La
Gaceta Nº 223
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
MODIFICACIONES
A LOS PROGRAMAS
ECONOMÍA,
INDUSTRIA Y COMERCIO
INSTITUTO
DE FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
BANCO
CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE PESCA Y ACUICULTURA
JUNTA
DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSÉ
MUNICIPALIDAD
DE MONTES DE OCA
MUNICIPALIDAD
DE SANTA BÁRBARA
CONCEJO
MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
Nº 8554
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
REFORMA DEL INCISO C) DEL
ARTÍCULO 2, EL ARTÍCULO 9º,
EL ARTÍCULO 13, EL PÁRRAFO FINAL DEL
ARTÍCULO 14,
EL ARTÍCULO 15 Y EL ARTÍCULO 17, Y
ADICIÓN DE
UN TRANSITORIO A LA LEY Nº 8130
Artículo 1º—Refórmase
la Ley Nº 8130, Determinación de beneficios sociales y económicos para la
población afectada por el “DBCP”, de 6 de setiembre del 2001, en las siguientes
disposiciones:
a) El inciso c) del artículo 2º, cuyo texto dirá:
“Artículo 2º—Las
personas a que se refiere el artículo anterior deberán cumplir los siguientes
requisitos:
[…]
c) Realizarse los exámenes físicos, de
laboratorio y psicológicos, necesarios para determinar la existencia de un daño
físico o moral objetivo, vinculado con el uso del DBCP o asociado a ello, según
lo determine el Instituto Nacional de Seguros (INS). Para lo anterior, se
establecen las siguientes tres categorías:
1. Extrabajadores y trabajadores que puedan dar
muestra en espermograma.
2. Mujeres
extrabajadoras y trabajadoras.
3. Extrabajadores
y trabajadores que no puedan dar muestra en espermograma.
En el caso de
extrabajadores y trabajadores que puedan dar muestra en espermograma, en dicho
examen deberán tomarse en cuenta, para su análisis, el volumen, la motilidad y
la morfología, entre otros aspectos.
A las
mujeres extrabajadoras y trabajadoras, las indemnizaciones se les reconocerán
con base en criterios técnico-médicos, fundamentados en la propuesta de la
Comisión Médica del INS, que estableció el pago de acuerdo con los años de
exposición al DBCP.
Con
respecto a los trabajadores y extrabajadores que por diferentes causas estén
imposibilitados para proporcionar la muestra necesaria destinada al
espermograma, las indemnizaciones se reconocerán de acuerdo con el resultado de
los exámenes físicos, psicológicos y de laboratorio, y el tiempo de exposición
al agroquímico.”
b) El artículo 9º, cuyo texto dirá:
“Artículo 9º—Las
solicitudes y los documentos requeridos deberán ser entregados en la oficina de
la Unidad Ejecutora Técnica, como se describe a continuación:
a) En los casos de las categorías 1, 2 y 3 del
artículo 3º de esta Ley:
1. Cuando el INS le haya reconocido a un
trabajador el derecho a la indemnización y este sea requisito para admitir la
solicitud, esta deberá presentarse en un plazo de seis meses a partir de la
fecha de entrada en vigencia de esta reforma.
2. Cuando el INS
le reconozca el derecho a la indemnización a un trabajador, con posterioridad a
la fecha de publicación de esta Ley, y el reconocimiento sea requisito para
admitir la solicitud, esta deberá presentarse en un plazo de seis meses,
contado a partir del día siguiente a la firmeza del acto que reconozca tal
derecho.
b) En los casos de las categorías 4 y 5 del
artículo 3º de esta Ley, la solicitud podrá presentarse, en cualquier momento,
a partir de la publicación de esta Ley.”
c) El artículo 13, cuyo texto dirá:
“Artículo 13.—Una vez
comprobado lo establecido en el artículo 2º de esta Ley, la unidad ejecutora
técnica dictará una resolución administrativa, en la que fijará el monto de la
indemnización para cada uno de los trabajadores y las trabajadoras y remitirá,
de inmediato, el expediente al INS para su pago correspondiente. En caso
contrario, se procederá a ordenar el archivo del expediente.”
d) El párrafo final del artículo 14, cuyo texto
dirá:
“Artículo 14.—
[…]
El monto total de la
indemnización que se reconozca de conformidad con esta Ley, será superior a la
suma de seiscientos ochenta y tres mil colones (¢683.000,00), determinada según
el estudio actuarial elaborado por el INS, en el que se consideró el salario
devengado por los trabajadores bananeros calculado al valor actual. Este monto deberá
ser indexado conforme al índice de precios al consumidor, determinado por el
Instituto Nacional de Estadística y Censos, desde la fecha de entrada en
vigencia de esta Ley hasta la fecha en que a cada persona afectada se le haga
efectivo el pago de la respectiva indemnización.”
e) El artículo 15, cuyo texto dirá:
“Artículo
15.—Autorízase al INS para que, con los recursos que generan sus utilidades
anuales, cancele las indemnizaciones establecidas en esta Ley. Asimismo, se le
autoriza para que, del monto que le corresponde pagar anualmente por concepto
de impuesto sobre la renta, deduzca los recursos destinados al pago de estas
indemnizaciones.”
f) El artículo 17, cuyo texto dirá:
“Artículo 17.—La Unidad
Ejecutora Técnica creada mediante el Decreto Ejecutivo Nº 28530, de 2 de marzo
del 2000, presentará a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), la lista
de los trabajadores afectados por el DBCP y le solicitará el estudio de los que
requieran la aprobación de una pensión del Régimen de Invalidez, Vejez y
Muerte. Dicha Institución tramitará esas solicitudes de acuerdo con los
reglamentos vigentes y procurará la mayor celeridad en los trámites. En igual
forma, la CCSS tramitará las solicitudes para el Régimen no Contributivo de
Pensiones que le remita la Unidad Ejecutora Técnica.”
Artículo 2º—Adiciónase
un transitorio único a la Ley Nº 8130, Determinación de beneficios sociales y
económicos para la población afectada por el “DBCP”, de 6 de setiembre del
2001. El texto dirá:
“Transitorio único.—A
partir de la publicación de esta Ley, la CCSS deberá realizar una revisión de
los reglamentos vigentes del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte y del Régimen
no Contributivo de Pensiones, a fin de determinar la viabilidad de adecuar, a
las condiciones particulares de las personas afectadas por el DBCP, los
requisitos establecidos en dicha normativa para obtener una pensión.”
Rige a partir de su
publicación.
Comunícase al Poder
Ejecutivo
Asamblea
Legislativa.—San José, a los veintiséis días del mes de setiembre del dos mil
seis.—Francisco Antonio Pacheco Fernández, Presidente.—Clara Zomer Rezler,
Primera Secretaria.—Guyon Massey Mora, Segundo Secretario.
Dado en la Presidencia
de la República.—San José, a los diecinueve días del mes de octubre del dos mil
seis.
Ejecútese y publíquese
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El
Ministro de la Presidencia, Rodrigo Arias Sánchez, y el Ministro de Trabajo y
Seguridad Social, Francisco Morales Hernández.—1 vez.—(Solicitud Nº
06189-Ministerio de Trabajo).—C-63270.—(L8554-104886).
Nº 33430-SP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en los
incisos 3) y 18) del artículo 140 de la Constitución Política; artículos 5º,
6º, 54 y 65 de la Ley General de Policía; y artículos 25, inciso 1) y 28,
inciso 2), acápites a) y b) de la Ley General de la Administración Pública.
Considerando:
1º—Que la Procuraduría
General de la República se pronunció en el Dictamen N° C-129-97, estableciendo
claramente que la Escuela Nacional de Policía Francisco J. Orlich no es un
cuerpo policial sino una dependencia administrativa con funciones de docencia.
Bajo los mismos parámetros de análisis, es claro que otras dependencias como la
Dirección General de Armamento y la Dirección de Servicios de Seguridad
Privados son instancias de naturaleza administrativa, por no estar constituidas
como cuerpos policiales al tenor de lo preceptuado en el artículo 12 de la
Constitución Política y artículos 6º y 7º de la Ley General de Policía.
2º—Que en varios Reglamentos
del Ministerio de Seguridad Pública no se precisa sobre el particular, lo cual
induce a error, en relación con algunos aspectos y requisitos que son propios
de los funcionarios policiales y no de los servidores de las dependencias
administrativas; por lo cual, conviene establecer las disposiciones normativas
que aclaren la situación.
3º—Que el numeral 19 del
“Reglamento sobre Grados Policiales y Sistema de Ascensos de los Servidores de
la Fuerza Pública” establece expresamente la integración del Consejo de
Ascensos, no obstante no se incluye a otras instancias, cuya participación en
dicho Consejo se hace necesaria en virtud del conocimiento que estos tienen
respecto de los servidores policiales a su cargo, a efecto de informar sobre la
idoneidad de los mismos.
4º—Que antes de la
promulgación del Reglamento sobre Grados Policiales y Sistema de Ascensos de
los Servidores de la Fuerza Pública, el otorgamiento de grados policiales se
realizaba mediante la emisión del respectivo acuerdo ejecutivo. En
consecuencia, para todos los efectos y de conformidad con el principio de
legalidad, dichos grados se tienen por válidamente obtenidos.
5º—Que para ascender dentro
del escalafón policial que establece la Ley General de Policía, entre otros
requisitos, los funcionarios deben aprobar satisfactoriamente los cursos
especializados previstos para cada nivel.
6º—Que en razón de las
anteriores consideraciones, resulta innecesario que los funcionarios que hayan
obtenido un grado policial antes de la promulgación del Reglamento sobre Grados
Policiales y Ascensos de los Servidores de la Fuerza Pública, deban aprobar un
examen de acreditación ante la Escuela Nacional de Policía para ocupar una
plaza correspondiente a su grado actual, por lo que se impone la necesidad de
ajustar los lineamientos existentes a la realidad imperante. Igualmente,
resulta ocioso mantener en los Reglamentos, disposiciones que ya no tienen
vigencia alguna. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Refórmense los
artículos 7º, 19, 25 y 26 del Decreto Ejecutivo Nº 30381-SP: “Reglamento sobre
Grados Policiales y Sistema de Ascensos de los Servidores de la Fuerza
Pública”, para que en adelante se lean de la siguiente manera:
“Artículo 7º—Requisitos
de grado para el ejercicio de las Direcciones de la Fuerza Pública. Los
oficiales que ocupen las direcciones de la Fuerza Pública deberán poseer, como
mínimo, los siguientes grados debidamente otorgados de acuerdo con la Ley y
este Reglamento:
1. Comisario: El Director General de la Fuerza
Pública.
2. Comisionado: Los Directores de
los Cuerpos Policiales y Directores Regionales de la Fuerza Pública, el
Director General del Servicio Nacional de Guardacostas, el Director de la
Policía Encargada del Control de Drogas no Autorizadas y Actividades Conexas y
el Director del Servicio de Vigilancia Aérea.
3. Comandantes: Los Subdirectores
de los Cuerpos Policiales y Subdirectores Regionales de la Fuerza Pública.
Los oficiales que
ocupen la Dirección de Unidades Especializadas, la Inspección General de
Policía, la Dirección de Operaciones, la Dirección Técnica de Comunicaciones,
la Dirección de Seguridad Comunitaria, podrán ser nombrados por idoneidad
cumpliendo los requisitos del Manual Descriptivo de Puestos y sin sujeción a la
posesión de grados policiales.
Artículo 19.—Integración
del Consejo. El Consejo estará integrado por el Ministro o su
representante, el Director General de la Fuerza Pública, de la Policía de
Control de Drogas, del Servicio Nacional de Guardacostas, del Servicio de
Vigilancia Aérea, de la Dirección de la Escuela Nacional de Policía y de la
Dirección Policial de Apoyo Legal; y serán convocados por el Presidente cuando
así se requiera de conformidad con los casos que sean sometidos a conocimiento
de este Consejo, al menos una vez al mes.
Este órgano
de apoyo podrá solicitar asesoría y soporte a cualquier otra instancia de este
Ministerio.
La
Dirección de Recursos Humanos fungirá como Secretaría Técnica de este Consejo.
Artículo 25.—Disposiciones
transitorias.
1. Los procedimientos comprendidos en el presente
Reglamento se aplicarán en forma analógica a los ascensos y grados policiales
de las policías especializadas, ante ausencia de reglamentos específicos para
cada una de ellas.
2. Los funcionarios que a la
entrada en vigencia de este Reglamento posean grados policiales debidamente
otorgados ante la Dirección de Recursos Humanos y que pretendan ocupar plazas
correspondientes a su grado actual, deberán convalidarlo ante la Escuela
Nacional de Policía, a efecto de registrarlo y adecuarlo a la nomenclatura
vigente, cuando corresponda.
Artículo 26.—Derogatorias.
Se derogan los artículos 12 y 14 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos
Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública, Decreto Ejecutivo N°
23880-SP del 6 de diciembre de 1994.”
Artículo 2º—Rige a
partir de su publicación.
Dado en la Presidencia
de la República.—San José, a las ocho horas del tres de octubre del dos mil
seis.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y
Policía, y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº
45591).—C-44435.—(D33430-104954).
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Nº 172-06-MG
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACION Y POLICÍA,
Y SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, incisos 8), 18), 20) y 146 de la Constitución
Política, artículo 3º de la Ley 5394 del 5 de noviembre de 1973, artículo 2º
del Reglamento de la Junta Administrativa de la Imprenta Nacional, Decreto
Ejecutivo Nº 3937-G del 1º de julio de 1974 y Acuerdo Nº 070-2006-MG del 30 de
mayo del 2006.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar al
señor Ricardo José Méndez Alfaro, cédula de identidad Nº 1-0314-0024, como
representante del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, en la Junta Administrativa
de la Imprenta Nacional por el lapso de tiempo restante del período indicado en
el artículo 3º del Acuerdo Nº 070-2006-MG del 30 de mayo del 2006, en
sustitución de la señora Adriana Collado Chávez, cédula de identidad Nº
1-931-227.
Artículo 2º—Rige a partir de
su publicación.
Dado en la Presidencia
de la República.—San José, a los veinticuatro días del mes octubre del dos mil
seis.
ÓSCAR
ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública, Lic.
Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—C-Exento.—(104989).
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Nº 167-05-RE-PM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política; y
los artículos 25, inciso 1), artículo 27, inciso 1), artículo 28, inciso 2),
acápite B) de la Ley Nº 6227 de la Ley General de la Administración Pública,
del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley del Presupuesto
Ordinario y Extraordinario de la República y en el artículo 34 del Reglamento
de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.
Considerando:
I.—El interés que tiene
para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto participar en las Reuniones
Preparatoria y en la XXVII Reunión Ordinaria de Jefes de Estado y Gobierno del
Sistema de Integración Centroamericana, es analizar el fututo de la integración
centroamericana en temas de comercio, energía, transporte y facilitaciones
aduaneras en el Plan Puebla Panamá. Por tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1º—Designar a
la señora Gioconda Ubeda Rivera, cédula de identidad Nº 8-059-117, Embajadora
de Costa Rica en México, Comisionada Nacional de Costa Rica para el Plan Puebla
Panamá, como Embajadora en Misión Oficial, para que participe en la XXVII
Reunión Ordinaria de Jefes de Estado y de Gobierno del Sistema de la
Integración Centroamericana (SICA), a realizarse en la Ciudad de Panamá,
República de Panamá, del 9 al 12 de julio del 2006.
Artículo 2º—Los gastos de
viáticos y pasajes corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto, programa 082 de Política Exterior, subpartida 105.03 gastos de viaje al
exterior y subpartida 105.04 de viáticos, la suma adelantada es de $160 diarios
(ciento sesenta dólares). Para un total de $640,00. Todo sujeto a liquidación.
Artículo 3º—Rige del 9 al 12
de julio del 2006.
Dado en la Presidencia
de la República, a las once horas del día seis del mes de julio del dos mil
seis.
ÓSCAR
ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno
Ugarte.—1 vez.—(Solicitud Nº 28636).—C-17070.—(103582).
Nº 271-PE
LA PRIMERA VICEPRESIDENTA
EN EL EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA
REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en el
artículo 140, incisos 3), 8), 12), y 20) y el artículo 146 de la Constitución
Política, y artículo 34 del Reglamento de Viáticos de la Contraloría General de
la República.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Designar al
señor José Miguel Alfaro Rodríguez, cédula de identidad 1-335-207, para que
participe, en su calidad de Embajador en Misión Oficial, en la Reunión con el
Secretario General del Sistema de Integración Centroamericana (SICA), a
realizarse en la Ciudad de San Salvador, El Salvador del 10 al 11 de noviembre
del 2005.
Artículo 2º—Los gastos por
pasajes aéreos, hospedaje y alimentación, corren por cuenta de el Programa de
Apoyo a la Integración Regional Centroamericana (PAIRCA).
Artículo 3º—Rige a partir del
10 al 11 de noviembre del 2005.
Dado en la Presidencia
de la República, a las catorce horas del día cuatro de noviembre del dos mil
cinco.
LINETH SABORÍO
CHAVERRI.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1
vez.—(Solicitud Nº 28639).—C-8270.—(103811).
Nº 294-05-PE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO
Con fundamento en el
artículo 140, incisos 3), 8), 12) y 20), en el artículo 146 de la Constitución
Política, y en el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte
para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Designar a
la señora Guisella Sánchez Castillo, portadora de la cédula de identidad Nº
1-552-143, Funcionaria del Departamento de Política Multilateral, para que
participe en la “Reunión de Expertos sobre Migración Internacional y Desarrollo
en América Latina y el Caribe”, que patrocinan el Gobierno de México a través
del Consejo Nacional de Población (CONAPO); el United Nations Fund for
Population Activities (UNFPA) y el Latin American and the Caribbean Center of
Demographics (CELADE), que se llevará a cabo en la Ciudad de México, México,
del 30 de noviembre al 2 de diciembre del presente año.
Artículo 2º—Los gastos por
pasajes aéreos, hospedaje y alimentación, corren por cuenta del United Nations
Fund for Population Activities (UNFPA)-México.
Artículo 3º—Rige del 29 de
noviembre al 3 de diciembre del 2005.
Dado en la Presidencia
de la República, a las catorce horas del día veintiuno de noviembre del dos mil
cinco.
ABEL PACHECO DE LA
ESPRIELLA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Tovar Faja.—1
vez.—(Solicitud Nº 28636).—C-10470.—(103583).
Nº 168-06-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, incisos 3), 8), 12), 20), y 146 de la
Constitución Política; y los artículos 25, inciso 1), artículo 27, inciso 1),
artículo 28, inciso 2), acápite b) de la Ley Nº 6227 o Ley General de la
Administración Pública, del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley
del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República y en el artículo 34
del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la
República.
Considerando:
I.—Que la XXVIII Cumbre
Ordinaria de Jefes de Estado y de Gobierno del Sistema de la Integración
Centroamericana (SICA) y la VIII Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del
Mecanismo de Diálogo y Concertación de Tuxtla, son de interés para el
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Lo anterior en virtud que ambas
cumbres se enmarcan en el Sistema de Integración Centroamericana, SICA, que es
el marco institucional de Integración Regional de Centroamérica y fue
constituido por los Estados de las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador,
Guatemala, Honduras, Nicaragua, y Panamá. Posteriormente, se adhirió Belice
como miembro pleno. Asimismo, participa la República Dominicana como Estado
Asociado.
II.—Que en la XXVIII Cumbre
Ordinaria del SICA el Señor Presidente de la República de Panamá trasladará la
Presidencia Pro Tempore del SICA al Señor Presidente de la República de Costa
Rica. En consecuencia, Costa Rica asumirá la presidencia Pro Tempore del SICA,
a partir del 11 de julio y hasta el 31 de diciembre del 2006, por lo que
corresponderá al país ser la sede para la XXIX Reunión Ordinaria de Jefes de
Estado y de Gobierno del SICA, como también será el vocero de Centroamérica
durante el semestre anterior a la realización de la misma.
III.—Que la Presidencia Pro
Tempore de Costa Rica en el SICA es de vital importancia para los intereses del
país en materia de concertación política, cooperación técnica, económica,
comercial, cultural y para el fortalecimiento de los procesos de integración en
la región, de conformidad con las obligaciones asumidas por la República de
Costa Rica en el marco del Sistema de Integración Centroamericana.
IV.—Considerando que la
señora Adriana Prado Castro, es una experta de alto nivel en el tema de la
Integración Centroamericana esto debido a su formación, académica y a su amplia
experiencia como funcionaria internacional en diferentes organismos
internacionales que tienen objetivos similares. Por tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1º—Designar a
la señora Adriana Prado Castro, cédula Nº 1-381-537, para que participe como
Embajadora en Misión Especial en la VII Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno
del Mecanismo de Dialogo y Concertación de Tuxtla, en Panamá, República de
Panamá del 10 al 11 de julio del 2006.
Artículo 2º—Los gastos de
boleto aéreo, hospedaje y alimentación serán cubiertos por la Presidencia de la
República.
Artículo 3º—Rige a partir del
10 de julio y hasta el 11 de julio del 2006.
Dado en la Presidencia
de la República, a los cinco días del mes de julio del dos mil seis.
ÓSCAR
ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno
Ugarte.—1 vez.—(Solicitud Nº 28636).—C-24770.—(103584).
Nº 170-06 RE-PE
EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE
EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA
REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, incisos 3), 8), 12), 20), y 146 de la
Constitución Política; y los artículos 25, inciso 1), artículo 27, inciso 1),
artículo 28, inciso 2), acápite b) de la Ley Nº 6227 o Ley General de la
Administración Pública, del 2 de mayo de 1978. Asimismo, la Ley Orgánica del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto Nº 3008 del 18 de julio de 1962,
artículos del 13 al 15; el Reglamento para el otorgamiento, uso y control de
pasaportes diplomáticos y de servicio, Decreto Nº 26951-RE, artículos del 3º al
8º. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8490 o Ley del Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República, la Ley Nº 6362 o Ley de Formación Profesional y
Capacitación del Personal de la Administración Pública del 3 de setiembre de
1979.
Considerando:
I.—Que la Reunión
Sustantiva del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC) es de
interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, en virtud de que
la pertenencia a este Organismo forma parte integral de la Política Exterior de
Costa Rica en relación a los temas económicos y sociales.
II.—Que dicha reunión es una
parte fundamental del proceso de coordinación y seguimiento de las actividades
emprendidas a lo largo de los años en relación al seguimiento y avance de los
temas económicos y sociales mundiales, este año específicamente en temas de
medio ambiente, pobreza y empleo, entre otros.
III.—Que la señora Cinthia
Soto Gólcher, es la encargada de la Segunda Comisión de la Asamblea General de
Naciones Unidas, donde se analizan asuntos económicos y financieros. A esto hay
que añadirle su formación académica y a su amplia experiencia como funcionaria
internacional en la Misión de Costa Rica en Naciones Unidas.
IV.—Que la participación de
la señora Cinthia Soto Gólcher, responde a la necesidad del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto de contar con un valioso apoyo en la Misión de
Costa Rica en Ginebra para hacerle frente de manera adecuada y coordinada a la
Reunión Sustantiva del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas
(ECOSOC), específicamente en los temas económicos y sociales que antes del
inicio de dicha reunión en Ginebra, se estaban analizando dichos temas en las
Naciones Unidas-New York, por lo que se requiere un correcto seguimiento de
dichos temas. Por tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1º—Designar a
la señora Cinthia Soto Gólcher, cédula de identidad Nº 1-880-013, para que
participe en la Reunión Sustantiva del Consejo Económico y Social de las
Naciones Unidas (ECOSOC), que se lleva a cabo en la ciudad de Ginebra, Suiza,
del 3 al 28 de julio del 2006. Sin embargo su participación se dará a partir
del 16 de julio y hasta el 27 de julio del 2006, por las razones que se indican
en el punto cuatro.
Artículo 2º—Los gastos de
viáticos y pasajes corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto, programa 082 de Política Exterior, subpartida 105.03 gastos de viaje al
exterior y subpartida 105.04 de viáticos, la suma adelantada es de $165 diarios
(ciento sesenta y cinco dólares diarios). Para un total de $1.980,00 (mil
novecientos ochenta dólares). Todo sujeto a liquidación.
Articulo 3º—Rige a partir del
16 de julio y hasta el 27 de julio del 2006, fecha de cierre de la conferencia.
Dado en la Presidencia
de la República, a los diez días del mes de julio del dos mil seis.
KEVIN
CASAS ZAMORA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í., Édgar Ugalde
Álvarez.—1 vez.—(Solicitud Nº 28636).—C-22570.—(103585).
Nº 226-06 PE
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
Y CULTO
De conformidad con lo
establecido en los artículos Nos. 7 y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de
Transportes para Funcionarios Públicos.
Considerando:
I.—Que es de interés
para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto participar en la XXI
Reunión de Altos Funcionarios del Grupo América Latina-Caribe-Unión Europea, ya
que en ella se analizarán los temas y perspectivas para la V Cumbre de ese
grupo, a realizarse próximamente en Lima, Perú, asimismo se le dará seguimiento
a los acuerdos tomados en la última Cumbre América Latina-Caribe-Unión Europea,
que se realizó en Viena, Austria.
II.—Es necesario que el
Director de Política Exterior de este Ministerio participe ya que él
representará a Costa Rica como Embajador en Misión Oficial en dichas reuniones
y es esta Dirección la encargada de la parte temática de dicha reunión.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor José Joaquín Chaverri Sievert, cédula Nº 1-386-358, Director General de
Política Exterior, Embajador en Misión Oficial, para que participe en XXI
Reunión de Altos Funcionarios del Grupo América Latina-Caribe-Unión Europea, a
realizarse en Saint Kitts y Nevis, del 11 al 15 de octubre del 2006.
Artículo 2º—Los pasajes
aéreos y gastos de viaje, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, corren por cuenta
del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 082, subpartida
105.03 de pasajes aéreos y 105.04 de viáticos, se le gira la suma de $206
diarios para un total de $1030, todo sujeto a liquidación.
Artículo 3º—Rige a partir del
11 al 15 de octubre del 2006.
Firmado en el
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a los seis días del mes de octubre
del dos mil seis.
Publíquese.—Bruno
Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—(Solicitud Nº
28635).—C-15420.—(103587).
Nº 229-06 PE
EL MINISTRO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo
establecido en los artículos Nos. 7 y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de
Transportes para Funcionarios Públicos.
Considerando:
I.—El interés que tiene
para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto la Visita de Trabajo a
realizarse a la Secretaría General del Sistema de Integración Centroamericana,
(SICA), es que en virtud de que Costa Rica ostenta la Presidencia Pro Tempore
del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA), se coordinan reuniones
preparatorias entre ambas instituciones de cara a la próxima Cumbre de
Presidentes de Centroamérica a realizarse en Costa Rica.
II.—Es necesario que el
Subdirector General de Política Exterior de este Ministerio participe como
Embajador en Misión Oficial, ya que esta Dirección es la encargada de los temas
a tratar en dicha Reunión Técnica, por lo tanto viajará como apoyo del Señor
Canciller.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Edwin Arias Chinchilla, cédula Nº 6-205-386, Subdirector General de
Política Exterior, Embajador en Misión Oficial, para que acompañe al Señor
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte, a la Visita de
Trabajo a la Secretaría General del Sistema de la Integración Centroamericana
SICA, a realizarse en la Ciudad de San Salvador, El Salvador, del 12 al 14 de
octubre del 2006.
Artículo 2º—Los pasajes
aéreos y gastos de viaje, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, corren por cuenta
del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 082, subpartida
105.03 de pasajes aéreos y 105.04 de viáticos, se le gira la suma de $160
diarios para un total de $480. Todo sujeto a liquidación.
Artículo 3º—Rige a partir del
12 al 14 de octubre del 2006.
Firmado en el
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a los seis días del mes de octubre
del dos mil seis.
Publíquese.—Bruno
Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—(Solicitud Nº
28635).—C-15420.—(103588).
Nº 235-06 PE
EL MINISTRO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo
establecido en los artículos Nº 7 y Nº 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y
de Transportes para Funcionarios Públicos.
Considerando:
1º—El interés que tiene
para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto participar en la XVI Cumbre
Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, es analizar el tema de las
migraciones para el desarrollo compartido.
2º—Es necesario que el
Subdirector General de Política Exterior de este Ministerio participe como
Embajador en Misión oficial, ya que esta Dirección es la encargada de los temas
a tratar en dicha Cumbre y él es el Coordinador Nacional Adjunto para esas
reuniones.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Edwin Arias Chinchilla, cédula Nº 6-205-386, Subdirector General de
Política Exterior, Embajador en Misión Oficial, para que participe en la XVI
Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, a realizarse en
Montevideo, Uruguay, del 30 de octubre al 6 de noviembre del 2006.
Artículo 2º—Los pasajes
aéreos y gastos de viaje, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, corren por cuenta
del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 082, subpartida
105.03 de pasajes aéreos y 105.04 de viáticos, se le gira la suma de $150
diarios para un total de $1.200. Todo sujeto a liquidación.
Artículo 3º—Rige a partir del
30 de octubre al 6 de noviembre del 2006.
Firmado en el
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a los veintitrés días del mes de
octubre del año dos mil seis.
Publíquese.—Édgar
Ugalde Álvarez, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, a. í.—1
vez.—(Solicitud Nº 28634).—C-14870.—(103810).
Nº 237-06-AV
EL MINISTRO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo
establecido en los artículos Nos. 7 y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de
Transporte para Funcionarios Públicos.
Considerando:
I.—Que la Cuarta
Conferencia del Caribe sobre Delimitación Marítima, que se llevará a cabo en
Santo Domingo, República Dominicana, los días 9 y 10 de noviembre del 2006, es
de alto interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, por cuanto
el propósito de dicha conferencia es proveer un foro informal que facilite la
realización voluntaria de negociaciones para la delimitación marítima entre los
Estados del costeros del Caribe, principalmente mediante la asistencia técnica
y el acceso a una lista de expertos a un Fondo de Asistencia, administrado por
la División de Asuntos Oceánicos y Derecho del Mar (DOALOS) y por el
Departamento de Asuntos Económicos y Sociales (DESA) de las Naciones Unidas.
II.—Que la participación del
señor Jorge Arturo Aguilar Castillo, en la Cuarta Conferencia del Caribe sobre
Delimitación Marítima, responde a las funciones propias de asesoría e
interpretación en materia de tratados internacionales que realiza, como Jefe de
la Oficina Asesora de Tratados Internacionales.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Jorge Arturo Aguilar Castillo, cédula Nº 1-574-434, Jefe de la Oficina
Asesora de Tratados Internacionales, para que participe en Cuarta Conferencia
del Caribe sobre Delimitación Marítima, que se llevará a cabo en Santo Domingo,
República Dominicana, los días 9 y 10 de noviembre del 2006.
Artículo 2º—Los gastos del
señor Aguilar Castillo, correspondientes a tiquetes aéreos, hospedaje y
alimentación serán cubiertos por el Fondo de Asistencia, administrado por la
División de Asuntos Oceánicos y Derecho del Mar (DOALOS) y por el Departamento
de Asuntos Económicos y Sociales (DESA) de las Naciones Unidas, según
invitación. De conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje
y de Transporte para Funcionarios Públicos, se le reconoce un diez por ciento
(10%) de la tarifa diaria correspondiente a gastos menores, por cuenta del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 082-Dirección General de
Política Exterior, subpartida 1.05.04. La suma adelantada es de quince dólares
con cincuenta centavos (US $15,50) diarios, para un total de sesenta y dos
dólares (US $62,00). Todo sujeto a liquidación.
Artículo 3º—Rige del 8 al 11
de noviembre del 2006.
Firmado en el
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a los treinta días del mes de
octubre del dos mil seis.
Publíquese.—Édgar
Ugalde Álvarez, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í.—1
vez.—(Solicitud Nº 28633).—C-17070.—(103590).
Nº 240-06 PE
EL MINISTRO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo
establecido en los artículos Nos. 7 y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de
Transportes para Funcionarios Públicos.
Considerando:
I.—El interés que tiene
para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto la Visita de Trabajo a
realizarse a la Secretaría General del Sistema de Integración Centroamericana,
(SICA), es que en virtud de que Costa Rica ostenta la Presidencia Pro Tempore
del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA), se coordinan reuniones
preparatorias para Revisar el Plan de Acción SICA-CARICOM, así como la
estrategia de la Presidencia Protempore de Belice en el SICA para enero a julio
próximo.
II.—Es necesario que el
Director General de Política Exterior de este Ministerio participe como
Embajador en Misión Oficial, ya que esta Dirección es la encargada de los temas
a tratar en dicha Reunión Técnica.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor José Joaquín Chaverri Sievert, cédula Nº 1-386-358, Director General de
Política Exterior, Embajador en Misión Oficial, para que participe en la
Reunión de Directores de Política Exterior, del Sistema de la Integración
Centroamericana, para analizar las Relaciones Centroamérica-CARICOM y la
estrategia para la Presidencia Protempore de Belice en el SICA para enero a
julio del año 2007, a realizarse en la Ciudad de San Salvador, El Salvador, el
día 9 de noviembre del 2006.
Artículo 2º—Los pasajes
aéreos y gastos de viaje, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, corren por cuenta
del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 082, subpartida
105.03 de pasajes aéreos y 105.04 de viáticos, se le gira la suma de $160
diarios para un total de $160. Todo sujeto a liquidación.
Artículo 3º—Rige a partir del
9 de noviembre del 2006.
Firmado en el
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a los dos días del mes de
noviembre del dos mil seis.
Publíquese.—Édgar
Ugalde Álvarez, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í.—1
vez.—(Solicitud Nº 28635).—C-15420.—(103589).
MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Nº 056-MEIC
EL MINISTRO DE ECONOMÍA,
INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 25, 27 y 28 de la Ley Nº 6227 “Ley General de la
Administración Pública” del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley
Nº 8490 “Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, la Ley
Nº 6362 “Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la
Administración Pública del 03 de setiembre de 1979; y los artículos 7 y 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte de la Contraloría General de la
República.
Considerando:
1º—Que el Codex
Alimentarius es el ente de referencia mundial en materia de alimentos, en donde
se dictan las normas que rigen el comercio internacional y que buscan
garantizar la seguridad y protección de los consumidores.
2º—Que de conformidad a la
Ley del Sistema Nacional para la Calidad, Ley 8279 publicada en La Gaceta
N° 96 del 21 de mayo del 2002, en su artículo 42 el Ministerio de Economía,
Industria y Comercio (MEIC) tiene a su cargo la Secretaría Técnica del Comité
Nacional del Codex Alimentarius y el punto de contacto del Comité Nacional del
Codex Alimentarius.
3º—Que es de interés para el
país y el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, a través de la
Secretaría Técnica del Comité Nacional del Codex, participar en el “Taller
Regional sobre Determinación de Equivalencia de Medidas Sanitarias y Sistemas
de Control” a realizarse el día domingo 12 de noviembre del 2006 y en “La 15ª
Reunión del Comité Regional del Codex de Coordinación para América Latina y el
Caribe (CCLAC)”, a efectuarse del lunes 13 al viernes 17 de noviembre de 2006
ambos días inclusive, ambos eventos en Mar del Plata, Argentina.
4º—Que en la 15ª Reunión del
Comité Regional del Codex de Coordinación para América Latina y el Caribe
(CCLAC) participan los Puntos de Contacto del Codex de la Región de América
Latina y en ella se discuten temas de interés regionales.
5º—Que la participación del
país en esta reunión es de trascendental importancia, pues sólo se puede
ejercer el derecho al voto a través de sesiones presenciales y es de esta
forma, que se pueden impulsar aquellas normas alimentarias que favorezcan el
comercio de nuestros productos y evitar que se aprueben aquellas que van en
contra de los intereses del país. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar
la participación de la Sra. Isabel Cristina Araya Badilla, cédula de identidad
Nº 6-0183-0236, Directora de la Dirección de Mejora Regulatoria y
Reglamentación Técnica, Punto de Contacto del Codex Alimentarius en Costa Rica
y Coordinadora del Comité Nacional del Codex, del Ministerio de Economía,
Industria y Comercio, para que viaje a Mar del Plata, Argentina, a participar
en el “Taller Regional sobre Determinación de Equivalencia de Medidas
Sanitarias y Sistemas de Control” a realizarse el día domingo 12 de noviembre
de 2006 y en “La 15ª Reunión del Comité Regional del Codex de Coordinación para
América Latina y el Caribe (CCLAC)” a celebrarse del lunes 13 al viernes 17 de
noviembre del 2006.
Artículo 2º—Los gastos por
concepto de transporte aéreo, viáticos por el período del viaje y del día del
Taller, serán financiados por el Programa Conjunto de la FAO/OMS/OPS, quienes
son los organizadores del Taller Regional de Equivalencia. El hospedaje,
alimentación y cualquier otro gasto necesario, durante los días de la 15ª
Reunión del CCLAC del 13 al 17 de noviembre, serán cubiertos por el Programa
218 -Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica del Ministerio de Economía,
Industria y Comercio. Le corresponderá por concepto de viáticos a la
funcionaria la suma de US$1.075,00 (mil setenta y cinco dólares exactos), que
cubrirá los días del 13 al 17 de noviembre, ambos días inclusive.
Artículo 3º—La funcionaria
devengará el 100% de su salario durante su ausencia.
Artículo 4º—Rige a partir del
10 de noviembre y hasta su regreso el día 20 de noviembre del 2006.
Dado en el Ministerio
de Economía, Industria y Comercio en la ciudad de San José al ser los treinta y
un días del mes de octubre de dos mil seis.
Publíquese.—Alfredo
Volio Pérez, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—(Solicitud Nº
46736).—C-29785.—(104065).
MINISTERIO DE JUSTICIA y gracia
N° 174
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA
En uso de las
facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146) de la
Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del 28 de agosto de
1973 y el Decreto Ejecutivo N° 24333-MP del 23 de mayo de 1995.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar al
señor José Rodríguez Villalta, mayor, cédula 1-589-003, como representante del
Poder Ejecutivo en la Fundación Cristiana Oasis Atenas Funat, cédula jurídica
3-006-445176 de la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas
del Registro Nacional.
Artículo 2º—Rige a partir de
su publicación.
Dado en la Presidencia
de la República.—San José, a los once días del mes de setiembre del dos mil
seis.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La
Ministra de Justicia, Laura Chichilla Miranda.—1 vez.—(Solicitud Nº
38939).—C-6620.—(104045).
N° 177
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA
En uso de las
facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146) de la
Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del 28 de agosto de
1973 y el Decreto Ejecutivo N° 24333-MP del 23 de mayo de 1995.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar al
señor Secundino Hernández Agüero, mayor, cédula 1-584-345, como representante
del Poder Ejecutivo en la Fundación Fuppana, cédula jurídica 3-006-371727 de la
Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro
Nacional.
Artículo 2º—Rige a partir de
su publicación.
Dado en la Presidencia
de la República.—San José, a los once días del mes de setiembre del dos mil
seis.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La
Ministra de Justicia, Laura Chichilla Miranda.—1 vez.—(Solicitud Nº
38940).—C-6620.—(104046).
N° 196
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA
En uso de las
facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146) de la
Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del 28 de agosto de
1973 y el Decreto Ejecutivo N° 24333-MP del 23 de mayo de 1995.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar al
señor Gilberto Guzmán Saborío, mayor, cédula de identidad 2-313-714, como
representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Mujer, cédula jurídica
3-006-092535 de la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas
del Registro Nacional.
Artículo 2º—Rige a partir de
su publicación.
Dado en la Presidencia
de la República.—San José, a los nueve días del mes de octubre del dos mil
seis.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La
Ministra de Justicia, Laura Chichilla Miranda.—1 vez.—(Solicitud Nº
38941).—C-6620.—(104047).
N° 197
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA
En uso de las
facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146) de la
Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del 28 de agosto de
1973 y el Decreto Ejecutivo N° 24333-MP del 23 de mayo de 1995.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar a
la señora Roxana Clausen Gutiérrez, mayor, cédula de identidad 1-872-307, como
representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Pro Museo de Arte y Diseño
Contemporáneos, cédula jurídica 3-006-243089, de la Sección de Personas de la
Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo 2º—Rige a partir de
su publicación.
Dado en la Presidencia
de la República.—San José, a los seis días del mes de octubre del dos mil seis.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La
Ministra de Justicia, Laura Chichilla Miranda.—1 vez.—(Solicitud Nº
38942).—C-6620.—(104048).
N° 198
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA
En uso de las
facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146) de la
Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del 28 de agosto de
1973 y el Decreto Ejecutivo N° 24333-MP del 23 de mayo de 1995.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar a
la señora María Angelina Pérez Gutiérrez, mayor, cédula de identidad 4-104-692,
como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Promotora de Vivienda,
cédula jurídica 3-006-087199 de la Sección de Personas de la Dirección de
Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo 2º—Rige a partir de
su publicación.
Dado en la Presidencia
de la República.—San José, a los seis días del mes de octubre del dos mil seis.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La
Ministra de Justicia, Laura Chichilla Miranda.—1 vez.—(Solicitud Nº 38943).—C-6620.—(104049).
N° 199
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA
En uso de las
facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146) de la
Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del 28 de agosto de
1973 y el Decreto Ejecutivo N° 24333-MP del 23 de mayo de 1995.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar a
la señora Virginia Aguiluz Barboza, mayor, cédula de identidad 1-460-654, como
representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Ángel de Amor, cédula
jurídica 3-006-237387 de la Sección de Personas de la Dirección de Personas
Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo 2º—Rige a partir de
su publicación.
Dado en la Presidencia
de la República.—San José, a los seis días del mes de octubre del dos mil seis.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La
Ministra de Justicia, Laura Chichilla Miranda.—1 vez.—(Solicitud Nº
38944).—C-6620.—(104050).
N° 201
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA
En uso de las
facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146) de la
Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del 28 de agosto de
1973 y el Decreto Ejecutivo N° 24333-MP del 23 de mayo de 1995.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar al
señor Rodrigo Gutiérrez Sáenz, mayor, cédula de identidad 1-218-112, como
representante del Poder Ejecutivo en la Fundación para el Hambriento Food For
The Hungry International Costa Rica, cédula jurídica 3-006-323204 de la Sección
de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo 2º—Rige a partir de
su publicación.
Dado en la Presidencia
de la República.—San José, a los seis días del mes de octubre del dos mil seis.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La
Ministra de Justicia, Laura Chichilla Miranda.—1 vez.—(Solicitud Nº
38945).—C-6620.—(104051).
N° 202
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA
En uso de las
facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146) de la
Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del 28 de agosto de
1973 y el Decreto Ejecutivo N° 24333-MP del 23 de mayo de 1995.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar a
la señora Olga Marta Bolaños Brenes mayor, cédula 4-090-845, como representante
del Poder Ejecutivo en la Fundación Herediana de Salud Cardiovascular, cédula
jurídica 3-006-21482 de la Sección de Personas de la Dirección de Personas
Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo 2º—Rige a partir de
su publicación.
Dado en la Presidencia
de la República.—San José, a los seis días del mes de octubre del dos mil seis.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La
Ministra de Justicia, Laura Chichilla Miranda.—1 vez.—(Solicitud Nº
38946).—C-6620.—(104052).
N° 203
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA
En uso de las
facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146) de la Constitución
Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del 28 de agosto de 1973 y el
Decreto Ejecutivo N° 24333-MP del 23 de mayo de 1995.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar al
señor Carlos Alberto Lobo Marín, mayor, cédula 1-249-658, como representante
del Poder Ejecutivo en la Fundación Fondos de Beneficencia Cecilio Umaña,
cédula jurídica 3-006-045923 de la Sección de Personas de la Dirección de
Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo 2º—Rige a partir de
su publicación.
