La Gaceta Nº 173

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DECRETOS

Nº 33241-COMEX

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

De conformidad con las atribuciones que les confieren los incisos 3) y 18) del artículo 140 y el artículo 146 de la Constitución Política; el artículo 28, párrafo 2, inciso b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública del 2 de mayo de 1978; III y IV del Tratado General de Integración Económica Centroamericana; Ley Nº 3150 del 13 de setiembre de 1963; 1º, 6º, 7º, 36, 37, 38, 39, 42, 46, 55 y Transitorio III Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana, Ley Nº 7629 del 26 de setiembre de 1996.

Considerando:

1º—Que el Comité Ejecutivo de Integración Centroamericana (CEIE), mediante resolución N° 05-2006 (CEIE) del 16 de junio de 2006, aprobó incorporar al libre comercio en las relaciones bilaterales entre los Estados Parte y, por tanto, eliminar del Anexa algunos productos.

2º—Que en cumplimiento de lo indicado en ordinal anterior, procede la publicación de la resolución de referencia. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Publíquese la Resolución N° 05-2006 (CEIE), que a continuación se transcribe:

RESOLUCIÓN Nº 05-2006 (CEIE)

EL COMITÉ EJECUTIVO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA

CONSIDERANDO:

1.  Que el Plan de Trabajo para la Integración Económica aprobado por el Consejo de Ministros de Integración Económica para el año 2006, contempla como una acción para avanzar en el establecimiento de la Unión Aduanera, la incorporación al libre comercio y por tanto, la exclusión del Anexo “A” del Tratado General de Integración Económica Centroamericana de los productos incluidos en el mismo;

2.  Que conforme al artículo transitorio III del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala- los productos del Anexo “A” del Tratado General deben ser negociados en el seno del Comité Ejecutivo, para su incorporación al régimen de libre comercio, por lo menos una vez al año;

3.  Que los Gobiernos de Costa Rica, Guatemala, Honduras y Nicaragua han alcanzado acuerdos para incorporar al libre comercio las bebidas alcohólicas destiladas, el alcohol etílico y los productos derivados del petróleo que se encuentran en regímenes bilaterales, por lo que es necesario dictar la decisión que corresponde,

POR TANTO:

Con fundamento en los artículos III y IV del Tratado General de Integración Económica Centroamericana; 1, 6, 7, 36, 37, 38, 39, 42, 46, 55 y Transitorio III del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala-,

RESUELVE:

1.  Incorporar al libre comercio en las relaciones bilaterales entre los Estados Parte y, por tanto, eliminar del Anexo “A” del Tratado General de Integración Económica Centroamericana, los siguientes productos:

     BEBIDAS ALCOHÓLICAS DESTILADAS (Partida arancelaria 22.08) entre Honduras-Costa Rica

     Honduras-Guatemala

     Honduras-Nicaragua

     ALCOHOL ETÍLICO ESTÉ O NO DESNATURALIZADO (fracciones arancelarias 22.07 y 2208.90.10) entre

Costa Rica-Guatemala

Costa Rica-Honduras

Costa Rica-Nicaragua.

     PRODUCTOS DERIVADOS DEL PETRÓLEO (Partidas arancelarias 27.10, 27.12, 27.13 y 27.15) entre

Honduras-Costa Rica

Honduras-Guatemala

Honduras-Nicaragua.

2.  El Anexo “A” del Tratado General queda en la forma que aparece en el Anexo de la presente Resolución.

3.  Esta Resolución entra en vigencia treinta (30) días después de la presente fecha y será publicada por los Estados Parte.

San José, Costa Rica, 16 de junio de 2006

                              Marco Vinicio Ruiz                                                Eduardo Ayala Grimaldi

                   Ministro de Comercio Exterior                          Viceministro, en representación de la

                                   de Costa Rica                                                        Ministra de Economía

                                                                                                                            de El Salvador

                                    Enrique Lacs                                                     Elizabeth Azcona Bocock

               Viceministro, en representación del                         Ministra de Industria y Comercio

                           Ministro de Economía                                                         de Honduras

                                    de Guatemala

Julio Terán Murphy

Viceministro, en representación del

Ministro de Fomento, Industria y Comercio

de Nicaragua

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, a los tres días del mes de julio del año dos mil seis.

Publíquese.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(Solicitud Nº 5607).—C-81800.—(D33241-80374).

ANEXO DE LA RESOLUCION Nº 05-2006 (CEIE)

ANEXO “A” DEL TRATADO GENERAL DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA CENTROAMERICANA

NOTA GENERAL

1.  Siempre que la denominación del rubro o producto coincida con la que corresponda a la partida (cuatro dígitos) o subpartida (de seis u ocho dígitos) indicados en la columna de la izquierda, se entenderá que ese rubro o producto comprende todo lo incluido bajo dicha partida o subpartida en el SAC. Cuando la denominación del rubro o producto sea más restringida que la correspondiente al título de la partida o subpartida indicados a la izquierda se entenderá que se comprende solamente el o los artículos mencionados específicamente en esta lista.

2.  Cuando se aplique el control de importación, las mercancías gozarán de libre comercio sólo mediante la respectiva licencia. De no otorgarse licencia, la importación estará sujeta al pago de los derechos arancelarios y a las disposiciones generales de importación vigentes en las Partes Contratantes.

3.  El Comité Ejecutivo de Integración Económica, con base en el artículo III de las Disposiciones Transitorias del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala), revisará periódicamente el Anexo “A” para incorporar progresivamente al libre comercio de las mercancías allí incluidas.

LISTA DE MERCANCÍAS SUJETAS A REGIMENES ESPECIALES DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO IV DEL TRATADO GENERAL DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA CENTROAMERICANA

RÉGIMEN COMÚN A LOS CINCO PAÍSES

0901.1             Café sin tostar                                         El intercambio estará sujeto al pago de los derechos arancelarios a la importación

17.01               Azúcar de caña, refinada o sin refinar     Control de importación

1701.11.00      De caña

1701.91.00      Aromatizados o coloreados

1701.99.00      Los demás

REGIMENES BILATERALES

GUATEMALA – COSTA RICA

0901.2                Café tostado                                                         El intercambio estará sujeto al pago de los derechos arancelarios a la importación.

EL SALVADOR – HONDURAS

22.07                  Alcohol etílico, esté o no desnaturalizado            Control de importación.

2208.90.10

22.08 excepto    Bebidas alcohólicas destiladas                              El intercambio estará sujeto al pago de los derechos arancelarios a la importación

22.08.90.10

27.10                  Productos derivados del petróleo.                        El intercambio estará sujeto al

27.12                  Se exceptúan los solventes minerales,                  pago de los derechos arancelarios a la importación.

27.13                  comprendidos  en  la  subpartida 2710.11 y el

27.15                  asfalto de la subpartida 2713.20.00, (betún de

                           petróleo) los cuales gozarán de libre comercio

                           entre los Estados Parte.

EL SALVADOR – COSTA RICA

0901.2                Café tostado                                                         El intercambio estará sujeto al pago de los derechos arancelarios a la importación.

2207                   Alcohol etílico, esté o no desnaturalizado.           Control de importación.

2208.90.10

HONDURAS – COSTA RICA

0901.2                Café tostado                                                         El intercambio estará sujeto al pago de los derechos arancelarios a la importación.

NICARAGUA – COSTA RICA

0901.2                Café tostado                                                         El intercambio estará sujeto al pago de los derechos arancelarios a la importación.

 

REGIMENES BILATERALES

GUATEMALA – COSTA RICA

0901.2                Café tostado                                                         El intercambio estará sujeto al pago de los derechos arancelarios a la importación.

EL SALVADOR – HONDURAS

22.07                  Alcohol etílico, esté o no desnaturalizado            Control de importación.

2208.90.10

22.08 excepto    Bebidas alcohólicas destiladas                              El intercambio estará sujeto al pago de los derechos arancelarios a la importación

22.08.90.10

27.10                  Productos derivados del petróleo.                        El intercambio estará sujeto al

27.12                  Se exceptúan los solventes minerales,                  pago de los derechos arancelarios a la importación.

27.13                  comprendidos  en  la  subpartida 2710.11 y el

27.15                  asfalto de la subpartida 2713.20.00, (betún de

                           petróleo) los cuales gozarán de libre comercio

                           entre los Estados Parte.

EL SALVADOR – COSTA RICA

0901.2                Café tostado                                                         El intercambio estará sujeto al pago de los derechos arancelarios a la importación.

2207                   Alcohol etílico, esté o no desnaturalizado.           Control de importación.

2208.90.10

HONDURAS – COSTA RICA

0901.2                Café tostado                                                         El intercambio estará sujeto al pago de los derechos arancelarios a la importación.

NICARAGUA – COSTA RICA

0901.2                Café tostado                                                         El intercambio estará sujeto al pago de los derechos arancelarios a la importación.

Nº 33326-C

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES

En el ejercicio de las facultades establecidas en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, el artículo 25, inciso 1), de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, la Ley N° 7427, Ley que autoriza a las instituciones del Estado a donar a los Juegos Deportivos Nacionales, del 23 de agosto de 1994, y la Ley N° 7800, Ley de creación del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación, del 30 de abril de 1998, y

Considerando:

I.—Que el programa Juegos Deportivos Nacionales es organizado y ejecutado por el Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación.

II.—Que el programa de Juegos Deportivos Nacionales, se ha constituido en un programa de impacto nacional de promoción y competición deportiva.

III.—Que la actividad física, el deporte y la recreación, son actividades que contribuyen al mejoramiento de la salud y fortalecen los valores culturales y la calidad de vida de la juventud nacional y de la sociedad en general.

IV.—Que las instituciones públicas, estructuradas como sociedades mercantiles, las instituciones autónomas y semiautónomas, las empresas públicas, los bancos del Sistema Bancario Nacional y las municipalidades, están autorizadas a efectuar donaciones y colaborar, en la medida de sus posibilidades legales, con la organización del Programa de Juegos Deportivos Nacionales, según la Ley N° 7427. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Dejar sin efecto el Decreto Ejecutivo N° 32223-C que establece como sedes de los Juegos Deportivos Nacionales, Edición N° XXVII Limón y Edición N° XXVIII Pérez Zeledón.

Artículo 2º—Declarar de interés nacional y público todas las actividades que se desarrollen en pro del Programa de Juegos Deportivos Nacionales Edición N° XXVII San José 2006-2007, a realizarse en San José.

Artículo 3º—Las instituciones públicas tanto del sector centralizado como descentralizado y las instituciones y empresas privadas, podrán colaborar en la medida de sus posibilidades legales, en la realización de este programa.

Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veinticinco días del mes de julio del dos mil seis.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Cultura, Juventud y Deportes, María Elena Carballo Castegnaro.—1 vez.—(O. C. Nº 6261).—C-15420.—(D33326-79868).

Nº 33330-H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre del 2001 y su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero del 2006; la Ley Nº 5337, Ley Orgánica de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica de 27 de agosto de 1973 y sus reformas y el Decreto Ejecutivo Nº 32270-H de 1° de marzo del 2005 y sus reformas.

Considerando:

1º—Que mediante la Ley Orgánica Nº 5337 y sus reformas, publicada en el Alcance Nº 120 a La Gaceta Nº 170 de 11 de setiembre de 1973, se le asignó a la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA) la administración de los puertos de la región así como promover el desarrollo socioeconómico de manera integral y eficiente de la Vertiente Atlántica.

2º—Que la entidad solicitó mediante el oficio Nº PEL-357-06 de 27 de julio del 2006, la ampliación del gasto presupuestario máximo para el año 2006, con el propósito de reforzar la partida de prestaciones legales y proceder a la cancelación de las respectivas prestaciones a los funcionarios cuyo trámite de pensión se encuentra aprobado.

3º—Que debido al incremento en el tráfico de buques y carga movilizada en los puertos de Limón y Moín en el I semestre de este año y como respuesta al aumento en el volumen de las actividades portuarias que demandan un aumento en las labores horas/hombre, la Junta se vió en la necesidad de incrementar el tiempo extraordinario.

4º—Que es necesario también reforzar la partida de tiempo extraordinario, a efectos de atender la demanda de servicios de importación y exportación, brindar una adecuada respuesta a la operación que se incrementa en los meses de setiembre a diciembre, así como para cancelar a los funcionarios que laboran este tiempo extraordinario, las diferencias salariales que por motivo de modificaciones de diversa índole afectan este rubro.

5º—Que la Junta ha indicado que el origen de los recursos para los cuales solicita la ampliación del total del gasto presupuestario, proviene de los excedentes e ingresos corrientes recaudados por la entidad, los cuales son producto del cobro de tarifas por servicios portuarios.

6º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 32270-H y sus reformas, publicado en La Gaceta Nº 54 de 17 de marzo del 2005, la Autoridad Presupuestaria formuló las Directrices Generales de Política Presupuestaria para el 2006, las cuales fueron conocidas por el Consejo de Gobierno y aprobadas por el Poder Ejecutivo, estableciendo en el artículo 1° del citado Decreto, el total de gasto presupuestario del presente año, para las entidades cubiertas por el ámbito del mencionado Órgano Colegiado.

7º—Que con el Decreto Ejecutivo Nº 33207-H, publicado en La Gaceta Nº 135 de 13 de julio del 2006, se le modificó a la Junta el gasto presupuestario máximo para el año 2006.

8º—Que la señora Ministra Rectora del Sector Transportes, avala la solicitud planteada por la Junta, en el oficio Nº DM-4307-06 de 16 de agosto del 2006.

9º—Que la Secretaría Técnica analizó la solicitud realizada por la Junta y de acuerdo con sus competencias determinó que procede la ampliación del gasto presupuestario para el año 2006. Lo anterior, sin perjuicio de las competencias que ejerzan los órganos correspondientes al efecto. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Modifícase para la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica, el gasto presupuestario máximo para el año 2006, establecido en el Decreto Ejecutivo Nº 33207-H, publicado en La Gaceta Nº 135 de 13 de julio del 2006, de manera que este no podrá exceder la suma de ¢27.880.350.000 millones (veintisiete mil ochocientos ochenta millones trescientos cincuenta mil colones).

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, a los diecisiete días del mes de agosto del dos mil seis.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Hacienda, Guillermo Zúñiga Chaves.—1 vez.—(O. C. Nº 84752).—C-37420.—(D33330-79915).

Nº 33331-G

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 146 de la Constitución Política Ley Nº 6725 del 10 de marzo de 1982 y reformado por la Ley Nº 7974 del 4 de enero del dos mil, acuerdo tomado en la sesión ordinaria Nº 23, celebrada el 8 de agosto del 2006, de la Municipalidad de San Ramón.

Decretan:

Artículo 1º—Conceder asueto a los empleados públicos del cantón de San Ramón de la provincia de Alajuela, el día 30 de agosto del 2006, con las salvedades que establecen las leyes especiales, con motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.

Artículo 2º—En cuanto a los funcionarios del Ministerio de Educación Pública, será el jerarca de dicha institución el que determine con base en el artículo 213 del Código de Educación y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa cartera que laboren para ese cantón.

Artículo 3º—En relación con los funcionarios de la Dirección General de Aduanas, será el jerarca del Ministerio de Hacienda, el que determine con base en el artículo 14, párrafo segundo de la Ley General de Aduanas y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa Dirección que laboren en ese cantón.

Artículo 4º—Rige el día 30 de agosto del 2006.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las once horas del diez de agosto del dos mil seis.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 45519).—C-13220.—(D33331-80375).

 

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Nº 017-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

En ejercicio de las atribuciones constitucionales, señaladas en el artículo 135 de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Único.—Con motivo de participar en visita oficial a Suiza, Alemania, Italia y de tránsito a Estados Unidos de América, respectivamente, donde participará de diversas actividades.

ACUERDA:

Artículo 1º—Llamar al ejercicio de la Presidencia de la República a la señora Primera Vicepresidenta, señora Laura Chinchilla Miranda.

Artículo 2º—Rige desde las 13:44 horas del 5 de junio a las 15:30 horas del 18 de junio del 2006.

Alajuela, a los cinco días del mes de junio del dos mil seis.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 205-2006).—C-4970.—(79869).

Nº 047-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 140, 146 de la Constitución Política y el artículo 4 de la Ley 7769 Atención a las Mujeres en Condiciones de Pobreza.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Ana Isabel García Quesada, cédula de identidad 1-542-893, Viceministra de Vivienda, encargada de Desarrollo Social, como representante del Presidente de la República ante la Comisión Nacional Interinstitucional para atender a las mujeres en condiciones de pobreza.

Artículo 2º—Rige a partir del trece de julio del dos mil seis.

Dado en la Presidencia de la República, a los trece días del mes de julio del dos mil seis.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 206-2006).—C-5520.—(79870).

Nº 070-P.—24 de agosto del 2006

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

De conformidad con lo que establece el artículo 139 de la Constitución Política y el artículo 47 de la Ley General de la Administración Pública.

ACUERDA:

Artículo I.—Designar al señor Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior, portador de la cédula de identidad número 1-455-128, para que viaje en Delegación Oficial a Washington y New York, Estados Unidos de América, desde las 7:15 a. m. del 15 de setiembre, regresando el día 23 de setiembre a las 12:35 p. m., ambas fechas del presente año, para participar en reunión de coordinación con funcionarios de la Oficina Comercial de Costa Rica en Washington, Estados Unidos, del 16 al 19 de setiembre, así como también para participar en las siguientes reuniones: Susan Schawb del Departamento de Comercio, Business Coalition, Interamerican Dialogue, BID, Inside US Trade, entrevista en CNN en español, US Chamber of Commerce, AAFA y reuniones con 7 congresistas. Además acompañará al señor Presidente de la República en su viaje oficial a New York, para participar en reuniones con inversionistas, a realizarse del 19 al 23 de setiembre del 2006.

Artículo II.—Los gastos por concepto de viaje del señor Ministro serán cubiertos con recursos de COMEX de la subpartida 10504, del programa 792. El transporte aéreo de ida y de regreso será cubierto con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, envío de documentos vía Internet al Ministerio y para realizar escala en Miami, Estados Unidos de América, así cono también para que se le aplique diferencia de hospedaje según el artículo 41 del Reglamento de Gastos de Viaje para Funcionarios Públicos, en el evento de que proceda.

Artículo III.—En tanto dure la ausencia, se le encarga la atención de la cartera a la señora Amparo Pacheco Oreamuno, Viceministra de Comercio Exterior a partir las 7:15 a. m. del 15 de setiembre y hasta las 12:35 p. m. del 23 de setiembre del 2006.

Artículo IV.—Rige desde las 7:15 a. m. del 15 de setiembre y hasta las 12:35 p. m. del 23 de setiembre del 2006.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veinticuatro días del mes de agosto de dos mil seis.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 05602).—C-14870.—(79871).

 

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Nº 506-2004-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8), 12), 20), y artículo 146 de la Constitución Política; artículos 42 y 43 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 5 de agosto de 1965; la Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Nº 3008 del 18 de julio de 1962; y artículos 134 y 136 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, Decreto Ejecutivo Nº 29428-RE del 30 de marzo del 2001.

Considerando:

I.—Que mediante acuerdo Nº 407-RE de fecha 19 de noviembre del 2003, se nombra en la categoría de agregado al señor Rodolfo Antonio Jiménez Morales, cédula de identidad Nº 02-0356-0205, para realizar el período de prueba a partir del 1º de diciembre del 2003.

II.—Que de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del Estatuto de Servicio Exterior el cual indica que la finalidad del período de prueba de un año, que deben cumplir los aspirantes a ingresar a la Carrera Diplomática del Servicio Exterior de la República, es determinar si sus servicios y conducta son satisfactorios.

III.—Que mediante la resolución Nº CCSE-85-04 de las once horas del veinticinco de agosto del dos mil cuatro, de la Comisión Calificadora del Servicio Exterior, notificada al Sr. Rodolfo Antonio Jiménez Morales en su casa de habitación, se inició el proceso administrativo disciplinario para la determinación de faltas disciplinarias indicadas en dicha resolución.

IV.—Que mediante resolución Nº CCSE-95-04 de las catorce horas treinta minutos del quince de octubre del dos mil cuatro, de la Comisión Calificadora de Servicio Exterior y conforme a los artículos 42 y 43 del Estatuto de Servicio Exterior y 134 y 136 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior, se determinó el despido sin responsabilidad patronal contra el señor Rodolfo Antonio Jiménez Morales, conforme a la normativa indicada.

V.—Que dicha resolución de despido fue notificada en aplicación del artículo 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras comunicaciones Judiciales vigente Nº 7637, al transcurrir veinticuatro horas después de su emisión por no haber señalado el señor Rodolfo Antonio Jiménez Morales, lugar para atender notificaciones y no fue recurrida.

VI.—Que la resolución de la Comisión Calificadora Nº CCSE-95-04, mediante la cual se falló el despido sin responsabilidad patronal quedó en firme a las catorce horas treinta minutos del veintidós de octubre del dos mil cuatro.

VII.—Que en los procedimientos se han observado las disposiciones de la Ley General de la Administración Pública, el Código de Trabajo, el Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República y las otras disposiciones aplicables.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Despedir sin responsabilidad patronal al señor Rodolfo Antonio Jiménez Morales, cédula de identidad Nº 02-0356-0205, aspirante a ingresar a la Carrera Diplomática.

Artículo 2º—Rige a partir del 8 de noviembre del 2004.

Dado en la Presidencia de la República, a los ocho días del mes de noviembre del dos mil cuatro.

Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1 vez.—(Solicitud Nº 44936).—C-24770.—(79916).

Nº 034-06-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y El MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8), 12), 20), y artículo 146 de la Constitución Política; artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 5 de agosto de 1965; la Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Nº 3008 del 18 de julio de 1962; y artículos 2º, inciso 20), 15 y 18 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, Decreto Ejecutivo Nº 29428-RE del 30 de marzo del 2001.

Considerando:

I.—Que la servidora Gloria Elena Araya Román, cédula de identidad número uno-setecientos cincuenta y cinco-seiscientos sesenta y cinco, es funcionaria de carrera Diplomática del Ministerio nombrada en la categoría de Agregado Interno.

II.—Que mediante resolución DRH-Nº 15-2001 de las nueve horas treinta minutos del veintiocho de setiembre del dos mil uno, se le otorga prórroga de licencia sin goce de salario a la servidora Araya Román, a partir del veintiocho de febrero del dos mil dos, al veintiocho de febrero del dos mil cinco.

III.—Que mediante nota sin número de fecha 19 de enero del 2005, la servidora Gloria E. Araya Román, cédula de identidad Nº 1-755-665, le comunica al Sr. Marco Vinicio Vargas Pereira, Viceministro de Relaciones Exteriores y Culto, su decisión de no reincorporarse al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, cuando finalice la licencia sin goce de salario.

IV.—Que mediante memorándum DVM 017-06 de fecha 17 de febrero del 2006, suscrito por el Despacho del Viceministro de Relaciones Exteriores y Culto, se remite la nota sin número de fecha 19 de enero del 2005, de la servidora Gloria E. Araya Román, cédula de identidad Nº 1-755-665, al Proceso de Recursos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Se acepta la renuncia de la servidora Gloria Elena Araya Román, cédula de identidad número uno-setecientos cincuenta y cinco-seiscientos sesenta y cinco, como funcionaria de carrera Diplomática del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Artículo 2º—Rige a partir del 1º de marzo del 2005.

Dado en la Presidencia de la República, a los diecisiete días del mes de febrero del dos mil seis.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1 vez.—(Solicitud Nº 44944).—C-14870.—(79920).

Nº 048-06-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y El MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8), 12), 20), y artículo 146 de la Constitución Política; artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 5 de agosto de 1965; la Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Nº 3008 del 18 de julio de 1962; y artículos 2º, inciso 20), 15 y 18 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, Decreto Ejecutivo Nº 29428-RE del 30 de marzo del 2001.

Considerando:

I.—Que el servidor Máximo Sáurez Ulloa, cédula de identidad Nº 1-426-032, es funcionario de la carrera Diplomática del Ministerio.

II.—Que mediante nota sin número de fecha 27 de febrero del 2006, el servidor Máximo Sáurez Ulloa, cédula de identidad Nº 1-426-032, le comunica al Lic. Roberto Tovar Faja, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, su decisión de renunciar a la carrera diplomática y permanecer en la plaza en propiedad ocupada en la Universidad Nacional, a partir del 1º de marzo del 2006.

III.—Que mediante oficio Nº DM-092-06 de fecha 28 de febrero del 2006, suscrito por el Sr. Roberto Tovar Faja, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, comunica al Proceso de Recursos Humanos la aceptación de la renuncia del Sr. Sáurez Ulloa, de la carrera diplomática, a partir 1º de marzo del 2006.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Se acepta la renuncia del servidor Máximo Sáurez Ulloa, cédula de identidad Nº 1-426-032, como funcionario de la carrera Diplomática del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Artículo 2º—Rige a partir del 1º de marzo del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, el primero de marzo del dos mil seis.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1 vez.—(Solicitud Nº 44941).—C-11570.—(79921).

Nº 054-2006-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y El MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8), 12), 20), y artículo 146 de la Constitución Política; artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 5 de agosto de 1965; la Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Nº 3008 del 18 de julio de 1962; y artículos 2º, inciso 20), 15 y 18 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, Decreto Ejecutivo Nº 29428-RE del 30 de marzo del 2001.

Considerando:

I.—Que de conformidad con la resolución Nº 11253-2003 de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, ha sido necesario liberar códigos, a efecto de crear las plazas necesarias para proceder a nombrar a los integrantes de la lista de elegibles.

II.—Que al efecto de lo señalado en el considerando anterior se hace necesario ascender en comisión al personal de carrera, creándose con ello una cadena de ascensos en comisión, que permitirá disponer de las plazas vacantes necesarias y suficientes para ser ocupadas por los elegibles en su periodo de prueba.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Ascender en comisión de conformidad con el inciso 20), del artículo 2° del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, a la agregada de carrera señorita Deyanira Ramírez Salas, cédula Nº 2-394-303, nombrándola en la plaza de Ministro destacada en el Servicio Interno.

Artículo 2º—Rige a partir del 16 de marzo del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los seis días del mes de marzo del dos mil seis.

Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1 vez.—(Solicitud Nº 44941).—C-11570.—(79922).

Nº 055-2006-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y El MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8), 12), 20), y artículo 146 de la Constitución Política; artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 5 de agosto de 1965; la Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Nº 3008 del 18 de julio de 1962; y artículos 2º, inciso 20), 15 y 18 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, Decreto Ejecutivo Nº 29428-RE del 30 de marzo del 2001.

Considerando:

I.—Que de conformidad con la resolución Nº 11253-2003 de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, ha sido necesario liberar códigos, a efecto de crear las plazas necesarias para proceder a nombrar a los integrantes de la lista de elegibles.

II.—Que al efecto de lo señalado en el considerando anterior se hace necesario ascender en comisión al personal de carrera, creándose con ello una cadena de ascensos en comisión, que permitirá disponer de las plazas vacantes necesarias y suficientes para ser ocupadas por los elegibles en su período de prueba.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Ascender en comisión de conformidad con el inciso 20), del artículo 2° del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, a la agregada de carrera señora Carolina Molina Barrantes, cédula Nº 1-861-481, nombrándola en la plaza de Ministro destacada en el Servicio Interno.

Artículo 2º—Rige a partir del 16 de marzo del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los seis días del mes de marzo del dos mil seis.

Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1 vez.—(Solicitud Nº 44941).—C-11570.—(79923).

Nº 056-2006-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y El MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8), 12), 20), y artículo 146 de la Constitución Política; artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 5 de agosto de 1965; la Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Nº 3008 del 18 de julio de 1962; y artículos 2º, inciso 20), 15 y 18 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, Decreto Ejecutivo Nº 29428-RE del 30 de marzo del 2001.

Considerando:

I.—Que de conformidad con la resolución Nº 11253-2003 de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, ha sido necesario liberar códigos, a efecto de crear las plazas necesarias para proceder a nombrar a los integrantes de la lista de elegibles.

II.—Que al efecto de lo señalado en el considerando anterior se hace necesario ascender en comisión al personal de carrera, creándose con ello una cadena de ascensos en comisión, que permitirá disponer de las plazas vacantes necesarias y suficientes para ser ocupadas por los elegibles en su periodo de prueba.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Ascender en comisión de conformidad con el inciso 20), del artículo 2° del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, al agregado de carrera señor Carlos Humberto Cascante Segura, cédula Nº 1-964-964, nombrándolo en la plaza de Consejero destacado en el Servicio Interno.

Artículo 2º—Rige a partir del 16 de marzo del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los seis días del mes de marzo del dos mil seis.

Publíquese.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1 vez.—(Solicitud Nº 44941).—C-11570.—(79924).

Nº 057-2006-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y El MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8), 12), 20), y artículo 146 de la Constitución Política; artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 5 de agosto de 1965; la Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Nº 3008 del 18 de julio de 1962; y artículos 2º, inciso 20), 15 y 18 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, Decreto Ejecutivo Nº 29428-RE del 30 de marzo del 2001.

Considerando:

I.—Que de conformidad con la resolución Nº 11253-2003 de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, ha sido necesario liberar códigos, a efecto de crear las plazas necesarias para proceder a nombrar a los integrantes de la lista de elegibles.

II.—Que al efecto de lo señalado en el considerando anterior se hace necesario ascender en comisión al personal de carrera, creándose con ello una cadena de ascensos en comisión, que permitirá disponer de las plazas vacantes necesarias y suficientes para ser ocupadas por los elegibles en su período de prueba.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Ascender en comisión de conformidad con el inciso 20), del artículo 2° del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, a la agregada de carrera señorita María Isabel Sanabria Castro, cédula Nº 1-852-917, nombrándola en la plaza de Consejero destacada en el Servicio Interno.

Artículo 2º—Rige a partir del 16 de marzo del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los seis días del mes de marzo del dos mil seis.

Publíquese.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1 vez.—(Solicitud Nº 44941).—C-11570.—(79925).

Nº 058-2006-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y El MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8), 12), 20), y artículo 146 de la Constitución Política; artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 5 de agosto de 1965; la Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Nº 3008 del 18 de julio de 1962; y artículos 2º, inciso 20), 15 y 18 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, Decreto Ejecutivo Nº 29428-RE del 30 de marzo del 2001.

Considerando:

I.—Que de conformidad con la resolución Nº 11253-2003 de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, ha sido necesario liberar códigos, a efecto de crear las plazas necesarias para proceder a nombrar a los integrantes de la lista de elegibles.

II.—Que al efecto de lo señalado en el considerando anterior se hace necesario ascender en comisión al personal de carrera, creándose con ello una cadena de ascensos en comisión, que permitirá disponer de las plazas vacantes necesarias y suficientes para ser ocupadas por los elegibles en su periodo de prueba.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Ascender en comisión de conformidad con el inciso 20), del artículo 2° del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, al agregado de carrera señor Víctor Eduardo Murillo Ortega, cédula Nº 1-949-917, nombrándolo en la plaza de Consejero destacado en el Servicio Interno.

Artículo 2º—Rige a partir del 16 de marzo del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los seis días del mes de marzo del dos mil seis.

Publíquese.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1 vez.—(Solicitud Nº 44941).—C-11570.—(79926).

Nº 059-2006-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y El MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8), 12), 20), y artículo 146 de la Constitución Política; artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 5 de agosto de 1965; la Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Nº 3008 del 18 de julio de 1962; y artículos 2º, inciso 20), 15 y 18 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, Decreto Ejecutivo Nº 29428-RE del 30 de marzo del 2001.

Considerando:

I.—Que de conformidad con la resolución Nº 11253-2003 de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, ha sido necesario liberar códigos, a efecto de crear las plazas necesarias para proceder a nombrar a los integrantes de la lista de elegibles.

II.—Que al efecto de lo señalado en el considerando anterior se hace necesario ascender en comisión al personal de carrera, creándose con ello una cadena de ascensos en comisión, que permitirá disponer de las plazas vacantes necesarias y suficientes para ser ocupadas por los elegibles en su período de prueba.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Ascender en comisión de conformidad con el inciso 20), del artículo 2° del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, a la agregada de carrera señorita Eugenia María Gutiérrez Ruiz, cédula Nº 1-1087-0886, nombrándola en la plaza de Consejero destacada en el Servicio Interno.

Artículo 2º—Rige a partir del 16 de marzo del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los seis días del mes de marzo del dos mil seis.

Publíquese.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1 vez.—(Solicitud Nº 44941).—C-11570.—(79927).

Nº 060-2006-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y El MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8), 12), 20), y artículo 146 de la Constitución Política; artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 5 de agosto de 1965; la Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Nº 3008 del 18 de julio de 1962; y artículos 2º, inciso 20), 15 y 18 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, Decreto Ejecutivo Nº 29428-RE del 30 de marzo del 2001.

Considerando:

I.—Que de conformidad con la resolución Nº 11253-2003 de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, ha sido necesario liberar códigos, a efecto de crear las plazas necesarias para proceder a nombrar a los integrantes de la lista de elegibles.

II.—Que al efecto de lo señalado en el considerando anterior se hace necesario ascender en comisión al personal de carrera, creándose con ello una cadena de ascensos en comisión, que permitirá disponer de las plazas vacantes necesarias y suficientes para ser ocupadas por los elegibles en su periodo de prueba.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Ascender en comisión de conformidad con el inciso 20), del artículo 2° del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, a la agregada de carrera señora Magda Rojas Castillo, cédula Nº 1-627-050, nombrándola en la plaza de Consejero destacada en el Servicio Interno.

Artículo 2º—Rige a partir del 16 de marzo del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los seis días del mes de marzo del dos mil seis.

Publíquese.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1 vez.—(Solicitud Nº 44941).—C-11570.—(79928).

Nº 061-2006-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y El MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8), 12), 20), y artículo 146 de la Constitución Política; artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 5 de agosto de 1965; la Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Nº 3008 del 18 de julio de 1962; y artículos 2º, inciso 20), 15 y 18 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, Decreto Ejecutivo Nº 29428-RE del 30 de marzo del 2001.

Considerando:

I.—Que de conformidad con la resolución Nº 11253-2003 de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, ha sido necesario liberar códigos, a efecto de crear las plazas necesarias para proceder a nombrar a los integrantes de la lista de elegibles.

II.—Que al efecto de lo señalado en el considerando anterior se hace necesario ascender en comisión al personal de carrera, creándose con ello una cadena de ascensos en comisión, que permitirá disponer de las plazas vacantes necesarias y suficientes para ser ocupadas por los elegibles en su período de prueba.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Ascender en comisión de conformidad con el inciso 20), del artículo 2° del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, a la agregada de carrera señora Guisella Sánchez Castillo, cédula Nº 1-552-143, nombrándola en la plaza de Consejero destacada en el Servicio Interno.

Artículo 2º—Rige a partir del 16 de marzo del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los seis días del mes de marzo del dos mil seis.

Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1 vez.—(Solicitud Nº 44941).—C-11570.—(79929).

Nº 062-2006-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y El MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8), 12), 20), y artículo 146 de la Constitución Política; artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 5 de agosto de 1965; la Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Nº 3008 del 18 de julio de 1962; y artículos 2º, inciso 20), 15 y 18 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, Decreto Ejecutivo Nº 29428-RE del 30 de marzo del 2001.

Considerando:

I.—Que de conformidad con la resolución Nº 11253-2003 de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, ha sido necesario liberar códigos, a efecto de crear las plazas necesarias para proceder a nombrar a los integrantes de la lista de elegibles.

II.—Que al efecto de lo señalado en el considerando anterior se hace necesario ascender en comisión al personal de carrera, creándose con ello una cadena de ascensos en comisión, que permitirá disponer de las plazas vacantes necesarias y suficientes para ser ocupadas por los elegibles en su período de prueba.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Ascender en comisión de conformidad con el inciso 20), del artículo 2° del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, a la agregada de carrera señorita Melissa Umaña Quirós, cédula Nº 1-1082-858, nombrándola en la plaza de Segundo Secretario destacada en el Servicio Interno.

Artículo 2º—Rige a partir del 16 de marzo del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los seis días del mes de marzo del dos mil seis.

Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1 vez.—(Solicitud Nº 44941).—C-11570.—(79930).

N° 063-2006-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y El MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 incisos 89) 12), 20) y artículo 146 de la Constitución Política; artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, ley Nº 3530 del 5 de agosto de 1965; la Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, número 3008 del 18 de julio de 1962; y artículos 2 inciso 20), 15 y 18 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, Decreto Ejecutivo número 29428-RE del 30 de marzo del 2001.

Considerando:

I.—Que mediante acuerdo Nº 001-2001-RE de fecha 5 de enero del 2004, se declara definitivamente incorporado a la carrera diplomática, en la categoría de Agregado, a partir del 1º de noviembre del 2002, a la funcionaria María Catalina Amador Gallardo, cédula 1-971-517.

II.—Que mediante resolución PRH Nº 023-2005 de fecha del 21 de octubre del 2005, la funcionaria de carrera Sra. Amador Gallardo, disfrutaba de licencia sin goce de salario hasta por un año a partir del 25 de octubre del 2005, por asuntos personales, según lo establecido en el artículo 110, inciso a) Reglamento al Estatuto de Servicio Exterior.

III.—Que mediante nota de la interesada y oficio DM-097-06 de fecha 1º de marzo del 2006 del Despacho del Sr. Ministro, se incorpora al Servicio Interno la funcionaria de carrera Sra. Amador Gallardo a partir del 16 de marzo del 2006.

IV.—Que de conformidad con la resolución 11253-2003 de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, ha sido necesario liberar códigos, a efecto de crear las plazas necesarias para proceder a nombrar a los integrantes de la lista de elegibles.

V.—Que al efecto de lo señalado en el considerando anterior se hace necesario ascender en comisión al personal de carrera, creándose con ello una cadena de ascensos en comisión, que permitirá disponer de las plazas vacantes necesarias y suficientes para ser ocupadas por los elegibles en su período de prueba.

ACUERDAN:

Artículo 1º—La reincorporación de la señora María Catalina Amador Gallardo, cédula Nº 1-971-517, funcionaria de carrera diplomática al Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Artículo 2º—Ascender en comisión de conformidad con el inciso 20) del artículo 2° del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, a la Agregada de carrera señora María Catalina Amador Gallardo, cédula Nº 1-971-517, nombrándola en la plaza de Primer Secretario destacada en el Servicio Interno.

Artículo III.—Rige a partir del dieciséis de marzo del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los seis días del mes de marzo del 2006.

Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1 vez.—(Solicitud Nº 44941).—C-16520.—(79931).

N° 064-2006-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 140 incisos 3), 8) y 12) y 20), y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; artículo 16 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 5 de agosto de 1965, los artículos 17, 18 y 19 del Reglamento de Concurso de Oposición para el Ingreso a la Carrera del Servicio Exterior, reformado por el Decreto N° 28821-RE del 31 de julio del 2000 y en el artículo 66 y siguientes del Decreto Ejecutivo Nº 29428-RE del 30 de marzo del 2001, Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República publicado en La Gaceta número 107 del 5 de junio de 2001.

Considerando:

I.—Que el Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 establece los requisitos para el ingreso a la carrera del Servicio Exterior de la República.

II.—Que el Estatuto define que para ingresar a la carrera los candidatos deben aprobar los concursos de oposición convocados al efecto y cumplir con los requisitos definidos en el artículo 14 del Estatuto.

III.—Que la jurisprudencia constitucional ha establecido que los Concursos de oposición deben ser abiertos a todos los ciudadanos que cumplan con los requisitos del artículo 14 del Estatuto (ver voto Nº 2535-5-97 de las 9:03 horas del 9 de mayo de 1997); y que los concursos deben comprobar mediante exámenes ad hoc la idoneidad de los ciudadanos concursantes, así como la periodicidad de su realización.

IV.—Que es necesario contar con más funcionarios de carrera para profesionalizar el Servicio Exterior y así contar con personal idóneo para realizar adecuadamente las funciones que se requieren en el Servicio Exterior.

V.—Que en virtud de lo anterior, la Comisión Calificadora del Servicio Exterior, con instrucciones del señor Ministro de Relaciones Exteriores y en ejercicio de las potestades que le confiere el artículo 15 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, organizó y calificó los concursos de oposición para el ingreso a la carrera del Servicio Exterior de la República con fundamento en las disposiciones del Decreto Ejecutivo Nº 22544-RE del 29 de setiembre de 1993, reformado por el Decreto 28821-RE, publicado en La Gaceta el día 9 de agosto del 2000, por Decreto 28931 publicado en La Gaceta N° 186 del 28 de setiembre del 2000 y por Decreto 32519 publicado en La Gaceta N° 150 del 5 de agosto del 2005. Para ello, el día 11 de agosto del 2005 se publicó en el periódico La Nación y el Diario Extra del día 9 de agosto de 2005 un concurso de oposición para ingresar al Servicio Exterior de la República, organizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

VI.—Que como resultado del Concurso de Oposición, la Comisión Calificadora elaboró la lista de elegibles que aprobaron el mencionado concurso, y mediante oficio Nº CCSE-089-05 de fecha 30 de noviembre de 2005, se acordó en la quincuagésima sétima sesión extraordinaria de la Comisión Calificadora del Servicio Exterior de fecha 25 de noviembre de 2005, la inclusión en la lista de integrantes para ingresar a la carrera del Servicio Exterior al señor Randall González Villalobos, cédula de identidad Nº 1-1026-0472, quien aprobó satisfactoriamente los exámenes de la convocatoria.

VII.—Que actualmente existe una plaza vacante de Tercer Secretario en el Servicio Interno.

VIII.—Que al señor Randall González Villalobos, tiene estudios en Derecho. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al señor Randall González Villalobos, cédula de identidad Nº 1-1026-0472, en el cargo de Tercer Secretario destacado en el Servicio Interno de la Cancillería, para realizar el período de prueba establecido en el artículo 16 del Estatuto del Servicio Exterior de la República.

Artículo 2º—Rige a partir del dieciséis de marzo del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los seis días del mes de marzo del 2006.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1 vez.—(Solicitud Nº 44941).—C-25870.—(79932).

N° 065-2006-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 incisos 3), 8) y 12) y 20), y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; artículo 16 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 5 de agosto de 1965, los artículos 17, 18 y 19 del Reglamento de Concurso de Oposición para el Ingreso a la Carrera del Servicio Exterior, reformado por el Decreto N° 28821-RE del 31 de julio de 2000 y en el artículo 66 y siguientes del Decreto Ejecutivo Nº 29428-RE del 30 de marzo del 2001, Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República publicado en La Gaceta número 107 del 5 de junio de 2001.

Considerando:

I.—Que el Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 establece los requisitos para el ingreso a la carrera del Servicio Exterior de la República.

II.—Que el Estatuto define que para ingresar a la carrera los candidatos deben aprobar los concursos de oposición convocados al efecto y cumplir con los requisitos definidos en el artículo 14 del Estatuto.

III.—Que la jurisprudencia constitucional ha establecido que los concursos de oposición deben ser abiertos a todos los ciudadanos que cumplan con los requisitos del artículo 14 del Estatuto (ver voto Nº 2535-5-97 de las 9:03 horas del 9 de mayo de 1997); y que los concursos deben comprobar mediante exámenes ad hoc la idoneidad de los ciudadanos concursantes, así como la periodicidad de su realización.

IV.—Que es necesario contar con más funcionarios de carrera para profesionalizar el Servicio Exterior y así contar con personal idóneo para realizar adecuadamente las funciones que se requieren en el Servicio Exterior.

V.—Que en virtud de lo anterior, la Comisión Calificadora del Servicio Exterior, con instrucciones del señor Ministro de Relaciones Exteriores y en ejercicio de las potestades que le confiere el artículo 15 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, organizó y calificó los concursos de oposición para el ingreso a la carrera del Servicio Exterior de la República con fundamento en las disposiciones del Decreto Ejecutivo Nº 22544-RE del 29 de setiembre de 1993, reformado por el Decreto 28821-RE, publicado en La Gaceta el día 9 de agosto del 2000, por Decreto 28931 publicado en La Gaceta N° 186 del 28 de setiembre del 2000 y por Decreto 32519 publicado en La Gaceta N° 150 del 5 de agosto del 2005. Para ello, el día 11 de agosto del 2005 se publicó en el periódico La Nación y el Diario Extra del día 9 de agosto de 2005 un concurso de oposición para ingresar al Servicio Exterior de la República, organizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

VI.—Que como resultado del Concurso de Oposición, la Comisión Calificadora elaboró la lista de elegibles que aprobaron el mencionado concurso, y mediante oficio Nº CCSE-089-05 de fecha 30 de noviembre de 2005, se acordó en la quincuagésima sétima sesión extraordinaria de la Comisión Calificadora del Servicio Exterior de fecha 25 de noviembre de 2005, la inclusión en la lista de integrantes para ingresar a la carrera del Servicio Exterior al señor Allan Mauricio Solís Fonseca, cédula de identidad Nº 1-1049-0725, quien aprobó satisfactoriamente los exámenes de la convocatoria.

VII.—Que actualmente existe una plaza vacante de Tercer Secretario en el Servicio Interno.

VIII.—Que al señor Allan Mauricio Solís Fonseca, tiene estudios en Derecho. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al señor Allan Mauricio Solís Fonseca, cédula de identidad Nº 1-1049-0725, en el cargo de Tercer Secretario destacado en el Servicio Interno de la Cancillería, para realizar el período de prueba establecido en el artículo 16 del Estatuto del Servicio Exterior de la República.

Artículo 2º—Rige a partir del dieciséis de marzo del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los seis días del mes de marzo del dos mil seis.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1 vez.—(Solicitud Nº 44941).—C-25870.—(79933).

N° 066-2006-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 140 incisos 3), 8) y 12) y 20), y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; artículo 16 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 5 de agosto de 1965, los artículos 17, 18 y 19 del Reglamento de Concurso de Oposición para el Ingreso a la Carrera del Servicio Exterior, reformado por el Decreto N° 28821-RE del 31 de julio de 2000 y en el artículo 66 y siguientes del Decreto Ejecutivo Nº 29428-RE del 30 de marzo del 2001, Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República publicado en La Gaceta número 107 del 5 de junio de 2001.

Considerando:

I.—Que el Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 establece los requisitos para el ingreso a la carrera del Servicio Exterior de la República.

II.—Que el Estatuto define que para ingresar a la carrera los candidatos deben aprobar los concursos de oposición convocados al efecto y cumplir con los requisitos definidos en el artículo 14 del Estatuto.

III.—Que la jurisprudencia constitucional ha establecido que los concursos de oposición deben ser abiertos a todos los ciudadanos que cumplan con los requisitos del artículo 14 del Estatuto (ver voto Nº 2535-5-97 de las 9:03 horas del 9 de mayo de 1997); y que los concursos deben comprobar mediante exámenes ad hoc la idoneidad de los ciudadanos concursantes, así como la periodicidad de su realización.

IV.—Que es necesario contar con más funcionarios de carrera para profesionalizar el Servicio Exterior y así contar con personal idóneo para realizar adecuadamente las funciones que se requieren en el Servicio Exterior.

V.—Que en virtud de lo anterior, la Comisión Calificadora del Servicio Exterior, con instrucciones del señor Ministro de Relaciones Exteriores y en ejercicio de las potestades que le confiere el artículo 15 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, organizó y calificó los concursos de oposición para el ingreso a la carrera del Servicio Exterior de la República con fundamento en las disposiciones del Decreto Ejecutivo Nº 22544-RE del 29 de setiembre de 1993, reformado por el Decreto 28821-RE, publicado en La Gaceta el día 9 de agosto del 2000, por Decreto 28931 publicado en La Gaceta N° 186 del 28 de setiembre del 2000 y por Decreto 32519 publicado en La Gaceta N° 150 del 5 de agosto del 2005. Para ello, el día 11 de agosto del 2005 se publicó en el periódico La Nación y el Diario Extra el día 9 de agosto de 2005 un concurso de oposición para ingresar al Servicio Exterior de la República, organizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

VI.—Que como resultado del Concurso de Oposición, la Comisión Calificadora elaboró la lista de elegibles que aprobaron el mencionado concurso, y mediante oficio Nº CCSE-089-05 de fecha 30 de noviembre de 2005, se acordó en la quincuagésima sétima sesión extraordinaria de la Comisión Calificadora del Servicio Exterior de fecha 25 de noviembre de 2005, la inclusión en la lista de integrantes para ingresar a la carrera del Servicio Exterior a la señorita Yamna Sauma Ruiz, cédula de identidad Nº 1-1055-0008, quien aprobó satisfactoriamente los exámenes de la convocatoria.

VII.—Que actualmente existe una plaza vacante de Tercer Secretario en el Servicio Interno.

VIII.—Que a la señorita Yamna Sauma Ruiz, tiene estudios en Relaciones Internacionales y Cooperación Internacional. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar a la señorita Yamna Sauma Ruiz, cédula de identidad Nº 1-1055-0008, en el cargo de Tercer Secretario destacada en el Servicio Interno de la Cancillería, para realizar el período de prueba establecido en el artículo 16 del Estatuto del Servicio Exterior de la República.

Artículo 2º—Rige a partir del dieciséis de marzo del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los seis días del mes de marzo del dos mil seis.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1 vez.—(Solicitud Nº 44941).—C-25870.—(79934).

N° 067-2006-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 140 incisos 3), 8) y 12) y 20), y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; artículo 16 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 5 de agosto de 1965, los artículos 17, 18 y 19 del Reglamento de Concurso de Oposición para el Ingreso a la Carrera del Servicio Exterior, reformado por el Decreto N° 28821-RE del 31 de julio de 2000 y en el artículo 66 y siguientes del Decreto Ejecutivo Nº 29428-RE del 30 de marzo del 2001, Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República publicado en La Gaceta Nº 107 del 5 de junio de 2001.

Considerando:

I.—Que el Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 establece los requisitos para el ingreso a la carrera del Servicio Exterior de la República.

II.—Que el Estatuto define que para ingresar a la carrera los candidatos deben aprobar los concursos de oposición convocados al efecto y cumplir con los requisitos definidos en el artículo 14 del Estatuto.

III.—Que la jurisprudencia constitucional ha establecido que los concursos de oposición deben ser abiertos a todos los ciudadanos que cumplan con los requisitos del artículo 14 del Estatuto (ver voto Nº 2535-5-97 de las 9:03 horas del 9 de mayo de 1997); y que los concursos deben comprobar mediante exámenes ad hoc la idoneidad de los ciudadanos concursantes, así como la periodicidad de su realización.

IV.—Que es necesario contar con más funcionarios de carrera para profesionalizar el Servicio Exterior y así contar con personal idóneo para realizar adecuadamente las funciones que se requieren en el Servicio Exterior.

V.—Que en virtud de lo anterior, la Comisión Calificadora del Servicio Exterior, con instrucciones del señor Ministro de Relaciones Exteriores y en ejercicio de las potestades que le confiere el artículo 15 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, organizó y calificó los concursos de oposición para el ingreso a la carrera del Servicio Exterior de la República con fundamento en las disposiciones del Decreto Ejecutivo Nº 22544-RE del 29 de setiembre de 1993, reformado por el Decreto 28821-RE, publicado en La Gaceta el día 9 de agosto del 2000, por Decreto 28931 publicado en La Gaceta N° 186 del 28 de setiembre del 2000 y por Decreto 32519 publicado en La Gaceta N° 150 del 5 de agosto del 2005. Para ello, el día 11 de agosto del 2005 se publicó en el periódico La Nación y el Diario Extra del día 9 de agosto de 2005 un concurso de oposición para inglesar al Servicio Exterior de la República, organizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

VI.—Que como resultado del Concurso de Oposición, la Comisión Calificadora elaboró la lista de elegibles que aprobaron el mencionado concurso, y mediante oficio Nº CCSE-089-05 de fecha 30 de noviembre de 2005, se acordó en la quincuagésima sétima sesión extraordinaria de la Comisión Calificadora del Servicio Exterior de fecha 25 de noviembre de 2005, la inclusión en la lista de integrantes para ingresar a la carrera del Servicio Exterior a la señorita Shara Eunice Duncan Villalobos, cédula de identidad Nº 1-0953-0709, quien aprobó satisfactoriamente los exámenes de la convocatoria.

VII.—Que actualmente existe una plaza vacante de Tercer Secretario en el Servicio Interno.

VIII.—Que a la señorita Shara Eunice Duncan Villalobos, tiene estudios en Derecho. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar a la señorita Shara Eunice Duncan Villalobos, cédula de identidad Nº 1-0953-0709, en el cargo de Tercer Secretario destacada en el Servicio Interno de la Cancillería, para realizar el período de prueba establecido en el artículo 16 del Estatuto del Servicio Exterior de la República.

Artículo 2º—Rige a partir del dieciséis de marzo del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los seis días del mes de marzo del dos mil seis.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1 vez.—(Solicitud Nº 44941).—C-25870.—(79935).

N° 068-2006-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 140 incisos 3), 8) y 12) y 20), y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; artículo 16 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 5 de agosto de 1965, los artículos 17, 18 y 19 del Reglamento de Concurso de Oposición para el Ingreso a la Carrera del Servicio Exterior, reformado por el Decreto N° 28821-RE del 31 de julio de 2000 y en el artículo 66 y siguientes del Decreto Ejecutivo Nº 29428-RE del 30 de marzo del 2001, Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República publicado en La Gaceta número 107 del 5 de junio de 2001.

Considerando:

I.—Que el Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 establece los requisitos para el ingreso a la carrera del Servicio Exterior de la República.

II.—Que el Estatuto define que para ingresar a la carrera los candidatos deben aprobar los concursos de oposición convocados al efecto y cumplir con los requisitos definidos en el artículo 14 del Estatuto.

III.—Que la jurisprudencia constitucional ha establecido que los Concursos de oposición deben ser abiertos a todos los ciudadanos que cumplan con los requisitos del artículo 14 del Estatuto (ver voto Nº 2535-5-97 de las 9:03 horas del 9 de mayo de 1997); y que los concursos deben comprobar mediante exámenes ad hoc la idoneidad de los ciudadanos concursantes, así como la periodicidad de su realización.

IV.—Que es necesario contar con más funcionarios de carrera para profesionalizar el Servicio Exterior y así contar con personal idóneo para realizar adecuadamente las funciones que se requieren en el Servicio Exterior.

V.—Que en virtud de lo anterior, la Comisión Calificadora del Servicio Exterior, con instrucciones del señor Ministro de Relaciones Exteriores y en ejercicio de las potestades que le confiere el artículo 15 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, organizó y calificó los concursos de oposición para el ingreso a la carrera del Servicio Exterior de la República con fundamento en las disposiciones del Decreto Ejecutivo Nº 22544-RE del 29 de setiembre de 1993, reformado por el Decreto 28821-RE, publicado en La Gaceta el día 9 de agosto del 2000, por Decreto 28931 publicado en La Gaceta N° 186 del 28 de setiembre del 2000 y por Decreto 32519 publicado en La Gaceta N° 150 del 5 de agosto del 2005. Para ello, el día 11 de agosto del 2005 se publicó en el periódico La Nación y el Diario Extra del día 9 de agosto de 2005 un concurso de oposición para ingresar al Servicio Exterior de la República, organizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

VI.—Que como resultado del Concurso de Oposición, la Comisión Calificadora elaboró la lista de elegibles que aprobaron el mencionado concurso, y mediante oficio Nº CCSE-089-05 de fecha 30 de noviembre de 2005, se acordó en la quincuagésima sétima sesión extraordinaria de la Comisión Calificadora del Servicio Exterior de fecha 25 de noviembre de 2005, la inclusión en la lista de integrantes para ingresar a la carrera del Servicio Exterior a la señorita Tatiana Vanessa Vargas Masís, cédula de identidad Nº 1-1112-0160, quien aprobó satisfactoriamente los exámenes de la convocatoria.

VII.—Que actualmente existe una plaza vacante de Tercer Secretario en el Servicio Interno.

VIII.—Que a la señorita Tatiana Vanessa Vargas Masís, tiene estudios en Derecho. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar a la señorita Tatiana Vanessa Vargas Masís, cédula de identidad Nº 1-1112-0160, en el cargo de Tercer Secretario destacada en el Servicio Interno de la Cancillería, para realizar el período de prueba establecido en el artículo 16 del Estatuto del Servicio Exterior de la República.

Artículo 2º—Rige a partir del dieciséis de marzo del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los seis días del mes de marzo del dos mil seis.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1 vez.—(Solicitud Nº 44941).—C-25870.—(79936).

N° 069-2006-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 140 incisos 3), 8) y 12) y 20), y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; artículo 16 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 5 de agosto de 1965, los artículos 17, 18 y 19 del Reglamento de Concurso de Oposición para el Ingreso a la Carrera del Servicio Exterior, reformado por el Decreto N° 28821-RE del 31 de julio de 2000 y en el artículo 66 y siguientes del Decreto Ejecutivo Nº 29428-RE del 30 de marzo del 2001, Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República publicado en La Gaceta número 107 del 5 de junio de 2001.

Considerando:

I.—Que el Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 establece los requisitos para el ingreso a la carrera del Servicio Exterior de la República.

II.—Que el Estatuto define que para ingresar a la carrera los candidatos deben aprobar los concursos de oposición convocados al efecto y cumplir con los requisitos definidos en el artículo 14 del Estatuto.

III.—Que la jurisprudencia constitucional ha establecido que los concursos de oposición deben ser abiertos a todos los ciudadanos que cumplan con los requisitos del artículo 14 del Estatuto (ver voto Nº 2535-5-97 de las 9:03 horas del 9 de mayo de 1997); y que los concursos deben comprobar mediante exámenes ad hoc la idoneidad de los ciudadanos concursantes, así como la periodicidad de su realización.

IV.—Que es necesario contar con más funcionarios de carrera para profesionalizar el Servicio Exterior y así contar con personal idóneo para realizar adecuadamente las funciones que se requieren en el Servicio Exterior.

V.—Que en virtud de lo anterior, la Comisión Calificadora del Servicio Exterior, con instrucciones del señor Ministro de Relaciones Exteriores y en ejercicio de las potestades que le confiere el artículo 15 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, organizó y calificó los concursos de oposición para el ingreso a la carrera del Servicio Exterior de la República con fundamento en las disposiciones del Decreto Ejecutivo Nº 22544-RE del 29 de setiembre de 1993, reformado por el Decreto 28821-RE, publicado en La Gaceta el día 9 de agosto del 2000, por Decreto 28931 publicado en La Gaceta N° 186 del 28 de setiembre del 2000 y por Decreto 32519 publicado en La Gaceta N° 150 del 5 de agosto del 2005. Para ello, el día 11 de agosto del 2005 se publicó en el periódico La Nación y el Diario Extra del día 9 de agosto de 2005 un concurso de oposición para ingresar al Servicio Exterior de la República, organizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

VI.—Que como resultado del Concurso de Oposición, la Comisión Calificadora elaboró la lista de elegibles que aprobaron el mencionado concurso, y mediante oficio Nº CCSE-089-05 de fecha 30 de noviembre de 2005, se acordó en la quincuagésima sétima sesión extraordinaria de la Comisión Calificadora del Servicio Exterior de fecha 25 de noviembre de 2005, la inclusión en la lista de integrantes para ingresar a la carrera del Servicio Exterior a la señorita Monserrat Vargas Solórzano, cédula de identidad Nº 1-1089-0562, quien aprobó satisfactoriamente los exámenes de la convocatoria.

VII.—Que actualmente existe una plaza vacante de Agregado en el Servicio Interno.

VIII.—Que a la señorita Monserrat Vargas Solórzano, tiene estudios en Derecho. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar a la señorita Monserrat Vargas Solórzano, cédula de identidad Nº 1-1089-0562, en el cargo de Agregado destacada en el Servicio Interno de la Cancillería, para realizar el período de prueba establecido en el artículo 16 del Estatuto del Servicio Exterior de la República.

Artículo 2º—Rige a partir del dieciséis de marzo del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los seis días del mes de marzo del 2006.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1 vez.—(Solicitud Nº 44941).—C-25870.—(79937).

N° 070-2006-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 140 incisos 3), 8) y 12) y 20), y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; artículo 16 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 5 de agosto de 1965, los artículos 17, 18 y 19 del Reglamento de Concurso de Oposición para el Ingreso a la Carrera del Servicio Exterior, reformado por el Decreto N° 28821-RE del 31 de julio de 2000 y en el artículo 66 y siguientes del Decreto Ejecutivo Nº 29428-RE del 30 de marzo del 2001, Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República publicado en La Gaceta número 107 del 5 de junio de 2001.

Considerando:

I.—Que el Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 establece los requisitos para el ingreso a la carrera del Servicio Exterior de la República.

II.—Que el Estatuto define que para ingresar a la carrera los candidatos deben aprobar los concursos de oposición convocados al efecto y cumplir con los requisitos definidos en el artículo 14 del Estatuto.

III.—Que la jurisprudencia constitucional ha establecido que los concursos de oposición deben ser abiertos a todos los ciudadanos que cumplan con los requisitos del artículo 14 del Estatuto (ver voto Nº 2535-5-97 de las 9:03 horas del 9 de mayo de 1997); y que los concursos deben comprobar mediante exámenes ad hoc la idoneidad de los ciudadanos concursantes, así como la periodicidad de su realización.

IV.—Que es necesario contar con más funcionarios de carrera para profesionalizar el Servicio Exterior y así contar con personal idóneo para realizar adecuadamente las funciones que se requieren en el Servicio Exterior.

V.—Que en virtud de lo anterior, la Comisión Calificadora del Servicio Exterior, con instrucciones del señor Ministro de Relaciones Exteriores y en ejercicio de las potestades que le confiere el artículo 15 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, de organizó y calificó los concursos de oposición para el ingreso a la carrera del Servicio Exterior de la República, con fundamento en las disposiciones del Decreto Ejecutivo Nº 22544-RE del 29 de setiembre de 1993, reformado por el Decreto 28821-RE, publicado en La Gaceta el día 9 de agosto del 2000, por Decreto 28931 publicado en La Gaceta N° 186 del 28 de setiembre del 2000 y por Decreto 32519 publicado en La Gaceta N° 150 del 5 de agosto del 2005. Para ello, el día 11 de agosto del 2005 se publicó en el periódico La Nación y el Diario Extra del día 9 de agosto de 2005 un concurso de oposición para ingresar al Servicio Exterior de la República, organizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

VI.—Que como resultado del Concurso de Oposición, la Comisión Calificadora elaboró la lista de elegibles que aprobaron el mencionado concurso, y mediante oficio Nº CCSE-089-05 de fecha 30 de noviembre de 2005, se acordó en la quincuagésima sétima sesión extraordinaria de la Comisión Calificadora del Servicio Exterior de fecha 25 de noviembre de 2005, la inclusión en la lista de integrantes para ingresar a la carrera del Servicio Exterior a la señorita Mónica Cruz Bolaños, cédula de identidad Nº 1-1107-0543, quien aprobó satisfactoriamente los exámenes de la convocatoria.

VII.—Que actualmente existe una plaza vacante de Agregado en el Servicio Interno.

VIII.—Que a la señorita Mónica Cruz Bolaños, tiene estudios en Derecho. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar a la señorita Mónica Cruz Bolaños, cédula de identidad Nº 1-1107-0543, en el cargo de Agregado destacada en el Servicio Interno de la Cancillería, para realizar el período de prueba establecido en el artículo 16 del Estatuto del Servicio Exterior de la República.

Artículo 2º—Rige a partir del dieciséis de marzo del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los seis días del mes de marzo del dos mil seis.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1 vez.—(Solicitud Nº 44941).—C-25870.—(79938).

N° 076-2006-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y El MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en el artículo 140 incisos 8), 12), 20) y artículo 146 de la Constitución Política; artículo 17 del Estatuto de Servicio Exterior de la República, Ley número 3530 del 5 de agosto de 1965; Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, número 3008 del 18 de julio de 1962 y artículos 78 y siguientes del Reglamento al Estatuto de Servicio Exterior de la República, Decreto Ejecutivo número 29428-RE del 30 de marzo del 2001.

Considerando:

1. Que mediante el Acuerdo 280-05-SE de fecha veintiún días del mes de noviembre del dos mil cinco, se asciende a la primera categoría dentro de la carrera del Servicio Exterior de la República de Costa Rica a la señora Nidia Sandoval Arce, cédula de identidad Nº 4-104-1259.

II.—Que actualmente existe una plaza vacante de Embajador Interno en el Servicio Interno.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Ascender a la Ministro de carrera Nidia Sandoval Arce, cédula de identidad 4-104-1259, a la categoría de Embajadora de carrera nombrándola en la plaza de Embajadora, destacada en el Servicio Interno.

Artículo 2º—Rige a partir del dieciséis de marzo del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los seis días del mes de marzo del dos mil seis.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1 vez.—(Solicitud Nº 44941).—C-11570.—(79939).

N° 078-2006-RE

LA PRIMERA VICEPRESIDENTA

EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 incisos 3), 8) y 12) y 20) y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; artículo 16 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 5 de agosto de 1965, los artículos 17, 18 y 19 del Reglamento de Concurso de Oposición para el Ingreso a la Carrera del Servicio Exterior, reformado por el Decreto N° 28821-RE del 31 de julio de 2000 y en el artículo 66 y siguientes del Decreto Ejecutivo Nº 29428-RE del 30 de marzo del 2001, Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República publicado en La Gaceta número 107 del 5 de junio de 2001.

Considerando:

I.—Que el Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 establece los requisitos para el ingreso a la carrera del Servicio Exterior de la República.

II.—Que el Estatuto define que para ingresar a la carrera los candidatos deben aprobar los concursos de oposición convocados al efecto y cumplir con los requisitos definidos en el artículo 14 del Estatuto.

III.—Que la jurisprudencia constitucional ha establecido que los concursos de oposición deben ser abiertos a todos los ciudadanos que cumplan con los requisitos del artículo 14 del Estatuto (ver voto Nº 2535-5-97 de las 9:03 horas del 9 de mayo de 1997); y que los concursos deben comprobar mediante exámenes ad hoc la idoneidad de los ciudadanos concursantes, así como la periodicidad de su realización.

IV.—Que es necesario contar con más funcionarios de carrera para profesionalizar el Servicio Exterior y así contar con personal idóneo para realizar adecuadamente las funciones que se requieren en el Servicio Exterior.

V.—Que en virtud de lo anterior, la Comisión Calificadora del Servicio Exterior, con instrucciones del señor Ministro de Relaciones Exteriores y en ejercicio de las potestades que le confiere el artículo 15 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, organizó y calificó los concursos de oposición para el ingreso a la carrera del Servicio Exterior de la República con fundamento en las disposiciones del Decreto Ejecutivo Nº 22544-RE del 29 de setiembre de 1993, reformado por el Decreto 28821-RE, publicado en La Gaceta el día 9 de agosto del 2000, por Decreto 28931 publicado en La Gaceta N° 186 del 28 de setiembre del 2000 y por Decreto 32519 publicado en La Gaceta N° 150 del 5 de agosto del 2005. Para ello, el día 11 de agosto del 2005 se publicó en el periódico La Nación y el Diario Extra del día 9 de agosto de 2005 un concurso de oposición para ingresar al Servicio Exterior de la República, organizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

VI.—Que como resultado del Concurso de Oposición, la Comisión Calificadora elaboró la lista de elegibles que aprobaron el mencionado concurso, y mediante oficio Nº CCSE-089-05 de fecha 30 de noviembre de 2005, se acordó en la quincuagésima sétima sesión extraordinaria de la Comisión Calificadora del Servicio Exterior de fecha 25 de noviembre de 2005, la inclusión en la lista de integrantes para ingresar a la carrera del Servicio Exterior a la señorita Ana María Oduber Elliot, cédula de identidad Nº 1-0984-0671, quien aprobó satisfactoriamente los exámenes de la convocatoria.

VII.—Que actualmente existe una plaza vacante de Agregado en el Servicio Interno.

VIII.—Que la señorita Ana María Oduber Elliot, tiene estudios en Relaciones Internacionales. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar a la señorita Ana María Oduber Elliot, cédula de identidad Nº 1-0984-0671, en el cargo de Agregado en el Servicio Interno de la Cancillería, para realizar el período de prueba establecido en el artículo 16 del Estatuto del Servicio Exterior de la República.

Artículo 2º—Rige a partir del dieciséis de marzo del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los diez días del mes de marzo del dos mil seis.

LINETH SABORÍO CHAVERRI.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1 vez.—(Solicitud Nº 44941).—C-25870.—(79940).

N° 079-2006-RE

LA PRIMERA VICEPRESIDENTA

EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 140 incisos 3), 8) y 12) y 20), y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; artículo 16 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 5 de agosto de 1965, los artículos 17, 18 y 19 del Reglamento de Concurso de Oposición para el Ingreso a la Carrera del Servicio Exterior, reformado por el Decreto N° 28821-RE del 31 de julio de 2000 y en el artículo 66 y siguientes del Decreto Ejecutivo Nº 29428-RE del 30 de marzo del 2001, Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República publicado en La Gaceta número 107 del 5 de junio de 2001.

Considerando:

I.—Que el Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 establece los requisitos para el ingreso a la carrera del Servicio Exterior de la República.

II.—Que el Estatuto define que para ingresar a la carrera los candidatos deben aprobar los concursos de oposición convocados al efecto y cumplir con los requisitos definidos en el artículo 14 del Estatuto.

III.—Que la jurisprudencia constitucional ha establecido que los concursos de oposición deben ser abiertos a todos los ciudadanos que cumplan con los requisitos del artículo 14 del Estatuto (ver voto Nº 2535-5-97 de las 9:03 horas del 9 de mayo de 1997); y que los concursos deben comprobar mediante exámenes ad hoc la idoneidad de los ciudadanos concursantes, así como la periodicidad de su realización.

IV.—Que es necesario contar con más funcionarios de carrera para profesionalizar el Servicio Exterior y así contar con personal idóneo para realizar adecuadamente las funciones que se requieren en el Servicio Exterior.

