TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
CONCEJO MUNICIPAL DISTRITO DE LEPANTO
Nº 16.511
REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 56 Y 345 DEL
CÓDIGO PENAL,
(LEY Nº 4573), Y DEL ARTÍCULO 55 DE
EN
DEREGATORIA DEL ARTÍCULO 343 BIS
DEL CÓDIGO PENAL
Asamblea Legislativa:
En la actualidad, los países
viven inmersos en una lucha constante por apaciguar los efectos generados por
la corrupción. América Latina es fiel reflejo de ello ya que ha padecido con
mayor rigor las consecuencias de la corrupción, causando pobreza,
deslegitimando gobiernos, debilitando el Estado de derecho, y repercutiendo
gravemente en la convivencia social. La corrupción es percibida como una de las
mayores amenazas al desarrollo económico y al perfeccionamiento de las
instituciones democráticas del continente.
El flagelo de la corrupción ha
demostrado que no respeta fronteras ni escalafones burocráticos y
gubernamentales. Es un fenómeno extraterritorial que se propaga en el
extranjero con gran agilidad y rapidez, inmiscuyéndose desde las esferas
burocráticas más elementales hasta los más altos cargos públicos.
La corrupción constituye una clara
desviación del poder que ha sido depositado en
Adicionalmente, al día de hoy es
frecuente encontrar casos en los cuales el agente corruptor es una empresa
movida por la obtención de beneficios corporativos producto de negocios
potenciales con las instituciones gubernamentales y/o municipales. Un claro
ejemplo de ello son los sobornos ofrecidos por funcionarios de personas jurídicas
a funcionarios públicos, con el fin de tener una ventaja no sustentada en
criterios técnicos de contratación pública, como podría ser una adjudicación en
una licitación pública.
En Costa Rica, el título XV del Código
Penal recoge los tipos penales que versan sobre los delitos cometidos contra
los deberes de la función pública. En dicho capítulo se regulan conductas
nocivas que atentan contra el ejercicio de la función pública, manifestadas por
medio de varios tipos penales. Sin embargo, este instrumento carece de
sanciones para aquellos actos de corrupción cometidos en el marco de personas
jurídicas, ya que -como es usual- los tipos penales existentes castigan
únicamente a las personas físicas, entre las cuales se ubicarían los
representantes o personeros de dichas personas jurídicas. Esto ocasiona una
impunidad para las empresas que contribuyen, mediante los actos de sus
representantes o personeros, a promover actos de corrupción, ya que las mismas
pueden seguir operando libremente en el mercado nacional sin sanción alguna.
El introducir una sanción para las
personas jurídicas en materia penal, es un aspecto novedoso dentro de la
estructura tradicional de la responsabilidad penal, dirigida a personas
físicas, esencialmente por exigencias del principio de culpabilidad. Ya otras
legislaciones, como la española, han introducido tales sanciones.
El objetivo es procurar una
alternativa para que las empresas que operan con políticas de corrupción, sean
sancionadas por las acciones que sus funcionarios, en acatamiento a tales
políticas, lleven a cabo.
Es evidente que no se pueden imponer
sanciones penales privativas de libertad a personas jurídicas, razón por la que
resulta necesario establecer sanciones de otra naturaleza, como lo son las
sanciones pecuniarias. Se procura así desincentivar la práctica corruptiva de
este tipo de empresas.
En este sentido, en el presente
proyecto de ley se propone una reforma al artículo 345 (Penalidad del
corruptor) del Código Penal mediante la cual se sanciona a las personas jurídicas
que incurran en los actos de corrupción descritos en los artículos 340 (Cohecho
impropio), 341 (Cohecho propio), 342 (Corrupción agravada), 343 (Aceptación de
dádivas por un acto cumplido), y 344 (Corrupción de jueces), según sea
aplicable.
También se señala, con la adición de
un párrafo al artículo 56, que la sentencia condenatoria que imponga una multa
a una persona jurídica tiene el carácter de título ejecutivo, lo que permite
ejecutarla en los bienes de dicha empresa en caso de incumplimiento.
Adicionalmente, se propone derogar el
343 bis (Ofrecimiento u aceptación de dádiva o retribución) del Código Penal,
por cuanto el espíritu perseguido por esta disposición ya se encuentra regulado
en el artículo 55 (Soborno trasnacional) de
En virtud de lo anterior, se propone
mantener el artículo 55 de
Por las razones antes expuestas, se
somete al conocimiento y aprobación de
DE
REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 56 Y 345 DEL
CÓDIGO PENAL,
(LEY Nº 4573), Y DEL ARTÍCULO 55 DE
EN
DEREGATORIA DEL ARTÍCULO 343 BIS
DEL CÓDIGO PENAL
Artículo 1º—Refórmase el
artículo 345 del Código Penal, para que en adelante se lea de la siguiente
manera:
“Artículo 345.—Penalidad del corruptor. Las penas establecidas en
los cinco artículos anteriores serán aplicables al que dé o prometa al
funcionario público una dádiva o la ventaja indebida.
Si el autor fuere
el director, administrador, gerente, apoderado o empleado de una persona
jurídica y cometiere el delito en relación con el ejercicio de funciones
propias de su cargo, a la persona jurídica le será impuesta una multa de veinte
a mil salarios base, sin perjuicio de la responsabilidad civil que pudiera
serle exigible a la persona jurídica, según las disposiciones de este Código o
las que señalen las leyes especiales. En estos casos, si el delito hubiere sido
cometido en relación con un proceso de adjudicación en una contratación
pública, la pena podrá ser hasta de un diez por ciento del monto de la
adjudicación, lo que fuere mayor.”
Artículo 2º—Refórmase el
artículo 55 de
“Artículo 55.—Soborno transnacional. Será sancionado con prisión
de dos años a ocho años, quien ofrezca u otorgue, a un servidor público de otro
Estado o de un organismo o entidad internacional, directa o indirectamente,
cualquier dádiva, retribución u otra ventaja indebida, a cambio de que dicho
funcionario, en el ejercicio de sus funciones, realice u omita cualquier acto
o, indebidamente haga valer ante otro funcionario la influencia derivada de su cargo.
La pena será de tres a diez años, si el soborno se efectúa para que el
funcionario ejecute un acto contrario a sus deberes.
La misma pena
se aplicará a quien reciba la dádiva, retribución o ventaja mencionadas.
Si el
corruptor fuere el director, administrador, gerente, apoderado o empleado de
una persona jurídica y cometiere el delito en relación con el ejercicio de
funciones propias de su cargo, a la persona jurídica le será impuesta una multa
de veinte a mil salarios base, sin perjuicio de la responsabilidad civil que
pudiera serle exigible a la persona jurídica, según las disposiciones de este
Código o las que señalen las leyes especiales (igual a la reforma al Código
Penal). En estos casos, si el delito hubiere sido cometido en relación con un proceso
de adjudicación en una contratación pública, la pena podrá ser hasta de un diez
por ciento del monto de la adjudicación, lo que fuere mayor.”
Artículo 3º—Agrégase un
párrafo final al artículo 56 del Código Penal, Ley Nº 4573, el que dirá:
“Si se trata de una multa
impuesta a una persona jurídica, la sentencia condenatoria constituirá título
ejecutivo, que será ejecutado en la vía legal correspondiente en caso de
incumplimiento.”
Artículo 4º—Derógase el
artículo 343 bis del Código Penal.
Artículo 5º—Las personas que de buena
fe denuncien los actos de corrupción descritos anteriormente, serán protegidas
por las autoridades correspondientes conforme a los mecanismos legales
previstos para tal efecto.
Artículo 6º—La expresión “salario
base” comprendida en las reformas hechas por esta Ley, es la definida por el
artículo 2º de
Rige a partir de su publicación.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—Laura Chinchilla Miranda, Ministra de Justicia y Gracia.
NOTA: Este proyecto pasó a estudio e informe de
San José, 11 de enero del
2007.—1 vez.—C-81090.—(3423).
Nº 33477-S-MP
EL PRESIDENTE DE
Y LOS MINISTROS DE SALUD,
Y DE
Con fundamento en las
atribuciones conferidas en los artículos 50, 140 y 146 de
Considerando:
I.—Que la salud de la
población es un bien de interés público tutelado por el Estado,
correspondiéndole al Ministerio de Salud la definición de la política nacional
de salud, la formación, planificación y coordinación de todas las actividades
públicas y privadas relativas a salud, así como la ejecución de aquellas
actividades que le competen conforme a la ley.
II.—Que el
tema de la protección al ambiente ha sido uno de los más destacados en el país,
en virtud de la incidencia que tiene en la conservación de la biodiversidad y
por la trascendencia en la calidad de la salud pública.
III.—Que el
manejo inadecuado de los desechos sólidos en Costa Rica ha tenido una larga
data, por lo que, pese a los esfuerzos que se han realizado en los últimos
años, se ha causado un importante daño ambiental, que podría llegar a causar
daños a la salud de la población.
IV.—Que es
competencia y responsabilidad de los gobiernos locales atender en sus
respectivas comunidades todo lo relacionado con el manejo de los desechos
sólidos. Mientras que es una responsabilidad de las distintas instituciones del
Gobierno colaborar y apoyar, en el marco de sus propias competencias, a las
municipalidades para dar una solución integral al problema.
V.—Que se considera oportuno y necesario
declarar de interés público y nacional las iniciativas tendientes a brindar una
solución integral al problema de los desechos en nuestro país. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Se declaran
de interés público y nacional, las iniciativas tendientes a brindar una
solución integral al problema de los desechos en nuestro país.
Artículo 2º—Las dependencias del
Sector Público y del Sector Privado, dentro del marco legal respectivo, podrán
contribuir con recursos económicos, en la medida de sus posibilidades y sin
perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, para la exitosa
realización de las iniciativas indicadas.
Artículo 3º—Se insta a las instituciones
públicas para que sus funcionarios dediquen el tiempo necesario para tramitar a
la mayor brevedad y resolver las gestiones administrativas tendientes a brindar
una solución integral al problema de los desechos en nuestro país.
Artículo 4º—Rige a partir de su
publicación.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—
MINISTERIO DE SALUD
Nº DM-8159-06
EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE
EN EJERCICIO DE
Y
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que del 18 al 19 de
setiembre del 2006 tendrá lugar en Panamá, el Seminario sobre el Sistema de
Inspección Sanitaria, y este Despacho considera importante la participación del
licenciado Juan Carlos Calvo Arias, cédula de identidad número 01-0541-0496,
funcionario de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Designar al
licenciado Juan Carlos Calvo Arias, cédula de identidad Nº 01-0541-0496,
funcionario de
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte, alimentación, hospedaje, impuestos, tributos o cánones que se deban
de pagar en las terminales de transporte, del licenciado Juan Carlos Calvo
Arias, cédula de identidad Nº 01-0541-0496, funcionario de
Artículo 3º—Que del 18 al 19 de setiembre
del 2006, días durante los cuales se autoriza la participación del licenciado
Juan Carlos Calvo Arias en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 18 al 19 de
setiembre del 2006.
Dado en
Publíquese.—KEVIN CASAS ZAMORA.—
Nº DM-8688-06.—San José, 7 de diciembre del 2006
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20) y 146) de
Considerando:
1º—Que del 10 al 13 de
diciembre del 2006 tendrá lugar en
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte, alimentación, hospedaje, impuestos, tributos o cánones que se deban
de pagar en las terminales de transporte, de
Artículo 3º—Que del 10 al 13 de
diciembre del 2006, días durante los cuales se autoriza la participación de
Artículo 4º—Rige del 10 al 13 de
diciembre del 2006.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(Solicitud Nº 004-07).—C-18170.—(3441).
Nº DM-8809-06.—San José, 7 de diciembre del 2006
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20) y 146) de
Considerando:
1º—Que del 14 al 16 de
diciembre del 2006 tendrá lugar en
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte, alimentación, hospedaje, impuestos, tributos o cánones que se deban
de pagar en las terminales de transporte, de
Artículo 3º—Que del 14 al 16 de
diciembre del 2006, días durante los cuales se autoriza la participación de
Artículo 4º—Rige del 14 al 16 de
diciembre del 2006.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(Solicitud Nº 003-07).—C-18170.—(3442).
Nº DM-8810-06.—San José, 7 de diciembre del 2006
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20) y 146) de
Considerando:
1º—Que del 12 al 16 de
diciembre del 2006, tendrá lugar en
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
Dr. Luis Tacsan Chen, cédula de identidad Nº 5-122-155, Director de
Investigación y Desarrollo Tecnológico en Salud y a
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte, alimentación, hospedaje, impuestos, tributos o cánones que se deban
de pagar en las terminales de transporte, del Dr. Luis Tacsan Chen y
Artículo 3º—Que del 12 al 16 de
diciembre del 2006, días durante los cuales se autoriza la participación del
Dr. Luis Tacsan Chen y
Artículo 4º—Rige del 12 al 16 de
diciembre del 2006.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(Solicitud Nº 005-07).—C-18170.—(3443).
Nº DM-8824-06.—San José, 7 de diciembre del 2006
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20) y 146 de
Considerando:
1º—Que del 14 al 18 de
enero del 2007 tendrá lugar en
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte, alimentación, hospedaje, impuestos, tributos o cánones que se deban
de pagar en las terminales de transporte, de
Artículo 3º—Que del 14 al 18 de enero
del 2007, días durante los cuales se autoriza la participación de
Artículo 4º—Rige del 14 al 18 de enero
del 2007.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(Solicitud Nº 002-07).—C-14546.—(3444).
Nº DM-8861-06
EL PRESIDENTE DE
Y
En uso de las facultades
que les confieren los artículos 140, inciso 20) y 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Aceptar la
renuncia del Dr. Steven Kogel Hughes como miembro de
Artículo 2º—Designar en su lugar, a
Artículo 3º—Rige del 20 de noviembre
del 2006 al 8 de mayo del 2008.
Dado en
Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—Dra. María Luisa Ávila Agüero,
Ministra de Salud.—1 vez.—(Solicitud Nº
008-07).—C-8490.—(3445).
Nº DM-8881-06
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que del 7 al 11 de
enero del 2007 tendrá lugar en Santiago, Chile, la actividad denominada “III
Encuentro Sudamericano de Cooperación Internacional en Salud” y este Despacho
considera importante la participación de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte, alimentación, hospedaje, impuestos, tributos o cánones que se deban
de pagar en las terminales de transporte, de
Artículo 3º—Que del 7 al 11 de enero
del 2007, días durante los cuales se autoriza la participación de
Artículo 4º—Rige del 7 al 11 de enero
del 2007.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(Solicitud Nº 012-07).—C-18170.—(3446).
Nº DM-8882-06
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20) y 146 de
Considerando:
1º—Que del 28 de enero al
2 de febrero del 2007 tendrá lugar en Antigua Guatemala, Guatemala, la
actividad denominada “Seminario Regional CEP-WHF sobre Epidemiología y
Prevención de las Enfermedades Cardiovasculares” y este Despacho considera
importante la participación de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte, alimentación, hospedaje, impuestos, tributos o cánones que se deban
de pagar en las terminales de transporte, de
Artículo 3º—Que del 28 de enero al 2
de febrero del 2007, días durante los cuales se autoriza la participación de
Artículo
4.— Rige del 28 de enero al 2 de febrero del 2007.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(Solicitud Nº 010-07).—C-18170.—(3447).
Nº DM-8883-06
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20) y 146 de
Considerando:
1º—Que del 14 al 16 de
enero del 2007 tendrá lugar en Oxford, Estados Unidos de América, la actividad
denominada “Reunión sobre un Estudio Internacional de Enfermedad Cardiaca y
Cáncer de Pulmón posterior a
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
Dr. Adolfo Ortiz Barboza, cédula de identidad Nº 1-966-528, funcionario del
Registro Nacional de Tumores, del Ministerio de Salud, para que asista y
participe en la actividad denominada “Reunión sobre un Estudio Internacional de
Enfermedad Cardiaca y Cáncer de Pulmón posterior a
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte, alimentación, hospedaje, impuestos, tributos o cánones que se deban
de pagar en las terminales de transporte, del Dr. Adolfo Ortiz Barboza,
funcionario del Registro Nacional de Tumores, serán cubiertos por
Artículo 3º—Que del 14 al 16 de enero
del 2007, días durante los cuales se autoriza la participación del Dr. Adolfo
Ortiz Barboza en la actividad citada, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 14 al 16 de enero
del 2007.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(Solicitud Nº 011-07).—C-18170.—(3448).
Nº DM-1169-07.—San José, 10 de enero del 2007
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de
Considerando:
1º—Que del 14 al 17 de
enero del 2007 tendrá lugar en San Salvador, El Salvador, la actividad
denominada “Capacitación para Capacitadores” y este Despacho considera
importante la participación del Dr. Willy Carrillo Angulo, Director de
Vigilancia de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
Dr. Willy Carrillo Angulo, portador de la cédula de identidad Nº 5-133-666,
Director de Vigilancia de
Artículo 2º—Los gastos del Dr. Willy
Carrillo Angulo por concepto de transporte, alimentación, hospedaje, impuestos,
tributos o cánones que se deban de pagar en las terminales de transporte, serán
cubiertos por el Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria
(OIRSA).
Artículo 3º—Que del 14 al 17 de enero
del 2007, días durante los cuales se autoriza la participación del Dr. Willy
Carrillo Angulo, en la actividad citada, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 14 al 17 de enero
del 2007.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(Solicitud Nº 006-07).—C-14546.—(3449).
DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD
Y MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA
EDUCATIVO
REPOSICIÓN DE TÍTULO
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta Subdirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 161, título Nº 1370, emitido por el Colegio
Monterrey, en el año dos mil tres, a nombre de Estefanía Vargas Brenes. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante esta
Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 66, título Nº 741,
emitido por el Colegio María Inmaculada, en el año mil novecientos noventa y
siete, a nombre de Sánchez Gamboa Laura. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Subdirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo I, folio 26, título Nº 34, emitido por el Liceo de
Granadilla, en el año dos mil cuatro, a nombre de Barrientos Arguedas Emmanuel.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial
Ante esta Supervisión se
ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media inscrito en el tomo 1, folio 12, título Nº 56, en el año mil novecientos
noventa y uno, emitido por el Liceo de Pavas a nombre de Jorge Barrios Quesada.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial
Ante esta Subdirección
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 7, título Nº 50, emitido por el
Colegio Técnico Profesional Agropecuario de Nandayure, en el año mil
novecientos noventa, a nombre de Venegas León María de los Ángeles. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta Subdirección se ha presentado la
solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo I, folio 29, título Nº 250, emitido por el Colegio Técnico Profesional
de Aguas Zarcas San Carlos, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre
de Grace Alpízar Vargas. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante esta Subdirección
se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de
Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica”, Modalidad de Ciencias y
Letras, inscrito en el tomo 1, folio 17, título Nº 540, emitido por el Colegio
Napoleón Quesada Salazar, en el año mil novecientos setenta y seis, a nombre de
Murillo Torres Luis Fernando. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
REGISTRO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De conformidad con la autorización
extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha
procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto
Social de la organización social denominada: Central del Movimiento de
Trabajadores Costarricenses C.M.T.C acordada en asamblea celebrada el 19 de
octubre del 2006. C-56.
En cumplimiento con lo dispuesto en el
artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social se
ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa
de Autogestión COOPEFLORTROJAS R. L., acordada en asamblea celebrada el 8 de
setiembre del 2006. Resolución 1388.
En cumplimiento con lo dispuesto en el
artículo 29 de
Consejo de Administración:
Presidenta María Acuña Vargas
Vicepresidenta Jeannette Cubero Monge
Secretaria Ileana Cubero Porras
Vocal 1 Flor Lizano Salas
Vocal 2 Ana C. Campos Quesada
Suplente 1 Hilda Vargas Lizano
Suplente 2 Lidieth Acuña Vargas
Gerente Johannia Espinoza Lizano
San José, 21 de diciembre
del 2006.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(3062).
SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE
CONSERVACIÓN
OFICIALIZACIÓN DEL PLAN DE MANEJO
DEL REFUGIO NACIONAL DE VIDA
SILVESTRE MIXTO MAQUENQUE
El Director General del Sistema
Nacional de Áreas de Conservación, Ingeniero Ronald Vargas Brenes, de
conformidad con el contenido de los artículos 129, 141, 239, 240, 242 de
El documento completo del Plan de
Manejo del Refugio Nacional Mixto de Vida Silvestre Maquenque puede consultarse
en el centro de documentación de
Para efectos de manejo, y dentro del
marco conceptual del Corredor Biológico San Juan-La Selva, tanto el RNVSMM como
su extensión natural en el RNVS Corredor Biológico Fronterizo conforman una
sola unidad ecológica, la cual se manejará en forma integral.
La zonificación del RNVSMM:
PARA VER IMAGEN EN PDF O GACETA
IMPRESA
La zonificación comprende
tres zonas de uso: restringido, de uso sostenible de recursos y de asentamientos
humanos, las cuales tienen implicaciones sobre el uso de la tierra.
Zona de uso restringido: Esta zona es constituida por
sectores que presentan un elevado grado de naturalidad. Aunque hayan podido
sufrir un cierto grado de intervención humana, mantienen sus valores naturales
en buen estado o se encuentran en proceso de regeneración. Su gestión permite
las actividades para el estudio científico debidamente autorizado, tanto como
el manejo activo autorizado legalmente que procura la restauración de sus
ecosistemas y especies de flora y fauna. Excepcionalmente se puede desarrollar
uso público o turismo especializado en forma esporádica, con autorización y
control de la administración del área silvestre protegida, tales como
recorridos guiados. El acceso motorizado se restringe exclusivamente a
finalidades de administración. No se podrán construir edificios ni
instalaciones permanentes. Se podrán construir senderos rústicos acondicionados
para el tránsito a pie para efectos de control y protección o de investigación
y el turismo especializado, pero no se permitirá la construcción de carreteras
o caminos para vehículos. En el caso de rutas acuáticas para el turismo
especializado se podrá habilitar si se determina técnicamente un acceso
restringido y a los términos contenidos en el Reglamento de Uso Público. En el
Refugio Nacional de Vida Silvestre Mixto Maquenque, este tipo de zona considera
las áreas de protección establecidas en la legislación alrededor de ríos,
quebradas y otras categorías de humedales.
Zona de uso sostenible de recursos: Es la zona donde a través de un
régimen de manejo relativamente flexible, se contribuye al logro a largo plazo
de los objetivos de conservación que se persiguen para toda el área silvestre
protegida. Se pueden admitir diferentes grados de alteración y aprovechamiento
de los recursos naturales, pero de tal modo que los impactos consecuentes no
afecten o pongan en riesgo la integridad de toda el área silvestre protegida.
Se permite por tanto algún tipo de aprovechamiento de los recursos, como puede
ser forestal, pesca u otros. Se puede autorizar, en los casos en que lo permita
el régimen jurídico, la práctica de usos y aprovechamientos tradicionales y no
tradicionales como actividades agropecuarias y de ganadería sostenibles,
siempre que no se superen los límites de alteración permisibles. En ellas, el
acceso público es permitido. Además de la tramitación urbanística ordinaria,
las obras y construcciones a realizar deberán adaptarse a la normativa
establecida en la legislación y en el propio plan de manejo, así como a las
especificaciones técnicas que en materia de protección del paisaje y de los
valores naturales y culturales pueden dictarse. En general, y salvo excepciones
debidamente justificadas, las construcciones e instalaciones autorizadas
deberán guardar el máximo respeto al entorno, procurarán la utilización de
materiales y tipologías tradicionales y minimizarán su impacto, primando su
integración en el paisaje.
Zona de asentamientos humanos: Es necesario establecer en la
zonificación aquellos sectores en donde se concentra el desarrollo urbanístico,
como casas, comercio, instituciones, o infraestructura de servicios comunales,
vías públicas entre otros. En el Refugio Nacional de Vida Silvestre Mixto
Maquenque, se ha desarrollado una dinámica de asentamientos humanos únicamente
en el caserío de Colpachí, el cual requiere una atención especial, ya que puede
crecer incontrolablemente y causar impactos irreversibles a los recursos del
área silvestre protegida. En esta zona, además de la tramitación urbanística
ordinaria, las obras y construcciones a realizar deben adaptarse a la normativa
establecida en la legislación y en el propio plan de manejo, así como a las
especificaciones técnicas que en materia de protección del paisaje y de los
valores naturales y culturales puedan dictarse.
Limitaciones de uso: De acuerdo con la legislación
específica, dentro de los Refugios Nacional de Vida Silvestre de Propiedad
Privada y Mixta, se pueden desarrollar las siguientes actividades: uso
agropecuario, uso habitacional, vivienda turística recreativa, desarrollos
turísticos (hoteles, cabinas, albergues, u otros que realicen actividades
similares), uso comercial (restaurantes, tiendas, otros), extracción de materiales
de canteras (arena y piedra), investigación científicas o culturales, y otros
fines de interés público o social y cualquier otra actividad que MINAE/SINAC
considere pertinente compatibles con las políticas de conservación y desarrollo
sustentable. Las actividades indicadas deben desarrollarse de acuerdo con los
principios de sostenibilidad y además no pueden interferir con la perpetuación
de especies particulares o poblaciones de vida silvestre, o con sus ciclos de
reproducción. Si alguna de estas actividades tiene una interferencia en alguno
de estos ciclos, pueden ser prohibidas.
En cuanto a los requisitos que se
exigen para la realización de actividades agropecuarias se encuentran:
§ Presentar
solicitud por escrito ante las oficinas de
§ Original y copia de la escritura o derecho de posesión.
§ Original o copia certificada del plano catastrado. En el caso de que el
documento no pueda catastrarse por ausencia de amojonamiento
§ Certificación de personería jurídica en caso de sociedades.
§ Evaluación de impacto ambiental en caso de áreas de cultivo extensivo.
Se hace notar que las
actividades agrícolas únicamente se pueden desarrollar en los sectores que el
plan de manejo así indique, y por otra parte, que se deberán cumplir con los
requisitos arriba mencionados. Esta normativa tiene un impacto económico en la
realización de la misma, dado que se hace necesario la realización de Estudios
de Impacto Ambiental en los casos de actividades extensivas y/o altamente
intensivas.
Para los proyectos turísticos así como
para uso habitacional, vivienda recreativa y desarrollos comerciales, igualmente
se establecen disposiciones de construcción importantes, las cuales pueden ser
consultadas en el documento integral del Plan de Manejo del RNVSMM. Entre las
disposiciones, se destacan las siguientes: los jardines diseñados deberán
contar exclusivamente con especies autóctonas del RNVSMM; contar a la hora de
hacer la solicitud con el diseño de las plantas de tratamiento para las aguas
servidas, las aguas negras y el sistema de manejo de los desechos sólidos; no
se autorizará ningún desarrollo que conlleve la construcción de sistemas
artificiales (lagos, lagunas, represas, etc.), excepto que se presenten los
estudios técnicos que lo justifiquen, no se permitirá que las vías de acceso a
los desarrollos sean asfaltados, no se autorizará la construcción de piscinas
dentro del RNVSMM; durante el proceso de construcción se deberá empezar con la
construcción de las plantas de tratamiento y el sistema de agua potable; toda
actividad de construcción deberá mantenerse en un perímetro no mayor de
Es importante aclarar que el
acatamiento de estas medidas no es retroactivo lo que quiere decir que las
construcciones que ya existan pueden permanecer en la forma actual que tienen.
Estas disposiciones afectan únicamente los nuevos emprendimientos y las nuevas
construcciones que se quieran desarrollar. En cuanto a los requisitos para
solicitar los permisos destacan la necesidad de presentar planos de
construcción en donde se contemplen plantas de tratamiento de aguas negras,
jabonosas y desechos sólidos, aprobadas por las entidades receptoras
respectivas. En los casos de proyectos turísticos, los mismos deben de cumplir
además con los requisitos que exige el ICT, y deberán realizar las gestiones
para determinar si procede o no una evaluación de impacto ambiental.
En el ámbito administrativo, las
actividades contempladas dentro del Plan de Manejo incluyen:
Consolidación y desarrollo
institucional:
1. Desarrollar e implementar un sistema de
información gerencial y geográfico debidamente integrado al ACAHN que permita
agilidad, eficiencia y oportunidad en la disposición, tratamiento y presentación
de información para la toma de decisiones.
2. Velar por el desarrollo integral
del recurso humano de la institución y adoptar las acciones pertinentes con
miras a mejorar sus condiciones de trabajo y a brindar oportunidades de
capacitación sistemática.
3. Participar activamente en el
diseño, negociación y ejecución de propuestas de cooperación internacional,
especialmente las relacionadas con los programas de consolidación del refugio.
4. Utilizar la planificación como
una herramienta racional para la toma de decisiones, la búsqueda de técnicas y
medios para mejorar el conocimiento y lograr la eficiencia en la utilización de
los recursos.
5. Velar por el cumplimiento de las
convenciones internacionales relacionadas con la protección de la biodiversidad,
tales como CITES, RAMSAR, Convención de Biodiversidad, entre otras.
6. Propiciar la autosostenibilidad
financiera a largo plazo por medio de la captación de fondos promoviendo
actividades, constituyendo un fondo patrimonial para la conservación del
refugio.
7. Desarrollar, mantener y
fortalecer la infraestructura básica del RNVSM Maquenque para permitir su buena
administración, protección y desarrollo.
8. Implementar el programa de
monitoreo del RNVSMM.
Incentivos:
1. Diseñar e implementar un programa de
incentivos dirigido a los propietarios de tierras ubicadas dentro del RNVSMM,
así como en áreas de influencia especiales de manejo y en función de los
recursos disponibles.
2. Facilitar asistencia y asesoría
técnica que beneficie a las comunidades de la zona de influencia del RNVSMM.
Permisos y otras
formas de uso:
1. Involucrar a la sociedad civil en el disfrute
de los beneficios que genera el RNVSMM, por medio del establecimiento de
mecanismos que permitan utilizar en forma responsable sus recursos.
2. Velar porque el RNVSMM sea
administrado teniendo presente que su objetivo primordial es la conservación de
la biodiversidad y promover actividades de uso que sean compatibles con este
objetivo, tales como: educación, investigación, turismo, recreación, protección
y control, entre otros.
Manejo de recursos: Planificar, programar, emitir
directrices y ejecutar acciones dirigidas al uso de los recursos naturales
según los criterios de sostenibilidad, procurando que no se produzcan impactos
negativos irreversibles.
1. Fomentar la diversificación de ingresos de los
pobladores del RNVSMM y su zona de amortiguamiento.
2. Evitar la ganadería extensiva,
así como el uso de agroquímicos en el RNVSMM.
3. Limitar el desarrollo de las
actividades de monocultivo dentro del RNVSMM.
4. Supervisar las actividades
extractivas de recursos forestales.
5. Impulsar programas de
enriquecimiento de áreas de ganadería con especies forestales de propósito
múltiple con el fin de diversificar las actividades y proteger el suelo.
6. Diseñar una estrategia de
asistencia técnica en todos los niveles de productividad.
Conectividad
ecológica:
1. Aumentar la conectividad interna del RNVSMM
mediante actividades de restauración ecológica fomentando la reforestación de
áreas de potrero con especies nativas.
2. Restaurar los corredores
fluviales de los cursos de agua del RNVSMM y su zona de amortiguamiento.
3. Fomentar la conectividad entre
el RNVSMM y las áreas protegidas del Corredor Biológico San Juan-La Selva.
Protección y control de
las áreas silvestres protegidas:
1. Involucrar a los diferentes actores sociales,
particularmente a las comunidades asociadas al RNVSMM en la protección y
control de la biodiversidad, para el desarrollo de acciones preventivas y de
aplicación de la legislación vigente.
2. Regular con especial interés las
actividades antropogénicas en las áreas silvestres protegidas del país, para
salvaguardar tanto los ecosistemas como los elementos histórico-culturales,
geológicos y arqueológicos en ellas presentes.
Planificación:
1. Integrar la gestión del RNVSMM al proceso de
planificación estratégica del ACAHN.
2. Incorporar en el proceso de
planificación del RNVSMM a las diferentes instancias técnicas, políticas y
administrativas del ACAHN, así como grupos organizados de la sociedad civil
vinculados con la conservación.
3. Contar con mecanismos ágiles y
efectivos de aprobación y oficialización de las estrategias de desarrollo y
planes de manejo.
Ordenamiento
territorial:
Utilizar el ordenamiento territorial como una herramienta
para relacionar el RNVSMM con su entorno socio-ambiental, integrarla
funcionalmente con los objetivos del ACAHN y para facilitar su administración y
manejo.
Investigación:
1. Fomentar el desarrollo de la investigación
básica y aplicada, de acuerdo con las necesidades identificadas.
2. Promover la investigación como
elemento básico para la obtención de información y conocimiento que ayude en el
desarrollo de éstas y en la búsqueda de usos sostenibles de la biodiversidad
dirigida al desarrollo de las comunidades.
3. Definir las prioridades de
investigación, las cuales deberán responder a las necesidades de administración
del RNVSMM y a las oportunidades que se presenten, considerando aspectos
ecológicos, administrativos, sociales y económicos, e infraestructura.
4. Establecer convenios con
instituciones académicas y organizaciones no-gubernamentales, nacionales y
extranjeras para fomentar la investigación.
Turismo:
1. Formar grupos de interés en las Asociaciones
de Desarrollo Integral y en los grupos de jóvenes para ser capacitados en el
tema turístico a partir de las experiencias existentes en la zona.
2. Desarrollar un programa de
capacitación y entrenamiento en el conocimiento de la biodiversidad del RNVSMM.
Educación ambiental:
1. Diseñar e implementar un plan de educación
ambiental que promueva la concientización y cambio de actitudes de la población
del RNVSMM como en su zona de amortiguamiento.
2. Fomentar la participación ciudadana
en las actividades de conservación y desarrollo sostenible dentro del RNVSMM y
su área de influencia.
3. Fomentar actividades de manejo
de desechos sólidos.
Capacitación y
entrenamiento:
1. Diseñar una estrategia de capacitación y
entrenamiento constante para el personal administrativo y actores externos
relevantes, especialmente en las comunidades aledañas al RNVSMM y en los temas
de interpretación ambiental, servicios a los visitantes, administración,
elaboración de propuestas de financiamiento, manejo de vida silvestre,
legislación, manejo forestal y manejo de desechos sólidos.
2. Promover la asesoría técnica
para los productores del RNVSMM y su zona de amortiguamiento.
3. Capacitar a los líderes
comunitarios de la zona de amortiguamiento del RNVSMM en temas de gestión
ambiental participativa.
4. Promover un sistema de
capacitación e intercambio de experiencia en el manejo de cultivos orgánicos.