Dado en la Presidencia
de la República.—San José, a los seis días del mes de octubre del dos mil seis.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La
Ministra de Justicia, Laura Chichilla Miranda.—1 vez.—(Solicitud Nº
38947).—C-6620.—(104053).
N° 204
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA
En uso de las
facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146) de la
Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del 28 de agosto de
1973 y el Decreto Ejecutivo N° 24333-MP del 23 de mayo de 1995.
ACUERDAN:
Artículo 1º— Nombrar a
la señor José Pablo Villalobos Hernández, mayor, cédula de identidad 4-139-239,
como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Social Banacol, cédula
jurídica 3-006-424677 de la Sección de Personas de la Dirección de Personas
Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo 2º—Rige a partir de
su publicación.
Dado en la Presidencia
de la República.—San José, a los seis días del mes de octubre del dos mil seis.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La
Ministra de Justicia, Laura Chichilla Miranda.—1 vez.—(Solicitud Nº 38948).—C-6620.—(104054).
N° 205
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA
En uso de las
facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146) de la
Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del 28 de agosto de
1973 y el Decreto Ejecutivo N° 24333-MP del 23 de mayo de 1995.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar al
señor Carlos Eduardo Franco Cabrera, mayor, cédula de identidad 7-034-379, como
representante del Poder Ejecutivo en la Fundación San Buenaventura de
Turrialba, cédula jurídica 3-006-166303 de la Sección de Personas de la
Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo 2º—Rige a partir de
su publicación.
Dado en la Presidencia
de la República.—San José, a los seis días del mes de octubre del dos mil seis.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La
Ministra de Justicia, Laura Chichilla Miranda.—1 vez.—(Solicitud Nº
38949).—C-6620.—(104055).
N° 207
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA
En uso de las
facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146) de la
Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del 28 de agosto de
1973 y el Decreto Ejecutivo N° 24333-MP del 23 de mayo de 1995.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar al
señor Jorge Steinvorth Jimenez, mayor, cédula 1-258-769, como representante del
Poder Ejecutivo en la Fundación Red de Energía (BUN-CA), cédula jurídica
3-006-427618 de la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas
del Registro Nacional.
Artículo 2º—Rige a partir de
su publicación.
Dado en la Presidencia
de la República.—San José, a los doce días del mes de agosto del dos mil seis.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La
Ministra de Justicia, Laura Chichilla Miranda.—1 vez.—(Solicitud Nº
38950).—C-6620.—(104056).
N° 208
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA
En uso de las
facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146) de la
Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del 28 de agosto de
1973 y el Decreto Ejecutivo N° 24333-MP del 23 de mayo de 1995.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar a
la señora Yalile Muñoz Chacón, mayor, cédula 1-644-831, como representante del
Poder Ejecutivo en la Fundación Inciensa, cédula jurídica 3-006-078153 de la
Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro
Nacional.
Artículo 2º—Rige a partir de
su publicación.
Dado en la Presidencia
de la República.—San José, a los doce días del mes de agosto del dos mil seis.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La
Ministra de Justicia, Laura Chichilla Miranda.—1 vez.—(Solicitud Nº 38951).—C-6620.—(104057).
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
Nº 247-2006.—San José, 4 de
octubre de 2006
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146) de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28), inciso 2) acápite b de la Ley General de la
Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo
dispuesto en la Ley N° 8490, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de
la República para el Ejercicio Económico del 2006 y el artículo 34 del
Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Modificar
los artículos primero, tercero y cuarto del acuerdo de viaje número 214-2006,
de fecha 11 de setiembre del 2006, para que se lea así:
“Artículo 1º—Designar a
la señorita Gabriela Castro Mora, cédula N° 1-916-263, funcionaria de la
Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la Reunión del
Grupo CAIRNS, a celebrarse en Australia, del 16 al 24 de setiembre de 2006.
Artículo
3º—Que del 16 al 23 de setiembre de 2006, la señorita Gabriela Castro Mora,
devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del
Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige a partir del
16 al 23 de setiembre de 2006.”
Artículo 2º—Rige a
partir del 16 al 24 de setiembre del 2006.
Dado en la Presidencia
de la República, San José, a los cuatro días del mes de octubre del dos mil
seis.
ÓSCAR
ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz
Gutiérrez.—1 vez.—(Solicitud Nº 05637).—C-15420.—(104063).
N° 249-2006.—San José, 4 de octubre del
2006
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146) de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28), inciso 2) acápite b de la Ley General de la
Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo
dispuesto en la Ley N° 8490, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de
la República para el Ejercicio Económico del 2006 y el artículo 34 del
Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Modificar
los artículos primero, tercero y cuarto del acuerdo de viaje número 232-2006,
de fecha 20 de setiembre de 2006, para que se lea así:
“Artículo 1º—Designar
al señor Esteban Agüero Guier, cédula N° 1-1021-316, funcionario de la
Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la Reunión de
Ministros de Trabajo para la cooperación del tema laboral de Centroamérica, a
celebrarse en Nicaragua, del 27 al 28 de setiembre de 2006.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 27 al 28 de setiembre de 2006, el señor Esteban Agüero
Guier, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora
del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige a partir del
27 al 28 de setiembre del 2006.”
Artículo 2º—Rige a
partir del 27 al 28 de setiembre del 2006.
Dado en la
Presidencia de la República, a los cuatro días del mes de octubre del dos mil
seis.
ÓSCAR
ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz
Gutiérrez.—1 vez.—(Solicitud Nº 05637).—C-16520.—(104064).
DIRECCIÓN NACIONAL DE
DESARROLLO
DE LA COMUNIDAD
El Registro Público de
Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad del Área Legal y de Registro, hace
constar que la Asociación de Desarrollo Integral de Bonanza del Norte de
Florencia de San Carlos, Alajuela. Por medio de su representante: Guillermo
Gerardo Carvajal Mora, cédula 02-0357-0000304, ha hecho solicitud de
inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de
Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16
del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días
hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública
o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que
estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a
esta Área de Legal y de Registro.—San José, 11 de octubre del 2006.—Área de
Legal y de Registro.—Lic. Donald Picado Angulo, Jefe.—1 vez.—(104033).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL
ESTADO
DEPARTAMENTO DE INSUMOS
AGRÍCOLAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Nº 282/2006.—El señor
Rodolfo Orozco Aguilar, cédula 4-135-841, en calidad de Representante Legal de
la compañía Soluciones Químicas Latinoamericanas de Costa Rica SQL S. A., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita inscripción del
fertilizante de nombre comercial TQI Ácido Sulfúrico compuesto a base de
azufre. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664.
Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el
Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles,
contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial
La Gaceta.—Heredia, 18 de octubre del 2006.—Departamento de Insumos
Agrícolas.—Ing. Erick Arce Coto, Registro de Agroquímicos.—(103042).
Nº 311/2006.—El señor Rodolfo Orozco Aguilar, cédula
4-135-841 en calidad de Representante Legal de la compañía Soluciones Química
Latinoamericanas de Costa Rica SQL S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en
la ciudad de Heredia, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial
TQI Magnesio Líquido compuesto a base de Magnesio- Azufre. Conforme a lo que
establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros
con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del
Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera
publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 6 de
noviembre del 2006.—Departamento de Insumos Agrícolas.—Ing. Erick Arce Coto,
Registro de Agroquímicos.—(103045).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Nº
314/2006.—Emilce Fuentes Hernández, cédula 3-158-624 en calidad de
representante legal de la compañía Corocal de Pacuare Ltda., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción de la
enmienda de suelo de nombre comercial Carbonatura Carbonato de Calcio compuesto
a base de carbonato de calcio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección
Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que
lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez
días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el
Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 9 de noviembre del 2006.—Registro de
Agroquímicos.—Ing. Erick Arce Coto.—(104202).
Nº
303/2006.—El señor Santos Gregorio Cruz Cruz, pasaporte B 646986, en calidad de
representante legal de la compañía Santos Gregorio Cruz Cruz, cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del
fertilizante de nombre comercial Ergo Set LSS, compuesto a base de nitrógeno,
fósforo, potasio, magnesio, boro, hierro, zinc, manganeso, azufre, cobalto,
molibdeno, cobre y ácidos fúlvicos. Conforme a lo que establece la Ley de
Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse
para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término
de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este
edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 6 de noviembre del
2006.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Erick Arce Coto.—(104258).
Nº
302/2006.—El señor Santos Gregorio Cruz Cruz, pasaporte B 646986, en calidad de
representante legal de la compañía Santos Gregorio Cruz Cruz, cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del
fertilizante de nombre comercial Agrofol 44, compuesto a base de nitrógeno.
Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se
solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio
Fitosanitario Del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a
partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La
Gaceta.—Heredia, 6 de noviembre del 2006.—Registro de Agroquímicos.—Ing.
Erick Arce Coto.—(104261).
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DEPARTAMENTO DE REGISTRO Y
CONTROL
DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTOS
El
señor Minor Arce Astúa con Nº de cédula 3-207-566, vecino de Turrialba, en
calidad de representante legal de la Compañía Vetecsa con domicilio en
Turrialba. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo
3: Andobiotic. Fabricado por: Laboratorio Andoci de México, con los siguientes
principios activos: penicilina G Benzatinica 2.500.000 U.I./Frasco, Penicilina
G Procainica 1.500.000 U.I./Frasco, penicilina G potásica 1.000.000
U.I./Frasco, Sulfato de Dihidroestreptomicina l,5g/Frasco, Sulfato de
Estreptomicina l,5g/Frasco, solvente con diluente, maleato de Clorfeniramina
0,048g, Ascorbato de Sodio 1250g., Dipirona l,0g, Gliceril Guayacol 0,5g., y
las siguientes indicaciones terapéuticas: tratamiento de procesos causados por
gérmenes sensibles a los componentes de la formula. Con base en el Decreto
Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos
Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan
valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a
partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial
La Gaceta.—Heredia, 11 de setiembre del 2006 Departamento de Registro y
Control de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Benigno Alpízar Montero.—1
vez.—(103541).
El señor
Roberto Lutz Guevara, con cédula de identidad Nº 1-441-162, vecino de San José,
en calidad de apoderado legal de la compañía Importadora de Alimentos, con
domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento
veterinario del grupo 3: Hepatone. Fabricado por Laboratorios Richmond División
Veterinaria S. A., con los siguientes principios activos: serbitol, DL acetil
meticomina., DL metionina, tiamina y ácido tioético y las siguientes
indicaciones terapéuticas: hepatitis, insuficiencia hépatica, intoxicaciones
por plomo, mersurioarsénico, intoxicaciones alimentarias y cetosis. Con base en
el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de
Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que
lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles,
contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 24 de octubre del 2006.—Departamento
de Registro y Control Veterinario.—Dr. Benigno Alpízar Montero.—1
vez.—(104020).
El señor
Roberto Lutz Guevara, con cédula de identidad Nº 1-441-162, vecino de San José,
en calidad de apoderado legal de la compañía Importadora de Alimentos, con
domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento
veterinario del grupo 3: Calfovert-E. Fabricado por Laboratorios S.F.C. Ltda.
para Laboratoios Servinsumos, con los siguientes principios activos: cada 100
ml contiene: gluconato de calcio 181,20 mg, ácido hipofosforoso 40,90 mg,
cloruro de magnesio hexahidratado 58,54 mg, dextrosa anhidra 16,500 mg y las
siguientes indicaciones terapéuticas: para el tratamiento y control de
trastornos metabólicos relacionados con deficiencias de calcio, magnesio,
glucosa. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro
y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a
oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5
días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este
edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 24 de octubre del
2006.—Departamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.—Dr.
Benigno Alpízar Montero.—1 vez.—(104021).
El señor
Rafael Herrera Herrera, con número de cédula 4-103-1358, vecino de Heredia, en
calidad de representante legal de la compañía Droguería Herrera y Elizondo, con
domicilio en Heredia, solicita el registro del siguiente medicamento
veterinario del grupo 3: Natural Control Collar, fabricado por Laboratorio TAV
Veterinaria (TAV VET), con los siguientes principios activos: aceite de limón
7.4% + 10% sobre dosificación por pérdida durante la extrasión, y las
siguientes indicaciones terapéuticas: repelente de insectos 100% natural, con
base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de
Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que
lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles,
contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 3 de noviembre del 2006.—Dr. Benigno
Alpízar Montero.—1 vez.—(104586).
El señor
Rafael Herrera Herrera, con número de cédula 4-103-1358, vecino de Heredia, en
calidad de representante legal de la compañía Droguería Herrera y Elizondo, con
domicilio en Heredia, solicita el registro del siguiente medicamento
veterinario del grupo 3: Baxidin, fabricado por Laboratorio Basic Farm S. A.,
con los siguientes principios activos: cada 100 ml contiene: clorhexidina
digluconato 0.5g., y las siguientes indicaciones terapéuticas: solución
antiséptica de uso tópico para ser aplicada a cualquier especie animal, con
base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de
Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que
lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles,
contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 7 de noviembre del 2006.—Dr. Benigno
Alpízar Montero.—1 vez.—(104587).
DIVISIÓN DE CONTROL DE
CALIDAD
Y MACROEVALUACIÓN DEL
SISTEMA EDUCATIVO
REPOSICIÓN DE TÍTULO
AVISOS
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Ante esta subdirección
se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 128, título N° 892, emitido por
el Liceo Anastasio Alfaro, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre
de Benavides López Luis Alfredo. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 9 de
noviembre del 2006.—Lic. Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(103516).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
Educación Diversificada en el Área de Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio
33, título N° 294, emitido por el Liceo Nocturno Pacífico Sur, en el año mil
novecientos ochenta y uno, a nombre de Barquero Chacón Geovanny. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, 6 de noviembre del 2006.—Lic. Carmen Martínez Cubero,
Subdirectora.—(103523).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta Subdirección
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el Tomo I, Folio 67, Título N° 625, emitido por el
Liceo Ing. Carlos Pascua Zuñiga, otorgado en el año mil novecientos noventa y
siete y del Título de Técnico Medio en Secretariado, inscrito en el Tomo II,
Folio 75, Título N° 1179, emitido por el IPEC de Barva, en el año mil
novecientos noventa y nueve, a nombre de Moreira Moya Ana Yorleny. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, 25 de octubre del 2006.—Carmen Martínez Cubero,
Subdirectora.—(103544).
Ante esta
Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo I, folio 42, título Nº 433,
emitido por el Liceo Monseñor Rubén Odio Herrera, en el año mil novecientos
noventa y cuatro, a nombre de Monterrey Fallas Carlos Eddy. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a los veintiún días del mes de octubre del dos mil
seis.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(104508).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
De
conformidad con la autorización extendida por el Ministro de Trabajo y
Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social
denominada: Cooperativa Agrícola Industrial de Productores de Frutas de Altura
de Los Santos R. L. siglas FRUTALCOOP R. L., acordada en asamblea celebrada el
25 de julio del 2006. Resolución 1379.
En cumplimiento con lo
dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la
Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente,
se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN:
Presidente Danilo Calvo
Monge
Vicepresidente Francisco
Fallas Serrano
Secretario Edwin
Gerardo Rodríguez Badilla
Vocal 1 Guido
Jiménez Solís
Vocal 2 Jaime
Solís Umaña
Vocal 3 Alvaro
Torres Arroyo
Vocal 4 Gerardo
Chacón Zúñiga
Suplente uno Chistian
Ureña Retana
Suplente dos José
Adolgo Umaña Ureña
Gerente Alexander
Ureña Maña
San José, 5 de octubre del 2006.—Lic. José Joaquín
Orozco Sánchez, Jefe.—(103814).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social se
ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa
Autogestionaria El Punto R. L., siglas COOPEPUNTO R. L., acordada en asamblea
celebrada el 4 de julio del 2006. Resolución 1380.
En cumplimiento con lo
dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la
Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción
correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en
el Diario Oficial La Gaceta.
Consejo de Administración:
Presidente: Ismael
Núñez Guadamuz.
Vicepresidente:
Melvin Martínez Fernández.
Secretaria:
Damaris Duarte Gallo.
Vocal 1:
Delia Thomas Mills.
Vocal 2:
Ricardo Cruz Badilla.
Suplente
uno: Mario Varela Parra.
Suplente
dos: Flor Aguilar Sandí.
Gerente:
Manrique Mora Quesada.
San José, 31 de octubre del 2006.—Lic. José Joaquín
Orozco Sánchez.—Nº 88907.—(104169).
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
En sesión celebrada en
San José, a las nueve horas del día 4 de octubre del 2006, se acordó conceder
Traspaso de Pensión de Gracia, mediante la resolución JNPTA-5985-2006, del día
4 de octubre del 2006, a la señora Calderón Mora Virginia, mayor, viuda, cédula
de identidad Nº 1-423-400, vecina de Alajuela; por un monto de cincuenta y
siete mil ochocientos noventa y cinco colones con cuatro céntimos (¢57.895,04),
con un rige a partir del 1º de mayo del 2005. Constituye un gasto fijo a cargo
del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista
el contenido presupuestario correspondiente.—Lic. Jeremías Vargas Chavarría,
Director Ejecutivo.—1 vez.—(104479).
REGISTRO NACIONAL
DIRECCIÓN DE PERSONAS
JURÍDICAS
AVISOS
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad denominada: Asociación Dialectos, con domicilio en la
provincia de San José, cuyos fines principales entre otros son los siguientes:
La promoción, defensa y difusión de los derechos humanos que cubren y tutelan a
todas las personas miembros de las sociedades a las cuales pertenezcan. Cuya
representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de
apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas
en el estatuto lo es la presidenta: Diana Senior Angulo. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de
agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los
requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación
a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
(tomo: 568, asiento: 08408; adicionales: 568-66794 y 568-97758).—Curridabat, a
los once días del mes de octubre del año dos mil seis.—Lic. Enrique Rodríguez
Morera, Director.—1 vez.—(103983).
El Registro
de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Deportiva Inter
F.S., con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre
otros son los siguientes: promover el desarrollo del fútbol de salón, fútbol,
fútbol sala y de otras disciplinas deportivas, tanto en masculino como
femenino. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones
establecidas en el estatuto lo es el presidente: Bryan Araya Porras. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo
cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de
esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Tomo 567, asiento 87555.—Curridabat, dos de noviembre
del dos mil seis.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº
88928.—(104170).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación
Cámara de Ganaderos de Sarapiquí, con domicilio en la provincia de Limón. Cuyos
fines principales entre otros son los siguientes: vincular a todas las personas
jurídicas y físicas que se dediquen al desarrollo y apoyo de la ganadería en
sus diferentes actividades. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la
asociación con facultades de apoderado generalísimo limitado a la suma de
veinticinco mil dólares americanos y con las limitaciones establecidas en el
estatuto lo es el presidente José Antonio Herrera Arias. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de
agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los
requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación
a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Tomo 565, asiento 00905; adicional tomo 567, asiento 15619.—Curridabat, treinta
y uno de marzo del dos mil seis.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—Nº 88966.—(104171).
El Registro
de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Iglesia de Dios de
Florida, con domicilio en la provincia de Limón. Cuyos fines principales entre
otros son los siguientes: el estudio y enseñanza de la doctrina cristiana,
divulgando y enseñando el contenido de la sagrada escritura como medio de la
cultura espiritual e integral para los ciudadanos. Cuyo representante judicial
y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el
presidente Carlos Alberto Ruiz Rojas. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley
de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales,
se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 568,
asiento 84004.—Curridabat, veintiocho de setiembre del dos mil seis.—Lic.
Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 88978.—(104172).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación
Vecinos de Finca Once de Río Frío, con domicilio en la provincia de Heredia.
Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: promover, fomentar la
recreación y capacitación de sus afiliados, familiares y comunidad. Cuyo
representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas
en el estatuto lo es el presidente: Leonel Corrales Murillo. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de
agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas) y habiendo cumplido con los
requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación
a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
(Tomo: 568, asiento: 19739).—Curridabat, 17 de octubre del 2006.—Lic. Enrique
Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 88986.—(104374).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación
Progresista de Mujeres del Nuevo Milenio-Purruja, con domicilio en la provincia
de Puntarenas. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: trabajar
en la creación de manualidades variadas en su mayoría con tela, con el
propósito a mediano plazo de generar ventas y producir ganancias. Cuya
representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de
apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas
en el estatuto lo es la presidenta: María Esperanza Salazar Solís. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas) y habiendo
cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de
esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. (Tomo: 568, asiento: 97028; adicional tomo: 569,
asiento: 46839).—Curridabat, 10 de noviembre del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez
Morera, Director.—1 vez.—Nº 89020.—(104375).
El Registro
de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada: Federación de Mujeres del
Colegio de Nicoya, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Cuyos fines
principales entre otros son los siguientes: promover el desarrollo de proyectos
productivos alternativos con el fin de crear fuentes de empleo sostenible para
las mujeres que les permitan generar ingresos económicos. Cuyo representante
judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el
estatuto lo es el presidente: Yuri Montero Flores. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de
agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas) y habiendo cumplido con los
requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación
a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
(Tomo: 561, asiento: 13250; adicional tomo: 567, asiento: 30720).—Curridabat,
21 de abril del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº
89075.—(104376).
El Registro
de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción la reforma de la Asociación de Productores Usuarios del Programa de
Desarrollo Agroindustrial en la Zona Norte. Por cuanto dicha reforma se
encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de
agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas), y habiendo cumplido con
los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 567, asiento: 89923.—Curridabat, 15 de junio del
2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 89079.—(104377).
El Registro
de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Deportiva San
Diego Fútbol Club, con domicilio en la provincia de Cartago. Cuyos fines
principales entre otros son los siguientes: planificación, dirección,
coordinación, organización, supervisión, y ejecución de programas, proyectos y
actividades relacionadas con el deporte y la recreación del fútbol en todas sus
categorías de acuerdo con sus propios estatutos y reglamentos y los entes
oficiales. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones
establecidas en el estatuto lo es el presidente: Alfonso Quesada Boza. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas) y habiendo
cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de
esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. (Tomo: 568, asiento: 88317).—Curridabat, 26 de
setiembre del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº
89104.—(104378).
El Registro
de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Proyecto
Manantial, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales
entre otros son los siguientes: el buscar el bien común de la mujer,
defenderla, protegerla, promover su desarrollo espiritual y emocional y
ubicarla adecuadamente en sus diferentes roles con una perspectiva fundada en
principios cristianos de amor y solidaridad. Cuya representante judicial y
extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin
límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la
presidenta: Gloria Navas Montero. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de
Asociaciones y sus reformas) y habiendo cumplido con los requisitos legales, se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 568, asiento:
86422).—Curridabat, 14 de noviembre del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera,
Director.—1 vez.—(104567).
REGISTRO DE PATENTES DE
INVENCIÓN
AVISOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
La señora Milagro
Chaves Desanti, mayor, abogada, cédula Nº 1-626-794, vecina de San José, en su
condición de apoderada especial de MUL-T-LOCK Technologies Ltd, de Israel,
solicita la Patente de Invención denominada ELEMENTO DE COMBINACIÓN DE LLAVE EN BLANCO DE LLAVE Y LLAVE. Se relaciona de forma general con aparatos de
aseguramiento y más particularmente con un elemento de combinación móvil
dispuesto en un blanco de llave o llave, y las cerraduras accionadas de este
modo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es E05B/,
cuyos inventores son Markbreitdani Dani, Ben-Aharon Effi. La solicitud
correspondiente lleva el número 8681, y fue presentada a las 08:30:21 del 10 de
octubre del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente
a la primera publicación de este aviso. Publíquese en el Diario Oficial La
Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 24 de
octubre del 2006.—Lic. Rafael Quesada V., Registrador.—Nº 88330.—(103320).
El señor
José Pablo Sánchez Hernández, mayor, casado, abogado, cédula Nº 1-895-867,
vecino de San José, en su condición de apoderado de Ghimac- Agriphar, de
Bélgica, solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIÓN Y PROCEDIMIENTO DE TRATAMIENTO DEL CULTIVO
DEL BANANO A BASE DE DODECILGUANIDINA Y/O POR LO MENOS UNO DE SUS DERIVADOS
FITOFARMACÉUTICOS COMPATIBLES. La
presente invención se refiere a una composición para el tratamiento del cultivo
del banano, contra las enfermedades criptógamas y a un procedimiento de
tratamiento del cultivo del banano mediante la aplicación de una composición de
este tipo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A01N
47 /44, cuyo inventor es Laurent Cornette. La solicitud correspondiente lleva
el Nº 8441, y fue presentada a las 08:29:57 del 8 de junio del 2006. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de
este aviso. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 30 de octubre del 2006.—Lic. Ana
Catalina Monge R., Registradora.—Nº 88477.—(103321).
La señora
Sandra Alfaro Rojas, mayor, casada, secretaria, cédula Nº 6-151-376, en su
condición de apoderada especial de Exelixis Ing, de E.U.A., solicita la Patente
de Invención denominada DERIVADOS DE
AZEPINOINDOL COMO AGENTES FARMACÉUTICOS.
Se proporcionan compuestos, composiciones o métodos para modular la actividad
de receptores y para el tratamiento, prevención, o mejora de uno o más síntomas
de enfermedad o trastorno relacionados a la actividad de los receptores. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 487/04, cuyos
inventores son Busch Brett, Flatt Brenton T., Gu Xiao-Hui, Martin Richard,
Mojan Rahu, Wang Tie-Lin, Wu Jason H. La solicitud correspondiente lleva el Nº
8497, y fue presentada a las 14:12:10 del 28 de junio del 2006. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de octubre del
2006.—Lic. Rafael Quesada V., Registrador.—Nº 88518.—(103322).
La señora
Sandra Alfaro Rojas, mayor, casada, secretaria, cédula Nº 6-151-376, vecina de
San José, en su condición de apoderada especial de Mars Incorporated de E.U.A.,
solicita el Modelo Industrial denominada ALIMENTO
PARA MASCOTAS (RAZAS PEQUEÑAS CON PEDIGRI).
Para ver las imágenes solo
en Gaceta de Formato PDF
Alimento
para mascota diferente a todos los demás. El diseño consiste en una forma
peculiar parecida a un hueso, es una figura rectangular con entradas a cada
lado de la figura. Dicha figura tiene un espersor de aproximadamente medio
centímetro de alto. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación. Internacional de Patentes Sexta Edición
es 01 /06, cuyo inventor es Vilchis Cabanillas Juan Ramón. La solicitud
correspondiente lleva el Nº 7945, y fue presentada a las 14:13:37 del 16 de
agosto del 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a
la primera publicación de este aviso. Publíquese en el Diario Oficial La
Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de
octubre del 2006.—Lic. Rafael Quesada V., Registrador.—Nº 88519.—(103323).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El
señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, casado, abogado, vecino de San José,
cédula 1-669-228, en su condición de apoderado general de Pfizer Products Inc,
de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada BICONVERSION ESTEREOSELECTIVA DE
DINITRILOS ALIFATICOS EN ÁCIDOS CIANOCARBOXILICOS. La presente invención está
dirigida a una bioconversión regio- y estereoselectiva de dinitrilos alifáticos
seleccionados en los correspondientes ácidos cianocarboxílicos. Más
particularmente, la presente invención proporciona métodos para la conversión
de 2-isobutil-succinonitrilo en ácido (s) -3-ciano- 5-metilhexanoico, el cual
es un producto intermedio útil en la síntesis de ácido (s)-3
(aminometil)-5-metilhexanoico (pregabalina). La pregabalina puede usarse para
tratar ciertas enfermedades cerebrales, por ejemplo, en el tratamiento y
prevención de trastornos repentinos, dolor y trastornos psicóticos. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C12P 13/00, cuyo(s)
inventor(es) es(son) Michael Paul Burns, Justin Kaine Weaver, John Wing Wong.
La solicitud correspondiente lleva el número 8686, y fue presentada a las
14:03:55 del 12 de octubre del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 1º de noviembre del 2006.—Lic. Gabriela
Murillo, Registradora.—Nº 88791.—(103942).
El señor
Luis Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula 1-669-228, vecino de San
José, en su condición de apoderado de Pfizer Inc, de E.U.A., solicita la
Patente de Invención denominada INHIBIDORES
HETEROCICLIL AMINO DE 11- BETA- HIDROCICLIL AMINO DE 11- BETA- HIDROXIESTEROIDE
DESHIDROGENASA TIPO 1.
Para ver las imágenes solo en Gaceta de Formato
PDF
La presente invención se refiere a los compuestos con
la fórmula (I), o a una sal de éstos aceptable desde un punto de vista farmacéutico:
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31 / 44, cuyo(s) inventor(es)
es (son) Martin Paul Edwards, Theodroe Otto Jonson Jr, Sjiv Krishnan Nair,
Michael Siu, Wendy Dianne Taylor, Stephan James Cripps, Yong Wang, Hengmiao
Cheng, Christopher Ronald Smith. La solicitud correspondiente lleva el número
8456, y fue presentada a las 14:53:11 del 14 de junio del 2006. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de octubre del
2006.—Lic. Ana Catalina Monge, Registradora.—Nº 88792.—(103943).
El señor
Luis Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula 1-669-228, vecino de San
José, en su condición de apoderado de Pfizer Inc, de E.U.A., solicita la
Patente de Invención denominada COMPUESTOS
DE BENCIMIDAZOLONA QUE TIENE ACTIVIDAD AGONISTA DEL RECEPTOR 5-HT4.
Para ver las imágenes solo en Gaceta de Formato
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Esta invención proporciona un compuesto de la fórmula
(I). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D
405/ 14, cuyo(s) inventor (es) es (son) Satoru Iguchi, Yasuhiro Katsu, Hiroki
Sone, Chikara Uchida, Takashi Kojima. La solicitud
correspondiente lleva el número 8267, y fue presentada a las 14:18:38 del 2 de
marzo del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a
la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 30 de octubre del 2006.—Lic. Ana Catalina Monge,
Registradora.—Nº 88793.—(103944).
El señor
Francisco Guzmán Ortiz, mayor, soltero, abogado, vecino de San José, cédula Nº
1-434-595, en su condición de apoderado especial de Mountain View
Pharmaceuticals Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada CONJUGADOS POLIMÉRICOS DE INTERFERÓN-BETA CON POTENCIA
BIOLÓGICA AUMENTADA. Se suministran
métodos para la síntesis de conjugados poliméricos de citoquinas y sus
antagonistas de unión al receptor, especialmente un interferónbeta no
glicosilado, combinados que retienen una potencia biológica inusualmente
elevada. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es
A61K /, cuyos inventores son Saifer, Mark,
G.P, Martínez, Alexa, L., Williams, L. David, Sherman, Merry, R. La solicitud
correspondiente lleva el Nº 7894, y fue presentada a las 12:39:00 del 4 de
julio del 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a
la primera publicación de este aviso. Publíquese en el Diario Oficial La
Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de
octubre del 2006.—Lic. Rafael Quesada V., Registrador.—Nº 89118.—(104379).
FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL
En sus oficinas se han
recibido las solicitudes de personas que ejercen posesión en fincas sin
inscribir en el Registro Nacional, con el objeto de que se les paguen los
servicios ambientales que generan los bosques ubicados según el siguiente
detalle:
Expediente Solicitante Plano Ubicación
geográfica Área a
proteger (ha)
PN01007606 Valverde
Fallas José Antonio P-343819-1996 Puntarenas Osa Sierpe 111.1
PN01018106 Vargas
Porras Olman P-569968-1994 Puntarenas Osa Sierpe 40.0
De conformidad con el
artículo 107 del Reglamento a la Ley Forestal, Decreto Ejecutivo 25721-MINAE y
sus reformas, Decreto Ejecutivo 31633-MINAE, se concede un plazo de diez días
hábiles posteriores a la segunda publicación de este aviso, para formular
formal oposición a la solicitud, ante las oficinas centrales del Fondo Nacional
de Financiamiento Forestal, toda oposición deberá formularse por escrito y
deberá acompañar los argumentos y pruebas que fundamenten su oposición.
El expediente, su ubicación y
otros elementos de interés podrán consultarse en las Oficinas Centrales del
Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, al teléfono 257-8475, primera
publicación.
Guillermo Rojas Valverde, Asistente
Administrativo.—(Solicitud Nº 35462).—C-24770.—(103468). 2 v. 2.
INSTITUTO METEOROLÓGICO
NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Expediente Nº 12363.—Banco Cuscatlán S. A., solicita
concesión de aprovechamiento de agua de quebrada Panaca y quebrada Vargas
realizando la captación en su propiedad en San Mateo, Alajuela, para uso,
doméstico, granja porqueriza riego el caudal de 0.9 y 10 litros por segundo.
Coordenadas aproximadas 213.240 / 481.625 -213.820 480.623 respectivamente Hoja
Barranca. Predios inferiores. Rafael Peraza H., José Rodríguez, Dania
Rodríguez. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben
manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 10 de noviembre del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón,
Jefe.—Nº 88490.—(103324).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. Nº 12365.—Eduardo
Monestel Sancho, solicita en concesión 0,5 litros por segundo de nacimiento sin
nombre captado en propiedad de Herzang Cerdas Alfaro, para uso doméstico y
abrevadero. Sita en Tilarán, Guanacaste. Coordenadas aproximadas 264.900 /
440.200 Hoja Tilarán. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 13 de noviembre del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M.
Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 88816.—(103946).
Expediente Nº 12355-P.—Chianti S. A., solicita en concesión 0,10 litros
por segundo de pozo perforado NA-873, captado en su propiedad. Sita en Puente
Piedra, Grecia, Alajuela, para uso doméstico, piscina y riego. Coordenadas
aproximadas: 222.600-499.100 Hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados con
esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 31 de octubre del 2006.—Departamento de
Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 88921.—(104173).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
Ante
esta Dirección se ha recibido solicitud del licenciado Ricardo Cordero
Baltodano, cédula de identidad Nº 1-1010-904, quien pretende que se le autorice
para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que
conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta del interesado para el
ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este
Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación.
Expediente Nº 06-000802-624-NO.—San José, 24 de octubre del 2005.—Lic. Alicia
Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—Nº 88772.—(103947).
Ante esta
Dirección se ha recibido solicitud de la licenciada Fressie Inés Picado Lefrank,
cédula de identidad Nº 1-604-628, quien pretende que se le autorice para el
ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de
hechos o situaciones que afecten la conducta de la interesada para el ejercicio
de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro
del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº
04-001268-624-NO.—San José, 31 de agosto del 2004.—Lic. Alicia Bogarín Parra,
Directora.—1 vez.—(104002).
Ante esta
Dirección se ha recibido solicitud del licenciado Sebastián David Vargas
Roldán, cédula de identidad Nº 1-1105-0475, quien pretende que se le autorice
para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que
conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta del interesado para el
ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este
despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación.
Expediente Nº 06-000899-624-NO.—San José, 7 de noviembre del 2006.—Lic. Alicia
Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—(104486).
Registro Civil -
Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Expediente Nº
35399-05.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las nueve horas quince minutos del veintiuno de julio del dos mil seis.
Gaudy Mabel Abarca Gutiérrez, mayor, casada, oficios del hogar, costarricense,
cédula de identidad número seis-doscientos noventa y ocho-novecientos once,
vecina de Palmares de Pérez Zeledón, San José, solicita la rectificación del
asiento de nacimiento de su hijo José Steven Valverde Abarca... en el sentido
que el mismo es hijo de “Gaudy Mabel Abarca Gutiérrez, costarricense”. Conforme
lo establece el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de
Elecciones y Registro Civil, se confiere audiencia por ocho días a partir de la
primera publicación en el Diario Oficial La Gaceta al señor José Olger
Valverde González, con el propósito que se pronuncie en relación con la
presente gestión. Publíquese este edicto por tres veces en el mismo diario y se
previene a las partes interesadas, para que hagan valer sus derechos dentro del
término señalado.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—MSc. Ligia
María González Richmond, Jefa.—Nº 88662.—(103767).
PUBLICACIÓN DE una VEZ
Se hace saber que este Registro en diligencias de
ocurso incoadas por José René Ruiz Montiel, ha dictado una resolución que en lo
conducente dice: Resolución Nº 2793-06.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas y treinta y tres
minutos del veintiuno de setiembre del dos mil seis. Ocurso. Expediente Nº
21083-06. Resultando: 1º—…; 2º—… Considerando: I.—Hechos probados:…; II.—Hechos
no probados:…; III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de
matrimonio de José León Ruiz Montiel con Mayra Carvajal López… en el sentido que el nombre del cónyuge es “José
René” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic.
Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—1 vez.—Nº 88940.—(104177).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por
Daysi Vanegas López, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
resolución Nº 2314-06.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las doce horas y treinta y cinco minutos del dieciocho
de agosto del dos mil seis. Ocurso. Expediente Nº 6817-06. Resultando: 1º—…;
2º—…; 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:...; II.—Hechos no probados:...;
III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de
Norberto José Villalobos Venegas ... en el sentido que el nombre y el primer
apellido de la madre de la persona ahí inscrita son “Daysi” y “Vanegas”
respectivamente y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles,
Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº
89031.—(104385).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por
María Reyna Sáenz Díaz, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº
1474-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José a las ocho horas cinco minutos del dieciséis de junio del dos mil seis.
Ocurso. Expediente Nº 36767-2005. Resultando: 1º—…; 2º—…; Considerando:
I.—Hechos probados:...; II.—Hechos no probados:...; III.—Sobre el fondo:...;
Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Eddie Ezequiel Sequeira
González, Freddy Ismael Sequeira González y Jairo Sequeira González, en el sentido
que el nombre y los apellidos de la madre de los mismos son “María Reyna Sáenz
Díaz” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora
General.—Bach. Abel Álvarez Ramírez, Jefe a. í.—1 vez.—Nº 89102.—(104386).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por
Sandra Milena Quiroz Betancourt, ha dictado una resolución que en lo conducente
dice: Resolución Nº 3175-06.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos
Jurídicos.—San José, a las once horas y seis minutos del seis de noviembre del
dos mil seis. Ocurso. Expediente Nº 22186-06. Resultando: 1º—…, 2º—…;
Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el
fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Leonardo Fabio Gallo
Gómez con Sandra Milena Quiroz Betancourt..., en el sentido que los apellidos
del padre y el segundo apellido de la madre de la contrayente son “Quiroz
Villegas” y “Ceballos” respectivamente y no como se consignó.—Lic. Marisol
Castro Dobles, Directora General.—MSc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1
vez.—(104480).
SECCIÓN DE OPCIONES Y
NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de
naturalización
Yun Wei Fan Hsieh
conocido como Carlos Fan, mayor, soltero, estudiante, chino, cédula de
residencia 627-159938-003452, vecino de San José, expediente 48-2005. Se ha
presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto
por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155
del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la
nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas
del caso.—San José, siete de agosto del dos mil seis.—Lic. Marisol Castro
Dobles, Directora General.—1 vez.—(104044).
María Dolores Arango Vásquez, mayor, casada, del hogar, colombiana,
cédula de residencia Nº 420-191002-003755, vecina de Cartago, expediente Nº
2797-2006. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo
con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y
Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se
le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a
quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando
las pruebas del caso.—San José, 30 de agosto del 2006.—Lic. Marisol Castro
Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº 89039.—(104380).
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
COMISIÓN NACIONAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS
Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS
PROGRAMA ANUAL DE COMPRAS AÑO
2006
Modificación
Presupuestaria de Fondos Ordinarios
para ejecución en el IV Trimestre 2006
Presidencia
Servicios
jurídicos ¢500.000
Productos
papel y cartón ¢2.000.000
Dirección
Administrativa
Otras
constr. adiciones y mejoras ¢24.076.150
Información ¢4.000.000
Tintas
pinturas y diluyentes ¢817.00
Dirección en Gestión
en Desastres-Prevención
Mant.
y rep. equipo transporte ¢5.000.000
Otros
útiles mat. y suministros ¢5.755.000
Impresión
encuadernación ¢13.000.000
Impresión
y encuadernación ¢3.700.000
Tintas
pinturas y diluyentes ¢200.000
Equipo
de comunicación ¢3.500.000
San José, 16 de noviembre del 2006.—MSc. Sigifredo Pérez Fernández, Proveedor.—1 vez.—(105126).
JUSTICIA Y GRACIA
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000010-01
Compra de materiales para
la construcción
del pasillo techado del C.A.I. Pococí
Se avisa a todos los
interesados a participar en esta Licitación por Registro, que promueve el
Patronato de Construcciones, que la apertura de la misma se llevará a cabo el
día 4 de diciembre del 2006, a las 10:00 horas en la Proveeduría Institucional,
ubicada entre avenidas 12 y 14, calle primera y tercera frente al Centro
Educativo Marcelino García Flamenco. El cartel se puede adquirir a partir de
esta publicación en la Proveeduría Institucional, sacando copia del mismo.
San José, 15 de noviembre el 2006.—Lic. Dixa Córdoba Gómez, Proveedora Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 39804).—C-5520.—(104887).
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000248-78300
Compra de pan para centros
penales de
San Ramón y Nicoya
La Proveeduría
Institucional recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 6 de diciembre del
2006, para la licitación supracitada.
El interesado tiene el cartel
a disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la dirección
https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta notificación,
o podrá obtenerlo en la Proveeduría Institucional del Ministerio de Justicia,
que se encuentra ubicado 50 metros al norte de la Clínica Bíblica, frente al
Centro Educativo Marcelino García Flamenco, calle 1, ave: 12 y 14.
Lic. Dixa Córdoba Gómez, Proveedora Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 23487).—C-5520.—(104888).
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
OFICINA DE SUMINISTROS
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000058-ULIC
Construcción de
laboratorio de cómputo en sede Regional del Pacífico
La Oficina de
Suministros, recibirá ofertas por escrito hasta las 10:30 horas del día 1º de
diciembre del 2006, para la contratación indicada.
Los interesados deberán
retirar el cartel en la Oficina de Suministros, ubicada en Sabanilla de Montes
de Oca, de las Instalaciones Deportivas 250 metros al este y 400 metros al
norte. Previo pago de ¢500,00, en la Oficina de Administración Financiera,
ubicada en la Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, Edificio Administrativo “A”,
primer piso.
Sabanilla de Montes de Oca, 15 de noviembre del 2006.—Unidad de Licitaciones.—Lic. Ana Barrantes M., Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 90209).—C-4970.—(105116).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
ÁREA DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN PÚBLICA N°
2006LN-000032-1142
Esponjas de gasa
El Área de
Adquisiciones de la Caja Costarricense de Seguro Social, debidamente autorizada
por la Dirección de Recursos Materiales; recibirá ofertas por escrito hasta las
13:00 horas del día 15 de diciembre del 2006, para la adquisición de:
Ítem único: 14500000 unidades esponjas de gasa
Demás condiciones y especificaciones
técnicas, que rigen para este concurso, se encuentran insertas en el folleto de
venta en la fotocopiadora, sita en piso comercial del edificio Jenaro Valverde
Marín (oficinas centrales de la CCSS). Horario de lunes a viernes de 7:00 a. m.,
a 3:00 p.m.
San José, 15 de noviembre del 2006.—Subárea de Carteles.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—C-5520.—(104852).
HOSPITAL NACIONAL DE
GERIATRÍA Y GERONTOLOGÍA
“DR. RAUL BLANCO CERVANTES”
OFICINA DE COMPRAS
LICITACIÓN RESTRINGIDA Nº
2006 LR 000008-HBC2202
Gas licuado de petróleo
por período
de un año prorrogable a 4 años
La Oficina de Compras
del Hospital Nacional de Geriatría y Gerontología Dr. Raúl Blanco Cervantes con
autorización de la Administración General, recibirá ofertas por escrito hasta
las diez horas del día 6 de diciembre del 2006.