V.—Que en virtud de lo anterior, la Comisión Calificadora del Servicio Exterior, con instrucciones del señor Ministro de Relaciones Exteriores y en ejercicio de las potestades que le confiere el artículo 15 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, organizó y calificó los concursos de oposición para el ingreso a la carrera del Servicio Exterior de la República con fundamento en las disposiciones del Decreto Ejecutivo Nº 22544-RE del 29 de setiembre de 1993, reformado por el Decreto 28821-RE, publicado en La Gaceta el día 9 de agosto del 2000, por Decreto 28931 publicado en La Gaceta N° 186 del 28 de setiembre del 2000 y por Decreto 32519 publicado en La Gaceta N° 150 del 5 de agosto del 2005. Para ello, el día 11 de agosto del 2005 se publicó en el periódico La Nación y el Diario Extra del día 9 de agosto de 2005 un concurso de oposición para ingresar al Servicio Exterior de la República, organizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

VI.—Que como resultado del Concurso de Oposición, la Comisión Calificadora elaboró la lista de elegibles que aprobaron el mencionado concurso, y mediante oficio Nº CCSE-089-05 de fecha 30 de noviembre de 2005, se acordó en la quincuagésima sétima sesión extraordinaria de la Comisión Calificadora del Servicio Exterior de fecha 25 de noviembre de 2005, la inclusión en la lista de integrantes para ingresar a la carrera del Servicio Exterior a la señorita Viviana Tinoco Monge, cédula de identidad Nº 1-1203-0740, quien aprobó satisfactoriamente los exámenes de la convocatoria.

VII.—Que actualmente existe una plaza vacante de Agregado en el Servicio Interno.

VIII.—Que la señorita Viviana Tinoco Monge, tiene estudios en Relaciones Internacionales. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar a la señorita Viviana Tinoco Monge, cédula de identidad Nº 1-1203-0740, en el cargo de Agregado en el Servicio Interno de la Cancillería, para realizar el período de prueba establecido en el artículo 16 del Estatuto del Servicio Exterior de la República.

Artículo 2º—Rige a partir del dieciséis de marzo del 2006.

LINETH SABORÍO CHAVERRI.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1 vez.—(Solicitud Nº 25870).—C-25870.—(79941).

N° 080-2006-RE

LA PRIMERA VICEPRESIDENTA

EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 140 incisos 3), 8) y 12) y 20), y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; artículo 16 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 5 de agosto de 1965, los artículos 17, 18 y 19 del Reglamento de Concurso de Oposición para el Ingreso a la Carrera del Servicio Exterior, reformado por el Decreto N° 28821-RE del 31 de julio de 2000 y en el artículo 66 y siguientes del Decreto Ejecutivo Nº 29428-RE del 30 de marzo del 2001, Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República publicado en La Gaceta número 107 del 5 de junio de 2001.

Considerando:

I.—Que el Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 establece los requisitos para el ingreso a la carrera del Servicio Exterior de la República.

II.—Que el Estatuto define que para ingresar a la carrera los candidatos deben aprobar los concursos de oposición convocados al efecto y cumplir con los requisitos definidos en el artículo 14 del Estatuto.

III.—Que la jurisprudencia constitucional ha establecido que los concursos de oposición deben ser abiertos a todos los ciudadanos que cumplan con los requisitos del artículo 14 del Estatuto (ver voto Nº 2535-5-97 de las 9:03 horas del 9 de mayo de 1997); y que los concursos deben comprobar mediante exámenes ad hoc la idoneidad de los ciudadanos concursantes, así como la periodicidad de su realización.

IV.—Que es necesario contar con más funcionarios de carrera para profesionalizar el Servicio Exterior y así contar con personal idóneo para realizar adecuadamente las funciones que se requieren en el Servicio Exterior.

V.—Que en virtud de lo anterior, la Comisión Calificadora del Servicio Exterior, con instrucciones del señor Ministro de Relaciones Exteriores y en ejercicio de las potestades que le confiere el artículo 15 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, organizó y calificó los concursos de oposición para el ingreso a la carrera del Servicio Exterior de la República con fundamento en las disposiciones del Decreto Ejecutivo Nº 22544-RE del 29 de setiembre de 1993, reformado por el Decreto 28821-RE, publicado en la Gaceta el día 9 de agosto del 2000, por Decreto 28931 publicado en La Gaceta N° 186 del 28 de setiembre del 2000 y por Decreto 32519 publicado en La Gaceta N° 150 del 5 de agosto del 2005. Para ello, el día 11 de agosto del 2005 se publicó en el periódico La Nación y el Diario Extra del día 9 de agosto de 2005 un concurso de oposición para ingresar al Servicio Exterior de la República, organizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

VI.—Que como resultado del Concurso de Oposición, la Comisión Calificadora elaboró la lista de elegibles que aprobaron el mencionado concurso, y mediante oficio Nº CCSE-089-05 de fecha 30 de noviembre de 2005, se acordó en la quincuagésima sétima sesión extraordinaria de la Comisión Calificadora del Servicio Exterior de fecha 25 de noviembre de 2005, la inclusión en la lista de integrantes para ingresar a la carrera del Servicio Exterior a la señorita Carolina Fernández Álvarez, cédula de identidad Nº 2-0565-0955, quien aprobó satisfactoriamente los exámenes de la convocatoria.

VII.—Que actualmente existe una plaza vacante de Agregado en el Servicio Interno.

VIII.—Que la señorita Carolina Fernández Álvarez, tiene estudios en Derecho. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar a la señorita Carolina Fernández Álvarez, cédula de identidad Nº 2-0565-0955, en el cargo de Agregado en el Servicio Interno de la Cancillería, para realizar el período de prueba establecido en el artículo 16 del Estatuto del Servicio Exterior de la República.

Artículo 2º—Rige a partir del dieciséis de marzo del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los diez días del mes de marzo del dos mil seis.

LINETH SABORIO CHAVERRI.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1 vez.—(Solicitud Nº 44942).—C-25870.—(79942).

N° 081-2006-RE

LA PRIMERA VICEPRESIDENTA

EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 140 incisos 3, 8 y 12 y 20, y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; artículo 16 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 5 de agosto de 1965, los artículos 17, 18 y 19 del Reglamento de Concurso de Oposición para el Ingreso a la Carrera del Servicio Exterior, reformado por el Decreto N° 28821-RE del 31 de julio de 2000 y en el artículo 66 y siguientes del Decreto Ejecutivo Nº 29428-RE del 30 de marzo del 2001, Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República publicado en La Gaceta número 107 del 5 de junio de 2001.

Considerando:

I.—Que el Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 establece los requisitos para el ingreso a la carrera del Servicio Exterior de la República.

II.—Que el Estatuto define que para ingresar a la carrera los candidatos deben aprobar los concursos de oposición convocados al efecto y cumplir con los requisitos definidos en el artículo 14 del Estatuto.

III.—Que la jurisprudencia constitucional ha establecido que los concursos de oposición deben ser abiertos a todos los ciudadanos que cumplan con los requisitos del artículo 14 del Estatuto (ver voto Nº 2535-5-97 de las 9:03 horas del 9 de mayo de 1997); y que los concursos deben comprobar mediante exámenes ad hoc la idoneidad de los ciudadanos concursantes, así como la periodicidad de su realización.

IV.—Que es necesario contar con más funcionarios de carrera para profesionalizar el Servicio Exterior y así contar con personal idóneo para realizar adecuadamente las funciones que se requieren en el Servicio Exterior.

V.—Que en virtud de lo anterior, la Comisión Calificadora del Servicio Exterior, con instrucciones del señor Ministro de Relaciones Exteriores y en ejercicio de las potestades que le confiere el artículo 15 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, organizó y calificó los concursos de oposición para el ingreso a la carrera del Servicio Exterior de la República con fundamento en las disposiciones del Decreto Ejecutivo Nº 22544-RE del 29 de setiembre de 1993, reformado por el Decreto 28821-RE, publicado en La Gaceta el día 9 de agosto del 2000, por Decreto 28931 publicado en La Gaceta N° 186 del 28 de setiembre del 2000 y por Decreto 32519 publicado en La Gaceta N° 150 del 5 de agosto del 2005. Para ello, el día 11 de agosto del 2005 se publicó en el periódico La Nación y el Diario Extra del día 9 de agosto de 2005 un concurso de oposición para ingresar al Servicio Exterior de la República, organizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

VI.—Que como resultado del Concurso de Oposición, la Comisión Calificadora elaboró la lista de elegibles que aprobaron el mencionado concurso, y mediante oficio Nº CCSE-089-05 de fecha 30 de noviembre de 2005, se acordó en la quincuagésima sétima sesión extraordinaria de la Comisión Calificadora del Servicio Exterior de fecha 25 de noviembre de 2005, la inclusión en la lista de integrantes para ingresar a la carrera del Servicio Exterior a la señorita Elena Meissner Montero, cédula de identidad Nº 1-1005-0380, quien aprobó satisfactoriamente los exámenes de la convocatoria.

VII.—Que actualmente existe una plaza vacante de Agregado en el Servicio Interno.

VIII.—Que la señorita Elena Meissner Montero, tiene estudios en Derecho. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar a la señorita Elena Meissner Montero, cédula de identidad Nº 1-1005-0380, en el cargo de Agregado en el Servicio Interno de la Cancillería, para realizar el período de prueba establecido en el artículo 16 del Estatuto del Servicio Exterior de la República.

Artículo 2º—Rige a partir del dieciséis de marzo del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los diez días del mes de marzo del dos mil seis.

LINETH SABORÍO CHAVERRI.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1 vez.—(Solicitud Nº 44942).—C-25870.—(79943).

N° 082-2006-RE

LA PRIMERA VICEPRESIDENTA

EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 140 incisos 3), 8) y 12) y 20), y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; artículo 16 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 5 de agosto de 1965, los artículos 17, 18 y 19 del Reglamento de Concurso de Oposición para el Ingreso a la Carrera del Servicio Exterior, reformado por el Decreto N° 28821-RE del 31 de julio de 2000 y en el artículo 66 y siguientes del Decreto Ejecutivo Nº 29428-RE del 30 de marzo del 2001, Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República publicado en La Gaceta número 107 del 5 de junio de 2001.

Considerando:

I.—Que el Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 establece los requisitos para el ingreso a la carrera del Servicio Exterior de la República.

II.—Que el Estatuto define que para ingresar a la carrera los candidatos deben aprobar los concursos de oposición convocados al efecto y cumplir con los requisitos definidos en el artículo 14 del Estatuto.

III.—Que la jurisprudencia constitucional ha establecido que los concursos de oposición deben ser abiertos a todos los ciudadanos que cumplan con los requisitos del artículo 14 del Estatuto (ver voto Nº 2535-5-97 de las 9:03 horas del 9 de mayo de 1997); y que los concursos deben comprobar mediante exámenes ad hoc la idoneidad de los ciudadanos concursantes, así como la periodicidad de su realización.

IV.—Que es necesario contar con más funcionarios de carrera para profesionalizar el Servicio Exterior y así contar con personal idóneo para realizar adecuadamente las funciones que se requieren en el Servicio Exterior.

V.—Que en virtud de lo anterior, la Comisión Calificadora del Servicio Exterior, con instrucciones del señor Ministro de Relaciones Exteriores y en ejercicio de las potestades que le confiere el artículo 15 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, organizó y calificó los concursos de oposición para el ingreso a la carrera del Servicio Exterior de la República con fundamento en las disposiciones del Decreto Ejecutivo Nº 22544-RE del 29 de setiembre de 1993, reformado por el Decreto 28821-RE, publicado en La Gaceta el día 9 de agosto del 2000, por Decreto 28931 publicado en La Gaceta N° 186 del 28 de setiembre del 2000 y por Decreto 32519 publicado en La Gaceta N° 150 del 5 de agosto del 2005. Para ello, el día 11 de agosto del 2005 se publicó en el periódico La Nación y el Diario Extra del día 9 de agosto de 2005 un concurso de oposición para ingresar al Servicio Exterior de la República, organizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

VI.—Que como resultado del Concurso de Oposición, la Comisión Calificadora elaboró la lista de elegibles que aprobaron el mencionado concurso, y mediante oficio Nº CCSE-089-05 de fecha 30 de noviembre de 2005, se acordó en la quincuagésima sétima sesión extraordinaria de la Comisión Calificadora del Servicio Exterior de fecha 25 de noviembre de 2005, la inclusión en la lista de integrantes para ingresar a la carrera del Servicio Exterior al señor Roberto Céspedes Gómez, cédula de identidad Nº 1-1100-0456, quien aprobó satisfactoriamente los exámenes de la convocatoria.

VII.—Que actualmente existe una plaza vacante de Agregado en el Servicio Interno.

VIII.—Que el señor Roberto Céspedes Gómez, tiene estudios en Derecho. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al señor Roberto Céspedes Gómez, cédula de identidad Nº 1-1100-0456, en el cargo de Agregado en el Servicio Interno de la Cancillería, para realizar el período de prueba establecido en el artículo 16 del Estatuto del Servicio Exterior de la República.

Artículo 2º—Rige a partir del dieciséis de marzo del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los diez días del mes de marzo del dos mil seis.

LINETH SABORÍO CHAVERRI.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1 vez.—(Solicitud Nº 44942).—C-25870.—(79944).

Nº 172-2005-RE

LA PRIMERA VICEPRESIDENTA

EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 1), 8) y 12) y 20), y artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 5 de agosto de 1965 y su Reglamento, Decreto Ejecutivo Nº 29428-RE del 30 de marzo del 2001.

Considerando:

I.—Que de conformidad con el acuerdo N° 193-05-SE, la señora Isabel Montero de la Cámara, fue rotada del cargo de Embajadora Alterna de Costa Rica ante la Organización Europea de las Naciones Unidas en Ginebra, Suiza, a desempeñar un puesto correspondiente a su categoría en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar a la Embajadora de carrera Isabel Montero de la Cámara, cédula Nº 1-331-160, en el Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Artículo 2º—Rige a partir del 1º de julio del 2005.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintiocho días del mes de julio del dos mil cinco.

Publíquese.—LINETH SABORÍO CHAVERRI.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í., Marco Vinicio Vargas Pereira.—1 vez.—(Solicitud Nº 44938).—C-8270.—(79917).

Nº 198-2005-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y El MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 1), 8) y 12) y 20), y artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 5 de agosto de 1965 y su Reglamento, Decreto Ejecutivo Nº 29428-RE del 30 de marzo del 2001.

Considerando:

I.—Que de conformidad con el acuerdo N° 193-05-SE, el señor Michel Chartier Fuscaldo, fue rotado del cargo de Ministro Consejero de la Embajada de Costa Rica en Bélgica, a desempeñar un puesto correspondiente a su categoría en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al Segundo Secretario de carrera Michel Chartier Fuscaldo, cédula Nº 1-739-700, en el Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Artículo 2º—Rige a partir del 1º de agosto del 2005.

Dado en la Presidencia de la República, el primer día de agosto del dos mil cinco.

Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1 vez.—(Solicitud Nº 44938).—C-8270.—(79918).

Nº 242-2005-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y El MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8), 12), 20), y artículo 146 de la Constitución Política; artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 5 de agosto de 1965; la Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Nº 3008 del 18 de julio de 1962; y artículos 2º, inciso 20), 15 y 18 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, Decreto Ejecutivo Nº 29428-RE del 30 de marzo del 2001.

Considerando:

I.—Que de conformidad con la resolución Nº 11253-2003 de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, ha sido necesario liberar códigos en el rango de Ministro Interno, a efecto de nombrar a los integrantes de la lista de elegibles.

II.—Que al efecto de lo señalado en el considerando anterior se hace necesario ascender en comisión al personal de carrera, creándose con ello una cadena de ascensos en comisión.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Ascender en comisión de conformidad con el inciso 20), del artículo 2° del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, al Segundo Secretario de carrera, señor Michel Chartier Fuscaldo, cédula Nº 1-739-700, de su cargo como Primer Secretario, nombrándolo en la plaza de Embajador, destacado en el Servicio Interno.

Artículo 2º—La designación del párrafo anterior se realiza en un rango superior al que el funcionario ostenta actualmente en el escalafón diplomático, por lo que no adquirirá los derechos salariales ni de rango que conlleva el puesto después de haber concluido el nombramiento por comisión, a excepción del cómputo de tiempo servido para efectos de antigüedad en la Carrera Diplomática.

Artículo 3º—Rige a partir del 1º de octubre del 2005.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintisiete días del mes de setiembre del dos mil cinco.

Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1 vez.—(Solicitud Nº 44938).—C-14870.—(79919).

 

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Nº 129-MOPT

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

ACUERDAN:

Artículo 1º—De conformidad con lo dispuesto por la Ley 7495 del 3 de mayo de 1995, reformada mediante Ley Nº 7757 del 10 de marzo de 1998, publicada en La Gaceta Nº 72 del 15 de abril de 1998, expropiar a la Junta de Educación de la Escuela Otto Hubbe de la Uruca, cédula jurídica Nº 3-008-087017, representada por Abundio Gutiérrez Matarrita, cédula número 5-058-884, el bien inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real número 497257-000, situado en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José de la provincia de San José, un área de terreno equivalente a 13,40 metros cuadrados, según plano catastrado Nº SJ-1027482-2005, cuya naturaleza es terreno de solar destinado a la ampliación de la planta física de la Escuela y para áreas de juegos. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado: “Corredor San José-San Ramón.”

Artículo 2º—Dicha expropiación se requiere para la ejecución del citado Proyecto de Obra Pública, conforme las disposiciones legales citadas y la Declaratoria de interés público contenida en la Resolución Administrativa Nº 186 del 14 de marzo del 2006, publicada en La Gaceta Nº 79 del 25 de abril del 2006.

Artículo 3º—La estimación del bien inmueble es de ¢2.138.450,00 (dos millones ciento treinta y ocho mil cuatrocientos cincuenta colones con 00/100), que corresponde al total de la suma a pagar de conformidad con el Avalúo Administrativo Nº 354-2006 de fecha 20 de julio del 2006 del Área de Valorizaciones de la Administración Tributaria de San José del Ministerio de Hacienda, el cual no fue aceptado por el representante de la citada sociedad, según Oficio sin número de fecha 11 de agosto del 2006, por lo que procede la confección del presente Acuerdo Expropiatorio, según lo estipulado en el artículo 28 inciso a) de la Ley de Expropiaciones Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas.

Artículo 4º—Comisionar y autorizar a la Procuraduría General de la República a efecto de que proceda a interponer el proceso especial de justiprecio hasta su final ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, incluyendo la protocolización e inscripción registral del terreno expropiado, conforme lo establecido en la Ley de Expropiaciones Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas.

Artículo 5º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las 13:00 horas del día 22 del mes de agosto del dos mil seis.

Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 08559).—C-08559.—(80639).

Nº 130-MOPT

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

ACUERDAN:

Artículo 1º—De conformidad con lo dispuesto por la Ley 7495 del 3 de mayo de 1995, reformada mediante Ley Nº 7757 del 10 de marzo de 1998, publicada en La Gaceta Nº 72 del 15 de abril de 1998, expropiar a la empresa Naguilan S. A., cédula jurídica Nº 3-101-178517, representada por Robert Brooks Trinidad, cédula número 8-073-491, el bien inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real número 154962-000, situado en el distrito 04 Ulloa, cantón 01 Heredia de la provincia de Heredia, un área de terreno equivalente a 51 298,60 metros cuadrados, según plano catastrado Nº H-904609-1990, cuya naturaleza es terreno de charrales y yurro, lote B. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado: “Corredor San José-San Ramón.”

Artículo 2º—Dicha expropiación se requiere para la ejecución del citado Proyecto de Obra Pública, conforme las disposiciones legales citadas y la Declaratoria de interés público contenida en la Resolución Administrativa Nº 177 del 14 de marzo del 2006, publicada en La Gaceta Nº 78 del 24 de abril del 2006.

Artículo 3º—La estimación del bien inmueble es de ¢923.374.800,00 (novecientos veintitrés millones trescientos setenta y cuatro mil ochocientos colones con 00/100), que corresponde al total de la suma a pagar de conformidad con el Avalúo Administrativo Nº 334-2006 de fecha 17 de julio del 2006 del Área de Valorizaciones de la Administración Tributaria de San José del Ministerio de Hacienda, el cual no fue aceptado por el representante de la citada sociedad, según Oficio sin número de fecha 10 de agosto del 2006, por lo que procede la confección del presente Acuerdo Expropiatorio, según lo estipulado en el artículo 28 inciso a) de la Ley de Expropiaciones Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas.

Artículo 4º—Comisionar y autorizar a la Procuraduría General de la República a efecto de que proceda a interponer el proceso especial de justiprecio hasta su final ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, incluyendo la protocolización e inscripción registral del terreno expropiado, conforme lo establecido en la Ley de Expropiaciones Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas.

Artículo 5º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las 13:05 horas del día 22 del mes de agosto del dos mil seis.

Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 08560).—C-18170.—(80640).

 

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Ref. 034

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140, inciso 3) y 18) de la Constitución Política, artículos 25 y 27 de la Ley General de la Administración Pública en concordancia con los numerales 103 a 107 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; 13, inciso a) del Reglamento de Organización y Racionalización de dicho Ministerio y con fundamento en la Ley 6727 del 9 de marzo de 1982 y el Código de Trabajo, artículos 274, 275 y 276 y siguientes.

Considerando:

I.—Que de conformidad con los artículos 275 y 276 del Código de Trabajo y la Ley 6727 de Riesgos del Trabajo, la Junta Directiva del Consejo de Salud Ocupacional, está integrada por ocho miembros propietarios que representan; uno al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social quien presidirá, uno al Ministerio de Salud, uno al Instituto Nacional de Seguros, uno a la Caja Costarricense del Seguro Social, dos representantes patronales y dos representantes de los Trabajadores.

II—Que se hace necesario ratificar por esta vía el nombramiento de la Doctora Patricia Redondo Escalante, como representante de la Caja Costarricense del Seguro Social, ante la Junta Directiva del Consejo de Salud Ocupacional.

III.—Que el nombramiento de la Doctora Patricia Redondo Escalante venció el 4 de enero del 2006, siendo que mediante oficio PE Nº 270-06 del 27 de enero del 2006, suscrito por el señor Alberto Sáenz Pacheco expresidente ejecutivo de la Caja Costarricense del Seguro Social y de conformidad con el artículo 276 del Código de Trabajo se le reeligió, para el ejercicio de un nuevo periodo en la Junta Directiva del Consejo de Salud Ocupacional.

IV.—Que mediante oficio P.E 19.743-06 del 23 de mayo del 2006, el señor Eduardo Doryan Garrón; Presidente Ejecutivo de la Caja Costarricense del Seguro Social, ratifica el nombramiento de la Doctora Patricia Redondo Escalante.

V.—Que la Junta Directiva de la Caja del Seguro Social, en el artículo 19 de la sesión 8077, celebrada el 27 de julio del 2006, acordó ratificar el nombramiento de la Doctora Patricia Redondo Escalante, Jefe del Departamento de Salud Ocupacional, como representante de la Caja Costarricense del Seguro Social ante la Junta Directiva del Consejo de Salud Ocupacional. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Ratificar el nombramiento de la Doctora Patricia Redondo Escalante, cédula 1-570-988, efectuado mediante oficio PE Nº 270-06 del 27 de enero del 2006, hasta la finalización del periodo correspondiente, según dispone el Oficio PE 19.743-06, suscrito por el señor Eduardo Doryan Garrón, Presidente Ejecutivo de la Caja Costarricense del Seguro Social y el artículo número 19 de la sesión Nº 8077, de la Junta Directiva de la Caja Costarricense del Seguro Social.

Artículo 2º—Rige a partir del 5 de enero del 2006 y hasta el 5 de enero del 2009.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los nueve días del mes de agosto del dos mil seis.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Francisco Morales Hernández.—1 vez.—(Solicitud Nº 28467).—C-24770.—(79681).

 

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Res. Nº 985-2006-DMG.—Despacho del Ministro.—San José, a las once horas del doce de agosto del dos mil seis.

Considerando:

1º—Que mediante Decreto Nº 28656-H publicado en La Gaceta Nº 104 del día miércoles 31 de mayo del 2000, se dictó el Reglamento de las Proveedurías Institucionales del Poder Ejecutivo.

2º—Que mediante el Decreto Ejecutivo N° 30411-H publicado en La Gaceta N° 84 del 3 de mayo del 2002, se crea la Proveeduría Institucional de la Dirección General de Migración y Extranjería, otorgándole las facultades que le confiere el artículo 105 y concordantes de la Ley de Contratación Administrativa.

3º—Que mediante Decreto Nº 30640-H publicado en La Gaceta Nº 166 del día 30 de agosto del 2002, se dictó el nuevo Reglamento para el Funcionamiento de las Proveedurías Institucionales de los Ministerios de Gobierno, estableciendo en su artículo 26 la posibilidad de crear las Proveedurías Institucionales en cada Ministerio, y a su vez otorgándoles en el artículo 10, la facultad para actuar dentro de los procedimientos de contratación administrativa.

4º—Que los artículos 106 de la Ley de Contratación Administrativa, 5º, 12 incisos g) y h) del Reglamento para el Funcionamiento de las Proveedurías Institucionales, establecen la obligación para el titular de cada Cartera, de dictar la resolución final de adjudicación en los distintos procedimientos de contratación administrativa de su Ministerio, así como la declaratoria de deserción, y la emisión de la orden de compra. Asimismo, le otorgan la facultad de autorizar en el sistema automatizado de contratación establecido al efecto, los pedidos originados en adjudicaciones firmes, los cuales deberá firmar únicamente con posterioridad a la aprobación en el mismo sistema automatizado por parte de la Dirección General de Presupuesto Nacional, o de la persona en que ésta delegue dicha función; pudiendo ser delegadas estas atribuciones en el Proveedor Institucional, mediante resolución debidamente publicada en el Diario Oficial La Gaceta y comunicada a la Dirección General de Bienes y Contratación Administrativa, de conformidad con la Ley General de la Administración Pública.

5º—Que de conformidad con los supuestos estipulados en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, y los artículos 10 incisos k) y n), 12 incisos h) y j) del Decreto Nº 30640-H, reformado por Decreto Ejecutivo N° 31483-H del 19 de agosto del 2003, se establecen como funciones específicas de la Proveeduría y de la persona del Proveedor: Tramitar todo el procedimiento de rescisión y resolución de contratos e imponer las respectivas sanciones, así como, llevar a cabo los procedimientos administrativos tendente a establecer la existencia del incumplimiento contractual, determinar y cuantificar los daños y perjuicios ocasionados y ordenar la ejecución de garantías, reservándose al jerarca la decisión final. De igual forma, será el titular de la Cartera el competente para resolver los recursos de objeción al cartel, y de revocatoria de las resoluciones de adjudicación, pudiendo delegar su firma en el Proveedor Institucional.

6º—Lo concerniente a los incidentes de nulidad, interpuestos dentro de los procedimientos de contratación administrativa o con motivo de éstos, excepto los que se presenten contra los contratos, serán tramitados y resueltos por la Proveeduría Institucional de la Dirección General de Migración y Extranjería, para lo cual podrá ser apoyado por el Departamento Legal de esa Institución.

7º—En virtud de la especialidad de la materia y dadas las distintas responsabilidades que le atañen al Ministro de esta Cartera, con fundamento en la normativa citada anteriormente, autoriza la delegación no jerárquica en los términos del artículo 89 inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública.

8º—Que mediante Ley Nº 8487 publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 239 del 12 de diciembre del 2005, con rige a partir del 12 de agosto, 2006 dicta en el Título XIV, artículos 242, 243 y 244 la creación de la Junta Administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería, integrantes y funciones, resultando el Ministro de Gobernación y Policía o su representante, el presidente de la referida junta. Por tanto:

SE RESUELVE:

1º—Delegar en la Máster Ericka García Díaz, cédula de identidad número 1-843-611, y en la Máster Olga Vega Barrantes, cédula de identidad número 4-146-663, en calidad de Proveedora y Subproveedora Institucional de la Dirección General de Migración y Extranjería respectivamente, la ejecución y firma de todas las etapas de los procedimientos de contratación administrativa de ese órgano, incluyendo la decisión final de adjudicación para la adquisición de bienes y servicios, la revisión y firma de las órdenes de compra; y los demás actos previstos por la Ley de Contratación Administrativa, su Reglamento y el Decreto 30640-H, reformado por Decreto Ejecutivo N° 31483-H del 19 de agosto del 2003, en especial los artículos 5º, 10 incisos k) y n), y 12 incisos g), h), j) y párrafo segundo.

2º—Lo concerniente a los incidentes de nulidad, interpuestos dentro de los procedimientos de contratación administrativa o con motivo de éstos, así como los procesos por incumplimiento contractual y autorización de prórrogas de cumplimiento, serán tramitados por la Proveeduría Institucional de la Dirección General de Migración y Extranjería,  para lo cual podrá ser apoyado por el Departamento Legal de la Dirección General de Migración y Extranjería.

3º—Delegar en el Licenciado Mario Zamora Cordero, cédula de identidad 2-449-150, en su calidad Director General de la Dirección General de Migración y Extranjería y como miembro de la Junta Administrativa, la firma de las ordenes de inicio de los procedimientos de contratación administrativa de ese órgano.

4º—Comuníquese a la Dirección General de Bienes y Contratación Administrativa y publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.

5º—Rige a partir del 13 de agosto del 2006.

Lic. Fernando Berrocal Soto, Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—(Solicitud Nº 15498).—C-90945.—(79952).

 

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Nº 142/2006.—El señor Philip Waugh Holguin, cédula 1-555-253, en calidad de Representante Legal de la compañía Fertilizantes Sal del Istmo S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Fertica 17-2-24.4-0-0.1(B)-3(S)0.2(Zn) compuesto a base de Nitrógeno-Fósforo-Potasio-Boro-Azufre-Zinc. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez dial hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 1º de agosto del 2006.—Gerencia de Insumos Agrícolas.—Ing. Erick Arce Coto, Encargado.—(77975).

Nº 151/2006.—El señor Philip Waugh Holguin, cédula 1-555-253, en calidad de Representante Legal de la compañía Fertilizantes Sal del Istmo S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Fertica 17.2-2-22-2.2-0.1(B)-2.8(S)-0.2(Zn) compuesto a base de Nitrógeno-Fósforo-Potasio-Magnesio-Boro-Azufre-Zinc. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del termino de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 7 de agosto del 2006.—Gerencia de Insumos Agrícolas.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í.—(77976).

Nº 172/2006.—El señor José Pablo Coto García, cédula 1-0924- 0070, en calidad de Representante Legal de la compañía J. P. Productos del Campo S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Silicaña-Zeo compuesto a base de Potasio-Magnesio-Boro-Calcio-Azufre-Zinc-Hierro-Silicio-Cloruros. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 23 de agosto del 2006.—Gerencia de Insumos Agrícolas.—Ing. Erick Arce Coto, Encargado.—(78058).

Nº 173/2006.—El señor José Pablo Coto García, cédula 1-0924- 0070, en calidad de Representante Legal de la compañía J. P. Productos del Campo S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Silicaña compuesto a base de Potasio-Magnesio-Boro-Calcio-Azufre-Zinc-Hierro-Silicio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 23 de agosto del 2006.—Gerencia de Insumos Agrícolas.—Ing. Erick Arce Coto, Encargado.—(78060).

Nº 174/2006.—El señor José Pablo Coto García, cédula 1-0924- 0070, en calidad de Representante Legal de la compañía J. P. Productos del Campo S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Agrosil compuesto a base de Fósforo-Boro-Calcio-Azufre-Zinc-Cobre-Silicio-Cloruros. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 23 de agosto del 2006.—Gerencia de Insumos Agrícolas.—Ing. Erick Arce Coto, Encargado.—(78062).

Nº 175/2006.—El señor José Pablo Coto García, cédula 1-0924- 0070, en calidad de Representante Legal de la compañía J. P. Productos del Campo S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Agrosil-Zeo compuesto a base de Fósforo-Boro-Calcio-Azufre-Zinc-Cobre-Silicio-Cloruros. Conforme a lo que establece la Ley de Proteccion Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 23 de agosto del 2006.—Gerencia de Insumos Agrícolas.—Ing. Erick Arce Coto, Encargado.—(78066).

Nº 176/2006.—El señor José Pablo Coto García, cédula 1-0924- 0070, en calidad de Representante Legal de la compañía J.P. Productos del Campo S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Llanero compuesto a base de potasio-silicio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 23 de agosto del 2006.—Ing. Erick Arce Coto, Encargado Registro Agroquímicos.—(78068).

Nº 162/2006.—El señor Luis Carvajal Vargas, cédula 1-500-907 en calidad de Representante Legal de la compañía Enlace Agropecuario S. A. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Tecno Silix compuesto a base de Magnesio - Silicio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 23 de agosto del 2006.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Erick Arce Coto, Encargado.—(78305).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Nº 156/2006.—El señor Rodolfo Orozco Aguilar, cédula o pasaporte 4 135 841, en calidad de Representante Legal de la compañía Soluciones Químicas Latinoamericanas S. A. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Nutriphos 86 compuesto a base de fósforo. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 22 de agosto del 2006.—Departamento de Insumos Agrícolas.—Ing. Erick Arce Soto, Encargado.—(79230).

Nº 157/2006.—El señor Rodolfo Orozco Aguilar, cédula o pasaporte 4 135 841 en calidad de Representante Legal de la compañía Soluciones Químicas Latinoamericanas S. A. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Agrica 88 compuesto a base de Magnesio - Zinc - Hierro - Boro. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 22 de agosto del 2006.—Departamento de Insumos Agrícolas.—Ing. Erick Arce Soto, Encargado.—(79231).

Nº 158/2006.—El señor Rodolfo Orozco Aguilar, cédula o pasaporte 4 135 841 en calidad de Representante Legal de la compañía Soluciones Químicas Latinoamericanas, S. A. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Agrica 41 compuesto a base de Magnesio - Azufre - Zinc - Hierro - Boro. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 22 de agosto del 2006.—Departamento de Insumos Agrícolas.—Ing. Erick Arce Soto, Encargado.—(79232).

Nº 159/2006.—El señor Rodolfo Orozco Aguilar, cédula o pasaporte 4 135 841 en calidad de Representante Legal de la compañía Soluciones Químicas Latinoamericanas S. A. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Nutriphos 10-30-10 compuesto a base de Nitrógeno - Fósforo - Potasio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 22 de agosto del 2006.—Departamento de Insumos Agrícolas.—Ing. Erick Arce Soto, Encargado.—(79233).

Nº 161/2006.—El señor Rodolfo Orozco Aguilar, cédula o pasaporte 4 135 841 en calidad de Representante Legal de la compañía Soluciones Químicas Latinoamericanas, S. A. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Agrica 19 compuesto a base de Nitrógeno - Fósforo - Potasio - Magnesio - Boro - Calcio - Zinc - Molibdeno- Cobre - Hierro - Manganeso. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 22 de agosto del 2006.—Departamento de Insumos Agrícolas.—Ing. Erick Arce Soto, Encargado.—(79234).

Nº 160/2006.—El señor Rodolfo Orozco Aguilar, cédula o pasaporte 4 135 841 en calidad de Representante Legal de la compañía Soluciones Químicas Latinoamericanas, S. A. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Nutriphos Potasio compuesto a base de Fósforo - Potasio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 22 de agosto del 2006.—Departamento de Insumos Agrícolas.—Ing. Erick Arce Soto, Encargado.—(79235).

N° 181/2006.—El señor Ambrose Harry Rajamannan, cédula N° 701673876 en calidad de Representante Legal de la compañía Ganam Enterprises G.E., S. A. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Vigor MN PHOS compuesto a base de Fósforo-Manganeso. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 23 de agosto del 2006.—Ing. Erick Arce Coto, Encargado Registro Agroquímicos.—(79373).

N° 180/2006.—El señor Ambrose Harry Rajamannan, cédula N° 701673876, en calidad de Representante Legal de la compañía Ganam Enterprises G. E. S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Vigor MG PHOS compuesto a base de Fósforo -Magnesio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 23 de agosto del 2006.—Ing. Erick Arce Coto, Encargado Registro Agroquímicos.—(79374).

N° 179/2006.—El señor Ambrose Harry Rajamannan, cédula o pasaporte 701673876 en calidad de Representante Legal de la compañía Ganam Enterprises G.E. S. A. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Vigor ZN PHOS compuesto a base de Fósforo-Zinc. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario Del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 23 de agosto del 2006.—Ing. _Erick Arce Coto, Encargado Registro Agroquímicos.—(79375).

 

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD

Y MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Letras, inscrito en el Tomo 1, Folio 166, Título Nº 459, emitido por el Colegio Nocturno Miguel Obregón Lizano, en el año mil novecientos setenta y tres, a nombre de Peñaranda Segreda Lorena Cecilia. Se solicita la reposición del título indicado por perdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 31 de agosto del 2006.—División de Control de Calidad.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(79861).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 112, Título Nº 908, emitido por el Liceo José Joaquín Vargas Calvo, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Obregón Alvarado Manfred. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 24 de julio del 2006.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(78647).

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 91, Título Nº 982, emitido por el Liceo Santa Cruz, Clímaco A. Pérez, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Dinarte Rodríguez José Jonner. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 8 de agosto del 2006.—Departamento de Pruebas Nacionales.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(78951).

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Rama Académica”, Área de Ciencias, inscrito en el Tomo 1, Folio 34, Asiento Nº 08, emitido por el Colegio Nocturno de Ciudad Neily, en el año mil novecientos ochenta y siete, a nombre de Durán Herrera Lidanet. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 8 de agosto del 2006.—Departamento de Pruebas Nacionales.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(79148).

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 7, título N° 46, emitido por el Colegio Científico Costarricenses Sede Guanacaste, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Briceño Pinar Édgar Alonso. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 29 de agosto del 2006.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(79348).

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 195, título Nº 1911, emitido por el Instituto Clodomiro Picado Twight, en el año dos mil dos, a nombre de Luis Miguel Vargas Mata. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintinueve de agosto del dos mil seis.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(79727).

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo II, folio 58, título Nº 336, emitido por el Colegio Madre del Divino Pastor, en el año mil novecientos setenta y nueve, a nombre de Muñoz Soto Sonia Ivette. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, once de agosto del dos mil seis.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—Nº 74847.—(79818).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 151, Título Nº 957, emitido por el Liceo San José de Alajuela, en el año dos mil cinco, a nombre de Alvarado Araya Reinaldo de Jesús. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 28 de agosto del 2006.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(79689).

SALUD

INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE

Y LA RECREACIÓN

El Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación, convoca a los interesados a participar en el III Congreso Nacional del Deporte y la Recreación, según acuerdos número 16 y 17 tomado por el Consejo Nacional del Deporte y la Recreación en su sesión Nº 492-2006, artículo VI, inciso 1, del 29 de junio de los corrientes. Este se llevará a cabo en el Hotel Radisson Europa, los días sábado 23 y domingo 24 de setiembre, a partir de las 10:00 horas, en primera convocatoria. En caso de no contar con el quórum establecido por la Ley, se hará una segunda convocatoria 30 minutos después con el número de miembros presentes. La acreditación para este Congreso está establecida por el artículo Nº 5 de la Ley 7800 y por los artículos Nº 4, Nº 5, Nº 6, Nº 7 y Nº 8 del Reglamento de la misma ley.

Se estableció como período de acreditación de delegados los días comprendidos entre el lunes 11 de setiembre, a partir de las 10:00 horas y el jueves 14 de setiembre hasta las 14:00 horas, en el Departamento de Prensa y Relaciones Públicas del ICODER, sita: Gimnasio Nacional, La Sabana.

El orden del día será el siguiente:

23 de setiembre

1-  Registro y acreditación de los señores delegados.

2-  Comprobación del quórum.

3-  Lectura y aprobación del acta anterior.

4-  Exposición del señor Viceministro de Salud encargado de Deportes y Presidente del Consejo Nacional del Deporte sobre las políticas en materia de deporte y recreación de la administración Arias Sánchez.

5-  Instalación de grupos.

6-  Trabajo de grupos.

24 de setiembre

1-  Comentarios sobre los informes de labores, plan de trabajo y liquidación presupuestaria.

2-  Trabajo de grupos.

3-  Plenaria.

4-  Actividad de clausura.

Así mismo, los temas que van a ser tratados en este Congreso, mediante mesas de trabajo son los siguientes:

A. Rescate del programa Juegos Deportivos Nacionales: su proyección en el mediano plazo de acuerdo con la realidad nacional.

B.  Plan nacional de capacitación en materia de deporte y recreación.

C.  Las escuelas de iniciación deportiva como base en el proceso de masificación del deporte.

D. Competencias de los actores del deporte: el gobierno, el deporte federado y el movimiento olímpico, con miras a la competición internacional.

E.  Financiamiento del deporte.

F.  Reformas a la Ley 7800 y su reglamento.

G. Propuesta de desarrollo del deporte y la recreación desde una perspectiva cantonal.

Dr. Pedro Ureña Bonilla, Director.—1 vez.—(O. C. Nº 6261-ICODER).—C-26970.—(80320).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada: Asociación Sindical del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, siglas ASTRAA, acordada en asamblea celebrada el 27 de enero del 2006. Expediente A-44. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo: 15, folio: 464, asiento: 4384, del día 17 de marzo del 2006. La reforma afecta el artículo 28 del estatuto.—San José, 17 de marzo del 2006.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—Nº 73832.—(78238).

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social la organización social denominada: Cooperativa Agroindustrial de Servicios Múltiples de Productores de Palma Aceitera R. L., siglas COOPEAGROPAL, acordada en asambleas celebradas los días 20 de febrero del 2006, 22 de marzo del 2006 y 27 de julio del 2006 respectivamente. Resolución 746. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo. Se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta la totalidad de los artículos del estatuto.—San José, 22 de agosto del 2006.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(78313).

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Sindicato de Trabajadores Independientes de DINADECO, acordada en asamblea celebrada el día 1º de agosto del 2006. Expediente D-22. Habiéndose cumplido con las disposiciones contenidas en los artículos 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se procede a la inscripción correspondiente. La Organización ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo:15, folio: 473, asiento: 4401 del 1º de agosto del 2006.

La junta directiva se formó de la siguiente manera:

Secretario General:                                     Óscar Sánchez Vargas

Secretario General Adjunto:                      Samuel Lawrence Guthrie

Secretario de Finanzas:                              Julio Villalobos Villegas

Secretario de Actas y Correspondencia:    Lucrecia Garita Arguedas

Secretario de Conflictos:                            Esther Rodríguez Fernández

Secretario de Relaciones Públicas:             Donald Picado Angulo

Suplente:                                                    Mauricio Walcott Brenes

Fiscal:                                                        Marvin Zamora González

San José, 1º de agosto del 2006.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(78587).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Sindicato de Abogados Administrativos de Seguridad Pública y Gobernación, Siglas SAASPGO, acordada en asamblea celebrada el día 7 de junio del 2006. Expediente A-205. Habiéndose cumplido con las disposiciones contenidas en los artículos 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se procede a la inscripción correspondiente. La organización ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo: 15, folio: 475 asiento: 4402 del 14 de agosto del 2006.

La Junta Directiva se formó de la siguiente manera:

Presidente                     Antonio Fernández Brich

Vicepresidente              Hellen Huertas Jiménez

Secretario                      Lawrence Gómez Pizarro

Tesorero                       Sergio Alvarado Delgado

Vocal 1                         Gerardo Alvarado Alvarado

Vocal 2                         Astrid Rodríguez Rodríguez

Fiscal                            Luis Fernando Longan Phillips

San José, 14 de agosto del 2006.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(79387).

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

En sesión celebrada en San José, a las diez horas del día 9 de agosto del 2006, se acordó conceder pensión de Gracia, mediante la resolución R-4498-2006, del 9 de agosto del 2006, al señor Castillo Meza Carlos, cédula de identidad Nº 3-177-674, vecino de Cartago; por un monto de sesenta y un mil ciento cuarenta y dos colones con setenta y cuatro céntimos (¢61.142,74), con un rige a partir de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—Lic. Jeremías Vargas Chavarría, Director Ejecutivo.—1 vez.—Nº 74582.—(79601).

En sesión celebrada en San José a las diez horas del día 16 de agosto del 2006, se acordó conceder Pensión de Gracia, mediante la resolución R-4665-2006, del día 16 de agosto del 2006, al señor Espinoza Ponce Pedro, cédula de identidad 6-102-468, vecino de Puntarenas; por un monto de sesenta y tres mil doscientos veintiún colones con treinta y ocho céntimos (¢63.221,38), con un rige a partir de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—Lic. Jeremías Vargas Chavarría, Director Ejecutivo.—1 vez.—(79673).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Tres Amigos de la Sierra de Abangares de Guanacaste, con domicilio en la provincia de Guanacaste. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto, de conformidad con las disposiciones y reglamentos que al respecto emite el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados que serán de acatamiento obligatorio. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo con limitación de suma hasta quinientos mil colones y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Armando Guzmán Ramírez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 562, asiento: 11230).—Curridabat, 9 de agosto del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 74472.—(79325).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación Costarricense de Derecho de Trabajo. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 568, asiento: 64161.—Curridabat, 28 de agosto del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 74476.—(79326).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación Nacional de Jubilados de Obras Públicas y Transportes. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 564, asiento: 09470.—Curridabat, 14 de julio del 2006.—Registro de Personas Jurídicas.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(79394).

REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se hace saber a todas las personas interesadas en presentar oposición en contra de la Circular DRP 005-2006, emitida por la Dirección del Registro Público de la Propiedad, en fecha 28 de junio del 2006 y publicada en el Alcance Nº 46 del Diario Oficial La Gaceta Nº 148 del jueves 3 de agosto del 2006, que con el objeto de cumplir con el debido proceso se les confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presenten los alegatos que a sus derechos convengan. (Ref. expediente de impugnación de la circular 005-2006).—Curridabat, 28 de agosto del 2006.—Lic. Walter Méndez Vargas, Director.—(Solicitud Nº 39142).—C-13220.—(79874).

REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE

Se hace saber a quien interese, que en diligencias administrativas originadas por escrito de Elizabeth Vanessa Mora Cubero, presentado a esta Dirección a las 8:30 horas del día 10 de marzo del 2006, se levantó al efecto el expediente administrativo N° 074-2006, dentro del cual se dictó la resolución final, en Curridabat, a las 14:22 del 15 de agosto de 2006, cuyo por tanto literalmente dice: “En virtud de lo expuesto, normas legales y reglamentarias citadas, se Resuelve: I.—Ordenar la inmovilización de la finca del Partido de Cartago matrícula treinta y ocho mil quinientos treinta y dos (38532), de conformidad con lo que al efecto indica el artículo 88 del Reglamento del Registro Público. Dicha inmovilización se mantendrá hasta que ingrese a este Registro el documento de protocolización de remate de los créditos de cédulas hipotecarias que produjeron el remate de la citada finca, a favor del Banco BCT S. A., según lo manifiesta el representante de dicho Banco en el escrito que responde la audiencia que se le confirió, ya que los efectos de la inscripción de ese documento se retrotraen a la fecha de presentación del testimonio de la escritura de la hipoteca de cédulas de primer grado, doctrina del artículo 669 del Código Procesal Civil. La otra alternativa para el levantamiento de la inmovilización es que las partes interesadas acuerden la corrección de los errores citados como lo establece el artículo 88 del Reglamento del Registro que es Decreto Ejecutivo N° 26771-J de 18 de febrero de 1998 y sus reformas. II.—Para consignar la inmovilización en la finca citada se comisiona al Departamento de Asesoría Jurídica de este Registro en la persona de la Lic. Kattia Meza Brenes o en su ausencia a cualquiera de los otros asesores de ese Departamento. Referencia Expediente 074-006. Notifíquese.—Curridabat, 17 de agosto del 2006.—Lic. Walter Méndez Vargas, Director.—1 vez.—(Solicitud Nº 39106).—C-12120.—(79351).

Se hace saber a quien interese, que en diligencias administrativas de oficio originadas por escrito presentado a esta Dirección a las 9:06 horas del día 24 de abril del 2006, se levantó al efecto el expediente administrativo N° 117-2006, dentro del cual se dictó la resolución final, en Curridabat, a las 11:02 horas del 25 de agosto del 2006, cuyo por tanto literalmente dice: “En virtud de lo expuesto y normativa enunciada, se resuelve: I. Una vez firme esta resolución, consignar inmovilización en la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento noventa y nueve mil quinientos cincuenta y cinco (199555), inmovilización que se mantendrá hasta tanto una autoridad judicial haya conocido de la subsanación de la inexactitud registral que dio origen a estas diligencias y como resultado de tal competencia ordene el levantamiento de la referida inmovilización o que la parte propietaria del inmueble del partido de Heredia, matrícula número ciento noventa y nueve mil quinientos cincuenta y cinco (199555), comparezca a otorgar escritura pública, cuyo testimonio sea presentado ante este Registro, de conformidad con el artículo 450 del Código Civil, mediante la cual se indique el plano catastrado y el visado por la Municipalidad de Heredia correspondiente para el referido inmueble. Tal documento deberá ser sometido al control de legalidad de rigor por el Registrador que corresponda, para así proceder, previa solicitud de autorización, a la corrección del error y a la cancelación de inmovilización. II. Se ordena levantar la advertencia administrativa que consta sobre la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento setenta y nueve mil quinientos sesenta y uno (179561). III. Para consignar la inmovilización y levantar la advertencia administrativa referida, se comisiona al Departamento de Asesoría Jurídica de este Registro en la persona de la Lic. Kattia Meza Brenes, o en su ausencia a cualquiera de los otros asesores de ese departamento. Notifíquese. Publíquese edicto de estilo. Lic. Wálter Méndez Vargas, Director”. (Referencia expediente Nº 117-2006).—Curridabat, 25 de agosto del 2006.—Lic. Wálter Méndez Vargas, Director.—1 vez.—(Solicitud Nº 39109).—C-13220.—(79886).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS

SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN EN CAUCE

DE DOMINIO PÚBLICO

En expediente Nº 12-2005 la señora María Lorena López Rosales, mayor, casada una vez, ingeniera, vecina de Curridabat, cédula Nº 1-514-522, en su condición de Ministra a. í. de Obras Públicas y Transportes, solicita concesión de extracción de materiales (piedra, grava y arena) del cauce de dominio público del Río Parrita con las siguientes características:

Localización Geográfica:

Sito en: Playón, distrito: 01 Parrita, cantón: 09 Parrita, provincia: 06 Puntarenas.

Hoja Cartográfica:

Hoja Parrita, escala 1:50.000 del I.G.N.

Localización Cartográfica:

Entre coordenadas generales: 394538.979 - 429219.788 y 394680.729 - 429108.287, límite aguas arriba; 393677.799 - 427487.483 y 393482.339 - 427539.085, límite aguas abajo.

Área Solicitada:

31 ha 7547.65 m2, según consta en plano aportado al folio 29, mismo que debe utilizarse para la revisión en el campo del amojonamiento.

Derrotero:

Coordenadas del vértice N° 1-393677.799 norte y 427487.483 este.

Línea                            Acimut                 Distancia (M)

1-2                                 165º13’                       202,16

2-3                                 074°53’                      117,62

3-4                                 069°06’                      118,17

4-5                                 098º01’                         81,00

5-6                                 136°07’                        31,64

6-7                                 056°22’                      226,78

7-8                                 054º09’                         59,26

8-9                                 059º15’                         39,16

9-10                               072°54’                        92,83

10-11                             034º01’                       159,41

11-12                             076º19’                       243,95

12-13                             062º10’                       192,69

13-14                             056º10’                       177,30

14-15                             022°33’                        96,63

15-16                              024º11                       146,45

16-17                             046º10’                       156,21

17-18                             054°36’                      173,92

18-19                             321º49’                       180,35

19-20                             216°36’                      230,76

20-21                             220°33’                      151,78

21-22                             223°32’                      287,05

22-23                             241º16’                       258,41

23-24                             236°43’                      191,61

24-25                             249°44’                      242,02

25-26                             242°43’                      190,74

26-27                             253º41’                       214,44

27-28                             256°48’                      146,30

28-1                               270º00’                         55,23

Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 19 de setiembre del 2005, área y derrotero aportados el 20 de octubre del 2005. Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José, 25 de agosto del 2006.—Lic. Cynthia Cavallini Chinchilla.—(79349).                                                 2 v. 1. Alt.

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Exp. 12304-P.—Bamco Improsa S. A., solicita en concesión 6.62 litros por segundo del pozo AZ-12 perforado en su propiedad en Palmera, San Carlos, Alajuela, para uso Industria. Coordenadas 271.300-489.040 Hoja Aguas Zarcas. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de agosto de 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 73829.—(78239).

Exp. 12305-P.—Orlando Merino Brenes, solicita en concesión 2.5 litros por segundo del pozo DI-292 perforado en su propiedad en Santa Cruz, Guanacaste, para uso doméstico. Coordenadas 250.625-361.550 Hoja Diriá. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de agosto del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 73844.—(78245).

Exp. Nº 12292.—Atiliano Jiménez Valverde, solicita en concesión 0,6 litros por segundo de nacimiento realizando la captación en propiedad de Marta Jiménez Guerrero. Sita en Desamparados, Puriscal, San José, para uso doméstico y abrevadero. Coordenadas aproximadas 206.200 / 498.900 Hoja Río Grande. Predios inferiores Marvin Jiménez Jiménez y Ronald Jiménez Jiménez. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de agosto del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 74051.—(78542).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Expediente 12306-P.—Inversiones Fama S. A., acogiéndose a la amnistía otorgada mediante Decreto Ejecutivo 30387-Minae-Mag, solicita concesión de un pozo perforado en su propiedad en La Cruz, Guanacaste. Coordenadas 335.000/370.000, hoja Bahía Salinas. Se solicitan 0,057 litros por segundo para usos domésticos y riego. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes de la primera publicación.—San José, 29 de agosto de 2006.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(79191).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Exp. Nº 6571-1996.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas veinte minutos del veintiséis de noviembre de mil novecientos noventa y seis. Diligencias de ocurso presentadas por Víctor Manuel Meléndez Morales, mayor, divorciado, empresario, cédula de identidad número siete - cero cincuenta y nueve - cero ochenta y siete, vecino de Guadalupe, Goicoechea, tendente a la rectificación del asiento de nacimiento... de su hijo Deerek Meléndez Monge, en el sentido que el mismo es hijo únicamente de “Maritza Monge Guzmán”, costarricense y no como se consignó. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil. Publíquese este edicto en el Diario Oficial La Gaceta, se ordena publicar por tres veces el edicto de ley en el precitado diario y se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos a partir de su primera publicación. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—Nº 73963.—(78534).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Marvin Guzmán Cardona, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 1851-2006 Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las siete horas veinticinco minutos del diez de julio del dos mil seis. Ocurso. Expediente N° 5408-2006. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Marvin Guzmán Cardona con Marlene Patricia Morales Arroyo, en el sentido que el primer nombre de la madre del cónyuge es “Libia” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(79376).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Iván Padilla Mora. Exp. Nº 21755-03, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Res. Nº 2222-03.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas veinte minutos del quince de octubre del dos mil tres. Diligencias de ocurso incoadas por Iván Padilla Mora, mayor, soltero, agricultor, costarricense, cédula de identidad número uno-mil doscientos treinta y cinco-seiscientos noventa y cuatro, vecino de Ciudad Neily. Resultando: 1º—…, 2º—…, Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Iván Adolfo Padilla Mora, en el sentido de que los apellidos del padre de la persona inscrita son “Badilla Muñoz” y no como se consignó. Publíquese esta resolución por una vez en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 74657.—(79595).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por José Antonio López Urbina, conocido como José Antonio Urbina Duarte, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 1839-06.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas cincuenta minutos del siete de julio del dos mil seis. Exp. Nº 0027-06. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Lucía Marcela Urbina Araya, en el sentido que los apellidos del padre... son “López Urbina”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Bach. Abel Álvarez Ramírez, Jefe a. í.—1 vez.—Nº 74679.—(79596).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María Inés Jalinas, no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2395-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas, siete minutos del veinticuatro de agosto del dos mil seis. Expediente Nº 8618-2006. Resultando. 1º—…, 2º—…, 3º—… Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:… III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de María Conchita Méndez Jalinas… en el sentido que el apellido de la madre de la persona ahí inscrita es “Jalinas, no indica segundo apellido” y no como se consignó. Notifíquese—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 74849.—(79826).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Jenny Esther Rivas Chavarría, mayor, soltera, operaria, nicaragüense, cédula de residencia 270-159039-091930, vecina de San José, expediente 3776-2004. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 14 de julio del 2006.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(79679).

Bayardo Antonio Mojica García, conocido como Bayardo Antonio García Mojica, mayor, casado, comerciante, nicaragüense, cédula residencia 270-113581-49301, vecino de San José, expediente 687-2001. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso motivando su oposición o aportando las pruebas del caso.—San José, 17 de de julio del 2006.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(79693).

Yurney Francisco Jiménez Reynoso, mayor, soltero, oficinista, nicaragüense, cédula residencia 135-RE-064970-00-1999, vecino de San José, expediente 62-2005. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, siete de agosto de dos mil seis.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(79852).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

HACIENDA

LICITACIÓN PÚBLICA 2006LN-000071-13402

Alquiler con opción de compra de equipo multififuncional,

impresora, fax, scanner y fotocopiadora

La Proveeduría de este Ministerio recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del día 25 de setiembre del 2006, para el alquiler con opción de compra de equipo multififuncional, impresora, fax, scanner y fotocopiadora. El interesado tiene el cartel a su disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta fecha o podrá obtenerlo en la recepción de la Proveeduría Institucional. Puede traer dispositivo de respaldo digital (disquette, CD o llave USB).

El interesado que lo desee en forma impresa podrá obtenerlo previo al depósito de la suma exacta de ¢4.440,00 (cuatro mil cuatrocientos cuarenta colones exactos) sin ningún tipo de descuento, mediante un entero a favor del Gobierno de Costa Rica, emitido por cualquier Banco del Sistema Bancario Nacional, el cual deberá presentarlo en la recepción de ofertas para retirarlo. La recepción se encuentra ubicada en el Centro Comercial Urgellés y Penón, Calle Morenos, Sabana Sur.

La forma de pago es usual de Gobierno, de conformidad con la resolución Nº 770-2006, del Ministerio de Hacienda de las nueve horas del veintiocho de abril del dos mil seis, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 104 del 31 de mayo del 2006.

San José, setiembre del 2006.—Proveeduría.—Olman Sanlee Chacón, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 26574).—C-12120.—(80616).

LICITACIÓN PÚBLICA 2006LN-000077-13402

Alquiler de equipo de cómputo con opción de compra de servidores

base para el proyecto de Consolidación e Integración de Servicios

Tecnológicos de la Administración Tributaria

La Proveeduría de este Ministerio recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 25 de setiembre del 2006, para el alquiler de equipo de cómputo con opción de compra de servidores base para el proyecto de Consolidación e Integración de Servicios Tecnológicos de la Administración Tributaria. El interesado tiene el cartel a su disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta fecha o podrá obtenerlo en la recepción de la Proveeduría Institucional. Puede traer dispositivo de respaldo digital (Disquette, CD o llave USB).

El interesado que lo desee en forma impresa podrá obtenerlo previo al depósito de la suma exacta de ¢4.560,00 (cuatro mil quinientos sesenta colones) sin ningún tipo de descuento, mediante un entero a favor del Gobierno de Costa Rica, emitido por cualquier Banco del Sistema Bancario Nacional, el cual deberá presentarlo en la recepción de ofertas para retirarlo. La recepción se encuentra ubicada en el Centro Comercial Urgellés y Penón, Calle Morenos, Sabana Sur.

La forma de pago es usual de Gobierno, de conformidad con la resolución Nº 770-2006, del Ministerio de Hacienda de las nueve horas del veintiocho de abril del dos mil seis, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 104 del 31 de mayo del 2006.

San José, setiembre del 2006.—Proveeduría.—Olman Sanlee Chacón, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 26576).—C-14870.—(80618).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA 2006LN-0000882-17100

Compra de equipo automotor

La Proveeduría Institucional, recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 9 de octubre del 2006, para la compra de equipo de automotor.

El interesado tiene el cartel a disposición en el sistema CompraRed en forma gratuita en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta fecha, o podrá obtener el cartel en el Departamento de la Proveeduría Institucional, previo depósito de ¢500,00 (quinientos colones exactos) mediante un entero a favor del Gobierno de Costa Rica, emitido por cualquier Banco del Sistema Bancario Nacional. La Proveeduría Institucional se encuentra ubicada en el antiguo Colegio La Salle, Sabana Sur.

San José, 5 de setiembre del 2006.—Lic. Blanca Córdoba Berrocal, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº 40007).—C-7720.—(80586).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

LICITACIÓN POR REGISTRO N° 2006LG-000031-DO

Adquisición de vehículos automotores con permuta para el Conavi

Se comunica a las empresas interesadas en participar en la licitación en referencia, que este Consejo recibirá ofertas, de conformidad con los términos cartelarios, hasta las 10:00 horas del día 10 de octubre de 2006 en las Oficinas de la Proveeduría, ubicadas de la rotonda de La Betania, 50 metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.

Los interesados en participar deberán adquirir los documentos de licitación a partir de la fecha indicada en esta invitación a participar; en la Unidad de Proveeduría y Suministros del CONAVI, previo depósito no reembolsable por la suma de tres mil colones (¢3.000,00) a favor del CONAVI, en la cuenta corriente N° 001-215447-1 del Banco de Costa Rica y la entrega del recibo de depósito correspondiente.

San José, 5 de setiembre del 2006.—Unidad de Proveeduría y Suministros.—MBA Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 05429).—C-6620.—(80827).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

UNIDAD EJECUTORA

PRÉSTAMO BID 1377/OC-CR

PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN

DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

1º—El Gobierno de Costa Rica ha recibido el Préstamo 1377/OC-CR, del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), para financiar parcialmente el Programa de Administración de Justicia, en su segunda etapa. Parte de los recursos de este préstamo se destinarán a pagos elegibles que se efectúen en virtud de los contratos que resulten de la adquisición de equipos, mobiliario y contratación de servicios de consultoría, del siguiente procedimiento de licitación:

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2006-LN-000116-01

Contratación de una firma consultora que elabore una estrategia

y la factibilidad para el diseño, desarrollo e implantación

del portal de información y servicios

digitales del Poder Judicial

Hora y fecha de cierre: 10:00 horas del día 10 de octubre del 2006.

2º—El costo de los servicios que conforman este concurso, se financiará con recursos del Préstamo Nº 1377/OC-CR, otorgado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), al Gobierno de la República de Costa Rica.

3º—Los oferentes no podrán ofertar servicios menores que los especificados como necesarios. La oferta debe presentarse o remitirse con un original y dos copias en idioma español.

4º—Cualquier documentación adicional, como panfletos publicitarios y publicaciones de la empresa, podrá ser remitida en el idioma en que fue publicada y sin ninguna obligación de ser traducida.

5º—Los participantes podrán concursar en forma directa o a través de un apoderado o por medio de un representante. En cualquiera de los dos últimos casos se deberá presentar el poder que lo acredite a actuar en nombre de la firma participante.

6º—Las ofertas y la documentación adjunta será recibida hasta la hora y fecha arriba indicadas, en la Unidad Ejecutora del Programa de Modernización Poder Judicial - BID, en la dirección que se indica en el punto 7, de esta publicación.

Todos los documentos deberán preferiblemente ser entregados en forma personal. Si fueran enviados por correo se contará la hora y fecha de recibo de los documentos y no la de despacho. El Programa no se hará responsable por atrasos de entrega, correspondencia perdida, direcciones incorrectas o cualquier otro suceso que pueda causar que los documentos no sean recibidos antes del vencimiento de la fecha establecida.

7º—En la Unidad Ejecutora del Programa de Modernización Poder Judicial - BID, se encuentra a disposición de los interesados, el cartel del concurso (en formato PDF), para lo cual requerirán presentar un medio para copiarles el respectivo archivo. Si el interesado desea se le remita el documento vía correo electrónico, deberá solicitarlo vía fax o a los correos electrónicos ezunigas@poder-judicial.go.cr, rarroyo@poder-judicial.go.cr, indicando claramente la dirección a la cual se le debe remitir el respectivo documento, o puede adquirir el cartel (Pliego de Condiciones) sin costo alguno en nuestra página WEB.

Cualquier otra información adicional, relativa al presente concurso podrá obtenerse en la siguiente dirección:

Unidad Ejecutora del Programa de Modernización Poder Judicial - BID

Edificio de la Defensa Pública

Sita 250 metros este Caja Costarricense de Seguro Social ave. Segunda

San José, Costa Rica.

Apdo. 111-1003 San José.

Teléfonos Nos. 211-9886, 211-9832, 211-9834.

Fax Nº (506) 256-5668. www.poder-judicial.go.cr/bid

8º—Los diferentes concursos promovidos por la Unidad Ejecutora del Programa de Modernización Poder Judicial - BID, se regirán por las condiciones establecidas en la Ley del Contrato de Préstamo Ley Nº 8273, publicada en La Gaceta Nº 98, del jueves 23 de mayo del 2002, y en forma supletoria los indicados en la Ley de Contratación Administrativa publicada en el Diario Oficial La Gaceta, el día 8 de junio de 1995, La Gaceta Nº 110, Alcance Nº 20, así como el Reglamento de Contratación Administrativa.

San José, setiembre del 2006.—Lic. Sonia Navarro S., Directora Ejecutiva.—1 vez.—(80795).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-001844-01

Suministro, instalación, configuración e implementación de

una solución basada en servidores tipo Blade para

la renovación de servidores institucionales sobre

Windows en poder del Banco Nacional

La Proveeduría Casa Matriz del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá la oferta económica por escrito, el día martes seis de octubre del 2006, a las diez de la mañana, para el “Suministro, instalación, configuración e implementación de una solución basada en servidores tipo Blade para la renovación de servidores institucionales sobre Windows en poder del Banco Nacional.”

El cartel puede ser retirado en la Oficina de Proveeduría, situada en el edifico de la Dirección de Bienes del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca, previo pago de la suma de ¢2.000,00 (dos mil colones netos).

La Uruca, San José, 4 de setiembre del 2006.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—(O. C. Nº 1649-2006).—C-6620.—(80790).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

OFICINA DE SUMINISTROS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-000011-ULIC

Concesión de local para la prestación de servicios

de alimentación en la Sede de Occidente

La Ofícina de Suministros, recibirá ofertas por escrito hasta las 10:30 horas del día 27 de setiembre del 2006, para la contratación indicada.

Los interesados deberán retirar el cartel, en la Oficina de Suministros, ubicada en Sabanilla de Montes de Oca, de las instalaciones deportivas 250 metros al este y 400 metros al norte, previo pago en la Oficina de Administración Financiera, ubicada en la Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, Edificio Administrativo “A”, en el primer piso. Costo del cartel ¢500,00.

Sabanilla de Montes de Oca, 5 de setiembre del 2006.—Unidad de Licitaciones.—Lic. Ana Barrantes Muñoz, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 90209).—C-6620.—(80810).

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000039-ULIC

Construcción de la plaza del 50° aniversario y remodelación

del pretil, edificio de Estudios Generales

La Oficina de Suministros, recibirá ofertas por escrito hasta las 10:30 horas del día 3 de octubre del 2006, para la contratación indicada.

Los interesados deberán retirar el cartel, planos y folleto, en la Oficina de Suministros de la Universidad de Costa Rica, ubicada en Sabanilla de Montes de Oca, de las instalaciones deportivas 250 metros al este y 400 metros al norte. Previo pago en la Oficina de Administración Financiera, ubicada en la Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, Edifico Administrativo “A”, primer piso. Costo del cartel ¢6.000,00.

El día 19 de setiembre del 2006, a las 10:00 a. m., se realizará una visita técnica obligatoria al sitio de la obra para explicar y aclarar detalles del trabajo. El sitio de la reunión es frente al edificio de Estudios Generales, ubicado en la Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, San Pedro de Montes de Oca.

Sabanilla de Montes de Oca, 5 de setiembre del 2006.—Unidad de Licitaciones.—Lic. Ana Barrantes Muñoz, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 90209).—C-6620.—(80811).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES

SUBÁREA DE CARTELES

LICITACIÓN POR REGISTRO 2006LG-000035-1142

Guantes para cirugía estériles

El Área de Adquisiciones de la Caja Costarricense de Seguro Social, debidamente autorizada por la Dirección de Recursos Materiales; recibirá ofertas por escrito hasta las 9:00 horas del día 10 de octubre del 2006, para la adquisición de:

Ítem                        Cantidad                           Descripción

Ítem único                  2200000 PR            Guantes para cirugía estériles

Demás condiciones y especificaciones técnicas, que rigen para este concurso, se encuentran insertas en el folleto de venta en la fotocopiadora, sita en piso comercial del edificio Jenaro Valverde Marín (Oficinas Centrales de la CCSS). Horario de L-V de 7:00 a. m. a  3:00 p. m.

San José, 1º de setiembre del 2006.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Vilma Arias Marchena, Coordinadora.—1 vez.—C-6620.—(80619).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

LICITACIÓN PÚBLICA 2006LN-000002-08

Concesión y explotación de la soda del centro

Regional Polivalente de San Isidro

El Proceso de Adquisiciones y Suministros de la Unidad Regional Brunca del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 11 de octubre del 2006. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500,00, en la Oficina del Proceso de Adquisiciones y Suministros Área de Compras, sita 250 metros sur del Supermercado Coopeagri R. L., en Barrio Villa Ligia, distrito Daniel Flores, cantón de Pérez Zeledón.

San José, 4 de setiembre del 2006.—Allan Altamirano Díaz, Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(Solicitud Nº 39738).—C-6070.—(80812).

AVISOS

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO

ELÉCTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO

PROCESO CONTRATAR BIENES Y SERVICIOS

UEN DE APOYO

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000026

Contratación de servicios médicos para la empresa

por periodos de 6 meses hasta 4 años

Contratar Bienes y Servicios avisa que para esta licitación se recibirán ofertas hasta las 15:30 horas del 27 de setiembre del 2006, acto seguido se procederá con la apertura de las ofertas que hubieren sido presentadas, lo cual tendrá lugar en las instalaciones de JASEC, sitas en Cartago, barrio Fátima, 300 metros norte y 100 oeste de la Iglesia María Auxiliadora. Los interesados podrán solicitar el cartel en la dirección indicada o al correo electrónico joarce@jasec.co.cr.

Cartago, 5 de setiembre del 2006.—Contratar Bienes y Servicios.—Lic. Abel Gómez Leandro, Coordinador.—1 vez.—(O. C. Nº 16216).—C-7720.—(80772).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE TIBÁS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 01-2006

Contratación de servicios de bacheo con mezcla asfáltica

para las calles del cantón de Tibás

Se invita a participar a todos los potenciales oferentes en la referida licitación, la recepción de ofertas se llevará a cabo hasta las 10:00 horas del próximo 17 de octubre del 2006, momento en el cual se procederá a la apertura de las ofertas; sita en las oficinas del Departamento de Proveeduría, ubicado en el segundo piso del edificio Municipal.

