La Gaceta Nº 76

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AVISOS

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AVISOS

NOTIFICACIONES

FE DE ERRATAS

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 32891-MAG

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

En uso de las facultades que les confieren los incisos 3) y 18) del artículo 140 de la Constitución Política, la Ley 7064 del 29 de abril de 1987, Ley FODEA, la Ley Nº 7664 del 8 de abril de 1997, Ley de Protección Fitosanitaria y la Ley Nº 7221 del 6 de abril de 1991, Ley Orgánica del Colegio de Ingenieros Agrónomos.

Considerando:

1º—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 28461-MAG del 3 de diciembre de 1999, publicado en El Alcance Nº 13 a La Gaceta Nº 39 del 24 de febrero del 2000, en su artículo 3 se fijaron los cánones anuales que el Colegio de Ingenieros Agrónomos percibirá por cada empresa, establecimiento o negocio comercial dedicado a la importación, registro, almacenamiento, distribución, reempaque o mezcla de sustancias químicas, biológicas o afines para uso agropecuario con fines comerciales, que se inscriba en el Registro creado al efecto por el artículo 56 de la Ley 7064 del 29 de abril de 1987, Ley FODEA y artículo 27 de la Ley Nº 7664 del 8 de abril de 1997, Ley de Protección Fitosanitaria.

2º—Que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Agricultura y Ganadería puede revisar anualmente los cánones fijados, por iniciativa propia o a solicitud de la Junta Directiva del Colegio de Ingenieros Agrónomos.

3º—Que mediante oficio J.D. 099/05 del 5 de julio del 2005, la Junta Directiva del Colegio de Ingenieros Agrónomos, solicitó se actualizaran los montos establecidos, tomando especial consideración al hecho de que la última fijación se realizó en el año 2000. Por tanto;

DECRETAN:

Artículo 1º—Modifíquese el artículo 3 del Decreto Ejecutivo Nº 28461-MAG del 3 de diciembre de 1999, publicado en El Alcance Nº 13 a La Gaceta Nº 39 del 24 de febrero del 2000, para que se lea de la siguiente manera:

“Artículo 3º—Se establecen los siguientes cánones anuales, que el Colegio de Ingenieros Agrónomos percibirá por cada empresa, establecimiento o negocio comercial dedicado a la importación, registro, almacenamiento, distribución, reempaque o mezcla de sustancias químicas, biológicas o afines para uso agropecuario con fines comerciales, para la administración del registro y control de las actividades citadas.

El monto a pagar se establece con base en las categorías regenciales definidas en el Decreto Ejecutivo Nº 26503-MAG del 24 de octubre de 1997 y sus reformas, de la siguiente manera:

Categoría del establecimiento                                                                                                                                       Canon (¢)

o centro comercial

A                                                                                                                                                                               40.000.00

B                                                                                                                                                                               80.000.00

D                                                                                                                                                                               30.000.00

E                                                                                                                                                                                30.000.00

F                                                                                                                                                                               30.000.00”

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los dos días del mes de diciembre del dos mil cinco.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Agricultura y Ganadería, Rodolfo Coto Pacheco.—1 vez.—(Solicitud Nº 33698).—C-31370.—(D32891-32926).

Nº 32941-MAG

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3), 8), 18) y 20) y 146 de la Constitución Política, los artículos 25, 27.1, 28.2b de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y la Ley Nº 7064 del 29 de abril de 1987, Ley de Fomento a la Producción Agropecuaria, que incorpora la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y Ganadería.

Considerando:

1º—Que la agricultura orgánica en los sistemas de producción agrícola se ha convertido paulatinamente en una excelente alternativa y opción para los productores agrícolas, con la finalidad de obtener mejores rendimientos por el valor agregado a los productos, el acceso a mercados internacionales importantes y la armonía entre la producción sustentable y la conservación y protección del ambiente.

2º—Que los productores agrícolas orgánicos nacionales necesitan obtener conocimientos e información, que les permita mantener una continúa preparación, para enfrentar los nuevos retos que surgen producto de un mundo globalizado y poder así atender las exigencias y los desafíos mundiales en materia de producción, rentabilidad, eficiencia, calidad, competitividad, sanidad, control de plagas y mercadeo de productos.

3º—Que del 27 de marzo al 1° de abril del año 2006, se estará realizando en nuestro país, el Taller de Agricultura Orgánica Sustentable en Pequeña Escala, promocionado por organizaciones nacionales e internacionales, como el Movimiento de Agricultura Orgánica Costarricense (MAOCO), el Programa Nacional de Agricultura Orgánica del MAG, el IICA, Ecology Action de Estados Unidos y EcoPol de México.

4º—Que el Taller indicado contará con la participación de expositores internacionales y en él se tratarán importantes temas relacionados con la agricultura orgánica, entre ellos: Como mejorar la productividad a pequeña escala de fincas diversificadas en producción orgánica, producción de semillas orgánicas, seguridad alimentaria y elaboración de abonos orgánicos. Por tanto;

DECRETAN:

Artículo 1º—Se declara de interés público y nacional, la realización del Taller de Agricultura Orgánica Sustentable en Pequeña Escala, que se celebrará en nuestro país, del 27 de marzo al 1° de abril del año 2006.

Artículo 2º—Las autoridades de las instituciones públicas nacionales y las instancias del sector agropecuario, promoverán entre sus funcionarios interesados, la participación y divulgación de las investigaciones, trabajos, exposiciones y resultados que se realicen en este foro, brindando las facilidades y colaboración que estén a su alcance, de conformidad con las disposiciones normativas aplicables, para la celebración del Taller supracitado.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veinte días del mes de febrero del dos mil seis.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Agricultura y Ganadería, Rodolfo Coto Pacheco.—1 vez.—(Solicitud Nº 43100).—C-25080.—(D32941-32927).

N° 32942-MP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 118 y 140, incisos 5) y 14), de la Constitución Política,

DECRETAN:

Artículo 1º—Retírese del conocimiento de Sesiones Extraordinarias de la Asamblea Legislativa el siguiente proyecto de ley:

-    Expediente Nº 16.131. Ley de Capitalización del Banco Central de Costa Rica.

Artículo 2º—Rige a partir del 27 de marzo del 2006.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintisiete días del mes de marzo del dos mil seis.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—La Ministra de la Presidencia, Lineth Saborío Chaverri.—1 vez.—(Solicitud Nº 072-Ministerio de la Presidencia).—C-7720.—(D32942-32929).

 

Nº 32944-MINAE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

En uso de las facultades conferidas en el artículo 50 y en los incisos 3) y 18) del artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

Considerando:

1º—Que es deber del estado velar por la protección de los recursos naturales y establecer las medidas preventivas que correspondan para evitar el deterioro de los mismos.

2º—Que los incendios forestales provocan al país cuantiosas pérdidas e irreparables daños en sus recursos forestales, agrícolas, suelo, aire, agua, belleza escénica y repercuten en la calidad de vida de sus habitantes.

3º—Que el artículo Nº 35 de la Ley Forestal Nº 7575 se declaran de interés público las acciones que se emprendan a fin de prevenir y extinguir incendios forestales y las medidas que se tomen serán vinculantes para todas las autoridades del país, de acuerdo con lo que se disponga en el reglamento de esta ley.

4º—Que de acuerdo al artículo 35 de la Ley Forestal Nº 7575 le corresponde a la Administración Forestal del Estado, por medio del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), ordenar y encauzar las acciones tendientes a prevenir y extinguir los incendios forestales.

5º—Que las acciones de prevención y control de incendios forestales requieren de una estrecha coordinación y apoyo conjunto entre diferentes instituciones, organizaciones públicas y privadas, así como de la sociedad; mediante una instancia operativa encargada de definir y orientar los lineamientos nacionales en materia de manejo del fuego.

6º—Que en las labores de manejo del fuego intervienen los bomberos y bomberas forestales, que se definen como aquellas personas que participan y apoyan en la prevención, mitigación, control y liquidación del fuego, capacitadas y entrenadas para trabajar en forma segura y eficiente.

7º—Que desde el año de 1988 se han desarrollado procesos de capacitación y formación de bomberos (as) forestales, institucionales que involucran a funcionarios de la Administración Forestal del Estado así como de otras instituciones públicas y privadas.

8º—Que desde el año 1997 el país ha contado con una Estrategia Nacional de Manejo del Fuego, la cual establece los lineamientos y políticas que permiten enfrentar la problemática de los incendios forestales en el país.

9º—Que en el país existen brigadas voluntarias contra incendios forestales desde el año 1991, las cuales han apoyado las labores de prevención y control de incendios forestales, estas acciones se han llevado a cabo en todo el país, con un alto grado de compromiso por la protección de la biodiversidad

10.—Que a nivel internacional se reconoce el día 4 de mayo de cada año como el Día Internacional del Combatiente Forestal; como expresión y apoyo de la comunidad Internacional y de la sociedad en general a quienes controlan los fuegos de bosques y campos en todo el mundo, reconociendo su nivel de compromiso, dedicación, respeto y agradecimiento hacia quienes tratan de preservar la vida y la integridad de los patrimonios y recursos naturales de los efectos de fuegos no deseados; así como recordar a quienes han perdido la vida, o sufrido daños o secuelas en la lucha contra los incendios forestales. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Declárese oficialmente el día 4 de mayo como el Día del Bombero y Bombera Forestal.

Artículo 2º—Se faculta a la Administración Forestal del Estado (AFE) por medio del Programa Nacional de Manejo del Fuego del Sistema Nacional de Áreas de Conservación en coordinación con la Comisión Nacional sobre Incendios Forestales, Comités Locales y las brigadas de bomberos (as) forestales a llevar a cabo actividades de índole nacional y regional para la conmemoración de este día.

Artículo 3º—Se establece y reconoce la figura del (la) Bombero(a) Forestal, como aquella persona que participa y apoya en las labores de prevención, mitigación, control y liquidación de fuego, capacitada y entrenada para trabajar en forma segura y eficiente.

Artículo 4.—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veinticinco días del mes de enero del año dos mil seis.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Ambiente y Energía, Carlos Manuel Rodríguez Echandi.—1 vez.—(D32944-31537).

 

N° 32983-MP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 118 y 140, incisos 5) y 14), de la Constitución Política,

DECRETAN:

Artículo 1º—Amplíase la Convocatoria a Sesiones Extraordinarias de la Asamblea Legislativa hecha por el Decreto Ejecutivo N° 32.791-MP del 30 de noviembre del 2005, a fin de que se conozcan los siguientes proyectos de ley:

1)  Expediente Nº 14.745. Ley de Autorización a La Municipalidad de Pérez Zeledón para donar un terreno de su propiedad al Ministerio de Ambiente y Energía.

2)  Expediente Nº 14.811. Ley que autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón a donar fincas al Instituto de Desarrollo Agrario para desarrollar el Plan de Titulación del Caserío San Francisco de Asís en Daniel Flores de Pérez Zeledón.

3)  Expediente Nº 15.283. Autorización a la Municipalidad del cantón de Upala para que segregue y done un inmueble de su propiedad a la Junta de Educación de la Escuela de los Ángeles.

4)  Expediente Nº 15.392. Autorización a la Municipalidad del cantón de San Carlos para que done un inmueble de su propiedad a la Junta de Educación de la Escuela de San Francisco de Florencia.

5)  Expediente Nº 15.597. Autorización a la Municipalidad de Los Chiles para que done un lote de su propiedad al Ministerio de Gobernación y Policía para la construcción de la Oficina de Migración y Extranjería de Los Chiles.

6)  Expediente Nº 15.608. Autorización a la Municipalidad del cantón Central de Heredia para que desafecte del uso público un terreno de su propiedad y lo done al Ministerio de Salud, a fin de que se construya el Centro de Nutrición, Urbanización Casa Blanca de Ulloa, Distrito de Ulloa.

7)  Expediente Nº 15.622. Autorización a la Municipalidad de San Carlos para que done un lote de su propiedad a la Cruz Roja Costarricense en el distrito de La Fortuna, cantón de San Carlos.

8)  Expediente Nº 16.156. Autorización a la Municipalidad de San Carlos para que done un lote de su propiedad al Ministerio de Educación Pública a fin de reconstruir la infraestructura educativa del Colegio de La Palmera.

9)  Expediente Nº 16.116. Reforma a la Ley de Protección al Representante de Casas Extranjeras, Ley Nº 6209 del 9 de marzo de 1978 y Derogatoria del inciso B) del artículo 361 del Código de Comercio, Ley Nº 3284 del 24 de abril de 1964.

10) Expediente Nº 16.117. Reforma y Adición de varios artículos de la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, Ley Nº 8039 del 12 de octubre de 2000.

11) Expediente Nº 16.118. Reforma de varios artículos de la Ley de Marcas y otros signos distintivos, Ley Nº 7978 del 6 de enero de 2000 y de la Ley de Patentes de Invensión, dibujos y modelos industriales y modelos de utilidad, Ley Nº 6867 del 25 de abril de 1983.

12) Expediente Nº 16.123. Adhesión de Costa Rica al Tratado de Budapest sobre el Reconocimiento Internacional del Depósito de Microorganismos a los fines del procedimiento en materia de Patentes (1980).

13) Expediente Nº 16.144. Aprobación del Tratado sobre el Derecho -de Marcas y su reglamento.

14) Expediente Nº 15.707. Autorización a la Municipalidad de Valverde Vega para que segregue un inmueble de su propiedad y lo traspase a cada una de las familias ocupantes del Proyecto IMAS, ubicado en Sarchí Norte de Valverde Vega.

Artículo 2º—Rige a partir del 28 de marzo del 2006.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintiocho días del mes de marzo del dos mil seis.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—La Ministra de la Presidencia, Lineth Saborío Chaverri.—1 vez.—(Solicitud Nº 072-2005-MP).—C-31950.—(D32983-32930).

 

N° 32.984-MP

EL PRESIDENTE DE LÁ REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 118 y 140, incisos 5) y 14), de la Constitución Política,

DECRETAN:

Artículo 1º—Retírese del conocimiento de Sesiones Extraordinarias de la Asamblea Legislativa los siguientes proyectos de ley:

1.  Expediente Nº 15.796. Reforma a varios artículos del Código Electoral, Ley N° 1536, del 10 de diciembre de 1952, y sus reformas.

2.  Expediente Nº 14.268. Código Electoral.

3.  Expediente Nº 13.475. Reforma a varios artículos del Código de Trabajo, Ley Nº 2 del 26 de agosto de 1943 y los artículos 10, 15, 16, 17 y 18 del Decreto Ley Nº 832 del 4 de noviembre de 1949 y sus reformas.

4.  Expediente Nº 14.992. Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes.

5.  Expediente Nº 15.864. Modificación al artículo 1º, incisos c), d), e), al artículo 2º, inciso d), al artículo 4º, inciso c), al artículo 5º, inciso a), al artículo 6º, inciso c), al artículo 7º, al artículo 8º, al artículo 10, incisos b), d), e), f), 1), m), ñ), al artículo 10 bis, al artículo 16, al artículo 18, al artículo 20 bis, y adición de los incisos c) y d) al artículo 5º, del inciso e), al artículo 6º, de los incisos o), p), q) y r) al artículo 10, del transitorio 1, a la Ley de Creación del Fideicomiso para la Protección y el Fomento Agropecuarios para Pequeños y Medianos Productores; Nº 8147 y sus reformas, Ley para posibilitar la reactivación económica de los pequeños y medianos productores beneficiarios de FIDAGRO.

6.  Expediente Nº 16.039. Ley de autorización al Instituto Nacional de Fomento Cooperativo y al Programa Integral de Mercadeo Agropecuario (PIMA), para la condonación de deudas a la Cooperativa de Autogestión Agropecuaria y de Servicios Múltiples del Silencio R. L., (COOPESILENCIO R. L).

7.  Expediente Nº 15.499. Reforma Integral a la Ley General de Salud, Nº 5395 y sus reformas.

8.  Expediente Nº 14.879. Reforma a varios artículos del Código Municipal, Ley Nº 7794 de 30 de abril de 1998.

9.  Expediente Nº 14.919. Ley que adiciona un Título de Garantías Ambientales en la Constitución Política.

10.  Expediente Nº 115.417. Reforma del Capítulo VIII del Código de Trabajo, Ley N° 2, de 26 de agosto de 1943, Ley del Trabajo Doméstico Remunerado.

11.  Expediente Nº 15.279. Autorización al Consejo Nacional de Producción a declarar incobrables o no reembolsables los créditos otorgados a las organizaciones de productores afectados por los fenómenos naturales.

12.  Expediente Nº 15.506. Aprobación del Convenio sobre Cooperación para la Supresión del Tráfico Ilícito Marítimo y Aéreo de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas en el Área del Caribe.

13.  Expediente Nº 15.719. Autorización al Instituto Nacional de Fomento Cooperativo para hacer la compra directa del Edificio Cooperativo al Fideicomiso MAG - PIPA -Bancredito.

14.  Expediente Nº 15.003. Ley para el reconocimiento de honores a Nuestra Señora de la Limpia Concepción del Rescate de Ujarrás, reforma del inciso j) del artículo 3 de la Ley Nº 6849 y sus reformas, “Ley de impuesto del 5% sobre la venta de cemento producido en Cartago, San José y Guanacaste”, del 18 de febrero de 1983 y derogatoria de la Ley Nº 3112, “Nombra Señora Ujarrás Capitana General Fuerza Pública”, del 9 de abril de 1963.

15.  Expediente Nº 15.610. Aprobación de la Convención para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial.

16.  Expediente Nº 15.332. Estatuto de la Conferencia de la Haya de Derecho Internacional Privado.

17.  Expediente Nº 15.361. Tratado Internacional sobre los Recursos Filogenéticos para la alimentación y la agricultura.

18.  Expediente Nº 15.928. Ley que integra el Título IV-Régimen Artístico al Estatuto de Servicio Civil, Ley de la República Nº 1581 del 30 de mayo de 1953.

Artículo 2º—Rige a partir del 28 de marzo del 2006.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintiocho días del mes de marzo del dos mil seis.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—La Ministra de la Presidencia, Lineth Saborío Chaverri.—1 vez.—(Solicitud Nº 072-2006-Ministerio de la Presidencia).—C-39070.—(D32984-32931).

 

N° 32985-MP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 118 y 140, incisos 5) y 14), de la Constitución Política,

DECRETAN:

Artículo 1º—Retírese del conocimiento de Sesiones Extraordinarias de la Asamblea Legislativa los siguientes proyectos de ley:

1.  Expediente Nº 15.357. Reforma del inciso c) del artículo 109 y el artículo 113 de la Ley Nº 5476, Código de Familia de Costa Rica.

2.  Expediente Nº 14.482. Protocolo Relativo a una Enmienda al Convenio de Aviación Civil Internacional (artículo 83 bis).

3.  Expediente Nº 15.134. Código Procesal Contencioso Administrativo.

4.  Expediente Nº 15.743. Aprobación de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.

Artículo 2º—Rige a partir del 28 de marzo del 2006.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintiocho días del mes de marzo del dos mil seis.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—La Ministra de la Presidencia, Lineth Saborío Chaverri.—1 vez.—(Solicitud Nº 072-2006-Ministerio de la Presidencia).—C-11020.—(D32985-32933).

 

N° 33015-S-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

LA MINISTRA DE SALUD

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) de la Constitución Política; 25, inciso 1); 28, párrafo segundo inciso b) de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; “Ley General de la Administración Pública”, 2º y 6º de la Ley Nº 5412 del 8 de noviembre de 1973 “Ley Orgánica del Ministerio de Salud”; y Ley Nº 7571 del 7 de febrero de 1996 “Ley de Aprobación de la Convención de las Naciones Unidas sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y sobre su Destrucción”.

Considerando:

1º—Que es responsabilidad del Estado promover el libre comercio de sustancias químicas, así como la cooperación internacional y el intercambio de información científica y técnica en la esfera de las actividades químicas para fines no prohibidos, con miras a acrecentar el desarrollo social, económico y tecnológico del país.

2º—Que el Estado Costarricense suscribió la Convención de las Naciones Unidas sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y sobre su Destrucción, aprobada por Ley Nº 7551 del 7 de febrero de 1996.

3º—Que es interés del Estado impulsar la prohibición completa y eficaz del desarrollo, producción, adquisición, almacenamiento, retención, transferencia y empleo de armas químicas y la destrucción de esas armas.

4º—Que en virtud del párrafo 4 del artículo VII de la citada Convención, el Estado Costarricense debe establecer una Autoridad Nacional, que será el centro nacional de coordinación de las acciones para el cumplimiento de los compromisos contraídos con la ratificación de la Convención de marras.

5º—Que en virtud de los las disposiciones del artículo VII de la citada Convención, el Estado Costarricense debe adoptar e informar sobre las medidas prohibitivas y penales necesarias para cumplir con dicha Convención.

6º—Que la Octava Sesión de la Conferencia de los Estados Partes acordó un Plan de Acción sobre la Implementación de las Obligaciones estipuladas en el Artículo VII, el que dispone que los Estados Partes deben promulgar en su totalidad las medidas nacionales de implementación del citado artículo a más tardar en noviembre del 2005.

7º—Que el país ha firmado diversos convenios internacionales para controlar el terrorismo en todas sus formas previniendo así estas manifestaciones de violencia y sus consecuencias destructivas hacia las personas y la propiedad. Por tanto,

Decretan:

El siguiente,

Reglamento sobre Seguridad Química y Aplicación

Nacional de la Convención de las Naciones Unidas

sobre la Prohibición del Desarrollo, la

Producción,  el Almacenamiento y

el Empleo de Armas Químicas

y sobre su Destrucción

CAPÍTULO I

Disposiciones Generales

Artículo 1º—De los objetivos. El presente Decreto tiene como objetivos:

1-  Dar cumplimiento con las obligaciones derivadas de la Convención de las Naciones Unidas del 13 de enero de 1993 sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y sobre su Destrucción (denominado en adelante “la Convención”), aprobadas por la Asamblea Legislativa mediante la Ley Nº 7571 del 7 de febrero de 1996 antes mencionada, y;

2-  Establecer las medidas de control sobre las sustancias químicas, así como de las instalaciones o equipos empleados para su producción, con el fin de evitar su utilización para la fabricación de armas químicas.

Artículo 2º—De los sujetos obligados. Las disposiciones del presente decreto son de aplicación general, por lo que cualquier persona física o jurídica que de modo habitual u ocasional realice en el territorio de la República de Costa Rica, las actividades descritas en la Convención en relación con el desarrollo, producción, almacenamiento, adquisición, comercialización, cesión, importación, introducción, exportación, expedición, transporte, empleo, posesión o propiedad de sustancias químicas enumeradas en las listas 1, 2 y 3 de la Convención, así como las sustancias químicas orgánicas definidas y las sustancias designadas como Permiso Sanitario de Funcionamiento en la Convención, quedan obligadas a su estricto cumplimiento.

Artículo 3º—De las definiciones. Para los efectos previstos en el presente Decreto, quedan definidos conforme a lo previsto en la Convención y sus Anexos los siguientes términos:

3.1    Cuerpos de Primera Respuesta: Para los efectos del presente reglamento, se entiende por cuerpos de primera respuesta, los cuerpos policiales y de emergencia.

3.2    Convención: Se refiere a la Convención de las Naciones Unidas del 13 de enero de 1993 sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y sobre su Destrucción ratificada por la Asamblea Legislativa mediante la Ley número 7571 del 7 de febrero de 1996.

3.3    ANAQ: Autoridad Nacional para la Prohibición de las Armas Químicas.

3.4    Armas químicas: Por armas químicas se entiende, conjunta o separadamente:

a)  Las sustancias químicas tóxicas o sus precursores, salvo cuando se destinen a fines no prohibidos por la Convención, siempre que los tipos y cantidades de que se trate sean compatibles con esos fines;

b)  Las municiones o dispositivos destinados de modo expreso a causar la muerte o lesiones mediante las propiedades tóxicas de las sustancias especificadas en el inciso a) que libere el empleo de esas municiones o dispositivos; o

c)  Cualquier equipo destinado de modo expreso a ser utilizado directamente en relación con el empleo de las municiones o dispositivos especificados en el inciso b).

3.5    Sustancia química tóxica: Toda sustancia química que, por su acción química sobre los procesos vitales, pueda causar la muerte, la incapacidad temporal o lesiones permanentes a seres humanos o animales. Quedan incluidas todas las sustancias químicas de esa clase, cualquiera que sea su origen o método de producción y ya sea que se produzcan en instalaciones, como municiones o de otro modo.

3.6    Precursor: Cualquier reactivo químico que intervenga en cualquier fase de la producción por cualquier método de una sustancia química tóxica. Queda incluido cualquier componente clave de un sistema químico binario o de multicomponentes.

3.7    Componente clave: El precursor que desempeña la función más importante en la determinación de las propiedades tóxicas del producto final y que reacciona rápidamente con otras sustancias químicas en el sistema binario o de multicomponentes.

3.8    Sustancia química orgánica definida (SQOD):Cualquier sustancia química perteneciente a la categoría de compuestos químicos integrada por todos los compuestos de carbono, excepto sus óxidos, sulfuros y carbonatos metálicos, identificable por su nombre químico, fórmula estructural, de conocerse, y número de registro del Chemical Abstracts Service (CAS), si lo tuviere asignado.

3.9    Sustancia química PSF: Sustancia química orgánica definida que contenga los elementos fósforo, azufre o flúor.

3.10  Plantas PSF: Plantas de producción que hayan producido por síntesis más de 30 toneladas de una sustancia química PSF.

3.11  Antiguas armas químicas:

a)  Las armas químicas producidas antes de 1925

b)  Las armas químicas producidas entre 1925 y 1946 que se han deteriorado en tal medida que no pueden ya emplearse como armas químicas.

3.12  Agentes de represión de disturbios: Cualquier sustancia química no enumerada en una Lista de la Convención, que puede producir rápidamente en los seres humanos una irritación sensorial o efectos incapacitantes físicos que desaparecen en breve tiempo después de concluida la exposición al agente.

3.13  Instalación: En el contexto del artículo VI de la Convención, se entiende cualquiera de los establecimientos industriales que se definen a continuación (“complejo industrial”, “planta” y “unidad”)

a)  Por “complejo industrial” (factoría, explotación) se entiende la integración local de una o más plantas, con cualquier nivel administrativo intermedio, bajo un solo control operacional y con una infraestructura común, como:

i)       Oficinas administrativas y de otra índole;

ii)      Talleres de reparación y mantenimiento;

iii)     Centro médico;

iv)     Servicios públicos;

v)      Laboratorio analítico central;

vi)     Laboratorios de investigación y desarrollo;

vii)    Zona de tratamiento central de efluentes y residuos; y

viii)   Almacenes

b)  Por “planta” (instalación de producción, fábrica) se entiende una zona, estructura o edificio relativamente autónomo que comprende una o más unidades con una infraestructura auxiliar y conexa, como:

i)       Una pequeña sección administrativa;

ii)      Zonas de almacenamiento / manipulación de insumos y productos;

iii)     Una zona de manipulación / tratamiento de efluentes / residuos

iv)     Un laboratorio de control / análisis

v)      Una sección médica de primeros auxilios / servicios médicos conexos; y

vi)     Los registros vinculados al movimiento de las sustancias químicas declaradas y sus insumos o las sustancias químicas formadas con ellos al complejo, en el interior de éste y de salida de éste según proceda.

c)  Por “unidad” (unidad de producción, unidad de proceso) se entiende la combinación de elementos de equipo, incluidos los recipientes y la disposición de éstos, necesarios para la producción, elaboración o consumo de una sustancia química.

3.14  Instalación de producción de armas químicas: Por instalación de producción de armas químicas se entiende:

a)  Todo equipo, así como cualquier edificio en que esté emplazado ese equipo, que haya sido diseñado, construido o utilizado en cualquier momento desde el 1º de enero de 1946:

i.   Como parte de la etapa de producción de sustancias químicas (“etapa tecnológica final”) en la que las corrientes de materiales comprendan, cuando el equipo esté en funcionamiento:

1.  Cualquier sustancia química enumerada en la Lista 1 del Anexo Nº 1 sobre sustancias químicas; o

2.  Cualquier otra sustancia química que no tenga aplicaciones, en cantidad superior a una tonelada al año, en el territorio de un Estado Parte o en cualquier otro lugar bajo su jurisdicción o control, para fines no prohibidos por la presente Convención, pero que pueda emplearse para fines de armas químicas; o

ii.  Para la carga de armas químicas, incluidas, entre otras cosas, la carga de sustancias químicas enumeradas en la Lista 1 en municiones, dispositivos o contenedores de almacenamiento a granel; la carga de sustancias químicas en contenedores que formen parte de municiones y dispositivos binario montados o en submuniciones químicas que formen parte de municiones y dispositivos unitarios montados; y la carga de los contenedores y submuniciones químicas en las municiones y dispositivos respectivos.

b)  No se entiende incluida:

i.   Ninguna instalación cuya capacidad de producción para la síntesis de las sustancias químicas especificadas en el punto i del inciso a) sea inferior a una tonelada;

ii.  Ninguna instalación en la que se produzca una sustancia química especificada en el punto i del inciso a) como subproductos inevitable de actividades destinadas a fines no prohibidos por la Convención, siempre que esa sustancia química no rebase el 3% del producto total y que la instalación esté sometida a declaración e inspección con arreglo al Anexo sobre aplicación y verificación; ni

iii. La instalación única en pequeña escala destinada a la producción de sustancias químicas enumeradas en la Lista 1-A para fines no prohibidos por la Convención, a que se hace referencia en la Parte VI del Anexo sobre verificación.

3.15  Equipo aprobado: Se entienden los dispositivos e instrumentos necesarios para el cumplimiento de las obligaciones del grupo de inspección que hayan sido homologados por la Secretaría Técnica de la OPAQ de conformidad con las normas preparadas por ella en virtud del párrafo 27 de la Parte II del Anexo sobre Verificación de la Convención. También puede comprender los suministros administrativos o el equipo de grabación que utilice el grupo de inspección.

3.16 Fines no prohibidos:

a)  Actividades industriales, agrícolas, de investigación, médicas, farmacéuticas o realizadas con otros fines pacíficos;

b)  Fines de protección, es decir, los relacionados directamente con la protección contra sustancias químicas tóxicas y contra armas químicas;

c)  Fines militares no relacionados con el empleo de armas químicas y que no dependen de las propiedades tóxicas de las sustancias químicas como método de guerra;

d)  Mantenimiento del orden, incluida la represión interna de disturbios.

3.17  Producción: (de una sustancia química): Su formación mediante reacción química.

3.18  Elaboración: (de una sustancia química): Un proceso físico, tal como la formulación, extracción y purificación, en el que la sustancia química no es convertida en otra.

3.19  Consumo: (de una sustancia química): Su conversión mediante reacción química en otra sustancia.

3.20  Declaración: Documento oficial emitido por los Estados ante la Organización para la Prohibición de Armas Químicas u otro Estado, sobre las sustancias e instalaciones controladas por la Convención, en los territorios bajo su jurisdicción.

3.21  Mandato de inspección: Las instrucciones impartidas por el Director General de la OPAQ al grupo de inspección para la realización de una determinada inspección.

3.22  Inspección por denuncia: Inspección solicitada por un Estado Parte de cualquier instalación o emplazamiento en el territorio de cualquier otro Estado Parte o de cualquier otro lugar sometido a la jurisdicción o control de éste con el fin exclusivo de aclarar y resolver cualquier cuestión relativa a la posible falta de cumplimiento de las disposiciones de la Convención, la que será realizada en cualquier lugar y sin demora por un grupo de inspección designado por el Director General y de conformidad con el Anexo sobre Verificación.

3.23  Observador: Se entiende un representante de un Estado Parte solicitante o de un tercer Estado Parte para observar una inspección por denuncia.

3.24  Punto de entrada / punto de salida: Se entiende el lugar designado para la llegada al país de los grupos de inspección con el fin de realizar inspecciones de conformidad con la Convención o para su salida después de terminada su misión.

3.25  Perímetro: En el caso de una inspección por denuncia, se entiende el límite externo del polígono de inspección, definido sea por coordenadas geográficas o por descripción en un mapa.

3.26  Grupo de inspección: Se entiende el grupo de inspectores y ayudantes de inspección asignados por el Director General de la OPAQ para realizar una determinada inspección.

3.27  Acompañamiento en el país: Se entiende las personas especificadas por el Estado Parte inspeccionado y, en su caso, por el Estado huésped, que deseen acompañar y prestar asistencia al grupo de inspección durante todo el período en el país.

3.28  Información confidencial: Se considerará que la información es confidencial, conforme a lo establecido en la Ley Nº 7975 Ley de Información No Divulgada, publicada en La Gaceta Nº 12 del 18 de enero del 2000.

3.29  OPAQ: Organización para la Prohibición de las Armas Químicas

3.30  Lista: Se refiere a las listas 1, 2 y 3 del Anexo sobre sustancias químicas de la Convención.

Artículo 4º—De la Autoridad Nacional para la Prohibición de las Armas Químicas.

1-  Para la aplicación de la Convención, se crea la Autoridad Nacional para la Prohibición de las Armas Químicas, denominado en adelante la “Autoridad Nacional”, que será el órgano colegiado competente para el ejercicio de las facultades de control previstas en el presente decreto para asegurar el cumplimiento de las obligaciones contraídas por parte de la República de Costa Rica en virtud de la Convención. Le corresponderá:

a)  Desempeñarse a nivel nacional como entidad coordinadora en materia de armas químicas y sustancias reguladas en la Convención.

b)  Tomar las medidas necesarias para el cumplimiento de las obligaciones contraídas por parte de Costa Rica en virtud de la Convención.

c)  Mantener un enlace eficaz entre Costa Rica y la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ), así como con los otros Estados Parte de la Convención.

d)  Defender, dentro del respeto a la Convención, los legítimos intereses nacionales en la OPAQ y en las relaciones con otros Estados Parte.

e)  Instar la aprobación de las disposiciones y la adopción de las medidas que fueran necesarias para la aplicación de la Convención.

f)   Ejercer las competencias que en materia sancionadora le sean legalmente atribuidas.

g)  Adoptar las medidas necesarias para garantizar la confidencialidad de la información según la normativa nacional vigente.

h)  Requerir la información exigida por la Convención a las personas físicas o jurídicas afectadas por ella.

i)   Coordinar con los órganos competentes en materia de comercio exterior respecto a la importación y exportación de las sustancias químicas previstas en la Convención.

j)   Propone los reglamentos y definir los procedimientos administrativos en los que se establezcan los mecanismos para la comunicación de la información declarable bajo la Convención, así como los reglamentos y requisitos para solicitar, suspender o revocar licencias para el manejo de productos químicos cubiertos por la Convención.

k)  Establecer las directrices nacionales en lo relacionado con, asistencia y protección de conformidad con el artículo X de la Convención, así como requerir la colaboración de los Cuerpos de Primera Respuesta.

l)   Colaborar, en materia de prevención de la delincuencia, con las autoridades competentes de otros Estados y entidades y organizaciones internacionales y coordinar sus actuaciones en la medida que requiera la aplicación de la Convención, la normativa vigente y el presente Decreto.

2-  A la Autoridad Nacional le corresponderá desempeñar las funciones que se estipulan en el párrafo 4º del artículo VII de la Convención. Asimismo, coordinará las actividades de las instituciones gubernamentales para la aplicación de la misma y emitirá la reglamentación necesaria al efecto.

La Autoridad Nacional estará integrada por los Ministros o su representante de los siguientes Ministerios:

a)  Ministerio de Salud.

b)  Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

c)  Ministerio de Hacienda.

d)  Ministerio de Seguridad Pública y Gobernación.

e)  Ministerio de Agricultura y Ganadería.

     El Ministro de Salud será el coordinador de la Autoridad Nacional.

3-  Secretaría Técnica de la Autoridad Nacional: Se crea la Secretaría Técnica, que será el órgano técnico y ejecutivo de la Autoridad Nacional. Le corresponderá coordinar y ejecutar las acciones que del presente reglamento se deriven, y para el efectivo cumplimiento de la Convención.

Estará conformada por dos funcionarios de la Dirección de Protección al Ambiente Humano, dos funcionarios de la Dirección de Registros y Controles, y un funcionario de la Dirección General de Salud, nombrados por el Ministro de Salud. El Coordinador de la Secretaría Técnica será uno de los dos designados por la Dirección de Registros y Controles y tendrá la obligación de participar en las reuniones de la Autoridad Nacional. Su designación como Coordinador será potestad del Ministro de Salud.

La Autoridad Nacional por medio de la Secretaría Técnica está facultada para requerir a cualquier persona física o jurídica, información correspondiente a las actividades industriales de la esfera química o a la importación de sustancias químicas según pudiera ser necesario para la aplicación de la Convención.

Las funciones de la Secretaría Técnica serán las siguientes:

a)  Recibir y remitir a la ANAQ las declaraciones y toda la información que exija la Convención.

b)  Asegurar que las inspecciones efectuadas por la OPAQ se realicen de acuerdo con la Convención y con los legítimos intereses nacionales.

c)  Adoptar las medidas de verificación y control, incluidas en su caso las de inspección, necesarias para el cumplimiento de la Convención.

d)  Requerir, en su caso, la colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de las autoridades aduaneras para efectuar los controles.

e)  Supervisar las transferencias de muestras químicas y equipos de inspección que serán utilizados en los análisis de laboratorios y en las inspecciones que se deban efectuar en cumplimiento de las prescripciones de la Convención.

f)   Acompañar y asistir a los inspectores de la organización en sus inspecciones a plantas industriales ubicadas en el territorio nacional.

g)  Proteger la información confidencial según la Ley Nº 7975 Ley de Información no Divulgada, publicada en La Gaceta Nº 12 de 18 de enero del 2000.

h)  Solicitar y coordinar la colaboración de los Cuerpos de Primera Respuesta para fines de asistencia y protección contra las armas químicas.

i)   Emitir los permisos para el movimiento transfronterizo de las materias reguladas por la Convención, así como para su almacenamiento, manejo y uso en el territorio nacional.

j)   Aquellas otras que le encomiende la Autoridad Nacional.

4-  Corresponderá al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto todo lo referente a la representación del Estado y será el enlace ante la Organización para la Prohibición de las Arma Químicas (OPAQ) en La Haya, Países Bajos.

CAPÍTULO II

Información Obligatoria

Artículo 5º—Sobre la obligatoriedad de suministrar información:

1-  Las personas físicas y jurídicas tienen la obligación de comunicar de manera inequívoca y veraz a la ANAQ los datos básicos y complementarios, así como sus variaciones, que resulten necesarios para el ejercicio de las competencias de aquélla en lo referente a las actividades que se lleven a cabo, así como a las instalaciones relacionadas con éstas.

2-  Las personas físicas y jurídicas que comercialicen o cedan sustancias químicas incluidas en la Convención, sean éstas en estado puro o en mezclas, tienen la obligación de informar al comprador o receptor de la existencia de obligaciones de sometimiento a control y declaración como consecuencia de la Convención y del presente decreto.

3-  El no suministro de la información requerida será comunicada a las autoridades competentes con el fin de que tomen las medidas que en derecho resulten procedentes.

4-  Toda la información aportada se entenderá que tiene carácter de declaración jurada.

Artículo 6º—Declaraciones y otras comunicaciones. La Secretaría Técnica elaborará las Declaraciones y las otras comunicaciones a que obliga la Convención y las remitirá, oportunamente a la ANAQ para que ésta las apruebe o realice las observaciones pertinentes y luego las remita a la OPAQ u otros Estados Partes mediante los canales diplomáticos establecidos, según corresponda.

Artículo 7º—Confidencialidad de la Información. La información confidencial se rige de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 7975 Ley de Información No Divulgada, publicada en La Gaceta Nº 12 del 18 de enero de 2000.

Artículo 8º—Registro de Actividades y Sujetos Obligados Organización del Registro. Se crea un Registro de Actividades y Sujetos Obligados, dependiente de ANAQ.

El Registro tendrá por objeto la inscripción de la información relativa a las actividades industriales, comerciales, investigadoras y de seguridad afectadas por la Convención, así como la referida a los sujetos obligados que fuera necesaria para el ejercicio de las competencias atribuidas a la ANAQ y para colaborar con la OPAQ. La inscripción se realizará de oficio por la Secretaría Técnica de la ANAQ.

CAPÍTULO III

Verificación e inspecciones nacionales e internacionales

Artículo 9º—Verificaciones.

Clases de inspección

Las personas físicas o jurídicas, sean de Derecho Público o Privado, que realicen las actividades reguladas en el presente decreto podrán ser sometidas a las siguientes inspecciones:

1.  Inspecciones de rutina.

2.  Inspecciones por denuncia según lo establecido en la Convención

3.  Inspecciones a iniciativa de la OPAQ.

4.  Inspecciones nacionales según lo establecido en el presente decreto y a iniciativa de la ANAQ.

Artículo 10.—Garantías. Las facultades inspectoras establecidas en el presente título deberán realizarse obteniendo:

a)  El previo consentimiento de quien por ley esté facultado para otorgarlo o

b)  La previa autorización de la autoridad judicial correspondiente, de acuerdo con la normativa vigente.

Artículo 11.—Deber de colaboración con la Autoridad Nacional. Durante las inspecciones toda persona física o jurídica está obligada a proporcionar de manera cierta y oportuna los datos que los funcionarios de la ANAQ les soliciten sobre la importación, almacenamiento, producción, venta, transporte, distribución o suministro de sustancias químicas o equipamiento, para efectos del cumplimiento con la Convención de Naciones Unidas sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y sobre su Destrucción.

Artículo 12.—Financiación de gastos por investigaciones e inspecciones. La ANAQ financiará los gastos resultantes de las investigaciones e inspecciones, sin perjuicio de los reembolsos de tales gastos que efectúe la OPAQ de acuerdo con la Convención.

Artículo 13.—Inspecciones Internacionales.

13.1  Grupo de inspección de la OPAQ

1.  Las inspecciones e investigaciones que realicen los grupos de inspección de la OPAQ de conformidad con los artículos IV, V, VI, IX y X de la Convención, tendrán lugar en presencia de un grupo nacional de acompañamiento que ostente las facultades previstas en el presente artículo.

2.  El grupo de inspección de la OPAQ está formado por inspectores, ayudantes de inspección y observadores nombrados por la OPAQ y debidamente autorizados por ANAQ.

13.2  Grupo nacional de acompañamiento

1.  El grupo nacional de acompañamiento, en todo caso, será designado por la Secretaría Técnica y presidido por el coordinador de ésta.

2.  El grupo nacional de acompañamiento velará por el cumplimiento de las disposiciones nacionales y de la Convención.

3.  El grupo nacional de acompañamiento tomará debidamente en cuenta los intereses legítimos del obligado y de los demás interesados. Lo anterior será aplicable, en particular, a las medidas de protección de instalaciones sensibles a efectos de seguridad o de confidencialidad de los datos de acuerdo con lo dispuesto en la Convención.

4.  El grupo nacional de acompañamiento comunicará a la Secretaría Técnica los datos relevantes de que tenga conocimiento durante la inspección o investigación respectiva con el fin de complementarlos y comunicarlos a la ANAQ.

13.3  Facultades del grupo nacional de acompañamiento. Para la realización del acompañamiento a las inspecciones e investigaciones internacionales a que se refieren los artículos IV, V, VI, IX, y X de la Convención, el grupo nacional de acompañamiento, nombrado a los efectos por Secretaría Técnica de la ANAQ estará facultado para:

a)  Inspeccionar el equipo de los inspectores de la OPAQ, en presencia de éstos; y en nombre de la ANAQ, admitir o rechazar en el punto de entrada o retener en el punto de salida el equipo del citado grupo. En este sentido podrá comprobar la adecuación del equipo traído al territorio nacional o retirado del mismo a las listas de equipo aprobado por la OPAQ.

b)  Cerciorarse de que el grupo de inspección de la OPAQ está formado por inspectores autorizados por la ANAQ.

c)  Comprobar y asegurar que el grupo de inspección de la OPAQ limita sus funciones a lo establecido en la Convención y a lo dispuesto expresamente en el mandato de inspección.

d)  Comprobar que en el uso de medios de telecomunicación, el grupo de inspección de la OPAQ utiliza las frecuencias que le hayan sido autorizadas.

e)  Observar todas las actividades de verificación que realice el grupo de inspección de la OPAQ.

f)   Solicitar y recibir copias de la información y datos obtenidos sobre la instalación por la Secretaría Técnica de la OPAQ.

g)  Acceder en el ejercicio de sus funciones de acompañamiento a los terrenos y edificios de la instalación que sean inspeccionados por el grupo de inspección de la OPAQ.

h)  Presenciar todas las entrevistas que el grupo de inspección de la OPAQ realice a cualquier miembro del personal de la instalación cerciorándose de que se solicita únicamente la información y datos que sean necesarios para la realización del la inspección. En caso de discrepancia entre el grupo de inspección de la OPAQ y el de acompañamiento sobre la pertinencia o no de las preguntas realizadas, el grupo nacional de acompañamiento solicitará le sean entregadas por escrito para que se proceda a su posterior respuesta por la ANAQ previa consulta, en su caso, al personal de la instalación.

i)   Solicitar y verificar la adecuada toma de muestras, previa solicitud del grupo de inspección de la OPAQ o el representante legal del sitio inspeccionado.

j)   Conservar muestras representativas, duplicados de todas las muestras, tomadas tanto por el propio grupo nacional de acompañamiento, como por los responsables de la instalación o el grupo de inspección de la OPAQ.

k)  Estar presente cuando se analicen las muestras “ in situ “.

l)   Solicitar y verificar la adecuada toma de fotografías, previa solicitud del grupo de inspección de la OPAQ o del representante legal del sitio inspeccionado.

m) Evacuar las dudas suscitadas durante la inspección entre los responsables de la instalación ó empresa y el grupo de inspección de la OPAQ.

CAPÍTULO IV

Prohibiciones

Artículo 14.—Prohibiciones generales

1)  Se prohíbe a toda persona física o jurídica realizar las siguientes actividades:

a)  Desarrollar, producir, adquirir de otro modo, almacenar o conservar armas químicas

b)  Transferir armas químicas a terceros, directa o indirectamente

c)  Emplear armas químicas

d)  Participar en preparativos militares, o de actos terroristas, mediante el empleo de armas químicas.

e)  Realizar cualquier otra actividad prohibida a los Estados Partes por la Convención.

f)   Ayudar, alentar o inducir de cualquier manera a realizar actividades prohibidas en el presente Capítulo.

g)  Emplear agentes de represión de disturbios como método de guerra

h)  Realizar cualquier movimiento transfronterizo de armas químicas sin las autorizaciones legales respectivas.

2)  Cualquier decomiso realizado que involucre alguna de las sustancias enumeradas en las Listas 1, 2 y 3 de la Convención será notificado a la ANAQ.

3)  Las autoridades aduaneras comunicarán a la ANAQ las sustancias enumeradas en las Listas 1, 2 y 3 de la Convención que hayan caído en abandono y requerirán permiso de ésta para su remate o destrucción.

Artículo 15.—Prohibiciones relativas a sustancias químicas de la Lista 1/A. Las sustancias químicas o grupos de sustancias químicas contenidas en la Lista 1/B del Anexo sobre Sustancias Químicas de la Convención se detallan en el Anexo 1, que forma parte integral del presente reglamento.

Será prohibido a las personas físicas o jurídicas:

1)  Producir, adquirir, conservar o emplear sustancias químicas de la Lista 1/B fuera del territorio de Costa Rica, salvo que dicha producción, adquisición, conservación o empleo tengan lugar en el territorio de otro Estado Parte o se deriven de transporte legal de las sustancias químicas a otro Estado Parte

2)  Producir, adquirir, conservar, transferir o emplear sustancias químicas de la Lista 1A/B, salvo que sea beneficiario de una licencia de carácter total concedida por la Autoridad Nacional de Armas Químicas a través de su Secretaría Técnica

3)  Transferir sustancias químicas de la Lista 1 A-B fuera del territorio de Costa Rica a algún Estado no Parte en la Convención

4)  Transferir sustancia químicas de la Lista 1 A-B a otro Estado Parte sin notificar la transferencia a la Secretaría Técnica de la Autoridad Nacional, con un mínimo de cuarenta y cinco días de antelación, excepto en el caso de la saxitoxina, la cual deberá ser notificada a la Secretaría Técnica con un mínimo de veinticuatro horas antes de la transferencia.

5)  Volver a transferir a un tercer Estado sustancias químicas de la Lista 1A/B transferidas a Costa Rica.

Artículo 16.—Prohibiciones relativas a sustancias químicas de la Lista 2 A-B. Las sustancias químicas o grupos de sustancias químicas contenidas en la Lista 2 A-B del Anexo sobre Sustancias Químicas de la Convención se detallan en al Anexo 2 A-B, que forma parte integral del presente reglamento.

1)  Será prohibido a personas físicas o jurídicas transferir a Estados no Partes en la Convención, o recibir de éstos, sustancias químicas de la Lista 2 A-B, o productos que contengan dichas sustancias, salvo los que se estipulan a continuación.

2)  El párrafo 1 no se aplicará a los productos que contengan sustancias químicas de la Lista 2 A-B en los casos siguientes:

a)  productos que contengan uno por ciento o menos de una sustancia química de la Lista 2 A o 2 A*

b)  productos que contengan diez por ciento o menos de una sustancia química de la Lista 2B

c)  productos reconocidos como bienes de consumo envasados para la venta al por menor para uso personal o envasados para uso individual.

3)  Las transferencias de sustancias de la lista 2A o 2B desde o hacia un Estado Parte deberán realizarse con la aprobación o licencia previa de la Secretaría Técnica de la ANAQ.

Artículo 17.—Prohibiciones relativas a sustancias químicas de la Lista 3 A-B las sustancias químicas contenidas en la Lista 3A/B del Anexo sobre Sustancias Químicas de la Convención se detallan en al Anexo 3 A-B, que forma parte integral del presente reglamento.

1)  Será prohibido a toda persona física o jurídica transferir a un Estado no Parte sustancias químicas de la Lista 3 A-B, o mezclas que contengan dichas sustancias en una concentración superior al treinta por ciento en peso, sin recibir previamente de la autoridad pública competente del Estado no Parte el certificado de usuario final.

2)  Las transferencias desde o hacia un Estado Parte deberán realizarse con la aprobación o licencia previa de la Secretaría Técnica de la ANAQ.

3)  El Certificado de usuario final incluirá como mínimo:

a)  Una declaración en la que conste que las sustancias químicas de la Lista 3 se utilizarán únicamente para fines no prohibidos por la Convención

b)  Una declaración en la que conste que las sustancias químicas de la Lista 3 A-B no serán transferidas de nuevo

c)  Los tipos y cantidades de las sustancias químicas de la Lista 3 A-B que se transferirán

d)  El uso o usos finales de las sustancias químicas de la Lista 3 A-B que se transferirán.

e)  El nombre y la dirección del usuario y el usuario final o usuarios finales de las sustancias químicas de la Lista 3 A-B.

Artículo 18.—Sanciones. El incumplimiento con lo establecido en los artículos 14º, 15º, 16º, 17º o del presente Decreto será sancionado de conformidad con lo establecido en los artículos 89, 90, 91, 92, 93 y 94 de la Ley de Armas y Explosivos y en el artículo 250 del Código Penal. En caso de sumarse al incumplimiento de las prohibiciones citadas, el causar la muerte, provocar lesiones gravísimas, graves o leves a la integridad de una persona, se estará a lo dispuesto en el Código Penal.

En caso de contrabando, contrabando agravado, u ocultamiento de información, se estará a lo dispuesto en los artículos 211, 213 y 228 de la Ley General de Aduanas.

Artículo 19.—Derogaciones. El presente Decreto deroga el Decreto 27711-S-RE publicado en La Gaceta Nº 57 del 23 de marzo de 1999.

Artículo 20.—Vigencia. Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los seis días del mes de julio de dos mil cinco.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—La Ministra de Salud, Dra. María del Rocío Sáenz Madrigal y el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1 vez.—(Solicitud Nº 1022).—C-371025.—(D33015-32307).

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Nº 33017-H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3), 7), 8) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 4, 25 inciso 1), 27 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b), 113 incisos 2) y 3) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978; el artículo 80 de la Ley Nº 7097, Ley de Presupuesto Extraordinario de 18 de agosto de 1988; los artículos 21 y 22 de la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001; los artículos 16 y 58 de la Ley Nº 6955, Ley para el Equilibrio Financiero del Sector Público de 24 de febrero de 1984 y sus reformas y el Decreto Ejecutivo Nº 32322-H de 17 de marzo de 2005.

Considerando:

1º—Que es interés del Gobierno de la República, lograr la austeridad en el gasto público, tanto en el sector público centralizado como en el descentralizado.

2º—Que la Ley Nº 7097, publicada en el Alcance Nº 25 a La Gaceta Nº 166 de 1 de setiembre de 1988, en su artículo 80, faculta a la Autoridad Presupuestaria para autorizar la creación de plazas en el sector público.

3º—Que la Ley Nº 8131, publicada en La Gaceta Nº 198 de 16 de octubre de 2001, en su artículo 21 señala que la Autoridad Presupuestaria tiene como una de sus funciones específicas, formular directrices en materia de empleo, incluyendo el nivel de empleo en el sector público y velar por su cumplimiento.

4º—Que el artículo 16 de la Ley Nº 6955, publicada en La Gaceta Nº 45 de 2 de marzo de 1984 y sus reformas, dispone que la Autoridad Presupuestaria es la encargada de fijar los lineamientos en materia de empleo público, incluyendo los límites al número de puestos por institución.

5º—Que el Decreto Ejecutivo Nº 32322-H, publicado en La Gaceta Nº 83 de 2 de mayo de 2005, dispone la no creación de plazas para los ministerios y sus dependencias, durante lo que resta del ejercicio económico del año 2005 y durante el ejercicio del 2006.

6º—Que la Ley Nº 6227, publicada en el Alcance Nº 90 a La Gaceta Nº 102 de 30 de mayo de 1978, dispone en su artículo 4 que la actividad de los entes públicos deberá estar sujeta en su conjunto a los principios fundamentales del servicio público, para asegurar su continuidad, su eficiencia, su adaptación a todo cambio en el régimen legal o en la necesidad social que satisfacen y la igualdad en el trato de los destinatarios, usuarios o beneficiarios.

7º—Que el Patronato de Construcciones, Instalaciones y Adquisición de Bienes, es un órgano del Ministerio de Justicia y Gracia, que tiene como propósito apoyar el Sistema Penitenciario Nacional con obras de infraestructura, adquisición de bienes y desarrollando proyectos productivos en el sistema penitenciario.

8º—Que el Ministerio de Justicia y Gracia requiere reforzar el recurso humano del Patronato, para que dicho órgano pueda mejorar el cumplimiento de sus funciones, mediante el seguimiento adecuado de los proyectos y la descentralización en el manejo de los recursos públicos, según lo dispone la Ley de General de Control Interno.

9º—Que por lo expuesto, es necesario que la Autoridad Presupuestaria proceda a conocer la solicitud de utilización de 2 plazas creadas mediante la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2005, realizada mediante el oficio DM-247-02-2006 de 7 de febrero del 2006, para cumplir con lo indicado en el considerando anterior. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—La Autoridad Presupuestaria considerará la solicitud presentada por el Ministerio de Justicia y Gracia, referente a que el Patronato de Construcciones, Instalaciones y Adquisición de Bienes cuente con el recurso humano mínimo indispensable para apoyar el Sistema Penitenciario Nacional.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los siete días del mes de marzo del dos mil seis.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Hacienda a. í., José Adrián Vargas Barrantes.—1 vez.—(Solicitud Nº 36878).—C-32395.—(D33017-32309).

 

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Nº 1084-P.—San José, 23 de marzo del 2006

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

De conformidad con lo que establece el artículo 139 de la Constitución Política y el artículo 26, inciso e), de la Ley General de la Administración Pública.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Manuel Antonio González Sanz, Ministro de Comercio Exterior, portador de la cédula de identidad Nº 1-720-207, para que viaje en Delegación Oficial a Panamá desde las 16:20 horas del 26 de marzo, regresando el día 27 de marzo, a las 19:31 horas, ambas fechas del presente año, para participar en la Reunión de Ministros para el lanzamiento de las negociaciones de un Tratado de Libre Comercio con Panamá.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de viaje del señor Ministro serán cubiertos con recursos de COMEX de la subpartida 10504, del programa 792. El transporte aéreo de ida y de regreso será cubierto con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas y para el envío de documentos vía Internet al Ministerio; así como también para que se le aplique diferencia de hospedaje según el artículo 41 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos.

Artículo 3º—En tanto dure la ausencia, se le encarga la atención de la cartera al señor Gilberto Barrantes Rodríguez, Ministro del Ministerio de Economía, Industria y Comercio a partir las 16:20 horas del 26 de marzo y hasta las 19:31 horas del 27 de marzo del 2006.

Artículo 4º—Rige desde las 16:20 horas del 26 de marzo y hasta las 19:31 horas del 27 de marzo del 2006.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—1 vez.—(Solicitud Nº 45005-COMEX).—C-13220.—(31362).

Nº 1085-P.—San José, 7 de marzo del 2006

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47 de la Ley General de la Administración Pública.

ACUERDA:

1º—Autorizar al licenciado Carlos Manuel Rodríguez Echandi, Ministro del Ambiente y Energía, portador de la cédula de identidad Nº 1-529-682, para que viaje a la ciudad de México, México a partir del 19 al 22 de marzo del 2006, ambas fechas inclusive. El propósito es participar en el “IV Foro Mundial del Agua”.

2º—Los gastos de transporte, traslado, hospedaje y alimentación, así como algunos imprevistos serán cubiertos por el Gobierno de la República de México.

3º—En tanto dure la ausencia del Señor Ministro, se le encarga la atención de la cartera Ministerial al licenciado Allan Flores Moya, Viceministro del Ministerio de Ambiente y Energía.

4º—Rige a partir 19 al 22 de marzo del 2006.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—1 vez.—(Solicitud Nº 38601-MINAE).—C-8820.—(31363).

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

Nº 94-MP.—San José, 22 de marzo del 2006

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE LA PRESIDENCIA

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Cesar en el cargo de Director General de la Presidencia de la República y el Ministerio de la Presidencia, al Sr. MBA. Juan Raúl González Nájares, a partir del 31 de marzo del 2006, y agradecer sus valiosos y oportunos servicios.

Artículo 2º—Nombrar a la Licenciada Mavis Arley Castro, mayor, casada, abogada, con cédula de identidad 1-933-558, vecina de Guadalupe, como Directora General de la Presidencia de la República y del Ministerio de la Presidencia, a partir del 1º de abril del 2006.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—La Ministra de la Presidencia, Lineth Saborío Chaverri.—1 vez.—(Solicitud Nº 068-2006).—C-9370.—(32952).

 

Nº 95-MP.—San José, 6 de abril del 2006

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, incisos 3) y 18) de la Constitución Política; 25.1, 28, inciso b); 89, 90, 91 y 92 de la Ley General de la Administración Pública y el Estatuto de Servicio Civil y su Reglamento.

Considerando:

1º—Que en el Despacho de la Ministra de la Presidencia, por la índole de sus funciones, se tramita gran cantidad de documentación cuyo acto final es la firma de los mismos, lo que provoca en gran medida y en la mayoría de los casos atrasos innecesarios que van en detrimento de la eficiencia y celeridad que debe regir en la actividad administrativa.

2º—Que resulta necesario agilizar la tramitación de firmas para varios actos administrativos en contratación administrativa.

3º—Que a partir del primero de abril del dos mil seis, se nombró como Directora General de la Presidencia de la República y el Ministerio de la Presidencia a la señora Licenciada Mavis Arley Castro, según Acuerdo N° 094-MP, dado en la Presidencia de la República, a los veintidós días del mes de marzo del dos mil seis. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Delegar la firma de la Ministra de la Presidencia en la señora Mavis Arley Castro, mayor, casada, abogada, portadora de la cédula de identidad Nº 1-933-558, vecina de Guadalupe, en su condición de Directora General de la Presidencia de la República y del Ministerio de la Presidencia, para que en adelante realice los actos de adjudicación y declaratoria de deserción en los procesos de contratación administrativa en que participe este Ministerio. No obstante lo anterior, aquellos procesos de contratación administrativa hasta por un monto de quinientos mil colones, serán adjudicados por el Proveedor Institucional.

Artículo 2º—Delegar la firma de la Ministra de la Presidencia en la señora Mavis Arley Castro, mayor, casada, abogada, portadora de la cédula de identidad Nº 1-933-558, vecina de Guadalupe, en su condición de Directora General de la Presidencia de la República y del Ministerio de la Presidencia, para que en adelante suscriba los Contratos de dedicación exclusiva, Contratos de Capacitación, Adéndum de esos contratos, Acciones de Personal y suscripción de las resoluciones de acumulación de vacaciones en sustitución de la Ministra.

Artículo 3º—Rige a partir del 1º de abril del 2006.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de la Presidencia a. í., Luis A. Madrigal Pacheco.—1 vez.—(Solicitud Nº 75-2006).—C-20920.—(33476).

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Nº 016-2006-GRH-DGME.—San José, 21 de febrero del 2006

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA,

Y SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, incisos 1), 8) y 20) y 146 de la Constitución Política, 25, 27 inciso 1), 28 inciso 2 acápite b) y 111 inciso 1) de la Ley General de Administración Pública, y 1, 6, 29 y 30 de la Ley General de Policía Nº 7410.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Otorgar investidura como miembros de la Fuerza Pública de la Policía de Migración y Extranjería, con los derechos y deberes que le impone la Ley General de Migración y Extranjería y la Ley General de Policía, a las siguientes funcionarias:

Nombre                                                                                                  Cédula                                                            Clase de puesto

Ramírez Barquero Shirley                                                                                2-0573-0717                                                             Inspector 1

Ureña Gómez María Isabel                                                                              2-0613-0306                                                             Inspector 1

Artículo 2º—La investidura otorgada en el presente acuerdo no se afectará de forma alguna en caso de que la clase de puesto actual varíe en el futuro por motivo de reasignación, ascenso u otro, siempre que el servidor continúe ejerciendo funciones para la Fuerza de la Policía de Migración y Extranjería.

Artículo 3º—Rige a partir del 21 de febrero del 2006.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—Rogelio Ramos Martínez.—1 vez.—(Solicitud Nº 15431).—C-14870.—(31542).

 

Nº 017-2006-GRH-DGME.—San José, 3 de marzo del 2006

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA,

Y SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, incisos 1), 8) y 20) y 146 de la Constitución Política, 25, 27 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b) y 111 inciso 1) de la Ley General de Administración Pública, y 1, 6, 29 y 30 de la Ley General de Policía Nº 7410,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Otorgar investidura como miembros de la Fuerza de Policía de la Policía de Migración y Extranjería, con los derechos y deberes que le impone la Ley General de Migración y Extranjería y la Ley General de Policía, al señor Edar Reyes Córdoba, cédula 7-0086-0458, puesto Inspector 1.

Artículo 2º—La investidura otorgada en el presente acuerdo no se afectará de forma alguna en caso de que la clase de puesto actual varíe en el futuro por motivo de reasignación, ascenso u otro, siempre que el servidor continúe ejerciendo funciones para la Fuerza de Policía de la Policía de Migración y Extranjería.

Artículo 3º—Rige a partir del 6 de marzo del 2006.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—Rogelio Ramos Martínez.—1 vez.—(Solicitud Nº 15435).—C-11020.—(31543).

 

Nº 018-2006-GRH-DGME.—San José, 3 de marzo del 2006

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA,

Y SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, incisos 1), 8) y 20) y 146 de la Constitución Política, 25, 27 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b) y 111 inciso 1) de la Ley General de Administración Pública, y 1, 6, 29 y 30 de la Ley General de Policía,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Revocar investidura otorgada mediante acuerdo número 040-GRH-DGME, a los funcionarios abajo anotados, por cuanto los mismos ya no desempeñan funciones para la Fuerza de Policía de la Policía de Migración y Extranjería.

Nombre                                                                                                                                                                   Cédula Nº

Alcázar Zamora Randall                                                                                                                                                     2-0589-0790

Ávila Murillo Anderson                                                                                                                                                     1-1323-0528

Carmona Alemán Jorge Alberto                                                                                                                                         7-0168-0239

Castillo Aguirre Roy                                                                                                                                                          2-0521-0168

Esquivel Hernández Wilson Martín                                                                                                                                   1-1180-0442

Fonseca Fallas Katthya                                                                                                                                                      3-0360-0306

García López Jacqueline                                                                                                                                                     1-1202-0522

Gómez Vargas Felipe                                                                                                                                                         1-0965-0880

Hurtado Palacios Franklin                                                                                                                                                  2-0624-0530

Juárez Espinoza Juan C.                                                                                                                                                    2-0586-0876

López Aguilar Ingrid.                                                                                                                                                         3-0395-0228

Macedo Adams Víctor                                                                                                                                                       3-0373-0621

Mazza Picado Pedro                                                                                                                                                          3-0421-0130

Morales Villalobos Hellen                                                                                                                                                  7-0129-0067

Nombre                                                                                                                                                                   Cédula Nº

Ramírez Leitón Emilio                                                                                                                                                        1-0971-0240

Ramírez Solano Bryan                                                                                                                                                        1-1083-0091

Rodríguez Duarte Alexánder                                                                                                                                              4-0182-0993

Salas Mora Royner                                                                                                                                                             5-0348-0921

Trejos Ruiz Diego                                                                                                                                                              6-0361-0276

Ulloa Arista Gerald                                                                                                                                                            6-0323-0886

Umaña Gamboa José A.                                                                                                                                                     1-0977-0796

Zúñiga Blandón Erick                                                                                                                                                         2-0520-0830

Artículo 2º—Rige a partir del 1º de marzo del 2006.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—Rogelio Ramos Martínez.—1 vez.—(Solicitud Nº 15435).—C-20920.—(31544).

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Nº 019.—San José, 3 de marzo del 2006

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Conforme a las facultades conferidas en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política y en los artículos 10 y 143 de la Ley General de Aviación Civil Nº 5150 del 14 de mayo de 1973 y sus reformas, y la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, y sus reformas.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Impartir su aprobación a lo actuado por el Consejo Técnico de Aviación Civil en el artículo primero de la sesión ordinaria 11-2006, celebrada el 13 de enero del 2006 en el que mediante resolución Nº 13-2006, se otorga a la empresa denominada Continental Airlines Inc la ampliación al certificado de explotación para operar la ruta Newark-Liberia-Newark en la modalidad de vuelos regulares de pasajeros, carga y correo.

Artículo 2º—La vigencia de dicha ampliación será en los mismos términos y condiciones del certificado original, otorgado mediante resolución número 47 del 12 de noviembre del 1990.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante.—1 vez.—(Solicitud Nº 43698).—C-9920.—(30993).

 

N° 025-MOPT.—San José, 14 de marzo del 2006

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

En el ejercicio de las facultades que les confiere el artículo 140, de la Constitución Política; inciso 1 y 146 del mismo cuerpo de la normativa; así como lo normado en las leyes números 4786 del 5 de julio del año 1971 (Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes), 6324 del 24 de mayo de 1979 (Ley de Administración Vial) y Nº 7410 del 26 de mayo de 1994 (Ley General de Policía).

Considerando:

1º—Que de conformidad con el artículo 53 inciso a) de la Ley General de Policía N° 7410 y sus reformas, son atribuciones del Presidente de la República y del Ministro del ramo, el nombrar a los miembros de las fuerzas de policía.

2º—Que de acuerdo al artículo 32 de la ley de cita, la Policía de Tránsito es tenida como una de esas fuerzas policiales y por lo tanto sujeta a las disposiciones de la misma.

3º—Que la revisión minuciosa de los expedientes personales de los servidores de ese cuerpo policial, se detectaron varios casos de funcionarios que anterior a la vigencia de la Ley General de Policía adquirieron propiedad en su nombramiento en el Régimen de Servicio Civil y que fueron trasladados al Régimen Policial sin el requisito constitucional de la publicación.

ACUERDAN:

1º—Nómbrese en propiedad en los siguientes puestos y clases institucionales, a los señores:

                                                                                                                                                                                                                     Fecha rige

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                           nombramiento

Nombre servidor propiedad                                                                                              Cédula                                                                      N° de Puesto                                                           en propiedad

ABARCA MORA ELIÉCER                                                                                           900770645                                                                       500040                                                                 01/11/2000

ACUÑA SANDOVAL GERMAN                                                                                204230121                                                                       500167                                                                 01/11/2000

ALAN MICO JOSÉ                                                                                                            601770852                                                                       500521                                                                 01/11/2000

ALFARO CARVAJAL RIGOBERTO                                                                          700770163                                                                       500522                                                                 01/11/2000

ALFARO MADRIGAL LUIS FERNANDO                                                             203850069                                                                       500089                                                                 01/11/2000

ALFARO MORA HUGO LUIS                                                                                     105900938                                                                       500479                                                                 01/11/2000

ALFARO SEQUEIRA RICARDO                                                                                602440945                                                                       500668                                                                 01/11/2000

ALFARO ZÚÑIGA GREGORY A.                                                                               701370958                                                                       500751                                                                 01/11/2000

ALPÍZAR BERMÚDEZ LORENA                                                                               502460484                                                                       500511                                                                 01/11/2000

ALPÍZAR CASTRO ÓSCAR                                                                                          204480485                                                                       500497                                                                 01/11/2000

ALPÍZAR ROJAS IVÁN                                                                                                  601210235                                                                       500226                                                                 01/11/2000

ALTAMIRANO FALLAS RODOLFO                                                                       601590435                                                                       500170                                                                 01/11/2000

ALVARADO GUTIÉRREZ MARCELO                                                                     501610630                                                                       500047                                                                 01/11/2000

ÁLVAREZ CHAVES HERIBERTO                                                                              501530751                                                                       500054                                                                 01/11/2000

ÁLVAREZ QUIRÓS JUAN JOSÉ                                                                                  602060759                                                                       500182                                                                 01/11/2000

                                                                                                                                                                                                                     Fecha rige

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                           nombramiento

Nombre servidor propiedad                                                                                              Cédula                                                                      N° de Puesto                                                           en propiedad

ÁLVAREZ ROMERO FRANKLIN                                                                              103580065                                                                       500044                                                                 01/11/2000

ÁLVAREZ VINDAS LUIS                                                                                              204170295                                                                       500180                                                                 01/11/2000

ANGULO CISNEROS MINOR                                                                                     700960863                                                                       500491                                                                 01/11/2000

ANGULO RODRÍGUEZ ÓSCAR JESÚS                                                                   602020528                                                                       500219                                                                 01/11/2000

ARAYA BELLIDO ÓSCAR                                                                                           501690847                                                                       500555                                                                 01/11/2000

ARCE ARAYA PEDRO JAVIER                                                                                 700740363                                                                       500337                                                                 01/11/2000

ARIAS MATA JENNER                                                                                                  107940186                                                                       500076                                                                 01/11/2000

AVENDAÑO HIDALGO HENRY                                                                              302800681                                                                       500178                                                                 01/11/2000

BADILLA OROZCO MANRIQUE                                                                              109170275                                                                       500177                                                                 01/11/2000

BARRANTES ALFARO JESÚS ANT                                                                          204540597                                                                       500179                                                                 01/11/2000

BARRANTES ALVARADO LUIS M.                                                                         204110994                                                                       500173                                                                 01/11/2000

BARRANTES BARAHONA MALKIN                                                                      106680795                                                                       500041                                                                 01/11/2000

BARRANTES PANIAGUA ASDRÚBAL                                                                 501270516                                                                       500527                                                                 01/11/2000

BARRANTES SOLÍS TOBÍAS                                                                                      601400266                                                                       500528                                                                 01/11/2000

BARRERA CORDERO CARLOS B.                                                                           900700328                                                                       500554                                                                 01/11/2000

BARRIENTOS OBREGÓN MISAEL                                                                          502400058                                                                       500183                                                                 01/11/2000

BARTELS CHAVARRÍA JOSÉ MANUEL                                                                601120959                                                                       500188                                                                 01/11/2000

BENAVIDEZ GONZÁLEZ MARCO                                                                           204290489                                                                       500580                                                                 01/11/2000

BOLAÑOS ALFARO MARTÍN                                                                                    203120562                                                                       500159                                                                 01/11/2000

BORRAS VARGAS FREDDY                                                                                       108130499                                                                       500214                                                                 01/11/2000

BOZA QUESADA NILYS                                                                                              107050217                                                                       500181                                                                 01/11/2000

BRENES MORA RICARDO                                                                                          104160233                                                                       500186                                                                 01/11/2000

CAMPOS ARIAS BERNAL                                                                                           203340513                                                                       500111                                                                 01/11/2000

CAMPOS JIMÉNEZ LUIS GILBERTO                                                                       105960775                                                                       500085                                                                 01/11/2000

CAMPOS ZUÑIGA OTONIEL                                                                                      106810845                                                                       500576                                                                 01/11/2000

CARRANZA PÉREZ WILLIAM                                                                                   601530600                                                                       500504                                                                 01/11/2000

CARVAJAL GONZÁLEZ LUIS F.                                                                                203660136                                                                       500056                                                                 01/1112000

CASCANTE VALVERDE RAFAEL                                                                           103600288                                                                       500564                                                                 01/11/2000

CASTILLO CAMPOS VÍCTOR                                                                                     106430105                                                                       500184                                                                 01/11/2000

CASTILLO SOSA ERICK                                                                                               602610767                                                                       500059                                                                 01/11/2000

CASTRO JIMÉNEZ HARBEY                                                                                       204350133                                                                       500562                                                                 01/11/2000

CASTRO LORÍA VÍCTOR                                                                                              502290591                                                                       500547                                                                 01/11/2000

CASTRO PORTUGUEZ LUIS F.                                                                                  106140039                                                                       500110                                                                 01/11/2000

CERVANTES MIRANDA JORGE                                                                               108080383                                                                       500050                                                                 01/11/2000

CISNEROS ZÚÑIGA CÉSAR                                                                                         501830650                                                                       500114                                                                 01/11/2000

CONTRERAS CALVO JOSÉ ANTONIO                                                                   502710609                                                                       500526                                                                 01/11/2000

CORDERO CHACÓN VÍCTOR                                                                                     105740094                                                                       500514                                                                 01/11/2000

CORDOBA MOLINA JAIME                                                                                        108950498                                                                       500533                                                                 01/11/2000

CORRALES CORRALES MANUEL                                                                          104760350                                                                       500117                                                                 01/11/2000

CORRALES RAMOS ARTURO                                                                                   105820418                                                                       500192                                                                 01/11/2000

CRUZ PADILLA LUIS F.                                                                                               106640328                                                                       500058                                                                 01/11/2000

CRUZ ZAMORA ALEXANDER                                                                                  105590805                                                                       500501                                                                 01/11/2000

CUBILLO PÉREZ JOSÉ                                                                                                   204010713                                                                       500197                                                                 01/11/2000

CHACÓN MÉNDEZ LUIS                                                                                              105630277                                                                       500187                                                                 01/11/2000

CHAVARRÍA RODRÍGUEZ WAGNER                                                                    110780148                                                                       500829                                                                   1/11/2000

CHAVES QUESADA LEONEL                                                                                   203970939                                                                       500189                                                                   1/11/2000

CHAVES SOTO PEDRO PABLO                                                                                602320607                                                                       500063                                                                   1/11/2000

CHAVES VALVERDE OLGER                                                                                    601930699                                                                       500518                                                                   1/11/2000

DÍAZ JIMÉNEZ JUAN DE.                                                                                             106280108                                                                       500060                                                                   1/11/2000

DÍAZ ROMAGOZA RICARDO                                                                                    106020614                                                                       500198                                                                   1/11/2000

DONDI LOPEZ FERNANDO                                                                                       303290556                                                                       500535                                                                   1/11/2000

DURÁN OTOYA EDGARDO                                                                                       302540179                                                                       500187                                                                   1/11/2000

ESPINOZA CALVO FERNANDO                                                                              501381390                                                                       500221                                                                   1/11/2000

ESQUIVEL TREJOS FRANCISCO                                                                              401120564                                                                       500113                                                                   1/11/2000

FALLAS SINFONTE MARIO                                                                                       900580203                                                                       500061                                                                   1/11/2000

FLORES REYES LEONI                                                                                                502210523                                                                       500572                                                                 01/11/2000

GALEANO ARAGÓN FERNANDO                                                                          502060723                                                                       500205                                                                 01/11/2000

GARCÍA ARTAVIA VICTOR HUGO                                                                         204360059                                                                       500551                                                                 01/11/2000

GARCÍA CASTILLO JORGE EDUA                                                                          203900420                                                                       500194                                                                 01/11/2000

GARCIA HERNANDEZ IVAN RENEE                                                                    107410439                                                                       500196                                                                 01/11/2000

GARCÍA ZÚÑIGA ERICK                                                                                              204200354                                                                       500121                                                                 01/11/2000

GARITA ZÚÑIGA ADRIAN                                                                                          106600463                                                                       500484                                                                 01/11/2000

GOMEZ GONZÁLEZ ÓSCAR                                                                                       203640404                                                                       500065                                                                 01/11/2000

GONZÁLEZ APPEL GUSTAVO AD.                                                                        105920731                                                                       500066                                                                 01/11/2000

GONZÁLEZ NÚÑEZ GONZALO                                                                                 601960614                                                                       500201                                                                 01/11/2000

GONZÁLEZ RUIZ JORGE EDUARDO                                                                     502480582                                                                       500525                                                                 01/11/2000

GONZÁLEZ SANCHO JOSÉ MIGUEL                                                                      107040567                                                                       500207                                                                 01/11/2000

GOULD MARCHINI MARIO                                                                                       900130545                                                                       500490                                                                 01/11/2000

GUADAMUZ JÁEN DANILO                                                                                      501840215                                                                       500539                                                                 01/11/2000

GUILLÉN PORRAS BERNINNIG                                                                              502590813                                                                       500209                                                                 01/11/2000

GUTIÉRREZ OVIEDO KEYLOR                                                                                 602060341                                                                       500068                                                                 01/11/2000

GUZMÁN CRUZ MARÍA ISABEL                                                                              501750634                                                                       500540                                                                 01/11/2000

HERNÁNDEZ CARBALLO ORLANDO                                                                  106210387                                                                       500046                                                                 01/11/2000

HERNANDEZ MASIS MIGUEL                                                                                  700710569                                                                       500203                                                                 01/11/2000

HERNÁNDEZ VARGAS GUILLERMO                                                                    108070432                                                                       500221                                                                 01/11/2000

HERRERA BRENES JUAN ALEXIS                                                                          202890462                                                                       500122                                                                 01/11/2000

HERRERA HIDALGO LUIS DIEGO                                                                         401600810                                                                       500225                                                                 01/11/2000

HIDALGO SEQUEIRA HENRY                                                                                 204740625                                                                       500108                                                                 01/11/2000

JAMES PEREZ NELSON                                                                                               700960216                                                                       500507                                                                 01/11/2000

JIMÉNEZ JIMENEZ CARLOS                                                                                       203750514                                                                       500112                                                                 01/11/2000

JIMÉNEZ MIRANDA RUDDY                                                                                     203410504                                                                       500262                                                                 01/11/2000

JIRÓN RAMÍREZ JUAN                                                                                                  501850571                                                                       500070                                                                 01/11/2000

LAZO ROJAS DENNIS                                                                                                   601730578                                                                       500212                                                                 01/11/2000

LEDEZMA VARGAS JORGE                                                                                       203760631                                                                       500221                                                                 01/11/2000

LEÓN CAMPOS ORLANDO                                                                                        401140669                                                                       500208                                                                 01/11/2000

LIZANO ESPINOZA VÍCTOR H.                                                                                 203860788                                                                       500098                                                                 01/11/2000

                                                                                                                                                                                                                     Fecha rige

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                           nombramiento

Nombre servidor propiedad                                                                                              Cédula                                                                      N° de Puesto                                                           en propiedad

LOAIZA SERRANO MARCO TULIO                                                                        105670036                                                                       500542                                                                 01/11/2000

LÓPEZ BERROCAL ARNOLDO                                                                                104930717                                                                       500524                                                                 01/11/2000

LÓPEZ ROJAS JOSE ISAIAS                                                                                        601240045                                                                       500541                                                                 01/11/2000

LÓPEZ UGARTE VIRGILIO                                                                                         502210737                                                                       500072                                                                 01/11/2000

LÓPEZ VARGAS ADOLFO                                                                                          203780055                                                                       500210                                                                 01/11/2000

MADRIZ CARVAJAL GILBERTH                                                                              204680759                                                                       500544                                                                 01/11/2000

MARÍN SUÁREZ RIGOBERTO                                                                                    601150355                                                                       500104                                                                 01/11/2000

MARTÍNEZ VARGAS VÍCTOR                                                                                    502340940                                                                       500545                                                                 01/11/2000

MATARRITA CASTILLO DOUGLAS                                                                       601560291                                                                       500075                                                                 01/11/2000

MEJÍA VINDAS EDUARDO                                                                                         401270343                                                                       500546                                                                 01/11/2000

MÉNDEZ BRENES FRANCISCO                                                                                303180845                                                                       500097                                                                 01/11/2000

MENESES MOLINA RICARDO                                                                                  302290965                                                                       500125                                                                 01/11/2000

MEZA DE LA O ARMANDO                                                                                       502880603                                                                       500520                                                                 01/11/2000

MEZA ORTIZ LUIS                                                                                                           900870429                                                                       500105                                                                 01/11/2000

MONGE CASTRO ELVIS F.                                                                                          107270518                                                                       500077                                                                 01/11/2000

MONTERO BOLAÑOS OMAR                                                                                    202640196                                                                       500062                                                                 01/11/2000

MORA CAMPOS JORGE ISAAC                                                                                302750399                                                                       500215                                                                 01/11/2000

MORA GARCÍA EDGAR                                                                                               501860130                                                                       500549                                                                 01/11/2000

MORA PICADO JOHNNY                                                                                            601750947                                                                       500254                                                                 01/11/2000

MORA SEGNINI OSCAR                                                                                               204200546                                                                       500078                                                                 01/11/2000

MORA ULATE JUAN CARLOS                                                                                  203830368                                                                       500218                                                                 01/11/2000

MORALES GARCÍA ADONAY                                                                                  602260027                                                                       500220                                                                 01/11/2000

MORALES RAMÍREZ JOSÉ DAVID                                                                          204830661                                                                       500080                                                                 01/11/2000

MOREIRA ALFARO ORLANDO                                                                               401420002                                                                       500573                                                                 01/1112000

MORERA DUARTE CESAR                                                                                         502070906                                                                       500222                                                                 01/11/2000

MORERA VÁSQUEZ MARCELO                                                                               203990042                                                                       500119                                                                 01/11/2000

MUÑOZ MONTERO FRANCISCO                                                                              203590557                                                                       500108                                                                 01/11/2000

MUÑOZ VEGA LUIS                                                                                                       203070817                                                                       500235                                                                 01/11/2000

MURILLO MADRIGAL HERMIS                                                                               203270974                                                                       500217                                                                 01/11/2000

MURILLO QUIRÓS VÍCTOR                                                                                        107140821                                                                       500224                                                                 01/11/2000

MURILLO RODRÍGUEZ OSMAN                                                                              204170694                                                                       500487                                                                 01/11/2000

MURILLO SALAS ISACC                                                                                             601650551                                                                       500904                                                                 01/11/2000

MURILLO SOLANO MAGALY                                                                                 602080339                                                                       500578                                                                 01/11/2000

NÚÑEZ ROJAS MINOR                                                                                                   204430102                                                                       500227                                                                 01/11/2000

OBANDO GÓMEZ JOSÉ HIPOLITO                                                                          502290707                                                                       500588                                                                 01/11/2000

OBANDO VILLEGAS CARLOS LUIS                                                                      501870139                                                                       500550                                                                 01/11/2000

OCONITRILLO CALVO MARVIN                                                                             105680802                                                                       500115                                                                 01/11/2000

ORELLANA CORDERO FRANCISCO                                                                     601930345                                                                       500500                                                                 01/11/2000

OSORIO CUBERO HEYNER                                                                                       601810639                                                                       500228                                                                 01/11/2000

OVARES NARANJO MARVIN E.                                                                               105930973                                                                       500229                                                                 01/11/2000

PARRALES DÍAZ AMERSON                                                                                     502500872                                                                       500519                                                                 01/11/2000

PERAZA SALAZAR RICARDO                                                                                  104200170                                                                       500107                                                                 01/1112000

PERAZA ULATE FERNANDO                                                                                   204020937                                                                       500552                                                                 01/11/2000

PÉREZ QUESADA CARLOS                                                                                        302970533                                                                       500102                                                                 01/11/2000

PÉREZ SANCHEZ WENCESLAO                                                                              203580409                                                                       500084                                                                 01/11/2000

PICADO ABARCA VÍCTOR                                                                                         104970396                                                                       500488                                                                 01/11/2000

PICADO CASCANTE VÍCTOR                                                                                    106910891                                                                       500553                                                                 01/11/2000

PIEDRA AGUILAR MAURICIO                                                                                 107490593                                                                       500231                                                                 01/11/2000

PIZARRO TORRES RAFAEL E.                                                                                  203140584                                                                       500232                                                                 01/11/2000

PORRAS BOGANTES ASDRÚBAL                                                                           204020476                                                                       500114                                                                 01/11/2000

PORRAS MORA GEOVANNY                                                                                    106350500                                                                       500234                                                                 01/11/2000

PORRAS RAMÍREZ PEDRO                                                                                        203290121                                                                       500245                                                                 01/1112000

PORRAS VALERIO ROY FCO.                                                                                   105120194                                                                       500103                                                                 01/11/2000

QUESADA RAMIREZ EUGENIO                                                                              203590191                                                                       500038                                                                 01/11/2000

QUESADA SOTO GEOVANNY                                                                                 108520010                                                                       500238                                                                 01/11/2000

QUIROS VARGAS RONALD                                                                                       104210883                                                                       500557                                                                 01/11/2000

RAMÍREZ ALPIZAR RODOLFO                                                                                601080299                                                                       500248                                                                 01/11/2000

RAMÍREZ ARAYA JAVIER                                                                                          203680756                                                                       500249                                                                 01/11/2000

RAMÍREZ ESQUIVEL JHONNY                                                                                 900410448                                                                       500091                                                                 01/11/2000

RAMÍREZ GUTIERREZ MARCO                                                                                203480215                                                                       500536                                                                 01/11/2000

RAMIREZ MORALES IVAN                                                                                         106070938                                                                       500556                                                                 01/11/2000

RAMÍREZ ULATE CARLOS                                                                                         204380763                                                                       500239                                                                 01111/2000

REGIDOR FERNÁNDEZ ADRIANA                                                                         106770852                                                                       500064                                                                 01/11/2000

RIVAS LI EDDIE ALBERTO                                                                                        501640453                                                                       500241                                                                 01/11/2000

RODRÍGUEZ CARRANZA ALEXAND                                                                    204380791                                                                       500558                                                                 01/11/2000

RODRÍGUEZ CASTRO MARIANO                                                                            204140818                                                                       500530                                                                 01/11/2000

RODRÍGUEZ GONZALEZ JIMMY A                                                                        601240954                                                                       500583                                                                 01/11/2000

RODRÍGUEZ JUÁREZ KENNER FDO                                                                      502970525                                                                       500587                                                                 01/11/2000

RODRÍGUEZ MENA JUAN GUILLERMO                                                             105100172                                                                       500243                                                                 01/11/2000

RODRÍGUEZ SALAS JUAN C.                                                                                    401350210                                                                       500585                                                                 01/11/2000

ROJAS GRANADOS JOHNNY                                                                                    900870787                                                                       500244                                                                 01/11/2000

ROJAS MARTINEZ DANILO ALBERTO                                                                 700740693                                                                       500246                                                                 01/11/2000

ROJAS MONTERO ALBERTO                                                                                     107190228                                                                       500559                                                                 01/11/2000

ROMERO UGARTE MOISÉS                                                                                        601340727                                                                       500560                                                                 01/11/2000

ROSALES QUINTANA LUIS                                                                                       105920113                                                                       500247                                                                 01/11/2000

RUIZ BALTODANO JOSÉ FELIX                                                                               700540482                                                                       500532                                                                 01/11/2000

RUIZ LEIVA MARVIN                                                                                                    501910885                                                                       500510                                                                 01/11/2000

SABORÍO MARÍN CARLOS                                                                                         601580357                                                                       500538                                                                 01/11/2000

SALAS LEIVA JUAN JOSÉ                                                                                           106380773                                                                       500569                                                                 01/11/2000

SALAS SALAZAR ALEXANDER                                                                              401250476                                                                       500250                                                                 01/11/2000

SALAZAR MURILLO FELIX                                                                                       204240507                                                                       500252                                                                 01/11/2000

SALAZAR RODRÍGUEZ JIMMY A.                                                                           203530068                                                                       500067                                                                 01/11/2000

SANABRIA LUNA LUIS                                                                                               302790090                                                                       500253                                                                 01/11/2000

SÁNCHEZ ARCE OSWALDO                                                                                      401360753                                                                       500480                                                                 01/11/2000

SÁNCHEZ GARITA GREIVIN                                                                                      602540255                                                                       500561                                                                 01/11/2000

SÁNCHEZ LÓPEZ CELIA                                                                                              108630257                                                                       500577                                                                 01/11/2000

                                                                                                                                                                                                                     Fecha rige

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                           nombramiento

Nombre servidor propiedad                                                                                              Cédula                                                                      N° de Puesto                                                           en propiedad

SÁNCHEZ MIRANDA RONALD ARN                                                                     303460481                                                                       500937                                                                 01/11/2000

SÁNCHEZ SÁNCHEZ FRANKLIN                                                                             401270236                                                                       500513                                                                 01/11/2000

SEGURA SANTAMARÍA VÍCTOR M                                                                        601330047                                                                       500039                                                                 01/11/2000

SEQUEIRA ULATE OSCAR                                                                                         203850671                                                                       500174                                                                 01/11/2000

SERRANO VARGAS CARLOS                                                                                    302150553                                                                       500515                                                                 01/11/2000

SOLANO AGUIRRE JOSÉ MANUEL                                                                       700760214                                                                       500233                                                                 01/11/2000

SOLANO GONZÁLEZ ABDENAGO                                                                        501390222                                                                       500099                                                                 01/11/2000

SOSSA ZÚÑIGA JUAN                                                                                                    203000012                                                                       500579                                                                 01/11/2000

SOTO ARAYA LUIS FDO.                                                                                            203880149                                                                       500575                                                                 01/11/2000

SOTO ROJAS EDDY                                                                                                        204610127                                                                       500255                                                                 01/11/2000

TOPPING LOBO MANUEL EDO.                                                                             105370662                                                                       500094                                                                 01/11/2000

ULATE FALLAS VÍCTOR                                                                                             202950207                                                                       500116                                                                 01/11/2000

UREÑA SERRANO EDWIN                                                                                         106050698                                                                       500083                                                                 01/11/2000

UREÑA VEGA JOSELITO                                                                                             106530999                                                                       500534                                                                 01/11/2000

VALENCIANO ARIAS CARLOS                                                                                108480639                                                                       500571                                                                 01/11/2000

VARELA HERRERA MANUEL                                                                                  700620163                                                                       500265                                                                 01/11/2000

VARGAS GÓMEZ MARIO                                                                                             107870316                                                                       500257                                                                 01/11/2000

VARGAS GRANADOS BERNAL                                                                               204150873                                                                       500566                                                                 01/11/2000

VARGAS JIMÉNEZ JUAN DIEGO                                                                              108610360                                                                       500101                                                                 01/11/2000

VARGAS MARCHENA ANGEL                                                                                 601210855                                                                       500258                                                                 01/11/2000

VARGAS MORA FREDDY                                                                                           700830993                                                                       500492                                                                 01/11/2000

VARGAS ULATE LUIS RODOLFO                                                                           203780710                                                                       500548                                                                 01/11/2000

VARGAS VARGAS ALEXANDER                                                                            601890732                                                                       500567                                                                 01/11/2000

VARGAS VARGAS ELIUTH                                                                                        601850281                                                                       500512                                                                 01/11/2000

VÁSQUEZ GUTIERREZ GERARDO                                                                          204020273                                                                       500517                                                                 01/11/2000

VÁSQUEZ ROJAS JUAN ANTONIO                                                                          203350406                                                                       500261                                                                 01/11/2000

VÁSQUEZ ROJAS ORLANDO FCO.                                                                          202830725                                                                       500106                                                                 01/11/2000

VÁSQUEZ VEGA MILTON                                                                                           601750217                                                                       500493                                                                 01/11/2000

VEGA CAMPOS MARVIN                                                                                            204280654                                                                       500568                                                                 01/11/2000

VÍLCHEZ MONGE JORGE LUIS                                                                                105960298                                                                       500263                                                                 01/11/2000

VILLALOBOS ROJAS JORGE                                                                                     203460826                                                                       500494                                                                 01/11/2000

VILLEGAS HERNANDEZ JOSÉ                                                                                 501750593                                                                       500495                                                                 01/11/2000

VILLEGAS PRENDAS EFRAÍN                                                                                 601790466                                                                       500570                                                                 01/11/2000

WILLIAMSON ROSE HERALDO                                                                              107570284                                                                       500777                                                                 01/11/2000

ZÚÑIGA LOBO CRISTIAN                                                                                            109910758                                                                       500496                                                                 01/11/2000

ZÚÑIGA PORRAS MIGUEL                                                                                         108570938                                                                       500266                                                                 01/11/2000          

2º—Los nombramientos rigen a partir de la fecha de cada nombramiento en propiedad.