Las bases del concurso están
a disposición de los oferentes en la Oficina de Compras, sótano norte del
Hospital de lunes a viernes de 7:30 a.m., a 12:00 m. d.
El Cartel tiene un costo de ¢
200,00 (doscientos colones exactos).
San José, 16 de noviembre del 2006.—Lic. José María Romero Jiménez, Subadministrador General.—1 vez.—(104884).
HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000013-2102
Pulpa de frutas
La
Subárea de Contratación Administrativa del Hospital San Juan de Dios, les
informa a todos los potenciales oferentes que recibirá ofertas por escrito en
original y sobre cerrado hasta el día 30 de noviembre del 2006, a las 9:00
horas para la adquisición de lo siguiente;
Objeto: Pulpa de
frutas.
Rigen las notas
generales de abril del 2006, así como los componentes para efectos de formar
contrato y las especificaciones técnicas para este concurso, que estarán a la
venta en nuestra oficina Área de Gestión de Bienes y Servicios del Hospital San
Juan de Dios.
San José, 16 de noviembre del 2006.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Marvin Solano Solano, Jefe.—1 vez.—(104926).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000068-PRI
Servicios de limpieza en
la Región Chorotega
El Instituto
Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº
4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 9:00 horas del día 8
de enero del 2007.
Los documentos que conforman
el cartel podrán accesarse en la página de Internet del AyA, www.aya.go.cr o
retirarse, sin costo alguno, en la Proveeduría Institucional del AyA, sita: en
el módulo C, piso 3, del edificio sede de AyA en Pavas.
San José, 16 de noviembre del 2006.—Lic. Iris Fernández Barrantes, Proveeduría Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 42345).—C-4420.—(104890).
AVISOS
COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL
27 DE ABRIL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
C.TP.-01-2006
Construcción de la primera
etapa, de un gimnasio de 18x30 metros
La Junta Administrativa
del Colegio Técnico Profesional 27 de Abril, invita a todas las empresas a
licitar para la construcción de la primera etapa, de un gimnasio de 18x30
metros. El cartel de licitación y el juego de planos se pueden adquirir en las
instalaciones de nuestra institución, ubicada en el pueblo de 27 de Abril,
Santa Cruz, Guanacaste de la intersección a Playa Junquillal 125 metros este.
Esta licitación rige a partir del día miércoles 22 de noviembre del 2006 hasta
el viernes 22 de diciembre del 2006. La hora de apertura será desde las 7:00 de
la mañana y la de cierre será a las 2:00 de la tarde.
El costo del cartel de
licitación y el juego de planos será de ¢5.000,00 (cinco mil colones netos) y
tendrán que ser depositados a la cuenta número 805-3, en el Banco Nacional de
Costa Rica que está a nombre de la Junta Administrativa del Colegio Técnico
Profesional 27 de Abril.
La colilla tendrá que ser
presentada para poder adquirir la documentación respectiva para participar en
la litación.
Flora Barrantes Contreras, Asistente de Dirección.—1 vez.—(104880).
COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y
LUZ, S. A.
Invita a participar en
las siguientes licitaciones:
Licitación Descripción Apertura Hora Valor
¢
Pública Fabricación
e instalación de turbina 15/01/2007 13:00 1.000,00
Nº
2006LN- Francis para planta
hidroeléctrica Belén.
000034-PROV
Pública Reconstrucción
de infraestructura 12/01/2007 13:00 30.000,00
Nº
2006LN- eléctrica en los
sectores de Coronado,
000038-PROV Moravia, Barva y Alajuelita.
Pública Luminarias
de 150 y 250 Watts. 17/01/2007 13:00 1.000,00
Nº
2006LN-
000039-PROV
Regirá para esta
licitación la Ley y Reglamento de Contratación Administrativa, así como las
condiciones especiales, que pueden retirar en nuestra Sección de Proveeduría,
250 metros este de Pozuelo S. A., en La Uruca.
José Antonio Salas Monge, Proveedor General.—1 vez.—(104988).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
PROVEEDURÍA MUNICIPAL
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LR-000001-01
Adquisición de un rodillo
vibratorio de asfalto usado, para
mantenimiento de las calles del cantón
de Oreamuno
Se les informa a todos
los interesados en participar en el concurso en referencia, que deben pasar a
las oficinas de la Municipalidad, situadas al costado sur del parque del
distrito de San Rafael a retirar el cartel. Se recibirán ofertas hasta las
quince horas, del día 14 de diciembre del 2006.
Oreamuno, noviembre del 2006.—Isela Mata Quirós, Proveedora Municipal.—1 vez.—(104922).
MUNICIPALIDAD SAN RAFAEL
DE HEREDIA
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000002-01
Compra de vehículo pick up
4x4
La proveeduría
Institucional invita a los interesados a participar en la Licitación por
Registro Nº 2006-000002-01 denominada “Compra de Vehículo Pick Up 4x4”, las
ofertas se recibirán hasta las once horas del 7 de diciembre del 2006, los
carteles están a disposición sin ningún costo en la Unidad de Proveeduría,
ubicada en el segundo piso de la Municipalidad de San Rafael de Heredia.
San Rafael de Heredia, 16 de noviembre del 2006.— Proveeduría.—Lic. Edelvais Sanabria Vargas, Proveedora.—1 vez.—(104856).
MUNICIPALIDAD DE MATINA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2006LN-000008-01
Compra de un terreno para el proyecto CDP Barbilla
para
los patios de acopio y distribución de
material
Se les comunica a todos
los interesados en participar en el procedimiento en referencia, que pueden
pasar a retirar el cartel de Licitación en las oficinas municipales, a partir
del siguiente día hábil a esta publicación, previo pago del entero en la caja
de la institución con un valor de ¢2.500,00.
Se recibirán ofertas hasta
los diez días hábiles transcurridos a partir del día siguiente a esta
publicación, a las 10:00 a. m.
Matina, 15 de noviembre del 2006.—Departamento de Alcalde.— Rodrigo Gómez Flores, Alcalde Municipal.—1 vez.—(104927).
HACIENDA
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000113-13602
Servicio de limpieza para
el Edificio
Olympo-Presupuesto Nacional
Se avisa a todos los
interesados en esta licitación, para el Programa Dirección y Coordinación del
Proceso Presupuestario del Ministerio de Hacienda, que por resolución de
adjudicación Licitación por Registro Nº 2006LG-000113-13602, de las 8:00 horas
del día 16 de noviembre del 2006, se adjudica de la siguiente manera:
Servicios
Consultaría de Occidente S. A., cédula jurídica Nº 3-101-165549
Línea Nº 1:
Servicio de limpieza
para el Edificio Olympo-Presupuesto Nacional.
Servicio de limpieza diaria
en la frecuencia necesaria para mantener la limpieza de las instalaciones
Presupuesto Nacional, con un personal fijo diurno de 4 misceláneo con un
horario de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 horas para una jornada por persona
de 40 horas semanales. Y demás especificaciones y términos del cartel y la
oferta.
Costo mensual: ¢898.400,00.
Costo anual (12 meses):
¢10.780.800,00.
Total adjudicado:
¢10.780.800,00 (diez millones setecientos ochenta mil ochocientos colones
netos).
La adjudicación es por 1 año
prorrogable por periodos iguales hasta por un máximo de 4 años.
Para efectos de pago del año
2006, la orden de pedido se confeccionará a partir del mes en que se realice la
formalización contractual y refrendo correspondiente; para este año existe el
contenido presupuestario suficiente, para los años siguiente y subsiguientes la
Administración gestionante se responsabilizará de los pagos de conformidad con
el artículo 10.2 del Reglamento General de Contratación Administrativa.
Inicio de labores: De conformidad
a la suscripción y formalización de contrato.
Forma de pago: Usual de
Gobierno.
“De conformidad con la
resolución Nº 770-2006, del Ministerio de Hacienda de las nueve horas del
veintiocho de abril del dos mil seis, publicada en el Diario Oficial La
Gaceta Nº 104 del 31 de mayo del 2006”.
Garantía de
cumplimiento: El adjudicatario deberá presentar una garantía de cumplimiento de
un 5% sobre el monto total adjudicado con una vigencia mínima de tres meses
adicionales a la fecha definitiva de la recepción del objeto del contratado.
La presente adjudicación
queda condicionada a la efectiva disponibilidad presupuestaria o financiera de
acuerdo a la legislación vigente y al cumplimiento de los requisitos de
refrendo o formalización contractual que correspondieren de conformidad con el
Reglamento sobre Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública y
sus respectivas modificaciones emitidas por la Contraloría General de la
República.
Se les aclara a todos los
participantes que la presente es solo el resumen final de la adjudicación, que
el análisis integral de la contratación se encuentra en el expediente
administrativo; el cual pueden solicitar en la recepción del Departamento de Contrataciones,
para efectos de conocer los fundamentos técnicos y legales que motivan la
presente adjudicación.
Todo de acuerdo con los
términos del cartel y la oferta.
San José, noviembre del dos mil seis.—Lic. Olman Sanlee Chacón, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 05518).—C-25870.—(105117).
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000167-13402
Compra de productos de
papel, cartón e impresos
Se avisa a todos los
interesados en esta contratación, para el Ministerio Hacienda, que conforme a
la resolución de readjudicación Nº 193-2006 de las 8:00 horas del día 16 de
noviembre del 2006, se readjudica de la siguiente manera:
Direx Internacional S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-076898
Línea Nº 4:
27650 unidades de
carpetas manila tamaño carta (23 x 30.2 cm aproximadamente, fólder), empacadas
en cajas 100 uds, cada una. Marca FO. Se reducen cantidades de 30000 a 27650
unidades de carpetas de manila tamaño carta.
Monto unitario: $0,03.
Monto total adjudicado:
$829,50 (ochocientos veintinueve dólares con 50/100 centavos USD).
Plazo de entrega: diez días
hábiles.
Garantía del producto:
catorce meses contra defectos de fabricación.
Tiempo de reposición: tres
días hábiles, en caso de que alguno de los productos se encuentre defectuoso.
Forma de pago: la forma de
pago es usual de Gobierno, de conformidad con la resolución Nº 770-2006, del
Ministerio de Hacienda de las nueve horas del veintiocho de abril del dos mil
seis, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 104 del 31 de mayo del
2006.
Jiménez & Tanzi S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-006463
Línea Nº 5:
32760 unidades de
carpetas manila tamaño oficio (23 x 35.2 cm aproximadamente, fólder), empacadas
en cajas 100 uds., cada una. Marca Ampo. Se reducen cantidades de 35000 a 32760
unidades de carpetas de manila tamaño oficio.
Monto unitario: ¢ 19,23.
Monto total adjudicado:
¢629.974,80 (seiscientos veintinueve mil novecientos setenta y cuatro colones
con 80/100 céntimos).
Plazo de entrega: diez días
hábiles.
Garantía del producto: los
productos son totalmente nuevos y de última tecnología, garantía de 12 meses
contra defectos de fábrica en condiciones de uso, almacenamiento y manipulación
adecuada.
Tiempo de reposición: tres
días hábiles, en caso de que alguno de los productos se encuentre defectuoso.
Forma de pago: la forma de
pago es usual de Gobierno, de conformidad con la resolución Nº 770-2006, del
Ministerio de Hacienda de las nueve horas del veintiocho de abril del dos mil
seis, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 104 del 31 de mayo del
2006.
Todo de acuerdo con los
términos del cartel y la oferta.
La presente adjudicación
queda condicionada a la efectiva disponibilidad presupuestaria o financiera de
acuerdo a la legislación vigente y al cumplimiento de los requisitos de
refrendo o formalización contractual que correspondieren de conformidad con el
Reglamento sobre Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública y
sus respectivas modificaciones emitidas por la Contraloría General de la República.
San José, noviembre del dos mil seis.—Lic. Olman Sanlee Chacón, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 26421).—C-27570.—(105118).
JUSTICIA Y GRACIA
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000238-78300
Compra de pan para los
centros penales de San Ramón y Nicoya
La Proveeduría
Institucional comunica que por Resolución Nº 433 se declara infructuosa por
cuanto el plazo mínimo establecido para la fecha de apertura no se cumplió.
Lic. Dixa Córdoba Gómez, Proveedora Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 23488).—C-4970.—(104891).
PODER JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
UNIDAD EJECUTORA
PRÉSTAMO BID 1377/OC-CR
PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DE
LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Nº 97-06
Contratación de una consultoría para el establecimiento
de la solución para la atención de
usuarios que realiza la
Contraloría de Servicios del Poder
Judicial y ampliación
del Centro de Atención de Usuarios del Departamento
de Tecnología de Información
La Unidad Ejecutora del
Programa de Modernización Poder Judicial-BID, comunica a los interesados en el
concurso arriba citado, que en sesión de Consejo Superior, celebrada el día 14
de noviembre de 2006, artículo XI, dispuso adjudicar este procedimiento, de la
siguiente forma:
Adjudicatario: Consorcio
Base de Datos BD Consultores S. A.-Control Electrónico S. A.
Línea: 1: Consultoría para el establecimiento de la
solución para la atención de usuarios que realiza la Contraloría de Servicios
del Poder Judicial y ampliación del Centro de Atención de Usuarios del
Departamento de Tecnología de Información.
Monto: $169.480,00
(ciento sesenta y nueve mil cuatrocientos ochenta dólares exactos).
Se le recuerda al
adjudicatario, la presentación de la garantía de cumplimiento, en la forma y
plazo señalados en el cartel de concurso.
La Unidad Ejecutora, conforme
las condiciones de concurso, procederá a la preparación del documento
contractual.
La adjudicación aquí
publicada, cuenta con la aprobación del Consejo Superior, conforme oficio N°
9920-06 de la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia y del Banco
Interamericano de Desarrollo, conforme oficio COF/CCR/1668/2006.
San José, 15 de noviembre de 2006.—MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán, Director Interino Programa P.J.-BID.—1 vez.—(104908).
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
LICITACIÓN POR REGISTRO N°
2006LR-000017-PROVTSE
Compra de vehículos de
transporte
La Proveeduría del
Tribunal Supremo de Elecciones, comunica por este medio, que en el artículo
octavo de la sesión ordinaria N° 184-2006, celebrada el 9 de noviembre, el
Tribunal Supremo de Elecciones dispuso adjudicar el concurso de referencia de
la siguiente manera:
A Disexport Internacional S. A.
Precio Precio
Ítem Cant. Descripción Unitario Total
1 2 Vehículos tipo pick up,
doble cabina, modelo
2006, color blanco,
marca Chevrolet S10 US$17.900,00 US$35.800,00
Como parte de pago se entregarán los
vehículos marca Toyota pick up doble
cabina, placas TSE 54 y TSE 55,
valorados así ¢2.200.000.00 ¢4.400.000,00
Total adjudicado a Disexport Internacional S. A.
US$35.800,00
A Consorcio Maquinaria Electrotécnica
Metec S. A. y Grumah Motors CR S. A.
Ítem Cantidad Descripción Precio total
2 1 Camión marca Hyundai
tipo
HD72, modelo
2007,
color blanco US$23,940.00
Total adjudicado a Consorcio Maquinaria
Electrotécnica Metec S.
A. y Grumah Motors CR S. A. US$
23,940.00
Lic. Javier Ignacio Vega Garrido, Proveedor.—1 vez.—O. P. Nº 2978-2006).—C-16120.—(104899).
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
LICITACIÓN PÚBLICA N°
2006LN-000044-PCAD
Servicio de mantenimiento
preventivo y correctivo de la flotilla
vehicular del Banco Popular y de
Desarrollo Comunal
(automóviles, motocicletas y
montacargas)
El Proceso de
Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, hace del
conocimiento de los interesados, que según resolución de la Comisión de
Licitaciones Públicas y por Registro, la cual consta en el acta Nº 360 del día
10 de noviembre de 2006, se resolvió adjudicar la presente licitación pública
en los siguientes términos:
Vehículos de Trabajo (VETRASA) S. A.,
cédula jurídica N° 3-101-20764-31
OBJETIVO GENERAL:
Servicio de
mantenimiento preventivo y correctivo de la flotilla vehicular del Banco
Popular (automóviles, motocicletas y montacargas) que se utilizan dentro de su
operativa normal de gestión.
Ítem Descripción
1 Servicio de mantenimiento preventivo y
correctivo en mecánica en general a la flotilla vehicular del Banco.
Precios unitarios
conforme se consignan en los folios 181 y 296 del expediente administrativo.
2 Servicio de enderezado y pintura para
flotilla vehicular del Banco Popular
La estimación anual es
de ¢65.000.000 (sesenta y cinco millones de colones exactos).
Garantía de
Cumplimiento.
Vehículos de Trabajo
(VETRASA) S. A., dispondrá de cinco días hábiles, contados a partir de la
firmeza del acto de adjudicación, para rendir la correspondiente garantía de
cumplimiento por un monto de:
Ítem Monto ¢
1 2.160.000,00
2 1.440.000,00
y con una vigencia
mínima de catorce meses.
Para rendir
esta garantía se deberán observar los requisitos y condiciones que al respecto
establece el artículo 37 del Reglamento General de Contratación Administrativa.
Demás condiciones del
servicio de mantenimiento preventivo y mantenimiento correctivo para cada uno
de los tipos de automotores según lo plantea el Proceso de Contratación
Administrativa en el Informe de Adjudicación 345-2006.
San José, 14 de noviembre de 2006.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(104639).
AVISOS
COMPAÑÍA NACIONAL DE
FUERZA Y LUZ S. A.
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 10-2006
Vehículos de trabajo
Les comunicamos que el
Consejo de Administración de esta Compañía, en sesión ordinaria Nº 2134,
celebrada el lunes 6 de noviembre del 2006, acordó la adjudicación de la licitación
en referencia; de la siguiente manera:
A: Auto Star Vehículos S. A.—(Oferta
Nº 1).
Artículo 3
$1.285.500,00.
A: Purdy Motor S. A.—(Oferta Nº 4).
Artículos 1 y 2
$139.500,00.
El artículo
4º se declara desierto.
José Antonio Salas Monge, Proveedor General.—1 vez.—(105088).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
REGISTRO DE ELEGIBLES
El Instituto
Costarricense de Electricidad (ICE), comunica a los interesados que la UEN
Desarrollo y Ejecución Proyectos, aprobó la solicitud presentada para la
ampliación de frentes en el Registro de Elegibles de empresas constructoras a
la siguiente firma:
Empresa Ampliación-frentes
Inversiones Freywi S. A. 7
frentes en obras
cédula jurídica 3-101-410901 complementarias
Todo de conformidad con
los procedimientos que rigen la materia y los atestados presentados
oportunamente por el interesado.
San José, 13 de
noviembre del 2006.—Lic. Gonzalo Gómez Álvarez, MBA.—1 vez.—(O/C Nº
320073).—C-4970.—(104067).
AVISOS
JUNTA DIRECTIVA DEL PARQUE
RECREATIVO
NACIONAL PLAYAS MANUEL ANTONIO
La Junta Directiva del
Parque Nacional Manuel Antonio, cédula jurídica Nº 3-007-319495, invita a las
personas físicas y jurídicas, con amplia experiencia en estudios de catastro y
medición de tierras, a conformar el registro de proveedores para contratar
servicios profesionales en topografía.
Para tal efecto, deberán
enviar los siguientes documentos:
a. Certificación de membresía del Colegio de
Ingenieros Topógrafos del profesional o profesionales que ejecutan los
trabajos.
b. Certificación de personería jurídica y
fotocopia de la cédula de identidad del apoderado. En caso de persona física
presentar fotocopia de cédula de identidad.
c. Lista de trabajos realizados en los últimos
cinco años.
d. Declaración jurada de no afectación de las
prohibiciones del artículo 22 de la Ley de Contratación Administrativa y que
están al día en los impuestos nacionales y con la Caja Costarricense de Seguro
Social.
Enviar los atestados
por correo certificado al apartado postal 6350-184 Quepos.
José Mattey Fonseca, Presidente.—1 vez.—(104030).
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
COMISIÓN NACIONAL DE
PREVENCIÓN DE RIESGOS
Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS
En La Gaceta Nº
217 , del lunes 13 de noviembre del 2006, con la regencia Nº 102222, se publicó
la Licitación Pública bajo el Nº 2006LP-000001-01, en dicha publicación debe
leerse correctamente: Licitación Pública Nº 2006LN-000001-01
San José, 16 de noviembre del 2006.—Departamento de Proveeduría.—Sigifredo Pérez Fernández, Proveedor.—1 vez.—(105127).
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
CONSEJO NACIONAL DE
VIALIDAD
CONCURSO DE ANTECEDENTES Nº
01-2006-CA
Bases para la contratación
de una persona física
para ocupar la Dirección Ejecutiva del
CONAVI
Se comunica a las
personas físicas interesadas en participar en el concurso en referencia, que se
fija la apertura de ofertas para las 9:00 horas del 4 de diciembre deL 2006,
así también que a las bases de contratación, en lo que interesa, se le hacen
las correcciones:
En la página 20, primer
párrafo, último renglón.
Donde dice:
“...recibirá 5 (cinco)
puntos.
Léase correctamente:
“... recibirá 10 (diez)
puntos.
En esta misma página,
último párrafo.
Donde dice:
Elaboración de carteles de licitación; en
sus diferentes modalidades de contratación, análisis de ofertas y adjudicación,
trámites de recursos de objeción, de revocatoria y apelación.
Léase correctamente:
Elaboración de carteles de licitación; en
sus diferentes modalidades de contratación, elaboración de ofertas, análisis de
ofertas y adjudicación, trámites de recursos de objeción, de revocatoria y
apelación.
En la página 22
Donde dice:
“Se realizará una entrevista psicológica
a los candidatos que superen los 65 (sesenta y cinco) puntos en el resto de los
rubros. Esta entrevista se calificará con un puntaje máximo de 50 (cincuenta)
puntos por parte...”
Léase correctamente:
“Se realizará una entrevista psicológica
a los candidatos que superen los 55 (cincuenta y cinco) puntos en el resto de
los rubros. Esta entrevista se calificará con un puntaje máximo de 15 (quince)
puntos por parte…”
MBA. Arturo Alvarado Moya, Jefe de Proveeduría y Suministros.—1 vez.—(Solicitud Nº 05521).—C-12120.—(105119).
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
PROCESO DE CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
008-2006
(Prórroga Nº 16)
Actualización y soporte de
licencias productos Oracle
La fecha de apertura de
ofertas de este concurso se traslada para el 14 de diciembre del 2006, a las
10:00 horas.
Todas las demás condiciones y
requisitos permanecen invariables.
San José, 16 de noviembre del 2006.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(104951).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
ÁREA ADMINISTRACIÓN EDIFICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2006LP-000002-DSI
(Modificación al cartel)
Suministro, instalación y
puesta en operación de los seis
ascensores del edificio Jenaro Valverde
La Dirección de
Servicios Institucionales, comunica la modificación al cartel del siguiente
concurso: Licitación Pública 2006LP-000002-DSI.
Artículo: suministro,
instalación y puesta en operación de los seis ascensores del edificio Jenaro
Valverde.
1. La presente tabla de pagos sustituye a la
contenida en el anexo Nº 1 del cartel:
TABLA DE PAGOS
Ítem único Montos
1 Materiales de importación.
1.1.
Setenta (70%) por ciento del valor al recibir los bultos
en el país.
1.2. Se
cancela 1/6 del valor restante por ascensor instalado.
2. Desmontaje de cada ascensor.
3. Materiales nacionales por cada montaje de
ascensor.
4. Curso de mantenimiento y operación.
5. Visita de mantenimiento preventivo (pagaderas
contra visita realizada durante el período de garantía).
6. Contrato de mantenimiento preventivo,
correctivo y por averías por un año (ver punto 5.6 del cartel).
2. Se importarán cuatro ascensores el primer año,
los cuales serán pagados según la tabla anterior; los otros dos el siguiente
año.
3. Se pueden instalar dos ascensores en forma
simultánea.
4. Los conceptos contenidos en los puntos 2, 3 y
4 de la tabla anterior se pagarán contra recibido, a entera satisfacción de la
Caja Costarricense de Seguro Social.
5. Se modifica el punto 9.13., de la página 20
del cartel de licitación, ampliándose el plazo a treinta días hábiles.
6. Se modifica el punto 9.14., de la página 20
del cartel del licitación, ampliándose el plazo de instalación del primer
ascensor a 140 días hábiles y para los otros cinco ascensores se amplía el
plazo a 120 días hábiles, independientemente de las paradas que realice cada
elevador.
7. Se aclara la cláusula 5.4 (página 16 del
cartel) para que se lea así: “...el tiempo de respuesta aceptado será de
dos (02) horas posteriores al recibo del reporte por parte del contratista,
siempre y cuando sea en horas hábiles. En horas no hábiles será de 12 horas,
sin recargo adicional para la Institución...”.
San José, 16 de noviembre del 2006.—Dirección de Servicios Institucionales.—Lic. Eduardo Blanco Rodríguez, Director.—1 vez.—(104957).
HOSPITAL NACIONAL PSIQUIÁTRICO
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y
SERVICIOS
SUBÁREA DE CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN RESTRINGIDA
2006LR-000006-2304
La Subárea de
Contratación Administrativa del Hospital Nacional Psiquiátrico, informa a todos
los interesados que por error en La Gaceta Nº 216 del 10 noviembre del
2006, se indica:
Licitación restringida
Nº 2006LR-000006-2004, siendo lo correcto: Licitación restringida Nº
2006LR-000006-2304.
San José, 15 de noviembre del 2006.—Sr. Gerardo Arguedas Mora, Jefe.—1 vez.—(104986).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2006LN-000022-PROV
(Prórroga Nº 3 y sustitución de cartel)
1. Servicio de impresión de los recibos
telefónicos, eléctricos y
producción de tarjetas de prepago en el Departamento
Reproducción documental y artes gráficas Gedi, plantel Rincón grande de Pavas.
2 Servicio de impresión y
fotocopiado digital de documentos en blanco y negro en todo el territorio
nacional y la impresión y fotocopiado digital de documentos a color en los
centros Gedi’s Sabana y Pavas
El Instituto Costarricense de
Electricidad, avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada que se
está prorrogando para el 14 de diciembre del 2006 a las 9:00 horas.
Fecha de apertura anterior:
9:00 horas del 29 de noviembre del 2006.
Además se informa que se está
sustituyendo el cartel por lo tanto se puede adquirir por medio de fotocopias
cancelando el costo de las mismas en la Dirección de Proveeduría sita 400
metros norte del edificio central ó en nuestra dirección electrónica
https://www.grupoice.com/PELWeb/inicio.do
San José, 15 de noviembre del 2006.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador.—(O. C. Nº 325243).—C-9370.—(104892).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2006LI-000043-PROV
(Prorroga Nº 1 y Aviso)
Compra de energía de bloques de potencia
hidroeléctricos de hasta 50 MW
El Instituto
Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados en la licitación arriba
mencionada que la misma se está prorrogando para el 9 de mayo del 2007.
Fecha de apertura anterior:
10:00 horas del día 9 de abril del 2007.
Además se informa que la
presentación previa de los proyectos al ICE puede ser hecha por cualquier
persona física o jurídica y que la aprobación por parte del ICE del punto de
conexión es requisito indispensable para la adjudicación de las ofertas,
también se amplía el plazo estipulado en el apartado 2.3 del Capítulo II
“Condiciones Particulares” a tres meses, por tanto la nueva fecha para hacer la
presentación previa de los proyectos al ICE es el 10 de enero del 2007.
San José, 15 de noviembre del 2006.—Dirección Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 325243).—C-8270.—(104893).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000054-PRO
(Circular Nº 1)
Contratación servicios de mantenimiento de áreas verdes
en la Región Huetar Atlántica
El Instituto
Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº
4-000-042138, comunica que a partir de la presente publicación podrán retirar,
sin costo alguno, en la Proveeduría Institucional del AyA, sita: en el Módulo
C, piso 3, del edificio sede de AyA en Pavas, la Circular Nº 1, denominada
“Lista de propiedades para chapia y recolección de basura de la Región Huetar
Atlántica”.
Las demás condiciones del
cartel quedan invariables.
San José, 16 de noviembre del 2006.—Lic. Iris Fernández Barrantes, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº 42344).—C-7170.—(104895).
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2006LN-000011-01
(Modificación y prórroga)
Compra de computadoras
El Proceso de
Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores
interesados en participar en la Licitación Pública 2006LN-000011-01, de compra
de computadoras, que el cartel de esta licitación se modifica de la siguiente
manera:
Línea 1:
Eliminar el punto 7 de la especificación
técnica de esta línea, que indica “7. al menos un puerto paralelo”.
Línea 2:
(Encabezado de la
especificación técnica) y puntos 5 y 6.
Donde dice:
“Microcomputadoras similar Pentium IV,
3.2 GHZ
o superior, 512 MB memoria DDR2 con arquitectura y rendimiento similares a
equipos de marca IBM, DELL, HEWLETT PACKARD, con las siguientes
características:”
“5. Como mínimo 512 MB de memoria
DDR2 o superior, en un solo módulo.
6. Al menos un (1) slot libre de memoria DDR2,
después de instalados los 512 MB solicitados.”
Debe leerse correctamente de la siguiente forma:
“Microcomputadoras similar Pentium IV,
3.2 GHZ o superior, 1 GB memoria DDR2 con arquitectura y rendimiento similares a
equipos de marca IBM, DELL, HEWLETT PACKARD, con las siguientes
características:”
“5. Como mínimo 1 GB de memoria DDR2
o superior, en un solo módulo.
6. Al menos un (1) SLOT libre de memoria
DDR2, después de instalado el módulo de 1 GB solicitado.”
Debido a lo anterior,
la fecha de apertura de esta licitación se prorroga para el próximo 4 de
diciembre del 2006 a las 10:00 horas.
San José, 16 de noviembre del 2006.—Allan Altamirano D., Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 39779).—C-16520.—(105138).
AVISOS
REFINADORA COSTARRICENSE
DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2006LN-900168-02
Contratación de los
servicios de mano de obra, materiales
y equipo para la construcción e interconexión
de tanques en el
Plantel Barranca y Refinería
Le comunicamos a los
interesados en participar en el concurso en referencia que la fecha de apertura
y recepción de ofertas se prorrogó para el día 29 de noviembre del 2006 a las
9:00 horas.
San José, 15 de noviembre del 2006.—Ing. Norman Álvarez Morales, Director de Suministros.—1 vez.—(O. C. Nº 2005-5-0107).—C-4420.—(105120).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
PROVEEDURÍA MUNICIPAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2006LN-000004-01
Adquisición de dos
vagonetas reconstruidas
de 12 metros cúbicos
________
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2006LN-000005-01
Adquisición de una
vagoneta nueva de 12
metros cúbicos de capacidad
volumétrica
Se les informa a todos
los interesados que por haberse realizado nuevamente objeciones a los carteles
de las Licitaciones Públicas Nos. 2006LN-000004-01 para la Adquisición de dos
vagonetas reconstruidas de 12 metros cúbicos, y 2006LN-000005-01 para la Adquisición
de una vagoneta nueva de 12 metros cúbicos de capacidad volumétrica, la fecha
de las aperturas se trasladan para el día 30 de noviembre del 2006, a las diez
y trece horas respectivamente. Las modificaciones se encuentran a disposición
en el Departamento de Proveeduría.
Oreamuno, noviembre del dos mil seis.—Isela Mata Quirós, Proveedora Municipal.—1 vez.—(104635).
MUNICIPALIDAD DE JIMÉNEZ
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000001-01
Y LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000002-01
Ampliación de edificio
municipal
La Municipalidad de
Jiménez hace corrección del número de la Licitación por Registro Nº
2006-000001-LG, publicada en La Gaceta Nº 205 del jueves 26 de octubre
del 2006, siendo el número correcto de procedimiento el Nº
2006LG-000001-01 Contratación de Mano de Obra para la Ampliación de un Edificio
(segundo piso). La Municipalidad de Jiménez hace corrección del número de la
Licitación por Registro Nº 2006-000002-LG, publicada en La Gaceta Nº 205
del jueves 26 de octubre del 2006, siendo el número correcto de
procedimiento el Nº 2006LG-000002-01 Contratación de Materiales para la
Ampliación de un Edificio propiedad de la Municipalidad.
Juan Viñas, 16 de noviembre del 2006.—Alcaldía Municipal.—Jorge Solano Herrera, Alcalde.—1 vez.—(104974).
La Secretaría Técnica
del Órgano de Reglamentación Técnica informa que el Ministerio de Economía,
Industria y Comercio somete a conocimiento de las instituciones y público en
general el siguiente proyecto de reglamento:
REGLAMENTO
TÉCNICO RTCR 400:2006. ETIQUETADO DE CARNE CRUDA, MOLIDA, MARINADA, ADOBADA,
TENDERIZADA Y VÍSCERAS
Para lo cual se otorga
un plazo de 10 días hábiles, de conformidad con el artículo 361 de la Ley
General de la Administración Pública, contados a partir del día siguiente de la
publicación de este aviso, para presentar ante dicha Secretaría, sus
observaciones con la respectiva justificación técnica, científica o legal.
El texto de este reglamento
técnico, se encuentra en las oficinas de la Secretaría, sita en el Edificio
IFAM, del Colegio Lincoln 200 m oeste, 100 m sur, 200 m oeste, 1er. piso,
frente al Despacho Ministerial; en horario de 7 a.m. a 3 p.m. jornada continua.
La versión digital está disponible en este sitio: http://www.reglatec.go.cr o bien
la puede solicitar a la siguiente dirección electrónica: reglatec@meic.go.cr.
Las observaciones
podrán ser entregadas a la dirección física, electrónica indicada anteriormente
o al fax: 236-7192 ó al 297-1439.
Dirección de Mejora Regulatoria y Reglamentación _Técnica.—Isabel Cristina Araya Badilla, Directora.—1 vez.—(Solicitud Nº 46737).—C-6620.—(104066).
REGLAMENTO DE DONACIONES DEL
INSTITUTO
DE FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL
La Junta Directiva del
Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, mediante acuerdo cuarto, artículo
cuatro de la sesión extraordinaria Nº 33607, celebrada a las 12:20 horas del
día 30 de octubre del 2006, aprobó establecer la tasa de interés corriente de conformidad
con lo regulado en los artículos 57 y 58 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios, según lo siguiente:
“1. Establecer un 20.19% para la tasa de interés
corriente a cargo del sujeto pasivo y de la administración tributaria, de
conformidad con lo regulado en los artículos 57 y 58 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios.”
Se deja sin efecto la
publicación de La Gaceta Nº 68 del 5 de abril del 2006.
Rige a partir de su
publicación.
Moravia, 13 de noviembre del 2006.—Sección Contabilidad y Finanzas.—Lic. Adrián Salazar Vega, Jefe.—1 vez.—(104476).
MUNICIPALIDAD DE SANTA
BÁRBARA
La Municipalidad de
Santa Bárbara mediante acuerdo Nº 446-06, artículo Nº 6, de la sesión ordinaria
Nº 25, celebrada el 17 de octubre del 2006, acuerda el proyecto de Reglamento
de Patentes de la Municipalidad de Santa Bárbara como sigue:
PROYECTO AL REGLAMENTO DE
PATENTES
DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTA BÁRBARA
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Objetivo.
El presente Reglamento tiene por objetivo establecer las disposiciones para el
otorgamiento de licencias para el ejercicio de actividades lucrativas, de conformidad con el artículo 79
del Código Municipal y la Ley de Impuestos Municipales de la Municipalidad de
Santa Bárbara de Heredia.
Artículo 2º—Ámbito de
Aplicación. Todas las personas físicas o jurídicas que se dediquen al
ejercicio de cualquier tipo de actividad lucrativa, en el cantón de Santa
Bárbara y hayan obtenido la respectiva licencia municipal, deberán pagar a la
Municipalidad de Santa Bárbara el impuesto de patente que les faculte para
llevar a cabo esas actividades. Deberán cancelar el respectivo impuesto también
todas aquellas personas que realicen cobros de facturas aún y cuando la casa
matriz se encuentre en otro cantón.
Artículo 3º—Definiciones.
Para efectos de este reglamento se entenderán como:
• Alcaldia- La Alcaldía Municipal de la
Municipalidad de Santa Bárbara de Heredia.
• Certificado de uso de suelo- Aquel
emitido por el Departamento de Ingeniería Municipal, si fuera necesario el
emitido por el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU).
• Concejo- El Concejo Municipal de la
Municipalidad de Santa Bárbara.
• Declaración jurada- Documento por el
cual el patentado declara sus ventas brutas o ingresos en el período fiscal
correspondiente.
• Impuesto- Tributo que deben pagar los
patentados de la Municipalidad de Santa Bárbara, según la Ley Nº 7180.
• Patentado- Persona física o jurídica
que adquiere licencia municipal para ejercer actividades lucrativas.
• Licencia- Es la autorización que
previa solicitud del interesado, concede la Municipalidad para ejercer
cualquier actividad lucrativa en su jurisdicción conforme a lo establecido en
la Ley.
• Municipalidad- Entiéndase por esta la
Municipalidad del cantón de Santa Bárbara de Heredia.
• Patente- Es el impuesto a cancelar
por la actividad lucrativa que realizan en el cantón de Santa Bárbara de
Heredia.
• Permiso de funcionamiento- Son las
autorizaciones que a criterio de la Municipalidad o exigidas por ley especial,
deben obtener los interesados ante organismos estatales, de previo a que la
Municipalidad les otorgue la licencia.
• Venta- Contrato bilateral por el que
se transmite la propiedad de un bien determinado a cambio de una
contraposición.
• Inspección- La inspección de patentes y espectáculos
públicos.
• Ingreso- Es la suma que se recibe
como contraprestación en el ejercicio de las actividades lucrativas.
• Ventas brutas- Es el volumen de
ventas obtenidas por el patentado en el ejercicio de las actividades lucrativas
autorizadas por la licencia municipal durante el periodo fiscal hecha la
deducción que establece la Ley de Impuesto sobre las Ventas.
• Ingresos brutos- Es el volumen de
ingresos obtenidos por el patentado en el ejercicio de las actividades lucrativas
autorizadas por la licencia municipal durante el periodo fiscal.
• Período fiscal- Es el comprendido
entre el primero de octubre y el treinta de septiembre del año siguiente.
• La Ley- Entiéndase por esta la Ley
número 7180 del 08 de agosto de 1990 o Ley de Impuestos Municipales del cantón
de Santa Bárbara de Heredia.
Artículo 4º—El impuesto
de patente, deberá ser cancelado por trimestre adelantado. El atraso en la
cancelación, no podrá exceder del 36% anual en intereses.
Artículo 5º—El impuesto de
patente se pagará durante todo el tiempo que se haya tenido el establecimiento
abierto y durante el tiempo en que se haya poseído licencia, aunque la
actividad no se hubiere realizado.
Artículo 6º—El impuesto de
patentes se determinará:
a) Mediante declaración jurada del contribuyente,
salvo cuando la Ley de Tarifas de Impuestos Municipales del Cantón de Santa
Bárbara de Heredia determine un procedimiento diferente para fijar el monto del
impuesto de patentes.
b) Mediante imposición directa de la Municipalidad
según se establece en el Capítulo IX de este reglamento.
c) Tomando como parámetro otros negocios
similares.
d) Por disposición expresa de la Ley.
e) De acuerdo al índice de inflación dictado por
el Banco Central de Costa Rica.
Se establece como factor
determinante de la imposición, los ingresos brutos anuales que perciban los
afectos al impuesto, durante el período fiscal anterior al año que se grava;
los ingresos brutos no incluyen lo recaudado por concepto del impuesto sobre
las ventas; en el caso de los establecimientos financieros y de correduría de
bienes muebles e inmuebles, se consideran ingresos brutos los percibidos en
razón de comisiones e intereses. Se
aplicará, para determinar la suma que el contribuyente debe cancelar uno por
mil sobre los ingresos brutos y el ocho por mil sobre la renta. Esta suma dividida entre cuatro determinará
el impuesto trimestral por pagar.
Artículo 7º—Cuando en un
mismo establecimiento dedicado a actividades lucrativas ejerzan actividades
conjuntamente varias sociedades o personas jurídicas, el monto del impuesto lo
determinará la suma del impuesto que corresponde a cada uno individualmente.
A los efectos de este
artículo, las personas físicas o jurídicas indicarán a la Municipalidad el
nombre del patentado a quien se cobrará el impuesto o si bien se debe cobrar a
cada uno individualmente.
Artículo 8º—El impuesto de
patente y licencia de venta de licores al menudeo, se regulará por ley
especial. Salvo aquellas disposiciones de tipo administrativo que sean aplicables,
en cuanto a la solicitud de traspaso, traslado y cancelación de las mismas.
CAPÍTULO II
Licencia
Artículo 9º—Nadie podrá
realizar actividades lucrativas sin contar con la respectiva licencia
municipal.
Artículo 10.—La licencia
deberá ser solicitada por escrito, por el interesado indicando los siguientes
requisitos:
• Aportar la solicitud de patente comercial
con los datos solicitados, nombre o razón social, domicilio fiscal, cédula
física o jurídica, nombre y dirección del representante legal, apartado postal,
número telefónico de habitación y comercial, ubicación exacta y tipo de negocio
a explotar, la misma deberá ser suscrita por el interesado.
• Original y fotocopia del Permiso Sanitario
de Funcionamiento o en su defecto la calificación que corresponda.
• El solicitante y el propietario del inmueble
deben estar a día en la cancelación de las tasas e impuestos municipales.
• La propiedad en donde se va a instalar la
actividad comercial debe estar debidamente declarada.
• Original y fotocopia del Contrato de
Arrendamiento del local, o una autorización autenticada por abogado para el uso
del inmueble en los casos de padres a hijos y entre cónyuges.
• Copia de la cédula de identidad si es una
persona física. En el caso de sociedades mercantiles, copia de cédula y
personería jurídica vigente.
• Póliza de Riesgos del Trabajo o bien la
exoneración de la misma emitida por el INS.
• Adjuntar timbres para formulario por: ¢
265,00 timbres fiscales.
• Certificado del uso del suelo y de las condiciones
constructivas del local contempladas en la Ley de Planificación Urbana según
sea el tipo de comercio a explotar este certificado lo emitirá el Departamento
de Ingeniería de la Municipalidad y lo trasladará automáticamente al
Departamento de Rentas y Cobranzas.
• Dependiendo del tipo de actividad a explotar
se deberán de presentar
a la Municipalidad los respectivos permisos de otras entidades que tengan
competencia con dicha actividad.
• En el caso que se expenda licor deben contar
con su respectiva patente de licores.
En caso de que la
actividad sea industrial, el interesado debe aportar además de los requisitos
anteriores, lo siguiente:
- IFA y la
viabilidad aprobado por la SETENA.
Artículo 11.—La
solicitud que no incluya todos los requisitos no será recibida, ya que es
requisito para su admisibilidad cumplir con todos los requisitos del artículo
anterior, la Oficina de Patentes deberá resolver las solicitudes de licencia
dentro de los treinta días naturales siguientes, después de que haya sido
presentada en forma por el interesado.
Vencido este término, el
particular podrá ejercer su actividad sin perjuicio de lo que en definitiva
decida la Municipalidad.
La Municipalidad concederá al
interesado el otorgamiento de la licencia y la denegatoria de la misma deberá
hacerla en resolución razonada.