El costo del cartel será de 3.000,00 colones, los cuales se deberán depositar en las cajas del Departamento de Tesorería, el recibo extendido será el comprobante de entrega del cartel, por parte de la Proveeduría.

San José, 15 de agosto del 2006.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Mónica Gamboa Romero, Proveedora.—1 vez.—(80628).

MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 01-2006

Recarpeteo calle barrio Santísima Trinidad

 

La Municipalidad de San Rafael de Heredia invita a participar en la Licitación por Registro 01-2006 “Recarpeteo calle barrio Santísima Trinidad”, el cartel podrán obtenerlo en la Proveeduría Municipal, a partir de esta publicación.

Heredia, 4 de setiembre del 2006.—Lic. Edelvais Sanabria Vargas, Proveedora.—Ing. Rafael Jiménez Gamboa, Alcalde a. í.—1 vez.—(80571).

ADJUDICACIONES

HACIENDA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº LP-0019-2006

Mantenimiento y soporte correctivo de hardware y software de los

servidores HP 9000 de la Dirección General de Informática

Se avisa a todos los interesados en esta licitación, para el programa Dirección General de Informática del Ministerio de Hacienda, que por resolución de adjudicación Nº 100-2006, la Licitación Pública Nº LP 0019-2006, de las 9:30 horas del día 30 del mes de agosto del año 2006, se adjudica de la siguiente manera:

Grupo Computación Modular Avanzada S. A., cédula jurídica 3-101-073308.

Línea Nº 1 y única.

Mantenimiento y soporte correctivo de hardware y software de los cuatro servidores HP9000, ubicados en la Dirección General de Informática del Ministerio de Hacienda y demás condiciones técnicas del cartel y de la oferta.

Monto mensual: USD $5.000,00. Monto anual (12 meses): USD $60.000,00. Monto por 4 años (48 meses): USD $240.000,00.

Monto total adjudicado por 4 años (48 meses): USD $240.000,00 (doscientos cuarenta mil dólares con 00/centavos USD).

Forma de pago: usual de Gobierno, de conformidad con la resolución Nº 770-2006, del Ministerio de Hacienda de las nueve horas del veintiocho de abril del dos mil seis, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 104 del 31 de mayo del 2006.

Ejecución del mantenimiento: El servicio de mantenimiento tendrá una periodicidad de labores que se efectuarán trimestralmente, incluye un mantenimiento preventivo y soporte correctivo de los equipos y demás condiciones técnicas del cartel y de la oferta.

Garantía del servicio: Durante toda la vigencia del contrato.

Garantía de cumplimiento: El adjudicatario deberá presentar el 10% de garantía sobre el monto total de la adjudicación, con una vigencia mínima de tres meses adicionales a la fecha definitiva de recepción del objeto contrato.

Todo de acuerdo con los términos del cartel y la oferta.

La presente adjudicación queda condicionada a la efectiva disponibilidad presupuestaria o financiera de acuerdo a la legislación vigente y al cumplimiento de los requisitos de refrendo o formalización contractual que correspondieren de conformidad con el Reglamento sobre Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública y sus respectivas modificaciones emitidas por la Contraloría General de la República.

San José, 30 de agosto del 2006.—Lic. Olman Sanlee Chacón, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 31771).—C-21470.—(80620).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 57-2006

Compra de herramientas y material de ferretería

Se avisa a todos los interesados en esta licitación, para la Dirección General de Edificaciones, que por resolución de adjudicación Nº 176-2006, de las 9:30 horas del día 24 de agosto del 2006, que se adjudica de la siguiente manera:

Oferta Nº 1: Tecnosagot S. A., cédula jurídica Nº 3-101-077573. Posiciones adjudicadas: 15, 18, 26 y 52, por un monto total adjudicado de: $1.841,66 (mil ochocientos cuarenta y un dólares con sesenta y seis centavos).

Oferta Nº 2: Válvulas y Conexiones Urrea S. A., cédula jurídica 3-101-035901. Posiciones adjudicadas: 3, 5, 9, 10, 12, 13, 14, 17, 21, 24, 25, 36, 43, 53, 56, 57, 66, 75 y 76, por un monto total adjudicado de: $41.735,32 (cuarenta y un mil setecientos treinta y cinco dólares con treinta y dos centavos).

Oferta Nº 5: Indianápolis S. A., cédula jurídica Nº 3-101-044039. Posiciones adjudicadas: 1, 2, 7, 8, 11, 19, 34, 35, 39, 40, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 67, 69, 70, 71, 72, 73, 77, 78 y 79, por un monto total adjudicado de: $53.164,85 (cincuenta y tres mil ciento sesenta y cuatro dólares con ochenta y cinco centavos).

Oferta Nº 8: Difepot S. A., cédula jurídica Nº 3-101-118493. Posiciones adjudicadas: 31, 37, 38 y 54, por un monto total de: $667,58 (seiscientos sesenta y siete dólares con cincuenta y ocho centavos).

Oferta Nº 10: Abonos Agro S. A., cédula jurídica Nº 3-101-002749. Posiciones adjudicadas: 27, 28, 29, 32, 41, 42, 46 y 47, por un monto total de: ¢3.080.514,18 (tres millones ochenta mil quinientos catorce colones con dieciocho céntimos).

Las posiciones Nos. 30, 44, 45, 48, 49, 50, 51, 65, 68 y 74 se declaran infructuosas por incumplimientos técnicos de las ofertas que las cotizaron.

Las posiciones Nos. 4, 6, 16, 20, 22, 23, 55 y 64 se declaran infructuosas por falta de contenido presupuestario.

Monto total adjudicado de la LR-57-2006 en colones: ¢3.080.514,18 (tres millones ochenta mil quinientos catorce colones con dieciocho céntimos).

Monto total adjudicado de la LR-57-2006 en dólares: $97.409,41 (noventa y siete mil cuatrocientos nueve dólares con cuarenta y un centavos).

Se les aclara a todos los participantes que la presente es solo el resumen final de la adjudicación, que el análisis integral y la resolución de adjudicación de la contratación se encuentran en el expediente administrativo; el cual pueden solicitar en la recepción del Departamento de Contrataciones, para efectos de conocer los fundamentos técnicos y legales que motivan la presente adjudicación.

Todo de acuerdo con los términos del cartel y la oferta.

San José, 1º de setiembre del 2006.—MBA. Sylvia Jiménez Cascante, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº 24477).—C-20920.—(80791).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000014-RNP

Definición de la arquitectura del sistema

único de registro

La Proveeduría General del Registro Nacional avisa que mediante acuerdo firme Nº J-436 del 27 de julio del 2006, la Junta Administrativa del Registro Nacional, acordó:

A- Se declara infructuosa la Licitación por Registro Nº 2006LG-000014-RNP, “Definición de la arquitectura del sistema único de registro”.

San José, 4 de setiembre del 2006.—Proveeduría.—Lic. Mauricio Madrigal Calvo, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 8890).—C-4970.—(80773).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

-UNIDAD EJECUTORA-PRÉSTAMO BID 1377/OC-CR

PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DE LA

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 101-06

Adquisición de equipo y mobiliario para oficina, a ser

utilizados en casas de justicia y mobiliario ergonómico

especial para el Poder Judicial

La Unidad Ejecutora del Programa de Modernización Poder Judicial-BID, comunica a los interesados en el Concurso arriba citado, que en sesión de Consejo Superior, celebrada el día 31 de agosto del 2006, artículo XII, dispuso adjudicar este procedimiento, de la siguiente forma:

Líneas 1, 2, 8, empresa Acofi, 3-101-068-302, monto total US $3.671,00. Plazo de entrega: 10 días hábiles.

Garantía: 1 año.

Líneas 3, 12, 15 y 16, empresa PanelTech, 3-101-218522, monto total US$ 15.609,60. Plazo de entrega: 10 días hábiles.

Garantía: 10 años.

Líneas 5 y 6, empresa Compañía Leogar S. A., 3-101-016273, monto total US $ 1.293,07. Plazo de entrega: 10 días hábiles.

Garantía: 36 meses.

Línea 11, empresa ADS Anker S. A., 3-101-006302, monto total US $586. Plazo de entrega: 10 días hábiles.

Garantía: 12 meses.

Se declaran infructuosas las siguientes líneas 10, 17, 18 y 19 y desiertas las líneas 4, 7, 9, 13 y 14.

Lugar de entrega para las líneas 1, 2, 3, 5, 6, 8, 11 y 12: Dirección Nacional de Resolución Alternativa de Conflictos, Ministerio de Justicia.

Lugar de entrega para las líneas 15 y 16: Almacén de la Proveeduría Judicial. Adjudicación total: US $21.159,67.

Todo de acuerdo con lo solicitado en el pliego de condiciones y las ofertas recibidas.

Se le recuerda a los adjudicatarios, la presentación de la garantía de cumplimiento, en la forma y plazo señalados en el cartel de concurso.

La Unidad Ejecutora, conforme las condiciones del concurso, procederá a la preparación de los documentos contractuales.

La adjudicación aquí publicada, cuenta con la aprobación del Consejo Superior, conforme oficio Nº 7540-06 de la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia y del Banco Interamericano de Desarrollo, conforme oficio COF/CCR/1267/2006.

San José, 4 de setiembre del 2006.—Lic. Sonia Navarro Solano, Directora.—1 vez.—(80794).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000008-2006

(Interno 08-2006)

Contratación de servicios de vigilancia y seguridad

para la sede regional en Corredores

La Proveeduría del Tribunal Supremo de Elecciones, comunica por este medio, que en el artículo segundo de la sesión ordinaria Nº 160-2006 celebrada el 31 de agosto del año en curso y comunicado en oficio Nº 5223-TSE-2006, el Tribunal Supremo de Elecciones dispuso adjudicar el concurso de referencia de la siguiente manera:

Consorcio de Información y Seguridad S. A.

                                                                                          Precio               Precio

Ítem                           Descripción                          mensual $         anual $                     Plazo

Único                Servicio de vigilancia                   1.960,48         23.525,76      1 año prorrogable

                          y seguridad para la sede

                   regional del TSE en Corredores

Todo sujeto a las condiciones y especificaciones del cartel, así como lo ofertado.

Dicha adjudicación se sustenta en los artículos 4º de la LCA y 49.3 del RGCA.

Departamento de Proveeduría.—Lic. Javier Ignacio Vega Garrido, Proveedor.—1 vez.—(Nº 2181-2006).—C-7170.—(80622).

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

La Oficina de Proveeduría y Licitaciones informa a los interesados sobre los siguientes eventos:

Licitación Pública Nº LP-ML-1-2006: “Contratación de empresas que provean especialistas en análisis y programación de sistemas en plataforma Oracle para Bancrédito”: La adjudicación ha recaído sobre las siguientes empresas: (1) Consorcio Servicios Técnicos Administrativos S. A., Informática de Centroamérica RM y AS S. A., y (2) Dinámica Consultores S. A., a un costo por hora profesional de $20,00 (veinte dólares) y $24,00 (veinticuatro dólares), respectivamente.

Licitación por Registro Nº 2006LG-000004-01: “Contratación para la compra de cinco vehículos”: El evento ha sido declarado infructuoso.

San José, 5 de setiembre del 2006.—Proveeduría y Licitaciones.—Julio Brenes R., Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 6634).—C-5520.—(80774).

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000150-32600

Compra de microcomputadores Pentium IV

Se avisa a todos los interesados en la Licitación por Registro Nº 2006LG-000150-32600 de “Compra de microcomputadores Pentium IV” que se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del 25 de setiembre del 2006 y que se realizan las siguientes modificaciones al cartel:

En el punto 1 de “Del objeto contractual y especificaciones técnicas”

Donde dice: “Tres ranuras PCI-Express, mínimo”

Léase correctamente: “Una ranura PCI Express mínimo y dos ranuras PCI libres, mínimo”

Donde dice: “Parlantes amplificados estereofónicos de al menos 400 watts, del mismo color y marca que el resto del equipo”

Léase correctamente: “Parlantes amplificados estereofónicos del mismo color y marca que el resto del equipo”

En el punto 3.2.1 de certificación de calidad:

Debe incluirse: “El oferente podrá presentar en forma sustitutiva la norma internacional similar o equivalente a las indicadas en el cuadro del punto 3.2.1., para lo que deberá aportar la documentación de equiparación que así lo demuestra”

Todo lo demás se mantiene invariable.

San José, 4 de setiembre del 2006.—MBA. Sylvia Jiménez Cascante, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº 24478).—C-10995.—(80624).

La Proveeduría Institucional avisa a todos los interesados que de conformidad con la resolución D-4-2005-CO-DDI y el oficio DDI-146 del 14 de diciembre del 2005 de la Contraloría General de la República, se realizan las siguientes modificaciones a la nomenclatura de las licitaciones promovidas a concurso:

En el aviso de invitación publicado en La Gaceta Nº 164 de fecha 28 de agosto del 2006:

Donde dice:

Licitación por Registro Nº 180-2006, compra de lubricantes.

Licitación por Registro Nº 181-2006, servicios de reparación de vehículos livianos de la División General de Obras Públicas.

Licitación por Registro Nº 182-2006, equipo de protección laboral.

Licitación por Registro Nº 183-2006, servicio de monitoreo.

Licitación por Registro Nº 185-2006, compra de llantas.

Léase correctamente:

Licitación por Registro Nº 2006LG-000180-32700, compra de lubricantes.

Licitación por Registro Nº 2006LG-000181-32700, servicios de reparación de vehículos livianos de la División General de Obras Públicas.

Licitación por Registro Nº 2006LG-000182-32700, equipo de protección laboral.

Licitación por Registro Nº 2006LG-000183-32700, servicio de monitoreo.

Licitación por Registro Nº 2006LG-000185-32700, compra de llantas.

Se avisa a todos los interesados en la Licitación por Registro Nº 2006LG-000180-32700 de “Compra de lubricantes”, que se realizan las siguientes modificaciones al cartel:

En el apartado 1.3 de “Del análisis del laboratorio”, página Nº 5 del cartel,

Debe incluirse: “El Ministerio realizará pruebas de monitoreo a la maquinaria trabajando en todas las regiones del país, de acuerdo al plan de trabajo de la Dirección de Equipo y Maquinaria; el costo de los mismos corre a cuenta del adjudicatario.”

En el apartado 3.2.3 de “Experiencia de la empresa”, página Nº 11 del cartel;

Donde dice: “Se evaluarán los años que tiene el oferente de experiencia real en actividades afines a venta de lubricantes, y el puntaje se asignará de la siguiente manera:

Años de experiencia                       Porcentaje correspondiente

Mayor a 15 años                                                         10%

Menor de 15 y mayor a 10 años                                  7%

Menor de 10 y mayor a 5 años                                    5%

Menor de 3 años                                                          2%

El oferente debe realizar una declaración jurada indicando la cantidad de años de experiencia en el mercado de lubricantes. La no presentación de la misma será un documento no subsanable, y el oferente obtendrá cero puntos en este factor de evaluación.”

Léase correctamente: “Se evaluarán los años que tiene el oferente de experiencia real en actividades afines a la venta de lubricantes en el territorio nacional y el puntaje se asignará de la siguiente manera:

Años de Experiencia                       Porcentaje correspondiente

Mayor a 15 años                                                         10%

Menor de 15 y mayor a 10 años                                  7%

Menor de 10 y mayor a 5 años                                    5%

Menor de 3 años                                                          2%

El oferente debe realizar una declaración jurada indicando la cantidad de años en el mercado de lubricantes a nivel nacional. La no presentación de la misma será un documento insubsanable, y el oferente obtendrá cero puntos en este factor.”

Se avisa a todos los interesados en la Licitación por Registro Nº 2006LG-000185-32700 de “Compra de llantas”, que se realizan las siguientes modificaciones al cartel:

En el apartado 3.2.4 de “Garantía del producto”, página Nº 10 del cartel;

Donde dice:

“El puntaje de la garantía del producto se asignará de la siguiente manera:

Porcentaje obtenido: Garantía del producto en meses de la oferta a evaluar x 15

Mayor garantía del producto en meses ofrecida

Léase correctamente:

“El puntaje de la garantía del producto se asignará de la siguiente manera:

Porcentaje obtenido:

Garantía del producto en kilómetros u horas de duración de la oferta a evaluar x 15

Mayor garantía del producto en kilómetros u horas ofrecidas

Todo lo demás se mantiene invariable.

San José, 1º de setiembre del 2006.—MBA. Sylvia Jiménez Cascante, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº 24476).—C-28235.—(80642).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

JUNTA ADMINISTRATIVA REGISTRO NACIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA 2006LN-0000008-RNP

Traslado de información de tomos de mercantil al sistema

automatizado de personas jurídicas

El Departamento de Proveeduría del Registro Nacional, aclara respecto al cartel de referencia, que el salario mínimo devengado por todo el personal a destacar en el contrato, debe ser de trabajador calificado.

Los demás términos del cartel permanecen invariables.

San José, 5 de setiembre del 2006.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Mauricio Madrigal Calvo, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 8891).—C-4970.—(80775).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000034-PCAD

(Prorroga Nº 1)

Contratación de servicios en contaduría pública para certificación de

deudas por obligaciones vencidas de deudores del Banco Popular

La fecha de apertura de este concurso se traslada para el 19 de setiembre del 2006, a las 15:00 horas.

Todas las demás condiciones y requisitos permanecen invariables.

San José, 4 de setiembre del 2006.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(80605).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 106067(2006LN-106067-UL)

Servicios de recaudación de derechos de circulación

El Instituto Nacional de Seguros, comunica a los oferentes de la presente licitación, cuyo cartel se publicó en La Gaceta Nº 121 del 23 de junio del 2006, que con fundamento en el artículo Nº 45.1.15 del Reglamento General de Contratación Administrativa y al punto VI, inciso C. Condiciones Generales del cartel, que el plazo para adjudicar se prorroga para el 26 de octubre del 2006.

Por lo tanto se debe, en caso de ser necesario, extender la vigencia de la oferta y de la garantía de participación, a fin de mantener el interés legítimo.

San José, 5 de setiembre del 2006.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Luis Leitón Aguilar, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18427).—C-6620.—(80777).

LICITACIÓN PÚBLICA 2006LN-106070-UL

(Prórroga-apertura de ofertas)

Servicios médicos en fisiatría

Se les comunica a los interesados en el presente concurso, cuya invitación se incluyó en el Diario Oficial La Gaceta Nº 153 del 10 de agosto del 2006, la siguiente prórroga: La apertura de las ofertas se traslada para las 9:00 horas del 21 de setiembre del 2006. La información restante permanece invariable.

Departamento de Proveeduría.—Lic. Luis Leitón Aguilar, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18427).—C-4970.—(80778).

UNIVERSIDAD NACIONAL

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000009-SCA

Compra de vehículos

Se comunica a los interesados en el presente concurso que debido a modificaciones realizadas al cartel de licitación, se traslada la fecha límite para la recepción de las ofertas para las 10:00 horas del día 19 de setiembre del 2006.

Los interesados deberán retirar dichas modificaciones y aclaraciones a partir de la presente publicación en la Proveeduría de la Universidad Nacional, o bien solicitarlo al correo electrónico cmurillo@una.ac.cr.

Todas las demás condiciones del cartel se mantienen invariables.

Heredia, 1º de setiembre del 2006.—Ada Cartín Brenes, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 23278).—C-5520.—(80627).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LI-000014-PROV (Prorroga Nº 3)

Implementación del proyecto de gestión remota y seguridad de la red

del Sistema Nacional de Telecomunicaciones

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada que la misma se está prorrogando para el próximo 5 de octubre del 2006 a las 14:00 horas

Fecha de apertura anterior: 9:00 horas del día 14 de setiembre del 2006.

San José, 5 de setiembre del 2006.—Ing. Carlos Casco P. Coordinador Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 325243).—(C-4420.—(80813).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LI-000032-PROV (Prórroga Nº 2)

Adquisición de repuestos para la turbina de gas ms 6001

Nº 8 del Centro de Generación Moín

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada que la misma se está prorrogando para las 9:00 horas del 2 de octubre del 2006.

Fecha de apertura anterior: 14:00 horas del 14 de setiembre del 2006

San José, 5 de setiembre del 2006.—Dirección de Proveeduría.—Ing. Carlos Casco P., Coordinador Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 325243).—C-4420.—(80814).

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº 2006LI-000033-PROV

(Precalificación Nº 3)

Equipo electromecánico de casa de máquinas para el P.H. Pirrís

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los oferentes precalificados de la licitación arriba mencionada que pueden retirar en la Dirección de Proveeduría el Adéndum Nº 1, que contiene modificaciones al cartel.

Fecha de apertura: 9:00 horas del 18 de octubre del 2006.

San José, 4 de setiembre del 2006.—Dirección de Proveeduría.—Ing. Carlos Casco P., Coordinador Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 325243).—C-4970.—(80816).

SERVICIO NACIONAL DE AGUAS SUBTERRÁNEAS

RIEGO Y AVENAMIENTO

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 003-2006

Recava de canales para el proyecto de riego Coopecanita

Se le informa a los interesados que en la licitación antes mencionada publicada en La Gaceta Nº 169 el día lunes 4 de setiembre del 2006, se efectúa el siguiente cambio en su invitación.

Donde dice: Licitación por Registro Nº 003-06, recava de canales para el proyecto de riego Coopecanita.

Debe leerse correctamente: Licitación por Registro 2006-LG-00000-3 OC, recava de canales para el proyecto de riego Coopecanita.

Además se comunica que se ha programado una visita al campo para el día jueves 14 de setiembre del 2006, el punto de encuentro será en el costado norte del parque de Turrialba, a las 9:30 de la mañana.

Servicios Administrativos.—Lic. Xinia Herrera Mata, Coordinadora.—1 vez.—(80776).

AVISOS

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO

ELÉCTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000006-UE

Compra de pernos de acero

Contratar Bienes y Servicios, avisa que se ha modificado el cartel de la Licitación por Registro Nº 2006LG-000006-UE cuyo objeto es la compra de pernos de acero, concretamente en la sección segunda “Requerimiento” para que se lea de la siguiente manera: Descripción: Pernos de acero de 19,05 mm x 63,5 mm (3/4”) x 2 1/2”, rosca ordinaria (10 hilos/pul), cabeza hexagonal. Se elimina la parte (HORO GR-5).

Se comunica además que el acto de apertura de ofertas se traslada para las 14:00 horas del 12 de setiembre del 2006.

Contratar Bienes y Servicios.—Lic. Abel Gómez L., Coordinador.—1 vez.—(O. C. Nº 16215).—C-4420.—(80226).

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000009-UE

Compra de acero de barrenación y jumbo

Contratar Bienes y Servicios, avisa que se ha modificado la sección segunda “Requerimiento” del cartel de la Licitación por Registro Nº 2006LG-000009-UE cuyo objeto es la “compra de acero de barrenación y jumbo”, los interesados en conocer el nuevo requerimiento podrán solicitarlo a la dirección electrónica htabarez@jasec.co.cr.

Contratar Bienes y Servicios.—Lic. Abel Gómez L., Coordinador.—1 vez.—(O. C. Nº 16215).—C-3870.—(80227).

PROCESO CONTRATAR BIENES Y SERVICIOS

UEN DE APOYO

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 20-2006

Contratación de mano de obra para la realización

del inventario de la red eléctrica de JASEC

Contratar Bienes y Servicios, avisa que la apertura de dicho proceso licitatorio se ha prorrogado para el 3 de octubre del 2006 hasta las 10:00 a. m., de igual forma se programa una nueva charla técnica para el 20 de setiembre del 2006 a partir de las 10:00 a. m., la misma será impartida por el Ing. Andrés Castillo Arias, teléfono 550-6875 ó 550-68-65, correo electrónico acastillo@jasec.co.cr, tanto la apertura de ofertas como la charla técnica tendrán lugar en las instalaciones de JASEC, sita en Cartago, barrio Fátima, 300 metros norte y 100 oeste de la Iglesia María Auxiliadora. De igual forma se les comunica que a partir del 11 de setiembre del 2006 estará disponible el nuevo cartel con las mejoras incluidas, por lo que los interesados podrán solicitar el cartel en la dirección indicada para lo cual deben traer el respectivo diskette o solicitarlo al correo electrónico rmolina@jasec.co.cr.

Cartago, 5 de setiembre del 2006.—Contratar Bienes y Servicios.—Lic. Abel Gómez Leandro, Coordinador.—1 vez.—(O. C. Nº 16216).—C-10470.—(80779).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

LICITACIÓN RESTRINGIDA Nº 08-2006

Fabricación de muebles de acero inoxidable

La Proveeduría de la Municipalidad de Montes de Oca, comunica a todos los interesados en la Licitación Restringida Nº 08-2006, sobre fabricación de muebles de acero inoxidable, publicado en La Gaceta el día 25 de agosto del 2006, La Gaceta Nº 163, que debe leerse correctamente: número de “Licitación Nº 2006LR-000008-MMO”.

San José, 4 de agosto del 2006.—Lic. Víctor Hugo Portilla Madrigal, Proveedor Municipal.—1 vez.—(80805).

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000006-01

(Modificación al cartel y prórroga a la apertura de ofertas)

Adquisición de una unidad móvil

La Municipalidad del cantón central de Alajuela, comunica a los interesados en la referida licitación que según acuerdo del Concejo Municipal, sesión ordinaria Nº 35-06, capítulo X, artículo Nº 3º, del martes 29 de agosto del 2006, con fundamento en artículo 47 del Reglamento de Contratación Administrativa, acordó modificar el cartel de licitación en los siguientes términos:

En el apartado plazo de entrega del cartel, página 12, se establece lo siguiente:

*   Los oferentes que presenten un plazo de entrega menor o igual a 15 días hábiles obtendrán la totalidad de 10 puntos.

*   Los oferentes que presenten un plazo de entrega mayor a 15 días hábiles pero menor a 20 días hábiles obtendrán 5 puntos.

*   Los oferentes que presenten un plazo de entrega mayor a 20 días hábiles obtendrán 0 puntos.

Para que se lea:

*   Los oferentes que presenten un plazo de entrega menor o igual a 75 días hábiles obtendrán la totalidad de 10 puntos.

*   Los oferentes que presenten un plazo de entrega mayor a 75 días hábiles y menor a 90 días hábiles obtendrán 5puntos.

*   Los oferentes que presenten un plazo de entrega mayor a 90 días hábiles obtendrán 0 puntos.

Se prórroga la apertura de ofertas, para las 10:00 horas del 11 de octubre del 2006.

Subproceso de Proveeduría.—Lic. Edgar Palma Solórzano, Proveedor.—1 vez.—(80585).

MUNICIPALIDAD DE SANTA BÁRBARA

La Municipalidad de Santa Bárbara informa que en La Gaceta número 166 del 30 de agosto del 2006, se publicó el aviso de la Licitación por Registro 01-2006, léase correctamente “Licitación por Registro 2006LG-000001-CL”.

Santa Bárbara, 4 de setiembre del 2006.—Subproceso de Proveeduría.—Bach. Cinthya Salas Chavarría, Proveedora.—1 vez.—(80623).

MUNICIPALIDAD DE NICOYA

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 17-2006

Iluminación cancha de fútbol de Caimital

Se comunica a los interesados en el presente concurso, cuya invitación se publicó en La Gaceta Nº 168 del 1º de setiembre del 2006, que:

Donde dice: Licitación por Registro Nº 17-2006, léase correctamente: 2006LG-000017-01.

Las demás condiciones permanecen invariables. Publíquese.

Nicoya, 1º de setiembre del 2006.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Sully Obando Villegas, Proveedora.—1 vez.—(80607).

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 18-2006

Iluminación cancha de fútbol de Corralillo

Se comunica a los interesados en el presente concurso, cuya invitación se publicó en La Gaceta Nº 168 del 1º de setiembre del 2006, que:

Donde dice: Licitación por Registro Nº 18-2006, léase correctamente: 2006LG000018-01.

Las demás condiciones permanecen invariables.

Publíquese.—Nicoya, 1º de setiembre del 2006.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Sully Obando Villegas.—1 vez.—(80609).

REGLAMENTOS

COLEGIOS UNIVERSITARIOS

COLEGIO UNIVERSITARIO DE LIMÓN

REGLAMENTO PARA EL NOMBRAMIENTO DEL DECANO

CAPÍTULO I

De la naturaleza del reglamento

Considerando:

1º—Que el artículo 10 inciso a) de la Ley Nº 7941 de Creación del Colegio Universitario de Limón y el artículo 12 inciso a) del Reglamento de Educación Parauniversitaria, establecen para el Consejo Directivo del Colegio Parauniversitario, hacer cumplir el objetivo principal, los fines y las funciones que la ley y el Reglamento señalan.

2º—Que el inciso b) del artículo 10 de la Ley Nº 7941 de Creación del Colegio Universitario de Limón y el inciso b) del artículo 12 del Reglamento de Educación Parauniversitaria, establecen para el Consejo Directivo definir y orientar la política de la institución en materia de docencia, investigación y acción social.

3º—Que el inciso e) del artículo 10 de la mencionada ley y el inciso e) artículo 12 del mencionado reglamento, establecen para el Consejo Directivo dictar las normas que rigen el funcionamiento académico y administrativo de las instituciones conforme a la ley y al presente Reglamento.

4º—Que las actividades tendientes al nombramiento del cargo del Decano deben ser eficientes y eficaces ya que una inadecuada selección podría disminuir la capacidad del CUNLIMÓN para alcanzar sus objetivos principales, fines y funciones institucionales, establecidos en la misma ley y el reglamento.

5º—Que para alcanzar los fines estratégicos de la institución y cumplir con elementos de conveniencia y de oportunidad, se hace necesario promover la más amplia divulgación para lograr la mayor participación posible de profesionales idóneos que reúnen los valores morales, intelectuales y éticos para el desempeño satisfactorio de dichos cargos.

6º—Que el Reglamento Autónomo de Organización y de Servicios, en lo que se refiere al proceso para el nombramiento del Decano, no contempla los criterios de reclutamiento y selección requeridos para el puesto en mención.

Por lo tanto, el Consejo Directivo del CUNLIMÓN, en el uso de las facultades constitucionales y legales, expide el presente Reglamento para el Nombramiento del Decano que se regirá conforme a las siguientes cláusulas:

CAPÍTULO II

Disposiciones generales

Artículo 1º—Objetivo. El Reglamento para el Nombramiento del Decano del CUNLIMÓN, que en lo sucesivo, se denominará como “El Reglamento”; establece las disposiciones que deberá acatar la administración en todo lo referente al reclutamiento, evaluación, selección y nombramiento del cargo del Decano del Colegio Universitario de Limón.

Artículo 2º—Definiciones. Para los propósitos del presente reglamento los términos que se emplean tendrán los siguientes significados:

2.1   Decano. Se llamará Decano al funcionario de mayor jerarquía en el Colegio Universitario, será la persona que ejerce la máxima autoridad administrativa y docente, le corresponde la representación judicial y extrajudicial de la institución y presidirá el Consejo Directivo. Su nombramiento recae en el Consejo Directivo.

2.2   Funcionario. Toda persona que se encuentre laborando para el CUNLIMÓN.

2.3   Concurso. Proceso mediante el cual se invita a participar a las personas interesadas en el puesto de Decanatura del CUNLIMON.

Artículo 3º—Para ser Decano del CUNLIMON, la persona a designar mínimo debe cumplir los siguientes requisitos:

a.   Mayor de 30 años.-

b.  Poseer grado o título no inferior a la licenciatura en el área afín.-

c.   Poseer al menos 5 años de experiencia certificada en el área docente y en el área administrativa.-

d.  Estar debidamente incorporado al Colegio Profesional respectivo.

e.   Haber laborado mínimo 2 años en una Institución de Educación Superior, como docente y/ó administrativo.

f.   No tener antecedentes penales.

Artículo 4º—Para el nombramiento del Decano del CUNLIMON, primero se hará un Concurso Interno y de no haber participantes o elección. De inmediato se hará un Concurso Externo.

CAPÍTULO III

Del reclutamiento de interesados

Artículo 5º—Publicación del Concurso. Es la divulgación formal mínima de promoción del proceso, para llenar la plaza vacante de Decano. Para el Concurso Interno, se divulgará en lugares visibles y en las pizarras informativas que existan en las instalaciones del CUNLIMON, incluyendo las de los distintos edificios y sedes. Para el Concurso Externo se divulgara mínimo en un periódico de circulación a nivel nacional.

Artículo 6º—El Concurso Interno. Es el procedimiento mediante el cual se invita a participar a todos aquellos funcionarios activos de la Institución que cumplan con lo establecido en el artículo 3º de este Reglamento y además con los requisitos establecidos en el concurso.

La invitación al concurso interno debe efectuarse mediante comunicación en las pizarras informativas y lugares visibles del CUNLIMON, con un mínimo de diez días hábiles de anticipación.

Artículo 7º—El Concurso Externo. Es el procedimiento mediante el cual se invita a participar al público en general que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 3º de este Reglamento y además con los requisitos establecidos en el concurso. La publicación deberá realizarse al menos una vez, en un periódico de circulación nacional, con un mínimo de diez días hábiles de anticipación.

Artículo 8º—Entrega información participantes. Toda persona interesada en participar en el Concurso para el nombramiento del Decano, necesariamente deberá entregar toda la información solicitada, un original y copias que indique el concurso, en un sobre debidamente cerrado, donde consignará en la parte exterior, el concurso, nombre y apellidos del participante y teléfono, no se recibirá información que no reúna este requisito. Posterior al plazo de recepción no se aceptará ningún documento.

Artículo 9º—Recepción de documentos. La recepción de la documentación, se realizará en la oficina de Recursos Humanos del CUNLIMON, dentro del plazo establecido en la convocatoria. El funcionario que recibe la documentación, necesariamente deberá hacer una nota de recibo donde consignará, la hora, fecha y persona que entrega el sobre cerrado y rotulado, firmara y sellará la misma y entregará el original al interesado y la copia la adhiere al sobre entregado. A la hora de cierre del concurso, necesariamente se levantará un acta, por la Comisión que designe el Concejo Directivo o en su defecto, lo hará el Jefe de Recursos Humanos, con la presencia de dos funcionarios o de un notario, donde se levantará un acta de cierre, consignando la cantidad de sobres recibidos y las personas que los remiten. En caso que a la hora de cierre, existan varias personas entregando la información, la Comisión de Cierre, recibirá únicamente la información en sobre cerrado a las personas que se presentaron antes de la hora del cierre del concurso. El no levantamiento del acta de cierre del concurso, es motivo de nulidad.

CAPÍTULO IV

De la evaluación de los participantes

Artículo 10.—Factores a evaluarse. La evaluación se efectuará de conformidad con los factores: títulos académicos, experiencia laboral, capacitación adicional y la entrevista conductual.

Artículo 11.—El Consejo Directivo podrá en razones de conveniencia y oportunidad institucional asimismo en atención a los fines estratégicos de la institución, introducir modificaciones a los criterios y factores de evaluación siempre y cuando se cumpla con los principios de divulgación e igualdad de participación para los concursantes.

Artículo 12.—El concurso de oposición. El concurso de oposición consistirá en una evaluación de los atestados de los participantes. Se someterá a los postulantes a una entrevista conductual aplicada por el Consejo Directivo. Se le comunicará previamente a los interesados, la fecha y hora señalada para tal fin.

Artículo 13.—Valoración de los factores. La evaluación de los atestados se calificará con una puntuación máxima de 60 puntos (títulos académicos 25, experiencia laboral 20 puntos distribuidos en 10 puntos para experiencia administrativa y 10 puntos para experiencia en docencia, capacitación adicional 15 puntos); la entrevista conductual con una puntuación máxima de 40 puntos. Para participar en la entrevista conductual, el candidato deberá reunir una puntuación mínima en los atestados, de 30 puntos. El Consejo Directivo se reserva el derecho de seleccionar al candidato amparado a criterios de interés institucional; por lo que no necesariamente se selecciona al candidato que obtuvo mayor puntaje. La nota mínima para ser electo Decano será de 70 puntos.

Artículo 14.—El procedimiento del concurso. El procedimiento sobre la manera en que se efectuará el concurso, evaluará y seleccionará a los participantes será detalladamente descrito y suministrado a los concursantes en igualdad de condiciones.

CAPÍTULO V

Del nombramiento

Artículo 15.—Requisitos para el nombramiento. En caso de ser elegido el participante deberá presentar, en forma previa y como requisito para ser nombrado, lo siguiente:

Una declaración jurada so pena de ser despedido del cargo sin responsabilidad patronal de comprobarse lo contrario, en la que conste: a) No tener familiares o parientes con al menos tercer grado de consanguinidad laborando en el CUNLIMÓN, b) No haber recibido pago por cesantía dentro de la normativa establecida en el artículo 586 inciso del Código de trabajo c) Una Declaración Jurada de sus bienes en formulario dispuesto por la Contraloría General de la República y d) Una póliza de fidelidad.

Artículo 16.—La propiedad de las ofertas no favorecidas. La ofertas que no fueron favorecidas con el nombramiento al cargo, pasarán a formar parte del registro de elegibles o serán devueltos al interesado si hiciere su petición formal dentro de los siguientes 8 días a partir de la fecha del nombramiento.

Artículo 17.—Período nombramiento Decano. El nombramiento del Decano será por tiempo definido de dos años. Si el Decano tiene interés en continuar en su puesto, así lo debe manifestar por escrito al Consejo Directivo, con cuatro meses antes del vencimiento de su nombramiento. Para que el Consejo Directivo, de acuerdo a evaluación del desempeño realizada, acuerde si lo nombre por un periodo igual. Caso contrario, se procede a realizar la convocatoria del Concurso para nombramiento de Decano.

Artículo 18.—La apertura de nuevo concurso. Tres meses antes del vencimiento del nombramiento del Decano y si este ha manifestado por escrito su interés en continuar en el puesto, el Consejo Directivo tendrá la potestad de realizar evaluación del desempeño del Decano; con el fin de determinar si se le nombra por un periodo igual, o en su efecto, sacar la plaza a concurso.

Artículo 19.—De la evaluación del Decano: El Decano deberá presentar en forma escrita y verbal, un informe semestral de gestión al Consejo Directivo.

Artículo 20.—Nombramiento Interino del Decano. El Consejo Directivo podrá efectuar el nombramientos en forma interina, del funcionario de rango superior, para el cargo del Decano, sin necesidad de recurrir a concurso; mientras se realiza el concurso correspondiente.

Artículo 21.—La interrupción anticipada del nombramiento. El Consejo Directivo tendrá la potestad de sustituir el nombramiento anticipado del Decano por votación calificada cuando se hayan presentado alguna de las siguientes condiciones: 1) Por enfermedad orgánica o incapacidad mental demostrada del funcionario, 2) por demostrada incapacidad para alcanzar los objetivos y fines de la institución, 3) por comprobada negligencia o comportamiento irresponsable en el cumplimiento de sus funciones, 4) por faltar de manera premeditada, manifiesta y reiterada a las disposiciones contenidas en la normativa legal y del presente reglamento, 5) el dejar de estar incorporado al Colegio Profesional respectivo, 6) Por comprobada notoria conducta pública o privada, contraria a la moral y a las buenas costumbres.

Este reglamento, entrará en vigencia a partir de su publicación en Diario Oficial La Gaceta.

Aprobado por el Consejo Directivo del Colegio Universitario de Limón, en la sesión Nº 124 del 16 de agosto del 2006. Publíquese.

Limón, 31 de agosto del 2006.—Nancy Hewitt Hines, Proveeduría.—1 vez.—(79396).

AVISOS

POPULAR SOCIEDAD DE FONDOS DE INVERSIÓN S. A.

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE INVERSIONES DE LOS FONDOS

ADMINISTRADOS POR POPULAR SOCIEDAD DE FONDOS

DE INVERSIÓN S. A.

La Junta Directiva de Popular Sociedad de Fondos de Inversión en sesión ordinaria Nº 186, celebrada el 25 de agosto del 2006, acordó por unanimidad de los presentes: Aprobar el “Reglamento del Comité de Inversiones de los Fondos Administrados por Popular Sociedad de Fondos de Inversión S. A.”, el cual deroga el “Reglamento para las Inversiones de los Fondos de Inversión Administrados por Popular Sociedad de Fondos de Inversión y Conformación y Funcionamiento del Comité de Inversiones”, publicado en La Gaceta Nº 65 del 2 de abril del 2003, y cuyo texto se transcribe a continuación:

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE INVERSIONES DE LOS FONDOS

ADMINISTRADOS POR POPULAR SOCIEDAD DE FONDOS

DE INVERSIÓN S. A.

Artículo 1º—El presente Reglamento se emite con fundamento en el artículo 188 del Código de Comercio y en atención al artículo 24 del “Reglamento General sobre Sociedades Administradoras y Fondos de Inversión” aprobado por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, publicado en La Gaceta del 8 de mayo del 2006.

Artículo 2º—El objeto de este Reglamento es determinar la creación, integración y funcionamiento del Comité de Inversiones, así como establecer los lineamientos normativos de carácter general para la inversión de los Fondos administrados.

Artículo 3º—Para los efectos de este Reglamento se entiende por:

Agente de Bolsa: Persona física autorizada y con credencial de una Bolsa de valores para realizar operaciones bursátiles.

Comité de Inversiones: Comité creado en el artículo Nº 4 de este Reglamento.

Coordinador Financiero y Administrativo: El Coordinador Financiero y Administrativo de Popular SAFI.

Gerente: El Gerente de Popular SAFI.

Gestor del portafolio: El funcionario de Popular SAFI, encargado de la administración y gestión de las carteras.

Gestor de riesgo: El funcionario de Popular SAFI encargado del área de riesgo.

Inversiones: Recursos colocados en valores.

Miembro independiente: Miembro del Comité de Inversiones, según se define en el artículo 24 del “Reglamento General sobre Sociedades Administradoras y Fondos de Inversión”.

Popular SAFI: Popular Sociedad de Fondos de Inversión S. A.

CAPÍTULO I

Del Comité de Inversiones

Artículo 4º—Créase el Comité de Inversiones, cuyos integrantes deberán cumplir con todos los requisitos indicados en el citado artículo 24 del Reglamento General sobre Sociedades Administradoras y Fondos de Inversión, y que estará integrado por:

a)  El Gerente, quien lo presidirá.

b)  El Gestor de Portafolio, quien será su secretario.

c)  El Coordinador Financiero-Administrativo.

d)  Un agente de Bolsa titular y uno suplente, ambos de Popular Valores, Puesto de Bolsa S. A., quienes serán propuestos por la Gerencia del Puesto de Bolsa y ratificados por la Junta Directiva de esa Sociedad.

e)  Uno o más miembros independientes, quienes asistirán dependiendo de los temas que se vayan a tratar, según se dispone en el artículo 9 de este Reglamento.

Además, asistirá el Gestor de Riesgo de Popular SAFI, con voz pero sin voto, sin que su ausencia impida que el órgano sesione, así como y en las mismas condiciones, el Gerente de Popular Valores, el cual deberá asistir cuando sea convocado.

No corresponderá el pago de dietas por la asistencia a las sesiones del Comité, salvo en el caso de las personas indicadas en el inciso e) de este artículo, quienes devengarán, cada uno, dietas en el mismo monto señalado para los integrantes de la Junta Directiva Nacional del Banco Popular y de Desarrollo Comunal.

Artículo 5º—Funciones y requisitos de los miembros independientes.

Los requisitos que deben cumplir los miembros independientes son:

a)  Ser personas de reconocida y probada honorabilidad y con amplia experiencia en materia económica, financiera, bursátil y de pensiones, la cual debe quedar comprobada ante Popular SAFI.

b)  Ser personas que no hayan sido declaradas culpables, en sentencia judicial firme, en los últimos cinco años, por la comisión de un delito doloso o bien que no hayan sido sancionadas administrativamente en firme por actos fraudulentos o ilegales.

c)  No ser cónyuge ni estar ligado por consaguinidad o afinidad hasta el tercer grado, con los miembros de los Comités de Inversiones del Conglomerado Banco Popular o con representantes legales, integrantes de la junta directiva, fiscales o gerentes de calificadoras de riesgo o emisores; o con quienes posean acciones, cuotas u otras participaciones de capital iguales o superiores al 50% en esas entidades.

d)  Ser personas que en los últimos cinco años no hayan sido inhabilitadas en firme, judicial o administrativamente, para ocupar cargos administrativos o de dirección en entidades públicas.

e)  No ser representante legal, integrante de la junta directiva, fiscal o gerente, o bien poseer acciones, cuotas u otras participaciones de capital iguales o superiores al 50% de calificadoras de riesgo o emisores.

Artículo 6º—El Presidente del Comité tendrá las siguientes funciones:

a)  Convocar y presidir, con todas las facultades necesarias para ello, las reuniones del Comité, las que podrá suspender en cualquier momento por causa justificada.

b)  Velar porque el Comité cumpla las leyes y reglamentos relativos a su función.

c)  Fijar directrices generales e impartir instrucciones en cuanto a los aspectos de forma de las labores del Comité.

d)  Convocar a sesiones extraordinarias.

e)  Confeccionar el orden del día, teniendo en cuenta, en su caso, las peticiones de los demás miembros formuladas al menos con tres días de antelación.

f)   Resolver cualquier asunto en caso de empate, para cuyo caso tendrá voto de calidad.

g)  Ejecutar los acuerdos del Comité; y

h)  Las demás que le asignen las leyes y reglamentos.

Artículo 7º—El Gestor de Portafolio tendrá las siguientes funciones:

a)  Preparar y proporcionar la documentación necesaria para la celebración de cada sesión del Comité.

b)  Proponer directrices al Comité respecto a las políticas de inversión, límites y mecanismos de inversión de conformidad con la Ley y demás normativas aplicables.

c)  Revisar y dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos emitidos por el Comité;

d)  Presentar al menos una vez al mes al Comité los siguientes informes:

i.   Un informe sobre el rendimiento de mercado de los fondos de inversión comparativos a los que administra Popular SAFI.

ii.  Un informe con los principales estadísticos de los fondos administrados.

iii. Un resumen de la estrategia aplicable y propuesta para los fondos de inversión administrados.

e)  Elaborar los informes adicionales que el Comité indique.

Artículo 8º—Los miembros independientes indicados en el artículo 4, inciso e), del presente Reglamento serán propuestos por la Gerencia de Popular SAFI y ratificados por su Junta Directiva, designación que será por dos años prorrogables.

Estos miembros independientes se identificarán bajo la nomenclatura de miembro independiente regular y miembro independiente especializado. Corresponderá al miembro regular brindar asesoría sobre los fondos de inversión financieros típicos. Los miembros independientes especializados brindarán asesoría sobre fondos no financieros o no típicos, tales como fondos inmobiliarios, hipotecarios, garantizados y otros.

Corresponderá a la Presidencia del Comité justificar la asistencia de uno o varios de los miembros independientes a las sesiones que el Comité celebre, con voz y voto. En el caso de que a la sesión asista más de un miembro independiente, el Presidente deberá dejar constancia en el acta de las razones que hayan justificado su convocatoria.

Artículo 9º—El Comité tendrá las siguientes funciones y obligaciones:

a)  Fijar, modificar y controlar las políticas de inversión de cada Fondo.

b)  Establecer los límites de inversión y analizar los excesos en dichos límites, cuando estos ocurran.

c)  Evaluar los informes que presente el Gestor de Riesgo de la Sociedad, así como las observaciones que al respecto formule el Gestor de Portafolio.

d)  Monitorear y evaluar las condiciones de mercado.

e)  Supervisar las labores del Gestor del Portafolio de Inversión en lo referente a las actividades de inversión.

f)   Proponer modificaciones a este Reglamento y a las normas internas de control en función de las necesidades del proceso de inversión, particularmente en lo referente a las funciones del Gestor de Portafolio.

g)  Revisar y controlar periódicamente, de acuerdo con lo convenido por el Comité, que la valoración de la cartera del Fondo de Inversión cumpla con lo establecido en las normas aplicables.

h)  Evaluar la estrategia de inversión, tanto de corto como de largo plazo, de los instrumentos propuestos por el Gestor de Portafolios.

i)   Aprobar los instrumentos de inversión en los cuales se ha de invertir, cumpliendo para ello con los análisis correspondientes.

j)   Recibir asesoría permanente sobre temas bursátiles y económicos de interés para Popular SAFI y los fondos administrados.

k)  Evaluar permanentemente las oportunidades y amenazas del entorno y tomar las medidas correspondientes.

l)   Conocer los puestos de bolsa y sociedades de inversión a través de los cuales la Administración de Popular SAFI podrá realizar inversiones cuando Popular Valores no ofrezca las condiciones que se indican en el artículo 17.

m) Otras que sean expresamente determinadas por las normas internas de Popular SAFI.

Artículo 10.—Los miembros del Comité deberán excusarse de participar en la decisión de una inversión o de establecer límites de inversión en situaciones en las que puedan existir conflictos de interés.

Los miembros del Comité de Inversión se encuentran dentro del alcance de lo establecido por la Ley del Mercado de Valores y el Reglamento del Registro del Mercado de Valores respecto a la información privilegiada.

Artículo 11.—De las sesiones del Comité. El Comité deberá sesionar ordinariamente al menos dos veces al mes, y extraordinariamente, cuando indique su Presidente o así lo solicite cualquiera de sus miembros, ello en razón de lo que un determinado asunto exija, convocatoria a sesión extraordinaria que se realizará con una anticipación de 24 horas, salvo casos de urgencia.

Toda sesión será grabada y la grabación deberá mantenerse en la custodia que designe el Comité por lo menos durante un año.

El libro de actas se llevará conforme al artículo 24 del Reglamento General de Sociedades Administradoras y Fondos de Inversión.

Las actas deberán ser firmadas por el Presidente y el Secretario del Comité, así como por los integrantes que hubieren hecho constar su voto disidente.

CAPÍTULO II

De las inversiones

Artículo 12.—El Comité procurará que las inversiones tengan la mayor rentabilidad posible, dentro de las condiciones señaladas en el prospecto, manteniendo un balance adecuado entre seguridad, liquidez, rentabilidad y cumpliendo con lo establecido en la normativa aplicable.

Artículo 13.—Popular SAFI está facultada para adquirir por cuenta de los participantes de Fondos de Inversión, los activos financieros establecidos en el prospecto de cada Fondo de Inversión que administra. Lo anterior debe siempre atender lo establecido en la Ley Reguladora del Mercado de Valores, el Reglamento General de Sociedades Administradoras y Fondos de Inversión y directrices relacionadas con regulaciones en las inversiones.

Artículo 14.—A partir de los reportes entregados por el Gestor del Portafolio, los análisis y consideraciones individuales, el Comité conocerá sobre el estado histórico de las carteras de valores y decidirá, al menos cada mes, la estrategia general de inversiones, la que como mínimo deberá detallar los siguientes aspectos:

a)  Instrumentos de los cuales se incrementará o reducirá su importancia relativa en cada Fondo.

b)  Calificación de riesgo mínima aceptada para cada Fondo.

c)  Emisores sobre los cuales establece restricciones adicionales de inversión, respecto a lo previsto en el prospecto.

d)  Justificación de las desviaciones ocurridas en cuanto a los montos y porcentajes permitidos para la inversión por instrumento.

Artículo 15.—El Gestor de Portafolio supervisará la compra y venta de valores, vigilando que se encuentren dentro de los parámetros aprobados en el prospecto de cada Fondo de Inversión y las políticas generales aprobadas por el Comité.

Artículo 16.—Será responsabilidad del Gestor de Portafolios o, en su ausencia, del Coordinador Financiero Administrativo, llevar un control diario de las compras y ventas de valores realizadas en cada uno de los Fondos de Inversión administrados, todo ello de conformidad con los parámetros definidos en el prospecto y aprobados por la Superintendencia General de Valores para cada Fondo de Inversión. El Comité podrá solicitar información particular sobre los movimientos diarios realizados.

Artículo 17.—Popular SAFI realizará las inversiones en el mercado local a través de Popular Valores Puesto de Bolsa S. A., siempre y cuando las condiciones que éste ofrezca, en cuanto a oportunidades de inversión se refiera y a rentabilidad neta para los Fondos administrados, sean al menos iguales o superiores a las del resto de los oferentes participantes del mercado.

Tratándose de transacciones internacionales, el Gerente de Popular SAFI informará al Comité, de manera previa al inicio de las mismas, de los justificantes que ha determinado en la selección de los operadores para este fin.

Artículo 18.—El Gerente aprobará las comisiones bursátiles con los puestos de Bolsa con que se realicen transacciones. Dichas negociaciones se realizarán evaluando las mejores condiciones del mercado y se informará al Comité en la siguiente reunión, quedando constancia en actas.

CAPÍTULO III

Operaciones emergentes

Artículo 19.—Si por situaciones de urgencia u oportunidad de inversión, a criterio del Gerente de Popular SAFI, no fuera conveniente esperar a la siguiente sesión del Comité ni convocarlo al efecto, el Gerente o en su ausencia, el Coordinador Financiero Administrativo, con la obligatoria asesoría del Gestor de Portafolio, podrá tomar las decisiones que estime convenientes, siempre y cuando estén estrictamente apegadas al ordenamiento jurídico y al presente Reglamento.

En estos casos, se deberá convocar a la brevedad posible al Comité para informarle de las acciones ejecutadas.

Artículo 20.—El Gestor de Portafolio deberá presentar para su conocimiento y validación, debidamente fundamentada en la sesión indicada en el artículo 19 de este Reglamento, un informe detallado de la operación realizada en los términos del artículo anterior. Las decisiones adoptadas deberán constar en actas.

Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Este Reglamento deroga el “Reglamento para las Inversiones de los Fondos de Inversión Administrados por Popular Sociedad de Fondos de Inversión y Conformación y Funcionamiento del Comité de Inversiones”, publicado en La Gaceta Nº 65 del 2 de abril del 2003.

San José, 1º de setiembre del 2006.—Máster Juan Pablo Aguilar Carvajal, Gerente Financiero.—1 vez.—(79671).

REMATES

AVISOS

ADMINISTRADORA FIDUCIARIA ZMZ S. A.

Remate de propiedades fideicometidas

Administradora  Fiduciaria  ZMZ  S. A.,  cédula  jurídica  número 3-101-144610, en calidad de fiduciaria y conforme lo establece el fideicomiso de garantía denominado Teknon Dos Mil - Promérica S. A., pone en venta los siguientes bienes inmuebles con una base de $61.594,92, cuatro inmuebles situados en Goicoechea, distrito primero del cantón octavo de la provincia de San José, inscritos así en el Registro Público de la   Propiedad:  1-37348F-000    (filial 26),    1-37349F-000   (filial 27),   1-37354F-000 (filial 32), 1-37355F000 (filial 33). A los interesados se les informa que se celebrará la subasta en las oficinas centrales de Banca Promérica S. A., en Pavas, de las instalaciones de Canal Siete, cuatrocientos metros al oeste, contiguo a Palí, al ser las 4:30 p. m., el día 14 de setiembre del 2006. Las ofertas no significan ningún compromiso para el vendedor, que se reserva el derecho de no aceptarlas o resolver sobre ellas. Todo pago debe ser hecho en efectivo o con cheque certificado. Los bienes son ofrecidos y serán vendidos en el estado en que encuentran, tanto material como jurídicamente, lo cual se entenderá aceptado por cada oferente con sólo hacer su oferta. Para mayor información comunicarse a los teléfonos 201-3922 / 519-8101 / 519-8102, en horas laborales.—Edgar Zurcher Gurdián, solicitante.—1 vez.—(80322).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO DE COSTA RICA

AVISO

OFICINA EN PALMARES

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

A quien interese, hago constar que el certificado de depósito a plazo del Banco de Costa Rica,

Certif. Nº   Monto $          Plazo          Emitido            Vence       Tasa %

61716931    8.376,00        181 días      14/07/2006      15/01/2007      4.00

Certificado emitido a la orden de María Luisa Rodríguez Ramírez, cédula 2-0135-0719. Emitido por la oficina en Palmares, ha sido reportado como extraviado por lo que se solicita al Banco de Costa Rica su reposición de acuerdo con lo establecido en los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.—Diego Guevara González, Oficial de Operaciones.—(78117).

UNIVERSIDAD NACIONAL

REPOSICIÓN DE TÍTULO

PROGRAMA DE GRADUACIÓN

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición de diploma, por: extravío. Correspondiente al título de: Bachillerato en la Enseñanza del Francés. Grado académico: Bachillerato, registrado en el libro de títulos bajo: tomo: 20  folio: 130 asiento: 1366, a nombre de Agüero Agüero Lenes María. Con fecha: 26 de agosto del 2004, cédula de identidad Nº 1-1144-0719. Se pública este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.

Heredia, 7 de agosto del 2006.—Departamento de Registro.—M.BA. Flor de María Chacón Ramírez, Directora.—(79228).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA VIDA ESTUDIANTIL

Y SERVICIOS ACADÉMICOS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El Comité Institucional para el Reconocimiento y Equiparación de Títulos y Grados (CIRE), en uso de sus facultades estipuladas en el Reglamento para el Reconocimiento y Equiparación de Grados y Títulos y el artículo 6º de la Ley Orgánica, del Instituto Tecnológico de Costa Rica, en sesión N° 4-2006, artículo 3º, del viernes 4 de agosto del 2006, ante la solicitud de Luis Eduardo Arguedas Ulate, cédula 1-0786-0393, acuerda:

1.  Reconocer el título de Maestría en Administración de Negocios otorgado, por la Universidad de Québec en Montreal, Canadá, el 14 de diciembre de 1999.

2.  Reconocer el grado de Maestría otorgado por la Universidad de Québec en Montreal, Canadá.

3.  Equiparar el grado de Maestría otorgado por la Universidad de Québec en Montreal, Canadá, al grado académico de Maestría que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.

4.  No equiparar el título de Maestría en Administración de Negocios otorgado por la Universidad de Québec en Montreal, Canadá, con el título de Master en Administración de Empresas que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.

Acuerdo firme.

Cartago, 24 de agosto del 2006.—Departamento de Admisión y Registro.—Máster William Vives Brenes, Director.—(Solicitud Nº 24907).—C-21470.—(78611).

El Comité Institucional para el Reconocimiento y Equiparación de Títulos y Grados (GIRE), en uso de sus facultades estipuladas en el Reglamento para el Reconocimiento y Equiparación de Grados y Títulos y el artículo 6º de la Ley Orgánica, del Instituto Tecnológico de Costa Rica, en sesión N° 5-2006, artículo 5º, del miércoles 16 de agosto del 2006, ante la solicitud de Manuel Antonio Castro Carrasco, pasaporte chileno N° 12.224.689-2, acuerda:

1.  Reconocer el título de Constructor Civil, otorgado por la Universidad Técnica Federico Santa María, Valparaíso, Chile, el 20 de enero de 2006.

2.  No reconocer el grado académico por cuanto este no se especifica explícitamente en el diploma.

3.  Equiparar el título de Constructor Civil otorgado por la Universidad Técnica Federico Santa María, por el título de Ingeniero en Construcción que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.

4.  Equiparar los estudios realizados en la Universidad Técnica Federico Santa María, con el grado académico de Bachillerato Universitario que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.

Acuerdo firme.

Cartago, 24 de agosto del 2006.—Departamento de Admisión y Registro.—Máster William Vives Brenes, Director.—(Solicitud Nº 24907).—C-21470.—(78612).

El Comité Institucional para el Reconocimiento y Equiparación de Títulos y Grados (CIRE), en uso de sus facultades estipuladas en el Reglamento para el Reconocimiento y Equiparación de Grados y Títulos y el artículo 6º de la Ley Orgánica, del Instituto Tecnológico de Costa Rica, en sesión N° 5-2006, artículo 3º, del miércoles 16 de agosto del 2006, ante la solicitud de Rocío Maritza Criales Añaños, pasaporte peruano N° 3085682, acuerda:

1.  Reconocer el título de Título Profesional de Arquitecta, otorgado por la Universidad de Ricardo Palma, Perú, el 12 de marzo del 2003.

2.  Reconocer el grado de Licenciatura.

3.  Equiparar el título de Título Profesional de Arquitecta, otorgado por la Universidad de Ricardo Palma, Perú, con el título de Arquitecta, que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.

4.  Equiparar los estudios realizados en la Universidad de Ricardo Palma, Perú, con el grado académico de Licenciatura que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.

Acuerdo firme.

Cartago, 24 de agosto del 2006.—Departamento de Admisión y Registro.—Máster William Vives Brenes, Director.—(Solicitud Nº 24907).—C-21470.—(78613).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

CONSEJO DIRECTIVO

Considerando:

La Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, regula la expropiación forzosa por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, incluyendo servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En dicho marco legal-institucional, en pos del desarrollo nacional y del consumo doméstico de electricidad que urgen los costarricenses, el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) necesita establecer un derecho de servidumbre, necesario para el paso de la línea de transmisión denominada SIEPAC (Tramo Barranca-Parrita), sobre una finca inscrita en el Registro Público, en el Folio Real, Nº 2-335399-001-002 del partido de Alajuela, cantón 09 Orotina, distrito 04 Coyolar; localizada en Cerro Alto de Coyolar, 1,0 kilómetros al este de la carretera nacional Nº 143, propietario Nº 67.

Según Registro Público y el plano catastrado Nº A-0469732-1998, la finca presenta un área de diecinueve mil doscientos setenta y siete metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados, cuya naturaleza es terreno para la agricultura lote 16. Lindante: al norte, con calle pública, Kattia María Hernández Agüero, Wilber Flores Espinoza; al sur, con calle pública, parcela 15; al este, con calle pública, Kattia Hernández Agüero, Wilber Flores Espinoza, y al oeste, con lote diecisiete y dieciocho-uno. Propiedad de Rosilia Solano Agüero, mayor, casada, ama de casa, cédula de identidad Nº 2-291-1473, quien es dueña de un medio en la finca derecho 001, y José Ramón Salas Soto, mayor, casado, operador de maquinaria, cédula Nº 2-190-132, quien es dueño de un medio en la finca derecho 002, ambos vecinos de Limonar, Orotina, 300 metros al sur de la iglesia católica.

Que a solicitud de la Dirección Jurídica Institucional del Instituto Costarricense de Electricidad, el valor de esta servidumbre fue actualizada, en la suma de ¢1.673.121,40 (un millón seiscientos setenta y tres mil ciento veintiún colones con cuarenta céntimos), según avalúo Nº 333-2006.

A tenor de los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y técnicamente demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de constituir este derecho de servidumbre, por lo que con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, procede decretar la expropiación correspondiente. Por tanto:

1º—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢1.673.121,40 (un millón seiscientos setenta y tres mil ciento veintiún colones con cuarenta céntimos).

2º—De no ser aceptado por el propietario, el respectivo avalúo, constitúyase, sobre la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de servidumbre, el cual se describe así:

El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de paso sobre una franja de terreno; la longitud total sobre la línea del centro es de 9,38 metros para un área de afectación de 455,08 metros cuadrados lo cual representa un 2,36% del área total de la propiedad. El ancho de la servidumbre en este tramo es de 30,00 metros y su forma es similar a un triangulo con dimensiones aproximadas de 58,80 metros de base y 15,48 metros de altura. La línea de transmisión atraviesa la propiedad en la esquina oeste, sobre un área de terreno limpia, ingresa a la propiedad por la colindancia oeste con Miguel Céspedes y sale por el lindero sur con calle pública.

Se determinó un 50% de afectación principalmente al considerar el uso potencial del área de servidumbre, posterior a la colocación de la línea de transmisión, también se considera el valor del daño que se causa al remanente de la propiedad.

El propietario deberá limitar el uso de esta franja. Por razones de seguridad y mantenimiento de la línea, no será posible, la construcción de casas de habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente. No podrán sembrarse cultivos anegados como arroz, permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga máxima o contingencia. Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos.

Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele al ICE. Deberá permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra. Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, citada.

3º—La servidumbre descrita se establecerán en favor de la finca del partido de Puntarenas, al Sistema Mecanizado, matrícula número ciento diecinueve mil cuatrocientos cuarenta y dos-cero cero cero, que es terreno de repastos. Sito: en el distinto primero del cantón noveno, de la provincia de Puntarenas. Mide: cincuenta mil setenta y ocho metros con cuarenta decímetros cuadrados, y linda: al norte y este, con calle pública; al sur y oeste, con la sucesión de Ana María Solís Barboza, tiene el plano catastrado número P-quinientos diez mil ochocientos sesenta y uno-mil novecientos noventa y ocho.

4º—Continúese con los trámites de rigor.

5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión Nº 5743 del 18 de julio del 2006.

6º—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Geovanni Bonilla Goldoni, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(O. C. Nº 324110).—C-34670.—(79884).

SERVICIO NACIONAL DE AGUAS SUBTERRÁNEAS

RIEGO Y AVENAMIENTO

Hace saber: en acatamiento a la Ley Nº 8220: “Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos”, a partir de la publicación del presente aviso en el Diario Oficial La Gaceta; se comunica a los usuarios del Archivo Nacional de Pozos del Área de Aguas Subterráneas, que el horario de atención al público para brindar la información de los pozos será de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 11:00 a.m.

Todo lo anterior, de conformidad a lo estipulado en el artículo 4º de la Ley Nº 8220, en respeto al ordenamiento jurídico vigente.

Servicios Administrativos.—Lic. Xinia Herrera Mata, Coordinadora.—1 vez.—(79389).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Oficina Local de Los Chiles. Le comunica a la señora Sandra Ramírez Chavarría que en la oficina local del PANI de Los Chiles se dictó resolución de las quince horas trece minutos del día ocho de agosto de dos mil seis, mediante la cual se dispuso medidas de protección de abrigo temporal a favor de la joven K.R.CH., se le concede a la interesada un plazo de cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto para que haga valer sus derechos. Contra la resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en el plazo de 3 días hábiles. Debe señalar lugar o medio donde recibir notificaciones.—Lic. Nathalia Murillo Jiménez. Órgano Director.—(Solicitud Nº 24694-PANI).—C-3450.—(79717).

A María del Socorro Pavón Mendoza se le comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Grecia de las diez horas del nueve de agosto del año en curso, en la que se resuelve: 1- Se dicta medida de protección de cuido provisional del niño José Daniel Pavón Mendoza en el hogar de los señores Oscar Luis Segura Alvarado y Ana Lorena Sánchez Calderón. 2- Brindar seguimiento social a la situación. En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución; se podrá interponer en forma verbal o escrita dentro de las 48 horas siguientes a su notificación. Se le previene que debe señalar un lugar, casa u oficina donde recibir notificaciones futuras, así como señalar un medio electrónico del tipo facsímil y en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico fuere defectuoso, estuviere desconectado las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Expediente Nº 245-00034-2006.—Oficina Local de Grecia, 10 de agosto del 2006.—Lic. Carmen Lidia Durán Víquez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 24694-PANI).—C-4140.—(79718).

Oficina Local de Corredores. A Carlos Luis Duarte Duarte, se le comunica la resolución administrativa de las ocho horas quince minutos del día tres de julio del año dos mil seis, dictada por éste Despacho, en virtud del cual resuelve dictar medida de protección y abrigo temporal a favor de la niña Priscila Duarte González, y se ubica en el Albergue Hogarcito Infantil de Corredores, lo anterior por Incumplimiento de deberes parentales de los progenitores y por ser la niña víctima de abuso sexual intrafamiliar. Se notifica por medio de edicto al progenitor por motivos de que se desconoce el domicilio del mismo. Plazo para interponer el recurso de apelación: dos días hábiles, después de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta. Expediente Nº 642-00073-2006.—Ciudad Neily, 14 de agosto del 2006.—Lic. Dinia Vallejos Badilla, Representante Legal.—(Solicitud Nº 24694-PANI).—C-4485.—(79719).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Al señor Claudio Agusto Gallardo Araujo, domicilio actual desconocido, se le comunica la resolución de las catorce horas del día dieciséis de agosto del dos mil seis, que revoca medidas de protección de la persona menor de edad Juan Carlos Gallardo Thomas contra esta resolución procede el recurso de apelación dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la publicación de este edicto, correspondiendo a la presidencia ejecutiva resolver dicho recurso, debiendo señalar lugar para atender notificaciones dentro del perímetro de la Oficina Local de Cartago. En caso de omisión las resoluciones posteriores se darán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Expediente Administrativo 111-00100-75.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Lidiette Calvo Garita, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—1 vez.—(Solicitud Nº 24694).—C-2070.—(79701).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA

REPOSICIÓN DE TÍTULO DE PATENTE DE LICORES

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

A quien pueda interesar, se hace saber que han solicitado a la Municipalidad de Goicoechea, la reposición del título de patentes de Licor Nacional Nº 109 del distrito primero, inscrita a nombre de Diego Cambronero Herrera, cédula 6-051-418, dicha patente se encuentra sin lugar de explotación. Lo anterior por motivo de extravío de la misma. Cualquier interesado podrá hacer valer sus derechos ante la Municipalidad, dentro de un periodo de ocho días a partir de la última publicación de este aviso

Guadalupe, 25 de agosto del 2006.—Departamento de Cobro, Licencias y Patentes Municipales.—Lic. Roberto Chacón Zúñiga, Jefe.—Nº 74228.—(78846).

MUNICIPALIDAD DE TURRIALBA

La Municipalidad de Turrialba avisa que por acuerdo tomado en la sesión ordinaria N° 18-2006, celebrada por el Concejo Municipal de Turrialba, el martes 29 de agosto del 2006, en el inciso 3), punto 3 del artículo quinto, se dispuso que la sesión ordinaria correspondiente al día martes 12 de setiembre del 2006, se celebrará a las 14:00 horas en las instalaciones del Teatro Municipal.

Turrialba, 4 de setiembre del 2006.—Lic. Marvin Orocú Chavarría, Alcalde Municipal.—1 vez.—(80769).

MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ

Inversiones Lagunilla S. A., cédula Nº 3-101-193007, nacionalidad: costarricense. Con base a la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 del 2 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una parcela de terreno localizada en: playa Junquillal, distrito: 27 de Abril, cantón: Santa Cruz, provincia: Guanacaste. Mide: 405,01, es terreno para dedicarlo a uso: habitacional. Linderos: norte, Corea Corea Sara; sur, Municipalidad de Santa Cruz; este, Eulogio Baltodano Baltodano; oeste, calle pública de 12.00 m. Nota: se conceden treinta días para oír oposiciones, las cuales deben venir acompañadas de dos copias. Nota: se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que las futuras disposiciones del plan regulador varíen el destino de la parcela.

