La Gaceta Nº 202

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

ACUERDOS

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

DOCUMENTOS VARIOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

EDUCACIÓN PÚBLICA

JUSTICIA Y GRACIA

AMBIENTE Y ENERGÍA

PODER JUDICIAL

AVISOS

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

LICITACIONES

PODER JUDICIAL

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD NACIONAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

AVISOS

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

PODER LEGISLATIVO

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

PODER JUDICIAL

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

MUNICIPALIDADES

REGISTRO DE PROVEEDORES

HACIENDA

FE DE ERRATAS

EDUCACIÓN PÚBLICA

SALUD

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

AVISOS

REGLAMENTOS

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

REMATES

AVISOS

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO DE COSTA RICA

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD NACIONAL

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE CARTAGO

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE ATENAS

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE

MUNICIPALIDAD DE CARRILLO

MUNICIPALIDAD DE GOLFITO

MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 33385-H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE HACIENDA

Con fundamento en los artículos 140, incisos 8) y 18) y 146, de la Constitución Política, y en los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1), y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley N° 6227 o Ley General de Administración Pública del 2 de mayo de 1978 y la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias, Nº 8114 del 4 de julio del 2001 y el Decreto Ejecutivo N° 29643-H del 10 de julio del 2001, “Reglamento a la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias”.

Considerando:

1º—Que el artículo 9° de la Ley Nº 8114, Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias, publicada en el Alcance Nº 53 a La Gaceta Nº 131 del 9 de julio del 2001, establece un impuesto específico por unidad de consumo para todas las bebidas envasadas sin contenido alcohólico, excepto la leche y todos los productos contemplados en el registro que lleva el Ministerio de Salud y la Caja Costarricense de Seguro Social, de bebidas terapéuticas y de uso médico, utilizados en los establecimientos sanitarios y hospitalarios del país.

2º—Que el mencionado artículo 9º, crea además un impuesto específico por gramo de jabón de tocador.

3º—Que el artículo 11 de la supracitada Ley, dispone que a partir de su vigencia, el Ministerio de Hacienda deberá actualizar trimestralmente el monto de estos impuestos, de conformidad con la variación del índice de precios al consumidor que determina el Instituto Nacional de Estadística y Censos, y que el monto resultante de la actualización deberá comunicarse mediante Decreto Ejecutivo.

4º—Que en el mencionado artículo 11, se establece que los períodos de aplicación de cada actualización iniciarán el primer día de los meses de enero, abril, julio y octubre y que dicha actualización no podrá en ningún caso, ser superior al tres por ciento (3%).

5º—Que en el artículo 6° del Reglamento a la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias, promulgado mediante Decreto Ejecutivo Nº 29643-H publicado en La Gaceta Nº 138 del 18 de julio del 2001, se establece el procedimiento para realizar el ajuste, para lo cual se considerará la variación en el índice de precios al consumidor, de los trimestres inmediatos anteriores a finales de cada uno de los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre de cada año.

6º—Que mediante Decreto Nº 33187-H del 5 de junio del 2006, publicado en La Gaceta Nº 129 del 5 de julio del 2006, se actualizaron los montos de los impuestos específicos, tanto para las mercancías de producción nacional como importadas, establecidos en el artículo 9° de la Ley Nº 8114, Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias, a partir del 1° de julio del 2006.

7º—Que el Instituto Costarricense de Estadística y Censos actualizó la base sobre la cual se calcula el índice de precios al consumidor al mes de julio del 2006; por lo que el índice de precios del mes de mayo del 2006 de 365.79 (base enero 1995) corresponde a 98.14 (base julio 2006) y el del mes de agosto es de 100.88 (base julio 2006), generándose una variación entre ambos meses de 2.79%.

8º—Que según la variación del índice de precios al consumidor, procede actualizar los montos de los impuestos específicos, tanto para las mercancías de producción nacional como importadas, establecidos en el artículo 9° de la citada ley, en un 2.79%. Por tanto:

Decretan:

Artículo 1º—Actualícense los montos de los impuestos específicos, tanto para las mercancías de producción nacional como importadas, establecidos en el artículo 9° de la Ley Nº 8114, Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias, publicada en Alcance Nº 53 a La Gaceta Nº 131 del 9 de julio del 2001, mediante un ajuste del 2.79%, según se detalla a continuación:

                                                                       Impuesto en colones

Tipo de bebida                                           por unidad de consumo

Bebidas gaseosas y concentrados de gaseosas                          11.20

Otras bebidas líquidas envasadas (incluso agua)                        8.31

Agua (envases de 18 litros o más)                                              3.89

Impuesto por gramo de jabón de tocador                                 0.142

Artículo 2º—Deróguese el Decreto Nº 33187-H del 5 de junio del 2006, publicado en La Gaceta Nº 129 del 5 de julio del 2006.

Artículo 3º—Rige a partir del 1° de octubre del 2006.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los cinco días del mes de setiembre del dos mil seis.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Hacienda a. í., Jenny Phillips Aguilar.—1 vez.—(Solicitud Nº 36952).—C-38670.—(D33385-94981).

Nº 33389-COMEX-MAG-MEIC

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

Y LOS MINISTROS DE COMERCIO EXTERIOR,

ECONOMÍA INDUSTRIA Y COMERCIO,

AGRICULTURA Y GANADERÍA

De conformidad con las atribuciones que les conceden los incisos 3) y 18) del artículo 140 y artículo 146, de la Constitución Política, el artículo 28, párrafo 2, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, el artículo 26 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, el artículo 6º de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor y el Reglamento sobre la Adjudicación de Cuotas de Importación en Casos de Desabastecimiento de Bienes Agropecuarios, Decreto Nº 28727-COMEX-MEIC-MAG del 19 de junio del 2000.

Considerando:

1º—Que de conformidad con el artículo 26 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, los Gobiernos de los Estados Centroamericanos tienen la facultad de aplicar unilateralmente modificaciones a los derechos arancelarios a la importación.

2º—Que mediante Decreto Nº 28727-COMEX-MEIC-MAG del 19 de junio del 2000, publicado el 7 de julio de ese mismo año, se emitió el Reglamento sobre la adjudicación de cuotas de importación en casos de desabastecimiento de bienes agropecuarios, con el que se pretende ordenar las importaciones de productos de consumo básico en casos de desabastecimiento, con el fin de mejorar las condiciones de mercado de estos productos en beneficio de la promoción de la competencia que permita brindar al consumidor mejores opciones de consumo.

3º—Que el Ministerio de Agricultura y Ganadería, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º del citado Reglamento, ha determinado la existencia de desabastecimiento de maíz blanco en el mercado nacional, lo que requerirá de importaciones de dicho grano por un total estimado de 30.000 toneladas métricas en el transcurso del segundo semestre del año 2006.

4º—Que la presente medida fue consultada a la Comisión para Promover la Competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º del mencionado Decreto, la cual otorgó la audiencia de ley y se pronunció según consta en el acuerdo contenido en el artículo cuarto del acta de la sesión ordinaria Nº 29-2006, celebrada a las 17:30 horas, del día 12 de setiembre del 2006.

5º—Que por tratarse de materia prima para procesos industriales, la cantidad autorizada deberá distribuirse mediante una subasta a la baja, para promover mejores precios y procurar el mayor beneficio posible tanto a los importadores y por ende a los consumidores nacionales. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Se autoriza la importación de treinta mil toneladas métricas, de maíz blanco (30000 TM), con una tarifa de cero por ciento (0%) de Derechos Arancelarios a la Importación, para el siguiente inciso arancelario contemplado en el Arancel Centroamericano de Importación:

Código SAC                             Descripción

10.05                                          Maíz

1005.90                                      -Los demás:

1005.90.30                                 --Maíz blanco

Artículo 2º—La cuota de importación indicada en el artículo anterior deberá negociarse de la siguiente forma: veintisiete mil quinientas toneladas métricas (27500 TM) en tractos de doscientas cincuenta toneladas métricas (250 TM), y dos mil quinientas toneladas métricas (2500 TM) en tractos de cien toneladas métricas (100 TM) hasta que se agote la cuota establecida y el producto deberá ingresar al país a más tardar el 31 de diciembre del 2006.

Artículo 3º—El producto deberá cumplir, como mínimo, con la norma de calidad grado 2, del Reglamento Técnico “NCR 182:1993. Maíz en Grano: Especificaciones y Métodos de Análisis”, adoptado mediante Decreto Nº 22798-MEIC-MAG del 17 de diciembre de 1993, publicado en La Gaceta del 18 de enero de 1994 y con un máximo de humedad del 14%.

Artículo 4º—La cuota de importación establecida en este Decreto, se pondrá a disposición de los interesados en la Bolsa de Comercio S. A., mediante subasta a la baja, conforme con los procedimientos establecidos en el presente Decreto, en el Reglamento sobre la adjudicación de cuotas de importación en casos de desabastecimiento de bienes agropecuarios; en el Reglamento General de la Bolsa de Comercio S. A., (antes Bolsa de Productos Agropecuarios) aprobado por la Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica, y publicado en La Gaceta Nº 48 del 9 de marzo de 1992, así como en las demás normas legales y reglamentarias aplicables.

Artículo 5º—El presente decreto se comunicará a los gobiernos centroamericanos y a la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA), a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.

Artículo 6º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintiséis días del mes de setiembre del dos mil seis.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez; el Ministro de Economía, Industria y Comercio, y Agricultura y Ganadería, Alfredo Volio Pérez.—1 vez.—(Solicitud Nº 5624).—C-40760.—(D33389-94986).

ACUERDOS

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

A-167-2006-MINAE

EL MINISTRO DEL AMBIENTE Y ENERGÍA

En uso de las facultades que confiere los artículos 140, incisos 3), 18) y 20) y 146 ambos de la Constitución Política y el Decreto Ejecutivo Nº 26624-MINAE del 27 de enero de 1998 y la Ley de Aguas Nº 276 y sus reformas.

ACUERDA:

1º—Nombrar a la señora Rosana Bermúdez Oconitrillo, cédula de identidad 1-618-546, Inspectora de Aguas del cantón de Escazú.

2º—Rige por el periodo que resta del año 2006, prorrogable automáticamente conforme lo dispuesto en el artículo 3º del Decreto 26624-MINAE, por lo que durará en el puesto hasta tanto la Municipalidad presente una nueva terna.

Ministerio del Ambiente y Energía, San José, a las diez horas del día treinta y uno de agosto del dos mil seis.

El Ministro de Ambiente y Energía a. í.—Jorge Rodríguez Quirós.—1 vez.—(Solicitud Nº 45107).—C-5520.—(94447).

DOCUMENTOS VARIOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL

AVISO

Nº 017-SC.—San José, 10 de octubre del 2006.—Se hace saber que la Dirección General de Servicio Civil ha emitido las siguientes resoluciones:

DG-230-2006, Modifica el Manual de Especialidades del Régimen de Servicio Civil e incluir la Carrera de Bachillerato y Licenciatura en Relaciones Internacionales con énfasis en Comercio Internacional, dentro de las atinencias de la especialidad Gestión Aduanera.

DG-231-2006, Modificar Manual de Especialidades del Régimen de Servicio Civil e incluir la Carrera de Licenciatura en Administración con énfasis en Gestión Financiera en la especialidad Administración Tributaria, subespecialidad Auditoría Fiscal.

DG-232-2006, Modificar el Manual Descriptivo de Especialidades del Régimen de Servicio Civil e incluir la Carrera de Bachillerato y Licenciatura en Comercio Internacional en las atinencias de la especialidad Formación Profesional, Sub-especialidad Instrucción, Núcleo Comercio y Servicios.

DG-233-2006, Incluir la Carrera de Maestría Profesional en Administración Educativa en las atinencias de la especialidad Formación Profesional, Subespecialidad Instrucción, Núcleo Sector Comercio y Servicios del INA.

DG-234-2006, Modificar el Manual Institucional del Ministerio de Agricultura y Ganadería y crear la clase Profesional Licenciado Agropecuario 2 el cargo de Responsable Departamental de Gestión de Calidad.

DG-236-2006, Modifica Resolución DG-055-97 (Manual Descriptivo de Clases Anchas del Régimen de Servicio Civil) con el propósito de adicionar tareas propias al campo de la auditoría de sistemas informáticos, a las clases de puestos Analista de Sistemas de Información 1, 2 y 3 del Régimen de Servicio Civil.

DG-237-2006, Recomienda modificar Resolución DG-055-97 (Manual Descriptivo de Clases Anchas del Régimen de Servicio Civil) eliminando los requisitos de la clase Químico 1 y crear en dicha clase los grupos A y B con sus requisitos y modificar y adicionar para la clases de la serie Química la Maestría denominada Magister/Magista en Química Industrial otorgada por la UCR como atinente a las clases de la serie Química.

DG-238-2006, Modificar Resolución DG-221-2004 (crea Manual de Especialidades del Régimen de Servicio Civil) a fin de incluir la Licenciatura en Ingeniería Agronómica con énfasis en Economía Agrícola de la especialidad Ciencias Agronómicas, e incluir al Ministerio de Justicia y Gracia en el apartado de Ubicación.

DG-239-2006, Recomienda modificar resolución DG-0334-2005 para eliminar las clases de Director Nacional de Archivos y Subdirector Nacional de Archivos.

DG-240-2006, Modifica Resolución DG-221-2004 crea el Manual de Especialidades del Régimen de Servicio Civil, a fin de incluir las Carreras de Licenciatura en Educación con énfasis en Evaluación en las atinencias de la especialidad formación Profesional, subespecialidad Instrucción, Núcleos Agropecuarios, Industria Gráfica, Sector Comercio y Servicios, Industria Alimentaria, Mecánica de Vehículos, Metalmecánica, Náutico Pesquero, Procesos Artesanales, Sector Eléctrico, Tecnología de Materiales, Textil y Turismo.

Publíquese.—MRH. José Joaquín Arguedas Herrera, Director General.—1 vez.—(Solicitud Nº 16648).—C-29170.—(94998).

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO

DE LA COMUNIDAD

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad del Área Legal y de Registro, hace constar que la Asociación de Desarrollo Integral de Pro Mejoras de Linda Vista de Acosta, San José. Por medio de su representante Carlos Luis Gamboa Fallas, cédula 01-0358-0000604, ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Área Legal y de Registro.—San José, 11 de octubre del 2006.—Área Legal y de Registro.—Lic. Donald Picado Angulo, Jefe.—1 vez.—(94592).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad del Área Legal y de Registro, hace constar que la Asociación de Desarrollo Específica Pro Mejoras El Jardín de La Rita de Pococí, Limón. Por medio de su representante: José Francisco del C López Rivera, cédula 01-0665-0000027, ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Área Legal y de Registro.—San José, 10 de octubre del 2006.—Área Legal y de Registro.—Lic. Donald Picado Angulo, Jefe.—1 vez.—(94603).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad del Área Legal y de Registro, hace constar: que la Asociación de Desarrollo Específica Pro Construcción y Mantenimiento del Colegio Público de Mata Plátano, Goicoechea de San José. Por medio de su representante: Rosa Martha Cubero Murillo, cédula 01-0643-0000174, ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Área Legal y de Registro.—San José, 12 de octubre del 2006.—Área Legal y de Registro.—Lic. Donald Picado Angulo, Jefe.—1 vez.—Nº 83342.—(94706).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

PROGRAMA DE REGISTRO DE AGROQUÍMICOS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

N° 26-2006.—El señor José Antonio Estévez Ochoa, cédula o pasaporte Nº CC79157134. En calidad de representante legal de la compañía Syngenta Crop Protection S. A. Cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela. Solicita inscripción del equipo máquina para tratamiento de semillas. Marca Momesso, modelo Arktos 2005. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 11 de octubre del 2006.—Ing. Emmanuel Villalobos Sánchez - Programa Equipos y Fiscalización.—(93464).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Nº 224/2006.—El señor Fritz Trinler Santos, cédula 1-746-492, en calidad de Representante Legal de la compañía Trisan S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial PhytoPhorte 5-0-0 compuesto a base de Nitrógeno-Zinc-Manganeso. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 22 de setiembre del 2006.—Departamento de Insumos Agrícolas.—Ing. Erick Arce Coto, Encargado.—(94442).

Nº 274/2006. El señor Javier Uruñuela Arregui, cédula o pasaporte 726 148690 003769, en calidad de representante legal de la compañía Tecnología Biológica Ambiental S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del mejorador de suelos de nombre comercial Dynaweed, compuesto a base de gluten de maíz-aceite de maíz. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 13 de octubre del 2006.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Erick Arce Soto.—(94579).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD

Y MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 2, Folio 63, Título Nº 2019, emitido por el Colegio Saint Francis, en el año dos mil cinco, a nombre de Villalobos Yü Tiffany. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 29 de setiembre del 2006.—Lic. Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—Nº 82607.—(93170).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 27, título Nº 78, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Fortuna de Bagaces, en el año mil novecientos noventa y tres, a nombre de Villegas Fallas Óscar Enrique. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 29 de setiembre del 2006.—Lic. Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(93438).

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Rama Académica, en el Área de Letras. Inscrito en el Tomo 1, Folio 35, Título Nº 1099, en el año mil novecientos setenta y nueve, a nombre de Ruiz Salazar Ana del Rocío. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 11 de octubre del 2006.—Lic. Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(93439).

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Rama Académica Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 46, título Nº 599, emitido por el Liceo Luis Dobles Segreda, en el año mil novecientos setenta y ocho, a nombre de Zamora Sequeira Claudio Alberto. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 11 de octubre del 2006.—División de Control de Calidad.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(94053).

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Rama Académica”, Área de Ciencias, inscrito en el Tomo 1, Folio 17, Asiento Nº 180, emitido por el Liceo Nocturno Luis Felipe González Flores, en el año mil novecientos ochenta y uno, a nombre de Lépiz Zamora Jimmy. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 20 de junio del 2006.—Departamento de Supervisión Nacional.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(94075).

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Ciencias, inscrito en el Tomo 1, Folio 5, Título Nº 79, emitido por el Colegio Calasanz Nocturno, en el año mil novecientos setenta y seis, a nombre de Inés Mora Quesada. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 5 de octubre del 2006.—División de Control de Calidad.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—Nº 83124.—(94372).

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Certificado de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en la “Modalidad Agropecuaria” Educación Familiar y Social, inscrito en el tomo 1, folio 25, título Nº 323, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Osa, en el año mil novecientos setenta y ocho, a nombre de Murillo Castro Jorge. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, diecisiete de octubre del dos mil seis.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(94600).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor Benjamín Vargas Méndez, mayor, soltero, egresado de Derecho, cédula 1-1081-923, vecino de San José, en su condición de apoderado de Desarrollo Turístico Río Cañas S. A., (DETURICA S. A), de Costa Rica, solicita el Modelo Industrial denominada

PARA VER IMÁGENES SOLO EN LA GACETA IMPRESA O EN FORMATO PDF

INFOBASURERO ECOLÓGICO. El infobasurero ecológico es un basurero diseñado de manera tal que permita un espacio para la colocación de información, publicidad o afines. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es 09 /09, cuyo inventor es Ricardo Alvarado Coredero. La solicitud correspondiente lleva el número 8315 y fue presentada a las 9:11:16 del 24 de marzo del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de junio del 2006.—Lic. Ana Catalina Monge R., Registradora.—Nº 82957.—(94186).

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de la Urbanización Samarcanda, con domicilio en la provincia de Heredia. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto, de conformidad con las disposiciones y reglamentos que al respecto emite el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados que serán de acatamiento obligatorio. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta Ana Yancy Montes Ramírez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 569, Asiento: 01548).—Curridabat, 11 de octubre del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 82942.—(94189).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada; Asociación Red Talamanca de Ecoturismo Comunitario, con domicilio en la provincia de Limón. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Agrupar y representar en su seno, a asociaciones, organizaciones comunitarias y otras personas jurídicas legalmente constituidas. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Luis Alfredo Zúñiga Agüero. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 568, Asiento: 79881).—Curridabat, 11 de octubre del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 82965.—(94190).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma total de la Asociación de Compositores y Autores Musicales de Costa Rica. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 568, Asiento: 41912.—Curridabat, 4 de octubre del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 83065.—(94373).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación Síndrome de Down de Costa Rica. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 568, Asiento: 83699.—Curridabat, 12 de octubre del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 83127.—(94374).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Comunidad Cristiana La Familia de Dios, con domicilio en la provincia de Alajuela. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Predicar el evangelio de Cristo a la familia. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente Pedro Escalante Ocampo. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite (Tomo: 567, Asiento: 62232; Adicional Tomo: 568, Asiento: 39872).—Curridabat, 23 de agosto del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(94438).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Artistas en Vidrio de Costa Rica, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover el intercambio de información, capacitación de recursos humanos, la investigación y su difusión al servicio del arte en vidrio en Costa Rica. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta Ruth Moreno Gómez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 568, Asiento: 55360).—Curridabat, 18 de setiembre del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(94448).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Administradora de Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Cultivez, con domicilio en la provincia de Limón. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto, de conformidad con las disposiciones y reglamentos que al respecto emite el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados que serán de acatamiento obligatorio. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente José Godínez Ulloa. Por encontrarse dicha .entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 568, asiento 39906.—Curridabat, tres de octubre del dos mil seis.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director de Personas Jurídicas.—1 vez.—Nº 83248.—(94707).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Comunidad Cristiana Vida Acción de Grecia, con domicilio en la provincia de Alajuela. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: el mantenimiento y la administración de la Asociación Comunidad Cristiana Vida Acción de Grecia. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente Javier Sánchez Rojas. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 568, asiento 91136.—Curridabat, once de octubre del dos mil seis.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director de Personas Jurídicas.—1 vez.—Nº 83341.—(94708).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación ACITU Asociación Costarricense de Ingeniería, Transporte y Urbanismo, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Fomentar el desarrollo de la ingeniería de transporte con el fin de proporcionar el progreso del país. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente Adrián Rojas Barrientos. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 568, asiento 30399; adicional tomo 568, asiento 78503.—Curridabat, trece de octubre del dos mil seis.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director de Personas Jurídicas.—1 vez.—(94764).

AMBIENTE Y ENERGÍA

FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL

El Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, avisa que en sus oficinas se han recibido las solicitudes de personas que ejercen posesión en fincas sin inscribir en el Registro Nacional, con el objeto de que se les paguen los servicios ambientales que generan los bosques ubicados según el siguiente detalle:

Expediente                                 Solicitante                                                                                             Plano                        _______________ Ubicación geográfica______________             Área a proteger

PN01001406       Vega Chavarría Primitivo                                                                             P-816363-2002                Puntarenas                      Golfito                                  Pto. Jiménez                         86.6

PN01002006       Cordero Campos Alfaro                                                                                 P-523460-1998                Puntarenas                      Buenos Aires                      Volcán                                 110.0

PN01008006       Montero Barrantes Venancio                                                                       P-898878-2003                Puntarenas                      Osa                                         Sierpe                                     26.3

PN01010006       Marín Alpízar Alicia/Padilla Gamboa Gilberto                                    P-952044-2004                Puntarenas                      Osa                                         Sierpe                                  109.1

PN01018106       Vargas Porras Olman                                                                                      P-569964-1994                Puntarenas                      Osa                                         Sierpe                                     40.0

PN01027706       Mariana Montero Barrantes/José Antonio Vargas Elizondo              P-898872-2003                Puntarenas                      Osa                                         Sierpe                                     38.0

De conformidad con el artículo 107 del Reglamento a la Ley Forestal, Decreto Ejecutivo Nº 25721-MINAE y sus reformas, Decreto Ejecutivo Nº 31633-MINAE, se concede un plazo de diez días hábiles posteriores a la segunda publicación de este aviso, para formular formal oposición a la solicitud, ante las oficinas centrales del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, toda oposición deberá formularse por escrito y deberá acompañar los argumentos y pruebas que fundamenten su oposición.

El expediente, su ubicación y otros elementos de interés podrán consultarse en las Oficinas Centrales del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, al teléfono 257-8475.—Guillermo Rojas Valverde, Asistente Administrativo.—(Solicitud Nº 35461).—C-36220.—(94605).

2 v. 1.

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. Nº 12337.—Exportaciones Acero Arabe Belén S. A. solicita, en concesión, 0,05 litros por segundo de nacimiento en propiedad de Isaías Araya Fallas, para uso Beneficio de café. Sita en Naranjo, Alajuela. Coordenadas aproximadas 235.250 - 494.000 Hoja Naranjo, propietarios de predios inferiores no se indican. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 12 de octubre de 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón. Jefe.—(93475).

Exp. 12336.—La Vitrina B Y N S. A. Solicita en concesión, 3 litros por segundo de nacimiento en su propiedad, para uso doméstico en Cañas, Guanacaste. Coordenadas aproximadas 247.500 - 420.100 Hoja Cañas, propietarios de predios inferiores no se indican. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de octubre de 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón. Jefe.—(93544).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Expediente Nº 12338.—Johnny Francisco, Maribel de los Ángeles, Eduardo, Olga, Iveth, todos Vásquez Carvajal, solicitan concesión de aprovechamiento de agua de un nacimiento sin nombre captado en su propiedad., para uso doméstico en cantidad de 0.057 litros por segundo. Sita en Piedades Sur, San Ramón, Alajuela. Predios inferiores: no se indican. Coordenadas aproximadas 233.200-477.450. Hoja Miramar. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de octubre del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 82983.—(94191).

Expediente Nº 12308.—José Ricardo Madriz Granados, solicita, en concesión, 0.057 litros por segundo de nacimiento, captado en propiedad de María Elena Rojas González, para uso doméstico. Sita en Limoncito Coto Brus, Puntarenas. Predios inferiores: Carlos Zúñiga A. Ponpilio Chaves Mora, Oldemar Solís Torres. Coordenadas aproximadas 312,200 / 567.350. Hoja Coto Brus. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de setiembre del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón. Jefe.—Nº 83047.—(94375).

Expediente Nº 12341-P.—La Guayaba Rosada S. A., solicita en concesión 3,7 litros por segundo de pozo perforado CN-519 captado en su propiedad. Sita en Liberia, Guanacaste, para uso en restaurante y oficinas comerciales. Coordenadas aproximadas 285.350-365.540 Hoja Carrillo Norte. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de octubre del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(94572).

PODER JUDICIAL

AVISOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se hace saber que en el Juzgado Tercero Civil de San José, bajo el expediente número 06-001361-182CI-5 de Cynthia Rebeca Molina Sánchez, Cifón del General S. A., representada por José Rafael Fonseca Valerio y Cinthya Molina Sánchez, Gasolinera Brunca S. A., representada por José Rafael Fonseca Molina y Banco Improsa S. A., representada por Marianela Ortuño Pinto, se encuentra promoviendo diligencias de actividad no contenciosa de reposición de cédula hipotecaria que a continuación se describe: a) Crédito hipotecario de primer grado, por la suma de once millones de colones, representada por una cédula hipotecaria de primer grado, que se encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad al asiento doce mil cuatrocientos cuarenta y ocho, tomo cuatrocientos setenta y dos, secuencia cero uno, que pesa sobre la finca inscrita al sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número ciento cuarenta y siete mil ochocientos cuarenta y cinco B cero cero uno, del partido de San José, la cual fue emitida por Gasolinera Brunca S. A. Se les concede a los interesados el plazo de un mes a partir de la última publicación del presente edicto para que se apersonen al procesos en defensa de sus derechos.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 5 de octubre del 2006.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—Nº 82932.—(94221).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. Nº 13791-04.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas diez minutos del primero de junio del dos mil cinco. Jéssica de los Ángeles Araya Angulo, mayor, casada, oficios del hogar, costarricense, cédula de identidad número dos-quinientos sesenta y cuatro-quinientos sesenta, vecina de Alfaro San Ramón Alajuela; solicita la rectificación del asiento de nacimiento de su hija Johebeth Badilla Araya, que lleva el número... en el sentido de que la misma es hija de “Jéssica Araya Angulo, costarricense” y no como se consignó. Publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta de conformidad con lo establecido el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil y se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—(92840).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. Nº 16083-05.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas, veinticinco minutos del veintiséis de julio del dos mil seis, Xenia María Palomo Cordero, mayor, casada, secretaria, cédula de identidad número seis-cero noventa y ocho-setecientos cincuenta y siete, vecina de San Sebastián; solicita la rectificación de su asiento de nacimiento… en el sentido que la fecha de nacimiento de la misma es “dos de julio de mil novecientos cincuenta y uno”. Conforme lo establece el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta y se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de la primera publicación.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—Nº 82715.—(93821).

Expediente Nº 16927-05.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas, cincuenta y cinco minutos del veintisiete de setiembre del dos mil seis. Procedimiento administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de Ana Lucía Quirós Fernández. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, se advierte que en este Registro, se encuentra en trámite el proceso administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de Ana Lucía Quirós Fernández, que lleva el número cuatrocientos siete, folio doscientos cuatro, tomo ochocientos, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos, en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Jorge Muñoz Corella y María Teresa Fernández Méndez, costarricenses”. Practíquese la respectiva anotación marginal de advertencia, en el asiento de nacimiento correspondiente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—(O. P. Nº 1095-2006).—C-21470.—(93903).

Expediente Nº 38236-05.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas, cincuenta y cinco minutos del veinte de setiembre del dos mil seis. Proceso administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de la menor Evelyn Karina Zúñiga Zúñiga, que lleva el número trescientos diecinueve, folio ciento sesenta, tomo cuatrocientos cuarenta y seis, de la provincia de Cartago, Sección de Nacimientos, en el sentido que la misma es hija de “Marvin Calderón Rodríguez y María Isabel Zúñiga Madriz, costarricenses”. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta y se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación en el mismo Diario a los señores Marvin Calderón Rodríguez, María Isabel Zúñiga Madriz y Johnny Mauricio Zúñiga Mata, con el propósito que se pronuncien con relación a este proceso. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—(O. P. Nº 1095-2006).—C-24770.—(93904).

Expediente Nº 467-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas, dieciocho minutos del veintidós de setiembre del dos mil seis. Procedimiento administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de Adrián Raúl Carvajal Quesada, que lleva el número trescientos cincuenta y dos, folio ciento setenta y seis, del tomo ochocientos setenta y tres, de la provincia de Alajuela, Sección de Nacimientos, en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Raúl Rojas Fernández y Yorlen Quesada Saborío, costarricenses”, y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación al señor Raúl Rojas Fernández, Víctor Eduardo Carvajal Ferreto y a la señora Yorlen Quesada Saborío, con el propósito que se pronuncien con relación a la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado. Notifíquese y publíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—(O. P. Nº 1095-2006).—C-24770.—(93905).

Expediente Nº 1120-06.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas, cinco minutos del veintisiete de setiembre del dos mil seis. Proceso administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Gerardo Nolber Núñez Flores, que lleva el número cuatrocientos uno, folio doscientos uno, tomo doscientos setenta y nueve, de la provincia de Guanacaste, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrito como Nolber Gerardo González Flores, en el asiento número quinientos noventa y seis, folio doscientos noventa y ocho, tomo doscientos setenta y ocho, de la provincia de Guanacaste, Sección Nacimientos y de rectificación del anterior asiento de nacimiento, en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Gilberto Núñez Salas y Mayela Flores Porras, costarricenses”. Conforme lo señala el artículo 66 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, se confiere audiencia dentro del término de ocho días a partir de la primera publicación en el Diario Oficial La Gaceta a los señores Gerardo Nolber Núñez Flores o Nolber Gerardo González Flores, Gilberto Núñez Salas y a Manuel González Marín, con el propósito de que se pronuncien en relación a este proceso administrativo. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—(O. P. Nº 1095-2006).—C-29720.—(93906).

Expediente Nº 1129-06.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas, diez minutos del veintiséis de setiembre del dos mil seis. Proceso administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Yerling María Hernández Pérez, que lleva el número ciento setenta y nueve, folio cero noventa, tomo cuatrocientos veinticuatro, de la provincia de Puntarenas, Sección de Nacimientos, por cuanto la misma aparece inscrita como Yerlin María Carmona Pérez, en el asiento número setecientos diez, folio trescientos cincuenta y cinco, tomo cuatrocientos trece, de la provincia de Puntarenas, Sección de Nacimientos. Conforme lo señalan los artículos 64 y 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación en el Diario Oficial La Gaceta a los señores Alfredo José Hernández Morales, Juan Carlos Carmona Marchena y a la señora Mima del Rosario Pérez Fonseca, con el propósito que se pronuncien en relación a este proceso administrativo. Publíquese este edicto por tres veces en el mismo Diario y se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—(O. P. Nº 1095-2006).—C-28070.—(93907).

Expediente Nº 36930-05.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de julio del dos mil seis, Jorge Luis Monge Quirós, mayor, soltero, jardinero, costarricense, cédula de identidad número dos-trescientos setenta y seis-trescientos ochenta y siete, vecino de Cacao Alajuela; solicita la rectificación de su asiento de nacimiento... en el sentido que la fecha de nacimiento del mismo es “veinticinco de octubre de mil novecientos sesenta y dos”. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta y se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días, a partir de su primera publicación.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—(93951).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por José Jesús Angulo Hernández conocido como José Jesús Angulo Paz, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 535-2005.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas treinta y nueve minutos del diez de mayo del dos mil cinco. Ocurso. Expediente Nº 16132-2004. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquense el asiento de matrimonio de José Jesús Paz Angulo conocido como Angulo Paz, en el sentido que los apellidos del cónyuge son “Angulo Hernández hijo de Mariana Angulo Hernández, nicaragüense” y los asientos de nacimiento de Harold José y Arelis María de apellidos Angulo Arguedas, en el sentido que los apellidos del padre son “Angulo Hernández” y María Judieth Poz Arguedas, en el sentido que el nombre y los apellidos del padre son “José Jesús Angulo Hernández” y no como consignaron, se deniega en cuanto al otro extremo de la petitoria. Publíquese esta resolución por una vez en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 83060.—(94388).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Douglas Elías Bravo López, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 0361-05.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cuarenta minutos del veintiséis de abril del dos mil cinco. Exp. Nº 25798-04. Resultando: 1º—..., 2º—.... 3º—…; Considerando: I.—Hechos Probados: ..., II.—Hechos no Probados: ..., III.—Sobre el fondo: ..., Por tanto: procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Kevin Elías López Pérez, que lleva el número... en el sentido que los apellidos del padre... son “Bravo López”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(94231).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Paz Azucena Pérez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Res. 1537-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de junio del dos mil seis. Expediente Nº 27172-2005. Resultando. 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Maureen Iliana Leandro Pérez... y el de Melania de los Ángeles Leandro Pérez... en el sentido que el apellido de la madre de las personas ahí inscritas es “Pérez no indica segundo apellido” y no como se consignaron. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 83156.—(94389).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Estrella Tejera Alpízar, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 2815-06.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas treinta y cinco minutos del veintidós de setiembre del dos mil seis. Expediente Nº 17794-06. Resultando: 1º—... 2º—…, Considerando: I.—Hechos probados... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo… Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de matrimonio de Juan Carlos Berrocal Méndez con Estrella Tejera Alpízar... en el sentido que el segundo apellido del padre de la cónyuge es “Mariño”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—1 vez.—Nº 83184.—(94390).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Floribeth Beita Quirós, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1967-2005.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas cincuenta y seis minutos del diez de octubre del dos mil cinco. Ocurso. Expediente Nº 7927-05. Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Luigui Papili Beita... en el sentido que el nombre es “Luigi” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 83218.—(94391).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Antonia Matus Toledo, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución 1843-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas diez minutos del siete de julio del dos mil seis. Expediente Nº 5711-2006. Resultando. 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no probados:.., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Francisco Javier Matus Espinoza..., de Jonathan Andrés Moya Matus... y el de Beatriz Ramírez Matus..., en el sentido que el segundo apellido de la madre de las personas ahí inscritas es “Toledo” y no como se consignaron. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Bach. Abel Álvarez Ramírez, Jefe a. í.—1 vez.—(94456).

Se hace saber que en diligencias de ocurso Incoadas por Reyna Ester Saballos Ow, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 0988-05.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas veinte minutos del siete de junio del dos mil cinco. Expediente Nº 9786-05. Resultando: 1º—..., 2º—…, Considerando: I.—Hechos probados... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo… Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de matrimonio de Luis Ángel Zúñiga Zúñiga con Reina Ester Saballos Ow, que lleva el número... en el sentido que el primer nombre de la cónyuge es “Reyna”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(94538).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Aviso de solicitud de naturalización

Ana Amparo Mayorga Delgado, conocida como Ana Amparo de la Concepción Mayorga Delgado, mayor, soltera, ayudante de salón, nicaragüense, vecina de San José, expediente 2783-2002. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 25 de agosto del 2006.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—1 vez.—Nº 83028.—(94194).

Omar Antonio Espinoza Meléndez, mayor, soltero, comerciante, nicaragüense, cédula residencia 270-152527-086411, vecino de Limón, expediente 2227-2003. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 13 de julio del 2006.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(94532).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Modificación al Plan de Compras del 2006

Programa 327 Mejoramiento y conservación de la red vial cantonal

                                                                                                                                          Monto estimado            Periodo de                   Fuente de

Subpartida             Tipo de bien                               Unidad            Cantidad                (en colones)                 compras                 financiamiento

10801                 Mantenimiento de edificios

                           y locales. Recarga de extintores      Unidades                  1                              585.800                         IV                                 28

División de Obras Públicas.—Dirección Planeamiento y Programación.—Rolando Herrera Quesada.—1 vez.—(Solicitud Nº 40534).—C-12620.—(95070).

LICITACIONES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

LICITACIÓN POR REGISTRO N° 2006LG-000079-PROV

Construcción de escalera de servicio en

el edificio de la Corte Suprema de Justicia

Se invita a todos los potenciales proveedores a presentar oferta. El cartel está disponible a partir de esta publicación, sin costo alguno, en la Secretaría del Departamento de Proveeduría, sita en el cuarto piso del edificio de la Plaza de la Justicia, ubicado entre calles 17 y 19, avenidas 6º y 8º, San José; o bien, obtenerlo a través de Internet, en la dirección http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la dirección licitaciones@poder-judicial.go.cr.

El plazo para presentar ofertas vence el día 6 de noviembre del 2006, a las 10:00 horas, momento en el cual se procederá con la apertura correspondiente.

San José, 17 de octubre del 2006.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Subjefe.—1 vez.—(94979).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

OFICINA DE SUMINISTROS

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000053-ULIC

Compra de una máquina de llenado y taponado para envase de suero

La Oficina de Suministros, recibirá ofertas por escrito hasta las 10:30 horas del día 8 de noviembre del 2006, para la compra indicada.

Los interesados deberán retirar el cartel y las especificaciones técnicas, en la Oficina de Suministros, ubicada en Sabanilla de Montes de Oca, de las instalaciones deportivas 250 metros al este y 400 metros al norte, previo pago de ¢500,00 en la Oficina de Administración Financiera.

El cartel estará disponible en la siguiente página de Internet http://www.vra.ucr.ac.cr, en la cejilla OSUM, Publicación de documentos.

Sabanilla de Montes de Oca, 17 de octubre del 2006.—Unidad de Licitaciones.—Lic. Ana Barrantes Muñoz., Jefa.—1 vez.—(O. S. Nº 90209).—C-8820.—(95071).

UNIVERSIDAD NACIONAL

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000015-SCA

Item único:

 Remodelaciones varias en la Sede Brunca de la UNA, Pérez Zeledón

La Universidad Nacional por medio de la Proveeduría Institucional invita a personas físicas jurídicas a participar en la Licitación por Registro para: “Remodelaciones varias en la Sede Brunca de la UNA, Pérez Zeledón”

Todas las ofertas se recibirán en la Proveeduría Institucional de la Universidad Nacional, ubicadas en la Ciudad de Heredia, de Copy Mundo trescientos metros al este (a mano derecha) ingresando por portón de malla, al Campus de la Universidad, último edificio, segundo piso, hasta las 14:00 horas del 9 de noviembre del 2006, a continuación, se procederá a abrir las ofertas en presencia de los asistentes (artículo 55.2 del Reglamento de Contratación Administrativa). Todas las ofertas que no estén a esta hora y fecha serán devueltas sin abrir.

Los carteles deberán de retirarse en la Proveeduría Institucional, sita en la Ciudad de Heredia, de Copy Mundo trescientos metros al este (a mano derecha), ingresando por el portón de malla, al Campus de la Universidad, último edificio, en la plataforma de servicios o solicitarlo al correo electrónico cmurillo@una.ac.cr.

La Reunión Preoferta se realizará a las 10:00 a.m. del 31 de octubre del 2006, en la Sede Brunca de la UNA, ubicada en Pérez Zeledón. Lo anterior tendrá como propósito aclarar dudas referentes a los trabajos a realizar. La asistencia a estas reuniones es obligatoria, para lo cual se levantará un listado de los asistentes, no se admitirán a concurso ofertas de quienes no hayan asistido a esta reunión, para las líneas que cotizan.

Heredia, 12 de octubre del 2006.—Dra. Ada Cartín Brenes, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 23548).—C-11570.—(95002).

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000016-SCA

Compra de equipo audiovisual

La Universidad Nacional, a través de la Proveeduría Institucional recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del día 8 de noviembre del 2006, para compra de Equipo Audiovisual.

Los interesados deberán adquirir el pliego de condiciones a partir de la presente invitación en la Proveeduría Institucional de la Universidad Nacional, ubicadas en la ciudad de Heredia, de Copy Mundo trescientos metros al este (a mano derecha) ingresando por portón de malla, al Campus de la Universidad, último edificio, o bien solicitarlo en formato electrónico a la dirección cmurillo@una.ac.cr.

Heredia, 17 de octubre del 2006.—Proveeduría Institucional.—Ada Cartín Brenes, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 23552).—C-6070.—(95003).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DIVISIÓN DE OPERACIONES

DIRECCIÓN DE ARQUITECTURA E INGENIERÍA

LICITACIÓN POR REGISTRO 2006LG-000002-4402

Construcción Sucursal de Buenos Aires

La Dirección de Arquitectura e Ingeniería, recibirá ofertas por escrito, hasta las diez horas (10:00) del día 29 de noviembre del 2006 para la construcción Sucursal de Buenos Aires.

Los interesados pueden retirar el cartel en las oficinas de la Dirección de Arquitectura e Ingeniería, ubicadas en el Edificio Torrejón, sita en avenida 1ª, calles 3 y 5, ciudad de San José, previa cancelación de ¢200,00 (doscientos colones netos) por concepto del costo del cartel. En estas oficinas se confeccionará un recibo para la cancelación y entrega del cartel, trámite que debe realizarse de las 13:00 a 15:00 horas en días hábiles.

El cartel lo podrán encontrar en forma electrónica en la dirección www.ccss.sa.cr. en la línea “Quienes somos -Gerencia de Operaciones”, sin embargo, para todos los efectos, prevalece el cartel original y archivado en el expediente que se encuentra en la Dirección de Arquitectura e Ingeniería.

San José, 17 de octubre de 2006.—Unidad Contratación Administrativa.—Francisco Palma Soto.—1 vez.—(94952).

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000001-DGRRSHA

Compra de Servicios de Registros Médicos y Sistemas

de Información en Salud del Área de Salud de Matina

La apertura será el día 1º de noviembre del 2006 a las 11:00 horas en la Dirección Regional de Servicios Médicos Región Huetar Atlántica, la cual se sita al costado oeste del Hospital Dr. Tony Facio Castro, Limón, Costa Rica,

El cartel se encuentra a su disposición en la dirección antes anotada, cualquier consulta al teléfono 758-1803, 798-5876.

Limón, 7 de octubre del 2006.—Br. Juanita Zúñiga Salas, Asistente Administrativa a. í.—1 vez.—(94982).

DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES

ÁREA DE ADQUISICIONES

SUB-ÁREA DE CARTELES

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000038-1142

Guantes ambidextros de látex tamaño mediano

El Área de Adquisiciones de la Caja Costarricense de Seguro Social, debidamente autorizada por la Dirección de Recursos Materiales; recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del día 21 de noviembre del 2006, para la adquisición de:

Ítem único:

3000000      Ud. Guantes ambidextros de látex tamaño mediano

Demás condiciones y especificaciones técnicas, que rigen para este concurso, se encuentran insertas en el folleto de venta en la fotocopiadora, sita en piso comercial del edificio Jenaro Valverde Marín (Oficinas Centrales de la CCSS). Horario de L-V de 7:00 a.m. - 3:00 p.m.

San José, 17 de octubre del 2006.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—C-5520.—(95000).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA 2006LN-000023-PRI

Venta de chatarra en acero

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que a las 10:00 horas del día 28 de noviembre del 2006, recibirá ofertas para la “Venta de chatarra en acero”.

Los documentos que conforman el cartel pueden accesarse en la dirección electrónica www.aya.go.cr, o bien retirarse en la Proveeduría Institucional, sita edificio del AyA en Pavas.

San José, 17 de octubre del 2006.—Proveeduría Institucional.—Lic. Lilliana Navarro C.—1 vez.—(Solicitud Nº 42321).—C-3870.—(95004).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-700147-02

Contratación de los servicios de transporte de bunker

La Dirección de Suministros de Recope invita a participar en la licitación por registro Nº 2006LG-700147-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el primer piso de las Oficinas Centrales de Recope, sita en Urbanización Tournón Norte, hasta las 9:00 horas del día 9 de noviembre del 2006.

El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo de ¢ 1.000,00.

Los interesados en participar en este procedimiento contractual, deberán estar inscritos en el registro de proveedores de Recope antes de la presentación de la oferta.

San José, 18 de octubre del 2006.—Departamento Contrataciones Bienes y Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 2005-5-0107).—C-5520.—(95001).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE NICOYA

LICITACIÓN POR REGISTRO N° 2006LG-000024-01

Contratación de maquinaria pesada para la rehabilitación

de la ruta Entr. N 150 Florida -Quebrada Lagartija

Código de Camino C-5-02-070, 239, 171

La Proveeduría de la Municipalidad de Nicoya, invita a participar en dicho proceso cuya recepción de ofertas y apertura será diez días hábiles después de publicada la invitación, hasta las nueve horas, sólo se tomará en cuenta el reloj de la Proveeduría Municipal. El cartel de licitación y las especificaciones generales pueden ser retiradas en la Oficina de la Proveeduría Municipal, situada costado sur del Parque Central de Nicoya, dicho cartel tiene un costo de mil colones (¢1.000,00).

Nicoya, 18 de octubre del 2006.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Sully Obando Villegas, Proveedora Municipal.—1 vez.—(94929).

