La Gaceta Nº 237
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA
Nº 8560
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
APROBACIÓN DE LA CONVENCIÓN PARA LA
SALVAGUARDIA
DEL PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL
Artículo único.—Apruébase, en cada una de las partes, la Convención para
la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial. El texto es el siguiente:
“CONVENCIÓN PARA LA SALVAGUARDIA
DEL PATRIMONIO CULTURAL
INMATERIAL
La Conferencia General de
la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la
Cultura, denominada en adelante “la UNESCO”, en su 32a reunión,
celebrada en París del veintinueve de setiembre al diecisiete de octubre de
2003,
Refiriéndose a los instrumentos internacionales
existentes en materia de derechos humanos, en particular a la Declaración
Universal de Derechos Humanos de 1948, al Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales de 1966 y al Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos de 1966,
Considerando la importancia que reviste el
patrimonio cultural inmaterial, crisol de la diversidad cultural y garante del
desarrollo sostenible, como se destaca en la Recomendación de la UNESCO sobre
la salvaguardia de la cultura tradicional y popular de 1989, así como en la
Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural de 2001 y en la
Declaración de Estambul de 2002, aprobada por la Tercera Mesa Redonda de
Ministros de Cultura,
Considerando la profunda interdependencia que
existe entre el patrimonio cultural inmaterial y el patrimonio material
cultural y natural,
Reconociendo que los procesos de mundialización y
de transformación social por un lado crean las condiciones propicias para un
diálogo renovado entre las comunidades pero por el otro también traen consigo,
al igual que los fenómenos de intolerancia, graves riesgos de deterioro,
desaparición y destrucción del patrimonio cultural inmaterial, debido en
particular a la falta de recursos para salvaguardarlo,
Consciente de la voluntad universal y la
preocupación común de salvaguardar el patrimonio cultural inmaterial de la
humanidad,
Reconociendo que las comunidades, en especial las
indígenas, los grupos y en algunos casos los individuos desempeñan un importante
papel en la producción, la salvaguardia, el mantenimiento y la recreación del
patrimonio cultural inmaterial, contribuyendo con ello a enriquecer la
diversidad cultural y la creatividad humana,
Observando la labor trascendental que realiza la
UNESCO en la elaboración de instrumentos normativos para la protección del
patrimonio cultural, en particular la Convención para la Protección del
Patrimonio Mundial, Cultural y Natural de 1972,
Observando además que todavía no se dispone de
un instrumento multilateral de carácter vinculante destinado a salvaguardar el
patrimonio cultural inmaterial,
Considerando que convendría mejorar y completar
eficazmente los acuerdos, recomendaciones y resoluciones internacionales
existentes en materia de patrimonio cultural y natural mediante nuevas
disposiciones relativas al patrimonio cultural inmaterial,
Considerando la necesidad de suscitar un mayor
nivel de conciencia, especialmente entre los jóvenes, de la importancia del
patrimonio cultural inmaterial y de su salvaguardia,
Considerando que la comunidad internacional
debería contribuir, junto con los Estados Partes en la presente Convención, a
salvaguardar ese patrimonio, con voluntad de cooperación y ayuda mutua,
Recordando los programas de la UNESCO relativos
al patrimonio cultural inmaterial, en particular la Proclamación de las obras
maestras del patrimonio oral e inmaterial de la humanidad,
Considerando la inestimable función que cumple el
patrimonio cultural inmaterial como factor de acercamiento, intercambio y
entendimiento entre los seres humanos,
Aprueba en este día diecisiete de
octubre de 2003 la presente Convención.
I. Disposiciones generales
Artículo 1º—Finalidades
de la Convención. La presente Convención tiene las siguientes finalidades:
a) la salvaguardia del patrimonio cultural
inmaterial;
b) el respeto del patrimonio
cultural inmaterial de las comunidades, grupos e individuos de que se trate;
c) la sensibilización en el plano
local, nacional e internacional a la importancia del patrimonio cultural inmaterial
y de su reconocimiento recíproco;
d) la cooperación y asistencia
internacionales.
Artículo 2º—Definiciones.
A los efectos de la presente Convención,
1. Se entiende por “patrimonio cultural
inmaterial” los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas
-junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les
son inherentes- que las comunidades, los grupos y en algunos casos los
individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este
patrimonio cultural inmaterial, que se transmite de generación en generación,
es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su
entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un
sentimiento de identidad y continuidad y contribuyendo así a promover el
respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana. A los efectos de la
presente Convención, se tendrá en cuenta únicamente el patrimonio cultural
inmaterial que sea compatible con los instrumentos internacionales de derechos
humanos existentes y con los imperativos de respeto mutuo entre comunidades,
grupos e individuos y de desarrollo sostenible.
2. El “patrimonio cultural
inmaterial”, según se define en el párrafo 1 supra, se manifiesta en particular
en los ámbitos siguientes:
a) tradiciones y expresiones orales, incluido el
idioma como vehículo del patrimonio cultural inmaterial;
b) artes del espectáculo;
c) usos sociales, rituales y actos
festivos;
d) conocimientos y usos relacionados
con la naturaleza y el universo;
e) técnicas artesanales
tradicionales.
3. Se entiende por “salvaguardia” las medidas
encaminadas a garantizar la viabilidad del patrimonio cultural inmaterial,
comprendidas la identificación, documentación, investigación, preservación,
protección, promoción, valorización, transmisión -básicamente a través de la
enseñanza formal y no formal- y revitalización de este patrimonio en sus
distintos aspectos.
4. La expresión “Estados Partes”
designa a los Estados obligados por la presente Convención y entre los cuales
ésta esté en vigor.
5. Esta Convención se aplicará
mutatis mutandis a los territorios mencionados en el artículo 33 que pasen a
ser Partes en ella, con arreglo a las condiciones especificadas en dicho artículo.
En esa medida la expresión “Estados Partes” se referirá igualmente a esos
territorios.
Artículo 3º—Relación
con otros instrumentos internacionales. Ninguna disposición de la presente
Convención podrá ser interpretada de tal manera que:
a) modifique el estatuto o reduzca el nivel de
protección de los bienes declarados patrimonio mundial en el marco de la
Convención para la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural de
1972 a los que esté directamente asociado un elemento del patrimonio cultural
inmaterial; o
b) afecte los derechos y
obligaciones que tengan los Estados Partes en virtud de otros instrumentos
internacionales relativos a los derechos de propiedad intelectual o a la
utilización de los recursos biológicos y ecológicos de los que sean partes.
II. Órganos de la Convención
Artículo 4º—Asamblea
General de los Estados Partes.
1. Queda establecida una Asamblea General de los
Estados Partes, denominada en adelante “la Asamblea General”, que será el
órgano soberano de la presente Convención.
2. La Asamblea General celebrará
una reunión ordinaria cada dos años. Podrá reunirse con carácter extraordinario
cuando así lo decida, o cuando reciba una petición en tal sentido del Comité
Intergubernamental para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial o de
por lo menos un tercio de los Estados Partes.
3. La Asamblea General aprobará su
propio Reglamento.
Artículo 5º—Comité
Intergubernamental para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial.
1. Queda establecido en la UNESCO un Comité Intergubernamental
para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, denominado en adelante
“el Comité”. Estará integrado por representantes de 18 Estados Partes, que los
Estados Partes constituidos en Asamblea General elegirán al entrar la presente Convención
en vigor según lo dispuesto en el artículo 34.
2. El número de Estados miembros
del Comité pasará a 24 en cuanto el número de Estados Partes en la Convención
llegue a 50.
Artículo 6º—Elección y
mandato de los Estados miembros del Comité.
1. La elección de los Estados miembros del Comité
deberá obedecer a los principios de una distribución geográfica y una rotación
equitativas.
2. Los Estados Partes en la
Convención, reunidos en Asamblea General, elegirán a los Estados miembros del
Comité por un mandato de cuatro años.
3. Sin embargo, el mandato de la
mitad de los Estados miembros del Comité elegidos en la primera elección será
sólo de dos años. Dichos Estados serán designados por sorteo en el curso de la
primera elección.
4. Cada dos años, la Asamblea
General procederá a renovar la mitad de los Estados miembros del Comité.
5. La Asamblea General elegirá
asimismo a cuantos Estados miembros del Comité sean necesarios para cubrir los
escaños vacantes.
6. Un Estado miembro del Comité no
podrá ser elegido por dos mandatos consecutivos.
7. Los Estados miembros del Comité
designarán, para que los representen en él, a personas cualificadas en los
diversos ámbitos del patrimonio cultural inmaterial.
Artículo 7º—Funciones
del Comité. Sin perjuicio de las demás atribuciones que se le asignan en la
presente Convención, las funciones del Comité serán las siguientes:
a) promover los objetivos de la Convención y
fomentar y seguir su aplicación;
b) brindar asesoramiento sobre
prácticas ejemplares y formular recomendaciones sobre medidas encaminadas a
salvaguardar el patrimonio cultural inmaterial;
c) preparar y someter a la
aprobación de la Asamblea General un proyecto de utilización de los recursos
del Fondo, de conformidad con el artículo 25;
d) buscar las formas de incrementar
sus recursos y adoptar las medidas necesarias a tal efecto, de conformidad con
el artículo 25;
e) preparar y someter a la
aprobación de la Asamblea General directrices operativas para la aplicación de
la Convención;
f) de conformidad con el artículo
29, examinar los informes de los Estados Partes y elaborar un resumen de los
mismos destinado a la Asamblea General;
g) examinar las solicitudes que
presenten los Estados Partes y decidir, con arreglo a los criterios objetivos
de selección establecidos por el propio Comité y aprobados por la Asamblea
General, acerca de:
i) las inscripciones en las listas y las
propuestas que se mencionan en los Artículos Nos. 16, 17 y 18;
ii) la prestación de asistencia
internacional de conformidad con el artículo 22.
Artículo 8º—Métodos de
trabajo del Comité.
1. El Comité será responsable ante la Asamblea
General, a la que dará cuenta de todas sus actividades y decisiones.
2. El Comité aprobará su Reglamento
por una mayoría de dos tercios de sus miembros.
3. El Comité podrá crear, con
carácter transitorio, los órganos consultivos ad hoc que estime necesarios para
el desempeño de sus funciones.
4. El Comité podrá invitar a sus
reuniones a todo organismo público o privado, o a toda persona física de
probada competencia en los diversos ámbitos del patrimonio cultural inmaterial,
para consultarles sobre cuestiones determinadas.
Artículo 9º—Acreditación
de las organizaciones de carácter consultivo.
1. El Comité propondrá a la Asamblea General la acreditación
de organizaciones no gubernamentales de probada competencia en el terreno del
patrimonio cultural inmaterial. Dichas organizaciones ejercerán funciones
consultivas ante el Comité.
2. El Comité propondrá asimismo a
la Asamblea General los criterios y modalidades por los que se regirá esa
acreditación.
Artículo 10.—Secretaría.
1. El Comité estará secundado por la Secretaría
de la UNESCO.
2. La Secretaría preparará la
documentación de la Asamblea General y del Comité, así como el proyecto de
orden del día de sus respectivas reuniones, y velará por el cumplimiento de las
decisiones de ambos órganos.
III. Salvaguardia del patrimonio
cultural
inmaterial en el plano nacional
Artículo 11.—Funciones de los Estados Partes. Incumbe a cada
Estado Parte:
a) adoptar las medidas necesarias para garantizar
la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial presente en su territorio;
b) entre las medidas de
salvaguardia mencionadas en el párrafo 3 del artículo 2º, identificar y definir
los distintos elementos del patrimonio cultural inmaterial presentes en su
territorio, con participación de las comunidades, los grupos y las
organizaciones no gubernamentales pertinentes.
Artículo 12.—Inventarios.
1. Para asegurar la identificación con fines de
salvaguardia, cada Estado Parte confeccionará con arreglo a su propia situación
uno o varios inventarios del patrimonio cultural inmaterial presente en su
territorio. Dichos inventarios se actualizarán regularmente.
2. Al presentar su informe
periódico al Comité de conformidad con el artículo 29 cada Estado Parte
proporcionará información pertinente en relación con esos inventarios.
Artículo 13.—Otras medidas de salvaguardia. Para asegurar la
salvaguardia, el desarrollo y la valorización del patrimonio cultural
inmaterial presente en su territorio, cada Estado Parte hará todo lo posible
por:
a) adoptar una política general encaminada a
realzar la función del patrimonio cultural inmaterial en la sociedad y a
integrar su salvaguardia en programas de planificación;
b) designar o crear uno o varios
organismos competentes para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial
presente en su territorio;
c) fomentar estudios científicos,
técnicos y artísticos, así como metodologías de investigación, para la
salvaguardia eficaz del patrimonio cultural inmaterial, y en particular del
patrimonio cultural inmaterial que se encuentre en peligro;
d) adoptar las medidas de orden
jurídico, técnico, administrativo y financiero adecuadas para:
i) favorecer la creación o el fortalecimiento de
instituciones de formación en gestión del patrimonio cultural inmaterial, así
como la transmisión de este patrimonio en los foros y espacios destinados a su
manifestación y expresión;
ii) garantizar el acceso al
patrimonio cultural inmaterial, respetando al mismo tiempo los usos
consuetudinarios por los que se rige el acceso a determinados aspectos de dicho
patrimonio;
iii) crear instituciones de
documentación sobre el patrimonio cultural inmaterial y facilitar el acceso a
ellas.
Artículo 14.—Educación, sensibilización y fortalecimiento de
capacidades. Cada Estado Parte intentará por todos los medios oportunos:
a) asegurar el reconocimiento, el respeto y la
valorización del patrimonio cultural inmaterial en la sociedad, en particular
mediante:
i) programas educativos, de sensibilización y
de difusión de información dirigidos al público, y en especial a los jóvenes;
ii) programas educativos y de
formación específicos en las comunidades y grupos interesados;
iii) actividades de
fortalecimiento de capacidades en materia de salvaguardia del patrimonio
cultural inmaterial, y especialmente de gestión y de investigación científica;
y
iv) medios no formales de
transmisión del saber;
b) mantener al público informado de las amenazas
que pesan sobre ese patrimonio y de las actividades realizadas en cumplimiento
de la presente Convención;
c) promover la educación sobre la
protección de espacios naturales y lugares importantes para la memoria
colectiva, cuya existencia es indispensable para que el patrimonio cultural
inmaterial pueda expresarse.
Artículo 15.—Participación de las comunidades, grupos e individuos.
En el marco de sus actividades de salvaguardia del patrimonio cultural
inmaterial, cada Estado Parte tratará de lograr una participación lo más amplia
posible de las comunidades, los grupos y, si procede, los individuos que crean,
mantienen y transmiten ese patrimonio y de asociarlos activamente a la gestión
del mismo.
IV. Salvaguardia del patrimonio
cultural
inmaterial en el plano internacional
Artículo 16.—Lista representativa del patrimonio cultural inmaterial
de la humanidad.
1. Para dar a conocer mejor el patrimonio
cultural inmaterial, lograr que se tome mayor conciencia de su importancia y
propiciar formas de diálogo que respeten la diversidad cultural, el Comité, a
propuesta de los Estados Partes interesados, creará, mantendrá al día y hará
pública una Lista representativa del patrimonio cultural inmaterial de la
humanidad.
2. El Comité elaborará y someterá a
la aprobación de la Asamblea General los criterios por los que se regirán la
creación, actualización y publicación de dicha Lista representativa.
Artículo 17.—Lista del patrimonio cultural inmaterial que requiere
medidas urgentes de salvaguardia.
1. Con objeto de adoptar las medidas oportunas de
salvaguardia, el Comité creará, mantendrá al día y hará pública una Lista del
patrimonio cultural inmaterial que requiera medidas urgentes de salvaguardia, e
inscribirá ese patrimonio en la Lista a petición del Estado Parte interesado.
2. El Comité elaborará y someterá a
la aprobación de la Asamblea General los criterios por los que se regirán la
creación, actualización y publicación de esa Lista.
3. En casos de extrema urgencia,
así considerados a tenor de los criterios objetivos que la Asamblea General
haya aprobado a propuesta del Comité, este último, en consulta con el Estado
Parte interesado, podrá inscribir un elemento del patrimonio en cuestión en la
lista mencionada en el párrafo 1.
Artículo 18.—Programas, proyectos y actividades de salvaguardia del
patrimonio cultural inmaterial.
1. Basándose en las propuestas presentadas por
los Estados Partes, y ateniéndose a los criterios por él definidos y aprobados
por la Asamblea General, el Comité seleccionará periódicamente y promoverá los
programas, proyectos y actividades de ámbito nacional, subregional o regional
para la salvaguardia del patrimonio que a su entender reflejen del modo más
adecuado los principios y objetivos de la presente Convención, teniendo en
cuenta las necesidades particulares de los países en desarrollo.
2. A tal efecto, recibirá,
examinará y aprobará las solicitudes de asistencia internacional formuladas por
los Estados Partes para la elaboración de las mencionadas propuestas.
3. El Comité secundará la ejecución
de los mencionados programas, proyectos y actividades mediante la difusión de
prácticas ejemplares con arreglo a las modalidades que haya determinado.
V. Cooperación y asistencia
internacionales
Artículo 19.—Cooperación.
1. A los efectos de la presente Convención, la
cooperación internacional comprende en particular el intercambio de información
y de experiencias, iniciativas comunes, y la creación de un mecanismo para
ayudar a los Estados Partes en sus esfuerzos encaminados a salvaguardar el
patrimonio cultural inmaterial.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en
su legislación nacional ni de sus derechos y usos consuetudinarios, los Estados
Partes reconocen que la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial es una
cuestión de interés general para la humanidad y se comprometen, con tal
objetivo, a cooperar en el plano bilateral, subregional, regional e
internacional.
Artículo 20.—Objetivos de la asistencia internacional. Se podrá
otorgar asistencia internacional con los objetivos siguientes:
a) salvaguardar el patrimonio que figure en la
lista de elementos del patrimonio cultural inmaterial que requieren medidas
urgentes de salvaguardia;
b) confeccionar inventarios en el
sentido de los Artículos Nos. 11 y 12;
c) prestar apoyo a programas,
proyectos y actividades de ámbito nacional, subregional y regional destinados a
salvaguardar el patrimonio cultural inmaterial;
d) cualquier otro objetivo que el
Comité juzgue oportuno.
Artículo 21.—Formas de asistencia internacional. La asistencia
que el Comité otorgue a un Estado Parte se regirá por las directrices
operativas previstas en el Artículo N° 7 y por el acuerdo mencionado en el
Artículo N° 24, y podrá revestir las siguientes formas:
a) estudios relativos a los diferentes aspectos
de la salvaguardia;
b) servicios de expertos y otras
personas con experiencia práctica en patrimonio cultural inmaterial;
c) formación de todo el personal
necesario;
d) elaboración de medidas
normativas o de otra índole;
e) creación y utilización de
infraestructuras;
f) aporte de material y de
conocimientos especializados;
g) otras formas de ayuda financiera
y técnica, lo que puede comprender, si procede, la concesión de préstamos a
interés reducido y las donaciones.
Artículo 22.—Requisitos para la prestación de asistencia
internacional.
1. El Comité definirá el procedimiento para
examinar las solicitudes de asistencia internacional y determinará los
elementos que deberán constar en ellas, tales como las medidas previstas, las
intervenciones necesarias y la evaluación del costo.
2. En situaciones de urgencia, el
Comité examinará con carácter prioritario la solicitud de asistencia.
3. Para tomar una decisión el
Comité efectuará los estudios y las consultas que estime necesarios.
Artículo 23.—Solicitudes de asistencia internacional.
1. Cada Estado Parte podrá presentar al Comité
una solicitud de asistencia internacional para la salvaguardia del patrimonio
cultural inmaterial presente en su territorio.
2. Dicha solicitud podrá también ser
presentada conjuntamente por dos o más Estados Partes.
3. En la solicitud deberán constar
los elementos de información mencionados en el párrafo 1 del Artículo N° 22,
así como la documentación necesaria.
Artículo 24.—Papel de los Estados Partes beneficiarios.
1. De conformidad con las disposiciones de la
presente Convención, la asistencia internacional que se conceda se regirá por
un acuerdo entre el Estado Parte beneficiario y el Comité.
2. Por regla general, el Estado
Parte beneficiario deberá contribuir, en la medida en que lo permitan sus
medios, a sufragar las medidas de salvaguardia para las que se otorga la
asistencia internacional.
3. El Estado Parte beneficiario
presentará al Comité un informe sobre la utilización de la asistencia que se le
haya concedido con fines de salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial.
VI. Fondo del patrimonio cultural
inmaterial
Artículo 25.—Índole y recursos del Fondo.
1. Queda establecido un “Fondo para la
salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial”, denominado en adelante “el
Fondo”.
2. El Fondo estará constituido como
fondo fiduciario, de conformidad con las disposiciones del Reglamento
Financiero de la UNESCO.
3. Los recursos del Fondo estarán
constituidos por:
a) las contribuciones de los Estados Partes;
b) los recursos que la Conferencia
General de la UNESCO destine a tal fin;
c) las aportaciones, donaciones o
legados que puedan hacer:
i) otros Estados;
ii) organismos y programas del sistema
de las Naciones Unidas, en especial el Programa de las Naciones Unidas para el
Desarrollo, u otras organizaciones internacionales;
iii) organismos
públicos o privados o personas físicas;
d) todo interés devengado por los recursos del
Fondo;
e) el producto de las colectas y la
recaudación de las manifestaciones organizadas en provecho del Fondo;
f) todos los demás recursos
autorizados por el Reglamento del Fondo, que el Comité elaborará.
4. La utilización de los recursos por parte del
Comité se decidirá a tenor de las orientaciones que formule al respecto la
Asamblea General.
5. El Comité podrá aceptar
contribuciones o asistencia de otra índole que se le ofrezca con fines
generales o específicos, ligados a proyectos concretos, siempre y cuando esos
proyectos cuenten con su aprobación.
6. Las contribuciones al Fondo no
podrán estar supeditadas a condiciones políticas, económicas ni de otro tipo
que sean incompatibles con los objetivos que persigue la presente Convención.
Artículo 26.—Contribuciones de los Estados Partes al Fondo.
1. Sin perjuicio de cualquier otra contribución
complementaria de carácter voluntario, los Estados Partes en la presente
Convención se obligan a ingresar en el Fondo, cada dos años por lo menos, una
contribución cuya cuantía, calculada a partir de un porcentaje uniforme
aplicable a todos los Estados, será determinada por la Asamblea General. Para
que ésta pueda adoptar tal decisión se requerirá una mayoría de los Estados
Partes presentes y votantes que no hayan hecho la declaración mencionada en el
párrafo 2 del presente artículo. El importe de esa contribución no podrá
exceder en ningún caso del 1% de la contribución del Estado Parte al
Presupuesto Ordinario de la UNESCO.
2. No obstante, cualquiera de los
Estados a que se refieren el Artículo N° 32 o el Artículo N° 33 de la presente
Convención podrá declarar, en el momento de depositar su instrumento de
ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, que no se considera obligado
por las disposiciones del párrafo 1 del presente artículo.
3. Todo Estado Parte en la presente
Convención que haya formulado la declaración mencionada en el párrafo 2 del
presente artículo hará lo posible por retirarla mediante una notificación al
Director General de la UNESCO. Sin embargo, el hecho de retirar la declaración
sólo tendrá efecto sobre la contribución que adeude dicho Estado a partir de la
fecha en que dé comienzo la siguiente reunión de la Asamblea General.
4. Para que el Comité pueda
planificar con eficacia sus actividades, las contribuciones de los Estados
Partes en esta Convención que hayan hecho la declaración mencionada en el
párrafo 2 del presente artículo deberán ser abonadas periódicamente, cada dos
años por lo menos, y deberían ser de un importe lo más cercano posible al de
las contribuciones que esos Estados hubieran tenido que pagar si hubiesen
estado obligados por las disposiciones del párrafo 1 del presente artículo.
5. Ningún Estado Parte en la
presente Convención que esté atrasado en el pago de su contribución obligatoria
o voluntaria para el año en curso y el año civil inmediatamente anterior podrá
ser elegido miembro del Comité, si bien esta disposición no será aplicable en
la primera elección. El mandato de un Estado Parte que se encuentre en tal
situación y que ya sea miembro del Comité finalizará en el momento en que
tengan lugar las elecciones previstas en el Artículo N° 6 de la presente
Convención.
Artículo 27.—Contribuciones voluntarias complementarias al Fondo.
Los Estados Partes que con carácter voluntario deseen efectuar otras
contribuciones además de las previstas en el Artículo N° 26 informarán de ello
lo antes posible al Comité, para que éste pueda planificar sus actividades en
consecuencia.
Artículo 28.—Campañas
internacionales de recaudación de fondos. En la medida de lo posible, los
Estados Partes prestarán su concurso a las campañas internacionales de
recaudación que se organicen en provecho del Fondo bajo los auspicios de la
UNESCO.
VII. Informes
Artículo 29.—Informes de los Estados Partes. Los Estados Partes
presentarán al Comité, en la forma y con la periodicidad que éste prescriba,
informes sobre las disposiciones legislativas, reglamentarias o de otra índole
que hayan adoptado para aplicar la Convención.
Artículo 30.—Informes
del Comité.
1. Basándose en sus actividades y en los informes
de los Estados Partes mencionados en el Artículo N° 29, el Comité presentará un
informe en cada reunión de la Asamblea General.
2. Dicho informe se pondrá en
conocimiento de la Conferencia General de la UNESCO.
VIII. Cláusula transitoria
Artículo 31.—Relación con la Proclamación de las obras maestras del
patrimonio oral e inmaterial de la humanidad.
1. El Comité incorporará a la Lista
representativa del patrimonio cultural inmaterial de la humanidad los elementos
que, con anterioridad a la entrada en vigor de esta Convención, hubieran sido
proclamados “obras maestras del patrimonio oral e inmaterial de la humanidad”.
2. La inclusión de dichos elementos
en la Lista representativa del patrimonio cultural inmaterial de la humanidad
se efectuará sin perjuicio de los criterios por los que se regirán las
subsiguientes inscripciones, establecidos según lo dispuesto en el párrafo 2
del Artículo N° 16.
3. Con posterioridad a la entrada
en vigor de la presente Convención no se efectuará ninguna otra Proclamación.
IX. Disposiciones finales
Artículo 32.—Ratificación, aceptación o aprobación.
1. La presente Convención estará sujeta a la
ratificación, aceptación o aprobación de los Estados Miembros de la UNESCO, de
conformidad con sus respectivos procedimientos constitucionales.
2. Los instrumentos de
ratificación, aceptación o aprobación se depositarán ante el Director General
de la UNESCO.
Artículo 33.—Adhesión.
1. La presente Convención quedará abierta a la
adhesión de todos los Estados que no sean miembros de la UNESCO y que la
Conferencia General de la Organización haya invitado a adherirse a ella.
2. La presente Convención quedará
abierta asimismo a la adhesión de los territorios que gocen de plena autonomía
interna reconocida como tal por las Naciones Unidas pero que no hayan alcanzado
la plena independencia de conformidad con la Resolución Nº 1514 (XV) de la
Asamblea General, y que tengan competencia sobre las materias regidas por esta
Convención, incluida la de suscribir tratados en relación con ellas.
3. El instrumento de adhesión se
depositará en poder del Director General de la UNESCO.
Artículo 34.—Entrada en vigor. La presente Convención entrará en
vigor tres meses después de la fecha de depósito del trigésimo instrumento de
ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, pero sólo con respecto a los
Estados que hayan depositado sus respectivos instrumentos de ratificación,
aceptación, aprobación o adhesión en esa fecha o anteriormente. Para los demás
Estados Partes, entrará en vigor tres meses después de efectuado el depósito de
su instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión.
Artículo 35.—Regímenes
constitucionales federales o no unitarios. A los Estados Partes que tengan un
régimen constitucional federal o no unitario les serán aplicables las
disposiciones siguientes:
a) por lo que respecta a las disposiciones de
esta Convención cuya aplicación competa al poder legislativo federal o central,
las obligaciones del gobierno federal o central serán idénticas a las de los
Estados Partes que no constituyan Estados federales;
b) por lo que respecta a las
disposiciones de la presente Convención cuya aplicación competa a cada uno de
los Estados, países, provincias o cantones constituyentes, que en virtud del
régimen constitucional de la federación no estén facultados para tomar medidas
legislativas, el gobierno federal comunicará esas disposiciones, con su
dictamen favorable, a las autoridades competentes de los Estados, países, provincias
o cantones, para que éstas las aprueben.
Artículo 36.—Denuncia.
1. Todos los Estados Partes tendrán la facultad
de denunciar la presente Convención.
2. La denuncia se notificará por
medio de un instrumento escrito, que se depositará en poder del Director
General de la UNESCO.
3. La denuncia surtirá efecto doce
meses después de la recepción del instrumento de denuncia. No modificará en
nada las obligaciones financieras que haya de asumir el Estado denunciante
hasta la fecha en que la retirada sea efectiva.
Artículo 37.—Funciones del depositario. El Director General de
la UNESCO, en su calidad de depositario de la presente Convención, informará a
los Estados Miembros de la Organización y a los Estados que no sean miembros a
los cuales se refiere el artículo 33, así como a las Naciones Unidas, del
depósito de todos los instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación o
adhesión mencionados en los artículos Nos. 32 y 33 y de las denuncias previstas
en el Artículo N° 36.
Artículo 38.—Enmiendas.
1. Todo Estado Parte podrá proponer enmiendas a
esta Convención mediante comunicación dirigida por escrito al Director General.
Éste transmitirá la comunicación a todos los Estados Partes. Si en los seis
meses siguientes a la fecha de envío de la comunicación la mitad por lo menos
de los Estados Partes responde favorablemente a esa petición, el Director
General someterá dicha propuesta al examen y la eventual aprobación de la
siguiente reunión de la Asamblea General.
2. Las enmiendas serán aprobadas
por una mayoría de dos tercios de los Estados Partes presentes y votantes.
3. Una vez aprobadas, las enmiendas
a esta Convención deberán ser objeto de ratificación, aceptación, aprobación o
adhesión por los Estados Partes.
4. Las enmiendas a la presente
Convención, para los Estados Partes que las hayan ratificado, aceptado,
aprobado o que se hayan adherido a ellas, entrarán en vigor tres meses después
de que dos tercios de los Estados Partes hayan depositado los instrumentos
mencionados en el párrafo 3 del presente artículo. A partir de ese momento la
correspondiente enmienda entrará en vigor para cada Estado Parte o territorio
que la ratifique, acepte, apruebe o se adhiera a ella tres meses después de la
fecha en que el Estado Parte haya depositado su instrumento de ratificación,
aceptación, aprobación o adhesión.
5. El procedimiento previsto en los
párrafos 3 y 4 no se aplicará a las enmiendas que modifiquen el Artículo 5,
relativo al número de Estados miembros del Comité. Dichas enmiendas entrarán en
vigor en el momento mismo de su aprobación.
6. Un Estado que pase a ser Parte
en esta Convención después de la entrada en vigor de enmiendas con arreglo al
párrafo 4 del presente artículo y que no manifieste una intención en sentido
contrario será considerado:
a) Parte en la presente Convención así enmendada;
y
b) Parte en la presente Convención
no enmendada con respecto a todo Estado Parte que no esté obligado por las
enmiendas en cuestión.
Artículo 39.—Textos auténticos. La presente Convención está
redactada en árabe, chino, español, francés, inglés y ruso, siendo los seis
textos igualmente auténticos.
Artículo 40.—Registro.
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo N° 102 de la Carta de las
Naciones Unidas, la presente Convención se registrará en la Secretaría de las Naciones
Unidas a petición del Director General de la UNESCO.”
Rige a partir de su publicación.
Comunícase al Poder Ejecutivo
Asamblea Legislativa.—San José, a los veinticuatro días del mes de octubre del
dos mil seis.—Francisco Antonio Pacheco Fernández, Presidente.—Clara Zomer
Rezler, Primera Secretaria.—Guyon Massey Mora, Segundo Secretario.
Dado en la Presidencia de
la República.—San José, a los dieciséis días del mes
de noviembre del dos mil seis.
Ejecútese y publíquese
KEVIN CASAS ZAMORA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í., Édgar Ugalde Álvarez.—1 vez.—(Solicitud Nº 27549).—C-323420.—(L8560-110938).
N° 33451-H
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en las
atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la
Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2)
acápite b) de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de
mayo de 1978; los artículos 1° y 21 de la Ley N° 8131, Ley de la Administración
Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y
su Reglamento, el Decreto Ejecutivo N° 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y
el Decreto Ejecutivo N° 23669-H del 18 de octubre de 1994.
Considerando:
1º—Que mediante el
Decreto Ejecutivo N° 23669-H, publicado en La Gaceta N° 197 de 18 de
octubre de 1994, se emiten las Normas para la Aplicación de la Dedicación
Exclusiva para las Instituciones y Empresas Públicas Cubiertas por el Ámbito de
la Autoridad Presupuestaria.
2º—Que la Secretaría Técnica de la
Autoridad Presupuestaria, mediante el oficio DE-329-2006 de 15 de agosto de
2006, elaboró un estudio comparativo entre el Decreto en mención y la
Resolución DG-070-94 sobre Dedicación Exclusiva del Servicio Civil y sus
reformas, determinando necesaria su modificación, con el fin de actualizar ese
marco normativo a las necesidades actuales de la Administración.
3º—Que la Autoridad Presupuestaria con
el acuerdo firme N° 7919, tomado en la sesión ordinaria N° 10-2006, celebrada
el 31 de agosto de 2006, conoció y aprobó dicho informe encargando a la
Secretaría Técnica la preparación del proyecto de modificación del Decreto N°
23669-H. Por tanto:
Decretan:
Artículo 1º—Modifícanse
los incisos b) c) y d) del artículo 3, el inciso b) del artículo 5, el segundo
párrafo del artículo 6, el artículo 8, el artículo 10, el artículo 14, el
artículo 18, el artículo 20 y del artículo 22, el addéndum al Contrato de
Dedicación Exclusiva, en su cláusula tercera primer párrafo, todos del Decreto
Ejecutivo N° 23669-H, Normas para la Aplicación de la Dedicación Exclusiva para
las Instituciones y Empresas Públicas Cubiertas por el Ámbito de la Autoridad
Presupuestaria, publicado en La Gaceta N° 197 de 18 de octubre de 1994,
para que se lean de la siguiente manera:
Artículo 3º— (…)
b. Estar desempeñando o propuesto para desempeñar
un cargo para el cual se requiera como mínimo la condición académica señalada
en el inciso anterior, siempre que el funcionario demuestre que cuenta con
dicho requisito.
c. Haber sido nombrado para laborar una jornada
completa, con la excepción que se establece en este reglamento.
d. El grado académico que ostenta el servidor y con
base en el cual se solicita esta compensación, debe estar contemplado dentro de
las atinencias del puesto y la clase.
(…)
Artículo 5º— (…)
b. Un 55%, a aquellos otros que ostentando el
grado académico de licenciatura u otro superior, ocupen un puesto para el que
se requiere como mínimo el grado académico de bachillerato universitario y
además cumplen los literales c), d), e), f) y g) del artículo señalado
anteriormente.
Artículo 6º— (…)
Una vez suscrito el
contrato entre el servidor y la institución, la oficina de Recursos Humanos lo
tramitará para su refrendo ante el máximo jerarca (o en quien este delegue),
adjuntando para ello una certificación firmada por el jefe de personal en donde
conste que en el caso concurren todas las condiciones y requisitos que se
señalan en el artículo 3º de este reglamento y que se han seguido los trámites
y procedimientos que el mismo exige; además de los originales y fotocopias del
título académico o certificación de la universidad o centro de enseñanza
superior que le acredite el grado profesional correspondiente, extendido por su
“Oficina de Registro” o la oficina autorizada para extender este tipo de
documentos y el título de la incorporación al colegio profesional respectivo.
Artículo
8º—El máximo jerarca (o en quien este delegue si procede), deberá refrendar los
contratos de dedicación exclusiva, si cumplen con todos los requisitos
establecidos, en un plazo máximo de 8 días hábiles contados a partir de la
fecha de su presentación. En caso contrario, el referido contrato será devuelto
a la Oficina de Recursos Humanos para que en un plazo de 8 días hábiles se
cumpla con los mismos, bajo el apercibimiento de que si ello no se hiciere, se
archivará la gestión.