Santa Cruz, 25 de octubre del 2004.—Edwin Ortiz Ortiz, Encargado.—1 vez.—(79268).

MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS

DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

EDICTO

Nº 114-05-06.—Hernádez Matarrita Alejandro, cédula Nº 6-246-780, con base en el artículo 38 de la Ley Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 del 2 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo Nº 7841-P de 16 de diciembre 1977, solicita en uso de suelo de una parcela de terreno, sita en Montero, distrito: Isla Chira, cantón Central, provincia: Puntarenas. Mide: 32 ha 54 443,49 m2. Linderos: norte, zona pública; sur, zona pública; este, zona restringida y pública; y oeste, zona pública. Uso: habitacional. Esta publicación no otorga derechos a efectos de que las disposiciones de un plan regulador varíen el destino de la parcela. Se concede treinta días hábiles, a partir de esta única publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad, en papel sellado de un colón y los timbres correspondientes, en dos tantos.

Puntarenas, 29 de mayo del 2006.—Luz Marina Jiménez Jara, Coordinadora.—1 vez.—Nº 74616.—(79606).

MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ

Acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Pococí, en sesión ordinaria N° 49 del 1º de agosto del 2006, dice:

Que este Concejo, acordó en su acta N° 49, artículo IV, acuerdo N° 314, inciso N° 07, por unanimidad, se acuerda: que a partir de la entrada en vigencia de la Ley Nº 8515 publicada en La Gaceta N° 133 del 11 de julio del 2006, se autorice la aplicación de la amnistía un año hacia atrás.

Guápiles, 31 de agosto del 2006.—Guillermo Delgado Orozco, Secretario Municipal.—1 vez.—(79894).

AVISOS

CONVOCATORIAS

MECA DE OROTINA SOCIEDAD ANÓNIMA

El suscrito Edgar Medina Lumbi, mayor, casado, empresario, vecino de Orotina, cédula número ocho-cero setenta-ochocientos cuarenta y ocho, en mi condición de presidente de la sociedad Meca de Orotina Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cuarenta y ocho mil trescientos ochenta y ocho, convoco a asamblea general ordinaria de socios de dicha sociedad, la cual se realizará el día 5 de octubre del 2006 en el domicilio social de la sociedad, a partir de las catorce horas. Es todo.—San José, 30 de agosto del 2006.—Lic. Edgar Medina Lumbi, Notario.—1 vez.—Nº 74561.—(79439).

PARAÍSO COMPARTIDO SOCIEDAD ANÓNIMA

Paraíso Compartido S. A. 3-101-337180, en nombre del socio Gabriel Alberto Weber y debido a la falta de asambleas ordinarias generales por más de 3 períodos convoca a una asamblea general ordinaria a celebrarse a las 8:00 a. m. del día 18 de octubre de 2006. El quórum será llamado por primera vez y de no haber quórum suficiente se realizará una segunda llamada a quórum a las 8:45 a. m. y de no haber suficiente quórum en la segunda llamada la asamblea se llevará a cabo con los socios y miembros presentes al momento y se discutirán los siguientes puntos: 1) Presentación y aprobación de los puntos de la agenda. 2) Elección de nuevos miembros de Junta Directiva. 3) Presentación y aprobación de los resultados del reporte anual de los administradores, contabilidad y la decisión de los pasos y medidas necesarias a seguir que se consideren apropiados. 4) Presentación y aprobación de las deudas al día. 5) Presentación y aprobación del orden de pagos/liquidación de las deudas actuales. 6) Presentación y aprobación de la nueva dirección social. 7) Cancelación del poder de Claudia Segura Herrera. 8) Presentación y aprobación del pago de gastos y salarios por 3 años de trabajo de los administradores y Management de la compañía. 9) Determinar el método de pago para los cuidadores de la finca y el mantenimiento básico de la finca. Siguiente, una vez finalizada la asamblea ordinaria en el mismo día y el mismo lugar se llamará a asamblea extraordinaria para los siguientes puntos: 1) Presentación y aprobación del informe de la Lic. Evelin Pereira González sobre el Estatus del Proceso de Titulación de la Propiedad P-648120-86 y el reporte sobre las demandas legales presentadas contra la arquitecta Victoria Adis Moreno y el Lic. Ernesto Echavarría Chacón. Esto es todo.—4 de setiembre del 2006.—Gabriel Alberto Weber, Socio.—1 vez.—Nº 75262.—(80532).

FUNDACIÓN ESCUELA PARA TODOS

La Fundación Escuela para Todos, cédula jurídica 3-006-084268, de conformidad con la disposición novena de su escritura constitutiva, convoca a una asamblea extraordinaria de su Corporación de Patrocinadores, a celebrarse en sus oficinas ubicadas en San Pedro de Montes de Oca. Primera convocatoria: a las diecisiete horas del día 21 de setiembre del dos mil seis. De no haber quórum, la segunda convocatoria es a las dieciocho horas del mismo día.

Asunto a tratar: Nombramiento de los cargos en la junta administrativa.

San José, 4 de setiembre del 2006.—Junta Administrativa.—Manuela Tattenbach Iglesias, Presidenta.—1 vez.—(80582).

COLEGIO DE INGENIEROS AGRÓNOMOS DE COSTA RICA

La Junta Directiva del Colegio de Ingenieros Agrónomos de Costa Rica, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 29 y 47, inciso b), de la Ley Nº 7221, convoca a los miembros del Colegio a la asamblea general extraordinaria, que se celebrará en nuestra sede central el lunes 25 de setiembre del 2006, a partir de las 5:00 p. m. En caso de no haber quórum a la hora indicada, la asamblea general se reunirá una hora después (6:00 p. m.) con un mínimo de 50 miembros presentes.

El orden del día fijado para esta asamblea es el siguiente:

1.  Himno Nacional.

2.  Aprobación de aumento del beneficio de mutualidad para que se establezca en ¢1.200.000 (un millón doscientos mil colones) por muerte.

3.  Autorización para el pago de gastos de kilometraje y viáticos a los miembros de junta directiva que vivan en zonas alejadas y así lo requieran.

4.  Autorización para dar en concesión el Complejo Social Deportivo.

5.  Conocimiento y aprobación del presupuesto para el período 2006-2007 y aumento de la cuota de colegiatura.

Los colegiados interesados en conocer con anterioridad documentos relacionados con el tema de esta asamblea, pueden hacer retiro de los mismos personalmente en nuestra sede central, a partir del lunes 18 de setiembre del 2006.

San José, 5 de setiembre del 2006.—Ing. Agr. Mario Enrique Coto Carranza, Presidente.—Ing. Agr. David Alfaro Mata, Secretario.—1 vez.—(80634).

COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

Convocatoria a la asamblea general extraordinaria Nº 118-2006, 15 de octubre de 2006. El Colegio de Contadores Privados de Costa Rica convoca a asamblea general extraordinaria Nº 118-2006, de informes modificaciones presupuestarias y aprobación de reglamentos, el día 15 de octubre de 2006, dará inicio a partir de 8:00 a.m. en primera convocatoria, de no haber quórum a la hora indicada se dará inicio en segunda convocatoria con los miembros presentes, a las 9:00 a.m. de acuerdo con el Artículo Nº 10 de la Ley 1269 y 9 del Reglamento respectivo, sita en la Sede Central del Colegio, en Calle Fallas de Desamparados.

Orden del día:

a.   Verificación del quórum.

b.  Lectura y aprobación del Orden del día.

c.   Himno Nacional de Costa Rica.

d.  Himno del Colegio de Contadores Privados de Costa Rica.

e.   Análisis y aprobación de la Modificación Presupuestaria Nº 001-2006-2007.

f.   Informe de la Comisión Especial nombrada en asamblea general ordinaria Nº 100-2006, del 30 de  julio de 2006

g.   Análisis y aprobación de la propuesta de los nuevos reglamentos:

Reglamento de Fondo  de Consejos Regionales

Reglamento de Credenciales

Reglamento de ingreso y uso de las instalaciones del colegio.

Reglamento de Exoneraciones

Reglamento de Grupos Organizados

h.  Análisis y aprobación de propuesta de la modificación del Reglamento del Centro de Capacitación Permanente (CECAP)

i.   Atención a los señores Asambleístas.

Notas:

1.  De conformidad con el Artículo 10 de nuestra Ley Orgánica y sus reformas, sólo serán conocidos los asuntos para los cuales es convocada la Asamblea.

2.  Conforme a lo dispuesto por la Junta Directiva en Sesión ordinaria Nº 3164-2006, celebrada el 29 de agosto de 2006, se dispuso:

a.   Sólo se permitirá la participación en la Asamblea a aquellos contadores que se encuentren al día en el pago de las cuotas de colegiatura al mes de setiembre 2006 y de conformidad con el artículo 6 del reglamento de Asambleas, podrán participar en la elección todos los contadores que demuestren en el momento de ingresar al recinto estar al día con sus obligaciones con el colegio.

b.  Los colegiados que deseen integrarse a la Asamblea encontrándose en estado de morosidad, podrán hacerlo previo pago de sus cuotas atrasadas en la caja auxiliar de Tesorería que para tal efecto se ubicará en la entrada del Salón Principal de nuestra sede.

c.   Además del recibo cancelado de acuerdo con el literal a) deberán presentar su carné de colegiado o documento que les identifique, a efecto de otorgarles el derecho de voz y voto.

d.  Para la permanencia en el recinto de la Asamblea, una vez iniciada esta, se aplicará para todos los presentes el artículo 7 del Reglamento de Asambleas, aprobado en Asamblea extraordinaria Nº 114 y reformado en Asamblea extraordinaria Nº 115, que reza: “No se admitirá la presencia en las Asambleas, por respeto hacia los Asambleístas de aquellos Colegiados que se presenten en traje de baño, camiseta sin mangas u otra forma de presentación informal de actos con carácter solemne. Tampoco se admitirá aquellos Colegiados que se presenten a la Asamblea en evidente estado de ebriedad, drogadicción o evidente estado anormal de conducta que pueda ocasionar trastornos al resto de los Asambleístas. Lo anterior se hará de conformidad con el reglamento establecido.

San José, 29 de agosto de 2006.—CPI. Lic. Gustavo Flores Oviedo Presidente.—CPI. Lic. Rodrigo Luna Monge, Primer Secretario.—1 vez.—(O. C. 17530.—C-30820.—(80780).

ROCHA DE SAN CAYETANO

Rocha de San Cayetano, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y cuatro mil trescientos diecisiete, inscrita en la Sección Mercantil, padrón de cédulas jurídicas, al tomo setecientos noventa y seis, folio sesenta y tres, asiento noventa y uno, domiciliada en Alajuela; representada por su secretaria, convoca por segunda vez el día 28 de setiembre del 2006; a asamblea general extraordinaria cuyo único tema a tratar será la ratificación del cambio de junta directiva acordado en primera convocatoria, cuya asamblea se realizó el día dos de setiembre del 2006, a las once horas.—San José, cuatro de agosto del dos mil seis.—Nidia Ester Chacón Rojas, Secretaria.—1 vez.—(80792).

CONDOMINIO RÍO COPEY

Condominio Río Copey, convoca a reunión a celebrarse el día 14 de octubre del 2006, a las 14:00 horas en el condominio, asunto a tratar: Gastos extraordinarios por embargo de bienes, revisión de libro de actas, puntos pendientes.—Gustavo Paniagua Vásquez, Administrador.—1 vez.—(80800).

CONDOMINIO MAR ARENA

Condominio Mar Arena, convoca a reunión a celebrarse el día 23 de setiembre del 2006, a las 14:00 horas en el condominio, asunto a tratar: Administrador, gastos extraordinarios, revisión de libro de actas, puntos pendientes.—Gustavo Paniagua Vásquez, Administrador.—1 vez.—(80801).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

LA CARGA S. A.

La Carga S. A., cédula de personería jurídica número 3-101-022620, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de libros de acta de Consejo de Administración, diario, mayor, inventarios, y balances, junta directiva, asamblea de socios y registro de socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—(Firma ilegible).—Nº 72570.—(75926).

ENDO S. A.

Fernando Sánchez Villegas, cédula Nº 4-065-872, con carácter de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Endo S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-039389, está solicitando a la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los libros: Diario, Mayor, Inventario y Balance, Actas Junta Directiva, Actas Asamblea General y Registro de Accionistas.—San José, 28 de agosto del 2006.—Fernando Sánchez Villegas, Apoderado Generalísimo.—(78016).

LUFFA LIMPIO Y SALUDABLE S. A.

Luffa Limpio y Saludable Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-noventa y siete mil cuatrocientos setenta, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros Actas de Asamblea General, Actas de Junta Directiva, Diario, Inventarios y Balances, y Mayor de dicha sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—San José, 25 de agosto del 2006.—Ofelia Ulloa Alvarado, Presidenta.—(78108).

EL BUFO DORADO SOCIEDAD ANÓNIMA

Luis Carlos Quesada Rojas, cédula de identidad número: uno - cero cuatrocientos cinco - cero trescientos trece (1-0405-0313), en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad denominada: El Bufo Dorado Sociedad Anónima, cedula jurídica número: tres - ciento uno - ciento nueve mil novecientos noventa y cinco (3-101-109995), solicito ante la Dirección General de la Tributación Directa la reposición de los libros de diario, mayor, inventarios y balances, registro de accionistas, junta directa y asamblea general. Quien se considere afectado, dirigir la oposición a la Legalización de Libros en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la ultima publicación del Diario Oficial de La Gaceta.—Luis Carlos Quesada Rojas, Apoderado Generalísimo.—Nº 73875.—(78247).

DIMAGRI DE JACÓ SOCIEDAD ANONIMA

Dimagri de Jacó Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101- 226569, domiciliada en Jacó centro, cantón once Garabito, Puntarenas, Calle Morales de la entrada cincuenta metros al oeste, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los libros: junta directiva número uno, registro de accionistas número uno, asamblea general número uno, diario número uno, mayor número uno e inventarios y balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de Información y Asistencia al Contribuyente Legalización de Libros), Administración Regional de Puntarenas en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación de es aviso.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—Nº 73894.—(78248).

MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO

El  señora María de los Ángeles  Fuentes Segura, cédula número 301971245, ha solicitado a MUCAP la reposición del títulos valor Nº 112-312-382155 por un monto de ¢5.000.000,00 el cual fue emitido a su orden el día 26 de mayo del 2006. Se emplaza a los interesados a manifestarse dentro del plazo de 15 días naturales posterior a la última publicación.—Cartago, 28 de agosto del 2006.—Agencia Cartago centro.—Lic. Enrique Martínez Solano, Jefe.—(78327).

LA MATA DE SÁBILA S. A.

La Mata de Sábila S. A., cédula jurídica 3-101-263069, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de libros Mayor, Diario e Inventarios y Balance, tres en total. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 30 de agosto del 2006.—Jorge Antonio Quesada Vargas, Presidente.—(78376).

ORTOPÉDICA CARTAGINESA S. A.

Ortopédica Cartaginesa S. A., numero de cédula jurídica 3-101-035396-03, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del Libro de Inventarios y Balances Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Recaudación y Gestión de la Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Francisco Mario Granados Gómez, Apoderado Generalísimo.—(78378).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

REKRO INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

Rekro Internacional Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno-cero siete dos cinco ocho tres, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros Diario, Mayor, Inventarios y Balances y Registro de Accionistas. Así como también el libro de Actas de Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Aporto los timbres correspondientes.—Edith Krogmann Reimers, solicitante.—(78123).

CORPORACIÓN BL CIENTO CINCUENTA

Y TRES DE SANTA ANA S. A.

Corporación BL Ciento Cincuenta y Tres de Santa Ana S. A., cédula N° 3-101-187832, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: libro de diario 1, libro de actas de asamblea general 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administración Tributaría de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—MBA. Jorge Ramírez Guerrero, Representante Legal.—(78649).

RECURSOS MESOAMERICANOS SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo, Lydia Ardón Morales, mayor, soltera, abogada, cédula de identidad número uno-seiscientos treinta-cuatrocientos sesenta y nueve, vecina de San José, calle treinta, avenidas tres y tres bis, en mi condición de presidenta con facultades de apoderada generalisíma sin límite de suma, hago constar que hemos iniciado la reposición del libro de Actas Consejo de Administración número uno de la sociedad Recursos Mesoamericanos Sociedad Anónima, cédula jurídica es la número tres-ciento uno-cero noventa y nueve mil ochocientos diecinueve. Inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público bajo las citas tomos quinientos setenta y dos y mil setenta y nueve, folios ciento treinta y uno y cuarenta y uno, asientos ciento sesenta y cincuenta. Para presentar oposiciones en las oficinas de la Dirección General de Tributación en Heredia.—Lic. Alejandro Wyllins Soto, Notario.—(78731).

CANANCY S. A.

CANANCY S.A., cédula número tres-ciento uno-cero sesenta y siete mil novecientos cuarenta y nueve, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los seis libros Asamblea General, junta Directiva y Registro de Accionistas, Diario Mayor e Inventario y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de Pérez Zeledón, en el término de ocho días hábil contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Anabelio Sánchez Pérez, Representante Legal.—Nº 74162.—(78843).

CASTILLO COUNTRY CLUB S. A.

Arias Gómez Hernando, cedula N° 1-281-375, ha extraviado su Acción N° 0716, por lo que han solicitado al Castillo Country Club S. A., cédula jurídica N° 3-101-015794-03 la reposición de la misma, de acuerdo con los Artículos Nos. 689 y 690 del Código de Comercio. Quien se considere afectado dirigir la oposición a la Secretaría de Junta Directiva.—San Rafael de Heredia, 12 de agosto del 2006.—Unidad de Cobros.—Alexa Vega Porras.—Nº 74189.—(78844).

Esquivel Mora Filiberto, cédula Nº 010994064703, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los libros siguientes: libro Diario Nº 1, libro Mayor Nº 1, libro de Inventarios y Balances Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—Esquivel Mora Filiberto.—(78874).

Esquivel Monge Filiberto, cédula Nº 010397115806, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los libros siguientes: libro Diario Nº 1, libro Mayor Nº 1, libro de Inventarios y Balances Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—Esquivel Monge Filiberto.—(78875).

INVERSIONES TOTINONI SOCIEDAD ANÓNIMA

Inversiones Totinoni Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-062726, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Actas de Asamblea General (Uno). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Arnoldo Rodríguez López, Presidente.—(78913).

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del cuaderno de bitácora correspondiente al contrato de consultoría OC-367700, propiedad del Ing. Manuel Ugarte Vargas (IC-10568).

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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del cuaderno de bitácora correspondiente al contrato de consultoría SC-361008, propiedad de la Ing. Bárbara Szymanek Aleksandrowic (IC-5947).

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del cuaderno de bitácora correspondiente al contrato de consultoría OC-359921, propiedad de la Arq. Rocío Mora Rodríguez (A-8540).

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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del cuaderno de bitácora correspondiente al contrato de consultoría OC-356591, propiedad del Arq. Gerardo Chavarría Peña (A-4970).

San José, a los veintinueve días del mes de agosto del año dos mil seis.—Ing. Olman Vargas Zeledón.—Departamento de Registro de Responsabilidad Profesional.—Arq. Luis Albán Apuy Herrera, Jefe.—(O. C. Nº 4100).—C-36320.—(78925).

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Protocolo de Agrimensura Nº 13654, propiedad del profesional Topógrafo Asociado Alexis Coto Arrieta (TA-4536).

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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Protocolo de Agrimensura Nº 13980, propiedad del profesional Topógrafo Asociado Carlos Rojas Gutiérrez (TA-7002).

San José, a los veintinueve días del mes de agosto del año dos mil seis.—Ing. Olman Vargas Zeledón.—Arq. Luis Albán Apuy Herrera, Jefe, Departamento de Registro de Responsabilidad Profesional.—(O.C. Nº 4099).—C-24775.—(78927).

AGROPECUARIA LOMA DEL REY SOCIEDAD ANÓNIMA

Agropecuaria Loma del Rey Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-172527, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes seis libros, todos número uno, Consejo de Administración, Asamblea de Socios, Registro de Socios, Diario, Mayor, Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, en el término de ocho días a partir de la publicación de este aviso.—Amalia Kopper Carballo.—(78946).

AGROPECUARIA ROSAL S. A.

Yo Abdón Rodríguez Rodríguez, mayor, casado, agricultor, vecino de San Roque de Grecia, con cédula de identidad 2-123-349, en mi condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Agropecuaria Rosal S. A., cédula jurídica 3-101-111117-21, hago constar que hemos iniciado la reposición de libros de actas Consejo Administración Nº 01 y Actas de Asamblea de Socios Nº 01. Al efecto se escuchan oposiciones en la Administración Tributaria de Alajuela.—Abdón Rodríguez Rodríguez, presidente.—(79209).

UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA

Por medio de la presente la Universidad Latina de Costa Rica, certifica que, ante este Registro se ha presentado solicitud de reposición de título de Licenciatura en Ingeniería Industrial, emitido por la Universidad Latina de Costa Rica a nombre César Eduardo Paniagua Agüero, cédula Nº 6-314-485, inscrito en el Libro de la Universidad en el tomo IV, folio 457, asiento 23450. Se solicita la reposición por haberse extraviado el original y se desconoce el paradero del mismo. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial. Se extiende la presente a solicitud del interesado en el día y lugar de la fecha.—San José, 31 de agosto del 2006.—José Prado Arroyo, Director de Registro.—Jenny Calderón Coto, Confeccionó.—(79238).

CHICONES SOCIEDAD ANÓNIMA

Chicones Sociedad Anónima, domiciliada en Guardia de Liberia, Finca Las Brisas, dos mil seiscientos metros del cruce a Catsa, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- cero veinticinco mil ochenta y seis, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del libro: Acta de Junta Directiva. Quien se considere puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última pública del Diario Oficial La Gaceta.—Liberia, 25 de agosto del 2006.—John Gillén Clare, Apoderado Generalísimo.—(79258).

MAXIMON HOLDING COMPANY S. A.

Maximon Holding Company S. A., cédula jurídica Nº 3-101-349544, solicita a la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de los libros: diario, mayor, inventarios y balances, actas de junta directiva y de asamblea general, registro de accionistas. Uno de cada uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de libros) Administración Regional de San José, en el término de 8 días hábiles contados a partir de esta publicación.—San José, 24 de agosto de 2006.—Lic. Fernando Montero López.—Nº 74510.—(79335).

LATIN AMERICAN CLINICAL REASERCH SITES S. A.

Latin American Clinical Reaserch Sites S. A., cédula 3-101-351948, solicita a la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de los libros: diario, mayor, inventarios y balances, actas de junta directiva y de asamblea general, registro de accionistas, uno de cada uno. La sociedad se denominaba en primera instancia “Cocosita S. A.”, actualmente el nombre indicado. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de libros) Administración Regional de San José, en el término de 8 días hábiles contados a partir de esta publicación.—San José, 24 de agosto del 2006.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—Nº 74511.—(79336).

MERCADO POPULAR S. A.

Mercado Popular S. A., cédula jurídica número 3-101-2055-7115 solicita a la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los libros legales: diario, mayor, inventario y balances, actas consejo de administración, acta de asamblea de socios y registro de socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de información y asistencia al contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del diario oficial La Gaceta.—Rosario Mesén González, Presidenta.—(79660).

José Luis Molina Cervantes, cédula Nº 03-0168-0786, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición del libro de Diario Mayor, Inventarios y Balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Pérez Zeledón en el término de ocho días hábiles después de la publicación de este aviso.—Buenos Aires, 28 de agosto del 2006.—José Luis Molina Cervantes.—Nº 74802.—(79823).

INVERSIONES POLICUATERNIO SOCIEDAD ANÓNIMA

Inversiones Policuaternio Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-295322, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances y Actas de Consejo de Administración. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación de este aviso.—Lic. Manuel Hidalgo Flores, Notario.—Nº 74819.—(79824).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

BANCA PROMERICA S. A.

Por este medio Banca Promerica S. A., hace constar que Carlos Manuel Seravalli Jiménez es beneficiario titular de los certificados de inversión: uno) certificado de inversión en dólares número cinco cinco seis uno ocho, por un monto de nueve mil dólares de los Estados Unidos de América, con fecha de emisión veinticuatro de agosto del año dos mil cinco, fecha de vencimiento veinticuatro de agosto del dos mil seis, dos) certificado de inversión en colones número cinco uno uno dos tres, por un monto de diez millones de colones exactos, con fecha de emisión: veinticuatro de agosto del dos mil cinco, fecha de vencimiento: veinticuatro de agosto del dos mil seis. Dichos documentos han sido notificados como extraviados por el señor Carlos Manuel Seravalli Jiménez, por lo cual para efectos de cobro no tienen ninguna validez.—San José, treinta de agosto del dos mil seis.—Mario Ramón Castillo Lara, Gerente General.—(79353).

PANEMARK SOCIEDAD ANÓNIMA

Panemark Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-352631, representada por el señor Franco Arturo Pacheco Arce, portador de la cédula de identidad número 1-617-245, solicita a la Dirección General de Tributación, San José, la reposición de los Libros de Actas (Actas Consejo de Administración y Registro de Socios) por haberse extraviado. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia del Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 12  de 1 setiembre del 2006.—Francisco Arturo Pacheco Arce, Representante.—(79383).

IMPACTO DEL PACÍFICO SOCIEDAD ANÓNIMA

Impacto del Pacífico Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-169054. Solicita ante la Dirección General de Tributación. La reposición del siguiente Libro Registro de Socios, quien se considere afectado dirigir la (s) oposición (es) a la Sección Legalización de Libros, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación.—Paul Andre Richard, Presidente.—Nº 74633.—(79603).

LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A.

Para los efectos de los artículos 690 y 691 del Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá el siguiente certificado de acciones: certificado Nº 1804 por 400 acciones serie H. Accionista: González Meza Carlos. Folio Nº 2170.—San José, 28 de agosto del 2006.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—Nº 74712.—(79604).

SEGUT S. A.

Segut, S. A., cédula jurídica Nº 3-101-023807, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro siguiente: Inventarios y Balances (1). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Fernando Sequeira Ortega, Representante Legal.—Nº 74820.—(79825).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

ASOCIACIÓN CÍVICA Y TURÍSTICA DE VALVERDE VEGA

Yo, Ronald Peters Seevers, cédula de identidad número 1-397-1208, en mi calidad de presidente y representante legal de la Asociación Cívica y Turística de Valverde Vega, cédula jurídica 3-002-150288, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición del Libro de Actas del Órgano Directivo que es solo uno, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, 31 de agosto del 2006.—Verne Corrales Vega.—1 vez.—Nº 74570.—(79602).

COLEGIO CIRUJANOS DENTISTAS DE COSTA RICA

La Junta Directiva del Colegio Cirujanos Dentistas de Costa Rica en su sesión Nº 1324 celebrada el 31 de mayo del 2006, tomó el acuerdo que textualmente expresa:

Proceder a levantar el estado de suspensión que actualmente ostentan los siguientes Cirujanos Dentistas:

Aguilar Coto Andrea

Alfaro Montenegro Andrea

Angulo Villagra Ana

Arroyo Guillén Melissa

Castro Rojas Norman

Céspedes Herrera Alejandro

García Araya Francisco

García López Alfonso

Garita Barboza James

Molina Araya Guillermo

Montiel Corrales Rebeca

Mora Barrantes Dunia

Piedra Hernández Lucía

Quirós Méndez Mario José

Romero Zúñiga José Fco.

Ruiz Quesada Luis Fdo.

Soto Vargas Lorena María

Zapata Arroyo Sergio

La Junta Directiva del Colegio Cirujanos Dentistas de Costa Rica en su sesión Nº 1325 celebrada el 14 de junio del 2006, tomó el acuerdo que textualmente expresa:

Proceder a levantar el estado de suspensión que actualmente ostentan los siguientes Cirujanos Dentistas:

Blanco Meléndez Guiselle

Braddock Stradtmann Henry

Campos Duarte Mauricio

Castro Pittier Silvia

Céspedes Arceyuth Walter

Coto Chaves Marcela

Fernández Morales Sandra

Kim Hernández Luis Alonso

León Barquero Alejandro

Madriz Jiménez Francella

Méndez Aguirre Silvia

Murillo Murillo Ericka

Obando Rojas Eugenia

Padilla Huete Jorge

Torres Ramírez Nuria

Ureña Gutiérrez Ana Gab.

Vaca Bohorquez Libia Pat.

Vargas Carvajal Dennis

Zúñiga Fernández Karol

La Junta Directiva del Colegio Cirujanos Dentistas de Costa Rica en su sesión Nº 1326 celebrada el 21 de junio del 2006, tomó el acuerdo que textualmente expresa:

Proceder a levantar el estado de suspensión que actualmente ostentan los siguientes Cirujanos Dentistas:

Alvarado Elizondo Óscar

Argüello Vargas Haydee

Gómez Salas Miguel

Vargas Gould Ignacio

Zúñiga Céspedes Milagro

La Junta Directiva del Colegio Cirujanos Dentistas de Costa Rica en su sesión Nº 1327 celebrada el 28 de junio del 2006, tomó el acuerdo que textualmente expresa:

Proceder a levantar el estado de suspensión que actualmente ostentan los siguientes Cirujanos Dentistas:

Baltodano Abarca Flor

Córdoba Solano Luis J.

Durán Muñoz Carlos Eduardo

Ovando Chajon Brenda

La Junta Directiva del Colegio Cirujanos Dentistas de Costa Rica en su sesión Nº 1328 celebrada el 5 de Julio del 2006, tomó el acuerdo que textualmente expresa:

Proceder a levantar el estado de suspensión que actualmente ostenta el siguiente Cirujano Dentista:

Torres Morera Mario

La Junta Directiva del Colegio Cirujanos Dentistas de Costa Rica en su sesión Nº 1329 celebrada el 12 de Julio del 2006, tomó el acuerdo que textualmente expresa:

Proceder a levantar el estado de suspensión que actualmente ostenta los siguientes Cirujanos Dentistas:

Araya Valverde Lizeth

Araya Valverde Róger

Castillo Vargas Ma. Virginia

Zelaya Gamboa Linsey

La Junta Directiva del Colegio Cirujanos Dentistas de Costa Rica en su sesión Nº 1331 celebrada el 26 de Julio del 2006, tomó el acuerdo que textualmente expresa:

Proceder a levantar el estado de suspensión que actualmente ostentan los siguientes Cirujanos Dentistas:

Garita Medrano Elizabeth

Moya Gómez Eddy Mauricio

La Junta Directiva del Colegio Cirujanos Dentistas de Costa Rica en su sesión Nº 1333 celebrada el 9 de agosto del 2006, tomó el acuerdo que textualmente expresa:

Proceder a levantar el estado de suspensión que actualmente ostentan los siguientes Cirujanos Dentistas:

Araya Campos Mariela

Prada Hernández Myriam

Ramírez Valdez Enrique

La Junta Directiva del Colegio Cirujanos Dentistas de Costa Rica en su sesión Nº 1333 celebrada el 9 de agosto del 2006, tomó el acuerdo que textualmente expresa:

Proceder a la suspensión por atraso en el pago de sus cuotas de colegiatura, según lo establece el artículo 35 de la Ley Orgánica a los siguientes Odontólogos:

Albán Martínez Héctor

Arguello Pérez Melvin

Delgado Madrigal Óscar

González Muñoz Jorge

Hidalgo Somarribas José

Rojas Alpízar Antonio

Salazar Salas Jonathan

Taboada Coghi Gabriela

Urrutia Palacios Alvaro

Villalobos Carvajal Carlos

La Junta Directiva del Colegio Cirujanos Dentistas de Costa Rica en su sesión Nº 1334 celebrada el 16 de agosto del 2006, tomó el acuerdo que textualmente expresa:

Proceder a levantar el estado de suspensión que actualmente ostenta la siguiente Cirujana Dentista:

Fonseca Herrera Andrea

Hermenegildo Solís González, Tesorero.—1 vez.—(79851).

LIGA AGRÍCOLA INDUSTRIAL DE LA CAÑA DE AZÚCAR

AVISA:

La Junta Directiva con fundamento en los artículos 97 y concordantes de la Ley Nº 7818, Ley Orgánica de la Agricultura e Industria de la Caña de Azúcar acordó, en su sesión ordinaria N° 285, celebrada el 29 de agosto del 2006, lo siguiente:

Fijar a partir del 1º de setiembre del 2006, los siguientes adelantos en dinero que dará a los ingenios por el azúcar que le entregue para ser aplicado a la Cuota Nacional de Producción de Azúcar de la Zafra 2005-2006, así como los adelantos en dinero que deben pagar dichos ingenios a los productores independientes por cada kilogramo de azúcar de 96° de polarización que les entreguen dentro del régimen de cuota.

Adelanto para el azúcar dentro de cuota:

                              Tipo                                         Por bulto de 50 Kgr.

Blanco de plantación (99.5° Pol)                       ¢9.000,00

Crudo (96° Pol)                                                  ¢8.640,00

Adelanto para el kilogramo de azúcar

de 96° de Pol contenida en la caña

dentro de cuota:                                                     ¢108,00

NOTA:   De conformidad con el artículo 312, literal b), del Decreto Nº 28665-MAG, este adelanto deberá ser pagado a los productores independientes a más tardar el próximo miércoles 13 de setiembre del 2006.

Édgar Herrera Echandi.—1 vez.—(79912).

LIGA AGRÍCOLA INDUSTRIAL DE LA CAÑA DE AZÚCAR

COMUNICA:

Que su Junta Directiva, en la sesión ordinaria Nº 285, del 29 de agosto del 2006, acordó:

1.  Fijar el precio definitivo de liquidación del kilogramo de miel final, proveniente del azúcar procesado en régimen de excedentes, en ¢47.8417.

     Para el supuesto de la participación del productor independiente en el valor de la liquidación de la miel final en excedente, con fundamento en el inciso b), del citado artículo, le corresponderá un 62,5% del referido valor, lo que corresponde a ¢29.9010 por kilogramo de miel final, en excedentes.

2.  Fijar el precio definitivo de liquidación del kilogramo de miel final, proveniente del azúcar procesado en régimen de cuota, en ¢44.4681. La participación del productor independiente en el referido valor será de un 62,5%, lo que corresponde a ¢27.7925 por kilogramo de miel final en cuota.

De conformidad con el artículo 101 de la Ley Orgánica de la Agricultura e Industria de la Caña de Azúcar, esta liquidación deberá ser pagada a los productores independientes a más tardar ocho días posteriores a esta publicación.—Édgar Herrera Echandi.—1 vez.—(79913).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las ocho horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Dos Mil Ochocientos Nueve S. A., mediante la cual se disminuye el capital social y se reforma la cláusula quinta de los estatutos.—San José, 25 de agosto del 2006.—Lic. Arnoldo López Echandi, Notario.—Nº 74469.—(79333).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría, a las trece horas del veinticinco de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima Dulce de Leche Vaquerita Sociedad Anónima.—San José, veinticinco de agosto del dos mil seis.—Lic. Ignacio Miguel Beirute Gamboa, Notario.—1 vez.—Nº 73647.—(77745).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veinticinco de agosto del dos mil seis, protocolicé acta de Inversiones Stewer S. A. De las once horas del veinticuatro de agosto del dos mil seis, mediante la cual se reforma la cláusula segunda.—Lic. Hernán Cordero Maduro, Notario.—1 vez.—Nº 73648.—(77746).

Mediante escritura pública número ciento sesenta y cuatro-cinco, se han constituido las sociedades anónimas denominadas Brisas de Maracaibo Sociedad Anónima, Minas de Baruta Sociedad Anónima, Bahía de Panpatar Sociedad Anónima, Tardes de Guayana Sociedad Anónima. Que son un nombre de fantasía, con domicilio en la ciudad de San José, objeto el comercio en general. Representada por un presidente. Con capital social de diez mil colones.—San José, veinticuatro de agosto del dos seis.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 73649.—(77747).

Por escritura otorgada el día 25 de agosto del 2006, ante esta notaría, se modifican sus estatutos y sustituye presidente y secretario, de la sociedad anónima Promocionar de Costa Rica AYM Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 73650.—(77748).

Comando Privado de Seguridad Caribe Sociedad Anónima, modifica pacto social y nombra nueva junta directiva y fiscal. Escritura otorgada en Guápiles al ser las quince horas del día veinte de julio del dos mil seis.—Lic. Katia Castillo Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 73653.—(77749).

Hugo Chaves Barrantes, Elkin Riaño Rodríguez, Hugo Chaves Alvarado y Alfredd Pinilla Poveda, constituyen la sociedad Fuerza y Ventas S. A. Con domicilio en San José. Escritura otorgada en San José, a las dieciséis horas del primero de julio del dos mil seis.—Lic. Freddy Guillermo Segura Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 73655.—(77750).

Olga Yuryeva y Seidy Vallejos López, constituyen Fresh Company O.B.Y. S. R. L. Capital: 1.000,00 colones. Plazo social: 99 años. Domicilio: Playa Tamarindo. Gerente: Olga Yuryeva, Glenn G. Crabtree y Roberto Ruiz Carvajal, constituyen Total Pacific Lands C.R. S. R. L. Capital: 1.000,00 colones. Plazo social: 99 años. Domicilio: Playa Tamarindo. Gerente: Glenn Crabtree.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Gonzalo Fajardo Lee, Notario.—1 vez.—Nº 73656.—(77751).

Por escritura número ciento catorce se reforman cláusulas de la sociedad Asee Financial Service INC Sociedad Anónima.—San José, veintiséis de agosto del dos mil seis.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—Nº 73657.—(77752).

Por escritura número uno-doscientos dieciséis, otorgada ante mi notaría, a las trece horas del veintiséis de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Forestales Latinoamericanos S. A. Capital social: mil colones.—San José, 26 de agosto del 2006.—Lic. Manuel Figueroa Loaiza, Notario.—1 vez.—Nº 73658.—(77753).

Por escritura número uno-doscientos diecisiete, otorgada ante mi notaría, a las trece horas y treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Corporación Atlantis S.A. Capital social: mil colones.—San José, 26 de agosto del 2006.—Lic. Manuel Figueroa Loaiza, Notario.—1 vez.—Nº 73659.—(77754).

En esta notaría, al ser las 16:00 horas del 4 de julio del 2006, se constituyó la sociedad Grupo Drhakaena de Costa Rica Sociedad Anónima. Con un capital social de cien mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—San José,  28 de agosto del 2006.—Lic. José Luis Lee Ching, Notario.—1 vez.—Nº 73661.—(77755).

En esta notaría, al ser las 15:00 horas del 4 de julio del 2006, se constituyó la sociedad Grupo El Kin Primero de Occidente Sociedad Anónima. Con un capital social de cien mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. José Luis Lee Ching, Notario.—1 vez.—Nº 73662.—(77756).

En esta notaría, al ser las 14:00 horas del 4 de julio del 2006, se constituyó la sociedad Grupo Belghax de Occidente Sociedad Anónima. Con un capital social de cien mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. José Luis Lee Ching, Notario.—1 vez.—Nº 73663.—(77757).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:30 horas del 28 de agosto del 2006, se constituyó la compañía Inversiones Dankon Sociedad Anónima. Junta directiva conformada por presidente, secretario y tesorero. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Alex Thompson Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 73664.—(77758).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 14 de agosto del 2006, se constituye la sociedad Famcorpmac MLC Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Es todo.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. José Pablo Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 73665.—(77759).

Por escritura número uno-dos, otorgada ante esta notaría se reformaron cláusulas segunda, quinta y octava del pacto constitutivo de la sociedad denominada Power Corp Sociedad Anónima.—San José, 27 de agosto del 2006.—Lic. Luis Diego Quesada Araya, Notario.—1 vez.—Nº 73667.—(77760).

Por escritura otorgada ante la notaría de Marianela Corrales Pampillo, a las nueve horas del quince de agosto del dos mil seis, se constituye con domicilio en Alajuela la sociedad Grupo Inversor Americano KRL Sociedad Anónima.—San José, quince de agosto del dos mil seis.—Lic. Marianela Corrales Pampillo, Notaria.—1 vez.—(77793).

Se protocoliza acta de Parradise Tide S. A. Se reforma cláusula segunda del pacto social y se nombra nueva junta directiva.—San José, veinticinco de agosto del dos mil seis.—Lic. Marianela Corrales Pampillo, Notaria.—1 vez.—(77794).

Por escrituras otorgadas ante mí constituí las sociedades Ufisa S.A., Corporación Mora y González Ltda., River of Life of The Pacific S. A. y Costa Rica Rental Pool S. A. Asimismo protocolicé asambleas extraordinarias de socios de las sociedades Multiguards de Costa Rica S.A., Manuel Lachner Sucesores Limitada e Intelli Language S. A.—Lic. Ruhal Barrientos Saborío, Notario.—1 vez.—(77796).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del ocho de marzo y adicionada por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del 25 de agosto, ambas de este año, se ha constituido la sociedad denominada Martuza Meza Sociedad Anónima. Domiciliada en Santo Domingo de Heredia. Plazo: noventa y nueve años, a partir de su constitución. Objeto: el comercio en general. Capital social: totalmente suscrito y pagado por la suma de noventa mil colones. Representación: presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San José, 25 de agosto del 2006.—Lic. Mario Morales Villalobos, Notario.—1 vez.—(77812).

Mediante escritura número doscientos diecisiete de las ocho horas del día veinticinco de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Ganadería Kame Sociedad Anónima.—Heredia, veinticinco de agosto del dos mil seis.—Lic. Carolina Ulate Zárate, Notaria.—1 vez.—(77814).

Mediante escritura número doscientos dieciocho de las nueve horas del día veinticinco de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Ganadería Braman Sociedad Anónima.—Heredia, veinticinco de agosto del dos mil seis.—Lic. Carolina Ulate Zárate, Notaria.—1 vez.—(77815).

Ante esta notaría, al ser las diecisiete horas, treinta minutos del día veintidós de agosto del dos mil seis, se ha protocolizado el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Zamalfa Sociedad Anónima. Donde se modifican las cláusulas segunda y cuarta del pacto constitutivo.—Dado en esta capital el día veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Vanessa Solano Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(77828).

El suscrito notario avisa que mediante escritura número noventa y cinco, del tomo cuarto de mi protocolo, los señores Gisselle Muñoz Carvajal, Marlene Muñoz Carvajal, Marjourie Muñoz Carvajal y Jhon Keylor Muñoz Carvajal, constituyeron la sociedad denominada Corporation MG_MK S. A. Informes al 440-7541.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Marco Porras Araya, Notario.—1 vez.—(77839).

El suscrito notario avisa que mediante escritura número ciento cuarenta y cinco, del tomo cuarto de mi protocolo, los señores Adrián Ernesto Arce Porras y Ricardo Francisco Cannone constituyeron la sociedad denominada Rick’s S. A. Informes al 440-7541.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Marco Porras Araya, Notario.—1 vez.—(77840).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las quince horas del veinticuatro de agosto del dos mil seis, se protocolizó la constitución de Mi Barco Alenijo Segundo Sociedad Anónima. Domicilio: Esparza, Puntarenas. Duración: indefinida. El presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Esparza, nueve horas del veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Ariana Castro Vindas, Notaria.—1 vez.—(77849).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día veintiocho de agosto del dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Future Power Industries Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y nueve mil novecientos ochenta y seis, en la que se modificó la cláusula quinta del capital social.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—(77853).

Por escritura número doscientos setenta y tres, de las dieciséis horas del día dieciocho de agosto del dos mil seis, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Angle Brakets Sociedad Anónima. En la cual se reforma la cláusula segunda y sexta del pacto social y se nombra nueva junta directiva.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Elluany Coto Barquero, Notaria.—1 vez.—(77866).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad Promotor Blau S. A. Presidente: Gerald Irwin nombres Blau Stapen apellidos.—San José, al ser las diecisiete horas del día veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Randall González Valverde, Notario.—1 vez.—(77867).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad J & J Propiedades S. A. Presidente: Gerald Irwin nombres Blau Stapen apellidos.—San José, al ser las dieciséis horas del día veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Randall González Valverde, Notario.—1 vez.—(77868).

Se hace saber que en mi notaría, a las diecinueve horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad Verde Global VG S. A. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Monique Zeller van Engelen, Notaria.—1 vez.—(77869).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las doce horas del veinticuatro de agosto del dos mil seis, se protocolizó acta de la sociedad Corteza y Castañas Fields One Sociedad Anónima. Aumentando el capital, modificando la cláusula quinta, nombrando junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, veinticinco de agosto del dos mil seis.—Lic. José Luis Páez Vargas, Notario.—1 vez.—(77870).

Ante Adriana Astúa Quesada, notaria pública se constituyó la sociedad anónima Inversiones Vales-K Sociedad Anónima, capital diez mil colones, domicilio Pérez Zeledón, plazo noventa y nueve años, por escritura otorgada a las ocho horas del veintisiete de junio del año dos mil seis.—Lic. Adriana Astúa Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 73668.—(77871).

Se constituye la empresa Centro Turístico Siquirrito Sociedad Anónima, al ser las dieciséis horas del veintitrés de agosto del dos mil seis, presidente: Manuel Luna Granados.—Lic. Carlos Solano Serrano, Notario.—1 vez.—Nº 73669.—(77872).

Se constituye la empresa Sique Sociedad Anónima, al ser las quince horas del veintiséis de agosto del dos mil seis, presidente: Luis Sibaja Soto.—San José, agosto del dos mil seis.—Lic. Carlos Eduardo Solano Serrano, Notario.—1 vez.—Nº 73670.—(77873).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintitrés de agosto del mil seis, se constituyó la sociedad Tango Feroz Sociedad Anónima, cuya presidenta es Olga Madrigal Bermúdez.—San José, 23 de agosto de 2006.—Lic. Ana Victoria Mora Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 73671.—(77874).

Sergio Vargas Subiros y Rogelio Solano Alvarado constituyen la sociedad denominada Optimsoft Sociedad Anónima. Presidente Sergio Vargas Subiros. Plazo: noventa y nueve años. Escritura otorgada a las dieciocho horas del día catorce de agosto del mil seis.—Lic. Zaida María Rojas Cortés, Notaria.—1 vez.—Nº 73672.—(77875).

Ante esta notaria por escritura número ciento ochenta otorgada a las nueve horas del veinticuatro de agosto de dos mil sei, se constituyó la empresa Mi Casa en el Bosque S. A. Capital social: cien mil colones. Domicilio social: Mal País, de Cóbano, Puntarenas. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 25 de agosto de 2006.—Lic. Patricia Francés Baima, Notaria.—1 vez.—Nº 73675.—(77876).

Por escritura otorgada ante mi notaría se constituyó la sociedad anónima denominada Servicios Fiscales Empresariales M.C.R.C. Sociedad Anónima, constituida en San José, a las nueve horas del quince de agosto del dos mil seis. Capital: cien mil colones.—Lic. Martín Hernández Treviño, Notario.—1 vez.—Nº 73676.—(77877).

El suscrito notario hace constar que en esta notaría el día de hoy se protocolizó acta de Playa Cisco del Pacific Sur Sociedad Anónima. Es todo. Firmo en Palmar Osa, Puntarenas, a las veintiún horas del veintidós de agosto de dos mil seis.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 73678.—(77878).

Se hace saber que en esta notaría, en escritura otorgada a las ocho horas del diecinueve de abril del dos mil seis, constituyen Sociedad Anónima, los señores Carlos Antonio Salazar Trejos y Henry Antonio Salazar Trejos, cuyo nombre de fantasía es Lastor Tri Cor Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones exactos. Con domicilio social en cien metros norte de el bar El Palenque de las Brisas de San Vito de Coto Brus, Puntarenas, junta directiva. Sección Mercantil.—Lic. Carlos Rodríguez Carmona, Notario.—1 vez.—Nº 73679.—(77879).

La suscrita notaria hace constar que ante esta notaría se modificaron la cláusula octava del pacto constituido de las siguientes sociedades: Magic World of The Forest S. A., Sanctuary of Exotic Birds S. A., Quiet Harmony S. A., Charming Ocean View S. A., todas con domicilio en Ojochal, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al este del Hotel Villas Gaía.—Lic. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—Nº 73680.—(77880).

El suscrito notario hace constar que en esta notaría el día de hoy se constituyó Cerro Libertad Sociedad Anónima. Es todo, firmo en Palmar, Osa, Puntarenas, a las veinte horas del veintidós de agosto del dos mil seis.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 73681.—(77881).

Mediante escritura número sesenta y uno, de la notaria Ilse Arguedas Chaverri, del veinticinco de agosto del dos mil seis, visible al tomo diecinueve, folio ochenta y uno se constituyó la sociedad denominada Inversiones Comerciales Valverde y Rodríguez, nombramiento de junta directiva y fiscal. Es todo, dada en Heredia el veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Ilse Arguedas Chaverri, Notaria.—1 vez.—Nº 73689.—(77882).

Por escritura otorgada ante mí, hoy se constituyó la sociedad Geología y Geotécnia Consultores S. A. Capital social cien mil colones, domicilio Paraíso, plazo social setenta y cinco años.—Cartago, 25 de abril del 2006.—Lic. José Miguel Brenes Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 73690.—(77883).

Mónica Rosencwaig Johnson y Mary Jonhson Dixon constituyen la sociedad M.R.J. The Lunch Box Internacional S. A. Escritura Nº 279 otorgada en San José a las 8:30 horas del 25 de agosto de 2006.—Lic. Roberto Pochet Torres, Notario.—1 vez.—Nº 73693.—(77884).

Roxana Ross Johnson e Ignacio Gómez Cervantes constituyen la sociedad R.R.J. The Countruy Bakery Internacional S. A. Escritura Nº 278 otorgada en San José a las 8:00 horas del 25 de agosto de 2006.—Lic. Roberto Pochet Torres, Notario.—1 vez.—Nº 73694.—(77885).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 16:30 horas del 23 de agosto del 2006, se constituyó la sociedad denominada Intercontinental Trading Group Corporation S. A., traducida al idioma español en Corporación Grupo Intercontinental de Comercio S. A. Domicilio Social: San José, Curridabat. Plazo social: 99 años. Capital social: suscrito y pagado. Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 23 de agosto del 2006.—Lic. Emily Vargas Rivera, Notaria.—1 vez.—Nº 73696.—(77886).

Por escritura otorgada el 27/07/2006, se constituyó Erick and Jo Investments Ltda. Domicilio: Desamparados, tres gerentes, plazo 99 años, capital diez mil colones.—Lic. Jimmy Solano Ulloa, Notario.—1 vez.—Nº 73697.—(77887).

Por escritura otorgada el 15-08-2006, se constituyó Sancho Ramírez e Hijos Ltda. Domicilio: San José, dos gerentes, plazo 99 años, capital doce mil colones.—Lic. Jimmy Solano Ulloa, Notario.—1 vez.—Nº 73698.—(77888).

Mediante escritura de las diez horas treinta minutos del veintiocho de agosto del dos mil seis, la notaria Karoline Alfaro Vargas, protocoliza acuerdo de la entidad Malisa S & C Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y seis mil quinientos ocho, reformando el pacto constitutivo cláusula sétima, debidamente autorizada para realizar dicho acto.—Heredia, 28 de agosto del 2006.—Lic. Karoline Alfaro Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 73699.—(77889).

Por escritura otorgada en Cartago ante la notaria Laura Gómez Martínez se constituye Agroindustrial Roma del Norte M. S. Sociedad Anónima. Representantes: Marvin Montero Varela y Rolando Sanabria Rosito.—Cartago, agosto del 2006.—Lic. Laura Gómez Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 73700.—(77890).

Por escritura número cincuenta y uno-cuatro del 22 de mayo del 2006, se constituyó Inversiones Internacionales Calle de Cataluña ABCD Sociedad Anónima.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—1 vez.—Nº 73703.—(77891).

El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las once horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada New World Processing Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y un mil trescientos cincuenta y cinco, mediante la cual se reformó la cláusula primera de los estatutos, correspondientes a la razón social, para que en delante la sociedad se denomine HWCG Central American Services Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 73704.—(77892).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, Mi Tata FCC de Zapotal Sociedad Anónima. Capital social: sesenta mil colones, plazo: noventa y nueve años. Domicilio: Zapotal de Nandayure, Guanacaste. Presidente: Francisco Cambronero Cruz.—Lic. Franklin Carrillo Cubero, Notario.—1 vez.—Nº 73705.—(77893).

Por escritura pública número 73-10, otorgada ante mi notaría, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Reforestadora Gogo R G Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma su pacto constitutivo.—Lic. Franklin Carrillo Cubero, Notario.—1 vez.—Nº 73706.—(77894).

Que por escritura otorgada ante esta notaría se constituyó Agropecuaria Nacidilla Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo social: cien años. Domicilio: Santa Rita de Nandayure, Guanacaste. Presidente: Rafael Ángel Barrientos Alfaro.—Lic. Franklin Carrillo Cubero, Notario.—1 vez.—Nº 73707.—(77895).

Que por escritura otorgada ante esta notaría se constituyó Rojas Borbón R y B de Nandayure Sociedad Anónima. Capital social: veinte mil colones. Plazo: cien años. Domicilio: Carmona de Nandayure, Guanacaste. Presidente: Roberto Elías Rojas Céspedes.—Lic. Franklin Carrillo Cubero, Notario.—1 vez.—Nº 73708.—(77896).

En esta notaría por escritura número 13 de las 17:00 horas del 11 de julio del 2006, se constituyó la sociedad Corporación El Tuche Bustamante S. A., siendo su presidente el señor Martín Mora Garbanzo, cédula 1-215-209 con un capital social de diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, por un plazo social de noventa y nueve años.—San José, 18 de agosto de 2003.—Lic. Manuel González Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 73709.—(77897).

Por escritura número 266 otorgada a las 16:00 horas del 18 de agosto del año en curso ante esta notaría, se celebra asamblea extraordinaria de la sociedad Zamarriego Juventud S. A., donde primero: se modifica totalmente la cláusula segunda del pacto constitutivo la cual ahora dirá Segunda: el domicilio de la sociedad será en Alajuela urbanización Alicante de la entrada 50 este y 200 sur. Artículo segundo se conoce y acepta la renuncia de la Presidenta Rosa Barrantes Arroyo. Artículo tercero para llenar la vacante se nombra por todo el plazo social como presidente al señor Jorge Osorio Pérez con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Giselle Patiño López, Notaria.—1 vez.—Nº 73712.—(77898).

Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las nueve horas con treinta minutos del día veinticinco de agosto del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Desarrollos Comerciales Acordeón Alegre Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica la cláusula primera del pacto social, se revoca el nombramiento del presidente y secretario de la junta directiva y se nombra nuevo presidente y secretario de la junta directiva, se crea la cláusula décimo primera y se nombra agente residente.—San Isidro de Pérez Zeledón, 25 de agosto del 2006.—Lic. María Catalina Garro Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 73713.—(77899).

Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las nueve horas del día veinticinco de agosto del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Las Villas de Arkad Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica la cláusula primera del pacto social, se revoca el nombramiento del presidente, secretario y tesorero de la junta directiva y se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, se crea la cláusula décimo primera y se nombra agente residente.—San Isidro de Pérez Zeledón, 25 de agosto del 2006.—Lic. María Catalina Garro Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 73714.—(77900).

Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las nueve horas con quince minutos del día veinticinco de agosto del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Maui County Villa Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica la cláusula primera del pacto social, se revoca el nombramiento del presidente y secretario de la junta directiva y se nombra nuevo presidente y secretario de la junta directiva, se crea la cláusula décimo primera y se nombra agente residente.—San Isidro de Pérez Zeledón, 25 de agosto del 2006.—Lic. María Catalina Garro Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 73715.—(77901).

Por escritura otorgada a las 15:00 horas del 8 de agosto del 2006, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Menasha Town S. A., se reforman las cláusulas quinta y sexta, del pacto constitutivo. Se nombra junta directiva. Presidente con facultade de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Grecia, 17 de agosto del 2006.—Lic. Luis Adrián Alfaro Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 73716.—(77902).

Hoy en esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Llantas Fabulosas S. A., cédula jurídica 3-101- 02901625 en la cual se nombra nuevo fiscal.—San José, 11 de agosto del 2006.—Lic. Adriana Castillo Guzmán, Notaria.—1 vez.—Nº 73718.—(77903).

Hoy en esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Consorcio de Desarrollo Delta S. A., cédula jurídica 3- 101-23895 en la cual se nombra nuevo fiscal.—San José, 13 de agosto del 2006.—Lic. Adriana Castillo Guzmán, Notaria.—1 vez.—Nº 73719.—(77904).

Hoy en esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Mercofin S. A., cédula jurídica 3-101-022185 en la cual se nombra nuevo fiscal.—San José, 14 de agosto del 2006.—Lic. Adriana Castillo Guzmán, Notaria.—1 vez.—Nº 73720.—(77905).

Ante mí, a las 8:30 horas del día de hoy se constituyó Jhah Mar Kim Limitada.—San José, 25 de agosto del 2006.—Lic. Juan Diego Soto Suárez, Notario.—1 vez.—Nº 73722.—(77906).

Asambleas general ordinaria y extraordinaria de la empresa Inversiones Diversificadas R Y M Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-tres ocho uno dos cinco uno, se reforma la cláusula de la administración. Corresponderá al presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial de la compañía, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Presidente: Róger Brenes Muñoz, secretaria: Laura Araya Chang.—Heredia, 28 de agosto del 2006.—Lic. Eddy José Pérez Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 73723.—(77907).

Ante mí, Néstor Rodríguez Jiménez, notario público de Orotina, se ha constituido la sociedad anónima denominada V F Rodve S. A. Capital social: veinte mil colones. Acciones: comunes y nominativas. Plazo social: noventa y nueve años. Presidenta: María Vanessa Rodríguez Vargas.—Orotina, 25 de agosto del 2006.—Lic. Néstor Rodríguez Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 73724.—(77908).

Por escritura otorgada ante este notario a las 13:00 horas del 26 de agosto del 2006, se constituyó la sociedad Servicios de Seguridad Génesis SSG Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo: 99 años. Domicilio: San José. Presidente: Jeremy Lara Olivar.—San José, 26 de agosto del 2006.—Lic. Yuran Grant Douglas, Notario.—1 vez.—Nº 73725.—(77909).

Por escritura 62 otorgada ante esta notaría a las 15:10 horas del 11-08-06 se constituyó la Sociedad Anónima denominada Alequisa Sociedad Anónima. Capital suscrito y pago. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—Nº 73726.—(77910).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad B S B Bodega de Repuestos Usados San Vito S. A. Capital social pagado, domicilio San Vito, Coto Brus.—San Vito, Coto Brus, 25 de agosto de 2006.—Lic. Alexis Salazar Torres, Notario.—1 vez.—Nº 73727.—(77911).

Por escritura ciento treinta y nueve, otorgada ante esta notaria en fecha veintiséis de agosto del dos mil seis al ser las diez horas, se protocolizó el acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de la compañía Auto Transportes Pavas Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó la cláusula tercera del pacto social y se revocó el poder generalísimo del señor Esteban José Ramírez Biolley.—San José, 26 de agosto de 2006.—Lic. Ligia Bermúdez Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 73729.—(77912).

Por escritura ciento treinta y ocho, otorgada ante esta notaria el día veintiséis de agosto del dos mil seis al ser las nueve horas, se protocolizó el acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de la compañía Finca Boruca Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma el pacto social en su cláusula tercera.—San José, 26 de agosto de 2006.—Lic. Ligia Bermúdez Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 73730.—(77913).

Vicsa de Alajuela Sociedad Anónima, modifica estatutos y nombra junta directiva, fiscal y agente residente. Presidenta: Sara María Alfaro Araya.—Sarapiquí, 9 de febrero de 2006.—Lic. Federico Alfaro Araya, Notario.—1 vez.—Nº 73733.—(77914).

En esta notaría el díez de julio del dos mil seis, se constituyó por noventa y nueve años M F Tres Noventa y Dos S. A., domiciliada en San José, Tibás, La Florida, Urbanización Los Estudiantes, trescientos norte y doscientos este del Auto Mercado, con capital social de diez mil colones. Su administración está a cargo de la junta directiva y la representa el presidente y el tesorero. Se emplaza a los interesados para que hagan valer sus derechos. Es todo.—San José, 28 de agosto de 2006.—Lic. Juan Diego Vargas Garita, Notario.—1 vez.—Nº 73734.—(77915).

En mi notaría, mediante escritura 269 de las 16:30 horas del 9 de agosto de 2006, se constituyó la sociedad Auto Partes Carvajal GCV Sociedad Anónima, plazo social 99 años, capital social diez mil colones, representantes judiciales y extrajudiciales el presidente, secretaria y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Agente residente Lic. Kermith Ceciliano Moreira.—Lic. Lilliana Madrigal Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 73740.—(77916).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del día de hoy, Andrés Román Rojas y Jairo Jaranillo Serna, constituyen la sociedad denominada Instalmarmol Sociedad Anónima. Plazo cien años. Objeto: Industria y comercio en general. Capital: diez mil colones. Presidente el socio Andrés Román Rojas.—San José, 15 de junio de 2006.—Lic. Marcela Núñez Troyo, Notaria.—1 vez.—Nº 73741.—(77917).

Por escritura otorgada en esta notaría al ser las once horas del veintiséis del presente mes, se constituyó la sociedad denominada León de Piedra Dos Mil Seis Sociedad Anónima. Su domicilio social está en San José, cantón Central, distrito de Zapote. Su plazo social es de noventa años. El capital social es de diez mil colones. El presidente tiene la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—San José, 27 de agosto del 2006.—Lic. Adrián Fernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 73742.—(77918).

Por escritura otorgada en esta notaría al ser las once horas con diez minutos del veintiséis del presente mes, se constituyó la sociedad denominada Finca León Solano Dos Mil Seis Sociedad Anónima. Su domicilio social está en San José, cantón Central, distrito de Zapote. Su plazo social es de noventa años. El capital social es de diez mil colones. El presidente tiene la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—San José, 27 de agosto del 2006.—Lic. Adrián Fernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 73743.—(77919).

Por escritura otorgada en esta notaría al ser las once horas con veinte minutos del veintiséis del presente mes, se constituyó la sociedad denominada Quinta Las Violetas Dos Mil Seis Sociedad Anónima. Su domicilio social está en San José, cantón Central, distrito de Zapote. Su plazo social es de noventa años. El capital social es de diez mil colones. El presidente y el secretario tienen la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—San José, 27 de agosto del 2006.—Lic. Adrián Fernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 73744.—(77920).

Por escritura otorgada en esta notaría al ser las once horas con treinta minutos del veintiséis del presente mes, se constituyó la sociedad denominada Los Almendros Verdes Dos Mil Seis Sociedad Anónima. Su domicilio social está en San José, cantón Central, distrito de Zapote. Su plazo social es de noventa años. El capital social es de diez mil colones. El presidente y el secretario tienen la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—San José, 27 de agosto del 2006.—Lic. Adrián Fernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 73745.—(77921).

Por escritura otorgada en esta notaría al ser las once horas con cuarenta minutos del veintiséis del presente mes, se constituyó la sociedad denominada Cerámicas Toro Dos Mil Seis Sociedad Anónima. Su domicilio social está en San José, cantón Central, distrito de Zapote. Su plazo social es de noventa años. El capital social es de diez mil colones. El presidente y el secretario tienen la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—San José, 27 de agosto del 2006.—Lic. Adrián Fernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 73746.—(77922).

Por escritura otorgada en esta notaría al ser las once horas con cincuenta minutos del veintiséis del presente mes, se constituyó la sociedad denominada Quinta Leosol Dos Mil Seis Sociedad Anónima. Su domicilio social está en San José, cantón Central, distrito de Zapote. Su plazo social es de noventa años. El capital social es de diez mil colones. El presidente y el secretario tienen la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—San José, 27 de agosto del 2006.—Lic. Adrián Fernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 73747.—(77923).

En mi notaría al ser las 7:00 del 28 de agosto del años dos mil seis, se constituyó Invesiones Pajo Sociedad Anónima.—Lic. Celenia Godínez Prado, Notaria.—1 vez.—Nº 73748.—(77924).

En mi notaría por escritura número ciento dieciocho dada a las ocho horas del dieciséis de noviembre del dos mil dos, visible al folio ciento noventa y nueve vuelto del tomo treinta y seis de mi protocolo, se protocolizaron actas de Vicmar Sistemas, modificando el domicilio de la compañía y haciendo nuevos nombramientos.—28 de agosto de 2006.—Dr. Enrique Vargas Peralta, Notario.—1 vez.—Nº 73749.—(77925).

En mi notaría por escritura número noventa y ocho dada a las ocho horas del quince de agosto del dos mil seis, visible al folio ciento sesenta y tres frente del tomo cuarenta y tres de mi protocolo, se constituyó DSC Desarrollos Santa Cruz Sociedad Anónima, domicilio social: Cartago, capital: suscrito y pagado.—28 de agosto de 2006.—Lic. Mauricio Vargas Barguil, Notario.—1 vez.—Nº 73750.—(77926).

Hoy en esta notaría, se procedió a protocolizar acta extraordinaria de sociedad Taller Enderezado y Pintura y Repuestos Shalom Sociedad Anónima, reforma cláusula octava sobre administración, así como cláusula segunda sobre domicilio. Escritura otorgada ante Olga Margarita Alfaro Salas y Deyanira Castrillo Fernández.—San José, 28 de mayo de 2006.—Lic. Margarita Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 73755.—(77927).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del 25 de agosto del 2006, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: La primera: de la razón social: la sociedad se denominará Luxury Villa Group GTE Sociedad Anónima. La quinta: del capital social: se acuerda aumentar el capital social en la sociedad Purple Haze Sociedad Anónima.—San José, 25 de agosto de 2006.—Lic. Katherine Mourelo Rímola, Notaria.—1 vez.—Nº 73756.—(77928).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría el 22 de agosto del 2006, se constituyó la siguiente sociedad Guanacaste Sales & Marketing Ltda., a las 8:30 horas con el domicilio en Guanacaste, objeto genérico, plazo 90 años, capital social doce mil colones, apoderado generalísimo gerente general: Andrea Dall’Anesse Agüero.—San José, 25 de agosto de 2006.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—Nº 73757.—(77929).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas del 24 de agosto del 2006, se modifica la siguiente cláusula del pacto constitutivo: La segunda del domicilio: el domicilio estará en Guanacaste, Carrillo, Palmira, del Aeropuerto Internacional Daniel Oduber, ocho kilómetros al sur. Edificio Do It Center, local número dos. Se hace el siguiente nombramiento: Gerente general: Dennis (nombre) Mc Leod (apellido), de un solo apellido en razón de su nacionalidad canadiense. Agente residente: Andrea Dall’Anesse Agüero, en la sociedad Fall by the Lake Limitada.—San José, 28 de agosto de 2006.—Lic. Katherine Mourelo Rímola, Notaria.—1 vez.—Nº 73758.—(77930).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría el 24 de agosto del 2006, se constituyó la siguiente sociedad Las Brisas Resort del Pacífico Ltda., a las 12:00 con el domicilio en Puntarenas, objeto genérico, plazo 90 años, capital social doce mil colones, apoderados generalísimos Gerente uno: Larry Melvin Hustad, Gerente dos: Gilda Daisy Hustas y Grerente tres: Patrick Lawrence Hustad.—San José, 24 de agosto de 2006.—Lic. Andrea Dall’Anesse Agüero, Notaria.—1 vez.—Nº 73759.—(77931).

Ante mi notaría Franco Ardisonne, pasaporte número dos cuatro cero cinco cero siete B, presidente y Marta Lucía Torrentes Portoblanco, pasaporte número C uno cero siete seis ocho dos cero, secretaria, constituyen la compañía MLF Malufra, S. A., nombre de fantasía; domicilio: San José, costado este de la casa Amarilla, casa color blanca. Objeto: actividades mercantiles, económicas, turísticas, plazo: 99 años. Capital social: 10 mil colones. Representación: presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Escritura otorgada en San José, a las 9:00 del 19 de junio de 2006.—Lic. Zulema Villalta Bolaños, Notaria.—1 vez.—Nº 73760.—(77932).

Por escritura número ciento sesenta y cuatro de las diecinueve horas del veinticuatro de agosto de dos mil seis, se reforma la cláusula sétima en relación a la administración, del pacto social de la compañía Distant Voices Limitada.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 73761.—(77933).

Por escritura número ciento cincuenta y siete de las dieciséis horas del dieciocho de agosto de dos mil seis, se reforma la cláusula sexta en relación a la administración, del pacto social de la compañía Industrias Ghadamis Kavala Sociedad Anónima.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 73762.—(77934).

Ante Mí, se constituyó la empresa: Organización del Futuro Azo Sociedad Anónima, con plazo social de cien años y capital social de cien mil colones.—San José, 28 de agosto de 2006.—Lic. Carlos Coto Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 73766.—(77935).

Protocolización de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Importadora Mundo de Occidente Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento dos- doscientos treinta y un mil quinientos tres. Primero: se acuerda transformar la empresa en sociedad de responsabilidad limitada, capital social diez mil colones exactos, diez cuotas nominativas de mil colones exactos cada una, representación judicial y extrajudicial el gerente actuando individualmente. Se nombra gerente. Escritura número ciento sesenta y cinco, otorgada en San José a las ocho horas del veintidós de agosto del dos mil seis, ante notario Luis Moshe Lechtman Meltzer.—Lic. Luis Moshe Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—Nº 73767.—(77936).

Protocolización de asamblea de cuotas general extraordinaria de la empresa Mesquite Cowboy Limitada, cédula de persona jurídica número: tres-ciento dos- doscientos sesenta y cinco mil sesenta y dos, se acuerda nombrar nuevo gerente y modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo referente al domicilio. Escritura número ciento ochenta y seis, otorgada en San José a las ocho horas diez minutos del veintidós de agosto del dos mil seis, ante notario Eugenio Hernández Rodríguez.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez Notario.—1 vez.—Nº 73768.—(77937).

Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las doce horas del día dieciséis de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada: Palo Rojo de Salitrillos Sociedad Anónima, cuyo presidente es el señor: William Chinchilla Jiménez, domicilio social: San José, doscientos metros al sur del Parque de Aserrí.—San José, 28 de agosto de 2006.—Lic. Rolando Alberto Segura Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 73769.—(77938).