ADJUDICACIONES

PODER LEGISLATIVO

ASAMBLEA LEGISLATIVA

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 01-2006

Mantenimiento preventivo de aires acondicionados

Se les avisa a todos los interesados en la Licitación antes mencionada, que mediante el artículo 23 de la sesión ordinaria Nº 26-2006, celebrada por el Directorio Legislativo el 11 de octubre del 2006, se acordó adjudicar la Licitación por Registro Nº 01-2006 “Mantenimiento preventivo de aires acondicionados”, como se describe:

A la empresa Saire Ltda, cédula jurídica número 3-102-093302-04, en su oferta, lo siguiente:

a-  Mantenimiento preventivo de aires acondicionados y máquina de hacer hielo, a los equipos que se indican en el anexo adjunto, folios 397 al 406.

Precio de la oferta

                                      Mantenimiento               Mantenimiento

Descripción                    mensual en $                     anual en $

Monto original ofertado                     1.230                                 14.760

Descuento de empresa                       62.65                                      752

Total dólares ($)                           1.167,35                            14.008,00

b-  Periodicidad de las visitas: Según lo establecido en el cartel, sección Especificaciones Técnicas para contratar el mantenimiento de Aires acondicionados y Máquina de hacer hielo, punto 20.12, folio 218 del expediente.

c-  Tiempo de respuesta: El oferente deberá atender averías en un tiempo no mayor a cuatro horas, es decir, desde el momento en que recibe reporte de la avería hasta el momento en que se presenta en el lugar en donde se encuentra el equipo reportado, no deben pasar más de cuatro horas, y con un horario que dure de 8:00 a. m., a 7:00 p.m., de lunes a jueves, viernes de 8:00 a. m., a 3:00 p. m. El incumplimiento de lo anterior implica la aplicación de una multa equivalente a ¢5.000 por cada hora de retraso. Punto 20.6. del cartel.

d-  Inspección visual: A nivel general Saire Ltda., se compromete a realizar una inspección visual del sistema de refrigeración para verificar la existencia o inexistencia de fugas, revisar los controles eléctricos y ajuste de rangos de funcionamiento, revisar las temperaturas y presiones del sistema de aire acondicionado.

Toda mejora, remodelación, reubicación o sustitución de los equipos Saire Ltda., presentará previamente el presupuesto para su aprobación por parte del propietario. En este presupuesto estarán incluidos todos los gastos de mano de obra, cargas sociales, materiales, transporte, utilidad y/o cualquier otro gasto necesario para que el trabajo quede concluido y funcionando a satisfacción.

e-  Garantía: La garantía por cada reparación o trabajo de mantenimiento que debe conceder el adjudicatario no podrá ser menor a un mes. Cuando el monto de la reparación exceda el 10% del valor de reposición del activo, la Unidad de Mantenimiento podrá exigir una garantía por un plazo mayor. Esta última disposición se aplicará también cuando, a juicio de la Unidad de Mantenimiento, la reparación aumente la vida útil del equipo.

f-   Plazo del contrato: Un año prorrogable hasta por cuatro años. Todo de conformidad con la oferta presentada y el cartel.

San José, 17 de octubre del 2006.—Departamento de Proveeduría.—MBA. Melvin Laines Castro, Director.—1 vez.—(Solicitud Nº 6206).—C-33120.—(95041).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-000017-33300

Contratación de equipo y maquinaria para varios caminos

Se avisa a todos los interesados en esta licitación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, que por resolución de adjudicación Nº 328-2006 de Licitación Pública Nº 2006LN-000017-33300 de las 8:05 horas del día 17 de octubre del 2006, se adjudica de la siguiente manera:

Transportes Jiménez y Mora S. A., cédula jurídica

3-101-114363.—(Oferta 1).

Posición 3: Arrendamiento de maquinaria para ser utilizada en los caminos 6-01-019, Ent. N. 160-Santa Cecilia a San Rafael Paquera; 6-01-20, Ent. N. 160-Paquera a Barrí Órganos, Paquera y 6-01-21, Ent. N. 21 -Embarcadero a Playa Cuchillo, Paquera.

Monto total adjudicado: ¢68.425.000,00 (sesenta y ocho millones cuatrocientos veinticinco mil colones exactos).

Tiempo de entrega: tendrá una vigencia igual al término que sea necesario para trabajar las horas contratadas, las cuales están definidas en la Sección II, numeral III del pliego de condiciones.

Constructora Albosa S. A., (Consorcio Constructora Albosa S. A., Constructora Tres Hermanos de Grecia S. A., e Inmobiliaria Lac de Grecia S. A., cédula jurídica Nº 3-101-063942.—(Oferta 4).

Posición 2: Arrendamiento de maquinaria para ser utilizada en los caminos 6-01-007, Ent. N. 21-Cruce San Pedro, a Ent. C297- La Tigra, Lepanto; 6-01-046, Tronconal-Esperanza, Lepanto y 6-01-015, Lepanto a Montaña Grande, Lepanto.

Monto total adjudicado: ¢105.623.450,00 (ciento cinco millones seiscientos veintitrés mil cuatrocientos cincuenta colones exactos).

Tiempo de entrega: tendrá una vigencia igual al término que sea necesario para trabajar las horas contratadas, las cuales están definidas en la Sección II, numeral III del pliego de condiciones.

Constructora Hermanos Brenes S. A., cédula jurídica

Nº 3-101-172938.—(Oferta 5).

Posición 1: Arrendamiento de maquinaria para ser utilizada en los caminos 6-01-001/2, Malpaís a Manzanillo, Cóbano.

Monto total adjudicado: ¢85.678.400,00 (ochenta y cinco millones seiscientos setenta y ocho mil cuatrocientos colones exactos).

Tiempo de entrega: tendrá una vigencia igual al término que sea necesario para trabajar las horas contratadas, las cuales están definidas en la Sección II, numeral III del pliego de condiciones.

Empresa Conab S. A., cédula jurídica Nº 3-101-101862.—(Oferta 6).

Posición 4: Arrendamiento de maquinaria para ser utilizada en los caminos 5-07-009, Candelaria-San Rafael-Turín, Abangares y 5-07-035, Candelaria-Campos de Oro, Abangares.

Monto total adjudicado: ¢44.030.000,00 (cuarenta y cuatro millones treinta mil colones exactos).

Tiempo de entrega: tendrá una vigencia igual al término que sea necesario para trabajar las horas contratadas, las cuales están definidas en la Sección II, numeral III del pliego de condiciones.

San José, 17 de octubre del 2006.—MBA. Sylvia Jiménez Cascante, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº 40514).—C-19820.—(95072).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-000028-33300

Contratación de equipo y maquinaria para

ser utilizados en Pérez Zeledón y Nicoya

Se avisa a todos los interesados en esta licitación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, que por resolución de adjudicación Nº 327-2006 de Licitación Pública Nº 2006LN-000028-33300 de las 9:35 horas del día 17 de octubre del 2006, se adjudica de la siguiente manera:

Constructora Hermanos Brenes S. A., cédula jurídica Nº 3-101-172938.—(Oferta 2).

Posición 2: Arrendamiento de maquinaria para ser utilizada en los caminos número 1-19-098, San Gabriel-Santa Lucía, 1-19-236, San Gabriel-Santa Cecilia, cantón Pérez Zeledón.

Monto total adjudicado: ¢39.593.000,00 (treinta y nueve millones quinientos noventa y tres mil colones exactos).

Tiempo de entrega: tendrá una vigencia igual al término que sea necesario para trabajar las horas contratadas, las cuales están definidas en la Sección II, numeral III del pliego de condiciones.

Transportes Jiménez y Mora S. A., cédula jurídica Nº 3-101-114363.—(Oferta 3).

Posición 1: Arrendamiento de maquinaria para ser utilizada en los caminos 1-19-081, San Pedro-Cruce Tambor y 1-019-090. Alfombra-Caña Blanca, cantón Pérez Zeledón.

Monto total adjudicado: ¢50.931.500,00 (cincuenta millones novecientos treinta y un mil quinientos colones exactos).

Tiempo de entrega: tendrá una vigencia igual al término que sea necesario para trabajar las horas contratadas, las cuales están definidas en la Sección II,  numeral III del pliego de condiciones.

Urbanizadora Navarro de Cartago S. A., cédula jurídica Nº 3-101-181934.—(Oferta 5).

Posición 3: arrendamiento de maquinaria para ser utilizada en los caminos número 5-02-042 Belén-Quebrada Bonita, cantón Nicoya.

Monto total adjudicado: ¢59.018.000,00 (cincuenta y nueve millones dieciocho mil colones exactos).

Tiempo de entrega: tendrá una vigencia igual al término que sea necesario para trabajar las horas contratadas, las cuales están definidas en la Sección II, numeral III del pliego de condiciones.

San José, 17 de octubre del 2006.—MBA Sylvia Jiménez Cascante, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº 40515).—C-15420.—(95073).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN POR REGISTRO N° 2006LG-000065-PROV

Se comunica a todos los interesados que el Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión celebrada el 17 de octubre de dos mil seis, dispuso declarar infructuosa la licitación de referencia.

San José, 17 de octubre del 2006.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Subjefe.—1 vez.—(94978).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-000015-PROV

Compra de servidores, equipo de cómputo y UPS para el

Organismo de Investigación Judicial

Se comunica a todos los interesados en los procedimientos de contratación que se detallan, que por acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión celebrada el día diecisiete de octubre del año dos mil seis dispuso adjudicar:

Licitación Pública Nº 2006LN-000015-PROV, “Compra de servidores, equipo de cómputo y UPS para el Organismo de Investigación Judicial.”

A: GBM de Costa Rica S. A.

Línea 1: 3 servidores de red, marca Blade Servers IBM Blade Center HS21 con instalación; con un precio total de $76.786,00.

Plazo de entrega: 15 días naturales después de recibido el pedido.

Garantía: 36 meses contra defectos de fabricación.

Demás características y condiciones según cartel y oferta.

Total adjudicado a este oferente: $76.786,00.

A: Consorcio Soluciones Network S. A., Consultoría

Consolidada S. A.

Línea 2: 102 computadoras, marca DELL, modelo Optiplex GX520, con un precio unitario de $835,44 para un total de $85.214,88.

Línea 5: 2 Pocket PC, marca DELL, modelo Axim A51v, con un precio unitario de $552,13 para un total de $1.104,26.

Línea 8: 4 Unidades para respaldos, marca DELL, modelo Power Vault 100T, con un precio unitario de $1.078,76 para un total de $4.315,04.

Línea 9: 6 computadoras, marca DELL, modelo Optiplex GX620, con un precio unitario de $1.062,13 para un total de $6.372,78.

Línea 10: 1 servidor, marca DELL, modelo Power Edge 1800, con un precio de $3.456,91.

Línea 15: 2 servidores, marca DELL, modelo Power edge 2800, con un precio unitario de $5.742,60 para un total de $11.485,20.

Plazo de entrega: Para las líneas 2, 5, 8 y 9 es de 7 días naturales, para las líneas 10 y 15 es de 8 días naturales, ambas entregas después de recibido el pedido.

Garantía: Para las líneas 2, 9, 10 y 15 es de 36 meses y para las líneas 5 y 8 es de 31 meses contra defectos de fábrica.

Demás características y condiciones según cartel y oferta.

Total adjudicado a este oferente: $111.949,07

A: Spot Inc. de Costa Rica S. A.

Línea 3: 20 impresoras láser, marca Konica Minolta, modelo Magicolor 2430 DL, con un precio unitario de $994,65 para un total de $19.893,00.

Plazo de entrega: 5 días hábiles después de recibido el pedido.

Garantía: 36 meses contra defectos de fabricación.

Demás características y condiciones según cartel y oferta.

Total adjudicado a este oferente: $19.893,00.

A: Importaciones Office de Costa Rica S. A.

Línea 4: 16 impresoras para etiquetas, marca Zebra, modelo LP 2844, con un precio unitario de $725,00 para un total de $11.600,00.

Plazo de entrega: 3 días naturales después de recibido el pedido para la presentación de los documentos de exoneración y 4 días naturales para la entrega del equipo, una vez entregada la exoneración por parte del Poder Judicial.

Garantía: 24 meses contra defectos de fabricación.

Demás características y condiciones según cartel y oferta.

Total adjudicado a este oferente: $11.600,00.

A: Central de Servicios PC S. A.

Línea 6: 1 computadora, marca DELL, modelo Precision 490, con un precio de $6.173,19.

Línea 16: 23 computadoras, marca DELL, modelo Optiplex GX620, con un precio unitario de $989,72 para un total de $22.763,56.

Plazo de entrega: 4 días naturales después de recibido el pedido para la presentación de los documentos de exoneración y 3 días naturales para el Aforo Provisional y la entrega del equipo, una vez entregada la exoneración por parte del Poder Judicial.

Garantía: 36 meses contra defectos de fabricación.

Demás características y condiciones según cartel y oferta.

Total adjudicado a este oferente: $28.936,75.

A: Componentes El Orbe S. A.

Línea 7: 5 computadoras portátiles, marca HP Compaq, modelo nx6320 Notebook PC, incluye maletín, con un precio unitario de $1.458,84 para un total de $7.294,20.

Plazo de entrega: 3 días naturales después de recibido el pedido para la presentación de los documentos de exoneración y 4 días naturales para la entrega del equipo, una vez entregada la exoneración por parte del Poder Judicial.

Garantía: 24 meses contra defectos de fabricación.

Demás características y condiciones según cartel y oferta.

Total adjudicado a este oferente: $7.294,20.

A: IPL Sistemas S. A.

Línea 11: 17 impresoras de matriz, marca Okidata, modelo ML-420, con un precio unitario de $296,00 para un total de $5.032,00.

Línea 18: 10 discos duros de 80GB, marca Hitachi, con un precio unitario de $60,00 para un total de $600,00.

Plazo de entrega: 4 días naturales después de recibido el Pedido para la presentación de los documentos de exoneración y 1 día natural para la entrega del equipo, una vez entregada la exoneración por parte del Poder Judicial.

Garantía: 31 meses contra defectos de fabricación.

Demás características y condiciones según cartel y oferta.

Total adjudicado a este oferente: $5.632,00.

A: Consorcio Productos Avanzados de Computación S. A.,

Grupo Informático Costarricense INCOSA S. A.

Línea 12: 50 impresoras láser marca Brothers, modelo HL-5250DN, con un precio unitario de $300,00 para un total de $15.000,00.

Plazo de entrega: 5 días hábiles después de recibido el pedido.

Garantía: 31 meses contra defectos de fabricación.

Demás características y condiciones según cartel y oferta.

Total adjudicado a este oferente: $15.000,00.

A: Telerad Telecomunicaciones Radiodigitales S. A.

Línea 13: 3 UPS línea interactiva, marca OPTI-UPS 220VA, con un precio unitario de $705,00 para un total de $2.115,00.

Línea 14: 26 UPS línea interactiva, marca OPTU.UPS 800VA, con un precio unitario de $100,00 para un total de $2.600,00.

Plazo de entrega: 7 días naturales después de recibido el pedido.

Garantía: 31 meses contra defectos de fabricación.

Demás características y condiciones según cartel y oferta.

Total adjudicado a este oferente: $4.715,00.

A: Telemática Internacional S. A.

Línea 17: 10 Scanner, marca HP, modelo Scanjet 4370, con un precio unitario de $145,00 para un total de $1.450,00.

Plazo de entrega: 5 días hábiles después de recibido el pedido.

Garantía: 31 meses contra defectos de fabricación.

Demás características y condiciones según cartel y oferta.

Total adjudicado a este oferente: $1.450,00.

Gran total adjudicado: $283.256,02.

San José, 18 de octubre del 2006.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Subjefe.—1 vez.—(95051).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-000001-03

Sustitución de once (11) servidores, por obsolescencia

para diversas oficinas del Banco Regional Alajuela

La Dirección Regional Alajuela del Banco Nacional de Costa Rica, comunica a los interesados en este proceso de licitación, que el Subcomité de Licitaciones mediante sesión ordinaria Nº 020-2006, de fecha 17 de octubre del 2006, en su artículo 2º, acordó lo siguiente:

Dejar sin efecto el acto de adjudicación de la Licitación Pública Nº 2006LN-001-03, promovida para la “Sustitución de 11 servidores por obsolescencia para diversas oficinas del Banco Regional Alajuela”, efectuado a favor de la empresa Sistemas Analíticos S. A., publicado en La Gaceta Nº 197 página 23 del viernes 13 de octubre del 2006, que indica “La Dirección Regional Alajuela del Banco Nacional de Costa Rica comunica a los interesados en este proceso de licitación, que el Subcomité de Licitaciones mediante sesión ordinaria Nº 18-2006 de fecha 6 de octubre del 2006 en su artículo 2º acordó lo siguiente.........” debido a que no resulta el Subcomité competente por razón de la cuantía de la contratación para la realización de dicho acto.

Alajuela, 18 de octubre del 2006.—Regional Alajuela Norte.—Lic. Adrián Arias Murillo, Proveedor.—1 vez.—(O. C. Nº 008-2006).—C-8820.—(95042).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

LICITACIÓN PÚBLICA 106046 (2006LN-106046-UL)

Agentes gastrointestinales, dermatológicos,

oftalmológicos y otros

En concordancia con las facultades conferidas por el artículo Nº 11 del Reglamento Interno de Contratos Administrativos, la Dirección Administrativa con sustento en las consideraciones de orden legal y técnico dictaminadas por el Departamento de Proveeduría en oficio PROV-4857-2006 del 13 de setiembre del 2006, el cual se tendrá como parte integrante de este acuerdo, acuerda:

1. Adjudicar la presente licitación de la manera que se detalla seguidamente:

1.  Laboratorios Stein S. A., cédula jurídica Nº 3-101-028601.—(Oferta Nº 2).

Renglón: 1 monto total: ¢594.000,00.

2.  Nutricare S. A., cédula jurídica Nº 3-101-179050.—(Oferta Nº 6).

Renglón: 2 monto total: $31.360,00.

3.  Consorcio Civek S. A., cédula jurídica Nº 3-101-333612.—(Oferta Nº 8).

Renglón: 4 monto total: ¢294.000,00.

Renglones: 5, 6, monto total: $9.600,00.

4.  Uniphard (Costa Rica) S. A., cédula jurídica Nº 3-101-114106-11.—(Oferta Nº 4).

Renglón: 7 monto total: $5.890,00.

5.  Preempre Plaza S. A., cédula jurídica Nº 3-101-372147.—(Oferta Nº 13).

Renglón: 8 monto total: ¢1.298.700,00.

6.  Productos Cutis S. A., cédula jurídica Nº 3-101-007830-21.—(Oferta Nº 7).

Renglones: 10, 11, 18 monto total: $13.006,00.

7.  Cefa Central Farmacéutica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-095144-31.—(Oferta Nº 1).

Renglones: 12, 29 monto total: $14.097,00.

8.  Alcames Laboratorios Químicos de Centroamérica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-012190-13.—(Oferta Nº 15).

Renglones: 13, 15, 20, 21, 22, 24, 26 monto total ¢12.559.800,00.

9.  Mariano Lara Chacón cédula personal Nº 2-0320-0802.—(Oferta Nº 10).

Renglones: 14, 23 monto total: $9.680,00.

10.     Farmavisión S. A., cédula jurídica Nº 3-101-014512.—(Oferta Nº 5).

Renglones: 16, 33 monto total: ¢2.712.170,00.

11.     Corporación Zumar ZC S. A., cédula jurídica Nº 3-101-179112.—(Oferta Nº 11).

Renglones: 28, 29, 30 monto total: $742,00.

12.     Despachos Comerciales Farmacéuticos DECOFAR S. A., cédula jurídica Nº 3-101-297324.—(Oferta Nº 3).

Renglón: 31, 26 monto total: $872,00.

13.     Jumaxi Internacional S. A., cédula jurídica Nº 3-101-301985.—(Oferta Nº 9).

Renglón: 32 monto total: ¢304.874,00.

Todos los demás términos y condiciones según cartel del 15 de marzo del 2006 y cada una de las ofertas de los adjudicatarios del 20 y 21 de abril del 2006.

2. Declarar desiertos los siguientes renglones:

    Nº 3, 19, 25 y 27 por falta de ofertas.

    El renglón Nº 9 “Unidades de Beclometasona dipropionato aerosol”, por cuanto la única oferta participante (Nº 8 Consorcio Civek S. A), incumple al no presentar las muestras, tal y como lo solicita el punto III. Muestras, numeral A, del cartel.

3. Desestiman a las siguientes ofertas por incumplimientos en la muestra o en la oferta.

a.   Renglón Nº 1 “Unidades de famotidina 40 mg”, oferta Nº 3 Decofar S. A., por ofrecer muestras sin la debida rotulación en los blister, (las muestras aportadas no tienen la impresión en cada unidad), según se solicita en el pliego de condiciones.

b.  Renglón Nº 18 “Unidades de Tioconazol o Bifonazol, Miconazol nitrato al 1%, o 2% respectivamente, 30-15 o 30 gramos respectivamente”, oferta Nº 5 Farmavisión S. A., y la Nº 14 Qualifar del Istmo S. A., por incumplir las condiciones del cartel ya que las muestras presentadas son de 20-15 gramos respectivamente, se solicita de 30 gramos y la oferta Nº 12 Laboratorios Ancla S. A., es desestimada porque las muestras presentadas no indican el número de lote, ni la fecha de vencimiento.

c.   Renglón Nº 20 “Unidades de Dexametasona o Betametasona fosfato frasco gotero de 5 ml”, oferta Nº 14 Qualifar del Istmo S. A., por incumplir las condiciones del cartel ya que las muestras presentadas contienen Dexametasona pura, lo solicitado en el cartel es Dexametasona con neomicina.

San José, 17 de octubre del 2006.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Carlos Quesada H., Jefe a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 18427).—C-40170.—(95075).

LICITACIÓN PÚBLICA 106048 (2006LN-106048-UL)

Descongestionantes, broncodilatadores, antivirales y miselaneos

En concordancia con las facultades conferidas por el artículo Nº 11 del Reglamento Interno de Contratos Administrativos, la Dirección Administrativa con sustento en las consideraciones de orden legal y técnico dictaminadas por el Departamento de Proveeduría en oficio PROV-5000-2006 del 20 de setiembre del 2006, el cual se tendrá como parte integrante de este acuerdo, acuerda;

1. Adjudicar la presente licitación de la manera que se detalla seguidamente:

1.  Laboratorios Ancla S. A., cédula jurídica Nº 3-101-004980-17.—(Oferta Nº 8).

Renglones: 1, 10, 12, 16, 14, monto total: $41.402,50.

2.  Mariano Lara Chacón cédula personal Nº 2-0320-0802.—(Oferta Nº 4).

Renglón: 2 monto total: $2.565,00.

3.  O Fischel R y Compañía S. A., cédula jurídica Nº 3-101-003992.—(Oferta Nº 5).

Renglones: 4, 11, 21 monto total: $4.031,80.

4.  Farmavisión S. A., cédula jurídica Nº 3-101-014512.—(Oferta Nº 7).

Renglones 5, 6 monto total: ¢1.503.750,00.

5.  Alcames Laboratorios Químicos de Centroamérica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-012190-13.—(Oferta Nº 11).

Renglones: 7, 15, monto total: $68.182,00.

6.  Productos Cutis S. A., cédula jurídica Nº 3-101-007830-21.—(Oferta Nº 3).

Renglones: 8, 19 monto total: $38.943,00.

7.  Agroinduchem S. A., cédula jurídica Nº 3-101-252351.—(Oferta Nº 6).

Renglones: 18, 20 monto total: $7.782,50.

8.  Laboratorios Stein S. A., cédula jurídica Nº 3-101-028601-9.—(Oferta Nº 9).

Renglón: 22 monto total: ¢12.150.000,00.

9.  V M G Healthcare Products S. A., cédula jurídica Nº 3-101-028601-9.—(Oferta Nº 2).

Renglón: 23 monto total: $23.729,00.

Todos los demás términos y condiciones según cartel del 27 de abril del 2006 y cada una de las ofertas de los adjudicatarios del 25 y 27 de abril del 2006.

    Declarar desiertos los siguientes renglones Nº 3, 9,13 y 14, por falta de ofertas.

    Se desestiman las siguientes ofertas por incumplimientos en la muestra o en la oferta.

    Renglón Nº 1 “Unidades de descongestionante respiratorio oral de 100 a 120 ml”, ofertas Nº 09 Laboratorios Stein S. A., y Nº 10 Consorcio Civek S. A., por incumplir las condiciones solicitadas en el cartel, ya que las muestras que presentaron contienen (4 mg de Bromofeniramina por tableta), en el cartel se solicita que cada tableta contenga 2 mg de Bromofeniramina.

    Renglón Nº 2 “Unidades de dextromertofano jarabe de 100-120 ml”, oferta Nº 10 Consorcio Civek S. A., por incumplir las condiciones del cartel, ya que ofrecen Dextrometorfano con Difenhidramina, siendo lo requerido en el cartel Dextromertofano Bromhidrato únicamente.

    Renglón Nº 16 “Litros de alcohol etílico de 70º, oferta Nº 10 Consorcio Civek S. A., por incumplir las condiciones solicitadas en el cartel, ya que ofrecen envases con 950 ml de alcohol, siendo lo requerido en el cartel envases con 1000 ml, (1 litro) de alcohol.

    Renglón Nº 17 “Litros de Alcohol etílico de 90º, oferta Nº 10 Consorcio Civek S. A., por incumplir las condiciones solicitadas en el cartel, ya que ofrecen envases con 950 ml de alcohol, siendo lo requerido envases con 1000 ml, (1 litro) de alcohol.

    Renglón Nº 19 “Litros de Clorhexidina Gluconato 4% p/v solución tópica”, oferta Nº 13 Qualifar del Istmo S. A., por incumplir las condiciones solicitadas en el cartel, ya que la muestra ofrecida no trae impreso en la etiqueta el número de lote, ni la fecha de vencimiento del producto ofrecido.

    Renglón Nº 20 “Litros de Germicida de Amplio de Espectro”, oferta Nº 12 Distribuidora Lonics S. A., por incumplir las condiciones solicitadas en el cartel, ya que la muestra ofrecida no trae impreso en la etiqueta el número de lote, fecha de vencimiento y diluciones.

    Renglón Nº 22 “Unidades de Nesfinavir, Mesilato de 250 mg”, oferta Nº 2 VMG Healthcare Products S. A., por incumplir las condiciones solicitadas en el cartel, ya que no presentó las muestras solicitadas.

    Renglón Nº 23 “Unidades de Lamivudina 150 mg” Zidovudina 300 mg tabletas, oferta Nº 3 Laboratorios Gutis S. A., por incumplir las condiciones solicitadas en el cartel, ya que ofrece únicamente tabletas de Lamivudina, siendo lo requerido tabletas con lamivudina 150 mg, Zidovudina 360 mg.

San José, 17 de octubre del 2006.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Carlos Quesada H., Jefe a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 18427).—C-38520.—(95077).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

OFICINA DE SUMINISTROS

LICITACIÓN RESTRINGIDA 19-2006

Compra de equipos accesorios para cómputo

A los interesados en la Licitación en Referencia, se les comunica que la administración acordó adjudicar de la siguiente manera:

A: UMC de Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-153345.

Renglón Nº 1, 2, 4, 10 por un monto de $ 10.290,00.

A: Componentes El Orbe S. A., cédula jurídica Nº 3-101-111502-18.

Renglón Nº 9, 13 por un monto de $ 2.784,50.

A: DT División de Tecnología, LIMCE S. A., cédula jurídica

Nº 3-101-101281.

Renglón Nº 3, 7, 16, 18, 21, 25 por un monto de $16.760,75.

Todo de acuerdo al cartel y a la oferta respectiva.

Declarar desiertos los renglones: 5, 6, 8, 11, 12, 14, 15, 17, 19, 20, 22, 23, 24, 26 y 27 porque los oferentes no cumplen con lo requerido.

Sabanilla de Montes de Oca, 2 de octubre del 2006.—Unidad de Licitaciones.—Lic. Ana Barrantes Muñoz, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 90209).—C-7170.—(95074).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN PÚBLICA 2005-025

(Readjudicación)

Servicios de seguridad y vigilancia

para el Hospital San Rafael de Alajuela

A los interesados en el presente concurso se les comunica que por resolución de la Gerencia División Operaciones de fecha 11 de octubre del 2006, se resuelve readjudicar a:

J.W. Investigaciones S. A.

Ítem único:

Servicios de seguridad y vigilancia Hospital San Rafael de Alajuela.

Monto total anual adjudicado: ¢ 141.829.734,60.

San José, 17 de octubre del 2006.—Subárea de Adjudicaciones.—Luz Mary Hidalgo Hernández, Jefa.—1 vez.—C-4420.—(95005).

LICITACIÓN POR REGISTRO 2005-048

(Readjudicación)

Contratación de servicios de seguridad y vigilancia

Área de Salud de Puerto Viejo de Sarapiquí

A los interesados en el presente concurso se les comunica que por resolución del Área de Adquisiciones de fecha 13 de octubre del 2006, se resuelve readjudicar a:

Seguridad y Limpieza Yale S. A.

Ítem único:

Contratación de servicios de seguridad y vigilancia Área de Salud de Puerto Viejo de Sarapiquí.

Monto total anual adjudicado: ¢ 26.640.000,00.

San José, 17 de octubre del 2006.—Subárea de Adjudicaciones.—Luz Mary Hidalgo Hernández, Jefa.—1 vez.—C-3870.—(95006).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 117-2005

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la Subgerencia Sector Telecomunicaciones, mediante nota 60003593-2006 del 9 de octubre del 2006, acordó adjudicar:

Oferta: 2 alternativa.

Oferente: Exfo Electro-Optical Engineering Inc.

Subtotal equipos CPT US $ 352.012,00.

Depósito aduanero ICE-Colima.

Subtotal entrenamiento: US $ 5.670,00.

Valor total adjudicado: US $ 357.682,00.

Representante: Bolward SRL.

Vía de transporte: aéreo.

Tiempo de entrega: 45 días naturales a partir de la notificación del refrendo.

Inicio capacitación: se dará una vez que hayan sido entregados los instrumentos, a conveniencia entre ambas partes. Tendrá una duración de 2 días.

Forma de pago: crédito documentario irrevocable, no transferible y no confirmado, de la siguiente manera: 50% contra recibo de mercancías en el depósito aduanero ICE Colima, o con el visto bueno del equipo, en bodegas ICE Colima de Tibás.

50% dentro de los 30 días naturales contados a partir de haber comprobado el correcto funcionamiento del equipo.

Forma de pago capacitación: Está incluida en el segundo 50% indicado anteriormente.

Garantía sobre los bienes: 36 meses contados a partir de la fecha en que el ICE reciba el objeto del contrato a entera satisfacción.

Garantía de cumplimiento: 5% del monto adjudicado, con una vigencia de 6 meses contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación.

Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta del adjudicatario.

NOTA: Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS, personería jurídica, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada ¢1000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).

San José, 18 de octubre del 2006.—Dirección de Proveeduría.—Ing. Carlos Casco Peña, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 325243).—C-20370.—(95044).

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000024-PROV

Contratación de 2500 eventos para servicios de instalación,

reubicación y mantenimiento de cabinas telefónicas

en el Gran Área Metropolitana

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la Subgerencia Sector Telecomunicaciones, mediante nota 6000-3461-2006 del 28 de setiembre del 2006, acordó adjudicar:

Oferta Nº 4.

Oferente: Lázaro Eusebio Ramírez Castro, cédula jurídica / representante 6-311-260.

Contratación de: contratación de 2500 eventos para servicios de instalación, reubicación y mantenimiento de cabinas telefónicas en el Gran Área Metropolitana.

Precio por evento: US$85.

Precio total por 2500 eventos: US$212.500,00.

*El precio incluye el 13% correspondiente a los materiales que se utilizarán en los eventos que requieran obra gris.

Periodo de inicio y finalización del contrato: 10 días hábiles, siguientes a la notificación de la orden de servicio. El contrato será por el periodo de un año.

Lugar de prestación del servicio: El servicio se deberá brindar en la Gran Área Metropolitana, que comprende desde Turrialba hasta San Ramón.

Modalidad y forma de pago: Giro a la vista 30 días, contra presentación de facturas por mes después de brindado el servicio.

Garantía de cumplimiento: (porcentaje y vigencia) 5% del monto adjudicado, vigencia mínima de 14 meses.

Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta del adjudicatario.

NOTA: Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS, personería jurídica, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada ¢1000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).

San José, 18 de octubre del 2006.—Dirección de Proveeduría.—Ing. Carlos Casco Peña, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 325243).—C-17620.—(95045).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE NICOYA

LICITACIÓN POR REGISTRO N° 2006LG-000017-01

 Iluminación de cancha de fútbol de Caimital

LICITACIÓN POR REGISTRO N° 2006LG-000018-01

 Iluminación de cancha de fútbol de Corralillo

(Desiertas)

La Proveeduría de la Municipalidad de Nicoya, avisa a todos los interesados en las Licitaciones por Registro N° 2006LG-000017-01 “Iluminación de cancha de fútbol de Caimital” y N° 2006LG-000018-01 “Iluminación de cancha de fútbol de Corralillo” que el Concejo Municipal mediante Acuerdo Nº 17, de la sesión ordinaria N° 024, celebrada el día 17 de octubre del 2006, aprobó declarar desiertas dichas licitaciones amparados en el Artículo Nº 56.3.4 de la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento.

Nicoya, 18 de octubre del 2006.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Sully Obando Villegas, Proveedora Municipal.—1 vez.—(94928).

REGISTRO DE PROVEEDORES

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

DE BIENES Y CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

DIRECCIÓN DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La Dirección General de Bienes y Contratación Administrativa, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 24.2 del Reglamento General de Contratación Administrativa, y con el fin de actualizar el Registro de Inhibidos a participar en los procedimientos de Contratación Administrativa de conformidad con el artículo 22 de la Ley de Contratación Administrativa, solicita a las proveedurías Institucionales de las Administraciones públicas se sirvan remitir a más tardar en un plazo de 15 días hábiles posteriores a la presente publicación, la lista actualizada de funcionarios inhibidos, indicando el nombre completo, el puesto que ocupa, número de cédula y fecha hasta la cual esta nombrado en el puesto.

Lic. Jeannette Solano García, Directora General.—(Solicitud Nº 18962).—C-18170.—(93909).

FE DE ERRATAS

EDUCACIÓN PÚBLICA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000233-57200

Contratación para la compra de productos de papel y cartón

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Educación, comunica que por error material, la presente licitación fue publicada en La Gaceta número 196, del día 12 de octubre del 2006, bajo el número 2006LG000233-57200, por lo cual a los interesados y para efectos de referencia debe leerse correctamente el número de esta Licitación por Registro de la siguiente forma: 2006LG-000233-57200. Es todo.

La Proveeduría Institucional se encuentra ubicada en el edificio Raventós, 4º piso, calle 6, avenida central y 2ª, San José.

San José, octubre del 2006.—Rolando Chinchilla Masís, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 39346).—C-7170.—(95078).

LICITACIÓN POR REGISTRO 2006LG-000234-57000

Compra de útiles y materiales de oficina

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Educación comunica que, por error material, la presente licitación fue publicada en La Gaceta número 196, del día 12 de octubre del 2006 bajo el número 2006LG00234-57000, por lo cual a los interesados y para efectos de referencia debe leerse correctamente el número de esta Licitación por Registro de la siguiente forma: 2006LG-000234-57000.

Los interesados podrán pasar a retirar el cartel en forma gratuita en la Proveeduría Institucional del Ministerio de Educación Pública o bien estará a disposición en el Sistema Compra Red de Internet a partir de esta fecha en la dirección www.hacienda.go.cr/comprared.

La Proveeduría Institucional se encuentra ubicada en el edificio Raventós, 4to piso, calle 6, avenida central y 2ª, San José.

San José, 18 de octubre del 2006.—Lic. Rosario Segura Sibaja, Subproveedora Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 39347).—C-8820.—(95080).

SALUD

INSTITUTO COSTARRICENSE DEL

DEPORTE Y LA RECREACIÓN

CONCURSO: LICITACIÓN POR REGISTRO 2006LG-000004-01

Objeto de contrato: Implementos deportivos

Financiamiento: Fondos Públicos

Se le comunica a los interesados de este concurso, que en la Sección II, ítem 3, línea 2, debe leerse correctamente “unidades de bolas” omitiendo la palabra docenas.

San José, 17 de octubre del 2006.—Proveeduría.—Lic. Eduardo Alonso Ramírez Brenes, Proveedor.—1 vez.—(O. C. Nº 6261).—C-4970.—(95046).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 222-2006

Desarrollo e instalación de una solución informática

para el depósito, cuidado y conservación de valores,

así como el efectivo relacionado con estos

Se comunica a los interesados en esta Licitación por Registro, que el aviso que salió publicado en La Gaceta Nº 95 página 02 del jueves 18 de mayo del 2006, deberá leerse de la siguiente manera:

Se adjudica la Licitación por Registro Nº 222-2006, “Desarrollo e instalación de una solución informática para el depósito, cuidado y conservación de valores, así como el efectivo relacionado con estos”, a la única oferta presentada por la empresa Internet Systems Development Insyde S. A., por un monto total de doscientos setenta mil ciento cuarenta y dos dólares con 50/100 (U$ 270.142,50) impuestos de ventas incluidos. La garantía técnica de la solución ofertada debidamente instalada y funcionando es de 24 meses, contados a partir del recibido conforme y por escrito por parte del Banco Nacional y un plazo de entrega de la solución debidamente instalada, funcionando y en producción, todo a entera conformidad del Banco, será de noventa (90) días naturales, contados a partir del aviso del Banco al adjudicatario, para que pase a retirar el contrato refrendado.

Asimismo, se recomienda que se adjudique el servicio de mantenimiento post garantía con costo mensual de U$0, por un periodo de un año una vez finalizada la garantía técnica.

La Uruca, 23 de octubre del 2006.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—(Nº 1667-2006).—C-12670.—(95007).

BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA

LICITACIÓN PÚBLICA 2006LN-000002-01

(Aclaración)

Compra de 4 vehículos nuevos

Referente a la Licitación Pública 2006LN-000002-01, para la compra de 4 vehículos nuevos se hacen las siguientes aclaraciones:

1-  En el punto 09 de las condiciones generales, la forma de pago se debe entender que los vehículos propiedad del Banco se entregarán como parte de pago y de la siguiente forma:

Para el ítem 1, se entregarán como parte de pago dos vehículos marca Mitsubishi, modelos 2001, placas Nº 421504 y 521505, valorados ambos en ¢18.000.000,00 (dieciocho millones de colones).

Para el ítem 2, se entregarán como parte de pago un vehículo marca Pathfinder, modelo 1994, placa Nº 305-39 y dos Nissan D-22, modelos 1994, placas Nº 305-34 y 305-36, valorados ambos en ¢11.300.000,00 (once millones trescientos mil colones).

2-  En el punto 23 de las condiciones generales, la garantía de funcionamiento óptimo de los vehículos se calificará de la siguiente forma:

Ítem 1:

a-   Los que oferten 100.000 kilómetros o más obtendrán un 25%.

b-   Los que oferten menos de  100.000 pero más de 80.000 kilómetros obtendrán un 15%.

c-   Los que oferten menos de 80.000 pero más de 50.000 kilómetros obtendrán un 5%.

d-   Menos de 50.000 kilómetros obtendrán 0 puntos.

ítem 2:

1-   Los que oferten 100.000 kilómetros o más obtendrán un 30%.

2-   Los que oferten menos de 100.000 pero más de 80.000 kilómetros obtendrán un 20%.

3-   Los que oferten menos de 80.000 pero más de 50.000 kilómetros obtendrán un 10%.

d-   Menos de 50.000 kilómetros obtendrán 0 puntos.

3-  En el ítem 2, en el punto 4, se debe leer, motor entre 2000 y 3000 centímetros cúbicos.

4-  El plazo para la recepción de ofertas y apertura de las mismas se amplía hasta el 9 de noviembre del 2006, a las 10:00 horas.

Los demás términos permanecen invariables.

Dirección Financiera Administrativa.—Margoth Campos Barrantes, Directora.—1 vez.—(95079).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-106082-UL

Adquisición de servidores

Se comunica a los interesados en el presente concurso, cuya invitación se publicó en el Diario Oficial La Gaceta Nº 186 del 28 de setiembre del 2006, que la apertura de ofertas se prorroga para el 3 de noviembre del 2006, a las 9:00 a. m.

Todos los demás términos y condiciones permanecen invariables.

Departamento de Proveeduría.—Carlos Fco. Quesada Hidalgo, Jefe a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 18427).—C-5520.—(95196).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

OFICINA DE SUMINISTROS

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000044-ULIC

(Aclaración y prórroga)

Compra de equipos para laboratorio

A los interesados en participar en la licitación indicada, cuya invitación se publicó en La Gaceta Nº 190 del 4 de octubre del 2006, se les solicita retirar la aclaración en la Unidad de Licitaciones de la Oficina de Suministros o accesar la página web www.vra.ucr.ac.cr.

La apertura se prórroga para el 2 de noviembre del 2006, a las 10:30 horas.

El resto permanece invariable.

Sabanilla de Montes de Oca, 18 de octubre del 2006.—Unidad de Licitaciones.—Lic. Ana Barrantes M., Jefa.—1 vez.—(O. S. Nº 90209).—C-6620.—(95220).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

Nº 2006LG-000061-PRI

(Circular Nº 2)

Compra de mini cargador

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la Licitación arriba indicada, que prorroga la fecha de apertura de las ofertas para el 1º de noviembre del 2006 a las 10:00 horas.

Las demás condiciones permanecen invariables.

San José, 17 de octubre del 2006.—Proveeduría Institucional.—Lic. Lilliana Navarro C.—1 vez.—(Solicitud Nº 42320).—C-3870.—(95011).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

LICITACIÓN POR REGISTRO 2006LG-000046-01

Compra de equipo portátil para la enseñanza

de la neumática y electroneumática

El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación por Registro 2006LG-000046-01, de “Equipo portátil para la enseñanza de la neumática y electroneumática”, que la fecha de apertura de esta licitación se prórroga para el próximo 8 de noviembre del 2006, a las 10:00 horas.

San José, 18 de octubre del 2006.—Proceso de Adquisiciones.—Allan Altamirano D., Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 39762).—C-4420.—(95221).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-900072-02

(Prórroga Nº 3 y aclaración Nº 4)

Contratación de los servicios de mano de obra, materiales y equipo

para suministro e instalación de generadores de electricidad

en las estaciones de bombeo del plantel El Alto y Siquirres

Le comunicamos a los interesados en participar en el concurso en referencia, que la fecha de apertura y recepción de ofertas se prorrogó para el día 27 de octubre del 2006 a las 14:00 horas. Asimismo, deben pasar al primer piso de las oficinas centrales a retirar la aclaración Nº 4 al cartel.

San José, 18 de octubre del 2006.—Departamento Contrataciones Bienes y Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 2005-5-0107).—C-4970.—(95009).

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-300095-02

(Prórroga Nº 2)

Suministro de bombas

Le comunicamos a los interesados en participar en el concurso en referencia que la fecha de apertura y recepción de ofertas se prorrogó para el día 16 de noviembre del 2006 a las 9:00 horas.

San José, 18 de octubre del 2006.—Departamento Contrataciones Bienes y Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 2005-5-0107).—C-3870.—(95010).

RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 200LG-000006-DGCMRACSA

Adquisición de Torres Autoportadas para la Red de Internet Wimax

Radiográfica Costarricense S. A., avisa a los participantes en la licitación arriba indicada, que se modifica el punto 5 condiciones especiales del capítulo II “Requerimientos y especificaciones técnicas” del cartel el cual se detalla a continuación:

5   Condiciones especiales.

5.1     El oferente debe suministrar, al menos una certificación emitida por clientes, ya sean estas instituciones públicas o privadas en Costa Rica o en el extranjero, donde demuestre que ha efectuado instalaciones de torres iguales o superiores a las aquí necesitadas (según el pliego cartelario) y donde se constate su óptima operatividad, en dicha información deberá incluir el nombre de la administración, ciudad, apartado postal, número de facsímil y dirección de correo electrónico. Las cartas deben ser presentadas como se detalla a continuación:

5.1.1   Presentar constancia de persona física o jurídica.

5.1.2   Indicar si es institución pública o privada, ya sea en el ámbito nacional (Costa Rica ) o en el extranjero.

5.1.3   Deberá indicar también:

5. 1 .3. 1  Fecha en que la empresa entregó la torre en perfecta operación.

5.1 .3.2    Metros de altura de la torre.

5.1 .3.3    Utilización actual de la torre (dirección exacta).

5.1 .3.4    Dirección exacta de la ubicación de la torre.

5.1 .3.5    Fotografía (s) de la torre (no indispensable).

5.1.4   Dichas cartas que ratifiquen la experiencia del oferente deberán contar con:

5.1 .4.1    Nombre de la entidad y país de origen.

5.1.4.2     Persona o institución.

5.1.4.3     Persona responsable, y:

5.1.4.3.1 Cargo desempeñado (puesto).

5.1.4.3.2 Teléfono de oficina.

5.1.4.3.3 Fax.

5.1.4.3.4 Correo electrónico.

La apertura de las ofertas se traslada para el día 13 de noviembre del 2006, a la misma hora y lugar fijados en el cartel.

San José, 18 de octubre del 2006.—Proveeduría.—Sr. Xavier Sagot Ramírez, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 40925).—C-19270.—(95218).

REGLAMENTOS

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ GERENCIAL

DE INFORMÁTICA DEL INSTITUTO

MIXTO DE AYUDA SOCIAL

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º—Del objeto: El objeto del presente reglamento es regular la organización y funcionamiento del Comité Gerencial de Informática del Instituto Mixto de Ayuda Social, como asesor coadyuvante para la toma de decisiones por parte del máximo jerarca y el nivel gerencial de la Institución.

Artículo 2º—De las definiciones: Para efectos del presente reglamento se entenderá por:

El Comité: El Comité Gerencial de Informática.

El Jerarca: El Consejo Directivo del IMAS.

Nivel Gerencial: El Presidente Ejecutivo, el Gerente General y los Subgerentes de la Institución.

Sistema de Información Gerencial: Federación de subsistemas que emplea bases de datos comunes desarrollado e implementado de acuerdo con la necesidad de la organización.