Artículo
10.—El contrato de dedicación exclusiva tiene vigencia a partir del día en que
es aceptado y firmado por las partes; siempre y cuando sea remitido a la
Oficina de Recursos Humanos respectiva, en un plazo improrrogable de 8 días
hábiles posteriores a la mencionada firma.
Artículo
14.—Pueden acogerse excepcionalmente al Régimen de Dedicación Exclusiva o
mantener este beneficio, aquellos servidores a quienes se les permita laborar
media jornada, siempre que firmen una declaración jurada en la que conste que
el resto del tiempo lo dedicarán a labores domésticas propias, comunicándolo
por escrito a la Oficina de Recursos Humanos respectiva.
Artículo
18.—Los Departamentos de Recursos Humanos de las Instituciones, verificarán
cuando lo consideren pertinente y de conformidad con los procedimientos que al
respecto establezcan, el fiel cumplimiento de todas las disposiciones
contenidas en este reglamento y el respectivo contrato. Cuando comprobare
incumplimiento de las obligaciones contraídas por los servidores suscriptores,
deberán tomar las medidas que estime convenientes. Lo anterior, sin perjuicio
de la intervención que al respecto pueda hacer la Auditoría Interna de la
institución, cuando lo estime conveniente.
Artículo 20.—En caso de traslado, reubicación o ascenso de un servidor,
ya sea entre las Instituciones y Empresas Públicas cubiertas por el ámbito de
la Autoridad Presupuestaria o hacia el Poder Ejecutivo y viceversa, si en la
institución de origen gozaba del beneficio de Dedicación Exclusiva, podrá
mantener dicho beneficio si el jerarca de la institución que recibe al servidor
reconoce la vigencia del contrato original. Para ello, el interesado tramitará
ante la Oficina de Recursos Humanos respectiva, la firma del addéndum al
Contrato de Dedicación Exclusiva, en un plazo de 2 meses a partir de la fecha
del movimiento de personal, rigiendo el pago del incentivo a partir de la fecha
en que se realice dicho trámite e inicie la nueva relación. De no realizarse el
mismo en los meses antes señalados deberá solicitarse un nuevo contrato.
Artículo 22.—Para lo señalado en los artículos 20 y 21, la forma del
addendum será la siguiente:
ADDÉNDUM
AL CONTRATO DE DEDICACIÓN EXCLUSIVA
(…)
Tercera: Para todos los
efectos este addéndum rige a partir del día en que se inicia la nueva relación
de servicios en el caso de servidores que proceden de otra Institución, y
deberá presentarse para su aprobación ante el Departamento de Recursos Humanos
de la Institución respectiva, dentro de los 2 meses siguiente a esa fecha.
(…)
Artículo 2º—Derógase el
artículo 4° del Decreto Ejecutivo N° 23669-H, Normas para la Aplicación de la
Dedicación Exclusiva para las Instituciones y Empresas Públicas Cubiertas por
el Ámbito de la Autoridad Presupuestaria, publicado en La Gaceta N° 197
de 18 de octubre de 1994.
Artículo 3°—Rige a partir de su
publicación.
Dado en la Presidencia de
la República, a los veinticuatro días del mes de octubre del año dos mil seis.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Hacienda, Guillermo Zúñiga Chaves.—1 vez.—(Solicitud Nº 36967).—C-59565.—(D33451-110238).
Nº 33453-J
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA
En ejercicio de la
competencia que la Constitución Política les confiere, en su artículo 140,
incisos 3) y 18), así como lo estipulado en el artículo 7° incisos a) y b) de
la Ley N° 6739, Ley Orgánica del Ministerio de Justicia, y
Considerando:
1º—Que a Ley Orgánica
vigente desde 1982 denominó como Ministerio de Justicia a la entidad encargada
de cumplir, entre otras, funciones en materia de prevención del delito,
investigación de conductas criminológicas, administración del Sistema
Penitenciario, administración del sistema de registros e inscripciones de
bienes y personas jurídicas.
2º—La misma ley únicamente creó las
siguientes dependencias: Dirección General de Adaptación Social y Dirección
General de Registro Nacional. La función preventiva del delito no quedo
reflejada en la organización establecida en la Ley.
3º—Que tal situación se intentó
modificar con el Decreto Ejecutivo N° 27228-J, de 1998 que crea la Dirección
Nacional de Prevención del Delito (DINAPREVI) como una dependencia del
Ministerio de Justicia encargada de promover políticas preventivas a nivel
nacional relacionadas con la violencia y el delito.
4º—Que el Ministerio de Justicia desea
resaltar su función como ente promotor de la paz para darle un sentido más
positivo al anterior concepto de prevención del delito, y también para estar
más acordes con los enfoques y enseñanzas de las experiencias internacionales,
que muestran como el desarrollo de una Cultura de Paz tiene resultados positivos
en términos de disminución de la violencia y del crimen.
5º—Que la inseguridad, la violencia y
el delito deben ser enfrentadas en sus manifestaciones cotidianas, pero
especialmente en sus causas más de fondo. Dentro de estas causas estructurales
podemos citar las formas en que las personas resuelven sus problemas o
conflictos, los comportamientos y actitudes frente a determinadas situaciones,
los niveles de “stress” y de presión con que convivimos, la tradición y la
experiencia histórica.
6º—Que mientras hablamos de prevención
de la violencia estamos enfrentando el problema en sus consecuencias. Cambiar
el lenguaje, y hablar de promoción de la paz, nos lleva a enfrentar el problema
en sus causas más estructurales. Por tanto:
Decretan:
Reforma al Decreto Nº 27228 de
Creación de la
Dirección Nacional de Prevención del Delito,
para que en adelante se denomine
Dirección General para la
Promocion de la Paz
y la Convivencia
Ciudadana
Artículo 1º—Refórmese el
Decreto N° 27228-J, fecha de publicación 1° de setiembre de 1998, para que en
adelante donde diga “Dirección Nacional de Prevención de la Violencia y el
Delito” o “Dirección de Prevención”, se lea “Dirección General para la
Promoción de la Paz y la Convivencia Ciudadana”.
Artículo 2º—En todos los decretos y
reglamentos donde diga “Dirección Nacional de Prevención de la Violencia y el
Delito” o “Dirección de Prevención”, deberá leerse “Dirección General para la
Promoción de la Paz y la Convivencia Ciudadana”.
Dado en la Presidencia de
la República, San José , a los catorce días del mes de
setiembre del dos mil seis.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Justicia, Laura Chinchilla Miranda.—1 vez.—(Solicitud Nº 38904).—C-27170.—(D33453-110241).
Nº
188
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y
TRANSPORTES
En el ejercicio de las
atribuciones que les confiere el artículo 140, inciso 2) de la Constitución
Política y el artículo 2º del Estatuto de Servicio Civil (Leyes Nos. 1581 del
30 de mayo de 1954, 4565 de 4 de mayo de 1970 y 6155 del 28 de noviembre de
1977),
ACUERDAN:
1º—Nombrar en propiedad
en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes a las siguientes personas:
Cédula Nombre Puesto Clase Rige
0025610198 Arrieta Soto Carolina 028988 Profesional 1 03-07-2006
0017960558 Calderón Brenes Lizeth 095649 Técnico 4 01-07-2006
0018800439 Cascante Rodríguez Róger 015474 Técnico
y Prof. 2 01-07-2006
0019970014 Garro Herrera Patricia 028708 Trabaj.misceláneo 1 03-07-2006
0019420041 Luna Villegas Xiomara 014542 Profesional 2 03-07-2006
0061890640 Rodríguez Pérez Harry 012445 Oficinista 4 03-07-2006
0019550338 Segura Ledezma Laura 057928 Técnico y Profes. 2 01-07-2006
0033620376 Avendaño Meza Gustavo 013384 Oficinista 3 17-07-2006
0019670660 Calderón Castro Laura 029296 Oficinista 3 16-07-2006
0015070966 González Vega Damaris 029183 Oficinista 1 17-07-2006
0111870100 Sánchez Miranda Verónica 016246 Oficinista
3 17-07-2006
0019640461 Ureña Mena Grettel 016869 Técnico 4 17-07-2006
0041710110 Valverde Villalobos Meliza 017102 Oficinista
3 16-07-2006
0110420197 Ruiz Víquez Yesenia 101425 Oficinista 3 16-07-2006
0017070666 Acuña Barboza Seidy María 029967 Oficinista
3 01-08-2006
0110440126 Rodríguez Rodríguez Everardo 013983 Profesional
2 16-08-2006
0025580829 Sánchez Chaves Ronny 029008 Profesional 2 16-08-2006
0111070365 Solano Rojas Kenneth 014692 Profesional 2 16-08-2006
0017480563 Vargas Acuña Helen 029462 Oficinista 2 18-09-2006
0080600099 Marín Blanco Ana 014397 Oficinista 1 18-09-2006
2º—Ascender en propiedad en el Ministerio de Obras Públicas y
Transportes a las siguientes personas:
Cédula Nombre Puesto Clase Rige
0014101067 Hurtado Arroyo José 030402 Prof. Jefe 3 01-07-2006
0052240802 López Quirós Geovanny 016495 Profesional 2 16-07-2006
0023610786 Vargas Cordero Miriam 016922 Trabaj. isceláneo 2 16-07-2006
0015740934 González Perera María
del Rocío 029386 Prof. Jefe 2 16-07-2006
0062400052 Loría Galagarza Mario 073049 Prof. Jefe 1 16-07-2006
0014120920 Fallas Cisneros Manuel 073068 Profesional 4 16-07-2006
0090170624 Pereira Solis Jeannette 017054 Trabaj.
misceláneo 3 16-07-2006
0024560868 Rodríguez Arce Julio César 012369 Trabaj.
misceláneo 2 18-07-2006
0052050995 Rivas Contreras Óscar Ant. 088963 Trab.
especializado 3 01-08-2006
0023050703 Quesada Rodríguez Óscar 016241 Trab.
especializado 2 01-08-2006
0031860376 Jiménez Masís Luis Fernando 011898 Trab.
misc. jefe 16-08-2006
0014020323 Mora Artavia Jorge Luis 101395 Prof.
Jefe 1 16-08-2006
0016610522 Sandí Morales Rodolfo 030359 Profesional 4 16-08-2006
0061081110 Villalobos Reyes Gerardo 095955 Trabaj.
misceláneo 3 16-08-2006
0022750709 Carvajal Oses Óscar 016250 Operad. Eq.
Móvil
2 01-09-2006
0051110333 Cortés Gutiérrez José Luis 016717 Técnico
y Profes. 1 01-09-2006
0018560296 Morales Salas Silvia Elena 013648 Profesional
2 01-09-2006
0015760242 Rodríguez Barrantes Minor 030445 Profesional
2 01-09-2006
0015030953 Trigueros Mora Ana Gabriela 047650 Profesional
4 16-09-2006
0061300748 Rodríguez Rivas Yamileth 028901 Administrador
3 16-09-2006
3º—Los nombramientos y
ascensos en propiedad rigen a partir de las fechas indicadas.
Dado en la Presidencia de
la República.—San José, a los 31 días del mes de
octubre del 2006.
Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 40569).—C-77620.—(110298).
Nº 767.—San
José, a las 15:00 horas del día 20 de noviembre del 2006.
Conoce este despacho diligencias de
modificación de la declaratoria de “interés o utilidad pública”, contenida en
la Resolución Administrativa N° 084 del 15 de febrero del 2006, publicada en
La Gaceta N° 60 del 24 de marzo del 2006, modificada mediante Fe de Erratas
de fecha 05 de octubre del 2006, publicada en La Gaceta N° 204 del 25 de
octubre del 2006.
Resultando:
1º—Que en La Gaceta
N° 60 del 24 de marzo del 2006, se publicó la Resolución Administrativa N° 084
del 15 de febrero del 2006, modificada mediante Fe de Erratas de fecha 5 de octubre
del 2006, publicada en La Gaceta N° 204 del 25 de octubre del 2006.
2º—Que mediante la citada Resolución
Administrativa, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes determinó
conforme las disposiciones de la Ley de Expropiaciones N° 7495 del 03 de mayo
de 1995, y sus reformas “declarar de utilidad pública” y adquirir el inmueble
propiedad de Fabrica de Muebles Hermanos Varela de Palmares S. A., cédula
jurídica número 3-101-153593, inscrito al Registro Público de la Propiedad al
Sistema Folio Real Matrícula número 203785-000, ubicado en el Distrito 03
Buenos Aires, cantón 07 Palmares de la provincia de Alajuela, necesaria para la
construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.
3º—Que mediante la Resolución N° 084
del 15 de febrero del 2006, citada en el Considerando primero, se pretendía
adquirir un área de 73,29 metros cuadrados, según plano catastrado N°
A-1028148-2005. No obstante, dicha área a adquirir aumento a 740,30 metros
cuadrados, de conformidad con lo indicado en el Plano Catastrado N°
A-581362-85. Lo anterior, a solicitud de la Ingeniera Hadda Muñoz Sibaja,
Gerente de Proyecto del Consejo Nacional de Concesiones, según Oficio N° SJ-SR
231 05/06 del 16 de mayo del 2006 y Oficio N° 06/2136 de fecha 10 de noviembre
del 2006, del Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles del Ministerio de
Obras Públicas y Transportes, por lo que es necesario proceder a la
modificación de la declaratoria de interés público contenida en la Resolución
N° 084 del 15 de febrero del 2006, publicada en La Gaceta N° 60 del 24
de marzo del 2006, modificada mediante Fe de Erratas de fecha 5 de octubre del
2006, publicada en La Gaceta N° 204 del 25 de octubre del 2006.
Considerando:
Único.—Que
la Ley General de la Administración Pública en sus numeral 157, establece que
en cualquier tiempo podrá la Administración rectificar los errores materiales o
de hecho y los aritméticos.
En razón de todo lo anterior, se
procede a emitir la presente resolución, determinándose. Por tanto,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y
TRANSPORTES, RESUELVEN:
1º—Modificar la
declaratoria de “interés o utilidad pública”, contenida en la Resolución
Administrativa N° 084 del 15 de febrero del 2006, publicada en La Gaceta
N° 60 del 24 de marzo del 2006, modificada mediante Fe de Erratas de fecha 5 de
octubre del 2006, publicada en La Gaceta N° 204 del 25 de octubre
del 2006, de la siguiente manera:
a) El área a adquirir es de 740,30 metros
cuadrados, de conformidad con lo indicado en el Plano Catastrado N°
A-581362-85, para la ejecución del proyecto de obra pública denominado:
“Corredor San José-San Ramón”.
b) Plano
Catastrado N° A-581362-85.
2º—En lo restante se
mantiene vigente la referida Resolución Administrativa N° 084 del 15 de febrero
del 2006, publicada en La Gaceta N° 60 del 24 de marzo del 2006,
modificada mediante Fe de Erratas de fecha 5 de octubre del 2006, publicada en La
Gaceta N° 204 del 25 de octubre del 2006
3º—Rige a partir de su publicación.
Notifíquese y publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 06460).—C-25870.—(111200).
Nº 768.—San
José, a las 15:15 horas del día 20 de noviembre del 2006.
Conoce este despacho diligencias de
modificación de la declaratoria de “interés o utilidad pública”, contenida en
la Resolución Administrativa N° 175 del 14 de marzo del 2006, publicada en La
Gaceta N° 78 del 24 de abril del 2006.
Resultando:
1º—Que en La Gaceta
N° 78 del 24 de abril del 2006, se publicó la Resolución Administrativa N° 175
del 14 de marzo del 2006.
2º—Que mediante la citada Resolución
Administrativa, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes determinó
conforme las disposiciones de la Ley de Expropiaciones N° 7495 del 3 de mayo de
1995, y sus reformas “declarar de utilidad pública” y adquirir el inmueble
propiedad de Menher de Occidente S. A., cédula jurídica Nº 3-101-184079,
inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula
Nº 212227-000, ubicado en el Distrito 06 San Rafael, cantón 02 San Ramón de la
provincia de Alajuela, necesaria para la construcción del proyecto denominado
“Corredor San José-San Ramón”.
3º—Que la finca descrita en el
Resultando anterior Nº 212227-000, actualmente se encuentra inscrita ante el
Registro Público de la Propiedad, a nombre de la empresa Inversiones Báez y
Vargas S. A., cédula jurídica Nº 3-101-427108, por lo que es necesario proceder
a la modificación de la declaratoria de interés público contenida en la
resolución N° 175 del 14 de marzo de 2006, publicada en La Gaceta N° 78
del 24 de abril del 2006, por cuanto la misma debe realizarse a favor de la
empresa Inversiones Báez y Vargas S. A., cédula jurídica número 3-101-427108,
representada por Luis Ernesto Báez de los Santos, cédula de residencia N°
375167195000374, y en consecuencia el plano catastrado fue modificado por el Nº
A-1104190-2006.
Considerando:
Único.—Que
la Ley General de la Administración Pública en su numeral 157, establece que en
cualquier tiempo podrá la Administración rectificar los errores materiales o de
hecho y los aritméticos.
En razón de todo lo anterior, se
procede a emitir la presente resolución, determinándose. Por tanto,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y
TRANSPORTES, RESUELVEN:
1º—Modificar la
declaratoria de “interés o utilidad pública”, contenida en la Resolución
Administrativa N° 175 del 14 de marzo de 2006, publicada en La Gaceta N°
78 del 24 de abril del 2006, de la siguiente manera:
a. Las diligencias de expropiación deben
realizarse a favor de la empresa Inversiones Báez y Vargas S. A., cédula
jurídica número 3-101-427108, representada por Luis Ernesto Báez de los Santos,
cédula de residencia N° 375167195000374.
b. El plano catastrado
N° A-1104190-2006.
2º—En lo restante se
mantiene vigente la referida Resolución Administrativa N° 175 del 14 de marzo
de 2006, publicada en La Gaceta N° 78 del 24 de abril del 2006.
3º—Rige a partir de su publicación.
Notifíquese y publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 06461).—C-25870.—(111201).
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL
Nº 021-SC.—San
José, 22 de noviembre del 2006.—Se hace saber que la Dirección General de
Servicio Civil ha emitido la siguiente resolución:
DG-290-2006, Modifica la
Resolución DG-100-01 (Manual Institucional de Clases del Ministerio de Salud)
eliminando las atinencias académicas del citado manual, y asignar los puestos
vacantes del Área Sustantiva del Ministerio de Salud varios grupos de
especialidades y subespecialidades.
DG-291-2006, Modificar Resolución
DG-221-04 (Manual Descriptivo de Especialidades del Régimen de Servicio Civil)
que contiene la especialidad Formación Profesional. Subespecialidad
Instrucción, en su aparte de “Atinencias Académica-Núcleo de Procesos
Artesanales” con el fin de incluir como atinencia “Diseño y Construcción de
Muebles de Madera”, en sus tres énfasis: Construcción de Muebles, Tapicería y
Acabados, y Diseño de Muebles, elaborado por el Ministerio de Educación
Pública.
DG-292-2006, Modificar el artículo 1º
de la Resolución DG-055-97 que contiene el Manual de Clases Anchas para el
Régimen de Servicio Civil para que se incluyan como atinencias académicas la
Maestría en Computación e Informática de la Universidad de Costa Rica (títulos
Magíster Scientiae en Computación e Informática y Magíster en Computación e
Informática) para las clases de: Analista de Sistemas de Información 1, 2, 3 y
4 y Jefe de Servicios de Informática 1, 2, 3 y 4, en concordancia con lo que
establece la Resolución DG-120-2005.
DG-293-2006, Modifica resolución
DG-221-2004 con el fin de modificar el Grupo de Especialidad administración
Subespecialidad Generalista, declarando atinente la Carrera Administración de
Cooperativas para la especialidad y Subespecialidad citadas.
DG-294-2006, Modificar artículo 2º de
la Resolución DG-221-2004 que crea el Manual Descriptivo de Especialidades del
Régimen de Servicio Civil, a fin de modificar el Grupo de Especialidades
Ingeniería Civil con el objeto de que en el mismo se consideren atinentes
únicamente las carreras Ingeniería Civil e Ingeniería de Construcción.
DG-295-2006, Asignación de puestos
vacantes del Ministerio de Educación Pública en la Clase Analista de Sistemas
de Información 1 del Manual de Clases Anchas del Régimen de Servicio Civil.
Publíquese.—José Joaquín Arguedas Herrera, Director General.—1 vez.—(Solicitud Nº 16654).—C-22570.—(110957).
Nº 022-SC.—San
José, 30 de noviembre del 2006
Se hace saber que la
Dirección General de Servicio Civil ha emitido la siguiente resolución:
DG-300-2006, Modifica la
Resolución DG-221-2004 (Manual Descriptivo de Especialidades Servicio Civil)
con el fin de incluir Bachiller en Administración de Negocios con énfasis en
Gestión Municipal, a las atinencias de la Especialidad Administración,
subespecialidad Administración Generalista.
DG-301-2006, Modificar el Manual de
Especialidades de Servicio Civil con el fin de que en el apartado de ubicación
de las especialidades Ingeniería Civil y Sociología se incluya al Ministerio de
Ambiente y Energía.
DG-302-2006, Modificar Manual
Descriptivo de Especialidades de Servicio Civil, especialidad Gestión Aduanera,
incluir como atenencia Diplomado, Bachillerato y Licenciatura en Administración
de Empresas con Énfasis en Contaduría.
DG-303-2006, Modifica Manual
Descriptivo de Especialidades de Servicio Civil con el fin de incluir el título
de Administrador de Empresas con énfasis en Administración Financiera, grado
Bachiller y Licenciatura en las atenencias de la especialidad Administración
Tributaria.
DG-305-2006, Modificar Manual
Institucional del Registro Nacional, eliminar la Clase Director de Registro 1 y
2.
Crear y adicionar en el Manual
Institucional citado la clase de Director de Registro.
DG-307-2006, Eliminar de la Escala de
Sueldos de la Administración Pública y del Índice Salarial del Registro
Nacional las clases de Director 1 y 2.
Asignar a la Escala Salarial de
Sueldos de la Administración Pública, la clase Director de Registro.
Publíquese.—José Joaquín Arguedas Herrera, Director General.—1 vez.—(Solicitud Nº 16655).—C-14870.—(110959).
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
RES-DGA-874-2006.—San José, a las once horas, veinticinco minutos del día
veintisiete de noviembre del dos mil seis.
I.—Que el artículo 6 del
Código Aduanero Uniforme Centroamericano, publicado en La Gaceta Nº 130
del 8 de julio del 2003 señala que el Servicio Aduanero Nacional está
constituido por los órganos de la Administración Pública, facultados por la
legislación nacional para aplicar la normativa sobre la materia, comprobar su
correcta aplicación, así como facilitar y controlar el comercio internacional en
lo que le corresponde y recaudar los derechos e impuestos del ingreso y la
salida de mercancías, de acuerdo con los distintos regímenes que se
establezcan.
II.—Que es
competencia del Director General de Aduanas determinar y emitir las políticas y
directrices que orienten las decisiones y acciones hacia el efectivo
cumplimiento de los fines del régimen jurídico aduanero y la consecución de los
objetivos del Servicio Nacional de Aduanas.
III.—Que de conformidad con el
artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 32456-H del 29 de junio del 2005, publicado
en La Gaceta número 138 del 18 de julio del 2005, el Servicio Nacional
de Aduanas implementará gradualmente por aduana y por régimen aduanero, un
nuevo sistema informático denominado Sistema de Información para el Control
Aduanero TICA.
IV.—Que de
acuerdo con lo establecido en el artículo 3 del Decreto Ejecutivo Nº 32456-H,
debido a que la sustitución del actual sistema informático denominado SIA,
impacta la gestión de las aduanas y de los usuarios de las aduanas, la
Dirección General de Aduanas tomará las acciones necesarias, para asegurar la
continuidad del servicio con el objetivo de no entorpecer las operaciones de
comercio exterior.
V.—Que conforme con el numeral 4 del
Decreto Ejecutivo Nº 32456-H, la Dirección General comunicará entre otros, por
medios de difusión escrita, el programa de implementación por aduana del nuevo
sistema aduanero y las modificaciones con el fin de que los usuarios del
Sistema Aduanero Nacional, tomen las previsiones del caso.
VI.—Que el
numeral 6 del Decreto Ejecutivo citado, establece que el Servicio Nacional de
Aduanas tomará las medidas necesarias que le permitan a los auxiliares y demás
usuarios, reiniciar las operaciones críticas ante las aduanas en un plazo de
dos horas, después de una interrupción del servicio.
VII.—Que
según lo dispone el artículo 7 del Decreto Ejecutivo Nº 32456-H, cuando alguna
entidad estatal se vea imposibilitada de transmitir información al sistema
informático, como por ejemplo notas técnicas, exoneraciones y otras, la entidad
estatal deberá enviar mediante fax u otro medio dispuesto para esos efectos por
el Servicio, la información o copia del documento a un centro de contingencia
del TICA que estará ubicado en la Dirección General de Informática del Ministerio
de Hacienda.
VIII.—Que el
artículo 12 de la Ley General de Aduanas, Ley Nº 7557 publicada en La Gaceta
Nº 212 del 8 de noviembre de 1995 y sus reformas, establece que la Dirección
General de Aduanas estará a cargo de un Director General y de un Subdirector, y
que éste último sustituirá al primero durante sus ausencias.
IX.—Que
mediante resolución RES-DGA-496-2006 de las diez horas del 10 de julio del
2006, se delega en el Subdirector General de Aduanas las funciones establecidas
en el artículo 6, incisos 2, 8, 18, 22 a 25, 32, 34, 35, 43, 44 y 46 del
Decreto Ejecutivo Nº 32481-H “Reglamento de la Nueva Estructura Organizacional
del Servicio Nacional de Aduanas”. Asimismo se indica en la citada resolución
que deberá cumplir con las tareas establecidas para su cargo en el Decreto
Ejecutivo Nº 23116-MP vigente a la fecha por el Transitorio I del Decreto
Ejecutivo Nº 25592-MP como manual Auxiliar. Por tanto,
Con fundamento en las
consideraciones de hecho y de derecho citadas, el Subdirector General de
Aduanas, resuelve:
1) Comunicar el Plan de Contingencia para la
Continuidad de las Operaciones de la Aduana de Peñas Blancas, el cual será de
acatamiento obligatorio para los funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas,
Auxiliares de la función pública aduanera y demás usuarios del Sistema Aduanero
Nacional.
2) Este Plan deberá implementarse en forma
inmediata en el momento en que ocurra alguna de las situaciones indicadas en el
mismo.
3) El Plan de Contingencia deberá ser revisado y
actualizado de conformidad con las necesidades del Servicio Nacional de
Aduanas. Adicionalmente, cada vez que la aduana realice un simulacro en
coordinación con los Equipos responsables de la Dirección General de Aduanas y
Dirección de Informática, sus resultados deberán permitir realizar ajustes al
plan.
4) Este Plan estará publicado en la página web
del Ministerio de hacienda, en la dirección electrónica www.hacienda.go.cr,
Apartado Dirección de Gestión Técnica, Departamento de Procesos.
Rige a partir del 11 de
diciembre del 2006.
Comuníquese y publíquese
en el Diario Oficial La Gaceta.
Arturo Roldán Porras, Subdirector General de Aduanas.—1 vez.—(Solicitud Nº 47001).—C-35220.—(110275).
DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD
Y MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA
EDUCATIVO
REPOSICIÓN DE TÍTULO
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 175 y título Nº 1226, emitido por el Liceo de Alajuelita, en el año dos mil seis, a nombre de Calderón Picado Keilor Daniel. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellidos, cuyos apellidos correctos son: Morales Picado Keilor Daniel. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 27 de noviembre del 2006.—Carmen Martínez Cubero, Subirectora.—(109649).
Ante esta subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 2, Folio 24, Título N° 80, emitido por el Colegio Académico Nocturno de Osa, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de Chaves Barboza Juan Luis. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 28 de noviembre del 2006.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(109720).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 40, título N° 499, emitido por el Liceo Luis Dobles Segreda, en el año mil novecientos noventa y tres, a nombre de Villarreal Fernández Ana Victoria. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 21 de octubre del 2006.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(110154).
Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 232, Título Nº 2958, emitido por el Colegio Santa María de Guadalupe, en el año dos mil cinco, a nombre de Andrea Catalina Rojas Lobo. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos correctos Andrea Catalina Fournier Rojas. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 23 de noviembre del 2006.—Lic. Carmen Martínez Cubero, , Subdirectora.—(110187).
Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 28, Título Nº 295, emitido por el Colegio Gregorio José Ramírez Castro, en el año mil novecientos noventa y tres, a nombre de Karina Rojas Alemán. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 1º de febrero del 2006.—Msc. Trino Zamora Zumbado, Director.—(110193).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
este Registro ha procedido a la inscripción de la organización social
denominada Federación Nacional Sindical Juanito Mora, siglas FESIJUAMO,
aprobada en asamblea celebrada el 28 de octubre del 2006 Expediente F-117.
Habiéndose cumplido con las disposiciones contenidas en los artículos 344 del
Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, se procede a la inscripción correspondiente. La organización ha sido
inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante
tomo: 15, folio: 482 asiento: 4412 del 22 de noviembre del 2006.
La junta directiva se
formó de la siguiente manera:
Secretario general:
Hermes Soto Benavides,
Secretario general adjunto: Jesús
Campos Méndez,
Secretario de actas y correspondencia:
Ricardo Rubí Sánchez
Secretario de organización y finanzas:
Fernando Salas Pizarro
Secretario de cultura y relaciones
públicas: Carlos Mata Morales
Fiscal:
Aquiles Rivera Arias
Vocal
1: Roberto Rosich Cruz
Vocal 2: Jairo Alfaro Leiton.
San José, 22 de noviembre del 2006.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—Nº 92578.—(109965).
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada
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MÉTODOS Y COMPOSICIONES PARA LA INHIBICIÓN DE SELECTINA. La presente invención se relaciona con el campo de sustancias antiinflamatorias y más particularmente con compuestos novedosos que actúan como antagonistas de las proteínas de adhesión de mamíferos conocidas como selectinas. En algunas modalidades, los métodos para tratar los trastornos mediados por selectina están proporcionados e incluyen la administración del compuesto de la fórmula I: La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 215/20, cuyo(s) inventor(es) es(son) Neelu Kaila, Silvano L. Debernardo, Kristin, M Janz, Raymond T. Camphausen, Patricia W. Bedard. La solicitud correspondiente lleva el número 8384, y fue presentada a las 13:18:30 del 5 de mayo de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de octubre de 2006.—Lic. Ana Catalina Monge R., Registradora.—Nº 92393.—(109966).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Les Laboratoires Servier, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada NUEVA FORMA CRISTALINA V DE LA AGOMELATINA, SU PROCEDIMIENTO DE PREPARACION Y LAS COMPOSICIONES FARMACEUTICAS QUE LA CONTIENE. La presente invención se refiere a una nueva forma cristalina V de aglomelatina, a su procedimiento de preparación, así como a las composiciones farmacéuticas que la contienen como principio activo. La obtención de esta forma cristalina tiene por ventaja permitir la preparación de formulaciones farmacéuticas con una composición constante y reproducible, presentando características de disolución particularmente interesantes, lo cual resulta particularmente ventajoso cuando estas formulaciones están destinadas para la administración oral. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07C 233/ 18, cuyo(s) inventor(es) es(son) Gerard Coquerel, Julie Linol, Jean-Claude Souvie. La solicitud correspondiente lleva el número 8529, y fue presentada a las 13:29:37 del 24 de julio de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 31 de octubre del 2006.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 92394.—(109967).
El señor Víctor Vargas Valenzuela,
mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de
apoderado de Shering Aktiengesellschaft, de R.F. Alemania, solicita la Patente
de Invención denominada
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DERIVADOS DE TETRAHIDRONAFTALENO, PROCEDIMIENTO PARA SU PREPARACION Y SU USO COMO ANTIINFLAMATORIO. Esta invención se relaciona con derivados de tetrahidronaftaleno polisustituidos de la fórmula (I), con un procedimiento para su preparación y con su uso como antinflamtorios. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31/4035, cuyo(s) inventor(es) es(son) Hastmut Rehwinkel, Stefan Baurle, Markus Berger, Norbert Schmees, Heike Schacke, Konrad Krolikiewicz, Anne Mengel, Duy Nguyen, Stefan Jaroch, Werner Skuballa. La solicitud correspondiente lleva el número 8357, y fue presentada a las 12:55:17 del 24 de abril de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de octubre de 2006.—Lic. Ana Catalina Monge R., Registradora.—Nº 92395.—(109968).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Basf Aktiengesellschaft, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada
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FENILALANINA-AMIDAS SUSTITUIDAS POR HETEROAROILO. La presente invención se refiere a fenilalanina- amidas sustituidas de la fórmula I. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 231/14, cuyo(s) inventor(es) es(son) Mathias Witschel, Michael Puhl, Michael Rack, Liliana Parra Rapado, Ulf Misslitz, Cyrill Zagar, Peter Plath, Robert Reinhard, Bernd Sievernich, Rex Liebl. La solicitud correspondiente lleva el número 8476, y fue presentada a las 13:13:26 del 22 de junio de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 31 de octubre de 2006.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 92396.—(109969).
El señor
Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José,
cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Basf Aktiengesellschaft,
de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada
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6-(2-CLORO-4-ALCOXI-FENIL)-TRIAZOLOPIRIMIDINAS, PROCEDIMIENTOS PARA SU PREPARACION Y EL USO DE LAS MISMAS PARA COMBATIR HONGOS NOCIVOS, ASI COMO PRODUCTOS QUE LAS CONTIENEN. Triazolopirimidinas sustituidas de la fórmula I. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 487/04, cuyo(s) inventor(es) es(son) Jordi Tormo I Blasco, Carsten Blettner, Bernd Muller, Markus Gewehr, Wassilios Grammenos, Thomas Grote, Joachim Rheinheimer, Pete. R Schafer, Frank Schieweck, Anja Schwogler, Ulrich Schofl, Oliver Wagner, Maria Scherer, Siegfred Strathmann, Reinhard Stierl. La solicitud correspondiente lleva el número 8467, y fue presentada a las 12:59:15 del 21 de junio de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 31 de octubre de 2006.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 92397.—(109970).
El señor Víctor Vargas Valenzuela,
mayor, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de
apoderado especial de Schering Aktiengesellschaft, de R.F. Alemania, Tokio
Medical And Dental University, de Japón, solicita la Patente de Invención
denominada
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DERIVADOS DE PIPERAZINA INHIBIDORES DE QUIMIOQUINAS Y SU USO PARA TRATAR MIOCARDITIS. Se refiere al uso de derivados de piperazina para tratar la miocarditis. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31 / 495, cuyo(s) inventor(es) es(son) Hideki Futamatsu, Mitsuaki Isobe, Noritaka Koga, Jun-Ichi Suzuki, Dole William P. La solicitud correspondiente lleva el número 8286, y fue presentada a las 13:14:33 del 14 de marzo de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de octubre de 2006.—Lic. Rafael Quesada V., Registrador.—Nº 92398.—(109971).
El señor Víctor Vargas Valenzuela,
mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de
apoderado de Basf Aktiengesellschaft, de R.F. Alemania, solicita la Patente de
Invención denominada
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NUEVAS SULFONAMIDAS COMO AGENTES FITOSANITARIOS. Sulfonamidas de la fórmula I. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 213/42, cuyo(s) inventor(es) es(son) Wassilios Grammenos, Carsten Blettner, Bernd Muller, Markus Gewehr, Jordi Tormo I Blasco, Thomas Grote, Joachim Rheinheimer, Peter Schafer, Frank Schieweck, Anja Schwogler, Oliver Wagner, Norbert Gotz, Siegfried Strathmann, Ulrich Schofl, Maria Scherer, Reinhard Stierl. La solicitud correspondiente lleva el número 8312, y fue presentada a las 12:59:06 del 22 de marzo de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de octubre de 2006.—Lic. Ana Catalina Monge R., Registradora.—Nº 92399.—(109972).
