La Gaceta Nº 212

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DECRETOS

N° 33410-S

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE SALUD

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) de la Constitución Política; 25 inciso 1), y 28 párrafo segundo inciso b), de la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”; la Ley N° 5395 del 30 de octubre de 1973 “Ley General de Salud”; 2 y 6 de la Ley Nº 5412 del 8 de noviembre de 1973 “Ley Orgánica del Ministerio de Salud”; artículos 20 y 68 de la Ley 7530 del 10 de julio de 1995, “Ley de Armas y Explosivos”; y

Considerando:

I.—Que mediante Decreto Ejecutivo N° 33240-S del 30 de junio del 2006, publicado en La Gaceta N° 161 del 23 de agosto del 2006, el Poder Ejecutivo promulgó el “Reglamento General para el otorgamiento de Permisos Sanitarios de Funcionamiento del Ministerio de Salud”.

II.—Que se ha hecho una revisión del reglamento de cita lo que ha hecho necesaria y oportuna su reforma, con el objeto de adaptarlo a la legislación vigente. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Derogúese la clasificación CIIU 2927 del Anexo A del Decreto Ejecutivo N° 33240-S- del 30 de junio del 2006, publicado en La Gaceta N° 161 del 23 de agosto del 2006 “Reglamento General para el otorgamiento de Permisos Sanitarios de Funcionamiento del Ministerio de Salud”.

Artículo 2º—Refórmese la clasificación CIIU 3530 del Anexo A del Decreto Ejecutivo N° 33240-S- del 30 de junio del 2006, publicado en La Gaceta N° 161 del 23 de agosto del 2006 “Reglamento General para el otorgamiento de Permisos Sanitarios de Funcionamiento del Ministerio de Salud”, para que en lo sucesivo se lea así:

“3530: FABRICACIÓN DE AERONAVES Y NAVES ESPACIALES

En esta clase se incluye la fabricación de:

-    Aeroplanos, motorizados o no, aparatos de volar más livianos que el aire, globos, naves espaciales y vehículos para el lanzamiento de naves espaciales, de ala fija y de manejo por tripulaciones para el transporte de mercancías y pasajeros, deporte y otros fines.

-    Planeadores, alas delta y otras aeronaves sin motor.

-    Partes, piezas y accesorios de las aeronaves de esta clase; ensambladuras principales, como fuselajes, alas, puertas, paneles de mando, trenes de aterrizaje, incluso flotadores de hidroavión, depósitos de combustible, góndolas, etc. Partes especiales de ensambladuras principales especialmente diseñadas para su instalación en aeronaves; partes de globos y dirigibles y de naves espaciales y vehículos de lanzamiento.

-    Partes y piezas de turborreactores y de turbohélices.

Se incluyen el mantenimiento y la reparación y modificación de aeronaves y motores de aeronaves.

Se excluyen de los ítemes anteriores cualquier parte, pieza o accesorio relacionado con la construcción de armas prohibidas por la Constitución Política y la Ley.”

Artículo 3º—Refórmense los siguientes grupos y clasificaciones del Anexo A del Decreto Ejecutivo N° 33240-S- del 30 de junio del 2006, publicado en La Gaceta N° 161 del 23 de agosto del 2006 “Reglamento General para el otorgamiento de Permisos Sanitarios de Funcionamiento del Ministerio de Salud”:

a.   Modifíquese la clasificación de riesgo sanitario de actividad contenida en la clasificación CIIU 1511 “producción, procesamiento y conservación de carne y productos cárnicos” para que en lo sucesivo se lean clasificación de riesgo sanitario “B”.

b.  Exclúyase del Grupo 151, clasificación CIIU 1512, la producción de harinas y otras sustancias solubles de pescado, crustáceos y moluscos y de otros animales acuáticos no aptas para consumo humano. Lo anterior por cuanto dichas actividades se incluyen en la clasificación CIIU 1533 “elaboración de alimentos preparados para animales.”

c.   Inclúyase dentro de la clasificación CIIU 1549 “elaboración de otros productos alimenticios N.C.P., la actividad de fabricación de hielo.

d.  Modifíquese la clasificación del riesgo sanitario de la actividad contenida en la clasificación CIIU 2101 “fabricación de pasta de madera, papel y cartón”, relativo a la fabricación de papel a mano de tipo artesanal (biodegradable), para que en lo sucesivo se lea clasificación de riesgo sanitario “C”.

e.   Elimínese el contenido del paréntesis final de la clasificación CIIU 2423 “fabricación de productos farmacéuticos, sustancias químicas medicinales y productos botánicos”.

f.   Modifíquese la clasificación del riesgo sanitario de la actividad contenida en la clasificación CIIU 5149 “venta al por mayor de otros productos intermedios, desperdicios y desechos”, que abarca la venta al por mayor de productos tales como sustancias químicas básicas de uso industrial, como desperdicios y desechos, materiales para reciclamiento, para que en lo sucesivo se lea clasificación de riesgo sanitario “A”.

g.   Inclúyase dentro del grupo 521, clasificación CIIU 5211, “venta al por menor en almacenes no especializados especialmente de alimentos, bebidas y tabaco”, las pulperías y abastecedores, bajo la clasificación de riesgo sanitario “C”. Asimismo, elimínese el contenido del paréntesis, toda vez que se aplica lo que señala la Ley General de Salud, en su Artículo 222. Asimismo aplíquese el artículo 18 del Decreto Ejecutivo Nº 33240-S del 30 de junio del 2006, publicado en La Gaceta N° 161 del 23 de agosto del 2006 “Reglamento General para el otorgamiento de Permisos Sanitarios de Funcionamiento del Ministerio de Salud”.

h.  Modifíquese el grupo 551, clasificación CIIU 5510 “hoteles; campamentos y otros tipos de hospedaje temporal”, para que se elimine el contenido de la nota y en su defecto se aplique lo que señala el artículo 18 Decreto Ejecutivo N° 33240-S del 30 de junio del 2006, publicado en La Gaceta N° 161 del 23 de agosto del 2006, “Reglamento General para el otorgamiento de Permisos Sanitarios de Funcionamiento del Ministerio de Salud”.

i.   Elimínese del grupo 602, clasificación CIIU 6023 “transporte de carga por carretera”, por cuanto engloba dos actividades que están segregadas según riesgo sanitario.

j.   Inclúyase dentro del grupo 630, clasificación CIIU 6303, otras actividades de transporte complementarias, la actividad de Marinas y Atracaderos Turísticos.

k)  Inclúyase dentro del grupo 749, clasificación CIIU 7499 “otras actividades empresariales NCP”, las agencias de viajes.

1)  Elimínese del grupo 749, clasificación CIIU 7499, “otras actividades empresariales N.C.P”, las actividades de subasta de ganado vacuno, porcino, caballos, asnos, muías v burdéganos, dado que estas actividades están incluidas en la clasificación CIIU 5121 “venta al por mayor de materias primas agropecuarias y animales vivos”.

m. Inclúyase dentro del grupo 900, clasificación CIIU 9000, las actividades o establecimientos que se dedican al servicio de recolección, transporte, tratamiento y disposición final de desechos especiales u ordinarios.

n.  Inclúyase en el grupo 101, la clasificación CIIU 1010, “extracción y aglomeración de carbón de piedra”.

o.  En el grupo 131 en vez de “4 extracción de minerales de hierro” léase “1310 “extracción de minerales de hierro”.

p.  En el grupo 201, en vez de “2022 fabricación de recipientes de madera”, léase “2023 fabricación de recipientes de madera.”

q.  En el grupo 201, en vez de “5 fabricación de otros productos de madera y fabricación de artículos de corcho, paja y materiales trenzables”, léase “2029 fabricación de otros productos de madera y fabricación de artículos de corcho, paja y materiales trenzables.”

r.   En el grupo 742, en vez de “8 publicidad”, léase “7430 publicidad”.

s.   En el grupo 921, en vez de “5 actividades teatrales y musicales y otras actividades artísticas”, léase “9214 actividades teatrales y musicales y otras actividades artísticas”.

t.   En el grupo 924, en vez de “9 otras actividades de esparcimiento”, léase “9249 otras actividades de esparcimiento”.

Artículo 4º—Refórmese los artículos 2 incisos 30) y 37), 19, 21, 26, 23, 26, 28, 30 y 35 inciso 2) y adiciónese un Transitorio I al Decreto Ejecutivo N° 33240-S del 30 de junio del 2006, publicado en La Gaceta N° 161 del 23 de agosto del 2006 “Reglamento General para el otorgamiento de Permisos Sanitarios de Funcionamiento del Ministerio de Salud”, para que en lo sucesivo se lean así:

“Artículo 2º—Definiciones y abreviaturas. Para efectos de interpretación del presente reglamento se establecen las siguientes definiciones y abreviaturas:

(...)

“30) Permiso Ubicación: Resolución administrativa mediante la cual el Ministerio de Salud en primera instancia aprueba la ubicación de un establecimiento o actividad conforme a la zona donde se ubica, con el fin de que cuente con todos lo elementos necesarios que eviten que se convierta en un problema sanitario o de molestia a la población. De acuerdo con la Ley General de Salud los establecimientos industriales, los comerciales y los de servicios deben contar con la aprobación previa de la ubicación extendida por este Ministerio. Deberá utilizarse como base el Plan Regulador en los cantones que cuente con el mismo, caso contrario, deberá seguirse los lineamientos de la Ley de Construcciones y su respectivo reglamento. Sin embargo, prevalecerá el criterio sanitario y ambiental y del riesgo sanitario de la actividad a ubicar en relación con sus alrededores.”

“37) Uso de suelo: Certificación emitida por la Municipalidad respectiva que acredita el desarrollo de un establecimiento y actividad conforme a la zona donde se ubica.”

“Artículo 19.—Implementación de los planes. Todos los permisionarios que, según la categorización estipulada en la sección siguiente, deberán tener implementados los Planes de Salud Ocupacional, de Atención de Emergencias y de Manejo de Desechos, en un plazo de 4 meses contados a partir del día siguiente del otorgamiento del P.S.F. por primera vez. A excepción de lo que señala el artículo 30 del “Decreto Ejecutivo N° 33240-S del 30 de junio del 2006, publicado en La Gaceta N° 161 del 23 de agosto del 2006 “Reglamento General para el otorgamiento de Permisos Sanitarios de Funcionamiento del Ministerio de Salud”.

“Artículo 21.—Verificación de la Implementación de los Planes. El Ministerio procederá a la verificación de los planes señalados en el artículo 19. Si el profesional responsable tuviera observaciones justificadas, estas serán señaladas en el momento de la inspección, a efecto de que se tomen las medidas correctivas pertinentes.”

“Artículo 26.—Establecimiento o actividad agropecuaria o industrial de Grupos A y B con 50 o más trabajadores:

Las personas físicas o jurídicas que cuenten con un establecimiento o lleven a cabo actividades agropecuarias o industriales clasificadas dentro de los Grupos de Riesgo A y B, donde labora un número mayor de 50 trabajadores, están obligadas a contar con los Planes de Salud Ocupacional y de Emergencia y suministrarlos a la autoridad de salud al momento de la inspección de verificación.”

“Artículo 28.—Establecimiento o actividad comercial o de servicio de Grupos A y B con capacidad para más de 50 ocupantes o con 50 o más trabajadores: Las personas físicas o jurídicas que cuenten con un establecimiento o lleven a cabo actividades comerciales o de servicios clasificadas dentro de los Grupos de Riesgo A y B, con capacidad para más de 50 ocupantes, quedan obligadas a contar con el Plan de Emergencia y el Plan de Salud Ocupacional cuando tengan un número igual o mayor de 50 trabajadores. Cuando las actividades o establecimientos señalados realicen eventos masivos deberán cumplir lo que señala la Comisión Técnica de Eventos Masivos y lo que señale la reglamentación específica en este campo.”

“Artículo 30.—Establecimiento o actividad de Grupos A y B señaladas con asterisco

(*):

Las personas físicas o jurídicas que cuenten con un establecimiento o lleven a cabo actividades clasificadas dentro del Grupo de Riesgo A y que están señalizadas con un asterisco (*), indistintamente de la capacidad de área física y del número de trabajadores o de usuarios, para los efectos de control y vigilancia, deberán presentar al Ministerio los Planes de Salud Ocupacional, de Atención de Emergencias y de Manejo de Desechos, dada la naturaleza de la actividad que está considerada de gran impacto para la salud y el ambiente.

Asimismo, las personas físicas o jurídicas que cuenten con un establecimiento o lleven a cabo actividades clasificadas dentro del Grupo de Riesgo B y que están señalizadas con un asterisco (*), para los efectos de control y vigilancia quedan obligadas a presentar al Ministerio el Plan de Atención de Emergencias indistintamente del número personas que alberguen dentro de sus establecimientos. Dichos planes serán presentados 4 meses posterior al otorgamiento del P.S.F. para los controles y vigilancia que llevará a cabo la autoridad de salud.”

“Artículo 35.—Requisitos para la renovación: Para efectos del trámite de renovación el permisionario debe presentar los siguientes documentos:

(...)

2º—Declaración Jurada indicando únicamente aquellas condiciones  señaladas en el Artículo 8 del presente Reglamento que no fueron presentadas al momento de solicitud del P.S.F. por primera vez., según Anexo N° 2. Tratándose de los establecimientos clasificados como riesgo sanitario “C”, podrán aportar una copia certificada de la patente municipal en vez del uso de suelo tal y como lo establece el artículo 8 inciso 1).”

“Transitorio I.—En vista de que mediante Decreto Ejecutivo Nº 27569-S de 7 de enero de 1999, publicado en La Gaceta Nº 7 del 12 de enero de 1999 “Reglamento General para el Otorgamiento de Permisos de Funcionamiento por parte del Ministerio de Salud”, se otorgó Permiso Sanitario de Funcionamiento a los establecimientos clasificados en el grupo de riesgo sanitario “C”, se dispone otorgarles a éstos un plazo de tres meses contados a partir de la publicación del presente decreto ejecutivo, para que soliciten ante el Área Rectora de Salud respectiva, la renovación de sus Permisos Sanitarios de Funcionamiento. La gestión realizada por el interesado una vez vencido el plazo dicho, deberá ser tramitada como una solicitud de PSF por primera vez, y no como una renovación.”

Artículo 5º—Deróguese el decreto ejecutivo Nº 33381-S-MSP de 5 de octubre del 2006, publicado en La Gaceta Nº 198 del 17 de octubre del 2006.

Artículo 6º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintitrés días del mes de octubre del dos mil seis.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Salud, Dra. María Luisa Ávila Agüero.—1 vez.—(Solicitud Nº 120-06).—C-97370.—(D33410-99909).

 

ACUERDOS

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Nº 318-2006 MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA,

Y SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 140, inciso 2), 146 de la Constitución Política de Costa Rica y el 13 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Cesar el nombramiento interino en el puesto Nº 007326, de Oficinista 3, G. de E: Labores Varias de Oficina, a la señora Ginnette Chavarría Barboza, cédula de identidad Nº 01-0403-1494.

Artículo 2º—Rige a partir del 1º de julio del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los doce días del mes de julio del dos mil seis.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 06822).—C-7170.—(98989).

 

Nº 348-2006 MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA,

Y SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 140, inciso 2), de la Constitución Política de Costa Rica y artículo 2º del Estatuto de Servicio Civil.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Ministerio de Seguridad Pública y con sujeción a las disposiciones del Servicio Civil a los siguientes funcionarios.

                                                                                                                             Clase                     Rige a

Nombre                                                       Cédula                puesto              puesto                 partir del

Arce Chaves Lidiette                          04-0124-0274        005798         Técnico 4               01-06-06

Barboza Barquero Laura                    01-1017-0052        008651         Profesional 2        16-07-06

Bonilla Núñez Rodolfo Antonio    05-0176-0902        008592         Profesional 2        16-07-06

Camacho Camacho Ligia María        01-1169-0673        004616         Oficinista 3           01-07-06

Chaves Ramírez Eddy                         04-0141-0547        005261         Técnico 4               01-06-06

Chinchilla Chinchilla Patricia        01-0826-0057        040647         Oficinista 1           01-07-06

Esquivel Porras Luis Alberto         01-0693-0962        001673         Profesional 3        16-07-06

Guzmán Víquez Luis Mariano         03-0294-0177        094393         Profesional 2        16-06-06

Mora Chaverri David                          01-1147-0652        049105         Trab. Misc. 1         01-06-06

Murillo Valenciano Tatiana              01-0999-0436        008651         Profesional 2        16-06-06

Palomo Calvo Esteban                       01-1165-0154        078273         Oficinista 1           01-07-06

Portugués Sánchez Xaviera              01-1058-0856        009339         Profesional 1        16-06-06

Soto Quesada María Gabriela          01-1177-0426        047144         Oficinista 2           01-06-06

Umaña Mora Elida                               01-0674-0814        040232         Oficinista 2           01-06-06

Vega Blanco Randall                          01-0914-0296        004998         Profesional 3        01-07-06

Artículo 2º—Rige para cada uno de los funcionarios a partir de las fechas indicadas.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veinticuatro días del mes de junio del dos mil seis.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 06822).—C-20120.—(98990).

 

Nº 357-2006 MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA,

Y SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 140, inciso 20), artículo 146 de la Constitución Política de Costa Rica.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Autorizar al señor Osvaldo Alpízar Núñez, cédula de identidad Nº 02-0331-0981, Director General de la Fuerza Pública, para que asista a la actividad denominada “Seminario Regional sobre Violencia Intrafamiliar y Sexual”, a realizarse en Managua, Nicaragua, del 4 de setiembre del 2006 hasta el 5 de setiembre del 2006.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de boleto aéreo, hotel, alimentación y movilización interna serán cubiertos por el Gobierno de Nicaragua.

Artículo 3º—Rige a partir del 3 de setiembre del 2006 hasta el 6 de setiembre del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, San José, al primer día del mes de setiembre del dos mil seis.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 06808).—C-8270.—(98991).

 

Nº 361-2006 MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA,

Y SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 140, inciso 1) y 146 de la Constitución Política de Costa Rica y según resoluciones 2023-2004-DDL-SIP del Departamento Disciplinario Legal, Sección Inspección Policial y 798-2005-DM del Despacho del señor Ministro.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Despedir sin responsabilidad patronal, por causa justificada al señor Jesús Porras Vargas, cédula de identidad Nº 06-0272-0537.

Artículo 2º—Que en el presente caso se han cumplido los plazos para la presentación de los recursos previstos por la Ley General de la Administración Pública.

Artículo 3º—Rige a partir del 31 de agosto del 2004.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los cinco días del mes de setiembre del dos mil seis.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 06808).—C-8270.—(98992).

 

Nº 363-2006 MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA,

Y SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 140, inciso 1) y 146 de la Constitución Política de Costa Rica y según resoluciones 1162-2003-DDL-SIP del Departamento Disciplinario Legal, Sección Inspección Policial y 3081-2005-DM del Despacho del señor Ministro.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Despedir sin responsabilidad patronal, por causa justificada al señor Franklin Francisco Campos Arias, cédula de identidad Nº 03-0257-0317.

Artículo 2º—Que en el presente caso se han cumplido los plazos para la presentación de los recursos previstos por la Ley General de la Administración Pública.

Artículo 3º—Rige a partir del 22 de marzo del 2003.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los cinco días del mes de setiembre del dos mil seis.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 06808).—C-8270.—(98993).

 

Nº 364-2006 MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA,

Y SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 140, inciso 1) y 146 de la Constitución Política de Costa Rica y según resoluciones 1292-2004-DDL-SIP del Departamento Disciplinario Legal, Sección Inspección Policial y 776-2005-DM del Despacho del señor Ministro.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Despedir sin responsabilidad patronal, por causa justificada al señor Darwin Torres Vargas, cédula de identidad Nº 01-0745-0202.

Artículo 2º—Que en el presente caso se han cumplido los plazos para la presentación de los recursos previstos por la Ley General de la Administración Pública.

Artículo 3º—Rige a partir del 11 de marzo del 2004.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los cinco días del mes de setiembre del dos mil seis.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 06808).—C-8270.—(98994).

 

Nº 383-2006 MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA,

Y SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública o Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978 y artículo 145 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Policiales adscritos al Ministerio de Seguridad Pública.

Considerando:

I.—Que el seminario “Amenazas y Retos de Seguridad en el Hemisferio”, es de interés para el Ministerio de Seguridad Pública, porque en él se tratarán temas referentes a la seguridad hemisférica y los retos que ésta representa para nuestros países.

II.—Que la participación del señor Jorge Arturo Rojas Segura, cédula de identidad N° 01-0904-0887, funcionario del Despacho del Ministro de Seguridad Pública, en el seminario “Amenazas y Retos de Seguridad en el Hemisferio”, es con el fin de llegar a un consenso regional sobre procedimientos de seguridad nacional teniendo en consideración factores como: seguridad ciudadana, seguridad ambiental, seguridad económica, globalización, corrupción y el estudio de las democracias en deterioro. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Designar al señor Jorge Arturo Rojas Segura, cédula de identidad N° 01-0904-0887, funcionario del Despacho del Ministro de Seguridad Pública, para que participe en el seminario “Amenazas y Retos de Seguridad en el Hemisferio”, a celebrarse en el Fuerte McNair, Washington, D.C., Estados Unidos de América del 2 de octubre del 2006 al 6 de octubre del 2006.

Artículo 2º—Los gastos del señor Jorge Arturo Rojas Segura, cédula de identidad N° 01-0904-0887, funcionario del Despacho del Ministro de Seguridad Pública, serán cubiertos por el Comando Sur de Estados Unidos de América.

Artículo 3º—Que durante los días del 2 de octubre del 2006 al 6 de octubre del 2006, en que se autoriza la participación del funcionario Jorge Arturo Rojas Segura en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 1º de octubre del 2006 y hasta el día 7 de octubre del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los veinticinco días del mes de setiembre del dos mil seis.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 06822).—C-14870.—(98995).

 

Nº 384-2006 MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA,

Y SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 43 del Reglamento Autónomo de Servicio del Ministerio de Seguridad Pública, 25, inciso 1), y 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública o Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978.

Considerando:

I.—Que el “III Curso de Profesionalización del Empleado Público”, es de interés para el Ministerio de Seguridad Pública, porque se tratarán temas referentes a la profesionalización del empleado público.

II.—Que la participación del señor Leonardo Ramírez Rojas, cédula de identidad N° 01-0839-0330, funcionario del Despacho del Viceministro de Seguridad Pública, en el “III Curso de Profesionalización del Empleado Público”, es con el fin de facilitar la capacitación adecuada para el análisis, planificación y ejecución de proyectos relacionados con la profesionalización del empleado público, el sistema de acceso al servicio público, derechos individuales y colectivos del personal a servicio del sector público, régimen disciplinario. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Designar al señor Leonardo Ramírez Rojas, cédula de identidad N° 01-0839-0330, funcionario del Despacho del Viceministro de Seguridad Pública, para que participe en el “III Curso de Profesionalización del Empleado Público”, a celebrarse en Madrid, España del 2 de octubre del 2006 al 21 de diciembre del 2006.

Artículo 2º—Los gastos del señor Leonardo Ramírez Rojas, cédula de identidad N° 01-0839-0330, funcionario del Despacho del Viceministro de Seguridad Pública, por concepto de boleto aéreo será cubierto por la Agencia Española de Cooperación Internacional. A la llegada a España esta misma entidad le entregará una ayuda de transporte que consiste en 1500 € (un mil quinientos euros exactos), seguro de asistencia médica primaria, no farmacéutico, con un costo de 60 € (sesenta euros exactos), asignación económica de 48 € (cuarenta y ocho euros exactos) diarios de gastos de manutención, alojamiento y de bolsillo un importe de 4080 € (cuatro mil ochenta euros exactos)

Artículo 3º—Que durante los días del 2 de octubre del 2006 al 21 de diciembre del 2006, en que se autoriza la participación del funcionario Leonardo Ramírez Rojas en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 30 de setiembre del 2006 y hasta el día 23 de diciembre del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los veinticinco días del mes de setiembre del dos mil seis.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 06822).—C-14870.—(98996).

 

Nº 388-2006 MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA,

Y SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 140, inciso 20), artículo 146 de la Constitución Política de Costa Rica.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Modificar el considerando segundo y los artículos primero y segundo del Acuerdo Ejecutivo Nº 385-2006 MSP, en cuanto al señor Renso Vargas Valerín, cédula de identidad Nº 01-0656-0495, léase correctamente:

“funcionario del Departamento de Planificación del Ministerio de Seguridad Pública.”

Artículo 2º—Rige a partir del 6 de noviembre del 2006 hasta el 11 de noviembre del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veintinueve días del mes de setiembre del dos mil seis.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 06822).—C-7170.—(98997).

 

Nº 389-2006 MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA,

Y SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículo 145 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Policiales adscritos al Ministerio de Seguridad Pública.

Considerando:

I.—Que el “Curso Dirigido a Instructores de Unidades Caninos” es de interés para el Ministerio de Seguridad Pública, porque se tratarán temas referentes a la detección de drogas en la Unidad Canina (K-9).

II.—Que la participación del señor Walter Antonio Rojas Campos, cédula de identidad N° 01-0842-0812, funcionario de la Unidad Canina del Ministerio de Seguridad Pública, en el “Curso Dirigido a Instructores de Unidades Caninos”, es con el fin de conseguir la formación de instructores en Guía Canino en detección de drogas y otros. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Designar al señor Walter Antonio Rojas Campos, cédula de identidad N° 01-0842-0812, funcionario de la Unidad Canina del Ministerio de Seguridad Pública, para que participe en el “Curso Dirigido a Instructores de Unidades Caninos”, a celebrarse en Guatemala del 30 de setiembre del 2006 al 8 de diciembre del 2006.

Artículo 2º—Los gastos del señor Walter Antonio Rojas Campos, cédula de identidad N° 01-0842-0812, funcionario de la Unidad Canina del Ministerio de Seguridad Pública, por concepto de pasaje aéreo, alojamiento, alimentación y pago de impuestos serán cancelados por el Gobierno de los Estados Unidos de América.

Artículo 3º—Que durante los días del 2 de octubre del 2006 al 8 de diciembre del 2006, en que se autoriza la participación del funcionario Walter Antonio Rojas Campos en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 1º de octubre del 2006 y hasta el día 9 de diciembre del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintinueve días del mes de setiembre del dos mil seis.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 06822).—C-14870.—(98998).

 

Nº 399-2006 MSP

EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA,

Y SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 140, inciso 1), artículo 146 de la Constitución Política de Costa Rica.

ACUERDA:

Artículo 1º—Nombrar como asesor ad-honorem del Ministro de Seguridad Pública, al señor Rafael Zapata Pérez, pasaporte Nº AA 226529, con las funciones de colaborar y asistencia con el Despacho en la gestión de fondos de cooperación internacional en España y otros países de la Unión Europea.

Artículo 2º—Rige a partir del 3 de octubre del 2006 y hasta el 8 de mayo del 2010.

Dado en el Ministerio de Seguridad Pública, San José, a los tres días del mes de octubre del dos mil seis.

Lic. Fernando Berrocal Soto, Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº 06808).—C-8270.—(98999).

 

Nº 400-MSP.— San José, 3 de octubre del 2006

EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA,

Y SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 140, inciso 20), de la Constitución Política, artículo 28, inciso 2), aparte a) de la Ley General de la Administración Pública, y artículo 11 de la Ley de Armas y Explosivos.

Considerando:

I.—Que el señor William Hidalgo Echavarría, se encuentra nombrado en el puesto N° 41505 de la clase Técnico 3, Administración Generalista.

II.—Que para la continuidad del servicio que presta la Dirección General de Armamento del Ministerio de Seguridad Pública, se hace necesario designar interinamente en el cargo de “Director General” de dicha dependencia al señor William Hidalgo Echavarría, cédula de identidad Nº 1-479-755, a partir del 16 de octubre del 2006, manteniendo el puesto Nº 41505 que ocupa en la actualidad. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar interinamente en el cargo de “Director General” de Armamento, al señor William Hidalgo Echavarría, cédula de identidad Nº 1-479-755, a partir del 16 de octubre del 2006, manteniendo el puesto Nº 41505 que ocupa en la actualidad.

Artículo 2º—Rige a partir del dieciséis de octubre del dos mil seis.

Lic. Fernando Berrocal Soto, Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº 06808).—C-8270.—(99000).

MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Nº 053-2006-MEIC

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 140 inciso 20) y artículo 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), artículo 27 inciso 1), artículo 28 inciso 2b) de la Ley General de la Administración Pública, N° 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8490 “Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República”, la Ley Nº 6362 “Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública” del 3 de setiembre del 1979 y en el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que el Bureau Internacional des Poids et Mesures, (BIPM) Francia, está organizando la reunión Ordinaria de Institutos Metrológicos Nacionales (NMIS), de los países miembros de la Convención del Metro y Asociados a la Conferencia de Pesas y Medidas, se realizará en Pavillon, Francia, los días del 9 al 10 de octubre del 2006.

2º—Que por ser el Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET), órgano de máxima desconcentración adscrito al MEIC, el laboratorio nacional de referencia en metrología en Costa Rica; asimismo, miembro activo del Bureau Internacional des Poids et Mesures, (BIPM), su participación en dicha Reunión es de suma importancia. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Autorizar en representación del Laboratorio Costarricense de Metrología, órgano de máxima desconcentración, adscrito al Ministerio de Economía, Industria y Comercio, al funcionario Gerardo Padilla Víquez, cédula 1-748-775, para que participe en la reunión Ordinaria de Institutos Metrológicos Nacionales (NMIS), de los países miembros de la Convención del Metro y Asociados a la Conferencia de Pesas y Medidas, que se realizará en Pavillon, Francia, los días del 9 al 10 de octubre del 2006.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, serán financiados por la subpartida, 10503, “transporte en el exterior”; hospedaje, alimentación, transporte dentro del país visitado e impuestos de salida, serán financiados por la subpartida, 10504, “Viáticos en el Exterior”, del Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET). Correspondiéndole al funcionario un total de $ 2.264,40.

Artículo 3º—El funcionario devengará 100% de su salario durante su ausencia.

Artículo 4º—Rige a partir del 7 de octubre y hasta su regreso el día 12 de octubre del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintisiete días del mes de setiembre del año 2006.

Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SANCHEZ.—El Ministro de Economía, Industria y Comercio, Alfredo Volio Pérez.—1 vez.—(Solicitud Nº 24554).—C-23120.—(99020).

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

N° 163-MOPT

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, ACUERDAN:

Artículo 1º—De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995, reformada mediante Ley N° 7757 del 10 de marzo de 1998, publicada en La Gaceta N° 72 del 15 de abril de 1998, expropiar a Compañía Agrícola El Coco S. A., cédula jurídica número 3-101-012036, representada por Elizabeth Miranda Ávila, cédula número 2-400-377, el bien inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real número 409441-000, situado en el distrito 09 Río Segundo, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela, un área de terreno equivalente a 9 875,11 metros cuadrados, según plano catastrado número A-1067867-2006, cuya naturaleza es terreno de zacate. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado: “Corredor San José-San Ramón”.

Artículo 2º—Dicha expropiación se requiere para la ejecución del citado Proyecto de Obra Pública, conforme las disposiciones legales citadas y la declaratoria de interés público contenida en la Resolución Administrativa N° 459 del 30 de junio del 2006, publicada en La Gaceta N° 152 del 9 de agosto del 2006.

Artículo 3º—La estimación del bien inmueble es de ¢357.851.720,00 (trescientos cincuenta y siete millones ochocientos cincuenta y un mil setecientos veinte colones con 00/100), que corresponde al total de la suma a pagar de conformidad con el avalúo administrativo N° 448-2006 de fecha 22 de setiembre del 2006 del Área de Valoraciones de la Administración Tributaria de San José del Ministerio de Hacienda, el cual no fue aceptado por la representante de la citada empresa, según oficio sin número de fecha 28 setiembre del 2006, por lo que procede la confección del presente Acuerdo Expropiatorio, según lo estipulado en el artículo 28, inciso a) de la Ley de Expropiaciones N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas. Asimismo dicho inmueble soporta gravámenes inscritos ante el Registro Público de la Propiedad.

Artículo 4º—Comisionar y autorizar a la Procuraduría General de la República a efecto de que proceda a interponer el proceso especial de justiprecio hasta su final ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, incluyendo la protocolización e inscripción registral del terreno expropiado, conforme lo establecido en la Ley de Expropiaciones N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas.

Artículo 5º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las 16:00 horas del día 17 del mes de octubre del dos mil seis.

Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 6413).—C-19875.—(99431).

 

N° 164-MOPT

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, ACUERDAN:

Artículo 1º—De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995, reformada mediante Ley N° 7757 del 10 de marzo de 1998, publicada en La Gaceta N° 72 del 15 de abril de 1998, expropiar a Ganadera Carolina S. A., cédula jurídica N° 3-101-032865, representado por Edgar Ramírez González, cédula número 9-008-425, el bien inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real número 157055-000, situado en el distrito 04 Ulloa, cantón 01 Heredia de la provincia de Heredia, un área de terreno equivalente a 842,82 metros cuadrados, según plano catastrado número H-1069989-2006, cuya naturaleza es terreno sembrado de café. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado: “Corredor San José-San Ramón”.

Artículo 2º—Dicha expropiación se requiere para la ejecución del citado Proyecto de Obra Pública, conforme las disposiciones legales citadas y la declaratoria de interés público contenida en la Resolución Administrativa N° 433 del 26 de junio del 2006, publicada en La Gaceta N° 141 del 21 de julio del 2006.

Artículo 3º—La estimación del bien inmueble es de ¢15.670.760,00 (quince millones seiscientos setenta mil setecientos sesenta colones con 00/100), que corresponde al total de la suma a pagar de conformidad con el avalúo administrativo N° 2006-105 de fecha 25 de setiembre del 2006 del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el cual no fue aceptado por el representante del citado propietario, según oficio sin número de fecha 5 de octubre del 2006, por lo que procede la confección del presente Acuerdo Expropiatorio, según lo estipulado en el artículo 28, inciso a) de la Ley de Expropiaciones N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas.

Artículo 4º—Comisionar y autorizar a la Procuraduría General de la República a efecto de que proceda a interponer el proceso especial de justiprecio hasta su final ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, incluyendo la protocolización e inscripción registral del terreno expropiado, conforme lo establecido en la Ley de Expropiaciones N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas.

Artículo 5º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las 16:10 horas del día 17 del mes de octubre del dos mil seis.

Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 6414).—C-19875.—(99432).

 

N° 165-MOPT

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,

 ACUERDAN:

Artículo 1º—De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995, reformada mediante Ley N° 7757 del 10 de marzo de 1998, publicada en La Gaceta N° 72 del 15 de abril de 1998, expropiar a los menores Alexander, María Fernanda, María del Mar, todos de apellido Alfaro Soto, el señor Alexander Alfaro Zumbado, cédula número 2-401-948, en su condición de usufructuario, el bien inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real número 107050-001-002-003-004, situado en el distrito 09 Río Segundo, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela, un área de terreno equivalente a 38,30 metros cuadrados, según plano catastrado número A-1070980-2006, cuya naturaleza es terreno inculto árboles y una casa. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado: “Corredor San José-San Ramón”.

Artículo 2º—Dicha expropiación se requiere para la ejecución del citado Proyecto de Obra Pública, conforme las disposiciones legales citadas y la declaratoria de interés público contenida en la Resolución Administrativa N° 492 del 13 de julio del 2006, publicada en La Gaceta N° 156 del 15 de agosto del 2006.

Artículo 3º—La estimación del bien inmueble es de ¢3.081.860,00 (tres millones ochenta y un mil ochocientos sesenta colones con 00/100), que corresponde al total de la suma a pagar de conformidad con el avalúo administrativo N° 432-2006 de fecha 13 de setiembre del 2006 del Área de Valoraciones de la Administración Tributaria de San José del Ministerio de Hacienda, el cual no fue aceptado por el representante, según oficio sin número de fecha 2 de octubre del 2006, por lo que procede la confección del presente Acuerdo Expropiatorio, según lo estipulado en el artículo 28, inciso a) de la Ley de Expropiaciones N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas.

Artículo 4º—Comisionar y autorizar a la Procuraduría General de la República a efecto de que proceda a interponer el proceso especial de justiprecio hasta su final ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, incluyendo la protocolización e inscripción registral del terreno expropiado, conforme lo establecido en la Ley de Expropiaciones N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas.

Artículo 5º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a las 16:15 horas del día 17 del mes de octubre del dos mil seis.

Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 6415).—C-19875.—(99433).

 

N° 166-MOPT

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, ACUERDAN:

Artículo 1º—De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995, reformada mediante Ley N° 7757 del 10 de marzo de 1998, publicada en La Gaceta N° 72 del 15 de abril de 1998, expropiar a Guido Álvaro Herrera González, cédula N° 2-200-410, el bien inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real número 251779-000, situado en el distrito 09 Río Segundo, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela, un área de terreno equivalente a 603,54 metros cuadrados, según plano catastrado número A-731072-88, cuya naturaleza es Lote-D, terreno de solar. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado: “Corredor San José-San Ramón”.

Artículo 2º—Dicha expropiación se requiere para la ejecución del citado Proyecto de Obra Pública, conforme las disposiciones legales citadas y la declaratoria de interés público contenida en la Resolución Administrativa N° 400 del 16 de junio del 2006, publicada en La Gaceta N° 152 del 9 de agosto del 2006.

Artículo 3º—La estimación del bien inmueble es de ¢34.616.781,65 (treinta y cuatro millones seiscientos dieciséis mil setecientos ochenta y un colones con sesenta y cinco céntimos), que corresponde al total de la suma a pagar de conformidad con el avalúo administrativo N° 433-2006 de fecha 13 de setiembre del 2006 del Área de Valoración de la Administración Tributaria de San José, del Ministerio de Hacienda, el cual fue aceptado por el propietario del inmueble a expropiar, según oficio sin número de fecha 26 de setiembre del 2006.

Artículo 4º—Dicho inmueble tiene gravámenes inscritos en el Registro Público de la Propiedad, los cuales impiden el otorgamiento de una escritura pública ante la Notaría del Estado, por lo que procede la confección del presente Acuerdo Expropiatorio, según lo estipulado en el artículo 28, inciso b) de la Ley de Expropiaciones N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas.

Artículo 5º—Comisionar y autorizar a la Procuraduría General de la República a efecto de que proceda a interponer el proceso especial de justiprecio hasta su final ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, incluyendo la protocolización e inscripción registral del terreno expropiado, conforme lo establecido en la Ley de Expropiaciones N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas.

Artículo 6º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las 16:20 horas del día 17 del mes de octubre del dos mil seis.

Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 6416).—C-19875.—(99434).

 

N° 167-MOPT

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, ACUERDAN:

Artículo 1º—De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995, reformada mediante Ley N° 7757 del 10 de marzo de 1998, publicada en La Gaceta N° 72 del 15 de abril de 1998, expropiar a la empresa Autos Subarú de Costa Rica S. A., cédula jurídica N° 3-101-035660, representada por Carlos Alberto Federspiel Pinto, cédula número 1-389-757, el bien inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real número 541688-000, situado en el distrito 7º Uruca, cantón 1º San José de la provincia de San José, un área de terreno equivalente a 1 687,78 metros cuadrados, según plano catastrado N° SJ-1020372-2005, cuya naturaleza es terreno para construir con un edificio. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado: “Corredor San José-San Ramón”.

Artículo 2º—Dicha expropiación se requiere para la ejecución del citado Proyecto de Obra Pública, conforme las disposiciones legales citadas y la declaratoria de interés público contenida en la Resolución Administrativa N° 203 del 15 de marzo del 2006, publicada en La Gaceta N° 77 del 21 de abril del 2006, modificada mediante Resolución Administrativa N° 588, del 5 de setiembre del 2006, publicada en La Gaceta N° 182 del 22 de setiembre del 2006.

Artículo 3º—La estimación del bien inmueble es de ¢289.600.156,00 (doscientos ochenta y nueve millones seiscientos mil ciento cincuenta y seis colones con 00/100), que corresponde al total de la suma a pagar de conformidad con el avalúo administrativo N° 393-2006 de fecha 15 de agosto del 2006 del Área de Valoraciones de la Administración Tributaria de San José del Ministerio de Hacienda, el cual no fue aceptado por el representante de la citada sociedad, según oficio sin número de fecha 3 de octubre del 2006, por lo que procede la confección del presente Acuerdo Expropiatorio, según lo estipulado en el artículo 28, inciso a) de la Ley de Expropiaciones N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas. Asimismo dicho inmueble soporta gravámenes inscritos ante el Registro Público de la Propiedad.

Artículo 4º—Comisionar y autorizar a la Procuraduría General de la República a efecto de que proceda a interponer el proceso especial de justiprecio hasta su final ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, incluyendo la protocolización e inscripción registral del terreno expropiado, conforme lo establecido en la Ley de Expropiaciones N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas.

Artículo 5º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las 16:25 horas del día 17 del mes de octubre del dos mil seis.

Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 06417).—C-19875.—(99435).

 

N° 168-MOPT

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, ACUERDAN:

Artículo 1º—De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995, reformada mediante Ley N° 7757 del 10 de marzo de 1998, publicada en La Gaceta N° 72 del 15 de abril de 1998, expropiar a Guido Álvaro Herrera González, cédula N° 2-200-410, el bien inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real número 251780-000, situado en el distrito 9º Río Segundo, cantón 1º Alajuela, de la provincia de Alajuela, un área de terreno equivalente a 601,23 metros cuadrados, según plano catastrado número A-731069-88, cuya naturaleza es Lote-E terreno de solar. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado: “Corredor San José-San Ramón”.

Artículo 2º— Dicha expropiación se requiere para la ejecución del citado Proyecto de Obra Pública, conforme las disposiciones legales citadas y la declaratoria de interés público contenida en la Resolución Administrativa N° 428 del 26 de junio del 2006, publicada en La Gaceta N° 156 del 15 de agosto del 2006.

Artículo 3º—La estimación del bien inmueble es de ¢30.462.050,00 (treinta millones cuatrocientos sesenta y dos mil cincuenta colones con 00/100), que corresponde al total de la suma a pagar de conformidad con el Avalúo Administrativo N° 440-2006 de fecha 19 de setiembre del 2006 del Área de Valoración de la Administración Tributaria de San José, del Ministerio de Hacienda, el cual fue aceptado por el propietario del inmueble a expropiar, según oficio sin número de fecha 28 de setiembre del 2006.

Artículo 4º—Dicho inmueble tiene gravámenes inscritos en el Registro Público de la Propiedad, los cuales impiden el otorgamiento de una escritura pública ante la Notaría del Estado, por lo que procede la confección del presente Acuerdo Expropiatorio, según lo estipulado en el artículo 28, inciso b) de la Ley de Expropiaciones N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas.

Artículo 5º—Comisionar y autorizar a la Procuraduría General de la República a efecto de que proceda a interponer el proceso especial de justiprecio hasta su final ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, incluyendo la protocolización e inscripción registral del terreno expropiado, conforme lo establecido en la Ley de Expropiaciones N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas.

Artículo 6º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las 16:33 horas del día 17 del mes de octubre del dos mil seis.

Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 06418).—C-19875.—(99436).

 

N° 169-MOPT

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, ACUERDAN:

Artículo 1º—De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995, reformada mediante Ley N° 7757 del 10 de marzo de 1998, publicada en La Gaceta N° 72 del 15 de abril de 1998, expropiar a Guido Álvaro Herrera González, cédula N° 2-200-410, el bien inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real número 251780-000, situado en el distrito 9º Río Segundo, cantón 1º Alajuela, de la provincia de Alajuela, un área de terreno equivalente a 601,45 metros cuadrados, según plano catastrado número A-731068-88, cuya naturaleza es Lote-C, terreno de solar. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado: “Corredor San José-San Ramón”.

Artículo 2º— Dicha expropiación se requiere para la ejecución del citado Proyecto de Obra Pública, conforme las disposiciones legales citadas y la declaratoria de interés público contenida en la Resolución Administrativa N° 467 del 7 de julio del 2006, publicada en La Gaceta N° 152 del 9 de agosto del 2006.

Artículo 3º—La estimación del bien inmueble es de ¢ 30.468.050,00 (treinta millones cuatrocientos sesenta y ocho mil cincuenta colones con 00/100), que corresponde al total de la suma a pagar de conformidad con el avalúo administrativo N° 439-2006 de fecha 18 de setiembre del 2006 del Área de Valoración de la Administración Tributaria de San José, del Ministerio de Hacienda, el cual fue aceptado por el propietario del inmueble a expropiar, según oficio sin número de fecha 26 de setiembre del 2006.

Artículo 4º—Dicho inmueble tiene gravámenes inscritos en el Registro Público de la Propiedad, los cuales impiden el otorgamiento de una escritura pública ante la Notaría del Estado, por lo que procede la confección del presente Acuerdo Expropiatorio, según lo estipulado en el artículo 28, inciso b) de la Ley de Expropiaciones N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas.

Artículo 5º—Comisionar y autorizar a la Procuraduría General de la República a efecto de que proceda a interponer el proceso especial de justiprecio hasta su final ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, incluyendo la protocolización e inscripción registral del terreno expropiado, conforme lo establecido en la Ley de Expropiaciones N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas.

Artículo 6º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, las 16:35 horas del día 17 del mes de octubre del dos mil seis.

Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 06419).—C-19875.—(99437).

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Nº 043-2006-MTSS

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; y los artículos 25 inciso 1), artículo 27 inciso 1), artículo 28 inciso 2) acápite b) de la Ley N° 6227 o Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley N° 8490 del 15 de diciembre de 2005 ó Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2006, la Ley N° 6362 o Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública del 3 de septiembre de 1979; y en el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República y el Decreto Ejecutivo N° 29384-MTSS Reglamento para la Adjudicación de Becas o Facilidades a Servidores del Ministerio de Trabajo del 26 de marzo del 2001.

Considerando:

1º—Que la “Jornada y el Curso Internacional de Actividad Física y Salud Pública”, es para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, importante y necesario para el mejoramiento de las estrategias de la promoción de la Actividad Física en Costa Rica, con la implementación de dos proyectos: el primero denominado El parque del Bicentenario, donde tiene como objetivo la prevención en el área de la Salud, a través de la actividad física, el ejercicio físico, el deporte y la recreación. El segundo es referente a la incorporación del componente de la actividad física, el deporte y la recreación en los centros de trabajo, donde tiene como objetivo mejorar la salud de los y las trabajadoras.

2º—Que la participación de la señorita, Lisseth Villalobos Campos en este evento, responde a las funciones propias de Asesora encargada de estos proyectos, como especialista en Educación Física, Deporte y Recreación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

3º—Que la Dirección de Recursos Humanos, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 13 inciso a) del Decreto Ejecutivo N° 29384-MTSS Reglamento para la Adjudicación de Becas o Facilidades a Servidores del Ministerio de Trabajo aprueba la participación en el VI Curso Internacional de Actividad Física y Salud Pública a la Lic. Lisseth Villalobos Campos, profesional del Despacho del Señor Ministro, como Asesora, mediante oficio Nº CB-2-2006 con fecha 26 de setiembre del 2006, al determinar que las funciones que desarrolla se relacionan con este evento y que responden a las necesidades consignadas en el Plan de Capacitación para el año 2006. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Designar a la señorita Lisseth Villalobos Campos, cédula 1-1138-0165, quien desempeña el cargo de Asesora, para que participe “Jornada y el Curso Internacional de Actividad Física y Salud Pública” que se llevará a cabo del 16 al 20 de octubre en las Ciudades de Santiago y Viña del Mar, Chile.

Artículo 2º—Los gastos de dicha funcionaría serán cubiertos con recursos del Programa 729.00, Subpartidas 105.03 a saber de la siguiente forma: Por concepto de Viáticos al Exterior $702, por la subpartida 105.04; Inscripción al evento por $120.40, equivalente al 70% de la misma cubierto con recursos de la subpartida 107.01 del Programa 729.00, asimismo por la Subpartida 105.04 del Programa 729.00 se cubrirán los gastos por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deba pagar en las terminales de transporte, así como los gastos de penalización que podrían incurrir por cambio de itinerario de vuelo por motivo de fuerza mayor.

Artículo 3º—Que la funcionaría devengará el 100% de su salario durante los días en que se autoriza la participación en la actividad denominada la Jornada y el Curso Internacional de Actividad Física y Salud Pública.

Artículo 4º—Rige a partir del 15 y hasta el 21 de octubre del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los dos días de octubre del dos mil seis.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Francisco Morales Hernández.—1 vez.—(Solicitud Nº 28479).—C-30270.—(99046).

MINISTERIO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES

Nº 039-C.—San José, 30 de mayo de 2006

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20), 146 de la Constitución Política, el artículo 25.1 y 157 de la Ley General de la Administración Pública y la Ley Nº 6158, de creación del Centro Costarricense de Producción Cinematográfica,

Considerando:

1º—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 37-C del 15 de mayo de 2006, se acordó nombrar a los señores Roberto Román González cédula de identidad Nº 8-092-952 y Hilda Hidalgo Xirinachs, cédula de identidad Nº 1-782-534, como miembros del Consejo Nacional de Cinematografía.

2º—Que por error material, se indicó en el artículo primero de dicho acuerdo, que el número de cédula del señor Roberto Román González, es 8-092-952, siendo correcto el número 8-082-952.