CAPÍTULO II

Del Comité Informático

Artículo 3º—De la competencia: Serán competencias del Comité las siguientes funciones:

a)  Asesorar al Consejo Directivo y al nivel gerencial en la gestión y administración del Sistema de Información Gerencial y respecto de los recursos humanos, materiales y financieros que se destinen para su desarrollo.

b)  Asesorar en las decisiones generales referentes a la adquisición, distribución, mantenimiento, manejo e inversión en materia de tecnología e informática, que le sean sometidos a su conocimiento.

c)  Proponer políticas al Consejo Directivo y nivel gerencial, en lo referente al desarrollo de los Sistemas de Información Gerencial en la Institución, a efecto de contribuir al desarrollo institucional y garantizar un adecuado ambiente de control en el uso de la tecnología de la información.

d)  Someter a conocimiento del Consejo Directivo y al nivel gerencial las correspondientes propuestas de planes estratégico y operativo anual de la función informática, a fin de que sean incorporados como parte de los planes estratégico y operativo anual de la Institución.

e)  Asesorar y proponer al nivel jerárquico superior en la emisión de Normas y Políticas relativas al Sistema de Información Gerencial de la Institución, y velar por su permanente actualización.

f)   Monitorear de la función informática, en donde se incluya el seguimiento y apoyo de los proyectos de sistemas y tecnología de información, con el objetivo de procurar la garantía del éxito de los proyectos, y a su vez informar periódicamente a las instancias superiores, sobre los resultados de esta labor de seguimiento.

Artículo 4º—De la integración. El Comité estará integrado por las siguientes personas, todos funcionarios del Instituto Mixto de Ayuda Social:

a)- El Presidente Ejecutivo de la Institución o su representante.

b)  El Gerente General o su representante, quien presidirá.

c)- El Subgerente Administrativo Financiero o su representante.

d)- El Subgerente de Desarrollo Social o su representante.

e)  El Administrador de Control de Gestión de Empresas Comerciales o su representante.

f)- El Coordinador del Área de Planeamiento y Desarrollo Institucional.

g)- El Coordinador del Área de Desarrollo Informático, quien fungirá como Secretario.

CAPÍTULO III

Del funcionamiento del Comité Gerencial Informático

Artículo 5º—Del funcionamiento: El Comité sesionará al menos una vez al mes en el lugar y hora que este destine al efecto.

Las sesiones del Comité podrán ser ordinarias y extraordinarias cuando así se indique. En el caso de las extraordinarias, se realizarán a solicitud del Presidente del Comité o de los integrantes del mismo cuando la índole de los asuntos a tratar así lo obligue, y se tramitarán sólo los puntos para los que fue convocada, y aquellos que en el seno estime conveniente por mayoría absoluta de los miembros.

Artículo 6º—Del funcionario responsable de dirigir el Comité: El Comité sesionará bajo la dirección del Presidente y en ausencia de este presidirá la reunión el Subgerente Administrativo Financiero, o en su defecto el Gerente de Desarrollo Social.

Artículo 7º—Quórum. El quórum para que pueda sesionar válidamente el órgano colegiado será el de la mayoría absoluta de sus componentes. Los acuerdos serán adoptados por mayoría absoluta de los miembros asistentes. El número de éstos se verificará en el lugar designado para llevar a cabo la sesión al inicio de la misma.

En todos aquellos casos en que medie empate en la votación de algún asunto entre los miembros del Comité, el Presidente tendrá en razón de su investidura, doble voto, para resolver el conflicto existente.

Artículo 8º—Asuntos pendientes. Cuando el presidente levante la sesión estando en discusión algún punto, será tratado en la sesión siguiente, debiendo incluirse en el artículo de Asuntos Varios, como el número uno y se respetará la precedencia en que esté cedida la palabra de los miembros del Comité, para referirse al tema.

Artículo 9º—Prioridad de asuntos. En la tramitación de los asuntos regulares que conozca, el Comité dará prioridad a los asuntos en materia de inversión tecnológica informática.

Artículo 10.—Convocatoria a representantes unidades usuarias. El Comité podrá convocar a otros representantes de unidades usuarias, en consideración de los asuntos por tratar.

Artículo 11.—Invitados. El Comité podrá recibir a funcionarios de la Institución que muestren interés en tratar asuntos relacionados con la adquisición, distribución, mantenimiento, y manejo del material de naturaleza informática. La audiencia se concederá previa solicitud ante el Presidente, quien fijará el día y la hora de la reunión.

CAPÍTULO IV

De las funciones y atribuciones de los miembros

Artículo 12.—De las funciones del Presidente del Comité: Le corresponde al Presidente del Comité:

a)- Convocar a sesiones ordinarias o extraordinarias.

b)- Presidir las sesiones del Comité.

c)- Elaborar y proponer el orden del día de las sesiones ordinarias, guardando el orden prioritario en procura de un interés institucional y someterlo a aprobación del Comité inmediatamente después de comprobado el quórum para la sesión.

d)- Declarar abiertas las sesiones a la hora señalada y terminarlas después de haber tratado los asuntos que se dispusieron conocer. Cuando lo considere procedente, por motivos de conveniencia y oportunidad podrá disponer la suspensión de la sesión.

e)- Dirigir las discusiones orientando el debate hacia los puntos fundamentales y exigir que se observe el orden debido y el respeto mutuo entre los participantes.

f)- Autorizar con su firma las actas en el libro respectivo.

g)- Conceder permiso a los miembros para ausentarse de las sesiones si con ello no se rompe el quórum.

h)- En los casos en que se presente empate entre los miembros del Comité, tendrá doble voto para decidir la votación.

i)-  Representar al Comité en reuniones con los Jerarcas de las Institución convirtiéndose en el vocero del mismo con respecto a los planteamientos y propuestas elaboradas por el órgano sin perjuicio de que por conveniencia se delegue en representación para el caso concreto.

Artículo 13.—De las funciones del Secretario del Comité: Corresponde al Secretario del Comité:

a)- Comunicar a los demás miembros el orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias con suficiente anticipación a la fecha de la reunión.

b)- Registrar en el libro respectivo las actas aprobadas por el Comité firmando al pie de ellas, como constancia de la fidelidad del registro.

c)- Notificar oportunamente los acuerdos que dicte el Comité y la recepción de personas interesadas que conceda el Presidente.

d)- Redactar correspondencia y firmar aquellas notas que le delegue el Presidente.

e)- Organizar y mantener al día el archivo del Comité.

f)- Llevar la asistencia a las sesiones dejando constancia de ello en las actas, así como las justificaciones, si las hubieren, de las ausencias y llegadas tardías.

g)- Llevar la minuta de lo tratado en las sesiones y redactar las actas cuidando de dejar constancia clara y precisa de las deliberaciones, acuerdos y resoluciones tomadas.

h)- Cualquier otra función que le asigne el Comité.

Artículo 14.—De las funciones de los Integrantes del Comité: Corresponde a los demás Integrantes del Comité lo siguiente:

a)- Asistir puntualmente a las sesiones ordinarias, extraordinarias y de trabajo para las cuales sea citado y en caso de no poder asistir remitir al Presidente la justificación correspondiente.

b)- Proponer a la Presidencia la inclusión de asuntos a tratar en el orden del día de las sesiones ordinarias y aprobar este como acto inicial de la reunión.

c)- Desempeñar las funciones que el Presidente asigne e informar por escrito de los resultados en el plazo establecido.

e)- Solicitar la revisión de los acuerdos del Comité y la revocatoria o modificaciones de los mismos.

f)- Dar su voto sobre los asuntos que se sometan a su conocimiento.

g)- Formular proyectos, proposiciones y mociones que crean oportunas.

h)- Estudiar la información referida por la Secretaría del Comité, a efecto de tener mejor criterio sobre los asuntos a tratarse en las sesiones.

i)-  Participar en todas aquellas actividades de interés para la Institución en materia de informática.

k)- Las demás facultades que el Comité les otorgue mediante acuerdo.

Artículo 15.—Designación de grupos de trabajo: El Comité como órgano colegiado, designará los Grupos de Trabajo que sean necesarios para realizar las actividades de análisis y estudio para brindar la asesoría y apoyos necesarios para coadyuvar a la toma de decisiones y a fomentar el desarrollo integral de la Institución. Cada grupo de trabajo presentará un informe final al Comité quien lo conocerá y previo a su aprobación podrá recomendar cambios y ampliaciones del mismo, a efecto de que constituya documentación suficiente para la definición de las políticas a establecer en materia de informática.

Artículo 16.—Coordinación de los grupos de trabajo: Los grupos de trabajo serán coordinados por el servidor que designe el Presidente del Comité y serán los responsables ante la Comisión de la rendición de informes.

Para obtener mayores elementos de juicio en sus resoluciones y recomendaciones, los grupos de trabajo podrán solicitar criterio a las distintas Gerencias Regionales y/o Departamentos de la Institución.

Artículo 17.—Del término: Cuando se realicen designaciones de labores específicas en los integrantes del Comité, el plazo máximo para rendir un informe será de un mes. Si la naturaleza del caso lo amerita, de previo al vencimiento del término para la presentación del informe, si el mismo no se encontrare concluido, el Coordinador o el integrante responsable, deberá manifestar el motivo del atraso y solicitar una ampliación del plazo al Comité, que no podrá exceder de otro mes.

Artículo 18.—De las competencias del Área de Desarrollo Informático. El ejercicio de las funciones del Comité no podrá ser realizado en perjuicio de las competencias técnicas del Área de Desarrollo Informático.

Toda decisión que adopte el Comité en donde se aparte parcial o totalmente del criterio de dicha Área deberá estar debidamente fundamentada en criterios de legalidad, oportunidad o conveniencia institucionales y así deberá constar en el acta respectiva.

CAPÍTULO VII

Disposiciones finales

Artículo 19.—De otras disposiciones. En lo no expresamente establecido en el presente Reglamento, el funcionamiento y organización del Comité se regirá por lo dispuesto en el capítulo 3 del título 2 del Libro Primero de la Ley General de la Administración Pública.

Artículo 20.—De la vigencia. El presente Reglamento entrará a regir a partir de su aprobación por el Consejo Directivo del Instituto Mixto de Ayuda Social y su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Se aprueba mediante Acuerdo de Consejo Directivo Nº 410-06, acta Nº 060-06, artículo tercero del 7 de setiembre del 2006.

Gerencia General.—MBA. José Antonio Li Piñar, Gerente General.—1 vez.—(94563).

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

El Consejo Directivo del Instituto Nacional de Estadística y Censos, en uso de las facultades que le confiere el artículo 22, literal e) de la Ley Nº 7839 de 15 de octubre de 1998 y en cumplimento de la Ley N° 8220 de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, publicada en el Alcance N° 22 de La Gaceta N° 49 del día 11 de marzo del 2002.

Considerando:

I.—Que la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, ordena simplificar los trámites y requisitos establecidos por la Administración Pública frente a los ciudadanos, evitando duplicidades y garantizando en forma expedita el derecho de petición y el libre acceso a los departamentos públicos.

II.—Que con el fin de garantizar una mayor eficiencia en las labores administrativas que realiza el Instituto Nacional de Estadística y Censos, es necesario racionalizar y regular la tramitación de los servicios que presta el Área de Información y Divulgación Estadística; y

III.—Que el presente Reglamento se encuentra acorde con el Ordenamiento Jurídico y con las observaciones realizadas por las diferentes Áreas y Unidades del INEC. Por tanto:

ACUERDA:

Los siguientes:

REQUISITOS Y TRÁMITES QUE REGULAN LA PRESTACIÓN DE

SERVICIOS EN EL ÁREA DE SERVICIOS DE INFORMACIÓN

Y DIVULGACIÓN ESTADÍSTICA DEL INSTITUTO

NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

Centro de Información

1º—Propósito. Establecer la secuencia de las actividades que deben realizar los funcionarios del proceso de Centro de Información para las consultas de información para aquellas personas o instituciones que requieran información estadística.

2º—Alcance. Este procedimiento es de acatamiento obligatorio para los funcionarios del proceso de Centro de Información.

3º—Responsabilidades.

3.1   Es responsabilidad del Coordinador de Área de Servicios de Información y Divulgación Estadística, implantar este procedimiento y velar por su aplicación.

3.2   El profesional encargado del proceso será responsable de coordinar las labores relacionadas con las consultas de información.

3.3   El asistente administrativo será el responsable de recibir las solicitudes y brindar el servicio.

4º—Definición. El Centro de Información del Instituto Nacional de Estadística y Censos, tiene la función de brindar a usuarios nacionales e internacionales, particulares e institucionales, públicos o privados toda la información estadística oficial que genera el INEC, en forma permanente o regular, y de otras instituciones públicas. También debe atender, evacuar y responder todas las consultas personalmente, vía telefónica y mediante correo electrónico, sobre información estadística del INEC.

5º—Contenido del procedimiento.

5. 1. Consulta de Información:

5.1.1   El usuario se apersona en el Centro de Información del Instituto Nacional de Estadística y Censos, para completar el formulario de “Registros de Usuarios”, debe presentar una identificación con foto.

5.1.2   Una vez que el usuario completó el formulario, deberá realizar las consultas requeridas, asimismo si necesita obtener la reproducción del material, debe seguir el trámite “Reproducción de documentos”.

5.2.  Reproducción de Documentos.

5.2.1   El usuario debe presentarse al Centro de Información del Instituto Nacional de Estadística y Censos y retirar el formulario “número de orden para el servicio”.

5.2.2   Una vez retirado el número de orden para el servicio, el usuario debe presentar los documentos del INEC que desea fotocopiar y solicitar verbalmente el número de hojas a fotocopiar en el área de fotocopiado.

5.2.3   El funcionario del Instituto debe realizar las fotocopias solicitadas y el usuario cancelar el valor de las mismas, de acuerdo a las tarifas vigentes y solicitar la factura correspondiente.

5.3.  Venta de Boletines

5.3.1   El usuario debe presentarse en el área de fotocopiado del Instituto Nacional de Estadística y Censos y solicitar el boletín que desea.

5.3.2   El usuario debe cancelar el costo del boletín y solicitar la factura correspondiente.

5.3.3   Una vez cancelado el costo del boletín, el funcionario del INEC, le hará la entrega.

5.4.  Venta de Publicaciones.

5.4.1   El usuario debe presentarse en el área de fotocopiado en el Centro de Información del Instituto Nacional de Estadística y Censos y consultar sobre la lista de publicaciones, así como de su precio.

5.4.2   El usuario debe solicitar la publicación deseada, posteriormente cancelar el costo y recibir la factura correspondiente.

5.4.3   Una vez cancelada la publicación, el funcionario del INEC, le hará entrega de la publicación.

5.5.  Copias de Mapas.

5.5.1   El usuario debe presentarse al Centro de Información del Instituto Nacional de Estadística y Censos y solicitar el mapa en forma verbal o telefónica al funcionario del Instituto.

5.5.2   El funcionario le informa al usuario el código del mapa, los metros, escala, valor, así como también que debe completar el formulario “Reproducción del Mapa”. El usuario debe cancelar su valor y solicitar la factura respectiva.

5.5.3   El usuario debe retirar el mapa dos días después y entregar al funcionario del INEC la copia del formulario ““Reproducción del Mapa”, para ponerle el sello de “Entregado”.

5.6.  Solicitud de Cuadros Especiales.

5.6.1   El usuario debe presentarse al Centro de Información del Instituto Nacional de Estadística y Censos y solicitar el formulario “Solicitud de Procesamientos Especiales” en forma verbal al funcionario del Instituto y completar el formulario para cuadros especiales

5.6.2   El usuario debe elaborar un formato del cuadro modelo que necesita con la información y realizar un adelanto de pago en el área de caja del Centro de Información.

5.6.3   El usuario debe esperar que los funcionarios del INEC se comuniquen, para hacerle entrega de la información.

5.6.4   Una vez que el usuario cancele la totalidad del cuadro especial y solicite la respectiva factura, el funcionario del INEC hará entrega del cuadro especial.

5.7.  Solicitud de Documentos del Archivo del Centro de Información.

5.7.1   El usuario debe presentarse al Centro de Información del Instituto Nacional de Estadística y Censos, con una identificación con foto y completar el formulario”Registro de Usuarios”

5.7.2   El funcionario del INEC, le hace entrega del “ Índice de contenido en el Archivo”

5.7.3   El usuario debe solicitar el documento que necesita y consultarlo en el área de sala o indicar que le saquen fotocopias al documento.

5.7.4   Si el usuario decidió sacar fotocopias, debe acudir al área de fotocopiado y caja, cancelar el costo del mismo y solicitar la respectiva factura.

5.7.5   Una vez que el usuario canceló las fotocopias, debe entregar al funcionario el documento que solicito.

5.7.6   El funcionario del INEC le hace entrega al usuario de la identificación correspondiente.

5.8.  Solicitud de Certificación sobre datos estadísticos: Índice de precios, nacimientos, defunciones y otros.

5.8.1   El usuario debe presentarse al Centro de Información del Instituto Nacional de Estadística y Censos, para solicitar la certificación.

5.8.2   El funcionario le hace entrega del formulario de Solicitud de Certificación, al usuario para que lo complete.

5.8.3   El usuario debe cancelar el costo de la certificación según las tarifas vigentes, así como los timbres respectivos.

5.8.4   El usuario debe solicitar la correspondiente factura.

5.8.5   Una vez cancelada la certificación con los timbres respectivos, el usuario debe esperar que los funcionarios del INEC le indiquen que la solicitud de Certificación esta realizada, ocho días después, y entregar la copia del formulario de “Solicitud de Certificación” y firmar como recibido.

5.9.  Solicitud de Constancia sobre Índice de precios, población, Censo, nacimientos y otros

5.9.1   El usuario debe presentarse al Centro de Información del Instituto Nacional de Estadística y Censos, para solicitar la constancia.

5.9.2   El funcionario le hará entrega al usuario del formulario para que lo complete.

5.9.3   El usuario debe cancelar el costo de la constancia, de acuerdo a las tarifas vigentes.

5.9.4   Una vez cancelada la constancia debe solicitar la respectiva factura.

5.9.5   El usuario debe esperar que el funcionario le comunique que la constancia ya está elaborada y que puede retirarla, ocho días después de realizada la solicitud.

5.10.   Solicitud de información vía página de Internet: www.inec.go.cr, (certificaciones, constancias y procesamientos especiales).

5.10.1   El usuario debe entrar a la página web www.inec.go.cr, en el vínculo de servicios del INEC y completar el formulario respectivo: certificaciones, constancias o procesamientos especiales.

5.10.2   Una vez completado el formulario, debe cancelar el monto del servicio de acuerdo a su solicitud, por medio de: cuenta electrónica del INEC, transferencia electrónica al INEC o depósito en cuenta corriente del INEC.

5.10.3   El usuario debe enviar por correo electrónico, en caso de realizar el depósito por cuenta electrónica o vía fax en caso de transferencia o depósito en cuenta, el comprobante de pago de la solicitud realizada.

5.10.4   El funcionario del INEC una vez realizado la verificación del pago, elabora la certificación, constancia o procesamiento especial y elabora la factura correspondiente.

5.10.5   Si el servicio es un procesamiento especial, el funcionario del INEC le envía la información por correo electrónico y si es una certificación o constancia el usuario debe presentarse en el Centro de Información del INEC para retirar la información y solicitar la factura correspondiente.

Banco de Datos

1º—Propósito. Establecer la secuencia de las actividades que deben realizar los funcionarios del proceso de Banco de Datos para las consultas de información para aquellas personas o instituciones que requieran información estadística o mediante elaboración de series de datos estadísticos generados por el INEC y complementados con los producidos por otras instituciones nacionales.

2º—Alcance. Este procedimiento es de acatamiento obligatorio para los funcionarios del proceso de Banco de Datos.

3º—Definición. El Banco de datos del Instituto Nacional de Estadística y Censos tiene como función primordial, mantener un sistema de micro y mega datos mediante el registro, análisis, actualización y elaboración de series de datos estadísticos generados por el INEC y complementados con los producidos por otras instituciones nacionales. Mantiene un flujo permanente y actualizado de información estadística, confiable y oportuna, a través de cuadros, series e indicadores de diferentes sectores de actividad, así como también elaborar muestras estadísticas a solicitud del usuario.

4º—Contenido del procedimiento

4.1.  Banco de Datos

4.1.1   El usuario debe presentarse al Centro de Información del Instituto Nacional de Estadística y Censos, y solicitar en forma verbal la información que contiene “El Banco de Datos”.

4.1.2   El usuario debe solicitar su reproducción por medio de fotocopias o disquete, al funcionario que lo atienda.

4.1.3   Una vez que el usuario realizó la solicitud, debe cancelar el costo del servicio y solicitar la respectiva factura.

4.1.4   Una vez cancelado el servicio por parte del usuario, el funcionario debe entregar la información solicitada.

4.2.  Solicitud de Muestras Estadísticas.

4.2.1   El usuario debe presentarse al Centro de Información del Instituto Nacional de Estadística y Censos, y solicitar en forma verbal el Formulario “Solicitud de Muestras” y completarlo.

4.2.2   Una vez que el usuario completo el formulario, debe entregarlo al funcionario.

4.2.3   El usuario debe realizar un adelanto de pago por la selección de la muestra en el área de caja del Centro de Información y solicitar la respectiva factura por el adelanto.

4.2.4   El usuario debe esperar que los funcionarios del INEC se comuniquen con él, para hacerle entrega de la muestra.

4.2.5   El usuario una vez cancelada la totalidad del costo de la muestra y solicita la factura respectiva, el funcionario del INEC hará entrega de la muestra impresa.

Biblioteca

1º—Propósito. Establecer la secuencia de las actividades que deben realizar los funcionarios del proceso de Biblioteca para las consultas de información de aquellas personas o instituciones que requieran información generada por el INEC y por otras instituciones nacionales.

2º—Alcance. Este procedimiento es de acatamiento obligatorio para los funcionarios del proceso de Biblioteca.

3º—Definición. La Biblioteca del Instituto Nacional de Estadística y Censos, tiene como función primordial mantener el acervo bibliográfico y documental de la Institución que produce de manera permanente a nivel del INEC o por instituciones gubernamentales nacionales o extranjeras, clasificado en forma cronológica y temática; así como el registro, actualización y divulgación del material en forma impresa o magnética.

4º—Contenido del procedimiento

4.1.  Préstamo Interbibliotecario.

Requisito: Pertenecer a una Institución Pública o Privada y contar previamente con el convenio que así lo disponga.

4.1.1   El usuario debe presentarse en el área de Biblioteca del Instituto Nacional de Estadística y Censos, remitir solicitud escrita al profesional en bibliotecología o el encargado respectivo del proceso.

4.1.2   El funcionario del INEC, entregará el documento al usuario.

4.1.3   Una vez entregado el documento al usuario, la duración del préstamo es de 8 días hábiles, que puede ser prorrogable, excepto si el documento es único y es muy solicitado.

4.2.  Préstamo en sala de documentos impresos.

Requisito: El préstamo se realiza únicamente en la sala, por un máximo de 4 horas y es prorrogable.

4.2.1   El usuario debe presentarse en el área de Biblioteca del Instituto Nacional de Estadística y Censos, realizar la solicitud verbal del documento de interés, al profesional en bibliotecología o el encargado respectivo del proceso.

4.2.2   El usuario debe llenar la boleta de “solicitud de préstamo” y mostrar identificación con foto.

4.2.3   El funcionario del INEC debe dar la documentación solicitada al usuario.

4.2.4   La duración del préstamo será de 4 horas y puede ser prorrogable.

4.3.  Préstamo de documentos del Archivo Central.

4.3.1   El usuario debe presentarse en el área de Archivo Central del Instituto Nacional de Estadística y Censos, y completar el Formulario de “registro de usuarios” y presentar identificación personal con fotografía.

4.3.2   Una vez completado el formulario, el usuario deberá solicitar los documentos de interés.

4.3.3   El funcionario del INEC debe dar la documentación solicitada al usuario, quien debe devolver el documento en un plazo de 4 horas, que puede ser prorrogable.

Aprobado por el Consejo Directivo mediante acuerdo 6 del artículo 4º, punto 4.2 de la sesión ordinaria N° 391-2006, de fecha 5 de setiembre del 2006.

San José, 22 de setiembre del 2006.—Unidad de Proveeduría.—Lic. Mario Madriz Quirós, Coordinador.—1 vez.—(Solicitud Nº 20675).—C-97780.—(94064).

REMATES

AVISOS

COMPRA VENTA Y CASA DE EMPEÑO PRESTA FÁCIL

Compra Venta y Casa de Empeño Presta Fácil, saca a remate al mejor postor, a llevarse a cabo en Ciudad Nelly, contiguo a antigua tienda americana Taz, el nueve de noviembre del dos mil seis, a las dieciocho horas, cuarenta minutos, por el precio que aquí se estima los siguientes bienes usados, listados según su número de transacción, cantidad y descripción abajo especificados en su orden y respectivamente, aceptando el oferente el estado y calidad en que se encuentren: 1285 cadena, 3 dijes ¢11.790; 1475 cadena ¢13.267; 1839 cadena ¢28.560; 1951 2 anillos ¢6.180; 2019 anillo, aretes ¢3.940; 2049 cadena, anillo ¢6.210; 2056 aretes ¢4.956; 2094 cadena ¢17.290; 2161 4 anillos, pulsera, 2 cadenas ¢113.067; 2166 2 dijes ¢5.031; 2181 anillo ¢22.935; 2189 cadena ¢26.283; 2192 cadena ¢10.902; 2196 2 cadenas, dije ¢18.585; 2221 4 anillos, ¢22.848; 2229 anillo ¢4.195; 2240 anillo ¢9.672; 2245 pulsera ¢7.236; 2246 cadena ¢7.218; 2250 2 argollas, esclava, anillo ¢41.230; 2254 2 anillos, argollas ¢9.021; 2261 2 anillos ¢11.220; 2272 2 argollas, tobillera ¢11.790; 2275 anillo ¢5.880; 2284 3 anillos ¢12.967; 1083 radiograb. pa ¢10.827; 1776 dvd Ig ¢13.033; 1893 bicicleta ¢17.117; 2103 cámara ¢26.467; 2191 calculadora ¢3.312; 2213 olla cocim. lento ¢4.305; 2230 diskman ¢8.438; 2239 componente Ig ¢41.979; 2242 plantilla gas, Tels ¢4.020; 2253 bicicleta ¢16.583; 2257 t.v. Radio. Matsui ¢8.250; 2260 calculadora ¢4.950; 2264 refrigeradora ¢29.625; 2277 taladro Ma ¢19.600. Los bienes en remate podrán ser cancelados antes del remate o entrar en arreglo de pago a fin de ser excluidos del acto de remate.

Luis Fernando Rojas Arredondo, Apoderado de Tango y Cash, Asesoramiento de Inversiones S. A.—1 vez.—Nº 83608.—(95191).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO DE COSTA RICA

AVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

A quien interese, hago constar que el certificado de depósito a plazo del Banco de Costa Rica.

Cert. Nº           Monto $       Plazo       Emitido         Vence          Tasa

6173982825        4.027,50          92 días       25/8/06        27/11/06       3,25%

Certificado emitido a la orden de González Villalobos Leticia. Emitido por la oficina BCR, Santo Domingo, Heredia, ha sido reportado como extraviado por lo que se solicita al Banco de Costa Rica su reposición de acuerdo con lo establecido en los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

González Villalobos Leticia.—(94569).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

CENTRO SERVICIOS FINANCIEROS CATEDRAL

AVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal de este domicilio, hace del conocimiento del público en general, el extravío del siguiente certificado y cupones de ahorro a plazo fijo a la orden de Monge Ramírez Gilbert, cédula 6-082-336 o Molina González Christiam, cédula 6-218-594.

Certif.                                     Fecha de   Cupón                     Fecha

                        Monto ¢    vencimiento núm.   Monto  vencimiento

16108460211068156 3.000.000,00 4-12-2006     ***       ***             ***

Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

San José, 13 de octubre del 2006.—Lic. José Francisco Jiménez Cascante, Coordinador.—(93985).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

ÁREA DE INVESTIGACIÓN

AVISOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Johana del Carmen Madrigal Vindas, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.

Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de octubre del 2006.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(94535).

UNIVERSIDAD NACIONAL

REPOSICIÓN DE TÍTULO

PUBLICACION DE TERCERA VEZ

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición de diploma, por motivo de extravío, correspondiente al título de Licenciatura en Biología con énfasis en Manejo de Recursos Naturales. Grado académico: Licenciatura, registrado en el libro de títulos bajo tomo: 20, folio: 46, Asiento: 457, a nombre de Ávila Fuentes Cristian, con fecha 13 de mayo del 2004, cédula de identidad: 4-0156-0659. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.

Heredia, 25 de setiembre del 2006.—Oficina de Graduación.—M.BA. Flor  de María Chacón Ramírez, Directora.—Nº 82780.—(93813).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA VIDA ESTUDIANTIL

Y SERVICIOS ACADÉMICOS

DEPARTAMENTO DE ADMISIÓN Y REGISTRO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El Comité Institucional para el Reconocimiento y Equiparación de Títulos y Grados (CIRE), en uso de sus facultades estipuladas en el Reglamento para el Reconocimiento y Equiparación de Grados y Títulos y el artículo N° 6 de la Ley Orgánica, del Instituto Tecnológico de Costa Rica, en sesión N° 6-2006, artículo 3º, del jueves 28 de setiembre del 2006, ante la solicitud de Freddy Alexander Hidalgo Torrejón, pasaporte peruano N° 2512987, acuerda:

1.  Reconocer el título de Ingeniería Ambiental y de Recursos Naturales, otorgado por la Universidad Nacional de Callao, Perú, el 19 de junio del 2003.

2.  Reconocer el grado de Bachiller otorgado por la Universidad de Callao, Perú.

3.  Equiparar el título de Ingeniería Ambiental y de Recursos Naturales, otorgado por la Universidad Nacional de Callao, Perú, con el título de Ingeniero Ambiental otorgado por el Instituto Tecnológico de Costa Rica.

4.  Equiparar los estudios realizados en la Universidad Nacional de Callao, Perú, con el grado académico de Bachillerato Universitario según el Convenio para crear una nomenclatura de grados y títulos de la Educación Superior Universitaria Estatal, del Consejo Nacional de Rectores (CONARE).

Acuerdo firme.

Cartago, 9 de octubre del 2006.—Departamento de Admisión y Registro.—Máster. William Vives Brenes, Director.—(Solicitud Nº 24919).—C-28070.—(93668).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

Modificación Inciso D) acuerdo primero, artículo 11 sesión número 8044, en cuanto a facultad para adjudicar Proyecto de Fortalecimiento y Modernización del Sector Salud.

La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, en el artículo 14º, de la sesión 8096, celebrada el 5 de octubre del año 2006, acordó modificar el inciso d) del acuerdo primero del artículo 11º de la sesión Nº 8044, celebrada el 30 de marzo del año 2006, para que se lea de la siguiente forma:

“d) En cuanto al Proyecto de Fortalecimiento y Modernización del Sector Salud, el Director tendrá la facultad de adjudicar hasta el monto equiparable a la compra directa de menor cuantía en los procesos de contratación amparados en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento. El Gerente de División Médica adjudicará todos los procedimientos de contratación que utilicen la normativa de Contratación del Banco Mundial según la Ley Nº 8269, hasta el monto que se equipare al límite económico de la licitación por registro y la Junta Directiva adjudicará los montos que se equiparen a la licitación pública. Para lo anterior, se debe asociar el monto de la adjudicación con el límite económico del procedimiento del estrato “A”.

Los demás términos de la resolución permanecen invariables.

Acuerdo firme.

San José, 9 de octubre del 2006.—Junta Directiva.—Emma C. Zúñiga Valverde, Secretaria.—1 vez.—C-9370.—(94522).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se le comunica a la señora Isaura Quirós Núñez, mayor de edad, soltera, cédula tres-cero trescientos sesenta y cinco-cero novecientos treinta y uno, de domicilio desconocido, que por resolución de las ocho horas del cuatro de octubre del dos mil cinco, dictada por la Oficina Local de Guadalupe del Patronato Nacional de la Infancia, se determinó el depósito administrativo en favor de las personas menores de edad Andrés y Fernando Josué Rojas Quirós, bajo la responsabilidad de la señora Giselle Rojas Carrera. Se les advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir notificaciones o bien, señalar número de facsímil para recibirlas, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuera inexacto, o si el medio seleccionado fuera defectuoso, o por cualquier otro modo, no imputable a la Institución se interrumpiera la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes con el transcurso de veinticuatro horas después de ser dictadas. Se le hace saber que en contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia, la cual deberá interponerse ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil siguiente de la última publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta, en el entendido que hacerlo fuera de ese plazo el recurso deviene en inadmisible.—Oficina Local de Limón.—Lic. Arnoldo Mora Sequeira, Representante Legal.—(94071).

Se comunica al señor Mario Valenciano Villa, que en la Oficina Local del Patronato Nacional de la Infancia de San Carlos, se dictó resolución final de recomendación para la obtención del pasaporte y salida del país a favor de la niña Natalie Valenciano Ortiz, mediante resolución de las nueve horas del día diez de octubre del año dos mil seis. Se le concede al progenitor un plazo de cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto para que haga valer sus derechos, contra la resolución procede el recurso de apelación el que deberá interponer en el plazo de tres días hábiles, a partir del día siguiente a la última publicación. Debe señalar lugar para recibir notificaciones.—Oficina Local de San Carlos.—Lic. Marianela Soto Rodríguez, Órgano Director del Procedimiento.—Nº 83214.—(94376).

DEPARTAMENTO SUMINISTROS BIENES Y SERVICIOS

El Patronato Nacional de la Infancia, comunica a todas las personas interesadas, que en cumplimiento de la Ley 8131 de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos lo siguiente: El tiempo límite para la entrega de bienes y servicios será el día 30 de noviembre 2006. Se estará recibiendo facturas para trámite en la oficina de Tesorería, desde la publicación de este aviso hasta el día 30 de noviembre inclusive. De lunes a viernes de 7:00 a. m. a 12:00 m y de 1:00 p. m. a 2:30 p. m. A todos aquellos proveedores, que no hayan entregado los suministros o servicios adquiridos por orden de compra, al jueves 30 de noviembre, se estará procediendo a la anulación de dicha orden de compra por incumplimiento de la entrega.

Para el año 2007 no se tramitarán facturas del año 2006, sin excepción.

Departamento Financiero Contable.—Lic. Óscar Cascante Espinoza, Coordinador.—Departamento Bienes y Servicios.—MBA. Maureen Arias Aguilar, Coordinadora.—1 vez.—(94070).

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL

Instituto Mixto de Ayuda Social.—Gerencia General.—San José, al ser las ocho horas del veintiocho de setiembre del dos mil seis, procede esta instancia administrativa a emitir la siguiente resolución:

Resultando:

1º—Que mediante Ley de Contingencia Fiscal, N° 8343, publicada en La Gaceta Nº 250 del 27 de diciembre del 2000, se establece en su capítulo VI, “Impuesto a los moteles destinado al Instituto Mixto de Ayuda Social” (artículo 61), que el IMAS dispone de la facultad para calificar los establecimientos en tres categorías, según el número de habitaciones y la calidad de los servicios complementarios que ofrezcan.

2º—Que mediante oficio N° GG 829-05-2005-EMS, la Gerencia General procede a autorizar, de forma provisional, un Manual de Categorización de Moteles y Establecimientos Similares.

3º—Que el manual citado fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta de 15 de junio del 2005.

4º—Que el Manual de Categorización de Moteles y Establecimientos Similares publicado tenía una vigencia de cinco meses a contar desde su publicación y se fue prorrogando su aplicación hasta el 7 de mayo del 2006.

5º—Que las áreas competentes del IMAS se encuentran en los estadios finales de elaboración de la versión definitiva del manual, con el objeto de que sea publicado bajo la condición de Decreto Ejecutivo, dentro de los términos establecidos en la Ley N° 8343.

6º—Que no se aprecian vicios ni nulidades en las actuaciones administrativas desarrolladas.

Considerando:

Único.—Sobre la motivación del manual:

1.  Que el Instituto Mixto de Ayuda Social se encuentra obligado a cumplir el mandato incorporado en la Ley de Contingencia Fiscal, Nº 8343, norma en la que se establece la obligación de esta Institución de categorizar a los moteles y establecimientos similares sometidos al pago del tributo que dicha ley configura a favor del IMAS.

2.  En cumplimiento de lo anterior, el IMAS procedió a emitir un Manual de Categorización de Moteles y Establecimientos Similares, el cual vino a establecer, de forma provisional debido a su temporalidad, los parámetros a seguir por la Administración Tributaria del IMAS para la categorización tributaria de los moteles y establecimientos similares.

3.  Que la Administración se encuentra en la fase final de preparación de la versión definitiva del Manual de Categorización de Moteles y Establecimientos Similares, el cual deberá ser aprobado vía Decreto Ejecutivo, de conformidad con los procedimientos establecidos para ello. En este sentido, el documento sobre el que se está trabajando, se encuentra en las últimas fases de revisión en las dependencias internas del IMAS, por lo que se prevé que su aprobación todavía se puede retrasar un tiempo, más tomando en consideración que el trámite de aprobación y emisión es totalmente ajeno a esta Institución, y no es posible saber con exactitud cuanto tiempo se demorará, una vez el proyecto final sea remitido a la Presidencia de la República para su emisión y entrada en vigor. Lo anterior, con el objetivo de que la Administración Tributaria del IMAS pueda continuar ejerciendo sus competencias en la materia, de forma que se pueda llevar a cabo una recaudación eficiente y efectiva del tributo en cuestión.

4.  Que en razón del mandato dirigido a la categorización de moteles y establecimientos similares, esta Administración requiere de la existencia de un instrumento con estas características, que permita que se continúen realizando estas funciones de forma ininterrumpida. En virtud de lo anterior, corresponde la renovación provisional del manual existente, bajo los términos de que dicha autorización operará única y exclusivamente durante el tiempo que tarde en entrar en vigencia el Decreto Ejecutivo que regule esta situación.

5.  El citado Manual de Categorización de Moteles y Establecimientos Similares se entenderá renovado en idénticos términos al texto publicado en el Diario Oficial La Gaceta de 15 de junio del 2005 y sus sucesivas prórrogas.

Por tanto:

Con base en las consideraciones citadas, en la Ley de Creación del Instituto Mixto de Ayuda Social N° 4760 y normas conexas, y en la Ley General de la Administración Pública,

EL GERENTE GENERAL, RESUELVE:

I.—Renovar la vigencia del Manual de Categorización de Moteles y Establecimientos Similares publicado en el Diario Oficial La Gaceta de 15 de junio del 2005, por el plazo de tres meses a contar desde la fecha de la publicación de esta resolución.

II.—Publíquese esta resolución en el Diario Oficial La Gaceta.

Es todo. Comuníquese y publíquese.

MBA. José Antonio Li Piñar, Gerente General.—1 vez.—(94561).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE CARTAGO

HERMANDAD DE LA CARIDAD DE CARTAGO

Ante esta Junta de Protección Social de Cartago, hoy Hermandad de la Caridad de Cartago, de conformidad con las disposiciones que emanan de los Decretos Ejecutivos Nº 32.833-S de fecha 3 de agosto del 2005 “Reglamento General de Cementerios” y Nº 704 del 7 de setiembre de 1949, se ha presentado: Digna María Salazar Monge, cédula 3-107-868, quien manifiesta bajo juramento de ley y exonerando a la Junta de Protección Social de Cartago, hoy Hermandad de la Caridad de Cartago, de responsabilidades ante terceros de iguales o mejores derechos que es la única heredera legítima y universal de quien en vida se llamó Juan Salazar Padilla, bajo cuyo nombre se encuentra inscrito el derecho de arrendamiento de la Fosa Nº 1.038 de un nicho de la Sección Concepción, del Cementerio General de Cartago y que en virtud de lo anterior solicita se inscriba la citada fosa a su nombre. Se mantiene invariable el plazo del contrato original. Lo anterior se hace del conocimiento de todos aquellos terceros de iguales o mejores derechos, para que puedan presentar las oposiciones de ley en el término de quince días naturales a partir de la publicación del presente edicto.

Cartago, 7 de octubre del 2006.—José Rafael Soto Sanabria, Gerente.—1 vez.—Nº 82984.—(94195).

Ante esta Junta de Protección Social de Cartago, hoy Hermandad de la Caridad de Cartago, de conformidad con las disposiciones que emanan de los Decretos Ejecutivos Nº 32.833-S de fecha 3 de agosto del 2005 “Reglamento General de Cementerios” y Nº 704 del 7 de setiembre de 1949, se han presentado: Nuria, cédula 3-179-845, Elieth María, cédula 3-198-836, Marleni, cédula 3-306-873, Adrián Gerardo, cédula 3-280-958, Ana Victoria, cédula 3-227-700, Víctor Eduardo, cédula 3-189-189, Juan Antonio, cédula 3-220-018 y Marvin Giovanni, cédula 3-245-255, todos de apellidos Flores González, quienes manifiestan bajo juramento de ley y exonerando a la Junta de Protección Social de Cartago, hoy Hermandad de la Caridad de Cartago, de responsabilidades ante terceros de iguales o mejores derechos que son los únicos herederos legítimos y universales de quien en vida se llamó Elisa de Socorro Flores González, bajo cuyo nombre se encuentra inscritos los contratos de arrendamientos de las Fosas Nº 1.192 y 1.236 de un nicho de cada uno de la Sección Concepción del Cementerio General de Cartago, que en virtud de lo anterior solicitan se inscriban las citadas fosas por parte iguales a nombre de cada uno de ellos. Se mantiene invariable el plazo del contrato original. Lo anterior se hace del conocimiento de todos aquellos terceros de iguales o mejores derechos, para que puedan presentar las oposiciones de ley en el término de quince días hábiles a partir de la publicación del presente edicto.

Cartago, 22 de setiembre del 2006.—José Rafael Soto Sanabria, Gerente.—1 vez.—Nº 83089.—(94387).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE ATENAS

Que en el acta de la sesión ordinaria número doscientos noventa y dos, celebrada por el Concejo Municipal de Atenas, el 18 de abril del dos mil seis, se tomó el siguiente acuerdo:

ARTÍCULO V

3º—Se acuerda: Recibir como Calle Pública la calle que atraviesa la propiedad de interés social de la Asociación de Desarrollo Integral de Alto de Naranjo San Isidro, con una distancia de 100 m de largo y 8 m de ancho, ya que será utilizada en un proyecto de vivienda de interés social.

Aclarando que dicha calle inicia en el principio de la propiedad y termina al final de la misma, la cual es pública únicamente para los beneficiarios del proyecto. Asimismo los servicios básicos serán responsabilidad de los beneficiarios.

Es conforme: Extiendo la presente en la ciudad de Atenas, a los cinco días del mes de agosto del año dos mil seis, para efectos varios.

Concejo Municipal.—Patricia Rojas Vargas, Secretaria.—1 vez.—(93996).

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

Hace saber a quien interese que la señora Josefa Campos Herrera, cédula número uno - ciento ochenta y ocho - cuatrocientos veintisiete, solicita se traspase a su nombre un derecho en el cementerio central, lote número ciento veintiséis, bloque D, con una medida de tres metros cuadrados para dos nichos, inscrito en el folio veinticuatro, libro uno, solicitud número setecientos treinta y cuatro, recibo número cuatrocientos noventa y seis - uno; y como beneficiarios a Rita María, cédula número cuatro - cero noventa y tres - novecientos ochenta y dos; y Rodolfo, cédula número cuatro - ciento diecinueve - cuatrocientos trece; ambos de apellido Arguedas Campos. El mismo se encuentra a nombre de Ignacio Campos Arguedas (fallecido). Derecho adquirido el veintinueve de enero de mil novecientos cuarenta y ocho. Datos confirmados según constancia extendida por el Departamento de Rentas y Cobranzas de fecha tres de julio de dos mil seis. Se emplaza por 30 días a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo para que se apersone a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.

Flory Álvarez Rodríguez, Secretaria.—1 vez.—(95043).

MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE

Nombramiento del Alcalde Municipal a. í.

En sesión ordinaria Nº 24 celebrada por el Concejo Municipal el día once de octubre del 2006, se acordó: nombrar al señor Edwin Sibaja Jiménez, cédula de identidad Nº 6-166-062, como Alcalde Municipal interino a partir del 17 de octubre hasta el 15 de diciembre del 2006, periodo en que se encontrará de vacaciones el Alcalde Titular, siendo el acuerdo definidamente aprobado con dispensa trámite de comisión.

Nandayure, 12 de octubre del 2006.—Rebeca Chaves Duarte, Secretaria Municipal.—1 vez.—(93991).

MUNICIPALIDAD DE CARRILLO

DEPARTAMENTO DE LA ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

EDICTOS

El Departamento de la Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Carrillo, comunica que la sociedad Cabinas El Coco Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cero siete siete siete tres, representada por las señoras Hilda Sanabria Loaiza, quien es mayor, viuda de su único matrimonio, profesora, vecina de Barrio México, San José, portadora de la cédula de identidad número uno-cero noventa y cinco-dos mil novecientos sesenta y uno; y Gloria Elena Rojas Marín, quien es mayor, divorciada dos veces, empresaria, vecina de Playas del Coco, portadora de la cédula de identidad número cinco-doscientos diecinueve-seiscientos uno. Y el señor Gustavo Rojas Marín, quien es mayor, casado en segundas nupcias, empresario, vecino de Playas del Coco, Guanacaste, portador de la cédula de identidad número uno-quinientos cuarenta y dos-setecientos veintidós. Con base en la Ley Sobre la Zona Marítimo Terrestre número 6043 del 2 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo número 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión un lote de terreno localizado en Playas del Coco, distrito Sardinal, cantón Carrillo, provincia Guanacaste, mide ocho mil novecientos setenta y siete metros con dieciocho decímetros cuadrados, y es terreno para darle un uso hotelero según el Plan Regulador vigente para la zona; los linderos son: al norte, cincuenta metros de zona pública; al sur, calle pública; este, zona pública de estero y zona restringida; al oeste, zona restringida (Casino Playas del Coco Sociedad Anónima y Javier Rojas Marín). Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que el área, uso y frente al mar quedan sujetas a las disposiciones del Plan Regulador aprobado para la zona y disposiciones del MINAE. Se conceden treinta días hábiles contados a partir de ésta publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en ésta Municipalidad en papel sellado y con los timbres correspondientes, a dos tantos, además deberá identificarse debidamente el opositor.

Filadelfia, 12 de octubre del 2006.—José Francisco Canales Canales, Encargado.—1 vez.—(94004).

MUNICIPALIDAD DE GOLFITO

La Municipalidad de Golfito, en resolución administrativa para la apertura de camino público ubicado 250 metros oeste de línea férrea en Las Gambas, en contra del señor Alexander Agüero Flores, comunica, que en aplicación de Ley General de Caminos, se le concede tres días hábiles a partir de esta publicación para que proceda a la eliminación del portón en el camino público, caso contrario la Municipalidad procederá conforme a la Ley.—Golfito, 11 de octubre del 2006.—Aida Soto Rodríguez, Alcaldesa.—1 vez.—(94244).

MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES

El Concejo Municipal del cantón de Siquirres, en la sesión ordinaria Nº 018 de fecha 30 de agosto del 2006, en el artículo V, acuerdo: 100, aprobó lo siguiente:

“Celebrar las sesiones ordinarias del Concejo Municipal los días lunes de cada semana, a las diecisiete horas”.

Acuerdo definidamente aprobado. Publíquese.

Luis Enrique Gutiérrez S., Secretario.—1 vez.—(94037).

AVISOS

CONVOCATORIAS

SOCIEDAD EDUCATIVA PALMAREÑA S. A.

Se convoca a los socios de la Sociedad Educativa Palmareña S. A., cédula Nº 3-101-150108, a la asamblea general ordinaria y extraordinaria que tendrá lugar el día 27 de noviembre del 2006, en las instalaciones de la sociedad, sitas costado norte de la sede regional de la Universidad Estatal a Distancia, Palmares Alajuela. La asamblea se celebrará, en primera convocatoria, a las 18:00 horas de la fecha indicada. Si no se presentare el quórum previsto por los estatutos y la Ley, la asamblea se celebrará en segunda convocatoria, a las 19:00 horas del día indicado, en el mismo sitio, con los accionistas presentes. El orden del día será el siguiente:

1.  Lectura del acta anterior.

2.  Lectura de la correspondencia.

3.  Informe de la Presidencia.

4   Informe Contable.

5.  Informe de la Fiscalía.

6.  Elección de miembros que terminan su periodo.

7.  Modificación de los estatutos constitutivos de la sociedad.

8.  Comentarios y mociones.

María Cecilia Carranza Alvarado, Secretaria Junta Directiva.—1 vez.—Nº 83095.—(94381).

CORPORACIÓN DE DESARROLLOS

LOS ALTOS DE SANTA ANA S.A.

La junta directiva convoca a asamblea general extraordinaria en su domicilio social, Santa Ana, 300 metros oeste y 300 metros sur del Colegio, a las 2:00 p. m., del domingo 12 de noviembre del 2006. En caso de no haber quórum, se celebrará una hora después con los accionistas presentes. Agenda del día: 1) Comprobación del quórum. 2) Lectura del acta anterior. 3) Autorización para segregación de lote de la finca 1-410060-000; y venta del resto de dicha finca. 4) Varios. Junta Directiva.—Carlos Enrique Acuña Jiménez, Presidente.—1 vez.—Nº 83187.—(94382).

LACHNER & SÁENZ S. A.

Se convoca a los socios, miembros de Junta Directiva y Fiscal de la compañía Lachner & Sáenz S. A., a una asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, que se efectuará en las oficinas centrales de la compañía, ubicadas en La Uruca, San José, a las nueve horas del trece de noviembre del dos mil seis, y en segunda convocatoria, en concordancia con el artículo 165 del Código de Comercio, a las diez horas, también del trece de noviembre del dos mil seis. De conformidad con el artículo 171 del Código de Comercio, la asamblea se constituirá válidamente en segunda convocatoria cualquiera que sea el número de acciones que estén representadas en la asamblea y las resoluciones habrán de tomarse cualquiera que sea el número de los votos presentes.

El objeto y agenda de la asamblea será el de:

a.   Aprobación de devolución de aporte de capital.

b.  Varios.

San José, 17 de octubre del 2006.—Junta Directiva.—Mario Lachner Sáenz, Presidente.—1 vez.—(94762).

AVISOS

CAROLINA DISPUTE SETTLEMENT SERVICES

Rosa I. Herrera

Demandante

901 Deacons Bend court

Wake Forest, NC 27587

v.

Álvaro D. Herrera-Miranda

Demandado

1 ½ Km. oeste del Almacén Dos Pinos

Monterrey, San Carlos, Alajuela.

A: Álvaro D. Herrera-Miranda

ATENCIÓN, una petición en contra suya ha sido iniciada en el estado de Carolina del Norte condado de Wake, número de archivo: 06 CV 009045.

La naturaleza de la presente petición es buscar patria potestad absoluta. Se requiere su presencia el día 16 de noviembre del 2006, a las 9:00 a. m., en la sala 9B de los tribunales familiares en la ciudad de Raleigh, Carolina del Norte, con dirección 316 Fayetteville, Raleigh, NC 27602.

En caso de no presentarse, la parte demandante solicitará a los tribunales familiares la petición buscada.

El presente, décimocuarto día del mes de setiembre del año 2006.

Adrian J. Davis,

Abogada de la Demandante

234 Fayetteville St. Mall Suite 200

Raleigh, North Carolina 27601

Tel: (919) 755-2274

(77851)                                                                                                                                                                                               3 v. 3.

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

LE BAYOU SOCIEDAD ANÓNIMA

Le Bayou Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y cuatro mil setecientos cuarenta y ocho, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios Y Balances, Registro De Accionistas, Actas de Asamblea de Socios y Acta de Asamblea de Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Recaudación y Gestión de la Administración Tributaria de San José, en el término  de ocho días hábiles a partir  de la publicación de esta aviso.—San José, 9 de octubre del 2006.—Luis Diego Llach Barrantes.—Nº 82472.—(93176).

LIMPIEZA DE TANQUES SÉPTICOS CARTAGO

SOCIEDAD ANÓNIMA

Limpieza de Tanques Sépticos Cartago Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-138227, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Diario 1, Mayor 1, Inventarios y Balances 1, Actas Consejo de Administración 1, Acta de Asamblea de Socios 1, Registro de Socios 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Recaudación y Gestión de la Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—(Firma ilegible).—Nº 82511.—(93177).

CONDOMINIO GALICIA

Se solicita ante el Registro de Bienes, Inmuebles Propiedad Horizontal, la reposición de los libros: Acta Junta Directiva y Actas Asamblea de Condominio, del Condominio Galicia, cédula jurídica número 3-109-116857, con domicilio en Condominio Galicia, Pavas, carretera al Aeropuerto Tobías Bolaños. Quien se considere afectado dirigir la oposición en la oficina mencionada, en el término de ocho días contados a partir de la última publicación.—San José, 11 de octubre del 2006.—Lic. Noemí Ureña Mata.—Nº 82529.—(93178).

UNISEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA

Uniseguros Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-164048, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa de San José, la reposición de los siguientes libros de actas: registro de accionistas y junta directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria San José, en el término de ocho días hábiles a partir de esta publicación.—Lic. América Zeledón Carrillo, Notaria.—1 vez.—Nº 82597.—(93179).

Yo, Minor Rafael Fuentes Camacho, cédula 1-457-438, hago constar que he extraviado seis cédulas hipotecarias, cada una con un valor de un millón de colones, que pesan sobre la finca Partido de Cartago, matrícula 49965-000, constituidas ante el Notario Wálter Eduardo Acuña Navarro, inscritas al tomo 464, asiento 09511, folio 01, secuencia 0001, subsecuencia 001, por lo tanto no me hago responsable del uso que se le dé a las mismas por parte de terceros no autorizados. Indico asimismo que me encuentro realizando los trámites para su reposición de conformidad con el art. 709 del Código de Comercio ante el Registro Público.—Cartago, 21 de setiembre del 2006.—Minor Rafael Fuentes Camacho.—1 vez.—Nº 82573.—(93180).

DOS MONTAÑAS DE PACUARE SOCIEDAD ANÓNIMA

Por haberse extraviado el libro de Actas de Asamblea General de la sociedad Dos Montañas de Pacuare Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero noventa y siete mil novecientos cincuenta y ocho quince, su vicepresidente señor Rafael Ernesto Gallo Palomo, con cédula de residencia número ciento setenta y cinco-ciento diecinueve mil ciento ochenta y seis-diez mil ochocientos doce, solicita la reposición del libro indicado. Se cita y emplaza a cualquier interesado con el propósito de que dentro del término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación, se apersonen ante la Dirección General de Tributación Directa o en el Departamento de Legalización de Libros a hacer valer sus derechos.—San José, 18 de mayo del 2006.—Rafael Ernesto Gallo Palomo, vicepresidente.—(93482).

RÍOS TROPICALES SOCIEDAD ANÓNIMA

Por haberse extraviado el libro de Actas de Asamblea General de la sociedad Ríos Tropicales Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero sesenta y nueve mil novecientos ochenta y uno, su vicepresidente señor Rafael Ernesto Gallo Palomo, con cédula de residencia número ciento setenta y cinco ciento diecinueve mil ciento ochenta y seis-diez mil ochocientos doce, solicita la reposición del libro indicado. Se cita y emplaza a cualquier interesado con el propósito de que dentro del término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación, se apersonen ante la Dirección General de Tributación Directa o en el Departamento de Legalización de Libros a hacer valer sus derechos.—San José, 18 de mayo del 2006.—Rafael Ernesto Gallo Palomo, vicepresidente.—(93483).

FLETE CARIBE S. A.

Flete Caribe S. A., cédula jurídica número 3-101-191744 por extravío, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: Actas Junta Directiva N° 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—María Teresa López González, cédula 6-063-068, Solicitante.—(93511).

BANCO BANEX

SUCURSAL SANTA ANA

Banco Banex comunica que, Xinia Valverde Benavides cédula de identidad Nº 1-713-354, ha solicitado la reposición del Certificado de Inversión Nº 23414000701 por un monto de ¢305.925.11, el cual fue extraviado, si hubiese alguna persona interesada en que no se haga esta reposición, favor hacerlo saber en las oficinas de Banco Banex Santa Ana, en los quince días siguientes a esta publicación.—Yves Alfaro.—(93515).

Ronny Gerardo Núñez Vargas, cédula de identidad número dos-cuatrocientos treinta y cuatro-seiscientos cuarenta y nueve, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro Registro de Compras número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Alajuela, 12 de octubre del 2006.—Ronny Gerardo Núñez Vargas, Solicitante.—(93605).

SYSCOM TELECOMUNICACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

Minor Alonso Sánchez Chacón, cédula de identidad Nº 9-099-345, representante legal de Syscom Telecomunicaciones Sociedad Anónima, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas Junta Directiva, Actas de Asamblea General, Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Ileana Gutiérrez Badilla, Notaria.—Nº 82629.—(93607).

BANCO BCT S. A.

AGENCIA CARTAGO

Para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, se nos ha solicitado la reposición del siguiente certificado de depósito a plazo y cupones de intereses, emitidos por Banco BCT, S.A., por haber sido reportados como extraviados.

Número y tipo                       Fecha                                                                                       Monto en

de documento               de vencimiento                           Beneficiario                            colones

CDP                     25-09-2006         Vera Silesky Guevara o       936.720,45

36000                                              Marta Silezky Guevara

Cupón                   25-09-2006         Vera Silesky Guevara o         29.272,60

36000-001                                       Marta Silezky Guevara

Cupón                   25-09-2006         Vera Silesky Guevara o              650,50

36000-002                                       Marta Silezky Guevara

Por tanto transcurrido el término de quince días a partir de la última publicación se repondrán dichos documentos.—Cartago, 21 de setiembre del 2006.—Pablo Brenes S., Jefe de Operaciones.—Nº 82683.—(93608).

LOS PARGOS DE SANTA CRUZ SOCIEDAD ANÓNIMA

Se le solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, Oficina Regional Liberia, Guanacaste, la reposición de los libros legales de la compañía Los Pargos de Santa Cruz Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-uno cinco dos cuatro nueve nueve, con domicilio social en Playa Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, Restaurante Stella. Quien se considere afectado dirigir la oposición a la Unidad de Timbraje y Legalización de Libros en el término de ocho días contados a partir de la última publicación.—Santa Cruz, Guanacaste, 28 de abril del 2005.—Aldo Moggi, Apoderado Generalísimo sin límite de suma.—Nº 82747.—(93817).

FRUTERA UTOPIA S. A.

Frutera Utopia S. A., cédula jurídica 3-101-344396, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: tres libros contables: diario, mayor e inventario y balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Patricia Araya Serrano, Notaria.—Nº 82863.—(93818).

MUTUAL ALAJUELA DE AHORRO Y PRÉSTAMO

De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, la señora Isola Mora Álvarez, cédula 500880337, ha presentado ante esta entidad, solicitud de reposición de su certificado de participación hipotecaria Nº 114-301-2000603230 por ¢3.500.000, con fecha de vencimiento el 11 de noviembre del 2006 y su cupón de intereses Nº 1 por ¢27.708,33 y el certificado de participación hipotecaria Nº 114-301-2000603229 por ¢6.300.000, con fecha de vencimiento el 11 de noviembre del 2006 y su cupón de intereses Nº 1 por ¢ 49.875,00.

Agencia Avenida Central.—Lic. Edwin Rojas Villar, Gerente.—(93943).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

SAN JACINTO SOCIEDAD ANÓNIMA

San Jacinto Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero dieciocho mil doscientos treinta y nueve, solicita a la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas Consejo de Administración, Actas Asamblea de Socios y Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Recaudación y Gestión de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación.—Virginia de Beeche.—Nº 83005.—(94202).

MAFRA AUTOPARTES SOCIEDAD ANÓNIMA

Mafra Autopartes Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cuarenta y un mil trescientos veintitrés, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de todos los libros legales y contables los cuales corresponden al de Asamblea de Socios número uno, Registro de Socios número uno, Consejo de Administración número uno, Diario número uno, Mayor número uno, e Inventario y Balance número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Recaudación y Gestión de la Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—Nº 83078.—(94383).

TURISMO RECREATIVO COSTARRICENSE SOCIEDAD ANÓNIMA

Turismo Recreativo Costarricense Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero cuarenta y seis mil seiscientos cuarenta y cuatro, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de los libros siguientes: Actas de Asamblea de Propietarios y Actas de Asamblea de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Augusto César Castillo Hernández, Notario.—Nº 83115.—(94384).

PARQUES DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

La sociedad Parques de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-034.605, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas del Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de 8 días hábiles contados a partir de su última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Ramón Aguilar Facio, Presidente.—Nº 83185.—(94385).

GANADERÍA RANCHO MACHO RAMSA S. A.

Ganadería Rancho Macho Ramsa S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-144297, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de los libros de Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea General y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado, dirigir las oposiciones ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administración Regional de Guanacaste, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 12 de octubre del 2006.—Lic. Pía Picado González, Notario.—Nº 83189.—(94386).

TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES

 SOCIEDAD ANÓNIMA

Tres Mil Ochocientos Cuarenta y Tres Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-123604, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes seis libros: Actas de Asamblea General, Registro de Accionistas, Junta Directiva, Diario, Mayor e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 4 de octubre del 2006.—Matteo Quintavalle, Apoderado Generalísimo.—(94562).

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Por escritura pública número ciento ocho otorgada a las quince horas del treinta y uno de agosto de dos mil seis, el señor Juan Sebastián Fumero González, mayor, soltero, comerciante, vecino de San Francisco de Dos Ríos, del Motel La Fuente, doscientos metros al norte, con cédula de identidad número uno-mil doscientos siete-trescientos cuatro, ha procedido a realizar la compraventa del establecimiento comercial denominado Soda Sede U, sita en calle tres de San Pedro, diagonal a la Librería Policromía, al señor Adolfo José Ortega Quirós. Se cita a los acreedores e interesados para que se presenten dentro del término de quince días a partir de la primera publicación, a hacer valer sus derechos.—San José, 31 de agosto del 2006.—Lic. Raúl Alexander Camacho Alfaro, Notario.—Nº 82890.—(93819).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta notaría, se protocoliza asamblea general extraordinaria de la sociedad El Armario Colonial S. A., en donde se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo procediéndose a la disminución del capital social. Es todo.—San José, diez de agosto del dos mil seis.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—Nº 81078.—(90845).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

El suscrito notario, hace constar que según escritura número noventa y cinco-cuatro, visible al folio noventa frente del tomo cuatro de mi protocolo, fechada veintiocho de setiembre dos mil seis, se reformó cláusula sexta acta constitutiva y se nombró como gerentes de Artympos LLC Limitada, cédula jurídica número tres ciento dos cuatro cuatro cinco nueve dos cuatro a Harold Xavier (nombres) O’Boyle (apellido), estadounidense, pasaporte de su país cero cuatro seis nueve uno cuatro ocho uno cero y a Jessica Moreno Calzadilla a Sally Richardson (nombres) O’Boyle (apellido) estadounidense, pasaporte número uno cinco siete cuatro ocho cuatro tres siete dos, ambos vecinos de San José. Es todo.—San José, veintiocho de setiembre del dos mil seis.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—Nº 82421.—(92891).

El suscrito notario, hace constar que según escritura número noventa y dos-cuatro visible a folio ochenta y siete vuelto del tomo tercero de mi protocolo, fechada veintidós de setiembre dos mil seis, se constituyó la sociedad Quepos Hot Springs Estates Limitada, en la cual funge como gerente Garland Maurice Baker, cédula costarricense número ocho cero ochenta y cuatro trescientos sesenta y vecino de San José. Es todo.—San José, veintidós de setiembre dos mil seis.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—Nº 82422.—(92892).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas, del cinco de octubre del dos mil seis, se reformaron las cláusulas quinta y sexta de la sociedad Caribea Travel S. A. Se nombra nuevo secretario y tesorero.—San José, 5 de octubre del 2006.—Lic. Andre Wells Downey, Notario.—1 vez.—Nº 82423.—(92893).

José Francisco Barahona Segnini, notario en oficina en San Ramón, Alajuela, hace constar que por escritura principal número 239, del tomo 20, otorgada a las 11:00 horas del día 17 de octubre del 2005, y por escritura adicional número 120, del tomo 21, otorgada a las 9:00 horas del día 31 de agosto del 2006, ante esta notaría, se constituyó Daviana de Occidente S. A., que es nombre de fantasía.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—Nº 82425.—(92894).

Ante mi notaría, el día de hoy, se constituyó la sociedad denominada RO & CA Sociedad Anónima Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio: San Ramón, Alajuela, setecientos metros al oeste del Instituto Julio Acosta García. Capital social: doce mil colones. Presidenta. Carol Vanessa Delgado Moya.—San Ramón, Alajuela, diez de octubre del dos mil seis.—Lic. Marlenne María Alfaro Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 82426.—(92895).

El día trece de setiembre del dos mil seis, en San José, ante el notario Gilferd Alfonso Banton Beckford, se constituye la sociedad denominada Isaías Cincuenta y Cinco Uno F M V Sociedad Anónima, siendo los señores Flora Garro Díaz, Mauricio Hernández Pachaco, Víctor Romero Jiménez, los apoderados generalísimos sin límite de suma debiendo actuar necesariamente en forma conjunta dos de ellos.—San José, catorce de setiembre del dos mil seis.—Lic. Gilferd Alfonso Banton Beckford, Notario.—1 vez.—Nº 82428.—(92896).

A las 8:00 horas del dos de octubre del año en curso, protocolicé asamblea general extraordinaria de Muebles Guachi S. A., en la cual se reforma la cláusula sétima del pacto social y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Asimismo, a las 13:00 horas de hoy protocolicé asamblea general extraordinaria de Angulo Estelar S. A., en la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto social y se nombra nuevo secretario.—San José, 10 de octubre del 2006.—Lic. Álvaro Camacho Mejía, Notario.—1 vez.—Nº 82429.—(92897).

Ante esta notaría, a las quince horas del diez de octubre de dos mil seis, se constituye la sociedad denominada Iyía Médica Sociedad Anónima abreviable su aditamento en S. A., que es nombre de fantasía. Domicilio: San José, de la Estación del Ferrocarril al Pacífico cien metros norte y veinticinco metros este, edificio esquinero color gris. Objeto: servicios de consultoría, actividades industriales, económicas, turísticas, culturales, el comercio, la agricultura, minería y la ganadería. Plazo: cien años a partir de su constitución. Capital: diez mil colones.—San José, diez de octubre de dos mil seis.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 82432.—(92898).

Michael Wilson Walton Crump, mayor, casado una vez, con pasaporte de Estados Unidos de Norteamérica número dos cero nueve nueve-cero dos seis seis seis, pensionado, vecino de Barbacoas de Puriscal, y Janet Lawry Crump, mayor, casada una vez, con pasaporte de Estados Unidos de Norteamérica número dos uno siete tres ocho nueve cinco seis ocho cero nueve nueve cero dos seis seis seis, pensionada, vecina de Barbacoas de Puriscal, constituyen la sociedad denominada El Trapiche Viejo Sociedad Anónima, con domicilio en Santiago de Puriscal, setenta y cinco metros al norte de la Antigua Cabaña, a las ocho horas del dos de octubre del dos mil seis, ante la notaria pública Teresa Solís Bermúdez.—10 de octubre del 2006.—Lic. Teresa Solís Bermúdez, Notaria.—1 vez.—Nº 82433.—(92899).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las veinte horas con treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil seis, los señores Leonel Rodríguez Rodríguez, Alexander Cascante Aguilar, constituyen Comercios Unidos Sarapiqueños CAMUSA Sociedad Anónima, con domicilio social en San Ramón de La Virgen de Sarapiquí Heredia cuatrocientos metros norte de la escuela. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma el señor Alexander Cascante Aguilar.—La Virgen de Sarapiquí, a las veinte horas con treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil seis.—Lic. Zoila Araya Moreno, Notaria.—1 vez.—Nº 82434.—(92900).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del día 10 de octubre del 2006, protocolizo acta número tres de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la empresa denominada Cabinas Esterillo GPS Limitada. Nombramiento de nuevo gerente.—San José, 10 de octubre del 2006.—Lic. Viviana Marcela Sandí Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 82438.—(92901).

Al ser las quince horas del diez de octubre del dos mil seis, en mi notaría, la entidad denominada Two Crocodiles LLC Limitada. Gerente: David Alan Doll.—Lic. Allan Garro Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 82440.—(92903).

Al ser las 10:00 horas del 3 de octubre del 2006, se constituyó Corporación Alfraiv H.R.B. S.R.L. Gerente Iván Fabricio y Alexander todos, Rojas Brenes.—Lic. Douglas Campos Agüero, Notario.—1 vez.—Nº 82445.—(92904).

Al ser las 10:00 horas del 28 de setiembre del 2006, se constituyó Duque y Coto Construcciones S. A. Presidenta Lina Duque Hoyos.—Lic. Vera Garro Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 82446.—(92905).

Jorge Julio Alvarado Cubero y Carlos Iván Espinosa Guerra, constituyen la sociedad Inversiones Internacionales Alvarado y Espinosa Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Junta directiva: presidente, secretario y tesorero. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del diez de octubre del dos mil seis.—Lic. Hellen Carolina Aburto Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 82447.—(92906).

Por escritura otorgada, ante mi notaría, en la ciudad de San José, a las 10:15 horas del 17 de agosto del 2006, se constituyó la sociedad Vista Verde Atenas Treinta y Cuatro S. A., plazo social 99 años contados a partir del momento de su constitución, capital social íntegramente suscrito y pagado en dinero efectivo.—San José, 10 de octubre del 2006.—Lic. Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 82448.—(92907).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las quince horas del día de hoy, se reforma la cláusula octava del pacto social de la empresa Vermont Tamarindo Treinta y Uno S. A.—Playa Flamingo, Santa Cruz, Guanacaste, seis de octubre del dos mil seis.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 82451.—(92908).

A las ocho horas del día diez de octubre del dos mil seis, se constituye la sociedad The Online Market Sociedad Anónima, la cual tiene en calidad de presidente a Alexander Amador Jiménez, con un capital social de diez mil colones, plazo social noventa y nueve años.—Lic. Juan Daniel Acosta Gurdián, Notario.—1 vez.—(92953).

Por escrituras otorgadas ante mí, los días siete de julio del dos mil cinco y trece de setiembre del dos mil seis, se protocoliza acta de la compañía Hacienda El Alto Sociedad Anónima, mediante las cuales se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto social.—San José, cinco de octubre del dos mil seis.—Lic. Arnoldo Soley Soler, Notario.—1 vez.—(92955).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las doce horas con cuarenta y cinco minutos del quince de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad Montagne Blanche Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años a partir de su constitución. Capital social: la suma de diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas. El presidente ejerce la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—San José, diez de octubre del dos mil seis.—Lic. Silvia Gamboa Zamora, Notaria.—1 vez.—(92958).

Hago constar que por escritura otorgada, hoy ante mí, a las catorce horas, se ha constituido la compañía VTH Variedades del Trópico Húmedo S. A. Domicilio: San José. Capital social: diez mil colones.—San José, nueve de octubre del dos mil seis.—Lic. Roberto Leiva Pacheco, Notario.—1 vez.—(92960).

Ante esta notaría, por escritura número ciento diecisiete, a las nueve horas del diez de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Bracket Usa de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital social: cien mil de colones. Domicilio: San José, Goicoechea distrito Mata de Plátano, Urbanización Bernardo Iglesias casa número 21-D. Plazo: cincuenta años. Representación: corresponde al presidente. Es todo.—San José, 10 de octubre del 2006.—Lic. José María Borbón Arias, Notario.—1 vez.—(92999):

Por escritura otorgada, ante esta notaría, se reformó la cláusula segunda del acta de constitución de la empresa Soluciones Inmobiliarias de Escazú Número Cinco del Oeste S. A. El domicilio social de la compañía lo será la ciudad de San José, Guachipelín de Escazú, quinientos metros al norte, cien oeste y cincuenta norte del Centro Comercial Plaza Mundo, Condominio La Planicie.—San José, a las dieciséis horas treinta minutos del dieciocho de setiembre del dos mil seis.—Lic. Marianella Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—(93001).

 Por escritura otorgada, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la Sociedad de Tierras Urbanas S. A. Se reforma la cláusula segunda de la sociedad del domicilio: El domicilio de la sociedad será en Guachipelín, Escazú, Centro Comercial Plaza Loma Real, local número ocho, pudiendo establecer agencias y sucursales fuera y dentro del país; cláusula quinta: el capital es la suma de cien millones de colones.—San José, a las quince horas del veintinueve de setiembre del dos mil seis.—Lic. Marianella Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—(93002).

El suscrito notario hace constar que según escritura noventa y nueve-cuatro, folio noventa y tres vuelto, del tomo cuatro de mi protocolo, se ha constituido la sociedad limitada Corporación Horizontes de Aserrí Limitada, donde figura como gerente Jorge Mario Corrales González, cédula seis-ciento cuarenta y dos-quinientos veinte, domiciliada en la ciudad de Aserrí, San José.—San José, siete de octubre del dos mil seis.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—Nº 82452.—(93036).

Al ser las ocho horas del once de octubre del año en curso, ante la notaría del suscrito se constituyó la sociedad denominada E-Didáctica S. A., con un capital social de cincuenta mil colones, empresa domiciliada en Heredia centro, la representación judicial y extrajudicial le corresponderá al presidente y secretario quienes actuarán conjunta o separadamente y tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—Heredia, al ser las nueve horas del once de octubre del dos mil seis.—Lic. Roberto Villalobos Conejo, Notario.—1 vez.—Nº 82454.—(93037).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Agroexportaciones Canjel Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Plazo social: cien años. Domicilio: Jicaral, Puntarenas. Presidente: Wagner Ajú Venegas.—Jicaral, Puntarenas, diez de octubre del dos mil seis.—Lic. William Herrera Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 82456.—(93038).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 10 de octubre del 2006, se constituyó la sociedad denominada Bufete Alfaro, Mora A&M Sociedad Anónima, con domicilio en la provincia de San José, cantón Montes de Oca, distrito San Pedro, avenida diez tope, calles 33 y 35, calle sin salida. Capital social: diez mil colones. Plazo: 99 años. Presidente y Secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, diez de octubre del 2006.—Lic. Adrea Ramírez Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 82457.—(93039).

En mi notaría a las diez horas treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad Inversiones Primos Los Toños S. A., capital social íntegramente suscrito y pagado, presidente y tesorero con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Domiciliada en Volio de San Ramón de Alajuela, de la escuela seiscientos metros al este, plazo social por noventa y nueve años.—Lic. Yeiner Araya Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 82458.—(93040).

Por escritura otorgada a las 11:00 horas del 6 de octubre del 2006, se constituyó la sociedad denominada Century Land Trust & Development LLC Limitada. Domicilio: Municipalidad de Goicoechea de la provincia de San José. Capital: suscrito y pagado: 2.000 colones. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: bienes raíces, el comercio, industria, las inversiones monetarias. Representante legal: los cuatro gerentes de la sociedad.—Lic. John Charles Truque Harrington, Notario.—1 vez.—Nº 82459.—(93041).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 10 de octubre del 2006, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Estrella Marina del Trópico Sur S. A. Se reforma cláusula sétima de los estatutos. Se revoca nombramientos de Junta Directiva y Fiscal y se nombra nuevos.—San José, 10 de octubre del 2006.—Lic. Allan Hernández Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 82460.—(93042).

Ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Parcelas Agrícolas Monticel Sociedad Anónima, se nombran los miembros de junta directiva en los puestos de presidente, secretario y tesorero. San José, veinticuatro de enero del dos mil dos.—San José, diez de octubre del dos mil seis.—Lic. Lilliam Solano Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 82461.—(93043).

En escritura número 179 del tomo tercero de mi protocolo, de las 12:00 horas del 5 de octubre del 2006, se protocolizó el acta número cinco de asamblea general extraordinaria de socios de Carcar Internacional S. A., realizada a las 18:00 horas del 17 de febrero del 2006, se modifican las cláusulas segunda, sexta y se nombra junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 10 de octubre del 2006.—Lic. Elizabeth Solano Pacheco, Notaria.—1 vez.—Nº 82463.—(93044).

Mediante escritura número setenta y cuatro otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 28 de febrero del 2006, se protocolizó acta número quince de la sociedad denominada Tracmory Sociedad Anónima. Donde se nombran nuevo fiscal y tesorero.—Lic. Roxana Pujol Sobalvarro, Notaria—1 vez.—Nº 82464.—(93045).

Mediante escritura número setenta y cinco otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 28 de febrero del 2006, se protocolizó acta número veinte de la sociedad denominada Tracmory Sociedad Anónima. Donde se reforma la cláusula quinta del capital.—Lic. Roxana Pujol Sobalvarro, Notaria—1 vez.—Nº 82465.—(93046).

A las 11:00 horas del 25 de setiembre se constituyó la sociedad con domicilio en Puntarenas, Parrita Sardinal Sur, frente a la escuela denominada Finca Mi Máma de Parrita Sociedad Anónima. Representación de presidenta Ofelia Salazar Murillo, plazo noventa y nueve años.—San José, seis de setiembre del dos mil seis.—Lic. Omar Rolando Brenes Arroyo, Notario.—1 vez.—Nº 82466.—(93047).

Por escritura número veinticinco otorgada a las quince horas del día diez de octubre del año dos mil seis, protocolicé una acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima: Villa Ocean Breeze Bay Catorce S. A., en la cual se acordó la revocatoria y nuevo nombramiento de los miembros de la Junta Directiva y el Fiscal; y se reformaron las cláusulas: segunda y novena del pacto social.—San Ramón, once de octubre del dos mil seis.—Lic. Miguel Antonio Elizondo Soto, Notario.—1 vez.—Nº 82467.—(93048).

La suscrita notaria, da fe de que a las once horas del diez de octubre del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Coral e Hijos Sociedad Anónima, con domicilio en San Pedro de Montes de Oca, trescientos metros al sur y trescientos metros al este del Banco Nacional. El presidente es Leo Lazar, con un solo apellido en razón de su nacionalidad, mayor, casado una vez, vecino de Detroit, Estados Unidos de América, con pasaporte estadounidense número dos uno cinco nueve cuatro dos cinco siete tres.—Lic. Rita Díaz Amador, Notaria.—1 vez.—Nº 82468.—(93049).

Por escritura número 57 del 10 de octubre del 2006, en el protocolo número 04, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Inmobiliaria Quercus Q.H.V. S. A., en la cual se modificó la cláusula sexta, y se renovó la junta directiva.—San José, 11 de octubre del 2006.—Lic. Carlos Corrales Azuola, Notario.—1 vez.—Nº 82469.—(93050).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del diez de octubre del dos mil seis, se modificaron las cláusulas quinta y primera de los estatutos y se hicieron nuevos nombramientos en la sociedad Adros Internacional Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero nueve cinco cinco ocho ocho.—San José, diez de octubre del dos mil seis.—Lic. Fabiana Gutiérrez León-Páez, Notaria.—1 vez.—Nº 82470.—(93051).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del veintiocho de setiembre del dos mil seis, se reformó la cláusula tercera de la sociedad Inversiones Ortuño Victory Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica tres-ciento uno-ochenta mil cuatrocientos cuarenta y ocho.—San José, veintiocho de setiembre del dos mil seis.—Lic. Maricruz Villasuso Morales, Notaria.—1 vez.—Nº 82471.—(93052).

Por escritura otorgada las diecinueve horas del día nueve de octubre el dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Bioservet Agro Costa Rica Sociedad Anónima, en la cual se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, 11 de octubre del 2006.—Lic. Alberto Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 82473.—(93053).

A las dieciséis horas cuarenta minutos del cuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó en mi notaría la sociedad anónima Inversiones Cincuenta-Setenta y Dos Sociedad Anónima. Se nombra junta directiva y fiscal.—Tilarán, nueve de octubre del dos mil seis.—Lic. Ingrid Solano Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 82474.—(93054).

Hoy ante esta notaría, se constituyó la sociedad Servicios Multiples Jachur S. A.—San José, 13 de setiembre del 2006.—Lic. Imelda Arias del Cid, Notaria.—1 vez.—82475.—(93055).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se constituyó Dubai MVC S. A.—San Pablo de Heredia, 9 de octubre del 2006.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—Nº 82477.—(93056).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del ocho de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Automatización Industrial Sociedad Anónima, cuyo capital se encuentra suscrito y pago.—Grecia, diez de octubre del 2006.—Lic. Juan Carlos Rojas Bogantes, Notario.—1 vez.—Nº 82478.—(93057).

Por escritura pública al ser las ocho de hoy, ante mí Yadyra Eugenia y Silvia Eugenia ambas Simón Rojas, constituyen Simón Consultores S. A. Presidenta la primera, Plazo: noventa y nueve años, Domicilio: Cartago, Capital social: diez mil colones íntegramente suscritos y pagados. Agente Residente: El suscrito notario. Objeto: Transporte, industria, comercio, principalmente en servicios de consultoría y asesoría en hotelería y turismo así como organización de congresos y convenciones en general.—Cartago, siete de octubre del dos mil seis.—Lic. Orontes Gutiérrez Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 82479.—(93058).

Por medio de escritura número noventa y cuatro otorgada a las 17 horas del 9 de octubre del 2006, ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones Gueal de Orotina G & A Sociedad Anónima.—Orotina, 10 de octubre del 2006.—Lic. José Luis Ramos Castellón, Notario.—1 vez.—Nº 82480.—(93059).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 18:00 horas del 26 de setiembre del 2006; Jean Carlo Masís Villalobos, cédula 1-1138-443; Josué Abarca Masís, cédula 1-1138-443 y  Julieth  Abarca Masís, cédula 6-347-134; constituyen la sociedad denominada Hermanos Jota & Jota S. A. Su domicilio será en la Ciudad de Puntarenas, Invu de Chacarita, casa Nº 16. Su capital es la suma de ciento cincuenta mil colones, representados por 15 acciones de diez mil colones cada ana, de la cual cada socio suscribe 5. La representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, la tendrán el Presidente, el socio Josué Abarca Masís y la Secretaria, la señora Jeannette Masís Villalobos, cédula 5-194-031.—Lic. Wilber Calderón Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 82482.—(93060).

Por escritura ante Clara Alvarado Jiménez y Augusto Arce Marín otorgada a las 8:00 horas del 11 de octubre del año 2006, se constituye la sociedad TKM Predictions S. A., traducción al español Predicciones TKM. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 11 de octubre del 2006.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 82484.—(93061).

Por escritura ante Clara Alvarado Jiménez otorgada a las 8:00 horas del 26 de julio del año 2006, se constituye la sociedad MZK Melchizedek Ventures S.R.L., traducción al español Aventuras Melchizedek MZK SRL. Gerente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 5 de octubre del 2006.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 82485.—(93062).

Por escritura ante Clara Alvarado Jiménez y Augusto Arce Marín otorgada a las 9:00 horas del 11 de octubre del año 2006, se constituye la sociedad Internet Media Holdings S. A., traducción al español Arrendadoras Internet Media. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 11 de octubre del 2006.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 82486.—(93063).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se constituyó la compañía denominada Arenal Dream D.F. S. A. Capital: totalmente suscrito y pagado.—San José, 9 de octubre del 2006.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—Nº 82487.—(93064).

Mediante la escritura otorgada ante mí, en la ciudad de San José, a las dieciocho horas del día doce de setiembre del dos mil seis, se constituye la sociedad Desarrollos H.B.Q. INNC Sociedad Anónima. Dicha sociedad tiene un plazo de noventa y nueve años y el capital social es de sesenta mil colones, representado por sesenta acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.—Lic. Maricela Salazar Medina, Notaria.—1 vez.—Nº 82488.—(93065).

Hago constar que ante mi notaría los señores Rónald Fonseca Valverde y Orlando Ureña Rojas, modifican la cláusula quinta del acta constitutiva de la entidad denominada Dimco del Sur Sociedad Anónima, mediante escritura noventa y nueve otorgada en San José, a las quince horas del catorce de febrero del dos mil seis.—Lic. Rita Calderón Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 82489.—(93066).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 2 de octubre del 2006, se constituyó la sociedad Three B Furniture Canadá S.R.L. Domicilio Palmares de Alajuela. Capital: totalmente suscrito. Plazo: 99 años. Gerente: Ángela Castillo Reyes e Yvon Dumont.—San Ramón, 2 de octubre del 2006.—Lic. José Enrique Jiménez Bogantes, Notario.—1 vez.—Nº 82491.—(93067).

Por escritura otorgada en esta notaría, en San José de las catorce horas del día diez de octubre del año dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Sunburst Las Orquídeas Sociedad Anónima. Se reforma cláusula sexta, se nombra junta directiva.—San José, 10 de octubre del 2006.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 82494.—(93068).

Por escritura otorgada en esta notaría, en San José de las doce horas del día seis de octubre del año dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Innovate Data Solutions Sociedad Anónima. Se reforma cláusula sexta, se nombra junta directiva.—San José, 10 de octubre del 2006.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 82495.—(93069).

Por escritura otorgada en esta notaría, en San José a las quince horas del día nueve de octubre del año dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Sebval Holding Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 9 de octubre del 2006.—Lic. Juan A. Madriz Arce, Notario.—1 vez.—Nº 82496.—(93070).

Por escritura otorgada en esta notaría, en San José de las once horas del día seis de octubre del año dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada La Caracola Resto - Bar Sociedad Anónima. Se reforman cláusulas segunda, quinta, se nombra junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 8 de octubre del 2006.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 82497.—(93071).

Por escritura otorgada en mi notaría, en San José a las 11:00 horas  de hoy, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Comercial Técnica Internacional Cotisa S. A., mediante la cual se reforma la cláusula quinta del capital social.—San José, 19 de setiembre del 2006.—Lic. Eugenio Segura Solano, Notario.—1 vez.—Nº 82499.—(93072).

Ante el suscrito notario a las doce horas del día de hoy se reformó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad PG Pozos de Guanacaste Sociedad Anónima.—San José, 19 de setiembre del 2006.—Lic. Luis Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 82500.—(93073).

Por escritura otorgada a las trece horas del cinco de octubre del dos mil seis, ante la suscrita notaria se constituyó la empresa Wenjie Y Yan Limitada. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: cincuenta mil colones. Gerente: Wenjie (nombre) Qiang (único apellido por razón de su nacionalidad).—San José, 11 de octubre de 2006.—Lic. Arlhene Pradella Balladares, Notario.—1 vez.—Nº 82501.—(93074).

Por escritura otorgada ante esta notaría, de las once horas del diez de octubre del dos mil seis, se modificaron las cláusulas sexta y octava del pacto constitutivo de Fricorisa S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y seis mil catorce, relativas a la administración.—San José, diez de octubre del dos mil seis.—Lic. Carlos Chaverri Negrini, Notario.—1 vez.—Nº 82502.—(93075).

Por escritura número 143 del tomo primero de mi protocolo, David Sánchez Vargas e Hilda Obaldía González, constituyeron una sociedad anónima denominada Ferreteros Sánchez Sociedad Anónima, domiciliada en Vargas Araya, capital social de cincuenta mil colones, plazo social de cien años.—San José, 10 de octubre del 2006.—Lic. Lucía Romero Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 82505.—(93076).

Por escritura otorgada ante mi notaría, al ser las diez horas del día diez de octubre del año dos mil seis, se procedió a protocolizar acta de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada Miraguana Sociedad Anónima, en la cual se procede a nombrar la nueva junta directiva y el fiscal, así como a reformar la cláusula sétima del pacto constitutivo.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—Nº 82506.—(93077).

Hoy protocolicé acta de asamblea de socios de la sociedad El Consejo de Los Ents S. A., donde se nombró nueva junta directiva y fiscal y se reformó la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, 14 de setiembre del 2006.—Lic. Kattia Alvarado Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 82507.—(93078).

Randall Martínez Calvo, Gilberth Chinchilla Hidalgo, Jorge Hugo Ceciliano Madrigal, Diosdedy Esquivel Herrera y Federico Mora Vargas, constituyen la sociedad denominada Unión de Carniceros del Sur S. A. Escritura otorgada en la Ciudad de San Isidro de El General, Pérez Zeledón a las 8:00 horas del 11 de octubre del 2006. Escritura número ciento treinta, visible al folio ciento cinco frente del tomo tercero del notario Ademar Fonseca Fallas.—Lic. Ademar Fonseca Fallas, Notario.—1 vez.—Nº 82510.—(93079).

Por escritura otorgada ante esta notaría, Cartago a las once horas del seis de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad Restaurante Las Delicias de la Frontera Norte L.F.F. Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Restaurante Las Delicias de la Frontera Norte L .F. F. S. A., plazo social: 99 años, capital social de cien mil colones suscritos y pagados, domiciliada en San José, representada por su presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente, los señores Mauricio Feoli Fonseca y Lyda Feoli Fonseca respectivamente.—Cartago, 6 de octubre del 2006.—Lic. Ruth Mena Nájera, Notaria.—1 vez.—Nº 82512.—(93080).

Por escritura otorgada ante esta notaría Cartago a las once horas del veintiséis de setiembre del dos mil seis, se constituyó la sociedad Restaurante El Manjar del Paso del Norte T.S.T. Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Restaurante El Manjar del Paso del Norte T.S.T. S. A., plazo social: 99 años, capital social: de cien mil colones suscritos y pagados, domiciliada en San José, representada por su presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente, los señores Mauricio Feoli Fonseca y Lyda Feoli Fonseca respectivamente.—Cartago, 10 de octubre del 2006.—Lic. Ruth Mena Nájera, Notaria.—1 vez.—Nº 82513.—(93081).

Por escritura otorgada ante esta notaría Cartago a las diez horas del seis de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad Chocolatera y Dulcería Mundo de Colores H.F.F. Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Chocolatera y Dulcería Mundo de Colores H. F. F. S. A., plazo social: 99 años, capital social de cien mil colones suscritos y pagados, domiciliada en San José, representada por su presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente, los señores Mauricio Feoli Fonseca y Lyda Feoli Fonseca respectivamente.—Cartago, 6 de octubre del 2006.—Lic. Ruth Mena Nájera, Notaria.—1 vez.—Nº 82514.—(93082).

Marianela González Fonseca, notaria pública con oficina en Grecia, protocoliza acta de asamblea extraordinaria de la empresa Inversiones Zacatipe S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-veinticinco mil cuarenta y cuatro, donde se nombra como nuevo presidente y apoderado generalísimo sin límite de suma a Diederik J.L.J. Maes, mayor de edad, de un solo apellido en razón de su nacionalidad belga, divorciado una vez, Doctor en Medicina, con cédula de residencia número uno cero cinco seis cero cero cero cero uno cuatro cero nueve, vecino de El Rincón de Salas de Grecia trescientos metros al sur de La Pulpería Lourdes. Escritura otorgada en Grecia a las quince horas del diez de octubre del año dos mil seis.—Lic. Marianela González Fonseca, Notaria.—1 vez.—Nº 82515.—(93083).

Por escritura otorgada ante mí se constituyó la sociedad denominada Pacific Home Furnishing S. A. Capital íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: compra, venta y comercialización de muebles, bienes raíces, ganadería, agricultura, comercio y la prestación de toda clase de servicios.—Liberia, 10 de octubre del 2006.—Lic. Xenia Saborío García, Notaria.—1 vez.—Nº 82516.—(93084).

Por escritura otorgada ante el notario Giovanni Barrantes Barrantes a las nueve horas del diez de octubre del dos mil seis, Luis Orlando Alfaro Rodríguez y Xinia Rebeca Céspedes Zamora, constituyeron Inmobiliaria Alfaro Céspedes Sociedad Anónima, objeto, la venta de ropa, así como el comercio en el sentido más amplio, la agricultura, la industria, la ganadería, el turismo, prestación de servicios, comercio en general y toda clase de actividades y servicios conexos, capital: íntegramente suscrito y pagado, presidente: el socio Luis Orlando Alfaro Rodríguez, con todas las facultades.—Grecia, diez de octubre del dos mil seis.—Lic. Giovanni Barrantes Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 82517.—(93085).

Ante esta notaría, a las diecisiete horas del día de hoy, se constituyó la compañía domiciliada en San Francisco de Goicoechea, La Casa Amarilla Andre-Fabi Sociedad Anónima. Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar únicamente en forma conjunta.—Goicoechea, 10 de octubre de 2006.—Lic. María del Rosario Elizondo Fallas y Lic. Daniel Antonio Madrigal Sojo, Notarios.—1 vez.—Nº 82518.—(93086).

El suscrito notario hace constar que según escritura noventa y ocho-cuatro, folio noventa y dos vuelto del tomo cuatro de mi protocolo, se ha constituido la sociedad anónima Inversiones Corporativas Crissand Sociedad Anónima, donde figura como presidenta Sandra Fuentes Ángulo, cédula uno mil ochenta y siete cuatrocientos tres y secretaria Cristina Hidalgo Quesada, cédula tres tres siete dos nueve seis nueve, domiciliada en la ciudad de Tejar de Cartago.—Cartago, cinco de octubre del dos mil seis.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—Nº 82519.—(93087).

Mediante escritura número doscientos veinticuatro, se reformó la cláusula novena y se nombró nuevo gerente de Orión Llano Cuatro Guión BMG Sociedad Responsabilidad Limitada.—Lic. Marlon Sánchez Cortés, Notario.—1 vez.—Nº 82520.—(93088).