El señor Víctor Vargas Valenzuela,
mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de
apoderado especial de Basf Aktiengesellschaft, de R.F. Alemania, solicita la
Patente de Invención denominada
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FENILALANINA-AMIDAS SUSTITUIDAS POR BENZOILO. Se refiere a fenilalanina-amidas sustituidas por benzoilo de la fórmula I. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07C 237/42, cuyo(s) inventor(es) es(son) Mathias Witschel, Michel Puhl, Gerhard Hamprecht, Lilliana Parra Prado, Ulf Miblitz, Cyrill Zagar, Peter Plath, Robert Reinhard, Bernd Sievernich, Rex Liebl. La solicitud correspondiente lleva el número 8475, y fue presentada a las 13:11:57 del 22 de junio de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 31 de octubre de 2006.—Lic. Rafael Quesada V., Registrador.—Nº 92400.—(109973).
El señor Víctor Vargas Valenzuela,
mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su
condición de apoderado especial de Basf Aktiengesellschaft, de R.F. Alemania,
solicita la Patente de Invención denominada
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MEZCLAS FUNGICIDAS PARA COMBATIR PATOGENOS DEL ARROZ. La presente invención se refiere a mezclas fungicidas para combatir patógenos del arroz que contienen como componentes activos: 1) el derivado de tiazolopirimidina de la fórmula I y 2) ciproconazoles de la fórmula II, en una cantidad sinérgica activa. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A01N 43 /90, cuyo(s) inventor(es) es(son) Jordi Tormo I Blasco, Thomas Grote, Maria Scherer, Reinhard Stierl, Siegfred Strathmann, Ulrich Schofl. La solicitud correspondiente lleva el número 8449, y fue presentada a las 12:42:20 del 13 de junio de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de octubre del 2006.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 92401.—(109974).
El señor Víctor Vargas Valenzuela,
mayor, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de
apoderado especial de Basf Aktiengellschaft, de R.F. Alemania, solicita la
Patente de Invención denominada
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USO DE DERIVADOS DE N-ARILHIDRACINA PARA COMBATIR PESTES. Se refiere al uso de derivados de hidracina de la fórmula I. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A01N 37 /28, cuyo(s) inventor(es) es(son) Wolgang Von Deyn, Hassan Oloumi-Sadeghi, David G. Kuhn, Nigel Armes, Christopher Koradin. La solicitud correspondiente lleva el número 8451, y fue presentada a las 12:43:51 del 13 de junio de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de octubre del 2006.—Lic. Rafael Quesada V., Registrador.—Nº 92402.—(109975).
El señor Víctor Vargas Valenzuela,
mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su
condición de apoderado especial de Basf Aktiengesellschaft, de R.F. Alemania,
solicita la Patente de Invención denominada
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6-(2-HALOGENOFENIL) -TRIAZOLOPIRIMIDINAS, PROCEDIMIENTOS PARA SU PREPARACIÓN Y EL USO DE LAS MISMAS PARA COMBATIR HONGOS NOCIVOS, ASI COMO PRODUCTOS QUE LAS CONTIENEN. Triazolopirimidinas de la fórmula I La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 487/04, cuyo(s) inventor(es) es(son) Jordi Tormo I Blasco, Carsten Blettner, Bernd Muller, Markus Gewehr, Wassilios Grammenos, Thomas Grote, Joachim Rheinheimer, Peter Schafer, Frank Schieweck, Anja Schwogler, Oliver Wagner, Maria Scherer, Siegfred Strathmann, Ulrich Schofl, Reinhard Stierl. La solicitud correspondiente lleva el número 8470, y fue presentada a las 13:00:47 del 21 de junio de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1º de noviembre de 2006.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 92403.—(109976).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada ACOPLAMIENTO CRUZADO DE CARBONO-CARBONO CATALIZADO POR METALES DE TRANSICIÓN SOBRE SOPORTES SÓLIDOS. La presente invención proporciona métodos para el acoplamiento de compuestos que contienen carbono usando un metal de transición o complejo de metal de transición sobre un soporte sólido. El soporte sólido puede incluir sales de metales alcalinotérreos, que incluyen sales de carbonato y sulfato. Los metales de transición pueden incluir paladio o níquel metálico. El método puede incluir combinar dos compuestos que contienen carbono y un metal de transición o complejo metal de transición sobre un soporte sólido en presencia de un solvente, de manera deseable un alcohol. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 265/18, cuyo inventor es Bogdan Kazimierz Wilk. La solicitud correspondiente lleva el número 8399, y fue presentada a las 13:56:10 del 11 de mayo de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de octubre de 2006.—Lic. Ana Catalina Monge R., Registradora.—Nº 92418.—(109977).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada MÉTODO PARA EL TRATAMIENTO DE LA ENFERMEDAD ASOCIADA CON ADAMTS-5. El presente invento se relaciona con métodos para tratar enfermedades asociadas con ADAMTS-5, en especial la osteoartritis, que consta de la administración de un agente capaz de modular la actividad de ADAMTS-5 a un sujeto que presenta la enfermedad. El agente es preferiblemente un compuesto biarilsulfonamídico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31 /19, cuyo(s) inventor(es) es(son) Elisabeth, A. Morris, Sonya, S. Glasson, Jason, Shaoyun Xiang. La solicitud correspondiente lleva el número 8411, y fue presentada a las 13:37:10 del 19 de mayo de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de octubre de 2006.—Lic. Ana Catalina Monge R., Registradora.—Nº 92419.—(109978).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada REMOVAL OF HIGH MOLECULAR WEIGHT AGGREGATES USING HYDROXYAPATITE CHROMATOGRAPHY. Esta invención se refiere a la aplicación de la cromatografía de hidroxiapatita a la purificación de al menos un anticuerpo a partir de una preparación que contiene agregados de alto peso molecular. Además, esta invención se refiere a una integración de la cromatografía de hidroxiapatía cerámica dentro de un protocolo cromatográfico en combinación para la eliminación de agregados de alto peso molecular a partir de una preparación de anticuerpo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07K 06/16, cuyo(s) inventor(es) es(son) Shujun Sun, Christopher Gallo, Brian Kelley. La solicitud correspondiente lleva el número 8366, y fue presentada a las 12:23:19 del 25 de abril de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 31 de octubre de 2006.—Lic. Ana Catalina Monge R., Registradora.—Nº 92420.—(109979).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Wyeth Holdings Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada ENSAYOS DE SUSCEPTIBILIDAD ESTABILIZADOS DE PATOGENOS AEROBICOS. La presente invención está dirigida al campo de la microbiología y en particular a composiciones y métodos para determinar la susceptibilidad de patógenos aeróbicos a los antibióticos. La adición de adyuvantes a las composiciones de la invención estabilizan el medio de ensayo y eliminan las inconsistencias en el ensayo de susceptibilidad, más especialmente ensayos que involucran la familia de antibióticos de la tetraciclina. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C12Q 01/04, cuyo(s) inventor(es) es(son) Patricia Ann Bradford, Peter James Petersen. La solicitud correspondiente lleva el número 8440, y fue presentada a las 14:00:00 del 7 de junio de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de octubre de 2006.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 92421.—(109980).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada METODOLOGÍA SINTÉTICA PARA LA ALQUILACIÓN REDUCTIVA EN LA POSICIÓN C-3 DE ÍNDOLES. La presente invención describe un proceso para la alquilación reductiva en la posición C-3 de un compuesto de indol en el que el indol se trata con un aldehído en presencia de un ácido de Lewis y un agente reductor de hidruro de silicio. El proceso es útil para la alquilación en la posición C-3 de índoles que contienen sustituyentes sensibles a ácidos en la posición N-l. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 209/ 18, cuyo(s) inventor(es) es (son) Ronald S Michalak, Panolil Raveendranath. La solicitud correspondiente lleva el número 8446, y fue presentada a las 14:03:40 del 8 de junio de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de octubre de 2006.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 92422.—(109981).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, Geox S.P.A., de Italia, solicita la Patente de Invención denominada SUELA RESPIRABLE E IMPERMEABLE PARA EL CALZADO. Suela impermeable y respirable para calzado, que comprende, en por lo menos una parte de su extensión, por lo menos dos capas estructurales, una capa inferior provista de una estructura de soporte para formar la banda de rodadura, y una capa superior microporosa permeable al vapor de agua. La capa inferior comprende unas partes abiertas en dicha capa superior. Un revestimiento obtenido mediante un tratamiento por deposición de plasma para la impermeabilización provisto en la capa superior. De esta manera, se obtiene una capa que tiene funciones y características de resistencia al dañado y que es al mismo tiempo impermeable y respirable. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A43B, 7/06, cuyo(s) inventor(es) es(son) Mario Moretti, Antonio Ferrarese, Bruno Mattioni. La solicitud correspondiente lleva el número 8520, y fue presentada a las 13:12:27 del 19 de julio de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1º de noviembre del 2006.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 92443.—(109982).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Immunex Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada ANTICUERPOS QUE SE UNEN AL RECEPTOR DEL INTERLEUQUINA-4. La presente invención se refiere a anticuerpos que se unen al receptor IL-4, fragmentos, muteínas, y derivados de tales anticuerpos, ácidos nucleicos que condifican tales anticuerpos, fragmentos, muteínas y derivados, y procedimientos de fabricar y usar tales anticuerpos, fragmentos, muteínas, derivados y ácidos nucleicos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07K 16 /28, cuyos inventor(es) es(son) Hongxing Zhou, Paul Carter. La solicitud correspondiente lleva el número 8396, y fue presentada a las 13:54:50 del 11 de mayo de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de noviembre de 2006.—Lic. Rafael Quesada V., Registrador.—Nº 92444.—(109983).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada SALES DE O-DESMETILVENLAFAXINA EN MULTIPARTÍCULAS Y USOS DE LAS MISMAS. Se describe un succinato o formiato de O- desmetilvenlafaxina en multipartículas (ODV); también se describen métodos para tratar depresión y reducir los efectos secundarios gastrointestinales de ODV. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 9 /16, cuyo(s) inventor(es) es(son) Christopher Richard Diorio, Syed M. Shah, Mahdi B. Fawzi. La solicitud correspondiente lleva el número 8535, y fue presentada a las 13:15:49 del 25 de julio de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 31 de octubre de 2006.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 92445.—(109984).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Hans Josef Van Els, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada MÉTODO Y PLANTA PARA DESALINIZAR AGUA SALINA. La invención se relaciona con un método para desalinizar agua salada. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C02F 1/14, cuyo inventor es Van Els Hans Josef. La solicitud correspondiente lleva el número 7867, y fue presentada a las 13:00:43 del 10 de junio de 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de octubre de 2006.—Lic. Rafael Quesada V., Registrador.—Nº 92446.—(109985).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado de Oslo Corp, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada MÉTODO PARA EL TRATAMIENTO DE TRASTORNOS OFTÁLMICOS. Los trastornos oftálmicos como presbicia, hipermetropía, miopía y astigmatismo pueden corregirse mediante la utilización de un lente de contacto moldeador, en combinación con una composición farmacéutica adecuada que se suministra en el ojo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61F 2 /00, cuyo inventor es Alberto Oslo Sancho. La solicitud correspondiente lleva el número 8453, y fue presentada a las 13:34:27 del 14 de junio de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de octubre de 2006.—Lic. Ana Catalina Monge R., Registradora.—Nº 92447.—(109986).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Schering Aktiengesellschaft, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada MÉTODO PARA MEJORAR LA EFICACIA DE DROGAS TERAPÉUTICAS RADIO ROTULADAS. Se dan a conocer drogas radiorotuladas y métodos para mejorar su eficacia mediante el uso de un radiosensibilizador tal que el radiosensibilizador tanto forma parte de la droga radiorotulada mediante el acople directo del rediosensibilizador a la droga radiorotulada como produciendo una mezcla de la droga radiorotulada y un análogo de la droga con el radiosensibilizador acoplado a la droga en lugar del radiorótulo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 51/00, cuyo inventor es Krause Werner. La solicitud correspondiente lleva el número 8439, y fue presentada a las 13:59:00 del 7 de junio de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de octubre de 2006.—Lic. Rafael Quesada V., Registrador.—Nº 92448.—(109987).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Schering AG, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada FORMA DE ADMINISTRACIÓN TRANSDERMICA, LÍQUIDA O SEMISÓLIDA QUE CONTIENE SUSTANCIA ACTIVA SENSIBLE A LA LUZ, ESTABLE A LOS RAYOS ULTRAVIOLETA. La invención se relaciona con formas de administración farmacéuticas semisólidas y líquidas para uso transdérmico (TTS) que contienen una sustancia activa farmacéutica sensible a la luz en el rango UV y por lo menos una sustancia auxiliar que absorbe luz UV (absorbedor UV). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 9 /00, cuyo(s) inventor(es) es(son) Hans Peter Podhaisky, Stefan Bracht. La solicitud correspondiente lleva el número 8461, y fue presentada a las 13:35:34 del 16 de junio de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de octubre de 2006.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 92449.—(109988).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, cédula 1-335-794, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado de Schering Aktiengesellschaft, de R.D. Alemana, solicita la Patente de Invención denominada PIRIMIDINAS SUSTITUIDAS CON SULFOXIMINA COMO INHIBIDORES DE CDK Y/O VEGF, SU PREPARACIÓN Y SUS USOS COMO MEDICAMENTO. La presente invención se refiere a derivados de pirimidina de la fórmula general (I), en donde Q, R1, R2, R3, R4, R5, X y m tienen los significados contenidos en la descripción, como inhibidores de las quinasas dependientes de ciclinas y tirosina quinasas de los receptores de VEGF, su preparación, y sus usos como medicamento para el tratamiento de diversas enfermedades. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 239/ 47, cuyo(s) inventor(es) es(son) Ulrich Lucking, Martin Kruger, Rolf Jautelat, Gerhard Siemeister. La solicitud correspondiente lleva el número 8363, y fue presentada a las 12:21:59 del 25 de abril de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de octubre de 2006.—Lic. Ana Catalina Monge R., Registradora.—Nº 92467.—(109989).
INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. 12383.—Montañas de Fuego S. A., solicita, en concesión, 10 litros por segundo de un nacimiento aguas termales que brota en propiedad de El Silencio del Campo S. A., representada por Luis Diego Zúñiga Vega y Kattia Hidalgo Murillo en Fortuna, San Carlos, Alajuela para uso turístico, balneario. Coordenadas aproximadas 274.500 / 461.450. Hoja Monterrey y Fortuna. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 1º de diciembre de 2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(110169).
Registro Civil-Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Chih Wei Chen Lin, mayor, soltero, estudiante, chino, cédula de residencia N° 115800011215, vecino de San José, expediente N° 3013-2006. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos Nos. 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 3 de octubre del 2006.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº 92653.—(110443).
Chih Cheng Chen Lin, mayor, soltero, agente de ventas, chino, cédula de residencia N° 115800011001, vecino de San José, expediente N° 3181-2006. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos Nos. 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 6 de noviembre del 2006.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº 92654.—(110444).
ÁREA DE SALUD OSA
ADMINISTRACIÓN
PROGRAMA DE COMPRAS PARA EL AÑO 2007
Partida Nombre Monto
¢
2100 SERVICIOS
NO PERSONALES 111.640.000,00
2112 INFORMACIÓN 800.000,00
2114 IMPRESIÓN, ENCUADERNACIÓN Y OTROS 90.000,00
2122 TELECOMUNICACIONES 3.000.000,00
2126 ENERGÍA ELÉCTRICA 19.000.000,00
2128 SERVICIOS DE AGUA 3.000.000,00
2134 GASTOS VIAJES EN EL PAÍS 15.000.000,00
2140 TRANSPORTES DENTRO DEL PAÍS 5.000.000,00
2141 TRANSPORTE DE BIENES 3.000.000,00
2151 MANT. INSTALACIONES Y OTRAS OBRAS 750.000,00
2152 MANT. Y REP. EQUIPO Y MOBILIARIO POR
TERCEROS 1.000.000,00
2153 MANT. Y REP. EQUIPO DE TRANSPORTES 4.000.000,00
2154 MANT. Y REP. OTROS EQUIPOS 6.000.000,00
2155 MANT. Y REP. MAQUINARÍA Y EQUIPO DE
PRODUCCIÓN 200.000,00
2156 MANT. Y REPAR. EDIFICIOS POR TERCEROS 10.000.000,00
2157 MANT. Y REP. EQUIPO DE COMUNICACIÓN 500.000,00
2159 MANT. Y REP. EQUIPO DE CÓMPUTO 1.000.000,00
2184 TRASLADOS 35.000.000,00
2186 HOSPEDAJES 300.000,00
2199 OTROS SERVICIOS NO PERSONALES 4.000.000,00
2200 MATERIALES
Y SUMINISTROS 70.240.300,00
2201 GASOLINA,
LUBRICANTES Y GRASAS 150.000,00
2203 MEDICINAS 200.000,00
2205 OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS Y CONEXOS 6.000.000,00
2206 TINTAS, PINTURAS Y DILUYENTES 3.500.000,00
2207 TEXTILES Y VESTUARIOS 7.000.000,00
2209 LLANTAS Y NEUMÁTICOS 1.500.000,00
2210 PRODUCTOS DE PAPEL Y CARTÓN 2.500.000,00
2211 IMPRESOS Y OTROS 700.000,00
2212 MATERIALES DE PRODUCTOS METÁLICOS 600.000,00
2213 ALIMENTOS Y BEBIDAS 550.300,00
2114 MADERA Y SUS DERIVADOS 500.000,00
2215 OTROS MATERIALES Y PRODUCTOS DE
CONSTRUCCIÓN 500.000,00
2216 MATER. Y PROD. ELÉCTRICOS, TELÉFONO Y
COMPUTO 500.000,00
2217 INSTRUMENTOS Y HERRAMIENTAS 200.000,00
2218 MATERIALES Y PRODUCTOS DE VIDRIO 300.000,00
2219 INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO 5.000.000,00
2220 MATERIALES Y PRODUCTOS DE PLÁSTICO 500.000,00
Partida Nombre Monto
¢
2100 SERVICIOS
NO PERSONALES 111.640.000,00
2221 REPUESTOS EQUIPO DE TRANSPORTE 5.000.000,00
2223 OTROS REPUESTOS 10.000.000,00
2225 ÚTILES Y MATERIALES DE OFICINA 3.000.000,00
2227 ÚTILES Y MATERIALES DE LIMPIEZA 2.000.000,00
2229 ENVASES Y EMPAQUES MEDICINA 1.000.000,00
2231 ÚTILES DE COCINA Y COMEDOR 40.000,00
2233 OTROS ÚTILES Y MATERIALES 5.000.000,00
2241 COMBUSTIBLE EQUIPO DE TRANSPORTES 13.000.000,00
2243 LUBRICANTES Y GRASAS EQUIPO DE TRANSPORTE 1.000.000,00
2300 MAQUINARIA
Y EQUIPO 11.200.000,00
2310 EQUIPO
Y MOBILIARIO DE OFICINA 2.450.000,00
2315 EQUIPO DE COMPUTO 4.000.000,00
2320 EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO 2.500.000,00
2340 EQUIPO PARA COMUNICACIONES 250.000,00
2390 EQUIPOS VARIOS 2.000.000,00
Palmar Sur, 5 de diciembre del 2006.—Lic. Luis Alberto González Montes, Administrador.—1 vez.—(110523).
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
CONTRATACIÓN DIRECTA 2006CD-000105-PP
Adquisición e instalación de un
sistema de cámaras
de video interconectadas a un sistema
central
Se comunica a las
empresas interesadas en participar en la contratación en referencia, que este
Consejo estará recibiendo ofertas de conformidad con los términos cartelarios
hasta las 14:00 horas del lunes 18 de diciembre del 2006, en las oficinas de la
Proveeduría, ubicadas de la Rotonda de La Betania 50 metros este y 10 metros
norte, carretera a Guadalupe.
Asimismo, se estará efectuando visita
preoferta, de conformidad con las fechas y sitios estipulados en el cartel de
esta contratación.
Los interesados en participar, deberán
retirar el cartel de esta contratación de manera gratuita, en la Unidad de
Proveeduría y Suministros del CONAVI, a partir de la fecha de publicación de
este aviso.
San José, 5 de diciembre del 2006.—Proveeduría y Suministros.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 05536).—C-7720.—(110961).
INSTITUTO COSTARRICENSE DEL
DEPORTE Y LA RECREACIÓN
CONCURSO: LICITACIÓN PÚBLICA N°
2006LN-000004-01
Descripción: Concesión para la
explotación del servicio de Tirolesa (CANOPY) en el Parque Metropolitano
La Sabana y Parque del Este
El Instituto
Costarricense del Deporte y la Recreación, le invita a participar en este
concurso el cuál consiste en la concesión para la explotación del servicio de
Tirolesa en el Parque Metropolitano La Sabana y Parque del Este.
Para tal efecto se recibirá ofertas
por escrito hasta las 9:00 horas del día lunes 29 de enero del 2007, en la Sala
de Sesiones del Consejo Nacional del Deporte y la Recreación del ICODER,
ubicada en las instalaciones del Gimnasio Nacional, Sabana Este.
Los interesados en participar podrán
retirar el Pliego de Condiciones en la Proveeduría Institucional, sin costo
alguno.
San José, 29 de noviembre del 2006.—Proceso de Proveeduría.—Lic. Eduardo Alonso Ramírez Brenes, Proveedor.—1 vez.—(110944).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
-UNIDAD EJECUTORA-
PRÉSTAMO BID 1377/OC-CR
PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº
86-05
Adquisición de equipo y software para
el fortalecimiento
de
la plataforma de comunicaciones del
Poder Judicial
La Unidad Ejecutora del
Programa de Modernización Poder Judicial-BID, comunica a los interesados en el
Concurso arriba citado, que en Sesión de Consejo Superior, celebrada el día 5
de diciembre del 2006, artículo IX, dispuso adjudicar éste Procedimiento, de la
siguiente forma:
Línea Descripción Empresa Monto $
1 Equipos
activos para la red de la Defensa
Pública de San José y
su correspondiente
software
de administración y monitoreo AEC 100.681,98
2 Equipos activos para la red
del I Circuito
Judicial de San José y
su correspondiente
software
de administración y monitoreo AEC 517.512,96
3 Equipos activos para la
red del II Circuito
Judicial de San José y
su correspondiente
software
de administración de monitoreo AEC 259.670,96
4 Dispositivo necesario
para permitir el acceso
conmutado
a la Intranet GBM 55.941,58
Línea Descripción Empresa Monto $
5 Dispositivos necesarios
para permitir la
clasificación
y monitoreo del tráfico que
pasa
por los enlaces WAN INFOTREC 206.731,00
6 Dispositivos y tarjetas
necesarios para
reestructurar
la red WAM de la Institución DESCA
S. A. 254.601,56
Casa Ítemes Monto adjudicado
comercial adjudicados en US $
AEC 1, 2 y 3 877.865,90
GBM 4 55.941,58
INFOTREC 5 206.731,00
DESCA
S & S 6 254.601,56
Total adjudicado 1.395.140,04
Todo de acuerdo con lo
solicitado en el pliego de condiciones y la oferta recibida.
Se le recuerda a los adjudicatarios,
la presentación de la garantía de cumplimiento, en la forma y plazo señalados
en el cartel de concurso.
La Unidad Ejecutora, conforme las
condiciones del concurso, procederá a la preparación de los documentos
contractuales que se deriven de este procedimiento.
La adjudicación aquí publicada, cuenta
con la aprobación del Consejo Superior, conforme oficio Nº 10623-06 de la
Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia y del Banco Interamericano
de Desarrollo, conforme oficio COF/CCR/1774/2006.
Sobre cierre
de oficinas, por motivo de vacaciones: Se le recuerda a los interesados, que
las oficinas del Poder Judicial, por motivos de vacaciones, estarán cerradas
del 23 de diciembre del 2006 al 7 de enero del 2007, inclusive.
San José, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Sonia Navarro Solano, Directora.—1 vez.—(111237).
ÁREA DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN POR REGISTRO
2006LG-000044-1142
Contratación de servicios de limpieza
El Área de Adquisiciones
de la Caja Costarricense de Seguro Social, debidamente autorizada por la
Dirección de Recursos Materiales; recibirá ofertas por escrito hasta las 9:00
horas del día 21 de diciembre del 2006, para la adquisición de:
Ítem único: contratación
de servicios de limpieza, Clínica Dr. Clorito Picado.
Demás condiciones y especificaciones
técnicas, que rigen para este concurso, se encuentran insertas en el folleto de
venta en la fotocopiadora, sita en piso comercial del edificio Jenaro Valverde
Marín (Oficinas Centrales de la CCSS). Horario de L-V de 7:00 a. m., a 3:00 p.
m.
San José, 5 de diciembre del 2006.—Subárea de Carteles.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—C-6070.—(111005).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-00001-OC
Venta de vehículos usados
El Servicio Nacional de Aguas
Subterráneas, Riego y Avenamiento, SENARA, tiene el agrado de invitar a
personas físicas y jurídicas a que participen en la Licitación Pública Nº
2006LN-00001-OC, “venta de vehículos usados”. La fecha para la entrega y
apertura de ofertas vence a las 10:00 horas del día 18 de enero del 2007.
Sírvanse pasar a retirar el cartel que
contiene la información referente a esta contratación, sin costo alguno, en las
oficinas centrales de SENARA, sita, San José, barrio Bolívar, calles 18 y 20,
avenida 12 trasversal, edificio Vevideyi, o 100 metros este y 50 norte de la
clínica Moreno Cañas, en Servicios Administrativos a partir de esta
publicación, de las 7:00 horas a las 15:00 horas jornada continua.
Servicios Administrativos.—Lic. Xinia Herrera Mata, Coordinadora.—1 vez.—(111026).
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
LICITACIÓN POR REGISTRO
2006LG-000010-01
Adquisición e implementación del
Sistema Administrativo Contable
La Municipalidad del
cantón central de Alajuela, recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas
del día 15 de enero del 2007, para la supracitada licitación.
Las especificaciones técnicas y
condiciones generales deben retirarse sin costo alguno en la oficina de la
Proveeduría Municipal a partir de su publicación, sita diagonal a la esquina
noroeste del parque central de Alajuela en la planta baja, de lunes a jueves de
7:30 hasta las 16:30 y viernes de 7:30 hasta las 15:30.
Lic. Edgar Palma Solórzano, Proveedor Municipal.—1 vez.—(110939).
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000237-57200
Tintas, pinturas y diluyentes
La Proveeduría
Institucional de este Ministerio, informa que por Resolución Nº 0252-2006, de
las 13:00 horas del 4 de diciembre del 2006, acuerda adjudicar la Licitación
arriba indicada de la siguiente manera: A la empresa C.R. Conectividad S. A.,
líneas Nos. 26 y 33, para un monto total adjudicado en dólares: $1.150,00 (mil
ciento cincuenta dólares exactos); a IS Productos de Oficina S. A.,
líneas Nos. 11, 17, 45 y 51, para un monto total adjudicado en dólares:
$2.881,64 (dos mil ochocientos ochenta y un dólares sesenta y cuatro centavos);
a Bruno Internacional S.A., las líneas Nos. 5, 6, 7, 18, 25, 29, 32, 39,
40, 41 y 52, para un monto total adjudicado en dólares: $5.100,07 (cinco mil
cien dólares 07/centavos); a Corporación Económica Elir S. A., las
líneas Nos. 15, 23, 27, 43 y 49, para un monto total adjudicado en colones
¢540.380,00 (quinientos cuarenta mil trescientos ochenta colones exactos); a Future
Ink Corporation S. A., las líneas Nos. 1, 2, 3, 4, 10, 13, 19, 20, 21, 22,
30, 31, 35, 36, 37, 38, 44 y 47, para un monto total adjudicado en colones
¢274.670,00 (doscientos setenta y cuatro mil seiscientos setenta colones
exactos); a Importaciones Ofice de Costa Rica Ofice C.R. S. A., las
líneas Nos. 8, 12, 14, 24, 42 y 48, para un monto total adjudicado en dólares
$2.642,81 (dos mil seiscientos cuarenta y dos dólares ochenta y un centavos); a
Telerad Telecomunicaciones Radiodigitales S. A., las líneas Nos. 28, 34
y 46, para un monto total adjudicado en dólares $1.326,00 (mil trescientos
veintiséis dólares exactos). Además se comunica que se declararon infructuosas
las líneas Nos. 9, 16 y 50.
San José, 5 de diciembre del 2006.—Lic. Rosario Segura Sibaja, Subproveedora Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 39365).—C-15970.—(110703).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0019-2006
(Readjudicación)
Servicio de vigilancia y seguridad
Se avisa a los
interesados en la licitación arriba indicada que por resolución de las 13:00
horas del 5 diciembre del 2006 se readjudicó de la siguiente manera:
A: Inversiones
Camarias S. A., Cédula jurídica 3-101-124844.—Representada
por Iván Campos Arias, Apoderado Generalísimo.—(Oferta Nº 2).
Contratación del servicio
de vigilancia y seguridad, en un puesto ubicado en la sede de la Región Huetar
Norte, ubicada en Ciudad Quesada, San Carlos, provincia de Alajuela, por un
período de un año prorrogable por períodos iguales hasta un máximo de 4 años,
demás especificaciones y condiciones de acuerdo con el cartel y la oferta
presentada, en la suma de ¢935.000,00 por mes para un monto total anual de
¢11.220.000,00.
San José, 5 de diciembre
del 2006.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora
Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº
40715).—C-7720.—(111203).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0011-2006
Tanques sépticos e inodoros
Se avisa a los
interesados en la Licitación arriba indicada que por Resolución de las 8:00
horas del 1º de diciembre del 2006, se adjudicó de la siguiente manera:
A: Abonos Agro S.A. cédula Jurídica N° 3-101-002749,
representada por Carlos Rodolfo Vásquez Zamora, Gerente General.
Línea Nº 2. 975 unid.,
inodoro marca INCESA Habitat Nº 550 económico en loza sanitaria color blanco,
con los siguientes agregados: tanque y sus respectivos accesorios, asiento
plástico, flanger PVC, empaque de cera Plomer, juego de tornillos para flanger,
manguera metálica de abasto de 22 mm x 9 mm x 40 cms, llave recta de control de
12 mm x 9 mm, tubo sanitario SDR 41 en PVC de 75 mm de diámetro por metros de
longitud para drenaje y codo sanitario en PVC de 75mm, a un precio de
¢28.445,00 cada uno, para un monto total de ¢27.733.875,00.
Plazo de entrega: 1 día hábil después
del recibo de la orden de compra y copia del contrato en la Central de
Almacenamiento y Distribución en San José. Forma de pago: El pago se hará en
colones costarricenses de acuerdo a los trámites de la Institución.
5. Se recomienda declarar infructuoso la línea
Nº 1 por 947 tanques sépticos de acuerdo con el oficio UTE-695-06 del 4 de
diciembre del 2006, donde se emite el criterio técnico para cada una de las
ofertas que cotizaron este ítem.
San José, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº 40717).—C-11020.—(111242).
CONSEJO TÉCNICO DE ASISTENCIA MÉDICO
SOCIAL
Fideicomiso 872-(CTAMS)-BNCR
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 036-2006
Licencias corporativas
Se avisa a los
interesados en la licitación arriba indicada que por resolución de las 10:30
horas del 6 de diciembre del 2006, se adjudicó de la siguiente manera:
A: Alfa GPR Tecnologías S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-252838, representada en este acto por el señor Willy
Valverde Monge apoderado generalísimo.
Línea única: 200 unidades
de Licencia Corporativas de Microsoft Office, demás características y
especificaciones técnicas de acuerdo con la oferta presentada, en la suma de
$340,22 cada una, para un monto total de $68.044,98.
San José, 6 de diciembre del 2006.—Proveeduría
Institucional.—Lic. Vanessa
Arroyo Chavarría.—1 vez.—(Solicitud Nº 40716).—C-6070.—(111246).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
Se comunica a todos los
interesados que el Consejo Superior del Poder Judicial, en Sesión celebrada el
día cinco de diciembre de dos mil seis, dispuso adjudicar las licitaciones que
se dirán, de la manera siguiente:
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000076-PROV
Contratación de servicios de limpieza
para los despachos
judiciales de San Joaquín de Flores,
Heredia
A Multinegocios
Internacionales América S.A., cédula jurídica N° 3-101-098063.
Contratación de servicios
de limpieza para los despachos judiciales de San Joaquín de Flores de Heredia,
con un precio mensual por el servicio de ¢293.022,84; para un total anual de
¢3.516.274,08.
————
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000081-PROV
Compra e instalación de un sistema
perimetral de seguridad
para
el depósito de vehículos en el Complejo
de Ciencias
Forenses
A Tecno Logística de Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-182125.
El suministro e
instalación de un sistema perimetral de seguridad Intrepid Micropoint 250 m
para el Depósito de vehículos en el Complejo de Ciencias Forenses por un precio
total de $29.956,65. Plazo de entrega: cuarenta (40) días naturales,
desglosados de la siguiente forma: veintiocho (28) días para la entrega de
documentos para la exoneración después de recibido el pedido, dos (2) días para
la entrega del equipo después de entregada la exoneración y diez (10) días para
la instalación y puesta en marcha de los equipos.
————
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000084-PROV
Compra de dos vehículos híbridos
eléctricos
A Purdy Motor S. A., cédula jurídica
Nº 3-101-005744-24.
Compra de dos vehículos
híbridos eléctricos, marca Toyota, estilo Prius, año 2006, por un precio total
de $54.000,00.
Plazo de entrega: entrega de los
documentos para el trámite de exoneración: 5 días hábiles después de recibido
el pedido. Entrega de los vehículos: 25 días hábiles después de recibida la
nota de exoneración.
6 de diciembre del 2006.—Proveeduría.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Subproveedora Judical, a. í.—1 vez.—(111238).
COLEGIO UNIVERSITARIO DE ALAJUELA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2006LN-000001-CUNA
Concesión de local para la prestación
de servicios
de alimentación en la sede central del
CUNA
Se les comunica a los interesados,
que dicha licitación fue declarada desierta, debido a que ninguna de las
ofertas presentadas se ajustó a los requerimientos del cartel en su totalidad.
Acuerdo del Consejo Directivo del CUNA
Nº 2283, acta Nº 2413-06, artículo 2.4 del 1º de diciembre de 2006.
Alajuela, 6 de diciembre del 2006.—Lic.
Marcelo Prieto Jiménez,
Decano.—1 vez.—(111199).
CLÍNICA
DR. RICARDO MORENO CAÑAS
UNIDAD
EJECUTORA 2311
LICITACIÓN
RESTRINGIDA Nº 2006LR-000001-AGBS2311
(Declarado
desierto)
Objeto:
servicios de limpieza por terceros
El Área de Gestión de
Bienes y Servicios, con autorización de la Dirección Médica de la Clínica Dr.
Ricardo Moreno Cañas, comunica a todos los interesados, que se declara desierto
dicho proceso, por resolución administrativa Nº 2006-0002 y el por tanto a
letra dice:
“En virtud del oficio Nº
DCC-2106-2006, del 8 de noviembre del 2006, y en aras de salvaguardar los
derechos e intereses públicos en provecho de todos (as) los (as) posibles
oferentes, se decide declarar desierto el presente concurso, y se ordena de
inmediato iniciar con un nuevo proceso de contratación que se ampare bajo los
parámetros establecidos por la Comisión Control del Gasto de Contratación, la
cual encuentra su creación en el Artículo N° 29 acuerdo segundo de la sesión Nº
7810 celebrada el 18 de noviembre del 2003, y la cual tiene un criterio
vinculante de las contrataciones que apruebe y todas aquellas condiciones que
se varíen dentro de una contratación, llevarán el trámite a una nulidad
absoluta”.
San José, 5 de diciembre del 2006.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Juan García Carvajal, Jefe.—1 vez.—(110931).
HOSPITAL SAN VICENTE DE PAÚL
SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA 2006-001
Servicios profesionales de vigilancia
y seguridad para
el H.S.V.P.
A los interesados en el
presente concurso se les comunica que por motivo de recurso de revocatoria
presentado al acto de adjudicación y según resolución administrativa
H.S.V.P-DG-2139-2006 de fecha 4 de diciembre del 2006, la Dirección General de
este Hospital resuelve readjudicar la Licitación a:
Seguridad Alfa S. A.—(Oferta
Nº 4).