Artículo 12.—La violación a
lo dispuesto en este capítulo, dará lugar al cierre del local, medidas que se
ejecutarán por medio de las autoridades competentes.
Artículo 13.—Denegatorio de
la Licencia. La licencia sólo podrá ser denegada cuando la actividad sea
contraria a la ley, la moral o las buenas costumbres, de acuerdo al artículo 81
del Código Municipal; cuando el establecimiento no haya llenado los requisitos
legales y reglamentarios, o cuando la actividad en razón de su ubicación física
no esté permitida por las leyes o, en su defecto por los reglamentos
municipales vigentes, o que no se cumpla con lo dispuesto en este reglamento.
Artículo 14.—Suspensión de la
licencia. La licencia podrá suspenderse en los siguientes casos:
a) Por incumplimiento de los requisitos que
exigen las leyes y este Reglamento.
b) Cuando de alguna forma se violente la moral,
las buenas costumbres, el orden y la
tranquilidad pública.
c) Cuando el patentado haya incumplido las
resoluciones emanadas por la Municipalidad para la corrección de actuaciones
que afectan a terceros.
d) Cuando el patentado se encuentre en mora por
un plazo de al menos dos trimestres, previa notificación.
La suspensión de la
licencia implicará el cierre del local, medidas que se ejecutarán a través de
las autoridades correspondientes.
Artículo 15.—Cancelación de
la licencia. La Municipalidad procederá a cancelar la licencia cuando:
a) Se abandone la actividad y así sea comunicado
al Departamento de Rentas y Cobranzas.
b) Cuando resulte totalmente evidente el abandono
de la actividad por más de dos trimestres, aún cuando el interesado no haya
comunicado a la Municipalidad y a la Oficina de Patentes, la Municipalidad procederá
a cancelar la licencia.
c) Se venza el plazo para el cual haya sido
otorgada, tratándose de licencias temporales.
d) Se utilice el negocio o local comercial para
realizar actividades ilícitas y que mediante operativo policial se demuestre
que se realiza esta actividad.
e) Se utilice el negocio para la venta de licor
sin la respectiva patente o sin la autorización municipal correspondiente.
f) El patentado no corrija dentro del plazo
otorgado al efecto por la Municipalidad, las causales que motivaron la
suspensión de la patente, de acuerdo con los incisos b) y c) del artículo Nº 14.
Artículo 16.—La
licencia que otorgue la Municipalidad quedará condicionada a los requisitos y
plazos que establezcan los permisos sanitarios de funcionamiento.
Artículo 17.—Podrá revocarse
un permiso siempre que se logre comprobar la falsedad en alguno de los
requisitos de la solicitud así como en aquellos casos en que con posterioridad
al otorgamiento de la patente surjan hechos que hagan invalidar la causa de su
otorgamiento.
Artículo 18.—Emisión del
certificado. Después de aprobado la licencia municipal, se deberá emitir el
certificado correspondiente.
Artículo 19.—Inclusión de
nuevos patentados. Será responsabilidad del Departamento de Rentas y Cobranzas,
la inclusión de los nuevos patentados en el sistema de facturación de la
Municipalidad.
Artículo 20.—De la renuncia.
Todo patentado podrá renunciar a la licencia municipal, para lo cual debe
cumplir con los siguientes requisitos:
a) Estar al día con el pago de la patente
municipal.
b) Estar al día en el pago de los servicios e
impuestos municipales.
c) Presentar una nota por escrito solicitando
dicho retiro.
CAPÍTULO III
Traslados, traspasos,
recalificaciones y renuncias
Artículo 21.—La
solicitud de traspaso, o traslado de licencias, deberán ser tramitadas con las
formalidades establecidas de conformidad con el presente Reglamento.
Artículo 22.—Son aplicables
las disposiciones de los capítulos II de este Reglamento a toda ampliación o
cambio de actividades.
Artículo 23.—Ningún traslado
o traspaso de licencias municipales incluso las de venta de licores al menudeo,
afectará los intereses municipales, hasta tanto no sea aceptado por la
Municipalidad con el asesoramiento del Departamento de Rentas y Cobranzas, autorización
que se dará si el adquiriente es persona hábil para explotar el
establecimiento, si el nuevo local reúne los requisitos exigidos y si ambas
partes están al día en el pago de tasas, contribuciones o impuestos
municipales.
Artículo 24.—Cuando la Municipalidad
por medio del Departamento de Rentas y Cobranzas determine que el impuesto que
debe pagar el patentado sea diferente al establecido, iniciará los trámites de
recalificación del valor del impuesto, procede la recalificación:
a) Cuando sea ordenado de oficio por la Dirección
General de Tributación Directa.
b) Cuando la Municipalidad verifique ante la
Dirección General de Tributación Directa la exactitud de los datos
suministrados por el patentado.
c) Cuando la Municipalidad determine que han
variado las condiciones en las cuales fundamentó su criterio de imposición.
Artículo 25.—Las
resoluciones de la Municipalidad que ordenen recalificaciones deberán ser
notificadas al interesado en el local donde se realiza la actividad las cuales
podrán ser impugnadas dentro de los cinco días hábiles siguientes.
CAPÍTULO IV
De la inspección
Artículo
26.—Corresponde a la Municipalidad por medio del Departamento de Rentas y
Cobranzas, la tramitación y resolución de todo lo relacionado a la Ley Nº 7180
y su Reglamento.
Artículo 27.—Las resoluciones
de la Municipalidad y del Departamento de Rentas y Cobranzas tendrán los
recursos de revocatoria y apelación para ante el Alcalde (sa) Municipal.
Artículo 28.—De los
inspectores municipales. La Municipalidad contará con un grupo de funcionarios
denominados “inspectores”, quienes tendrán a su cargo el ejercicio y
cumplimiento de las potestades y deberes citados en los artículos
anteriores. Dichos funcionarios serán
nombrados por el Alcalde conforme a lo establecido en el Código Municipal.
Artículo 29.—Funciones de los
inspectores. Corresponde a los inspectores realizar las siguientes funciones:
a) Inspeccionar los locales comerciales para
verificar el correcto uso de la licencia.
b) Verificar que las licencias y demás permisos requeridos
por este Reglamento, se encuentren vigentes.
c) Verificar que la actividad comercial se ajuste
a los términos en que fue otorgada la licencia y el orden social.
d) Realizar las notificaciones que le encomienden
el Departamento de Rentas y Cobranzas.
e) Verificar que los negocios cuenten con patente
comercial que los habilite para su funcionamiento.
f) Verificar que los patentados se encuentren al
día en el pago del impuesto de patentes.
g) Notificar y entregar avisos de cobro
correspondientes a los patentados que se encuentren adeudando dos o más
trimestres del impuesto de patente.
Una vez que se hayan
unificado el cuerpo de inspectores municipales tendrán a su cargo las demás que
le señalen la ley y sus reglamentos.
Artículo 30.—Deber de
colaboración. Los propietarios, administradores, concesionario y cualquier
persona que de una u otra forma explote un establecimiento comercial, está en
la obligación de brindar toda la colaboración requerida por los funcionarios
municipales investidos como inspectores y de mostrar la documentación requerida
por ella en cumplimiento de sus funciones.
CAPÍTULO V
Recursos
Artículo 31.—La
resolución del Departamento de Rentas y Cobranzas que deniegue la licencia,
tendrá los recursos de revocatoria y apelación para ante el Alcalde Municipal,
de conformidad con lo establecido en el artículo 153 del Código Municipal.
Artículo 32.—El patentado
podrá impugnar la recalificación hecha por la Municipalidad y el Departamento
de Rentas y Cobranzas de conformidad con las disposiciones del capítulo sobre
materia tributaria de la Ley Reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso
Administrativo.
Artículo 33.—Las
recalificaciones y calificaciones tendrán los recursos de revocatoria y
apelación para ante el Alcalde Municipal. Podrán estar fundadas en motivos de
ilegalidad o inoportunidad y no suspenderá la ejecución del acto.
CAPÍTULO VI
Sobre las infracciones y
las sanciones
Artículo
34.—Infracciones. Constituirán infracciones a este Reglamento:
a) Ejercer la actividad comercial sin la patente
correspondiente.
b) Utilizar la patente para fines distintos a los
establecidos en la solicitud y para los que fue otorgada.
c) No pagar a tiempo el monto correspondiente al
impuesto de patente.
d) Cuando se comprobare que el patentado ha
violado en la explotación de la actividad, la ley o el orden público, la moral y las buenas
costumbres.
e) Cualquier otra acción que viole lo estipulado
en este Reglamento.
Artículo 35.—Por
incumplimiento a las disposiciones legales y reglamentarias podrá la
Municipalidad y la Oficina de Rentas, imponer las siguientes sanciones:
a. Suspensión de la licencia.
b. Clausura de la actividad.
c. Imposición de multas.
d. Denuncias por defraudación o perjuicio ante
los Tribunales de Justicia.
Artículo 36.—La licencia
será suspendida en los casos previstos en los artículos 14 y 34 de este Reglamento.
Artículo 37.—Se decretará la
clausura de la actividad y, o la consecuente cancelación de la patente, cuando:
a) Por falta de licencia.
b) Por abandono de la actividad.
c) Por el vencimiento del plazo por el cual se
concedió la licencia, sin la respectiva renovación.
d) Por el vencimiento o la revocatoria de
permisos de funcionamiento exigidos.
e) Por falta de renovación de la patente
otorgada.
f) Y las demás que se deriven de este
reglamento.
Artículo 38.—Denuncias
ante los órganos jurisdiccionales. La Municipalidad procederá a denunciar ante
los órganos jurisdiccionales competentes, a los propietarios que hagan caso
omiso de la orden de cierre o clausura que les gire de acuerdo con este
Reglamento o de cualquiera otra orden tendiente a la correcta utilización de la
patente otorgada.
CAPÍTULO VII
De la renovación de la
patente
Artículo 39.—Cada tres
años y tomando como referencia la fecha de otorgamiento de la patente
municipal, o en su defecto lo que el Departamento de Rentas y Cobranzas designe
como fecha de inicio para estos efectos, deberán renovarse las patentes
municipales.
A la vez para las actividades
catalogadas incómodas por parte del Ministerio de Salud, realizarán la
respectiva renovación de su patente comercial cada año.
Artículo 40.—Para optar por
la renovación de las patentes el interesado deberá aportar los siguientes
requisitos:
1. Aportar la solicitud de renovación de la
patente comercial con los datos solicitados como lo son: nombre o razón social,
domicilio fiscal, cédula física o jurídica, nombre y dirección del
representante legal, apartado postal, número telefónico de habitación y del
comercial, ubicación exacta y tipo de negocio a explotar, la misma deberá ser
suscrita por el interesado y su firma deberá estar debidamente autenticada por
notario público.
2. Original y fotocopia del Permiso Sanitario de
Funcionamiento o en su defecto la calificación que corresponda de acuerdo al
decreto número 27569-S publicado en La Gaceta Nº 7 del 12 de enero de
1999.
3. Póliza de Riesgos del Trabajo o bien la
exoneración de la misma emitida por el INS.
4. Certificado del uso del suelo y de las
condiciones constructivas del local contempladas en el código urbano según sea
el tipo de comercio a explotar este certificado lo emitirá el Departamento de
Ingeniería de la Municipal.
5. Dependiendo del tipo de actividad a explotar
se deberán de
presentar a la Municipalidad los respectivos permisos de otras entidades que tengan competencia con
dicha actividad.
Artículo 41.—El
incumplimiento de alguno de los requisitos anteriores facultará a rechazar la
solicitud de renovación, es requisito para su admisión presentar todos los
requisitos completos.
CAPÍTULO VIII
De las patentes temporales
de licores
Artículo
42.—Procedencia. El Concejo Municipal, por acuerdo firme, podrá conceder
patentes temporales para el expendio de licores hasta por el término de un mes;
cuando se realicen fiestas cívicas, populares o patronales, turnos, ferias y
similares, siempre que no pertenezcan a escuelas, colegios ni asociaciones o
entidades deportivas.
Artículo 43.—Restricciones de
horarios. En todo caso, el Concejo Municipal podrá imponer restricciones en el
horario de funcionamiento de los expendios temporales y requerir determinadas
condiciones físicas de los locales, todo con el fin de garantizar el orden y la
tranquilidad pública y la protección a menores de edad. En todo caso se debe
respetar la Ley de Licores y su Reglamento, Reglamento sobre el horario y
permanencia de menores en expendios de licores.
Artículo 44.—Solicitud.
Quienes soliciten una patente temporal de licores, deberán presentar lo
siguiente:
a) Nombre y cédula del solicitante.
b) Objeto, duración de la actividad y destino de
los fondos.
c) Copia de la cédula de identidad o
certificación de personería jurídica con no más de un mes de extendida cuando
se requiere.
d) El solicitante debe de estar al día en el pago
de tributos municipales.
e) Deberán presentar un croquis detallado de la
actividad.
Artículo 45.—Plazo. Las
solicitudes para patentes temporales de licores, deberán ser presentadas con un
mínimo de 15 días de antelación a la fecha en que se planea realizar la
actividad.
Artículo 46.—Órgano encargado
de revisar las solicitudes. Corresponderá a la Secretaria del Concejo comprobar
que todos los requisitos fueron presentados debidamente. Caso contrario, esa
dependencia devolverá la solicitud al interesado.
Artículo 47.—Contenido y
comunicación del acuerdo. El acuerdo que otorgue una patente temporal de
licores deberá indicar el tipo de actividad a que se refiere, el sitio donde se
llevará a cabo, el destino de los fondos recaudados y el plazo de su vigencia y
será comunicado al interesado, a las autoridades de policía correspondientes y
al Departamento de Rentas y Cobranzas.
Artículo 48.—Supervisión. Los
inspectores municipales o la fuerza pública ejercerá supervisión directa del
evento, sobre el funcionamiento de la patente temporal otorgada, debiendo
informar al Alcalde sobre cualquier anomalía presentada con el fin de aplicar
las sanciones que correspondan, según la Ley de Licores y su Reglamento.
CAPÍTULO IX
Sobre el cobro del
impuesto de patente
Artículo 49.—Base
imponible del impuesto. El factor determinante para la imposición, serán los
ingresos brutos que perciban las personas, físicas o jurídicas, afectas al
impuesto generados por la actividad lucrativa autorizada por la licencia
municipal; producidos en el cantón de Santa Bárbara de Heredia durante el
ejercicio económico anterior al que se grava. Los ingresos brutos no incluyen
lo recaudado por concepto de impuestos sobre las ventas ni otro impuesto
directo recaudado por el patentado, salvo los casos en que la Ley Nº 7180 determine
un procedimiento diferente para fijar el monto del impuesto de patentes. En el
caso de establecimientos financieros y de correduría de bienes muebles e
inmuebles, se considerarán como ingresos brutos, los percibidos por concepto de
comisiones e intereses.
Artículo 50.—Tarifa del
impuesto. Por concepto de impuesto de patente, se aplicará una tarifa del uno
por mil sobre los ingresos brutos reportados y el ocho por mil sobre la renta.
Esta suma dividida entre cuatro, determinará el impuesto trimestral por pagar.
También se puede realizar por
medio del tasado de Oficio, comprendido en el artículo 54 de este Reglamento.
Artículo 51.—Período del
impuesto y forma de pago. El período del impuesto de patentes es anual y está
comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada año. Dicho
impuesto se pagará por trimestre adelantado. Todo pago deberá hacerse en las
cajas de la Tesorería Municipal, o por los medios que la propia Municipalidad
autorice en el futuro.
Artículo 52.—Pago del
impuesto de sucursales o agencias. Cuando la actividad lucrativa principal se
desarrolle fuera del cantón de Santa Bárbara de Heredia, pero el contribuyente
realiza también actividades lucrativas en este cantón, por medio de sucursales
o agencias, el impuesto que deberá pagarse a la Municipalidad se calculará
sobre los ingresos brutos que reporte la sucursal o agencia a la casa matriz en
la respectiva declaración municipal. Se debe adjuntar una constancia de un
contador público, en donde se anotan los ingresos brutos que obtuvo la sucursal
o agencia en este cantón.
Artículo 53.—Ejercicio de
actividades conjuntas. Cuando en un mismo establecimiento dedicado a
actividades lucrativas, ejerzan conjuntamente varias sociedades o personas
físicas, el monto del impuesto lo determinará la suma total del impuesto que
corresponda a cada una individualmente.
Artículo 54.—Tasado de oficio. De acuerdo a lo
adoptado en la Ley y este Reglamento, para los negocios nuevos y los que no
presenten declaración por renta o presentando dicha declaración los datos
brindados no sean satisfactorios para la Municipalidad, se podrán realizar por
medio del tasado de oficio.
CAPÍTULO X
Horarios de funcionamiento
Artículo 55.—Se
establecen los horarios de funcionamiento para las siguientes actividades comerciales:
Juegos de mesa permitidos (pooles y
billares): tendrán un horario de funcionamiento:
• Lunes a viernes: de las cuatro de la tarde a
las diez de la noche.
• Sábados, domingos, días feriados por ley y
días de asueto escolar: de la una de la
tarde a las once de la noche.
Video juegos regulados por ley: Tendrán
un horario de funcionamiento:
• De las once de la mañana a las diez de la
noche, todos los días.
Canchas de fútbol 5 o fútbol rápido:
tendrán un horario de funcionamiento:
• Un horario de cierre los días viernes y
sábados a las once de la noche.
• Los demás días el horario de cierre será a
las diez de la noche, cantinas, bares y tabernas sin actividad de baile, que
expendan, al detalle, bebidas alcohólicas para ser ingeridas dentro del
establecimiento; también las licorerías que expendan bebidas para consumo fuera
de él. Sólo podrán venderlas entre las 11:00 horas y la medianoche.
Salones de baile, discotecas, clubes
nocturnos y cabarés con actividad de baile, que expendan, al detalle, bebidas
alcohólicas para consumirlas dentro del establecimiento. Solo podrán vender
estas bebidas entre las 16:00 y las 2:30 horas.
Restaurantes, hoteles y pensiones que
expendan bebidas alcohólicas para consumo dentro del establecimiento. Solo podrán
venderlas entre las 10:00 y las 2:30 horas.
Supermercados que expendan al detalle,
bebidas alcohólicas para consumo fuera del establecimiento. Solo podrán
venderlas entre 8:00 horas y la medianoche. Se entiende por supermercados los
expendios comerciales de mercaderías diversas, en los que la venta de licor no
es la actividad principal.
Casas importadoras, fabricantes,
distribuidores y almacenes que vendan, al por mayor y al detalle, bebidas
alcohólicas en envases herméticamente cerrados para ingerirlas fuera
establecimiento. A esta categoría no se le aplicará restricción alguna en el
horario para vender bebidas alcohólicas.
Artículo
56.—Acatamiento obligatorio: De no acatar dicha normativa en relación con los
horarios establecidos de funcionamiento, se le aplicará lo que indica el
artículo 81 del Código Municipal y este reglamento.
Artículo 57.—Disposiciones
derogatorias: El presente Reglamento deroga el Reglamento a la Ley Nº 7180, Ley
de Impuestos Municipales del Cantón de Santa Bárbara de Heredia, publicado en La
Gaceta Nº 210, 2 noviembre del 2000, así como el Reglamento de Trámites y
Adjudicaciones de Patentes Temporales para la Venta de Licores en Actividades
Comunales del Cantón de Santa Bárbara de Heredia, publicado en La Gaceta
Nº 209 del 28 de octubre de 1999 y toda disposición de igual rango o inferior
que se le oponga.
Segundo: Conforme
ordena el artículo 43 del Código Municipal enviarlo a audiencia pública por un
plazo de diez días hábiles; plazo mediante el cual si no se han realizado
modificaciones se procederá a emitir la resolución final.
Santa Bárbara de Heredia, 1º de noviembre del 2006.—Beana C. Cubero Castro, Secretaria del Concejo.—1 vez.—(O. C. Nº 07136).—C-211090.—(104426).
OFICINA PRINCIPAL
AVISO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Yo, Eduardo Garro Bustamante, con cédula 1-0230-0005, beneficiario del certificado de deposito a plazo y cupones de interés, emitido por el Banco Nacional de Costa Rica, en Oficina Principal, que se detalla a continuación:
Certificado de
depósito a
plazo Monto Emisión Vencimiento
400-01-208-209609-7 $ 138.114,77 10/08/2006 10/11/2006
Cupón de interés Monto Vencimiento
400-01-208-209609-7-001 $ 1.070,37 10/11/2006
Título y cupón emitido a la orden, con una tasa de interés del 3,10%. Solicito la reposición de este documento por causa de extravío.
Se publica este anuncio por tres veces consecutivas para oír reclamos de terceros, por el término de quince días.
San José, 10 de noviembre del 2006.—Óscar Esquivel Fallas, Jefe de Plataformas.—(104240).
La Junta Directiva General en sesión N° 7980/06, artículo 14°, efectuada el 31 de octubre del presente año, acordó modificar la Tabla de Tarifas y Comisiones del Banco aprobada en la sesión N° 7874/05, artículo 23°, celebrada el 18 de octubre del 2005, según se indica:
1) Se elimina el rubro de comisión por cambio de divisas en efectivo.
2) Se varía el rubro de “OTRAS COMISIONES” SINPE, en los siguientes términos:
SINPE.
Transferencias a Terceros:
Mínima: $1.00
Máxima: $20.00
Transferencias
Interbancarias
Mínima: $2.00
Máxima: $15.00
Crédito Directo:
Mínima: $0.30
Máxima: $ 1.00
Esta modificación rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Cartago, 10 de noviembre del 2006.—Proveeduría y Licitaciones.—Lic. Julio Brenes R., Jefe.—1 vez.—(O/C Nº 6652).—C-7170.—(103813).
VENTANILLA DE SERVICIOS EL ALTO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El Banco Popular y de Desarrollo Comunal (Ventanilla El Alto de Guadalupe), hace del conocimiento del público en general, el extravío del siguiente certificado de ahorro a plazo fijo a la orden de Gutiérrez Leitón Alcides, cédula 1-261-448.
Certific. Monto Fecha Cupón Monto Fecha
Nº ¢ vencimiento Nº ¢ vencimiento
16106960210009126 300.000,00 30/11/2003 009 2.187,50 30/11/2006
Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.
9 de noviembre del 2006.—M.Sc. Guido Ovares, Gerente GSFG.—(104058).
CENTRO DE SERVICIOS FINANCIEROS HEREDIA
AVISO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El Banco Popular y de Desarrollo Comunal C.S.F. Heredia, hace del conocimiento del público en general que la señora: Barquero Matamoros Vivian, cédula 2-496-385, ha solicitado por motivo de extravío la reposición del certificado de depósito a plazo Nº 16102160210531671, por un monto de ¢ 1.185.018,00 con vencimiento al 23-11-2006; con intereses al vencimiento de ¢ 73.525,35.
Lo anterior para los efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.
Heredia, 24 de octubre del 2006.—Lic. Enrique Solís Barrantes, Subgerente.—(103820).
A.J.D.LP./470-2006.—Puntarenas, a los veinte días del mes de octubre del 2006.
Considerando:
I.—Que mediante oficio CT-005-2006, la señora Betty Valverde Cordero, Comisión de Tarifas, remite recomendación de la Comisión de tarifas, a los efectos de establecer el rubro que debe cobrar la Institución por concepto del servicio de inspección a las embarcaciones atuneras con red de cerco de bandera extranjera que ingresan a puerto costarricense para efecto de reparación u otro no contemplado en el acuerdo AJDIP/473-2005.
II.—Que esta Junta Directiva considera procedente acoger la propuesta planteada por la Comisión de Tarifas. Por tanto,
SE ACUERDA:
1º—Adicionar al acuerdo AJDIP/473-2005, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 2, del 3 de enero del 2006, las siguientes tarifas:
Otras
inspecciones, embarcaciones extranjeras:
Por hora o fracción (horario diurno) Hora $30.00
Por hora o fracción (horario extraordinario) Hora $40.00
2º—Rige a partir de su publicación.
Sr. Luis París Chavarri, Presidente Ejecutivo.—Yahaira Chambers Vargas, Secretaria de Junta Directiva.—1 vez.—(Solicitud Nº 41528).—C-9370.—(103449).
ACTA Nº 09-06 CORRESPONDIENTE AL SORTEO “RUEDA DE LA FORTUNA” DEL 4-03-2006 JUEGO 88 “PARES O NONIS”
Los que firmamos hacemos constar que: hoy cuatro de marzo de dos mil seis a las 5:00 p. m., en el Cinema Star procedimos a revisar el nombre y número de cédula de las personas que salieron seleccionadas para participar de conformidad con lo establecido en el Reglamento del Sorteo “Rueda de la Fortuna”, quedando en su orden el siguiente resultado:
Nombre Cédula Premio
1.- Octavio Solano Aguilar 3-148-313 ¢1.000.000
2.- Jorge Retana Jiménez 2-215-082 ¢ 300.000
3.- Bolívar Guevara Brenes 2-177-675 ¢ 215.000
4.-Eyleen Segura Villalta 1-1165-301 ¢ 500.000
ASISTENTES DE LA SALA ESTUDIO
5.-Luis Blanco Paynter 6-137-203 ¢ 250.000
6.-Ligia María Arias Arce 1-512-853 ¢ 190.000
7-.Rosario Obaldía Solares 1-286-818 ¢ 300.000
PARTICIPANTES DIRECTOS
8-.Dunia Isabel Ortiz Montero 3-369-918 ¢300.000
9-.Olman Francisco
Méndez Gutiérrez 270-0212082-0115168 ¢250.000
10-.Rafaela Álvarez Álvarez 5-074-867 ¢195.000
Total de premios a pagar: ¢ 3.500.000,00
Acumulado gran premio para el 11-3-2006: ¢ 6.200.000,00
Asimismo procedimos a extraer los sobres de las personas que enviaron o depositaron seis boletos sin premio del juego 88 “Pares o Nonis” para participar en el sorteo “Rueda de la Fortuna” para el 11 de marzo del 2006, quedando en su orden respectivo el siguiente resultado:
PARTICIPANTES QUE DEPOSITARON SOBRES CON SEIS BOLETOS SIN PREMIO DEL JUEGO 88
Nombre: Cédula
1.-Ana Cecilia Valenciano Mora 3-145-078
2.-Alex Otárola Fallas 1-422-272
3.-Victoria Sánchez Obaldía 1-631-525
4.-Gerardo Alfredo Quirós Jiménez 3-191-887
ASISTENTE A LA SALA ESTUDIO
5-Eugenio Arnoldo Corrales Artavia 1-238-700
Rafael Ángel Oviedo Chacón, Representante de la Gerencia.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección de Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Gustavo Adolfo Cedeño Monge, Juez Contravencional.—1 vez.—(O/C Nº 7530).—C-25765.—(103990).
ACTA Nº 10-06 CORRESPONDIENTE AL SORTEO “RUEDA DE LA FORTUNA” DEL 11-03-2006 JUEGO 88 “PARES O NONIS”
Los que firmamos hacemos constar que: Hoy once de marzo de dos mil seis a las 5:00 p. m. en el Cinema Star procedimos a revisar el nombre y número de cédula de las personas que salieron seleccionadas para participar de conformidad con lo establecido en el Reglamento del Sorteo “Rueda de la Fortuna”, quedando en su orden el siguiente resultado:
Nombre Cédula Premio
1.- Ana Cecilia Valenciano Mora 3-145-078 ¢230.000
2.- Alex Otárola Fallas 1-422-272 ¢300.000
3.- Victoria Sánchez Obaldía 1-631-525 ¢250.000
4.-Gerardo Alfredo Quirós Jiménez 3-191-887 ¢250.000
ASISTENTES DE LA SALA ESTUDIO
5.- Eugenio Arnoldo Corrales Artavia 1-238-700 ¢165.000
6.-Vicente Bolívar Moraga 5-047-495 ¢250.000
7.- Mayela Araya Venegas 1-445-391 ¢300.000
PARTICIPANTES DIRECTOS
8-.Ana Julia Sánchez Hernández 6-216-196 ¢195.000
Total de premios a pagar: ¢ 1.940.000,00
Acumulado gran premio para el 18-3-2006: ¢ 6.400.000,00
Asimismo procedimos a extraer los sobres de las personas que enviaron o depositaron seis boletos sin premio del juego 88 “Pares o Nonis” para participar en el sorteo “Rueda de la Fortuna” para el 18 de marzo de 2006, quedando en su orden respectivo el siguiente resultado:
PARTICIPANTES QUE DEPOSITARON SOBRES CON SEIS BOLETOS SIN PREMIO DEL JUEGO 88
Nombre: Cédula
1.-Luis Ángel Chacón Umaña 2-388-924
2-.Martha Lidia Herrera Pérez 2-537-779
3- Silvia María López Díaz 1-534-614
4-.Jorge Arturo Rodríguez Bonilla 3-218-247
PARTICIPANTE VÍA TELEFÓNICA
5-Erlindo Sánchez Alvarado 4-094-158
Rafael Ángel Oviedo Chacón, Representante de la Gerencia.—Milton Vargas Mora, Director de Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Rodrigo Zúñiga Soto, Juez Contravencional.—1 vez.—(O/C Nº 7530).—C-25765.—(103991).
ACTA Nº 11-06 CORRESPONDIENTE AL SORTEO
“RUEDA DE LA FORTUNA” DEL 18-03-2006
JUEGO 88 “PARES O NONIS” JUEGO 89
“POZO DE DINERO”
Los que firmamos hacemos constar que: Hoy dieciocho de marzo de dos mil seis a las 5:00 p. m., en el Cinema Star procedimos a revisar el nombre y número de cédula de las personas que salieron seleccionadas para participar de conformidad con lo establecido en el Reglamento del Sorteo “Rueda De La Fortuna”, quedando en su orden el siguiente resultado:
Nombre Cédula Premio
1.- Luis Ángel Chacón Umaña 2-388-924 ¢6.400.000
2.- Martha Lidia Herrera Pérez 2-537-779 ¢5.000.000
3.- Silvia María López Díaz 1-534-614 ¢ 650.000
4.-Jorge Arturo Rodríguez Bonilla 3-218-247 ¢ 210.000
PARTICIPANTE VÍA TELEFÓNICA
5.- Erlindo Sánchez Alvarado 4-094-158 ¢ 210.000
ASISTENTES DE LA SALA ESTUDIO
6.-Carlos Alberto García Balladares 8-059-867 ¢1.000.000
7.- Isaac García Martínez 1-728-173 ¢1.000.000
PARTICIPANTES DIRECTOS
8-.Carlos Alberto Zúñiga Cordero 9-068-464 ¢150.000
9.-María Elizabeth Hernández 135-RE-003794 ¢250.000
10.-Ileana Salazar Monge 1-688-784 ¢300.000
Total de premios a pagar: ¢ 15.170.000,00
Acumulado gran premio para el 25-3-2006: ¢ 5.000.000,00
Asimismo procedimos a extraer los sobres de las personas que enviaron o depositaron seis boletos sin premio del juego 88 “Pares o Nonis” y juego 89 “Pozo de Dinero” para participar en el sorteo “Rueda de la Fortuna” para el 25 de marzo de 2006, quedando en su orden respectivo el siguiente resultado:
PARTICIPANTES QUE DEPOSITARON SOBRES CON SEIS BOLETOS SIN PREMIO DEL JUEGO 88 Y JUEGO 89
Nombre: Cédula
1.-José Luis Azofeifa Azofeifa 6-094-714
2.-Edith Cruz Moreno 5-151-133
3.-Elías Gerardo García Badilla 5-199-672
4.-Fernando Rojas Smith 1-387-019
PARTICIPANTE VÍA TELEFÓNICA
5-*Leda Pérez Obando 6-122-812
OBSERVACIÓN: Señora Leda Pérez Obando cédula Nº 6-122-812 de conformidad con Nota L-699-2006.
Rafael Ángel Oviedo Chacón, Representante de la Gerencia.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección de Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Guillermo Guevara Solano, Juez Contravencional.—1 vez.—(O/C Nº 7530).—C-25765.—(103992).
ACTA Nº 12-06 CORRESPONDIENTE AL SORTEO
“RUEDA DE LA FORTUNA” DEL 25-03-2006
JUEGO 88 “PARES O NONIS” JUEGO 89
“POZO DE DINERO”
Los que firmamos hacemos constar que: Hoy veinticinco de marzo de dos mil seis a las 5:00 p. m., en el Cinema Star procedimos a revisar el nombre y número de cédula de las personas que salieron seleccionadas para participar de conformidad con lo establecido en el Reglamento del Sorteo “Rueda de la Fortuna”, quedando en su orden el siguiente resultado:
Nombre Cédula Premio
1.- José Luis Azofeifa Azofeifa 6-094-714 ¢250.000
2.- Edith Cruz Moreno 5-151-133 ¢300.000
3.- Elías Gerardo García Badilla 5-199-672 ¢150.000
4.-Fernando Rojas Smith 1-387-019 ¢300.000
PARTICIPANTE VÍA TELEFÓNICA
5.- *Leda Pérez Obando 6-122-812 ¢310.000
ASISTENTES DE LA SALA ESTUDIO
6.-Oldemar Badilla Badilla 1-519-703 ¢310.000
7.- Sandra Barrantes Murillo 1-531-302 ¢300.000
Total de premios a pagar: ¢ 1.920.000,00
Acumulado gran premio para el 01-4-2006: ¢ 5.200.000,00
Asimismo procedimos a extraer los sobres de las personas que enviaron o depositaron seis boletos sin premio del juego 88 “Pares o Nonis” y juego 89 “Pozo de Dinero” para participar en el sorteo “Rueda De La Fortuna” para el 1 de abril de 2006, quedando en su orden respectivo el siguiente resultado:
PARTICIPANTES QUE DEPOSITARON SOBRES CON SEIS BOLETOS SIN PREMIO DEL JUEGO 88 Y JUEGO 89
Nombre: Cédula
1.-Guadalupe Gutiérrez Ruiz 5-035-086
2.-Lesbia del Socorro Romero Amador 8-069-235
3.-Aracelly Benavides Salas 2-415-844
4.-Arturo Santiago Grant Rojas 6-067-300
PARTICIPANTE VÍA TELEFÓNICA
5-Yerley Eunice Olivas Chaves 6-195-024
Observación: Señora Leda Pérez Obando cédula Nº 6-122-812 de conformidad con Nota L-699-2006.
Rafael Ángel Oviedo Chacón, Representante de la Gerencia.—Milton Vargas Mora, Director de Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Diego Alejandro Meoño Piedra, Juez Contravencional.—1 vez.—(O/C Nº 7530).—C-25765.—(103993).
ACTA Nº 13-06 CORRESPONDIENTE AL SORTEO
“RUEDA DE LA FORTUNA” DEL 1-04-2006
JUEGO 88 “PARES O NONIS” JUEGO 89
“POZO DE DINERO”
Los que firmamos hacemos constar que: Hoy primero de abril de dos mil seis a las 5:00 pm en el Cinema Star procedimos a revisar el nombre y número de cédula de las personas que salieron seleccionadas para participar de conformidad con lo establecido en el Reglamento del Sorteo “Rueda de la Fortuna”, quedando en su orden el siguiente resultado:
Nombre Cédula Premio
1.- Guadalupe Gutiérrez Ruiz 5-035-086 ¢250.000
2.- Lesbia del Socorro Romero Amador 8-069-235 ¢180.000
3.- Aracelly Benavides Salas 2-415-844 ¢280.000
4.-Arturo Santiago Grant Rojas 6-067-300 ¢1.000.000
PARTICIPANTE VÍA TELEFÓNICA
5.- Yerley Eunice Olivas Chaves 6-195-024 ¢190.000
ASISTENTES DE LA SALA ESTUDIO
6.-José Díaz Moya 1-369-682 ¢250.000
7.- Rosibell Díaz Cascante 1-527-037 ¢250.000
PARTICIPANTES DIRECTOS
8-.Édgar Santiago Guido Gutiérrez 270-160218-092789 ¢250.000
9.-Claribel L. Martínez Altamirano 155800342719 ¢300.000
Total de premios a pagar: ¢ 2.950.000,00
Acumulado gran premio para el 08-4-2006: ¢ 5.400.000,00
Asimismo procedimos a extraer los sobres de las personas que enviaron o depositaron seis boletos sin premio del juego 88 “Pares o Nonis” y juego 89 “Pozo de Dinero” para participar en el sorteo “Rueda de la Fortuna” para el 8 de abril de 2006, quedando en su orden respectivo el siguiente resultado:
PARTICIPANTES QUE DEPOSITARON SOBRES CON SEIS BOLETOS SIN PREMIO DEL JUEGO 88 Y JUEGO 89
Nombre Cédula:
1.-Arturo Santiago Grant Rojas 6-067-300
2.-Jonathan Francisco Martínez Sánchez 1-1204-936
3.-Gerardo Romero Picado 1-350-537
4.-Mario Monge Chaves 1-522-917
ASISTENTE A LA SALA ESTUDIO
5-Santiago de la O Morera 7-016-110
Rafael Ángel Oviedo Chacón, Representante de la Gerencia.—Milton Vargas Mora, Director de Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—José Bernal Rodríguez Marín, Juez Contravencional.—1 vez.—(O/C Nº 7531).—C-25765.—(103994).
ACTA Nº 14-06 CORRESPONDIENTE AL SORTEO
“RUEDA DE LA FORTUNA” DEL 8-04-2006
JUEGO 88 “PARES O NONIS” JUEGO 89
“POZO DE DINERO”
Los que firmamos hacemos constar que: Hoy ocho de abril de dos mil seis a las 5:00 p. m., en el Cinema Star procedimos a revisar el nombre y número de cédula de las personas que salieron seleccionadas para participar de conformidad con lo establecido en el Reglamento del Sorteo “Rueda de la Fortuna”, quedando en su orden el siguiente resultado:
Nombre Cédula Premio
1.- Arturo Grant Rojas 6-067-300 ¢1.000.000
2.- Jonathan Francisco Martínez Sánchez 1-1204-936 ¢ 350.000
3.- Gerardo Romero Picado 1-350-537 ¢ 265.000
4.- Mario Monge Chaves 1-522-917 ¢ 195.000
ASISTENTES DE LA SALA ESTUDIO
5.- Santiago de la O Morera 7-016-110 ¢ 300.000
6.-Ana Lorena Berrocal Angulo 1-503-468 ¢ 300.000
7.- Myriam Calderón Picado 6-221-432 ¢ 300.000
PARTICIPANTES DIRECTOS
8.-José Luis Víquez Víquez 3-116-844 ¢210.000
9.-Pedro Ramírez Sancho 9-057-936 ¢250.000
Total de premios a pagar: ¢ 3.170.000,00
Acumulado gran premio para el 22-4-2006: ¢ 5.600.000,00
Asimismo procedimos a extraer los sobres de las personas que enviaron o depositaron seis boletos sin premio del juego 88 “Pares o Nonis” y juego 89 “Pozo de Dinero” para participar en el sorteo “Rueda de la Fortuna” para el 22 de abril de 2006, quedando en su orden respectivo el siguiente resultado:
PARTICIPANTES QUE DEPOSITARON SOBRES
CON SEIS BOLETOS SIN PREMIO DEL
JUEGO 88 Y JUEGO 89
Nombre Cédula
1.-Kathia Maritza Murillo Masís 7-099-733
2.-Yanira Vargas Sandoval 3-236-937
3.-Jesús María Alfaro Méndez 2-301-308
4.-Hernán Bermúdez Calderón 1-184-196
ASISTENTE A LA SALA ESTUDIO
5-Rosemary Solano Chavarría 1-512-325
Rafael Ángel Oviedo Chacón, Representante de la Gerencia.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección de Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Rodrigo Zúñiga Soto, Juez Contravencional.—1 vez.—(O/C Nº 7531).—C-25765.—(103995).
ACTA Nº 15-06 CORRESPONDIENTE AL SORTEO
“RUEDA DE LA FORTUNA” DEL 22-04-2006
JUEGO 88 “PARES O NONIS” JUEGO 89
“POZO DE DINERO”
Los que firmamos hacemos constar que: Hoy veintidós de abril de dos mil seis a las 5:00 pm en el Cinema Star procedimos a revisar el nombre y número de cédula de las personas que salieron seleccionadas para participar de conformidad con lo establecido en el Reglamento del Sorteo “Rueda de la Fortuna”, quedando en su orden el siguiente resultado:
Nombre Cédula Premio
1.- Kathia Maritza Murillo Masís 7-099-733 ¢1.000.000
2.- Yanira Vargas Sandoval 3-236-937 ¢1.000.000
3.- Jesús María Alfaro Méndez 2-301-308 ¢ 300.000
4.- Hernán Bermúdez Calderón 1-184-196 ¢ 300.000
ASISTENTES DE LA SALA ESTUDIO
5.- Rosemary Solano Chavarría 1-512-325 ¢ 280.000
6.-Ana Isabel Solano Morales 1-287-875 ¢ 300.000
7.- Eyleen Segura Villalta 1-1165-301 ¢ 210.000
PARTICIPANTES DIRECTOS
8-.Franklin Cascante Padilla 1-314-701 ¢250.000
9.-Dennis Alberto Brenes Núñez 1-713-342 ¢295.000
10.-Eulalia Vargas Matamoros 6-104-1466 ¢250.000
11.-Juan Diego Chavarría Fonseca 1-570-632 ¢300.000
Total de premios a pagar: ¢ 4.485.000,00
Acumulado gran premio para el 29-4-2006:¢ 5.800.000,00
Asimismo procedimos a extraer los sobres de las personas que enviaron o depositaron seis boletos sin premio del juego 88 “Pares o Nonis” y juego 89 “Pozo de Dinero” para participar en el sorteo “Rueda de la Fortuna” para el 29 de abril de 2006, quedando en su orden respectivo el siguiente resultado:
PARTICIPANTES QUE DEPOSITARON SOBRES
CON SEIS BOLETOS SIN PREMIO
DEL JUEGO 88 Y JUEGO 89
Nombre Cédula
1.-María Rosa Villalta Artavia 1-224-300
2.-José Pablo Vega Carvajal 1-1265-494
3.-Jesús Salvador Oviedo Serrano 3-260-883
4.-María Teresa Vargas Hidalgo 2-227-521
ASISTENTE A LA SALA ESTUDIO
5-Vera Violeta Andrade Barrientos 1-587-070
Rafael Ángel Oviedo Chacón, Representante de la Gerencia.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección de Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Gustavo Adolfo Cedeño Monge, Juez Contravencional.—1 vez.—(O/C Nº 7531).—C-25765.—(103996).