Extensión comunal:
1. Incorporadas y organizar las diferentes
organizaciones gubernamentales locales y de la sociedad civil para poner en
práctica ejecución del plan de manejo.
2. Planificar anualmente las
actividades a desarrollar en conjunto con las Asociaciones de Desarrollo
Integral de la zona de amortiguamiento del refugio.
3. Establecer mecanismos de
comunicación y consulta con la población de las comunidades aledañas al
refugio, por medio de la implementación de estrategia de divulgación.
4. Divulgar la estrategia de
conservación y desarrollo sostenible del RNVSMM.
Figura de gestión
administrativa del RNVSMM: La gestión administrativa del RNVSMM es responsabilidad del ACAHN. Para
facilitar su labor administrativa, podrá contar con el apoyo de tres comités:
Comité Asesor Técnico, Consejo Local de Manejo, Comité Asesor Político.
El Comité Asesor Técnico estará
formado por las organizaciones que integran el Comité Ejecutivo del Corredor
Biológico San Juan-La Selva, las cuales aportarán su experiencia en los
diversos temas de su calificación.
El Consejo Local de Manejo del
RNVSMM tendrá la función de orientar a la administración en acciones de tipo
estratégico para la consolidación del área silvestre protegida. El Consejo
Local de Manejo estará compuesto por el Centro Científico Tropical, las
Asociaciones de Desarrollo interesadas en la administración del RNVSMM y el
Comité Pro Titulación del Corredor Fronterizo.
Este Consejo buscará impulsar la
figura de manejo compartido que garantizará la participación activa de la
sociedad civil y de las comunidades priorizadas en la zona de amortiguamiento
para fomentar el adecuado manejo del RNVSMM. La participación en el Consejo
Local se oficializará de acuerdo a los lineamientos de la política de manejo
compartido elaborados por el SINAC-MINAE (2006). En este sentido, los actores
interesados en desarrollar y participar en el proceso de manejo compartido,
deberán de acogerse a los principios que sustentan dicho concepto según las
directrices del SINAC.
El Comité Asesor Político
estará compuesto por las municipalidades cuyo territorio incluye parte del
RNVSMM, San Carlos y Sarapiquí, así como las áreas de influencia de Maquenque.
En miras al ordenamiento territorial cantonal, las municipalidades deberán de
trabajar activamente con
Los tres comités permanentes
funcionarán de forma independiente pero armonizarán sus labores mediante una
reunión de planificación trimestral, durante la cual cada uno rendirá informes
de actividades y se determinará el rumbo a seguir para el siguiente período.
El documento integral del Plan de
Manejo del RNVSMM está disponible para ser consultado en el Centro de
Documentación del ACAHN-MINAE, en Ciudad Quesada, San Carlos.
Rige a partir de su publicación, a los
veintiún días del mes de noviembre del dos mil seis.—Ing.
Rónald Vargas Brenes, Director General SINAC.—1 vez.—(3418).
INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Expediente Nº 12402-P.—Familia Puks S. A., solicita, en concesión
Expediente Nº 12399-Hot
Creek Hotel S. A., solicita en concesión, 0.02 nac. 1, 0.02 nac. 2 y quebrada
Guillermina
Expediente Nº 12287.—Jorge Eduardo Campos Castro, solicita en concesión
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Expediente Nº 12403-P.—L L Ornamentales de
Expediente Nº
12404-P.—L L Ornamentales de
DIRECCIÓN GENERAL DE
TRANSPORTE
Y COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLE
EDICTO
Nº
006-PTDH-2007-DGTCC.—San José, a los once días del mes de enero del año dos mil
siete, se tiene por presentada la solicitud por parte del señor Luis Roberto
Mora García, mayor, casado una vez, transportista, cédula de identidad número
1-594-897 y vecino de San Juan de Santa Bárbara, provincia de Heredia, quien
solicita autorización para la entrada en operación de un tanque cisterna para
el transporte de producto limpio, específicamente gasolina súper, regular y
diesel, el cual prestará el servicio desde los planteles de RECOPE hasta
Registro Civil-Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este
Registro en diligencias de ocurso incoadas por Johnny Rodríguez Corrales, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 810-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las diez horas cincuenta minutos del diecisiete de mayo
del dos mil seis. Ocurso. Expediente Nº 21330-2005. Resultando 1º—…; 2º—…
Considerando: I.—Hechos probados:…; II.—Hechos no
probados:…; III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquense los asientos de
nacimiento de Rebeca Corrales Quirós y de Jogeveth Corrales Quirós, en el
sentido que los apellidos del padre de las personas ahí inscritas son
“Rodríguez Corrales” y no como se consignaron.—Lic.
Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia
María González Richmond, Jefe Sección de Actos Jurídicos.—1 vez.—(3065).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Johnny Rodríguez Corrales, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2089-05.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas y veinticinco minutos del nueve de noviembre del dos mil cinco. Ocurso. Expediente Nº 10923-05. Resultando: 1º—…; 2º—… Considerando: I.—Hechos probados:…; II.—Hechos no probados:…; III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Procédase a rectificar los asientos de nacimiento de Rebeca y Jogeveth ambas de apellidos Corrales Quirós… en el sentido que los apellidos del padre de las personas ahí inscritas son “Rodríguez Corrales” y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(3066).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Marina del Socorro López Ruiz, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1002-06.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas y cuatro minutos del treinta de mayo del dos mil seis. Ocurso. Expediente Nº 25519-05. Resultando: 1º—…; 2º—… Considerando: I.—Hechos probados:…; II.—Hechos no probados:…; III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Raquel Espinoza Ruiz, de Jackeline del Socorro Espinoza Ruiz y de Griselda del Socorro Espinoza Ruiz en el sentido que los apellidos de la madre de las personas ahí inscritas son “López Ruiz” y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(3069).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Lilliana Maritza Montero Ortiz, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1812-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas, cincuenta minutos del seis de julio del dos mil seis. Expediente Nº 4549-2006. Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Jernny José Obaldía Montero... en el sentido de que el primer nombre de la persona ahí inscrita es “Jhernny” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Bach. Abel Álvarez Ramírez, Jefe a. í.—1 vez.—(3124).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Lorenzo Victoriano Velásquez Velásquez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1539-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas, cincuenta y seis minutos del diecinueve de junio del dos mil seis. Ocurso. Expediente Nº 23604-2005. Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: procédase a rectificar los asientos de nacimiento de Jonathan Zabala González y Marjorie Zavala González... en el sentido que el primer apellido del padre es “Velásquez” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(3126).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Hernán Darío Zapata Palacio, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 212-2007. Registro Civil.—Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas y cuarenta minutos del diez de enero del dos mil siete. Ocurso. Expediente N° 24474-2006. Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Hernán Darío Zapata Palacio con Marcela María Vargas Aguilar..., en el sentido que el segundo nombre de la madre del cónyuge es “Carmelina” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(3845).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Óscar de Jesús Jacquin
Morales, mayor, casado, jefe de ventas técnicas, colombiano, cédula de residencia
420-180140-003449, vecino de Heredia, expediente 1020-2001. Se ha presentado a
este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los
artículos 11 y 12 de
Luis Enrique
Borge Novoa, mayor, casado, administrador, nicaragüense, cédula de residencia
Nº 270-183292-106054, vecino de Alajuela, expediente Nº 3302-2006, se ha
presentado a este Registro a levantar información de acuerdo con lo dispuesto
por los artículos 11 y 12 de
PODER LEGISLATIVO
DEFENSORÍA DE LOS HABITANTES
PROGRAMA DE ADQUISICIONES 2007
Se avisa a todos los
potenciales oferentes que con el fin de cumplir con lo que establece el
artículo 6 de
1- Servicio de Monitoreo de noticias mes de enero
monto anual aprox. ¢2.500.000 Presupuesto ordinario Programa 808.
2- Servicio especializado de Custodia y
Administración de documentos. Bodegaje de documentos Mes de Enero Monto anual
aprox. ¢1.200.000,00 Presupuesto ordinario Programa 808.
3- Compra de Pared de Fuego (Firewall) y Switchs , y computadoras. Presupuesto aprox. ¢8.000.000,00
Mes Febrero Presupuesto ordinario Programa 808.
4- Papel para fotocopiadora, impresora Bond 75
grs. Periodo aprox. Enero, Junio. Presupuesto aprox. ¢2.400.000,00 Presupuesto
ordinario Programa 808.
5- Compra de Barrera automática para control de
tránsito y cámaras de seguridad . Presupuesto aprox.¢4.000.000,00 Periodo aprox. Mes de agosto Presupuesto ordinario Programa 808.
6- Remodelación Oficina de Admisibilidad,
Defensoría de los Habitantes Mes de
Junio Presupuesto aprox. ¢24.000.000,00 Presupuesto ordinario Programa 808.
7- Lapiceros azules, negros y rojos, lápices,
borradores, sacapuntas, engrapadoras, perforadoras, broches para archivo,
grapas, sacagrapas, portaminas, minas, reglas, borrador tipo lapicero, discos
compactos, diskettes Periodo aprox. Durante todo el año.¢1.000.000,00
Presupuesto ordinario Programa 808.
8- Productos de papel como block de notas, block
de papel adhesivo, cartulina para portadas, cartulina para tarjetas y para
certificados, papel bond
9- Discos compactos, disquetes. Periodo aprox.
marzo y setiembre. presupuesto: ¢ 300.000,00.
Presupuesto ordinario Programa 808.
10- Cajas de archivador personal, archivador de
revistas, archivador de cartón tamaño carta, archivador de cartón tamaño media
carta, carpetas manila tamaño carta, carpetas colgantes tamaño carta y oficio,
carpetas color azul, verde y rojo, cartulinas varios colores y tipos Periodo aprox.
Febrero- julio y octubre Presupuesto aprox. ¢1.800.000,00 Presupuesto ordinario
Programa 808.
11- Baterías triple a, doble a
y para foco. Periodo aprox. Mayo Presupuesto aprox. ¢200.000,00 Presupuesto
ordinario Programa 808.
12- Tubos fluorescentes, bombillos, balastros,
fotoceldas. Periodo aprox. Enero Presupuesto: ¢500.000,00 Presupuesto ordinario
Programa 808.
13- Café, crema y azúcar en sobre. Periodo aprox.
Enero-Agosto-Noviembre ¢550.000,00 Presupuesto ordinario Programa 808.
14- Herramientas varias para vehículos y otros,
medidor de aire de llantas, cargador de baterías e inflador de llantas etc.
Periodo aprox. marzo y abril. Presupuesto aprox.¢1.000.000,00
Fuente de financiamiento presupuesto ordinario Presupuesto ordinario Programa
808.
15- Jabón líquido, jabón en crema para lavaplatos,
desinfectantes, cloro, jabón en polvo, shampoo para vehículo, cera para
vehículos. Periodo Aprox. Marzo y setiembre Presupuesto ¢500.000,00 Presupuesto
ordinario Programa 808.
16- Transparencias para fotocopiadora,
transparencias para impresora láser y para impresora de inyección de tinta.
Periodo aprox. Abril y Julio. Presupuesto Aprox. ¢400.000,00 Presupuesto
ordinario Programa 808.
17- Diez mesas cuadradas con sus respectivas
sillas. Período estimado mes de agosto
Mueble de madera con gavetas tipo “Arturito” Periodo estimado mes de
febrero. Escritorio en madera Mes de febrero, mesas para computadora mes de abril . Presupuesto aprox. ¢1.800.000,00 Presupuesto
ordinario Programa 808.
18- Pintura varios colores, para las instalaciones
de
19- Compra de escritorio en madera cenízaro. Mes
de Enero Presupuesto aprox. ¢450.000,00 Presupuesto ordinario Programa 808.
20- Instalación cielo raso en la bodega Periodo:
Marzo Presupuesto Aprox.¢600.000,00 Presupuesto
ordinario Programa 808.
21- Instalación de alambre navaja en el costado
sur del Edificio Principal de
22- Compra de Refrigerador y horno de microondas
Periodo aprox. Mes de agosto. Presupuesto aprox. ¢450.000,00 Presupuesto
ordinario Programa 808.
23- Empaste de Gacetas 2006. Periodo aprox. Marzo
¢200.000,00 Presupuesto ordinario Programa 808.
24- Extintores de dióxido de carbono de 4,6 Kgr,
Extintor de agua a presión de
25- Medicamentos y Vacunas. Periodo: Febrero-
Setiembre Presupuesto ¢650.000,00 Presupuesto ordinario Programa 808.
26- Adquisición de Leyes, Códigos, Reglamentos y
Estatutos. abril
Presupuesto ¢300.000,00 Presupuesto ordinario Programa 808.
27- Mantenimiento de Aires Acondicionados de
Oficinas Centrales y Regionales. Periodo aprox. Marzo-julio-octubre Presupuesto
¢1.000.000,00 Presupuesto ordinario Programa 808.
28- Repuestos para planta eléctrica, bombas para
agua y ventanerìa. Periodo aprox.: Agosto ¢1.000.000,00 Presupuesto ordinario
Programa 808.
29- Teléfonos básicos y ejecutivos para central
telefónica marca 3 COM Presupuesto aprox. ¢450.000,00 Periodo aprox. Mes de
mayo Presupuesto ordinario Programa 808.
30- Estatuillas para el Premio Calidad de Vida Mes
setiembre presupuesto aprox. ¢500.000,00 Presupuesto ordinario Programa 808.
31- Placas para estatuillas, reconocimientos. Mes
de setiembre presupuesto aprox. ¢150.000,00 Presupuesto ordinario Programa 808.
32- Memoria y cassette para cámara de video marca
Samsung, Baterías para cámara fotográfica digital marca sony, y cassettes para
cámara de video Sony. Mes de mayo ¢600.000,00 Presupuesto ordinario Programa
808.
33- Papel periódico, papel Kraft, cuadernos Mes de abril
Presupuesto: ¢200.000,00 Presupuesto ordinario Programa 808.
34- Impresiones de desplegables, folletos,
calcomanías, afiches, banner con logo. Abril-Julio Setiembre ¢1.500.000,00
Presupuesto ordinario Programa 808.
35- Monitores, teclados, mouse, parlantes Mes de
abril presupuesto ¢500.000,00 Presupuesto ordinario Programa 808.
36- Software antivirus Periodo enero presupuesto
¢2.000.000,00 Presupuesto ordinario Programa 808.
37- Llantas, baterías para los vehículos de la
institución, Periodo aprox. Durante todo el año. Presupuesto aprox.
¢1.500.000,00. Presupuesto ordinario Programa 808.
38- Adquisición e instalación de cortinas. Periodo
aprox. Abril. Prepuesto aproximado ¢500.000,00. Presupuesto ordinario Programa
808.
39- Compra
de dos unidades de aire acondicionado. Periodo aprox. Mes de setiembre Presupuesto aprox. ¢2.000.000,00 Presupuesto
ordinario Programa 808.
40- Tonner y tintas para impresoras marca: Kyocera
Mita, H.P, Lexmark, Epson, Xerox, Brother, para fotocopiadoras marca: Ricoh,
Xerox y Mita y cintas para fax marca: Canon, Xerox, Panasonic Periodo aprox.
Febrero, Junio y Setiembre. Presupuesto aprox. ¢3.000.000,00. Presupuesto
ordinario Programa 808.
41- Contratación de Servicios Profesionales en
Auditoria. Mes de marzo Presupuesto ¢750.000,00. Donaciones-Programa 806.
42- Servicios de Impresión de folletos, leyes para
43- Actividades de Capacitación en Derechos
Humanos Mayo y junio Presupuesto ¢2.000.000,00 Programa 806. Donaciones
Programa 806
44- Compra de archivadores de metal Mes de Febrero
Presupuesto aprox. ¢300.000,00 Presupuesto ordinario Programa 808.
45- Compra de Scanners Periodo aprox. Mes de abril
Presupuesto aprox. ¢200.000,00 Presupuesto ordinario Programa 808.
46- Protectores para Pantallas de visualización
Periodo aprox. Mes de Agosto Presupuesto aprox. ¢500.000,00 Presupuesto
ordinario Programa 808.
47- Construcción de aleros para los corredores del
Edificio de
48- Compra de faxes Periodo aprox. Mes de marzo.
Presupuesto aprox. ¢280.000.00 Presupuesto ordinario Programa 808.
49- Compra de ventiladores de techo y ventiladores
de pie. Periodo aprox. Febrero Presupuesto aprox. ¢200.000,00 Presupuesto
ordinario Programa 808.
50- Lector de código de Barras Periodo aprox. Mes
de agosto Presupuesto aprox. ¢100.000,00 Presupuesto ordinario Programa 808.
51- Bomba eléctrica Periodo aprox. Agosto
Presupuesto aprox. ¢170.000,00. Presupuesto ordinario Programa 808.
52- Compra de uniformes y chalecos. Mes de Enero
Presupuesto aprox. ¢600.000,00 Presupuesto ordinario Programa 808.
Departamento de
Proveeduría y Servicios Generales.—Roxana Hernández
Cavallini, Jefa.—1 vez.—(Solicitud Nº 30559).—C-72620.—(3451)
MINISTERIO DE
INSTITUTO COSTARRICENSE SOBRE DROGAS
PLAN ANUAL DE COMPRAS 2007
San José, enero de 2007.—Proveeduría.—Lic. Guido Sandoval Carrera, Proveedor
Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº
20581).—C-4840.—(3110).