3º—Que la Administración está facultada para corregir de oficio los errores que se cometan en el desempeño de sus funciones, de conformidad con el artículo 157 de la Ley General de la Administración pública.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Corregir el artículo primero del Acuerdo Ejecutivo N° 037-C del 15 de mayo de 2006, para que en lo sucesivo se lea:

“Artículo 1º—Nombrar a los señores Roberto Román González, cédula de identidad, Nº 8-082-952 y Hilda Hidalgo Xirinachs, cédula de identidad Nº 1-782-534, como miembros del Concejo Nacional de Cinematografía.”

Artículo 2º—Rige a partir del 8 de mayo de 2006.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Cultura, Juventud y Deportes, María Elena Carballo Castegnaro.—1 vez.—(O. C. Nº 1325).—C-12020.—(99104).

Nº MCJD/137/06

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINSTRA DE LA CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES

Con fundamento en los artículo 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política; y los artículos 25 inciso 1), artículo 27 inciso 1), artículo 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227 o Ley General de Administración Pública, del 2 de mayo de 1978. Así como la dispuesto en la Ley Nº 8490 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República; el artículo 2 inciso 4) de la Ley Nº 7411 o Ley Reguladora del Otorgamiento de Pasaportes Diplomáticos y de Servicio, del 25 de mayo de 1994; el artículo 9 de la Directriz Nº 7 del 29 de noviembre de 1991; el artículo 7 inciso c) de la Ley Reguladora de los Derechos de Salida del Territorio Nacional, del 26 de setiembre de 2002 y el artículo 40 del Estatuto del Servicio Civil.

Considerando:

1º—Que la señora María Mercedes Ramírez Avilés, fue invitada a participar en la XV Reunión Ordinaria de la Conferencia de Autoridades Audiovisuales Cinematográficas de Ibermedia (CAACI) y en la IX Reunión Extraordinaria del Comité Intergubernamental Ibermedia (CII), que se realizaron en Bogotá, Colombia, del 12 al 14 de julio de 2006.

2º—Que la señora Ramírez Avilés, tuvo que incurrir en el pago de impuestos de salida de Colombia. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Modificar el Artículo Nº 2 del Acuerdo de Viaje Nº MCJD/095/06 del 28 de junio de 2006, para que se lea de la siguiente manera:

“Artículo 2º—El Centro Costarricense de Producción Cinematográfica en el Presupuesto 2006, Subpartida 1.05.03 Transporte al Exterior, cubrirá los gastos de Transporte Internacional, por un monto de ¢ 259.000,00 (doscientos cincuenta y nueve mil colones exactos) y en la subpartida 1.05.04 Viáticos en el Exterior, cubrirá el almuerzo, la cena y gastos varios del día 11 de julio, el desayuno, el almuerzo, la cena y gastos varios de los días 12, 13 y 14 de julio y el desayuno del 15 de julio de 2006, por un monto de ¢ 165.000,00 (ciento sesenta y cinco mil colones exactos) y los impuestos de salida de Colombia por un monto de ¢ 26.280,81 (veintiséis mil doscientos ochenta colones con ochenta y un céntimos).  El almuerzo, la cena y el hospedaje del día 15 de julio y el desayuno del día 16 de julio de 2006, serán cubiertos por la señora Ramírez Avilés. El hospedaje de los días 11, 12, y 14 de julio de 2006, será cubierto por la Conferencia de Autoridades Audiovisuales Cinematográficas de Ibermedia.”

Artículo 2º—Los restantes artículos se mantiene invariables.

Artículo 3º—Rige del 11 al 16 de julio 2006.

Dado en la Presidencia de la República, al primer día del mes de setiembre del año 2006.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Cultura, Juventud y Deportes, María Elena Carballo Castegnaro.—1 vez.—(O. C. Nº 1325).—C-21520.—(99108).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

N° 184-2006

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146, de la Constitución Política; 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas número 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica número 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo número 29606-H-COMEX del 18 de junio del 2001, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas y sus reformas.

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 467-2004 de fecha 3 de agosto del 2004, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 174 del 6 de setiembre del 2004; modificado por el Acuerdo Ejecutivo número 177-2005 de fecha 18 de abril del 2005, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 112 del 10 de junio del 2005; a la empresa Ryan Ingeniería de Costa Rica S. A., cédula jurídica número 3-101-271645, se le otorgaron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley número 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

II.—Que mediante notas presentadas los días 21 y 25 de julio del 2006, en la Gerencia de Operaciones de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Ryan Ingeniería de Costa Rica S. A., solicitó la modificación de las fechas de cumplimiento de la inversión mínima y de la inversión total.

III.—Que la Comisión de Regímenes Especiales de PROCOMER, en sesión número 141-2006, celebrada el día 4 de agosto del año en curso, conoció la solicitud de la empresa Ryan Ingeniería de Costa Rica S. A., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER número 36-2006 de fecha 25 de julio del 2006, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley número 7210, sus reformas y su Reglamento.

IV.—Que se han observado los procedimientos de ley. Por tanto:

ACUERDAN:

1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo número 467-2004 de fecha 3 de agosto del 2004, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 174 del 6 de setiembre del 2004, y sus reformas, para que en el futuro la cláusula sexta se lea de la siguiente manera:

“6.—La beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel mínimo de empleo de 1 trabajador a partir del 1º de noviembre del 2004 y a realizar y mantener un nivel mínimo total de empleo de 9 trabajadores a más tardar el 1º de enero del 2005. Asimismo, se obliga a realizar una inversión nueva inicial en activos fijos de al menos US$150.000,00 (ciento cincuenta mil dólares exactos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 5 de setiembre del 2006, así como realizar y mantener una inversión mínima total de US$179.975,00 (ciento setenta y nueve mil novecientos setenta y cinco dólares exactos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 5 de setiembre del 2006. Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional de 72.96%.

PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión nueva inicial en activos fijos y la mínima total de la beneficiaria, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una obligación a cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con los niveles mínimos de inversión anteriormente señalados.”

2º—En todo lo que no ha sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo número 467-2004 de fecha 3 de agosto del 2004, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 174 del 6 de setiembre del 2004 y sus reformas.

3º—La empresa deberá suscribir un Addéndum al Contrato de Operaciones.

4º—Rige a partir de su comunicación.

Comuníquese y publíquese.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los cuatro días del mes de agosto del dos mil seis.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(99103).

 

Nº 217-2006.—San José, 13 de setiembre del 2006

EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE

EN EL EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8490, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2006 y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

Artículo 1º—Modificar los Artículos primero, tercero y cuarto del Acuerdo de Viaje número 208-2006, de fecha 29 de agosto del 2006, para que se lea así:

“Artículo 1º—Designar al señor Álvaro Cedeño Molinari, cédula Nº 1-896-007, Jefe del Despacho del señor Ministro, para que participe en calidad de Asesor del señor Ministro el 1º de setiembre del 2006, en el Foro de Negocios Japón-Centroamérica, a celebrarse en El Salvador del 31 de agosto al 2 de setiembre del 2006.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 31 de agosto al 1º de setiembre de 2006, el señor Álvaro Cedeño Molinari, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 31 de agosto al 1º de setiembre de 2006.”

Artículo 2º—Rige a partir del 31 de agosto al 1º de setiembre del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los trece días del mes de setiembre del año dos mil seis.

KEVIN CASAS ZAMORA.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(Solicitud Nº 05635).—C-17620.—(99444).

 

Nº 218-2006.—San José, 13 de setiembre del 2006

EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE

EN EL EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8490, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2006 y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que del 14 al 17 de octubre del 2006, se realizará en Buenos Aires, Argentina el XI Congreso Latinoamericano de Auditores “El Progreso de Latinoamérica: Desafío de la Profesión de Auditoría Interna”, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

2º—Que la participación del señor Víctor Raúl Picón Panduro en el Congreso, resulta necesaria, por cuanto en él se tratarán temas relacionados con la Prevención de Fraudes, Riesgo y Control, Sector Gubernamental y Entes Reguladores. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Designar al señor Víctor Raúl Picón Panduro, cédula Nº 8-067-033, Auditor Interno del Ministerio de Comercio Exterior, para que participe en el XI Congreso Latinoamericano de Auditores “El Progreso de Latinoamérica: Desafío de la Profesión de Auditoría Interna”, a celebrarse en Buenos Aires, Argentina del 14 al 17 de octubre del 2006. El funcionario regresa a Costa Rica hasta el 22 de octubre de 2006 y todos los gastos en que incurra del 18 al 22 de octubre del 2006, serán cubiertos en forma personal. El funcionario disfrutará de sus vacaciones en las fechas indicadas.

Artículo 2º—Los gastos del señor Víctor Raúl Picón Panduro, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $708,50 (setecientos ocho con 50/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa; los gastos de inscripción al Seminario por un monto de $450,00 (cuatrocientos cincuenta con 00/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de la subpartida 10701 del Programa 796. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas y para el envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior; así como también para hacer escala en Perú por conexión.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 14 al 22 de octubre del 2006, el señor Víctor Raúl Picón Panduro, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige del 14 al 22 de octubre del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los trece días del mes de setiembre del año dos mil seis.

KEVIN CASAS ZAMORA.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(Solicitud Nº 05635).—C-26970.—(99445).

 

Nº 241-2006.—San José, 26 de setiembre del 2006

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley N° 8490, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2006 y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 1º al 5 de octubre del 2006, se realizará en República Dominicana, la Reunión de Cooperación y Ambiente del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica-Estados Unidos y República Dominicana, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación de la señorita Alejandra Aguilar Schramm, en la reunión resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Designar a la señorita Alejandra Aguilar Schramm, cédula N° 1-844-618, funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la Reunión de Cooperación y Ambiente del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica-Estados Unidos y República Dominicana, a celebrarse en República Dominicana del 1º al 5 octubre del 2006.

Artículo 2º—Los gastos de la señorita Alejandra Aguilar Schramm, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $568,50 (quinientos sesenta y ocho con 50/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas y para el envío de documentos vía internet al Ministerio de Comercio Exterior; así como también para hacer escala en Panamá por conexión.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 1º al 5 de octubre del 2006, la señorita Alejandra Aguilar Schramm, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 1º al 5 de octubre del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintiséis días del mes de setiembre del dos mil seis.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(Solicitud Nº 05629).—C-23220.—(99009).

 

Nº 248.—San José, 4 de octubre de 2006

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8490, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2006 y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

Artículo 1º—Modificar los Artículos primero, tercero y cuarto del Acuerdo de Viaje número 215-2006, de fecha 11 de setiembre de 2006, para que se lea así:

“Artículo1º—Designar al señor Federico Arias López, cédula Nº 1-855-658, funcionario de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la Reunión del Grupo CAIRNS, a celebrarse en Australia, del 16 al 24 de setiembre de 2006.

Artículo 3º—Que del 16 al 24 de setiembre de 2006, el señor Federico Arias López, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 16 al 24 de setiembre de 2006.”

Artículo 2º—Rige a partir del 16 al 24 de setiembre de 2006.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los cuatro días del mes de octubre del dos mil seis.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(Solicitud Nº 05635).—C-13770.—(99446).

 

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Nº 665.—Ministerio de Obras Públicas y Transportes.—San José, a las 15:50 horas del día 17 del mes de octubre del dos mil seis.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José - San Ramón”.

Resultando:

1º—Mediante oficio N° 06/1857 de 04 de octubre del 2006, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Número 147200-B-000, cuya naturaleza es terreno de pastos, café y una casa, situado en el distrito 2º San Miguel, cantón 6º Naranjo de la provincia de Alajuela, con una medida de 1.272.330,09 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: Norte, con Ramón Arguedas, Aníbal Bolaños, Enrique Rodríguez, Claudio Rodríguez, Esperanza Ulate, Julio Soto, Vicente Villalta, José María Villalta, Alberto Arroyo y Carlos Ruiz; al sur, con Enoc Rodríguez, Bernardo Montero, Agustín Alvarado y en parte Santiago Fernández; al este, con carretera El Coco-San Ramón y Aníbal Bolaños, y al oeste, con Ramón Ulate, Alberto Arroyo, José María Villalta y Esperanza Ulate.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 654,73 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno de pastos, café y una casa. Ubicación: distrito 2º San Miguel, cantón 6º Naranjo de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° A-1077027-2006. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José – San Ramón”.

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.889 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado N° A-1077027-2006, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 654,73 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2º, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 147200-B-000.

b)  Naturaleza: terreno de pastos, café y una casa.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 2º San Miguel, cantón 6º Naranjo de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° A-1077027-2006.

d)  Propiedad: Kike María S. A., cédula jurídica número 3-101-037460, representada por Jorge Arturo Montoya López, cédula número 1-468-803.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 654,73 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José – San Ramón”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto:

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 147200-B-000, situado en el distrito 2º San Miguel, cantón 6º Naranjo de la provincia de Alajuela, y propiedad de la empresa Kike María S. A., cédula jurídica número 3-101-037460, representada por Jorge Arturo Montoya López, cédula número 1-468-803, con una área total de 654,73 metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano catastrado N° A-1077027-2006, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José – San Ramón”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 06411).—C-37095.—(99438).

 

Nº 000666.—Ministerio de Obras Públicas y Transportes.—San José, a las 15:55 horas del día 17 del mes de octubre del dos mil seis.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José - San Ramón”.

Resultando:

1º—Mediante oficio N° 06/1834 de 2 de octubre del 2006, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 384052-000, cuya naturaleza es terreno para construir, situado en el Distrito 07 Rosario, Cantón 06 Naranjo de la provincia de Alajuela, con una medida de 7 000 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: Norte, con Cafetalera El Rosario S. A.; al sur, con Bahareque S. A.; al este, con carretera Bernardo Soto, y al oeste, con calle pública.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 2 371,48 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno para construir. Ubicación: distrito 7º Rosario, cantón 6º Naranjo de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° A-995927-2005. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José – San Ramón”.

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.911 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado N° A-995927-2005, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 2.371,48 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2º, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 384052-000.

b)  Naturaleza: terreno para construir.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 7º Rosario, cantón 6º Naranjo de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° A-995927-2005.

d)  Propiedad: Banco Elca S. A., cédula jurídica número 3-101-057477, representada por Marco Hernández Ávila, cédula número 1-662-069.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 2 371,48 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José – San Ramón”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto:

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 384052-000, situado en el distrito 7º Rosario, cantón 6º Naranjo de la provincia de Alajuela, y propiedad del Banco Elca S. A., cédula jurídica número 3-101-057477, representada por Marco Hernández Ávila, cédula número 1-662-069, con una área total de 2 371,48 metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano catastrado N° A-995927-2005, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José – San Ramón”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 06412).—C-37095.—(99439).

MINISTERIO DE CULTURA JUVENTUD Y DEPORTES.

Nº 114-2006

Despacho de la Señora Ministra.—San José a las nueve horas treinta minutos del día treinta de mayo del dos mil seis.

Nombramiento de la señora Aurelia Garrido Quesada, cédula de identidad Nº 1-836-401, como Presidenta del Consejo Nacional de Cinematografía.

Resultando:

1º—Que la Ley Nº 6158 de 25 de noviembre de 1977, publicada en La Gaceta Nº 5 del 6 de enero de 1978, creó el Centro Costarricense de Producción Cinematográfica, como una institución técnica y cultural especializada del Estado, adscrita al Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, que tiene como finalidad fomentar y desarrollar la producción y la cultura cinematográfica nacionales.

2º—Que según el artículo 4º de  la supracitada Ley, el Centro estará regido por un Consejo Nacional de Cinematografía, integrado por el Ministro de Cultura o el Viceministro de Cultura y dos personas más, nombradas por el Poder Ejecutivo.

Considerando:

1º—Que en la Administración anterior el señor Guido Sáenz González, cédula de identidad Nº 1-191-459, ejerció la Presidencia de Consejo Nacional de Cinematografía, cargo que ocupó hasta el día 8 de mayo del 2006, fecha en la que cesó su nombramiento como Ministro de Cultura, Juventud y Deportes.

2º—Que al estar vacante dicho cargo, es lo procedente el nombramiento de dicho miembro de conformidad con los términos del artículo 4 de la Ley supracitada. Por tanto,

LA MINSITRA DE CULTURA, JEVENTUD Y DEPORTES,

RESUELVE:

Artículo 1º—Agradecer los valiosos servicios prestados por el señor Guido Sáenz González, cédula de identidad Nº 1-191-459, como Presidente del Consejo Nacional de Cinematografía, y nombrar en su lugar a la señora Viceministra de Cultura, Juventud y Deportes, Aurelia Garrido Quesada, cédula de identidad Nº 1-836-401.

Artículo 2º—Rige a partir del 8 de mayo del 2006.

María Elena Carballo Castegnaro, Ministra de Cultura Juventud y Deportes.—1 vez.—(O. C. Nº 1325).—C-13770.—(99109).

 

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO

DE LA COMUNIDAD

AVISO

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad del Área Legal y de Registro, hace constar: que la Asociación de Desarrollo Específica Pro CEN CINAI y Bienestar Comunal de Santa Marta de Batán, Matina de Limón. Por medio de su representante: Mariana Isabel Delgado Guadamuz, cédula Nº 07-0128-0000224, ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Área Legal y de Registro.—San José, 10 de octubre del 2006.—Lic. Donald Picado Angulo, Jefe.—1 vez.—Nº 86235.—(99730).

 

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS

EDICTO

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Nº 276/2006.—El señor Pedro Acosta Niño, cédula 8-055-345, en calidad de representante legal de la compañía A.G. Asesores Agrícolas S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Nitro Fertizeo compuesto a base de potasio, magnesio, calcio, hierro, sodio, aluminio y sílice. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 13 de octubre del 2006.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Eric Arce Coto.—(98605).

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

EDICTOS

El señor Óscar Alpízar Salas con Nº de cédula 2-313-072, vecino de San José, en calidad de Regente Veterinario de la Compañía Corporación Rivas Internacional Xochitl Sociedad Anónima, con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Aviax Plus, fabricado por Laboratorios Planalquínica Industrial Ltda., para Phidro Saúde Animal, Tnternacional Ltda.., con los siguientes principios activos: Senduramicina 3g., y Nicarbazina 8g. y las siguientes indicaciones terapéuticas: Prevención de coccidiodis en pollos de engorde. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 10:00 horas del día 23 del mes de octubre del 2006.—Departamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Benigno Alpízar Montero.—1 vez.—(99336).

El señor Óscar Alpízar Salas con Nº de cédula 2-313-072, vecino de San José, en calidad de Regente Veterinario de la Compañía Corporación Rivas Internacional Xochitl Sociedad Anónima, con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Phimicine Professional Premezcla Anticoccidial. Fabricado por Laboratorios Phidro Animal Health, Brasil con los siguientes principios activos: Salinomicina 24g/100g. y las siguientes indicaciones terapéuticas: Para la prevención de la coccidiociosis de las aves (pollos engorde). Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial “La Gaceta”.—Heredia, a las 10:00 horas del día 23 del mes de octubre del 2006.—Dr. Benigno Alpízar Montero.—1 vez.—(99337).

 

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD

Y MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO

REPOSICIÓN DE TÍTULO

AVISOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Técnico Medio en Contabilidad, inscrito en el tomo 1, folio 39, asiento Nº 754, emitido por el Colegio Técnico Profesional Mario Quirós Sasso, en el año dos mil cinco, a nombre de Navarro Vega Jorge. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintidós días del mes de octubre del dos mil seis.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—Nº 85354.—(98133).

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 48, título Nº 492, emitido por el Liceo Rodrigo Facio Brenes, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de Sevilla Arce Nancy María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 20 de octubre del 2006.—Departamento de Pruebas Nacionales.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(98648).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 54, Título N° 496, emitido por el Liceo Diurno de Esparza, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Acevedo Castro Tatiana. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 14 de julio del 2006.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(98664).

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 101, Título N° 777, emitido por el Colegio Nocturno Enrique Menzel, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Alvarado Solano Nahum Gerardo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de octubre del 2006.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(98724).

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 31, título Nº 247, y del título de Técnico Medio en la Especialidad de Turismo, inscrito en tomo 1, folio 115, asiento Nº 30, ambos título fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional La Suiza, en el año mil novecientos noventa y cinco, a nombre de Richard Zúñiga Mesén. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 1º de marzo del 2006.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(98982).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 2, folio 44, asiento Nº 421, emitido por el Liceo Monseñor Rubén Odio Herrera, en el año mil novecientos setenta y seis, a nombre de Chaves Güell Dunia Teresa. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 20 de setiembre del 2006.—División de Control de Calidad.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(99094).

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Certificado de Conclusión de Estudios de Educación Media en el Área de Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio 5, título Nº 47, emitido por el Colegio Metodista, en el año mil novecientos setenta, a nombre de Ramírez Soto Sandra. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 26 de octubre del 2006.—División de Control de Calidad.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(99121).

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 74, título Nº 2427, emitido por el Instituto de Educación Dr. Clodomiro Picado Twight, en el año dos mil seis, a nombre de Geancarlo Ortega Ortega. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellido, cuyo nombre y apellido correcto son: Geancarlo Rivera Ortega. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veinticinco días del mes de setiembre del dos mil seis.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—Nº 86037.—(99276).

 

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada: Sindicato de Profesionales del Instituto de Desarrollo Agrario, siglas: SIRPOIDA acordada en asamblea celebrada el 2 de diciembre del 2005. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo: 15, folio: 476, asiento: 4403, del día 4 de octubre del 2006. La reforma afecta la totalidad de los artículos del Estatuto.—San José, 4 de octubre del 2006.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(99013).

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

En sesión celebrada en San José, a las nueve horas del día 13 de setiembre del 2006, se acordó conceder pensión de gracia mediante la Resolución JNPA-5893-2006, del día 13 de setiembre del 2006, a la señora Alpízar Soto Berenice Eugenia, cédula de identidad Nº 9-001-449, vecina de San José, por un monto de trece mil sesenta y tres colones con setenta y cuatro céntimos (¢13.063,74), con un rige a partir de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—Lic. Jeremías Vargas Chavarría, Director Ejecutivo.—1 vez.—(99399).

En sesión celebrada en San José a las nueve horas del día 13 de setiembre del 2006, se acordó conceder pensión de gracia, mediante la resolución JNPA-5895-2006, del día 13 de setiembre del 2006, al señor Román Pérez Rigoberto, cédula de identidad Nº 2-208-708, vecino de Alajuela; por un monto de sesenta y tres mil doscientos veintiún colones con treinta y ocho céntimos (¢63.221,38), con un rige a partir de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—Lic. Jeremías Vargas Chavarría, Director Ejecutivo.—1 vez.—(99840).

En sesión celebrada en San José, a las diez horas del día 16 de agosto del 2006, se acordó conceder traspaso de pensión de gracia, mediante la resolución JNPTA-5828-2006, del día 16 de agosto del 2006, al señor Ugalde Murillo Gerardo, mayor, soltero, cédula de identidad Nº 2-216-815, vecino de Alajuela, por un monto de cuarenta y dos mil ochocientos ochenta y nueve colones con treinta y cinco céntimos (¢ 42.889,35), con un rige a partir 1º de diciembre del 2003. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—Lic. Jeremías Vargas Chavarría, Director Ejecutivo.—1 vez.—(99873).

 

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación de Genealogía e Historia de Costa Rica. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 568, asiento: 98582.—Curridabat, 12 de octubre del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 85675.—(98914).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación de Desarrollo Comunal Urbanización La Avellana. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas), y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: N° 569, asiento:  N° 14060.—Curridabat, 23 de octubre del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 85691.—(98915).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Pesca, Turismo Ecológico y Acuicultura de Cahuita, con domicilio en la provincia de Limón. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover la conservación ambiental y el manejo sostenible de los recursos costeros y marinos en el Caribe Sur Costarricense. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo con límite de suma de diez millones de colones y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Roberto Smikle Smikle. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 567, Asiento: 11499).—Curridabat, 24 de octubre del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 85699.—(98916).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Pro Vivienda Topacio de La Puebla de Heredia, con domicilio en la provincia de Heredia. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Solicitar a las instituciones competentes la construcción de vivienda y servicios básicos como agua, electricidad, caminos. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma siempre que actúe conjuntamente con el tesorero y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Margarita Acosta Vanegas. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 568, asiento: 65321).—Curridabat, a los diecinueve días del mes de octubre del año dos mil seis.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—N° 85732.—(98917).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Agricultores Unidos de Trojas de Valverde Vega, con domicilio en la provincia de Alajuela. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Luchar por que se promulgue la legislación más adecuada a nuestras actividades agrícolas. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente Marvin Sequeira Araya. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (tomo: 569, asiento: 10328).—Curridabat, 17 de octubre del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 85899.—(98918).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación Emanuel Es Mi Luz. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 568, asiento: 30609.—Curridabat, a los cuatro días del mes de agosto del dos mil seis.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 85978.—(99279).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Pro Mejoras de los Servicios de Calle Los Naranjos de San Antonio de Escazú, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Fomentar y desarrollar el beneficio y recreo de sus asociados en la comunidad. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Carlos Solano Báez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 568, asiento: 13231; adicional tomo: 568; asiento: 88078).—Curridabat, a los veinticinco días del mes de octubre del dos mil seis.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 86036.—(99280).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Ministerio Cristiano Adventista, con domicilio en la provincia de Heredia. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Predicar la palabra de Dios. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Álvaro Elizondo Navarro. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (tomo: 568, asiento: 54852).—Curridabat, a los diecinueve días del mes de octubre del dos mil seis.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 86038.—(99281).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación Costarricense de Kartismo. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 569, Asiento: 06646.—Curridabat, 17 de octubre del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 86193.—(99527).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación Cristiana para La Misión Integral. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas), y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 562, asiento: 15788; adicional tomo: 564, asiento: 00936.—Curridabat, 2 de febrero del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 86224.—(99731).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación Club de Jardines de Grecia. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas), y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 568, asiento: 18921.—Curridabat, 15 de agosto del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 86222.—(99732).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Leones Griegos, con domicilio en la provincia de Alajuela. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: crear y fomentar un espíritu de entendimiento entre los pueblos del mundo. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Rodolfo Aguiar Arias. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas) y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 569, asiento: 03568).—Curridabat, 26 de octubre del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 86240.—(99733).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación Creciendo con tus Manos. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas), y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 567, asiento: 10691; adicionales: 567-83751, 568-62294, 569-21433.—Curridabat, 19 de octubre del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 86281.—(99734).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada, Asociación Nicoyana de Personas Especiales, con domicilio en la provincia de Guanacaste. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Ofrecer la atención y ayuda necesaria a cada uno de los integrantes de la población con necesidades especiales por discapacidad. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Elizabeth Madrigal Chacón. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas) y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (tomo: N° 568, asiento: N° 56192).—Curridabat, 3 de octubre del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 86297.—(99735).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada, Asociación Pro Desarrollo Cristiano de Valle Veraca de El Carmen de Guadalupe de Goicoechea de San José, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover la bendición de Dios con actividades de crecimiento espiritual. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: José Ángel Esquivel Cruz. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas) y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (tomo: N° 569, asiento: N° 22848).—Curridabat, 30 de octubre del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 86340.—(99736).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada, Asociación Escazuseña de Tae Kwon Do, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Impartir lecciones de defensa personal, específicamente del arte marcial conocido como Tae Kwon Do. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Dennis Vargas Méndez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas) y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (tomo: N° 568, asiento: N° 08726).—Curridabat, 17 de octubre del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 86343.—(99737).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Bomberos del Roble de Puntarenas, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: gestionar el mejoramiento social, cultural, educativo, organizativo y productivo de sus miembros y de la comunidad. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Carlos Luis Arguedas Benavides. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas) y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 569, asiento: 12559).—Curridabat, 12 de octubre del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 86380.—(99738).

 

AMBIENTE Y ENERGÍA

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Expediente Nº 12352-P.—Javier Gerardo Román Arias, solicita en concesión 0.057 litros por segundo de pozo perforado BC-553, captado en su propiedad. Sita en Orotina, Alajuela, para uso doméstico y piscina. Coordenadas aproximadas: 211.800-479.850, hoja Barranca. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de octubre del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(98032).

Expediente Nº 12349.—Rafael Arrieta Vega y Shirley Alfaro Hernández, solicitan en concesión 60 litros por segundo de una quebrada captada en propiedad de Magaly Badilla Arroyo para piscicultura en San Ramón. Coordenadas 270.125-466.625 hoja Fortuna. Predios inferiores: Adán Corrales Quesada. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes de la primera publicación.—San José, 24 de octubre del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(98657).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Expediente Nº 12353.—Keyner Antonio Romero Ureña, solicita concesión de aprovechamiento de agua realizando la captación en propiedad del señor Addenago Jiménez Navarro en San Antonio Corralillo, Cartago, para uso doméstico, el caudal de 0,057 litros por segundo. Coordenadas aproximadas 196.000 / 530.000 Hoja Caraigues. Predios inferiores: María Elena Romero. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 27 de octubre del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(99071).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Expediente N° 12321-P.—María Gabriela Ramírez Vargas solicita, en concesión, 0,3 litros por segundo del pozo CL-12 perforado en su propiedad en Vázquez de Coronado para uso doméstico. Coordenadas aproximadas 221.800-537.920. Hoja Carrillo. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de setiembre del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(99384).

Expediente Nº 12353. GMB y Asociados S. A., solicita concesión de aprovechamiento de agua de dos nacimientos captados en su propiedad en Cóbano, para usos domésticos, abrevadero, restaurante, hotel, balneario y riego, en cantidad de 0.27 litros por segundo de cada uno. Predios inferiores: no se indican. Coordenadas aproximadas 176.943-412.752 / 176.758-412.934 Hoja Cabuya. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo, dentro del mes a partir de la primera publicación.—San José, 27 de octubre del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 86367.—(99739).

 

PODER JUDICIAL

AVISOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

Ante esta Dirección se ha recibido solicitud de la licenciada Mónica Patricia Umaña Barrantes, cédula de identidad Nº 1-1097-0222, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta de la interesada para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 06-000774-624-NO.—San José, 26 de octubre del 2005.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—Nº 86377.—(99740).

 

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Expediente N° 17402-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas treinta y cuatro minutos del dieciocho de setiembre del dos mil seis. Diligencias de ocurso incoadas en este Registro por Álvaro del Carmen Araya Cordero, costarricense, casado, cédula de identidad número tres-ciento setenta y cuatro-ochocientos quince, vecino de Pejibaye, Jiménez, Cartago, tendente a la rectificación de su asiento de nacimiento, en el sentido que la fecha de nacimiento es “veintiséis de noviembre de mil novecientos cuarenta y siete” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro de ocho días a partir de su primera publicación. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—(96573).

Expediente Nº 34472-05.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas quince minutos del veinte de setiembre del dos mil seis. Rubén Faustino Monarca Merino, casado, comerciante, costarricense, cédula de identidad número ocho-cero ochenta-quinientos sesenta y cinco, vecino de Guácimo Limón; solicita la rectificación de su asiento de naturalización... en el sentido que el segundo apellido de la persona ahí inscrita es “Merino”. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta y se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Nº 85122.—(97912).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Expediente Nº 37436-2005.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las siete horas cuarenta y ocho minutos del veintiocho de setiembre del dos mil seis. Procedimientos administrativos de cancelación del asiento de nacimiento de Francisco Felipe Navas Morales que lleva el número trescientos sesenta y cuatro, folio ciento ochenta y dos, del tomo sesenta, del Partido Especial, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrito como Felipe Cándido Morales Morales, en el asiento número doscientos ochenta y cuatro, folio ciento cuarenta y dos, del tomo setenta y uno, del Partido Especial, Sección de Nacimientos y rectificación del precitado asiento de nacimiento, en el sentido que la persona ahí inscrita es hijo de “Vicente Navas Selles y Matilde Morales no indica segundo apellido, costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación a los señores Felipe Cándido Morales Morales o Francisco Felipe Navas Morales y Vicente Navas Selles con el propósito que se pronuncien en relación con la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—(Nº 1168-2006).—C-31370.—(98619).

Expediente Nº 22135-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas veinte minutos del doce de octubre del dos mil seis. Procedimiento administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de Jonathan Steve Aguilar Cruz, que lleva el número cuatrocientos sesenta y dos, folio doscientos treinta y uno, del tomo cuatrocientos sesenta, de la provincia de Puntarenas, Sección de Nacimientos, en el sentido que el mismo es hijo de “Marco Antonio Berrocal Madriz y Tatiana Marcela Cruz Aguirre, costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta; se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación a los señores Jonathan Aguilar Espinoza, Tatiana Marcela Cruz Aguirre y a Marco Antonio Berrocal Madriz, con el propósito que se pronuncien con relación a la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—(Solicitud Nº 1168-2006).—C-26420.—(98620).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. N° 133-1996.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas veinte minutos del dieciséis de febrero del dos mil. Diligencias de ocurso presentadas por Lucrecia Rodríguez Víquez, mayor, divorciada, cédula de identidad número cuatro-ciento veinte-cero trece, vecina de Desamparados, Alajuela, tendente a la rectificación del asiento de nacimiento... de su hijo Andrés Antonio Madrigal Rodríguez, en el sentido que el mismo es hijo de “Jorge Antonio Gonzalo Yujanson y Ana Lucrecia Rodríguez Víquez, costarricenses”. Publíquese el edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Hugo Montero Hernández, Jefe a. í.—Nº 86346.—(99760).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Wu Cui-Lian, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 348-06.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas y dos minutos del veintisiete de febrero del dos mil seis. Ocurso. Expediente N° 5044-05. Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Hechos no Probados... III.—Sobre El Fondo:... Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de matrimonio de Cuilan Wu Zheng..., en el sentido que el nombre y apellido de la cónyuge son “Cui-Lian Wu, no indica segundo apellido”, hija de Zhi-Can Wu y Chun-Fen Zheng, no indican segundo apellido” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 85763.—(98935).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por José Bismark Laguna Matamoros, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2562-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas veintitrés minutos del cinco de setiembre del dos mil seis. Ocurso. Expediente Nº 24657-2004. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..,, II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el Fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de José Bismark Laguna no indica otro apellido con Jessika Patricia Chinchilla Ureña, en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre del cónyuge son “Segunda Laguna Matamoros” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 85835.—(98936).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Maximina del Carmen Gutiérrez Meza, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2792-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas treinta minutos del veintiuno de setiembre del dos mil seis. Ocurso. Exp. N° 17495-2006. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Yener Iván García Gutiérrez, en el sentido que el nombre de la madre es “Maximina del Carmen” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Rodrigo Faltes Vargas, Oficial Mayor.—1 vez.—Nº 85944.—(99292).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María Esther Vaez Oporta, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2357-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas y cinco minutos del veintitrés de agosto del dos mil seis. Ocurso. Exp. N° 7435-2006. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de María Esther Vaez Oporta, en el sentido que los apellidos del padre de la persona ahí inscrita son “Báez Báez”, de Cristopher Abel Pérez Vaez, en el sentido que el primer apellido de la madre de la persona ahí inscrita es “Báez” y de Cynthya del Socorro Pérez Vaez, en el sentido que el nombre de la persona ahí inscrita y el primer apellido de la madre de la misma es “Cinthya” y “Báez” respectivamente y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a.í..—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 86021.—(99293).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Zaira Felicia Carpio Monge, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2698-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas treinta y cinco minutos del trece de setiembre del dos mil seis. Ocurso. Exp. N° 19185-2006. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Zaira Felicia de Fátima Carpio Monge, en el sentido que el primer nombre es “Zahyra” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefe.—1 vez.—(99338).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jefrie Libardo Plata Villabona, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3046-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas treinta minutos del diecinueve de octubre del dos mil seis. Ocurso. Expediente N° 20819-06. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Jefrie Libardo Plata Villabona con Fanny María Gómez Steller..., en el sentido que el segundo apellido del padre, así como el nombre y segundo apellido de la madre del cónyuge son “Carreño”, “María Trinidad” y “De Plata”, respectivamente y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe, a.í.—1 vez.—(99386).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por, Juan Francisco Acevedo López, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2299-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San José, a las siete horas, treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil seis. Ocurso. Expediente Nº 8423-2006. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de, Juan Francisco Acevedo López con María Gerardina López Mora, en el sentido que el nombre y los apellidos del padre y el nombre y apellido de la madre del cónyuge son “Francisco Acevedo López y Cándida Rosa López, no indica segundo apellido”, respectivamente y no como se consignó. Notifíquese.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº 86145.—(99534).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por, Félix Arnoldo Alpízar Buzano, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1852-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José a las siete horas, cincuenta y dos minutos del diez de julio del dos mil seis. Ocurso. Expediente Nº 39949-2005. Resultando 1º—…, 2º—…, Considerando: I.—Hechos probados:.., II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de, Jordan Josué Buzano Garbanzo, en el sentido que los apellidos del padre de la persona ahí inscrita son “Alpízar Buzano” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº 86169.—(99535).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Diosmeris Antonia Bello Tavarez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3018-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas, cincuenta minutos del diecisiete de octubre del dos mil seis. Ocurso. Expediente Nº 17625-2006. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Gerardo Enrique Fonseca Zúñiga con Diosmeris Antonia Bello Tavarez, en el sentido que el nombre de la madre de la cónyuge es “Germania de Jesús” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(99549).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Isabel Blanco Morales, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Res. N° 1411-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas veinte minutos del catorce de junio del dos mil seis. Exp. 34647-2005. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Precédase a rectificar el asiento de nacimiento de Nelson Gallo Blanco... en el sentido que los apellidos del padre son “Maltez Gallo” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Bach. Abel Álvarez Ramírez, Jefe a. í.—1 vez.—Nº 86320.—(99759).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Patricia Neff Dillman conocida como Patricia Ramírez Porras, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 2935-06.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas y siete minutos del cuatro de octubre del dos mil seis. Ocurso. Expediente Nº 16714-2006. Resultando: 1º—…; 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:...; II.—Hechos no probados:...; III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Danilo Mora Díaz con Ana Patricia Ramírez Porras, en el sentido que los apellidos de la cónyuge, así como su número de cédula de identidad son “Neff Dillman, hija de Larry Lee Neff y Paula Gene Dillman, no indican segundo apellido” y “uno - mil novecientos cincuenta y cinco - novecientos ochenta y cuatro”, respectivamente y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—(99841).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Johana Larios Chavez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 2317-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las siete horas y treinta minutos del veintidós de agosto del dos mil seis. Ocurso. Expediente Nº 890-2004. Resultando: 1º—…; 2º—…; 3º—… Considerando: I.—Hechos probados:...; II.—Hechos no probados:...; III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Freddy Stanford Sánchez Alemán y de Jocser Sánchez Alemán, en el sentido que los apellidos de la madre de los mismos son “Larios Chávez” y no como se consignaron. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(99852).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Nancy Patricia Cordonero Plata, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 270-127380-65629, vecina de San José, expediente 4105-2005. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, tres de octubre del dos mil seis.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº 85701.—(98919).

Pablo Ernesto de Trinidad Gaitán, mayor, soltero, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 270-128797-66633, vecino de San José, expediente 1653-2005. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 13 de julio del 2006.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº 85738.—(98920).

Freddy José Núñez Núñez, mayor, casado, pastor evangélico, dominicano, cédula de residencia 375-0191381-0000850, vecino de San José, expediente 2390-2006. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 3 de octubre del 2006.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General,—1 vez.—Nº 85752.—(98921).

Pedro Leonardo Fajardo Pérez, mayor, casado, comerciante, dominicano, cédula de residencia 375-179244-000518, vecino de San José, expediente Nº 3050-2004. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 25 de agosto del 2006.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—1 vez.—(99351).

Eric Jesús Mendoza Pinilla, mayor, casado, médico, colombiano, cédula de residencia Nº 117000205213, vecino de Heredia, expediente Nº 1965-2006. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 3 de octubre del 2006.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(99378).

John Harry Yepez Molina, mayor, soltero, estudiante, colombiano, carné de refugiado Nº 070COL000247202, vecino de San José, expediente Nº 4506-2005. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos Nos. 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 3 de octubre del 2006.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(99380).

Isela Salvadora Montes Lim, mayor, soltera, del hogar, nicaragüense, cédula de residencia 270-155444-088902, vecina de Limón, expediente 1708-2006. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 4 de agosto del 2006.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(99447).

María Teresa Vílchez Rivas, mayor, soltera, conserje, nicaragüense, cédula de residencia 155801518624, vecina de Heredia, expediente 719-2001. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización.  Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 23 de octubre del 2006.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(99550).

Jorge Alfonso Sierra Quintero, mayor, soltero, administrador de empresas, colombiano, cédula de residencia Nº 420-0192065-0003835, vecino de San Pedro, expediente Nº 1353-2006. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 4 de agosto del 2006.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº 86365.—(99741).

Óscar Danilo Ruiz Zeledón, mayor, soltero, comerciante, nicaragüense, cédula de residencia Nº 270-105896-44309, vecino de Heredia, expediente Nº 3094-2005. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 21 de junio del 2006.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº 86434.—(99742).

Silvio José Mendiandua Alfonso, mayor, divorciado, profesor, cubano, cédula de residencia Nº 119200090023, vecino de San José, expediente Nº 3044-2005. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 23 de octubre del 2006.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(99856).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

AVISOS

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO ELÉCTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO

COMPLEMENTO-PLAN DE COMPRAS 2006

La Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 7° del Reglamento de Contratación Administrativa, procede a publicar el Complemento al Programa de Compras 2006

Modificación Iterna N° 6-2006

                         Código                                     Descripción                                                              Monto

Ítem        presupuestario                              del artículo                                                               Miles

                                                                                                                                                                       ¢

367              2-09-04-00         Textiles y vestuario. Adquisición de persianas                     4.500.0

368              2-99-01-00         Materiales de oficina. Adquisición de una porteadora            500.0

                                                    de cheques

                     5-01-03-00         Equipo de comunicación.

369                                             Adquisición de una cámara fotográfica digital y una            1.000.0

                                                    cámara de video digital.

370                                             Materiales para la construcción de cableado

                                                    Estructurado.                                                                                    5.000.0

371                                             Adquisición de los teléfonos IP                                                 2.700.0

                     5-01-04-00         Equipo y mobiliario de oficina

372                                             Adquisición de estaciones de trabajo                                    15.000.0

373                                             Compra de estantería y racks                                                     11.500.0

374              5-01-05-00         Equipo y programas de computo

                                                    Sistema de impresión de planos                                                  5.700.0

                     5-01-99-00         Maquinaria y equipo diverso.

375                                             Archivo a prueba de fuego (caja fuerte)                                     1.500.0

376                                             Compra de contenedores para el almacenamiento

                                                    de los materiales                                                                              3.500.0

                     5-02-99-00         Otras construcciones, adiciones y mejoras

377                                             Construcción de las divisiones livianas                               17.500.0

378                                             Remodelación del espacio que se destinará a la Bodega      2.500.0

Lic. Héctor Tabarez de Tolentino, Unidad Ejecutora.—1 vez.—C-14320.—(O. C. Nº 16216.—(99904).

LICITACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

CONCURSO DE ANTECEDENTES Nº 01-2006-CA

Bases para la contratación de una persona física para

ocupar la Dirección Ejecutiva del CONAVI

Se comunica a las personas físicas interesadas en participar en el concurso en referencia, que este Consejo recibirá ofertas de conformidad con las bases de contratación hasta las 9:00 horas del 14 de noviembre del 2006, en las oficinas de la Proveeduría del CONAVI, sita: de la rotonda La Betania, 50 metros al este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.

Los interesados en participar deberán adquirir el cartel de las bases de contratación, de manera gratuita, a partir de la fecha de publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta, en la Proveeduría del CONAVI.

San José, 1º de noviembre del 2006.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 05504).—C-5520.—(99962).

SALUD

INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE

Y LA RECREACIÓN

CONCURSO: LICITACIÓN POR REGISTRO N° 2006LG-000006-01

Descripción: Construcción accesos a graderías de sol

y sombra estadio nuevo de Limón

Financiamiento: fondos públicos

El Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación les invita a participar en este concurso. Para tal efecto se recibirán ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 17 de noviembre del 2006, en la soda comedor del Icoder, dentro de las instalaciones del Gimnasio Nacional, Sabana Este.

Los interesados podrán retirar el cartel en la Proveeduría Institucional sin costo alguno, a partir de su publicación.

Se realizará visita técnica al ser las 11:30 horas del 9 de noviembre del 2006, en el Estadio Nuevo de Limón, frente a las instalaciones del INA, a cargo del Ing. Alexander Molina Villalobos.

San José, 31 de octubre del 2006.—Proveeduría Institucional.—Lic. Eduardo Alonso Ramírez Brenes, Proveedor Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 6261).—C-8820.—(99902).

CONCURSO: LICITACIÓN POR REGISTRO N° 2006LG-000007-01

Descripción: Estudio de ubicación y construcción de pozo para

el sistema de riego, estadio nuevo de Limón

Financiamiento: fondos públicos.

El Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación les invita a participar en este concurso. Para tal efecto se recibirán ofertas por escrito hasta las 11:00 horas del 17 de noviembre del 2006, en la soda comedor del Icoder, dentro de las instalaciones del Gimnasio Nacional, Sabana Este.

Los interesados podrán retirar el cartel en la Proveeduría Institucional sin costo alguno, a partir de su publicación.

Se realizará visita técnica al ser las 12:30 horas del 9 de noviembre del 2006, en el Estadio Nuevo de Limón, frente a las instalaciones del INA, a cargo del Ing. Alexander Molina Villalobos.

San José, 31 de octubre del 2006.—Proveeduría Institucional.—Lic. Eduardo Alonso Ramírez Brenes, Proveedor Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 6261).—C-8820.—(99903).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000083-PROV

Compra de lectores ópticos

Fecha y hora de apertura: día 17 de noviembre del 2006, a las 14:00 horas.

__________

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000084-PROV

Compra de dos vehículos híbridos eléctricos

Fecha y hora de apertura: día 17 de noviembre del 2006, a las 11:00 horas.

Se invita a todos los potenciales proveedores a presentar oferta, el cartel está disponible a partir de esta publicación, sin costo alguno, en la Secretaría del Departamento de Proveeduría, sita en el cuarto piso del edificio Plaza de la Justicia, ubicado entre calles 17 y 19, avenidas 6 y 8, San José; o bien, obtenerlo a través de Internet, en la dirección htttp://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la dirección licitaciones@poder-judicial. go. cr.

San José, 1º de noviembre del 2006.—Proveeduría.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Subproveedora Judicial.—1 vez.—(99989).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-000062-PCAD

Alquiler de bodega en el área metropolitana

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, los invita a participar en la Licitación Pública Nº 2006LN-000062-PCAD. La apertura de ofertas se realizará en sus oficinas ubicadas en el sexto piso de la Sede Central, Avenidas 2 y 4, Calle 1, a las 10:00 horas del día 22 de noviembre del 2006.

Las especificaciones, condiciones generales y especiales podrán retirarse en nuestras oficinas, previa cancelación del cartel en las cajas Nº 12 y 13, ubicadas en el primer piso del Edificio Metropolitano. Con un horario de lunes a sábado de 8:15 a. m. a 12:00 m. d. y de 1:00 p. m a 7:00 p. m. Valor del cartel ¢2.000,00 (dos mil colones con 00/100).

San José, 31 de octubre del 2006.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(99949).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

OFICINA DE SUMINISTROS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-000017-ULIC

Concesión de un local para la prestación de servicios

de alimentación en la sede de Guanacaste

La Oficina de Suministros, recibirá ofertas por escrito hasta las 10:30 horas del día 22 de noviembre del 2006, para la contratación indicada.

Los interesados deberán retirar el cartel en la Oficina de Suministros, ubicada en Sabanilla de Montes de Oca, de las Instalaciones Deportivas 250 metros al este y 400 metros al norte. Previo pago de ¢500,00, en la Oficina de Administración Financiera, ubicada en la Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, Edificio Administrativo “A”, primer piso.

El cartel estará disponible en la siguiente página de Internet http://www.vra.ucr.ac.cr, cejilla OSUM, publicación de documentos.

Sabanilla de Montes de Oca, 31 de octubre del 2006.—Unidad de Licitaciones.—Lic. Ana Barrantes M., Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 90209).—C-6070.—(99964).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. FERNANDO ESCALANTE PRADILLA

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 06-004HEP

Traslado de funcionarios de los Ebais a las diferentes comunidades

El Área Gestión Bienes y Servicios del Hospital Dr. Escalante Pradilla de Pérez Zeledón, recibirá ofertas hasta las 2:00 p.m. del 29 noviembre del 2006, para la Licitación por Registro Nº 06-004HEP, traslado de funcionarios de los Ebais a las diferentes comunidades.

Los interesados retirar cartel en el Área Gestión Bienes y Servicios de este Hospital, costo del mismo ¢1.000,00.

San Isidro de El General, 31 de octubre del 2006.—Área Gestión Bienes y Servicios.—Lic. Ligia Castrillo Morales, Jefa.—1 vez.—(99853).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-000046-PROV

Alquiler de edificación para albergar

la UEN Servicios Internacionales

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada que se estarán recibiendo ofertas hasta las 9:00 horas del día 23 de noviembre del 2006, para lo siguiente:

Requerimiento:

Alquiler de edificación para albergar la UEN Servicios Internacionales.