ACTA Nº 16-06 CORRESPONDIENTE AL SORTEO
“RUEDA DE LA FORTUNA” DEL 29-04-2006
JUEGO 88 “PARES O NONIS” JUEGO 89
“POZO DE DINERO”
Los que firmamos hacemos constar que: Hoy veintinueve de abril de dos mil seis a las 5:00 pm en el Cinema Star procedimos a revisar el nombre y número de cédula de las personas que salieron seleccionadas para participar de conformidad con lo establecido en el Reglamento del Sorteo “Rueda de la Fortuna”, quedando en su orden el siguiente resultado:
Nombre Cedula Premio
1.- María Rosa Villalta Artavia 1-224-300 ¢195.000
2.- José Pablo Vega Carvajal 1-1265-494 ¢310.000
3.- Jesús Salvador Oviedo Serrano 3-260-883 ¢300.000
4.- María Teresa Vargas Hidalgo 2-227-521 ¢500.000
ASISTENTES DE LA SALA ESTUDIO
5.- Vera Violeta Andrade Barrientos 1-587-070 ¢500.000
6.-Noemy Cordero Quirós 2-224-138 ¢250.000
7.- Carmen Murillo Varela 2-152-808 ¢300.000
PARTICIPANTES DIRECTOS
8.-Rosman Guzmán Obando 1-733-281 ¢210.000
9.-Alexander Castro Barboza 1-751-875 ¢250.000
10.-Zaira María Arias Aguilar 3-173-546 ¢300.000
Total de premios a pagar: ¢ 3.115.000,00
Acumulado gran premio para el 6-5-2006: ¢ 6.000.000,00
Asimismo procedimos a extraer los sobres de las personas que enviaron o depositaron seis boletos sin premio del juego 89 “Pozo de Dinero” para participar en el sorteo “RUEDA DE LA FORTUNA” para el 6 de mayo de 2006, quedando en su orden respectivo el siguiente resultado:
PARTICIPANTES QUE DEPOSITARON SOBRES
CON SEIS BOLETOS SIN PREMIO DEL JUEGO 89
Nombre: Cédula:
1.-Teresita Rodríguez Vargas 2.-249-669
2.-Ascata de los Ángeles Segura Villalta 1-1270-262
3.-Teresa Rojas Flores 1-196-717
4.-Katia María Céspedes Román 1-701-405
ASISTENTE A LA SALA ESTUDIO
5-Mayra Grace Chavarría Varela 6-080-733
Rafael Ángel Oviedo Chacón, Representante de la Gerencia.—Milton Vargas Mora, Director de Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Guillermo Guevara Solano, Juez Contravencional.—1 vez.—(O/C Nº 7531).—C-25765.—(103997).
ACTA Nº 17-06 CORRESPONDIENTE AL SORTEO
“RUEDA DE LA FORTUNA” DEL 6-05-2006
JUEGO 89 “POZO DE DINERO” JUEGO 90
“LLEGO EL VERANO”
Los que firmamos hacemos constar que: Hoy seis de mayo de dos mil seis a las 5:00 pm en el Cinema Star procedimos a revisar el nombre y número de cédula de las personas que salieron seleccionadas para participar de conformidad con lo establecido en el Reglamento del Sorteo “Rueda de la Fortuna”, quedando en su orden el siguiente resultado:
Nombre Cédula Premio
1.- Teresita Rodríguez Vargas 2-249-669 ¢300.000
2.- Ascata de los Ángeles Segura Villalta 1-1270-262 ¢500.000
3.- Teresa Rojas Flores 1-196-717 ¢250.000
4.- Katia María Céspedes Román 1-701-405 ¢250.000
ASISTENTES DE LA SALA ESTUDIO
5.- Mayra Grace Chavarría Varela 6-080-733 ¢330.000
6.-Luz Marina Arrieta Solórzano 2-292-910 ¢210.000
7.-María Cecilia Montoya Sanabria 3-280-533 ¢180.000
PARTICIPANTES DIRECTOS
8-.Álvaro Gerardo Garita Mena 6-337-134 ¢1.000.000
9.-María Isabel Vega Ruiz 2-292-122 ¢500.000
Total de premios a pagar: ¢ 3.520.000,00
Acumulado gran premio para el 13-5-2006: ¢ 6.200.000,00
Asimismo procedimos a extraer los sobres de las personas que enviaron o depositaron seis boletos sin premio del juego 89 “Pozo de Dinero” y juego 90 “Llego el Verano” para participar en el sorteo “Rueda de la Fortuna” para el 13 de mayo de 2006, quedando en su orden respectivo el siguiente resultado:
PARTICIPANTES QUE DEPOSITARON SOBRES
CON SEIS BOLETOS SIN PREMIO DEL
JUEGO 89 Y JUEGO 90
Nombre Cédula
1.-Lilleana Gómez Chaverri 1-648-609
2-.Flor Isabel Castillo Bonilla 1-523-979
3- Elías Gerardo García Badilla 5-199-672
4-.Carlos Luis Arroyo González 2-251-576
PARTICIPANTE VÍA TELEFÓNICA
5-María Felicia Murillo Solís 2-421-688
Rafael Ángel Oviedo Chacón, Representante de la Gerencia.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección de Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Diego Alejandro Meoño Piedra, Juez Contravencional.—1 vez.—(O/C Nº 7532).—C-25765.—(103998).
ACTA Nº 18-06 CORRESPONDIENTE AL SORTEO
“RUEDA DE LA FORTUNA” DEL 13-05-2006
JUEGO 89 “POZO DE DINERO” JUEGO 90
“LLEGO EL VERANO”
Los que firmamos hacemos constar que: Hoy trece de mayo de dos mil seis a las 5:00 pm en el Cinema Star procedimos a revisar el nombre y número de cédula de las personas que salieron seleccionadas para participar de conformidad con lo establecido en el Reglamento del Sorteo “Rueda de la Fortuna”, quedando en su orden el siguiente resultado:
Nombre Cédula Premio
1.- Lilleana Gómez Chaverri 1-648-609 ¢280.000
2.- Flor Isabel Castillo Bonilla 1-523-979 ¢500.000
3.- Elías Gerardo García Badilla 5-199-672 ¢300.000
4.- Carlos Luis Arroyo González 2-251-576 ¢250.000
PARTICIPANTE VÍA TELEFÓNICA
5.- María Felicia Murillo Solís 2-241-688 ¢295.000
ASISTENTES DE LA SALA ESTUDIO
6.-Ceferina Durán Montoya 5-084-103 ¢250.000
7.-María Adela Sandí Corrales 1-462-852 ¢300.000
PARTICIPANTES DIRECTOS
8-.Ana Vargas Bogantes 2-267-543 ¢310.000
Total de premios a pagar: ¢ 2.485.000,00
Acumulado gran premio para el 20-5-2006: ¢ 6.400.000,00
Asimismo procedimos a extraer los sobres de las personas que enviaron o depositaron seis boletos sin premio del juego 89 “Pozo de Dinero” y juego 90 “Llego el Verano” para participar en el sorteo “Rueda de la Fortuna” para el 20 de mayo de 2006, quedando en su orden respectivo el siguiente resultado:
PARTICIPANTES QUE DEPOSITARON SOBRES
CON SEIS BOLETOS SIN PREMIO DEL
JUEGO 89 Y JUEGO 90
Nombre: Cédula
1.-Mirian María Araya Orozco 6-136-213
2.-Roberto Calvo Mora 1-405-1043
3.-Víctor Ugalde Rodríguez 5-133-.313
4-.Brenda Yamileth Hernández Pérez 270-129587067212
PARTICIPANTE VÍA TELEFÓNICA
5-Carmen Libia Rodríguez Rojas 2-395-814
Rafael Ángel Oviedo Chacón, Representante de la Gerencia.—Milton Vargas Mora, Director de Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—José Bernal Rodríguez Marín, Juez Contravencional.—1 vez.—(O/C Nº 7532).—C-25765.—(103999).
ACTA Nº 19-06 CORRESPONDIENTE AL SORTEO
“RUEDA DE LA FORTUNA” DEL 20-05-2006
JUEGO 89 “POZO DE DINERO” JUEGO 90
“LLEGO EL VERANO”
Los que firmamos hacemos constar que: Hoy veinte de mayo de dos mil seis a las 5:00 pm en el Cinema Star procedimos a revisar el nombre y número de cédula de las personas que salieron seleccionadas para participar de conformidad con lo establecido en el Reglamento del Sorteo “Rueda de la Fortuna”, quedando en su orden el siguiente resultado:
Nombre Cédula Premio
1.- Miriam
María Araya Orozco 6-136-213 ¢1.000.000
2.- Roberto Calvo Mora 1-405-1043 ¢ 250.000
3.- Víctor Ugalde Rodríguez 5-133-313 ¢ 250.000
4.- Brenda Yamileth Hernández Pérez 270-129587067212 ¢ 195.000
PARTICIPANTE VÍA TELEFÓNICA
5.-Carmen Libia Rodríguez Rojas 2-395-814 ¢ 250.000
ASISTENTES DE LA SALA ESTUDIO
6.-Sergio Aurelio Calderón Juárez 1-1098-152 ¢ 210.000
7.-Mayela Goñi Cordero 3-260-998 ¢ 180.000
PARTICIPANTES DIRECTOS
8-.Ángela Rosa Mora Calderón 1-239-280 ¢250.000
Total de premios a pagar:¢ 2.585.000,00
Acumulado gran premio para el 27-5-2006: ¢ 6.600.000,00
Asimismo procedimos a extraer los sobres de las personas que enviaron o depositaron seis boletos sin premio del juego 89 “Pozo de Dinero” y juego 90 “Llego el Verano” para participar en el sorteo “Rueda de la Fortuna” para el 27 de mayo de 2006, quedando en su orden respectivo el siguiente resultado:
PARTICIPANTES QUE DEPOSITARON SOBRES
CON SEIS BOLETOS SIN PREMIO DEL
JUEGO 89 Y JUEGO 90
Nombre: Cédula
1.-Santiago de la O Morera 7-016-110
2.-Lidia Bolaños Chaves 2-366-729
3.-Javier Vargas Chacón 2-368-160
4.-María Zelmira Badilla Badilla 1-472-660
ASISTENTE A LA SALA ESTUDIO
5-Ramón Elizondo Madrigal 6-103-451
Rafael Ángel Oviedo Chacón, Representante de la Gerencia.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección de Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Rodrigo Zúñiga Soto, Juez Contravencional.—1 vez.—(O/C Nº 7532).—C-25765.—(104000).
ACTA Nº 20-06 CORRESPONDIENTE AL SORTEO
“RUEDA DE LA FORTUNA” DEL 27-05-2006
JUEGO 89 “POZO DE DINERO” JUEGO 90
“LLEGO EL VERANO”
Los que firmamos hacemos constar que: Hoy veintisiete de mayo de dos mil seis a las 5:00 pm en el Cinema Star procedimos a revisar el nombre y número de cédula de las personas que salieron seleccionadas para participar de conformidad con lo establecido en el Reglamento del Sorteo “Rueda de la Fortuna”, quedando en su orden el siguiente resultado:
Nombre Cédula Premio
1.- Santiago de la O Morera 7-016-110 ¢300.000
2.- Lidia Bolaños Chaves 2-366-729 ¢230.000
3.- Javier Vargas Chacón 2-368-160 ¢250.000
4.- María Zelmira Badilla Badilla 1-472-660 ¢1.000.000
ASISTENTES DE LA SALA ESTUDIO
5.- Ramón Elizondo Madrigal 6-103-451 ¢195.000
6.-Adriana Sánchez Ovares 4-197-146 ¢150.000
7.-Gerardo Mondragón Fuentes 3-219-775 ¢195.000
PARTICIPANTES DIRECTOS
8.-Luis Araya Álvarez 7-100-046 ¢250.000
9.- Kattia Melissa Rojas Torrens 2-599-163 ¢150.000
10.-Mario Alberto Chinchilla González 2-259-759 ¢1.000.000
11.-José Abad Beita Beita 6-107-1047 ¢300.000
Total de premios a pagar: ¢ 4.020.000,00
Acumulado gran premio para el 3-6-2006: ¢ 6.800.000,00
Asimismo procedimos a extraer los sobres de las personas que enviaron o depositaron seis boletos sin premio del juego 89 “Pozo de Dinero” y juego 90 “Llego el Verano” para participar en el sorteo “Rueda de la Fortuna” para el 3 de junio de 2006, quedando en su orden respectivo el siguiente resultado:
PARTICIPANTES QUE DEPOSITARON SOBRES
CON SEIS BOLETOS SIN PREMIO DEL
JUEGO 89 Y JUEGO 90
Nombre
Cédula
1.-Maricella Telleria Martínez 1-671-179
2.-Jorge Luis Torres Cascante 1-480-642
3.-Jorge Fonseca Fallas 3-132-232
4.-Rafael Ángel Segura Hernández 1-326-774
PARTICIPANTE VÍA TELEFÓNICA
5-Yaneth Núñez Jaenz 6-208-949
Rafael Ángel Oviedo Chacón, Representante de la Gerencia.—Milton Vargas Mora, Director de Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Rodrigo Zúñiga Soto, Juez Contravencional.—1 vez.—(O/C Nº 7532).—C-25765.—(104001).
Para los fines consiguientes el Departamento de Gestión Tributaria de la Municipalidad de Montes de Oca hace saber que el señor Juan Pérez Arias, cédula Nº 2-202-121, vecino de San Miguel de Tres Ríos, ha presentado escritura pública Nº 155 rendida ante el notario Mario Antonio Morelli Astúa, donde cede y traspasa el derecho sencillo del cuadro 1, fosa 12 del Cementerio Viejo de Sabanilla, a nombre del señor Tulio Enrique Loaiza Soto, vecino de Guadalupe, Goicoechea, 125 este y 100 norte del Palí. La Municipalidad de Montes de Oca brindará 8 días de plazo a partir de esta publicación para oír objeciones.
San Pedro de Montes de Oca, 7 de noviembre del 2006.—Gestión Tributaria.—Br. Johnny Walsh Agüero.—Lady Loría Loría.—1 vez.—Nº 89058.—(104383).
La Municipalidad de Santa Bárbara de Heredia, mediante acuerdo Nº 448-06, artículo Nº 6, de la sesión ordinaria Nº 25, celebrada el 17 de octubre del 2006, acuerda aprobar lo siguiente:
Definición de actividades económicas del
municipio de Santa Bárbara y parámetros
para la fijación impositiva en materia de patentes
PRESENTACIÓN
La presente propuesta representa una base técnica, y respaldo jurídico para que los funcionarios encargados de las áreas de patentes, puedan justificar científicamente y equitativamente el cálculo del impuesto de patentes que se les cobra a los propietarios de actividades económicas de los diferentes cantones de este país.
Este instrumento de cálculo se utiliza para gravar toda actividad lucrativa recién establecida, que no pueda sujetarse al procedimiento impositivo establecido en la Ley de Patentes de cada municipalidad. De igual forma se aplicará cuando por disposiciones de la Ley de Patentes de cada municipalidad, este impuesto deba recalificarse o determinarse de oficio.
Propuesta para calificar y recalificar el impuesto de patentes.
1º—Principios básicos y aplicación de la propuesta: Respetando el principio de igualdad y no-discriminación, contemplado en el artículo N° 33 de nuestra Constitución Política, igualmente que los propietarios de las licencias municipales cancelen por los servicios que le otorga el municipio en una forma equitativa, en función a la actividad que se desarrolla, y siendo consecuentes con la Resolución N° 2197-92, de las catorce horas treinta minutos del once de agosto de mil novecientos noventa y dos, emitida por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, la que dice: “La principal justificación teórica para imponer este tipo de tributo, es la ya tradicional en el ámbito del derecho municipal, que lo define como la imperiosa necesidad de sufragar el costo de los servicios que el particular recibe de la municipalidad; es decir, que los negocios comerciales o de actividades lucrativas, según la nomenclatura que utiliza nuestro Código Municipal, se ven altamente beneficiados con la seguridad, el orden, el aseo, y la actividad municipal en general, por lo que deben contribuir con el Gobierno Local. En doctrina se llama patente o impuesto a la actividad lucrativa, a las que gravan a los negocios sobre la base de caracteres externos más o menos fáciles de determinar, sin que exista un sistema único al respecto. Por el contrario, los sistemas de imposición de este tributo, son de los más variados, pero si tienen ciertas características que les son comunes. Por eso es que difieren las leyes del impuesto de patentes de un municipio a otro y las bases impositivas pueden ser igualmente variadas, como por ejemplo sobre las utilidades brutas, las ventas brutas, de una patente máxima y otra mínima”.
Añade esta misma resolución en lo que interesa:
“Desde el punto de vista de la doctrina del derecho tributario, sus principios jurídicos más importantes son: (...); b) el principio de igualdad entre el impuesto y las cargas públicas, que alude a la necesidad de asegurar el mismo tratamiento a quienes se encuentren en análogas situaciones (concepto relacionado más con la materialidad, que con la formalidad); este principio permite la formación de distintas categorías, en la medida que éstas sean razonables, lo que a su vez exige que sea con total exclusión de discriminaciones arbitrarias”
2º—Base Legal: La aplicación de la propuesta para calificar de oficio y recalificar el impuesto de patentes, se fundamenta en la facultad que se le otorga a las municipalidades de determinar de oficio el impuesto de patentes municipales, cuando la declaración presentada por el administrado lleve a presumir la existencia de intenciones de defraudación, cuando no haya presentado la declaración jurada del impuesto de patentes, cuando aún habiendo presentado la declaración jurada, aporte una copia alterada de la declaración de impuesto sobre la renta, en el caso de que aún habiendo presentado la declaración jurada, no haya aportado copia de la declaración del impuesto sobre la renta o cuando se trate de una actividad recién establecida sujeta en los procedimientos previstos en las leyes y los reglamentos.
3º—Clasificación de las diferentes actividades. Tomando en consideración la necesidad de adoptar sistemas que permitan la clasificación de las diferentes actividades económicas, de manera que puedan relacionarse a nivel nacional e internacional, se ha tomado como fundamento la Clasificación Industrial Uniforme de todas las Actividades Económicas (CIIU), traducción con modificaciones de la publicación de las Naciones Unidas: “Indexes to the International Standard Industrial Classification of All Economic Activities”, para poder segregar las actividades en función a su naturaleza y el impacto que las mismas representan dentro del desarrollo de cada cantón.
Para poder calcular el monto imponible la administración municipal considerará las siguientes variables:
• Actividad
• Ubicación
• Condición del local
• Nivel de inventario
• Número de empleados
4º—Actividad comercial.
4.1 Empresas sofisticadas: Comprende la compra y venta de bienes, mercaderías, propiedades, títulos valores, monedas y otros. Además los actos de valoración de los bienes económicos, según la oferta y la demanda, tal como:
• Casa de representación
• Bancos, financieras
• Cooperativas de ahorro y crédito y mutuales
• Puestos de bolsa
• Compañías fiduciarias, y de inversión
• Seguros
• Compañías y agencias de seguros
• Cajas o fondos de pensión
• Compañías de arrendamiento de bienes inmuebles
• Urbanizadoras
• Comisionistas
• Agencias
• Corredores de bolsa
• Instituciones bancarias y de seguros
• Instituciones de crédito y en general, todo lo que involucre transacciones de mercado de cualquier tipo.
4.2 Diverso: Comprende la venta y distribución de bienes y mercaderías tales como:
• Actividades gastronómicas
• Producción agropecuaria
• Granjas avícolas, porcinas, caballerizas y lecherías
• Explotación de bosques, viveros de árboles forestales
• Plantación, repoblación, y conservación de bosques
• Recolección de productos no cultivados
• Extracción de madera, corta, acarreo y transporte de madera hasta el punto de entrega
• Pesca de altura y costera, captura de peces y recolección de plantas acuáticas en aguas interiores, criaderos o viveros de peces y ranas, acuarios
• Venta de automóviles y camiones
• Discotecas
• Bares y Restaurantes
• Tabernas
• Fincas de recreo
• Viveros
• Lecherías
4.3 Apoyo: Se clasifican como actividad comercial de apoyo, aquellas actividades de venta y distribución de productos fundamentales para el desarrollo del quehacer normal de los individuos de una comunidad, tales como:
• Tiendas
• Ferreterías y eléctricos
• Depósitos de materiales
• Librerías
• Comercio al por mayor de todo tipo de productos, excepto el comercio de sustancias químicas y productos tóxicos y peligrosos
• Las empresas de comercio por mayor que reempaquen o reenvasen adicionalmente cualquier tipo de producto
• Galerías de arte
• Joyerías y relojerías
• Jugueterías
• Licoreras
• Tiendas de artesanía y antigüedades
• Tiendas de artículos de cuero
• Tiendas de artículos deportivos
• Tiendas de artículos electrodomésticos, aparatos eléctricos y telefónicos
• Tiendas de cosméticos y perfumes
• Tiendas de géneros textiles, prendas de vestir y calzado
• Tiendas de mascotas
• Tiendas discográficas
• Tiendas o bazares de pasamanería y bisutería
• Venta de colchones
• Venta de maquinaria y material para la industria, el comercio y la agricultura.
4.4 Básico (1): Comprende la venta y distribución de los productos básicos que suplen las necesidades fundamentales de los individuos. Esta clasificación se refiere a establecimientos comerciales tales como:
• Supermercados
• Farmacias
• Carnicerías al por mayor
• Verdulerías
• Materias primas agropecuarias
• Artículos deportivos
• Estaciones de gasolina
• Floristería
• Genero textil, prendas de vestir, y calzado
• Heladerías
4.5 Básico (2). Comprende la venta y distribución de los productos básicos que suplen las necesidades fundamentales de los individuos. Esta clasificación se refiere a establecimientos comerciales con niveles de ventas muy inferiores a los clasificados como básicos (1) tales como:
• Pulperías
• Abastecedores
• Verdulerías
• Sodas
• Carnicerías
• Bazares
• Venta de pollos y huevos
• Ferias del agricultor
5º—Actividad Industrial.
5.1 Que no beneficia: Se refiere a aquellas actividades que se encuentran establecidas en el cantón dedicadas a la extracción, transformación o manufactura de uno o varios productos mediante procesos mecanizados en fábricas o domicilios. Su nivel de contaminación ambiental o sónica, su ubicación, producción de desechos, no beneficia en el desarrollo del cantón; tales como:
• Fabricación de sustancias químicas industriales básicas
• Fabricación de abonos y plaguicidas
• Fabricación de resinas sintéticas, materiales plásticos y fibras artificiales
• Fabricación de pintura, barnices y lacas
• Fabricación de productos farmacéuticos y medicamentos
• Fabricación de jabones y preparados de limpieza, cosméticos y otros
• Fabricación de productos diversos derivados del petróleo y del carbón
• Fabricación de productos de caucho
• Fabricación de cal, cemento y yeso
• Fabricación de productos mineros no metálicos
• Comercio de sustancias químicas y productos tóxicos y peligrosos
• Las empresas de comercio por mayor que reempaquen o preenvasen adicionalmente cualquier tipo de producto
• Recauchadora de llantas
5.2 Que no beneficia ni perjudica: Se refiere a aquellas actividades que se encuentran establecidas en el cantón dedicadas a la extracción, transformación o manufactura de uno o varios productos mediante procesos mecanizados en fábricas o domicilios. Su nivel de contaminación ambiental o sónica, su ubicación, producción de desechos, no beneficia ni perjudica el desarrollo del cantón; tales como:
• Plantas y elaboración de alimentos preparados para animales
• Destilación, rectificación, y mezcla de bebidas espirituosas
• Industria de bebidas no alcohólicas y aguas gaseosas
• Hilado tejido y acabado de textiles
• Quebradores
5.3 De apoyo progreso: Se refiere a aquellas actividades que se encuentran establecidas en el cantón dedicadas a la transformación o manufactura de uno o varios productos mediante procesos mecanizados en fábricas o debidamente adecuados para los efectos. Dentro de esta clasificación podemos encontrar:
• Imprentas, editoriales e industrias conexas
• Aserraderos
• Talleres de acepilladura
• Plantas industriales para descascaramiento, desgrana, y empaque de productos agrícolas
• Instalaciones de empaque de productos agropecuarios y sistemas de soporte de empresas
• Envasado y conservación de frutas y legumbres
• Fabricación de grasas y aceites vegetales y naturales
• Industrias molineras (excepto beneficios de café y otras que se regulan mediante reglamentos específicos)
• Fabricación de productos de panadería
• Fábricas y refinerías de azúcar
• Fabricación de cacao, chocolates y artículos de confitería
• Fabricación de productos alimenticios, bebidas y tabaco, diversos
• Talleres de enderezado y pintura
• Talleres de maquinas de oficina
• Talleres de mecánica automotriz
• Talleres de mecánica industrial
• Talleres de precisión
• Talleres de rectificación
• Talleres de refrigeración
• Talleres de reparaciones eléctricas
• Talleres de soldadura
• Taller electromotriz
• Taller industrial
5.4 Suplidoras: Aquellas actividades dedicadas principalmente a la manufactura y transformación de alimentos tales como:
• Panaderías
• Elaboración de embutidos y sus derivados
• Fabricación de tamales.
5.5 Artesanal: Aquellas actividades dedicadas a manufactura y transformación de uno o varios productos en forma artesanal; que por sus características le generan empleo al cantón y provocan pocos problemas, tales como:
• Talleres de reparación eléctricas para el hogar
• Reparación de relojes y joyas
• Talleres de ebanistería
• Lavanderías instaladas en viviendas para prendas de vestir
6.—Actividad de servicios:
6.1 Sofisticados: Comprende los servicios prestados al sector privado, al público o ambos que sean atendidos por organizaciones o personas privadas; incluye:
• Oficinas de empresas constructoras (no incluye bodegas, transporte, talleres, ni fábricas de productos para la construcción)
• Hotelería
• Laboratorios clínicos
• Lugares de alojamiento
• Parqueos
• Servicios de vigilancia
6.2 Profesional: Comprende los servicios prestados al sector privado, al público o ambos que sean atendidos por organizaciones o personas privadas; incluye:
• Servicios médicos y odontológicos y otros servicios de sanidad
• Establecimientos de salud o afines, de mediana y gran escala
• Servicios de diversión y esparcimiento
• Estadios, gimnasios para espectáculos deportivos y de diversión
• Salones de baile y otros establecimientos
• Servicios jurídicos, servicios de contabilidad, auditoría y teneduría de libros
• Servicios de elaboración de datos y tabulación
• Servicios técnicos y arquitectónicos
• Servicios de asesoría técnica
• Servicios comerciales de investigación, asesoría geológica
• Servicios arquitectónicos y de levantamiento de planos
• Servicios de publicidad, agencia de publicidad y afines
• Estudios de grabación
• Oficinas de las empresas que prestan servicios a la industria y comercio
• Salas de masaje
6.3 Apoyo: Se clasifican como apoyo, aquellos servicios fundamentales para el desarrollo del quehacer normal de los individuos de una comunidad, tales como:
• Centros de fotocopiado
• Transporte ferroviario, transporte urbano, suburbano, o interurbano de pasajeros por carretera
• Otros servicios terrestres de transporte de pasajeros
• Transporte de carga por carretera, servicios relacionados con el transporte terrestre
• Empresas de alquiler de automóviles y camiones sin chofer
• Explotación de embarcaciones para el transporte interoceánico o de cabotaje
• Transporte por vías de navegación interior
• Explotaciones de embarcaciones para transporte de carga y pasajeros. Incluye a los transbordadores, servicios relacionados con el transporte por agua servicio de pilotaje
• Mantenimiento y explotación de faros y canales servicio de alquiler de buques
• Empresas de transporte aéreo, aeronaves de carga y pasajeros
• Servicios relacionados con el transporte aéreo, alquiler de aeronaves, agencias de turismo
• Agencias de transporte marítimo y aéreo
• Agencias o servicios de correo, telégrafo, teléfono, radio, fax
• Servicios de intercambio y registro de mensajes
• Distribución de películas, locales de alquiler de películas
• Emisoras de radio y televisión
• Bibliotecas
• Museos
• Jardines botánicos y zoológicos
• Peluquería y salones de belleza
• Estudios fotográficos
6.4 Educación: Comprende los servicios prestados al sector privado, al público o ambos que sean atendidos por organizaciones o personas privadas; incluye:
• Escuelas, colegios, instituciones universitarias y centros educativos de cualquier tipo.
• Guarderías
6.5 Técnicos: Comprende los servicios prestados al sector privado, al público o ambos que sean atendidos por organizaciones o personas privadas que colaboren con los servicios para la evolución del cantón; incluye:
• Servicios de fumigación, limpieza de tanques sépticos u otros regulados por reglamentos específicos
• Servicios de saneamiento y similares
• Alquiler y arrendamiento de maquinaria y equipo
• Servicios de aseo y limpieza de edificios y viviendas o servicios similares
• Sastrerías
A las actividades no detalladas en las clasificaciones arriba descritas, se les aplicará analógicamente con las actividades debidamente clasificadas.
7.—Ubicación:
7.1 Excelente: Dentro de esta clasificación tenemos; la zona industrial consolidada, y la zona comercial de los distritos primeros de cada cantón.
7.2 Buena: Se considera las zonas industriales en proceso de consolidación, y en la zona comercial de los demás distritos de cantón, con excepción del distrito primero.
7.3 Mixta: En esta clasificación se establecen aquellos predios ubicados en zonas ubicados en cualquier distrito del cantón, no pertenecen a zona industrial consolidada ni están ubicados dentro de la zona comercial, pero que si se encuentran frente a calles de ruta nacional, barrios importantes o de accesos importantes para el cantón.
7.4 Regular: Se clasifican aquellos negocios que están situados dentro de urbanizaciones que superan las veinte viviendas, o en aquellos barrios de mediana importancia para la actividad económica del cantón.
7.5 Mala: Se clasifican aquellos negocios ubicados en calles sin salida, que carecen de servicios públicos y asfaltado de las calles, donde la actividad económica suple las necesidades básicas, de un pequeño grupo de habitantes.
8.—Condiciones del local:
8.1 Excelente: Aquellos locales que no han sufrido ni necesitan reparaciones.
8.2 Bueno: Aquellos locales que requiere o han recibido reparaciones sin importancia. (retoques)
8.3 Regular: Aquellos locales que requieren reparaciones simples. (cambio de paredes o distribución).
8.4 Malo: Aquellos locales que requieren reparaciones importantes. (cambio del cielo, piso, zing)
8.5 Deficiente: Aquellos que requieren muchas reparaciones importantes.
9.—Nivel de inventario:
9.1 Altos: Dentro de este nivel se consideran los inventarios superiores a los diez salarios bases (*).
9.2 Moderados: Para los efectos de clasificar el inventario como moderado el valor del mismo debe ser equivalente a la sumatoria entre siete y diez salarios base.
9.3 Medios: Dentro de este nivel se consideran los inventarios equivalentes a la sumatoria entre cinco y siete salarios base.
9.4 Bajos: Para los efectos de clasificar el valor del inventario como bajo, el mismo debe ser equivalente a la sumatoria entre uno y cinco salarios base.
9.5 Nulos: Dentro de este nivel se considera los inventarios inferiores a los de un salario base.
(*) Para lo dispuesto en este instrumento de clasificación, se entiende por “salario base” el concepto usado en el artículo 2° de la Ley 7337, del 5 de mayo de 1993, (adicionado mediante Ley 7881 del 9 de junio de 1999, publicado en La Gaceta Nº 125 del 29 de junio de 1999).
10.—Número de empleados:
10.1 Excelentes: Se clasificarán como una empresa con excelencia en el nivel de empleados cuando la planilla supere los cien funcionarios.
10.2 Buena: Se clasificarán como una empresa con buen nivel de empleados, cuando la planilla oscile entre los veintiún y cien funcionarios.
10.3 Regulares: Se clasificarán como una empresa con regular nivel de empleados cuando la planilla sea entre los nueve y veinte funcionarios.
10.4 Familiares: Se clasificarán como una empresa familiar cuando tenga entre cuatro y ocho empleados.
10.5 Personales: Se clasificarán como una empresa personal cuando tenga entre uno y tres empleados.
11.—Porcentajes de aplicación: A cada variable se le asignará un porcentaje distribuido en 20%, 15%, 10%, 5% y 1% según corresponda, en las variables de: actividad, ubicación, condición del local. En el caso de nivel de inventario los porcentajes para efectos de la clasificación son: 10%, 7.5%, 5%, 2.5% y 1% y para la valoración del número de empleados se toma como base: 30%, 24%, 18%, 12%, 6%.
La asignación y distribución de los porcentajes arriba indicados, se designan considerando: el nivel de contaminación y ubicación de la actividad, situación financiera, número de empleados, estado del local, proyección comunal, costo de oportunidad, nivel de progreso, nivel de perjuicio, aporte artesanal, entre otros.
El objetivo primordial de este instrumento de tasación, es aplicar el principio de “justicia tributaria”, bajo una perspectiva técnica, científica y práctica, que le garantice a la organización cumplir con uno de los principios jurídicos más importantes; “...el principio de igualdad entre el impuesto y las cargas públicas...” (1)
(1) Resolución 2197-92 de las catorce horas treinta minutos del once de agosto de 1992, Sala Constitucional de la Coste Suprema de Justicia, la negrita no corresponde al texto original.
12.—Aplicación de la propuesta:
12.1 Valoración: Para la aplicación de la propuesta, es importante que la organización cuente con bases de datos actualizadas, para que la información ayude a poder establecer, la naturaleza de la actividad, el nivel de impacto, situación económica, número de empleados, ubicación, condición del establecimiento.
En ausencia de esta información, es imprescindible levantar un acta de inspección con el siguiente formato:
ANEXO 1
Municipalidad de ____________________
Departamento de Patentes
Acta de inspección
Nombre del patentado _________________________________________
Dirección
_________________________________________________________
Actividad que desarrolla _______________________________________
Cantón___________________________Distrito_____________________
Barrio______________________________________________________
Servicios públicos:
Agua
□ Luz
□ Teléfono
□ Limpieza
vías □ Alcantarillado
□
Seguridad
ciudadana □ Desechos
sólidos □ Cordón
y caño □
Actividad: Comercial □ Industrial □ Servicios □
Ubicación:
Excelente
□ Buena
□ Mixta
□ Regular
□ Mala
□
Condición
del local:
Excelente
□ Buena
□ Regular
□ Malo
□ Deficiente
□
Nivel
de inventarios:
Altos
□ Moderados
□ Medios
□ Bajos
□ Nulos
□
Número
de empleados:
Excelentes
□ Buena
□ Regulares
□ Familiares
□ Personales
□
_______________________________
____________________________
Nombre de quien realizó el estudio Firma
12.2 Aplicación de la propuesta:
ANEXO 2
ACTIVIDAD COMERCIAL
Empresas
Diverso Apoyo Básico
(1) Básico (2)
sofisticadas
20% 15% 10% 5% 1%
ACTIVIDAD INDUSTRIAL
Que no Que no beneficia De apoyo
beneficia ni
perjudica Progreso Suplidoras Artesanal
20% 15% 10% 5% 1%
ACTIVIDADES DE SERVICIOS
Sofisticadas Profesional Apoyo Educación Técnicos
20% 15% 10% 5% 1%
En el anexo 2 podemos ver las diferentes actividades con las respectivas segregaciones, así como el porcentaje aplicable por actividad, esta primer clasificación le ayuda al responsable de aplicar la tasación, a tener un panorama más claro de la forma de cálculo del impuesto.
ANEXO 3
UBICACIÓN
Excelente Buena Mixta Regular Mala
20% 15% 10% 5% 1%
CONDICIÓN DEL LOCAL
Excelente Buena Regular Mala Deficiente
20% 15% 10% 5% 1%
NIVEL DE INVENTARIO
Altos Moderados Medios
Bajos Nulos
10% 7.50% 5% 2.50% 1%
En el anexo Nº 3 podemos ver el segundo nivel de la clasificación, donde se valoran aspectos como la ubicación, la condición del local y el nivel de inventario. Además se le asigna el porcentaje de aplicación para el caso que corresponda.
ANEXO 4
NÚMERO DE EMPLEADOS
Excelente Buena Regulares Familiares Personales
30% 24% 18% 12% 6%
TABLA DE CATEGORÍAS
Monto
salario
Clasificación Categoría Porcentaje mínimo Monto
00 a 10 pts. 1 0.025 0.00 0.00
10 a 10 pts. 2 0.05 0.00 0.00
20 a 30 pts. 3 0.10 0.00 0.00
30 a 40 pts. 4 0.15 0.00 0.00
40 a 50 pts. 5 0.20 0.00 0.00
50 a 60 pts. 6 0.30 0.00 0.00
60 a 70 pts. 7 0.40 0.00 0.00
70 a 80 pts. 8 0.50 0.00 0.00
80 a 90 pts. 9 0.75 0.00 0.00
90 a 100 pts. 10 1.00 0.00 0.00
En el anexo Nº 4, tenemos en último extracto del segundo nivel de clasificación, donde se valora el número de empleados y el porcentaje aplicable en cada una de sus segregaciones, además podemos ver la tabla de categorías, que en última instancia es donde encontramos el monto trimestral a cancelar, por parte del administrado, en función a la puntuación recibida por su actividad.
Santa Bárbara de Heredia, 1° de noviembre del 2006.—Beana C. Cubero Castro, Secretaria del Concejo.—1 vez.—(O. C. Nº 07136).—C-258135.—(104425).
DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
Marvin Vargas González, mayor, costarricense, comerciante, soltero, con cédula de identidad Nº 6-245-295, vecino de Bejuco de Nandayure, Guanacaste, con base en La Ley de Zona Marítimo Terrestre N° 6043 de 2 de marzo de 1977 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Ejecutivo N° 7841-P de 16 de marzo de 1977; solicita en Concesión un terreno localizado en Playa Coyote, distrito sexto Bejuco, cantón noveno Nandayure de la provincia de Guanacaste, parcela identificada con el N° 62-A. Mide 2 540,00 metros cuadrados, para darle un uso de Zona de Campamento. Sus linderos son: norte, calle pública. sur, zona restringida de la Zona Marítimo Terrestre; este, zona restringida de la Zona Marítimo Terrestre, oeste: zona restringida de la Zona Marítimo Terrestre. Se concede a los interesados un plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de esta publicación para escuchar oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en la Municipalidad en la Oficina del Alcalde Municipal. El opositor debe identificarse debidamente.
Carmona de Nandayure, Guanacaste.—Ignacio Escobar Bray, Inspector.—1 vez.—(103559).
Villa Teresa de San Miguel S. A., con cédula 3-101-390311, inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público al tomo quinientos cuarenta y tres, asiento dieciséis mil cuatrocientos sesenta y uno, con base en la Ley de Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 del 2 de marzo de 1977 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de marzo de 1977; solicita en concesión un terreno localizado en playa San Miguel, distrito sexto Bejuco, cantón noveno Nandayure, de la provincia de Guanacaste, parcela identificada con el número 66. Mide: 1.505,45 metros cuadrados, para darle un uso residencial turístico. Sus linderos son: norte, zona restringida de la zona marítimo terrestre; sur, calle pública; este, zona restringida de la zona marítimo terrestre; y oeste, zona restringida de la zona marítimo terrestre. Se concede a los interesados un plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de esta publicación para escuchar oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en la Municipalidad en la oficina del Alcalde Municipal. El opositor debe identificarse debidamente.
Carmona de Nandayure, Guanacaste.—Ignacio Escobar Bray, Inspector.—1 vez.—(104034).
Compañía Recreativa Playa Hermosa S. A., con cédula 3-101-156628, inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público al tomo ochocientos treinta y seis, asiento trescientos veintitrés, con base en la Ley de Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 del 2 de marzo de 1977 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de marzo de 1977; solicita en concesión un terreno localizado en playa San Miguel, distrito sexto Bejuco, cantón noveno Nandayure, de la provincia de Guanacaste, parcela identificada con el número 70. Mide: 1.500,00 metros cuadrados, para darle un uso residencial turístico. Sus linderos son: norte, zona restringida de la zona marítimo terrestre; sur, calle pública; este, calle pública; y oeste, zona restringida de la zona marítimo terrestre. Se concede a los interesados un plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de esta publicación para escuchar oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en la Municipalidad en la Oficina del Alcalde Municipal. El opositor debe identificarse debidamente.
Carmona de Nandayure, Guanacaste.—Ignacio Escobar Bray, Inspector.—1 vez.—(104035).
Mauricio Emérito Gómez Hernández, mayor, costarricense, pensionado, casado, con cédula de identidad número 5-127-125, vecino de Desamparados, San José, con base en la Ley de Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 del 2 de marzo de 1977 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de marzo de 1977; solicita en concesión un terreno localizado en playa Coyote, distrito sexto Bejuco, cantón noveno Nandayure, de la provincia de Guanacaste, parcela identificada con el Nº 36-B. Mide 1.680,00 metros cuadrados, para darle un uso residencial turístico. Sus linderos son: norte, propiedad privada; sur, calle pública; este, zona restringida de la zona marítimo terrestre; oeste, zona restringida de la zona marítimo terrestre. Se concede a los interesados un plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de esta publicación para escuchar oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en la Municipalidad en la Oficina del Alcalde Municipal. El opositor debe identificarse debidamente.
Carmona de Nandayure, Guanacaste.—Ignacio Escobar Bray, Inspector.—1 vez.—Nº 88914.—(104175).
Blanca Rosa Garita González, mayor, costarricense, pensionada, soltera, con cédula de identidad número 3-137-216, vecina de Paraíso de Cartago, Barrio Los Solares, 25 metros al este del salón comunal, con base en la Ley de Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 del 2 de marzo de 1977 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de marzo de 1977; solicita en concesión un terreno localizado en playa Coyote, distrito sexto Bejuco, cantón noveno Nandayure, de la provincia de Guanacaste, parcela identificada con el Nº 190. Mide: 1.500,00 metros cuadrados, para darle un uso residencial turístico. Sus linderos son: norte, propiedad privada Hacienda La Javilla S. A.; sur, calle pública; este, zona restringida de la zona marítimo terrestre (lote Nº 189); y oeste, zona restringida de la zona marítimo terrestre (lote Nº 191). Se concede a los interesados un plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de esta publicación para escuchar oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en la Municipalidad en la Oficina del Alcalde Municipal. El opositor debe identificarse debidamente.
Carmona de Nandayure, Guanacaste.—Ignacio Escobar Bray, Inspector.—1 vez.—(104215).
Coast Atletic S. A., con cédula 3-101-394393, inscrita en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional con el número indicado, con base en la Ley de Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 del 2 de marzo de 1977 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de marzo de 1977; solicita en concesión un terreno localizado en playa San Miguel, distrito sexto Bejuco, cantón noveno Nandayure, de la provincia de Guanacaste, parcela identificada con el número 81. Mide: 1.454,68 metros cuadrados, para darle un uso residencial turístico. Sus linderos son: norte, zona restringida de la zona marítimo terrestre; sur, calle pública; este, calle pública; oeste, zona restringida de la zona marítimo terrestre. Se concede a los interesados un plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de esta publicación para escuchar oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en la Municipalidad en la Oficina del Alcalde Municipal. El opositor debe identificarse debidamente.
Carmona de Nandayure, Guanacaste.—Ignacio Escobar Bray, Inspector.—1 vez.—(104219).
Marcos Arroyo Ramírez, mayor, costarricense, taxista, casado, con cédula de identidad Nº 2-189-018, vecino de San Ramón, Alajuela, con base en la Ley de Zona Marítimo Terrestre N° 6043 de 2 de marzo de 1977 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Ejecutivo N° 7841-P de 16 de marzo de 1977, solicita en concesión un terreno localizado en Playa San Miguel, distrito sexto Bejuco, cantón noveno Nandayure, de la provincia de Guanacaste, parcela identificada con el Nº 63. Mide: 1.500.00 metros cuadrados, para darle un uso residencial turístico. Sus linderos son: norte, zona restringida de la Zona Marítimo Terrestre; sur, calle pública; este, zona restringida de la Zona Marítimo Terrestre; oeste, zona restringida de la Zona Marítimo Terrestre. Se concede a los interesados un plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de esta publicación para escuchar oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en la Municipalidad en la Oficina del Alcalde Municipal. El opositor debe identificarse debidamente.
Carmona de Nandayure, Guanacaste.—Ignacio Escobar Bray, Inspector.—1 vez.—(104532).