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
CONSEJO NACIONAL DE CONCESIONES
Plan anual de compras 2007
El Consejo Nacional de Concesiones informa que
conforme al artículo 7 del Reglamento a
Lic. Carmen María Madrigal Rimola, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº 08802).—C-4255.—(3620).
SALUD
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
Plan de compras 2007
Gobierno Central
De conformidad con las modificaciones
a
Basados en el artículo 108 de la misma
Ley, se invita a los proveedores a incorporarse al registro de oferentes
interesados en contratar con la administración.
San José, 16 de enero del
2007.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vanessa Arroyo
Chavarría, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº
22343).—C-6675.—(3484).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
ÁREA DE SALUD BARRANCA Nº 5
PROGRAMA ANUAL DE COMPRAS 2007
Monto Periodo estimado Fuente de Partida
Tipo de bien estimado
¢ de
inicio Financiamiento Presupuestaria
Mano de obra por pintura del edificio sede y manteni-
miento de los consultorios comunales 13.900.000.00 Primer trimestre Recursos propios 2156
Mantenimiento y reparación del equipo
de comunicación 500.000.00 Primer trimestre Recursos propios 2157
Mantenimiento y reparación del equipo
de informática 500.000.00 Primer trimestre Recursos propios 2159
Fumigación del edificio sede y
consultorios comunales 1.000.000.00 Primer trimestre Recursos propios 2199
Productos de limpieza 2.000.000.00 Primer trimestre Recursos propios 2205
Cargas de oxígeno y aire medicinal 1.600.000.00 Primer trimestre Recursos propios 2205
Reactivos 6.000.000.00 Primer trimestre Recursos propios 2205
Cartuchos de tinta 2.070.000.00 Primer trimestre Recursos propios 2206
Pintura y diluyentes 2.250.000.00 Primer trimestre Recursos propios 2206
Llantas y neumáticos 280.000.00 Primer trimestre Recursos propios 2209
Productos de papel y cartón 4.500.000.00 Primer trimestre Recursos propios 2210
Impresos y otros 1.000.000.00 Primer trimestre Recursos propios 2211
Materiales y productos metálicos 1.000.000.00 Primer trimestre Recursos propios 2212
Madera y sus derivados 500.000.00 Segundo trimestre Recursos propios 2214
Materiales de construcción 1.800.000.00 Segundo trimestre Recursos propios 2215
Materiales y productos de vidrio 580.000.00 Segundo trimestre Recursos propios 2218
Instrumental, material médico y de
laboratorio 4.000.000.00 Primero y segundo trimestre Recursos propios 2219
Materiales y productos plásticos 550.000.00 Primero y segundo trimestre Recursos propios 2220
Repuestos para equipo de transporte 1.200.000.00 Primero y segundo trimestre Recursos propios 2221
Otros repuestos (equipo de
comunicación, oficina, médico) 3.300.000.00 Primero y segundo trimestre Recursos propios 2223
Útiles y materiales de oficina 3.000.000.00 Primer trimestre Recursos propios 2225
Útiles y suministros de seguridad y
emergencia 2.000.000.00 Segundo trimestre Recursos propios 2228
Envases y empaques médicos 1.100.000.00 Segundo trimestre Recursos propios 2229
Otros útiles y materiales 1.700.000.00 Segundo trimestre Recursos propios 2233
Equipo y mobiliario de oficina 2.700.000.00 Segundo trimestre Recursos propios 2310
Equipo de cómputo 4.000.000.00 Segundo trimestre Recursos propios 2315
Sistema de circuito cerrado de
televisión 30.000.000.00 Segundo trimestre Recursos propios 2340
Equipos varios (aires acondicionados) 4.700.000.00 Segundo trimestre Recursos propios 2390
Compresor tipo grado médico 11.000.000.00 Segundo trimestre Recursos propios 2390
Puntarenas, 4 de enero del 2007.—Oficina de Recursos Materiales.—Lic. Luis Enrique Muñoz
Vega.—1 vez.—(3115).
ÁREA DE SALUD FORTUNA
PROGRAMACIÓN ANUAL DE COMPRAS
PARA EL AÑO 2007
Unidad Ejecutora: 2471
Área de Salud de
210 Serv. no. pers.
Asignación
Partida Descripción original
2102 Alquiler edificios, locales y terrenos 9.300.000,00
2112 Información 88.000,00
2114 Impresión
y encuadernación 333.500,00
2122 Telecomunicaciones 2.700.000,00
2126 Energía
eléctrica 11.600.000,00
Asignación
Partida Descripción original
2128 Servicios de agua potable 727.000,00
2130 Otros
servicios 550.000,00
2134 Gastos
viajes dentro del país 8.000.000,00
2140 Transportes
en el país 1.300.000,00
2141 Transporte
de bienes 2.116.000,00
2142 Seguro
de daños y otros 793.000,00
2144 Seguro
de riesgos 1.079.200,00
2146 Comisiones
y otros 52.000,00
2152 Mantenim.
rep. de equipo de oficina 988.000,00
2153 Mantenim.
rep. de equipo de transportes 4.000.000,00
2154 Mantenim.
rep. de maquinaria y equipo 3.278.000,00
2155 Mant.
rep. de maquinaria y equipo
de
producción 520.000,00
Asignación
Partida Descripción original
2156 Mantenim. rep. de edificios 16.634.000,00
2157 Mantenim.
rep. de equipo de
comunicación 394.000,00
2159 Mant.
rep. de equipo de cómputo y
sist.
información 1.231.000,00
2184 Traslados 3.024.000,00
2188 Contratación
de servicios médicos 10.577.000,00
2191 Contratación
de servicios de limpieza
de edificios 17.183.500,00
2192 Contratación
de servicios de vigilancia 20.484.000,00
2199 Otros
servicios no personales 5.868.500,00
Subtotal 122.820.700,00
220 Mat. y sumin.
Asignación
Partida Descripción original
2201 Combustible de maquinaria y equipo 234.000,00
2205 Otros
productos químicos y conexos 7.031.000,00
2206 Tintas,
pinturas y diluyentes 1.000.000,00
2207 Textiles
y vestuarios 2.440.000,00
2209 Llantas
y neumáticos 1.519.500,00
2210 Productos
de papel y cartón 3.893.500,00
2211 Impresos
y otros 308.500,00
2212 Materiales
y productos metálicos 900.500,00
2214 Madera
y sus derivados 180.000,00
2215 Otros
materiales y prod. de uso en
construcción 3.126.500,00
2216 Mater.
y prod. eléctricos,
telefónicos y de
cómputo 1.554.500,00
2218 Materiales
y productos de vidrio 83.000,00
2219 Instrumental-material
médico y de laboratorio 3.670.000,00
2220 Materiales
y productos plásticos 336.000,00
2221 Repuestos
para equipo de transporte 3.552.500,00
2223 Otros
repuestos 2.496.000,00
2225 Útiles
y materiales de oficina 2.241.500,00
2227 Útiles
y materiales de limpieza 149.500,00
2229 Envases
y empaques médicos 1.291.000,00
2233 Otros
útiles y materiales 605.000,00
2241 Combustibles
de equipo de transporte 10.000.000,00
2243 Lubricantes
y grasas para equipo de transporte 1.500.000,00
Subtotal 48.112.500,00
230 Maq. y equipo
Asignación
Partida Descripción original
2310 Equipo y mobiliario de oficina 4.198.500,00
2315 Equipo
de cómputo 4.256.000,00
2320 Equipo
médico y de laboratorio 4.505.500,00
2330 Equipo
de transporte, tracción y elevación 3.040.000,00
2340 Equipo
para comunicaciones 1.000.000,00
2390 Equipos
varios 3.800.000,00
Subtotal 20.800.000,00
Fortuna, 16 de enero del
2007.—Lic. Rebeca Riggioni Chaves, Administradora.—1 vez.—(3403).
HOSPITAL SAN CARLOS
UNIDAD PROGRAMÁTICA 2401
PROGRAMA ANUAL COMPRAS AÑO 2007
El Hospital San Carlos de
Programa:
Atención Integral a
Cuenta Descripción Monto anual
¢
1 Servicios no personales 395.416.300,00
2102 Alquiler edificios locales y terreno 14.900.000,00
2106 Otros
alquileres 100.000,00
2112 Información 500.000,00
2114 Impresión,
encuadernación y otros 250.000,00
2122 Telecomunicaciones 11.000.000,00
2124 Servicios
de correo 400.000,00
2126 Energía
eléctrica 120.000.000,00
2128 Servicio
de agua 50.000,00
2130 Otros
servicios públicos 5.000.000,00
2134 Gastos
viajes dentro del país 13.640.000,00
2140 Transportes
dentro del país 3.000.000,00
2141 Transporte
bienes 4.500.000,00
2142 Seguro
de daños y otros seguros 5.834.000,00
2144 Seguro
riesgos profesionales 12.875.300,00
2146 Comis.
y otros cargos 360.000,00
2148 Otros
servicios gestión y apoyo 1.000.000,00
2151 Manten.
instalaciones y otras obras 500.000,00
2152 Manten.
reparac. eq. y mobil. de oficina. 3.000.000,00
Cuenta Descripción Monto anual
¢
2153 Manten. rep. equipo trans. terc 5.000.000,00
2154 Manten.
rep. de otros equipos 73.000.000,00
2155 Manten.
y rep. maq. y eq. producc. 32.000.000,00
2156 Manten.
rep. edificios p/ terceros 15.000.000,00
2157 Manten.
y rep. eq. comunicación 1.298.000,00
2159 Manten.
y rep. eq. cómputo
y sist. inform. 1.300.000,00
2184 Traslados 58.000.000,00
2186 Hospedaje 50.000,00
2188 Contrat. serv. med.
farm. lab. 3.500.000,00
2193 Cont.
serv. mant. zonas verdes 7.359.000,00
2199 Otros
servicios no personales 2.000.000,00
2 Materiales y suministros 704.964.000,00
2201 Gasolina, lubricantes y grasas 104.000.000,00
2203 Medicinas 26.000.000,00
2205 Otros
productos químicos y conexos 130.000.000,00
2206 Tintas,
pinturas y diluyentes 6.150.000,00
2207 Textiles
y vestuarios 29.488.000,00
2209 Llantas
y neumáticos 3.000.000,00
2210 Productos
de papel y cartón 19.000.000,00
2211 Impresos
y otros 1.500.000,00
2212 Materiales
y productos metálicos 8.000.000,00
2213 Alimentos
y bebidas 207.713.000,00
2214 Madera
y sus derivados 3.000.000,00
2215 Otros
mat. y prod. construcción 10.000.000,00
2216 Mat.
y prod. elect. telef. y
comput. 5.000.000,00
2217 Instrumentos
y herramientas 700.000,00
2218 Materiales
y productos de vidrio 800.000,00
2219 Instrumentos
med. y laboratorio 62.000.000,00
2220 Materiales
y prod. de plástico 500.000,00
2221 Repuestos
equipo de transporte 4.500.000,00
2223 Otros
repuestos 45.000.000,00
2225 Útiles
y materiales de oficina 5.000.000,00
2227 Útiles
y materiales de limpieza 10.000.000,00
2229 Envases
y empaques medicina 2.468.000,00
2231 Útiles
cocina y comedor 4.849.000,00
2233 Otros
útiles y materiales 2.806.000,00
2241 Combustible
equipo de transporte 13.000.000,00
2243 Lubricantes,
grasas p/equip. transp. 490.000,00
3 Maquinaria y equipo 80.000.000,00
2305 Maquinaria y equipo producción 1.000.000,00
2310 Equipo
y mobiliario de oficina 2.000.000,00
2315 Equipo
de cómputo 5.000.000,00
2320 Equipo
médico y laboratorio 45.000.000,00
2330 Equipo
transp. tracc. y elevación 2.000.000,00
2340 Equipo
para comunicaciones 8.000.000,00
2360 Maquinaria
y equipo para talleres 2.000.000,00
2380 Libros 2.000.000,00
2390 Equipos
varios 13.000.000,00
Fuente de financiamiento:
Presupuesto ordinario 2007.
Período estimado de ejecución:
I-II-III-IV trimestres 2007.
De igual manera se invita a todos los
proveedores a formar parte de nuestro Registro de Proveedores, para lo cual
deberán realizar su inscripción en Oficinas Centrales C.C.S.S. Mayor
información en Sucursal Seguro Social Ciudad Quesada, San Carlos.
Ciudad Quesada, San
Carlos, enero del dos mil siete.—Oficina Subárea de
Planificación de Compras.—Lic. Jessenia Vargas Zeledón, Jefa.—1
vez.—(3410).
CENTRO DE TRASPLANTE
HEPÁTICO
Y CIRUGÍA HEPATOBILIAR
Unidad: 2803 Centro de Transplante
Hepático y Cirugía Hepatobiliar.
210 Servicios no personales ¢20.160.000,00
2112 Información ¢2.500.000,00
2124 Servicios
de correo ¢100.000,00
2131 Actividades
de capacitación ¢1.000.000,00
2141 Transporte
bienes ¢140.000,00
2152 Mantenim.
rep. eq. y
mob. de oficina ¢100.000,00
2154 Mantenim.
rep. de otros equipos ¢1.000.000,00
2156 Mant.
repar. ed. terceros ¢1.000.000,00
2157 Mant.
rep. equipo comunicación ¢1.200.000,00
2159 Mant. rep. equp. cómputo y sist. inform. ¢1.120.000,00
2188 Contrat. serv. med.
farm. lab. ¢8.000.000,00
2199 Otros
serv. no personales ¢4.000.000,00
220 Materiales y suministros ¢205.720.000,00
2203 Medicinas ¢19.500.000,00
2205 Otros
prod. quim. y conexos ¢40.000.000,00
2206 Tintas,
pinturas y diluyentes ¢900.000,00
2207 Textiles
y vestuarios ¢200.000,00
2210 Productos
papel y cartón ¢2.100.000,00
2211 Impresos
y otros ¢320.000,00
2215 Otros
mat. y prod. de uso en
construcción ¢200.000,00
2216 Mat.
prod. electr. telf. cómputo ¢2.000.000,00
2218 Materiales
y productos de vidrio ¢500.000,00
2219 Instrum.
médico y laborat. ¢153.500.000,00
2220 Materiales
productos de plástico ¢200.000,00
2223 Otros
repuestos ¢1.200.000,00
2225 Útiles
y mater. de oficina ¢2.000.000,00
2227 Útiles
y mat. de limpieza ¢600.000,00
2229 Envases
y emp. medicina ¢500.000,00
2233 Otros
útiles y materiales ¢1.500.000,00
2245 Fármacos/tratam.
especiales ¢64.000.000,00
230 Maquinaria y equipo ¢228.600.000,00
2310 Equipo y mobiliario de of. ¢5.000.000,00
2315 Equipo
de cómputo ¢5.000.000,00
2320 Equipo
médico y laborat. ¢186.000.000,00
2340 Equipo
para comunicaciones ¢31.000.000,00
2390 Equipos
varios ¢1.600.000,00
Total general ¢454.480.000,00
San José, 17 de enero del
2007.—MBA. Luis Wachong Solís, Encargado de
Presupuesto.—1 vez.—(3422).
DIRECCIÓN DE RECURSOS
MATERIALES
ÁREA DE SALUD SAN RAFAEL DE HEREDIA
U.P: 2232
PROGRAMA ANUAL COMPRAS DE BIENES
Y SERVICIOS PARA EL AÑO 2007
De conformidad con el
artículo 7º del Reglamento a
Cta. Monto Inicio
pres. Descrip.
partida ¢ compras
2188 Contrat. servicios médicos 9.500.000,00 1-2-3-4
2191 Contrat.
servicios limpieza 7.500.000,00 1-2-3-4
2192 Contrat.
servicios vigilancia 10.300.000,00 1-2-3-4
2210 Productos
papel y cartón 2.400.000,00 1-2-3-4
2225 Útiles
y materiales oficina 1.700.000,00 1-2-3-4
2227 Útiles
y materiales limpieza 1.100.000,00 1-2-3-4
2310 Eq.
y mobiliario de oficina 2.500.000,00 1-2-3-4
2315 Equipo
de cómputo 2.000.000,00 1-2-3-4
2320 Equipo
médico y laboratorio 2.500.000,00 1-2-3-4
2340 Equipo
para comunicaciones 500.000,00 1-2-3-4
2390 Equipos
varios 1.000.000,00 1-2-3-4
San José, 15 de enero del
2007.—Lic. Marixabel Matamoros Ramírez, Administradora
a. í.—1 vez.—(3473).
INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
PROVEEDURÍA
PROGRAMA DE ADQUISICIONES AÑO 2007
BIENES Y SERVICIOS
Servicios no personales
Alquiler de
Edificios 200.000,00
Alquiler Maq. Equipo y Mobiliario 3.100.000,00
Alquiler Equipo de Cómputo 200.000,00
Alquiler y Derechos para
Telecomunicaciones 300.000,00
Otros alquileres 800.000,00
Información 9.900.000,00
Servicios no personales
Publicidad
y Propaganda 12.550.000,00
Impresión, encuadernación y otros 27.280.000,00
Servicios Médicos y de laboratorio 8.500.000,00
Servicios Jurídicos 28.500.000,00
Servicios de Ingeniería 20.775.000,00
Transporte en el exterior 17.225.000,00
Ciencias Sociales y Económicas 147.465.002,00
Servicios Generales 60.460.000,00
Servicio Desarrollo de Sistemas
Informáticos 45.500.000,00
Otros Servicios 7.800.000,00
Actividades de Capacitación 150.400.000,00
Actividades protocolarias y Sociales 2.400.000,00
Mantenimiento de edificios y locales 25.000.000,00
Mantenimiento y Reparación de Equipo
de Cómputo y Sistemas 15.875.000,00
Mantenimiento y Reparación de Equipo
de Comunicación 522.000,00
Mantenimiento y reparación de Equipo
de Transportes 28.000.000,00
Mantenimiento y Reparación de Equipo
y Mobiliario de Oficina 4.154.000,00
Mantenimiento y Reparación de otros
equipos 300.000,00
Materiales y suministros
Combustibles y
Lubricantes 11.510.000,00
Productos Farmacéuticos y Medicinales 700.000,00
Tintas, pinturas y diluyentes 14.570.000,00
Otros productos químicos 855.000,00
Alimentos y Bebidas 12.540.000,00
Materiales y Productos Minerales y
Asfálticos 100.000,00
Materiales y Productos Eléctricos,
Telefónicos
y de Cómputo 3.000.000,00
Materiales y Productos metálicos 600.000,00
Madera y sus Derivados 500.000,00
Otros materiales y productos de uso
en la construcción 3.500.000,00
Materiales y Productos de Vidrio 600.000,00
Materiales y Productos de Plástico 350.000,00
Herramientas e Instrumentos 1.030.000,00
Repuestos y Accesorios 5.310.000,00
Productos de papel, cartón e impresos 15.025.000,00
Textiles y vestuario 810.000,00
Útiles y materiales de cocina y comedor 416.000,00
Útiles y materiales de limpieza 2.542.900,00
Útiles y materiales de oficina y
cómputo 8.875.000,00
Útiles y materiales de resguardo y
seguridad 200.000,00
Útiles y materiales médico,
hospitalario
y de Investigación 100.000,00
Otros útiles, materiales y suministros 1.320.000,00
Maquinaria y
equipo
Maquinaria y
equipo de oficina 0,00
Equipo y programas de cómputo 99.800.000,00
Equipo de comunicación 0,00
Maquinaria y Equipo diverso 0,00
Equipo sanitario, de laboratorio e
investigación 0,00
NOTA: tomado
de el presupuesto ordinario 2007, folios del 90 al 93.
San
José, 15 de enero del 2007.—Proceso Administración y
Finanzas.—Lic. Édgar Quirós Núñez, Coordinador.—1
vez.—(Solicitud Nº 39611).—C-54470.—(3452).
AVISOS
COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S.
A.
PROGRAMA DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y
SERVICIOS
PRESUPUESTO 2007
(Miles de colones)
Monto
estimado Fecha estimada Fuente
de
Tipo de bienes y servicios (Miles
de colones) Inicio proceso financiamiento
1 Consultoría para optimizar la gestión documental
y la
normalización asociada (1) 179.000 Marzo 2007 Propios
2 Mano de obra para inventariar y plaquear
postes de alumbrado público 93.410 Marzo 2007 Propios
3 Mano de obra para
instalación de luminarias en el cantón de Goicoechea 47.930 Julio
2007 Propios
4 Cable triplex, aluminio, cobre 59.465 Febrero 2007 Propios
5 Postes de alumbrado público 71.436 Febrero 2007 Propios
6 Brazos, abrazaderas, conectores y otros
herrajes para luminarias
de alumbrado público 110.000 Febrero 2007 Propios
7 Equipo de comunicación p/ Sistema de
Transmisión de Datos (PLC) 54.200 Febrero 2007 Propios
8 Radios troncalizados 58.300 Enero 2007 Propios
9 Sistema inalámbrico WAN 77.000 Enero 2007 Propios
10 Adquisición de sistema redundante para el
Sistema Administrativo
para Administración de
11 Módulo para análisis operativo en
12 Seccionadores trifásicos con función
seccionadora y detección
de corrientes de falla. 120.000 Febrero 2007 Propios
13 Medidores polifásicos 962.000 Febrero 2007 Propios y
financiados
Monto
estimado Fecha estimada Fuente
de
Tipo de bienes y servicios (Miles
de colones) Inicio proceso financiamiento
14 Mano de obra para
sustituir medidores obsoletos 50.000 Febrero 2007 Propios
15 Patrón de referencia para potencia eléctrica
y energía de alta
precisión y verificador 62.900 Febrero 2007 Propios
16 Consultoría para realizar estudio técnico de
diseño final para el
proyecto hidroeléctrico Balsa Inferior 60.427 Marzo 2007 Propios
17 Servicio de vigilancia para las propiedades
adquiridas para el desarrollo
del proyecto hidroeléctrico Balsa Inferior 36.000 Febrero 2007 Propios
18 Consultoría para el diseño del trazo de la
ruta nacional Nº 702, por
construcción de proyecto 77.000 Febrero 2007 Propios
19 Mano de obra para
servicios de topografía en proyectos de generación 45.000 Enero
2007 Propios
20 Mano de obra para inventariar componentes de
la red eléctrica de
distribución: postes (montajes), y alumbrado (lámparas). 200.000 Julio 2007 Propios
21 Mano de obra para
georefenciación de los servicios eléctricos,
relación transformador circuito secundario-medidores 180.000 Julio 2007 Propios
22 Equipo de transporte 214.000 Marzo 2007 Propios
23 Equipo retroexcavador (back hoe) 45.500 Febrero 2007 Propios
24 Servidores 96.000 Marzo 2007 Propios
25 Cable de potencia 78.000 Enero 2007 Propios y
financiados
26 Interruptores de potencia 72.000 Enero 2007 Propios
27 Transformador de potencia 165.000 Enero 2007 Propios
28 Cable de aluminio triples 3/6 AAC 44.000 Marzo 2007 Propios
29 Bombillos de sodio y vapor de sodio (150
wts/55 v, 150 wts/100 v,
250
wts alta presión) 40.422 Julio 2007 Propios
30 Postes de hierro, concreto y ornamental 66.000 Julio 2007 Propios
31 Mejoras camino de acceso Planta H. Belén 76.900 Abril 2007 Propios
32 Construcción de estación forestal (Coronado)
(2) 39.000 Julio 2007 Financiado
33 Construcción de Edificio Alumbrado Público
(3) 300.000 Agosto 2007 Financiado
34 Mejoras a varios tramos del canal con muro de
gaviones de la
Planta
Hidroeléctrica Belén 50.000 Junio-2007 Propios
35 Servicio de transporte de empleado a
distintos centros de trabajo
de
36 Equipo de cómputo (impresoras alto y medio
volumen/ impresora Braile) 39.000 Mayo 2007 Propios
Nota (1): Incluye
contratación por tres años, monto aprobado en el presupuesto 2007, ¢ 61,500
millones
(2): Incluye contratación por dos años, monto
aprobado en el presupuesto 2007, ¢ 20,000 millones
(3): Incluye contratación por dos años, monto
aprobado en el presupuesto 2007, ¢ 80,000 millones
San José, 15 de enero del
2007.—Sección Control de Presupuesto.—Juan M. Casasola
Vargas, Jefe.—1 vez.—(3460).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE CARRILLO
Programa de adquisición proyectado
para el período
de enero a diciembre del 2007
PRESUPUESTO ORDINARIO 2007
SECCIÓN DE EGRESOS
1 Servicios 165.220.689,10
2 Materiales y suministros 106.350.923,29
3 Bienes duraderos 439.798.169,77
Total 711.369.782,16
Filadelfia, 8 de enero
del 2007.—Antonio Montero Céspedes, Proveedor
Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 4444).—C-7280.—(3623).
BANCO DE COSTA RICA
Estudio de mercado para el desarrollo
del proyecto “Adquisición
e Implementación de un Sistema
Automatizado de Identificación
de Huellas Dactilares (AFIS)
El Banco de Costa Rica,
recibirá ofertas por escrito hasta las diez horas con treinta minutos del 26 de
enero del 2007, para el estudio en referencia.
Los interesados pueden retirar las
especificaciones y condiciones generales en
Las aclaraciones o consultas deben ser
solicitadas al Sr. Carlos Marín M., de
San José, 9 de enero del
2007.—Oficina de Contratación
Administrativa.—Licitaciones.—Rodrigo Aguilar S.—1 vez.—(O. C. Nº
056232).—C-7280.—(4396).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CENTRO NACIONAL DE REHABILITACIÓN
DR. HUMBERTO ARAYA ROJAS
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº
2007-CD-000002-CNR
Mantenimiento preventivo y correctivo
para autoclave
Amsco
El cartel y las especificaciones
técnicas para este concurso, se encuentran a la venta en
San José, 16 de enero del
2007.—Unidad de Compras.—Kattya Ortiz González,
Jefa.—1 vez.—(3900).
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº
2007-CD-000003-CNR
Gabapentina (Neurontín), Alfuzosina, Oxibutinina
(Urginal)
El cartel y las especificaciones
técnicas para este concurso, se encuentran a la venta en la recepción de la
unidad de compras. Los cupones para la adquisición del cartel, están a la venta
en la caja chica de este centro. Valor del cartel ¢200,00. (Doscientos colones
con cero céntimos).
San José, 17 de enero del
2007.—Unidad de Compras.—Kattya Ortiz González,
Jefa.—1 vez.—(3901).
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº
2007-CD-000001-CNR
Mantenimiento preventivo y correctivo
para desfribrilador
El cartel y las especificaciones
técnicas para este concurso, se encuentran a la venta en la recepción de
San José, 16 de enero del
2007.—Unidad de Compras.—Kattya Ortíz González,
Jefa.—1 vez.—(3902).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE OROTINA
LICITACIÓN ABREVIADA NÚMERO
2007-LA-00001-01
Recolección con cuadrilla, transporte,
disposición final
y el tratamiento de los desechos
sólidos
El Concejo Municipal de
“Aprobar el cartel de
Licitación Abreviada número 2007-LA-00001-01, para la recolección con
cuadrilla, transporte, disposición final y el tratamiento de los desechos
sólidos.”
Los interesados podrán adquirir el
cartel en el Departamento Legal del Concejo Municipal de Orotina, previo pago
de diez mil colones en
Para información al teléfono 428-9543.
Orotina, 17 de enero del
2007.—Karol Mena Sánchez, Secretaria del Concejo.—1
vez.—(O. C. Nº 16396).—C-6655.—(3985).
EDUCACIÓN PÚBLICA
LICITACIONES PÚBLICAS LPU-
PRÓRROGA TRANSPORTE ESTUDIANTES
CURSO LECTIVO 2007
Resolución Nº 0002-2007.—Despacho del Ministro de Educación Pública. San José, a
las quince horas, treinta minutos del once de enero de dos mil siete.
Se conoce prórroga de algunos
contratos de transporte de estudiantes originados en las Licitaciones Públicas
LPU-
Resultando:
I.—Que como una de sus líneas
estratégicas medulares, esta Cartera estima prioritario garantizar el derecho
fundamental a la educación, en el marco del Principio del Interés Superior del
Niño, Niña y Adolescente, mediante instrumentos de equidad que permitan avanzar
hacia una cobertura universal de acceso y permanencia en un servicio educativo
público de calidad.
II.—Que para mejorar la cobertura
educativa, disminuir la exclusión o deserción y auspiciar la universalización de
la educación secundaria, esta Administración -como parte de su política social-
se encuentra analizando y evaluando la eficiencia y el impacto del Programa de
Transporte de Estudiantes para definir las eventuales enmiendas que puedan
contribuir a su fortalecimiento.
III.—Que mientras tanto, en el
contexto de la equidad educativa, existe gran cantidad de estudiantes que
requieren el apoyo del Estado, el cual se traduce -entre otras modalidades- en
el otorgamiento de beneficios asistenciales para el subsidio de los gastos
implícitos por concepto de transporte hacia el centro educativo donde cursa o
cursará sus estudios.
IV.—Que en consonancia con estas
necesidades,
V.—Que a solicitud del Ministerio de
Educación Pública,
VI.—Que en relación con el curso
lectivo del
VII.—Que las obligaciones económicas
que se derivan de esta prórroga se encuentran amparadas financieramente en
Considerando único:
Como parte del proceso de
verificación y acreditación de los requisitos definidos reglamentaria,
cartelaria y consensuadamente para la prestación del servicio de transporte de
estudiantes y su eventual prórroga para el curso lectivo 2007,
De conformidad con el criterio emitido
por
• El plazo de la prórroga será de enero a diciembre del año 2007,
por un monto total de ¢4.746.544.156,92.
• El resto de las condiciones del servicio o
en suma, los términos sustantivos de los contratos, no pueden modificarse, sin
que se cuente con la aprobación de la misma Contraloría General.
•
A partir de dicha
autorización,
En este sentido, amén de las
condiciones dichas, los transportistas a quienes favorezca esta prórroga
deberán además cumplir a cabalidad con las obligaciones que se enuncian en los
artículos 7 y 14 de dicho cuerpo normativo e, incluso, deberán ampliar su
garantía de cumplimiento por todo el período lectivo 2007 y hasta tres meses
después de concluido.