Total adjudicado
¢134.006.079,36.
Heredia, 5 de diciembre del 2006.—Msc. Óscar Montero Sánchez, Director Administrativo.—1 vez.—(110974).
GERENCIA DIVISIÓN DE OPERACIONES
ÁREA DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN POR REGISTRO 2006LG-000021
(Readjudicación)
Servicios de limpieza
Área de Almacenamiento y Distribución
A los interesados en el presente
concurso, se les comunica que por resolución del Área de Adquisiciones de fecha
05 de diciembre 2006, se readjudica a:
Multiservicios Internacionales América
S. A.
Monto anual adjudicado
¢31.335.993,72.
San José, 5 de diciembre del 2006.—Subárea de Adjudicaciones.—Luz Mary Hidalgo Hernández, Jefa.—1 vez.—C-4420.—(111001).
LICITACIÓN PÚBLICA 2006LN-000017-1142
Servicios profesionales en vigilancia
para
el Área de Salud de los Chiles
A los interesados en el
presente concurso, se les comunica que por resolución de la Dirección de
Recursos Materiales de fecha 4 de diciembre del 2006, se adjudica a:
Seguridad y Limpieza Yale S. A.
Ítem único.
Monto
anual adjudicar: ¢61.504.764,00.
San José, 5 de diciembre del 2006.—Subárea de Adjudicaciones.—Luz Mary Hidalgo Hernández, Jefa.—1 vez.—C-3870.—(111003).
LICITACIÓN 2006LG-000062-PRI
Muro de protección de gaviones para
subcolector Cangrejos
El Instituto
Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, cédula jurídica 4-000-042138,
comunica que mediante Resolución de Adjudicación Nº 753 del 29 de noviembre del
2006, se adjudica la Licitación 2006LG-000062-PRI “Muro de protección de
gaviones para subcolector Cangrejos” de la siguiente manera:
Proyectos Turbina S. A.—(Oferta Nº l).
Posición Nº l
Muro de protección de
gaviones para subcolector Cangrejos, para un total de $70.980,61.
Para efectos presupuestarios se asigna
además a este proyecto la suma de ¢800.000,00 por el rubro 020 “Trabajos por
Administración”.
CONDICIONES:
Precios: firmes, definitivos e
invariables.
Forma de pago: los pagos se efectuarán
mensualmente contra avance de obra, previa aprobación del Ingeniero Inspector
designado por AyA, de acuerdo a lo indicado en el artículo 272 de las Normas Generales
(Volumen 6).
Plazo de ejecución: no debe exceder de
3 meses, contados a partir de la fecha de inicio efectivo de los trabajos, que
se indicará en la orden de ejecución.
Lugar de entrega: en el lugar
indicado.
Demás condiciones de acuerdo al cartel
y la oferta respectiva.
San José, 6 de diciembre
del 2006.—Proveeduría Institucional.—Lic. Iris
Fernández B.—1 vez.—(Solicitud Nº
42362).—C-11020.—(111202).
LICITACIÓN RESTRINGIDA Nº
2006LR-000012-02
Servicio de reparación de dos
niveladoras y dos Back Hoe
La Proveeduría de la
Administración de Desarrollo JAPDEVA, comunica a los interesados en la
licitación de referencia, que mediante acuerdo de Comisión de Licitaciones de
Desarrollo en sesión ordinaria Nº 29-2006, celebrada el 1º de diciembre de
2006, se acordó:
Adjudicar la licitación
restringida Nº 2006LR-000012-02, promovida para el servicio de reparación de
dos niveladoras y dos Back Hoe, a la empresa Royoma del Caribe S. A.,
por haber obtenido el mayor puntaje de calificación y según el siguiente
detalle:
Oferente: Royoma del
Caribe S. A.
Monto: ¢
11.916.000,00
Plazo de
entrega: 29 días naturales
Vigencia
oferta: 30 días hábiles
Forma de
pago: Según cartel
Puntos
obtenidos: 100%
Garantía de
cumplimiento: 5%
6 de noviembre del 2006.—Administración de Desarrollo.—Lic. Denny Douglas Leslie, Proveedor Admón.—1 vez.—(111019).
CONTRATACIÓN DIRECTA CERRADA Nº
2006CD-000027-02
Servicio de consultoría técnica legal
La Proveeduría de la
Administración de Desarrollo JAPDEVA, comunica a los interesados en la
contratación de referencia, que mediante acuerdo de Comisión de Licitaciones de
Desarrollo en sesión ordinaria Nº
29-2006, celebrada el 1º de diciembre de 2006, se acordó:
Adjudicar la contratación
directa cerrada Nº 2006CD-000027-02, promovida para el servicio de consultoría
técnica legal, a la empresa Avalúos e Inspecciones de Centro América S. A.
AVIDECA, por haber obtenido el mayor puntaje de calificación y según el
siguiente detalle:
Oferente: Avalúos e
Inspecciones de Centro América S. A.
Monto: ¢
6.200.000,00
Plazo de
entrega: 40 días naturales
Vigencia
oferta: 35 días hábiles
Forma de
pago: Según cartel
Puntos
obtenidos: 100%
Garantía de
cumplimiento: 5%.
6 de noviembre del 2006.—Administración de Desarrollo.—Lic. Denny Douglas Leslie, Proveedor Admón.—1 vez.—(111020).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO
S. A.
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-9-00184-02
(Notificación de adjudicación)
Contratación de los servicios de
limpieza de las instalaciones
de RECOPE ubicadas en el Área
Metropolitana
Se comunica que la
Gerencia de Administración y Finanzas de la empresa a través de oficio
GAF-2710-2006, acordó adjudicar la presente licitación de acuerdo al siguiente
detalle:
Oferente: Moli del Sur S. A., representante
legal: Edgar A. Cabezas Morales.—(Oferta Nº dos (2).
Monto: ¢90.137.004,00;
total anual, desglosados; ¢3.300.000,00 por limpieza anual de vidrios;
¢86.837.004,00 por limpieza anual general.
Descripción:
contratación de los servicios de limpieza para las instalaciones de RECOPE
ubicadas en el Área Metropolitana, a saber: oficinas centrales, oficinas anexas
costado oeste de oficinas centrales, bodega de activos en desuso en El Alto de
Ochomogo, edificio MINAE (Vista Palace-Tres Pisos.), casetillas de guardas en
el plantel El Alto de Ochomogo y oficinas de los oficiales, nuevo edificio de
las oficinas centrales de RECOPE, incluyendo los parqueos ubicados al costado
este del edificio. Todo de acuerdo a lo establecido en la oferta y el cartel
respectivo.
Forma de pago: mensual, contra avance
en la prestación de los servicios de conformidad para RECOPE.
Plazo contractual: un (01) año,
prorrogable por un periodo igual a opción y discrecionalidad de RECOPE.
NOTAS:
1. El adjudicatario dispondrá de ocho (08) días
hábiles contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la
correspondiente garantía de cumplimiento, por un monto del siete por ciento
(7%) del total adjudicado y con una vigencia mínima de dos (2) meses
adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto del
contrato, observando los demás requisitos y condiciones que al respecto
establece la Ley de la Contratación Administrativa, Reglamento General de la
Contratación Administrativa y el Reglamento de Contrataciones de Recope.
2. Según el Reglamento de Refrendo promulgado por
la Contraloría General de la República y publicado en el Diario Oficial La
Gaceta Nº 53 del pasado 15 de marzo del 2006, la ejecución contractual del
presente concurso estará supeditada a la emisión de la respectiva orden de
compra y la suscripción de un contrato, el cual será confeccionado por la
Asesoría Legal de Recope y refrendado por la Contraloría General de la
República. A efectos de la legalización, se deberán reintegrar las especies
fiscales de ley en razón del 0,5% del contrato, pagadero en su totalidad por el
contratista.
3. Los precios de la presente contratación se
reajustarán en lo que corresponde según se describe en la cláusula 1.19 y 1.20
inciso d) del cartel.
4. Será potestad de Recope prorrogar o no la
presente contratación, para efectos del contratista se entiende que Recope esta
efectuando el contrato por el periodo de un (1) año, por lo que la prerrogativa
de prorroga no le crea ningún derecho. En este sentido la obligación de Recope,
si actuando dentro del ámbito de su discrecionalidad, opta por no ejercer la
opción de prórroga, se limitara simplemente a notificar al contratista tal acto
con la antelación y formas debidas.
5. En general para la ejecución contractual, el
contratista deberá someterse estrictamente en todos sus extremos a los dictados
cartelarios de este concurso y a lo plasmado en su oferta.
6. De conformidad con lo establecido en el
artículo 19 del Reglamento de Contrataciones de Recope, el presente informe se
rinde ante el nivel de competencia de la Gerencia de Área, ya que no obstante
el servicio continuado que se pretende brindar involucra una prórroga en la
ejecución, para efectos de determinar el nivel de competencia se considera
únicamente el monto a adjudicar.
San José, 5 de diciembre del 2006.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 2005-5-0107).—C-29720.—(111004).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006-5-0056
Suministro de servidores de hidrante,
camiones cisternas
y recipientes volumétricos para
abastecimiento de
aeronaves en los aeropuertos
Se comunica que mediante
acuerdo adoptado por Junta Directiva en el artículo Nº 4 de la sesión ordinaria
Nº 4106-62, celebrada el miércoles 29 de noviembre del 2006, se acordó
adjudicar la presente licitación de acuerdo al siguiente detalle:
Oferente: Setec International,
Inc., representante: Servicios Técnicos, S. A.—(Oferta
Nº Cuatro (4)).
Monto total:
US$176.062,00 CFR (ciento setenta y seis mil sesenta y dos dólares 00/100).
Descripción: Línea 3: suministro de un
(1) conjunto de medida (Recipiente) volumétrica, marca Volumex, fabricado en
acero inoxidable, modelo MV-5.000, sobre una carreta para calibración de
medidores volumétricos de combustibles para aviación para ser utilizado en
terminales del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría, Alajuela y en la
terminal del Aeropuerto Internacional Daniel Oduber, Guanacaste.
Accesorios y demás detalles de
especificaciones de todo el equipo, conforme el cartel y la oferta respectiva.
Forma de pago: carta de crédito
Tiempo de entrega: equipo: cuarenta y
dos (42) semanas, desglosado:
Despacho: treinta y siete (37)
semanas.
Arribo: tres (3) semanas.
Entrega a Recope: dos (2) semanas.
Garantía del equipo: dieciocho (18)
meses después de puesto en operación.
Asimismo para las líneas Nº 1 y Nº 2,
no obstante su calificación técnica las determinó aptas para adjudicar, con dos
posibilidades en el caso de la Nº 1 y una posibilidad en el caso de la Nº 2, en
virtud que los precios cotizados resultaron sumamente elevados en comparación
con el estimado para las mismas, se autoriza de conformidad con lo manifestado
por la unidad técnica gestionante, declararlas desiertas y proceder a su
adquisición a partir de un nuevo proceso licitatorio, enmarcado dentro de la
modalidad que corresponda según el monto estimado para el concurso,
considerando que de requerirse ajustes técnicos en las especificaciones, estos
deberán realizarse de previo a que se emita la nueva publicación.
1. Notas importantes:
1. El adjudicatario dispondrá de doce (12) días
hábiles contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la
correspondiente garantía de cumplimiento, por un monto del siete por ciento
(7%) del total adjudicado y con una vigencia mínima de dos (2) meses
adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto del
contrato, observando todos los requisitos y condiciones que al respecto
establece la Ley de la Contratación Administrativa, el Reglamento General de la
Contratación Administrativa y el Reglamento de Contrataciones de Recope.
2. Según el Reglamento de Refrendo de las
Contrataciones de la Administración Pública promulgado por la Contraloría
General de la República y publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 53
del pasado 16 de marzo del 2006, la ejecución contractual del presente concurso
estará supeditada a la emisión de la respectiva orden de compra y la
suscripción de un contrato, el cual será confeccionado por la Asesoría Legal de
Recope y refrendado por la Contraloría General de la República; a efecto de la
legalización del mismo, se deberá reintegrar las especies fiscales de ley en
razón del 0,5% del monto total del contrato, pagadero en su totalidad por el
contratista.
3. Para la línea Nº 3 el adjudicatario deberá
presentar planos, diagramas con dimensiones, distribución de flujo e
instrumentos, listado de equipos y accesorios, antes de comenzar la
construcción para ser aprobados. El tiempo que Recope tardará en esta aprobación
es de un máximo de dos semanas, el cual está incluido dentro del tiempo de
entrega.
4. Para hacer efectiva la carta de crédito, con
la documentación de la misma deberán adjuntarse los certificados de
originalidad, peso, conformidad y calidad, según se requiera en el cartel.
5. Junto con los equipos se deberán aportar todos
los documentos solicitados, manuales, disponibilidades, certificados,
calibración, suministros, herramientas, repuestos, accesorios, calibración,
mantenimiento, asesorías, capacitación, otros, según se establece en el pliego
de condiciones, los cuales son indispensables para recibir a satisfacción el
equipo.
6. En general para el presente proceso, el
adjudicatario se deberá someter en todos sus extremos a los dictados
cartelarios de este concurso.
6 de diciembre del 2006.—Dirección
de Suministros.—Ing. Norma
Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 2005-5-0107).—C-37420.—(111204).
RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A.
LICITACIÓN RESTRINGIDA Nº
2006LR-000001-DGCMRACSA
Construcción de techo en estructura
metálica
para el estacionamiento de RACSA
Radiográfica
Costarricense S. A., se permite comunicar a los oferentes en la licitación
arriba indicada, que la misma fue adjudicada a la firma comercial Diseños
Arqcont S. A., según lo estipulado en el cartel y la oferta.
San José, 6 de diciembre del 2006.—Bach. Xavier Sagot Ramírez, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 40942).—C-4420.—(111244).
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000006-DGCMRACSA
(Infructuosa)
Adquisición de torres autosoportadas para
la red de Internet Wimax
Radiográfica
Costarricense S. A., se permite comunicar a los interesados en la Licitación
arriba indicada, que la misma se declara infructuosa.
San José, 6 de diciembre del 2006.—Sr. Xavier Sagot Ramírez, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 40942).—C-3870.—(111245).
MUNICIPALIDAD DE MORAVIA
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000005-01
Cunetas revestidas de concreto en
calle
Manantial distrito de San Jerónimo
Se les comunica a los
interesados en el presente concurso, que mediante acuerdo Nº 427 de la sesión
ordinaria Nº 31 del 4 de diciembre del 2006, se adjudicó la presente licitación
al Ing. Eduardo Enrique González Alvarado, por ser el único oferente y
cumplir con los requisitos de orden legal y técnicos, monto de la oferta:
¢6.979.800,00; tiempo de entrega 46 días naturales, forma de pago, contra
avance de obra.
Moravia, 6 de diciembre del 2006.—Proveeduría.—Jorge Monge Pérez, Proveedor.—1 vez.—(111234).
MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000004-01
Compra de una vagoneta reconstruida
Se comunica a todos los
potenciales oferentes que este proceso de Contratación Administrativa se ha
adjudicado a la empresa Auto Camiones de Costa Rica S. A., por un monto
de $48.395,00 (cuarenta y ocho mil trescientos noventa y cinco dólares
exactos).
Acuerdo tomado en sesión ordinaria Nº
32, celebrada por el Concejo Municipal de Santa Ana el día 5 de diciembre del
2006.
Lic. Marilú Sánchez Venegas, Proveedora.—1 vez.—(111228).
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
LICITACIÓN POR REGISTRO 07-2005
(Declaratoria de deserción)
Adquisición e implementación del
Sistema Administrativo Contable
La Municipalidad de
Alajuela, informa a los interesados en la referida Licitación, que el Concejo
Municipal del cantón Central de Alajuela, mediante el artículo Nº 8º, Capítulo
VIII, de la sesión ordinaria Nº 40-06, celebrada por esta Corporación el martes
3 de octubre del presente año, acordó, por mayoría calificada, declarar
desierta la Licitación por Registro 07-2005, “Adquisición e implementación del
Sistema Administrativo Contable.”
Lic. Edgar Palma Solórzano, Proveedor.—1 vez.—(110941).
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
LACTACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000012-CL01
(Infructuosa)
Compra de materiales para trabajos en
caminos de la primera fase
del programa rehabilitación de la red
vial cantonal
del convenio del MOPT - KFW
Este departamento les
agradece a todos los participantes en la Licitación por Registro número
2006LG-000012-CL01, compra de materiales para trabajos en caminos de la primera
fase del programa rehabilitación de la red vial cantonal del convenio del MOPT
- KFW. A la vez se les comunica que el concurso en referencia fue declarado
infructuoso según acuerdo número 846 de la Sesión Ordinaria número 75 del día
28 de noviembre del 2006. Por insuficiencia en el contenido presupuestario para
ello.
____
LACTACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000013-CL01
(Infructuosa)
Compra de materiales para trabajos en
caminos de la primera fase
del programa rehabilitación de la red
vial cantonal
del convenio del MOPT - KFW
Este departamento les
agradece a todos los participantes en la Licitación por Registro número
2006LG-000013-CL01, compra de materiales para trabajos en caminos de la primera
fase del programa rehabilitación de la red vial cantonal del Convenio del MOPT
- KFW. A la vez se les comunica que el concurso en referencia fue declarado
infructuoso, según acuerdo número 846 de la Sesión Ordinaria número 75 del día
28 de noviembre del 2006. Por insuficiencia en el contenido presupuestario.
Guápiles, 1º de diciembre del 2006.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Iris Vega Cortés, Proveedora.—1 vez.—(111047).
INSTITUTO COSTARRICENSE DEL
DEPORTE Y LA RECREACIÓN
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000003-01
Se les comunica a los
interesados en esta Licitación que en la adjudicación publicada en La Gaceta
Nº 231 del 1º de diciembre del 2006, debe leerse correctamente: Asesores
y Consultores Valerio & Solís S. A.
San José, 5 de diciembre del 2006.—Proveeduría Institucional.—Lic. Eduardo Alonso Ramírez Brenes, Proveedor.—1 vez.—(110942).
LICITACIÓN POR REGISTRO N°
2006LG-000004-01
Se le comunica a los
interesados de este Licitación, que en la Adjudicación publicada en La
Gaceta Nº 231 del 1º de diciembre del 2006, en el Ítem 3 línea 2; debe
leerse correctamente “unidades de bolas” omitiendo la palabra docenas.
San José, 5 de diciembre del 2006.—Proveeduría.—Lic. Eduardo Alonso Ramírez Brenes, Proveedor.—1 vez.—(110943).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-004771-01
(Ampliación de plazo, modificación y
aclaración N° 1)
Adquisición de la infraestructura
operativa para la
migración de los sistemas de prestamos y CDP’S
El Banco de Costa Rica, comunica
a los interesados en esta Licitación que el plazo para la recepción de ofertas
se traslada para el jueves 4 de enero del 2007, a las 10:30 a. m.
Asimismo se les solicita pasar a la
Oficina de Contratación Administrativa a retirar las modificaciones y
aclaraciones realizadas al cartel en referencia, con un horario de lunes a
viernes de 9:00 a. m., a 2:00 p. m.
San José, 6 de diciembre del 2006.—Oficina Contratación Administrativa.—Área de Licitaciones.—Rodrigo Aguilar S.—1 vez.—(O. C. Nº 54424).—C-7720.—(111241).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-106036-UL
(Prórroga)
Servicios de mantenimiento correctivo
para vehículos
del INS y del Cuerpo de Bomberos
El Instituto Nacional de
Seguros, comunica a los interesados en la presente licitación, cuya invitación
a participar se publicó en La Gaceta Nº 210 del 2 de noviembre del 2006,
que la apertura de ofertas se prorroga para las 9:00 horas del 29 de enero del
2007.
Las demás condiciones permanecen
invariables.
Departamento de Proveeduría.—Lic. Carlos Quesada H., Jefe a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 18427).—C-6620.—(111011).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-106087-UL
(Prórroga)
Servicios profesionales y técnicos en Microbiología Química Clínica
El Instituto Nacional de
Seguros, comunica a los interesados en la presente licitación, cuya invitación
a participar se publicó en La Gaceta Nº 224 del 22 de noviembre del
2006, que la apertura de ofertas se prorroga para las 9:00 horas del 8 de enero
del 2007.
Las demás condiciones permanecen
invariables.
Departamento de Proveeduría.—Lic. Carlos Quesada H., Jefe a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 18427).—C-6620.—(111013).
DIRECCIÓN REGIONAL SERVICIOS
MÉDICOS HUETAR ATLÁNTICA
Se rectifica el número de
la Licitación por Registro Nº 2006LG-000002-2006 por Compra Directa
2006CD-000030 “Compra de productos lácteos, leche y derivados”.Léase
correctamente: 2006CD-000030-2699.
La apertura mantiene la
misma fecha y lugar.
Limón, 5 de diciembre del 2006.—Br. Juanita Zúñiga Salas, Asistente Administrativa a. í.—1 vez.—(110935).
ÁREA DE ADQUISICIONES
Nº 2006LN-000029-1142
(Aviso N° 2, aclaración)
Bolsas de P.V.C.
A los oferentes
interesados en participar en este concurso, se les comunica que debe leerse
correctamente: la forma de entrega de la siguiente forma: 3 iguales la
primera a 45 días máximo, la segunda y tercera a 90 días, después de la fecha
pactada para la primer entrega en el contrato.
El resto del cartel permanece
invariable.
San José, 5 de diciembre del 2006.—Subárea
de Carteles.—Lic. Vilma Arias
Marchena, Jefa.—1 vez.—C-4420.—(111009).
Nº
2006LG-000043-1142 (Aviso Nº 2)
Catéter intravenoso
A los oferentes
interesados en participar en este concurso, se les comunica que se modifica la
esterilidad requerida del producto (punto 4 muestras); la ficha técnica del
cartel modificada, se encuentra a la venta en la fotocopiadora en edificio
Jenaro Valverde, Piso Comercial Oficinas Centrales, avenida 2 y 4, calles 5 y
7. Además se aclara lo siguiente:
El resto del cartel
permanece invariable.
San José, 5 de diciembre del 2006.—Subárea de Carteles.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—C-4420.—(111010).
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000040-1142
(Aviso Nº l)
Pañal desechable
A todos los interesados
en participar en este concurso, se les comunica que deben pasar a retirar la
nueva ficha técnica modificada, a la fotocopiadora ubicada en el piso comercial
del edificio anexo, en horario de atención al público de 7:00 a. m. a 3:00 p.
m. de lunes a viernes; en los apartes: Empaque primario y empaque secundario,
así como aclaración al punto 3 de especificaciones.
San José, 6 de diciembre
del 2006.—Subárea de Carteles.—Lic. Vilma Arias
Marchena, Jefa.—1 vez.—C-5520.—(111205).
GERENCIA DIVISIÓN DE
OPERACIONES
DIRECCIÓN ARQUITECTURA E INGENIERÍA
LICITACIÓN POR REGISTRO 2006LG-000002-4402
Proyecto: construcción sucursal de
Buenos Aires
Alcance Nº 3
A las personas
interesadas en el presente concurso, se les comunica lo siguiente:
â Pasar a retirar el Alcance N° 3 a la recepción
de la Dirección de Arquitectura e Ingeniería, sin costo alguno.
â La fecha de apertura de ofertas se
prorroga para el día 15 de enero de 2007, a las 10:00 horas.
El resto del cartel se
mantiene invariable.
San José, 5 de diciembre del 2006.—Unidad Contratación Administrativa.—Francisco J. Palma Soto, Coordinador.—1 vez.—(111185).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO
ELÉCTRICO MUNICIPAL
DE CARTAGO
PROCESO CONTRATAR BIENES Y SERVICIOS
UEN DE APOYO
LICITACIÓN RESTRINGIDA Nº
2006LR-000016-01
Contratación de servicios
profesionales de una persona física o
jurídica para el análisis del ambiente
laboral, planteamiento
de medidas correctivas, diseño y
desarrollo de talleres o
seminarios para el fomento de la motivación e
interacción grupal para todos los
funcionarios de JASEC
Contratar Bienes y
Servicios, avisa que para esta licitación se ha prorrogado la apertura de
ofertas hasta las 10:00 horas del día 31 de enero del 2007, acto seguido se
procederá con la apertura de las ofertas que hubieren sido presentadas, lo cual
tendrá lugar en las instalaciones de JASEC, sita en Cartago, Barrio Fátima, 300
metros norte y 100 oeste de la Iglesia María Auxiliadora.
Cartago, 5 de diciembre del 2006.—Contratar Bienes y Servicios.—Lic. Abel Gómez Leandro, Coordinador.—1 vez.—(110951).
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000032-PROV
(Modificaciones)
Suministro de materiales, mano de obra
y equipo para la construcción de aceras, cordón y caño en el campo ferial
Zapote
Se le
comunica a los interesados del presente concurso, que se realiza la siguiente
modificación a las especificaciones técnicas del cartel de la licitación:
El esquema “Detalle
cordón y caño” del plano constructivo No. 28-2006, correspondiente a la
presente licitación, deberá ser sustituido por el esquema “Detalle de cordón y
caño modificado”. Los oferentes deberán pasar a retirar en el Área de
Licitaciones a partir de esta publicación el detalle respectivo, en el cual se
ha modificado la forma del cordón y caño para que se ajuste a las condiciones
presentes en el sitio de la obra.
Asimismo, le manifestamos
que la recepción de ofertas se prorroga para el día 18 de enero del 2007, a las
9:00 a. m.
San José, 7 de diciembre del 2006.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Marco Castro Camacho, Jefe.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 3455).—C-8270.—(111264).
MUNICIPALIDAD DE POÁS
REMATE DE PATENTES DE LICORES
NACIONALES Y EXTRANJERAS
La
suscrita Secretaria Municipal, hace constar que el Concejo Municipal de Poás,
acordó en Sesión Ordinaria Nº 32 celebrada el día 4 de diciembre del 2006, en
forma unánime y definitivamente aprobado de conformidad con lo estipulado en la
Ley de Licores Nº 10 y su Reglamento de autorizar al señor Alcalde Municipal,
sacar a remate dos patentes de Licores Nacionales Y Extranjeras del distrito de
San Pedro, dos patentes de Licores Nacionales Y Extranjeras para el distrito de
Carrillos y dos patentes Nacionales Y Extranjeras para el distrito de San
Rafael de Poás, las cuales se detallan:
1) Una patente de
Licores Nacionales Nº 23 para el distrito de San Pedro de Poás, cuya base para
remate será de setecientos mil colones sin céntimos.
2) Una patente de
Licores Extranjeros Nº 20 para el distrito de San Pedro de Poás, cuya base para
remate será de setecientos mil colones sin céntimos.
3) Una patente de
Licores Nacionales Nº 17 para el distrito de Carrillos de Poás, cuya base para
remate será de ochocientos mil colones sin céntimos.
4) Una patente de
Licores Extranjeros Nº 13 para el distrito de Carrillos de Poás, cuya base para
remate será de ochocientos mil colones sin céntimos.
5) Una patente de
Licores Nacionales Nº 10 para el distrito de San Rafael de Poás, cuya base para
remate será de seiscientos mil colones sin céntimos.
6) Una patente de
Licores Extranjeros Nº 7 para el distrito de San Rafael de Poás, cuya base para
remate será de seiscientos mil colones sin céntimos.
El
remate se efectuará en el Salón de Sesiones de la Municipalidad a las diez
horas del día viernes veintidós de diciembre del 2006.
San
Pedro de Poás, 5 de diciembre del 2006.—Roxana
Chinchilla Fallas, Secretaria del Concejo Municapal.—1 vez.—(110710).
CENTRO SERVICIOS FINANCIEROS CATEDRAL
AVISO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El
Banco Popular y de Desarrollo Comunal de este domicilio, hace del conocimiento
del público en general, el extravío del siguiente certificado y cupones de
ahorro a plazo fijo a la orden de Jara Miranda Flor, cédula 6-069-219 o Porras
Jara Fanny, cédula 1-798-234. Certificado número 16108460210976578. Monto:
¢1.198.908,60. Fecha de vencimiento: 13-07-2006. Cupón Núm.: Capitalizable.
Monto: Capitalizable. Fecha vencimiento: Capitalizable. Lo anterior para
efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.
San
José, 30 de noviembre del 2006.—Lic. José Francisco
Jiménez Cascante, Coordinador de Plataforma de Ahorro a Plazo.—(110277).
OFICINA PERIFÉRICA EN HATILLO
AVISO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El
Banco Popular y de Desarrollo Comunal de este domicilio, hace del conocimiento
del público en general, que Jara Miranda Flor, cédula 06-0069-0219, ha
solicitado la reposición por pérdida del certificado de ahorro a plazo número
16104460210164374 normal, por un monto de ¢1.0000.000,00
con fecha de vencimiento 9 de enero de 2006. Lo anterior para efectos de los
artículos 708 y 709 del Código de Comercio.
San
José, 1º de diciembre del 2006.—Lic. Cynthia Bonilla
Benavides, Coordinadora de Turno.—(110276).
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
OFICINA DE REGISTRO E INFORMACIÓN
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TECERA VEZ
ORI-R-2086-2006.—Roque Pujol Leonardo Roberto, R-176-2006, cubano, cédula de residencia 315-148242-003409, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Arte, de los Medios de Comunicación Audiovisuales con Especialización en Edición y Montaje, Instituto Superior de Arte, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-16520.—(110064).
ORI-R-2090-2006.—Alvear Báez Anastasia Caridad, R-17-2005B, costarricense, cédula 1-0753-0223, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciada en Ciencias, de la Educación y Profesora de Segunda Enseñanza en Especialización en Física y Matemática, Pontificia Universidad Católica del Ecuador, Ecuador. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-16520.—(110065).
ORI-R-2092-2006.—Jiménez Molina Edna Maritza, R-174-2006, colombiana, carné de refugiada 070-COL-000561-502, ha solicitado reconocimiento del diploma de Enfermera, Fundación Universitaria del Área Andina, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 3 de octubre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-13220.—(110066).
ORI-R-2096-2006.—Guzmán Leiva María Delia, R-173-2006, costarricense, cédula 6-050-211, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Medicina Natural con Especialidad en Homeopatía, Universidad de Medicina Natural, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-14870.—(110067).
ORI-R-2157-2006.—Cascante Marín Alfredo Mario, R-179-2006, costarricense, cédula 1-0712-0869, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor, Universidad de Ámsterdam, Holanda. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 18 de octubre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-11570.—(110068).
ORI-R-2163-2006.—Rojas Solís Enrique Alonso, R-181-06, costarricense, cédula 1-992-313, ha solicitado reconocimiento del diploma de Máster en Leyes en Estudios Legales Internacionales, Universidad de América, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-13220.—(110069).
ORI-R-2197-2006.—De la Cruz Boschini Said Orlando, R-189-2006, cubano, cédula de residencia permanente: 119200048016, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Arte de los Medios de Comunicación Audiovisual con especialización en Dirección, Instituto Superior de Arte, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-14870.—(110070).
ORI-R-2201-2006.—Carlos Gilberto Núñez Corea, R-187-2006, nicaragüense, cédula de residencia 270-0219707-0118091, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Industrial, Universidad Nacional de Ingeniería, Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-13220.—(110071).
ORI-R-2209-2006.—Esteban José Ballestero Alfaro, R-183-2006, costarricense, cédula 2-553-986, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestro en Ciencias en la Especialidad de Matemática Educativa, Instituto Politécnico Nacional, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-13220.—(110072).
ORI-R-2211-2006.—Greivin Ramírez Arce, R-182-2006, costarricense, cédula 2-551-061, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestro en Ciencias en la Especialidad de Matemática Educativa, Instituto Politécnico Nacional, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 24 de octubre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-13220.—(110073).
ORI-R-2220-2006.—Luz María Quevedo Burbano, R-191-06, colombiana, pasaporte: CC-31629689, ha solicitado reconocimiento del diploma de Psicóloga, Universidad de San Buenaventura, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-11570.—(110074).
ORI-R-2225-2006.—Carlos Antonio Ortiz Rechnitz, R-193-06, costarricense, cédula 1-482-988, ha solicitado reconocimiento del diploma de el Curso de Especialización en Parodoncia, Universidad del Ejército y Fuerza Área, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 25 de octubre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-13220.—(110075).
ORI-R-2229-2006.—Rubén Gigena Pazos, R-196-06, costarricense, cédula 1-1028-770, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Ingeniero en Desarrollo Socioeconómico y Ambiente en el Grado Académico de Licenciatura, Escuela Agrícola Panamericana El Zamorano, Honduras. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 25 de octubre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-14870.—(110076).
ORI-R-2264-2006.—Martínez Araya Andrea Fabiola, R-201-06, costarricense, cédula 2-577-615, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 3 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-13220.—(110077).
ORI-R-2266-2006.—Durán Jiménez Adriana, R-198-06, costarricense, cédula 2-564-855, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 3 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-13220.—(110078).
ORI-R-2268-2006.—Vargas Vargas Águeda María, R-207-06, costarricense, cédula 1-1123-241, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 3 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-13220.—(110079).
ORI-R-2270-2006.—Salazar Hernández Mariela, R-210-06, costarricense, cédula 1-1118-717, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 3 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-11570.—(110080).
ORI-R-2272-2006.—Carazo Vargas Viviana, R-212-06, costarricense, cédula 1-924-674, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora, Universidad de Salamanca, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 3 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-11570.—(110081).
ORI-R-2274-2006.—Boza Araya Virginia, R-213-06, costarricense, cédula 1-518-849, ha solicitado reconocimiento del diploma de Estudios Avanzados Grado de Máster, Universidad de las Antillas y de la Guyana, Francia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 22 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-13220.—(110082).
ORI-R-2276-2006.—Baltodano Abarca Flor Emilia, R-214-06, costarricense, cédula 5-290-993, ha solicitado reconocimiento del diploma de Especialista en Odontopediatría, Pontificia Universidad Javeriana, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 3 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-11570.—(110083).
ORI-R-2278-2006.—Kochner, Guido, R-215-06, alemán, pasaporte: 155311348, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Diplomado, Universidad de Hannover, Alemania. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 3 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-11570.—(110084).
ORI-R-2281-2006.—Vega Moya Nydia Rocío, R-200-06, colombiana, pasaporte: CC51879419, ha solicitado reconocimiento del diploma de Optómetra, Universidad de La Salle, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 6 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-11570.—(110085).
ORI-R-2283-2006.—Sierra Mosquera Alfredo, R-208-06, costarricense, cédula 8-082-353, ha solicitado reconocimiento del diploma de Zootecnista, Universidad Nacional de Colombia, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 6 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-11570.—(110086).
ORI-R-2324-2006.—López González Ana Lorena, R-209-06, costarricense, cédula 2-385-487, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestra en Ciencias M.Sc. Universidad de Sherbrooke, Canadá. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 7 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-11570.—(110087).
ORI-R-2326-2006.—Villalobos Jiménez Alfredo, R-144-92B, costarricense, cédula 2-372-988, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor, Universidad de Salamanca, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 7 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-11570.—(110088).
ORI-R-2328-2006.—Valdivieso Ochoa Edith Cattia, R-211-06, boliviana, cédula de residencia 410-02030640000310, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciada en Ingeniería de Sistemas, Universidad Nur, Bolivia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 7 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-13220.—(110089).
ORI-R-2330-2006.—García Mendoza Carlos Gilberto, R-199-06, mexicano, pasaporte 05150018081, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Biología, Universidad Juárez Autónoma de Tabasco, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 7 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-11570.—(110090).
ORI-R-2332-2006.—Sandí Conejo Christian, R-206-06, costarricense, cédula 1-1022-915, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 7 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-11570.—(110091).
ORI-R-2233-2006.—Jaime Alberto Margulies, R-197-06, estadounidense, pasaporte: 211888141, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Arquitectura, Universidad de California, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 25 de octubre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-11570.—(110092).
ORI-R-2334-2006.—Esquivel Gómez Jonathan Eduardo, R-205-06, costarricense, cédula 4-176-689, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 7 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-13220.—(110093).
ORI-R-2336-2006.—Dalorzo González Mario Guillermo, R-204-06, costarricense, cédula 5-329-935, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 7 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-13220.—(110094).