Mediante escritura autorizada por mí, a las trece horas del veinticinco de agosto del dos mil seis, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Green Snake Development Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y dos mil ochocientos uno; mediante la cual se transformó a Green Snake Development LLC, Limitada, cuya traducción al idioma español es Desarrolladora Serpiente Verde LLC Limitada, y en virtud de ello se modifica la totalidad del pacto constitutivo.—San José, 25 de agosto de 2006.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 73780.—(77939).

Por escritura de las 11:00 horas del 20 de julio del 2006, se constituyó Comercializadora Montaña Verde de Puntarenas S. A. Capital diez mil colones, presidente con poder generalísimo sin límite de suma.—Lic. Patricia Araya Serrano, Notaria.—1 vez.—Nº 73781.—(77940).

Por escritura otorgada en esta notaría en San José, a las 9:00 horas del día veintiocho de agosto del año dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Vacations for Rent INC Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 28 de agosto de 2006.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 73782.—(77941).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Edneves Sociedad Anónima, mediante los cuales se reforman las cláusulas segunda y octava de los estatutos.—San José, 28 de agosto de 2006.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—Nº 73784.—(77942).

Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de Alero y Ansab Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda de los estatutos. Escritura otorgada a las 15:00 horas del 22 de agosto del 2006.—Lic. Elena Alfaro Ulate, Notaria.—1 vez.—Nº 73787.—(77943).

Se constituye la sociedad de esta plaza denominada Multinegocios J F M Sociedad Anónima, presidente y apoderado generalísimo sin límite de suma Eddy Alier Meza Altamirano, capital social cien mil colones, domicilio San José, avenidas uno y tres, calle diez, Mercado de la Calle diez local dos. Fecha de constitución veintiuno de agosto de 2006.—Lic. Mario Eduardo Barrantes Céspedes, Notario.—1 vez.—Nº 73788.—(77944).

Ante esta notaría a las 12:00 horas del 23 de febrero de año 2006, se constituye Inversiones K & T S. A. Domicilio: San Isidro de Heredia. Plazo social: 100 años, capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.— San José, 25 de agosto de 2006.—Lic. Luis Enrique Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 73789.—(77945).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas del día diecinueve de junio del año dos mil seis, se constituyó Lourine de Cahuita S. A.— San José, 28 de agosto de 2006.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(77968).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas del día diecinueve de junio del año dos mil seis, se constituyó Le Colibrí Rouge des Tropiques S. A.—San José, 28 de agosto de 2006.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(77969).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas del día diecinueve de junio del año dos mil seis, se constituyó Leperonniere Inmobilier S. A.—San José, 28 de agosto de 2006.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(77970).

Primer Paso del Atardecer Sociedad Anónima y Robert Irvin constituyen 48 sociedades ajustadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo N° 33171-J, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 114 del 14 de junio de 2006, escritura autorizada por el suscrito a las 9:00 horas del 28 de agosto del año 2006. Objeto: bienes y raíces, turismo y comercio en general. Domicilio: lote 13 D Villa Real, Pozos de Santa Ana. Plazo: 100 años.—San José, 29 de agosto de 2006.—Lic. Oldemar Ramírez Escribano, Notario.—1 vez.—(77972).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las once horas del nueve de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad Aliter Commercial Development S. A. Capital social: cien mil colones. Plazo social: cien años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 17 de agosto de 2006.—Lic. Mónica Dada Santos, Notaria.—1 vez.—(78007).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las once horas treinta minutos del nueve de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad Aliter Residential Development S. A. Capital social: cien mil colones. Plazo social: cien años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 17 de agosto de 2006.—Lic. Mónica Dada Santos, Notaria.—1 vez.—(78008).

Que por escritura número noventa y siete del ocho de agosto del dos mil seis, los socios de la sociedad Ganadera Ariamo del Monte Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia, de los Tribunales de Justicia, setenta y cinco metros al este, edificio Zona Rosa y con cédula jurídica número tres-ciento uno-cero treinta y un mil cuatrocientos veintiuno, protocolizan en lo conducente el acta número veintidós de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad citada, en donde acordaron prorrogar el plazo social por treinta años más, a partir del treinta y uno de octubre del año dos mil cinco.—Heredia, 28 de agosto del 2006.—Lic. León Montoya Hernández, Notario.—1 vez.—(78014).

Que por escritura número noventa y cinco del cuatro de agosto del dos mil seis, los socios de la sociedad Ganadera del Valle Sociedad Limitada, domiciliada en Heredia, de los Tribunales de Justicia, setenta y cinco metros al este, edificio Zona Rosa y con cédula jurídica número tres-ciento dos-cero treinta mil novecientos uno, protocolizan en lo conducente el acta número treinta y tres de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad citada, en donde acordaron prorrogar el plazo social por diez años a partir del siete de febrero del dos mil seis, pudiendo prorrogarse por períodos iguales y sucesivos hasta completar un total de treinta años.—Heredia, 28 de agosto del 2006.—Lic. León Montoya Hernández, Notario.—1 vez.—(78015).

Por escritura otorgada hoy ante mí a las 19:00 horas, se constituyó la sociedad denominada Bea & Gabo S. A., con domicilio en San José, La Uruca.—San José, 25 de agosto de 2006.—Lic. Randall Barquero León, Notario.—1 vez.—(78019).

El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí el día hoy, se constituyeron las siguientes ocho sociedades Esterillos Premium Property Brokers E.P.P.B. S. A., Premium Dream Living Esterillos P.D.L.E. S. A., Clouds and Sun Real Estate C.S.R.E. S. A., Esterillos Hills Real Estate E.H.R.E. S. A., Gold Mine Esterillos Property Brokers G.M.E.P.B. S. A., Heaven Developers Real Estate H.D.R.E. S. A., Beach Dreams Land Developers B.D.L.D. S. A., y Sun and Sand Real Estate Developers S.S.R.E.D. S. A.—San José, 24 de agosto de 2006.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—(78035).

Marvin Díaz Briceño notario público da aviso que en mi notaría se constituyó Ensenada Heights S. A. En fecha de 28 de agosto del 2006. Capital social: 10 mil colones, presidente y secretario son apoderados generalísimos sin limitación de suma.—Lic. Marvin Díaz Briceño, Notario.—1 vez.—(78040).

Marvin Díaz Briceño notario público da aviso que en mi notaría se constituyó Hummingbird Investments S. A. En fecha 28 de agosto del 2006. Capital social: 10 mil colones, presidente y secretario son apoderados generalísimos sin limitación de suma.—Lic. Marvin Díaz Briceño, Notario.—1 vez.—(78042).

Por escritura otorgada en esta notaría a las 11:00 horas del 24 de agosto del 2006, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Swisstec S. A., cédula jurídica Nº 3-101-343642, celebrada  a las 17:00 horas del 23 de agosto del 2006, en la que se modificaron las cláusulas 2 y 8 del pacto social.—San José, 24 de agosto del 2006.—Lic. Daniel Befeler Scharf, Notario.—1 vez.—(78044).

Marvin Díaz Briceño, notario público, da aviso que en mi notaría se constituyó Castle Bay Investments S. A. en fecha 28 de agosto del 2006. Capital social. 10 mil colones, presidente y secretario son apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Marvin Díaz Briceño, Notario.—1 vez.—(78045).

Por escritura otorgada en esta notaría a las 15:00 horas del 25 de agosto del 2006, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de Sikua Internacional S. A., cédula jurídica Nº 3-101-131823, celebrada a las 8:00 horas del 31 de julio del 2006, en la que se modificó la cláusula 2 del pacto social y se hacen nuevos nombramientos de vicepresidente, secretario y fiscal.—San José, 25 de agosto del 2006.—Lic. Daniel Befeler Scharf, Notario.—1 vez.—(78047).

Ante esta notaría, al ser las nueve horas y dos minutos del siete de agosto del dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad denominada Handiman S. A., donde se acordó modificar la cláusula novena de la representación y se crea la figura de gerente general nombrándose al señor Carlos Mora Lindo. Se nombra nuevo tesorero.—San José, siete de agosto del 2006.—Lic. Yohanka González González, Notaria.—1 vez.—(78061).

Ante esta notaría, al ser las nueve horas del siete de agosto del dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad denominada Bosque Perfecto Sociedad Anónima, donde se acordó modificar la cláusula novena de la representación y se nombra nueva junta directiva, quedando como presidente el señor Steven Acedo.—San José, siete de agosto del 2006.—Lic. Yohanka González González, Notaria.—1 vez.—(78064).

Ante esta notaría, al ser las nueve horas y diez minutos del siete de agosto del dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad denominada Costa Rica Services and Property Management Sociedad Anónima, donde se acordó modificar la cláusula novena de la representación y crea la figura de gerente general, nombrándose al señor Carlos Mora Lindo y a su vez se sustituye al agente residente y se nombra a la licenciada Yohanka González González.—San José, siete de agosto del 2006.—Lic. Yohanka González González, Notaria.—1 vez.—(78065).

A las 17:30 horas del 28 de agosto del 2006, escritura Nº 268, visible al folio 103 frente, hasta folio 104 vuelto, del tomo 3º del protocolo del notario público Carlos Arturo Paniagua Gómez, se constituyó Grupo Agrícola Sava S. A. Objeto: la compra y venta de bienes raíces en general. Capital social: 10 mil colones. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Carlos Arturo Paniagua Gómez, Notario.—1 vez.—(78087).

Por escritura otorgada en mi notaría, número cuarenta y cinco-diez, de fecha veintitrés de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Multilimpieza Grecia S. A. Domicilio social: El Cajón de Grecia, Alajuela. Capital social: cien mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: prestación de servicios de limpieza en general. Apoderado generalísimo: Luis González Mora.—Grecia, 28 de agosto del 2006.—Lic. Álvaro Bernal Ramírez Ulate, Notario.—1 vez.—(78088).

En mi notaría, se constituyó la sociedad de esta plaza H. Rojasal Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 17:00 horas del día 26 de agosto del 2006.—Lic. Maycol Novoa Arceyu, Notario.—1 vez.—(78101).

Ante esta notaría, por escritura número ciento cincuenta y siete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Paytech International Limited S. A., cédula jurídica Nº 3-101-334736. Y se acuerda la modificación de la cláusula segunda del pacto social.—San José, 1º de agosto del 2006.—Lic. Francisco E. Fonseca y Fabiola Gamboa Ross, Notarios.—1 vez.—(78121).

Ante esta notaría, por escritura número ciento cincuenta y ocho, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Cool Caribe S. A., cédula jurídica Nº 3-101-366188. Y se acuerda: primero: que se acepta la renuncia de los miembros de la junta directiva, con excepción del presidente y se hacen nuevos nombramientos; segunda: se reforma las cláusulas quinta y sétima del pacto social.—San José, 17 de agosto del 2006.—Lic. Francisco E. Fonseca Monge, Notario.—1 vez.—(78122).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas treinta minutos del día tres de mayo del dos mil seis, se constituyó Costa Rica New Frontier Realty C.R.N.F.R. Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notaria.—1 vez.—(78133).

Ante la notaría de la licenciada Karoll Paola Sancho Oconitrillo, mediante escritura número doscientos ochenta-dos, visible al folio ciento sesenta y cuatro frente, del protocolo segundo de la suscrita notaria, otorgada a las 8:00 horas del día 28 de agosto del 2006, las señoras Andrea Giuseppe Mesén Fainardi, cédula de identidad Nº 1-621-590, y Ana Georgina Méndez Rodríguez, cédula de identidad Nº 1-771-375, constituyen la empresa denominada CCIM Costarican Center of Medical Reseaech Sociedad Anónima.—Santo Domingo de Heredia, 28 de agosto del 2006.—Lic. Karoll Paola Sancho Oconitrillo, Notaria.—1 vez.—(78135).

Ante la notaría del licenciado Róger Antonio Sancho Rodríguez, mediante escritura número ciento cincuenta y cuatro-dieciséis, visible al folio ochenta y nueve vuelto, del protocolo decimosexto del suscrito notario, otorgada a las 10:00 horas del día 23 de agosto del 2006, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de la empresa Psicoconsultoría M&B Costa Rica S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas primera, segunda, tercera, octava, duodécima de los estatutos, se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—Santo Domingo de Heredia, 28 de agosto del 2006.—Lic. Róger Antonio Sancho Rodríguez, Notario.—1 vez.—(78136).

Por escritura otorgada en esta notaría a las 15:00 horas del día 28 de agosto del 2006, se constituyó la sociedad denominada On Final Approach Sociedad Anónima.—Lic. Jorge Jiménez Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 73790.—(78141).

Ante el suscrito notario se constituyó la sociedad de esta plaza Transportes Privados G Gina Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pago.—Alajuela, dieciocho de julio del dos mil seis.—Lic.  Johnny Ramírez Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 73794.—(78142).

Protocolización de acuerdos de la sociedad TDL Holdings Sociedad Anónima, en la que se reforman cláusulas segunda y sétima del pacto, se nombran nueva junta directiva y fiscal y se revoca nombramiento de agente residente. Escritura otorgada en la ciudad de Puntarenas, a las diecisiete horas veinte minutos del veinticuatro de agosto del dos mil seis.—Lic. Alejandro Alemán Solano, Notario.—1 vez.—Nº 73795.—(78143).

Ante esta notaría a las diecisiete horas del día veinte de junio del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Empresa de Crédito Comunal Banfesa de San Luis de Dos Ríos de Upala S. A.—Lic. Carlos Luis Ramírez Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 73796.—(78144).

Por escritura otorgada ante esta notaria a las catorce horas del veintiocho de agosto del 2006, se constituyeron las sociedades denominadas (I) Desarrollos Habitacionales Delynear Sociedad Anónima, (II) Inmobiliaria Housing Sociedad Anónima, (III) Desarrollos Inmobiliarios Arena Blanca Sociedad Anónima, (IV) Desarrollos Inmobiliarios Ecoliving Sociedad Anónima, (V) Inversiones Supralife JS Sociedad Anónima, (VI) Inmobiliaria Bestliving Sociedad Anónima, (VII) Desarrollos Habitacionales Bosques del Pacífico Sociedad Anónima, (VIII) Cristalbeach SG Sociedad Anónima, (IX) Inmobiliaria Whiteline CR Sociedad Anónima, (X) Inmobiliaria Garden Glass Sociedad Anónima, (XI) Desarrollos Empresariales Arquicolors Sociedad Anónima, (XII) Arquisoluciones Ideales RS Sociedad Anónima, (XIII) Desarrollos Habitacionales Novalíneas Sociedad Anónima, (XIV) Desarrollos Habitacionales Bettercolors Sociedad Anónima, (XV) Inmobiliaria Archilab Sociedad Anónima, (XVI) Inversiones Arkitektor Sociedad Anónima, (XVII) Inversiones Muare Sociedad Anónima, (XVIII) Desarrollos Inmobiliarios Arkitekturar Sociedad Anónima, (XIX) Desarrollos Comerciales Wild River Sociedad Anónima, (XX) Inversiones Six Acres Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado. Plazo: 99 años. Domicilio social: San José, Los Yoses. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic.  Cristina Montero González, Notaria.—1 vez.—Nº 73798.—(78145).

Por escritura pública de las catorce horas del veinticinco de agosto del dos mil seis, se protocolizó asamblea general extraordinaria de Educación y Entretenimiento Edutainment S. A. Se modifican las cláusulas quinta y sétima del pacto constitutivo. Es todo.—San José, quince horas del veinticinco de agosto del dos mil seis.—Lic.  Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—Nº 73802.—(78146).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del diecinueve de agosto del dos mil seis, se modifica el pacto de la sociedad A-B Dos La Entrada Ostional Verde Sociedad Anónima y se otorga poder generalísimo.—San José, 21 de agosto del 2006.—Lic. Sylvia Muñoz García, Notaria.—1 vez.—Nº 73803.—(78147).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas veinte minutos del diecinueve de agosto del dos mil seis, se modifica el pacto de la sociedad Tiger Cave Property Holdings Sociedad Anónima y se otorga poder generalísimo.—San José, 21 de agosto del 2006.—Lic. Sylvia Muñoz García, Notaria.—1 vez.—Nº 73804.—(78148).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas diez minutos del diecinueve de agosto del dos mil seis, se modifica el pacto de la sociedad B-D Cuatro, Mono Congo Ostional Verde Sociedad Anónima y se otorga poder generalísimo.—San José, 21 de agosto del 2006.—Lic. Sylvia Muñoz García, Notaria.—1 vez.—Nº 73805.—(78149).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del quince de agosto del dos mil seis, se modifica el pacto de la sociedad Wonderful Sky Property Holding Sociedad Anónima y se otorga poder generalísimo.—Lic. Sylvia Muñoz García, Notaria.—1 vez.—Nº 73806.—(78150).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del quince de agosto del dos mil seis, se modifica el pacto de la sociedad ASGW Yaguarundi Nosara Sociedad Anónima y se otorga poder generalísimo.—San José, 16 de agosto del 2006.—Lic. Sylvia Muñoz García, Notaria.—1 vez.—Nº 73807.—(78151).

En esta notaría al ser las nueve horas del veinticuatro de agosto del dos mil seis, se protocolizó acta de la empresa LLC Costa Rica Holding Corporation Number Three S. A., en la que se reforman las cláusulas nueve y dos, se nombra nueva directiva y nuevo agente residente.—San José, veinticuatro de agosto del dos mil seis.—Lic. Álvaro Aguilar Saborío, Notario.—1 vez.—Nº 73808.—(78152).

Por escritura número ciento cincuenta y tres de las catorce horas del dieciocho de agosto del dos mil seis y ciento cincuenta y cuatro de las quince horas del dieciocho de agosto del dos mil seis, se protocolizó respectivamente las actas de asamblea general extraordinaria de las sociedades Bajos de Seros Sociedad Anónima y Montsan Inmobiliaria Sociedad Anónima, mediante las cuales se modificaron las cláusulas y segunda y octava de ambas sociedades.—San José, dieciocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Silvia Marcela Chaves Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 73809.—(78153).

En mi notaría se constituyó la sociedad denominada Ombre e Chiketi Sociedad Anónima, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, capital social debidamente cancelado y aportado.—San José, veinticinco de agosto del dos mil seis.—Lic. Cristian Soto Mora, Notario.—1 vez.—Nº 73814.—(78154).

Por escritura Nº 153-6 otorgada ante esta notaría, a las 10:30 horas del 25 de agosto del 2006, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Trece Por Dos S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas segunda, cuarta, aumento del capital social, sexta de los estatutos y se revoca el nombramiento del secretario, nombrándose nuevo.—Lic. Efraín Mauricio Carvajal Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 73815.—(78155).

Escritura 117, tomo 3, en esta notaría el 22 de agosto del 2006, se constituyó Montañas Agrícolas El Bajo Las Bonitas S. A., domicilio: Bajo Las Bonitas, Platanares, de la provincia de San José, 500 metros norte de la escuela, capital social: 12.000,00 colones, representado por 12 acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, presidente, tesorero y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San Isidro, Pérez Zeledón, al ser las 18:00 horas del día 22 de agosto del 2006.—Lic. Sandra Cubillo Díaz, Notaria.—1 vez.—Nº 73816.—(78156).

Por escritura otorgada ante mí, en esta ciudad a las doce horas, del veinticinco de agosto del dos mil seis, Óscar Acuña Fonseca y César Fonseca Fallas constituyeron CE-OS Turbulencias del Sur Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras en CE-OS Turbulencias del Sur S. A. Objeto: turismo, la agricultura, sin perjuicio a dedicarse a la industria, ganadería, turismo, comerciales, exportación e importación de mercancías de toda índole. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Capital social: diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Óscar Acuña Fonseca.—Pérez Zeledón, veinticinco de agosto del dos mil seis.—Lic. Ilieana María Varela Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 73818.—(78157).

Ante mi notaría se constituyó la empresa denominada Lenín Loáisiga y Asociados Sociedad Anónima, presidente: Lenín Antonio Loáisiga Ordóñez, es apoderado generalísimo sin límite de suma. Escritura otorgada a las diecisiete horas del veinticinco de agosto del dos mil seis.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Dámaso Ruiz Carrión, Notario.—1 vez.—Nº 73819.—(78158).

La suscrita notaria Irene Aguilar Monge, hago constar que ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Bufete San José Trece Cincuenta y Ocho Sociedad Anónima. Otorgada a las nueve horas treinta minutos del veintiocho de agosto del dos mil seis.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Irene Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 73820.—(78159).

Por escritura de las 10:00 se constituyó Fast & Seguro Repuesto Sociedad Anónima, presidenta: Nora Baltodano Rodríguez.—San José, 4 de julio del 2006.—Lic. María Elena González Larrad, Notaria.—1 vez.—Nº 73821.—(78160).

Mediante escritura otorgada a las trece horas del día veintiocho de agosto del dos mil seis, protocolicé el acta de asamblea de la empresa Cordobesa de Inversiones S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta mil ciento sesenta y tres mediante la cual se aumentó el capital social y se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Alejandra Sandoval Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 73824.—(78161).

Mediante escritura pública número ciento ochenta y cuatro-veintisiete, otorgada en mi notaría, a las nueve horas del día nueve de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Aires Acondicionados Ártica del Norte Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente: Eduardo Gerardo Núñez Montero.—Ciudad Quesada, 28 de agosto del 2006.—Lic. Ronald Córdoba Artavia, Notario.—1 vez.—Nº 73825.—(78162).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la compañía Administración de Propiedades Playas del Pacífico Sociedad Anónima. Por la que se reforma el domicilio social, la cláusula de la administración y se nombra nueva junta directiva.—San José, veinticinco de agosto del dos mil seis.—Lic. José Fernando Carter Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 73830.—(78163).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la compañía Paradise of The Seven Seas Sociedad Anónima. Por la que se reforma la razón social a Sped - One Sociedad Anónima, el domicilio social, la cláusula de la administración y se nombra nueva junta directiva.—San José, veinticinco de agosto del dos mil seis.—Lic. Aldomar Ulate Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 73831.—(78164).

El suscrito notario hace constar que en esta notaría el día de hoy se constituyó Shamrock Sociedad Anónima. Es todo, firmo en Palmar, Osa, Puntarenas, a las dieciséis horas del veinticinco de agosto del dos mil seis.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 73833.—(78165).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 9:00 horas del 25 de agosto del 2006, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de socios de Junquistar Holdings S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas 3 y 9 del domicilio y la administración.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 73834.—(78166).

Mediante escritura pública número ciento tres, otorgada en el protocolo seis de la notaria pública Ileanna Navarro Castro, los señores María Gabriela Jiménez Moya, cédula de identidad uno-ochocientos nueve-quinientos ochenta y ocho, Luis Carlos Soto Quirós, cédula de identidad tres-doscientos ochenta y dos-cuatrocientos cinco, María Gabriela Brenes Marín, cédula de identidad uno-ochocientos noventa y cinco-seiscientos cuarenta y cinco, José Eduardo Soto Quirós, cédula de identidad tres-doscientos sesenta y cinco-doscientos sesenta y siete, Sonia Isabel Soto Quirós, cédula de identidad tres-doscientos cincuenta y seis-cero treinta y cinco, María de los Ángeles Soto Quirós, cédula de identidad tres-doscientos treinta y ocho-trescientos treinta y nueve, constituyeron la sociedad anónima denominada Centro Educativo Altamoravia C.E.A. Sociedad Anónima. Corresponde al presidente y al secretario la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—Lic. Ileanna Navarro Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 73835.—(78167).

Por escritura otorgada ante la licenciada Maritza Carranza Jiménez, a las ocho horas del veintinueve de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Silva Artavia Sociedad Anónima.—Palmares, 29 de agosto del 2006.—Lic. Maritza Carranza Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 73838.—(78168).

Mediante escritura pública número setenta y seis del protocolo número tres de la notaria Xiomara Cordero Artavia, otorgada el día dieciocho de julio del dos mil seis, a las dieciséis horas, se constituyó la sociedad denominada Quince de Marzo de Fasovas Sociedad Anónima, cuyo presidente es el socio Luis Alberto Solís Alpízar.—Palmares, veintidós de agosto del dos mil seis.—Lic. Xiomara Cordero Artavia, Notaria.—1 vez.—Nº 73839.—(78169).

Protocolización del acta de la asamblea general extraordinaria de cuotistas de la empresa denominada Bienes Raíces El Mandarín Blanco Sociedad Anónima, en la cual se acuerda modificar la cláusula primera del nombre, del pacto constitutivo de la empresa, para que de ahora en adelante se lea de la siguiente manera: RRomero Legal CR Abogados Corporativos Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, al ser las diez horas del día veintiuno de julio del dos mil seis, ante el notario Michael Bruce Esquivel. Es todo.—San José, al ser las diecisiete horas del día veinticinco de agosto del dos mil seis.—Lic. Michael Bruce Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 73840.—(78170).

Hoy, mediante escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Activos e Inversiones NRY S. A. Capital social enteramente suscrito y pagado.—Pérez Zeledón, 31 de febrero del 2006.—Lic. Carlos Mora Moya, Notario.—1 vez.—Nº 73842.—(78171).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 13:00 horas del 28 de junio del 2006, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Corporación Veinte Vueltas S. A., mediante la que se modifica la cláusula primera del nombre, para llamarse Corporación TropiFruit Export S. A., cláusula sétima, de la administración y se nombra nuevo presidente de la junta directiva.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Luis Francisco Solórzano Víquez, Notario.—1 vez.—Nº 73843.—(78172).

El suscrito notario, por escritura número 108, otorgada a las 10:00 horas del 2 de junio del 2006, se constituye la sociedad Evadina F. C. Limitada.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Rolando Tellini Duarte, Notario.—1 vez.—Nº 73845.—(78173).

Por escritura otorgada ante esta notaría se constituyó la sociedad P.G. Impresos de Calidad S. A., capital: mil colones, domicilio: San José, Coronado, presidente, secretario son los apoderados generalísimos actuando conjunta o separadamente.—Lic. Francisco Muñoz Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 73846.—(78174).

Que por escritura Nº 30, otorgada en esta notaría, a las 13:30 horas del día 28 de agosto del 2006, se constituyó la sociedad Servicios Turísticos Amazilia Sociedad Anónima. Domicilio social: Urbanización Las Orquídeas, Cariari, Pococí, Limón, con residencia situada a 300 metros oeste del hotel El Trópico. Presidente: José Alberto Castillo Rojas, cédula de identidad 6-276-015. Capital social. ¢ 10.000,00.—Cariari, Pococí, Limón, 28 de agosto del 2006.—Lic. Antonio Chávez Olivares, Notario.—1 vez.—Nº 73847.—(78175).

Por escritura otorgada a las 15:30 horas del 26 de agosto del 2006, protocolicé acta de asamblea general de socios de la empresa Pirimacide Costa Rica Limitada, cédula de persona jurídica Nº 3-102-435505, por la que se reforman las cláusulas sétima sobre la administración y la primera del nombre que pasa a ser Primacide Costa Rica Limitada, de los estatutos sociales.—San José, 26 de agosto del 2006.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—Nº 73850.—(78176).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las trece horas del día dieciocho de agosto del dos mil seis, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inversiones Mobiliarias Calle Veintidós S. A., mediante la cual se modificó las cláusulas novena y sétima de los estatutos.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 73853.—(78177).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del día dieciocho de agosto del dos mil seis, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Import Auto Motor S. A., mediante la cual se modificó la cláusula sétima de los estatutos.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 73854.—(78178).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del día siete de agosto del dos mil seis, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inmobiliaria Barents Inc S. A., mediante la cual se modificó la cláusula novena de los estatutos.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 73855.—(78179).

Por escritura pública número setenta y cinco, otorgada ante esta notaría, en Santa Cruz, Guanacaste a las catorce horas quince minutos del día veintiocho de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada House Moon Developments Sociedad Anónima, que es nombre en idioma inglés, el cual traducido al español significa Desarrollos Casa Luna Sociedad Anónima. Domicilio: Santa Cruz, Guanacaste, ciento setenta y cinco metros al sur del Edificio Municipal. Capital social: cien mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Rodrigo Andrés González Hernández.—Santa Cruz, Guanacaste, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic.  Álvaro Jesús Guevara Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 73856.—(78180).

Por escritura pública número setenta y siete, otorgada ante esta notaría, en Santa Cruz, Guanacaste a las catorce horas treinta minutos del día veintiocho de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Moonlight Developments Sociedad Anónima, que es nombre en idioma inglés, el cual traducido al español significa Luz de Luna Desarrollos Sociedad Anónima. Domicilio: Santa Cruz, Guanacaste, ciento setenta y cinco metros al sur del Edificio Municipal. Capital social: cien mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Rodrigo Andrés González Hernández.—Santa Cruz, Guanacaste, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic.  Álvaro Jesús Guevara Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 73857.—(78181).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se constituyeron las compañías Coloso Resources & Commodities S. A., Kad Enterprises Group S. A. y Dronde Investments S. A.—San Pablo de Heredia, 28 de agosto del 2006.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—Nº 73858.—(78182).

Por escritura pública número setenta y seis, otorgada ante esta notaría, en Santa Cruz, Guanacaste a las catorce horas treinta minutos del día veintiocho de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Hidden Port Pacific Sociedad Anónima, que es nombre en idioma inglés, el cual traducido al español significa Puerto Escondido del Pacífico Sociedad Anónima. Domicilio: Santa Cruz, Guanacaste, ciento setenta y cinco metros al sur del Edificio Municipal. Capital social: cien mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Rodrigo Andrés González Hernández.—Santa Cruz, Guanacaste, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic.  Álvaro Jesús Guevara Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 73860.—(78183).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Achío y Achío S. A. Capital social debidamente pagado.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Ana Carolina Benavides Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 73861.—(78184).

Ante la suscrita notaria se acuerda cambiar la cláusula cuarta del plazo constitutivo correspondiente al plazo de la sociedad anónima denominada Berberry S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta mil novecientos treinta. Es todo.—San José, veinticuatro de agosto del dos mil seis.—Lic. Hellen Cordero Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 73862.—(78185).

Por escritura número ciento sesenta y tres-once, de las ocho horas del día veintiocho de agosto del dos mil seis, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Proyectos Urbanísticos Prourbano S. A., en la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto social, referentes al domicilio y a la administración de la sociedad, respectivamente.—San José, veintinueve de agosto del dos mil seis.—Lic. Ricardo González Fournier, Notario.—1 vez.—Nº 73870.—(78186).

Por escritura número ciento sesenta y cuatro-once, de las nueve horas del día veintiocho de agosto del dos mil seis, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Resinplast S. A., en la cual se reforma la cláusula quinta del pacto social, referente a la cláusula del capital de la sociedad.—San José, veintinueve de agosto del dos mil seis.—Lic. Ricardo González Fournier, Notario.—1 vez.—Nº 73871.—(78187).

Ante esta notaría, se constituyó la empresa SI&SA Soluciones Informáticas Curridabat S. A. Capital social: ¢ 10.000,00. Domicilio social: Curridabat centro, veinticinco metros oeste del parque central. Plazo social: 100 años.—Lic. Esteban Rodríguez López, Notario.—1 vez.—Nº 73872.—(78188).

Ante el notario público, Hilario Agüero Chaves, se constituye la sociedad denominada Servicios Técnicos Dalusa del Sur Sociedad Anónima. Domicilio social será en el residencial Salas Vindas, Ciudad Neily, Corredor, Corredores, Puntarenas, cincuenta metros al oeste y cincuenta metros al norte de antigua pulpería Las Palmas, su capital social es la suma de veinte mil colones exactos, representados por dos acciones comunes y nominativas. El plazo social es de noventa y nueve años y su presidente es el señor Luis Humberto Rojas Espinoza. Es todo, dado en Ciudad Neily, a las doce horas del veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Hilario Agüero Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 73873.—(78189).

Plaza Paraíso S. A., en asamblea general extraordinaria celebrada a las 9:00 horas del 17 de julio del 2006, cambia domicilio social, nombra junta directiva y agente residente.—Ciudad Neily, 28 de agosto del 2006.—Lic. Luis A. Canales Cortés, Notario.—1 vez.—Nº 73874.—(78190).

Por escritura número ciento setenta y cinco otorgada en mi protocolo, tomo noveno, a las diez horas del veinticinco de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima Dakinis Dreams Sociedad Anónima.—San José, veinticinco de agosto del dos mil seis.—Lic. Guido Sánchez Canessa, Notario.—1 vez.—Nº 73877.—(78191).

Ante esta notaría se constituye sociedad anónima, por los señores Franz Koberg Facio y Marianne Garrón Soto, denominada Dos Mil Seis IDMS-KOBE Sociedad Anónima, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Escritura otorgada en San José, a las 8:00 horas del día 12 de junio del 2006.—Lic. Adriana Esquivel Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 73878.—(78192).

Por escrituras números ciento treinta y dos, ciento treinta y tres y ciento treinta y cuatro, otorgadas a las ocho horas, ocho horas treinta minutos y nueve horas respectivamente, del día veintiocho de agosto del año dos mil seis, protocolicé actas de asamblea general extraordinaria de Hacienda Provincial Siete Sociedad Anónima, Morentense Sociedad Anónima y Villa Vainec Segundo Sociedad Anónima, respectivamente, en las cuales se acordó reformar las cláusulas 2ª, 9ª, revocar nombramientos y hacer otros nuevos.—San José, veintinueve de agosto del dos mil seis.—Lic. Lucía Romero Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 73882.—(78193).

Ante mí, Álvaro Barboza Orozco, notario público con oficina abierta en San José, escritura otorgada a las 16:00 horas del 22 del 8 del 2006, se constituyó la S. A. Asesoría en Productos Globales Sociedad Anónima, presidenta: Sonia Barrantes Molina, capital social totalmente suscrito y pagado, domicilio social: San José, Sabanilla de Montes de Oca, residencial Carmiol, de la entrada principal, 200 metros al sur y 400 metros al este.—25 de agosto del 2006.—Lic. Álvaro Barboza Orozco, Notario.—1 vez.—Nº 73883.—(78194).

Por escritura número ciento cuarenta y seis, de las ocho horas del veinticinco de agosto del dos mil seis, otorgada ante el licenciado Pablo Valerio Soto, los señores Fancisco Ulibarri Pernus y Pedro Ulibarri Leiva, constituyen la sociedad anónima denominada Videcor, Vivienda y Decoración S. A.—Alajuela, al ser las nueve horas treinta horas minutos del día veinticinco de agosto del dos mil seis.—Lic. Pablo Valerio Soto, Notario.—1 vez.—Nº 73884.—(78195).

Que por escritura otorgada a las 12:00 horas del 25 de agosto del 2006, José Badih Acosta Saker e Ismary de nombre Alonso Esteban de apellidos, constituyeron JI Computers Equipment Sociedad Anónima.—San José, 25 de agosto del 2006.—Lic. Johanna Bonilla Ulloa, Notaria.—1 vez.—Nº 73885.—(78196).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Asociación de Mujeres Sostenibles de Londres Paso de los Indios Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de agosto del dos mil seis.—Lic. Ólger Fernando Ruiz Matarrita, Notario.—1 vez.—Nº 73886.—(78197).

Por escritura otorgada ante mi notaría, Nº 16-3, de las 10:00 horas del 28 de agosto del 2006, se modificaron las cláusulas segunda del domicilio, quinta, sobre el capital social, nombramiento de nueva junta directiva, sétima, acerca de la representación judicial y extrajudicial de la sociedad denominada Flecha Veloz S. A.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Rafael A. Brenes Valenciano, Notario.—1 vez.—Nº 73888.—(78198).

Por escritura otorgada ante el notario Mauricio Martínez Parada, a las 14:00 horas del dieciocho de agosto del dos mil seis, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Goba de Centro América S. A., en donde se reformó la cláusula novena del pacto constitutivo y se nombró vicepresidente, secretario, tesorero y fiscal.—Lic. Mauricio Martínez Parada, Notario.—1 vez.—Nº 73889.—(78199).

Por escritura otorgada ante el notario Mauricio Martínez Parada, a las 14:00 horas del dieciocho de agosto del dos mil seis, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Pochote del Sur INNC S. A., en donde se reformó la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombró vicepresidente, secretario, tesorero y fiscal.—Lic. Mauricio Martínez Parada, Notario.—1 vez.—Nº 73890.—(78200).

Por escritura otorgada ante el notario Mauricio Martínez Parada, a las 15:30 horas del siete de agosto del dos mil seis, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Prima Gitana S. A., en donde se reformaron las cláusulas primera y segunda del pacto constitutivo.—Lic. Mauricio Martínez Parada, Notario.—1 vez.—Nº 73891.—(78201).

Por escritura otorgada ante el notario Mauricio Martínez Parada, a las 15:00 horas del siete de agosto del dos mil seis, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Prima-Group L.L.C. S. A., en donde se reformó la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombró secretario.—Lic. Mauricio Martínez Parada, Notario.—1 vez.—Nº 73892.—(78202).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad Glober Salud Sociedad Anónima. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social suscrito y pagado. Domicilio social: Guanacaste.—San José, 27 de agosto del 2006.—Lic. María de los Ángeles Jiménez Acuña, Notaria.—1 vez.—Nº 73893.—(78203).

Por escritura otorgada ante el notario Mauricio Martínez Parada, a las 12:00 horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Prima Leasing Group L.L.C. S. A., en donde se reformó la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombró presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y fiscal.—Lic. Mauricio Martínez Parada, Notario.—1 vez.—Nº 73896.—(78204).

Por escritura otorgada ante mí el 11 de julio del 2006 se constituyó la sociedad GandS Pacífico S. A., capital social de ¢100.000,00 colones totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario, facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—Lic. Mauricio Martínez Parada, Notario.—1 vez.—Nº 73897.—(78205).

Por escritura otorgada ante mí el 25 de agosto del 2006, se constituyó la sociedad SayItPlayItSports (SIPIS) S. A., capital social de ¢100.000,00 colones totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario, facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—Lic. Mauricio Martínez Parada, Notario.—1 vez.—Nº 73898.—(78206).

Por escritura otorgada ante mí el 11 de agosto del 2006 se constituyó la sociedad El Remanso INNC S. A., capital social de ¢.100.000,00 colones totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario, facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—Lic. Mauricio Martínez Parada, Notario.—1 vez.—Nº 73899.—(78207).

Mediante escritura número sesenta y tres-trece, de las nueve horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, se reforma la cláusula décima primera de la administración de la sociedad Mezzasiete Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Juan Carlos Segares Lutz, Notario.—1 vez.—Nº 73900.—(78208).

Mediante escritura número cuarenta y cinco-dos, de las ocho horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, se reforma la cláusula segunda del domicilio, octava de la administración de la sociedad Desarrollos Inmobiliarios Patula del Oeste Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—Nº 73901.—(78209).

Por escritura otorgada a las catorce horas del día catorce de agosto del dos mil seis, se constituyó la empresa Agrodespensa Sociedad Anónima, cuyo presidente es José Francisco Acevedo Silesky.—San José, 18 de agosto del 2006.—Lic. Juan Rafael Zavala Tasies, Notario.—1 vez.—Nº 73902.—(78210).

Por escritura doscientos setenta y cuatro ante la notaria Ana Lorena Oviedo Campos se constituye la sociedad Alcides Zúñiga Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Heredia, a las doce horas del cuatro de julio del dos mil seis.—Lic. Ana Lorena Oviedo Campos, Notaria.—1 vez.—Nº 73903.—(78211).

Por esta escritura número 180-44 del tomo 44 de mi protocolo, otorgada en esta ciudad a las 10:00 horas del ocho de agosto del dos mil seis, la sociedad costarricense denominada Coast and River Investments and Discoveries S. A., cédula jurídica Nº 3-101-422229, modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, 28 de agosto del 2006.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 73905.—(78212).

Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad Consultorías Legales, Servicios Computarizados y Turísticos Abellán Morera Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio: Liberia, Guanacaste. Objeto: el ejercicio del comercio en general, transporte, consultas jurídicas, educación, el turismo, la industria, agricultura, ganadería y pesca. Capital totalmente suscrito y pagado.—Liberia, 28 de agosto del 2006.—Lic. Lisseth Yessenia Jaén Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 73908.—(78213).

Por escritura otorgada ante mí a las quince horas del treinta de junio del dos mil seis, se constituyó la sociedad Sophy S de Tamarindo Limitada. Gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio: playa Tamarindo, Guanacaste. Objeto: el ejercicio del comercio en general, el turismo, la industria, agricultura, ganadería y pesca. Capital totalmente suscrito y pagado.— Liberia, 24 de agosto del 2006.—Lic. Eugenia Abellán Morera, Notaria.—1 vez.—Nº 73909.—(78214).

Mediante escritura otorgada en esta notaría a las 10:00 horas del 9 de agosto del 2006 se constituyó la sociedad Vama-Get Inversiones S. A. Presidente: Get-Ying Adolfo Padron Pont.—Lic. Eduardo Gómez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 73911.—(78215).

Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Empresa Comercializadora Mirastor S. A., en donde se modificó la cláusula sétima de los estatutos, se revoca el nombramiento de la junta directiva, agente residente y fiscal y se nombran nuevos miembros.—Pérez Zeledón, 4 de julio del 2006.—Lic. Rosaura Madrigal Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 73913.—(78216).

Ante esta notaría, por escritura de las diecisiete horas del veintidós de agosto del año en curso, se nombró nuevo presidente y se reformó la cláusula sétima de la sociedad Itec Instituto Libre de Educación Tecnológica Lankaster S. A.—San José, 22 de agosto del 2006.—Lic. Hugo Francisco Velásquez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 73916.—(78217).

Por escritura otorgada ante nuestra notaría al ser las dieciocho horas del día veinticuatro de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Nueve Mil Empleo Sociedad Anónima. Lic. Ana Isabel Barrantes Muñoz y Lic. Héctor Chaves Sandoval.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—Nº 73917.—(78218).

Por escritura otorgada por el infrascrito notario, a las ocho horas del día de hoy, protocolicé el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Inmobiliaria Ortper S. A. en la que se reformaron las cláusulas sétima y octava del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. José Alberto Pinto Monturiol, Notario.—1 vez.—Nº 73919.—(78219).

Por escritura otorgada por el infrascrito notario, a las nueve horas del día de hoy, protocolicé el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Consultoría Agropecuaria y de Servicios C. Ortiz S. A. en la que se reformaron las cláusulas segunda, sétima, quinta en donde se aumenta el capital social y décima, del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. José Alberto Pinto Monturiol, Notario.—1 vez.—Nº 73920.—(78220).

Mediante escritura otorgada ante la notaria Gissella Yamily Víquez Cubero, a las nueve horas del cuatro de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad Inversiones Granito y Mármol de Belén Sociedad Anónima. Presidente: Nelson Ramírez Oviedo. Capital social: cien mil colones. Domicilio: San Rafael de Alajuela, de la Panasonic, trescientos metros al oeste.—Grecia, veintinueve de agosto del dos mil seis.—Lic. Gissella Yamily Víquez Cubero, Notaria.—1 vez.—Nº 73921.—(78221).

Ante mí, Carlos Manuel Arroyo Rojas, se otorgó escritura de aumento de capital de la sociedad denominada Mueblería Blanco y Sánchez S. A.—Ciudad Quesada, 28 de agosto del 2006.—Lic. Carlos Manuel Arroyo Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 73922.—(78222).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada A & J Auditing and Accouhting Consultants Sociedad Anónima, con traducción de A & J Consultores en Auditoría y Contabilidad y capital social debidamente suscrito y pagado. Es todo.—San José, a las diez horas del primero de julio del dos mil cinco.—Lic. Fidelina Mena Corrales, Notaria.—1 vez.—Nº 73923.—(78223).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 10 de agosto del 2006, se constituyó la sociedad denominada Soluciones en Arquitectura J & M Diseño y Construcción Sociedad Anónima, cuyo presidente es Guillermo Jiménez Alfaro y secretaria Gabriela Madrigal Corella, cuentan ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Óscar Corrales Retana, Notario.—1 vez.—Nº 73924.—(78224).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:15 del 28 de agosto del 2006, se constituyó la sociedad denominada Comunicaciones sin Fronteras Limitada, cuyo gerente general Francisco Salas Chaves cuenta con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Óscar Corrales Retana, Notario.—1 vez.—Nº 73925.—(78225).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría al ser las trece horas con diez minutos del día ocho de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad: Inversiones Golzam del Este Sociedad Anónima, domicilio en San José, Zapote, edificio Don Erasmo, de las torres de Radio Columbia, doscientos metros sur y setenta y cinco metros al este, objeto genérico, plazo: noventa y nueve años, capital social: diez mil colones, administración: presidente Gols Zambrana Granados, secretario: Egon Zambrana Granados y tesorero: Miguel Jiménez Calderón. Es todo.—Ciudad de San José, al ser las ocho horas con veinticinco minutos del día lunes veintinueve agosto del dos mil seis.—Dr. Pedro Daniel Suárez Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 73926.—(78226).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría al ser las nueve horas con treinta minutos del día veintiocho de julio del dos mil seis, se constituyó la sociedad Inversiones Turísticas y Financieras Versol Sociedad Anónima, domicilio en San José, Zapote, edificio Don Erasmo, de las torres de Radio Columbia, doscientos metros sur y setenta y cinco metros al este, objeto: genérico, plazo: noventa y nueve años, capital social: diez mil colones, administración: presidente: Miguel Jiménez Calderón, secretaria: María José Anchía Peña y tesorero: Jorge Torres Oviedo. Es todo.—Ciudad de San José, al ser las diecisiete horas con cuarenta y cuatro minutos del día sábado veintiséis de agosto del dos mil seis.—Dr. Pedro Daniel Suárez Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 73927.—(78227).

Por escritura número cuarenta y ocho, otorgada a las nueve horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, ante el notario público Roberto Marín Segura, en su protocolo se constituyó la sociedad Soluciones Asesorías Glovales X & G Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse en S. A.—Heredia, 29 de agosto del 2006.—Lic. Roberto Marín Segura, Notario.—1 vez.—Nº 73928.—(78228).

Por escritura otorgada ante mí a las 9:00 horas del 28 de agosto del 2006 se constituyó la compañía denominada Centro Logístico Agroindustrial Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones.—Ciudad Quesada, 28 de agosto del 2006.—Lic. Raúl Hidalgo Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 73932.—(78229).

Por escrituras otorgadas ante esta notaria a las ocho horas del veintisiete de julio y veinticinco de agosto del dos mil seis, Óscar Carbone Blanco y Gustavo Guzmán González constituyeron la sociedad Instal Comidas Sociedad Anónima, capital social: diez mil colones, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 25 de agosto del 2006.—Lic. Irene Torres Calzada, Notaria.—1 vez.—Nº 73920.—(78230).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:30 horas del 18 de agosto del 2006, se constituyó Chambacú Real State S. A., en español Chambacú Bienes Raíces S. A. Presidente: William Taylor Hales.—San José, 18 de agosto del 2006.—Lic. Luis Carlos Rojas Mora, Notario.—1 vez.—(78240).

Ante esta notaría se constituye la sociedad Comercializadora ABJS Sociedad Anónima, domiciliada en Guanacaste, Playa Grande, Residencial Palm Beach número seis, con un capital social de cien mil colones, un plazo social de cien años y cuyo presidente es Jaime Seminario Alvarado, cédula de residencia cuatro cinco cinco cero dos uno tres cinco uno siete-cero cero cero tres tres ocho siete.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Lissette S. Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—(78241).

Ante esta notaría se constituye la sociedad Constructora JSAB Sociedad Anónima, domiciliada en Guanacaste, Playa Grande, Residencial Palm Beach número seis, con un capital social de cien mil colones, un plazo social de cien años y cuyo presidente es Jaime Seminario Alvarado, cédula de residencia cuatro cinco cinco cero dos uno tres cinco uno siete-cero cero cero tres tres ocho siete.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Lissette S. Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—(78243).

Mediante escrituras números setenta y cinco y setenta y seis, visibles a folio cincuenta y siete vuelto y cincuenta y nueve frente del Tomo uno de la suscrita Notaria, se constituyeron las sociedades denominadas: Sumymaq Sociedad Anónima y Centro Infantil Risas & Sueños Sociedad Anónima, respectivamente. Es todo.—Heredia, a las 15:00 horas del 28 de agosto del año 2006.—Lic. Andrea Cordero Montero, Notaria.—1 vez.—(78249).

Por escritura otorgada a las diez horas del ocho de agosto del dos mil seis, se modifica la cláusula quinta de la sociedad denominada Inversiones Pig Sociedad Anónima, que tiene la cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y cuatro mil trescientos ochenta y dos.—San José, 10 de agosto del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(78297).

Luis Alberto Jinesta Valverde y Dora Emilia Chávez Quesada, constituyen la entidad Viajes Magallanes Limitada. Escritura otorgada en Grecia a las 7:00 horas del 25 de julio del 2006.—Lic. Fabio Evencio Rodríguez Bastos, Notario.—1 vez.—(78299).

Ante esta Notaría, por escritura otorgada a las once horas del día veintisiete de julio del año dos mil seis, se constituyó SM Law Consultants Sociedad Anónima.—San José, 29 de agosto del año 2006.—Lic. Marvin Wiernik Lipiec, Notario.—1 vez.—(78301).

Por escritura número setenta otorgada a las once y treinta horas del veintisiete de julio del dos mil seis, la sociedad Inversiones Mabarod Sociedad Anónima reforma la cláusula segunda de sus estatutos y nombra nuevo fiscal.—San José, 28 de julio del 2006.—Lic. Ligia Rojas Valverde, Notaria.—1 vez.—(78302).

Por escritura número trescientos seis del tomo primero del protocolo de la notaria Carmen Victoria Castro Torres, se ha modificado el domicilio Retransportes Chacón Rodríguez Sociedad Anónima.—Heredia, 29 de agosto del 2006.—Lic. Carmen Victoria Castro Torres, Notaria.—1 vez.—(78303).

Por escritura otorgada ante la suscrita Notaría en la ciudad de San José a las 16:00 horas del 25 de agosto del 2006, se constituyó la sociedad denominada Outlet de Pinturas Mayorista S. A., nombre de fantasía.—San José 28 de agosto del 2006.—Lic. lleana Chaves López, Notaria.—1 vez.—(78306).

Por escritura otorgada ante la suscrita Notaria en la ciudad de San José a las 14:25 horas del 24 de agosto del 2006, se constituyó la sociedad denominada Reimers Mayorista S. A., nombre de fantasía.—San José 28 de agosto del 2006.—Lic. lleana Chaves López, Notaria.—1 vez.—(78307).

Ante mí Fausto González Sibaja, notario público en la ciudad de San José, Zapote compareció Rosalía Gómez Zamora y Olar Rafael Villalobos Álvarez, a constituir la Sociedad Anónima denominada Villa Gómez Propiedades S. A. Es todo. Expido el presente edicto el día dieciocho de agosto del dos mil seis.—Zapote, San José.—Fausto González Sibaja, Notario.—1 vez.—(78321).

Que por escritura número ciento cincuenta y seis-cuatro, otorgada a las 12:00 horas del veintinueve de agosto del dos mil seis, MOLI del Sur S. A., reforma su cláusula segunda del domicilio Guadalupe y octava de la Administración, revoca nombramientos de Junta Directiva y realiza sustitución de Fiscal.—San José 29 de agosto del 2006.—Lic. Carlos Roberto López León, Notario.—1 vez.—(78328).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las nueve horas treinta minutos del veinticuatro de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima denominada Desarrollos Globales Costa Carnival D.G.C. S. A., el plazo social es de noventa y nueve años, con capital social de cincuenta mil colones y Presidente con facultades de apoderado generalísimo.—Lic. Alexis Ballestero Alfaro, Notario.—1 vez.—(78330).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Condo Pulcher S. A., celebrada el día veinte de agosto del dos mil seis y protocolizada por la suscrita notaria en fecha veintidós de agosto del dos mil seis, se modificó la cláusula sexta de los estatutos sociales en cuanto a la administración, el fiscal y el agente residente y se nombró nuevo presidente de la Junta Directiva.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—(78331).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Condo Notus S. A., celebrada el día veinte de agosto del dos mil seis y protocolizada por la suscrita notaria en fecha veintidós de agosto del dos mil seis, se modificó la cláusula sexta de los estatutos sociales en cuanto a la Administración, el Fiscal y el Agente Residente y se nombró nuevo Presidente de la Junta Directiva.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—(78332).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Condo Harmonicus S. A., celebrada el día veinte de agosto del dos mil seis y protocolizada por la suscrita notaria en fecha veintidós de agosto del dos mil seis, se modificó la cláusula sexta de los estatutos sociales en cuanto a la Administración, el Fiscal y el Agente Residente y se nombró nuevo Presidente de la Junta Directiva.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—(78333).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las ocho horas treinta minutos del veintidós de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima denominada Arcano Pacífico Cero Seis S. A., el plazo social es de noventa y nueve años, con capital social de cincuenta mil colones y Presidente con facultades de apoderado generalísimo.—Lic. Alexis Ballestero Alfaro, Notario.—1 vez.—(78334).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Condo Admirabilis S. A., celebrada el día veinte de agosto del dos mil seis y protocolizada por la suscrita notaria en fecha veintidós de agosto del dos mil seis, se modificó la cláusula sexta de los estatutos sociales en cuanto a la Administración, el Fiscal y el Agente Residente y se nombró nuevo Presidente de la Junta Directiva.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—(78335).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Condo Provectus S. A., celebrada el día veinte de agosto del dos mil seis y protocolizada por la suscrita notaria en fecha veintidós de agosto del dos mil seis, se modificó la cláusula sexta de los estatutos sociales en cuanto a la Administración, el Fiscal y el Agente Residente y se nombró nuevo Presidente de la Junta Directiva.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—(78336).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las ocho horas del veinticuatro de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima denominada Colimba Atro Pacífico C.A.P. S. A., el plazo social es de noventa y nueve años, con capital social de tres millones doscientos veinte mil colones y Presidente con facultades de apoderado generalísimo.—Lic. Alexis Ballestero Alfaro, Notario.—1 vez.—(78337).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Condo Sincerus S. A., celebrada el día veinte de agosto del dos mil seis y protocolizada por la suscrita notaria en fecha veintidós de agosto del dos mil seis, se modificó la cláusula sexta de los estatutos sociales en cuanto a la Administración, el Fiscal y el Agente Residente y se nombró nuevo Presidente de la Junta Directiva.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—(78338).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Condo Amicita S. A., celebrada el día veinte de agosto del dos mil seis y protocolizada por la suscrita notaria en fecha veintidós de agosto del dos mil seis, se modificó la cláusula sexta de los estatutos sociales en cuanto a la Administración, el Fiscal y el Agente Residente y se nombró nuevo Presidente de la Junta Directiva.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—(78339).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Condo Gratus S. A., celebrada el día veintiuno de agosto del dos mil seis y protocolizada por la suscrita notaria en fecha veintidós de agosto del dos mil seis, se modificó la cláusula sexta de los estatutos sociales en cuanto a la Administración, el Fiscal y el Agente Residente y se nombró nuevo Presidente de la Junta Directiva.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—(78340).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Condo Pacator S. A., celebrada el día veinte de agosto del dos mil seis y protocolizada por la suscrita notaria en fecha veintidós de agosto del dos mil seis, se modificó la cláusula sexta de los estatutos sociales en cuanto a la Administración, el Fiscal y el Agente Residente y se nombró nuevo Presidente de la Junta Directiva.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—(78341).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Condo Gemma S. A., celebrada el día veinte de agosto del dos mil seis y protocolizada por la suscrita notaria en fecha veintidós de agosto del dos mil seis, se modificó la cláusula sexta de los estatutos sociales en cuanto a la Administración, el Fiscal y el Agente Residente y se nombró nuevo Presidente de la Junta Directiva.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—(78342).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Condo Amoenus S. A., celebrada el día veintiuno de agosto del dos mil seis y protocolizada por la suscrita notaria en fecha veintidós de agosto del dos mil seis, se modificó la cláusula sexta de los estatutos sociales en cuanto a la Administración, el Fiscal y el Agente Residente y se nombró nuevo Presidente de la Junta Directiva.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—(78343).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Condo Copiosus S. A., celebrada el día veinte de agosto del dos mil seis y protocolizada por la suscrita notaria en fecha veintidós de agosto del dos mil seis, se modificó la cláusula sexta de los estatutos sociales en cuanto a la Administración, el Fiscal y el Agente Residente y se nombró nuevo Presidente de la Junta Directiva.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—(78344).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Condo Bellicosus S. A., celebrada el día veintiuno de agosto del dos mil seis y protocolizada por la suscrita notaria en fecha veintidós de agosto del dos mil seis, se modificó la cláusula sexta de los estatutos sociales en cuanto a la Administración, el Fiscal y el Agente Residente y se nombró nuevo Presidente de la Junta Directiva.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—(78345).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Condo Impiger S. A., celebrada el día veinte de agosto del dos mil seis y protocolizada por la suscrita notaria en fecha veintidós de agosto del dos mil seis, se modificó la cláusula sexta de los estatutos sociales en cuanto a la Administración, el Fiscal y el Agente Residente y se nombró nuevo Presidente de la Junta Directiva.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—(78346).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Condo Civicus S. A., celebrada el día veintiuno de agosto de dos mil seis y protocolizada por la suscrita notaria en fecha veintidós de agosto del dos mil seis, se modificó la cláusula sexta de los estatutos sociales en cuanto a la Administración, el Fiscal y el Agente Residente y se nombró nuevo Presidente de la Junta Directiva.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—(78347).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Condo Urbis S. A., celebrada el día veinte de agosto del dos mil seis y protocolizada por la suscrita notaria en fecha veintidós de agosto del dos mil seis, se modificó la cláusula sexta de los estatutos sociales en cuanto a la Administración, el Fiscal y el Agente Residente y se nombró nuevo Presidente de la Junta Directiva.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—(78348).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Condo Amplius S. A., celebrada el día veintiuno de agosto del dos mil seis y protocolizada por la suscrita notaria en fecha veintidós de agosto del dos mil seis, se modificó la cláusula sexta de los estatutos sociales en cuanto a la Administración, el Fiscal y el Agente Residente y se nombró nuevo Presidente de la Junta Directiva.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—(78349).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Condo Mirabilis S. A., celebrada el día veinte de agosto del dos mil seis y protocolizada por la suscrita notaria en fecha veintidós de agosto del dos mil seis, se modificó la cláusula sexta de los estatutos sociales en cuanto a la Administración, el Fiscal y el Agente Residente y se nombró nuevo Presidente de la Junta Directiva.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—(78350).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Condo Accomodatus S. A., celebrada el día veinte de agosto del dos mil seis y protocolizada por la suscrita notaria en fecha veintidós de agosto del dos mil seis, se modificó la cláusula sexta de los estatutos sociales en cuanto a la Administración, el Fiscal y el Agente Residente y se nombró nuevo Presidente de Junta Directiva.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—(78351).

Por escritura de protocolización otorgada ante el notario Manuel Antonio Lobo Salazar, a las 15:00 horas del 13 de julio del 2006, se reforma el Pacto Constitutivo de la Fundación Kayrós agregando una cláusula décimo primera respecto a que el plazo de nombramiento de los Directores es por cinco años, los cuales también podrán reelegirse.—Lic. Manuel Antonio Lobo Salazar, Notario.—1 vez.—(78371).

Por escritura otorgada a las 11:00 horas de hoy, se constituyó Magusf Inversiones MCS Sociedad Anónima. Domicilio San José. Plazo social 100 años. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 8 de agosto del 2006.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—1 vez.—(78372).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas de hoy, se constituyó Rent Quad Montezuma Sociedad Anónima, Domicilio San José. Plazo social 100 años. Presidente, secretario y tesorero apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 20 de julio del 2006.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—1 vez.—(78373).

Ante mi Notaría el día veintinueve de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Por Si Acaso Servicios Generales Sociedad Anónima. Se aprueban los Estatutos. Se suscribe y paga el Capital social. Se nombró Junta Directiva, Fiscal y Agente Residente. Plazo social noventa y nueve años.—Santa Cruz, 29 de agosto del 2006.—Lic. Edgar Pizarro Matarrita, Notario.—1 vez.—(78380).

Ante mi Notaría mediante escritura del día siete de julio del dos mil seis, adicionada por escritura del doce de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Transporte Avica de la Península Sociedad Anónima. Se aprueban los Estatutos. Se suscribe y paga el capital social. Se nombró Junta Directiva, Fiscal y Agente Residente. Plazo social noventa y nueve años.—Santa Cruz, 12 de agosto del 2006.—Lic. Edgar Pizarro Matarrita, Notario.—1 vez.—(78381).

Ante mi Notaría el día tres de mayo del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Las Piedrecitas Verdes Sociedad Anónima. Se aprueban los Estatutos. Se suscribe y paga el capital social. Se nombró Junta Directiva, Fiscal y Agente Residente. Plazo social noventa y nueve años.—Santa Cruz, 3 de mayo del 2006.—Lic. Edgar Pizarro Matarrita, Notario.—1 vez.—(78382).

A las diez horas del día veinticuatro de agosto dos del mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Inmobiliaria Baso (BS) Sociedad Anónima. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Presidente representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de agosto del 2006.—Lic. María Montero Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 73936.—(78385).

Por escritura otorgada ante esta Notaría al ser las 8:00 horas del 25 de agosto del 2006, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad NPP BIG Valley Business Services Sociedad Anónima, en la cual se acuerda nombrar nuevo presidente y secretario de la Junta Directiva y se otorga poder generalísimo.—San José, 25 de agosto del 2006.—Lic. Mauricio Mata Monge, Notario.—1 vez.—Nº 73937.—(78386).

Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 8:30 horas del 25 de agosto del 2006, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad NPP BIG Colorfull Reef Business Sociedad Anónima, en la cual se acuerda nombrar nuevo Presidente y Secretario de la Junta Directiva y se otorga poder generalísimo.—San José, 25 de agosto del 2006.—Lic. Mauricio Mata Monge, Notario.—1 vez.—Nº 73938.—(78387).

Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 9:00 horas del 25 de agosto del 2006, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Lizard Valley Development Group Cam Sociedad de Responsabilidad Limitada en la cual se acuerda modificar la cláusula sétima del pacto constitutivo, se nombran nuevos Gerentes y Subgerentes, se otorga poder generalísimo y se nombra Agente Residente.—San José, 25 de agosto del 2006.—Lic. Mauricio Mata Monge, Notario.—1 vez.—Nº 73939.—(78388).

Ante esta notaría a las 10:00 horas del 25 de agosto del año 2006, se constituyó la empresa denominada Mi Plasmita Sociedad Anónima. Plazo 99 años. Capital social ¢10.000,00 (diez mil colones). Presidente: Adoniram Alberto Vargas Araya.—San José, 25 de agosto del 2006.—Lic. Margarita Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 73941.—(78389).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del 19 de agosto del 2006, se constituyó La Guanaca J.O.H.N. S. A. Presidente: Jorge Quirós Carvajal.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Américo Rosales Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 73943.—(78390).

Mediante escritura número treinta y siete otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día veinticuatro de agosto del año dos mil seis PG Sucesores SRL, protocoliza acta en la cual se reforman las cláusulas segunda y quinta del pacto social, asimismo se nombra gerente por el resto del plazo social.—Lic. Rodolfo Freer C., Notario.—1 vez.—Nº 73945.—(78391).

Ante mí, Grace Marie Robinson Arias, notaria pública de Siquirres, se constituyó Escuela Deportiva W Y G Sociedad Anónima, con un capital de treinta mil colones; apoderados generalísimos sin límite de suma Osvaldo Hidalgo Salas, Edgar Salas de la O y Eric White Wright.—San José, 24 de agosto del 2006.—Lic. Grace M. Robinson Arias, Notaria.—1 vez.—Nº 73947.—(78392).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las catorce horas y treinta minutos del día veinte de mayo del dos mil seis, se constituye la sociedad NPT Easy Solutions Sociedad Anónima., Plazo social: 99 años. Capital social totalmente suscrito y pagado. Presidenta: Nayarith Sánchez Solís.—Lic. Rosa María Artavia Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 73948.—(78393).

Que mediante escritura otorgada el día siete de agosto del año dos mil seis, a las catorce horas, Ricardo Mata Arias, debidamente autorizado protocoliza acta número doce, de la persona jurídica de esta plaza Inmobiliaria Algarrobo Sociedad Anónima, donde se modifican las cláusulas tercera y cuarta.—San José, 10 de agosto del 2006.—Lic. Marco Daniel Vindas Peña, Notario.—1 vez.—Nº 73949.—(78394).

Por escritura número ochenta y ocho otorgada ante el notario Randall Francisco Alvarado Cubillo, se constituyen sociedades de esta plaza denominadas Bulevard Investmenets Co Sociedad Anónima y Desarrollos Urbanísticos Torres, Uriarte y Asociados S. A. Capital social 1.000.000. Presidente: Jesús Raúl Torres González.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Randall Francisco Alvarado Cubillo, Notario.—1 vez.—Nº 73950.—(78395).

Por escritura número cincuenta y siete se constituye, sociedad de ésta plaza denominada Central America Fair Play Corporation S. A. (Corporación Centroamericana Juego Limpio S. A.) Presidente Eduardo Uriarte, capital social cien mil colones.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Randall Francisco Alvarado Cubillo, Notario.—1 vez.—Nº 73951.—(78396).

Por escritura número ciento sesenta y seis, del tomo ocho del protocolo de la notaria Vilma C. Paco Morales, se constituye Naescha del Sur S. A.—Lic. Vilma C. Paco Morales, Notaria.—1 vez.—Nº 73952.—(78397).

Por escritura otorgada por el suscrito notario, a las 18:00 horas del 28 de agosto del 2006, se reformó la sociedad anónima denominada Orlyval Marsamar S. A., se reformó la cláusula del plazo.—Lic. Olman Aguilar Castro, Notario.—1 vez.—Nº 73953.—(78398).

Por escritura número ciento ochenta y tres, otorgada a las 11:00 horas del 23 de agosto del 2006, se constituyó la sociedad denominada Los Catorce de Grecia Sociedad Anónima, plazo social 99 años.—Lic. Mario Cisneros Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 73958.—(78399).

Por escritura número ciento ochenta y cuatro, otorgada a las 8:30 horas del 24 de agosto del 2006, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Mil Setenta Sociedad Anónima, plazo social 99 años.—Lic. Mario Cisneros Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 73959.—(78400).

Por escritura número ciento ochenta y cinco, otorgada a las 9:00 horas del 24 de agosto del 2006, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Mil Setenta y Uno Sociedad Anónima, plazo social 99 años.—Lic. Mario Cisneros Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 73960.—(78401).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas con treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil seis, se reforman los estatutos de la entidad Majestic Investment Enterprises (MIE) of Costa Rica Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula primera, siendo la nueva razón social Corporación RC T Tres-Cinco Sociedad Anónima, y adicionalmente las cláusulas: sétima, octava y décima primera; se nombra nueva Junta Directiva y se nombra agente residente.—San José, 25 de agosto del 2006.—Lic. Alexander Araya Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 73961.—(78402).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del veinticinco de agosto del dos mil seis, se reforman los estatutos de la entidad Kirby Investments Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula primera, siendo la nueva razón social Corporación RC T Cinco-Tres Sociedad Anónima y adicionalmente las cláusulas: sétima, octava y décima primera; se nombra nueva Junta Directiva y se nombra agente residente.—San José, 25 de agosto del 2006.—Lic. Alexander Araya Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 73962.—(78403).

En escritura otorgada ante los notarios Julio Sánchez Carvajal y Johanny Retana Madriz, a las diecisiete horas treinta minutos del tres de agosto del dos mil seis, los señores Carolina Muñoz Rojas y Adrián Hernández Soto, constituyen la empresa K”DRI Inc. Sociedad Anónima. Presidente: Carolina Muñoz Rojas. Capital social: diez mil colones.—San José, 3 de agosto del 2006.—Lic. Johanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—Nº 73966.—(78404).

Por escritura número sesenta y siete del tomo noveno de mi protocolo, se modifican las cláusulas segunda y undécima de los estatutos y se hacen nuevos nombramientos de la sociedad Lakota FFPI Cuatro Blanco Sociedad Anónima.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Arturo Guerrero Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 73967.—(78405).

Se constituyó la sociedad denominada Corales del Pacífico C.P Sociedad Anónima. Capital social ¢10.000,00. Presidente con facultades de un apoderado generalísimo sin límites de suma. Otorgada en Santa Cruz, Guanacaste, a las 7:15 horas del día 1° de agosto del 2006.—Lic. Oscar Guevara Arias, Notario.—1 vez.—Nº 73969.—(78406).

Se constituyó la sociedad denominada Lomas Vistas del Mar V.M. Sociedad Anónima. Capital social ¢10.000,00. Presidente con facultades de un apoderado generalísimo sin límite de suma. Otorgada en Santa Cruz, Guanacaste, a las 7:30 horas del día 1° de agosto del 2006.—Lic. Óscar Guevara Arias, Notario.—1 vez.—Nº 73970.—(78407).

Se constituyó la sociedad denominada Monte Verde del Pacífico Sociedad Anónima. Capital social ¢10.000,00. Presidente con facultades de un apoderado generalísimo sin límite de suma. Otorgada en Santa Cruz, Guanacaste, a las 7:45 horas del día 1° de agosto del 2006.—Lic. Óscar Guevara Arias, Notario.—1 vez.—Nº 73971.—(78408).

Se constituyó la sociedad denominada Horizontes de la Costa Pacífica Sociedad Anónima. Capital social ¢10.000,00. Presidente con facultades de un apoderado generalísimo sin límites de suma. Otorgada en Santa Cruz, Guanacaste, a las 8:00 horas del día 1° de agosto del 2006.— Lic. Óscar Guevara Arias, Notario.—1 vez.—Nº 73972.—(78409).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas con treinta minutos del día veintiocho agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad S & D Cipolla Corporation S. A. Presidente James Cipolla.—Lic. Lilliana García Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 73974.—(78410).

Bergman Rodríguez Astorga y Evelin Rodríguez Astorga, constituyen la sociedad denominada CBQCR Consultores Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Grecia, 28 de agosto del 2006.—Lic. Francisco H. Gómez Céspedes, Notaria.—1 vez.—Nº 73975.—(78411).

Ha sido constituida la sociedad anónima Inversiones Mora & Quesada S. A., a las nueve horas y cuarenta minutos del veintinueve de agosto del dos mil seis. Cualquier interesado legítimo podrá presentar oposiciones en mi notaría dentro del término de Ley.—Lic. Irving Riccieri Vaglio Cascante, Notario.—1 vez.—Nº 73980.—(78412).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyeron las sociedades Transportes Turísticos K y M Sociedad Anónima; Jungle Jive Sociedad Anónima que traducido al español significa Jungla Jerga Sociedad Anónima; Desafío Monteverde Tours Sociedad Anónima; Lost Canyon Adventures Sociedad Anónima (...) que traducido al español significa Cañón Perdido Aventuras Sociedad Anónima; Naturalmente Natural Sociedad Anónima; capital social de diez mil colones cada una.—Ciudad Quesada, 15 de agosto del 2006.—Lic. Douglas Murillo Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 73983.—(78413).

Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del día de hoy, se reforman las cláusulas segunda y cuarta de los estatutos de la empresa Aguilar Esquivel S. A.—San José, 17 de agosto del 2006.—Lic. Elizabeth Núñez Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 73985.—(78414).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del día veintisiete de junio del año en curso, se constituye la sociedad Inversiones Estavaro del Este S. A. Domicilio: Curridabat, San José. Objeto: Comercio, industria, agricultura y ganadería. Capital social: ¢100.000,00. Plazo 99 años. Presidente: Julio Humberto Vargas Vargas.—San José, 25 de agosto del 2006.—Lic. Elizabeth Núñez Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 73986.—(78415).

Por escritura otorgada a las doce horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, se constituye la sociedad denominada Constelación Cala y Beluga Sociedad Anónima.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—Nº 73988.—(78416).

Mediante escritura otorgada ante el Notario Andrés Martínez Chaves, de las trece horas del veinticuatro de agosto del dos mil seis, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Carnes Simhol Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula quinta relativa al capital social.—Lic. Andrés Martínez Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 73989.—(78417).

Por escritura otorgada ante este notario, a las 9:00 horas del 28 de agosto de 2006, se protocolizó acta de asamblea general de socios de Tecnourbanística Desarrolladora S. A., en la que se nombra nuevo fiscal.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Luis Fernando León Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 73991.—(78418).

Por escritura otorgada ante este notario, a las diez horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, se constituye la sociedad anónima denominada Distribuciones de Alimentos del Norte BRZ S. A., con domicilio social en Barrio Escalante, de Taco Bell, quinientos metros al oeste y cien norte, plazo noventa y nueve años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Eugenia Brenes Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 73993.—(78419).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Jana Delmira Sociedad Anónima. Domicilio en San Juan de San Ramón. Plazo: noventa años. Capital social: cien mil colones. Fecha de constitución: veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Ana Luz Villalobos Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 73994.—(78420).

Por escritura otorgada ante mi notaría, se constituyó la sociedad Grupo Fallase de los Santos S. A. Capital social suscrito y pagado. Presidente: Fray Daniel Fallas Cisneros.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. José Aquiles Mata Porras, Notario.—1 vez.—Nº 73997.—(78421).

A las 10:00 horas del día 25 de agosto del año 2006, protocolicé Acta de Industrial de Oleaginosas Americanas S. A., mediante la cual se reformó la cláusula quinta del capital social.—San José, 25 de agosto del año 2006.—Lic. Allan Guerrero Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 73998.—(78422).

Por escritura doscientos noventa y ocho, de las 15 horas 40 minutos del día 23 de agosto del 2006, se protocoliza asamblea general ordinaria y extraordinaria de Inversiones Parque de los Cometas Sociedad Anónima, se reforma cláusula segunda y se nombra nueva Junta Directiva y Fiscal.—Lic. Marcela Morales Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 74000.—(78423).

Por medio de la escritura número noventa y seis, otorgada a las diez horas del día cinco de agosto del dos mil seis, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada MF Coco Investment Propierties Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Presidente el señor Manuel Furtado.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 74001.—(78424).

Por medio de la escritura número treinta y seis, otorgada a las nueve horas del día quince de julio del dos mil seis, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada RK Free Enterprises of Coco Sociedad Anónima, capital social diez mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Presidente el señor Rodney Keith Free.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 74002.—(78425).

Por escritura otorgada ante mí, a esta hora y fecha, se constituyó la sociedad Tres Caballos Rojos Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domiciliada en San Isidro de Grecia, Alajuela. Por un plazo de noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones. En donde Rebecca Jane Knox, Lorenza del Carmen Agurto Vega, son por su orden, Gerente y Subgerente, ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Grecia, a las doce horas del 28 de agosto del 2006.—Lic. Jehiner Alfaro Retana, Notario.—1 vez.—Nº 74004.—(78426).

Por escritura otorgada ante el notario Ulises Dixon Morales, a las 13:00 horas del 31 de julio del 2006, se crea CR Adventuras S. A., cuyo Presidente con las facultades de apoderados generalísimo sin límite de suma lo es Juan Carlos Chaves López.—San José, 16 de agosto del 2006.—Lic. Ulises Dixon Morales, Notario.—1 vez.—Nº 74005.—(78427).

En mi notaría en San José, a las diecinueve horas del veintidós de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad Gutiérrez, Cordero y Solano Sociedad Anónima. Domicilio San José, ciudad. Capital social doce mil colones. Presidente con plenas facultades. Plazo 99 años. Se aportan bienes.—Lic. César Alfonso Rojas Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 74006.—(78428).

Por escritura otorgada a las nueve horas veinte minutos del día veintinueve de agosto del presente año, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Corporación B L Cincuenta y Cinco de Santa Ana Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta del Pacto Constitutivo, se revocan los nombramientos de la Junta Directiva y Fiscal y se nombran nuevos.—San José, 29 de agosto del año 2006.—Lic. José Pablo Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 74008.—(78429).

Se constituyó la sociedad denominada Arrecifes Marinos del Pacífico A.P Sociedad Anónima. Capital social ¢10.000,00. Presidente con facultades de un apoderado generalísimo sin límite de suma. Otorgada en Santa Cruz, Guanacaste, a las 8:15 horas del día 1° de agosto del 2006.—Lic. Óscar Guevara Arias, Notario.—1 vez.—Nº 74010.—(78430).

Se constituyó la sociedad denominada Tamarindo Natural Pacific Sociedad Anónima. Capital social ¢10.000,00. Presidente con facultades de un apoderado generalísimo sin límite de suma. Otorgada en Santa Cruz, Guanacaste, a las 8:30 horas del día 1° de agosto del 2006.—Lic. Óscar Guevara Arias, Notario.—1 vez.—Nº 74011.—(78431).

Se constituyó la sociedad denominada Horizontes Dorados del Sol Sociedad Anónima. Capital social ¢10.000,00. Presidente con facultades de un apoderado generalísimo sin límite de suma. Otorgada en Santa Cruz, Guanacaste, a las 9:00 horas del día 1° de agosto del 2006.—Lic. Óscar Guevara Arias, Notario.—1 vez.—Nº 74012.—(78432).

Se constituyó la sociedad denominada Inversiones Lomas Tropicales I.L.T. Sociedad Anónima. Capital social ¢10.000,00. Presidente con facultades de un apoderado generalísimo sin límite de suma. Otorgada en Santa Cruz, Guanacaste, a las 8:45 horas del día 1° de agosto del 2006.—Lic. Óscar Guevara Arias, Notario.—1 vez.—Nº 74013.—(78433).

Inversiones Vistas Tropicales del Sol I.T.S Sociedad Anónima. Capital social ¢10.000,00. Presidente con facultades de un apoderado generalísimo sin límite de suma. Otorgada en Santa Cruz, Guanacaste, a las 9:15 horas del día 1° de agosto del 2006.—Lic. Óscar Guevara Arias, Notario.—1 vez.—Nº 74014.—(78434).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del día veintitrés de agosto del año dos mil seis, se nombra nueva Junta Directiva de A Y M Constructores Sociedad Anónima. Presidente: Marco Aurelio Aguilar Ulloa.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Juan de Dios Mora Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 74015.—(78435).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del día veintitrés de agosto del año dos mil seis, se nombra nueva Junta Directiva de Orleans de Cartago Sociedad Anónima. Presidente: Marco Aurelio Aguilar Ulloa.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Juan de Dios Mora Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 74016.—(78436).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del día veintitrés de junio del dos mil seis, se constituye ¿Qué pasa en Santa Teresa Sociedad?. Capital social: diez mil colones. Duración: noventa y nueve años. Corresponde la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma al Presidente y Tesorero.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. William Hanover, Presidente.—1 vez.—Nº 74017.—(78437).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del día doce de agosto del dos mil seis Alfred Franz Xaver Bittl y Kertin Fischer constituyen Alkema Bavaria Sociedad Anónima. Duración: noventa y nueve años. Capital social: Diez mil colones. Domicilio: Santa Teresa Cóbano, Puntarenas, Franks Place Bufete Mora & Asociados. Corresponde al Presidente la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 12 de agosto del 2006.—Lic. Juan Luis Mora Cascante, Notario.—1 vez.—Nº 74018.—(78438).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas treinta minutos del quince de agosto del dos mil seis, Orlando Ledezma Mejía y Paula Mejía Mata, constituyen Los Cenízaros de San Isidro Sociedad Anónima. Duración: noventa y nueve años. Capital social: Diez mil colones. Domicilio: Santa Teresa de Cubano, Puntarenas Franks Place Bufete Mora & Asociados. Corresponde al Presidente la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 15 de agosto del 2006.—Lic. Juan Luis Mora Cascante, Notario.—1 vez.—Nº 74019.—(78439).

Condominios Villa Langosta de Santa Cruz LM Nueve Sociedad Anónima. Protocoliza acta de asamblea general ordinaria. Se nombra secretario, tesorero y agente residente. Se reforman cláusulas quinta y octava. Otorgada a las 8:00 horas del día 15 de agosto del 2006.—Lic. Claudia Barsaba Mena Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 74021.—(78440).

Se constituyó la sociedad denominada Guiones Beach C.R. Investments. Capital social ¢12.000,00. Presidente, secretario y tesorero con facultades de un apoderado generalísimo sin límite de suma. Otorgada en Santa Cruz, Guanacaste, a las 12:00 horas del día 27 de julio del 2006.—Lic. Claudia Barsaba Mena Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 74022.—(78441).

Jardínez del Mar Dorado J.M.A.D Sociedad Anónima. Protocoliza acta de asamblea general ordinaria. Se nombra presidente y secretario. Se reforma cláusula novena. Otorgada a las nueve horas del día 28 de julio del 2006.—Lic. Claudia Barsaba Mena Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 74023.—(78442).

Se constituyó la sociedad denominada Tamarindo Project Management And Investment Sociedad Anónima. Capital social ¢12.000,00. Presidente, secretario y tesorero con facultades de un apoderado generalísimo sin límite de suma. Otorgada en Santa Cruz, Guanacaste, a las 8:00 horas del día 1° de agosto del año 2006.—Lic. Claudia Barsaba Mena Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 74024.—(78443).

Se constituyó la sociedad denominada Senderos de la Riviera Tropical Sociedad Anónima. Capital social 10.000,00. Presidente con facultades de un apoderado generalísimo sin límite de suma. Otorgada en Santa Cruz, Guanacaste, a las 7:00 horas del día 1° de agosto del 2006.—Lic. Óscar Guevara Arias, Notario.—1 vez.—Nº 74025.—(78444).

Ante mí, en mi Notaría en San Ramón, Alajuela, Bufete Mach & Asocs. Escritura número 232-1, tomo primero de mi protocolo, se instituyó CSB Gigio Sociedad Anónima, abreviándose CSB Gigio S. A. Plazo social: Noventa y nueve años. Capital social: 100.000 colones exactos, en doce acciones de diez mil colones cada una. Presidenta: Carolina Salas Barrantes, principal actividad: es comercio...; puede dedicarse además a: Agricultura, ganadería... y en general a cualquier otra actividad lícita. Domicilio: doscientos cincuenta metros oeste de Emergencias, San Ramón, Alajuela, Alajuela, Costa Rica, Centro América.—Lic. José Eduardo Campos Araya, Notario.—1 vez.—Nº 74027.—(78445).

Ante mí, en mi Notaría en San Ramón, Alajuela, Bufete Mach & Asocs. Escritura número 204-1, tomo primero mi protocolo, se instituyó Inversiones Gonzáles & Urgarte Sociedad Anónima, abreviándose Inversiones Gonzáles & Urgarte S. A. Plazo social: Noventa y nueve años. Capital social: 100.000 colones exactos, en doce acciones de diez mil colones cada una. Presidente: Carlos Alberto Ugarte Acevedo Principal actividad: es comercio...; puede dedicarse además a: Agricultura, ganadería... y en general a cualquier otra actividad lícita. Domicilio: cien norte y cincuenta oeste de Almacén Alarsa, San Ramón, Alajuela, Costa Rica, Centro América.—Lic. José Eduardo Campos Araya, Notario.—1 vez.—Nº 74028.—(78446).

El suscrito Carlos Mauricio Sierra Sánchez, Notario Público, hace constar que Dónalo Kenneh (nombre) Hoffman (apellido) y Yamileth Santana por escritura otorgada en esta notaría, número ciento quince-dos, a las diez horas del veintisiete de agosto del dos mil seis, se constituyó una sociedad anónima denominada Donayamil K.S. Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones. Presidente y secretario con la representación legal con facultades de apoderados generalísimo sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Carlos Mauricio Sierra Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 74030.—(78447).

Norbis Álvarez Córdoba y Morgane Cécile Pommier constituyen Yemallá Azesu Sociedad Anónima. Presidente y tesorero apoderados generalísimos sin límite de suma. Escritura en Cóbano de Puntarenas, a las 9:00 horas del 28 de julio del 2006.—Lic. Franklin López Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 74031 .—(78448).

Stephen Robert Morris y María de los Ángeles Rosales García constituyen Casamalpa del Carmen Sociedad Anónima. Presidente y tesorero apoderados generalísimos sin límite de suma. Constitución en Cóbano de Puntarenas, a las 16:00 horas del 26 de junio del 2006.—Lic. Franklin López Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 74032.—(78449).

Mediante escritura autorizada por mí, a las a las once horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad Vista Montaña International Realty Limitada cuya traducción al idioma español es Bienes Raíces Vista Montaña Internacional Limitada, con un capital social de treinta mil colones.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 74033.—(78450).

Por escritura otorgada ante este notario, a las diecisiete horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Amatierra LLC, Limitada mediante la cual se reforma la cláusula quinta del pacto social.—San José, veintiocho de agosto de dos mil seis.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 74034.—(78451).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 12:00 horas del día 25 de agosto del 2006, se protocoliza a cuerdos de asamblea general extraordinaria de la empresa patines de San Ramón Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-024271, en la que se eligió nueva junta directiva y fiscal.—San José, 25 de agosto del 2006.—Lic. Carlos Luis Agüero Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 74035.—(78452).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada: Serpriga S. A. a las 14:00 horas del 8 de agosto del 2006. Apoderados generalísimos con límite de suma a quinientos mil colones: Luis Ledesma Durán, Ricardo Vargas Zeledón, Pablo Salazar, Mario Morales Fernández.—San José, 25 de agosto del 2006.—Lic. Lupita Ángulo Pérez, Notaria.—1 vez.—Nº 74036.—(78453).

Por escritura pública, se protocoliza asamblea de cuotistas de las sociedades denominadas: Mv Symphony of The Sea Sociedad de Responsabilidad Limitada, Mv Eel Ref Sociedad de Responsabilidad Limitada, Mv The King of Diamonds Sociedad de Responsabilidad Limitada, Mv Sleep Like Rip Van Winlkle Sociedad de Responsabilidad Limitada, Mv Caviar Cove Sociedad de Responsabilidad Limitada, Mv The Queen of Hearts Sociedad de Responsabilidad Limitada, Mv Crystal Ship Sociedad de Responsabilidad Limitada y Mv Riders On The Storm Sociedad de Responsabilidad Limitada, por cambio de la gerencia, representación y domicilio.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Henry Delgado Jara, Notario.—1 vez.—Nº 74037.—(78454).

A las ocho horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Langosta DK-Gal S. A., domiciliada en San José, capital íntegramente pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, plazo cien años, objeto comercio en general.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Juan Ignacio Mas Romero, Notario.—1 vez.—Nº 74038.—(78455).

En las notaría de Irene Cruz Solís y Sergio Rodríguez Garita el 21 de julio del 2006, se constituyó la sociedad Inversiones Territoriales Marcela Sociedad Anónima, capital social íntegramente suscrito y pagado, plazo 99 años a partir de su fecha de constitución, domicilio en San José, barrio México, 125 metros este de la entrada principal del Liceo de San José, representación a cargo del presidente y secretario de la junta directiva con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 7 de agosto del 2006.—Lic. Sergio Rodríguez Garita, Notario.—1 vez.—Nº 74040.—(78456).

Ante esta notaría se constituyó Camino de Rosas S. A. Presidenta: Enilda Gutiérrez Delgado. Capital social: doscientos mil colones. Escritura otorgada a las 13:30 horas del 15 de agosto de 2006.— Lic. Laura Patricia Hernández Sáenz, Notaria.—1 vez.—Nº 74041.—(78457).

Ante esta notaría se constituyó Hermosa Palms S. A. Presidenta: Enilda Gutiérrez Delgado. Capital social: doscientos mil colones. Escritura otorgada a las 15:00 horas del 15 de agosto de 2006.— Lic. Laura Patricia Hernández Sáenz, Notaria.—1 vez.—Nº 74042.—(78458).

Ante esta notaría a las 8:00 horas del 26 de julio del año 2006, se constituyó la sociedad denominada Pinnacle Commerce PCSA Sociedad Anónima. Duración 100 años. Domicilio: San José. Capital social: cien colones. Presidente representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Marielos Meléndez Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 74043.—(78459).

Por escritura otorgada en la notaría de la notaria pública Ana Patricia Villalobos Chinchilla, número 19, del tomo 5, de las 10:00 horas del día 16 de agosto del año 2006, se otorga poder generalísimo de la sociedad denominada Distribuidora Lucema S. A., en favor del licenciado Oscar Trejos Antillón.—San José, 23 de agosto del 2006.—Lic. Óscar Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—Nº 74044.—(78460).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11:15 horas del 23 de agosto del 2006, se constituye la sociedad: Hay George Limitada; con domicilio en Guanacaste, con un plazo social de noventa años y con capital social de doce mil colones representados en ciento veinte cuotas nominativas de cien colones cada una. Se nombra gerente general: George Williams.—San José, 24 de agosto del 2006.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 74047.—(78461).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas del 15 de agosto del 2006, se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo y se realizaron los siguientes nuevos nombramientos: Gerente General Uno: Jean Lynn Nadeau; Gerente General Dos: Joseph Richard Nadeau; Agente Residente: Andrea Dall’Anesse Agüero, en la sociedad Sleepy Village Limitada, cédula de persona jurídica número 3-102- 441335.—San José, 16 de agosto del 2006.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 74048.—(78462).

En mi Notaría, el día de hoy se constituyó la sociedad denominada  Isla de la Amistad S. A., con un capital social de cien mil colones; domicilio: San José; objeto: Turismo, recreación, comercio y agricultura. Presidente: Alan Wendell Inman.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Mayra Centeno Mejía, Notaria.—1 vez.—Nº 74049.—(78463).

Por escritura otorgada hoy ante mí, protocolicé acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Paralell de Barcelona Sociedad Anónima, en la que se modifican las cláusulas octava y quinta de los estatutos de la empresa, y se nombra nueva junta directiva.—San José, a las quince horas del veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—Nº 74050.—(78464).

Por escritura otorgada a las trece horas de hoy en mi Notaría, protocolicé acta de la compañía Condominios CR Catorce Sol y Sombra S. A., por la cual se conoce la renuncia de los directores, se designan sustitutos y nuevo agente residente, reformándose las cláusulas segunda y sexta del pacto social. Presidenta la señora Montserrat Colls Ribas.—Escazú, veintiocho de agosto de dos mil seis.—Lic. Edgar Chamberlain T., Notario.—1 vez.—Nº 74052.—(78465).

Por escritura otorgada a las 14:40 horas del día de hoy, en esta Notaría, se modificó la cláusula primera del pacto social de la sociedad domiciliada en San Rafael de Escazú, Inversiones Playa Carmen Cero Dos Dos Ltda.—Veinticinco de agosto de dos mil seis.—Lic. Percy Chamberlain Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 74053.—(78466).

Por escritura otorgada a las 15:00 horas del día de hoy, en esta notaría, se constituyó la sociedad domiciliada en San Rafael de Escazú, Proyect Managment Building Corporation S. A. Capital suscrito y cancelado en su totalidad. Presidente: Stefano Capitani.—Escazú, veinticinco de agosto del dos mil seis.—Lic. Percy Chamberlain Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 74054.—(78467).

Por escritura otorgada a las 17:00 horas del 16 de agosto del 2006, se constituyó ante esta notaría la sociedad Corporación Talakache Sociedad Anónima. Domicilio: San José, capital: Cien mil colones, presidente: Javier Reyna Dobles.—San José, 16 de agosto del 2006.—Lic. Eric Romero Jara, Notario.—1 vez.—Nº 74055.—(78468).

Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00 horas del 25 de julio del 2006, se constituye Multiservicios Northen del Caribe Sociedad Anónima. Presidente Dagoberto Esquivel López. Domicilio social: El Molino, Jiménez, 700 este, 250 norte de la escuela, Pococí, Limón.—Guápiles, 22 de agosto del 2006.—Lic. Carlos Mora Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 74058.—(78469).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 13 de julio del 2006, se constituye Distribuidora Natalie del Caribe Sociedad Anónima. Presidente Alfredo Facundo Rojas Mora. Domicilio social: Coopevigua Uno, segunda entrada a mano izquierda, tercera casa mano derecha, Guapiles Pococí, Limón.—Guápiles, 22 de agosto del 2006.—Lic. Carlos Mora Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 74059.—(78470).

La suscrita notaria da fe que constituyó escritura pública número trescientos treinta y cinco de las ocho horas del dieciocho de agosto del dos mil seis, siendo su presidente el señor Carlos Valentín Martínez Zelaya, siendo el nombre de la sociedad Inversiones Carlos Valentín de Centroamérica Sociedad Anónima S. A.—Lic. María de los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 74064.—(78471).

La suscrita notaria da fe que constituyó escritura pública número trescientos treinta y seis de las nueve horas del dieciocho de agosto del dos mil seis, siendo su presidenta la señora Viviana John Lara, siendo el nombre de la sociedad Inversiones Bermúdez John de Latinoamérica Sociedad Anónima S. A.—Lic. María de los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 74065.—(78472).

Por medio de escritura número 3-25 otorgada a las 11:00 horas del día 29 de agosto del año 2006, se protocolizó acta de la sociedad RGC Hibicus Escazú S. A., por medio de la cual se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Roberto Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 74070.—(78473).

Por medio de escritura otorgada a las 9:00 horas del día 28 de agosto del 2006, se protocolizó acta de la sociedad Oakhurst Investments Sociedad Anónima por medio de la cual se modifica pacto constitutivo y se cambia junta directiva.—Lic. Alejandra Echeverría Alfaro y Lic. Carlos Alberto Echeverría Alfaro, Notarios.—1 vez.—Nº 74072.—(78474).

Por escritura doscientos seis del tomo cinco de mi protocolo, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Importadora de Autos Rojas y Salas  R & S  S. A., plazo social noventa y nueve años, su objeto es el ejercicio amplio de comercio, capital social cien mil colones.—Otorgada en Grecia al ser las diez horas del dos de agosto del dos mil seis.—Lic. Silvia Elena Suárez Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 74073.—(78475).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día catorce de julio del año dos mil seis, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria de accionistas de Jauar House S. A., mediante el cual se reforma la cláusula primera de dicha sociedad.—Heredia, catorce de julio del año dos mil seis.—Lic. Virginia Hernández Arias, Notaria.—1 vez.—Nº 74074.—(78476).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas treinta minutos del día catorce de julio del año dos mil seis, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria de accionistas de FFC Eidos del Este S. A., mediante el cual se reforma la cláusula primera de dicha sociedad.—Heredia, catorce de julio del año dos mil seis.—Lic. Virginia Hernández Arias, Notaria.—1 vez.—Nº 74075.—(78477).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del día catorce de julio del año dos mil seis, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria de accionistas de Rica Costa Inmobiliaria de Centroamérica S. A., mediante el cual se agrega y nombra un Vicepresidente, se reforman las cláusulas segunda, quinta y octava de dicha sociedad.—Heredia, catorce de julio del año dos mil seis.—Lic. Virginia Hernández Arias, Notaria.—1 vez.—Nº 74076.—(78478).

Hoy día he protocolizado acta de la sociedad de esta plaza cuya razón social es TBL Managing Corporation Sociedad Anónima, en la cual se nombra nuevo secretario y tesorero y se modifica la cláusula sexta de los estatutos.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—Nº 74078.—(78479).

Por escritura número ciento sesenta y cuatro otorgada ante el suscrito notario a las diez horas del día lunes diez de julio del dos mil seis, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de este domicilio Hacienda Inmobiliaria Monte Bellavista C.R.C. Sociedad Anónima, por la que se acuerda cambiarle el nombre a la sociedad para que en lo sucesivo se lea como sigue: H & V Investments del Oeste Sociedad Anónima, que traducido al castellano es Inversiones H & V del Oeste Sociedad Anónima.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—Nº 74079.—(78480).

En mi notaría a las 11:00 horas del 29 de agosto del 2006, se constituyo la sociedad denominada Adventure Tours Off-Roading Sociedad Anónima. Capital social de cien mil colones, representado por 10 acciones comunes y nominativas de 10.000 colones cada una. Objeto: comercio en general. Plazo 99 años.—San José 29 de agosto del 2006.—Lic. María Jesús Ugalde Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 74081.—(78481).

En mi notaría a las 10:30 horas del 29 de agosto del 2006, se constituyó la sociedad denominada Adventure Tours Canopy Sociedad Anónima. Capital social de cien mil colones, representado por 10 acciones comunes y nominativas de 10.000 colones cada una. Objeto: comercio en general. Plazo 99 años.—San José 29 de agosto del 2006.—Lic. María Jesús Ugalde Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 74082.—(78482).

En mi notaría a las 10:00 horas del 29 de agosto del 2006, se constituyó la sociedad denominada Adventure Tours Horseback Riding Sociedad Anónima. Capital social de cien mil colones, representado por 10 acciones comunes y nominativas de 10.000 colones cada una. Objeto: comercio en general. Plazo 99 años.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. María Jesús Ugalde Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 74083.—(78483).

Por escritura otorgada ante la notaría de la licenciada Fidelina Vega Vega, se constituyó la sociedad anónima de esta plaza, con nombre o razón social Grupo Amazila S. A., al ser las diecinueve horas el día diecisiete de julio del dos mil seis.—San José veintitrés de agosto del dos mil seis.—Lic. Fidelina Vega Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 74085.—(78484).

Ante esta notaría se procedió a constituir la sociedad denominada María José y Méndez S. A., plazo social cien años, objeto agricultura, industria y comercio en general, capital social diez mil colones y cuyo representante es Óscar Méndez Ugalde.—San José, a las trece horas del día diez de agosto del dos mil seis.— Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—Nº 74086.—(78485).

Mediante escritura otorgada a las 18:00 horas del 24 de agosto de 2006, se constituyó la entidad Ekon de Centroamérica Sociedad Anónima. Plazo 99 años a partir de su constitución, presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente. Capital social íntegramente suscrito. Domicilio Santa Ana, Condominios Avalon, oficina 14.—San José, veinticinco de agosto de dos mil seis.—Lic. Johnny Alex Morales Araya, Notario.—1 vez.—Nº 74087.—(78486).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad Soluciones Tecnológicas Soltec S. A., plazo social noventa y nueve años, Presidente, Secretario y Tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente, capital totalmente suscrito y pagado por las partes.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Luis Alberto Apú Oviedo, Notario.—1 vez.—Nº 74088.—(78487).

Por escritura número ciento diecisiete, otorgada ante esta notaría, a las once horas del día de hoy en la ciudad de San José, se constituyó la sociedad Arrendadora de Vehículos Enterprise Costa Rica Sociedad Anónima, junta directiva conformada por tres miembros: Presidente, secretario y tesorero. Capital social: íntegramente suscrito y pagado.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Mario Conejo Arias, Notario.—1 vez.—Nº 74089.—(78488).

Constitución de Cítricos El Costeño S. A., domicilio; San José, Agua Blanca de Acosta, costado oeste de la plaza de deportes. Capital social: 100.000,00 colones compuesto por 10 acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Apoderado generalísimo sin límite de suma: Luis Mauricio Zúñiga Aguilar, cédula 1-690-883.—Lic. Sergio V. Zúñiga López, Notario.—1 vez.—Nº 74090.—(78489).

Mediante escritura otorgada ante mí a las ocho horas diez minutos del veinticuatro de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza Constructora Michelin del Pacífico Sociedad Anónima.—24 de agosto de 2006.—Lic. Henry Ledezma Ávalos, Notario.—1 vez.—Nº 74091.—(78490).

Mediante la escritura otorgada ante mí en la ciudad de San José, a las 11:00 horas del día veinticinco de agosto del dos mil seis, se constituye la sociedad Berg Sion Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de agosto de dos mil seis.—Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 74093.—(78491).

Mediante la escritura otorgada ante mí, en la ciudad de San José, a las 11:00 horas del día veinticinco de agosto del dos mil seis, se constituye la sociedad Plaza Trastevere Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de agosto de dos mil seis.—Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 74094.—(78492).

Mediante la escritura otorgada ante mí, en la ciudad de San José, a las 11:00 horas del día veinticinco de agosto del dos mil seis, se constituye la sociedad Plaza Quirinale Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de agosto de dos mil seis.—LIc. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 74095.—(78493).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veinticuatro de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza Michelin Construye Sociedad Anónima.—24 de agosto del 2006.—Lic. Henry Ledezma Ávalos, Notario.—1 vez.—Nº 74096.—(78494).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario el día trece de julio del dos mil seis, al ser las dieciséis horas treinta minutos, las señoras Nidia María Vargas Castañeda y Elieth María Vargas Castañeda, constituyen la sociedad Vista de Llano Grande S. A. Domiciliada en Palmira, Carrillo, costado oeste de la plaza de deportes.—San José, veintinueve de agosto del dos mil seis.—Lic. Manuel Enrique Leiva Chamorro, Notario.—1 vez.—Nº 74097.—(78495).

Al ser las 19 horas y 30 minutos del día 22 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad denominada Occidental Commercial Services en español Servicios Comerciales de Occidente. Domicilio social: San José, seiscientos metros sur y ciento setenta y cinco al oeste de la Librería Universal en Sabana Sur. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social : 99 años a partir de la fecha de constitución. El presidente es apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Juan A. Abdelnour Granados, Notario.—1 vez.—Nº 74098.—(78496).

Por escritura otorgada a las ocho horas treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil seis, se modifica la cláusula primera del pacto social de la compañía Decoraciones IDM Marvingrid Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres- ciento uno- cuatrocientos veintinueve mil quinientos cincuenta y uno. Es todo.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Roxana Paniagua Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 74099.—(78497).

Mediante escritura otorgada ante esta notaria a las diez horas diez minutos del 28 de agosto del 2006, se hacen los siguientes nombramientos tesorera: Gabriela Gómez Solera, fiscal: Luisana Mora Magnin y Falcón, en la sociedad FBS Advisors S. A.—San José, 28 de agosto de 2006.—Lic. Liliana Alfaro Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 74100.—(78498).

Licenciada Hellen Alfaro Alfaro, abogada y notaria pública hace constar que el día veintiuno de junio del año en curso, mediante escritura pública número ciento cincuenta y tres, se aumentó el capital social y el número de acciones en la sociedad Parque Industrial de la Artesanía S.A., y se nombró a un nuevo vocal.—Valverde Vega, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Hellen Alfaro Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 74101.—(78499).

Cotraintersa S. A., y SYS Oriental Trading S. A., constituyen Dirigibles Publicitarios de Costa Rica Sociedad Anónima. Presidente: Luis Alejandro Sánchez Alpízar. Escritura otorgada en Santo Domingo de Heredia, a las catorce horas del nueve de agosto del dos mil seis.—Lic. Marta Ma. Elizondo Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 74102.—(78500).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las once horas treinta minutos del veintiocho de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada MF Y RM del Este S. A., capital suscrito y pagado, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—Nº 74105.—(78501).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las quince horas del quince de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Quizarco del Bosque S. A., capital suscrito y pagado, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, quince de agosto del dos mil seis.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—Nº 74106.—(78502).

Por escritura número ciento cincuenta y ocho, otorgada ante esta notaría a las ocho horas del veintiocho de agosto del año dos mil seis, se constituye la sociedad denominada Salvalex del Sur Sociedad Anónima, presidente: Salvador Albaladejo Martínez.—Heredia, veintiocho de agosto del año dos mil seis.—Lic. María Cecilia Valverde Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 74107.—(78503).

Por escritura otorgada hoy a las 8:00 horas, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la sociedad denominada Compañía Formuladora Comfor Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó modificar las cláusulas segunda y octava de los estatutos.—San José, 25 de agosto del 2006.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—Nº 74108.—(78504).

Por escrituras otorgadas ante el suscrito notario a las 13:30 y 13:35 horas, ambas del día 28 de agosto del año 2006, se constituyeron respectivamente las sociedades de esta plaza Inversiones Ilapla S. A., e Inversiones Matesado S. A., en ambas el presidente, secretario, tesorero y vocal con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjunta o separadamente. Ambas con domicilio en Heredia y su capital suscrito y pagado. Igualmente ambas con plazo de 99 años.—San José, 28 de agosto del año 2006.—Lic. Gabriel Álvarez Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 74109.—(78505).

Ante esta notaría de las 12:00 horas del 16 de agosto del 2006, Luis Andrés Mora Monge, Johanny Mora Monge y Daniel Mora Monge constituyen la sociedad denominada Corporación Peque Dos Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Corporación Peque Dos S. A. Domicilio social: San José. Presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y vocal con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Ana Isabel Lee Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 74110.—(78506).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas con treinta minutos del diez de agosto del dos mil seis, constituyen Jorge Alberto Araya Moreira y Steven Alberto Araya Rojas la entidad Agroexportadora Araya y Rojas SAAR Sociedad Anónima, domiciliada en San Pedro de Montes de Oca, San José, trescientos metros al sur de la iglesia católica. Objeto comercio e industria en general. Capital social diez mil colones. Presidente: Steven Alberto Araya Rojas.—Ciudad Quesada veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Cristian Miguel Vargas Araya, Notario.—1 vez.—Nº 74113.—(78507).

Por escritura otorgada ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Playa Azul Veinticuatro Blanco D.E.F. Sociedad Anónima y por la cual se revocan los nombramientos de los miembros de la junta directiva y del fiscal y se nombran nuevos miembros. Escritura otorgada en San Rafael de Heredia, a las once horas con treinta minutos del veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Mario Alberto Chaves Mata, Notario.—1 vez.—Nº 74115.—(78508).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 28 de agosto del 2006, se modifica la cláusula primera del pacto constitutivo de la empresa Uno Lares Belén ABC Sociedad Anónima.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Marcel Alejandro Siles López, Notario.—1 vez.—Nº 74116.—(78509).

Ante esta notaria se constituyó la empresa Operation T One C.R. Sociedad Anónima, otorgada por escritura número ciento sesenta y uno del tomo sétimo de mi protocolo, de las quince horas del veintisiete de julio del dos mil seis.—San José, veintinueve de agosto del año dos mil seis.—Lic. Ana Carolina Quintero Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 74117.—(78510).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Inversiones Geli S. A., por medio de la cual se reforman las cláusulas segunda y octava de los estatutos, se crean las cláusulas décima tercera y décima cuarta, y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente. Escritura otorgada en San José, a las 11:00 horas del 28 de agosto del 2006.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Carlos Chaverri Negrini, Notario.—1 vez.—Nº 74119.—(78511).

Por escritura otorgada ante esta notaría se constituyó la compañía Farmacias San Gerardo (Bulbau) Sociedad Anónima. Presidente: Edgar Arturo Solís Bulgarelli. Objeto: Venta de productos farmacéuticos. Plazo: 99 años. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: Desamparados.—San José, 15 de agosto del 2006.—Lic. Alejandro Madrigal Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 74120.—(78512).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario se constituyó la compañía Mega Taller Car San Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: Reparación y pintura de vehículos, domicilio: Guadalupe, presidente: Carlos Alberto Sanabria Salguero. Acciones totalmente suscritas y pagadas.—San José, 22 de agosto del 2006.—Lic. Alejandro Madrigal Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 74121.—(78513).

Por escritura otorgada en mi notaría a las ocho horas del veintisiete de agosto del dos mil seis, se constituye la sociedad denominada Tecnología Siglo Veintiuno Muarfi Sociedad Anónima pudiendo abreviarse S. A. Capital social: seis mil colones. Presidente Edgar Murillo Álvarez, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Viviana Álvarez Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 74122.—(78514).

Por escritura otorgada en mi notaría a las ocho horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, se constituye la sociedad denominada Universidad Central Centro de Estudios Josefinos Cavima Sociedad Anónima pudiendo abreviarse S. A. Capital social seis mil colones. Presidente: Víctor Hugo Hidalgo González, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Viviana Álvarez Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 74123.—(78515).

Por escritura otorgada en mi notaría a las nueve horas del veinticuatro de agosto del año dos mil seis, se reforma la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la compañía Los Predios de la Sabana Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-347121.—Lic. Máximo Sequeira Alemán, Notario.—1 vez.—Nº 74124.—(78516).

Por escritura otorgada en mi notaría a las once horas del veinticuatro de agosto del año dos mil seis, se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo de la compañía Mataranka Kuranda Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-243563.—Lic. Máximo Sequeira Alemán, Notario.—1 vez.—Nº 74125.—(78517).

Por escritura otorgada en mi notaría a las diez horas del veinticuatro de agosto del año dos mil seis, se reforma la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la compañía Shangrila & Kuranda Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-238978.—Lic. Máximo Sequeira Alemán, Notario.—1 vez.—Nº 74126.—(78518).

Se constituye la sociedad anónima Familia de Votoshangels con un capital social de diez mis colones exactos, representado por diez acciones comunes y nominativas, siendo el presidente y secretario, la señora María de los Ángeles Alvarado Chaves y Diego Alvarado Chaves respectivamente, ante la notaria pública Gisella Gutiérrez Zúñiga, a las veintiún horas del veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Gisella Gutiérrez Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 74127.—(78519).

Por protocolización de acta de la sociedad Diez Mil Uno Sociedad Anónima ante esta notaría a las once horas treinta minutos del dieciséis de agosto del dos mil seis, se modifica la cláusula quinta del capital social.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Natan Wager V., Notario.—1 vez.—Nº 74128.—(78520).

Por protocolización de acta de la sociedad KC Productions CR Sociedad Anónima ante esta notaría a las quince horas del dieciséis de agosto del dos mil seis, se modifica la cláusula quinta del capital social.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Natan Wager V., Notario.—1 vez.—Nº 74129.—(78521).

Por escritura otorgada en mi notaria el día de hoy protocolicé acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Río Manzanillo se revoca el nombramiento del secretario y se nombra nuevo.—Paso Canoas, 29 de agosto del 2006.—Lic. Ginette Miranda Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 74130.—(78522).

Por escritura otorgada a las ocho y a las diecisiete horas de hoy, protocolicé acuerdos de asamblea extraordinarias de accionistas de Ornamentales de Cebadilla (ORCEB) S. A., reformando estatutos y reestructurando junta directiva.—San José, veintinueve de agosto del dos mil seis.—Lic. Ricardo Ugarte Mora, Notario.—1 vez.—(78602).

Por escritura Nº 17 de las 10:00 horas del 29 de agosto del 2006, en protocolo 15, se constituyó sociedad Zona Industrial del Pacifico Central S. A.—San José, 30 de agosto del 2006.—Lic. Edmundo Arias Rosales, Notario.—1 vez.—(78620).

Por escritura Nº 18 de las 10:00 horas 30 minutos del 29 de agosto del 2006, en protocolo 15, se constituyó sociedad Paralelo Cuarenta y Dos S. A.—San José, 30 de agosto del 2006.—Lic. Edmundo Arias Rosales, Notario.—1 vez.—(78632).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del veintinueve de agosto año dos mil seis se protocolizó acta constitución de la sociedad Confort Aire Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de agosto del año dos mil seis.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—(78638).

Por escritura otorgada ante mí el día 16 de agosto de 2006, la sociedad denominada Cowasa Industrial Sociedad Anónima, protocoliza acta mediante la cual reforma cláusula tercera del pacto constitutivo.—Alajuela, 16 de agosto del 2006.—Lic. Sonia Corella Céspedes, Notaria.—1 vez.—(78641).

Por escritura otorgada ante mí el día 16 de agosto de 2006 se la sociedad denominada Transacciones e Inversiones Thaisa Sociedad Anónima. Protocoliza acta mediante la cual reforma cláusula tercera del pacto constitutivo.—Alajuela, 17 de agosto del 2006.—Lic. Sonia Corella Céspedes, Notaria.—1 vez.—(78642).

Por escritura otorgada ante mí el día 17 de agosto de 2006 la sociedad denominada Zapaterías Integradas Sociedad Anónima. Protocoliza acta mediante la cual reforma cláusula tercera del pacto constitutivo.—Alajuela, 17 de agosto del 2006.—Lic. Sonia Corella Céspedes, Notaria.—1 vez.—(78643).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del día de hoy se constituyó la sociedad: Lumiglass S. A., capital suscrito y pagado; Apoderados generalísimos sin limite de suma: presidente y tesorero.—San José, 26 de agosto del 2006.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—(78650).

Ace of Gold Restaurants S. A., reforma cláusula segunda y octava del pacto constitutivo: del domicilio y de la administración: Corresponde al presidente y al secretario actuando solo conjuntamente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, ambos con facultades de apoderados generales sin límite de suma. Escritura otorgada a las diez horas con cuarenta minutos del diecisiete de agosto del dos mil seis.—Lic. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—(78651).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria a las 10:00 horas del 30 de agosto del 2006, Xochilt Florería Sociedad Anónima cambia de junta directiva, fiscal, razón social domicilio.—San José 30 de agosto del 2006.—Lic. María Gabriela Valladares Navas, Notaria.—1 vez.—(78652).

Ante esta notaría se constituyeron tres sociedades anónimas, cuyas denominaciones sociales se constituyeron de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto número: 33171-J; nombrando como presidente a: Pablo Javier Rodríguez Flores, con cédula de Residencia: 135-RE-027507-00-1999. Escritura otorgada en San. José a las 15:00 horas del veintinueve de agosto del 2006.—Lic. Ricardo Jirón Medina, Notario.—1 vez.—(78653).

Ante esta notaría se constituyeron las sociedades: Confecciones Kahuna Azul S. A. y Construcciones Maganda Mabuhay S. A., nombrando como presidente a: Isidro López Huerta, con cédula de residencia: 003-RE-000241-00-1999. Escritura dada San José a las 17:00 horas del veintinueve de agosto del 2006.—Lic. Ricardo Jirón Medina, Notario.—1 vez.—(78654).

En mi notaría, mediante escritura número 295, de las 18:00 horas del 29 de agosto del 2006, se cambió el nombre de la sociedad Distribuidora de Equipos Médicos Roland y Rojas Sociedad Anónima por Roland y Guarini Enterprise S. A.; así mismo, la representación judicial y extrajudicial le corresponde al presidente, secretario y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente, excepto el secretario que es apoderado general y se cambió el tesorero.—Santa Bárbara de Heredia, 29 de agosto del 2006.—Lic. Lilliana Madrigal Valverde, Notaria.—1 vez.—(78655).

En esta notaría, por escritura pública otorgada a las 14:00 horas del 23 de agosto del 2006, se constituyó Save Your Planet International S.A. Presidente, secretario y tesorero todos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjuntamente. Plazo social: 100 años. Capital social: 12.000,00 colones.—San José, 23 de agosto del 2006.—Lic. Antonella Da Re Masís, Notaria.—1 vez.—(78679).

Mediante escritura número 244, otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 29 de agosto del 2006, se reforma la cláusula sétima del pacto social de la sociedad El Grety S. A.—Lic. Esteban Quesada Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 74136.—(78733).

Por escrituras otorgadas a las 16:00 y 16:30 horas del día de hoy, ante las notarías de Bernald Vargas Montero y Eduardo Méndez Jiménez, se protocolizó actas de asambleas de accionistas de las compañías Inmobiliaria Turística de Nicoya S. A y MBS Latinoamérica S. A. Se reforman en ambas las cláusulas tercera y sexta y se nombra presidente y secretario de la junta directiva.—San José, 18 de agosto del 2006.—Lic. Eduardo Méndez Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 74137.—(78734).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas del día de hoy, ante las Notarías de Melba Jiménez Olaso y Eduardo Méndez Jiménez, se constituyó la compañía Servicio de Transportes Feral STF S.R.L. Capital suscrito y pagado. Gerente con facultades de apoderado generalísimo.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Eduardo Méndez Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 74140.—(78735).

En mi notaría a las diez horas del veintinueve de agosto del dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Comercializadora General Cogesa S. A. Se reforma la cláusula cuarta. Se nombra presidente y secretario de la junta directiva.—San José, 30 de agosto del 2006.—Lic. Nairy Ulate Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 74141.—(78736).

En mi notaría a las quince horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, mediante escritura número ochenta y nueve se constituyó, Inversiones WAVT Dos Mil Seis S. A.—San José, treinta de agosto del dos mil seis.—Lic. Nairy Ulate Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 74142.—(78737).

En mi notaría se ha procedido a protocolizar el acuerdo de asamblea general extraordinaria de la empresa denominada Magia Universal del Color Sociedad Anónima, la cual procedió a nombrar junta directiva, fiscal y agente residente. Presidente Francisco Jiménez Martén.—Cartago, veinticinco de agosto del dos mil seis.—Lic. Víctor Alberto Jiménez Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 74145.—(78738).

El día de hoy procedí a protocolizar en lo literal acta de asamblea general extraordinaria de socios de Laurent y Compañía Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cero cero siete mil doscientos ochenta y cinco, mediante la cual se reforma la cláusula primera de la escritura constitutiva relacionada con la denominación y domicilio social.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Omar Zúñiga Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 74146.—(78739).

Mediante escritura número 29 del tomo 9 de mi protocolo se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Importadora Cuatro Ases S. A.San José, 28 de  agosto del 2006.—Lic. Ramón Gerardo Solís Camacho, Notario.—1 vez.—Nº 74147.—(78740).

Por escritura otorgada a las trece horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la entidad de este domicilio denominada Centro de Ortopedia y Rehabilitación CORE S. A., por medio de la cual se modifica el pacto social y nombran vicepresidente y secretario de la junta directiva.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Javier Camacho Granados, Notario.—1 vez.—Nº 74149.—(78741).

En mi Notaría, mediante escritura otorgada a las 16:00 horas del 29 de agosto del año 2006, se constituyó la sociedad R y R Transmalpaís S. A. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: actividades de servicios en general, además de industriales y agropecuarias. Presidente: Róger Rodríguez Elizondo.—San Ramón, Alajuela, 30 de agosto del 2006.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—Nº 74152.—(78742).

Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de Forestal Río Grande, Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula quinta de los estatutos. Escritura otorgada a las 13:00 horas del 29 de agosto del 2006.—Lic. María Monserrat Bonilla Garro, Notaria.—1 vez.—Nº 74156.—(78743).

Por escritura número ciento veintisiete, del tomo: dos, del protocolo del notario Jaime Fonseca Zúñiga, otorgada a las 11:00 horas del 19 de agosto del 2006, Carlos Alvarado Chávez, Patricia Alvarado López, constituyen en Alvarado y Alvarado Sociedad Anónima. Domicilio en Quepos, Barrio Venecia, cien metros este del puente Lolo.—San Isidro de El General, 21 de agosto del 2006.—Lic. José Aurei Navarro Garro, Notario.—1 vez.—Nº 74159.—(78744).

Por escritura otorgada en esta misma notaría a las diecisiete horas del veintinueve de agosto del año dos mil seis, Jorge Campos Avendaño y Óscar Alberto Elizondo Marín constituyeron Motores Diesel del Sur Sociedad Anónima que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse S. A. Domicilio: Pérez Zeledón. Objeto industria, la agricultura, la ganadería, exportación e importación, comercio y actividad mercantil en general. Capital social: Diez mil colones íntegramente suscrito y pagado; plazo social: noventa y nueve años a partir de hoy. Presidente: Óscar Alberto Elizondo Marín.—Pérez Zeledón, 29 de agosto del 2006.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 74161.—(78745).

Que por acta de asamblea general extraordinaria de Villa Issla Topazos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-432811, celebrada el día 17 de agosto del año 2006, se eligen nuevos miembros de la junta directiva, se reforman cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo. Es todo.—San Isidro, 26 de agosto del 2006.—Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario.—1 vez.—Nº 74163.—(78746).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciocho horas cuarenta minutos del veintiocho de agosto del dos mil seis, se constituyó la empresa Boa Constructor Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Boa Constructor S. A. Presidente: Sean MC Quade. Plazo social: noventa y nueve años. Notaria: Annia Shirley Zúñiga Méndez.—San Isidro de Pérez Zeledón, a las dieciocho horas del veintinueve de agosto del dos mil seis.—Lic. Annia Shirley Zúñiga Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 74165.—(78747).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diecinueve horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, se constituyó la empresa Wilcob Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Wilcob S. A. Presidenta: Olga Barquero Elizondo. Plazo social: noventa y nueve años. Notaria: Annia Shirley Zúñiga Méndez.—San Isidro de Pérez Zeledón, a las diecinueve horas del veintinueve de agosto del dos mil seis.—Lic. Annia Shirley Zúñiga Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 74166.—(78748).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 29 de agosto del 2006, ante mi notaría, Mapi S. A., reforma la cláusula segunda del pacto social y revoca el nombramiento del agente residente.—San José, 30 de agosto del 2006.—Lic. Luis Ángel Salazar Mora, Notario.—1 vez.—Nº 74168.—(78749).

El día de hoy la suscrita notaria pública protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Del Mar en los Sueños S. A., celebrada a las ocho horas del día seis de junio del año dos mil seis, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y octava del pacto social y se nombra Junta Directiva y Fiscal.—San José, dieciséis de agosto del año dos mil seis.—Lic. Maylin Brenes Solera, Notaria.—1 vez.—Nº 74169.—(78750).

Razón de la notaria Ana Militza Salazar Sánchez: mediante escritura número ciento veinticuatro del tomo quinto del protocolo de la suscrita se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Oficina de Negocios y Asesorías Himalaya Sociedad Anónima. Capital íntegramente pagado y suscrito.—Lic. Ana Militza Salazar Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 74171.—(78751).

Razón de la notaria Ana Militza Salazar Sánchez: mediante escritura número ciento veintisiete del tomo quinto del protocolo de la suscrita, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Servicios Constructivos Grupo Himalaya Sociedad Anónima. Capital íntegramente pagado y suscrito.—Lic. Ana Militza Salazar Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 74172.—(78752).

Álvaro Núñez Salazar y Álvaro Núñez Solís, constituyen la sociedad anónima denominada Indumentaria Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Santa Ana a las 10:00 horas del 28 de junio del 2006. Notaria y Agente residente: Gabriela Muñoz Vargas. El capital social es la suma de diez mil colones.—San José, veintinueve de junio del dos mil seis.—Lic. Gabriela Muñoz Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 74173.—(78753).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día veintinueve de agosto del año dos mil seis, se adiciona constitución de sociedad. Nuevo nombre: Montañas de Sueño Verano, LDB Sociedad Anónima.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Rubén Rojas Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 74174.—(78754).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:30 horas del día 29 de agosto del año 2006, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de socios de Carvajal y Martínez S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas primera y octava del pacto constitutivo.—Heredia, 29 de agosto del 2006.—Lic. Karina Rojas Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 74175.—(78755).

Por medio de escritura otorgada ante mí, Lucrecia Cascante Alfaro, notaria pública, a las nueve horas del veintidós de agosto del dos mil seis, se constituye la sociedad Bichos de Costa Rica S. A. Cuyo plazo social es de noventa y nueve años. Presidente: Edgar Cruz Guevara. Domicilio social: Hatillo Cuatro, República de Ecuador casa número veintiuno, San José.—Guápiles, veintiuno de agosto del dos mil seis.—Lic. Lucrecia Cascante Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 74176.—(78756).

Hoy protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Imagen del Sonido Sociedad Anónima. En virtud de la cual se acordó reformar la cláusula segunda y sexta del pacto social, revocar el nombramiento de los actuales miembros de junta directiva y hacer nuevos nombramientos por el resto del plazo social. Escritura otorgada en la ciudad de San José, el 18 de agosto del 2006.—Lic. Gabriel Lizama Oliger, Notario.—1 vez.—Nº 74179.—(78757).

Por escritura trescientos cuatro del protocolo once, Víctor Chavarría Calderón y Yamileth Mora Valverde constituyen Productos Embotellados Agua Dulce de Centroamérica S. A., el diecinueve de julio del dos mil seis.—San José, diecinueve de julio del dos mil seis.—Lic. Eugenio Molina Sequeira, Notario.—1 vez.—Nº 74180.—(78758).

En mi notaría, al ser las nueve horas del primero de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Calle Jesús Aramberri S. A., que es nombre de fantasía, y que se dedicará al comercio en general. Con un plazo de noventa y nueve años, a partir de su constitución.—San José, 30 de agosto del 2006.—Lic. Gonzalo Gutiérrez Acevedo, Notario.—1 vez.—Nº 74181.—(78759).

Por escritura otorgada en esta notaría, al ser las diecisiete horas y cuarenta minutos del día diecinueve de junio del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Hierbabuena del Bosque Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Domicilio social: Curridabat, San José. El presidente y el secretario tienen la representación social y facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social: de noventa años. Es todo.—San José, treinta de agosto del dos mil seis.—Lic. Adrián Fernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 74182.—(78760).

En escritura otorgada en San José, a las doce horas del once de agosto del dos mil seis, se constituye la sociedad con nombre de fantasía Consorcio Comunicaciones Inteligentes Cisa S. A. Capital: debidamente suscrito y depositado.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Ana Patricia Calderón Zapata, Notaria.—1 vez.—Nº 74183.—(78761).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 11:00 horas del 16 de agosto del 2006, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Ejecutivos Numa RI Sociedad Anónima. En virtud de la cual se reformó la cláusula sétima del pacto social.—San José, 16 de agosto del 2006.—Lic. Jorge Ronald García Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 74184.—(78762).

Por escritura otorgada en la notaría del notario público Oscar Luis Trejos Antillón, Nº 259, del tomo 10, de las 10:00 horas del día 29 de agosto del 2006, se protocoliza asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Desarrollos D.M.G. S. A.—San José, 30 de agosto del 2006.—Lic. Oscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—Nº 74187.—(78763).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del treinta de agosto del dos mil seis, se constituye Consultores Jabes WAC Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años, a partir de su constitución.—San José, treinta de agosto del dos mil seis.—Lic. Hannia Mayela Cubero Li, Notaria.—1 vez.—Nº 74191.—(78764).

Por escritura pública otorgada en esta notaría, a las catorce horas y cuarenta minutos del veinticinco de julio del dos mil seis, Inversiones Comerciales La Oferta Maravillosa Sociedad Anónima. Reforman pacto constitutivo.—Alajuela, 28 de agosto del 2006.—Lic. Yamileth Rodríguez Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 74192.—(78765).

En mi notaría, por escritura otorgada a las 18:00 horas del día de hoy, se constituyó Arquifin Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Brasil de Mora. Plazo: noventa y nueve años. Capital: diez mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial: presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—San José, 23 de agosto del 2006.—Lic. Marie Kuylen Alpízar, Notaria.—1 vez.—Nº 74193.—(78766).

Hoy he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de socios de Administradora de Planillas Reque D C H Sociedad Anónima. En la cual se acuerda aumentar el capital social a tres millones de colones y reformar la cláusula quinta del pacto social.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Mario Alberto Ortiz Mazza, Notario.—1 vez.—Nº 74196.—(78767).

Por escritura otorgada a las diecinueve horas del veintinueve de agosto del dos mil seis, se procedió a protocolizar acta de asamblea extraordinaria de socios de Brepo S. A., cédula jurídica Nº 3-101-090884, donde se acuerda reformar la cláusula octava del pacto constitutivo, se efectúa nuevo nombramiento de secretario.—San José, 30 de agosto del 2006.—Lic. Michelle Vega Cubillo, Notaria.—1 vez.—Nº 74197.—(78768).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas de hoy, se constituyó la sociedad Servitec Profesionales S T P Sociedad Anónima. El objeto social es brindar servicios técnicos de instalación y mantenimiento de redes de cómputo, cable coaxial, telefonía, electricidad y la realización del comercio en general, además de cualesquiera otras actividades industriales y comerciales, con fines amplios de exportación e importación. Domicilio: San José, Aserrí, Barrio Corazón de Jesús de la iglesia católica, 100 metros al oeste, 50 al sur y 15 al oste, casa a mano izquierda. Plazo: 99 años. Presidente: Eric Salazar Rojas.—San José, 7 de agosto del 2006.—Lic. Yanory Astúa Tiffer, Notaria.—1 vez.—Nº 74198.—(78769).

Por escritura número cuarenta-tres, otorgada hoy ante mí, se constituyó la sociedad Finca El Caimito Sociedad Anónima. Presidente: José Ángel Alfaro Luna. Capital social: diez mil colones. Domicilio social: Santa Cecilia de Paquera de Puntarenas, sesenta y cinco metros al sur del Bar La Gallera.—Puntarenas, a las 10:00 horas del 11 de agosto del 2006.—Lic. Kathia Valverde Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 74199.—(78770).

La sociedad Grupo Ortizac del Este S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos setenta y nueve mil trescientos uno. Domiciliada en San José, Zapote, de la Escuela Napoleón Quesada, cien metros al norte y setenta y cinco metros al este, procede a modificar la cláusula cuarta de su pacto constitutivo en asamblea general extraordinaria, realizada en su domicilio social a las 18:00 horas del día 29 de agosto del 2006. Escritura otorgada en Guadalupe, Goicoechea, a las 8:00 horas del día 30 de agosto del 2006.—Lic. José Francisco Sandí Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 74200.—(78771).

El suscrito notario hace constar que en esta notaría, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada El Chachala Amarillo Sociedad Anónima.—San José, siete de agosto del dos mil seis.—Lic. Víctor Herrera Flores, Notario.—1 vez.—Nº 74203.—(78772).

Por escritura autorizada a las diez horas de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Faro Nublado S. A., cédula tres-ciento uno-doscientos setenta y nueve mil ciento ochenta y siete, de diez horas veintiuno de este mes, en la que se reforma cláusula sexta estatutos, en cuanto administración, ahora por junta directiva de presidente, vicepresidente, secretario y tesorero, todos apoderados generalísimos sin límite de suma, cuando actúen dos de ellos.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Fernando Chacón Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 74206.—(78773).

Por escritura autorizada a las nueve horas de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Hotelera Juliandy S. A., cédula tres-ciento uno-trescientos dieciséis mil ochocientos treinta y uno de las nueve horas veintiuno de este mes, en la que se reforma cláusula sétima estatutos, en cuanto administración, ahora por junta directiva de presidente, vicepresidente, secretario y tesorero, todos apoderados generalísimos sin límite de suma, cuando actúen dos de ellos. Vigilancia por medio de fiscal.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Fernando Chacón Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 74207.—(78774).

Por escritura autorizada a las ocho horas de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Lanqui S. A., cédula tres-ciento uno-veintisiete mil quinientos noventa y seis, de ocho horas veintiuno de este mes, en la que se reforma cláusula sexta estatutos, en cuanto administración, ahora por junta directiva de presidente, vicepresidente, secretario y tesorero, todos apoderados generalísimos sin límite de suma, cuando actúen dos de ellos. Vigilancia por medio de fiscal.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Fernando Chacón Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 74208.—(78775).

Por escritura autorizada a las once horas de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Itzmarí S. A., cédula tres-ciento uno-cero veintisiete mil cuatrocientos siete, de once horas veintiuno de este mes, en la que se reforma cláusula primera estatutos, en cuanto al domicilio, ahora Barrio La Guaria, distrito de San Vicente primero, del cantón de Moravia catorce de la provincia de San José, de la entrada sur Club La Guaria, cien metros sur, casa esquinera, manteniéndose el mismo nombre; la cláusula sexta ahora por junta directiva de presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y vocal, todos apoderados generalísimos sin límite de suma, los dos primeros individualmente, los restantes cuando actúen dos de ellos. Se crea cláusula octava sobre inventarios, balances y reserva legal.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Fernando Chacón Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 74209.—(78776).

En escritura número ciento cincuenta y seis, de las diez horas del día veinticuatro de agosto del dos mil seis, protocolicé acta de asamblea de accionistas de Desarrollos Urbanísticos Bloque SGRAH Veintitrés VVV Sociedad Anónima. Mediante la cual se reforman las cláusulas sétima y octava del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Pedro Afonso Lapeira.—San José, 24 de agosto del 2006.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 74210.—(78777).

En escritura número ciento cincuenta y siete, de las diez horas con treinta minutos del día veinticuatro de agosto del dos mil seis, protocolicé acta de asamblea de accionistas de Desarrollos Urbanísticos Segmento MTJFK Seis FFF Sociedad Anónima. Mediante la cual se reforman las cláusulas quinta, sétima y octava del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Henry Javier conocido como Enrique Javier Villalobos Quirós.—San José, 24 de agosto del 2006.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 74211.—(78778).

En escritura número ciento cincuenta y ocho, de las once horas del día veinticuatro de agosto del dos mil seis, protocolicé acta de asamblea de accionistas de Desarrollos Urbanísticos Bloque SGRAH Veintidós UUU Sociedad Anónima. Mediante la cual se reforman las cláusulas sétima y octava del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Carlo Sosto Littleton.—San José, 24 de agosto del 2006.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 74212.—(78779).

En escritura número cinco-once de las ocho horas del día veintiocho de agosto del dos mil seis, protocolicé acta de asamblea de accionistas de Condominio Los Portones Lote Trece JGQ Sociedad Anónima. Mediante la cual se reforman las cláusulas quinta, sétima y octava del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Edgar Odio Rohrmoser.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Mario Rucavado Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 74213.—(78780).

En escritura número ciento cincuenta y nueve, de las once horas del día veintiocho de agosto del dos mil seis, protocolicé acta de asamblea de accionistas de Desarrollos Urbanísticos Bloque SGRAH Ocho HHH Sociedad Anónima. Mediante la cual se reforman las cláusulas sétima y octava del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Rafael Enrique Cañas Coto.—San José, 25 de agosto del 2006.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 74214.—(78781).

En escritura número ciento sesenta de las nueve horas del día veintiocho de agosto del dos mil seis, protocolicé acta de asamblea de accionistas de Desarrollos Urbanísticos Bloque SGRAH Nueve III Sociedad Anónima. Mediante la cual se reforman las cláusulas sétima y octava del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Rafael Enrique Cañas Coto.—San José, 25 de agosto del 2006.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 74215.—(78782).

En escritura número ciento sesenta y uno de las diez horas del día veintiocho de agosto del dos mil seis, protocolicé acta de asamblea de accionistas de Desarrollos Urbanísticos Bloque SGRAH Veinte SSS Sociedad Anónima. Mediante la cual se reforman las cláusulas sétima y octava del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Marco Battaglini.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 74216.—(78783).

En escritura número ciento sesenta y tres de las once horas del día veintiocho de agosto del dos mil seis, protocolicé acta de asamblea de accionistas de Condominio La Ladera Bloque ENÑ Lote Cinco EEE Sociedad Anónima. Mediante la cual se reforman las cláusulas sétima y octava del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Samuel Bermúdez Ureña.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 74217.—(78784).

En escritura número ciento sesenta y cuatro de las doce horas del día veintiocho de agosto del dos mil seis, protocolicé acta de asamblea de accionistas de Desarrollos Urbanísticos Bloque SGRAH Trece MMM Sociedad Anónima. Mediante la cual se reforman las cláusulas sétima y octava del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Jacobo Víctor Zafrani Zebede.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 74218.—(78785).

En escritura número ciento sesenta y cinco de las trece horas del día veintiocho de agosto del dos mil seis, protocolicé acta de asamblea de accionistas de Condominio La Ladera Bloque CJK Lote Once KKK Sociedad Anónima. Mediante la cual se reforman las cláusulas sétima y octava del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Jorge Cartín Ulate.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 74219.—(78786).

Hoy mediante escritura pública la notaria Nancy Vásquez Hidalgo se constituye la sociedad denominada Corporación Internacional Isabel S. A. Capital social: diez mil colones. Escritura otorgada en San José, a las 9:00 horas del 5 de julio del 2006.—San José, 30 de agosto del 2006.—Lic. Nancy Vásquez Hidalgo, Notaria.—1 vez.—Nº 74220.—(78787).

Por escritura ante mí, Mauricio José Molina Valverde, de las 11:00 horas del 29 de agosto del 2006, se constituyó la sociedad denominada Sunset Gulf Views S. A. Capital social: ¢10.000,00. Presidente: Jorge Eduardo Rivera Pérez.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Mauricio José Molina Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 74221.—(78788).

Mediante escritura otorgada ante la notaria Katia María Vargas Cubillo, se constituye la sociedad denominada Business Management Corporation Sociedad Anónima. Se nombra junta directiva.—Lic. Katia María Vargas Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 74222.—(78789).

En mi notaría, a las 15:10 del 29 de agosto del 2006, se protocolizó acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de SG&CG Solutions Costa Rica S. A. Modificándose la cláusula primera. Presidente: el señor Steven Gutiérrez Quesada. Se solicita la publicación de edicto para lo que en derecho corresponda.—Alajuela, 29 de agosto del 2006.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1 vez.—Nº 74223.—(78790).

En mi notaría, se constituyó sociedad anónima denominada Vegseg S. A., el día veintinueve de agosto del dos mil seis, con un capital de diez mil colones, siendo sus representantes judiciales y extrajudiciales, los señores Daniel Vega Porras, cédula número uno-novecientos treinta y ocho-doscientos uno y Lilliam Segura Fallas, cédula dos-quinientos treinta y cuatro-seiscientos cuarenta y seis, pudiendo actuar de forma conjunta o separada. Es todo.—Lic. Carolina Elizabeth Lazo, Notaria.—1 vez.—Nº 74224.—(78791).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 17:00 horas del 28 de agosto del 2006, se modificó la cláusula novena y la junta directiva de la sociedad denominada Morales y Bastos Propiedades S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Ciudad Quesada, 28 de agosto del 2006.—Lic. Cristina Córdoba Hidalgo, Notaria.—1 vez.—Nº 74226.—(78792).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las quince horas del diecisiete de agosto del dos mil seis, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Rujoga Carrera S. A. Mediante la cual se reformó la cláusula tercera del pacto social, referente a la representación.—Ciudad Quesada, 22 de agosto del 2006.—Lic. Heylen Zamora Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 74227.—(78793).

La suscrita notaria hace constar que hoy a las once horas protocolicé en lo conducente acta de asamblea extraordinaria de socios de las sociedades Finca La Tiburcia S. A. e Inversiones Agropecuarias Las Lomas de Platanar S. A. Donde se fusionan dichas empresas, prevaleciendo la primera. Asimismo se reforma la cláusula quinta del pacto social de Finca La Tiburcia S. A.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Liliana Arias Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 74230.—(78794).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Arte Ideas S. A. Escritura otorgada en San José, a las 11:00 horas del 24 de agosto del 2006.—Lic. Ivonne Patricia Redondo Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 74231.—(78795).

En esta notaría se ha constituido la sociedad anónima Inversiones O.H.M. Domicilio: San Joaquín de Flores, Heredia. Plazo social: 99 años. Capital: un millón de colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Heredia, 29 de agosto del 2006.—Lic. Jenny María Azofeifa Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº 74232.—(78796).

Por escritura Nº 30-2, otorgada ante el notario Lisandro Valverde Porras, a las nueve horas del día veinticinco de agosto del dos mil seis, la sociedad Montañas de Diamate Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos diecinueve mil setecientos veintiuno, reforma la cláusula quinta de su pacto constitutivo en aumento a su capital social.—Santa María de Dota, 25 de agosto del 2006.—Lic. Lisandro Valverde Porras, Notario.—1 vez.—Nº 74233.—(78797).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Salinas Gran Montaña La Sierra Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Cuyos apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente son la presidenta Laura Lecuna García y el tesorero Fernando Lecuna García.—San José, veintinueve de agosto del dos mil seis.—Lic. Fabio Solórzano Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 74234.—(78798).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada El Jobo Montana Grande LLC Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Cuyos apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente son la presidenta Laura Lecuna García y el tesorero Fernando Lecuna García.—San José, veintinueve de agosto del dos mil seis.—Lic. Fabio Solórzano Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 74235.—(78799).

Por escritura otorgada a las doce horas del veintinueve de agosto del dos mil seis, ante mi notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Quinta Mariposa Blue S & S Sociedad Anónima. Con capital social de cien mil colones exactos y plazo social de cien años.—San José, veintinueve de agosto del dos mil seis.—Lic. Luis Vargas Fernandino, Notario.—1 vez.—Nº 74236.—(78800).

Ante esta notaría, mediante escritura número treinta y dos, se protocolizó acta número uno en sesión ordinaria y extraordinaria de asamblea general de accionistas de la sociedad Finca La Caprina Mil Ochocientos Dos Sociedad Anónima. En la cual se acordó cambiar su nombre por Finca Caprina Mil Ochocientos Dos Sociedad Anónima.—San José, a las dieciocho horas del día veinticinco de agosto del dos mil seis.—Lic. Julio César Cano Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 74237.—(78801).

El día de hoy he protocolizado acta constitutiva de la sociedad de esta plaza Desarrollo El Rey Sociedad de Responsabilidad Limitada. Con domicilio en Puerto Viejo de Sarapiquí, veinticinco metros al este de Internet Sarapiquí. Gerente: Ann Hardee Skelly Moshenek.—Puerto Viejo de Sarapiquí, veintiocho de agosto del dos mil cuatro.—Lic. Gabriela Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 74238.—(78802).

Ante mi notaría al ser las ocho horas del tres de julio del dos mil seis, se constituyó la entidad denominada Inversiones Yuliana de Hojancha-Guanacaste Sociedad Anónima. Cuyo presidente es: Emiliano Rojas Fallas, cédula de identidad seis-cero nueve nueve-ciento treinta y uno.—Hojancha, a las quince horas del veintitrés de agosto del dos mil seis.—Lic. Ariana Cecilia Li Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 74239.—(78803).