Por otra parte, corresponderá a
El Ministro de Educación
Pública, con fundamento en las consideraciones y citas legales que anteceden,
RESUELVE:
I.—Prorrogar por el período lectivo 2007
las siguientes rutas de los contratos de transporte de estudiantes, suscritos
entre este Ministerio y los contratistas adjudicados en las Licitaciones
Públicas LPU-
Unidades
autorizadas
Región Ruta Adjudicatario año
2007
San José 5101 Ibo Monge Calderón SJB
9598
SJB
9642
SJB
9005
5102 Ronny Castro Fallas SJB
9210
GB
486
SJB
2785
SJB
8515
5103 Marcos Fernández Chinchilla CL
69377
CL
83172
CL
65613
SJB
9440
5104 Ibo Monge Calderón SJB
6426
SJB
3886
SJB
9390
5105 Ibo Monge Calderón SJB
8441
SJB
9575
5106 Hermes Godínez Vargas SJB
7236
5107 Ibo Monge Calderón SJB
8116
SJB
8854
5108 Ibo
Monge Calderón SJB
9638
5109 Autrotransportes San José Tobosi SJB 3596
SJB
4992
5110 Rafael E. Solano Jiménez LB
557
SJB
4000
5111 Luis Madrigal Altamirano SJB
3606
5112 Luis Guillermo Arce Segura SJB
6037
LB
683
5113 Luis Guillermo Arce Segura CB
1102
SJB
4545
GB
533
CB
1407
5114 J.S.N.O. Ltda. SJB
6951
SJB
3575
SJB
6038
5115 Víctor M. Solano Segura CB
1418
SJB
7509
SJB
7989
5116 Autrotransportes San José Tobosi SJB 4310
SJB
3555
5118 Autrotransportes San José Tobosi SJB 6730
5119 Autrotransportes San José Tobosi SJB 6730
SJB
6624
AB
1908
Unidades
autorizadas
Región Ruta Adjudicatario año
2007
5120 Rafael E. Solano Jiménez LB
557
SJB
4000
5123 Ibo Monge Calderón SJB
9642
SJB
8441
5124 Jorge A. Ríos Valverde CL
135496
SJB
10137
5125 Wilber A. Godínez Vargas SJB
10012
5126 Hermes Godínez Vargas CL
126091
5128 Ibo Monge Calderón SJB
9425
5129 Wilber A. Godínez Vargas CL
84199
PB
564
5130 Hermes Godínez Vargas SJB
9385
5131 J.S.N.O. Ltda. AB
1926
SJB
6038
5132 J.S.N.O. Ltda. CB 1844
SJB
6038
Puriscal 5201 Víctor
Aguilar Umaña LB-621
5206 Mario Picado Vega SJB-1979
5216 Víctor Aguilar Umaña GB-614
SJB-7560
5217 Víctor Aguilar Umaña SJB-3760
5220 Víctor Aguilar Umaña SJB-3760
5222 Víctor Aguilar Umaña GB-614
Pérez Zeledón 5301 Marvin Castillo Esquivel SJB-4065
SJB-4033
5302 GAFESO S. A. SJB-5235
SJB-7431
5303 Gilbert Fernández Solís SJB-2582
SJB-5701
5304 Gilbert Fernández Solís SJB-5702
SJB-7471
5305 Gilbert Fernández Solís SJB-4880
5306 Rafael Ángel Arguedas Rodríguez PB-685
5307 Rafael Ángel Arguedas Rodríguez SJB-3602
5308 Rafael Ángel Arguedas Rodríguez SJB-5676
5309 Rafael Ángel Arguedas Rodríguez SJB-7961
SJB-9681
5311 Rafael Ángel Arguedas Rodríguez SJB-3604
SJB-9581
5313 Gafeso SJB-5058
SJB-2574
5314 Wilfrido Hernández Ceciliano SJB-4660
SJB-4008
5315 Rafael Estrada Abarca SJB-4836
SJB-6067
5316 Francisco Noel Rojas Araya SJB-4225
5320 Marvin Castillo Esquivel SJB-4065
SJB-4033
5322 Transportes Mapica del Sur SJB-6311
5323 Marvin Castillo Esquivel SJB-4065
SJB-4033
5330 Transportes Mapica del Sur SJB-8802
SJB
5337
5331 Gerardo Arroyo Cruz SJB
9282
5332 Gerardo Arroyo Cruz SJB
9282
5333 Gerardo Arroyo Cruz SJB
2095
SJB
9320
5334 Gerardo Arroyo Cruz SJB
2095
SJB-9320
5336 Rafael Ángel Arguedas Rodríguez SJB-3603
5340 Marvin Castillo Esquivel SJB-6479
5341 Francisco Noel Rojas Araya SJB-5054
SJB-5932
5342 Héctor Romero Valverde SJB-2991
5348 Hernández Solís SJB-4812
SJB-1600
Alajuela 5401 Ramón
Vargas Campos SJB
7205
5402 Ramón Vargas Campos AB
3192
5405 Ramón Vargas Campos AB
1212
5406 Ramón Vargas Campos AB
1791
5409 Ramón Vargas Campos AB
1699
HB
692
SJB
5088
5412 Iván Alpízar Rodríguez AB
1939
AB
2343
AB
1777
AB
2890
AB
2162
5413 Ronald Alpízar Rodríguez AB
3139
AB
1216
5414 Noé Vargas Rodríguez AB
2308
5415 Alpízar y Murillo S. A. AB
2204
AB
1875
AB
1883
5418 Transportes Unidos Poaseños S. A. AB 3013
AB
2314
Unidades
autorizadas
Región Ruta Adjudicatario año
2007
5419 Transportes Unidos Poaseños S. A. AB 3341
AB
3351
AB
3444
AB
3692
5420 Autotransportes Santa Gertrudis Ltda. AB 2376
AB
3701
AB
3083
5421 Autotransportes Santa Gertrudis Ltda. AB 1457
5422 Transportes Unidos Poaseños S. A. AB 2130
AB
3382
AB
2386
5423 Gabriel Pérez Rojas AB
804
LB
291
AB
808
SJB
6829
5424 Empresa Auto Transportes Santa
Gertrudis Ltda. AB 3162
AB
1621
AB
2172
5426 Empresa Auto Transportes Santa Gertrudis
Ltda. AB
1793
AB
1903
AB
2182
AB
3712
GB
094
AB 3344
AB
1713
AB
2091
5427 Empresa Auto Transportes Santa
Gertrudis Ltda. AB 1574
5428 Transportes Murillo Navarro AB
1716
AB
1789
AB
1912
AB
3145
AB
3158
AB
3078
5429 Transportes
Unidos de Alajuela Grecia y Naranjo AB
2878
AB
3310
AB
3200
5431 Egidio Rodríguez Vásquez LB
289
CB
1537
AB
1723
5432 Cooperativa Transporte de Sabanilla y
Sn. Isidro AB 2967
de Alajuela R. L. AB
3142
AB
1991
SJB
6509
5433 Cooperativa Transporte de Sabanilla y Sn. Isidro AB 2968
de Alajuela R. L. AB
2822
AB
2198
AB
3346
AB
3338
AB
3143
AB
2069
5434 Cooperativa
Transporte de Sabanilla y Sn. Isidro AB
2330
de Alajuela R. L. AB
2284
AB
1275
AB
1721
SJB
6507
AB
1552
5437 Empresa Auto Transportes Santa
Gertrudis Ltda. AB 2783
5438 Transportes Murillo Navarro AB
1716
AB
1789
AB
1912
AB
3145
AB
3158
AB
3078
5440 Gabriel
Pérez Rojas AB
804
LB
291
AB
808
SJB
6829
5441 Empresa Auto Transportes Santa
Gertrudis Ltda. AB 2368
5442 Egidio Rodríguez Vásquez LB
289
CB
1537
5443 Empresa Auto Transportes Santa
Gertrudis Ltda. AB 3000
5444 Empresa Auto Transportes Santa
Gertrudis Ltda. AB 2376
5445 Empresa Auto Transportes Santa
Gertrudis Ltda. AB 27182
5451 Marcos Rodríguez Castro AB
2127
AB
1911
5452 Empresa Auto Transportes Santa
Gertrudis Ltda. AB 1508
AB
2117
AB
2068
5453 Empresa Auto Transportes Santa
Gertrudis Ltda. AB
1921
AB
2168
AB
2873
AB
3000
AB
3134
5454 Empresa
Auto Transportes Santa Gertrudis Ltda. AB
1758
5457 Carlos Emilio Morera Arrieta AB
2937
AB
2789
AB
1722
SJB
7944
Unidades
autorizadas
Región Ruta Adjudicatario año
2007
5458 Empresa Auto Transportes Santa Gertrudis
Ltda. AB 2368
AB
2783
AB
3696
5459 Empresa Auto Transportes Santa
Gertrudis Ltda. AB 1807
5461 Autotransportes López S. A. AB
2075
5462 Transportes ITACA S. A. AB
2944
AB
1611
San Ramón 5502 Jorge I. Cubero
Esquivel C-20927
AB-859
5503 Rey Sol S. A. AB-1456
HB-677
SJB-10380
AB
4161
AB-1455
AB
1917
5504 Jorge Rodríguez Vásquez AB-3571
CB-1303
5506 Mario Alberto Rodríguez Rodríguez AB-1685
AB-1289
5508 H. P. Canela SJB-2205
AB-2900
AB-2175
AB-1647
5509 Eduardo Chaves León AB-3860
GB-431
5514 Jorge Arturo Miranda Vargas HB
979
PB-251
PB
521 reserva
5516 Mario Rojas Arias AB-3150
AB-1797
5518 Oscar Miranda Araya AB-1598
HB 1556 Reserva
5520 Zarcero Tico Tour AB-2201
SJB-4452
AB-1956
5521 Fernando Alfaro Rojas AB-1279
AB-648
LB-284
5523 Oscar Miranda Araya AB-1598
HB 1556 Reserva
5524 Juan Alpízar Castro HB
733
5525 Transportes Benavides Acuña CB-858
AB-955
SJB-3866
PB-542
5526 Transportes Benavides Acuña GB-18
AB-2379
SJB-5489
5527 Arnoldo Vargas Barrantes GB-420
AB-2237
5529 Transportes Cubero Bonilla de Cirri AB-2374
AB-3181
AB
2082
5531 Compañía Carbachez AB-2157
AB-2302
5532 Transportes Rosaso SJB-3507
GB-307
5534 Empresa de Buses Hnos. Salas AB
1688
AB
3827
AB
4220
AB-2962
SJB-6159
CB-829
5536 Eduardo
Chaves León GB-431
AB
3860
5539 Javier Pérez Rojas GB-71
5540 Carlos Alexander Oviedo Alfaro PB-352
5541 Rey Sol SJB-10380
5542 Jorge Arturo Miranda Vargas HB
979
PB-251
PB 521 reserva
5544 Mario Rojas Arias AB-3413
AB-3150
5545 Transportes Benavides Acuña GB-18
AB-2379
PB-542
SJB-5489
5546 Arnoldo Vargas Barrantes GB-420
5549 Transportes Cubero Bonilla de Cirri AB-2374
AB
2082
5550 Mario Hernández Vargas AB-4098
SJB-5276
AB-2067
Unidades
autorizadas
Región Ruta Adjudicatario año
2007
5552 Compañía Carbachez AB-2157
AB-2302
5557 Rey Sol AB-1864
5558 Transportes Benavides Acuña GB-18
AB-2379
SJB-5489
5560 Javier Pérez Rojas AB-1040
PB-499
5561 Carlos Alexander Oviedo Alfaro PB-352
5562 Mario Rojas Arias AB-3413
AB-3682
AB-1560
5563 Transportes Cubero Bonilla de Cirri AB-2374
AB-3181
AB-2082
5564 Fernando Cubero Núñez AB-685
LB-478
5565 Transportes Cubero Bonilla de Cirri AB-3435
AB
2082
5566 Arnoldo Vargas Barrantes LB-180
GB
734
5567 Fernando Cubero Núñez SJB-7224
San Carlos 5601 José
María Corrales Herrera SJB
7717
5602 José María Corrales Herrera SJB
7716
AB
3638
5603 Humberto Campos Castillo CB
756
AB
905
PB
455
5604 Orlando Vargas Vásquez GB
144
AB
4225
5605 Edwin Rojas Huertas AB
2805
5607 Rosalía Porras Cortés T-07-07-11766
5609 Rosalía Porras Cortés AB
2339
5621 Transportes San José Venecia de San
Carlos AB 781
AB
2979
SJB
6740
AB
3416
AB
3728
5623 Manuel Enrique Vargas Pérez SJB
7696
AB
3418
5629 Transportes Pital de Ciudad Quesada S.
A. AB 913
PB
596
5630 Transportes San José Venecia de San Carlos LB 205
AB
3416
AB
2744
AB
3728
5631 Luis Eladio Rojas Vargas CB
941
5633 BERYAOL S. A. SJB
3059
SJB
3233
5640 Luis
Eladio Rojas Vargas SJB
2060
CB
784
5643 José Alfonso Álvarez Gutiérrez AB
2792
AB
3640
5646 Empresa Álvarez y Gutiérrez Ltda. AB 2159
AB
2192
5647 Transportes Pital de Ciudad Quesada S.
A. AB 1582
AB
1872
Cartago 5705 Gonzalo
Ureña Zumbado SJB
8397
SJB
5929
5706 Gonzalo Ureña Zumbado SJB
10344
SJB
4723
5709 Alfredo Venegas Monge SJB
4776
5713 Rodrigo Guzmán Solís SJB
6136
5720 Rodrigo Guzmán Solís PB
1566
SJB
8886
HB
806
5722 Transportes Hermanos Chacón SJB
2775
SJB
1866
SJB
4469
5723 Autotransportes San José Juan de Tobosi SJB 6731
CB
1544
AB
1625
SJB
6685
5724 Néstor Chacón Jiménez CB
1177
Turrialba 5802 Transportes
Mora y Rojas S. R. L. SJB
5885
SJB
5703
5808 Transportes Mora y Rojas S. R. L. LB 413
CB
1554
5809 Transportes Mora y Rojas S. R. L. CB 1426
LB
370
5812 Transportes Mora y Rojas S. R. L. LB 415
CB
1553
5813 Transportes Mora y Rojas S. R. L. CB 1426
5816 Transportes Mora y Rojas S. R. L. CB 1421
Unidades
autorizadas
Región Ruta Adjudicatario año
2007
Heredia 5901 Eduardo Pérez Vargas HB
1433
5903 Carlos Enrique Cordero Solano HB
2030
5913 Carlos Enrique Cordero Solano HB
2002
5917 Arnoldo Ocampo Ardón HB
1526
HB
1616
HB
1615
5921 Carlos Enrique Cordero Solano HB
2005
5923 Carlos Enrique Cordero Solano HB
2002
5931 Elías Segura Araya GB
013
AB
2111
AB
2384
Liberia 6001 Miguel
Caravaca Vázquez HB
827
6004 Julio Villalobos Rojas HB
905
GB
1752
6007 Jerónimo Rojas Montes HB
1452
SJB
5374
243866
6019 José T. González García GB
1277
6021 José T. González García GB
1536
6036 Miguel Caravaca Delgado GB
1252
Nicoya 6101 Víctor M. Mora Picado HB
1032
GB
683
6104 Oved Zúñiga Mora GB
674
GB
632
HB
1094
6105 Antonio Navarro Rojas GB
1163
HB
778
6106 Víctor M. Mora Picado HB
688
6108 Clever Molina Chacón SJB
3742
6109 José Luis Arroyo Guerrero HB
709
HB
657
6110 Roberto Rodríguez Lobo SJB
7934
GB
1314
6111 José F. Rodríguez Ramírez HB
815
6114 Oved Zúñiga Mora GB
1244
GB
1453
6116 Luis Fernando Campos Rodríguez SJB 9127
6117 José F. Rodríguez Ramírez HB
844
6119 William Campos Lippi AB
1362
GB
714
GB
1423
6120 William Campos Lippi GB
1122
GB 1130
GB
879
GB
883
HB
972
6125 Leonardo Sánchez González GB
877
GB
669
6127 Transportes Rojas Castro S. A. GB
1567
GB
1778
6133 Transportes Rojas Castro S. A. GB
1567
GB
1568
GB
1466
6134 Transportes Rojas Castro S. A. GB
1456
HB
1197
GB
1457
6135 Luis Armando Cubero Arroyo SJB
1915
6136 Oved Zúñiga Mora GB
909
GB
844
6137 William Campos Lippi GB
1122
GB
1130
GB 879
6139 Luis Armando Cubero Arroyo AB
1333
6140 Manuel A. Rosales Dinarte GB
1159
6143 Víctor M. Mora Picado HB
1190
SJB
6021
6144 Oved Zúñiga Mora GB
1612
GB
909
GB
1744
6147 Transportes Rojas Castro S. A. HB
1197
Santa Cruz 6202 William Valverde
Camacho GB
1505
GB
1274
6207 Analí Méndez Castro SJB
6319
SJB
10784
SJB
9534
6208 María Esther Badilla Duarte GB-827
GB-634
6209 Adrián Rosales Rosales GB
1241
6210 Analí Méndez Castro SJB
10783
SJB
5536
SJB
10781
6211 Analí Méndez Castro SJB
10782
AB-1814
GB-848
6213 Transportes Nuevo Colón GB-1276
6214 Edward Gutiérrez Méndez HB-1062
Unidades
autorizadas
Región Ruta Adjudicatario año
2007
6227 Ethel Carrera Blanco HB-1115
GB-1630
6228 Ethel Carrera Blanco HB-1115
GB
1630
6230 William Valverde Camacho LB
167
6232 Ethel Carrera Blanco GB
1630
6234 William Valverde Camacho GB-1274
6235 Ethel Carrera Blanco HB-1115
6237 William Valverde Camacho GB-1505
6238 Ethel Carrera Blanco GB-1265
6239 Marcelo Mendoza Díaz SJB-1738
Cañas 6306 Jorge M. Morera Salazar GB
1256
6308 Ernest Soto Villalobos SJB
6512
GB
1426
6326 Ramón Elías Mena Hernández GB
262
HB
440
6331 Empresa Maravilla S. R. L. GB
574
6332 Melvin Solano Rojas GB
498
6333 Jorge Masís Arce GB
717
6352 Empresa Maravilla S. R. L. GB
574
6354 Hipólito Porras Méndez PB
929
Puntarenas 6402 Álvaro Morales
Abarca LB
329
SJB
5720
6404 Mario Picado Vega LB
259
SJB
6199
6405 Daniel Salazar Morales SJB
8878
6415 Empresa Autobuses Arsa del Golfo de
Nicoya S. A. PB 622
6416 Empresa Autobuses Arsa del Golfo de
Nicoya S. A. PB 4406
GB
592
6417 Empresa Autobuses Arsa del Golfo de
Nicoya S. A. HB 1587
PB
775
PB
655
6418 Empresa Autobuses Arsa del Golfo de
Nicoya S. A. PB 4408
SJB
4392
6419 Empresa Autobuses Arsa del Golfo de
Nicoya S. A. PB 675
PB
724
6421 Delio Morales Cascante PB
888
PB
649
SJB
5531
PB
783
PB
598
PB
648
PB 889 reserva
PB 770 reserva
6424 Transportes Monteverde Hnos. Soto GB 881
6425 Marvin Picado Araya PB
846
6426 Marcial Zamora Miranda SJB
4407
AB
1121
6430 Miguel Carranza Solano
LB
515
PB
1338
AB
2070
6431 José O. González Álvarez LB
963
PB
1406
6435 Carlos Antonio Cruz Castillo PB
699
PB
646
PB
580
PB
702
PB
703
6436 Marcial Zamora Miranda AB
1028
6438 Marcial Zamora Miranda AB
1842
PB
1031
6439 Marcial Zamora Miranda PB
1024
6446 Delio Morales Cascante PB
744
PB
598
PB
649
PB 889 reserva
PB 770 reserva
6449 Edgar Segura Mejía LB
213
HB
1346
HB
1701
6453 Álvaro Morales Abarca PB
568
6456 Marcial Zamora Miranda PB
911
GB
814
6460 Marcial Zamora Miranda SJB
4019
SJB
4409
6462 Marcial Zamora Miranda GB
369
Coto 6505 Gilbert Fernández Solís PB
781
PB
925
PB
779
6506 Gilbert Fernández Solís HB
537
SJB
5313
SJB
3888
Unidades
autorizadas
Región Ruta Adjudicatario año
2007
6507 Gilbert Fernández Solís LB
272
6508 Gilbert Fernández Solís SJB
4496
6509 Oscar Quirós Quesada SJB
9029
6510 Federico Quirós Quesada PB
1312
PB
1429
6511 Rafael A. Guevara Rosales SJB
5385
6514 Federico Quirós Quesada SJB
6181
6515 Rafael Ángel Arguedas Rodríguez SJB
7962
6516 Rafael Ángel Arguedas Rodríguez SJB
10403