ORI-R-2338-2006.—Martínez Oviedo Hardiel Alexander, R-203-06, costarricense, cédula 6-304-194, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 7 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-13220.—(110095).
ORI-R-2340-2006.—Ruiz Suárez Paola, R-202-06, costarricense, cédula 7-130-358, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 7 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-11570.—(110096).
ORI-R-2350-2006.—Arévalo Hernández José Edgardo, R-216-2006, costarricense, cédula 8-0076-0404, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría de Ciencias, Universidad de Oxford, Inglaterra. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 8 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-13220.—(110097).
ORI-R-2408-2006.—Ramos Carvajal Jerson, R-229-2006, costarricense, cédula 6-302-460, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 15 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-13220.—(110098).
ORI-R-2410-2006.—Zúñiga Zúñiga Laura, R-227-2006, costarricense, cédula 1-1097-065, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 15 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-13220.—(110099).
ORI-R-2412-2006.—Cervantes Montoya Edwin, R-217-2006, costarricense, cédula 3-335-806, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 15 de noviembre del 2006.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 90209).—C-13220.—(110100).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
A Rigoberto José Medina Contez se hace saber que mediante
resolución de las siete horas veinte minutos del ocho de febrero del dos mil
seis, “... Se resuelve: I.—Conferir el abrigo temporal
de la niña Aida Medina Aragón en un albergue del PANI, por un periodo hasta de
seis meses ...” Garantía de defensa: Se les previene además que es su derecho
hacerse asesorar y representar por un profesional en derecho de su elección así
como tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Recurso:
Se hace saber a las partes que contra la presente resolución procede recurso de
apelación, para ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución el cual podrá
interponerse en la Oficina Local de San José Este, dentro de las cuarenta y
ocho horas siguientes a la notificación de esta resolución, conforme el artículo
ciento treinta y nueve del Código de la Niñez y Adolescencia.—Oficina
Local de San José Este.—Lic. Raquel Gamboa Nelson, Representante Legal.—(110131).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se comunica al señor Leonel Brenes Rojas, la resolución
de las diez horas del día ocho de noviembre del dos mil seis, que recomendó a
la Dirección General de Migración y Extranjería, autorizar la salida del país
de la niña Raquel Paola Brenes Corrales. Plazo para oposiciones tres días a
partir de la tercera publicación de este edicto. Recurso de apelación el cual
deberá interponerse ante la Oficina Local de Tibás, la cual elevará ante la
Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José, de la Clínica
Drs. Echandi 250 sur, en forma verbal o escrita dentro de las cuarenta y ocho
horas siguientes a la notificación.—Oficina Local de Tibás.—Lic. Marcela
Aguilar Mendieta, Representante Legal.—(110934).
La suscrita secretaria, se permite transcribir a
ustedes, el Artículo 38°, Acuerdo Nº 519-2006, tomado en la sesión Nº 044-2006,
celebrada por el Concejo Municipal el día 23 de noviembre del 2006, que
literalmente dice:
Artículo 38.—Acuerdo Nº
519-2006: Moción presentada por la regidora Córdoba Soto.
Considerando:
1) Que se acerca
la época navideña y que la mayoría de instituciones cierran sus puertas en las
últimas semanas de diciembre y la primera de enero.
2) Que este
Concejo Municipal en esa última semana debe de sesionar ordinariamente el día
28 de diciembre del 2006 y el día 4 de enero del 2007.
Por tanto mociono para que: Este Concejo Municipal acuerde cambiar las sesiones
ordinarias de los días 28 de diciembre del 2006 y 4 de enero del 2007, para los
días martes 19 de diciembre y martes 9 de enero del 2007. Publíquese en el Diario
Oficial La Gaceta. Con dispensa del trámite de comisión se declare
definitivamente aprobada y firme.
Se
somete a votación la dispensa del trámite de comisión, es aprobada por
unanimidad.
Se
somete a votación el fondo de la moción, es aprobada por unanimidad.
Oreamuno,
28 de noviembre del 2006.—Laura Rojas Araya,
Secretaria.—1 vez.—(110263).
Acuerdo tomado por el Concejo Municipal de San Rafael
de Heredia en la sesión ordinaria N° 55-2006, celebrada el lunes 4 de diciembre
de 2006. El Concejo Municipal de San Rafael de Heredia, acuerda autorizar al
señor Alcalde Municipal para que se nombre como notificadores de la
Municipalidad, por un período de 15 días naturales, a los señores:
Gerardo Rodríguez Barrantes, cédula identidad Nº
2-261-215.
Andrés
Alpízar López, cédula identidad Nº 1-11209-907.
Iván
Orlando Cárdenas Herrera, cédula identidad Nº 1-117-0000-7924.
Rige a partir de su publicación en La Gaceta.
Acuerdo
definitivamente aprobado.
Cinco
Regidores presentes, cinco votos afirmativos, aprobado.
San Rafael de Heredia, 5 de diciembre del 2006.—Damaris Ruiz Rojas, Secretaria.—1 vez.—(110512).
CONCEJO MUNICIPAL DE LIBERIA
En
acatamiento al acuerdo Nº 9, inciso 9), artículo segundo, capítulo segundo,
sesión ordinaria Nº 47-2006, celebrada el 20 de noviembre del 2006 que dice:
Tomando en cuenta que los días
25 de diciembre y 1° de enero del 2007,
son feriados por ley y este Concejo Municipal tienen programada las sesiones
ordinarias.
Mociono:
Para que esas sesiones de estos días feriados, se trasladen de la siguiente
manera:
• Sesión
ordinaria programada para el 25 de
diciembre del 2006, se traslada para el 27 de diciembre del 2006.
• Sesión
ordinaria programada para el 1° de enero del 2007, se traslada para el
miércoles 3 de enero del 2007.
Acuerdo
Nº 9.
El Concejo Municipal de Liberia, acuerda: Aprobar
moción presentada por Ronald Calvo Canales.
Aprobado por unanimidad.
Liberia, 29 de noviembre del 2006.—Marcia
Espinoza Rojas, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(110477).
DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
EDICTO
Audemar Super Tecnología S. A., con cédula jurídica Nº
3-101-176211, inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público al tomo
novecientos doce, asiento doscientos sesenta y siete, con base en la Ley de
Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 de 2 de marzo de 1977 y su Reglamento, aprobado
mediante Decreto Ejecutivo Nº 7841-P de 16 de marzo de 1977, solicita en
concesión un terreno localizado en Playa San Miguel, distrito sexto Bejuco,
cantón noveno Nandayure, de la provincia de Guanacaste, parcela identificada
con el Nº 98-A. Mide: 936,49 metros cuadrados, para darle un uso residencial
turístico. Sus linderos son: norte, zona restringida de la Zona Marítimo
Terrestre; sur, calle pública; este, zona restringida de la Zona Marítimo
Terrestre; oeste, zona restringida de la Zona Marítimo Terrestre. Se concede a
los interesados un plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de esta
publicación para escuchar oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en la
Municipalidad en la Oficina del Alcalde Municipal. El opositor debe
identificarse debidamente.
Carmona
de Nandayure, Guanacaste.—Ignacio Escobar Bray,
Inspector.—1 vez.—(110513).
M Y M DE ARANJUEZ SOCIEDAD ANÓNIMA
Se convoca a todos los socios de la compañía M Y M de
Aranjuez Sociedad Anónima, a la asamblea ordinaria y extraordinaria de socios,
que se celebrará en su domicilio, sita en Sabana Oeste, 150 metros al sur de
Teletica Canal Siete, altos del Restaurante Padrísimo, Oficina Nº 2 (la reunión
se hará en la Planta Baja), al ser las quince horas del martes diecinueve de
diciembre del dos mil seis, con el objeto de conocer la siguiente agenda:
En asamblea
ordinaria:
1. Conocer,
discutir y ratificar los informes financieros auditados correspondientes al
período fiscal 2005/2006, que presente el Consejo de Administración o Junta
Directiva y tomar sobre el mismo las medidas que se juzguen oportunas.
2. Acordar la
distribución parcial de utilidades del período dos mil dos y dos mil tres,
conforme a la liquidez económica de la sociedad.
En
asamblea extraordinaria:
3. Conocer,
discutir y acordar sobre la rescisión del contrato de compraventa de caña entre
M Y M de Aranjuez S. A., y Azucarera El Palmar S. A.
Se les comunica a todos los socios que los días jueves
14 y viernes 15 de diciembre a partir de las 8:00 a. m., y hasta las 12:00 m.
d., estará disponible la información correspondiente en las oficinas administrativas
de la sociedad. Caso de no concurrir quórum en primera convocatoria se
celebrará una segunda media hora después con cualesquier número de
asistentes.—San José, 4 de diciembre del 2006.—Mario Miranda Arrinda,
Presidente.—1 vez.—(110925).
AGROPLAYA S. A.
Agroplaya S. A., convoca a asamblea general ordinaria
de socios, que tendrá lugar el 22 de diciembre, a las 4 p. m. en el domicilio
social. De no haber quórum a la hora indicada, se celebrará la asamblea una
hora después, con los socios presentes. En la asamblea el orden del día será lo
establecido en el artículo 155 del Código de Comercio.—San
José, 5 de diciembre del 2006.—Alexis Gómez Guillén, Secretario.—1 vez.—Nº
93173.—(111165).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
COOPECAJA R. L.
Para efecto del artículo 689 del Código de Comercio, la
señora Grethel Bolaños Jiménez portadora de la cédula de identidad N° 01- 0922-
0481, ha solicitado la reposición del contrato de ahorro a plazo N° 11760 por
un monto de ¢ 103.415,81 y su cupón de intereses N° 1 por un monto de ¢861,80
ambos con fecha de vencimiento el 23 de junio deL 2006, los cuales fueron
extraviados.—San José, 30 de noviembre del 2006.—Lic.
Luis Montero Castillo, Gerente General.—(109638).
FLORIDA ICE & FARM CO. S. A.
El señor Enrique González Nieto, cédula Nº
01-0560-0614, ha solicitado la reposición del certificado de acciones Nº 730R
del 24 de marzo del 2000, por la cantidad de 84 acciones de Florida Ice &
Farm Co. S. A., a su nombre, por haberse extraviado. Se publica este aviso para
efectos del artículo 689 del Código de Comercio.—Ramón
de Mendiola Sánchez, Director General.—(109693).
TANTRIX SOCIEDAD ANÓNIMA
Tantrix Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-278068, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la
reposición de los siguientes libros: Actas de Asamblea de Socios, Actas del
Consejo de Administración, y Registro de Socios, todos número uno. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y
Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Pérez Zeledón
(Legalización de Libros), en el término de ocho días hábiles a partir de la
publicación de este aviso.—Lic. Hazel Salas Desanti,
Notario.—1 vez.—Nº 92471.—(110000).
BANCO BANEX
Se ha extraviado o ha sido sustraído el cheque Nº 31-3
de la cuenta corriente Banex Nº 07427020139 a nombre de Luis Guillermo Salas
Muñoz. Se comunica al público para los fines de esta publicación en La Gaceta.—Luis Guillermo Salas Muñoz.—Nº 92372.—(110001).
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
La Junta Directiva General acordó en la sesión Nº
02-06/07-G.E. de fecha 15 de noviembre del 2006, publicar en el Diario Oficial
La Gaceta, ya que no fue posible notificar al profesional personalmente, la
resolución tomada por esta Junta Directiva General en sesión Nº 33-05/06-G.O.,
mediante acuerdo Nº 26, por lo que la misma regirá a partir de la tercera
publicación:
Acuerdo
Nº 26:
a) Acoger lo
recomendado por el Departamento de Régimen Disciplinario, en su oficio Nº 3642-2006-DRD,
de instruir un Tribunal de Honor al Ing. Mauricio Rodríguez Solís IC-7559, en
el expediente Nº 66-05 de denuncia interpuesta por la Sra. Sadee Flores Acosta
por presunta inobservancia de la siguiente normativa:
• Ley Orgánica
del Colegio Federado: Artículos 8 (incisos a y b) y 12.
• Reglamento
Interior General: Artículo 53.
• Reglamento
Especial del Cuaderno de Bitácora en Obras: artículos 6, 7, 9, 12, 14, 16 y 19
(incisos a), b), c), ch), d), e) y f) y 20.
• Reglamento
para la Contratación de Servicios profesionales en Ingeniería y Arquitectura:
artículos 7, 10, 11 B (incisos a), b), c), i) y j) y 17 (inciso g).
• Reglamento
Especial para el Miembro Responsable de Empresas Constructoras: artículos 6 y
7.
• Código de Ética Profesional: artículos 1, 2, 3, 4, 18
y 19.
b) El Tribunal de
Honor para el Ing. Rodríguez Solís estará conformado de la siguiente manera:
Presidente: Ing. Roy Acuña Prado, Secretaria: Ing. Yesenia Calderón Solano,
Coordinador: Ing. José Antonio Navarro Redondo y Suplente: Ing. Jorge Montero
Cabezas.
c) El Ing. Acuña
Prado sustituirá al Director Ejecutivo, de conformidad con lo establecido en el
artículo Nº 78 del Reglamento Interior General del C.F.I.A.
d) El Tribunal de
Honor podrá contar con asesoría legal para cualquier fase del procedimiento.
Contra
la anterior resolución cabe el recurso de revocatoria ante la Junta Directiva
General, el cual deberá plantearse en el término de tres días contados a partir
de la notificación a la presente resolución, según se dispone en el artículo
345 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.
Ing.
Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—(O. C. Nº
4351).—C-46220.—(110103).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
CORPORACIÓN TODO ENTRETENIMIENTO
501 DE COSTA RICA S. A.
Corporación Todo Entretenimiento 501 de Costa Rica S.
A., solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición
de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Junta
Directiva, Actas de Asamblea General y Registro de Accionistas. Quien se
considere afectado dirigir las oposiciones a la Sección de Autorizaciones y
Legalizaciones de Libros, en el término de ocho días hábiles contados a partir
de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Mauricio Calvo
Cbz.—(110136).
INVERSIONES COMERCIALES SURO SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones Comerciales Suro Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-ciento veintinueve mil cuatrocientos
diecinueve, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición
del libro de Actas de Asamblea General de Socios número uno. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia
al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San
José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última
publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Susana Rodríguez Beer.—(110150).
Hoy protocolicé actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de las sociedades Inversiones Cervaga Sociedad Anónima, y Autofino Sociedad Anónima, en las que se disponen fusionarse formando una sola, prevaleciendo Inversiones Cervaga Sociedad Anónima; sociedad que reforma cláusula quinta, de su pacto constitutivo y nombra junta directiva.—San José, 29 de noviembre del 2006.—Lic. Silvia Milano Sánchez, Notaria.—1 vez.—(110168).
INVERSIONES DE CAPITAL CAROLINA PRIMERA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones de Capital Carolina Primera Sociedad
Anónima, cédula jurídica número 3-101-048804-30, solicita ante la Dirección General
de Tributación la reposición de rubros de actas: los libros legales de la
sociedad a saber los libros de registro de accionista número uno, de asambleas
de accionistas número uno y las actas de consejo de administración número uno.
Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de
Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de
Guanacaste, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de
este aviso.—Lic. Johanna María Moreno Bustos, Notaria.—Nº 92620.—(110228).
COOPEUVITA R. L.
La Cooperativa de Productores Agropecuarios y de
Servicios Múltiples de Uvita R. L., solicita ante la Dirección de Tributación
la reposición de los libros: 1) Diario, 2) Mayor, 3) Inventarios y Balances.
Quien se considere afectado dirigir las oposiciones a la Sección de Timbraje y
Legalización de Libros, en el término de 8 días hábiles contado a partir de la
última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Rodolfo Cerdas Loría,
Gerente General.—(110273).
INVERSIONES LHMM DE BELÉN SOCIEDAD ANÓNIMA
Luis Humberto Murillo Murillo, cédula 4-0098-0574, en
representación de Inversiones LHMM de Belén Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-320303, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición
del libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al
Contribuyente (Legalización de Libros), de la Administración Tributaria de
Heredia, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación
de este aviso.—Luis Humberto Murillo Murillo.—Nº 92749.—(110447).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
COMPAÑÍA INVERSORA JUMESA S. A.
Compañía Inversora Jumesa S. A., cédula jurídica Nº
3-101-180485, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la
reposición de los libros siguientes: Diario, Mayor, Inventarios y Balances,
Actas Consejo de Administración, Actas Asamblea de Propietarios y Registro de
Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área
de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros)
Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días contados a
partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Vinicio
Vega Vargas, Representante Legal.—Nº 92756.—(110448).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
ASOCIACIÓN ALBERGUE PARA ANCIANOS DE GOLFITO
Yo, Mario Jiménez Amador, cédula de identidad Nº
7-032-815, en mi calidad de representante legal de la Asociación Albergue para
Ancianos de Golfito, cédula jurídica Nº 3-002-075404, solicito al Departamento
de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la reposición del libro de
actas Nº 2 de Junta Directiva, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días
hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír
objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José,
30 de noviembre del 2006.—Mario Jiménez Amador, Presidente.—1 vez.—(110503).
En mi notaría por acuerdo de socios se procedió a disolver la sociedad denominada Diseños en Vidrio y Metal Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-399585. Se distribuyeron los activos y los pasivos. No se nombró liquidador por no funcionar desde su fundación.—Heredia, 28 de noviembre del 2006.—Lic. Sergio Elizondo G., Notario.—1 vez.—(110280).
Hoy se constituyó ante esta notaría la sociedad denominada Consultora de Suelos Coterra Sociedad Anónima, cuyo capital es la suma de diez mil colones representada por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Plazo: social noventa y nueve años. Domicilio: San José, Villas de Ayarco, casa número veintiséis-veintisiete D D.—San José, 25 de setiembre del 2006.—Lic. Yamileth Pérez Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 92655.—(110300).
Mediante escritura pública número doscientos siete, otorgada en esta notaría a las trece horas del día viernes primero de diciembre del año dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Costa Rica Best Sociedad Anónima, capital social diez mil colones. Luis Ángel Villavicencio Marchena, Presidente.—Lic. Nancy Sandí Sanabria, Notaria.—1 vez.—Nº 92656.—(110301).
Por escritura cincuenta y siete otorgada al ser las dieciséis horas del treinta de noviembre del año dos mil seis, ante esta notaría se modifica el pacto constitutivo en su cláusula sétima de la sociedad Distribuidora Soto & Webb Sociedad Anónima.—San José, cuatro de diciembre del dos mil seis.—Lic. Federico José Jiménez Solano, Notario.—1 vez.—Nº 92657.—(110302).
Por escritura otorgada el día de hoy ante esta notaría, María Antonieta Artola Velásquez y Poul Hansen Skov, constituyeron To Go Taxi Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio: San José.—San José, primero de diciembre del dos mil seis.—Lic. Esteban A. Chacón Solís, Notario.—1 vez.—Nº 92658.—(110303).
Por escritura otorgada ante mí, el 18 de noviembre a las 10:00 horas se constituyó la sociedad de esta plaza B.T.W. Jota Sociedad Anónima, como nombre de fantasía, pudiendo abreviarse B.T.W. Jota S. A., Domicilio: San José, Pozos de Santa Ana, Capital: diez mil colones cada una, íntegramente suscrito y pagado. Objeto: tendrá como objeto principal el ejercicio del comercio, la industria, la agricultura en general.—Heredia, 4 de diciembre de 2006.—Lic. Erika Guido Díaz, Notaria.—1 vez.—Nº 92659.—(110304).
En mi notaría, mediante escritura número doscientos noventa y seis, de nueve horas del día ocho del mes de noviembre del año dos mil seis, se nombró nuevo Presidente, Vicepresidente Tesorero y Secretario, de la Junta Directiva de la empresa Laboratorio Clínico Buenos Aires Sociedad Anónima. Asimismo la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma le corresponde al Presidente, Vicepresidenta y Tesorero y Secretario, debiendo actuar para todo acto jurídico en forma conjunta.—Lic. Byron Vargas Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 92662.—(110305).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 26 de noviembre del 2006, se constituyó la sociedad denominada: Covala & Asociados Sociedad Anónima. Domicilio social: Alajuela centro. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones íntegramente suscrito y pagado.—San José, primero de diciembre del dos mil seis.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—Nº 92664.—(110306).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 13:00 horas del 20 de noviembre del 2006, se constituyó la sociedad denominada: Ganadera Morales Jaen Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, Zapote. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones íntegramente suscrito y pagado.—San José, primero de diciembre del dos mil seis.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—Nº 92665.—(110307).
Yo, Licenciada Sonia María Saborío Flores, abogada y notaria pública, hago constar que por escritura otorgada a las 11:00 horas del 1º de diciembre del 2006, se constituyó la sociedad Comercializadora Ulloa Padilla Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones, objeto comercio en general, agricultura e industria.—Limón, 1º de diciembre del 2006.—Lic. Sonia Mª Saborío Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 92679.—(110308).
En mi notaría en escritura número cuatrocientos noventa y seis del tomo segundo, se constituyó Movimientos de Tierra Parrales D y A de San Carlos S. A. Capital social: cien mil colones. Se nombra junta directiva.—Nicoya, 27 de noviembre del 2006.—Lic. Henry Briones Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 92680.—(110309).
En mi notaría en escritura número cuatrocientos noventa y cinco del tomo segundo se conformó Moto Repuestos El Llano R y W de Santa Cruz S. A. Capital social: cien mil colones, se nombra junta directiva.—Nicoya, 27 de noviembre del 2006.—Lic. Henry Odir Briones Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 92681.—(110310).
Ante mí, Mónica de los Ángeles Romero Chacón, notaria pública con oficina abierta en la ciudad de Palmares, se constituye la sociedad anónima denominada Los Carpetas del Rincón Sociedad Anónima, con un capital social de un millón doscientos mil colones. Es todo.—Palmares, cuatro de diciembre del dos mil seis.—Lic. Alexis Gómez Guillén, Notario.—1 vez.—Nº 92694.—(110311).
Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas del 28 de noviembre de dos mil seis, se constituyó la sociedad Inversiones Gamboa León Dos Mil Seis Sociedad Anónima, cuyo Presidente es Rafael Alberto Gamboa Ureña.—28 de noviembre de 2006.—Lic. Alexis Gómez Guillén, Notario.—1 vez.—Nº 92687.—(110312).
Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas del veintitrés de noviembre de dos mil seis, los señores Esteban José Brenes Víquez y Alejandra Víquez Blanco constituyeron la sociedad cuya denominación social se establecerá con el número de cédula jurídica asignado al momento de su inscripción. Presidente: Esteban José Brenes Víquez.—San José, 4 de diciembre de 2006.—Lic. Mario Alberto Blanco Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 92688.—(110313).
En esta notaría a las 15:30 horas del 2 de diciembre del 2006, se constituye la sociedad Playa Hermosa Dream’s Sociedad Anónima, capital social cien mil colones, presidente: Antonio Alvarado Díaz, mayor, casado en primeras nupcias, comerciante, con cédula de identidad número cinco-doscientos ochenta y nueve-doscientos ocho, vecino de Playa Hermosa, Santa Cruz, Guanacaste, quinientos sur y trescientos oeste de Hotel Condovac La Costa, ante la notaria Anabelle Arias Pérez.—Lic. Anabelle Arias Pérez, Notaria.—1 vez.—Nº 92689.—(110314).
En esta notaría a las 15:00 horas del 2 de diciembre del 2006, se constituye la sociedad AR Pacific Real Estate Sociedad Anónima, capital social ciento cincuenta mil colones, presidenta: Ruth Rodríguez Obando, mayor, casada en segundas nupcias, abogada, vecina de Nicoya, Guanacaste, cincuenta metros norte de la Cruz Roja, cédula de identidad número cinco-doscientos cincuenta y cinco-cuatrocientos treinta y siete, ante la notaria Anabelle Arias Pérez.—Lic. Anabelle Arias Pérez, Notaria.—1 vez.—Nº 92690.—(110315).
En esta notaría a las 16:00 horas del 2 de diciembre del 2006, se constituye la sociedad Gold Coast Development Sociedad Anónima, capital social cien mil colones, presidente: Antonio Alvarado Díaz, mayor, casado en primeras nupcias, comerciante, con cédula de identidad número cinco-doscientos ochenta y nueve-doscientos ocho, vecino de Playa Hermosa, Santa Cruz, Guanacaste, quinientos sur y trescientos oeste de Hotel Condovac La Costa ante la notaria Anabelle Arias Pérez.—Lic. Anabelle Arias Pérez, Notaria.—1 vez.—Nº 92691.—(110316).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las catorce horas del primero de diciembre de dos mil seis, se constituyó M Hayes And Associates Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Gerente es representante con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma.—San José, primero de diciembre de dos mil seis.—Lic. Rogelio Mariano Navas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 92692.—(110317).
Ante ésta notaría, a las quince horas del catorce de noviembre del dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima denominada Construcciones Gostem Sociedad Anónima, cuyo objeto social será la construcción de toda clase de edificaciones tipo: vivienda, edificaciones horizontales tipo condominios, edificios, a la construcción en general, a la compra y venta de bienes y raíces, compra y venta de servicios, así como al comercio en general. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cuatro mil colones. Domicilio social: provincia de Cartago, cantón Turrialba, distrito Turrialba, Barrio Colorado, cincuenta metros al este del Salón Susy. Presidente: Esteban Molina Salas.—Turrialba, 1º de diciembre del dos mil seis.—Lic. Marco Vinicio Guillén Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 92693.—(110318).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Manejo de Ecosistemas Tropicales S. A. Plazo: 99 años. Presidente: Max Paniagua Sánchez. Domicilio: San José.—San José, 20 de noviembre del 2006.—Lic. Alejandro Arburola Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 92694.—(110319).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las 13:00 horas del 23 de noviembre del 2006, Carlos Vega Chaverri y Genoveva Chaverri Chaverri constituyen sociedad anónima denominada Tudul-C CVCH S. A. Capital: diez mil colones.—Lic. Alberto Víquez Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 92695.—(110320).
Por escritura otorgada a las doce horas de hoy, protocolicé modificación de la cláusula sexta estatutos de Zankilox S. A., se reestructura Junta Directiva.—San José, 28 de noviembre del 2006.—Lic. Carmen Fernández Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 92696.—(110321).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 17:00 horas del 27 de noviembre del año dos mil seis, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Berflo de Costa Rica Sociedad Anónima, por la cual se reformó la cláusula sexta del pacto social, y se nombro junta directiva y fiscal.—San José, treinta de noviembre del dos mil seis.—Lic. Maximiliano Molina Lanzas, Notario.—1 vez.—Nº 92697.—(110322).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 21:00 horas del 2 de diciembre del 2006, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad La Máquina de Café S. A., cédula jurídica 3-101-276112, modificándose la cláusula sexta relativa a la administración.—San José, 4 de diciembre del 2006.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 92698.—(110323).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 2 de diciembre de 2006, se constituyó la sociedad Schütte & Rodríguez Architecture S. A., nombrándose agente residente, fondo de reserva legal, Junta Directiva y capital social, domiciliada en San José, Mercedes de Montes de Oca, Calle Quirós, de FUNDES, setenta y cinco metros al sur, casa blanca a mano derecha.—San José, 4 de diciembre del dos mil seis.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 92699.—(110324).
Por escritura número sesenta y uno-tres otorgada a las ocho horas del día primero de diciembre del año dos mil seis, protocolicé una acta de la asamblea general extraordinaria de la Sociedad Anónima: Villa Bull Bay Quince S. A., en la cual se acordó la revocatoria y nuevo nombramiento de los miembros de la Junta Directiva, el Fiscal y el Agente Residente; se reformaron las cláusulas: segunda, tercera, sexta, sétima, octava, novena y undécima del pacto social, y se incluyeron las cláusulas quinta bis y quinta ter en el pacto social.—San Ramón, dos de diciembre del año dos mil seis.—Lic. Miguel Antonio Elizondo Soto, Notario.—1 vez.—Nº 92701.—(110325).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las diecisiete horas cuarenta minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil seis, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Corporación Corban Sociedad Anónima, mediante la cual se disminuye el capital social y se reforma la cláusula quinta de los estatutos.—Turrialba, veinticuatro de noviembre del dos mil seis.—Lic. Dyanna Nelson Ulloa, Notaria.—1 vez.—Nº 92703.—(110326).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las 11:00 horas del 20 de noviembre del 2006, se constituyó la sociedad que tendrá como nombre el número de cédula jurídica, según decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis. Presidente: El señor Jean-Marc Louis (Nombre) Devehat (apellido) de un solo apellido por su nacionalidad francesa, pasaporte de su país número cero dos Y E dos nueve cuatro tres seis. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 30 de noviembre del 2006.—Lic. Adriana Hernández Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 92707.—(110327).
Ante esta notaría se protocoliza acta de la sociedad Dimar Limitada y se reforma en su totalidad el pacto constitutivo y se nombra Junta Directiva.—San Ramón, Alajuela, 5 de julio del 2006.—Lic. Frineth M. Salas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 92708.—(110328).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Ruafer Ferretería S. A. Plazo: 99 años. Capital social: cinco millones de colones. Objeto: comercio en general.—San Ramón, Alajuela, 1° de diciembre del 2006.—Lic. Frineth M. Salas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 92709.—(110329).
Ante esta notaría, se ha constituido la sociedad anónima denominada Costa Rica Business And Properties Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, Domicilio Social en la ciudad de San José. Se lleva a cabo esta publicación para los fines pertinentes.—San José, cuatro de diciembre del dos mil seis.—Lic. Mario Zamora Mata, Notario.—1 vez.—Nº 92710.—(110330).
Javier Sanabria Gaspar, cédula uno-setecientos cuarenta-ochocientos quince y José Andrés Sanabria Gaspar, cédula cuatro-ciento cuarenta y seis-doscientos dos, constituyen la empresa The Swan Investments T.S.I. Sociedad Anónima, por un plazo social de noventa y nueve años, con un capital social de diez mil colones, domiciliada en la provincia de San José.—Lic. Coralia Chamorro Calvo, Notaria.—1 vez.—Nº 92711.—(110331).
La suscrita notaria, hace constar que mediante escritura número tres del tomo tres de mi protocolo, se constituyó la compañía Medical Services PN Of Costa Rica Sociedad Anónima, siendo su presidenta la señora: Ana Cecilia Pérez Núñez. Domiciliada en Cartago, Concepción de Tres Ríos. Es todo.—San José, veintiocho de noviembre de dos mil seis.—Lic. Cindy Cascante C., Notaria.—1 vez.—Nº 92712.—(110332).
La suscrita notaria, hace constar que mediante escritura número dos, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la compañía Buckner Organics S. A., en la cual se realiza cambio de secretario de la junta directiva. Nuevo miembro: Lori Buckner.—San José, cuatro de diciembre de dos mil seis.—Lic. Cindy Cascante C., Notaria.—1 vez.—Nº 92713.—(110333).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se modifica cláusula tercera del pacto constitutivo de Inversiones Java Java F A F Sociedad Anónima.— San Vito, 1º de diciembre del 2006.—Lic. Carlos Azofeifa Arias, Notario.—1 vez.—Nº 92714.—(110334).
En esta notaría a las 15:30 horas de hoy, se constituyó la sociedad Bulldog Security S. A. Capital suscrito y pagado. Apoderado: presidente: Belén, Heredia, 2 de diciembre del 2006.—Lic. Rafael A., Morales Soto, Notario.—1 vez.—Nº 92715.—(110335).
Por escritura número trece-dos, otorgada ante esta notaría, a las doce horas y veinte minutos del veintisiete de noviembre del año dos mil seis, los señores Robert Fenton Hallmark y Patricia Alexander Hallmark, constituyen la sociedad denominada The Hallmark LLC Costa Rica Sociedad Anónima. Capital: diez mil colones. Plazo: cien años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma señor: Robert Fenton Hallmark. Domicilio: Cóbano, Puntarenas.—San José, veintinueve de noviembre del 2006.—Luis Diego Quesada Araya, Notario.—1 vez.—Nº 92717.—(110336).
Por escritura número doce-dos, otorgada ante esta notaría, a las doce horas del veintisiete de noviembre del año dos mil seis, los señores Robert Fenton Hallmark y Patricia Alexander Hallmark, constituyen la sociedad denominada The Tin Top LLC Sociedad Anónima. Capital: diez mil colones. Plazo: cien años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma señor: Robert Fenton Hallmark. Domicilio: Cóbano, Puntarenas.—San José, veintinueve de noviembre del 2006.—Lic. Luis Diego Quesada Araya, Notario.—1 vez.—Nº 92718.—(110337).
Por escritura número 06-6, otorgada a las 8:30 horas del 27 de noviembre del 2006, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Cuotistas de la sociedad Cambire Land Developers Limitada, en donde se nombra nuevo Gerente.—Puntarenas, Herradura, veintiocho de noviembre del 2006.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—Nº 92719.—(110338).
Por escritura número 08-6, otorgada a las 15:00 horas del 28 de noviembre del 2006, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se constituye Islandia Condominium Limitada.—Puntarenas, Herradura, treinta de noviembre del 2006.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—Nº 92720.—(110339).
Por escritura número 08-6, otorgada a las 15:00 horas del 28 de noviembre del 2006, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se constituye Flagami Beach Limitada.—Puntarenas, Herradura, treinta de noviembre del 2006.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—Nº 92721.—(110340).
Por escritura número 08-6, otorgada a las 15:00 horas del 28 de noviembre del 2006, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se constituye Gables Real Estate Limitada.—Puntarenas, Herradura, treinta de noviembre del 2006.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—Nº 92722.—(110341).
Por escritura número 08-6, otorgada a las 15:00 horas del 28 de noviembre del 2006, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se constituye Palmetto Beach Limitada.—Puntarenas, Herradura, treinta de noviembre del 2006.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—Nº 92723.—(110342).
Por escritura número 08-6, otorgada a las 15:00 horas del 28 de Noviembre del 2006, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se constituye Flagler Investments Limitada.—Puntarenas, Herradura, treinta de noviembre del 2006.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—Nº 92724.—(110343).
Por escritura número 08-6, otorgada a las 15:00 horas del 28 de noviembre del 2006, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se constituye Ludlam Real Estate Limitada.—Puntarenas, Herradura, treinta de noviembre del 2006.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—Nº 92725.—(110344).
Por escritura número 08-6, otorgada a las 15:00 horas del 28 de noviembre del 2006, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se constituye Melendi Investments Limitada.—Puntarenas, Herradura, treinta de noviembre del 2006.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—Nº 92726.—(110345).
Por escritura número 08-6, otorgada a las 15:00 horas del 28 de noviembre del 2006, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se constituye Moorpark Condominium Limitada.—Puntarenas, Herradura, treinta de noviembre del 2006.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—Nº 92727.—(110346).
Por escritura número 11-6, otorgada a las 14:40 horas del 30 de noviembre del 2006, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Kaloibeta Limitada, en donde se modifica la razón social.—Puntarenas, Herradura, 1° de diciembre del 2006.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—Nº 92728.—(110347).
Por escritura número 07-6, otorgada a las 11:00 horas del 28 de noviembre del 2006, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Kaloibeta Limitada, en donde se modifica la razón social y se otorga poder generalísimo.—Puntarenas, Herradura, 1° de diciembre del 2006.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—Nº 92729.—(110348).
Por escritura otorgada a las 14:00 horas del veintidós de noviembre del 2006, se modificó la junta directiva y la cláusula primera de la sociedad Café Maymar S. A., la cual de ahora en adelante se denominará Corporación Maymar S. A.—San José, veinticuatro de noviembre del dos mil seis.—Lic. William Muñoz Bravo, Notario.—1 vez.—Nº 92730.—(110349).
Ante mí, Denia Vásquez Pacheco, notaria pública se constituyó la empresa denominada Vista del Arenal Fortuna E&J Sociedad Anónima, el día veintiocho de noviembre del dos mil seis, quien funge como presidente el señor Eugene Alfred Conti, siendo que el nombre es Eugene Alfred y el apellido Conti, de único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense.—Fortuna, San Carlos, a las catorce horas treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil seis.—Lic. Denia Vásquez Pacheco, Notaria.—1 vez.—Nº 92755.—(110363).
Al ser las nueve horas del día de hoy, se constituyó la empresa Transportes Enríquez Cruz K & A S. A. Capital social: diez mil colones cancelado en dinero efectivo. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio: Sarapiquí de Heredia.—Sarapiquí, 1º de diciembre del 2006.—Lic. German Vega Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 92757.—(110364).