En mi notaría al ser las doce horas del nueve de octubre del dos mil seis, se constituye sociedad anónima denominada Guti-Med S. A., por parte de los señores Eduardo Gutiérrez Sandoval y Evelyn Gutiérrez Jiménez.—Lic. Jimmy Saturnino Fonseca Villegas, Notario.—1 vez.—Nº 82521.—(93089).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizan los acuerdos de asamblea extraordinaria de accionistas de la empresa Alameda Dos Verde Sociedad Anónima, donde se reforma las cláusulas segunda, novena y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Es todo.—San José, 11 de octubre del 2006.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—Nº 82526.—(93090).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizan los acuerdos de asamblea extraordinaria de cuotistas de la empresa The Unknown Soldier Limitada, donde se reforma la cláusula sétima y se nombra nuevo gerente. Es todo.—San José, 11 de octubre del 2006.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—Nº 82527.—(93091).

Protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada La Finca Invisible del Pacífico Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula primera del pacto social. Escritura otorgada ante la notaria Lilliana García Barrantes, a las nueve horas del once de octubre del año dos mil seis.—Lic. Lilliana García Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 82528.—(93092).

Por escritura otorgada a las 13:00 horas del veinte de setiembre del dos mil seis, se constituye la sociedad anónima denominada Corporación Abuelo Genaro Sociedad Anónima. Presidente Miguel Cortés Guido. Plazo social: noventa y nueve años.—Grecia, tres de octubre del 2006.—Lic. Isabel Cristina Vargas Trejos, Notaria.—1 vez.—Nº 82530.—(93093)

Por escritura autorizada ante esta notaría, a las 8:00 horas del once de octubre del año 2006, se constituye la sociedad Inversiones F.J.C. de la Trinidad Sociedad Anónima. Domicilio en San José, Pavas. Plazo social: 99 años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado.—Lic. Luis Antonio Cubillo Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 82531.—(93094).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria en San José, a las 8:00 horas del 9 de octubre del 2006, se constituyó la sociedad denominada Royal Prime Cattle Company Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Domicilio: San José. Objeto: actividades comerciales, industriales, agrícolas y ganaderas. Capital social: cien mil colones.—San José, 10 de octubre del 2006.—Lic. Ivannia Zúñiga Vidal, Notaria.—1 vez.—Nº 82532.—(93095).

Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las diecisiete horas del día nueve de octubre del año dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Villa El Baúl del Recuerdo Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo, se revoca el nombramiento de la Junta Directiva y se nombra nueva Junta Directiva, se crea la cláusula décimo primera y se nombra agente residente.—San Isidro de Pérez Zeledón, nueve de octubre del año dos mil seis.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—Nº 82533.—(93096).

Los señores William Gregory Walker y Mariley León Solano, constituyen la sociedad denominada Jewel Of de Pacific Sociedad Anónima, mediante escritura treinta y dos otorgada a las catorce horas del día diez de octubre del dos mil seis.—Lic. Adriana Chavarría Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 82535.—(93097).

Los señores William Gregory Walker y Mariley León Solano, constituyen la sociedad denominada Cocal Mar Sociedad Anónima, mediante escritura treinta y tres otorgada a las quince horas del día diez de octubre del dos mil seis.—Lic. Adriana Chavarría Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 82536.—(93098).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del día 18 de setiembre del 2006, se constituyó la empresa de esta plaza Corporación Efraisa del Este S. A. Representante: Efraín Navarro Montero.—Lic. Ronald Valverde Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 82538.—(93099).

Por escritura otorgada en esta notaría el día primero de setiembre del dos mil seis, a las quince horas se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Jardines de Brucelas S. A., en la cual se modifica la cláusula tercera de la sociedad. Presidente: Rosalbania Fernández Castro.—Palmares de Alajuela, 23 de febrero del 2005.—Lic. Rosibel Quesada Vásquez, Notaria.—1 vez.—Nº 82541.—(93100).

Que mediante la escritura número noventa y ocho-ciento veinticinco, visible a folio noventa frente al noventa y uno frente del tomo ciento veinticinco de mi protocolo, los señores Víctor Hugo Varela Huertas, cédula dos-trescientos noventa y nueve-doscientos setenta y María de los Ángeles Fallas Lobo, cédula dos-cuatrocientos cincuenta y dos-cero setenta y tres, constituyen la sociedad anónima denominada Inversiones Vihuma Sociedad Anónima. Domiciliada en San Juan de San Ramón de Alajuela, específicamente Calle Sol y Verde, de la escuela doscientos metros este y cien sur. Presidente: Víctor Hugo Varela Huertas. Capital social: veinte mil colones netos.—San Ramón, 10 de octubre del 2006.—Lic. Sergio Vargas López, Notario.—1 vez.—Nº 82542.—(93101).

Se constituye la compañía denominada Librería y Juguetería El Roble M R G L Sociedad Anónima. Presidenta: Keillyn Garita López. Capital social: cien mil colones. Escritura otorgada en Santa Cruz, Guanacaste, a las doce horas del seis de octubre del dos mil seis.—Santa Cruz, 6 de octubre del 2006.—Lic. José Ángel Ruiz Cabalceta, Notario.—1 vez.—Nº 82543.—(93102).

Se constituye la compañía denominada Inversiones Gutiérrez y Villarreal Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Ricardo Gutiérrez Villarreal. Capital social: cien mil colones. Escritura otorgada en Santa Cruz de Guanacaste, a las dieciocho horas del veintisiete de setiembre del año dos mil seis.—Santa Cruz de Guanacaste, 28 de setiembre del 2006.—Lic. José Miguel Jirón Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 82544.—(93103).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas del día nueve de octubre del 2006, Daniel Rubinstein Sabah, Hans Enrique Yankelewitz Kohn y Marco Aurelio Zúñiga Ramírez, constituyen la sociedad denominada Inversiones DHM Technologies Sociedad Anónima.—San José, 10 de octubre 2006.—Lic. Jacobo Alter Montvelisky, Notario.—1 vez.—Nº 82545.—(93104).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas del día doce de setiembre de dos mil seis, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Flying Grasshopper Sociedad Anónima, donde se modifican las cláusulas, primera, denominándose ahora la sociedad Corporación de Inversión Maesda S. A., la segunda y sexta del pacto social.—San José, 10 de octubre del 2006.—Lic. Luis Manuel Castro Ventura, Notario.—1 vez.—Nº 82546.—(93105).

Mediante escritura número 249 del 18 de julio del 2006, visible a folio 177 frente del tomo 4 del protocolo del Notario Guido Laboranti Marchini, en co-notariado con la suscrita, Patricia Vargas Hidalgo y Javier Vargas Rojas, constituyeron Jade, Euroimportaciones S. A. Presidenta Patricia Vargas Hidalgo. Capital: cien mil.—San José, 11 de octubre del 2006.—Lic. Francisco Vargas Solano, Notario.—1 vez.—Nº 82548.—(93106).

Por escritura número 169 otorgada a las 8:00 horas del 5 de mayo del 2006 ante los Notarios Guido Laboranti Marchini y Francisco Javier Vargas Solano, Johnny Bermúdez Vargas y Johnny Bermúdez Gambassi, constituyeron Verde Amazonas S. A.; Blanco Ártico S. A.; Sueños Azules S. A.; Viajero Incanzable S. A. Capital: diez mil. Presidente: Johnny Bermúdez Vargas.—Francisco Javier Vargas Solano, Notario.—1 vez.—Nº 82549.—(93107).

Por escritura número 138, de las 14:15 horas del 9 de octubre del 2006, se constituyó Courtland Estates Investments S.R.L., con domicilio en San José. Capital social: 10.000,00 colones. Gerente: Edelweiss Schumacher Hanke.—Lic. Rogelio M. Navas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 82550.—(93108).

Por escritura número 137, de las 14:00 horas del 9 de octubre del 2006, se constituyó Blue Square Equities S.R.L., con domicilio en San José. Capital social: 10.000,00 colones. Gerente: Edelweiss Schumacher Hanke.—Lic. Rogelio M. Navas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 82551.—(93109).

Por escritura número 136, de las 10:15 horas del 9 de octubre del 2006, se constituyó High Ventures Management S.R.L., con domicilio en San José. Capital social: 10.000,00 colones. Gerente: Edelweiss Schumacher Hanke.—Lic. Rogelio M. Navas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 82552.—(93110).

Por escritura número 135, de las 10:00 horas del 9 de octubre del 2006, se constituyó Stone Hill Holdings S.R.L., con domicilio en San José. Capital social: 10.000,00 colones. Gerente: Edelweiss Schumacher Hanke.—Lic. Rogelio M. Navas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 82553.—(93111).

Por escritura otorgada hoy en esta ciudad a las 8:30 horas ante el suscrito notario los señores Jorge Guillermo Hernández González y Álvaro Hernández González constituyeron la sociedad anónima denominada Guardián Trust S. A. Domicilio: San José. Objeto: comercio en general. Plazo: 99 años. Capital social: ciento veinte mil colones suscritos y pagados. Presidente: Álvaro Hernández González.—San José, 6 de octubre del 2006.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—Nº 82555.—(93112).

Por escritura número treinta y uno, de las nueve horas del día 11 de octubre del 2006, se protocoliza asamblea general ordinaria y extraordinaria de Inmobiliaria Mesopotamia Sociedad Anónima, se reforma cláusula cuarta.—Lic. Marcela Morales Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 82556.—(93113).

Doris Villalobos Villalobos, mayor, casada una vez, del hogar, vecina de Guayabo de Bagaces, y otros, constituyen sociedad denominada JIMVI del Miravalles S. A. Domiciliada en Guayabo de Bagaces, 200 metros sur del Cruce La Unión. Capital social: ¢100.000,00. Mediante escritura número 187-5, visible al folio 138 vuelto del tomo quinto del notario Melvin Lobo Palacio.—Aguas Claras de Upala, 9 de octubre del 2006.—Lic. Melvin Lobo Palacio, Notario.—1 vez.—Nº 82557.—(93114).

Edier Fallas Fuentes, mayor, soltero, transportista, vecino de Guayabo de Bagaces, y otros, constituyen sociedad denominada Transportes Fallas & Vega del Miravalles S. A. Domiciliada en Guayabo de Bagaces, frente al bar Los Sancarleños. Capital social: ¢100.000,00. Mediante escritura número 186-5, visible al folio 136 vuelto del tomo quinto del notario Melvin Lobo Palacio.—Aguas Claras de Upala, 9 de octubre de 2006.—Lic. Melvin Lobo Palacio, Notario.—1 vez.—Nº 82558.—(93115).

Ante esta notaría mediante escritura número trescientos ocho-dos de las quince horas y treinta minutos del treinta y uno de marzo del dos mil seis, se constituyó Corporación Sierrazul de Centroamérica S. A. Objeto: venta de servicios turísticos y de bienes raíces. Presidente: Fernando Varela Salazar.—Guanacaste, 24 de julio del 2006.—Lic. Alexander Lobo Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 82559.—(93116).

Se constituye la sociedad anónima: Condominio Residencial La Montaña Rubí Cinco Sociedad Anónima, Condominio Residencial La Montaña Diamante Seis Sociedad Anónima, Condominio Residencial La Montaña Perla Siete Sociedad Anónima, se nombra Junta Administrativa compuesta por presidente, secretario, tesorero. Presidente tiene facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social conformado por acciones comunes y nominativas. Escrituras otorgadas a las quince horas del veinticinco de octubre del dos mil cinco, quince horas cuarenta minutos del veinticinco de octubre del dos mil cinco, y dieciséis horas, treinta minutos del veinticinco de octubre del dos mil cinco, respectivamente, ante el Lic. Luis Gustavo Zamora Pereira.—Lic. Marta Barahona Melgar, Notario.—1 vez.—Nº 82562.—(93117).

Por escritura pública número 319, otorgada en esta Notaría, a las 15:30 horas, del día 4 de octubre del año 2006, los señores Riziero Baldini y El Coco Properties Sociedad Anónima constituyeron Centro de Estética del Coco Sociedad Anónima. Capital social: ¢100.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 82563.—(93118).

Por escritura pública número 320, otorgada en esta Notaría, a las 15:45 horas, del día 4 de octubre del año 2006, los señores Riziero Baldini y El Coco Properties Sociedad Anónima constituyeron Restaurante La Dulce Vida Int. Sociedad Anónima. Capital social: ¢ 100.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 82564.—(93119).

Por escritura pública número 284, otorgada en esta Notaría a las 11:00 horas, del día 11 de setiembre del año 2006, procedí a protocolizar acta  de  asamblea  general extraordinaria de accionistas de Mer & Mer B. C. Sociedad Anónima. Se nombró nueva junta directiva.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 82565.—(93120).

Por escritura pública número 292, otorgada en esta Notaría a las 11:00 horas, del día 17 de setiembre del año 2006, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de C.O.R.I. Investments Sociedad Anónima. Se nombró nueva junta directiva.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 82566.—(93121).

Michel Cimon y Mireya Guadalupe Cajina Juárez, constituyen la sociedad ACT M&M S. R. L. Domicilio en Alajuela. Plazo: 99 años, a partir del 8 de octubre del 2006. Capital social: diez mil colones. Gerente y subgerente con la representación judicial y extrajudicial actuando conjunta o separadamente.—San José, 8_de_octubre del 2006.—Lic. José Joaquín Arias Segura, Notario.—1 vez.—Nº 82567.—(93122).

Mediante escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las quince horas del catorce de setiembre del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Esloe Prince Sociedad Anónima. Presidenta: Lorena Castro Villalobos. Plazo social: noventa y nueve años.—San Ramón, 10 de octubre del 2006.—Lic. Ma. del Milagro Arguedas Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 82570.—(93123).

Por escritura otorgada ante la Notaria Rita María Herrera Durán, a las quince horas, treinta minutos del doce de setiembre del año dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Calcha de San Carlos Sociedad Anónima, cuyo capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado.—Ciudad Quesada, 10 de octubre de 2006.—Lic. Rita María Herrera Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 82571.—(93124).

Ante esta notaría, a las ocho horas del veintisiete de agosto del dos mil seis, Nelly León Ching otorga escritura número ciento catorce de Disolución y Liquidación de la Sociedad NG Sociedad Anónima por vencimiento del plazo social.—Santo Domingo, Heredia.—Lic. Adalid Otoya Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 82572.—(93125).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del día dos de octubre del dos mil seis, se constituye la sociedad de este domicilio denominada Torogoz S. A., con un plazo social de noventa y nueve años y representada por el presidente.—San José, 2 de octubre del 2006.—Lic. Melania Gutiérrez Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 82577.—(93126).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del día dos de octubre del dos mil seis, se constituye la sociedad de este domicilio denominada Inversiones M.S. del Pacífico S. A., con un plazo social de noventa y nueve años y representada por el presidente.—San José, 2 de octubre del 2006.—Lic. Melania Gutiérrez Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 82578.—(93127).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día tres de octubre del dos mil seis, se protocolizó acta de la sociedad Pakuna S. A. de este domicilio, mediante la cual se reforma la cláusula primera y se nombra junta directiva.—San José, 3 de octubre del 2006.—Lic. Melania Gutiérrez Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 82579.—(93128).

Mediante actas protocolizadas por escritura autorizada por el suscrito notario a las diez horas del veintinueve de setiembre de dos mil seis, las sociedades Cafetalera de Tierras Ticas S. A., Haciendas Volagro S. A. y Cafetalera del Híbrido Tico S. A., acordaron fusionarse. De acuerdo con el convenio de fusión, la primera absorbe a las otras dos sociedades, prevaleciendo entonces Cafetalera de Tierras Ticas S. A., cuyo capital social ha sido aumentado a la cantidad de siete millones doscientos dieciocho mil dólares, moneda de los Estados Unidos de América, representado por cien acciones de setenta y dos mil ciento ochenta y un dólares cada una. En el mismo acto de fusión, la sociedad prevaleciente, Cafetalera de Tierras Ticas S. A. reestructuró su Junta Directiva, mediante el nombramiento de nuevos directores. La fusión acordada quedará en firme dentro de un mes a partir de la publicación de este aviso y para los efectos del artículo 222 del Código de Comercio, se cita a todos los interesados para que manifiesten su oposición a la fusión si la tuvieren.—Lic. Yuri Herrera Ulate y Rafael Ángel García Salas, Notarios.—1 vez.—Nº 82580.—(93129).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas y treinta minutos del día diez de octubre de dos mil seis, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada Recetario del Mar, Sociedad Anónima, donde se modifica la cláusula primera, segunda y sexta del pacto constitutivo.—San José, 11 de octubre del 2006.—Lic. Luis Manuel Castro Ventura, Notario.—1 vez.—Nº 82581.—(93130).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciocho horas del día diez de octubre de dos mil seis, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada Giuvetsi Gemista Sociedad Anónima, donde se modifica la cláusula primera, segunda y sexta del pacto constitutivo.—San José, 11 de octubre del 2006.—Lic. Luis Manuel Castro Ventura, Notario.—1 vez.—Nº 82582.—(93131).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas, treinta minutos del día nueve de octubre de dos mil seis, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Hot Gazpacho Sociedad Anónima, donde se reforman las cláusulas primera, segunda y sexta de los estatutos. Se acuerda agregar las cláusulas decimosegunda y decimotercera de los estatutos.—San José, 11 de octubre del 2006.—Lic. Luis Manuel Castro Ventura, Notario.—1 vez.—Nº 82583.—(93132).

Por escritura pública número 317, otorgada en notaría a las 9:30 horas, del día 4 de octubre del año 2006, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de A. J. Morice Sociedad Anónima. Se nombró nueva junta directiva.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 82584.—(93133).

Por escritura pública número 325, otorgada en notaría a las 18:00 horas, del día 7 de octubre del año 2006, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Locura Tica Inversiones Sociedad Anónima. Se nombró nueva junta directiva.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 82585.—(93134).

Por escritura pública número 326, otorgada en Notaría a las 18:30 horas, del día 7 de octubre del año 2006, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Papagayo Realty Sociedad Anónima. Se nombró nueva junta directiva.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 82586.—(93135).

Por escritura pública número 298, otorgada en notaría, a las 15:00 horas, del día 21 de setiembre del año 2006, los señores Modesta Elena Berg y Juan Manuel Reyes Murga constituyeron Delaqua Global Sociedad Anónima. Capital social: ¢120.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 82587.—(93136).

Por escritura pública número 323, otorgada en notaría, a las 17:00 horas, del día 5 de octubre del año 2006, los señores Dagoberto Guille Rojas e Isabel Francini Uribe Villagra constituyeron Ferretería Guillén Uribe Sociedad Anónima. Capital social: ¢100.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 82588.—(93137).

Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de GUPSC-Cuatro, Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda, décimo quinta y vigésima del pacto social. Escritura otorgada a las 10:00 del 10 de octubre de 2006.—Lic. María Monserrat Bonilla Garro, Notaria.—1 vez.—Nº 82590.—(93138).

Mediante escritura número treinta y dos de las diecisiete horas del doce de agosto de dos mil seis, se constituyó Optimundo de Costa Rica S. A., con un capital social de cien mil colones, cuyo presidente es el señor Norman Guillén Pastora en la notaría de la Lic. Catalina Bustos Jiménez.—Lic. Catalina Bustos Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 82591.—(93139).

Ante mi notaría en San José, a las trece horas del diez de octubre del año dos mil seis, se constituye una sociedad denominada Los Acuíferos S. A. Presidenta la señora María Julia Camacho Huertas. Capital: suscrito y pagado.—San José, 10 de octubre del 2006.—Lic. Leonardo Díaz Rivel, Notario.—1 vez.—Nº 82592.—(93140).

El día de hoy se ha constituido la sociedad Santo Domingo Investements & C F Corporation Sociedad Anónima, mediante escritura pública número doscientos ochenta y siete, tomo primero del notario público, licenciado Orlando Antonio Quirós Díaz, otorgada en la ciudad de San Rafael de Moravia, a las ocho horas del día seis del mes de setiembre del dos mil seis.—San José, 10 de octubre del 2006.—Lic. Orlando Antonio Quirós Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 82593.—(93141).

En escritura Nº 1-82 otorgada a las 13:00 horas del 10 de octubre de 2006, tomo uno del protocolo de esta notaría, se modificó la cláusula octava de CW Playco Inversiones Sociedad Anónima.—San José, 11 de octubre de 2006.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria—1 vez.—Nº 82594.—(93142).

En escritura Nº 1-83 otorgada a las 8:00 horas del 11 de octubre de 2006, tomo uno del protocolo de esta notaría, se modificó la cláusula segunda y octava del pacto constitutivo de Rex Regis Sociedad Anónima.—San José, 11 de octubre de 2006.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 82595.—(93143).

Por escritura otorgada, ante el Notario Público José Rafael Fernández Quesada a las 16:00 horas del día 9 de octubre del dos mil seis, protocolizo el acta de asamblea general extraordinaria de socios de compañía Royal Crecent del Sur Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó reformar las cláusulas primera, quinta, décima y decimaprimera del pacto constitutivo.—San José, 10 de octubre del 2006.—Lic. José Rafael Fernández Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 82596.—(93144).

Por escritura de constitución de la sociedad anónima otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas de fecha 10 de octubre del año dos mil seis, denominada Biwo & Bewo S. A.—San José, 10 de octubre del 2006.—Lic. Edgar Ruiz Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 82599.—(93145).

La suscrita notaria hace constar que a las diecisiete horas del veintiuno de setiembre de dos mil seis autorizó escritura de constitución de la sociedad Agencias Abbott Sociedad de Responsabilidad Limitada, que es nombre de fantasía y podrá abreviar la última palabra así: “SRL” que tiene como objetivo el comercio en general, con un capital social de diez mil colones, divididos en diez cuotas de un mil colones cada una, con domicilio en San José, en Lourdes, del Peri Mercados Súper Cindy doscientos metros norte, y la Gerente es Julie (primer nombre) Jean (segundo nombre) Abbott (único apellido), de un solo apellido en razón de su nacionalidad, soltera, empresaria, pasaporte de su nacionalidad inglesa siete cero seis uno ocho seis ocho ocho siete, vecina de San José, donde vive en Vargas Araya, del Peri Mercados Lourdes, ciento setenta y cinco metros norte.—San José, 11 de octubre del 2006.—Lic. Rose Mary Madden Arias, Notaria.—1 vez.—Nº 82600.—(93146).

Ante esta notaría Condominio La Ladera Bloque CJK Lote Veintidós UUU S. A., reformó las cláusulas: segunda, del domicilio social, sétima, de la administración y octava de la representación. Escritura otorgada a las 8:30 horas del 6 de octubre del 2006.—Lic. Laura Patricia Hernández Sáenz, Notaria.—1 vez.—Nº 82601.—(93147).

Ante esta notaría Condominio La Ladera Bloque DLM Lote Veintitrés VVV S. A., reformó las cláusulas: segunda, del domicilio social, sétima, de la administración y octava de la representación. Escritura otorgada a las 8:30 horas del 10 de octubre del 2006.—Lic. Laura Patricia Hernández Sáenz, Notaria.—1 vez.—Nº 82602.—(93148).

Mediante escritura otorgada ante esta misma notaría a las 9:00 horas del día 10 de octubre del 2006, se constituyó la sociedad The Willows Group S. A. Capital social: doce mil colones. Presidenta: Adriana López Angulo.—10 de octubre del 2006.—Lic. Vinicio Rojas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 82603.—(93149).

Mediante escritura otorgada ante esta misma notaría a las 8:00 horas del día 10 de octubre del 2006, se constituyó la sociedad The Raining Season Investments S. A. Capital social: doce mil colones. Presidenta: Adriana López Angulo.—10 de octubre del 2006.—Lic. Vinicio Rojas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 82604.—(93150).

Por escritura de las 15:00 horas del día de hoy, protocolicé acuerdos de la asamblea general extraordinaria de socios de Centro Industrial Manufacturero El Roble - CIMER S. A., por los cuales se reforma la cláusula trigésima quinta de los estatutos sociales, en cuanto al periodo de nombramiento del fiscal.—San José, 3 de octubre del 2006.—Lic. Aurora Hernández Fuentes, Notaria.—1 vez.—Nº 82605.—(93151).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 7:00 horas del 11 de octubre del 2006, protocolicé el acta de asamblea general de socios de Comidas Centroamericanas S. A., mediante la cual se reformó las cláusulas Nº 9 y Nº 10 del pacto constitutivo y nombra nueva junta directiva.—San José, 11 de octubre del 2006.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 82608.—(93152).

A las trece horas del diez de octubre del presente año protocolicé acuerdos de Guillén Baldy Sociedad Anónima, se reforma la cláusula quinta, del pacto constitutivo aumentando el capital social.—Alajuela, 10 de octubre del 2006.—Lic. Ana Lorena Castro Corrales, Notaria.—1 vez.—Nº 82609.—(93153).

Por escritura número cincuenta y cuatro, visible al folio cincuenta y cuatro, vuelto del tomo primero del notario Carlos Madrigal Mora, otorgada a las 12:00 horas del 2 de octubre del 2006, se protocoliza el acta de la compañía Distribuidora Panamericana de Computación D.P.C. S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-121693, en la cual se reforman las cláusulas del domicilio y de la composición de la junta directiva y se nombra nueva junta directiva.—San José, 3 de octubre del 2006.—Lic. Carlos Madrigal Mora, Notario.—1  vez.—Nº 82612.—(93154).

Por escritura otorgada, a las quince horas del veintidós de setiembre del dos mil seis, se protocoliza el acta de la sociedad Inversiones Inca Xijo Sociedad Anónima, eliminándose la cláusula décimo quinta respecto al agente residente por lo que se deja sin efecto dicho nombramiento.—San José, diez de octubre del dos mil seis.—Lic. Julieta López Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 82613.—(93155).

Por escritura otorgada ante este notaria, a las 15:00 horas del 10 octubre del 2006, se protocoliza acta asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Panathinaikos Sociedad Anónima. Se acuerda realizar un aumento del capital social.—Lic. Ana Victoria Sandoval León, Notaria.—1 vez.—Nº 82617.—(93156).

Por escritura Nº 44 otorgada ante el suscrito notario a las 10:00 horas del día 9 de octubre del 2006, se constituyó Representaciones & Asociados J L Sociedad Anónima. Capital social: 10.000 colones íntegramente suscrito y pagado. Domicilio social será en Guayabos de Curridabat, San José del Colegio Sek, 500 m norte y 50 m oficina Nº 23. Plazo social: 99 años. Presidente Jorge Guillermo Lizano Seas.—San José, 9 de octubre del 2006.—Lic. Alejandro Argüello Leiva, Notario.—1 vez.—Nº 82618.—(93157).

Por escritura Nº 45 otorgada ante el suscrito notario a las 11:00 horas del día 9 de octubre del 2006, se constituyó Arista Consultores & Asociados Sociedad Anónima. Capital social: 10.000 colones íntegramente suscrito y pagado. Domicilio social será en Guayabos de Curridabat, San José del Colegio Sek, 400 m norte y 50 m, casa Nº 52. Plazo social: 99 años. Presidente Óscar Guillermo Lizano Acosta.—San José, 9 de octubre del 2006.—Lic. Alejandro Argüello Leiva, Notario.—1 vez.—Nº 82619.—(93158).

El suscrito notario, hago constar que ante mi notaría, se modificó la cláusula sexta del pacto social, y se nombró nueva junta directiva de la entidad Inversiones Quebrada Honda de Santa Ana S. A., cédula Nº 3-101-233681.—Lic. Róger Mario Venegas Argüello, Notario.—1 vez.—Nº 82620.—(93159).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del día primero de octubre del dos mil seis, se constituye A.N. Advise Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Duración: noventa y nueve años. Corresponde la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma al presidente y vicepresidente. Presidente: Natanel Aricha.—San José, 5 de octubre del 2006.—Lic. Juan Luis Mora Cascante, Notario.—1 vez.—Nº 82621.—(93160).

Por escritura otorgada ante mí a las once horas del día once de julio del dos mil seis, se constituye Inversiones Comerciales La Soga Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Duración: noventa y nueve años. Domicilio social: Curridabat doscientos setenta y cinco metros este del Archivo Nacional, Edificio Juliana oficina número uno. Corresponde la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma al presidente y tesorero. Presidente: José Manuel Porras Garita.—San José, julio 11, 2006.—Lic. Roque Rafael Campos Anchía, Notario.—1 vez.—Nº 82622.—(93161).

En el despacho de la Licenciada Lizbeth Edwards Murrell, el día siete de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Magasoajer Sociedad Anónima, cuyos socios son: María de los Ángeles Campos Campos y Gabriela Molina Campos. Dicha sociedad está domiciliada en la cuidad de San José, Distrito Gravillas, cantón Desamparados, cien metros al sur, doscientos metros al este y setenta y cinco metros al sur del Salón Comunal del Porvenir y su capital social es la suma de diez mil colones.—Lic. Lizbeth Edwards Murrell, Notaria.—1 vez.—Nº 82623.—(93162).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del día veintiocho de setiembre del año dos mil seis, se constituyó Unlimited Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de setiembre del dos mil seis.—Lic. Pier Paolo Sinigaglia Gago, Notario.—1 vez.—(93443).

En el día de hoy, ante esta notaría se ha constituido la sociedad Inversiones R y H Limitada. Capital social: cien mil colones, representado por cien cuotas de diez mil colones cada una. Gerente: Richard Elías Marcano Mago. Domicilio, Curridabat, San José. Duración: noventa y nueve años.—San José, 11 de octubre del 2006.—Lic. J. Guillermo Mora Ch., Notario.—1 vez.—(93458).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 17:00 horas del 6 de octubre del 2006 se protocolizan actas de asamblea extraordinaria de accionistas de Dick S. A., cédula jurídica Nº 3-10117515 e Inmobiliaria Brasilia S. A., cédula jurídica Nº 3-101-25278, por medio de las cuales se fusionan prevaleciendo esta última y además se modifica la cláusula quinta del pacto social (capital social) de la sociedad prevaleciente.—San José, 6 de octubre del 2006.—Lic. Daniel Befeler Schafr, Notario.—1 vez.—(93460).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del 10 de octubre del 2006, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Wireless Zeta Telecomunicaciones (WZT) S. A., cédula jurídica Nº 3-101-424789, por medio de la cual se modifica la cláusula octava del pacto social.—San José, 11 de octubre del 2006.—Lic. Daniel Befeler Scharf, Notario.—1 vez.—(93461).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó el acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Comercializadora Cigargil Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó la cláusula octava del pacto social, se revocan los cargos de presidente, secretario, tesorero y fiscal y se hacen nuevos nombramientos.—San José, seis de octubre del dos mil seis.—Lic. Wendy Solórzano Vargas, Notaria.—1 vez.—(93472).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Burgos e Hijos Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula cuarta del pacto social.—San José, diez de octubre del dos mil seis.—Lic. Wendy Solórzano Vargas, Notaria.—1 vez.—(93473).

Por escritura otorgada hoy se modificaron estatutos y junta directiva de la empresa C&FT Asesores en Comercio Internacional S. A.—San José, 12 de octubre del 2006.—Lic. José María Penabad Bustamante, Notario.—1 vez.—(93477).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria a las 14:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad GMG Eléctrica Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la cual se aumenta el capital social reformándose la cláusula quinta de los estatutos sociales.—San José, 29 de setiembre del 2006.—Lic. Jessica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—(93481).

Por escritura número ciento veintinueve otorgada ante esta notaría se reformó el pacto social cláusulas dos y nueve de la sociedad denominada Agosto Internacional Sociedad Anónima.—Alajuela, diez de octubre del dos mil seis.—Lic. Mónica Arroyo Herrera, Notaria.—1 vez.—(93512).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las once horas del día nueve de octubre del año dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Inversiones Contacto Liberia Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma cláusula octava del pacto constitutivo y se nombra secretario de junta directiva.—Lic. Roberto Araya Lao, Notario.—1 vez.—(93514).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del día diez de octubre de dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Annette Marme & Asociados Sociedad Anónima. Plazo social noventa y nueve años. Capital suscrito y pagado.—San José, diez de octubre de dos mil seis.—Lic. María del Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(93522).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del doce de octubre de dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Nobar Sociedad Anónima. Plazo social noventa y nueve años. Capital suscrito y pagado.—San José, doce de octubre de dos mil seis.—Lic. María del Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(93524).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del día once de octubre de dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la compañía denominada Mathauda Telephones Systems Limitada, en la cual se reforma la cláusula sexta de la administración y se nombró un nuevo gerente y cuatro subgerentes. Es todo.—San José, once de octubre de dos mil seis.—Lic. Randall Chuken Vargas, Notario.—1 vez.—(93526).

El suscrito, Alejandro Campos Henao, notario público con oficina en San José, hace constar que a las trece horas del veintinueve de setiembre del año dos mil seis, ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Ingecasa de Costa Rica Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar Ingecasa de Costa Rica S. A.—San José, a las once horas quince minutos del doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Alejandro Campos Henao, Notario.—1 vez.—(93528).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecinueve horas del día once de octubre del año dos mil seis, se constituyó una sociedad anónima, de conformidad con el Decreto Ejecutivo número: treinta y tres mil ciento setenta y uno. Con un plazo social de cien años; con un capital social de diez mil colones y cuya representación la ostenta el presidente de la junta directiva.—Alajuela, 12 de octubre del año 2006.—Lic. Hernán Fernando León Chaves, Notario.—1 vez.—(93529).

Por escritura otorgada en esta notaría a las 14:00 horas del 3 de octubre del 2006, se constituyó la sociedad C C Treinta y Nueve S. A. Plazo 99 años. Domicilio Montes de Oca. Presidente, secretario y tesorero tienen la representación judicial y extrajudicial con facultades plenas, debiendo actuar conjuntamente.—San José, 9 de octubre del 2006.—Lic. Mario Saborío Rocafort, Notario.—1 vez.—(93534).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del doce de octubre del dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Amapolas del Prado Luna S. A., en la cual se modifican las cláusulas segunda y sexta y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, doce de octubre del dos mil seis.—Lic. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—(93541).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del doce de octubre del dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Gilso S. A., en la cual se modifican las cláusulas segunda, sétima, quinta, se agregan dos nuevas y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, doce de octubre del dos mil seis.—Lic. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—(93542).

Por escritura pública número trescientos cinco, otorgada en mi despacho a las diecisiete horas del veinticinco de setiembre del dos mil seis, se constituyó The Group Cyber Heart S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años.—Grecia, 10 de octubre del 2006.—Lic. Rodolfo Alfaro Morera, Notario.—1 vez.—(93543).

Al ser las dieciocho horas del diez de octubre de dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada S&S Conseil Juridique S. A., mediante escritura pública número doscientos ocho, ante la notaria Kattia Bermúdez Montenegro. Se nombró como presidente al señor David Solano Ortiz.—10 de octubre del 2006.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—Nº 82626.—(93549).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas treinta minutos del día diez de octubre del dos mil seis, se protocolizó el acta número cuatro de asamblea general ordinaria y extraordinaria celebrada por los accionistas de Coimbra Sociedad Anónima, donde se reforman las cláusulas décima y décima primera del pacto constitutivo y se nombra tesorero.—San José, 11 de octubre del 2006.—Lic. Óscar Alberto Sandoval Morales, Notario.—1 vez.—Nº 82628.—(93550).

Por escritura otorgada a las 12:00 horas del día 10 de octubre del año 2,006 se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Tornillos La Uruca Sociedad Anónima, mediante los cuales se modifica la cláusula quinta del pacto social y se nombra nuevo integrante de junta directiva. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, actuando individualmente.—San José, 12 de octubre del año dos mil seis.—Lic. José Manuel Ortiz Durman, Notario.—1 vez.—Nº 82630.—(93551).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del día 10 de octubre del año 2006 se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Taller Francisco Vargas Sociedad Anónima, mediante los cuales se modifica la cláusula quinta del pacto social y se nombran nuevos integrantes de junta directiva. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, actuando individualmente.—San José, 12 de octubre del año dos mil seis.—Lic. José Manuel Ortiz Durman, Notario.—1 vez.—Nº 82631.—(93552).

Por escritura otorgada a las 14:00 horas del día 10 de octubre del año 2006, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Condominio El Viñedo Número Cuatro Cabernet Sociedad Anónima, mediante los cuales se modifica la cláusula quinta del pacto social y se nombran nuevos integrantes junta de directiva. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, actuando individualmente.—San José, 12 de octubre del año dos mil seis.—Lic. José Manuel Ortiz Durman, Notario.—1 vez.—Nº 82632.—(93553).

Por escritura ante mí en esta ciudad, a las doce horas del nueve de octubre del dos mil seis, Adoración María conocida como Dora Chavarría Chavarría y Alexandra Cordero Chavarría, constituyeron sociedad anónima denominada Génesis del Sur Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras en Génesis del Sur S. A. Presidenta Dora Chavarría Chavarría.—Lic. Ileana María Varela Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 82633.—(93554).

Que por escritura número 241, visible a folio 164 frente del tomo XVIII del protocolo del notario público Lic. Jorge Zúñiga Calderón, se constituyó la empresa representada por Johanna (nombre) Weilers (apellido), pasaporte de su país N F cero cinco uno nueve siete cuatro cuatro y Mauricio Mora Quintero, cédula de identidad uno-uno uno dos cinco-tres seis siete, denominada My Lovable Land Sociedad de Responsabilidad Limitada, el motivo de este edicto es la constitución de la empresa dicha.—San Isidro, Pérez Zeledón, a las 20:00 horas del 10 de octubre del año 2006.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 82634.—(93555).

La sociedad Eurochem Internacional S. A., nombra junta directiva y reforma cláusula novena.—San José, once de octubre del dos mil seis.—Lic. Francisco Stewart Satchuell, Notario.—1 vez.—Nº 82639.—(93556).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada: A.P Jus Abogados Sociedad Anónima.—Guápiles de Pococí, 12 de octubre del dos mil seis.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—Nº 82640.—(93557).

Por escritura otorgada ante este notario, a las catorce horas del once de octubre del dos mil seis, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Let’s Go Enjoy LLC Limitada, mediante la cual se reforman las cláusulas primera y octava del pacto social.—San José, once de octubre de dos mil seis.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 82642.—(93558).

Ante mi notaría, a las 8:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad que se denomina Warrior Tobacco Sociedad Anónima.—San José, 6 de octubre del 2006.—Lic. Gustavo Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—Nº 82645.—(93559).

En esta notaría se realiza la protocolización del acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Copa Dorada Limitada CO Ltda., se realiza cambio de gerentes apoderados de la sociedad.—Seis de octubre del dos mil seis.—Lic. Marianela Angulo Tam, Notaria.—1 vez.—Nº 82646.—(93560).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, a las 8:00 horas, se constituyó la sociedad Containers Corp. (Costa Rica) S. A. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, 11 de octubre del 2006.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—Nº 82648.—(93561).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las dieciocho horas del dos de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Casa Cristal y Más S.R.L., capital suscrito y pagado, gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, dos de octubre del dos mil seis.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—Nº 82649.—(93562).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en San José a las diez horas del cuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado de diez mil colones. Representada por su Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma; con poder de sustitución, revocación y de otorgar poderes, debiendo actuar siempre conjuntamente.—San José, 4 de octubre del 2006.—Lic. Cristian Villegas Coronas, Notario.—1 vez.—Nº 82651.—(93563).

El suscrito notario hace de conocimiento público, que mediante escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del día catorce de junio del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Endopsique Sociedad Anónima. Capital social: cincuenta mil colones. Presidenta: Karen Segura Castro.—San José, 10 de octubre del año 2006.—Lic. Rolando Alberto Corrales Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 82653.—(93564).

En mi notaría, el día dieciséis de setiembre del año dos mil seis, por escritura número doscientos cuarenta y tres, del tomo dieciséis de mi protocolo, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, denominada: Baraca Damasquina Limitada. Domicilio: en San Ramón, centro, Alajuela de la Capilla del Santo Sepulcro cincuenta metros al este, contiguo al Taller Barrantes. El plazo social, cincuenta años. Capital social, diez mil colones, representado por diez cuotas de mil colones cada una, las cuales son comunes y nominativas, debidamente suscrito y pago. Representación judicial y extrajudicial, representada por gerente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Manuel María Arroyo Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 82655.—(93565).

En mi notaría, el día dieciséis de setiembre del año dos mil seis, por escritura número doscientos cuarenta y cuatro, del tomo dieciséis de mi protocolo, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, denominada: Bruma Grasama Limitada. Domicilio: en San Ramón, centro, Alajuela de la Capilla del Santo Sepulcro cincuenta metros al este, contiguo al Taller Barrantes. El plazo social, cincuenta años. Capital social, diez mil colones, representado por diez cuotas de mil colones cada una, las cuales son comunes y nominativas, debidamente suscrito y pago. Representación judicial y extrajudicial, representada por gerente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Manuel María Arroyo Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 82656.—(93566).

En mi notaría, el día dieciséis de setiembre del año dos mil seis, por escritura número doscientos cuarenta, del tomo dieciséis de mi protocolo, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, denominada: Azalea y Balsamina Limitada. Domicilio: en San Ramón, centro, Alajuela de la Capilla del Santo Sepulcro cincuenta metros al este, contiguo al Taller Barrantes. El plazo social, cincuenta años. Capital social, diez mil colones, representado por diez cuotas de mil colones cada una, las cuales son comunes y nominativas, debidamente suscrito y pago. Representación judicial y extrajudicial, representada por gerente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Manuel María Arroyo Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 82657.—(93567).

En mi notaría, el día dieciséis de setiembre del año dos mil seis, por escritura número doscientos cuarenta y uno, del tomo dieciséis de mi protocolo, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, denominada: Occigil Vizcasa Limitada. Domicilio: en San Ramón, centro, Alajuela de la Capilla del Santo Sepulcro cincuenta metros al este, contiguo al Taller Barrantes. El plazo social, cincuenta años. Capital social, diez mil colones, representado por diez cuotas de mil colones cada una, las cuales son comunes y nominativas, debidamente suscrito y pago. Representación judicial y extrajudicial, representada por gerente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Manuel María Arroyo Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 82658.—(93568).

En mi notaría, el día dieciséis de setiembre del año dos mil seis, por escritura número doscientos cuarenta y dos, del tomo dieciséis de mi protocolo, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, denominada: Acacia Carabali Limitada. Domicilio: en San Ramón, centro, Alajuela de la Capilla del Santo Sepulcro cincuenta metros al este, contiguo al Taller Barrantes. El plazo social, cincuenta años. Capital social, diez mil colones, representado por diez cuotas de mil colones cada una, las cuales son comunes y nominativas, debidamente suscrito y pago. Representación judicial y extrajudicial, representada por gerente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Manuel María Arroyo Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 82659.—(93569).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 12:00 horas del 25 de junio de 2006, se constituyó la sociedad Lora VRTM S. A.—San José, 12 de octubre del 2006.—Lic. Álvaro López Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 82660.—(93570).

Por escritura pública número ciento ochenta otorgada ante esta notaría las doce horas del día diez de octubre del año dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima denominada Agrícola Birrisito, domiciliada en la ciudad de Tejar del Guarco de Cartago, con un capital social de diez mil colones.—Cartago, a las ocho horas del día doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Jorge Cerdas Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 82661.—(93571).

Por escritura número 42 otorgada en mi notaría a las 8:00 horas del 11 de octubre del 2006, protocolicé en lo conducente acuerdos de acta número 7 de asamblea general extraordinaria de Azacualpa S. A., en la que se modifican cláusulas segunda, cuarta y sexta del pacto social y se nombra secretaria de junta directiva y fiscal.—San José, 11 de octubre del 2006.—Lic. Martha Eugenia Villarreal Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 82663.—(93572).

Por escritura número 2 del tomo 5 de mi protocolo, ante el suscrito notario, a las 15:30 horas del 9 de octubre del 2006, se reforma la cláusula decimocuarta y se nombra nueva junta directiva y fiscal de Autopistas del Valle S. A.—San José, 10 de octubre del 2006.—Lic. Julio E. Zelaya Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 82664.—(93573).

Que en fecha seis de setiembre del año en curso, según escritura número cincuenta del tomo décimo de mi protocolo, se constituyó la sociedad Artesanías Griegas y otros Servicios Múltiples Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: La artesanía en madera, maquila de ropa y otros servicios. Representante Legal y apoderado generalísimo sin límite de suma: Brayner Eduardo Lara Berrocal. Domicilio social: Calle Valerio en Altos de Peralta de Grecia-Alajuela.—Lic. Álvaro Bernal Ramírez Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 82665.—(93574).

Por asambleas de socios las sociedades Royal Tides in Guiones Sociedad Anónima y MV Blowfish Mangrove Sociedad Anónima, modifican cláusulas y nombran nueva presidenta y secretario.—San José, doce de octubre del dos mil seis.—Lic. Henry Delgado Jara, Notario.—1 vez.—Nº 82666.—(93575).

Por escritura Nº 151, otorgada a las 19:00 horas del día 13 de agosto del año 2006, ante el notario Giovanni Portuguez Barquero, se constituyó la empresa denominada Corporación de Surco Codesu Sociedad Anónima. Domicilio: Cartago, Tierra Blanca. Plazo: 99 años. Objeto: comercio en general y otros. Capital social: 100.000 colones. Representación: un presidente, apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, 23 de setiembre del 2006.—Lic. Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 82667.—(93576).

Por escritura Nº 117, otorgada a las 12:00 horas del día 20 de setiembre del año 2006, ante el notario Giovanni Portuguez Barquero, se constituyó la empresa denominada Sepripa de Llano Grande Limitada. Domicilio: Cartago, Los Ángeles. Plazo: 100 años. Objeto: seguridad privada, comercio en general y otros. Capital social: 10.000 colones. Representación: un gerente, apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, 23 de setiembre del 2006.—Lic. Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 82668.—(93577).

Por escritura Nº 119, otorgada a las 13:00 horas del día 20 de setiembre del año 2006, ante el notario Giovanni Portuguez Barquero, se constituyó la empresa denominada Proyectos y Desarrollos Caballo Blanco Sociedad Anónima. Domicilio: Cartago, Dulce Nombre. Plazo: 100 años. Objeto: comercio en general y otros. Capital social: 96.000 colones. Representación: presidente, secretario y tesorero, apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando en forma conjunta o separada.—Cartago, 23 de setiembre del 2006.—Lic. Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 82669.—(93578).

Por escritura Nº 116, otorgada a las 11:30 horas del día 20 de setiembre del año 2006, ante el notario Giovanni Portuguez Barquero, se constituyó la empresa denominada Lumary 19 de los Ángeles Limitada. Domicilio: Cartago, Los Ángeles. Plazo: 100 años. Objeto: comercio en general y otros. Capital social: 10.000 colones. Representación: un gerente, apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, 23 de setiembre del 2006.—Lic. Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 82670.—(93579).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día veintinueve de agosto del dos mil seis, se nombra presidente y secretario, y modifica la cláusula novena del pacto constitutivo de la sociedad denominada Arrienda Comercial Tenkar Sociedad Anónima.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—Nº 82672.—(93581).

