siguiente forma:

Cargo                                Nombre                                          Cédula

Presidente              Ing. Agr. Mario Coto Carranza                       3-151-948

Vicepresidente        Ing. Agr. José Francisco Mora Valverde          1-465-716

Secretario               Ing. Agr. David Alfaro Mata                          3-223-745

Prosecretario         Ing. Agr. Ana Patricia Jiménez Salas              1-542-941

Tesorero                Ing. Agr. Fernando José Mojica Betancur       8-066-091

Vocal Primero        Ing. Agr. José Luis Jiménez Bermúdez            1-551-065

Vocal Segundo        Ing. For. Juan José Jiménez Espinoza             1-785-467

Vocal Tercero        Ing. Agr. Felipe Arguedas Gamboa                  1-507-778

Vocal Cuarto          Das. German Guardiola Solís                           1-505-143

Fiscal                     Ing. Agr. Ronald Rodríguez Vargas                  3-199-1424

POR JUNTA DIRECTIVA

Ing. Agr. Mario Coto Carranza            Ing. Agr. David Alfaro Mata

                      Presidente                                            Secretario

Moravia, 30 de enero de 2006.—Walter Badilla Arroyo, Director Ejecutivo a. í.—1 vez.—(8147).

Mediante escritura número cuarenta y tres del tomo nueve del notario Arturo Méndez Jiménez, de fecha dieciséis de enero del dos mil seis, se constituye la sociedad denominada Pelicano Dorado Limitada. Gerentes con poder generalísimos sin límite de suma: Jorge Ureña Solís y José Alberto Ureña Solís.—San Vito, Coto Brus, 16 de enero del 2006.—Lic. Arturo Méndez Jiménez y Lic. Enrique Corrales Barrientos, Notarios.—1 vez.—Nº 82166.—(8466).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del 5 de enero del 2006, se constituyó la sociedad I E Z Inmobiliaria El Zoncho Sociedad Anónima.—San José, 24 de enero del 2006.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers, Notario.—1 vez.—Nº 82167.—(8467).

Ante esta notaría, a las ocho horas del treinta de enero del dos mil seis, por escritura número noventa y tres, se constituyó la sociedad denominada Inversionistas La Campana del Mañana Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado.—San José, veintitrés de enero del dos mil seis.—Lic. Roxana Rodríguez Artavia, Notaria.—1 vez.—Nº 82168.—(8468).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las dieciséis horas treinta minutos del 27 de enero del 2006, se constituyó la empresa Muba Sociedad Anónima. Representación: presidente.—San José, 30 de enero del 2006.—Lic. Ligia María López Alvarado, Notaria.—1 vez.—Nº 82169.—(8469).

Ante mí, se constituyeron las empresas El Che Guido Veintiocho y Daniel Veintiocho Treinta, ambas Sociedades Anónimas, con plazo social de cien años y capital social de cien mil colones.—San José, veintisiete de enero del año dos mil seis.—Lic. Carlos Coto Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 82170.—(8470).

Constitución de Icón Plus Latinoamérica Costa Rica Sociedad Anónima. Representación: presidente y secretario. Domicilio: San José.—Lic.  Ana Grettel Chaves Loría, Notaria.—1 vez.—Nº 82174.—(8471).

Al ser las diez horas treinta minutos del veintitrés de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Nightfall S. A., mediante escritura pública número ciento veintitreso, ante la notaria Kattia Bermúdez Montenegro. Se nombró como presidente al señor Mehdi Aslani  Vatan.—27 de enero del 2006.—Lic. Kattia Bermudez Montenegro, Notaria.—1 vez.—Nº 82175.—(8472).

Al ser las diez horas del veintitrés de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Shryta S. A., mediante escritura pública número ciento veinticuatro, ante la notaria Kattia Bermúdez Montenegro. Se nombró como Presidente al señor Mehdi Aslani Vatan.—27 de enero del 2006.—Lic. Kattia Bermudez Montenegro, Notaria.—1 vez.—Nº 82176.—(8473).

Ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Asunción S. A., a las 8:00 horas del 11 de noviembre del 2005. Presidenta: María Elvia Reyes García, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. Objeto: explotación comercial de tiendas y el comercio en general. Domicilio: San José, Calle 23, Av. 14, casa Nº 2126.—San José, 11 de noviembre del 2005.—Lic.  Ricardo Alfonso Gamboa Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 82182.—(8474).

Por escritura número trece de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Vitalia del Sur S. A., capital suscrito y pagado, presidenta, vicepresidenta, y tesorera con facultades de apoderadas generalísimas sin límite de suma, podrán actuar conjuntamente o separadamente.—Lic. Roland García Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 82183.—(8475).

Por escritura otorgada en la notaría del notario público Óscar Luis Trejos Antillón, número 104, del tomo 10, de las 9:00 horas del día 30 del mes de enero del año 2006, se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad denominada Estornino S. A.—San José, 30 de enero del año 2006.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—Nº 82186.—(8476).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del veintitrés de enero del dos mil seis, se protocolizaron acuerdos de asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Grupo Real Alpino G R A S. A.—Lic. Gabriela Valverde Mena, Notaria.—1 vez.—Nº 82185.—(8477).

Que mediante escritura veintiocho del tomo primero del notario Dennis León Chinchilla, se constituyó la sociedad Piedades Celestiales C.J.G. Sociedad Anónima, capital social; cien mil colones. Domicilio social en Santo Domingo de Heredia.—San José, veintisiete de enero del 2006.—Lic.  Aixa Quesada Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 82188.—(8478).

Que mediante escritura nueve del tomo once de la notaria Aixa Quesada Gutiérrez, se constituyó la sociedad Abageiju Sociedad  Anónima. Capital social: cien mil colones. Domicilio social en Mansión de Nicoya.—San José, treinta de enero del 2006.—Lic. Aixa Quesada Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 82189.—(8479)

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Escuela D’ Amore Sociedad Anónima. Se acuerda reformar la cláusula quinta del pacto social de la compañía. Se acuerda revocar el nombramiento de la Junta Directiva y del Fiscal, y se nombran nuevos miembros.—San José, 30 de enero del 2006.—Lic.  Norman Coto Kikut, Notario.—1 vez.—Nº 82190.—(8480).

Por escritura otorgada ante el notario Francisco Morales Ayales, el día veinticuatro de enero del dos mil seis, a las diez horas, se constituyó la sociedad denominada Tierra Fértil de Lucania Sociedad Anónima, Presidente: Ernesto Rojas Koberg.—Lic. Francisco Morales Ayales, Notario.—1 vez.—Nº 82194.—(8481).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del día 26 de enero del 2006, se constituyó una sociedad denominada Netcentric Solutions Sociedad Anónima, capital ¢10.000,00, domiciliada en San Isidro de Heredia, 250 norte del Cristo.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez G., Notario.—1 vez.—Nº 82195.—(8482).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas con treinta minutos del veintitrés de enero del dos mil seis, constituyen Carlos Oviedo Álvarez y Sandra Murillo Herrera la entidad Inversiones Oviedo Murillo J.A Sociedad Anónima, domiciliada en Los Ángeles de la Fortuna de San Carlos, Alajuela, ochocientos metros al sur de la Guardia Rural. Objeto Comercio e industria en general. Capital social: diez mil colones. Presidente Carlos Oviedo Álvarez.—Ciudad Quesada, veintitrés de enero del dos mil seis.—Lic. Cristian Miguel Vargas Araya, Notario.—1 vez.—Nº 82196.—(8483).

Por escritura número 24 del primer tomo, otorgada en mi notaría, se constituyó la sociedad Auto Repuestos La Meseta S. A. Plazo 99 años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Heredia, 30 de enero del 2006.—Lic. Jenny Rosales Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 82199.—(8484).

Por escritura otorgada ante mí en esta ciudad, a las 13:00 horas de hoy se protocolizó acta de Zona Este Número Ochocientos Diez Dorado S. A., en la que se reforman estatutos.—San José, 28 de enero del 2006.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—Nº 82200.—(8485).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 27 de enero del 2006, se constituyó la sociedad denominada Eventos Especiales Karmo C R S. A., plazo 99 años, capital suscrito y pagado. Presidenta: Karla Vanessa Serrano Ardón.—Alajuela, 27 de enero del 2006.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—Nº 82201.—(8486).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Soluciones para el Concreto BC Sociedad Anónima, Bradley Coleman, Presidente.—Lic. Carlos Guillermo Zamora Campos, Notario.—1 vez.—Nº 82202.—(8487).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Concreto -Soluciones Inteligentes Sociedad Anonima, Bradley Coleman, Presidente.—Lic. Carlos Guillermo Zamora Campos, Notario.—1 vez.—Nº 82203.—(8488).

Por escritura de las 14:00 horas del diecinueve de enero del 2006, otorgada ante esta notaría pública, se constituyó la sociedad Arz-El-Rab S. A. Plazo social: 99 años a partir del diecinueve de enero del 2006. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y al secretario de la junta directiva, actuando conjunta o separadamente, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social ¢10.000,00. Domicilio: Heredia, San Pablo.—San José, veintisiete de enero del 2006.—Lic. Gabriel Lizama Oliger, Notario.—1 vez.—Nº 82205.—(8489).

Mediante escritura número ciento cuarenta - protocolo tomo tres-, autorizada por mi notaría, a las dieciséis horas del diecinueve de enero del dos mil seis, se constituye Subasta del Tomate y Productos Agrícolas de Costa Rica Sociedad Anónima. Domicilio: Central de Agroquímicos, San Rafael de Alajuela, trescientos metros al oeste de la iglesia, frente al Salón Los Malinches. Objeto: de manera especial beneficiar a los actores de la cadena del tomate mediante la mejora de la comercialización, desarrollando como principal actividad una mesa de negociación o subasta del sector tomatero. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cien mil dólares, representados por dos mil acciones comunes y nominativas de cincuenta dólares cada una. Representación: judicial y extrajudicial: corresponde al presidente de la junta directiva conforme artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil. Presidente: Luis Manuel González Murillo, cédula de identidad número dos-trescientos noventa y tres-ciento veinte.—Lic. María del Milagro García Bolaños, Notaria.—1 vez.—Nº 82206.—(8490).

Hoy se constituyó ante esta notaría la sociedad denominada Gato Blade Sociedad Anónima, nombre de fantasía, capital íntegramente suscrito y pagado, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma, domicilio: provincia de Alajuela, cantón de Atenas, Barrio Corazón de Jesús contiguo a la escuela.—A las doce horas del veinticinco de enero dos mil seis.—Lic. Ligia María Villalobos Porras, Notaria.—1 vez.—(8559).

Ante esta notaría a las nueve horas del día veintiséis de enero del dos mil seis, escritura ciento sesenta y siete-diez, protocolicé el acta once de la sociedad R Y S Dominios S. A., por la que se modifica la cláusula octava de los estatutos.—Lic. Ligia María Villalobos Porras, Notaria.—1 vez.—(8561).

Ante esta notaría a las diez horas del día veintiséis de enero del dos mil seis, escritura ciento sesenta y ocho-diez, protocolicé el acta uno de la sociedad Bud Bud S. A., por la que se modifica la cláusula segunda de los estatutos, se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Harold Lee Deroo.—Lic. María Villalobos Porras, Notaria.—1 vez.—(8563).

En mi notaría a las 10:30 horas del 23 de noviembre del año 2005, se constituyó la sociedad Grupo Médico Sano S. A. Presidente: Steven Gerald Miron Lupton. Se solicita la publicación de este edicto para lo que en derecho corresponda.—Alajuela, 31 de enero del 2006.—Lic. Henry A. Núñez Arias, Notario.—1 vez.—(8564).

En mi notaría a las 8:30 horas del 28 de diciembre del año 2005, se protocolizó acta de la sociedad Camvi Poaseña Sociedad Anónima. Se modificó cláusula sétima. Se solicita la publicación de este edicto para lo que en derecho corresponda.—Alajuela, 25 de enero del 2006.—Lic. Henry A. Núñez Arias, Notario.—1 vez.—(8566).

La suscrita notaria hace constar que el día de hoy, mediante escritura número cincuenta y dos, se constituyó la sociedad No Limits Design Costa Rica S. A., con un capital social de cien mil colones debidamente suscrito y pagado.—San José, veinte de enero del dos mil seis.—Lic. Frescia Benavides Ulate, Notaria.—1 vez.—(8568).

La suscrita notaria da fe que el día de hoy, mediante escritura número cincuenta y seis, se constituyó la sociedad Residencias GMT de Goicoechea S. A., con un capital de cien mil colones debidamente suscrito y pagado.—San José, veintisiete de enero del dos mil seis.—Lic. Frescia Benavides Ulate, Notaria.—1 vez.—(8569).

Se hace constar que a las 14:00 horas del día 25 de enero del 2006, por escritura número 59 del tomo duodécimo del notario Marvin Díaz Briceño, se constituyó la sociedad denominada Bioproductos Agropecuarios BIOSA S. A., cuyos apoderados son los señores Jorge Enrique Herrera Quirós cédula 2-261-516 y Marta María Castrillo Díaz, cédula 7-121-804.—San José, 31 de enero del 2006.—Lic. Marvin Díaz Briceño, Notario.—1 vez.—(8573).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada: Saint Christophers College of Medicine Sociedad Anónima. Plazo noventa y nueve años. Capital social cien mil colones, totalmente suscrito y cancelado. Se nombra junta directiva.—Heredia, 27 de enero del 2006.—Lic. Luis Fernando Vargas Mora, Notario.—1 vez.—(8580).

Por escritura otorgada en esta notaría a las 8:00 horas del 20 de enero del 2006, se sustituyó presidente en la sociedad Omnichem S. A., cédula jurídica número 3-101-337969, se reformó la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva donde el socio Ramón Antonio Salguero Perdomo, pasaporte hondureño número A- 290905, fue nombrado presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma por todo el plazo.—Naranjo, 20 de enero del 2006.—Lic. Hugo Rodríguez Fernández, Notario.—1 vez.—(8585).

Ante esta notaría se ha constituido la sociedad denominada: Programa Cliente Incógnito en Centroamérica PCI-CAM Sociedad Anónima.—San José, 16 de enero del 2006.—Lic. Franklin Solano Venegas, Notario.—1 vez.—(8586).

Ante esta notaría, en escritura número trescientos sesenta y uno, tomo sétimo, se constituye con capital social de diez mil colones, la sociedad denominada A & S Asociados Sociedad Anónima, siendo su representante con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma Anabelle Soto Granados. Es todo.—Alajuela, treinta de enero del dos mil seis.—Lic. Roy Solís Calvo, Notario.—1 vez.—(8604).

Ante esta notaría a las trece horas y treinta minutos del día veintitrés de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Roca y Piedra S. A. Presidente: Álvaro Jenkins Morales.—San José, treinta y uno de enero del dos mil seis.—Lic. María Lucrecia Quesada Barquero, Notaria.—1 vez.—(8612).

Por escritura otorgada el día de hoy protocolicé asamblea de socios de Luxhogar de Costa Rica Sociedad Anónima, cambio junta directiva, cambio de domicilio, revocatoria de poderes, otorgamiento de poderes.—San José, doce de enero del dos mil seis.—Dr. Édgar Emilio León Díaz, Notario.—1 vez.—(8613).

La suscrita notaria Jéssica Corrales Porras, hace constar que mediante la escritura número uno-trescientos veinticuatro de las nueve horas del día doce de diciembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Inversiones M.V.D Sociedad Anónima, representada por los señores: Marco Vinicio Díaz Robles, Rosa María Villalobos Cordero y José Elías Díaz Robles.—San José, 31 de enero del 2006.—Lic. Jéssica Corrales Porras, Notaria.—1 vez.—(8615).

Protocolización de acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la empresa denominada Trail of Fire S. A.—En Flamingo Guanacaste.—Lic. Ferdinand von Herold, Co-notario.—1 vez.—(8619).

Por escritura autorizada ante esta notaría a las 10:00 horas del treinta de enero del año 2006, se modifican estatutos de la sociedad: Corporación Constructora Paraíso de Savegre Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos mil cuatrocientos treinta y dos.—Lic. Luis Antonio Cubillo Pacheco, Notario.—1 vez.—(8620).

Por escritura número treinta y uno del tomo octavo otorgada el día diecinueve de enero del dos mil seis, ante el suscrito notario público, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Alimentos del Oeste Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-treinta y ocho mil quinientos veinte, en la cual se modifica la cláusula segunda de los estatutos sociales estableciendo un domicilio exacto y se nombra nueva junta directiva.—San José, 20 de enero del 2006.—Lic. Óscar Gerardo Pereira Villalobos, Notario.—1 vez.—(8629).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del veintiséis de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad A Guzmán Vallejo y Asociados Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo social: 100 años a partir de la constitución. Representación: presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Carlos Víquez Jara, Notario.—1 vez.—(8645).

Ante mí, Ricardo Valderrama Obando, notario público de Alajuela a las 13:00 horas del 30 de enero del dos mil seis, se constituyó Corporation Migaba S. A., domicilio en Alajuela Urbanización Montenegro de la Escuela María Pacheco, doscientos metros al norte, apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente, para cualquier acto, pero no así para vender propiedades en que deberán actuar conjuntamente es el presidente: Michael Vito Barbera y secretaria María Gabriela. Morera Quesada.—Alajuela, 30 de enero del 2006.—Lic. Ricardo Valderrama Obando, Notario.—1 vez.—Nº 82218.—(8648).

Servicios Carnor Sociedad Anónima, nombra nueva junta directiva, presidente Gamaniel Montero Campos.—Barva de Heredia, nueve de enero del año dos mil seis.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 82217.—(8649).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria a las 15:00 horas del 30 de enero del 2006, protocolice acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Cascada del Mar Primera Etapa A Veintitrés S. A., en la cual se reforma la cláusula segunda y se nombra nueva junta directiva.—San José, 30 de enero del 2006.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 82219.—(8650).

Por escritura pública otorgada ante mí en San José, a las 8:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Productos Assendelft S. A., con domicilio en San Blas de Moravia. Plazo social: 100 años. Capital social: ¢100.000,00, suscritos y pagados.—San José, 30 de enero del 2006.—Lic. Mario Antonio Morelli Astúa, Notario.—1 vez.—Nº 82220.—(8651).

Por escritura pública número 100-6 otorgada en San José a las 10:15 horas del día 26 de enero del 2006, se constituye la sociedad denominada Conservacionista Bilingüe Sociedad Anónima, cuya presidenta es Kattia Montero Castillo. Plazo social 99 años a partir de su constitución.—Lic. Efraín Mauricio Carvajal Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 82222.—(8652).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las ocho horas del día de hoy, se constituyó Negaro Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio: San José. Objeto: comercio en general.—San José, 18 de enero del 2006.—Lic. Manuel Enrique Badilla Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 82223.—(8653).

Mario Fallas Pereira y Leticia Fallas Pereira, constituyen sociedad anónima Grupo Kamelot Los Tres Sociedad Anónima.—Otorgada a las 18:00 horas del 15 de noviembre del 2005.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 82234.—(8654).

Giovanni Sánchez Hernández y Rigoberto Navarro Calvo, constituyen sociedad anónima: Importaciones Emmanuel Sociedad Anónima.—Otorgada a las 15:00 horas del 15 de noviembre del 2005.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 82235.—(8655).

Por escritura número ochenta y siete, otorgada ante Lilliam María Mora Delgado y Rosa Guillermina Aguilar Ureña, notarias públicas, con oficina en San José, actuando en el protocolo de la primera, se constituyó Inversiones JD Doce Cero Nueve Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Inversiones JD Doce Cero Nueve S. A.—San José, a las nueve horas del treinta de enero del año dos mil seis.—Lic. Rosa Guillermina Aguilar Ureña, Notaria.—1 vez.—Nº 82236.—(8656).

En esta notaría se constituyó la sociedad denominada Coraysa y Asociados Sociedad Anónima, cuyo presidente es el señor Rafael Enrique Córdoba Castillo.—San José, veintiséis de enero de dos mil seis.—Lic. Esteban Esquivel Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 82237.—(8657).

La suscrita, María Isabel Bonilla Arroyo, hace constar que ante esta notaría se constituyó la sociedad DJ Hermanas Herrera Soluciones Totales de Centroamérica Sociedad Anónima, con domicilio en Heredia, San Joaquín de Flores, veinticinco metros al este de la Iglesia Católica. Es todo.—Heredia, treinta de enero de dos mil seis.—Lic. María Isabel Bonilla Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 82238.—(8658).

Ante esta notaría se constituyó la entidad jurídica denominada Peggy Lou. Sociedad Anónima. Escritura otorgada ante la notaria pública Patricia Benavides Chaverri, al ser las diecinueve horas del día treinta del mes de enero del año dos mil seis.—Lic. Patricia Benavides Chaverri, Notaria.—1 vez.—Nº 82239.—(8659).