6524 Eduardo Barrantes Campos PB
1659
6525 Eduardo Barrantes Campos PB
1286
SJB
4050
PB
1509
6526 Federico Quirós Elizondo SJB
2276
SJB
4732
SJB
1326
SJB
5914
6527 Arnoldo Orozco Elizondo PB
526
6529 Gilberto Brenes Valerio SJB
5913
6530 Gerardo Herrera Delgado PB
1589
PB
1640
6531 Federico Quirós Quesada SJB
6705
6532 Oscar Quirós Quesada SJB
9029
6533 Federico Quirós Quesada PB
1312
PB
1429
SJB
5914
6534 Rafael A. Guevara Rosales SJB
5385
6535 Gerardo Herrera Delgado PB
1589
PB
1640
6536 Federico Quirós Elizondo SJB
1326
6537 Arnoldo Orozco Elizondo PB
526
6538 Federico Quirós Quesada SJB
6181
6539 Rafael Ángel Arguedas Rodríguez SJB
9682
SJB
10403
6551 Gilbert Fernández Solís SJB
147
LB
91
6554 Gilbert Fernández Solís HB
537
SJB
3888
6555 Gilbert Fernández Solís LB
91
6556 Gilbert Fernández Solís SJB
147
SJB
4496
6557 Gilbert Fernández Solís LB
272
Limón 6602 Transp. del
Atlántico Caribeños S. A. LB
1309
LB
533
LB
776
LB
775
6605 Transp. del
Atlántico Caribeños S. A. LB
514
6608 Autotransportes San Roque Ltda. AB 2207
6609 Autotransportes San Roque Ltda. GB 382
SJB
085
6611 Autotransportes San Roque Ltda. SJB
085
6615 Melanio Calvo Mora LB
1334
SJB
6671
6617 Transp. del
Atlántico Caribeños S. A. LB
498
LB
587
LB
976
6618 Melanio Calvo Mora LB
571
LB
1236
SJB
1933
6619 Yajaira Rojas MC Kenzie LB
968
LB
1351
6620 Raúl Hernández Leiva LB
1110
SJB
6667
6622 Transportes El Puma Pardo S. A. LB
980
6623 Freddy Arce Ramírez LB
814
LB
909
LB
956
6624 Juan Carlos Delgado Cedeño LB
825
LB
642
LB
859
HB
1406
6628 Transp. del
Atlántico Caribeños S. A. LB
1275
LB
1297
LB
499
LB
495
6629 Freddy Arce Ramírez CB
1747
6633 Transportes El Puma Pardo S. A. LB
981
6636 Yajaira Rojas MC Kenzie LB
982
6642 Transportes El Puma Pardo S. A. AB
1653
LB
755
LB
757
Guápiles 6701 Empresa
Transportes a Guácimo y Pococí S. A. LB
1163
LB
1165
LB
1166
6702 Transp. del
Atlántico Caribeños S. A. LB
776
Unidades
autorizadas
Región Ruta Adjudicatario año
2007
6703 Empresa Transportes Guácimo LB
1032
6706 COOPETRACA R. L. LB 866
LB
913
6707 COOPETRACA R. L. LB 883
LB
879
LB
394
LB
519
LB
5393
LB
1242
6708 COOPETRACA R. L. LB 881
LB
387
LB
1154
6709 COOPETRACA R. L. LB 512
6710 COOPETRACA R. L. LB 878
LB
865
6713 Transp. del
Atlántico Caribeños S. A. LB
1296
6714 COOPETRACA R. L. LB 881
6715 Transp. del
Atlántico Caribeños S. A. LB
587
6719 Empresa Transportes a Guácimo y Pococí S.
A. LB 889
LB
1167
LB
651
6721 Transportes del Atlántico Caribeños S.
A. HB 954
6723 COOPETRACA R. L. LB 1104
LB
1102
6724 Empresa Transportes a Guácimo y Pococí
S. A. LB 651
6725 Empresa Transportes a Guácimo y Pococí
S. A. LB 889
LB
1164
LB
1167
LB 908 Reserva
6726 Transportes del Atlántico Caribeños S.
A. LB 577
6727 Transportes del Atlántico Caribeños S.
A. LB 1020
6728 Transportes del Atlántico Caribeños S.
A. LB 1308
Upala 6812 Olger Cruz Arias AB
2297
Publíquese.—Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación
Pública.—Msc. Anabelle Castillo López, Coordinadora UTE.—Lic. Julio César
Esquivel Jiménez, Asesor Legal UTE.—Rolando Chinchilla
Masís, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 39373).—C-675895.—(3960).
LICITACIÓN PÚBLICA LP-051-2003
CURSO LECTIVO 2007
Prórroga transporte estudiantes
Resolución Nº 0001-2007.—Despacho del Ministro de Educación Pública. San José, a
las quince horas del once de enero de dos mil siete.
Se conoce prórroga de algunos
contratos de transporte de estudiantes originados en
Resultando:
I.—Que como una de sus líneas
estratégicas medulares, esta Cartera estima prioritario garantizar el derecho
fundamental a la educación, en el marco del Principio del Interés Superior del
Niño, Niña y Adolescente, mediante instrumentos de equidad que permitan avanzar
hacia una cobertura universal de acceso y permanencia en un servicio educativo
público de calidad.
II.—Que para mejorar la cobertura educativa,
disminuir la exclusión o deserción y auspiciar la universalización de la
educación secundaria, esta Administración -como parte de su política social- se
encuentra analizando y evaluando la eficiencia y el impacto del Programa de
Transporte de Estudiantes para definir las eventuales enmiendas que puedan
contribuir a su fortalecimiento.
III.—Que mientras tanto, en el
contexto de la equidad educativa, existe gran cantidad de estudiantes que requieren
el apoyo del Estado, el cual se traduce -entre otras modalidades- en el
otorgamiento de beneficios asistenciales para el subsidio de los gastos
implícitos por concepto de transporte hacia el centro educativo donde cursa o
cursará sus estudios.
IV.—Que en
consonancia con estas necesidades,
V.—Que en relación con el curso
lectivo del
VI.—Que las obligaciones económicas
que se derivan de esta prórroga se encuentran amparadas financieramente en
Considerando único:
Como parte del proceso de
verificación y acreditación de los requisitos definidos reglamentaria,
cartelaria y consensuadamente para la prestación del servicio de transporte de
estudiantes y su eventual prórroga para el curso lectivo del 2007,
Aunque se trate de una relación
continua susceptible de la prórroga prevista en los artículos 31 de
En este sentido, los transportistas a
quienes favorezca esta prórroga deberán además cumplir a cabalidad con las
obligaciones que se enuncian en los artículos 7 y 14 de dicho cuerpo normativo
e, incluso, deberán ampliar su garantía de cumplimiento por todo el período
lectivo 2007 y hasta tres meses después de concluido.
Por otra parte, corresponderá a
El Ministro de Educación
Pública, con fundamento en las consideraciones y citas legales que anteceden,
RESUELVE:
I.—Prorrogar por el
período lectivo 2007 las siguientes rutas de los contratos de transporte de
estudiantes, suscritos entre este Ministerio y los contratistas adjudicados en
Región Ruta Adjudicatario Unidades
autorizadas
año 2007
San José 5133 Gilberto Garro Prado CL 77920
5135 Marvin García Portuguéz CL 156787
5136 Gilberto Garro Prado CL 110236
5137 Hermes Godínez Vargas CL 95074
5138 Ibo Monge Calderón SJB 9362
Puriscal 5207 Alexis
Mora Salazar SJB-7489
5208 Alexis Mora Salazar LB-249
AB
1627
5219 Alexis Mora Salazar AB-1627
AB-824
5230 Víctor Aguilar Umaña LB-621
SJB-7560
Pérez Zeledón 5318 GAFESO
S. A. SJB-1919
SJB-4771
5339 Autotransportes Mopvalhe SJB-8512
5343 José Martín Fonseca Zúñiga AB-736
5347 Transportes Blanco SJB-4761
SJB-5658
SJB-8393
5349 Transportes Mapica del Sur SJB-8802
SJB-10061
SJB-5337
5350 GAFESO S. A. SJB-3488
5351 José Manuel Montenegro Quirós SJB-6383
5352 José Manuel Montenegro Quirós SJB-6383
5353 José Manuel Montenegro Quirós SJB-4704
CB-1171
5354 Marvin Mena Granados CB-1655
5355 GAFESO S. A. SJB-4593
SJB-7471
5356 Hernández Solís SJB-4502
LB-227
5357 Autotransportes Mopvalhe SJB-8757
SJB-8165
SJB-8516
SJB-8771
5360 GAFESO S. A. SJB-4548
Región Ruta Adjudicatario Unidades
autorizadas
año 2007
Alajuela 5460 Autotransportes Hermanos Castro
S. A. AB 3504
AB
1246
San Ramón 5517 Mario
Rojas Arias AB-3211
AB-1759
AB-3548
5555 Mario Rojas Arias AB-3211
AB-1759
AB-3548
5568 Jesús Alcázar Barahona AB-2321
AB-999
5569 Freddy Arrieta Vega GB-537
San Carlos 5612 Transportes
SJB
5384
5628 Jorge Araya Herrera SJB 3040
5654 Manuel Vargas Pérez SJB 7696
AB
3418 reserva
5655 Carlos Luis Villegas Quirós AB 2083
AB
3862 reserva
5657 Daube Quesada Rojas HB 950
AB
1466 reserva
5658 Baudilio Pérez Brenes AB 1610
AB
1577
5659 Ana Ruth Villalobos Carranza SJB 4381
5664 Álvarez y Gutiérrez, Ltda. AB 2159
GB
832
Cartago 5701 Mecánica
y Lubricentro los Ángeles S. A. SJB 3513
AB
989
5702 Mecánica y Lubricentro los
Ángeles S. A. AB 812
HB
981
5718 Luis Guillermo Mata Zúñiga CB 1210
CB
1184
CB
1021 reserva
Turrialba 5806 Gerardo
Jiménez Salazar SJB
4847
5807 Freddy Chacón Martínez SJB 3616
5819 Consorcio Marvin Monge CB 078
y German Salazar SJB
3327
CB
1770 reserva
5821 Consorcio Marvin Monge SJB 3578
y German Salazar SJB
3912
CB
1733 reserva
5825 Consorcio Marvin Monge CB 078
y German Salazar SJB
3327
SJB
3578
CB
1733 reserva
Heredia 5909 Elías
Segura Araya PB
469
SJB
6418
SJB
4412
5919 Olman Villalobos Zamora HB 1381
5920 Olman Villalobos Zamora HB 1433
5925 Edwin Jiménez Padilla HB 2292
5926 Edwin Jiménez Padilla HB 1408
5929 Santos Rodríguez Villegas HB 2136
HB
2279
5932 Edwin Jiménez Padilla HB 1408
5935 Belford Villegas Vega HB 1326
Nicoya 6124 Transportes
AB
1743
6126 Transportes Rojas Castro S. A GB 1208
GB
1335
GB
896
GB
1567
GB
1568
GB
2801
6128 Luis Armando Cubero SJB 1915
6131 Luis F. Campos Rodríguez GB 828
6138 Martín Moraga Vallejo GB 1162
6146 Manuel A. Rosales Dinarte GB 1703
6148 Luis Armando Cubero AB 1333
Santa Cruz 6201 Sonia
Juárez Abarca PB
685
6212 Transportes Analimauri GB 1238
6220 Martín Moraja Vallejos GB-1162
6229 Soleida Aguilar Briceño GB-1153
AB-2337
Cañas 6327 Edgar Soto Cruz CB
574
6329 Autotransportes MOVAR Ltda. AB 2291
GB
573
6351 Marvin Picado Araya HB 768
6353 Transporte Monteverde Hnos. Soto
S. A. SJB 4677
Puntarenas 6407 Autotransportes
Miramar Ltda. PB 1127
6409 Rafael Ángel Rodríguez Castro PB 784
6410 Rafael Ángel Rodríguez Castro SJB 2896
6411 Rafael Ángel Rodríguez Castro PB 1099
6413 Rafael Ángel Rodríguez Castro PB 1572
6414 Rafael Ángel Rodríguez Castro PB 785
PB
1574
6420 Rafael Arguedas Rodríguez SJB 6161
Región Ruta Adjudicatario Unidades
autorizadas
año 2007
6422 Rafael Arguedas Rodríguez SJB 4321
6429 Luis Emilio Alpízar Rojas PB 857
AB
3493
6432 Luis Emilio Alpízar Rojas PB 1257
6433 Luis Emilio Alpízar Rojas PB 995
PB
1007
6442 Autotransportes Miramar Ltda. SJB 1664
6443 Autotransportes Miramar Ltda. SJB 1920
6444 Autotransportes Miramar Ltda. PB 1095
PB
1097
PB
750
PB
1104
6451 Autotransportes Miramar Ltda. PB 1127
6452 Luis Emilio Alpízar Rojas PB 995
6458 Rafael Ángel Rodríguez Castro PB 786
LB
470
6459 Rafael Ángel Rodríguez Castro PB 1100
LB
287
6464 Hermes Godínez Vargas SJB 8465
6465 Jorge Rojas Rojas SJB
6023
6467 Rafael Arguedas Rodríguez SJB 9013
SJB
9249
6468 Rafael Arguedas Rodríguez SJB 10080
6469 Rafael Arguedas Rodríguez SJB 9013
6470 Rafael Arguedas Rodríguez SJB 10080
6471 Autotransportes Miramar Ltda. PB 954
6476 Edgar Segura Mejía HB 1701
Coto 6512 Gilberto Brenes Valerio PB 1224
PB
840
6513 Gilberto Brenes Valerio AB 1741
AB
9177
6518 Gilberto Brenes Valerio AB 1726
AB
2764
6519 Gilberto Brenes Valerio AB 4458
AB
4092
6520 Gilberto Brenes Valerio LB 453
AB
1494
6522 Gilberto Brenes Valerio SJB 9176
SJB
6680
6543 Gilberto Brenes Valerio SJB 6680
SJB
9176
6546 Gilberto Brenes Valerio AB 1726
6549 Gilberto Brenes Valerio SJB 4092
6559 Rafael Arguedas Rodríguez SJB 9327
6560 Gerardo Herrera Delgado PB 1538
6563 Enoc Araya Arroyo SJB 9175
SJB
5040
6566 Rafael Arguedas Rodríguez SJB 7962
6567 Gerardo Herrera Delgado PB 1538
6568 GAFESO. S. A. PB
925
PB
781
PB
779
Limón 6606 Autotransportes San Roque, Ltda. AB 3146
6607 Autotransportes San Roque, Ltda. AB 3320
SJB
1451
6625 Alexander Rojas Jiménez LB 433
6626 Autotransportes San Roque, Ltda. SJB 2089
GB
616
6627 Autotransportes San Roque, Ltda. AB 1877
GB
382
6639 Freddy Arce Ramírez LB 814
LB
1117
6640 Freddy Arce Ramírez LB 570
LB
909
6644 TRACOLI, S. A LB
840
LB
976
6645 TRACOLI, S. A LB
838
LB
988
Guápiles 6704 Carlos
Badilla Navarro LB
1286
LB
1288
6711 Carlos Badilla Navarro LB 749
LB
1289
LB
1287
LB
701
LB
357
LB
743
LB
1204
6712 Carlos Badilla Navarro LB 158
LB
1203
LB
1259
LB
746
6716 Carlos Badilla Navarro LB 746
LB
1286
LB
1287
LB
749
Región Ruta Adjudicatario Unidades
autorizadas
año 2007
6717 Carlos Badilla Navarro LB 1288
LB
1260
LB
743
6722 Carlos Badilla Navarro LB 357
LB
743
6730 Carlos Badilla Navarro LB 1260
Upala 6814 Carlos Barquero Campos AB 1847
6815 Carlos Barquero Campos LB 516
6816 Carlos Barquero Campos AB 1180
GB
753
SJB
4779
6817 Guillermo Chavarría Ortiz AB 1232
GB
473
6819 Guillermo Chavarría Ortiz AB 681
HB
1116
6821 José L. Jiménez Chacón AB 2090
Publíquese.—San José, 17 de enero del 2007.—Leonardo Garnier Rímolo,
Ministro de Educación Pública.—MSc. Anabelle Castillo López, Coordinadora
UTE.—Lic. Julio César Esquivel Jiménez, Asesor Legal UTE.—Rolando
Chinchilla Masís, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº
39374).—C-269575.—(3961).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
ÁREA DE SALUD PARAÍSO CERVANTES
LICITACIÓN RESTRINGIDA Nº ASPC 2006-01
Arrendamiento de inmueble para ubicar los Ebais de
dos sectores central
Monto total anual: ¢6.900.000,00 (seis
millones novecientos mil colones con 00/100).
La adjudicación se hace por un año
sujeto a prórrogas iguales y consecutivas, hasta por la cantidad de años
indicados en el cartel, la cual para todos los efectos no puede exceder de 4
años.
Paraíso, 28 de diciembre
del 2006.—Dirección.—Doctor Luis Alberto García
Salazar, Director.—1 vez.—(3979).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE FERROCARRILES
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000007-01
Remodelación de las estaciones de
autoconsumo de
combustibles
del INCOFER ubicadas en Limón y San
José
A los interesados en
San José, 17 de enero del
2007.—Departamento de Proveeduría.—Marta E. Navarro
Sandoval.—1 vez.—(O. C. Nº 8285).—C-4860.—(3998).
AVISOS
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL LICEO
DOCTOR JOSÉ MARÍA CASTRO MADRIZ
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº CD-01-2006
Explotación local soda
Carlos Francisco Rojas
Cerdas, Presidente.—1 vez.—(3412).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL NACIONAL PSIQUIÁTRICO
ÁREA GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
REGISTRO DE PROVEEDORES 2007
San José, 16 de enero del
2007.—Subárea de Contratación Administrativa.—Sra.
Silvia Bolaños Rodríguez, Jefa a. í.—1 vez.—(3858).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE CARRILLO
Invita a inscribirse en el Registro de
Proveedores
Con el objetivo de
actualizar el Registro de Proveedores Municipales de bienes y servicios, invita
a todas las personas físicas y jurídicas que deseen ser tomadas en
consideración para futuras contrataciones, a conforme a
Filadelfia, 8 de enero
del 2007.—Antonio Montero Céspedes, Proveedor
Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 4444).—C-9095.—(3622).