Publíquese y notifíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante.—1 vez.—(O. C. Nº 29658).—C-214250.—(30744).

MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN NACIONAL

   Y POLÍTICA ECONÓICA

N° 023-05-PLAN.—San José, 10 de noviembre del 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE PLANIFICACIÓN NACIONAL

Y POLÍTICA ECONÓMICA

Con fundamento en lo dispuesto en artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, 25.1, 27.1 y 28.2.B de la Ley General de la Administración Pública (N° 6227 de 2 de mayo de 1978) y en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2005 (Ley N° 8428 de 29 de noviembre del 2004).

Considerando:

I.—Que el Gobierno de la República por medio del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), fue invitado a participar en el “Seminario Iberoamericano sobre Nuevas Modalidades de Formación para Directivos Públicos”, organizado por el Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo (CLAD).

II.—Que las actividades y los propósitos del “Seminario Iberoamericano sobre Nuevas Modalidades de Formación para Directivos Públicos”, son de interés para las funciones y objetivos institucionales de MIDEPLAN, en vista de que constituye un foro sobre los programas de formación y capacitación de directivos públicos.

III.—Que la señora Florita Azofeifa Monge es funcionaria de MIDEPLAN y cumple funciones de Viceministra, motivo por el cual su participación en el evento descrito en el Considerando I° resulta de interés. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Autorizar a la señora Florita Azofeifa Monge, cédula de identidad Nº 1-588-597, Viceministra de Planificación Nacional y Política Económica para que viaje y asista al Seminario Iberoamericano sobre Nuevas Modalidades de Formación para Directivos Públicos, organizado por el Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo (CLAD), a realizarse en Isla Margarita, Venezuela, del 8 al 9 de diciembre de 2005.

Artículo 2º—El Gobierno de España cubrirá gastos por concepto de transporte. El CLAD cubrirá gastos por concepto de viáticos. El Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) cubrirá pólizas de seguro por accidente y enfermedad (INS: Seguro Viajeros con Asistencia) y gastos menores como llamadas telefónicas internacionales y servicio de Internet, con cargo al Título 127 (Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica) Programa 863 (Actividades Centrales), Subpartidas 132 (Gastos de viaje en el exterior) y 150 (Seguros) del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2005 (Ley 8428 del 29 de noviembre del 2004).

Artículo 3º—Durante el plazo descrito en el artículo 4° la señora Viceministra Azofeifa Monge devengará el cien por ciento de su salario.

Artículo 4º—Rige del 7 al 10 de diciembre del 2005.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Planificación Nacional y Política Económica, Jorge Polinaris Vargas—1 vez.—(Solicitud Nº 37111).—C-25320.—(30745).

 

N° 003-06-PLAN.—San José, 19 de enero del 2006

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE PLANIFICACIÓN NACIONAL

Y POLÍTICA ECONÓMICA

Con fundamento en lo dispuesto en artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, 25.1, 27.1 y 28.2.B de la Ley General de la Administración Pública (N° 6227 de 2 de mayo de 1978) y en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2006 (Ley N° 8490 del 15 de diciembre del 2005).

Considerando:

I.—Que la Universidad de Costa Rica y el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), suscribieron Convenio de Cooperación Interinstitucional el día 23 de abril del 2004, con el propósito de ejecutar programas, proyectos y actividades de investigación y capacitación dirigidos a la modernización del Estado, que contribuyan directamente a mejorar la calidad de los productos y servicios prestados por MIDEPLAN a la sociedad costarricense y a la gestión institucional de la Administración Pública.

II.—Que la Universidad de Costa Rica cursó participación a MIDEPLAN en el “Curso de Gobierno en Línea”, organizado por la Agencia Canadiense de Desarrollo Internacional (ACDI) por medio de la Universidad de Quebec (ENAP), Canadá.

III.—Que las actividades y los propósitos del “Curso de Gobierno en Línea”, son de interés para las funciones y los objetivos institucionales de MIDEPLAN, en vista de que el tema de gobierno electrónico es determinante en la conceptualización moderna del Estado.

IV.—Que el señor Leonardo Castellón Rodríguez, es funcionario de MIDEPLAN y cumple funciones en el Área de Modernización del Estado, motivo por el cual su participación en el evento descrito en el Considerando II, resulta de interés. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Autorizar al señor Leonardo Castellón Rodríguez, cédula de identidad Nº 1-927-673, funcionario del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), para que viaje y asista al “Curso de Gobierno en Línea”, organizado por la Agencia Canadiense de Desarrollo Internacional (ACDI) por medio de la Universidad de Quebec (ENAP), a realizarse en la ciudad de Quebec, Canadá, del 18 al 25 de febrero del 2006.

Artículo 2º—La ACDI cubrirá gastos por concepto de transporte y viáticos. El Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) cubrirá gastos de impuestos aeropuertarios de entrada y salida de Canadá y pólizas de seguro por accidente y enfermedad (INS: Seguro Viajeros con Asistencia), con cargo al Título 217 (Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica) Programa 863 (Administración Central), Subpartidas 1.05.04 (Viáticos en el exterior) y 1.06.01 (Seguros Personales) del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2006 (Ley 8490 del 15 de diciembre del 2005).

Artículo 3º—Durante el plazo descrito en el artículo 4°, el señor Castellón Rodríguez devengará el cien por ciento de su salario.

Artículo 4º—Rige del 17 al 26 de febrero del 2006.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Planificación Nacional y Política Económica, Jorge Polinaris Vargas.—1 vez.—(Solicitud Nº 37111).—C-25320.—(30746).

MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Nº 007-2006-MICIT.—San José, 8 de marzo del 2006

LA PRIMERA VICEPRESIDENTA EN EL EJERCICIO

DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; y los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2), acápite b), de la Ley Nº 6227 o Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8398 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, la Ley Nº 6362 o Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, del 3 de setiembre de 1979 y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que el Seminario Situación Actual y Perspectivas de la Televisión Digital en Europa y América Latina, es de interés para el Ministerio de Ciencia y Tecnología, en virtud del énfasis que esta entidad tiene en el desarrollo y fortalecimiento de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en el país y por el auge y beneficios que a nivel mundial ha mostrado la televisión digital terrestre.

2º—Que la participación de la señora Margoth Mena Young en este Seminario, responde a la funciones propias de su puesto de Asesora de la Unidad de Comunicación del Ministerio de Ciencia y Tecnología, y en la implementación de las técnicas, tácticas y tecnologías que impulsen, apoyen, difundan y/o garanticen el adecuado desarrollo de dichas áreas.

3º—Que el señor Ministro de Ciencia y Tecnología, MBA. Fernando Gutiérrez Ortiz, valorando los contenidos del Seminario referido y su posterior aplicación en el Ministerio a su cargo, aprueba la participación de la señora Margoth Mena Young, asesora del despacho en Comunicación, en esta capacitación. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Designar a la señora Margoth Mena Young, portadora de la cédula de identidad uno-ochocientos setenta-ochocientos cuatro, funcionaria asesora de la Unidad de Comunicación, del Ministerio de Ciencia y Tecnología, para que participe en el Seminario Situación Actual y Perspectivas de la Televisión Digital en Europa y América Latina, que se llevará a cabo del 20 al 22 de marzo del 2006, en el Centro de Formación de la Cooperación Española, en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, organizado por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo español, a través de la Secretaría de Estado para las Telecomunicaciones y la Sociedad de la Información y la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones._

Artículo 2º—Los gastos de la funcionaria Mena Young, por concepto de pasaje aéreo, por un monto de $1.130,00 (mil ciento treinta dólares americanos), serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503, y los gastos por concepto de impuestos, tributos o cánones que la funcionaria deba pagar por la utilización de las terminales aéreas, así como los gastos por concepto de transporte interno dentro del país sede del evento, serán cubiertos con recursos de la subpartida 10504, del Programa 893, los gastos por concepto de alimentación y hospedaje serán cubiertos por el Gobierno Español.

Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la participación de la funcionaria Mena Young en la actividad denominada Situación Actual y Perspectivas de la Televisión Digital en Europa y América Latina, que se celebra en el Centro de Formación de la Cooperación Española, en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del diecinueve de marzo y hasta su regreso el día veinticuatro de marzo del año dos mil seis.

LINETH SABORÍO CHAVERRI.—El Ministro de Ciencia y Tecnología, Fernando Gutiérrez Ortiz.—1 vez.—(Nº 022).—C-27520.—(31546).

 

DOCUMENTOS VARIOS

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD Y MACRO

EVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO

REPOSICIÓN DE TÍTULO

AVISOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta Supervisión se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 111, título N° 1336, emitido por el Colegio Gregorio José Ramírez Castro, en el año dos mil tres, a nombre de Álvarez Valverde Denis. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 22 de abril del 2006.—Departamento de Supervisión Nacional.—Msc. Trino Zamora Zumbado, Director.—(29477).

Ante esta Supervisión se ha presentado la solicitud de reposición del diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada “Rama Académica”, Modalidad Ciencias y Letras inscrito en el tomo 1, folio 14, título N° 253, emitido por el Instituto Centroamericano Adventista, en el año mil novecientos setenta y seis, a nombre de Caroline June Dodd Grant. Se solicita la reposición del título indicado por perdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 29 de marzo del 2006.—Msc. Trino Zamora Zumbado, Director.—(29851).

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 104, título N° 1413, emitido por el Colegio de Palmares, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Allen Roberto Gólcher Vásquez. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(30051).

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, inscrito en el tomo 1, folio 39, asiento N° 253, emitido por el Instituto de Guanacaste, en el año mil novecientos setenta y seis, a nombre de Jenny María Vega Pérez. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de noviembre del 2004.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(30096).

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 8, título Nº 12, emitido por el Atlantic College, en el año dos mil uno, a nombre de Juan Carlos Ching Ping. Se solicita la reposición del título indicado por corrección del apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son: Juan Carlos Ching Fu. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintisiete días del mes de marzo del dos mil seis.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(31024).

Ante esta Supervisión se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media inscrito en el Tomo 1, Folio 82, Título Nº 398, emitido por el Liceo Salvador Umaña Castro, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Julio Hernández Salazar. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellidos, cuyos nombres y apellidos correctos son: Julio César Chaves Hernández. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 29 de marzo del 2006.—Msc. Trino Zamora Zumbado, Director.—(31417).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS

SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN EN CAUCE

DE DOMINIO PÚBLICO

En expediente Nº 12-2004 el señor Jorge Miranda Arrinda, mayor, divorciado, empresario, vecino de Escazú, San José, cédula de identidad Nº 8-031-412, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Agricultura Mecanizada Chapernal S. A., solicita a nombre de su representada, concesión para explotación de materiales (arena, piedra y grava) del cauce de dominio público del río Aranjuez con las siguientes características:

Localización geográfica:

Sito en Aranjuez, distrito 02 Pitahaya, cantón 01 Puntarenas, provincia 06 Puntarenas.

Hoja cartográfica:

Hoja Chapernal, escala 1:50.000 del I.G.N.

Localización cartográfica:

Entre coordenadas generales:        226000.000 - 447145.148 y 226021.403 - 447476.282 límite aguas abajo; 227775.002 - 447684.794 y 227777.873 - 447643.693, límite aguas arriba.

Área solicitada:

43 Ha. 1.025,20 m², según consta en plano aportado al folio 17, mismo que debe utilizarse para la revisión en el campo del amojonamiento.

Derrotero:

Coordenadas del vértice Nº 1-226000.000 Norte y 447145.148 Este.

                      Línea                                                                        Acimut                                                                  Distancia (m)

                        1-2                                                                            86º 18.1’                                                                   331,83

                        2-3                                                                          337º 14.0’                                                                   295,57

                        3-4                                                                            19º 22.0’                                                                   412,98

                        4-5                                                                            16º 31.0’                                                                   461,23

                        5-6                                                                            11º 45.0’                                                                   324,19

                        6-7                                                                          358º 04.0’                                                                   332,04

                        7-8                                                                          273º 58.0’                                                                     41,50

                        8-9                                                                          205º 53.0’                                                                   596,36

                       9-10                                                                         196º 41.0’                                                                   557,80

                      10-11                                                                        194º 42.0’                                                                   362,14

                       11-1                                                                         177º 44.0’                                                                   357,01

Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 12 de noviembre del 2004, área y derrotero aportados el 10 de febrero del 2005.

Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.

San José, dieciséis de marzo del dos mil seis.—Registro Nacional Minero.—Lic. Rosa María Ovares Alvarado, Jefa.—Nº 95411.—(30356).

2 v. 1. alt.

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Expediente Nº 12197-P.—Bienes Revera Colón S. A., solicita concesión del pozo GM-94 en su propiedad en Jiménez, Pococí, Limón. Coordenadas 242.800 / 563.900 Hoja Guácimo. Se utilizará 3,5 litros por segundo para uso industrial. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de marzo del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 94860.—(29742).

Expediente Nº 12209-P.—Propiedades Tres Montañas S. A., solicita concesión 4 litros por segundo de cada uno de los pozos VI-117 y VI-118 perforados en su propiedad en Santa Cruz, para usos domésticos y riego. Coordenadas aproximadas 256.125 / 339.000 Hoja Villarrreal. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de marzo del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 94951.—(29743).

Expediente Nº 5314-P.—Flores de San José S. A., solicita en concesión 5,5 litros por segundo del pozo IS-272 perforado en su propiedad en Cartago, para riego. Coordenadas aproximadas 203.400 / 539.400 Hoja Istarú. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de marzo del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 95371.—(30353).

Expediente Nº 737.—Pastora y Burgos S. A., solicita concesión de aguas de un nacimiento sin nombre en propiedad de Neftalí Gómez Coto en coordenadas 216.400 / 553.700, hoja Istarú, en Oreamuno de Cartago, para doméstico, abrevadero y lechería, en cantidad de 1,80 litros por segundo. Propietarios de predios inferiores: Neftalí Gómez Coto. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de marzo del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 95479.—(30354).

Expediente Nº 12220-P.—Duyo Vidovich Mesén y María Sileni Vega Salazar, solicitan en concesión 15 litros por segundo del pozo TS-75 perforado en su propiedad en Garabito, para riego. Coordenadas aproximadas 199.034 / 471.818 Hoja Tárcoles. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de marzo del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 95511.—(30355).

Expediente Nº 12206-P.—Santa Teresa Investments STI de Puntaguana S.R.L. Solicita concesión de pozo RA-90 en su propiedad en Cóbano, Puntarenas, coordenadas 184.191 / 405.298. Hoja Río Ario. Se utilizarán 2 litros por segundo para uso doméstico, riego y piscina doméstica. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de marzo del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(30510).

Expediente Nº 12218.—Anabelle Azuola Valls solicita, en concesión, 0,25 litros por segundo de un nacimiento sin nombre en Tempate, Santa Cruz, Guanacaste, captado en propiedad de Diamantina Bustos Bustos y Celso Pérez Molina para uso doméstico y abrevadero Predios inferiores: Coordenadas aproximadas 269.100 / 348.100. Hoja Belén. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de marzo del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 95637.—(30649).

Expediente Nº 12216-P.—Grupo Británico GBCR para el Desarrollo y las Inversiones S. A., solicita concesión, 3 litros por segundo del pozo AB-2379, perforado en su propiedad en Goicoechea, para uso doméstico. Coordenadas aproximadas 214.170/529.720 Hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de marzo del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(30700).

Expediente Nº 4868.—Teresita López Ulloa, solicita en concesión 0,03 litros por segundo de un nacimiento en Aserrí, San José, captado en su propiedad para uso doméstico. Predios inferiores: no se indican. Coordenadas aproximadas: 204.400/526.750, hoja Abra. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de marzo del 2006.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(31017).

Exp. 12183P.—Quinta Blue Beach S. A., solicita en concesión 0,10 litros por segundo del pozo GA-106 perforado en su propiedad en Nicoya, para usos domésticos. Coordenadas 211.252 / 355.112 Hoja Garza. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 6  de marzo del 2006.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 95911.—(31145).

Exp. 12202-P.—Agustín Urbina Leal solicita, en concesión, 2 litros por segundo del pozo GA-112 perforado en su propiedad en Nicoya, uso doméstico. Coordenadas aproximadas 212.105 / 357.792 Hoja Garza. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de marzo del 2006.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 95912.—(31146).

Exp. 12212-P.—Mathe y Mathe S. A., solicita en concesión 1,5 litros por segundo del pozo CJ-35, perforado en su propiedad, para usos domésticos, en Santa Cruz. Coordenadas 222.132 / 350.942 Hoja Cerro Brujo. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de marzo de 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(31422).

 

PODER JUDICIAL

AVISOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

Ante esta Dirección se ha recibido solicitud de la licenciada Mary Ching Sojo, cédula de identidad Nº 3-0323-0482, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta de la interesada para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 06-000024-624-NO.—San José, 7 de marzo del 2006.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—(31356).

 

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se avisa a las partes interesadas que en este Registro se encuentra en trámite el proceso administrativo de rectificación de los asientos de nacimiento de Noily Eduvilia Salazar Arguedas, Marlene Lorena de la Trinidad Salazar Arguedas, Hannia Isel Zúñiga Arguedas, Julio César Barrera Arguedas y Douglas Vladimir Barrera Arguedas. Exp. Nº 24639-05.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas y veintisiete minutos del diez de marzo del dos mil seis. Proceso administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de Noily Eduvilia Salazar Arguedas, que lleva el número cero sesenta y cuatro, folio cero treinta y dos, tomo cuatrocientos treinta, de la provincia de Alajuela, Sección de Nacimientos, de Marlene Lorena de la Trinidad Salazar Arguedas, que lleva el número setecientos cuarenta y cinco, folio trescientos setenta y tres, tomo cuatrocientos cuarenta y tres, de la provincia de Alajuela, Sección de Nacimientos, de Hannia Isel Zúñiga Arguedas, que lleva el número doscientos cinco, folio ciento tres, tomo novecientos dieciséis, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos, de Julio César Barrera Arguedas, que lleva el número trescientos cincuenta y ocho, folio ciento setenta y nueve, tomo mil diecinueve, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos y de Douglas Vladimir Barrera Arguedas, que lleva el número cero cuarenta y dos, folio cero veintiuno, tomo mil doscientos ochenta y tres, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos, en el sentido que los mismos son hijos de “Carlos Luis Solís Solís y María Nieves Arguedas Camacho, costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, se confiere audiencia dentro del término de ocho días a partir de la primera publicación en el Diario Oficial La Gaceta a los señores María Nieves Arguedas Camacho, Amancio Salazar Chinchilla, Reyes Gerardo Zúñiga García, Julio César Barrera Soto, Marlene Lorena de la Trinidad Salazar Arguedas, Hannia Isel Zúñiga Arguedas, Julio César Barrera Arguedas y Douglas Vladimir Barrera Arguedas, con el propósito que se pronuncien en relación con este proceso. Se ordena publicar este edicto por tres veces en el mismo diario y se previene a las partes interesados para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Jefe a. í.—(Solicitud Nº 356-2006).—C-56160.—(30747).

PUBLICACIÓN DE unA VEZ

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Sindy Pamela Rodríguez Montes de Oca y Blanca Melania Laguna Cárdenas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2295-2005 Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, las ocho horas tres minutos del diecinueve de diciembre del dos mil cinco. Ocurso. Exp N° 11919-05. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Jennifer Audily Cárdenas Laguna... en el sentido que los apellidos de la madre de la persona ahí Inscrita son “Laguna Cárdenas” y no como se consignaron. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 95888.—(31156).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Yara Mayrela Salas Barrantes, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 0354-06.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas treinta y cinco minutos del veintiocho de febrero del dos mil seis. Exp. Nº 19825-05. Resultando: 1º—...; 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo…; Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Yarha Carolina Salas Barrantes, que lleva el número... en el sentido que el padre... es “Carlos Alberto Elenes, no indica segundo apellido ni nacionalidad.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia Mª González Richmond, Jefa.—1 vez.—(31179).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jhony Alberto Gil Hernández, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 514-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos jurídicos.—San José, a las ocho horas cincuenta minutos del veintidós de marzo del dos mil seis. Ocurso. Exp. Nº 17849-2005, Resultando 1º—…; 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Jhonny Alberto Gil Hernández con Eunice Adilia Vallejos Jaen, en el sentido que el primer nombre del cónyuge es “Jhony” y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(31182).

 

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL EN CIUDAD COLÓN

Contratación de limpieza edificios

La Sucursal del Seguro Social en Ciudad Colón, de acuerdo al artículo 6º de la Ley de Contratación y su Reglamento, comunica que para efectos de trámite en Contratación de limpieza edificios, el presupuesto de operaciones 2006, es el siguiente:

          Partida presupuestaria                           Monto ¢

2191 Contratación limpieza edificios               1.200.000,00

Administración.—Violeta Rodríguez Villalta.—1 vez.—(31571).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUÍ

PLAN ANUAL DE BIENES Y SERVICIOS (detallado)

De conformidad con lo establecido en el artículo 6º de la Ley de Contratación Administrativa y artículo 7º del Reglamento de Contratación Administrativa, se da a conocer el programa de adquisiciones para el período 2006. (Según publicación del viernes 13 de enero del 2006, pág. 42).

PRESUPUESTO ORDINARIO 2006

PROGRAMA I

ADMINISTRACIÓN                                                                                                                                                                                                                                                                                                 

SERVICIOS                                                                                                                                                                      Monto                                                                                                                         Período

                                                                                                                                                                                           estimado ¢                                                                                                                   ejecución

Alquileres                                                                                                                                                                        750.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

Servicios básicos                                                                                                                                                       5.474.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

Servicios comerciales y financieros                                                                                                                      6.174.950,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

Servicios de gestión y apoyo                                                                                                                               11.130.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

Gastos de viaje y transporte                                                                                                                                 11.375.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

Seguros, reaseguros y otras obligaciones                                                                                                           7.826.439,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

Capacitación y protocolo                                                                                                                                        7.120.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

Mantenimiento y reparación                                                                                                                                   3.280.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

MATERIALES Y SUMINISTROS

Productos químicos y conexos                                                                                                                              9.998.568,60                                                                                                            Enero a Dic 2006

Alimentos y productos agropecuarios                                                                                                                    750.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

Herramientas, repuestos y accesorios                                                                                                                   1.450.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

Útiles, materiales y suministros diversos                                                                                                            8.410.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

BIENES DURADEROS                               

Maquinaria, equipo y mobiliario,                                                                                                                       19.400.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

PROGRAMA II

RECOLECCION DE BASURA

SERVICIOS

Mantenimiento y reparación                                                                                                                                       500.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

Seguros, reaseguros y otras obligaciones,                                                                                                             115.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

MATERIALES Y SUMINISTROS

Productos químicos y conexos                                                                                                                              1.950.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

Herramientas, repuestos y accesorios                                                                                                                      200.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

Útiles, materiales y suministros diversos                                                                                                               525.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

CAMINOS Y CALLES

SERVICIOS

Mantenimiento y reparación                                                                                                                                       500.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

Seguros, reaseguros y otras obligaciones                                                                                                              120.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

MATERIALES Y SUMINISTROS

Productos químicos y conexos                                                                                                                              1.500.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

Herramientas, repuestos y accesorios                                                                                                                   2.400.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

EDUCATIVOS, CULTURALES Y DEPORTIVOS

SERVICIOS                                                                                                                                                                            Monto                                                                                                            Período

                                                                                                                                                                                                 estimado ¢                                                                                                       ejecución

Gastos de viaje y transporte                                                                                                                                   2.200.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

Capacitación y protocolo                                                                                                                                        2.500.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

MATERIALES Y SUMINISTROS

Herramientas, repuestos y accesorios                                                                                                                      300.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

Útiles, materiales y suministros diversos                                                                                                               650.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

SOCIALES COMPLEMETARIOS

SERVICIOS

Gastos de viaje y transporte                                                                                                                                       100.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

Capacitación y protocolo                                                                                                                                        2.000.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

MATERIALES Y SUMINISTROS

Productos químicos y conexos                                                                                                                                    50.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

Útiles, materiales y suministros diversos                                                                                                               150.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

TRATAMIENTO DE BASURA

SERVICIOS

Seguros, reaseguros y otras obligaciones                                                                                                              225.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

Mantenimiento y reparación                                                                                                                                       300.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

MATERIALES Y SUMINISTROS

Productos químicos y conexos                                                                                                                              2.200.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

Herramientas, repuestos y accesorios                                                                                                                      700.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

Útiles, materiales y suministros diversos                                                                                                               100.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS

MATERIALES Y SUMINISTROS

Productos químicos y conexos                                                                                                                                  100.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

Materiales y productos de uso en la

construcción y mantenimiento                                                                                                                                   600.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

Herramientas, repuestos y accesorios                                                                                                                      100.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

MEDIO AMBIENTE

SERVICIOS

Capacitación y protocolo                                                                                                                                        3.000.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

MATERIALES Y SUMINISTROS

Materiales y productos de uso en la

construcción y mantenimiento                                                                                                                                   540.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

EMERGENCIAS CANTONALES

SERVICIOS

Alquileres                                                                                                                                                                    8.000.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

MATERIALES Y SUMINISTROS

Materiales y productos de uso en la

construcción y mantenimiento                                                                                                                               7.000.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

APORTES EN ESPECIE

MATERIALES Y SUMINISTROS

Productos, químicos y conexos                                                                                                                             3.000.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

Materiales y productos de uso en la

construcción y mantenimiento                                                                                                                               7.000.000,00                                                                                                            Enero a Dic 2006

INVERSIONES

EDIFICIOS

CONSTRUCCIÓN DE AULAS EN EL CANTÓN

                                                                                                                                                                                      Mes de inicio

Lugar                                                                                                                                                                              ejecución                                                                                                             Presupuesto ¢

Escuela de la Ceiba en Pto Viejo                                                                                                                                   Enero                                                                                                                 3.000.000,00

Escuela de Pueblo Nuevo de la Aldea                                                                                                                       Febrero                                                                                                               4.000.000,00

Escuela de Finca Once                                                                                                                                                       Julio                                                                                                                  4.000.000,00

Telesecundaria de la Conquista                                                                                                                                      Julio                                                                                                                  3.000.000,00

TOTAL                                                                                                                                                                                                                                                                                                          14.000.000,00

Incluye adquisición servicios de mano de obra y materiales de construcción (productos metálicos, materiales y productos minerales y asfálticos, madera y sus derivados. Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo, productos de vidrio y materiales y productos de plástico).

CONCLUSIÓN DE SALONES MULTIUSOS

                                                                                                                                                                                      Mes de inicio

Lugar                                                                                                                                                                              ejecución                                                                                                             Presupuesto ¢

Salón multiusos de Finca Ocho.                                                                                                                                     Julio                                                                                                                  6.000.000,00

Salón Multiuso de las Marías.                                                                                                                                       Marzo                                                                                                                 2.000.000,00

Salón Multiuso de Golfito.                                                                                                                                            Agosto                                                                                                               2.000.000,00

TOTAL                                                                                                                                                                                                                                                                                                          10.000.000,00

Incluye adquisición de materiales de servicios de mano de obra y materiales de construcción (productos metálicos, materiales y productos minerales y asfálticos, madera y sus derivados. Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo).

REPARACIONES Y MEJORAS EN CEN-CINAI DEL CANTÓN

                                                                                                                                                                                      Mes de inicio

Lugar                                                                                                                                                                              ejecución                                                                                                             Presupuesto ¢

CEN-CINAI de La Guaria de Pto Viejo                                                                                                                       Julio                                                                                                                  1.700.000,00

TOTAL                                                                                                                                                                                                                                                                                                             1.700.000,00

Incluye adquisición de materiales de servicios de mano de obra y materiales de construcción (productos metálicos, materiales y productos minerales y asfálticos, madera y sus derivados. Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo y productos de vidrio).

VÍAS DE COMUNICACIÓN

UNIDAD TECNICA DE GESTION VIAL

                                                                                                                                                                                      Mes de inicio

Objeto de gasto                                                                                                                                                           ejecución                                                                                                             Presupuesto ¢

Servicios                                                                                                                                                                   Enero a diciembre                                                                                                   16.350.000,00

Incluye servicios de gestión y apoyo, gastos de viaje y transporte, seguros, reaseguros y otras obligaciones.

                                                                                                                                                                                      Mes de inicio

Objeto de gasto                                                                                                                                                           ejecución                                                                                                             Presupuesto ¢

Materiales y suministros                                                                                                                                      Enero a diciembre                                                                                                      1.100.000,00

Incluye productos químicos y conexos, herramientas y accesorios y útiles, materiales y suministros diversos.

                                                                                                                                                                                      Mes de inicio

Objeto de gasto                                                                                                                                                           ejecución                                                                                                             Presupuesto ¢

Bienes duraderos                                                                                                                                                    Enero a diciembre                                                                                                         650.000,00

Incluye maquinaria, equipo y mobiliario.

TOTAL                                                                                                                                                                                                                                                                                                          18.100.000,00

MANTENIMIENTO RUTINARIO

                                                                                                                                                                                      Mes de inicio

Objeto de gasto                                                                                                                                                           ejecución                                                                                                             Presupuesto ¢

Servicios                                                                                                                                                                   Enero a diciembre                                                                                                   12.322.910,00

Incluye alquileres y derechos para telecomunicaciones, mantenimiento y reparación equipo de trasporte y mantenimiento y reparación de equipo de comunicación.

                                                                                                                                                                                      Mes de inicio

Objeto de gasto                                                                                                                                                           ejecución                                                                                                             Presupuesto ¢

Materiales y suministros                                                                                                                                      Enero a diciembre                                                                                                   65.544.531,25

Incluye productos químicos y conexos, herramientas, repuestos y accesorios.

TOTAL                                                                                                                                                                                                                                                                                                          77.867.441,25

MEJORAMIENTO DE LA RED VIAL

                                                                                                                                                                                      Mes de inicio

Objeto de gasto                                                                                                                                                           ejecución                                                                                                             Presupuesto ¢

Asfaltado en Finca Seis                                                                                                                                                    Enero                                                                                                                    560.810,00

Camino Coyol La Colonia                                                                                                                                             Febrero                                                                                                             13.676.500,00

TOTAL                                                                                                                                                                                                                                                                                                          14.000.000,00

Incluye adquisición servicios de mano de obra (alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario,) y materiales y suministros (materiales y productos minerales y asfálticos).

CONSTRUCCIONES ADICIONES Y MEJORAS

                                                                                                                                                                                      Mes de inicio

Objeto de gasto                                                                                                                                                           ejecución                                                                                                             Presupuesto ¢

Puente sobre el Río La Tigra                                                                                                                                          Enero                                                                                                              75.000.000,00

Puente sobre el Río Sucio (Bananeras)                                                                                                                        Enero                                                                                                              10.000.000,00

TOTAL                                                                                                                                                                                                                                                                                                          85.000.000,00

Incluye adquisición de bienes duraderos en vías de comunicación terrestre.

CASOS DE EJECUCIÓN INMEDIATA DE LA RED VIAL CANTONAL

                                                                                                                                                                                      Mes de inicio

Objeto de gasto                                                                                                                                                           ejecución                                                                                                             Presupuesto ¢

Servicios                                                                                                                                                                   Enero a Diciembre                                                                                                     7.500.000,00

Incluye adquisición de alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario.

                                                                                                                                                                                      Mes de inicio

Objeto de gasto                                                                                                                                                           ejecución                                                                                                             Presupuesto ¢

Materiales y suministros                                                                                                                                      Enero a Diciembre                                                                                                     7.552.125,00

Incluye adquisición de materiales y productos metálicos, materiales y productos minerales y asfálticos y madera y sus derivados.

TOTAL                                                                                                                                                                                                                                                                                                          15.052.125,00

CONSTRUCCIÓN DE ACERAS EN EL CANTÓN

CONSTRUCCIÓN ADICIONES Y MEJORAS

                                                                                                                                                                                      Mes de inicio

Objeto de gasto                                                                                                                                                           ejecución                                                                                                             Presupuesto ¢

Servicios                                                                                                                                                                                Julio                                                                                                                  7.803.115,00

TOTAL                                                                                                                                                                                                                                                                                                             7.803.115,00

Incluye adquisición de bienes duraderos en vías de comunicación terrestre.

CONSTRUCCIÓN Y REPARACIÓN CAMINOS DISTRITO CUREÑA

                                                                                                                                                                                      Mes de inicio

Objeto de gasto                                                                                                                                                           ejecución                                                                                                             Presupuesto ¢

Servicios                                                                                                                                                                         Enero (50) a

                                                                                                                                                                                        Diciembre (50)                                                                                                        8.000.000,00

TOTAL                                                                                                                                                                                                                                                                                                             8.000.000,00

Incluye alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario.

CONSTRUCCIÓN Y REPARACIÓN CAMINOS LLANURAS DEL GASPAR

                                                                                                                                                                                      Mes de inicio

Objeto de gasto                                                                                                                                                           ejecución                                                                                                             Presupuesto ¢

Servicios                                                                                                                                                                         Enero (50) a

                                                                                                                                                                                        Diciembre (50)                                                                                                        6.000.000,00

TOTAL                                                                                                                                                                                                                                                                                                             6.000.000,00

Incluye alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario.

CONSTRUCCIÓN DE ACCESOS A ACERAS EN EL CANTÓN

                                                                                                                                                                                      Mes de inicio

Objeto de gasto                                                                                                                                                           ejecución                                                                                                             Presupuesto ¢

Servicios                                                                                                                                                                             Agosto                                                                                                                   150.000,00

Incluye alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario.

                                                                                                                                                                                      Mes de inicio

Objeto de gasto                                                                                                                                                           ejecución                                                                                                             Presupuesto ¢

Materiales y suministros                                                                                                                                                Agosto                                                                                                                   350.000,00

Incluye materiales y productos metálicos, materiales y productos minerales y asfálticos.

TOTAL                                                                                                                                                                                                                                                                                                                500,000.00

OBRAS MARÍTIMAS Y FLUVIALES

CONSTRUCCIÓN DE MUELLE EN PUERTO VIEJO

                                                                                                                                                                                      Mes de inicio

Objeto de gasto                                                                                                                                                           ejecución                                                                                                             Presupuesto ¢

Servicios                                                                                                                                                                                Julio                                                                                                               10.000.000,00

Incluye servicio de gestión y apoyo, mantenimiento y reparación.

                                                                                                                                                                                      Mes de inicio

Objeto de gasto                                                                                                                                                           ejecución                                                                                                             Presupuesto ¢

Materiales y suministros                                                                                                                                                   Julio                                                                                                               20.000.000,00

Incluye materiales y productos metálicos, materiales y productos minerales y asfálticos.

TOTAL                                                                                                                                                                                                                                                                                                          30.000.000,00

OTROS PROYECTOS

REPARACIÓN Y MEJORAS EN CAMPOS DE RECREACIÓN Y DEPORTE

                                                                                                                                                                                      Mes de inicio

Lugar                                                                                                                                                                              ejecución                                                                                                             Presupuesto ¢

Mejoramiento y reparación cancha

multiuso en La Victoria                                                                                                                                                     Julio                                                                                                                  4.000.000,00

Mejoras en el parque de Llano Grande                                                                                                                         Julio                                                                                                                  1.000.000,00

Mejoras cancha de Básquetbol en La Chávez                                                                                                             Julio                                                                                                                  1.000,000.00

Incluye servicios de mano de obra y materiales y suministros como productos metálicos, materiales y productos minerales y asfálticos, madera y sus derivados. Materiales y productos de plástico.

TOTAL                                                                                                                                                                                                                                                                                                             6.000.000,00

CONSTRUCCIÓN CASA DE LA CULTURA EN LA VIRGEN

                                                                                                                                                                                      Mes de inicio

Objeto de gasto                                                                                                                                                           ejecución                                                                                                             Presupuesto ¢

Servicios                                                                                                                                                                                Julio                                                                                                                  2.000.000,00

Incluye servicios de mano de obra (mantenimiento y reparación).

                                                                                                                                                                                      Mes de inicio

Objeto de gasto                                                                                                                                                           ejecución                                                                                                             Presupuesto ¢

Materiales y suministros                                                                                                                                                   Julio                                                                                                                  8.000.000,00

Incluye materiales de construcción como: materiales y productos metálicos, materiales y productos minerales y asfálticos, madera y sus derivados, materiales y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo, materiales y productos de vidrio, materiales y productos de plástico.

TOTAL                                                                                                                                                                                                                                                                                                          10.000.000,00

OTROS FONDOS E INVERSIONES

                                                                                                                                                                                      Mes de inicio

Lugar                                                                                                                                                                              ejecución                                                                                                             Presupuesto ¢

Escuela de la Chávez                                                                                                                                                          Julio                                                                                                                  2.000.000,00

Cementerio de La Colonia                                                                                                                                               Enero                                                                                                                    300.000,00

TOTAL                                                                                                                                                                                                                                                                                                             2.300.000,00

Incluye bienes duraderos maquinaria, equipo y mobiliario (equipo y programas de cómputo) (maquinaria y equipo diverso).

CUENTAS ESPECIALES

                                                                                                                                                                                      Mes de inicio

Objeto de gasto                                                                                                                                                           ejecución                                                                                                             Presupuesto ¢

Cuentas especiales                                                                                                                                                 Enero a diciembre                                                                                                   41.916.203,45

TOTAL                                                                                                                                                                                                                                                                                                          41.916.203,45

Andrés Hernández Arguedas, Proveedor Municipal.—Pedro Rojas Guzmán, Alcalde Municipal.—1 vez.—(31929).

 

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

Programa anual de adquisiciones 2006

(Modificación)

De conformidad con lo estipulado en el artículo Nº 6º de la Ley de Contratación Administrativa y los artículos Nº 7.1, 7.2 y 7.3 del Reglamento General de Contratación Administrativa, se informa a todos los interesados que durante el período 2006, se contratará lo siguiente:

Descripción                                        Monto ¢                 Cuatrimestre

Modernización del sistema

eléctrico del edificio central              150.000.000,00                       I

Evaluación proyectó SIAS                 80.000.000,00                       I

Mantenimiento preventivo y

correctivo de plantas

eléctricas (*)                                       12.000.000,00                       I

Contratación de servicios de

impresión de materiales del

cuerpo de bomberos (*)                       9.060.000,00                       I

Equipo de protección

personal para bomberos                     61.000.000,00                       I

Contratación de servicios de

Odontología                                            Inestimable                       I

Mantenimiento de centrales

Nortel (*)                                           51.000.000,00                       I

Sesión de columna vertebral                   Inestimable                       I

(*) 12 meses.

NOTA: Las adquisiciones se cancelarán con el presupuesto propio del Instituto, el cual está contemplado en el programa anual de gasto ordinario.

Departamento de Proveeduría.—Lic. Luis Leitón Aguilar, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18427).—C-20250.—(33339).

 

LICITACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº 0001-2006

Administración, supervisión e inspección de la construcción de drenajes y terraplenes de la Carretera Costanera Sur, Ruta

Nacional Nº 34-Sección: Quepos-Savegre-Barú

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 22 de mayo del 2006, para dicha contratación a favor de la Unidad Ejecutora Costanera Sur.

El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta fecha, o podrá obtenerlo en el Departamento de Contrataciones de la Proveeduría Institucional, previo depósito de ¢5.000,00 (cinco mil colones exactos) mediante un entero a favor del Gobierno de Costa Rica, emitido por cualquier Banco del Sistema Bancario Nacional. La Proveeduría Institucional se encuentra ubicada en el costado oeste de Plaza Cleto González Víquez, edificio central.

San José, 30 de marzo del 2006.—Proveeduría.—M.Sc. Heidy Román Ovares, Proveedora Institucional a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 24067).—C-10470.—(33340).

 

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº LI002-2006

Administración, supervisión e inspección de la construcción de los accesos y los puentes sobre los ríos, Parrita, Paquita y Naranjo

La Proveeduría Institucional recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del día 22 de mayo del 2006, los interesados tienen el cartel a disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta fecha de publicación de la invitación a licitar en el Diario Oficial La Gaceta, o podrá obtenerlo en el Departamento de Contrataciones de la Proveeduría Institucional, previo depósito no reembolsable de ¢5.000,00 (cinco mil colones exactos) mediante un entero a favor del Gobierno de Costa Rica, emitido por cualquier Banco del Sistema Bancario Nacional y la presentación del recibo correspondiente. La Proveeduría Institucional se encuentra ubicada en el costado oeste Plaza Cleto González Víquez, Edificio Central.

San José, 30 de mayo del 2006.—MSc. Heidy Román Ovares, Proveedora Institucional a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 24068).—C-12560.—(33341).

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 0018-2006

Block de concreto

La Proveeduría Institucional recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 5 de mayo del 2006, para la compra de block de concreto.

El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta fecha de publicación de la invitación a licitar en el Diario Oficial La Gaceta, o podrá obtenerlo en el Departamento de Contrataciones de la Proveeduría Institucional, previo depósito no reembolsable de ¢3.000,00 (tres mil colones exactos) mediante un entero a favor del Gobierno de Costa Rica, emitido por cualquier Banco del Sistema Bancario Nacional y la presentación del recibo correspondiente. La Proveeduría Institucional se encuentra ubicada en el costado oeste de Plaza Cleto González Víquez, Edificio Central.

San José, 4 de abril del 2006.—MSc. Heidy Román Ovares, Proveedora Institucional a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 24357).—C-13220.—(33380).

 

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 19-2006

Compra de madera

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 10 de mayo del 2006, para la compra de madera.

El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta fecha, o podrá obtenerlo en el Departamento de Contrataciones de la Proveeduría Institucional, previo depósito de ¢3.000,00 (Tres mil colones exactos) mediante un entero a favor del Gobierno de Costa Rica, emitido por cualquier Banco del Sistema Bancario Nacional. La Proveeduría Institucional se encuentra ubicada en el costado oeste de Plaza Cleto González Víquez, Edificio Central.

San José, 5 de abril del 2006.—M.Sc. Heidy Román Ovares, Proveedora Institucional, a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 24359).—C-9370.—(33381).

 

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 0020-2006.

Compra de prefabricado de aulas

La Proveeduría Institucional recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 16 de mayo del 2006, los interesados tienen el cartel a disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta fecha de publicación de la invitación a licitar en el Diario Oficial La Gaceta, o podrá obtenerlo en el Departamento de Contrataciones de la Proveeduría Institucional, previo depósito no reembolsable de ¢1.500,00 (mil quinientos colones exactos) mediante un entero a favor del Gobierno de Costa Rica, emitido por cualquier Banco del Sistema Bancario Nacional y la presentación del recibo correspondiente. La Proveeduría Institucional se encuentra ubicada en el costado oeste Plaza Cleto González Víquez, Edificio Central.

San José, 6 de abril del 2006.—MSc. Heidy Román Ovares, Proveedora Institucional a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 24360).—C-12120.—(33382).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN LR 0016-2006

Alquiler local inspección Naranjo de Alajuela

La Proveeduría Institucional, recibirá ofertas hasta las 11:00 a. m., horas del día 12 de mayo del 2006, para la Contratación de alquiler de local para inspección Naranjo Alajuela, promovido a favor del Programa 731, Actividades Centrales.

El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir del próximo día hábil de esta publicación, o podrá obtenerlo inmediatamente en el Departamento de Contrataciones de la Proveeduría, tercer piso con horario de 7:00 a. m. a 3:00 p. m.

La Proveeduría Institucional se encuentra ubicada del antiguo Complejo Kamakiri 400 metros al este, Barrio Tournón, San José, en el edificio Pbro. Benjamín Núñez.

San José, 5 de abril del 2006.—Lic. Manuel E. Sánchez Cascante, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 35816).—C-9350.—(33342).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006-LN-000009-PROV

Contratación de servicios de enderezado, pintura

y reparaciones mecánicas para los vehículos

del Poder Judicial

El Departamento de Proveeduría, invita a todos los potenciales proveedores interesados, a participar en la contratación de referencia.

El cartel está disponible a partir de esta publicación, sin costo alguno, en la Secretaría del Departamento de Proveeduría, sita en el cuarto piso del edificio Plaza de la Justicia, ubicado entre calles 17 y 19, avenidas 6 y 8, San José; o bien, obtenerlo a través de Internet, en la dirección htttp://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la dirección licitaciones@poder-judicial.go.cr.

La fecha y hora de vencimiento para la recepción de ofertas está prevista para el día 9 de mayo del 2006, a las 14:00 horas.

San José, 7 de abril del 2006.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Subproveedora a. í.—1 vez.—(32910).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 106031

Contratación de servicios de odontólogos especialistas

El Instituto Nacional de Seguros recibirá ofertas por escrito, hasta las 11:00 horas del 11 de mayo del 2006, para el suministro en plaza, con todos los gastos pagos e impuestos incluidos, para la contratación de los servicios citados.

Los interesados podrán pasar a retirar el pliego de condiciones en el Departamento de Proveeduría de esta institución, ubicado en el octavo piso del edificio central, sin costo alguno.

San José, 7 de abril del 2006.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Luis Leitón Aguilar, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18427).—C-4420.—(33343).

 

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 106037

Adquisición de conmutadores, enrutadores y equipos

de transmisión inalámbrica de datos

El Instituto Nacional de Seguros, recibirá ofertas por escrito hasta las 9:00 horas del 18 de mayo del 2006, para la adquisición de conmutadores, enrutadores y equipos de transmisión inalámbrica de datos.

Los interesados podrán pasar a retirar el pliego de condiciones en el Departamento de Proveeduría de esta institución, ubicado en el octavo piso del edificio central, sin costo alguno.

Departamento de Proveeduría.—Lic. Luis Leitón Aguilar, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18427).—C-4420.—(33344).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000002-PROV

Adquisición de estructuras metálicas para

subestación ampliación Proyecto Siepac

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados que recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del día 30 de mayo del 2006, en la Proveeduría de este Instituto, sita 300 metros norte de la esquina este de las Oficinas Centrales, para el suministro de lo siguiente:

Requerimiento: Adquisición de estructuras metálicas para subestación ampliación Proyecto Siepac.

Mayores especificaciones, condiciones generales y especiales podrán adquirirse en la Proveeduría de este Instituto, o accesando la siguiente dirección electrónica:

http://www.grupoice.com/PELWeb/inicio.do.

San José, 7 de abril del 2006.—Dirección de Proveeduría.—Ing. Carlos Casco Peña, Coordinador Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 323764).—C-7720.—(33345).

 

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000004-PROV

Adquisición de plástico para laminar tarjetas

y rollos de Folia tipo Scratch-Off

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados que recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 29 de mayo del 2006, en la Proveeduría de este Instituto, sita 300 metros norte de la esquina este de la Oficinas Centrales, para el suministro de lo siguiente:

Requerimiento: Adquisición de plástico para laminar tarjetas y rollos de Folia tipo Scratch-Off.

Mayores especificaciones, condiciones generales y especiales podrán adquirirse en la Proveeduría de este Instituto, o accesando la siguiente dirección electrónica:

http://www.grupoice.com/PELWeb/inicio.do.

San José, 7 de abril del 2006.—Dirección de Proveeduría.—Ing. Carlos Casco Peña, Coordinador Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 323764).—C-7720.—(33346).

 

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000017-PROV

Mantenimiento continuado de caminos de acceso

y áreas perimetrales de estaciones repetidoras del SNT

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados que recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del día 22 de mayo del 2006, en la Proveeduría de este instituto. Sita 300 metros norte de la esquina este de las Oficinas Centrales, para el suministro de lo siguiente:

Requerimiento: Mantenimiento continuado de caminos de acceso y áreas perimetrales de estaciones repetidoras del SNT.

Mayores especificaciones, condiciones generales y especiales podrán adquirirse en la Proveeduría de este Instituto, o accesando la siguiente dirección electrónica:

http://www.grupoice.com/PELWeb/inicio.do.

San José, 7 de abril del 2006.—Dirección de Proveeduría.—Ing. Carlos Casco Peña, Coordinador Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 323764).—C-8820.—(33348).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSÉ

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 063-2006

Adquisición de Servidor

La Junta de Protección Social de San José, les invita a participar en la Licitación por Registro Nº 063-2006, por adquisición de un servidor. Las ofertas se recibirán hasta las 10:00 horas del día 5 de mayo del 2006, en el Departamento de Proveeduría de la Junta de Protección Social de San José.

El cartel que contiene las especificaciones así como cualquier aclaración o modificación posterior, se encuentra a disposición de los interesados en nuestra página electrónica www.jps.go.cr, contrataciones administrativas o pueden retirarlo en el Departamento de Proveeduría, cuarto piso, edificio central, a partir de esta notificación, sin ningún costo.

San José, 6 de abril del 2006.—Departamento de Proveeduría.—Jorge A. Villalobos Fonseca, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 7463).—C-8270.—(33384).

AVISOS

COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.

LICITACIÓN POR REGISTRO 20-2006

Sistemas de medición interna en industrias

y para clientes concentrados

Invita a participar en la siguiente licitación:

Licitación                                  Descripción                                       Apertura       Hora          Valor

Por                       Sistemas de medición interna en Industrias

Registro              y para clientes concentrados                                 10/05/06      13:00       ¢ 1.000.00

Nº 20-2006

Regirá para esta licitación la Ley y Reglamento de Contratación Administrativa, así como las condiciones especiales, que pueden retirar en nuestra Sección de Proveeduría, 250 metros este de Pozuelo S. A., en La Uruca.

José Antonio Salas Monge, Proveedor General.—1 vez.—(32928).

 

ADJUDICACIONES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

-UNIDAD EJECUTORA-

PRÉSTAMO BID 1377/OC-CR

PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN

DE LA ADMINISTRACIÓN

DE JUSTICIA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 79-05

Contratación de servicios de consultoría para diseño

e implantación de un observatorio judicial

La Unidad Ejecutora del Programa de Modernización Poder Judicial-BID, comunica a los interesados en el concurso arriba citado, que en sesión de Consejo Superior, celebrada el día veintiuno de marzo del dos mil seis, artículo XLVI, dispuso lo siguiente:

“Declarar desierta la Licitación Pública Nacional Nº 79-05”.

San José, 5 de abril del 2006.—Lic. Sonia Navarro Solano, Directora Ejecutiva.—1 vez.—(32911).

AVISOS

COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 08-2006

Sistemas y complementos de medición

de la energía eléctrica (medidores)

Les comunicamos que el Consejo de Administración de esta Compañía, en sesión ordinaria Nº 2104, celebrada el lunes 3 de abril del 2006, acordó la adjudicación de la licitación en referencia; de la siguiente manera:

A: Itron Distribución S. A. de C.V. Representante local: Juan Rafael Ivankovich Guillén. (Oferta N° 1)

Capítulo Nº 1, artículo único US$ 1.955.000,00

A: Elster Electricity, LLC. Representante local: Elmec S. A. (Oferta N° 4)

Capítulo Nº 2, artículos Nos. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11

US$ 404 268,50

A: ABB, INC – USA. Representante local: ABB S. A. (Oferta N° 3)

Capítulo Nº 3, artículos Nos. 1, 2 y 3 US$ 34 406,40

A: Hoff & Cia. S. R. L. Representante local: Elvatrón S. A. (Oferta N° 2)

Capítulo Nº 3, artículos Nos. 4, 5 y 6 US$ 22 650,00

A: Arteche - CA Construcciones Eléctricas Irribarren. Representante local: Intercomercial Ltda. (Oferta N° 6)

Capítulo Nº 3, artículo Nº 7 US$ 24 120,00

A: Elmec S. A. (Oferta N° 5)

Capítulo Nº 4, artículos Nos. 1, 2, 3, 4, 5 y 6 US$ 56 710,00

Los capítulos Nos 5 y 6, se declaran infructuosos.

José Antonio Salas Monge, Proveedor General.—1 vez.—(32925).

 

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO ELÉCTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 39-2005

Adquisición de medidores de variables

La Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago, avisa a todos los interesados en la licitación arriba mencionada que la Subgerencia General de JASEC mediante oficio Nº 022-SG-2006 acordó:

Declarar infructuoso el procedimiento de Licitación por Registro Nº 39-2005 por inelegibilidad de ofertas.

Contratar Bienes y Servicios.—Lic. Abel Gómez L., Coordinador.—1 vez.—(O. C. Nº 15225).—C-4420.—(33350).

 

REGISTRO DE PROVEEDORES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

En cumplimiento de lo que establece el numeral 106.5 del Reglamento General de la Contratación Administrativa, a toda la Administración Pública se hace saber que el Consejo Superior del Poder Judicial en sesión Nº 14-06, artículo LXXIII, celebrada el dos de marzo del 2006, con fundamento en los numerales 100 inciso a) de la Ley de Contratación Administrativa, 22.1, 106.3, 106.4 y 106.5 de su Reglamento General, dispuso inhabilitar por el período de dos años a la empresa Analytical Instruments S. A., cédula jurídica Nº 3-101-274478-05, representada por el señor Armando Poveda Chacón, cédula de identidad Nº 3-505-576, para participar en todo procedimiento de contratación administrativa que promueva el Poder Judicial, por incumplir el plazo pactado para la entrega del objeto contractual de la Contratación Directa Nº 351-2005 y estar previamente apercibida, sanción que se comunicó tanto al contratista infractor como a la Contraloría General de la República. Publíquese por única vez en el Diario Oficial.

San José, a las catorce horas del treinta de marzo del dos mil seis.—MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins, Proveedora Judicial a. í.—1 vez.—(31407).

FE DE ERRATAS

HACIENDA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0003-2006 (Aviso de modificación)

Contratación de servicios para el desarrollo e implementación

de un modelo integral de gestión tributaria digital

y la solución tecnológica que lo soporte

Se avisa a todos los interesados en la Licitación Pública Nº LP0003-2006 para el Ministerio de Hacienda; promovido a favor del Programa Gestión de Ingresos Internos (Dirección General de Tributación) lo siguiente:

-    Se establece como nueva fecha de apertura el día 5 de mayo del 2006, a las 10:00 a. m.

-    Se modifica la vigencia de las ofertas como sigue:

No se lea 30 días hábiles, Léase 120 días hábiles.

-    Se modifica la forma de pago señalada en el punto 2.7.1; consecuentemente se modifican los términos del punto 2.9.8 del cartel; el pago se hará contra la entrega y aprobación de productos, según el detalle establecido en la tabla de líneas de costo del punto 2.7.4, la cual también se modifica.

El detalle de las modificaciones y demás aclaraciones técnicas, están a disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la dirección https:/www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta fecha, o podrán obtenerse en el Departamento de Contrataciones de la Proveeduría Institucional, previo pago de ¢9.000,00 que deberá demostrarse contra presentación de entero de gobierno. La Proveeduría Institucional se encuentra ubicada en el Centro Comercial Urgellés y Penón, Calle Morenos, Sabana Sur.

San José, 7 de abril del 2006.—Marco A. Fernández Umaña, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 20298).—C-16520.—(33352).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 1823-2006

Compra de quince (15) microcomputadoras portátiles

para la Auditoría del Banco Nacional

La Proveeduría General del Banco Nacional, comunica a los interesados en esta licitación, que la publicación que salió en La Gaceta N° 71, página 7 del día lunes 10 de abril del año en curso, debe de leerse de la siguiente manera:

Se comunica a los interesados en la Licitación Pública, que el Subcomité de Licitaciones en el artículo N° 4 sesión ordinaria N° 282-2006, celebrada el 28 de marzo del 2006, acordó:

Adjudicar la Licitación Pública 1823-2006, promovida para la “Compra de quince (15) microcomputadores portátiles para la Auditoría del Banco Nacional” a la empresa Componentes El Orbe S. A., por el monto total de $36.103,50 i.v.i., con un plazo de entrega de los equipos de treinta (30) días naturales, posterior a la fecha de comunicación por parte del Banco Nacional al adjudicatario, para que pase a retirar una copia de la orden de compra, con una garantía técnica de los equipos de 36 meses, contados a partir del recibido conforme y por escrito por parte del Banco Nacional.

Al presentarse a retirar la orden de compra, el adjudicatario deberá presentar una garantía de cumplimiento vigente por un monto del 10% del total adjudicado, la misma deberá tener una vigencia mínima de sesenta (60) días naturales posteriores a la fecha del recibo de los equipos a entera conformidad del Banco.

La Uruca, 21 de abril del 2006.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—(Nº 1579-2006).—C-13770.—(33764).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 1826-2006 (Prórroga N° 2)

Alquiler sin opción de compra de cincuenta (54)

y cuatro vehículos para uso de diferentes

dependencias del Banco Nacional

de Costa Rica

La Proveeduría General del Banco Nacional avisa a los interesados en esta licitación, que se amplía el plazo para la recepción de ofertas, para las 10:00 horas del 25 de mayo del 2006.

Las demás condiciones del cartel se mantienen invariables.

La Uruca, 18 de abril del 2006.—Lic. Erick Leitón Mora, Proveedor General a. í.—1 vez.—(Nº 1580-2006).—C-6620.—(33765).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 010-2006

(Prórroga Nº 1)

Construcción de la oficina periférica en Quepos

La fecha de recepción y apertura de ofertas se traslada para el 4 de mayo del 2006, a las 10:00 horas.

Todas las demás condiciones y requisitos permanecen invariables.

San José, 7 de abril del 2006.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(33367).

 

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 003-2006

(Prórroga Nº 1)

Contratación de servicios de consultoría para la elaboración

de un diagnóstico integral de la plataforma IBM iSeries 810 o un

modelo superior, utilizada por el Banco

Se comunica a todos los interesados en este concurso que la fecha de recepción y apertura de ofertas se traslada para el 4 de mayo del 2006, a las 15:00 horas.

Todas las demás condiciones y requisitos permanecen invariables.

San José, 18 de abril del 2006.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(33895).

 

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 011-2006

(Prórroga Nº 1)

Contratación de servicio de mantenimiento preventivo

y correctivo para el equipo de seguridad

electrónica en todo el país

Se comunica a todos los interesados en este concurso que la fecha de recepción y apertura de ofertas se traslada para el 4 de mayo del 2006, a las 14:00 horas.

Todas las demás condiciones y requisitos permanecen invariables.

San José, 18 de abril del 2006.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(33896).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 106007

Servicios de laboratorio clínico en el Área Metropolitana

El Instituto Nacional de Seguros, comunica a los interesados en la presente licitación, cuya invitación a participar se publicó en La Gaceta Nº 36 del 20 de febrero del 2006, que debido a las modificaciones sustanciales que ha sufrido el pliego de condiciones oficio PROV-0649-2006, el mismo se sustituye por una nueva versión, la cual puede ser retirada en el Departamento de Proveeduría del Instituto Nacional de Seguros, 8º piso de las oficinas centrales.

La apertura de ofertas permanece invariable (12 de mayo del 2006, 9:00 horas).

Departamento de Proveeduría.—Lic. Luis Leitón Aguilar, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18427).—C-6620.—(33362).

 

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 106034

Servicios médicos en ortopedia-traumatología

para prestaciones sanitarias

Se comunica a los interesados en la presente licitación, cuyo aviso del cartel se publicó en La Gaceta Nº 45 del 3 de marzo del 2006, que la apertura de ofertas se prorroga para las 11:00 horas del 4 de mayo del 2006.

Todos los demás términos y condiciones permanecen invariables.

Departamento de Proveeduría.—Lic. Luis Leitón Aguilar, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18427).—C-4970.—(33364).

UNIVERSIDAD NACIONAL

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006-LN-000003

Alquiler de laboratorio de cómputo en

la provincia de San José

Se comunica a los interesados en el presente concurso que la nueva fecha de apertura de las ofertas de la Licitación Pública N° 2006-LN-000003 será prorrogada para el día 11 de mayo del 2006 a las 10:00 horas, asimismo se incorporaron modificaciones al cartel las cuales deben ser retiradas a partir de la presente publicación.

Heredia, 7 de abril del 2006.—Ada Cartín Brenes, Directora.—1 vez.—(O/C Nº 22615).—C-6070.—(33766).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE SALUD BELÉN FLORES

CLÍNICA JORGE VOLIO JIMÉNEZ

LICITACIÓN POR REGISTRO LXR Nº 2006-01

Contrato de servicios profesionales despacho

de recetas sistema médico de empresa,

Área de Salud Belén Flores

La Oficina de Adquisiciones del Área de Salud Belén Flores, con desconcentración máxima, con autorización del Director General, se les avisa a todos los interesados en la licitación antes mencionada, que se han realizado las siguientes modificaciones:

1-  Punto 9 Calificación, 9.2 los factores y porcentajes a utilizar en la calificación final serán:

1-  Precio cotizado: 90%.

     A la oferta de menor precio se acreditará un 90% y las demás serán calificadas de la siguiente forma:

                             Oferta de menor precio X 90%

                             Oferta evaluada

2-  Experiencia de la empresa 10%.

Se mantiene fecha de apertura para el día 25 de abril del 2006, a las 10:00 a. m.

San Joaquín de Flores, 7 de abril del 2006.—Wilberto Bautista Argueta, Encargado de Compras.—1 vez.—(32916).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 7288

Servicio de seguridad y vigilancia en instalaciones ICE

ubicadas en el Complejo Colima de Tibás

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados que el cartel de dicho concurso fue sujeto a la siguiente modificación (Modificación Nº 1):

El punto 16.1 del cartel se debe leer de la siguiente manera:

16.1   El oferente está en la obligación de estipular en su oferta, que en caso de ser el adjudicatario del presente concurso, estará en la disposición de presentar conjuntamente con los curriculums de los oficiales y supervisores asignados al ICE, también los carnés del personal de reserva que debe ser (mínimo un oficial por cada puesto contratado), emitidos por la Dirección de Servicios de Seguridad Privada y de Portación de Armas del Departamento de Armas y Explosivos, ambos del Ministerio de Seguridad Pública. Ningún oficial de seguridad ni supervisor puede iniciar sus labores sin dichos carnés. Si a la fecha de entrega de los curriculums, se está gestionando la renovación de dichos carnés, el adjudicatario deberá presentar una constancia extendida por la Dirección de los Servicios de Seguridad Privada y del Departamento de Control de Armas y Explosivos, donde haga constar el inicio del trámite para adquirirlos, con el nombre de cada uno de los oficiales y supervisores que asignará al ICE. Dicha constancia del trámite de renovación de carnés, tendrá una vigencia no mayor de 90 días; en caso de vencido este plazo el Contratista estará en la obligación de sustituir al oficial o supervisor propuesto o que esté laborando, que aún no cuente con el carné respectivo al día o vigente. El sustituto debe contar con el respectivo carné vigente desde su inicio de labores. De lo contrario se sancionará a la empresa, conforme lo establece el punto Nº 14 de Cláusula Penal y Multas.

Fecha de apertura de ofertas: A las 10:00 horas del 11 de mayo del 2006.

San José, 7 de abril del 2006.—Dirección de Proveeduría.—Ing. Carlos Casco Peña, Coordinador Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 323764).—C-19820.—(33353).

 

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 092-2005

Servicio de seguridad y vigilancia en

instalaciones ICE en Alajuela centro

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados que el cartel de este concurso fue sujeto a la siguiente modificación (Modificación Nº 1)

El punto 16.1 del cartel debe leerse de la siguiente manera:

16.1   El oferente está en la obligación de estipular en su oferta, que en caso de ser el adjudicatario del presente concurso, estará en la disposición de presentar conjuntamente con los curriculums de los oficiales y supervisores asignados al ICE, también los carnés del personal de reserva que debe ser (mínimo un oficial por cada puesto contratado), emitidos por la Dirección de Servicios de Seguridad Privada y de Portación de Armas del Departamento de Armas y Explosivos, ambos del Ministerio de Seguridad Pública. Ningún oficial de seguridad ni supervisor puede iniciar sus labores sin dichos carnés. Si a la fecha de entrega de los curriculums, se está gestionando la renovación de dichos carnés, el adjudicatario deberá presentar una constancia extendida por la Dirección de los Servicios de Seguridad Privada y del Departamento de Control de Armas y Explosivos, donde haga constar el inicio del trámite para adquirirlos, con el nombre de cada uno de los oficiales y supervisores que asignará al ICE. Dicha constancia del trámite de renovación de carnés, tendrá una vigencia no mayor de 90 días; en caso de vencido este plazo el Contratista estará en la obligación de sustituir al oficial o supervisor propuesto o que esté laborando, que aún no cuente con el carné respectivo al día o vigente. El sustituto debe contar con el respectivo carné vigente desde su inicio de labores. De lo contrario se sancionará a la empresa, conforme lo establece el punto Nº 14 de Cláusula Penal y Multas.

Asimismo se le comunica que la apertura de ofertas fue prorrogada para 15:00 horas del día 4 de mayo del 2006.

Fecha de apertura de ofertas anterior: A las 10:00 horas del día 25 de abril del 2006.

San José, 7 de abril del 2006.—Dirección de Proveeduría.—Ing. Carlos Casco Peña, Coordinador Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 323764).—C-20920.—(33356).

 

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000009-PROV

Servicio de seguridad y vigilancia en central

telefónica y CAIC de Heredia

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados que el cartel de dicho concurso fue sujeto a la siguiente modificación (Modificación Nº 1).

El punto 16.1 del cartel se debe modificar: debe leerse de la siguiente manera:

16.1   El oferente está en la obligación de estipular en su oferta, que en caso de ser el adjudicatario del presente concurso, estará en la disposición de presentar conjuntamente con los curriculums de los oficiales y supervisores asignados al ICE, también los carnés del personal de reserva que debe ser (mínimo un oficial por cada puesto contratado), emitidos por la Dirección de Servicios de Seguridad Privada y de Portación de Armas del Departamento de Armas y Explosivos, ambos del Ministerio de Seguridad Pública. Ningún oficial de seguridad ni supervisor puede iniciar sus labores sin dichos carnés. Si a la fecha de entrega de los curriculums, se está gestionando la renovación de dichos carnés, el adjudicatario deberá presentar una constancia extendida por la Dirección de los Servicios de Seguridad Privada y del Departamento de Control de Armas y Explosivos, donde haga constar el inicio del trámite para adquirirlos, con el nombre de cada uno de los oficiales y supervisores que asignará al ICE. Dicha constancia del trámite de renovación de carnés, tendrá una vigencia no mayor de 90 días; en caso de vencido este plazo el Contratista estará en la obligación de sustituir al oficial o supervisor propuesto o que esté laborando, que aún no cuente con el carné respectivo al día o vigente. El sustituto debe contar con el respectivo carné vigente desde su inicio de labores. De lo contrario se sancionará a la empresa, conforme lo establece el punto Nº 14 de Cláusula Penal y Multas.

Asimismo se le comunica que la apertura de ofertas fue prorrogada para las 8:00 horas del 3 de mayo del 2006.

Fecha de apertura de ofertas anterior: A las 14:00 horas del día 24 de abril del 2006.

San José, 5 de abril del 2006.—Dirección de Proveeduría.—Ing. Carlos Casco Peña, Coordinador Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 323764).—C-20920.—(33357).

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000010-PROV

Servicio de seguridad y vigilancia en instalaciones

ubicadas en la planta Cachí y Río Macho

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados que el cartel de este concurso fue sujeto a la siguiente modificación.

El punto 16.1 del cartel se debe leer de la siguiente manera:

16.1   El oferente está en la obligación de estipular en su oferta, que en caso de ser el adjudicatario del presente concurso, estará en la disposición de presentar conjuntamente con los curriculums de los oficiales y supervisores asignados al ICE, también los carnés del personal de reserva que debe ser (mínimo un oficial por cada puesto contratado), emitidos por la Dirección de Servicios de Seguridad Privada y de Portación de Armas del Departamento de Armas y Explosivos, ambos del Ministerio de Seguridad Pública. Ningún oficial de seguridad ni supervisor puede iniciar sus labores sin dichos carnés. Si a la fecha de entrega de los curriculums, se está gestionando la renovación de dichos carnés, el adjudicatario deberá presentar una constancia extendida por la Dirección de los Servicios de Seguridad Privada y del Departamento de Control de Armas y Explosivos, donde haga constar el inicio del trámite para adquirirlos, con el nombre de cada uno de los oficiales y supervisores que asignará al ICE. Dicha constancia del trámite de renovación de carnés, tendrá una vigencia no mayor de 90 días; en caso de vencido este plazo el Contratista estará en la obligación de sustituir al oficial o supervisor propuesto o que esté laborando, que aún no cuente con el carné respectivo al día o vigente. El sustituto debe contar con el respectivo carné vigente desde su inicio de labores. De lo contrario se sancionará a la empresa, conforme lo establece el punto Nº 14 de Cláusula Penal y Multas.

Fecha de apertura de ofertas: A las 9:00 horas del día 2 de mayo del 2006.

San José, 7 de abril del 2006.—Dirección de Proveeduría.—Ing. Carlos Casco Peña, Coordinador Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 323764).—C-19820.—(33358).

 

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000013-PROV

Servicio de seguridad y vigilancia en instalaciones ICE en Cartago centro, Tres Ríos y Estación Terrena Guatuzo

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados que el cartel de dicho concurso fue sujeto a la siguiente modificación (Modificación Nº 1).

El punto 16.1 del cartel debe leerse de la siguiente manera:

16.1   El oferente está en la obligación de estipular en su oferta, que en caso de ser el adjudicatario del presente concurso, estará en la disposición de presentar conjuntamente con los curriculums de los oficiales y supervisores asignados al ICE, también los carnés del personal de reserva que debe ser (mínimo un oficial por cada puesto contratado), emitidos por la Dirección de Servicios de Seguridad Privada y de Portación de Armas del Departamento de Armas y Explosivos, ambos del Ministerio de Seguridad Pública. Ningún oficial de seguridad ni supervisor puede iniciar sus labores sin dichos carnés. Si a la fecha de entrega de los curriculums, se está gestionando la renovación de dichos carnés, el adjudicatario deberá presentar una constancia extendida por la Dirección de los Servicios de Seguridad Privada y del Departamento de Control de Armas y Explosivos, donde haga constar el inicio del trámite para adquirirlos, con el nombre de cada uno de los oficiales y supervisores que asignará al ICE. Dicha constancia del trámite de renovación de carnés, tendrá una vigencia no mayor de 90 días; en caso de vencido este plazo el Contratista estará en la obligación de sustituir al oficial o supervisor propuesto o que esté laborando, que aún no cuente con el carné respectivo al día o vigente. El sustituto debe contar con el respectivo carné vigente desde su inicio de labores. De lo contrario se sancionará a la empresa, conforme lo establece el punto Nº 14 de Cláusula Penal y Multas.

Fecha de apertura de ofertas: A las 14:00 horas del día 11 de mayo del 2006.

San José, 7 de abril del 2006.—Dirección de Proveeduría.—Ing. Carlos Casco Peña, Coordinador Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 323764).—C-19820.—(33359).

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000019-PROV

Servicio de seguridad y vigilancia en instalaciones

ICE en la Zona de Pérez Zeledón

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a que el cartel de este concurso fue sujeto a la siguiente modificación (Modificación Nº 1).

El punto 16.1 del cartel debe leerse de la siguiente manera:

16.1   El oferente está en la obligación de estipular en su oferta, que en caso de ser el adjudicatario del presente concurso, estará en la disposición de presentar conjuntamente con los curriculums de los oficiales y supervisores asignados al ICE, también los carnés del personal de reserva que debe ser (mínimo un oficial por cada puesto contratado), emitidos por la Dirección de Servicios de Seguridad Privada y de Portación de Armas del Departamento de Armas y Explosivos, ambos del Ministerio de Seguridad Pública. Ningún oficial de seguridad ni supervisor puede iniciar sus labores sin dichos carnés. Si a la fecha de entrega de los curriculums, se está gestionando la renovación de dichos carnés, el adjudicatario deberá presentar una constancia extendida por la Dirección de los Servicios de Seguridad Privada y del Departamento de Control de Armas y Explosivos, donde haga constar el inicio del trámite para adquirirlos, con el nombre de cada uno de los oficiales y supervisores que asignará al ICE. Dicha constancia del trámite de renovación de carnés, tendrá una vigencia no mayor de 90 días; en caso de vencido este plazo el Contratista estará en la obligación de sustituir al oficial o supervisor propuesto o que esté laborando, que aún no cuente con el carné respectivo al día o vigente. El sustituto debe contar con el respectivo carné vigente desde su inicio de labores. De lo contrario se sancionará a la empresa, conforme lo establece el punto Nº 14 de Cláusula Penal y Multas.

Asimismo se le comunica que la apertura de ofertas fue prorrogada para las 15:00 horas del día 2 de mayo del 2006.

Fecha de apertura de ofertas anterior: A las 9:00 horas del día 25 de abril del 2006.

San José, 7 de abril del 2006.—Dirección de Proveeduría.—Ing. Carlos Casco Peña, Coordinador Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 323764).—C-19820.—(33360).

AVISOS

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO

ELÉCTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO

PROCESO CONTRATAR BIENES Y SERVICIOS

UEN DE APOYO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 01-2006

Diseño, suministro y supervisión de puesta en marcha de un cabezal digital electrónico del regulador de velocidad, un control

hidráulico y un sincronizador para la planta Birris I y

un cabezal digital electrónico del regulador de

velocidad para la planta Birris III

Contratar Bienes y Servicios, avisa que para esta licitación se ha modificado el cartel quedando de la siguiente forma:

En lo relativo a la valoración de la garantía de fábrica, aclarar que el párrafo:

“... por la casa de fabricación de la cámara...”

Debe leerse como:

“... por la casa de fabricación de los reguladores.”

En lo relativo a la calificación de experiencia, aclarar que el párrafo:

“... se le dará una calificación a cada oferente sobre...”

Debe leerse como:

“... se le dará una calificación a cada oferente o fabricante sobre...”

Cartago, 6 de abril del 2006.—Lic. Abel Gómez Leandro, Coordinador.—1 vez.—(O. C. Nº 15225).—C-11570.—(33361).

 

OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS DEL BANCO POPULAR

UNIDAD DE COMPRAS

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 001-2006

Compra de computadoras portátiles,

computadoras de escritorio y estaciones

de trabajo (Workstation)

Se les comunica a todos los interesados en la presente contratación cuya invitación para participar se publicó en el Diario Oficial La Gaceta Nº 56 del día lunes 20 de marzo del 2006, que producto de la resolución Nº R-DCA-139-2006, fechada tres de abril del dos mil seis, mediante la cual la Contraloría General de la República rechaza por extemporáneo el recurso de objeción presentado en contra del cartel y no habiendo modificación alguna por realizar al mismo, el nuevo plazo para recibir las ofertas es a las 10:00 horas del 3 de mayo del 2006.

San José, 6 de abril del 2006.—Departamento de Administración y Finanzas.—Lic. Cinthia Solano Fernández, Jefa.—1 vez.—(33006).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE DOTA

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 07-2006

Realización del Plan Regulador del cantón de Dota

La Municipalidad de Dota comunica, que en relación a publicación en La Gaceta Nº 64, del jueves 30 de marzo del 2006, del cartel de Licitación por Registro Nº 07-2006, para la realización del Plan Regulador del cantón de Dota, se hace necesario realizar una serie de modificaciones a los aspectos técnicos, por lo que se aplaza el límite de recepción de ofertas hasta nuevo aviso, en una publicación por este mismo medio.

Mario Enrique Ureña Rojas, Alcalde.—1 vez.—Nº 97166.—(33262).

 

MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 3-2006

La Municipalidad de Santa Cruz, comunica a los interesados que en La Gaceta Nº 67, página 19, del martes 4 de abril del 2006, se publicó la adjudicación de la Licitación por Registro Nº 3-2006, siendo lo correcto lo siguiente:

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 3-2006

Construcción puente sobre el río Campero

en la comunidad de El Cacao de

Santa Cruz, Guanacaste

El Concejo Municipal de la Municipalidad de Santa Cruz, Guanacaste, en sesión ordinaria Nº 12-2006, artículo 5, inciso 04, del 21 de marzo del 2006, acordó adjudicar dicha licitación a la empresa Estructuras y Construcciones Jiménez S. A., por un monto de ¢18.205.000,00 (dieciocho millones doscientos cinco mil colones exactos).

Olenín Carmona Álvarez, Proveedor Municipal.—1 vez.—(32997).

 

REGLAMENTOS

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

La Junta Directiva Nacional en sesión 4381 del 23 de marzo del 2006 acordó lo siguiente:

“Modificar el acuerdo tomado en la sesión ordinaria 4379, celebrada el 16 de marzo del 2006, relativo al Reglamento para celebrar contratos para la instalación y operación de ventanillas de servicios entre el Banco Popular y de Desarrollo Comunal y terceros u organizaciones sociales, a fin de que se lea de la siguiente manera:

1.  Aprobar el Reglamento para celebrar contratos para la instalación y operación de ventanillas de servicios entre el Banco Popular y de Desarrollo Comunal y terceros u organizaciones sociales.

El texto del Reglamento es el siguiente:

REGLAMENTO PARA CELEBRAR CONTRATOS PARA LA

INSTALACIÓN Y OPERACIÓN DE VENTANILLAS DE

SERVICIOS ENTRE EL BANCO POPULAR Y DE

DESARROLLO COMUNAL Y TERCEROS

U ORGANIZACIONES SOCIALES

Artículo 1º—Fundamento. El presente Reglamento se dicta con fundamento en los artículos 24 inc. b) y 25 de la Ley Orgánica del Banco Popular y de Desarrollo Comunal.

Artículo 2º—Objeto. El Banco Popular y de Desarrollo Comunal podrá suscribir contratos para la instalación y operación de ventanillas de servicios, las cuales funcionarán como unidades de negocio que tramitarán la venta y colocación en el territorio nacional por parte del Banco de aquellos productos y servicios que expresamente se autoricen en el contrato. El Banco tendrá la potestad resolutiva sobre esos productos.

Artículo 3º—De la contraparte del contrato. Podrán figurar como contraparte del Banco Popular y de Desarrollo Comunal en los contratos para la instalación y operación de ventanillas de servicios, aquellas organizaciones que confluyan e integren la Asamblea de Trabajadores, así como otras entidades de las que cita el artículo 2º de la Ley de Contratación Administrativa y 79.3 del Reglamento General de Contratación Administrativa.

Asimismo, estos contratos podrán celebrarse con personas jurídicas distintas a las indicadas en el párrafo anterior, siempre y cuando la Junta Directiva determine que son los únicos oferentes según lo indicado en el artículo 79 del Reglamento General de Contratación Administrativa, lo que se acreditará en el respectivo expediente mediante resolución motivada.

Artículo 4º—De los costos. La entidad que figure como contraparte del Banco Popular y de Desarrollo Comunal en el contrato, deberá cubrir todos los costos que demande la instalación y operación de la ventanilla de servicios, incluido el espacio físico, la remodelación, el acondicionamiento, las líneas telefónicas, el equipamiento, los suministros e implementos, los seguros que el Banco exija, los salarios y seguros del personal encargado de su atención, la publicidad, los cargos por electricidad, teléfono y los demás gastos que esto pueda generar.

Artículo 5º—De la comisión. El Banco Popular y de Desarrollo Comunal reconocerá a la entidad que figure como contraparte en estos contratos, una comisión por cada operación o servicio autorizado y aprobado por el nivel resolutivo del Banco, para lo cual se aplicará lo dispuesto en el Reglamento para el Pago de Comisiones por Venta de Productos o Servicios Bancarios del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, publicado en La Gaceta Nº 172 del 3 de setiembre de 1999.

Artículo 6º—De la aprobación de la comisión. Los montos y porcentajes que el Banco Popular y de Desarrollo Comunal reconocerá por concepto de comisión, serán los aprobados por la Junta Directiva Nacional, los cuales se detallan en el anexo 1. Estos montos y porcentajes podrán ser variados o ajustados de manera general por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, lo cual será debidamente notificado por los medios legales a su alcance con al menos treinta días naturales de antelación a su vigencia.

Artículo 7º—De los estudios técnicos para celebrar el contrato. Para que el Banco Popular y de Desarrollo Comunal pueda celebrar un contrato con ocasión de este Reglamento, será necesario que previamente se hayan realizado los estudios técnicos y comerciales que acrediten la viabilidad técnica y financiera de una ventanilla de servicios en la zona o lugar propuesto, los cuales deberán considerar, entre otros aspectos, la existencia de oficinas del Banco Popular y de Desarrollo Comunal en esa zona y la formalización de otros contratos en el lugar.

Artículo 8º—De la publicación. Una vez realizados los estudios técnicos y comerciales y acreditada la viabilidad técnica y financiera de la ventanilla de servicios en la zona o lugar propuesto por parte del Subgerente General de Negocios, el Banco Popular y de Desarrollo Comunal procederá a realizar una publicación en un diario de circulación nacional y local, invitando a todas las entidades que estén interesadas en suscribir un contrato para la instalación de una ventanilla de servicios en esa zona. La publicación deberá contener los requisitos físicos, técnicos, financieros y otros con que debe contar una entidad para poder participar, para lo cual la Administración deberá elaborar un perfil de idoneidad de las entidades.

Artículo 9º—De la participación. Las entidades deberán manifestar por escrito y dentro del plazo concedido en la publicación, el cual no podrá ser inferior a cinco días ni superior a ocho días hábiles, su deseo de ser considerados como oferentes, lo cual a su vez constituirá la aceptación expresa de las condiciones y requisitos establecidos por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal para estos efectos.

Artículo 10.—De la adjudicación. Concluida la fase de valoración, corresponderá al Gerente de cada Centro de Servicios Financieros o Sucursal del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, competente en razón del territorio, mediante un acto escrito, razonado y motivado, designar a la entidad o entidades que figurarán como contraparte, por resultar las ofertas más convenientes para los intereses institucionales.

Artículo 11.—De los recursos. Contra el acto que emita el Gerente del Centro de Servicios Financieros o Sucursal del Banco Popular y de Desarrollo Comunal competente, en el que designe a la entidad que prestará los servicios bancarios, cabrán los recursos indicados en el Título octavo de la Ley General de Administración Pública, correspondiendo a ese Gerente resolver la revocatoria y a la Junta Directiva Nacional los demás recursos.

Artículo 12.—De la suscripción del contrato. Una vez firme el acto final, se procederá a la suscripción del “Contrato para la instalación y operación de una ventanilla de servicios del Banco Popular y de Desarrollo Comunal”. De previo a la suscripción del referido contrato, el área competente deberá comprobar que la entidad que figura como contraparte, como sus representantes, accionistas o propietarios se encuentran al día en sus obligaciones con el Banco Popular.

En el contrato deberán establecerse normas de calidad de atención a los clientes del Banco Popular; asimismo, deberá autorizarse la fiscalización de la Auditoría Interna del Banco en cuanto a la operativa de la ventanilla y sus recomendaciones deberán ser de acatamiento por parte de la entidad.

Artículo 13.—De la confidencialidad de la información. La entidad o entidades que figuren como contraparte, deberá guardar absoluta confidencialidad sobre la información y los datos a los que tengan acceso con ocasión de este contrato, así como a respetar los sistemas de seguridad y observar los reglamentos, los procedimientos y las políticas que rigen en el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, en lo que corresponda. Asimismo, no podrán celebrar convenios, alianzas o contratos iguales o similares al regulado en este Reglamento con ninguna otra persona física o jurídica o institución o entidad nacional u organización internacional, sea de derecho público o privado o de otra naturaleza.

Artículo 14.—Del personal de atención al público. El personal que atienda las ventanillas de servicios lo hará bajo la absoluta y total responsabilidad de la entidad que figure como contraparte, por lo que sus actuaciones de ninguna manera comprometerán los intereses ni el patrimonio del Banco Popular y de Desarrollo Comunal. Sin embargo, el Banco responderá ante terceros de buena fe.

Artículo 15.—Del plazo de los contratos. Los contratos que se suscriban con fundamento en el presente Reglamento serán de dos años, prorrogables de manera automática si alguna de las partes no comunica a la otra por escrito su deseo de no continuar la relación contractual, con al menos dos meses calendario de anticipación a su vencimiento.

Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

ANEXO

Tipo de                                                                 

servicio                                                        Comisiones

1. Tarjeta de Crédito VISA                     • Tarjeta local: $5.00

                                                                • Otras: $10.00

2. Apertura de Cuenta de Ahorros         Ninguna

3. Tarjeta de Débito                                50% de la Membresía, cuando la

                                                                tarjeta de débito es producto de

                                                                afiliación a PAS, solo aplica la

                                                                comisión de PAS. (punto 11)

4. Cuenta Corriente                                 0.25% anualizado del saldo

                                                                promedio mensual (para cualquier

                                                                tipo de cuenta corriente)

5. Ahorro a Plazo Fijo                            0.25% anualizado del saldo

                                                                promedio mensual

6. Transacciones:                                    De 1 a 15.000 transacciones

                                                                $0.70/transacción

    Depósitos y Retiros (A.V.-C.C.)       De 15.001 a 20.000 transacciones

                                                                $0.65/transacción

    Pago de Préstamos                              De 20.001 a 25.000 transacciones

                                                                $0.60/transacción

    Pago de Tarjetas de Crédito                Más de 25.000 transacciones

                                                                $0.55/transacción

7. Trámite de Crédito                              50% de la comisión pactada en las

                                                                distintas líneas de crédito.

8. Cartera de crédito al día                      1% anualizado del saldo total de

                                                                cartera con rango de morosidad

                                                                entre 0% y 1.50%.

9. Ahorro Voluntario                              0.25% anualizado del saldo

                                                                promedio mensual (máximo

                                                                12 meses).

10. Clubes de Ahorro                              10% de la cuota mensual pactada

                                                                (una única vez).

11. Afiliación a Pago de Salarios             $3.00 por cada afiliación

San José, 3 de abril del 2006.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(31935).

 

La Junta Directiva Nacional en sesión ordinaria Nº 4382 celebrada el 27 de marzo del 2006:

“1. Modificar el artículo 6º del Reglamento corporativo para la asignación, uso y control de equipos de telefonía móvil (celular) a funcionarios y empleados del Banco Popular y de Desarrollo Comunal y sus Sociedades, a fin de que se lea de la siguiente manera:

Artículo 6º—De las llamadas internacionales.

Las llamadas internacionales solamente podrán ser realizadas por las personas indicadas en el inciso a) del artículo 4º, y por quienes ostenten el cargo de Gerente de área según lo indicado en el inciso b) de ese artículo, siempre y cuando correspondan estrictamente a asuntos oficiales de la respectiva entidad.

De previo a la entrega del equipo, el respectivo empleado o funcionario autorizará a la entidad correspondiente para la deducción automática de su salario el total de llamadas que no se deban a asuntos oficiales de la respectiva entidad, deducción que se llevará a cabo salvo que el interesado realice el pago directamente.

En todo caso, la entidad correspondiente no pagará por estas llamadas más de siete veces el monto de la tarifa básica mensual”.

San José, 3 de abril del 2006.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(31936).

INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES

A.J.D-063-2006.—Acuerdo número seis del acta Nº 14-2006 del 27 de marzo del 2006.

Considerando:

1º—Oficio AI-cero seis-cero treinta y cinco (AI-06-035) de fecha dieciséis de marzo del dos mil seis, signado por la Lic. Ema Rebeca Alfaro Araya, Auditora Interna. Título: Resultado de Investigación de celulares. Tipo de oficio: Informe de Control Interno.

2º—Que se entiende por tarifa básica: el consumo mínimo, más el impuesto de ventas y el servicio nueve uno uno (911).

SE ACUERDA

1º—Reformar el artículo seis: del pago del servicio telefónico, del Reglamento para la Asignación, Uso y Control de Equipos de Telefonía Celular y Radiolocalización a Funcionarias y Funcionarios del Instituto Nacional de las Mujeres, para que se lea: (…) b) El resto de funcionarias y funcionarios, hasta tres veces la tarifa básica mensual establecida (...)

2º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Oficina de Junta Directiva.—Victoria Eugenia Montero Zeledón, Encargada.—1 vez.—(O. C. Nº 7809).—C-10470.—(31559).

A.J.D. N° 065-2006.—Acuerdo número ocho del acta Nº 14-2006 del 27 de marzo del 2006.

Considerando:

1º—El artículo quince, del capítulo segundo, de la Relación de Servicio, del Reglamento Autónomo de Servicios del Instituto Nacional de las Mujeres.

2º—Que el horario institucional es de las ocho horas a las dieciséis y treinta horas, lo que significa ser más allá de las cuarenta horas semanales.

SE ACUERDA:

1º—Reformar el artículo quince (15) del capítulo segundo, de la relación de servicio, del Reglamento Autónomo de Servicios del Instituto Nacional de las Mujeres, para que se lea: (...) El horario general de servicio se iniciará a las ocho horas y concluye a las dieciséis horas.

2º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Oficina de Junta Directiva.—Victoria Eugenia Montero Zeledón, Encargada.—1 vez.—(O. C. Nº 7809).—C-8820.—(31560).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE AGUIRRE

DEPARTAMENTO DE SECRETARÍA DEL CONCEJO

La Municipalidad de Aguirre en sesión Ordinaria Nº 291 celebrada el 24 de enero del 2006, en artículo quinto, Iniciativas acuerdo Nº 2, conoce y aprueba lo siguiente:

Acuerdo Nº 2: Moción presentada por la Regidora Vera López Álvarez, considerando que en sesión Nº 289 celebrada el 10 de enero del 2006, el señor Alex Contreras Serrano, alcalde municipal presentó los reglamentos de espectáculos Públicos, Licencias Municipales del Cantón de Aguirre y el del Procedimiento de Demolición de Construcciones del Cantón de Aguirre, sumamente importantes para el buen funcionamiento y la captación de ingresos a la Municipalidad, por todo lo anterior mociona para que sean aprobados los reglamentos de Espectáculos Públicos, Licencias Municipales y el de Demoliciones de Construcciones, y sean publicados en diario Oficial de la Gaceta. Los cuales son los siguientes: textualmente: B) Reglamento de Patentes.

REGLAMENTO DE LICENCIAS MUNICIPALES

PARA EL CANTÓN DE AGUIRRE

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º—Definiciones: Para los efectos del presente Reglamento de Licencias Municipales se entenderá por:

Ley de patentes de la municipalidad de Aguirre Nº 7457:

La Ley ACAM: Asociación de Compositores y Autores Musicales.

Autorización: Documento escrito mediante el cual una determinada autoridad pública o persona privada de derecho faculta a otra u otras para la realización de un determinado acto. Cuando se trate de autorizaciones emitidas entre personas jurídicas pueden darse bajo el formato del “Poder Especial” de acuerdo a los artículos 1256 y 1289 del Código Civil.

Certificación: Documento escrito emitido por autoridad pública o privada o por notario público en el que se dé fe de la existencia de determinado acto o situación jurídica relevante. Cuando emanare de autoridad pública o de notario público tendrá carácter de documento público de acuerdo a lo establecido en el artículo 120 del Código Notarial y en los artículos 120 y siguientes de la Ley General de Administración Pública.

Constancia: Documento escrito emitido por autoridad pública o privada o por notario público en el que conste la existencia de determinado acto o situación jurídica relevante. Cuando emanare de autoridad pública o de notario público tendrá carácter de documento público de acuerdo a lo establecido en el artículo 121 del Código Notarial y en los artículos 120 y siguientes de la Ley General de Administración Pública.

Declaración Jurada: Documento escrito emitido por persona física o por representante judicial o extrajudicial de persona jurídica, en su nombre y representación, en el que se declare bajo la fe del juramento determinado acto, situación o hecho jurídico relevante.

Para los efectos de este Reglamento las declaraciones juradas podrán hacerse ante la autoridad municipal la cual levantará un acta en este sentido o mediante documento firmado por el declarante y autenticado por un profesional en derecho.

Derechos de Autor: Derecho de dominio que ejerce una persona pública, privada o jurídica de acuerdo al artículo 275 del Código Civil y a la Ley de Derechos de Autor.

Fuerza Pública: Autoridad de policía, sea civil, rural o Municipal, que se encuentra bajo las órdenes de los Ministerios de gobernación y de Seguridad Pública o de las Municipalidades de acuerdo al Código de Policía.

ICT: Instituto Costarricense de Turismo

INS: Instituto Nacional de Seguros

INVU: Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo

Inspectores Municipales: Funcionarios de esta municipalidad encargados de velar por el cumplimiento de los derechos y obligaciones del patentado y de la municipalidad en el ejercicio de las licencias municipales.

Inspección Municipal: Procedimiento mediante el cual se designa un funcionario municipal para que realice una verificación mediante sus sentidos de los derechos y obligaciones del patentado y de la municipalidad en el ejercicio de las licencias municipales.

Menores de Edad: Toda persona física menor de dieciocho años de acuerdo a lo definido por el Código de la Niñez y la Adolescencia.

MEP: Ministerio de Educación Pública

MINAE: Ministerio de Ambiente y Energía

MOPT: Ministerio de Obras Públicas y Transportes

Municipio: Lo que señala el artículo 1° del Código Municipal.

Municipalidad: Para los efectos de este Reglamento se trata de la Municipalidad de Aguirre.

Patentado: Persona física o jurídica que ejerce un derecho de patente sobre una determinada actividad debidamente autorizado por la Municipalidad.

Patente Permanente: Derecho de explotación permanente en el tiempo, de acuerdo a su vigencia en el certificado que la otorga y las leyes y/o reglamentos que le dan fundamento, de una determinada actividad en la zona de influencia de la municipalidad.

Patente Temporal: Derecho de explotación no permanente en el tiempo, de acuerdo a su vigencia en el certificado que la otorga y las leyes y/o reglamentos que le dan fundamento, de una determinada actividad en la zona de influencia de la municipalidad.

Patente Especial: Derecho de explotación con características no ordinarias en cuanto a tiempo y actividades y de acuerdo a su vigencia en el certificado que la otorga y las leyes y/o reglamentos que le dan fundamento, de una determinada actividad en al zona de influencia de la municipalidad.

Permiso: Documento escrito mediante el cual una autoridad pública o privada autoriza la realización de una determinada actividad de acuerdo a sus funciones delimitadas en el Principio de Legalidad.

Persona Física: Todo aquel que ejerce la existencia y capacidad jurídicas de acuerdo a los artículos 31 y 36 del Código Civil.

Persona Jurídica: Todo aquel que ejerce la existencia y capacidad jurídicas de acuerdo a los artículos 33 y 36 del Código Civil.

Red Vial Nacional: Según artículo 1° de la Ley General de Caminos se encuentra bajo la administración del Ministerio de Obras Públicas y Transportes y corresponde a toda carretera que se enmarque en cualquiera de las siguientes categorías: carreteras primarias, carreteras secundarias y carreteras terciarias.

Red Vial Cantonal: Según el artículo 1° de la Ley General de Caminos se encuentra bajo la administración de las Municipalidades y se clasifican en caminos vecinales, calles locales y caminos no clasificados.

Solicitud: Documento escrito, constante o no en formulario previamente diseñado al efecto, mediante el cual se realiza las peticiones, consultas o gestiones necesarias a la municipalidad.

SUGEF: Superintendencia General de Entidades Financieras.

Visto Bueno: Documento escrito emitido por una autoridad pública o privada en el que se hace constar que se está de acuerdo con la situación o acto que se solicita. Podrá hacerse constar la existencia del visto bueno mediante un sello estampado en el documento respectivo siempre y cuando éste venga refrendado por una firma responsable y por el nombre y número de cédula del firmante así como su teléfono o domicilio.

Artículo 2º—Todas las personas físicas o jurídicas que se dediquen al ejercicio de cualquier tipo de actividad lucrativa, en el Cantón de Aguirre y hayan obtenido la respectiva licencia, pagarán a la Municipalidad de Aguirre el Impuesto de patente que las faculte para llevar a cabo estas actividades.

Cuando la actividad lucrativa principal se desarrolle fuera del cantón de Aguirre, pero el contribuyente realice también actividades lucrativas en este cantón, por medio de agentes distribuidores, sucursales, agencias o similares a juicio de la Municipalidad, las personas físicas o jurídicas que operen en ese nivel, deberán pagar a la Municipalidad de Aguirre, el impuesto que se determine, porcentualmente, entre las municipalidades involucradas, de conformidad con lo declarado en un informe porcentual aclaratorio y los Estados Financieros Auditados1 por parte del patentado, donde se demuestre lo percibido por concepto de ingresos en cada Municipalidad; los datos serán verificados por la Municipalidad de Aguirre, en las otras municipalidades.

Este Reglamento podrá ser aplicado para todas aquellas actividades lucrativas que requieran licencias municipales ubicadas en el cantón (según artículo primero de la Ley de Patentes Municipales para el cantón de Aguirre Ley Nº 7457 y el artículo 79 del Código Municipal que son artículos Númerus Apertus).

Artículo 3º—Propiedad de las patentes. Las patentes o licencias municipales son un activo intangible propiedad de la Municipalidad, a excepción de las patentes de licores, las cuales se rigen por una ley especial.

Artículo 4º—Régimen de Adquisición y Traspaso de las Patentes Municipales –En razón de lo dicho en el artículo anterior las patentes municipales no son susceptibles de embargo, ni de apropiación mediante remate o adjudicación vía sucesión o cualquier otro procedimiento judicial que no esté permitido en la ley, a excepción de las patentes de licores las cuales se rigen por una ley especial. El derecho que se otorga al patentado es personalísimo y se extingue con su muerte o su disolución de acuerdo a la ley.

Artículo 5º—Derechos y obligaciones del patentado. La municipalidad delega en el patentado su facultad de ejercer el control y la explotación de las actividades lucrativas necesarias para el desarrollo del cantón. Mediante el certificado que contiene el derecho de patente, el patentado adquiere derechos y obligaciones de acuerdo a la ley los cuales deberá ejercer y cumplir fielmente bajo pena de ser sancionado de acuerdo a este reglamento y las normas vigentes en la nación.

Artículo 6º—Obligaciones de la Municipalidad. La Municipalidad está obligada a hacer cumplir la ley de patentes municipales y las otras normas que tengan relación con ella para el ejercicio del control de la explotación de las actividades para el desarrollo del cantón. Para cumplir con esta obligación podrá acudir a las otras instituciones del estado y coordinar con ellas la ejecución e implementación de lo que le impone la ley. Estas instituciones están obligadas a prestarle ayuda en esta labor a la Municipalidad de acuerdo a lo que dispone el Ordenamiento Jurídico Nacional.

CAPÍTULO II

Requisitos y condiciones para el otorgamiento de patentes

Artículo 7º—Requisitos Generales2. Bajo pena de inadmisibilidad todas las solicitudes para los trámites de patente deberán contener los siguientes requisitos generales:

a)  Solicitud por escrito de acuerdo a lo que establece el artículo 23 de este Reglamento o en su lugar el formulario de solicitud de patente, debidamente lleno, que provea al efecto la Municipalidad.

b)  Para el otorgamiento de la Patente Municipal el solicitante deberá estar al día con las obligaciones en la Caja Costarricense de Seguro Social.

c)  Permiso sanitario de funcionamiento cuando la actividad así lo requiera de acuerdo a las normas que en esta materia disponga el Ministerio de Salud. Cuando un permiso de funcionamiento esté condicionado a plazo fijo, el vencimiento de éste, obliga al interesado a presentar de nuevo el permiso sanitario a esta Municipalidad, una vez que le haya sido renovado o vuelto a otorgar bajo pena de ser sancionado de acuerdo al artículo 38 de este Reglamento.

d)  Presentación de la Póliza del Instituto Nacional de Seguros o exoneración de la misma.

e)  Perfil del proyecto a desarrollar como actividad lucrativa en el local o inmueble comercial. Este perfil deberá contener como mínimo los siguientes requisitos bajo pena de inadmisibilidad ad portas:

i)   Una descripción clara, precisa y detallada del tipo de actividad que se desarrollará en el inmueble dicho. En este sentido es importante que se describan con detalle los procesos, las condiciones, los instrumentos, los recursos (humanos y económicos), los tipos de equipo (técnico y operativo) y los horarios y jornadas que serán usados en el inmueble para la explotación de la actividad de acuerdo a lo que dicte el marco regulatorio de horarios vigente.

ii)  El (los) nombre(s) comercial (es) con el (los) que operará la actividad lucrativa a desarrollar con la licencia y los respectivos logotipos o marcas comerciales que se usarán y que esté autorizado para usar el solicitante. Si se cuenta con la certificación de la marca comercial o industrial debidamente inscrita en el registro Nacional es necesario aportarla a la solicitud.

iii) La dirección de la ubicación exacta de los lugares en que se desarrollará la actividad y de los tipos de inmueble que serán usados en cada caso. Además deberá aportar una copia del plano catastrado de la propiedad en que se halle el inmueble en el que se desarrollará la actividad en casos de que no pueda ser localizado el inmueble para los efectos del tasado de la actividad de la que habla este Reglamento.

iv) En caso de que el local sea arrendado, el solicitante deberá adjuntar copia certificada del contrato de arrendamiento firmado por ambas partes. De no haber contrato de arrendamiento se deberá presentar autorización por escrito del dueño de la propiedad en donde se explotará la actividad respectiva.

v)  Indicará al efecto las calles, plazas, parques, salones comunales o de recreo, redondeles, tarimas de conciertos o cualquier otro inmueble que sea usado en la actividad.

Para los efectos del cumplimiento de este requisito la Municipalidad proveerá al solicitante de un formulario mediante el cual se explicará la manera en que deberá ser redactado este perfil y los requisitos, paso por paso que deberá contener, para los casos de eventos especiales o de solicitudes de patentes temporales de licores.

Cuando se trate de actividades sumamente sencillas, desde el punto de vista operativo y organizacional, este perfil podrá reducirse a una sencilla descripción por escrito de lo que la persona desea hacer en el inmueble y de lo que espera suceda en el desarrollo de la actividad lucrativa.

Las consecuencias jurídicas y reglamentarias, de la no descripción detallada y precisa de todos los aspectos establecidos en este inciso para el perfil es responsabilidad exclusiva del solicitante y no excluye la posibilidad de afectar intereses de terceros con mejor derecho.

a)  Estar al día en sus obligaciones económicas con la Municipalidad.

b)  Documentos que demuestren la identidad del solicitante: si se tratara de persona física será la cédula de identidad, la cédula de residencia o cualquier otro idóneo al efecto. Si se tratare de personas jurídicas deberá aportar la certificación de personería jurídica y además una copia certificada de la cédula de persona jurídica.

Artículo 8º—Requisitos Especiales. Dependiendo de las circunstancias y de las condiciones en que se quiera desarrollar la actividad para la cual se solicita licencia municipal, el solicitante deberá aportar los siguientes requisitos especiales:

i)   Si la actividad por desarrollar se instalara en un inmueble nuevo, reconstruido o por reconstruir, remodelado o por remodelar, o por cualquier otra vía, alterado o por alterar, de acuerdo a su plano constructivo original, la municipalidad verificará por la vía que considere pertinente si el solicitante está a derecho con lo que determina el artículo 74, siguientes y concordantes, de la Ley de Construcciones y sus Reglamentos. Además aportará los correspondientes permisos de construcción, remodelación o reconstrucción de acuerdo a lo que establece al efecto la Fiscalía del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica.

ii)  En el caso en que la actividad por desarrollar esté ubicada en un lugar en el cual exista el Reglamento de Zonificación del Plan Regulador, será necesario que la Municipalidad corrobore por la vía que considere conveniente que se cumpla con dicho cometido.

iii) Si al desarrollar la actividad lucrativa el solicitante requiere del uso de pistas musicales, bandas sonoras, vídeo-cintas, cintas magnetofónicas, o discos compactos o de DVD, obras de arte, tales como pinturas, afiches, escenarios, escenografías, decoraciones o de cualquier otro tipo de activo intangible protegido como un derecho de autor de acuerdo a lo que establece la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos es necesario que se verifique y se pruebe la autorización para el uso de estos derechos por los medios que establece la ley.

iv) En caso de que patentados ya existentes deseen abrir nuevas sucursales o expandir sus actividades a otros locales distintos del que ya opera podrán gestionar la solicitud de una nueva patente municipal ajustándose a los requisitos y procedimientos que establece este Reglamento o también podrán solicitar ante la Municipalidad que amplíe el derecho que ya posee en la actual licencia municipal para que cubra al otro establecimiento, previa verificación de los requisitos que establece este Reglamento para su operación. En ambos casos la Municipalidad otorgará un nuevo certificado para ser utilizado en la o las sucursales que se abran.

Artículo 9º—Requisitos Extraordinarios. De acuerdo al tipo de actividad lucrativa de que se trate, además de los requisitos especiales que atrás se definieron, en los siguientes casos, las solicitudes de patente deberán contener los siguientes requisitos extraordinarios:

a)  Cuando en el ejercicio de la actividad lucrativa, ya sea de manera esporádica o frecuente, surja la necesidad de organizar eventos especiales y espectáculos públicos, el solicitante deberá aportar los siguientes requisitos adicionales:

i.   Visto Bueno de la Guardia de Asistencia Rural en que conste el Plan de Seguridad para el público.

ii.  Visto Bueno de la Cruz Roja Costarricense en que conste la manera en que se atenderá las emergencias provocadas por el evento.

iii. Póliza del INS sobre posibles riesgos que genere la actividad.

iv. Calificación del tipo de evento o de espectáculo público por la Comisión de Espectáculos Públicos.

v.  Permiso de funcionamiento del evento del Ministerio de Salud.

vi. Si fuere necesario el contrato de arrendamiento o el título de propiedad del lugar en que se realizará el evento.

vii.                Los demás requisitos para el pago del Impuesto de Espectáculos Públicos que establecerá el Reglamento que para este fin elabore la Municipalidad.

b)  Cuando se tratare de licencias para expender licores, de acuerdo a las categorías que describe el artículo 2 de la Ley de Regulación de Horarios de Funcionamiento en Expendios de Bebidas Alcohólicas, las solicitudes deberá ser acompañadas de:

i.   Una declaración jurada de que no se encuentra en los supuestos de prohibición del artículo 19 de la Ley de Licores.

ii.  Una declaración Jurada de que no ha sido condenado mediante sentencia firme por infracción a la Ley de Licores y sus Reglamentos.

iii. Una inspección previa del lugar en que operará la licencia de expendio de licores está ubicada a más de cuatrocientos metros de Iglesias, capillas religiosas, centros comunales, centros de salud, centros de práctica y promoción del Deporte de acuerdo a lo que señala la Ley General del Deporte, ni de Centros Educativos de cualquier tipo que éstos sean.

Estas declaraciones juradas, o cualquier otra a la que haga referencia este Reglamento, podrán rendirse en un mismo acto ante abogado o notario y deberán venir acompañadas de las prevenciones de ley al declarante y de la firma de éste y la autenticación por parte del profesional en derecho. Deberán haber sido emitidas con fecha reciente y anterior a la solicitud de patente.

a)  Cuando se tratare de Vehículos Altoparlantes o similares con fines publicitarios o de promoción de ventas o eventos deberá comprobarse por medio idóneo a ese fin la autorización para el uso de estos derechos protegidos por parte de sus autores y además deberá aportarse una revisión técnica realizada por el Departamento de Ingeniería del MOPT que haga referencia al tipo de equipo a utilizar y las rutas permitidas con estos fines; además el permiso correspondiente del Ministerio de Salud en relación al volumen.

b)  Para el trámite de patentes de taxi deberá presentar los siguientes requisitos: El permiso o concesión, o certificación de éstos, emitido por la Dirección de Transporte Público del MOPT.

c)  Para licencia de moteles, hoteles, cabinas, apartamentos para alquiler, casa de alojamiento, pensiones, servicios de “cama y desayuno” y todo tipo de infraestructura dedicada para alquiler de alojamiento (Numerus Apertus) se deberá indicar el número de habitaciones con qué cuenta, la capacidad por cada habitación, los servicios adicionales que se ofrecen, las medidas de seguridad e higiene que se ofrecen. Además deberá contar con un Libro de Registro y el Rol de Pasajeros autorizado por la Dirección General de Migración y Extranjería y el Recibo de pago del impuesto ICT.

d)  En casos de Casinos el solicitante deberá aportar la correspondiente categorización del ICT en que se demuestre la condición del Hotel.

e)  Para las Casas de Préstamo o de Empeño será necesario describir en el perfil del proyecto que presenten los instrumentos y mecanismos financieros que usarán para su funcionamiento como tales, asimismo la aprobación de la SUGEF para ejercer la actividad.

f)   Los Bancos o Sucursales Financieras de estos deberán aportar la correspondiente aprobación de la SUGEF para ejercer la actividad.

g)  La Clínicas de Salud y Hospitales deberán contar con los permisos y autorizaciones del Ministerio de Salud y de la CCSS y además deberán presentar a la Municipalidad una “carta de compromiso” con la institución en cuanto al manejo adecuado de los desechos, sean estos basura orgánica o no. Líquidos, aguas sucias y otros.

h)  En cuanto a los Parques Industriales será necesario contar con los permisos y autorizaciones emitido por CINDE y el COMEX para ejercer la actividad. Además será necesario aportar la misma carta de compromiso de la que habla el inciso anterior.

i)   Para los Parques de Diversiones, Centros de Convenciones, Exhibiciones y Ferias Comerciales y Públicas deberán aportar los planes de seguridad, evacuación, contingencia, de manejo de desechos y de atención de emergencias, necesarios para que funcione la actividad.

j)   Para los Teatros, Cines, Salas de Exhibición de Obras de Arte y afines serán necesarios los mismos planes de los que habla el inciso j) de este artículo.

Artículo 10.—Plazos para el cumplimiento. Para el cumplimiento de los diferentes requisitos anteriormente establecidos el solicitante tendrá los siguientes términos perentorios.

a)  Los requisitos generales de los que habla el artículo 7 de este Reglamento deberán ser presentados junto con la solicitud de trámite de la patente, bajo pena de inadmisibilidad.

Artículo 11.—Sanciones por incumplimiento. La Municipalidad podrá sancionar mediante las normas que tiene este Reglamento y las otras que no se le opongan y le complementen, aquellas conductas del patentado que impliquen el incumplimiento de los requisitos ya dichos anteriormente, antes y durante el ejercicio del derecho consagrado en el certificado de la patente y de acuerdo a las normas del Ordenamiento Jurídico vigente.

Artículo 12.—Condiciones en que se otorgan las Patentes. Las licencias municipales son propiedad municipal, a excepción de la patente de licores que se rige por una ley especial y se otorgan únicamente para el ejercicio de la actividad que ellas mismas determinan y en las condiciones que establece la resolución administrativa que se dicte con ese fin. Son otorgadas hasta la muerte del patentado o su extinción de acuerdo a la ley.

CAPÍTULO III

Determinación del impuesto a las Patentes Municipales

Artículo 13.—Categorías de Patentados. Para los efectos de la determinación del Impuesto a las Patentes Municipales existen dos categorías de contribuyentes:

a)  Aquellos que ya existen y que son cesionarios de una licencia en operación a la fecha de entrada en vigencia de este Reglamento.

b)  Aquellos que solicitan una nueva patente o licencia municipal o bien que desean recalificar la que actualmente tienen.

Artículo 14.—Determinación por Declaración del Patentado. –Los patentados, en el ejercicio pleno de los derechos que le otorga la licencia respectiva, tienen la obligación de declarar bajo la fe del juramento los ingresos brutos que genere la actividad lucrativa que desarrollan en el inmueble respectivo y de acuerdo a la patente que ejerzan.

Esta declaración deberá ser realizada por los patentados una vez cada año y consignará la información referente al término que corresponde a todo el período de operaciones inmediata anterior en relación con la actividad que desarrollan y deberá ser entregada a la Municipalidad a más tardar el día cinco de enero de cada año, adjuntando la declaración de la renta o por casos especiales no se presente este documento deberá adjuntar la copia del último recibo de pago de planilla de la Caja Costarricense de Seguro Social, esto de acuerdo al Artículo 7 de la Ley de Patentes .

La Municipalidad buscará y generará mecanismos que le permitan incentivar la declaración voluntaria del patentado de sus ingresos para los efectos de la determinación del impuesto.

Artículo 15.—Revisión y recalificación de la Declaración y parámetros para tasaciones según Tabla de Categorías. De acuerdo a los que establecen los artículos 10, 11 y 14 de la Ley de Patentes toda declaración brindada por el patentado queda sujeta a ser revisada por los medios establecidos por la Ley. Si se comprobare que los datos suministrados por el declarante son inexactos, incorrectos o incompletos, y que por esa circunstancia fuere necesario hacer una variación en el valor real del impuesto a pagar, se procederá por parte de la Municipalidad a hacer la recalificación correspondiente de oficio.

Cuando se trate de solicitudes para explotar nuevas actividades lucrativas será necesario el tasado previo de la actividad lucrativa, por parte del departamento de patentes, asimismo a los patentados ya existentes también se les tasará de oficio en base a la Tabla de Categorías y dicho valor se comparará con los ingresos brutos que declaren al municipio, de acuerdo a los parámetros y los criterios que señala la ley de Patentes de la Municipalidad, así como lo determinado en la siguiente Tabla de Categorías (con sus respectivos parámetros para la tasación):

A                                                        B

                                                         Impuesto

Categoría                                    Trimestral (¢)

1                                               100.000,00

2                                                 75.000,00

3                                                 50.000,00

4                                                 40.000,00

5                                                 30.000,00

6                                                 20.000,00

7                                                 15.000,00

8                                                   8.000,00

9                                                   5.000,00

10 (mínimo)                                          3.550,00

La Municipalidad aplicará esta tarifa tomando en consideración la actividad principal, la ubicación del establecimiento, la condición física del local, los inventarios de existencias, materiales, maquinaria y materia prima, y el número de empleados, principalmente por analogía o comparación, con establecimientos que ejerzan la misma actividad.

Para procurar justicia tributaria, la Municipalidad clasificará los establecimientos sujetos a patentes, según una metodología en que se defina técnica y objetivamente, la categoría a que pertenece cada uno. Para aplicar esta metodología, se procederá de conformidad con lo dispuesto en las siguientes tablas:

1.) Comercio/100                   Actividad específica

1                  Suntuario Empresas Sofisticadas            20%

2                  Diverso Comercio Artículos Diversos    15%

3                  Apoyo Tienda, Ferretería, Librería y otros 10%

4                  Básico Supermercados, Farmacias y otros 5%

5                  Básico es.* Pulpería, Verdulería, Carnicería

                    y Similares                                              1%

1.) Industria/200.

1                  No Indisp** Que No Beneficia           20%

2                  Otras no beneficia ni perjudica            15%

3                  De apoyo progreso imprenta, ropa

                    y otras                                                 10%

4                  Suplidoras alimentarias principal-

                    mente                                                     5%

5                  Artesanal generan empleo

                    y pocos problemas                                1%

1.) Servicios/300.

1                       Sofisticadas profesionales varias

                         ramas                                                   20%

2                       Profesional generan mayor ingreso      15%

3                       Apoyo copias, transportes, alquileres 10%

4                       Educación servicios educación

                         y enseñanza                                           5%

5                       Técnicos servicios para la

                         evolución cantón                                    1%

*   Comercio: Básico Esencial ** No Indispensable

2.) Ubicación

1   Excelente zona industrial consolidada                     20%

2   Buena zona en proceso de consolidación                15%

3   Mixta ubicación con buen acceso                            10%

4   Regular ubicación dispersa                                        5%

5   Mala pequeña fábrica, bodega o talleres                    1%

3.) Condición del local

1   Excelente condición muy buena del local                 20%

2   Buena condición buena del local                              15%

3   Regular condición media del local                            10%

4   Mala condición mala del local                                    5%

5   Deficiente condición muy mala del local                   1%

4.) Nivel de inventarios

1   Altos superiores a ¢1.000.000,00                           10%

2   Moderados entre ¢750.000,00 y ¢1.000.000,00      7,5%

3   Medios entre ¢500.000,00 y ¢750.000,00               5%

4   Bajos entre ¢100.000,00 y ¢500.000,00                   2,5%

5   Nulos entre ¢0,00 y ¢100.000,00                             1%

5.) Número de empleados

1   Excelentes empresas: Más de 100 empleados         30%

2   Buenas empresas: empleados de 21 a 100               24%

3   Regulares empresas: empleados de 09 a 20             18%

4   Familiares empresas: empleados de 04 a 08            12%

5   Personales empresas: Empleados de 01 a 03             6%

Tabla de categorías

1   DE 00 A 10                         ¢    3.550,00                  10

2   DE 10 A 20                         ¢    5.000,00                  09

3   DE 20 A 30                         ¢    8.000,00                  08

4   DE 30 A 40                         ¢  15.000,00                  07

5   DE 40 A 50                         ¢  20.000,00                  06

6   DE 50 A 60                         ¢  30.000,00                  05

7   DE 60 A 70                         ¢  40.000,00                  04

8   DE 70 A 80                         ¢  50.000,00                  03

9   DE 80 A 90                         ¢  75.000,00                  02

10 DE 90 A 100                       ¢100.000,00                  01

El procedimiento a seguir es el siguiente:

a)  Una vez que se determine el monto trimestral que debe cancelar el patentado a partir de los parámetros según Tabla de Categorías anterior se compara con el monto declarado por el patentado (si ya es patentado en la Municipalidad) o con la proyección de ingresos (si es un nuevo patentado en la Municipalidad).

b)  La municipalidad para efectos del pago del impuesto de patentes, escogerá el monto mayor; es decir, si el monto declarado por el patentado (o la proyección de ingresos del solicitante) es mayor que el monto que determina la municipalidad según Tabla de Categorías anterior, la Municipalidad escogerá el monto declarado por el patentado (o la proyección de ingresos del solicitante). Ahora bien, si el monto declarado por el patentado (o la proyección de ingresos del solicitante) es menor que el monto que determina la municipalidad según Tabla de Categorías anterior, la Municipalidad escogerá el monto calculado mediante la Tabla de Categorías y sus respectivos parámetros a considerar.

Artículo 16.—Subcategorías de patentados de acuerdo a la determinación. –De entre los patentados ya existentes que actualmente tienen una licencia municipal en explotación pueden reconocerse las siguientes subcategorías:

a)  Patentados existentes que declaran impuesto de renta: son aquellos que ya han declarado, al menos en un ocasión anteriormente, el impuesto sobre la renta a la Dirección General de Tributación Directa sobre sus ingresos brutos de operación.

b)  Patentados existentes que no han declarado impuesto de renta: son aquellos que aún no han declarado, ni siquiera una sola vez, el impuesto sobre la renta a la Dirección General de Tributación Directa sobre sus ingresos brutos de operación.

c)  Patentados existentes que funcionan como sucursales: Son aquellas actividades lucrativas que se ejercen en lugares distintos de donde están ubicadas sus casas matrices pero que deben poseer los mecanismos de control interno, tanto contable como financieramente, para la determinación exacta de los ingresos que reciben por sus operaciones en la jurisdicción del cantón de acuerdo al artículo 2 de este Reglamento.

d)  Patentados existentes que abren sucursales: Son aquellas actividades lucrativas que se ejercen actualmente con una patente o licencia municipal en una casa matriz la cual desea expandirse a otro lugar distinto del que ya funciona, como una sucursal o agencia.

e)  Patentados que son agentes distribuidores o vendedores: Son aquellos que realizan la actividad lucrativa de venta de productos y servicios dentro del cantón de como agentes distribuidores o vendedores de casas matrices ubicadas fuera o dentro de este cantón, sin utilizar un inmueble para el desarrollo de su actividad, sino por medio de vehículos automotores.

De entre los patentados nuevos que solicitan una licencia municipal se pueden distinguir las siguientes subcategorías:

f)   Patentados nuevos que declaran impuesto de renta: son aquellos que ya han declarado, al menos en una ocasión anteriormente, el impuesto sobre la renta a la Dirección General de Tributación Directa sobre sus ingresos brutos de operación.

g)  Patentados nuevos que no declaran impuesto de renta: son aquellos que aún no han declarado, ni siquiera una sola vez, el impuesto sobre la renta a la Dirección General de Tributación Directa sobre sus ingresos brutos de operación.

h)  Patentados nuevos que funcionan como sucursales: Son aquellas actividades lucrativas que se ejercen en lugares distintos de donde están ubicadas sus casas matrices pero que deben poseer los mecanismos de control interno, tanto contable como financieramente, para la determinación exacta de los ingresos que reciben por sus operaciones en la jurisdicción del cantón, de acuerdo al artículo 2 de este Reglamento.

i)   Patentados nuevos que abren sucursales: Son aquellas actividades lucrativas que se ejercen actualmente con una patente o licencia municipal en una casa matriz la cual desea expandirse a otro lugar distinto del que ya funciona, como una sucursal o agencia.

j)   Patentados nuevos que desean ser agentes distribuidores o vendedores: Son aquellos que realizarán la actividad lucrativa de venta de productos y servicios dentro del cantón, como agentes distribuidores o vendedores de casas matrices ubicadas fuera o dentro de este cantón, sin utilizar un inmueble para el desarrollo de su actividad, sino por medio de vehículos automotores.

Artículo 17.—Formularios de Declaración. La declaración de la que se habla en este Reglamento deberá ser hecha por el patentado en un formulario que la Municipalidad facilitará al patentado con este fin y al menos con un mes de antelación a la fecha última de entrega, en el que se consignará, entre otros elementos, el nombre comercial del negocio, el número de la patente asignada, el monto de ingresos brutos generados en el año, el nombre y demás calidades de ley, así como la fecha , el lugar y la firma del declarante con la leyenda de que se trata de una declaración jurada la cual hace el declarante con base en el conocimiento personal que tiene de sus ingresos brutos en el ejercicio de sus actividades lucrativas.

Estos formularios serán recibidos en la Plataforma de Servicios y/o en el Departamento de Patentes de la Municipalidad durante los primeros cinco días del mes de Enero de cada año en horarios y jornadas hábiles.

Artículo 18.—Determinación de Oficio. La determinación de oficio del monto del Impuesto por Licencia Municipal se hará de acuerdo a los criterios que establecen los artículos 10 y 14 de la Ley de Patentes de esta Municipalidad, así como lo establecido en el artículo 15 del presente reglamento.

CAPÍTULO IV

Del procedimiento general para el trámite de otorgamiento

de Patentes Municipales

Artículo 19.—Solicitud de Patente Municipal. Para el otorgamiento de patentes municipales para el ejercicio de actividades dentro del cantón se requiere, que al menos treinta días hábiles previos al inicio de operaciones de la actividad, el interesado cumpla con la presentación de lo siguiente:

Deberá presentarse un escrito de solicitud dirigido al Departamento de Licencias Municipales de esta Municipalidad. Esta solicitud deberá venir firmada por el representante judicial y extrajudicial de la Persona Jurídica o por la persona física que ejercerá la actividad. Este escrito deberá contener los siguientes requisitos, bajo pena de rechazo ad portas por falta de requisitos formales:

a)  Solicitud expresa y detallada del tipo de patente que solicita según se trate de la actividad que desea desarrollar y, en cada caso, si requiere además de patente para la venta de licores.

b)  Fecha a partir de la cual se realizará la actividad.

c) Descripción sucinta de personal, horarios y procedimientos de los diferentes actos por realizar.

d)  Señalar un lugar para atender notificaciones dentro del perímetro de la ciudad de Quepos o bien un número de facsímil para este mismo fin. De no hacerlo las resoluciones que se dicten se tendrán como notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas.

e)  Lugar, fecha y firma de quien suscribe la solicitud en nombre de su representada o a nombre propio.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 7 de este mismo Reglamento esta solicitud podrá presentarse mediante formulario que la Municipalidad facilite con este fin.

Artículo 20.—La resolución administrativa. El departamento de Licencias Municipales de la Municipalidad tendrá un término de treinta días naturales para resolver si rechaza o concede la patente solicitada. De este plazo los primeros dos días serán para comunicar de previo a la parte interesada que deberá cumplir con los requisitos que haya omitido de acuerdo al artículo anterior. En el mismo escrito se le comunicará al interesado que cuenta con un término de tres días para subsanar los defectos y adjuntar los requisitos que omitió. Transcurrido este último término sin que la parte haya subsanado los defectos o completado los requisitos de los que habla el artículo 7 de este Reglamento, el Departamento respectivo procederá a rechazar la solicitud y a archivar de inmediato el expediente.

La resolución que concede o deniega la patente municipal deberá contener al menos los siguientes elementos bajo sanción de invalidez:

a)  Un encabezado: en que constará: el Departamento de esta Municipalidad de que emana la resolución, el número de oficio o resolución correspondiente, el nombre y calidades del funcionario que resuelve, la hora, fecha y lugar en que se resuelve.

b)  Unos resultandos: en los que se describirá, uno a uno, de manera estrictamente cronológica, los procedimientos realizados por las partes, instituciones intervinientes en el proceso y gestiones internas realizadas por la municipalidad para resolver el asunto.

c)  Unos considerandos: en los que se describirá uno a uno, por orden de importancia los hechos fundados en criterios de oportunidad, viabilidad, pertinencia y las razones, doctrinales y jurisprudencia administrativa así como las legales que fundamentan la decisión de conceder o denegar la patente. Además se describirán pruebas que dan sustento a lo razonado.

d)  Un por tanto: en el que se resolverá de manera definitiva y concreta si se concede o no la licencia. Además se dará un emplazamiento a las partes para interponer los recursos ordinarios de que habla el artículo 162 del Código Municipal.

e)  Una razón de notificación: en que se consigne el lugar en que se hace la comunicación, la hora, la fecha y el nombre, apellidos y cédula de la persona que recibe la notificación y la constancia de si quiso firmar o no esta razón.

Artículo 21.—Recurso de Revocatoria. La resolución que deniegue o apruebe la solicitud de permiso tendrá Recurso de Revocatoria dentro del quinto día, después de notificado, para ante la misma el Departamento de Licencias Municipales. Deberá presentarse en escrito motivado en que consten los antecedentes del caso, los hechos, los argumentos, criterios, opiniones y fundamentos legales y probatorios del recurso.

La resolución que resuelva este recurso deberá contener los mismos requisitos formales que se describen en el artículo 20 de este Reglamento.

Artículo 22.—Recurso de Apelación. La resolución que resuelva el Recurso de Revocatoria tendrá recurso de apelación dentro del quinto día para ante el Alcalde Municipal. También deberá presentarse en escrito motivado en que consten los antecedentes del caso, los hechos, los argumentos, criterios, opiniones y fundamentos legales y probatorios del recurso.

La resolución que resuelva este recurso deberá contener los mismos requisitos formales que se describen en el artículo 20 de este Reglamento.

Esta resolución además agotará la vía administrativa.

CAPÍTULO V

Deberes, derechos y prohibiciones para el Patentado

Artículo 23.—Derechos del patentado. Son derechos del patentado:

a)  Ejercer la actividad para la que se le ha dado permiso en los términos exactos en que la resolución administrativa haya otorgado ese permiso.

b)  Oponer a terceros el derecho que le fue otorgado para la explotación de la actividad correspondiente. En esta materia la Municipalidad no se hace responsable por cualquier reclamo o derecho de tercero que pueda ser lesionado con el ejercicio de esta actividad el cual podrá ser gestionado ante la instancia correspondiente.

c)  Ejercer las cláusulas de temporalidad, perentoriedad, exclusividad o cualquier otra que establezcan las patentes de que habla este Reglamento.

Artículo 24.—Deberes del Patentado. Son deberes del patentado:

a)  Cumplir con las normas del Ordenamiento Jurídico vigente.

b)  Respetar las directrices escritas que la municipalidad le plantee en el ejercicio de la actividad para la cual le fue otorgado la licencia municipal.

c)  Conservar en buen estado y exponer certificado en que conste la licencia municipal en un lugar visible al público, la resolución otorgada y el último recibo de pago de la respectiva licencia municipal.

d)  Cumplir con los requisitos y condiciones que le señalan en la resolución municipal y el los plazos ahí contenidos.

Artículo 25.—Prohibiciones al patentado: Son absolutamente prohibidas las siguientes actividades para el patentado:

a)  La venta de licores y de cigarrillos, en cualquiera de sus formas o presentaciones, a menores de edad. El incumplimiento de esta norma se sancionará de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente.

b)  El ejercicio de la actividad a que fue autorizado fuera de los límites geográficos, temporales y en general bajo las condiciones que establece el certificado de patente y la resolución respectiva.

c)  La venta de licores, en cualquiera de sus formas o presentaciones, a personas en evidente estado de ebriedad.

d)  Además le son prohibidas al patentado todas aquellas conductas reguladas en la Ley de Psicotrópicos, la Ley de Salud, la Ley de Protección al Consumidor, la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos y las otras normas del Ordenamiento Jurídico vigente.

CAPÍTULO VI

Otros procedimientos especiales

Artículo 26.—Traslado de lugar de la Patente. Cualquier patente podrá ser trasladada del lugar en que fue otorgada o que existe actualmente siempre y cuando este cambio no implique la violación o incumplimiento de lo establecido en la legislación vigente.

Para el traslado es necesario que se formule una solicitud por escrito al Departamento de Licencias Municipales de la Municipalidad y cumpla con los requisitos antes señalados.

Para el caso de las patentes de licores el traslado de la patente deberá hacerse en las mismas condiciones de distancias de los lugares señalados anteriormente. Si un patentado quisiera trasladar su patente a un lugar que no cumpla con los requerimientos de este Reglamento y las demás normas vigentes, en cuanto a distancias y condiciones generales y además no pudiera seguir ejerciendo su derecho a la licencia en el lugar que actualmente opera, perderá su derecho a la licencia y así se le comunicará en resolución debidamente motivada y fundamentada al efecto. Los efectos de esta resolución debidamente firme se equipararán a la renuncia de la patente.

Artículo 27.—Cambio de clasificación de la Patente. Una patente que haya sido otorgada para una determinada actividad o actividades y en condiciones específicas de acuerdo al perfil diseñado por el solicitante podrá ser ampliada a otras actividades o restringida a unas cuantas de las ya autorizadas, previa solicitud en este sentido por parte del patentado. Para estos efectos deberá cumplirse con los requisitos que demanda este Reglamento y las demás normas vigentes.

La solicitud se resolverá mediante resolución motivada y fundamentada al efecto y en los mismos términos del artículo 20 de este Reglamento y cabrán los mismos recursos de acuerdo al procedimiento que señala este Reglamento.

Artículo 28.—Renuncia al derecho de Patente. Cuando el patentado no quiera o no pueda seguir disfrutando del derecho que se le otorgó para la explotación de la patente deberá comunicarlo a la Municipalidad mediante escrito dirigido al Departamento de Licencias Municipales en que haga esta declaración. Una vez firme esta renuncia el derecho otorgado se extinguirá para ese patentado y será decisión de la Municipalidad si lo vuelve a otorgar a otro solicitante o lo fenece totalmente para todos.

CAPÍTULO VII

De los inspectores de patentes y los otros

Funcionarios Municipales

Artículo 29.—Facultad para notificar asuntos de Patentes. El Concejo Municipal acuerda autorizar y facultar a los inspectores municipales y los funcionarios del Departamento de Licencias Municipales, Cobros, Policía Municipal, Hacienda Municipal, así como al Alcalde Municipal, para que notifique todos los acuerdos, comunicados y resoluciones que sean necesarios para resolver las quejas denuncias y solicitudes que provengan de los administrados y en relación con las patentes Municipales.

Artículo 30.—Facultad para realizar actas de inspección.  El Concejo Municipal acuerda autorizar y facultar a los inspectores municipales y los funcionarios del Departamento de Licencias Municipales, Cobros, Policía Municipal, Hacienda Municipal, así como al Alcalde Municipal, para que realicen aquellas actas de inspección y de tasado, que sean necesarias para resolver las quejas, denuncias y solicitudes que provengan de los administrados y en relación con las patentes Municipales.

Artículo 31.—Facultad de los funcionarios para emitir y hacer cumplir órdenes. Los funcionarios municipales están facultados por el ejercicio de su cargo para emitir órdenes, previamente fundadas y por escrito, a los administrados y velar por su fiel cumplimiento. Además están facultados para hacer cumplir las órdenes que emanan de otros funcionarios municipales y que se les encarga de ejecutar. El mal uso de esta facultad podrá hacer incurrir al funcionario en el delito de abuso de autoridad de acuerdo al tipo penal correspondiente.

CAPÍTULO VIII

Sanciones

Artículo 32.—Debido Proceso. De previo a la ejecución o cumplimiento de cualquier resolución administrativa que imponga una sanción al patentado o solicitante, deberá haberse resuelto el procedimiento de acuerdo a las normas del Debido Proceso que se garantiza a favor del administrado.

Artículo 33.—Clausura de la actividad. En los casos que se detallan a continuación quedan facultadas las autoridades municipales para acudir a la Fuerza Pública para proceder a la clausura de la actividad en los términos establecidos en el Ordenamiento Jurídico sin responsabilidad para esta Municipalidad.

Para los efectos que conciernen a la ejecución de esta clausura los funcionarios municipales podrán proceder a clausurar (marcar con sellos el área del inmueble que sea necesario restringir) y evitar así que el patentado pueda seguir explotando la actividad.

a)  En cualquier caso que la Municipalidad conozca y confirme que existe una actividad lucrativa que se ejerce dentro del cantón de Aguirre sin la correspondiente licencia municipal.

b)  En cualquier caso que la Municipalidad conozca y confirme el no cumplimiento de alguno(s) de los requisitos establecidos en este Reglamento y en la Ley de Licores y su Reglamento, o cualquier otra norma jurídica vigente a la fecha, por parte de aquel a quien se haya otorgado un permiso o patente en los términos regulados por este Reglamento

c)  En los casos en que se conozca y confirme por parte de las autoridades municipales que el patentado está desarrollando actividades lucrativas en el inmueble o inmuebles, en que explota la licencia que no hayan sido expresamente autorizados por la Municipalidad.

d)  En los casos en que se conozca y confirme por parte de las autoridades municipales que el patentado está desarrollando actividades lucrativas en el inmueble o inmuebles en que explota la licencia que están expresamente prohibidas de acuerdo a las normas jurídicas vigentes en el ordenamiento jurídico nacional.

e)  En los casos en que se conozca y confirme por parte de las autoridades municipales que el patentado está desarrollando actividades lucrativas en el inmueble o inmuebles en que explota la licencia que están expresamente restringidas de acuerdo a las normas jurídicas vigentes en el ordenamiento jurídico nacional y en los casos en que se demuestre que no las realiza en las condiciones de la restricción impuesta.

f)   En los casos que establece el artículo 29 de la ley de Planificación Urbana.

g)  En los casos en que la ley Nº 6043, Ley de la Zona Marítimo Terrestre y su Reglamento lo prohíba.

Artículo 34.—Suspensión de la Patente. Tal y como lo señala el artículo 81 bis del Código Municipal, la Municipalidad quedará autorizada a suspender la licencia municipal a los negocios que:

a)  Estén morosos en el pago de la licencia por dos o más trimestres.

b)  Incumplan los requisitos que las leyes de la República establezcan para el ejercicio de la actividad por explotar.

Además serán sancionados con multa equivalente a tres salarios base al propietario, administrador o responsable de un establecimiento que con la licencia municipal suspendida siga operando con su actividad. Para el cumplimiento de lo anterior la Municipalidad podrá pedir ayuda a las autoridades que considere convenientes las cuales estarán obligadas a brindárselas.

Artículo 35.—Multa del 10% del impuesto anual de patentes. –De acuerdo a lo establecido en el artículo 13 de la Ley de Patentes la Municipalidad podrá sancionar con una multa del 10% del impuesto anual de patentes pagado durante el período inmediato anterior a todo aquel patentado que no presente la declaración jurada para la determinación del impuesto a la patente municipal dentro del término establecido en la ley y este reglamento. Para los casos de las patentes de licores aplicará lo que establece la Ley 7881 actualmente vigente.

Artículo 36.—Sanciones relacionadas con patente de licores. –Quedan facultados los funcionarios municipales para denunciar ante los Tribunales de Justicia del Poder Judicial y ejercer la querella y la acción civil resarcitoria correspondiente ante esas mismas instancias, cuando los patentados, administradores, propietarios o dependientes que ejerzan actividades lucrativas relacionadas con la venta de licores incurrieren en las siguientes conductas:

a)  Vender licor, en cualquier forma o presentación existente, a menores de edad para consumir dentro o fuera de los establecimientos comerciales en que se ejerce la actividad. La sanción a aplicar en este caso será de una multa de diez salarios base de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de la Ley de Regulación de Horarios de Funcionamiento en Expendios de Bebidas Alcohólicas y de dos a treinta días multa de acuerdo al artículo 380.2.a) del Código Penal.

b)  Tolerar o permitir la permanencia de menores dentro de locales cuya principal actividad sea la venta de licores. La sanción a aplicar en este caso será de una multa de cinco salarios base de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de al Ley de Regulación de Horarios de Funcionamiento de Expendios de Bebidas Alcohólicas.

c)  Vender licor fuera de los horarios establecidos en la ley. La sanción a aplicar en este caso será de una multa de siete salarios base de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Funcionamiento en Expendios de Bebidas Alcohólicas.

d)  Vender licor a personas en evidente estado de embriaguez. La sanción que se aplicará en este caso será la que dispone el artículo 24 de la Ley de Licores y la del artículo 380.2.b) del Código Penal.

e)  Vender licor a personas que el encargado del expendio sabe afectadas por algún tipo de enfermedad mental. La sanción por esta conducta será la que señala el artículo 380.2.c) del Código Penal.

f)   Vender licor a personas que el encargado del expendio sepa tiene prohibido frecuentar lugares donde se venda licor. La pena será la que dispone el artículo 380.2.d) del Código Penal.

g)  Vender licor en horarios y fechas prohibidas por la ley. La sanción a aplicar en este caso será de una multa de doce salarios base de acuerdo a lo establecido en el artículo 7 de la Ley de Regulación de Horarios de Funcionamiento en Expendios de Bebidas Alcohólicas.

h)  Vender cigarrillos o tabaco, en cualquiera de sus formas o presentaciones, a menores de edad. La sanción que se aplicará en este caso será la que establece el artículo 4 de la Ley contra el Fumado N° 7501.

Artículo 37.—Sanciones por desobediencia a la autoridad de los funcionarios municipales. –Cuando los funcionarios municipales emitan órdenes escritas o verbales a los patentados éstas serán de acatamiento obligatorio, una vez que estén firmes y de acuerdo a la ley. Si el patentado desobedece estas órdenes en evidente confrontación con la autoridad municipal, ésta podrá acudir a los Tribunales de Justicia del Poder Judicial a interponer las denuncias correspondientes a los delitos de desacato o desobediencia a la autoridad como corresponda y de acuerdo al Código Penal. Además la Municipalidad se reservará el derecho de presentar la correspondiente querella y la acción civil resarcitoria en estos casos.

Artículo 38.—Ruptura de Sellos por los Patentados. Los sellos que coloque la Municipalidad con el fin de clausurar e impedir el ejercicio de actividades lucrativas que hayan sido declaradas indebidas de acuerdo a este Reglamento son un patrimonio público y oficial y se hace para efectos fiscales. El patentado tiene la obligación de cuidar y velar por la protección de estos sellos. Si la Municipalidad conociera y lograre demostrar que el patentado ha roto o permitido que se rompan estos sellos por cualquier mecanismo podrá comunicarlo al Juzgado Contravencional de Menor Cuantía mediante denuncia formal, para que se le sancione por la contravención enunciada en el artículo 394 inciso 1 del Código Penal.

Artículo 39.—Realización de Operativos. Los funcionarios municipales junto con las autoridades de la Fuerza Pública, la Dirección General de Migración y Extranjería, el Patronato Nacional de la Infancia, la Dirección de Tránsito del MOPT y el Ministerio de Salud o cualquier otra entidad afín, podrá realizar operativos para comprobar el adecuado cumplimiento de las normas de este Reglamento y del Reglamento para el Funcionamiento de las Ventas Estacionarias y Ambulantes en Vías Públicas.

Artículo 40.—Procedimiento para el Decomiso. Cuando una persona que se dedique a la venta de productos o servicios dentro o fuera de un inmueble destinado al efecto, ante el requerimiento de los funcionarios municipales o de las otras autoridades que los acompañan, no presente su correspondiente patente o licencia municipal que le autorice a ejercer esta actividad específica, sin perjuicio de otras sanciones que se puedan aplicar, se procederá de la siguiente manera:

a)  Primero: se le informará de lo que establece el Reglamento para el Funcionamiento de las Ventas Estacionarias y Ambulantes en Vías Públicas del Cantón si se tratare de vendedores ambulantes o de lo que señala este Reglamento en los otros casos, por medio de la lectura de las faltas concretas a esos reglamentos en que halla incurrido a través de una notificación escrita entregada al efecto. Si se negare a recibirla, los funcionarios municipales podrá dejar constancia de ello en ese documento y aportará los testigos del caso de esta situación específica.

b)  Segundo: En el mismo acto se procederá al decomiso de toda la mercadería que tenga expuesta esa persona sobre la vía pública o aquella que cargue en su cuerpo pudiendo al efecto el funcionario municipal recogerla o bien de aquella mercadería para la cual no tenga licencia para su explotación o comercialización. Este decomiso se consignará en un acta que se levantará al efecto en la que se establecerá la hora y fecha del operativo, el inventario de la mercadería obtenido. Además se marcará la mercadería decomisada con una señal de decomiso indeleble.

c)  Tercero: El interesado deberá demostrar mediante facturas o documentos de ley la propiedad de la mercadería decomisada. Si no pudiere hacerlo los funcionarios municipales no la entregarán al infractor.

d)  Cuarto: Una vez hecho el decomiso y demostrada la propiedad de la misma por parte del vendedor dentro de los tres días hábiles posteriores al decomiso, éste podrá retirarla si cancela a la Municipalidad en ese mismo acto, o a más tardar el día hábil inmediato, la suma correspondiente a un 40% del valor total de la mercadería decomisada.

e)  Quinto: Los funcionarios municipales encargados al efecto levantarán un archivo de infractores de este Reglamento para lo correspondiente al inciso siguiente de este artículo.

f)   Sexto: En caso de reincidencia por los mismos hechos atrás señalados por parte del vendedor, los funcionarios municipales denunciarán los hechos al Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de la zona a efectos de que se proceda a imponer las sanciones correspondientes, las cuales no podrán ser inferiores al monto señalado en el inciso d) de este artículo.

Artículo 41.—Del destino de la mercadería decomisada. La mercadería decomisada podrá ser dispuesta por la Municipalidad de la siguiente manera:

a)  Solo podrá ser devuelta al vendedor cuando cumpla con lo establecido en el artículo anterior y en caso de que se trate de su primera infracción a este Reglamento. Para este efecto la parte interesada deberá acudir a la Municipalidad dentro de los tres días hábiles posteriores al decomiso. Si no acudiere en este plazo se procederá de acuerdo a los incisos siguientes de este artículo, sin responsabilidad para la institución.

b)  Si el vendedor no acudiere a reclamar la mercadería o si no cumpliere con los requisitos establecidos en el artículo anterior se procederá así:

c)  Si se tratare de mercadería orgánica, comestible y perecedera será entregada a las siguientes instituciones: Asilos de Ancianos, Escuelas, Hogar Crea y otras instituciones de beneficencia.

d)  Si se tratare de flores o de artículos ornamentales serán utilizados por la Municipalidad para el embellecimiento, ornamentación y decoración del Cantón de Aguirre.

e)  Si se tratare de otro tipo de artículos o servicios serán entregadas a las Juntas de Educación que así lo solicitaren formalmente al Alcalde Municipal.

Artículo 42.—Otras sanciones. Lo dispuesto en este capítulo de este Reglamento no limita la facultad de la Municipalidad de aplicar otras sanciones establecidas en otras normas del Ordenamiento Jurídico vigente, en especial aquellas que determina el Código de Normas y Procedimientos Tributarios y el Código Penal.

CAPÍTULO IX

Disposiciones finales

Artículo 43.—Lo no regulado expresamente en este Reglamento se regirá de conformidad con la legislación vigente.

Rige a partir del día de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

El Concejo Acuerda: Según lo establecido en el artículo 170 de la Constitución Política 2, 3, 4 inciso a) 13 inciso c) y 43 del Código Municipal aprueba el siguiente Proyecto de Reglamento de Licencias Municipales de la Municipalidad de Aguirre, sometiéndolo a consulta pública no vinculante por un plazo mínimo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación del mismo. Aprobar 5 Votos.

Quepos, 30 de enero del 2006.—Sandra Alfaro Porras, Secretaria a.í.—1 vez.—(30049).

 

DEPARTAMENTO DE SECRETARÍA DEL CONCEJO

La Municipalidad de Aguirre en sesión ordinaria Nº 291 celebrada el 24 de enero del 2006, en artículo quinto, Iniciativas acuerdo Nº 2, conoce y aprueba lo siguiente:

Acuerdo Nº 2: Moción presentada por la Regidora Vera López Álvarez, considerando que en sesión Nº 289 celebrada el 10 de enero del 2006, el señor Alex Contreras Serrano, alcalde municipal presentó los Reglamentos de Espectáculos Públicos, Licencias Municipales del Cantón de Aguirre y el del Procedimiento de Demolición de Construcciones del Cantón de Aguirre, sumamente importantes para el buen funcionamiento y la captación de ingresos a la Municipalidad, por todo lo anterior mociona para que sean aprobados los reglamentos de Espectáculos Públicos, Licencias Municipales y el de Demoliciones de Construcciones y sean publicados en Diario Oficial La Gaceta. Los cuales son los siguientes: textualmente:

A) Reglamento para Espectáculos Públicos.

MUNICIPALIDAD DE AGUIRRE

REGLAMENTO DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS

DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUIRRE

Considerando:

I.—Que el artículo 170 de la Constitución Política, así como el artículo 4°, 13 inciso c) y 169 del Código Municipal reconocen la autonomía política, administrativa y financiera de las municipalidades y en virtud de lo dispuesto por la Ley 6844, para la organización del sistema de cobro del Impuesto de Espectáculos Públicos establecido en su artículo l°.

II.—Que la Municipalidad de Aguirre a través del tiempo ha confirmado el crecimiento desmedido de actividades de diversa índole que constituyen espectáculo público, los cuales deben ser regulados y controlados por el gobierno local independientemente que este implique el cobro de algún tipo de tributo.

III.—Que la jurisprudencia constitucional emitida por la Sala Cuarta de la Corte Suprema de Justicia ha sido consecuente con la facultad municipal de controlar y administrar todo espectáculo público que se realice en su jurisdicción.

IV.—Que igual sentido en los últimos años se han dictado una serie de dictámenes por parte de la Procuraduría General de la República, la cual constituye jurisprudencia administrativa que debe ser tomada en cuenta por el gobierno local.

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º—Definiciones. Para la aplicación del presente Reglamento y la interpretación del mismo, se entiende por:

a)  Espectáculos públicos permanentes: Son aquellos que por su naturaleza constituyen la actividad ordinaria del lugar y se desarrollan durante todo el año, tales como: cines, teatros, salones de baile, discotecas y otros similares, en donde se suscribirá un Contrato de Espectáculo Público entre la Municipalidad y el Administrado por concepto de Espectáculo Público.

b)  Espectáculos públicos ocasionales: Son aquellas actividades que por su naturaleza se desarrollan ocasionalmente, tales como: ferias, festejos cívicos patronales, novilladas, conciertos y otros espectáculos similares.

c)  Karahoke: Es el sistema de audiovisual que reproduce la música y la letra escrita de una canción para facilitar su interpretación por un cantante no profesional.

Artículo 2º—Hecho generador. Constituye el hecho generador de la obligación tributaria, la presentación o desarrollo de toda clase de espectáculos públicos y de diversiones no gratuitas, tales como: cines, teatros, circos, carruseles, salas de juegos electrónicos, de patinaje, juegos movidos por máquinas de tracción mecánica o animal, máquinas tragamonedas, exposiciones y presentaciones deportivas de todo tipo excepto las mencionadas en el artículo 100 de la Ley N° 7800 de 30 de abril de 1998, toda función o representación de tipo artística, musical o bailable que se haga en vivo o utilizando reproductores de audio o vídeo en discotecas, salones de baile, gimnasios u otros lugares destinados o no al efecto, así como cualquier otra actividad que pueda calificarse como entretenimiento, diversión o espectáculo y que se lucre de manera indirecta aunque la entrada sea gratuita ante esta última situación la Hacienda Municipal procederá a realizar tasaciones de oficio para el pago del respectivo impuesto de Espectáculo Público.

Artículo 3º—Contribuyentes. Son contribuyentes del impuesto establecido en el artículo 1° de la Ley N° 6844, las personas físicas o jurídicas, de hecho o de derecho, públicas o privadas, que sean propietarias, arrendatarias o usuarias, por cualquier título, de los locales dedicados o utilizados para llevar a cabo espectáculos públicos o de diversiones indicados en el artículo 2 de este Reglamento, así como las personas físicas o jurídicas que contraten la presentación en Costa Rica de espectáculos y diversiones de carácter nacional o internacional, aún cuando realicen esa actividad en forma ocasional.

Artículo 4º—Base imponible. Constituye la base imponible para la determinación de este impuesto, el monto que resulte de la sumatoria del valor de cada uno de los tiquetes, boletas o entradas individuales del respectivo espectáculo público que se efectúe en el cantón de Aguirre. Cuando además del valor de la entrada se cobren sumas adicionales por rubros como: consumo mínimo, barra libre, admisión consumible, derecho de admisión o cualesquiera otros términos similares, el impuesto se calculará sobre la cantidad que resulte del valor de la entrada más el sobreprecio por tales conceptos y cuando se cobre sólo alguno de ellos, ese valor será la base imponible del impuesto.

Artículo 5º—Tarifa. La Municipalidad del cantón de Aguirre cobrará un impuesto del cinco por ciento (5%) sobre la base imponible definida en el artículo anterior, a todos los espectáculos públicos y de diversión señalados en el artículo 2° de este Reglamento.

Artículo 6º—Exenciones. Están exentos del pago del impuesto, los espectáculos públicos y de diversiones no gratuitos que se realice en los cines, teatros, salones de baile, discotecas, locales, estadios y plazas; en general todo espectáculo público que se realice con motivo de festejos cívicos y patronales, veladas, turnos, ferias o novilladas, pero únicamente cuando el producto íntegro se destine a fines escolares, de beneficencia, religiosos o sociales, previa aprobación de la Municipalidad de Aguirre. Así mismo, están exentos los espectáculos, las actividades o los torneos deportivos que organicen las Sociedades Anónimas Deportivas, las asociaciones y federaciones deportivas, debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones Deportivas y reconocidas como tales por el Consejo Nacional del Deporte y la Recreación, siempre y cuando cumplan con el trámite establecido al efecto. Para gozar de la presente exención, los interesados deberán presentar con ocho días de antelación a la realización de la actividad, la solicitud correspondiente por escrito a la Municipalidad, adjuntando constancia de la existencia de la institución beneficiaria; en caso de comités o asociaciones sin personería jurídica, deberán hacerlo mediante declaración jurada presentada ante el Concejo Municipal, en la que indique que el producto íntegro de la recaudación se destinará a fines benéficos.

Artículo 7º—Autorización de espectáculos públicos. La realización de cualquier espectáculo público o de diversión establecidos en el presente Reglamento, requerirá aprobación previa de la Municipalidad de Aguirre. Para tal fin la Municipalidad de Aguirre estará facultada para solicitar la colaboración de los distintos centros de trabajo de la Municipalidad, entre ellas Hacienda Municipal, la Unidad Ambiental, Control y Desarrollo Urbano y de la Dirección Jurídica.

La autorización de los espectáculos ocasionales deberá solicitarse, por escrito, con al menos cinco días hábiles de anticipación a la fecha de realización del evento y deberá contar con los siguientes requisitos:    

a)  Nombre completo, razón o denominación social del solicitante y su número de cédula de identidad o cédula jurídica.

b)  Tipo de actividad, número de personas esperadas y fecha en que se realizará el espectáculo público o de diversión.

c)  Lugar en que se realizará el espectáculo público o de diversión. Autorización de uso del propietario del establecimiento o terreno, o en su caso, copia del contrato que autoriza su uso.

d)  Certificación estructural del inmueble, emitida por un ingeniero o arquitecto, en la que deberá indicarse la capacidad dinámica de asistentes con que cuenta el local o establecimiento.

e)  Póliza de responsabilidad civil y seguro para riesgos de trabajo, emitida por el Instituto Nacional de Seguros.

f)   Autorización de la Comisión de Eventos Masivos, donde se avala el evento o la actividad.

g)  Certificación de la Cruz Roja Costarricense u otra entidad de socorro constatando que esa entidad cubrirá el evento y copia del Plan Operativo de Emergencias a desarrollar, el que deberá incluir los profesionales en ciencias médicas necesarios en caso de una eventualidad.

h)  Plan Operativo de Seguridad, aprobado por el Ministerio de Seguridad Pública.

i)   Sistema de Seguridad para coordinar entre la seguridad privada y pública.

j)   Recibo del pago de la Asociación de Compositores y Autores Musicales de Costa Rica (ACAM).

k)  Presentación de los tiquetes con la respectiva descripción del evento, costo del tiquete, día y hora del evento, así como las entradas de cortesía deben de presentarse debidamente identificadas para la respectiva señalización.

l)   Cancelar a favor de la Municipalidad de Aguirre el setenta y cinco por ciento del monto resultante del cinco por ciento del total de la taquilla proyectada en efectivo.

m) Indicar en la solicitud respectiva y acreditarlo a través del plano respectivo el área habilitada para personas con discapacidad, la que debe ser de un 5% del aforo en los sitios donde se realizará la actividad, según lo dispone la Ley N° 8306, denominada Ley para Asegurar, en los Espectáculos Públicos Espacios Exclusivos para Personas con Discapacidad.

n)  Permiso de Funcionamiento de Espectáculo Público por parte del Ministerio de Salud.

Tratándose de espectáculos o diversiones permanentes, los requisitos exigidos serán los enumerados en los incisos a), d), e), j) y k) siendo obligación del contribuyente remitir la información indicada semestralmente. El incumplimiento de estos requisitos facultará a la Municipalidad de Aguirre para rechazar la solicitud o, en su caso, para revocar la autorización otorgada. No obstante el cumplimiento de todos los requisitos antes señalados. La Municipalidad se encuentra facultada para valorar en cada caso los criterios de oportunidad y conveniencia para la realización de un evento o actividad atendiendo a criterios de interés público.

CAPÍTULO II

De los tiquetes

Artículo 8º—Requisitos. Todos los contribuyentes del impuesto están obligados a emitir los boletos o tiquetes de entrada para cada espectáculo público o de diversión, quienes deberán garantizar sus condiciones de seguridad. Tales boletos y tiquetes deberán estar debidamente numerados en secuencia, por serie, por color o según su valor y deberán contener el nombre comercial que identifica al contribuyente, su nombre, razón o denominación social y su número de cédula de identidad o de cédula jurídica. Cada boleto deberá ser emitido en dos tantos: uno para el cliente y otro para el buzón de control. Dichos boletos deberán ser presentados previamente a la Municipalidad para su debida autorización, mediante la impresión del sello municipal en los mismos. La Municipalidad, tratándose de actividades ocasionales, podrá permitir el uso de boletos sin el nombre del establecimiento. Las entradas de cortesía deberán estar debidamente identificadas como tales, con un sello u otro medio adecuado y podrá deducirse su importe del monto bruto de la taquilla recaudada por evento, hasta en un máximo de un cinco por ciento (5%) de las entradas de primera clase y un diez por ciento (10%) de las entradas populares. Según las disposiciones legales vigentes al efecto.

La cantidad de boletos que emita el contribuyente para cada espectáculo o diversión, deberá corresponder a la capacidad dinámica del local o establecimiento en que se llevará a cabo. Para tal efecto, junto con la solicitud de autorización de los boletos, los contribuyentes deberán adjuntar la información requerida según artículo 7) inciso d), sobre la capacidad de asistentes con que cuenta el local o establecimiento.

Artículo 9º—Buzón. La Municipalidad instalará un buzón recolector de boletos en cada establecimiento en que se realicen las actividades, debidamente cerrado, el cual sólo podrá ser abierto por la Alcaldía Municipal, el responsable de la Hacienda Municipal o por la persona que éstos designen. Todo buzón recolector en caso de ser dañado en forma tal que no garantice seguridad, deberá ser repuesto en un plazo máximo de veinticuatro horas por el propietario del establecimiento. La responsabilidad del buen estado del buzón recolector de boletos corresponde al propietario del establecimiento.

En cada establecimiento deberá indicarse en un lugar visible de la boletería, lo mismo que en los boletos o tiquetes, el precio de la entrada al espectáculo o diversión. En los casos en que se hubiere autorizado la exoneración del presente impuesto, se deberá colocar en un lugar visible la respectiva resolución de la Municipalidad. Al cliente se le proporcionará el boleto en el momento mismo del pago. La copia o fracción de dicho tiquete debe ser depositada en el buzón recolector por el empleado con que cuenta el negocio para ese efecto.

Artículo 10.—Recolección de boletos. Semanalmente tratándose de espectáculos permanentes o el día posterior a la realización del evento, en caso de espectáculos ocasionales, personal de la Municipalidad de Aguirre trasladarán a la Alcaldía o a la Hacienda Municipal, los boletos recolectados junto con los talonarios respectivos. Simultáneamente, el dueño o encargado del negocio o del espectáculo entregará al personal municipal un informe en el formato que diseñe la Municipalidad, de las entradas vendidas según su valor, correspondiente a la semana o evento sujeto de inspección.

CAPÍTULO III

Del cálculo y pago del impuesto

Artículo 11.—Cálculo del impuesto. El impuesto será calculado sobre la base imponible establecida en el artículo 4° de este Reglamento, o en su defecto, sobre una tasación de oficio hecha por la Unidad de Hacienda Municipal, en caso de que no se disponga de la información.

Artículo 12.—Determinación de oficio. La detección, por parte del personal municipal, de cualquier irregularidad en la realización de espectáculos públicos, venta de entradas, su recolección o en la admisión de clientes a los espectáculos o diversiones, facultará a la Hacienda Municipal para realizar una tasación de oficio del impuesto y de la multa aludida en los artículos 21 y 22 de este Reglamento, de acuerdo con la información y antecedentes que estén a su alcance y de conformidad con lo establecido por el Código de Normas y Procedimientos Tributarios y siempre observando el debido procedimiento administrativo.

Artículo 13.—Pago del tributo. El impuesto deberá ser cancelado únicamente en las cajas recaudadoras de la Municipalidad. Los espectáculos públicos permanentes deberán cancelar el impuesto, el último día hábil del mes que se trate, en tanto que los espectáculos públicos ocasionales, deberán cancelar el impuesto, el día hábil posterior a la realización del evento.

Artículo 14.—Pago del tributo por adelantado. Los contribuyentes podrán efectuar pagos anticipados del impuesto. Para este efecto, presentarán una declaración anticipada a la Municipalidad, procediendo a hacer una liquidación definitiva a más tardar el último día hábil del mes que se trate, en el caso de espectáculos permanentes. Para los espectáculos ocasionales, la liquidación deberá ser presentada a más tardar el día hábil posterior a la realización del evento.

Artículo 15.—Prórrogas y arreglos de pago. La Municipalidad de Aguirre, podrá conceder prórrogas o arreglos de pago para la cancelación del impuesto aquí reglamentado, pero únicamente a solicitud del contribuyente un día hábil posterior al desarrollo de la actividad, quien deberá hacerlo por escrito y expresando las razones que le impiden la cancelación en tiempo de la obligación. La Municipalidad sólo podrá acordar arreglos con los contribuyentes que, por razones muy justificadas, no hayan podido cancelar su obligación a tiempo; pero deberá suscribirse un documento de garantía, pagaré, letra de cambio, prenda, hipoteca, o cualquier otro documento idóneo a juicio de la Unidad Tributaria, mediante el cual se asegure el cumplimiento de lo estipulado por la Ley. En todo caso, el otorgamiento de arreglos de pago generará, en favor de la Municipalidad, intereses corrientes cuya tasa será la establecida en el artículo 69 del Código Municipal.

CAPÍTULO IV

De la fiscalización

Artículo 16.—Verificación In Situ. La Municipalidad de Aguirre tiene la facultad, en cualquier tiempo, de verificar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias a que se refiere este Reglamento, utilizando para ello cualquier medio y procedimiento legalmente establecido, según lo estipulado en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Los funcionarios municipales responsables de la efectiva recaudación del impuesto coordinarán con las autoridades de Policía de Proximidad del Ministerio de Seguridad Pública como de la Policía Municipal, a fin de obtener la colaboración de éstas en la aplicación de este Reglamento.

Artículo 17.—Facultades y deberes de los funcionarios municipales asignados. Los funcionarios municipales asignados tendrán las siguientes atribuciones y deberes:

a)  Inspeccionar los establecimientos en donde se realizan actividades o espectáculos públicos.

b)  Verificar el cumplimiento de las normas que comprometan la responsabilidad municipal por el otorgamiento de permisos para actividades o espectáculos públicos, turnos, ferias, eventos deportivos o sociales.

c)  Notificar a las personas físicas o jurídicas que contravengan las disposiciones enmarcadas conforme a este Reglamento.

d)  Coordinar con las autoridades de la Fuerza Pública el efectivo cumplimiento del presente Reglamento.

e)  Informar a la Alcaldía y a la Hacienda Municipal dentro de un plazo máximo de dos días hábiles, el resultado de sus inspecciones y gestiones.

Artículo 18.—De la identificación de los funcionarios municipales asignados. Los funcionarios municipales asignados, contarán con una identificación extendida y firmada por el Alcalde Municipal, la cual llevará impresa el sello municipal. Esta identificación deberá ser presentada en el lugar en que se realizará el evento sujeto a inspección.

Artículo 19.—Del informe final de la inspección. La Municipalidad por medio de los funcionarios municipales asignados y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11, revisarán los boletos y el informe de los contribuyentes y remitirá un informe a la Alcaldía o a la Hacienda Municipal. Una vez verificados los boletos, procederá mediante un acta y conjuntamente con la Alcaldía o la Hacienda Municipal a la incineración o destrucción de los mismos.

Artículo 20.—Sobre las anomalías cometidas por funcionarios municipales. Los dueños de establecimientos o los responsables de los espectáculos públicos están obligados a denunciar de inmediato y por escrito ante la Municipalidad, cualquier anomalía cometida por algún funcionario municipal.

CAPÍTULO V

Sanciones

Artículo 21.—Infracciones y sanciones. Según lo estipulado en el artículo 3 de la Ley N° 6844, Ley del Impuesto de Espectáculos Públicos, la Municipalidad de Aguirre impondrá una multa equivalente a diez veces el monto dejado de pagar, a los contribuyentes que, en forma total o parcial, incurran en la falta de pago de este impuesto.

Artículo 22.—Conductas sancionables. Serán sancionados con la multa dispuesta en el artículo 21 de este Reglamento los contribuyentes que, por medio de la realización de cualquiera de las conductas que se describen a continuación, dejen de ingresar, dentro de los términos establecidos, los impuestos que correspondan:

a)  No realicen las emisiones de los boletos según lo dispuesto por este Reglamento.

b)  No presenten a la Municipalidad, dentro del plazo establecido, los boletos para su autorización.

c)  Adulteren en el boleto el precio real.

d)  No entreguen el boleto correspondiente a cada asistente al espectáculo público o de diversión.

e)  Admitan asistentes sin la entrega del tiquete correspondiente.

f)   No depositen el tiquete o copia en buzón de control.

El monto dejado de pagar lo determinará la Hacienda Municipal de acuerdo con la información y antecedentes que estén a su alcance y de conformidad con lo establecido por el Código de Normas y Procedimientos Tributarios y siempre observando el debido procedimiento administrativo. Dicho monto servirá de base para el cálculo de la multa respectiva.

Artículo 23.—De la no autorización de los boletos. No se autorizará boletos a los contribuyentes en los siguientes casos:

a)  Cuando existe una deuda contraída con la Municipalidad, por la comisión de las infracciones previstas en los artículos 21 y 22 del presente Reglamento

b)  Cuando tenga pendiente el pago del impuesto por alguna actividad anterior y no cuente con el arreglo previsto en el artículo 15 de este Reglamento.

c)  Cuando no se encuentren al día en el pago de los tributos municipales.

Artículo 24.—Deber de informar sobre conductas sancionables. Es deber de los funcionarios municipales asignados, así como de la Fuerza Pública o de la Policía Municipal, informar a la Municipalidad de las personas físicas o jurídicas que contravengan lo dispuesto en el presente Reglamento. Dichos informes serán canalizados por medio del Departamento Legal de la Municipalidad.

Artículo 25.—Declaraciones incompletas o falsas. La falsedad o inexactitud en la información suministrada por los contribuyentes, facultará a la Municipalidad para que, conforme al Ordenamiento Jurídico, tome las acciones administrativas, civiles y penales que correspondan. En el ejercicio de la función de fiscalización del tributo, la Municipalidad procederá conforme a lo establecido en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

Artículo 26.—Poder de policía. Sin perjuicio de las atribuciones señaladas en los artículos precedentes, la Municipalidad a través de la Hacienda Municipal, será la responsable de administrar, controlar, fiscalizar y sancionar las infracciones que se generen respecto a la realización de cualquier espectáculo público en el cantón y con el propósito de mantener la tranquilidad y el orden público esta podrá suspender, cancelar o dictar cualquier otra medida cautelar para el fiel cumplimiento del ordenamiento jurídico. Para tal fin, la Hacienda Municipal podrá solicitar la colaboración de las autoridades nacionales que considere convenientes, las cuales estarán obligadas a brindarla.

CAPÍTULO VI

Disposiciones finales

Artículo 33.—Sistemas de recaudación. La Municipalidad de Aguirre podrá establecer cualquier sistema diferente de recaudación, previa audiencia a los interesados y aprobación del Concejo Municipal.

Artículo 34.—Se otorga un plazo de tres meses, a partir de la publicación de este Reglamento, para que las personas físicas o jurídicas que cuenten con permiso de espectáculo público, cumplan con este Reglamento.

Artículo 35.—Derogatoria. El presente Reglamento deroga cualquier otra disposición Municipal que se le oponga. Toda modificación total o parcial de este Reglamento deberá ser publicada en el Diario Oficial para su eficacia.

Este Reglamento rige a partir de la publicación del aviso respectivo.

El Concejo Acuerda: Según lo establecido en el artículo 170 de la Constitución Política 2, 3, 4 inciso a) 13 inciso c) y 43 del Código Municipal aprueba el siguiente Proyecto de Reglamento de Espectáculos Públicos de la Municipalidad de Aguirre, sometiéndolo a consulta pública no vinculante por un plazo mínimo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación del mismo. Aprobar 5 Votos.

Quepos, 30 de enero del 2006.—Sandra Alfaro Porras, Secretaria a. í. del Concejo Municipal—1 vez.—(30050).

 

REMATES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DIVISIÓN DE PENSIONES

DIRECCIÓN FINANCIERA ADMINISTRATIVA

VENTA PÚBLICA Nº 006-2006

La Dirección Financiera Administrativa con la autorización de la Gerencia División de Pensiones, de conformidad con el “Reglamento para la Venta de Bienes Adquiridos por Ejecuciones de Garantía o Pago de Obligaciones”, y conforme al artículo 61 del Reglamento de Contratación Administrativa, se llevará a cabo la venta de las siguientes propiedades con la modalidad de venta pública:

Tipo de

Inmueble                                            Localización

10 casas                 3 San José (1 Goicoechea, 1 Tibás, 1 Desamparados),

1 Alajuela (1 Centro), 1 Cartago (1 Tres Ríos), 5 Limón (1 Santa Eduviges, 4 Cauto).

1 apartamento       1 San José (1 Curridabat).

Información adicional: El cartel de este concurso, está a disposición de los interesados en la Subárea de Bienes Inmuebles, División de Pensiones, segundo piso Edificio Jorge Debravo, diagonal a la Corte Suprema de Justicia, avenida 8, calle 21, en horario de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 12:00 m. d. El presente concurso puede ser financiado con la Caja, si el oferente reúne los requisitos de crédito hipotecario de la CCSS.

Fecha y lugar de la apertura de los sobres con las ofertas: El mismo se efectuará en la sala de reuniones en el quinto piso del edificio Jorge Debravo, ubicados en San José, avenida 8 y calle 21. La venta se realizará el día viernes 5 de mayo del 2006, a las 10:00 a. m. Lo anterior en conformidad con el inciso 61.2.3), del Reglamento de Contratación Administrativa.

San José, 7 de abril del 2006.—Lic. Gustavo Picado Chacón, Director.—1 vez.—(32918).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO DE COSTA RICA

SUCURSAL NICOYA

AVISO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante esta notaría, se presentó la señora Melissa Gómez Juárez, mayor, soltera, profesora de educación, vecina de Nicoya, Pueblo Viejo, cédula uno-mil cuarenta y dos-ciento noventa y nueve, propietaria del certificado a plazo Nº 61482271, por un monto de $.1.224,11 dólares, moneda de Estados Unidos de América, el que venció el 22 de abril del 2005. El cual solicita reposición al Banco de Costa Rica, Sucursal de Nicoya, la reposición de dicho certificado, por cuanto el original se extravió. Es todo.—En San José, diecinueve de marzo del dos mil cinco.—Lic. Laura Ceciliano Sánchez, Notaria.—Nº 95389.—(30357).

 

GERENCIA LOCAL, OFICINA CENTRAL

AVISO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

A quien interese, hago constar que el Certificado de Depósito a Plazo del Banco de Costa Rica, Certificado Nº 61613907, por un monto de ¢1.167.500,00, a un plazo de 180 días, emitido el 04-01-2006, vence el 04/07/2006, a una tasa del 15,00% anual. Certificado emitido a la orden de: Garro Hernández Celina, cédula 101630364. Emitido por la oficina en Avenida segunda, ha sido reportado como extraviado por lo que se solicita al Banco de Costa Rica su reposición de acuerdo con lo establecido en los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

San José, 22 de marzo del 2006.—Freddy Núñez Morales, Jefe Operativo.—(31416).

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

CENTRO DE NEGOCIOS SAN JOSÉ

AVISO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La señora Aura Rosa Cuadra Reyes, cédula de identidad Nº 8-035-809 y la señora Ileana María Barquero Cuadra, portadora de la cédula de identidad Nº 1-446-818, solicitan la reposición por extravío del Certificado de Depósito a Plazo en dólares Nº 302-301-3021172, por un monto de $ 6.238,66 y su cupón de intereses Nº 8 por un monto de $56,15 neto, confeccionado el día 6 de octubre del año 2005 por el Banco Crédito Agrícola de Cartago, con fecha de vencimiento al 6 de abril del 2006 y una tasa del 1,80% anual neta. Lo anterior para dar cumplimiento con lo que estipula nuestro Código de Comercio, artículos 708 y 709. Transcurrido el término de quince días hábiles después de la última publicación, se repondrá dicho documento.

San José, 27 de marzo del 2006.—Captación de Recursos. Retención y Recuperación de clientes.—Johnny Avendaño Sanabria.—(30456).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

SUCURSAL EN SAN RAMÓN

AVISO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal de este domicilio, hace del conocimiento del público en general, que la señora Arias Carvajal Luzmilda, cédula Nº 2-246-458, depósito de ahorro a plazo fijo:

                                                   Monto                     Fecha               Cupón        Monto            Fecha

Certificado                          colones              vencimiento        número       cupón      vencimiento

16101560210230073     632.000,00          10/05/2006                                                          cap

Lo anterior para cumplir con lo estipulado en los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

San Ramón, 30 de marzo del 2006.—Leonardo Araya Alpízar, Gerente.—(31023).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

Al señor Luis Antonio Muñoz Navarrete, se le comunica que la señora Cristina López Lezcano, ha solicitado en fecha tres de abril del dos mil seis, la intervención del Patronato Nacional de la Infancia, a fin de que la institución emita la recomendación para la salida del país de su hija la niña Pamela Melissa Muñoz López. Conforme con lo dispuesto en el Reglamento de Salida del País de personas menores de edad, artículo tercero, se otorga el plazo de ocho días a partir de la última publicación a fin que quien tenga derecho o interés pueda manifestar su oposición o asentimiento. Publíquese dos edictos consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y uno en un diario de circulación nacional, a costa de la parte interesada.—Oficina Local de La Unión.—Lic. Blanca Quirós Maroto, Representante Legal.—Nº 96054.—(31307).                                     2 v. 2.

INSTITUTO SOBRE ALCOHOLISMO Y FARMACODEPENCIA

En acatamiento a lo establecido en el artículo 2 del Estatuto de Servicio Civil, se hace del conocimiento a interesados y a terceros que por la aplicación de nómina 182805 de la Dirección General del Servicio Civil se nombra en propiedad a la señorita Pereira Ulloa Silvia María con el número de cédula 3-343-827, en el número de puesto 402033, clase Profesional del IAFA Grupo B, a partir 1º de febrero del 2006.