Por escritura otorgada ante el notario Emersson Orozco Suárez, a las trece horas con cuarenta minutos del veintiuno de noviembre del dos mil cinco, se protocolizaron los acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la Compañía The Sweetest Thing Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-trescientos noventa y ocho mil sesenta y siete, por cuanto se acordó reformar la cláusula octava del pacto constitutivo, en cuanto a la representación.—San José, treinta de enero del dos mil seis.—Lic. Emersson Orozco Suárez, Notario.—1 vez.—Nº 82246.—(8660).

Ante los notarios Jorge Hugo Miranda Fonseca y Rosa Elena Segura Ruiz, a las 10:00 horas del 25 de enero del 2006, se protocoliza acta que reforma cláusula sétima y nombra junta directiva de la sociedad denominada El Adobe Construcciones y Decoración S. A.—Lic. Rosa Elena Segura Ruiz, Notaria.—1 vez.—Nº 82247.—(8661).

Por escritura número ochenta y dos de las trece horas del veintiséis de enero del dos mil seis, se protocolizó el acta número dos de la sociedad denominada Grupo RHC Consultores Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa mil seiscientos cuarenta y dos, en la cual se acordó modificar la cláusula cuarta con relación al plazo social.—San José, 25 de enero del 2006.—Lic. Karla Solano Ruiz, Notaria.—1 vez.—Nº 82248.—(8662).

El día de hoy se han protocolizado actas de asambleas generales extraordinarias de las sociedades Industrias AL-JU V Y J S. A. y Comercializadora Sorevca de Costa Rica S. A. En ambas se reforma la cláusula cuarta del pacto constitutivo.—Palmares, 30 de enero del 2006.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—Nº 82251.—(8663).

Ante mí, Licenciado Warner Céspedes Arias, notario público con oficina en San José, se hace saber que ante mi notaría, se ha constituido la sociedad anónima Grupo Comercial Reli Internacional, siendo su presidente el señor Andrade Percival Privado, constituida el día 26 de enero del 2006. Es todo.—San José, 26 de enero del 2006.—Lic. Warner Céspedes Arias, Notario.—1 vez.—Nº 82252.—(8664).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima denominada Multiservicios R y D del Sur Sociedad Anónima, cuyo capital social es la suma de cincuenta mil colones netos.—23 de enero del 2006.—Lic. Wendy Mayela Mora Garro, Notaria.—1 vez.—Nº 82261.—(8665).

Al ser las quince horas del diecinueve de enero del dos mil seis, ante esta notaría, los señores Eduardo Porras Abarca, Lidieth Garro Monge constituyen la sociedad Fábrica de Muebles Garro Sociedad Anónima, se nombra junta directiva, apoderado generalísimo sin límite de suma y se fija el capital social.—Lic. Marta Cedeño Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 82262.—(8666).

El suscrito Jorge Guillermo Oreamuno Retana, notario público con oficina en la ciudad de San José, hace constar que en fecha 30 de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Grupo de Mantenimiento Industrial M B S Sociedad Anónima.—San José, 31 de enero del 2006.—Lic. Jorge Guillermo Oreamuno Retana, Notario.—1 vez.—Nº 82263.—(8667).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Grupo Comercial Marcasan S. A., mediante los cuales se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto social y se nombra Junta Directiva.—San José, treinta de enero del año dos mil seis.—Lic. Mario Alberto Mora Artavia, Notario.—1 vez.—Nº 82265.—(8668).

Por escritura otorgada a las once horas del veinticinco de noviembre del dos mil cinco, ante el notario público Audrys Esquivel Jiménez, se modificó el pacto social de la asociación denominada Asociación de Personas con Discapacidad para el Progreso de Santa Ana.—Santa Ana, diecinueve de enero del dos mil seis.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 82266.—(8669).

El suscrito notario René Orellana Meléndez hace constar que se constituyó la sociedad anónima Constructora Grupo Amaya N Y J Sociedad Anónima, en la ciudad de Santa Ana el día treinta de enero del año dos mil seis.—Lic. René Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.—Nº 82267.—(8670).

Por escritura pública número 32-1 otorgada ante mi notaría a las 14:00 horas del 20 de enero del 2006, se ha constituido la entidad Agropecuaria JMX S. A., con un plazo social de 99 años y un capital social de ¢1.500.000. Presidente y secretario de la junta directiva con la representación en forma separada o conjunta por todo el plazo social.—Lic. William Gdo. Rodríguez Acuña, Notario.—1 vez.—Nº 82268.—(8671).

Mediante escritura número doscientos cincuenta, otorgada ante la suscrita notaria, en el tomo sexto de su protocolo, a las 13:00 horas del 14 de diciembre de 2005, se constituyó la sociedad denominada Alfomonvar Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, 23 de enero del 2006.—Lic. Fressia Patricia Guzmán Mena, Notaria.—1 vez.—Nº 82270.—(8672).

Rodolfo Segura Montoya y Carlos Zúñiga Arias constituyen Black Piper Tour Zuse S. A.—En Puerto Viejo de Sarapiquí a las 14:00 horas del 30 de enero del 2006.—Lic. Linnet Marcella Sanabria Burgos, Notaria.—1 vez.—Nº 82269.—(8673).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 14:00 horas del 25 de enero del 2006, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada La Pirinola S. A., en virtud de la cual se reformó la cláusula octava del pacto social y se eligió nuevo presidente y nuevo secretario.—San José, 25 de enero del 2006.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 82276.—(8674).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 9:00 horas del 27 de enero del 2006, se constituyó la sociedad Comercial Solar Sociedad Anónima. Se nombra presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, 30 de enero del 2006.—Lic. Mario Alberto Umaña Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 82277.—(8675).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 8:00 horas del 1º de noviembre del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad Seguridad Perimetral Real CPF Sociedad Anónima. Se nombra presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, 27 de enero del 2006.—Lic. Mario Alberto Umaña Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 82278.—(8676).

Por escritura otorgada, ante el suscrito notario, a las 13:00 horas del 30 de enero del 2006, se protocolizó acta de la sociedad Constructora Valverde Pacheco Sociedad Anónima, donde se modificó la cláusula sétima de los estatutos y se revoca poder.—San José, 30 de enero del 2006.—Lic. Luis Gustavo González Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 82280.—(8677).

Por escritura otorgada, el día veintiocho de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Virtual Space International E T A N Sociedad Anónima, su capital social: diez mil colones. Corresponde al presidente y al tesorero la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San Isidro del General, 30 de enero del 2006.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 82285.—(8678).

Por escritura otorgada, el veintiséis de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Edulia P C Chirrripó Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Representación judicial y extrajudicial: corresponde al presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San Isidro del General, 27 de enero del 2006.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 82286.—(8679).

Por escritura otorgada, por el notario Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, a las 11:00 horas del 28 de enero del 2006, se constituyó la sociedad Las Trillizas Griegas Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Las Trillizas Griegas S. A. Presidenta: con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, es la señora María Ángela Alfaro Bolaños. Capital: suscrito y pago en su totalidad. Firmo en la ciudad de Grecia, veintiocho de enero del dos mil seis.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—Nº 82287.—(8680).

Ante la notaria pública Zulay Estrada Zúñiga, al ser las ocho horas del tres de octubre del dos mil cinco. Se constituyó la sociedad anónima Ursielosa Sociedad Anónima, cuyos apoderados generalísimos sin límite de suma son los señores Urs Franz Schaller de un único apellido en razón de su nacionalidad Suiza, mayor, soltero, ingeniero civil, con pasaporte de su país número F cero cuatro ocho tres cinco ocho cero, y vecino de Puntarenas, Quepos, carretera vieja a Manuel Antonio, y la señora Flor María Trigueros Arce, mayor, casada una vez, abogada y notaria publica, con cédula de identidad número nueve cero cero quince cero tres cincuenta y nueve y vecina de Santo Domingo de Heredia.—San José, 31 de enero del 2006.—Lic. Zulay Estrada Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 82288.—(8681).

Por escritura otorgada, ante mi notaría, a las 12:00 horas del 25 de enero del 2006, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de D.L.M.CH S. A., en la que se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo. Se nombra nueva secretaria de la junta directiva.—San José, 25 de enero del 2006.—Lic. Manuel Eduardo Campos García, Notario.—1 vez.—Nº 82290.—(8682).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 11 de enero de 2006, se constituyó la sociedad: Great Mahogany Brown of the Sky S.A., plazo: noventa y nueve años, domicilio: San José, avenida diez bis, calles veintiuno y veintitrés, casa dos mil ciento sesenta y uno. Objeto: ejercicio de la actividad agrícola, comercial, industrial, exportación e importación. Comercio en General. Apoderados generalísimos: presidente y secretario.—San José, 30 de enero del 2006.—Lic. Marianella Coto Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 82291.—(8683).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 11 de enero de 2006, se constituyó la sociedad: Leaves of the Maple Orange Tree S. A., plazo: noventa y nueve años, domicilio: San José, avenida diez bis, calles veintiuno y veintitrés, casa dos mil ciento sesenta y uno. Objeto: ejercicio de la actividad agrícola, comercial, industrial, exportación e importación. Comercio en general. Apoderados Generalísimos: presidente y secretario.—San José, 30 de enero del 2006.—Lic. Marianella Coto Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 82292.—(8684).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 11 de enero del 2006, se constituyó la sociedad: Big Oak White of the Lake S. A., plazo: noventa y nueve años, domicilio: San José, avenida diez bis, calles veintiuno y veintitrés, casa dos mil ciento sesenta y uno. Objeto: ejercicio de la actividad agrícola, comercial, industrial, exportación e importación. Comercio en General. Apoderados Generalísimos: presidente y secretario.—San José, 30 de enero del 2006.—Lic. Marianella Coto Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 82293.—(8685).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 11 de enero del 2006, se constituyó la sociedad: Beautiful Pine Green of the Hill S. A., Plazo: noventa y nueve años, domicilio: San José, avenida diez bis, calles veintiuno y veintitrés, casa dos mil ciento sesenta y uno. Objeto: ejercicio de la actividad agrícola, comercial, industrial, exportación e importación. Comercio en General. Apoderados Generalísimos: presidente y secretario.—San José, 30 de enero del 2006.—Lic. Marianella Coto Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 82294.—(8686).

Que ante esta notaría, mediante escritura pública número ciento treinta y nueve, visible a folio sesenta y cinco vuelto del tomo uno de mi protocolo y otorgada en Nicoya, a las diez horas del veintiocho de enero del dos mil seis, se constituye la sociedad anónima denominada Dama de Sámara, siendo los representantes legales con facultades de apoderados generalísimos sin límites de suma, su presidente: Daniele Roncato, mayor, soltero, comerciante, de nacionalidad italiano, con pasaporte número: uno seis tres dos cinco cuatro T, y su vicepresidente: Massimo Gambari, mayor, casado una vez separado de hecho hace un año, comerciante, de nacionalidad italiano, con pasaporte número Y cero siete uno cero cero uno. El capital social es la suma de cien mil colones. El plazo social: noventa y nueve años. Domicilio social: Sámara de Nicoya camino a Cangrejal ciento cincuenta metros oeste del Condominio Las Palmeras. Se dedicará al comercio en general y venta de toda clase de servicio público y privado.—Lic. Marianela Ruiz Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 82295.—(8687).

Por escritura otorgada ante mí, a las 12:00 horas del 10 de enero del 2006, se constituyeron las sociedades Carcomar Caracoles y Corales Marinos Tropicales S. A., Corporación la Riviera Guanacasteca Corigua S. A., Corporación Sierra Azul Marino Simaraz S. A., Valle de la Luna Verde Valuver S. A., Comercial Artesanal Iberart S. A., Corporación Folclor Nacional Folnac S. A., y Desarrollos del Oriente Medio Deloriem S. A. Presidente con la representación judicial y extrajudicial. Domicilio: San José. Plazo: cien años. Capital social: diez mil colones.—San José, 31 de enero del 2006.—Lic. Alonso Vargas Araya, Notario.—1 vez.—Nº 82296.—(8688).

Mediante escritura número cuarenta y cinco-catorce de las nueve horas y treinta minutos del cinco de diciembre del dos mil cinco, otorgada ante el suscrito notario se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Los Melones de Entebbe Sociedad Anónima, reformándose la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Guadalupe, 31 de enero del 2006.—Lic. José Arguedas Solano, Notario.—1 vez.—Nº 82297.—(8689).

Ante mí, Grace Robinson Arias, notaria pública de Siquirres, se constituyó CM Bansar Sociedad Anónima nombramientos: presidente: Carlos Alberto Mata Araya con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: diez mil colones. Domicilio social: provincia de Limón, Siquirres, del Bar Blanco y Negro doscientos metros oeste.—31 de enero del 2006.—Lic. Grace Robinson Arias, Notaria.—1 vez.—Nº 82299.—(8690).

En esta notaría al ser las quince horas del treinta de enero del dos mil seis, se protocoliza pieza de la sociedad anónima Otel SYS Sociedad Anónima; se reforma cláusula segunda del domicilio y sétima de la administración, siendo ahora el presidente, secretario y tesorero los apoderados generalísimos sin límite de suma, el primero actuando individualmente y el segundo y tercero actuando conjuntamente.—San José, 30 de enero del 2006.—Lic. Javier Clot Barrientos, Notario.—1 vez.—Nº 82301.—(8691).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas treinta minutos del cinco de diciembre del dos mil cinco, se constituye la sociedad denominada Inmobiliaria Hermanos Sansol S. A., domicilio social, Costa Rica, Turrialba, Carmen Lyra, casa número cuatrocientos tres, plazo social: noventa y nueve años. Capital social: totalmente suscrito y pagado en dinero en efectivo. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, con la representación judicial y extrajudicial.—Turrialba, treinta de enero del 2006.—Lic. Sigifredo Brenes Dittel, Notario.—1 vez.—Nº 82302.—(8692).

Por escritura otorgada ante la notaría de la Lic. Ginnette Arias Mora, a las quince horas del veintidós de enero del dos mil seis, en escritura número doscientos veinte, se constituyó la sociedad Horeb Sociedad Anónima con domicilio en Bahía Ballena, de Coopeuvita dos kilómetros al sur, Osa, Puntarenas, con un plazo de noventa y nueve años. Capital social suscrito y pagado, representado por diez acciones comunes y nominativas de diez colones cada una.—San José, treinta de enero del dos mil seis.—Lic. Ginnette Arias Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 82306.—(8693).

El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se constituyó Plan B Comunicación C.R. S. A.—San José, 26 de enero del 2006.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—Nº 82307.—(8694).

La suscrita notaria hace constar que el día de hoy se constituyó ante esta notaría, la compañía Ticotom S.A., con un capital social de diez mil colones y con domicilio en Barrio Pilar, Guadalupe. La representación judicial y extrajudicial, así como las facultades de apoderados generalísimos, recaerá sobre su presidente y su tesorero.—San José, veintiséis de enero de dos mil seis.—Lic. Ma. Gabriela Sancho Carpio, Notaria.—1 vez.—Nº 82313.—(8695).

Mediante escrituras de las 15:00 horas del 26 de enero y de las 15:00 horas de 30 de enero del 2006, se constituyeron en esta notaría las sociedades Laguna Properties S. A., y Rancho Rachael S.R.L. Capital mil colones, apoderado el presidente y el gerente. Domicilio San José.—San José, 31 de enero del 2006.—Lic. José Rafael Fernández Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 82318.—(8696).

Por escritura otorgada ante mí, a las 12:30 horas del 27 de enero del 2006, protocolicé acta de asamblea de socios de Future Pave S. A. mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y décima de los estatutos, nombrándose nueva junta directiva.—Lic. Ana Cecilia de Ezpeleta Aguilar, Notaria.—1 vez.—Nº 82319.—(8697).

Mediante escritura otorgada el día de hoy, ante mi notaría, los señores Xenia Maritza Blanco Jara, Gilberto Villalobos Zamora, Luis Alberto y Mariel Villalobos Blanco, constituyen la empresa: Cecosami Sur S. A. Cuyo objeto es el comercio en general y su domicilio legal es en San Antonio de Desamparados de San José.—San José, nueve de enero del dos mil seis.—Lic. María Margoth Solís Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 82321.—(8698)

Por escritura otorgada ante mí, se constituye Ineptek Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.—Lic. Sergio Cubillo Lorenzo, Notario.—1 vez.—Nº 82322.—(8699).

En esta notaría al ser las doce y treinta horas del veintitrés de enero del dos mil seis, se constituye la sociedad de esta plaza Luke Sivan Harvey Trust Sociedad Anónima, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Alicia María González Chávez, Notaria.—1 vez.—Nº 82323.—(8700).

Ante esta notaría al ser las diez horas del dieciocho de marzo del dos mil cuatro, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Río Pejivalle Sociedad Anónima. Presidente: Wálter Martínez Araya.—San José, treinta de enero del dos mil seis.—Lic. Víctor Julio Rivas Tinoco, Notario.—1 vez.—Nº 82324.—(8701).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del treinta de enero del dos mil seis, se reformó la cláusula sexta de la sociedad Kiwi and Mango S. A. Se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero.—San José, 31 de enero del 2006.—Lic. Andre Wells Downey, Notario.—1 vez.—Nº 82325.—(8702).

Wimes del Este Sociedad Anónima, modifica cláusula novena del pacto constitutivo y junta directiva y representación legal de la empresa.—Lic. Flor de María Cordero Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 82326.—(8703).

Ante mí, Raquel Mayers Marín, notaria pública con oficina en San José, se constituyó la sociedad anónima Ubicasa Real State S. A. Presidente: Francisco Gerardo Ulate Valverde. Capital: diez mil colones. Plazo: cien años. Domicilio: San José.—San José, 31 de enero del 2006.—Lic. Raquel Mayers Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 82332.—(8704).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Cabuya Caballeros Sociedad Anónima, por un período de noventa y nueve años. Representantes: presidente y vicepresidente, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, treinta de enero del dos mil seis.—Lic. Edgar Mathieu Monge, Notario.—1 vez.—Nº 82333.—(8705).

Por escritura número ciento treinta y seis-tres, otorgada ante esta notaria, a las 16:00 horas del 22 de diciembre del 2005, se constituyó la sociedad anónima denominada Corporación Frankita de San Isidro S.A. Capital social: un millón de colones, representada por diez acciones nominativas de cien mil colones cada una. Objeto: comercio en general, así como cualquier fin lícito. Domicilio: San Isidro, Pérez Zeledón, Barrio Sinaí, calle Luz del Mundo, cien metros al sur del abastecedor La Amistad. Presidente: Minor Kellmitt Vargas Monge, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Yesenia González Retana, Notaria.—1 vez.—Nº 82334.—(8706).

Hoy, a las ocho horas treinta minutos, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada por Gadelji Sociedad Anónima, en la que se reforma la cláusula quinta de las constitutivas, aumentando el capital social.—Pérez Zeledón, 30 de enero del 2006.—Lic. Juan Luis Artavia Mata, Notario.—1 vez.—Nº 82336.—(8707).

Hoy, a las dieciséis horas, se constituyó la sociedad Aceiticos Vegetales del Sur Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse S. A. Para la propaganda y la papelería se usará AVESA. Presidente: Rafael Ángel Varela Granados.—Pérez Zeledón, 10 de enero del 2006.—Lic. Juan Luis Artavia Mata, Notario.—1 vez.—Nº 82337.—(8708).

Mediante escritura otorgada ante esta notaria, a las 8:30 horas del 27 de enero del 2006, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: se modifica cláusula segunda del domicilio. Se hacen los siguientes nombramientos: Gerente general: Christopher Martín (nombres) Silva (apellido). Agente residente: Andrea Dall’Anesse Agüero, en la sociedad Water Birds Corporation Limitada.—San José, 27 de enero del 2006.—Lic. Katherine Mourelo Rímola, Notaria.—1 vez.—Nº 82340.—(8709).

Por escritura ciento ochenta y seis-uno, de las 16:00 horas del día 24 de enero del 2006, se constituye C. I. Único Interior Sociedad Anónima, se nombran junta directiva y fiscal.—Lic. Aníbal Granados Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 82341.—(8710).

Por escritura ciento ochenta y siete-uno, de las 16 horas 15 minutos del día 24 de enero del 2006, se constituye Puerto Bahía Sociedad Anónima, se nombran junta directiva y fiscal.—Lic. Aníbal Granados Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 82342.—(8711).

Por escritura otorgada a las once horas del día treinta de enero del dos mil seis, Condominio Riveras del Monte Trece Occidente S. A., reforma la cláusula sexta del pacto social y nombra junta directiva y fiscal.—San José, 30 de enero del 2006.—Lic. Floria Vargas Gurdián, Notaria.—1 vez.—Nº 82355.—(8712).

Ante la suscrita notaria, se protocoliza acta número dos de asamblea general extraordinaria de socios en la cual se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente, domicilio de la sociedad BMWLI-Uno Cuatro Tres Uno Tres Cinco S. A. Es todo.—San José, 30 de enero del 2006.—Lic. Ana Sophia Lobo León, Notaria.—1 vez.—Nº 82356.—(8713).

El veintisiete de enero del dos mil seis, se constituye ante la suscrita notaria, Bacoentertaiment S. A., con domicilio fiscal en la ciudad de San José, Sabana Norte. Presidente, secretario y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Es todo.—San José, 27 de enero del 2006.—Lic. Ana Sophia Lobo León, Notaria.—1 vez.—Nº 82357.—(8714).