Por escritura otorgada hoy en esta ciudad a las 16:00 horas, ante la suscrita notaria las señoras Alice María Espinoza Chaves y Grace Marilu Espinoza Chaves, constituyeron una sociedad anónima denominada Afermek S. A. Domicilio: San José. Objeto: comercio en general. Plazo: 99 años. Capital social: cien mil colones suscritos y pagados. Presidente: Fernando Argüello Rodríguez.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Irene Lobo Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 74242.—(78804).

Por escritura otorgada ante mí, en esta ciudad a las 11:00 horas de hoy, se protocolizó acta de la compañía Piedras y Aguas de La Montaña Sociedad Anónima. En la que se reforman estatutos.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Irene Lobo Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 74243.—(78805).

Ante mi notaría, por la escritura número cincuenta y tres-dieciséis se constituyó C R C Royal Caoba Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado.—San José, veintinueve de agosto del dos mil seis.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 74244.—(78806).

Mediante escritura número ciento sesenta y tres, otorgada a las dieciocho horas con cuarenta y cinco minutos del día veinticuatro de agosto del dos mil seis, protocolicé los acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la compañía Train of Fun S. A. Mediante los cuales se transforma la compañía en una sociedad de responsabilidad limitada, la cual se denominará Train of Fun Limitada. Asimismo se reforman en su totalidad los estatutos sociales de la compañía.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 74246.—(78807).

Mediante escritura número ciento sesenta, otorgada a las dieciocho horas del día veinticuatro de agosto del dos mil seis, protocolicé los acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la compañía G.C.S.M. Un Globo en El Cielo y Sobre El Mar S. A. Mediante los cuales se transforma la compañía en una sociedad de responsabilidad limitada, la cual se denominará G.C.S.M. Un Globo en El Cielo y Sobre El Mar Limitada. Asimismo se reforman en su totalidad los estatutos sociales de la compañía.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 74247.—(78808).

Mediante escritura número ciento sesenta y uno, otorgada a las dieciocho horas con quince minutos del día veinticuatro de agosto del dos mil seis, protocolicé los acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la compañía Costa Rican Ventures One S. A. Mediante los cuales se transforma la compañía en una sociedad de responsabilidad limitada, la cual se denominará Costa Rican Ventures One Limitada. Asimismo se reforman en su totalidad los estatutos sociales de la compañía.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 74248.—(78809).

Mediante escritura número ciento sesenta y dos, otorgada a las dieciocho horas con treinta minutos del día veinticuatro de agosto del dos mil seis, protocolicé los acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la compañía Costa Rican Realty Group T.G.R. S. A. Mediante los cuales se transforma la compañía en una sociedad de responsabilidad limitada, la cual se denominará Costa Rican Realty Group T.G.R. Limitada. Asimismo se reforman en su totalidad los estatutos sociales de la compañía.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 74249.—(78810).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la empresa denominada Pacas Nutritivas E Y E Sociedad Anónima. Domicilio social: cien metros sur de Restaurant Toyita, Palmira, distrito segundo del cantón Carrillo, quinto de la provincia de Guanacaste. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cinco mil colones. Objeto: ejercicio en general del comercio, la industria, transporte, la construcción, intermediación, turismo y agricultura.—Filadelfia, veinticuatro de agosto del dos mil seis.—Lic. Ana María Vargas Moya, Notaria.—1 vez.—Nº 74251.—(78812).

Por escritura otorgada en San José, a las dieciocho horas del nueve de agosto del dos mil seis, se protocolizó acta de la sociedad Morado LRTEW Verde Oliva Sociedad Anónima. Donde se suscribe y aprueba el proyecto de fusión por absorción con la siguiente sociedad Fucsia Klert Morado Azul Sociedad Anónima, prevaleciendo únicamente Morado LRTEW Verde Oliva Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de agosto del dos mil seis.—Lic. Randall Alberto Quirós Bustamante, Notario.—1 vez.—Nº 74252.—(78813).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 11:30 horas del 16 de agosto del 2006, donde se modifica cláusula cuarta del capital, de la firma de esta plaza denominada Aguas Bravas del Pacífico Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de agosto del dos mil seis.—Lic. Randall Alberto Quirós Bustamante, Notario.—1 vez.—Nº 74253.—(78814).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 8:00 horas del 10 de agosto del 2006, donde se modifica cláusula cuarta del capital, de la firma de esta plaza denominada Amarillo OPP Verde Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de agosto del dos mil seis.—Lic. Randall Alberto Quirós Bustamante, Notario.—1 vez.—Nº 74254.—(78815).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 8:30 horas del 10 de agosto del 2006, donde se modifica cláusula cuarta del capital, de la firma de esta plaza denominada Negro Azabache Nañ Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de agosto del dos mil seis.—Lic. Randall Alberto Quirós Bustamante, Notario.—1 vez.—Nº 74255.—(78816).

Por escritura otorgada a las once horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, se constituye la sociedad denominada Aquapark Jacó Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Hernán Velasco Sasso, Notario.—1 vez.—Nº 74263.—(78817).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyen Grupo Ecológico Chekzik de Costa Rica, Horno de Leña EST-ISA Pihgo S. A. Capital: diez mil colones cada una. Plazo: noventa y nueve años. Presidentes: James Roy Tomchek y Estefanía Pihen González.—San José, 24 de agosto del 2006.—Lic. Randall Luna Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 74264.—(78818).

Que por escritura otorgada las 13:00 horas del 11 de agosto y las 17:00 horas de hoy, se protocolizó acta de Actividades Comerciales y de Transporte Segunda S. A. Modifica cláusula sétima y se constituyó Porusted Punto Com S. A. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: San José.—San José, 17 de agosto del 2006.—Lic. Alexánder A. Chacón Porras, Notario.—1 vez.—Nº 74265.—(78819).

Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas con cincuenta y cinco minutos del día dos de agosto del dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Hoja Verde del Higuerón Sociedad Anónima. Por medio de la cual se revoca el nombramiento del presidente y secretaria de la junta directiva y se nombra nuevo presidente y secretaria de la junta directiva, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo, se crea la cláusula undécima del pacto constitutivo y se nombra agente residente.—San Isidro de Pérez Zeledón, veinticinco de agosto del dos mil seis.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—Nº 74266.—(78820).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón, a las diecisiete horas con treinta minutos del día cuatro de julio del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Comerciales Avia Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio social: San Isidro de Pérez Zeledón, provincia de San José, cincuenta metros al norte de la Agencia del Instituto Costarricense de Electricidad. Presidenta: Carol Rebeca Quesada Leiva.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintidós de agosto del dos mil seis.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—Nº 74267.—(78821).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 10:30 horas del 16 de agosto del 2006, donde se modifica cláusula cuarta del capital, de la firma de esta plaza denominada Arco Iris del Horizonte Sociedad Anónima.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Randall A. Quirós Bustamante, Notario.—1 vez.—Nº 74269.—(78822).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día diecinueve de agosto del dos mil seis, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad H Y L Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cero cincuenta y siete mil cuatrocientos setenta y tres, en la que se modificó la cláusula tercera del pacto social.—San José, diecinueve de agosto del dos mil seis.—Lic. René Alonso García López, Notario.—1 vez.—Nº 74270.—(78823).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día treinta de agosto del dos mil seis, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Constructora Huracán  S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta mil cuatrocientos cuarenta y ocho, en la que se modificó la cláusula sétima del pacto social.—San José, treinta de agosto del dos mil seis.—Lic. René Alonso García López, Notario.—1 vez.—Nº 74271.—(78824).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las 15:00 horas del 24 de agosto del 2006, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad A Forest Resort Into The Pradise Beach Sociedad Anónima. En la cual se acuerda modificar la cláusula primera del pacto constitutivo, se nombra nuevo presidente y secretario de la junta directiva y se otorga poder generalísimo.—San José, 24 de agosto del 2006.—Lic. Mauricio Mata Monge, Notario.—1 vez.—Nº 74273.—(78825).

Yo, Irene Aguilar Monge, notaria pública, protocolicé actas de la sociedad denominada Servicios Secretariales Samo S. A. Mediante la cual se le cambia nombre a Servicios y Alquileres Samo Sociedad Anónima. A las doce horas del veinticuatro de agosto del dos mil seis.—San José, veinticinco de agosto del dos mil seis.—Lic. Irene Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 74274.—(78826).

La suscrita notaria hace constar que hoy he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Inversiones Tiatiara S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cuatro mil ochocientos trece, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, veintinueve de agosto del dos mil seis.—Lic. Annette Tapia Zumbado, Notaria.—1 vez.—(78836).

Ante esta notaría, Ramos y Arguedas S. A., reformó la cláusula cuarta del plazo. Escritura otorgada a las 17:00 horas del 29 de agosto del 2006.—Lic. Laura Patricia Hernández Sáenz, Notaria.—1 vez.—(78847).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del 29 de agosto del 2006, se reforma la cláusula segunda, asimismo se acuerda reformar la cláusula quinta, se nombra nueva junta directiva y fiscal de la sociedad Moon Walk Properties S. A. Titular de la cédula tres-ciento uno-tres seis cuatro cero seis siete.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Khorana Arias Cortés, Notaria.—1 vez.—(78882).

En mi notaría, a las 18:45 horas de hoy, se constituyó RT Logistics Sociedad Anónima, abreviándose RT Logistics S. A. Capital: diez mil colones. Domicilio: Rohrmoser, Urbanización Santa Catalina, casa R diez. Presidente: Robert Enrique Tapia.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Suny Sánchez Achío, Notaria.—1 vez.—(78901).

Ante mí, José Miguel Cordero Chavarría, notario público se constituyó la sociedad denominada LTRESP Sociedad Anónima. El día 26 de agosto del 2006, con un plazo social de cien años y un capital social de cinco mil colones. Domiciliada en San Pablo de Nandayure, Guanacaste, frente a la plaza de deportes. Es todo.—Carmona de Nandayure, 27 de agosto del 2006.—Lic. José Miguel Cordero Chavarría, Notario.—1 vez.—(78905).

Ante mi notaría, por escritura número veintiuno otorgada a las dieciocho horas del diecisiete de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad Productos Chinestra Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado. Domicilio: en Desamparados, El Porvenir, de la escuela doscientos metros al oeste y setenta y cinco al sur, casa número noventa y dos. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Gerardo Batista Brenes, Notario.—1 vez.—(78907).

Por escritura otorgada a las 17:00 horas del 28 de agosto del 2006, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Desarrollos Exclusivos Alimentarios DEXALI S. A. Mediante la cual se reformaron las cláusulas segunda y octava. Se nombra junta directiva.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—(78920).

Por escritura otorgada hoy ante el notario, los señores Marcela Brenes Loría y Alejandro Bettoni Traube, constituyen la sociedad Irina Dos Lunas Sociedad Anónima. Para dedicarse por cien años y con domicilio en la ciudad de San José, a la industria y comercio en general. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. José Pablo Arauz Villarreal, Notario.—1 vez.—(78926).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 4 de agosto del 2006, se constituyó la sociedad anónima denominada Sparkle de Osa S. A.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Sergio Sancho Hernández, Notario.—1 vez.—(78929).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 28 de agosto del 2006, se constituyó la sociedad anónima denominada Serena Holdings Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Sergio Sancho Hernández, Notario.—1 vez.—(78930).

Por asamblea extraordinaria de socios del 27 de agosto del 2006, celebrada en su domicilio social se modifica la cláusula primera del pacto constitutivo de Corporación Chaverri Fernández y Asociados S. A., cédula jurídica Nº 3-101-294358.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Cinthya Valverde Muñoz, Notaria.—1 vez.—(78940).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas de hoy, se constituyó Deram Inversiones W. S. M. Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Plazo social: 100 años. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 8 de abril del 2006.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—1 vez.—(78944).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del veinticinco de julio del dos mil seis, procedo a protocolizar acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas número cuatro de la sociedad Aral Internacional Rosado Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-276791, mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Lic. Karla Castrejón Corrales, Notaria.—1 vez.—(78945).

La sociedad Inmobiliaria Walma Int Sociedad Anónima. Modifica junta directiva, nombrando apoderada generalísima sin límite de suma a Marta Luz Salas Solís.—Alajuela, 27 de junio del 2006.—Lic. Patricia Zumbado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(78947).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 14 horas 15 minutos del día 19 de agosto del 2006, se constituyó una sociedad anónima denominada Comercializadora El Niño Santo Sociedad Anónima. Domiciliada: Barrantes de Flores, contiguo a Calzapie. Capital social: 10.000,00 colones.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez G., Notario.—1 vez.—(78952).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 14:00 horas del día 19 de agosto del 2006, se constituyó una sociedad anónima denominada Comercializadora Los Lagartos Sociedad Anónima. Domiciliada: Barrantes de Flores, contiguo a Calzapie. Capital social: 10.000,00 colones.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez G., Notario.—1 vez.—(78953).

La suscrita notaria hace que hoy ante mí, se constituyó una empresa cuya denominación se hace de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis, solicitando y autorizando al Registro Mercantil que le asigne como denominación el número de cédula jurídica agregándole sociedad anónima.—San José, seis de julio del dos mil seis.—Lic. Annette Tapia Zumbado, Notaria.—1 vez.—(78958).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del día veintinueve de agosto del dos mil seis, la sociedad de esta plaza VIG Limitada, reforma la cláusula cuarta de los estatutos.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Roberto Suñol Prego, Notario.—1 vez.—Nº 74277.—(78961).

Por escritura número treinta y siete-dos, otorgada ante mí, a las catorce horas del veintinueve de agosto del dos mil seis, ante la suscrita notaria, se cambia la cláusula sexta de la administración y se nombra junta directiva, de la sociedad de este domicilio, denominada Playa Colonial Sociedad Anónima.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Ingrid Marcela Fallas Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 74278.—(78962).

Por escritura número ciento sesenta y cuatro-uno, otorgada ante mí, a las ocho horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Tecnotaller Mecánico S. A. Por la que se reforma cláusula segunda del domicilio y la novena de los estatutos de la sociedad, se acepta la renuncia del tesorero de la junta directiva y se hace nuevo nombramiento.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Manfred Fischel Robles, Notario.—1 vez.—Nº 74279.—(78963).

Por escritura número treinta y seis-dos, otorgada ante mí, a las once horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, ante la suscrita notaria, se cambia la cláusula segunda del pacto constitutivo del domicilio, se reforma la cláusula sexta de la administración, se nombra junta directiva, fiscal y agente residente de la sociedad de este domicilio denominada Compañía de Inversiones y Desarrollos Hojas de Cristal Sociedad Anónima.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Ingrid Marcela Fallas Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 74280.—(78964).

Ante esta notaría se constituyó la entidad Inversiones Valverde Morera Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, a las 8:00 horas del 16 de agosto del 2006.—Lic. Laury María Angulo Villagra, Notaria.—1 vez.—Nº 74281.—(78965).

Por escritura protocolizada hoy, a las 8:30 horas se reformó el pacto constitutivo de Propiedades Trébol Verde Sociedad Anónima. Salvo su cláusula primera.—San José, 14 de agosto del 2006.—Lic. Mario Alberto Ramírez Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 74282.—(78966).

Mediante escritura autorizada por mí, a las 13:00 horas del 11 de julio del 2006, se constituye la sociedad denominada Hurricane Project Management Sociedad Anónima.—San José, 11 de julio del 2006.—Lic. Roberto Facio Sáenz, Notario.—1 vez.—Nº 74284.—(78967).

Mediante escritura pública número ochenta y cuatro, del protocolo número tres de la notaria Xiomara Cordero Artavia, otorgada el día veinticinco de agosto del dos mil seis, a las once horas se constituyó la sociedad denominada Taller de Flotillas Seis Ruedas Sociedad Anónima. Cuyo presidente es el socio Osael Maroto Segura.—Palmares, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Xiomara Cordero Artavia, Notaria.—1 vez.—Nº 74285.—(78968).

Debidamente facultado al efecto protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Empresas BCD S. A. Mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal y agente residente.—San José, a las 12:00 horas del 3 de agosto del 2006.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—Nº 74291.—(78969).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Importadora e Inmobiliaria de Palmera Roberto, Rodolfo & Luis S. A. Capital: suscrito y pagado. Apoderado generalísimo sin límite de suma: presidente.—San José, 20 de junio del 2006.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—Nº 74292.—(78970).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 19:30 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Finca Piero & Silvia S. A. Capital: suscrito y pagado. Apoderados generalísimos sin límite de suma: presidente y tesorero, actuando conjunta o separadamente.—San José, 22 de agosto del 2006.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—Nº 74294.—(78971).

El suscrito Maykool Acuña Ugalde, notario público con oficina en Ciudad Colón, hace constar que a las 12:00 horas del día 25 de agosto del 2006, se ha constituido la sociedad denominada Bienes y Servicios Las Q de Palmares Sociedad Anónima. Con un plazo social de 99 años, siendo su presidenta la señora Xinia Fernández Urpí.—Lic. Maykool Acuña Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 74298.—(78972).

El suscrito Maykool Acuña Ugalde, notario público con oficina en Ciudad Colón, hace constar que a las 8:00 horas del día 25 de agosto del 2006, se ha constituido la sociedad denominada Finca Barrasol Siembra y Cosecha Sociedad Anónima. Con un plazo social de 99 años, siendo su presidente el señor Rubén Barrantes Herrera.—Lic. Maykool Acuña Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 74299.—(78973).

Por escritura otorgada a las ocho horas del veinticuatro de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad Drake Aventuras Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: Gregory Allen Chávez, pasaporte estadounidense setenta-dieciséis treinta y ocho setecientos diecisiete. Domicilio: Moravia, del Colegio Laboratorio cuatrocientos metros norte, trescientos metros oeste y cien metros norte. Plazo: cien años. Capital: dos mil colones.—Guadalupe, 24 de agosto del 2006.—Lic. Roxana María Angulo Aguilar, Notaria.—1 vez.—Nº 74300.—(78974).

Por escritura otorgada a las ocho horas, treinta minutos del veinticuatro de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad Villas Drake Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: Brian Allen Chávez, pasaporte estadounidense cero dos siete cuatro cinco uno seis nueve cuatro. Domicilio: Moravia, del Colegio Laboratorio cuatrocientos metros norte, trescientos metros oeste y cien metros norte. Plazo: cien años. Capital: dos mil colones.—Guadalupe, 24 de agosto del 2006.—Lic. Roxana María Angulo Aguilar, Notaria.—1 vez.—Nº 74301.—(78975).

Por medio de escritura otorgada al ser las doce horas del día veintiocho de agosto del dos mil seis, ante el notario público Juan Francisco Molinero Hernández, por medio de protocolización de acta de asamblea extraordinaria de socios, se acordó reformar las cláusulas primera y novena y se adiciona la cláusula quinta-bis, de la sociedad de esta plaza Las Fascinantes Noches Porteñas Sociedad Anónima. La cual de ahora en adelante pasa a denominarse Lands CR Realty Company Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de agosto del dos mil seis.—Lic. Miguel Herrera González, Notario.—1 vez.—Nº 74303.—(78976).

Por medio de escritura otorgada al ser las dieciséis horas del día veintinueve de agosto del dos mil seis, ante el notario público Juan Francisco Molinero Hernández, por medio de protocolización de acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios, se acordó reformar la cláusula novena de la sociedad de esta plaza El Barco del Pirata del Caribe Sociedad Anónima.—San José, treinta de agosto del dos mil seis.—Lic. Juan Francisco Molinero Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 74304.—(78977).

Axel Quesada Acosta, cédula cinco-doscientos noventa y nueve-seiscientos veintiocho, y Montie Sinclair (nombre) Marr (apellido), ciudadano estadounidense, pasaporte número P-siete uno uno cinco cuatro cuatro nueve seis cero, constituyen la sociedad denominada Inversiones Conchas del Bejuco S. A. Capital social de cien mil colones. Domicilio social: Puerto Moreno de Nicoya, frente a la escuela. Constituida mediante escritura pública número cuarenta y nueve, del tomo sexto del protocolo del notario José German Zamora Leal.—Lic. José German Zamora Leal, Notario.—1 vez.—Nº 74305.—(78978).

El suscrito notario hace constar que mediante escritura número ciento cincuenta y tres, visible al folio ciento cuarenta y dos vuelto del tomo octavo de mi protocolo, otorgada a las dieciocho horas, treinta minutos del veintinueve de agosto del dos mil seis, se modificó la cláusula sexta, correspondiente a la representación social de la entidad denominada Las Lomas de Los Víquez Barrantes S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cuatro mil ciento ochenta y seis.—Heredia, a las diecinueve horas del veintinueve de agosto del dos mil seis.—Lic. Manuel de Jesús Zumbado Araya, Notario.—1 vez.—Nº 74314.—(78979).

A las 10:00 horas del 2 de agosto del 2006, se reformó la cláusula sétima del pacto social referente a la junta directiva y se aceptó renuncia del presidente en la sociedad denominada Maxidoma V y P S. A.—Lic. Ademar Soto Alpízar, Notario.—1 vez.—Nº 74315.—(78980).

Ante esta notaría, a las once horas del veintinueve de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Grupo Antojitos de Inversiones Sociedad Anónima, abreviable su aditamento S. A. Domicilio: San José, Rohrmoser, frente a Cemaco, Sabana Oeste. Objeto: servicios de administración de franquicias y de consultoría en diversas áreas. Plazo: cien años. Capital: cien mil colones.—San José, treinta de agosto del dos mil seis.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 74316.—(78981).

Ante mi notaría, mediante escritura número 493 de las 10:00 horas del 29 de julio del 2006, se ha constituido la sociedad denominada Wsigel W G Inversiones Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de Orotina centro, con un capital social de diez mil colones.—Orotina, 25 de agosto del 2006.—Lic. Douglas Marín Orozco, Notario.—1 vez.—Nº 74321.—(78982).

Por escritura otorgada en San José, a las 15:00 horas del 24 de agosto se constituyó Veico Sociedad Anónima, por un plazo de 99 años, siendo su presidenta Ivannia Cordero Navarro, apoderada generalísima sin límite de suma. Objeto comercio en general ante la notaria Marianella Coto Porras.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Marianella Coto Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 74323.—(78983).

Por escritura de las 8:00 horas del 30 de agosto del 2006, se constituye Sun Surf Twenty Properties Limitada. Es todo.—San José, 30 de agosto del 2006.—Lic.  Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 74324.—(78984).

Ante mi notaría, a las catorce horas del veintinueve de agosto del dos mil seis, se protocolizó en lo conducente el acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Desarrollo Agroindustrial de Frutales Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y siete mil cuatrocientos sesenta, asamblea celebrada en el domicilio social y en la que se acordó modificar la cláusula quinta del capital social.—Lic. Tatiana María Barboza Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 74325.—(78985).

La suscrita notaria hace constar que hoy autorizó escritura de constitución de la sociedad Grupo RAF Ltda., nombre de fantasía, que tiene como objetivo el comercio, con un capital social de diez mil colones, con la sede en Alajuela, ciento setenta y cinco oeste del INA y las gerentes son Iveth García Ramírez cédula dos-cuatrocientos setenta y seis-doscientos ochenta y cinco e Ivannia Madrigal Muñoz, cédula uno-setecientos sesenta y cuatro-doscientos noventa y ocho.—San José, treinta de agosto del dos mil seis.—Lic. Rose Mary Madden Arias, Notaria.—1 vez.—Nº 74328.—(78986).

Por escritura otorgada ante mi notaría en San José, a las 8:00 horas del 30 de agosto del 2006, Freddy Durán Abarca y Ana Victoria Campos Vargas, constituyen la sociedad denominada Lucky Number Sociedad Anónima, domicilio: San José, avenida diez, calle diecinueve, casa: diecinueve cero seis, capital totalmente suscrito y pagado, plazo noventa y nueve años. Presidente la socia Ana Victoria Campos Vargas. Agente residente licenciada Yenny Rocío Argüello Chaverri.—Lic. Yenny Rocío Argüello Chaverri, Notaria.—1 vez.—Nº 74329.—(78987).

Por escritura otorgada ante mi notaría en San José, a las 9:00 horas del 30 de agosto del 2006, Freddy Durán Abarca y Ana Victoria Campos Vargas, constituyen la sociedad denominada Seven Star Sociedad Anónima, domicilio: San José, avenida diez, calle diecinueve, casa: diecinueve cero seis, capital totalmente suscrito y pagado, plazo noventa y nueve años. Presidenta la socia Ana Victoria Campos Vargas. Agente residente licenciada Yenny Rocío Argüello Chaverri.—Lic. Yenny Rocío Argüello Chaverri, Notaria.—1 vez.—Nº 74330.—(78988).

Por escritura ante Clara Alvarado Jiménez otorgada a las 10:00 horas del 24 de agosto del año 2006, se constituye la sociedad First Class Properties SRL traducción al español Propiedades de Primera Clase. Gerente, apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de agosto del 2006.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 74340.—(78989).

Por escritura ante Clara Alvarado Jiménez otorgada a las 8:00 horas del 24 de agosto del año 2006, se constituye la sociedad Business Venture Group SRL traducción al español Grupo Aventura de Negocios. Gerente, apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de agosto del 2006.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 74341.—(78990).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las once horas del veintinueve de agosto de dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas Serrabena Limitada, mediante la cual se modifican las cláusulas “primera y octava” del pacto constitutivo y se nombra nuevos gerentes.—San José, 29 de agosto de 2006.—Lic. Ana Victoria Mora Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 74342.—(78991).

Ante esta notaría a las doce horas del día de hoy se constituyeron las sociedades denominadas Brisas de Delicias W.P.M. IV Sociedad Anónima y Jardines de Delicias W.P.M. IV Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—San José, veintinueve de agosto del dos mil seis.—Lic.  Luis Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 74343.—(78992).

Por escritura número cincuenta de las dieciséis horas del veintinueve de agosto del año dos mil seis. Se adicionó, la escritura de las diecisiete horas del diecisiete de febrero del dos mil seis, en el sentido de que el nombre de la sociedad es Iroquois Air Lift Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse en todos los casos sus últimos dígitos S. A., los cuales son nombres fantasías. Misma fecha.—Lic. Rosa Gerardina Aguilar Ureña, Notaria.—1 vez.—Nº 74345.—(78993).

Por escritura otorgada ante mi notaría al ser las dieciséis horas del día veintiséis de julio del año dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Jupis Sociedad Anónima.—Lic. Roberto Suárez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 74346.—(78994).

Mediante escritura pública número ciento sesenta y cinco-cinco, otorgada a las ocho horas del veintitrés de agosto del año dos mil seis, protocolizo los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía de esta plaza denominada: Belvedere, S.A., mediante la cual se procede a reformar la cláusula segunda y a nombrar nuevo Tesorero y Fiscal.—San José, veinticuatro de agosto del dos mil seis.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 74348.—(78995).

Mediante la escritura otorgada ante mí, en la ciudad de San José, a las 10:00 horas del día siete de junio del dos mil seis, se modifica la cláusula sexta de la sociedad promotora La Costa S. A.—San José, treinta de agosto del dos mil seis.—Lic.  Maricela Salazar Medina, Notaria.—1 vez.—Nº 74349.—(78996).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del dieciocho de agosto del dos mil seis, en Ciudad Neily, se constituyó Lentes de Óptica Visual Canoas Sociedad Anónima, domicilio Paso Canoas de Corredores, capital: totalmente suscrito y pagado, plazo: noventa y nueve años a partir de hoy, representación judicial y extrajudicial de la sociedad: presidente de la junta directiva, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Yadira Reyes Wong, Notaria.—1 vez.—Nº 74351.—(78997).

Ante el notario público Harold Núñez Muñoz, al ser las 17:00 horas del día 26 de julio del 2006, se constituyó Heading South Tours, S.A., domicilio Cartago, La Unión, plazo 99 años, capital 10.000,00 colones, presidente Luis Carlos Ulloa Donaldson.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Harold Núñez Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 74353.—(78998).

Por escritura de las diez horas de hoy ante mi notaria, se constituyó la sociedad Peltoga Sociedad Anónima. Representación judicial y extrajudicial el presidente, de la junta directiva. Domicilio San José.—San José, veintiocho de julio del dos mil seis.—Lic. Miguel Ángel Rojas Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 74354.—(78999).

Por medio de escritura otorgada a las diez horas del día veintinueve de agosto del 2006, por la notaria, Lina Rodríguez Otárola se constituyó la sociedad Federal Segurity Agency Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Presidente: Carl Carlsson. Domicilio: San José, Montes de Oca, San Pedro, Barrio Dent, de la Librería Internacional cien metros al oeste y cien metros norte. Capital social: 10.000,00 colones. Agente residente: Lic. Franklin Gutiérrez.—Lic. Lina Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—Nº 74355.—(79000).

Ante mí, Néstor Rodríguez Jiménez, notario público de Orotina, se ha constituido la Sociedad Anónima denominada Piedra Rajada S. A. capital social: diez mil colones. Acciones: comunes y nominativas. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Víctor Hugo Alpízar Vargas.—Orotina, veintinueve de agosto de dos mil seis.—Lic. Néstor Rodríguez Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 74356.—(79001).

Ante el notario público Harold Núñez Muñoz, al ser las 10:00 horas del día 25 de julio del 2006, se constituyó Grupo Espeleta de Montes de Oro, S. A., domicilio Miramar, Puntarenas, plazo 99 años, capital 90,000.00 colones, presidente Antonio Espeleta Lobo.—San José, 29 de agosto de 2006.—Lic. Harold Núñez Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 74357.—(79002).

Por escritura pública, se protocoliza asamblea de cuotistas de las sociedades denominadas: MV King’s Rook Sociedad de Responsabilidad Limitada, MV Orca Ocean Sociedad de Responsabilidad Limitada, MV First Rays of The New Rising Sun Sociedad de Responsabilidad Limitada, MV The Sound of The Thunder Sociedad de Responsabilidad Limitada, MV Aquemeni Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada, MV Garden Green Sociedad de Responsabilidad Limitada, MV Smiling Chesher Cat Sociedad de Responsabilidad Limitada, MV Highway Superstar Sociedad de Responsabilidad Limitada, MV Castles Made of Sano Sociedad de Responsabilidad Limitada, MV Starfish Shores Sociedad de Responsabilidad Limitada, MV South Saturn Delta Sociedad de Responsabilidad Limitada y MV The Rolling Hills of Guanacaste Sociedad de Responsabilidad Limitada, por cambio de la gerencia, representación y domicilio San José.—San José, 30 de agosto del 2006.—Lic. Henry Delgado Jara, Notario.—1 vez.—Nº 74358.—(79003).

En la notaría de la licenciada Fercinta Esquivel Godínez, carné 10728, a las dieciséis horas del diecinueve de julio del dos mil seis, se constituyó Juca Fernández de Dota E.I.R.L., capital social diez mil colones. Cuyo gerente lo es Juan Carlos Fernández Madrigal.—San Marcos de Tarrazú, catorce horas del dieciséis de agosto del dos mil seis.—Lic. Fercinta Esquivel Godínez, Notaria.—1 vez.—Nº 74360.—(79004).

Por escritura número 391 otorgada en San José a las 8:00 horas 30 minutos del 25 de agosto ante las notarias Giovanna Ajún Murillo y Fiorella Romero López:, se modificaron las cláusulas 2 y 6 del pacto constitutivo de la sociedad Hardware Holding Group S. A., cédula jurídica 3-101-361773 cuyo domicilio es en Pozos de Santa Ana de Roles Técnicos 200 metros al este, portón gris y cuya junta directiva está compuesta por cuatro miembros presidente, secretario, tesorero y vocal.—San José, a las 8:00 horas del 30 de agosto del 2006.—Lic. Fiorella Romero López, Notaria.—1 vez.—Nº 74362.—(79005).

Por escritura N° 390 otorgada en San José, a las 10:00 horas del 9 de agosto ante las notarias Giovanna Ajún Murillo y Fiorella Romero López, se modificó la cláusula N° 2 del pacto constitutivo de la sociedad Ferretería El Mar RSML S. A., cédula jurídica N° 3-101-302405, cuyo domicilio es en Pozos de Santa Ana, de Hules Técnicos 200 metros al este.—San José, a las 9:00 horas 30 minutos del 10 de agosto del 2006.—Lic. Fiorella Romero López, Notaria.—1 vez.—Nº 74363.—(79006).

Por escritura N° 384, otorgada en San José, a las 8:00 horas del 4 de agosto ante las notarias Giovanna Ajún Murillo y Fiorella Romero López:, se modificó la cláusula N° 2 del pacto constitutivo de la sociedad Consorcio Ferretero de San José, S. A., cédula jurídica N° 3-101-96760 cuyo domicilio es en Pozos de Santa Ana de de Hules Técnicos 200 metros al este.—San José, a las 8:00 horas del 10 de agosto del 2006.—Lic. Fiorella Romero López, Notaria.—1 vez.—Nº 74364.—(79007).

Por escritura N° 387 otorgada en San José, a las 7:00 horas del 9 de agosto, ante las notarias Giovanna Ajún Murillo y Fiorella Romero López:, se modificó la cláusula N° 2 del pacto constitutivo de la sociedad Difemar, S. A., cédula jurídica N° 3-101-100100 cuyo domicilio es en Pozos de Santa Ana de Hules Técnicos 200 metros al este.—San José, a las 7:00 horas del 10 de agosto del 2006.—Lic. Fiorella Romero López, Notaria.—1 vez.—Nº 74365.—(79008).

Por escritura N° 389 otorgada en San José, a las 9:00 horas 30 minutos del 9 de agosto, ante las notarias Giovanna Ajún Murillo y Fiorella Romero López:, se modificó la cláusula N° 2 del pacto constitutivo de la sociedad Inmobiliaria Visot, S. A., cédula jurídica N° 3-101-23417 cuyo domicilio es en Pozos de Santa Ana de de Hules Técnicos 200 metros al este.—San José, a las 10:00 horas del 10 de agosto del 2006.—Lic. Fiorella Romero López, Notaria.—1 vez.—Nº 74366.—(79009).

Por escritura número 388 otorgada en San José, a las 9:00 horas del 9 de agosto, ante las notarias Giovanna Ajún Murillo y Fiorella Romero López, se modificó la cláusula 2 del pacto constitutivo de la sociedad Ferretería El Mar B.S S. A., cédula jurídica 3-101-70827, cuyo domicilio es en Pozos de Santa Ana, de Hules Técnicos 200 metros al este.—San José, a las 9:00 horas del 10 de agosto del 2006.—Lic. Fiorella Romero López, Notaria.—1 vez.—Nº 74367.—(79010).

Por escritura otorgada ante esta notaria, a las 8300 horas del 25 agosto del 2006, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad West Light Services S. A. Se acuerda modificar la cláusula segunda, se conoce la renuncia y nombramiento de la junta directiva y del fiscal.—Lic. Ana Victoria Sandoval León, Notaria.—1 vez.—Nº 74371.—(79011).

En esta notaría a las 16:00 horas de hoy, se protocolizó acta de la sociedad Cross Fire S. A., mediante la cual se modifican cláusulas y se nombra directiva.—San Antonio de Belén, Heredia, 29 de agosto de 2006.—Lic. Rafael A. Morales Soto, Notario.—1 vez.—Nº 74372.—(79012).

Por escritura otorgada ante esta notaría en la ciudad de San José, a las nueve horas del nueve de agosto de dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza Empresas Unidas Primero de Febrero del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos sesenta y seis mil seiscientos treinta y nueve, en la cual se modificó la cláusula primera de los estatutos, relativa a la denominación social y domicilio para llamarse en adelante: Distribuidora Global Adventure Sociedad Anónima (en español Distribuidora Aventura Global Sociedad Anónima), la cláusula sexta relativa a la representación y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—Treinta de agosto de dos mil seis.—Lic. Rolando Morris Burton, Notario.—1 vez.—Nº 74377.—(79013).

Yo, Norma Quintero Ureña, notaria pública con oficina abierta en Heredia, hago constar que mediante la escritura número ciento setenta y uno otorgada ante esta notaría a las ocho horas del cuatro de julio del dos mil seis, se constituyó  la  sociedad  denominada  Inversiones y Servicios D Y V Sociedad Anónima, cuya presidenta es Deyanira Delgado Vásquez, mayor, casada, maestra, con cédula de identidad número dos-cuatrocientos setenta y nueve-quinientos noventa y seis, vecina de Alajuela. Capital social: 15.000 colones. Plazo: 99 años.—Heredia, 4 de julio del 2006.—Lic. Norma Quintero Ureña, Notaria.—1 vez.—Nº 74381.—(79014).

Yo, Norma Quintero Ureña, notaria pública con oficina abierta en Heredia, de paso por Alajuela, hago constar que mediante la escritura número ciento setenta y ocho-diez, otorgada ante esta notaría a las trece horas del diecisiete de julio del dos mil seis, se modificó la cláusula segunda y se nombra junta directiva, fiscal y agente residente, siendo la presidenta: Nancy Lilliana Muñoz Fallas, mayor, casada una vez, empresaria, cédula uno cero siete uno tres cero siete ocho, vecina de San José, Desamparados, de la sociedad denominada Perrytico Sociedad Anónima.—Heredia, 21 de agosto del 2006.—Lic. Norma Quintero Ureña, Notaria.—1 vez.—Nº 74382.—(79015).

Mediante escritura otorgada en esta notaría, se constituyeron hoy diez sociedades cuya denominación social se hace de conformidad al artículo dos del decreto número tres tres uno siete uno - J, publicado el catorce de junio del dos mil seis.—San Ramón, 28 de agosto del 2006.—Lic. Adolfo Hidalgo Agüero, Notario.—1 vez.—Nº 74387.—(79016).

Por escritura pública número ciento sesenta y dos, del tomo octavo, el día 16 de agosto de 2006 se constituyó la sociedad Inversiones Dos Ríos Sociedad Anónima, domiciliada en Cañas, barrio Las Cañas, casa B seis. Guanacaste. Capital suscrito y pagado.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Dominico Maietta Leitón, Notario.—1 vez.—Nº 74388.—(79017).

Mediante escritura número ciento treinta y cuatro iniciada al folio ciento treinta y cinco vuelto del tomo quince de mi protocolo se constituyó la empresa denominada Inversiones Cordillera del Valle J & D Sociedad Anónima. Domicilio en Bijagua de Upala, provincia Alajuela. Plazo social de cien años. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Cañas, veintiséis de agosto del año dos mil seis.—Lic. Erick Alberto Apuy Sabatini, Notario.—1 vez.—Nº 74389.—(79018).

Protocolización de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Comunidad Cristiana Maranata CCM S.A., cédula de persona jurídica número: tres - ciento uno - trescientos sesenta y dos mil ochocientos cuarenta y cinco, primero: Se acuerda modificar la cláusula octava de la administración de la sociedad, segundo: Se hacen nuevos nombramientos de presidente, secretario y tesorero. Escritura número: ciento ochenta y dos, otorgada en San José a las once horas del veinticuatro de agosto del dos mil seis, ante la notaria Ana Jeannette Acuña Montero.—Lic. Ana Jeannette Acuña Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 74391.—(79019).

En escritura otorgada en mi notaría se constituyeron las siguientes sociedades anónimas Spokane Plains; Selkirk Mountains; Kettle Falls; Wauconda Summit; Okanogan Lake; Makapuu Ridge; Kurtistown Holding; Featherville Investments; Shoshone Ranch; Weippe River.—San José, 30 de agosto del 2006.—Lic. Álvaro López Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 74392.—(79020).

Que mediante escritura 81-24 del tomo: 24, otorgada ante el notario Karlos Orlando Villalobos Ugalde, se constituye sociedad anónima por cédula jurídica, domiciliada en Santa Cruz, Guanacaste, 400 este del Banco Nacional de Costa Rica; por Alfredo Quesada Herrera, cédula 2-457-706 y Franklin Rojas Barrantes, cédula 2-327-096.—Sarchí, 29-08-2006.—Lic. Karlos Orlando Villalobos Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 74393.—(79021).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas, treinta minutos del dieciséis de agosto del dos mil seis, José Pablo Orozco Marín, Moritz Karl Heinrich Von Schweinitz y Céline Gros Desormeaux constituyeron SukiaLogic Sociedad Anónima, lo cual es nombre de fantasía. Presidente José Pablo Orozco Marín, capital social tres mil colones.—Heredia diecisiete de agosto del dos mil seis.—Lic. Carmen Victoria Castro Torres, Notaria.—1 vez.—Nº 74394.—(79022).

El suscrito notario hace constar que según escritura cincuenta-cuatro folio cuarenta y seis vuelto del tomo cuatro de mi protocolo, se ha constituido la sociedad Crazy Horses LLC, donde figura como gerente Garland Maurice (nombre) Baker Brungardt (apellidos), cédula ocho cero ochenta y cuatro trescientos sesenta, domiciliada en la ciudad de San José.—San José, veintiuno de agosto del 2006.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—Nº 74395.—(79023).

El suscrito notario hace constar que según escritura cuarenta y nueve-cuatro folio cuarenta y cinco vuelto del tomo cuatro de mi protocolo, se ha constituido la sociedad Magical View LLC, donde figura como gerente Garland Maurice (nombre) Baker Brungardt (apellidos), cédula ocho cero ochenta y cuatro trescientos sesenta, domiciliada en la ciudad de San José.—San José, veintiuno de agosto del 2006.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—Nº 74396.—(79024).

El suscrito notario hace constar que según escritura cuarenta y ocho-cuatro folio cuarenta y cuatro frente del tomo cuatro de mi protocolo, se ha constituido la sociedad Quiet Earth LLC, donde figura como gerente Garland Maurice (nombre) Baker Brungardt (apellidos), cédula ocho cero ochenta y cuatro trescientos sesenta, domiciliada en la ciudad San José.—San José, veintiuno de agosto del 2006.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—Nº 74397.—(79025).

El suscrito notario hace constar que según escritura cuarenta y siete-cuatro folio cuarenta y tres frente del tomo cuatro de mi protocolo, se ha constituido la sociedad limitada A Million Trees LLC, donde figura como gerente Garland Maurice (nombre) Baker Brungardt (apellidos), cédula ocho cero ochenta y cuatro trescientos sesenta, domiciliada en la ciudad de San José.—San José, veintiuno de agosto del 2006.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—Nº 74398.—(79026).

El suscrito notario hace constar que según escritura cuarenta y seis-cuatro folio cuarenta y uno vuelto del tomo cuatro de mi protocolo, se ha constituido la sociedad limitada Five Corners LLC, donde figura como gerente Garland Maurice (nombre) Baker Brungardt (apellidos), cédula ocho cero ochenta y cuatro trescientos sesenta, domiciliada en la ciudad de San José.—San José, veintiuno de agosto del 2006.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—Nº 74399.—(79027).

Ante mí, Roy Harold Elizondo Durán notario público, se constituyó la sociedad denominada, Importaciones Z P del Pacífico Sociedad Anónima, domiciliada en San Isidro del General de Pérez Zeledón, ciento cincuenta metros al sur del estadio, frente a Viveros La Bonita, con un plazo social de noventa y nueve años a partir del veintidós de agosto del dos mil seis, conformado por un capital social de seis mil colones, representado por seis acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente Jhonny Zúñiga Porras.—Pérez Zeledón, diecisiete horas  con quince minutos del veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1 vez.—Nº 74402.—(79028).

Ante mí, Roy Harold Elizondo Durán notario público, se constituyó la sociedad denominada Sierpe Reality Sociedad Anónima, domiciliada en San Isidro del General de Pérez Zeledón, ciento cincuenta metros al sur del estadio, frente a Viveros La Bonita, con un plazo social de noventa y nueve años a partir del veintisiete de julio del dos mil seis, conformado por un capital social de seis mil colones, representado por seis acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente Ferdinand Gregorie VI.—Pérez Zeledón, diecisiete horas con veinte minutos del veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1 vez.—Nº 74403.—(79029).

El suscrito notario hace constar, que mediante escritura número nueve del protocolo octavo, otorgada a las 8:00 horas del 26 de agosto del 2006, ante este notario se constituyó la sociedad denominada Agropecuaria La Moza S. A. Presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social diez mil colones.—Monterrey de San Carlos, 26 de agosto de 2006.—Lic. Johanny Esquivel Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 74404.—(79030).

El suscrito notario, hace constar que según escritura número treinta y dos-cuatro visible a folio veinticinco frente del tomo cuatro de mi protocolo, fechada doce de julio dos mil seis, se constituyó la sociedad Colores Frios de Piedra LLC Limitada, en la cual funge como gerente Garland Maurice Baker, cédula costarricense número ocho cero ochenta y cuatro trescientos sesenta y vecino de San José. Es todo.—San José, veinticinco agosto del dos mil seis.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—Nº 74405.—(79031).

El suscrito notario, hace constar que según escritura cuarenta y cuatro-cuatro folio treinta y nueve frente del tomo cuatro de mi protocolo, se ha constituido la sociedad limitada Sweet Sounds LLC, donde figura como gerente Garland Maurice (nombre) Baker Brungardt (apellidos), cédula ocho cero ochenta y cuatro trescientos sesenta, domiciliada en la ciudad de San José.—San José, veintiuno de agosto del dos mil seis.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—Nº 74406.—(79032).

El suscrito notario, hace constar que según escritura cuarenta y cinco-cuatro folio cuarenta frente del tomo cuatro de mi protocolo, se ha constituido la sociedad limitada Black Moon LLC, donde figura como gerente Garland Maurice (nombre) Baker Brungardt (apellidos), cédula ocho cero ochenta y cuatro trescientos sesenta, domiciliada en la ciudad de San José.—San José, veintiuno de agosto del dos mil seis.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—Nº 74407.—(79033).

El suscrito notario, hace constar que según escritura cincuenta y tres-cuatro folio cincuenta frente del tomo cuatro de mi protocolo, se ha constituido la sociedad limitada Lucy Lou LLC, donde figura como gerente Garland Maurice (nombre) Baker Brungardt (apellidos), cédula ocho cero ochenta y cuatro trescientos sesenta, domiciliada en la ciudad de San José.—San José, veintiuno agosto del dos mil seis.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—Nº 74408.—(79034).

El suscrito notario, hace constar que según escritura cincuenta y dos-cuatro folio cuarenta y nueve frente del tomo cuatro de mi protocolo, se ha constituido la sociedad limitada Wind Hill LLC, donde figura como gerente Garland Maurice (nombre) Baker Brungardt (apellidos), cédula ocho cero ochenta y cuatro trescientos sesenta, domiciliada en la ciudad de San José.—San José, veintiuno agosto del dos mil seis.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—Nº 74409.—(79035).

El suscrito notario, hace constar que según escritura cincuenta y uno-cuatro folio cuarenta y siete vuelto del tomo cuatro de mi protocolo, se ha constituido la sociedad limitada Basic Elements LLC, donde figura como gerente Garland Maurice (nombre) Baker Brungardt (apellidos), cédula ocho cero ochenta y cuatro trescientos sesenta, domiciliada en la ciudad de San José.—San José, veintiuno agosto del dos mil seis.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—Nº 74410.—(79036).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad United Pro Media Costa Rica, Sociedad Anónima. El plazo social es de cien años, el capital social es la suma de diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una y la representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y secretario. Es todo.—San José, 30 de agosto de 2006.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—Nº 74411.—(79037).

Por escritura pública número diecisiete otorgada hoy ante mí, la sociedad Desarrollos Urbanísticos San Isidro S. A, modifica cláusula III sobre plazo social y nombra nuevos directores.—San José, veinticuatro de agosto del año dos mil seis.—Lic. José Gerardo Pacheco Guerrero, Notario.—1 vez.—Nº 74417.—(79038).

Por escritura pública número dieciocho otorgada hoy ante mí, la sociedad Duraznillo S. A, modifica cláusula VI sobre representación judicial y nombra nuevos directores.—San José, veintiocho de agosto del año dos mil seis.—Lic. José Gerardo Pacheco Guerrero, Notario.—1 vez.—Nº 74418.—(79039).

Ante mí, a esta hora y fecha se modificó la sociedad Multiservicios Joya Sociedad Anónima, el nuevo domicilio es en Valverde Vega, La Luisa, diagonal a Restaurante Kalua, el capital social es la suma de dos millones colones. Fueron nombradas como presidente José Luis González Matamoros, vicepresidente Jhon Bolaños Marín, secretario Norman Ricardo Bolaños Marín, tesorero Carlos Alberto Gatgens Jiménez y fiscal Geanina Bolaños Marín, el presidente, vicepresidente, secretario y tesorero tendrán facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, ostentando todos la representación judicial y extrajudicial de la compañía.—Grecia, 8:00 horas del 30 de agosto de 2006.—Lic. Flory Yadira Alfaro Retana, Notaria.—1 vez.—Nº 74419.—(79040)

La suscrita notaria da fe de que a las nueve horas del veintinueve de agosto del dos mil seis, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de Siete Viñas del Bosque S. A., en la cual se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo, referida a la administración.—Lic. Olga Doris Torres Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 74423.—(79041).

Por escritura otorgada ante el notario Ulises Dixon Morales, a las 10 horas del 26 de junio del 2006, se crea Clínica Odontológica Solidaridad Mundial S. A., cuya presidente con las facultades de apoderada generalísima sin límite de suma lo es Tannia Asch Hansen.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Ulises Dixon Morales, Notario.—1 vez.—Nº 74425.—(79042).

Por escritura otorgada ante el notario Ulises Dixon Morales, a las 9 horas del 18 de mayo del 2006, se crea B y L Importadora de Automóviles del Atlántico S. A., cuyo presidente con las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma lo es Leonardo Alejandro González Herrera.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Ulises Dixon Morales, Notario.—1 vez.—Nº 74426.—(79043).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del 11 de agosto del 2006, se constituye la sociedad M P V Coastal Real Estate Sociedad Anónima. Es todo.—San José, treinta de agosto del dos mil seis.—Lic. Gustavo Badilla Araya, Notario.—1 vez.—Nº 74427.—(79044).

Por escritura número cuarenta y dos - cincuenta y seis otorgada en mi notaría a las quince horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Finca Burrochingo S.A. que es nombre de fantasía. El plazo será de noventa y nueve años, el capital social de diez mil colones, el presidente tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Laura Mora Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº 74429.—(79045).

Por escritura número cuarenta y tres - cincuenta y seis otorgada en mi notaría a las dieciséis horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Finca La Piqueta S.A. que es nombre de fantasía. El plazo será de noventa y nueve años, el capital social de diez mil colones, el presidente tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Laura Mora Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº 74430.—(79046).

Por escritura número cuarenta y uno - cincuenta y seis otorgada en mi notaría a las catorce horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Industrias Matecanela S.A. El plazo será de noventa y nueve años, el capital social de diez mil colones, el presidente tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Laura Mora Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº 74431.—(79047).

Por escritura 94-1 otorgada a las 8:00 horas del 29 de agosto del 2006 se modificó la cláusula segunda: Del domicilio, de los estatutos de la sociedad denominada Promociones Escazú Sociedad Anónima.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Paula Medrano Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 74436.—(79048).

Por escritura otorgada a las 14:30 del 24 de agosto del año dos mil seis. Se reforma cláusula de la Sociedad Cedar Park Investments DDC, Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de agosto del 2006, San José, Costa Rica.—Lic. Rosario Jiménez Delgadillo, Notaria.—1 vez.—Nº 74437.—(79049).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las once horas, treinta minutos del día veintinueve de agosto del año dos mil seis, la señorita Silvia Lizano Sibaja y la señora Vera Violeta Sibaja Chacón, constituyen la sociedad anónima de esta plaza Terra Versibaja Sociedad Anónima. Plazo social: Cien años. Capital social: Diez mil colones. Presidenta: Vera Violeta Sibaja Chacón.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Wilfred Argüello Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 74438.—(79050).

Por escritura otorgada ante mí se constituyó la sociedad Inversiones Searca del Dos Mil Dos S. A., por un plazo de noventa y nueve años, con domicilio social en la ciudad de Escazú.—San José, 16 de junio del 2006.—Lic. Roberto Cordero Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 74441.—(79051).

Hoy día he protocolizado acta de la sociedad de esta plaza cuya razón social es Parakalo Xima Sociedad Anónima, en la cual se modifica la cláusula primera de los estatutos.—San José, 30 de agosto 2006.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—Nº 74442.—(79052).

Por escritura otorgada por el suscrito notario, a las 11:00 horas del día 25 de agosto del 2006; se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad C.C. Nueve Internacional  S. A. Se reforma la cláusula segunda de los estatutos. Se nombra nueva junta directiva. Se revoca nombramiento de agente residente y se deja vacante.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—Nº 74443.—(79053).

Por escritura número ciento nueve, otorgada en la ciudad de San Ramón; a las diez horas del diez de agosto del dos mil seis, Yuner Javier Murillo Vega y Katherine Vanesa Cambronero Segura, constituyeron la sociedad denominada Mundo Tracker Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Duración: noventa y nueve años. Presidente: Yuner Javier Murillo Vega. Domicilio: La Cocaleca de Zaragoza, Palmares, Alajuela, doscientos metros al sur y cincuenta metros al este de la plaza de deportes.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—Nº 74444.—(79054).

Por escritura número trescientos cincuenta y seis, otorgada en Palmares de Alajuela, a las quince horas del quince de agosto del año dos mil seis, José Joaquín Padilla Villalobos, José Francisco Barahona Segnini, Adrián Esteban Quesada Abarca y Manuel Antonio Vásquez Segura, constituyen sociedad anónima Asesoría Jurídica de Tránsito Ajutran Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Duración: noventa y nueve años. Presidente: El socio José Joaquín Padilla Villalobos. Domicilio: Centro de San Ramón de Alajuela, cincuenta metros al oeste de la esquina noreste del Banco Nacional.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—Nº 74445.—(79055).

Ante esta notaría; al ser las catorce horas, treinta minutos del catorce de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Agrícola del Caribe Marín & Rivera Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado: diez mil colones. Presidenta: Ruth Marín Durán.—Limón, catorce de agosto del dos mil seis.—Lic. Lilliana Valverde Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 74446.—(79056).

Por escritura otorgada el día de hoy se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Monte Palermo S. A., en que se reformó la cláusula quinta de los estatutos en cuanto al capital de la sociedad.—San José, 17 de julio del 2006.—Lic. Mario Alberto Sandoval Pineda, Notario.—1 vez.—Nº 74447.—(79057).

Edwin Espinoza Gómez, mayor, cédula de identidad siete-cero setenta y uno-cero noventa y cuatro, casado una vez, taxista, vecino de Guácimo centro, Limón, del Abastecedor La Casita doscientos metros oeste, Alexander Espinoza Gómez, mayor, cédula de identidad siete-cero noventa-cuatrocientos noventa y dos, soltero, comerciante, vecino de Guápiles, barrio San Miguel calle a La Colonia y Héctor Gómez Castro, mayor, cédula de identidad tres-trescientos seis-cuatrocientos diez, casado una vez, comerciante, vecino de Guácimo Centro, de la Estación del Ferrocarril doscientos metros norte, constituyen sociedad de Responsabilidad Limitada se denominará Trifuture S.R.L. El domicilio estará en Guácimo Centro, Limón en el mismo domicilio que el primer compareciente.—Guácimo, Limón, a las dieciséis horas del catorce de julio del dos mil seis.—Lic. Esteban Cubero Toruño, Notario.—1 vez.—Nº 74448.—(79058).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del siete de agosto del 2006, José Manuel Gutiérrez Gutiérrez y Carlos Raúl Gutiérrez Gutiérrez, constituyen la sociedad denominada Geodevelopments Sea Land Investments Limitada.—San José, siete de agosto del año dos mil seis.—Lic. Mauricio Marín Sevilla, Notario.—1 vez.—Nº 74451.—(79059).

Por escritura otorgada ante mí, a las 7:00 horas del 30 de agosto del 2006, protocolicé acuerdo de la sociedad Constructora Quirmalt, S.A. Se reforman cláusulas primera, segunda y se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, treinta de agosto del año  dos mil seis.—Lic. Mauricio Marín Sevilla, Notario.—1 vez.—Nº 74452.—(79060).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 18:00 horas del día 29 de agosto de 2006, se reformó la cláusula cuarta: del plazo social, de los estatutos constitutivos de la sociedad denominada UV Screen Sociedad Anónima.—San José, 30 de agosto del 2006.—Lic. Hernán Ricardo Zamora Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 74453.—(79061).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las doce horas del veintiséis de agosto del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Inmuebles M León de Pozos Sociedad Anónima, con domicilio Pozos de Santa Ana. Plazo: 99 años, Capital social: suscrito y pagado, Apoderados generalísimos sin límite de suma: Presidente y secretaria actuando conjunta o separadamente.—Lic. Rolando Porras Mejías, Notario.—1 vez.—Nº 74454.—(79062).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas veinte minutos del veintiocho de agosto de dos mil seis, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Jaco Computación, Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de agosto de dos mil seis.—Lic. Daniel Fabián Poveda Vílchez, Notario.—1 vez.—Nº 74455.—(79063).

El día de hoy ante esta notaría se nombró junta directiva y fiscal de la sociedad de esta plaza denominada Z Setenta y Uno Dos Mil, S. A.—San José, treinta de agosto del dos mil seis.—Lic. Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 74458.—(79064).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17:00 horas del veintinueve de agosto del dos mil seis, se modifica la siguiente cláusula del pacto constitutivo: La segunda del domicilio: El domicilio estará en Playas del Coco, Sardinal, Carrillo, Guanacaste, del cementerio doscientos metros oeste. Se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo. Se hacen los siguientes nombramientos: Presidente: Randall Allen (nombre) Dykstra (apellido), de un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense. Agente Residente: Alejandro Masís Jiménez, en la sociedad La Flor del Jaúl Sociedad Anónima.—San José, treinta de agosto del dos mil seis.—Lic. Andrea Dall Anesse Agüero, Notaria.—1 vez.—Nº 74460.—(79065).

En la notaría de Rosamira Cordero Méndez, se constituyó Avícola Santaneña S. A., capital: veinte mil colones, domicilio: San Ramón de Alajuela, Valle Azul, quinientos metros norte de Río San Lorenzo.—San José, 16 de agosto del 2006.—Lic. Rosamira Cordero Méndez, Notaria.—1 vez.—(79149).

Ante nosotros José Nery Murillo Ramírez y Carlos González Campos se ha constituido la Empresa Grupo de Servicios Kajamarkak S. A, domicilio Canoas de Alajuela, calle Santa Fe de la entrada cien metros norte y veinticinco oeste, apoderado generalísimo Presidente Verny Alfaro Mora.—Alajuela, treinta de agosto del dos mil seis.—Lic. Carlos González Campos, Notario.—1 vez.—(79182).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario el día 30 de agosto del 2006, se constituyó la sociedad Green Development La Costa Sociedad Anónima, con domicilio en Heredia. Representación: Presidente y secretario. Plazo: cien años.—San José, 30 de agosto del 2006.—Lic. Manuel Barboza Arce, Notario.—1 vez.—(79185).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario el día 26 de junio del 2006, se constituyó la sociedad Mar de Ángeles del Sur Sociedad Anónima, con domicilio en Aserrí, San José,. Representación presidente. Plazo cien años.—San José, veintiuno de julio del 2006.—Lic.  Manuel Barboza Arce, Notario.—1 vez.—(79187).

Por escritura otorgada en mi notaría a las diez del veintinueve de agosto del dos mil seis se constituyó la sociedad denominada Agropecuaria La Flor Sociedad Anónima domiciliada en Cartago con un capital social de diez mil colones y con la representación ejercida por el Presidente Pablo Alberto Brenes Solano cédula número 3-296-4725, como apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Lucrecia Campos D., Notaria.—1 vez.—(79196).

Christel Hering Palomar y Alfredo Óscar Barroso, constituyen Sannazzaro de Burgondi S. A. Capital social: diez mil colones, Plazo noventa y nueve años. Domicilio: Barva de Heredia. Presidente y secretario poseen la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando individual o conjuntamente. Presidenta: Christel Hering Palomar.—Lic. Jorge Enrique Peña Quijano, Notario.—1 vez.—(79204).

Ante mí, Tatiana Rodríguez Arroyo, notaría pública con oficina abierta en San José, se protocolizó cláusulas cuarta, sétima y octava del pacto social de Ricardo Trejos Guardia y Compañía S. A., a las nueve horas del siete de agosto del dos mil seis. Es todo.—Lic. Tatiana Rodríguez Arroyo, Notaria.—1 vez.—(79205).

El día de hoy he protocolizado acta constitutiva de la sociedad de esta plaza denominada Transacciones Satec Sociedad Anónima, con domicilio en Rohrmoser, Pavas, 400 metros norte y 300 oeste de la Iglesia de Loreto. Presidente: Roniel Sánchez González, tesorera: Olga Lydia Dueñas Flores, secretario: Antonio Armando Rodríguez Méndez, fiscal: Héctor Luis Iset Gómez.—Ciudad de Heredia, veinticinco de agosto del dos mil seis.—Lic. William Villegas Badilla, Notario.—1 vez.—(79227).

El suscrito notario Dagoberto Madrigal Mesén hace constar que en mi notaría se constituyeron las siguientes sociedades denominadas 1) Compañía Distribuidora de Alimentos CODASA S. A., 2) la sociedad Corporación e Inversiones Luma S. A. 3) la sociedad Sistemas Eléctricos Globales SEG S. A. 4) la sociedad Creaciones Luz de Luna C.L.L., S. A. 5) Corporation Blue Fortune S. A. Asimismo se otorgó la protocolización de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Costa Leather M.P.C.S.—Lic. Dagoberto Madrigal Mesén, Notario.—1 vez.—(79236).

Ante este notaría se constituyó la sociedad Torre Zafiro Azul LLC Limitada, nombrando como gerente al señor: John Bricker Podesta, con cédula de residencia Nº 184000173420. Escritura otorgada en San José a las 12:00 horas del treinta de agosto del 2006.—Lic. Ricardo Jirón Medina, Notario.—1 vez.—(79241).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del treinta y uno de agosto del dos mil seis, protocolicé acta de BEDSTRAW S. A., de las trece horas del treinta de agosto del dos mil seis, mediante la cual se reforman las cláusulas primera y quinta.—Lic. Eleonora Ortiz Runnebaum, Notaria.—1 vez.—(79254).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del treinta y uno de agosto del dos mil seis, protocolicé acta de Summer Sidewalks Ltda., de las trece horas del treinta de agosto del dos mil seis, mediante la cual se reforma la cláusula quinta.—Lic. Luis Enrique Gómez Portugués, Notario.—1 vez.—(79256).

La compañía denominada Gillen y Carazo Sociedad Anónima modifica las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo. Es todo.—San José, veintidós de agosto del dos mil seis.—Lic. Eleonora Ortiz R., Notaria.—1 vez.—(79261).

Mediante escritura otorgada ante el notario Andrés Martínez Chaves, de las catorce horas del treinta de agosto del dos mil seis, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Corporación Costa Norte Sociedad Anónima, Se modifica la cláusula octava relativa a la vigilancia de la sociedad y se nombra nuevo fiscal.—Lic. Andrés Martínez Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 74464.—(79271).

Mediante escritura otorgada ante el notario Andrés Martínez Chaves, de las trece horas treinta minutos del treinta de agosto del dos mil seis, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Hacienda Pérdida Bromo XXXV Sociedad Anónima, Se modifica la cláusula octava relativa a la administración y representación de la sociedad, se nombran nuevos miembros de la junta directiva.—Lic. Andrés Martínez Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 74465.—(79272).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituye sociedad denominada Fastred Soluciones Digitales S. A., domiciliada en San Pablo de Barva de Heredia. Capital: seis mil colones. Presidente y tesorero, ostentan la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma en forma conjunta.—San José,  a las 8.00 horas del 30 agosto del 2006.—Lic. Rodney Zamora Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 74466.—(79273).

Por escritura de hoy, a las catorce horas, protocolicé los acuerdos de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Informa Tica Educativa de Costa Rica. Reforman las cláusulas octava. Se nombra tesorero. La cláusula decimocuarta.—Curridabat, 29 de agosto del 2006.—Lic. Álvaro Calvo Robles, Notario.—1 vez.—Nº 74468.—(79274).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 3 de agosto del 2006, se constituyó la sociedad denominada Auto Superior H & F de Costa Rica Sociedad Anónima, siendo presidente y tesorero respectivamente, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, los señores Juan Carlos Hidalgo Fallas y Marco Antonio Hidalgo Fallas, respectivamente. Plazo: 99 años. Capital social: cien mil colones.—San José, 23 de agosto del 2006.—Lic. Allan Valverde Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 74473.—(79275).

Por escritura pública de las doce horas y siete minutos del treinta de agosto del dos mil seis, se protocolizó asamblea general extraordinaria de Trescientos Setenta y Nueve, S. A. Se modifica la cláusula segunda y sexta del pacto constitutivo y se reforma la junta directiva. Es todo.—San José, a las 13:00 horas del 30 de agosto del 2006.—Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—Nº 74474.—(79276).

El suscrito notario René Orellana Meléndez, hace constar que se constituyó la sociedad Exportadoras de Helechos HG Sociedad Anónima, en la ciudad de Santa Ana, el día veinticuatro de agosto del año dos mil seis.—Lic. René Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.—Nº 74477.—(79277).

El suscrito notario Rene Orellana Meléndez, hace constar que se constituyó la sociedad Importadora GL de Camiones Carema Sociedad Anónima, en la ciudad de Santa Ana, el día veinticuatro de agosto del año dos mil seis.—Lic. Rene Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.—Nº 74478.—(79278).

Por escritura número ciento setenta y nueve-dos, otorgada en mi notaría, en la ciudad de San José, a las nueve horas del día cuatro de agosto del año dos mil seis. Se constituye la sociedad denominada El Paraíso Nocturno de América Central Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital social: cien mil colones exactos. Representación legal: presidente: Christian Ruiz Chaves. Es Todo.—San José, treinta y uno de agosto del dos mil seis.—Lic. Marlly Condega Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 74479.—(79279).

Ante esta notaría, al ser las catorce horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Condominios Tinamaste de Barba Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 74480.—(79280).

Ante esta notaría al ser las catorce horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Condominios Tinamaste de Cerro Azul Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 74481.—(79281).

Ante esta notaría al ser las catorce horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Condominios Tinamaste Turrialbeno Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 74482.—(79282).

Ante esta notaría al ser las catorce horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Condominios Tinamaste del Tenorio Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 74483.—(79283).

Ante esta notaría al ser las catorce horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Condominios Tinamaste Arenoso Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 74484.—(79284).

Por escritura número dieciséis, otorgada en mi notaría, a las ocho horas del seis de junio del dos mil seis, Gerardo Barrantes Lobo y José Freddy, Gabriela, ambos Barrantes Castro, constituyen la sociedad denominada Balobo de Santiago Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Balobo de Santiago S. A. Capital social: cien mil colones. Presidente: Geraro Barrantes Lobo.—San Ramón, 18 de agosto del 2006.—Lic. Víctor Julio Pérez Cascante, Notario.—1 vez.—Nº 74485.—(79285).

Mediante escritura otorgada ante este notario, a las 8:00 horas del 25 de agosto del dos mil seis, se nombra presidente de la sociedad Inversiones Elefante Dorado Incorporated S. A. a Federico Chacón Castro, además se cambia el domicilio social a Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, en la entrada a Monteseco, frente a villas nume.—Liberia, 25 de agosto del dos mil seis.—Lic. Ricardo Alfonso Estrada Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 74486.—(79286).

Mediante escritura otorgada ante este notario, a las 8:00 horas del 22 de agosto del dos mil seis, se nombra presidente de la sociedad Inversiones Río Chinguito del Norte S. A. a Edward Allen (nombres) Halstead (apellido).—Liberia, 23 de agosto del dos mil seis.—Lic. Ricardo Alfonso Estrada Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 74487.—(79287).

Ante esta notaría, al ser las catorce horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Condominios Tinamaste Guayabal Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 74488.—(79288).

Ante esta notaría, al ser las catorce horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Condominios Tinamaste de Chirraca Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 74489.—(79289).

Ante esta notaría, al ser las catorce horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Condominios Tinamaste El Posol Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 74490.—(79290).

Ante esta notaría, al ser las catorce horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Condominios Tinamaste Talamanqueno Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 74491.—(79291).

Ante esta notaría, al ser las catorce horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Condominios Tinamaste del Chirripó Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 74492.—(79292).

Ante esta notaría, al ser las catorce horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Condominios Tinamaste Tres Marías Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 74493.—(79293).

Ante esta notaría, al ser las catorce horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Condominios Tinamaste Rincón de la Vieja Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 74494.—(79294).

Allan López Arias, Edith Arias Guadamuz, Roy López Arias y Luis Fernando López Arias, constituyen sociedad anónima denominada ELC Desarrollos Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las 8:00 horas del 1º de junio del 2006.—Lic. Ana Cecilia Angulo Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 74495.—(79295).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Transportes Refrigerados Frios Polares Sociedad Anonima, en la que se reforma la cláusula quinta del pacto social.—San José, veinticinco de agosto del dos mil seis.—Lic. Efraím Vargas Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 74496.—(79296).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Marcedani Internacional Sociedad Anonima, en la que se reforma la cláusula quinta del pacto social.—San José, veinticinco de agosto del dos mil seis.—Lic. Efraím Vargas Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 74497.—(79297).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Gati del Valle Central Sociedad Anonima, en la que se reforma la cláusula quinta del pacto social.—San José, veinticinco de agosto del dos mil seis.—Lic. Efraím Vargas Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 74498.—(79298).

Por escritura otorgada el día de hoy en esta notaría, se constituyó Inversiones Araya Obando Sociedad Anónima. Domicilio San José. Presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos actuando conjuntamente.—Heredia, 10 de agosto del 2006.—Lic. Rafael Alberto Gamboa Arguedas, Notario.—1 vez.—Nº 74503.—(79299).

Ante esta notaría mediante escritura pública número trescientos treinta, otorgada a las diez horas del veintisiete de agosto del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Seguridad Especializada Los Pumas Sociedad Anónima.—San José, 30 de agosto del 2006.—Lic. Jorge Alberto Anchietta Minero, Notario.—1 vez.—Nº 74504.—(79300).

Ante esta notaría, mediante escritura pública número trescientos veintinueve, otorgada a las diez horas del veintitrés de agosto del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Artículos de Escalada y Tirolesa de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 30 de agosto del 2006.—Lic. Jorge Alberto Anchietta Minero, Notario.—1 vez.—Nº 74505.—(79301).

Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría, a las 18:00 horas del día de hoy, se constituyó la empresa denominada: Multiservicios Vásquez & López Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Se nombra presidente y secretario con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente: Diego Vásquez Cordero, secretaria: Yorleni Chaves Villalobos. Capital: diez mil colones.—San José, 30 de agosto de 2006.—Lic. Edgardo Flores Albertazzi, Notario.—1 vez.—Nº 74507.—(79302).