______

En acatamiento a lo establecido en el artículo 2 del Estatuto de Servicio Civil, se hace del conocimiento a interesados y a terceros que por la aplicación de nómina Nº 158605 de la Dirección General del Servicio Civil se nombra en propiedad al señor Sandí Sancho Manrique con el número de cédula 1-938-391, en el número de puesto 402119, en la clase de Encargado de Servicios Informáticos a partir 2 de enero del 2006.

______

En acatamiento a lo establecido en el artículo 2 del Estatuto de Servicio Civil, se hace del conocimiento a interesados y a terceros que por la aplicación del Art. 15. del Estatuto del Servicio Civil, Terna Nº 02-2005 del IAFA, se nombra en propiedad al señor Abarca Rivera Fernelly con número de cédula 6-198-967, en el número de puesto 402131, clase Trabajador de Servicios Generales, a partir 2 de enero del 2006.

______

En acatamiento a lo establecido en el artículo 2 del Estatuto de Servicio Civil, se hace del conocimiento a interesados y a terceros que por la aplicación del Art. 15 del Estatuto de Servicio Civil, terna 04-2005 del IAFA, se nombra en propiedad al señor Martínez Williams Wilson con el número de cédula 1-629-116, en el número de puesto 402101, en la clase de Trabajador de Servicios Generales, a partir 2 de enero del 2006.

______

En acatamiento a lo establecido en el artículo 2 del Estatuto de Servicio Civil, se hace del conocimiento a interesados y a terceros que por la aplicación del Art. 15., del Estatuto del Servicio Civil, Terna 04-2005 de la Dirección General del Servicio Civil se nombra en propiedad al señor Sancho Peñaranda Greivin con el número de cédula 1-630-301, en el número de puesto 401880, en la clase de Trabajador de Servicios Generales, a partir 2 de enero del 2006.

______

En acatamiento a lo establecido en el artículo 2 del Estatuto de Servicio Civil, se hace del conocimiento a interesados y a terceros que por la aplicación del Art.15., del Estatuto del Servicio Civil, terna 03-2005 del IAFA se nombra en propiedad al señor Nájera Otárola Marvin con el número de cédula 1-672-514, en el número de puesto 402042, en la clase de Trabajador Calificado del IAFA, a partir 2 de enero del 2006.

San Pedro, 2006.—Subproceso de Gestión Humana.—Lic. Guiselle Ramírez Solano, Encargada.—1 vez.—Nº 96228.—(31497).

 

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES

Tasa del interés

El Concejo Municipal de Buenos Aires, en sesión ordinaria 7-2006, celebrada el 14 de febrero del 2006, acuerda: conforme el artículo 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, fijar la tasa del interés en un 23.75%. Acuerdo unánime.

Buenos Aires de Puntarenas, 23 de febrero del 2006.—Lilliana Badilla Marín, Secretaria.—1 vez.—(O. C. Nº 176).—C-3870.—(31950).

 

AVISOS

CONVOCATORIAS

GANSO PERDIDO SOCIEDAD ANÓNIMA

La sociedad Ganso Perdido Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno- doscientos cincuenta, y cinco mil novecientos veinticuatro, representada por su secretario y socio el señor Phillip Lawrence Perry, convoca a sus socios a la asamblea general extraordinaria a celebrarse en Puntarenas, Jacó, cuarenta metros al sur del restaurante Colonial, el día veinticuatro de abril del año dos mil seis, para discutir temas relativos al aumento de capital de dicha sociedad. De no existir el quórum de ley se continuará de conformidad con la normativa imperante del Código de Comercio.—Puntarenas, Jacó, jueves 6 de abril del 2006.—Olga Du-Bois Berendshn, Apoderada generalísima.—1 vez.—(32868).

 

GRUPO EL LECHÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

Se corrige aviso del 13 marzo del 2006, de La Gaceta Nº 51. Se convoca a los socios de Grupo El Lechón Sociedad Anónima, a asamblea general ordinaria de accionistas a celebrarse en centro para eventos especiales La Casa, salón Los Laureles, San Joaquín de Flores, Heredia, 100 norte de La Casona del Cerdo, a las 10:00 horas del día 20 de abril del 2006, a fin de conocer de los asuntos que indica el artículo 155 del Código de Comercio. El orden del día será el siguiente:

1.  Informe de la presidencia.

3.  Análisis y aprobación de estados financieros del año 2004-2005.

4.  Nombramiento de presidente, secretario, vocales 1, 2 y 3 para el período 2006-2008.

5.  Ratificación del nombramiento de vicepresidente, tesorero, vocal 2 y vocal 4, hasta diciembre 2007.

6.  Nombramiento de fiscal para el período 2006 a 2008.

7.  Definir sobre la distribución de utilidades del período.

8.  Asuntos varios.

Si no hubiere el quórum requerido en la primera convocatoria, la asamblea sesionará validamente en segunda convocatoria una hora después con el número de socios presentes. Se advierte que los asistentes deberán acreditar su calidad de socios.—Alajuela, 7 de marzo del 2006.—Rogelio Rodríguez Araya, Representante Legal.—1 vez.—(32914).

 

ASOCIACIÓN VIDA JOVEN DE COSTA RICA

Asociación Vida Joven de Costa Rica, con cédula de persona jurídica número tres-cero cero dos-ochenta y cuatro mil cero sesenta y tres-cero siete, convoca a asamblea general ordinaria de asociados. Fecha: 27 de abril del 2006. Primera convocatoria 7:00 p. m. Segunda convocatoria treinta minutos después, con el quórum que haya presente. Lugar: Oficinas Nacionales, San Pedro Montes de Oca, 300 sur y 200 este del Banco Nacional. Agenda: 1. Informe ministerial. 2. Informe finanzas. 3. Informe presidencia. 4. Presentación página web. 5. Nombramientos miembros junta directiva. 6. Varios. 7. Oración y cierre.—San José, 3 de abril del 2006.—Magaly Mendoza Calderón, Presidenta.—1 vez.—Nº 97107.—(33273).

 

JORCOSA S. A

La sociedad Jorcosa S. A., convoca a sus asociados a la asamblea general ordinaria que se celebrará el día 31 de abril del año 2006, a efectuarse en el salón comunal de Vuelta de Jorco de Aserrí, a las 12:00 m. d., en primera convocatoria. En caso de no haber quórum a la hora señalada se efectuará en el mismo lugar una hora después (1:00 p. m.) en una segunda convocatoria con los socios presentes.—Vuelta de Jorco de Aserrí, 16 de marzo del 2006.—Ana Lucía Quirós Castro, Presidenta.—1 vez.—Nº 97131.—(33274).

 

GUAYABO INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

De conformidad con el artículo ciento cincuenta y ocho del Código de Comercio, se convoca a asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía de esta plaza “Guayabo Internacional Sociedad Anónima”, a celebrarse el día 25 de abril del 2006, a las 8:30 horas en primera convocatoria y a las 9:00 horas en segunda convocatoria. La asamblea se celebrará en la oficina del Lic. Olger León Contreras, situada en avenida 10, calles 13 y 15, número 1327. La agenda del día será:

1.  Lectura y aprobación de la agenda.

2.  Elección de junta directiva y del fiscal.

3.  Revocatoria de poderes.

4.  Legalización de libros.

5.  Pago de impuestos del terreno propiedad de la compañía.

6.  Cambio de razón social.

7.  Otros asuntos propuestos por los señores directores o accionistas.

San José, 3 de abril del 2006.—Grettel Korte Obando, Accionista Mayoritaria.—1 vez.—Nº 97183.—(33275).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA

Por medio de la presente la Universidad Latina de Costa Rica certifica que ante este Registro se ha presentado solicitud de reposición de Título de Bachillerato en Ingeniería de Sistemas Informáticos, emitido por la Universidad Latina de Costa Rica a nombre de Marco Vinicio Chacón Jiménez, cédula Nº 3-320-298, inscrito en el Libro de la Universidad en el tomo IV, folio 184, asiento 17134. Se solicita la reposición por haberse destruido el original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial. Se extiende la presente a solicitud del interesado en el día y lugar de la fecha.—San José, 30 de marzo del 2006.—Alberto Calderón Lee, Director de Registro.—Raquel Méndez Calvo, Confeccionó.—(30724).

UNIVERSIDAD PARA LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL

La Universidad para la Cooperación Internacional ha recibido una solicitud para reposición del título de Maestría en Administración de Proyectos, inscrito en el tomo dos, folio 55, asiento 217. Emitido por la Universidad para la Cooperación Internacional a nombre de Marco Vinicio Chacón Jiménez. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del original. Se publica este edicto para dar oposiciones a la reposición solicitada dentro de los 15 días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 31 de marzo del 2006.—MSc. Miguel Vallejo Solís, Secretario General.—(30725).

UNIVERSIDAD ADVENTISTA DE CENTRO AMÉRICA

Ante la Oficina de Registro de la Universidad Adventista de Centro América se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Licenciatura en Enfermería, inscrito bajo el Tomo I, Folio 49, Asiento 807 de esta universidad y el Tomo II, Folio 45, Asiento 809 del Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP), emitido el 30 de octubre de 1996, a nombre de Evarista Hurtado García, cédula de identidad Nº 8-066-509. Se solicita la reposición del título indicado por haberse extraviado el original del mismo. Se publica este edicto para oír oposición a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Alajuela, Costa Rica, 28 de marzo del 2006.—Cecilia Espinoza, Directora Registro y Admisiones.—(30930).

Ante la Oficina de Registro de la Universidad Adventista de Centro América, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Licenciatura en Enfermería inscrito bajo el Tomo I, Folio 59, Asiento 1,010 de esta universidad y el Tomo II, Folio 61, Asiento 1,067 del Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP), emitido el 8 de noviembre de 1997, a nombre de Flor María Rosales Vásquez, cédula de identidad Nº 6-242-985. Se solicita la reposición del título indicado por haberse extraviado el original del mismo. Se publica este edicto para oír oposición a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el diario oficial La Gaceta.—Alajuela, 27 de marzo del 2006.—Cecilia Espinosa, Directora Registro y Admisiones.—(30931).

QUINTA COYOLAR DEL PACÍFICO SOCIEDAD ANÓNIMA

Quinta Coyolar del Pacífico Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-308806, solicita ante la Dirección General de tributación Directa, la reposición del siguiente libro de Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición (es) ante al Aaea de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 29 marzo del año 2006.—José Rodrigo Valenciano Mora.—Nº 95917.—(31151).

ROSMY DE CIUDAD QUESADA SOCIEDAD ANÓNIMA

Eric Rojas Blanco, cédula de identidad número 2-494-155, en su condición de Presidente de Rosmy de Ciudad Quesada Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-177370, ha solicitado ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los Libros de Actas de Junta Directiva y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado, sírvase dirigir su oposición al area de Información y Asistencia al Contribuyente, de la Administración Tributaria Zona Norte, Ciudad Quesada, San Carlos, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación.—Ciudad Quesada, 27 de marzo del 2006.—Eric Rojas Blanco, Presidente.—Nº 95947.—(31152).

CONDOMINIO DEL RÍO

Condominio del Río, con cédula jurídica número 3-109-117101, solicita ante la Sección de Propiedad Horizontal del Registro Nacional, la reposición de los siguientes libros: Caja, Actas de Asamblea de Propietarios, Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Sección de Propiedad Horizontal del Registro Nacional, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 30 de marzo del 2006.—Ing. Luis Enrique Portilla Barquero, Apoderado General.—Nº 95948.—(31153).

HOTELERA PLAYA FLAMINGO S. A.

Hotelera Playa Flamingo S. A., comunica el extravío de todos los certificados de acciones y de libre alojamientos Nº 1710 de acciones y libre alojamiento y CO 0055 de acciones a nombre del señor Gustavo Abad. Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 690, 691, 692, 708, 709 del Código de Comercio. Se avisa que se procederá a reponer las acciones aludidas, si transcurrido un mes a partir de la publicación del último aviso no se hubiera presentado oposición al respecto.—San José, 15 marzo del 2006.—Brenda Rodríguez Peyton, Tesorera.—(31189).

MEDIPHARMA INC.

Medipharma Inc., cédula jurídica 3-012-037097, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros diario, mayor, inventarios y balances, registro de socios, asamblea de socios, actas de consejo administrativo. Quien se considere afectado, dirigir su oposición al Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Área Administración Tributaria de Cartago en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación.—Cartago, 3 abril del 2006.—Rose Mary Rivera Solano, Representante Legal.—(31206).

NEOTEK SOCIEDAD ANÓNIMA

Neotek Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-223443-22, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Diario número uno, Mayor número uno e Inventarios y Balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este edicto.—Luis Antonio Alfaro Casas, Presidente.—(31405).

SAN JOSÉ INDOOR CLUB S. A.

El San José Indoor Club S. A., tramita  la reposición de la Acción Nº 2169 a nombre de Verónica Castro Soule, cédula de identidad número 1-550-427, por haberse extraviado. Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse ante el San José Indoor Club S. A., en sus oficinas sitas en Curridabat, dentro del plazo indicado en el Artículo 709 del Código de Comercio.—28 de marzo del 2006.—Álvaro Coto Pacheco, Gerente General.—(31413).

 

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

PRODUCTOS MARINOS REFRIGERADOS SOCIEDAD ANÓNIMA

Productos Marinos Refrigerados Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos catorce mil quinientos veintiuno, con domicilio social en urbanización Valle del Sol, Alto de Las Palomas, Santa Ana, San José, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas Consejo de Administración, Actas asamblea de socios y Registro de Accionistas, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de enero del 2006.—Óscar Guillermo Barrantes Chacón, Notario.—Nº 95975.—(31315).

INFOREST INGENIEROS FORESTALES SOCIEDAD ANÓNIMA

Inforest Ingenieros Forestales Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cero cuatro dos cinco cuatro tres, (3-101-042543), solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los libros, Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Juntas Directiva, Actas de Asamblea General y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado, dirigir su oposición ante la Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Laura Hernández Gómez, Notaria.—Nº 96046.—(31316).

DISTRIBUIDORA MILME S. A.

Distribuidora Milme S. A., cédula jurídica Nº 3-101-127887, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros, Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas Junta Directiva, Actas Asamblea General y Actas Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros). Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Milton Mejía Hernández.—(31401).

INMOBILIARIA LOS JARDINES S. A.

Para efectos de reposición, yo, Guillermo Rojas Meza, con cédula de identidad Nº 3-152-993, en mi condición de propietario de la acción y título Nº 2367, hago constar que he solicitado a Inmobiliaria Los Jardines S. A., la reposición de los mismos por haberse extraviado. Por el término de ley, se atenderán oposiciones en el Departamento de Secretaría de Junta Directiva, en el Cariari Country Club San Antonio de Belén, Heredia, y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 4 de abril del 2006.—Guillermo Rojas Meza, Propietario.—(31534).

En cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 479 y siguientes del Código de Comercio, se cita y emplaza a todos los acreedores y terceros interesados para que se apersonen dentro del término de quince días, contados a partir de la primera publicación, en las oficinas del Bufete Doninelli & Doninelli, ubicadas en San José, barrio Los Yoses, calle treinta y siete y avenida ocho. Lo anterior a efectos de que hagan hacer valer sus derechos en la compraventa del establecimiento mercantil denominado “Marketica”, ubicado en Puntarenas, Paquera, doscientos metros al este del Servicentro, efectuada el 23 de marzo del 2006.—José Francisco Acevedo Gutiérrez, Notario.—(31608).

PRO PET LIMITADA

Pro Pet Limitada, cedula de persona jurídica número 1-102-265708, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros legales Diario, Mayor, inventario y Balances, Actas de Asamblea de Socios, y Registro de Socios y se refiere a número dos ya que los números uno fueron extraviado. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Recaudación y Gestión de la Administración Tributaria de Cartago, en el termino de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Cartago, 31 de marzo del 2006.—Lic. Lucrecia Rojas Calvo, Notaria.—Nº 96541.—(31796).

IMPORTACIONES Y DISTRIBUCIONES

FAMA SOCIEDAD ANÓNIMA

Importaciones y Distribuciones Fama Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y ocho mil ochocientos sesenta y ocho, solicita a Tributación Directa la reposición del libro de Actas de Consejo de Administración, Registro de Socios, Actas de Asamblea de Socios, Inventarios y Balances, Diario, Mayor. Quien se considere afectado dirigir las oposiciones a la oficina de legalización de libros, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación de este aviso.—San José, 31 de marzo del 2006.—Luis Alberto Ávila Arguedas, Apoderado Generalísimo.—Nº 96436.—(31844).

EDITUS SOCIEDAD ANÓNIMA

Editus Sociedad Anónima, cédula número tres-ciento uno-doscientos dos mil cuatrocientos cincuenta y tres, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas Consejo de Administración, Actas Asamblea de Socios y Registro de Socios, siendo en total seis libros a reponer. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—Nº 96474.—(31845).

CONDOMINIO VILLAS JACÓ PRINCESA

Ligia Bolaños Gene, en su condición de condómina, informa la pérdida del libro de Asamblea General de Condominio del Condominio Villas Jacó Princesa, cédula jurídica tres-ciento nueve-doscientos cincuenta y cuatro mil trescientos tres, inmueble del Partido de Puntarenas, matrícula de folio real número cero cero cero ochocientos ochenta y seis M. Así mismo informa el inicio de los trámites legales para la reposición de dicho libro ante el Registro Público.—San José, 28 de marzo del 2006.—Ligia Bolaños Gene, Condómina.—Nº 96509.—(31846).

IMPORTACIONES K & M DE COSTA RICA S. A.

Ante esta notaría, mediante escritura pública número doscientos once- ocho, otorgada a las diecisiete horas del día veintiocho de marzo del dos mil seis, la sociedad Importaciones K & M de Costa Rica S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y un mil cuatrocientos ochenta, traspasó libre de gravámenes judiciales y anotaciones,  su  establecimiento  mercantil  denominado  Importaciones K & M. La venta del citado establecimiento mercantil se realiza con el inventario indicado en la referida escritura pública, así como todas las patentes, marcas, nombres comerciales que comprende la explotación comercial del citado negocio y un eventual derecho de llave. De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo cuatrocientos setenta y nueve del Código de Comercio, se cita a los acreedores e interesados, para que se presenten dentro del término de quince días, contados a partir de la primera publicación de este edicto, a verificar la existencia de sus créditos con el señor Luciano Segura Visona, con oficina en San José, Barrio Los Yoses, de Autos Subarú, trescientos cincuenta metros al sur, en el Bufete “Consultoría Jurídica Empresarial”.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—Nº 96350.—(31847).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

COLEGIO DE PROFESIONALES EN CIENCIAS POLÍTICAS

Y RELACIONES INTERNACIONALES

El Colegio de Profesionales en Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales, comunica: que en la asamblea general ordinaria celebrada el día treinta de marzo de dos mil seis, se eligió los integrantes de su Junta Directiva para los Puestos de Presidente, vicepresidente, tesorero, secretaria, vocal I, vocal II, vocal III y fiscal, quedando integrada de la siguiente manera:

Presidente: Alex Miranda Rivera                   Cédula: Nº 1-624-560

Vicepresidente: Max Cerdas López               Cédula: Nº 3-235-419

Secretaria: Rocío Barrientos Solano               Cédula: Nº 1-703-484

Tesorero: Walter Gutiérrez Carmona             Cédula: Nº 1-633-908

Vocal I: Ronald Obaldía González                 Cédula: Nº 1-523-802

Vocal II: Juan Carlos Pereira Jiménez            Cédula. Nº 1-777-489

Vocal III: Sarita Guzmán Valverde                 Cédula: Nº 1-1023-378

Además quedó electa la fiscalía en el siguiente orden:

Fiscal: José Adolfo Calvo Navarro                Cédula: Nº 3-188-966

Fiscal suplente: Geovany Jiménez Salas        Cédula: Nº 1-851-151

Lic. Alex Miranda Rivera, Presidente Junta Directiva.—1 vez.—(31399).

COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

El Colegio de Contadores Privados de Costa Rica, comunica sobre la conformación de la junta directiva para el período 2006-2007, de acuerdo con el resultado de la elección de los directores que ocuparán los cargos de I  Vicepresidente, I  Secretario, I  Vocal y Prosecretario, realizada el 19 de marzo del 2006, por lo cual la junta directiva quedó conformada de la siguiente manera:

C.P.I Gustavo Flores Oviedo                     Presidente.

C.P.I. Oswaldo Rosales Castellón              I  Vicepresidente.

C.P.I. Miguel Fernández Porras                 II  Vicepresidente.

C.P.I. Rodrigo Luna Monge                        I  Secretario.

C.P.I José Gilberto Araya Aburto              II  Secretario.

C.P.I. Ronald Azofeifa Fuentes                  Prosecretario.

C.P.I Mario Díaz Carmona                         Tesorero.

C.P.I. Rolando Orozco Montiel                 I  Vocal.

C.P.I. Marcial Calderón Hernández            II  Vocal.

San José,  29  de  marzo del 2006.—CPI. Lic. Rodrigo Luna Monge, I Secretario.—1 vez.—(O. C. Nº 17191).—C-9920.—(31561).

Por escritura otorgada, ante el suscrito notario en la ciudad de San José, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria, general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Hotel Occidental Playa Nacascolo Sociedad Anónima, por los cuales se acuerda disminuir el capital social de la compañía, revaluar los activos de la compañía, aumentar el capital y modificar la cláusula quinta del pacto social.—San José, 13:00 horas del 20 de marzo del 2006.—Lic. Óscar Gallegos Borbón, Notario.—Nº 94889.—(29757).                                                      3 v. 2.

Por escritura pública número ciento cuarenta de las quince horas del día veintiocho de marzo de dos mil seis, otorgada ante mí se formalizó el contrato de compraventa del establecimiento comercial Hotel Conchal. De conformidad con lo establecido en los artículos cuatrocientos setenta y nueve y cuatrocientos ochenta y tres del Código de Comercio, se convoca a acreedores e interesados para que dentro del término de quince días a partir de la primera publicación, se apersonen a las oficinas de Cordero & Cordero-Abogados, sito en Guanacaste, Santa Cruz, Huacas, centro comercial Cruz de Las Américas, locales tres y cuatro, teléfono seiscientos cincuenta y tres-ochenta y dos-cero cero, a hacer valer sus derechos.—Ana Gabriela Alfaro Jirón, Notaria.—Nº 95789.—(30872).                       3 v. 2

Ante mí, Eva Cristina Meza Badilla, notaria pública con oficina en Cartago, comparecieron Fernando Odel Vargas Ulloa y Carmen Isabel Revilla García, y se constituye la sociedad Delitrigo Dos Mil Seis Sociedad Anónima, en escritura otorgada a las dieciocho horas del veintisiete de marzo del dos mil seis.—Lic. Eva Cristina Meza Badilla, Notaria.—Nº 96349.—(31677).                                                       2 v. 1

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Por escritura pública otorgada ante mí, a las 18:00 horas del 14 de marzo del 2006, Hugo Fernando, José Wálter, Gilberto Enrique y José Milton, todos Coto Castillo, constituyeron la compañía Corporación D.C. Jomaco Sociedad Anónima. Presidente el citado Hugo Fernando Coto Castillo.—Cartago, 24 de marzo del 2006.—Lic. Jaime López Moya, Notario.—1 vez.—Nº 95123.—(29675).

Ante esta notaría, se constituyeron las sociedades denominadas Pacific Carpe Diem Sociedad Anónima, Costas de Tambor Sociedad de Responsabilidad Limitada, Tambor Dreams Sociedad de Responsabilidad Limitada, Tambor Tropical Bay Sociedad Anónima, Andrea Chira Incorporate Sociedad Anónima y Quinta de Tambor Sociedad Anónima.—Puntarenas, 14 de marzo del 2006.—Lic. Víctor R. Herrera Flores, Notario.—1 vez.—Nº 95124.—(29676).

Mediante escritura autorizada por mí, a las ocho horas, treinta minutos del dieciséis de febrero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Desarrolladora Comercial de Proyectos Inmobiliarios La Cascada LLC Limitada, con un capital social de treinta mil colones.—San José, 24 de marzo del 2006.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 95128.—(29678).

Por escritura de las 15:00 horas, 40 minutos de hoy, se constituye la sociedad anónima Ixion Sociedad Anónima.—Cartago, 25 de marzo del 2006.—Lic. Luis Anselmo Solano Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 95129.—(29679).

Por escritura de las 15:00 horas, 50 minutos de hoy, se constituye la sociedad anónima Xena Sociedad Anónima.—Cartago, 25 de marzo del 2006.—Lic. Luis Anselmo Solano Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 95130.—(29680).

Por escritura de las 16:00 horas de hoy, se constituye la sociedad anónima Varuna Sociedad Anónima.—Cartago, 25 de marzo del 2006.—Lic. Luis Anselmo Solano Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 95131.—(29681).

Por escritura de las 16:00 horas, 5 minutos de hoy, se constituye la sociedad anónima Gliese Sociedad Anónima.—Cartago, 25 de marzo del 2006.—Lic. Luis Anselmo Solano Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 95132.—(29682).

Por escritura de las 16:00 horas, 9 minutos de hoy, se constituye la sociedad anónima Nereida Sociedad Anónima.—Cartago, 25 de marzo del 2006.—Lic. Luis Anselmo Solano Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 95133.—(29683).

Por escritura número ciento diecinueve, otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del día 16 de marzo del presente año, visible a folio cuarenta y seis frente del tomo nueve, se constituye Urbijuana Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones, se nombra presidenta a Sonia Gamboa Cordero.—Heredia, 28 de marzo del 2006.—Lic. Oldemar Sing Ávila, Notario.—1 vez.—Nº 95134.—(29684).

Por escritura número doscientos cincuenta y siete, otorgada en Santiago de Puriscal, a las doce horas, treinta minutos del día veinticinco de marzo del dos mil seis, ante del notario Fernando Fernández Delgado, iniciada a folio ciento veintiséis frente, tomo cuarto, constituyeron la sociedad denominada Agropecuaria de Vacas y Abejas Sociedad Anónima. Presidente: Kevin Mitchell Harry. Plazo: noventa y nueve años.—Puriscal, 28 de marzo del 2006.—Lic. Fernando Fernández Delgado, Notario.—1 vez.—Nº 95136.—(29685).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 18:00 horas del veintiuno de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad Raymac Investments INC Sociedad Anónima. Representante: el presidente. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, veintisiete de marzo del dos mil seis.—Lic. Laura Granera Alonso, Notaria.—1 vez.—Nº 95137.—(29686).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del tres de marzo del dos mil seis, se constituyó la empresa denominada Villa Alta de Santa Cruz Sociedad Anónima. Capital social de diez mil colones, corresponde a su presidente la representación de dicha empresa. Es todo.—San José, 3 de marzo del 2006.—Lic. Rebeca Maiggretth Ortega Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 95139.—(29687).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las trece horas con treinta minutos del veintiocho de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Hacienda Lagos del Coyol S. A. Presidente apoderado generalísimo.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—(29733).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las diecinueve horas del veinticuatro de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Servicios Profesionales Carnungu S. A. Presidente apoderado generalísimo.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—(29737).

En esta notaría fue otorgada escritura pública a las 10:00 horas del 29 de marzo de 2006 mediante la cual se modifica la Junta Directiva de Aventuras y Turismo de Garabito Aventurism S. A.—29 de marzo del 2006.—Lic. María A. Castillo Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(29800).

En esta notaría fue otorgada escritura pública a las 10:30 horas del 28 de marzo de 2006 mediante la cual se modifica la junta directiva de Grupo Bellavista de San José GBSJ S. A.—29 de marzo de 2006.—Lic. María A. Castillo Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(29812).

En esta notaría fue otorgada escritura pública a las 10:00 horas del 28 de marzo de 2006 mediante la cual se modifica la junta directiva de Inmobiliaria San Rafael del Este S. A.—29 de marzo del 2006.—Lic. María A. Castillo Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(29827).

En esta notaría fue otorgada escritura pública a las 13:00 horas del 28 de marzo de 2006 mediante la cual se modifica el domicilio social de Gestionadora de Desarrollo Turístico y Urbanístico S. A.—29 de marzo del 2006.—Lic. María A. Castillo Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(29832).

En esta notaría fue otorgada escritura pública a las 14:00 horas del 28 de marzo de 2006, mediante la cual se modifica el domicilio social de Consultores Turísticos en Desarrollo Urbanístico Costero Cotudesa S.A.—29 de marzo del 2006.—Lic. María A. Castillo Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(29836).

En esta notaría fue otorgada escritura pública a las 15:00 horas del 28 de marzo de 2006 mediante la cual se modifica el domicilio social de y la representación social de Maderables Bellavista S. A.—29 de marzo del 2006.—Lic. María A. Castillo Gutiérrez, Notaria—1 vez.—(29837).

El suscrito Alejandro Campos Henao, notario público con oficina en San José, hace constar que por escritura otorgada a las diecinueve horas treinta minutos del veintinueve de marzo del año dos mil seis, ante esta notaría se cambio junta directiva, se reformó domicilio social y se hizo aumento de la sociedad denominada Santimarecuatro S. A..—San José,  a las trece horas diez minutos del veintinueve de marzo del año dos mil seis.—Lic. Alejandro Campos Henao, Notario.—1 vez.—(29839).

En esta notaría fue otorgada escritura pública a las 16:00 horas del 28 de marzo de 2006 mediante la cual se modifica el domicilio social de Inmobiliaria de la Costa Rada ICORADASA S. A.—29 de marzo del 2006.—Lic. María A. Castillo Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(29840).

El suscrito Alejandro Campos Henao, notario público con oficina en San José, hace constar que por escritura otorgada a las nueve horas del quince de noviembre del año dos mil cinco, ante esta notaría se cambio junta directiva y se reformó domicilio por medio de protocolización de acta de asamblea de la sociedad denominada Constructora Roma S.A.—San José, a las trece horas del veintiocho de marzo del año dos mil seis.—Lic. Alejandro Campos Henao, Notario.—1 vez.—(29842).

El suscrito notario avisa que mediante escritura número cuatrocientos cuarenta y cinco, visible al folio noventa vuelto del tomo tercero de mi protocolo los señores Guido Rojas Cavicchioli y Estela Ramírez Bolaños, constituyen la sociedad denominada Cavicchioli Trading Company Sociedad Anónima. Informes al 430-3951.—Alajuela, 24 de marzo del 2006.—Lic. Marcos Porras Araya, Notario.—1 vez.—(29846).

La suscrita, Elia Martínez Alcocer, notaria pública de Puntarenas, hace constar que en el día de hoy se constituyó la sociedad denominada Súper Exploraciones del Sur Dos Mil Sociedad Anónima.—Puntarenas, once de marzo del dos mil cuatro.—Lic. Elia Martínez Alcocer, Notaria.—1 vez.—(29857).

Ante mí, Carlos Manuel Segura Quirós, notario público de Escazú, San José, se constituyó la siguiente sociedad anónima denominada Las Torres Hermosas Haworth con un plazo social de cien años. Es todo.—Escazú, 28 de marzo del 2006.—Lic. Carlos Manuel Segura Quirós, Notario.—1 vez.—N° 95141.—(29872).

Por escritura otorgada por el suscrito Carlos Esteban Rodríguez Varela a las diez horas del veintisiete de marzo del dos mil seis, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía Drops of Water Limitada, por lo que se reforma la cláusula octava del pacto social.—San José, 27 de marzo del 2006.—Lic. Carlos Esteban Rodríguez Varela, Notario.—1 vez.—Nº 95142.—(29873).

En mi notaría a las 9:00 horas del 3 de marzo del 2006, se protocolizó un acta de Actias Luna Business S. A., mediante la que se modificó la cláusula segunda, del domicilio que ahora es 600 sur y 50 este de Plaza del Sol, Curridabat.—San José, 22 de marzo del 2006.—Lic. Carlos M. Serrano Castro, Notario.—1 vez—Nº 95143.—(29874).

Mediante escritura número cuarenta y uno ante esta notaría, se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Insoma de Turrialba.—Turrialba, 27 de marzo del 2006.—Lic. Manuelita Meza Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 95145.—(29875).

Ante mi notaría se ha protocolizado acta de asamblea general de Cumbremar Roble Uno S. A., en que se modifica el estatuto y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 21 de marzo del 2006.—Lic. Elian Villegas Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 95148.—(29876).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del diecisiete de marzo del año dos mil seis, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Investt Exalot S. A., mediante la cual se reformó la cláusula primera de los estatutos sociales, relativa a la razón social, la cual será Teleservi Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Teleservi S. A.; asimismo se reformó la cláusula segunda, relativa al domicilio social, el cual será San José, concretamente en Freses de Curridabat, de la Universidad Fidelitas cien metros sur y veinticinco metros norte. Finalmente se reformó la cláusula sétima, relativa a la representación de la sociedad, la cual tendrá en forma exclusiva el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—San José, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Celso Damián Fonseca Mc Sam, Notario.—1 vez.—Nº 95150.—(29877).

Carlos Arias Córdoba y Ana Sequeira Mendoz, constituyen la sociedad denominada Agencia de Aduanas Mar-Marítima Red S. A. Escritura otorgada en San José, a las 15:00 horas del 24 de marzo del 2006. Notaria: Grace María Sánchez Granados. Domicilio: San José. Representación: presidente y secretario del Consejo de Administración. Plazo social: 99 años.—Lic. Grace María Sánchez Granados, Notaria.—1 vez.—Nº 95151.—(29878).

Ante mi Gustavo Adolfo Fernández Badilla, notario público, con oficina abierta en San José, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima Quince, cero cero S. A., cédula jurídica número tres ciento uno-ciento treinta y ocho mil ochocientos trece, en escritura pública número ciento sesenta, tomo uno de mi protocolo, visible al folio ciento seis frente, otorgada a las diez horas con treinta minutos del día veintiocho de marzo del dos mil seis, realizándose los siguientes cambios: se reforma la cláusula octava, se nombra: presidente, secretario y fiscal. Es todo.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 95153.—(29879).

El suscrito notario da fe de que con fecha veintidós de marzo del dos mil seis, se ha constituido la sociedad denominada Multiservicios J. B. O. Exportaciones Todo Sociedad Anónima, domiciliado en la provincia de Limón, Batán, barrio Cacao, de la delegación de la Guardia Rural, trescientos metros este, siendo el presidente Jerber Vargas Obando, cédula número seis-cero seis tres-cinco cero cinco. Es todo.—San José, 22 de marzo del 2006.—Lic. Daniel Jackson Freeman, Notario.—1 vez.—Nº 95157.—(29880).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del 6 de marzo del 2006, se constituyó la empresa de esta plaza Inversiones Aneivis Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial: presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 6 de marzo del 2006.—Lic. Alex Vargas Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 95158.—(29881).

El suscrito notario, Salvador H. Calderón Alvarado, hago constar que a las ocho horas del veinticinco de marzo del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Grupo Sabat Hoffman S. A., con un capital de cien mil colones, plazo de noventa y nueve años a partir de la constitución. Presidente y tesorero con las facultades de apoderado generalísimo, actuando separadamente.—San José, 25 de marzo del 2006.—Lic. Salvador H. Calderón Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 95159.—(29882).

Por medio de escritura otorgada ante mi notaría de las catorce horas con treinta minutos del día veintisiete de marzo del año dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Mantovani Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones suscrito e íntegramente pagado. La constituyen Miguel Antonio Casafont Proutin y Lilliana Peña Ovares.—Lic. Gabriela Garita Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 95161.—(29883).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 17 de marzo del año 2006, se constituyó la sociedad denominada El Chiricano de Volcán Sociedad Anónima. Presidente: José David Beita Quesada. Plazo social: 99 años. Domicilio: San José, San Francisco de Dos Ríos, frente al Palí.—Lic. José Antonio Madrigal Soto, Notario.—1 vez.—Nº 95164.—(29884).

Que por escritura Nº 107, visible a folio 100 vuelto del tomo VI del protocolo del notario público Lic. Eduardo Abarca Vargas, se constituyó la empresa representada por Timothy Duncan (nombres) Kenney (apellido), pasaporte de su país número dos cero nueve cinco seis seis siete nueve cuatro y Luz Stella (nombres) Kenney (apellido), pasaporte de su país dos cero siete dos tres seis uno cinco tres, denominada T & L Las Flores del Pacífico Sociedad de Responsabilidad Limitada. El motivo de este edicto es la constitución de la empresa indicada.—San Isidro, Pérez Zeledón, a las 17:00 horas del 27 de marzo del año 2006.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 95165.—(29885).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy a las 8:30 horas, se protocolizaron acuerdos de asamblea de socios de la empresa Rada Sociedad Anónima, mediante el cual se reforma la cláusula de la administración del pacto social.—San José, 27 de marzo del 2006.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario Público.—1 vez.—Nº 95167.—(29886).

En mi notaría a las 13:30 horas del 27 de marzo del 2006, Luis Guillermo Fernández Valverde y Luis Guillermo, Carlomagno y David, los 3 Fernández Araya, constituyen Luiguiferval S. A., con domicilio en Moravia.—San José, 29 de marzo del año 2006.—Lic. Marlene Herrera Gallegos, Notaria.—1 vez.—Nº 95168.—(29887).

Por escritura otorgada a las 16:30 horas del día 24 de marzo del año 2006, se constituyó la sociedad denominada Constructora Solón Zúñiga Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Apoderados generalísimos sin límite de suma: presidente. Domicilio social: Alajuela, cantón central distrito San José Pueblo Nuevo de la antigua San Vicente ciento cincuenta metros al sur.—San José, 28 de marzo del año 2006.—Lic. Cynthia Sandoval Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº 95169.—(29888).

Por escritura otorgada a las 17:00 horas del día 24 de marzo del año 2006, se constituyó la sociedad denominada Servicios Técnicos Ambientales Centroamericanos Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Apoderados generalísimos sin límite de suma: presidente. Domicilio social: Alajuela, cantón central distrito San José Pueblo Nuevo de la antigua San Vicente ciento cincuenta metros al sur.—San José, 28 de marzo del año 2006.—Lic. Cynthia Sandoval Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº 95170.—(29889).

Ante mi notaría mediante escritura número ciento seis de las diez horas del día dieciséis de marzo del dos mil seis, se constituyó Constructora Maca del Pacífico Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones representados por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, y con domicilio social en Santa Cruz de Guanacaste, cien metros al este de Mercado Municipal.—San José, 16 de marzo del 2006.—Lic. Monserrat Alfaro Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 95171.—(29890).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14:00 horas del día de hoy, se constituyó la firma J & V del Este Limitada.—Cartago, 27 de marzo del 2006.—Lic. Carlos Edo. Mata Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 95172.—(29891).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se constituyó la compañía José Avendaño e Hijos Sociedad Anónima. Objeto: comercio en general. Plazo: noventa y nueve años. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—Lic. Alfonso Guzmán Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 95173.—(29892).

Por escritura que autoricé a las dieciséis horas de hoy, Edificaciones Proyectadas EDPRO Sociedad Anónima, modificó parcialmente sus estatutos sociales.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Eduardo Alvarado Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 95174.—(29893).

Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría, el veintiocho de marzo del año en curso, a las doce, trece, catorce y quince horas, respectivamente se: a) Protocolizó acta de asamblea general de Trillo Tropical de Carate S. A., donde se reforma la cláusula segunda del pacto social, y se nombra nuevo presidente. b) Protocolizó asamblea general de Comercial Remolinos del Crepúsculo S. A., donde se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto social, y se nombra nuevo vicepresidente. c) Se constituyó Brunra r.o.v. S. A. Domicilio: San José. Capital social: cinco mil colones. Presidente, con facultades de apoderado generalísimo, y d) Se constituyó A.C. Inmobiliaria Cerro Azul S. A. Domicilio: San José. Capital social: cinco mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Andrés Mora Carli, Notario.—1 vez.—Nº 95175.—(29894).

Que por escritura Nº 128, visible a folio 121 vuelto del tomo VI del protocolo del notario público Lic. Eduardo Abarca Vargas, se constituyó la empresa representada por Gregory Herbert (nombres) Gordon (apellido), pasaporte número dos cero ocho uno seis siete tres nueve tres y Carl Brice (nombres) de Ganahl (apellido), mayor, de un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, soltero, vecino de Dominical de Osa, antes de Club de Pesca, empresario, pasaporte siete uno uno cinco cuatro cinco tres seis cuatro y Carl Brice (nombres) de Ganahl (apellido), pasaporte siete uno uno cinco cuatro cinco tres seis cuatro, denominada Costa Rica Surf and Travel de Responsabilidad Limitada, el motivo de este edicto es la constitución de la empresa dicha.—San Isidro, Pérez Zeledón, a las 20:00 horas del 27 de marzo del 2006.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 95177.—(29895).

Que por escritura Nº 169, visible a folio 93 frente del tomo XVII del protocolo del notario público Lic. Jorge Zúñiga Calderón, se constituyó la empresa representada por Eduardo Abarca Vargas, cédula de identidad número uno-nueve dos nueve-dos cinco-dos cinco nueve, denominada Sea Spirit Sociedad de Responsabilidad Limitada. El motivo de este edicto es la constitución de la empresa dicha.—San Isidro, Pérez Zeledón, a las 20:00 horas del 27 de marzo del 2006.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 95178.—(29896).

Ante mí a la diecisiete horas del día veinticuatro de marzo del año dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Dios Familia y Amigos Alianza Repuestos Sociedad Anónima, donde aparece con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma su presidente César Campos Jiménez y su secretaria Yadira Gabriela Mora Jiménez, quienes podrán actuar en forma conjunta o separadamente. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Agente residente: Paola Ramírez Acosta.—Pérez Zeledón, 24 de marzo del 2006.—Lic. Ana Lorena Borges Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 95179.—(29897).

Que por escritura Nº 170, visible a folio 96 frente del tomo XVII del protocolo del notario público Lic. Jorge Zúñiga Calderón, se constituyó la empresa representada por Eduardo Abarca Vargas, cédula de identidad número uno-nueve dos nueve-dos cinco-dos cinco nueve denominada The Deep Blue Waterline Sociedad de Responsabilidad Limitada. El motivo de este edicto es la constitución de la empresa dicha.—San Isidro, Pérez Zeledón, a las 20:00 horas del 27 de marzo del 2006.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 95180.—(29898).

Que por escritura Nº 127, visible a folio 118 vuelto del tomo VI del protocolo del notario público Lic. Eduardo Abarca Vargas, se constituyó la empresa representada por Eben Darse (nombres) Bartow (apellido), mayor, pasaporte de su país número dos cero cinco seis nueve cero cuatro siete dos denominada J & K South Deep Blue Water Sociedad de Responsabilidad Limitada, el motivo de este edicto es la constitución de la empresa dicha.—San Isidro, Pérez Zeledón, a las 20:00 horas del 28 de febrero del 2006.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 95181.—(29899).

Que por escritura Nº 128, visible a folio 119 vuelto del tomo VI del protocolo del notario público Lic. Eduardo Abarca Vargas, se constituyó la empresa representada por Eben Darse (nombres) Bartow (apellido), mayor, pasaporte de su país número dos cero cinco seis nueve cero cuatro siete dos denominada J & K Yellow Reef de Bahía Ballena Sociedad de Responsabilidad Limitada, el motivo de este edicto es la constitución de la empresa dicha.—San Isidro, Pérez Zeledón, a las 20:00 horas del 28 de febrero del 2006.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 95182.—(29900).

Al ser las dieciséis horas del día veintisiete de febrero del año dos mil seis, ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Hube General Viejo del Sur Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Hube General Viejo del Sur S. A.—Pérez Zeledón, 28 de marzo del 2006.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 95183.—(29901).

En mi notaría, se ha constituido la sociedad Gestión de Negocios Unificados Genius Sociedad Anónima, representada por su presidente Carlos Román Asch, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Heredia, 28 de marzo del 2006.—Lic. Aida Castillo Sandí, Notaria.—1 vez.—Nº 95184.—(29902).

La suscrita notaria pública Leyden Briceño Bran, constituyó sociedad denominada Casa Playa Azul Playa Brasilito S. A., la representación corresponderá al secretario y al tesorero sociedad constituida a las quince horas con treinta minutos del treinta de noviembre de año dos mil cinco.—Lic. Leyden Briceño Bran, Notaria.—1 vez.—Nº 95185.—(29903).

La suscrita notaria pública Leyden Briceño Bran, constituyó sociedad denominada Spotted Rose S. A., la representación corresponderá al presidente y tesorero, sociedad constituida a las once horas con treinta minutos del veinticuatro de febrero del año dos mil seis.—Lic. Leyden Briceño Bran, Notaria.—1 vez.—Nº 95186.—(29904).

La suscrita notaria pública Leyden Briceño Bran, constituyó sociedad denominada Colorado Snapper S. A., la representación corresponderá al presidente y tesorero, sociedad constituida a las diez horas con treinta minutos del veinticuatro de febrero del año dos mil seis.—Lic. Leyden Briceño Bran, Notaria.—1 vez.—Nº 95187.—(29905).

La suscrita notaria pública Leyden Briceño Bran, constituyó sociedad denominada El Romance en Flamingo Beach S. A., la representación corresponderá al presidente, sociedad constituida a las once horas con cuarenta minutos del veintiuno de febrero del año dos mil seis.—Lic. Leyden Briceño Bran, Notaria.—1 vez.—Nº 95188.—(29906).

Audiocinema Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y ocho mil trescientos cuarenta y seis en asamblea extraordinaria de las 10:00 horas del 18 de enero del 2005, modifica cláusula decimoquinta del pacto constitutivo sobre trasmisión de acciones.—San José, 13 de marzo del 2006.—Lic. Luis Gmo. Méndez Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 95189.—(29907).

Ante mi notaría, a las veinte horas del veintisiete de marzo del año dos mil seis, constituí sociedad M + K casa Sociedad Anónima, la representación judicial y extrajudicial le corresponderá al presidente y a la secretaria pudiendo actuar de forma conjunta o separadamente.—Palmares, 28 de marzo del 2006.—Lic. Oliva Fernández Vásquez, Notaria.—1 vez.—Nº 95191.—(29908).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Resinplast S. A. Domicilio: cantón Central, San José. Capital social: cien mil colones. Representación: corresponde a todos los miembros de la junta directiva, la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Ricardo González Fournier, Notario.—1 vez.—Nº 95192.—(29909).

Por escritura número 73 otorgada a las 10:00 horas, protocolicé un acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima: Villa Ayrif PGCC MO Cuarenta y Cinco S. A., en la cual se acordó la revocatoria y nuevo nombramiento de los miembros de la junta directiva y el fiscal, y se modificaron las cláusulas segunda y novena de la escritura social. Por escritura número 74 otorgada a las 12:00 horas, protocolicé un acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima: Faro Glenbrook VII S. A., en la cual se acordó la revocatoria y nuevo nombramiento de los miembros de la junta directiva y el fiscal, y se modificó la cláusula novena de la escritura social. Por escritura número 75 otorgada a las 15:00 horas protocolicé una acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima: Villa Solbom PGCC La Cincuenta S. A., en la cual se acordó la revocatoria y nuevo nombramiento de los miembros de la junta directiva y el fiscal, y se modificaron las cláusulas segunda y novena de la escritura social. Todas las escrituras fueron otorgadas el 20 de marzo del 2006.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Lucía Romero Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 95193.—(29910).

El 12 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad M. C. Inmobiliaria Majorra S. A., domiciliada en Laguna de Alfaro Ruiz, costado sur de la plaza de deportes.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. María Margoth Solís Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 95196.—(29911).

Mediante escritura número doscientos cincuenta y nueve ante mí otorgada a las dieciocho horas del dos de marzo del dos mil seis, se modificó el plazo social de Prisma Navarro S. A.—Lic. Eduardo García Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 95198.—(29912).

Ante mí, Roy Zumbado Ulate, se constituye la sociedad Ruster y Escori Sociedad Anónima, capital social la suma de diez mil colones.— Santa Bárbara de Heredia, 16 de febrero.—Lic. Roy Zumbado Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 95200.—(29913).

Testing Sofware S. A., modifica cláusula octava del pacto constitutivo. Nombra presidente y tesorero de junta directiva.—Flores, 27 de marzo del 2006.—Lic. Nidia Arias Vindas, Notaria.—1 vez.—Nº 95201.—(29914).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 15:00 horas del 23 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad Confecciones Canela SMC Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia, capital social: 100.000 colones, presidente: Huanelge Gutiérrez Calderón, mayor, casado una vez, oficial de seguridad, cédula de identidad número uno-ochocientos noventa y uno-setecientos cincuenta y siete, vecino de Heredia.—San José, 23 de marzo del 2006.—Lic. Elizabeth Angulo Gatjens, Notaria.—1 vez.—Nº 95202.—(29915).

Por escritura número noventa y cinco-once, de las dieciséis horas del veintiuno de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima denominada L K International Corportation Sociedad Anónima. Capital social: es de diez mil colones. Plazo social: es de noventa y nueve años. Presidenta: Lilliana Alfaro Valverde.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintiuno de marzo del dos mil seis.—Lic. Patricia Chanto Venegas, Notaria.—1 vez.—Nº 95203.—(29916).

Por escritura otorgada a las doce horas con treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil seis, se protocolizó en mi notaría el acta número dos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Auto Repuestos del Este L.L.D.A. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y un mil setecientos veinticinco, celebrada en el domicilio social en Curridabat, cuatrocientos metros al este del Palacio Municipal, mediante la cual se reforma la cláusula sexta y se nombra nuevo tesorero de la junta directiva.—Lic. Sandra Balladares Diez, Notaria.—1 vez.—Nº 95204.—(29917).

Por escritura número catorce del tomo 2, otorgada en esta notaría, a las 15:20 horas del 19 de noviembre del 2005, se constituyó la sociedad Corporación Níspero Internacional Sociedad Anónima. Capital social: diez mil doscientos colones. Presidente, es representante judicial y extrajudicial con poder generalísimo sin límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años.—Santa Ana, 28 de marzo del 2006.—Lic. Marcos Osvaldo Araya Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 95205.—(29918).

Se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo de Bantec Seguros Sociedad Anónima, para que en adelante se lea que el capital social es de veinticinco millones quinientos mil colones. Es todo.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 95206.—(29919).

Se modifica la cláusula tercera del pacto constitutivo de Bantec Seguros Sociedad Anónima, para que en adelante se incluya como parte del objeto de la misma la comercialización de seguros. Es todo.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 95207.—(29920).

Pedro Calderón Calderón y Rolando Calderón Calderón, constituyen Pecalde Sociedad Anónima, con domicilio en Liberia, Guanacaste, presidente: Pedro Calderón Calderón, escritura otorgada en Liberia a las dieciocho horas del tres de julio del dos mil cinco.—Lic. Melania Jirón Estrada, Notaria.—1 vez.—Nº 95208.—(29921).

Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día veintitrés de marzo del dos mil seis, a las nueve horas en la ciudad de Atenas se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad La Bonne Paix Sociedad Anónima, en la cual se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero y se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Atenas, veintitrés de marzo del dos mil seis.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 95215.—(29922).

Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad anónima denominada Santolina Chamaecyparissus Sociedad Anónima, a las nueve horas del dos de marzo del dos mil seis. Presidente con la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Atenas, veintiocho de marzo del dos mil seis.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 95216.—(29923).

Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones GEC Sociedad Anónima, a las dieciocho horas del catorce de marzo del dos mil seis. Presidente y tesorero con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, debiendo actuar para todo acto en forma conjunta, quienes tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Atenas, veintiocho de marzo del dos mil seis.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 95217.—(29924).

En mi notaría a las 10:40 horas del 28 de marzo del 2006, se constituyó Cataratas del Pozo Azul S. A. Domicilio: San Miguel de Sarapiquí de Alajuela. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial. Capital social: cien mil colones.—Ciudad Quesada, 28 de marzo del 2006.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 95218.—(29925).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye Wendys Internacional L.V. & F.M. Sociedad Anónima. Capital: veinte mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Presidenta: Vivian Delgado Conejo.—San José, 22 de marzo del 2006.—Lic. Randall Gabriel Luna Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 95222.—(29926).

Mediante escritura número veinticinco, ante esta notaría en San José, a las trece horas del veintiocho de marzo del dos mil seis, se protocoliza acuerdos de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Martec de Centroamérica, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y nueve mil ciento veintiocho, en la cual se nombra nueva junta directiva. Es todo.—Lic. Andrés Francisco González Anglada, Notario.—1 vez.—Nº 95226.—(29927).

Ante mi notaría el día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Inversiones Proposa Sociedad de Responsabilidad Limitada, donde se reforma la cláusula octava de los estatutos de la compañía.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 95227.—(29928).

Por escrituras otorgadas en esta ciudad, a las trece horas del veintiocho de marzo del dos mil seis, se constituyó una sociedad anónima, denominada Wäkló Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de Heredia, La Virgen de Sarapiquí, doscientos metros oeste de Importadora Monge, con un capital de diez mil colones, con un plazo de noventa y nueve años. Presidente: el socio Henry Ramírez Vásquez.—Heredia, veintisiete de marzo del dos mil seis.—Lic. Adriana María Garita Calvo, Notaria.—1 vez.—Nº 95228.—(29929).

Por escritura otorgada en San José ante esta notaría, de las doce horas del veintisiete de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad Valpa Importaciones Sociedad Anónima, con domicilio en San José, teniendo el presidente facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintisiete de marzo del dos mil seis.—Lic. Cristian Villegas Coronas, Notario.—1 vez.—Nº 95230.—(29930).

Por escritura otorgada en San José ante esta notaría, de las ocho horas del veintiocho de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad Enchanted Forest of Costa Rica Sociedad Anónima, con domicilio en San José, teniendo el presidente facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintiocho de marzo del dos mil seis.—Lic. Nancy Vieto Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 95231.—(29931).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria al ser las diecinueve horas cuarenta minutos del día veintiuno de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Hidroinvernaderos del Roble L Y M Sociedad Anónima, presidente: Luis Arroyo Oreamuno.—Alajuela, al ser las veinte horas cuarenta minutos del día veintiocho de marzo del dos mil seis.—Lic.  Ana Yensi Morera Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 95232.—(29932).

En escritura pública número 161, de las 12:00 horas del 28 de marzo de 2006, protocolicé acta de asamblea general de la compañía Wadi Dahab Industries S. A., cédula jurídica Nº 3-101-423373, en la que se modifican las cláusulas segunda y sexta de los estatutos sociales referentes al domicilio y a la administración respectivamente, y se aceptan las renuncias y se nombran junta directiva y fiscal.—San José, 29 de marzo de 2006.—Lic. Adriana Calvo Fernández, Notaria.—1 vez.—(29965).

En esta notaría en escritura otorgada a las diecisiete horas treinta minutos del veintiocho de marzo de dos mil seis se adiciona la escritura número cincuenta y nueve modificando la razón sociedad C K Enterprises Trading Corporation Sociedad Anónima, y en español como C K Corporación de Compañías Comerciales Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintiocho de marzo del dos mil seis.—Lic. Alex Villegas Méndez, Notario.—1 vez.—(29968).

Por escritura número setenta, otorgada ante esta notaría se ha constituido Pisos Finos de Costa Rica Sociedad Anónima. El presidente y secretario individualmente, son apoderados generalísimos sin límite de suma. Presidente: Gerardo Vega Hernández.—Heredia, 1º de marzo del 2006.—Lic. Jorge Eduardo Morales Fernández, Notario.—1 vez.—(29975).

Mediante escritura pública Nº 9-64 otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del 22 de marzo del 2006, se constituyó Inversiones Tierra Mía S. A., presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social: 99 años. Domicilio social: San José, Curridabat, Granadilla, Residencial Altamente, casa número 262 CC. Capital social enteramente suscrito y pagado.—San José, 24 de marzo del 2006.—Lic. Karla Vanesa López Silva, Notaria.—1 vez.—(29981).

Mediante escritura pública número 9-70 otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del 27 de marzo del 2006, se constituyó Inversiones Cuajiniquil S. A. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social: 99 años. Domicilio social: San José, Curridabat, Granadilla, Residencial Altamente, casa número 262 CC. Capital social enteramente suscrito y pagado.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Karla Vanesa López Silva, Notaria.—1 vez.—(29982).

Mediante escritura pública número 9-61 otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del 22 de marzo del 2006, se constituyó Inversiones Tierra Liberiana S. A. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social: 99 años. Domicilio social: San José, Curridabat, Granadilla, Residencial Altamente, casa número 262 CC. Capital social enteramente suscrito y pagado.—San José, 24 de marzo del 2006.—Lic. Karla Vanesa López Silva, Notaria.—1 vez.—(29983).

Mediante escritura pública número 9-62 otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 22 de marzo del 2006, se constituyó Inversiones Pampa Dorada S. A. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social: 99 años. Domicilio social: San José, Curridabat, Granadilla, Residencial Altamente, casa número 262 CC. Capital social enteramente suscrito y pagado.—San José, 24 de marzo del 2006.—Lic. Karla Vanesa López Silva, Notaria.—1 vez.—(29984).

Mediante escritura pública número 9-69 otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del 27 de marzo del 2006, se constituyó Ticasoft S. A. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social: 99 años. Domicilio social: San José, Curridabat, Granadilla, Residencial Altamente, casa número 262 CC. Capital social enteramente suscrito y pagado.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Karla Vanesa López Silva, Notaria.—1 vez.—(29985).

Mediante escritura pública número 9-55 otorgada ante esta notaría a las 19:00 horas del 5 de marzo del 2006, se constituyó Inversiones Pampa Guanacasteca S. A. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social: 99 años. Domicilio social: San José, Curridabat, Granadilla, Residencial Altamonte, casa número 262 CC. Capital social enteramente suscrito y pagado.—San José, 24 de marzo del 2006.—Lic. Karla Vanesa López Silva, Notaria.—1 vez.—(29986).

Mediante escritura pública número 9-60 otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del 22 de marzo del 2006, se constituyó Inversiones Sueño Dorado S. A. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social: 99 años. Domicilio social: San José, Curridabat, Granadilla, Residencial Altamonte, casa número 262 CC. Capital social enteramente suscrito y pagado.—San José, 24 de marzo del 2006.—Lic. Karla Vanesa López Silva, Notaria.—1 vez.—(29987).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del día seis de marzo del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Arte Digital Jorsa S. A., con capital social suscrito y pagado.—Alajuela, seis de marzo del dos mil seis.—Lic. Violeta Miranda Meza, Notaria.—1 vez.—(29997).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del día veinticuatro de marzo del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Lobarama de La Costa S. A., con capital social suscrito y pagado.—Alajuela, seis de marzo del dos mil seis.—Lic Carlos Sanabria Porras, Notario.—1 vez.—(29998).

El día de hoy se constituyó la sociedad Tecnological Forestal Systems Sociedad Anónima. Presidente, con amplias facultades.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Fernando Vargas Rojas, Notario.—1 vez—(30041).

Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría, a las diez horas del diez de marzo del año en curso, protocolicé en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza, Sifolo Sociedad Anónima, por medio de la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social, se aceptan renuncias de los miembros de la junta directiva y del fiscal, se nombran sus sustitutos y se toman otros acuerdos.—San José, treinta de marzo del dos mil seis.—Lic. José Alberto Longhi Carvajal, Notario.—1 vez.—(30045).

Mediante escritura trescientos nueve del tomo décimo del protocolo del suscrito notario, se constituyó la sociedad Azul Crimson S. A., su domicilio es en Heredia, su capital social doscientos cuatro mil colones netos. Su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es Vicente Rappaccioli Navas.—Heredia, 27 de marzo del 2006.—Lic. Juan Carlos Chaves Hernández, Notario.—1 vez.—(30046).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las catorce horas y quince minutos del veintinueve de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad AO Tempisqueros Sociedad Anónima. Capital: pagado por los socios. José Luis Páez Vargas queda designado presidente.—San José, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Cinthia Ramírez Solera, Notaria.—1 vez.—(30065).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las catorce horas del veintinueve de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad Vikotira Sociedad Anónima. Capital: pagado por los socios. José Luis Páez Vargas queda designado presidente.—San José, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Cinthia Ramírez Solera, Notaria.—1 vez.—(30066).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las catorce horas y treinta minutos del veintinueve de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad Frankatera Sociedad Anónima. Capital: pagado por los socios. José Luis Páez Vargas queda designado presidente.—San José, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Cinthia Ramírez Solera, Notaria.—1 vez.—(30067).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del siete de marzo del dos mil seis, se protocolizó asamblea general ordinaria y extraordinaria de la Asociación Centro Israelita Sionista de Costa Rica. Se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo y se elige vicepresidente, secretario de educación, secretario de comunicación, secretaria de vida comunitaria y fiscal.—San José, veintiocho de marzo del dos mil seis.—Lic. Ulrika Kvist Duarte, Notaria.—1 vez.—(30068).

Mediante escritura número cuarenta y ocho, otorgada a las diez horas, treinta minutos del veintinueve de marzo del año dos mil seis, se constituyó la sociedad L Y F Logistic Sociedad Anónima. Presidente: Frank Josef Lassalle. Secretaria: Claudia Flores Colindres. Tesorero: Wilfredo Flores Toruño. Fiscal: Mirna Colindres Raudales.—Heredia, veintinueve de marzo del 2006.—Lic. Andrea Cordero Montero, Notaria.—1 vez.—(30069).

El suscrito notario público hace constar que protocolicé las actas números tres y dos de asambleas general extraordinaria de accionistas de Picos de Europa y Villanicolli Sociedad Anónima. Mediante la cual se acordó la fusión por absorción, prevaleciendo la primera y se reforma la cláusula quinta, del capital social.—San José, 22 de marzo del 2006.—Dr. Gonzalo Fajardo Salas, Notario.—1 vez.—(30091).

La suscrita notaria pública hace constar que protocolicé el acta número dos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Ruidera Sociedad Anónima. Mediante la cual se modifican las cláusulas segunda (del domicilio) y sétima (de la administración) y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Ana Cecilia Salazar Segura, Notaria.—1 vez.—(30092).

La suscrita notaria pública hace constar que protocolicé el acta número siete de asamblea general extraordinaria de accionistas de Onxidiums Dendrobionum Sociedad Anónima. Mediante la cual se modifican las cláusulas segunda (del domicilio), octava (de la administración) y novena (de la representación) y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Ana Cecilia Salazar Segura, Notaria.—1 vez.—(30093).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Jidma Tebiya S. A. Objeto: industria, agricultura, ganadería y comercio en general. Capital social: íntegramente suscrito y pagado.—Heredia, 30 de marzo del 2006.—Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—(30094).

La suscrita Esther Moya Jiménez, abogada y notaria, hago constar que con fecha ocho de diciembre del 2005, se constituyó la sociedad Casco Amarillo Siete FFF Sociedad Anónima. Presidente: el señor Jorge Roca Vallejo, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: cien mil colones. Plazo social de la sociedad: 99 años.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Esther Moya Jiménez, Notaria.—1 vez.—(30097).

La suscrita Esther Moya Jiménez, abogada y notaria, hago constar que con fecha ocho de diciembre del 2005, se constituyó la sociedad Casco Verde Seis EEE Sociedad Anónima. Presidente: el señor Jorge Roca Vallejo, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: cien mil colones. Plazo social de la sociedad: 99 años.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Esther Moya Jiménez, Notaria.—1 vez.—(30098).

La suscrita Esther Moya Jiménez, abogada y notaria, hago constar que con fecha ocho de diciembre del 2005, se constituyó la sociedad Casco Café Cinco DDD Sociedad Anónima. Presidente: el señor Jorge Roca Vallejo, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: cien mil colones. Plazo social de la sociedad: 99 años.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Esther Moya Jiménez, Notaria.—1 vez.—(30099).

La suscrita Esther Moya Jiménez, abogada y notaria, hago constar que con fecha ocho de diciembre del 2005, se constituyó la sociedad Casco Azul Cuatro CCC Sociedad Anónima. Presidente: el señor Jorge Roca Vallejo, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: cien mil colones. Plazo social de la sociedad: 99 años.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Esther Moya Jiménez, Notaria.—1 vez.—(30100).

La suscrita Esther Moya Jiménez, abogada y notaria, hago constar que con fecha ocho de diciembre del 2005, se constituyó la sociedad Casco Rojo Dos AAA Sociedad Anónima. Presidente: el señor Jorge Roca Vallejo, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: cien mil colones. Plazo social de la sociedad: 99 años.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Esther Moya Jiménez, Notaria.—1 vez.—(30101).

La suscrita Esther Moya Jiménez, abogada y notaria, hago constar que con fecha ocho de diciembre del 2005, se constituyó la sociedad Casco Negro Ocho GGG Sociedad Anónima. Presidente: el señor Jorge Roca Vallejo, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: cien mil colones. Plazo social de la sociedad: 99 años.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Esther Moya Jiménez, Notaria.—1 vez.—(30102).

La suscrita Esther Moya Jiménez, abogada y notaria, hago constar que con fecha treinta de marzo del presente, se constituyó la sociedad Casco Oro Diez JJJ Sociedad Anónima. Presidente: el señor Jorge Roca Vallejo, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: cien mil colones. Plazo social de la sociedad: 99 años.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Esther Moya Jiménez, Notaria.—1 vez.—(30103).

La suscrita Esther Moya Jiménez, abogada y notaria, hago constar que con fecha treinta de marzo del presente, se constituyó la sociedad Casco Lila Nueve HHH Sociedad Anónima. Presidente: el señor Jorge Roca Vallejo, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: cien mil colones. Plazo social de la sociedad: 99 años.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Esther Moya Jiménez, Notaria.—1 vez.—(30104).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Aguas del Pozo Dulce Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y cuatro mil ciento cuarenta y siete, mediante la que se modifica la cláusula segunda del pacto social, correspondiente al domicilio y se nombran presidente y secretario de la junta directiva.—Guadalupe, Goicoechea, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Federico Flores Varela, Notario.—1 vez.—(30105).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Cueva del Cuervo Azul Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y cuatro mil doscientos treinta, mediante la que se modifica la cláusula segunda del pacto social, correspondiente al domicilio y se nombra presidente.—Guadalupe, Goicoechea, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Federico Flores Varela, Notario.—1 vez.—(30106).

En escritura Nº 3-106, otorgada a las 11:30 horas del 30 de marzo del 2006, tomo tres del protocolo de esta notaría, se constituye BW Point Condominium Trust Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lina Rebeca Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(30110).

En escritura Nº 3-105, otorgada a las 11:00 horas del 30 de marzo del 2006, tomo tres del protocolo de esta notaría, se constituye Breakwater Point Condominium Corporation Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lina Rebeca Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—(30111).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 17 de marzo del 2006, la sociedad de esta plaza denominada Finca Trocha Angosta S. A. Capital social inicial: ¢10.000,00. Presidente: Jorge Enrique Rojas Rodríguez.—Grecia, 30 de marzo del 2006.—Lic. Oscar Alberto Salas Porras, Notario.—1 vez.—(30113).

El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las quince horas  treinta minutos  del  día  veintiocho  de  marzo del dos mil seis en San José, se constituyó la sociedad  con  domicilio en Heredia R & M Holdings Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años, a partir del veintiocho de marzo del dos mil seis. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Rama Tello.—San José, a las quince horas treinta minutos del día veintiocho de marzo del dos mil seis.—Lic. José Antonio Giralt Fallas, Notario.—1 vez.—(30116).

El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del día veintiocho de marzo del dos mil seis, en San José, se constituyó la sociedad con domicilio en Heredia Dyna Group Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años, a partir del veintiocho de marzo del dos mil seis. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Rama Tello.—San José, a las dieciséis horas del día veintiocho de marzo del dos mil seis.—Lic. José Antonio Giralt Fallas, Notario.—1 vez.—(30117).

El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del día veintiocho de marzo del dos mil seis, en San José, se constituyó la sociedad con domicilio en Heredia Tiburón Realty Costa Rica TRCR Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años, a partir del veintiocho de marzo del dos mil seis. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Jahrum Oakes.—San José, a las quince horas del día veintiocho de marzo del dos mil seis.—Lic. José Antonio Giralt Fallas, Notario.—1 vez.—(30118).

En esta notaría, se constituyó Corporación de Servicios en Publimercadeo Hiza S. A. Presidente: Gerardo Antonio Hidalgo Zamora. Escritura otorgada en Ciudad Cariari, Heredia, a las trece horas del treinta de marzo del dos mil seis.—Lic. Javier Naranjo Vargas, Notario.—1 vez.—(30127).

Por escrituras otorgadas ante esta notaría, a las trece horas y trece horas treinta minutos protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de las siguientes compañías respectivamente: Las Tacas Andina Sociedad Anónima y Sandcastle Club Sociedad Anónima. Mediante la cual se acuerda reformar la cláusula sexta del pacto social y se nombran presidente y secretario.—San José, veintiocho de marzo del dos mil seis.—Lic. Roberto Solano Leiva, Notario.—1 vez.—Nº 95138.—(30129).

A las quince horas del día dieciséis de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Gardel (D.S.P.) Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente: representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 28 de marzo del 2006.—María de los Ángeles Montero Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 95233.—(30130).

Por escritura otorgada hoy a las 9:00 horas, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la sociedad denominada Sistemas de Almacenaje Atox Costa Rica Sociedad Anónima. Mediante la cual se acordó modificar las cláusulas segunda, quinta, sexta y crear las cláusulas décima segunda y décima tercera.—San José, 27 de marzo del 2006.—Lic. Ximena Rodríguez Yamasaki, Notaria.—1 vez.—Nº 95238.—(30131).

Por escritura otorgada ante mí, el 28 de marzo del 2006, a las 12:00 se protocolizó acta general extraordinaria de socios de Bornes Properties Ltda. Mediante la cual se reformó la cláusula octava del acta constitutiva.—San José, abril del 2006.—Lic. Ximena Rodríguez Yamasaki, Notaria.—1 vez.—Nº 95239.—(30132).

Que por escritura otorgada ante la notaria Yolanda Chinchilla Bonilla, a las dieciséis horas con cuarenta y cinco minutos del veintisiete de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima denominada Fyma del Sur Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Con un plazo social de noventa y nueve años y un capital social de diez mil colones. Cuyo presidente con facultades de apoderado es Adith Duarte Quirós, cédula uno-trescientos noventa-ochocientos treinta y siete.—Lic. Yolanda Chinchilla Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 95241.—(30133).

Por escritura otorgada hoy ante mí, Ricardo Gutiérrez Alemán y Mariana Gutiérrez Lacayo, constituyen Vetiver Costa Rica Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Vetiver Costa Rica S. A. Domicilio social: San Juan de San Ramón, Alajuela, oficinas de Sol y Verde S. A. Plazo social: 99 años. Objeto social: comercio general y afines. Capital social: 10.000,00 colones. Presidente: Ricardo Gutiérrez Alemán.—San Ramón, 15 de marzo del 2006.—Lic. Ólger Mario Castro Castro, Notario.—1 vez.—Nº 95242.—(30134).

A las 14:00 horas del día de hoy, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Sirvieso Alto Sociedad Anónima. Por la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta de los estatutos, se reorganiza la junta directiva, se revoca nombramiento de fiscal y se nombra uno nuevo y se nombra apoderado especial.—San Pedro de Montes de Oca, 28 de marzo del 2006.—Juan Diego Soto Suárez, Notario.—1 vez.—Nº 95243.—(30135).

Por escritura número doscientos cuarenta y dos, del tomo primero del protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Kary de Santiago Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las dieciocho horas del día veintisiete de marzo del dos mil seis. Presidente: Henry Hernández Vargas. Capital social: sesenta mil colones. Domicilio: Heredia, Urbanización María Auxiliadora.—Heredia, 28 de marzo del 2006.—Lic. Jorge Manuel Molina Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 95244.—(30136).

Compañía La Casona de la Girona Sociedad Anónima, domiciliada en Palmira, Carrillo, Guanacaste, de la Iglesia de Los Ángeles, cuatrocientos metros al norte y doscientos al oeste, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cuarenta y ocho mil setecientos ochenta y seis, reforma cláusula tercera del pacto constitutivo, para ampliar el objeto de la sociedad.—Lic. Sandra Vargas Paniagua, Notaria.—1 vez.—Nº 95245.—(30137).

Hoy he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Colina de Azúcar S. A. en la cual se modifican las cláusulas segunda y sétima.—Curridabat, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Deborah Ann Lores Lares, Notaria.—1 vez.—Nº 95246.—(30138).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario en San José, a las 12:00 horas del 28 de marzo del 2006, he procedido a protocolizar el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Bella Vista del Sol Sociedad Anónima, celebrada en San José, a las 15:00 horas del 1º de octubre del 2005, mediante la cual se acordó nombrar nueva junta directiva y fiscal y reformar la cláusula segunda del pacto social.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—Nº 95247.—(30139).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario en San José, a las 11:00 horas del 28 de marzo del 2006, he procedido a protocolizar el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Computación Sol de América Sociedad Anónima, celebrada en San José, a las 8:00 horas del 1º de octubre del 2005, mediante la cual se acordó nombrar nueva junta directiva y fiscal y reformar las cláusulas primera y quinta del pacto social.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—Nº 95248.—(30140).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario en San José, a las 10:00 horas del 28 de marzo del 2006, he procedido a protocolizar el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Corporación Marali M A R Sociedad Anónima, celebrada en San José, a las 10:00 horas del 1º de octubre del 2005, mediante la cual se acordó nombrar nueva junta directiva y fiscal y reformar las cláusulas primera y quinta del pacto social.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—Nº 95249.—(30141).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario en San José, a las 9:00 horas del 28 de marzo del 2006, he procedido a protocolizar el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Tacoma Rojo Sociedad Anónima, celebrada en San José, a las 9:00 horas del 1º de octubre del 2005, mediante la cual se acordó nombrar nueva junta directiva y fiscal y reformar la cláusula primera del pacto social.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—Nº 95250.—(30142).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las quince horas del siete de marzo del dos mil seis, Róger Miguel Cortés Vargas e Ileana Chavarría Durán conocida como Romanini Chavarría constituyen Trans Inter Coba S. A. Domiciliada en Juanito Mora de Barranca de Puntarenas. Plazo social: 90 años. Capital social: 100.000,00 colones, dividido en 20 acciones comunes y nominativas de 5.000,00 colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas. Objeto: comercio en general. Presidente: Róger Miguel Cortés Vargas.—Puntarenas, 7 de marzo del 2006.—Lic. Francisco Rojas Carranza, Notario.—1 vez.—Nº 95253.—(30143).

Por escritura de las dieciséis horas, treinta minutos de hoy, se constituye la sociedad anónima Hyakutaque Sociedad Anónima.—Cartago, 25 de marzo del 2006.—Lic. Luis Anselmo Solano Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 95256.—(30144).

Por escritura de las dieciséis horas diez minutos de hoy, se constituye la sociedad anónima Febe Sociedad Anónima.—Cartago, 25 de marzo del 2006.—Lic. Luis Anselmo Solano Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 95257.—(30145).

Por escritura de las dieciséis horas quince minutos de hoy, se constituye la sociedad anónima Titan Sociedad Anónima.—Cartago, 25 de marzo del 2006.—Lic. Luis Anselmo Solano Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 95258.—(30146).

Por escritura de las dieciséis horas, veinticinco minutos de hoy, se constituye la sociedad anónima Gum Sociedad Anónima.—Cartago, 25 de marzo del 2006.—Lic. Luis Anselmo Solano Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 95259.—(30147).

Por escritura de las dieciséis horas veinte minutos de hoy, se constituye la sociedad anónima Antlia Sociedad Anónima.—Cartago, 25 de marzo del 2006.—Lic. Luis Anselmo Solano Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 95260.—(30148).

Por escritura de las ocho horas de hoy, se constituye la sociedad anónima Halley Sociedad Anónima.—Cartago, 27 de marzo del 2006.—Lic. Luis Anselmo Solano Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 95261.—(30149).

Por escritura de las ocho horas diez minutos de hoy, se constituye la sociedad anónima Hale-Boop Sociedad Anónima.—Cartago, 27 de marzo del 2006.—Lic. Luis Anselmo Solano Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 95262.—(30150).

El día de hoy 24 de marzo del 2006, hemos constituido la sociedad anónima denominada Veintisiete Mil Ochocientos Treinta y Dos S. A. Con un plazo social de 99 años, con domicilio en Tres Ríos, La Unión, Cartago, trescientos metros al sur del cementerio y veinticinco metros oeste, en dicha sociedad se nombra presidenta a la señora Cecilia Flor Soto Calderón.—San José, miércoles 29 de marzo del 2006.—Lic. Juan Guillermo Coghi Molina, Notario.—1 vez.—Nº 95263.—(30151).

He constituido la sociedad Magdala Group Sociedad Anónima. Con un capital social de diez mil colones exactos, un plazo social de noventa y nueve años, en donde figura como presidente Juan Carlos Sanabria Rojas.—Cartago, 29 de marzo del 2006.—Lic. María Gabriela Vega Soto, Notaria.—1 vez.—Nº 95264.—(30152).

He constituido la sociedad Business People Solutions Bpsoft Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones exactos, un plazo social de noventa y nueve años, en donde figura como presidente Juan Guillermo Coghi Molina.—Cartago, 29 de marzo del 2006.—Lic. María Gabriela Vega Soto, Notaria.—1 vez.—Nº 95265.—(30153).

Por escritura otorgada en mi notaría, se constituyó la sociedad Ganadería Don Tito S. A. Capital social: suscrito y cancelado. Presidente: Marco Aurelio Mora Mayorga.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. José Aquiles Mata Porras, Notario.—1 vez.—Nº 95267.—(30154).

Por escritura otorgada en mi notaría, se protocolizó el acta número uno, que es asamblea general extraordinaria de la sociedad Grupo Eliel de Dota Sociedad Anónima, mediante la cual reforma el pacto constitutivo y se integra nueva junta directiva.—San José, 16 de enero del 2006.—Lic. José Aquiles Mata Porras, Notario.—1 vez.—Nº 95268.—(30155).

Por escritura otorgada en mi notaría, se protocolizó el acta número dos, que es asamblea general extraordinaria de la sociedad Grupo Arocafe P.R. Sociedad Anónima, mediante la cual se integra nueva junta directiva.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. José Aquiles Mata Porras, Notario.—1 vez.—Nº 95269.—(30156).

Por escritura otorgada ante mí a las diecisiete horas del nueve de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad Servicios de Salud de Corredores S. A. Presidente: Gabriel González Gazo. Capital social: veinte mil colones. Domicilio social: La Cuesta, Corredores, Puntarenas, veinticinco metros al norte del gimnasio.—Ciudad Nely, 9 de marzo del 2006.—Lic. Alfredo López Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 95270.—(30157).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizó acta de la empresa Muebles Dora y Guillermo Dogui Sociedad Anónima, en donde reforma la cláusula segunda de los estatutos sociales. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del día dieciséis de marzo del dos mil seis.—Lic. Fabián Fernández Faith, Notario.—1 vez.—Nº 95271.—(30158).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizó acta de la empresa Los Arcángeles Para D. M. S. S. Sociedad Anónima, en donde reforma la cláusula tercera de los estatutos sociales. Escritura otorgada en San José a las ocho horas del día catorce de marzo del dos mil seis.—Lic. Fabián Fernández Faith, Notario.—1 vez.—Nº 95272.—(30159).

Que mediante escritura Nº 139-31 de las 9:00 horas del 16 de marzo del 2006, ante el notario Lic. José Francisco Pereira Torres, se protocolizó acta número seis de la sociedad Centro Latinoamericano de Capacitación y Consultoría Sociedad Anónima, donde se modifica capital social y se nombra tesorero.—Cartago, 28 de marzo del 2006.—Lic. José Francisco Pereira Torres, Notario.—1 vez.—Nº 95273.—(30160).

Por escritura otorgada a las diez horas quince minutos del día veinticuatro de marzo del presente año, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Almacén Hogar Dos Mil Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma las cláusulas novena y décima y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la sociedad.—San José, 28 de marzo del año dos mil seis.—Lic. José Pablo Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 95275.—(30161).

Por escritura otorgada a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del día veinticuatro de marzo del presente año, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Almacén Hogar Plus Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma las cláusulas novena y décima y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la sociedad.—San José, 28 de marzo del año 2006.—Lic. José Pablo Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 95276.—(30162).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 15:00 horas, 30 minutos del día 21 de febrero del año dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Servicios Niobe Sociedad Anónima.—San José, 21 de marzo del 2006.—Lic. Monikha Cedeño Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 95277.—(30163).

Por escritura pública otorgada en esta notaría, a las 9:00 horas del 17 de enero del 2006, se constituye la sociedad Corporación Vingt Fevrier Sociedad Anónima, se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Eric Vizcaíno Dávila, Notario.—1 vez.—Nº 95278.—(30164).

Por escritura pública otorgada en esta notaría, a las 9:00 horas del 17 de enero del 2006, se constituye la sociedad Corporación Quatorze Fevrier Sociedad Anónima, se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Eric Vizcaíno Dávila, Notario.—1 vez.—Nº 95279.—(30165).

La suscrita notaria pública hace constar que ante mi notaría, al ser las quince horas del veintitrés de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones Latto de Costa Rica Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio: Lomas del Sol Curridabat. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: el comercio en general y otros. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, 23 de marzo del 2006.—Lic. Iliana Chacón Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 95280.—(30166).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del veintisiete de marzo del presente año, se constituyó Giros del Sol Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado. Plazo: cien años. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Sandra García González, Notaria.—1 vez.—Nº 95281.—(30167).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 8:00 horas del 4 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad Chitón de Piedra S. A., domicilio Nicoya, duración 99 años, capital suscrito y pagado. Presidente, secretario y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma debiendo actuar conjuntamente o separadamente.—Nicoya, 23 de marzo del 2006.—Lic. Manuel Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 95287.—(30168).

Se hace constar que con vista en la matriz, escritura número setenta y nueve visible al folio sesenta y siete vuelto del tomo uno del protocolo de la Lic. Zarella Obando Retana de fecha tres de marzo del dos mil seis, se aumento el capital social, se realizó cambio de junta directiva, y se reformó cláusula de la sociedad anónima Servicios de Limpieza Beraca S. A. Es todo, al ser nueve horas, treinta minutos del día veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Zarella Obando Retana, Notaria.—1 vez.—Nº 95290.—(30169).

Ante el suscrito notario, se constituye la empresa Impulse Unlimited Sociedad Anónima. Domicilio social: Los Mogos, Sierpe, Osa, Puntarenas, quinientos metros al oeste de la escuela Altos Los Mogos. Capital social: cien mil colones exactos, representados por cuatro acciones comunes y nominativas. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Elvin Campos Loría.—Ciudad Neily, 23 de marzo del 2006.—Lic. Hiner Fernando Segura Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 95291.—(30170).

Hace constar que ante esta notaría se ha constituido la sociedad anónima denominada como: Los Linces Sureños Sociedad Anónima, en la escritura pública número ciento cuarenta y dos-uno de mi protocolo y otorgada a las doce horas del día diez de diciembre del año dos mil cinco. El suscrito notario público hace constar que la firma inserta en el presente pliego fue puesta de mi puño y letra. Asimismo, que el sello blanco que se encuentra estampado en el escrito es el registrado y autorizado conforme a la ley. Es todo.—M.D.E. Freddy Montes Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 95292.—(30171).

Hace constar que ante esta notaría se ha constituido la sociedad anónima denominada Multiservicios Macaria Sociedad Anónima, en escritura número doscientos veinticuatro-uno de mi protocolo, constituida a las catorce horas del veintitrés de febrero del dos mil seis. Es todo.—Lic. Evelyn Alemán Blandón, Notaria.—1 vez.—Nº 95293.—(30172).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 17:00 horas del 27 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad Venture Properties International Sociedad de Responsabilidad Limitada. Es todo.—San José, 27 de marzo del 2006.—Lic. Guillermo Sánchez Sava, Notario.—1 vez.—Nº 95294.—(30173).

Por escritura número sesenta otorgada ante esta notaría, a las trece horas del catorce de febrero del dos mil seis, se reformaron las cláusulas sexta y segunda del pacto social y se nombró nueva junta directiva del a compañía denominada Andes de Punta Banco Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y tres, domiciliada en Alajuela.—San José, 20 de febrero del 2006.—Lic. Álvaro Eduardo Morera Fallas, Notario.—1 vez.—Nº 95295.—(30174).

Por escritura número cincuenta y nueve otorgada ante esta notaría, a las doce horas del catorce de febrero del dos mil seis, se reformaron las cláusulas segunda y vigésimo segunda del pacto social y se nombró nueva junta directiva de la compañía denominada Selva Verde del Pacífico Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta mil ciento sesenta y uno, domiciliada en San José.—San José, 20 de febrero del 2006.—Lic. Álvaro Eduardo Morera Fallas, Notario.—1 vez.—Nº 95296.—(30175).

Por escritura número cincuenta y ocho otorgada ante esta notaría, a las once horas del catorce de febrero del dos mil seis, se reformaron las cláusulas segunda y vigésimo segunda del pacto social y se nombró nueva junta directiva de la compañía denominada Inversiones Eco Bosque Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta mil doscientos diez, domiciliada en San José.—San José, 20 de febrero del 2006.—Lic. Álvaro Eduardo Morera Fallas, Notario.—1 vez.—Nº 95297.—(30176).

Por escritura número cincuenta y siete otorgada ante esta notaría, a las diez horas del catorce de febrero del dos mil seis, se reformaron las cláusulas segunda y sexta del pacto social y se nombró nueva junta directiva de la compañía denominada Producciones Ojala Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos diecisiete mil quinientos ocho, domiciliada en San José.—San José, 20 de febrero del 2006.—Lic. Álvaro Eduardo Morera Fallas, Notario.—1 vez.—Nº 95298.—(30177).

Por escritura número cincuenta y seis otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del catorce de febrero del dos mil seis, se reformaron las cláusulas segunda y sexta del pacto social y se nombró nueva junta directiva de la compañía denominada Caronte Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos veintidós mil seiscientos noventa y nueve, domiciliada en San José.—San José, 20 de febrero del 2006.—Lic. Álvaro Eduardo Morera Fallas, Notario.—1 vez.—Nº 95299.—(30178).

Por escritura número cincuenta y cinco otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del catorce de febrero del dos mil seis, se reformaron las cláusulas sexta y segunda del pacto social y se nombró nueva junta directiva de la compañía denominada Finca Quebrada La Piña Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y uno, domiciliada en San José.—San José, 20 de febrero del 2006.—Lic. Álvaro Eduardo Morera Fallas, Notario.—1 vez.—Nº 95300.—(30179).

Milton Rodríguez Centeno, Paolo y Marcela, ambos Rodríguez López, constituyen la sociedad Bosque Fresco Sociedad Anónima. Domicilio: La Trinidad de Moravia, urbanización El Fortín, casa Nº 75. Plazo: 99 años. Presidente: Paolo Rodríguez López. Escritura Nº 146 de las 8:00 horas del 23-3-2006. Tomo 17.—Lic. Esther Ramírez Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 95302.—(30180).

Milton Rodríguez Centeno, Paolo y Marcela, ambos Rodríguez López, constituyen la sociedad Montes de La Pradera Sociedad Anónima. Domicilio: La Trinidad de Moravia, urbanización El Fortín, casa Nº 75. Plazo: 99 años. Presidente: Paolo Rodríguez López. Escritura Nº 141 de las 9:00 horas del 21-3-2006. Tomo 17.—Lic. Esther Ramírez Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 95303.—(30181).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas con treinta minutos del veintiuno de marzo del dos mil seis, se constituye la sociedad denominada Gaiamiraflora G. S. M Sociedad Anónima. Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado en dinero en efectivo.—Tilarán, 23 de marzo del 2006.—Lic. Mario Enrique Delgado Solórzano, Notario.—1 vez.—Nº 95304.—(30182).

En la notaría de la licenciada Ana Gabriela Santiesteban Álvarez, se tramita la inscripción de la sociedad Transportes Sol del Oeste Sociedad Anónima, notificaciones al 286-0019.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Ana Gabriela Santiesteban Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 95306.—(30183).

En la notaría de la licenciada Ana Gabriela Santiesteban Álvarez, se tramita la inscripción de la sociedad Tierras Ecológicas Sociedad Anónima, notificaciones al 286-0019.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Ana Gabriela Santiesteban Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 95307.—(30184).

Ante mí, María de los Ángeles Solano Mora, notaria pública con oficina en Coronado, se constituyó a las veintiuna horas del veintisiete de marzo del año dos mil seis, la sociedad anónima Ufania P.M.R. S. A. El plazo social será de noventa y nueve años. El capital social será la suma de veinte mil colones exactos. La presidenta es Priscilla Meza Ramírez.—San José, 27 de marzo del 2006.—Lic. María de los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 95308.—(30185).