Por escritura pública otorgada ante el suscrito notario, en La Fila de Desamparados, a las quince horas cuarenta minutos del veinticuatro de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima denominada Materiales Industriales Mora Hidalgo Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Materiales Industriales Mora Hidalgo S. A. Domicilio: El domicilio social será en Tranquerillas de San Gabriel de Aserrí, cuatrocientos metros sur de la escuela. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: como objeto principal se dedicará al ejercicio del comercio, industria, agricultura y ganadería en general. Capital: cien mil colones. Presidente: Geovanni Mora Rivera, cédula uno-ochocientos cuarenta y dos-ochocientos ochenta y dos, casado una vez, comerciante, vecino de Tranquerillas de San Gabriel de Aserrí, cuatrocientos metros sur de la escuela, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—La Fila de Desamparados, veinticuatro de enero del dos mil seis.—Lic. Gerardo Valverde Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 82359.—(8715).

Por escritura otorgada hoy en esta ciudad, a las 15:00 horas ante el suscrito notario, los señores Patricia León Morales, Juan Carlos Abarca Alvarado, Roberto Ugalde Resenterra, DTV Isla del Sueño S. A., Erick Mata Abdelnour, Rodrigo Mata Abdelnour, Villa Madroño S. A., Villa Sangrilla S. A., Villa Juche S. A., Villa Candelillo S. A., y Pixel Ferán S.A., constituyeron la sociedad denominada Sociedad de Usuarios de Agua Urbanización Rambla Real. Domicilio: Alajuela. Objeto: aprovechamiento colectivo de aguas públicas. Plazo: 100 años. Capital social: ciento veinte mil colones suscritos y pagados. Presidente: Erick Mata Abdelnour.—San José, 26 de enero del 2006.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—Nº 82360.—(8716).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas cuarenta y cinco minutos del treinta de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Procesadora de Datos Binarios Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un plazo social de noventa y nueve años, a partir de su constitución, y con un capital social de doce mil colones.—San José, treinta de enero del dos mil seis.—Lic. Rosemarie Elizabeth McLaren, Notaria.—1 vez.—Nº 82365.—(8717).

Ante esta notaría, por escritura de las nueve horas del veintiséis de octubre del dos mil cinco, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de Comercial Dulce Nombre Sociedad Anónima, para ampliar el plazo a noventa y nueve años de dicha sociedad. Todo a solicitud del Lic. Carlos Francisco Rojas Quirós.—Lic. Danilo Durán Collado, Notario.—1 vez.—Nº 82370.—(8718).

Ante mi notaría, el día de hoy, se constituyó la sociedad anónima denominada Wielkopolska. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 30 de enero del 2006.—Lic. Sonia Rebeca Montealegre Pérez, Notaria.—1 vez.—Nº 82371.—(8719).

Ante esta notaría, a las 12:00 horas del día de hoy, se constituye Adrián Rodríguez Vargas e Hijos S. A. Domicilio: Sabana Sur. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: 100 años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 20 de enero del 2006.—Lic. Luis Enrique Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 82372.—(8720).

Ante esta notaría, a las 09:00 horas del día 1º de noviembre del 2005, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones CEA S. A., donde se modifica cláusula quinta del pacto social.—San José, 31 de enero del 2006.—Lic. Luis Enrique Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 82373.—(8721).

Ante esta notaría, a las 12:00 horas del día 18 de noviembre del 2005, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de A.T.C. Tecnoval S. A., donde se modifica cláusula quinta del pacto social.—San José, 31 de enero del 2006.—Lic. Luis Enrique Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 82374.—(8722).

A las ocho horas del nueve de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Doña Gisela’S House Sociedad Anónima, en la cual tiene en calidad de presidenta a Gisela Zeledón Durán, con un capital social de diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Juan Daniel Acosta Gurdián, Notario.—1 vez.—Nº 82376.—(8723).

Mark Di Stéfano y Ana Lucía Zamora Salazar, constituyen empresa Inversiones Ferroza del Castillo Sociedad Anónima. Capital social: ¢10.000,00. Presidente: Mark Di Stéfano.—Heredia, 29 de enero del 2006.—Lic. Neftalí Madrigal Chaverri, Notario.—1 vez.—Nº 82377.—(8724).

Neftalí Madrigal Chaverri y Leidy Alvarado Bogantes, constituyen empresa ’E Pluribus Unum Sociedad Anónima. Capital social: ¢10.000,00.—Heredia, 31 de enero del 2006.—Lic. Marianela Jiménez Valerio, Notaria.—1 vez.—Nº 82378.—(8725).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Compañía Madre Perla Limitada. Gerente y subgerente, apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo: 99 años. Domicilio en San José.—San José, 31 de enero del 2006.—Lic. Diego Vargas Gould, Notario.—1 vez.—Nº 82380.—(8726).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día de hoy, se reforma la cláusula octava de la administración de la empresa Ágata de Tamarindo I S. A.—San José, treinta de enero del dos mil seis.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 82387.—(8727).

Mario Antonio Barquero Solís y Javier Antonio Barquero Zúñiga, constituyen sociedad denominada Sistemas Globales de Importación Marítima Sociedad Anónima, su domicilio será en San Miguel de Naranjo un kilómetro al oeste del Restaurante Los Calabazos, con un capital social de cincuenta mil colones, su objeto será el comercio en general, la importación y exportación de mercadería, un plazo social de noventa y nueve años.—Naranjo, treinta de enero del dos mil seis.—Lic. Carmen Adelia Acuña Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 82388.—(8728).

Mediante escritura número ocho, del tomo tercero del protocolo de la suscrita notaria pública, el día veinticinco de enero del año dos mil seis, los señores Hernán Marín Quirós, cédula dos-trescientos setenta y uno-seiscientos ochenta, Félix Arcadio Marín Quirós, cédula dos-trescientos diez-cuatrocientos noventa y seis, y Melvin Mauricio Marín Quirós, cédula dos-cuatrocientos veintidós-novecientos sesenta y siete, constituyen la sociedad denominada Hermanos Marín Quirós Asociados Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiendo abreviarse Hermanos Marín Quirós Asociados S.R.L. El domicilio social será en Laguna, Alfaro Ruiz, Alajuela, cincuenta metros oeste y veinticinco metros norte del salón comunal, el plazo social es de noventa y nueve años, el capital social es de sesenta mil colones representados por tres títulos o cuotas comunes de veinte mil colones cada una, los gerentes de la sociedad serán los socios Hernán Marín Quirós, Félix Arcadio Marín Quirós y Melvin Mauricio Marín Quirós, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Zarcero, 30 de enero del 2006.—Lic. Ingrid Violeta Salazar Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº 82391.—(8729).

Hoy por escritura otorgada ante el notario José Manuel Hidalgo Barrantes, se constituyó la sociedad Castellan RDL S. A. Escritura otorgada en Escazú, a las 12:00 horas del 28 de enero del 2006.—San José, 11 de enero del 2006.—Lic. José Manuel Hidalgo Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 82397.—(8730).

En mi protocolo en la escritura número ciento sesenta y seis, consta el acta de la Corporación Turística NCBC S. A., para que se modifiquen cláusulas del pacto constitutivo.—San José, 24 de enero del 2006.—Lic. Olga Cecilia Cascante Corrales, Notaria.—1 vez.—Nº 82401.—(8731).

En esta fecha protocolicé acuerdos de la asamblea extraordinaria de accionistas de Sonidos del Amanecer S. A., de esta plaza, de modificación de la cláusula segunda de la escritura constitutiva referente a domicilio. Se designan nuevos de la junta directiva y fiscal.—San Rafael de Escazú, siete de diciembre del dos mil cinco.—Lic. Ana Luisa Zúñiga Crespi, Notaria.—1 vez.—Nº 82402.—(8732).

A las ocho horas del treinta de enero del dos mil seis, protocolicé acta extraordinaria de asamblea de socios de Ganadera Los Maderos S.A., por la cual se reforman sus estatutos en la cláusula segunda, modificándose el domicilio.—Lic. Alejandro Alfaro Araya, Notario.—1 vez.—Nº 82404.—(8733).

A las ocho horas del treinta de enero del dos mil seis, protocolicé acta extraordinaria de asamblea de socios de Los Aparejos S. A., por la cual se reforman sus estatutos en la cláusula segunda, modificándose el domicilio.—Lic. Alejandro Alfaro Araya, Notario.—1 vez.—Nº 82405.—(8734).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del día de hoy, protocolicé modificación de cláusula segunda de Representaciones Esquivel y Compañía S. A. Se reestructura junta directiva y agente residente.—San José, 30 de enero del 2006.—Lic. José Antonio Gómez Cortés, Notario.—1 vez.—Nº 82407.—(8735).

Por escritura otorgada ante la notaria Carolina Barrantes Jiménez, a las 16:00 horas del día 20 de setiembre del 2005, se constituyó la sociedad anónima JJJ Tres Jotas Importaciones de Repuestos de Equipo Especial.—Santa Rosa de Pocosol, 24 de enero del 2006.—Lic. Carolina Barrantes Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 82408.—(8736).

Al ser las diez horas del treinta y uno de enero del dos mil seis, se constituyó en mi notaría, la sociedad Quinta Río Nacaome Limitada. Gerente: Allan Garro Navarro.—Lic. Mildred Maroto Calvo, Notaria.—1 vez.—Nº 82409.—(8737).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 30 de enero del 2006, se constituyó la firma Totomira Feliz S. A. Domiciliada en San José.—San José, treinta de enero del dos mil seis.—Lic. Gustavo Adolfo Montero Ureña, Notario.—1 vez.—Nº 82411.—(8738).

El día veinticinco de enero del dos mil seis, en esta notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Tracamagre H. H. D. O Sociedad Anónima. Domiciliada en Cariari centro, en la parada de buses Coopetraca, Pococí, Limón, con un capital social de ¢100.000,00, representada por Didier Emilio Matarrita Matarrita, mayor de edad, casado una vez, chofer, con cédula de identidad número cinco-doscientos treinta y cuatro-seiscientos sesenta, vecino de Astúa Pirie, de la Bodeguita veinticinco metros al norte y setenta y cinco metros al este, Cariari, Pococí, Limón.—Cariari, veinticinco de enero del dos mil seis.—Lic. Alfredo Calderón Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 82413.—(8739).

Que al ser las dieciocho horas del veintitrés de enero del dos mil seis, mediante escritura número ciento cuarenta y siete del tomo primero del protocolo del suscrito notario, el señor Ronald Kevin Fleming, portador de la cédula de identidad Nº P A 701796939, y el señor José Elías Hidalgo Madrigal, portador de la cédula de identidad Nº 2-377-772, constituyeron la sociedad Teka del Pacífico Primera TPP Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones exactos, siendo sus apoderados generalísimos sin límite de suma, Ronald Kevin Fleming y José Elías Hidalgo Madrigal.—San Ramón, 23 de enero del 2006.—Lic. Álvaro Quesada Salas, Notario.—1 vez.—Nº 82421.—(8740).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en San Ramón de Alajuela, a las 9:00 horas del 3 de noviembre del 2005, se constituyó la sociedad denominada Inversiones El Arca de Noé del Pacífico S. A.—San Ramón, 23 de enero del 2006.—Lic. Mario Alexis González Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 82422.—(8741).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas quince minutos del dieciocho de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada A. P. Auto Partes de Naranjo Sociedad Anónima. Domicilio social: Naranjo de Alajuela. Capital social: cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Allan Raúl Alfaro Acuña. El presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San Ramón de Alajuela, 18 de enero del 2006.—Lic. Jonatán José Barrantes Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 82424.—(8742).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del dieciocho de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Auto Partes de Occidente Sociedad Anónima. Domicilio social: San Ramón de Alajuela. Capital social: cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Allan Raúl Alfaro Acuña. El presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San Ramón de Alajuela, 18 de enero del 2006.—Lic. Jonatán José Barrantes Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 82425.—(8743).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas treinta minutos del dieciocho de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Auto Partes de Esparza A. P. Sociedad Anónima. Domicilio social: Esparza de Puntarenas. Capital social: cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Allan Raúl Alfaro Acuña. El presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San Ramón de Alajuela, 18 de enero del 2006.—Lic. Jonatán José Barrantes Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 82426.—(8744).

Por escritura otorgada ante mí, Cynthia Rodríguez Chacón, a las diez horas y treinta minutos del veintiuno de noviembre del dos mil cinco, se constituyeron las sociedades de esta plaza denominadas Uaca Santa Cruz Chorotega Sociedad Anónima, Uaca San Ramón del Valle Central Sociedad Anónima, Uaca Guápiles del Trópico Húmedo Sociedad Anónima y Uaca Pérez Zeledón del Valle Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de enero del dos mil seis.—Lic. Cynthia Rodríguez Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 82439.—(8745).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, al ser las catorce horas cuarenta minutos del día veinticinco de enero del dos mil seis, se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo, cambio de junta directiva y fiscal de la sociedad Info Mundo PC Sociedad Anónima.—Alajuela, al ser las dieciséis horas del treinta de enero del dos mil seis.—Lic. Ana Yensi Morera Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 82444.—(8746).

Por escrituras de esta notaría, a las 17:00 y 18:00 horas del 30 de enero del 2006, se protocolizaron sendas actas de asamblea general extraordinaria de Corporación de Inversiones de Alajuela CORINAL S.A., y Corporación de Inversiones de Guanacaste CORIGU S. A., en la que se nombra junta directiva, en la primera, y presidente y tesorero, en la segunda, y en ambas se reforma la cláusula seis.—Limón, 30 de enero del 2006.—Lic. Northon Allen White, Notario.—1 vez.—Nº 82445.—(8747).

El suscrito notario público, Viamney Guzmán Alvarado, hago constar que al ser las dieciocho horas del día de hoy, los señores Sixto Enrique Solera Chaves, María Gabriela Hidalgo Hurtado y Karen Selenia González Portilla, han constituido la sociedad denominada Editorial Jurídica Jeshurun Sociedad Anónima. Es todo.—Guápiles, 12 de enero del 2006.—Lic. Viamney Guzmán Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 82446.—(8748).

Por escritura ciento noventa y siete-tres, de las diecisiete horas quince minutos del diez de octubre del dos mil cinco, otorgada en el tomo dos del protocolo de la licenciada Lourdes Salazar Agüero, se constituyó la sociedad Tucunaré Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Santa Catalina, carretera a Pavas, del cruce del aeropuerto ciento cincuenta metros norte y setenta y cinco oeste. Capital social: diez mil colones. Representante: presidente: Carlos Eduardo Chang Herrera, casado una vez, comerciante, cédula de identidad uno-quinientos tres-ochocientos noventa y cuatro, vecino San José, Santa Catalina, carretera a Pavas, del cruce del aeropuerto ciento cincuenta metros norte y setenta y cinco oeste.—San José, 16 de diciembre del 2005.—Lic. Lourdes Salazar Agüero, Notaria.—1 vez.—Nº 82447.—(8749).

Por escritura otorgada ante mí, Olga Fernández Marín, a las diez horas del veinte de enero del dos mil seis, se constituye la sociedad denominada Sihuapilapa Sociedad Anónima, con domicilio en Santa Ana de San José, Bosques de Lindora, casa Nº 131. Presidenta: Piedad Berta Durán García.—Escazú, 21 de enero del 2006.—Lic. Olga Fernández Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 82454.—(8750).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del diecisiete de enero del dos mil seis, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de Financiera Multivalores S. A., mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social.—Lic. María A. Rodríguez Alpízar, Notaria.—1 vez.—Nº 82455.—(8751).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil seis, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de Arrendamientos San José S. A., mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social.—Lic. María A. Rodríguez Alpízar, Notaria.—1 vez.—Nº 82456.—(8752).

Por escritura otorgada en San José, a las diez horas del veintiséis de enero del dos mil seis, se constituyó ante esta notaria, Ballesa Sociedad Anónima. Ana Cristina Ballestero Rosales, presidenta.—San José, 27 de enero del 2006.—Lic. Maribel Cortés Sorto, Notaria.—1 vez.—Nº 82457.—(8753).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad Bufete Ramírez & Ramírez Sociedad Anónima.—San José, 16 de enero del 2006.—Lic. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 82461.—(8754).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 10:00 horas del 30 de enero del 2006, se constituyó la sociedad denominada Servicios Bradger S. A. Domicilio social: San José, Pavas. Plazo social: 99 años. Capital social: suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 30 de enero del 2006.—Lic. Emily Vargas Rivera, Notaria.—1 vez.—Nº 82462.—(8755).

El suscrito Lic. Otto Giovanni Ceciliano Mora, hago constar que ante esta notaría, al ser las 17:00 horas del 29 de noviembre del 2005, se constituyó Servicios K M de Barva de Heredia Sociedad Anónima.—Lic. Otto Giovanni Ceciliano Mora, Notario.—1 vez.—Nº 82463.—(8756).

Inversiones Michelle de Ramiovi G G J L S. A., comunica que mediante asamblea general extraordinaria celebrada al ser las 12:00 horas del 22 de diciembre del 2004, se reformó la cláusula sexta del pacto social referente a la representación de la sociedad, correspondiéndole al presidente y tesorero, actuando en forma conjunta o separadamente.—Barva, 31 de enero del 2006.—Lic. Christian Ceciliano Mora, Notario.—1 vez.—Nº 82464.—(8757).

En  San José,  ante  esta  notaría, al ser las diez horas del seis de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada M & M Holdings Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado, diez mil colones exactos.—San José, 31 de enero del 2006.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—Nº 82466.—(8758).

Constitución de sociedad Jabes HCC S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo: 99 años. Escritura otorgada en San José, a las 10:00 horas del 31 de enero del 2006.—Lic. Óscar E. Gómez Ulloa, Notario.—1 vez.—Nº 82467.—(8759).

Por escrituras otorgadas el día 30 de enero del 2006, se constituyeron las sociedades denominadas: Venado Brisas del Mar Unit One S. A., Venado del Pacífico Unit Two S. A., Venado de Junquillal Unit Three S. A., Venado del Manglar Unit Four S. A., Venado y Palmas Unit Five S. A., Venado y Congo Unit Six S. A., Venado Sol y Mar Unit Seven S. A., y Venado Arena y Sol Unit Eight S. A. En todas: plazo: 99 años. Objeto: la construcción, bienes raíces, la industria y el comercio en general. Representante legal: el presidente y el secretario. Capital social: doce mil colones suscrito y pagado. Domicilio: Barrio Tournón, San Francisco de Guadalupe, oficinas de Facio y Cañas.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 82469.—(8760).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la empresa Karfa Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Escritura otorgada en San José, a las diez horas del día veinte de enero del dos mil seis.—Lic. Juan Matamoros Lizano, Notario.—1 vez.—Nº 82471.—(8761).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la empresa Chitos Vending Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Escritura otorgada en San José, a las nueve horas del día veinte de enero del dos mil seis.—Lic. Juan Matamoros Lizano, Notario.—1 vez.—Nº 82472.—(8762).

Por escritura número sesenta y uno-uno, otorgada ante mí, el día de hoy, en conotariado con el señor David Arturo Campos Brenes, he protocolizado acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada B.E.S.T. Interamericana S. A., según la cual se modifica el pacto constitutivo en sus cláusulas segunda y sexta. Es todo.—San José, 5 de diciembre del 2005.—Lic. Viviana Solís Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 82473.—(8763).

Por escritura otorgada a las dieciséis horas de hoy, ante el suscrito notario, se constituyó Ochenta y Dos Mil Quinientos Treinta y Siete Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Plazo: 99 años. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Objeto: comercio, agricultura, ganadería, industria.—San José, diecinueve de enero del dos mil seis.—Lic. Jorge Fernando Salgado Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 82474.—(8764).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del veintisiete de enero del dos mil seis, se constituyó  la  sociedad  anónima D & H Mal País Surf School Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones. Presidenta: Tierza Leanne Davis.—Cóbano de Puntarenas, veintiocho de enero del dos mil seis.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 82475.—(8765).

Por escritura número dieciocho-doce, otorgada ante esta notaria, se constituyó la sociedad Floripondio Magdalena Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones exactos. Plazo social: noventa y nueve años. A la presidenta le corresponde la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderada generalísima sin limitación de suma. Presidenta: Olga Cecilia María Magdalena Du Boisdu Boisendsohen, cédula de residencia número cuatro cinco cinco-uno siete cero uno dos dos-cero cero dos dos seis nueve.—Cartago, 30 de enero del 2006.—Lic. Lucrecia Rojas Calvo, Notaria.—1 vez.—Nº 82478.—(8766).