El cartel se puede adquirir por medio de fotocopias cancelando el costo de las mismas en la Dirección de Proveeduría, sita 400 metros norte del edificio central o en nuestra dirección electrónica: www.grupoice.com.

San José, 1º de noviembre del 2006.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 325243).—C-8270.—(99985).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-000052-PROV

Alquiler de edificación para albergar oficinas

administrativas del ICE en Sabana Norte

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada que se estarán recibiendo ofertas hasta las 9:00 horas del día 27 de noviembre del 2006, para lo siguiente:

Requerimiento:

Alquiler de edificación para albergar oficinas administrativas del ICE en Sabana Norte.

El cartel se puede adquirir por medio de fotocopias cancelando el costo de las mismas en la Dirección de Proveeduría, sita 400 metros norte del edificio central o en nuestra dirección electrónica: www.grupoice.com.

San José, 1º de noviembre del 2006.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 325243).—C-8270.—(99987).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO ADQUISICIONES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-000014-01 (Invitación)

Remodelación y ampliación de las líneas de alimentación

eléctrica y mecánica de las cinco plantas didácticas

del núcleo industria alimentaria

El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 13 de diciembre del 2006. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un casto de ¢ 19.500,00 en el Área de Compras del Proceso de Adquisiciones sita 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México o bien ver página Web del INA, dirección www.ina.ac.cr.

San José, 1º de noviembre del 2006.—Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—(Solicitud Nº 39771).—C-5520.—(99965).

JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA Y DE DESARROLLO

ECONÓMICO DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA

ADMINISTRACIÓN DE DESARROLLO

CONTRATACIÓN DIRECTA CERRADA 2006CD000027-02

Servicio de Consultoría Técnica y Legal

Se avisa a los interesados en participar en la Contratación Directa Cerrada Nº 2006CD-000027-02, promovida para el Servicio de Consultoría Técnica y Legal, que la fecha límite para la recepción y apertura de ofertas será el día 20 de noviembre de 2006 hasta las 11:00 horas, en la Oficina de la Proveeduría de la Administración de Desarrollo, sita en Moín, Limón. (Prevalecerá la hora oficial de la Proveeduría).

El cartel (no tiene costo) con las especificaciones técnicas, estarán a la disposición en la oficina de la Proveeduría de la Administración de Desarrollo, así como en las oficinas de JAPDEVA en San José, ubicadas 200 metros sur y 25 oeste de la Gran terminal de buses del Caribe.

Lic. Kattia Powell Prictchard, Proveedora.—1 vez.—(99862).

AVISOS

COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.

LICITACIÓN POR REGISTRO N° 2006LG-000043-PROV

Máquina de impresión offset convencional

Invita a participar en la siguiente licitación:

Licitación                                                    Descripción                        Apertura       Hora       Valor

Por Registro                              Máquina de impresión offset          23/11/2006    13:00    ¢ 1.000,00

Nº 2006LG-000043-              convencional

PROV

Regirá para esta licitación la Ley y Reglamento de Contratación Administrativa, así como las condiciones especiales, que pueden retirar en nuestra Sección de Proveeduría, 250 metros este de Pozuelo S. A., en La Uruca.

José Antonio Salas Monge, Proveedor General.—1 vez.—(99843).

JUNTA EDUCACIÓN HEREDIA CENTRO

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 03-2006

Compra de alimentos

Programa de Comedores Escolares DANEA

La Junta de Educación-Heredia Centro recibirá ofertas hasta las doce horas del día viernes 17 de noviembre del 2006, para la contratación de proveedores de alimentos para comedores escolares (DANEA) para el primer semestre del curso lectivo 2007. Los requisitos administrativos, legales y técnicos que deben cumplir se pueden retirar, previo pago de ¢10.000,00 (diez mil colones exactos) en la Oficina de la Junta de Educación-Heredia Centro, ubicada en la antigua Escuela Rafael Moya (sita del Parque Central de Heredia 100 oeste, 25 sur), de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12:00 m., a partir de la fecha de esta publicación.

Flor M. Vásquez C.—1 vez.—(99952).

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 02-2006

Contratación para el funcionamiento y administración

de sodas en centros escolares

Invitan a los interesados en participar en la Contratación Directa Nº 02-2006.

La Junta de Educación-Heredia Centro, recibirá ofertas hasta las doce horas del día viernes 17 de noviembre del 2006, para la administración de la soda escolar de la escuela Joaquín Lizano Gutiérrez y de la Escuela Cleto González Víquez, para el curso lectivo del año 2007. Los requisitos administrativos, legales y técnicos que deben cumplir se pueden retirar, previo pago de ¢5.000,00 (cinco mil colones exactos) en la Oficina de la Junta de Educación-Heredia Centro, ubicada en la antigua Escuela Rafael Moya (sita del Parque Central de Heredia 100 oeste, 25 sur), de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12:00 m., a partir de la fecha de esta publicación.

San José, 26 de octubre del 2006.—Flor Mª Vásquez C.—1 vez.—(99953).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE MORAVIA

PROVEEDURÍA

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000005-01

Cuneta revestida de concreto en calle Manantial,

distrito de San Jerónimo

Debidamente autorizada, la Proveeduría de la Municipalidad de Moravia recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del día 16 de noviembre del 2006, para la construcción de cuneta revestida de concreto en calle Manantial, distrito de San Jerónimo, mayores especificaciones generales y técnicas podrán ser retiradas gratuitamente a partir de esta publicación, en las oficinas de la Proveeduría Municipal.

Moravia, 31 de octubre del 2006.—Jorge Monge Pérez, Proveedor Municipal.—1 vez.—(99963).

ADJUDICACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-000056-CA

Bases para la contratación de una persona física para

ocupar la Dirección Ejecutiva del CONAVI

Se comunica a las personas físicas interesadas en participar en la licitación en referencia, cuya publicación de invitación a participar apareció en La Gaceta Nº 187 de 29 de setiembre del 2006, que con fundamento en resolución R-DCA-538-2006 de las 14:00 horas del 17 de octubre del 2006, dicho proceso se deja sin efecto.

San José, 1º de noviembre del 2006.—MBA Arturo Alvarado Moya, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 05503).—C-3870.—(99967).

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000094-33101

Compra de uniformes

Se avisa a todos los interesados en esta licitación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, que por resolución de readjudicación Nº 310-2006 de Licitación por Registro Nº 2006LG-000094-33101 de las 8:00 horas del día 26 de octubre del 2006, se adjudica de la siguiente manera:

1. Industrias MH S. A., cédula jurídica Nº 3-101-049032.—(Oferta Nº 3)

Monto total adjudicado: $ 41.812,44 (cuarenta y un mil ochocientos doce dólares con cuarenta y cuatro centavos).

Posiciones: 1, 2, 3, 5, 6, 7, 8 y 9

1. Promotex Internacional S. A., cédula jurídica Nº 3-101-164340.—(Oferta Nº 4)

Monto total adjudicado: $ 36.626,58 (treinta y seis mil seiscientos veintiséis dólares americanos con cincuenta y ocho centavos).

Posiciones: 4

San José, 27 de octubre del 2006.—MBA Sylvia Jiménez Cascante, Proveedora Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 40544).—C-15420.—(99968).

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000102-33101

Compra de controles electrónicos para semáforos

Se avisa a todos los interesados en esta licitación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, que por resolución de adjudicación Nº 352, de las 11:25 horas del día 12 de octubre del 2006, se adjudica de la siguiente manera:

Lupa Export Import Corp., cédula jurídica Nº 5000000091.

Posiciones: 1, 2 y 3. Total adjudicado por: $ 32.514,00 (treinta y dos mil quinientos catorce dólares exactos).

Tiempo de entrega: Treinta días hábiles a partir de la entrega del pedido de compra.

San José, 30 de octubre del 2006.—MBA. Sylvia Jiménez Cascante, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº 40547).—C-9920.—(99969).

EDUCACIÓN PÚBLICA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000192-57200

Mantenimiento, soporte y depuración a los datos del sistema de información gerencial de Recursos Humanos (SIGRH)

La Proveeduría Institucional informa que de acuerdo a Resolución de Adjudicación Nº 0187-2006 de las 10:40 horas del 1º de noviembre del año 2006, se adjudica la Licitación arriba indicada de la siguiente manera:

Línea 1.

Proyectos y Sistemas Proyectica S. A.

Contratación para el mantenimiento, soporte y depuración a los datos del sistema de información gerencial de Recursos Humanos (SIGRH). 1000 horas, hombre-25000 historias de pago resueltas por un monto total de $53.000,00

Monto total adjudicado 2006LG 000192-57200 dólares $53.000,00 cincuenta y tres mil dólares exactos.

San José, 1º de noviembre de 2006—Lic. Rolando Chinchilla Masís, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 39356).—C-6620.—(99905).

SALUD

CONSEJO TÉCNICO DE ASISTENCIA MÉDICO SOCIAL

(FIDEICOMISO 872-MS-CTAMS-BNCR)

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 0028-2006

Insecticidas

Se avisa a los interesados en la licitación arriba indicada que por resolución de las 14:00 horas del 30 de octubre del 2006, se adjudicó de la siguiente manera:

A: Bayer S. A., cédula jurídica Nº 3-101-036070.—(Oferta Nº 1). Representada por Cristophe Dumont, Gerente Regional y Annette Rosenow, Gerente Adm. y Finanzas.

Línea Nº 1

636      Litros de insecticida Deltametrina 2.555% peso volumen líquido formulación especial para termonebulización (k-K-othrine Sper ULV), demás especificaciones técnicas y condiciones generales de acuerdo con la oferta y cartel licitatorio, en la suma de ¢14.900,00 cada litro, para un monto total de ¢ 9.476.400,00

Línea Nº 2

100      kilos insecticida Deltametrina (K-Othrine 2.5 WP, polvo mojable), demás especificaciones de acuerdo con la oferta y el cartel licitatorio, en la suma de ¢ 27.031,00 para un monto total de ¢ 2.703.100,00

Línea Nº 4

1.764 litros insecticida Deltametrina 2.555% peso volumen líquido formulación especial para termonebulizacion (k-K-othrine Sper ULV), demás especificaciones técnicas y condiciones generales de acuerdo con la oferta y cartel licitatorio, en la suma de ¢14.900,00 cada litro, para un monto total de ¢ 26.283.600,00

Monto total adjudicado:                                         ¢ 38.463.100,00

San José, 30 de octubre del 2006.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 40686).—C-10470.—(99970).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-000048-62700

Equipos de medición radiológica

Ministerio de Salud-Proyecto BID

Se avisa a los interesados en la licitación arriba indicada que por resolución de las 14:00 horas del 30 de octubre del 2006, se adjudicó de la siguiente manera:

3.- A: Siemens S. A., cédula jurídica Nº 3-101-005831. Representada en este acto por Norberto Izurieta y Richard Moser, Apoderados Generalísimos.

Línea única parcialmente

23 c. u.  Set de equipos de medición de Radiología Dental marca FLUKE Biomedical, compuesto por:

1 (una)  Cámara de ionización con las siguientes características: Rango de lectura de Microsievertl hora con certificado de calibración con una vigencia por dos años a partir de la fecha de adjudicación, Modelo: Victoreen 660;

1 (uno)  Medidor de kilovoltaje para Radiología Dental con rangos de 45 a 90 kilovoltios (KVP) Modelo: 07-479;

1 (uno)  Medidor de tiempo para Radiología Dental con rangos de milisegundos a segundos. Modelo: 07-453;

1 (uno)  Fantoma para Radiología Dental para levantamiento Radiométrico. Modelo: 07-706;

1 (una)  Maleta acta para transportar los equipos en forma integral y segura, que proteja contra golpes, humedad y polvo. Modelo: 89-426; en la suma de US$ 6.795,00 cada set, para un monto total de US$ 156.285,00

San José, 30 de octubre del 2006.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 40698).—C-13770.—(99971).

LICITACIÓN RESTRINGIDA Nº 2006LR-000073-62700

Termómetros

Ministerio de Salud-Proyecto BID

Se avisa a los interesados en la licitación arriba indicada que por resolución de las 11:00 horas del 26 de octubre del 2006, se adjudicó de la siguiente manera:

A: Compañía Técnica Comercial SATEC S. A., cédula jurídica número 3-101-024094. Representada en este acto por el Ing. Jorge Pastor Richard, apoderado generalísimo. (Oferta Nº 3)

Línea 1):

85          uni termómetros digitales infrarrojos marca Raytek, modelo Food Safety Mini Tem SF, modelo exacto a-3961-20, todo de acuerdo con el cartel y la oferta, en $ 104 cada uno para un total de $ 8.840,00

85          uni certificados de calibración MTFS-NITS individuales para cada uno de los termómetros, en $ 47,00 cada uno para un total de $ 3.995,00

Línea 2):

47          uni termómetros compactos para medición de temperatura de muestras de agua, catálogo Ben Meadows Company 111042, todo de acuerdo con el cartel y la oferta, en $ 13,06 para un total de $ 613,82.

Monto total recomendado: $ 13.448,82

San José, 26 de octubre del 2006.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 40688).—C-8820.—(99972).

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-0000118-62700

Equipo sanitario, de laboratorio e investigación

Ministerio de Salud-Proyecto BID

Se avisa a los interesados en la licitación arriba indicada que por resolución de las 11 horas con 30 minutos del 31 de octubre del 2006, se adjudicó de la siguiente manera:

A: Compañía Técnica Comercial SATEC S. A., cédula jurídica número 3-101-024094. Representada en este acto por el Ing. Jorge Pastor Richard, Apoderado Generalísimo.

Línea 1

85      uni instrumentos de medición de calidad de aceites marca Ebro modelo FOM-310, todo de acuerdo con el cartel y la oferta, en $499,00 cada uno para un total de $ 40.419,00.

Línea 2

14      uni multímetro (voltio/amperímetro) marca AMPROBE modelo M100, todo de acuerdo con el cartel y la oferta, en $ 55,50 para un total de $ 777,00

Monto total recomendado: $ 41.196,00

San José, 31 de octubre del 2006.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 40687).—C-8820.—(99974).

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000119-62700

Mobiliario de oficina

Se avisa a los interesados en la licitación arriba indicada que por resolución de las 8:00 horas del 30 de octubre del 2006, se adjudicó de la siguiente manera:

A: Compañía Leogar S. A.

Línea 1:

42 uni. archivos legal 4 gavetas, modelo 404 M, en suma de $171,43 para un monto total de $7.200,06.

A: Distribuidora M. S. A.

Línea 2:

19 uni sillas ergonómicas modelo ME-SJK699, en la suma de $36,35, para un monto total de $508,90.

Línea 3:

4 sillas ergonómicas modelo ME-SJK699, en la suma de $36,35 para un monto total de $109,05.

Total recomendado: $617,95.

La línea Nº 4 se declara infructuosa por cuanto la única oferta recibida no se ajusta a las especificaciones técnicas requeridas por la institución.

San José, 30 de octubre del 2006.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 40697).—C-8820.—(99981).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Se comunica a todos los interesados que el Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión Nº 82-06, celebrada el día treinta y uno de octubre del dos mil seis, dispuso declarar desierto el procedimiento licitatorio que se dirá:

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000071-PROV

Alquiler del local para alojar al Juzgado

Contravencional de Alfaro Ruiz

San José, 1º de noviembre del 2006.—Proveeduría.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Subproveedora Judicial.—1 vez.—(99988).

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

La Oficina de Proveeduría y Licitaciones con oficinas ubicadas 600 metros sur del Autobanco de Bancrédito, Barrio La Lima, Cartago, informa a los interesados que los siguientes eventos han sido declarados infructuosos:

REMATE Nº 3-2006

Venta de acciones de la Bolsa Nacional de Valores S. A.,

propiedad del Banco Crédito Agrícola de Cartago

_________

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000005-01

Contratación de una empresa de seguridad para custodia

de bienes adjudicados en pago de obligaciones

Cartago, 31 de octubre del 2006.—Proveeduría y Licitaciones.—Julio César Brenes R., Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 6651).—C-4420.—(99983).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL

SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA 2006-001

Servicios profesionales de vigilancia y seguridad para el HSVP

A los interesados en el presente concurso, se les comunica que según acta 009-2006 de fecha 26 de octubre del 2006, la Dirección General de este Hospital resuelve adjudicar la licitación a:

Servicios Administrativos Vargas Mejías S. A.—Oferta N° 2.

Total adjudicado: ¢ 123.884.864,85.

Heredia, 31 de octubre del 2006.—Dirección Administrativa.—Msc. Óscar Montero Sánchez, Director Administrativo.—1 vez.—(99899).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000028-PROV

Servicios y materiales para el proyecto

construcción Agencia de Quepos

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, la Subgerencia Sector Telecomunicaciones, mediante nota 6000, 3756, 2006, del 20 de octubre de 2006, acordó adjudicar de la siguiente manera:

REQUERIMIENTO:

Fórmula Nº 22

Oferta Nº: 1

Oferente: Euromobilia S. A.

Cédula jurídica: 3-101-077629-09

Representante Judko Rosenstock Faingezicht

Artículos: 394, 395, 396, 397, 398, 399, 400, 401, 402, 403, 404, 405.

Subtotal             53 218,33

13% I. V.             6 918,38

Total         US$ 60 136,71

Vía de transporte: Terrestre.

Fecha de entrega de bienes: Según cartel.

Lugar de entrega de bienes: Proyecto construcción agencia comercial de Quepos.

Modalidad y forma de pago: Usual de la Institución.

Garantía sobre bienes y el servicios: 60 meses.

Garantía de cumplimiento: Será de un 5% del total adjudicado con una vigencia de 17 meses a partir de la notificación de la adjudicación en firme.

REQUERIMIENTO:

Fórmula Nº 13

Oferta Nº: 3

Oferente: CN Negocios S. A.

Cédula jurídica: 3-101-235985

Representante: Irma Ramírez Redondo

Artículos 330, 335, 336, 337, 361, 362, 363

Subtotal               1 655,55

13% I. V.                215,23

Total           US$ 1 870,78

Vía de transporte: Terrestre.

Fecha de entrega de bienes: Inicia la entrega 8 días naturales y concluirá 30 días hábiles máximo.

Lugar de entrega de bienes: Quepos.

Modalidad y forma de pago: 30 días naturales de plazo contra presentación de facturas debidamente aprobada por el Administrador del contrato.

Garantía sobre bienes: 12 meses de garantía contra entrega a satisfacción del ICE.

Garantía de cumplimiento: Será de un 5% del total adjudicado con una vigencia de 7 meses a partir de la notificación de la adjudicación en firme.

REQUERIMIENTO:

Fórmula Nº 13

Oferta Nº: 4

Oferente: Enercom S. A.

Cédula jurídica 3-101-138807

Representante Juan Fernando Acuña Feoli

Artículos: 325, 355, 356

Subtotal                  243,58

13 % I. V.                 31,67

Total              US$ 275,25

Vía de transporte: Terrestre

Fecha de entrega de bienes: Inicia la entrega 8 días naturales y concluirá 30 días hábiles máximo.

Lugar de entrega de bienes: Proyecto construcción Agencia comercial de Quepos, diagonal al cuerpo de bomberos.

Modalidad y forma de pago: 30 días naturales de plazo contra presentación de facturas debidamente aprobada por el Administrador del contrato mediante transferencia bancaria.

Garantía sobre bienes: 12 meses de garantía contra entrega a satisfacción del ICE.

Garantía de cumplimiento: Será de un 5% del total adjudicado con una vigencia de 7 meses a partir de la notificación de la adjudicación en firme.

REQUERIMIENTO:

Fórmulas Nos. 9, 11, 12, 13, 14

Oferta Nº: 5

Oferente : Iesa

Cédula jurídica: 3-101-023412

Representante: Olga Esquivel Mora

Fórmula Nº 9

Artículos: 221, 222, 223, 225, 226, 227

Precios de oferta con 3 decimales

Subtotal             4 058,713

13 % I.V.              527,633

Total         US$ 4 586,346

Fórmula Nº 11

Artículos: 255, 256, 260, 261, 262, 265, 267, 269, 270, 276, 277, 278, 279, 280, 281, 282, 283, 284, 285, 286, 288, 289, 290, 291, 292, 293, 294, 307, 312

Subtotal             5 670,656

13% I.V.               737,186

Total         US$ 6 407,842

Fórmula Nº 12

Artículos: 314, 315, 316, 320, 322, 323, 324

Subtotal             1 153,246

13 % l.V.               149,922

Total         US$ 1 303,168

Fórmula Nº 13

Artículos: 326, 327, 328, 329, 332, 333, 334, 339, 340, 341, 342, 343, 344, 345, 346, 347, 348, 349, 350, 351, 352, 353, 354, 357, 358, 359, 360

Subtotal             4 044,025

13 % l.V.               525,724

Total         US$ 4 569,749

Fórmula Nº 14

Artículos: 365, 366, 367, 368, 369, 370, 371, 372, 373, 374

Subtotal               6 570,00

13 % I. V.               854,10

Total           US$ 7 424,10

Vía de transporte: Terrestre

Fecha de entrega de bienes:

Formula Nº 11

Artículos 255, 256, 260, 261, 262, 265, 267, 269, 270, 276, 307, quince días hábiles y los artículos 277, 278, 279, 280, 281, 282, 283, 284, 285, 286, 288, 289, 290, 291, 292, 293, 294, 312 treinta días hábiles.

Fórmula Nº 12

314, 315, 316, 320 quince días hábiles y los artículos 322, 312, 322, 323, 324 treinta días hábiles.

Fórmula Nº 13

326, 327, 328, 329, 332, 333, 334, 339, 340, 341, 342, 343, 344, 345, 346, 347, 348, 349, 350, 351, 352, 353, 354, 357, 358, 359, 360 treinta días hábiles.

Fórmula Nº 14

Artículos 364, 365, 366, 367, 368, 369, 370, 371, 372, 373, 374

Todos a partir de la notificación de la orden de compra.

Lugar de entrega de bienes: Proyecto construcción Agencia comercial de Quepos, diagonal al cuerpo de bomberos.

Modalidad y forma de pago: Usual de la institución.

Garantía sobre bienes: 12 meses de garantía contra defectos de fábrica.

Garantía de cumplimiento: Será de un 5% del total adjudicado con una vigencia de 7 meses a partir de la notificación de la adjudicación en firme.

REQUERIMIENTO:

Fórmulas Nos. 4, 6, 10, 11, 12

Oferta Nº 6

Oferente : Abonos Agro S. A.

Cédula jurídica: 3-101-002749-29

Representante: Carlos Rodolfo Vásquez Zamora

Formula Nº 4

Artículos: 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 36, 38, 40, 41, 42, 43, 44, 47, 48, 49

Subtotal         16 978 752,00

13 % I.V.         1 098 334,38

Total           ¢18 077 086,38

Fórmula Nº 6

Artículos: 62, 63, 64, 67, 68, 70, 74, 75, 76, 78, 80, 81, 82, 84, 86, 87, 88, 90, 92, 93, 94, 95, 96, 98, 101, 102, 103, 104, 115, 116, 117, 118, 119, 121, 122, 123, 124, 125, 129, 131, 133, 134, 137, 139, 140, 142, 143, 144, 145, 147, 149, 150, 151, 159, 161, 163, 164,165, 171, 172, 174, 175, 176, 177, 178, 180, 184, 185, 187, 188, 189, 192, 194, 199

Subtotal        4 378 419,00

13 % I.V.         569 194,47

Total          ¢4 947 613,47

Fórmula Nº 10

Artículo: 235

Subtotal        3 364 900,00

13 % I.V.         437 437,00

Total         ¢ 3 802 337,00

Fórmula Nº 11

Artículos: 254, 263, 266, 271, 273, 274, 299, 300, 301, 306, 311, 313

Subtotal           146 673,00

13 % I.V.           19 067,49

Total             ¢165 740,49

Fórmula Nº 12

Artículos: 318

Subtotal               6 820,00

13 % l.V.                 886,60

Total                 ¢7 706,60

Vía de transporte: Terrestre

Fecha de entrega de bienes: Fórmula Nº 4 quince días hábiles.

Fórmula Nº 6 treinta días hábiles Fórmula Nº 10 treinta días hábiles Fórmula Nº 11 treinta días hábiles Fórmula Nº 12 treinta días hábiles. Todos a partir de la notificación de la orden de compra.

Lugar de entrega de bienes: Proyecto construcción Agencia comercial de Quepos, diagonal al cuerpo de bomberos.

Modalidad y forma de pago: Será a 30 días contra presentación de facturas debidamente aprobadas por el Administrador del contrato.

Garantía sobre bienes: 12 meses de garantía contra defectos de fábrica, de acuerdo con carta emitida por la empresa el 19 de julio de 2006.

Garantía de cumplimiento: Será de un 5% del total adjudicado con una vigencia de 7 meses a partir de la notificación de la adjudicación en firme.

REQUERIMIENTO

Fórmulas Nos. 6, 10, 11, 12

Oferta Nº 7

Oferente: Indianápolis S. A.

Cédula jurídica Nº 3-101-044039-26

Representante: Luis Alonso Estrado Ocampo

Fórmula Nº 6

Artículos 54, 55, 56, 61, 65, 66, 69, 71, 72, 73, 77, 79, 83, 85, 89, 97, 99, 100, 105, 106, 107, 108, 109, 110, 113, 114, 120, 126, 127, 128, 135, 141, 146, 152, 153, 154, 155 ,156, 157, 158, 160, 162, 166, 167, 170, 179, 181, 182, 183, 186, 190, 193, 195, 196, 197

Subtotal               5 324,35

13 % I.V.                692,17

Total           US$ 6 016,52

Fórmula Nº 10

Artículos: 228, 229, 230, 231, 232, 233, 234, 236, 237 238, 239, 240, 241, 242, 243, 244, 245, 246, 247, 248, 249, 250, 251, 252

Subtotal               9 520,20

13 % I.V.             1 237,63

Total          US$10 757,83

Fórmula Nº 11

Artículos: 257, 258, 259, 260, 268, 275, 308, 309, 310

Subtotal                  204,19

13 % I.V.                  26,54

Total              US$ 230,73

Fórmula Nº 12

Artículos: 317, 318, 319, 321

Subtotal               3 379,61

13 % I.V.                439,34

Total           US$ 3 818,95

Vía de transporte: Terrestre

Fecha de entrega de bienes: Fórmula Nº 6 ocho días hábiles. Fórmula Nº 10 ocho días hábiles. Fórmula Nº 11 ocho días hábiles. Fórmula Nº 12 ocho días hábiles. Todos a partir de la notificación de la orden de compra.

Lugar de entrega de bienes: Proyecto construcción Agencia comercial de Quepos, diagonal al cuerpo de bomberos.

Modalidad y forma de pago: Será a 30 días contra presentación de facturas debidamente aprobadas por el Administrador del contrato.

Garantía sobre bienes: 12 meses de garantía contados a partir de la fecha en que el ICE reciba el objeto del contrato a entera satisfacción.

Garantía de cumplimiento: Será de un 5% del total adjudicado con una vigencia de 7 meses a partir de la notificación de la adjudicación en firme.

REQUERIMIENTO

Fórmula Nº 16

Oferta Nº 8

Oferente : Technicorp S.A.

Cédula jurídica: 3-101-062878-19

Representante: Carlos E. Carboni Álvarez

Fórmula Nº 6: artículo N° 376

Fórmula Nº 16

Artículos: 376

Total CPT US$ 17 617,38

Vía de transporte: Marítimo

Fecha de entrega de bienes: 130 días naturales, posterior a la emisión de la orden de compra

Lugar de entrega de bienes: CPT depósito aduanero del ICE en Almacén de Colima de Tibás.

Modalidad y forma de pago: 30 días naturales de plazo contra presentación de facturas debidamente aprobadas por el administrador del contrato.

Garantía sobre bienes: 24 meses de garantía contra defectos de fábrica contado a partir de la recepción final de los mismos en bodegas ICE.

Garantía de cumplimiento: Será de un 5% del total adjudicado con una vigencia de 13 meses a partir de la notificación de la adjudicación en firme.

Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel, y los términos de las ofertas recomendadas.

Se declaran infructuosas las siguientes formulas y sus respectivos artículos:

Fórmula Nº 1

Artículos 1º, 2º, 3º

Se declaran infructuosos estos artículos, debido a que ningún oferente los cotizó.

Fórmula Nº 2

Artículos 4º

Se declara infructuoso este artículo, debido a que ningún oferente cotizó.

Fórmula Nº 3

Artículos 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º y 10

Se declaran infructuosos estos artículos, debido a que ningún oferente los cotizó.

Artículos 11, 12, 13, 14, 15 y 16

Se declaran desiertos estos artículos porque los precios ofertados son excesivos con relación a precios de mercado.

Fórmula Nº 4

Artículos 34, 35, 37, 39, 45 y 46

Se declaran infructuosos estos artículos, debido a que ningún oferente los cotizó.

Fórmula Nº 5

Artículos 50, 51, 52, 53

Se declaran infructuosos estos artículos, debido a que ningún oferente los cotizó.

Fórmula Nº 6

Artículos 57, 58, 59, 60, 91, 111, 112, 130, 148, 173, 191 y 198

Se declaran infructuosos estos artículos, debido a que ningún oferente los cotizó.

Formula Nº 7

Se declara infructuosa la totalidad de esta Fórmula, (artículos 200 al 214), debido a que ningún oferente cotizó el servicio.

Formula Nº 8

Artículos 215, 216, 217, 218

Se declaran infructuosos estos artículos, debido a que ningún oferente los cotizó.

Fórmula Nº 9

Artículo 221

Se declara infructuoso este artículo, debido a que ningún oferente cumple con las especificaciones técnicas solicitadas en el cartel.

Fórmula 10

Artículos 235

Se declara infructuoso este artículo, debido a que ningún oferente lo cotizó.

Fórmula Nº 11

Artículos 264, 287, 295, 296, 297, 298, 302, 303, 304 y 305

Se declaran infructuosos estos artículos, debido a que ningún oferente los cotizó.

Fórmula Nº 14

Artículo 364

Se declara infructuoso este artículo, debido a que el único oferente que lo cotizó no cumple con las especificaciones técnicas solicitadas en el cartel.

Fórmula Nº 15

Artículo 375

Se declara infructuoso este artículo, debido a que ningún oferente lo cotizó.

Fórmula Nº 17

Artículos 377, 378, 379

Se declaran infructuosos estos artículos, debido a que ningún oferente los cotizó.

Fórmula Nº 18

Artículos 380, 381, 382, 383, 384

Se declaran infructuosos estos artículos, debido a que ningún oferente los cotizó.

Fórmula Nº 19

Artículo 385

Se declara infructuoso este artículo, debido a que ningún oferente lo cotizó.

Fórmula Nº 20

Artículo 386

Se declara infructuoso este artículo, debido a que ningún oferente lo cotizó.

Fórmula Nº 21

Artículos 387, 388, 389, 390, 391, 392, 393

Se declaran infructuosos estos artículos, debido a que ningún oferente los cotizó.

NOTA:   Presentar Garantía de Cumplimiento, Certificación CCSS, Personería Jurídica, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢ 2,50 por cada ¢1.000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).

San José, 31 de octubre del 2006.—Eugenio Fatjó Rivera, Licitaciones - Proveeduría.—1 vez.—(O. C. Nº 325243).—C-120470.—(99811).

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000037-PROV

Servicio de mantenimientos continuado de caminos

de acceso y áreas perimetrales de estaciones repetidoras

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, la Subgerencia Gestión Administrativa, mediante nota 6000-3668-2006, del 12 de octubre de 2006, acordó adjudicar de la siguiente manera:

REQUERIMIENTO

Fórmula Nº 1

Oferta N°: 4

Oferente: Franklin Mora Astúa

Cédula: 1-796-207

Fórmula Nº 1

Servicio de mantenimiento continuado de los caminos de acceso Área Metropolitana.

a)  Cerro Cidral 5000 mts. ¢500 000,00 por mes

b)  Cerro Teruel 30 mts. ¢347 470,00 por mes

Costo por mes ambos cerros        ¢847 470,00.

Valor total anual                   ¢10 169 640,00.

Inicio y plazo del servicio: 10 días hábiles a partir de la notificación de la orden de servicio. El plazo será de 12 meses prorrogable por un periodo igual.

Lugar de prestación del servicio: Según fórmula recomendada.

Modalidad y forma de pago: 30 días plazo contra presentación de facturas.

Garantía de cumplimiento: 5% del valor total adjudicado, con una vigencia de 15 meses contados a partir de la adjudicación en firme.

Garantía sobre los servicios: 6 meses.

REQUERIMIENTO

Fórmula Nº 2

Oferta Nº: 1

Oferente: Víctor Julio Vargas Alvarado

Cédula : 1- 2-339-097

Fórmula Nº 2

Servicio de mantenimiento continuado de los caminos de acceso Región Alajuela y Heredia.

a)  Cerro Gallo 800 mts. lineales y 15 hectáreas, US$700,00

b)  Cerro Las Delicias 3000 mts. US$700,00

Costo por mes ambos cerros        US$1 400,00

Valor total                                 US$16 800,00

Inicio y plazo del servicio: 10 días hábiles a partir de la notificación de la orden de servicio. El plazo será de 12 meses prorrogable por un periodo igual.

Lugar de prestación del servicio: Según fórmula recomendada.

Modalidad y forma de pago: 30 días plazo contra presentación de facturas.

Garantía de cumplimiento: 5% del valor total adjudicado, con una vigencia de 15 meses contados a partir de la adjudicación en firme.

Garantía sobre los servicios: 6 meses.

REQUERIMIENTO

Fórmulas Nº 3, 4 y 5

Oferta N°: 3

Oferente: Servicios Técnicos Administrativos S. A.

Cédula: 3-101-169810

Fórmula Nº 3

Servicio de mantenimiento continuado de los caminos de acceso Región Chorotega.

a)  Cerro San José 8 800 mts.

b)  Cerro Los Héroes 1 800 mts.

c)  Cerro Silencio 600 mts.

d)  Cerro Cañas Dulces 11 800 mts.

e)  Cerro Vista al Mar 13 700 mts

f)   Cerro Santa Rita 3 100 mts.

g)  Cerro Potal 3 900        

Costo por mes por la fórmula    ¢2 934 000,00

Costo anual                               ¢35 208 000,00

Fórmula Nº 4

Servicio de mantenimiento continuado de los caminos de acceso Región Brunca.

a)  Cerro Filamora 5 400 mts.

b)  Cerro Escaleras 4 200 mts.

c)  Cerro Adams 8 000 mts.

Costo por mes por la fórmula    ¢1 542 000,00

Costo anual                               ¢18 504 000,00

Fórmula Nº 5

Servicio de mantenimiento continuado de los caminos de acceso Región Pacífico Central.

a)  Cerro Cabulla 800 mts.

b)  Cerro Tajo 800 mts.

c)  Repetidor Paquera 300 mts.

d)  Cerro Alacranes.

Costo por mes por la fórmula       ¢921 000,00

Costo anual                               ¢11 052 000,00

Valor total anual                    ¢64 764 000,00

Inicio y plazo del servicio: 10 días hábiles a partir de la notificación de la orden de servicio. El plazo será de 12 meses prorrogable por un periodo igual.

Modalidad y forma de pago: 30 días plazo contra presentación de facturas.

Garantía de cumplimiento: 5% del valor total adjudicado, con una vigencia de 15 meses contados a partir de la adjudicación en firme.

Garantía sobre los servicios: 6 meses.

Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta del adjudicatario.

NOTA:   Presentar Garantía de Cumplimiento, Certificación CCSS, personería jurídica, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢ 2,50 por cada ¢1.000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).

San José, 31 de octubre del 2006.—Eugenio Fatjó Rivera, Licitaciones - Proveeduría.—1 vez.—(O. C. Nº 325243).—C-42370.—(99812).

REGISTRO DE PROVEEDORES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

A los señores proveedores se les comunica de manera formal que el Área de Gestión de Bienes y Servicios específicamente la Subárea de Contratación Administrativa del Hospital San Juan de Dios, a partir del lunes 13 de noviembre del 2006, modificará la forma de invitar en dos de sus procedimientos licitatorios a saber:

Compras Directas, únicamente en vitrina ubicada fuera de las instalaciones del Área de Gestión Bienes y Servicios.

Licitaciones Restringidas, únicamente en vitrina ubicada fuera de las instalaciones del Área de Gestión Bienes y Servicios.

Todo proveedor será responsable de dar seguimiento a la fecha de la apertura posibles objeciones al cartel, probables prórrogas de apertura y futuras reprogramaciones de fecha de apertura. Este despacho utilizará los mismos medios de comunicación que se usarán a la hora de invitar al procedimiento.

La práctica llevada a cabo por este despacho de invitar vía facsímil queda sin efecto a excepción de procedimientos especiales que así lo requieran como las compras al amparo del artículo 79.1 del Reglamento General de Contratación Administrativa, entre otras a discrecionalidad de la administración.

En cuanto a las Licitaciones por Registro y Licitaciones Públicas, permanecen invariables, las invitaciones a participar se seguirán efectuando vía publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Lo anterior con el fin de potenciar el principio de publicidad y artículo 6º de la Ley y Reglamento General de Contratación Administrativa.

Dado en San José, el día 25 de octubre del 2006, a las ocho horas.

San José, 25 de octubre del 2006.—Área Gestión Bienes y Servicios.—Lic. Erick Cruz Méndez, Jefe.—Sub Área de Contratación Administrativa.—Lic. Marvin Solano Solano, Jefe.—(98034).

FE DE ERRATAS

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000025-PCAD

 (Prorroga Nº 1)

Compra de cámaras fotográficas y grabadora periodística

La fecha de apertura de ofertas se traslada para el 16 de noviembre del 2006 a las 15:00 horas.

San José, 31 de octubre del 2006.—Subproceso de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Coordinadora.—1 vez.—(99946).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

LICITACIÓN PÚBLICA N° 106075 (2006LN-106075-UL) (Modificaciones)

Contratación de servicios médicos en ortopedia-traumatología

para prestaciones sanitarias

Se comunica a los interesados en el presente concurso, cuya invitación se publicó en el Diario Oficial La Gaceta N° 186 del 28 de setiembre del 2006, que deben modificarse los siguientes incisos de la forma en que se indica:

I.   Modificaciones:

1.  En el aparte II Condiciones Especiales, el inciso:

3.   El INS contratará la cantidad de médicos ortopedistas generales necesarios para cubrir 392 horas semanales en consulta externa y 392 horas semanales para cirugías.

Los oferentes deberán indicar la cantidad de horas cirugía y horas consulta ofrecida. No se aceptarán propuestas que ofrezcan solo horas cirugía.

La cantidad de ortopedistas pediátricos a contratar será la necesaria para cubrir 6 horas semanales en consulta externa y 6 horas semanales para realización de cirugías.

2.  En el aparte II Requisitos Técnicos Indispensables, en el inciso 2 debe agregarse:

2.   El oferente debe brindar la información aportando curriculum y atestados correspondientes del Médico propuesto...

El oferente deberá aportar certificado médico de la idoneidad física y certificación psicológica sobre la idoneidad mental y emocional, que demuestren que el mismo y/o el personal propuesto es apto para llevar a cabo el objeto de este contrato, reservándose el INS la comprobación de lo anterior.

3).  En el Aparte V Aspectos Generales, el inciso:

5.   Criterio de desempate: En caso de presentarse empate en la calificación de una oferta, se utilizará como criterio los siguientes factores en su orden:

a.   Mayor récord quirúrgico.

b.   Disponibilidad de horario.

Si al aplicarse el mayor récord quirúrgico persiste el empate, se procederá a aplicar la disponibilidad de horario, como segundo factor de desempate.

4.   En el Aparte VIII Responsabilidades del Adjudicatario el inciso:

7.   Póliza de Responsabilidad Civil: El adjudicatario (cada profesional), antes del inicio del servicio, deberá suscribir con el INS una póliza de Responsabilidad Civil Profesional, que lo ampare ante una demanda por mal praxis, el monto de la póliza no debe ser menor a ¢20.000.000,00 por profesional. Este trámite lo debe realizar en el Departamento de Seguros Diversos y Marítimo (4° piso), entre los requisitos a presentar están copia del título y currículum. Debe presentar comprobante en el Departamento de Proveeduría antes de iniciar el servicio.

Queda de libre albedrío del adjudicatario adquirir una póliza por un monto mayor, para garantizarse mayor cobertura ante una eventual demanda por mal praxis en su contra.

II.  La apertura de ofertas se mantiene para el 13 de noviembre del 2006 a las 9:00 a. m.

Todos los demás términos y condiciones permanecen invariables.

San José, 1º de noviembre del 2006.—Departamento de Proveeduría.—Carlos Fco. Quesada Hidalgo, Jefe a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 18427).—C-17070.—(99908).

UNIVERSIDAD NACIONAL

LICITACIÓN POR REGISTRO N° 2006LG-000006-SCA

Compra de equipo de laboratorio

La Proveeduría Institucional de la Universidad Nacional, comunica a los interesados en esta licitación que en la publicación de la adjudicación del pasado 12 de octubre del 2006, por error se publicó la adjudicación de Compañía Técnica y Comercial Satec S. A., lo siguiente:

Compañía Técnica y Comercial Satec S. A.: L10 Precio unitario $305,00 Total $610,00. Total adjudicado a Satec S. A. $1.162,00.

Entrega 30 dh. Garantía de 36 meses.

A esta adjudicación se debe corregir el precio unitario y total de la línea 10 y adicionar la línea 20 tal y como lo demuestra la Resolución de adjudicación N° 1829-2006 de las 11 horas y 30 minutos del 29 de setiembre del 2006, quedando la adjudicación de la siguiente forma:

Compañía Técnica y Comercial Satec S. A.: L10 Precio unitario $69,00. Total $552,00. L20 Precio unitario $305,00 Total $610,00. Total adjudicado a Compañía Técnica y Comercial Satec S. A. $1.162,00. Entrega 30 días hábiles. Garantía de 36 meses.

Las demás condiciones permanecen invariables.

Heredia, 31 de octubre del 2006.—Proveeduría Institucional.—Ada Cartín Brenes, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 23638).—C-9920.—(99906).

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2006LN-000019-SCA

Compra de mobiliario

La Universidad Nacional, a través de la Proveeduría Institucional comunica a los interesados que la fecha de apertura de las ofertas se prorroga hasta las 10:00 horas del 13 de noviembre del 2006, asimismo se informa que hay modificaciones al cartel, los cuales pueden ser recogidas en la Plataforma de Servicios de la Proveeduría Institucional.

Heredia, 31 de octubre del 2006.—Proveeduría Institucional.—Ada Cartín Brenes, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 23638).—C-4420.—(99907).

COLEGIOS UNIVERSITARIOS

COLEGIO UNIVERSITARIO DE PUNTARENAS

UNIDAD DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-000001-CUP

(Aviso de aclaración, modificación y nueva fecha de apertura)

Compra de equipo, accesorios, programas y licencias

de cómputo y equipo audiovisual

Se avisa a todos los interesados en la Licitación Pública N° 2006LN-000001-CUP, para el Colegio Universitario de Puntarenas, que se realizan las siguientes aclaraciones y modificaciones al cartel y se establece nueva fecha de apertura de ofertas:

Prórroga de fecha de apertura: Se establece nueva fecha de apertura para las 10:00 horas del día 17 de noviembre del 2006.

Modificaciones y aclaraciones: Se realizan las siguientes modificaciones al cartel:

En el renglón 1: Cuarenta y cinco microcomputadoras (media torre) de color negro, en el título.

No se lea:

“Cuarenta y cinco microcomputadoras (media torre) de color negro”.

La Gaceta N° 200. Jueves 19 de octubre del 2006.

En su lugar léase correctamente:

“Cuarenta y cinco microcomputadoras (media torre) de color negro, gris, plateado o combinación de estos”.

En el renglón 1: Cuarenta y cinco microcomputadoras (media torre) de color negro, punto 1.3.

No se lea:

“1.3.   Que soporte memoria RAM DDR II expandible hasta 4Gb en tarjeta madre, cero estados de espera. Tecnología DDR II. Velocidad del bus de memoria de 533/667/800 MHz”.

La Gaceta Nº 200. Jueves 19 de octubre del 2006.

En su lugar léase correctamente:

“1.3.   Que soporte memoria RAM DDR II, expandible hasta 4Gb en tarjeta madre, cero estados de espera. Tecnología DDR II. Velocidad del bus de memoria de 533/667/800 MHz. Memoria que debe venir instalada 1024 megabits”.

En el renglón 1: Cuarenta y cinco microcomputadoras (media torre) de color negro. El punto 8.3:

“8.3.   Detección de intrusos integrado al BIOS y dispositivo sensor interno incorporado al chasis, no accesible desde el exterior. Debe activarse la señal cuando éste haya sido abierto previamente, de tal manera que si el chasis ha sido abierto, al iniciar el equipo, el BIOS despliegue un mensaje a pantalla indicando esta anomalía, a pesar de que el chasis en este momento se encuentre debidamente cerrado”.

           Debe eliminarse del cartel.

Los demás puntos y condiciones del cartel se mantienen sin variación alguna.

Erg. Vicente Flores Vargas.—1 vez.—(99958).

REGLAMENTOS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

MODIFICACIÓN AL “REGLAMENTO DE OPERACIÓN

DEL COMITÉ Y SUBCOMITÉS DE LICITACIONES”

La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica comunica que se modificó el artículo 1° inciso 1.2) del “Reglamento de Operación del Comité y Subcomités de Licitaciones” para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:

1.2  Los Subcomités de Licitaciones estarán conformados de la siguiente manera:

Casa Matriz:

Tres miembros propietarios:

a.   Director de Bienes quien fungirá como Presidente.

b.  Proveedor General quien fungirá como Secretario.

c.   El Jefe de Control y Apoyo Técnico.

Como asesor, en la sesión del Subcomité estará presente el Abogado de la Dirección Jurídica asignado a la Dirección de Bienes, con voz pero sin voto.

El Jefe de Control de Bienes será miembro suplente para suplir las ausencias temporales de cualquiera de los tres miembros propietarios. Bancos Regionales:

a.   El Director Regional quien fungirá como su Presidente.

b.  El Director Regional de Gestión de Medios.

c.   El Director Regional de Banca de Personas.

El Proveedor/SIPRO Regional asistirá a las sesiones del Comité con voz pero sin voto y fungirá como secretario del órgano.

d.  El Director de Crédito será miembro suplente para suplir las ausencias temporales de cualquiera de los tres miembros propietarios.

El resto del articulado permanece invariable.

La Uruca, 30 de noviembre del 2006.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—(O. C. Nº 1675-2006).—C-12120.—(99057).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE JIMÉNEZ

Asunto: Trascripción del artículo 1°, inciso d), del Capítulo VII.

La Municipalidad de Jiménez, en sesión ordinaria N° 699, celebrada el día martes 16 de octubre del año en curso, acordó:

Este Concejo acordó por unanimidad; darle su aprobación al siguiente Proyecto de Reglamento:

REGLAMENTO PARA DEFINIR LOS DISTRITOS DISTANTES

DE LA CABECERA DEL CANTÓN CON BASE EN LA LEY Nº 8173 “LEY GENERAL DE CONCEJOS MUNICIPALES DE DISTRITO”

Considerando:

1º—Que el artículo 172 de la Constitución Política dispone que para la administración de los intereses y servicios de los distritos de cantón, en casos calificados las municipalidades podrán crear concejos municipales de distrito, como órganos adscritos a la respectiva municipalidad con autonomía funcional propia, que se integrarán siguiendo los mismos procedimientos de elección popular utilizados para conformar las municipalidades; asimismo, que una ley especial, aprobada por dos tercios del total de los diputados, fijará las condiciones especiales en que pueden ser creados y regulará su estructura y financiación.

2º—Que acatando el mandato constitucional, la Asamblea Legislativa promulgó la Ley Nº 8173 del 7 de diciembre del 2001, Ley General de Concejos Municipales de Distrito, según la cual, la creación de concejos municipales de distrito deberá ser dispuesta al menos por dos terceras partes del total de integrantes de Concejo Municipal del cantón según el caso de los distritos distantes de la cabecera del cantón, de acuerdo al reglamento que dicte previamente cada municipalidad, agregando que el proyecto de creación será sometido a consulta popular, mediante la publicación en La Gaceta y al menos en un diario de circulación nacional y otro de circulación cantonal; deberá contar con el apoyo de al menos el 15% (quince por ciento) de los votantes inscritos en el cantón.

3º—Que la Procuraduría General de la República en el dictamen C-119-2006, emitido en respuesta a consulta efectuada por la Municipalidad de Jiménez, señaló; “...la finalidad del reglamento que menciona el numeral 2 de la Ley 8173 es regular la distancia de los distritos de la cabecera del cantón...”.

4º—Que conforme con dicho dictamen de la Procuraduría General de la República, cuando el territorio de un cantón tiene una importante extensión geográfica o, al no presentarse este hecho hay distritos que razonablemente se encuentran distantes de la cabecera del cantón por otras razones: verbigracia; la falta de una carretera que conecte a distrito con la cabecera del cantón, lo que pese a la cercanía entre ambos, la distancia entre una población y otra es significativa, el Concejo está en el deber jurídico de emitir la respectiva reglamentación sobre la materia. Por tanto,

En acatamiento al imperativo legal y constitucional, la Municipalidad de Jiménez, a través de su Concejo Municipal dicta el presente:

REGLAMENTO PARA DEFINIR LOS DISTRITOS DISTANTES

DE LA CABECERA DEL CANTÓN CON BASE EN LA LEY 8173 “LEY GENERAL DE CONCEJOS MUNICIPALES DE DISTRITO”

Artículo 1º—El cantón Jiménez tiene una superficie de 286.43 km² (doscientos ochenta y seis punto cuarenta y tres kilómetros cuadrados) y está conformado por tres distritos: Juan Viñas (que es la cabecera con 41.18 km² de superficie), Tucurrique (con 36.07 km²) y Pejibaye (con 209.18 km²).