Ante mí, María de los Ángeles Solano Mora, notaria pública con oficina en Coronado, se constituyó a las veinte horas y treinta minutos del veintisiete de marzo del año dos mil seis, la sociedad anónima Consulting Group Internacional de Costa Rica S. A. El plazo social será de noventa y nueve años. El capital social será la suma de veinte mil colones exactos. El presidente es Francisco David Chaves Solano.—San José, 27 de marzo del 2006.—Lic. María de los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 95309.—(30186).

Por escritura de las quince horas, veinte minutos del veinticuatro de marzo del año dos mil seis, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria, celebrada simultáneamente por la sociedad Inversiones Sassi Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula segunda de las constitutivas.—San Isidro de Pérez Zeledón, 24 de marzo del 2006.—Lic. Emilio Díaz Balmaceda, Notario.—1 vez.—Nº 95313.—(30187).

Por escritura número sesenta y tres otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad de este domicilio Inversiones Castillo P Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero cincuenta y nueve mil setecientos nueve. Se hace aumento de capital social.—Cartago, 23 de marzo del 2006.—Lic. Lucrecia Rojas Calvo, Notaria.—1 vez.—Nº 95314.—(30188).

Por escritura número trescientos treinta y ocho, otorgada a las nueve horas del día veinticuatro de marzo del año dos mil seis, ante el notario José Francisco Barahona Segnini, lo señores José David Durán Sandoval y Christopher Durán Sandoval, constituyeron la sociedad denominada Super Wash DS Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Duración: noventa y nueve años. Fecha: 24 de marzo del año 2006.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—Nº 95315.—(30189).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se constituyó sociedad anónima denominada Treasure of Memu S. A. Se nombra junta directiva y fiscal.—Heredia, 28 de marzo del 2006.—Lic. Jorleny Ugalde Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 95316.—(30190).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se constituyó sociedad anónima denominada Tecnologías Electrónicas de Ultramar S. A. Se nombra junta directiva y fiscal.—Heredia, 27 de marzo del 2006.—Lic. Juan Carlos Gutiérrez González, Notario.—1 vez.—Nº 95318.—(30191).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se constituyó sociedad anónima denominada Comodatos El Árbol Enfermo S. A. Se nombra junta directiva y fiscal.—Heredia, 27 de marzo del 2006.—Lic. Jorleny Ugalde Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 95319.—(30192).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se constituyó sociedad anónima denominada Partes Electromecánicas Gulisa S. A. Se nombra junta directiva y fiscal.—Heredia, 29 de marzo del 2006.—Lic. Juan Carlos Gutiérrez González, Notario.—1 vez.—Nº 95320.—(30193).

Por medio de escritura otogada a las 9:00 horas del día 27 de marzo del 2006, se constituyeron las sociedades: Ami de Joris S. A., Airmont Trading CO. S. A.; Amory Management S. A.; Bellingham Group S. A.; Benicia Company S. A.; Blue Racel & CO. S. A.; Bonville Services S. A.; Brastow Trading S. A.; Cloverdale Holding S. A.; Cold Harbor Advisors S. A.; Conway Management CO. S. A.; Deer Park Trading S. A.; Deverney Trade S. A. pudiendo; Dorrell & Mason S. A.; Dorrington Group S. A.; Egremont Holding S. A.; Elma Advisors S. A.; Everett Securities S. A.; Fair Lawn Investments S. A.; Farrell Technologies S. A.; Fort Lee Group S. A.; Glen Rock Capital S. A.; Gorham Assets Management S. A.; Granger & CO. Group S. A.; Heritage Advisors S. A.; Lemon Cove Trading S. A.; Maple Valley Group S. A.; Mendocino Area S. A.; Mill Valley Group S. A.; Montrose Enterprises S. A.; Mount Shasta S. A.; Newbury Services S. A.; Oakhurst Investments S. A.; Othello Trading S. A.; Ridgefield Group S. A.; ST. Martin Consulting CO. S. A.; Storrow Services S. A.; Tremont Securities S. A.; Weyble Corporation S. A.; White Coral Ventures S. A. Plazo: 99 años. Domicilio: San José. Capital social: 50.000,00 colones. Presidente: Bernal Zamora Arce.—Lic. Alejandra Echeverría Alfaro y Carlos Alberto Echeverría Alfaro, Notarios.—1 vez.—Nº 95321.—(30194).

Por escritura pública otorgada ante la suscrita notaria, a las once horas del veintinueve de marzo del dos mil seis, se constituye Marhjaso Sociedad Anónima.—Lic. Noelia Camacho Starbird, Notaria.—1 vez.—Nº 95323.—(30195).

Por medio de escritura otorgada al ser las diez horas del día veintiocho de marzo del año dos mil seis, ante el notario público Juan Francisco Molinero Hernández, por medio de protocolización de acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios, se acordó reformar las cláusulas segunda y novena de la sociedad de esta plaza Muebles y Estilos Roderick Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Juan Francisco Molinero Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 95324.—(30196).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Panadería La Casa de Pan Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula segunda sobre el domicilio social, la cláusula sexta sobre la administración, y se revocan nombramientos de gerente y se hace nuevo nombramiento. Gerente: Roberto González Rodríguez. Escritura otorgada en San José, ante el notario público Alejandro Pignataro Madrigal a las quince horas con treinta minutos del veintisiete de marzo del dos mil seis.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 95328.—(30197).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada El Escondite de Durika EED Limitada, la cual se revoca nombramiento de gerente y se hace nuevo nombramiento. Gerente: Glenn Deneve. Escritura otorgada en San José, ante el notario público Alejandro Pignataro Madrigal a las nueve horas con quince minutos del dieciséis de marzo del dos mil seis.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 95329.—(30198).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Cruz del Mar Holding C.M.H Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula quinta sobre el capital social, la cláusula sexta sobre la administración, y se revocan nombramientos de la junta directiva y fiscal y se hacen nuevos nombramientos. Gerente: Dorren Stokes. Escritura otorgada en San José, ante el notario público Alejandro Pignataro Madrigal a las quince horas del veintisiete de marzo del dos mil seis.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 95330.—(30199).

En mi notaría a las 11:30 horas de hoy, se constituyó Tótem de Jade TJN Sociedad Anónima, abreviándose Tótem de Jade TJN S. A. Capital: diez mil colones. Domicilio: San José, Sabana Oeste, ciento cincuenta metros al sur y cien metros al oeste de Canal Siete. Presidente: Randall Salas Alvarado.—Tibás, 27 de marzo del 2006.—Lic. Sugeily Celenia Hernández Azofeifa, Notaria.—1 vez.—Nº 95331.—(30200).

En mi notaría a las 11:30 horas de hoy, se constituyó Frambuesas Rojas del Campo Verde Sociedad Anónima, abreviándose Frambuesas Rojas del Campo Verde S. A. Capital: diez mil colones. Domicilio: San José, Sabana Oeste, ciento cincuenta metros al sur y cien metros al oeste de Canal Siete. Presidente: Randall Salas Alvarado.—Tibás, 27 de marzo del 2006.—Lic. Sugeily Celenia Hernández Azofeifa, Notaria.—1 vez.—Nº 95332.—(30201).

En mi notaría a las 11:15 horas de hoy, se constituyó Sueños del Atlántico Sureño Sociedad Anónima, abreviándose Sueños del Atlántico Sureño S. A. Capital: diez mil colones. Domicilio: San José, Sabana Oeste, ciento cincuenta metros al sur y cien metros al oeste de Canal Siete. Presidente: Randall Salas Alvarado.—Tibás, 27 de marzo del 2006.—Lic. Sugeily Celenia Hernández Azofeifa, Notaria.—1 vez.—Nº 95333.—(30202).

En mi notaría a las 11:30 horas de hoy, se constituyó Pensamientos Azules Universales PAU Sociedad Anónima, abreviándose Pensamientos Azules Universales PAU S. A. Capital: diez mil colones, domicilio San José, Sabana Oeste, ciento cincuenta metros al sur cien metros al oeste de Canal Siete. Presidente: Randall Salas Alvarado.—Tibás, 27 de marzo del 2006.—Lic. Sugeily Celenia Hernández Azofeifa, Notaria.—1 vez.—Nº 95334.—(30203).

En mi notaría, a las 11:00 horas de hoy, se constituyó Ruletas Azules del Crepúsculo RAC Sociedad Anónima abreviándose Ruletas Azules del Crepúsculo RAC S. A. Capital: diez mil colones, domicilio San José, Sabana Oeste, ciento cincuenta metros al sur y cien metros al oeste de Canal Siete. Presidente: Randall Salas Alvarado.—Tibás, 27 de marzo del 2006.—Lic. Sugeily Celenia Hernández Azofeifa, Notaria.—1 vez.—Nº 95335.—(30204).

En San José, ante esta notaría, al ser las ocho horas del veintinueve de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Helkissi del Viejo Vesubio H.B.L.P Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado: diez mil colones exactos.—San José, 29 de marzo del 2009.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—Nº 95336.—(30205).

Ante esta notaría con fecha veinticuatro de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima denominada BT Vehículos de Costa Rica Sociedad Anónima, con domicilio en San José, San Antonio de Escazú, cien metros al sur del cementerio. Cuyo capital social fue íntegramente suscrito y pagado por los socios constituyentes. Es todo.—San José, veinticuatro de marzo del dos mil seis.—Lic. Juan Carlos Ayala Montero, Notario.—1 vez.—Nº 95337.—(30206).

Ante esta notaría con fecha veinticuatro de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima denominada BT Auto Import Sociedad Anónima, con domicilio en San José, San Antonio de Escazú, cien metros al sur del cementerio. Cuyo capital social fue íntegramente suscrito y pagado por los socios constituyentes. Es todo.—San José, veinticuatro de marzo del dos mil seis.—Lic. Juan Carlos Ayala Montero, Notario.—1 vez.—Nº 95338.—(30207).

Por escritura pública otorgada en esta notaría, a las nueve horas del veintiséis de marzo del dos mil seis, se constituyó la Sociedad denominada C y G Lourdes de Naranjo Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años contados a partir de hoy. Administración a cargo de una junta directiva compuesta por tres miembros: presidente, secretario y tesorero a cuyo cargo está la representación judicial y extrajudicial conjunta o separada.—Naranjo, Alajuela, veintisiete de marzo del año dos mil seis.—Lic. Analive Matamoros López, Notaria.—1 vez.—Nº 95339.—(30208).

Por escritura número sesenta y ocho de las veinte horas del veintisiete de marzo de dos mil seis, se reforman las cláusulas primera y sétima del pacto social de la compañía Consolidated Real Estate Services Sociedad Anónima.—Lic. Ana Karina Jiménez Umaña, Notaria.—1 vez.—Nº 95341.—(30209).

Ante la notaría del licenciado Carlos Eduardo Rodríguez Paniagua, a las diez horas del veintisiete de marzo del año dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima denominada Seas Gold Enterprise Sociedad Anónima, con capital social de noventa mil colones, representado por nueve acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una, domiciliada en San Francisco, Heredia, doscientos metros al este del Hipermás, casa esquinera color amarillo, teniendo como apoderado generalísimo sin límite de suma a Noé Humberto Garita González, portador de la cédula de identidad número cuatro-cero noventa y nueve- trescientos treinta y cuatro. Es todo.—Alajuela, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Carlos Rodríguez Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 95342.—(30210).

En esta notaría, al ser las quince horas del veintisiete de marzo del dos mil seis, se constituyó la empresa denominada Real State Enterprise Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de marzo del dos mil seis.—Lic. Gonzalo Saavedra Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 95343.—(30211).

En esta notaría, al ser las quince horas del veintinueve de marzo del dos mil seis, se constituyó la empresa denominada C. SES Magnagement Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Gonzalo Saavedra Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 95344.—(30212).

En escritura número veinticuatro de las quince horas del día quince de marzo del dos mil seis, protocolicé Acta de Asamblea de Accionistas de Condominio La Ladera Bloque BHI Lote Veinticinco XXX Sociedad Anónima mediante la cual se reforman las cláusulas sétima y octava del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Álvaro Hernández Quesada.—San José, 15 de marzo del 2006.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 95345.—(30213).

En escritura número treinta de las quince horas del día veintiuno de marzo del dos mil seis, protocolicé acta de asamblea de accionistas de Fraccionamiento La Ladera Etapa ACD Lote Seis FFF Sociedad Anónima mediante la cual se reforman las cláusulas sétima y octava del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Francisco Mora Rojas.—San José, 21 de marzo del 2006.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 95346.—(30214).

En escritura número veintinueve de las catorce horas del día veintiuno de marzo del dos mil seis, protocolicé Acta de Asamblea de Accionistas de Fraccionamiento La Ladera Etapa ACD Lote Cuatro DDD Sociedad Anónima mediante la cual se reforman las cláusulas sétima y octava del Pacto Constitutivo y se nombra nueva Junta Directiva y Fiscal. Presidente: Francisco Mora Rojas.—San José, 21 de marzo del 2006.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 95347.—(30215).

En escritura número veintiocho de las trece horas del día veintiuno de marzo del dos mil seis, protocolicé Acta de Asamblea de Accionistas de Fraccionamiento La Ladera Etapa BEF Lote Uno AAA Sociedad Anónima mediante la cual se reforman las cláusulas sétima y octava del Pacto Constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Juan de la Cruz Caliva Camacho.—San José, 21 de marzo del 2006.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 95348.—(30216).

En escritura número ciento doce-diez de las catorce horas del día veintidós de febrero del dos mil seis, protocolicé Acta de Asamblea de Accionistas de Inmobiliaria Yildun Sociedad Anónima mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Manuel Terán Jiménez.—San José, 23 de febrero del 2006.—Lic. Mario Rucavado Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 95349.—(30217).

En escritura número veintisiete de las doce horas del día veintiuno de marzo del dos mil seis, protocolicé acta de asamblea de accionistas de Condominio Hacienda Gregal Lote Cincuenta y Siete WSF Sociedad Anónima mediante la cual se reforman las cláusulas quinta, sétima y octava del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Carlos Fernández Guevara.—San José, 21 de marzo del 2006.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 95350.—(30218).

Por escritura otorgada en esta ciudad, ante el notario Roberto Portilla Barrantes, a las 10:10 horas del 24 de marzo del 2006, se constituyó Montain View Farm S. A. Capital social: veinte mil colones. Domicilio social: Jardín de Páramo de Pérez Zeledón, kilómetro ciento once punto cinco, sobre carretera interamericana. Presidente y secretario: con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma debiendo actuar siembre conjuntamente: Roberth Dale de único apellido Ratzlaff y Paul Ward de único apellido Ratzlaff.—San Isidro de El General, 24 de marzo del 2006.—Lic. Roberto Portilla Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 95353.—(30219).

Por escritura otorgada en esta ciudad ante el notario Roberto Portilla Barrantes, a las 10:00 horas del 24 de marzo del 2006, se constituyó Ocean Palms Estates S. A. Capital social: veinte mil colones. Domicilio social: Jardín de Páramo de Pérez Zeledón, kilómetro ciento once punto cinco, sobre carretera interamericana. Presidente: con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: Roberth Dale de único apellido Ratzlaff.—San Isidro de El General, 24 de marzo del 2006.—Lic. Roberto Portilla Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 95354.—(30220).

Por escritura otorgada en esta ciudad, a las 16:00 horas del 21 de marzo del dos mil seis, ante el notario Roberto Portilla Barrantes, se constituyó la sociedad Puerquitos Alegres S. A. Capital social: veinte mil colones. Domicilio social: San Juan Bosco de Daniel Flores de Pérez Zeledón, 1 Km suroeste de la plaza de deportes. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma: Grafiel conocido como Gabriel Zúñiga Fallas.—San Isidro de Pérez Zeledón, 21 de marzo del 2006.—Lic. Roberto Portilla Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 95355.—(30221).

Por asamblea general extraordinaria de socios de Los Florines de Oro L.F.O. S. A., celebrada en su domicilio, San José, a las ocho horas del veintitrés de marzo del dos mil seis, estando presente la totalidad del capital social, se prescinde del trámite de convocatoria previa y se acuerda por unanimidad de votos, Primero: reformar totalmente la cláusula sétima del pacto social. Segundo: reformar totalmente la cláusula octava del pacto social. Tercero: se conoce del vencimiento del nombramiento de toda la junta directiva y fiscal. Cuarto: para llenar las vacantes se acuerda nombrar como presidente al señor Joseph Franciscus Hubertus Maria (nombre) Mom (apellido), de un sólo apellido en razón de su nacionalidad holandesa, mayor, casado una vez, empresario, cédula de residencia número uno cinco dos ocho cero cero cero cero uno tres dos ocho, vecino de la ciudad de Grecia, ciento cincuenta metros al sur del Banco Banex, secretaria: Cornelia Theodora Francisca Antonia Maria (nombre) Vraets (apellido), de un sólo apellido en razón de su nacionalidad holandesa, mayor, casada, empresaria, cédula de residencia número cero cero tres seis ocho ocho cuatro siete cuatro dos cero uno cero cero cero cero dos dos nueve, vecina de San Roque de Grecia, doscientos metros al oeste del templo católico. Tesorera: Karol Gómez Hidalgo, casada una vez, abogada, cédula de número dos-quinientos cuarenta y dos-seiscientos cincuenta y tres, vecina de la ciudad de Grecia, ciento cincuenta metros al sur del Banco Banex, fiscal: Bernal Esteban Castillo Hidalgo, mayor, soltero, estudiante, cédula de identidad dos-quinientos setenta y seis-novecientos setenta y seis, vecino de la ciudad de San Roque de Grecia, del templo católico del lugar trescientos metros este, doscientos norte y setenta y cinco este, quienes estando presentes en esta asamblea aceptan sus cargos. Quinto: se declara en firme todos los acuerdos anteriores, los cuales se adoptaron por unanimidad de votos. Sin más asuntos que tratar se levanta la sesión una hora después de iniciada, se lee, aprueba y firma el acta, y se autoriza a la licenciada Mary Elem Sánchez Rojas, para que protocolice el acta en lo conducente o lo literal.—San José, veintitrés de marzo del dos mil seis.—Lic. Mary Elem Sánchez Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 95356.—(30222).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas cuarenta y cinco minutos del día veintiocho de marzo del dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Torres del Almirantazgo Sociedad Anónima. Se reformó la cláusula segunda de los estatutos sociales.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. David Arturo Campos Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 95362.—(30223).

Por escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 9:00 horas, 11:00 horas y 11:15 horas del día 29 de marzo del 2006, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Residencias Mora Díaz S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas primera y novena de los estatutos sociales, y se constituyeron las sociedades denominadas Cooperstown S. A. y Ginny Lou S. A.—Lic. Jorge Jiménez Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 95364.—(30224).

Ante Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, notario, se constituyó la sociedad anónima: Inversiones Priscimari S. A. Capital: Diez mil colones, objeto: comercio y servicios. Domicilio: San José. Plazo: 99 años. Presidente: Eladio Picado Céspedez. Por escritura en San José a las 18:00 horas del 9 de diciembre del 2005.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 95365.—(30225).

Por escritura numero doscientos dieciocho, de las diez horas del día veinte de marzo del año dos mil seis, otorgada ante la licenciada Nidia Isabel Sibaja Blanco, los señores Georgina Sánchez Alvarado, Jorge Ernesto, Fernando, Daniel Enrique todos Ocampo Sánchez y Carlos José Sánchez Alvarado, constituyen la sociedad anónima denominada OFS Group Sociedad Anónima.—Alajuela, veinte de marzo del año dos mil seis.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 95369.—(30226).

Por escritura numero doscientos dieciocho, de las diez horas del día veinte de marzo del año dos mil seis, otorgada ante la licenciada Nidia Isabel Sibaja Blanco, los señores Georgina Sánchez Alvarado, Jorge Ernesto, Fernando, Daniel Enrique todos Ocampo Sánchez y Carlos José Sánchez Alvarado, constituyen la sociedad anónima denominada Tikofoods Sociedad Anónima.—Alajuela, veinte de marzo del año dos mil seis.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 95370.—(30227).

Héctor Solano Montoya y Rodolfo Solano Montoya, constituyen la sociedad denominada Vegetales y Algo Más de Costa Rica Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Cartago, a las catorce horas con treinta minutos del nueve de marzo del dos mil seis, ante la notaria Ligia Calvo Cuadra.—Cartago, veintiocho de marzo del dos mil seis.—Lic. Ligia Calvo Cuadra, Notaria.—1 vez.—Nº 95372.—(30228).

Por escritura número ciento veintitrés - cuatro, de las quince horas del veintiuno de marzo del año dos mil seis, otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Clic Studio Photography S. A., con domicilio social en calle veinticuatro, avenidas central y primera, casa número treinta y cinco, Paseo Colón, San José, su capital social es la suma de diez mil colones mismo que ha sido suscrito y pagado su plazo es de noventa y nueve años. La representación de la compañía ostenta su presidente.—San José, veintidós de marzo del año dos mil seis.—Lic. Fernando José Castro Arrieta, Notario.—1 vez.—Nº 95373.—(30229).

Por escritura otorgada, ante el notario público Arturo Manuel Campos Aragón, a las 15:00 horas del día 28 de marzo del dos mil seis, protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la compañía Eagle Logistics Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se acuerda reformar la cláusula primera del pacto constitutivo.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Arturo Manuel Campos Aragón, Notario.—1 vez.—Nº 95374.—(30230).

Por escritura otorgada, ante el notario público Arturo Manuel Campos Aragón a las 11:00 horas del día 28 de marzo del dos mil seis, protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Terramix Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda reformar la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Arturo Manuel Campos Aragón, Notario.—1 vez.—Nº 95375.—(30231).

Ante mi Randall Arias Oreamuno, notario público con oficina abierta en San José, comparecieron los señores Yosvani Alfonso y Manuel Lizazo y constituyeron la sociedad denominada Protectora Comercial Proco de Costa Rica S. A., con un capital social del diez mil colones, domiciliada en San José.—San José, veinticuatro de marzo de dos mil seis.—Lic. Randall Arias Oreamuno, Notario.—1 vez.—Nº 95376.—(30232).

Ante mi Randall Arias Oreamuno, notario público con oficina abierta en San José, comparecieron los señores Yosvani Alfonso y Manuel Lizazo y constituyeron la sociedad denominada Asesorías Legales y Comerciales Aseleco S. A., con un capital social del diez mil colones, domiciliada en San José.—San José, veinticuatro de marzo de dos mil seis.—Lic. Randall Arias Oreamuno, Notario.—1 vez.—Nº 95377.—(30233).

Ante mi Randall Arias Oreamuno, notario público con oficina abierta en San José, comparecieron los señores Yosvani Alfonso y Manuel Lizazo y constituyeron la sociedad denominada Aryro Consultores S. A., con un capital social del diez mil colones, domiciliada en San José.—San José, veinticuatro de marzo de dos mil seis.—Lic. Randall Arias Oreamuno, Notario.—1 vez.—Nº 95378.—(30234).

Ante mi Randall Arias Oreamuno, notario público con oficina abierta en San José, comparecieron los señores Yosvani Alfonso y Manuel Lizazo y constituyeron la sociedad denominada R.A.L.U Consultores S. A., con un capital social del diez mil colones, domiciliada en San José.—San José, veinticuatro de marzo de dos mil seis.—Lic. Randall Arias Oreamuno, Notario.—1 vez.—Nº 95379.—(30235).

Ante mí Randall Arias Oreamuno, Notario Público con oficina abierta en San José, comparecieron los señores Yosvani Alfonso y Manuel Lizazo y constituyeron la sociedad denominada Asesorías a Inversionistas Extranjeros Aseinvex de Costa Rica S. A., con un capital social del diez mil colones, domiciliada en San José.—San José, veinticuatro de marzo de dos mil seis.—Lic. Randall Arias Oreamuno, Notario.—1 vez.—Nº 95380.—(30236).

Ante mi Randall Arias Oreamuno, notario público con oficina abierta en San José, comparecieron los señores Yosvani Alfonso y Manuel Lilazo y constituyeron la sociedad denominada Capitales de Inversión Capin de Costa Rica S. A., con un capital social del diez mil colones, domiciliada en San José.—San José, veinticuatro de marzo de dos mil seis.—Lic. Randall Arias Oreamuno, Notario.—1 vez.—Nº 95381.—(30237).

Mediante escritura otorgada en mi notaría en San José a las diez horas del veintiocho de marzo del dos mil seis, protocolicé acta de la sociedad denominada Desarrollos Romanello S. A., mediante la cual se reforman dos cláusulas de los estatutos y se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Roberto Montealegre Quijano, Notario.—1 vez.—Nº 95382.—(30238).

Ante esta notaría, al ser las dieciocho horas del veintisiete de febrero del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Mag Visión América Central Sociedad Anónima, en la cual se nombró en el cargo de presidente con facultades de apoderado generalísimo, sin límite de suma, al señor Alexánder Rojas Aguilar, cédula de identidad número uno-seiscientos setenta y nueve -setecientos ochenta y ocho. Plazo noventa y nueve años. Domicilio social San José, cantón Goicoechea, Guadalupe, veinticinco metros al este de la escuela Centeno Güell.—Lic. Jéssica Barrientos Paz, Notaria.—1 vez.—Nº 95383.—(30239).

Carlos Mora Rojas y Carlos Mora Barrientos, constituyen la sociedad denominada Transportes y Logística Santa Ana TLS S. A. Escritura otorgada en San José a las 16:30 horas del 27 de marzo del 2006. Domicilio: San José. Representación: Presidente del Consejo de Administración. Plazo social: 99 años.—Lic. Laura Castro Alvarado, Notaria.—1 vez.—Nº 95384.—(30240).

Ante mi notaría se protocolizaron acuerdos de la compañía Go-Cor Industrial S. A. en los cuales se modifican varias cláusulas: Primera: La sociedad se denominará Go-Cor Ingeniería S. A.; El domicilio fiscal y social de la sociedad será en Nicoya, ciento cincuenta metros norte del Banco de Costa Rica, sin perjuicio de que pueda establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o en el exterior. Cláusula tercera: su objeto será la prestación de servicios profesionales en el campo de la ingeniería eléctrica, así como todo tipo de servicios lícitos en general, el comercio, la industria, la hotelería, turismo, la agricultura y la ganadería. Para llenar su objeto podrá comprar, vender, hipotecar, pignorar, gravar, enajenar y en cualquier forma adquirir y disponer de toda clase de bienes, muebles o inmuebles y valores de cualquier especie y en general podrá celebrar toda clase de actos y contratos incluyendo el otorgamiento de fianzas y garantías a favor de socios o de terceros, cuando por ello perciba retribución, la que se presumirá por el simple otorgamiento de la fianza o garantía. Quinta: Su capital social es por la suma de cien mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una, totalmente suscritas y pagadas mediante letras de cambio de la siguiente manera: Asdrúbal Gómez Gómez, suscribe ocho acciones y paga la suma de ochenta mil colones mediante el aporte definitivo y en firme por endoso a favor de la Compañía de una letra de cambio a la vista por el valor de las ocho acciones que paga y la señora María Cristina Cordero Arrieta, suscribe, dos acciones y paga la suma de veinte mil colones, mediante el aporte definitivo y en firme por endoso a favor de la Compañía de una letra de cambio a la vista por el valor de la acción que paga. Décima. Los negocios sociales estarán a cargo de un Consejo de Administración o una junta directiva nombrada por la asamblea general. Estará integrada por tres miembros que serán: presidente, secretario y tesorero, quienes estarán en sus funciones por todo el plazo social, correspondiendo la representación judicial y extrajudicial al presidente, quien tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma, conforme el numeral mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil. Podrá otorgar toda clase de poderes sin perjuicio de idénticas facultades que se reserva la asamblea de accionistas. En caso de ausencia del presidente, la representación recaerá en el tesorero, con todas las facultades antes indicadas.—Nicoya, 20 de marzo del 2006.—Lic. Marjorie Vargas Sequeira, Notaria.—1 vez.—Nº 95390.—(30241).

Ante mi notaría se constituyó la compañía Casa Tortuga de Sámara DyM Sociedad Anónima, domiciliada en Sámara de Nicoya, detrás de la iglesia evangélica, con un capital social de cien mil colones exactos. Con un plazo de noventa y nueve años. Su fin principal será el comercio, la industria, hotelería, turismo, así como la prestación de todo tipo de servicios lícitos en general. La representación judicial y extrajudicial corresponde a la secretaria con las facultades del 1256 del Código Civil.—Nicoya, 7 de marzo del 2006.—Lic. Marjorie Vargas Sequeira, Notaria.—1 vez.—Nº 95391.—(30242).

Ante mi notaría se constituyó la compañía Comercializadora el Encanto del Mar Guanacasteco Sociedad Anónima, domiciliada en Nicoya, barrio El Carmen, del Banco Nacional 200 metros este y 25 metros sur, con un capital social de diez mil colones exactos. Con un plazo de noventa y nueve años. Su fin principal será el comercio, la industria, hotelería, turismo, así como la prestación de todo tipo de servicios lícitos en general. La representación judicial y extrajudicial corresponderá a la secretaria con las facultades del 1256 del Código Civil.—Nicoya, 20 de febrero del 2006.—Lic. Jennifer Lyn Flores Stoviak, Notaria.—1 vez.—Nº 95392.—(30243).

Ante mi notaría se constituyó la compañía Casa Coba PyK Sámara S. A. Sociedad Anónima, domiciliada en Sámara de Nicoya, Guanacaste, setenta y cinco metros norte del Hotel Casa del Mar, con un capital social de cien mil colones. Con un plazo de noventa y nueve años. Su fin principal será el comercio, la industria, hotelería, turismo, así como la prestación de todo tipo de servicios lícitos en general. La representación judicial y extrajudicial corresponderá al presidente y a la secretaria con las facultades del 1256 del Código Civil, pudiendo actuar siempre conjuntamente.—Nicoya, 17 de marzo del 2006.—Lic. Marjorie Vargas Sequeira, Notaria.—1 vez.—Nº 95393.—(30244).

Ante  mi  notaría  se  constituyó  la  compañía  Inversiones Darosa R y V Sociedad Anónima, domiciliada en Nicoya, barrio El Carmen, del Banco Nacional 200 metros este y 25 metros sur, con un capital social de ciento veinte mil colones exactos, con un plazo de noventa y nueve años. Su fin principal será el comercio, la industria, hotelería, turismo, así como la prestación de todo tipo de servicios lícitos en general. La representación judicial y extrajudicial corresponderá a la secretaria con las facultades del 1256 del Código Civil.—Nicoya, 20 de febrero del 2006.—Lic. Jennifer Lyn Flores Stoviak, Notaria.—1 vez.—Nº 95394.—(30245).

Por escritura número 5 otorgada ante mí, a las 13:30 horas del 27 de marzo del 2006, se constituyó la compañía Hard Group D Y M S. A. Capital social totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretaria con representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjuntamente. Domicilio Alajuela centro.—San José, 27 de marzo del 2006.—Lic. Joice María Esquivel López, Notaria.—1 vez.—Nº 95395.—(30246).

Mediante escritura de las 8:00 horas del día 7 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad denominada La Maison Du Vitrail S. A. (La casa del Vitral S.A.). Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social diez mil colones. Plazo: 99 años.—Lic. Edwin Angulo Gatgens, Notario.—1 vez.—Nº 95396.—(30247).

Por escritura otorgada hoy por mí, se reformaron las cláusulas primera y segunda de servicios de Fibra de Vidrio S. A., quedando su nombre como Servicios de Fibra de Vidrio Serviflex S. A.—Alajuela, veintidós de marzo del dos mil seis.—Lic. Marco Tulio Araya Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 95400.—(30248).

Ante esta notaría, por escritura pública otorgada a las diez horas del veintisiete de marzo del dos mil seis, se protocoliza acta de la sociedad V.O. Group Sociedad Anónima cédula de persona jurídica, por la que se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Xitlali Espinoza Guzmán y Lic. Abel Vladimir Chinchilla Bazán, Notarios.—1 vez.—Nº 95401.—(30249).

Por escritura otorgada el día de hoy ante esta notaría, Avtec Sociedad Anónima, modificó su cláusula novena: De la administración.—San José, veintiocho de marzo de dos mil seis.—Lic. Esteban A. Chacón Solís, Notario.—1 vez.—Nº 95402.—(30250).

Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de Borji S. A. y Jibor S. A. mediante la cual se fusionan ambas sociedades prevaleciendo Borji S. A. Escritura otorgada a las once horas cuarenta y seis minutos del día veintiocho de marzo del dos mil seis.—Lic. María Monserrat Bonilla Garro, Notaria.—1 vez.—Nº 95403.—(30251).

Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de Grupo Valle Celeste de Talamanca S. A., mediante la cual se reforma la cláusula primera (Search Technologies Latam S. A.) y cláusulas segunda y vigésima. Se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente. Escritura otorgada a las dieciséis horas del diez de marzo del dos mil seis.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—Nº 95404.—(30252).

Por escritura otorgada en San José, a las 17:30 horas del día 31 de enero del 2006, se nombra nueva junta directiva de Auto Repuestos y Motores Americanos San Sebastián S. A. Presidente: Leslie Díaz Solera.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Alejandra Fallas Valerio, Notaria.—1 vez.—Nº 95406.—(30253).

Por escritura otorgada en San José, a las 17:30 horas del día 31 de enero del 2006, se nombra nueva junta directiva de Repuestos Automotores La Plaza San Sebastián S. A. Presidente: Leslie Díaz Solera.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Alejandra Fallas Valerio, Notaria.—1 vez.—Nº 95407.—(30254).

Por escritura otorgada ante mí se protocolizó actas de las compañías Vista Simena VS, Marina Resort Inc y Norcom West Services, My Ride todas Sociedad Anónima donde se reforma la cláusula de la administración y se nombra junta directiva.—Lic. Roger Petersen Morice, Notario.—1 vez.—Nº 95408.—(30255).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 17:00 horas del 24 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Lizangonz L. S. G. S. A. Domicilio: Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Ciudad Quesada, 24 de marzo del 2006.—Lic. Cristina Córdoba Hidalgo, Notaria.—1 vez.—Nº 95409.—(30256).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad Inversiones Rosegeda Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado. Representación a cargo presidente.—Ciudad Quesada, 30 de enero del 2006.—Lic. Sheila Elena Chaves Berrocal, Notaria.—1 vez.—Nº 95410.—(30257).

Mediante escritura número treinta y cinco de las 8:00 horas del 10 de marzo del 2006 ante la notaria Shirley Duarte Duarte se constituye la sociedad Grupo de Inversión Esroca S. A. Capital social: diez mil colones, plazo: noventa y nueve años, presidente y secretario con la representación legal, domicilio social: Heredia.—San José, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Shirley Duarte Duarte, Notaria.—1 vez.—Nº 95412.—(30258).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 12:00 horas del 28 de marzo del 2006, se constituyó Redmond SW Holdings S.R.L. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Raquel Castro Musmanni, Notaria.—1 vez.—Nº 95413.—(30259).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 11:00 horas del 28 de marzo del 2006, se constituyó Hudson Milestone Holdings S.R.L. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Raquel Castro Musmanni, Notaria.—1 vez.—Nº 95414.—(30260).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 10:00 horas del 28 de marzo del 2006, se constituyó Fairbanks Valley Holdings S.R.L. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Raquel Castro Musmanni, Notaria.—1 vez.—Nº 95415.—(30261).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 9:00 horas del 28 de marzo del 2006, se constituyó Titan Bay Holdings S.R.L. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Raquel Castro Musmanni, Notaria.—1 vez.—Nº 95416.—(30262).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las diecinueve horas del día veintisiete de enero del dos mil seis, se constituyó la asociación denominada Asociación de Gestores Fiscales de Costa Rica. Domicilio: San José, cantón: San José, distrito Carmen, Barrio Amón, calle tres, avenida nueve, edificio Travancor, segunda planta. Representación: presidente de la junta directiva, con facultades de apoderado generalísimo con límite de suma de diez salarios base.—San José, veintisiete de enero del dos mil seis.—Lic. Christian A. Merlos Cuaresma, Notario.—1 vez.—Nº 95418.—(30263).

Por escritura Nº 149 del tomo 4 de mi protocolo, ante el suscrito notario, a las 17:00 horas del 28 de marzo del 2006, se reforma la cláusula del domicilio y se nombra nuevo gerente de Devoni Island Corporation Limitada. Se reforma su razón social para que en adelante se lea Rainforest Phase One Beach Development Limitada.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Julio E. Zelaya Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 95419.—(30264).

Ante mí, Carlos Manuel Segura Quirós, notario público de Escazú, San José, se constituyó la siguiente sociedad anónima denominada Consultores de Seguridad Logística Internacional Sociedad Anónima con un plazo social de cien años. Es todo.—Escazú, 29 de marzo del 2006.—Lic. Carlos Manuel Segura Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 95421.—(30265).

Al ser las once horas del veintidós de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Plaza Casa PC S. A., mediante escritura pública ciento sesenta y uno, ante las notarias Sara Miranda Osorio y Kattia Bermúdez Montenegro. Se nombró como presidente al señor Alejandro Barrantes Arroyo.—30 de marzo del 2006.—Lic. Sara Miranda Osorio, Notaria.—1 vez.—Nº 95422.—(30266).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las dieciocho horas del veintiocho de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad B Safe Sociedad Anónima. Apoderado con la representación judicial y extrajudicial, el presidente: Moisés Tamsut Anakab. Plazo social: noventa y nueve años. Domiciliada en San José, Pavas.—San José, veintiocho de marzo del dos mil seis.—Lic. Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1 vez.—Nº 95423.—(30267).

Mediante escritura otorgada ante este notario, a las 8:00 horas del 21 de febrero del 2006, se nombra nuevo gerente: Edward Allen (nombre) Halsted (apellido), agente residente: Ricardo Alfonso Estrada Murillo, en la sociedad Olive Rock Enterprises Limitada.—Guanacaste, 22 de marzo del 2006.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 95424.—(30268).

Por escritura hoy otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Milonga A. B. J. Sociedad Anónima.—Veintiocho de marzo del dos mil seis.—Lic. Javier Campos Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 95425.—(30269).

Por escritura hoy otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Calm Seas Sociedad Anónima.—Veintisiete de marzo del dos mil seis.—Lic. Javier Campos Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 95426.—(30270).

Por escritura hoy otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Dark Sea Enterprises Sociedad Anónima.—Veintisiete de marzo del dos mil seis.—Lic. Javier Campos Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 95427.—(30271).

Por escritura hoy otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Marine Wonders Investments Sociedad Anónima.—Veintisiete de marzo del dos mil seis.—Lic. Javier Campos Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 95428.—(30272).

Por escritura hoy otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad The Sunset View Sociedad Anónima.—Veintisiete de marzo del dos mil seis.—Lic. Javier Campos Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 95429.—(30273).

Por escritura hoy otorgada ante mí se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Sunrise at the Beach Sociedad Anónima.—Veintisiete de marzo del dos mil seis.—Lic. Javier Campos Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 95430.—(30274).

Por escritura hoy otorgada ante mí se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Vista States Twenty Four X Sociedad Anónima.—Veintisiete de marzo del dos mil seis.—Lic. Javier Campos Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 95431.—(30275).

Por escritura hoy otorgada ante mí se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Vista States Fourty Three R Y S Sociedad Anónima.—Veintisiete de marzo del dos mil seis.—Lic. Javier Campos Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 95432.—(30276).

Por escritura hoy otorgada ante mí se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad The Sunset Property Sociedad Anónima.—Veintisiete de marzo del dos mil seis.—Lic. Javier Campos Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 95433.—(30277).

Por escritura hoy otorgada ante mí se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Laguna Hermosa Lote Diecinueve Sociedad Anónima.—Primero, de febrero del dos mil seis.—Lic. Hernán Rodríguez Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 95434.—(30278).

Por escritura hoy otorgada ante mí se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Alturas Hermosas Finca Trece Z A Sociedad Anónima.—Veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Freddy Barahona Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 95435.—(30279).

Por escritura hoy otorgada ante mí se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Portland Toyo Coco Sociedad Anónima.—Veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Freddy Barahona Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 95436.—(30280).

Teresita del Niño Jesús Retana Calderón, Juan Antonio Lara González, Hans, Tatiana y Alexander todos Lara Retana constituyen Comercializadora San José Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José a las 11:30 horas del 29 de marzo del 2006.—Lic. Laura Ramírez Torres, Notaria.—1 vez.—Nº 95437.—(30281).

Por escritura otorgada en Palmares ante la notaria Francisca Rojas Carranza a las diez horas del día diecisiete de marzo del dos mil seis se constituyó la sociedad denominada Gas Palmares D G P Sociedad Anónima con un plazo de noventa y nueve años y un capital social de un millón de colones.—Lic. Francisca Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—Nº 95438.—(30282).

Por escritura otorgada ante este notario público el día de hoy, a las 14:00 horas, se constituyeron las sociedades denominadas Finca La Palma Dos Broadca Limitada, Finca La Palma Dos Xixabagma Feng Limitada, Finca La Palma Dos Everest Limitada, Finca La Palma Dos Godwin Limitada, Finca La Palma Dos Kanchenyunga Limitada, Finca La Palma Dos Lhotse Limitada, Finca La Palma Dos Makalu Limitada, Finca La Palma Dos Dhaulagiri Limitada, Finca La Palma Dos Manaslu Limitada, Finca La Palma Dos Cho Oyu Limitada, Finca La Palma Dos Nanga Parbat Limitada, Finca La Palma Dos Annapurna Limitada, Finca La Palma Dos Gasherbrum Limitada, Finca La Palma Dos Disteghil Limitada, Finca La Palma Dos Himalchuli Limitada, Finca La Palma Dos Nuptse Limitada, Finca La Palma Dos Masherbrum Limitada, Finca La Palma Dos Nanda Devi Limitada, Finca La Palma Dos Rakaposhi Limitada, Finca La Palma Dos Kanjut Limitada, Finca La Palma Dos Namjagbarwa Limitada, Finca La Palma Dos Kamet Limitada, Finca La Palma Dos Saltoro Limitada, Finca La Palma Dos Mandhata Limitada, Finca La Palma Dos Ulugh Muztag Limitada, Finca La Palma Dos Kongur Shan Limitada, Finca La Palma Dos Tirich Mir Limitada, Finca La Palma Dos Saser Kangri Limitada, Finca La Palma Dos Pico Limitada, Finca La Palma Dos Gongga Shan Limitada, Finca La Palma Dos Kula Gangri Limitada, Finca La Palma Dos Skyang Kangri Limitada, Finca La Palma Dos Jongson Limitada, Finca La Palma Dos Pobiedy Limitada, Finca La Palma Dos Sia Kangri Limitada, Finca La Palma Dos Haramosh Limitada, Finca La Palma Dos Chamlang Limitada, Finca La Palma Dos Alung Gangri Limitada, Finca La Palma Dos Chomo Lhari Limitada, Finca La Palma Dos Baltoro Limitada, Finca La Palma Dos Kardapu Limitada, Finca La Palma Dos Menlungtse Limitada, Finca La Palma Dos Baruntse Limitada, Finca La Palma Dos Pumori Limitada, Finca La Palma Dos Jialabaili Limitada, Finca La Palma Dos Badrinath Limitada, Finca La Palma Dos Nunkun Limitada, Finca La Palma Dos Pirámide Limitada, Finca La Palma Dos Trisul Limitada, Finca La Palma Dos Kangto Limitada, Finca La Palma Dos Dunagiri Limitada, Finca La Palma Dos Aconcagua Limitada, Finca La Palma Dos Pissis Limitada, Finca La Palma Dos Tsoboje Limitada. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: Apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 95439.—(30283).

Ante esta notaría se constituye la sociedad denominada J Q Lee dos mil seis Sociedad Anónima, escritura otorgada en San José, a las catorce horas del diecisiete del veintitrés de marzo del dos mil seis. Ante el notario Lic. Federico García Ulate.—Lic. Federico García Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 95440.—(30284).

La notaria Tatiana Zeledón Castro, informa a quien interese que en su oficina se constituyó Queen Holdings Inc S. A. Es todo.—Flores, 26 de marzo del 2006.—Lic. Tatiana Zeledón Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 95441.—(30285).

Paul Anthony Yeckley y Xinia Ávila Esquivel constituyen Comercializadora Río Whisky Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José a las 9:00 horas del 29 de marzo del 2006.—Lic. Laura Ramírez Torres, Notaria.—1 vez.—Nº 95444.—(30286).

El suscrito licenciado Mario José Varela Martínez, hago constar que mediante escritura número ciento veinte del tomo primero de mi protocolo se constituyó la sociedad Pagalú S. A., con domicilio en la provincia de San José, distrito Hospital, avenida cuatro, calle cuarenta, Casa Canadá. Presidente: Michael Saleem Sawalha. Es todo.—San José, treinta de marzo del dos mil seis.—Lic. Mario José Varela Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 95447.—(30287).

El suscrito licenciado Mario José Varela Martínez, hago constar que mediante escritura número noventa y siete del tomo primero de mi protocolo se constituyó la sociedad R C F Investments S. A., con domicilio en la provincia de Cartago, Jiménez, Juan Viñas centro, setenta y cinco metros al oeste del taller Efro. Presidente: Keiner Calderón Castro. Es todo.—San José, treinta de marzo del dos mil seis.—Lic. Mario José Varela Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 95448.—(30288).

Ante el suscrito notario se reformó la cláusula tercera del pacto constitutivo de la sociedad Inversiones Roble de la Manzana Sociedad Anónima.—Alajuela, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Johnny Ramírez Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 95449.—(30289).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario en San José, a las 11:00 horas del 29 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad anónima denominada Jack Jak Jax Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Domicilio: San José. Objeto: actividades comerciales e industriales. Capital social: diez mil colones.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—Nº 95450.—(30290).

Por asamblea general extraordinaria de socios, celebrada en su sede social a las 11:00 horas del 25 de febrero del 2006, se acordó la modificación de la representación judicial o extrajudicial y facultades de los personeros de la firma Inversiones Mios S. A., según acta protocolizada por el suscrito notario a las 12:00 horas del día de hoy.—San José, 23 de marzo del 2006.—Lic. Roy E. Ching Leitón, Notario.—1 vez.—Nº 95452.—(30291).

Por asamblea general extraordinaria de socios celebrada en su sede social a las 9:00 horas del 10 de marzo del 2006, se acordó la disolución de la firma Distribuidora de Materiales San An S. A., según acta protocolizada por el suscrito notario a las 9:00 horas de esta misma fecha.—San José, 23 de marzo del 2006.—Lic. Minor Gómez Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 95453.—(30292).

Ante este notario y por escritura otorgada a las catorce horas del día veintinueve de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza SE Fisioterapia y Consulta Sociedad Anónima.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Rafael Ángel Fernández Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 95454.—(30293).

Por escritura Nº 209, otorgada ante la suscrita notaria, a las 9:30 horas del 29 de marzo del 2006, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inmobiliaria Salinas S. A. en los que se reforma la cláusula del domicilio: ciudad de San José, Barrio Los Yoses.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Manuelita Jiménez Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 95456.—(30294).

He constituido la empresa Air Pakya S. A. con domicilio social en Alajuela, capital social: seiscientos mil colones, representación judicial y extrajudicial en la figura del presidente.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Jürgen Kinderson Roldán, Notario.—1 vez.—Nº 95458.—(30295).

Mediante escritura número sesenta y siete de las ocho horas del veintitrés de febrero del dos mil seis, ante el suscrito notario se constituyó la sociedad denominada Gloluis Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar Gloluis S. A.—San José, a los treinta días de marzo del dos mil seis.—Lic. Christian Badilla Villarreal, Notario.—1 vez.—Nº 95461.—(30296).

En mi notaría, escrituras números 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64 de fecha 25 de marzo del 2006, se protocolizaron, por el orden que se indicará, actas asamblea general ordinaria y extraordinaria de: Negocios Gerenciales del Nuevo Siglo S. A., Brasilito Internacional Club Campestre y de Golf S. A., Compañía Administradora de Servicios Brasilito S. A., Las Arcadas de Conchal Brasilito S. A., Propiedades Maravedi P.M. S. A., Propiedades Poztempate P.P. S. A., Propiedades Quizarra Q.P. S. A., Representaciones Tesaklim S. A., Inversiones Tiquirrin I.T. S. A., Propiedades Gastronomía Toro Azul S. A. y Tropicana Prestigio S. A. Se hacen nombramientos y se modifican los pactos sociales.—San José, 25 de marzo del 2006.—Lic. Julio Sánchez Carvajal, Notario.—1 vez.—Nº 95468.—(30297).

Por escritura número cincuenta y nueve-cuatro, otorgada ante mí, a las nueve horas del veintisiete de marzo del dos mil seis se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada One Shot S. A., por la que se acuerda reformar la cláusula segunda del domicilio, se acepta la renuncia del presidente, secretario, el tesorero y el fiscal, y se hace un nuevo nombramiento. Además se acuerda crear el cargo de agente residente.—San José, veintisiete de marzo del dos mil seis.—Lic. Raquel Quirós Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 95470.—(30298).

El suscrito Jorge Guillermo Oreamuno Retana, notario público con oficina en la ciudad de San José, hace constar que en fecha 30 de enero del 2006, se constituyó la sociedad Grupo de Mantenimiento Industrial Eficas Grumaine S. A. Asimismo que a fecha 10 de enero se protocolizó acta de Balnearios S. A.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Jorge Guillermo Oreamuno Retana, Notario.—1 vez.—Nº 95471.—(30299).

En escritura número 142 del tomo tercero de mi protocolo, de las 9:00 horas del 24 de marzo del 2006, se protocolizó el acta número uno de la asamblea general extraordinaria de socios de Guieco S. A. realizada a las 17:00 horas del veintitrés de marzo del dos mil seis, se modifica la cláusula segunda y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 24 de marzo del 2006.—Lic. Elizabeth Solano Pacheco, Notaria.—1 vez.—Nº 95472.—(30300).

Ante mí, Denia Vásquez Pacheco, notaria pública se protocolizó el acta número dos de Sanar Consultores S. A., reformando la cláusula sétima de la representación.—La Fortuna, San Carlos, a las catorce horas del veintisiete de marzo del dos mil seis.—Lic. Denia Vásquez Pacheco, Notaria.—1 vez.—Nº 95474.—(30301).

Ante mí, Denia Vásquez Pacheco, notaria pública se protocolizó el acta número cinco de Asociación Agropecuaria del Asentamiento El Jauri de Peñas Blancas, donde se eligen los cargos de junta directiva y fiscal. Presidente: Claudio Salas Corrales.—La Fortuna, San Carlos, a las catorce horas del veintisiete de marzo del dos mil seis.—Lic. Denia Vásquez Pacheco, Notaria.—1 vez.—Nº 95475.—(30302).

Ante mí, Denia Vásquez Pacheco, notaria pública se protocolizó acta número uno de Antojería Italiana S. A., donde se reforma la cláusula octava de la representación.—La Fortuna, San Calos, a las catorce horas del veintisiete de marzo del dos mil seis.—Lic. Denia Vásquez Pacheco, Notaria.—1 vez.—Nº 95476.—(30303).

Lon Thomas Wirtz y José Gary González González, constituyen Raw Rhino de Arizona Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José a las 13:00 horas del 24 de marzo del 2006.—Lic. Edwin Bogantes Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 95477.—(30304).

Por medio de escritura otorgada al ser las dieciséis horas con treinta minutos del día veintinueve de marzo del año dos mil seis, ante el notario público Juan Francisco Molinero Hernández, por medio de protocolización de Acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios, se acordó reformar la cláusula novena de la sociedad de esta plaza Comercializadora la PISL Azuli LLC Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de marzo del año dos mil seis.—Lic. Juan Francisco Molinero Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 95480.—(30305).

Ante esta notaría, al ser las dieciocho horas del primero de diciembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada: Isthar y Asociados Limitada, con un capital social suscrito y pagado de diez mil colones, gerente: Dunia Ugalde Cordero.—San Antonio de Belén, veintiocho de marzo del dos mil seis.—Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado, Notario.—1 vez.—Nº 95482.—(30306).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 12:00 horas de hoy, se constituyó Roca Central S. A. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San Pedro. Plazo 99 años. Presidente Manuel Rojas Chinchilla.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Luis Ángel Viales Hurtado, Notario.—1 vez.—Nº 95483.—(30307).

La sociedad Distribuidora de Alimentos y Servicios Dos Mil, ha efectuado cambio en su domicilio social, siendo ahora San Sebastián. De los Guayabos trescientos metros al norte, cien metros al oeste, igualmente que ha efectuado cambio en su junta directiva, siendo el nuevo presidente Wálter Serrano Osejo y tesorera Arlette Sojo Marín.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Luis Gmo. Barrantes Rivera, Notario.—1 vez.—Nº 95484.—(30308).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Jocesha Sociedad Anónima. Objeto: La actividad comercial. Domicilio: En Pital de San Carlos, frente a antiguas oficinas de Coopelesca. Capital Social: Diez mil colones netos. Representación: Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Joaquín Alvarado Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 95486.—(30309).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 12:00 horas del 24 de febrero del 2006, Beatriz Herrera Dipipa y Ana Beatriz Di Pippa D’Onofrio, constituyen la sociedad Lensur Óptica S. A. Capital social ¢500.000,00. Administración: junta directiva. Domicilio: San Vito, Coto Brus, Puntarenas.—Lic. Ayalile Jiménez Céspedes, Notaria.—1 vez.—Nº 95490.—(30310).

Mediante escritura número ciento ochenta y siete del tomo nueve del notario Arturo Méndez Jiménez, de fecha veinte de marzo del dos mil seis; se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad denominada, Agrícola Monte Gloria de Coto Brus Sociedad Anónima. Se nombra nuevo secretario y se señala nuevo agente residente el notario Arturo Méndez Jiménez.—San Vito Coto Brus, veintisiete de marzo del dos mil seis.—Lic. Arturo Méndez Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 95491.—(30311).

El día veintiocho de marzo del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Servicios Enroma Limitada. Capital social: diez mil colones.—Palmares, 29 de marzo del 2006.—Lic. Edgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—Nº 95492.—(30312).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, la empresa Concentrados Gastón Fernández Mora Sociedad Anónima, modifica la cláusula quinta del plazo social y se hacen nombramientos de junta directiva.—Cartago, veintiocho de marzo de dos mil seis.—Lic. Yéssica Mata Alvarado, Notaria.—1 vez.—Nº 95495.—(30313).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas del veinticinco de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad El Paraíso de Los Mochileros Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Presidente: Ricardo Rodríguez Gil.—Lic. Maribel Robles Macaya, Notaria.—1 vez.—Nº 95496.—(30314).

Por escritura número tres-setenta y tres, del tomo tercero del protocolo de esta notaría se protocolizó la modificación de la cláusula sétima del pacto constitutivo se modifica la junta directiva de la sociedad denominada Importadora Punto Nueve Alajuela Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las once horas del diecisiete de marzo del dos mil seis.—Alajuela, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Rolando Olivas Ortiz, Notario.—1 vez.—Nº 95500.—(30315).

Por escritura número tres-setenta y cuatro, del tomo tercero del protocolo de esta notaría se protocolizó la modificación de las cláusulas sexta y segunda del pacto constitutivo se modifica la junta directiva de la sociedad denominada Importadora Punto Nueve Alajuela Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las doce horas del diecisiete de marzo del dos mil seis.—Alajuela, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Rolando Olivas Ortiz, Notario.—1 vez.—Nº 95501.—(30316).

Por escritura número tres-sesenta y nueve, del tomo tercero del protocolo de esta notaría se protocolizó la modificación de la cláusula cuarta y se modifica la junta directiva de la sociedad denominada Almacenes Estrella Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las dieciocho horas del dieciséis de marzo del dos mil seis.—Alajuela, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Rolando Olivas Ortiz, Notario.—1 vez.—Nº 95502.—(30317).

Por escritura número tres-setenta, del tomo tercero del protocolo de esta notaría se protocolizó la modificación de la cláusula cuarta y se modifica la junta directiva de la sociedad denominada Nopal Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las ocho horas del diecisiete de marzo del dos mil seis.—Alajuela, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Rolando Olivas Ortiz, Notario.—1 vez.—Nº 95503.—(30318).

Por escritura numero tres-sesenta y siete, del tomo tercero del protocolo de esta notaría, se protocolizo la modificación de las cláusulas sétima y primera de la sociedad denominada Campestre Del Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las dieciséis horas del dieciséis de marzo del dos mil seis.—Alajuela, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Rolando Olivas Ortiz, Notario.—1 vez.—Nº 95504.—(30319).

Por escritura numero tres-sesenta y seis, del tomo tercero del protocolo de esta notaría, se protocolizo la modificación de la Junta Directiva de la sociedad denominada El Gallo Más Gallo de Alajuela Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las quince horas del dieciséis de marzo del dos mil seis.—Alajuela, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Rolando Olivas Ortiz, Notario.—1 vez.—Nº 95505.—(30320).

Por escritura numero tres-setenta y uno, del tomo tercero del protocolo de esta notaría, se protocolizo la modificación de la cláusula primera y se modifica la junta directiva de la sociedad denominada Pagos Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las nueve horas del diecisiete de marzo del dos mil seis.—Alajuela, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Rolando Olivas Ortiz, Notario.—1 vez.—Nº 95506.—(30321).

Por escritura numero tres-setenta y dos, del tomo tercero del protocolo de esta notaría, se protocolizo la modificación de las cláusulas segunda y décima cuarta del pacto constitutivo, se modifica la junta directiva de la sociedad denominada Papagayo de Alajuela Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las diez horas del diecisiete de marzo del dos mil seis.—Alajuela, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Rolando Olivas Ortiz, Notario.—1 vez.—Nº 95507.—(30322).

Por escritura numero tres-sesenta y ocho, del tomo tercero del protocolo de esta notaría, se protocolizo la modificación de las cláusulas segunda y sétima de la sociedad denominada Dos Arbolitos Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las diecisiete horas del dieciséis de marzo del dos mil seis.—Alajuela, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Rolando Olivas Ortiz, Notario.—1 vez.—Nº 95508.—(30323).

Por escritura otorgada ante mí, a las 12:00 horas del 23 de marzo del 2006, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la firma El Almendro Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sétima de los estatutos y se nombra junta directiva.—San José, 23 de marzo del 2006.—Lic. Andrés Calvo Herra, Notario.—1 vez.—Nº 95509.—(30324).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:30 horas del 30 de marzo del 2006, se constituyeron las sociedades: Across the Moon Sociedad Anónima, Walk to the Sunset Sociedad Anónima, Fire and Grace Sociedad Anónima, Beyond the Stars Sociedad Anónima, The Inner Battle of the Wind Sociedad Anonima, The Return of the Sun Sociedad Anónima, Leaves of Grass Sociedad Anónima, Spirit Dance Sociedad Anónima, Any Dream on the Sunrise Sociedad Anónima, y White Widow Sociedad Anonina, los cuales son nombres de fantasía, Capital social: ¢12.000.00 íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José, calles 21 y 23, avenida 10 bis, número 2161. Presidenta: María Isabel Ramos Montes de Oca. Representante Legal: Mireya Padilla García.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—Nº 95510.—(30325).

Roy González Guzmán, notario con oficina en Alajuela, hago constar que ante esta notaría se constituyó la sociedad Corporación Agroganadera Cuatro M Sociedad Anónima, representada por Mario Alberto Bolaños Arrieta.—Alajuela, 29 de marzo del 2006.—Lic. Roy González Guzmán, Notario.—1 vez.—Nº 95512.—(30326).

El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí el día de hoy se constituyó S.P.B. Buildings S. A.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—Nº 95515.—(30327).

Por escritura número trece, de las diez horas del quince de marzo del dos mil seis, otorgada ante los Notarios José Nery Murillo Ramírez y Carlos González Campos, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Emaus Sociedad Anónima. Presidente Gary W. Kurtz, secretaria: Ruth Alfaro Picado, quienes tendrán la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social la suma de diez mil colones.—San José, quince de marzo del dos mil seis.—Lic. José Nery Murillo Ramírez, Notario.—1 vez.—(30413).

Por escritura otorgada el día de hoy ante el suscrito notario, los señores Carlos Felipe Castillo Monge y Alejandro Solano Williams, constituyen la sociedad Inversiones Castisola Sociedad Anónima. Capital social totalmente suscrito y pagado por los socios. Presidente: Alejandro Solano Williams.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Alejandro Bettoni Traube, Notario.—1 vez.—(30450).

Por escritura otorgada el día de hoy ante el suscrito Notario, las señoras Daniela Villalobos Varela y Rosibel Fallas Solano, constituyen la sociedad Centro de Transferencia de Tecnología Sociedad Anónima. Capital social totalmente suscrito y pagado por las socias. Presidente: Hermann Gómez Navas.—San José, 24 de marzo del 2006.—Lic. Rodrigo José Pastor Peralta, Notario.—1 vez.—(30451).

Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Inversora Lacombe Martínez Ltda., mediante los cuales, se modifican los artículos tercero, sexto y noveno, del pacto social.—San José, veintiocho de marzo del año dos mil seis.—Lic. Rodrigo José Pastor Peralta, Notario.—1 vez.—(30452).

Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Bananera Monte Blanco Sociedad Anónima, mediante los cuales, se modifica la cláusula novena del pacto constitutivo.—San José, veintiocho de marzo del año dos mil seis.—Lic. Rodrigo José Pastor Peralta, Notario.—1 vez.—(30453).

Por escritura pública número ochenta y ocho, de las 10:00 horas del 30 de marzo del año en curso, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Místicos Diamantes SRL, en la que se modifica la cláusula del domicilio y se nombra gerente general.—Lic. Erika Mishelle Gómez Soto, Notaria.—1 vez.—(30454).

Protocolización de acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Las Propiedades del Cielo L.P.C. S. A. mediante la cual se reforma la cláusula sétima de la Administración, se revocan nombramientos de junta directiva y se realizan nuevos nombramientos: presidente del Consejo de Administración: Richard Scott Wherry. Escritura pública número ciento sesenta y siete - tres, otorgada a las diecisiete horas del veintisiete de marzo del dos mil seis ante el notario público Sergio Aguiar Montealegre.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(30455).

Ante mí, Óscar Venegas Córdoba, notario público con oficina en la ciudad de Alajuela mediante escritura número doscientos dos otorgada a las doce horas del treinta de marzo del dos mil seis, iniciada a folio ciento treinta y siete vuelto del tomo siete de mi protocolo se constituyó la sociedad Representaciones Comerciales J y C Internacional Sociedad Anónima, representada judicial y extrajudicial por el presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjunta o separadamente, domiciliada en distrito siete y cantón primero de la provincia de Alajuela, Residencial Romelia casa Diez-D.—Alajuela, 30 de marzo del 2006.—Lic. Óscar Venegas Córdoba, Notario.—1 vez.—(30457).

Por escritura otorgada en esta notaría a las diez horas del 27 de marzo de 2006, la sociedad Las Torres Urias A Seis Verdes S. A. modifica su domicilio social, el cual estará a partir de esa fecha en Escazú Guachipelín Urbanización Real de Pereira cien metros al este del Colegio del Oeste.—Lic. Maryael Obregón Báez, Notaria.—1 vez.—(30469).

Se constituye la firma de esta plaza Electromotriz Arango Giraldo Sociedad Anónima. Presidente: Nelson Arango Osorio. Agente Residente: licenciado Marco Vinicio Araya Arroyo.—San José, treinta de marzo del dos mil seis.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—(30470).

Por escritura otorgada en mi notaría a las dieciséis horas del treinta de marzo del dos mil seis, se constituye la sociedad denominada Arqtheo Once Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Arqtheo Once S. A. Capital social: diez mil colones. Presidente: Luis Ángel Bogantes Porras, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Jorge Danilo Campos Herrera, Notario.—1 vez.—(30472).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria a las nueve horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Corporación Cafsa S. A., mediante la cual se aumenta capital social reformándose la cláusula quinta de los estatutos.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Jessica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—(30512).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria a las ocho y treinta horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Arrendadora Cafsa S. A., mediante la cual se aumenta capital social reformándose la cláusula quinta de los estatutos.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Jessica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—(30513).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria a las ocho horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Financiera Cafsa S. A., mediante la cual se aumenta capital social reformándose la cláusula quinta de los estatutos.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Jessica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—(30514).

Mediante escrituras otorgadas a las 12:00 horas del 30 de marzo del 2006, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Tampre Tres S. A., mediante la cual se reformó sus estatutos y se nombró junta directiva y fiscal.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Enrique Alfonso Carranza Echeverría, Notario.—1 vez.—(30516).

Por escritura protocolizada por el notario: Eric Quesada Arce, a las 16:00 horas del 27 de marzo del 2006, de la empresa B.D.H Consultores de C.A. Sociedad Anónima, se nombra presidente a Christian Hampl Ginel.—14 de marzo del 2006.—Lic. Eric Quesada Arce, Notario.—1 vez.—Nº 95518.—(30534).

Por escritura número 15-114, otorgada ante el notario Jorge Luis Quesada Hidalgo, otorgada a las 10:00 horas del 28 de marzo del 2006, se constituye Asesorías Financieras Macoba S. A. Representación presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Jorge Luis Quesada Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 95522.—(30535).

Por escritura otorgada ante mí, las diecinueve horas del ocho de febrero del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada El Sol del Oriente Madiyu Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones exactos, suscritos y pagados. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. María Auxiliadora Gutiérrez Acevedo, Notaria.—1 vez.—Nº 95523.—(30536).

La suscrita notaria licenciada Irene Aguilar Monge, hace constar que ante esta notaría se constituyo la sociedad denominada Inversiones Rema Sociedad Anónima.—San José, seis de marzo del dos mil seis.—Lic. Irene Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 95527.—(30537).

La suscrita notaria hace constar, que se ha constituido la sociedad Finca Jersey Jubileo Limitada, que estará administrada por un gerente y un subgerente, quienes podrán ser socios o extraños, los cuales tendrá la representación judicial y extrajudicial de la compañía, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—Firmo en Pital de San Carlos, a los veintinueve días del mes de marzo del dos mil seis.—Lic. Kattia Villegas Mena, Notaria.—1 vez.—Nº 95530.—(30538).

Ante mi notaria a las 21:00 horas del día 14 de marzo del 2006, los señores: Francisco Javier Alfaro Flores y Róger Roberto Moya Soto, constituyen una sociedad anónima que se denominará Alimentos Alfaro Moya Sociedad Anónima. Capital social: veinte mil colones.—Lic. Francisco Campos Bautista, Notario.—1 vez.—Nº 95531.—(30539).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diez horas del día dieciséis de marzo del dos mil seis, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y  extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Tormenta de la Costa Sociedad Anónima, donde se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, treinta de marzo del dos mil seis.—Lic. Andrés López Vega, Notario.—1 vez.—Nº 95532.—(30540).

Por escritura pública número treinta y dos-cuatro, otorgada ante mi notaría, a las diez horas del veintinueve de marzo del dos mil seis, la sociedad denominada Natureair Holding Company Sociedad Anónima, reforma la cláusula octava de sus estatutos, la cual corresponde a la administración.—San José, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Luis Mariano Jiménez Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 95533.—(30541).

En mi notaria a las 10:30 horas del 30 de setiembre del 2005, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Agropecuaria El Poro S. A. por la cual se modifica la cláusula octava en cuanto a la administración.—Ciudad Quesada, 29 de marzo del 2006.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 95538.—(30542).

La suscrita notaria hace constar, que mediante escritura otorgada a las quince horas del día de hoy, Ricardo Guardia Vázquez y Wendy Rey Valverde, constituyen Hacienda Tapa Viento del Norte Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar sus últimas dos palabras en S. A. Capital social: un millón de colones, totalmente suscrito y pagado. Duración: sesenta años. Domicilio: San José. Objeto: Comercio, la industria, la agricultura y la ganadería. Presidente: Ricardo Guardia Vázquez, con plenos poderes.—San José, veintiocho de marzo del año dos mil seis.—Lic. Eugenia María Rojas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 95539.—(30543).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas, del día cuatro de enero del año dos mil seis, se protocolizó escritura de Constitución de la sociedad Abseco S. A., Presidente Manfred Abler. Capital social suscrito y pagado, plazo: noventa y nueve años.—San José, martes 28 de marzo de 2006.—Lic. Álvaro Palma Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 95541.—(30544).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría, a las doce horas, del día dieciocho de mayo del año dos mil cinco, se protocolizó escritura concerniente a corrección de nombre de la apoderada generalísima de la sociedad Blue Hibiscus Company S. A., Señora Elaine Knight.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Álvaro Palma Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 95542.—(30545).

La suscrita licenciada Cindy Cascante Carmona, hago constar que mediante escritura número ciento trece del tomo segundo de mi protocolo se constituyó la sociedad Anemos Investments A Z B Uno S. A., con domicilio en la provincia de San José, cantón Mata Redonda, distrito Hospital, Casa Canadá, avenida cuatro, calle cuarenta. Presidente: Mario Várela Martínez. Es todo.—San José, 3 de febrero del 2006.—Lic. Cindy Cascante Carmona, Notaria.—1 vez.—Nº 95543.—(30546).

La suscrita Licenciada Cindy Cascante Carmona, hago constar que mediante escritura número ciento trece del tomo segundo de mi protocolo se constituyó la sociedad Anemos Investments E X F Tres  S. A., con domicilio en la provincia de San José, cantón Mata Redonda, distrito Hospital, Casa Canadá, avenida cuatro, calle cuarenta. Presidente: Mario Várela Martínez. Es todo.—San José, 3 de febrero del año 2006.—Lic. Cindy Cascante Carmona, Notaria.—1 vez.—Nº 95544.—(30547).

La suscrita licenciada Cindy Cascante Carmona, hago constar que mediante escritura número ciento trece del tomo segundo de mi protocolo se constituyó la sociedad Anemos Investments C D Y Dos S. A., con domicilio en la provincia de San José, cantón Mata Redonda, distrito Hospital, Casa Canadá, avenida cuatro, calle cuarenta. Presidente: Mario Várela Martínez. Es todo.—San José, 3 de febrero del 2006.—Lic. Cindy Cascante Carmona, Notaria.—1 vez.—Nº 95545.—(30548).

Por escritura número cuarenta y nueve-treinta y cuatro, de las 18:00 horas del 6 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad denominada Transportes Villa y Jiménez F.J. S. A. Domicilio: San José, Barrio La Cruz. Objeto: el transporte. Capital: cien mil colones íntegramente suscrito y pagado.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Dora María Fernández Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 95546.—(30549).

Ante el suscrito notario se constituyó la sociedad Inversiones, Construcciones y Producciones J.M. Merengue Ltda.; Gerente: Juan Luis Trejos Mora.—Lic. Manuel A. Hernández Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 95549.—(30550).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas de hoy, se funda Transportes Jupa S. A. Domicilio: La Marina de Guápiles, Pococí. Presidente y secretaria actuarán conjunta o separadamente, como apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo 99 años. Objeto: ejercicio del comercio, agricultura, ganadería e industria, servicios turísticos, y especialmente prestación de servicios de transporte de mercancías y maquinaria. Agente residente, el suscrito notario, que atenderá notificaciones judiciales y administrativas en su Bufete: 25 metros sur, Soda Soley, en Guápiles.—Guápiles, 25 de marzo del 2006.—Carlos Mora Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 95550.—(30551).

A las 15:00 horas del día 27 de marzo del 2006, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general de la sociedad anónima denominada Tractoagro de Costa Rica Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula sexta de la administración. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 30 de marzo del 2006.—Randall Segura Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 95551.—(30552).

La suscrita notaria, da fe de que a las once horas del veinticuatro de marzo del año dos mil seis, se constituyó Final C Cuatro Producciones Sociedad Anónima, con domicilio en San Pedro de Montes de Oca, el Presidente es Thomas Baltazar Tabor, mayor, casado, profesor universitario, con un apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, con domicilio en San Francisco, California, Estados Unidos de Norte América y de paso por San José, San Pedro de Montes de Oca, trescientos metros al sur y trescientos metros al este, del Banco Nacional, con pasaporte de los Estados Unidos número cero cinco seis cuatro cero ocho siete cero siete.—Lic. Rita Díaz Amador, Notaria.—1 vez.—Nº 95552.—(30553).

En el día de hoy se constituyó en la presente Notaría la sociedad denominada Transportes Gubal de Pitayaha S. A. Capital suscrito y pagado presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: Miguel Ángel Vargas Cordero.—Cartago, 29 de marzo del 2006.—Jorge Rivera Leandro, Notario.—1 vez.—Nº 95555.—(30554).

William Fernando Zúñiga González y Rosaura Mendoza Masís constituyen Contabilidades Menzur F.W. Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las 11:00 horas del 28 de febrero del 2006.—Elena Alfaro Ulate, Notaria.—1 vez.—Nº 95556.—(30555).

Mediante escrituras de las ocho horas y nueve horas del treinta de marzo de dos mil seis, se constituyeron las sociedades denominadas: Expansión Internacional S. A., y Traveler’s International S. A. Capital suscrito y pagado, apoderados: el Presidente y el Secretario de la Junta Directiva.—José Rafael Fernández Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 95558.—(30556).

Ante la suscrita notaria Krissia Loaiza Jiménez, Sevis de Liberia Sociedad Anónima, con domicilio en Liberia, autoriza protocolización de actas otorgada a las diecinueve horas del veintiocho de marzo del dos mil seis, en donde se acuerda modificar la cláusula quinta con respecto al capital social.—Lic. Krissia Loaiza Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 95561.—(30557).

Por escritura otorgada ante la suscrita Notaria, a las once horas del veintisiete de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Operadora Inversalud Sociedad Anónima. Presidente, secretario y gerente general con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo noventa y nueve años a partir de su constitución. Domicilio en la ciudad de San José. Capital suscrito y pagado.—San José, 28 de octubre del 2005.—Lic. Mónica Mora Peralta, Notaria.—1 vez.—Nº 95566.—(30558).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la empresa Karla y Fabián Karfa Sociedad Anónima. Plazo noventa y nueve años. Escritura otorgada en San José, a las diez horas del día veinte de enero de dos mil seis.—Juan Matamoros Lizano, Notario.—1 vez.—Nº 95568.—(30559).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las 12:00 horas del día de hoy se constituye la sociedad denominada Tanagustico S. A.. Capital suscrito y pagado.—San José, de 29 marzo del 2006.—Lic. Emilia Mª. Chacón Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 95570.—(30560).

Por escritura otorgada ante mí el día de hoy se constituye la compañía denominada Corbatos Design Sociedad Anónima, cuyo domicilio es la ciudad de San José. Plazo social: noventa y nueve años a partir del día de hoy y su capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 23 de marzo del 2006.—Lic. Carlos Luis Salas Porras, Notario.—1 vez.—Nº 95575.—(30561).

Yo, Sonia María Saborío Flores, hago constar que por escritura otorgada a las 10:00 horas del 22 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad Palacio Encantador Sociedad Anónima, objeto: comercio en general, agricultura e industria. Capital social: diez mil colones, íntegramente suscrito y pagado por los socios.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Sonia Mª. Saborío Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 95576.—(30562).

Ante esta notaría se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Consultores en Energía Consenergy S. A., a las diez horas del veintiocho de marzo del dos mil seis. Se reforma cláusula quinta y se aumenta capital social. Escritura otorgada a las quince horas del veintiocho de marzo del dos mil seis.—Alfredo Gutiérrez Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 95578.—(30563).

Ante esta notaría se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Corporación Piel de Oro S. A., a las diez horas del veintinueve de marzo del dos mil seis. Se reforma cláusula novena del Consejo de Administración. Escritura otorgada a las diez horas del veintinueve de marzo del dos mil seis.—Alfredo Gutiérrez Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 95579.—(30564).

En mi Notaría a las 14:00 horas de hoy, se constituyó Val Mar de Oriente Dos Mil Seis Sociedad Anónima, abreviándose Val Mar de   Oriente  Dos Mil  Seis  S. A. Capital: diez mil colones, domicilio: San José, Sabana Oeste ciento cincuenta metros al sur y cien metros al oeste, de Canal Siete. Presidenta: María de los Ángeles Campos Chavarría.—San José, 29 de marzo de 2006.—Sugeily Celenia Hernández Azofeifa, Notaria.—1 vez.—Nº 95580.—(30565).

En mi Notaría a las 15:00 horas de hoy, se constituyó Val Mar Azul Oscuro V.M.A. Sociedad Anónima, abreviándose Val Mar Azul Oscuro V.M.A. S. A. Capital: diez mil colones, domicilio: San José, Sabana Oeste ciento cincuenta metros al sur y cien metros al oeste, de Canal Siete. Presidenta: María de los Ángeles Campos Chavarría.—San José, 29 de marzo de 2006.—Sugeily Celenia Hernández Azofeifa, Notaria.—1 vez.—Nº 95581.—(30566).

En mi Notaría a las 15:00 horas de hoy, se constituyó Val Mar del Pacífico Sur V.M.P.S. Sociedad Anónima, abreviándose Val Mar del Pacífico Sur V.M.P.S. S. A. Capital: diez mil colones, domicilio: San José, Sabana Oeste ciento cincuenta metros al sur y cien metros al oeste, de Canal Siete. Presidenta: María de los Ángeles Campos Chavarría.—San José, 29 de marzo de 2006.—Sugeily Celenia Hernández Azofeifa, Notaria.—1 vez.—Nº 95582.—(30567).

Por escritura número ochenta-dieciocho-cero seis, Erick Chavarría Barrios y Gonzalo Velásquez Martínez, constituyen Mensajería Chavarría Sociedad Anónima, capital social: diez mil colones exactos. Domicilio: San José, cantón Central, distrito Catedral, Barrio González Lahman, número 2385 de la Avenida 10 bis. Objeto social primordial: Comercio. Plazo social: 100 años. Todo según escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las 18:00 del 28 de marzo de 2006.—Ricardo Alfieri Rodríguez Recio, Notario.—1 vez.—Nº 95583.—(30568).

Por escritura otorgadas ante mí hoy se constituyeron las sociedades Pavita Chachalaca Limitada, Perdiz Montañera Limitada, Codorniz Pechicastaña Limitada, Gallareta Morada Limitada, Rascon Cuelligris Limitada, Polluela Gargantiblanca Limitada, Chortilejo Tildio Limitada, Jacana Spinosa Limitada, Chucuyo Frenteblanca Limitada, Cucu Ardilla Limitada, Tijo Zopilotillo Limitada, Lechucita Serranera Limitada, Mochuelo Montañero Limitada,  Cuyeo de Altura Limitada, Vencejon Collarejo Limitada, Jacobino Nuquiblanco Limitada, Copete de Nieve Limitada, Ala de Sable Violeta Limitada, Gurrión Pico de Hoz Limitada y Subepalo Moteado Limitada, razón que corresponde a nombres de aves nativas de Costa Rica. Domicilio provincia San José, cantón Montes de Oca,  Sabanilla, Malaga, casa seis A. Plazo social  cien años a partir del día de hoy. Objeto: comercio en general.—Gerente y subgerente apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Sergio Sánchez Bagnarello, Notario.—1 vez.—Nº 95586.—(30569).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la compañía Caballeriza El Tequila Blanco Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse su aditamento en Caballeriza El Tequila Blanco S. A. Domicilio: Liberia, Guanacaste, residencial La Guaria Nueva, casa número G-ocho. Objeto: turismo, agricultura, ganadería, servicios, intermediación, etc. Plazo: noventa y nueve años. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidenta: Viviana Osorio Condega.—Santa Ana de Belén, Guanacaste, 29 de marzo del 2006.—Lic. Frank Paniagua Mendoza, Notario.—1 vez.—Nº 95587.—(30570).

El suscrito Notario hace constar que ante mi notaría, se protocolizó acta de la sociedad de esta plaza denominada Carrocerías y Pinturas Came Sociedad Anónima.—San José, marzo del 2006.—Lic. Jorge Enrique Gonzalo Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 95588.—(30571).

Por escritura pública otorgada ante esta Notaría, a las 9:00 horas del día 28 febrero de 2006, se constituyó la sociedad de esta plaza Ecotropico Jackfruit E.A.K. Sociedad Anónima. Presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, cargo que ostenta Luis Ángel Ramírez Calderón. Capital social: cien mil colones, representado por cien acciones comunes y nominativas. Plazo social: 99 años. Objeto: comercio en general.—San José, 29 de marzo de 2006.—Lic. Pía Picado González, Notaria.—1 vez.—Nº 95590.—(30572).

Por escritura pública otorgada ante esta Notaría, a las 8:00 horas del día 6 marzo de 2006, protocolización cambio junta directiva y domicilio social la sociedad de esta plaza Inmobiliaria Verymar GR Sociedad Anónima. Presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, cargo que ostenta Luis Ángel Ramírez Calderón.—San José, 29 de marzo de 2006.—Lic. Pía Picado González, Notaria.—1 vez.—Nº 95591.—(30573).

Por escritura pública otorgada ante esta Notaría, a las 8:00 horas del día 27 febrero de 2006, se constituyó la sociedad de esta plaza Vistas Panorámicas Acapù V.P.A. Sociedad Anónima. Presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, cargo que ostenta Luis Ángel Ramírez Calderón. Capital social: cien mil colones, representado por cien acciones comunes y nominativas. Plazo social: 99 años. Objeto: comercio en general.—San José, 30 de marzo de 2006.—Lic. Paúl Portuguez Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 95592.—(30574).

En esta Notaría, mediante escritura número ciento sesenta y tres del tomo catorce de mi protocolo, de las 10:00 horas del 29 de marzo del dos mil seis, se constituyeron las sociedades de esta plaza Dos Perros Bravos de Cuervito Sociedad de Responsabilidad Limitada y Aquí Volveré Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo social noventa y nueve años, capital suscrito y pagado, domicilio San José.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Arturo Ortiz Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 95574.—(30575).

Por escritura otorgada a las diez horas del día veinticuatro de marzo del presente año se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Mediterráneo Internacional Sociedad Anónima, mediante la cual se reformaN las cláusulas décima y undécima y se nombra nueva Junta Directiva y Fiscal de la sociedad.—San José, 28 de marzo del año 2006.—Lic. José Pablo Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 95601.—(30577).

Por escritura otorgada a las nueve horas treinta minutos del día veinticuatro de marzo del presente año se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Adisil Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula quinta y se nombra nueva Junta Directiva y Fiscal de la sociedad.—San José, 28 de marzo del año 2006.—Lic. José Pablo Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 95602.—(30578).

Por escritura autorizada a las doce horas treinta minutos del dieciséis de febrero del dos mil seis, se constituye la sociedad Hacienda Odez Alisfer del Oeste Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado.—San José, 27 de marzo del 2006.—Edgar Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 95603.—(30579).

Mediante escritura de las quince horas del veinticinco de marzo del dos mil seis, los señores Claude Laroche y Jean Jacques Demers, constituyen la sociedad Alta Felicidad C & L Sociedad Anónima Presidente: Claude Laroche, plazo social será noventa y nueve años, Capital social diez mil colones, constituido por diez acciones de mil colones cada una. Objeto: comercio en general, venta de bienes en general, comercialización de servicios profesionales, importación y exportación comercio en general, representación de casas extranjeras.—Heredia, 28 de marzo del 2006.—Karoline Alfaro Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 95604.—(30580).

Mediante escritura de las quince horas del veinticinco de marzo del dos mil seis, los señores Jung-Hsian Lo y Chen Hsiu-Hui, constituyen la sociedad Llufa International Sociedad Anónima. Presidente: Jung- Hsian Lo. Plazo social será noventa y nueve años, Capital social diez mil colones, constituido por diez acciones de mil colones cada una. Objeto: comercio en general, venta de bienes en general, comercialización de servicios profesionales, importación y exportación, comercio en general, representación de casas extranjeras.—Heredia, 28 de marzo del 2006.—Karoline Alfaro Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 95605.—(30581).

Por escritura otorgada ante esta misma Notaría a las 11:15 horas del 29 de marzo del 2006, se protocolizó el acta número uno de asamblea general ordinaria de asociados de la Asociación Administradora de Acueducto Rural de Agua Azul de La Fortuna de San Carlos, en el cual se eligen todos los miembros de la Junta Directiva y Fiscal por el resto del período.—29 de marzo del 2006.—Lic. Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 95606.—(30582).

Por escritura otorgada ante esta misma Notaría a las 9:30 horas del 29 de marzo del 2006, se protocolizó el acta número cinco de asamblea general  extraordinaria de la compañía Corporación Jeafa H.C S. A., en el cual se aumenta el capital social de la compañía.—29 de marzo del 2006.—Lic. Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 95607.—(30583).

Por escritura otorgada ante esta misma Notaría a las 9:10 horas del 29 de marzo del 2006, se protocolizó el acta número cuatro de asamblea general  extraordinaria de la compañía Agro Veterinaria La Fortuna Limitada, en el cual se aumenta el capital social de la compañía.—29 de marzo del 2006.—Lic. Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 95608.—(30584).

Por escritura otorgada ante el suscrito Notario a las 12:00 horas del día diez de marzo del año 2006, se constituyó la sociedad de esta plaza, Camiguca Sociedad Anónima, con domicilio en Heredia, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado. Plazo: 99 años.—San José, 11 de marzo del año 2006.—Lic. Gabriel Álvarez Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 95609.—(30585).

Por escritura otorgada ante el suscrito Notario a las 19:00 horas del día nueve de marzo del año 2006, se constituyó la sociedad de esta plaza, Alimentos y Complementos del Nuevo Milenio Alconum Sociedad Anónima, con domicilio en Heredia, presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjunta o separadamente. Capital: suscrito y pagado. Plazo: 99 años.—San José, 11 de marzo del año 2006.—Lic. Gabriel Álvarez Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 95610.—(30586).

En esta notaría se procedió a constituir la sociedad denominada de E B Comercial del Norte Sociedad Anónima, domicilio San José, Barrio La Pitaya, Centro Comercial Plaza Colón, local cuatro, plazo noventa y nueve años, capital diez mil colones, corresponde al presidente y secretario.—San José, 10 de febrero del 2006.—Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—Nº 95614.—(30587).

En esta notaría se procedió a constituir la sociedad denominada Hidalgo Pinzón Consultores Sociedad Anónima, domiciliada en Alajuela, calle cinco, avenidas seis y ocho, capital diez mil colones, plazo noventa y nueve años, representación corresponde al presidente y secretario.—San José, a las 10:20 horas del 15 de marzo del 2006.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—Nº 95615.—(30588).

Por escritura otorgada hoy ante mí, Xinia, Eugenia María, Máximo, Juan Luis, María Francisca, María Esther, todos de apellidos Esquivel Carranza y Hacienda Los Tingalines constituyen sociedad de usuarios de agua Manantiales de Agua Viva. Domicilio social: en San Ramón, Alajuela, Urbanización Tres Marías, casa número ochocientos. Vigencia 100 años. Objeto: Aprovechamiento colectivo de las aguas públicas. Capital 140.000,00 colones. Presidenta: Xinia Esquivel Carranza.—San Ramón, 23 de marzo del 2006.—Lic. Olger Mario Castro Castro, Notario.—1 vez.—Nº 95616.—(30589).

Por escritura 18-33, otorgada ante el Notario Adolfo Ledezma Vargas, en Las Juntas de Abangares, el 28 de junio del dos mil cinco, José Lino Morún Cruz, José Gerardo y Olger, ambos Morún Camacho, constituyeron Agropecuaria Morún y Camacho J.M. S. A.—Lic. Adolfo Ledezma Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 95618.—(30590).

Por escritura otorgada en mi notaría en Alajuela a las nueve horas del seis de marzo del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Inversiones Montegambo Sociedad Anónima, con domicilio social en Alajuela, Central, Calle Loría, del puente de Itiquís, seiscientos metros al oeste. Capital social diez mil colones representados por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad.—José Adrián Vargas Solís, Notario.—1 vez.—Nº 95619.—(30591).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 22 de marzo del 2006, se constituyó Casa Altos del Roble S. A. Capital: seis mil colones. Plazo: 99 años. El Presidente y tesorero son apoderados generalísimos sin límite de suma. Objeto: amplio.—Karla Vanesa López Silva, Notaria.—1 vez.—Nº 95621.—(30592).

Ante mí, Álvaro Barboza Orozco, notario público con oficina abierta en San José, en escritura otorgada a las 13:00 horas del 24 de marzo del 2006, se modificó la cláusula quinta: aumento de capital de la S.A. Empresa Comercializadora Mi Café de Costa Rica S. A. presidente: Adriano Dell Orsi, capital social totalmente suscrito y pagado, y se modifico la cláusula segunda: del domicilio social, su domicilio social es en San José, Goicoechea, de la entrada principal del Gimnasio Municipal 50 metros al oeste y 50 metros al sur.—28 de marzo del 2006.—Lic. Álvaro Barboza Orozco, Notario.—1 vez.—Nº 95622.—(30593).

La suscrita notaria hace constar que ante su notaría se constituyó la sociedad anónima denominada Vaqueros Lee Marinas Sociedad Anónima, cuyo capital social es de un millón de colones y su domicilio es en Riojalandia uno de Barranca de Puntarenas, veinticinco al sur del depósito de maderas, casa tres nueve cuatro.—Puntarenas, 23 de marzo 2006.—Lic. Irene Arrieta Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 95623.—(30594).