Por escritura otorgada a las diecinueve horas del diecisiete de agosto del año dos mil seis, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Autos Viko de Guanacaste S. A., de este domicilio, mediante la cual se modificaron las cláusulas primera y segunda, del pacto social y se nombró junta directiva.—San José, 9 de octubre del 2006.—Lic. Ana Lucía Castillo Soto, Notaria.—1 vez.—Nº 82673.—(93582).

Por escritura otorgada ante mí, se ha constituido la firma Seay de Roy Investment Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Costa Rica. Plazo social noventa y nueve años. Capital: treinta y seis mil colones, presidente: James Seay De Roy. Fecha de otorgamiento: 10 de octubre del 2006, San José, Costa Rica.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1 vez.—Nº 82674.—(93583).

En la ciudad de Cartago, al ser las nueve horas del nueve de octubre del dos mil seis, Hannia Navarro Araya y Pablo Martínez Montoya, constituyen la sociedad anónima Guardería Infantil Divino Niño Jesús Sociedad Anónima. Ante el notario Christian Chinchilla Monge.—Cartago, al ser las nueve horas quince minutos del nueve de octubre del dos mil seis.—Lic. Christian Chinchilla Monge, Notario.—1 vez.—Nº 82675.—(93584).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 16:15 horas del día 11 de octubre del 2006, se constituyó una sociedad anónima denominada Propiedades e Inversiones Sol Nieve Sociedad Anónima, domiciliada en San Francisco de Heredia, 100 metros oeste de la Antena Radio Victoria. Capital social: 10.000,00 colones.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez G., Notario.—1 vez.—Nº 82676.—(93585).

Por escritura número ciento sesenta y cinco-once, de las doce horas del día cinco de octubre del año dos mil seis, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada F.M.L. Camelot S. A., en la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social, referente a la cláusula del domicilio de la sociedad.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Ricardo González Fournier, Notario.—1 vez.—Nº 82677.—(93586).

Por escrituras otorgadas ante el suscrito notario del día 11 de agosto del año 2006, se constituyó la sociedad PB Grotto del Pacífico S. A. Presidenta: Paola Bertilla Grotto, con domicilio: San José, Rohrmoser, del AyA cien metros al norte y cincuenta metros al oeste.—Lic. Francisco H. Barth Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 82678.—(93587).

El suscrito notario, hago constar que se está constituyendo la sociedad denominada Bienes e Inversiones Jones S. A. Es todo.—San José, 10 de octubre del 2006.—Lic. Dagoberto Madrigal Mesén, Notario.—1 vez.—Nº 82679.—(93588).

Ante esta notaría, se constituyó la compañía denominada Red Travel Free Sociedad Anónima.—Guápiles de Pococí, 11 de octubre del 2006.—Lic. Arnoldo Antonio Parini Segura, Notario.—1 vez.—Nº 82680.—(93589).

Ante la suscrita notaria, a las once horas treinta minutos del día de hoy, se reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Bloque A - Z. M. T Sociedad Anónima.—San José, cinco de octubre del dos mil seis.—Lic. Mariselle Verdesia Meneses, Notaria.—1 vez.—Nº 82681.—(93590).

Hoy a las trece horas, se constituyó ante mí la sociedad Bermuda Onion Corp S. A.—San José, 10 de octubre del 2006.—Lic. Rómulo Pacheco Sibaja, Notario.—1 vez.—(93628).

A las ocho horas del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituye la sociedad Grupo Covac Sociedad Anónima, la cual tiene en calidad de presidente a Rodolfo Bonilla Jiménez, con un capital social de diez mil colones, plazo social noventa y nueve años.—Lic. Édgar Acosta Valerio, Notario.—1 vez.—(93634).

A las diez horas cuarenta y cinco minutos del diez de octubre del dos mil seis, se constituyeron las sociedades Productos Laborales de Patarrá Sociedad Anónima y Comercializadora de Productos para la Construcción CPC Sociedad Anónima, las cuales tienen en calidad de presidente a Francisco Javier Acosta Lamicq, ambas con capital social de diez mil colones, plazo social noventa y nueve años.—Lic. Karla Villalobos Carballo, Notaria.—1 vez.—(93638).

Ante el notario Guillermo Jiménez Chacón, se reforma cláusula tercera de la sociedad Castaways Centroamericana Sociedad Civil, referente al objeto.—Alajuela, 12 de octubre del 2006.—Lic. Guillermo Jiménez Chacón, Notario.—1 vez.—(93658).

Por escritura otorgada ante mí, el día tres de agosto del dos mil seis, se constituye la empresa de esta plaza denominada Coronas y Ulloa Sociedad Anónima. Representación: presidente y vicepresidente. Objeto: comercio en general. Plazo: cien años.—San Pedro de Montes de Oca, once de octubre del dos mil seis.—Lic. Andrés Arias Victory, Notario.—1 vez.—(93664).

Por escritura otorgada ante mí, el día dieciséis de agosto del dos mil cinco, se constituye la empresa de esta plaza denominada El Montecito de Acosta Sociedad Anónima. Representación: presidente, secretario y tesorero. Objeto: comercio en general. Plazo: noventa y nueve años.—San Pedro de Montes de Oca, once de octubre del dos mil seis.—Lic. Andrés Arias Victory, Notario.—1 vez.—(93665).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del diez de octubre del año dos mil seis, se protocolizó acta de la sociedad Christensen Realty de Responsabilidad Limitada, nombrando nuevo gerente. Es todo.—Jacó, 10 de octubre del 2006.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 82704.—(93675).

Servicios Agrícolas Sol de Caribe G Q Sociedad Anónima, modifica su plazo social, reduciéndolo hasta el treinta de setiembre del dos mil seis. Escritura otorgada, ante esta notaría, número doscientos treinta y dos de las quince horas treinta minutos del dos de mayo del año en curso, tomo sexto del protocolo del suscrito notario.—Lic. Jorge Eduardo Bustamante Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 82705.—(93676).

Por escritura otorgada ante mí, en esta ciudad a las 11:00 horas, 11:15 horas, 11:30 horas y 11:45 horas de hoy, se protocolizaron las actas de las compañías Estrella Galáctica Oculta S. A., La Torre Sin Fin S.A., Agrícola Pez de Suerre S. A., y La Ciudad de Vail S. A., respectivamente, en las que se reforman estatutos.—San José, 11 de octubre del 2006.—Lic. Adolfo Rojas Breddy, Notario.—1 vez.—Nº 82706.—(93677).

Los señores Alberto William Dahik Garzozi y Juan Sebastián Dahik Lodr, constituyen la sociedad denominada Global Telemedia Services Sociedad Anónima, la cual tendrá su domicilio en San José, Sabana Sur, Oficentro La Sabana, Torre número Siete, primer piso, oficinas de Credimóvil. El capital social de la sociedad es la suma de cien mil colones y el objeto de la misma será sin limitación alguna: el comercio en general. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: Juan Sebastián Dahik Lodr. Escritura otorgada a las quince horas del veintinueve de setiembre del dos mil seis.—Lic. Carlos Eduardo Umaña Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 82708.—(93678).

El suscrito notario Víctor Solís Castillo, hace constar que en esta notaría, del veintiocho de agosto del dos mil seis, se constituyó Inversiones Shamrock del Pacífico Sur Sociedad Anónima. Es todo, firmo en Palmar, Osa, Puntarenas, a las ocho horas del once de octubre del dos mil seis.—Lic. Víctor Solís Castro, Notario.—1 vez.—Nº 82726.—(93689).

La suscrita notaria Xinia Arias Naranjo, hace constar que ante esta notaría, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de las siguientes sociedades Walking In The Mountain S. A., Moony Mon. S.A., y Palm Tree Under The Sun S. A., todas con domicilio en Ojochal, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al este del Hotel Villas Gaía.—Ciudad Cortés, 10 de octubre del 2006.—Lic. Xinia Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—Nº 82727.—(93690).

Por escritura otorgada en esta ciudad a las diez horas del día de hoy, se constituyó una sociedad anónima denominada Gourmet Urbano M.R.B. Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de Heredia, con un capital de cien mil colones, con un plazo de noventa y nueve años. Presidente el socio Marcelo Ramírez Bolaños.—San José, 10 de octubre del 2006.—MSc. Andrea María Quesada Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 82729.—(93691).

Ante esta notaría, han comparecido Aranza del Carmen Sancho Jiménez y Roibel del Carmen Jiménez Morales, a constituir la sociedad denominada Eolo Asesoría y Soluciones Ambientales S. A. Capital social: diez mil colones, plazo social: noventa y nueve años, representación del presidente, presidenta: Aranza Sancho Jiménez.—San José, 20 de julio del 2006.—Lic. Luis Diego Araya González, Notario.—1 vez.—Nº 82730.—(93692).

La suscrita notaria, hace constar que se ha constituido ante mi notaría, la sociedad Inversiones Kentlyn M y S Limitada, que estará administrada por un gerente y un subgerente. Es todo. Firmo en Pital de San Carlos, a los once días del mes de octubre del dos mil seis.—Lic. Kattia Villegas Mena, Notaria.—1 vez.—Nº 82731.—(93693).

Al ser las nueve horas del tres de octubre del dos mil seis, las señoras Carolina Martén Navarro y Priscilla Hueda Beeche comparecen ante esta notaría, con la finalidad de constituir la compañía denominada Inversiones Martén & Beeche Sociedad Anónima, con domicilio en San José, Guadalupe, Urbanización Esquivel Bonilla, del Colegio de Microbiólogos de Costa Rica, veinticinco metros este y cincuenta norte.—San José, once de octubre del dos mil seis.—Lic. Carolina Arguedas Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 82738.—(93694).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Guardería y Taller Infantil Bilingüe Saint Gabriel Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pagado. Presidenta: Kennya Marcela Cruz Ávalos.—Cartago, 14 de enero del 2006.—Lic. Jorge Bonilla Peña, Notario.—1 vez.—Nº 82740.—(93695).

Por medio de escritura número 52-6, otorgada a las 10:00 horas del día 9 de octubre del año 2006, se protocolizó acta de la sociedad Servicios Integrados de Transportes PAL S. A., por medio de la cual se otorga poder general y poder general judicial.—Lic. Karen Rokbrand Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 82742.—(93696).

Claudia Barsaba Mena Barrantes y Alida María Cubillo Chavarría, constituyen la sociedad anónima denominada Corales Dorados del Pacífico C.D.P. Sociedad Anónima. Capital social 10.000,00 colones. Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. Otorgada en Santa Cruz, Guanacaste, a las 7:15 horas del día 1º de agosto del año 2006.—Lic. Óscar Guevara Arias, Notario.—1 vez.—Nº 82743.—(93697).

Condominio Villa Langosta de Santa Cruz, LM Nueve Sociedad Anónima. Protocoliza acta de asamblea general ordinaria. Se nombran secretario, tesorero y agente residente. Se reforman cláusulas quinta y octava. Otorgada a las ocho horas del día quince de agosto del año dos mil seis.—Lic. Claudia Barzaba Mena Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 82744.—(93698).

El suscrito notario da fe de que en su protocolo dos, al folio ciento uno frente, escritura número ciento uno, se encuentra protocolizada el acta número nueve de la empresa Carillanca S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cuatro mil quinientos, en la cual se inscribe el nuevo nombramiento del tesorero de la Junta Directiva, señor José Lenoir Aguilar Duarte, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Parasito de Moravia, 300 oeste de la Iglesia Católica, colombiano, residente temporal en Costa Rica bajo el número 117000439417 y se modifica la cláusula sexta para que en lo sucesivo se lea así: La sociedad será administrada por una Junta Directiva compuesta por tres miembros, socios o no, quienes serán Presidente, Secretario y Tesorero, a quienes corresponderá la representación judicial y extrajudicial y para cuyos efectos tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma de acuerdo al artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, pudiendo actuar conjunta o individualmente. Los Apoderados podrán otorgar toda clase de poderes, incluyendo judiciales y aquellos necesarios para operar cuentas bancarias. Podrán así mismo sustituir su poder en todo o en parte, revocar sustituciones y hacer otras de nuevo sin perder sus potestades en ningún momento. La Junta Directiva podrá otorgar toda clase de poderes que considere necesarios para el buen funcionamiento de la sociedad. Durarán en los cargos por todo el plazo social.—Carlos Mauricio Sierra Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 82750.—(93701).

Tamarindo Los Sueños Colorado Sociedad Anónima. Protocoliza acta de asamblea general ordinaria. Se nombra Presidente, Secretario y Agente Residente, se reforma la cláusula segunda y novena del Pacto Constitutivo. Otorgada a las 13:00 horas del día 26 de setiembre del año 2006.—Lic. Óscar Guevara Arias, Notario.—1 vez.—Nº 82751.—(93702).

Por escritura otorgada a las diez horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inmobiliaria Gapo Sociedad Anónima, modificándose las cláusulas sétima y novena del pacto constitutivo, y haciéndose nuevos nombramientos de miembros de Junta Directiva.—San José, 5 de octubre del 2006.—Lic. Bernal Chavarría Soley, Notario.—1 vez.—Nº 82752.—(93703).

Los socios Óscar Alberto Espinoza Neira y Reinaldo Sánchez Obando, constituyen la empresa que se denomina Multiservicios Osalespine Sociedad Anónima. Es todo.—Cariari, Pococí, 18 de mayo del 2006.—Lic. Juan Alexis Barillas Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 82753.—(93704).

Por escritura otorgada ante mí a las 15:00 horas del 11/10/2006, se constituyó la sociedad Aires del Cerro San Miguel del Pacífico S. A. Domicilio San José, plazo 100 años, objeto genérico, capital social suscrito y pagado. Presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Guido Alberto Soto Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 82756.—(93705).

Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 11/10/2006, se constituyó la sociedad Saint Michael’s Mountains S. A. Domicilio San José, plazo 100 años, objeto genérico, capital social suscrito y pagado. Presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Guido Alberto Soto Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 82757.—(93706).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del nueve de octubre del dos mil seis, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Kerford Investments S. A., mediante la cual se aumentó el capital social reformándose la cláusula del capital social, se reformó la cláusula del objeto, se revocó poder generalísimo y se otorgó poder general.—San José, 10 de octubre de 2006.—Lic. Margarita Odio Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—Nº 82758.—(93707).

Mediante escritura pública, ante esta notaría se constituyó Fuerza Roja y Verde. Acción Civil Sociedad Anónima. Capital social veinticinco mil colones. Plazo social noventa y nueve años.—San José, 24 de julio del año 2006.—Lic. Shirley Vega Bolaños, Notaria.—1 vez.—Nº 82763.—(93708).

Ante este notario se constituyó la sociedad denominada H I D U R P Sociedad Anónima, domicilio en Zaragoza de Palmares de Alajuela, ciento cincuenta metros al sur de Licorera Zaragoza. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Fecha de constitución: Catorce de agosto del dos mil seis.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—Nº 82766.—(93709).

Mediante escritura otorgada en San José a las 8 horas 30 minutos del día 12 de octubre del año 2006 ante esta notaría se conoce la renuncia del secretario y se procede a nombrar nuevo secretario, se modifica la cláusula sétima de la Administración de la sociedad Modern Remedies Sociedad Anónima con cédula de persona jurídica número 3-101-452082, Felipe Calva A., Presidente. Es todo. 9:00 horas del día 12 de octubre del 2006.—Lic. Jorge Arturo Guardia Víquez, Notario.—1 vez.—Nº 82768.—(93710).

Protocolización de Puertas y Molduras S. A., en la que se reforma la cláusula vigésimo primera del pacto social. Escritura otorgada a las 8:00 horas del 9 de octubre de 2006.—Lic. Arturo Enrique Apéstegui Barzuna, Notario.—1 vez.—Nº 82770.—(93711).

Por escritura otorgada hoy ante mí a las 7:00 horas, se constituyó Grupo Adka Samara Sociedad Anónima. Plazo 99 años. Capital íntegramente suscrito y pagado.—Nicoya, 4 de octubre del 2006.—Lic. Mario Gerardo Ulloa Aiza y Lic. José Antonio Aiza Juárez, Notarios.—1 vez.—Nº 82779.—(93712).

Mediante escritura número ciento cincuenta y cinco iniciada al folio ciento cincuenta y cinco vuelto del tomo quince de mi protocolo se constituyó la empresa denominada Agritransportes El Sapo Sociedad Anónima. Domicilio en Bebedero de Cañas, provincia Guanacaste. Plazo social de cien años. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Cañas, 9 de octubre del año 2006.— Erick Alberto Apuy Sabatini, Notario.—1 vez.—Nº 82783.—(93713).

Por escritura número sesenta y dos otorgada en mi notaría a las catorce horas del diecinueve de setiembre de dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada: Norcam Precisión Sociedad Anónima, capital social: cien mil colones, plazo social: noventa y nueve años, domicilio social: Ciudad Quesada, San Carlos. Representación judicial y extrajudicial: Presidente y secretario.—Ciudad Quesada, 11 de octubre del 2006.—Lic. Alexander Bogantes Monge, Notario.—1 vez.—Nº 82784.—(93714).

Ante esta notaría a las quince horas del doce de julio de dos mil seis se constituye la sociedad denominada Asesores Comerciales Dagima Sociedad Anónima. Su presidente y secretario tendrán la representación judicial y extrajudicial actuando conjunta o separadamente, su domicilio fiscal es Heredia, cantón central, Urbanización Berta Eugenia, casa tres G, su plazo social es de noventa y nueve años a partir de su constitución. El capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado. Es todo.—San José, 12 de octubre de 2006.—Lic. Lourdes Ruiz Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 82787.—(93715).

Por escritura treinta y cuatro otorgada a las trece horas del once de octubre del año dos mil seis, se reforman cláusulas de la sociedad Inversiones Lanton Sociedad Anónima.—San José, 11 de octubre del 2006.—Lic. Rosario Jiménez Delgadillo, Notaria.—1 vez.—Nº 82790.—(93716).

Por escritura treinta y cinco otorgada a las trece horas treinta minutos del once de octubre del año dos mil seis, se reforman cláusulas de la sociedad Inversiones Armiden Sociedad Anónima.—San José, 11 de octubre del 2006.—Lic. Rosario Jiménez Delgadillo, Notaria.—1 vez.—Nº 82791.—(93717).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del 3 de octubre del dos mil seis, se protocoliza acta número uno de Inmovar TZU Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos ochenta y tres mil novecientos cuarenta y dos, mediante la cual se nombra nuevo presidente y secretario. Presidenta: Ana Isabel Vargas Mata.—San Marcos de Tarrazú, 10 de octubre del 2006.—Lic. Marco Antonio Vargas V., Notario.—1 vez.—Nº 82792.—(93718).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las ocho horas, del día once de octubre del presente año, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la compañía de esta plaza denominada Eco Playa Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula sétima del Pacto Social.—San José, 11 de octubre del 2006.—Lic. Giselle Pacheco Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 82794.—(93719).

Por escrituras otorgadas ante esta Notoría a las ocho horas, ocho horas cinco minutos, ocho horas diez minutos, ocho horas quince minutos, ocho horas veinte minutos, ocho horas veinticinco minutos, ocho horas treinta minutos, ocho horas treinta y cinco minutos, ocho horas cuarenta minutos, ocho horas cuarenta y cinco minutos, ocho horas cincuenta minutos, ocho horas cincuenta y cinco minutos, nueve horas, nueve horas cinco minutos y nueve horas diez minutos, del día diez de octubre del presente año, se constituyeron las sociedades Vista Verde Uno Lila, Vista Verde Dos Celeste, Vista Verde Tres Blanca, Vista Verde Cuatro Roja, Vista Verde Cinco Amarilla, Vista Verde Seis Naranja, Vista Verde Siete Azul, Vista Verde Ocho Turquesa, Vista Verde Nueve Gris, Vista Verde Diez Tornasol, Vista Verde Once Beige, Vista Verde Doce Dorada, Vista Verde Trece Plateada, Vista Verde Catorce Rosada y Vista Verde Quince Morada, todas Sociedades Anónimas, capital social suscrito y pagado. Sra. Rosa María Abreu McDonough, Presidenta.—San José, 10 de octubre del año 2006.—Lic. Giselle Pacheco Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 92795.—(93720).

Hoy protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Sunnyside Garabito S. A., mediante la cual se reforma la cláusula tercera del pacto social, se nombra junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 11 de octubre del 2006.—Lic. Hernán Velasco Sasso, Notario.—1 vez.—Nº 82796.—(93721).

Hoy protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Most Beautiful Home of Garabito S. A., mediante la cual se reforma la cláusula tercera del pacto social, se nombra junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 11 de octubre del 2006.—Lic. Hernán Velasco Sasso, Notario.—1 vez.—Nº 82797.—(93722).

Hoy protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Royal Home of Garabito S. A., mediante la cual se reforma la cláusula tercera del pacto social, se nombra junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 11 de octubre del 2006.—Lic. Hernán Velasco Sasso, Notario.—1 vez.—Nº 82798.—(93723).

Por escritura otorgada a las once horas del veintiocho de agosto del dos mil seis, se constituye la sociedad denominada Tierra Acuática Jacó Sociedad Anónima.—San José, 9 de octubre del 2006.—Lic. Hernán Velasco Sasso, Notario.—1 vez.—Nº 82799.—(93724).

En esta notaría a las 9:00 horas del 27 de setiembre protocolicé asamblea extraordinaria de Transportes Privados Monteverde S. A., se cambia tesorero, secretario y fiscal y nuevo domicilio social y será Alajuela, San Ramón, Concepción cuatrocientos metros norte de la iglesia, San Ramón.—Lic. Marvin Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 82801.—(93725).

Por medio de escritura otorgada al ser las ocho horas del día seis de octubre del año dos mil seis, ante el Notario Público Juan Francisco Molinero Hernández, por medio de protocolización de acta de asamblea extraordinaria de socios, se acordó reformar la cláusula sexta de la sociedad de esta plaza With Arms Wide Open Sociedad Anónima.—San José, 11 de octubre del año 2006.—Lic. Juan Francisco Molinero Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 82804.—(93826).

Por escritura otorgada ante mí, se modificó la cláusula sétima del pacto constitutivo de Rolegaro Sociedad Anónima.—San José, 11 de octubre del 2006.—Carlos Enrique Aguirre Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 82805.—(93727).

Por escritura otorgada en esta notaría a dieciocho horas del día diecisiete de agosto del año en curso se constituyo la sociedad Empresa de Seguridad Quirós López S. A.. Capital social íntegramente suscrito y pago. Presidente: Rafael Ángel Quirós Barboza.—Heredia, 28 de agosto del 2006.—Lourdes Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 82806.—(93728).

A las 8:00 horas del 20 de setiembre de 2006, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Santa Luisa Segoviana S L S E G Sociedad Anónima, celebrada en Liberia, Guanacaste, frente al Hotel El Sitio, a las ocho horas del cuatro de setiembre del año dos mil seis, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda del domicilio y sétima de la Administración, del Pacto Constitutivo.—San José, 20 de setiembre de 2006.—Ligia Castiglioni Longueira, Notaria.—1 vez.—Nº 82807.—(93729).

Ante esta notaría, se modificó el día de hoy el Pacto Constitutivo de la sociedad llamada Desarrollos El Dorado de Puerto Viejo S. A.—San José, 10 de octubre del 2006.—Gilbert Ulloa Astorga, Notario.—1 vez.—Nº 82808.—(93730).

Ante esta notaría de la licenciada Yurly Alguera Martínez, a las catorce horas del día seis de octubre del año dos mil seis, se constituyó por un plazo social de noventa y nueve años, una sociedad denominada, Mondo Sociedad Anónima, con domicilio en Escazú El Alto de las Palomas, Urbanización El Mirador, apartamento numero dos. El señor Adrián Cotroneo es el presidente y apoderado generalísimo sin límite de suma y le corresponde la representación judicial y extrajudicial de dicha sociedad. Es todo.—San José, 12 de octubre del 2006.—Lic. Yurly Alguera Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 82820.—(93731).

Ante esta notaría de la licenciada Yurly Alguera Martínez, a las trece horas del día veinticinco de mayo del año dos mil seis, se constituyó por un plazo social de noventa y nueve años, una sociedad denominada, Suyjef Sociedad Anónima, con domicilio en Heredia veinticinco metros sur de la iglesia Los Ángeles, el señor Jefrey Alex Mora Calderón es el presidente y apoderado generalísimo sin límite de suma y le corresponde la representación judicial y extrajudicial de dicha sociedad. Es todo.—San José, 23 de junio del 2006.—Yurly Alguera Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 82821.—(93732).

Ante esta notaría de la licenciada Yurly Alguera Martínez, a las catorce horas del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó por un plazo social de noventa y nueve años, una sociedad denominada, Vistas del Irazú Sociedad Anónima, con domicilio en Hacienda Vieja de Curridabat, Residencial Lomas, casa diez G. La señora Katy Esquivel Brenes es la presidenta y apoderada generalísima sin límite de suma y le corresponde la representación judicial y extrajudicial de dicha sociedad. Es todo.—San José, 12 de octubre del 2006.—Yurly Alguera Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 82822.—(93733).

La sociedad denominada Servicios y Soluciones Internacionales S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y cuatro mil quinientos noventa, reorganiza nueva Junta Directiva en asamblea general extraordinaria de socios celebrada en su domicilio social a las dieciséis horas del veintiséis de setiembre del dos mil seis. Es todo.—Ana Rosario Hernández Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 82827.—(93734).

En mi notaría, en esta fecha se constituyó la sociedad Servicios en Enfermería Yorpa S. A. con domicilio en San José, cantón trece Tibás, distrito cero dos, Tibás, cuatro Reinas, Garabito, casa tres nueve uno, alameda cinco, frente a iglesia católica, con plazo de noventa y nueve años, su presidenta Ana Patricia Sequeira Ruiz.—Lic. Odilí Altamirano Urrutia, Notaria.—1 vez.—Nº 82829.—(93735).

Por escritura otorgada ante mí, el día diez de octubre del dos  mil seis, se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones La Portuaria de Pitahaya B. D. Sociedad Anónima.—Santa Cruz, Guanacaste, 10 de octubre del 2006.—Lic. Alban Marchena Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 82830.—(93736).

Por escritura pública otorgada en San José a las 17.00 horas del 12 de octubre del 2006, se constituyó la sociedad anónima denominada: Inmobiliaria Hernández & Scott S. A. Capital social: 100.000,00 colones. Plazo social: 100 años. Presidente: Pedro Jorge Hernández Ríos.—Lic. José Andrés Esquivel Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 82832.—(93737).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del nueve de setiembre del dos mil seis, se constituyó la sociedad Inversiones y Servicios Chacón Calderón, Sociedad Anónima.—Tres Ríos, 9 de octubre del 2006.—Lic. Germán Rojas Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 82834.—(93738).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecinueve horas del veintidós de junio del dos mil seis, se constituyó la sociedad Arquitectos y Consultores Deroca Sociedad Anónima.—Tres Ríos, 9 de octubre del 2006.—Lic. Germán Rojas Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 82835.—(93739).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del primero de febrero del dos mil seis, se constituyó la sociedad Inversiones Grupo Ocho Este Sociedad Anónima.—Tres Ríos, 9 de octubre del 2006.—Lic. Germán Rojas Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 82836.—(93740).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las nueve horas del diez de octubre del dos mil seis, se constituyó Cal Sebastia S. A. Capital social: diez mil colones. Presidente con facultades de apoderados generalísimo sin límite de suma.—San José, 10 de octubre del 2006.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—Nº 82838.—(93741).

En mi Notaría a las 15:00 horas de hoy, se constituyó Grupo Paradoces Dos Mil Seis Sociedad Anónima. Abreviándose Grupo Paradoces Dos Mil Seis S. A., capital diez  mil colones. Domicilio: San José, Sabana Norte de la Esquina suroeste del ICE quinientos metros al norte, San José, Presidente: Nickolas Anthony Costas.—San José, 21 de setiembre del 2006.—Sugeily Celenia Hernández Azofeifa, Notaria.—1 vez.—Nº 82840.—(93742).

En mi notaría a las 17:00 horas del 21 de setiembre del año 2006, se protocolizó acta de la sociedad T.L.S. Precisión Sociedad Anónima. Se modificó cláusula sexta, se cesó Junta Directiva y se hicieron nuevos nombramientos. Se solicita la publicación de este edicto para lo que en derecho corresponda.—Alajuela, 21 de setiembre del 2006.—Lic. Henry A. Núñez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 82841.—(93743).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12:30 horas del nueve de octubre del dos mil seis, se modifica la siguiente cláusula del pacto constitutivo: Se modifica la cláusula octava de la Administración. Se hace el siguiente nombramiento: Gerente General Uno: Nina Marie (nombres) Muñoz (apellido), de un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, en la sociedad Octopus Arms Limitada.—San José, 11 de octubre del 2006.—Lic. Katherine Mourelo Rímola, Notaria.—1 vez.—Nº 82843.—(93744).

Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las 10:30 horas del 25 de setiembre del año 2006, se constituye la sociedad anónima denominada Duncan Arias Díaz Realtors Sociedad Anónima. Presidente, secretario, y tesorero, actuando conjuntamente cualesquiera de dos de ellos ostentan las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 9 de octubre del año 2006.—Lic. Jonathan Ruiz Campos, Notario.—1 vez.—Nº 82844.—(93745).

Por escritura otorgada ante mí, en la ciudad de en San José, al ser las quince horas del dieciocho de setiembre del dos mil dos, se constituyó Torroja Limitada. Gerente: Tatiana Rojas Hernández.—Álvaro Quesada Loría, Notario.—1 vez.—Nº 82845.—(93746).

Por escritura otorgada ante mí, en la ciudad de en San José, al ser las catorce horas del dieciocho de setiembre del dos mil dos, se constituyó Ingeniería y Electromecánica Hermon Limitada, Limitada. Gerente: Hernán Rojas Hernández.—Álvaro Quesada Loría, Notario.—1 vez.—Nº 82846.—(93747).

En esta Notaría, en escritura de las diecinueve horas y treinta minutos del veintidós de setiembre de dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima Comercializadora Vepoa, representada por su Presidente, quien tendrá facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma. Domiciliada en Heredia, Centro, Bernardo Benavides, casa número noventa y cinco.—Lic. Edgar R. Cordero Campos, Notario.—1 vez.—Nº 82847.—(93748).

Ante esta notaría se está  constituyendo la sociedad anónima Desarrollos Integrales San Isidro Sociedad Anónima.—Guadalupe de Goicoechea, 6 de setiembre del 2006.—Lic. Natalia Sarmiento Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 82848.—(93749).

Ante esta notaría a las diecinueve horas del diez de octubre del dos mil seis, se constituyó El Camino del Tigre Sociedad Anónima.—José Ronny Sandí Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 82849.—(93750).

Mediante escritura número veintiséis-cuatro, otorgada a las dieciséis horas del once de octubre del dos mil seis, ante la notaria Laura Granera Alonso, se reformó la cláusula sexta de la Administración, de la sociedad Ticofrut Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta y un mil trescientos treinta y ocho.—San José, 11 de octubre del 2006.—Lic. Laura Granera Alonso, Notaria.—1 vez.—Nº 82860.—(93756).

Por escritura número ciento cuarenta y cuatro otorgada ante mí, a las doce horas del veintidós de agosto del año dos mil seis, se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo de la compañía Liberos S. A.—Heredia, 11 de octubre de 2006.—Carolina Muñoz Con, Notaria.—1 vez.—Nº 82861.—(93757).

Por escritura número ciento cincuenta y tres-dos, otorgada ante los Notarios Federico Peralta Calzada e Ingrid Marcela Fallas Barrantes, a las quince horas del seis de octubre del dos mil seis, se constituyen las sociedades de este domicilio denominadas: Hidden Bay One-A S. A., (Bahía Escondida Uno-A S. A.); Hidden Bay Two-B S. A., (Bahía Escondida Dos-B S. A.); Hidden Bay Three-C S. A., (Bahía Escondida Tres-C S. A.); Hidden Bay Four-D S. A., (Bahía Escondida Cuatro-D, S. A.); Hidden Bay Five-E S. A., (Bahía Escondida Cinco-E S. A.); Hidden Bay Six-F S. A., (Bahía Escondida Seis-F S. A.); Hidden Bay Seven-G S. A., (Bahía Escondida Siete-G S. A.); Hidden Bay Eight-H S. A., (Bahía Escondida Ocho-H S. A.); Hidden Bay Nine-I S. A., (Bahía Escondida Nueve-I S. A); Hidden Bay Ten-J S. A., (Bahía Escondida Diez-J S. A.); Hidden Bay Eleven-K S. A., (Bahía Escondida Once-K, S. A.); Hidden Bay Twelve-L S. A., (Bahía Escondida Doce-L, S. A.); Hidden Bay Thirteen-M S. A., (Bahía Escondida Trece-M, S. A.); Hidden Bay Fourteen-N S. A., (Bahía Escondida Catorce-N, S. A.); Hidden Bay Fifteen-O S. A., (Bahía Escondida Quince-O, S. A.); Hidden Bay Sixteen-P S. A., (Bahía Escondida Dieciséis-P, S. A.); Hidden Bay Seventeen-Q S. A., (Bahía Escondida Diecisiete-Q S. A); Hidden Bay Eighteen-R S. A., (Bahía Escondida Dieciocho-R S. A.); Hidden Bay Nineteen-S S. A., (Bahía Escondida Diecinueve-S S. A.); Hidden Bay Twenty-T S. A., (Bahía Escondida Veinte-T S. A.); Hidden Bay Twenty One U S. A., (Bahía Escondida Veintiuno-U S. A.); Hidden Bay Twenty Two -V S. A., (Bahía Escondida Veintidós-V S. A.); Hidden Bay Twenty Three W S. A., (Bahía Escondida Veintitrés -W S. A).; Hidden Bay Twenty Four X S. A., (Bahía Escondida Veinticuatro-X S. A.); Hidden Bay Twenty Five Y S. A., (Bahía Escondida Veinticinco-Y S. A.); Hidden Bay Twenty Six Z S. A., (Bahía Escondida Veintiséis-Z S. A.); Hidden Bay Twenty Seven A-B S. A., (Bahía Escondida Veintisiete A-B S. A.); Hidden Bay Twenty Eight A-C S. A., (Bahía Escondida Veintiocho A-C S. A.); Hidden Bay Twenty Nine A-D S. A., (Bahía Escondida Veintinueve A-D S. A.); Hidden Bay Thirty A-E S. A., (Bahía Escondida Treinta A-E S. A.); Hidden Bay Thirty - One A-F S. A., (Bahía Escondida Treinta y Uno A-F S. A.); Hidden Bay Thirty Two A-G S. A., (Bahía Escondida Treinta y Dos A- G S. A.); Hidden Bay Thirty Three A-H S. A., (Bahía Escondida Treinta y Tres A- H S. A.), Hidden Bay Thirty Four A-I S. A., (Bahía Escondida Treinta y Cuatro A-I S. A.); Hidden Bay Thirty Five A-J S. A., (Bahía Escondida Treinta y Cinco A- J S. A.); Hidden Bay Thirty Six A-K S. A., (Bahía Escondida Treinta y Seis A-K S. A); Hidden Bay Thirty Seven A-L S. A., (Bahía Escondida Treinta y Siete A-L S. A.); Hidden Bay Thirty Eight A-M S. A., (Bahía Escondida Treinta y Ocho A-M S. A.); Hidden Bay Thirty Nine A-N S. A., (Bahía Escondida Treinta y Nueve A-N S. A.); Hidden Bay Forty A-O S. A., (Bahía Escondida Cuarenta A-O S. A.); Hidden Bay Forty One A-P S. A.; (Bahía Escondida Cuarenta y Uno A-P S. A.); Hidden Bay Forty Two A-R S. A., (Bahía Escondida Cuarenta y Dos A-R S. A.), Hidden Bay Forty Three A-S S. A., (Bahía Escondida Cuarenta y Tres A- S S. A.); Hidden Bay Forty Four A-T S. A., (Bahía Escondida Cuarenta y Cuatro A-T S. A.); Hidden Bay Forty Five A-U S. A., (Bahía Escondida Cuarenta y Cinco A-U S. A.); Hidden Bay Forty Six A-V S. A., (Bahía Escondida Cuarenta y Seis A-V S. A.); Hidden Bay Forty Seven A-W S. A., (Bahía Escondida Cuarenta y Siete A-W S. A.); Hidden Bay Forty Eight A-X S. A., (Bahía Escondida Cuarenta y Ocho A-X S. A.); Hidden Bay Forty Nine A-Y S. A., (Bahía Escondida Cuarenta y Nueve A-Y S. A.); Hidden Bay Fifty A-Z S. A., (Bahía Escondida Cincuenta A-Z S. A.); Hidden Bay Fifty One B-A S. A., (Bahía Escondida Cincuenta y Uno B-A S. A.); Hidden Bay Fifty Two B-C S. A., (Bahía Escondida Cincuenta y Dos B-C S. A.); Hidden Bay Fifty Three B-D S. A., (Bahía Escondida Cincuenta y Tres B-D S. A.); Hidden Bay Fifty Four B-C S. A., (Bahía Escondida Cincuenta y Cuatro B-C S. A.); Hidden Bay Fifty Five B-D S. A., (Bahía Escondida Cincuenta y Cinco B-D S. A.); Hidden Bay Fifty Six B-E S. A., (Bahía Escondida Cincuenta y Seis B-E S. A.), Hidden Bay Fifty Seven B-F S. A., (Bahía Escondida Cincuenta y Siete B-F S. A.); Hidden Bay Fifty Eight B-G S. A., (Bahía Escondida Cincuenta y Ocho B-G S. A.); Hidden Bay Fifty Nine B-H S. A., (Bahía Escondida Cincuenta y Nueve B-H S. A.); Hidden Bay Sixty B-I S. A., (Bahía Escondida Sesenta B-I S. A.); Hidden Bay Sixty One B-J S. A., (Bahía Escondida Sesenta y Uno B-J S. A.); Hidden Bay Sixty Two B-K S. A., (Bahía Escondida Sesenta y Dos B-K S. A.); Hidden Bay Sixty Three B-L S. A., (Bahía Escondida Sesenta y Tres B-L S. A.); Hidden Bay Sixty Four B-M S. A., (Bahía Escondida Sesenta y Cuatro B-M S. A.); Hidden Bay Sixty Five B-N S. A., (Bahía Escondida Sesenta y Cinco B-N S. A.); Hidden Bay Sixty Six B-O S. A., (Bahía Escondida Sesenta y Seis B-O S. A.); Hidden Bay Sixty Seven B-P S. A., (Bahía Escondida Sesenta y Siete B-P S. A.); Hidden Bay Sixty Eight B-Q S. A., (Bahía Escondida Sesenta y Ocho B-Q S. A.); Hidden Bay Sixty Nine B-R S. A., (Bahía Escondida Sesenta y Nueve B-R S. A.); Hidden Bay Seventy B-S S. A., (Bahía Escondida Setenta B-S S. A.); Hidden Bay Seventy One B-T S. A., (Bahía Escondida Setenta y Uno B-T S. A.); Hidden Bay Seventy Two B-U S. A., (Bahía Escondida Setenta y Dos B-U S. A.); Hidden Bay Seventy Three B-W S. A., (Bahía Escondida Setenta y Tres B-W S. A.); Hidden Bay Seventy Four B-X S. A., (Bahía Escondida Setenta y Cuatro B-X S. A.); Hidden Bay Seventy Five B-Y S. A., (Bahía Escondida Setenta y Cinco B-Y S. A.); Hidden Bay Seventy Six B-Z S. A., (Bahía Escondida Setenta y Seis B-Z S. A.); Hidden Bay Seventy Seven C-A S. A., (Bahía Escondida Setenta y Siete C-A S. A.); Hidden Bay Seventy Eight C-B S. A., (Bahía Escondida Setenta y Ocho C-B S. A.); Hidden Bay Seventy Nine C-D S. A., (Bahía Escondida Setenta y Nueve C-D S. A.); Hidden Bay Eighty C-E S. A., (Bahía Escondida Ochenta C-E S. A.); Hidden Bay Eighty One C-F S. A., (Bahía Escondida Ochenta y Uno C-F S. A.); Hidden Bay Eighty Two C-G S. A., (Bahía Escondida Ochenta y Dos C-G S. A.); Hidden Bay Eighty Three C-H S. A., (Bahía Escondida Ochenta y Tres C-H S. A.); Hidden Bay Eighty Four C-I S. A., (Bahía Escondida Ochenta y Cuatro C-I S. A.); Hidden Bay Eighty Five C-J S. A., (Bahía Escondida Ochenta y Cinco C-J S. A.); Hidden Bay Eighty Six C-K S. A., (Bahía Escondida Ochenta y Seis C-K S. A.); Hidden Bay Eighty Seven C-L S. A., (Bahía Escondida Ochenta y Siete C-L S. A.); Hidden Bay Eighty Eight C-M S. A., (Bahía Escondida Ochenta y Ocho C-M S. A.); Hidden Bay Eighty Nine C-N S. A., (Bahía Escondida Ochenta y Nueve C-N S. A.); Hidden Bay Ninety C-O S. A., (Bahía Escondida Noventa C-O S. A.); Hidden Bay Ninety One C-P S. A., (Bahía Escondida Noventa y Uno C-P S. A.); Hidden Bay Ninety Two C-Q S. A., (Bahía Escondida Noventa y Dos C-Q S. A.); Hidden Bay Ninety Three C-R S. A., (Bahía Escondida Noventa y Tres C-R S. A.); Hidden Bay Ninety Four C-S S. A., (Bahía Escondida Noventa y Cuatro C-S S. A.); Hidden Bay Ninety Five C-T S. A., (Bahía Escondida Noventa y Cinco C-T S. A.); Hidden Bay Ninety Six C-U S. A., (Bahía Escondida Noventa y Seis C-U S. A.); Hidden Bay Ninety Seven C-V S. A., (Bahía Escondida Noventa y Siete C-V S. A.); Hidden Bay Ninety Eight C-W S. A., (Bahía Escondida Noventa y Ocho C-W S. A.); Hidden Bay Ninety Nine C-X S. A., (Bahía Escondida Noventa y Nueve C-X S. A.); Hidden Bay One Hundred C-Y S. A., (Bahía Escondida Cien C-Y S. A.); Hidden Bay One Hundred One C-Z S. A., (Bahía Escondida Ciento Uno C-Z S. A.); Hidden Bay One Hundred Two D-A S. A., (Bahía Escondida Ciento Dos D-A S. A.); Hidden Bay One Hundred Three D-B S. A., (Bahía Escondida Ciento Tres D-B S. A.); Hidden Bay One Hundred Four D-C S. A., (Bahía Escondida Ciento Cuatro D-C S. A.); Hidden Bay One Hundred Five D-E S. A., (Bahía Escondida Ciento Cinco D-E S. A.); Hidden Bay One Hundred Six D-F S. A., (Bahía Escondida Ciento Seis D-F S. A.); Hidden Bay One Hundred Seven D-G S. A., (Bahía Escondida Ciento Siete D-G S. A.); Hidden Bay One Hundred Eight D-H S. A., (Bahía Escondida Ciento Ocho D-H S. A.); Hidden Bay One Hundred Nine D-I S. A., (Bahía Escondida Ciento Nueve D-I S. A.); Hidden Bay One Hundred Ten D-J S. A., (Bahía Escondida Ciento Diez D-J S. A.); Hidden Bay One Hundred Eleven D-K S. A., (Bahía Escondida Ciento Once D-K S. A.); Hidden Bay One Hundred Twelve D-L S. A., (Bahía Escondida Ciento Doce D-L S. A.); Hidden Bay One Hundred Thirteen D-M S. A., (Bahía Escondida Ciento Trece D-M S. A.); Hidden Bay One Hundred Fourteen D-N S. A., (Bahía Escondida Ciento Catorce D-N S. A.); Hidden Bay One Hundred Fifteen D-O S. A., (Bahía Escondida Ciento Quince D-O S. A.); Hidden Bay One Hundred Sixteen D-P S. A., (Bahía Escondida Ciento Dieciséis D-P S. A.); Hidden Bay One Hundred Seventeen D-Q S. A., (Bahía Escondida Ciento Diecisiete D-Q S. A.), Hidden Bay One Hundred Eighteen D-R S. A., (Bahía Escondida Ciento Dieciocho D-R S. A.); Hidden Bay One Hundred Nineteen D-S S. A., (Bahía Escondida Ciento Diecinueve D-S S. A.); Hidden Bay One Hundred Twenty D-T S. A., (Bahía Escondida Ciento Veinte D-T S. A.); Hidden Bay One Hundred Twenty One D-U S. A., (Bahía Escondida Ciento Veintiuno D-U S. A.); Hidden Bay One Hundred Twenty Two D-V S. A., (Bahía Escondida Ciento Veintidós D-V S. A.); Hidden Bay One Hundred Twenty Three D-W S. A., (Bahía Escondida Ciento Veintitrés D-W S. A.); Hidden Bay One Hundred Twenty Four D-X S. A., (Bahía Escondida Ciento Veinticuatro D-X S. A.); Hidden Bay One Hundred Twenty Five D-Y S. A., (Bahía Escondida Ciento Veinticinco D-Y S. A.); Hidden Bay One Hundred Twenty Six D-Z S. A., (Bahía Escondida Ciento Veintiséis D-Z S. A.); Hidden Bay One Hundred Twenty Seven E-A S. A., (Bahía Escondida Ciento Veintisiete E-A S. A.); Hidden Bay One Hundred Twenty Eight E-B S. A., (Bahía Escondida Ciento Veintiocho E-B S. A.); Hidden Bay One Hundred Twenty Nine E-C S. A., (Bahía Escondida Ciento Veintinueve E-C S. A.); Hidden Bay One Hundred Thirty E-D S. A., (Bahía Escondida Ciento Treinta E-D S. A.); Hidden Bay One Hundred Thirty One E-F S. A., (Bahía Escondida Ciento Treinta y Uno E-F S. A.); Hidden Bay One Hundred Thirty Two E-G S. A., (Bahía Escondida Ciento Treinta y Dos E-G S. A.); Hidden Bay One Hundred Thirty Three E-H S. A., (Bahía Escondida Ciento Treinta y Tres E-H S. A.); Hidden Bay One Hundred Thirty Four E-I S. A., (Bahía Escondida Ciento Treinta y Cuatro E-I S. A.); Hidden Bay One Hundred Thirty Five E-J S. A., (Bahía Escondida Ciento Treinta y Cinco E-J S. A.); Hidden Bay One Hundred Thirty Six E-K S. A., (Bahía Escondida Ciento Treinta y Seis E-K S. A.); Hidden Bay One Hundred Thirty Seven E-L S. A., (Bahía Escondida Ciento Treinta y Siete E-L S. A.); Hidden Bay One Hundred Thirty Eight E-M S. A., (Bahía Escondida Ciento Treinta y Ocho E-M S. A.); Hidden Bay One Hundred Thirty Nine E-N S. A., (Bahía Escondida Ciento Treinta y Nueve E-N S. A.); Hidden Bay One Hundred Forty E-O S. A., (Bahía Escondida Ciento Cuarenta E-O S. A.); Hidden Bay One Hundred Forty One E-P S. A., (Bahía Escondida Ciento Cuarenta y Uno E-P, S. A.); Hidden Bay One Hundred Forty Two E-Q S. A., (Bahía Escondida Ciento Cuarenta y Dos E-Q S. A.); Hidden Bay One Hundred Forty Three E-R S. A., (Bahía Escondida Ciento Cuarenta y Tres E-R S. A.); Hidden Bay One Hundred Forty Four E-S S. A., (Bahía Escondida Ciento Cuarenta y Cuatro E-S S. A.); Hidden Bay One Hundred Forty Five E-T S. A., (Bahía Escondida Ciento Cuarenta y Cinco E-T S. A.); Hidden Bay One Hundred Forty Six E-U S. A., (Bahía Escondida Ciento Cuarenta y Seis E-U S. A.). Corresponde la representación al presidente y al secretario. Plazo: 99 años. San José, 6 de octubre del 2006.—Federico Peralta Calzada e Ingrid Marcela Fallas Barrantes, Notarios.—1 vez.—Nº 82862.—(93758).