Artículo 2º—Entre el distrito cabecera (Juan Viñas) ubicado en el sector norte del cantón y los dos restantes (Tucurrique y Pejibaye) se presentan factores que determinan a estos dos últimos como distritos distantes del primero, a saber:

Inciso a)    La desarticulación geográfica entre el sector norte del cantón (distrito Juan Viñas) y el sector sur (distritos Tucurrique y Pejibaye) dada la ubicación de ambos sectores del río Reventazón.

Inciso b)    La inexistencia de una ruta idónea y de un sistema de transporte público a lo interno del cantón para que los ciudadanos del sector sur (distritos Tucurrique y Pejibaye) se puedan comunicar con el sector norte (distrito Juan Viñas), donde se encuentra la Municipalidad,

Inciso c)    Los cuarenta kilómetros de distancia mínima entre el distrito de Juan Viñas y los distritos de Pejibaye y Tucurrique por la única vía idónea, que es pasando por el cantón de Turrialba, que implica el uso de dos rutas diferentes de transporte público para que haya comunicación.

Inciso d)    La desarticulación geográfica que afecta al cantón  Jiménez dificulta a la Municipalidad cumplir con la prestación de servicios a los ciudadanos de los distritos de Tucurrique y Pejibaye.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta”. Con base en lo estipulado por el artículo 43 de Código Municipal, el presente Proyecto de Reglamento para definir los distritos distantes de la cabecera del cantón con base en la Ley 8173 “Ley General de Concejos Municipales de Distrito” de la Municipalidad de Jiménez, se somete a consulta pública no vinculante por un plazo de doce días hábiles a partir de su publicación, transcurridos los cuales el Concejo se pronunciará sobre el fondo de la propuesta.

Los interesados podrán hacer sus observaciones por escrito ante la Secretaría del Concejo Municipal de Jiménez, sita en el edificio municipal.

Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.

Ciudad de Juan Viñas, 24 de octubre del 2006.—Nuria Estela Fallas Mejía, Secretaria del Concejo—1 vez.—(99343).

MUNICIPALIDAD DE CARRILLO

MODIFICACIÓN ARTÍCULOS - REGLAMENTO DE CAJA CHICA

El Concejo Municipal de Carrillo, Guanacaste, a través del acuerdo número siete, emitido en la sesión ordinaria  número cuarenta y uno-dos mil seis, celebrada el día diez de octubre del año dos mil seis; dispuso a raíz de un dictamen rendido por la Comisión de Jurídicos modificar  los artículos 6º y 7º del Reglamento de Caja Chica de la Municipalidad de Carrillo, para que literalmente se lean así:

“Artículo 6º—Ningún pago por Caja Chica podrá exceder de la suma de ¢150.000,00 (ciento cincuenta mil colones exactos).

Artículo 7º—Los desembolsos hechos por la Caja Chica se reintegran semanalmente o antes de este período si el fondo llegare a agotarse. Para tal efecto el Tesorero(a) presenta al Alcalde Municipal en la hoja de factura, la fecha, clasificación del gasto, código, suma pagada. Una vez autorizado por el Alcalde Municipal el detalle de egresos hechos por Caja Chica, se procede incluir en nómina para que se confeccione el cheque correspondiente a nombre del Tesorero(a) Municipal, el cual lo cambiará en el Banco indicado para que le quede en efectivo completando el fondo fijo de caja chica que está estableciendo en ¢600.000,00 (Seiscientos mil colones exactos). El registro de los egresos efectuados para el fondo de Caja Chica, se realizará conforme al Manual de Procedimientos Financiero-Contables vigente en esta Municipalidad. Publíquese para efectos de Ley”.

Filadelfia, 19 de octubre del 2006.—Antonio Montero Céspedes, Proveedor Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 4031).—C-15695.—(99362).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ENTIDADES FINANCIERAS

Para ver imágenes solo en Gaceta en formato PDF

San José, 12 de setiembre del 2006.—Dirección General de Servicios Técnicos.—Rodolfo Piedra C., Director.—1 vez.—(O. C. Nº 5988).—C-685000.—(99454).

 

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

CENTRO SERVICIOS FINANCIEROS CATEDRAL

AVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal de este domicilio, hace del conocimiento del público en general, el extravío del siguiente certificado y cupones de ahorro a plazo fijo a la orden de Rodríguez Garro María de los Ángeles, cédula 2-273-135.

                                                                                       Fecha        Cupón                                        Fecha

Certific. Num.                       Monto ¢                Vencim.       Num.        Monto              vencimiento

16108460211143248  16.909.802,00         17-02-2007      03        178,398.40         17-11-2006

                                                                                                              04        178,398.40         17-12-2006

                                                                                                              05        178,398.40         17-01-2007

                                                                                                              06        178,398.40         17-02-2007

Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

San José, 31 de octubre del 2006.—Lic. José Francisco Jiménez Cascante, Coordinador.—(99421).

CENTRO SERVICIOS FINANCIEROS MORAVIA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

AVISO

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal de este domicilio, hace constar del conocimiento público el extravío de los siguientes cupones de certificados de ahorro a plazo en colones y dólares:

                                                                                                   Fecha

Certificado Nº                       Monto                                  vencimiento

/////                                               /////                                             /////

                                                                                                   Fecha

Cupón                             Número          Monto ¢              vencimiento

16105660210319162            01              161.243,05             18-10-2006

16105660210319162            02              161.243,05             18-11-2006

16105660210319162            03              161.243,05             18-12-2006

16105660210319162            04              161.243,05             18-01-2007

16105660210319162            05              161.243,05             18-02-2007

16105660210319162            06              161.243,05             18-03-2007

16105660210319162            07                  5.374,75             19-03-2007

16105660220319171            01                     191,41             18-10-2006

16105660220319171            02                     191,41             18-11-2006

16105660220319171            03                     191,41             18-12-2006

16105660220319171            04                     191,41             18-01-2007

16105660220319171            05                     191,41             18-02-2007

16105660220319171            06                     191,41             18-03-2007

16105660220319171            07                         6,38             19-03-2007

Emitidos a la orden de Gallegos Gurdián María de los A., cédula de identidad Nº 1-214-578 y Herrera Gallegos Ileana, cédula de identidad Nº 1-479-765.

Lo anterior para los efectos de los artículos Nos. 708 y 709 del Código de Comercio.

San José, 25 de octubre del 2006.—Lic. Roger Benavides Villalobos, Subgerente.—Nº 85351.—(98137).

SUCURSAL EN PURISCAL

AVISO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal de este domicilio hace del conocimiento del público en general que la señora Patricia Gamboa Mora, cédula Nº 1-0723-0101, ha solicitado la reposición por motivo de extravío del Certificado de ahorro a plazo 16102260210351432, por un monto de trescientos mil colones, más cupones números 4, 5 y 6 por un monto de ¢3.025,00 cada uno.

Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

Gerardo Gamboa Flores, Gerente.—(98223).

SUCURSAL EN HEREDIA

AVISO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal C.S.F. Heredia, hace del conocimiento del público en general que la señora Escalante Soto Victoria Eugenia, cédula 1-416-553, ha solicitado por motivo de extravío la reposición del certificado de depósito a plazo N° 16102160210543361, por un monto de ¢270.173,00 con vencimiento al 12-10-2006 y los cupones de interés N° NA al N° NA, por un monto de ¢ N.A cada uno, con vencimiento al N.A respectivamente. Lo anterior para los efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

Heredia, 17 de octubre del 2006.—Centro de Servicios Financieros Heredia.—Lic. Benjamín García Vargas, Gerente.—(99119).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

FACULTAD DE DERECHO

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Angie Alejandra Padilla Quesada, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los diecinueve días del mes de octubre del dos mil seis.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 85345.—(98135).

José Alexander Gómez Moreno, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los diecinueve días del mes de octubre del dos mil seis.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 85346.—(98136).

Javier Andrés Delgado Villalobos, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los dieciocho días del mes de setiembre del dos mil seis.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(98153).

Giselle Eugenia Solís Gómez, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 18 de octubre del 2006.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 85505.—(98497).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

CONSEJO DIRECTIVO

Considerando:

La Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, regula la expropiación forzosa por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación se acuerda en ejercicio del poder de imperio de la Administración Pública, el cual comprende toda forma de privación de la propiedad privada o de derechos o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser expropiados conforme a esta ley.

En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad necesita constituir un derecho de servidumbre, necesario para el paso de la línea de transmisión denominada Arenal-Ciudad Quesada, sobre una finca inscrita en el Registro Público, número 2-134954-001 al 006 del Partido de Alajuela, cantón 2 San Ramón, distrito 13 Peñas Blancas, Abanico de Peñas Blancas, 400 metros sur del Ebáis.

Este inmueble, presenta un área de 7 ha 9 061,82 metros cuadrados, cuya naturaleza es terreno de cultivos, lindante al Norte con Reinaldo Ballestero Castro, Adrián Mora Esquivel, Servidumbre de paso en un frente de cuarenta y siete metros, cuarenta y dos centímetros; al Sur con quebrada Cristinas y William Carlos Mora Chaves; al este con Mainor Castro Agüero, Israel Mora Esquivel y William Carlos Mora Chaves y al oeste con Eugenio Araya Acuña y William Carlos Mora Chaves. Propiedad de Israel Mora Esquievel, mayor, viudo, cédula 2-185-202, agricultor, dueño del usufructo sobre la finca, derecho 001; William Carlos Mora Chaves, mayor, casado una vez, agricultor, cédula 2-469-208, dueño de un quinto en la nuda propiedad, derecho 002; Alfredo Antonio Mora Chaves, mayor, casado una vez, agricultor, cédula 2-386-442, dueño de un quinto en la nuda propiedad, derecho 003; Orlando Mora Chaves, mayor, casado una vez, agricultor, cédula 2-310-835, dueño de un quinto en la nuda propiedad, derecho 004; Fabio Mora Chaves, mayor, soltero, agricultor, cédula 2-344-581, dueño de un quinto en la nuda propiedad, derecho 005 y Juan Jorge Mora Chaves, mayor, casado una vez, agricultor, cédula 2-323-907, dueño de un quinto en la nuda propiedad, derecho 006, todos vecinos de Abanico de Peñas Blancas de San Ramón, 400 metros sur del Ebáis.

Que a solicitud de la Dirección Jurídica Institucional del Instituto Costarricense de Electricidad, el valor de esta servidumbre fue actualizado en la suma de ¢ 4 813 990,50 (cuatro millones ochocientos trece mil novecientos noventa colones con cincuenta céntimos), según avalúo N° 476-2006.

De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de constituir este derecho de servidumbre, por lo que con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, procede decretar la expropiación correspondiente. Por tanto,

1º—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢ 4 813 990,50 (cuatro millones ochocientos trece mil novecientos noventa colones con cincuenta céntimos).

2º—De no ser aceptado por los propietarios, el respectivo avalúo, constitúyase sobre la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de servidumbre, el cual se describe así:

El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá sobre la propiedad un derecho de servidumbre para el paso de la Línea de Transmisión Arenal-Ciudad Quesada, la franja se inicia en el lindero norte con Reinaldo Ballestero Castro, recorriendo el inmueble longitudinalmente de norte a sureste, hasta llegar al lindero sur con la quebrada Cristinas y parte con Israel Mora Esquivel, pasa por terrenos cultivados de papaya, plátano y rastrojo. El área afectada es de 6 111,28 metros cuadrados, el ancho es de 20,00 metros en promedio y su longitud es de 301,65 metros. Dentro de la franja de servidumbre ya existe la línea de transmisión y se localizan dos sitios de torre, los cuales soportan los conductores. El primer sitio se localiza en la parte posterior de la vivienda a 46,45 metros al sureste del lindero norte del inmueble sobre la línea de centro, el otro sitio de torre, se localiza en el lindero sureste del inmueble, este sitio es compartido con el colindante Israel Mora Esquivel, se afecta un 50% del sitio de torre. Se determinó un 70% de afectación principalmente al considerar el uso potencial del área de servidumbre, posterior a la colocación de la línea de transmisión. La servidumbre tiene forma irregular y afecta un 7,73% del área de la finca.

Los propietarios deberán limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente. No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga máxima o contingencia. Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos.

Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele al I.C.E. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra.

Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, citada.

3º—La servidumbre descrita se establecerá en favor de la finca del Partido de Guanacaste, inscrita en el Registro Público, número treinta y cinco mil ochocientos catorce-cero cero cero, terreno de potrero, sita en el distrito cuarto Santa Rosa, del cantón octavo Tilarán, provincia de Guanacaste, mide trescientos veintiún mil novecientos veintinueve metros con sesenta y tres decímetros cuadrados, y colinda así: al norte, con Carretera Tilarán Cañas 187 m y 39 cm; al sur, con Río Santa Rosa; al este, con quebrada azul y otro, y al oeste, con Alfonso Cavaría Vargas, no tiene plano.

4º—Continúese con los trámites de rigor.

5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5761 del 3 de octubre del 2006.

6º—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 26 de octubre del 2006.—Giovanni Bonilla Goldoni, Apoderado Generalísimo.—1 vez.—(O. C. Nº 324110).—C-44020.—(99081).

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Res. Nº RRG-6111.—San José, a las catorce horas del veintiséis de octubre del dos mil seis.

Consolidación y establecimiento de tarifas tope o máximas para los servicios portuarios que presta el Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP).

Considerando que:

I.—Que las tarifas vigentes para los servicios portuarios ofrecidos por el INCOP, fueron inicialmente aprobadas mediante el Decreto Ejecutivo Nº 25129 del 30 de abril de 1996, emitido por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes el cual se publicó en La Gaceta Nº 92 del 15 de mayo del 1996, con su correspondiente Fe de Erratas, publicada en La Gaceta Nº 120 del 25 de junio de 1996; y posteriormente modificadas por la Autoridad Reguladora mediante las resoluciones: RRG-577-1998 del 25 de junio de 1998, publicada en La Gaceta Nº 132 del 9 de julio de 1998, y RRG-788-1999 del 16 de marzo de 1999, publicada en La Gaceta Nº 62 del 30 de marzo de 1999.

II.—Que dada la dispersión de las referidas tarifas, resulta necesario para su mejor entendimiento y aplicación, consolidarlas y establecerlas como tarifas máximas o tope, cuya finalidad será permitir al operador, en aquellos rubros en que se obtengan evidentes mejoras de eficiencia, trasladar de manera ágil y oportuna, parte del beneficio a los usuarios, y con ello se logren avances concretos en competitividad y desarrollo del puerto y sus servicios, tal como se dispone. Por tanto,

De conformidad con las facultades conferidas en el artículo 57, incisos g) de la Ley 7593, el Decreto Ejecutivo 29732-MP, Reglamento a la Ley 7593 y, en los artículos correspondientes de la Ley General de la Administración Pública,

EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:

I.—Consolidar y establecer como tarifas tope o máximas de los servicios portuarios que ofrece el Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP), las siguientes:

Descripción del servicio                               Unidad                     Tarifa

                                                                       tarifaria                  vigente

                                                                                                       máxima

                                                                                                             $

Ayudas a la navegación                                                                  TRB*                                         0,10

Maniobras de pilotaje                                                                     TRB                                           0,04

Remolque                                                                                            TRB                                           0,27

Servicios de lancha (lanchaje)                                                      TRB                                           0,02

Estadía en muelle                                                                              Metro/Eslora/Hora               0,35

Amarre y desamarre                                                                           TRB                                           0,12

Limpieza de muelle                                                                           TM**                                        0,08

Descarga de importación

Mercadería general                                                                           TM                                             9,80

Vehículos                                                                                            TM                                             5,83

Hierros y similares                                                                           TM                                             3,30

Graneles                                                                                              TM                                             3,00

Contenedores llenos                                                                        Movimiento                          45,00

Contenedores vacíos                                                                       Movimiento                          20,48

Cajas de banano                                                                                Caja                                           0,06

Carne y productos perecederos                                                     Movimiento                            1,79

Atún                                                                                                     TM                                             1,57

Carga de exportación

Mercadería general                                                                           TM                                             8,22

Contenedores llenos                                                                        Movimiento                          45,00

Contenedores vacíos                                                                       Movimiento                          20,48

Banano                                                                                                 Caja                                           0,06

Otras frutas                                                                                         Caja                                           0,06

Servicio de transferencia de importación

Mercadería general                                                                           TM                                             2,00

Vehículo sin tracción propia                                                         TM                                             0,90

Contenedores llenos                                                                        TM                                           60,66

Contenedores vacíos                                                                       TM                                           31,21

Servicio de transferencia de exportación

Mercadería general                                                                           TM                                             1,25

Carne y productos perecederos en embarque

directo al costado del buque                                                         TM                                             0,25

Contenedores llenos                                                                        TM                                           60,66

Contenedores vacíos                                                                       TM                                           31,21

Muellaje                                                                                              TM                                             0,51

Almacenaje de mercaderías                                                             TM                                             6,69

Reestiba de carga en los buques                                                   TM                                           15,40

Reembalaje y rotulación                                                                 Hora/Hombre                          7,00

Alquiler de maquinaria y equipo

Hasta 4 toneladas                                                                             Hora/Fracción                      14,60

De 4.1 hasta 6 toneladas                                                                 Hora/Fracción                      17,51

De 6.1 hasta 10 toneladas                                                              Hora/Fracción                      24,37

De 10.1 hasta 20 toneladas                                                            Hora/Fracción                      45,63

De 20.1 hasta 30 toneladas                                                            Hora/Fracción                      81,00

De 30.1 hasta 40 toneladas                                                            Hora/Fracción                   108,00

De más de 40 toneladas                                                                   Hora/Fracción                   162,00

Mantenimiento de carga refrigerada                                             Hora                                          0,60

Ventas de agua potable                                                                   TM                                             2,58

Recepción y despacho (Mercadería general)                             TM                                             2,80

Recepción y despacho (Hierro y vehículos)                             TM                                             0,40

Recepción y despacho (Contenedores)                                      TM                                           12,40

Transferencia de contenedores en patios                                    Movimiento                          47,00

Movimiento de contenedores                                                        Movimiento                            4,00

Demoras en operaciones de carga y descarga

de buques                                                                                            Hora                                        17,16

Peajes (Ingreso de vehículos a zona portuaria)                       Movimiento                            0,72

Pesaje de vehículos (Báscula)                                                      Vehículos                                0,14

Buques de pasajeros (Embarque y desembarque)                    Pasajero                                   4,00

Atención de pasajeros en tránsito                                               Pasajero                                   2,50

Servicios de vigilancia                                                                   Hora/Hombre                          7,00

Consolidación y desconsolidación                                            TM                                             4,55

Apertura de bodegas y patios (Mercadería general)               Hora/Fracción                      13,32

Apertura de bodegas y patios (Contenedores)                         Hora/Fracción                      46,93

Atención de embarcaciones de pasajeros

Embarcaciones menores de 13.000 TRB                                                                                3.750,00

Embarcaciones mayores de 13.000 TRB                                                                                4.800,00

Fondeo de embarcaciones de pasajeros

Embarcaciones menores de 13.000 TRB                                                                                   750,00

Embarcaciones mayores de 13.000 TRB                                                                                   960,00

Uso de remolador embarcaciones menores

de 13.000 TRB                                                                                                                              1.575,00

Uso de remolador embarcaciones mayores

de 13.000 TRB                                                                                                                              2.016,00

Oficial a bordo en Punta Morales                                                Hora                                          4,96

* TRB:  Tonelada de Registro Bruto

** TM:  Tonelada Métrica

II.—Indicar al INCOP que en adelante, deberá notificar a esta Autoridad Reguladora, a más tardar el día siguiente de su puesta en vigencia, acerca de cualquier modificación tarifaria que realice, al amparo de lo dispuesto por la presente resolución, incluyendo los cálculos que la sustenten y las proyecciones de su efecto estimado sobre los volúmenes de operación, ingresos y finanzas de la Institución.

III.—Rendir mensualmente a la Autoridad Reguladora en formato físico y digital, un informe detallado por cada tipo de servicio, sobre ingresos, gastos, rentabilidad o margen de utilidad, volumen de operaciones, y avance financiero y físico de las inversiones proyectadas según los términos de los contratos de concesión.

IV.—Al concluir el primer semestre de operación del concesionario de carga general, el INCOP deberá remitir a la Autoridad Reguladora una nueva solicitud de ajuste tarifario, incluyendo Estados Financieros auditados, consolidados y en detalle (por grupos de servicio, según prestador), Balance General, Estado de Ganancias y Pérdidas y Estado de Cambios en la posición Financiera, para los períodos terminados al 31 de diciembre de los años 2004, 2005, y primer semestre 2006.

En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra la anterior resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación y el extraordinario de revisión.

El de revocatoria podrá interponerse ante el Regulador General; a quien corresponde resolverlo; el de apelación y el de revisión, podrán interponerse ante la Junta Directiva, a la que corresponde resolverlos. El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir del siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.

Publíquese y notifíquese.—Lic. Fernando Herrero, Regulador General.—1 vez.—(Solicitud Nº 41173).—C-96670.—(99916).

Resolución RRG-6118-2006.—San José, a las ocho horas con treinta minutos del  treinta y uno de octubre de dos mil seis. (Expediente ET-173-2006).

Fijación extraordinaria de los precios de los combustibles por actualización del impuesto único por tipo de combustible

Resultando:

I.—Que el Ministerio de Hacienda, en cumplimiento de lo que establece la Ley 8114 de Simplificación y Eficiencia Tributarias, del 4 de julio de 2001, publicada en Alcance 53 a La Gaceta N° 131 del 9 de julio de 2001,  emitió el Decreto Ejecutivo 33 405-H, de 4 de octubre de 2006, publicado en La Gaceta N° 207 del 30 de octubre del 2006, donde se actualizan los montos del impuesto único a los combustibles.

II.—Que de conformidad con lo establecido en los artículos 30 y 36 de la Ley 7593, las fijaciones extraordinarias no requieren del trámite de audiencia pública.

III.—Que el plazo con que cuenta la Autoridad Reguladora para resolver, es el establecido en el inciso b) del artículo 3° de la Ley 8114 de Simplificación y Eficiencia Tributarias, por lo que la resolución final deberá dictarse dos días hábiles después de la respectiva publicación del decreto correspondiente, en La Gaceta.

IV.—Que mediante Oficio 941-DEN-2006/10195, del 30 de octubre de 2006, la Dirección de Servicios de Energía procedió a realizar el estudio de oficio correspondiente, determinando una modificación de los precios de los combustibles que expende la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A. en sus planteles y en consecuencia los precios al consumidor final en estaciones de servicio con y sin punto fijo, así como el precio del gas licuado del petróleo (L.P.G.) en su cadena de distribución.

V.—Que en los procedimientos se han observado los plazos y las prescripciones de ley.

Considerando

Único.—Que del Oficio 941-DEN-2006/10195 arriba citado, que sirve de sustento a esta resolución, conviene extraer lo siguiente:

1.  Los montos del impuesto único por tipo de combustible vigentes, deben ajustarse en 1,645%, dado que la inflación generada para el trimestre compuesto por los meses de julio, agosto y setiembre de 2006, fue de 1,645%; quedando como se muestran en la siguiente tabla:

IMPUESTO ÚNICO A APLICAR POR TIPO DE COMBUSTIBLE

(en colones por litro)

                   Producto                                                Impuesto único

                   Gasolina súper                                                150,25

                   Gasolina regular                                              143,75

                   Diesel                                                                84,50

                   Keroseno                                                          41,50

                   Bunker                                                              14,50

                   Asfalto                                                              28,75

                   Diesel pesado (gasoleo)                                    27,50

                   Emulsión asfáltica                                             21,25

                   L.P.G.                                                               28,75

                   AV-GAS                                                         143,75

                   Jet A-1 general                                                  86,00

                   Nafta liviana                                                     20,00

                   Nafta pesada                                                     20,00

2.  El ajuste de 1,645% en el impuesto único a los combustibles que expende la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A.; produce un incremento al consumidor final en estación de servicio, de 0,60% para la gasolina súper; 0,64% para la gasolina regular; 0,29% para el diesel y 0,00% para el keroseno debido al redondeo al entero más próximo. Como promedio, el aumento para los cuatro combustibles que se distribuyen en estaciones de servicio es de 0,38% (¢1,75/litro), excluidos los combustibles para aviación.

3.  Para los distribuidores de combustible sin punto fijo, se publica el precio al que deben vender a sus clientes, según el margen de comercialización fijado por la Autoridad Reguladora. Dichos precios consisten en el precio plantel de la Refinadora Costarricense de Petróleo, S.A., sin impuestos, más el impuesto único por tipo de combustible y, un margen de comercialización de ¢ 3,746 por litro.

4.  Que el ajuste en los precios al consumidor final de todos los productos que expende la Refinadora Costarricense de Petróleo, S.A. en planteles, se debe a la actualización del impuesto único por tipo de combustible, de acuerdo con lo que establece la Ley 8114, de Simplificación y Eficiencia Tributarias.

5.  Que debido al incremento en el precio plantel del gas licuado de petróleo, se debe aumentar en ¢0,50/litro el precio del envasador y por ende el del consumidor final.

6.  Deben fijarse tarifas para combustibles que vende la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A. en sus planteles, para los que venden al consumidor final en estaciones de servicio; el que consume la Flota Pesquera Nacional no Deportiva; para las estaciones sin punto fijo de venta, que venden al consumidor final y; para el Gas Licuado del Petróleo (L.P.G.) en su cadena de distribución.

7.  Las modificaciones establecidas en el Decreto 33 405-H rigen a partir del 1° de noviembre de 2006.

Por tanto,

Con fundamento en los resultandos y considerando precedentes, al tenor de las potestades conferidas en los artículos 5° inciso d), 57 incisos c) y g) de la Ley 7593, en el artículo 3° de la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias 8114 del 4 de julio del 2001, el Decreto 29732-MP, la Ley 6588 y su reglamento y, la Ley General de la Administración Pública,

EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:

I.—Fijar los precios de los combustibles en los planteles de la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A., de acuerdo con el detalle siguiente:

PRECIOS PLANTEL RECOPE

(colones por litro)

                                                                     Precio                  Precio

Productos                                    sin impuesto       con impuesto

     Gasolina súper (1)                                322,426                   472,676

     Gasolina regular  (1)                             298,685                   442,435

     Diesel (1)                                              230,465                   314,965

     Keroseno (1)                                         308,595                   350,095

     Búnker (2)                                            150,667                   165,167

     Asfalto AC-20, AC-30, PG-70 (2)      307,225                   335,975

     Diesel pesado (2)                                  206,506                   234,006

     Emulsión (2)                                         231,467                   252,717

     L.P.G.                                                   192,084                   220,834

     Av-Gas (1)                                           413,730                   557,480

     Jet A-1 general (1)                                239,423                   325,423

     Nafta Pesada (1)                                   303,367                   323,367

 

(1) Para efecto del pago correspondiente del flete por el cliente, considere la fórmula establecida mediante resolución RRG-5502-2006, publicada en La Gaceta N° 62 del 28 de marzo de 2006.

(2) Para efecto del pago correspondiente del flete por el cliente, considere la fórmula establecida en resolución RRG-3786-2004, publicada en La Gaceta Nº 155 de 10 de agosto de 2004.

II.—Fijar los precios de los combustibles que se venden al consumidor final en estaciones de servicio con punto fijo, de acuerdo con el detalle siguiente:

PRECIOS CONSUMIDOR FINAL EN ESTACIONES DE SERVICIO

(colones por litro)

                                                            Precio plantel                 Precio

Productos                                 sin impuesto            con impuesto

           Gasolina súper (1)                        322,426                        504,00

           Gasolina regular (1)                      298,685                        474,00

           Diesel (1)                                      230,465                        346,00

           Kerosene  (1)                                308,595                        381,00

           Av-Gas (2)                                   413,730                        570,00

           Jet A-1 general (2)                        239,423                        338,00

(1) El precio final contempla un margen de comercialización promedio (con transporte incluido) de ¢31,2153 / litro para estaciones de servicio.

(2) El precio final para las estaciones aéreas contempla margen de comercialización total  promedio (con transporte incluido) de ¢12,585 / litro.

III.—Fijar el precio del gas licuado del petróleo (LPG) para carburación de vehículos al consumidor final en estaciones de servicio con punto fijo, de acuerdo con el siguiente cuadro:

PRECIOS CONSUMIDOR FINAL LPG

EN ESTACIONES DE SERVICIO

(colones por litro)

                                                 Precio envasador                 Precio

     Productos                    con impuesto             con impuesto *

                L.P.G. (1)                          281,00                          284,00

(1) El precio del gas licuado del petróleo (LPG) incluye un margen de comercialización de ¢27,918 / litro. Transporte incluido en precio del envasador.

*   Precios máximos de venta según resolución RRG-5314-2006, publicada en Gaceta N° 19 del 26 de enero de 2006.

IV.—Mantener el precio de los combustibles que la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A., le vende a la Flota Pesquera Nacional no Deportiva, según resolución RRG-3999 del 13 de octubre de 2004, de acuerdo con el detalle siguiente:

PRECIOS A FLOTA PESQUERA NACIONAL EN PLANTEL RECOPE

(colones por litro)

                                                                  Precio plantel

Productos                                       sin impuesto

           Gasolina Regular                                298,685

           Diesel                                                 230,465

Precio a Flota Pesquera Nacional, según resolución RRG-2774-2002 del 26 de setiembre de 2002 y artículo 45 de Ley 7384 de INCOPESCA.

V.—Fijar los precios de los combustibles que venden al consumidor final, los distribuidores de combustibles que operan sin punto fijo, de acuerdo con el detalle siguiente:

PRECIOS DEL DISTRIBUIDOR DE COMBUSTIBLES

SIN PUNTO FIJO A CONSUMIDOR FINAL

(colones por litro)

                                               Precio plantel            Precio

Productos                               sin impuesto       con impuesto

Gasolina súper (1)                             322,426              476,422

Gasolina regular (1)                            298,685              446,181

Diesel (1)                                           230,465              318,711

Kerosene (1)                                      308,595              353,841

Búnker (1)                                          150,667              168,913

Asfalto AC-20, AC-30, PG-70 (1)    307,225              339,721

Diesel pesado (1)                               206,506              237,752

Emulsión (1)                                      231,467              256,463

L.P.G. (1)                                           192,084              224,580

Av-Gas (1)                                         413,730              561,226

Jet A-1 general (1)                             239,423              329,169

Nafta Pesada (1)                                303,367              327,113

(1) Incluye un margen total de ¢3,746 colones por litro.

VI.—Fijar los precios del gas licuado de petróleo en la cadena de comercialización hasta el consumidor final de acuerdo con el detalle siguiente:

PRECIO DE GAS LICUADO DE PETROLEO POR TIPO

DE ENVASE Y POR CADENA DE DISTRIBUCION

EN COLONES POR LITRO Y CILINDRO (1)

(Incluye Impuesto Único)

                                           Precio a               Precio a facturar                   Precio a

                                        facturar por         por el distribuidor             facturar por

Tipos de envase                             el envasador                  y agencias                       detallistas

Tanques fijos (por litro)                   256,401                                   (*)                                       (*)

Cilindro de  8,598 litros                 2.205,00                       2.535,00                           2.915,00

Cilindro de 17,195 litros               4.409,00                       5.070,00                           5.831,00

Cilindro de 21,495 litros               5.511,00                       6.338,00                           7.289,00

Cilindro de 34,392 litros               8.818,00                     10.141,00                         11.662,00

Cilindro de 85,981 litros             22.046,00                     25.352,00                         29.155,00

(*) No se comercializa en esos puntos de ventas.

(1) Precios máximos de venta según resolución RRG-1907-2001 publicada en La Gaceta 65 del 2 de abril de 2001.

En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de la Ley General de la  Administración Pública, se indica que contra la anterior resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación y, el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse ante el Regulador General; a quien corresponde resolverlo; el de apelación y revisión, podrán interponerse ante la Junta Directiva, a la que corresponde resolverlos.

El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir del día siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 inciso c) de la Ley 8114 del 4 de julio de 2001, la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A., aplicará los precios el día siguiente a la publicación en La Gaceta, de la presente resolución.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 33 405-H, las modificaciones establecidas rigen a partir del 1° de noviembre de 2006.

Publíquese y comuníquese.—Fernando Herrero A., Regulador General.—1 vez.—(Solicitud Nº 41205).—C-109420.—(99917).

AVISOS

INSTITUTO DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA

Somete a consulta pública los siguientes proyectos de norma:

PN INTE 23-01-02-06, “Chayote-Requisitos”.

PN INTE 16-01-08-06, “Especificación para juntas de tuberías plásticas en drenajes y alcantarillados mediante sellos elastoméricos flexibles”.

PN INTE 16-01-11-06, “Método de ensayo para la estimación de la calidad de la tubería de Poly (cloruro de vinilo) (PVC) extruída por la técnica de reversión de calor”.

PN INTE 16-01-13-06, “Método de ensayo para la determinación del tiempo de falla de tubería plástica bajo presión interna constante”.

PN INTE 16-02-10-06, “Pozos de inspección de cloruro de polivinilo (PVC) para aplicaciones subterráneas-Requisitos técnicos-Diseño, fabricación e instalación”.

Se recibirán observaciones a los anteriores proyectos de norma hasta el 10 de enero del 2007.

Para mayor información, comuníquese con la División de Normalización al teléfono: 283-4522 o a los correos jrestrepo@inteco.or.cr o cmadrigal@inteco.or.cr.

Carlos E. Rodríguez L., Director Ejecutivo.—1 vez.—(99124).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

GESTIÓN TRIBUTARIA

Traspaso de patente comercial

Nº 21-2006.—Para los fines consiguientes se hace saber que Universidad Presencial y Virtual Magister S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-370453, propietaria de la patente comercial Nº 7855, que se explota en local ubicado en edificio Torre del Este, planta alta, ha solicitado traspaso de patente a nombre de Universidad Magister S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-188843, la Municipalidad de Montes de Oca otorga un plazo de ocho días hábiles a partir de esta publicación para oír objeciones de terceros.

San Pedro de Montes de Oca, 20 de octubre del 2006.—Br. Johnny Walsh, Gestor Tributario.—Mayela Urrea Vargas.—1 vez.—(99123).

MUNICIPALIDAD DE BARVA

El Concejo Municipal de Barva mediante el acuerdo Nº 1265-06, tomado en su sesión ordinaria Nº 62-2006, aprobó por unanimidad lo siguiente:

El Concejo Municipal de Barva, considerando que de acuerdo con la Ley Nº 8515 publicada en La Gaceta del 11 de julio del año en curso, es posible la condonación total del pago de los recargos, los intereses y las multas, que adeuden los administrados a la Municipalidad, por concepto de impuestos, tasas, servicios y demás obligaciones de carácter municipal, incluso por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, hasta el cierre del trimestre inmediato anterior a la entrada en vigencia de la citada ley. Por tanto, el Concejo Municipal, acuerda: Acogerse a lo dispuesto por la Ley Nº 8515, para la autorización de la condonación tributaria y aplicar a los contribuyentes del cantón de Barva, por unica vez, la condonación total del pago de los recargos, los intereses y las multas que adeuden los administrados a la municipalidad, por concepto de impuestos, tasas, servicios y demás obligaciones de carácter municipal, incluso por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, obligaciones pendientes al mes de julio del año en curso (2006), y hasta el ultimo día hábil del mes de diciembre próximo entrante, también del año en curso (2006). La condonación se aplicará siempre y cuando el deudor cancele la totalidad de la deuda en un solo tracto. La Alcaldía realizará una campaña de divulgación a nivel cantonal de este acuerdo o de la condonación que se autoriza. Comuníquese igualmente al IFAM para lo de su cargo y a los Departamentos de Rentas, Patentes y Bienes Inmuebles, los que deben remitir al IFAM un informe de la morosidad que tiene la Municipalidad en este momento. Igualmente consultar al mismo organismo sobre la aplicación de la ley a los casos de cobro judicial pendiente, se traslada al Departamento de Proveeduría para que proceda con la publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Barva de Heredia, 31 de octubre del 2006.—Lic. Yesael Molina Vargas Proveedora Municipal.—1 vez.—(99403).

MUNICIPALIDAD DE CARRILLO

CAMBIO DE SESIONES ORDINARIAS

El Concejo Municipal de Carrillo, Guanacaste, mediante acuerdo número diez, emitido en la sesión ordinaria número cuarenta y dos-dos mil seis, celebrada el día diecisiete de octubre del año dos mil seis; dispuso por unanimidad de votos y en firme; cambiar las sesiones ordinarias programadas los días martes 19 y 26 de diciembre del 2006, para celebrarlas los días viernes 1° y 15 del mismo mes, a las quince horas, respectivamente.

Filadelfia, 19 de octubre del 2006.—Antonio Montero Céspedes, Proveedor Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 4031).—C-4420.—(99363).

MUNICIPALIDAD DE CARRILLO

DEPARTAMENTO DE ZONA MARITIMO TERRESTRE

EDICTO

El Departamento de la Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Carrillo, comunica que la sociedad Inversiones de Grecia Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero treinta y tres mil novecientos sesenta y cuatro, representada por el señor Álvaro Suárez Bolaños, quien es mayor, casado una vez, Pensionado, vecino de Grecia, San José, portador de la cédula de identidad número dos-ciento cuarenta y cuatro-cero treinta y siete. Con base en la Ley Sobre la Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 del 2 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión un lote de terreno localizado en Playas del Coco, distrito Sardinal, cantón Carrillo; provincia Guanacaste, mide un mil doscientos cinco metros con ochenta y un decímetros cuadrados, y es terreno para darle un uso recreativo según el Plan Regulador vigente para la zona; los linderos son: al norte, zona restringida (Asistencia Técnica Limitada); al sur, zona restringida (Esmagu Sociedad Anónima); este, calle pública, y al oeste, cincuenta metros de zona pública. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que el área, uso y frente al mar quedan sujetas a las disposiciones del Plan Regulador aprobado para la zona y disposiciones del MINAE. Se conceden treinta días hábiles contados a partir de ésta publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en ésta Municipalidad en papel sellado y con los timbres correspondiente a dos tantos, además deberá identificarse debidamente el opositor.

Filadelfia, 23 de octubre del 2006.—José Francisco Canales Canales, Encargado.—1 vez.—Nº 86239.—(99743).

MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS

ZONA MARÍTIMO-TERRESTRE

EDICTOS

N° 277-08-06.—Nada Tiene Ltda., con cédula jurídica número 3-102-133130, con base en el artículo número: 38 de la Ley sobre la Zona Marítimo-Terrestre número: 6043 del 2 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo número 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una parcela de terreno sita en Mal País, distrito: Cóbano,  cantón: Central, provincia: Puntarenas. Mide: 4.229,85 m². Es terreno para dedicarlo al uso de: Zona de Servicios Básicos un área de 314,20 m² y para Zona Residencial Turística 3.915,65 m², que colinda: norte, calle pública; sur, zona de quebrada; este, calle pública; oeste, zona pública. La presente publicación se realiza de acuerdo al Plan Regulador aprobado para dicho sector costero y sin perjuicio de la eventual declaratoria de zonas forestales o de aptitud forestal bajo la competencia del Ministerio del Ambiente y Energía. Se conceden 30 días hábiles, a partir de esta única publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad, en papel sellado de un colón y los timbres correspondientes en dos tantos.

Puntarenas, 25 de octubre del 2006.—Lic. Adriana Núñez Quintana, Coordinadora a. í.—1 vez.—Nº 86078.—(99284).

Nº 171-06-06.—Rodríguez Cruz Teresa María con cédula de identidad número 6-112-919 con domicilio en 25 mts oeste de la entrada principal de Pali, casa Nº 17 U, en La Aurora de Heredia, con base en el artículo número: 38 de la Ley Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 del 2 de marzo de 1977, y Decreto Ejecutivo Nº 7841-P, del 16 de diciembre, de 1977, solicita en uso de suelo una parcela de terreno sita Costa de Pájaros. Distrito: Manzanillo, cantón: Central, provincia de Puntarenas, mide: 313.19 m². Linderos: norte, servidumbre de paso; sur, camino público; este, zona restringida, oeste: calle pública. Uso: Habitacional. Esta publicación no otorga derechos a efectos de que las disposiciones de un plan regulador varíen el destino de la parcela. Se conceden 30 días hábiles, a partir de esta única publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad, en papel sellado de un colón y los timbres correspondientes en dos tantos.

Puntarenas, 23 de junio del 2006.—Luz Marina Jiménez Jara, Coordinadora.—1 vez.—(99375).

MUNICIPALIDAD DE LIMÓN

DEPARTAMENTO DE RENTAS Y COBRANZAS

Traspaso patente de licores nacionales y extranjeros

Se hace saber que ante el Departamento de Rentas de la Municipalidad de Limón, el señor Justín Medrano Royers, quien es portador de cédula Nº 7-00583-0378, y según cesión presentó formal solicitud de traspaso de la patente de licores nacionales y extranjeros Nº 179 autenticada por la Lic. Yajaira Jackson Murillo, abogada y notaria, le cede y traspasa dicha patente al señor Carlos Alberto Gutiérrez González, cédula de identidad Nº 8-031-645, según escritura Nº 250 al folio cien del tomo uno. Publíquese por única vez en La Gaceta, y se concede un plazo de ocho días hábiles para escuchar oposiciones que deben de dirigirse por escrito ante esta oficina.

Limón, 2 de octubre del 2006.—Lic. Kemerly Taylor Barnes, Jefe.—1 vez.—Nº 85933.—(99283).

AVISOS

CONVOCATORIAS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

CONDOMINIO ENSENADA LAS PALMAS

El Condominio Ensenada Las Palmas, con cédula de personería jurídica número tres-ciento nueve-ciento ochenta y tres mil doscientos noventa y siete, convoca a los condóminos a la asamblea general extraordinaria de propietarios de nuestro condominio, que se celebrará el día catorce de enero del año dos mil siete, en Playa Pelada, Nosara, Guanacaste, Condominio Ensenada Las Palmas, en el rancho junto a la piscina. La primera convocatoria será a las ocho horas (8:00 a. m.), la segunda convocatoria será a las nueve horas (9:00 a. m.), y la tercera convocatoria será a las diez horas (10:00 a. m.), con los condóminos presentes. La agenda para esta asamblea será la siguiente:

1-  Comprobación del quórum.

2-  Lectura y aprobación de la agenda.

3-  Informe y aprobación de la situación económica del periodo dos mil seis.

4-  Presupuesto periodo dos mil siete.

5-  Cuotas de condóminos para el periodo dos mil ocho.

6-  Nombramiento del nuevo administrador.

7-  Nombramiento del agente residente.

Guanacaste, 25 de octubre del 2006.—Marta Campos Espinoza, Administradora.—Nº 85955.—(99285).             

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA

TRIBUNAL DE ELECCIONES

El Tribunal de Elecciones del Colegio de Abogados de Costa Rica comunica que vencido el término reglamentario, se examinó la candidatura propuesta y queda formalmente inscrita la siguiente papeleta para elegir los cargos directivos que se indican a continuación, en la asamblea general ordinaria que se realizará el sábado 2 de diciembre a partir de las 9:00 horas y hasta las 17:00 horas.

Grupo Integración

Prosecretario: Lic. Marta Eugenia Esquivel Rodríguez

Vocal II: Lic. Rogelio Fernández Moreno

Vocal III: Lic. Patricia Vega Herrera

Vocal IV: Lic. Alejandro Madrigal Benavides

Vocal V: Lic. Miriam Álvarez Ross

Fiscal: Lic. Carlos Sánchez Fernández

Asimismo informa que el grupo queda autorizado para hacer propaganda electoral a partir del 20 de octubre del 2006 y hasta el día anterior a las elecciones, con las restricciones que indica el Reglamento de Elecciones del Colegio.

Las elecciones se llevarán a cabo en el edificio Fundadores de la sede central del Colegio de Abogados.

(De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Reglamento de Elecciones).

San José, 23 de octubre de 2006.—Lic. Miriam Anchía Paniagua, Presidenta.—Lic. Sergio J. Solano Montenegro, Secretario.—Lic. Jaime Garita Sánchez.—Lic. José Alb. Fonseca D`Avanzo.—Lic. Stella Santamaría Jiménez.—Lic. Eugenio Ortiz Álvarez.—Lic. Juan José Nassar Güell.—Lic. Gerardo Molina Venegas.—(O. C. Nº 5769).—C-25095.—(99455).

COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA

El Colegio de Abogados de Costa Rica informa a sus agremiados (as) que en las sesiones ordinarias Nº 37-06 y Nº 40-06 celebrada el 3 y el 24 de octubre del 2006 respectivamente, ratificada esta última el 30 de octubre, se acordó lo siguiente:

A- Convocar a los (as) agremiados (as) a la Asamblea General Extraordinaria que se verificará en la sede principal del Colegio, el día 14 de noviembre próximo a las dieciséis horas, a fin de conocer los siguientes temas:

1-  Aumento de la cuota de colegiatura en ¢ 500,00 a partir del primero de enero de 2007.

2-  Propuesta de indexación de la cuota, con base al índice de inflación, a partir de enero de 2009.

B- Convocar a los (as) agremiados (as) a la Asamblea General Ordinaria que se verificará en la sede principal del Colegio, el mismo día a las dieciocho horas, con el propósito de conocer los siguientes temas:

1-  Informe de labores por parte del Presidente de la Junta General.

2-  Informe anual del Fiscal.

3-  Lectura y aprobación del Presupuesto para el año 2007.

4-  Liquidación del presupuesto del año 2005.

5-  Proyecto de Procedimiento para la imposición de sanción con fundamento en una condena penal.

C- Si a las horas señaladas no existiere el quórum de ley, las sesiones podrán celebrarse válidamente media hora después, siempre que estuvieren presentes cuando menos quince agremiados (as).

Lic. Marco A. Castro Alvarado, Presidente.—MSc. Gustavo E. Solís Vega, Prosecretario.—(O. C. Nº 5770).—C-21965.—(99859).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

COLEGIO DE INGENIEROS AGRÓNOMOS DE COSTA RICA

La Junta Directiva del Colegio de Ingenieros Agrónomos de Costa Rica, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 29 y 47, inciso b) de la Ley N° 7221, convoca a los miembros del Colegio a la asamblea general extraordinaria, que se celebrará en nuestra sede central el lunes 27 de noviembre, 2006, a partir de las 5:00 p. m. En caso de no haber quórum a la hora indicada, la asamblea general se reunirá una hora después (6:00 p.  m.) con un mínimo de 50 miembros presentes.

El orden del día fijado para esta asamblea es el siguiente:

1.  Himno Nacional

2.  Conocimiento y resolución sobre propuestas de modificación al Reglamento Interno de Elecciones

3.  Conocimiento y resolución del Proyecto de Reglamento Interno del Fondo de Mutualidad y Subsidios

4.  Conocimiento y resolución del recurso de apelación presentado por el Ing. For. Marvin Gamboa Gómez, contra resolución F.C.I.A./650-06 de la Fiscalía de las 13:30 horas del 5 de junio, 2006, mediante la cual se le suspendió como regente forestal por un período de un mes, por no presentación de informe regencial.

Los colegiados interesados en conocer con anterioridad documentos relacionados con el tema de esta asamblea, pueden hacer retiro de los mismos personalmente en nuestra sede central, a partir del lunes 20 de noviembre, 2006.

Asimismo se informa que de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de la Asamblea General de Colegio de Ingenieros Agrónomos, el expediente relacionado con la apelación que se conocerá en esta Asamblea, está a disposición de los colegiados para su revisión en la Fiscalía en horas de oficina.—Ing. Agr. Mario Enrique Coto Carranza, Presidente.—Ing. Agr. Ana Patricia Jiménez Salas, Prosecretaria.—1 vez.—(99370).

CADENA COMERCIAL CARTAGINESA S. A.

Cadena Comercial Cartaginesa S. A. convoca a asamblea general ordinaria, a celebrarse a las 18:00 horas del día 29 de noviembre de 2006, en su domicilio social en Cartago. De no haber quorum en primera convocatoria, se convoca para segunda la cual se realizará una hora después con el número de accionistas presentes.—Jorge Eduardo Sanabria Rosito, Presidente.—1 vez.—Nº 86167.—(99528).

INMOBILIARIA CARTAGINESA S. A.

Inmobiliaria Cartaginesa S. A. convoca a asamblea general ordinaria, a celebrarse a las 18:00 horas del día 22 de noviembre de 2006, en su domicilio social en Cartago. De no haber quorum en primera convocatoria, se convoca para segunda la cual se realizará una hora después con el número de accionistas presentes.—Jorge Eduardo Sanabria Rosito, Secretario.—1 vez.—Nº 86168.—(99529).

PLAYA DE ARENA PLATEADA S. A.