En el acta Nº 18 de sesión ordinaria según capítulo I, artículo 1º, celebrada el lunes 28 de agosto del 2006, el Concejo Municipal de Esparza acordó aprobar las tasas para el servicio de recolección y disposición final de la basura, aseo de vías y sitios públicos, mantenimiento de cementerios y alquiler de nichos en Cementerio Las Tres Marías respectivamente, las cuales entrarán en vigencia a partir del 1º de enero del 2007.
Tipo de Tasa
servicio Unidad
de ocupación mensual
¢
Residencial Unidad de ocupación
estrictamente habitacional. 1.167,00
Residencial en
zona de precario Unidad
habitacional en condiciones de precario
cuya
determinación se efectúa mediante estudio
socioeconómico
realizado por un profesional
en
el campo y conforme al reglamento interno
para
tales efectos. 583,00
Mixtas Unidad
habitacional combinada con una patente
comercial
cuyo pago mensual no supere los
¢7.000,00. 1.458,00
Instituciones
religiosas Unidad
de ocupación de carácter religioso. 875,00
Tipo de Tasa
servicio Unidad
de ocupación mensual
¢
Instituciones educa-
tivas públicas, cultu-
rales y sociales Unidad
de ocupación de instituciones públicas
y
de servicio sin fines de lucro (tipo asociacio-
nes),
centros educativos públicos entre otros. 583,00
Comercial AA Depósito
de basura de menos de 15 estañones
pero
más de 8 estañones o su equivalente en
bolsas
de jardín cuyo peso no supere los 15
kilos
cada uno por cada día de recolección. 9.333,00
Comercial A Depósito
de basura de menos de 8 estañones
pero
más de 5 estañones o su equivalente en
bolsas
de jardín cuyo peso no supere los 15
kilos
cada uno por cada día de recolección. 5.833,00
Comercial B Depósito
de basura de menos de 5 estañones
pero
más de 35 estañones o su equivalente en
bolsas
de jardín cuyo peso no supere los 15
kilos
cada uno por cada día de recolección. 4.375,00
Comercial C Depósito
de basura de hasta 3 estañones o
su
equivalente en bolsas de jardín cuyo peso
no
supere los 15 kilos cada uno por cada día
de
recolección 2.917,00
El servicio de recolección de basura a que se refiere este capítulo solo abarca la basura tradicional con lo cual toda aquella que no se ubique dentro de los parámetros establecidos por la Ley de Salud, será considerada basura no tradicional, se citan algunos ejemplos: basura generada por jardines, la producida por talleres mecánicos, tales como: motores, repuestos, etc., lavadoras viejas, camas, etc.
Tipo de servicio Tasa
mensual ¢
Aseo de vías y sitios públicos:
Instituciones educativas 47,00
Personales 94,00
Mantenimiento de cementerios 588,00
Alquiler de nichos en Cementerio
Las Tres Marías:
Derecho sencillo 2.520,00
Derecho doble 5.039,00
Espíritu Santo de Esparza, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Eugenia Ma González Obando, Directora Administrativa y Financiera.—1 vez.—(104512).
El Concejo Municipal de Distrito de Paquera, en sesión ordinaria Nº 272, celebrada el 31 de octubre del 2006, en su artículo 7º, inciso F- “Se acuerda trasladar la sesión ordinaria correspondiente al día martes 26 de diciembre del 2006, para realizarla el miércoles 20 de diciembre del 2006 a las 12:00 m.d. Por motivo de cierre de oficinas municipales en la última semana de diciembre. Se publique en el Diario Oficial La Gaceta. Se aprueba con cinco votos. Acuerdo definitivamente aprobado.
Paquera, 10 de noviembre del 2006.—Lidieth Angulo Fernández, Secretaria Municipal.—1 vez.—(104223).
DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
García Roses Luis Humberto, cédula de identidad Nº 1-453-894, con base a Ley de Zona Marítimo Terrestre número seis cero cuatro tres (6043) del dos de marzo de mil novecientos setenta y siete, Decreto Ejecutivo numero 7841-P del 16 de diciembre de mil novecientos setenta y siete. Solicita en concesión de una parcela localizada en el sector costero de Dominical, cantón Osa, provincia Puntarenas, distrito cuarto Bahía Ballena, área: 992,13 m², plano catastrado P-883009-2003, terreno para dedicarlo a uso: alojamiento turístico. Linderos: norte, calle pública; sur, calle pública; este, zona restringida; y oeste, zona restringida. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de las futuras disposiciones del Plan Regulador o Plan de Usos de Suelo, varíen el destino de la parcela. Se conceden treinta días hábiles a partir de su publicación para oír oposiciones, según artículo 38 del Reglamento a la Ley Nº 6043, las cuales deberán ser presentadas a esta Municipalidad en papel sellado y timbres correspondientes a tres tantos.
Ciudad Puerto Cortés, 5 de setiembre del 2006.—Eugenio Nájera Santamaría, Alcalde Municipal.—1 vez.—(104009).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
FUNERALES COSTARRICENSES LA AUXILIADORA S.
A
Funerales Costarricenses La Auxiliadora S. A., convoca a sus socios a la asamblea general anual ordinaria, que se celebrará en las oficinas de Funerales Costarricenses La Auxiliadora S. A., en San José, Costa Rica (100 metros este del Gimnasio Nacional), a las nueve horas del día cinco de diciembre del dos mil seis.
En dicha asamblea se conocerán los asuntos siguientes:
1. Apertura de sesión.
2. Lectura de acta sesión anterior.
3. Informe del Consejo de Administración.
4. Informe Fiscal.
5. Aprobación o no de los estados financieros del período 2006.
6. Distribución o no de actividades.
7. Nombramiento de directores y fiscal.
8. Cierre de sesión.
Los socios deberán acreditarse personalmente o por medio de poder a una tercera persona. Si no hubiera quórum a la hora indicada, la asamblea se celebrará una hora después en el citado lugar, con los accionistas que se encuentren presentes.—San José, 14 de noviembre del 2006.—Manuel Frutos Jiménez, Asistente.—(104005).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
DISTRIBUIDORA GUSKA S. A.
Se convoca a asamblea general ordinaria de socios, que se celebrará en su domicilio social, sita en Guanacaste, Liberia, Edificio Montiel, Planta Baja, local Nº 2, frente a la avenida 25 de Julio, a las 9:00 horas del 20 de diciembre del 2006, para conocer el siguiente orden del día:
i. Informe del presidente de la Junta Directiva.
ii. Reforma de la cláusula sétima de los estatutos, para variar la composición de la Junta Directiva.
iii. Conocimiento y aprobación del informe de resultados económicos del período fiscal 2005-2006.
De no haber el quórum de ley para la primera convocatoria, se realizará una segunda convocatoria el mismo día una hora después, es decir, a las 10:00 horas. Para el quórum de esta segunda convocatoria bastarán los socios que se encuentren presentes.—Heredia, 14 de noviembre del 2006.—Francisco Ulibarri Pernús, Presidente.—1 vez.—(104626).
DISTRIBUIDORA SUQUE S. A.
Se convoca a asamblea general ordinaria de socios, que se celebrará en su domicilio social, sita en Puntarenas, Aguirre, 200 metros al sur de Gasolinera Serviagro, a las 11:00 horas del 21 de diciembre del 2006, para conocer el siguiente orden del día:
i. Informe del presidente de la Junta Directiva.
ii. Reforma de la cláusula sexta de los estatutos, para variar la composición de la Junta Directiva.
iii. Conocimiento y aprobación del informe de resultados económicos del período fiscal 2005-2006.
De no haber el quórum de ley para la primera convocatoria, se realizará una segunda convocatoria el mismo día una hora después, es decir, a las 12:00 horas. Para el quórum de esta segunda convocatoria bastarán los socios que se encuentren presentes.—Heredia, 14 de noviembre del 2006.—Francisco Ulibarri Pernús, Presidente.—1 vez.—(104627).
DISTRIBUIDORA BLANZOR S. A.
Se convoca a asamblea general ordinaria de socios, que se celebrará en su domicilio social, sita en Heredia, Asunción de Belén, Urbanización Industrial La Asunción, lote Nº 2, a las 17:00 horas del 18 de diciembre del 2006, para conocer el siguiente orden del día:
i. Informe del presidente de la Junta Directiva.
ii. Reforma de la cláusula sétima de los estatutos, para variar la composición de la Junta Directiva.
iii. Conocimiento y aprobación del informe de resultados económicos del período fiscal 2005-2006.
De no haber el quórum de ley para la primera convocatoria, se realizará una segunda convocatoria el mismo día una hora después, es decir, a las 18:00 horas. Para el quórum de esta segunda convocatoria bastarán los socios que se encuentren presentes.—Heredia, 14 de noviembre del 2006.—Francisco Ulibarri Pernús, Presidente.—1 vez.—(104628).
INGENIERÍA DE CONCRETO S. A.
Se convoca a asamblea general ordinaria de socios, que se celebrará en su domicilio social, sita en Heredia, Asunción de Belén, Urbanización Industrial La Asunción, lote Nº 2, a las 8:00 horas del 18 de diciembre del 2006, para conocer el siguiente orden del día:
i. Informe del presidente de la Junta Directiva.
ii. Reforma de la cláusula sexta de los estatutos, para variar la composición de la Junta Directiva.
iii. Conocimiento y aprobación del informe de resultados económicos del período fiscal 2005-2006.
De no haber el quórum de ley para la primera convocatoria, se realizará una segunda convocatoria el mismo día una hora después, es decir, a las 9:00 horas. Para el quórum de esta segunda convocatoria bastarán los socios que se encuentren presentes.—Heredia, 14 de noviembre del 2006.—Francisco Ulibarri Pernús, Presidente.—1 vez.—(104629).
GRUPO INDESA DE DESARROLLO INDUSTRIAL S. A.
Se convoca a asamblea general ordinaria de socios, que se celebrará en su domicilio social, sita en Heredia, Asunción de Belén, Urbanización Industrial La Asunción, lote Nº 2, a las 15:00 horas del 18 de diciembre del 2006, para conocer el siguiente orden del día:
i. Informe del presidente de la Junta Directiva.
ii. Reforma de la cláusula sexta de los estatutos, para variar la composición de la Junta Directiva.
iii. Conocimiento y aprobación del informe de resultados económicos del período fiscal 2005-2006.
De no haber el quórum de ley para la primera convocatoria, se realizará una segunda convocatoria el mismo día una hora después, es decir, a las 16:00 horas. Para el quórum de esta segunda convocatoria bastarán los socios que se encuentren presentes.—Heredia, 14 de noviembre del 2006.—Francisco Ulibarri Pernús, Presidente.—1 vez.—(104632).
ARMAPREF, ARMADURAS PREFABRICADAS S. A.
Se convoca a asamblea general ordinaria de socios, que se celebrará en su domicilio social, sita en Heredia, Asunción de Belén, Condominio Industrial de bodegas tipo uno, finca filial Nº 8, a las 20:00 horas del 18 de diciembre del 2006, para conocer el siguiente orden del día:
i. Informe del presidente de la Junta Directiva.
ii. Reforma de la cláusula sexta de los estatutos, para variar la composición de la Junta Directiva.
iii. Conocimiento y aprobación del informe de resultados económicos del período fiscal 2005-2006.
De no haber el quórum de ley para la primera convocatoria, se realizará una segunda convocatoria el mismo día una hora después, es decir, a las 21:00 horas. Para el quórum de esta segunda convocatoria bastarán los socios que se encuentren presentes.—Heredia, 14 de noviembre del 2006.—Francisco Ulibarri Pernús, Presidente.—1 vez.—(104633).
RANCHO SAN RAFAEL S. A.
Se convoca a asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Rancho San Rafael S. A., a celebrarse en su domicilio social el día ocho de diciembre del 2006, a las nueve horas. Agenda: 1) Nombramiento de representante para que por cuenta y nombre de la sociedad comparezca con voz y voto a asambleas de las sociedades Poro Poro S. A., cédula jurídica Nº 3-101-024375, Monte Galán S. A., cédula jurídica Nº 3-101-007952, Club San Rafael S. A., cédula jurídica Nº 3-101-016386 y Club de Playa S. A., cédula jurídica Nº 3-101-016663. 2) Asuntos varios u otros que se sometan a conocimiento. De no haber quorum a la hora señalada, la asamblea se celebrará en segunda convocatoria una hora después.—San José, 15 de noviembre del 2006.—Carlos Manuel Jiménez Freer, Secretario.—1 vez.—Nº 89207.—(104817).
HOSPITAL CLÍNICA SANTA RITA S. A.,
INVERSIONES CONSOLIDADAS S. A.
Y CONSORCIO INMOBILIARIO S. A.
Hospital Clínica Santa Rita S. A., Inversiones Consolidadas S. A., y Consorcio Inmobiliario S. A., convoca a sus accionistas a la asamblea general ordinaria y extraordinaria, que se celebrará en su domicilio social en San José, avenida ocho, calles quince y diecisiete, el día veinte de diciembre de dos mil seis, en primera convocatoria a las diecisiete, dieciocho y diecinueve horas por su orden y la segunda convocatoria una hora después por su orden a fin de conocer la agenda que se detalla:
1. Presentación y aprobación de los estados financieros al treinta de setiembre de dos mil seis.
Lic. Rita María Carvajal Arias, Administradora General.—1 vez.—Nº 89313.—(104818).
ESTACIÓN BIOLÓGICA MARENCO S. A.
Se convoca a sesión de junta directiva de la empresa Estación Biológica Marenco S. A., para el próximo lunes 7 de diciembre del 2006, a las 8:00 horas, asimismo se convoca a asamblea ordinaria y extraordinaria, para el martes 19 de diciembre del 2006 a las 8:00 horas, ambas se efectuarán en el domicilio social de la empresa en San José, barrio México 200 metros sur de la farmacia La Calzada, casa esquinera verde de dos pisos, en la que se conocerá los temas de agenda que serán presentados por la junta directiva a la asamblea de socios: Verificar quórum de ley para junta directiva y asamblea, revisar el nombramiento del Órgano Administrativo de la sociedad y conocer el informe económico del período fiscal del 2006 y otros temas de orden del día. De no estar presentes en primera convocatoria el quórum de ley, se reunirá en segunda convocatoria una hora después de la señalada para la primera.—Elizabeth Miranda Quesada, Secretaria.—1 vez.—(104981).
INMOBILIARIA CRISTAL ALFA
Se convoca a sesión junta directiva de la empresa Inmobiliaria Cristal Alfa S. A., para el próximo lunes 7 de diciembre del 2006, a las 11:00 horas, asimismo se convoca a asamblea ordinaria y extraordinaria, para el martes 19 de diciembre del 2006 a las 11:00 horas, ambas se efectuarán en el domicilio social de la empresa en San José, barrio México 200 metros sur de la farmacia La Calzada, casa esquinera verde de dos pisos, en la que se conocerá los temas de agenda que serán presentados por la junta directiva a la asamblea de socios: Verificar quórum de ley para junta directiva y asamblea, revisar el nombramiento del Órgano Administrativo de la sociedad y conocer el informe económico del período fiscal del 2006 y otros temas de orden del día. De no estar presentes en primera convocatoria el quórum de ley, se reunirá en segunda convocatoria una hora después de la señalada para la primera.—Rosa Elena Miranda Quesada, Secretaria.—1 vez.—(104983).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
GERENCIA DE PROYECTOS DEL OESTE SOCIEDAD
ANÓNIMA
Gerencia de Proyectos del Oeste Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres - ciento uno - trescientos un mil setenta y tres, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: libro de actas de junta directiva, libro de registro de accionistas, libro de actas de asamblea general. Quien se considere afectado dirigir la(s) oposición(es) ante Sección de Legalización de Libros, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación.—Lic. Federico Rucavado Luque, Notario.—(103014).
EL CORCEL PLATEADO S. A.
El Corcel Plateado S. A., cédula jurídica Nº 3-101-208773, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro siguiente: actas de asamblea general Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en El Diario Oficial La Gaceta.—Lorena Guerra Mojica.—(103083).
UNIVERSIDAD MAGISTER SOCIEDAD
ANÓNIMA
Universidad Magister Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-188843, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del libro Registro de Accionistas, ya que el mismo se encuentra extraviado. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Fernando García González, Secretario.—Nº 88292.—(103333).
ARANA BONILLA CONSULTORES S. A.
Arana Bonilla Consultores S. A., cédula jurídica número tres- ciento uno-ciento treinta y siete mil ciento sesenta y nueve, solicita a la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Actas de Junta Directiva, Acta de Registro de Accionistas, Acta de Asambleas Generales, Mayor, Inventario y Balances y Diario. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—Nº 88438.—(103334).
RANCHO CAMPANA S. A.
Rancho Campana S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno- sesenta mil doscientos ochenta y cinco, solicita a la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Actas de Junta Directiva, Acta de Registro de Accionistas, Acta de Asambleas Generales, Mayor, Inventario y Balances y Diario. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—Nº 88439.—(103335).
INVERSIONES FUMEIRA S. A.
Inversiones Fumeira S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno- noventa y cinco mil novecientos treinta y siete, solicita a la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes Libros: Actas de Junta Directiva, Acta de Registro de Accionistas, Acta de Asambleas Generales, Mayor, Inventario y Balances y Diario. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial, La Gaceta.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—Nº 88440.—(103336).
PLÁSTICOS METALIZADO LIMITADA
Plásticos Metalizado Limitada cédula jurídica número tres-ciento dos-cincuenta y siete mil ochocientos cuarenta y tres, solicita a la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes Libros: Actas de Junta Directiva, Acta de Registro de Accionistas, Acta de Asambleas Generales, Mayor, Inventario y Balances y Diario. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial, La Gaceta.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—Nº 88441.—(103337).
J R PUBLICIDAD Y PRODUCCIONES
IMAGE SOCIEDAD ANÓNIMA
J R Publicidad y Producciones Image Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos doce mil cuatrocientos once, comunica al público en general que en fecha veintitrés de setiembre del dos mil seis, por motivo de asalto en la ciudad de Liberia Centro Guanacaste, al joven Warner Alonso Pérez Villarreal, portador de la cédula de identidad número cinco-trescientos setenta y nueve- setecientos setenta y tres, ejecutivo de ventas, le sustrajeron tres acciones de los sorteos realizados por nuestra compañía, mismos con número 08 serie 1, número 79 serie 4 y número 80 serie 4. Para información del público y por las razones expuestas los números anteriores no entrarán a participar en los sorteos efectuados por nuestra empresa. Eximiéndonos de cualquier responsabilidad en caso de acierto de alguno de ellos.—Ciudad Quesada, San Carlos, 7 de octubre del 2006.—Lic. José Álvaro Bonilla Rojas, Notario.—Nº 88425.—(103338).
MUTUAL ALAJUELA DE AHORRO Y PRÉSTAMO PARA LA VIVIENDA
SUCURSAL HEREDIA
De conformidad con los artículos 708-709-710 del Código de Comercio, el señor Mario Alberto Soto Quirós, cédula de identidad número 4-0132-0352, solicita la reposición del título valor certificado de depósito a plazo Nº 129 301 2000504092 por ¢7.847.501,69, con fecha de vencimiento 12/11/2006 y el cupón Nº 1 por ¢230.520,37 con fecha de vencimiento 12/11/2006.—Heredia, 10 de noviembre del 2006.—Kattia Yannarella Montero, Enc. de Servicios Financieros.—(103432).
MULTISERVICIOS ELECTROMÉDICOS S. A.
Multiservicios Electromédicos S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-007879, solicita ante la Dirección de General de Tributación, la reposición del libro: Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de 8 días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 5 de octubre del 2006.—Johan Fabricio Vargas Mejías, Presidente.—Nº 88750.—(103957).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Patricia Eugenia
Avendaño Borbón, cédula de identidad numero siete-cero ochenta y
ocho-trescientos sesenta y dos, solicita ante la Dirección General de la
Tributación, la reposición de los libros de Diario, Mayor e Inventarios y
Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el
Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros)
Administración Regional de Limón, en el termino de ocho días hábiles contados a
partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Patricia
Eugenia Avendaño Borbón, Solicitante.—(103493).
AT & T SERVICIOS DE COMUNICACIÓN DE COSTA RICA
SOCIEDAD ANÓNIMA
AT & T Servicios de Comunicación de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica Nº 3-101-180499, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de un libro contable de Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficinal La Gaceta.—San José, 8 de noviembre del 2006.—Lic. Silvia María González Castro, Notaria.—(103597).
INMOBILIARIA NACARATO SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, Greyvin Nacarato Rojas, mayor, casado una vez, técnico en refrigeración, vecino de Heredia, Mercedes Norte, del cementerio de la localidad, doscientos metros sur y doscientos este, y con cédula de identidad número uno-seis nueve cinco-siete ocho cinco, actuando en mi condición de presidente, hago constar que hemos iniciado la reposición de la totalidad de los libros de actas y otros, de la sociedad de esta plaza Inmobiliaria Nacarato Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia, Mercedes Norte, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos veintidós mil trescientos cuarenta y uno, inscrita en la Sección Mercantil al tomo: mil ciento uno, folio: ochenta y tres, asiento: ciento catorce.—Heredia, diez de noviembre del dos mil seis.—Greyvin Nacarato Rojas, Presidente.—Nº 88685.—(103765).
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS Y DE ARQUITECTOS
Comunica que el pasado miércoles 8 de noviembre se realizó la elección de la nueva Junta Directiva General que regirá durante el periodo de noviembre 2006 a octubre 2007 y que se integró de la siguiente forma:
Ing. Jorge Badilla Pérez, Presidente.
Ing. Óscar Saborío Saborío, Vicepresidente.
Ing. Juan Manuel Castro Alfaro, Contralor.
Ing. Ramiro Fonseca Macrini, Director General.
Arq. Abel Salazar Vargas, Director General.
Arq. Mauricio Hernández Córdoba, Director General.
Ing. Ricardo Ruiz Artavia, Director General.
Ing. Sandra Alvarez Cubillo, Directora General.
Ing. Diógenes Alvarez Solórzano, Director General.
Ing. Edgar Jiménez Mata, Director General.
San José, 9 de noviembre del 2006.—Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—(O. C. Nº 4299).—C-24770.—(104201).
CP CREATIVOS PUBLICITARIOS SOTO S. A.
CP Creativos Publicitarios Soto S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-317045, solicita ante la Dirección General de la Tributación la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Marjorie Soto Paniagua, Apoderada Generalísima.—(104214).
KENDALL INNOVADORES DE CUIDADOS
AL PACIENTE S. A.
Kendall Innovadores de Cuidados al Paciente S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-dos uno uno cero cuatro uno, comunica que se le ha solicitado, por motivo de extravío, la reposición del certificado de acciones que representa las un mil acciones comunes y nominativas que constituyen el capital social de la compañía, de conformidad con lo acordado mediante asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas celebrada a las quince horas del día catorce de noviembre del dos mil seis. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición dentro del término que la ley establece. Las oposiciones podrán dirigirse a las oficinas de la compañía, ubicadas en San José, La Uruca, de Faco setenta y cinco metros al oeste, Oficentro La Virgen, Edificio Uno. Trascurrido el término de ley, sin que hayan existido oposiciones, y habiéndose cumplido con todo lo que establece el artículo seiscientos ochenta y nueve del Código de Comercio, se procederá a la reposición solicitada.—San José, catorce de noviembre del dos mil seis.—Rodrigo Jiménez Briceño, Apoderado.—(104466).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
KABEBATA DEL BOSQUE S. A.
Kabebata del Bosque S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y tres mil doscientos seis, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de Actas, de Asamblea General, Registro de Accionistas, Actas de Junta Directiva, Diario, Mayor, e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia del Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de de ocho días hábiles a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Mark Beckford D., Notario.—(103984).
TRES PALMERAS S.R.U.R SOCIEDAD ANÓNIMA
Bernardo Gómez Salgado, portador de la cédula de identidad número uno-ochocientos cincuenta y nueve-doscientos cincuenta y dos, en mi condición de apoderado especial de Jamie Siegal y Scott Siegal, dueños de la totalidad de las acciones de Tres Palmeras S.R.U.R Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y nueve mil quinientos uno, solicito ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros legales y contables: Actas de Asamblea General de Socios, Actas de Junta Directiva, Mayor, Diario e Inventarios y Balances, dos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administración Regional de Alajuela, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Bernardo Gómez Salgado, Apoderado Especial.—(104013).
CORPORACIÓN DOMINICAL DOS MIL
UNO MCS SOCIEDAD ANÓNIMA
Corporación Dominical Dos Mil Uno MCS Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-284380, solicita ante la Dirección de Tributación, la reposición de los libros: Registro de Accionistas, Actas de Asambleas Generales, Actas de Junta Directiva, Libro Mayor, Diario, e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado dirigir las oposiciones a la Sección de Timbraje y Legalización de Libros en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Michael Cary Swoveland, Presidente.—(104071).
COMPAÑÍA PAULO QUESADA SOLUCIONES
CONSTRUCTIVAS S. A.
La Compañía Paulo Quesada Soluciones Constructivas S. A., cédula jurídica Nº 3-101-226497, solicita ante la Oficina de Tributación, la reposición de un libro, el cual es el libro de Actas de Asamblea de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 1º de noviembre del 2006.—Paulo Quesada Pacheco, Gerente.—(104474).
DOLSA SOCIEDAD ANÓNIMA
Dolsa Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-067392, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: Registro de Accionistas, Actas de Junta Directiva, Mayor, Diario e Inventarios y Balances, todos números uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 8 de noviembre del 2006.—Firma Ilegible.—(104521).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
SOCIEDAD DE SEGUROS DE VIDA DEL MAGISTERIO NACIONAL
Publicación de liquidaciones de póliza aprobadas por la Junta Directiva.
Octubre 06
Fecha
de Pagado
a Total de Monto de
Póliza Nº Nombre fallecido Nº Cédula beneficiarios deducciones indemnización
22.218 Alvarado
Ureña Joaquín 02-06-06 2-262-399 12.000.000,00 0,00 12.000.000,00
7.187 Badilla
Echavarría Amelia 08-09-06 1-153-473 11.965.000,00 35.000,00 12.000.000,00
2-435-779 Cárdenas
Leitón Kattia María 18-08-06 2-435-779 11.440.000,00 560.000,00 12.000.000,00
24.779 Chavarría
Espinoza Desideria 21-02-06 2-149-186 11.068.900,00 931.100,00 12.000.000,00
4-126-307 Chaves
Alfaro Denia María del Milagro 09-09-06 4-126-307 11.068.450,00 931.550,00 12.000.000,00
9.503 Chinchilla
Mora Adilia 03-09-06 1-226-609 10.031.060,00 1.968.940,00 12.000.000,00
5-025-5736 De
la O Gutiérrez Consuelo 29-07-06 5-025-5736 11.970.000,00 30.000,00 12.000.000,00
1-412-1092 Durán
Solís Luis Enrique 26-08-06 1-412-1092 12.000.000,00 0,00 12.000.000,00
9.349 Guerrero
Bermúdez Leonardo 23-09-06 1-225-839 10.250.450,00 1.749.550,00 12.000.000,00
1-335-483 Jiménez
Villegas Fernando 16-08-06 1-335-483 12.000.000,00 0,00 12.000.000,00
7.723 Leiva
Leiva Donatila 09-08-06 5-031-202 11.995.000,00 5.000,00 12.000.000,00
2.967 Loáiciga
Aguirre Mercedes 12-08-06 5-026-6522 10.559.403,00 1.440.597,00 12.000.000,00
1-439-665 Madrigal
Obando Miriam 30-08-06 1-439-665 8.245.497,00 3.754.503,00 12.000.000,00
16.034 Mora
Quesada Jesús 13-08-06 1-300-415 8.277.649,00 3.722.351,00 12.000.000,00
3-296-079 Mora
Soto Floribeth María del L. 31-08-05 3-296-079 11.994.060,00 5.940,00 12.000.000,00
46.701 Morales
Azofeifa Adilia Belarmina 28-08-06 9-010-863 12.000.000,00 0,00 12.000.000,00
22.612 Morales
Cabalceta Lucina 09-07-06 9-025-611 9.836.659,00 2.163.341,00 12.000.000,00
8.976 Morales
Morales María Hortensia 26-07-06 5-017-7831 8.025.696,00 3.974.304,00 12.000.000,00
4-035-8036 Morales
Rojas Adina 28-07-06 4-035-8036 10.258.323,00 1.741.677,00 12.000.000,00
3-136-681 Obando
Durán Estrella 21-08-06 3-136-681 12.000.000,00 0,00 12.000.000,00
1-553-706 Prado
Cubero María Cristina de la 31-08-06 1-553-706 12.000.000,00 0,00 12.000.000,00
19.880 Quesada
Ledezma Aurora 28-03-06 6-062-373 10.893.782,00 1.106.218,00 12.000.000,00
15.066 Rivera
Vargas María de los Ángeles 03-08-06 9-013-527 7.549.360,00 4.450.640,00 12.000.000,00
20.036 Rodríguez
Rodríguez Sonia 20-07-06 1-301-765 12.000.000,00 0,00 12.000.000,00
2-461-735 Sánchez
Arguedas Rosa María 02-06-06 2-461-735 11.288.108,00 711.892,00 12.000.000,00
1-295-160 Sánchez
Corrales José Luis 13-08-06 1-295-160 10.545.170,00 1.454.830,00 12.000.000,00
37.924 Sandoval
Ruiz Ramón Arnoldo 30-08-06 8-052-872 11.613.540,00 386.460,00 12.000.000,00
1-522-206 Soto
Pérez Kenneth 03-03-06 1-522-206 7.647.795,00 4.352.205,00 12.000.000,00
26.561 Suárez
Mejido Ligia 21-08-06 1-307-224 10.291.978,00 1.708.022,00 12.000.000,00
4-142-982 Valdivia
Obando Amparo 29-01-06 4-142-982 11.164.770,00 835.230,00 12.000.000,00
20.872 Valverde
Murillo Dulce María 24-07-06 3-160-411 11.298.800,00 701.200,00 12.000.000,00
1-235-354 Zamora
Ramírez Roberto 17-09-06 1-235-354 10.980.150,00 1.019.850,00 12.000.000,00
344.259.600,00 39.740.400,00 384.000.000,00
San José, 2 de noviembre del 2006.—M.B.A. Lilliana Morales Murillo, Directora de Operaciones.—1 vez.—(104225).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
En la oficina del Lic. Álvaro José Meza Lazarus, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada Daewoo Bus Costa Rica Sociedad Anónima, donde se disminuyó el capital social de la anterior sociedad. Es todo.—San José, 8 de noviembre del 2006.—Lic. Álvaro José Meza Lazarus, Notario.—Nº 88254.—(102874).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Ante mí, Álvaro Arguedas Durán, notario público con oficina en San José, debidamente autorizado, procedo a protocolizar el acta número uno: asamblea general extraordinaria de los socios de la empresa de esta plaza denominada Phitola de Costa Rica S. A., cédula jurídica tres - ciento uno - cuatrocientos treinta y dos mil ochocientos veintidós. Primero: se nombra nueva junta directiva presidente, tesorero y secretario.—San José, a las nueve horas quince minutos del trece de noviembre del dos mil seis.—Lic. Álvaro Arguedas Durán, Notario.—1 vez.—(103521).
El suscrito notario, hace constar que mediante la escritura número trescientos setenta y tres, al tomo tercero de mi protocolo, se protocolizó acta que modifica junta directiva de Piña Mecanizada Dos Mil Cinco Sociedad Anónima. Rodrigo García Brenes, presidente.—San José, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Julio Antonio Morúa Martínez, Notario.—1 vez.—(103524).
El suscrito notario, hace constar que mediante la escritura número trescientos setenta y tres, al tomo tercero de mi protocolo, se protocolizó acta que modifica junta directiva de Desarrollo Agropecuario Solano y Borger Sociedad Anónima. Rodrigo García Brenes, presidente.—San José, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Julio Antonio Morúa Martínez, Notario.—1 vez.—(103525).
El suscrito notario, hace constar que mediante la escritura número trescientos setenta y tres, al tomo tercero de mi protocolo, se protocolizó acta que modifica junta directiva de Piña Amarilla Sancarleña Sociedad Anónima. Rodrigo García Brenes, presidente.—San José, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Julio Antonio Morúa Martínez, Notario.—1 vez.—(103526).
El suscrito notario, hace constar que mediante la escritura número trescientos setenta y tres, al tomo tercero de mi protocolo, se protocolizó acta que modifica capital social de Piña Amarilla Sancarleña Sociedad Anónima. Rodrigo García Brenes, presidente.—San José, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Julio Antonio Morúa Martínez, Notario.—1 vez.—(103527).
El suscrito notario, hace constar que mediante la escritura número trescientos setenta y tres, al tomo tercero de mi protocolo, se protocolizó acta que modifica junta directiva de Exportadora Sancarleña Sociedad Anónima. Rodrigo García Brenes, presidente.—San José, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Julio Antonio Morúa Martínez, Notario.—1 vez.—(103528).
El suscrito notario, hace constar que mediante la escritura número trescientos setenta y tres, al tomo tercero de mi protocolo, se protocolizó acta que modifica junta directiva de Sueños de Cristal Sociedad Anónima. Rodrigo García Brenes, presidente.—San José, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Julio Antonio Morúa Martínez, Notario.—1 vez.—(103529).
El suscrito notario, hace constar que mediante la escritura número trescientos setenta y tres, al tomo tercero de mi protocolo, se protocolizó acta que modifica capital social de Piña Mecanizada Dos Mil Cinco Sociedad Anónima. Rodrigo García Brenes, presidente.—San José, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Julio Antonio Morúa Martínez, Notario.—1 vez.—(103530).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas treinta minutos del día veintitrés de mayo del año dos mil seis, se constituyó la entidad denominada Bushmaster Buena Vista M J A Sociedad Anónima. Con un plazo social de cien años, con un capital social de cien mil colones, y cuya representación la ostentan el presidente, secretario y tesorero de la junta directiva.—Lic. Hernán Fernando León Chaves, Notario.—1 vez.—(103537).
Por escritura otorgada ante esta notaría, trece horas del día nueve de noviembre del año dos mil seis, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de la entidad denominada Prefabricados Sociedad Anónima, en cuanto a la representación de dicha sociedad.—Lic. Gerardo Alfredo Montero Pérez, Notario.—1 vez.—(103538).
Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de Grupo el Viaje del Jaguar Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas primera, decimoquinta, decimoctava y vigésima del pacto social. Escritura otorgada a las 9:00 horas del 10 de noviembre del 2006.—Lic. Elena Alfaro Ulate, Notaria.—1 vez.—(103540).
Por escritura número doscientos cuarenta y uno-ocho, celebrada en el tomo octavo del protocolo suscrito notario José Joaquín Herrera Arias, a las nueve horas del tres de noviembre del dos mil seis, se protocolizó la constitución de la sociedad denominada A I N Constructora Sociedad Anónima, en la que se nombra junta directiva. Asimismo se solicita la cédula jurídica.—Lic. José Joaquín Herrera Arias, Notario.—1 vez.—(103548).
Por escritura número doscientos cuarenta y cuatro-ocho, celebrada en el tomo octavo del protocolo del suscrito notario José Joaquín Herrera Arias, a las nueve horas del cuatro de noviembre del dos mil seis, se protocolizó la constitución de la sociedad denominada Transportes Todos Sociedad Anónima, en la que se nombra junta directiva. Así mismo se solicita la cédula jurídica.—Lic. José Joaquín Herrera Arias, Notario.—1 vez.—(103549).
Por escritura número doscientos cincuenta y tres-ocho, celebrada en el tomo octavo del protocolo del suscrito notario José Joaquín Herrera Arias, a las nueve horas del doce de noviembre del dos mil seis, se protocolizó la constitución de la sociedad denominada Transportes J Y B Sociedad Anónima, en la que se nombra junta directiva. Así mismo se solicita la cédula jurídica.—Lic. José Joaquín Herrera Arias, Notario.—1 vez.—(103551).
Ante esta notaría en el día de hoy a las 8:00 horas del 11 de noviembre del 2006, se constituyó la empresa que se denomina Defiesta Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, representada por su presidente el señor José Ángel Baltodano Cortés, con cédula Nº 1-848-246, con domicilio social en San Rafael de Heredia, calle Hernández, frente a la plaza de deportes, y con un plazo social de 94 años.—San José, 11 de noviembre del 2006.—Lic. Antonio Barboza Rodríguez, Notario.—1 vez.—(103555).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del trece de noviembre del año dos mil seis, se constituyeron once sociedades anónimas cuyos nombres serán los que asigne el Registro Público, Sección Mercantil de conformidad con el artículo segundo del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J.—Lic. Rolando Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—(103567).
Por escritura pública número ocho, de las 10:00 horas del 9 de noviembre del 2006, de la compañía Farne Island S. A. Reforma las cláusulas primera, segunda y sexta de los estatutos sociales. Y nombran junta directiva, agente residente y se otorga poder generalísimo.—San José, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Erika Mishelle Gómez Soto, Notaria.—1 vez.—(103594).
Por escritura 346, otorgada en esta notaría, a las 9:00 horas del 13 de noviembre del 2006, se constituyó la sociedad Lluvia con Sol S. A. Capital social de ¢ 10.000,00 y apoderado el presidente.—Lic. German José Víquez Zamora, Notario.—1 vez.—(103598).
Por escritura 345 otorgada en esta notaría, a las 7:00 horas del 13 de noviembre del 2006, se constituyó la sociedad Motores y Logística S. A. Capital social de ¢ 10.000,00 y apoderado el presidente.—Lic. German José Víquez Zamora, Notario.—1 vez.—(103599).
Hoy se constituyó la sociedad Autos El Ángel Sociedad Anónima. Domicilio: Concepción de La Unión. Plazo: 99 años. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 3 de noviembre del 2006.—Lic. Alberto Fernández López, Notario.—1 vez.—(103623).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Inversiones Donando MTDE Sociedad Anónima, con un plazo de noventa y nueve años y un capital social de cien mil colones exactos.—San José, 9 de noviembre del 2006.—Lic. Román Esquivel Font, Notario.—1 vez.—(103625).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad MG & GN Inversiones Campos Martínez Sociedad Anónima, con un plazo de cien años y un capital social de cien mil colones exactos.—San José, 30 de agosto del 2006.—Lic. Román Esquivel Font, Notario.—1 vez.—(103626).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Pacific Coastline Marine Reserve - PCMR Sociedad Anónima, con un plazo de cien años y un capital social de cien mil colones exactos.—San José, tres de noviembre del año dos mil seis.—Lic. Román Esquivel Font, Notario.—1 vez.—(103627).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Inversiones Veraal I&V Sociedad Anónima, con un plazo de cien años y un capital social de cien mil colones exactos.—San José, veintitrés de octubre del año dos mil seis.—Lic. Román Esquivel Font, Notario.—1 vez.—(103628).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario en San José, a las 12:00 horas del 13 de noviembre del 2006, he procedido a protocolizar el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Fábrica de Emblemas Sociedad Anónima, celebrada en San José, a las 11:00 horas del 29 de setiembre del 2006, mediante la cual se acordó reformar la cláusula 6ta. del pacto social.—San José, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—(103629).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario en San José, a las 9:00 horas del 13 de noviembre del 2006, se constituyó la sociedad denominada Electronic Arenal C. A. Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Domicilio: San José. Objeto: Actividades comerciales e industriales. Capital social diez mil colones.—San José, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—(103630).
En esta notaría a las ocho horas del día de hoy, se ha protocolizado acta número dos de asamblea general extraordinaria de la sociedad Sabor Cahuita Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula sétima de la administración y se nombra nuevo secretario.—San José, siete de noviembre del dos mil seis.—Lic. Ciro Casas Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 88580.—(103631).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría a las quince horas del día diez de noviembre del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza Cinema Video Club A.R.M.V. Sociedad Anónima, cuyo presidente y secretaria, los señores Allan Ricardo Montero Valerio y Cinthia Alejandra Sanabria Vega, ostentan las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social veinte mil colones, representado por cuatro acciones comunes y nominativas de cinco mil colones cada una. Plazo social noventa y nueve años.—Lic. Ana Lucía Paniagua Campos, Notaria.—1 vez.—Nº 88601.—(103632).
Por escritura otorgada ante mí, número trescientos sesenta y cinco, a las 8:00 horas del 12 - 11- 2006, se constituyó la sociedad Yaeljova de Costa Rica S. A., domicilio San José, Guadalupe, El Alto, de la escuela Divino Pastor, 100 este, 25 sur, capital diez mil colones, presidente David Rodríguez Alvarado.—San José, doce de noviembre del dos mil seis.—Lic. Ernesto Azofeifa Cedeño, Notario.—1 vez.—Nº 88604.—(103633).
Seidy Robles Fallas y Julio César Jaén Hernández constituyen la sociedad de esta plaza: Robles-Jaén Ultrasonido Clínico Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las quince y treinta horas del diez de noviembre del año dos mil seis.—Lic. Humberto Jarquín Anchía, Notario.—1 vez.—Nº 88605.—(103634).
Se protocoliza acuerdo tomado en registro de socios de Blue Alligator S. A., en el cual se realizan traspaso y compra de acciones.—San José, 10 de noviembre del dos mil seis.—Lic. Karla Rodríguez Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 88606.—(103635).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 18:00 horas del 9 de noviembre de 2006, se constituyó Garvil S. A. Con domicilio en Alajuela, capital social: ¢10.000; plazo: 99 años; objeto: el comercio en general. Presidente: Luis Arturo García Villalobos.—Lic. Karla Rodríguez Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 88607.—(103636).
Lomas de Perseverancia S. A., cédula jurídica 3-101-26742, modifica el pacto social constitutivo y nombra nueva junta directiva y fiscal, en San Pedro de Poás, Alajuela a las diez horas del nueve de noviembre del dos mil seis.—Lic. Aura Céspedes Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 88608.—(103637).
El día de hoy constituí la compañía Inmobiliaria PAG P.G.A. S. A.—Escazú, 7 de noviembre de 2006.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—Nº 88609.—(103638).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las trece horas del treinta de setiembre del dos mil seis, se constituyó La Sociedad Arindico Sociedad Anónima; presidente Esteban Jesús Roldán Santamaría.—San José, diez de noviembre del dos mil seis.—Lic. Carmen Alfaro Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 88610.—(103639).
Ante esta notaría a las 10:00 horas del 9 de noviembre de 2006, se aumenta capital social de la empresa Inversiones Coronel Lemarie S. A. Domicilio San José, presidente apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 13 de noviembre de 2006.—Lic. Manuel Fernando Anrango Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 88611.—(103640).
Por medio de escritura número veinticuatro, otorgada a las quince horas del seis de noviembre del dos mil seis, visible a folio veinticinco vuelto, veintiséis frente y vuelto del tomo número cincuenta y uno del protocolo del suscrito notario, se constituyó la sociedad Inmobiliaria Chamuz S. A., cuya representación la ostenta el presidente, secretario y tesorero.—Turrialba, diez de noviembre del dos mil seis.—Lic. Daniel Gamboa Pereira, Notario.—1 vez.—Nº 88612.—(103641).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas diez minutos del cuatro de noviembre del dos mil seis, se constituyó la sociedad mercantil denominada Consultoría Arquitectónica GAB de Costa Rica Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia, Santa Lucía de Barva, del Kinder Los Abejoncitos, trescientos setenta y cinco metros este y setenta y cinco metros norte.—Grecia, siete de noviembre del dos mil seis.—Lic. Christian Ocampo Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 88613.—(103642).