Hoy día he protocolizado acta de la sociedad de esta plaza cuya razón social es Yakima y sus Volcanes Sociedad Anónima, en la cual se modifica la cláusula sexta y nombra nuevo Presidente.—San José, a las 14:00 horas del 11 de octubre del 2006.—Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—Nº 82866.—(93759).

Por escritura noventa y ocho otorgada a las diez horas del siete de octubre del dos mil seis, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Nonno Pepe S. A., mediante la cual se reforma la cláusula sexta de la administración y se nombran presiente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, 12 de octubre del 2006.—Jorge Brealey Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 82868.—(93760).

Por la escritura número ciento sesenta y nueve, otorgada ante esta notaría a las veinte horas con treinta minutos del día nueve de octubre del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Instalaciones Eléctricas Sibaja Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Domicilio: Santa Ana. Presidente: Luis Diego Sibaja Monge.—San José, 10 de octubre del 2006.—Lic. Maricé Porras Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 82869.—(93761).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del 11 de octubre del 2006, se constituyen las sociedades La Inmortalidad del Río Sociedad Anónima, Arcoiris del Pacífico Sociedad Anónima, Acalifa Tropical Sociedad Anónima, Almendro de La Costa Sociedad Anónima y Magnolias del Desierto Sociedad Anónima. Es todo.—San José, doce de octubre del dos mil seis.—Lic. Guillermo Sánchez Sava, Notario.—1 vez.—Nº 82878.—(93767).

Por escritura otorgada ante el notario público Andrés Martínez Chaves, a las 15:00 horas del 16 de setiembre del 2006, Ligia Odilia Delgado y Rosalía Sanabria Delgado, constituyen Total Automotriz del Atlántico Sociedad Anónima, domiciliada en San José, San Francisco de Dos Ríos, quinientos metros este y ciento setenta y cinco sur del Palí. Se nombran presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, 19 de setiembre del 2006.—Lic. Andrés Martínez Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 82879.—(93768).

Ante mí, Abdenago Barboza Sánchez, notario público con oficina en San José, se constituyó la sociedad anónima denominada Comercial El Alto de Coqui S. A. Su domicilio social estará en la provincia de Cartago. Su presidente es el señor: Jorge Segura Ortega. Escritura otorgada en San José, a las nueve horas del siete de octubre del año dos mil seis.—Lic. Abdenago Barboza Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 82880.—(93769).

Carlos Francisco Hernández Espinoza, Enrique Jiménez Salas y Randal Jiménez Sandoval, constituyen la sociedad anónima denominada Grupo Herji de Cartago S. A. Escritura otorgada en Grecia, a las 12:20 horas del día 18 de setiembre del año 2006.—Lic. Kendal Araya Venegas, Notario.—1 vez.—Nº 82881.—(93770).

Ante la notaría de esta plaza se reformó la cláusula octava del pacto social de Importadora Céspedes y Rojas Sociedad Anónima y se nombró presidente.—Ciudad Quesada, seis de octubre del dos mil seis.—Lic. Yeiner Araya Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 82882.—(93771).

Por escritura otorgada ante mí, se reforma la cláusula segunda: del domicilio. Se nombra nueva junta directiva y fiscal, de la sociedad de esta plaza Eminence Mountain View Sociedad Anónima, cedula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos veintisiete mil doscientos. Presidente: Max Villalobos Vargas, tesorera: Ivannia Mejía Badilla.—San José, 12 de octubre del 2006.—Lic. Mauricio Arias Ruiz, Notario.—1 vez.—(93891).

Por escritura otorgada ante mí, se reforma la cláusula segunda: del domicilio. Se nombran nuevo presidente y secretario de la junta directiva, de la sociedad de esta plaza Montañas de Arena y Viento Sociedad Anónima, cedula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta mil cuatrocientos veintinueve. Presidenta: Ingrid Carolina Martínez Valerio; Secretario: Holiver Díaz Díaz.—San José, 12 de octubre del 2006.—Lic. Mauricio Arias Ruiz, Notario.—1 vez.—(93898).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Bright Eyes B.EY. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(93997).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Pishon Holdings L.L.C. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(93998).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Solana Sueno Organization S.S.O. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(93999).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Haramida Vrissa H.V. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94000).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Gold Medal Enterprises G.M.E. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94001).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Votsala Malemi VT.ML. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94002).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Sunshine Dreams Enterprises From San José Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94005).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Mykonos Vathi Paradise M.V.P. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94006).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Maratón LJ&RK Corporation M. LJ&RK. C. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94007).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó K&M Enterprises Land Holdings K&M.E.L.H. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94008).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Tenerife Skala To Centroamérica T.S.T.C. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94009).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Roshi A&K Inc. R.A.&K.I. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94010).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Ios Naxos Holdings I.N.H. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94011).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Limenaria Vlichos LN.VC. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94012).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó KC Vacation Properties Land Investments KC.V.P.L.I. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94013).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Mylos Angistri ML.AG. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94014).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Halkidiki Kardamena Corporation H.K.C. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94015).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Souvala Kipseli SV.K.S. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94016).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Santorini Ofidoussa Developments S.O.D. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94017).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Diakofti Adventures DK.AT. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94018).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Michaelmar Sandstone Inc. MM.ST.I Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94019).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Ikarion Grikos IR.GK. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94020).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Rocky’s Hideaway Inc. R.H.I. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94021).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Journeys End Investments J.E.I. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94022).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Holden’s R&H View Land H.R.&H.V.L. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94023).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Sadie Lee Ginger S.L.G. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94024).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Sikinos Dialiskari SK.DK. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94025).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Zakynthos Fiskardo Inc. Z.F.I. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94026).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Georgios Patmos GG.PM Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94027).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Kefalonia Davgata Investments K.D.I. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94028).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Heronissos Artemonas HN.AM. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94029).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas del día veintiséis de setiembre del año dos mil seis, se constituyó Coronet Import & Export C.I.&E. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94030).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Kingdom Cats KD.C. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94031).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Kalimnos Irinna Organization K.I.O Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94032).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Kamares Sifnos KM.SN. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94033).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Haley Jim to South America H.J.T.S.A. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94034).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Shanna Club & Spa to Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94035).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Marpounda Adelfi M.P.A. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94036).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Thessaly Argostoli Developments T.A.D. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94038).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Gerakas Vithisma GK.VT Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94039).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Traki Athina Inc. T.A.I. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94040).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Pinnacle ETCCR Investments LLC Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94041).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Nikouria Landeris N.LD. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94042).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas y quince minutos del día diez de octubre del año dos mil seis, se constituyó Playa Negrita Dos de Costa Rica P.N.D.D.C.R. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94043).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Hozoviotissa H.V.T. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94044).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas y quince minutos del día diez de octubre del año dos mil seis, se constituyó Playa Negrita Tres de Latinoamérica P.N.T.D.LA Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94045).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas y quince minutos del día diez de octubre del año dos mil seis, se constituyó Playa Negrita Uno P.N.U. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94046).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Scott’s Dream J.S.D. Enterprises Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94047).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Gramvoussa Arkessini GV.AK. Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94048).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Seiscientos Treinta y Seis North Broad Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94050).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y quince minutos del día doce de octubre del año dos mil seis, se constituyó Tholaria Kikouria Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del año dos mil seis.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(94051).

Por escritura número cincuenta y cinco-veintinueve, otorgada ante el notario Juvenal Sánchez Zúñiga, a las dieciséis horas del día once de octubre del año dos mil seis, se reforman las cláusulas primera, segunda y sétima de los estatutos y se nombra nuevo gerente de la compañía Santanyenlo Rojo Limitada.—San José, 12 de octubre del 2006.—Lic. Juvenal Sánchez Zúñiga, Notario.—1 vez.—(94058).

El día de hoy, he protocolizado acta constitutiva de la sociedad de esta plaza denominada Marleen´s Café Río Negro, con domicilio en San Roque de Barva, Heredia, costado sureste de la plaza de deportes. Presidenta: Marleen Vriesendorp, tesorero: Edsart Joris Besier, secretario: Rodrigo Villalobos Vargas, fiscal: Shirley Arias Villegas.—Ciudad de Heredia, 13 de octubre del 2006.—Lic. William Villegas Badilla, Notario.—1 vez.—(94069).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se constituyeron seis sociedades anónimas cuya razón social corresponderá al número de cédula jurídica que la Sección Mercantil del Registro Público le asigne de acuerdo a su consecutivo. Capital social: mil doscientos colones. Domicilio social en San José. Presidente, vicepresidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos.—San José, 13 de octubre del 2006.—Lic. Aldomar Ulate Vargas, Notario.—1 vez.—(94077).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se constituyeron seis sociedades anónimas cuya razón social corresponderá al número de cédula jurídica que la Sección Mercantil del Registro Público le asigne de acuerdo a su consecutivo. Capital social: mil doscientos colones. Domicilio social en San José. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos.—San José, 13 de octubre del 2006.—Lic. Aldomar Ulate Vargas, Notario.—1 vez.—(94078).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se constituyeron dos sociedades anónimas cuya razón social corresponderá al número de cédula jurídica que la Sección Mercantil del Registro Público le asigne de acuerdo a su consecutivo. Capital social: mil doscientos colones. Domicilio social en San José. Presidente, vicepresidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos.—San José, 13 de octubre del 2006.—Lic. Aldomar Ulate Vargas, Notario.—1 vez.—(94079).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se constituyeron cuatro sociedades anónimas cuya razón social corresponderá al número de cédula jurídica que la Sección Mercantil del Registro Público le asigne de acuerdo a su consecutivo. Capital social: mil doscientos colones. Domicilio social en San José. Presidente y secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos.—San José, 13 de octubre del 2006.—Lic. Aldomar Ulate Vargas, Notario.— 1 vez.—(94081).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se constituyeron dos sociedades anónimas cuya razón social corresponderá al número de cédula jurídica que la Sección Mercantil del Registro Público le asigne de acuerdo a su consecutivo. Capital social: mil doscientos colones. Domicilio social en San José. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos.—San José, 13 de octubre del 2006.—Lic. Aldomar Ulate Vargas, Notario.—1 vez.— (94083).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se constituyeron cuatro sociedades anónimas cuya razón social corresponderá al número de cédula jurídica que la Sección Mercantil del Registro Público le asigne de acuerdo a su consecutivo. Capital social: mil doscientos colones. Domicilio social en San José. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos.—San José, 13 de octubre del 2006.—Lic. Aldomar Ulate Vargas, Notario.—1 vez.—(94084).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se constituyeron cuatro sociedades anónimas cuya razón social corresponderá al número de cédula jurídica que la Sección Mercantil del Registro Público le asigne de acuerdo a su consecutivo. Capital social: mil doscientos colones. Domicilio social en San José. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos.—San José, 13 de octubre del 2006.—Lic. Aldomar Ulate Vargas, Notario.—1 vez.—(94085).

Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones El Vuelo del Colibrí Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas primera y segunda del pacto social. Escritura otorgada a las 10:00 horas del 12 de octubre del 2006.—Lic. María Monserrat Bonilla Garro, Notaria.—1 vez.—Nº 82904.—(94086).

Protocolización de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Compañía Logística Integral del Pacífico S. A., mediante la cual se reforma la cláusula vigésima del pacto social. Escritura otorgada a las 10:00 horas del 27 de setiembre del 2006.—Lic. Elena Alfaro Ulate, Notaria.—1 vez.—Nº 82905.—(94087).

Rosibel Díaz Arias y Karen Barboza Quesada, constituyen Veinte Sociedades Anónimas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos dos y tres del decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno J. Escritura otorgada a las 17:00 horas del 10 de octubre del 2006.—Lic. María Monserrat Bonilla Garro, Notaria.—1 vez.—Nº 82906.—(94088).

Rosibel Díaz Arias y Karen Barboza Quesada, constituyen las sociedades de esta plaza denominadas Dirty Sánchez of Costa Rica Sociedad Anónima y Tiger River Sanctuary Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las 16:00 horas del 10 de octubre del 2006.—Lic. María Monserrat Bonilla Garro, Notaria.—1 vez.—Nº 82907.—(94089).

Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de Livo Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto. Escritura otorgada a las 16:00 horas del 11 de octubre del 2006.—Lic. María Monserrat Bonilla Garro, Notaria.—1 vez.—Nº 82908.—(94090).

La suscrita notaria, da fe de que a las catorce horas del siete de octubre del dos mil seis, se constituyó La Islita Norteña Sociedad Anónima, con domicilio en San Pedro de Monte de Oca, trescientos metros sur y trescientos metros al este del Banco Nacional. La presidenta Ana Isabel Cartín Sáenz, mayor, viuda una vez, ejecutiva del hogar, con cédula de identidad número seis-cero noventa y uno-ciento treinta y ocho.—Lic. Rita Díaz Amador, Notaria.—1 vez.—Nº 82909.—(94091).

Por escritura otorgada ante la licenciada Blanca Cecilia Briceño Bustos, se constituyó a las 12:00 horas del 12 de octubre del 2006, la sociedad denominada Hacienda El Conchal S. A., domiciliada en Santa Cruz de Guanacaste del PANI doscientos veinticinco al sur, cuyo presidente es Marcos Eduardo Guevara Duarte.—Lic. Blanca Cecilia Briceño Bustos, Notaria.—1 vez.—Nº 82910.—(94092).

Por escritura otorgada ante la licenciada Blanca Cecilia Briceño Bustos, se constituyó a las 11:00 horas del 12 de octubre del 2006, la sociedad denominada Corporación Agroforestal GV de Costa Rica S. A., domiciliada en Santa Cruz de Guanacaste del PANI doscientos veinticinco al sur, cuyo presidente es Marcos Eduardo Guevara Vallejos.—Lic. Blanca Cecilia Briceño Bustos, Notaria.—1 vez.—Nº 82911.—(94093).

Por escritura otorgada ante la licenciada Blanca Cecilia Briceño Bustos, se constituyó a las 10:00 horas del 12 de octubre del 2006, la sociedad denominada Hacienda El Gamonal de Guanacaste S. A., domiciliada en Santa Cruz de Guanacaste del PANI doscientos veinticinco al sur, cuyo presidente es Marcos Eduardo Guevara Duarte.—Lic. Blanca Cecilia Briceño Bustos, Notaria.—1 vez.—Nº 82912.—(94094).

Por escritura otorgada ante la licenciada Blanca Cecilia Briceño Bustos, se constituyó a las 9:00 horas del 12 de octubre del 2006, la sociedad denominada Hacienda La Nena S. A., domiciliada en Santa Cruz de Guanacaste del PANI doscientos veinticinco al sur, cuyo presidente es Marcos Eduardo Guevara Duarte.—Lic. Blanca Cecilia Briceño Bustos, Notaria.—1 vez.—Nº 82913.—(94095).

Por escritura otorgada ante la licenciada Blanca Cecilia Briceño Bustos, se constituyó a las 8:00 horas del 12 de octubre del 2006, la sociedad denominada Súper Autos Guevara de Guanacaste S. A., domiciliada en Santa Cruz de Guanacaste del PANI doscientos veinticinco al sur, cuyo presidente es Marcos Eduardo Guevara Vallejos.—Lic. Blanca Cecilia Briceño Bustos, Notaria.—1 vez.—Nº 82914.—(94096).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 7:00 horas del 12 de octubre del 2006, protocolicé acta donde se reforma la cláusula 5 de los estatutos de Orocano S. A.—San José, 12 de octubre del 2006.—Lic. Álvaro López Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 82915.—(94097).

Por escritura otorgada ante mí, número trescientos cincuenta y tres, a las 18:00 horas del 12-10-2006, se constituyó la sociedad Munkomer de Costa Rica S. A. Domicilio: San José, Mata Redonda, Sabana Norte, frente al Chicote. Capital: diez mil colones. Presidenta: Caroll Susana Kinderson Gutiérrez.—San José, 12 de octubre del 1006.—Lic. Ernesto Azofeifa Cedeño, Notario.—1 vez.—Nº 82916.—(94098).

Ante mí Carlos Fernández Vásquez, notario público, se constituyó la empresa denominada F.A.O. Libra del Setenta y Uno Limitada, con un plazo social de noventa y nueve años y un capital social de diez mil colones, domiciliada en Palmares, Alajuela, cincuenta metros norte de la Cruz Roja. Es todo.—Palmares, 7 de setiembre del 2006.—Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 82918.—(94099).

Ante mí, se constituyó Dainese Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 9 de octubre del 2006.—Lic. José Ramón Sibaja Montero, Notario.—1 vez.—Nº 82922.—(94100).

Ante mí, se constituyó Anyway Motos I.S. Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 9 de octubre del 2006.—Lic. José Ramón Sibaja Montero, Notario.—1 vez.—Nº 82923.—(94101).

Por escritura de las once horas de hoy ante mi notaría, se constituyó la sociedad Administradora BDQ Sociedad Anónima. Representación judicial y extrajudicial: el presidente y el secretario de la junta directiva. Domicilio: San José.—San José, 9 de octubre del 2006.—Lic. Miguel Ángel Rojas Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 82926.—(94102).

Ante mí Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día dos de octubre del dos mil seis, a las ocho horas en la ciudad de Atenas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Developp Ortal Sociedad Anónima, en la cual se nombra nueva junta directiva y se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo.—Atenas, 11 de octubre del 2006.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 82927.—(94103).

Ante mí Juan Diego Arias Rojas, notario público con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad anónima denominada Tienda Michell Art CH & C Sociedad Anónima, a las doce horas del día diez de octubre del dos mil seis. Presidente y tesorero con la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Atenas, 10 de octubre del 2006.—Lic. Juan Diego Arias Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 82928.—(94104).

Por escritura otorgada ante el notario Carlos Eduardo Mata Ortega a las 12:00 horas del día de hoy, se constituyó la firma Transportes Exclusivos de Combustible F & L Limitada.—Cartago, 9 de octubre del 2006.—Lic. Carlos Edo. Mata Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 82933.—(94105).

NOTIFICACIONES

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

“Ministerio de Comercio Exterior: Que en virtud de que no fue posible localizar la citada empresa en la dirección consignada en el expediente administrativo, tal y como consta en las Actas de Notificación de las quince horas cincuenta y un minutos; y de las dieciséis horas nueve minutos, ambas, del día veinte de junio del año dos mil seis, con fundamento en los artículos 241 y 242 de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificar a la empresa por este medio los siguientes actos:

DMR-055-06 y OD-025-06-001 Alfombras Centroamericanas S.A.”

DMR-055-06.—San José, a las ocho horas treinta minutos del día dos de mayo de dos mil seis.

Se dispone la tramitación de procedimiento administrativo a la empresa Alfombras Centroamericanas S. A., con cédula de personería jurídica número 3-101-9518, representada legalmente por el señor Javier Quirós Ramos de Anaya, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.

Resultando:

1º—Que Alfombras Centroamericanas S. A., con cédula de personería jurídica número 3-101-9518, fue beneficiaria del Régimen de Admisión Temporal, al amparo del Decreto Ejecutivo número 22108-Comex-H, del 29 de abril de 1993; solicitud número 06, la cual fue presentada en la Secretaría Técnica del antiguo Consejo Nacional de Inversiones (en la actualidad Procomer) el día 29 de octubre de 1990.

2º—Que mediante las Disposiciones Transitorias del Decreto Ejecutivo número 26285-H-Comex, denominado Reglamento de los Regímenes de Perfeccionamiento Activo y Devolutivo de Derechos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 170 del 4 de setiembre de 1997 y sus reformas, se estableció que las personas físicas o jurídicas autorizadas bajo el régimen de admisión temporal, se considerarán de pleno derecho beneficiarias del Régimen de Perfeccionamiento Activo para la modalidad cien por ciento reexportación.

3º—Que a la empresa Alfombras Centroamericanas S. A., se le otorgó el Régimen de Admisión Temporal por un periodo de cinco años. El objetivo principal de la empresa son alfombras textiles tejidas a mano.

4º—Que mediante los oficios GG-243-2004 del 18 de agosto del 2004 y GG-182-05 del 5 de mayo del 2005, de la Gerencia General de Procomer, se remitieron al Despacho del Ministro de Comercio Exterior los oficios DAL-113-2004 del 17 de agosto del 2004 y DAL-44-2005 del 25 de abril del 2005, ambos suscritos por la Dirección de Asesoría Legal de Procomer, según los cuales se informó que la empresa Alfombras Centroamericanas S. A., ha incurrido en supuestos incumplimientos al Régimen de Perfeccionamiento Activo, específicamente con la no presentación del informe anual de operaciones correspondiente a los períodos fiscales 2002-2003 y 2003-2004.

Considerando:

I.—Que en los oficios GG-243-2004 y GG-182-05 remitidos por Procomer, a los cuales se ha hecho referencia en el resultando IV de la presente resolución, se informa sobre presuntos incumplimientos del Régimen de Perfeccionamiento Activo, los cuales se delimitarán debidamente en la intimación de los hechos que el Órgano Director del procedimiento administrativo deberá efectuar conforme a derecho, en el momento procesal oportuno.

II.—Que de lo expuesto en los oficios DAL-113-2004 y DAL-044-2005 citados, podría derivarse una eventual responsabilidad por la supuesta violación al artículo 182 inciso k) de la Ley número 7557, Ley General de Aduanas y sus reformas, y el artículo 19 inciso 8), 9) y 42 inciso 6) del Reglamento de los Regímenes de Perfeccionamiento Activo y Devolutivo de Derechos, Decreto Ejecutivo número 26285-H-Comex, por parte de la empresa Alfombras Centroamericanas S. A., respecto a los supuestos incumplimientos por la no presentación del informe anual de operaciones correspondiente a los períodos fiscales 2002-2003 y 2003-2004, incumplimientos que podrían ser sancionados con la cancelación del Régimen.

III.—Que para verificar la verdad real de los hechos expuestos por Procomer, de conformidad con lo esbozado en el artículo 214 de la Ley General de la Administración Pública, se impone instaurar un procedimiento administrativo, que garantice a su vez, el derecho fundamental del debido proceso a la beneficiaria, de conformidad con los artículos 308 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública, 39 y 41 de la Constitución Política. Por tanto,

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR, RESUELVE:

De conformidad con el artículo 182 inciso k) de la Ley número 7557, Ley General de Aduanas y sus reformas, y el artículo 19 inciso 8), 9), 42 inciso 6) del Reglamento de los Regímenes de Perfeccionamiento Activo y Devolutivo de Derechos, Decreto Ejecutivo número 26285-H-Comex, los artículos 214, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, y los oficios GG-243-2004 y GG-182-05 suscritos por la Gerencia General de Procomer:

I.—Designar a la licenciada Alicia Borja Rodríguez, Abogada de la Dirección de Asesoría Legal de este Ministerio, como Órgano Director, a quien se le ordena tramitar el respectivo procedimiento administrativo hasta su fenecimiento respecto de la empresa Alfombras Centroamericanas S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-9518, a efecto de verificar la verdad real de los hechos denunciados por parte de la Gerencia General de Procomer, por la eventual responsabilidad administrativa que podría acarrear a la beneficiaria. Asimismo, se nombra a la licenciada Marielos Gómez Meléndez, como Órgano Director suplente.

II.—En su oportunidad procesal el Órgano Director abrirá el procedimiento administrativo ordinario, intimará de los cargos correspondientes, citará para comparecencia oral y privada y ordenará el recibo de toda la prueba que estime necesaria.

III.—Se previene a la empresa Alfombras Centroamericanas S. A., su deber de señalar dentro de tercero día, casa u oficina en la ciudad de San José, o número de fax, donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que, de no hacerlo, de ser equívoco, impreciso o inexistente el señalamiento o de tornarse incierto, los actos que se dicten se tendrán por notificados por el sólo transcurso de veinticuatro horas a partir del día siguiente al que se emitieren.

Notifíquese.—El Ministro de Comercio Exterior, Manuel A. González Sanz.

_________

Ministerio de Comercio Exterior.—OD-025-06-002.—San José, a las once horas del día veinte de setiembre del año dos mil seis.

Se dispone la tramitación de procedimiento administrativo a la empresa Alfombras Centroamericanas S. A., con cédula de personería jurídica número 3-101-9518, representada legalmente por el señor Javier Quirós Ramos de Anaya, Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.

Resultando:

1º—Que Alfombras Centroamericanas S. A., con cédula de personería jurídica número 3-101-9518, fue beneficiaria del Régimen de Admisión Temporal, al amparo del Decreto Ejecutivo número 22108-COMEX-H, del 29 de abril de 1993; solicitud número 06, la cual fue presentada en la Secretaría Técnica del antiguo Consejo Nacional de Inversiones (en la actualidad Procomer) el día 29 de octubre de 1990.

2º—Que mediante las Disposiciones Transitorias del Decreto Ejecutivo número 26285-H-Comex, denominado Reglamento de los Regímenes de Perfeccionamiento Activo y Devolutivo de Derechos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 170 del 4 de septiembre de 1997 y sus reformas, se estableció que las personas físicas o jurídicas autorizadas bajo el régimen de admisión temporal, se considerarán de pleno derecho beneficiarias del Régimen de Perfeccionamiento Activo para la modalidad cien por ciento reexportación.

3º—Que a la empresa Alfombras Centroamericanas S. A., se le otorgó el Régimen de Admisión Temporal por un periodo de cinco años. El objetivo principal de la empresa son alfombras textiles tejidas a mano.

4º—Que mediante los oficios GG-243-2004 del 18 de agosto del 2004 y GG-182-05 del 05 de mayo del 2005, de la Gerencia General de Procomer, se remitieron al Despacho del Ministro de Comercio Exterior los oficios DAL-113-2004 del 17 de agosto del 2004 y DAL-44-2005 del 25 de abril del 2005, ambos suscritos por la Dirección de Asesoría Legal de Procomer, según los cuales se informó que la empresa Alfombras Centroamericanas S. A., ha incurrido en supuestos incumplimientos al Régimen de Perfeccionamiento Activo, específicamente con la no presentación del informe anual de operaciones correspondiente a los períodos fiscales 2002-2003 y 2003-2004.

5º—Que en lo conducente, el oficio DAL-113-2004 de fecha 17 de agosto de 2004, indica textualmente lo siguiente:

“Mediante memorándum C.O-58-2004 de fecha 8 de junio del año en curso (documento adjunto), la Gerencia de Operaciones y Control remitió a esta Dirección de Asesoría Legal la lista de empresas beneficiarias del Régimen de Perfeccionamiento Activo que al 18 de mayo de este año no se encontraban al día con la obligación de presentar un informe anual sobre el uso y destino de las mercaderías.

Al respecto dicha Gerencia comunica lo siguiente:

(…)

“Empresas inactivas que no han presentado el Informe Anual de los períodos fiscales que van del 1° de octubre del 2002 al 30 de setiembre del 2003 o del 1° de enero al 31 de diciembre del 2003.

Al 30 de Setiembre del 2003

(…)

Alfombras Centroamericanas S. A….”

Por su parte, el memorándun OC-58-2004 de fecha 8 de junio del 2004, indica literalmente que:

“Conforme a lo que indican los artículos 19 y 20 del Decreto N° 26285-H-COMEX “Reglamento de los Regímenes de Perfeccionamiento Activo y Devolutivo de Derechos” publicado en La Gaceta N° 170 del 4 de setiembre de 1997, relativo a la obligación de las empresas del Régimen de Perfeccionamiento Activo de presentar el Informe Anual de Operaciones, la no-presentación del Informe Anual de Operaciones dentro del plazo establecido para tal efecto implicará la suspensión de todos los beneficios del Régimen, hasta que el informe se presente completo.

En razón de lo anterior, y para su información, me permito adjuntarle los siguientes listados actualizados al 18 de mayo del 2004:

(…)

Empresas inactivas que no han presentado el Informe Anual de los períodos fiscales que van del 1° de octubre del 2002 al 30 de setiembre del 2003 o del 1° de enero al 31 de diciembre del 2003.

Al 30 de Setiembre del 2003

(…)

Alfombras Centroamericanas S. A….”

6º—Que en lo conducente, el oficio DAL-44-2005 de fecha 25 de abril de 2005, indica textualmente lo siguiente:

“Mediante oficio G.O. 565-2005 de fecha 3 de marzo de 2005 (documento adjunto), la Gerencia de Operaciones comunicó a esta Asesoría Legal la lista de varias empresas beneficiarias del Régimen de Perfeccionamiento Activo que no presentaron el Informe anual de operaciones correspondiente al período 2004, dentro del plazo establecido de cuatro meses contados a partir de la finalización del período fiscal ordinario (cierre a 30 de setiembre del 2004).

Esa Gerencia detalla la citada lista así:

(…)

Alfombras Centroamericanas S. A….”

Por su parte, el memorandun GO-565-2005 de 3 de marzo de 2005, indica literalmente que:

“Conforme a lo que indican los artículos 19 y 20 del Decreto Ejecutivo Nº 26285-H-COMEX “Reglamento de los Regímenes de Perfeccionamiento Activo y Devolutivo de Derechos” publicado en La Gaceta Nº 170 del 4 de setiembre de 1997, relativo a la obligación de las empresas del Régimen de Perfeccionamiento Activo de presentar el Informe Anual de Operaciones, la no presentación del Informe Anual de Operaciones dentro del plazo establecido para tal efecto implicará la suspensión de todos los beneficios del Régimen, hasta que el informe sea presentado y aprobado.

(…)

En razón de lo anterior, se le adjunta la lista de las empresas con cierre al 30 de setiembre del 2004 que no presentaron Informe Anual de Operaciones.

(…)

Alfombras Centroamericanas S. A….”

7º—Que mediante resolución del Ministerio de Comercio Exterior; DMR-055-06 de las ocho horas con treinta minutos del día dos de mayo del año dos mil seis, se dispuso tramitar el presente procedimiento a la empresa Alfombras Centroamericanas Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - uno cero uno - nueve mil quinientos dieciocho y se nombró a la suscrita como Órgano Director del Procedimiento Administrativo de marras y a la licenciada Marielos Gómez Meléndez como Órgano Director suplente.

8º—Que en lo correspondiente se ha seguido el procedimiento de Ley; y

Considerando:

I.—Que el artículo 182, inciso k) de la Ley General de Aduanas, Ley de la República N° 7557 del 20 de octubre de 1995, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 212 del 8 de noviembre de 1995, prescribe en relación con las empresas beneficiarias del Régimen de Perfeccionamiento Activo, lo siguiente:

“Artículo 182.—Obligaciones de las empresas beneficiarias. Las empresas acogidas a esta modalidad deberán cumplir con las siguientes obligaciones sin perjuicio de las que le correspondan como auxiliar de la función pública aduanera:

(...)

k.    Cualquier otra obligación o condición operativa que se establezca en el Reglamento.”

II.—Que el artículo 19, incisos 8) y 9) del Reglamento de los Regímenes de Perfeccionamiento Activo y Devolutivo de Derechos, Decreto Ejecutivo 26285-H-COMEX del 19 de agosto de 1997, publicado en el Diario Oficia La Gaceta N° 170 del 04 de septiembre de 1997, indica textualmente acerca de las obligaciones adicionales de las empresas beneficiarias del Régimen de cita, que:

“Artículo 19.—Obligaciones adicionales. Además de las obligaciones señaladas en el artículo 182 de la Ley General de Aduanas, los beneficiarios del Régimen deberán cumplir con lo siguiente:

(…)

8)    Cumplir con la legislación aduanera, el presente Reglamento y demás normativa conexa aplicable al régimen.

9)    Presentar un informe anual de operaciones ante Procomer, en los formatos que ésta ponga a disposición, que contenga al menos lo siguiente:

a. El movimiento global en cantidades, pesos y valores de las mercancías admitidas, saldos en proceso, saldos en bodega, la producción reexportada o vendida en el mercado local.

b. El uso o consumo de repuestos, accesorios y similares y sus saldos en bodega.

c. El movimiento de maquinaria y equipo.

d. Fotocopia de la declaración jurada del impuesto sobre la renta.

e. Certificación de ventas netas por mercado (local o extranjero) en valor y cantidad, emitida por un contador público autorizado.

f.  Estado de Resultados, Balance de Situación, Balance de Comprobación antes de cierre detallado, en español y en colones.

g. Tratándose de empresas la personería jurídica y composición del capital social.

h. Constancia emitida por un profesional competente e independiente de la empresa sobre el porcentaje de mermas, residuos, desechos y rango de tolerancia residual del proceso productivo, para cada tipo de mercancías ingresadas bajo el régimen.

Este informe deberá ser presentado a Procomer durante los cuatro meses siguientes a la finalización del período fiscal autorizado, en los formularios que al efecto se confeccionen.”

III.—Que el Decreto Ejecutivo 26285-H-Comex del 19 de agosto de 1997 supracitado, dispone en su artículo 42, inciso 6), acerca de la cancelación del Régimen de Perfeccionamiento Activo, literalmente establece que:

“Artículo 42.—Cancelación. Comex procederá a la cancelación del régimen cuando el beneficiario incurra en alguna de las siguientes causales:

(...)

6)  Cuando el informe regulado por el artículo 19, numeral 9), del presente reglamento, no haya sido presentado durante los seis meses siguientes al finalizar el período fiscal autorizado.

(…)

Para estos efectos, la Gerencia, previo conocimiento de la situación, procederá a reunir la información, formar el expediente y enviar la recomendación a COMEX para la iniciación del procedimiento administrativo.”

IV.—Que el artículo 214 de la Ley General de la Administración Pública, Ley de la República N° 6227 del 2 de mayo de 1978, de aplicación supletoria en el caso, dispone a la letra:

“Artículo 214.—

1)  El procedimiento administrativo servirá para asegurar el mejor cumplimiento posible de los fines de la Administración, con respeto para los derechos subjetivos e intereses legítimos del administrado, de acuerdo con el ordenamiento jurídico.

2)  Su objeto más importante es la verificación de la verdad real de los hechos que sirven de motivo al acto final.”

V.—Que este procedimiento, por su naturaleza, se rige también por lo estipulado en el Libro II de la Ley General de la Administración Pública, a efectos de garantizar la consecución de la verdad real de los hechos y el derecho de defensa del administrado. Al respecto, el artículo 309 de dicho cuerpo legal, en lo que interesa dispone:

“Artículo 309.—

1)  El procedimiento ordinario se tramitará mediante una comparecencia oral y privada, ante la Administración, en la cual se admitirá y recibirá toda la prueba y alegatos de las partes que fueren pertinentes.

2)  Podrán realizarse antes de la comparecencia las inspecciones oculares y periciales. (...)”

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 317 de la Ley cita, la empresa está facultada para presentar en la comparecencia las pruebas que estime necesarias para su efectiva defensa, en los términos y condiciones indicados en esa norma. Por tanto,

EL ÓRGANO DIRECTOR DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, RESUELVE:

Con fundamento en lo expuesto anteriormente y de conformidad con los artículos 19 y 42 del Reglamento de los Regímenes de Perfeccionamiento Activo y Devolutivo de Derechos, Decreto Ejecutivo N° 26285-H-COMEX del 19 agosto de 1997; los artículos 214, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 182 de la Ley General de Aduanas del 20 de octubre de 1995:

a.   Dar inicio al presente procedimiento administrativo contra la empresa Alfombras Centroamericanas Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - uno cero uno - nueve mil quinientos dieciocho, representada por el señor Javier Quirós Ramos de Anaya de calidades indicadas.

b.  Los cargos que se le imputan y sobre los cuales queda intimada la empresa se detallan en los “Resultandos” IV, V y VI de la presente resolución, conforme con lo señalado en los oficios DAL-113-2004 de fecha 17 de agosto de 2004 y DAL-44-2005 de fecha 25 de abril de 2005 emitidos por la Asesoría Legal; y los oficios OC-58-2004 de fecha 08 de junio del 2004 y GO-565-2005 de 3 de marzo de 2005 de la Gerencia de Operaciones y Control, ambas dependencias pertenecientes a Procomer, debidamente transcritos y agregados al expediente administrativo.

c.   Se advierte de la importancia del procedimiento en cuestión, toda vez que el acto final que se dicte; podría conllevar la imposición de una eventual responsabilidad administrativa para la empresa Alfombras Centroamericanas Sociedad Anónima, sancionable con la revocatoria del Régimen, conforme con las disposiciones del artículo 42 del Reglamento de los Regímenes de Perfeccionamiento Activo y Devolutivo de Derechos.

d.  En concordancia con la normativa, se cita a la empresa Alfombras Centroamericanas Sociedad Anónima, a una comparecencia oral y privada, a llevarse a cabo en la sede del Órgano Director, cita en San José calles treinta y ocho y cuarenta, Edificio Centro Colón, Quinto Piso, Ala Norte, a las diez horas del día treinta de noviembre del 2006.

A dicha comparecencia podrá presentarse personalmente el representante legal o por medio de apoderado, presentando para ello, al efecto los documentos que acrediten el poder. En dicha comparecencia la empresa podrá aportar toda la prueba que estime pertinente. Igualmente, podrá asistir con un profesional en Derecho, si así lo estima necesario.

e.   Se pone a disposición de la empresa el expediente completo de este procedimiento, debidamente foliado en la citada sede del Órgano Director, dicho expediente consta de 091 folios, correspondientes a los oficios remitidos por Procomer anteriormente citados, la resolución del Ministerio de Comercio Exterior; DMR-055-06 de las ocho horas con treinta minutos del día dos de mayo del año dos mil seis y copia de la certificación de personería jurídica de la empresa.

f.   Se apercibe a la empresa que de no comparecer sin justa causa, la Administración podrá, a su discreción, continuar y decidir el caso con los elementos de juicio existentes.

g.   Comunicar la presente resolución a Procomer y al Ministerio de Hacienda para lo de su cargo.

Contra la presente resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y apelación; el primero de estos ante el Órgano Director del Procedimiento Administrativo y el segundo ante el Ministro de Comercio Exterior, los cuales deberán ser interpuestos dentro de las veinticuatro horas siguientes a la notificación de esta resolución en la sede del Órgano Director.—Notifíquese.—Alicia Borja Rodríguez, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—(Solicitud Nº 24831).—C-512573.—(93450).

Ministerio de Comercio Exterior: que en virtud de que no fue posible localizar la citada empresa en la dirección consignada en el expediente administrativo, tal y como consta en las Actas de Notificación de las once horas y cuarenta y ocho minutos, ambas, del día nueve de octubre del año dos mil seis, con fundamento en los artículos 241 y 242 de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificar a la empresa por este medio los siguientes actos:

DMR-088-06 y OD-046-06-001 Unilever de Centroamérica S. A.”

Ministerio de Comercio Exterior.—DMR-088-06.—San José, a las nueve horas, treinta minutos del día veintitrés de junio del año dos mil seis.

Se dispone la tramitación de procedimiento administrativo a la empresa Unilever de Centroamérica S. A., con cédula de personería jurídica Nº 3-101-063680, representada legalmente por el señor José Ignacio Segares Lutz, mayor, casado una vez, administrador de empresas, con cédula de identidad número uno- ochocientos treinta y tres- trescientos setenta y tres, vecino de Pavas, ciento veinticinco metros al oeste de Plaza Mayor, Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.

Resultando:

1º—Que Unilever de Centroamérica S. A., con cédula de personería jurídica Nº 3-101-063680, es beneficiaria del Régimen de Perfeccionamiento Activo modalidad reexportación directa o indirecta y venta local el cual le fue otorgado mediante Oficio G.O. 2090-2003, al amparo del Decreto Ejecutivo Nº 26285-H-COMEX, denominado Reglamento de los Regímenes de Perfeccionamiento Activo y Devolutivo de Derechos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 170 del 4 de setiembre de 1997. La actividad de la empresa es la agroindustria.

2º—Que mediante oficio GG-096-2006 del 28 de marzo del 2006, el Gerente General de PROCOMER, recomienda a este despacho iniciar un procedimiento administrativo a la empresa Unilever de Centroamérica S. A., por supuestos incumplimientos a sus obligaciones como beneficiaria del Régimen de Perfeccionamiento Activo, concretamente suspendió operaciones y la mercancía “empaques laminados” no fue reexportada o reimportada dentro del plazo respectivo durante el período fiscal 2003-2004, de conformidad con los oficios adjuntos DAL-116-2006 emitido por la Asesoría Legal y G.O.590-06; G.O.666-06; G.O.710-06; G.O.2105-05; de la Gerencia de Operaciones y Control ambos de PROCOMER.

Considerando:

I.—Que en los oficios remitidos por PROCOMER a que se ha hecho referencia en el resultando segundo de la presente resolución, se informa sobre el presunto incumplimiento a las disposiciones del Régimen de Perfeccionamiento Activo, incumplimiento que podría ser sancionado con la revocatoria del régimen.

II.—Que para verificar la verdad real de los hechos expuestos por PROCOMER, de conformidad con lo esbozado en el artículo 214 de la Ley General de la Administración Pública, se impone instaurar un procedimiento administrativo, que garantice a su vez, el derecho fundamental del debido proceso a la beneficiaria, de conformidad con los artículos 308 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública, 39 y 41 de la Constitución Política. Por tanto,

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR, RESUELVE

De conformidad con los artículos 13, 14, 15, 17, 19 inciso 8), 40 y 42 inciso 2) del Reglamento de los Regímenes de Perfeccionamiento Activo y Devolutivo de Derechos; 36, 182 y 236 inciso l) de la Ley General de Aduanas; los artículos 214 y concordantes de la Ley General de la Administración Pública:

a)  Designar a la Licenciada Alicia Borja Rodríguez, Abogada de la Dirección de Asesoría Legal de este Ministerio, como Órgano Director, a quien se le ordena tramitar el respectivo procedimiento administrativo hasta su fenecimiento respecto de la empresa Unilever de Centroamérica S. A. con cédula de persona jurídica Nº 3-101-063680, a efecto de verificar la verdad real de los hechos denunciados por parte de la Gerencia General de PROCOMER, por la eventual responsabilidad administrativa que podría acarrear a la beneficiaria. Asimismo, se nombra a la licenciada Marielos Gómez Meléndez como Órgano Director suplente.

b)  En su oportunidad procesal el Órgano Director abrirá el procedimiento administrativo ordinario, intimará de los cargos correspondientes, citará para comparecencia oral y privada y ordenará el recibo de toda la prueba que estime necesaria.

c)  Se previene a la empresa Unilever de Centroamérica S. A., su deber de señalar dentro de tercero día, casa u oficina en la ciudad de San José, o número de fax, donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que, de no hacerlo, de ser equívoco, impreciso o inexistente el señalamiento o de tornarse incierto, los actos que se dicten se tendrán por notificados por el sólo transcurso de veinticuatro horas a partir del día siguiente al que se emitieren.

Notifíquese.—Marco Vinicio Ruiz, Ministro de Comercio Exterior.

———

Ministerio de Comercio Exterior.—OD-046-06-001.—San José a las once horas del día doce de setiembre del año dos mil seis.

Unilever de Centroamérica S. A., con cédula de personería jurídica Nº 3-101-063680, representada legalmente por el señor José Ignacio Segares Lutz, mayor, casado una vez, administrador de empresas, con cédula de identidad número uno- ochocientos treinta y tres- trescientos setenta y tres, vecino de Pavas, ciento veinticinco metros al oeste de Plaza Mayor, Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.

Resultando:

I.—Que Unilever de Centroamérica S. A., con cédula de personería jurídica Nº 3-101-063680, es beneficiaria del Régimen de Perfeccionamiento Activo modalidad Reexportación directa o indirecta y venta local el cual le fue otorgado mediante Oficio G.O. 2090-2003, al amparo del Decreto Ejecutivo Nº 26285-H-COMEX, denominado Reglamento de los Regímenes de Perfeccionamiento Activo y Devolutivo de Derechos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 170 del 4 de setiembre de 1997. La actividad de la empresa es la agroindustria.

II.—Que mediante oficio GG-096-2006 del 28 de marzo del 2006, el Gerente General de PROCOMER, recomienda a este despacho iniciar un procedimiento administrativo a la empresa Unilever de Centroamérica S. A., por supuestos incumplimientos a sus obligaciones como beneficiaria del Régimen de Perfeccionamiento Activo, concretamente suspendió operaciones y la mercancía “ empaques laminados” no fue reexportada o reimportada dentro del plazo respectivo durante el período fiscal 2003-2004, de conformidad con los oficios adjuntos DAL-116-2006 emitido por la Asesoría Legal y G.O.590-06; G.O.666-06; G.O.710-06; G.O.2105-05; de la Gerencia de Operaciones y Control ambos de PROCOMER.

III.—Que en lo conducente, el oficio DAL-116-2006 de fecha 22 de marzo del 2006, indica textualmente lo siguiente:

“Hechos denunciados:

Mediante memorándum G.O.-2105 (copia de documento adjunta), la Gerencia de Operaciones y Control comunicó a esta Dirección de Asesoría Legal que de la revisión del Informe anual de operaciones de la empresa Unilever de Centroamérica S. A., correspondiente al período fiscal que finalizó el 31 de diciembre del 2004, determinó lo siguiente:

“La empresa solo ha realizado un ingreso de materia prima (empaques lamidos) por 51 kilos y un valor de ¢136.713,00, con la declaración de entrada Nº 246949, ingresada el 01 de octubre del 2004; materia prima que a la fecha de la presentación del informe, no había sido consumida en el proceso productivo. Por lo anterior, la empresa estaría incumpliendo el plazo máximo de un año de permanencia de las mercancías ingresadas al amparo de este régimen a partir del 01 de octubre del 2005, tal y como lo prescribe los artículos 14 y 15 del Reglamento a los Regímenes de Perfeccionamiento Activo y Devolutivo de Derechos.