Por escritura número veintiocho-doce, otorgada ante esta notaria, se protocoliza acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de este domicilio Marcequi S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y ocho mil trescientos cuarenta y cuatro. Se nombra nueva junta directiva, como presidente Agustín Tencio Cordero, mayor casado una vez, comerciante, cédula tres-doscientos cincuenta y nueve-cuatrocientos treinta y cinco. Secretaria: Irene del Carmen Montero Navarro, cédula tres-doscientos cincuenta y ocho-cuatrocientos nueve. Tesorero: Juan Pablo Tencio Montero, cédula tres-cuatrocientos catorce-quinientos sesenta y tres. Fiscal: Alejandra Monge Gómez, cédula tres-trescientos seis-setecientos cincuenta; y como agente residente Lucrecia Rojas Calvo, cédula tres-doscientos setenta y cuatro-tres seis siete. Se modifica cláusula segunda del pacto constitutivo.—Cartago, 2 de diciembre del 2005.—Lic. Lucrecia Rojas Calvo, Notaria.—1 vez.—Nº 82480.—(8767).

Por escritura número ciento treinta y cuatro, otorgada ante esta notaría, el día de hoy, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Suantzy S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas cuarta y octava del pacto constitutivo, se nombra apoderada general judicial y apoderada especial. Se nombra junta directiva y fiscal.—San José, treinta de enero del dos mil seis.—Lic. Maikel Gerardo Hinrichs Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 82481.—(8768).

A las 19:00 horas del 17 de diciembre del 2005, constituí la sociedad denominada Casse Central Americana de Servicios de Seguridad S. A. Capital social: mil dólares, representado por diez acciones comunes y nominativas de cien dólares cada una. Objeto: brindar servicios múltiples de seguridad y cualquier otro fin lícito. Plazo social: cien años. Presidenta: Morelia García Arriaza, ciudadana guatemalteca, con pasaporte de su país Nº 010614609, soltera, empresaria, vecina de San José, Barrio Escalante, calle 25, avenidas 5 y 9. Vicepresidente: Vinicio Pérez Garro, cédula Nº 2-305-046, casado una vez, jefe de seguridad, vecino de San Antonio de Coronado, del salón el Pará 300 metros al norte, 50 al oeste, 50 al sur. Secretario: Edgar Estuardo García Arriaza. Tesorero: Elmer Eduardo Arriaza García, ambos ciudadanos guatemaltecos, con pasaporte de su país, en su orden Nº 000109979 y Nº 010113944. Fiscal. Álvaro Antonio Pérez Garro, cédula de identidad Nº 2-397-268, casado una vez, administrador de empresas, vecino de Alajuela, Barrio San José, Urbanización Juan Santamaría, casa número diez. Presidente y vicepresidente, tendrán la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos actuando conjunta o separadamente.—Lic. Rosario González Ureña, Notaria.—1 vez.—Nº 82483.—(8769).

Por escritura otorgada a las ocho horas del treinta y uno de enero del dos mil seis, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de Butterfly Valley S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos veinticinco mil setecientos sesenta y dos, en la cual se modificaron las cláusulas segunda, domicilio social, y noventa, representación legal.—Lic. Belkis Rosa Gallardo, Notario.—1 vez.—Nº 82484.—(8770).

Por escritura otorgada en San José, ante el notario Pablo Peña Ortega, se constituyeron las sociedades: Hacienda Inmobiliaria Puente de Piedra S. A., Hacienda Inmobiliaria Valle Los Tamarindos S. A., Hacienda Inmobiliaria Oro del Río C.R.C. S. A., Hacienda Inmobiliaria Fuerte Ventura S. A., Hacienda Inmobiliaria Costa Marina C.R.C. S. A., Hacienda Inmobiliaria Lagos de Palma Real S.A., Hacienda Inmobiliaria Las Palmas S. A., Hacienda Inmobiliaria Punta Altamira S. A., Hacienda Inmobiliaria Baviera Platino S. A., Hacienda Inmobiliaria Monte Plata C.R.C. S. A. Domicilio: Barrio Los Yoses, de Autos Subarú 350 al sur. Capital: doce mil colones. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 82485.—(8771).

Hago saber que por escritura Nº 100, otorgada el día 28 de enero del 2006, en esta notaría, se constituyó Yuvis Sociedad Anónima.—Palmares, 31 de enero del 2006.—Lic. Minor Fco. Rojas Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 82486.—(8772).

Mediante escritura Nº 231, otorgada en mi notaría, el día de hoy, a las 17 horas 40 minutos, se constituyó la compañía denominada Imedia Sociedad Anónima. Capital social: doce mil colones. Presidente: Bernardo López Miranda.—San José, 13 de enero del 2006.—Lic. Margarita Regidor Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 82488.—(8773).

Mediante escritura Nº 222, otorgada en mi notaría, el día de hoy, a las 16:00 horas, se constituyó la compañía denominada Finca Los Sueños de la Vida Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Presidente: Raymond Bernard Keating (apellido).—San José, 12 de diciembre del 2005.—Lic. Margarita Regidor Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 82489.—(8774).

Por escritura Nº 299, otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del día 30 de enero del 2006, se constituyó la sociedad Moon Glow Sociedad Anónima. Presidente y secretaria, apoderados generalísimos sin límite de suma conjuntamente, y separados con limitación de suma.—Heredia, 30 de enero del 2006.—Lic. David Aarón Garita Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 82490.—(8775).

El día de hoy, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Eco Dos O Braulio Carrillo Linda Vista S. A.—San José, trece de enero del dos mil seis.—Lic. Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 82491.—(8776).

Por escrituras números ciento sesenta y ocho, ciento sesenta y nueve, ciento setenta, ciento setenta y uno, y ciento setenta y tres otorgadas ante esta notaria, se constituyeron las sociedades Coral Verde S. A., Pulpo del Coral S. A., Pez del Coral S. A, Estrella del Coral S.A., y Tortuga del Coral S. A, en todas el capital social de diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años, representación judicial y extrajudicial presidente y secretario de la junta directiva con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio: San José, ciento cuarenta metros al norte de la esquina noroeste de la Corte Suprema de Justicia.—San José, treinta de enero del dos mil seis.—Lic. Susana Barahona Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 82492.—(8777).

Por escritura número ciento setenta y cuatro, otorgada ante esta notaria, a las diez horas con treinta y ocho minutos del día diecinueve de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Tiburón Coronel Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Representación judicial y extrajudicial: presidente y secretario de la junta directiva con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio: Puntarenas, Garabito, Jacó, trescientos cincuenta metros al sur del Hotel Best Western.—San José, treinta de enero del dos mil seis.—Lic. Susana Barahona Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 82493.—(8778).

Por escritura número ciento setenta y siete, otorgada ante esta notaria, a las nueve horas del día diecisiete de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Paradise Medical Services Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Representación judicial y extrajudicial presidente y vicepresidente de la junta directiva con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio: Nosara de Nicoya, Guanacaste centro.—San José, treinta de enero del dos mil seis.—Lic. Susana Barahona Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 82494.—(8779).

Se ha constituido sociedad anónima denominada Grupo Consultor en Riesgo Organización, Inversión y Gerencia Sociedad Anónima, con domicilio en San José. Capital social: ocho mil colones, representada por Víctor Hugo Roig Gutiérrez, ante la notaria pública Rita M. Zamora Córdoba, a las ocho horas del cinco de octubre del dos mil cinco.—Lic. Rita M. Zamora Córdoba, Notaria.—1 vez.—Nº 82495.—(8780).

Se ha adicionado al artículo quinto del acta constitutiva de la Fundación Hogar para Ancianos, cédula de persona jurídica número tres-cero cero siete-cero cuatro cinco cuatro tres seis, ante la notaria pública Rita M. Zamora Córdoba, a las ocho horas del veintiocho de noviembre del dos mil cinco.—Lic. Rita M. Zamora Córdoba, Notaria.—1 vez.—Nº 82496.——(8781).

Se ha constituido sociedad anónima denominada Servicios Tecnológicos de Evaluación de Riesgo y Análisis Financiero Sociedad Anónima, con domicilio en San José. Capital social de seis mil colones, representada por Allan Cortés Mora, ante la notaria pública Rita M. Zamora Córdoba, a las ocho horas del treinta de enero del dos mil seis.—Lic. Rita M. Zamora Córdoba, Notaria.—1 vez.—Nº 82497.—(8782).

Por escritura otorgada a las doce horas del día de hoy, se constituyó la sociedad LGSTX Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente con la representación judicial y extrajudicial. Domicilio: San José.—San José, 31 de enero del 2006.—Lic. Adrián Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 82498.—(8783).

Mediante escritura de las diez horas del treinta de enero del dos mil seis, los señores Álvaro Quesada Rodríguez y Jessenia Ramírez Ramos, constituyen la sociedad Alva Q & R Sociedad Anónima. Presidente: Álvaro Quesada Rodríguez. Plazo social: será de noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones, constituido por diez acciones de mil colones cada una. Objeto: comercio en general, venta de bienes en general, comercialización de servicios profesionales, importación y exportación, comercio en general, representación de casas extranjeras.—Heredia, treinta de enero del dos mil seis.—Lic. Karoline Alfaro Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 82499.—(8784).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del veintitrés de enero del dos mil seis, el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria número once del Deportivo Saprissa S. A. D., en la que se deroga la cláusula octava del pacto social constitutivo.—San José, treinta y uno de enero del dos mil seis.—Lic. Willy Curling Rutishsauser, Notario.—1 vez.—Nº 82501.—(8785).

Los señores Krzysztof Dariusz Machalica y Edward Solarewicz, constituyen la sociedad anónima Syndicate Polska Sociedad Anónima. Escritura número veintiséis, otorgada en San José, a las ocho horas del treinta y uno de enero del dos mil seis, ante la notaria Giovanna Barrantes Esquivel, visible al folio dieciocho vuelto del protocolo noveno del suscrito notario.—Lic. Giovanna Barrantes Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 82502.—(8786).

Ante ésta notaria, a las diez horas del cinco de diciembre del dos mil cinco, escritura número uno, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Fricorisa Sociedad Anónima, y se acordó modificar cambios de nombramientos de la siguiente forma: como presidente al señor: José Pablo Brenes Sánchez, como secretario al señor: Gerardo Brenes Sáenz, y como tesorera a la señora: María Elena Murillo Zúñiga.—Lic. Kathya María Vargas Cubillo, Notaria.—1 vez.—Nº 82503.—(8787).

Rosibel Díaz Arias y Karen Barboza Quesada, constituyen la sociedad Playa del Coco Pacific Green Lands Holdings Corporation S.A. Escritura otorgada a las siete horas cuarenta minutos del día nueve de enero del dos mil seis.—Lic. María Monserrat Bonilla Garro, Notaria.—1 vez.—Nº 82504.—(8788).

Mediante asamblea general extraordinaria de accionistas, se modifica la cláusula novena del pacto social de STCR (Costa Rica) Trust And Escrow Company Limited S. A., en relación con junta directiva, así como la representación. Escritura otorgada a las once horas del treinta de de enero del dos mil seis.—Lic. María Monserrat Bonilla Garro, Notaria.—1 vez.—Nº 82505.—(8789).

Rosibel Díaz Arias y Karen Barboza Quesada, constituyen la sociedad Playa Ostional Marquesa’s View S. A. Escritura otorgada a las once horas del día once de enero del dos mil seis.—Lic. Elena Alfaro Ulate, Notaria.—1 vez.—Nº 82506.—(8790).

Por escritura otorgada ante este notario, a las nueve horas treinta minutos del treinta y uno de enero del dos mil seis, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Inversiones Wilma I.W. LLC Limitada, mediante la cual se reformaron las cláusulas primera y octava del pacto social.—San José, treinta y uno de enero del dos mil seis.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 82507.—(8791).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, el 26 de enero del 2006, se constituyó la sociedad Granjas del Chalco S. A., el 30 de enero del 2006, Freeland Ltda., cambia razón social a Freeland Skies Ltda., y el 31 de enero del 2006, Novastar Ltda., cambia razón social a Novastar Galaxy Ltda. y Scorpion Group cambia razón social a Scorpio Latininvest Ltda. y el 31 de enero del 2006, se constituyó la sociedad Summit Construction Company Inc S. A.—San José, 31 de enero del 2006.—Lic. Marvin Céspedes Méndez, Notario.—1 vez.—Nº 82508.—(8792).

En mi notaría, mediante escritura número, se constituyó la sociedad Blaoma Sociedad Anónima, la cual cuenta con un capital social de diez mil colones. Actuando como presidenta la socia Blanca Ocampo Umaña.—San José, veinticuatro de enero del dos mil seis.—Lic. Ericka Castro Argüello, Notaria.—1 vez.—Nº 82509.—(8793).

En mi notaría, mediante escritura número doscientos veinticinco, se constituyó la sociedad Construcciones y Mantenimientos Joldsu Sociedad Anónima, la cual cuenta con un capital social de diez mil colones. Actuando como presidente el socio Jhonny Díaz Piedra.—San José, seis de enero del dos mil seis.—Lic. Ericka Castro Argüello, Notaria.—1 vez.—Nº 82510.—(8794).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veintisiete de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada P & D Abogados Sociedad Anónima.—Tamarindo, veintisiete de enero del dos mil seis.—Lic. Alejandra Sandoval Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 82511.—(8795).

Al ser las dieciséis horas del día diecinueve de enero del dos mil seis, mediante acta número dos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Almendros y Manglares Limitada, se otorga poder especial y se nombra como nuevo gerente al señor Steve Alenier.—Tamarindo, veinticinco de enero del dos mil seis.—Lic. Alejandra Sandoval Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 82512.—(8796).

Por escritura otorgada a las 17:00 horas del día de hoy, protocolicé acuerdos de Inversiones Tranasinur S. A., mediante los cuales se reformaron los estatutos sociales y se reorganizó la junta directiva.—San José, 30 de enero del 2006.—Lic. Rubén Hernández Valle, Notario.—1 vez.—Nº 82513.—(8797).

Gabriela Rodríguez Méndez y Carlos Alberto Morice Castro, constituyen Investment Of The Blue Pacific Coast And Real Estates Services S. A. Escritura otorgada ante el notario Rodrigo Francisco Alcázar Hernández, a las diecisiete horas del once de diciembre del dos mil cinco.—Lic. Rodrigo Francisco Alcázar Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 82514.—(8798).

Por escritura pública número ciento veintitrés, otorgada a las nueve horas del cinco de enero del dos mil seis, se constituyeron las sociedades anónimas de esta plaza denominadas Las Comidas Cercanas del Oeste Inc, JKL Valle y Ladera Azul de San José, y Las Medievales Importaciones del Camino Azul. Capital social: diez mil colones cada una.—Lic. Juan Carlos Gutiérrez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 82515.—(8799).

Es esta notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Bavay Sociedad Anónima. Domiciliada en Naranjo, Alajuela, con un capital social de diez mil colones. Su presidenta es la señora Hania Vargas Solís. Es todo.—Naranjo, 31 de enero de 2006.—Lic. Kathia Vanesa Umaña Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 82516.—(8800).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la empresa Propiedad Joluma Sociedad Anónima, donde se reformó la cláusula sétima del pacto social, y se hizo el fondo de reserva legal. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del treinta y uno de enero del dos mil seis.—Lic. Francisco José Campos Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 82518.—(8801).

En mi notaría, este año se constituyeron, el doce Publicidad e Impresos Los Reyes, el veintiséis Quirós y Asociados, y hoy Computech Seoul. También hoy se modificó su nombre a Amor de Mi Vida, y cambió domicilio social y secretario. Todas sociedades anónimas.—San José, treinta y uno de enero del dos mil seis.—Lic. Eduardo Mora Castro, Notario.—1 vez.—Nº 82521.—(8802).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas treinta minutos del veintisiete de enero del dos mil seis, protocolicé acta de la empresa denominada Inversiones El Gambito Escoses S. A., cédula jurídica Nº 3-101-413153, mediante la cual se nombro nuevo presidente y se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo. Es todo.—San José, veintisiete de enero del dos mil seis.—Lic. Carlos Adrián Castillo Quijano, Notario.—1 vez.—Nº 82522.—(8803).

Ante esta notaría, por escritura otorgada en San José, a las dieciocho horas del tres de noviembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Inversiones Inmobiliarias Pérez y Gutiérrez Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo.—Lic. Marlon Gerardo Gómez Pizarro, Notario.—1 vez.—Nº 82523.—(8804).

En esta notaría, se constituyó D Ocasiones Fajifa S. A., con un capital de un millón doscientos mil colones. Plazo: 99 años. Domicilio: en Alajuelita, regida por el Código de Comercio.—San José, 25 de enero del 2006.—Lic. Cristhian Obando Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 82524.—(8805).

Yo, Isaac Montero Solera, notario público con oficina abierta en Barva, hago constar que mediante escritura número ciento treinta y cuatro, otorgada ante esta notaría el veintisiete de enero del dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones Melchops Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda modificar el nombre para que en adelante se llame Wanchope Home Center Sociedad Anónima y se modifica la representación legal.—Barva, 29 de noviembre del 2005.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—Nº 82525.—(8806).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la compañía denominada Moon Cove Development MCD Sociedad Anónima. Su plazo social es de noventa y nueve años, su capital se encuentra totalmente suscrito y pagado.—San José, 30 de enero del 2006.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario—1 vez.—Nº 82526.—(8807).

Mediante escritura pública se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía denominada Marfer Sociedad Anónima, en la cual se reforman las cláusulas: segunda y sétima.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—Nº 82527.—(8808).

El suscrito Lic. Alonso Serrano Mena, carné de agremiado Nº 14422, da fe y hace constar que ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Procesos Jurídicos Mora Ulloa y Asociados Sociedad Anónima por lo que solicita se realice la publicación de ley. Es todo.—San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Alonso Serrano Mena, Notario.—1 vez.—Nº 82528.—(8809).

Ante nosotros, Lic. Álvaro José Meza Lazarus y Jaimie Pamela Pardo Mora, actuando en el protocolo del segundo, se otorga escritura número ciento veintiséis-dos, en donde se modificó la cláusula segunda del domicilio social, cláusula quinta del capital social, trasformando las acciones a comunes y nominativas y cláusula novena del pacto social y se nombró nueva junta directiva de la sociedad Desarrollo Santa Ana S. A. Es todo.—San José, a las diez horas del veintisiete de enero del dos mil seis.—Lic. Álvaro José Meza Lazarus, Notario.—1 vez.—Nº 82529.—(8810).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día veintisiete de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Los Trece del Pantano Sociedad Anónima. Capital social: trece mil colones. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, a las doce horas del veintisiete de enero del dos mil seis.—Lic. Dixiana Obando Quirós, Notaria.—1 vez.—(8970).

Por escritura pública Nº 12, otorgada a las 17:00 horas del 30 de enero del 2006, ante la suscrita notaria Sylvia Montero Gamboa, se protocolizó el acta Nº 2 de la sociedad Grupo Molsa de Costa Rica S. A., por el cual se cambió el tesorero de la junta directiva.—San José, 30 de enero del 2006.—Lic. Sylvia Montero Gamboa, Notaria.—1 vez.—(8971).

El suscrito, Luis Enrique Salazar Sánchez, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día quince de diciembre del dos mil cinco, se constituyó ante mí, la empresa denominada Transportes Internacionales Marsell S. A. Así mismo, el día treinta de enero del dos mil seis, se constituyó ante mí, la sociedad denominada Desarrollos D.A.L.O.S. S. A., y en fecha treinta y uno de enero del dos mil seis, se constituyó ante mí, la empresa Piazza Di Colosso S.R.L.—San José, 31 de enero del 2006.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—(8974).

Ante esta notaría a las catorce horas del veintiuno de setiembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Kaprismi Zear Sociedad Anónima. Presidente: Miguel Zeledón Mejías. Capital social: cien mil colones.—Quepos, 13 de enero del 2006.—Lic. Giovanni Ruiz Mata, Notario.—1 vez.—(8977).

Ante esta notaría a las once horas del veintiséis de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Transportes Turísticos Kaprismi de Paquita Sociedad Anónima. Presidente: Miguel Zeledón Mejía. Capital social: cien mil colones.—Quepos, 27 de enero del 2006.—Lic. Giovanni Ruiz Mata, Notario.—1 vez.—(8978).

Por escritura otorgada a las diez horas, quince minutos del veintiséis de enero del dos mil seis, se constituye la sociedad VPH Once (Opalo) S. A. Capital suscrito y pagado.—Lic. Mario Enrique Pacheco Loaiza, Notario.—1 vez.—(8994).

Por escritura otorgada a las diez horas, treinta minutos del veintiséis de enero del dos mil seis, se constituye la sociedad VPH Doce (Granate) S. A. Capital suscrito y pagado.—Lic. Mario Enrique Pacheco Loaiza, Notario.—1 vez.—(8996).

El suscrito notario público, en atención al Artículo N° 19 del Código de Comercio, da fe que va a proceder con la protocolización e inscripción del acta constitutiva de Kimajo León de La Mora Sociedad Anónima, la cual se puede abreviar como Kimajo León de La Mora S.A. Escritura otorgada a las siete horas, siete minutos del quince de noviembre del dos mil cinco, por lo que solicita al Diario Oficial La Gaceta publicar el aviso correspondiente. Es todo.—San José, a las diez horas del quince de enero del dos mil seis.—Lic. José Alberto Morales Solano, Notario.—1 vez.—(9001).