Por escritura otorgada ante mí, a las veinte horas diez minutos del diez de noviembre del dos mil seis, se constituyó la sociedad mercantil denominada Frayel Sociedad Anónima, domiciliada en Grecia, Rincón de Arias, Calle Peter, ciento cincuenta metros oeste de Fábrica, Centro de Entretenimiento.—Diez de noviembre del dos mil seis.—Lic. Christian Ocampo Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 88614.—(103643).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas cuarenta minutos del cuatro de noviembre del dos mil seis, se constituyó la sociedad mercantil denominada Colinas Cristal Azul de Heredia Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia, del Palí del Corazón de Jesús, ciento cincuenta metros norte, doscientos metros este, residencial Vista Sol, casa número trece.—Grecia, siete de noviembre del dos mil seis.—Lic. Christian Ocampo Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 88615.—(103644).
Por escritura de las 17:00 horas de hoy, protocolicé acta de la compañía Inmobiliaria Chipemu S. A., por la cual aumentan el capital social, revocan el nombramiento del agente residente, y reforman las cláusulas quinta y décimo-quinta del pacto constitutivo.—San José, 9 de noviembre de 2006.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—Nº 88616.—(103645).
Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario público con oficina en Atenas se constituyó la sociedad anónima denominada Psittacorum Zingiberaceae Sociedad Anónima, a las catorce horas del primero de noviembre del dos mil seis, presidente con la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Atenas, nueve de noviembre del año dos mil seis.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 88618.—(103646).
Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día siete de noviembre del dos mil seis, a las nueve horas en la ciudad de San Juan de Tibás se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Vista Atenas Veintiocho Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Atenas, siete de noviembre del año dos mil seis.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 88619.—(103647).
Por escritura número nueve-cincuenta y cuatro, de las once y treinta horas del día siete de noviembre del dos mil seis, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Lomas de Arepal S. A., celebrada a las quince horas del tres de noviembre del dos mil seis, se reformaron las cláusulas segunda y sétima de los estatutos sociales.—Alajuela, siete de noviembre del dos mil seis.—Lic. Zetty Bou Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 88621.—(103648).
Por escritura pública 227-12 del notario licenciado Fernando Alberto Gamboa Calvo, de las 15:00 horas del 8 de noviembre de 2006, se constituyó Ede Servicios Turísticos S. A. Capital social: 15.000 colones. Plazo 100 años. Presidente: Eric Ureña Solís.—San Isidro de El General, 9 de noviembre de 2006.—Lic. Fernando Alberto Gamboa Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 88622.—(103649).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del 21 de setiembre del 2006, se constituyó M R. Construction Company del Arenal Sociedad Anónima. Domicilio: Tilarán, Guanacaste, dos mil metros al norte de la Cámara de Ganaderos de Tilarán. Plazo 99 años. Capital social diez acciones de diez colones cada una. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma, debiendo actuar conjuntamente.—Tilarán, 9 de noviembre del año 2006.—Lic. Willy Fernando Elizondo Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 88638.—(103650).
Mediante escritura
otorgada a las quince horas treinta minutos del once de noviembre del año dos
mil seis ante el suscrito notario, se constituyó una sociedad denominada Roy’s
Cars Importaciones Sociedad Anónima. Pudiendo utilizar las siglas Roy’s
Cars Importaciones S. A. Plazo social noventa y nueve años. Presidente, Roy
Ramírez Rojas, domicilio provincia Alajuela, cantón central, distrito primero.
Dirección exacta en barrio San José de Alajuela. Urbanización Mirasol, casa
número seis B.—Lic. Diego Mendoza González, Notario.—1 vez.—Nº 88641.—(103651).
En esta notaría, al ser las diez horas del veinticinco de octubre del año dos mil seis se constituye la sociedad anónima Desarrollo Tres VM Sociedad Anónima. Presidente, vicepresidente, secretario y tesorero como apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente. Capital social doce mil colones.—San José, 25 de octubre del año 2006.—Lic. Javier Clot Barrientos, Notario.—1 vez.—Nº 88642.—(103652).
En esta notaría, al ser las ocho horas del treinta de octubre del año dos mil seis se constituye la sociedad anónima Abrapampa Sociedad Anónima. Presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social diez mil colones.—San José, 30 de octubre del año 2006.—Lic. Javier Clot Barrientos, Notario.—1 vez.—Nº 88643.—(103653).
En esta notaría, al ser las quince horas del diez de noviembre del año dos mil seis se constituye la sociedad anónima Vican del Oeste Sociedad Anónima. Presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social diez mil colones.—San José, 10 de noviembre del año 2006.—Lic. Javier Clot Barrientos, Notario.—1 vez.—Nº 88644.—(103654).
Conste que hoy, ante este notario se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Altos Montes del Volcán Turrialba Limitada; gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 10 de noviembre del 2006.—Lic. Enrique D. Céspedes Salas, Notario.—1 vez.—Nº 88645.—(103655).
A las ocho horas del día de hoy se constituyó la sociedad South Point Jacó SPJ S. A., domiciliada en San José; capital íntegramente pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma; plazo cien años; objeto comercio en general.—San José, 10 de noviembre de 2006.—Lic. Juan Ignacio Mas Romero, Notario.—1 vez.—Nº 88646.—(103656).
A las nueve horas del día de hoy se constituyó la sociedad Valencias del Mar S. A., domiciliada en San José; capital íntegramente pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma; plazo cien años; objeto comercio en general.—San José, 10 de noviembre de 2006.—Lic. Juan Ignacio Mas Romero, Notario.—1 vez.—Nº 88647.—(103657).
Ante mi notaría a las ocho horas del día diez de noviembre del dos mil seis, se constituyeron seis sociedades anónimas, de conformidad con el reglamento para la inscripción de la constitución de empresas comerciales, artículo segundo.—San José, diez de noviembre del dos mil seis.—Lic. María Eugenia Corrales Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 88648.—(103658).
Todd Allen Clark y Christopher Stevn Celiceo constituyen las siguientes sociedades: La Onda Pavones – Knapp Ayau S. A., La Onda Pavones Cardosa Kailua S. A., La Onda Pavones Garvens SFC S. A., La Onda Pavones Howmiller AZ S. A., La Onda Pavones Celiceo CA S. A. Presidente en todas: Todd Allen Clark. Capital en todas: ¢1.000,00. Plazo social en todas: 99 años. Domicilio en todas: Playa Tamarindo, Guanacaste. Mary Ann Montout y Diego Quesada Bernini constituyen Montout Investment Corporation SRL. Gerente: Mary Ann Montout. Capital ¢ 1.000. Plazo social: 99 años. Domicilio: Playa Tamarindo.—San José, 13 de noviembre de 2006.—Lic. Gonzalo Fajardo Lee, Notario.—1 vez.—Nº 88659.—(103659).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las quince horas del día seis de abril del 2006, se constituyó la sociedad denominada Rey de Reyes S. A., cuyo capital se encuentra suscrito y pago.—Lic. Félix Rodríguez Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 88660.—(103660).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario en San José, a las 14:00 horas del 10 de noviembre del 2006, he procedido a protocolizar el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Iguana Pine Tree I P T Sociedad Anónima, celebrada en San José, a las 11:00 horas del 17 de octubre del 2006, mediante la cual se acordó nombrar nuevos presidente y secretario y reformar la cláusula sétima del Pacto Social.—San José, 10 de noviembre del 2006.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—Nº 88661.—(103661).
Ante esta notaría por escritura otorgada a las 13:00 horas del 28 de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad domiciliada en la provincia de Alajuela, cantón central, distrito San Antonio, Villa Bonita, veinticinco metros sur de Industrias Sol y Sol, denominada Car Fashion Team Sociedad Anónima. Plazo noventa y nueve años, Capital social diez mil colones suscrito y pagado, Presidente Gerald Daniel Chavarría Romero.—San José, a las 9:00 horas del 6 de noviembre del 2006.—Lic. Ivannia Marín Valerio, Notaria.—1 vez.—Nº 88667.—(103662).
Por escritura de las nueve y media horas de hoy, en esta ciudad los señores: María Fernanda Ortiz Moncada y Swen Aron, constituyeron: Verde Nanegal S. A. Presidenta: doña María Fernanda. Domicilio: Heredia.—San José, 10 de noviembre del 2006.—Lic. Patricia Rivero Breedy, Notaria.—1 vez.—Nº 88668.—(103663).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:30 horas del 11 de noviembre del dos mil seis, se constituyó la sociedad Comercializadora Gusol Sociedad Anónima, domiciliada en Guatuzo de Desamparados, 250 metros al este y 75 metros al norte de la escuela, capital social íntegramente suscrito y pagado, representado por diez acciones comunes y nominativas, plazo social de noventa y nueve años. Corresponde al Presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Dewin Brenes Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 88669.—(103664).
Por escritura otorgada ente mí, se constituyó la sociedad denominada Sistemas de Bienestar Integral A.J.O.N. Sociedad Anónima.—San José, 30 de octubre del 2006.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—Nº 88670.—(103665).
Se constituye nueva sociedad de nombre Dameg y Asociados Real State Sociedad Anónima, ante la notaría del Lic. Christian Badilla Vargas, según escritura número doscientos ochenta y siete de su protocolo.—San José, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Christian Badilla Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 88671.—(103666).
El nueve de febrero del dos mil seis, se constituyó Arquitectura y Consultoría R&F S. A. Presidente: Róger Flores Vargas. Capital social: cien mil colones.—Sarapiquí, 10 de noviembre del 2006.—Lic. Federico Alfaro Araya, Notario.—1 vez.—Nº 88673.—(103667).
Por escritura número diecisiete, de las diez horas del doce de setiembre del dos mil seis, se constituyó Tojifa Chacone Maleku Sociedad Anónima. Plazo social noventa y nueve años. Presidente Óscar Quirós Elizondo.—Lic. William Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 88674.—(103668).
Ante mí, Roy Harold Elizondo Durán, Notario Público, se constituyó la sociedad denominada City Autos S. A., domiciliada en San Isidro de Pérez Zeledón, con un plazo social de noventa y nueve años a partir del tres de noviembre del dos mil seis, conformada por un capital social de diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente: Terrace Eugene de apellido Good.—Pérez Zeledón, 6 de noviembre de 2006.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1 vez.—Nº 88676.—(103669).
En escritura pública número doscientos cincuenta y uno-ocho, otorgada ante el notario Alexis Monge Agüero, en San Isidro, Pérez Zeledón, a las diez horas treinta minutos del nueve de octubre del dos mil seis, se constituyó la empresa VS Communication Technolgies Sociedad Anónima, presentada al diario del Registro bajo las citas quinientos sesenta y nueve-quince mil novecientos ocho. Corresponde al presidente y secretario, la representación judicial y extrajudicial a ambos con facultades de aperados generalísimos sin límites de suma.—Firmo en San Isidro, Pérez Zeledón, a la once horas del 8 de noviembre del 2006.—Lic. Alexis Monge Agüero, Notario.—1 vez.—Nº 88677.—(103670).
Escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 13 de noviembre del 2006, la Fundación Oasis de Formación Estética. Domicilio social: San José.—San José, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Gerardo Enrique Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 88679.—(103671).
Por escritura otorgada en mi notaría, en San José a las 8:21 horas de hoy, se constituyó la compañía Implementos Eléctricos IESA Electro Pacífico IEP Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Plazo social: 100 años, capital social: ¢1.200.000,00. El presidente y secretario, son representantes judiciales y extrajudiciales de la sociedad.—San José, 10 de noviembre del 20006.—Lic. Eugenio Segura Solano, Notario.—1 vez.—Nº 88680.—(103672).
Por escritura otorgada en mi notaría, en San José, a las 8:40 horas de hoy, se constituyó la compañía Accesorios Eléctricos IESA Electro Norte IEN Sociedad Anónima, Domicilio: San José, plazo social: 100 años, capital social: ¢1.200.000,00. El presidente y secretario, son representantes judiciales y extrajudiciales de la sociedad.—San José, 10 de noviembre del 20006.—Lic. Eugenio Segura Solano, Notario.—1 vez.—Nº 88681.—(103673).
El suscrito Luis Roberto Coto Hidalgo, presidente con facultades apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Coto Hidalgo Sociedad Anónima manifiesta que la cláusula tercera del pacto constitutivo de dicha sociedad ha sido modificada. Es todo.—San José, 10 de noviembre del 2006.—Lic. Catalina González Ortega, Notaria.—1 vez.—Nº 88690.—(103674).
Por escritura otorgada ante el notario Gerardo Calderón León a las dieciséis horas y treinta minutos del veintisiete de octubre del año dos mil seis, se constituyó la empresa American Construction Specialist Sociedad Anónima, domiciliada en Costa Rica Puntarenas, Garabito contiguo a la Farmacia Jacó. Plazo social noventa y nueve años. Capital social: totalmente suscrito y pagado en dinero en efectivo. Presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Jacó, Garabito, Puntarenas, 27 de octubre del 2006.—Gerardo Calderón León, Notario.—1 vez.—Nº 88692.—(103675).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 10 de noviembre del 2006, se constituyó la empresa Colinas de Don Roberto Herva Sociedad Anónima. Representación presidente, tesorero y secretario.—San José, 10 de noviembre del 2006.—Lic. Marcel Alejandro Siles López, Notario.—1 vez.—Nº 88704.—(103676).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:30 horas del 10 de noviembre del 2006, se constituyó la empresa Colinas de la Montaña Hergo Litio Sociedad Anónima. Representación presidente, tesorero y secretario.—San José, 10 de noviembre del 2006.—Lic. Marcel Alejandro Siles López, Notario.—1 vez.—Nº 88705.—(103677).
Rafael Ugalde Cruz y Marlene Aguilar Quesada, constituyeron en mi notaría, la sociedad denominada Compuformática Margel ARJ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Guápiles, 2 de noviembre del 2006.—Lic. Luis Alberto Valverde Mora, Notario.—1 vez.—Nº 88706.—(103678).
Ante esta notaría, mediante escritura número ciento treinta y cinco, de las diecisiete horas del diez de noviembre del dos mil seis, los señores Luis Alfaro Arias, cédula 2-241-494 y Wifrido Rojas Hernández, cédula 1-361-012, constituyen la sociedad anónima Lawra Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones y domicilio en la ciudad de Mercedes de Montes de Oca, frente instalaciones deportivas de la Universidad de Costa Rica. Lic. Rebeca Castillo Bastos, con oficina en Concepción de La Unión, Urbanización Monserrat, 18 A.—Lic. Rebeca Castillo Bastos, Notaria.—1 vez.—Nº 88708.—(103679).
Ante mí, Vilma Solano Pérez, Notaria Pública con oficina en San José, comparece: Aracelly Cascante Azofeifa, mayor, soltera, cédula Nº 1-413-1123, vecina del Carmen Guadalupe, y constituyó sociedad anónima Inversiones IMP Mariplata Sociedad Anónima, la compareciente sustentará la representación judicial y extrajudicial de dicha sociedad.—San José, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Vilma Solano Pérez, Notaria.—1 vez.—Nº 88711.—(103680).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del diez de noviembre de dos mil seis, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inmobiliaria El Níspero PR Cero Uno S. A., y se reformó la cláusula quinta del Pacto Constituyó.—San José, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Mónica Farrer Peña, Notaria.—1 vez.—Nº 88714.—(103681).
Mediante escritura número 14-14 otorgada ante el suscrito notario en esta ciudad a las 16:00 horas de hoy, el señor Nelson Castro Vargas protocolizó dos actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de Agropecuaria Castro y Ballar, S. A., mediante las cuales modificó la cláusula cuarta del acta constitutiva y aprobó una cesión de acciones.—San José, 8 de noviembre del 2006.—Lic. Floresmiro Zuleta Pastrana, Notario.—1 vez.—Nº 88715.—(103682).
Por escritura pública número tres-tres, otorgada ante esta notaría a las diez horas del día nueve de noviembre de dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Costa Montezuma S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-tres nueve nueve cero cinco cinco, donde se acordó reformar las cláusulas segunda y sexta del pacto social y se nombra nueva Junta Directiva.—San José, 9 de noviembre del 2005.—Lic. Arturo Barzuna Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 88717.—(103683).
Carlos Alberto Murillo Li, Hazel Miranda Miller, Cristina, Carlos Alberto y Daniela, todos Murillo Miranda, constituyen sociedad anónima Grupo Hermanos Murillo Miranda S. A., Otorgada a las 8:00 horas del 13 de noviembre del 2006—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 88719.—(103684).
Por escritura número 071-02 del tomo N° 2 de mi protocolo, otorgada en San Isidro de El General a las dieciséis horas del nueve de noviembre del dos mil. Se constituye la sociedad costarricense denominada Los Siete de Sierpe Sociedad Anónima.—San Isidro de El General, 10 de noviembre del 2006.—Lic. Maribel Barrantes Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 88720.—(103685).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 9 de noviembre del 2006, se constituyó la sociedad de esta plaza Servicios de Limpieza Génesis Sociedad Anónima, plazo 99 años, capital social ¢10.000,00. Presidente y tesorera con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Dixiela Madrigal Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 88721.—(103686).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 8 de noviembre del 2006, se constituyó la sociedad Roceyfam Sociedad Anónima, con un plazo social de 99 años. Se nombró presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma al señor Luis Antonio Rodríguez Guillén, cédula N° 1-680-537.—San José, 12 de noviembre del 2006.—Lic. Alex Gen Palma, Notario.—1 vez.—Nº 88722.—(103687).
Mediante la escritura número 119 otorgada a las 12:00 horas del 13 de noviembre del 2006 ante esta notaría, se modificaron las cláusulas primera, segunda, quinta y sétima del Pacto Constitutivo de la sociedad Mare Crisium S. A., así mismo se nombró nueva Junta Directiva y Fiscal.—San José, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Carlos Manuel Aguilar Rojas, Notario.—1 vez.—(103797).
Mediante la escritura número 117 de esta notaría, otorgada a las 9:00 horas del 7 de noviembre del año en curso, se constituyó la sociedad denominada TWS Resources S. A. Capital íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Nathan Frederic Ward.—San José, 7 de julio del 2006.—Lic. Carlos Manuel Aguilar Rojas, Notario.—1 vez.—(103798).
Mediante escritura N° 89-4, otorgada en mi notaría a las 12:00 horas del 27 de setiembre de 2006, se constituyó Comercializadora Metal Mecánica C M M Tres Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Domicilio empresarial: Pavas, 200 metros oeste y 125 metros sur, de la Embajada Americana; capital empresarial: 1.000 colones. Gerente: Jacqueline Andrea Rubí Mejías; quien actúa con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—Heredia, 31 de setiembre de 2006.—Lic. Juan Carlos Camacho Sequeira, Notario.—1 vez.—(103799).
Mediante escritura N° 102-4, otorgada en mi Notaría a las 15:00 horas del 13 de noviembre de 2006, se sustituye el cargo de gerente en Estructuras Almeca Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Gerente: Jacqueline Andrea Rubí Mejías; quien actuará con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—Heredia, 13 de noviembre de 2006.—Lic. Juan Carlos Camacho Sequeira, Notario.—1 vez.—(103800).
Por escritura otorgada hoy se modificó artículo primero y Junta Directiva de la empresa Bapinh Thelas Ltda.—San José, 8 de noviembre del 2006.—Lic. José María Penabad Bustamante, Notario.—1 vez.—(103802).
High Point Software S. A., cédula de persona jurídica 3-101-367514, cambia de domicilio social, junta directiva y agente residente. Escritura otorgada en San José, a las 16:00 horas del 1° de noviembre del 2006.—Lic. Norman de Pass Ibarra, Notario.—1 vez.—(103804).
Por escritura otorgada ante esta notaría se protocolizan acuerdos de Semana Blanca XVI Sociedad Anónima. Se nombra Junta Directiva.— San José, 10 de noviembre de 2006.—Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.—(103817).
Que por escritura número 30, visible al folio 14, frente del tomo primero del protocolo del Notario Público Lic. Royner Barrientos Alfaro, se constituye la empresa Distribuidora Suki del Este Sociedad Anónima El motivo de este edicto es la constitución de la empresa dicha.—San José, a las 9:00 horas del 7 de noviembre del 2006.—Lic. Royner Barrientos Alfaro, Notario.—1 vez.—(103819).
Ante esta notaría el veinte de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada K C Sándwich Panel S. A. Plazo social noventa y nueve años.—San José, 8 de noviembre del 2006.—Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 88737.—(103821).
Ante el licenciado Marvin Ramírez Víquez el día 11 de noviembre del 2006, se constituye la sociedad Montes y Asociados B & H Sociedad Anónima.—San José, 11 de noviembre del 2006.—Lic. Marvin Ramírez V., Notario.—1 vez.—Nº 88740.—(103822).
Por escritura otorgada a las 12:30 horas del día 10 de noviembre del 2006, se modificó la cláusula octava de la sociedad Heavenly Home Sites S. A.—Carlos Alfredo Umaña Balser, Notario.—1 vez.—Nº 88741.—(103823).
Por escritura otorgada a las 11:00 horas del día 10 de noviembre del 2006, se modificó la cláusula octava de la sociedad Aspicio Stellas S. A.—Carlos Alfredo Umaña Balser, Notario.—1 vez.—Nº 88742.—(103824).
Por escritura otorgada a las dieciséis horas del día de hoy se reforman las cláusulas dos y ocho del pacto social de la empresa Virginia Tamarindo Treinta y Dos S. A.—San José, 30 de octubre del 2006.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 88743.—(103825).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las diecinueve horas del treinta de octubre del dos mil seis, se reformó la cláusula novena del pacto constitutivo de D´Alger Internacional SRL.—Lic. Alejandra Hevia Portocarrero, Notaria.—1 vez.—Nº 88745.—(103826).
Por escritura número 185, otorgada a las 12:00 horas del día 20 de octubre del 2006, ante el notario Giovanni Portuguez Barquero, se traspasó la empresa denominada BHC de Centroamérica Empresa Individual de Responsabilidad Limitada de Wilman Hernández Cordero a Bolívar Hernández Camacho, junto con su representación legal.—Cartago, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 88747.—(103827).
Por escritura número 194, otorgada a las 9:00 horas del día 27 de octubre del 2006, ante el notario Giovanni Portuguez Barquero, se constituyó la empresa denominada Compañía Comercial Metal Chilena Sociedad Anónima. Domicilio: Cartago, San Nicolás, plazo: 100 años. Objeto: comercio en general y otros. Capital social: 100.000 colones. Representación: Presidente y Secretario, apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando en forma conjunta o separada, pero el secretario solo en caso de ausencia, impedimento físico o muerte del Presidente.—Cartago, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 88748.—(103828).
Ante esta notaría, Karol Ivannia, Kattia Alejandra, Sugey Andrea todos Rojas Solano y Carlos Francisco Rojas Quirós constituyeron la sociedad denominada Servicios y Asesorías Cartaginesa Trimi S. A., Capital social doscientos mil colones. Domicilio fiscal: Cien metros este, doscientos metros norte y cien metros este de la Iglesia de Caballo Blanco, Cartago. Plazo: noventa y nueve años. Escritura otorgada en Cartago, a las nueve horas del dieciocho de octubre del dos mil seis. Representación: Presidente apoderado generalísimo.—Cartago, octubre del 2006.—Lic. Danilo Durán Collado, Notario.—1 vez.—Nº 88749.—(103829).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de la entidad Transportes Arguedas y Rodríguez Ltda. Escritura otorgada en Grecia, a las 10:00 horas del 9 de octubre del 2006.—Lic. Fabio Evencio Rodríguez Bastos, Notario.—1 vez.—Nº 88751.—(103830).
Por escritura otorgada a las quince horas del seis de octubre del dos mil seis, se constituye la empresa Papagayo Design Center S. A.—San José, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 88752.—(103831).
Ante esta notaría se constituye Mi Pueblo Riodeora Sociedad Anónima domicilio Guanacaste, Santa Cruz, Huacas, del cruce de Tamarindo, ochocientos metros este de antigua Vidriera la Costa, capital social cien mil colones, plazo social cien años, presidente Roberto Antonio Cordero Gómez, cédula número uno-ochocientos setenta y nueve-cuatrocientos cuarenta.—San José, 10 de noviembre del 2006.—Lic. Lissette S. Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 88753.—(103832).
Por escritura N° 134 otorgada ante mí, en San José, a las 12:00 horas del 3 de noviembre del 2006, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad 3-101-451634 S. A., donde se reformó las cláusula primera del nombre para que en adelante se lea Gigant Bro F G T S. A., y la cláusula segunda del domicilio.—San José, 3 de noviembre del 2006.—Lic. Héctor Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 88754.—(103833).
Ante mi notaría, a las 14:00 horas del 7 de noviembre del 2006, escritura Nº 70, se constituyó Asistencia Técnica Diriga S. A., capital suscrito y pagado. Plazo social cien años. Capital social cincuenta mil colones.—San José, 10 de noviembre del 2006.—Lic. Dinorah Obando Hidalgo, Notaria.—1 vez.—Nº 88755.—(103834).
El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las nueve horas del diez de noviembre del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Farmacéuticas de Latinoamérica Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital suscrito y pagado, primer gerente y segundo gerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjuntamente.—Cartago, 10 de noviembre del 2006.—Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—Nº 88756.—(103835).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Desarrollo de Bahía Tamarindo Sociedad Anónima. Otorgada a las once horas del día veintiuno de setiembre del año dos mil seis.—Oscar Guevara Arias, Notario.—1 vez.—Nº 88757.—(103836).
Centro Comercial Plaza Tamarindo O C R Sociedad Anónima. Protocoliza acta de asamblea general ordinaria. Se nombra tesorero. Se reforma cláusula cuarta. Otorgada a las 15:00 horas del día 20 de octubre del 2006.—Alida María Cubillo Chavarría, Notaria.—1 vez.—Nº 88758.—(103837).
Ante esta Notaría, al ser las diez horas del nueve de noviembre de dos mil seis, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada Invertek Catorce Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento ochenta y dos mil cuatrocientos treinta y nueve, donde se acuerda reformar las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo y se elige nueva Junta Directiva.—San José, 9 de noviembre de 2006.—Lic. Paul Portuguez Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 88777.—(103838).
Mediante escritura número cincuenta y seis con fecha de las nueve horas del dos de noviembre del dos mil seis, otorgada ante el notario Wiston Morales Mayorga. Carlos Barrantes González y Elvira Barrantes González vienen a constituir Constructora Industrial Bargon Sociedad Anónima como nombre de fantasía. Presidente: Carlos Barrantes González.—Wiston Morales Mayorga, Notario.—1 vez.—Nº 88781.—(103839).
Ante mí, Edgar Trejos Ramírez, Notario Público, con Oficina en San José, comparecen Oldemar Ramírez Espinoza, cédula de identidad número cuatro-ciento diecisiete-cuatrocientos ochenta y uno y Eder José Ramírez Segura, cédula de identidad número uno-uno dos cero ocho-setecientos noventa y dos, para constituir la sociedad O Y E Ramírez Asociados Sociedad Anónima.—Lic. Edgar Trejos Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 88783.—(103840).
Ante mí, Edgar Trejos Ramírez, Notario Público, con Oficina en San José, comparece Alejandra Castro Mora, cédula de identidad número uno-uno cero dos seis-novecientos cincuenta y ocho, Patricia Mora Ramírez, cédula de identidad uno-cuatrocientos trece-mil cuatrocientos ochenta y seis, Mónica Castro Mora, cédula de identidad número uno-uno cero dos seis-novecientos cincuenta y siete, Mauricio Castro Mora, cédula de identidad número uno-ochocientos noventa y dos-doscientos veintiocho y Cristian Castro Mora, cédula de identidad uno-novecientos sesenta y siete-ciento sesenta, para conformar la sociedad Castro y Mora Asociados Sociedad Anónima.—Lic. Edgar Trejos Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 88784.—(103841).
Por escritura otorgada ante la notaría del licenciado Óscar Rodríguez Sánchez en la ciudad de Alajuela se constituyó la sociedad Granito y Roca Sociedad Anónima con domicilio en la ciudad de Alajuela.—Alajuela, 13 de noviembre del año 2006.—Lic. Óscar Rodríguez Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 88785.—(103842).
Por escritura número ciento seis otorgada a las nueve horas del veintiséis de octubre del año dos mil seis, se constituye Imagen & Marca (IM) Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio San José, Costa Rica. Representación gerente y subgerente.—San José, 10 de noviembre del año 2006.—Lic. María Lupita Quintero Nassar, Notaria.—1 vez.—Nº 88790.—(103843).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas cincuenta minutos del ocho de noviembre del año dos mil seis, la sociedad Cumbremar Cedro Cuatro Sociedad Anónima, reforma cláusulas segunda y sexta de las constitutivas, y sustituye el cargo de presidente, secretario, tesorero, fiscal y agente residente.—San Isidro de Pérez Zeledón, 8 de noviembre del año 2006.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—Nº 88794.—(103844).
Por escritura otorgada hoy, ante la suscrita notaria, el señor Jairo Madriz Rodríguez y la señorita Luisiana Madriz Rodríguez, constituyen la sociedad Centro de Reeducación, Estimulación Visual y Contactología CREVIC Sociedad Anónima, domiciliada en San Pedro de Montes de Oca, San José. Capital social totalmente suscrito y pagado.—San José, 10 de noviembre de 2006.—Lic. Francela López Vílchez, Notaria.—1 vez.—Nº 88796.—(103845).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy a las diecisiete horas se constituyó la empresa Aquisgrán y Nueva Caledonia Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Plazo: 99 años.—San José, 23 de octubre del 2006.—Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—Nº 88797.—(103846).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas treinta minutos del día nueve de noviembre de dos mil seis, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Flete Caribe Sociedad Anónima donde se reforman las cláusulas primera y quinta de los Estatutos.—San José, 9 de noviembre de 2006.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—Nº 88809.—(103850).
En mí notaría, en escritura número: trescientos sesenta, folio: ciento sesenta y uno, frente, se constituye la sociedad M C V Grupo Cinco S. A. con domicilio en San José, Centro, presidente: Hugo Mauricio Vargas Chacón, cédula número uno cero ocho cinco tres-cero nueve cuatro siete. Es todo.—San José, a las 17:00 horas del 30 de octubre del 2006.—Lic. Warren Alberto Flores Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 88810.—(103851).
Por escritura otorgada a las diez horas del diecinueve de setiembre del dos mil seis, se constituyó la sociedad Comercializadora FAR Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, con un plazo de noventa y nueve años, domiciliada en Orotina, centro, Alajuela. Presidenta: Gladys Rivera Rivera.—Lic. Alexa Rodríguez Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 88945.—(104124).
A las veinte horas del doce de noviembre del año dos mil seis, en la notaría del licenciado David Robles Rivera, se protocolizó senda acta de asamblea extraordinaria de accionista de la compañía Inmobiliaria Beta Villa Franca Sociedad Anónima, identificada con la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos dos mil seiscientos ochenta y nueve, modificándose su cláusula tercera: del domicilio y se nombró al señor Minor Antonio Serrano Zúñiga, como su nuevo presidente. Es todo.—San Francisco de Dos Ríos, 8 de noviembre del 2006.—Lic. David Robles Rivera, Notario.—1 vez.—Nº 88951.—(104125).
Edgar Eduardo Acuña Herrera, con cédula Nº 1-806-312 y Rosa María Fuentes Jiménez, cédula Nº 7-096-178, constituyen Multisoluciones El Rapidito Acuña Herrera Sociedad Anónima, siendo su nombre de fantasía Multisoluciones El Rapidito Acuña Herrera S. A. Domicilio: Limón, centro, Matama, Bananito Norte, ciento cincuenta metros al sur del bar Delia. Siendo ambos apoderados generalísimos sin límite de suma, el presidente y secretaria de la sociedad. Escritura Nº 431, visible al folio 193, frente del tomo 33 del notario Juan José Picado Herrera. Otorgada en Limón, centro, a las 16:00 horas del 18 de octubre del 2006.—Lic. Juan José Picado Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 88952.—(104126).
Hoy protocolicé en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Marbella Paradise M.P. S. A. En virtud de la cual se acordó nombrar nueva junta directiva. Escritura otorgada en San José a las 11:00 horas del 19 de octubre del 2006.—Lic. Mónica Lizano Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 88953.—(104127).
Hoy protocolicé en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Balcones Adianto A.D.C.S.B. Uno S. A. En virtud de la cual se acordó nombrar nueva junta directiva y se modificó la cláusula sétima del pacto social. Escritura otorgada en San José a las 13:00 horas del 9 de noviembre del 2006.—Lic. Mónica Lizano Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 88954.—(104128).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del tres de noviembre del año dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Rancho Chiquita Morena Sociedad Anónima, mediante la cual se nombra nuevo tesorero de la junta directiva y se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo. Playa Brasilito.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—Nº 88956.—(104129).
En el día de hoy, se constituyó en la presente notaría la sociedad denominada Deype de Cartago S. A. Capital: suscrito y pagado. Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma Deidamia Peralta González.—Cartago, 9 de noviembre del 2006.—Lic. Jorge Rivera Leandro, Notario.—1 vez.—Nº 88961.—(104130).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 17:00 horas del día 1º de noviembre del año 2006, se constituyó la compañía denominada Nancy G. Tres Ríos Sociedad Anónima. Domiciliada en La Fortuna de San Carlos, Alajuela.—Alajuela, 1º de noviembre del 2006.—Lic. Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 88962.—(104131).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 17:20 horas del día 1º de noviembre del año 2006, se constituyó la compañía denominada Nageo Volcán Dos Cinco Ocho Tres Sociedad Anónima. Domiciliada en La Fortuna de San Carlos, Alajuela.—Alajuela, 1º de noviembre del 2006.—Lic. Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 88963.—(104132).
Por escritura otorgada ante esta misma notaría a las 8:00 horas del día 10 de noviembre del año 2006, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de La Anchoja del Amor S. A., en la cual se reforma la cláusula décima segunda de los estatutos, renuncian el secretario y tesorero y se nombran sustitutos para el resto del plazo social.—San José, 10 de noviembre del 2006.—Lic. Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 88964.—(104133).
Por escritura otorgada ante el notario público Carlos Alberto Víquez Ramírez, a las 11:00 horas del 13 de noviembre del 2006, Freddy Oviedo Villalobos y María del Carmen Gamboa Solano, constituyen sociedad anónima denominada Centro de Acopio Los Molinos. Capital social: diez mil colones.—Heredia, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Carlos Víquez Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 88967.—(104134).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las quince horas del diez de noviembre del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Corporación Telenegocios Sociedad Anónima, domiciliada en Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, costado oeste del Banco Popular. Presidente: Ronald Rojas Víquez. Con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma, con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado.—Ciudad Quesada, 16:00 horas del 10 de noviembre del 2006.—Lic. Víctor Emilio Rojas Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 88969.—(104135).
Gerarld Blanco Guevara, conocido como Gerarld Guevara Alvarado, y Karol María Calderón Quesada, constituyeron Taller de Servicio y Repuestos BC & AS Sociedad Anónima, con domicilio en Desamparados, con capital de diez mil colones y su apoderado generalísimo sin limitación de suma es el presidente.—San José, 14 de noviembre del 2006.—Lic. Kenneth Mora Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 88971.—(104136).
Los señores Edgar Castro Sequeira, Mario Castro Marchena, Yorleny Castro Sequeira, y Omira Sequeira Sevilla, constituyen sociedad anónima denominada Hermanos Castro por Siempre, en escritura ante la notaria Jessica Brenes Camacho.—San José, 14 de noviembre del 2006.—Lic. Jessica Brenes Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº 88972.—(104137).
La empresa Kaylu Sociedad Anónima, modifica las cláusulas segunda, quinta y octava de los estatutos, rectifica señalización de domicilio social, aumento de capital, y nombra nueva junta directiva por el resto del plazo social. Por escritura número setenta y seis, de las ocho horas del catorce de noviembre del dos mil seis, del tomo primero del protocolo de la notaria pública: Marlyn Bendaña Valverde.—Lic. Marlyn Bendaña Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 88973.—(104138).
Escritura Nº 2-101, otorgada a las 20:00 horas del 13 de noviembre del año 2006, ante la suscrita notaria, se reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad MA Bistrechi S. A., cédula jurídica Nº 3-101-264076.—Santo Domingo, Heredia, 14 de noviembre del 2006.—Lic. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 88974.—(104139).
Por escritura otorgada ante el notario Luis Fernando Castro Gómez, se modificó la cláusula novena de la administración de la sociedad anónima Roles y Retenedores Ronupe S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 88975.—(104140).
Por escritura otorgada ante mi notaría en San José, a las 10:00 horas del 13 de noviembre del año 2006, Víctor Hugo Villalobos Venegas y Harold Villalobos Corrales, constituyen la sociedad denominada Vihasoka Brus Sociedad Anónima. Domicilio: Puntarenas, Coto Brus, San Vito, doscientos metros al sureste del Hospital. Capital: totalmente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: el socio: Víctor Hugo Villalobos Venegas. Agente residente: Ana Victoria Campos Vargas.—Lic. Ana Victoria Campos Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 88977.—(104141).
Por escritura otorgada por el suscrito Omar Ayales Aden a las doce horas del siete de noviembre del dos mil seis, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía Up in the Shy Sociedad Anónima, por lo que se reforma la cláusula sexta del pacto social, concerniente a la representación social.—San José, 7 de noviembre del 2006.—Lic. Omar Ayales Aden, Notario.—1 vez.—Nº 88979.—(140142).
Por escritura otorgada por el suscrito Omar Ayales Aden a las diecisiete horas del diecinueve de abril del dos mil cinco, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía Just Business Sociedad Anónima, por lo que se reforma la cláusula sexta del pacto social, concerniente a la representación social.—San José, 7 de noviembre del 2006.—Lic. Omar Ayales Aden, Notario.—1 vez.—Nº 88980.—(140143).
Por escritura otorgada por el suscrito Omar Ayales Aden a las doce horas del siete de noviembre del dos mil seis, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía Up in the Sky Sociedad Anónima, por lo que se reforma la cláusula sexta del pacto social, concerniente a la representación social.—San José, 7 de noviembre del 2006.—Lic. Omar Ayales Aden, Notario.—1 vez.—Nº 88981.—(140144).
Por escritura otorgada en esta ciudad a las diez horas del día de hoy, se constituyó una sociedad anónima denominada Naturaleza del Arizona Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de Cartago, con un capital de cien mil colones, con un plazo de noventa y nueve años. Presidente el socio William Alberto Bolaños Gamboa.—San José, 14 de noviembre del 2006.—Msc. Andrea María Quesada Méndez, Notaria.—1 vez.—(104205).
Por escritura otorgada en esta ciudad a las once horas del día de hoy, se constituyó una sociedad anónima denominada Naturaleza del Java Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de Cartago, con un capital de cien mil colones, con un plazo de noventa y nueve años. Presidente el socio William Alberto Bolaños Gamboa.—San José, 14 de noviembre del 2006.—Msc. Andrea María Quesada Méndez, Notaria.—1 vez.—(104206).
Por escritura otorgada hoy ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad Fokus-Rafapett Sociedad Anónima. Capital social: totalmente suscrito y pagado por los socios.—San José, 1º de noviembre del 2006.—Lic. Gavridge Pérez Porras, Notario.—1 vez.—(104208).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del catorce de noviembre del dos mil seis, se reforma la cláusula octava de la sociedad Song of Sirens Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta mil seiscientos treinta y nueve, correspondiente a la administración y se nombra una nueva juntad directiva. El presidente y secretario ejercen la representación judicial y extrajudicial.—San José, 14 de noviembre del 2006.—Lic. Alexander Araya Zúñiga, Notario.—1 vez.—(104212).
Por escrituras número diez y once otorgadas a las ocho horas y ocho horas, treinta minutos del día catorce de noviembre del año dos mil seis, protocolicé actas de la asamblea general extraordinaria de las sociedades anónimas Villa Caraffa del Blanco S. A. y Dies Somnium S. A., en las cuales se acordó: reformar las cláusulas segunda, quinta y sexta del pacto social, revocar poderes generalísimos, junta directiva y agente residente y se hacen nuevos nombramientos.—San José, 14 de noviembre del 2006.—Lic. Óscar Noé Ávila Molina, Notario.—1 vez.—Nº 88993.—(104263).
Ante esta notaría, se constituyó Maquenco H O A Sociedad Anónima. Presidente: Steve Philips. Escritura otorgada a las 15:00 horas del día 3 de noviembre del año 2006.—Lic. Leyla Rita Calderón Campos, Notaria.—1 vez.—Nº 88994.—(104264).
Por escritura otorgada ante mí, Mauricio Ceciliano Rivera, a las nueve horas del diez de octubre del dos mil seis, se constituye la sociedad Inverciones y Soluciones Jema del Sur Sociedad Anónima pudiendo abreviarse, Inverciones y Soluciones Jema del Sur S. A. Domicilio: tendrá su domicilio social en Pérez Zeledón, San Isidro de El General, barrio Santa Cecilia, veinticinco metros al sur de Depósito de Maderas Santa Cecilia. Capital social: diez mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de constitución. Presidente: Mario Ureña Arguedas.—San Isidro de Pérez Zeledón, 10 de noviembre del 2006.—Lic. Mauricio Ceciliano Rivera, Notario.—1 vez.—Nº 88995.—(104265).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 8:00 horas del 2 de noviembre del 2006, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Lerscry S. A. Se reforma cláusula quinta.—San José, 2 de noviembre del 2006.—Lic. Mauricio Marín Sevilla, Notario.—1 vez.—Nº 88996.—(104266).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 10:00 horas del 18 de octubre del año 2006, que es asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Patchart Limitada, en firme, por unanimidad y por convenir así a los intereses de sus socios, se acuerda disolver dicha sociedad. Es todo.—San José, 18 de octubre del 2006.—Lic. José Manuel Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 88997.—(104267).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 12:00 horas del 18 de octubre del año 2006, que es asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Glicel Uno S. A., en firme, por unanimidad y por convenir así a los intereses de sus socios, se acuerda disolver dicha sociedad. Es todo.—San José, 18 de octubre del 2006.—Lic. José Manuel Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 88998.—(104268).
Fredrick Lee y Thomas Anthony Agius, constituyen personería jurídica denominada Grupo Lee Finanzas del Sur Sociedad Anónima, domiciliada en San José, La Soledad, entre avenida seis y ocho, calle once, casa número seiscientos cincuenta y cuatro, con un capital social de diez mil colones. Escritura otorgada en la ciudad de San José a las siete horas del dieciocho de octubre del dos mil seis.—Lic. Ernesto Torres Torres, Notario.—1 vez.—Nº 88999.—(104269).
Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se constituyó la compañía denominada Laughing Rio Cote Limitada. Capital: totalmente suscrito y pagado.—San José, 10 de noviembre del 2006.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—Nº 89000.—(104270).
Que por escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del día 14 de noviembre del año 2006, se reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva de la sociedad denominada Fucana Agropecuaria Sociedad Anónima.—San José, 14 de noviembre del 2006.—Lic. Pablo Fernando Ramos Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 89001.—(104271).
La suscrita notaria hace constar que con vista en la matriz, escritura número ciento sesenta y cinco visible al folio ciento veintitrés frente del tomo uno de mi protocolo, de la constitución de la sociedad anónima Transportes Fonseca Arguedas S. A. Es todo.—San José, 8:00 horas del 14 de noviembre del 2006.—Lic. Zarella Obando Retana, Notaria.—1 vez.—Nº 89002.—(104272).