Al ser las quince horas del día de hoy, se constituyó la empresa Inversiones Ruma C & E S. A. Capital social: diez mil colones cancelado en dinero efectivo. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio: Sarapiquí de Heredia.—Sarapiquí, 28 de noviembre del 2006.—Lic. German Vega Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 92758.—(110365).
Por escritura número ciento sesenta y uno-cuatro, otorgada ante esta notaría, a las once horas del dos de diciembre del dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Wood Forest Limitada, titular de la cédula jurídica tres-ciento dos-trescientos noventa y cuatro mil ciento noventa y nueve, mediante la cual se ratificó poder especial otorgado al señor Anthony Cofini y reformó la cláusula segunda de los estatutos.—San José, cuatro de diciembre del dos mil seis.—Lic. Jorge F. Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 92760.—(110366).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día treinta de noviembre del año dos mil seis, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de socios de Bharat Tropical Limitada, en la cual se modificaron las cláusulas octava y quinta del pacto constitutivo y se nombro nuevo gerente y subgerente.—Tamarindo, treinta de noviembre del dos mil seis.—Lic. Paúl Oporta Romero, Notario.—1 vez.—Nº 92763.—(110367).
Por escrituras 93 y 94, del 21 de noviembre del 2006, se constituyeron las siguientes sociedades anónimas Jaco Patio and Garden Sociedad Anónima y Jaco Beach Sales ans Rentals Sociedad Anónima, con domicilio en Jacó de Garabito, Puntarenas, veinticinco metros al norte del Banco Popular, contiguo a la Fiscalía, Bufete Hernández Mussio y Asociados y cuyo capital social es la suma de diez mil colones.—Lic. Saúl González Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 92765.—(110368).
Mediante escritura ante mí, de hoy, Inversiones Dos Mil de Cartago S. A., modificó estatutos y cambió junta directiva.—Puriscal, 10 de diciembre del 2006.—Lic. Eduardo Mora Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 92768.—(110369).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas treinta minutos del veinticinco de mayo del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Desarrollo de Inversiones del Este H & F Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones exactos, íntegramente suscrito y pagado. Domicilio social: Zapote, de la Universidad Veritas, ciento veinticinco metros oeste. Plazo social: noventa y nueve años. Presidenta: Emma Grace Hernández Flores, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—San José, dieciséis de agosto del año dos mil seis.—Lic. Fernando Chinchilla Cooper, Notario.—1 vez.—Nº 92770.—(110370).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del veinticinco de mayo del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Desarrollos Corporativos del Trópico Seco Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José, Zapote, de la Universidad Veritas ciento veinticinco metros oeste. Presidenta: Emma Grace Hernández Flores, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—San José, cuatro de diciembre del año dos mil seis.—Lic. Fernando Chinchilla Cooper, Notario.—1 vez.—Nº 92771.—(110371).
Por escritura número ciento ochenta y siete-uno, otorgada ante mí, a las diecisiete horas del treinta de noviembre del dos mil seis, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inverplus S. A., por la que se reforma cláusula tercera del domicilio y la sétima de la administración. Además, se acepta la renuncia del presidente, secretario y tesorero de la junta directiva y se hace un nuevo nombramiento.—San José, treinta de noviembre del dos mil seis.—Lic. Manfred Fischel Robles, Notario.—1 vez.—Nº 92774.—(110372).
Ante esta notaría, licenciado Adonis Bonilla Hernández, se constituyó Business Inteligent and Proyects Sociedad Anónima, por un plazo de noventa y nueve años. Domiciliada en San José, La Uruca, urbanización Peregrina, de la escuela Peregrina setenta y cinco metros al norte. Presidente: Alberto Rojas Coto, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, a las nueve horas treinta minutos del veinticinco de noviembre del dos mil seis.—Lic. Adonis Bonilla Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 92775.—(110373).
La suscrita notaria hace constar que por escritura otorgada ante mí el día veintiséis de setiembre del dos mil seis, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la sociedad Carhué de Los Vientos S. A., mediante la cual se reformaron las cláusulas segunda y sexta del pacto social y se nombraron nueva junta directiva y fiscal.—San José, 26 de setiembre del 2006.—Lic. Andrea Gillen Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 92776.—(110374).
La suscrita notaria hace constar que por escritura otorgada ante mí el día tres de octubre del 2006, se constituyó Santa Rosa Dental Sociedad Anónima. Capital social: 10.000 colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 3 de octubre del 2006.—Lic. Andrea Gillen Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 92777.—(110375).
Por escritura otorgada ante nosotros, a las dieciséis horas del veintiocho de noviembre del dos mil seis, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Villa Guayacán Rey KXII Sociedad de Responsabilidad Limitada. Se modifican las cláusulas segunda, quinta del pacto constitutivo y se nombran gerentes.—San José, 28 de noviembre del 2006.—Lic. Mario Quesada Bianchini, Notario.—1 vez.—Nº 92778.—(110376).
Por escritura otorgada ante mí a las diez horas del día veintisiete de noviembre del año dos mil seis, se protocolizó el acta de la sociedad Corporación Cumero Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula cuarta.—San José, 27 de noviembre del 2006.—Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario.—1 vez.—Nº 92779.—(110377).
Por escritura número cincuenta y cinco, otorgada ante esta notaría a las doce horas del día veinticinco de noviembre del año dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Aquapura de Centroamérica Sociedad Anónima.—Lic. Rodolfo Jiménez Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 92781.—(110378).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:30 horas del día 24 de noviembre del año 2006, se constituyó la sociedad denominada Lomas La Palma Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado, domiciliada en Quepos centro, del distrito primero de Quepos, cantón sexto de Aguirre, de la provincia de Puntarenas.—Lic. Roberto Ariel Oliva Molina, Notario.—1 vez.—Nº 92783.—(110379).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del día 27 de noviembre del año 2006, se constituyó la sociedad denominada La Casa del Árbol M.CH. Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado, domiciliada en Matapalo, finca Belhorizonte, del distrito segundo de Savegre, cantón sexto de Aguirre, de la provincia de Puntarenas.—Lic. Roberto Ariel Oliva Molina, Notario.—1 vez.—Nº 92784.—(110380).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 16:30 horas del día 6 de noviembre del año 2006, se constituyó la sociedad denominada Reservas Naturales C. H. Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado, domiciliada en Quepos centro, del distrito primero de Quepos, cantón sexto de Aguirre, de la provincia de Puntarenas.—Lic. Roberto Ariel Oliva Molina, Notario.—1 vez.—Nº 92785.—(110381).
La suscrita notaria hace constar que ante mi notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones Lin M.J. Sociedad Anónima. Capital social: es la suma de un millón de colones y el representante legal es la señora Aida Liven Jiménez Sequeira y el domicilio social es Puntarenas, barrio Veinte de Noviembre en parada cuatro de la plaza de fútbol doscientos metros al norte.—Puntarenas, 26 de noviembre del 2006.—Lic. Irene Arrieta Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 92786.—(110382).
Ante esta notaría a las dieciséis horas del seis de noviembre del dos mil seis, se constituyó la Fundación de Naranjo Pro-Clínica del Dolor y Cuidados Paliativos. Presidente: con facultades de apoderado general sin límite de suma.—Lic. Alexánder Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 92787.—(110383).
El suscrito notario hace constar que el nombre de la sociedad presentada al tomo 569, asiento 64443 del Diario del Registro es Empresa Familiar Marín & Marín Sociedad Anónima.—San José, 4 de diciembre del 2006.—Lic. Daniel Bolaños Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 92788.—(110384).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del día diez de mayo del año dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Three TD Tamarindo Counsulting & Developers III Limitada.—Tamarindo, 23 de octubre del 2006.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—Nº 92789.—(110385).
Ante esta notaría por escritura otorgada a las 9:00 horas del 4 de diciembre del año dos mil seis, se constituyó la sociedad domiciliada en la provincia de Alajuela, cantón primero Alajuela, distrito primero Alajuela, cincuenta metros al este de la Plaza de Ferias, denominada Inversiones Villa M.D.G. Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones suscrito y pagado. Presidente: Roy Eduardo Madrigal Jiménez.—San José, a las 11:00 horas del 4 de diciembre del 2006.—Lic. Ivannia Marín Valerio, Notaria.—1 vez.—Nº 92790.—(110386).
El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí el día de hoy, se constituyó Print World Digital S. A.—San José, 30 de noviembre del 2006.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—Nº 92791.—(110387).
El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí el día de hoy, se constituyó Guanacaste Beach Real Estate S. A.—San José, 16 de noviembre del 2006.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—Nº 92792.—(110388).
Por escritura número doscientos setenta y siete, otorgada en esta misma notaría, a las quince horas del veintiocho de noviembre del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Taller Punta Cali Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, 1º de diciembre del 2006.—Lic. Sara Miranda Osorio, Notaria.—1 vez.—Nº 92793.—(110389).
Por escritura número doscientos setenta y seis, otorgada en esta misma notaría, a las catorce horas del veintiocho de noviembre del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Coiffure de Nel Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, 1º de diciembre del 2006.—Lic. Sara Miranda Osorio, Notaria.—1 vez.—Nº 92795.—(110390).
En la notaría del licenciado Dennis Pineda Soto, a las catorce horas del dos de julio del dos mil seis, se protocolizó en escritura pública número ciento treinta y ocho-cuatro, nuevo nombramiento de gerente y subgerente y se otorgó poder generalísimo sin límite de suma a favor de Nelly Vargas Noguera, de la sociedad Towe Torneos Internacionales S. A.—San José, 4 de setiembre del 2006.—Lic. Dennis Pineda Soto, Notario.—1 vez.—Nº 92796.—(110391).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas, del 1º de diciembre del 2006, se protocoliza acta asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad 3-101-447-452. Reforma a la cláusula quinta, artículo segundo renuncia de los miembros de la junta directiva y fiscal, y se acuerda nombrar los miembros de la junta directiva.—Lic. Larissa Seravalli Sáurez, Notaria.—1 vez.—Nº 92797.—(110392).
Por escritura número ciento setenta y cuatro otorgada ante mi notaría, a las nueve horas, treinta minutos del nueve de setiembre del dos mil seis, se constituyó la sociedad Inversiones Sook Kepasa ISK Sociedad Anónima. Representantes con facultades de apoderados generalísimos: presidente y tesorero. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, 30 de noviembre del 2006.—Lic. Humberto Fallas Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 92798.—(110393).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 1º de diciembre del 2006, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Centro Acuático de Alto Rendimiento S. A., por medio de la cual se reforman las cláusulas 2, 5 y 7 y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Lic. José Antonio Agüero Morales, Notario.—1 vez.—Nº 92799.—(110394).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del día de hoy, se reforma la cláusula octava: de la administración, de la empresa Cantasa del Mar S. A.—San José, 30 de noviembre del 2006.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 92800.—(110395).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:15 horas del día de hoy, se reforma la cláusula octava: de la administración, de la empresa Sania Tropical S. A.—San José, 30 de noviembre del 2006.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 92801.—(110396).
En esta notaría a las 17:00 horas del 30 de setiembre del 2006, César Méndez Hernández y Freddy Antonio Cordero Rojas, constituyen la sociedad Free Subset Sociedad Anónima. Capital social: 10 mil colones. Presidente: Freddy.—San Ramón.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 92802.—(110397).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Playa Azul Veinticinco Rubí E.F.G. Sociedad Anónima; por la que se revocan los nombramientos de miembros de la junta directiva, fiscal y agente residente y se nombran nuevos miembros y además, se reforma cláusula de los estatutos. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del veintiocho de noviembre del dos mil seis.—Lic. Víctor Manuel Fallas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 92803.—(110398).
Ante mí, Daniel Rodríguez Montero, notario público, con oficina en Cartago, por escritura pública, se constituyó la sociedad denominada Hermanos K y D Pacheco Sociedad Anónima el día diecisiete de noviembre del año dos mil seis, con un capital social de diez mil colones. Que la presidenta y secretaria tienen la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Cartago, 29 de noviembre del 2006.—Lic. Daniel Rodríguez Montero, Notario.—1 vez.—Nº 92804.—(110399).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Vargas y Rodríguez de Palmares S. A. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: La Granja de Palmares. Presidente: Carlos Luis Vargas Vargas.—Palmares, 23 de abril del 2006.—Lic. Olivier Rojas Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 92805.—(110400).
El suscrito notario hace constar que, según escritura ciento cuarenta y nueve-cuatro, folio ciento veintiocho vuelto del tomo cuatro de mi protocolo, se ha constituido la sociedad limitada Grupo Mondragón Limitada, donde figuran como gerentes: Ángela Mondragón James, cédula número ocho cero ochenta y cinco cero setenta y nueve y César Ortiz Mondragón, cédula número ocho cero ochenta y dos setecientos uno, domiciliada en urbanización Nísperos Tres, distrito San Francisco, Heredia.—San José, 1º de diciembre del 2006.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—Nº 92807.—(110401).
El suscrito notario hace constar que, según escritura ciento cincuenta-cuatro, folio ciento veintinueve vuelto del tomo cuatro de mi protocolo, se ha constituido la sociedad limitada Group English Academy of The North Limitada, donde figuran como gerentes: Jonathan Fabricio Mathieu Ryan, cédula número uno nueve dos ocho dos cinco cero y Andrea Araya Cubero, cédula número tres tres ochenta y tres seis cuarenta y ocho, domiciliada en San José, edificio Jiménez veinticinco metros norte de la Plaza de la Cultura.—Cartago, 4 de diciembre del 2006.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—Nº 92808.—(110402).
Por escritura otorgada en San José, a las doce horas del veinticuatro de noviembre del año dos mil seis, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la compañía Pelleu V Sociedad de Responsabilidad Limitada. Se acepta la renuncia del gerente de la compañía y se hace un nuevo nombramiento.—San José, 24 de noviembre del 2006.—Lic. María del Mar Caravaca Arley, Notaria.—1 vez.—Nº 92809.—(110403).
Se hace constar que en mi notaría, mediante escritura número doscientos cuatro del veintisiete de noviembre del dos mil seis, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de Qualifar del Istmo Sociedad Anónima. En donde se reformó la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—San José, 4 de diciembre del 2006.—Lic. Gastón Sancho Cubero, Notario.—1 vez.—Nº 92810.—(110404).
En mi notaría en San José, a las catorce horas del veintitrés de noviembre del dos mil seis, se constituyó la sociedad Chlorfree International Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Capital social: doce mil colones. Presidente y secretario con plenas facultades. Plazo: 99 años.—Lic. César Alfonso Rojas Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 92811.—(110405).
Ante mí, Siumin Vargas Jiménez, notario público con oficina en San José, se constituyó la sociedad denominada Los Peñascos de Avalón Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo: 99 años. Objeto: amplio. Representación: presidente, actuando separadamente. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del tres de diciembre del dos mil seis.—San José, 3 de diciembre del 2006.—Lic. Siumin Vargas Jiménez, Notario.—1 vez.—(110479).
Por escritura Nº 56, visible al folio 33, vuelto del tomo 1 del notario Pío Luis Murillo Arroyo, se constituyó Inversiones CSTD Escazú S. A. Presidente: Charles Broger, secretaria Sanda Li Cousin, tesorero Luis Diego Fonseca Muñoz y fiscal Estefanía Arias Venegas. Lic. Pío Luis Murillo Arroyo y Lic. Luis Fdo. Ramírez Villanea, Notarios.—Lic. Luis Fdo. Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—(110480).
Por escritura Nº 202 bis, visible al folio 84, frente del tomo 32 del notario Daniel Murillo Rodríguez, se constituyó Breme Guácima S. A. Presidente: Minor José Brenes Murillo. Secretario: Eliécer Ramón Brenes Sánchez. Tesorera: Irene Murillo Vargas. Fiscal: Rosa Conejo López. Lic. Daniel Murillo Rodríguez y Lic. Luis Fdo. Ramírez Villanea, Notarios.—Lic. Luis Fdo. Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—(110481).
Por escritura otorgada a las ocho horas del día de hoy, la sociedad denominada Yenta Tecnología de Avanzada S. A., reforma las cláusulas relativas al plazo y domicilio social y nueva junta directiva.—San José, 4 de diciembre del 2006.—Lic. Mario Cordero Sánchez, Notario.—1 vez.—(110484).
Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Restaurantes Veinte de Mayo Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula quinta de los estatutos. Escritura otorgada a las 15:00 horas del 30 de noviembre del 2006.—Lic. María Monserrat Bonilla Garro, Notaria.—1 vez.—(110485).
Protocolización de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Realidad Virtual Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula quinta de los estatutos. Escritura otorgada a las 11:00 horas del 28 de noviembre del 2006.—Lic. María Monserrat Bonilla Garro, Notaria.—1 vez.—(110486).
Por escritura número ochenta y nueve, otorgada ante la notaria Kembly Mora Salas, a las 8:00 horas del 2 de diciembre del año 2006, se constituyó Idoneus Soluciones Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: diez mil colones. Presidente es representante judicial y extrajudicial con poder generalísimo sin límite de suma.—Naranjo de Alajuela, 4 de diciembre del 2006.—Lic. Kembly Mora Salas, Notaria.—1 vez.—(110490).
Por escritura otorgada a las 12:00 horas del día 10 de noviembre del año 2006, se constituyó la sociedad denominada A Plus Health Insurance Advisors Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Apoderados generalísimos sin límite de suma: presidente y secretario, actuando únicamente en forma conjunta. Domicilio social: Alajuela, cantón central, distrito primero, urbanización Ciruelas del parque de la localidad setenta y cinco metros al oeste.—Alajuela, 21 de noviembre del 2006.—Lic. Juan Carlos Morera Fernández, Notario.—1 vez.—(110491).
Por escritura otorgada a las 20:00 horas del día 4 de diciembre del año 2006, se constituyó la sociedad denominada Farmacia Ansoma Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Apoderados generalísimos sin límite de suma: presidente y secretario, actuando en forma conjunta o separada. Domicilio social: ciudad de Alajuela, cantón central, distrito primero, 100 metros al norte de la entrada principal de los Tribunales de Justicia.—Alajuela, 5 de diciembre del 2006.—Lic. Cynthia Sandoval Salazar, Notaria.—1 vez.—(110492).
Por escritura otorgada a las 18:00 horas del día 22 de noviembre del año 2006, se constituyó la sociedad denominada Servitec Esgoza Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Apoderados generalísimos sin límite de suma presidente y secretario, actuando en forma conjunta o separada. Domicilio social: ciudad de Alajuela, cantón central, distrito primero, urbanización Ciruelas, 100 metros al norte y 125 metros al oeste del súper El Guinero.—Alajuela, 5 de diciembre del 2006.—Lic. Cynthia Sandoval Salazar, Notaria.—1 vez.—(110493).
Por escritura otorgada ante esta notaría, el día treinta de noviembre del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Industrias Corcovado Sociedad Anónima. Se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 5 de diciembre del 2006.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—(110497).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día treinta de noviembre del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Osa Storage Sociedad Anónima. Se designa presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma debiendo actuar conjuntamente al menos dos de ellos.—San José, 5 de diciembre del 2006.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—(110498).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día treinta de noviembre del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Bienes Inmuebles Lunita Sociedad Anónima. Se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 5 de diciembre del 2006.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—(110499).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Costa Dorada Eco Uvita Sociedad Anónima. Plazo social: de cien años. Capital social: de veinte mil colones totalmente suscrito y pagado. Representada por su presidente Denis Guillermo Segura Castro.—Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, 27 de noviembre del 2006.—Lic. Greivin Jiménez Méndez, Notario.—1 vez.—(110501).
Por escritura otorgada ante esta notaria, a las ocho horas del cinco de diciembre del dos mil seis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Importadora y Distribuidora Mancora del Norte Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital: suscrito y pagado.—San José, cinco de diciembre del dos mil seis.—Lic. María del Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(110505).
Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 4 de diciembre del 2006, se constituye la sociedad Vista Pacific Paradise S. A. Domicilio: San José, avenida dieciséis, entre calles tres y cinco. Objeto: el comercio, la industria, la ganadería, la agricultura y la prestación de todo tipo de servicios lícitos en general. Plazo: 100 años. Capital: ¢10.000,00 representado por 10 acciones comunes y nominativas de 1.000,00 colones cada una. Presidente: Isaac Barrocas Angulo.—San José, 4 de diciembre del 2006.—Lic. Óscar Julio Rímola Umaña, Notario.—1 vez.—(110506).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 4 de diciembre del 2006, se constituye la sociedad Monkey IN A Mango Tree S. A. Domicilio: San José, avenida dieciséis, entre calles tres y cinco. Objeto: el comercio, la industria, la ganadería, la agricultura y la prestación de todo tipo de servicios lícitos en general. Plazo: 100 años. Capital: ¢10.000,00 representado por 2 acciones comunes y nominativas de 5.000,00 colones cada una. Presidente: Dian Lynn Eversole.—San José, 4 de diciembre del 2006.—Lic. Óscar Julio Rímola Umaña, Notario.—1 vez.—(110507).
Por escritura número ciento diez-cuatro, al ser las diez horas del día veintidós de noviembre del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada San Filvas S. A., con un plazo social de noventa y nueve años. Presidente: Fernando Vásquez Rojas. Secretario: Mauricio Vásquez Rodríguez. Tesorera: Sandra María Quirós Rojas. Fiscal: Ángel Roberto Gutiérrez Arroyo. Agente residente: Silvia María Zeledón Jiménez. Es todo.—Lic. Silvia María Zeledón Jiménez, Notaria.—1 vez.—(110514).
Ante mi notaría, se realizó la protocolización del acta de modificación de la cláusula octava y de cambio de junta directiva de la sociedad denominada Grupo TCM CRC Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos tres mil trescientos ochenta y siete, en la cual la representación le corresponden únicamente al presidente y secretario.—San José, a las diecisiete horas veinte minutos del veintiocho de noviembre del dos mil seis.—Lic. Cindy Mora Castro, Notaria.—1 vez.—(110518).
Por escritura número ocho otorgada en San José, ante el notario Francisco Javier Vargas Solano, al ser las nueve horas del veinticinco de octubre del dos mil seis, Édgar Sánchez Picado y Katia Vargas Vásquez, constituyen Corporación Fapa del Norte Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Desamparados.—Lic. Francisco Javier Vargas Solano, Notario.—1 vez.—(110524).
Por escritura otorgada ante mí, a las 12:30 horas del 28 de noviembre del 2006, se constituyó la sociedad denominada Pilar Costa Sociedad Anónima. Presidente: José Miguel Costa.—Lic. Luis Ángel Arroyo Soto, Notario.—1 vez.—(110530).
Por escritura otorgada ante mí, a las 12:15 horas del 28 de noviembre del 2006, se constituyó la sociedad denominada Costa Hills Sociedad Anónima. Presidente: José Miguel Costa.—Lic. Luis Ángel Arroyo Soto, Notario.—1 vez.—(110531).
Abismo Da Noite Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintidós mil doscientos treinta y cinco, se nombra nuevo presidente de la junta directiva. Escritura Nº 158, otorgada a las once horas el cinco de diciembre del dos mil seis, del tomo tercero.—Lic. David A. Garita Madrigal, Notario.—1 vez.—(110550).
Por escritura Nº 156, del tomo tercero de esta notaría, se nombra nueva junta directiva, y se reforma las cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo de la sociedad Mark Holland And Co S. A., cédula jurídica Nº 3-101-374511. Es todo.—Heredia, cinco de diciembre del dos mil seis.—Lic. David Garita Madrigal, Notario.—1 vez.—(110551).
Por escritura Nº 155, del tomo tercero de esta notaría, se nombra nueva junta directiva, y se reforma las cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo de la sociedad El Papagayo Azul Holdings S. A., cédula jurídica Nº 3-101-281075. Es todo.—Heredia, cinco de diciembre del dos mil seis.—Lic. David Garita Madrigal, Notario.—1 vez.—(110552).
Por medio de la escritura otorgada en San Isidro del General de Pérez Zeledón, a las nueve horas con treinta minutos del siete de noviembre del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Gaspar Fish Development Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, el domicilio social será la provincia de San José, en el cantón de Pérez Zeledón, en su distrito de San Isidro, setenta y cinco metros al oeste de Disco Centro, como presidente Rodolfo Herrera García.—San José, veintisiete de noviembre del dos mil seis.—Lic. Wálter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 92812.—(110571).
Por medio de la escritura otorgada en San Isidro del General de Pérez Zeledón, a las nueve horas con quince minutos del siete de noviembre del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Brumas Frescas del Buenavista Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, el domicilio social será la provincia de San José, en el cantón de Pérez Zeledón, en su distrito de San Isidro, setenta y cinco metros al oeste de Disco Centro, como presidente Rodolfo Herrera García.—San José, veintisiete de noviembre del dos mil seis.—Lic. Wálter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 92813.—(110572).
Por medio de la escritura otorgada en San Isidro del General de Pérez Zeledón, a las nueve horas del siete de noviembre del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Ecomanglares Renovados Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, el domicilio social será la provincia de San José, en el cantón de Pérez Zeledón, en su distrito de San Isidro, setenta y cinco metros al oeste de Disco Centro, como presidente Rodolfo Herrera García.—San José, veintisiete de noviembre del dos mil seis.—Lic. Wálter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 92814.—(110573).
Por medio de la escritura otorgada en San Isidro del General de Pérez Zeledón, a las diez horas con treinta minutos del siete de noviembre del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Pez Roca de Osa Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, el domicilio social será la provincia de San José, en el cantón de Pérez Zeledón, en su distrito de San Isidro, setenta y cinco metros al oeste de Disco Centro, como presidente Rodolfo Herrera García.—San José, veintisiete de noviembre del dos mil seis.—Lic. Wálter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 92815.—(110574).
Por medio de la escritura otorgada en San Isidro del General de Pérez Zeledón, a las diez horas con cuarenta y cinco minutos del siete de noviembre del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Rainforest Costa Rica Dream Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, el domicilio social será la provincia de San José, en el cantón de Pérez Zeledón, en su distrito de San Isidro, setenta y cinco metros al oeste de Disco Centro, como presidente Rodolfo Herrera García.—San José, veintisiete de noviembre del dos mil seis.—Lic. Wálter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 92816.—(110575).
Por medio de escritura otorgada en San Isidro del General de Pérez Zeledón a las once horas del siete del noviembre del dos mil seis. Se constituyó la sociedad denominada Lagunas Extrañas de la Cima del Cerro Chirripó Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, el domicilio social será la provincia de San José, en el cantón de Pérez Zeledón, en su distrito de San Isidro, setenta y cinco metros al oeste de Disco Centro, como presidente, Rodolfo Herrera García, veintisiete de noviembre del dos mil seis del año dos mil seis.—Wálter Chacon Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 92817.—(110576).
Por medio de escritura otorgada en San Isidro del General de Pérez Zeledón a las once horas con quince minutos del siete del noviembre del dos mil seis. Se constituyó la sociedad denominada Condominiums Lookout Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, el domicilio social será la provincia de San José, en el cantón de Pérez Zeledón, en su distrito de San Isidro, setenta y cinco metros al oeste de Disco Centro, como Presidente Rodolfo Herrera García.—San Isidro de Pérez Zeledón, 27 de noviembre del 2006.—Wálter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 92818.—(110577).
Por medio de escritura otorgada en San Isidro del General de Pérez Zeledón a las diez horas con quince minutos del siete del noviembre del dos mil seis. Se constituyó la sociedad denominada Mono Ermitaño de la Costa Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, el domicilio social será la provincia de San José, en el cantón de Pérez Zeledón, en su distrito de San Isidro, setenta y cinco metros al oeste de Disco Centro, como Presidente Rodolfo Herrera García.—San Isidro de Pérez Zeledón, 27 de noviembre del año 2006.—Wálter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 92819.—(110578).
Por medio de escritura otorgada en San Isidro del General de Pérez Zeledón a las diez horas del siete del noviembre del dos mil seis. Se constituyo la sociedad denominada Exotic Place Food And Animals Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, el domicilio social será la provincia de San José, en el cantón de Pérez Zeledón, en su distrito de San Isidro, setenta y cinco metros al oeste de Disco Centro, como Presidente Rodolfo Herrera García.—San Isidro de Pérez Zeledón, 27 de noviembre del año 2006.—Wálter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 92820.—(110579).
Por escritura otorgada a las nueve horas del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Umaña Murillo (UMUSA) S. A..—San José, 4 de setiembre del 2006.—Lic. Edwin Vargas Víquez, Notario.—1 vez.—Nº 92821.—(110580).
La suscrita Ana Gabriela Alfaro Jirón, hace constar que ante mí se constituyo la compañía denominada Eagle Island Two Limitada, cuya representación judicial y extrajudicial le corresponde al Gerente y Subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Con un capital de mil colones.—Liberia, 29 de noviembre de 2006.—Lic. Ana Gabriela Alfaro Jirón, Notario.—1 vez.—Nº 92824.—(110581).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas treinta minutos del cuatro de diciembre del dos mil seis, protocolicé acta de Diseños Globales Glaster S. A., de las nueve horas treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil seis, mediante la cual se reforma las cláusulas segunda y sétima.—Luis Enrique Gómez Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 92825.—(110582).
Por escritura número doscientos dos otorgada a las 15:00 horas del 17 de noviembre del 2006, se cambia secretario, tesorero, fiscal, agente residente, y sede social de la sociedad denominada Gra Green Alegory Sociedad Anónima.—Lic. Mario Cisneros Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 92826.—(110583).
Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las diecinueve horas del cuatro de diciembre del dos mil seis, se nombró nuevo presidente y secretario de la sociedad denominada: Inversiones y Seguridad Estelar S. A., y cambia su nombre siendo el nuevo Inversiones y Seguridad S E S. A.—San José, 4 de diciembre del 2006.—Marvin Alfonso Collado Parrales Notario.—1 vez.—Nº 92827.—(110584).
Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Erre A y M Limitada, en la cual se reforma Pacto Constitutivo y se nombran Gerentes.—San José, 1° de diciembre del 2006.—Luis Arturo Chaves Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 92828.—(110585).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria a las once horas del veinticuatro de octubre del año dos mil seis, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Tres-ciento uno-cuatro cinco dos cero tres nueve Sociedad Anónima por medio de la cual se reforma la cláusula décimo tercera y se nombra Junta Directiva y Fiscal y Agente Residente.—San Isidro de Pérez Zeledón, 14 de noviembre del 2006.—Lic. Ileana Hidalgo Somarribas, Notaria.—1 vez.—Nº 92830.—(110586).
Ante mí, José Luis Herrera Zúñiga, Notario Público con oficina en Puriscal, en escritura número 36, visible al folio 41 vuelto del tomo 79 de mi protocolo, Michael Grover Dodson y Flora María Lestón Rojas, constituyen MP Inversiones Potenciana Paradise S. A. Domiciliada en Santiago de Puriscal, San José, frente al Palacio Municipal. Plazo: 99 años. Presidente, Michael Grover Dodson.—Puriscal, 4 de diciembre del 2006.—Lic. José Luis Herrera Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 92831.—(110587).
Que he constituido la compañía Asesorías J.A. Clark de Centroamérica Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones con 00/100 y con domicilio social en San José, Escazú, San Antonio. Es todo.—San José, 29 de noviembre del 2006.—Lic. Juan Fernández Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 92832.—(110588).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 14:00 horas del 4 de diciembre del 2006, se constituyó la sociedad Veritas Mining CR S. A.—San José, 5 de diciembre del 2006.—Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92834.—(110589).
Por escritura setenta y siete del tomo tres del protocolo de esta notaría, se procedió a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Feranaba S. A., por la cual se procede a modificar cláusula segunda del domicilio y se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero, y fiscal.—San José, 4 de noviembre del 2006.—Lary Glorianna Escalante Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 92835.—(110590).
Por escritura otorgada hoy ante mí, a las quince horas, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada por Diunytra Sociedad Anónima, en la que se revocan nombramientos y se hacen nuevos.—Pérez Zeledón, 1° de diciembre del 2006.—Lic. Juan Luis Artavia Mata, Notario.—1 vez.—Nº 92837.—(110591).
Que por acta de asamblea general extraordinaria de Transportes y Servicios Gali del Sur S. A., cédula jurídica Nº 3-101-337446, celebrada el día 20 de setiembre del año 2006, se eligen nuevos miembros de la Junta Directiva, se reforma cláusula décima segunda del pacto constitutivo. Es todo.—San Isidro, 4 de diciembre del 2006.—Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario.—1 vez.—Nº 92838.—(110592).
Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad anónima denominada Familia Castro Corella Sociedad Anónima, a las catorce horas del diez de noviembre del dos mil seis. Presidente y tesorero con la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Atenas, 1° de diciembre del 2006.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 92843.—(110593).
Mediante protocolización de acta de asamblea general extraordinaria número uno de la sociedad Shangrole de Atenas Sociedad Anónima, otorgada a las nueve horas del día primero de diciembre del año dos mil seis, se reformó en su totalidad la cláusula sexta del Pacto Constitutivo referente a la Junta Directiva.—Atenas, 1° de diciembre del 2006.—Lic. Víctor Julio Víquez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 92844.—(110594).
Por escritura otorgada a las quince horas del día cuatro de diciembre del año dos mil seis, ante el notario Víctor Julio Víquez Arias, se constituyó la sociedad Bello Bergel de Atenas Sociedad Anónima, con domicilio en Río Grande de Atenas, provincia de Alajuela, con un plazo de noventa y nueve años, capital social: diez mil colones, suscrito y pagado, su objeto: los bienes raíces en general. Presidente: Gerardo María González Salas, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Atenas, 4 de diciembre del 2006.—Lic. Víctor Julio Víquez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 92845.—(110595).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario en San José, a las 17:00 horas del 21 de noviembre del 2006, he procedido a constituir la sociedad de responsabilidad limitada denominada Business Heritage I N C Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo social: 99 años. Domicilio: San José. Objeto: Actividades comerciales e industriales y capital social: diez mil colones.—San José, 1° de diciembre del 2006.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—Nº 92846.—(110596).
Mediante escritura otorgada ante el sucrito se constituyó sociedad anónima denominada Jomaro Isidreño del Norte Sociedad Anónima. Capital social: cinco mil colones. Presidente: José Manuel Morales Rojas. Domicilio: San Arriba de Desamparados.—San José, 25 de octubre del 2006.—Rodrigo Antonio Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—Nº 92848.—(110597).
Al ser las 17 horas 30 minutos del 28 de noviembre del 2006, se constituyó la sociedad Servicios Societariales Ramvel S. A., Presidenta Marlene Ramírez Agüero.—Roy Daniel Rodríguez Zárate, Notario.—1 vez.—Nº 92850.—(110598).
Al ser las 18:00 horas del 24 de noviembre del 2006, se constituyó la sociedad Distribuidora de Materiales Eléctricos Gamo S. A., Tesorera Alejandra Morales Alvarado.—Roy Daniel Rodríguez Zárate, Notario.—1 vez.—Nº 92851.—(110599).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día treinta de noviembre del dos mil seis, se constituye la sociedad Laidman & Raabe Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital social totalmente suscrito y pagado. Presidenta: Roberta Ann Laidman.—Rosa María Artavia Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 92852.—(110600).
En esta notaría al ser las diez horas del cuatro de setiembre del dos mil seis, se protocolizó acta de la empresa Construformas S. A., en la que se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto social y se nombra tesorero de la Junta Directiva.—San José, 4 de diciembre del 2006.—Lic. Álvaro Aguilar Saborío, Notario.—1 vez.—Nº 92853.—(110601).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 4 de diciembre del 2006, se constituyó la sociedad P.A. Global Estates Sociedad Anónima, traducido al español como P.A. Propiedades Mundiales Sociedad Anónima. Capital: diez mil colones, totalmente suscrito y pagado. La representación la tendrá el Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Beatriz Artavia Vásquez, Notaria.—1 vez.—Nº 92854.—(110602).
Por escritura otorgada el diecisiete de octubre del dos mil seis ante mí, se hizo el nombramiento de nueva junta directiva de la sociedad denominada Residencial del Río de Liberia JCLM Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de Liberia, Guanacaste, Centro Comercial Veinticinco de Julio, local número catorce, en el que se nombra: Presidente: Johonny Leiva Badilla, Vicepresidente: Evan Antonio Leiva Badilla y Fiscal Alejandra Leiva Badilla, Notaria Ana Karina Leiva Vargas. Todo consta en actas dos de la asamblea extraordinaria de socios Es todo.—Liberia, Guanacaste, 4 de diciembre del 2006.—Lic. Ana Karina Leiva Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 92856.—(110603).