Por escritura número ciento cincuenta y seis, otorgada en mi notaría, a las doce horas del veinte de marzo del dos mil seis, se reforma la cláusula segunda de la sociedad Uvazil Sociedad Anónima.—San José, veintidós de marzo del dos mil seis.—Lic. Humberto Fallas Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 95624.—(30595).

Por escritura otorgada, en esta notaría, a las 11:30 horas del día 10 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad denominada Pegamentos Mediterráneo S. A., capital social diez mil colones, domicilio San José, San Francisco de Dos Ríos. El presidente tendrá la representación judicial, con facultades de apoderado general.—Curridabat, San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Adrián Fernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 95625.—(30596).

Lic. Virginia Umaña Segura, notaria pública de San José, avisa que mediante escritura Nº 31, del 28-3-06, Patrick Nee, de un solo apellido en razón de su nacionalidad británica y María Eugenia Aragón Gómez conformaron Expresión Técnica de la Sierra S. A.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Virginia Umaña Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 95626.—(30597).

Por escritura otorgada, a las 9:00 horas del 28 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad denominada Brisas del Lago Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Capital: suscrito y pagado: 20.000 colones. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: bienes raíces, el comercio, industria, las inversiones monetarias. Representante legal: el presidente, el secretario de la sociedad.—Lic. John Charles Truque Harrington, Notario.—1 vez.—Nº 95628.—(30598).

Por escritura otorgada, a las 9:30 horas del 28 de marzo del 2006 Sueños del Pacífico Soleado Sociedad Anónima, modifica cláusula sexta “de la junta directiva”, del pacto constitutivo. Representante legal: el presidente.—Lic. John Charles Truque Harrington, Notario.—1 vez.—Nº 95629.—(30599).

Mediante escritura otorgada, en mi notaría, a las 8:00 horas del 29 de marzo del 2006, se constituyó Los Andres Bero - Piga S. A. Capital íntegramente suscrito y pagado. Objeto amplio. Presidente con plenos poderes.—Lic. Ana Lorena Umaña Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 95632.—(30600).

Por escritura otorgada, ante el notario Giovanni Barrantes Barrantes, al ser las nueve horas del primero de marzo del dos mil seis, Ever Vinicio Rojas Rodríguez, Víctor Simón Timón y Allan Pérez Montes, constituyeron E-Media Global Internet Sociedad Anónima, objeto: la asesoría técnica en publicidad, mercadeo y diseño deportivo, el comercio en cualquier modalidad, la industria, la representación de casas extranjeras y cualquier otra actividad relacionada con las empresas con esos fines. Capital: íntegramente suscrito y pagado, presidente: el socio Víctor Simón Timón, con todas las facultades.—Grecia, veinte de marzo del dos mil seis.—Lic. Giovanni Barrantes Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 95633.—(30601).

Por escritura número ciento veintidós de las diecisiete horas del diecisiete de marzo del dos mil seis, se reforman las cláusulas primera y sexta del pacto social de la compañía Señorita Fantasía en Forum Limitada.—San José, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Rodrigo Cordero Campos, Notario.—1 vez.—Nº 95634.—(30602).

Ante esta notaría, al ser las catorce horas del veintiocho de marzo del dos mil seis, se constituyó la compañía Betina Manualidades y Diseños S. A. Capital social totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario son apoderados.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Leonardo Ugalde Cajiao, Notario.—1 vez.—Nº 95635.—(30603).

Por escritura otorgada, a las diecisiete horas del ocho de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad Servicios MC Centroamericanos S. A.—Lic. Guiselle Mora Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 95636.—(30604).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Inversiones Kenan M & S Sociedad Anónima. Presidente y secretario ambos con facultades de apoderados generalísimos, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, nueve de enero del año dos mil seis.—Lic. Flor Eugenia Castillo Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 95638.—(30605).

Por escritura otorgada, ante el notario Héctor Manuel Fallas Vargas, Alejandro Villalobos Castro y Melania Lizano Ramón, constituyeron la sociedad Trigales del Viento Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 95639.—(30606).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, número setenta y uno de las catorce horas del veintinueve de marzo del año dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima Visión Arque de Centroamérica Sociedad Anónima. El capital social íntegramente suscrito y pagado en acciones comunes y nominativas. Presidente: Gustavo Adolfo Arce Láscarez, quien ejerce la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, representación que se ejercerá en forma conjunta o separadamente con la tesorera Betty María Quesada Alvarado. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio social: Heredia, Los Lagos doscientos metros al este del Autoservicio La Paz.—Lic. María Auxiliadora Montoya Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 95640.—(30607).

Por escritura ciento setenta y dos, en mi notaría, se constituyó a las nueve horas del veintiocho de marzo del dos mil seis, Inversiones Urban Vanity Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse su aditamento S. A., nombre de fantasía. Plazo 99 años. Domicilio San José, objeto: comercio, industria, ganadería, salas de Internet y computación, turismo, etc. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital totalmente pagado en efectivo.—Lic. Marvin Homer Chamorro Trejos, Notario.—1 vez.—Nº 95642.—(30608).

El suscrito notario hace constar que mediante escritura otorgada hoy, se constituyó la empresa Manzanillo Town Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado, plazo social cien años.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Arturo Fournier Facio, Notario.—1 vez.—Nº 95644.—(30609).

Por medio de escritura otorgada al ser las diecisiete horas del veintinueve de marzo del año dos mil seis, ante el notario público Juan Francisco Molinero Hernández, por medio de protocolización de acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios, se acordó reformar la cláusula uno de la sociedad de esta plaza Flor Natalia Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de marzo del año dos mil seis.—Lic. Juan Francisco Molinero Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 95645.—(30610).

Por medio de escritura otorgada al ser las dieciséis horas del veintinueve de marzo del año dos mil seis, ante el notario público Juan Francisco Molinero Hernández, los señores Roberto Marenco Sánchez, Allan Antonio Marenco Díaz y Francisco Alberto Aldana Gutiérrez constituyeron la sociedad de esta plaza Stuccos de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de marzo del año dos mil seis.—Lic. Juan Francisco Molinero Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 95646.—(30611).

Por escritura otorgada, ante mí hoy, a las 9:00 horas, la sociedad Jiménez y Tanzi S. A., nombra nueva secretaria de la junta directiva por el resto del plazo social.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Jorge Mario Marín Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 95647.—(30612).

William Solano López y Marisol Solano López, constituyen Servicios Integrados Atenea Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años, capital social: diez mil colones, presidente: Manuel Ubaldino Pereira Esteban.—San José, 28 de marzo del año 2006.—Lic. Gabriela Tatiana Fernández Román, Notaria.—1 vez.—Nº 95648.—(30613).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 21 de febrero del 2006, se constituyó la sociedad Consultoría Desoal R&S S. A.—Lic. Eugenio Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 95650.—(30614).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del siete de noviembre del dos mil cinco, los señores Luis Álvarez Mora y Mario Álvarez Arguedas constituyeron la empresa Tevokan Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Desamparados. Objeto: comercio. Plazo: cien años. Capital: cien mil colones. Presidente con representación Judicial y extrajudicial. Presidente el señor Luis Alejandro Álvarez Mora.—San José, veinticinco de enero del dos mil seis.—Lic. Ana Catalina Brenes Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 95653.—(30615).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada Revouloir Magique Sociedad Anónima. Domicilio San José. Objeto: comercio en general. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Juan Carlos Montes de Oca Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 95655.—(30616).

Por escritura otorgada ante mí, a las 14:00 horas del 29 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad denominada Cardiotech R C S. A. Plazo 99 años, capital suscrito y pagado. Presidente: Jorge Arauz Chavarría.—Alajuela, 30 de marzo del 2006.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—Nº 95656.—(30617).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 28 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad denominada Unión Turan H L S. A. Plazo 99 años, capital suscrito y pagado. Presidente: Hassan Tawanapoor.—Alajuela, 28 de marzo del 2006.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—Nº 95657.—(30618).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, Anayansi Carballo Sagot y Javier Ruin Carballo, constituyeron la sociedad A.C. Real Estate Sociedad Anónima. Presidenta: Anayansi Carballo Sagot. Capital: diez mil colones. Plazo: cien años.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—Nº 95658.—(30619).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Picmar Investments Limitada. El plazo social es de cien años, el capital social es la suma de diez mil colones representados por diez cuotas nominativas de mil colones cada una y la representación judicial y extrajudicial corresponde a los dos gerentes. Es todo.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—Nº 95659.—(30620).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 10:00 horas del 23 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad denominada Camarsi S.A., corresponden al presidente, secretario y tesorero, conjunta la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: se encuentra totalmente suscrito y pagado.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. José Gazel Briceño, Notario.—1 vez.—Nº 95660.—(30621).

Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 8:00 y 12:00 horas del 30 de marzo del 2006, protocolicé las actas de asamblea general de socios de: 1) Nilad Ban S. A., mediante la cual se cambia su nombre por Yasister S. A., y 2) Seaside Paradise S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas Nº 6 y Nº 8 del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 95662.—(30622).

Que en esta notaría, se tramita la inscripción de la sociedad anónima Corporación J.J Carros Rápidos S. A., capital suscrito y cancelado.—29 de marzo del 2006.—Lic. José Ricardo Guevara Guevara, Notario.—1 vez.—Nº 95663.—(30623).

Por escritura otorgada, ante la suscrita notaria, número cuarenta y cuatro, se constituyó en esta fecha la sociedad de esta plaza Ecovillas Azulillos Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Silvia Morales García, Notaria.—1 vez.—Nº 95665.—(30624).

Por escritura otorgada, hoy ante mí, se protocoliza acta de la compañía con domicilio en San José Inversiones El Montañero S. A., mediante el cual se reforman las cláusulas segunda y quinta del pacto social. Se acepta la renuncia de los miembros de junta directiva y se nombran sustitutos. Escritura otorgada en San José, a las diez horas del veintidós de marzo del año dos mil seis.—Lic. Roxana Gómez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 95668.—(30625).

Ante mi notaría, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Agua Pura del Bosque Sociedad Anónima, por la cual se modifican las cláusulas segunda, quinta y sexta del pacto social y se nombra nueva junta directiva.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Andrés A. Pérez González, Notario.—1 vez.—Nº 95669.—(30626).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del dos de febrero modificada por la otorgada a las nueve horas del veinte de marzo ambos del presente año, se constituyó la entidad Manantial en el Desierto S. A. Domicilio: Heredia. Objeto: todo tipo de actividades industriales, agrícolas y comerciales en general. Capital social: cien mil colones. Plazo: cien años. Presidente: Rodolfo González Aguilar.—San José, veintisiete de marzo del dos mil seis.—Lic. Jorge Alpízar Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 95670.—(30627).

La suscrita Ana Beatriz Arias Moreira, notaria pública con oficinas en la ciudad de San Juan de Santa Bárbara de Heredia, hace constar que en fecha 6 de marzo del 2006, se constituyó la empresa Servicios Eléctricas R y A Sociedad Anónima.—San Juan de Santa Bárbara de Heredia, 28 de marzo del 2006.—Lic. Ana Beatriz Arias Moreira, Notaria.—1 vez.—Nº 95672.—(30628).

Por escritura otorgada, ante el suscrito notario, a las 18:00 horas del día 29 de marzo del 2006; se constituyó la sociedad de esta plaza, denominada Naranjales Vista Mar S. A. Presidente, vicepresidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: la ciudad de San José.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—Nº 95675.—(30629).

Por escritura otorgada, ante el suscrito notario, a las 19:00 horas del día 29 de marzo del 2006; se constituyó la sociedad de esta plaza, denominada Tecno Packk S. A. Presidente, vicepresidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: la ciudad de Alajuela.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—Nº 95676.—(30630).

Mediante escritura número ciento cincuenta y cuatro-tres en el protocolo del Lic. José Ricardo Mora Badilla, con fecha del veinte de noviembre del dos mil cinco, se protocoliza el acta número cuatro del libro de actas de la sociedad denominada Sparoswill Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-360497, en la cual se designa a la señora Simone Bechstein, como subgerente de la sociedad, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, por tiempo indefinido.—San Ramón, 26 de marzo del 2006.—Lic. José Ricardo Mora Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 95677.—(30631).

Ante mi, Óscar Venegas Córdoba, notario público con oficina en la ciudad de Alajuela mediante escritura número doscientos dos otorgada a las doce horas del treinta de marzo de dos mil seis, iniciada a folio ciento treinta y siete vuelto del tomo siete de mi protocolo se constituyó la sociedad J C INT Sociedad Anónima, representada por el presidente y vicepresidente, domiciliada en la provincia de Alajuela.—Alajuela, 30 de marzo de dos mil seis.—Lic. Óscar Venegas Córdoba, Notario.—1 vez.—(30695).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, el día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Innervue Cima Sociedad Anónima, con domicilio en la provincia de San José, cantón Escazú, distrito Guachipelín, Torre Médica del Hospital Cima San José, consultorio nueve piso cinco. Capital social completamente suscrito y pagado. Consejo de Administración presidente, tesorero y secretario. Objeto comercio en general.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Ronald Ramírez Garita, Notario.—1 vez.—(30698).

Por escritura de las trece horas, del treinta de marzo del dos mil seis, se protocoliza acuerdo que reforma la cláusula sexta de los estatutos de Vistas de Flamingo Número Cuarenta y Dos S. A. y se nombran presidente, secretario, tesorero, fiscal y agente residente.—Liberia, treinta de marzo del dos mil seis.—Lic. Rosa María Escudé Suárez, Notaria.—1 vez.—(30702).

El suscrito, Luis Enrique Salazar Sánchez, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día veinticuatro de marzo, se protocolizó ante mi acta de las empresas denominadas Alitica S. A. y Condominio Ofi Bodegas Capri Kappa S. A. Así mismo, el día veintiocho de marzo del dos mil seis, se protocolizó ante mi acta de la empresa Aniene S. A.—San José, treinta y uno de marzo del dos mil seis.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—(30704).

En esta notaría, al ser las 15:00 horas del 25 de marzo del 2006, se constituye la sociedad Puente Real de Velez Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital social: 20 acciones de 1.000 colones cada una. Representación: presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjuntamente. Domicilio: Alajuela 75 sur de la Corte.—Alajuela, 31_de marzo del 2006.—Lic. Ivannia Alfaro Vargas, Notaria.—1 vez.—(30705).

Por escritura otorgada ante mí hoy, se reformó la cláusula sexta de los estatutos sobre la administración de la sociedad B.V. Tres Clavel Sociedad Anónima, con domicilio en San José. Presidente: Andrés Fachler Piszk.—San José, 24 de marzo del 2006.—Lic. Eugenia Soto Baltodano, Notaria.—1 vez.—(30707).

Por escritura número tres del tomo segundo del protocolo del notario Freddy Aguilar Paniagua, se ha constituido J. R. Propiedades Inc Sociedad Anónima. Plazo social noventa y nueve años. El presidente es apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente: Rafael Aguilar Morales.—Santa Bárbara de Heredia, treinta de marzo del dos mil seis.—Lic. Freddy Aguilar Paniagua, Notario.—1 vez.—(30709).

Por escritura otorgada el día 25 de enero del 2006, Max Monestel Peralta, Diego Monestel Peralta, Ana Gabriela Peralta Rojas y José María Peralta Rojas constituyen Bio Test Medical S. A. Presidente: Max Monestel Peralta.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Alberto Cabezas Dávila, Notario.—1 vez.—(30710).

La suscrita notaria, Jéssica Corrales Porras, hace constar que mediante la escritura número uno-trescientos veinticuatro de las nueve horas del día doce de diciembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Inversiones Uno del Sol Luminoso Sociedad Anónima, representada por los señores: Marco Vinicio Díaz Robles, Rosa María Villalobos Cordero y José Elías Díaz Robles.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Jéssica Corrales Porras, Notaria.—1 vez.—(30714).

Javier Corrales Barboza y Melitina Luisa Barboza Agüero constituyen: Estructuras Corrales Barboza Sociedad Anónima, capital social: doce mil colones, plazo: noventa y nueve años a partir de hoy, objeto: comercio en general, escritura número: ciento treinta y nueve.—San José, 20 de marzo del 2006.—Lic. Ileana Flores Sancho, Notaria.—1 vez.—(30716).

En asamblea general extraordinaria de socios de Las Casas Gemelas del Pacífico Sociedad Anónima, se nombra como nuevo presidente a Eldon Lyle Dale.—Liberia, 27 de marzo del 2006.—Lic. Juan Francisco Ruiz Monge, Notario.—1 vez.—(30717).

Ante esta notaría, por escritura número diecinueve, otorgada a las veinte horas del veinticuatro de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza Pensacola Caribe Sociedad Anónima. Es todo.—San José, treinta y uno de marzo del dos mil seis.—Lic. Mario Alberto Quesada Chaves, Notario.—1 vez.—(30726).

Ante esta notaría, por escritura número dieciocho, otorgada a las trece horas del dieciocho de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza Administración Constructiva M&M Sociedad Anónima. Es todo.—San José, treinta y uno de marzo del dos mil seis.—Lic. Mario Alberto Quesada Chaves, Notario.—1 vez.—(30727).

Que por escritura pública otorgada ante esta notaría, al ser las catorce horas quince minutos del veintitrés de marzo del año dos mil seis, se constituyó Butan Pacific Internet Solutions Sociedad Anónima, cuyo domicilio es en San José, con capital social de cien mil colones suscrito y pagado; y cuya representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma corresponde al presidente. Es todo. Publíquese.—San José, veintitrés de marzo del año dos mil seis.—Lic. Carlos L. Salas Porras, Notario.—1 vez.—(30728).

Que por escritura pública otorgada ante esta notaría, al ser las once horas treinta minutos del dieciséis de febrero del año dos mil seis, se constituyó Style Magazine Internacional Inc Sociedad Anónima, cuyo domicilio es en San José, con capital social de cien mil colones suscrito y pagado; y cuya representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma corresponde al presidente. Es todo. Publíquese.—San José, dieciséis de febrero del año dos mil seis.—Lic. Carlos L. Salas Porras, Notario.—1 vez.—(30730).

Ante esta notaría, el día veintidós de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad Mega Estructuras Sociedad Anónima. Presidente Guido Alfaro Mora.—San José, veinticuatro de marzo del dos mil seis.—Lic. Katherine Mourelo Rímola, Notaria.—1 vez.—Nº 95678.—(30763).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:30 horas del 15 de marzo del 2006, se hacen los siguientes nombramientos: gerente general: Gerardo Jovani Rivera López, subgerente general: Sissy Maricela Garrón Guillén, en la sociedad The Brilliant Star of The North Ltda.—San José, 20 de marzo del 2006.—Lic. Katherine Mourelo Rímola, Notaria.—1 vez.—Nº 95679.—(30764).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13:30 horas del 27 de marzo del 2006, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: segunda: del domicilio: el cual será en Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playa Ocotal cuatrocientos metros antes del portón principal. Se reforma la cláusula novena: del consejo de administración o junta directiva. Se hacen los siguientes nombramientos: presidente: Geoffrey Bentham Sherwood, tesorero: George Thomas Mahaffey, fiscal: Peter Worthen, agente residente: Andrés Montejo Morales, en la sociedad Playa Gringo G. B. P. I Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Katherine Mourelo Rímola, Notaria.—1 vez.—Nº 95680.—(30765).

Mediante escritura otorgada, ante esta notaría, a las 13:00 horas del 27 de marzo del 2006, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: segunda: del domicilio: el cual será en Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playa Ocotal cuatrocientos metros antes del portón principal. Se reforma la cláusula sétima: del consejo de administración o junta directiva. Se hacen los siguientes nombramientos: presidente: Geoffrey Bentham Sherwood, secretario: Kenneth Booth Sands, tesorero: George Thomas Mahaffey, fiscal: Peter Worthen, agente residente: Andrés Montejo Morales, en la sociedad Playa Gringo G. B. P. I Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Katherine Mourelo Rímola, Notaria.—1 vez.—Nº 95681.—(30766).

Mediante escritura otorgada, ante esta notaría, a las 11:00 horas del 27 de marzo del 2006, se hacen los siguientes nombramientos: presidente: Geoffrey Bentham Sherwood, fiscal: Peter Worthen en la sociedad Cala del Sol Development CSD Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de marzo del dos mil seis.—Lic. Katherine Mourelo Rímola, Notaria.—1 vez.—Nº 95682.—(30767).

Mediante escritura otorgada, ante este notaría, a las 8:00 horas del veintiocho de marzo del dos mil seis, se modifica la siguiente cláusula del pacto constitutivo: la segunda del domicilio: el domicilio estará en Guanacaste, Santa Cruz, Cabo Velas, Brasilito, Proyecto Catalina Cove, condominio número veintiséis. Se hace el siguiente nombramiento: gerente general: María Teresa (nombre) Morelli (apellido), de un solo apellido en razón de su nacionalidad argentina, en la sociedad All I Want is This Limitada.—San José, veintiocho de marzo del dos mil seis.—Lic. Katherine Mourelo Rímola, Notaria.—1 vez.—Nº 95683.—(30768).

Mediante escritura otorgada, ante este notaría, a las 8:30 horas del veintiocho de marzo del dos mil seis, se modifica la siguiente cláusula del pacto constitutivo: la segunda del domicilio: el domicilio estará en Guanacaste, Santa Cruz, Cabo Velas, Brasilito, Proyecto Catalina Cove, condominio número uno. Se hace el siguiente nombramiento: gerente general: Ruth del Socorro Méndez Sánchez, de nacionalidad nicaragüense, en la sociedad Amazing Ideas Incorporated Limitada.—San José, veintiocho de marzo del dos mil seis.—Lic. Katherine Mourelo Rímola, Notaria.—1 vez.—Nº 95684.—(30769).

Mediante escritura otorgada, ante este notaría, a las 9:00 horas del veintiocho de marzo del dos mil seis, se modifica la siguiente cláusula del pacto constitutivo: la segunda del domicilio: el domicilio estará en Guanacaste, Santa Cruz, Cabo Velas, Brasilito, Proyecto Catalina Cove, condominio número uno. Se hace el siguiente nombramiento: gerente general: Ruth del Socorro Méndez Sánchez, de nacionalidad nicaragüense, en la sociedad Lightning Light Incorporated Limitada.—San José, veintiocho de marzo del dos mil seis.—Lic. Katherine Mourelo Rímola, Notaria.—1 vez.—Nº 95685.—(30770).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 10:00 horas del 28 de febrero del 2006, se modificó la cláusula sétima de la sociedad Investments Place S. A.—San José, 28 de febrero del 2006.—Lic. Manuel Herrera González, Notario.—1 vez.—Nº 95686.—(30771).

Por escritura pública otorgada ante mí, en San José, a las 13:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad MC e Hijos S. A., con domicilio en Ulloa, Heredia. Plazo social: 100 años. Capital social: ¢150.000, suscritos y pagados.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Mario Antonio Morelli Astúa, Notario.—1 vez.—Nº 95693.—(30772).

Por escritura otorgada en esta notaría, se constituye la entidad que se denomina Inversiones Sudameris D F S Sociedad Anónima. Presidente Alejandro Jiménez Rodríguez, secretario Benigno Jiménez Segura. Escritura otorgada en la ciudad de San José Curridabat, a las quince horas del día veintisiete de marzo del año dos mil seis.—Lic. Eduardo Aguilar Wallen, Notario.—1 vez.—Nº 95694.—(30773).

Por escritura otorgada, en esta notaría, se constituye la entidad que se denomina Inmobiliaria Argentaria D F S Sociedad Anónima. Presidente: Alejandro Jiménez Rodríguez, secretario Benigno Jiménez Segura. Escritura otorgada en la ciudad de San José, Curridabat, a las dieciséis horas del día veintisiete de marzo del año dos mil seis.—Lic. Eduardo Aguilar Wallen, Notario.—1 vez.—Nº 95695.—(30774).

Por escritura otorgada en esta notaría, se constituye la entidad que se denomina Galia Plateada D F S Sociedad Anónima. Presidente Alejandro Jiménez Rodríguez, secretario Benigno Jiménez Segura. Escritura otorgada en la ciudad de San José, Curridabat, a las quince horas y treinta minutos del día veintisiete de marzo del año dos mil seis.—Lic. Eduardo Aguilar Wallen, Notario.—1 vez.—Nº 95696.—(30775).

Por escritura otorgada, en mi notaría, a las 10:00 horas del 14 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad Ejecutivos del Aluminio S. A.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 95697.—(30776).

Ante mí, Carlos Luis Fernández Vásquez, notario público se constituyó la empresa denominada Mueblería Ruiz Arce S. R. Limitada, con un plazo social de noventa y nueve años y un capital social de diez mil colones, domiciliada en San Ramón de Alajuela, veinticinco metros norte de Farmacia El Pueblo. Es todo.—Palmares, treinta de marzo del dos mil seis.—Lic. Carlos Luis Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 95698.—(30777).

Transportes Zárate Sánchez Limitada, aumenta capital social y reforma cláusula quinta del pacto constitutivo.—Barva de Heredia, veintinueve de marzo del año dos mil seis.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 95700.—(30778).

Por escritura número cuatrocientos setenta y tres visible al folio ciento setenta y cuatro frente del tomo veintiséis del protocolo del notario Roy Zumbado Ulate, se constituye la sociedad denominada Dar Ulsalem Sociedad Anónima, capital social diez mil colones.—Heredia, 29 de marzo del 2006.—Lic. Roy Zumbado Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 95701.—(30779).

Por medio de escritura número trescientos noventa y uno, ante el notario público Licenciado Víctor Gamboa Campos, los señores Daniel Joseph Vincent, Dominique Elizabetrh Vincent Lopes, y Yadira María López Salas, constituyen la sociedad denominada Inversiones Inmobiliarias Perro Negro Sociedad Anónima, con un plazo de noventa y nueve años a partir del veintidós de marzo del dos mil seis.—Lic. Víctor Gamboa Campos, Notario.—1 vez.—Nº 95703.—(30780).

Ante mí, Carlos Manuel Segura Quirós, notario público de Escazú, San José, se constituyó las siguientes sociedades anónimas denominadas Mundo Digital M Y H Sociedad Anónima y Panadería Salas Brenes e Hijos Sociedad Anónima, con un plazo social de cien años. Es todo.—Escazú, 30 de marzo del 2006.—Lic. Carlos Manuel Segura Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 95704.—(30781).

En mi notaría, el día de hoy, se constituyó la sociedad Agromeseta del Pacífico Inter Sociedad Anónima. Capital social nueve mil colones. Presidente: Roberto Flores Gamboa.—Barva de Heredia, diez de marzo del año dos mil seis.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 95705.—(30782).

Por escritura otorgada, en esta notaría número 130-20, se constituye la sociedad Inmobiliaria Espasacape S. A., cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Hellmuth Schlager Love, mayor, casado dos veces, administrador de empresas, con numero de cédula seis-ciento diecinueve-doscientos treinta y siete, vecino de Pozos de Santa Ana, Urbanización Fontana Real casa número cuatro. Es todo.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Luis Maynor Serrano Mattey, Notario.—1 vez.—Nº 95706.—(30783).

Por escritura otorgada en esta notaría número 129-20, se constituye la sociedad Inmobiliaria Wiesbaden S. A., cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Hellmuth Schlager Love, mayor, casado dos veces, administrador de empresas, con numero de cédula seis-ciento diecinueve-doscientos treinta y siete, vecino de Pozos de Santa Ana, Urbanización Fontana Real casa número cuatro. Es todo.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Luis Maynor Serrano Mattey, Notario.—1 vez.—Nº 95707.—(30784).

Por escritura otorgada en esta notaría número 131-20, se constituye la sociedad Inmobiliaria Pons Poche S. A., cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Hellmuth Schlager Love, mayor, casado dos veces, administrador de empresas, con numero de cédula seis-ciento diecinueve-doscientos treinta y siete, vecino de Pozos de Santa Ana, Urbanización Fontana Real casa número cuatro. Es todo.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Luis Maynor Serrano Mattey, Notario.—1 vez.—Nº 95708.—(30785).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 9:00 horas del 27 de marzo del 2006, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Rancho Costa Verde Estates S. A., mediante la cual se reformó la cláusula quinta del pacto social.—San José, 27 de marzo del 2006.—Lic. Luis Enrique Gómez Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 95710.—(30786).

Por escritura otorgada, a las ocho horas del veintiuno de marzo del año dos mil seis, se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Inversiones Los Tijos S. A.—Heredia, 21 de marzo del 2006.—Lic. Kattia Vanessa Ramos González, Notaria.—1 vez.—Nº 95712.—(30787).

Por escritura otorgada, ante mi notaría, a las 8:00 horas del día 1º de marzo del año 2006, se cambia nombre a la empresa Von Sonne Corporation Sociedad Anónima por Comunicación Global Interactiva Sociedad Anónima y nueva junta directiva. Se publica para los efectos que establece la ley.—San José, 31 de marzo del año 2006.—Lic. Randall Camacho Monge, Notario.—1 vez.—Nº 95713.—(30788).

Rodolfo Solera Torres y Gerardo Enrique Vindas Corrales, constituyen la sociedad Farmasovi S. A. Escritura Nº 243 otorgada en San José, a las 18:00 horas del 30 de marzo del 2006.—Lic. Roberto Pochet Torres, Notario.—1 vez.—Nº 95714.—(30789).

Mediante escritura otorgada, en esta notaría, a las 9:00 horas del 24 de marzo del 2006, se constituyó Bybee y Andresen de Mora S. A. Christopher Alan Bybee, presidente.—Lic. Álvaro Arce Mora, Notario.—1 vez.—Nº 95715.—(30790).

Mediante escritura otorgada, en esta notaría, a las 8:00 horas del 24 de marzo del 2006, se constituyó Christopherolf de Mora S. A. Christopher Alan Bybee, presidente.—Lic. Álvaro Arce Mora, Notario.—1 vez.—Nº 95716.—(30791).

Mediante escritura otorgada, en esta notaría, a las 18:00 horas del 26 de marzo del 2006, se constituyó Mundaca S. A. Ángela Rosa Hurtado Orozco, presidenta.—Lic. Eduardo Gómez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 95717.—(30792).

Mediante escritura otorgada, en esta notaría, a las 18:20 horas del 26 de marzo del 2006, se constituyó Cumaral S. A. Orlando Chinchilla Mora, presidente.—Lic. Eduardo Gómez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 95718.—(30793).

Ante esta notaría, se constituyó el día de hoy, la sociedad denominada A P Abogados Sociedad Anónima. Lic. Luz Virginia Zamora Rodríguez, José Eduardo Díaz Canales, Notarios.—Guápiles de Pococí, 6 de enero del 2006.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario —1 vez.—Nº 95719.—(30794).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las quince horas del veinte de marzo del dos mil seis, se constituye sociedad denominada Inversiones Churucuco Sol Sociedad Anónima, en donde el presidente y el secretario pudiendo actuar conjuntamente o separadamente son apoderados generalísimos sin límite de suma con un plazo social de noventa y nueve años y un capital social de diez mil colones, domiciliada en San José, Guadalupe, Residencial Villa Capri, casa número cuarenta.—Lic. Henry González Guerrero, Notario.—1 vez.—Nº 95723.—(30795).

Por escritura otorgada hoy en mi notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de La Rambla Café S. A., por la cual se cambia el domicilio social, la cláusula de administración y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, veintiocho de marzo del dos mil seis.—Lic. Cristian José Carvajal Coto, Notario.—1 vez.—Nº 95725.—(30796).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 19:30 horas del 31 de enero del 2006, la sociedad Inversiones Salazar Miranda S. A., modifica las cláusulas sétima y novena del pacto social.—Lic. Eddy Fallas Fallas, Notario.—1 vez.—Nº 95727.—(30797).

En esta notaría, al ser las ocho horas del tres de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima denominada Corporación Monandel Sociedad Anónima.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Olman Castro M., Notario.—1 vez.—Nº 95728.—(30798).

Que en escritura doscientos cincuenta y siete, se cambia la representación e integración de la junta directiva, quedando formada por presidente, vicepresidente, tesorero y fiscal de la sociedad Inversiones G U L de Costa Rica S. A.—Santa Cruz, Guanacaste, a las doce horas del veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Sick Rosidol Rezak Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 95729.—(30799).

Por escritura número 8, de las 11:00 horas del día 10 de febrero del año 2006, otorgada en notaría, los señores Luis Enrique Soto Chavaría y Ana Francisca Chavaría Espinoza, constituyeron Constructora Gran Castor S. Ch. Sociedad Anónima. Capital social ¢100.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 95730.—(30800).

Por escritura número 80, de las 16:00 horas del día 27 de marzo del año 2006, otorgada en notaría, los señores Ryan Neil Verling y Jonnie Christine Verling, constituyeron Public Storage Costarricense Sociedad Anónima. Capital social ¢120.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 95731.—(30801).

Por escritura número 73, de las 14:30 horas del día 24 de marzo del año 2006, otorgada en notaría, los señores Iris Eileen Mailloux y Stephen James Bernath, constituyeron La Cresta del Halcón B & B Sociedad Anónima. Capital social ¢120.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 95732.—(30802).

Por escritura número 72, de las 11:30 horas del día 18 de marzo del año 2006, otorgada en notaría, los señores Bruno Arnold Werfeli, Elisabeth Fuchs-Gerster y Franziska Wuthrich, constituyeron B W Optics Medicinal & Industrail Sociedad Anónima. Capital social ¢100.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 95733.—(30803).

Por escritura número 70, de las 15:00 horas del día 16 de marzo del año 2006, otorgada en notaría, los señores Ana María Matarrita Salazar y Berny González Chacón, constituyeron Anama & Ritasa Sociedad Anónima. Capital social ¢120.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 95734.—(30804).

Por asamblea de socios la sociedad Hec Tres El Topacio de Playa Escondida III S. A., modifican cláusula segunda, undécima y nombra nueva junta directiva.—San José, 31 de marzo del año 2006.—Lic. Henry Delgado Jara, Notario.—1 vez.—Nº 95739.—(30805).

En esta notaría, a las once horas del veintinueve de marzo del dos mil seis, mediante la escritura número ciento cuatro, visible al folio ciento nueve vuelto y ciento diez frente y vuelto del tomo treinta y nueve, se constituyó Izquierda Ken Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado. Presidente y tesorero apoderados generalísimos.—Parrita, treinta de marzo del dos mil seis.—Lic. Esther Valverde Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 95752.—(30806).

En esta notaría, a las quince horas treinta minutos del veintisiete de marzo del dos mil seis, mediante la escritura número ciento uno, visible al folio ciento siete vuelto y ciento ocho frente y vuelto del tomo treinta y nueve, se modificó la cláusula sétima del pacto social constitutivo de Ponte Vedra de Chirraca Sociedad Anónima y se nombró nueva junta directiva.—Parrita, treinta de marzo del dos mil seis.—Lic. Esther Valverde Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 95753.—(30807).

Por escritura otorgada ante la notaria Rita María Herrera Durán a las 16:45 horas del 30 de marzo del año 2006, se constituyó la sociedad denominada Agropecuaria Bosque Verde ZN Sociedad Anónima, cuyo capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado.—Ciudad Quesada, 30 de marzo del 2006.—Lic. Rita Herrera Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 95754.—(30808).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 12:00 horas del 14 de marzo del 2006, Elida Pérez Vargas, cédula 2-181-070 y Rogelio Rojas Herrera, cédula 2-864-322, constituyen la sociedad anónima denominada El Rabi Electromuebles S. A. Su domicilio lo tendrá en Puntarenas centro, cincuenta metros este del Club Chino. Su capital será la suma de cien mil colones, representados por 10 acciones de diez mil colones cada una, de las cuales cada socio suscribe 5 acciones. La representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, la tendrán el presidente, el socio Rogelio Rojas Herrera y el tesorero, Javier Francisco Rojas Pérez, cédula 9-053-233.—Lic. Wálter Navarro Guadamuz, Notario.—1 vez.—Nº 95755.—(30809).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 15:00 horas del 17 de marzo del 2006, Agustín Francisco Lostalo Arroyo, cédula 6-289-550 y Marcela Patricia Lostalo Arroyo, cédula 6-270-187; constituyen la sociedad anónima denominada Francmar S.R.L., Su domicilio lo tendrá en Paso Ancho, San José, Residencial Pina, casa número trece B. Su capital será la suma de cien mil colones, representados por 10 cuotas de diez mil colones cada una, de las cuales cada socio suscribe 5 cuotas. La representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, la tendrán su gerente, la socia Marcela Patricia Lostalo Arroyo.—Lic. Wálter Navarro Guadamuz, Notario.—1 vez.—Nº 95756.—(30810).

Por escrituras otorgadas ante mí, a las 15:00 y 16:00 horas del 30 de marzo del dos mil seis, protocolicé actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de las sociedades Gruta Sagrada Sociedad Anónima y Caravasar Sociedad Anónima, en las cuales se modifica la cláusula sexta, de la administración y se nombra nueva junta directiva.—San José, 31 de marzo del 2006.—Lic. Ana Lorena Coto Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 95758.—(30811).

Por escritura XII-172 otorgada a las 15:00 horas del 29/03/2006, se modificó el pacto constitutivo, cláusulas segunda y sexta de Fervor de Buenos Aires Proyectos Culturales S. A.—Lic. Rolando Alfredo Corella Cruz, Notario.—1 vez.—Nº 95759.—(30812).

La suscrita Marta Emilia Rojas Carranza, notaria pública, constituí la sociedad denominada Acolor Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones, representado por cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una y un plazo social de noventa y nueve años. Es todo.—Palmares, 30 de marzo del 2006.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—Nº 95764.—(30813).

Por escrituras otorgadas ante mí, a las catorce horas y a las dieciséis horas ambas del día once de marzo del dos mil seis, se constituyeron respectivamente las empresas denominadas Teonoste Sociedad Anónima y Gualca del Río Sociedad Anónima, todas con su capital suscrito y pagado. Plazo social: 99 años.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Fresia Ramírez Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 95766.—(30814).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en la ciudad de San José, a las diecinueve horas del veintisiete de febrero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Cal Costa Properties Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo social: 100 años.—San José, 27 de marzo del 2006.—Lic. Karla Quevedo Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 95767.—(30815).

Por escritura otorgada ante el notario Rodolfo Loría Sáenz, a las nueve horas del veintinueve de marzo del año dos mil seis, se constituyeron Essential Management Ltda., Dark Sand D.S Ltda., Mystical Magician M & M Dos Mil Seis Ltda. Gerente con facultades independientes de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: cien años.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Rodolfo Loría Sáenz, Notario.—1 vez.—Nº 95769.—(30816).

Mediante escritura número cuatrocientos cincuenta y ocho, otorgada ante esta notaría, en ciudad de Cartago al ser las ocho horas del veintidós de febrero del año dos mil seis, escritura visible al folio ciento setenta y seis vuelto del tomo primero del protocolo del suscrito notario, se ha constituido la sociedad denominada Inmobiliaria Marjohbermi M B J M Sociedad Anónima. Capital social: totalmente suscrito y pagado por los socios.—Cartago, 28 de marzo del año 2006.—Lic. Jorge Andrés Cordero Leandro, Notario.—1 vez.—Nº 95770.—(30817).

Ante esta notaría a las nueve horas del veintisiete de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Compañía Darkins Fallon de Jooda Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente: Roy Estrada Blanco.—San José, 31 de marzo del 2006.—Lic. Teresita Hurtado Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 95771.—(30818).

Ante mi notaría, en fecha catorce de enero del dos mil seis, a las once horas Carlos Monge Carvajal, cédula de identidad número uno-novecientos diecisiete-novecientos sesenta y siete y Caroline Norma Hernández Ramírez, cédula número nueve-ciento tres-doscientos setenta y uno, constituyeron la sociedad denominada Villas Ticas Dulú Sociedad Anónima, domiciliada en Zapote, Barrio Quesada Durán, Las Luisas, residencial Pueblo Nuevo, casa uno E, el primero ostenta el cargo de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Verny Pacheco Segura, Notario.—1 vez.—Nº 95772.—(30819).

El señor Jorge Luis Vindas Cubillo y otros, constituyen empresa que se denomina Industrias y Empeños Jorvicu Sociedad Anónima. Es todo.—Cariari, Pococí, al ser las diez horas con treinta minutos del veinticinco de enero del dos mil seis.—Lic. Juan Alexis Barillas Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 95779.—(30820).

Mediante instrumento público número cincuenta y ocho-protocolo tomo uno-autorizado por mi notaría, a las diecisiete horas del veintiocho de marzo del dos mil seis, se constituye Ameba Sociedad Anónima. Domicilio: provincia de Alajuela, cantón San Ramón, distrito San Rafael, frente al centro comercial Plaza Occidente, Calle Arroyo. Objeto: particular compra y venta de propiedades. Objeto general: comercio, industria, ganadería, minería, cualquier otra actividad lícita. Capital social: diez mil colones, representados por diez acciones. Representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente, señor: Eugenio Rafael Lora Rodríguez, cédula número ocho-cero cero sesenta y siete-quinientos cuarenta y cinco.—Lic. Rocío Chaves Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 95783.—(30821).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del nueve de marzo del dos mil seis, se constituye la sociedad Sueños Escondidos de Ballena S Y B Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Presidente: Juan Carlos Solís Vega.—Pejibaye de Pérez Zeledón, 9 de marzo del 2006.—Lic. Silvia Elena Barrantes Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 95784.—(30822).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del nueve de marzo del dos mil seis, se constituye la sociedad Inversiones La Casita de Cristal C Y C Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Presidente: Suceth Barrantes Cubillo.—Pejibaye de Pérez Zeledón, 9 de marzo del 2006.—Lic. Silvia Elena Barrantes Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 95786.—(30823).

Constitución de la sociedad anónima Finca La Caridad, con un capital social de diez mil colones, por un plazo de noventa y nueve años, representación judicial y extrajudicial: presidente y tesorero.—Bagaces, 29 de marzo del 2006.—Lic. Guisella Lara Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº 95787.—(30824).

En mi notaría al ser las once horas del siete de marzo del año dos mil seis, se modificó la cláusula primera de la sociedad Cosine Enterprises Sociedad Anónima, para que de ahora en adelante se lea Tuanisimo Recri Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse Tuanisimo Recri S. A. Además se reforma la cláusula decimosétima del pacto constitutivo de la sociedad antes mencionada.—San José, 31 de marzo del 2006.—Lic. Gonzalo Gutiérrez Acevedo, Notario.—1 vez.—Nº 95790.—(30825).

Ante el suscrito notario Erick Varela Vargas, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Almacén Codi Sociedad Anónima, en la que se acordó modificar el plazo social siendo su último día de operaciones el treinta y uno de marzo del dos mil seis.—San José, 25 de marzo del 2006.—Lic. Erick Varela Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 95793.—(30826).

Ante el suscrito notario Erick Varela Vargas, se constituyó la sociedad Desarrollos Empresariales Gasly de la Costa Limitada, por un plazo social de noventa y nueve años desde el día diecinueve de enero del dos mil seis y con un capital social de diez mil colones.—San José, 19 de marzo del 2006.—Lic. Erick Varela Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 95794.—(30827).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del veinticinco de marzo del año dos mil seis, se constituyó la sociedad domiciliada en Alajuela Cargo Technology Systems CTS Sociedad Anónima, se nombra junta directiva.—Lic. Lilliana Fernández Urpí, Notaria.—1 vez.—Nº 95795.—(30828).

Mediante escritura número doscientos siete-doce, de las ocho horas del veintitrés de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad Ganadería Palmacaste Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Juan Carlos Segares Lutz, Notario.—1 vez.—Nº 95798.—(30829).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 17:30 horas del 20 de febrero del 2006, se constituyó la sociedad Ferretería Aguilar y Bustamante S. A. Domicilio: Escazú. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Escazú, 28 de marzo del 2006.—Lic. Marta Eugenia Ramírez Fonseca, Notaria.—1 vez.—Nº 95799.—(30830).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 14:00 horas del 27 de marzo del 2006, protocolicé acta de Inversiones Zafiro Azul R.M.B S. A., mediante la cual se revoca nombramientos de presidente, secretario, agente residente y se nombran nuevos, y se reforma cláusula sexta de los estatutos sociales.—San José, 27 de marzo del 2006.—Lic. Marlene Bustamante Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 95800.—(30831).

Ante mi notaría, se constituyó la empresa Servicios Profesionales Josnat A.C.T. Sociedad Anónima. Domicilio: Cartago, calle tres, avenidas ocho y diez. Capital social: diez mil colones íntegramente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 31 de marzo del 2006.—Lic. Andrés A. Pérez González, Notario.—1 vez.—Nº 95803.—(30832).

Ante mi notaría, se constituyó la empresa Inversiones Phenicie R. S. T. Sociedad Anónima. Domicilio: Cartago, calle tres, avenidas ocho y diez. Capital social: diez mil colones íntegramente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 31 de marzo del 2006.—Lic. Andrés A. Pérez González, Notario.—1 vez.—Nº 95804.—(30833).

Mediante escritura pública otorgada a las dieciséis horas del veintitrés de marzo del año dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Fut Master Solce Sociedad Anónima pudiendo abreviarse Fut Master Solce S. A. Capital social: diez mil colones. Presidente: Pedro Garcilazo Solera Astúa.—Lic. Katherine Villalobos Rosales, Notaria.—1 vez.—Nº 95805.—(30834).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las quince horas del día veintidós de marzo del dos mil seis, donde se constituye la sociedad de esta plaza denominada Díaz & Cuellar Group Sociedad Anónima.—San José, 22 de marzo del 2006.—Lic. José Rojas Méndez, Notario.—1 vez.—Nº 95807.—(30835).

Hago constar que mediante escritura número veintitrés-ciento veinticuatro, otorgada ante esta notaría a las doce horas del veintiocho de marzo del año dos mil seis, se modifica íntegramente la cláusula sexta de los estatutos de la sociedad denominada Cerebros Asociados Sociedad Anónima.—Desamparados, 28 de marzo del 2006.—Lic. Wilber Enrique Vargas Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 95808.—(30836).

Ante mi notaría por la escritura número doce-dieciséis se realizó la protocolización de acuerdos de la asamblea de socios de la sociedad The Freedom Calls S. A. en la cual se cambia la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, 31 de marzo del 2006.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 95810.—(30837).

El suscrito notario hace constar que en esta notaría el día de hoy, se protocolizó acta de Vanderbilt Hills Investments Sociedad Anónima. Es todo.—Firmo en Palmar Osa, Puntarenas, a las dieciocho horas del veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 95811.—(30838).

Por escritura otorgada bajo mi notaría, a las 15:00 horas del 18 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad denominada Constructora Tiffer Sociedad Anónima. Capital social: doce mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Ana Gabriela Massey Machado, Notaria.—1 vez.—Nº 95812.—(30839).

Por escritura Nº 136 otorgada ante esta notaría, a las 15:30 horas del 27 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad anónima denominada Macalve E - Dominios Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pago. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 31 de marzo del 2006.—Lic. Adriana Chin Wo Astúa, Notaria.—1 vez.—Nº 95813.—(30840).

Por escritura Nº 292 otorgada ante esta notaría, a las 18:20 horas del 3 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad anónima denominada Finca Macalve Teak Uno Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pago. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 31 de marzo del 2006.—Lic. Adriana Chin Wo Astúa, Notaria.—1 vez.—Nº 95814.—(30841).

El suscrito notario manifiesta que por escritura otorgada en esta notaría a las diez horas del treinta y uno de marzo del año dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Pizzería Smart Sociedad Anónima.—31 de marzo del 2006.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—(30900).

En mi notaría, protocolizó acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de la sociedad Frellen Sociedad Anónima. Se reforman cláusulas primera, segunda y sexta del pacto social. Se cambia el nombre a Viajes Keith Sociedad Anónima. Se reforma cláusula de la administración y se cambia el domicilio. Se nombran nueva junta directiva. Presidente, secretario y tesorero y fiscal.—San José, a las 11:00 horas del 31 de marzo del 2006.—Lic. Enrique Cano Chaves, Notario.—1 vez.—(30911).

Se modifica artículo noveno y se acepta renuncia del tesorero de la junta directiva de la compañía Grupo Avícola Unido S. A. Asamblea celebrada en Alajuela a las quince horas del diecinueve de diciembre del dos mil cinco.—Lic. Patricia Zumbado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(30940).

Por escritura otorgada ante la suscrita en fecha veintiuno de marzo, se reforma cláusulas del pacto constitutivo de Servimed CR Sociedad Anónima.—Heredia, 30 de marzo del 2006.—Lic. Eilyn Alina Soto Campos, Notaria.—1 vez.—(30946).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del treinta y uno de marzo del año 2006, se reformó la cláusula segunda del domicilio de la sociedad denominada Servialmo Sociedad Anónima.—San José, 31 de marzo del 2006.—Lic. Pablo Fernando Ramos Vargas, Notario.—1 vez.—(30950).

Ante esta notaría, a las 16:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad anónima denominada Odontología Tecnológica (ODONTEC) Sociedad Anónima. Capital social: ¢100.000,00, totalmente suscrito y pagado. Presidente: Arturo Freer Vargas. Domicilio: San Rafael, Escazú, San José. Lic. Mauricio Rodríguez Montero y Laura Gabriela Molinari Vílchez, Notarios.—Heredia, 28 de agosto del 2005.—Lic. Laura Gabriela Molinari Vílchez, Notaria.—1 vez.—(30952).

Por escritura de protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Ceabe S. A. otorgada en esta notaría a las 7:00 horas del día 3 de abril del 2006, se reformó las cláusulas segunda domicilio, sexta representación legal, se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—Heredia, 3 de abril del 2006.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(30998).

Por escritura de protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Publicaciones Comerciales (PUBLICOMER) L.A.C. S. A. otorgada en esta notaría a las 8:00 horas del día 3 de abril del 2006, se reformó las cláusulas segunda domicilio, sexta representación legal, se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—Heredia, 3 de abril del 2006.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(31000).

Por escritura de protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Corporación Luman Norte S. A. otorgada en esta notaría a las 7:00 horas del día 31 de marzo del 2006, se reformó las cláusulas segunda domicilio, sétima representación legal, se nombra nueva junta directiva.—Heredia, 30 de marzo del 2006.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(31001).

Por escritura de protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Grupo Constructivo Belén Ocho Dorado S. A. otorgada en esta notaría a las 8:00 horas del día 30 de marzo del 2006, se reformó las cláusulas segunda domicilio, cuarta capital social, sétima representación legal, se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—Heredia, 30 de marzo del 2006.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(31003).

Por escritura de protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Grupo Constructivo Belén Nueve Rosado S. A. otorgada en esta notaría a las 7:00 horas del día 30 de marzo del 2006, se reformó las cláusulas segunda domicilio, cuarta capital social, sétima representación legal, se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—Heredia, 30 de marzo del 2006.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(31004).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 9:10 horas del día 29 de marzo del año 2006, se constituyó la sociedad Villa Regina S. A. Presidente: Pietro Rota-Negroni. Capital social: treinta mil colones. Domicilio: San José, La Uruca.—Lic. Francisco Hernán Barth Villalobos, Notario.—1 vez.—(31005).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las siete horas del primero de abril del dos mil seis, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Octava Larronda al este S. A. Se hacen nombramientos de junta directiva y fiscal.—San José, siete horas del tres de abril del dos mil seis.—Lic. Dennia María Barboza Núñez, Notaria.—1 vez.—(31018).

Mediante escritura pública número setenta y tres, del tomo tercero de mi protocolo, el día veintitrés de marzo del año dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima denominada J Delgado S. A. Objeto principal: comercio de toda clase de bienes y servicios, agricultura, ganadería, industria, turismo, importación y exportación de bienes. Domicilio: Alajuela, Santiago Oeste, El Coco, cien sur del antiguo radar. Capital social: suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo: noventa y nueve años.—Alajuela, 24 de marzo del 2006.—Lic. Luz Amelia Ramírez Garita, Notaria.—1 vez.—(31025).

En el día de hoy, ante esta notaría, a las 8:00 horas, se constituyó la empresa Ferretería Electrónica A. CH. Sociedad Anónima, con domicilio social en Pavas, con un capital social de diez mil colones, y cuyo presidente y apoderado generalísimo es el señor Norman Alvarado Chaves, con cédula Nº 9-014-629.—San José, 21 de marzo del 2006.—Lic. Antonio Barboza Rodríguez, Notario.—1 vez.—(31032).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día treinta de marzo del dos mil seis, se reforman las cláusulas segunda del domicilio y sétima del consejo de la administración de A. T. Especialidades Dentales Belén Sociedad Anónima.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Ligia Quesada Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 95817.—(31035).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 16:00 horas del 30 de marzo del 2006, se protocolizó acta de la sociedad Casa Mía CD de San José Número Dos Sociedad Anónima, donde se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Luis Gustavo González Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 95819.—(31036).

Por escritura otorgada hoy ante mí, Gene IP Networks S. A. representado por Rodrigo Bogarín Navarro, MGS Innovación Tecnológica S. A. representada por Mario José González Segura y Consultproyect S. A., representada por Luis Enrique Solano Azofeifa, constituyen BSG-PM Consulting Group Sociedad Anónima -en español Grupo de Consultoría Sociedad Anónima- pudiendo abreviarse BSG-PM Consulting Group S. A. Domicilio social: Curridabat, San José. Plazo social: 99 años. Objeto social: servicios de consultoría en administración de proyectos. Capital social: 1.500,00 dólares moneda de los Estados Unidos de Norteamérica. Presidente: Rodrigo Bogarín Navarro.—San Ramón, 19 de enero del 2006.—Lic. Willy Rojas Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 95820.—(31037).

Por escritura Nº 190 - 1 del tomo 1 de mi protocolo, otorgada en esta ciudad a las 10:30 horas del 30 de marzo del presente año, la sociedad costarricense denominada IL Mio Sole S. A., cédula jurídica Nº 3-101-433659, se modifica sus estatutos sociales.—San Isidro de El General, 30 de marzo del 2006.—Lic. Maribel Barrantes Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 95822.—(31038).

Por escritura Nº 188 - 01, otorgada en San Isidro de El General a las 12:00 horas del 27 de marzo del 2006, se constituye la sociedad costarricense que se denominará con el nombre de Propiedades Tarheel S. A.—San Isidro de El General, 30 de marzo del 2006.—Lic. Maribel Barrantes Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 95823.—(31039).

Por escritura Nº 187 - 01, otorgada en San Isidro de El General a las 10:30 horas del 27 de marzo del 2006, se constituye la sociedad costarricense que se denominará con el nombre de Cabinas El Congo de una Pierna S. A.—San Isidro de El General, 30 de marzo del 2006.—Lic. Maribel Barrantes Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 95824.—(31040).

Ante mí, a esta hora y fecha se constituyó Autos Las Carolinas Sociedad Anónima. Con domicilio en Grecia centro. Con un capital social de cien mil colones; y por un plazo de noventa y nueve años. Fueron nombrados como presidente, secretario y tesorero en su orden a Ronald Alberto Rodríguez Campos, Rebecca Jane Knox y Xenia María Rodríguez Campos, todos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente y pudiendo cualquiera de ellos asumir la representación judicial y extrajudicial de la compañía.—Grecia, 16:00 horas del 29 de marzo del 2006.—Lic. Flory Yadira Alfaro Retana, Notaria.—1 vez.—Nº 95825.—(31041).

En mi notaría, mediante escritura otorgada a las 10:00 horas del 23 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad mercantil denominada Inversiones Agroecoturísticas Nandara Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: el comercio, la consultoría en informática, el turismo, la agricultura, la ganadería, la exportación e importación, los servicios y la industria. Presidente: Orlando Hernández Ramírez.—San Ramón de Alajuela, 23 de marzo del 2006.—Gustavo Arturo Arroyo Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 95826.—(31042).

En mi notaría, mediante escritura otorgada a las 11:00 horas del 20 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad mercantil denominada Consorcio Comercial y Cultural Ramiparo de Santiago Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: el comercio, la consultoría en informática, el turismo, la agricultura, la ganadería, la exportación e importación, los servicios y la industria. Presidente: Milton Porras Vargas.—San Ramón de Alajuela, 20 de marzo de 2006.—Gustavo Arturo Arroyo Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 95827.—(31043).

Por escritura número ciento cincuenta y uno, otorgada ante esta notaría, el día veinticuatro de marzo del año dos mil seis, a las dieciséis horas, treinta minutos se reformó la cláusula sexta de la sociedad Lilliana Primera S. A.—Lic. Adriana Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 95828.—(31044).

Por escritura pública número cuarenta y cinco-uno, otorgada ante el suscrito notario público, a las nueve horas del veintinueve de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad Candles by Marce Sociedad Anónima que traducida al español es Candelas por Marce Sociedad Anónima. Por un plazo social de noventa y nueve años. Con un capital social de diez mil colones. Domicilio social en la provincia San José, Desamparados, Jardines de Cascajal setenta y cinco metros sur del antiguo taller Aros Alex. Presidenta: Marcela Gonzáles Picado.—Lic. Francisco Javier Madrigal Acosta, Notario.—1 vez.—Nº 95832.—(31045).

En esta notaría, mediante escritura número sesenta y cuatro de las diez horas del treinta de marzo del dos mil seis, se constituyó Inversiones El Bien Tico de Los Andes Sociedad Anónima. Capital: 10.000 colones. Presidente: Jairo Nel Hernández Velasco. Plazo: 99 años. Domicilio: San Francisco de Heredia, condominio Los Sauces, número trece.—Rose Mary Zúñiga Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 95833.—(31046).

Por escritura número 107, otorgada a las 13:00 horas, protocolicé una acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima: Rice Lake Cuatro S. A., en la cual se acordó la revocatoria y nuevo nombramiento de los miembros de la junta directiva y el fiscal, y se modifican las cláusulas segunda y novena de la escritura social. Por escritura número 108, otorgada a las 14:00 horas, protocolicé una acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima: Morentense S.A., en la cual se otorga poder especial al señor Roy Moya Cordero. Por escritura número 109, otorgada a las 14:10 horas, protocolicé una acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima: Crow Land Company S. A., en la cual se acordó la revocatoria y nuevo nombramiento de los miembros de la junta directiva, el fiscal y agente residente, y se modifican las cláusulas segunda y sétima de la escritura social.—San José, treinta de marzo del año dos mil seis.—Lic. Óscar Noé Ávila Molina, Notario.—1 vez.—Nº 95834.—(31047).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 23 febrero del 2006, Fernando y Carolina ambos Estrada Norza, constituyen Kundal S. A. Presidente: el primero. Capital: ¢ 1.000.000. Plazo: 100 años. Objeto: arriendo de bienes inmuebles y su comercialización. Fideicomiso.—Lic. José Miguel Solórzano Morera, Notario.—1 vez.—Nº 95842.—(31048).

Por escritura de las 9:00 horas del 18 de marzo del 2006, ante esta notaría se protocolizó asamblea general extraordinaria de Cuendis Segura S.A., se cambia nombre a Inversiones Mostowski M C S. A., se revoca y nombra agente residente. Escritura ante notario Gerardo Bosco Calderón Cerdas.—San José, 27 de marzo del 2006.—Gerardo Bosco Calderón Cerdas, Notario.—1 vez.—Nº 95844.—(31049).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizan los acuerdos de asamblea extraordinaria de accionistas de la empresa Eastman Property Holding Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula segunda, del domicilio y se otorga un poder generalísimo sin límite de suma. Es todo.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—Nº 95846.—(31050).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las quince horas del trece de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Tacame G & G Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Tacame G & G  S. A.; que es nombre de fantasía. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: agricultura, ganadería, industria, comercio en general y todo lo relacionado con actividades del turismo, bienes raíces. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, el señor Jorge Enrique González González.—Alajuela, treinta de marzo del dos mil seis.—Óscar Fernando Murillo Arias, Notario.—1 vez.—Nº 95849.—(31051).

Por medio de la escritura número ciento seis, del tomo sexto de mi protocolo, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Producticos Lo Mejor de Costa Rica S. A., mediante la cual se llevó acabo el cambio de la junta directiva y fiscal, asimismo de modificaron las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo.—San José, veintiocho de marzo del dos mil seis.—Lic. Alban Sing Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 95850.—(31052).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del veintisiete de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Corporación GLOBCOMCEP CPJ Sociedad Anónima. Domicilio social: Ciudad Colón de San José. Capital social: cuarenta mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Chistopher René Aguilar Rodríguez. Secretario: José Pablo Mora Ramírez. El presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San Ramón de Alajuela, 29 de marzo del 2006.—Lic. Jonatán José Barrantes Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 95852.—(31053).

Que en mi notaría, al ser las quince horas del treinta de marzo del año dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Charlie Soto Tours okey dokey Sociedad Anónima, en el cual el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, es el señor Carlos Soto Fajardo, mayor, casado, empresario, vecino de barrio Pacuare de Limón, casa o 14, contiguo a la licorera El Éxito, cédula de identidad número siete-cero cinco dos-siete cinco dos. El plazo de duración indefinido y su domicilio social es en Limón, barrio Pacuare, contiguo a la licorera El Éxito.—Limón, 30 de marzo del 2006.—Lic. Allam Chaves Campos, Notario.—1 vez.—Nº 95853.—(31054).

Que en mi notaría, al ser las nueve horas del dieciséis de marzo del año dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Taller Interafricano Sociedad Anónima, en la cual el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Macus Morris Morris, mayor, casado, mecánico, vecino de barrio Bambú, Corales uno, casa dos-cincuenta y cinco, con cédula de residencia número CR cinco cuatro cero-cero uno nueve nueve tres tres cuatro cero cero cero cero cero cero. El plazo de duración indefinido y su domicilio social será barrio Bambú, Corales uno, casa dos-cincuenta y cinco.—Limón, 16 de marzo del 2006.—Lic. Jorge A. Castro Ortiz, Notario.—1 vez.—Nº 95855.—(31055).

Por escritura de cambio de domicilio, de la representación y junta directiva de la sociedad anónima denominada Inversiones Dieciocho de Diciembre Sociedad Anónima, en asamblea general ordinaria y extraordinaria, celebrada en su domicilio social sito San José, Zona Industrial de Pavas, ciento veinticinco metros al este de las oficinas centrales de Pizza Hut, a las ocho horas, treinta minutos del quince de febrero del año dos mil seis. Escritura otorgada al ser las veinte horas, treinta minutos del primero de marzo del año dos mil seis.—Lic. Rebeca Linox Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 95857.—(31056).

Por escritura pública número ciento cinco otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del veintitrés de marzo del dos mil seis, se nombró nuevo secretario, agente residente y fiscal de la compañía Tiara Dorada S. A.—San José, veintitrés de marzo del dos mil seis.—Lic. Amado Alejandro Sánchez Harding, Notario.—1 vez.—Nº 95858.—(31057).

En asamblea general extraordinaria de Yiddis S. A., celebrada el día 29 de marzo del 2006, a las 8:00 horas se nombró nueva junta directiva y se cambió domicilio social.—Ciudad Neily, 30 de marzo del 2006.—Lic. Luis A. Canales Cortés, Notario.—1 vez.—Nº 95860.—(31058).

En asamblea general extraordinaria de Zarevich S. A., celebrada el día 28 de marzo del 2006, a las 16:00 horas se nombró nueva junta directiva y se cambió domicilio social y se reformó la cláusula sétima del pacto constitutivo.—Ciudad Neily, 30 de marzo del 2006.—Lic. Luis A. Canales Cortés, Notario.—1 vez.—Nº 95861.—(31059).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de la sociedad Zancudo de Plata S. A., donde se modifica domicilio, cláusula de administración y cambio de junta directiva.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 95862.—(31060).

Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario público, con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad anónima denominada Sanguisarba Officinalis Sociedad Anónima, a las trece horas, treinta minutos del dos de marzo del dos mil seis. Presidente con la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Atenas, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 95863.—(31061).

Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario, con oficina en Atenas, hago constar que el día veintinueve de marzo del dos mil seis, a las ocho horas en la ciudad de Atenas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Beau Jardín Sociedad Anónima, en la cual se nombra nuevo presidente y tesorero y se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Atenas, treinta y uno de marzo del dos mil seis.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 95864.—(31062).

Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario público con oficina en Atenas, hago constar que el día veintinueve de marzo del dos mil seis, a las nueve horas en la ciudad de Atenas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Vie de Rêves Sociedad Anónima, en la cual se nombra nuevo presidente y tesorero y se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Atenas, treinta y uno de marzo del dos mil seis.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 95865.—(31063).

Ante mí, Alejandro Alonso Román González, notario público con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad anónima denominada Jacques en el Verdor de su Rincón Sociedad Anónima, a las ocho y treinta horas del diez de febrero del dos mil seis. Presidente con la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Atenas, treinta de marzo del dos mil seis.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—Nº 95866.—(31064).

Eduardo Chaves Arrieta, mayor, soltero en unión libre, empresario, vecino de Cuipilapa de Fortuna de Bagaces, frente a la iglesia católica, con cédula de identidad numero 5-265-302, y otra, constituye sociedad denominada Ecoturísticas Vistas Lindas del Miravalles S. A. Domiciliada en Cuipilapa, Fortuna, Bagaces, así consta mediante escritura numero 18-5, visible al folio 11 vuelto del tomo 5 del notario Melvin Lobo Palacio.—Aguas Claras, Upala, 30 de marzo del 2006.—Lic. Melvin Lobo Palacio, Notario.—1 vez.—Nº 95867.—(31065).

Ante esta notaría, a las trece horas del día de 18 de abril del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Multiservicios G&T San Roque Sociedad Anónima. Cuyo presidente es Gerardo Chacón Araya. Domicilio: Guanacaste, Liberia. barrio San Roque contiguo a salón Brasilia.—Liberia, 29 de noviembre del 2005.—Lic. José Daniel Martínez Espinoza, Notario.—1 vez.—Nº 95868.—(31066).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, a las 14:00 horas se protocolizaron acuerdos de asamblea de socios de la empresa Conti-San José Sociedad Anónima, mediante el cual se reforman las cláusulas primera, segunda, tercera y decimotercera del pacto social.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Alberto Pauly Sáenz, Notario.—1 vez.—Nº 95870.—(31067).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, a las ocho horas se constituyó la sociedad VM Ochocientos Uno Propiedades Limitada. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, 1º de marzo del 2006.—Lic. Guillermo Zúñiga González, Notario.—1 vez.—Nº 95871.—(31068).

Ante esta notaría, a las diez horas del día veintisiete de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Los Cuatro de Santa Cecilia Sociedad Anónima, cuyo Presidente es Ronald Eduardo Parra Cordero. Domicilio: La Cruz, Guanacaste.—La Cruz, 29 de marzo del 2006.—Lic. Carmen Chavarría Marenco, Notaria.—1 vez.—Nº 95872.—(31069).

Por escritura de las 14:00 horas del 30 de marzo del 2006, otorgada ante esta notaría pública se modifica la cláusula novena del pacto social de Inversiones del Oeste S. A.—30 de marzo del 2006.—Lic. Benjamín Gutiérrez Contreras, Notario.—1 vez.—Nº 95873.—(31070).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 16:00 del 30 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad denominada Pangaea Properties Costa Rica LLC Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado íntegramente.—San José, 31 de marzo del 2006.—Lic. José Gerardo Guillén Mora, Notario.—1 vez.—Nº 95874.—(31071).

Ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Paraíso Casa San Ramón S. A. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente. Domicilio: San José. Plazo: cien años.—San José, marzo del dos mil seis.—Lic. Eugenia Carazo Gólcher, Notaria.—1 vez.—Nº 95875.—(31072).

Ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Paraíso Casa San Ramón S. A. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente. Domicilio: San José. Plazo: cien años.—San José, marzo del dos mil seis.—Lic. Eugenia Carazo Gólcher, Notaria.—1 vez.—Nº 95875.—(31072).

Por escritura otorgada al ser las doce y treinta horas del siete de octubre del año dos mil cinco, se ha constituido la sociedad denominada Inversiones Prosicsa de Guanacaste Sociedad Anónima. Constituida por Gerardo Asdrúbal Ocampo Baltodano, cédula uno-cuatrocientos uno-ciento veintiuno y María Lourdes Ocampo Baltodano, cédula uno-novecientos cincuenta y seis-doscientos noventa y dos. Capital social: cien mil colones.—San José, veintinueve de marzo del año dos mil seis.—Lic. Bismark Eduardo Rivas Loáiciga, Notario.—1 vez.—Nº 95881.—(31074).

Mediante escritura ante mí, otorgada en San José a las nueve horas del veinticinco de marzo del dos mil seis, se constituyó Grupo Delzel S.A.—Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—Nº 95882.—(31075).

Mediante escritura ante mí, otorgada en San José a las ocho horas del veinticinco de marzo del dos mil seis, se constituyó Consultorio Médico Delzel S. A.—Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—Nº 95883.—(31076).

Mediante asamblea general la sociedad Inversiones Inmobiliarias Ocho-D de San Agustín Sociedad Anónima decidió cambiar su razón social a Inversiones Montegut Ocho-D Sociedad Anónima.—San José, a las diez horas del veintiocho de marzo de dos mil seis.—América Zeledón Carrillo, Notaria.—1 vez.—Nº 95885.—(31077).

Se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Priciji S. A., en la cual se nombra nuevo presidente.—San José, 31 de marzo del 2006.—Lic. Yeric González Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 95886.—(31078).

Por escritura otorgada ante esta notaría, de las dieciséis horas del dos de febrero del dos mil seis, se constituyó Grupo Herrera y Asociados S. A.—San José, treinta y uno de enero del dos mil seis.—Lic. Ana Gabriela Aguilar Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 95891.—(31079).

Por escritura otorgada ante esta notaría, de las once horas y cuatro minutos del primero de febrero del dos mil seis, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de Dismédica de Costa Rica S. A.—San José, treinta y uno de enero del dos mil seis.—Lic. Ana Gabriela Aguilar Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 95892.—(31080).

El suscrito notario hace constar, que el día de hoy ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Condominio Vilyuy C.V. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuatro mil quinientos diecisiete, mediante la que se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto social, correspondientes al domicilio y a la administración de la sociedad, respectivamente y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Guadalupe, Goicoechea, treinta y uno de marzo del dos mil seis.—Federico Flores Varela, Notario.—1 vez.—Nº 95893.—(31081).

Por escritura número 55, otorgada a las 15:30 horas del día 30 de marzo del año 2006, ante el notario Giovanni Portuguez Barquero, se constituyó la empresa denominada KAAF Asesores Jurídicos Internacionales Sociedad Anónima. Domicilio: Cartago centro. Plazo: 99 años. Objeto: asesoría jurídica, comercio y otros. Capital: 10.000 colones. Representación: presidente apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, 30 de marzo del año 2006.—Lic. Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 95897.—(31082).

El día de hoy, se constituyó G Y G Consultores-Constructores S. A. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, nueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Lorena Montt Villacura, Notaria.—1 vez.—Nº 95898.—(31083).

Ante mí, a las diez horas del día seis de febrero de dos mil seis, el señor Fernando González Pinto y la señora Angélica Loáiciga Duarte, constituyen la sociedad Sharpei F. G. P. Sociedad Anónima.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Ligia Castiglioni Longueira, Notaria.—1 vez.—Nº 95904.—(31085).

En mi notaría, se constituyó la entidad denominada Four Springs Sociedad Anónima, léase correctamente en castellano Cuatro Manantiales Sociedad Anónima. Representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, su presidente y tesorera. Domiciliada en Nicoya, Guanacaste.—Lic. Greiman Herrera Espinoza, Notario.—1 vez.—Nº 95906.—(31086).

Mediante escrituras autorizadas por mí, a las ocho horas; a las ocho horas, veinte minutos; a las ocho horas, cuarenta minutos; a las nueve horas; a las nueve horas, veinte minutos; a las nueve horas, cuarenta minutos; a las diez horas; a las diez horas, veinte minutos; a las diez horas, cuarenta minutos; a las once horas; a las trece horas, treinta minutos; a las catorce horas y a las catorce horas, treinta minutos del treinta de marzo del dos mil seis, se constituyeron las sociedades, Hotelera Las Mariposas de Colores LLC Limitada; Desarrolladora Comercial del Cielo a la Tierra LLC Limitada; Bienes y Servicios Villa del Mar LLC Limitada; Desarrollo Hotelero Palmera del Pacífico LLC Limitada; Desarrollo Urbanístico y Hotelero El Riachuelo LLC Limitada; Compañía Inmobiliaria y Turística El Arco Iris LLC Limitada; Desarrolladora Comercial El Almendro LLC Limitada; Sistemas y Servicios Internacionales B Y C Sociedad Anónima; Compañía Internacional de Proyectos Turísticos y Urbanos Sociedad Anónima; Inversiones Turísticas e Inmobiliarias Los Querubines Sociedad Anónima; Sea Esta LLC Limitada; Desmond Coastal Properties LLC Limitada cuya traducción al idioma español es Propiedades Costeras Desmond LLC Limitada; Angie Girls LLC Limitada cuya traducción al idioma español es Chicas Angie LLC Limitada. Con un capital social de treinta mil colones cada una.—San José, treinta de marzo del dos mil seis.— Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 95908.—(31087).

Por escrituras otorgadas ante este notario, a las doce horas; a las doce horas, treinta minutos y a las trece horas del treinta de marzo del dos mil seis, se protocolizaron las actas de asamblea general ordinaria y extraordinaria, y asambleas general extraordinarias de socios de las compañías Lo Más Hermoso de mi Tierra LLC Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos veintidós mil setecientos noventa y seis; mediante la cual se transformó a Lo Más Hermoso de mi Tierra Sociedad Anónima, y en virtud de ello se modifica la totalidad del pacto constitutivo; Perra Bonita Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo, y Gata Vaca Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 95909.—(31088).

Ante esta notaría, se ha constituido la sociedad Génesis Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado.—César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—Nº 95913.—(31089).

Ante esta notaría, a las ocho horas del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada MC International Design Sociedad Anónima. Capital social: ¢ 10.000,00 totalmente suscrito y pagado. Plazo social: 99 años. Presidenta: Martha Alecia Clayton.—San José, 30 de marzo del 2006.—Randall Fernández Argüello, Notario.—1 vez.—Nº 95915.—(31090).

Ante esta notaría a las nueve horas del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Costa Bella Inversiones Sociedad Anónima. Capital social: ¢10.000,00 totalmente suscrito y pagado. Plazo social: 99 años. Presidente: Jolon Gabriel Bankey.—San José, 30 de marzo de 2006.—Lic. Randall Fernández Argüello, Notario.—1 vez.—Nº 95916.—(31091).

Por escritura otorgada ante mí a las doce horas del día treinta de marzo del dos mil seis, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad con domicilio en Moravia denominada Automotores Finos de Primera Clase Mundial Sociedad Anónima. Se nombran presidente, secretario y tesorero por todo el período social y se cambia el domicilio social.—Lic. Mario Alberto Brenes Arroyo, Notario.—1 vez.—Nº 95918.—(31092).

En mi notaría, se ha constituido la sociedad Tibisay S. A. que es nombre de fantasía. Presidenta la socia Tibisay Nazar Álvarez en Guadalupe a las quince horas del veintiocho de marzo del año dos mil seis.—Lic. Priscilla Rodríguez Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 95920.—(31093).

Ante la notaria María Isabel González Rojas, se constituye Quinta Los Gallardo S. A. Capital: 100.000. Plazo: 99 años. Domicilio: San José, San Francisco de Dos Ríos doscientos sur de la esquina sureste del Polideportivo La Pacífica.—31 de marzo del 2006.—Lic. María Isabel González Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 95921.—(31094).

Ante mi notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Consultorías y Mentenimiento A.D.—San José, 31 de marzo del 2006.—Lic. Galina Morales Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 95922.—(31095).

Ante mi notaría, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de El Guijarro de Oro S. A., la cláusula segunda y novena del pacto constitutivo de Privacy & Nature y la cláusula segunda de Tigger SGD Dos S. A.—San José, 31 de marzo del 2006.—Lic. María Eugenia Corrales Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 95924.—(31096).

Por escritura otorgada ante el notario público Alexander Zamora Ovares, a las catorce horas del veinte de enero del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Transportes Famar de Turrialba, siendo su presidente el señor José German Elizondo Vargas.—Turrialba, 26 de enero del 2006.—Lic. Magali Andrade Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 95925.—(31097).

Se avisa que en esta notaría, se tramita la inscripción de la sociedad anónima Corporación Cristy S. A.—31 de marzo del 2006.—Lic. José Ricardo Guevara Guevara, Notario.—1 vez.—Nº 95926.—(31098).

Se avisa que en esta notaría, se tramita la inscripción de la sociedad anónima Corporación Paso Canoas. Capital: suscrito y cancelado.—31 de marzo del 2006.—Lic. José Ricardo Guevara Guevara, Notario.—1 vez.—Nº 95927.—(31099).

Se avisa que en esta notaría, se tramita la inscripción de la sociedad anónima El Tranquilo Sierpe S. A. Capital: suscrito y cancelado.—31 de marzo del 2006.—Lic. José Ricardo Guevara Guevara, Notario.—1 vez.—Nº 95928.—(31100).

Se avisa que en esta notaría, se tramita la inscripción de la sociedad anónima Mi Lugar de Descanso. Capital: suscrito y cancelado.—31 de marzo del 2006.—Lic. José Ricardo Guevara Guevara, Notario.—1 vez.—Nº 95929.—(31101).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 27 de marzo del año 2006, se reforma cláusula segunda del pacto constitutivo, se revocan los nombramientos de la junta directiva y fiscal y se hacen nuevos nombramientos en la sociedad Inversiones Copa Cabana del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos tres uno cero siete cinco.—Pérez Zeledón, 27 de marzo del año 2006.—Lic. Juan Carlos Céspedes Chinchilla, Notario.—1 vez.—Nº 95931.—(31102).

Ante mi notaría, en fecha veintinueve de marzo del dos mil seis, por medio de la escritura número dieciséis, se constituye la sociedad Constructora Nuevos Horizontes Sánchez y Loría Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones, domicilio en Santo Domingo de Heredia. Plazo: noventa y nueve años, representante legal presidente.—San José, 31 de marzo del 2006.—Lic. Rebeca Flores Loría, Notaria.—1 vez.—Nº 95932.—(31103).

Ante mi notaría, en fecha quince de marzo del dos mil seis, por medio de la escritura número quince, se constituye la sociedad Constructora Navarro y Sosa Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones, domicilio en Tibás. Plazo: noventa y nueve años, representante legal presidente.—San José, 31 de marzo del 2006.—Lic. Rebeca Flores Loría, Notaria.—1 vez.—Nº 95933.—(31104).

Por escritura otorgada ante mí, se protocoliza acta de la sociedad Inversiones Tigre Verde N.L.L. Sociedad Anónima. Cambio: secretaria y tesorera.—San José, 23 de marzo del 2006.—Lic. Óscar Picado Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 95936.—(31105).

Ante mí, Róger Santiago Mora Calderón, notario público de La Unión, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada F J Corporación de Transporte para Servicios y Promoción Limitada, con capital social de quinientos mil colones, por un plazo de noventa y nueve años. Gerente: Marlene Flores Díaz, domicilio San José, San Isidro de Coronado, veinticinco metros al este Palí de Ipís constituida a las quince horas, cinco minutos del día dieciséis de enero del dos mil seis.—Lic. Róger Santiago Mora Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 95938.—(31106).

Ante mí, Róger Santiago Mora Calderón, notario público de La Unión, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Floja Inversiones Limitada, con capital social de seiscientos mil colones, por un plazo de noventa y nueve años. Gerente: Marlene Flores Díaz, domicilio San José, San Isidro de Coronado, veinticinco metros al este Palí de Ipís constituida a las quince horas, cinco minutos del día dieciséis de enero del dos mil seis.—Lic. Róger Santiago Mora Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 95939.—(31107).

En mi notaría, por escritura de las ocho horas del veinte de marzo del dos mil seis, protocolicé acuerdos de asamblea de socios de Crxma S. A., se revoca nombramiento de presidente y se nombra nuevo presidente de junta directiva.—Lic. Víctor Záratte Leytón, Notario.—1 vez.—Nº 95940.—(31108).

Mediante la escritura número trescientos veinticuatro-once visible al folio ciento cuarenta y dos frente del tomo once del protocolo del notario Roy Alberto Ramírez Quesada, otorgada en Ciudad Quesada, a las doce horas con treinta minutos del veintisiete de junio del año dos mil cinco, se constituyó la compañía Clidesanri Cysamuro Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, jueves 30 de marzo del 2006.—Lic. Roy Alberto Ramírez Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 95943.—(31109).

Mediante la escritura número sesenta y ocho-trece visible al folio veintinueve vuelto del tomo trece del protocolo del notario Roy Alberto Ramírez Quesada, otorgada en Ciudad Quesada, a las doce horas del dos de marzo del año dos mil seis, se constituyó la compañía Servicios Profesionales de Calidad Cava Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, jueves 30 de marzo del 2006.—Lic. Roy Alberto Ramírez Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 95944.—(31110).

Mediante la escritura número trescientos sesenta y seis-doce visible al folio ciento sesenta vuelto del tomo doce del protocolo del notario Roy Alberto Ramírez Quesada, otorgada en Ciudad Quesada, a las once horas con treinta minutos del diecinueve de diciembre del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad compañía Sociedad Inmobiliaria Hermanos R S Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, miércoles 15 de marzo del 2006.—Lic. Roy Alberto Ramírez Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 95945.—(31111).

Por escritura otorgada en San José, a las 8:00 horas del 30 de marzo del 2006, se constituye Dalagi Castillo S. A. Presidenta: Laura Yesenia Castillo Rodríguez.—Lic. Julio Rojas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 95949.—(31112).

Por escrituras otorgadas ante mi hoy se constituyeron las entidades: Ceibas del Camino Limitada, Zebris Africana Limitada, Garcilla Verde Limitada, Garzeta Azul Limitada, Tigre de Río Limitada, Garzón Azulado Limitada, Ibis Blanco Limitada, Chispita Volcanera Limitada, Cerceta Aliazul, Zopilote Cabecirojo Limitada, Zopilote Rey Limitada; Águila Pescadora Limitada, Elanio Tijereta Limitada, Gavilán Tijerilla Limitada, Zopilote Coliblanco Limitada, Gavilán Pechinero Limitada, Gavilán Pico de Tijera Limitada, Halcón Murciélago Limitada, Chachalaca Cabecigris Limitada, Pava Crestada Limitada, Quioro del Mar Tucano Limitada. Chorcha Campanera Limitada, Mozotillo de Charral Limitada, Pájaro Mozotillo de Montaña Limitada, Cusingo del Monte Limitada, Pájaro Ermitaño Barbudo Limitada, Tucanet Esmeralda Limitada, Rabadilla Tinta Limitada, Querula Pupurata Limitada, Trepador Pinto Limitada, Mielero Luciente Limitada, Piconegro Semillero Limitada, Pinchaflor Plomizo Limitada, Saltón Patigrandre Limitada, Ave Junco de Volcán Limitada, Pinzón Cafetalero Limitada, Chimgolo Comemaíz Limitada, Chirruasca Veranero Limitada, Avecilla Curre Negro Limitada y Mosquero de Agua Limitada palabras que corresponden a aves nacionales de Costa Rica. Domicilio: provincia San José. Cantón Montes de Oca, Sabanilla, Malaga casa seis A. Plazo social: cien años a partir del día de hoy. Objeto: comercio en general. Gerente y subgerente apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Diego Vargas Gould, Notario.—1 vez—Nº 95951.—(31113).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del dieciséis de marzo del dos mil seis, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Publicentro Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula décima.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Gianna Cersosimo D´Agostino, Notaria.—1 vez.—Nº 95952.—(31114):

Los señores Elizandro Suárez Zúñiga y Analive Alvarado Quesada, constituyen la sociedad Anaeli de Llano Brenes Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Orotina a las 8:00 horas del 16 de setiembre del 2004.—Lic. José Luis Ramos Castellón, Notario.—1 vez.—Nº 95953.—(31115).

Hago constar que mediante instrumento número setenta y uno, se protocolizó acta número uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la entidad denominada La Portada del Pacífico de Flamingo Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda la cláusula de la sexta de la administración.—LL.M. Mauricio Vargas Salas, Notario.—1 vez.—Nº 95955.—(31116).

Ante la notaría del licenciado Osvaldo Segura Esquivel, el día 22 de julio del 2005, se constituyó la entidad denominada Distribuidora Edalgo EAG S. A. Domicilio en Alajuelita. La representación le corresponde a su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Osvaldo R. Segura Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 95957.—(31117).

Ante mi notaría, licenciado Osvaldo Segura Esquivel, el día 22 de marzo del 2006, se constituyó la entidad denominada Inversiones Dieciséis de Julio de Mil Novecientos Ochenta y Dos JSS S. A. Domiciliada en San José. La representación judicial y extrajudicial corresponde a su presidente y secretario de manera conjunta.—Lic. Osvaldo Segura Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 95958.—(31118).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día cinco de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Georgeff Greenlight Investments Sociedad Anónima. Es todo.—San José, tres de abril del dos mil seis.—Lic. Randall Chuken Vargas, Notario.—1 vez.—(31183).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciocho horas del día veintiocho de marzo del dos mil seis, se reformó cláusula octava y se nombró nuevo presidente, secretario y tesorero, la sociedad de esta plaza denominada Condominios Tierra Gris Treinta y Uno Sociedad Anónima. Es todo.—San José, tres de abril del dos mil seis.—Lic. Randall Chuken Vargas, Notario.—1 vez.—(31184).

Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas del primero de abril del dos mil seis, se protocoliza asamblea general extraordinaria de la sociedad Ángela & Ruby Sociedad Anónima, se modifica la cláusula segunda y se elige junta directiva.—San José, tres de abril del dos mil seis.—Lic. Mónica Froimzon Goldenberg, Notaria.—1 vez.—(31185).

Ante esta notaría por escritura número doscientos treinta y uno otorgada a las ocho horas del día tres de abril del dos mil seis, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Velvet Hills Sociedad Anónima, donde se modifican cláusulan segunda, octava y se nombra nueva junta directiva.—San José, 3 de abril del 2006.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—(31186).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria a las diez horas, treinta minutos del día de hoy, se constituye Estética Canina Rake Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones y un plazo social de noventa y nueve años.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Laura Vargas Muñoz, Notaria.—1 vez.—(31190).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José a las 8:00 horas del 31 de marzo del 2006, protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de Santa Vera S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas 10 y 11 de la administración.—Lic. Sergio A. Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—(31191).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 3 de abril del 2006, se constituyó la sociedad denominada Finca Cielo Grande de Alemania CR S. A. Plazo: 99 años. Objeto: desarrollos inmobiliarios, el comercio de frutas, los bienes raíces, el turismo, el comercio, importación y exportación. Representante legal: el gerente. Capital social: diez mil colones suscrito y pagado. Domicilio: San Francisco de Guadalupe, barrio Tournón.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—(31192).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 9:00 horas del 3 de abril del 2006, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Dosel Pacífico Sociedad Anónima, mediante la que se modifica la cláusula sétima del pacto social, y se nombra nuevo secretario de la junta directiva con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San José, 3 de abril del 2006.—Lic. Orlando Hidalgo Gallegos, Notario.—1 vez.—(31199).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye la sociedad Copaxa Internacional S. A. Plazo: 99 años. Capital: 10.000,00 colones. Representación: el presidente y secretario de la junta directiva. Escritura otorgada a las 8:00 horas del día 16 de marzo del 2006.—Lic. Osvaldo Antonio Villalta Campos, Notario.—1 vez.—(31202).

Por escritura otorgada ante la notaria Melissa Guardia Tinoco, se constituye la plaza Conserjería Cristiana Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Capital: mil colones. Domicilio: San José, Escazú, Centro de Negocios Trilogía, frente a carretera Próspero Fernández, edificio número tres, segundo piso. Presidente: Luis Enrique Rodríguez Rodríguez, secretaria: Gabriela Muñoz Riggioni, tesorera: Valeria Di Palma Carter. Agente residente: Melissa Guardia Tinoco.—San José, 31 de marzo del 2006.—Lic. Melissa Guardia Tinoco, Notaria.—1 vez.—Nº 95964.—(31228).

Por escritura otorgada ante la notaria Melissa Guardia Tinoco, se constituye la plaza Jojolu Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Capital: mil colones. Domicilio: San José, Escazú, Centro de Negocios Trilogía, frente a carretera Próspero Fernández, edificio número tres segundo piso. Presidente: José Joaquín Rodríguez Calvo, secretario: José Joaquín Rodríguez Rodríguez, tesorero: Luis Enrique Rodríguez Rodríguez. Agente residente: Melissa Guardia Tinoco.—San José, 31 de marzo del 2006.—Lic. Melissa Guardia Tinoco, Notaria.—1 vez.—Nº 95965.—(31229).