El suscrito Marino Muñoz Elizondo, notario público, hace constar que ante esta notaría, se ha constituido la sociedad DCH Constructora y de Servicios Múltiples Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, presidente Róger Duarte Chávez, cédula de identidad Nº 9-067-436, y tesorero: Oger Duarte Chávez, conocido como Ólger Duarte Chávez, cédula de identidad Nº 1-794-182, a quienes le corresponde la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo sólo en forma conjunta o separada.—San José, 11 de noviembre del 2006.—Lic. Marino Muñoz Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 89003.—(104273).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecinueve horas del tres de noviembre del dos mil seis, se constituyó la sociedad Inversiones Delucy de México Sociedad Anónima con un capital de doce mil colones y un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución.—San José, 3 de noviembre del 2006.—Lic. Ana Elena Castillo Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 89005.—(104274).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas, treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil seis, se constituyó la sociedad Inversora Empresarial de Nueva Caledonia Sociedad Anónima con un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución y con un capital social de doce mil colones.—San José, 9 de noviembre del 2006.—Lic. Maricruz Villasuso Morales, Notaria.—1 vez.—Nº 89006.—(104275).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del treinta y uno de octubre del dos mil seis, se nombró nueva junta directiva y fiscal, y se reformaron las cláusulas segunda y sexta de los estatutos de la sociedad Autum Sunflowers Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y un mil novecientos uno.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil seis.—Lic. Maricruz Villasuso Morales, Notaria.—1 vez.—Nº 89007.—(104276).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas treinta minutos del treinta y uno de octubre del dos mil seis, se nombró nueva junta directiva y fiscal, y se reformaron las cláusulas segunda y sexta de los estatutos de la sociedad Sohno Nocturno Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veinticuatro mil ochocientos trece.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil seis.—Lic. Maricruz Villasuso Morales, Notaria.—1 vez.—Nº 89008.—(104277).
Por escritura número catorce, otorgada en San José, a las ocho horas del dieciocho de octubre del dos mil seis, el señor Allan Pearsall Casafont y otra, constituyen la sociedad denominada Hotel Los Tucanes Sociedad Anónima. Domiciliada en San José, avenida tres bis, calles dieciocho y veinte, número mil ochocientos veintinueve. Capital social: ¢50.000,00. Plazo: 99 años.—San José, 18 de octubre del 2006.—Lic. Juan Ernesto Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—Nº 89010.—(104278).
Ante la notaria María del Rocío Cortés Arias, se protocolizó acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Hacienda El Aromo del Pelón de La Bajura S. A., mediante la cual se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo, se revocan los cargos del presidente y secretario, y se realizan nuevos nombramientos de los mismos.—San José, trece de noviembre del dos mil seis.—Lic. María del Rocío Cortés Arias, Notaria.—1 vez.—Nº 89011.—(104279).
Ante mi notaría, a las 11:00 horas del día 12 de noviembre del 2006, se constituyó CR International Network Enterprises S. A. Capital: suscrito y pagado.—San José, 14 de noviembre del 2006.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—Nº 89013.—(104280).
Por escritura otorgada el día 6 de noviembre del 2006, ante esta notaría, se constituye Óptica Digital del Sur ABC Sociedad Anónima. Se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 14 de noviembre del 2006.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 89014.—(104281).
Por escritura otorgada el día 10 de noviembre del 2006, ante esta notaría, se reforman los estatutos y sustituye miembro de Humedales Platón de Titanio Sociedad Anónima.—San José, 13 de noviembre del 2006.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 89015.—(104282).
Por escritura otorgada ante esta notaria, a las once horas del seis de noviembre del dos mil seis, se constituye la sociedad Garden Golf S. A. Capital social: cien mil colones. Domicilio: Heredia, Asunción de Belén, Bosques de Doña Rosa, casa número veinticinco K. Presidente: José de Jesús López Barahona.—Heredia, 6 de noviembre del 2006.—Lic. Sonia Carvajal González, Notaria.—1 vez.—Nº 89016.—(104283).
Por escritura otorgada ante esta notaria, a las doce horas del veinticinco de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad Constructora Evenezer del Oeste Sociedad Anónima.—San José, 14 de noviembre del 2006.—Lic. Ana María Faeth Mena, Notaria.—1 vez.—Nº 89017.—(104284).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 13 de noviembre del 2006, se constituye la sociedad Hacienda La China R y L Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Presidente: Ricardo Blanco Solís.—Pérez Zeledón, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Juan Carlos Céspedes Chinchilla, Notario.—1 vez.—Nº 89018.—(104285).
Por escrituras de las 8:00 y 9:00 horas del 14 de noviembre del 2006, se constituyen Harris Properties Developments of Hermosa Limitada y Vilumegato Properties Limitada, en su respectivo orden. Es todo.—14 de noviembre del 2006.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 89019.—(104286).
Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público en San Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas del día veinticuatro de octubre del dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de The Laughing Falcon Matapalo Investments Sociedad Anónima, por medio de la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta del pacto social, revocar el nombramiento del presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, realizar nuevos nombramientos en dichos cargos, revocar el nombramiento del fiscal, realizar nuevo nombramiento en dicho cargo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente de la sociedad, y realizar nuevo nombramiento en dicho cargo.—San Isidro de Pérez Zeledón, veinticuatro de octubre del dos mil seis.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 89021.—(104287).
Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público en San Isidro de Pérez Zeledón, a las siete horas del día veinticuatro de octubre del dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Desarrollos El Olingo del Barú Sociedad Anónima, por medio de la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta del pacto social, revocar el nombramiento del secretario y tesorero de la junta directiva, realizar nuevos nombramientos en dichos cargos, revocar el nombramiento del fiscal, realizar nuevo nombramiento en dicho cargo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente de la sociedad, y realizar nuevo nombramiento en dicho cargo.—San Isidro de Pérez Zeledón, veinticuatro de octubre del dos mil seis.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 89022.—(104288).
Ante esta notaria, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Productos Agropecuarios PROAGRO de Guanacaste S. A., a las ocho horas del día trece de noviembre del dos mil seis. Se reformó la cláusula segunda del domicilio el cual será en Playa Flamingo, Guanacaste, en el Bufete Varela y Asociados, oficina número uno, ubicado doscientos cincuenta metros al sur de la entrada a Playa Potrero, y la cláusula octava de la representación, siendo el representante el presidente. Es todo.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 89023.—(104289).
Ante esta notaria, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Pacific Island Sociedad Anónima, en la que se modificó el artículo noveno del pacto constitutivo.—Playa Flamingo, trece de noviembre del dos mil seis.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 89024.—(104290).
Ante esta notaria, se constituyó la sociedad denominada Flamingo Marazul P.F.G. Sociedad Anónima, según escritura de las trece horas del día seis de setiembre del dos mil seis.—Playa Flamingo, siete de noviembre del dos mil seis.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 89025.—(104291).
Ante esta notaria, se constituyó la sociedad denominada Flamingo Bahía Tropical F G Sociedad Anónima, según escritura de las trece horas del día seis de setiembre del dos mil seis.—Playa Flamingo, siete de noviembre del dos mil seis.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 89026.—(104292).
Ante esta notaria, se constituyó la sociedad denominada Flamingo Joya del Pacífico Sociedad Anónima, según escritura de las trece horas del día seis de setiembre del dos mil seis.—Playa Flamingo, siete de noviembre del dos mil seis.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 89027.—(104293).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las veinte horas del día diez de noviembre del dos mil seis, donde se constituye la sociedad de esta plaza denominada ID Concept Sociedad Anónima.—San José, diez de noviembre del dos mil seis.—Lic. José Rojas Méndez, Notario.—1 vez.—Nº 89029.—(104294).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las veinte horas treinta minutos del día diez de noviembre del dos mil seis, donde se constituye la sociedad de esta plaza denominada Tumai Nature Distribution Sociedad Anónima.—San José, diez de noviembre del dos mil seis.—Lic. José Rojas Méndez, Notario.—1 vez.—Nº 89030.—(104295).
Por escritura otorgada hoy ante la suscrita notaria, Meylin Vanessa Jarrín Mora y Jackeline Jarrín Mora, constituyen la sociedad de esta plaza Conserval S. A. Presidenta: Meylin Vanessa Jarrín Mora.—San José, 1º de noviembre del 2006.—Lic. Giséis Cheves Romero, Notaria.—1 vez.—Nº 89032.—(104296).
Por escritura otorgada hoy ante la suscrita notaria, Meylin Vanessa Jarrín Mora y Jackeline Jarrín Mora, constituyen la sociedad de esta plaza Transportes Parque del Mono M.V.J.M S. A. Presidenta: Meylin Vanessa Jarrín Mora.—San José, 1º de noviembre del 2006.—Lic. Giséis Cheves Romero, Notaria.—1 vez.—Nº 89033.—(104297).
Ante esta notaria, por escritura otorgada a las once horas cuarenta minutos del trece de noviembre del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Organización, Mercadeo y Publicidad OMEP Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerente: Víctor Hugo Calvo Solís.—San José, catorce de noviembre del dos mil seis.—Lic. Ana Graciela Zúñiga Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 89034.—(104298).
En mi notaría, a las quince horas del once de agosto del dos mil seis, se cambia junta directiva de la sociedad Hermanas Varlop S. A., nombrando como presidente: Rolando Mejía Pineda, cédula Nº 2-258-242; vicepresidente: Carlos Eduardo Mejía Vargas, cédula Nº 2-544-549, y tesorera: Telma Vargas López, cédula Nº 6-104-1189, todos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Marta Quesada López, Notaria.—1 vez.—Nº 89035.—(104299).
Ante esta notaría, el día dos de noviembre del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Rome de Monteverde Sociedad Anónima. Representada por su presidente Carlos Luis Rodríguez Mora. Capital social: diez mil colones.—San José, seis de noviembre del dos mil seis.—Lic. Javier González Loría, Notario.—1 vez.—Nº 89037.—(104300).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del día 13 de noviembre del 2006, de la compañía El Quiguilote Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula sétima, y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 14 de noviembre del 2006.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado, Notario.—1 vez.—Nº 89038.—(104301).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 13 de noviembre del 2006, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Carthon S. A. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Plazo: cien años. Domicilio: Huacas, Santa Cruz, Guanacaste. Objeto: comercio en general.—Guanacaste, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 89043.—(104302).
Ante mí, Javier Villalta Solano, notario público de San José, se constituyó la sociedad anónima denominada Escuela de Crianza y Entrenamiento Canino del Atlántico Sociedad Anónima, el día trece de noviembre del dos mil seis, mediante la escritura número doscientos cincuenta y seis, del tomo primero de mi protocolo. Se designa a Carlos Manuel Vargas Quirós, como presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—San José, catorce de noviembre del dos mil seis.—Lic. Javier Villalta Solano, Notario.—1 vez.—Nº 89045.—(104303).
Ante mi notaría, se constituyó la sociedad Importaciones Chito Cars Sociedad Anónima. Su capital social es de diez mil colones.—San Antonio de Belén, Heredia, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Luis Bernardo Parini Segura, Notario.—1 vez.—Nº 89046.—(104304).
Ante nosotras, Oky Ma. Campos Rodríguez y Monika Fernández Mayorga, notarias públicas, se constituyó la empresa denominada Palmacol Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años. Presidenta: Marina Esperanza Pinedo de Fuentes, cédula Nº 11700042672. Capital social: 10.000 colones, con domicilio en Palmares, Alajuela, 150 metros sur Club Amigos.—Palmares, 3 de noviembre del 2006.—Lic. Monika Fernández Mayorga, Notaria.—1 vez.—Nº 89047.—(104305).
Ante esta notaría el día de hoy, se constituye F J Salva Sociedad Anónima. Domicilio en Guápiles, Pococí de Limón 150 oeste templo católico. Plazo social: 99 años. Capital social: de cien mil colones. Objeto: en forma principal el comercio. Apoderados presidente y secretario.—Palmares, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—Nº 89048.—(104306).
Por protocolización de acta de la sociedad Inversiones Jamil Sociedad Anónima, ante esta notaría a las catorce horas del siete de noviembre del dos mil seis, se modifica la cláusula quinta. Se revoca el nombramiento del secretario y fiscal así mismo se crean los puestos de vicepresidente y vocal uno en virtud de lo cual se realiza nuevos nombramientos.—San José, 7 de noviembre del 2006.—Lic. Natan Wager V., Notario.—1 vez.—Nº 89053.—(104309).
Por escritura otorgada a las 13:00 horas del 8 de noviembre del 2006, ante esta notaría, José Gerardo Prendes Villalonga, Amauris Damian Martínez Caballero y Wilfredo Sotolongo, constituyen la sociedad denominada Inversiones Latinas Tukan C.R. S. A. Objeto: comercio en general. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente: José Gerardo Prendes Villalonga.—San José, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Jorge Armando Cartín Estrada, Notario.—1 vez.—Nº 89057.—(104310).
Por escritura otorgada en esta notaría a las 14:00 horas del 9 de noviembre del 2006, se constituye Mariana Fullservice S. A., con un capital social de doce mil colones.—Lic. Olga Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 89059.—(104311).
La sociedad Prestasa Sociedad Anónima, cambia cláusula segunda y cambia junta directiva y el fiscal, mediante escritura otorgada a las 9:00 horas del día 14 de noviembre del año dos mil seis, ante el notario público Alberto Baraquiso Leitón.—Lic. Alberto Baraquiso Leitón, Notario.—1 vez.—Nº 89060.—(104312).
El día de hoy ante esta notaría, se constituyó Dureitín S. A. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: apoderado generalísimo. Notario autorizante: Manfred Clausen Gutiérrez.—San José, 25 de octubre del 2006.—Lic. Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 89061.—(104313).
El notario Luis Rodríguez Rescia avisa que en su notaría los señores Óscar Corella Chinchilla y Hernando Jaramillo, constituyeron la sociedad Dandys Jet Ski S. A. Capital social: un millón de colones. Plazo: noventa y nueve años. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del trece de noviembre del dos mil seis, protocolo siete, folio quince vuelto.—Lic. Luis Rodríguez Rescia, Notario.—1 vez.—Nº 89062.—(104314).
Por escritura otorgada ante mí a las dieciséis horas y cuarenta minutos del seis de noviembre del año dos mil seis, se constituyó Ideas Alimenticias Blayma Sociedad Anónima. Plazo social de noventa y nueve años. Capital social de cien mil colones totalmente suscrito y pagado. Representada por su presidente y secretario.—Ciudad Quesada, San Carlos, 6 de noviembre del 2006.—Lic. Greivin Jiménez Méndez, Notario.—1 vez.—Nº 89063.—(104315).
Que al ser las ocho horas del nueve de agosto del año dos mil seis, mediante escritura número ciento setenta y dos del tomo primero del protocolo del suscrito notario; se procede a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Teka del Pacífico Tercera S. A. En la cual presentan su renuncia a la Junta Directiva los actuales miembros, a los cuales se les brindan las gracias por la labor cumplida y se efectúan los nuevos nombramientos.—San Ramón, 1º noviembre del 2006.—Lic. Álvaro Quesada Salas, Notario.—1 vez.—Nº 89087.—(104330).
Que al ser las ocho horas del nueve de agosto del año dos mil seis, mediante escritura número ciento setenta y dos del tomo primero del protocolo del suscrito notario; se procede a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Teka del Pacífico Primera TPP S. A. En la cual presentan su renuncia a la Junta Directiva el secretario, tesorero y el fiscal respectivamente, a los cuales se les brindan las gracias por la gestión realizada, y se efectúan los nuevos nombramientos a dichos puestos.—San Ramón, 1º de noviembre del 2006.—Lic. Alvaro Quesada Salas, Notario.—1 vez.—Nº 89088.—(104331).
Que al ser las diez horas del siete de noviembre del año dos mil seis, mediante escritura número ciento ochenta y dos del tomo primero del protocolo del suscrito notario; se procede a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Paraíso de Hidalgo S. A. En la cual corresponderá la representación judicial y extrajudicial al presidente y a la secretaria quienes tendrán facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente, presenta así mismo su renuncia a la Junta Directiva el vicepresidente, al cual se le brindan las gracias por la gestión realizada, y se elimina el puesto de la vicepresidencia.—San Ramón, 7 de noviembre del 2006.—Lic. Álvaro Quesada Salas, Notario.—1 vez.—Nº 89089.—(104332).
Mediante escritura número doscientos veintidós, visible al folio cien vuelto, del tomo décimo del protocolo del notario José Álvaro Bonilla Rojas, se constituyó la sociedad denominada La Selva Adventure Resort Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, San Carlos, 13 de noviembre del 2006.—Lic. José Álvaro Bonilla Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 89091.—(104333).
Por escritura otorgada ante esta notaría el veintiocho de enero del dos mil cuatro, se ha constituido sociedad denominada Servicios y Asesorías Aragón Sociedad Anónima. Presidente: Manuel Aragón Tellez. Domicilio: Heredia. Plazo: noventa y nueve años.—Heredia, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Álvaro Hernández Chan, Notario.—1 vez.—Nº 89095.—(104334).
Ante mi notaría el día diez de octubre del dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima que se denominará con su número de cédula jurídica de conformidad con el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J del veintinueve de mayo del dos mil seis, publicado en La Gaceta Número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis. Plazo social noventa y nueve años. Domicilio: San Ramón, Alajuela, setecientos metros al oeste del Instituto Julio Acosta García. Presidenta: Carol Vanessa Delgado Moya.—San Ramón, Alajuela, trece de noviembre del dos mil seis.—Lic. Marlene María Alfaro Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 89103.—(104339).
Por escritura ante nosotros, en San José, a las catorce horas del trece de noviembre del dos mil seis, se protocoliza asamblea ordinaria de Aciar se nombra nueva junta directiva.—Lic. Ericka Castro Argüello y Lic. René Sánchez Chaves, Notarios.—1 vez.—Nº 89105.—(104340).
Que mediante escritura otorgada a las ocho horas del doce de setiembre del año dos mil seis, ante el notario público Manuel Salas Raven, se constituye la sociedad denominada Mar de Frutas MDF Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo: Noventa y nueve años.—San José, trece de noviembre del dos mil seis.—Lic. Manuel Salas Raven, Notario.—1 vez.—Nº 89106.—(104341).
En esta notaría a las 19:00 horas del 30 de setiembre, César Méndez Hernández y Freddy Antonio Cordero Rojas, constituyen la sociedad Free Terra Sociedad Anónima, capital social 10 mil colones, presidente Freddy.—San Ramón.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 89107.—(104342).
En esta notaría a las 10:00 horas del 30 de setiembre, César Méndez Hernández y Freddy Antonio Cordero Rojas, constituyen la sociedad Free Green Sociedad Anónima, capital social 10 mil colones, presidente Freddy.—San Ramón.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 89108.—(104343).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Comunicaciones J. I. R. K & J Sotoval Sociedad Anónima, a las ocho horas del trece de noviembre del dos mil seis.—Lic. Lauro Hermógenes Velásquez de León, Notario.—1 vez.—Nº 89127.—(104355).
Flor María Delgado Zumbado, comunica que ante su notaría se constituyó sociedad anónima cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno - J, por los señores Kenneth Richard Mickelson y Gillian Leigh Mickelson, estadounidenses, cédulas de residencia números uno ocho cuatro - cero cero cero uno seis nueve nueve dos uno, y uno ocho cuatro - cero cero cero uno seis nueve ocho uno cuatro, para dedicarse a toda clase de negocio lícito.—Belén, trece de noviembre del dos mil seis.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—Nº 89128.—(104356).
Flor María Delgado Zumbado, comunica que ante su notaría se constituyó sociedad anónima cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno - J., por los señores Kenneth Richard Mickelson y Gillian Leigh Mickelson, estadounidenses, cédulas de residencia números uno ocho cuatro - cero cero cero uno seis nueve nueve dos uno, y uno ocho cuatro - cero cero cero uno seis nueve ocho uno cuatro, para dedicarse a toda clase de negocio lícito.—Belén, catorce de noviembre del dos mil seis.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—Nº 89129.—(104357).
Carlos Luis Hernández Villalobos, Randall Fabián Hernández Conejo, Carlos Luis Hernández Conejo y Sergio Calvo Paz, constituyen en esta notaría la empresa denominada Hernández y Conejo Constructores CLHV Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2006.—Lic. José Francisco Monge Masís, Notario.—1 vez.—Nº 89130.—(104358).
Debidamente facultado al efecto protocolicé en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria de socios de Red Sistemas de Rotulación S. A. mediante la cual se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, a las 8:00 horas del 2 de noviembre del 2006.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—Nº 89145.—(104369).
El suscrito, Luis Enrique Salazar Sánchez, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día cuatro de octubre del dos mil seis, se constituyó ante mí, la sociedad denominada Empresa Constructora Konsultek de Costa Rica E.C.K. Limitada. De igual forma el día diez de noviembre del dos mil seis, se constituyeron ante mí las siguientes sociedades: Advantage Microloans Corporation S. A., Vandelay Industries S. A., Sublime Enterprises S. A. El día trece de noviembre se constituyó ante mí la sociedad denominada Tandem Enterprises Incorporated S. A., y el día quince de noviembre del dos mil seis, se constituyeron ante mí las sociedades Desarrolladora Vista del Golf D.V.G. S. A., y Desarrolladora Parque Sabana D.P.S. S. A.—San José, quince de noviembre del dos mil seis.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—(104424).
JUSTICIA Y GRACIA
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Se hace saber a: I) Neftalí Castro Alvarado, cédula Nº 1-402-1215, como propietario de las fincas del partido de San José, matrículas Nos. 139900, 139942, 139984 y 140032. A quién a pesar de haber sido notificado a la dirección que consta en los correspondientes documentos, esta oficina no cuenta con el respectivo “acuse de recibo”. Por lo anterior se le comunica por este medio, así como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, que la Dirección del Registro Público de la Propiedad Inmueble ha iniciado diligencias administrativas incoadas por la Lic. Jeannette Lizano C., para investigar las posibles irregularidades en la inscripción de algunos documentos que afectan las fincas del partido de San José, matrículas Nos. 139900, 139942, 139906, 139984, 139986 y 140032. Por lo anterior y con el objeto de cumplir con el debido proceso se le confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presente los alegatos que a sus derechos convengan. E igualmente se le previene que dentro de dicho término a partir de la publicación del presente edicto, debe señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, donde oír futuras notificaciones de este despacho, conforme a los artículos 93, 94, 96 y concordantes del Reglamento del Registro Público de la Propiedad Inmueble, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo del mismo año. (Ref. Expediente Nº 168-2006).—Curridabat, 27 de octubre del 2006.—Lic. Walter Méndez Vargas, Director.—(Solicitud Nº 39134).—C-29720.—(103049).
Se hace saber a los señores Nicolás Rosales Enríquez, cédula Nº 5-175-583 y Rafael Espinoza Obando, cédula Nº 5-044-713, por desconocerse su lugar de residencia o domicilio, que se les brinda audiencia por medio de edicto, por la razón expuesta, así como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, que la Dirección del Registro Público de la Propiedad Inmueble, ha iniciado diligencias administrativas incoadas por la registradora Rosa Méndez Vargas, mediante escrito por medio del cual informa sobre la supuesta triple inmatriculación de las fincas del partido de Guanacaste, números: treinta y dos mil cuatrocientos diecisiete (32417), treinta y dos mil novecientos setenta y tres (32973), y treinta y tres mil doscientos cinco (33205), que publicitan el mismo plano catastrado con el número G-nueve mil cuatrocientos cincuenta y seis-mil novecientos setenta y cuatro (G-9456-1974). El escrito fue presentado ante la Dirección de este Registro, el día 23 de agosto del 2006, mediante el cual indica en lo que interesa:
“_[…]
Con el documento presentado al diario del Registro Público, bajos las citas
tomo 568, asiento 57086, que corresponde a donación de derechos a uno de los
copropietarios y la cual luego hipoteca, al consultar la base de datos del
Catastro Nacional, consulta realizada para verificar la existencia del plano
catastrado Nº G-9456-1974, el mismo aparece asignado a tres fincas Nos.
5-32417-000, 5-32973-000 y 5-33205, de las cuales la segunda es la que
corresponde a mi documento, que tiene la misma medida y situación que la
tercera.
[…]”
Por lo que, mediante resolución de las 9:50 horas del 1º de setiembre del 2006, se ordenó anotar advertencia administrativa sobre las fincas Nos. 5-32417, 5-32973 y 5-33205. Con tal fin, se les confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presente los alegatos que a sus derechos convengan. E igualmente se le previene que dentro de dicho término a partir de la publicación del presente edicto, deben señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este despacho, conforme a los artículos 93, 94, 96 y concordantes del Reglamento del Registro Público de la Propiedad Inmueble, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo del mismo año, en concordancia con el numeral 3 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, Ley Nº 7637, así como el señalamiento de lugar y medio para recibir notificaciones en el Segundo Circuito Judicial de la Ciudad de San José (Goicoechea), ante la Sección Tercera del Tribunal Superior Contencioso Administrativo, conforme a los artículos 2º, 3º y 5º de la Ley Nº 7274 de 10 de diciembre de 1991, Ley de Creación de la Sección Tercera del Tribunal Superior Contencioso Administrativo, órgano superior jerárquico impropio de este Registro, en el eventual caso de ulterior recurso de apelación en contra de lo que resuelva en definitiva este registro, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere. Artículos 20 y 21 de la Ley Nº 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas y artículo 185 del Código Procesal Civil. (Ref. Expediente Nº 267-2006).—Curridabat, 20 de octubre del 2006.—Lic. Walter Méndez Vargas, Director a. í.—(Solicitud Nº 39135).—C-72620.—(103050).
Se hace saber a los señores: Dora Virginia Rojas Ramírez, cédula de identidad Nº 1-0451-0410, Osvaldo Villalobos Venegas, cédula de identidad Nº 2-0452-0693, y Xinia Castro Arce, cédula de identidad Nº 2-0486-0430, que se les brinda audiencia por medio de edicto, por devolución de los respectivos certificados de correo, así como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, que la Dirección del Registro Público de la Propiedad Inmueble ha iniciado diligencias administrativas incoadas por la Registradora Lic. Rosa Méndez Vargas, presentado ante esta Dirección el día 28 de junio del año 2006, por medio del cual informa sobre la supuesta doble inmatriculación de las fincas del partido de San José, números: cuatrocientos setenta y ocho mil doscientos cuarenta y tres - cero cero uno (478243-001) y cuatrocientos setenta y un mil ochocientos cuarenta y cuatro - cero cero cero (471844-000), que publicitan el mismo plano catastrado con el número uno - novecientos veintidós mil seiscientos veintiuno - mil novecientos noventa (1-922621-1990). En lo que interesa, el escrito literalmente, expresa:
“[...] documento presentado al Diario del Registro Público bajo las citas del tomo 568, asiento 01598, que corresponde a la venta de un derecho de la finca 1-478243-001, al consultar la base de datos del Catastro Nacional,
[...] para verificar la existencia del plano catastrado 1-922621- 1990, el mismo aparece asignado también a la finca 1-471844-000 [...]”
Por lo improcedente de utilizar el mismo plano y con el fin de investigar a fondo lo acontecido, mediante Resolución de las 8:00 horas del 30 de junio del año 2006, se ordenó anotar advertencia administrativa sobre las fincas 1-478243 y 1-471844, a fin de publicitar la investigación que se realiza; de igual manera, por resolución de las 8:00 horas del 11 de julio del año 2006, se brindó la audiencia respectiva a todas las partes interesadas. Con tal fin, se les confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir de la publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presente los alegatos que a sus derechos convengan. E igualmente se le previene que dentro de dicho término a partir de la publicación del presente edicto, deben señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 96 y concordantes del Reglamento del Registro Público de la Propiedad Inmueble, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo del mismo año, en concordancia con el numeral 3 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, Ley Nº 7637, así como el señalamiento de lugar y medio para recibir notificaciones en el Segundo Circuito Judicial de la ciudad de San José (Goicoechea), ante la Sección Tercera del Tribunal Superior Contencioso Administrativo, conforme a los artículos 2º, 3º y 5º de la Ley Nº 7274 de 10 de diciembre de 1991, Ley de Creación de la Sección Tercera del Tribunal Superior Contencioso Administrativo, órgano superior jerárquico impropio de este Registro, en el eventual caso de ulterior recurso de apelación en contra de lo que resuelva en definitiva este Registro, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere. Artículos 20 y 21 de la Ley Nº 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas y artículo 185 del Código Procesal Civil. (Ref. expediente Nº 196-2006).—Curridabat, 31 de octubre del 2006.— Registro Público de la Propiedad de Bienes Inmuebles.— Lic. Arturo Ortiz Castro, Subdirector a. í.—(Solicitud Nº 39138).—C-82520.—(103053).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se hace saber a: I.—Cafesanbe Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-085432, como propietario del derecho 023 de la finca del partido de Alajuela, matrícula 13049, entidad representada por Juan Manuel Sánchez Benavides, cédula 4-107-695. A quien a pesar de habérsele notificado a la dirección indicada en los correspondientes documentos, esta Oficina no cuenta con los respectivos “acuses de recibo”, así como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, se les comunica, que la Dirección del Registro Público de la Propiedad Inmueble ha iniciado diligencias administrativas que afectan los derechos 023, 053 y 054 de la finca del partido de Alajuela matrícula 13049, originadas oficiosamente a efecto de investigar la doble venta del derecho inscrito en el asiento 54 de dicha finca a dos personas diferentes. En virtud de lo anterior, con el objeto de cumplir con el debido proceso se le confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presente los alegatos que a sus derechos convengan. E igualmente se le previene que dentro de dicho término a partir de la publicación del presente edicto, debe señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 96 y concordantes del Reglamento del Registro Público de la Propiedad Inmueble, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, del 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo del mismo año. (Ref. expediente Nº 112-2006).—Curridabat, 1º de noviembre del 2006.—Lic. Arturo Ortiz Castro, Subdirector.—(Solicitud Nº 39140).—C-34670.—(104203).
Se hace saber al señor Jorge Eduardo Rojas Villalobos, cédula 4-105-778, en su condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de Cafetalera Dos Mil Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-105102, que se le brinda audiencia por medio de edicto, por desconocerse su lugar de residencia o domicilio exacto, así como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, que la Dirección del Registro Público de la Propiedad Inmueble ha iniciado diligencias administrativas incoadas por la Registradora Ana Cecilia Castro Villanea, presentado a esta Dirección, por medio del cual informa sobre la supuesta doble inmatriculación de las fincas del partido de Alajuela, números: doscientos noventa y cuatro mil cuarenta y seis (294046) y trescientos veinticinco mil novecientos cuarenta y seis (325946), que publicitan el mismo plano catastrado con el número: A-cuatrocientos cincuenta y cuatro mil seiscientos noventa y cuatro-mil novecientos noventa y siete (A-454694-1997). En lo que interesa, el escrito literalmente, expresa:
“[…] Realizado el estudio del documento presentado al tomo 567 asiento 25537, que afecta la finca de Alajuela 294046-000 he detectado que el plano que aparece inscrito en dicha finca, esta inscrito también en la finca de Alajuela 325946-000 […].”
Realizado un estudio preliminar de lo informado, se determinó lo siguiente: a. efectivamente ambos inmuebles publicitan el mismo plano, b. los dos inmuebles provienen de la misma finca madre 2-275128; c. fueron segregados por parte de la sociedad Cafetalera Dos Mil S. A., la primera finca 294046 por medio del documento tomo 419, asiento 13484 en cabeza propia descrito como local comercial A y conforme al plano A 239111-1995, la segunda 325946 por medio del documento tomo 449 asiento 03281, en cabeza propia, descrito como bloque T lote 9 y de conformidad con el plano A-454694-1997; d. mediante el documento tomo 469, asiento 13612, el propietario registral del inmueble Marvin Hidalgo Bolaños rectifica medida de la finca 294046 incluyendo en tal oportunidad el plano 454694-1997 del partido de Alajuela, y modificando la descripción del inmueble a terreno con una casa, así como sus linderos. Por lo anterior, mediante resolución de las 8:43 horas del jueves primero de junio de 2006, se ordenó anotar y consignar advertencia administrativa sobre las fincas del Partido de Alajuela, números: doscientos noventa y cuatro mil cuarenta y seis (294046) y trescientos veinticinco mil novecientos cuarenta y seis (325946), que publicitan el mismo plano catastrado con el número: A-cuatrocientos cincuenta y cuatro mil seiscientos noventa y cuatro-mil novecientos noventa y siete (A-454694-1997), a fin de publicitar la investigación que se realiza; de igual manera, por resolución de las ocho horas y cuarenta y tres minutos del martes quince de agosto de dos mil seis, se brindó audiencia respectiva a todas las partes interesadas. Con tal fin, se les confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del presente edicto, a efecto que dentro de dicho término, presenten los alegatos que a sus derechos devengan. E igualmente se le previene que dentro de dicho término a partir de la publicación del presente edicto, deben señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 96 y concordantes del Reglamento del Registro Público de la Propiedad Inmueble, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo del mismo año, en concordancia con el numeral 3 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, Ley Nº 7637, así como el señalamiento de lugar y medio para recibir notificaciones en el Segundo Circuito Judicial de la ciudad de San José (Goicoechea), ante la Sección Tercera del Tribunal Superior Contencioso Administrativo, conforme a los artículos 2, 3 y 5 de la Ley Nº 7274 del 10 de diciembre de 1991, Ley de Creación de la Sección Tercera del Tribunal Superior Contencioso Administrativo, órgano superior jerárquico impropio de este Registro, en el eventual caso de ulterior recurso de apelación en contra de lo que resuelva en definitiva este registro, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere. Artículos 20 y 21 de la Ley Nº 3883 del 30 de mayo de 1967 y sus reformas y artículo 185 del Código Procesal Civil. (Ref. expediente Nº 159-2006).—Curridabat, 30 de octubre del 2006.—Lic. Arturo Ortiz Castro, Subdirector a. í.—(Solicitud Nº 39139).—C-105620.—(104204).
BANCO CENTRAL DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ÓRGANO DIRECTOR DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ORDINARIO DE EDUARDO ARMIJO CARVAJAL, EXPORTACIONES TECNOLÓGICAS DEL SUR S. A., WALTER CALDERÓN MOLINA Y FRANCISCO MARTÍNEZ ALPÍZAR. San José, a las 10:50 horas del 7 de noviembre del 2006.
Encontrándose debidamente incorporada al expediente administrativo toda la prueba que se ordenó solicitar, y estando pendiente la celebración de la audiencia de evacuación de prueba en el caso de los señores Walter Calderón Molina, Francisco Martínez Alpízar y de la empresa Exportaciones Tecnológicas del Sur S. A., se acuerda lo siguiente:
En uso y cumplimiento de las atribuciones que la ley me otorga, procedo con fundamento en los artículos 309, 310, 311 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública a citar a los señores Eduardo Armijo Carvajal, Walter Calderón Molina, Francisco Martínez Alpízar y a la empresa Exportaciones Tecnológicas del Sur S. A., a la celebración de la comparecencia oral y privada que se realizará a las 9:45 horas del 3 de enero del 2007, en la sala de reuniones de la Asesoría Jurídica del Banco Central de Costa Rica (BCCR), ubicada en el cuarto piso de su edificio principal, entre avenidas central y primera, calles dos y cuatro.
Se informa que en dicha comparecencia se procederá a admitir y recibir toda la prueba y alegatos de las partes que fueren pertinentes y que se hagan llegar al expediente, en relación con el caso de los señores Walter Calderón Molina, Francisco Martínez Alpízar y de la empresa Exportaciones Tecnológicas del Sur S. A. A la vez, sólo podrá asistir a ella los señores Eduardo Armijo Carvajal, Walter Calderón Molina, Francisco Martínez Alpízar y los representantes debidamente acreditados de la empresa Exportaciones Tecnológicas del Sur S. A., así como los abogados de cada uno, lo cuales deben estar debidamente acreditados para ese acto, dado su derecho a contar con uno durante parte o todo el trámite de este procedimiento; este órgano director del procedimiento que la dirigirá y los testigos correspondientes, para lo cual en este acto se acuerda citar a los señores Mario Alabí Ramos y Emilio Obando Cairol, para que se refieran al trámite que se dio así como a los resultados del informe técnico de la compra directa por excepción 20022-175, que remitiera a la Gerencia del Banco Central de Costa Rica mediante oficio de fecha 16 de mayo del 2005.
Se le recuerda a los señores Eduardo Armijo Carvajal, Walter Calderón Molina, Francisco Martínez Alpízar y a la empresa Exportaciones Tecnológicas del Sur S. A., que en caso de querer ofrecer y evacuar prueba testimonial, deberá por lo menos siete días hábiles antes de la comparecencia, indicar el nombre completo, dirección y hechos sobre los cuales se van a referir las personas que proponga, con la finalidad de que este Órgano Director pueda realizar las correspondientes cédulas de citación, caso contrario, deberá presentarlos el día de la comparecencia previa gestión directa suya, so pena de declararse inevacuable la prueba en caso que ese día no se puedan presentar los testigos.
La ausencia injustificada de los señores Eduardo Armijo Carvajal, Walter Calderón Molina, Francisco Martínez Alpízar y de la empresa Exportaciones Tecnológicas del Sur S. A. no impedirá que la comparecencia se lleve a cabo, sin que ello signifique la aceptación de los hechos, pretensiones ni pruebas aportadas por la Administración de conformidad con el artículo 315 de la Ley General de la Administración Pública.
De conformidad con los artículos 343, 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública, contra esta resolución no procede recurso alguno. Notifíquese a los señores Walter Calderón Molina y Francisco Martínez Alpízar al fax número 494-5343; al señor Eduardo Armijo Carvajal y a la empresa Exportaciones Tecnológicas del Sur S. A., por desconocer su domicilio actual y por no haber ninguna de las dos partes señalado lugar para atender notificaciones, notifíqueseles esta resolución a ambas partes por medio de publicación por 3 veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta.
Lic. Mauricio José Barrantes Alfaro.—(103600).
AVISOS
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y
DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Procedimiento disciplinario
Contra: Arquitecto Bradley Boyd Stewart A-5628
Denunciante: Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos
Expediente: 152-04
Tribunales de Honor. Auto de intimación, a las 12:00 horas del día 8 del mes noviembre del 2006, el Tribunal de Honor del Colegio de Arquitectos, nombrado por la Junta Directiva General en la sesión número 22-05/06-G.E., celebrada el 8 de junio de 2006, acuerdo número 19, con sede en oficinas de Tribunales de Honor del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, ubicada en el tercer piso del Colegio Federado en Granadilla de Curridabat, comunica:
Al Arquitecto Bradley Boyd Stewart, número de cédula 1-495-641, con carné de registro número A-5628, que de conformidad con el acuerdo de Junta Directiva arriba citado, se abrió el presente procedimiento ordinario disciplinario en su contra, por supuestas faltas a:
• Código de Ética: artículos 2, 3, 4, 5 y 18.
• Ley Orgánica del CFIA: Capítulo IV artículo 8 a).
• Reglamento interior general del CFIA: capítulo VI, artículo 53.
• Reglamento de contratación de servicios de consultoría: artículos 7, 10, 11.
• Reglamento especial del cuaderno de bitácora: artículos 2, 3, 9, 18 f) y 19.
Los hechos que se le imputan como Profesional responsable del diseño y de la Dirección Técnica arquitectónica de una casa propiedad de Walter Badilla Meléndez y al señora Helena Brenes de Badilla, ubicada en Curridabat, Lomas de Ayarco sur, lote 24 E, se circunscriben a:
• No haber realizado visitas de supervisión a la obra según su obligación contraída en el contrato de consultoría OC-301253.
• No haber hecho uso adecuado del cuaderno de bitácora de obra, dado que no consignó las anotaciones obligatorias que estipula el Reglamento Especial del Cuaderno de Bitácora en Obras.
• Haber irrespetado y permitido que terceros irrespetaran la Ley Orgánica del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica y demás normativa que rige el ejercicio profesional de sus miembros.
• No haber asumido su responsabilidad como director técnico, lo que propició que se incurriera en defectos constructivos, tales como:
• Agrietamientos en las paredes.
• Desniveles en paredes, y buques de puertas y ventanas.
• Desprendimientos de repellos.
Se le informa y previene que, de probarse que con su actuación faltó a lo que establece el Código de Ética Profesional del CFIA en sus artículos 2, 3, 4, 5 y 18, le serán aplicables las sanciones contenidas en los artículos 21, 23, 24 de ese mismo cuerpo normativo.
Sobre los cargos que se le hacen al denunciado, se le concede el plazo improrrogable de veintiún días hábiles, contados a partir de la notificación del presente auto para que contesten y digan si los rechazan por ser falsos, si los aceptan por ser ciertos o si los acepta sólo parcialmente y con modificaciones y rectificaciones, así como para ofrecer toda la prueba de descargo que considere oportuna y conveniente.
En caso de no comparecer en el plazo conferido en esta resolución, se le advierte que el proceso continuará sin su participación, sin perjuicio de que pueda apersonarse en cualquier momento, pero sin reposición de ningún trámite y tomando el proceso en el estado en que se encuentre (artículo 81 del Reglamento de Proceso Disciplinario del CFIA).
Se le hace saber al denunciado Arquitecto Boyd Stewart, que este procedimiento ordinario disciplinario se tramita con estricto apego a todas las normas y principios del procedimiento administrativo establecidos en el Reglamento de Proceso Disciplinario de los miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, Nº 225 del jueves 22 de noviembre del 2001, y con garantía de todos los medios para que ejerza su defensa indicándole que debe apersonarse a hacer valer sus derechos, que tiene derecho a ser oído y a ofrecer prueba de descargo, acceso en todo momento al expediente y sus piezas, y los antecedentes de la denuncia presentada en su contra. Tiene derecho a hacerse representar y asesorar por un abogado, técnico o cualquier persona calificada que estime conveniente.
La presente resolución tiene los recursos ordinarios de revocatoria con apelación (artículo 107 del Reglamento de Proceso Disciplinario), para lo cual cuenta con un plazo de siete días hábiles contados a partir de la notificación de esta resolución. El recurso de revocatoria deberá plantearse ante este mismo tribunal y será resuelto en la misma sede. El de apelación será planteado de igual forma y será resuelto por la Junta Directiva General.
Actualmente obra en poder de este Tribunal de Honor el expediente disciplinario, cuyo acceso se regulará conforme a lo establecido en los artículos 48, 49 y 50 del Reglamento de Proceso Disciplinario de los miembros del CFIA.
Se previene al denunciado Arquitecto Boyd Stewart, que en el acto de ser notificado o dentro del tercer día y por escrito, deberá señalar lugar, oficina o número de fax donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas siguientes a que sean dictadas. Igual consecuencia sufrirá si el lugar o medio designado fuere impreciso, incierto o se encontrare cerrado o ya no existiere. Se le advierte que si señala un fax, deberán velar porque este se encuentre funcionando normalmente. Asimismo, en caso de desperfecto o inhabilitación, deberá comunicarlo en forma inmediata y señalar nuevo lugar para atender futuras notificaciones.
Se le notifica que según el acuerdo número 01 tomado en la sesión realizada el día 8 de noviembre del 2006 este Tribunal de Honor fijó el día 15 de enero de 2007 a las 17:00 horas, para celebrar la audiencia oral y privada a que se refiere el capítulo II del Reglamento de Proceso Disciplinario de los miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, en la que se admitirá y recibirá toda la prueba y alegatos de las partes que fueren pertinentes.
Por lo anterior se le solicita acudir con puntualidad a la comparecencia, en el entendido de que sólo las partes, sus representantes y abogados podrán asistir al acto.
Copia de este traslado está siendo remitida al Jefe del Departamento de Régimen Disciplinario y al Cliente como partes interesadas en este proceso.
Notifíquese. Arq. Hugo Fernández Sandí, Presidente.—(O/C Nº 4300).—C-127070.—(104069).