La totalidad de las exportaciones y las ventas realizadas al mercado local, fueron efectuadas con productos que no han sido importados o elaborados con materias primas ingresadas bajo los beneficios del régimen, por lo que la empresa, a pesar de haber iniciado operaciones bajo este régimen, suspendió las mismas por un plazo mayor de cuatro meses. Sometemos a criterio de su Dirección si se está cumpliendo con las obligaciones estipuladas en el artículo 42 del citado Reglamento.”

En razón de dicha denuncia, esta Dirección solicitó a la Gerencia de Operaciones mediante el oficio DAL/315-2005 del 21 de diciembre del 2005, aclarar algunos aspectos relacionados con los presuntos incumplimientos de la empresa Unilever de Centroamérica S. A. En razón de lo cual, el pasado 02 de marzo, la Gerencia de Operaciones mediante el memorándum G.O. 666-06, manifestó lo siguiente:

“En atención a su oficio número DAL/315-2005 del 21 de diciembre del 2005, en el cual nos solicita aclarar una serie de aspectos referentes a los presuntos incumplimientos de Unilever de Centroamérica S. A., le informamos lo siguiente:

a)  Vía telefónica, a través de correos electrónicos y finalmente por medio del oficio G.O. 590-06 de fecha 23 de febrero del 2006, esta Gerencia solicitó a Unilever de Centroamérica S. A., que nos remitiera una nota indicándonos el estatus en que se encuentra la materia prima que nos ocupa (empaques laminados) y que, en la eventualidad de que la misma no hubiere sido exportada dentro de los plazos correspondientes, le recomendábamos proceder a cancelar los impuestos de rigor.

En este contexto, mediante carta recibida en esta Gerencia el 02 de marzo del año en curso, la compañía manifestó, en lo que interesa, lo siguiente:

“...Unilever está en total disposición de cancelar el monto que corresponde a la operación, por lo que luego de la primera solicitud que realizó PROCOMER para cancelar los impuestos correspondientes al laminado de salsitas Naturas que se registró bajo el Régimen de Perfeccionamiento Activo por vencimiento de plazo sin utilización, se procedió a solicitar a la Agencia Aduanal los trámites respectivos para realizar el pago, sin embargo por motivos expresamente de comunicación, los trámites y la debida cancelación no se realizaron en este momento.

Nos comunicamos con el personal encargado de realizar las gestiones a las diferentes entidades y nos informaron que la documentación y los trámites estarán listos en esta semana, por lo que de forma inmediata a la cancelación se les estará remitiendo los comprobantes de pago de los impuestos...” (El subrayado es nuestro)

De lo antes trascrito se extrae que, efectivamente, la mercancía no fue reexportada o reimportada por la empresa dentro del plazo legal respectivo, por lo que le solicitamos nos indique si, tal y como lo señaló en su anterior comunicado, debemos informar la situación a la Dirección General de Aduanas, a fin de que proceda conforme a sus atribuciones.

b)  A continuación transcribimos sus restantes inquietudes con nuestra debida respuesta:

1.  ¿Por qué considera que existe una suspensión de operaciones en los términos dispuestos por el artículo 42 inciso 2 del Reglamento a los Regímenes de Perfeccionamiento Activo y Devolutivo de Derechos?

El numeral 42 inciso 2 del Decreto Ejecutivo número 26285-H-COMEX, establece que el Ministerio de Comercio Exterior procederá a la cancelación del Régimen cuando el beneficiario, habiendo iniciado operaciones mediante el Régimen, las suspenda sin causa justificada por un plazo mayor de cuatro meses.

Según se desprende del cuadro 2 del informe anual de operaciones, de la constancia emitida por la ingeniera Rebeca Morales Ulate (de fecha 23 de abril del 2005), y de la certificación expedida el día 26 de abril del 2005 por el licenciado Richard Ching Corrales, la única materia prima ingresada por la empresa al amparo del Régimen durante el período fiscal 2003-2004 fueron los citados “empaques laminados”, cuya introducción al territorio nacional se dió el 01 de octubre del 2004, según se desprende de la declaración de entrada número 246949.

Conforme se indicó supra, de la carta recibida el 02 de marzo del corriente, se extrae que la empresa aún no ha reexportado ni nacionalizado la aludida mercancía. En tal sentido, siendo que el tiempo transcurrido entre la fecha de ingreso de la materia prima (01 de octubre del 2004) y la fecha de la misiva de Unilever de Centroamérica S. A. (01 de marzo del 2006) ha sobrepasado abiertamente los cuatro meses sin que haya sido utilizada en el proceso productivo, consideramos que el accionar de la compañía encuentra adecuación típica, en el supuesto contemplado por el inciso 2 del artículo 42 del Reglamento de los Regímenes de Perfeccionamiento Activo y Devolutivo de Derechos.

2. ¿Estuvo la empresa produciendo y exportando los productos objeto del Régimen de Perfeccionamiento Activo?

Tal y como se colige del cuadro 1 del informe anual de operaciones y de la certificación emitida por el licenciado Richard Ching Rosales, de fecha 03 de agosto del 2005, de la totalidad de las ventas realizadas por la empresa, ningún producto fue importado o producido con materiales que estuviesen tratados bajo el Régimen de Perfeccionamiento Activo.

3. ¿Estuvo la empresa utilizando los incentivos del régimen, al menos en lo relativo a uso de maquinaria y equipo internado bajo dicho régimen?

Durante el período fiscal 2003-2004 la empresa no ingresó maquinaria, equipo, repuestos ni accesorios al amparo del Régimen, según se colige de los cuadros 8 y 9 del informe anual de operaciones.

Adjuntamos copia de la documentación a la que se hizo referencia en el presente comunicado.”

Posteriormente, mediante el memorándum G.O. 710-06 de fecha 07 de marzo del 2006 (documento adjunto), la Gerencia de Operaciones remitió copia de la documentación presentada por Unilever de Centroamérica S. A. en donde consta que la empresa canceló los impuestos correspondientes a la materia prima ingresada al amparo del Régimen de Perfeccionamiento Activo (empaques laminados), durante el periodo 2003-2004.”

IV.—Que mediante resolución del Ministerio de Comercio Exterior; DMR-088-06 de las nueve horas treinta minutos del día veintitrés de junio del año dos mil seis, se dispuso tramitar el presente procedimiento a la empresa Unilever de Centroamérica S. A., cédula jurídica número tres – uno cero uno – cero sesenta y tres mil seiscientos ochenta y se nombró a la suscrita como Órgano Director del Procedimiento Administrativo de marras y a la licenciada Marielos Gómez Meléndez como Órgano Director suplente.

V.—Que en lo correspondiente se ha seguido el procedimiento de Ley.

Considerando:

1º—Que la normativa aplicable a la empresa Unilever de Centroamérica S. A. es lo expresado en los siguientes artículos:

Artículo 17.—Plazo de Permanencia. El plazo para la permanencia de las mercancías ingresadas al amparo de esta modalidad se regirá por lo indicado en los artículos 14 y 15 de este Reglamento.”

Artículo 14.—Plazo de permanencia. El plazo para la permanencia de las mercancías ingresadas al amparo de este régimen será el siguiente:

a)  Doce meses para los productos semielaborados y las demás mercancías contempladas en los incisos a), d), e), f), g) y j) de los artículos 13 y 16.

Este plazo se considerará prorrogado automáticamente por períodos iguales, sin perjuicio de las acciones que pueden tomar las autoridades competentes del régimen, en caso de incumplimiento del mismo.

Para efectos de aplicar los porcentajes de depreciación correspondientes, se aplicará la tabla de métodos y porcentajes de depreciación establecida en el Reglamento a la Ley de Impuesto sobre la Renta.”

Artículo 13.—Objeto de la modalidad. Podrán ingresar bajo esta modalidad mercancías tales como:

a.

(...)

f.   Los envases, el material de empaque y los embalajes.”

En todos los casos deberá tratarse de mercancías directamente relacionadas con la generación de su capacidad operativa.”

Artículo 15.—Vencimiento del plazo de permanencia. El incumplimiento de los plazos indicados, sin que las mercancías hayan sido reexportadas o importadas definitivamente, dará lugar a que la aduana de control proceda de conformidad con lo indicado por el artículo 36 del presente reglamento.”

Artículo 19.—Obligaciones adicionales. Además de las obligaciones señaladas en el artículo 182 de la Ley General de Aduanas, los beneficiarios del Régimen deberán cumplir con lo siguiente:

8.  Cumplir con la legislación aduanera, el presente Reglamento y demás normativa conexa aplicable al régimen.”

Artículo 40.—Multa a los beneficiarios del régimen. De conformidad con lo dispuesto por la Ley, la Dirección sancionará con multa, a los beneficiarios del Régimen, que incurran en los supuestos tipificados por dicha Ley como infracciones administrativas o tributarias aduaneras.”

Artículo 42.—Cancelación. COMEX procederá a la cancelación del Régimen cuando el beneficiario incurra en alguna de las siguientes causales:

1.  ...

2.  Cuando habiendo iniciado operaciones mediante el Régimen, las suspenda sin causa justificada por un plazo mayor de cuatro meses.

(...)

Para estos efectos, la Gerencia, previo conocimiento de la situación, procederá a reunir la información, formar el expediente y enviar la recomendación a COMEX para la iniciación del procedimiento administrativo.”

Por su parte los citados artículos de la Ley General de Aduanas, establecen lo siguiente:

Artículo 36.—Vencimiento del plazo de permanencia de las mercancías dadas en prenda. El vencimiento del plazo de permanencia de las mercancías ingresadas al amparo del régimen, sin que hayan sido reexportadas o importadas definitivamente, obligue al beneficiario al pago de los tributes, multas, intereses y demás recargos de cualquier naturaleza, causados por su importación.

Igual obligación tendrán los beneficiarios que hayan usado indebidamente o dado un uso distinto al autorizado, a las mercancías amparadas al régimen, sin perjuicio de las demás sanciones aplicables.”

Artículo 182.—Obligaciones de las empresas beneficiarias. Las empresas acogidas a esta modalidad deberán cumplir con las siguientes obligaciones sin perjuicio de las que le correspondan como auxiliares de la función pública aduanera:

a)  ...

k)  Cualquier otra obligación o condición operativa que se establezca en el reglamento.”

“Artículo 236.—Multa de quinientos pesos centroamericanos. Será sancionada con multa de quinientos pesos centroamericanos, o su equivalente en moneda nacional, la persona física o jurídica, auxiliar o no de la función pública aduanera, que:

1.  No reexporte o reimporte mercancías o las reexporte o reimporte hasta ocho días después del vencimiento del plazo legal, cuando sea obligatorio de conformidad con el régimen o la modalidad aduanera aplicado...”

2º—Que el artículo 214 de la Ley General de la Administración Pública, Ley de la República Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, de aplicación supletoria en el caso, dispone a la letra:

“Artículo 214.—

1.- El procedimiento administrativo servirá para asegurar el mejor cumplimiento posible de los fines de la Administración, con respeto para los derechos subjetivos e intereses legítimos del administrado, de acuerdo con el ordenamiento jurídico.

2.- Su objeto más importante es la verificación de la verdad real de los hechos que sirven de motivo al acto final.”

3º—Que este procedimiento, por su naturaleza, se rige también por lo estipulado en el Libro II de la Ley General de la Administración Pública, a efectos de garantizar la consecución de la verdad real de los hechos y el derecho de defensa del administrado. Al respecto, el artículo 309 de dicho cuerpo legal, en lo que interesa dispone:

“Artículo 309.—

1.- El procedimiento ordinario se tramitará mediante una comparecencia oral y privada, ante la Administración, en la cual se admitirá y recibirá toda la prueba y alegatos de las partes que fueren pertinentes.

2.- Podrán realizarse antes de la comparecencia las inspecciones oculares y periciales. (...)”

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 317 de la Ley cita, la empresa está facultada para presentar en la comparecencia las pruebas que estime necesarias para su efectiva defensa, en los términos y condiciones indicados en esa norma. Por tanto;

EL ÓRGANO DIRECTOR DEL PROCEDIMIENTO

ADMINISTRATIVO, RESUELVE:

Con fundamento en lo expuesto anteriormente y de conformidad con los artículos los artículos 13, 14, 15 y 17, 19 apartado 8 y los artículos 40 y 42 apartado 2, del Reglamento a los Regímenes de Perfeccionamiento Activo y Devolutivo de Derechos Nº 26285-H-COMEX. Asimismo, los artículos 36, 182 y 236 inciso 1) de la Ley General de Aduanas.; los artículos 214, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública:

a.   Dar inicio al presente procedimiento administrativo contra la empresa Unilever de Centroamérica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – uno cero uno – cero sesenta y tres mil seiscientos ochenta, representada por el señor José Ignacio Segares Lutz, de calidades indicadas.

b.  Los cargos que se le imputan y sobre los cuales queda intimada la empresa se detallan en los “Resultandos II y III” de la presente resolución, conforme con lo señalado en los oficios DAL-116-2006 de fecha 22 de marzo de 2006 emitido por la Asesoría Legal; y los oficios G.O.590-06; G.O.666-06; G.O.710-06; G.O.2105-05; de la Gerencia de Operaciones y Control ambos de PROCOMER, ambas dependencias pertenecientes a PROCOMER, debidamente transcritos y agregados al expediente administrativo.

c.   Se advierte de la importancia del procedimiento en cuestión, toda vez que el acto final que se dicte; podría conllevar la imposición de una eventual responsabilidad administrativa para la empresa Unilever de Centroamérica Sociedad Anónima, sancionable con la revocatoria del Régimen, conforme con las disposiciones del artículo 42 del Reglamento de los Regímenes de Perfeccionamiento Activo y Devolutivo de Derechos.

d.  En concordancia con la normativa, se cita a la empresa Unilever de Centroamérica Sociedad Anónima, a una comparecencia oral y privada, a llevarse a cabo en la sede del Órgano Director, cita en San José calles treinta y ocho y cuarenta, Edificio Centro Colón, Tercer Piso, Oficina 3-5, a las diez horas del día cinco de diciembre del año dos mil seis.

e.   A dicha comparecencia podrá presentarse personalmente el representante legal o por medio de apoderado, presentando para ello, al efecto los documentos que acrediten el poder. En dicha comparecencia la empresa podrá aportar toda la prueba que estime pertinente. Igualmente, podrá asistir con un profesional en Derecho, si así lo estima necesario.

f.   Se pone a disposición de la empresa el expediente completo de este procedimiento, debidamente foliado en la citada sede del Órgano Director, dicho expediente consta de 021 folios, correspondientes a los oficios remitidos por PROCOMER anteriormente citados, la resolución del Ministerio de Comercio Exterior; DMR-088-06 de las nueve horas del día veintitrés de junio del año dos mil seis y copia de la certificación de personería jurídica de la empresa.

g.   Se apercibe a la empresa que de no comparecer sin justa causa, la Administración podrá, a su discreción, continuar y decidir el caso con los elementos de juicio existentes.

h.  Comunicar la presente resolución a PROCOMER y al Ministerio de Hacienda para lo de su cargo.

i.   Contra la presente resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y apelación; el primero de estos ante el Órgano Director del Procedimiento Administrativo y el segundo ante el Ministro de Comercio Exterior, los cuales deberán ser interpuestos dentro de las veinticuatro horas siguientes a la notificación de esta resolución en la sede del Órgano Director.

Notifíquese.—Alicia Borja Rodríguez, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—(Solicitud Nº 24832).—C-536090.—(93971).

SEGURIDAD PÚBLICA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Resolución Nº 93006 DFCA.—Ministerio de Seguridad Pública.—Departamento de Cobros.—Dirección Financiera.—San José, a las doce horas veinticuatro minutos del veintitrés de febrero del dos mil seis. Acorde con lo ordenado por los artículos 214, 308, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, y con fundamento en lo preceptuado en el Decreto 32177-SP, artículo 44, inciso 2), Reglamento de Organización del Ministerio de Seguridad Pública, publicado en el Alcance Nº 1, La Gaceta Nº 6, del 10 de enero del año 2005, procede este órgano director, a iniciar Procedimiento Ordinario de Cobro Administrativo contra Rodolfo Ernesto Ulloa Beeche, cédula de identidad Nº 1-932-383, exservidor de este Ministerio, al haber sido declarado responsable por incumplimiento contractual al no completar 2502 horas, según contrato de adiestramiento 617-2001-14, de las siete horas, treinta minutos del 16 de enero del 2001, correspondiente al Curso Básico Policial Nº 14, como daños y perjuicios derivados de lo establecido en la cláusula sexta de dicho Contrato, por cuanto se le declaró responsable. El monto de lo adeudado por el administrado fue suministrado por el Jefe del Departamento de Compensaciones y Remuneraciones, mediante oficio 3977-2005 DRH-RC, del 20 de julio del 2005, y asciende a ¢ 1.234.286,84 (un millón doscientos treinta y cuatro mil doscientos ochenta y seis colones con sesenta y cuatro céntimos). Dicho proceso será instruido por el Lic. Wilfred Arce Salas, teléfono 227-6957. Recábase la prueba a fin de esclarecer la verdad real de los hechos, y en razón de lo anterior, se le hace saber al señor Ulloa Beeche, que este órgano director ha ordenado realizar una comparecencia oral y privada, por lo que deberá presentarse dentro de los siguientes quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, a las trece horas quince minutos, en el Departamento de Cobros Administrativos de esta Dirección, ubicada en las Oficinas Centrales, módulo Hernán Garrón, sita en Barrio Córdoba frente al Liceo “Castro Madriz” en la ciudad de San José. En dicho término el administrado deberá referirse a las pruebas que obran en el expediente, y emita conclusiones suscintas sobre la responsabilidad civil que se le atribuye, otorgando la posibilidad de proponer un arreglo de pago ante este Departamento, para lo cual se pone el expediente Nº 89-05 a su disposición, que puede ser consultado en este Despacho, en días y horas hábiles, y fotocopiado a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciera uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se le informa al señor Ulloa Beeche, que la comparecencia oral y privada es el momento procesal oportuno para aportar y recibir prueba de descargo y los alegatos pertinentes, por lo que la prueba que estime necesaria en defensa de sus intereses, puede hacerla llegar a este Despacho, antes o al momento de la comparecencia, si lo hiciera antes deberá hacerlo por escrito. Asimismo, se hace de su conocimiento que en contra de esta resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en subsidio, a interponer ante el órgano director que dicta esta resolución, a quien corresponde resolver el primero y elevar el segundo al conocimiento del superior Jerárquico. Es potestativo emplear uno o ambos, pero será inadmisible el interpuesto pasadas 24 horas contadas a partir de la notificación de este acto y los enviados vía fax. De igual manera, se le hace saber al exfuncionario que deberá comparecer personalmente y no por medio de representante o apoderado aunque puede hacerse asesorar o acompañar de un abogado durante todo el proceso. Se la previene que debe señalar casa u oficina, donde atender futuras notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores se tendrán por debidamente notificadas, con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese.—Lic. Kattia Sequeira Muñoz, Órgano Director.—(Solicitud Nº 45599).—C-105620.—(93968).

Resolución Nº 84-2006 DFCA.—Ministerio de Seguridad Pública.—Dirección Financiera.—Departamento de Cobros Administrativos.—San José a las once horas, veintisiete minutos del día veintitrés de febrero del año dos mil seis. De conformidad con el artículo 150 de la Ley General de la Administración Pública, el artículo 169 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y la resolución Nº 164-2005 DMC, de las doce horas, veinte minutos del ocho de setiembre del dos mil cinco, se le insta el señor Castro Ortiz Carlos, portador de la cédula de identidad Nº 1-511-961, a que dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente del recibo de la presente notificación, cancele a favor del Estado la suma líquida y exigible de ¢120.418,48, por concepto de sumas giradas de más desglosadas de la siguiente manera: ¢ 37.808,00 correspondiente a la primera quincena de diciembre del dos mil cuatro; ¢ 94.520,00 correspondiente a la segunda quincena de diciembre del dos mil cuatro; menos la suma de ¢ 11.909,52 por cargas sociales, caso contrario se remitirán las diligencias cobratorias a la vía judicial. Debe presentar original de pago en este Departamento.—Departamento de Cobros Administrativos.—Lic. Kattia Sequeira Muñoz, Jefa.—(Solicitud Nº 45599).—C-39620.—(93969).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

AVISOS

Se hace saber a la señora Ana Yancy Mejía Calderón, que por resolución de la Subdirección del Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, de las nueve horas del veinticuatro de mayo del dos mil seis, se procedió a la apertura del Expediente Administrativo de oficio número RPJ-031-2006, a efecto de investigar lo relativo a la legalización de libros de la Asociación de Productores Manos Unidas de los Ángeles, Cariari, Pococí, que diera pie a la inscripción del documento que ocupó el asiento mil cuatrocientos cincuenta y siete (1457) del tomo quinientos sesenta y cuatro (564) del Diario. En razón de lo indicado se le confiere audiencia a la señora Mejía Calderón por el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la tercera publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho plazo, presente los alegatos que a sus derechos o los derechos de la entidad convenga. Se le previene que dentro del tercer día luego de darse por notificada, debe señalar lugar o medio para atender notificaciones de este Despacho, dentro del perímetro de la Ciudad de San José, así como lugar o medio para atender notificaciones del Tribunal Registral Administrativo, dentro del perímetro de Montelimar, Goicoechea, bajo el apercibimiento de que si no lo hace, las resoluciones que se dicten se le tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilita la notificación por causas ajenas a este Despacho, o bien, si el lugar señalado no existe, permanece cerrado, la dirección es imprecisa, incierta o inexistente. Lo anterior, de conformidad con los artículos 92 y siguientes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J de 18 de marzo de 1998 y sus reformas, con los artículos 25 y 26 de la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, Nº 8039 de 27 de octubre del año 2000, con los artículos 2º y 26 del Reglamento Orgánico y Operativo del Tribunal Registral Administrativo, que es Decreto Nº 30363-J de 15 de mayo del año 2002 y con el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública, aplicado de manera supletoria. (Ref. Exp. Nº RPJ-031-2006.—Curridabat, 5 de octubre del 2006.—Subdirección Personas Jurídicas.—Lic. Grace Lu Scott Lobo, Subdirectora.—(Solicitud Nº 08623).—C-47910.—(93493).

REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Se hace saber a los señores: I.- Playa Florida S. A., cédula jurídica Nº 3-101-069325 como propietaria de la finca del partido de Puntarenas, matrícula 19513, entidad representada por Gustavo Adolfo Rodríguez Jiménez, cédula Nº 1-783-439. II.- Camarrillo Puerto Nuevo S. A., cédula Nº 3-101-359039, como propietaria de la finca del partido de Puntarenas, matrícula 134328, entidad representada por Gary Robert Mitnick, pasaporte Nº 151470263 y cuyo Agente Residente es: Gustavo Adolfo Fernández Martínez, cédula Nº 4-149-389. III.- Lolocita Empresa de Puerto Nuevo S. A., cédula jurídica Nº 3-101-308619 como propietaria de la finca del partido de Puntarenas, matrícula 128835 y como acreedora en el crédito garantizado con la finca del partido de Puntarenas, matrícula 142127, entidad representada por Eric Lyle Mitnick, pasaporte estadounidense Nº 201045416. IV.- Fincas Lindas de la Zona Sur S. A., cédula jurídica Nº 3-101-401169, como propietaria de la finca del partido de Puntarenas, matrícula 137499, entidad representada por Douglas Samuel Tarpin, pasaporte estadounidense Nº 56773931. V.- Roberto Mora Retana, cédula Nº 1-376-181, como propietario de la finca del partido de Puntarenas, matrícula 139826. VI.- Inversiones View River S. A., cédula jurídica Nº 3-101-412032 como propietaria de la finca del partido de Puntarenas, matrícula 140434, entidad representada por Sonya Ivonne West, pasaporte estadounidense US 133140058. VII.- Royner Alberto López Cordero, cédula Nº 1-858-807, como acreedor en el crédito garantizado con la finca del partido de Puntarenas, matrícula 140434. VIII- Ana Padilla Caballero, cédula Nº 6-269-446, como propietaria de la finca del partido de Puntarenas, matrícula 140573. IX.- Marino del Carmen Vargas Fernández, cédula Nº 1-724-744, como propietario de la finca del partido de Puntarenas, matrícula 140924. A quienes a pesar de habérseles notificado a las direcciones indicadas en los correspondientes documentos, esta Oficina no cuenta con los respectivos “acuses de recibo”, así como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, se les comunica, que la Dirección del Registro Público de la Propiedad Inmueble ha iniciado Diligencias Administrativas que afectan las fincas del partido de Puntarenas matrículas: diecinueve mil quinientos trece (19513), diecinueve mil quinientos quince (19515), ciento dieciocho mil ochocientos veintiocho (118828), ciento dieciocho mil novecientos uno (118901), ciento diecinueve mil setecientos treinta y cuatro (119734), ciento diecinueve mil ochocientos cuarenta y ocho (119848), ciento veintiún mil ochocientos ochenta y uno (121881), ciento veintiún mil ochocientos ochenta y dos (121882), ciento treinta y siete mil cuatrocientos noventa y nueve (137499), ciento treinta y ocho mil doscientos veintitrés (138223), ciento treinta y ocho mil quinientos setenta (138570), ciento treinta y ocho mil quinientos setenta y uno (138571), ciento treinta y ocho mil seiscientos cuarenta y ocho (138648), ciento treinta y nueve mil ciento treinta y tres (139133), ciento treinta y nueve mil seiscientos setenta y ocho (139678), ciento treinta y nueve mil ochocientos veintiséis (139826), ciento cuarenta mil trescientos cuarenta y cuatro (140344), ciento cuarenta mil cuatrocientos treinta y cuatro (140434), ciento cuarenta mil quinientos setenta y tres (140573), ciento cuarenta mil novecientos veinticuatro (140924), ciento cuarenta y un mil doscientos veinte (141220), ciento cuarenta y dos mil setecientos cuarenta y uno (142741), ciento cuarenta y tres mil seis (143006), ciento cuarenta y tres mil cincuenta y nueve (143059), y ciento cuarenta y cuatro mil cuatro (144004). Además de las fincas que se refieren a lotes segregados de las anteriores del mismo partido matrículas: ciento treinta y cuatro mil trescientos veintiocho (134328), ciento veinticinco mil doscientos quince (125215), ciento veintiocho mil ochocientos treinta y cinco (128835), ciento veintinueve mil quinientos veintinueve (129529), ciento cuarenta y dos mil setecientos ochenta y cuatro (142784), ciento cuarenta y tres mil ciento sesenta y tres (143163), ciento cuarenta y tres mil ciento sesenta y cinco (143165), ciento cuarenta y dos mil ciento veintisiete (142127), originadas en virtud de denuncia presentada ante el Despacho de la Ministra de Justicia y Gracia. Razón por la cual se ordenó al Departamento de Asesoría Jurídica Registral, consignar nota de advertencia administrativa sobre cada uno de los citados inmuebles. En virtud de lo anterior y con el objeto de cumplir con el debido proceso se les confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presenten los alegatos que a sus derechos convengan. E igualmente se les previene que dentro de dicho término a partir de la publicación del presente edicto, deben señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 96 y concordantes del Reglamento del Registro Público de la Propiedad Inmueble, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998. Publicado en La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo del mismo año. (Ref. expediente Nº 030-2006).—Curridabat, 5 de octubre del 2006.—Lic. Arturo Ortiz Castro, Subdirector.—(Solicitud Nº 39120).—C-112220.—(93916).

Se hace saber a los señores German Murillo Araya, cédula número 2-215-572 y Minor Torres Quinn, cédula Nº 7-097-562, a sus posibles herederos, albacea o representantes legítimos, y a cualquier otra persona con interés legítimo, que la Dirección del Registro Público de Bienes Inmuebles, ordenó la apertura del expediente 269-2005, originadas en virtud del escrito suscrito por la Licenciada María del Carmen Calvo Monney, cédula Nº 1-743-025, como Apoderada Especial Administrativa de Alberto Barboza Navarro, cédula Nº 6-213-491, poder que acredita según escritura otorgada en Heredia a las 12:00 horas del 1º de octubre del 2005, ante el Notario Néstor Morera Víquez. El escrito fue presentado ante esta Dirección el día 3 de octubre de 2005, por medio del cual informa del irregular traspaso realizado de la finca del partido de Limón treinta y ocho mil seiscientos cincuenta y cinco. (38655), por medio de la inscripción del documento tomo quinientos cincuenta y tres, asiento tres mil seiscientos treinta y seis, (553-3636), en donde se actuó a nombre de su representado con un poder especial que no existe. En el escrito la Lic. Calvo Monney, literalmente en lo conducente, expone:

“(…)

1)  Mediante escritura Nº 130-10 otorgada ante el Notario José Ramón Chaves Castillo, a las 15.30 horas del 15 de diciembre de 1998, mi representado adquirió por donación que le hiciera su padre el señor Bienvenido Barboza Marín, la finca del Partido de Limón, matrícula Nº 38655-000 (véase documento señalado como Nº 2)

2)  Dicho documento fue presentado al Diario del Registro Público de Bienes Inmuebles el día 16 de enero del 2001, quedando anotado al tomo 485, asiento 15332 (documento Nº 2)

3)  La inscripción efectiva del documento ante relacionado se realizó el 28 de febrero del 2001 (documento Nº 2)

4)  (...)

5)  Sorpresivamente, hace algunos días mi representado se enteró que dicho inmueble fue traspasado, encontrándose actualmente inscrito a nombre de un señor de nombre German Murillo Araya, cédula Nº 2-0215-0572. Lo cual le extrañó, pues que él no había firmado ninguna escritura, y menos vendiendo esa propiedad (ver documento Nº 4)

6)  En virtud de lo anterior, se realizaron los estudios registrales correspondientes, y se verificó que en efecto, la propiedad de marras había sido traspasada irregularmente, encontrándose actualmente inscrita a nombre de German Murillo Araya. (mismo documento Nº 4).

7)  La propiedad fue presuntamente adquirida por el señor Murillo Araya, mediante la escritura Nº 106 del tomo sétimo del Protocolo del Licenciado Minor Badilla Toruño, al ser 11:40 horas del día 2 de junio del 2005, comprándosela al señor Maynor Torres Quinn, conocido como Minor Torres Quinn, quien actuó con un supuesto PODER ESPECIAL, otorgado por mi representado. (documento Nº 5).

8)  Investigando esa situación con el Notario Badilla Toruño, se obtuvo una copia del presunto poder especial que se le presentó para ese acto (ver documento Nº 6) y que él se había dejado para su Archivo de Referencias, confirmándose la irregularidad, pues nunca el señor Barboza otorgó un poder en ese sentido, al señor Torres Quinn, a quien ni siquiera conoce, y menos para vender su propiedad.

9)  Ese presunto poder corresponde según indica su texto, a la escritura Nº 73 del tomo octavo del protocolo del Notario Luis Alberto Valverde Bermúdez, otorgada en San José, al ser las 14:20 horas del 12 de febrero del 2005. Sin embargo, investigando en el Archivo Notarial, se nos informó que el tomo que tiene el Notario Valverde Bermúdez en uso, es el tomo sétimo (documento Nº 7). Razón por la cual, no se puede verificar la existencia real de la matriz de la escritura Nº 73-8, por imposibilidad material.

10)   Igualmente, se indagó en la Dirección Nacional del Notariado, verificándose los datos del papel de seguridad utilizado para “confeccionar” el testimonio relativo a dicho poder. Resultando dos situaciones bastante irregulares: En primer lugar, el papel de seguridad utilizado no pertenece al Notario que supuestamente otorgó la escritura Luis Alberto Valverde Bermúdez, sino que corresponde al Notario Andrés Quesada Meneses. Lo anterior, debido a que el número de cédula del Notario Valverde Bermúdez es 1-576-554 y el papel de seguridad utilizado, corresponde a un Notario con cédula de identidad Nº 3-268-728 que es precisamente Andrés Quesada Meneses. La segunda irregularidad, es que en dicho testimonio se consignó que mi representado firma ILEGIBLE, cuando en realidad, don Alberto Barboza firma con su nombre completo (documentos Nos. 8 y 9).

11)   Como dato adicional, se consultó en la página web del Colegio de Abogados sobre la ubicación de la oficina del Lic. Luis Alberto Valverde Bermúdez, la cual se encuentra ubicada en San Vito de Coto Brus en Puntarenas y el testimonio referido indica con oficina en San José, ni siquiera refiere “de paso por San José”, si hubiera sido del caso (mismo documento Nº 6).

12)   El testimonio de escritura en la que presuntamente, Germán Murillo Araya compra el inmueble relacionado, se presentó al Diario del Registro Público de Bienes Inmuebles, el día 3 de junio del 2005, quedando inscrita el día 8 de junio siguiente, sin ningún defecto consignado ni marginal (ver mismo documento N° %).

13)   Luego de realizada toda esta investigación y tomándose en consideración que no existe Poder Especial otorgado por mi representado a favor de Maynor Torres Quiin, el señor Alberto Barboza Navarro, presentó ante la Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, denuncia para que se realice la investigación correspondiente, causa que se tramita bajo el expediente Nº 05SEINI-485-PE (ver documento Nº 10)

14)   Cabe reiterar que la escritura donde se otorgó el supuesto poder especial no tiene matriz, lo que invalida la escritura posterior de venta del inmueble.

15)   Con fundamento en los artículos 85, 86, 88, 92 y siguientes del Reglamento del Registro Público, artículos 450, 452, 1009, 1049 y normas de relación del Código Civil, 124, 126, 80, y demás normas de relación del Código Notarial, como medida cautelar a efecto de brindar publicidad registra) sobre esta gestión, y considerando que se inscribió el documento que consta al Diario del Registro Público al tomo 553, asiento 3636, otorgado por el Notario Minor Badilla Toruño con base en un Poder Especial Inexistente, presentándose una nulidad absoluta de la compraventa según lo dispone el artículo 126 inciso a) del Código Notarial, pues no podía el señor Torres Quinn representar al señor Barboza Navarro para ese acto y menos vender un bien ajeno, solicito se anote al margen de la finca del Partido de Limón, matrícula 38655-000, una nota de advertencia administrativa según el artículo 95 del Reglamento del Registro Público, hasta tanto no se aclaren las irregularidades aquí expuestas en la vía judicial correspondiente, inmovilizándose así la finca referida.

16) Recibiré Notificaciones (...)”

Debido a todo lo anterior, se autorizó la publicación de un edicto para conferirle audiencia al citado señor, hasta por el término de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente edicto, a efecto de que haga valer sus derechos y alegatos correspondientes. Asimismo, se les previene que a partir del día siguiente de esta publicación o dentro del tercer día, deben señalar apartado postal, número de fax, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, en donde oír futuras notificaciones de este Despacho o ante los Tribunales Superiores, bajo apercibimiento de que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Ley Nº 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas y artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese por medio de la publicación del edicto.—Lic. Arturo Ortiz Castro, Subdirector a. í.—(Solicitud Nº 39119).—C-176570.—(93917).

Se hace saber a: I.- Francisco Navarro Navarro, cédula Nº 1-205-728 en su condición de propietario de la finca del partido de Puntarenas matrícula 42762. A quien en virtud de que esta oficina desconoce su domicilio, así como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, se les comunica por este medio, que la Dirección del Registro Público de la Propiedad Inmueble ha iniciado Diligencias Administrativas de oficio para investigar la inscripción de la donación por parte del Estado, de la finca del partido de Puntarenas`, matrícula 42762. Por lo anterior y con el objeto de cumplir con el debido proceso se le confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presente los alegatos que a sus derechos convengan. E igualmente se le previene que dentro de dicho término a partir de la publicación del presente edicto, debe señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 96 y concordantes del Reglamento del Registro Público de la Propiedad Inmueble, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo del mismo año. (Ref. expediente Nº 292-2006).—Curridabat, 5 de octubre del 2006.—Lic. Arturo Ortiz Castro, Subdirector.—(Solicitud Nº 39118).—C-29720.—(93918).

Se hace saber al señor Juan Diego Ferraro Carazo, cédula Nº 1-462-720, en su condición de presidente, apoderado de Inmobiliaria Caribeña Los Geranios Sociedad de Responsabiliad Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-146143, que se le brinda audiencia por medio de edicto, por devolución del respectivo certificado por parte de Correos de Costa Rica, así como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, que la Dirección del Registro Público de la Propiedad Inmueble ha iniciado diligencias administrativas incoadas por el Registrador Lic. Víctor Bonilla Gutiérrez, presentado ante esta Dirección el día 3 de abril del 2006, por medio del cual informa sobre la supuesta doble inmatriculación de las fincas del partido de Limón, números: setenta y ocho mil quinientos siete (78507) y ochenta y cinco mil novecientos setenta y uno (85971), que publicitan el mismo plano catastrado con el número: L-cuatrocientos cincuenta y siete mil quinientos noventa y cuatro - mil novecientos noventa y siete, (L-457594-1997). En lo que interesa, el escrito literalmente, expresa:

“[…] para informarle que al realizar el estudio del documento asiento 16126 tomo 567, se determinó que el plano 7-457594-1997 está asignado a las fincas del partido de Limón Nº 78507-000 y 85971-000 con la misma descripción.

[…]”

Realizado un estudio preliminar de lo informado, se determinó que efectivamente ambos inmuebles publicitan el mismo plano, no obstante, los dos fueron segregados de la finca madre 17954, por parte de la sociedad Macadamia Los Jadeos Sociedad Anónima, cédula Nº 3-101-090338, por medio de los documentos tomos 452, asiento 5408 y tomo 466, asiento 4835, en cabeza propia, originando las fincas del Partido de Limón 78507 y 85971. En cuanto a la primera de esas fincas, (78507), por medio del documento tomo 452, asiento 5408, como se dijo, se segregó en cabeza de su dueña, para posteriormente donarlo a la sociedad Inmobiliaria Caribeña Los Geranios Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula Nº 3-102-146143, sociedad que por medio del documento tomo 456, asiento 7879 lo vende a su actual propietario Gilberto Enrique Barrantes Calderón, cédula Nº 7-127-371. En cuanto a la segunda finca (85971) por medio del documento tomo 466, asiento 4835, se segregó en cabeza propia de su dueña Macadamia Los Jadeos Sociedad Anónima, quien por medio del mismo documento lo vende a la sociedad Inmobiliaria Caribeña Los Geranios Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula Nº 3-102-146143, a nombre de quien aparece actualmente. Ambos inmuebles identificados dentro de la lotificación como lote cata S seis, publicitan la misma descripción, el mismo número de plano y provenientes de la misma finca madre citada, lo que los hace exactamente idénticos. Lo anterior obligó a esta Autoridad para que, mediante Resolución de las 8:43 horas del 6 de abril de 2006, se ordenó anotar advertencia administrativa sobre la finca 85971; de igual manera, por Resolución de las 13:53 horas del 26 de junio de 2006, se brindó la audiencia respectiva a todas las partes interesadas. Con tal fin, se le confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presenten los alegatos que a sus derechos convengan. E igualmente se le previene que dentro de dicho término a partir de la publicación del presente edicto, deben señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 96 y concordantes del Reglamento del Registro Público de la Propiedad Inmueble, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo del mismo año, en concordancia con el numeral 3 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judicial, Ley Nº 7637, así como el señalamiento de lugar y medio para recibir notificaciones en el Segundo Circuito Judicial de la ciudad de San José (Goicoechea), ante la Sección Tercera del Tribunal Superior Contencioso Administrativo, conforme a los artículos 2º, 3º y 5º de la Ley Nº 7274 de 10 de diciembre de 1991, Ley de Creación de la Sección Tercera del Tribunal Superior Contencioso Administrativo, órgano superior jerárquico impropio de este Registro, en el eventual caso de ulterior recurso de apelación en contra de lo que resuelva en definitiva este Registro, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere. Artículos 20 y 21 de la Ley 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas y artículo 185 del Código Procesal Civil. (Ref. expediente Nº 098-2006).—Curridabat, 10 de octubre del 2006.—Lic. Wálter Méndez Vargas, Director a. í.—(Solicitud Nº 39122).—C-102320.—(93919).

SUB-DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Se hace saber al señor Dax Assad Jaikel Arce, con cédula de identidad uno-novecientos cuarenta y tres-seiscientos cuarenta y siete, en su condición de “Gerente” de la empresa South American Investments S. R. L, con cédula jurídica tres-ciento dos-doscientos ochenta y un mil trescientos veintinueve (3-102-281329), que la Subdirección del Registro de Personas Jurídicas, ha iniciado diligencias administrativas de oficio, en virtud de la existencia de un error al inscribirse el documento que ocupó el asiento 894, del tomo 490 del Diario, e inscrito en la Sección Mercantil, al tomo 1419, folio 119, asiento 152, por el que se protocoliza el acta número dos - dos mil uno de dicha sociedad, según la cual, en el artículo tres se conoce la renuncia “de los actuales gerentes de la empresa” y se hacen nuevos nombramientos; sin embargo, en la inscripción de la constitución de esa sociedad, al tomo 1318, folio 275, asiento 261, la representación judicial y extrajudicial corresponde a un gerente. En razón de lo indicado, se le confiere audiencia por el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la tercera publicación del presente edicto, a efecto de que dentro del plazo indicado, presente los alegatos que a los derechos de la sociedad citada convenga. Se le previene que en el acto de ser notificado o dentro del tercer día, debe señalar lugar y medio para atender notificaciones de este Despacho, dentro del perímetro de la ciudad de San José, así como lugar y medio para atender notificaciones del Tribunal Registral Administrativo, dentro del perímetro de Montelimar en Goicoechea, bajo el apercibimiento de que si no lo hace, las resoluciones que se dicten se le tendrán por notificadas veinticuatro horas después de las dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilita la notificación por causas ajenas a este Despacho, o bien, si el lugar señalado no existe, permanece cerrado, su dirección es imprecisa, incierta o no existe. Lo anterior, de conformidad con los artículos 92 y siguientes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J de 18 de marzo de 1998 y sus reformas, con los artículos 25 y 26 de la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, Nº 8039 de 27 de octubre del año 2000 y con los artículos 2º y 26 del Reglamento Orgánico y Operativo del Tribunal Registral Administrativo, que es Decreto Nº 30363-J del 15 de mayo del 2002, así como con el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública, aplicado de manera supletoria. Publíquese por tres veces consecutivas en el diario oficial La Gaceta. (Ref. Exp. Nº RPJ-030-2006).—Curridabat, 9 de octubre del 2006.—Lic. Grace Lu Scott Lobo, Subdirectora.—(Solicitud Nº 08625).—C-62720.—(93974).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Se hace saber a los señores Jorge, María Lourdes y Raúl, los tres de apellidos Marten Johanning, en sus condiciones de presidente, secretaria y tesorero, de la sociedad Las Marías de Jericó Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-204863, que la Subdirección del Registro de Personas Jurídicas ha iniciado diligencias administrativas de oficio, en virtud de la existencia de un error en la inscripción del documento presentado al diario de este Registro bajo el asiento 13727 del tomo 502, mediante el que se protocoliza el acta número cinco-dos mil dos de dicha sociedad, a efecto de reformar la cláusula novena referente a la administración y el artículo tercero para hacer los nombramientos de presidente, secretaria y tesorero, documento que fue inscrito en la Sección Mercantil, al tomo 1557, folio 123, asiento 128, donde se omitió indicar las facultades de los personeros, el plazo de duración de los mismos y al realizarse los nombramientos de los miembros de la junta directiva, no se indicaron los apellidos de éstos. En razón de lo indicado, se le confiere audiencia, por el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la tercera publicación del presente edicto, a efecto de que dentro del plazo indicado, presente los alegatos que a los derechos de la sociedad citada convenga. Se les previene que en el acto de ser notificados o dentro del tercer día, deben señalar lugar y medio para atender notificaciones de este Despacho, dentro del perímetro de la ciudad de San José, así como lugar y medio para atender notificaciones del Tribunal Registral Administrativo, dentro del perímetro de Montelimar en Goicoechea, bajo el apercibimiento de que si no lo hacen, las resoluciones que se dicten se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de las dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilita la notificación por causas ajenas a este Despacho, o bien, si el lugar señalado no existe, permanece cerrado, su dirección es imprecisa, incierta o no existe. Lo anterior, de conformidad con los artículos 92 y siguientes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J de 18 de marzo de 1998 y sus reformas, con los artículos 25 y 26 de la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, Nº 8039 de 27 de octubre del año 2000 y con los artículos 2º y 26 del Reglamento Orgánico y Operativo del Tribunal Registral Administrativo, que es Decreto Nº 30363-J de 15 de mayo del 2002, así como con el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública, aplicado de manera supletoria. (Ref. Exp. Nº RPJ-033-2006).—Curridabat, 9 de octubre del 2006.—Lic. Grace Lu Scott Lobo, Subdirectora.—(Solicitud Nº 08624).—C-62720.—(93973).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

SUCURSAL EN LA FORTUNA DE SAN CARLOS

Caja Costarricense de Seguro Social costado norte del Banco Nacional de Costa Rica, La Fortuna centro, en virtud de no haberse podido notificar administrativamente el aviso de cobro al patrono W. W. Seguridad S. A., número patronal 2-003101283782-001-001, por este medio se le pone en conocimiento el adeudo pendiente ante la Caja Costarricense del Seguro Social por la suma de ¢79.054,00; correspondiente a las planillas de diciembre del 2004.—La Fortuna, San Carlos, 4 de octubre del 2006.—Lic. Carmen María Solano Delgado, Administradora.—(94567).

Caja Costarricense de Seguro Social costado norte del Banco Nacional de Costa Rica, La Fortuna centro, en virtud de no haberse podido notificar administrativamente el aviso de cobro al patrono Cooperativa de Productores de la Región Huetar Norte R. L., número patronal 2-03004121953-001-001, por este medio se le pone en conocimiento el adeudo pendiente ante la Caja Costarricense del Seguro Social por la suma de ¢64.020,00; correspondiente a la planilla de diciembre del 2003.—La Fortuna, San Carlos, 4 de octubre del 2006.—Lic. Carmen María Solano Delgado, Administradora.—(94568).

Caja Costarricense de Seguro Social costado norte del Banco Nacional de Costa Rica, La Fortuna centro, En virtud de no haberse podido notificar administrativamente el aviso de cobro al patrono Villegas Rodríguez Vanessa María, número patronal 2-00205310856-001-001, por este medio se le pone en conocimiento el adeudo pendiente ante la Caja Costarricense del Seguro Social por la suma de ¢122.673,00; correspondiente a las planillas de junio del 2004, julio del 2004, agosto del 2004, setiembre del 2004 y octubre del 2004.—La Fortuna, San Carlos, 4 de octubre del 2006.—Lic. Carmen María Solano Delgado, Administradora.—(94570).