Por escritura otorgada el día de hoy a las diez horas ante este notario público, se protocolizó acta en lo conducente de acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Tilapias del Sol S. A.—San José, 7 de noviembre del 2006.—José Miguel Alfaro Masís, Notario.—1 vez.—Nº 92857.—(110604).
Por escritura 170-34 del notario Adolfo Ledezma
Vargas, otorgada en Las Juntas de Abangares el 12 de junio del 2006, Zeidi
Rodríguez Salazar y María Benilda Salazar Viales, constituyen Acabados Dos
Mil para la Construcción Jomake S. A.—Lic. Adolfo Ledezma Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 92859.—(110605).
Por escritura número doscientos cinco-tres, del tomo tercero de mi protocolo, visible a folio ciento quince frente a ciento dieciséis frente, de once horas del cuatro de diciembre del dos mil seis, se constituyó la empresa Faboso Sociedad Anónima.—San José, cinco de diciembre del dos mil seis.—Lic. Perla Cheves Romero, Notaria.—1 vez.—Nº 92860.—(110606).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 12:00 horas del 4 de diciembre del 2006, se constituyó la sociedad Inversiones Arias Campos Sociedad Anónima.—Lic. Viriam Fumero Paniagua, Notaria.—1 vez.—Nº 92862.—(110607).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las diez horas con treinta minutos del día veintiocho de noviembre del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Flora y las Musas Sociedad Anónima, mediante la cual se revoca el nombramiento del presidente, secretario y tesorero de la junta directiva y se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, se revoca el nombramiento del fiscal de la junta directiva, se nombra nuevo fiscal de la junta directiva, se crea la cláusula décimo primera y se nombra agente residente.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintiocho de noviembre del año dos mil seis.—Lic. María Cecilia Cuendis Badilla, Notaria.—1 vez.—Nº 92863.—(110608).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las diez horas con cuarenta y cinco minutos del día veintiocho de noviembre del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Desarollos Comerciales Venado Gris Sociedad Anónima, mediante la cual se revoca el nombramiento del presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, se revoca el nombramiento del fiscal de la junta directiva, se nombra nuevo fiscal de la junta directiva, se crea la cláusula décimo primera y se nombra agente residente.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintiocho de noviembre del año dos mil seis.—Lic. María Cecilia Cuendis Badilla, Notaria.—1 vez.—Nº 92864.—(110609).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las once horas del día veintiocho de noviembre del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Villa Pratora Sarrottino Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda y sexta del pacto social, se revoca el nombramiento del presidente, secretaria y tesorera de la junta directiva, se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, se revoca el nombramiento del fiscal de la junta directiva, se nombra nuevo fiscal de la junta directiva, se crea la cláusula décimo primera y se nombra agente residente.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintiocho de noviembre del año dos mil seis.—Lic. María Cecilia Cuendis Badilla, Notaria.—1 vez.—Nº 92865.—(110610).
Por escritura otorgada por mí, al ser las 18:00 horas del 4 de diciembre del 2006, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad H.I.G. Health Investment Group Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-421129, por medio de la cual: Se revoca el nombramiento del presidente y secretario de la junta directiva, y se hacen nuevos nombramientos. Se reforman las cláusulas: 4, 6, del pacto constitutivo.—San José, 7:00 horas del 5 de diciembre del 2006.—Lic. Gustavo Argüello Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 92866.—(110611).
El suscrito Jennier Francisco Valverde Brenes cédula 3-355-941 constituye la sociedad anónima Jenclar S. A. Objeto: comercio en general. Plazo: 99 años. Domicilio: Cartago, administrada por junta directiva integrada por presidente secretario y tesorero, presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma conjunta o separadamente. Es todo.—San José, 20 de noviembre del 2006.—Lic. Catalina González Ortega, Notaria.—1 vez.—Nº 92867.—(110612).
Conste que hoy ante este notario se constituyó la sociedad Bienes y Raíces de la Meseta S. A., con domicilio en San José. Capital: suscrito y pago. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 30 de noviembre del 2006.—Lic. Enrique David Céspedes Salas, Notario.—1 vez.—Nº 92868.—(110613).
Conste que hoy ante este notario se constituyó la sociedad La Carpintera Investments S. A., con domicilio en San José. Capital: suscrito y pago. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 30 de noviembre del 2006.—Lic. Enrique David Céspedes Salas, Notario.—1 vez.—Nº 92869.—(110614).
Por escritura número doscientos setenta y ocho, otorgada en esta misma notaría, a las quince horas, treinta minutos del veintiocho de noviembre del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Pama Norte B.H. Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, 1º de diciembre del 2006.—Lic. Sara Miranda Osorio, Notaria.—1 vez.—Nº 92870.—(110615).
En mi notaría, a las 12:00 horas del 24 de noviembre del 2006, en mi notaría se constituyó la sociedad Corporación Opeyus S. A. Domicilio: Ciudad Quesada. Capital social: cien mil colones. Representación: corresponde al presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Ciudad Quesada, 24 de noviembre del 2006.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 92871.—(110616).
En mi notaría, a las 9:30 horas del 3 de noviembre del 2006 en mi notaría se constituyó la sociedad Familia Unida RZ S. A. Domicilio: Ciudad Quesada. Capital social: cien mil colones. Representación: corresponde al presidente, tesorero y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Ciudad Quesada, 3 de noviembre del 2006.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 92872.—(110617).
Ante esta notaría, a las doce horas del veintiocho de junio del dos mil cinco, se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo y se cambia la junta directiva de la sociedad denominada Cielo Estrellado del Pacífico C.E.P. Sociedad Anónima, cuya presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma es la señora Juana Durán Molina cc Juanita Villegas Durán.—Guanacaste, veintinueve de noviembre del dos mil seis.—Lic. Doris Monestel Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 92873.—(110618).
Gerardo Corrales Sandí y Jorge Barona, constituyen la sociedad El Sábalo G C S de Santa Cecilia Sociedad Anónima. Domicilio: en Santa Cecilia de la Cruz, Guanacaste, de la entrada a la Virgen 200 metros al norte. Presidente: Gerardo Corrales Sandí.—La Cruz Guanacaste, 30 de noviembre del 2006.—Lic. Luis Ángel Salazar Ureña, Notario.—1 vez.—Nº 92877.—(110619).
Por medio de escritura otorgada en San Isidro de El General de Pérez Zeledón, a las nueve horas con cuarenta y cinco minutos del siete de noviembre del dos mil seis. Se constituyó la sociedad denominada Ghost Planet Industries Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, el domicilio social será la provincia de San José, en el cantón de Pérez Zeledón, en su distrito de San Isidro, setenta y cinco metros al oeste de Disco Centro, como presidente Rodolfo Herrera García, veintisiete de noviembre del dos mil seis.—Lic. Walter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 92879.—(110620).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las nueve horas con diez minutos del día veintinueve de noviembre del año dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Desarrollos Comerciales Cristal de Azúcar Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica la cláusula segunda del pacto social, se modifica la cláusula sexta del pacto social, se remueve a la junta directiva y se nombra nueva junta directiva, se remueve el nombramiento del fiscal y se nombra nuevo fiscal, se crea la cláusula décimo primera del pacto social y nombra agente residente y se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintinueve de noviembre del año dos mil seis.—Lic. María Cecilia Cuendis Badilla, Notaria.—1 vez.—Nº 92880.—(110621).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las nueve horas con dieciocho minutos del día veintinueve de noviembre del año dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Desarrollos Comerciales Los Intrépidos Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica la cláusula segunda del pacto social, se modifica la cláusula sexta del pacto social, se remueve a la junta directiva y se nombra nueva junta directiva, se remueve el nombramiento del fiscal y se nombra nuevo fiscal, se crea la cláusula décimo primera del pacto social y nombra agente residente y se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintinueve de noviembre del año dos mil seis.—Lic. María Cecilia Cuendis Badilla, Notaria.—1 vez.—Nº 92881.—(110622).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las nueve horas con veintitrés minutos del día veintinueve de noviembre del año dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones El Bosque de Hapuc Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica las cláusulas segunda y sexta del pacto social, se remueve a la junta directiva y se nombra nueva junta directiva, se remueve el nombramiento del fiscal y se nombra nuevo fiscal, se crea la cláusula décimo primera del pacto social y nombra agente residente y se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintinueve de noviembre del año dos mil seis.—Lic. María Cecilia Cuendis Badilla, Notaria.—1 vez.—Nº 92882.—(110623).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las nueve horas con treinta minutos del día veintinueve de noviembre del año dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Villas Cinammon Flower Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica las cláusulas segunda y sexta del pacto social, se remueve a la junta directiva y se nombra nueva junta directiva, se remueve el nombramiento del fiscal y se nombra nuevo fiscal, se crea la cláusula décimo primera del pacto social y nombra agente residente y se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintinueve de noviembre del año dos mil seis.—Lic. María Cecilia Cuendis Badilla, Notaria.—1 vez.—Nº 92883.—(110624).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las nueve horas con treinta y cinco minutos del día veintinueve de noviembre del año dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Desarrollos Kalinka de la Costa Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica las cláusulas segunda y sexta del pacto social, se remueve a la junta directiva y se nombra nueva junta directiva, se remueve el nombramiento del fiscal y se nombra nuevo fiscal, se crea la cláusula décimo primera del pacto social y nombra agente residente y se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintinueve de noviembre del año dos mil seis.—Lic. María Cecilia Cuendis Badilla, Notaria.—1 vez.—Nº 92884.—(110625).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las diez horas del día veintinueve de noviembre del año dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Desarrollos Mitayah Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica las cláusulas segunda y sexta del pacto social, se remueve a la junta directiva y se nombra nueva junta directiva, se remueve el nombramiento del fiscal y se nombra nuevo fiscal, se crea la cláusula décimo primera del pacto social y nombra agente residente y se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintinueve de noviembre del año dos mil seis.—Lic. María Cecilia Cuendis Badilla, Notaria.—1 vez.—Nº 92885.—(110626).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las diez horas con ocho minutos del día veintinueve de noviembre del año dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Miazina del Sur Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica las cláusulas segunda y sexta del pacto social, se remueve a la junta directiva y se nombra nueva junta directiva, se remueve el nombramiento del fiscal y se nombra nuevo fiscal, se crea la cláusula décimo primera del pacto social y nombra agente residente y se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintinueve de noviembre del año dos mil seis.—Lic. María Cecilia Cuendis Badilla, Notaria.—1 vez.—Nº 92886.—(110627).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las diez horas con trece minutos del día veintinueve de noviembre del año dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Quinta Cochise de Arizona Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica las cláusulas segunda y sexta del pacto social, se remueve a la junta directiva y se nombra nueva junta directiva, se remueve el nombramiento del fiscal y se nombra nuevo fiscal, se crea la cláusula décimo primera del pacto social y nombra agente residente y se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintinueve de noviembre del año dos mil seis.—Lic. María Cecilia Cuendis Badilla, Notaria.—1 vez.—Nº 92887.—(110628).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las diez horas con diecisiete minutos del día veintinueve de noviembre del año dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Villa Chokoloskee Bay Doce Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica las cláusula segunda y novena del pacto social, se remueve a la junta directiva y se nombra nueva junta directiva, se remueve el nombramiento del fiscal y se nombra nuevo fiscal, se revoca el nombramiento del agente residente y se nombra nuevo agente residente, y se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintinueve de noviembre del año dos mil seis.—Lic. María Cecilia Cuendis Badilla, Notaria.—1 vez.—Nº 92888.—(110629).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las diez horas con veintiséis minutos del día veintinueve de noviembre del año dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Villa Diamante de Braganza Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica la cláusulas segunda y sexta del pacto social, se remueve a la junta directiva y se nombra nueva junta directiva, se remueve el nombramiento del fiscal y se nombra nuevo fiscal, se crea la cláusula décimo segunda del social y se nombra nuevo agente residente, y se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintinueve de noviembre del año dos mil seis.—Lic. María Cecilia Cuendis Badilla, Notaria.—1 vez.—Nº 92889.—(110630).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las diez horas con treinta y dos minutos del día veintinueve de noviembre del año dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Villa Lighthouse Point Trece Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica las cláusulas segunda y novena del pacto social, se remueve a la junta directiva y se nombra nueva junta directiva, se remueve el nombramiento del fiscal y se nombra nuevo fiscal, se revoca el nombramiento del agente residente y se nombra nuevo agente residente, y se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintinueve de noviembre del año dos mil seis.—Lic. María Cecilia Cuendis Badilla, Notaria.—1 vez.—Nº 92890.—(110631).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita Notaria Pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las diez horas con treinta y ocho minutos del día veintinueve de noviembre del año dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Villa Mission Viejo Hills Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica las cláusulas segunda y novena del pacto social, se remueve a la junta directiva y se nombra nueva junta directiva, se remueve el nombramiento del fiscal y se nombra nuevo fiscal, se revoca el nombramiento del agente residente y se nombra nuevo agente residente, y se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintinueve de noviembre del año dos mil seis.—Lic. María Cecilia Cuendis Badilla, Notaria.—1 vez.—Nº 92891.—(110632).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las diez horas con cuarenta y cinco minutos del día veintinueve de noviembre del año dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Villa Mohave de Arizona Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica la cláusulas segunda y sexta del pacto social, se remueve a la junta directiva y se nombra nueva junta directiva, se remueve el nombramiento del fiscal y se nombra nuevo fiscal, se crea la cláusula décimo segunda del social y se nombra nuevo agente residente, y se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintinueve de noviembre del año dos mil seis.—Lic. María Cecilia Cuendis Badilla, Notaria.—1 vez.—Nº 92892.—(110633).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las diez horas con cincuenta y cuatro minutos del día veintinueve de noviembre del año dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Villa Newport Beach Ocho Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica las cláusulas segunda y novena del pacto social, se remueve a la junta directiva y se nombra nueva junta directiva, se remueve el nombramiento del fiscal y se nombra nuevo fiscal, se revoca el nombramiento del agente residente y se nombra nuevo agente residente, y se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintinueve de noviembre del año dos mil seis.—Lic. María Cecilia Cuendis Badilla, Notaria.—1 vez.—Nº 92893.—(110634).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las once horas con dieciséis minutos del día veintinueve de noviembre del año dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Villa Sugar Pine Point Veintiuno Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica las cláusulas segunda y novena del pacto social, se remueve a la junta directiva y se nombra nueva junta directiva, se remueve el nombramiento del fiscal y se nombra nuevo fiscal, se revoca el nombramiento del agente residente y se nombra nuevo agente residente, y se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintinueve de noviembre del año dos mil seis.—Lic. María Cecilia Cuendis Badilla, Notaria.—1 vez.—Nº 92894.—(110635).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las once horas con veintiún minutos del día veintinueve de noviembre del año dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Villa Surfside Beach Dieciséis Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica las cláusulas segunda y novena del pacto social, se remueve a la junta directiva y se nombra nueva junta directiva, se remueve el nombramiento del fiscal y se nombra nuevo fiscal, se revoca el nombramiento del agente residente y se nombra nuevo agente residente, y se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintinueve de noviembre del año dos mil seis.—Lic. María Cecilia Cuendis Badilla, Notaria.—1 vez.—Nº 92895.—(110636).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las once horas con treinta minutos del día veintinueve de noviembre del año dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Corporación Flor de la Palmera Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica las cláusulas segunda y sexta del pacto social, se remueve a la junta directiva y se nombra nueva junta directiva, se remueve el nombramiento del fiscal y se nombra nuevo fiscal, se crea la cláusula décimo segunda del pacto social y se nombra nuevo agente residente, y se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintinueve de noviembre del año dos mil seis.—Lic. María Cecilia Cuendis Badilla, Notaria.—1 vez.—Nº 92896.—(110637).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las once horas con treinta y seis minutos del día veintinueve de noviembre del año dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Cabinas Estrellas del Mar de Dominical Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica las cláusulas primera y sétima del pacto social, se remueve a la junta directiva y se nombra nueva junta directiva, se remueve el nombramiento del fiscal y se nombra nuevo fiscal, se revoca el nombramiento del agente residente y se nombra nuevo agente residente, y se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintinueve de noviembre del año dos mil seis.—Lic. María Cecilia Cuendis Badilla, Notaria.—1 vez.—Nº 92897.—(110638).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las once horas con cuarenta minutos del día veintinueve de noviembre del año dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Cabinas de las Olas de Playa Dominical Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica las cláusulas primera y sétima del pacto social, se remueve a la junta directiva y se nombra nueva junta directiva, se remueve el nombramiento del fiscal y se nombra nuevo fiscal, se revoca el nombramiento del agente residente y se nombra nuevo agente residente, y se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintinueve de noviembre del año dos mil seis.—Lic. María Cecilia Cuendis Badilla, Notaria.—1 vez.—Nº 92898.—(110639).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las once horas con cuarenta y seis minutos del día veintinueve de noviembre del año dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Hotelera Playa Dominical Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica las cláusulas primera y sétima del pacto social, se remueve a la junta directiva y se nombra nueva junta directiva, se remueve el nombramiento del fiscal y se nombra nuevo fiscal, se revoca el nombramiento del agente residente y se nombra nuevo agente residente, y se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintinueve de noviembre del año dos mil seis.—Lic. María Cecilia Cuendis Badilla, Notaria.—1 vez.—Nº 92899.—(110640).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las once horas con cincuenta y dos minutos del día veintinueve de noviembre del año dos mil seis, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Villa Fratta Todina Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica las cláusulas segunda y sexta del pacto social, se remueve a la junta directiva y se nombra nueva junta directiva, se remueve el nombramiento del fiscal y se nombra nuevo fiscal, se crea la cláusula décimo primera del pacto social y se nombra nuevo agente residente, y se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintinueve de noviembre del año dos mil seis.—Lic. María Cecilia Cuendis Badilla, Notaria.—1 vez.—Nº 92900.—(110641).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las quince horas con diez minutos del día veintiséis de octubre del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Villas Olivos Mágicos Sociedad Anónima, por medio de la cual se sustituye a los miembros de la junta directiva y se nombra nueva junta directiva, se crea la cláusula décimo primera, se nombra agente residente y se otorga un poder generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de Pérez Zeledón, cuatro de diciembre del año dos mil seis.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—Nº 92901.—(110642).
Por escritura número treinta y cuatro, del tomo tres, otorgada a las ocho horas del primero de noviembre del dos mil seis, ante esta notaría, se constituyó la sociedad Condominio Tres Las Orquídeas Sociedad Anónima. Domiciliada en San José. Presidente: Allan Pearsall Casafont Capital social: ¢50.000,00. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 1º de noviembre del 2006.—Lic. Juan E. Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—Nº 92904.—(110643).
Por escritura número treinta y cinco, del tomo tres, otorgada a las ocho horas treinta minutos del primero de noviembre del dos mil seis, ante esta notaría, se constituyó la sociedad San Agustín Cinco y Seis E Sociedad Anónima. Domiciliada en San José. Presidente: Allan Pearsall Casafont. Capital social: ¢50.000,00. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 1º de noviembre del 2006.—Lic. Juan E. Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—Nº 92905.—(110644).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo de Venesol de Nandayure Sociedad Anónima, a efecto de que los apoderados de la sociedad puedan actuar conjunta o separadamente.—Jicaral, Puntarenas, primero de diciembre del dos mil seis.—Lic. William Herrera Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 92908.—(110645).
Ante el notario público Lic. Evans Mauricio Ramos Sibaja, se constituyó la compañía La Santina de Covadonga Sociedad Anónima. Domiciliada en Santa Cruz, provincia de Guanacaste, del Almacén Jiménez y Chaverri setenta y cinco metros al norte. Presidente Agustín Rafael Serrano Caso, portador del pasaporte de España número A D seis cinco dos tres cinco cinco. Secretaria: María Dolores Velasco González, de nacionalidad española, mayor, casada una vez, empresaria, vecina de Gijón, Asturias, calle San Bernardo treinta y nueve-treinta y tres mil doscientos dos, España, portadora del pasaporte de España número A D seis cinco dos tres siete seis, quienes tienen la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo: noventa y nueve años.—Santa Cruz, Guanacaste, cuatro de diciembre del dos mil seis.—Lic. Evans Mauricio Ramos Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 92911.—(110646).
Hoy día he constituido sociedad cuya razón social es West Sussex Investments Sociedad Anónima, la cual tiene como domicilio en Desamparados, San José. Presidente de la junta directiva con representación judicial y extrajudicial, capital social cien mil colones.—Ciudad de Desamparados, San José, cuatro de diciembre del año dos mil seis.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—Nº 92913.—(110647).
En la notaría de Rosamira Cordero Méndez; se constituyó Constructora Iguana Rock S. A. Capital: cuarenta mil cotones. Domicilio: San Ramón de Alajuela, setenta y cinco metros oeste Escuela Laboratorio.—Alajuela, 5 de diciembre del 2006.—Lic. Rosamira Cordero Méndez, Notaria.—1 vez.—(110677).
En la notaría de Rosamira Cordero Méndez, se constituyó CCB Constructora Costa Bella S. A. Capital: cuarenta mil colones. Domicilio: San Ramón de Alajuela, setenta y cinco metros oeste Escuela Laboratorio.—San Ramón, Alajuela, 5 de diciembre de 2006.—Lic. Rosamira Cordero Méndez, Notaria.—1 vez.—(110679).
El sucrito notario avisa que mediante escritura número doscientos quince, del tomo cuarto de mi protocolo los señores Alexander Barrantes Rojas y Luis Diego Zamora Bolaños, constituyeron la sociedad denominada Buildings of the Future S. A., informes al teléfono 440-75 41. Es todo.—Alajuela, cinco de diciembre del dos mil seis.—Lic. Marco Porras Araya, Notario.—1 vez.—(110680).
El suscrito notario avisa que mediante escritura número doscientos quince, del tomo cuarto de mi protocolo los señores Ana Jensie Quesada Fallas y Lenín Rojas Salas, constituyeron la sociedad denominada Cristalum S. A. Informes al teléfono 440-7541.—Alajuela, cinco de diciembre del año dos mil seis.—Lic. Marco Porras Araya, Notario.—1 vez.—(110682).
Mediante escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las doce horas del cinco de diciembre del dos mil seis, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de Cubiertas Integrales AG Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-trescientos cuarenta y siete mil novecientos setenta y uno, celebrada en su domicilio social, el cuatro de diciembre del dos mil seis, mediante la cual se reformó la cláusula quinta del pacto social, aumentándose el capital social a una suma de doce millones trescientos mil colones; y se reforma la cláusula sexta del capital social.—San José, cinco de diciembre del dos mil seis.—Lic. Lucrecia Ortiz Goicoechea, Notaria.—1 vez.—(110683).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 24 de junio del 2006, se constituyó la sociedad Propiedades Nácar L y R Sociedad Anónima. Capital: 6.000 colones suscrito y pagado. Plazo: 99 años.—Heredia, 27 de noviembre del 2006.—Lic. María del Carmen Víquez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(110684).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del día 2 de diciembre del 2006, se constituyó la sociedad M y A Platino Sociedad Anónima. Capital: 6.000 colones suscrito y pagado. Plazo: 99 años.—Heredia, 5 de diciembre del 2006.—Lic. María del Carmen Víquez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(110685).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 1º de diciembre del 2006, se modificó cláusula octava del pacto constitutivo de la compañía Pacifish Sociedad Anónima.—San José, 1º de diciembre del 2006.—Lic. Max Barrientos Cordero, Notario.—1 vez.—(110690).
Por escritura otorgada ante mí, se ha constituido la firma One Blue Car Sociedad Anónima. Domiciliada en San José, Costa Rica. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: 10.000,00 colones. Presidente: George Schwarzenbach. Fecha de otorgamiento: 4 de diciembre del 2006. Lugar de otorgamiento: San José, Costa Rica.—Lic. Giovanni Bruno Guzmán, Notario.—1 vez.—(110692).
Por medio de escritura número 88, otorgada a las 14:00 horas del 5 de diciembre del 2006, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Irr Logistcs S. A., por medio de la cual se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, 5 de diciembre del 2006.—Lic. Eric Romero Jara, Notario.—1 vez.—(110694).
La Filial Palo Verde Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos veintinueve mil ochocientos noventa y tres, mediante acuerdo de asamblea general extraordinaria nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidenta: Shanna Zigan Ruegg, casada una vez, cédula de identidad número seis-dos nueve tres-ocho cuatro dos. Secretario: Manuel Sanabria Sáenz, casado dos veces, cédula de identidad número uno-ocho cinco cero-cero cero cinco. Tesorera: Lilliana Sáenz Ramírez, casada una vez, cédula de identidad número uno-cuatro siete uno-uno nueve cuatro. Fiscal: Linda Jean Ruegg, viuda de sus primeras nupcias, con cédula de Residencia de la República de Costa Rica número uno siete cinco-nueve dos ocho ocho nueve-nueve cinco ocho uno. Se modifica la cláusula segunda del pacto social, del domicilio social: será: en la provincia de Heredia, cantón Mercedes Norte, distrito Mercedes Norte, Barrio España del Palacio de los Deportes novecientos metros al norte Condominio Claretiano dos número treinta y cinco, pero podrá establecer agencias y sucursales dentro y fuera del país. Corresponde al presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente, conforme al artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil y podrán sustituir todo o en parte, reservándose o no sus facultades, revocar sustituciones y hacer otras de nuevo.—Heredia, veintisiete de noviembre del año dos mil seis.—Lic. Andrea María Arias Vargas, Notaria.—1 vez.—(110706).
Por escritura número trescientos noventa y seis, otorgada ante esta notaría el día de hoy, al ser las dieciséis horas se ha constituido la sociedad denominada Inversiones La Negrita Oromontana E.R.F. E. I. R. L., gerente es Édgar Enríquez Araya. Capital social: es de diez mil colones y el plazo es de noventa y nueve años. Domicilio: Miramar.—Puntarenas, cuatro de diciembre del dos mil seis.—Lic. Elia Martínez Alcócer, Notaria.—1 vez.—Nº 92915.—(110728).
Por escritura otorgada ante la notaria Andrea Fernández Bonilla, a las 12:00 horas del cuatro de diciembre del 2006, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Islas Pitiusas S. A., en donde se reformó las cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo y se nombró presidente, secretario, tesorero y fiscal.—Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 92916.—(110729).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas, se nombra nueva junta directiva y fiscal de la sociedad Asesorías Quiroprácticas Pozo Sociedad Anónima y se modifica la cláusula novena de pacto constitutivo. Domicilio: Cartago.—Cartago, 1º de diciembre del 2006.—Lic. Juan Carlos Carballo Zeuli, Notario.—1 vez.—Nº 92917.—(110730).
Ante mí, Carlos Alberto Valenciano Kamer, notario público con oficina en San José, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Villegas Araya de Liberia S. A. Capital social: un mil exactos. Plazo social: 99 años. Objeto: amplio. Representación: presidente. Escritura otorgada en San José, a las 10:00 horas del 4 de octubre del 2006.—San José, 24 de noviembre del 2006.—Lic. Carlos Valenciano Kamer, Notario.—1 vez.—Nº 92918.—(110731).
Mediante escritura otorgada ante mí, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la empresa Lindora Golf & Tennis Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y tres mil setecientos tres, mediante la cual se transforma y se modifica el artículo primero del pacto social; la sociedad se denominará Lindora Golf y Tenis Sociedad Anónima.—San José, cinco de diciembre del año dos mil seis.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—Nº 92920.—(110732).
Hoy protocolicé acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de Cremrica Sociedad Anónima, mediante los cuales se reforma la cláusula sexta de los estatutos y se nombra fiscal.—San José, 4 de diciembre del 2006.—Lic. Alberto Fernández López, Notario.—1 vez.—Nº 92922.—(110733).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 8 de noviembre del 2006, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Medical Marketing And Services Corporation S. A., en la cual se acuerda reformar la cláusula primera de los estatutos.—San José, 8 de noviembre del 2006.—Lic. Eduardo Benito González, Notario.—1 vez.—Nº 92923.—(110734).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 17:00 horas del día 27 de noviembre del año 2006, se constituyó la sociedad Electronic Car y Computarizados Sociedad Anónima. Domiciliada en provincia de San José, cantón Desamparados, distrito Damas, de la Cruz Roja, ciento veinticinco metros al norte. Capital social: 100.000 colones. Presidenta: Marta Widat Arauz Alfaro, cédula de identidad número 8-0058-0253.—San José, 5 de diciembre del año 2006.—Lic. Elizabeth Ángulo Gatjens, Notaria.—1 vez.—Nº 92924.—(110735).
Hoy he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Inversiones Kaven L.Y.R. Sociedad Anónima cédula de persona jurídica número: tres ciento uno-doscientos setenta y seis mil novecientos setenta, donde se modifica el pacto social en cuando a su cláusula tercera (objeto).—San José, 16 de noviembre del 2006.—Lic. Arturo Medrano Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 92926.—(110736).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 30 de noviembre del 2006, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Estación Tropical La Gamba S. A. Se reforma cláusula tercera de los estatutos.—San José, 30 de noviembre del 2006.—Lic. Allan Hernández Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 92928.—(110737).
Por escritura otorgada, a las 12:30 horas del 29 de noviembre del 2006, protocolicé acuerdos de la empresa Taurus Entertainment S. A., en donde cambia razón social a PMG Manager S. A.—San José, 4 de diciembre del 2006.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 92929.—(110738).
Estrella Chávez Arce y Carlos Arturo Pérez Chávez, constituyen la empresa mercantil denominada Inversiones Carbet Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 17 horas con 30 minutos del día 23 de noviembre del dos mil seis.—Lic. Jimmy Monge Sandí, Notario.—1 vez.—Nº 92930.—(110739).
Estrella Chávez Arce y Carlos Arturo Pérez Chávez constituyen la empresa mercantil denominada Bar y Restaurante Mi Taberna Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 17:00 horas del día 23 de noviembre del año 2006.—Lic. Jimmy Monge Sandí, Notario.—1 vez.—Nº 92931.—(110740).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del ocho de noviembre del dos mil seis, se nombró junta directiva y se nombra agente residente de la sociedad Parasoles del Mar Sociedad de Responsabilidad Limitada titular de la cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos setenta y dos mil novecientos cuarenta y siete.—San José, primero de diciembre del dos mil seis.—Lic. Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, Notario.—1 vez.—Nº 92932.—(110741).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas treinta minutos del treinta de noviembre del dos mil seis, se reformó la cláusula segunda y sétima de los estatutos de la sociedad Santa Luisa Madrileña SLMAD S. A.—San José, cuatro de diciembre del dos mil seis.—Lic. Ana Elena Castillo Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92933.—(110742).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas, treinta minutos del primero de diciembre del dos mil seis, se reformó las cláusulas segunda y sexta de los estatutos de la sociedad Walks on the Moonlight S. A.—San José, cuatro de diciembre del dos mil seis.—Lic. Ana Elena Castillo Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92934.—(110743).
Por escritura pública número doscientos once-ocho se protocoliza el acta número uno del libro de actas de asambleas generales número uno de la sociedad Grupo de Comunicación y Mercadeo del Norte Grupcomn S. A., en la cual se nombra nuevo secretario de la junta directiva, así como agente residente. Se reforma igualmente la cláusula segunda de su estatuto constitutivo, referente al domicilio social.—Ciudad Quesada, San Carlos, 17 de noviembre del 2006.—Lic. Sandra Saborío Artavia, Notaria.—1 vez.—Nº 92937.—(110744).
Mediante escritura autorizada por mí, a las once horas treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos mil seis, se constituyó la sociedad Inversiones Olives de Pontevedra Limitada con un capital social de treinta mil colones.—San José, cuatro de diciembre del dos mil seis.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 92939.—(110745).
Mediante escritura número ochenta y nueve con fecha de las nueve horas del once de noviembre del dos mil seis. Otorgada ante el notario Wiston Morales Mayorga, Martha Emilia Marín Rodríguez, Carolina de la Trinidad Umaña Marín y Gilberth Rónald Umaña Marín vienen a constituir Inversiones Umarin Sociedad Anónima como nombre de fantasía. Presidenta: Martha Emilia Marín Rodríguez.—Lic. Wiston Morales Mayorga, Notario.—1 vez.—Nº 92940.—(110746).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada P. & J. Alberta Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio en San Juan de San Ramón. Plazo: noventa años. Capital social: cien mil colones. Fecha de constitución: cuatro de diciembre del dos mil seis.—Lic. Ana Luz Villalobos Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 92942.—(110747).
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Se hace saber al señor: I.- José Joaquín Jiménez Díaz, cédula Nº 1-622-68, como parte interesada dentro de estas diligencias y actor en el proceso Ejecutivo Simple Nº 99-127-197-CI del Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, inscrito bajo el tomo 472, asiento 5175. A quien en virtud de que esta oficina desconoce su domicilio, así como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, se les comunica por este medio, que la Dirección del Registro Público de la Propiedad Inmueble ha iniciado Diligencias Administrativas oficiosas para investigar la posible doble inmatriculación que afecta las fincas del partido de San José, matrículas 85981 y 85981 B. Por lo anterior y con el objeto de cumplir con el debido proceso se le confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presente los alegatos que a sus derechos convenga. E igualmente se le previene que dentro de dicho término a partir de la publicación del presente edicto, debe señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, para escuchar futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 96 y concordantes del Reglamento del Registro Público de la Propiedad Inmueble, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J de 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo del mismo año. (Ref. expediente Nº 385-2006).—Curridabat, 17 de noviembre del 2006.—Lic. Wálter Méndez Vargas, Subdirector.—(Solicitud Nº 39158).—C-31370.—(110292).
Se hace saber a quien interese, que en Diligencias Administrativas originadas por escrito presentado a esta Dirección a las 11:30 horas del día 13 de julio de 2006, el cual se levantó a efecto de investigar la posible sobreposición de planos que afecta las fincas del partido de Limón matrículas 43387 y 107971, dentro del expediente administrativo Nº 217-2006, en el cual se dictó la resolución final, en Curridabat, a las 14:05 horas del 15 de noviembre del 2006, cuyo por tanto literalmente dice: “I.- Ordenar la inmovilización de las fincas del partido de Limón, matrículas cuarenta y tres mil trescientos ochenta y siete (43387) y ciento siete mil novecientos setenta y uno (107971), de conformidad con lo que al efecto indica el artículo 88 del reglamento del Registro Público, inmovilización que se mantendrá hasta tanto una autoridad judicial haya conocido de la subsanación de la inexactitud registral que dio origen a estas diligencias y ordene el levantamiento de la referida inmovilización, o que los propietarios registrales de las fincas del partido de Limón, matrículas 43387 y 107971, comparezcan a otorgar escritura pública, cuyo testimonio sea presentado ante este Registro, de conformidad con el artículo 450 del Código Civil, mediante el cual se cancele alguna de las dos fincas duplicadas y sobrepuestas. Tal documento deberá ser sometido al control de legalidad de rigor por el Registrador que corresponda, para así proceder, previa solicitud de autorización, a la corrección del error y a la cancelación de las notas de advertencia e inmovilización. II.- Para practicar la inmovilización se comisiona al Departamento de Asesoría Jurídica Registral en la persona de la Lic. Kattia Meza Brenes o en su ausencia, a cualquiera de los otros asesores de ese Departamento. III.- Enviar copia de esta resolución a la Dirección del Catastro Nacional para que tome las medidas pertinentes al caso de conformidad con su competencia. Notifíquese. Publíquese el edicto de estilo. (Referencia expediente Nº 217-2006).—Curridabat, 15 de noviembre del 2006.—Wálter Méndez Vargas, Director.—1 vez.—(Solicitud Nº 39165).—C-13770.—(110293).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se hace saber a: I.-Lisímaco Rojas Sandoval, cédula Nº 5-088-484 como propietario de la finca del partido de Alajuela, matrícula Nº 289077. A quien a pesar de habérsele notificado a la dirección indicada en los correspondientes documentos, esta Oficina no cuenta con el respectivo “acuse de recibo”, así como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, se les comunica, que la Dirección del Registro Público de la Propiedad Inmueble ha iniciado Diligencias Administrativas que afectan las fincas del partido de Alajuela, matrículas 286424 y 289077, originadas por escrito suscrito por Luis Alberto Chavarría Loría a efecto de investigar la posible doble inmatriculación que involucra los referidos inmuebles. En virtud de lo anterior, con el objeto de cumplir con el debido proceso se le confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presente los alegatos que a sus derechos convengan. E igualmente se le previene que dentro de dicho término a partir de la publicación del presente edicto, debe señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 96 y concordantes del Reglamento del Registro Público de la Propiedad Inmueble, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta Nº 54 del 8 de marzo del mismo año. (Ref. expediente Nº 266-2006).—Curridabat, 10 de noviembre del 2006.—Lic. Arturo Ortiz Castro, Subdirector.—(Solicitud Nº 39166).—C-31370.—(110291).