Por escritura otorgada el día de hoy ante esta notaría, las señoritas Ana Karina Somarribas Sánchez y María Antonieta Artola Velázquez, constituyeron Distribution Tech Limitada. Domiciliada en San José. Capital: suscrito y pagado.—San José, 1º de febrero del 2006.—Lic. Esteban Alfonso Chacón Solís, Notario.—1 vez.—(9003).

Por escritura otorgada el día de hoy ante esta notaría, las señoritas Ana Karina Somarribas Sánchez y María Antonieta Artola Velázquez, constituyeron E.S.A.N.M.A.R. Doscientos Treinta y Uno Limitada. Domiciliada en San José. Capital: suscrito y pagado.—San José, 1º de febrero del 2006.—Lic. Esteban Alfonso Chacón Solís, Notario.—1 vez.—(9004).

Por escritura otorgada el día de hoy ante esta notaría, las señoritas Ana Karina Somarribas Sánchez y María Antonieta Artola Velázquez, constituyeron Grupo Asesor Imágen Mejorada Limitada. Domiciliada en San José. Capital: suscrito y pagado.—San José, 1º de febrero del 2006.—Lic. Esteban Alfonso Chacón Solís, Notario.—1 vez.—(9005).

Por escritura otorgada el día de hoy ante esta notaría, las señoritas Ana Karina Somarribas Sánchez y María Antonieta Artola Velázquez, constituyeron Outback Properties Limitada. Domiciliada en San José. Capital: suscrito y pagado.—San José, 1º de febrero del 2006.—Lic. Esteban Alfonso Chacón Solís, Notario.—1 vez.—(9006).

Por escritura otorgada el día de hoy ante esta notaría, las señoritas Ana Karina Somarribas Sánchez y María Antonieta Artola Velázquez, constituyeron Grupo de Asesoramiento PRJ Limitada. Domiciliada en San José. Capital: suscrito y pagado.—San José, 1º de febrero del 2006.—Lic. Esteban Alfonso Chacón Solís, Notario.—1 vez.—(9007).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las siete horas, treinta minutos del primero de febrero del año en curso, se celebró asamblea general extraordinaria de la sociedad Corporación Frosti y Choquette S.A., se acuerda reformar las cláusulas sexta y se nombró nuevo tesorero quedando todo lo demás incólume.—Alajuela, 1º de febrero del 2006.—Lic. Robert Barrantes Arroyo, Notario.—1 vez.—(9009).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las siete horas, cuarenta y cinco minutos del primero de febrero del año en curso, se celebró asamblea general extraordinaria de la sociedad Corporación Le Froc S.A., se acuerda reformar las cláusulas sexta y se nombró nuevo tesorero quedando todo lo demás incólume.—Alajuela, 1º de febrero del 2006.—Lic. Robert Barrantes Arroyo, Notario.—1 vez.—(9010).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas, quince minutos del treinta y uno de enero del año en curso, se constituye la sociedad anónima denominada Jara & Jara Costa Rica Agentes de Carga y Aduanas Internacionales Sociedad Anónima.—Alajuela, 31 de enero del 2006.—Lic. Robert Barrantes Arroyo, Notario.—1 vez.—(9011).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria celebrada a las 17:00 horas del 25 de enero del 2006, de la sociedad Inversiones Muspellheim S. A. Se reforman las cláusulas segunda y decimosegunda.—San José, 1º de febrero del 2006.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—(9017).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria celebrada a las 10:00 horas del 12 de diciembre del 2005, de la sociedad Inversiones Teshup S. A. Se reforma la cláusula segunda, se adiciona la cláusula décimo sétima y se nombra presidente y secretaria.—San José, 1º de febrero del 2006.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—(9018).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria celebrada a las 14:00 horas del 12 de diciembre del 2005, de la sociedad Inversiones Matarisvan S. A. Se reforma la cláusula segunda, se adiciona la cláusula décimo sétima y se nombra presidente.—San José, 1º de febrero del 2006.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—(9019).

Por escritura otorgada ante mí, hoy a las 15:00 horas, se constituyó la sociedad de esta plaza Fufo´s Fast Food Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Fufo´s Fast Food S. A. Domicilio: San José, Tibás. Capital: diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, íntegramente suscrito y pagado. Objeto: tendrá como objeto principal el ejercicio del comercio, la industria, la agricultura en general.—San José, 31 de enero del 2006.—Lic. Erika Guido Díaz, Notaria.—1 vez.—(9026).

Mediante escritura Nº 50-4, otorgada en Heredia, a las 15:00 horas del 7 de diciembre del 2005, visible a folio 29, vuelto del tomo 4 de mi protocolo, se constituyeron Comercializadora Metálica Uno Empresa Individual de Responsabilidad Limitada e Indumetal Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, ambas domiciliadas en Heredia, con un plazo de 99 años y con un capital empresarial de mil colones. Gerente: Carlos Solano Villaverde.—Heredia, 7 de diciembre del 2005.—Lic. Juan Carlos Camacho Sequeira, Notario.—1 vez.—(9027).

Ante la notaría del suscrito al ser las catorce horas del nueve de enero del dos mil seis, se protocolizó el acta número cuatro de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Un Millón Cinco S.A., en donde se procedió a realizar cambio de junta directiva y fiscal y se modificó el pacto constitutivo en la cláusula segunda del domicilio social. Es todo.—Heredia, al ser las quince horas del treinta de enero del dos mil seis.—Lic. Roberto Villalobos Conejo, Notario.—1 vez.—(9029).

Ante esta notaría por escritura Nº 046-12 de las 9:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Grupo Raiv S. A. Objeto: comercio en general. Capital: íntegramente pagado y suscrito, 95 años.—Poás, 23 de enero del 2006.—Lic. Mario A. Rivera Campos, Notario.—1 vez.—(9035).

Por escritura otorgada en Heredia a las diecisiete horas del diecinueve de enero del dos mil seis, ante esta notaría, se constituye la sociedad denominada Liot R Y L Sociedad Anónima, con domicilio: San Pablo de Heredia, Urbanización María Fernanda, casa cuatro B. Plazo social: noventa y nueve años a partir de su constitución. Capital social: cien mil colones exactos. Administración: será por un presidente y una secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Heredia, 1º de febrero del 2006.—Lic. Silvia Gabriela Meza Navarro, Notaria.—1 vez.—(9051).

Por escritura otorgada ante mi, a las 8:00 horas del 18 de noviembre del 2005, se constituyó la sociedad Inversiones Morera y Lee de Heredia Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio: Heredia, del Gimnasio del Samuel Sáenz, cuatrocientos metros al oeste, cuatrocientos metros noroeste y cien metros norte. Plazo social: noventa y nueve años a partir de su constitución. Objeto: como objeto toda clase de actividades, mecánicas, agrícolas, ganaderas, la industria y el comercio en todas sus fases y modalidades, emprender y ejecutar toda clase de negocios, así como la prestación de servicios necesarios, y convenientes a los fines de la sociedad, adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles, enajenarlos, gravarlos, conforme a sus necesidades; otorgar garantías de todo tipo y entrar en toda clase de contratos permitidos por la Ley. Capital: veinte mil colones. Administración: será por un gerente y un subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar separadamente.—Heredia, 30 de enero del 2006.—Lic. Silvia María Villalobos Morera, Notaria.—1 vez.—(9052).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del treinta y uno de enero del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Montaintop Holdings S. A. Capital social: diez mil colones, totalmente suscrito y pagado, se nombraron presidente, secretario, tesorero y fiscal. El presidente tiene la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, Notario.—1 vez.—(9056).

Por escritura número doscientos diecisiete otorgada en mi notaría a las nueve horas del primero de febrero del año dos mil seis, se constituyó Distribuidora R.D.D. Regalo de Dios E.I.R.L. Domicilio en Río Segundo de Alajuela, Villa Elia. Capital: poder del gerente con poder generalísimo con límite de suma.—San José, 1º de febrero del 2006.—Lic. Alberto Agid Zelaya Martínez, Notario.—1 vez.—(9058).

Por escritura número noventa y dos, otorgada a las quince horas del veinte de enero del dos mil seis, en esta notaría, se constituyó la compañía de esta plaza, Volcán Irazú S. A. Es todo.—San José, 23 de enero del 2006.—Lic. Marco Vinicio Calvo Amador, Notario.—1 vez.—(9063).

Por escritura otorgada ante mí, el día 4 de enero del 2006, se constituyó Viviher S. A.—Heredia, 1º de febrero del 2006.—Lic. Mario Benavides Rubí, Notario.—1 vez.—(9064).

Por escritura otorgada ante mí, el día 4 de noviembre del 2005, se constituyó Bellis Lútea S. A.—Heredia, 27 de enero del 2006.—Lic. Mario Benavides Rubí, Notario.—1 vez.—(9065).

Por escritura Nº 263 del tomo 17 de mi protocolo, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Loarme de Escazú S. A. Presidente: Juan Alfonso Garre. Secretaria: María Dolores Arteaga Méndez. Tesorero: José Roberto Céspedes González. Fiscal: Eddy Garro Marín.—Belén, Heredia, 25 de enero del 2006.—Lic. Luis Fdo. Ramíreaz Villanea, Notario.—1 vez.—(9073).

Por escritura otorgada ante esta misma notaría a las 9:00 horas del día 31 de enero del 2006, se constituyó la empresa Inversiones Mora Rodríguez de Belén S. A., domiciliada en San Antonio de Belén, Heredia, cien metros al este de Lagar. Capital social: ciento cincuenta mil colones. Presidente: Alfredo Mora González, cédula Nº 1-262-633.—Belén, Heredia, 31 de enero del 2006.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(9075).

Por escritura otorgada ante esta misma notaría a las 18:00 horas del día 31 de enero del 2006, se constituyó la empresa Hermanos Sheffield Zamora S. A., domiciliada en San Antonio de Belén, Heredia, setecientos metros al este de la Municipalidad. Capital social: ciento ochenta mil colones. Presidente: John Sheffield Marenco, cédula Nº 1-286-405.—Belén, Heredia, 31 de enero del 2006.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(9076).

Se constituye la compañía Transporte Internacional Alco Limitada. Escritura número sesenta y cuatro.—San José, 31 de enero del 2006.—Lic. Vonetta Cyrus Barker, Notaria.—1 vez.—(9077).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del día 18 de enero del 2006, se constituyó la sociedad Pura Vida Mundial Limitada. Domicilio: Tacacorí de Alajuela. Plazo: 99 años. Objeto principal: el ejercicio del comercio en general. Capital: treinta mil colones, gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjuntamente, son respectivamente Salvatore Pasquale Viola y Esteban Murillo Solórzano.—Alajuela, 30 de enero del 2006.—Lic. María Antonieta Rodríguez Sandoval, Notaria.—1 vez.—(9079).

 

NOTIFICACIONES

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Ministerio de Comercio Exterior: que en virtud de que no fue posible localizar la citada empresa en la dirección consignada en el expediente administrativo, tal y como consta en las actas de notificación de las doce horas once minutos, ambas del día trece de diciembre del año dos mil cinco, con fundamento en los artículos 241 y 242 de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificar a la empresa por este medio los siguientes actos: DMR-127-05 y OD-032-05-001 Casillas Cigars S. A.

DMR-127-05.—San José, a las diez horas treinta minutos del día dieciséis de noviembre del año dos mil cinco.

Se dispone la tramitación de procedimiento administrativo a la empresa Casillas Cigars S. A., con cédula jurídica número 3-101-259089, representada por el señor Macario Casillas, mayor, casado dos veces, de oficio comerciante, de nacionalidad estadounidense, con número de pasaporte uno cinco cinco tres uno cuatro dos uno seis, vecino de San José, Cuatro Reinas de Tibás, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma.

Resultando:

I.—Que la empresa Casillas Cigars S. A., con cédula jurídica número 3-101-259089, representada por el señor Macario Casillas, es beneficiaria del Régimen de Perfeccionamiento Activo, al amparo del Decreto Ejecutivo número 26285-H-COMEX, denominado Reglamento de los Regímenes de Perfeccionamiento Activo y Devolutivo de Derechos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 170 del 4 de setiembre de 1997 y sus reformas; solicitud número 190-2000, la cual fue presentada en la Gerencia de Operaciones de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER) el día 28 de abril del 2000, y aprobada por el Poder Ejecutivo el día 5 de mayo del 2000.

II.—Que a la empresa Casillas Cigars S. A., se le otorgó el Régimen de Perfeccionamiento Activo por un periodo de cinco años. El objetivo principal de la empresa es la fabricación de puros (tabacos).

III.—Que mediante los oficios GG-243-04 del 18 de agosto del 2004 y GG-182-05 del 5 de mayo del 2005, de la Gerencia General de PROCOMER, se remitieron al Despacho del Ministro de Comercio Exterior los oficios DAL-113-2004 del 17 de agosto del 2004 y DAL-044-2005 del 25 de abril del 2005, ambos de la Dirección de Asesoría Legal de PROCOMER, según los cuales se informó que la empresa Casillas Cigars S. A., ha incurrido en supuestos incumplimientos al Régimen de Perfeccionamiento Activo, específicamente, en cuanto a lo relacionado con la no presentación del informe anual de operaciones para los periodos fiscales 2002-2003 y 2003-2004, respectivamente.

Considerando:

I.—Que en los oficios GG-243-04 y GG-182-05 remitidos por PROCOMER, a los cuales se ha hecho referencia en el resultando III de la presente resolución, se informa sobre presuntos incumplimientos del Régimen de Perfeccionamiento Activo, los cuales se delimitarán debidamente en la intimación de los hechos que el Órgano Director del procedimiento administrativo deberá efectuar conforme a derecho, en el momento procesal oportuno.

II.—Que de lo expuesto en los oficios DAL-113-2004 y DAL-044-2005 ya citados, podría derivarse una eventual responsabilidad por la supuesta violación al artículo 182 inciso c) de la Ley número 7557, Ley General de Aduanas y sus reformas, y los artículos 19 inciso 9) y 42 inciso 6) del Reglamento de los Regímenes de Perfeccionamiento Activo y Devolutivo de Derechos, Decreto Ejecutivo número 26285-H-COMEX, por parte de la empresa Casillas Cigars S. A., respecto a los supuestos incumplimientos de la no presentación del informe anual de operaciones para los periodos fiscales 2002-2003 y 2003-2004, incumplimientos que podrían ser sancionados con la cancelación del Régimen.

III.—Que para verificar la verdad real de los hechos expuestos por PROCOMER, de conformidad con lo esbozado en el artículo 214 de la Ley General de la Administración Pública, se impone instaurar un procedimiento administrativo, que garantice a su vez, el derecho fundamental del debido proceso a la beneficiaria, de conformidad con los artículos 308 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública, 39 y 41 de la Constitución Política. Por tanto,

LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR, RESUELVE:

De conformidad con el artículo 182 inciso c) de la Ley número 7557, Ley General de Aduanas, los artículos 19 inciso 9) y 42 inciso 6) del Reglamento de los Regímenes de Perfeccionamiento Activo y Devolutivo de Derechos, Decreto Ejecutivo número 26285-H-COMEX; los artículos 214, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, y los oficios GG-243-2004 y GG-182-05 suscritos por la Gerencia General de PROCOMER:

I.      Designar al licenciado Henry Ramírez Quesada, Abogado de la Dirección de Asesoría Legal de este Ministerio, como Órgano Director, a quien se le ordena tramitar el respectivo procedimiento administrativo hasta su fenecimiento respecto de la empresa Casillas Cigars S. A., con cédula jurídica número 3-101-259089, representada por el señor Macario Casillas, a efecto de verificar la verdad real de los hechos denunciados por parte de la Gerencia General de PROCOMER, por la eventual responsabilidad administrativa que podría acarrear a la beneficiaria. Asimismo, se nombra a la licenciada Alejandra Vargas como Órgano Director suplente.

II.     En su oportunidad procesal el Órgano Director abrirá el procedimiento administrativo ordinario, intimará de los cargos correspondientes, citará para comparecencia oral y privada y ordenará el recibo de toda la prueba que estime necesaria.

III.    Se previene a la empresa Casillas Cigars S. A., su deber de señalar dentro de tercero día, casa u oficina en la ciudad de San José, o número de fax, donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que, de no hacerlo, de ser equívoco, impreciso o inexistente el señalamiento o de tornarse incierto, los actos que se dicten se tendrán por notificados por el sólo transcurso de veinticuatro horas a partir del día siguiente al que se emitieren. Notifíquese.

Doris Osterlof Obregón, Ministra de Comercio Exterior a. í.

————

OD-032-05-001.—San José, a las nueve horas del día doce de diciembre del dos mil cinco.

Se inicia procedimiento administrativo a la empresa Casillas Cigars S. A., con cédula jurídica número 3-101-259089, representada por el señor Macario Casillas, mayor, casado dos veces, de oficio comerciante, de nacionalidad estadounidense, con número de pasaporte uno cinco cinco tres uno cuatro dos uno seis, vecino de San José, Cuatro Reinas de Tibás, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma.

Resultando:

I.—Que la empresa Casillas Cigars S. A., con cédula jurídica número 3-101-259089, representada por el señor Macario Casillas, es beneficiaria del Régimen de Perfeccionamiento Activo, al amparo del Decreto Ejecutivo número 26285-H-COMEX, denominado Reglamento de los Regímenes de Perfeccionamiento Activo y Devolutivo de Derechos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 170 del 4 de setiembre de 1997 y sus reformas; solicitud número 190-2000, la cual fue presentada en la Gerencia de Operaciones de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER) el día 28 de abril del 2000, y aprobada por el Poder Ejecutivo el día 5 de mayo del 2000.

II.—Que a la empresa Casillas Cigars S. A., se le otorgó el Régimen de Perfeccionamiento Activo por un periodo de cinco años. El objetivo principal de la empresa es la fabricación de puros (tabacos).

III.—Que mediante los oficios GG-243-04 del 18 de agosto del 2004 y GG-182-05 del 5 de mayo del 2005, de la Gerencia General de PROCOMER, se remitieron al Despacho del Ministro de Comercio Exterior los oficios DAL-113-2004 del 17 de agosto del 2004 y DAL-044-2005 del 25 de abril del 2005, ambos de la Dirección de Asesoría Legal de PROCOMER, según los cuales se informó que la empresa Casillas Cigars S. A., ha incurrido en supuestos incumplimientos al Régimen de Perfeccionamiento Activo, específicamente, en cuanto a lo siguiente:

“DAL.-113-2004

(…)

Empresas inactivas que no han presentado el Informe Anual de los periodos fiscales que van del 1º de octubre del 2002 al 30 de setiembre del 2003 ó del 1º de enero al 31 de diciembre del 2003.

Al 30 de setiembre del 2003

(…)

Casillas Cigars S. A.

(…)

DAL.-044-2005

(…)

Mediante oficio GO.-565-2005 de fecha 3 de marzo del 2005 (documento adjunto), la Gerencia de Operaciones comunicó a esta Asesoría Legal la lista de varias empresas beneficiarias del Régimen de Perfeccionamiento Activo que no presentaron el Informe Anual de Operaciones correspondiente al periodo 2004 dentro del plazo establecido de cuatro meses contados a partir de la finalización del periodo fiscal ordinario (cierre a 30 de setiembre del 2004).

Esa Gerencia detalla la citada lista así:

(…)

Casillas Cigars S. A.

(…)”

IV.—Que mediante resolución del Poder Ejecutivo DMR.-127-05 de las diez horas con treinta minutos del día dieciséis de noviembre del dos mil cinco, se dispuso tramitar el presente procedimiento administrativo a la empresa Casillas Cigars S. A., y se nombró al suscrito como Órgano Director del procedimiento administrativo.

Considerando:

1º—Que el artículo 42 inciso 6) del Reglamento de los Regímenes de Perfeccionamiento Activo y Devolutivo de Derechos, Decreto Ejecutivo número 26285-H-COMEX, establece lo siguiente:

“Artículo 42.—Cancelación

COMEX procederá a la cancelación del régimen cuando el beneficiario incurra en alguna de las siguientes causales:

(…)

6. Cuando el informe regulado por el artículo 19 numeral 9) del presente reglamento, no haya sido presentado durante los seis meses siguientes al finalizar el periodo fiscal autorizado.

(...)

Para estos efectos, la Gerencia, previo conocimiento de la situación procederá a reunir la información, formar el expediente y enviar la recomendación a COMEX para la iniciación del procedimiento administrativo”.

2º—Que el artículo 19 inciso 9) del Reglamento de los Regímenes de Perfeccionamiento Activo y Devolutivo de Derechos, Decreto Ejecutivo número 26285-H-COMEX, establece lo siguiente:

“Artículo 19.—Obligaciones Adicionales

(...)