Por escritura otorgada ante la notaria Melissa Guardia Tinoco, se constituye la plaza Belada Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Capital: mil colones. Domicilio: San José, Escazú, Centro de Negocios Trilogía, frente a carretera Próspero Fernández, edificio número tres segundo piso. Presidente: José Joaquín Rodríguez Calvo, secretario: Luis Enrique Rodríguez Rodríguez, tesorero: José Joaquín Rodríguez Rodríguez. Agente residente: Melissa Guardia Tinoco.—San José, 31 de marzo del 2006.—Lic. Melissa Guardia Tinoco, Notaria.—1 vez.—Nº 95966.—(31230).

Por escritura número ciento cincuenta y nueve, otorgada en mi notaría, a las catorce horas cuarenta minutos del treinta de marzo del dos mil seis, se reforman las cláusulas primera y quinta de la sociedad Producciones Comerciales Imagen Sociedad Anónima.—San José, 31 de marzo del 2006.—Lic. Humberto Fallas Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 95967.—(31231).

En esta notaría a las catorce horas con quince minutos del día veintinueve de marzo del dos mil seis, se constituyó Wizards Worf Sociedad Anónima, en español Puerto de Mago. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Christopher John Weigert.—Arenal de Tilarán, 29 de marzo del 2006.—Lic. Óscar Alberto Pérez Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 95968.—(31232).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad MI. CA. YA. MI. Sociedad Anónima a las trece horas del primero de abril del dos mil seis.—Lic. Juan Bernardo Velásquez Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 95970.—(31233).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad InnovaCELL Sociedad Anónima a las catorce horas del dos de abril del dos mil seis.—Lic. Lauro Hermógenes Velásquez De León, Notario.—1 vez.—Nº 95971.—(31234).

Por escritura de 10:00 horas del 31 de marzo del 2006, Gerardo Montero González y Sonia Chaves Lépiz, constituyen Importadora Soge Tres Mil S. A. Domicilio: Guadalupe, Goicoechea. Plazo: 99 años. Objeto: comercio, industria, agricultura, ganadería, importación, exportación y servicios en general. Capital social: ciento ochenta mil colones. Administración: junta directiva de cuatro miembros.—San José, 3 de abril del 2006.—Lic. Francisco Chinchilla Piedra, Notario.—1 vez.—Nº 95972.—(31235).

Por escritura pública otorgada ante mí, a las dieciocho horas del treinta y uno de marzo del dos mil seis, la sociedad denominada Ecomanglares de Sierpe Sociedad Anónima, reforma las cláusulas quinta, octava y novena de sus estatutos sociales.—San José, 31 de marzo del 2006.—Lic. Hellen Mireya Castillo Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 95974.—(31236).

Ante esta notaría, mediante escritura pública número ochenta y tres, otorgada en la ciudad de Santa Cruz, Guanacaste, a las diez horas del día treinta y uno de marzo del año dos mil seis, se protocolizó acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Renacer Tapatio Sociedad Anónima, mediante la cual se nombra nuevo presidente de la junta directiva y se reforma la cláusula sexta de los estatutos.—Santa Cruz, Guanacaste, 31 de marzo del 2006.—Lic. Alicia Esquivel Carranza, Notaria.—1 vez.—Nº 95976.—(31237).

Por escritura pública número cuatro, otorgada ante esta notaría, en Santa Cruz, Guanacaste, a las catorce horas del día treinta y uno de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Sun View Pacific Sociedad Anónima, que es nombre en idioma inglés el cual traducido al idioma español significa Vista del Sol Pacífico Sociedad Anónima. Domicilio: Santa Cruz, Guanacaste, doscientos setenta y cinco metros al sur del Edificio Municipal. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Rodrigo Andrés González Hernández.—Santa Cruz, Guanacaste, 31 de marzo del 2006.—Lic. Álvaro Jesús Guevara Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 95977.—(31238).

Por escritura pública número cinco, otorgada ante esta notaría, en Santa Cruz, Guanacaste, a las catorce horas diez minutos del día treinta y uno de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Pacific Wild Spurs Sociedad Anónima, que es nombre en idioma inglés el cual traducido al idioma español significa Espuelas Salvajes del Pacífico Sociedad Anónima. Domicilio: Santa Cruz, Guanacaste, doscientos setenta y cinco metros al sur del Edificio Municipal. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Rodrigo Andrés González Hernández.—Santa Cruz, Guanacaste, 31 de marzo del 2006.—Lic. Álvaro Jesús Guevara Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 95978.—(31239).

Por escritura pública número seis, otorgada ante esta notaría, en Santa Cruz, Guanacaste, a las catorce horas quince minutos del día treinta y uno de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Cocos y Caribe Development Sociedad Anónima, que es nombre en idioma inglés el cual traducido al idioma español significa Desarrollo Cocos y Caribe Sociedad Anónima. Domicilio: Santa Cruz, Guanacaste, doscientos setenta y cinco metros al sur del Edificio Municipal. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Rodrigo Andrés González Hernández.—Santa Cruz, Guanacaste, 31 de marzo del 2006.—Lic. Álvaro Jesús Guevara Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 95979.—(31240).

Por escritura pública número siete, otorgada ante esta notaría, en Santa Cruz, Guanacaste, a las catorce horas, veinte minutos del día treinta y uno de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Pacific Winds Sociedad Anónima, que es nombre en idioma inglés el cual traducido al idioma español significa Vientos del Pacífico Sociedad Anónima. Domicilio: Santa Cruz, Guanacaste, doscientos setenta y cinco metros al sur del Edificio Municipal. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Rodrigo Andrés González Hernández.—Santa Cruz, Guanacaste, 31 de marzo del 2006.—Lic. Álvaro Jesús Guevara Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 95980.—(31241).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas de hoy, Carmen Alicia Rivera González e Ivonne Boza Rivera, constituyen Representaciones Caliciar Limitada. Domicilio: cantón de Goicoechea, urbanización El Encanto.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 95981.—(31242).

Que por escritura Nº 124, visible a folio 133 frente del tomo VI del protocolo del notario público licenciado Eduardo Abarca Vargas, se constituyó la empresa representada por Jason H (nombres) Frelich (apellido), pasaporte de su país número cero cuatro cinco nueve dos tres nueve dos ocho tres y Steven Michael (nombres) Frelich (apellido), pasaporte de su país número dos cero siete seis tres cero ocho nueve uno, denominada Stevjaycr Sociedad de Responsabilidad Limitada. El motivo de este edicto es la constitución de la empresa indicada.—San Isidro de Pérez Zeledón, a las 17:00 horas del 30 de enero del 2006.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 95983.—(31243).

Escritura Nº 192 bis, tomo 2 otorgada a las 10 horas con 30 minutos del jueves 18 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad anónima denominada Supermercado Don Omar C. A. G. Sociedad Anónima. Domiciliada: Puerto Jiménez, Golfito, Puntarenas, calle al aeropuerto diagonal al cementerio de la localidad. Capital social: de diez mil colones. Presidente: apoderados generalísimos sin límite de suma.—San Isidro de Pérez Zeledón, 10 horas con 35 minutos del 18 de marzo del 2006.—Lic. Hugo Armando Reyes Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 95985.—(31244).

Por escritura otorgada en mí notaría, a las 6:00 horas del 29 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad AP-ART_QUI_STUDIO S. A.—San José, 31 de marzo del 2006.—Álvaro López Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 95988.—(31245).

Por escritura otorgada ante mí notaría, a las 7:00 horas del 29 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad Cedros de Santa Ana S. A.—San José, 31 de marzo del 2006.—Álvaro López Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 95989.—(31246).

Por escritura otorgada ante mí notaría, a las 8:00 horas del 29 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad SVA & Asociados S. A.—San José, 31 de marzo del 2006.—Álvaro López Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 95990.—(31247).

Por escritura otorgada ante mí notaría, a las 9:00 horas del 29 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad Gadaludes S. A.—San José, 31 de marzo del 2006.—Álvaro López Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 95991.—(31248).

Al ser las diecinueve horas del día veintinueve de marzo del dos mil seis, ante mí notaría, se constituyó la sociedad denominada Sol, Mar, Playa, Arena y Espuma Eagles Point en el Arrecife Sociedad Anónima, pudiendo la misma abreviarse Sol, Mar, Playa, Arena y Espuma Eagles Point en el Arrecife S. A.—Pérez Zeledón, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 95992.—(31249).

Al ser las diecinueve horas del día veintinueve de marzo del dos mil seis, ante mí notaría, se constituyó la sociedad denominada Plantel Superior Único de Eagles Point Land Sociedad Anónima, pudiendo la misma abreviarse Plantel Superior Único de Eagles Point Land S. A.—Pérez Zeledón, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 95993.—(31250).

Al ser las diecinueve horas del día veintinueve de marzo del dos mil seis, ante mí notaría, se constituyó la sociedad denominada Extreme Activities in Eagles Point Souht Sociedad Anónima, pudiendo la misma abreviarse Extreme Activities in Eagles Point Souht S. A.—Pérez Zeledón, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 95994.—(31251).

Al ser las diecinueve horas del día veintinueve de marzo del dos mil seis, ante mí notaría, se constituyó la sociedad denominada Paradero y Hogar en el Cielo Eagles Point Macaratamp Sociedad Anónima, pudiendo la misma abreviarse Paradero y Hogar en el Cielo Eagles Point Macaratamp S. A.—Pérez Zeledón, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 95995.—(31252).

Al ser las diecinueve horas del día veintinueve de marzo del dos mil seis, ante mí notaría, se constituyó la sociedad denominada Estación Montañosa en la Finca Eagles Point Forever Sociedad Anónima, pudiendo la misma abreviarse Estación Montañosa en la Finca Eagles Point Forever S. A.—Pérez Zeledón, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 95996.—(31253).

Al ser las diecinueve horas del día veintinueve de marzo del dos mil seis, ante mí notaría, se constituyó la sociedad denominada Camino hacia la Cima Eagles Point con Vista al Mar Sociedad Anónima, pudiendo la misma abreviarse Camino hacia la Cima Eagles Point con Vista al Mar S. A.—Pérez Zeledón, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 95999.—(31254).

Al ser las diecinueve horas del día veintinueve de marzo del dos mil seis, ante mí notaría, se constituyó la sociedad denominada Noches de Luna Llena Eagles Point CA. SA. RY Sociedad Anónima, pudiendo la misma abreviarse Noches de Luna Llena Eagles Point CA. SA. RY S. A.—Pérez Zeledón, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 96000.—(31255).

Al ser las diecinueve horas del día veintinueve de marzo del dos mil seis, ante mí notaría, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Estratégicas de Eagles Point en el Estado Stmaca Sociedad Anónima, pudiendo la misma abreviarse Inversiones Estratégicas de Eagles Point en el Estado Stmaca S. A.—Pérez Zeledón, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 96001.—(31256).

Al ser las diecinueve horas del día veintinueve de marzo del dos mil seis, ante mí notaría, se constituyó la sociedad denominada Parajes Oceánicos en Balzar de Osa Eagles Point Sociedad Anónima, pudiendo la misma abreviarse Parajes Oceánicos en Balzar de Osa Eagles Point S. A.—Pérez Zeledón, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 96002.—(31257).

Al ser las diecinueve horas del día veintinueve de marzo del dos mil seis, ante mí notaría, se constituyó la sociedad denominada Paraíso de Montaña Tropical Eagles Point Sociedad Anónima, pudiendo la misma abreviarse Paraíso de Montaña Tropical Eagles Point S. A.—Pérez Zeledón, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 96003.—(31258).

Al ser las diecinueve horas del día veintinueve de marzo del dos mil seis, ante mí notaría, se constituyó la sociedad denominada Land of The Sunchine Sun Eagles Point Four Season Sociedad Anónima, pudiendo la misma abreviarse Land of The Sunchine Sun Eagles Point Four Season S. A.—Pérez Zeledón, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 96004.—(31259).

Al ser las diecinueve horas del día veintinueve de marzo del dos mil seis, ante mí notaría, se constituyó la sociedad denominada Descanso y Retiro Pacific Eagle Point Sociedad Anónima, pudiendo la misma abreviarse Descanso y Retiro Pacific Eagle Point S. A.—Pérez Zeledón, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 96005.—(31260).

Al ser las diecinueve horas del día veintinueve de marzo del dos mil seis, ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Casa de Campo y Playa Eagle Point Investment Sociedad Anónima, pudiendo la misma abreviarse Casa de Campo y Playa Eagle Point Investment S.A.—Pérez Zeledón, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 96006.—(31261).

Al ser las diecinueve horas del día veintinueve de marzo del dos mil seis, ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Amazing Natural Eagles Point Places C.R.M. Sociedad Anónima, pudiendo la misma abreviarse Amazing Natural Eagles Point Places C.R.M. S. A.—Pérez Zeledón, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 96007.—(31262).

Al ser las diecinueve horas del día veintinueve de marzo del dos mil seis, ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Atardeceres Asombrosos en el Océano Eagles Point CA. RA. MA. Sociedad Anónima, pudiendo la misma abreviarse Atardeceres Asombrosos en el Océano Eagles Point CA. RA. MA. S. A.—Pérez Zeledón, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 96008.—(31263).

Al ser las diecinueve horas del día veintinueve de marzo del dos mil seis, ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Bosques, Vistas, Sitios y Lugares Eagles Point G. M. del Sur Sociedad Anónima, pudiendo la misma abreviarse Bosques, Vistas, Sitios y Lugares Eagles Point G. M. del Sur S. A.—Pérez Zeledón, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 96009.—(31264).

Al ser las diecinueve horas del día veintinueve de marzo del dos mil seis, ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Cuesta del Burro Punta Eagles Point en la Costa Sociedad Anónima, pudiendo la misma abreviarse Cuesta del Burro Punta Eagles Point en la Costa del Sur S. A.—Pérez Zeledón, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 96010.—(31265).

Al ser las diecinueve horas del día veintinueve de marzo del dos mil seis, ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Eagles Point Green and Rain Forest Sociedad Anónima, pudiendo la misma abreviarse Costa Rica Eagles Point Green and Rain Forest del Sur S. A.—Pérez Zeledón, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 96011.—(31266).

Al ser las diecinueve horas del día veintinueve de marzo del dos mil seis, ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Brisas Marinas de Osa Eagles Point del Manglar Sociedad Anónima, pudiendo la misma abreviarse Brisas Marinas de Osa Eagles Point del Manglar S. A.—Pérez Zeledón, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 96012.—(31267).

Al ser las diecinueve horas del día veintinueve de marzo del dos mil seis, ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Senderos Resplandecientes Eagles Point Fast I.N.C. Sociedad Anónima, pudiendo la misma abreviarse Senderos Resplandecientes Eagles Point Fast I.N.C. S. A.—Pérez Zeledón, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 96013.—(31268).

Al ser las diecinueve horas del día veintinueve de marzo del dos mil seis, ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Paz, Armonía, Tranquilidad Eagles Point M. R. C. Sociedad Anónima, pudiendo la misma abreviarse Paz, Armonía, Tranquilidad Eagles Point M. R. C. S.A.—Pérez Zeledón, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 96014.—(31269).

Al ser las diecinueve horas del día veintinueve de marzo del dos mil seis, ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Ocean Blue Colors Eagles Point en The Sun Sociedad Anónima, pudiendo la misma abreviarse Ocean Blue Colors Eagles Point en The Sun S. A.—Pérez Zeledón, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 96015.—(31270).

Ante esta notaría, se constituye la sociedad denominada Consorcio Visolca del Este Sociedad Anónima. Domiciliada en San José, San Pedro de Montes de Oca, Sabanillas 200 metros sureste de la pulpería y bar La Bamba, contiguo a Depósito de Maderas Ramírez. Capital social: la suma de cien mil colones, por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, ocupando dicho cargo Víctor Solís Cárdenas, cédula Nº 9-036-401. Es todo.—San José, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Elizabeth Fallas Hidalgo, Notaria.—1 vez.—Nº 96016.—(31271).

Por escritura otorgada ante mí, al ser las 14:00 horas del 31 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad W.S.I. Environmental Services Corp Sociedad Anónima. Con su debida traducción del idioma inglés al español siguiente: W.S.I. Servicios Ambientales Corp Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Plazo social: 99 años. Presidente: José Antonio Wachong Zambrana. Domicilio: Guanacaste.—San José, 3 de abril del 2006.—Gustavo Argüello Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 96017.—(31272).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las ocho horas del veinticuatro de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad R.H. Inversiones Sociedad Anónima. Con domicilio en San José, por un plazo de noventa y nueve años. Con un capital de seis mil colones. Con la representación judicial y extrajudicial del presidente y la secretaria en forma conjunta.—San José, veinticuatro de marzo del dos mil seis.—Gerardo Mora Solís, Notario.—1 vez.—Nº 96018.—(31273).

Por escritura Nº 6 del tomo cinco de mi protocolo, otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón, el día 1º de abril del 2006, se protocolizó acta donde se reformaron las cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo de la empresa denominada Feminas del Sur S. A., cédula jurídica Nº 3-101-396875. Se nombró además nueva junta directiva.—Ronny Jiménez Porras, Notario.—1 vez.—Nº 96019.—(31274).

Hoy protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de socios de Control de Fríos y Atmósferas S. A. Mediante la cual se modificó la cláusula sétima de los estatutos, se revocó el nombramiento de la actual junta directiva, fiscal y agente residente y se nombraron nuevos miembros.—Pérez Zeledón, 16 de marzo del 2006.—Carlos Mora Moya, Notario.—1 vez.—Nº 96020.—(31275).

Por escritura Nº 31, otorgada ante mi notaría, el día 28 de enero del 2006, se constituyó la sociedad anónima denominada Asesoría-Administración G. Belovann S. A.—Liberia, 12 de marzo del 2006.—Lic. Érica Badilla Córdoba, Notaria.—1 vez.—Nº 96024.—(31276).

Por escritura otorgada en esta ciudad a las dieciocho horas del treinta de noviembre del dos mil cinco, se modificó la cláusula segunda del pacto social, concerniente al domicilio social de la sociedad Guías Inmobiliarios Plaza de Armas Plar Sociedad Anónima y se hicieron nombramientos de junta directiva.—San José, veintidós de marzo del dos mil seis.—Msc. Andrea María Quesada Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 96025.—(31277).

Por escritura otorgada en esta ciudad a las once horas del nueve de diciembre del dos mil cinco, se modificó la cláusula segunda del pacto social, concerniente al domicilio social de la sociedad Grupo Inmobiliario Barquisemeto Sociedad Anónima y se hicieron nombramientos de junta directiva.—San José, veintidós de marzo del dos mil seis.—Msc. Andrea María Quesada Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 96026.—(31278).

Por escritura otorgada en esta ciudad a las trece horas, treinta minutos del catorce de diciembre del dos mil cinco, se modificó la cláusula segunda del pacto social, concerniente al domicilio social de la sociedad Consultoría Inmobiliaria Montes Kolima Lille Sociedad Anónima y se hicieron nombramientos de junta directiva.—San José, veintidós de marzo del dos mil seis.—Msc. Andrea M. Quesada Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 96027.—(31279).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 13:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la empresa Purdy Motor Sociedad Anónima, en la cual se reforman las cláusulas tercera y sexta del pacto constitutivo, se nombra nueva junta directiva, y se otorga poder generalísimo.—San José, 31 de marzo del 2006.—Lic. Mario Montealegre Peña, Notario.—1 vez.—Nº 96028.—(31280).

Por escritura número cuatrocientos veintidós-dos, otorgada ante esta notaría, a las siete horas del veintinueve de marzo del 2006, se constituyó la sociedad Maravillas de Río Cuarto S. A. Domicilio: San José, distrito Merced, Paseo Colón, Torre Médica, sexto piso. Capital social: cien mil colones. Presidente: Roberto Gazel González, cédula número 1-0525-0113. (uno cero quinientos veinticinco-cero ciento trece).—San José, 3 de abril del 2006.—Gerardo Ulises Alfaro Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 96029.—(31281).

Que hoy se ha constituido la sociedad anónima Inversiones Dona Properties Sociedad Anónima. Domiciliada en Liberia, Guanacaste, barrio La Victoria, cincuenta metros al sur de las oficinas de la Cámara de Ganaderos de Guanacaste, representada por su presidente Kelly Todd Vincent y Nicole Marie Vincent, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Liberia, treinta y uno de marzo del año dos mil seis.—Leda María Peña Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 96030.—(31282).

El suscrito notario hace constar que en mi notaría el día de hoy, Franklin Urrutia Martínez, portador de cédula de residencia número 270-0201491-0112800 y Auxiliadora Martínez Ruiz, portadora de cédula de residencia número 025 RE-005733-001999, constituyeron la empresa de esta plaza denominada Consorcio de Seguridad Privada Firesa Sociedad Anónima.—San José, 31 marzo del 2006.—Lic. José Martínez Meléndez, Notario.—1 vez.—Nº 96034.—(31283).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 28 de febrero del año dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Enfoques Mercadotécnicos Centroamericanos Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años a partir del 28-2-06. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—José Ml. Ortiz Durman, Notario.—1 vez.—Nº 96035.—(31284).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 7:00 horas del día 20 de febrero del año 2006, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada Proyectos Roca Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula sétima del pacto social.—San José, 27 de febrero del año dos mil seis.—José Manuel Ortiz Durman, Notario.—1 vez.—Nº 96036.—(31285).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 22 de marzo del año 2006, se constituyó Distribuciones y Rutas Maxim Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Plazo social: 99 años a partir del 22-3-06. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—José Manuel Ortiz Durman, Notario.—1 vez.—Nº 96037.—(31286).

Por escritura otorgada a las 11:00 horas del 22 de marzo del año 2006, se constituyó Criandi Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Plazo social: 99 años a partir del 22-3-06. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—José Manuel Ortiz Durman, Notario.—1 vez.—Nº 96038.—(31287).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del día 20 de febrero del año 2006, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada Construcciones Coloniales Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto social.—San José, 27 de febrero del año dos mil seis.—José Manuel Ortiz Durman, Notario.—1 vez.—Nº 96039.—(31288).

Por escritura número ochenta y seis, tomo cinco, se constituyó la sociedad denominada The Corner Stone Construcción Sociedad Anónima, otorgada ante Lic. Rafael E. Cascante Arias, a las quince horas, quince minutos del treinta de marzo del dos mil seis.—Pérez Zeledón, 31 de marzo de 2006.—Lic. Rafael E. Cascante Arias, Notario.—1 vez.—Nº 96040.—(31289).

Por escritura número ochenta y siete, tomo cinco, se constituyó la sociedad denominada Saginaw Operations Sociedad Anónima, otorgada ante Lic. Rafael E. Cascante Arias, a las quince horas, treinta minutos del treinta de marzo del dos mil seis.—Pérez Zeledón, 31 de marzo de 2006.—Lic. Rafael E. Cascante Arias, Notario.—1 vez.—Nº 96041.—(31290).

Por escritura número ochenta y ocho, tomo cinco, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Tierra de Nubes Sociedad Anónima, otorgada ante Lic. Rafael E. Cascante Arias, a las quince horas, cuarenta y cinco minutos del treinta de marzo del dos mil seis.—Pérez Zeledón, 31 de marzo de 2006.—Lic. Rafael E. Cascante Arias, Notario.—1 vez.—Nº 96042.—(31291).

Por escritura número ochenta y nueve, tomo cinco, se constituyó la sociedad denominada Cloud Fight Sociedad Anónima, otorgada ante Lic. Rafael E. Cascante Arias, a las dieciséis horas del treinta de marzo del dos mil seis.—Pérez Zeledón, 31 de marzo de 2006.—Lic. Rafael E. Cascante Arias, Notario.—1 vez.—Nº 96043.—(31292).

Por escritura número noventa, tomo cinco, se constituyó la sociedad denominada Knife River Operations Sociedad Anónima, otorgada ante el Lic. Rafael E. Cascante Arias, a las dieciséis horas quince minutos del treinta de marzo del dos mil seis.—Pérez Zeledón, 31 de marzo del 2006.—Lic. Eliécer Cascante Arias, Notario.—1 vez.—Nº 96044.—(31293).

Por escritura número cinco-tres, otorgada en esta notaría, a las 12:00 horas del 31 de marzo del 2006, se constituyó Desarrollo Turístico Los Pelícanos Sociedad Anónima S. A. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: San José, Zapote, de las Torres de Radio Columbia, doscientos metros al sur, cincuenta metros al este, Edificio Don Erasmo, oficina 103. Capital social: cien mil colones. Presidente y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar en forma separada.—San José, 31 de marzo del 2006.—Lic. Laura Hernández Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 96045.—(31294).

Mediante escritura número dos del tomo doce del protocolo del suscrito notario, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios de Comercialización Ecológica del Oeste Sociedad Anónima. Presidente y tesorero, conjunta o separadamente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, ostentan la representación judicial y extrajudicial de la misma.—Cartago, a las diez horas del treinta y uno de marzo del dos mil seis.—Lic. René Gustavo Granados Monge, Notario.—1 vez.—Nº 96048.—(31295).

Ante mí, Pablo González González, a las 18:00 horas de hoy, se constituyó la empresa Lancom Langosta Comunicaciones Ltda., con el capital sucrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio: San José.—San José, 31 de marzo del 2006.—Lic. Pablo González González, Notario.—1 vez.—Nº 96049.—(31296).

La suscrita Kattia Quirós Chévez, notaria pública con oficina en la ciudad de San José, hace constar que el día treinta y uno de marzo del dos mil seis, se constituyó ante mí, la empresa Plaza del Campo S. A.—San José, treinta y uno de marzo del dos mil seis.—Lic. Kattia Quirós Chévez, Notaria.—1 vez.—Nº 96050.—(31297).

Por escritura de protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de Fortunas Marinas S. A., cédula jurídica Nº 3-101-215719, otorgada a las 14:30 horas del 29 de marzo del 2006, se acuerda reformar las cláusulas segunda y octava del acta constitutiva, se nombra nueva junta directiva y fiscal, se revocan tres poderes generales otorgados anteriormente.—Lic. Selenia Guzmán Ruiz, Notaria.—1 vez.—Nº 96051.—(31298).

Susanne Li Wong y Ángela Wong Chiang, constituyen Servicio Dental Móvil S. A. Capital: diez mil colones. Domicilio: Puntarenas centro, del Banco de Costa Rica, 50 metros al este, a las 14:15 horas del 29 de marzo del 2006.—Lic. Selenia Guzmán Ruiz, Notaria.—1 vez.—Nº 96052.—(31299).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas treinta minutos del treinta y uno de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima denominada Mensajería Esava E.S.V. S. A. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cincuenta mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo.—Lic. Alexis Ballestero Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 96053.—(31300).

Dionisio Arguedas Ramos y Esteban Zamora Vargas, constituyen la sociedad Servicios Profesionales Integrados Cadepro de Centroamérica Sociedad Anónima. Domiciliada en la ciudad de Heredia, San Isidro, trescientos cincuenta metros oeste del cementerio. Capital social: diez mil colones. Escritura otorgada en la ciudad de Heredia, a las once horas del primero de abril del dos mil seis.—Lic. Lourdes Vindas Carballo, Notaria.—1 vez.—Nº 96058.—(31301).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las ocho horas del veintiocho de marzo del dos mil seis, se constituyeron las sociedades de esta plaza denominadas: Arsinoe Property Brokers Sociedad Anónima, Ermes Property Brokers Sociedad Anónima, Agia Napa Property Brokers Sociedad Anónima, Fasoula Property Brokers Sociedad Anónima, Larnaka Property Brokers Sociedad Anónima, Lefkosia Property Brokers Sociedad Anónima, Protaras Property Brokers Sociedad Anónima, Troodos Property Brokers Sociedad Anónima, Oikos Property Brokers Sociedad Anónima, Avlonas Property Brokers Sociedad Anónima, Livadia Property Brokers Sociedad Anónima, Episkopi Property Brokers Sociedad Anónima, Kolossi Property Brokers Sociedad Anónima, Farmakas Property Brokers Sociedad Anónima, Athinon Property Brokers Sociedad Anónima, Fasouri Property Brokers Sociedad Anónima, Derynea Property Brokers Sociedad Anónima, Laneia Property Brokers Sociedad Anónima, Omodos Property Brokers Sociedad Anónima y Platres Property Brokers Sociedad Anónima. Todas con domicilio social: San José, Curridabat. Capital social: suscrito pagado. Plazo social: noventa y nueve años. Representante judicial y extrajudicial: presidente y secretario.—San José, 3 de abril del 2006.—Lic. Paul Portuguez Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 96060.—(31302).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del dos de abril del dos mil seis, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Alcespe Sociedad Anónima, donde se procedió a modificar la cláusula quinta del pacto constitutivo referente al capital social. Es todo.—San José, tres de abril del dos mil seis.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—Nº 96061.—(31303).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del dos de abril del dos mil seis, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad El Avión Sociedad Anónima, donde se procedió a modificar la cláusula quinta del pacto constitutivo referente al capital social. Es todo.—San José, tres de abril del dos mil seis.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—Nº 96062.—(31304).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las quince horas treinta minutos del día 16 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad denominada Trading Corporation A.R. International Sociedad Anónima.—San José, 31 de marzo del 2006.—Lic. Monikha Cedeño Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 96070.—(31305).

Por escritura número ciento cuarenta y ocho, de esta notaría, de las nueve horas del veinte de febrero del dos mil seis, se constituyó la compañía denominada Multiservicios Beta Azul Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de San José, Hatillo Cinco, alameda número siete, casa número ocho cuatro nueve. Capital: totalmente suscrito y pagado. Es todo.—Alajuela, tres de abril del dos mil seis.—Lic. Carlos Andrés Canales Sáenz, Notario.—1 vez.—(31341).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del nueve de febrero del dos mil seis, mediante la escritura número ciento once-tres, Harry Zurcher Blen y Karin Zurcher Esquivel, constituyen la sociedad Terraza Colegrave de Islita T.C.I. S. A.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Laura Granera Alonso, Notaria.—1 vez.—(31342).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del veintitrés de marzo del dos mil seis, mediante la escritura número veintiuno, Mario Madrigal Mora y María Julia Hidalgo Delgado, constituyen la sociedad denominada Cololo Inversiones del Este CIE Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Harry Zurcher Blen, Notario.—1 vez.—(31343).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las 15:00 horas, se constituyó la sociedad denominada Pediatric Medical Services S. A., con domicilio en Lagunilla de Heredia.—Heredia, 1º de abril del 2006.—Lic. Sylvia Vega Carballo, Notaria.—1 vez.—(31349).

En esta notaría, se constituyó la sociedad denominada J. W. Z. J. Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones, y como su presidente John Willy Zúñiga Jiménez. Es todo. Expido en San José, al ser las nueve horas del 2 de marzo del 2006.—Lic. Rafael Antonio Arroniz Castillo, Notario.—1 vez.—(31352).

En esta notaría, se constituyó la sociedad denominada J.D.M. Sociedad Anónima, con un capital social de veinte mil colones, y como su presidente Jonathan Dávila Martínez. Es todo. Expido en San José, al ser las nueve horas del 2 de marzo del 2006.—Lic. Rafael Antonio Arroniz Castillo, Notario.—1 vez.—(31353).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas con quince minutos del nueve de febrero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Crinckled Hills Limitada. Plazo social: noventa y nueve años a partir de su constitución. Capital social: la suma de diez mil colones, representado por diez cuotas nominativas. El gerente ejerce la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—San José, quince de febrero del dos mil seis.—Lic. Silvia Gamboa Zamora, Notaria.—1 vez.—(31359).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, en San José, a las 10:00 horas del 30 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad anónima denominada Jack El Gato Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Domicilio: San José. Objeto: actividades comerciales e industriales. Capital social: diez mil colones.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—(31360).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, en San José, a las 11:00 horas del 30 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad anónima denominada Money Costa Rica I N C Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Domicilio: San José. Objeto: actividades comerciales e industriales. Capital social: diez mil colones.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—(31361).

Por escritura pública de las nueve horas del veinticuatro de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima Granadela Investments Inc Sociedad Anónima, cuya traducción del idioma inglés al español es Inversiones Granadela Inc S. A. Con domicilio social en San José. Plazo social: cien años. Capital social de diez mil colones. Representación le corresponde al presidente. Es todo.—San José, tres de abril del dos mil seis.—Lic. Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—(31389).

En escritura otorgada en mi notaría, protocolicé asamblea general extraordinaria de las sociedades Riviera Drive S. A., y Trustek Hecho en Costa Rica S. A.—San José, 21 de marzo del 2006.—Lic. Eleazar Duarte Briones, Notario.—1 vez.—(31390).

Protocolización del acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Comercializadora de Cuero de Costa Rica R & C Sociedad Anónima, en la cual se acuerda la modificación del cargo del presidente, secretario y tesorero y la cláusula octava del pacto constitutivo de la empresa. Escritura otorgada en San José, al ser las trece horas treinta minutos del día tres de abril del dos mil seis, ante el notario Roberto Romero Mora. Es todo.—San José, al ser trece horas treinta minutos del día tres de abril del dos mil seis.—Lic. Roberto Romero Mora, Notario.—1 vez.—(31395).

Protocolización del acta de la asamblea general extraordinaria de Accionistas de la empresa denominada Distribuidora Salto Grande de Rincón Largo de Guanacaste Sociedad Anónima, en la cual se acuerda la modificación del cargo del presidente de la empresa. Escritura otorgada en San José, al ser las ocho horas del día tres de abril del dos mil seis, ante el notario Roberto Romero Mora. Es todo.—San José, al ser ocho horas del día tres de abril del dos mil seis.—Lic. Roberto Romero Mora, Notario.—1 vez.—(31396).

Protocolización del acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Bienes Inmobiliarios La Salentina de Guanacaste Sociedad Anónima, en la cual se acuerda la modificación del cargo del presidente de la empresa. Escritura otorgada en San José, al ser las ocho horas diez minutos del día tres de abril del dos mil seis, ante el notario Roberto Romero Mora. Es todo.—San José, al ser ocho horas diez minutos del día tres de abril del dos mil seis.—Lic. Roberto Romero Mora, Notario.—1 vez.—(31397).

Protocolización del acta de la asamblea general extraordinaria de Accionistas de la empresa denominada Inversiones La Trinchera De Rincón Largo de Guanacaste Sociedad Anónima, en la cual se acuerda la modificación del cargo del presidente de la empresa. Escritura otorgada en San José, al ser las ocho horas quince minutos del día tres de abril del dos mil seis, ante el notario Roberto Romero Mora. Es todo. San José, al ser ocho horas quince minutos del día tres de abril del dos mil seis.—Lic. Roberto Romero Mora, Notario.—1 vez.—(31398).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad Investment Yasawa S. A., para que en adelante sea: Sueño Esperado S. A.—Lic. Melania Calzada Ramírez, Notaria.—1 vez.—(31402).

Por escritura otorgada ante esta notaría, los señores Jordi Jauberth Martínez y Jorge Jauberth Rojas, constituyeron la sociedad denominada Jorjauma S. A., capital social: ¢500.000,00. Domicilio: San José, Pavas. Presidente con facultades de apoderado generalísimo.—San José, 3 de abril del 2006.—Lic. Carlos Alberto Vargas Campos, Notario.—1 vez.—(31404).

Ante mí, se constituyó la sociedad denominada A Change of Pace Limitada. Plazo: cien años. Capital: diez mil colones. Domicilio: San José, Costa Rica. Gerentes: Rafael Enrique Cañas Coto y José Pablo Arce Piñar. Es todo.—San José, tres de abril del año dos mil seis.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—(31408).

Ante mí, se constituyó la sociedad denominada How Can We See That Far Limitada. Plazo: cien años. Capital: diez mil colones. Domicilio: San José, Costa Rica. Gerentes: Rafael Enrique Cañas Coto y José Pablo Arce Piñar. Es todo.—San José, tres de abril del año dos mil seis.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—(31410).

Ante mí, se constituyó la sociedad denominada Five is a Four Letter Word Limitada. Plazo: cien años. Capital: diez mil colones. Domicilio: San José, Costa Rica. Gerentes: Rafael Enrique Cañas Coto y José Pablo Arce Piñar. Es todo.—San José, tres de abril del año dos mil seis.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—(31411).

Ante mí, se constituyó la sociedad denominada The Simple Things That Count Limitada. Plazo: cien años. Capital: diez mil colones. Domicilio: San José, Costa Rica. Gerentes: Rafael Enrique Cañas Coto y José Pablo Arce Piñar. Es todo.—San José, tres de abril del año dos mil seis.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—(31412).

Ante mí, se constituyó la sociedad denominada The Manhattan Skyline Limitada. Plazo: cien años. Capital: diez mil colones. Domicilio: San José, Costa Rica. Gerentes: Rafael Enrique Cañas Coto y José Pablo Arce Piñar. Es todo.—San José, tres de abril del año dos mil seis.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—(31414).

Ante mí, se constituyó la sociedad denominada Flirting With the Shoreline Limitada. Plazo: cien años. Capital: diez mil colones. Domicilio: San José, Costa Rica. Gerentes: Rafael Enrique Cañas Coto y José Pablo Arce Piñar.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—(31415).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del cuatro de abril del dos mil seis, los señores Leonel Calvo Fernández y Virgita Gutiérrez Villegas constituyeron Servicios, Consultorías y Proyectos SCP Sociedad Anónima. Presidente: Leonel Calvo Fernández, capital social cinco mil colones netos.—Lic. Jennie Morera Esquivel, Notaria.—1 vez.—(31423).

Por escritura otorgada en San José, a las 8:00 horas de hoy, ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad de Goicoechea, San José, Inversiones Montilla MEM Ltda. Plazo: 99 años. Objeto: Comercio, agricultura, industria y ganadería. Capital: ¢50.000, dividido y representado por 50 cuotas nominativas de ¢1.000 cada una.—San José, 3 de abril del 2006.—Lic. Luis Alberto Sáenz Carranza Notario.—1 vez.—Nº 96161.—(31425).

Por escritura otorgada en San José, a las 8:00 horas de hoy, ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad de Belén, Heredia, Pele Real S.A. Plazo: 99 años. Objeto: comercio, industria, agricultura y ganadería. Capital 10.000,00 colones íntegramente suscrito y pagado, dividido y representado por 10 acciones comunes nominativas de ¢1.000,00 cada una.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Luis Alberto Sáenz Carranza, Notario.—1 vez.—Nº 96162.—(31426).

Por escritura número doscientos cincuenta y dos, otorgada a las ocho horas quince minutos del treinta de marzo del año dos mil seis, ante el notario Milton González Vega, se constituye la sociedad denominada: Multirisk Sociedad Anónima. Se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, treinta de marzo del año dos mil seis.—Lic. Milton Luis González Vega, Notario.—1 vez.—Nº 96163.—(31427).

Por escritura número doscientos cincuenta y tres, otorgada a las ocho horas treinta minutos del treinta de marzo del año dos mil seis, ante el notario Milton González Vega, se constituye la sociedad denominada: El Silbo Apacible Sociedad Anónima. Se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, treinta de marzo del año dos mil seis.—Lic. Milton Luis González Vega, Notario.—1 vez.—Nº 96164.—(31428).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del tres de Abril del 2006 se realizó un cambio en la junta directiva de la sociedad L S Dos Júpiter S Ocho Sociedad Anónima, cedula jurídica tres-ciento uno-trescientos sesenta y nueve mil seiscientos ochenta y ocho, domiciliada en Grecia.—Grecia, 3 de abril del 2006.—Lic. Mayid Brenes Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 96165.—(31429).

Por escritura otorgada en mi notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad de este domicilio Krisma y Compañía Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Presidente el socio José Eugenio Matarrita Matarrita.—Lic. Ginette Miranda Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 96166.—(31430).

Por escritura otorgada en mi notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad de este domicilio El Meneo Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Presidente el socio Edgar Núñez Torres.—Lic. Ginette Miranda Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 96168.—(31431).

Por escritura ante nosotros otorgada hoy, se constituyó la compañía _Rainbow Butterfly Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente y tesorero son apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social: 99 años. Lic. Lizbeth Becerril C. y Lic. Raúl Álvarez M., notarios públicos—San José, treinta de marzo del dos mil seis.—Lic. Lizbeth Becerril C., Notaria.—1 vez.—Nº 96169.—(31432).

Ante esta notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Inversiones JF Y DK del Pacifico Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado Domicilio social en Hatillo de Santa Cruz, Guanacaste frente a la entrada al trapiche.—San José, 1º de abril del dos mil seis.—Lic. Yolanda Tijerino Medina, Notaria.—1 vez.—Nº 96170.—(31433).

A las ocho horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Interweb Consultants S. A., domiciliada en San José, capital íntegramente pagado, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, plazo cien años, objeto comercio en general.—San José, 3 de abril del 2006.—Lic. Juan Ignacio Mas Romero, Notario.—1 vez.—Nº 96186.—(31434).

A las ocho horas treinta minutos del día de hoy se constituyó la sociedad Below Radar S. A., domiciliada en San José, capital íntegramente pagado, Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, plazo cien años, objeto comercio en general.—San José, 3 de abril del 2006.—Lic. Juan Ignacio Mas Romero, Notario.—1 vez.—Nº 96187.—(31435).

A las nueve horas del día de hoy se constituyó la sociedad Costaweb S. A., domiciliada en San José, capital íntegramente pagado, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, plazo cien años, objeto comercio en general.—San José, 3 de abril del 2006.—Lic. Juan Ignacio Mas Romero, Notario.—1 vez.—Nº 96188.—(31436).

A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del día de hoy se constituyó la sociedad Erapido.Com S. A., domiciliada en San José, capital íntegramente pagado, Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, plazo cien años, objeto comercio en general.—San José, 3 de abril del 2006.—Lic. Juan Ignacio Mas Romero, Notario.—1 vez.—Nº 96189.—(31437).

Yo, Isaac Montero Solera, notario público con oficina abierta en Barva, hago constar que mediante escritura número setenta y ocho otorgada ante esta notaría el treinta y uno de marzo de dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Si Mi Amor Sociedad Anónima, cuyo presidente lo es Robert Francis Cangemi, pasaporte número dos cero cinco seis cero tres cero dos cero.—Barva, 3 de abril del 2006.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—Nº 96190.—(31438).

Yo, Isaac Montero Solera, notario público con oficina abierta en Barva, hago constar que mediante escritura número veintiuno otorgada ante esta notaría el veintidós de marzo de dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Grupo Agrícola Brinu Sociedad Anónima, cuyo presidente lo es Álvaro Brizuela Núñez, cédula número cuatro-ciento once-quinientos noventa y cuatro.—Barva, 3 de abril del 2006.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—Nº 96191.—(31439).

Yo, Isaac Montero Solera, notario público con oficina abierta en Barva, hago constar que mediante escritura número treinta y cuatro otorgada ante esta notaría el veinticuatro de marzo de dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Fábrica de Maquinaria Industrial de Centroamérica Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda modificar, se ceden acciones y se nombra presidente, secretaria, tesorero y fiscal.—Barva, 3 de abril del 2006.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—Nº 96192.—(31440).

Yo, Isaac Montero Solera, notario público con oficina abierta en Barva, hago constar que mediante escritura número veintidós otorgada ante esta notaría el veintidós de marzo de dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Hermanos Brizuela Núñez Sociedad Anónima, cuyo presidente lo es Álvaro Brizuela Núñez, cédula número cuatro-ciento once-quinientos noventa y cuatro.—Barva, 3 de abril del 2006.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—Nº 96193.—(31441).

Por escritura ochenta y cuatro, otorgada a las ocho horas, del tres de abril del dos mil seis, se constituyó la sociedad Modamania S. A. Plazo: noventa y nueve años. Por escritura ochenta y uno otorgada a las doce horas del diecinueve de marzo del dos mil seis, reforma cláusula quinta, para aumentar el capital social de Laboratorio de Análisis Químicos y Ambientales GAIA S. A.—San José, 3 de abril del 2006.—Lic. Jorge Brealey Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 96194.—(31442).

Mediante escritura pública número trescientos sesenta y siete-dos, otorgada a las nueve horas del tres de noviembre del dos mil cinco ante la notaría del licenciado Maynor Gómez Goicoechea, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada C & L Capital Service of San Francisco Sociedad Anónima, traducido al idioma español debe leerse como C & L Servicio de Capital de San Francisco, con un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución y con un capital social de diez mil colones, domicilio social San José. San José, San Pedro de Montes de Oca, detrás de la Universidad de Costa Rica.—San José, 3 de noviembre del 2005.—Lic. Maynor Gómez Goicoechea, Notario.—1 vez.—Nº 96196.—(31443).

Por escritura otorgada a las 14:20 horas del 6 de enero del 2006, se constituyó la sociedad PW Carrocería y Pintura Pewa Sociedad Anónima. Domicilio social: la ciudad de San José, San Francisco de Dos Ríos, del Motel Cascada Azul, cien metros al este, edificio Etiplast. Capital: veinte mil colones. Producción, industria y comercio en general.—San José, 10 de marzo del 2006.—Lic. Johnny Vargas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 96197.—(31444).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las quince horas del treinta y uno de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada I.M. Nutrición Clínica Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo: noventa y nueve años a partir de su constitución. Domicilio: en la ciudad de San José. Capital: suscrito y pagado.—San José, 31 de marzo del 2006.—Lic. Mónica Mora Peralta, Notaria.—1 vez.—Nº 96201.—(31445).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del día ocho de febrero del presente año, se constituyó la sociedad denominada Importadora Faromirem Sociedad Anónima. Con domicilio en San José, Pavas, Condominio Industrial Zora, bodega número catorce. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones.—San José, 31 de marzo del 2006.—Lic. Alejandra Patiño Ruiz, Notaria.—1 vez.—Nº 96202.—(31446).

Por escritura otorgada el día de hoy, Mark John Wells y Nury Quirós Rivera, constituyen sociedad denominada JWR Inversionistas de San José S. A. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: cien mil colones, representada por cien acciones de mil colones cada una comunes y nominativas. Domicilio: Cartago.—Cartago, 7 de marzo del 2006.—Lic. Maribel Castillo Masís, Notaria.—1 vez.—Nº 96204.—(31447).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Brinkos y Fiestas S. A. Plazo social: cien años a partir de su constitución. Capital: cien mil colones, representado por cien acciones comunes y nominativas de un mil colones cada una. Objeto: el ejercicio amplio y general del comercio.—San José, 10 de marzo del 2006.—Lic. Adolfo Espinoza Aguirre, Notario.—1 vez.—Nº 96206.—(31448).

Por escritura otorgada en Heredia a las doce horas de hoy, Tamara Cabrera Hernández y Álvaro Gerada González, constituyen la sociedad de este domicilio denominada Diseños Prefabricados DIPREFA S. A. Se dedicará a la venta de casas prefabricadas. Presidenta: la primera.—Heredia, 22 de marzo del 2006.—Lic. Germán Araya Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 96207.—(31449).

El suscrito notario hago constar que mediante escritura número 145-36 otorgada ante mi notaría a las 18:00 horas del 30 de marzo del 2006, fue constituida la sociedad Playa Camibar Eco Touristic Development Sociedad Anónima, que traducida al español significa Desarrollo Eco Turístico Playa Camibar Sociedad Anónima. Domicilio: Curridabat. Capital social: diez millones de colones.—Tibás, 30 de marzo del 2006.—Lic. Jorge Antonio Salas Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 96208.—(31450).

En mi notaría a las diez horas del dieciséis de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Las Marycorronguitas S. A., con un capital social de diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, cuyo domicilio social será en San José, San Pedro de Montes de Oca, del Banco Nacional de Costa Rica, doscientos sur y cincuenta metros oeste, por un plazo social de noventa y nueve años.—San José, 16 de marzo del 2006.—Lic. Rocío Quirós Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 96209.—(31451).

Por escritura otorgada a las veinte horas del treinta y uno de marzo del dos mil seis, protocolicé acuerdos de la empresa Sequeira & Oñoro S. A., por medio de la cual se cambia razón social a Sandy y Andy S. A., y se nombra nueva junta directiva.—San José, 3 de abril del 2006.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 96210.—(31452).

El suscrito notario Jorge Julián Ortega Volio, carné Nº 15401, hace constar que mediante escritura número ciento quince - uno, de las nueve horas del día veintinueve de marzo del año dos mil seis y visible al folio ciento dieciséis vuelto del tomo primero de mi protocolo, se constituyó la sociedad WJS International Incorporated Sociedad Anónima.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Julián Ortega Volio, Notario.—1 vez.—Nº 96215.—(31453).

El suscrito notario Jorge Julián Ortega Volio, carné Nº 15401, hace constar que mediante escritura número ciento dieciséis - uno, de las diez horas del día veintinueve de marzo del año dos mil seis y visible al folio ciento diecinueve frente del tomo primero de mi protocolo, se constituyó la sociedad WJJ World Wide Incorporated Sociedad Anónima.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Jorge Julián Ortega Volio, Notario.—1 vez.—Nº 96216.—(31454).

El suscrito notario Jorge Julián Ortega Volio, carné Nº 15401, hace constar que mediante escritura número ciento catorce - uno, de las nueve horas del día veintidós de marzo del año dos mil seis, protocoliza acta de la sociedad Exfil Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-336823, modifica administración y junta directiva.—San José, 22 de marzo del 2006.—Lic. Jorge Julián Ortega Volio, Notario.—1 vez.—Nº 96217.—(31455).

Por escrituras otorgadas a las 18 horas 15 minutos del 30 de marzo, 18 horas 30 minutos del 30 de marzo, 19 horas del 30 de marzo y 20 horas del 30 de marzo, todas del 2006, se protocolizan las actas de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Diecisiete Mil Quinientos Sesenta y Siete Zeta Beta Gama Limitada, Diecisiete Mil Quinientos Sesenta y Nueve Tac Yak Sue, se constituyen Fiaba Transportation Limitada y Fiaba Kids Mil Novecientos Noventa y Ocho Limitada, en su respectivo orden. Es todo.—San José, a las 8:00 horas del 31 de marzo del 2006.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 96219.—(31456).

En escritura otorgada ante esta notaría, número ciento sesenta y nueve-cuatro de las 14:50 horas del día 31 de marzo del año 2006, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Asociación Hospital Clínica Católica de la Purísima Concepción, mediante la cual se reforma la cláusula decimocuarta de las convocatorias a asamblea.—Lic. Marcela Arias Victory, Notaria.—1 vez.—Nº 96220.—(31457).

La sociedad Corporación Tatum Internacional S. A., modifica junta directiva, y agente residente, nombrando presidente: Attilio Cecchetelli.—Alajuela, dieciséis de marzo del dos mil seis.—Lic. Patricia Zumbado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 96223.—(31458).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 17:00 horas del 30 de marzo de 2006, se constituyó la sociedad: V Y L Multicomercio La Pampa. Capital social debidamente suscrito y pagado. Plazo 99 años.—Cañas, Guanacaste, 31 de marzo de 2006.—Lic. Ester Cecilia Solano Jerez, Notaria.—1 vez.—Nº 96224.—(31459).

Ante esta notaría a las 8:00 horas del 18 de marzo del año 2006, se constituye la plaza Morales Bolandy S. A.—Lic. Francine Campos Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 96226.—(31460).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas cinco minutos del día nueve del mes de marzo año dos mil seis; se constituyó la sociedad denominada: SBM Protection And Security Corp Sociedad Anónima.—Guanacaste, primero de abril del año dos mil seis.—Juvenal A. Castillo Barahona, Notario.—1 vez.—Nº 96229.—(31461).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas cinco minutos del día nueve del mes de marzo año dos mil seis; se constituyó la sociedad denominada: Afromundo Soaps Sociedad Anónima.—Guanacaste, dieciséis de marzo dos mil seis.—Lic. Juvenal A. Castillo Barahona, Notario.—1 vez.—Nº 96230.—(31462).

Por acta de las diez horas del treinta y uno de marzo del dos mil seis, se constituyó la compañía Andina Royal O. B. Sociedad Anónima, Capital suscrito y pagado, presidente Manuel Ortega Rodríguez. Domicilio San Joaquín de Flores.—San José, 3 de abril del 2006.—Lic. Jorge Fernando Calvo Mora, Notario.—1 vez.—Nº 96235.—(31464).

Por escritura otorgada el día veintiocho de marzo del dos mil seis, ante mi notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Inmobiliaria Alicannte Sociedad Anónima, donde se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, veintiocho de marzo de dos mil seis.—Lic Wendy Meneses Orozco, Notaria.—1 vez.—Nº 96236.—(31465).

En mi notaría se constituyó la sociedad denominada sociedad de Comercialización Milagros de Anita Grande S. A. Presidente Marco Tulio Otárola Cambronero. Secretaria Anais Cambronero Orozco.—Heredia, 21 de marzo de 2006.—Lic. Sergio Elizondo Garófalo, Notario.—1 vez.—Nº 96237.—(31466).

Por escritura Nº 04 de mi tomo tercero otorgada ante el suscrito, las señoras Gabriela Fallas Alvarado y Lida Argüello Sibaja constituyen Fallas y Argüello del Norte Sociedad Anónima, el 16 de marzo del 2006.—San José, 3 de marzo del 2006.—Lic. Richard Dean Hamm Royes, Notario.—1 vez.—Nº 96240.—(31467).

Por escritura número 03 de mi tomo tercero otorgada ante el suscrito los señores Francisco Sánchez Hernández, María de Los Ángeles Herrera Mejías, Jeremy y Keyli estos últimos Sánchez Herrera, constituyen Distribuidora Veranera del Norte Sociedad Anónima, el 16 de marzo del 2006.—San José, 3 de marzo del 2006.—Lic. Richard Dean Hamm Royes, Notario.—1 vez.—Nº 96241.—(31468).

Por escritura ciento cuarenta y cinco-uno, otorgada en mi notaría, a las dieciocho horas del ocho de marzo del dos mil seis, se constituye Inversiones El Cayejani S. A., nombre de fantasía, Capital social: Diez mil colones. Presidente: Carlos Acuña Jiménez y Secretaria: Nidia Vargas Arrieta; con facultades independientes de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio: Heredia, Barva, San Pedro, de la Iglesia Católica trescientos cincuenta metros oeste y cincuenta metros sur, quinta casa a mano derecha; con facultades para establecer agencias y sucursales en cualquier lugar dentro del país.—San José, a las 13:00 horas del 20 de marzo de 2006.—Lic. Giovanni José Jiménez Montero, Notario.—1 vez.—Nº 96242.—(31469).

Por escritura otorgada ante mí se constituyó Grupo Constructor Rojas y Asociados S. A. Objeto: industria, agricultura, ganadería y comercio en general. Capital social, íntegramente suscrito y pagado.—Heredia, 28 de marzo de 2006.—Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—(31512).

Que por escritura otorgada a las dieciséis horas del día tres de abril de dos mil seis, Condominio Riveras del Monte Ocho Cahuita S. A., reforma la cláusula sexta del pacto social y nombra Junta Directiva, Fiscal.—San José, 3 de abril de 2006.—Lic. Floria Vargas Gurdián, Notaria.—1 vez.—(31522).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las a las 18:00 horas del 30 de marzo del 2006, se protocolizó acta asamblea ordinaria y extraordinaria de la sociedad Rojo Carmesí S. A. Se modifica pacto constitutivo en cláusula tercera en cuanto al domicilio que será en la provincia de San José, cantón noveno Santa Ana, distrito quinto Piedades. Se modifica cláusula quinta en cuanto a la firma de las acciones. Se modifica cláusula sexta en cuanto a las facultades de los apoderados. Se revoca nombramiento de la Junta Directiva y Fiscal. Se nombra nueva Junta Directiva y Fiscal.—Heredia, 3 de abril del 2006.—Lic. Ana María Parra Silva, Notaria.—1 vez.—(31540).

Por escritura otorgada en mi notaría se modificaron las cláusulas segunda (en cuanto al domicilio), sexta (en cuanto a la administración) y décima (en cuanto a las asambleas) de la compañía de esta plaza Kuta del Oriente Sociedad Anónima.—Alejandro Soto Wyllins, Notario.—1 vez.—(31551).

Por escritura otorgada ante mí el día de hoy se constituyó la empresa Ludens Visual S. A. Junta directiva compuesta por presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, 10 de marzo del 2006.—Lic. Loana Leitón P., Notaria.—1 vez.—(31564).

Hoy protocolicé acta asamblea general extraordinaria de accionistas de Duques de Niza Sociedad Anónima, en virtud de la cual se acordó reformar la cláusula segunda de Pacto Social. Escritura otorgada en la ciudad de San José, el 27 de marzo del 2006.—Gabriel Lizama Oliger, Notario.—1 vez.—(31575).

Hoy protocolicé acta asamblea general extraordinaria de accionistas de Príncipes de Alcántara Sociedad Anónima, en virtud de la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social de la compañía. Escritura otorgada en la ciudad de San José, el 27 de marzo del 2006.—Gabriel Lizama Oliger, Notario.—1 vez.—(31576).

Hoy protocolicé acta asamblea general extraordinaria de accionistas de Príncipe de Levante Sociedad Anónima, en virtud de la cual se reforma la cláusula segunda de pacto social de la compañía. Escritura otorgada en la ciudad de San José, el 27 de marzo del 2006.—Gabriel Lizama Oliger, Notario.—1 vez.—(31577).

Hoy protocolicé acta asamblea general extraordinaria de accionistas de Reino de Granada Sociedad Anónima, en virtud de la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social de la compañía. Escritura otorgada en la ciudad de San José, el 27 de marzo del 2006.—Gabriel Lizama Oliger, Notario.—1 vez.—(31578).

Hoy protocolicé acta asamblea general extraordinaria de accionistas de Carlo Sociedad Anónima, en virtud de la cual se reforma la cláusula segunda del Pacto Social de la compañía. Escritura otorgada en la ciudad de San José, el 27 de marzo del 2006.—Gabriel Lizama Oliger, Notario.—1 vez.—(31579).

Hoy protocolicé acta asamblea general extraordinaria de accionistas de Duques de Negresco Sociedad Anónima, en virtud de la cual se reforma la cláusula segunda del Pacto Social de la compañía. Escritura otorgada en la ciudad de San José, el 29 de marzo del 2006.—Gabriel Lizama Oliger, Notario.—1 vez.—(31580).

Hoy protocolicé acta asamblea general extraordinaria de accionistas de Princesa de Poniente Sociedad Anónima, en virtud de la cual se reforma la cláusula segunda del Pacto Social de la compañía. Escritura otorgada en la ciudad de San José, el 29 de marzo del 2006.—Gabriel Lizama Oliger, Notario.—1 vez.—(31581).

Hoy protocolicé acta asamblea general extraordinaria de accionistas de Capive Sociedad Anónima, en virtud de la cual se reforma la cláusula segunda del Pacto Social de la compañía. Escritura otorgada en la ciudad de San José, el 30 de marzo del 2006.—Gabriel Lizama Oliger, Notario.—1 vez.—(31582).

Hoy protocolicé acta asamblea general extraordinaria de accionistas de Tizona Sociedad Anónima, en virtud de la cual se reforma la cláusula segunda del Pacto Social de la compañía. Escritura otorgada en la ciudad de San José, el 30 de marzo del 2006.—Gabriel Lizama Oliger, Notario.—1 vez.—(31583).

Hoy protocolicé acta asamblea general extraordinaria de accionistas de Villa D´Este Sociedad Anónima, en virtud de la cual se reforma la cláusula segunda del Pacto Social de la compañía. Escritura otorgada en la ciudad de San José, el 30 de marzo del 2006.—Gabriel Lizama Oliger, Notario.—1 vez.—(31584).

Ante mí, Flory De La Peña Rojas, notaria pública de Alajuela, se constituyó la sociedad Inmobiliaria Las Brisas del Miravalles S. A., domicilio: distrito: tres, cantón: cuarto, provincia de Guanacaste, veinticinco este de Súper Chaves, Guayabo. Apoderados generalísimos presidente y secretaria: Luis Ángel Pérez Guzmán, Yamileth Pérez Núñez, 04-04-06.—Lic. Flory Yali De La Peña, Notaria.—1 vez.—(31586).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del 23 de marzo del año dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Bio Combustibles de Costa Rica S. A.—San José, 3 de abril del 2006.—Lic. Sergio Sancho Hernández, Notario.—1 vez.—(31587).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 13:00 horas del día 31 de marzo del año 2006, se constituyó la sociedad anónima denominada All Veda One Sociedad Anónima.—San José, 31 de marzo del año 2006.—Lic. Sergio Sancho Hernández, Notario.—1 vez.—(31588).

En escritura autorizada por el suscrito notario a las once horas de hoy se constituyó Ermafernegocios Sociedad Anónima, nombre de fantasía. Domicilio: Escazú, San José. Plazo social: cien años. Capital: suscrito y pagado. Apoderados: presidente y secretario.—San José, 30 de marzo del 2006.—Joaquín Valverde Berrocal, Notario.—1 vez.—(31589).

En escritura autorizada por el suscrito notario a las once horas de hoy se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Mundo de Licores S. A. mediante la cual se modifican las cláusulas primera, segunda, quinta y sexta del pacto social.—San José, 4 de abril del 2006.—Joaquín Valverde Berrocal, Notario.—1 vez.—(31590).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día cinco de marzo de dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada S.M.A Tecnology Inc Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 4 de abril de 2006.—Lic. Randall Chuken Vargas, Notario.—1 vez.—(31592).

El suscrito Notario hace constar que ante esta Notaría, al ser las veinte horas del día veintidós de febrero del año dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima RECCE. Es todo.—San José, 3 de abril del 2006.—Lic. Alonso Serrano Mena, Notario.—1 vez.—(31594).

La suscrita Andrea Rojas Rodríguez, Notaria Pública con oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que mediante escritura número doscientos sesenta y cinco, iniciada al folio ciento noventa y ocho vuelto, del tomo primero de mi protocolo, otorgada ante mi notaría a las diecisiete horas del día veinticuatro de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima denominada Gimnasio Atenas Sociedad Anónima, cuyo presidente, tiene la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 27 de marzo del 2006.—Lic. Andrea Rojas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(31595).

Mediante la escritura pública número veintinueve-veintidós otorgada en la ciudad de San José, a las 9:00 horas del día 3 de abril de 2006, ante el suscrito Notario, los señores Sebastián Jiménez Monge y Jorge Guzmán Calzada adicionaron la escritura pública de constitución de la sociedad Mittel Amerika Stahl S. A., modificándole el nombre a Mittel Amerika Stahl (M.A.S.) S. A.—San José, 3 de abril del 2006.—Miguel Ruiz Herrera, Notario.—1 vez.—(31596).

Por escritura otorgada ante mi notaría al ser las diecisiete horas del día catorce de marzo del año dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Pau Pau Sociedad Anónima.—Lic. Ana Vanessa González Zamora, Notaria.—1 vez.—(31600).

Por escritura otorgada ante mi notaría al ser las diecisiete horas con treinta minutos del día catorce de marzo del año dos mil seis, constituyó la sociedad de esta plaza denominada Veintinueve de Octubre Sociedad Anónima.—Lic. Ana Vanessa González Zamora, Notaria.—1 vez.—(31602).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas del día de hoy, protocolicé acuerdos asamblea socios modificando cláusulas 7, 16, 18, 19, 20, 25 de estatutos sociales de Holcim (Costa Rica) S. A.—San José, 29 de marzo de 2006.—Lic. José Antonio Gómez Cortés, Notario.—1 vez.—(31607).

Por escritura otorgada hoy ante el suscrito Notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad La Peque Sociedad Anónima, mediante los cuales, se modifica la cláusula sexta del Pacto Constitutivo.—San José, 16 de marzo del año 2006.—Paulo Antonio Doninelli Fernández, Notario.—1 vez.—(31609).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 3 de abril del año 2006, se cambia domicilio social y se nombran nuevo presidente y secretaria de la sociedad denominada: Industrias Tae Sociedad Anónima.—San José, 3 de abril del año 2006.—Lic. Melina Cortés Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 96247.—(31612).

Por escritura número ciento veintinueve otorgada en esta Notaría a las diez y treinta horas del diecinueve de marzo del dos mil seis, se constituye Inmobiliaria Dilumo Jcgny S. A.—San José, 23 de marzo 2006.—Lic. Lourdes Rojas Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 96248.—(31613).

Los señores Pedro Bernal Chaves Corrales, Guillermo Chaves Corrales, Francisco Allon Herrera y Yamilette Duarte Marín, constituyen sociedad denominada Transportes Aéreos del Trópico Sociedad Anónima. Registro Público, Sección Mercantil. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las diecisiete horas del día veintiocho de marzo del año dos mil seis.—Lic. Evelyn Cristina Miranda Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 96249.—(31614).

Por escritura ante esta notaría, a las doce horas del veintinueve de marzo del dos mil seis, se nombra tesorero y secretario de la sociedad Forestal Agrícola Teca Flor Sociedad Anónima. Presidenta: Kathia Wu Yao. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—Lic. Giselle García Bogantes, Notaria.—1 vez.—Nº 96251.—(31617).

Por escritura ante esta notaría, a las dieciséis horas del veintinueve de marzo del dos mil seis, se constituye la sociedad Desarrollo Bema Sociedad Anónima. Presidenta: Kathia Wu Yao. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—Lic. Giselle García Bogantes, Notaria.—1 vez.—Nº 96252.—(31618).

Por escritura ante esta notaría, a las quince horas del veintinueve de marzo del dos mil seis, se constituye la sociedad Ganadería Zámbara Sociedad Anónima. Presidente: Ching Yen Shyu Tang. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—Lic. Giselle García Bogantes, Notaria.—1 vez.—Nº 96253.—(31619).

Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas y treinta minutos del treinta de marzo del dos mil seis, constitución de sociedad denominada Moda Internacional Sociedad Anónima. Presidente: Assaad Charaf.—Lic. Katia Marcela Salas Guevara, Notaria.—1 vez.—Nº 96254.—(31620).

A las 11:00 horas del 20 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Umbral del Sur RRC Sociedad Anónima, en donde aparece como representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, su presidente el señor Richard Romero Cerdas, cédula de identidad Nº 3-348-757. Plazo social noventa y nueve años. Agente residente Lic. Sehaneth Varela Trejos.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notaria.—1 vez.—Nº 96255.—(31621).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del día tres de abril del año dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Cuadras Bajureñas Sociedad Anónima, según el cual se modificó la cláusula cuarta del pacto social.—Lic. Wady Alonso Espinoza Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 96257.—(31622).

La suscrita notaria comunica que en esta notaría, se constituyó la sociedad Alfachaves Sociedad Civil, a las ocho horas del tres de abril del dos mil seis, mediante escritura número ciento treinta y siete.—San José, tres de abril del dos mil seis.—Lic. Lizeth Martínez Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 96259.—(31623).

Acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Neblina y Cilampa S. A., celebrada a las quince horas del catorce de diciembre del dos mil cinco, en la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto social, se nombra nueva junta directiva y fiscal. Escritura otorgada a las doce horas del quince de enero del dos mil seis.—Lic. José Manuel Ortiz y Luis Lacayo Madrigal, Notarios.—1 vez.—Nº 96260.—(31624).

Acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Maral S. A., celebrada a las quince horas del veintisiete de marzo de dos mil seis, en la cual se reforma la cláusula novena del Pacto Social y se nombra nueva Junta Directiva. Escritura otorgada a las diez horas del primero de abril de dos mil seis.—Luis Lacayo Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 96261.—(31625).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 15:00 horas del 31 de marzo de 2006, se constituyó la sociedad Tamyday SZ S. A.—San José, 31 de marzo de de 2006.—Álvaro López Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 96262.—(31626).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaría, a las 10:00 horas del 3 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad Lawarren Ventures And Investment CR S. A. con traducción al español Lawarren Ventura e Inversiones CR S. A.—San José, 3 de abril del 2006.—Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 96267.—(31627).

Por escritura otorgada el día de hoy ante esta notaría, Michael Joseph Hazel y Yesenia Arce Gómez, constituyen la sociedad JH Marineros Mundiales SD Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial corresponde al Presidente del Consejo de Administración. Capital social un millón de colones.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Liliana Patricia Padilla Grajales, Notaria.—1 vez.—Nº 96268.—(31628).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veinticuatro de noviembre del dos mil cinco,  se  constituyó  la  sociedad  Agropecuaria el Sur de Pococí Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Agropecuaria el Sur de Pococí S. A. Presidente. Carlos Luis Díaz Contreras.—Guápiles, 24 de noviembre del 2005.—Lic. Carlos Alberto Arguedas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 96269.—(31629).

Alan Marc y Miriam Beatriz Jacob, constituyen Casa Milagro A.M.J. SRL. Capital: ¢1.000,00. Domicilio: Playa Tamarindo. Gerente: Alan Marc Jacob. Plazo social: en todas 99 años.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. Gonzalo Fajardo Lee, Notario.—1 vez.—Nº 96270.—(31630).

Por escritura otorgada por el suscrito notario Emersson Orozco Suárez, a las doce horas del veinticuatro de marzo del dos mil seis, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía El Quetzal Properties of Guanacaste Sociedad Anónima, por la que se reforma la cláusula sexta del pacto social, concerniente al nombre y a la representación social.—San José, 24 de marzo del 2006.—Lic. Emersson Orozco Suárez, Notario.—1 vez.—Nº 96271.—(31631).

Por escritura otorgada por el suscrito Orlando López Pacheco, a las diez horas del veinticuatro de enero del dos mil seis, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía DXR Developments Santa Cruz Group of Beach Sky Sociedad Anónima, por lo que se reforman las cláusulas primera y novena del pacto social.—San José, treinta y uno de marzo del dos mil seis.—Lic. Orlando López Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 96272.—(31632).

Los suscritos notarios Rene Orellana Meléndez y Rosa María Corrales Villalobos, hacen constar que se constituyó la sociedad Intelligent Service Provider Sociedad Anónima, en la ciudad de San José, el día treinta de marzo del dos mil seis.—Lic. Rene Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.—Nº 96274.—(31633).

Ante mí, Lic. Miguel Enrique Zamora Azofeifa, notario con oficina en San José, mediante escritura Nº 497 de fecha 28 de marzo del 2006, visible al folio 178 vuelto, del tomo diez, otorgada a las 19:00 horas, se modifica la junta directiva de la sociedad Luna Griega S. A., en los puesto de presidente y secretario.—San José, 2 de abril del 2006.—Lic. Miguel Enrique Zamora Azofeifa, Notario.—1 vez.—Nº 96280.—(31634).

Ante mí, Lic. Miguel Enrique Zamora Azofeifa, notario con oficina en San José, mediante escritura Nº 510 de fecha 2 de abril del 2006, visible al folio 183 frente, del tomo diez, otorgada a las 16:00 horas, se constituye la sociedad denominada Auto Transportes Mario Rojas e Hijos S. A. Capital: suscrito y pagado, mediante letras de cambio a nombre de la sociedad.—San José, 2 de abril del 2006.—Lic. Miguel Enrique Zamora Azofeifa, Notario.—1 vez.—Nº 96281.—(31635).

Por medio de la escritura número ciento sesenta y uno, otorgada a las dieciséis horas del día veintisiete de marzo del dos mil seis, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada KSJ Enterprise of Coco Sociedad Anónima. Domicilio: Playas del Coco, Guanacaste. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Presidente: el señor John Joseph Backo Jr.—Lic. Ángel Moreno Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 96290.—(31636).

Ante esta notaría, mediante escritura de las doce horas del treinta y uno de enero del dos mil seis, escritura número ciento ocho, tomo cuarto, se constituyó la sociedad denominada Administración y Servicios Jocimes Limitada. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: Playas del Coco, Guanacaste. Capital: diez mil colones. Gerente: Jorge Vargas Jenkis.—San José, treinta y uno de marzo del dos mil seis.—Lic. Ángel Moreno Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 96291.—(31637).

Por medio de la escritura número ciento sesenta y seis, otorgada a las nueve horas treinta minutos del día veintinueve de marzo del dos mil seis, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Real Owl International Veinticuatro Sociedad Anónima. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Presidente: el señor Orland Lehman.—Lic. Ángel Moreno Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 96292.—(31638).

Por escritura número doscientos sesenta y cinco-tres, otorgada a las nueve horas del tres de abril del dos mil seis, ante la notaria Yolanda Chinchilla Bonilla, se crea la sociedad denominada Bufete Cevana Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, con plazo social de noventa y nueve años y un capital social de diez mil colones, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es Carlos Enrique Vargas Navarro, cédula número uno-cuatrocientos setenta y siete-doscientos noventa y seis.—San Isidro de Pérez Zeledón, tres de abril del dos mil seis.—Lic. Yolanda Chinchilla Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 96293.—(31639).

Por escritura otorgada en la notaría del notario público Óscar Luis Trejos Antillón, número 146, del tomo 10, de las 8:00 horas del 3 de abril del 2006, se protocolizó la asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Cuchufleta S. A.—San José, 4 de abril del 2006.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—Nº 96295.—(31640).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 31 de marzo del 2006, se constituye la sociedad Homes & Land Realty CR-JLB S. A. Domicilio social: Heredia, Asunción de Belén. Capital social: 100.000,00 colones. Presidente: Juan de Jesús López Barahona.—Lic. Sonia Carvajal González, Notaria.—1 vez.—Nº 96297.—(31641).

Por escritura otorgada a las nueve horas del dos de abril del dos mil seis Ecoagro DAF de Centroamérica S. A., reforma cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo y se nombra nuevo tesorero.—San José, 4 de abril del 2006.—Lic. Luis Fernando Alfaro González, Notario.—1 vez.—Nº 96299.—(31642).

Ante esta notaría, el día de hoy mediante escritura número ciento cincuenta y cuatro de las diecinueve horas, Julio Roberto Rincón Rivera, Ángela María Rincón Vanegas, Diana Rincón Vanegas y Olga Rincón Vanegas, constituyen R.R.D.V Maxatho Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones.—San José, veintitrés de diciembre del dos mil cinco.—Lic. Ariel Ramírez Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 96300.—(31643).

El suscrito, Luis Enrique Salazar Sánchez, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día veintidós de marzo del dos mil seis, se constituyó ante mí, la sociedad denominada Ocean Sunset View O.S.V. S. A.—San José, tres de abril del dos mil seis.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 96301.—(31644).

Ante mi notaría, por escritura de las 7:00 horas del 31 de marzo del 2006, Ana Margarita Jiménez Guevara y Gladys María Guevara Vega, constituyen la sociedad La Pipiricona S. A., con un capital social de ¢10.000,00, suscrito y pagado.—Santa Ana, 31 de marzo del 2006.—Lic. Marietta Herrera Cantillo, Notaria.—1 vez.—Nº 96302.—(31645).

Por escritura número ciento uno, del tomo segundo del protocolo del suscrito notario, se protocoliza acta en donde se nombra presidente y secretario, y se reforman las cláusulas primera, segunda, sexta del pacto constitutivo de la empresa Weinholg IZ Sociedad Anónima.—San José, tres de abril del dos mil seis.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—Nº 96306.—(31646).

Por escritura número noventa y nueve, del tomo segundo del protocolo del suscrito notario, se protocoliza acta en donde se nombra presidente, y se reforman las cláusulas primera, segunda, sexta del pacto constitutivo de la empresa Ziegue ARB Sociedad Anónima.—San José, tres de abril del dos mil seis.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—Nº 96307.—(31647).

Por escritura número cien, del tomo segundo del protocolo del suscrito notario, se protocoliza acta en donde se nombra presidente, vicepresidente, secretario y tesorero, y se reforman las cláusulas primera, segunda, sexta del pacto constitutivo de la empresa Klauss XIZ Sociedad Anónima.—San José, tres de abril del dos mil seis.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—Nº 96308.—(31648).

Por escritura número catorce del primero de abril del dos mil seis, ante esta notaría, se constituyó East End Coffe View Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones exactos.—San José, dos de abril del dos mil seis.—Lic. Esteban Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—Nº 96309.—(31649).

Por escritura número doscientos ochenta y dos, del tomo dos, otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas treinta minutos del día trece de marzo del dos mil seis, José Alberto Delgado Fonseca, cédula número nueve-cero noventa y cuatro-trescientos cincuenta y cinco, y Lorena Arias Mora, cédula número dos-cuatrocientos diecisiete-ciento ochenta, constituyen la sociedad denominada Delgado Arias JKL Sociedad Anónima, con plazo social de noventa y nueve años, capital social de cien mil colones. Presidente: José Alberto Delgado Fonseca, cédula número nueve-cero noventa y cuatro-trescientos cincuenta y cinco, y tesorera: Lorena Arias Mora, cédula número dos-cuatrocientos diecisiete-ciento ochenta, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Guápiles, primero de abril del dos mil seis.—Lic. José Fco. Fallas González, Notario.—1 vez.—Nº 96310.—(31650).

Por escritura número setenta, de las diecinueve horas del treinta de marzo del dos mil seis, se reforman las cláusulas tercera, quinta y sétima del pactos social de la compañía Filial Condominio Boulevard del Sol Número Veintiséis Wendy Sociedad Anónima.—San José, treinta de marzo del dos mil seis.—Lic. Anna Karina Jiménez Umaña, Notaria.—1 vez.—Nº 96313.—(31651).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas con quince minutos del treinta y uno de marzo del dos mil seis, se protocoliza acta de asamblea de accionistas de la entidad Lanier de Costa Rica Sociedad Anónima, donde se modifica cláusula undécima de los estatutos: de la representación, se revocan poderes, se otorgan nuevos y se hacen nombramientos.—San José, 3 de abril del 2006.—Lic. Alexander Araya Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 96314.—(31652).

Mediante escritura otorgada ante el notario Carlos Gutiérrez Font, de las diecisiete horas del treinta y uno de marzo del dos mil seis, se protocolizan acuerdos de la empresa Hacienda Inmobiliaria Baviera Platine S. A., mediante el cual se modificaron las cláusulas segunda, sexta y nombró junta directiva.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—Nº 96315.—(31653).

Mediante protocolización de acuerdos de la empresa Autozona S. A., de las siete horas del día quince de febrero del dos mil seis, se protocolizaron acuerdos mediante la cual se modifica la cláusula del capital social, administración y nombra junta directiva.—San José, 3 de abril del 2006.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—Nº 96316.—(31654).

Mediante escritura número ciento ochenta y siete, ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima Agroecología Sustentable Rana Verde Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones exactos. Presidente: Kurt Harald Gruninger.—Turrialba, 30 de marzo del 2006.—Lic. Manuelita Meza Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 96319.—(31655).

Por escritura otorgada el día de hoy, ante esta notaría, Gabriela Pacheco Fallas y Andrea Marín García, constituyen la sociedad Nova Petshop Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y secretario del Consejo de Administración, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Capital social: doce mil colones.—San José, a las diez horas del día tres de marzo del dos mil seis.—Lic. José Alejandro Martínez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 96320.—(31656).

Por escritura otorgada ante mí, a las 12:10 horas del 29 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad denominada Transportes La Luna de Moru Sociedad Anónima, cuyo capital se encuentra suscrito y pagado.—Ciudad Quesada, 30 de marzo del 2006.—Lic. Hugo Alberto Loaiza Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 96321.—(31657).

Por escritura de las 10:00 horas del 3 de abril del 2006, otorgada ante esta notaría pública, se modifica la cláusula segunda del pacto social de Inversiones Diamante Platinum S. A.—San José, 3 de abril del 2006.—Lic. Benjamín Gutiérrez Contreras, Notario.—1 vez.—Nº 96322.—(31658).

Se reforma pacto constitutivo de la Asociación Junta de Usuarios del Cenada, cédula jurídica número tres-cero cero dos-ciento ochenta mil cuatrocientos doce, en su cláusula décimo quinta, reduciendo el número de miembros de la junta directiva, y en su cláusula vigésimo primera referido al cambio de miembros de junta directiva. Es todo.—San José, tres de abril del dos mil seis.—Lic. Juan Carlos González Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 96323.—(31659).

Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría, a las diez horas de hoy, fue constituida Shambora International Sociedad Anónima, abreviándose S. A. (en español Shambora Internacional S. A.). Domicilio: San José. Objeto: agricultura, ganadería, minería, turismo, industria y comercio. Plazo: noventa y nueve años. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Presidente y secretario, con poder generalísimo.—San José, 1º de abril del 2006.—Lic. Diego Acuña Delcore, Notario.—1 vez.—Nº 96324—(31660).

Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría, a las diecisiete horas y treinta minutos del veinte de marzo del dos mil seis, fue constituida Nacientes de la Montaña RMJ Sociedad Anónima, abreviándose S. A. Domicilio: San José. Objeto: agricultura, ganadería, minería, turismo, industria y comercio. Plazo: noventa y nueve años. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Presidente, secretario y tesorero, con poder generalísimo.—San José, 23 de marzo del 2006.—Lic. Diego Acuña Delcore, Notario.—1 vez.—Nº 96325—(31661).

Por escritura otorgada ante mi notaría, se constituyó la empresa de esta plaza denominada Steven Staples Sociedad Anónima. Domicilio social: será la ciudad de San José. Plazo social: será de cien años. Capital social: será la suma de diez mil colones. Representación: corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 3 de abril del 2006.—Lic. Ana Lorena Ramírez González, Notaria.—1 vez.—Nº 96326.—(31662).

Ante mi notaría, se han presentado los señores Ricardo Sojo Quirós, cédula número uno-quinientos-quinientos veintisiete, y Magaly Soto Salazar, cédula número uno-novecientos catorce-cuatrocientos treinta y ocho, a constituir una sociedad llamada Corporación Caleb Sociedad Anónima. Es todo.—San José, treinta y uno de marzo del dos mil seis.—Lic. Fernando José Gonzalo Medina, Notario.—1 vez.—Nº 96329.—(31663).

Por escritura otorgada en mi notaría en Alajuela, a las 9:00 horas del 13 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad denominada Beaver Rental J & A Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Representación: presidente y secretario. Plazo social: 99 años.—Lic. Jenny Cornejo Solórzano, Notaria.—1 vez.—Nº 96332.—(31664).

Por escritura otorgada en mi notaría, en Alajuela, a las 8:00 horas del 13 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad denominada Tico Beaver J & A Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Representación: presidente y secretario. Plazo social: 99 años.—Lic. Jenny Cornejo Solórzano, Notaria.—1 vez.—Nº 96333.—(31665).

Por escritura otorgada a las ocho horas del tres de abril del dos mil seis, ante el notario Andrés Elliot Sule, el señor Jorge Cassasola Jiménez, constituyó la fundación denominada Construyendo Fundamentos.—San José, a las ocho horas del cuatro de abril del dos mil seis.—Lic. Andrés Elliot Sule, Notario.—1 vez.—Nº 96337.—(31666).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 18:30 horas del 27 de marzo del 2006, protocolicé acta de la sociedad Angulo Arie S. A., mediante la cual se modifica la cláusula sétima “de la administración”, modificando las facultades de los administradores.—Lic. Carlos Eduardo Herrera Mora, Notario.—1 vez.—Nº 96338.—(31667).

Armando Alberto Guardia Sasso y Ana Isabel Molina Barreda, constituyen la sociedad denominada Grupo Andrómeda Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las quince horas del veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Anna Lía Volio Elbrecht, Notaria.—1 vez.—Nº 96339.—(31668).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del diecinueve de enero del dos mil seis, se reforma la cláusula quinta del pacto social de la sociedad Vecinos de la Favorita S. A. Es todo.—San José, 1º de marzo del 2006.—Lic. Bianca Raquel Vitola Arce, Notaria.—1 vez.—Nº 96340.—(31669).

En mi notaría, a las 9:00 horas del 3 de abril del 2006, se constituyó la sociedad denominada Roca Equinos de la Bajura Sociedad Anónima. Capital social de cien mil colones, representado por 10 acciones comunes y nominativas de 10.000,00 colones cada una. Objeto: comercio en general. Plazo: 99 años.—San José, 3 de abril del 2006.—Lic. María Jesús Ugalde Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 96342.—(31670).

En mi notaría, a las 8:00 horas del 3 de abril del 2006, se constituyó la sociedad denominada Blue Mountain Corp Sociedad Anónima. Capital social de cien mil colones, representado por 10 acciones comunes y nominativas de 10.000,00 colones cada una. Objeto: comercio en general. Plazo: 99 años.—San José, 3 de abril del 2006.—Lic. María Jesús Ugalde Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 96343.—(31671).

En mi notaría, a las 8:30 horas del 3 de abril del 2006, se constituyó la sociedad denominada Green Fest Corp Sociedad Anónima. Capital social de cien mil colones, representado por 10 acciones comunes y nominativas de 10.000,00 colones cada una. Objeto: comercio en general. Plazo: 99 años.—San José, 3 de abril del 2006.—Lic. María Jesús Ugalde Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 96344.—(31672).

Por la escritura otorgada a las ocho horas treinta minutos del veintiocho de febrero del dos mil seis, se constituye la compañía Inversiones Araya Rivera Sociedad Anónima. Domiciliada en Orotina.—Lic. Angie Vanessa Miranda Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 96345.—(31673).

Por la escritura otorgada a las catorce horas del veintinueve de marzo del dos mil seis, se constituye la compañía Buddy’s Sociedad Anónima. Domiciliada en Garabito.—Lic. Angie Vanessa Miranda Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 96346.—(31674).

Por escritura número doscientos cuatro, otorgada en esta notaría, a las 12:00 horas del 3 de abril del 2006, se constituyó la sociedad Grupo Arjon Sociedad Anónima, con domicilio en la provincia de Limón, con un plazo de noventa y nueve años. Capital social: debidamente suscrito y pagado. Presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma.—Limón, 3 de abril del 2006.—Lic. Marcela Soto Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 96347.—(31675).

Por escritura otorgada ante mi notaría, en la ciudad de San José, a las 19:00 horas del 31 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad Consultorías y Representaciones Tauro Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años, contados a partir del momento de su constitución. Capital social: totalmente suscrito y pago en dinero efectivo.—San José, 3 de abril del 2006.—Lic. Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 96348.—(31676).

Por escritura número cincuenta y tres, otorgada ante la suscrita notaria, a las ocho horas del día cuatro de abril del dos mil seis, se constituyó la sociedad Transportes Valverde Ulloa Sociedad Anónima. Presidente: Freddy Valverde Cordero.—San José, 4 de abril del 2006.—Lic. Erika Vázquez Boza, Notaria.—1 vez.—Nº 96351.—(31678).

Por escritura otorgada hoy, a las 8:00 horas, se constituyó la sociedad denominada Altos de Camaronal Dorado Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas por los socios. Representación judicial y extrajudicial: presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y vocal.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Federico Guzmán Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 96354.—(31679).

Mediante escritura pública otorgada a las catorce horas diez minutos del treinta de marzo del dos mil seis, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza denominada Sesenta y Seis Mil Treinta y Seis Sociedad Anónima, en la cual se nombra nueva junta directiva, se cambia el domicilio social y el agente residente. Presidente Lazslo Mihajlovits.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 96357.—(31680).

Ante esta notaría, a las 8:00 horas del 23 de marzo del año dos mil seis, mediante escritura 276 del tomo 11, se constituyó la sociedad Construcciones Orlando Calvo ORCASA S. A. Presidente: Orlando Calvo Calvo. Capital social: cinco millones colones. Plazo: 99 años.—Lic. Yamileth Fernández Sandí, Notaria.—1 vez.—Nº 96362.—(31681).

Por medio de escritura otorgada por el suscrito notario, a las quince horas del día de hoy, se creó el pacto constitutivo de la sociedad denominada Asesorías Nativa-Ivomar S. A.—San José, 20 de marzo del 2006.—Lic. Álvaro Castillo Castro, Notario.—1 vez.—Nº 96363.—(31682).

Por medio de escritura otorgada por el suscrito notario, a las diecisiete horas y treinta minutos del día de hoy, se creó el pacto constitutivo de la sociedad denominada Inversiones Graff & Ret Ltda.—San José, 21 de marzo del 2006.—Lic. Álvaro Castillo Castro, Notario.—1 vez.—Nº 96364.—(31683).

Por medio de escritura otorgada por el suscrito notario, a las ocho horas y treinta minutos del día de hoy, se creó el pacto constitutivo de la sociedad denominada Servicios y Asesoría Marifer Dos Mil Ltda.—San José, 21 de marzo del 2006.—Lic. Álvaro Castillo Castro, Notario.—1 vez.—Nº 96365.—(31684).

Ante mi notaría, se ha constituido compañía denominada Arquitectura y Construcción Técnica Sociedad Anónima, con domicilio en Escazú, del BNCR 300 metros al norte, Centro Comercial Real, local Nº 66, con un capital de novecientos mil colones. Correspondiendo la representación judicial y extrajudicial con poder generalísimo sin límite de suma al presidente, tesorero y secretario. Escritura número doscientos uno visible al folio ciento veintiséis vuelto del tomo primero de mi protocolo. Con fecha de otorgamiento a las 9:00 horas del 4 de abril del 2006.—Lic. Nora Vanessa Chacón Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 96366.—(31685).

Ante mi, Henry Alonso Víquez Arias, notario público con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad anónima denominada Plaisir D’Hiver Sociedad Anónima, a las once horas del treinta y uno de marzo del dos mil seis. Presidente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quien tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Atenas, treinta y uno de marzo del dos mil seis.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 96367.—(31686).

Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario público con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad anónima denominada Plaisir D’Autumne Sociedad Anónima, a las once y treinta horas del treinta y uno de marzo del dos mil seis. Presidente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quien tendrá las facultades de apoderado generalísimos sin límite de suma.—Atenas, treinta y uno de marzo del dos mil seis.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 96368.—(31687).

Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día treinta y uno de marzo del dos mil seis, a las ocho y treinta horas, en la ciudad de Atenas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Toujours Heureux Sociedad Anónima, en la cual se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero, y se reformó la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Atenas, tres de abril del dos mil seis.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 96369.—(31688).

Por escritura número cuarenta y dos-XX, otorgada el día de hoy, ante esta notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Inversiones y Valores del Arenal RG S. A., en que se reformó el estatuto.—San José, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Luis Rodolfo Quirós Acosta, Notario.—1 vez.—Nº 96372.—(31689).

Por escritura número cuarenta y uno-XX, otorgada el día de hoy, ante esta notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Tico Resorts S. A., en que se reformó el estatuto.—San José, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Luis Rodolfo Quirós Acosta, Notario.—1 vez.—Nº 96373.—(31690).

Por escritura número cuarenta-XX, otorgada el día de hoy, ante esta notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Nuturaki Internacional S. A., en que se reformó el estatuto.—San José, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. Luis Rodolfo Quirós Acosta, Notario.—1 vez.—Nº 96374.—(31691).

Por escritura número cincuenta y uno-VII, otorgada el día de hoy, ante esta notaría, Diana Flaqué Ávila y Mónica Flaqué Ávila constituyeron la sociedad Artemisa Marketing Consultants S. A.—San José, trece de marzo del dos mil seis.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—Nº 96375.—(31692).

Por escritura número cincuenta y cuatro-VII, otorgada el día de hoy, ante esta notaría, protocolicé acta de reunión de cuotistas de la sociedad American Telemarketing Services Ltda, en que se reformó la cláusula del domicilio.—San José, veintinueve de marzo del dos mil seis.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—Nº 96376.—(31693).

Por escritura número trescientos diez, otorgada ante esta notaría, a las once horas del tres de abril del dos mil seis, se constituyó la firma Inversiones Calles Blancas Primera Etapa Sociedad Anónima, con un capital social de quinientos mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, tres de abril del dos mil seis.—Lic. Lucila de Pedro Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 96377.—(31694).

Por escritura número trescientos once, otorgada ante esta notaría, a las once horas treinta minutos del tres de abril del dos mil seis, se constituyó la firma Inversiones Calles Blancas Segunda Etapa Sociedad Anónima, con un capital social de quinientos mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, tres de abril del dos mil seis.—Lic. Lucila de Pedro Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 96378.—(31695).

Por escritura número trescientos doce, otorgada ante esta notaría, a las doce horas del tres de abril del dos mil seis, se constituyó la firma Inversiones Calles Blancas Tercera Etapa Sociedad Anónima, con un capital social de quinientos mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, tres de abril del dos mil seis.—Lic. Lucila de Pedro Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 96379.—(31696).

Mediante escritura número cincuenta-siete-dos mil seis de las dieciséis horas, cinco minutos del veintiocho de marzo del dos mil seis, otorgada ante el suscrito, se constituyó la compañía Productos Gelitos S. A. Domicilio en San Ignacio de Acosta. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Representante: presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, de conformidad con el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil.—San José, cuatro de abril del dos mil seis.—Lic. Rafael Ángel Fallas Fallas, Notario.—1 vez.—Nº 96381.—(31697).

Por escritura otorgada hoy en esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Agropecuaria El Triunfo JCV Sociedad Anónima.—San José, 3 de marzo del 2006.—Lic. Fernando Morera Solano, Notario.—1 vez.—Nº 96383.—(31698).

El suscrito notario, hace constar que mediante escritura de las 8:00 horas del 4 de abril del 2006, de esta notaría, se protocolizó acta de la sociedad Baggs & Bullock SRL, mediante la cual se cambió el nombre por Salty Dog SRL.—San José, 4 de abril del 2006.—Lic. José Rafael Fernández Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 96389.—(31699).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diez horas del cuatro de marzo del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Grupo M - T - L Sociedad Anónima, plazo noventa y nueve años.—San José, tres de abril del dos mil seis.—Lic. Erick Alberto Lizano Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 96391.—(31700).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 31 de marzo del 2006, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Instalaciones Electromecánicas Coto Sociedad Anónima, en la que se reforma cláusula sétima y se nombra nuevo fiscal y fiscal. Presidente Marcos Coto Méndez.—San José, 31 de marzo del 2006.—Lic. Rolando Sánchez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 96392.—(31701).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 8:30 horas del 31 de marzo del 2006, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Comdelec Sociedad Anónima, en la que se reforma cláusula sexta y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente Marcos Coto Alfaro.—San José, 31 de marzo del 2006.—Lic. Rolando Sánchez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 96393.—(31702).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, en San José a las 8:00 horas del 3 de abril del 2006, se constituyó la sociedad anónima denominada My Costa Rica Biz Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Domicilio: San José. Objeto: actividades comerciales e industriales. Capital social: diez mil colones.—San José, 3 de abril del 2006.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—Nº 96394.—(31703).

Por escritura otorgada ante esta notaría pública, a las 9:00 horas del 17 de febrero del 2006, se constituyó Mergo y Vazher S. A. Domicilio: San José. Capital: ¢10.000,00. Presidente y tesorero, como apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. David Dumani Echandi, Notario.—1 vez.—Nº 96403.—(31704).

Por escritura número uno-ciento ochenta y ocho, otorgada ante mi notaría, a las nueve horas y treinta minutos del primero de abril del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Planeamiento y Control S. A. Capital social diez mil colones.—San José, 3 de abril del 2006.—Lic. Manuel Figueroa Loaiza, Notario.—1 vez.—Nº 96404.—(31705).

Por escritura número uno-ciento ochenta y nueve, otorgada ante mi notaría, a las diez horas del primero de abril del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Construfuturo S. A. Capital social: diez mil colones.—San José, 3 de abril del 2006.—Lic. Manuel Figueroa Loaiza, Notario.—1 vez.—Nº 96405.—(31706).

Por escritura número: uno-ciento ochenta y siete, otorgada ante mi notaría, a las nueve horas del primero de abril del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Marichava S. A. Capital social: diez mil colones.—San José, 3 de abril del 2006.—Lic. Manuel Figueroa Loaiza, Notario.—1 vez.—Nº 96406.—(31707).

El suscrito notario, Óscar Carrillo Baltodano, he constituido, la sociedad anónima denominada Inversiones Monte San Miguel Sociedad Anónima con un capital social de diez mil colones exactos, por un plazo social de noventa y nueve años, en donde figuran como presidente y secretaria: Edwin Acosta Gutiérrez y Lindsey Guevara Moraga, respectivamente. Es todo.—Puntarenas, 24 de marzo del 2006.—Lic. Óscar Carrillo Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 96407.—(31708).

El suscrito notario Óscar Carrillo Baltodano hace constar que ante esta notaría se constituyó la sociedad Inversiones Anderson y Guzmán Sociedad Anónima, por un plazo de noventa y nueve años, con un capital social de diez mil colones y representada por su presidente el señor Donald Louis Anderson, de único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense. Es todo.—San José, 4 de abril del 2006.—Lic. Óscar Carrillo Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 96408.—(31709).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas del veinticuatro de marzo del dos mil seis, se protocoliza acta de la sociedad Grupo de Inversiones SBC Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno-trescientos veintisiete mil cuatrocientos setenta, por la que se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Xitlali Espinoza Guzmán y Lic. Abel Vladimir Chinchilla Bazán, Notarios.—1 vez.—Nº 96409.—(31710).

Ante esta notaría, por escritura pública otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del veinticuatro de marzo del dos mil seis, se protocoliza acta de la sociedad World Consulting W C Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno-trescientos veintiséis mil cero cero cuatro, por la que se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Xitlali Espinoza Guzmán y Lic. Abel Vladimir Chinchilla Bazán, Notarios.—1 vez.—Nº 96410.—(31711).

Ante esta notaría, por escritura pública otorgada a las dieciséis horas del veinticuatro de marzo del dos mil seis, se protocoliza acta de la sociedad V. O. Investments V Sociedad Anónima cédula de persona jurídica tres-ciento uno-trescientos cincuenta mil ochocientos treinta, por la que se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Xitlali Espinoza Guzmán y Lic. Abel Vladimir Chinchilla Bazán, Notarios.—1 vez.—Nº 96411.—(31712).

Ante esta notaría, por escritura pública otorgada a las once horas del veinticuatro de marzo del dos mil seis, se protocoliza acta de la sociedad International Software Developments DSI Sociedad Anónima cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y cinco mil novecientos ochenta y uno , por la que se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Xitlali Espinoza Guzmán, Notaria.—1 vez.—Nº 96412.—(31713).

Ante esta notaría, por escritura pública otorgada a las quince horas treinta minutos del veinticuatro de marzo del dos mil seis, se protocoliza acta de la sociedad Grupo Mercantil de Latinoamérica Sociedad Anónima cédula de persona jurídica tres-ciento uno-doscientos cincuenta y siete mil doscientos catorce, por la que se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Xitlali Espinoza Guzmán y Lic. Abel Vladimir Chinchilla Bazán, Notarios.—1 vez.—Nº 96413.—(31714).

Ante esta notaría, por escritura pública otorgada a las dieciséis horas del veinticuatro de marzo del dos mil seis, se protocoliza acta de la sociedad V. O. Communications Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y cuatro mil novecientos treinta y dos, por la que se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Xitlali Espinoza Guzmán, Notaria.—1 vez.—Nº 96414.—(31715).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las quince horas se constituye la sociedad Swinatura Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Swinatura S. A., con domicilio social en Pérez Zeledón, Chucuyo de Rivas, Albergue el Chucuyo. Capital social: Diez mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: Noventa y nueve años a partir de la fecha de constitución. Presidente: Jean Paul de Oliveira.—San Isidro de Pérez Zeledón, cuatro de abril del año dos mil seis.—Lic. Mauricio Ceciliano Rivera, Notario.—1 vez.—Nº 96417.—(31716).

Mediante la escritura número doscientos noventa y tres, del notario Gonzalo Rodríguez Sabat, se constituyó la sociedad H.S. Camapes S. A. con un capital social de diez mil colones. Dicha sociedad fue constituida el día veinte de marzo del dos mil seis, a las diez horas, en las Juntas de Abangares.—Lic. Gonzalo Rodríguez S., Notario.—1 vez.—Nº 96421.—(31717).

Por escritura de las 9:00 horas de hoy protocolice acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Auto Seguridad S. A. Por medio de la cual se reforman las cláusulas quinta y octava del pacto social y se elimina la décima tercera. Se hacen nombramientos.—San José, 15 de marzo del 2006.—Lic. Gloria Virginia Vega Chávez, Notaria.—1 vez.—Nº 96422.—(31718).

Mediante escritura número ochenta y cuatro, otorgada a las nueve horas del treinta de marzo del dos mil seis, ante el notario Alberto Raven Odio, se constituyó la sociedad denominada Cardel Investments Costa Rica Sociedad Anónima, con un capital social de ciento sesenta y siete mil veinte colones y un plazo social de cien años.—San José, treinta de marzo del dos mil seis.—Lic. Alberto Raven Odio, Notario.—1 vez.—Nº 96425.—(31719).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del treinta y uno de marzo del año dos mil seis, se modificó la cláusula del domicilio y se nombra nueva junta directiva de la sociedad de esta plaza denominada Piece of Pampa S. A.—San José, cuatro de abril del año dos mil seis.—Lic. Doris Monestel Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 96426.—(31720).

Por escritura otorgada ante esta notaría el treinta y uno de marzo del año dos mil seis, a las trece horas del 31 de marzo del año dos mil seis, se constituye la sociedad Inversiones Marítimas del Oeste D.F.M. S. A. Capital social: diez mil colones.—San José, 31 de marzo del 2006.—Lic. Ramón Rodríguez Vindas, Notario.—1 vez.—Nº 96427.—(31721).

Por haberse otorgado en La Uvita de Osa, Puntarenas, ante esta notaría, a las diecisiete horas del veintisiete de marzo del 2006, se constituyó la Fundación de Amigos del Parque Marino Ballena. Objeto: el brindar apoyo integral, espiritual, social, ecológico y económico a la protección del ambiente y los proyectos comunales, gubernamentales y no gubernamentales, podrá brindar educación, ayudas económicas o con especies, para servicios o proyectos. Plazo es de perpetuidad. Domicilio en La Uvita de Osa, Puntarenas. Capital social: 25000 colones. Los directores Presidente: Jhon Michael Wieland, con pasaporte: 037772239, comerciante, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y Dale Laverne Giampapa, con cedula de residencia: 10417, pensionada rentista, y Geiner Alvarado Guzmán, con cedula 6-243-359.—La Uvita de Osa, 27 de marzo del 2006.—Lic. Zeneyda Víquez Saldaña, Notaria.—1 vez.—Nº 96428.—(31722).

En mi notaria, al ser las dieciséis horas del día dieciséis de marzo del dos mil seis, se constituye sociedad anónima denominada Auto Carrocerías Rodos S. A., el cual es nombre de fantasía. Su domicilio social será San José de la Guacamaya ciento cincuenta metros oeste, Presidente Roy Mora Mora, cedula uno-ochocientos setenta y tres, tesorero Javier Martínez Jiménez, cedula uno-novecientos, ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando de forma conjunta.—Alajuelita, 30 de marzo del 2006.—Lic. Kattia Muñoz Zúñiga, Notaria y Lic. Marlene Guzmán Muñoz, Notarias.—1 vez.—Nº 96429.—(31723).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas con quince minutos del dieciséis de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad ABSL Sunset Limitada. Gerente del Consejo readministración: Andrew David Brosoffm.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 96430.—(31724).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Costa Rica en Movimiento Sociedad Anónima, mediante la cual se revoca nombramiento de la Junta Directiva y se hacen nuevos nombramientos. Presidente: Sthepane Andre Germain Denizot. Escritura otorgada en San José, ante el notario público Alejandro Pignataro Madrigal, a las once horas con treinta minutos del treinta de marzo del dos mil seis.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 96431.—(31725).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inversiones Los Alpes de las Estrellas IAE Limitada, mediante la cual se revoca nombramiento de Gerente y se hace nuevo nombramiento; Gerente: Hada Beatriz Serrano. Escritura otorgada en San José, ante el notario público Alejandro Pignataro Madrigal, a las quince horas del veintiocho de marzo del dos mil seis.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 96432.—(31726).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas con quince minutos del veintiocho de marzo del dos mil seis, se constituyó la sociedad Blue Heaven Limitada. Gerente del Consejo de Administración: Adam Willie Jones.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 96433.—(31727).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada El Descanso del Pacífico E.D.P Limitada, mediante la cual se revoca nombramiento del gerente y se hace nuevo nombramiento. Gerente: Enrique Bascon Canales. Escritura otorgada en San José ante el notario público Alejandro Pignataro Madrigal, a las once horas del treinta de marzo del dos mil seis.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 96434.—(31728).

Mediante escritura setenta y tres-cuatro, suscrita ante mi notaría a las veinte horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad El Pinar Celeste Cinco MNO S. R. L. en la cual se reforma la cláusula octava del estatuto.—San José, tres de abril del dos mil seis.—Lic. Frescia Benavides Ulate, Notaria.—1 vez.—Nº 96435.—(31729).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizan los acuerdos de asamblea extraordinaria de accionistas de la empresa Point Technologies Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula quinta y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente. Es todo.—San José, 4 de abril del 2006.—Lic. Carlos Roberto Rivera Cruz, Notario.—1 vez.—Nº 96438.—(31730).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizan los acuerdos de Asamblea Extraordinaria de Accionistas de la empresa Jmejia International J.I.S.A Sociedad Anónima, donde se reforman las cláusulas segunda, sexta y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente. Es todo.—San José, 4 de abril del 2006.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—Nº 96439.—(31731).

Presente en mi despacho Francisco Javier Sevilla Sánchez, mayor, casado, cédula Nº 270-153387087153, vecino de Guácimo y dice que constituye sociedad anónima llamada Mariamoretty, domiciliada en Guácimo.—Guácimo, cinco de abril del 2006.—Lic. Elsa Azofeifa Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 96440.—(31732).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Bodega Mayorista Monterrey Sociedad Anonima. Objeto: La actividad comercial. Domicilio: En Pital de San Carlos, cien metros al norte y veinticinco metros al oeste del Banco Nacional. Capital Social: Quince mil colones netos. Representación: Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Joaquín Alvarado Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 96441.—(31733).

A las once horas del día veintinueve de marzo del año dos mil seis, ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Villas Moyal S. A., con domicilio social en Escazú, Residencial Altos del Horizonte, un kilómetro al sur y cuatrocientos metros este del depósito Santa Bárbara (Los Anonos). Presidenta Paola Alfaro Ugalde. Capital social cuatro acciones de mil colones cada una.—Lic. Susana Arce Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 96442.—(31734).

Ante mi notaría, al ser las catorce horas del primero de abril del dos mil seis, se otorgó la escritura número ciento noventa y ocho, donde se constituyó la sociedad Grafika Tamarindo Sociedad Anónima, siendo su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma el señor Cesare Iannone. Es todo.—San José cuatro de abril del dos mil seis.—Lic. Ruddy Leonardo Figueroa Cruz, Notario.—1 vez.—Nº 96443.—(31735).

Por escritura otorgada ante mí, el 3 de abril del 2006, a las 12:00 horas, se protocolizó acta general extraordinaria de socios de El Santuario del Viajero S. A., mediante la cual se reformó la cláusula quinta del acta constitutiva.—San José, de abril del año 2006.—Lic. Ximena Rodríguez Yamasaki, Notaria.—1 vez.—Nº 96444.—(31736).

Ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Grupo S. Y C. Sachel S. A., se reforma cláusula segunda del domicilio, cambios en junta directiva y aumento de capital, se nombra nuevo agente residente. Escritura número ciento sesenta y ocho otorgada a las 8:00 del 29 de marzo del 2006.—Lic. Mercedes Leiva González, Notaria.—1 vez.—Nº 96445.—(31737).

Se modifica la razón social de la sociedad denominada Inmobiliaria Yerali S. A. por el de Inmobiliaria Yerali Matamoros Sánchez S. A.—Cartago, 3 de abril del 2006.—Lic. Eduardo Cortés Morales, Notario.—1 vez.—Nº 96446.—(31738).

Se modifica la razón social de la sociedad denominada Comercializadora y Distribuidora de Productos Diversos del Este S. A. por el de Aportes de Capital Chaves Solano S. A.—Cartago, 3 de abril del 2006.—Lic. Eduardo Cortés Morales, Notario.—1 vez.—Nº 96447.—(31739).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las quince horas del día tres de abril del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Le’mó L Y M Sociedad Anónima. Presidenta: Mónica Mansilla Ly, Vicepresidenta: Leda María Bolaños Mora. Se nombra junta directiva y fiscal. Capital social: diez mil colones.—Heredia, 3 de abril del 2006.—Lic. Guillermo Enrique Morales Montoya, Notario.—1 vez.—Nº 96449.—(31740).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:30 horas del 1º de abril del 2006, se constituyó la sociedad Inversiones Pierniki IPK Sociedad Anónima, capital social debidamente suscrito y pagado por los socios. Domicilio: Cartago, plazo noventa y nueve años.—Cartago, 4 de abril del 2006.—Lic. Jorge Ramón Arias Mora, Notario.—1 vez.—Nº 96451.—(31741).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 1º de abril del 2006, se constituyó la sociedad Inversiones Keubasa IKB Sociedad Anónima, capital social debidamente suscrito y pagado por los socios. Domicilio: Cartago, plazo noventa y nueve años.—Cartago, 4 de abril del 2006.—Lic. Jorge Ramón Arias Mora, Notario.—1 vez.—Nº 96452.—(31742).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó Mayro Trans Sociedad Anónima. Domicilio: Santa Ana, San José. Plazo: noventa y nueve años. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Aquilino Marín Araya.—San José, tres de abril del dos mil seis.—Lic. Jorge Johanning Mora, Notario.—1 vez.—Nº 96454.—(31743).

El suscrito notario, hace constar que a las 9:00 horas del 21 de febrero, en esta notaría se constituyó la entidad Academia de Educación Sotomayor S. A. Presidenta: Irina Borisovna Piatkin Piatkina. Es todo.—San José, 22 de febrero del dos mil seis.—Lic. Carlos Alberto Ulloa Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 96455.—(31744).

Por escritura otorgada ante este notaría, a las 14:00 horas del 3 abril del 2006, se protocoliza acta asamblea general extraordinaria de accionistas Carmensal Housings Sociedad Anónima, se reforma la cláusula tercera de los estatutos de la sociedad.—Lic. Anneth Jiménez Calvo, Notaria.—1 vez.—Nº 96456.—(31745).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 11:00 horas del 27 de marzo del dos mil seis, se constituye la sociedad Mono Feliz Ltda. Representación: un gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio: San Rafael de Heredia, residencial El Tirol, casa B-ocho. Objeto: inversión y administración de bienes raíces. Capital: diez mil colones totalmente suscrito y pagado en efectivo.—Lic. Thomas Burke Maessen, Notario.—1 vez.—Nº 96457.—(31746).

Mediante escritura 113 otorgada ante este notario, a las ocho horas del día veintidós de marzo del dos mil seis, se constituyen las sociedades Hermosa Sight Enterprises S. A.; Hermosa Site GTE Enterprises S. A.; Universal Beach Enterprises S. A.; Stairs to Heaven Enterprises S. A.; Out of This World Enterprises S. A.; Linda Hermosa GTE Enterprises S. A.; Anillos del Sol Enterprises S. A.; Rings of The Sun Investments S. A.; Country Court Inc S. A. y So Far Away Guanacaste S. A. Con domicilio en Liberia, Guanacaste de la entrada principal del cementerio, doscientos metros al este y cien metros al norte segunda casa a mano izquierda. Se nombra presidente a Juan María Viales Morales.—Guanacaste, 3 de abril del 2006.—Lic. Juan A. Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 96458.—(31747).

Mediante escritura otorgada ante este notario, a las 18:15 horas del 27 de marzo del 2006, se modifica la cláusula segunda del domicilio, se nombra nuevo presidente a John Arthur Clarke, secretario: Beth Anne Kersten, tesorero: Anne M. Clarke, fiscal: Lisa M. Ruffner. Agente residente: Ricardo Estrada Murillo, de la sociedad Dense Jungle S. A.—Guanacaste, 27 de marzo del dos mil seis.—Lic. Juan A. Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 96459.—(31748).

Mediante escritura otorgada ante este notario, a las 11:00 horas del 29 de marzo del 2006, se modifica la cláusula segunda del domicilio y octava de la administración del pacto constitutivo, se nombra nuevo gerente general: Philip Matnotti, subgerente general: Tamara Christina Moore, agente residente: Ricardo Alfonso Estrada Murillo, en la sociedad Horse Mountain Enterprises Limitada.—Guanacaste, 29 de marzo del dos mil seis.—Lic. Juan A. Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 96460.—(31749).

Mediante escritura otorgada ante este notario, a las 8:00 horas del 29 de marzo de 2006, se nombra nuevo gerente general: Timothy Harold Decker, agente residente: Ricardo Alfonso Estrada Murillo, en la sociedad Horse Mountain Enterprises Limitada.—Guanacaste, 29 de marzo del dos mil seis.—Lic. Juan A. Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 96461.—(31750).

Mediante escritura otorgada ante este notario, a las 18:00 horas del 27 de marzo del 2006, se modifica la cláusula segunda del domicilio, se nombra nuevo presidente a Edward George Seitz, secretaria: Kathryn Gale Seitz, tesorero: Brian Peter Seitz, fiscal: Kyle Seitz de la sociedad Sea Bass Investments S. A.—Guanacaste, 27 de marzo del dos mil seis.—Lic. Juan A. Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 96462.—(31751).

Mediante escritura otorgada ante este notario, a las 18:30 horas del 27 de marzo del 2006, se modifica la cláusula segunda del domicilio, se nombra nuevo presidente a John Arthur Clarke, secretario: Beth Anne Kersten, tesorero: Anne M. Clarke, fiscal: Lisa M. Ruffner. Agente residente: Ricardo Estrada Murillo de la sociedad Adarga de Plata S. A.—Guanacaste, 27 de marzo del dos mil seis.—Lic. Juan A. Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 96463.—(31752).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas, quince minutos del tres de abril del dos mil seis, se protocolizaron acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Marina Intercontinental S. A., por medio de la cual se tomó el acuerdo de modificar, las cláusulas primera, segunda, tercera, cuarta, quinta, sexta, sétima y décima del pacto social.—San José, tres de abril del dos mil seis.—Lic. Álvaro Emilio Castro Garnier, Notario.—1 vez.—Nº 96464.—(31753).

Frederick G. Sahli Grenville Chapin (nombres) Braman (apellido), vienen a constituir la compañía E B G and C the Quepos S. A. Domicilio de la sociedad será en Aguirre, cincuenta metros al este del Banco Nacional altos de la licorera Bamboo en provincia de Puntarenas. En la ciudad de Aguirre, a las 17:30 horas del once de enero del 2006.—Lic. Ana Cecilia Artavia Guadamuz, Notaria.—1 vez.—Nº 96468.—(31754).

Grenville Chapin (nombres) Braman (apellido), Erick Williams (nombres) Cabe (apellido), vienen a constituir la compañía Monito de la Montaña Dos S. A. El domicilio de la sociedad será en Aguirre, Manuel Antonio, en las instalaciones del hotel Mono Azul, frente a la tienda típica del mismo nombre, de la provincia de Puntarenas, Aguirre, a las 14:30 horas del 9 de noviembre del 2005.—Lic. Ana Cecilia Artavia Guadamuz, Notaria.—1 vez.—Nº 96469.—(31755).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del primero de abril del dos mil seis, se reforma el reglamento del condominio denominado Condominio Horizontal Residencial Hacienda Laguna, cédula jurídica número tres-ciento nueve-trescientos ochenta y dos mil cuatrocientos setenta y cuatro. Presidente: Guillermo Aguilar Vega. Bufete Uba Fallas.—Cartago, 4 de marzo del 2006.—Lic. Allen Uba Fallas, Notario.—1 vez.—Nº 96476.—(31756).

Rosibel Díaz Arias y Karen Barboza Quesada, constituyen Inaexpo Costa Rica Sociedad Anónima. Escritura otorgada, a las 8:50 horas del 3 de abril del 2006.—Lic. Claudio Antonio Murillo Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 96478.—(31757).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad anónima denominada Territorios Costeros de Jacó S. A., se nombra junta directiva y fiscal.—Heredia, 3 de abril del 2006.—Lic. Juan Carlos Gutiérrez González, Notario.—1 vez.—Nº 96479.—(31758).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las quince horas del veintiséis de marzo del año dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Freica Mar Sociedad Anónima. Con un capital social de cien mil colones, moneda de curso legal de Costa Rica, totalmente suscrito y pagado.—Distrito de Jacó, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—Nº 96480.—(31759).

Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría, de las nueve horas del veintiuno de febrero del dos mi seis, se constituyó la sociedad Vave Construcciones Sociedad Anónima. Con domicilio en San José. Teniendo el presidente y el secretario, facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, seis de marzo del dos mil seis.—Lic. Cristian Villegas Coronas, Notario.—1 vez.—Nº 96482.—(31760).

Por escritura otorgada a las once horas, del día primero de abril del dos mil seis, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Móvil Shoes Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Marco Aurelio Maroto Marín, Notario.—1 vez.—Nº 96484.—(31761).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas del día seis de marzo del dos mil seis, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Platero Centroamericana de Envíos y Encomiendas Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Marco Aurelio Maroto Marín, Notario.—1 vez.—Nº 96486.—(31762).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 19/03/06, se constituyó la sociedad Roberths y Yamir Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: 10.000. Presidente: Roberto Angulo Brenis y secretaria: Carmen Milagros Medina Quispe, ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 20 de marzo del 2006.—Lic. Lizbeth Rojas Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 96488.—(31763).

El suscrito, Joaquín Barrantes Astúa, abogado y notario público; doy fe que ante mí, se constituyó la sociedad denominada Witejuli Sociedad Anónima (que es nombre de fantasía), pudiendo abreviarse Witejuli S. A. Escritura otorgada en Pérez Zeledón, a las doce horas, treinta minutos del nueve de marzo del dos mil seis. Es todo.—Pérez Zeledón, a las once horas del treinta y uno de marzo del dos mil seis.—Lic. Joaquín Barrantes Astúa, Notario.—1 vez.—Nº 96489.—(31764).

El suscrito, Joaquín Barrantes Astúa, abogado y notario público; doy fe que ante mí, se constituyó la sociedad denominada Doscientos Setenta y Cinco Mil Sociedad Anónima (que es nombre de fantasía), pudiendo abreviarse Doscientos Setenta y Cinco Mil S. A. Escritura otorgada en Pérez Zeledón, a las quince horas del veintiuno de febrero del dos mil seis. Es todo.—Pérez Zeledón, a las once horas del treinta y uno de marzo del dos mil seis.—Lic. Joaquín Barrantes Astúa, Notario.—1 vez.—Nº 96490.—(31765).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 3 de abril del 2006, se constituyó la sociedad Puerto Paraíso Sociedad de Responsabilidad Limitada. Es todo.—San José, tres de abril del dos mil seis.—Lic. Sergio Quesada González, Notario.—1 vez.—Nº 96491.—(31766).

Por escritura número 71, de las 13:30 horas del día 23 de marzo del año 2006, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Villa Alegre del Coco Sociedad Anónima, se nombró nueva junta directiva.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 96494.—(31767).

Por escritura número 72, de las 13:45 horas del día 23 de marzo del año 2006, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Arbolera Guanacasteca B. L. Sociedad Anónima, se nombró nueva junta directiva.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 96495.—(31768).

Por escritura número 84, de las 10:00 horas del día 31 de marzo del año 2006, otorgada en notaría, los señores Rick Lestón y Carol Mc Cready, constituyeron Grupo Zorro del Mar Sociedad Anónima. Capital social: ¢ 100.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 96496.—(31769).

Por escritura número 85, de las 10:30 horas del día 31 de marzo del año 2006, otorgada en notaría, los señores Rick Lestón y Carol Mc Cready, constituyeron R C C R Gestionaria Sociedad Anónima. Capital social: ¢ 100.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 96497.—(31770).

Ante mi notaría, al ser las dieciséis horas del día diecisiete de marzo del año dos mil seis, se cambió junta directiva de la sociedad Balatana Sociedad Anónima. Presidente: el señor Eduardo Solano Estrada.—San José, 17 de marzo del 2006.—Lic. Leonardo Díaz Rivel, Notario.—1 vez.—Nº 96500.—(31771).

Ante mi notaría, al ser las ocho horas del día dieciocho de marzo del año dos mil seis, se cambió junta directiva de la sociedad Inmobiliaria T. M. F. Sociedad Anónima. Presidente: el señor Walter Paniagua Cubillo. Capital: suscrito y pagado.—San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Leonardo Díaz Rivel, Notario.—1 vez.—Nº 96501.—(31772).

Ante mi notaría, al ser las once horas del día siete de marzo del año dos mil seis, se cambió junta directiva de la sociedad La Pollita Rosales y Amigos Sociedad Anónima. Presidenta: la señora Vilma Carmona Estrada. Capital: suscrito y pagado.—San José, 7 de marzo del 2006.—Lic. Leonardo Díaz Rivel, Notario.—1 vez.—Nº 96502.—(31773).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del tres de abril de este año, se constituyó la empresa Inversiones Inmobiliarias Oro Verde Limitada. Gerentes: Felicia María Acosta Rodríguez y Gerardo Madrigal Molina. Capital social: veinte mil colones. Domicilio: San Roque de Grecia. Plazo: noventa y nueve años.—Firmo en Grecia, 4 de abril del 2006.—Lic. Óscar Alberto Salas Porras, Notario.—1 vez.—Nº 96503.—(31774).

Por escritura número trescientos cuarenta y tres-dos, de las 8:30 horas del 31 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad De Construcción y Mantenimiento Industrial Procoman Sociedad Anónima. Presidente con plenas facultades. Capital social de ¢ 30.000,00. Domicilio en San José.—San José, cuatro de abril del año 2006.—Lic. Eduardo Lobo Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 96506.—(31775).

Por escritura número 346-dos de las 10:00 horas del 3 de abril del 2006, se protocolizó el acta tres de Servicios para Aire Comprimido S.A., por la cual se modificó la cláusula segunda del pacto social, estableciendo su domicilio en San José, Rohrmoser.—San José, cuatro  de abril del año 2006.—Lic. Eduardo Lobo Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 96507.—(31776).

En mi protocolo, se ha constituido la sociedad denominada Cheyenne Consultants Sociedad Anónima. Su presidente: Richard Andrew Blank. Domicilio social: la ciudad de San José, en Pavas.—San José, cuatro de abril del dos mil seis.—Lic. Edgardo René Ramos Carmona, Notario.—1 vez.—Nº 96508.—(31777).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8 horas, 5 minutos del 31 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad Internacional Technical Enterprises. Capital social: ¢ 10.000. Plazo: 99 años. El gerente: tendrá la representación judicial y extrajudicial de la compañía, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Pilar María Jiménez Bolaños, Notaria.—1 vez.—Nº 96510.—(31778).

Por escrituras otorgadas a las ocho y nueve horas del día cuatro de abril del dos mil seis, ante el suscrito notario, se constituyeron las sociedades L.I.Z.Z.Y. Sociedad Anónima e I.N.S.T.A.L. Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo social: cien años a partir de su constitución. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, cuatro de abril del dos mil seis.—Lic. Alberto Antonio Agüero Echeverría, Notario.—1 vez.—Nº 96512.—(31779).

Mediante escritura otorgada, al ser las catorce horas del día tres de abril del año dos mil seis, ante la suscrita notaria, se acuerda modificar las cláusulas primera, tercera y sexta de la compañía Bufete Chacón & Thompson Alajuela Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domiciliada en Alajuela.—Alajuela, al ser las catorce horas del día tres de abril del año dos mil seis.—Lic. Lilliana Soto Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 96514.—(31780).

Por escritura otorgada en Desamparados, en esta notaría, a las 11:00 horas del 10 de octubre del 2005, se constituyó la sociedad Hermanos Céspedes Zúñiga Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Hermanos Céspedes Zúñiga S. A.—Desamparados, 4 de abril  del 2006.—Lic. Dagoberto Fallas Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 96516.—(31781).

Por escritura otorgada ante el notario Roy Faustino Jiménez Rodríguez, a las nueve horas, cuarenta minutos del dieciséis de marzo del dos mil seis, se constituyó The Darthwood Sociedad Anónima. Domicilio: Pavones, veinte metros al sur del río Higuito, Golfito, Puntarenas. Capital: cien mil colones. Presidente: Ryan Talbot Mc Gee.—Ciudad Neily, al ser las diecinueve horas del día tres de abril del dos mil seis.—Lic. Roy Faustino Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 96517.—(31782).

Por escritura otorgada ante el notario Roy Faustino Jiménez Rodríguez, a las diecisiete horas, cuarenta minutos del tres de abril del dos mil seis, se constituyó Grajova Sociedad Anónima. Domicilio: Kilómetro Veinticuatro de Golfito, ochocientos metros al oeste del cruce, Puntarenas. Capital: doce mil colones. Presidente: José Eugenio Granados Vargas.—Ciudad Neily, al ser las veinte horas del día tres de abril del dos mil seis.—Lic. Roy Faustino Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 96518.—(31783).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las dieciocho horas del día veintisiete de febrero del dos mil seis, se constituye la sociedad denominada Zumawa Golden View Sociedad Anónima, cuya traducción es Zumawa Vista Dorada. Capital social: doce mil colones.—Lic. Mario Enrique Ulate Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 96519.—(31784).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas del día veintiuno de marzo del año dos mil seis, se constituyó Liosma S. A.—San José, tres de abril del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—Nº 96521.—(31785).

Ante esta notaría, a las ocho horas del treinta y uno de abril del dos mil seis, Alejandro Hurtado Salom y Mariana Álvarez Paniagua, constituyen la sociedad denominada Alemar Hurtado Sociedad Anónima. Nombran presidente al primero. Su objeto principal es el comercio en general. El domicilio social será Alajuela, San Ramón, doscientos metros este del Colegio Patriarca San José. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.—Lic. Rocío Chaves Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 96522.—(31786).

Hoy protocolicé acta adicional de asamblea general extraordinaria de accionistas de Tajo Redondo S. A., en que se adiciona acta de las diez horas del diecisiete de marzo del dos mil seis, presentada al Diario del Registro Público, al tomo quinientos sesenta y siete, asiento cero tres nueve dos dos, en que se reforma la cláusula quinta del pacto social.—San José, treinta de marzo de dos mil seis.—Lic. Mario Carazo Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 96526.—(31787).

Por escritura otorgada hoy en mi notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Creypa S. A., por la cual se cambia el domicilio social y la cláusula de administración.—San José, veinte de marzo del dos mil seis.—Lic. Cristian José Carvajal Coto, Notario.—1 vez.—Nº 96527.—(31788).

Por escritura otorgada hoy en mi notaría, se constituyó la sociedad La Leona Uno Sociedad Anónima. Domiciliada en San José. Capital social: un millón de colones.—San José, tres de abril del dos mil seis.—Lic. Cristian José Carvajal Coto, Notario.—1 vez.—Nº 96529.—(31789).

Por escritura otorgada hoy en mi notaría, se constituyó la sociedad La Leona Dos Sociedad Anónima. Domiciliada en San José. Capital social: un millón de colones.—San José, tres de abril del dos mil seis.—Lic. Cristian José Carvajal Coto, Notario.—1 vez.—Nº 96530.—(31790).

Por escritura otorgada hoy en mi notaría, se constituyó la sociedad La Leona Tres Sociedad Anónima. Domiciliada en San José. Capital social: un millón de colones.—San José, tres de abril del dos mil seis.—Lic. Cristian José Carvajal Coto, Notario.—1 vez.—Nº 96531.—(31791).

Mediante escritura adicional otorgada ante esta notaría, se reformaron las cláusulas primera del acta constitutiva de la sociedad Nesotec S. A., la cual establece International Care Solutions S. A., como nuevo nombre de la sociedad, la cláusula segunda en la que su nuevo domicilio será en San José, Hatillo Siete, avenida Juan Rafael Mora, alameda Juan Santamaría, casa esquinera número dos y la cláusula octava.—San José, 4 de abril del 2006.—Lic. Adriana Zamora Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 96532.—(31792).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 9:00 horas del día 22 de marzo del 2006, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Juyaba de Carrizal S. A., por la que se varía la cláusula del domicilio y se hacen nombramientos.—San José, 3 de abril del 2006.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—Nº 96533.—(31793).

Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría, a las 11:00 horas del 23 de marzo del 2006, se constituyó la empresa denominada La Comunidad de los Amigos IT-US Sociedad Anónima. Capital social: ¢10.000,00. Plazo: 99 años. Corresponde al presidente y tesorero la representación judicial y extrajudicial y son apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 3 de abril del 2006.—Lic. Marco Vinicio Cool Argüello, Notario.—1 vez.—Nº 96538.—(31794).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas 30 minutos del 4 de abril del año dos mil seis, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Kof Latincentro Sociedad Anónima. Se modifica el pacto constitutivo en su cláusula quinta.—San José, cuatro de abril del año dos mil seis.—Lic. Melania Gutiérrez Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 96540.—(31795).

Por escritura otorgada, el día 30 de marzo del 2006 ante mí, se constituyó la sociedad Sergio de La Gleba Sociedad Anónima. Capital social: 10.000, 00 (diez mil colones) suscritos y pagados. Plazo social: 99 años a partir de su fecha de constitución. Se nombra junta directiva y agente residente.—San José, 30 de marzo del 2006.—Lic. José Joaquín Soto Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 96544.—(31797).

Por escritura otorgada, hoy ante mí, se constituyó sociedad anónima denominada Electrocastro J Y S. A., domicilio social: será en Palmira de Carrillo Guanacaste, de la GAR, ciento veinticinco metros al este. Plazo social: 99 años. Capital social: diez mil colones. Objeto: el ejercicio general del comercio, la intermediación, la industria, la construcción, cualquier otra actividad de índole agropecuaria, turística, los bienes raíces y el transporte.—San José, cuatro de abril del año dos mil seis.—Lic. Rogelio González Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 96546.—(31798).

Por escritura otorgada, en mi notaría, el día veintisiete de febrero del dos mil seis, se constituyó sociedad denominada Comerdores Industriales P.K.A. Sociedad Anónima. Representante legal Pablo Kentilinis Peña.—Lic. Enny Mary Cordero Rivera, Notaria.—1 vez.—Nº 96550.—(31799).

Mediante escritura pública, se constituye sociedad anónima denominada Falzel OL2N Sociedad Anónima, escritura número trescientos setenta y tres del tomo tres del protocolo del Licenciado José Manuel Vásquez Elizondo, con fecha diecisiete de febrero del dos mil seis.—Lic. José Manuel Vásquez Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 96551.—(31800).

Por escritura de las ocho horas veinte minutos de hoy, se constituye la sociedad anónima Kupier Sociedad Anónima.—Cartago, 27 de marzo del 2006.—Lic. Luis Anselmo Solano Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 96552.—(31801).

Por escritura de las ocho horas treinta minutos de hoy, se constituye la sociedad anónima Benneth Sociedad Anónima.—Cartago, 27 de marzo del 2006.—Lic. Luis Anselmo Solano Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 96553.—(31802).

Por escritura de las ocho horas cuarenta minutos de hoy, se constituye la sociedad anónima Ikeya Seki Sociedad Anónima.—Cartago, 27 de marzo del 2006.—Lic. Luis Anselmo Solano Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 96554.—(31803).

Por escritura de las ocho horas cuarenta y cinco minutos de hoy, se constituye la sociedad anónima Kohoutek Sociedad Anónima.—Cartago, 27 de marzo del 2006.—Lic. Luis Anselmo Solano Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 96555.—(31804).

NOTIFICACIONES

ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

COMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDOR

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Departamento de Apoyo a la Comisión Nacional del Consumidor, de la Dirección de Apoyo al Consumidor, en la ciudad de San José, a las siete horas cuarenta minutos del veintidós de marzo del dos mil seis.

A) Que por denuncia presentada por Yadira del Carmen Arias Vega contra Javier Chavarría Bogantes la Comisión Nacional del Consumidor, procede a hacer la primera intimación que dirá: “(...) Departamento Técnico de Apoyo.—Comisión Nacional del Consumidor.—San José, a las siete horas cinco minutos del veintidós de marzo del dos mil seis. Con fundamento en el artículo ciento cincuenta de la Ley General de Administración Pública, se efectúa primera intimación mediante edicto, publicado por tres veces consecutivas, al señor Javier Chavarría Bogantes, portador de la cédula de identidad Nº 4-136-110, para que dentro del plazo de diez días hábiles, al recibo de esta notificación cumpla con lo que le fue ordenado por voto de la Comisión Nacional del Consumidor Nº 777-02 de las doce horas y veinte minutos del seis de diciembre del dos mil dos, el cual ha sido debidamente notificado a las partes y literalmente indica: “(...) Se le ordena devolver a la consumidora la suma de doscientos cincuenta y cinco mil quinientos setenta colones (...)”. Cumplido lo anterior el correspondiente comunicado a la oficina de este departamento, ubicado en Paseo Colón del costado noroeste de la Escuela Juan Rafael Mora Porras, trescientos cincuenta metros oeste. De no cumplir con lo ordenado en tiempo y forma se ordenará testimoniar piezas al Ministerio Público por el delito de desobediencia a la autoridad, contemplado en el artículo 307 del Código Penal para que se investigue según corresponda. Referirse a: Expediente Nº 381-02. Funcionaria del Departamento Técnico de Apoyo al Consumidor-CNC. Dirección de Apoyo al Consumidor. Lic. Melisa Amador Rojas. Notifíquese.. Denunciado: Javier Chavarría Bogantes. Mediante edicto por tres veces consecutivas. (...)”. B) Que no fue posible notificar a la parte denunciada en las direcciones que constan en el expediente administrativo, en razón de lo anterior, se resuelve: De la notificación por publicación mediante edicto por tres veces consecutivas. Refiérase al expediente Nº 381-02. Notifíquese.—Lic. Melisa Amador Rojas, Órgano Director.—(Solicitud Nº 46639).—C-42345.—(30958).

Departamento de Apoyo a la Comisión Nacional del Consumidor, de la Dirección de Apoyo al Consumidor, en la ciudad de San José, a las ocho horas cuarenta minutos del veintidós de marzo del dos mil seis.

A) Que por denuncia presentada por Alfredo González Fonseca contra Com M Y N S. A., (Mueblería La Orquídea), representada por Rosario Abarca Herrera) y Demusa Desarrollo de Muebles Sarchí S. A., la Comisión Nacional del Consumidor, procede a hacer la segunda intimación que dirá: “(...) Departamento Técnico de Apoyo.—Comisión Nacional del Consumidor.—San José, a las ocho horas del veintidós de marzo del dos mil seis. Con fundamento en el artículo ciento cincuenta de la Ley General de Administración Pública, se efectúa segunda intimación mediante edicto, publicado por tres veces consecutivas al representante legal de la empresa, Com M Y N S. A. (Mueblería La Orquídea), representada por Rosario Abarca Herrera, portadora de la cédula de identidad Nº 105670424, para que dentro del plazo de diez días hábiles, al recibo de esta notificación cumpla con lo que le fue ordenado por voto de la Comisión Nacional del Consumidor Nº 238-03 de las doce horas y treinta minutos del doce de mayo del dos mil tres, el cual ha sido debidamente notificado a las partes y literalmente indica: “(...) Reparar al consumidor los defectos de los muebles objeto de esta denuncia específicamente: 1) El respaldo de dos sillas que se encuentran rayados. 2) El tapiz de dos sillas que esta arrugado. 3) El sobre de dos veladoras que se encuentra rayado. 4) Eliminar las marcas de huellas en el respaldo de la cama. 5) Eliminar las manchas de pintura blanca que se encuentran en los muebles contratados. 6) Corregir largueros de medidas estándar. Asimismo se le ordena entregar la mesa, el colchón y el somier que quedaron pendientes, éstos estándar y de primera calidad (...)”. Cumplido lo anterior el correspondiente comunicado a la oficina de este departamento, ubicado en Paseo Colón del costado noroeste de la Escuela Juan Rafael Mora Porras, trescientos cincuenta metros oeste. De no cumplir con lo ordenado en tiempo y forma se ordenará testimoniar piezas al Ministerio Público por el delito de desobediencia a la autoridad, contemplado en el artículo 307 del Código Penal para que se investigue según corresponda. Referirse a: Expediente Nº 356-02. Funcionaria del Departamento Técnico de Apoyo al Consumidor-CNC. Dirección de Apoyo al Consumidor. Lic. Melisa Amador Rojas. Notifíquese. Denunciado: Com M Y N S. A. (Mueblería La Orquídea), representada por Rosario Abarca Herrera. Mediante edicto. (...)”. B) Que no fue posible notificar al representante de la parte denunciada, en las direcciones que constan en el expediente administrativo, en razón de lo anterior, se resuelve: De la notificación por publicación mediante edicto: Refiérase al expediente Nº 356-02. Notifíquese.—Lic. Melisa Amador Rojas, Órgano Director.—(Solicitud Nº 46639).—C-54885.—(30960).

Departamento de Apoyo a la Comisión Nacional del Consumidor, de la Dirección de Apoyo al Consumidor, en la ciudad de San José, a las diez horas del trece de marzo del dos mil seis

Denuncia presentada por Rossi Solano Brenes por infracción a la Ley de Promoción de Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley Nº 7472 del veinte de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, y sus reformas. Siendo que no se pudo notificar a la parte denunciada Decoraciones Master, cuyo patentado es el señor Luis Gustavo Céspedes Rojas del voto Nº 709-03 de la Comisión Nacional del Consumidor, habiéndose agotado las direcciones que constan en el expediente se resuelve: A) Diligenciar notificación a la parte denunciada, Decoraciones Master, cuyo patentado es el señor Luis Gustavo Céspedes Rojas, por medio de la publicación de edicto por tres veces consecutivas, de la resolución de las doce horas y cincuenta minutos del diecinueve de diciembre del dos mil tres, voto de la Comisión Nacional del Consumidor Nº 709-03, que se dirá: “(...) Comisión Nacional del Consumidor, voto Nº 709-03.—Comisión Nacional del Consumidor.—San José, a las doce horas y cincuenta minutos del diecinueve de diciembre del dos mil tres. Denuncia interpuesta por la señora Rossi Solano Brenes, cédula de identidad Nº 1-477-736, contra el establecimiento comercial denominado Decoraciones Master, cuyo patentado es el señor Luis Gustavo Céspedes Rojas, cédula de identidad Nº 1-411-1489, por supuesta infracción al artículo 34 de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Nº 7472, del 20 de diciembre de 1994. Resultando: 1º—Que mediante escrito recibido el día 12 de febrero del 2003, la señora Rossi Solano Brenes, interpuso formal denuncia contra la parte aquí accionada, argumentando en síntesis que: “(...) En fecha 17 de diciembre, se solicitó la compra en la empresa Deco Master S. A., de una puerta para baño en aluminio champan, arabesco. (...) La puerta en mención fue colocada en mi casa el día 24 de diciembre del 2002. (...) Al día siguiente se revisó la instalación de la puerta y se detectó los siguientes defectos: Existencia de (sic) algunos raspaduras en la puerta para baño, tanto en los marcos de la puerta como en los paneles. El “silicone” no se incorporó en las puertas, en forma debida, por lo que no quedaron bien selladas las puertas. Remaches de color platino a pesar de que se había indicado en dorado. Las puertas se desprenden con facilidad. En apariencia el grosor del vidrio utilizado como espejo no fue el indicado (...) Desde esa fecha he tratado de comunicarme con el proveedor (...) y evaden los mensajes (...) y no respondieron (...) La totalidad del dinero cancelado corresponde a la suma de ¢75.000,00 colones exactos (...) Por los hechos antes enumerados, se están violando mis derechos como consumidora (...)”. (Folios 1 y 2). En virtud de lo anterior, solicitó la consumidora en su líbelo de denuncia que se le cambie la puerta o se le devuelva el monto total del dinero pagado por ella (folio 2). Señalamos que durante el curso de la comparecencia oral y privada que se dirá, esa denunciante limitó su anterior pretensión, en el sentido de que ahora solicita únicamente la devolución del dinero cancelado (folio 48). Aportó a los presentes autos esa parte accionante en sustento de su acción, copia fotostática confrontada de los siguientes documentos: 1) Del recibo por dinero Nº 00058, de fecha 24 de diciembre del 2002 (folio 3). 2) De la factura de contado Nº 0003, de fecha 17 de diciembre del 2002, (folio 4); y 3) De su cédula de identidad (folio 5). 2º—Que mediante auto de las trece horas con quince minutos del día 11 de setiembre del 2003, dictado por la Unidad Técnica de Apoyo de esta Comisión, actuando como órgano director (folios del 20 al 24), se dio inicio al procedimiento administrativo ordinario, por supuesta infracción al artículo 34 de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Nº 7472, de fecha 20 de diciembre de 1994. 3º—Que a la comparecencia oral y privada prevista en el artículo 309 de la Ley General de la Administración Pública-LGAP (Nº 6227 del 2 de mayo de 1978), y señalada para las 8:00 horas del día 20 de octubre del 2003, asistieron las dos partes aquí en conflicto (folios del 28 al 50). 4º—Que se han realizado las diligencias útiles y necesarias para el dictado de la presente resolución. Redacta: Lic. Adolfo Gutiérrez Jiménez. Considerando: I.—Hechos probados: Como tales y de importancia para la resolución del presente asunto, se tienen los siguientes: A) Que en fecha 17 de diciembre del 2002, la señora Rossi Solano Brenes, contrató con la compañía aquí accionada, la compra e instalación de una puerta de baño, de aluminio, color champan, para su casa de habitación, pagando por ello la suma total de ¢75.000,00 colones exactos (folios 3, 4 y 43). B) Que con posterioridad a la instalación de dicha puerta contratada -esto, en fecha 24 de diciembre del 2002- la misma presentó defectos, concretamente, algunas raspaduras o rayones en su estructura, el “silicone” no se incorporó en forma debida, remaches de color platino a pesar de que debían ser dorados y falta de ajuste en la puerta; deficiencias éstas que a la fecha no consta en autos que hubieren sido subsanadas por la parte accionada (folios 34, 35, 37, 43, 44 y 49). II.—Hechos no probados: Como tales y de importancia para la resolución del presente asunto, se tiene el siguiente: a) El grosor o espesor pactado originalmente para el vidrio de la puerta de baño contratada. III.—Sobre el fondo. Para esta Comisión, el hecho denunciado por la señora Rossi Solano Brenes, se enmarca dentro de los alcances previstos en el inciso g), del numeral 34 de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor (LPCDEC), Nº 7472. En lo que a nuestros efectos interesa, en tal disposición normativa se establece como obligación de los comerciantes en sus relaciones con los consumidores la siguiente: Inciso g): “(...) Garantizar todo bien o servicio que se ofrezca al consumidor, de conformidad con el artículo 40 de esta ley (...)”. (Se aclara que dicho numeral 40 corresponde en la actualidad, al ordinal 43, según Ley Nº 8343). Por su parte, en éste último artículo citado se señala que: “(...) Todo bien que se venda o servicio que se preste debe estar implícitamente garantizado en cuanto al cumplimiento de estándares de calidad y los requerimientos técnicos que, por razones de salud, medio ambiente y seguridad, establezcan las leyes, los reglamentos y las normas respectivas, dictadas por la Administración Pública. Cuando se trate de bienes muebles duraderos, tales como equipos, aparatos, maquinaria, vehículos y herramientas o de servicios de reparación, montaje o reconstrucción de tales bienes, además de la garantía implícita de calidad mencionada en el párrafo anterior, la garantía debe indicar por lo menos, el alcance, la duración, las condiciones, las personas físicas o jurídicas que las extienden y son responsables por ellas y los procedimientos para hacerlas efectivas. Estos extremos de la garantía deben explicitarse claramente, anotarse en la etiqueta o en algún lugar visible de los bienes o emitirse en documento separado o en la factura que debe entregarse al consumidor en el momento de venderle el bien o de prestarle el servicio. Los consumidores tienen hasta treinta días, contados a partir de la entrega del bien o de la prestación del servicio, para hacer valer la garantía ante la Comisión para Promover la Competencia. Si se trata de daños ocultos del bien que no se hayan advertido expresamente, el plazo comienza a correr a partir del momento en que se conocieron esos daños. Si el contrato entre las partes establece plazos mayores, estos prevalecen (...)”. Por su parte, ya propiamente dentro del cuadro fáctico denunciado y que es objeto de investigación en esta sede, tenemos que, en los presentes autos se ha tenido por demostrado el hecho de que en fecha 17 de diciembre del 2002, la referida señora Rossi Solano Brenes contrató con la compañía aquí accionada, la compra e instalación de una puerta de baño, de aluminio, color champan, para su casa de habitación, pagando por ello la suma total de ¢75.000,00 colones exactos (folios 3, 4 y 43). En este sentido, sustentando las manifestaciones vertidas por esa consumidora en su líbelo de denuncia y durante el curso de la comparecencia oral y privada celebrada al efecto, corre visible a folio 4 de los presentes autos, copia fotostática confrontada, de la factura de contado Nº 0003, de fecha 17 de diciembre del 2002, mediante la cual se acredita documentalmente en la especie la vinculación jurídica de comentario y en los términos antes expuestos. De igual manera, corre a folio 3 del expediente administrativo de marras, copia fotostática confrontada, del recibo por dinero Nº 00058, de fecha 24 de diciembre del 2002, mediante el cual se demuestra en el sub examine la cancelación de la suma monetaria antes aludida (claro está, sumándose el adelanto -por ¢35.000,00 colones exactos- que ya había sido pagado por la consumidora mediante la supracitada factura Nº 0003). Tal contratación en cuestión, fue incluso reconocida durante el curso de la comparecencia oral y privada de ley, por parte del testigo propuesto por la aquí denunciante, esto es, el señor Orlando Villegas Rojas (así, ver folio 43). Por otra parte, se demuestra como hecho fundamental para la resolución de este asunto, el que con posterioridad a la instalación de dicha puerta contratada -esto, en fecha 24 de diciembre del 2002- la misma presentó defectos, concretamente -y según se infiere así de las manifestaciones que se dirán- algunas raspaduras o rayones en su estructura, el “silicone” no se incorporó en forma debida, remaches de color platino a pesar de que debían ser dorados y falta de ajuste en la puerta; deficiencias éstas que a la fecha no consta en autos que hubieren sido subsanadas por la parte accionada (folios 34, 35, 37, 43, 44 y 49). En este orden de ideas señalamos que, en la citada comparecencia oral y privada de ley, el propio patentado del establecimiento comercial aquí denunciado, esto es, el señor Luis Gustavo Céspedes Rojas, aceptó -de manera sucinta y sin mayor explicación técnica al respecto- la existencia de los defectos anteriormente apuntados, comprometiéndose en ese sentido -y en aquel acto procesal- a asumir su reparación, lo cual, reiteramos, no se hecho aún (folios 34, 35, 37 y 49). Tales defectos, se acreditan de igual forma en la especie, con las declaraciones del referido testigo Orlando Villegas Rojas, esposo de la denunciante (folio 39) y quien tuvo pleno conocimiento de la vinculación negocial aquí en estudio (folios 43 y 44). No obstante la demostración del anterior cuadro fáctico acusado, debemos señalar que en el sub examine se tiene como hecho indemostrado, el grosor o espesor pactado originalmente para el vidrio de la puerta de baño contratada, toda vez que respecto a tal extremo específico de la contratación, no consta prueba alguna en ese sentido, habiendo así divergencia de criterio con la parte accionada (folios 33 y 34); razón por la cual, la imputación formulada por la denunciante bajo ese único punto o aspecto, no puede ser estimada en el presente caso. Respecto al resto de la imputación esgrimida y demostrada según se ha expuesto supra -y ello, en los términos del numeral 34, inciso g), en relación con el 43, ambos LPCDEC- agregamos que, dicha parte denunciada no aportó ningún elemento de prueba al presente proceso en descargo de ella; motivo por el que no es posible inferir en el sub examine, entre otras cosas que, los defectos que presentó la puerta de baño en cuestión, obedezcan a causa imputable a la propia parte accionante o a un tercero. Para esta Comisión Nacional del Consumidor, de todo lo antes expuesto se colige entonces que, la presente denuncia debe declararse con lugar, debiendo por lo tanto ahora la parte accionada asumir la correspondiente responsabilidad administrativa derivada de ese hecho, y ello, por no haber cumplido en debida forma con la obligación de garantía respecto al bien contratado con la consumidora; obligación que como se determinó precedentemente, descansa en el supracitado ordinal 34, inciso g), en relación con el 43, ambos de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor. Como corolario de lo anterior, se le impone a la parte aquí accionada -con fundamento en el artículo 53, inciso e), LPCDEC- la obligación devolver a la consumidora el monto monetario cancelado por ésta a raíz de ese pacto, esto es, la suma de ¢75.000,00 colones exactos, debiendo claro está, retirar por su propia cuenta, riesgo y peculio -y dejando todo en su estado originario- la puerta de baño ya colocada en la casa de habitación de la accionante. Por tanto: Se declara con lugar la denuncia interpuesta por la señora Rossi Solano Brenes contra el establecimiento comercial denominado Decoraciones Master, cuyo patentado es el señor Luis Gustavo Céspedes Rojas. Como tal, se le impone a esa parte accionada la obligación de devolver a la consumidora la suma de ¢75.000,00 colones exactos, debiendo claro está, retirar por su propia cuenta, riesgo y peculio -y dejando todo en su estado originario- la puerta de baño ya colocada en la casa de habitación de la accionante. En este acto y con fundamento en el artículo 68 LPCDEC así como en el ordinal 150 de la Ley General de la Administración Pública, se efectúa primera intimación al patentado del establecimiento comercial aquí accionado, esto es, el referido señor Luis Gustavo Céspedes Rojas, cédula de identidad Nº 1-411-1489, para que dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del recibo de esta notificación, cumpla con lo aquí dispuesto en la parte dispositiva o por tanto. Cumplido lo ordenado, remítase documento que acredite dicho hecho a la Unidad Técnica de Apoyo de la Comisión Nacional del Consumidor, ubicada en San José, del costado noroeste de la Escuela Juan Rafael Mora Fernández, trescientos cincuenta metros oeste, para que proceda al archivo del expediente. De no cumplir en tiempo y forma con lo dispuesto en el presente Voto, proceda la Unidad Técnica de Apoyo de esta Comisión, a cumplir con lo establecido en el artículo 150 de la Ley General de la Administración Pública, de previo a enviar el expediente al Ministerio Público por el delito de desobediencia a la autoridad, contemplado en el artículo 305 del Código Penal, para que se investigue según corresponda. Contra esta resolución puede formularse recurso de reconsideración o reposición, el cual deberá plantearse ante la Comisión Nacional del Consumidor para su conocimiento y resolución, dentro de los dos meses siguientes a la fecha de su notificación. Archívese el expediente en el momento procesal oportuno. Notifíquese. Expediente Nº 96-03. Departamento Técnico de Apoyo-CNC. Lic. Melisa Amador Rojas.—(Solicitud Nº 46639).—C-272745.—(30961).

Departamento de Apoyo a la Comisión Nacional del Consumidor, de la Dirección de Apoyo al Consumidor, en la ciudad de San José, a las diez horas del veinte de marzo del dos mil seis.

Denuncia presentada por la Elizabeth Ramírez Muñoz contra Industrial Ecsa Costa Rica S. A., por infracción a la Ley de Promoción de Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley Nº 7472 del veinte de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, y sus reformas. Siendo que no se pudo notificar a la parte denunciada Industrial Ecsa Costa Rica S. A., del voto Nº 524-04 de la Comisión Nacional del Consumidor, habiéndose agotado las direcciones que constan en el expediente se resuelve: A) Diligenciar notificación a la parte denunciada, Industrial Ecsa Costa Rica S. A., por medio de la publicación de edicto por tres veces consecutivas, de la resolución de las doce horas y cincuenta minutos del veintisiete de octubre del dos mil cuatro, voto de la Comisión Nacional del Consumidor Nº 524-04, que se dirá: “(...) Comisión Nacional del Consumidor, voto Nº 524-04.—Comisión Nacional del Consumidor.—San José, a las doce horas cincuenta minutos del veintisiete de octubre del dos mil cuatro. Denuncia interpuesta por la señora Elizabeth Ramírez Muñoz, cédula de identidad número uno-doscientos ochenta y ocho-ochocientos cuarenta y cinco, contra la empresa Industrial Ecsa Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento veintisiete mil ciento noventa y cinco, representada por el señor Alejandro Alvarado Orozco, cédula de identidad número uno-quinientos treinta y tres-setecientos setenta y uno, por supuesta infracción a la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Nº 7472, del 20 de diciembre de 1994 (LPCDEC). Resultando: 1º—Que mediante escrito recibido el día veinticuatro de abril del dos mil dos (folios del 1 al 3), la señora Elizabeth Ramírez Muñoz, interpuso la presente acción, argumentando para ello que: “(...) El día 1º de diciembre del 2001, suscribí un contrato de construcción con dicha compañía y procedí mediante recibo Nº 2036, a cancelar la totalidad del costo de los materiales y el levantado de una casa de habitación de 60 metros cuadrados en la ciudad de Orotina, sea la suma de un millón quinientos noventa y un mil quinientos ochenta y tres colones (1.591.583,00). La compañía se comprometió a comenzar a llevar los materiales a mi propiedad a partir del mes de febrero del año 2002, cosa que únicamente realizo hasta el día 25 de febrero del año en curso, cuando enviaron un camión que únicamente entrego en dicho lugar 12 valdosas (sic) angulares, 23 valdosas (sic) grandes y 8 valdosas (sic) pequeñas (...) ante esta entrega irregular de materiales la compañía me manifestó que luego procederían a entregar el resto de los materiales y enviarían una cuadrilla para levantar la casa que se les pago. lamentablemente esto nunca ocurrió: ni enviaron los materiales restantes (...) ni enviaron cuadrilla alguna para edificar (...) a pesar de realizar constantes esfuerzos por solicitar a la compañía denunciada que cumpla su compromiso los funcionarios de esta solamente han mostrado evasivas aludiendo que tienen problemas con las cuadrillas de peones (...)” (folios 1 y 2). La pretensión actual de la consumidora es que la compañía denunciada le devuelva la suma de setecientos veintiocho mil novecientos ochenta y siete colones exactos (monto monetario que corresponde a la parte proporcional de lo incumplido o dejado de hacer por la accionada), le reconozca por daños y perjuicios la suma de doscientos veinte mil colones exactos, le cancele las costas del proceso y se le impongan a su vez a esa denunciada las sanciones que por ley correspondan (folios del 76 al 78). Junto con su líbelo de denuncia, la parte accionante aportó prueba documental, la cual corre visible a folios del cuatro al dieciocho del expediente de marras. 2º—Que mediante auto de las catorce horas con treinta minutos del veinte de julio del dos mil cuatro, dictado por la Unidad Técnica de Apoyo de esta Comisión, actuando como órgano director, se dio inicio al procedimiento administrativo ordinario, por supuesta infracción al artículo 34 de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Nº 7472, de fecha 20 de diciembre de 1994 (folios del 46 al 50). 3º—Que a la comparecencia oral y privada prevista en el artículo 309 de la Ley General de la Administración Pública-LGAP- (Nº 6227 del 2 de mayo de 1978), y señalada para las ocho horas del veintiséis de agosto del dos mil cuatro, únicamente asistió la parte accionante (folios del 55 al 78). 4º—Que se han realizado las diligencias útiles y necesarias para el dictado de la presente resolución. Considerando: I.—Hechos probados: Como tales y de importancia para la resolución del presente asunto, se tienen los siguientes: A) Que en fecha primero de diciembre del dos mil uno, la señora Elizabeth Ramírez Muñoz, pactó con la empresa Industrial Ecsa Costa Rica Sociedad Anónima, la compra de materiales y elaboración en obra gris de su casa de habitación -de sesenta metros cuadrados bajo un sistema prefabricado- y ello, en los términos así definidos en el contrato Nº 2241, suscrito al efecto entre ambas partes intervinientes, cancelándole por dicho concepto esa consumidora el monto total de un millón quinientos noventa y un mil quinientos ochenta y tres colones exactos (folios del 4 al 16, 67, 68, 71 y 72). B) Que la empresa denunciada incumplió parcialmente la contratación de marras, toda vez que no entregó todos los materiales acordados, ni terminó la construcción del inmueble citado, en los términos pactados (folios 18, del 32 al 36, 39, del 68 al 72). II.—Hechos no probados: Como tales y de importancia para la resolución del presente asunto, no existen. III.—Para esta Comisión Nacional del Consumidor, el hecho denunciado por la parte accionante, se enmarca en lo fundamental y en nuestro medio, como un incumplimiento de contrato y ello, en los términos así previstos por el inciso a), del numeral 34 de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor (LPCDEC), Nº 7472. IV.—En los presentes autos se ha tenido por demostrado en primer término como aspecto fundamental, la relación negocial existente entre las dos partes en conflicto, la cual tiene como base el contrato Nº 2241, de fecha primero de diciembre del dos mil uno, suscrito entre ellas, mediante el que se pactó la compra de materiales y elaboración en obra gris de una casa de habitación de sesenta metros cuadrados, bajo un sistema prefabricado -y ello, en los términos así definidos en ese convenio- cancelándole por tal concepto la consumidora a la empresa denunciada el monto total de un millón quinientos noventa y un mil quinientos ochenta y tres colones exactos (folios del 4 al 16, 67, 68, 71 y 72). En este sentido, sustentando las manifestaciones vertidas por la señora Elizabeth Ramírez Muñoz, tanto en su líbelo de denuncia como durante el curso de la comparecencia oral y privada celebrada al efecto, corre visible a folios del 8 al 16 de los presentes autos, el referido contrato de construcción -con su respectiva documentación anexa- mediante el cual se acredita documentalmente en la especie la vinculación jurídica de comentario. En relación con lo expuesto agregamos que, la cancelación monetaria efectuada por la consumidora a la accionada como parte de la contraprestación debida, se comprueba en el sub examine con el recibo por dinero Nº 2036, de fecha primero de diciembre del dos mil uno, visible a folio 4 del expediente. La contratación en estudio queda de igual forma acreditada en el caso de marras, con base en la declaración rendida por el testigo, señor, José Francisco Araya Cornejo, en la supracitada comparecencia oral y privada de ley (folios 67, 68, 71 y 72). Por otra parte, se demuestra en el proceso el que la compañía denunciada incumplió parcialmente la contratación de marras, toda vez que no entregó todos los materiales acordados, ni terminó la construcción del inmueble en cuestión en los términos pactados (folios 18, del 32 al 36, 39, del 68 al 72); circunstancia fáctica ésta que se colige así primeramente, del documento de “Carta de Intensiones”, de fecha treinta y uno de mayo del dos mil dos, suscrito por el señor Alejandro Alvarado, presidente de la empresa accionada- por medio del cual expresamente éste reconoce y establece el detalle de lo no cumplido o no llevado a cabo por parte de la firma Industrial Ecsa Costa Rica Sociedad Anónima, cuantificándose ello en la suma de setecientos veintiocho mil novecientos ochenta y siete colones exactos (folio 39). Es precisamente dicho monto monetario el que la consumidora solicita le sea reintegrado en este acto, toda vez que responde a la parte no cumplida del contrato de comentario (folios 76 y 78). De igual forma, de la relación de la prueba documental aportada al caso de marras (folios 18 y del 32 al 36) se extrae el incumplimiento parcial de la obligación por parte de la accionada, el cual en un primer momento se tradujo en el suministro tardío de una escasa cantidad de material prefabricado, para posteriormente aumentar en su conjunto y en la ejecución de la obra convenida, pero sin llegar aún así a una conclusión definitiva y total de la misma. Conteste con lo anterior, el referido testigo José Francisco Araya Cornejo, hizo alusión en la comparecencia oral, al incumplimiento contractual acusado, manifestando a su vez de que en virtud de ello, se tuvo que requerir los servicios de un tercero para poder terminar el inmueble, objeto de este litigio (folios del 68 al 72). Para esta Comisión Nacional del Consumidor, estando así las cosas, resulta claro que la compañía Industrial Ecsa Costa Rica Sociedad Anónima, incurrió en una violación a lo pactado, en los términos del ordinal 34, inciso a), de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Nº 7472, razón por la cual en ese sentido la presente denuncia debe declararse con lugar, debiendo por lo tanto esa empresa accionada asumir ahora la consecuente responsabilidad administrativa derivada de ese hecho, la cual se traduce en autos, de conformidad con el ordenamiento jurídico aplicable, en la devolución parcial de lo pagado por la consumidora. Como corolario de lo anterior, se le impone a la empresa Industrial Ecsa Costa Rica Sociedad Anónima -con fundamento en el artículo 53, inciso e), LPCDEC- la obligación de devolverle a la señora Elizabeth Ramírez Muñoz, el monto total de setecientos veintiocho mil novecientos ochenta y siete colones exactos (¢728.987,00); suma monetaria ésta que es comprensiva y que responde, según lo han establecido y determinado así las partes en litigio, a lo incumplido y dejado de realizar por la empresa denunciada. Se le aclara a la consumidora que su pretensión esgrimida, en cuanto al cobro de daños y perjuicios en esta sede administrativa deviene en improcedente por incompetencia, con fundamento en los numerales 46 y 53, ambos último párrafo de la Ley Nº 7472, siendo tales extremos materia de conocimiento exclusivo de los órganos jurisdiccionales competentes. De igual forma, en la presente instancia no resulta de recibo condenatoria alguna en costas, de conformidad con lo preceptuado por el ordinal 328 de la Ley General de la Administración Pública. Por tanto: 1) Se declara con lugar la denuncia interpuesta por la señora Elizabeth Ramírez Muñoz contra la empresa Industrial Ecsa Costa Rica Sociedad Anónima. Como tal, se le impone a esa compañía denunciada, la obligación de devolverle a la accionante, la suma total de setecientos veintiocho mil novecientos ochenta y siete colones exactos (¢728.987,00); monto monetario éste que le deberá ser cancelado en un solo pago, en dinero efectivo y ello, en el establecimiento comercial en donde se llevó a cabo la contratación, objeto de este proceso. 2) Primera intimación. En este acto y con fundamento en el artículo 68 LPCDEC así como en el ordinal 150 de la Ley General de la Administración Pública, se efectúa primera intimación al representante legal de la empresa accionada, esto es, el señor Alejandro Alvarado Orozco, cédula de identidad número uno-quinientos treinta y tres-setecientos setenta y uno, para que dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del recibo de esta notificación, cumpla con lo aquí dispuesto en la parte dispositiva o por tanto. Cumplido lo ordenado, remítase documento que acredite dicho hecho a la Unidad Técnica de Apoyo de la Comisión Nacional del Consumidor, ubicada en San José, del costado noroeste de la Escuela Juan Rafael Mora Fernández, trescientos cincuenta metros oeste, para que proceda al archivo del expediente. De no cumplir en tiempo y forma con lo dispuesto en el presente voto, proceda la Unidad Técnica de Apoyo de esta Comisión, a cumplir con lo establecido en el artículo 150 de la Ley General de la Administración Pública, de previo a enviar el expediente al Ministerio Público por el delito de desobediencia a la autoridad, contemplado en el artículo 307 del Código Penal, para que se investigue según corresponda. Contra esta resolución puede formularse recurso de reconsideración o reposición, el cual deberá plantearse ante la Comisión Nacional del Consumidor para su conocimiento y resolución, dentro de los dos meses siguientes a la fecha de su notificación. Archívese el expediente en el momento procesal oportuno. Notifíquese. Expediente Nº 259-02.—Departamento Técnico de Apoyo-CNC.—Lic. Melisa Amador Rojas.—(Solicitud Nº 46639).—C-252385.—(30962).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Por ignorarse el domicilio actual de Carlos Barrantes Quesada, con número de cédula 2-425-498, de conformidad con lo dispuesto en el título tercero, capítulo primero de la Ley General de la Administración Pública se procede a notificar por medio de publicación que esta Administración, al amparo de lo establecido en los artículos Nos. 13.2 y 16.2 del Reglamento General de la Contratación Administrativa, ha dispuesto iniciar contra su persona, un proceso administrativo, tendiente a la rescisión del contrato generado a raíz de la licitación señalada en la referencia y la ejecución en sede administrativa de la garantía de cumplimiento, por cuanto la Subdirección de Sucursales -Unidad Usuaria del Servicio- comunicó, en oficio SDSUC-0180-2005 del 19 de diciembre del 2005, lo siguiente:

“.... desde hace varios meses hemos venido recibiendo denuncias interpuestas por clientes del INS, que presentan recibos de pago de seguros efectuados al Sr. Carlos Barrantes, pero que no aparecen depositados a favor del INS, y que por ende hacen que en nuestros sistemas aparezcan pendientes de pagar, lo que ocasiona graves trastornos en caso de presentarse algún siniestro....”

El anterior hecho podría violar lo establecido en el respectivo cartel de licitación en el Aparte X. Responsabilidades del Adjudicatario, Técnicas, punto A. Plan de cobro, recuperación y venta, el cual indica a la letra:

“El adjudicatario debe sujetarse a todos los reglamentos y políticas de la institución en cuanto a recaudación y venta de sus servicios, así como a los reglamentos y disposiciones que rigen la materia en cuanto a las relaciones entre agentes independientes y agencias comercializadoras de seguros. Solo podrá obtener comisión de venta sobre los seguros nuevos que suscriba y sobre la cartera existente, de existir, conforme las disposiciones que rigen el particular.

Los pagos recibidos deben depositarlos en las cuentas bancarias del INS, conforme a lo establecido para los agentes de seguros”.

Por lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo Nº 13.2.2 del Reglamento General de la Contratación Administrativa, se le concede audiencia por el término de 10 días hábiles posteriores al recibo del presente oficio, a fin de que exprese su posición y aporte las pruebas que considere pertinentes; asimismo, dentro de los primeros cinco días hábiles podrá pedir que su posición se atienda mediante comparecencia oral. Para lo anterior, toda documentación deberá ser remitida al Sr. Carlos Fco. Quesada Hidalgo, en el departamento de Proveeduría, quien fungirá como coordinador del órgano director instaurado en el presente caso. Finalmente le informamos que el expediente administrativo estará a disposición en el departamento de Proveeduría, ubicado en el piso Nº 8 del edificio de oficinas centrales, frente al parque España, a un costado del Ministerio de Relaciones Exteriores. En contra del presente acto operaran los recursos ordinarios de revocatoria o reposición, así como el de apelación y el recurso extraordinario de revisión, conforme lo estipulado en el Título Octavo, capítulo Primero, de la Ley General de la Administración Pública, en los plazos indicados en su artículo Nº 346. Notifíquese.—San José, 28 de marzo del 2006.—Departamento de Proveeduría.—Carlos Fco. Quesada Hidalgo, Subjefe.—(O. C. Nº 18427).—C-66060.—(30436).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL EN SAN JOAQUÍN DE FLORES

El suscrito jefe de la Sucursal en San Joaquín de Flores, Caja Costarricense de Seguro Social, certifica que de acuerdo al pendiente de pago el patrono Brucutas S. A., número patronal 3102287777-001-001, adeuda la suma total de ¢85.817,00 al día 21-03-2006, por concepto de cuotas obrero patronales, ley de protección al trabajador, recargos, multas, por los periodos: 01-2006 a 02-2006, la institución le concede 5 días hábiles para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativo y se dará inicio a las acciones de cobro judicial, tanto en la vía civil como la vía penal.—Lic. Miguel Vargas Rojas.—1 vez.—(31524).

El suscrito jefe de la Sucursal en San Joaquín de Flores, Caja Costarricense de Seguro Social, certifica que de acuerdo al pendiente de pago el patrono Carlos Margossian Antonio, número patronal 900933121004-001-000, adeuda la suma total de ¢125.679,00 al día 24-03-2006, por concepto de cuotas obrero patronales, ley de protección al trabajador, recargos, multas, por los periodos: 03-2001, 7-2001, 4-2002, 7-2002 a 9-2002, la institución le concede 5 días hábiles para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativo y se dará inicio a las acciones de cobro judicial, tanto en la vía civil como la vía penal.—Lic. Miguel Vargas Rojas.—1 vez.—(31525).

El suscrito jefe de la Sucursal en San Joaquín de Flores, Caja Costarricense de Seguro Social, certifica que de acuerdo al pendiente de pago el patrono Bryan Gonsger Leigh, número patronal 105040315-002-001, adeuda la suma total de ¢137.002,00 al día 24-03-2006, por concepto de cuotas obrero patronales, ley de protección al trabajador, recargos, multas, por los períodos: 11-2001 a 05-2002, la institución le concede 5 días hábiles para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativo y se dará inicio a las acciones de cobro judicial, tanto en la vía civil como la vía penal.—Lic. Miguel Vargas Rojas.—1 vez.—(31526).

El suscrito jefe de la Sucursal en San Joaquín de Flores, Caja Costarricense del Seguro Social, certifica que de acuerdo al pendiente de pago el patrono Wardell Don Gerarld, número patronal 900938067005, adeuda la suma total de ¢218.807,00 al día 24-03-2006, por concepto de cuotas obrero patronales, ley de protección al trabajador, recargos, multas, por los periodos: 12-2000 a 09-2001, la institución le concede 5 días hábiles para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativo y se dará inicio a las acciones de cobro judicial, tanto en la vía civil como la vía penal.—Lic. Miguel Vargas Rojas.—1 vez.—(31527).

El suscrito jefe de la Sucursal en San Joaquín de Flores, Caja Costarricense del Seguro Social, certifica que de acuerdo al pendiente de pago el patrono Distribuidora Famuva J E M S.A, número patronal 3101400023-001-001, adeuda la suma total de ¢326.819,00 al día 21-03-2006, por concepto de cuotas obrero patronales, ley de protección al trabajador, recargos, multas, por los periodos: noviembre 2005 a diciembre 2005, la institución le concede 5 días hábiles para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativo y se dará inicio a las acciones de cobro judicial, tanto en la vía civil como la vía penal.—Lic. Miguel Vargas Rojas.—1 vez.—(31528).

El suscrito jefe de la Sucursal en San Joaquín de Flores, Caja Costarricense de Seguro Social, certifica que de acuerdo al pendiente de pago el patrono El Dragón SRL, número patronal 3102091970-001-001, adeuda la suma total de ¢701.693,00 al día 27-03-2006, por concepto de cuotas obrero patronales, ley de protección al trabajador, recargos, multas, por los períodos: diciembre 2005 y febrero 2006, la institución le concede 5 días hábiles para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativo y se dará inicio a las acciones de cobro judicial, tanto en la vía civil como la vía penal.—Lic. Miguel Vargas Rojas.—1 vez.—(31529).

El suscrito jefe de la Sucursal en San Joaquín de Flores, Caja Costarricense de Seguro Social, certifica que de acuerdo al pendiente de pago el patrono Serv Mecánicos Belén S. A., número patronal 3101156296-001-001, adeuda la suma total de ¢36.037,00 al día 27-03-2006, por concepto de cuotas obrero patronales, Ley de protección al trabajador, recargos, multas, por los períodos: febrero 2006, la institución le concede 5 días hábiles para que se presente a normalizar su situación, caso contrarío el adeudo quedará firme en sede administrativo y se dará inicio a las acciones de cobro judicial, tanto en la vía civil como la vía penal.—Lic. Miguel Vargas Rojas.—1 vez.—(31530).

El suscrito jefe de la Sucursal en San Joaquín de Flores, Caja Costarricense de Seguro Social, certifica que de acuerdo al pendiente de pago el patrono Alba María Martínez Doninelli, número patronal 102540685-001-001, adeuda la suma total de ¢128.538,00 al día 24-03-2006, por concepto de cuotas obrero patronales, Ley de protección al trabajador, recargos, multas, por los períodos: octubre 2005 a febrero 2006, la institución le concede 5 días hábiles para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativo y se dará inicio a las acciones de cobro judicial, tanto en la vía civil como la vía penal.—Lic. Miguel Vargas Rojas.—1 vez.—(31531).

El suscrito jefe de la Sucursal en San Joaquín de Flores, Caja Costarricense del Seguro Social, certifica que de acuerdo al pendiente de pago el patrono Sistema W. M. S. A., número patronal 3101157285-001-001, adeuda la suma total de ¢63.518,00 al día 24-03-2006, por concepto de cuotas obrero patronales, Ley de protección al trabajador, recargos, multas, por los periodos: 12-2005 y 02-2006, la institución le concede 5 días hábiles para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativo y se dará inicio a las acciones de cobro judicial, tanto en la vía civil como la vía penal.—Lic. Miguel Vargas Rojas.—1 vez.—(31532).

El suscrito jefe de la Sucursal en San Joaquín de Flores, Caja Costarricense del Seguro Social, certifica que de acuerdo al pendiente de pago el patrono Quimifer Internacional S. A., número patronal 3101320425-001-001, adeuda la suma total de ¢73.341,00 al día 24-03-2006, por concepto de cuotas obrero patronales, Ley de protección al trabajador, recargos, multas, por los periodos: 01-2006, la institución le concede 5 días hábiles para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativo y se dará inicio a las acciones de cobro judicial, tanto en la vía civil como la vía penal.— Lic. Miguel Vargas Rojas.—1 vez.—(31533).

DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN

Por ignorarse el domicilio actual del patrono Olaf Negaard Peter, número patronal anterior 942.898-00-0, número patronal 7-00014211408-001-001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Asegurados”, se procede a notificar por medio de edicto, que la Sección Transportes y Financieras del Departamento de Inspección ha dictado el Acto Administrativo mediante el Informe de Inspección 1231-0646-2004-1, del 15 de diciembre del 2004, que en lo conducente dice, que en la investigación realizada al patrono, para determinar el correcto reporte salarial en planillas de la Caja de la trabajadora Johanna del Socorro Orozco Mairena, número de asegurada 2-78-18941, se detectó omisión de salario en los reportes a la Caja que se indican en la planilla adicional del respectivo expediente administrativo y correspondiente al mes de julio del 2004,

Total de Salarios                                                              ¢63.329,00

Total de Cuotas Obreras y Patronales                            ¢13.932,38

Aporte Banco Popular Obrero                                             ¢633,00

Aporte Patronal Banco Popular                                           ¢158,00

Aporte de Capitalización Laboral                                     ¢1.267,00

Aporte de Fondo de Pensiones Complementarias               ¢317,00

Instituto Nacional de Seguros                                               ¢633,00

No aplicar recargos a las cuotas facturadas mediante planilla adicional, dado que la omisión en el reporte del mes de julio del 2004, no es imputable al patrono, siempre y cuando se paguen las cuotas a más tardar la fecha que consigne al efecto el respectivo comprobante de pago; de lo contrario deben aplicarse recargos moratorios a partir de esa fecha. Contra esta resolución proceden los recursos de Revocatoria y Apelación que deberán interponerse ante la Sección Transportes y Financieras del Departamento de Inspección, Área Servicios. El primero lo resolverá la citada Sección y el segundo la Gerencia División Financiera. Ambos recursos dentro del término de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de la publicación. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia como Primer Circuito Judicial de San José. Consulta expediente: en esta oficina situada quinto piso oficinas centrales de la CCSS, av. 2, calles 5-7 teléfono 295-2673, fax 295-2929, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la ley. Notifíquese.—Sección Transportes y Financieras.—Lic. Lenis Mata Mata, Jefa.—1 vez.—Nº 96395.—(31849).

Por ignorarse el domicilio actual del patrono C R Videos Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-312217, número patronal 2-03102312217-001-001 y número patronal anterior 275,330-00-6, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Asegurados”, de la Caja, se procede a notificar por medio de edicto, que la Sección Transportes y Financieras del Departamento de Inspección, Área de Servicios, ha dictado el traslado de cargos que en lo que interesa dice: “La Sección Transportes y Financieras, conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Asegurados, hace de su conocimiento, que como resultado de la investigación iniciada por esta Dependencia, se han observado presuntos incumplimientos, por cuanto no reportó en las planillas de la Caja, los salarios devengados por la trabajadora Peggy María Fernández Ureña, cédula de identidad 1-0977-0248, durante el período del 10 de junio al 31 de agosto del 2003 y haberla reportado con un ingreso inferior al realmente devengado en setiembre del mismo año. Dicha trabajadora estuvo a su servicio del 1° de junio al 5 de octubre del 2003, ganando salarios promedio mensuales de $505, pagados quincenalmente, en moneda extranjera o mediante cheques del Banco de San José. El lugar donde desempeñaba sus funciones era en Curridabat, Freses, de la Universidad Fidélitas 800 metros al sur y 75 al este. El detalle del período y salarios omitidos consta en la hoja de trabajo que forma parte del expediente administrativo. El total de salarios afectados ascendería a la suma de ¢1.403.712,86, lo que generaría las siguientes cotizaciones obreras y patronales: Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte: ¢101.769,00; Seguro de Enfermedad y Maternidad: ¢207.046,00; Cuota Obrera al Banco Popular: ¢14.037,00; Cuota al Fondo de Capitalización Laboral: ¢42.111,00; Cuota al Fondo de Pensión Complementaria: ¢7.019,00; Aporte Patronal al Banco Popular: ¢3.509,00; Cuota al Instituto Nacional de Seguros: ¢14.037,00. Para un total en cuotas de ¢389.528,00. Se le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene de señalar lugar o medio para notificaciones, dentro del perímetro administrativo de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de la resolución. En esta oficina, situada en el quinto piso de oficinas centrales de la Caja, avenida 2, calles 5 y 7, teléfono 256-0880, fax 295-2929, se encuentra a su disposición el expediente, para los efectos que dispone la ley. Notifíquese.—Sección Transportes y Financieras.—Lic. Lenis Mata Mata, Jefa.—1 vez.—N° 96396.—(31850).

 

FE DE ERRATAS

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

En los Alcances Nos. 13, 14 y 15 a La Gaceta Nos. 61, 62 y 63 de los días 27, 28 y 29 de marzo del 2006, en la página 50, con la referencia 22316 se publicó un error, donde dice: como marca de fábrica, en clase 18 internacional debe decir: como marca de fábrica, en clase 28 internacional.

Todo lo demás queda igual.

La Uruca, San José, abril del 2006.—Lic. José Miguel Chavarría Delgado, Director General a. í., de la Imprenta Nacional.—1 vez.—(33386).