Por escritura, otorgada ante esta notaría, número ciento veintinueve- veintiséis, de las ocho horas de tres de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad Grupo Uriel Uno S.L.N. S. A. El plazo social, es de noventa y nueve años, capital noventa y nueve mil colones. Presidente y tesorero, la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, 30 de agosto del 2006.—Lic. Juan Luis Vargas Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 74508.—(79303).

La suscrita notaria hace constar que ante esta notaría se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad Hills And Countryside S. A., con domicilio en Ojochal, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al este del Hotel Villas Gaía y se constituyó la sociedad anónima: The Chant of Nature S. A., domiciliada en Ojochal, Osa, Puntarenas, un kilómetro al oeste de la escuela.—Ciudad Cortés, 29 de agosto del dos mil seis.—Lic. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—Nº 74509.—(79304).

El día de hoy el suscrito protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Cortesana de las Flores Sociedad Anónima, en la que se reforma cláusula quinta del pacto social, donde se aumenta el capital a doce mil colones y se establece procedimientos para el traspaso de acciones, así como la cláusula sétima, en cuanto a la administración y se nombra, nueva junta directiva, a Orlando Hernández Ramírez, cédula número: uno - quinientos cuarenta y dos - cero noventa y cinco, como presidente y a Sandra Hernández Ramírez, cédula número: uno - seiscientos nueve - setecientos setenta y seis, como secretaria, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjuntamente.—San Rafael de Heredia, catorce de agosto del dos mil seis.—Lic. Geovanny Monge Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 74512.—(79305).

El día de hoy el suscrito protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Rafaeleñas Sociedad Anónima, en la que se reforma cláusula quinta del pacto social, donde se aumenta el capital a doce mil colones y se establece procedimientos para el traspaso de acciones, así como la cláusula sétima, en cuanto a la administración y se nombra, nueva junta directiva, a Orlando Hernández Ramírez, cédula número: uno - quinientos cuarenta y dos - cero noventa y cinco, como presidente y a Sandra Hernández Ramírez, cédula número: uno - seiscientos nueve - setecientos setenta y seis, como secretaria, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjuntamente.—San Rafael de Heredia, catorce de agosto del dos mil seis.—Lic. Geovanny Monge Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 74513.—(79306).

El día de hoy el suscrito protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Nuevo Milenio Sociedad Anónima, en la que se reforma cláusula quinta del pacto social, donde se aumenta el capital a doce mil colones y se establece procedimientos para el traspaso de acciones, así como la cláusula sétima, en cuanto a la administración y se nombra nueva junta directiva, a Sandra Hernández Ramírez, cédula número: uno - seiscientos nueve - setecientos setenta y seis, se le nombra como presidenta a Orlando Hernández Ramírez, cédula número: uno - quinientos cuarenta y dos - cero noventa y cinco, como secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjuntamente.—San Rafael de Heredia, catorce de agosto del dos mil seis.—Lic. Geovanny Monge Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 74514.—(79307).

El día de hoy el suscrito protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Pacefair Sociedad Anónima, en la que se reforma cláusula quinta del pacto social, donde se aumenta el capital a doce mil colones y se establece procedimientos para el traspaso de acciones, así como la cláusula sétima, en cuanto a la administración y se nombra, nueva junta directiva, a Anayanse Hernández Ramírez, cédula número: uno - quinientos setenta  y tres - ciento siete, se le nombra como presidenta y Orlando Hernández Ramírez, cédula número: uno - quinientos cuarenta y dos - cero noventa y cinco, como secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjuntamente.—San Rafael de Heredia, catorce de agosto del dos mil seis.—Lic. Geovanny Monge Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 74515.—(79308).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del 25 de agosto del 2006 se protocolizó acta de asamblea general de Persépolis S.A., cédula jurídica Nº 3-101-141626, en la que se modifican los estatutos, se aumenta el capital social y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Liliana García Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 74520.—(79309).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 30 de agosto del 2006, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la compañía Marina Rose Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula quinta de su pacto social.—San José, 30 de agosto del 2006.—Lic. Luis Enrique Gómez Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 74521.—(79310).

Por escritura otorgada ante mí y ante la notaria Ivannia Barboza Carvajal, a las 10:00 horas del 29 de agosto del 2006, se constituyó sociedad La Chinita Muqui Sociedad Anónima, cuyo capital social se encuentra totalmente suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 29 de agosto del 2006.—Lic. Hugo Alberto Loaiza Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 74522.—(79311).

Por escritura otorgada ante mí y ante la notaria Ivannia Barboza Carvajal, a las 19:00 horas del 28 de agosto del 2006, se constituyó la sociedad Bienes Raíces La Unión S.A.J.E.D. Sociedad Anónima, cuyo capital social se encuentra totalmente suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 28 de agosto del 2006.—Lic. Hugo Alberto Loaiza Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 74523.—(79312).

Por escritura otorgada ante mí y ante la notaria Ivannia Barboza Carvajal, a las 8:00 horas del 30 de agosto del 2006, se constituyó la sociedad Eduyne Huetar M & H Sociedad Anónima, cuyo capital social se encuentra totalmente suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 30 de agosto del 2006.—Lic. Hugo Alberto Loaiza Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 74524.—(79313).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:05 horas del 30 de agosto del 2006, se constituyó la sociedad denomina Doble G Cargira Sociedad Anónima, cuyo capital se encuentra suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 30 de agosto del 2006.—Lic. Ivannia Barboza Carvajal, Notaria.—1 vez.—Nº 74525.—(79314).

Por escritura Nº 160 otorgada ante mí, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Desarrollos Internacionales de Salud S. A., reforma  la cláusula quinta del capital social.—San José, 31 de agosto del 2006.—Lic. Álvaro Arguello Marenco, Notario.—1 vez.—Nº 74526.—(79315).

La suscrita notaria hace constar que el día 1º de julio del año 2006, ante esta notaría, se constituyó el ente jurídico La Salamandra Mango Verde Sociedad Anónima, cuyo capital social es 100.000 colones y el señor Edwin Ramírez Brenes es el presidente y junto con Daniel Shanahan Renken los apoderados generalísimos sin límite de suma siendo éste último el secretario.—San José, 31 de agosto del 2006.—Lic. Paola Arias Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 74527.—(79316).

Por escritura número ochenta y dos de las diecisiete horas del veintiséis de julio del dos mil seis, fue constituida la sociedad denominada Hotel Río Mar INCR Sociedad Anónima. Capital social: cuarenta mil colones. Presidente: Demetrio Arrieta Ríos, cédula seis - cero sesenta y ocho ochocientos cuarenta y ocho.—Lic. Rafael Broocks Mc Kenzie, Notario.—1 vez.—Nº 74528.—(79317).

El suscrito notario da fe que Inversiones Gagne S. A., cédula jurídica es la número: tres - ciento uno - ciento treinta y tres mil trescientos setenta y cinco, revocó el nombramiento del secretario y se hizo nuevo nombramiento por el resto del plazo social en asamblea extraordinaria realizada a las diez horas del tres de mayo del dos mil seis. Es todo.—Lic. Evangely M. Pérez Campos, Notaria.—1 vez.—Nº 74529.—(79318).

El suscrito notario da fe que J.A.C. Brisa Marina S. A., cédula jurídica uno cero siete cuatro dos cinco, revocó el nombramiento del secretario e hizo nuevo nombramiento por el resto del plazo social en asamblea extraordinaria realizada a las diez horas del diecisiete de agosto del dos mil seis. Es todo.—Lic. Evangely M. Pérez Campos, Notaria.—1 vez.—Nº 74530.—(79319).

Mediante protocolización de acta de asamblea general extraordinaria número seis de la sociedad Grupo Agropez del Valle Sociedad Anónima, otorgada a las catorce horas del día veintinueve de agosto del año dos mil seis, se reformó en su totalidad la cláusula sexta del pacto constitutivo referente a la junta directiva.—Atenas, 29 de agosto del 2006.—Lic. Víctor Julio Víquez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 74531.—(79320).

Ante mi Alejandro Alonso Román González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día veintidós de agosto del dos mil seis a las ocho horas en la ciudad de Atenas se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Los Apartamentos Rocaverde Sociedad Anónima, en la cual se nombra nuevo presidente y se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Atenas, veintiocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—Nº 74532.—(79321).

Ante mi Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día veintiocho de agosto del dos mil seis, a las catorce horas en la ciudad de Atenas se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Toujours L’ete Sociedad Anónima, en la cual se nombra nuevo presidente y tesorero y se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Atenas, treinta de agosto del dos mil seis.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 74533.—(79322).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del día veinticinco de agosto de dos mil seis, se reformó las cláusulas tercera, quinta, octava, décima y se nombró nueva junta directiva de la sociedad de esta plaza denominada ST Seguridad Turística Sociedad Anónima. Es todo.—San José, treinta de agosto del dos mil seis.—Lic. Randall Chuken Vargas, Notario.—1 vez.—(79329).

NOTIFICACIONES

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Se hace saber a: Xihu de Palma Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-93290, entidad representada por el señor Ramón Hugo Ramírez Ramírez, cédula 1-457-313, como propietaria registral de la finca del partido de Puntarenas Nº 144078. A quien a pesar de habérsele notificado a la dirección indicada en los correspondientes documentos, esta Oficina no cuenta con los respectivos “acuses de recibo”, así como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, se les comunica, que la Dirección del Registro Público de la Propiedad Inmueble ha iniciado Diligencias Administrativas que afectan la finca del Partido de Puntarenas matrícula 144078. En virtud de lo anterior, con el objeto de cumplir con el debido proceso se le confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la tercera y última publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presente los alegatos que a sus derechos convengan. E igualmente se le previene que dentro de dicho término a partir de la publicación del presente edicto, debe señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 96 y concordantes del Reglamento del Registro Público de la Propiedad Inmueble, que es Decreto Ejecutivo N° 26771-J, de 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta N° 54 del 18 de marzo del mismo año. (Ref. Expediente 151-2006).—Curridabat, 22 de agosto del 2006.—Lic. Arturo Ortiz Castro, Subdirector a. í.—(Solicitud Nº 39107).—C-34670.—(79352).

Se hace saber a: I.—José Ángel Contreras Montiel, cédula 7-024-429 como propietario de la finca del partido de Puntarenas matrícula 53777. A quien a pesar de habérsele notificado a la dirección indicada en los correspondientes documentos, esta Oficina no cuenta con el respectivo “acuse de recibo”, así como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, se les comunica, que la Dirección del Registro Público de la Propiedad Inmueble ha iniciado Diligencias Administrativas que afectan la finca del partido de Puntarenas matrícula 53777. En virtud de lo anterior, con el objeto de cumplir con el debido proceso se le confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presente los alegatos que a sus derechos convengan. E igualmente se le previene que dentro de dicho término a partir de la publicación del presente edicto, debe señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, donde oír futuras notificaciones de este despacho, conforme a los artículos 93, 94, 96 y concordantes del Reglamento del Registro Público de la Propiedad Inmueble que es Decreto Ejecutivo N° 26771-J, de 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo del mismo año. (Ref. Expediente 212-2006).—Curridabat, 16 de agosto de 2006.—Arturo Ortiz Castro, Subdirector.—(Solicitud Nº 39108).—C-28070.—(79354).

Se hace saber a José Ángel Calderón Rivera, cédula Nº 3-198-667, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de Jocari del Sur Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-168611, propietaria registral de la finca de San José, matrícula Nº 451740, que en este Registro se han iniciado diligencias administrativas de oficio mediante expediente administrativo Nº 046-2006, por escrito presentado ante esta Dirección el 15 de febrero del 2006, por la registradora Laura María Alvarado Vargas, mediante el cual informa de una posible doble inmatriculación de las fincas Nos. 451740 y 541576, del partido de San José. Debido a lo expuesto y con el objeto de proceder a realizar las investigaciones pertinentes, por resolución de las 10:38 horas del 20 de febrero del 2006, se ordenó consignar advertencia administrativa únicamente para efectos de publicidad, sobre las fincas indicadas y con el objeto de cumplir con el debido proceso; mediante resolución de las 14:10 horas del 22 de marzo del 2006, se confirió audiencia a los posibles interesados. Sin embargo, por haber sido devueltos los certificados de correos dirigidos al señor Calderón Rivera; en la condición indicada, se le confiere audiencia por el término de quince días, contados a partir del día siguiente de la publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Nº 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas; a efecto de que dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos convengan y se le previene, que dentro del tercer día, debe señalar número de fax; apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, en donde oír futuras notificaciones de este despacho, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso o incierto, o ya no existiere (Artículos 20 y 21 de la Ley Nº 3883 de cita, en concordancia con los artículos 185 del Código Procesal Civil y 3 de la Ley Nº 7637 de 11 de diciembre de 1996, que es la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales…” (Referencia expediente Nº 046-2006). Notifíquese.—Curridabat, 28 de agosto del 2006.—Lic. Wálter Méndez Vargas, Director a. í.—(Solicitud Nº 39143).—C-51170.—(79887).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se hace saber a los señores Gerardo Aguilar Fernández, cédula Nº 1-423-871, Germán Aguilar Fernández, cédula Nº 1-506-617, personalmente, y a Gerardo Mora Jiménez, cédula Nº 1-311-284, presidente de la Fundación Donantes Afiliados Administradores del Diezmo de Dios, cédula Nº 3-006-061082, a sus posibles herederos, albacea o representantes legítimos, y a cualquier otra persona con interés legítimo, que la Dirección del Registro Público de Bienes Inmuebles, ordenó la apertura del expediente Nº 008-2005, originadas en virtud del escrito presentado por Norman Cordero Vega, cédula de identidad Nº 1-552-092, en su condición de apoderado general del Banco Nacional de Costa Rica, cédula de persona jurídica Nº 4-000-001021, mediante escrito presentado a esta Dirección el día 10 de enero del 2005, por medio del cual manifiesta, literalmente en lo que interesa lo siguiente:

...me apersono ante su autoridad con el fin de solicitar la apertura de una gestión administrativa orientada a la cancelación del asiento registral que diera origen al nacimiento de la finca del partido de San José, inscrita bajo el Sistema de Folio Real número ciento noventa y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y tres-cero cero cero, en virtud de los motivos que a continuación expongo:

1.  Tal como se observa al tomo mil novecientos noventa y siete, folio ochenta y uno, asiento cero cero uno, en fecha cinco de junio de mil novecientos setenta, quedó anotada registralmente la división material de la finca número cuarenta y seis mil trescientos dieciocho, folio ciento cincuenta y cuatro, tomo setecientos ochenta y ocho, realizada por los representantes legales de los propietarios Philip Paris Hambling y Joel Lloyd Rosemberg, según escritura otorgada en San José, a las ocho horas del diez de julio de mil novecientos sesenta y nueve, ante el notario Fabio Fournier Jiménez, cuyo testimonio fue presentado al Registro a las catorce y veintiuno del dieciocho de febrero de mil novecientos setenta, asiento ocho mil doscientos quince, tomo doscientos ochenta y seis del diario.

2.  La anotación del asiento descrito no surtió sus efectos jurídicos posiblemente por adolecer de algún defecto, por lo que corrió el plazo establecido por ley para su subsanación sin que esta última se verificara. (Artículos 468, inciso 6to), y 475 del Código Civil). No obstante lo anterior, en fecha dieciocho de agosto de mil novecientos setenta y seis, -seis años y dos meses después de la misma- el registrador incluye una nota al pie del asiento de marras en el que se lee: “Por haberse quedado sin autorizar oportunamente el presente asiento con vista del documento que lo motivó el cual he tenido hoy en mi poder lo dejo con todo su vigor y efecto. San José, agosto dieciocho de mil novecientos setenta y seis”.

     Como puede observarse, sin mediar argumento jurídico alguno, el registrador valida la inscripción del asiento cuando lo procedente por ley era cancelarlo.

3.  La validación equivocada del citado asiento, dio origen a que la nueva finca fuera inscrita bajo el Sistema de Folio Real número ciento noventa y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y tres, del partido de San José, cuyo propietario registral a la fecha es la sociedad Bello Horizonte El Gringo y Yo S. A., cédula jurídica Nº 3-101-316990, con un área según registro de 5.700.88 metros y de 11.401.77 según el plano catastrado Nº SJ-0023575-1955.

4.  La existencia registral de la mencionada finca provoca que ocurra una duplicidad de inscripciones con la finca inscrita al Folio Real ochenta y un mil quinientos sesenta y nueve-cero cero cero, del partido de San José, inscrita a nombre de mi representada por adjudicación en remate judicial según las citas del tomo 536, asiento 04692, consecutivo 01, la cual cuenta con plano catastrado Nº SJ-0692988-1987 con una área de 4.996.61 metros cuadrados, y que se encuentra contenida o traslapada dentro del plano Nº SJ-23575-1955, tal como lo demuestra el informe pericial emitido por el ingeniero topógrafo Marco Antonio Brenes Jiménez, de fecha 13 de diciembre del 2004, del cual se adjunta copia.

     Derecho: En virtud de lo expuesto, presento ante su autoridad gestión administrativa, para lo cual me fundamento en los artículos 86, 92 siguientes y concordantes del Reglamento del Registro Público, así como en los artículos 468, inciso 6), y 475 del Código Civil.

     Prueba: …

     Pretensión: Con fundamento en los hechos expuestos, en las normas aplicables y las pruebas aportadas solicito con todo respeto a su autoridad se cancele el asiento cero cero uno, visible al folio ochenta y uno, del tomo mil novecientos noventa y siete, en virtud de haberse autorizado la anotación consignada después de transcurrido el plazo máximo establecido por ley para la subsanación de los defectos, por lo que nunca debió surtir efectos jurídicos y por consiguiente no debió dar origen al nacimiento de la finca del partido de San José, Folio Real Nº 194453-000….”.

     Visto el informe rendido por el Ingeniero Juan Araque Skinner, Subdirector del Catastro Nacional, el cual rola a folio 46, presentado a esta Dirección el día 8 de abril del 2005, en el que, literalmente en lo que interesa, expone:

“....Al respecto tengo el agrado de remitirle el informe preparado por el señor Víctor Valverde Arias, funcionario del Catastro Nacional, en el que concluye que, de acuerdo con la investigación realizada, tanto en gabinete como en el campo, efectivamente, se da un traslape entre los planos catastrados Nos. SJ-634917-1986 (modificado por el catastrado Nº SJ-692988-1987), (Folio Real Nº 1081569-000), y los planos catastrados Nos. SJ-23575-1955 (modificado por los planos Nos. SJ-144753-1993, SJ-367211-1996, SJ-833755-2002 y SJ-982849-2005), (Folio Real N° 1194453-000), tal y como se muestra en las láminas 1, 2 y en el anexo respectivo.

Del estudio se concluye que estamos ante un desplazamiento de un inmueble con base en un plano catastrado y la posterior modificación del asiento registral con vista en el mismo.

…”.

     Al informe anterior, se adjunta el ahí referido, rendido por Víctor Valverde Arias, funcionario del Catastro Nacional, el cual rola a folio 48, el que, literalmente en lo que interesa, expone:

“…

1-  Al estudiar la ubicación geográfica y la información contenida en el mapa catastral del Proyecto Escazú N° 81 parcela 107, se determinó que el plano Nº SJ-692988-1987 se traslapa con el SJ- 23575-1955. (...)

2-  El plano Nº SJ-692988-1987 se inscribió para rectificar la medida a la finca 1081569-000, ya que según el área del Registro Público era de cuatrocientos treinta y seis metros cuadrados ochenta y un decímetros cuadrados (436.81 m2), y el área del plano es de cuatro mil novecientos noventa y seis metros cuadrados sesenta y un decímetro cuadrados (4996.61 m2); el plano Nº SJ-23575-1955 se confeccionó para representar gráficamente la finca inscrita al tomo 788, folio 154, número 46318.

3-  Al ahondar en el estudio se encontró que la finca 19225, tomo 217, folio 451 generó las fincas 81565, 81567, 81569, 81571, 81573, 81575, 81577 y 81579; en cuanto a la 1081565-000, se le confeccionó el plano Nº SJ-624919-1986 el cual le pertenece al IMAS, segregando lote para la Urbanización los Pinares; la finca 1081567-000 fue cancelada por no existir; la finca 1081569-000 es la del Banco Nacional de Costa Rica; la 1081571-000 pertenece a Cristina León Marín; la 1081573-000 pertenece a Trans Continental Internacional y Asociados S. A., posee el plano Nº SJ-637884-1986; las fincas 81575, 81577, 81579 se refundieron en el Folio Real 1081741-002, 003, 004 plano Nº SJ-15180-1947; cabe destacar que tanto el plano Nº SJ-624919-1986 como el SJ-15180-1947 difieren en su localización con respecto al SJ-637884-1986 y SJ-692988-1987 a pesar de que deberían estar contiguas.

4-  De la finca 46318 que es la del plano Nº SJ-23575-1955 nacieron las inscritas al Folio Real 1194453-000 a nombre de Bello Horizonte El Gringo y Yo S. A., planos SJ-144753-1993, SJ-367211-1996 y SJ-833755-2002, este último fue ubicado por el profesional autorizante en otro lugar, posteriormente fue modificado en su ubicación por el plano Nº SJ-982849-2005, tal como se muestra en lámina N° 2; y la inscrita al Folio Real 1194455-000 a nombre de Donantes Afiliados y Administradores del Diezmo de Dios, plano Nº SJ-555013-1984; esta finca tiene diecisiete segregaciones y treinta y dos planos.

5-  Se comisionó al ingeniero José Manuel Carrillo Quirós, para que corrobore el estudio realizado en gabinete, solicitándole que determine por medio de la ubicación geográfica, referencias o detalles cartográficos, la existencia de sobreposición o traslape entre los planos SJ-23575-1955, SJ-555013-1984, SJ-637884-1986, SJ-264031-1995, SJ-692988-1987, SJ-367211-1996, SJ-255395-1995, SJ-634917-1986, SJ-631151-1987, SJ-624919-1986, SJ-833755-2002 y SJ-982849-2005; también que conciliara la parcela 5910 del Mapa Catastral del Escazú.

6-  Según el reporte técnico emitido por el ingeniero Carrillo, se concluye que existe traslape entre el Folio Real 1081569-000, planos SJ-634917-1986 y SJ-692988-1987 y el Folio Real 1194453-000, planos SJ-144753-1993, SJ-367211-1996, SJ-982849-2005; también se constató que la parcela 5910 pertenece a la finca Folio Real 1081741-002-003-004. Por lo anterior, se estaría ante un caso de desplazamiento físico de un bien inmueble.

…”.

     A los informes anteriores, se transcribe el rendido por ingeniero topógrafo José Manuel Carrillo Quirós, funcionario del Catastro Nacional, Departamento Geodésico y Catastro, el cual rola a folio 50, el que, literalmente en lo que interesa, expone:

“Con la información suministrada por el compañero Víctor Valverde procedí en compañía del asistente Roberto Valdivia a localizar los planos catastrados según su localización, ubicación y referencias cartográficas en el terreno, específicamente en Escazú. Obteniéndose los siguientes resultados.

Planos catastrados números:

SJ-23575-54. Localización sin coordenadas cartográficas, solo con el río San Rafael como único elemento conocido, no se localizó.

SJ-637884-86. Su localización coincide con el terreno, no se realizó conciliación de campo e la información registral por ser un lote sin construir y no haber informante.

SJ-55513-84. Su localización coincide con el terreno, no se realizó conciliación de campo de la información registral por no haber informante.

SJ-634917-86. Su localización coincide con el terreno, se encontró resguardándola un agente de seguridad de la empresa Rex quien nos informó que esa propiedad sin construir pertenece al Banco Nacional de Costa Rica, quien es cliente de la empresa Rex.

SJ-692988-87. Su localización coincide con el terreno, se encontró resguardándola un agente de seguridad de la empresa Rex quien nos informó que esa propiedad sin construir pertenece al Banco Nacional de Costa Rica, quien es cliente de la empresa Rex.

SJ-833755-2002. Su ubicación no coincide con el terreno por lo que no se pudo localizar, ni conciliar su información registral.

SJ-835030-2003. Su localización coincide con el terreno, no se realizó conciliación de campo de la información registral por no haber informante.

SJ-982849-2005. Su localización coincide con el terreno, no se realizó conciliación de campo de la información registral por no haber informante.

SJ-637884-1986. Su localización coincide con el terreno, no se realizó conciliación de campo de la información registral por no haber informante.

Además se localizó la parcela 5910 del mapa catastral de la Municipalidad de Escazú, en el terreno y se preguntó a la esposa del señor Isidro Aguilar Fernández, por los propietarios y nos dijo que eran los señores Isidro, Gerardo y Germán todos Aguilar Fernández.

Se procedió a investigar en la Municipalidad de Escazú y nos informó el funcionario Juan Carlos Morales, que los contribuyentes de la finca 81741 a los señores Isidro, Gerardo y Germán todos Aguilar Fernández, y de la finca 81571 la contribuyente que aparecía era la señora Cristina León Marín, quien no pagaba sus impuestos desde el 2002....”.

     En vista de esos informes se solicitó ampliación, así, a continuación se transcribe la ampliación rendida por el ingeniero Juan Araque Skinner, Subdirector del Catastro Nacional, el cual rola a folio 110, presentado a esta Dirección el día 4 de julio del 2005, en el que literalmente en lo que interesa, expone:

“…

a)  De acuerdo con la ubicación geográfica indicada por los profesionales autorizantes de los planos en estudio, no hay traslape entre los planos catastrados Nos. SJ-637884-1986 (finca Folio Real N° 1081573-000), y el catastrado SJ-144753-1993 (modificado por el plano Nº SJ-367211-1996). Tampoco hay traslape entre el plano catastrado Nº SJ-637884-1986 y el plano Nº SJ-833755-2002 (modificado por el plano Nº SJ-982849-2005)...

b)  De acuerdo con el criterio anterior, el plano catastrado N° SJ-637884-1986 se traslapa con el catastrado N° SJ-555013-1984, y con el plano N° SJ-835030-2003 (número 19 del listado que aparece en la lámina N° 3).

c)  Los planos numerados del 1 al 17, indicados en el listado de la lámina 3, fueron segregados de la finca Folio Real Nº 1194455-000. El plano Nº 18 y los planos numerados del 20 al 31, están pendientes de segregar de dicha finca. Ninguno de estos planos se traslapa, tal y como se muestra en la lámina N° 3.

d)  Tal y como se indicó en la respuesta al oficio Nº SDRP-034-2005, la finca Folio Real N° 1081571-000 se localizaría en las cercanías donde se ubican los planos catastrados SJ-15180-1947 y SJ-624919-1986, específicamente al norte del SJ-15180-1947.

e)  Las fincas desplazadas según lo indicado antes, corresponden a los Folios Reales Nos. 1081569-000, plano catastrado N° SJ-692988-1987 y 1081573-000, plano catastrado N° SJ-637884-1986.

     Al informe anterior, se adjunta el rendido por Víctor Valverde Arias, funcionario del Catastro Nacional, el cual rola a folio 112, el que, literalmente en lo que interesa, expone:

“…

1-  Al estudiar la ubicación geográfica del plano Nº SJ-637884-1986, finca (1081573000) con respecto al plano Nº SJ-144753-1993 el cual fue modificado por el SJ-367211-1996 se determinó que no se traslapan; a la vez el SJ-833755-2002, que fue modificado por el SJ-982849-2005 tampoco se traslapan.

2-  El plano SJ-637884-1986 se traslapa con el SJ-555013-1984; y con el SJ-835030-2003, número 19 en el listado; en cuanto a los planos numerados del 1 al 17 fueron segregados de la finca 1194455-000 y del 18, 20 hasta el 31 están pendientes no se traslapan.

3-  De acuerdo con la información remitida en el informe SDRP 034-2005 y basados en los datos recopilados, la finca 1081571-000 se localizaría alrededor de los planos SJ-15180-1947 y SJ-624919-1986, específicamente al norte del SJ-15180-1947.

4-  En cuanto a las fincas que se desplazaron según las conclusiones anteriores son, el Folio Real 1081569-000 y 1081573-000, planos SJ-692988-1987 y SJ-637884-1986 respectivamente.

…”.

     En vista del primer informe catastral, por resolución de las 8:33 del 17 de mayo del 2005, (folio 104) se ordenó consignar advertencia administrativa sobre las fincas del partido de San José, ochenta y un mil quinientos sesenta y nueve (81569), y ciento noventa y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y tres (194453).

     En vista del segundo informe catastral, por resolución de las 7:53 del martes 16 de agosto del 2005, (folio 117) se ordenó consignar advertencia administrativa sobre las fincas del partido de San José, ochenta y un mil quinientos sesenta y cinco (81565), ochenta y un mil setecientos cuarenta y uno (81741), ochenta y un mil quinientos setenta y tres (81573), y ciento noventa y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y cinco (194455). Nuevamente se solicitó ampliación al Catastro Nacional, así, se procede a transcribirla, suscrita por el ingeniero Juan Araque Skinner, Subdirector del Catastro Nacional, el cual rola a folio 122, presentado a esta Dirección el día 8 de setiembre del 2005, en el que, literalmente en lo que interesa, expone:

“…

La finca Folio Real Nº 1081571-000, propiedad de Cristina León Marín, no posee plano catastrado, razón que imposibilita ubicar dicha finca en la hoja cartográfica “Escazú”. Aún así, considerando los linderos que cita esta finca, es factible ubicarla como uno de los lotes centrales de los que se dividió la finca Nº 19225. Estas segregaciones corresponden en su orden a las siguientes: 81565 (plano catastrado N° SJ-624919-1986), 81567, 81569, 81571, 81573, 81575, 81577 y 81579 (éstas tres últimas reunidas y descritas mediante plano catastrado N° SJ-15180-1947).

Por las razones antes expuestas ha sido imposible determinar el eventual desplazamiento o sobreposición de la finca 1081571-000, aunque se presume que la misma fue absorbida por la N° 1081565-000, la cual se refundió en el Folio Real N° 1349938-000.

…”.

     Al informe anterior, se adjunta el rendido por Víctor Valverde Arias, funcionario del Catastro Nacional, el cual rola a folio 124, el que, literalmente en lo que interesa, expone:

“…

1-  La finca 1081571-000 a nombre de Cristina León Marín, no posee plano catastrado, por lo que no podemos ubicarla en la hoja cartográfica Escazú. Basándonos en los colindantes de esta propiedad, se ubicaría cerca del centro de la división de la finca 19225, las cuales son 81565, 81567, 81569, 81571, 81573, 81575, 81577 y 81579; de las cuales tenemos los planos de la finca 81565, que es el SJ-624919-1986 y de la reunión de las fincas 81575, 81577 y 81579 que es SJ-15180-1947.

2-  De la finca Folio Real Nº 1081571-000 no tenemos elementos para determinar inconsistencias, únicamente presumimos que fue absorbido por la finca 1081565000, la cual se refundió en 1349938-000.

…”.

     Finalmente se solicitó una nueva ampliación al Registro Catastral, así, se procede a transcribirla, suscrita por el Ingeniero Juan Araque Skinner, Subdirector del Catastro Nacional, el cual rola a folio 191, presentado a esta Dirección el día 5 de junio del 2006, en el que literalmente en lo que interesa, expone:

“…

Al respecto tengo el agrado de remitirle el informe preparado por el señor Víctor Valverde Arias, funcionario de Catastro Nacional, en el que establece que, de acuerdo con la ubicación de los documentos en estudio, los planos catastrados Nos. SJ-631151-1987 (Folio Real 1349931-001, 002), SJ-631150-1987 (Folio Real 1349932-000), SJ-631149-1987 (Folio Real 1349933-000), SJ-645451-1987 (Folio Real 1349935-000), y SJ-631152-1987 (349938-000), mantienen su posición geográfica con respecto al catastrado Nº SJ-624919-1986 (finca inscrita al tomo 2249, folio 188, Nº 81565), tal y como se mostró.... En cuanto al plano catastrado Nº SJ-631154-1987, finca Folio Real 1349934-000, se indica que la misma no se generó de la finca Nº 81565.

…”.

     Al informe anterior, se adjunta el rendido por Víctor Valverde Arias, funcionario del Catastro Nacional, el cual rola a folio 192, el que, literalmente en lo que interesa, expone:

“…

1-  Según la ubicación de los planos SJ-631151-1987, SJ-631150-1987, SJ-631149-1987, SJ-645451-1987 y SJ-631152-1987, que generaron los Folios Reales 1349931-001 y 002, 1349932-000, 1349933-000, 1349935-000 y 1349938-000 respectivamente, mantienen su posición geográfica con respecto al SJ-624919-1986 el cual se refiere a la finca inscrita al tomo 2249, folio 188, número 81565, asiento 4, que es la finca madre. En cuanto al SJ-631154-1987 que generó el Folio Real 1349934-000 no se refiere al origen de la anterior.

…”.

Debido a todo lo anterior, se autorizó la publicación de un edicto para conferirles audiencia a los citados señores en sus condiciones dichas, hasta por el término de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente edicto, a efecto de que haga valer sus derechos y alegatos correspondientes. Asimismo, se les previene que a partir del día siguiente de esta publicación o dentro del tercer día, deben señalar apartado postal, número de fax, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, en donde oír futuras notificaciones de este despacho o ante los Tribunales Superiores, bajo apercibimiento de que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Ley Nº 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas, y artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese por medio de la publicación del edicto.

Notifíquese.—Lic. Wálter Méndez Vargas, Director a. í.—(Solicitud Nº 39110).—C-414170.—(79888).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El suscrito jefe de la Sucursal de Santo Domingo de Heredia, Caja Costarricense de Seguro Social, certifica que de acuerdo al pendiente de pago, el patrono Costa Rica Centroamericana de Autobuses KFD S. A., número patronal 3101292941-002-001 adeuda la suma total de ¢6.011.831,00 al día 06/06/2006, por concepto de Cuotas Obreras Patronales, Ley de Protección al Trabajador, recargos, multas y otros servicios por los periodos: del 02/2003 hasta 06/2004. La Institución le concede 5 días hábiles para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativo y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como la vía penal.—Lic. Ana G. Vargas Martínez.—(79250).

El suscrito jefe de la Sucursal de Santo Domingo de Heredia, Caja Costarricense de Seguro Social, certifica que de acuerdo al pendiente de pago, el patrono Trigueros Arroyo Carlos, número patronal 203510149-001-001 adeuda la suma total de ¢6.119.712,00 al día 08/06/2006, por concepto de Cuotas Obreras Patronales, Ley de Protección al Trabajador, recargos, multas y otros servicios, por los periodos: del 04/2001 hasta 06/2003. La Institución le concede 5 días hábiles para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativo y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como la vía penal.—Lic. Ana G. Vargas Martínez.—(79252).

El suscrito jefe de la Sucursal de Santo Domingo de Heredia, Caja Costarricense de Seguro Social, certifica que de acuerdo al pendiente de pago, el patrono fabricaciones Baalbek S. A., número patronal 3101048304-001-001 adeuda la suma total de ¢3.315.397,00 al día 12/05/2006, por concepto de Cuotas Obreras Patronales, Ley de Protección al Trabajador, recargos, multas y otros servicios, por los periodos: del 01/2001 hasta 07/2002 y servicio médico 11 y 12-2005. La Institución le concede 5 días hábiles para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativo y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como la vía penal.—Lic. Ana G. Vargas Martínez.—(79253).

El suscrito jefe de la Sucursal de Santo Domingo de Heredia, Caja Costarricense de Seguro Social, certifica que de acuerdo al pendiente de pago, el patrono James Mora Barrantes, número patronal 205040856-001-001 adeuda la suma total de ¢3.038.824,00 al día 01/06/2006, por concepto de Cuotas Obreras Patronales, Ley de Protección al Trabajador, recargos, multas y otros servicios, por los periodos: del 03/2005 hasta 08/2005. La Institución le concede 5 días hábiles para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativo y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como la vía penal.—Lic. Ana G. Vargas Martínez.—(79255).

El suscrito jefe de la Sucursal de Santo Domingo de Heredia, Caja Costarricense de Seguro Social, certifica que de acuerdo al pendiente de pago, el patrono González Fournier Fernán, número patronal 105720454-001-001 adeuda la suma total de ¢4.121.293,00 al día 01/06/2006, por concepto de Cuotas Obreras Patronales, Ley de Protección al Trabajador, recargos, multas y otros servicios, por los periodos: del 03/2005 hasta 08/2005. La Institución le concede 5 días hábiles para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedara firme en sede administrativo y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como la vía penal.—Lic. Ana G. Vargas Martínez.—(79257).

El suscrito jefe de la Sucursal de Santo Domingo de Heredia, Caja Costarricense de Seguro Social, certifica que de acuerdo al pendiente de pago, el patrono Inversiones y Proyectos Sersan S. A., número patronal 3101249728-001 adeuda la suma total de ¢2.233.505.00 al día 05/06/2006, por concepto de Cuotas Obreras Patronales, Ley de Protección al Trabajador, recargos, multas y otros servicios, por los periodos: del 10 y 11-2001 11/2002 hasta 03/2003. La Institución le concede 5 días hábiles para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedara firme en sede administrativo y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como la vía penal.—Lic. Ana G. Vargas Martínez.—(79259).

El suscrito jefe de la Sucursal de Santo Domingo de Heredia, Caja Costarricense de Seguro Social, certifica que de acuerdo al pendiente de pago, el patrono Rafael Alberto Zamora Chacón, número patronal 400970986-001-001 adeuda la suma total de ¢2.039.386,00 al día 08/06/2006, por concepto de Cuotas Obreras Patronales, Ley de Protección al Trabajador, recargos, multas y otros servicios, por los periodos: del 01/2001 hasta 06/2003. La Institución le concede 5 días hábiles para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedara firme en sede administrativo y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como la vía penal.—Lic. Ana G. Vargas Martínez.—(79260).

El suscrito jefe de la Sucursal de Santo Domingo de Heredia, Caja Costarricense de Seguro Social, certifica que de acuerdo al pendiente de pago, el patrono León Elizondo Jimmy, número patronal 602050559-001-001 adeuda la suma total de ¢3.346.268,00 al día 05/06/2006, por concepto de Cuotas Obreras Patronales, Ley de Protección al Trabajador, recargos, multas y otros servicios, por los periodos: del 07/2003 hasta 07/2004. La Institución le concede 5 días hábiles para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedara firme en sede administrativo y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como la vía penal.—Lic. Ana G. Vargas Martínez.—(79262).

El suscrito jefe de la Sucursal de Santo Domingo de Heredia, Caja Costarricense de Seguro Social, certifica que de acuerdo al pendiente de pago, el patrono Constructora Dicro S. A., número patronal 3101304968-002-001 adeuda la suma total de ¢3.564.920,00 al día 06/06/2006, por concepto de Cuotas Obreras Patronales, Ley de Protección al Trabajador, recargos, multas y otros servicios, por los periodos: del 06/2002 hasta 07/2004. La Institución le concede 5 días hábiles para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedara firme en sede administrativo y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como la vía penal.—Lic. Ana G. Vargas Martínez.—(79263).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN

Por ignorarse el domicilio actual del patrono Enforcer Security S.A., cédula jurídica Nº 3-101-285633, número patronal 2-03101285633-001-001, número patronal anterior 297,712 00 1, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Asegurados”, se procede a notificar por medio de edicto, que la Sección Transportes y Financieras del Departamento de Inspección, Área de Servicios, ha dictado el Acto Administrativo mediante Traslado de Cargos, del 2 de mayo del 2006, que en lo conducente dice: “La Sección Transportes y Financieras, conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Asegurados, hace de su conocimiento, que como resultado de la investigación iniciada por esta Dependencia, se han observado presuntos incumplimientos, por cuanto no reportó en las planillas de la Caja los salarios devengados por los trabajadores, Alberto Astúa Jiménez, cédula de identidad Nº 3-208-958 y Marlon Thompson Downer, cédula de identidad 7-105-986, durante el período comprendido entre el 8 de diciembre del 2002 al 1º de setiembre del 2003. El total de salarios afectados ascendería a la suma ¢1.260.908,50; lo que generaría las siguientes cuotas obreras y patronales:

Total de cuotas obreras y patronales                        ¢277.404,00

Aporte Banco Popular Obrero                                   ¢12.606,00

Aporte Patronal Banco Popular                                   ¢3.152,00

Fondo de Capitalización Laboral                                ¢33.033,00

Fondo de Pensión Complementaria Obligatoria           ¢6.303,00

Instituto Nacional de Seguros                                     ¢12.606,00

Total en cuotas                                                         ¢345.074,00

El detalle del período y salarios omitidos consta en la hoja de trabajo que forma parte del expediente administrativo.

Se le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes.

Se le previene señalar lugar o medio para notificaciones, dentro del perímetro administrativo de San José, de lo contrario las resoluciones posteriores al traslado de cargos, se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas, contadas a partir de la fecha de la resolución.

En esta oficina situada en el quinto piso oficinas centrales de la Caja, avenida 2º, calles 5 y 7, teléfono 256-0880, fax 295-2929, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la ley.

Notifíquese.—San José, 13 de junio del 2006.—Sección Transportes y Financieras.—Lic. Lenis Mata Mata, Jefe.—1 vez.—Nº 74434.—(79115).

Por ignorarse el domicilio actual del patrono Protección y Mantenimiento de Automóviles Proma S. A., número patronal 2 03101050979 001 001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”, se procede a notificar por medio de edicto, que la Subárea Transportes y Financieras del Área Inspección-Servicios, conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes, hace de su conocimiento, que como resultado del estudio iniciado por esta dependencia, se determinó presunto incumplimiento patronal por diferencias salariales comparativamente entre el monto devengado y el reportado ante la Caja correspondiente al trabajador Randall Gerardo Rosales Quirós, cédula de identidad número 6-320-209, en el período comprendido del 1º de noviembre al 31 de diciembre del 2003. El detalle de las eventuales diferencias salariales consta en la hoja de trabajo que rola en el expediente administrativo.

Total de salarios                                        ¢144.000,00

Total de cuotas                                           ¢31.680,00

Banco Popular Obrero                                  ¢1.800,00

Fondo de Capitalización Laboral                  ¢2.160,00

Fondo Pensión Complementaria                      ¢720,00

Aporte Patronal Banco Popular                      ¢196,00

Se le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día de su publicación, para ofrecer las pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes.

Se le previene que debe señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro administrativo de San José, de no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de la resolución.

Consulta expediente: en esta oficina situada quinto piso oficinas centrales de la CCSS, avenida segunda, calles cinco y siete, teléfono 256-0880, fax 295-2929, se encuentran a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley.

Notifíquese.—15 de agosto del 2006.—Subárea Transportes y Financieras.—Lic. Lenis Mata Mata, Jefe.—1 vez.—Nº 74433.—(79116).

Por cuanto no fue posible notificar el Traslado de Cargos, por los medios previstos en el “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Asegurados”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de dicho Reglamento, se procede a comunicarle por medio de edicto, al patrono Servicios de Seguridad K A S. A., cédula jurídica número 3-101-227076, número patronal 2-03101227076-001-001 y número patronal anterior 233,547-00-5, que la Sección Transportes y Financieras del Departamento de Inspección, Área de Servicios, ha dictado el traslado de cargos que en lo que interesa dice: La Sección Transportes y Financieras, conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Asegurados, hace de su conocimiento, que como resultado de la investigación iniciada por esta Dependencia, se han observado presuntos incumplimientos, por cuanto se detectaron omisiones y diferencias salariales en los reportes hechos a la Caja, durante el período que va del 14 de abril del 2001 al 18 de octubre del 2005. El estudio se basó en las planillas presentadas al Instituto Nacional de Seguros, los listados enviados por ustedes el 27 de febrero del 2002 al Ministerio de Seguridad y las denuncias y declaraciones brindadas por diversos trabajadores que estuvieron a su servicio.

El total de salarios afectados ascendería a la suma de ¢133.011.453,90; lo que generaría las siguientes cotizaciones obreras y patronales: Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte: ¢9.643.375,00; Seguro de Enfermedad y Maternidad: ¢19.619.084,00; Cuota Obrera al Banco Popular: ¢1.330.100,00; Cuota al Fondo de Capitalización Laboral: ¢3.271.860,00; Cuota al Fondo de Pensión Complementaria: ¢664.952,00; Aporte Patronal al Banco Popular: ¢332.802,00; Cuota al Instituto Nacional de Seguros: ¢1.296.318,00. Para un total en cuotas de ¢36.158.491,00.

El calculo se realizó con base en los reportes realizados por el patrono en estudio al INS, las solicitudes de estudio, declaraciones de diferentes trabajadores y la aplicación de los salarios mínimos de ley, decretados por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para el puesto de guarda, en el período que va de abril del 2001 a octubre del 2005.

Se le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes.

Se le previene de señalar lugar o medio para notificaciones, dentro del perímetro administrativo de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de la resolución.

En esta oficina, situada en el quinto piso de oficinas centrales de la Caja, avenida 2, calles 5 y 7, teléfono 256-0880, fax 295-2929, se encuentra a su disposición el expediente, para los efectos que dispone la ley.

Notifíquese.—San José, 8 de agosto del 2006.—Sección Transportes y Financieras.—Lic. Lenis Mata Mata, Jefe.—1 vez.—Nº 74435.—(79117).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA

ACTIVIDAD INSPECCIÓN GENERAL

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Por no ser posible localizar al señor Agustín Guillén Elizondo, cédula de identidad número 2-245-130 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificarle por medio de edicto, el “Acta de Información de Obra Concluida sin Licencia” N° 052 de la Actividad de Inspección General de la Municipalidad de Alajuela que literalmente dice: Al ser las 11:30 horas del 24 de mayo del 2006, presentes en la siguiente dirección 200 E. de la escuela Juan Rafael Meoño, Brasil, inmueble propiedad de Agustín Guillén Elizondo identif. N° 2-245-130 inscrita en el Registro Público de la propiedad, partido de Alajuela matrícula 277058, los suscritos inspectores municipales Alvaro Salas Montero identif. 2-446-200 y Ricardo E. Alvarado Gámez identif. 3-215-947 hemos constatado que las obras de construcción que se detallan, se realizaron en la dirección antes mencionada y fueron concluidas sin contar con licencia ni proyecto aprobado por la Municipalidad. Detalle de la obra: construcción de dos tapias aéreas en perling y zinc estructural, de 3.50 metros lineales cada una, construcción de garaje en perling y clavadores de tubo cuadrado de 1 ½″ x 1½″, láminas tipo teja. En consecuencia, dentro de las facultades que el artículo 88 de la Ley de Construcciones le otorga a esta Municipalidad, se apercibe al propietario del inmueble que según lo dispuesto en los artículos 93-94 y 95 de la ley de construcciones, se fija un plazo improrrogable de 30 días para que de cumplimiento a lo dispuesto por la ley y el reglamento de construcciones. En caso de que haga caso omiso a esta prevención, de conformidad con el artículo 96 de esa ley la Municipalidad está facultada para ordenar la demolición de las obras que se realicen en violación a lo dispuesto por la normativa que rige la materia, o a demolerlas por cuenta del propietario; además se le informa que no se autoriza el uso de la construcción, y si está en uso, la Municipalidad está facultada para imponer una multa y disponer la desocupación y clausura de la obra. Que de acuerdo con el artículo 162 del Código Municipal en contra de esta actuación son admisibles los recursos ordinarios de revocatoria y apelación los que deberán interponerse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación ante la Unidad de Inspecciones de la Municipalidad de Alajuela y serán conocidos en su orden por el jefe de esta unidad y por el Alcalde Municipal de Alajuela. Notificado por el inspector Álvaro Salas Montero, cédula 2-446-200, y por el testigo inspector Ricardo E. Alvarado Gámez, cedula 3-215-947.—MSc. María Cecilia Aguilar Lara, Alcaldesa Municipal.—(78592).

Por ignorarse el domicilio actual de la señora Marta Eugenia Jiménez Herrera, cédula de identidad número 2-339-237 y de conformidad con lo dispuesto en artículo 241 inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificarle por medio de edicto, el “acta de clausura N° 0421” de la Actividad de Inspección General de la Municipalidad de Alajuela que literalmente dice: Al ser las 12:00 horas del 17 de febrero del 2006, presentes en la siguiente dirección Tuetal Norte Iglesia Católica, 350 m este, inmueble propiedad de Marta Eugenia Jiménez Herrera, identif. N° céd. Nº 2-339-237, inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido  de Alajuela, matrícula Nº 218588 los suscritos inspectores municipales Álvaro Salas Montero identif. céd. Nº 2-446-200 y Ricardo Alvarado Gámez identif. céd. Nº 3-215-947 hemos constatado que las obras de construcción que se detallan y que se realizan en la dirección antes mencionada incumplen con la ley y el reglamento de construcciones. Detalle de la obra: Construcción de apartamentos de 2 plantas en block por un área aproximada de 300 m2 quedan techados sin ventanas ni puertas, repellados, con un avance del 40%. En consecuencia, dentro de las facultades que el Artículo 88 de la Ley de Construcciones le otorga a esta Municipalidad, procedemos a clausurar las obras de construcción colocando dos sellos de clausura en los siguientes puntos parte frontal de la obra. Se apercibe al propietario del inmueble que según lo dispuesto en los artículos 18, 24, 82, 88 y 96 de la Ley de Construcciones, la Municipalidad está facultada para ordenar la demolición de las obras que se realizan en violación a lo dispuesto por esa ley y su reglamento, o a demolerlas por cuenta del propietario. Se le apercibe también que el incumplimiento de la clausura podría constituir los delitos de desobediencia a la autoridad previsto en el artículo 307 del Código Penal y sancionando con pena de prisión de quince días a un año y de violación de sellos establecido en el artículo 312 del Código Penal citado para el cuál se prevé una sanción privativa de libertad de tres meses a dos años. Que de acuerdo con el artículo 162 del Código Municipal en contra de esta actuación son admisibles en recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los que deberán interponerse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación ante la Unidad de Inspecciones de la Municipalidad de Alajuela y serán conocidos en su orden por el jefe de esa Unidad y por el Alcalde Municipal de Alajuela. Notificado por el inspector Álvaro Salas Montero, cédula 2-446-200 y el testigo inspector Ricardo Alvarado Gámez cédula 3-215-947.—Msc. María Cecilia Aguilar Lara, Alcaldesa Municipal.—(78604).

Por ignorarse el domicilio actual del señor Álvaro Castro Calvo, cédula de identidad número 2-294-563 y de conformidad con lo dispuesto en artículo 241 inciso 2 de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificarle por medio de edicto, el “acta de clausura de construcción N° 096” de la Actividad de Inspección General de la Municipalidad de Alajuela que literalmente dice: Al ser las 10:00 horas del 11 de mayo del 2006, presentes en la siguiente dirección contiguo a la Zona Franca Zeta, Montecillos, inmueble propiedad de Álvaro Castro Calvo, identif. N° 2-294-563, inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Alajuela, matrícula Nº 111421-001, los suscritos inspectores municipales Luis Murillo Cambronero identif. Nº 1-1033-070 y Andrés Salas Vargas identif. Nº 2-598-424 hemos constatado que las obras de construcción que se detallan y que se realizan en la dirección antes mencionada incumplen con la ley y el reglamento de construcciones. Detalle de la obra: Construcción de vivienda, con un área de 150 m2 en block con un avance del 40% quedando sin techo, puertas y sin ventanas. UL. En consecuencia, dentro de las facultades que el artículo 88 de la Ley de Construcciones le otorga a esta Municipalidad, procedemos a clausurar las obras de construcción colocando 2 sellos de clausura en los siguientes puntos costado este de la obra. Se apercibe al propietario del inmueble que según lo dispuesto en los artículos 18, 24, 82, 88 y 96 de la Ley de Construcciones, la Municipalidad está facultada para ordenar la demolición de las obras que se realizan en violación a lo dispuesto por esa ley y su reglamento, o a demolerlas por cuenta del propietario. Se le apercibe también que el incumplimiento de la clausura podría constituir los delitos de desobediencia a la autoridad previsto en el artículo 307 del Código Penal y sancionado con pena de prisión de quince días a un año y de violación de sellos establecido en el artículo 312 del Código Penal citado para el cual se prevé una sanción privativa de libertad de tres meses a dos años. Que de acuerdo con el artículo 162 del Código Municipal en contra de esta actuación son admisibles en recursos de revocatoria y apelación, los que deberán interponerse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación ante la Unidad de Inspecciones de la Municipalidad de Alajuela y serán conocidos en su orden por el jefe de esa Unidad y por el Alcalde Municipal de Alajuela. “El señor nos indicó que procediéramos como quisiéramos y que el no recibiría nada así como no tramitará el permiso y cerró la puerta”. En fe de lo anterior notifica el inspector Luis Murillo Cambronero, cédula 1-1033-070 y el testigo inspector Andrés Salas Vargas, cédula 2-598-424.—MSc. María Cecilia Aguilar Lara, Alcaldesa Municipal.—(78605).

Por ignorarse el domicilio actual del señor Mario Verardo Frumar, cédula de residencia 7581004111603 y de conformidad con lo dispuesto en artículo 241 inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificarle por medio de edicto, el “acta de clausura de construcción N° 072” de la Actividad de Inspección General de la Municipalidad de Alajuela que literalmente dice: Al ser las 11:15 horas del 22 de marzo del 2006, presentes en la siguiente dirección calle Los Guevara, de Frumar 125 este, Barrio San José, inmueble propiedad de Mario Verardo Frumar, identif. N° 7581004111603, inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Alajuela, matrícula Nº 180324 los suscritos inspectores municipales Ricardo Brenes Golcher identif. Nº 1-809-713 y Ricardo Alvarado Gámez identif.  Nº 3-215-947 hemos constatado que las obras de construcción que se detallan y que se realizan en la dirección antes mencionada incumplen con la ley y el reglamento de construcciones. Detalle de la obra: Construcción de agregado fuera de línea, invasión de acera y vía pública de 30 m2 (3m x 10m) de construcción en perling con forro lámina esmaltada, con malla Jordómex, con instalación eléctrica, avance 85%. En consecuencia, dentro de las facultades que el artículo 88 de la Ley de Construcciones le otorga a esta Municipalidad, procedemos a clausurar las obras de construcción colocando dos sellos de clausura en los siguientes puntos costado norte de la construcción se apercibe al propietario del inmueble que según lo dispuesto en los artículos 18, 24, 82, 88 y 96 de la Ley de Construcciones, la Municipalidad está facultada para ordenar la demolición de las obras que se realizan en violación a lo dispuesto por esa ley y su reglamento, o a demolerlas por cuenta del propietario. Se le apercibe también que el incumplimiento de la clausura podría constituir los delitos de desobediencia a la autoridad previsto en el artículo 307 del código penal y sancionado con penas de prisión de quince días a un año y de violación de sellos establecido en el artículo 312 del Código Penal citado para el cuál se prevé una sanción privativa de libertad de tres meses a dos años. Que de acuerdo con el artículo 162 del Código Municipal en contra de esta actuación son admisibles en recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los que deberán interponerse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación ante la unidad de inspecciones de la municipalidad de Alajuela y serán conocidas en su orden por el jefe de esa unidad y por el alcalde municipal de Alajuela. Notificado por el inspector Ricardo Brenes Golcher, cédula 1-809-713 y el testigo inspector Ricardo Alvarado Gámez, cédula 3-215-947.—MSc. María Cecilia Aguilar Lara, Alcaldesa Municipal.—(78606).

Por ignorarse el domicilio actual del señor Gonzalo Alfaro Rojas cédula de identidad número 4-347-457 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificarle por medio de edicto, el “Acta de Apercibimiento de Incumplimiento de Deberes” N° 052-2006 de la Actividad de Inspección General de la Municipalidad de Alajuela que literalmente dice: Al ser las 2:50 p. m. horas del 27 de junio del año 2006, presentes los suscritos inspectores municipales: Andrés Salas Vargas cédula 2-598-424 y Álvaro Salas Montero cédula 2-446-200 en el inmueble ubicado en la siguiente dirección: frente al Censinai en San Martín, San Isidro propiedad de Gonzalo Alfaro Rojas N° de identificación 4-347-457, inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Alajuela, matrícula 110732, con un frente de 7 m. Hemos constatado que el referido munícipe contraviene el reglamento al art. 75 del Código Municipal toda vez que ha incumplido sus deberes contemplados en el art. 3° inciso (S): A, B, C, D, E, F, G, H, I, J, L, a saber: Debe de limpiar el lote de su propiedad en consecuencia procedemos a apercibir al señor Gonzalo Alfaro Rojas para que cumpla con los trabajos u obras indicadas en el plazo de 5 días hábiles, plazo que se indica en el art. 6° inc. 2., igualmente se le apercibe al interesado de que en el caso de persistir la omisión y transcurrido el plazo otorgado, la municipalidad procederá a realizar por su cuenta las obras y a cobrar la tarifa que corresponda, de conformidad con los artículos 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 13 del referido reglamento. Además se cobraran las multas por el incumplimiento según artículo 75 del Código Municipal. En atención a art. 162 del Código Municipal, se le informa que cuenta con el plazo de cinco días hábiles para este interponer los recurso de revocatoria y apelación, conocidos por la jefatura de esta Unidad y por el Alcalde Municipal respectivamente. En fe de lo anterior notifica el inspector Andrés Salas Vargas cédula N° 2-598-424 y el testigo inspector Álvaro Salas Montero cédula N° 2-446-200.—MSc. María Cecilia Aguilar Lara, Alcaldesa Municipal.—(78609).

Por ignorarse el domicilio actual del señor Constantino Madrigal Cordero cédula de identidad número 2-207-230 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificarle por medio de edicto, el “Acta de Apercibimiento de Incumplimiento de Deberes” N° 005-2006 de la Actividad de Inspección General de la Municipalidad de Alajuela que literalmente dice: Al ser las 2:50 p.m. horas del 27 de junio del año 2006, presentes los suscritos inspectores municipales: Andrés Salas Vargas cédula 2-598-424 y Álvaro Salas Montero cédula 2-446-200 en el inmueble ubicado en la siguiente dirección: frente al Censinai en San Martín, San Isidro propiedad de Constantino Madrigal Cordero N° de identificación 2-207-230, inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Alajuela, matrícula 116246, con un frente de 7 m. Hemos constatado que el referido munícipe contraviene el reglamento al art. 75 del Código Municipal toda vez que ha incumplido sus deberes contemplados en el art. 3° inciso (S): A, B, C, D, E, F, G, H, I, J, L, a saber: Debe de limpiar el lote de su propiedad en consecuencia procedemos a apercibir al señor Constantino Madrigal Cordero para que cumpla con los trabajos u obras indicadas en el plazo de 5 días hábiles, plazo que se indica en el art. 6° inc. 2) igualmente se le apercibe al interesado de que en el caso de persistir la omisión y transcurrido el plazo otorgado, la municipalidad procederá a realizar por su cuenta las obras y a cobrar la tarifa que corresponda, de conformidad con los artículos 7º, 8º, 9º, 10, 11, 12 y 13 del referido reglamento. Además se cobrarán las multas por el incumplimiento según artículo 75 del Código Municipal. En atención a art. 162 del Código Municipal, se le informa que cuenta con el plazo de cinco días hábiles para éste interponga los recurso de revocatoria y apelación, conocidos por la jefatura de esta Unidad y por el Alcalde Municipal respectivamente. En fe de lo anterior notifica el inspector Andrés Salas Vargas cédula N° 2-598-424 y el testigo inspector Álvaro Salas Montero cédula N° 2-446-200.—MSc. María Cecilia Aguilar Lara, Alcaldesa Municipal.—(78614).

Por ignorarse el domicilio actual del señor Michel Rodríguez Busutil identificación número céd. 31517374200463 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificarle por medio de edicto, el “Acta de Información de Obra Concluida Sin Licencia” N° 065 de la Actividad de Inspección General de la Municipalidad de Alajuela que literalmente dice: Al ser las 12:00 horas del 06 de junio del 2006, presentes en la siguiente dirección 300 norte de la Empacadora de Río Segundo, inmueble propiedad de Michel Rodríguez Busutil identif. N° céd. 31517374200463, inscrita en el Registro Público de la propiedad, partido de Alajuela matrícula 301814-000 los suscritos inspectores municipales Óscar Mora Cruz identif. 2-611-415 y Ricardo Brenes Golcher identif. 1-809-713. Hemos constatado que las obras de construcción que se detallan, se realizaron en la dirección antes mencionada y fueron concluidas sin contar con licencia ni proyecto aprobado por la Municipalidad. Detalle de la obra: construcción de taller para elaboración de Escayola con permiso Nº 419/DCU/05 por un área de 42 m2 por lo que se construyó un galerón de 650 m² en bases de concreto y tubo cuadrado con zinc Nº 28 además se hizo una ampliación de oficinas en block por un área de 100 m2 y zinc Nº 28 y unas tapias frontales de 20 metros lineales las cuales están fuera de línea. En consecuencia, dentro de las facultades que el artículo 88 de la ley de construcciones le otorga a esta municipalidad, se apercibe al propietario del inmueble que según lo dispuesto en los artículos 93-94 y 95 de la ley de construcciones, se fija un plazo improrrogable de 30 días para que de cumplimiento a lo dispuesto por la ley y el reglamento de construcciones. En caso de que haga caso omiso a esta prevención, de conformidad con el artículo 96 de esa Ley la Municipalidad está facultada para ordenar la demolición de las obras que se realicen en violación a lo dispuesto por la normativa que rige la materia, o a demolerlas por cuenta del propietario; además se le informa que no se autoriza el uso de la construcción, y si está en uso, la Municipalidad está facultada para imponer una multa y disponer la desocupación y clausura de la obra. Que de acuerdo con el artículo 162 del Código Municipal en contra de esta actuación son admisibles los recursos ordinarios de revocatoria y apelación los que deberán interponerse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación ante la Unidad de Inspecciones de la Municipalidad de Alajuela y serán conocidos en su orden por el jefe de esta unidad y por el Alcalde Municipal de Alajuela. Notificado por el inspector Óscar Mora Cruz, cedula 2-611-415, y por el testigo inspector Ricardo Brenes Golcher, cedula 1-809-713.—MSc. María Cecilia Aguilar Lara, Alcaldesa Municipal.—(78615).

Por ignorarse el domicilio actual del señor Francis Alberto Ramírez Mesén, cédula de identidad número 2-508-114 y de la señora María del Carmen Ávila Rodríguez, cédula de identidad número 2-445-707 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificarles por medio de edicto, el “Acta de Información de Obra Concluida” N° 024, y el “ acta de Información de Obra Concluida” N° 025 respectivamente de la Actividad de Inspección General de la Municipalidad de Alajuela que literalmente dicen: Al ser las 11:00 horas del 2 de marzo del 2006, presentes en la siguiente dirección 100 oeste y 75 norte del Monumento del Pacto del Jocote, El Coyol, inmueble propiedad de Francis Alberto Ramírez Mesén N° cédula 2-508-114 inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Alajuela, matrícula 222045-002 y de María del Carmen Ávila Rodríguez N° cédula 2-445-707 inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Alajuela, matrícula 222045-001 los suscritos inspectores municipales Luis Murillo Cambronero cédula de identidad N° 1-1033-070 y Ricardo Alvarado Gámez cédula de identidad N° 3-215-947. Hemos constatado que las obras de construcción que se detallan, se realizaron en la dirección antes mencionada y fueron concluidas sin contar con licencia ni proyecto aprobado por la Municipalidad. Detalle de la obra: construcción de muro de 18 ml. por 2 m de altura encontrándose fuera de línea el mismo se construyó en block, cabe indicar que el mismo se encuentra fuera de línea ya que no respetó lo indicado en el reglamento de muros y vallas donde se solicita un 80% de visibilidad. En consecuencia, dentro de las facultades que el artículo 88 de la ley de construcciones le otorga a esta municipalidad, se apercibe al propietario del inmueble que según lo dispuesto en los artículos 93-94 y 95 de la ley de construcciones, se fija un plazo improrrogable de 30 días para que de cumplimento a lo dispuesto por la ley y el reglamento de construcciones. En caso de que haga caso omiso a esta prevención, de conformidad con el artículo 96 de esa ley la municipalidad está facultada para ordenar la demolición de las obras que se realicen en violación a lo dispuesto por la normativa que rige la materia, o a demolerlas por cuenta del propietario; además se le informa que no se autoriza el uso de la construcción, y si está en uso, la municipalidad está facultada para imponer una multa y disponer la desocupación y clausura de la obra. Que de acuerdo con el artículo 162 del Código Municipal en contra de esta actuación son admisibles los recursos ordinarios de revocatoria y apelación los que deberán interponerse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación ante la Unidad de Inspecciones de la Municipalidad de Alajuela y serán conocidos en su orden por el jefe de esa unidad y por el Alcalde Municipal de Alajuela. En fe de lo anterior notifica el inspector Luis Murillo Cambronero cédula de identidad N° 1-1033-070 y el testigo inspector Ricardo Alvarado Gámez cédula de identidad N° 3-215-947.—MSc. María Cecilia Aguilar Lara, Alcaldesa Municipal.—(78616).

AVISOS

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS Y DE

ARQUITECTOS DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Procedimiento disciplinario contra: TA. Jorge Barahona Montero Denunciante: Sr. William Soto Solano. Expediente: 169-04

Tribunales de honor. Auto de intimación. A las 13:00 horas del 23 de agosto del dos mil seis, el Tribunal de Honor del Colegio de Ingenieros Topógrafos, nombrado por la Junta Directiva General en la sesión N° 12-05-06-G.E., celebrada el 23 de febrero de 2006, acuerdo N° 26, con sede en oficinas de Tribunales de Honor del Colegio Federado, ubicada en el tercer piso del edificio del Colegio Federado en Granadilla de Curridabat comunica:

Al topógrafo Jorge Barahona Montero, número de cédula 1-521-959, registro número TA-3833, que de conformidad con el acuerdo de Junta Directiva General arriba citado, se abrió el presente procedimiento ordinario disciplinario en su contra por supuestas faltas a:

    Ley Orgánica del Colegio Federado: artículo 8, incisos a)

    Reglamento Interior General: artículo 53

    Código de ética profesional: artículos 1, 2, 3, 9, 10, 15, 18 y 19.

El hecho que se le imputa en su actuación como Profesional Responsable:

-    Haber contratado un trabajo de agrimensura y a su vez la segregación de seis lotes por medio de una servidumbre que prolongación de una servidumbre existente.

-    Recibió dinero de adelanto por un trabajo que la normativa técnica legal no se lo iba a permitir.

-    Falta de lealtad y comunicación con sus contratantes al no poner en su conocimiento los avances de su gestión profesional.

De encontrarse alguna violación a la reglamentación vigente arriba indicada, se estaría sancionando al denunciado según lo establecido dentro del marco en los artículos 61 de la Ley Orgánica del Colegio Federado, el artículo 11 inciso c) de la Ley 4294 para el Ejercicio de la Topografía y la Agrimensura, en concordancia con los artículos del 21 y subsiguientes del Código de Ética Profesional. Corresponde la sanción máxima, según los artículos citados, 24 meses máximo de suspensión en el ejercicio profesional. Sobre los cargos que se le hacen al denunciado, se le concede el plazo improrrogable de veintiún días hábiles, contados a partir de la notificación del presente auto para que conteste y diga si los rechaza por ser falsos, si los acepta por ser ciertos o si los acepta sólo parcialmente y con modificaciones y rectificaciones, así como para ofrecer toda la prueba de descargo que considere oportuna y conveniente. En caso de no comparecer en el plazo conferido en esta resolución, se le advierte que el proceso continuará sin su participación, sin perjuicio de que pueda apersonarse en cualquier momento pero sin reposición de ningún trámite y tomando el proceso en el estado en que se encuentre (artículo 81 del Reglamento del Proceso Disciplinario del Colegio Federado). Se le hace saber al denunciado que este procedimiento ordinario disciplinario se tramita con estricto apego a todas las normas y principios del procedimiento administrativo establecidos en el Reglamento de Proceso Disciplinario de los Miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, número 225 del jueves 22 de noviembre del 2001, y con garantía de todos los medios para que ejerza su defensa, indicándole que debe apersonarse a hacer valer sus derechos, que tiene derecho a ser oído y ofrecer prueba de descargo, acceso en todo momento al expediente y sus piezas y los antecedentes de la denuncia presentada en su contra. Tiene derecho a hacerse representar y asesorar por un abogado, técnico o cualquiera persona calificada que estime conveniente. La presente resolución tiene los recursos ordinarios de revocatoria con apelación (artículo 107 del Reglamento de Proceso Disciplinario), para lo cual cuenta con un plazo de siete días hábiles contados a partir de la notificación de esta resolución. El recurso de revocatoria deberá plantearse ante este mismo tribunal y será resuelto en la misma sede. El de apelación será planteado de igual forma y será resuelto por la Junta Directiva General.

I. Actualmente obra en poder de este Tribunal de Honor el expediente disciplinario, cuyo acceso se regulará conforme lo establecido en los artículos 48, 49 y 50 del Reglamento del Proceso Disciplinario de los miembros del Colegio Federado

II.  Se previene al denunciado topógrafo Jorge Barahona Montero, que en el acto de ser notificado o dentro del tercer día y por escrito, deberá señalar lugar, oficina o número de fax donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas siguientes a que sean dictadas. Igual consecuencia sufrirá si el lugar o medio designado fuere impreciso, incierto o se encontrare cerrado o ya no existiere. Se le advierte que si señala un FAX, deberá velar porque este se encuentre funcionando normalmente. Asimismo, en caso de desperfecto o inhabilitación deberá comunicarlo en forma inmediata y señalar nuevo lugar para atender futuras notificaciones.

Copia de este traslado está siendo remitido al señor William Soto Solano y al ingeniero Gerardo Campos Chacón, jefe del Departamento de Régimen Disciplinario como partes interesadas en este proceso. Notifíquese.—Ing. Luis Portilla Barquero, Presidente.—(O. C. Nº 4103).—C-90770.—(79199).

FE DE ERRATAS

AVISOS

LABORATORIOS DEL ESTE S. A.

Laboratorios del Este S. A. cédula jurídica Nº 3-101-055682 solicita a Tributación Directa la reposición de los libros diario, mayor, inventarios y balances, actas junta directiva, actas asambleas generales de socios y registro de accionistas. Se escuchan oposiciones en la Administración Tributaria de San José dentro de los 8 días hábiles siguientes a la última publicación en este diario.—Lic. Álvaro López Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 75159.—(80538).