Se hace saber a: I.- Róger Fernando Gómez Herrera, cédula Nº 6-167-077, en su condición de propietario de la finca del partido de Heredia, matrícula 132477. A quien a pesar de habérsele notificado a la dirección indicada en los correspondientes documentos, esta Oficina no cuenta con el respectivo “acuse de recibo”, así como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, se les comunica, que la Dirección del Registro Público de la Propiedad Inmueble ha iniciado Diligencias Administrativas que afectan las fincas del partido de Puntarenas, matrículas 132477 y 134229. En virtud de lo anterior, con el objeto de cumplir con el debido proceso se le confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presente los alegatos que a sus derechos convengan. E igualmente se le previene que dentro de dicho término a partir de la publicación del presente edicto, debe señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 96 y concordantes del Reglamento del Registro Público de la Propiedad Inmueble, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998. Publicado en La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo del mismo año. (Ref. Expediente Nº 275-2006).—Curridabat, 15 de noviembre del 2006.—Lic. Wálter Méndez Vargas, Director.—(Solicitud Nº 39157).—C-28070.—(110294).
Se hace saber a los posibles representantes de la sociedad de esta plaza Fincas Aguas Claras Hermanos Madrigal S. A., cédula jurídica Nº 3-101-170156, y a quien interese, que en diligencias administrativas que se llevan en este Despacho, en expediente Nº 170-2005, en lo que interesa dice: “...Gestión administrativa de oficio, iniciada según escrito presentado ante esta Dirección por el Lic. Carlos Gerardo Monge Carvajal - Registrador 365-, mediante el cual conoce este Despacho de la doble inmatriculación que involucra los inmuebles del partido de Limón, Nos. 78668 y 82212, según el plano catastrado Nº L-362213-1996...”. Posteriormente por resolución de las 15:39 horas del 6 de diciembre del 2005, se concedió audiencias a todas las partes interesadas y considerando que: Oficina de Correos de Costa Rica devolvió a esta Oficina el correo certificado Nº RR119691107CR, dirigido al señor Guido Efraín Madrigal Jiménez, representante de la sociedad de esta plaza Fincas Aguas Claras Hermanos Madrigal S. A., con la constancia en el sobre de un sello que indica que el destinatario es desconocido en la dirección señalada; y el certificado RR123040147CR, dirigido al Lic. Adrián Quirós Carmona, agente residente de la sociedad de esta placa Finca Aguas Claras Hermanos Madrigal S. A., con la constancia en el sobre de un sello que indica que el destinatario falleció. De todo lo anterior con el objeto de cumplir con el debido proceso: Se le confiere audiencia a dichas personas por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la tercera y última publicación del presente edicto en el Diario Oficial La Gaceta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 del Reglamento del Registro Público que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J; publicado en La Gaceta Nº 54 del 18-3-98 y el artículo 241.4 de la Ley General de la Administración Pública; a efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a su derecho convengan y se les previene, que dentro del término establecido para la audiencia, deben señalar número de fax; apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, en donde oír futuras notificaciones de este Despacho conforme en lo dispuesto en los artículos 93, 94 y 98 del citado Reglamento; en concordancia con el numeral 3 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, Ley Nº 7637, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto, o ya no existiere, las resoluciones se tendrán por notificadas en 24 horas después de dictadas. (Artículos 99 del Reglamento de la materia y 12 de la citada Ley Nº 7637, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil...” (Ref. expediente Nº 170-2005).—Curridabat, 8 de noviembre del 2006.—Lic. Arturo Ortiz Castro, Subdirector.—(Solicitud Nº 39167).—C-57770.—(110295).
SUCURSAL DE GARABITO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Caja Costarricense de Seguro Social Sucursal de Garabito, Centro Comercial Plaza Jacó, detrás de Pizza Hut. En virtud de no haberse podido notificar administrativamente al patrono Vargas Morales William, número patronal 0-00203180324-001-001, por este medio se le pone en conocimiento la deuda pendiente ante la Caja Costarricense de Seguro Social por la suma de ¢60.387.00, correspondiente a planillas ordinarias de agosto del 2004.
Garabito, 30 de noviembre del 2006.—Roberto Guevara Castillo, Administrativo.—(109669).
Caja Costarricense de Seguro Social, Sucursal de Garabito, Centro Comercial Plaza Jacó, detrás de Pizza Hut. En virtud de no haberse podido notificar administrativamente al patrono Karambas Boulevard S. A., número patronal 2-03101318070-001-001, por este medio se le pone en conocimiento la deuda pendiente ante la Caja Costarricense de Seguro Social por la suma de ¢30.421,00, correspondiente a planilla ordinaria de junio 2006.
Garabito,
8 de noviembre del 2006.—Roberto Guevara Castillo,
Administrativo.—(109670).
Caja Costarricense de Seguro Social Sucursal de Garabito Centro Comercial Plaza Jacó, detrás de Pizza Hut. En virtud de no haberse podido notificar administrativamente al patrono Tropical Tree Net S. A., número patronal 2-03101395432-001-001, por este medio se le pone en conocimiento la deuda pendiente ante la Caja Costarricense de Seguro Social por la suma de ¢32.451,00, correspondiente a planillas ordinarias de junio del 2006.
Garabito,
16 de noviembre del 2006.—Roberto Guevara Castillo,
Administrativo.—(109671).
Caja Costarricense de Seguro Social Sucursal de Garabito Centro Comercial Plaza Jacó, detrás de Pizza Hut. En virtud de no haberse podido notificar administrativamente al patrono Alexander Calderón Zúñiga, número patronal 0-00110220866-001-001, por este medio se le pone en conocimiento la deuda pendiente ante la Caja Costarricense de Seguro Social por la suma de ¢73.794,00 correspondiente a planillas ordinarias de abril y mayo del 2006.
Garabito,
16 de noviembre del 2006.—Roberto Guevara Castillo,
Administrativo.—(109672).
Caja Costarricense de Seguro Social Sucursal de Garabito Centro Comercial Plaza Jacó, detrás de Pizza Hut. En virtud de no haberse podido notificar administrativamente al patrono Christopher Dav Johnson no indica otro, número patronal 7-00016226715-001-001, por este medio se le pone en conocimiento la deuda pendiente ante la Caja Costarricense de Seguro Social por la suma de ¢76.046,00, correspondiente a planillas ordinarias de junio y julio del 2006.
Garabito,
8 de noviembre del 2006.—Roberto Guevara Castillo,
Administrativo.—(109673).
SUCURSAL DE PACAYAS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
La suscrita Administradora de la Sucursal de Pacayas,
Caja Costarricense de Seguro Social, mediante el presente edicto y por no haber
sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la
siguiente notificación por publicación a los patronos incluidos en el cuadro
que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de
Administración Pública. En el cuadro, se indica el número patronal, nombre de
la razón social y monto de la deuda al 30 de noviembre del 2006. La Institución
le concede 5 días hábiles, para que se presenten a normalizar su situación,
caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio
a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los
períodos notificados anteriormente que ya poseen firmeza en Sede Administrativa
por tanto; en caso de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a
efectos de referencia de la deuda.
Monto
Razón social N°
Patronal adeudado
¢
2-03004045071(con
segregados
Cooperativa Agrícola e Industrial 001-001; 009-001; 005-001;
de Tierra
Blanca de Cartago 006-001
y 007-001) 17.415.847,00
Casacolor S. A. 2-03101093367-002-001 5.538.765,00
Cooperativa de Ahorro y Crédito
Refraccionario del Distrito de Cot 2-03004045307-001-001 546.463,00
Total 23.501.075,00
Lic. Evelyn Brenes
Molina.—Nº 92425.—(110004).
CENTRO PARA LA INSTRUCCIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS CIPA
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
“Procedimiento de Responsabilidad Disciplinaria.
Contra: Lic. Alfonso Blanco Artavia. Expediente Nº O28-06 Centro para la
Instrucción de Procedimientos Administrativos (CIPA), Caja Costarricense de Seguro
Social. San José, al ser las quince horas con treinta minutos del quince de
agosto del dos mil seis. Resolución inicial de traslado de cargos. En atención
a lo solicitado por la Gerencia Médica en oficios 14855, de cinco de abril del
2006, y 29665, de veinticuatro de julio último pasado (ver folios 001 y 245);
así como lo dispuesto por la Lic. Maritza Cantillo Quirós, como Directora a.í.
del Centro para la Instrucción de Procedimientos Administrativos (CIPA), en
oficio número CIPA-406-06 -ver folio 023-, que constituye Órgano Director
designado a la Lic. Jeanina Rodríguez Soto, para que inicie el Procedimiento
Administrativo Disciplinario en contra del funcionario Lic. Alfonso Blanco
Artavia, cuyas calidades se dirán infra, de conformidad con los hechos que a
continuación se exponen. Hechos. En virtud de lo anterior y de conformidad con
la prueba que luego se indicará se tienen por enlistados los siguientes hechos,
en grado de probabilidad: Primero: Que conforme al Informe de Auditoría
Operacional número AO-073-R-2006, del veintitrés de marzo del dos mil seis, el
Lic. Alfonso Blanco Artavia, es funcionario de la Institución, el cual labora
como Administrador de la Clínica Dr. Carlos Durán Cartín. Segundo: Que conforme
al Informe de Auditoría ya citado, mediante los oficios DMCCD 144-05 y
AD.CCDC-223-05 del dos y el quince de febrero del dos mil cinco,
respectivamente el Lic. Esteban Arguedas Ruiz y el Lic. Alfonso Blanco Artavia,
aquí investigado, en sus conceptos el primero como Administrador a.í. y el segundo
como Administrador de la Clínica Dr. Carlos Durán, le remiten a la Contraloría
General de la República, justificación para solicitar la autorización de
iniciar contratación directa por los servicios de aseo en esa Clínica,
implementándose el procedimiento de compra CD-2005-089. (ver
respectivamente los folios 088 y 089 del expediente). Tercero: Que conforme al
Informe de Auditoría supra indicado, la Contraloría General de la República,
mediante su oficio número 01995 (DAGJ-0422-2005), de fecha dieciocho de febrero
de del dos mil cinco, autorizó contratar los servicios de aseo para la Clínica
Dr. Carlos Durán Cartín, señalando claramente en el punto tercero de las
“Condiciones en que se autoriza” “(...) 3. Dicha autorización tiene un plazo
de doce meses y por un costo de ¢30.000.000,00; tiempo suficiente para que el
Departamento de Adquisiciones, concluya con la licitación que va a iniciar.
Asimismo, se deja bajo la absoluta y exclusiva responsabilidad de esa
Administración la racionabilidad del precio por contratar. (...)” (la
cursiva no es del original, ver folio 091 del expediente). Asimismo, con fecha
cinco de abril del dos mil cinco, la Dra. Cristina Vásquez Evangelisti, en su
concepto de Directora a.i. de la Clínica Dr. Carlos Durán Cartín, una vez
realizado el procedimiento de Compra Directa número CCDC-2005-089, para la
“Contratación de servicios de aseo y limpieza para dicha Clínica”, de las tres
ofertas existentes, le adjudicó ese Concurso a la empresa FACER de San José S.
A., “(...) por un monto mensual de dos millones trescientos quince mil
colones 00/100 por mes (¢2.315.000,00) y anual de veintisiete millones
setecientos ochenta mil colones 00/100 (¢27.780.000,00) (...)” (la cursiva
no es del original ver folio 131 del expediente). Para lo cual, según lo indica
en su certificación la Dra. Flory Jiménez Soto, mediante oficio número
CCDC-DM-368-05 de fecha ocho de marzo del dos mil cinco, en su condición de
Directora a.í. de la Clínica Carlos Durán Cartín, “(...) el trámite de
Licitación para la Contratación de Servicios de Limpieza y Edificios para la
Unidad Ejecutora 2314, Actividad 008, servicio 840, se han reservado los fondos
y están disponibles por la suma de ¢30.000.000.00 (Treinta Millones de colones
exactos), disponibles en la partida presupuestaria 2191 Contratación de
Servicios de Limpieza, para cubrir el año 2005 (...)” -la cursiva no es del
original-. ( ver folio 136 del expediente). Cuarto:
Menciona la Auditoría en su informe, que el Área de Adquisiciones de la
Institución, publicó en La Gaceta número 55, de fecha dieciocho de marzo
del dos mil cinco, la invitación para la recepción de ofertas de la Licitación
por Registro Lx R-2005-015, para la adquisición del servicio de aseo de la
Clínica Carlos Durán, (ver folio 105 del expediente) siendo que la recepción de
las mismas se estipuló para el veinte de abril del dos mil cinco. De tal forma
que mediante el oficio número DRM / 1317/ 2005 del veintisiete de julio del dos
mil cinco, el Lic. William Vargas Chaves, Director a.í., de Recursos Materiales
de la Gerencia División de Operaciones, le adjudica dicha Licitación a la
“Asociación de Salud Integral del Cantón Vázquez de Coronado” por la suma de
¢2.595.000,00 (dos millones quinientos noventa y cinco mil colones, mensual)
para un total anual de ¢31.140.000,00 (treinta y un millones ciento cuarenta
mil colones anuales) –ver en este sentido el folio 118 del expediente-,
apuntando además la Auditoría Interna en su informe de marras, que el contrato
número 321-2005, de fecha veintisiete de febrero del dos mil seis, se le remite
a la Contraloría General de la República, para su respectivo refrendo. Quinto:
Que conforme al Informe de Auditoría supra indicado, con ocasión de la
adjudicación de la Compra Directa número CCDC-2005-089, a la empresa FACER de
San José S. A., según se señaló en el “Hecho Tercero”; la Lic. Ileana Badilla
Chaves, abogada de la Dirección Jurídica de la Institución, mediante su oficio
D.J.1785-2005, de fecha veintidós de abril del dos mil cinco, en el documento
denominado “Observaciones al Contrato Nº 002-2005 de la Compra Directa Nº
2005-089-CCDC para la Contratación de Servicios de Aseo y Limpieza para la
Clínica Dr. Carlos Durán Cartín” en lo conducente en el punto 10, indica: “(...)
Se echa de menos el estudio de razonabilidad de precios (...)”. -la cursiva
no es del original- (ver folio 037 del expediente). De tal forma que en
respuesta, el Lic. Blanco Artavia, en su condición dicha, emite el documento
“Razonabilidad de Precios“ mediante el cual en lo conducente indica: “(...)
Tomando en consideración que lo cobrado por la empresa FACER S. A., fue dos
millones trescientos quince mil colones 00/100 (¢2.315.000,00), y según los
cálculos preliminares efectuados por el suscrito, el monto de inversión debe de
ser una suma cercana a los dos millones cuatrocientos cincuenta y seis mil
colones ochocientos cincuenta y cinco colones (¢2.456.855,00), por lo que se
considera que lo cobrado por la empresa FACER S. A. se encuentra dentro de los
límites normales no obstante deberá el Departamento de costos (sic)
Industriales definir al respecto de la ruinosidad de la oferta presenta por la
empresa FACER S. A. (...)”-la cursiva no es del original-(ver folio 215 y
216 del expediente). Siendo además que mediante el oficio AD.CCDC-784–05, de fecha
nueve de agosto del dos mil cinco, el Lic. Blanco Artavia, en su concepto de
Administrador de la citada Clínica, le remite a la Lic. Ileana Badilla Chaves,
la: “(...) Subsanación a Observaciones Compra Directa 2005-089 y a contrato
002-2005 Contratación Servicios Profesionales de Aseo, para la Cl.(sic.) Dr. Carlos Durán Cartín... Adjunto racionalidad de
precios efectuado por la Administración.(...)” -la cursiva no es del
original-( ver folio 219, 220 y 221 del expediente) por lo que la Dirección
Jurídica, en razón de lo anterior, mediante el oficio D.J. 4663-2005, del cinco
de setiembre del dos mil cinco, le indica en lo conducente a la Administración
de la Clínica Dr. Carlos Duran Cartín, “(...) El estudio de razonabilidad de
precios debe ser concluyente ya sea que lo realice la Administración o el
Departamento de costos Industriales a solicitud de esta (...)”-la cursiva
no es del original-(ver folio 223 del expediente). Asimismo el Lic. Blanco
Artavia mediante el “Acta Administrativa” sin fecha señala que el “Estudio de
Razonabilidad de Precios”, es “concluyente” (ver folio 224 del expediente); por
lo que la Lic. Badilla Chaves, en su concepto indicado, mediante su oficio
D.J.-5101-2005 de fecha veintinueve de setiembre del dos mil cinco, le apunta
en lo conducente que : “(...) Al indicarse que el
estudio de razonabilidad de precios debe ser concluyente nos referimos a que se
debe concluir si los precios son ruinosos, excesivos o razonables. Dado que en
su oficio de folio 359 se indica que esa labor la debe realizar Costos
Industriales y por ser el órgano técnico en esa materia de la institución (sic)
se deberá remitir el expediente a esa instancia para que se analice la
razonabilidad de los precios (...)”. -la cursiva no es del original- (ver
folio 225 del expediente). De tal forma que finalmente, el once de noviembre
del dos mil cinco, es decir siete meses después de haberse adjudicado la Compra
Directa número CCDC-2005-089, a la empresa FACER de San José S.A., el Lic.
Blanco Artavia mediante el oficio AD.CCDC-2150-05, de fecha dos de noviembre
del año dos mil cinco, solicita al Lic. Didier Retana, Jefe Departamento de
Costos Industriales, determinar la razonabilidad de los precios ofertados por
la empresa Facer de San José, para la CD-2005-089, (ver folio 226 del
expediente) por lo que la Lic. Azyhadee Picado Vidaurre, en su concepto de Jefe
a.c del Departamento de Contabilidad de Costos de la Caja Costarricense de
Seguro Social, emite el oficio DCC-2183-2005, del dieciocho de noviembre del
dos mil cinco, “Análisis de Precios de la compra Directa 2005-089” indicando en
lo conducente: “(...) Las ofertas de las empresas Servicios de Vigilancia y
Limpieza Privada Meba S. A., y Facer de San José S. A. se consideran ruinosas,
por cuanto el impacto de la diferencia entre la mano de obra cotizada y la
estimación mínima realizada en el presente concurso, dejaría con pérdidas a las
empresas de ¢75.684,67 y ¢106.866,91 respectivamente por mes, si la oferta
total y otros costos permanecen invariables .(...)” -la cursiva no es del
original- (ver folios 227 y 228). Razón por la cual mediante el oficio
AD.CCDC-174-06 del treinta y uno de enero del dos mil seis, el Lic. Blanco
Artavia, le consulta a la Dirección Jurídica de la Institución, la posibilidad
de dejar sin efecto la citada Compra Directa indicando “(...) problemas de
comunicación con la empresa adjudicataria (...)” -la cursiva no es del
original -(ver folio 236 del expediente) y encontrándose el proceso Licitatorio
por Registro LxR 2005-015, indicado en el “ Hecho Cuarto”, a punto de
finalizar, según se lo indica a las licenciadas Ileana Badilla Chaves y Kathia
Cordero, del Área de Contratación Administrativa de la Dirección Jurídica, las
cuales en respuesta a su consulta le remiten el oficio D.J-798-2006 del veintidós
de febrero del año en curso, indicando en lo conducente: “(...) Que la
Licitación por Registro Nº 2005-015, se encuentra en la etapa de refrendo,
según se manifiesta en su consulta, por lo que la figura ideal para dejar sin
efecto la relación contractual, lo es la rescisión contractual de conformidad
con lo previsto en el artículo 13.3 del Reglamento General de Contratación
Administrativa, por lo que la Administración deberá procurar la comunicación
con el contratista, según los lugares indicados en la oferta. De no ser
factible, bien podría la Administración realizar el procedimiento de rescisión
fundamentado en motivos de interés público por cuanto la compra directa ya no
es oportuna ni actual, para lo cual se deberá demostrar en el expediente los estudios
que acrediten fehacientemente las causales de rescisión, de conformidad con lo
establecido en el artículo 13.3 del Reglamento General de Contratación
Administrativa y considerar lo dispuesto en el inciso 6 del mismo numeral.
(...)” -la cursiva no es del original- (ver del 237 al 239 del expediente).
Sexto: Apunta la Auditoría Interna en su informe de marras que el Lic. Alfonso
Blanco Artavia, contrató en los periodos comprendidos entre enero a diciembre
del dos mil cinco, y enero y febrero de dos mil seis, a la empresa Mutiasa S.
A., para realizar los servicios de aseo y limpieza en la Clínica Dr. Carlos
Durán Cartín, mientras se desarrollaba la Compra Directa número CCDC-2005-089,
y la Licitación por Registro Lx R-2005-015, citadas en los “Hechos Tercero y
Cuarto” respectivamente; sin haber realizado el procedimiento de contratación
administrativa correspondiente. De tal forma según dicho Auditoría, que para la
contratación de esta empresa, no se constata la tramitación de un procedimiento
de contratación ni la conformación de un expediente, en el cual se contuviera
debidamente documentado; “(...) el cumplimiento de los requisitos previos
(previsión de verificación, justificación, contenido presupuestario), tampoco
se observa la emisión de resolución de prescindencia de los procedimientos
ordinarios, según lo dispone el numeral 75 y siguientes del Reglamento de
Contratación Administrativa. (...)” -la cursiva no es del original- (ver
folio 021 del expediente). Sétimo: En el Informe de comentario, se alude por
parte de la Auditoría Interna que la Clínica Dr. Carlos Durán Cartín, “...pagó
a Mutiasa S. A., sin mediar contrato originado en un procedimiento de
contratación administrativo, la suma de ¢29.630.605,40 (Veinte (sic) nueve
millones, seiscientos treinta mil, seiscientos cinco colones 40/00), por la
prestación de servicios de aseo mientras se resolvía la compra directa
CD-2005-089...”. Señala además, que: “...se evidencia una situación al margen
del ordenamiento jurídico en materia de contratación administrativa, al
efectuar la administración activa acciones para la adquisición de servicios,
sin documentar su apego a las disposiciones normativas establecidas en la Ley
de Contratación Administrativa y su Reglamento, lo cual también representa una
seria debilidad del sistema de control interno....”-la cursiva no es del
original- (ver folio 046). Imputación de hechos y conductas. Conforme a
los hechos supra indicados, se le atribuye en grado de probabilidad al
Investigado Lic. Alfonso Blanco Artavia: a)- Se le imputa, no haber solicitado
de previo al acto de adjudicación, de la Compra Directa CCDC-2005-089, un
estudio técnico suficiente por parte de un órgano competente, que permitiera
determinar la razonabilidad del precio ofertado por la empresa FACER de San
José, siendo que la Dirección de la Clínica Dr. Carlos Durán Cartín hizo la
adjudicación de dicha Compra Directa; siendo que posteriormente de conformidad
con el criterio emitido por la Dirección de Contabilidad de Costos de la
Institución, se determinó que la propuesta económica de la empresa FACER de San
José S. A., era ruinosa, incumpliéndose ante tal situación con el
condicionamiento tres emitido por la Contraloría General de la República, en su
oficio Nº 01995 (DAGJ-0422-2005), según se esbozó en los Hechos Tercero y
Quinto. b)- No haber realizado las gestiones necesarias para que el
procedimiento de Licitación por Registro LxR 2005-015 concluyera de forma
eficiente y oportuna, sino todo lo contrario decidió presuntamente de manera
irregular, contratar los servicios de la empresa Mulitaza S. A., por un plazo
de doce meses y por un monto de ¢29.630.605,40 (veintinueve millones
seiscientos treinta mil seiscientos cinco colones con cuarenta céntimos),
mientras se resolvía la Compra Directa CD-2005-089, sin que se evidencie que se
haya promovido un procedimiento de contratación conforme a la Ley de
Contratación Administrativa, y su respectivo Reglamento, omitiéndose
confeccionar un expediente que cumpliera con los requisitos previos (previsión
de verificación, justificación y contenido presupuestario) y la emisión de la
resolución de prescindencia de los procedimientos ordinarios. Fundamento
Legal. Este Procedimiento Administrativo de Responsabilidad Disciplinaria
establecido en contra del investigado Lic. Alfonso Blanco Artavia, encuentra en
general su fundamento; en los artículos 211, 214 y 308, siguientes y
concordantes de la Ley General de la Administración Pública; los artículos 1,
4, 7 y 8 de la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento; los artículos
9, 9.1, 9.2, 9.3, el 56. 3, 56.3.2, 56.3.5, 56.4, 56.6, 75. 2, y 75.3 del
Reglamento General de la Contratación Administrativa; los artículos 48, y 50
del Reglamento Interior de Trabajo de la Caja Costarricense de Seguro Social; y
los numerales 9, 11 y 15 del Código de Ética del Servidor de la Caja
Costarricense de Seguro Social. Prueba.- Como medios probatorios que
sirven de base a esta investigación se tienen los siguientes: Documental: 1.-
Copia certificada del Informe de Auditoría Operacional Nº AO-073–R2006, del
veintitrés de marzo de 2006 (ver del folio 30 al 48 del expediente) 2.- Copias
certificadas de los oficios DMCCD144-05 y AD.CCDC- 223-05 del dos y el cinco de
febrero del dos mil cinco. (ver respectivamente los
folios 088 y 089 del expediente) 3.- Copia certificada del oficio número 01995
(DAGJ-0422-2005) del 18 de febrero de 2005, emitido por la Contraloría General
de la República (ver folio 091 del expediente). 4.- Solicitud de Mercadería
para consumo Nº 28-0557206 F, fechada 10 de marzo del 2006. 5.- Justificación
para compra de servicios continuos de aseo para la Clínica Dr. Carlos Durán
Cartín, fechada 10 de marzo del 2005, suscrita por el Lic. Alfonso Blanco
Artavia. (ver folios 210 y 211). 6.- Copia certificada
del documento “Adjudicación Compra Directa CCDC- 2005-089, servicios
profesionales de aseo para la clínica Dr. Carlos Durán Cartín”, de fecha 5 de
abril de 2005, emitido por la Dra. Cristina Vázquez Evangelisti. (ver folio 131 y 212 del expediente). 7.- Copia certificada
del oficio número CCDC-DM-368-05 del 8 de marzo de 2005, emitido por la Dra.
Flory Jiménez Soto, en y en su concepto de Directora Médica a.í. de la Clínica
Carlos Durán Cartín (ver folio 136 del expediente). 8.- Copia certificada de la
publicación en La Gaceta número 55, de la invitación para recepción de
ofertas para la Licitación por registro Lx R-2005-015, para la adquisición del
servicio de aseo para la Clínica Carlos Durán (ver folio 105 del expediente).
9.- Copia certificada del oficio número DRM / 1317/ 2005 del 27 de julio de
2005, emitido por el Lic. William Vargas Chaves en su concepto de Director
a.í., de Recursos Materiales. (ver folios 117 y 118
del expediente) 10.- Copia certificada del oficio D. J. 1785 – 2005 , de fecha
22 de abril del 2005, realizado por la Lic. Ileana Badilla Chaves, abogada de
la Dirección Jurídica de la Institución. (ver folios
213 y 214 del expediente)11.- Copia certificada del documento “Razonabilidad de
Precios“ emitido por el Lic. Blanco Artavia (ver folio 215 y 216 del expediente).
12.- Copia certificada del oficio AD . CCDC-784-05, de
fecha 9 de agosto de 2005, emitido por el Lic. Alfonso Blanco Artavia. (ver folio 219 a 221 del expediente) 13.- Copia certificada
del oficio D.J. 4663-2005, del 5 de setiembre de 2005, emitido por lo que la
Dirección Jurídica. (ver folio 223 del expediente)
14.- Copia certificada del “Acta Administrativa” sin número de fecha emitido
por el Lic. Blanco Artavia. (ver folio 224 del
expediente) 15.- Copia certificada del oficio D.J.- 5101-2005 de fecha 29 de
setiembre 2005, realizado por lo que la Lic. Badilla Chaves. (ver folio 225 del expediente). 16.- Copia certificada del
oficio AD . CCDC-2150-05, realizado por el investigado
Lic. Blanco Artavia. (ver folio 226 del expediente)
17.- Copia certificada del oficio DCC-2183-2005, del 18 de noviembre de 2005,
referente al “Análisis de Precios de la compra Directa 2005-089” realizado por
la Lic. Azyhadee Picado Vidaurre, en su concepto de Jefe a.í. del Departamento
de Contabilidad de Costos. (ver folios 227 y 228, así
como documentos adjuntos a folios 229 a 235 del expediente) 18.- Copia
certificada del oficio AD. CCDC-174-06 del 31 de enero del 2006, realizado por
el investigado Blanco Artavia. (ver folio 236 del
expediente) 19.- Copia certificada del oficio D.J-798-2006 del 22 de febrero,
realizado por las Licenciadas Ileana Badilla Chaves y Kathia Cordero. (ver del 237 al 239 del expediente). Testimonial 1.-
Lic. Daphne Espinoza Fuentes, Asistente del Área de Auditoría, a las diez horas
del veintidós de noviembre del dos mil seis. 2.- Lic. Ileana Badilla Chaves,
abogada de la Dirección Jurídica de la Institución, a las once horas del
veintidós de noviembre del dos mil seis. 3.- Licda. Azyhadee Picado Vidaurre,
Jefe a.í. del Departamento de Contabilidad de Costos, a las trece horas con
treinta minutos del veintidós de noviembre del dos mil seis. Derecho del
investigado. Para la correcta prosecución del procedimiento y celebración
de la comparecencia oral que oportunamente se indicará, se le hace saber a los
investigados lo siguiente: a - Que puede hacerse asesorar por un abogado o por
un Representante Sindical en caso de que lo desee. b- Que de previo a la
celebración de la comparecencia oral que se llevará a cabo, e incluso durante
la misma, podrá ofrecer la prueba de descargo que estime pertinente. Si la
desea ofrecer o aportar de previo a la comparecencia, deberá hacerlo por
escrito. Puede declarar en el momento que lo desee, o bien abstenerse de
hacerlo, sin que ello implique presunción de culpabilidad en su contra. c- Al
celebrarse la comparecencia oral correspondiente, como se indicó, puede hacerse
asesorar según el punto “a”, pero su inasistencia no impedirá que la misma se
lleve a cabo, y el asunto será resuelto según la prueba obrante en autos. d-
Tiene derecho a examinar y fotocopiar el expediente que contiene esta causa, el
que se encuentra en la Oficina del Centro para la Instrucción del Procedimiento
Administrativo (CIPA), siendo esta la Sede del Órgano Director; sita en San
José piso once del Edificio Anexo, Jenaro Valverde; dentro del horario
comprendido entre las siete horas y las diecisiete de lunes a jueves; y de
siete horas, hasta las dieciséis horas los viernes. Para efectos de
fotocopiar el expediente se recomienda a la parte investigada apersonarse como
mínimo con treinta minutos de anticipación de la hora de conclusión de la
jornada laboral. e- Esta resolución puede ser impugnada si lo consideran
oportuno, para lo que cuenta con los recursos ordinarios de conformidad con lo
establecido en el artículo 342, siguientes y concordantes de la Ley General de
la Administración Pública, el recurso que procede contra esta resolución es el
de Revocatoria y Apelación, el cual debe ser interpuesto dentro de los tres
días posteriores a la notificación del Traslado de Cargos, tal y como dispuso
la Junta Directiva en el artículo 3º de la Sesión Nº 7833, celebrada el 12 de
febrero del 2004, que literalmente dice: “(....) por consiguiente, con base
en la recomendación del Gerente División Administrativa (CIPA), en el oficio de
28 de enero del presente año CIPA Nº 044-04, en relación con la propuesta de
modificación del plazo con que cuenta el investigado para recurrir a la “
Resolución Inicial” o “Resolución de traslado de cargos” la Junta Directiva
acuerda que a partir del presente acuerdo el CIPA podrá conceder un plazo de
tres días para interponer los recursos de revocatoria y apelación contra la
“Resolución inicial o de traslado de cargos” en procedimientos en que hubiese
dispuesto un plazo mayor, pues prevalecerá este último (...)”. Igualmente,
tal y como lo dispone el numeral 345 de la citada Ley “(...) 1. En el
procedimiento ordinario cabrán los recursos ordinarios únicamente contra el
acto que lo inicie, contra el que deniega la comparecencia oral o cualquier
prueba y contra el acto final (...)”. Para recurrir el acto final, el
investigado cuenta con cinco días hábiles posterior a la notificación para
oponerse a la sanción, tal y como lo señala el numeral 29 de la normativa de
relaciones Laborales de la Institución. f- El cuestionamiento de aspectos
interlocutorios (que se susciten durante la tramitación del procedimiento)
serán resueltos en primera instancia por el Órgano Director, y en segunda
instancia por la Gerencia División Médica. Sin embargo, dado que la resolución
final de la instancia será emitida por esa Gerencia, a efecto de recurrir la
misma será en primera instancia por dicha Gerencia y en según instancia por la
Junta Directiva de la Institución. g- El investigado deberá señalar en el término
de tres días contados a partir de la notificación de la presente resolución,
lugar o medio (fax) donde atender futuras notificaciones, de no hacerlo, o bien
si el lugar indicado fuera impreciso o inexistente, se le tendrá por notificado
en lo sucesivo de forma automática con el sólo transcurso de veinticuatro
horas; de no encontrarse presente en el lugar señalado, de previo deberá
indicar con quien dejarle las notificaciones. De señalar un lugar, el mismo
deberá estar ubicado dentro de un radio de un kilómetro del CIPA. h- Cualquier
escrito o gestión que presenten, deberán hacerlo en el Centro para la
Instrucción del Procedimiento Administrativo (CIPA, dentro del horario indicado
en el punto “d”. j- Se le hace saber que este procedimiento tiene por finalidad
establecer la posible responsabilidad disciplinaria del investigado y de
resultar así, se le aplicará la sanción que corresponda; de conformidad con la
normativa antes citada, según el criterio de la Jefatura también aludida. Se
convoca al investigado para la celebración de la comparecencia oral y privada,
a las nueve horas del día veintidós de noviembre dos mil seis, para la
celebración de la comparecencia oral y privada, prevista en el artículo 309,
siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública; la
misma se llevará a cabo en la sala de reuniones Nº 2 de la sección
Administración de Edificios, ubicada en el piso 13, ala oeste, del edificio
Jenaro Valverde Marín, San José, contiguo al edificio de las oficinas centrales
de la Caja Costarricense de Seguro Social, sito en avenida segunda, entre
calles cinco y siete. Se le recuerda al investigado los derechos que le
asisten, de conformidad con lo indicado supra. También se citarán los testigos
a la hora indica supra. Notifíquese. Órgano Director Lic. Jeanina Rodríguez
Soto” “Procedimiento de Responsabilidad Disciplinaria contra: Lic. Alfonso
Blanco Artavia. Expediente Nº O28-06 Centro para la Instrucción de
Procedimientos Administrativos (CIPA), Caja Costarricense de Seguro Social. San
José, al ser las diez horas del veintitrés de octubre del año dos mil seis. Se
deja sin efecto señalamiento. Habiendo resultado materialmente imposible
notificar al investigado la resolución inicial de traslado de cargos dictada a
las quince horas con treinta minutos del quince de agosto del dos mil seis, por
lo que se dispone dejar sin efecto el señalamiento efectuado en esa resolución
para la celebración de la Comparecencia Oral y Privada, convocada para las
nueve horas del veintidós de noviembre del año en curso, en lo demás se
mantiene incólume dicha resolución. Notifíquese.—Órgano
Director, Lic. Jeanina Rodríguez Soto.—C-562670.—(110500).