Se convoca a los accionistas de Playa de Arena Plateada S. A., cédula de persona jurídica N° 3-101-213134, a la asamblea general ordinaria, que se celebrará en el bufete Cervantes & Asociados, situado en San José, Zapote, del antiguo Itan, 225 metros al este, y 50 metros al norte, primer casa a mano izquierda color blanco, a las 17:00 horas del día 7 de diciembre del 2006, para conocer de los siguientes puntos: 1- Estados financieros al 25 de junio del 2006: a) Informe general, b) Informe de venta de activos y derechos, c) Informe detallado de desembolsos y pagos realizados con los dineros recibidos por la venta, d) Informe sobre cuentas por pagar, e) Proposición de distribución de dividendos y planteamiento del socio Edgar Miranda Jaen sobre el pago a su persona. Si para la primera convocatoria no existiere el quorum legal, la asamblea se realizará en segunda convocatoria una hora después con cualquiera que sea el número de acciones representadas, para lo cual queda formalmente convocada. A partir del 30 de noviembre en días y horas hábiles, de las 8:00 hasta las 17:00 horas estarán a disposición de los socios en el bufete Cervantes los documentos correspondientes a la contabilidad, si desean revisarlos. Aquellos accionistas que por alguna razón no pudieren asistir a la asamblea, podrán hacerse representar por un representante, siempre y cuando para ello estos aporten carta poder debidamente autenticada por un abogado.—26 de octubre del 2006.—Peter Lynn Fischer, Presidente.—1 vez.—Nº 86194.—(99530).

DOS MARES UNIDOS POR EL MISMO SOL S. A.

Se convoca a los accionistas de Dos Mares Unidos por el Mismo Sol S. A., cédula de persona jurídica N° 3-101-250349, a la asamblea general ordinaria, que se celebrará en el bufete Cervantes & Asociados, situado en San José, Zapote, del antiguo Itan, 225 metros al este, y 50 metros al norte, primer casa a mano izquierda color blanco, a las 15:00 horas del día 7 de diciembre del 2006, para conocer de los siguientes puntos: 1- Estados financieros al 25 de junio del 2006: a) Informe general, b) Informe de venta de activos y derechos, c) Informe detallado de desembolsos y pagos realizados con los dineros recibidos por la venta, d) Informe sobre cuentas por pagar, e) Proposición de distribución de dividendos y planteamiento del socio Edgar Miranda Jaen sobre el pago a su persona. Si para la primera convocatoria no existiere el quorum legal, la asamblea se realizará en segunda convocatoria una hora después con cualquiera que sea el número de acciones representadas, para lo cual queda mediante este aviso formalmente convocada. A partir del 30 de noviembre en días y horas hábiles, de las 8:00 hasta las 17:00 horas estarán a disposición de los socios en el bufete Cervantes los documentos correspondientes a la contabilidad, si desean revisarlos. Aquellos accionistas que por alguna razón no pudieren asistir a la asamblea, podrán hacerse representar por un representante, siempre y cuando para ello estos aporten carta poder debidamente autenticada por un abogado.—26 de octubre del 2006.—Peter Lynn Fischer, Presidente.—1 vez.—Nº 86195.—(99531).

CONDOMINIO FLAMINGO PARK

Condominio Flamingo Park, cédula jurídica número tres-ciento nueve-doscientos cuarenta y cuatro mil treinta y seis. El suscrito David Paul de único apellido Haragan en virtud de su nacionalidad estadounidense, mayor, casado una vez, administrador de empresas, vecino de once mil ciento cincuenta y cinco Meadow Brook Drive, Auburn, California, nueve cinco seis cero dos, Estados Unidos de América, portador del pasaporte de su país número dos cero nueve uno uno uno seis nueve dos, en su condición de Administrador del Condominio Flamingo Park, nombramiento debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad Inmueble, Sección Condominios, el cual se encuentra vigente hasta el día primero de abril del dos mil siete; de conformidad con lo dispuesto en el artículo noveno del Reglamento Interno de Condominio y Administración del Condominio, por este medio convoca a la asamblea general extraordinaria de propietarios de fincas filiales dentro del Condominio Flamingo Park, a celebrarse el día treinta de noviembre del año dos mil seis, en primera convocatoria a las ocho horas y en segunda convocatoria a las nueve horas, en las instalaciones físicas del Condominio, para discutir los siguientes asuntos:

Orden del día:

1)  Someter a discusión y aprobación la cuota de mantenimiento para el año dos mil siete.

2)  Someter a discusión y aprobación una contribución extraordinaria de capital al Condominio a ser realizada por cada una de las fincas filiales.

3)  Cualquier otro asunto que sea propuesto los señores propietarios de los condominios.

El quórum de ley se alcanzará de acuerdo a lo establecido por el artículo diez del Reglamento Interno de Condominio y Administración del Condominio Flamingo Park, debidamente aprobado por los constituyentes, y el cual ha sido de conocimiento de los propietarios.—Flamingo, Guanacaste, 23 de octubre del 2006.—David Paul Haragan, Administrador.—1 vez.—Nº 86322.—(99744).

CALA DEL SOL DEVELOPMENT CSD S. A.

Se convoca a una asamblea general ordinaria de accionistas de Cala del Sol Development CSD Sociedad Anónima, a celebrarse en el Wingate Inn, dos mil veinte Sullivan Road, College Park, Georgia, treinta mil trescientos treinta y siete, Estados Unidos de América, en primera convocatoria a las siete horas y en segunda convocatoria a las ocho horas ambas el día once de diciembre del dos mil seis. El objeto de la convocatoria es conocer y aprobar el informe del Presidente, la revisión de los estados financieros de la sociedad y asuntos varios.—Estados Unidos de América, 25 de octubre del 2006.—Geoffrey Bentham Sherwood, Presidente.—1 vez.—Nº 86353.—(99745).

PLAYA GRINGO GBPI S. A.

Se convoca a una asamblea general ordinaria de accionistas de Playa Gringo GBPI Sociedad Anónima, a celebrarse en el Wingate Inn, dos mil veinte Sullivan Road, College Park, Georgia, treinta mil trescientos treinta y siete, Estados Unidos de América, en primera convocatoria a las ocho horas y en segunda convocatoria a las nueve horas ambas el día once de diciembre del dos mil seis. El objeto de la convocatoria es conocer y aprobar el informe del Presidente, la revisión de los estados financieros de la sociedad y asuntos varios.—Estados Unidos de América, 25 de octubre del 2006.—Geoffrey Bentham Sherwood, Presidente.—1 vez.—Nº 86354.—(99746).

TWIG TRAIL LIMITADA

Se convoca a una asamblea general ordinaria de socios de Twig Trail Limitada, a celebrarse en el Wingate Inn, dos mil veinte Sullivan Road, College Park, Georgia, treinta mil trescientos treinta y siete, Estados Unidos de América, en primera convocatoria a las nueve horas y en segunda convocatoria a las diez horas ambas el día once de diciembre del dos mil seis. El objeto de la convocatoria es conocer y aprobar el informe del Presidente, la revisión de los estados financieros de la sociedad y asuntos varios.—Estados Unidos de América, 25 de octubre del 2006.—Geoffrey Bentham Sherwood, Gerente Cuatro.—1 vez.—Nº 86355.—(99747).

LA JOLLA CONDOMINIOS S. A.

La Jolla Condominios S. A., con cédula jurídica tres-ciento uno- doscientos veintisiete mil setecientos sesenta y nueve, convoca a sus socios a asamblea general extraordinaria de accionistas que se celebrará el día 25 de noviembre del 2006, en su domicilio fiscal. Se nombra presidente, secretario, tesorero, fiscal.—30 de octubre del 2006.—Sandra Milena Pervertí, Socia.—1 vez.—Nº 86360.—(99748).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

AT&T SERVICIOS DE COMUNICACIÓN DE COSTA RICA S. A.

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del once de setiembre del dos mil seis, se autoriza al presidente de la entidad AT&T Servicios de Comunicación de Costa Rica Sociedad Anónima, solicitar ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del libro Inventarios y Balances. Quien se considere afectado deberá dirigir su oposición a la Sección de Timbraje y Legalización de Libros, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación.—San José, 25 de setiembre del 2006.—Lic. Alexánder Araya Zúñiga, Notario.—(97688).

José Saúl Corea Blanco, cédula de residencia Nº 220-72352-1662, solicito ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros Diario Nº l, Mayor Nº l, Inventarios y Balances Nº l. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Mariana Corea Erazo, Notaria.—Nº 85091.—(97911).

MUTUAL ALAJUELA DE AHORRO Y PRÉSTAMO

De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, la señor Mayela Rodríguez Aguilar, cédula Nº 203240030, ha presentado ante esta entidad, solicitud de reposición de su certificado de participación hipotecaria en dólares Nº 1111728638 por $800,00/100 y cupón Nº 1 por $19,80 ambos con fecha de vencimiento del 18-10-2002.—(98018).

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica la pérdida del cuaderno de bitácora de los siguientes contratos de consultoría:

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-348981, propiedad de la Arq. Rosaura Molina Vargas (A-7024).

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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría SJ-330263, propiedad del Ing. Óscar Padilla García (IC-1566).

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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-330431, propiedad del Ing. Raúl Bolaños Azofeifa (ICO-3802).

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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría SJ-331377, propiedad del Ing. Jaime Rojas (ICO-8619).

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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría CS-14902, propiedad del Arq. Donald Loría Prendas (A-9550).

San José, 23 de octubre del 2006.—Ing. Olman Vargas Zeledón.—Departamento de Registro de Responsabilidad Profesional.—Arq. Luis Albán Apuy Herrera, Jefe.—(O. C. Nº 4246).—C-49520.—(98304).

URBANIZADORA MERO S. A.

Urbanizadora Mero S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cero cuarenta mil ochocientos setenta y nueve, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea General, Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Pánfilo Ramírez Obando, Notario.—Nº 85457.—(98500).

TIENDA LA FORTUNA SOCIEDAD ANÓNIMA

Tienda La Fortuna Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-veintisiete mil setecientos veintisiete, domiciliada en Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada. Sociedad inscrita en Mercantil bajo el tomo 151, folio 437, asiento 380, solicitó ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Actas de Asambleas, Actas de Junta Directiva, Registro de Accionistas, Mayor, Diario, Balance e Inventario, por haber sido extraviados. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Tributación de San Carlos, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la ultima publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—La Fortuna, dieciséis de mayo del dos mil seis.—Lic. José Manuel Villegas Rojas, Notario.—Nº 85510.—(98501).

BANCO BANEX S. A.

A quien interese, hago constar que el certificado de depósito a plazo del Banco Banex S. A., 06414026517, monto: ¢ 1.608.112,50, emitido el 14 de febrero del 2006, con fecha de vencimiento del 14 de agosto de 2006, a nombre de María de los Ángeles Álvarez Rodríguez, cédula Nº 09-018-395. Ha sido reportado como extraviado por lo que he solicitado a Banco Banex S. A., su reposición de acuerdo con lo establecido en los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.—Víctor Vargas Corrales, Oficial de Operaciones Banco Bánex Escazú.—Nº 85600.—(98502).

SOCIEDAD CLUB DE PLAYA BAJA MAR S. A.

A quien interese, hago constar que la acción común número 10, emitida por la Sociedad Club de Playa Baja Mar S. A., cédula jurídica 3-101-091550-03, a favor de Virginia Zúñiga Solís, cédula de identidad número 1-0254-864, ha sido extraviada por el actual tenedor, por lo que estoy solicitado al emisor su reposición, de acuerdo con el artículo 689 del Código de Comercio.—San José, 6 de setiembre del 2006.—Virginia Zúñiga Solís.—(98598).

MUTUAL ALAJUELA DE AHORRO Y PRÉSTAMO

De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, Carlos Enrique Hidalgo, cédula 1-0275-0304, ha presentado ante esta entidad, solicitud de reposición de su certificado de participación hipotecaria en colones Nº 1111917374, por ¢769.268,70, con fecha de vencimiento del 30-12-2006.—Patricia Méndez Rodríguez, Representante.—(98599).

De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, Celinda Alfaro González, cédula 2-0159-0875, ha presentado ante esta entidad, solicitud de reposición de su certificado de participación hipotecaria en colones Nº 1111945241, por ¢1.000.000,00 y cupón Nº 1 por ¢63.750,00, ambos con fecha de vencimiento del 25-04-2007.—Patricia Méndez Rodríguez.—(98600).

Yo, Marvin Leonardo Castro López, con cédula Nº 2-337-089, vecino de San José de Alajuela, hago constar que he iniciado la reposición de los libros Diario, Mayor, Inventario y Balances, todos número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en la Administración Tributaria de Alajuela, en término de 8 días hábiles a partir de la publicación de este edicto.—Marvin Leonardo Castro López, Solicitante.—(98655).

CASTILLO COUNTRY CLUB S. A.

Vargas Guillén Jorge, cédula 1-363-684 ha extraviado su acción 2522, por lo que han solicitado al Castillo Country Club S. A., cédula jurídica 3-101-015794-03, la reposición de la misma, de acuerdo a los artículos 689 y 690 del Código de Comercio. Quien se considere afectado dirigir la oposición a la Secretaría de Junta Directiva.—Heredia, 23 de setiembre del 2006.—Erick Alvarado Chavarría, Unidad de Cobros.—(98700).

TECNOLOGÍA TEXTIL DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo, Martín Beita Altamirano, mayor, casado una vez, empresario, vecino de San José, Tibás, del Periódico La Nación cien metros al este, cien metros al norte, cien metros al este y cien metros al sur, Residencial El Norte, casa número 15, con cédula de identidad número uno-quinientos cincuenta y dos-setecientos setenta y uno; en mi condición de Presidente y Representante Judicial y Extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad denominada Tecnología Textil de Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento dieciocho cero catorce-treinta y tres, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los 6 libros legales de la sociedad, a saber Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas Consejo de Administración, Acta de Asamblea de Propietarios y Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (legalización de libros), Administración Regional de San José, en el término de 8 días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Martín Beita Altamirano, Presidente.—(98987).

ASOCIACIÓN DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO

EL ARROYO “URBANIZACIÓN LA PRADERA SILVESTRE

Yo, Xiomara León Eduarte, cédula de identidad Nº 1-1043-0270, en mi calidad de presidenta y representante legal de la Asociación de Vivienda y Desarrollo Urbano El Arroyo, “Urbanización La Pradera Silvestre”, cédula jurídica Nº 3-002-356219, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor e Inventarios y Balances, uno de cada uno, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—Heredia, 27 de octubre del 2006.—Xiomara León Eduarte, Presidenta.—(99070).

INMOBILIARIA PLAYA JUNQUILLAL S. A.

Inmobiliaria Playa Junquillal S. A., cédula jurídica Nº 3-101-156480, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición por extravío de los libros número uno siguientes: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas y Consejo de Administración, Actas Asamblea de Socios y Registro de Socios (uno de cada uno). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Rodrigo Mendieta García, Notario.—Nº 85985.—(99289).

VALLE ESCONDIDO SOLARES DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

Valle Escondido Solares del Este Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-203269, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: registro de accionistas, actas de junta directiva y actas de asamblea de accionistas, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ente el área de información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 23 de agosto del 2006.—Gisella Gutiérrez Zúñiga, Notaria.—Nº 86000.—(99290).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

V.L. CONSTRUCTORA LIMITADA

V.L. Constructora Limitada, con cédula de persona jurídica número 3-102-055004, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de Actas de Asamblea de Socios y Registro de Asociados. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 11 de octubre del 2006.—Vernor Lines Sancho, Gerente.—Nº 85676.—(98929).

FRACCIÓN AZUCENA CUATRO SOCIEDAD ANÓNIMA

Fracción Azucena Cuatro Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica Nº 3-101-383397, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de todos sus libros (Diario, Mayor, Inventario y Balance, Registro de Socios, Actas Asamblea General y Actas Asamblea de Junta Directiva). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 20 de setiembre del 2006.—Guiselle Flores Villalobos, Presidenta.—Nº 85727.—(98930).

FRACCIÓN DALIA CINCO SOCIEDAD ANÓNIMA

Fracción Dalia Cinco Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-384096, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de todos sus libros (Diario, Mayor, Inventario y Balance, Registro de Socios, Actas Asamblea General y Actas Asamblea de Junta Directiva). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 20 de setiembre del 2006.—Guiselle Flores Villalobos, Presidente.—Nº 85947.—(99287).

COLINA DEL VALLE ALTOS TRESCIENTOS UNO

Colina del Valle Altos Trescientos Uno, cédula de persona jurídica tres-uno cero uno-dos nueve cinco uno uno seis, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de cada uno de los libros de Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas Consejo Administración, Actas Asamblea de Socios, Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de información y asistencia al contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 28 de octubre del 2006.—Wilfrido Corrales Esquivel, Presidente.—Nº 85952.—(99288).

COMPAÑÍA INVERSORA JUME S. A.

Compañía Inversora Jume S. A., cédula jurídica número 3-101-180485, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas Concejo de Administración, Actas Asamblea de Propietarios y Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Vinicio Vega Vargas, Representante Legal.—Nº 86049.—(99291).

BRILLO LÍQUIDO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Brillo Líquido Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-doscientos cincuenta y seis mil doscientos cuatro, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Acta de Asamblea de Socios y Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Recaudación y Gestión de la Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Cartago, 24 de octubre del 2006.—Mitchell Waserstein Rubinstein, Gerente.—(99330).

MATERIALES ZETA SOCIEDAD ANÓNIMA

Materiales Zeta Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-22290 solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa la reposición del libro número uno de accionistas o registro de socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Gerardo Acuña Valerio, Presidente.—(99345).

RANCRIS DE HEREDIA

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Rancris de Heredia Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-178032, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa la reposición del libro número uno de actas de asamblea de socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Randall Acuña Villalobos, Gerente.—(99346).

SOMBRAS DEL CHILAMATE SOCIEDAD

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Sombras del Chilamate Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-doscientos sesenta y cuatro mil seiscientos dieciséis, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes dos libros: Actas de Consejo de Administración y Actas de Asambleas de Socios. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 24 de octubre del 2006.—Alberto Guillén Jiménez, Solicitante.—(99379).

DISTRIBUIDORA MODA AMERICANA SOCIEDAD ANÓNIMA

Distribuidora Moda Americana Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y tres mil seiscientos cuarenta, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de uno de cada uno de los siguientes libros: actas de asamblea general, actas de junta directiva y registro de accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 27 de setiembre del 2006.—Luis Alberto Arias Naranjo, Notario.—(99441).

EL EMPORIO BURGUERA INC. SOCIEDAD ANÓNIMA

El Emporio Burguera Inc. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno trescientos veintitrés mil ochocientos setenta y siete, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de uno de cada uno de los siguientes libros: actas de asamblea general, actas de junta directiva y registro de accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 27 de setiembre de 2006.—Lic. Luis Alberto Arias Naranjo, Notario.—(99442).

RANCHO LA MERCED, SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo, Wálter Odio Victory, mayor, casado una vez, zootecnista, vecino de San Isidro de Pérez Zeledón, cien metros al sur de Coopeagri, cédula 9-008-897, en mi condición de presidente, hago constar que hemos iniciado la reposición de libros: diario mayor, inventarios y balances de la empresa Rancho La Merced, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-018592, inscrita en la dirección de Personas jurídicas del Registro Público, sección Mercantil, al tomo ciento doce, folio trescientos treinta, asiento doscientos diez.—Wálter Odio Victory.—Nº 86163.—(99532).

UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA

Por medio de la presente la Universidad Latina de Costa Rica certifica que, ante este Registro se ha presentado solicitud de reposición de título de Licenciatura Derecho, emitido por la Universidad Latina de Costa Rica a nombre Dayana Suárez Ríos, cédula Nº 2-569-183, inscrito en el Libro de la Universidad en el Tomo IV, Folio 414, Asiento 22459. Se solicita la reposición por haberse extraviado su título desde hace 4 meses aproximadamente. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial. Se extiende la presente a solicitud de la interesada en el día y lugar de la fecha.—San José, 11 de setiembre el 2006.—José Prado Arroyo, Director de Registro.—Nº 86143.—(99533).

SACEGRE S. A.

Yo, Adrián Ureña Umaña, cédula 1-669-154 Representante Legal de Sacegre S. A., cédula jurídica 3-101-183330 con facultades de apoderado generalísimo sin límites de suma, hago constar que he iniciado el trámite de reposición de los libros legales como lo son diario, mayor, inventarios y balances, actas consejo administración, actas asambleas de socios y registro de socios de dicha empresa, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en la Administración Tributaria de Alajuela en el transcurso de los ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—Adrián Ureña Umaña, Representante Legal.—(99545).

DOS MIL CINCO IES COSTA RICA S. A.

Dos Mil Cinco IES Costa Rica S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos nueve mil seiscientos cuatro, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los libros de Actas de Asamblea General de Socios, Actas de Junta Directiva, Registro de Accionistas, Inventarios y Balances, Diario y Mayor, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Nelson José Padrón Ramírez, Presidente.—Nº 86207.—(99751).

ALMACÉN AGRÍCOLA EL SEMILLERO S. A.

Almacén Agrícola El Semillero S. A., cédula jurídica Nº 3-101-106119, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición por extravío del libro Registro de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 31 de octubre de 2006.—Rodrigo Mendieta García, Notario.—Nº 86229.—(99752).

JIMÉNEZ Y SILVA SOCIEDAD ANÓNIMA

Jiménez y Silva Sociedad Anónima, cédula número 3-101-44358, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: un libro de Actas de Junta Directiva, un libro de Actas de Asamblea General y un libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Jonathan Valverde Montero.—Nº 86255.—(99753).

OBE JIMÉNEZ, SOCIEDAD ANÓNIMA

Obe Jiménez Sociedad Anónima, cédula número 3-101-140691, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: un libro de Actas de Junta Directiva, un libro de Actas de Asamblea General y un libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Jonathan Valverde Montero.—Nº 86256.—(99754).

CONDOMINIO RESIDENCIAL HORIZONTAL REAL DE COLIMA

Condominio Residencial Horizontal Real de Colima, cédula jurídica número tres-ciento nueve-cuatrocientos trece mil cero setenta y ocho; solicita ante la Sección de Propiedad Horizontal del Registro Público, la Reposición de los Libros siguientes: un libro de actas de asamblea general y caja. Quien se considere afectado puede manifestar su Oposición ante dicho Departamento de Propiedad Horizontal del Registro Público, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—Nº 86324.—(99755).

BIG SKY OF COSTA RICA, SOCIEDAD ANÓNIMA

Big Sky of Costa Rica, Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-286170, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros de actas: asamblea general número uno, junta directiva número uno, registro de accionista número uno. Asimismo la reposición de los siguientes libros contables: diario número uno, mayor número uno e inventario y balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Pérez Zeledón, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—Nº 86329.—(99756).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS

DE EL ÁGUILA DE PEJIBAYE

Yo, Óscar Segura Acuña, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de El Águila de Pejibaye de Pérez Zeledón, cuatrocientos metros al norte de la Escuela, cédula de identidad número uno-cuatrocientos noventa y siete-seiscientos, en su condición de presidente de la Asociación de Productores Agropecuarios de El Águila de Pejibaye, cédula jurídica número tres-cero cero dos-ciento setenta y cuatro mil ciento ochenta y ocho, he iniciado la reposición de los libros contables número uno: Diario, Mayor e Inventario y Balances de la Asociación que represento.—Óscar Segura Acuña, Presidente.—1 vez.—Nº 86328.—(99749).

ASOCIACIÓN CANTONAL DE CULTURA

SANTA CRUZ, GUANACASTE

Yo, Luis Fernando Sánchez Orozco, cédula Nº 5-114-947, en mi condición de presidente de la Asociación Cantonal de Cultura Santa Cruz, Guanacaste, cédula jurídica Nº 3-002-116947, hago contar que he iniciado la reposición del libro de Actas de Junta Directiva Nº 1 de mi representada, por lo que se emplaza dentro del plazo de ocho días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado a fin de formular oposiciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, 26 octubre del 2006.—Luis Fernando Sánchez Orozco, Presidente.—1 vez.—Nº 86428.—(99750).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98186).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98187).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98188).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98189).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98190).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98191).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98192).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una Sociedad Anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98193).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una Sociedad Anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98194).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una Sociedad Anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98195).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una Sociedad Anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98196).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una Sociedad Anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98197).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una Sociedad Anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98198).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una Sociedad Anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98199).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una Sociedad Anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98200).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una Sociedad Anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98201).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una Sociedad Anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98202).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una Sociedad Anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98204).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una Sociedad Anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98205).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una Sociedad Anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98207).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una Sociedad Anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98208).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una Sociedad Anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98209).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una Sociedad Anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98211).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una Sociedad Anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98212).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una Sociedad Anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98213).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una Sociedad Anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98214).

Por escritura número doscientos diecisiete-ocho, celebrada en el tomo octavo del protocolo del suscrito notario José Joaquín Herrera Arias, a las trece horas del veinte de octubre del dos mil seis, se protocolizó la constitución de la sociedad denominada Distribuidora de Carnes La Cañada Sociedad Anónima, en la que se nombra junta directiva. Así mismo se solicita la cédula jurídica.—Lic. José Joaquín Herrera Arias, Notario.—1 vez.—(98215).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una Sociedad Anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98216).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una Sociedad Anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98217).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una Sociedad Anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98218).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una Sociedad Anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98219).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una Sociedad Anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98220).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una Sociedad Anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98221).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una Sociedad Anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98222).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una Sociedad Anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98224).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una Sociedad Anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98225).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98226).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98227).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98228).

Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Caniqui Poniente Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas primera y octava del pacto constitutivo y se nombra junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 12 de octubre del 2006.—Lic. José Francisco Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(98229).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98230).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98231).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98232).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98233).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98234).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98236).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98237).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98238).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98239).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98240).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98241).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98242).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98243).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98245).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(98246).

Por escritura otorgada ante mí a las 11:00 horas del 25 de octubre del 2006, protocolicé asamblea general extraordinaria de la empresa Servicio de Precisión de Cuatro S. A., mediante la cual se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—Alajuela, 26 de octubre del 2006.—Lic. Rolando Renick González, Notario.—1 vez.—(98253).

El suscrito notario Víctor Solís Castillo, hace constar que en esta notaría, el día de hoy se constituyó Rugby Skuppy Sociedad Anónima. Es todo.—Palmar, Osa, Puntarenas, a las veinte horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 85413.—(98305).

Ante la notaría de la licenciada Leyden Briceño Bran, se constituyó la sociedad que se denominará El Atardecer de Playa Potrero Sociedad Anónima. La representación le corresponderá al presidente y tesorero. Es todo.—Guanacaste, cinco de octubre del dos mil seis.—Lic. Leyden Briceño Bran, Notaria.—1 vez.—Nº 85418.—(98306).

Ante el notario Fernando Mena Alvarado, notario público con oficina en Grecia, de fecha diecisiete de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad de Responsabilidad Limitada Drafild S. R. L. El plazo de la sociedad es de 99 años, contados a partir del 17 de octubre del 2006. El domicilio social será en San Juan de Grecia, Alajuela, 600 metros este de la escuela. El objeto de la sociedad: agricultura, comercio. Presidente: Dagoberto Alfaro Hidalgo, cédula Nº 2-426-304.—Lic. Fernando Mena Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 85419.—(98307).

Por escritura otorgada a las 14:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Equimusa Equipos Mundiales Sociedad Anónima. Representada por su presidente y vicepresidente con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 25 de octubre del 2006.—Lic. Freddy Abarca Alpízar, Notario.—1 vez.—Nº 85421.—(98308).

Jimmy Francisco Salas Velásquez, Ana Rosario Pereira Carames y María Gabriela Salas Velásquez constituyen la sociedad JSV Servicio Automotriz de Tibás Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las siete horas del catorce de junio del dos mil seis.—Lic. Teresita Calvo Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 85422.—(98309).

Por escritura otorgada ante la notaria Grace Morales Vargas, número ciento cuarenta y cuatro, de las diez horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se protocolizó acta de La Casona de San Carlos S. A. Se cambia junta directiva y se modifica cláusula segunda del pacto constitutivo.—Ciudad Quesada, veinticuatro de octubre del dos mil seis.—Lic. Grace Morales Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 85423.—(98310).

Por escritura número setenta y nueve, otorgada por la suscrita notaria, a las 11:00 horas del 12 de agosto del 2006, Danny Aguilar Picado, cédula Nº 2-491-657, vende la sociedad A.V. Farmacia Boca de Arenal S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-432223, inscrita en la Sección de Mercantil del Registro Público, al tomo 561, asiento 3819, consecutivo 1 y el negocio comercial Farmacia Boca de Arenal, sita en Boca de Arenal de San Carlos a favor de Sandra Guzmán Mena, cédula Nº 2-385-458 y María Lourdes Araya Mena, cédula Nº 2-581-722.—Ciudad Quesada, 25 de octubre del 2006.—Lic. Grace Morales Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 85424.—(98311).

Por escritura otorgada ante mí en San José, a las catorce horas del día veintidós de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad Naranjo Vargas S. A. Domicilio: Curridabat. Plazo social: noventa y nueve años. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Lic. Luis Fernando Longan Phillips, Notario.—1 vez.—Nº 85425.—(98312).

Mediante escritura pública otorgada a las nueve horas del día veintitrés de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada The Scarlett Letter Limitada pudiendo abreviarse The Scarlett Letter Ltda. Capital social: diez mil colones. Presidente: Jorge Manuel Solís Barquero.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 85426.—(98313).

Mediante escritura pública otorgada a las nueve horas, quince minutos del día veintitrés de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Amatista Bridge Limitada pudiendo abreviarse Amatista Letter Ltda. Capital social: diez mil colones. Presidente: Jorge Manuel Solís Barquero.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 85427.—(98314).

Mediante escritura pública otorgada a las nueve horas, treinta minutos del día veintitrés de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Wisdom of God Limitada pudiendo abreviarse Wisdom of God Ltda. Capital social: diez mil colones. Presidente: Jorge Manuel Solís Barquero.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 85428.—(98315).

Mediante escritura pública otorgada a las nueve horas, cuarenta y cinco minutos del día veintitrés de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Kilimanjaro Hight Mountains Limitada pudiendo abreviarse Kilimanjaro Hight Mountains Ltda. Capital social: diez mil colones. Presidente: Jorge Manuel Solís Barquero.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 85429.—(98316).

Mediante escritura pública otorgada a las diez horas del día veintitrés de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Bekuo Galaxy Limitada pudiendo abreviarse Bekuo Galaxy Ltda. Capital social: diez mil colones. Presidente: Jorge Manuel Solís Barquero.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 85430.—(98317).

Mediante escritura pública otorgada a las diez horas, quince minutos del día veintitrés de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Purple Albaranda Limitada pudiendo abreviarse Purple Albaranda Ltda. Capital social: diez mil colones. Presidente: Jorge Manuel Solís Barquero.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 85431.—(98318).

Mediante escritura pública otorgada a las diez horas, cuarenta y cinco minutos del día veintitrés de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada The Black Horse Limitada pudiendo abreviarse The Black Horse Ltda. Capital social: diez mil colones. Presidente: Jorge Manuel Solís Barquero.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 85432.—(98319).

Mediante escritura pública otorgada a las once horas del día veintitrés de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Naboo Planet Limitada pudiendo abreviarse Naboo Planet Ltda. Capital social: diez mil colones. Presidente: Jorge Manuel Solís Barquero.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 85433.—(98320).

Mediante escritura pública otorgada a las once horas del día veintitrés de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada The Lobster’s Coast Limitada pudiendo abreviarse The Lobster’s Coast Ltda. Capital social: diez mil colones. Presidente: Jorge Manuel Solís Barquero.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 85434.—(98321).

Mediante escritura pública otorgada a las once horas, quince minutos del día veintitrés de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Ivory Treasure Limitada pudiendo abreviarse Ivory Treasure Ltda. Capital social: diez mil colones. Presidente: Jorge Manuel Solís Barquero.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 85435.—(98322).

Mediante escritura pública otorgada a las once horas, treinta minutos del día veintitrés de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada The Walnuts Limitada pudiendo abreviarse The Walnuts Ltda. Capital social: diez mil colones. Presidente: Jorge Manuel Solís Barquero.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 85436.—(98323).

Mediante escritura pública otorgada a las once horas, treinta minutos del día veintitrés de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Twelve Oaks Limitada pudiendo abreviarse Twelve Oaks Ltda. Capital social: diez mil colones. Presidente: Jorge Manuel Solís Barquero.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 85437.—(98324).

Mediante escritura pública otorgada a las trece horas del día veintitrés de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Mountain of Spices Limitada pudiendo abreviarse Mountain of Spices Ltda. Capital social: diez mil colones. Presidente: Jorge Manuel Solís Barquero.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 85438.—(98325).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las siete horas del día veinticuatro de octubre, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Productos Informáticos para El Desarrollo Prides Sociedad Anónima.—Heredia, 24 de octubre del 2006.—Lic. Óscar Alberto Arias Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 85439.—(98326).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las siete horas, treinta y cinco minutos del día veinticuatro de octubre, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Tecnosistemas Pridessa Sociedad Anónima.—Heredia, 24 de octubre del 2006.—Lic. Óscar Alberto Arias Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 85440.—(98327).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas, diez minutos del día veinticuatro de octubre, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inmobiliaria Prides Sociedad Anónima.—Heredia, 24 de octubre del 2006.—Lic. Óscar Alberto Arias Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 85441.—(98328).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas, cuarenta minutos del día veinticuatro de octubre, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Medisys Software Sociedad Anónima.—Heredia, 24 de octubre del 2006.—Lic. Óscar Alberto Arias Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 85442.—(98329).

Por escritura número ciento noventa y tres de las diez horas, cuarenta minutos del día cuatro de octubre del dos mil seis, se protocolizó acta de la asamblea Sali Compañía Uno Cinco Sociedad Anónima. En donde se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—San José, cuatro de octubre del dos mil seis.—Lic. Alexánder Calderón Mora, Notario.—1 vez.—Nº 85443.—(98330).

Al ser las catorce horas del veintiuno de octubre del dos mil seis, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la entidad denominada Tiempo Azul Limitada. Se reforma la cláusula sexta y se nombran gerentes.—Lic. Allan Garro Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 85444.—(98331).

El suscrito notario, hace constar que según escritura número ciento siete-cuatro, visible al folio noventa y siete vuelto, del tomo cuatro de mi protocolo, fechada diecinueve de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad Palma Triangular LLC Limitada. En la cual funge como gerente Robert Edwin Pols, nacionalidad estadounidense, vecino de Puntarenas, Parrita, Esterillos Este, Hotel Pelicano, pasaporte de su país número uno uno uno tres seis dos cero seis dos. Es todo.—San José, diecinueve de octubre del dos mil seis.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—Nº 85445.—(98332).

Por escritura Nº 79 del 24 de octubre del 2006, se reformó la cláusula segunda sobre el domicilio en la sociedad denominada Aberdeen Angus S. A., cédula jurídica Nº 3-101-384046.—Jacó, 24 de octubre del 2006.—Lic. Saúl González Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 85448.—(98333).

Constitución de sociedad, Damaris Coto Chacón, mayor, casada una vez, secretaria, portadora de la cédula de identidad uno-quinientos noventa y ocho-trescientos siete, vecina de la misma dirección y Maureen Coto Chacón, soltera, contadora, portadora de la cédula de identidad uno-ochocientos cuarenta y seis-quinientos setenta y nueve, vecina de Cartago, Agua Caliente, Urbanización Cocorí, cincuenta metros sur de la iglesia católica, constituyen Nicodhem Internacional Sociedad Anónima, que es  nombre  de  fantasía, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras en S. A. El domicilio social será en ciudad de Cartago, Alto de Ochomogo, un kilómetro al norte de RECOPE. El capital social es de cien mil colones, con cien acciones comunes y nominativas con un valor de mil colones cada una.—Lic. Dioney Barrett Bryan, Notario.—1 vez.—Nº 85454.—(98334).

Constitución de la sociedad Lot Uba Coto, mayor, soltero, Ingeniero Civil, portador de la cédula de identidad número uno-mil ciento cincuenta y siete-seiscientos treinta, vecino de la ciudad de Cartago, Alto de Ochomogo, un kilómetro al norte de RECOPE, y Damaris Coto Chacón, mayor, casada una vez, secretaria, portadora de la cédula de identidad número uno-quinientos noventa y ocho-trescientos siete, vecina de la misma dirección, constituyen Grupo Otocabutol Internacional Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras en S. A. El domicilio social será en la ciudad de Cartago, Alto de Ochomogo, un kilómetro al norte de RECOPE. El capital social es de cien mil colones, con cien acciones comunes y nominativas con un valor de mil colones cada una.—Lic. Dioney Barrett Bryan, Notario.—1 vez.—Nº 85455.—(98335).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:30 horas del 21 de octubre del 2006, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Shobag Sociedad Anónima. Según la cual se reforma la cláusula segunda y sexta del pacto constitutivo, se acepta la renuncia de toda la junta directiva y del fiscal y se hacen nuevos nombramientos.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 85456.—(98336).

Por escritura otorgada a las nueve horas de hoy se protocolizó en lo conducente el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Agrosuperior Sociedad Anónima. Mediante la cual se reforma la cláusula decimoquinta del pacto constitutivo, se revocan dos poderes generalísimos sin límite de suma, se nombra gerente general de la compañía y se hace nuevo nombramiento de primer director de la junta directiva.—San José, veinticinco de octubre del dos mil seis.—Lic. Bernal Chavarría Soley, Notario.—1 vez.—Nº 85458.—(98337).

Por escritura otorgada ante mí, el 18 de octubre del 2006, se constituyó la sociedad Gurundanga S. A. Capital social: 100.000,00 colones, totalmente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—Lic. Mauricio Martínez Parada, Notario.—1 vez.—Nº 85462.—(98338).

Ante mi notaría, a las 12:00 horas del día 14 de agosto del 2006, se protocolizó acta de asamblea general de Maderas de Tucurrique S. A. En donde se reforma la cláusula sexta.—San José, 14 de agosto del 2006.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—Nº 85465.—(98339).

Asamblea extraordinaria de accionistas de Muebles de Nazareno y Sol S. A. Se reforma la cláusula sexta: segunda del domicilio, cuarta del capital social y sexta de la administración. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Se nombra junta directiva y agente residente. Escritura otorgada en San José, a las dieciocho horas del veintitrés de octubre del dos mil seis.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—Nº 85468.—(98340).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día de hoy la compañía de esta plaza Praveti S. A. modificó cláusula novena del pacto social.—San José, 19 de octubre del 2006.—Lic. Kattya Villegas Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 85469.—(98341).

Por escritura otorgada en mí notaría, a las doce horas del veintitrés de octubre del dos mil seis, Pedro Alfaro Godoy, Floribeth Cruz Cruz y Jazmín Alfaro Ruiz, constituyen Alfaro Cruz e Hijos Sociedad Anónima. Domiciliada en San Pablo de Nandayure, cien metros norte de la plaza. Su capital social es de cien mil colones, representados por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Su objeto es el comercio en general, la agricultura, la industria, la ganadería, comercialización de productos marinos y para la pesca y transacción de bienes. Administrada por una junta directiva formada por presidente, secretario y tesorero. La representación le corresponde al presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidenta: Floribeth Cruz Cruz.—Lic. Ladislao Wilber Calderón Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 85470.—(98342).

El suscrito notario hace constar que mediante escritura otorgada a las dieciséis horas del día de hoy, Ana Leal Rodríguez, Mario Ulate Vázquez y Ana María Ulate Vázquez, constituyen Luminica Industrial Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar sus últimas dos palabras en S.A. Presidente y secretario con plenos poderes. Capital social: de un millón de colones, totalmente suscrito y pagado. Domicilio: El Roble de Puntarenas. Objeto: la fabricación industrial y comercialización de velas decorativas, así como el ejercicio del comercio, industria, etc.—San José, veinte de octubre del dos mil seis.—Lic. Ricardo Guardia Vázquez, Notario.—1 vez.—Nº 85471.—(98343).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 27 de setiembre del 2006, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Virginia de Guanacaste S. A. Donde se modifica cláusula quinta de los estatutos para aumentar el capital social.—Palmares, 25 de octubre del 2006.—Lic. Roy Sancho López, Notario.—1 vez.—Nº 85478.—(98344).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del hoy, protocolicé acuerdos de Distribuidora Textil Internacional ABYC S. A. Por los que se reforma cláusula de los estatutos.—San José, 26 de octubre del 2006.—Lic. Eugenio Francisco Jiménez Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 85479.—(98345).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del hoy, protocolicé acuerdos de Central Nacional de Camisetas ABYC S. A. Por los que se reforma cláusula de los estatutos.—San José, 25 de octubre del 2006.—Lic. Eugenio Francisco Jiménez Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 85480.—(98346).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del hoy, protocolicé acuerdos de El Mundo del Punto S. A. Por los que se reforman dos cláusulas de los estatutos.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Eugenio Francisco Jiménez Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 85481.—(98347).

Por escritura otorgada a las dieciocho horas del veintidós de setiembre del dos mil seis, ante el notario público Audrys Esquivel Jiménez se constituyó la sociedad denominada MM Rodríguez Mora S.A.—Santa Ana, veintidós de setiembre del dos mil seis.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 85483.—(98348).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las trece horas del veintiséis de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad Operaciones Constructivas Sánchez y Herrera Sociedad Anónima. Apoderado con la representación judicial y extrajudicial el presidente: Pablo Andrés Sánchez Campos. Plazo: noventa y nueve años. Domiciliada en Heredia.—Heredia, veintiséis de octubre del dos mil seis.—Lic. Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1 vez.—Nº 85484.—(98349).

El notario Allan Binns Monge, otorgó escritura a las dieciséis horas, cincuenta y cuatro minutos del 17 de octubre del 2006, por medio de la cual se constituye Grupo Camazara y Asociados S. A. Siendo los representantes legales Yerlim Zárate Quirós, cédula Nº 1-896-182, y Enrique Camareno Aguilar, cédula Nº 1-841-504. El capital social es de diez mil colones y el plazo social es de noventa y nueve años. Es todo.—San José, 25 de octubre del 2006.—Lic. Allan Binns Monge, Notario.—1 vez.—Nº 85485.—(98350).

Por escritura número veintisiete otorgada a las trece horas del veinticinco de octubre del dos mil seis, se constituye la sociedad Sisalogistic Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada. Peter Scholten nombrado gerente.—San José, 25 de octubre del 2006.—Lic. Henry Rodríguez Moreno, Notario.—1 vez.—Nº 85486.—(98351).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del día diecisiete de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Tierra Prometida B.V. S. A. La presidenta tiene la representación de la sociedad. Capital social: diez mil colones.—San José, 26 de octubre del 2006.—Lic. Ana Lorena Gamboa Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº 85487.—(98352).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad National Geografic S. A. Se modifican cláusulas primera, segunda y tercera del pacto social. En adelante la razón social será Fiduciaria Durán Avilés Sociedad Anónima. Presidenta: Bárbara Durán Avilés. Escritura otorgada en San José, a las 17:00 horas del 20 de octubre del 2006.—Lic. Luis Enrique Moya Salgado, Notario.—1 vez.—Nº 85488.—(98353).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 9 de octubre del 2006, ante esta notaría, se constituyó una sociedad anónima sin nombre de acuerdo al Decreto Ejecutivo Nº 33171-J, publicado en La Gaceta Nº 114 del 14 de junio del 2006. Con domicilio en El Llano de San Miguel de Desamparados.—Lic. Maritza Muñoz Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 85489.—(98354).

Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público en San Isidro de Pérez Zeledón, a las once horas del día doce de octubre del dos mil seis, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Lake Superior Investments Sociedad Anónima. Por medio de la cual se acuerda revocar los nombramientos del presidente, secretario y tesorero, de la junta directiva, realizar nuevos nombramientos en dichos cargos, se acuerda revocar el nombramiento del fiscal de la sociedad y realizar nuevo nombramiento en dicho cargo.—San Isidro de Pérez Zeledón, doce de octubre del dos mil seis.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 85490.—(98355).

Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público en San Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas del día trece de octubre del dos mil seis, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Balzar Hills Investments Sociedad Anónima. Por medio de la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta del pacto social, revocar los nombramientos del presidente, secretario y tesorero, de la junta directiva, realizar nuevos nombramientos en dichos cargos, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente de la sociedad, y realizar nuevo nombramiento en dicho cargo.—San Isidro de Pérez Zeledón, trece de octubre del dos mil seis.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 85491.—(98356).

Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público en San Isidro de Pérez Zeledón, a las nueve horas del día trece de octubre del dos mil seis, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de socios de Balzar River Holdings Sociedad Anónima. Por medio de la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta del pacto social, revocar los nombramientos del presidente, secretario y tesorero, de la junta directiva, realizar nuevos nombramientos en dichos cargos, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente de la sociedad, y realizar nuevo nombramiento en dicho cargo.—San Isidro de Pérez Zeledón, trece de octubre del dos mil seis.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 85492.—(98357).

Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público en San Isidro de Pérez Zeledón, a las diez horas del día trece de octubre del dos mil seis, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de The Big Jawed Sawyer Beetle Investments Sociedad Anónima. Por medio de la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta del pacto social, revocar los nombramientos del presidente, secretario y tesorero, de la junta directiva, realizar nuevos nombramientos en dichos cargos, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente de la sociedad y realizar nuevo nombramiento en dicho cargo.—San Isidro de Pérez Zeledón, trece de octubre del dos mil seis.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 85493.—(98358).

El día de hoy en mí notaría, debidamente comisionada para este acto, he protocolizado acta de asamblea extraordinaria de socios de Compañía Univalores S. A. Donde se modifica el domicilio social, la cláusula novena del estatuto de constitución y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—Diecinueve de octubre del dos mil seis.—Lic. María Rosa Castro García, Notaria.—1 vez.—Nº 85494.—(98359).

El día de hoy en mí notaría, debidamente comisionada para este acto, he protocolizado acta de asamblea extraordinaria de socios de Agropecuaria Vacuro S. A. Donde se modifica el domicilio social, la cláusula sétima del estatuto de constitución y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—Diecinueve de octubre del dos mil seis.—Lic. María Rosa Castro García, Notaria.—1 vez.—Nº 85495.—(98360).

El día de hoy en mí notaría, debidamente comisionada para este acto, he protocolizado acta de asamblea extraordinaria de socios de Molinos El Porvenir S. A. Donde se modifica el domicilio social, la cláusula sexta del estatuto de constitución y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—Diecinueve de octubre del dos mil seis.—Lic. María Rosa Castro García, Notaria.—1 vez.—Nº 85496.—(98361).

El suscrito notario Salvador H. Calderón Alvarado, hago constar que a las diecinueve horas del diecinueve de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad Frank & Frank of California S. A. Con un capital de cien mil colones. Plazo: noventa y nueve años, a partir de la constitución. Presidente y tesorero con las facultades de apoderados generalísimos, actuando en separado.—San José, diecinueve de octubre del dos mil seis.—Lic. Salvador H. Calderón Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 85497.—(98362).

Por escritura otorgada a las 11:00 horas del día 14 de octubre del 2006, se constituyó la sociedad denominada Bienes Inmuebles Krisland Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Apoderados generalísimos sin límite de suma, presidente y secretario, actuando únicamente en forma conjunta. Domicilio social: ciudad de Heredia, cantón Central, distrito Mercedes Sur, 150 metros al norte y 250 metros al oeste de la Escuela Cubujuquí.—Alajuela, 25 de octubre del 2006.—Lic. Cynthia Sandoval Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº 85498.—(98363).

La empresa Kaylu Sociedad Anónima, modifica la cláusula quinta de los estatutos, aumentando el capital y nombra nueva junta directiva por el resto del plazo social. Por escritura número setenta y cinco de las diez horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, en el tomo primero del protocolo de la notaria pública Marlyn Bendaña Valverde.—Lic. Marlyn Bendaña Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 85500.—(98364).

Por escritura número treinta y cinco, otorgada ante esta notaría, a las quince horas del primero de agosto del dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Soluciones Pos Sociedad Anónima. Mediante la cual se reformaron las cláusulas dos y seis, referente al domicilio y administración.—Lic. Alejandro Goicuría Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 85501.—(98365).

Por escritura otorgada ante mí Nidia Arias Vindas, a las 17:00 horas del 17 de octubre del 2006, se constituyó Frandima Hermanos S. A. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Presidente: Álvaro José Vindas Fournier.—Flores, 25 de octubre del 2006.—Lic. Nidia Arias Vindas, Notaria.—1 vez.—Nº 85502.—(98366).

Ante esta notaría, a las nueve horas con cinco minutos del día trece de octubre del dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Business Steps BSNW S. A., con cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos dos mil trescientos veintinueve. Mediante la cual se modifica la cláusula tercera en cuanto al domicilio y se cambia junta directiva.—San José, 25 de octubre del 2006.—Lic. María Lucrecia Quesada Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 85504.—(98367).

Por escritura otorgada a las 9:00 horas del día de hoy, protocolicé modificación de cláusulas II, VI, VII y VIII, de estatutos de Inmobiliaria El Bosque S. A. Se reestructura junta directiva y fiscal.—San José, 23 de octubre del 2006.—Lic. José Antonio Gómez Cortés, Notario.—1 vez.—Nº 85506.—(98368).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 8:00 horas del 25 de octubre del 2006, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Rosaliz S. A. En la que se reformaron las cláusulas primera, cuarta y novena de los estatutos sociales y se nombraron puestos en la junta directiva.—Heredia, 25 de octubre del 2006.—Lic. Edwin Astúa Porras, Notario.—1 vez.—Nº 85511.—(98369).