9- Presentar un informe anual de operaciones ante PROCOMER, en los formatos que ésta ponga a disposición, que contenga al menos lo siguiente:

a)  El movimiento global en cantidades, pesos y valores de las mercancías admitidas, saldos en proceso, saldos en bodega, la producción reexportada o vendida en el mercado local.

b) El uso o consumo de repuestos, accesorios y similares en sus saldos de bodega.

c)  El movimiento de maquinaria y equipo.

d)  Fotocopia de la declaración jurada del impuesto sobre la renta.

e)  Certificación de ventas netas por mercado (local o extranjero) en valor y cantidad, emitida por un contador público autorizado.

f)   Estado de Resultados, Balance de Situación, Balance de Comprobación antes de cierre detallado, en español y en colones.

g)  Tratándose de empresas la personería jurídica y composición del capital social.

h)  Constancia emitida por un profesional competente e independiente de la empresa sobre el porcentaje de mermas, residuos, desechos y rango de tolerancia residual del proceso productivo, para cada tipo de mercancías ingresadas bajo el régimen.

Este informe deberá ser presentado a PROCOMER durante los cuatro meses siguientes a la finalización del periodo fiscal autorizado, en los formularios que al efecto se confeccionen”.

3º—Que el artículo 182 inciso c) de la Ley número 7557, Ley General de Aduanas establecen, al respecto, lo siguiente:

“Artículo 182.—Obligaciones de las empresas beneficiarias.

Las empresas acogidas a esta modalidad deberán cumplir con las siguientes obligaciones sin perjuicio de las que le correspondan como auxiliares de la función pública aduanera:

(…)

c)  Presentar, en los plazos que fije el reglamento, los reportes e informes de sus operaciones ante la autoridad aduanera.

(…)”

4º—Que el artículo 214 de la Ley General de la Administración Pública, de aplicación supletoria en el caso, dispone a la letra:

“Artículo 214.—

1.  El procedimiento administrativo servirá para asegurar el mejor cumplimiento posible de los fines de la Administración, con respeto para los derechos subjetivos e intereses legítimos del administrado, de acuerdo con el ordenamiento jurídico.

2.  Su objeto más importante es la verificación de la verdad real de los hechos que sirven de motivo al acto final”.

5º—Que este procedimiento, por su naturaleza, se rige también por lo estipulado en el Libro II de la Ley General de la Administración Pública, a efectos de garantizar la consecución de la verdad real de los hechos y el derecho de defensa del administrado. Al respecto, el artículo 309 de dicho cuerpo legal, en lo que interesa dispone:

“Artículo 309.—

El procedimiento ordinario se tramitará mediante una comparecencia oral y privada, ante la Administración, en la cual se admitirá y recibirá toda la prueba y alegatos de las partes que fueren pertinentes.

Podrán realizarse antes de la comparecencia las inspecciones oculares y periciales”.

6º—Que conforme a lo dispuesto por el artículo 317 de la citada Ley General, la empresa está facultada para presentar en la comparecencia las pruebas que estime necesarias para su efectiva defensa, en los términos y condiciones indicados en esa norma. Por tanto,

EL ÓRGANO DIRECTOR DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, RESUELVE:

a)  Iniciar el presente procedimiento administrativo a la empresa Casillas Cigars S. A., con cédula jurídica número 3-101-259089, representada por el señor Macario Casillas, de calidades conocidas en autos.

b)  El cargo que se le imputa y sobre el cual queda intimada, se detalla en el Resultando III de la presente resolución, conforme con lo señalado en los oficios DAL.-113-2004 y DAL.-044-2005, ambos suscritos por la Dirección de Asesoría Legal de PROCOMER, debidamente transcritos y agregados al expediente administrativo con los documentos de remisión por parte de la Gerencia General de PROCOMER.

c)  El acto final que se dicte podría conllevar la imposición de una eventual responsabilidad administrativa para la empresa Casillas Cigars S. A., con cédula jurídica número 3-101-259089, sancionable de verificarse ésta, con la cancelación del Régimen de Perfeccionamiento Activo.

d)  Citar a la empresa Casillas Cigars S. A., a una comparecencia oral y privada, a verificarse en la sede del Órgano Director sita en San José calles treinta y ocho y cuarenta, Edificio Centro Colón, Quinto Piso, Ala Norte, a las nueve horas del día jueves veintitrés de marzo del año dos mil seis. A dicha comparecencia podrá presentarse personalmente o por medio de apoderado presentando al efecto los documentos que acrediten el poder y en ella podrá aportar toda la prueba que estime pertinente. Igualmente, podrá asistir con un profesional en Derecho, si así lo estiman necesario.

e)  Se pone a disposición de la empresa el expediente completo de este procedimiento debidamente foliado en la citada sede del Órgano Director, dicho expediente consta actualmente de 31 folios, correspondientes a:

    El oficio GG.-243-04, y su oficio adjunto DAL.-113-2004, así como el oficio GG.-182-05 y su oficio adjunto DAL.-044-2005, todos remitidos por PROCOMER.

    Estudio registral de la cédula jurídica número 3-101-259089, correspondiente a la empresa Casillas Cigars S. A.

    El oficio DAL.-466-05 del 24 de octubre del 2005, mediante el cual se solicita a la Gerencia de Operaciones y Control de PROCOMER el expediente ejecutivo, personería jurídica, y la última dirección para recibir notificaciones de la empresa Casillas Cigars S. A.

    El oficio GO.-2436-2005 de fecha 26 de octubre del 2005, mediante el cual la Gerencia de Operaciones de PROCOMER remitió el expediente ejecutivo solicitado en el oficio DAL.-467-05 citado anteriormente.

    El oficio GO.-2535-2005 de fecha 4 de noviembre del 2005, mediante el cual la Gerencia de Operaciones de PROCOMER remitió el dato de la Aduana de Jurisdicción para la empresa en cuestión.

f)   Se apercibe a la empresa Casillas Cigars S. A., que de no comparecer sin justa causa, la Administración podrá, a su discreción, continuar y decidir el caso con los elementos de juicio existentes.

g)  Comunicar la presente resolución al Ministerio de Hacienda y a PROCOMER para lo de su cargo.

h)  Conferir a la empresa Casillas Cigars S. A., el plazo de tres días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación de la presente resolución, para que ofrezca la prueba de descargo, sin perjuicio de la posibilidad de ofrecer y aportar toda la prueba que estime pertinente en la hora y fecha señalada para la comparecencia, de conformidad con el texto de la Ley General de la Administración Pública.

Contra la presente resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y apelación. Los cuales deberán de ser interpuestos dentro de las 24 horas siguientes a la notificación de esta resolución, ante este Órgano Director tratándose de la revocatoria, o ante el Despacho del Ministro de Comercio Exterior si solo se opta por plantear la apelación.

Notifíquese.—Lic. Henry Ramírez Quesada, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—(Solicitud Nº 36460).—C-440570.—(7730).

 

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

REGISTRO PÚBICO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Se hace saber que en Diligencias Administrativas de Oficio, dentro del expediente Nº 212-2005, por resolución de las nueve horas del diecinueve de enero del año dos mil seis, se resolvió lo siguiente: Por tanto, En virtud de lo expuesto y las normas legales citadas, se resuelve: I) Consignar inmovilización en las fincas del Partido de Cartago, matrículas trescientos sesenta y un mil novecientos sesenta y dos (361962) y trescientos setenta mil setecientos cincuenta y siete (370757), respectivamente, las cuales se mantendrán hasta que el propietario actual, por la vía legal que establece nuestro ordenamiento jurídico, o una Autoridad Judicial competente, ordene la cancelación total de uno de los dos inmuebles. II) Una vez firme la presente resolución se comisiona a la Licenciada Leticia Acuña Salazar, funcionaria destacada en el Departamento de Asesoría Jurídica de este Registro, afecto de que proceda a consignar la nota de advertencia e inmovilización antes referida, en las fincas indicadas. Notifíquese.—Curridabat, 19 de enero del 2006.—Lic. Wálter Méndez Vargas, Subdirector a. í.—(Solicitud Nº 36623).—C-7720.—(7741).

 

Se hace saber a la señora Lilliana Camareno Hurtado, cédula de identidad Nº 6-181-739, en su condición de propietaria registral de la finca del Partido de Puntarenas matrícula 107588, a quien, por desconocer este Registro su domicilio, se autoriza en resolución de las nueve horas y quince minutos del día diecinueve de enero del dos mil seis, dar audiencia por este medio, que en este Registro se ha iniciado diligencia administrativa de oficio por escrito presentado en esta Dirección a las 9:10 horas del día 28 de setiembre del 2005, suscrito por la Registradora Ana Miriam Rojas Vargas, mediante el cual informa la posible doble inmatriculación de las fincas del Partido de Puntarenas matrículas ciento siete mil seiscientos once (107611) y ciento siete mil quinientos ochenta y ocho (107588), escrito que en lo que interesa textualmente dice: (...) revisado el plano 6-460483-1997, en la finca de Puntarenas 107611-000, aparece también inscrito en la finca de Puntarenas 107588-000, con la misma medida y proveniente de la misma finca madre, lo anterior al analizar el documento que ocupó el asiento 16952, tomo 558, que es rescisión de bono y de finca. (...). Por lo anterior, se ordenó la apertura del expediente administrativo Nº 262-2005 y en resguardo de la seguridad jurídica que debe dimanar de la publicidad de los asientos registrales por resolución de las catorce horas del día veintitrés de agosto del dos mil cinco, esta Subdirección resolvió consignar advertencia administrativa sobre los inmuebles del Partido de Puntarenas matrículas ciento siete mil seiscientos once (107611) y ciento siete mil quinientos ochenta y ocho (107588), mientras se realizan las investigaciones que este caso amerita. Así las cosas, con el objeto de cumplir con el debido proceso, se resuelve: conferir audiencia a Lilliana Camareno Hurtado por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo N° 26771-J del 18 de Febrero de 1998, publicado en La Gaceta N° 54 de 18 de marzo de 1998. A efecto de que dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos convengan y se le previene, que en el acto de notificarle esta resolución o dentro de tercer día, debe señalar número de fax; apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, en donde oír futuras notificaciones de este Despacho, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso o incierto, o ya no existiere, artículos 20 y 21 de la Ley N° 3883 de 30 de Mayo de 1967 y sus reformas; artículo 185 del Código Procesal Civil y artículo 3 de la Ley N° 7637 de 11 de Diciembre de 1996 que es la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. (Ref. Expediente Nº 322-2005).—Curridabat, 19 de enero del 2006.—Lic. Wálter Méndez Vargas, Subdirector a. í.—(Solicitud Nº 36622).—C-61070.—(7743).

 

Se hace saber a Víctor Manuel Rivas Vargas, cédula de identidad Nº 5-011-1590, en su condición de propietario registral de la submatrícula 003 de la finca del Partido de Guanacaste matrícula 3282, Joaquín Rivas Vargas, cédula de identidad Nº 5-012-3144, en su condición de propietario registral del derecho 004 de la finca del Partido de Guanacaste matrícula 3282, Evangelina Rivas Vargas, cédula de identidad número 5-005-5992, en su condición de propietaria registral de la submatrícula 002 de la finca del Partido de Guanacaste matrícula 3282, Concepción Rivas Peña, número de identidad desconocido, en su condición de dueña registral de la submatrícula 013 de la finca del Partido de Guanacaste matrícula 3282, Joaquín Rivas Peña, número de identidad desconocido, en su condición de propietario registral de la submatrícula 012 de la finca del Partido de Guanacaste matrícula 3282, Apolonia Rivas Peña, número de identidad desconocido, en su condición de propietaria registral de la submatrícula 014 de la finca del Partido de Guanacaste matrícula 3282, y Lucas Rivas Álvarez, número de identidad desconocido, en su condición de propietario registralde la submatrícula 011 de la finca del Partido de Guanacaste matrícula 3282, que en este Registro se ha iniciado diligencia administrativa de oficio por escrito presentado en esta Dirección a las 15:05 horas del día 19 de setiembre del 2005, suscrito por Guiselle Vidal Barrantes, funcionaria del Departamento de Asesoría Jurídica del Registro de Bienes Inmuebles, mediante el cual manifiesta, en lo que interesa textualmente: (...) se desprende que, además del excedente de 56 hectáreas, 1125 metros, 99 decímetros, 20 centímetros cuadrados (56 1125, 9920), no se describió el resto reservado en la localización del derecho del asiento 23 y que originó la finca treinta mil setecientos cuarenta (30740), al igual que al localizarse el derecho de la submatrícula 001 y que originó la finca ciento treinta y seis mil seiscientos treinta y nueve (136689), lo que genera una incongruencia entre la información que se publicita y lo que existe extraregistralmente. (...) Que se han dado inscripciones con errores, como en la localización en sede notarial, por cuanto la finca madre no cuenta con plano catastrado y el documento 547-18087 que afectó la submatrícula 007, en el que se indicó un derecho distinto. Como recomendación es necesaria la apertura de un expediente con el fin de investigar a fondo lo sucedido y brindar las audiencias que el caso amerita, previa consignación de advertencia administrativa que publicite dicha investigación oficiosa sobre las fincas del Partido de Guanacaste matrículas tres mil doscientos ochenta y dos (3282) y ciento treinta y seis mil seiscientos treinta y nueve (136639). Por lo anterior, y en resguardo de la seguridad jurídica que debe dimanar de la publicidad de los asientos registrales y mediante resolución de las doce horas del día veintiséis de octubre del dos mil cinco, se ordenó la consignación de advertencia administrativa sobre los inmuebles del Partido de Guanacaste matrículas tres mil doscientos ochenta y dos cero cero dos, cero cero tres, cero cero cuatro, cero cero cinco, cero cero seis, cero cero siete, cero cero ocho, cero cero nueve, cero once, cero doce, cero trece y cero catorce (3282-002, 003, 004, 005, 006, 007, 008, 009, 011, 012, 013 y 014) y ciento treinta y seis mil seiscientos treinta y nueve (136639), mientras se realizan las investigaciones que el caso amerita. Así mismo se procedió a la apertura del expediente administrativo número 254-2005, y con el objeto de cumplir con el debido proceso, y habiéndose autorizado por resolución de las diez horas y veinte minutos del día diecisiete de enero del dos mil seis, se resuelve: conferir audiencia a Víctor Manuel Rivas Vargas, Joaquín Rivas Vargas, Evangelina Rivas Vargas, Concepción Rivas Peña, Joaquín Rivas Peña, Apolonia Rivas Peña y Lucas Rivas Álvarez, en la condición dicha, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo N° 26771-J del 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta N° 54 de 18 de marzo de 1998. A efecto de que dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos convengan y se le previene, que en el acto de notificarle esta resolución o dentro de tercer día, debe señalar número de fax; apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, en donde oír futuras notificaciones de este despacho, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso o incierto, o ya no existiere, artículos 20 y 21 de la Ley Nº 3883 del 30 de mayo de 1967 y sus reformas; artículo 185 del Código Procesal Civil y artículo 3º de Ley Nº 7637 del 11 de diciembre de 1996 que es la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. (Ref. Expediente Nº 254-2005).—Curridabat, 19 de enero del 2006.—Lic. Róger Hidalgo Zúñiga, Director.—(Solicitud Nº 36670).—C-105620.—(7744).

 

PUBLICACIÓN DE unA VEZ

Se hace saber que en diligencias administrativas de oficio, dentro del expediente Nº 046-2005, por resolución de las trece horas, del diecinueve de enero del año dos mil seis, se resolvió lo siguiente: “Por tanto: En virtud de lo expuesto y las normas legales citadas, se resuelve: I.—Consignar inmovilización en las finca del partido de Guanacaste, matrícula cincuenta y cinco mil ochocientos nueve (55809), la cual se mantendrá hasta que el propietario actual, por la vía legal que establece nuestro ordenamiento jurídico, o una Autoridad Judicial competente, ordene la corrección, de la inconsistencia dicha. II.—Por tal ordenananza, y de conformidad con lo arriba expuesto, debe ordenarse además la cancelación de la advertencia administrativa que publicita la finca del partido de Guanacaste treinta y nueve mil seiscientos cuatro (39604). III.—Una vez firme la presente resolución se comisiona a la Licenciado Ronald Calderón Coto, funcionario destacado en el Departamento de Asesoría Jurídica de este Registro, a efecto de que proceda a consignar la nota de advertencia e inmovilización y cancelar la advertencia administrativa antes referida, en las fincas indicadas. IV.—Autorizar a la Registradora Licenciada Sandra Marín Rosales, continuar con el trámite de inscripción del documento tomo 547, asiento 7515 (547-715) que relaciona la finca del partido de Guanacaste treinta y nueve mil seiscientos cuatro (39604), si no existe otro defecto que lo impida. Notifíquese.—Curridabat, 19 de enero del 2006.—Lic. Róger Hidalgo Zúñiga, Director.—1 vez.—(Solicitud Nº 36672).—C-11020.—(8262).

 

Se hace saber a quien interese, que en Diligencias Administrativas incoadas por la Registradora Licenciada Mabel Valverde Zúñiga, mediante escrito presentado ante esta Dirección el día 12 de octubre de 2005, por medio del cual informa de la posible doble inmatriculación entre las fincas de Alajuela 189904 y 196682. Por lo anterior, a efecto de realizar toda la investigación, se levantó al efecto el expediente Nº 282-2005, dentro del cual se dictó la resolución final en Curridabat, a las 8:00 horas 20 minutos, del viernes 20 de noviembre del 2006, en la que su por tanto, literalmente dice: “Por tanto. En virtud de lo expuesto, de la normativa, doctrina y jurisprudencia citadas, se resuelve: A. Una vez firme la presente resolución, se ordena inmovilizar la finca del partido de Alajuela, ciento ochenta y nueve mil novecientos cuatro [189904], inmovilización que se mantendrá hasta que autoridad judicial competente conociendo del error ordene su cancelación o todas las partes involucradas por los mecanismos que establece el ordenamiento, manifiesten su voluntad de rectificar el error cometido, previa calificación del registrador a quien corresponda. B. Por tal ordenanza, y de conformidad con lo arriba expuesto, debe ordenarse además la cancelación de la advertencia administrativa que publicita la finca del mismo partido ciento noventa y seis mil seiscientos ochenta y dos (196682). C. Para consignar la inmovilización y cancelar la advertencia administrativa en los inmuebles se comisiona al Licenciado Eduardo Alvarado Miranda, funcionario del Departamento de Asesoría Jurídica, o en su ausencia, cualquier otro titular de esa oficina. D. autorizar a la Registradora Licenciada Mabel Valverde Zúñiga, continuar con el trámite inscriptorio del documento tomo quinientos cincuenta y nueve, asiento seis mil trescientos treinta y cinco, (559-6335) que relaciona la finca del partido de Alajuela, número: ciento noventa y seis mil seiscientos ochenta y dos (196682), si no existe otro defecto que lo impida. Notifíquese. Licenciado Róger Hidalgo Zúñiga, Director a. í. (Referencia Expediente Nº 282-2005).—Curridabat, 20 de enero del 2006.—Lic. Róger Hidalgo Zúñiga, Director a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 36671).—C-16520.—(8263).

 

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

PA-33-2005.—Contraloría General de la República.—División de Asesoría y Gestión Jurídica.—San José, a las nueve horas del doce de diciembre del dos mil cinco.

Procedimiento administrativo seguido en contra de los señores [...], y Gerardo Acosta Herrera, cédula de identidad Nº 1-411-1077. Procedimiento DAGJ-18-2003.

Resultando:

I.—Que mediante la Relación de Hechos Nº DFOE-OP-RH-5/2005 elaborada por el Área de Servicios de Obra Pública y Transporte, de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, denominada “Relación de hechos sobre las presuntas actuaciones irregulares determinadas en la contratación del mantenimiento del puente sobre el río Sixaola, con cargo al proyecto “Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 36, Sección Bribrí-Sixaola, Que ejecuta el Consejo de Seguridad Vial”, se puso en conocimiento de este Despacho una serie de hechos que eventualmente podrían generarle responsabilidad administrativa a los señores [...] y Gerardo Acosta Herrera.

II.—Que mediante oficio N° DAGJ-1472-2003 de fecha 13 de octubre del 2003, se nombró el órgano director del procedimiento y se ordenó la apertura del mismo, con la finalidad de verificar la verdad real de los hechos, con amplia garantía del debido proceso para los señores antes mencionados, ya que de los elementos de hecho y de derecho observados en la Relación de Hechos Nº DFOE-OP-RH-5/2005 podrían generarle responsabilidad administrativa (artículo 72 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República), y por ende, alguna de las sanciones estipuladas en el mismo numeral.

III.—Que mediante resolución de las once horas del catorce de octubre de dos mil tres, el órgano director del procedimiento dictó el acto de apertura correspondiente.

IV.—Que a las nueve horas diez minutos del veintiséis de noviembre de dos mil cuatro, en la sala de reuniones de la División de Asesoría y Gestión Jurídica, de esta Contraloría General, se llevó a cabo la comparecencia oral y privada, la cual fue suspendida y se continuó a las nueve horas veinte minutos del día veinte de enero de dos mil cinco.

V.—Que en el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.