Asamblea general extraordinaria de socios de Inmobiliaria Taos Limitada, donde se reforma el objeto, y se autoriza a los socios a gravar bienes. Escritura otorgada en San José, a las quince horas del diez de octubre del dos mil seis.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Ricardo Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 85512.—(98370).

Ante mí, notario público, siendo las 12:00 horas del día 12 de octubre del 2006, se constituyó la sociedad Gemelos Sociedad Anónima.—San José, 27 de octubre del 2006.—Lic. Javier Solís Ordeñana, Notario.—1 vez.—Nº 85514.—(98371).

Ante mí, notario público, siendo las 12:00 horas del día 3 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad Honchito y Bobo S. A. Con un capital social totalmente pagados y cancelados.—San José, 31 de agosto del 2006.—Lic. Javier Solís Ordeñana, Notario.—1 vez.—Nº 85515.—(98372).

Por escrituras otorgadas ante el suscrito notario a las 8:00 horas y 8:30 horas de hoy se constituyeron las sociedades Turru Sesenta y Uno Sociedad Anónima y Veinticuatro Noventa Sociedad Anónima respectivamente. Objeto: actividades comerciales e industriales en general. Plazo: noventa y nueve años. Capital: doscientos cuarenta mil colones suscrito y pagado. Presidente: Enrique Herrero Peñuela.—San José, 25 de octubre del 2006.—Lic. Adolfo Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 85517.—(98373).

Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público, en San Isidro de Pérez Zeledón, a las once horas del día trece de octubre del dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de The Wolf Spider Investments Sociedad Anónima. Por medio de la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta del pacto social, revocar los nombramientos del presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, realizar nuevos nombramientos en dichos cargos, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente de la sociedad, y realizar nuevo nombramiento en dicho cargo.—San Isidro de Pérez Zeledón, trece de octubre del dos mil seis.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 85518.—(98374).

Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público, en San Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas del día dieciséis de octubre del dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Paradise Rentals and Properties Managment Sociedad Anónima. Por medio de la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta del pacto social, revocar los nombramientos del presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, realizar nuevos nombramientos en dichos cargos, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente de la sociedad, y realizar nuevo nombramiento en dicho cargo.—San Isidro de Pérez Zeledón, dieciséis de octubre del dos mil seis.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 85519.—(98375).

Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público, en San Isidro de Pérez Zeledón, a las nueve horas del día dieciséis de octubre del dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de King Vulture Balzar Investments Sociedad Anónima. Por medio de la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta del pacto social, revocar los nombramientos del presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, realizar nuevos nombramientos en dichos cargos, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente de la sociedad, y realizar nuevo nombramiento en dicho cargo.—San Isidro de Pérez Zeledón, dieciséis de octubre del dos mil seis.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 85520.—(98376).

Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público, en San Isidro de Pérez Zeledón, a las diez horas del día dieciséis de octubre del dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Canis Latrans Investments Sociedad Anónima. Por medio de la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta del pacto social, revocar los nombramientos del presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, realizar nuevos nombramientos en dichos cargos, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente de la sociedad, y realizar nuevo nombramiento en dicho cargo.—San Isidro de Pérez Zeledón, dieciséis de octubre del dos mil seis.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 85521.—(98377).

Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público, en San Isidro de Pérez Zeledón, a las catorce horas del día dieciocho de octubre del dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de The Gray Coyote Investments Sociedad Anónima. Por medio de la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta del pacto social, revocar los nombramientos del presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, realizar nuevos nombramientos en dichos cargos, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente de la sociedad, y realizar nuevo nombramiento en dicho cargo.—San Isidro de Pérez Zeledón, dieciocho de octubre del dos mil seis.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 85522.—(98378).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria pública Karen Zúñiga Berrios, a las doce horas, treinta minutos del diecisiete de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Grupo Familiar Humphrey Leopold Playa Negra Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Nicoya, diecisiete de octubre del dos mil seis.—Lic. Karen Zúñiga Berrios, Notaria.—1 vez.—Nº 85524.—(98379).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó sociedad denominada Servicios Legales Administrativos Sociedad Anónima. Domicilio social: serán en Palmira de Carrillo, Guanacaste de la GAR, ciento veinticinco metros noroeste. Plazo social: 99 años. Objeto: el objeto de la sociedad será el de prestar servicios profesionales, la promoción y venta o arrendamiento de bienes muebles e inmuebles. Podrá realizar inversiones inmobiliarias, comercio en general, agricultura, ganadería y la industria.—San José, veintiséis de octubre del dos mil seis.—Lic. Sandra Vargas Paniagua, Notaria.—1 vez.—Nº 85525.—(98380).

Conste que hoy, ante este notario Confecciones Araya JR Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-136972, modifica domicilio social, situado en Curridabat.—San José, 18 de octubre del 2006.—Lic. Enrique D. Céspedes Salas, Notario.—1 vez.—Nº 85529.—(98381).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del veinticinco de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad Constructora Farog III Sociedad Anónima.—San José, 25 de octubre del 2006.—Lic. Ana María Faeth Mena, Notaria.—1 vez.—Nº 85530.—(98382).

El suscrito notario público, hace constar que el día de hoy ante esta notaría, se constituyó la sociedad Corporación Teules Internacional CTI Sociedad Anónima. Se nombra presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, pudiendo actuar individualmente.—San José, dieciocho de octubre del dos mil seis.—Lic. Yuri Herrera Ulate, Notaria.—1 vez.—Nº 85532.—(98383).

Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público, en San Isidro de Pérez Zeledón, a las quince horas del día dieciocho de octubre del dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de The Mottled Gecko Investments Sociedad Anónima. Por medio de la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta del pacto social, revocar los nombramientos del presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, realizar nuevos nombramientos en dichos cargos, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente de la sociedad y realizar nuevo nombramiento en dicho cargo.—San Isidro de Pérez Zeledón, dieciocho de octubre del dos mil seis.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 85533.—(98384).

Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público, en San Isidro de Pérez Zeledón, a las dieciséis horas del día dieciocho de octubre del dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Durango Scorpion Investments Sociedad Anónima. Por medio de la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta del pacto social, revocar los nombramientos del presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, realizar nuevos nombramientos en dichos cargos, revocar el nombramiento del fiscal, realizar nuevo nombramiento en dicho cargo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente de la sociedad y realizar nuevo nombramiento en dicho cargo.—San Isidro de Pérez Zeledón, dieciocho de octubre del dos mil seis.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 85534.—(98385).

Ante mí, Carlos Alberto Valenciano Kamer, notario público con oficina en San José, se constituyó la sociedad denominada Villegas de Liberia S. A. Capital social: un mil exactos. Plazo social: 99 años. Objeto: amplio. Representación: presidente. Escritura otorgada en San José, a las 10:00 horas del 4 de octubre del 2006.—San José, 4 de octubre del 2006.—Lic. Carlos Alberto Valenciano Kamer, Notario.—1 vez.—Nº 85535.—(98386).

Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público, en San Isidro de Pérez Zeledón, a las diecisiete horas del día dieciocho de octubre del dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de The Tiger Snake Investments Sociedad Anónima. Por medio de la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta del pacto social, revocar los nombramientos del presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, realizar nuevos nombramientos en dichos cargos, revocar el nombramiento del fiscal, realizar nuevo nombramiento en dicho cargo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente de la sociedad y realizar nuevo nombramiento en dicho cargo.—San Isidro de Pérez Zeledón, dieciocho de octubre del dos mil seis.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 85538.—(98387).

Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público, en San Isidro de Pérez Zeledón, a las siete horas del día diecinueve de octubre del dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Condominios Vista Real del Pacífico Sur Sociedad Anónima. Por medio de la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta del pacto social, revocar los nombramientos del presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, realizar nuevos nombramientos en dichos cargos, revocar el nombramiento del fiscal, realizar nuevo nombramiento en dicho cargo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente de la sociedad y realizar nuevo nombramiento en dicho cargo.—San Isidro de Pérez Zeledón, diecinueve de octubre del dos mil seis.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 85539.—(98388).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del trece de octubre del dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad La Primorosa International Investments P. I. Sociedad Anónima. Mediante la cual se nombra nuevo presidente y secretaria de la junta directiva y se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Playa Brasilito.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—Nº 85540.—(98389).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del doce de octubre del dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Guanes del Mirador Investments A.I. Sociedad Anónima. Mediante la cual se nombra nuevo presidente y secretaria de la junta directiva y se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Playa Brasilito.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—Nº 85541.—(98390).

Por escritura número sesenta y seis, otorgada en mí notaría, a las ocho horas del veinticinco de octubre del dos mil seis, se constituye la sociedad anónima denominada Vochoclub de Costa Rica, nombre de fantasía. Capital social: cien mil colones. Presidente: Johanns Montero Álvarez.; tesorero: Arnoldo Loaiza Coronado, ambos con facultades independientes de apoderados generalísimos sin límite de suma. Agente residente: Fabricio Alberto Arauz Rodríguez. Domicilio social: San Pedro de Montes de Oca, doscientos metros oeste y veinticinco metros sur de la esquina suroeste del Outlet Mall, San José.—Veinticinco de octubre del dos mil seis.—Lic. Fabricio Arauz Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 85542.—(98391).

Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público, en San Isidro de Pérez Zeledón, a las siete horas del día veinte  de octubre del dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de The Leaf Mantid Investments Sociedad Anónima. Por medio de la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta del pacto social, revocar los nombramientos del secretario y tesorero de la junta directiva, realizar nuevos nombramientos en dichos cargos, revocar el nombramiento del fiscal, realizar nuevo nombramiento en dicho cargo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente de la sociedad y realizar nuevo nombramiento en dicho cargo.—San Isidro de Pérez Zeledón, veinte de octubre del dos mil seis.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 85543.—(98392).

Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público, en San Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas del día veinte  de octubre del dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de The Green Vine Snake Investments Sociedad Anónima. Por medio de la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta del pacto social, revocar los nombramientos del secretario y tesorero de la junta directiva, realizar nuevos nombramientos en dichos cargos, revocar el nombramiento del fiscal, realizar nuevo nombramiento en dicho cargo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente de la sociedad y realizar nuevo nombramiento en dicho cargo.—San Isidro de Pérez Zeledón, veinte de octubre del dos mil seis.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 85544.—(98393).

Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público, en San Isidro de Pérez Zeledón, a las nueve horas del día veinte  de octubre del dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Paradise Brokers Sociedad Anónima. Por medio de la cual se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto social, revocar los nombramientos del secretario de la junta directiva, realizar nuevo nombramiento en dicho cargo, revocar el nombramiento del fiscal, realizar nuevo nombramiento en dicho cargo se acuerda revocar el nombramiento del agente residente de la sociedad y realizar nuevo nombramiento en dicho cargo.—San Isidro de Pérez Zeledón, veinte de octubre del dos mil seis.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 85545.—(98394).

Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público, en San Isidro de Pérez Zeledón, a las diecisiete horas, treinta minutos del día veinte de setiembre del dos mil seis, la señorita Andrea Madriz Segura y Laura Patricia Saborío Arias, constituyeron la sociedad anónima denominada Duck Araujo Group Investments Sociedad Anónima. Cuyo plazo social es de noventa y nueve años. Con domicilio social en San Isidro de Pérez Zeledón, provincia de San José, Barrio La Palma, doscientos metros al sur de la iglesia católica. Con lugar de reunión de la junta directiva en la misma dirección. La junta directiva de la compañía estará conformada por su presidente, secretaria y tesorero. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintidós de octubre del dos mil seis.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 85546.—(98395).

Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público, en San Isidro de Pérez Zeledón, a las dieciséis horas del día veinte de setiembre del dos mil seis, las señoritas Andrea Madriz Segura y Laura Patricia Saborío Arias, constituyeron la sociedad anónima denominada The Fathers Investments Sociedad Anónima. Cuyo plazo social es de noventa y nueve años. Con domicilio social en San Isidro de Pérez Zeledón, provincia de San José, Barrio La Palma, doscientos metros al sur de la iglesia católica. La junta directiva de la misma estará conformada por su presidente, secretaria y tesorero. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintidós de octubre del dos mil seis.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 85547.—(98396).

Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público, en San Isidro de Pérez Zeledón, a las dieciséis horas, treinta minutos del día veinte de setiembre del dos mil seis, las señoritas Andrea Madriz Segura y Laura Patricia Saborío Arias, constituyeron la sociedad anónima denominada The American Villa Investments Sociedad Anónima. Cuyo plazo social es de noventa y nueve años. Con domicilio social en San Isidro de Pérez Zeledón, provincia de San José, Barrio La Palma, doscientos metros al sur de la iglesia católica. La junta directiva de la misma estará conformada por su presidente, secretaria y tesorero. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintidós de octubre del dos mil seis.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 85548.—(98397).

Ante mí Wagner Bocker Barrantes, notario público, se constituyó la sociedad denominada Shaqued Boutique A Y D Sociedad Anónima. Con un plazo social de noventa y nueve años, a partir del veintiocho de setiembre del dos mil seis, conformado por un capital social de diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente el señor: Axia Montes Ramírez.—Pérez Zeledón, a las nueve horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis.—Lic. Wagner Bocker Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 85549.—(98398).

Ante mí Wagner Bocker Barrantes, notario público, se constituyó la sociedad denominada Centro de Restauración Golfovisión Sociedad Anónima. Con un plazo social de noventa y nueve años, a partir del veintitrés de octubre del dos mil seis, conformado por un capital social de doce mil colones, representado por doce acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente el señor: Asdrúbal Rodríguez Orozco.—Pérez Zeledón, a las ocho horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis.—Lic. Wagner Bocker Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 85550.—(98399).

Ante mí Wagner Bocker Barrantes, notario público, se constituyó la sociedad denominada Transporte Prado y Bolaños S Y N Sociedad Anónima. Con un plazo social de noventa y nueve años, a partir del diecisiete de octubre del dos mil seis, conformado por un capital social de diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente el señor Rigoberto Prado Retana.—Pérez Zeledón, a las ocho horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis.—Lic. Wagner Bocker Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 85551.—(98400).

En mí notaría, se constituyó la sociedad denominada Prisomas Transportes Generales Sociedad Anónima. Presidente: Eliécer Granados Moya, cédula de identidad Nº 3-228-143. Capital social: diez mil colones. Domicilio: Paraíso, Cartago, del Restaurante Continental 250 metros al sur. Escritura Nº 285 de las 18:00 horas del 4 de octubre del 2006, visible al folio 113 frente y vuelto tomo 6 de mi protocolo.—Lic. Alexis Elizondo Campos, Notario.—1 vez.—Nº 85552.—(98401).

Por escritura otorgada en San José, a las catorce horas del veinticinco de octubre del dos mil seis, se protocoliza acta de liquidación de la firma AG Travesías del Oeste Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cincuenta cuatrocientos diecisiete, ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo.—San José, a las ocho horas del veintiséis de octubre del dos mil seis.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—Nº 85553.—(98402).

Se constituye la entidad denominada Security Advisor of Costa Rica Sociedad Anónima, en español Consultores de Seguridad de Costa Rica S. A. Presidente: Edgar Fernández Guillén. Escritura otorgada a las 9:00 horas del 23 de octubre del 2006.—Lic. Carlos Barrantes Méndez, Notario.—1 vez.—Nº 85554.—(98403).

Por escritura otorgada ante el notario público José Rafael Fernández Quesada, a las 16:00 horas del día 24 de octubre del 2006, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socias de la compañía Partners Roca Bruja R B Sociedad Anónima. Mediante la cual se acordó reformar las cláusulas primera y sexta del pacto constitutivo.—San José, 26 de octubre del 2006.—Lic. José Rafael Fernández Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 85555.—(98404).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día tres de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Strategic Analysis Group Limitada.—Tamarindo, nueve de octubre del dos mil seis.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—Nº 85556.—(98405).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas con veinte minutos del día diecisiete de octubre del dos mil seis, protocolicé el acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Tamarindo Investments F-Six Limitada, en la cual se adicionó una cláusula al pacto constitutivo, referente al agente residente.—Tamarindo, diecisiete de octubre del dos mil seis.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—Nº 85557.—(98406).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del día diecisiete de octubre del dos mil seis, protocolicé el acta número dos de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Tamarindo Investments N-Fourteen Limitada, en la cual se reformó la cláusula octava, de la administración.—Tamarindo, diecisiete de octubre del dos mil seis.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—Nº 85558.—(98407).

En esta notaría, a las once horas del dos de mayo del dos mil seis, mediante la escritura número ciento setenta y seis, visible al folio ciento sesenta y nueve frente y vuelto del tomo treinta y nueve, se protocolizó acta de la sociedad Agrícola Santa Sofía Sociedad Anónima. En donde se modifica la cláusula segunda y sexta del pacto social constitutivo.—San José, veinticuatro de octubre del dos mil seis.—Lic. Esther Valverde Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 85559.—(98408).

Por escritura número ochenta y ocho-cuatro, del 24 de octubre del 2006, se constituye ante esta notaría, Agrovit Riegos Sociedad Anónima.—25 de octubre del 2006.—Lic. Nicole Preinfalk Lavagni, Notario.—1 vez.—Nº 85561.—(98409).

Ante esta notaría, al ser las once horas, diez minutos del veinticinco de octubre del dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea de cuotistas de la sociedad de esta plaza Meliades de Los Fresnos Limitada. Donde se acordó modificar la cláusula octava de la administración, se nombra se destituye al gerente y al subgerente y se nombra un nuevo gerente. Gerente: Sebastiaan Rogier Pecher.—San José, veinticinco de octubre del dos mil seis.—Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado, Notario.—1 vez.—Nº 85563.—(98410).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye la compañía Tropical Ice Cream S. A., nombre que traducido al español significa Helado Tropical. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: San José. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma. Escritura otorgada en San José, a las nueve horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis.—Lic. William Guido Madriz, Notario.—1 vez.—Nº 85564.—(98411).

Por medio de escritura Nº 3-41, otorgada a las 15.00 horas del día 11 de octubre del 2006, se protocolizó acta de la asociación Vida Marina del Sur. Por medio de la cual se otorga poder general sin límite de suma a la señorita Denise Echeverría Robert. Es todo.—San José, 25 de octubre del 2006.—Lic. Roberto Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 85568.—(98412).

Por escritura otorgada a las once horas del primero de agosto del dos mil seis, ante el notario Mario Céspedes Alvarado, se constituye la sociedad denominada Economy Center Sociedad Anónima. Con un plazo de noventa y nueve años.—San José, 15 de octubre del 2006.—Lic. Mario Céspedes Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 85569.—(98413).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las quince horas del primero de agosto del dos mil seis, ante el notario Mario Céspedes Alvarado, se constituye la sociedad denominada Centro de Inversiones Olmam Sociedad Anónima. Con un plazo de noventa y nueve años. Es todo.—San José, 15 de octubre del 2006.—Lic. Mario Céspedes Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 85570.—(98414).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las ocho horas del dieciocho de setiembre del dos mil seis, ante el notario Mario Céspedes Alvarado, se constituye la sociedad denominada Llatco Comercial Costa Rica Sociedad Anónima. Con un plazo de noventa y nueve años.—San José, 15 de octubre del 2006.—Lic. Mario Céspedes Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 85571.—(98415).

Por escritura otorgada ante mi notaría, en Tres Ríos a las 19:00 horas del 25 de octubre del 2006, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de la compañía Valycon de Centroamérica S. A. En la que se reforma la cláusula segunda de la escritura constitutiva, modificando el domicilio.—Lic. Catalina Villalobos Calderón, Notaria.—1 vez.—Nº 85572.—(98416).

En esta notaría, se procedió a constituir la sociedad denominada Harare & Frontón Sociedad Anónima. Domiciliada en Cartago, Taras, Urbanización Nueva Metrópoli, casa ciento veintiséis, representada por el presidente y secretario de la junta directiva.—San José, dieciocho de setiembre del dos mil seis.—Lic. Herman Mora Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 85575.—(98417).

Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, según la cual la sociedad Hacienda El Poró Negro S. A. Reforma las cláusulas segunda y sexta, elimina la cláusula duodécima de los estatutos, revoca el nombramiento del agente residente y nombra nueva junta directiva y fiscal de la sociedad.—San José, veinticinco de octubre del dos mil seis.—Lic. María Chaves Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 85579.—(98418).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las trece horas del día veinticuatro de octubre del dos mil seis, se protocoliza el acta de asamblea general ordinaria-extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Inversiones W.L. Armen Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y dos mil uno, mediante la cual se reforma la cláusula segunda y octava de los estatutos sociales y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, veinticuatro de octubre del dos mil seis.—Lic. Fausto González Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 85582.—(98420).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Group Spa S. A. Domicilio: San José, Escazú, Urbanización Trejos Montealegre, del Vivero Exótica, ochocientos sesenta metros al norte. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Objeto: importación y distribución de productos cosméticos. Presidente: Paul Raminfar Marton.—San José, 19 de octubre del 2006.—Lic. Vera Violeta Jiménez Roldán, Notaria.—1 vez.—Nº 85583.—(98421).

Mediante escritura número ciento treinta y nueve, otorgada ante esta notaría, a las doce horas del veinticinco de octubre del dos mil seis, protocolicé acta general extraordinaria de accionistas de Castillos de Wuppertal Sociedad Anónima. En la cual se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo relativa al nombre, que se cambia por Servicios Administrativos Wuppertal S. A. y cláusula sétima. Se revoca y se nombra nuevo presidente.—Cartago, veinticinco de octubre del dos mil seis.—Lic. Lineth Magali Fallas Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 85584.—(98422).

Mediante escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 8:30 horas del día 19 de octubre del 2006, se constituyó la sociedad Pedriatric Services MED PED A. S. L. Sociedad Anónima.—San José, 25 de octubre del 2006.—Lic. Kattya Marcela Mejías Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 85586.—(98423).

Mediante escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 8:00 horas del día 19 de octubre del 2006, se constituyó la sociedad Pedriatric Services A. S. L. S. A..—San José, 25 de octubre del 2006.—Lic. Kattya Marcela Mejías Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 85587.—(98424).

Ante esta notaría, a las 12:00 horas del 1º de setiembre del 2006, se constituyó la sociedad Transportes Cessa de C. R. S. A. Capital social: 30.000,00 colones. Plazo: 99 años. Domicilio: San José, Pavas, Rohrmoser de la Farmacia Fischel 50 metros oeste y 50 metros norte. Es todo.—San José, 25 de octubre del 2006.—Lic. Mario Alberto Piña Líos, Notario.—1 vez.—Nº 85589.—(98425).

Albino Gerardo Carranza Alvarado y Yenori González Anchía, constituyen Alye Celeste Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Abangares a las 12:00 horas del 20 de junio del 2006, ante el notario Ronald Wong Li. Presidente: Albino Gerardo Carranza Alvarado.—Lic. Ronald Wong Li, Notario.—1 vez.—Nº 85590.—(98426).

Ante esta notaría, a las 18:00 horas del 25 de octubre del 2006, por escritura otorgada, se constituyó la sociedad anónima Costa Rica Best Realty S. A.—San José, octubre del 2006.—Lic. Grace Delgado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 85591.—(98427).

En mí notaría, a las veintiún horas del veinticuatro de julio del dos mil seis, se constituyó la compañía Tres Arroyos S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: cien mil colones.—Lic. Federico Gutiérrez Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 85592.—(98428).

Mediante escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las diez horas del dieciocho de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada D.V. Delovos S. A. Plazo social: noventa y nueve años.—San Ramón, veinticinco de octubre del dos mil seis.—Lic. María del Milagro Arguedas Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 85593.—(98429).

Mediante escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las diecisiete horas cincuenta y cinco minutos del día diecisiete de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Agrícola Ríos del Norte Occidente S. A. Plazo social: noventa y nueve años.—San Ramón, veinticinco de octubre del dos mil seis.—Lic. María del Milagro Arguedas Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 85594.—(98430).

Mediante escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las dieciséis horas del día diecisiete de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Transportes Mauji de Occidente S. A. Plazo social: noventa y nueve años.—San Ramón, veinticinco de octubre del dos mil seis.—Lic. María del Milagro Arguedas Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 85595.—(98431).

Ante esta notaría, por escritura pública número ciento ochenta y siete, visible a folio ciento sesenta y cinco vuelto, a las 8:00 horas del día 20 de octubre del 2006, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria donde se nombra nuevo gerente de Vienna Realty Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerente: Ben Bagheri.—Lic. María Auxiliadora Alfaro Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 85601.—(98432).

Que mediante asamblea número uno, realizada a las diez horas del día diecinueve del mes de octubre del dos mil seis, se constituyó Asociación Intercambio Cultural Alegría, cuyas siglas serán A I C A. Plazo social: indefinido. Domicilio social: provincia de Guanacaste, Nicoya, Sámara, Esterones, Bahía Montezuma, casa Alegría, República de Costa Rica. Presidente Frank Nierhoff.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—Nº 85603.—(98433).

Por escritura de constitución de la sociedad anónima otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas de fecha 19 de octubre del año dos mil seis, denominada Grupo Rosso de Alajuela S. A.—20 de octubre del 2006.—Lic. Eduardo Méndez González, Notario.—1 vez.—Nº 85604.—(98434).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 10:00 horas del 22 de setiembre del 2006, se constituyó Corporación de la Tranquilidad Griega D y C Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Presidente y secretario con la representación judicial y extrajudicial.—San José, 26 de octubre del 2006.—Lic. Sylvia Eastwood Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 85606.—(98435).

Ante mí, Vera Teresita Ramírez Marín, notaria pública con oficina abierta en San Rafael de Heredia, se constituye la sociedad denominada Comercializadora Setradi Sociedad Anónima. Se emplaza a todos los interesados—26 de octubre del 2006.—Lic. Vera Teresita Ramírez Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 85607.—(98436).

Por escritura otorgada ante mi notaría, al ser las once horas del día veinte de octubre del año dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea de la sociedad denominada Mexicomco Sociedad Anónima, por medio de la cual se reforma la cláusula tercera del pacto constitutivo.—Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—Nº 85609.—(98437).

Mediante escritura número cuarenta y dos-nueve, visible al folio veintisiete frente del tomo nueve de mi protocolo, firmada ante esta notaría, se constituyó la compañía Despachos Aduaneros Julu Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado.—Lic. Luis Alonso Gutiérrez Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 85610.—(98438).

Mediante escritura número treinta y ocho-nueve, visible al folio veinticuatro frente del tomo nueve de mi protocolo, firmada ante esta notaría, se constituyó la compañía Desarrollos Tocha Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado.—Lic. Luis Alonso Gutiérrez Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 85611.—(98439).

Mediante escritura número cuarenta y cuatro-nueve, visible al folio veintinueve frente del tomo nueve de mi protocolo, firmada ante esta notaría, se constituyó la compañía Heaven´s Gate Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado.—Lic. Luis Alonso Gutiérrez Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 85612.—(98440).

Mediante escritura número treinta y siete-nueve, visible al folio veintidós vuelto del tomo nueve de mi protocolo, firmada ante esta notaría, se constituyó la compañía Bromelia del Roble Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado.—Lic. Luis Alonso Gutiérrez Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 85613.—(98441).

Ante esta notaría, a las once horas del quince de agosto del dos mil seis, se cambia el nombre de la sociedad denominada Compañía Constructora Ramonense Sociedad Anónima a M&L Sarapiquí Sports Sociedad Anónima. Nombran presidente a Luis Ángel Carranza Rodríguez, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. El domicilio social será Horquetas de Sarapiquí de Heredia, frente al cruce de Río Frío, frente al Almacén Cisneros en la cancha sintética. Plazo social: noventa años.—Lic. Rocío Chaves Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 85614.—(98442).

Por escritura otorgada ante mí, en la ciudad de San José,  a las 16:00 horas del 20 de octubre del año 2006, se protocolizó la escritura número cuarenta y siete de constitución de la sociedad anónima Inversiones Maurice de Centroamérica Sociedad Anónima.—San José,  25 de octubre del 2006.—Lic. Andrés Carrillo Rosales, Notario.—1 vez.—Nº 85615.—(98443).

Por escritura otorgada al ser las dieciséis horas del día veinticuatro de octubre del año dos mil seis, ante esta notaría se constituyó la compañía Aguamiel Sociedad Anónima. Capital: doce mil colones. Presidenta: Lucía del Pilar Arburola Rojas.—San José,  24 de octubre del 2006.—Lic. Martha Elena Fonseca Aguilar, Notaria.—1 vez.—Nº 85616.—(98444).

Ante esta notaría comparecen Seidy Guzmán Villegas y José Manuel Vindas Bustos y constituyen la sociedad Inversiones La Bajura Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las 19:00 horas del 29 de junio del 2006.—Lic. Krissia Loaiza Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 85619.—(98445).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 20:00 horas del 25 de octubre del 2006, se constituyó la sociedad Multiservicios H & M Sociedad Anónima. Capital social: debidamente suscrito y pagado por los socios. Domicilio: Cartago. Plazo: noventa y nueve años.—Cartago, 25 de octubre del 2006.—Lic. Marco Antonio Rojas Valle, Notario.—1 vez.—Nº 85622.—(98446).

Por escritura número seis-nueve, otorgada ante mí, el día de hoy en conotariado con Ana Carla Muñoz Villalobos, he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada Pinsicol Limitada, según la cual se modifica el pacto constitutivo en su cláusula tercera. Es todo.—24 de octubre del 2006.—Lic. Fernanda Linner de Silva, Notaria.—1 vez.—Nº 85624.—(98447).

Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del día veintitrés de octubre del año dos mil seis, se protocolizó el acta de la sociedad Bosques de Albuquerque Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula sétima.—San José,  23 de octubre del año dos mil seis.—Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 85625.—(98448).

El día veinticinco de octubre del dos mil seis, se constituyó ante la licenciada María Eugenia Castro Villalobos, la entidad denominada El Sueño de Maravilla de Hojancha Guanacaste Sociedad Anónima, con domicilio en la Maravilla de Hojancha, Guanacaste, cien metros este de la Iglesia. Es todo.—Hojancha, 12 de setiembre del dos mil seis.—Lic. María Eugenia Castro Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 85627.—(98449).

En escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky, en representación de Desarrollos Urbanísticos La Lilliana S. A. y a título personal, constituye Sauces C Nueve Sauc Sociedad Anónima. Domicilio: San Francisco, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: compra y venta de terrenos. Capital social: diez mil colones. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—San Ramón, Alajuela, 24 de octubre del 2006.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—Nº 85629.—(98450).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyeron dos sociedades que se denominan Wisconsin Land Limitada y Green County Land Limitada. Para ambas el plazo social es de cien años, el capital social es la suma de diez mil colones, representado por cien cuotas nominativas de cien colones cada una y la representación judicial y extrajudicial corresponde al gerente. Es todo.—San José,  26 de octubre del 2006.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—Nº 85630.—(98451).

Por escritura número treinta y cuatro, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad Inversiones Paquera California JLS Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente: James Loren Shaw.—San José,  26 de octubre del 2006.—Lic. Sindy Priscilla González Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 85631.—(98452).

Por escritura número cuarenta y tres, otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del veinticinco de octubre del dos mil seis, se reformó la cláusula novena y se nombró nueva junta directiva de la sociedad Turística Arroyo S. A. Presidente: James Loren Shaw.—San José,  26 de octubre del 2006.—Lic. Sindy Priscilla González Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 85632.—(98453).

Por escritura número cuarenta y tres, otorgada a las quince horas del día catorce de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima denominada C & C Yeyo Propiedades Sociedad Anónima. Presidente: Diego Loaiza Centeno.—Lic. Alejandra Rojas Carballo, Notaria.—1 vez.—Nº 85634.—(98454).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las doce horas del veinticinco de octubre del dos mil seis, Juan José y Gerardo Antonio, ambos Cid Velásquez, constituyen Inversiones CID Velásquez Sociedad Anónima, domiciliada en Lagunilla de Heredia, doscientos metros este de Riteve. Su capital social es de un millón de colones,  representados por veinte acciones comunes y nominativas de cincuenta mil colones cada una, su objeto es el comercio en general, la agricultura, la industria, la ganadería, comercialización de productos marinos y para la pesca y transacción de bienes. Administrada por una junta directiva formada por presidente, secretario y tesorero. La representación le corresponde al presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente: Juan José Cid Velásquez.—Lic. Ladislao Wilber Calderón Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 85638.—(98455).

Por escritura número cuarenta y cinco, otorgada a las catorce horas del día dieciocho de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Playa La Venamar Sociedad Anónima.  Presidente: Mario Alexis Madriz Mora.—Lic. Alejandra Rojas Carballo, Notaria.—1 vez.—Nº 85639.—(98456).

Por escritura número cuarenta y cuatro, otorgada en la ciudad de Cartago, a las nueve horas del día dieciocho de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Carzu Dos Inversiones Sociedad Anónima.  Presidente: Carlos Enrique Zúñiga Gutiérrez.—Lic. Alejandra Rojas Carballo, Notaria.—1 vez.—Nº 85640.—(98457).

Ante esta notaría, por escritura pública número doscientos dieciocho de las 8:00 horas del veintiséis de octubre del 2006, visible a folio ciento cuarenta y nueve vuelto del tomo primero de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria, donde se acuerda la disolución de Comersa de Costa Rica Sociedad Anónima.—Lic. Francisco Orlando Salinas Alemán, Notario.—1 vez.—Nº 85643.—(98458).

Por escritura otorgada a las once horas de hoy, se constituyó Caromi Visión Sociedad Anónima. Domicilio: Montes de Oca. Plazo: 99 años. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Objeto: comercio, agricultura, ganadería e industria.—San José,  11 de octubre del 2006.—Lic. Jorge Fernando Salgado Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 85644.—(98459).

Por escritura otorgada a las once horas de hoy, ante mí, se constituyó Mac Grupo Gomera Sociedad de Responsabilidad Limitada, con domicilio en Escazú. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Dos gerentes con facultades individuales de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—San José,  26 de octubre del 2006.—Lic. Edgar Díaz Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 85645.—(98460).

Por escritura otorgada a las ocho horas de hoy, protocolicé acta de asamblea de accionistas de Playa Grande S. A., donde se reforman cláusulas sexta y octava de los estatutos y se nombra nueva junta directiva.—San José,  25 de octubre del 2006.—Lic. Edgar Díaz Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 85646.—(98461).

Jorge Arturo Herrera Santiesteban y Carmen Aurora León Barboza, constituyen El Abanico de Isis S. A., el cual es un nombre de fantasía. Presidente el primero. Acciones comunes y nominativas. Domicilio: San José, San Francisco de Dos Ríos.—San José,  a las 10:00 horas del 11 de octubre del 2006.—Lic. Libia Herrera Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 85647.—(98462).

Que hoy se ha constituido la sociedad anónima Alquileres González y Campos Uno Liberia Sociedad Anónima. Domiciliada en Liberia, Guanacaste, barrio El Capulín, de la Burguer King cuatrocientos metros al oeste. Representada por su presidenta: Lilliam Aurora González Campos, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—Liberia, veinticinco de octubre del año dos mil seis.—Lic. Edith Gutiérrez Ruiz, Notaria.—1 vez.—Nº 85648.—(98463).

Por escritura número noventa y seis, otorgada ante el notario público Ricardo Perera Salazar, a las ocho horas del veinticinco de octubre del año dos mil seis, se constituye sociedad de esta plaza denominada Lumaal de Corralillo Sociedad Anónima. Capital social: 10.000,00 colones. Presidente: Luis Enrique Madrigal Altamirano.—Lic. Ricardo Perera Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 85650.—(98464).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve treinta horas del día once de octubre del dos mil seis, se constituye la sociedad: Glamur & Belleza S. A. Capital social de diez mil colones; y ostentará el puesto de presidente Francisco Díaz Zayas.—Lic. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 85652.—(98465).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez treinta horas del día  once  de octubre del dos mil seis, se constituye la sociedad: Glamur S. A. Capital social de diez mil colones; y ostentará el puesto de presidente Francisco Díaz Zayas.—Lic. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 85653.—(98466).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once treinta horas del día once de octubre del dos mil seis, se constituye la sociedad: Cinderella Hair S. A. Capital social de diez mil colones y ostentará el puesto de presidente Francisco Díaz Zayas.—Lic. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 85654.—(98467).

En esta notaría a las 10:00 del 12 de octubre del 2006, ante el notario Wilberth Hidalgo Ledezma, se constituyó Rayva de San Miguel Sociedad Anónima. Domiciliada en San Miguel de Naranjo un kilómetro al oeste del parque central. Apoderados generalísimos actuando conjuntamente Segundo Ramírez Morales, cédula 2-288-605, Richard Ramírez Valenciano, cédula 2-530-424.—Naranjo, 25 de octubre del dos mil seis.—Lic. Wilberth Hidalgo Ledezma, Notario.—1 vez.—Nº 85655.—(98468).

Por escritura número ciento ochenta y ocho-tres de doce horas del veinticinco de octubre de dos seis, del tomo tercero de mi protocolo, se constituye la sociedad de esa plaza denominada Esencias y Aromas La Perla Sociedad Anónima.—Lic. Perla Cheves Romero, Notaria.—1 vez.—Nº 85657.—(98469).

Por escritura número ciento ochenta y siete-tres de las diez horas del veinticinco de octubre del dos mil seis, del tomo tercero de mi protocolo, se constituye la sociedad de esta plaza denominada Corporación Fomoglo Sociedad Anónima.—Lic. Perla Cheves Romero, Notaria.—1 vez.—Nº 85658.—(98470).

El suscrito, Luis Enrique Salazar Sánchez, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día diecinueve de octubre del dos mil seis, se protocolizó ante mí, acta de la empresa Rincón Opulento Cuarenta. El día veinticinco de octubre del dos mil seis, se constituyó ante mí, la sociedad denominada Costa Rican Sunset View Limitada; el día veintiséis de octubre del dos mil seis se constituyó ante mí la sociedad denominada Parque Playa Bonita S. A. y ese mismo día se protocolizó ante mí, acta de la empresa Rincón de la Quebrada Filial Cuarenta y Tres S. A.—San José, veintisiete de octubre del dos mil seis.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—(98573).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas, cuarenta y cinco minutos del veintiséis de octubre del dos mil seis, protocolicé acta de Sablefish S. A., de las quince horas del veintitrés de octubre del dos mil seis, mediante la cual se reforma las cláusulas segunda y sexta.—Lic. Hernán Cordero Maduro, Notario.—1 vez.—(98594).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del veintiséis de octubre del dos mil seis, protocolicé acta de This Means Nothing Ltda., de las dieciocho horas del veinticinco de octubre del dos mil seis, mediante la cual se reforma la cláusula sexta.—Lic. Luis Enrique Gómez Portuguez, Notario.—1 vez.—(98595).

La suscrita Ana Gabriela Alfaro Jirón, hace constar que ante mí, se constituyó la compañía denominada Summerland Group ALDK Sociedad Anónima. Cuya representación judicial y extrajudicial le corresponde al presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Con un capital de diez mil colones.—Liberia, veintiuno de octubre de dos mil seis.—Lic. Ana Gabriela Alfaro Jirón, Notaria.—1 vez.—(98596).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas, quince minutos del veintiséis de octubre del dos mil seis, protocolicé acta de Miracles Increase Ltda., de las once horas del veinticinco de octubre del dos mil seis, mediante la cual se reforma la cláusula sexta.—Lic. Luis Enrique Gómez Portuguez, Notario.—1 vez.—(98597).

Por escritura otorgada ante mí, hoy a las 8:00 horas se constituyó la sociedad de esta plaza Dasoka AV Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Dasoka AV S. A. Domicilio: Moravia, San José. Capital: diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, íntegramente suscrito y pagado. Objeto: Tendrá como objeto principal el ejercicio del comercio, la industria, la agricultura en general.—Heredia, 27 de octubre de 2006.—Fernando Sánchez Rojas, Notario.—1 vez.—(98603).

Por escritura número ciento veintinueve de las dieciocho horas del nueve de agosto del dos mil seis, otorgada ante el licenciado Pablo Valerio Soto, los señores José María González Quirós y Francisca, constituyen la sociedad anónima denominada Transportes de Arroz El Gordito Caribeño S. A.—Alajuela, al ser las trece horas, treinta minutos del día catorce de agosto del dos mil seis.—Lic. Pablo Valerio Soto, Notario.—1 vez.—(98608).

A las once horas del veinticinco de octubre del dos mil seis, ante la notaría del Lic. Humberto Céspedes Chacón, se modifica el pacto constitutivo referente a la administración y la junta directiva de Dedoer Dos Mil Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-295504. Es todo.—Heredia, veintiséis de octubre del 2006.—Lic. Humberto Céspedes Chacón, Notario.—1 vez.—(98616).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del dieciocho de octubre de dos mil seis, se constituye la sociedad Inversiones Aviles Morales de Potrero Grande Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Inversiones Aviles Morales de Potrero Grande S. A. Domicilio: San José, Pérez Zeledón, barrio Lourdes, de la iglesia católica quinientos metros al noroeste. Capital social: diez mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de constitución. Presidente: Giovanni Aviles Morales.—San Isidro del General, veintisiete de octubre del dos mil seis.—Lic. Royran Arias Navarro, Notario.—1 vez.—(98623).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del día diez de agosto del dos mil seis, Mario Sáenz Alfaro y Diana Cordero Flores, constituyeron una sociedad anónima, facultado expresamente al Registro de Personas Jurídicas del Registro Público, para que como denominación social indique el número de cédula de persona jurídica que dicho Registro de oficio le asigne al momento de su inscripción, de conformidad con el artículo dos del Decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno. Capital social: diez mil colones. Representación: Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjuntamente.—San José, 18 de octubre del 2006.—Silvia Chacón Bolaños, Notaria.—1 vez.—(98624).

Cambio de representante legal, miembros del consejo de administración, razón social y domicilio de la sociedad denominada Logística de Transportes JR Dorado Sociedad Anónima. Para tales efectos acompaño a la presente, testimonio de la escritura respectiva, mediante la cual se protocoliza el acta de asamblea referente a dichas modificaciones.—San José, 26 de octubre del 2006.—Lic. Hugo Rodríguez Coronado, Notario.—1 vez.—(98635).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó R M Productos Químico S. A. Presidente y secretario, con la representación de la sociedad. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio: la ciudad de Cartago. Capital social: diez mil colones con diez acciones comunes y nominativas. Otorgada en la ciudad de Alajuela, a las nueve horas del veintisiete de octubre del dos mil seis.—Lic. Javier Turcios Velásquez, Notario.—1 vez.—(98638).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se constituyó Constructores C H Confort Sociedad Anónima.—Heredia, 23 de octubre del 2006.—Lic. Mario Benavides Rubí, Notario.—1 vez.— (98641).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 14:00 horas del 3 de octubre del 2006, se constituyó la sociedad Cerro Colón Treinta y Nueve S. A. Plazo: 99 años. Domicilio: Montes de Oca. Presidente, secretario y tesorero, tienen la representación judicial y extrajudicial con facultades plenas, debiendo actuar conjuntamente.—San José, 26 de octubre del 2006.—Lic. Mario Saborío Rocafort, Notario.—1 vez.— (98649).

En asamblea general extraordinaria de socios de Servicios Veterinarios de la Costa S. A., celebrada a las 15:00 horas del 19 de setiembre del 2006, se acordó modificar la cláusula novena del pacto social y nombrar un nuevo secretario.—Liberia, 25 de octubre del 2006.—Lic. Juan Francisco Ruiz Monge, Notario.—1 vez.— (98650).

Por escrituras otorgadas ante mí, se constituyó las sociedades Corporación Mora González MG del Oeste S. A.  y Arte Visual S. A. y protocolicé asambleas extraordinarias de socios Inversiones y Desarrollo El Rodeo S. A., Corporación Wellington S. A. y Distribuidora Torre De La Mora S. A.—Lic. Ruhal Barrientos Saborío, Notario.—1 vez.— (98652).

El suscrito notario hace constar que en mi notaría, al ser las ocho horas del veintiséis de octubre del dos mil seis, se modificó la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad denominada Cockatoo Capital Investment Sociedad Anónima.—San José, 26 de octubre del 2006.—Lic. Carlos Luis Salas Porras, Notario.—1 vez.— (98654).

Por escritura otorgada ante mí, se ha constituido la firma Bar Delfín Azul de Tamarindo Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Costa Rica. Plazo social: noventa y nueve años. Capital: cien mil colones. Presidente: Perkash Rameahand (nombre) Vaswani (apellido). Fecha de otorgamiento, 13 de octubre del 2006, San José, Costa Rica.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1 vez.—(98675).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las doce del veintisiete de octubre del dos mil seis, se constituye Ciclo Cincuenta y Tres-Once Sociedad Anónima. Presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 27 de octubre del 2006.—Lic. Roberto Ulate González, Notario.—1 vez.— (98679).

Mediante escritura otorgada en mi notaría, el día de hoy, se constituyó la sociedad Inversiones Pezerrol Sociedad Anónima. Presidente: Óscar Mora Ramírez. Capital social: ¢100.000,00 (cien mil colones). Plazo social: 99 años.—San José,  20 de octubre del 2006.—Lic. Ligia Mayela Arce Quesada, Notaria.—1 vez.—(98681).

En esta notaría los señores Carlos Enrique Ovando Linares, Carlos Roberto Nolasco López y Leonel Martin Montenegro Montoya, constituyen la sociedad Novaplast P&O S. A., con domicilio en Flores de Heredia. Presidente: Carlos Enrique Ovando Linares. Plazo social: cien años. Capital social: treinta mil colones.—Alajuela, 27 de octubre del 2006.—Lic. Jesika Alfaro Delgado, Notaria.—1 vez.—(98701).

Por escritura otorgada ante mí, el día 29 de agosto del 2006, se constituyó la empresa Maravillas Exóticas Costarricenses S. A. Junta directiva compuesta por presidente, secretario y tesorero y fiscal.—San José,  23 de octubre del 2006.—Lic. Loana Leiton P., Notaria.—1 vez.— (98703).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se constituyó la empresa Devco Tres Torre Loft Sociedad Anónima. Junta directiva compuesta por presidente, secretario y tesorero y fiscal.—San José, 27 de setiembre del 2006.—Lic. Loana Leiton P., Notaria.—1 vez.—(98706).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 27 de octubre del 2006, se constituyó la sociedad Chalout´s Investments S. A. Capital social: ¢12.000,00. Plazo social: 99 años.—San José, 27 de octubre del 2006.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—(98707).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 20 de octubre del 2006, se constituyó la sociedad Riscos Caribeños S. A. Capital social: ¢12.000,00. Plazo social: 99 años.—San José, 27 de octubre del 2006.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—(98708).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 27 de octubre del 2006, se constituyó la sociedad Three Gringos In Paradise S. A. Capital social: ¢12.000,00. Plazo social: 99 años.—San José, 27 de octubre del 2006.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—(98709).

Ante mí, se constituyeron las empresas: Compactadores de Santa Compacsa y Agentes HER.VA.-MF.LE Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Capital: cien mil colones.—San José,  24 de octubre del 2006.—Lic. Eugenia María Rojas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(98731).

Ante mi notaría, por escritura número doscientos dieciocho de las quince horas del veintiocho de julio del dos mil cinco, visible a folios ciento cuarenta y uno frente y vuelto del tomo primero, se constituyó la sociedad Flores - Torres & Asociados Sociedad Anónima, domiciliada en Liberia, Guanacaste, barrio Moracia, del colegio nocturno cuatrocientos metros al este, Juan Alberto Torres Martínez, presidente, como apoderado generalísimo sin límite de suma. El capital social será de diez mil colones representadas por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una y se suscriben dos letras de cambio por un monto de cinco mil colones.—Liberia, siete de octubre del dos mil cinco.—Lic. Karla Marcela Duarte Arauz, Notaria.—1 vez.—Nº 85660.—(98732).

María Monserrat Bonilla Garro, solicita rectificación de razón social de A Room ATH The Heartbreak Hotel Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las 12:00 horas del 24 de octubre del 2006.—Lic. María Monserrat Bonilla Garro, Notaria.—1 vez.—Nº 85664.—(98733).

La suscrita notaria hace constar que con vista en la matriz, escritura número ciento cincuenta y siete visible al folio ciento diecinueve vuelto del tomo uno de mi protocolo, se reformó el pacto constitutivo de la sociedad anónima Autotransportes Pronto WJE S. A. Es todo, al ser once horas treinta minutos del día veinte de octubre del dos mil seis.—Lic. Zarella Obando Retana, Notaria.—1 vez.—Nº 85666.—(98734).

Por escritura número 240, de las 9:00 horas, del 25 de octubre del 2006, se constituyó la empresa Corrugados San Bosco S. A. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Es apoderado generalísimo sin límite de suma el presidente. Plazo 100 años, domicilio Alajuela.—Alajuela, 26 de octubre del 2006.—Lic. Johnny Hernández González, Notario.—1 vez.—Nº 85668.—(98735).

El día de hoy he protocolizado acta constitutiva de la sociedad de esta plaza Transportes Solís y Rojas de Sarapiquí Sociedad Anónima, con domicilio en la Virgen de Sarapiquí, Heredia, doscientos norte del Centro Turístico Los Venados. Presidente: Fernando Rojas Cordero.—Puerto Viejo, Sarapiquí, veintitrés de octubre del dos mil seis.—Lic. Gabriela Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 85669.—(98736).