Considerando:

I.—Hechos probados: de importancia para resolver el presente asunto, se enlistan los siguientes: 1. Mediante la Licitación Pública N° 15-00 el CONAVI adjudicó el Proyecto “Mejoramiento de la Ruta Nacional N° 36, Sección Bribrí-Sixaola”, a la Empresa Constructora MECO Sociedad Anónima (en adelante llamada MECO S. A.), por un monto de U.S.A. $ 10.300.935,06 (Diez millones trescientos mil novecientos treinta y cinco dólares con seis centavos) y un plazo de ejecución de 360 días calendario. La longitud del proyecto es de aproximadamente 31,7 kilómetros (ver folio 68 del expediente administrativo) 2. El CONAVI, para la supervisión e inspección de las obras, nombró al Ingeniero [...], para el período comprendido entre el 1 de marzo al 31 de octubre de 2001 como Ingeniero de Proyecto (ver folios 88 y 87 del expediente administrativo). 3. De acuerdo con el contrato suscrito el 23 de marzo de 2001 entre el CONAVI y MECO S. A., para la construcción del Proyecto “Mejoramiento de la Ruta Nacional N° 36-Sección Bribrí-Sixaola”, se elaboró la Orden de Servicio N° 2, de fecha 13 de setiembre de 2001, mediante la cual se le comunica y ordena al Contratista de la obra realizar el “Mantenimiento del Puente sobre el Río Sixaola” en la sección de Costa Rica, para lo que se le asignó un monto de USA $ 248.000,00 (Doscientos cuarenta y ocho mil dólares USA) (ver folios 94-110). 4. Dicha Orden de Servicio fue firmada por el Ingeniero de Proyecto [...], el Ing. Gerardo Acosta Herrera (Asesor de Obras del CONAVI) y el Presidente de MECO S. A. (Ver folio 95 del expediente administrativo). En ese documento se adjuntaron los esquemas y un presupuesto aprobado por el Ing. [...] los cuales describían los trabajos por ejecutar. 5. El monto asignado (USA $ 248.000,00 para la ejecución de los trabajos por medio de la citada Orden de Servicio N° 2, fue con cargo al ítem 109.04 denominado “Trabajo a costo más porcentaje”, por lo que para el mantenimiento de dicho puente, el CONAVI consideró el pago de un 10% sobre el costo total de los trabajos por ejecutar y por la administración en que incurriría el Contratista (MECO S. A.) en la ejecución de tales trabajos, monto que según el presupuesto adjunto a la citada Orden de Servicio N° 2 asciende a la suma de USA $ 22.533,95. (ver folio 104). 6. Según lo ha señalado la Ingeniería de Proyecto, en la Orden de Servicio N° 2 se indica que desde hace varios años se tenía la necesidad de la oportuna reparación y mantenimiento de la estructura de este puente, por las pésimas condiciones de la estructura metálica, debido a que no se le había dado ni siquiera el mantenimiento básico por años (ver folio 119). 7. De acuerdo con el cartel de la Licitación Pública N° 15-00 y los planos constructivos elaborados para esta licitación, se determinó que la estructura del puente sobre el Río Sixaola no es parte del proyecto “Mejoramiento de la Ruta Nacional N° 36, Sección Bribrí-Sixaola” (ver folios 57 y 58). 8. El Ing. [...] presentó al Ing. Gerardo Acosta Herrera, en ese entonces Asesor del Programa de Obras del CONAVI, mediante el oficio N° REF:D.G.CONP.SIX150701-02 del 15 de julio de 2001, una estimación de los posibles costos del mantenimiento del puente sobre el Río Sixaola una vez hecha la evaluación en sitio, la cual ascendía a USA $ 252.700,00 (ver folio 128 del expediente administrativo). 9. El Ing. Acosta Herrera mediante el oficio N° 11424 del 18 de julio de 2001, procedió a ordenarle al Director Técnico del Proyecto de MECO S. A., que con carácter de urgencia solicitara tres cotizaciones para que se realizaran los trabajos de mantenimiento del Puente sobre el Río Sixaola. (ver folio 132 del expediente administrativo). 10. La empresa MECO S. A., con el oficio sin número del 28 de agosto de 2001, le remitió al Ing. Acosta Herrera tres cotizaciones de las siguientes empresas: Codocsa: USA $253.365,99 (Doscientos cincuenta y tres mil trescientos sesenta y cinco USA dólares con 99/100), Consorcio Armac Intl.-DISECSA: USA $228.798,50 (Doscientos veintiocho mil setecientos noventa y ocho USA dólares con 50/100), Marshall y Asociados: USA $271.194,56 (Doscientos setenta y un mil ciento noventa y cuatro USA dólares con 56/100 -Ver folios del 144 al 150-). 11. Dichas cotizaciones fueron remitidas mediante el oficio N° 11714 del 28 de agosto de 2001 por el Ing. Gerardo Acosta Herrera, como Asesor del Programa de Obras del CONAVI, al [...], Jefe de Proyecto, para su estudio y recomendación (ver folio 174 del expediente). 12. Con fecha 30 de agosto de 2001, el Ing. [...] le comunicó mediante oficio N° REF:MECO300801P.B/S-02 al Director Técnico de MECO S. A. que adjudicara la oferta de menor precio (ver folio 175 del expediente administrativo). 13. Para ejecutar las obras de mantenimiento al Puente sobre el Río Sixaola, se adjudicó al Consorcio Armac Intl.-DISECSA S. A., por un monto de USA $ 228.798,50, para lo cual se contó con el visto bueno del [...] (ver folio 175 del expediente administrativo). 14. Mediante el oficio N° 12294 del 06 de noviembre de 2001, el Ing. Acosta Herrera le comunicó al Director Técnico de MECO S. A. la necesidad de iniciar las labores de mantenimiento del Puente sobre el Río Sixaola. (ver folio 177 del expediente). 15. Al día siguiente de la orden de inicio (29 de noviembre de 2001), el [...], autorizó en la Estimación de obra N° 4 del Proyecto Bribrí-Sixaola, un adelanto de USA $ 30.473,20 más el 10% de administración, para la compra de pintura y acero de refuerzo, para el mantenimiento del Puente sobre el Río Sixaola, sin que se encontrara en el expediente de este proyecto un documento que indicara la presentación de una garantía por el adelanto concedido al consorcio adjudicado. (ver folio 180 del expediente administrativo). 16. De acuerdo con un estudio en el Registro de Personas Jurídicas del 29 de agosto de 2002 del Registro Nacional, la empresa DISECSA Sociedad Anónima, indica que en la sección Mercantil al folio 273 del tomo 202 se encuentra el asiento 247 según el cual aparecen nombrados como Presidente: [...], cédula [...], Secretario: Javier Alfonso Lee Ramírez, cédula 1-823-838 de la entidad denominada Disecsa Sociedad Anónima con domicilio en San José, quienes les corresponde la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, de conformidad al artículo 1253 del Código Civil, actuando conjuntamente o individualmente. (ver folio 256 del expediente administrativo). 17. Según certificación del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos del 06 de noviembre de 2002, el Profesional Responsable ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de la empresa DISECSA S. A. es el [...]. (ver folio 266 del expediente). 18. El Ing. [...] fue quien elaboró los términos de referencia, especificaciones técnicas, planos constructivos y presupuesto y a quien se le encomendó, por parte de su Jefe inmediato el Ing. Gerardo Acosta Herrera, Asesor de Obras del CONAVI, el estudio y recomendación de las ofertas presentadas (ver folios 95 y 174 del expediente), procediendo el Ing. [...] con su oficio N° REF:MECO300801P.B/S-02 del 30 de agosto de 2001 a indicarle al Ing. José Pablo Sáenz Ramírez, en su calidad de Director Técnico del Proyecto Bribrí-Sixaola por parte de MECO S. A., que se adjudicará en este caso a la empresa de menor precio, es decir, al Consorcio Armac Intl.-DISECSA S. A., del cual es parte su representada la empresa DISECSA, S.A (ver folio 153 del expediente). 19. folio 267 del expediente administrativo. 20. El Ing. Gerardo Acosta Herrera, quien en ese entonces era el Asesor de Obras del CONAVI y Jefe inmediato del [...], tenía conocimiento de que este ingeniero era el Presidente de la Empresa DISECSA S. A., ya que esta misma empresa, representada por el Ing. [...], supuestamente presentó cotizaciones y se le adjudicaron trabajos similares en las estructuras de los puentes sobre los ríos Parrita y Paquita ubicados en la carretera Parrita–Quepos, lo cual se sustenta en los oficios N° 3450 del 16 de agosto de 2000, el N° 10073 del 17 de enero de 2001, ambos suscritos por el Ing. Gerardo Acosta Herrera, Asesor de Obras del CONAVI, y el oficio sin número del 06 de setiembre de 2000, suscrito por el [...] como Presidente de DISECSA S. A. (ver folios 276-281).

II.—Cuestiones previas a resolver: A. Sobre la prescripción: Alega el señor [...] a folios 469-502 y 523-526, que el plazo de prescripción aplicable al caso es la del artículo 68 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República. Sobre el particular, se debe tener presente que el plazo de prescripción para que el Estado-patrono ejerza la potestad disciplinaria respecto de sus servidores, se encuentra previsto en el 608 del Código de Trabajo en punto a la materia disciplinaria de carácter laboral y en el artículo 71 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, N° 7428 de 26 de agosto de 1964, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 210 de 04 de noviembre de 1994 en materia disciplinaria relacionada con la Hacienda Pública. Este numeral fue reformado por el artículo 45, inciso a), de la Ley General de Control Interno, N° 8292 de 27 de agosto de 2002, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 169 de 04 de setiembre de 2002, que a su vez modificó el plazo extintivo de la responsabilidad disciplinaria por las infracciones contempladas en esa Ley y dentro del ordenamiento de control y fiscalización superiores, ampliándolo de dos años a cinco años, entre otras cosas. Esa norma, en lo que interesa, establece actualmente, lo siguiente:

“La responsabilidad administrativa del funcionario público por las infracciones previstas en esta Ley y en el ordenamiento de control y fiscalización superiores, prescribirá de acuerdo con las siguientes reglas:

En los casos en que el hecho irregular sea notorio, la responsabilidad prescribirá en cinco años, contados a partir del acaecimiento del hecho.

En los casos en que el hecho irregular no sea notorio -entendiendo este como aquel hecho que requiere una indagación o un estudio de auditoría para informar de su posible irregularidad- la responsabilidad prescribirá en cinco años, contados a partir de la fecha en que el informe sobre la indagación o la auditoría respectiva se ponga en conocimiento del jerarca o el funcionario competente para dar inicio al procedimiento respectivo.

La prescripción se interrumpirá, con efectos continuados, por la notificación al presunto responsable del acto que acuerde el inicio del procedimiento administrativo.

Cuando el autor de la falta sea el jerarca, el plazo empezará a correr a partir de la fecha en que él termine su relación de servicio con el ente, la empresa o el órgano respectivo.

Se reputará como falta grave del funcionario competente para iniciar el procedimiento sancionatorio, el no darle inicio a este oportunamente o el dejar que la responsabilidad del infractor prescriba, sin causa justificada.”

Antes de la reforma supra citada, el artículo disponía que:

“La responsabilidad disciplinaria del servidor de la Hacienda Pública prescribirá en el plazo de dos años, contados a partir del conocimiento comprobado de la falta por parte del órgano competente, para iniciar el respectivo procedimiento sancionatorio. Para estos efectos, quedan reformados, respecto de los funcionarios o de los servidores públicos, el artículo 603 del Código de Trabajo y cualesquiera otras disposiciones jurídicas que se le opongan.

La comprobación del conocimiento de la falta podrá efectuarse por cualquier medio de prueba, con el valor que ésta tenga, de acuerdo con la Ley General de la Administración Pública y, supletoriamente, de acuerdo con el derecho común.

Cuando el autor de la falta sea el jerarca, el plazo empezará a correr a partir de la fecha en que él termine su relación de servicio con el ente, la empresa o el órgano respectivo.

Se reputará como falta grave del funcionario competente, para iniciar el procedimiento sancionatorio, el no darle inicio a éste oportunamente o el dejar prescribir la responsabilidad del infractor, sin causa justificada.”

Básicamente, tenemos entonces, que la norma establecía un plazo de prescripción de dos años (para los hechos cometidos antes del 04 de setiembre de 2002) para aplicar el régimen disciplinario al servidor de la Hacienda Pública, plazo que actualmente se encuentra establecido en cinco años (para los hechos cometidos después del 04 de setiembre de 2002). Claro está, plazo que empezará a correr dependiendo si se trata del jerarca del ente, empresa u órgano, o un funcionario común y de sí el hecho irregular es notorio o no. En el caso que nos ocupa como los hechos ocurridos sucedieron antes del 04 de setiembre de 2002 aplica la prescripción de dos años, el cómputo de esta prescripción iniciaría, tal y como lo dispone la norma a partir del “conocimiento comprobado de la falta por parte del órgano competente”. En la etapa procesal en que nos encontramos, no se ha dado ese conocimiento comprobado por parte del órgano competente, pues es hasta este momento que se dicta el acto final. Por esta razón, a juicio de este Órgano Colegiado este plazo no ha empezado a correr, pues será hasta que se encuentre firme el acto final que se haya dado el conocimiento comprobado de la falta. En otro orden de ideas, en lo que respecta a la aplicación del artículo 68 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, no se puede perder de vista que la norma en cuestión se refiere a un término de prescripción y no a un plazo de “caducidad” tal y como lo interpreta el señor [...]. El primero se encuentra sujeto a interrupción; y precisamente éste se interrumpe en el momento en que se inicia el trámite del procedimiento administrativo y con los actos consecutivos del procedimiento administrativo. Nótese que si bien la Relación de Hechos se presentó el día primero de julio del año dos mil tres, el acto de apertura se dictó el día catorce de octubre de dos mil tres. Así planteadas las cosas, a juicio de este Despacho no lleva razón el recurrente al interpretar que la iniciación del expediente respectivo se dio desde que los Diputados presentaron la denuncia, pues el inicio del expediente se dio al momento en que se dictó el acto de apertura del procedimiento por parte del órgano director, pues es allí donde inicia el procedimiento administrativo. A juicio de este Despacho el asunto no se encuentra prescrito.  B. Sobre gestión después de informe de hechos probados: El 16 de noviembre de dos mil cinco, el señor [...], con posterioridad a que el órgano director presentara su informe de hechos probados, le dirige a ese órgano un memorial, visible a folio 575 en el que le pide revocatoria con apelación de este acto. Sobre el particular, se debe tener presente que el órgano director pierde su competencia una vez que remite el informe de hechos probados a este órgano decisor. Por otro lado, de acuerdo con lo que dispone el artículo 342 de la Ley General de la Administración Pública, los recursos ordinarios proceden en contra del acto inicial, el que deniegue prueba o la comparecencia oral y privada y el acto final. Por lo anterior, su gestión resulta inadmisible. De igual forma resulta inadmisible su solicitud de tener como hechos probados que el Contralor General ordenó al Msc. Guillermo Flores ordenara al Lic. Walter Ramírez le diera trámite a la denuncia. Tampoco resulta relevante para nuestros efectos que se tenga como hecho probado que el informe del Consejo Nacional de Vialidad, fue solicitado por esta Contraloría, donde se tienen por probados los gastos reales, pues no se relacionan con las faltas que se imputan a los señores [...] y Acosta Herrera.