Mediante escritura número 343, del tomo 17 de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Río Balsa de Paraíso S. A.—Guadalupe, 23 de octubre del 2006.—Lic. Aurelia Vargas Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 85671.—(98737).

Por escritura otorgada hoy en mi notaría, a las once horas, el suscrito notario protocolicé acta de Multiservicios Universal T.F. S. A. Se modifican cláusulas segunda y sexta del pacto social y se nombran nuevos personeros. Presidente: Martín Rodríguez Ruiz.—San José, 25 de octubre del 2006.—Lic. Jorge Manuel Herrera Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 85672.—(98738).

Por escritura de las 17:00 horas del 23 de octubre 2006, se reforma cláusula novena, de la administración de HFCC Vivienda Futuro S. A., y se nombra junta directiva.—Lic. Gabelo Rodríguez Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 85673.—(98739).

Mediante escritura otorgada en esta notaría a las 10:00 horas del 24 de octubre del 2006, se constituyó Ludira Syrsa S. A. Susana Ulloa Mesén, presidenta.—Lic. Álvaro Arce Mora, Notario.—1 vez.—Nº 85674.—(98740).

Por escritura número 140, de las 12:00 horas, del 4 de setiembre del 2006, protocolo tomo 17, se constituye Aquambiente del Pacífico Sociedad Anónima, ostenta al presidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo 99 años a partir del 4 de setiembre del 2006. Objeto: Construcción, comercio, industria, agricultura.—Lic. Célimo Fuentes Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 85679.—(98741).

La empresa Corporación Terruño de Costa Rica Q. S. Sociedad Anónima cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- trescientos ochenta y tres mil ochocientos cincuenta y ocho, traspasa a la compañía Don Rufino de La Fortuna Q & S Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y ocho mil veintisiete, el inventario de mercaderías al treinta de setiembre del dos mil seis, al precio de costo por la suma de cinco millones doscientos veintitrés mil cincuenta y ocho colones con ochenta y seis céntimos.—Fortuna, San Carlos, a las dieciséis horas treinta minutos del veinte de octubre del dos mil seis.—Lic. Denia Vásquez Pacheco, Notaria.—1 vez.—Nº 85680.—(98742).

Ante esta notaría, por escritura número doscientos cuarenta y ocho del tomo primero, otorgada a las dieciocho horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad Aguilar y Monge Sociedad Anónima. Capital social: Diez mil colones.—Lic. Federico Calvo Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 85682.—(98743).

Hago constar que por escritura de las catorce horas del día diecisiete de octubre del 2006, se protocolizó en mi notaría la constitución de la sociedad anónima de la entidad EBkam Producciones Sociedad Anónima. Apoderados generalísimos sin límite de suma Marcela María Madrigal Lépiz, Abraham Isaac Soria Escobar, María Catalina Hernández Araya. Domicilio: San Josecito de San Isidro de Heredia. Capital social Íntegramente suscrito y pagado.—San José 26 de octubre del 2006.—Lic. Cindy Bolaños Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 85685.—(98744).

Por escritura número cuarenta, de las once horas, del veinticinco de octubre del año dos mil seis, se constituyó sociedad anónima Moda Infantil Niks Sociedad Anónima. Capital social: Es de diez mil colones. Plazo social: Es de noventa y nueve años. Presidente: Sidar Porras Ocampo.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintiséis de octubre del año dos mil seis.—Lic. Esperanza Reyes Sequeira, Notaria.—1 vez.—Nº 85686.—(98745).

En escritura pública número doscientos cincuenta y uno-ocho, otorgada ante el notario Alexis Monge Agüero, en San Isidro, Pérez Zeledón, a las diez horas, treinta minutos, del nueve de octubre del dos mil seis, se constituyó la empresa Bitworthy Sociedad Anónima, presentada al diario del Registro bajo las citas quinientos sesenta y nueve-quince mil novecientos cinco. Corresponde al presidente y secretario, la representación judicial y extrajudicial ambos con facultades de aperados generalísimos sin límites de suma. Firmo en San Isidro, Pérez Zeledón, a la once horas del veinticinco de octubre del dos mil seis.—Lic. Alexis Monge Agüero, Notario.—1 vez.—Nº 85687.—(98746).

En escritura pública número doscientos cincuenta y ocho-ocho, otorgada ante el notario Alexis Monge Agüero, en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, a las quince horas treinta minutos del veintitrés de octubre del dos mil seis, se constituyó la empresa Contratistas del Valle Sociedad Anónima, presentada al diario del Registro bajo las citas quinientos sesenta nueve-veintinueve mil novecientos dieciocho. Corresponde al presidente, vicepresidente y tesorero, la representación judicial y extrajudicial, todos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma hasta cinco millones de colones. Firmo en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, a las diez horas del veinticinco de octubre del dos mil seis.—Lic. Alexis Monge Agüero, Notario.—1 vez.—Nº 85688.—(98747).

Por escritura otorgada ante mí a las diez horas del trece de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad Sydel Corporation de Costa Rica Sociedad Anónima, que en idioma español significa Corporación Sydel de Costa Rica. Representación: presidente y secretario individualmente. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: debidamente suscrito y pagado.—San José, 26 de octubre del 2006.—Lic. Ana Lorena Coto Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 85689.—(98748).

Por escrituras otorgadas ante mí, a las trece y dieciséis horas del veinticinco de octubre, el suscrito notario protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de B.C. Alba Maya Sociedad Anónima y Mirasol de la Recova Sociedad Anónima mediante la cual se modifica la cláusula sexta de la administración. Se nombra nueva directiva.—San José, veintiséis de octubre del dos mil seis.—Lic. Alberto Coto Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 85690.—(98749).

A las 10:00 horas del día de hoy se constituyó en mi notaría la compañía Horandy Group International Ltda. Se nombra gerente.—San José, 13 de octubre del 2006.—Lic. Édgar Nassar Guier, Notario.—1 vez.—Nº 85694.—(98750).

A las 10:00 horas del día de hoy protocolicé en mi notaría acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Inmobiliaria El Almendro JM S. A. Se reforma cláusula IV del pacto social.—San José, 26 de octubre del 2006.—Lic. Édgar Nassar Guier, Notario.—1 vez.—Nº 85695.—(98751).

Por escritura cincuenta y cinco, otorgada a las ocho horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Navicon Overseas Costa Rica S. A., mediante la cual se cambia domicilio y se nombra junta directiva.—San José, a las ocho horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis.—Lic. Federico Brealey Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 85696.—(98752).

Ante esta notaría comparece el señor Jorge Artola Montiel, cédula de identidad número uno-quinientos treinta y cinco-quinientos cuarenta y cuatro. Y dice que se ha modificado la cláusula sexta de la sociedad GLI Cincuenta Aniversario, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos noventa y ocho mil novecientos veintiocho, nombrándolo como presidente y único representante de la misma. Es todo.—San José, veintisiete de octubre del dos mil seis.—Lic.  Asdrúbal Vega Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 85697.—(98753).

Por escritura otorgada ante mi notaría en San José a las 14:00 horas del día de hoy se reforma la cláusula segunda de la sociedad denominada Mito de Escazú Sociedad Anónima. El domicilio: el domicilio social será en San José, avenida diez, calle diecinueve, frente al Autobanco. Es todo.—San José, 17 de octubre del 2006.—Lic. Edward Monge Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 85700.—(98754).

Por escritura de nueve y media horas de hoy, en esta ciudad protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Bermúdez Díaz S. A. en la cual reforma sus estatutos.—San José, 26 de octubre del 2006.—Lic. Patricia Rivero Breedy, Notaria.—1 vez.—Nº 85702.—(98755).

Por escritura doscientos sesenta y dos-dos otorgada ante la notaria Patricia Campos Villagra a las veinte horas del veintitrés de octubre del dos mil seis, la sociedad Lodijo de Hatillo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos catorce mil cuatrocientos dos, cambia de junta directiva, la cual a partir de este momento será la siguiente: presidente: Juan Diego Gómez Navarro, vicepresidente: Alejandro Espinoza Chavarri, secretario: Gerardo Romero Vega, tesorero: Jeiner Espinoza Chaves, fiscal: Rodrigo Arguedas Romero. Preside el presidente, el cual tendrá la representación judicial y extrajudicial de la compañía, ostentando al efecto las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, a las veinte horas quince minutos del veintitrés de octubre del dos mil seis.—Lic. Patricia Campos Villagra, Notaria.—1 vez.—Nº 85703.—(98756).

Ante esta notaría, a las 16:00 horas del 25 de octubre del 2006, se constituyó la sociedad Diseños Precisos O. Q. R. Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Plazo social: 99 años.—Lic. Santos Javier Saravia Baca, Notario.—1 vez.—Nº 85704.—(98757).

En esta notaría a las 8:00 horas del 26 de octubre del 2006, se constituye sociedad anónima, denominada Inversiones Alambra R R T Sociedad Anónima. Apoderado: Rodrigo Román Tenorio.—San José, 26 de octubre del 2006.—Lic. Doris Monge Díaz, Notaria.—1 vez.—Nº 85705.—(98758).

Por escritura otorgada a las dieciocho horas del veintiséis de octubre del dos mil seis, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de El Camino Escondido S. A., donde se modificó la cláusula décima de los estatutos, relativa a la representación judicial legal de la compañía, y se nombró junta directiva. Presidente: Gerard Jay Hunter.—Lic. Belkis Rosa Gallardo, Notario.—1 vez.—Nº 85706.—(98759).

Por escritura otorgada a las diecinueve horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de Grupo Enalvi S. A., donde se modificó la cláusula primera de los estatutos, cambiándose el nombre a Grupo Tecnológico del Caribe GTC Sociedad Anónima, y se nombró presidente y tesorero de la junta directiva. Presidente: Alain Enrique Dumigrón González.—Lic. Belkis Rosa Gallardo, Notario.—1 vez.—Nº 85707.—(98760).

Ante esta notaría se constituyeron las sociedades anónimas Grupo Beautytek de Centroamérica S. A. y Centro Integral Energís es Belleza S. A. Ambas con un capital social de cien mil colones. Presidente: José Daniel Brenes Ruiz.—Lic. Ana Graciela Alvarenga Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 85708.—(98761).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 20:00 horas del 26 de octubre del 2006 protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Industria Porcina del Caribe S. A. por la cual se reforman cláusulas segunda, quinta, octava y novena del pacto social, se revocan nombramientos en junta directiva y fiscal y se hacen nuevos.—Lic. Virginia Benavides Herrera, Notaria.—1 vez.—Nº 85709.—(98762).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del trece de octubre del dos mil seis se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Morasi Sociedad Anónima nombrándose como presidente al señor Carlos Eduardo Barboza Robles. Es todo.—San José, el trece de octubre del dos mil seis.—Lic. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1 vez.—Nº 85711.—(98763).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del diecisiete de octubre del presente año, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tropic Shores Atlantic TS Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda reformar la cláusula sexta del pacto social y se nombra junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, veinticuatro de octubre del año dos mil seis.—Lic. Cristian J. Carvajal Coto, Notario.—1 vez.—Nº 85712.—(98764).

La suscrita notaria comunica que en esta notaría se reformó la cláusula segunda de la sociedad Bradfor S. A.; a las ocho horas del veinticinco de octubre del dos mil seis, mediante escritura doscientos veintisiete.—San José, veinticinco de octubre del dos mil seis.—Lic. Lizeth Martínez Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 85713.—(98765).

Ante esta notaría, a las 9:00 horas del treinta y uno de agosto del dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Mercadeo Institucional B. R. S. A., se modificó la cláusula tercera y cláusula quinta del pacto social.—San José, 30 de octubre del 2006.—Lic. Douglas Hernández Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 85714.—(98766).

Se hace saber que por escritura número cuatro, visible al folio tres frente, del protocolo tomo número nueve, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la sociedad anónima denominada P.C.A. Implementación Tecnológica de la Fortuna S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno- tres cinco cuatro cuatro cinco siete.—San José, dieciséis horas treinta minutos del veintiséis de octubre del dos mil seis.—Lic. Juan Carlos Araya Masís, Notario.—1 vez.—Nº 85715.—(98767).

Mediante escritura número cincuenta y dos-dos, de las catorce horas con treinta minutos del veinticinco de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad Palatu Blanco Ventitrés Sociedad Anónima con un plazo social de noventa y nueve años. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, veinticinco de octubre del dos mil seis.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notario.—1 vez.—Nº 85716.—(98768).

Mediante escritura otorgada ante el notario Carlos Gutiérrez Font, se protocolizaron acuerdos de la empresa Osmunda S. A., mediante el cual se modificó la cláusula de administración.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—Nº 85717.—(98769).

Mediante escritura otorgada ante el notario Carlos Gutiérrez Font, se protocolizaron acuerdos de la empresa Equis Treinta y Dos S. A. mediante el cual se modificó las cláusulas segunda, quinta, décima, y agrega cláusula.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—Nº 85718.—(98770).

Mediante escritura protocolizada ante el notario Carlos Gutiérrez Font, se modificó la cláusula de administración de la empresa Desarrolladores de Valor Agregado (D.V.A.) S. A.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—Nº 85719.—(98771).

La suscrita notaría, hace constar que ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Maiche S. A. Presidente Minor Jesús Oreamuno Gómez.—San José, diecisiete de octubre del dos mil seis.—Lic. Lidilia Alfaro Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 85720.—(98772).

La suscrita notaría, hace constar que ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Monsep S. A. Presidenta Rita Salgado Rodríguez.—San José, diecisiete de octubre del dos mil seis.—Lic. Lidilia Alfaro Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 85721.—(98773).

Ante estos notarios a las trece horas treinta y cinco minutos del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Foen Waitex Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—San José, veinticinco de octubre del dos mil seis.—Lic. Mariselle Verdesia Meneses y Luis Alberto Pereira Brenes, Notarios.—1 vez.—Nº 85725.—(98774).

Mediante escritura otorgada en esta notaría a las nueve horas del diez de octubre de dos mil seis, la sociedad Servicio Organizado Sociedad Anónima, se fusionó por absorción con Importadora de Semillas Sociedad Anónima, prevaleciendo la segunda entidad así como su junta directiva nombrada.—San José, 23 de octubre del 2006.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—Nº 85726.—(98775).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del día 20 de octubre del 2006, Servicios Urbanísticos Casa Modelo S. A., modifica cláusulas 2 y 6 del pacto constitutivo. Se nombra fiscal y agente residente.—Lic. Gonzalo Monge Núñez, Notario.—1 vez.—Nº 85730.—(98776).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Mi Sueño Uvita Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años y representada por su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Olman Martínez Picado, Notario.—1 vez.—Nº 85734.—(98777).

Por escritura pública, se protocoliza asamblea de socios de la sociedad denominada: Costa Rica Cohen Contracting Sociedad Anónima, por cambio de cláusula undécima.—San José, 1º de marzo del 2006.—Lic. Henry Delgado Jara, Notario.—1 vez.—Nº 85737.—(98778).

María Gabriela Zavaleta Mora y Marta Emilia Monestel Flores, constituyen Global Giempi S. A. Presidente: la primera. Acciones comunes y nominativas. Domicilio: Sabana Sur, San José. Ante la notaria Libia Herrera Zamora, en San José a las diez horas del diecinueve de mayo del año dos mil seis.—Lic. Libia Herrera Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 85739.—(98779).

Telefonía Asterisco de Latinoamérica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-427345, comunica que por acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas, celebrada en su domicilio social, se acordó aumentar el capital social de cien mil dólares a trescientos mil dólares, por lo que se modificó la cláusula quinta del pacto social. Oficina en Concepción de La Unión, 18a.—Lic. Rebeca Castillo Bastos, Notaria.—1 vez.—Nº 85740.—(98780).

Por escrituras otorgadas ante mí, los días diecisiete de agosto y veintidós de setiembre de dos mil seis, se constituye la compañía Inversiones Oceane ADS Sociedad Anónima.—San José, veinte de octubre de dos mil seis.—Lic. Carlos Enrique Anglada Soler, Notario.—1 vez.—Nº 85741.—(98781).

Por escritura Nº 7 otorgada ante la notaría de la Lic. Adriana Chin Wo Astúa, a las 10:35 horas del 26 de octubre del 2006, se constituyó la sociedad anónima denominada Fivo Propiedades del Este Sociedad Anónima. Capital suscrito y pago. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimo sin límite de suma pudiendo actuar de forma conjunta.—San José, 26 de octubre del 2006.—Lic. Adriana Chin Wo Astúa, Notaria.—1 vez.—Nº 85742.—(98782).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Colores y Acabados Campos Aguilar S. A. Objeto: industria, agricultura, ganadería y comercio en general. Capital social, íntegramente suscrito y pagado.—Heredia, 26 de octubre del 2006.—Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—Nº 85749.—(98783).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Omerta del Caribe S. A. Objeto: industria, agricultura, ganadería y comercio en general. Capital social íntegramente suscrito y pagado.—Heredia, 27 de octubre del 2006.—Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—Nº 85750.—(98784).

Mediante escritura pública, otorgada a las diecinueve horas del día veintiséis de octubre del dos mil seis, se cambió el tesorero de la sociedad Comercial Transpacífico Central S. A., quedando como nueva tesorera la señora Dixia Rosales Rojas. Asimismo se reformó la cláusula novena de dicha sociedad quedando como apoderados generalísimos el presidente y secretario, debiendo actuar conjuntamente. Juan Carlos Torres Paniagua, Presidente.—Lic. Viviana Moscoso Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 85751.—(98785).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del 18 de octubre del 2006, se constituyó la sociedad Cenam Legal Advisors Sociedad Anónima.—San José, 18 de octubre del 2006.—Lic. Daniel Befeler Scharf, Notario.—1 vez.—Nº 85753.—(98786).

Por escritura número ciento siete otorgada a las once horas del veintiséis de octubre del año dos mil seis, se constituye la empresa de esta plaza Administrategia Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Costa Rica. Representante: Presidente.—San José, veintisiete de octubre del año dos mil seis.—Lic. María Lupita Quintero Nassar, Notaria.—1 vez.—Nº 85754.—(98787).

Por escritura número ciento seis otorgada a las nueve horas del veintiséis de octubre del año dos mil seis, se constituye la empresa de esta plaza Imagen & Marca Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio: San José, Costa Rica. Representante: Gerente.—San José, veintisiete de octubre del año dos mil seis.—Lic. María Lupita Quintero Nassar, Notaria.—1 vez.—Nº 85755.—(98788).

Por escritura número ochenta y cinco del tomo segundo de mi protocolo, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Propiedades Monte Dorado S. A., cédula jurídica número tres- ciento uno-ciento setenta y seis mil setecientos dieciocho, por medio de la cual se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo referida al capital social.—San José, 26 de octubre del 2006.—Lic. Marco Vinicio Ureña Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 85756.—(98789).

Por escritura número ochenta y dos, de las ocho horas del veinticinco de octubre de dos mil seis, protocolicé un acta de asamblea general de accionistas de la sociedad anónima La Paz del Océano, S. A., en la cual se acordó la revocatoria y nuevo nombramiento del agente residente y se modificaron las cláusulas segunda y octava de la escritura social. Por escritura número ochenta y tres, de las nueve horas del veinticinco de octubre del dos mil seis, protocolicé un acta de asamblea general de accionistas de la sociedad anónima Diessenbach S. A., en la cual se acordó la revocatoria y nuevo nombramiento del agente residente, y se modificaron las cláusulas segunda y novena de la escritura social. Por escritura número ochenta y cuatro, de las diez horas del veinticinco de octubre del dos mil seis, protocolicé un acta de asamblea general de accionistas de la sociedad anónima Cynodion S. A., en la cual se acordó la revocatoria y nuevo nombramiento del agente residente y se modificaron las cláusulas segunda y novena de la escritura social.—San José, veintiséis de octubre del año dos mil seis.—Lic. Marco Vinicio Ureña Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 85757.—(98790).

Ante el licenciado Marvin Ramírez Víquez, el día 25 de octubre del 2006, se constituye la sociedad Brasilarte Sociedad Anónima.—26 de octubre del 2006.—Lic. Marvin Ramírez V., Notario.—1 vez.—Nº 85758.—(98791).

Mediante escritura número doscientos ochenta y nueve, otorgada ante mi notaría a las dieciséis horas del veinte de octubre del año en curso, se constituyó la compañía Alhi Inversiones S. A., cuyo plazo social es de noventa y nueve años. Capital social cuatrocientos mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Grecia, 23 de octubre del 2006.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 85760.—(98792).

Mediante escritura número ciento setenta y uno, otorgada ante mi notaría, a las ocho y treinta horas del dieciocho de setiembre del año en curso, se constituyó la compañía Jumefa J.A.L. S.R.L., cuyo plazo social es de noventa y nueve años. Capital social doscientos mil colones. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Grecia, 25 de octubre 2006.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 85761.—(98793).

Mediante escritura número doscientos noventa y seis, otorgada ante mi notaría, a las quince horas del veinticuatro de octubre del año en curso, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Rigioni Salazar S. A., por virtud de la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo referente al domicilio.—Grecia, 25 de octubre del 2006.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 85762.—(98794).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del veintiséis de octubre del dos mil seis, se reformó la cláusula de la administración de la compañía de esta plaza, denominada Real Estates Affiliates of Costa Rica Sociedad Anónima. Presidenta: Linda Gray.—San José. Veintiséis de octubre del dos mil seis.—Lic. Dan Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 85764.—(98795).

En acta número cinco, en asamblea extraordinaria de socios, de la sociedad Verde Sublime, inscrita tomo uno cinco cinco cuatro, folio uno cinco, asiento uno seis, cédula jurídica tres- ciento uno- tres uno cinco cinco cero ocho, en el artículo primero por renuncia de la secretaria, se nombra en este mismo acto se nombra a Mariley León Solano, mayor, casada una vez, secretaria, cédula uno- seis cinco seis- ocho siete seis.—San José, veintiséis de octubre del dos mil seis.—Lic. Adriana Chavarría Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 85765.—(98796).

Por escritura otorgada ante mí a las 12:00 horas de hoy, Silvia Nora Gutiérrez Alarcón y Gerardo José Artavia Gutiérrez, constituyen Beaches of Portalón S. A., domicilio San Pedro de Montes de Oca; San José.—Quepos, 11 de octubre del 2006.—Lic. Alberto José Fajardo Monge, Notario.—1 vez.—Nº 85766.—(98797).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 7:00 horas del 24 de octubre del 2006, protocolicé el acta de asamblea general de socios de Fotoremix Atlas S. A., mediante la cual se reformó la cláusula Nº 2 y Nº 6 del pacto constitutivo y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 85769.—(98798).

Por escritura otorgada el día 26 de octubre del dos mil seis, ante esta notaría, se constituye la sociedad anónima ETK Travel Consultant Sociedad Anónima, se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintisiete de octubre del dos mil seis.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 85770.—(98799).

Por escritura otorgada ante mí a las 10:00 horas del 23 de octubre del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Kaya Hope Internacional Sociedad Anónima. Objeto: Administración de bienes. Capital social: diez mil colones. Es todo.—Jacó, 25 de octubre del 2006.—Lic. Mauro Fernando Mora Peraza y César Augusto Mora Zahner, Notarios.—1 vez.—Nº 85772.—(98800).

Por escritura otorgada ante mí a las 12:00 horas del 25 de octubre del año dos mil seis, se constituyó la sociedad En Dios Nosotros Confiamos SU. TA. BU Limitada. Objeto: Administración de bienes. Capital social: seis mil colones. Es todo.—Jacó, 25 de octubre del 2006.—Lic. Mauro Fernando Mora Peraza y César Augusto Mora Zahner, Notarios.—1 vez.—Nº 85773.—(98801).

Por escritura otorgada ante mí a las 17:00 horas del 25 de octubre del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Inversiones Olivares Wichi de Responsabilidad Limitada. Objeto: Administración de bienes. Capital social: diez mil colones. Es todo.—Jacó, 25 de octubre del 2006.—Lic. Mauro Fernando Mora Peraza y César Augusto Mora Zahner, Notarios.—1 vez.—Nº 85774.—(98802).

A las 8:00 horas de hoy, protocolicé asamblea general extraordinaria de Manuel Emilio Hernández y Asociados S. A., en la cual se reforma la cláusula sétima del pacto social y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente. Además, a las 11:00 horas de hoy, protocolicé asamblea general extraordinaria de Traesa Transportes y Equipos S. A., en la cual se reforma la cláusula sétima del pacto social y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Asimismo, a las 12:00 horas de hoy protocolicé asamblea general extraordinaria de Athos S. A., en la cual se reforma la cláusula octava del pacto social y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José 26 de octubre del 2006.—Lic. Álvaro Camacho Mejía, Notario.—1 vez.—Nº 85775.—(98803).

Ante  esta notaría  se constituyó la sociedad anónima  denominada P. F. Paraíso Marino del Pacífico Sociedad Anónima, a las diez horas del día veintitrés de octubre del año dos mil seis. Plazo: cien años, representación: presidente. Capital social: diez mil colones.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 85777.—(98804).

Ante esta notaría se constituyó sociedad anónima denominada Arcoiris del Atardecer Sociedad Anónima, a las diez horas del veintitrés de octubre del año dos mil seis. Plazo: cien años, representación: presidente. Capital social: diez mil colones.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 85778.—(98805).

Ante  esta  notaría  se  constituyó  sociedad  anónima  denominada J & J Vistas de Sol y Luna Sociedad Anónima, a las diez horas del día veintitrés de octubre del año dos mil seis. Plazo: cien años, representación: presidente. Capital social: diez mil colones.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 85779.—(98806).

Ante  esta notaría  se  constituyó  sociedad  anónima  denominada  J & R Tortugas de Playa Grande Sociedad Anónima, a las diez horas del día veintitrés de octubre del año dos mil seis. Plazo: cien años, representación: presidente. Capital social: diez mil colones.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 85780.—(98807).

Ante esta notaría se constituyó sociedad anónima denominada Flamingo Rayo de Luna Sociedad Anónima, a las diez horas del día veintitrés de octubre del dos mil seis. Plazo: cien años, representación: presidente. Capital social: diez mil colones.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 85781.—(98808).

En las notarías de Irene Cruz Solís y Sergio Rodríguez Garita, a las 8:00 horas del día 27 de octubre del 2006, se constituyó Vigilancia El Bunker Sociedad Anónima capital social íntegramente suscrito y pagado, domicilio en Heredia, de la entrada principal de la Universidad Nacional de Costa Rica, cincuenta metros oeste, representada por el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 27 de octubre del 2006.—Lic. Sergio Rodríguez Garita, Notario.—1 vez.—Nº 85782.—(98809).

En las notarías de Irene Cruz Solís y Sergio Rodríguez Garita, a las 8:30 horas del día 27 de octubre del 2006, se constituyó Renta y Alquileres Tanquísticos Sociedad Anónima capital social íntegramente suscrito y pagado, domicilio en Alajuela, El Coyol, Calle Sánchez, de la parada del tren 200 metros oeste, representada por el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 27 de octubre del 2006.—Lic. Sergio Rodríguez Garita, Notario.—1 vez.—Nº 85783.—(98810).

En las notarías de Irene Cruz Solís y Sergio Rodríguez Garita, a las 9:00 horas del día 27 de octubre del 2006, se constituyó Cincos y Monedas Sociedad Anónima capital social íntegramente suscrito y pagado, domicilio en Cartago, de la Iglesia de la Basílica 200 metros sur, 50 metros este, representada por el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 27 de octubre del 2006.—Lic. Sergio Rodríguez Garita, Notario.—1 vez.—Nº 85784.—(98811).

Ante esta notaría se constituyó sociedad anónima denominada Bahía Colores Dorados Sociedad Anónima, a las diez horas del día veintitrés de octubre del dos mil seis. Plazo: cien años, representación: presidente. Capital social: diez mil colones.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 85786.—(98812).

Ante esta notaría se constituyó sociedad anónima denominada Brisas Doradas del Amanecer Sociedad Anónima, a las diez horas del día veintitrés de octubre del dos mil seis. Plazo: cien años, representación: presidente. Capital social: diez mil colones.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 85787.—(98813).

Ante esta notaría se protocolizaron los acuerdos tomados por la sociedad Verdes Praderas de Flamingo Sociedad Anónima. Se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad sobre el domicilio, a las trece horas del día veintitrés de octubre del dos mil seis.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 85788.—(98814).

Ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Rancho Nevada Sociedad Anónima, en la que se modificó el artículo noveno del pacto constitutivo.—Playa Flamingo, veinticuatro de octubre del dos mil seis.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 85789.—(98815).

Ante esta notaría se constituyó sociedad anónima denominada Casa Grande de Luna Sociedad Anónima, a las diez horas del día veintitrés de octubre del dos mil seis. Plazo: cien años, representación: presidente. Capital social: diez mil colones.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 85790.—(98816).

Ante esta notaría se constituyó sociedad anónima denominada Desarrollos de la Costa Verde Sociedad Anónima, a las diez horas del día veintitrés de octubre del dos mil seis. Plazo: cien años, representación: presidente. Capital social: diez mil colones.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 85791.—(98817).

Ante esta notaría se constituyó sociedad anónima denominada Estrellas del Mar Azul Sociedad Anónima, a las diez horas del día veintitrés de octubre del año dos mil seis. Plazo: cien años, representación: presidente. Capital social: diez mil colones.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 85792.—(98818).

Por escritura otorgada ante mí a las 15:00 horas del 29 de agosto del 2006, se protocolizan acuerdos de la sociedad Lrical Sunshine S. A., en donde se reforma la cláusula dos del pacto social constitutivo.—San José, 27 de octubre del 2006.—Lic. Álvaro Villalobos García, Notario.—1 vez.—Nº 85794.—(98819).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Viju Sociedad Anónima. Domicilio en San Juan de San Ramón. Plazo: noventa años. Capital social cien mil colones. Fecha de constitución: veintiséis de octubre del dos mil seis.—Lic. Ana Luz Villalobos Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 85795.—(98820).

Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, al ser las once horas del día veinticinco de octubre del dos mil seis, se ha constituido la sociedad anónima denominada Consultoría M J M Sociedad Anónima, cuyo capital fue totalmente suscrito y pagado por los socios. Es todo.—Cartago, veintiséis de octubre del dos mil seis.—Lic. Jacqueline Martínez Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 85796.—(98821).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas del día dieciséis de agosto del dos mil seis, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada UPS de San José Sociedad Anónima donde se modifica la cláusula vigésimo segunda de los estatutos sociales.—San José, veinticinco de octubre del dos mil seis.—Lic. Luis Manuel Castro Ventura, Notario.—1 vez.—Nº 85798.—(98822).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del día veintiséis de octubre de dos mil seis, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Cedro de Invierno Sociedad anónima, donde se reforma la totalidad del pacto constitutivo.—San José, veintiséis de octubre de dos mil seis.—Lic. Luis Mariano Jiménez Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 85799.—(98823).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas del día veintiséis de octubre de dos mil seis, se protocolizan acuerdos de asamblea general de cuotistas de la sociedad denominada Residencias Turísticas Poro Poro SRL, donde se modifica la cláusula segunda de los estatutos.—San José, veintiséis de octubre de dos mil seis.—Lic. Luis Mariano Jiménez Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 85800.—(98824).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 10:00 horas del 24 de octubre del 2006, se reformó la cláusula novena del pacto constitutivo de la compañía denominada Caballería El Macho de Santa Ana S. A., cédula jurídica número tres- ciento uno- doscientos siete mil trescientos cincuenta y dos, inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público al tomo mil veinticinco, folio doscientos diez, asiento ciento noventa y tres.—San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. María Jesús Ugalde Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 85802.—(98825).

Por escrituras otorgadas ante el sucrito notario es esta ciudad a las 11:30 horas del 13 y a las 10:00 horas de hoy, ambas de este año, se protocolizaron las actas de Agrícola Pez de Suerre Sociedad Anónima y Mariquilla Sociedad Anónima, respectivamente, en las que se reforman estatutos.—San José, 26 de octubre del 2006.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—Nº 85803.—(98826).

Mediante escritura número ciento treinta y uno visible a folio ciento treinta y dos vuelto del tomo cuarenta y siete de mi protocolo, otorgada a las diez horas con treinta minutos del día veintisiete de octubre del dos mil seis, se protocolizó acta número dos de la compañía Multifashon Setenta y Dos Enterprise S. A. Es todo.—San José, veintisiete de octubre del año dos mil seis.—Lic. Harry Wohlstein R., Notario.—1 vez.—Nº 85804.—(98827).

Mediante escritura número ciento treinta visible a folio ciento treinta y dos frente del tomo cuarenta y siete de mi protocolo, otorgada a las diez horas del día veintisiete de octubre del dos mil seis, se protocolizó acta número dos de la compañía Cignal Enterprise S. A.—San José, veintisiete de de octubre del año dos mil seis.—Lic. Harry Wohlstein R., Notario.—1 vez.—Nº 85805.—(98828).

Mediante escritura otorgada ante esta misma notaría a las 11:00 hora del día 26 de octubre de la compañía sociedad Inversiones Primero Jinetes del Este Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula novena y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 26 de octubre del 2006.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado, Notario.—1 vez.—Nº 85806.—(98829).

Por escritura otorgada ante mi se protocolizó acta de Germadivo S. A. por la cual se modificó plazo social al 31 de diciembre del 2006.—San José, 25 de octubre del 2006.—Lic. Sergio Sánchez Bagnarello, Notario.—1 vez.—Nº 85807.—(98830).

Ante mí, Lilliam Solano Cruz, notaria pública de San José, se constituyó la empresa denominada Representaciones Camdel Sociedad Anónima mediante escritura número ciento uno, a las diez horas del día nueve de mayo del dos mil cinco, al tomo número tres de la suscrita notaria.—Lic. Lilliam Solano Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 85809.—(98831).

Ante mí, Marvin Aguirre  Chaves, notario público de San José, se constituyó la empresa denominada Representants Costa Rica Real Estate Sociedad Anónima mediante escritura número uno- cuatro, a las doce horas del día veintiocho del mes de julio del dos mil seis, al tomo número cuatro del protocolo del suscrito notario.—Lic. Marvin Aguirre  Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 85810.—(98832).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las quince horas del dieciocho de julio se constituyó Representaciones Integradas de Arquitectura C. S. M Sociedad Anónima, capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, veintisiete de octubre del año dos mil seis.—Lic. Carlos Alberto Méndez Mora, Notario.—1 vez.—Nº 85811.—(98833).

Que a esta hora y fecha, protocolicé el acta de la asamblea general extraordinaria número seis, de la sociedad Inversiones Garaje Oscuro Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula novena de la administración de la sociedad, correspondiendo al presidente y secretario, la representación de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente, recayendo dichos cargos por su orden en Jorge Wilbert Alfaro Alfaro y Ángela Hidalgo Saborío, por todo el plazo social.—Grecia, a las 14:00 horas del 17 de octubre del 2006.—Lic. Jehiner Alfaro Retana, Notario.—1 vez.—Nº 85812.—(98834).

Por escritura otorgada ante esta notario a las 18:00 horas del 9 de octubre del 2006 se constituyó SYS RGB Data Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: 99 años.—Lic. Surut Monge Morales, Notario.—1 vez.—Nº 85813.—(98835).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las once horas del dos de setiembre del dos mil seis, se constituyó la sociedad Corte y Confección de Ideas Sociedad Anónima. Presidente y tesorero con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social diez mil colones. Cartago, dos de setiembre del dos mil seis.—Lic. Laura Patricia Mena Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 85815.—(98836).

Mediante escritura número trescientos cincuenta y cinco- uno, otorgada a las catorce horas del once de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Corporación e Inversiones S.O.M.A.L. de Alajuela S. A., capital social íntegramente suscrito y pagado. Presidente con facultades.—Lic. Julio César Zárate Arias, Notario.—1 vez.—Nº 85818.—(98837).

Johann Chiristhoph Lohss y Sharon Lisa Shenkmam, constituyen Siembramor Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Cóbano de Puntarenas, a las 13:00 horas del 27 de setiembre del 2006. Ante el notario Franklin López Ramírez.—Lic. Franklin López Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 85821.—(98838).

Con vista en el libro de actas de asamblea general de socios de Corporación de Servicio Múltiples del Hogar Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica: tres - ciento uno - cuatrocientos veinte mil noventa y ocho, a las quince horas del veinticinco de octubre del dos mil seis, se realizó la asamblea general extraordinaria, representada por la totalidad del capital social, y se acordó lo siguiente: Modificar la cláusula: “Primera: Del nombre: La sociedad se denominará: Cruzcor Sociedad Anónima pudiendo abreviarse las últimas dos palabras S. A. El cual es nombre de fantasía”. Es todo.—San José, veintiséis octubre dos mil seis.—Lic. Mauricio Bolaños Delgado, Notario.—1 vez.—Nº 85827.—(98839).

Por escritura otorgada a las doce horas del once de octubre del 2006 se constituyó la sociedad anónima denominada La Madriguera del Oso Rojo Sociedad Anónima.—San José veintisiete de octubre del dos mil seis.—Lic. William Muños Bravo, Notario.—1 vez.—Nº 85828.—(98840).

En la notaría de la suscrita notaria se constituyó la sociedad Compu Corea Sociedad Anónima a las dieciocho horas del día veinticuatro de octubre del dos mil seis, misma que es presidida por Hong Gwon Kim. Es todo.—San José, veintiséis de octubre del dos mil seis.—Lic. Kathya Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 85829.—(98841).

En la notaría de la suscrita notaria se constituyó la sociedad Club de Amigos del Ferrocarril de Costa Rica Sociedad Anónima a las nueve horas del día siete de setiembre del dos mil seis, misma que es presidida por Daniel Sancho Villalobos. Es todo.—San José, veintiséis de octubre del dos mil seis.—Lic. Kathya Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 85830.—(98842).

En la notaría de la suscrita notaria se constituyó la sociedad Orsa del Dos Mil Seis Sociedad Anónima a las nueve horas del día seis de setiembre del dos mil seis, misma que es presidida por Carlos Ortiz Malavasi. Es todo.—San José, veintiséis de octubre del dos mil seis.—Lic. Kathya Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 85831.—(98843).

Por escrituras otorgadas ante mi notaría a las nueve horas y a las doce horas de los días veintiuno y veintitrés de octubre del dos mil seis, respectivamente se constituyeron las siguientes sociedades anónimas Tucker Technology Group Central América S. A. y Pacific Coast Storage S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintisiete de octubre del dos mil seis.—Lic. Adrián Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 85832.—(98844).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las catorce horas del día veintinueve de setiembre del dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general de la sociedad Perla de Langosta Azul Sociedad Anónima, modificando cláusula segunda del pacto social.—San José, veintinueve de setiembre del dos mil seis.—Lic. Claudia Barsaba Mena Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 85833.—(98845).

En esta notaría, se protocolizó acta de la empresa Inversiones G.M.R. del Norte S. A., donde se modifica la cláusula segunda del pacto social, que es el domicilio que será: Calle Blancos, costado norte de la plaza, 100 metros al oeste, casa blanca, contiguo a Ferretería La Plaza. Se nombra presidente a Mario Alberto Delgado Carvajal.—San José, 25 de octubre del 2006.—Lic. Hilber Segura S., Notario.—1 vez.—Nº 85834.—(98846).

He protocolizado asamblea extraordinaria de Suruwak Sociedad Anónima. Se modificó parcialmente pacto social y se cambio junta directiva. Es todo.—San José, 26 de octubre del 2006.—Lic. Edgardo René Ramos Carmona, Notario.—1 vez.—Nº 85836.—(98847).

Ante mí, se constituyó Agencia Turística ERM Explornatura Sociedad Anónima. Presidente: Erin Ashley-Webb Frazier. Capital social: cinco millones.—San José, 25 de octubre del 2006.—Lic. Melvin Arias Pizarro, Notario.—1 vez.—Nº 85837.—(98848).

En escritura otorgada ante esta notaría, de las nueve horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de Bodegas El Trigal S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y cuatro mil ochenta y dos, relativa a la administración.—San José, veinticuatro de octubre del dos mil seis.—Lic. Leonardo Ugalde Cajiao, Notario.—1 vez.—Nº 85838.—(98849).

En escritura otorgada ante esta notaría, de las diez horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de Renta Trigal S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y nueve mil setecientos cuarenta y ocho, relativa a la administración.—San José, veinticuatro de octubre del dos mil seis.—Lic. Leonardo Ugalde Cajiao, Notario.—1 vez.—Nº 85839.—(98850).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del veintiséis de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima Frutas del Atlántico S. A. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente el señor José Aragón Castillo.—San José, 27 de octubre del 2006.—Lic. Álvaro Eladio Barboza Mena, Notario.—1 vez.—Nº 85842.—(98851).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del catorce de setiembre del dos mil cinco, se constituyó la entidad denominada A&T Arquitectura Técnica S. A.—San José, 20 de octubre del 2006.—Lic. Jorge Mario Marín Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 85843.—(98852).

Por escritura treinta y dos-cuarenta y dos, de las nueve horas del diecinueve de octubre del dos mil seis, del tomo cuarenta y dos, del protocolo del Lic. José Gerardo Pacheco Guerrero, se constituyó la sociedad Mirada Profunda Al Océano Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Pavas, Rohrmoser, del Centro Comercial Plaza Mayor, segunda etapa, ciento cincuenta metros al oeste. Capital social: diez mil colones. Representación presidenta: Jenny Ramírez Robles, cédula número uno-tres ocho siete-dos treinta, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, conforme al mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil.—San José, 23 de octubre del 2006.—Lic. José G. Pacheco Guerrero, Notario.—1 vez.—Nº 85844.—(98853).

Por escritura ciento treinta y seis-cuatro, de las diez horas treinta minutos del ocho de agosto del dos mil seis, del tomo cuatro del protocolo de la Lic. Lourdes Salazar Agüero, se constituyó Puro Paraíso Tropical Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Pavas, Rohrmoser, del Centro Comercial Plaza Mayor, segunda etapa, ciento cincuenta metros al oeste. Capital social: diez mil colones. Representación presidenta: Jenny Ramírez Robles, cédula número uno-tres ocho siete-dos treinta, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, conforme al mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil.—San José, 23 de octubre del 2006.—Lic. Lourdes Salazar Agüero, Notaria.—1 vez.—Nº 85845.—(98854).

El suscrito notario público Alonso Serrano Mena, que ante esta notaría, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la empresa Comunicaciones Internacionales Vale del Sol Sociedad Anónima, por lo que solicito se publique el respectivo edicto de ley.—San José, veintiséis de octubre del dos mil seis.—Lic. Alonso Serrano Mena, Notario.—1 vez.—Nº 85849.—(98855).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría en San José, a las ocho horas del trece de octubre del dos mil seis, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Tamarindo Los Sueños Telire S. A., en la cual se reforman las cláusulas segunda y novena, del pacto constitutivo, se adiciona al mismo la cláusula décimo quinta en cuanto al agente residente y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, veinte de octubre del dos mil seis.—Lic. Adrián Lizano Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 85850.—(98856).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada M. A. Colores del Mar Flamingo Sociedad Anónima.—Playa Flamingo, veinticuatro de octubre del dos mil seis.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 85851.—(98857).

Ante esta notaria, se constituyó la sociedad denominada M & C Flamingo Vistas del Mar Sociedad Anónima.—Playa Flamingo, veinticuatro de octubre del dos mil seis.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 85852.—(98858).

Por escritura autorizada a esta notaría, a las 11:00 horas del 26 de setiembre del 2006, se constituye la sociedad Distribuidora Las Palmeras del Cielo S. A. Capital: pago.—San José, 26 de octubre del 2006.—Lic. Jorge Antonio Avilés Sandoval, Notario.—1 vez.—Nº 85854.—(98859).

Por escritura autorizada a esta notaría, a las 13:00 horas del 26 de setiembre del 2006, se constituye la sociedad Distribuidora La Flor de mi Jardín S. A. Capital: pago.—San José, 26 de octubre del 2006.—Lic. Jorge Antonio Avilés Sandoval, Notario.—1 vez.—Nº 85855.—(98860).

Por escritura autorizada a esta notaría, a las 15:00 horas del 26 de setiembre del 2006, se constituye la sociedad Distribuidora el Brillo de las Esmeraldas S. A. Capital: pago.—San José, 26 de octubre del 2006.—Lic. Jorge Antonio Avilés Sandoval, Notario.—1 vez.—Nº 85856.—(98861).

Por escritura autorizada a esta notaría, a las 20:00 horas del 5 de octubre del 2006, se constituye la sociedad Comercializadora Xolotlán de Costa Rica S. A. Capital: pago.—San José, 26 de octubre del 2006.—Lic. Jorge Antonio Avilés Sandoval, Notario.—1 vez.—Nº 85857.—(98862).

Por escritura autorizada a esta notaría, a las 09:00 horas del 18 de octubre del 2006, se constituye la sociedad Transportes T. y B. de Cartago S. A. Capital: pago.—San José, 26 de octubre del 2006.—Lic. Jorge Antonio Avilés Sandoval, Notario.—1 vez.—Nº 85858.—(98863).

Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría, a las 09:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Surya y Sol Comercial Sociedad Anónima, en la cual se acuerda reformar las cláusulas segunda, tercera, quinta y novena del pacto social, nombrar nuevo secretario y agente residente.—San José, 16 de octubre del 2006.—Lic. Marco Vinicio Coll Argüello, Notario.—1 vez.—Nº 85859.—(98864).

En mi notaría, se constituyó la sociedad JLI Servicios de Vigilancia Sociedad Anónima, con domicilio en San José, Alajuelita, Tejarcillos. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. La representación judicial y extrajudicial de la misma corresponde al presidente y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar separadamente hasta por un millón de colones.—San José, ocho de agosto del dos mil seis.—Lic. Carlos Sandoval Núñez, Notario.—1 vez.—Nº 85860.—(98865).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintitrés de octubre del dos mil seis, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Íntegra Hotel S. A., en donde se reforma junta directiva de la sociedad.—San José, veinticuatro de octubre del dos mil seis.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—Nº 85863.—(98866).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintisiete de octubre del dos mil seis, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Inversiones Ambientales Terranova S. A., en donde se reforma junta directiva de la sociedad.—San José, veintisiete de octubre del dos mil seis.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—Nº 85864.—(98867).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del dos de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima denominada One By One S. A. Domicilio: San José, avenida primera, calles 25 y 27, número 2552. Plazo: 99 años. Presidente y representante: Fernando Milanés Espinach.—San José, 23 de octubre del 2006.—Lic. María Gabriela Zeledón Ching, Notaria.—1 vez.—Nº 85865.—(98868).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del dos de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima denominada Maná Liaison Groupe S. A. Domicilio: San José, avenida 1, calles 25 y 27, número 2552. Plazo: 99 años. Presidente y representante: Fernando Milanés Espinach.—San José, 23 de octubre del 2006.—Lic. María Gabriela Zeledón Ching, Notaria.—1 vez.—Nº 85866.—(98869).

En esta notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Guanacaste Natural Expedition S. A., por un plazo social de noventa y nueve años, siendo sus representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma los señores: Soriel López Guevara, cédula de identidad número cinco-trescientos cincuenta y siete-seiscientos noventa y siete, presidenta, y Rodrigo Vincenti Solís, cédula de identidad número uno-mil diecinueve-seiscientos cuarenta y uno, vicepresidente. La sociedad tendrá su domicilio social en Santa Cruz de Guanacaste, sito del Banco Popular, quinientos veinticinco metros al oeste. Es todo.—Santa Cruz, veintitrés de octubre del dos mil seis.—Lic. Andrea Melissa Ruiz Juárez, Notaria.—1 vez.—Nº 85870.—(98870).

Por escritura Nº 293-34, otorgada ante esta notaría, hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Cinco Cerros S. A., en la que se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto social, se crea la cláusula novena y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Santo Domingo, Heredia, 17 de octubre del 2006.—Lic. Álvaro Jiménez González, Notario.—1 vez.—Nº 85871.—(98871).

Ante la notaria Rosa Elena Segura Ruiz, a las 16 horas 30 minutos del 27 de octubre del 2006, se constituye la sociedad denominada Hyundai Costa Rica Electrónico S. A., se suscribe y paga capital social, se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Rosa Elena Segura Ruiz, Notaria.—1 vez.—Nº 85872.—(98872).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las quince horas del veintisiete de octubre del dos mil seis, se cambia el nombre de la sociedad Online Services Group Sociedad de Responsabilidad Limitada, por Blu Condo Hotel Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de octubre del 2006.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 85873.—(98873).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las quince horas del veintiséis de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad Margarita Condo Guadalupe Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Gerente: representante judicial y extrajudicial.—San José, 27 de octubre del 2006.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 85874.—(98874).

Ante esta notaría, se constituyó Soluciones Fralet Sociedad Anónima. Domiciliada en San José, Hatillo Cuatro, ampliación calle paseo Honduras, casa sesenta y cuatro. Presidenta: Xinia María Araya López.—San José, 10 de octubre del 2006.—Lic. Rigoberto Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 85875.—(98875).

Ante esta notaría, se constituyó Proyectos Sebastián M.A Sociedad Anónima. Domiciliada en San José, Hatillo Cuatro, ampliación calle paseo Honduras, casa sesenta y cuatro. Presidenta: Xinia María Araya López.—San José, 10 de octubre del 2006.—Lic. Rigoberto Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 85876.—(98876).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Ferretería Los Ángeles de Bolívar de Grecia Limitada, mediante la cual se modifica la cláusula quinta del pacto social. Escritura otorgada en Grecia, a las doce horas del día veintiséis de setiembre del dos mil seis.—Lic. José Guillermo Bolaños Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 85877.—(98877).