IV.—Sobre el fondo del asunto: Tenemos que en el procedimiento que nos ocupa, la Relación de Hechos que le da origen, le atribuye al [...] haber recomendado, como Ingeniero de Proyecto de la obra “Mejoramiento de la Ruta Nacional N° 36 Sección Bribrí-Sixaola”, para que se realizaran trabajos con cargo al Item 109.04 de ese proyecto fuera del ámbito del contrato, ya que las obra, como lo es el Puente sobre el Río Sixaola, no pertenecía a ese contrato,. Además, se le imputa el haber recomendado la adjudicación de una empresa en consorcio para que realizara esos trabajos, de la cual él es su Presidente y Apoderado Generalísimo. Por otra parte, en cuanto al señor Gerardo Acosta Herrera, se le atribuye el haber recomendado la ejecución de la obra Puente sobre el Río Sixaola, por medio del Item 109.04, cuando esta no formaba parte o no estaba dentro del contrato de la Licitación Pública 15-00 y que tampoco se podía considerar como imprevisible dentro de ese contrato. Además, aprobó la contratación de una empresa de la cual el tenía conocimiento que el [...], quien prestaba los servicios como Ingeniero de Proyecto, era su Presidente y Apoderado Generalísimo. Sobre los cargos imputados, se tiene por demostrado que mediante la Licitación Pública N° 15-00 el CONAVI adjudicó el Proyecto “Mejoramiento de la Ruta Nacional N° 36, Sección Bribrí-Sixaola”, a la Empresa Constructora MECO Sociedad Anónima, por un monto de U.S.A. $ 10.300.935,06 y un plazo de ejecución de 360 días calendario. Además, para la supervisión e inspección de las obras, el CONAVI nombró al [...], para el período comprendido entre el 1º de marzo al 31 de octubre de 2001 como Ingeniero de Proyecto (ver hecho probado Nº 2). Por otra parte, de acuerdo con el contrato suscrito el 23 de marzo de 2001 entre el CONAVI y MECO S. A., para la construcción de este Proyecto “Mejoramiento de la Ruta Nacional N° 36-Sección Bribrí-Sixaola”, se elaboró la Orden de Servicio N° 2, de fecha 13 de setiembre de 2001, mediante la cual se le comunica y ordena al Contratista de la obra realizar el “Mantenimiento del Puente sobre el Río Sixaola” en la sección de Costa Rica, para lo que se le asignó un monto de USA $ 248.000,00 (Doscientos cuarenta y ocho mil dólares USA) (ver hecho probado Nº 3) y esa orden de servicio fue firmada por el Ingeniero de Proyecto [...], el Ing. Gerardo Acosta Herrera (Asesor de Obras del CONAVI) y el Presidente de MECO S. A. En ese documento se adjuntaron los esquemas y un presupuesto aprobado por el Ing. [...], los cuales describían los trabajos por ejecutar (Ver hecho probado Nº 4). El monto asignado USA $ 248.000,00 para la ejecución de los trabajos por medio de la citada Orden de Servicio N° 2, fue con cargo al ítem 109.04 denominado “Trabajo a costo más porcentaje”, por lo que para el mantenimiento de dicho puente, el CONAVI consideró el pago de un 10% sobre el costo total de los trabajos por ejecutar y por la administración en que incurriría el Contratista (MECO S. A.) en la ejecución de tales trabajos, monto que según el presupuesto adjunto a la citada Orden de Servicio N° 2 asciende a la suma de USA $ 22.533,95. (ver hecho probado Nº 5). Según lo ha señalado la Ingeniería de Proyecto, en la Orden de Servicio N° 2 se indica que desde hace varios años se tenía la necesidad de la oportuna reparación y mantenimiento de la estructura de este puente, por las pésimas condiciones de la estructura metálica, debido a que no se le había dado ni siquiera el mantenimiento básico por años (ver hecho probado Nº 6). De acuerdo con el cartel de la Licitación Pública N° 15-00 y los planos constructivos elaborados para esta licitación, se determinó que la estructura del puente sobre el Río Sixaola no era parte del proyecto “Mejoramiento de la Ruta Nacional N° 36, Sección Bribrí-Sixaola” (ver hecho probado Nº 7). El Ing. [...] presentó al Ing. Gerardo Acosta Herrera, en ese entonces Asesor del Programa de Obras del CONAVI, mediante el oficio N° REF:D.G.CONP.SIX150701-02 del 15 de julio de 2001, una estimación de los posibles costos del mantenimiento del puente sobre el Río Sixaola una vez hecha la evaluación en sitio, la cual ascendía a USA $ 252.700,00 (ver hecho probado Nº 8). El Ing. Acosta Herrera mediante el oficio N° 11424 del 18 de julio de 2001, procedió a ordenarle al Director Técnico del Proyecto de MECO S. A., que con carácter de urgencia solicitara tres cotizaciones para que se realizaran los trabajos de mantenimiento del Puente sobre el Río Sixaola. (ver hecho probado Nº 9). La empresa MECO S. A., con el oficio sin número del 28 de agosto de 2001, le remitió al Ing. Acosta Herrera tres cotizaciones de las siguientes empresas: Codocsa: USA $253.365,99 (Doscientos cincuenta y tres mil trescientos sesenta y cinco USA dólares con 99/100), Consorcio Armac Intl.–DISECSA: USA $228.798,50 (Doscientos veintiocho mil setecientos noventa y ocho USA dólares con 50/100), Marshall y Asociados: USA $271.194,56 (Doscientos setenta y un mil ciento noventa y cuatro USA dólares con 56/100 (ver hecho probado Nº 10). Dichas cotizaciones fueron remitidas mediante el oficio N° 11714 del 28 de agosto de 2001 por el Ing. Gerardo Acosta Herrera., como Asesor del Programa de Obras del CONAVI, al [...], Jefe de Proyecto, para su estudio y recomendación (ver hecho probado Nº 11). Con fecha 30 de agosto de 2001, el [...] le comunicó mediante oficio N° REF:MECO300801P.B/S-02 al Director Técnico de MECO S. A. que adjudicara la oferta de menor precio (ver hecho probado Nº 12). Para ejecutar las obras de mantenimiento al Puente sobre el Río Sixaola, se adjudicó al Consorcio Armac Intl.-DISECSA S. A., por un monto de USA $228.798,50, para lo cual se contó con el visto bueno del [...] (ver hecho probado Nº 13). Mediante el oficio N° 12294 del 06 de noviembre de 2001, el Ing. Acosta Herrera le comunicó al Director Técnico de MECO S. A. la necesidad de iniciar las labores de mantenimiento del Puente sobre el Río Sixaola. (ver hecho probado Nº 14). Al día siguiente de la orden de inicio (29 de noviembre del 2001), el [...]. autorizó en la Estimación de obra N° 4 del Proyecto Bribrí-Sixaola, un adelanto de USA $ 30.473,20 más el 10% de administración, para la compra de pintura y acero de refuerzo, para el mantenimiento del Puente sobre el Río Sixaola, sin que se encontrara en el expediente de este proyecto un documento que indicara la presentación de una garantía por el adelanto concedido al consorcio adjudicado. (ver hecho probado Nº 15). De acuerdo con un estudio en el Registro de Personas Jurídicas del 29 de agosto de 2002 del Registro Nacional, la empresa DISECSA Sociedad Anónima, indica que en la sección de Mercantil al folio 273 del tomo 202 se encuentra el asiento 247 según el cual aparecen nombrados como Presidente: [...], Secretario: Javier Alfonso Lee Ramírez, cédula 1-823-838 de la entidad denominada DISECSA Sociedad Anónima con domicilio en San José, quienes les corresponde la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, de conformidad al artículo 1253 del Código Civil, actuando conjuntamente o individualmente. (ver hecho probado Nº 16). Según certificación del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos del 06 de noviembre de 2002, el Profesional Responsable ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de la empresa DISECSA S. A. es el [...]. (ver hecho probado Nº 17). El [...] fue quien elaboró los términos de referencia, especificaciones técnicas, planos constructivos y presupuesto y a quien se le encomendó, por parte de su Jefe inmediato el Ing. Gerardo Acosta Herrera, Asesor de Obras del CONAVI, el estudio y recomendación de las ofertas presentadas. procediendo el Ing. [...] con su oficio N° REF:MECO300801P.B/S-02 del 30 de agosto de 2001 a indicarle al Ing. José Pablo Sáenz Ramírez, en su calidad de Director Técnico del Proyecto Bribrí-Sixaola por parte de MECO S. A., que se adjudicara en este caso a la empresa de menor precio es decir, al Consorcio Armac Intl.-DISECSA S. A., del cual es parte su representada la empresa DISECSA, S. A. (ver hecho probado Nº 18). De acuerdo con la División de Asesoría y Gestión Jurídica de esta Contraloría General mediante el oficio N° 2039 (DAGJ-259-2003) del 04 marzo de 2003, indica que revisados sus registros desde 1995 a esa fecha, no aparece ningún levantamiento de incompatibilidad a favor del citado Ingeniero ni a favor de la sociedad DISECSA S. A. (ver hecho probado Nº 19). El Ing. Gerardo Acosta Herrera, quien en ese entonces era el Asesor de Obras del CONAVI y Jefe inmediato del [...], tenía conocimiento de que este ingeniero era el Presidente de la Empresa DISECSA S. A., ya que esta misma empresa, representada por el Ing. [...],  presentó cotizaciones y se le adjudicaron trabajos similares en las estructuras de los puentes sobre los ríos Parrita y Paquita ubicados en la carretera Parrita-Quepos, lo cual se sustenta en los oficios N° 3450 del 16 de agosto de 2000, el N° 10073 del 17 de enero de 2001, ambos suscritos por el Ing. Gerardo Acosta Herrera, Asesor de Obras del CONAVI, y el oficio sin número del 06 de setiembre de 2000, suscrito por el [...] como Presidente de DISECSA S. A. (ver hecho probado Nº 20). Visto el marco fáctico de este caso, tenemos que de conformidad con lo que dispone el artículo 211 de la Ley General de la Administración Pública, el servidor público estará sujeto a responsabilidad disciplinaria por sus acciones, actos o contratos opuestos al ordenamiento, cuando haya actuado con dolo o culpa grave. Por su parte, la doctrina1 nos señala que una consecuencia del principio de culpabilidad es la erradicación total de la responsabilidad objetiva; esto significa que es exigida la existencia del dolo, la culpa grave o la negligencia, para atribuir una falta. Existe, por tanto, un requerimiento de un elemento subjetivo para la configuración de la infracción, en consecuencia, los hechos necesariamente deben describir este elemento subjetivo. Este principio de culpabilidad (dolo, culpa grave, negligencia) se encuentra íntimamente ligado al principio de inocencia, por ende, la necesidad de la prueba de la culpabilidad para desvirtuar el derecho a ser presumido inocente es la expresión de esta estrecha relación2. En el caso que nos ocupa, a juicio de este Órgano Decisor, los hechos que se han tenido por demostrados dentro del procedimiento administrativo, son suficientes para tener por acreditadas las faltas que se les imputan a los señores [...] y Gerardo Acosta Herrera. En lo que respecta al señor [...], existe prueba documental que demuestra que fue quien recomendó como ingeniero encargado del proyecto “Mejoramiento de la Ruta Nacional N° 36 Sección Bribrí-Sixaola” para que se realizaran los trabajos con cargo al item 109.04 de este proyecto fuera del objeto de dicha contratación, que era el puente del Río Sixaola. Además de que elaboró los términos de referencia, especificaciones técnicas, planos constructivos, presupuesto y recomendó la adjudicación de la empresa en consorcio para que realizara estos trabajos, y de una de estas empresas en consorcio él es su presidente y apoderado generalísimo, lo que a todas luces violenta el régimen de prohibiciones de nuestra ley de contratación administrativa, concretamente lo que dispone el artículo 22, inciso b). Por otro lado, en lo que respecta al señor Gerardo Acosta Herrera, se desprende de los hechos y prueba aportada que recomendó la ejecución de obras por medio del ítem 109.04, que no formaba parte del contrato de la licitación 15-00. Además aprobó la contratación de una empresa de la cual tenía conocimiento que el señor [...], que prestaba servicios como ingeniero del proyecto, era su presidente y apoderado generalísimo, pues el señor Acosta Herrera, cuando era el Asesor de Obras del CONAVI y Jefe inmediato del [...], tenía conocimiento de que este ingeniero era el Presidente de la Empresa DISECSA S. A., ya que esta misma empresa, representada por el Ing. [...], presentó cotizaciones y se le adjudicaron trabajos similares en las estructuras de los puentes sobre los ríos Parrita y Paquita ubicados en la carretera Parrita-Quepos, lo cual se sustenta en los oficios N° 3450 del 16 de agosto de 2000, el N° 10073 del 17 de enero de 2001, ambos suscritos por el Ing. Gerardo Acosta Herrera, Asesor de Obras del CONAVI, y el oficio sin número del 06 de setiembre de 2000, suscrito por el [...] como Presidente de DISECSA S. A. Este órgano decisor no puede dejar de hacer referencia al ítem 109.04, pues de las actuaciones analizadas se desprende que ha sido desnaturalizado su uso, pues el espíritu y razón de ser de este rubro es ser una asignación general para sufragar contingencias físicas, servicios u otros de carácter imprevisible. Así el ítem 109.04 es un renglón de pago, que normalmente se incluye en el presupuesto de los proyectos, con el fin de tener un fondo disponible para financiar asuntos imprevistos que vayan surgiendo durante la ejecución de las obras (gastos de naturaleza imprevisible, bienes, obras o servicios de carácter imprevisible) y que usualmente los atiende el contratista bajo la base de costo más porcentaje a petición de la Administración interesada y usualmente la Administración le reintegra el costo correspondiente y por cada transacción que lleva a cabo el contratista se le debe pagar un porcentaje sobre la misma, lo cual redunda en que el contratista no tiene por qué estar interesado en conseguir los mejores precios, descuentos u otras ventajas, pues entre más caro resulte el bien su porcentaje de utilidad será mayor, lo cual podría conducir a situaciones perjudiciales para la administración pública. De ahí la importancia de que no se abuse o desnaturalice el uso de este ítem. Por el contrario, en el caso que nos ocupa, claramente se advierte que  el mantenimiento y reparación del Puente sobre el Río Sixaola no puede ser considerado como un imprevisto dentro de la contratación original. Lo que todavía resulta más grave en nuestro análisis, además de la desnaturalización del procedimiento administrativo es el hecho de que se hiciera una nueva contratación administrativa encubierta dentro de este marco (renglón 109.04), en primer término porque no estaba dentro del objeto contractual; en segundo, porque no se llevó a cabo de conformidad con lo que dispone el artículo 12 de la Ley de Contratación Administrativa, aumentado el objeto contractual, obviamente respetando los requisitos de la norma, sino que obviándose el procedimiento que correspondía se contrató utilizando el ítem 109.04 cuya intención debe ser otra y aún más, violentándose el régimen de prohibiciones de la contratación administrativa. De allí que, por la gravedad de las actuaciones señaladas y demostradas a los señores [...] y Gerardo Acosta Herrera, de conformidad con el artículo 72 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, se les debe imponer la prohibición de ingreso o reingreso a un cargo de la Hacienda Pública por un plazo de ocho años. Por tanto,

De conformidad con las razones expuestas, y con lo dispuesto en los artículos 39, 41, 169, 170, 183 y 184 de la Constitución Política, 1, 4, 5, 7, 8, 10, 16, 68 y 72 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, 213 de la Ley General de la Administración Pública, se resuelve: 1) Se declara responsable administrativamente a los señores [...] y Gerardo Acosta Herrera, razón por la cual de conformidad con el artículo 72 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, se le impone la prohibición de ingreso o reingreso a los señores [...] y Gerardo Acosta Herrera a un cargo de la Hacienda Pública por un plazo de ocho años. 2) Notifíquese por medio del Diario Oficial La Gaceta al señor Gerardo Acosta Herrera, publicándose en 3 ocasiones este acto final, de conformidad con lo que dispone el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública. 3) Contra esta resolución son oponibles los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse ante esta División de Asesoría y Gestión Jurídica dentro de tercero día contado a partir del día siguiente a su notificación y, serán resueltos, respectivamente, por esta División y por la Contralora General. Notifíquese.—Lic. Manuel Martínez Sequeira, Gerente de División.—Lic. Silvia Chanto Castro, Gerente Asociada.—Lic. Marco Vinicio Alvarado Quesada, Gerente Asociado.—(O. F. Nº 71).—C-534395.—(9163).

 

1 DE PALMA  DEL TESO (Ángeles).  El Principio de Culpabilidad en el derecho administrativo sancionador.  Madrid, Editorial Tecnos, 1996, pág 57.

2 Ibidem, pág 61.

 

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Procedimiento ordinario administrativo contra la empresa Maredi S.A., propietaria del Restaurante El Balcón de Europa.—San José, a las ocho horas del dieciocho de enero del año dos mil seis. Comunica que mediante oficio G-015-2006 de fecha 4 de enero del 2006, la Gerencia General del Instituto Costarricense de Turismo según Procedimiento Ordinario Administrativo seguido contra la empresa Maredi S. A., y con fundamento en los oficios CR-512-2005 y FOM-3926-2005 resolvió dar por cancelado el Contrato Turístico concedido a la empresa citada; por cuanto mediante oficio G-2266-2005 de fecha 2 de diciembre del 2005, la Gerencia de este Instituto les canceló la Declaratoria Turística, requisito indispensable para mantener vigente el Contrato Turístico. Contra esta resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán interponerse por la empresa en el plazo de tres días, a partir de la notificación, ante la Gerencia General. La revocatoria será resuelta por esta Gerencia y la apelación por la Junta Directiva de la Institución.

Departamento de Incentivos Turísticos.—MSC. Walter Monge Edwards, Jefe a. í.—(Solicitud Nº 48356).—C-29785.—(7740).

 

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

San José, a las siete horas diez minutos del veinticinco de enero de dos mil seis. (Expediente OT-262-2005).

Auto de segunda intimación a Fabián Eduardo Cajahuanca

Resultando:

1º—Que mediante resolución RRG-5178-2005, de las 7:00 horas del 6 de diciembre de 2005, este Despacho dictó el acto final del procedimiento administrativo seguido al señor Fabián Eduardo Cajahuanca, portador de la cédula N° PA-000582077 declarando que el 9 de julio de 2005 se hallaba con el vehículo placas 359342, prestando servicio público de transporte remunerado de personas, sin la autorización del Estado por lo que se le impuso como sanción, el pago de una multa de 923.000,00 colones (novecientos veintitrés mil colones exactos), que debería depositar a favor de la Tesorería Nacional, en un plazo de diez días contados a partir del día siguiente a la notificación de dicha resolución.

2º—Que mediante la citada resolución se intimó por primera vez a Fabián Eduardo Cajahuanca, advirtiéndole que si no se pagaba la multa que se le había impuesto, la Tesorería Nacional podría aplicar coercitivamente el presente acto administrativo, de conformidad con lo que establecen los artículos 149 y 150 de la Ley General de la Administración Pública, para cuyo efecto se notificó a la Tesorería Nacional.

Considerando único:

Que de conformidad con el artículo 150 de la Ley General de la Administración Pública, el cual dispone en el párrafo segundo que: “2. Deberá hacerse preceder de dos intimaciones consecutivas, salvo caso de urgencia”, se hace necesario proceder a la segunda intimación Fabián Eduardo Cajahuanca, tal y como se dispone: Por tanto,

Con fundamento en las facultades conferidas en los artículos 38, inciso d), 44 y 57, inciso e) de la Ley 7593, 129 y 150 de la Ley General de la Administración Pública.

LA REGULADORA GENERAL RESUELVE:

1º—Intimar por segunda vez al señor Fabián Eduardo Cajahuanca, PA-000582077 para que pague la multa que se le impuso como sanción de 923.000,00 colones (novecientos veintitrés mil colones exactos), que deberá depositar a favor de la Tesorería Nacional, en un plazo de diez días contados a partir del día siguiente a la notificación del presente acto.

2º—Advertir al señor Fabián Eduardo Cajahuanca, que si no paga la multa que se le ha impuesto, la Tesorería Nacional podrá aplicar coercitivamente el presente acto administrativo, según los medios de ejecución administrativa establecidos en el artículo 149 de la Ley General de la Administración Pública, para cuyo efecto se notifica a la Tesorería Nacional.—Aracelly Pacheco Salazar, Reguladora General.—(Nº 1986-2006 y 1988-2006).—C-70550.—(8334).

 

CITACIONES

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

Por única vez se cita y emplaza a los causahabientes e interesados en la indemnización que otorga el Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores de: Chavarría Obando Nazario, cédula Nº 500870493, estado civil: soltero, ocupación: pensionado, vecino de: Guanacaste, Nicoya, San Antonio, caso Nº 2004N00109, para que dentro del término de nueve días hábiles a partir de la publicación de este aviso, se apersonen al Departamento de Seguro Obligatorio para Vehículos Automotores, en reclamo de sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren pasará en derecho a quien corresponda.—San José, 17 de enero del 2005.—Departamento Obligatorio para Vehículos Automotores.—Omar Soto Enríquez, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18427).—C-6620.—(8251).

 

Por única vez se cita y emplaza a los causahabientes e interesados en la indemnización que otorga el Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores de: Rodríguez Arias Luis Alberto, cédula Nº 108530863, estado civil: casado, ocupación: agente de ventas, vecino de San José, Curridabat, Curridabat, caso Nº 2005O02104, para que dentro del término de nueve días hábiles a partir de la publicación de este aviso, se apersonen al Departamento de Seguro Obligatorio para Vehículos Automotores, en reclamo de sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren pasará en derecho a quien corresponda.—San José, 13 de enero del 2005.—Departamento Obligatorio para Vehículos Automotores.—Omar Soto Enríquez, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18427).—C-6620.—(8252).

 

Por única vez se cita y emplaza a los causahabientes e interesados en la indemnización que otorga el Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores de: Chinchilla Navarro Marconi, cédula Nº 204790149, estado civil: casado, ocupación: comerciante, vecino de Alajuela, Valverde Vega, San Pedro, caso Nº 2005O02654, para que dentro del término de nueve días hábiles a partir de la publicación de este aviso, se apersonen al Departamento de Seguro Obligatorio para Vehículos Automotores, en reclamo de sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren pasará en derecho a quien corresponda.—San José, 13 de enero del 2005.—Departamento Obligatorio para Vehículos Automotores.—Omar Soto Enríquez, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18427).—C-6620.—(8253).

 

Por única vez se cita y emplaza a los causahabientes e interesados en la indemnización que otorga el Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores de: Velásquez Pastran Julia del Carmen, cédula Nº 220130597000, estado civil: soltera, ocupación: estudiante, vecina de San José, Tibás, San Juan, caso Nº 2005O01537, para que dentro del término de nueve días hábiles a partir de la publicación de este aviso, se apersonen al Departamento de Seguro Obligatorio para Vehículos Automotores, en reclamo de sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren pasará en derecho a quien corresponda.—San José, 10 de enero del 2005.—Departamento Obligatorio para Vehículos Automotores.—Omar Soto Enríquez, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18427).—C-6620.—(8254).

 

Por única vez se cita y emplaza a los causahabientes e interesados en la indemnización que otorga el Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores de: Rodríguez Víquez Esteban, cédula Nº 401710119, estado civil: casado, ocupación: soldador, vecino de Heredia, Flores, San Joaquín, caso Nº 2005O02700, para que dentro del término de nueve días hábiles a partir de la publicación de este aviso, se apersonen al Departamento de Seguro Obligatorio para Vehículos Automotores, en reclamo de sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren pasará en derecho a quien corresponda.—San José, 10 de enero del 2005.—Departamento Obligatorio para Vehículos Automotores.—Omar Soto Enríquez, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18427).—C-6620.—(8255).

 

Por única vez se cita y emplaza a los causahabientes e interesados en la indemnización que otorga el Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores de: Fernández Fonseca Maicool Gerardo, cédula Nº 110320766, estado civil: soltero, ocupación: digitador, vecino de San José, Desamparados, Damas, caso Nº 2005C00715, para que dentro del término de nueve días hábiles a partir de la publicación de este aviso, se apersonen al Departamento de Seguro Obligatorio para Vehículos Automotores, en reclamo de sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren pasará en derecho a quien corresponda.—San José, 18 de enero del 2005.—Departamento Obligatorio para Vehículos Automotores.—Omar Soto Enríquez, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18427).—C-6620.—(8256).

 

Por única vez se cita y emplaza a los causahabientes e interesados en la indemnización que otorga el Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores de: Valladares Díaz Virginia, cédula Nº 101880912, estado civil: viuda, ocupación: pensionada, vecina de San José, Curridabat, Curridabat, caso Nº 2005O02713, para que dentro del término de nueve días hábiles a partir de la publicación de este aviso, se apersonen al Departamento de Seguro Obligatorio para Vehículos Automotores, en reclamo de sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren pasará en derecho a quien corresponda.—San José, 17 de enero del 2005.—Departamento Obligatorio para Vehículos Automotores.—Omar Soto Enríquez, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18427).—C-6620.—(8257).

 

Por única vez se cita y emplaza a los causahabientes e interesados en la indemnización que otorga el Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores de: Vargas Araya Roberto, cédula Nº 104160303, estado civil: casado, ocupación: pensionado, vecino de San José, San José, Pavas, caso Nº 2005O01840, para que dentro del término de nueve días hábiles a partir de la publicación de este aviso, se apersonen al Departamento de Seguro Obligatorio para Vehículos Automotores, en reclamo de sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren pasará en derecho a quien corresponda.—San José, 13 de enero del 2005.—Departamento Obligatorio para Vehículos Automotores.—Omar Soto Enríquez, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18427).—C-6620.—(8258).

 

FE DE ERRATAS

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

En Las Gacetas números 6, 7 y 8 del 9, 10 y 11 de enero del 2006, en la página 13, con la referencia 102741, se publicó la marca de fábrica de Seven For All Mankind LLC, donde dice: SEVEN FOR ALL MANKIND, debe leerse correctamente: FOR ALL MANKIND.

Todo lo demás queda igual.

La Uruca, San José, febrero del 2006.—Lic. José Miguel Chavarría Delgado, Director General a. í., de la Imprenta Nacional.—1 vez.—(10347).

 

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ

DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

En edicto publicado en La Gaceta Nº 47 del día martes 6 de marzo del año 84, sobre publicación sobre la solicitud de concesión de Kaloie S. A. Sita en Playa Junquillal, por un error involuntario no se consignó el área de la parcela a solicitar siendo esta de 968,02 m2, y para uso residencial turístico.

Santa Cruz, 2 de febrero del 2006.—Eduin Ortiz Ortiz, Jefe.—1 vez.—(9926).