Por escritura otorgada en esta ciudad, a las 10:43 horas de hoy, ante la suscrita notaria, se protocolizó acta de Aquisition Management Primera Limitada, en la que se reformaron cláusulas segunda y sexta de los estatutos y se adicionó cláusula décimo tercera a los estatutos.—San José, 27 de octubre del 2006.—Lic. Odilia Arrieta Angulo, Notaria.—1 vez.—Nº 85878.—(98878).

Por escritura otorgada a las 17:00 horas de hoy, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la compañía La Vida Suma y Resta S. A., en la que se nombra presidente y se reforma la cláusula segunda de los estatutos.—San José, 26 de octubre del 2006.—Lic. Odilia Arrieta Angulo, Notaria.—1 vez.—Nº 85879.—(98879).

Por escritura otorgada en mi notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad de este domicilio Tico Estate Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente: el socio José Israel Ávila Segura.—Paso Canoas, 27 de octubre del 2006.—Lic. Ginette Miranda Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 85881.—(98880).

Por escritura autorizada a las catorce horas treinta minutos del cinco de octubre del dos mil seis, se constituye la sociedad Hacienda El Pavo Real JMG S. A.—Lic. Mario Pacheco Flores, Notario.—1 vez.—Nº 85882.—(98881).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza Vertical Access Sociedad Anónima, por un periodo de noventa y nueve años. Presidente: Mario Guzmán García. Capital social: cien mil colones.—San José, veinticuatro de octubre del dos mil seis.—Lic. Rolando Angulo Gatgens, Notario.—1 vez.—Nº 85883.—(98882).

Por escritura otorgada ante esta notaria, a las ocho horas del día de hoy, se reforma la cláusula octava: de la administración de la empresa The Return Of The Sun Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de octubre del dos mil seis.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 85884.—(98883).

Por escritura otorgada, a las 11:30 horas del veintisiete de octubre del dos mil seis, se nombra junta directiva de la empresa Taurus Entertainment S. A.—San José, 27 de octubre del 2006.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 85885.—(98884).

Por escritura número ciento uno, otorgada ante esta notaría, el día cuatro de octubre del dos mil seis, a las ocho horas con treinta minutos, se constituyó la sociedad Aventuras Naturales de Sierpe INC Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: mil doscientos colones de mil doscientas acciones de un colón cada una. Representación judicial: presidente y secretario.—San José, veintisiete de octubre del dos mil seis.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 85888.—(98885).

Por escritura otorgada en esta notaría, número 157VE-20, se constituye la sociedad Veilchen S. A., cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es Ottokar Hanft de un solo apellido en razón de su nacionalidad alemana, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de San José, en Hotel Casa León, frente a Clínica Doctores Echandi, con número de cédula de pasaporte: seis cuatro ocho tres cero cuatro cero ocho nueve cero.—San José, veintisiete de octubre del dos mil seis.—Lic. Luis Maynor Serrano Mattey, Notario.—1 vez.—Nº 85890.—(98886).

Guillermo Carvajal Navarro y Marianella Ramírez Vidal, constituyen la sociedad Foq’s Art S. A. Plazo social: 99 años. Domicilio: San José. Objeto: comercio, industria, agricultura y ganadería. Capital social: diez mil colones. Escritura otorgada en San José, el 27 de octubre del 2006.—Lic. Ivannia Zúñiga Vidal, Notaria.—1 vez.—Nº 85895.—(98887).

Al ser las diecisiete horas del nueve de octubre del dos mil seis, los señores Omar Montero Chaverri y Omar Montero Arroyo, comparecen ante esta notaría, con la finalidad de constituir la compañía denominada Inversiones M & M Manufacturas Montero Sociedad Anónima, con domicilio en San José, Guadalupe, Urbanización Esquivel Bonilla, del Colegio de Microbiólogos de Costa Rica, veinticinco metros este y cincuenta norte.—San José, a las diecisiete horas del veintisiete de octubre del dos mil seis.—Lic. Carolina Arguedas Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 85898.—(98888).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 2 de octubre del 2006, se constituyó la sociedad denominada Bit On Sistemas Informáticos Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente y vicepresidente, con la representación judicial y extrajudicial.—San José, 2 de octubre del 2006.—Lic. Giovanni Peraza Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 85903.—(98889).

El suscrito Luis Gerardo Brenes Solano, notario público de esta ciudad, hace constar que por medio de la escritura número trescientos noventa y uno, visible al folio ciento sesenta y seis frente del tomo cuarto de mi protocolo, se constituyó la sociedad de este domicilio denominada Importaciones e Inversiones Ari J K R S Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2006.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1 vez.—Nº 85904.—(98890).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Corporación Adja 3000 SRL, por un plazo social de 99 años, con un capital social de diez mil colones exactos, representados por diez cuotas nominativas de mil colones cada una.—Cartago, veintisiete de octubre del dos mil seis.—Lic. Mario Redondo Poveda, Notario.—1 vez.—Nº 85905.—(98891).

Ante esta notaría, mediante escritura de las 16:30 horas del 26 de octubre del 2006, se constituyó la sociedad anónima bajo el Decreto Nº 33171-J. Presidente y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos, actuando conjuntamente: Sven Sauer y Alexandra Jiménez Umaña.—Lic. Alejandra Rodríguez Soto, Notaria.—1 vez.—Nº 85906.—(98892).

Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez, notaria pública de Alajuela a las 17:00 horas del 27 de octubre del 2006, se constituyó la empresa Contabilidades Óscar Montoya Sociedad Anónima, domicilio Alajuela. Capital social diez mil colones, apoderados generalísimos sin límite suma el presidente y tesorero. Plazo: noventa y nueve años.—Alajuela, 27 de octubre del 2006.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(98978).

Mediante escritura numero ciento uno-uno, otorgada en esta notaría a las dieciocho horas del día diecisiete de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Udaipur Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones exactos, dividido en diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, que el señor Alan Bernardo Fallas Mora es su presidente y representante legal.—Lic. Mónica Antonieta López Solano, Notaria.—1 vez.—(99003).

Mediante escritura número ciento ocho - uno, otorgada en esta notaría, a las quince horas del veintiséis de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Tortugas del Río Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones exactos, dividido en diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, que el señor Ernesto José Solano Soto es su presidente.—Lic. Mónica Antonieta López Solano, Notaria.—1 vez.—(99004).

Mediante escritura número ciento siete-uno, otorgada en esta notaría, a las catorce horas y treinta minutos del veintiséis de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Ardillas de Santa Tere Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones exactos, dividido en diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, que el señor Ernesto José Solano Soto, es su presidente.—Lic. Mónica Antonieta López Solano, Notaria.—1 vez.—(99005).

Mediante escritura número ciento seis-uno, otorgada en esta notaría, a las catorce horas del veintiséis de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada La Ranita Saltadora Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones exactos, dividido en diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, que el señor Ernesto José Solano Soto es su presidente.—Lic. Mónica Antonieta López Solano, Notaria.—1 vez.—(99006).

Mediante escritura número ciento cinco-uno, otorgada en esta notaría, a las trece horas, treinta minutos, del veintiséis de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada El Conejo Feliz Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones exactos, dividido en diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, que el señor Ernesto José Solano Soto es su presidente.—Lic. Mónica Antonieta López Solano, Notaria.—1 vez.—(99007).

Mediante escritura pública número uno, otorgada ante la suscrita notaria a las trece horas con treinta minutos del día veintisiete de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima denominada Aztec Business Solutions Of Latin America Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de octubre de dos mil seis.—Lic. Leonora Granados Sancho, Notaria.—1 vez.—(99011).

Sherwin Cosiol Cohen y Banny Hermann Feinzilber, constituyen: Súper Closets de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital social un millón de colones, diez cuotas sociales de cien mil colones cada una. Representación judicial y extrajudicial el gerente y subgerente, actuando individualmente o conjuntamente. Escritura número: ciento sesenta y nueve, otorgada en San José, a las trece horas veinte minutos del día diecisiete de octubre del año dos mil seis, ante el notario Luis Moshe Lechtman Meltzer.—Lic. Luis Moshe Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—(99014).

Sherwin Cosiol Cohen, y Banny Hermann Feinzilber, constituyen: Banco de Corneas Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital social un millón de colones, diez cuotas sociales de cien mil colones cada una. Representación judicial y extrajudicial el gerente y subgerente, actuando individualmente o conjuntamente. Escritura número ciento setenta, otorgada en San José a las trece horas treinta minutos del día diecisiete de octubre del año dos mil seis, ante el notario Luis Moshe Lechtman Meltzer.—Lic. Luis Moshe Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—(99015).

David Idel Shultz Faingezicht y Carlos Castro Murillo, constituyen: Crazy Cow Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social diez mil colones, diez cuotas sociales de mil colones cada una. Representación judicial y extrajudicial el gerente, actuando individualmente, escritura número ciento setenta y dos, otorgada en San José a las trece horas cincuenta minutos del día diecisiete de octubre del año dos mil seis, ante el notario Luis Moshe Lechtman Meltzer.—Lic. Luis Moshe Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—(99016).

Sherwin Cosiol Cohen y Banny Hermann Feinzilber, constituyen: Bodegas Jalejale Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital social un millón de colones, diez cuotas sociales de cien mil colones cada una. Representación judicial y extrajudicial el gerente y subgerente, actuando individualmente o conjuntamente. Escritura número ciento setenta y uno, otorgada en San José a las trece horas veinte minutos del día diecisiete de octubre del año dos mil seis, ante el notario Luis Moshe Lechtman Meltzer.—Lic. Luis Moshe Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—(99017).

Manuel Eduardo Montero Hernández y Rosibel del Carmen Zamora Mena, constituyen: Jolialpa Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital social cien mil colones, diez cuotas sociales de diez mil colones cada una. Representación judicial y extrajudicial el gerente y subgerente, actuando individualmente o conjuntamente. Escritura número doscientos trece, otorgada en San José a las catorce horas del día diecinueve de octubre del año dos mil seis, ante el notario Eugenio Hernández Rodríguez.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(99018).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 16:00 horas del día 27 de octubre del año 2006, se constituyó la empresa Comarjan Steel CO S. A., domiciliada en Santa Bárbara de Heredia, de la entrada del Cristo cien metros al norte y cien metros al oeste, capital social cien mil colones, presidenta, Jessica Oviedo Amador, cedula 3-375-119.—Belén, Heredia, 27 de setiembre del 2006.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(99019).

A las 9:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Casa de Diseño Collins S. A., mediante la cual se reforma la cláusula segunda de la escritura constitutiva.—San José, 30 de octubre del 2006.—Lic. Ana Victoria Calvo Pacheco, Notaria.—1 vez.—(99026).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 8:30 horas del día 30 de octubre del 2006, se protocolizaron acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Inversiones Sol Mil Novecientos Treinta y Uno S. A., mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto social y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—(99028).

Por escritura de las 11:20 horas del 19 de octubre del 2006, se constituyó, la sociedad Tabaré J A O M de Escazú Sociedad Anónima.—Lic. Miguel Ruiz Herrera, Notario.—1 vez.—(99029).

En mi notaría, el 20 de octubre del 2006, se constituyó la sociedad Alba Sociedad Anónima S. A. Presidente: Gianfranco Barbieri.—Alajuela, 20 de octubre del  2006.—Lic. Henry Miguel Vega Cruz, Notario.—1 vez.—(99030).

Por escritura número ciento veintiuno otorgada ante esta notaría a las ocho horas del día veinticuatro de octubre de dos mil seis, se constituyó la sociedad Malinche del Mar Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Representación: presidente, secretaria y tesorera de la junta directiva. Domicilio: Flamingo, Guanacaste, primer piso de oficinas de “Flamingo Beach Resort”.—San José, veintisiete de octubre de dos mil seis.—Lic. Raúl A. Camacho Alfaro, Notario.—1 vez.—(99032).

Por escritura número ciento veintitrés otorgada ante esta notaría a las ocho horas del día veinticinco de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad L E J C Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Representación: presidente de la junta directiva. Domicilio: San José, Barrio Amón, cuatrocientos metros al norte de Radio Shack.—San José, veintisiete de octubre del dos mil seis.—Lic. Raúl A. Camacho Alfaro, Notario.—1 vez.—(99033).

Por escritura otorgada el día veinte de octubre del año 2006 a las 14:00 horas, se constituyó la sociedad denominada Byelmp Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Capital social: diez mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial: Presidente, individualmente.—San José, 26 de octubre del año 2006.—Lic. Ernesto Alfaro Conde, Notario.—1 vez.—(99037).

Ante esta notaría, a las nueve horas del día siete de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios A & Z Sociedad Anónima, figurando como apoderados Carlos Alberto Zúñiga Rodríguez y Alexis Gerardo Acuña Ramírez. Plazo social noventa y nueve años.—Colón, siete de octubre del 2006.—Lic. Milena Acuña Ugalde, Notaria.—1 vez.—(99040).

El suscrito, Lic. Asdrúbal Alfaro Miranda, notario público con oficina en Alajuela, hace constar que mediante escritura pública número 100-11 otorgada en mi notaría, el día 27 de octubre del 2006, se constituyó Black Thunder Services S. A.—Alajuela, a las 16:00 horas del 27 de octubre del 2006.—Lic. Asdrúbal Alfaro Miranda, Notario.—1 vez.—(99062).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 26 de setiembre del 2006, se constituyó la sociedad anónima: Inversiones Kagea Ke S. A. Apoderados: Presidente y secretario. Plazo: 99 años.—San José, 27 de octubre del 2006.—Lic. Federico Balma Zumbado, Notario.—1 vez.—(99064).

Por escritura número ciento sesenta otorgada ante la notaria Rita María Salazar Rodríguez, a las nueve horas del cuatro de setiembre del dos mil cinco, se reforma la cláusula novena, en cuanto a la representación de la pacto social de la sociedad denominada Heysd Narváez Sociedad Anónima.—Alajuela, a las diez horas del día veintiocho de octubre del dos mil seis.—Lic. Rita María Salazar Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(99065).

Por escritura número ciento treinta otorgada ante el notario Randall Chuken Vargas, a las ocho horas del veinte de octubre del dos mil cinco, se reforma la cláusula sexta, en cuanto a la administración del pacto social de la sociedad denominada SDS Investments Projets Limitada.—Alajuela, a las diez horas con diez minutos, del día veintiocho de octubre del dos mil seis.—Lic. Rita María Salazar Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(99066).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario en San José, a las 10:00 horas del 24 de marzo del 2006, se constituyó la sociedad denominada Bencivengo & Pérez Sociedad Anónima Plazo social: 99 años. Domicilio: San José. Objeto: Actividades comerciales e industriales. Capital social: diez mil colones.—San José, 24 de marzo del 2006.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—(99069).

Que ante esta notaría, mediante escritura pública número ciento sesenta y uno del tomo segundo, se constituyó la compañía mercantil Boutique Koky Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Apoderada generalísima sin límite de suma Celia María Rodríguez Rodríguez.—Santa Cruz, a las trece horas del veintiocho de octubre del dos mil seis.—Lic. Rodrigo Sandoval Villalobos, Notario.—1 vez.—(99072).

Por escritura otorgada, ante el notario Giovanni Barrantes Barrantes, a las once horas del veintiocho de octubre del dos mil seis, la compañía Meyujo M Y J de San Ramón Sociedad Anónima, protocoliza acta y realiza reforma a la cláusula primera y en adelante se denominará Meyujo M Y F de San Ramón Sociedad Anónima. Presidente el socio Marvin Vásquez Castillo, con todas las facultades.—Grecia, veintiocho de octubre del dos mil seis.—Lic. Giovanni Barrantes Barrantes, Notario.—1 vez.—(99073).

Rodolfo Solís Herrera, notario público, con oficina en San José, hace saber que ante el comparecieron, Guissella Villegas Alpízar, mayor, de nacionalidad costarricense, soltera, docente técnica, portadora de su cédula de identidad numero seis-doscientos diecinueve-doscientos setenta y cinco, vecina de Purral Abajo de Goicoechea, Urbanización La Esmeralda, casa número dos G, Ronald Quesada Villegas, mayor, de nacionalidad costarricense, soltero, estudiante, portador de su cédula de identidad seis-trescientos treinta y cuatro-quinientos noventa y seis, vecino de Purral Abajo de Goicoechea, Urbanización La Esmeralda, casa número dos G, Heiner Villegas Jarquín, mayor, de nacionalidad costarricense, soltero, estudiante, portador de su cédula de identidad seis-trescientos cuarenta y nueve-cuatrocientos noventa y dos, vecino de Purral Abajo de Goicoechea, Urbanización La Esmeralda, casa número dos G, Orlando Zúñiga Fajardo, mayor, de nacionalidad costarricense, casado una vez, comerciante, portador de su cédula de identidad cinco-ciento ochenta y tres-cero cincuenta, vecino de Purral Abajo de Goicoechea, del templo católico seiscientos metros al este y veinticinco metros al sur, Urbanización Los Olimpos, para constituir una fundación con fines de bienestar social, denominada Fundación Proyectos Internacionales de Desarrollo para Estudiantes ISOP, que se regirá por las disposiciones de la Ley de Fundaciones vigente y por las cláusulas incorporadas en la escritura de constitución, visible al folio catorce vuelto, quince frente y vuelto del tomo primero de mi protocolo. La Administración y dirección de la Fundación estará a cargo de una Junta Administrativa, integrada por cinco directores. Los tres primeros, los designarán los otorgantes, el cuarto el Poder Ejecutivo y el quinto la Municipalidad de Goicoechea. Se nombra en este acto a los tres directores que asumirán sus cargos a partir del día en que quede inscrita esta escritura en el Registro Público, del siguiente modo: Directores; Guissella Villegas Alpízar, Ronald Quesada Villegas, Heiner Villegas Jarquín, los tres de calidades antes indicadas; quienes aceptaron sus cargos y juraron su fiel cumplimiento. Es todo. Expedí un primer testimonio para los fundadores. Leído lo escrito a los comparecientes, lo aprobaron y juntos firmamos en la ciudad de San José, a las diecinueve horas del veinticuatro de octubre del año dos mil seis.—Lic. Rodolfo Solís Herrera, Notario.—1 vez.—(99074).

Máximo Vilca Silvera y Olga Huaman Vargas, constituyen la sociedad denominada Indimax M Y O Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las diez horas del veinticinco de julio del dos mil seis. Registro de Personas Jurídicas. Sección de Mercantil.—Lic. Jorge Eduardo Bustamante Chaves, Notario.—1 vez.—(99075).

Silvia Álvarez Garro, Carla González Sargent María Alejandra Morales Reyes, constituyen la sociedad denominada Compañía Vial Computarizada, Inversiones Informáticas Nemesis, Inversiones Tecnológicas Alabastro Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las catorce, quince y dieciséis horas del diecinueve de octubre del 2006. Registro de Personas Jurídicas. Sección de Mercantil.—Lic. Jorge Eduardo Bustamante Chaves, Notario.—1 vez.—(99076).

Por escritura treinta y tres, otorgada ante el notario Eduardo Sancho Arce, a las diez horas, treinta minutos del día veintisiete de octubre del año dos mil seis, se reforma la cláusula quinta de los estatutos de la sociedad de la compañía Ecopropiedades Las Olas LC S. A.—San José, 30 de octubre del 2006.—Lic. Eduardo Sancho Arce, Notario.—1 vez.—(99087).

Por escritura número treinta y dos, otorgada ante Eduardo Sancho Arce, a las diez horas, quince minutos del día veintisiete de octubre del año dos mil seis, se reforman las cláusulas primera, y segunda de los estatutos de la sociedad y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la compañía Inversiones Analcima Dalia LXI S. A.—San José, 30 de octubre del 2006.—Lic. Eduardo Sancho Arce, Notario.—1 vez.—(99088).

Por escritura otorgada a las ocho horas del día veintitrés de octubre del dos mil seis, ante el notario William Alberto Bolaños Gamboa, los señores Alberto Gurdián Arango y Adrián Gutiérrez Guevara, constituyen la siguiente sociedad denominada G & G Producciones Sociedad Anónima.—San José, 25 de octubre del 2006.—Lic. William Alberto Bolaños Gamboa, Notario.—1 vez.—(99095).

A las catorce horas del veintitrés de octubre del dos mil seis, se constituyó en esta notaría la sociedad denominada Caballo Loco Alajuela Sociedad Anónima.—Lic. Katya Cubero Montoya, Notaria.—1 vez.—(99097).

En mi notaría se ha constituido la empresa Inversiones Yellow Bird Sociedad Anónima. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, 18 de octubre del 2006.—Lic. Juan Manuel Campos Ávila, Notario.—1 vez.—(99102).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día veinticinco de octubre del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Comercializadora Europea IWVL Sociedad Anónima. Se designa presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 26 de octubre del 2006.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—(99115).

Por escritura número ciento sesenta y siete, de las dieciséis horas del veintisiete de octubre del dos mil seis, se modificó la cláusula número sexta del pacto constitutivo de la sociedad Agroindustrias Tecnológicas del Trópico Sociedad Anónima en cuanto a la administración se nombra vocal. Es todo.—San José, 27 de octubre del 2006.—Lic. Alejandro Wyllins Soto, Notario.—1 vez.—(99120).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 13 de octubre del 2006, se constituyó la sociedad Lechtman Legal Solutions, S.R.L. Domicilio: San José. Plazo: 100 años. Objeto: genérico. Capital social: suscrito y pagado. Gerente como apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Guido Alberto Soto Quesada, Notario.—1 vez.—(99122).

Por escritura otorgada en mi notaría, en esta ciudad, hoy a las siete horas de constituyó la sociedad Inversiones J.C. S. A. Presidente: Jorge Isaac Jarquín Castro.—San José, 27 de octubre del 2006.—Lic. Rodolfo Acosta Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 85908.—(99125).

Por escritura otorgada en mi notaría, en esta ciudad, hoy a las diez horas se protocolizó acta de Marana del Este Cinco S. A., mediante la cual se modificó la cláusula cuarta del pacto social.—San José, 27 de octubre del 2006.—Lic. Rodolfo Acosta Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 85909.—(99126).

Por escritura otorgada en mi notaría, en esta ciudad, hoy a las doce horas se protocolizó acta de Marana del Este Seis S. A., mediante la cual se modificó la cláusula cuarta del pacto social.—San José, 27 de octubre del 2006.—Lic. Rodolfo Acosta Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 85910.—(99127).

Mediante escritura pública número ciento setenta y ocho-veintisiete, otorgada en mi notaría, a las dieciséis horas del día veintiséis de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Cosecha y Extracción Forestal COSEXFO C.E.F. Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente: Johnny Pilarte Luquez.—Ciudad Quesada, 26 de octubre del 2006.—Lic. Ronald Córdoba Artavia, Notario.—1 vez.—Nº 85911.—(99128).

Mediante escritura pública número ciento setenta y seis-veintisiete, otorgada en mi notaría, a las dieciséis horas, treinta minutos, del día veinticinco de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Extracciones Forestales EXFO I.F.N. Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente: Osman Gerardo Marín Rojas.—Ciudad Quesada, 26 de octubre del 2006.—Lic. Ronald Córdoba Artavia, Notario.—1 vez.—Nº 85912.—(99129).

Ante esta notaría, a las diez horas del once de octubre del dos mil seis, se modifica la cláusulas primera y octava, y se realiza nombramiento de presidente y secretario en la junta directiva de la empresa Por Fin Mí Propiedad en Arenal Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2006.—Lic. Óscar Alberto Pérez Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 85913.—(99130).

Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del diecisiete horas y treinta minutos del veintiséis de octubre del año dos mil seis, constitución de dos sociedades denominadas Maranto Store, Salas y Velásquez, ... Sociedad Anónima. Presidenta: Hazel Hernández Solano.—Lic. Yashir Daniel Wabe Arroyo y Lic. Katia Marcela Salas Guevara, Notarios.—1 vez.—Nº 85914.—(99131).

Ante mí, Ruth Marina Sánchez Arias, notaria pública, con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones Familia Espinosa Salas Sociedad Anónima, a las veinte horas del día cinco de agosto del dos mil seis. Presidente y vicepresidente con la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Atenas, 27 de octubre del 2006.—Lic. Ruth Marina Sánchez Arias, Notaria.—1 vez.—Nº 85915.—(99132).

Ante mí, Eric Badilla Córdoba, a las catorce horas del veinticinco de octubre del dos mil seis, Joaquín Dodero Molinari y José Humberto Alvarado Angulo, constituyen la sociedad Dodero Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa años. Domiciliada en Liberia, con un capital social de cien mil colones.—Lic. Eric Badilla Córdoba, Notario.—1 vez.—Nº 85917.—(99133).

A las 10:00 horas del 26 de octubre del 2006, la sociedad Tres-Uno Cero Uno Cuatro Cinco Ocho Ocho Tres Dos Sociedad Anónima, procedió a nombrar nuevos puestos de presidente y tesorero y reformó cláusula segunda y sétima del pacto social.—Lic. José Humberto Alvarado Angulo, Notario.—1 vez.—Nº 85918.—(99134).

Se constituye Enibru Ltda. Escritura otorgada en Garabito, a las 8:00 horas del 27 de octubre del 2006.—Lic. Franklin Fernández Coles, Notario.—1 vez.—Nº 85920.—(99135).

Elpidio Fernández Calvo y Gerardo Fernández Calvo, constituyen Agropecuaria Ferca Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones.—Lic. Iris Mora Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 85921.—(99136).

El suscrito notario da fe de que con fecha veintisiete de octubre del dos mil seis se ha constituido la sociedad denominada Plátanos y Tubérculos O.V.A. Sociedad Anónima. Domiciliada en la provincia de Limón, cantón de Talamanca, caserío de Margarita, frente a escuela de Margarita, siendo su presidente: Orlando Valerín Vargas, mayor, divorciado una vez, empresario, cédula siete - cero cinco cuatro - cuatro ocho seis.—Lic. Magally Mattus Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 85922.—(99137).

El suscrito notario da fe de que con fecha veintisiete de octubre del dos mil seis, se ha modificado el artículo octavo del pacto social de la sociedad denominada Multiservicios Chaves Chaves Chacha Sociedad Anónima, domiciliada en la provincia de Limón, para que en lo sucesivo se lea así: Octava: Los negocios sociales serán administrados por una junta directiva, formada por tres miembros, socios o extraños, que durarán en sus cargos por un período de veinte años y que serán: presidente, secretario y tesorero. Corresponde al presidente, secretario y tesorero la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma de acuerdo al artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, pudiendo actuar conjunta o individualmente, pudiendo sustituir su poder en todo o en parte, revocar sustituciones y hacer otras de nuevo, sin menoscabo de sus facultades. La Junta Directiva queda especialmente autorizada para nombrar a toda clase de apoderados, gerentes, funcionarios y representantes, dándoles en el acto de nombramientos las denominaciones, facultades y poderes que crea oportuno. Presidente: Jesús Chaves Vega, cédula seis - cero noventa y seis - ochocientos treinta y siete.—Magally Mattus Gutiérrez.—1 vez.—Nº 85923.—(99138).

Razón de la notaria Ana Militza Salazar Sánchez, mediante escritura número ciento treinta y tres del tomo quinto de mi protocolo se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Marena Consultores Ambientales Sociedad Anónima. Capital: íntegramente pagado y suscrito.—San José, 27 de octubre del 2006.—Lic. Ana Militza Salazar Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 85925.—(99139).

En escritura otorgada ante la notaria, Jessie Murillo Moya, carné número trece mil seiscientos cuarenta y cinco, a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de octubre del año dos mil seis, se protocolizó el acta número uno de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Consultoría Legal y Económica CLE & Asociados Sociedad Anónima, mediante la cual se realizan los siguientes nombramientos en la junta directiva, secretaria, tesorera, fiscal y agente residente, manteniendo invariable el resto de las cláusulas del pacto constitutivo. Es todo. San Vicente de Moravia, 27 de octubre de 2006.—Lic. Jessie Murillo Moya, Notaria.—1 vez.—Nº 85926.—(99140).

En escritura otorgada ante la notaria, Jessie Murillo Moya, carné número trece mil seiscientos cuarenta y cinco, a las ocho horas, quince minutos del veintitrés de octubre del año dos mil seis, se protocolizó el acta número uno de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Astillas Roble Alto Sociedad Anónima, mediante la cual se nombró el cargo de tesorero, fiscal y agente residente, manteniendo invariable el resto de las cláusulas del pacto constitutivo. Es todo.—San Vicente de Moravia, 27 de octubre del 2006.—Lic. Jessie Murillo Moya, Notaria.—1 vez.—Nº 85927.—(99141).

En escritura otorgada ante la notaria, Jessie Murillo Moya, carné número trece mil seiscientos cuarenta y cinco, a las doce horas, treinta minutos del veintitrés de octubre del año dos mil seis, se protocolizó el acta número cuatro de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Robles San Vicente Sociedad Anónima, mediante la cual se realizan los siguientes nombramientos en la junta directiva, presidente, secretaria, tesorera, fiscal y agente residente, manteniendo invariable el resto de las cláusulas del pacto constitutivo. Es todo.—San Vicente de Moravia, 27 de octubre del 2006.—Lic. Jessie Murillo Moya, Notaria.—1 vez.—Nº 85928.—(99142).

En escritura otorgada ante la notaria, Jessie Murillo Moya, carné número trece mil seiscientos cuarenta y cinco, a las nueve horas, treinta minutos del veintitrés de octubre del año dos mil seis, se protocolizó el acta número uno de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Bufete Rodríguez, Umaña y Asociados Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula primera, del nombre de la sociedad para que en adelante se denomine Bufete Rodríguez Corrales y Asociados S. A.; se reforma la cláusula segunda, del domicilio de la sociedad, se reforma la cláusula quinta del capital social y se nombró junta directiva, presidente, secretaria, tesorera, fiscal y agente residente, manteniendo invariable el resto de las cláusulas del pacto constitutivo. Es todo.—San Vicente de Moravia, 27 de octubre del 2006.—Lic. Jessie Murillo Moya, Notaria.—1 vez.—Nº 85929.—(99143).

Por escritura número ciento cincuenta y cinco, otorgada ante mí, a las ocho horas del veintiséis de octubre del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Saba BBQ House Sociedad Anónima. Misma fecha.—Lic. Esteban Esquivel Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 85930.—(99144).

Ante esta notaría, a las nueve horas del día cuatro de octubre del año dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Compra y Venta de Granos Norteños FSH Sociedad Anónima.—Upala, 27 de octubre del 2006.—Lic. Carlos Luis Ramírez Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 85931.—(99145).

Ante esta notaría, a las diez horas del día quince de junio del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Corporación Inversionera María Rosa Cruz Ramírez Sociedad Anónima.—Upala, 27 de octubre del 2006.—Lic. Carlos Luis Ramírez Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 85932.—(99146).

NOTIFICACIONES

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Se hace saber a Winston Campbell Lindo, portador de la cédula N° 7-0074-323, en calidad de propietario de las fincas del partido de Limón matrículas 39953 y 43513, que la Dirección del Registro Público de Bienes Inmuebles ha iniciado Diligencias Administrativas de Oficio; tramitadas dentro del Expediente Administrativo Nº 161-2006, mediante escrito presentado el 30 de mayo de este año por el Registrador Lic. Miguel Eduardo Cervantes Mora, en el cual informa de una posible duplicidad de planos, que involucra los inmuebles del Partido de Limón matrículas 39953 y 43513, según que se detalla: “...Realizado el estudio del plano L-561181-1984 que pertenece a la finca del Partido de Limón 39953-000 y que es a la que se refiere el documento asignado al suscrito al Tomo 567, Asiento 65045, el mismo también fue utilizado en la inscripción de la finca del mismo Partido 43513-000 con las mismas características...”. En virtud de lo informado, esta Dirección ordenó mediante resolución de las 14:30 horas del 7 de junio del 2006, la consignación de nota de Advertencia Administrativa en el inmueble del Partido de Limón, matrícula 43513. Además, con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, y habiéndose autorizado por resolución de las 10:00 horas del 19 de octubre del 2006 se resuelve: Conferir audiencia a Winston Campbell Lindo, portador de la cédula indicada; por el término de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta. Lo anterior, de conformidad con el artículo 98 del Reglamento del Registro Público, (que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J del 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta Nº 54 de 18 de marzo de 1998), a efecto de que dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos convengan. Y se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar apartado postal, casa u oficina, dentro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del citado Reglamento; en concordancia con el numeral 3 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, Ley Nº 7637; bajo apercibimiento de que, de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 12 de la citada ley Nº 7637, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. (Referencia Exp. 161-2006).—Curridabat, 19 de octubre de 2006.—Lic. Arturo Ortiz Castro, Subdirector a. í.—(Solicitud Nº 39131).—C-51170.—(99085).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL EN HEREDIA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El suscrito Lic. José Fco. Valverde Vargas Jefe de la Sucursal de Heredia, Caja Costarricense del Seguro Social, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos y trabajadores independientes incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. En el cuadro, se indica el número patronal, nombre de la razón social y monto de la deuda al 4 de octubre del 2006. La Institución le concede 5 días hábiles, para que se presenten a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los períodos notificados anteriormente que ya poseen firmeza en Sede Administrativa por tanto; en caso de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda.

Razón                                                                            Número                              Monto

Social                                                                           patronal                           adeudado

ACEROS TÉCNICOS S. A.                                               2-03101023353-001-001 15.840.185,00

AGROPECUARIA LOS VILLALOBOS S. A.           2-03102059590-001-001          32.575,00

AGUILAR MARTÍNEZ ÁLVARO ARTURO             0-00105150327-001-001          65.191,00

ALFARO GUTIÉRREZ ILSE MARÍA                          0-00400950725-001-001          40.981,00

ALQUILER DE EQUIPO S. A.                                      2-03101149754-001-001    9.476.443,00

ALPÍZAR BADILLA JUSTINIANO                             0-00107450411-001-001    2.561.984,00

ALVARADO GUTIÉRREZ MARLENE                      0-00203490480-001-001          28.609,00

ART & COMPANY S. A.                                                  2-03101313466-001-001       754.049,00

ASESORES Y CONSULTORES ASECON S. A.      2-03101310635-001-001          88.370,00

ÁTICOS DE LOS OLIVOS MUEBLERÍAS S. A.      2-03101367160-001-001       103.258,00

BARRANTES MORERA LTDA.                                    2-03102008926-001-001    2.057.143,00

BINAME DEMERBE JEAN LUIS                                 7-00012405402-001-001       313.082,00

BIOPAK DE C.R. S. A.                                                      2-03101106894-001-001       407.096,00

CALEB DE CENTROAMÉRICA S. A.                         2-03101055401-001-001       311.900,00

CALZADO ORIENTAL S. A.                                          2-03101052020-001-001       196.648,00

CALZADO OCCIDENTAL S. A.                                   0-03101052216-001-001       125.954,00

CAMBRONERO BLANCO LORENZO                      0-00600720503-002-001       446.404,00

CAMPOS MORA JOSÉ CARLOS                                  0-00203600825-001-001       128.255,00

CANDRA S. A.                                                                     2-03101096153-001-001 13.841.835,00

CAR Y PINTURA CAR CAR LTDA.                            2-03102121066-001-001    1.638.912,00

CARNES CHAPERNAL S. A.                                        2-03101136625-001-001 13.164.644,00

COMERCIAL DOÑA CONNIE S. A.                            2-03101217549-001-001       488.136,00

COMPAÑÍA BEROK INTERNACIONAL S. A.       2-03101106552-001-001          87.296,00

COMPAÑÍA CAFETALERA EL IMPERIO S. A.     2-03101073983-001-001    5.218.891,00

CONSTRUCCIONES VEGA NORTE

CONVENORSA S.A                                                           2-03101270828-001-001    8.210.312,00

CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS

MÚLTIPLES JRM SA                                                         2-03101279767-001-001    1.860.035,00

CONSTRUCTORA HEREDIANA S. A.                       2-03101165562-001-001       217.890,00

CONSULTORA Y CONST. BOLAÑOS S. A.             2-03101090999-001-001       486.141,00

CORPORACIÓN CAFETALERA LA MESETA       2-03101083091-001-001    3.512.977,00

CORPORACIÓN DE BIOEMPAQUES S. A.             2-03101192252-001-001    1.571.576,00

CORPORACIÓN J & E S. A.                                            2-03101104092-001-001    6.381.243,00

CORPORACION JESÚS DE NAZARETH S. A.        2-03101220245-001-001    1.411.710,00

DELGADO JARA MARCO ANTONIO                      0-00401340490-001-001          52.822,00

DIMUSO S. A.                                                                      3-03101142186-001-001    3.374.882,00

DIST. DE MARISCOS LOS PALMAREÑOS             2-03101177890-001-001       892.891,00

DISTRIBUIDORA ESDATA S. A.                                 2-03101130098-002-001    1.375.896,00

DISTRIBUIDORA ESDATA S. A.                                 2-03101130098-001-001    2.494.672,00

DISTRIBUIDORA MACHUCA S. A.                            2-03101297335-001-001       339.966,00

DOMINICO INTERNACIONAL S. A.                         2-03101193037-001-001    1.333.735,00

DOWNS ZUÑIGA FÉLIX DANILO                              0-00400940191-001-001       787.058,00

DURÁN NÚÑEZ JAIME ENRIQUE                              0-00109450748-001-001       681.668,00

ENRIQUE R. CUADROS RUBIO                                  7-00016523365-001-001    1.475.247,00

ESOCO S. A.                                                                         2-03101126048-001-001       252.591,00

EVO LTDA                                                                            2-03102005316-001-001          41.539,00

GREAT DISIGNERS S. A.                                                2-03101270260-001-001       123.446,00

HERNÁNDEZ LEÓN JOSÉ LUIS                                  0-00401020322-001-001    1.241.435,00

INVERSIONES NORTEÑAS INSA S. A.                     2-03101081925-001-001    2.458.915,00

INVERSIONES TURÍSTICAS DOÑA

O LTDA S. A.                                                                        2-03101260799-001-001       106.115,00

INVERSIONES Y SERVICIOS BOVI S. A.                 2-03101022957-001-001    1.364.729,00

JETEX INTERNACIONAL S. A.                                    2-03101120843-001-001 13.820.285,00

LBJ INTUICIÓN HEREDIANA S. A.                            2-03101355285-001-001       223.213,00

MATA ROMÁN VANESSA MAYELA                       0-00109990271-001-001          78.342,00

MÉNDEZ LÓPEZ ALEJANDRA                                   0-00109380194-001-001       393.542,00

MENESES CABALCETA FERNANDO                     0-00105890090-001-001    1.286.349,00

MONTE VICTORIA LTDA.                                             2-03102079230-001-001       539.122,00

MONTERO CAMPOS FLORA ADILIA                     0-00400870605-001-001          52.203,00

Razón                                                                            Número                              Monto

Social                                                                           patronal                           adeudado

MUÑOZ VALVERDE GERARDO MANUEL           0-00900250878-001-001    1.060.343,00

NIZHINY S. A.                                                                     2-03101332237-001-001    1.464.199,00

PACHECO AGUILAR JOSÉ ROBERTO                    0-00800630315-001-001          49.713,00

PROYECCIONES GRÁFICAS HEREDIANAS

S. A.                                                                                          2-03101301461-001-001          46.825,00

QUIRÓS BOLAÑOS VÍCTOR MANUEL                    0-00201770850-001-001          24.700,00

RAMÍREZ DÍAZ GERARDO WILIAM                       0-00107960320-001-001       221.467,00

REDES ELÉCTRICAS ELECTRORED S. A.              2-03101373231-001-001       296.030,00

RHZ PRECISIÓN S. A.                                                       3-03101176648-001-001       158.854,00

RICOPOSTRES S. A.                                                          2-03101339930-001-001          75.354,00

RODRÍGUEZ ESPINOZA MANUEL FCO.               0-00103310784-001-001       428.216,00

RODRÍGUEZ POVEDA JOSÉ MARIO                        0-00401190667-001-001       211.966,00

RODRÍGUEZ VARGAS ALEJANDRO                       0-00109290847-001-001       669.852,00

ROJAS ÁLVAREZ LEONEL FCO.                                0-00401420417-003-001       152.899,00

SÁNCHEZ BRENES JUAN RAMÓN                            0-00401010526-001-001          29.089,00

SEGURIDAD ALFEBRE S. A.                                       2-03101320239-001-001       481.156,00

SERVICIOS DON JOSÉ S. A.                                           2-03101199432-001-001    7.852.827,00

SERVICIOS EMPRESARIALES FDD S. A.               2-03101293779-001-001 17.741.667,00

SONIDO DE ORO SOCIEDAD DE RESP.

LIMITADA                                                                            2-03102122280-001-001          66.356,00

SOTO LÓPEZ ALFREDO                                                0-00201710211-001-001          99.987,00

SOTO LÓPEZ ALFREDO                                                0-00201710211-002-001          14.414,00

SUPER FERRET S. A.                                                        2-03101034901-001-001    1.275.412,00

TORNILLOS Y AFINES TYASA S. A.                        2-03101098807-001-001       117.516,00

UGARTE UGARTE CARMEN MARÍA                      0-00601100159-001-001          93.862,00

VELÁSQUEZ VELÁSQUEZ MANUEL

ANTONIO                                                                             0-00800490619-001-001          86.621,00

VÍLCHEZ VARGAS MARÍA DEL CARMEN           0-00401100072-002-001          21.447,00

VÍQUEZ ARGUEDAS LORENA MARÍA                  0-00401450130-001-001       108.999,00

ZOCALO WOLFRAM S. A.                                             2-03101215416-001-001       213.530,00

                                                                                                   TOTAL                                 158.923.689,00

Lic. José Fco. Valverde Vargas, Jefe.—(98633).

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

DIRECCIÓN REGIÓN HUETAR ATLÁNTICA

Se hace saber a Yanci Patricia Moraga Vega, cédula número uno-ochocientos diez-cero setenta y seis, que la Oficina Subregional Pococí ha iniciado procedimiento administrativo de revocatoria de adjudicación y anulación del título de propiedad en su contra, por lo que en el expediente administrativo número trescientos veintisiete, se ha dictado la resolución que dice: Instituto de Desarrollo Agrario.—Dirección Región Huetar Atlántica, a las quince horas del día veinticinco de octubre de dos mil seis. Con fundamento en la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, Ley de Creación del Instituto de Desarrollo Agrario Nº 6735, el procedimiento indicado en los artículos 88 y siguientes del Reglamento Autónomo para la Selección y Adjudicación de Solicitantes de Tierra, publicada en La Gaceta Nº 13 del 20 de enero del 2004, en el artículo 12, inciso a) del Reglamento Autónomo de Procedimientos Administrativos del Instituto de Desarrollo Agrario publicado en La Gaceta Nº 238 del viernes 15 de diciembre de 1995, en los artículos 214 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, el Código Procesal Civil, el acuerdo de Junta Directiva, artículo 1º, sesión Nº 031-003 celebrada el 1º de julio del 2003, y el acuerdo específico de Junta Directiva tomado en artículo 26, sesión Nº 027-06 de agosto del 2006, se constituye este Órgano Director para instruir investigación administrativa a fin de determinar la verdad real de los hechos ocurridos con el lote E-109-13 del Sector Centro de Población Campo Kennedy del Asentamiento Cariari, inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Folio Real, matrícula Nº 074784-000 a favor de Yancy Patricia Moraga Vega, cédula Nº 1-810-073, por cuanto la Oficina Sub-Regional de Pococí determina en informes ORP 0892-06 del 6 de setiembre del 2006 y ORP 1083 del 25 de octubre del 2006, que el adjudicatario presuntamente ha incurrido en la causal de abandono injustificado e incumplimiento de obligaciones del inmueble adjudicado, contenido en el artículo 68 de la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825. Se tiene como parte en este procedimiento a Yanci Patricia Moraga Vega, adjudicataria del lote E-109-13 del Sector Centro Población Campo Kennedy Asentamiento Cariari, a quien se le da traslado de la presente investigación y se previene el señalamiento para atender notificaciones, de casa u oficina dentro del perímetro administrativo de la Dirección Regional, sita en Batán de Matina, doscientos metros al oeste del Colegio Agropecuario, sede del Órgano Director, o un número de fax ubicado dentro del territorio nacional, bajo apercibimiento que de no hacerlo, las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuese impreciso, incierto o ya no existiere. Con fundamento en el artículo 218 de la Ley General de la Administración Pública se concede audiencia, por el término de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, para que se apersonen ante este Órgano Director en defensa de sus derechos y ofrezcan las pruebas de descargo que consideren oportunas. Para dicha audiencia se señalan las catorce horas del día treinta de noviembre del dos mil seis. Asimismo se previene que debe comparecer personalmente y no por medio de apoderado, asimismo que en el mismo acto de la comparecencia o en fecha anterior, en cuyo caso deberá hacerse por escrito, podrán aportar las pruebas en su favor que considere oportunas, y hacer los alegatos que estime pertinentes, so pena de caducidad de tal derecho, en el entendido de que no le serán recibidos en fecha posterior a la señalada. Por su naturaleza, el presente proceso administrativo se califica como ordinario. Se hace del conocimiento de los administrados que el proceso que se instruye por incumplimiento de los artículos y 68, inciso 4), párrafo d) de la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, por la presunta causal de abandono injustificado e incumplimiento de obligaciones. Con fundamento en el artículo 217 de la Ley General de Administración Pública, se pone en su conocimiento, el expediente administrativo Nº 327 el cual se encuentra en las oficinas de la Dirección Regional Huetar Atlántica, sita en Batán de cantón de Matina, provincia de Limón, doscientos metros al oeste del Colegio Agropecuario, el cual podrán revisar y fotocopiar dentro del horario normal del Instituto. Notifíquese.—Rolando Castro Arce, Órgano Director.—(98023).

                                                                                               2 v. 2.

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE

San José, 19 de octubre del 2006

Señora

Yolanda Alvarado Barrantes

Departamento de Conserjería

Señora Alvarado

Según informe recibido, la Junta de Relaciones Laborales en sesión ordinaria Nº 37 celebrada el 28 de setiembre del presente año, luego de conocer del propósito de despido sin responsabilidad patronal a usted cursado con oficio ARL-3287-777-5-2006 por haber incurrido en falta grave al contrato de trabajo, lo que por ende genero pérdida de confianza hacia su persona como funcionaria municipal, según  hechos señalados en el citado oficio. De acuerdo con informe de la Junta de Relaciones Laborales, del análisis del caso ese Órgano estableció, por una parte, el cumplimiento del debido proceso y en segundo orden el hecho de que usted no logro desvirtuar la falta acusada, por lo que en votación de la Comisión nombrada recomendó a este Despacho mantener el despido cursado sin responsabilidad patronal. En uso de la potestad disciplinaria que me otorga el artículo 17 literal k) del Código Municipal, atendiendo el procedimiento señalado en el artículo 150 de ese Código y con fundamento en el artículo 81 literal L) del Código de Trabajo debo comunicarle que esta Municipalidad ha dispuesto despedirla de su cargo  a partir del día 10 de noviembre del corriente año,  por lo que su ultimo día de relación laboral lo será el día 9 de noviembre de corriente mes y año. Igualmente se hace de su conocimiento que esta comunicación admite los recursos de revocatoria y apelación en subsidio ante este despacho los cuales deben interponerse dentro de los 8 días posteriores de serle notificado el presente oficio. Dentro de ese mismo plazo se deben exponer los motivos de hecho y de derecho en que se fundamente su inconformidad, asimismo debe señalar lugar o medio (fax) dentro del cantón Central de San José, donde atender notificaciones. Licenciada Mauren Clarke Clarke, Alcaldesa de San José a. í.—San José, 30 de octubre de 2006.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 3405).—C-47040.—(99418).

FE DE ERRATAS

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

En Resolución RRG-6100-2006, de las trece horas del veintitrés de octubre del dos mil seis, publicada en La Gaceta Nº 209 del miércoles primero de noviembre del 2006, debe agregarse en el POR TANTO II, el siguiente cuadro:

PRECIOS CONSUMIDOR FINAL LPG EN ESTACIONES DE SERVICIO

(colones por litro)

PRODUCTOS          Precio Envasador                     Precio con Impuesto

                                   con Impuesto                                       

                         Anterior         Con ajuste            Anterior         Con ajuste

                                               por fórmula            vigente             total *

L.P.G.  (1)       265,028           255,911                281,00             284,00

(1) El precio del gas licuado del petróleo (LPG) incluye un margen de comercialización de ¢27,918 / litro. Transporte incluido en precio del envasador.

* Precios máximos de venta según RRG-5314-2006.

Notifíquese y publíquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—1 vez.—(Solicitud Nº 41205).—C-10170.—(99918).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE HOJANCHA

UNIDAD DE RENTAS Y ZONA MARÍTIMA TERRESTRE

Que en La Gaceta Nº 140 del miércoles 20 de julio del 2005, página 34, se publicó el edicto de la Unidad de Rentas y Zona Marítima Terrestre, relacionado con la solicitud de concesión 08-90, a nombre de Albertina Sánchez Quesada, siendo el uso correcto de acuerdo con el plan regulador vigente zona residencial local y no como se consignó en esa publicación. En lo que respecta a la medida, número de plano catastrado, colindancias y mojones del I.G.N, se mantiene la información publicada.

Hojancha, Guanacaste, 31 de octubre del 2006.—Lic. Wady Mejías Espinoza.—1 vez.—(99976).