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006
LN-000101-33300
Mejoramiento de obras de drenaje y de
la superficie de ruedo para los
caminos vecinales Nº 2-10-106 Ent. C.2-14-047
Río Pocosol-Ent.
C104 Llano Verde, San Carlos 2-14-008
Ent. N 35 Pavón-Ent.
C52, C48 Cristo Rey, Los Chiles
2-14-017 Ent. N 35
Santa Cecilia-Ent. C.16
2-03-052
Ent. C.045 Carrizal-Ent.
N.201
Y Griega de San Gerardo, Grecia
Se avisa a los
interesados en esta licitación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes,
que se modifica de la siguiente manera la publicación en el Diario Oficial
Donde dice:
3. Objeto de la contratación: como parte del
Programa de Intervención de mejoramiento de obras de drenaje y de la superficie
de ruedo, que desarrolla el Ministerio de Obras Públicas y Transportes en
caminos de Red Vial Cantonal bajo el esquema de Conservación Vial
Participativa, al amparo del Contrato de Préstamo entre el Gobierno de Costa
Rica y el Banco de Desarrollo de Alemania (KfW), se pretende ejecutar los
proyectos que se describen a continuación:
Long Ancho calzada
Código Camino Cantón (km) promedio
(m)
2-10-106 Río Pocosol-Llano Verde San Carlos 17,9 5.50
2-14-008 Pavón-Cristo Rey Los
Chiles 8,0 5.50
2-14-017 Santa Cecilia-La Unión Los
Chiles 12,3 5.50
2-03-052 Carrizal-Y Griega de San Gerardo Grecia 8,5 5.50
Debe leerse:
3. Objeto de la contratación: como parte del
Programa de Intervención de mejoramiento de obras de drenaje y de la superficie
de ruedo, que desarrolla el Ministerio de Obras Públicas y Transportes en
caminos de Red Vial Cantonal bajo el esquema de Conservación Vial
Participativa, al amparo del Contrato de Préstamo entre el Gobierno de Costa
Rica y el Banco de Desarrollo de Alemania (KfW), se pretende ejecutar los
proyectos que se describen a continuación:
Long Ancho calzada
Código Camino Cantón (km) promedio
(m)
2-10-106 Río Pocosol-Llano Verde San Carlos 17,9 5.00
2-14-008 Pavón-Cristo Rey Los
Chiles 8,0 5.00
2-14-017 Santa Cecilia-La Unión Los
Chiles 12,3 5.00
2-03-052 Carrizal-Y Griega de San Gerardo Grecia 8,5 5.50
San José, 11 de enero del
2006.—MBA. Sylvia Jiménez Cascante, Proveedora.—1 vez.—(3928).
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2006LN-000074-PCAD
(Prórroga Nº 1)
Contratación de servicios para
mantenimiento preventivo y atención
de averías a rótulos luminosos,
precintas, toldos y precintas no
luminosas del Banco Popular y de Desarrollo
Comunal
Se les comunica a todos
los interesados en este concurso que la fecha de apertura de ofertas se traslada
para las 10:00 horas del 9 de febrero del 2007.
Todas las demás condiciones y
requisitos se mantienen invariables.
San José, 18 de enero del
2007.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic.
Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(3962).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
ÁREA DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000044-1142
(Aviso Nº 4)
Contratación de servicios de limpieza
El Área de Adquisiciones
de
El resto del cartel permanece
invariable.
San José, 18 de enero del
2007.—Subárea de Carteles.—Lic. Vilma Arias Marchena,
Jefa.—1 vez.—(U. E. Nº 1142).—C-4860.—(3986).
CLÍNICA DR. SOLÓN NÚÑEZ
FRUTOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000001
8952312
Servicio de aseo por terceros
1- Se deja sin efecto el numeral 3.4.1 de los
aspectos generales (pág. Nº 15).
2- En el numeral 4.4.1 de la distribución y horarios
del personal (pág. Nº 20) se aclara: el horario ordinario
correspondiente para el día viernes deberá leerse:
7:00 a. m., a 11:00 a.
m., / 12:00 m. d., a 3:00 p. m.
Correspondiente al pliego
de especificaciones técnicas servicios profesionales de limpieza y aseo para el
edificio de
3- Se prorroga la fecha de apertura de ofertas
para el día 7 de febrero del 2007, hora 10:00 a. m.
Demás condiciones del
cartel se mantienen invariables.
San José, 18 de enero del
2007.—Subárea de Bienes y Servicios.—Lic. Leticia M.
Vásquez Astorga, Jefa a. í.—1 vez.—(3994).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
Audiencia Previa
Nodos de acceso multiservicio NAM y Voz por IP Nacional
Aviso
El Instituto
Costarricense de Electricidad, avisa a los potenciales oferentes, que se está
modificando el horario para la audiencia previa a la elaboración del cartel
para los proyectos de compra de los nodos de acceso multiservicio NAM y Voz por
IP Nacional de la siguiente forma:
Horario anterior: de 9:00,
a las 12:00 horas del próximo 31 de enero del 2007, en el Museo del ICE.
Nuevo horario: de 8:00 a 13:00 horas
del próximo 31 de enero del 2007, en el Museo Histórico y Tecnológico del ICE,
ubicado 300 norte de la esquina sureste del edificio central en Sabana.
San José, 17 de enero del
2006.—Dirección Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera,
Coordinador Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 325243).—C-7280.—(3990).
AVISOS
BN VALORES PUESTO DE BOLSA S. A
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000003-CL
(Revocatoria)
Adquisición de 25 microcomputadores,
17 monitores
LCD de
BN Valores, Puesto de
Bolsa S. A., informa a los interesados, que el Comité de Licitaciones en su
sesión número cuarenta y siete del día diecisiete de enero del 2007, resolvió
revocar el acto de adjudicación de la licitación arriba indicada a la empresa Solution
Network S. A., cédula jurídica Nº 3-101-280890.
San José, 18 de enero del
2007.—Departamento Administrativo.—Carlos Zamora
Quesada, Gerente Administrativo Financiero.—1 vez.—(3973).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE ASERRÍ
Aserrí,
15 de enero del 2007.—Mario Morales Guzmán, Alcalde.—1
vez.—(3907).
MODIFICACIÓN AL REGLAMENTO AUTÓNOMO DE
TRABAJO
ACUERDA:
Acoger la recomendación
legal dada mediante oficio DL-1958-2006 y aprobar la siguiente modificación al
Reglamento Autónomo de Trabajo:
1. Incluir un inciso w) en el artículo 43, que
diga:
“w) Atender oportunamente y en los plazos
dados, las evaluaciones e informes institucionales que sean solicitados por las
diferentes unidades en el cumplimiento de las funciones de su competencia,
adjuntando obligatoriamente la información completa. En casos debidamente
justificados podrán prorrogarse los plazos dados, salvo que el hacerlo incida
en los términos que externamente se le exijan a
2. Modificar el Artículo 55 para que se lea de la
siguiente manera:
“Artículo 55.—Además de las contenidas
en otros artículos del presente reglamento se consideran faltas graves las
infracciones a las disposiciones de los artículos 21, 43, incisos: d), e), f),
j), k), o), r), s), t), u), v), w), artículo 44, incisos: c), i), l); artículo
45, incisos: a) c), d), e), f), l) n), o), r) y artículos 58 y
Lic. Jorge Brenes Vargas,
Departamento Administrativo.—1 vez.—(Solicitud Nº
46807).—C-10890.—(3627).
COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES
EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
REGLAMENTO GENERAL DE
ORGÁNICA Nº 4770
Se reforman los artículos
3º, 23, 24, 25, 27, 28, 40, 43, 48 y 72 del Reglamento General de
Artículo 3º—Símbolos
del Colegio. La imagen corporativa del Colegio se describirá de forma
detallada en un manual denominado Libro de Marca. En él se establecerán las
indicaciones gráficas generales y específicas que deben cumplir los signos
externos para identificar a esta organización y diferenciarla de otras.
Los signos externos no serán usados
para fines personales, comerciales o electorales.
La imagen de la lechuza (Athene
noctua) de la diosa mitológica Atenea o Minerva, será el arquetipo del Colegio,
como símbolo de la paz, sabiduría, moral, ética y estética.
La lechuza tendrá a su lado izquierdo
la letra alfa y a su derecha la letra omega, ambas en mayúscula. Estas imágenes
estarán encerradas en un círculo doble con la leyenda “Colegio de Licenciados y
Profesores en Letras, Filosofía, Ciencias y Artes”.
La tipografía, el color y el fondo de
la imagen supracitada estarán descritos en el Libro de Marca. De igual manera
sucederá con la bandera o estandarte del Colegio.
El himno del Colegio es el aprobado
por
Todos los documentos oficiales del
Colegio serán identificados conforme lo establezca el Libro de Marca aprobado
por
Artículo 23.—Dietas.
Para el pago de la dieta, se tomará en cuenta la realización de hasta doce
sesiones, utilizando como referencia el monto autorizado para los directores de
las instituciones autónomas, según la respectiva ley.
Por el trabajo realizado fuera de las
sesiones de
Artículo 24.—De
El Fiscal tendrá autonomía en el
ejercicio de sus funciones, pero será responsable de sus actuales ante
Deberes y atribuciones del Fiscal:
a) Recibir, estudiar y recomendar a
b) Auxiliar y asesorar a los
miembros de este Colegio que encuentren obstáculos en el libre ejercicio de sus
actividades profesionales.
c) Velar porque los miembros de “El
Colegio” cumplan sus obligaciones o que se impongan las sanciones legales
reglamentarias del caso.
d) Vigilar porque
e) Firmar conjuntamente con el
Presidente y Secretario de Junta Directiva los certificados de membresía
otorgados a quienes se incorporan, por primera vez, a “El Colegio”.
f) Solicitar al Registro Judicial
de Delincuencia la certificación correspondiente de los solicitantes de
incorporación al Colegio, conforme lo dispone el artículo 7º de
g) Supervisar la labor de los
fiscales de las Juntas Regionales.
h) Todos aquellos otros asuntos que
le encomiende
i) Controlar junto con el
Presidente los arqueos trimestrales de caja y controlar a fin de año las
cuentas presentadas por
j) Realizar el proceso de
instrucción de las denuncias presentadas a
k) Las demás atribuciones y deberes
que establezca
Artículo 27.—Administración del Colegio. Para la administración
del Colegio,
El Director Ejecutivo será nombrado
por medio de votación afirmativa de las dos terceras partes del total de los
miembros de éste órgano.
Artículo 28.—Tribunal
Electoral. Se agrega un último párrafo:
El presupuesto del
Tribunal Electoral será asignado anualmente por
Artículo 43.—Compras y contrataciones. Se agregan los siguientes
dos incisos antes del inciso g. Se mantiene la redacción de los incisos g) y h)
sin embargo, se corre la numeración:
g) Ante la contratación de servicios profesionales,
donde exista imposibilidad material para establecer un costo previo,
h) Para la contratación de los
servicios profesionales asignados por los Departamentos de Desarrollo Educativo
y Desarrollo Personal, el pago se regirá por lo indicado en la tabla de hora profesional
establecida por
Se exime a los incisos g)
y h) de la presentación de las tres cotizaciones.
Artículo 48.—Egresos
económicos.
Los pagos inferiores al monto indicado
en el párrafo primero de este artículo, serán realizados por cualquiera de los
medios de pago legalmente aceptados, siempre que cuenten con el aval escrito y
la firma de
Los egresos generados mediante caja
chica quedan exentos de esta condición, hasta por el monto autorizado por
CAPÍTULO VIII
Nombramiento de representantes del
Colegio de Licenciados y Profesores ante organismos e instituciones públicas o
privadas
Artículo 72.—Nombramiento de representantes del Colegio. Para el
nombramiento de los representantes del Colegio ante organismos e instituciones
públicas o privadas, con remuneración económica, se seguirán las siguientes
disposiciones de obligado acatamiento para todas las partes participantes en
este proceso.
Se mantiene el contenido y la
redacción de los incisos A, C, E, F, G, H e I.
B) Del proceso de participación. El
párrafo segundo se sustituye de la siguiente forma: En el caso de concursos
para puestos remunerados, no podrá considerarse oferta ni participación en el
concurso, ni podrán recaer representaciones en miembros de
D) De
2) No ser miembro de
3) No tener parentesco con los
miembros de
I) Disposiciones generales. Se agrega un
inciso 5), el cual dice:
5) Los casos de representaciones no remuneradas
serán nombrados por
Estas modificaciones
derogan cualquier normativa que se le contraponga.
Rige a partir de su publicación.
Lic. Olga Marta
Villalobos Chacón, Secretaria de Junta Directiva.—1
vez.—(4395).
MUNICIPALIDAD DE PURISCAL
El Concejo Municipal de
Puriscal en sesión ordinaria Nº 222, celebrada el 28 de febrero del 2006,
artículo 5, en forma unánime y definitiva aprueba moción presentada por los
regidores, Montoya Flores, Guevara Campos, Acuña Madrigal, Elizondo Valverde y
Chaves Gutiérrez, que literalmente dice:
Asunto: Modificación
Reglamentaria
El Concejo de
Puriscal, 13 de enero del
2007.—Shirley Madrigal Mora, Secretaria del Concejo.—1
vez.—(3105).
OFICINA PERIFERICA DESAMPARADOS CENTRO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El Banco Popular y de
Desarrollo Comunal (Sucursal de Desamparados centro), hace del conocimiento del
público en general, el extravío del siguiente certificado de ahorro a plazo
fijo a la orden de Juan Luis Morales Aguilar, cédula 01-0283-0888.
Certific. Fecha Cupón Fecha
num. Monto
¢ vencimiento num. Monto vencimiento
16108860210090486 36.000.000,00 12/07/2007 001 314.100,00 12/02/2007
UL UL UL 002 314.100,00 12/03/2007
003 314.100,00 12/04/2007
004 314.100,00 12/05/2007
005 314.100,00 12/06/2007
006 314.100,00 12/07/2007
Lo anterior para efectos
de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.
Desamparados, 12 de enero
del 2007.—Lic. Manuel Badilla Marín, Coordinador a. í.—(2690).
JUNTA DIRECTIVA
Aprobación décima quinta
revalorización de montos
de las pensiones del fondo de retiro
(FRE)
1. Revalorizar los montos de las pensiones de
acuerdo con la fecha de vigencia, según se indica en el cuadro siguiente:
Mes de vigencia Aumento
%
Antes
del 1º de julio del 2006 2,23
Julio
del 2006 2,05
Agosto
del 2006 1,68
Setiembre
del 2006 1,30
Octubre
del 2006 0,93
Noviembre
del 2006 0,56
Diciembre
del 2006 0,19
2. En el caso de muerte la revalorización se
aplica al monto de la pensión del causante y corresponderá al beneficiario el
monto de la pensión que determina el Reglamento.
3. Establecer el tope máximo de pensión mensual
en ¢245.000 (doscientos cuarenta y cinco mil colones).
San José, 15 de enero del
2007.—Emma C. Zúñiga Valverde, Secretaria Junta Directiva.—1
vez.—C-13290.—(3626).
CONSEJO DIRECTIVO
Considerando:
En dicho marco legal-institucional, en
pos del desarrollo nacional y del consumo doméstico de electricidad que urgen
los costarricenses, el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) necesita
ampliar una servidumbre, establecer tres sitios de torre nuevos y cambiar
condiciones, necesarios para el paso de la línea de transmisión denominada Río
Macho-Moín (tramo Río Macho-Cachí), sobre una finca inscrita en el Registro
Público, en el Folio Real Nº 3-79059-000 del partido de Cartago, cantón 02
Paraíso, distrito 04 Cachí; ubicada de la represa de Cachí,
Según Registro Público, este inmueble
presenta un área de ochocientos siete mil quinientos treinta y siete metros con
setenta y dos decímetros cuadrados, cuya naturaleza es terreno de café y otros.
Lindantes: al norte, con quebrada carretera Nac Río; al sur, con Hacienda Cachí
S. A.; al este, con Hacienda Cachí S. A., y otro, y al oeste, con Hugo Picado y
otro. Propiedad de Hacienda Urasca S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-10472.
Que a solicitud de
A tenor de los estudios técnicos realizados
por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y
técnicamente demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de ampliar
este derecho de servidumbre, establecer los 3 sitios de torre y cambiar
condiciones por lo que con base en el artículo 45 de
1º—Apruébense las
presentes diligencias por la suma de ¢4.868.037,30 (cuatro millones ochocientos
sesenta y ocho mil treinta y siete colones con treinta céntimos).
2º—De no ser aceptado por el
propietario, el respectivo avalúo, constitúyase, sobre la finca anteriormente
mencionada y descrita, una ampliación de servidumbre, tres sitios de torre y cambio
de condiciones que se describe así:
El Instituto Costarricense de
Electricidad establecerá un derecho de paso sobre una franja de terreno con un
área de afectación de
El propietario deberá limitar el uso
de esta franja. Por razones de seguridad y mantenimiento de la línea, no será
posible, la construcción de casas de habitación, oficinas, comercios,
instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de
azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente. No podrán
sembrarse cultivos anegados como arroz, permanencia de vegetación (árboles o
cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables
conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga
máxima o contingencia. Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven,
o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables
o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a
cinco metros de los cables conductores más bajos.
Por razones de seguridad, en el caso
de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele
al ICE. Deberá permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción
y mantenimiento de la obra. Todo con fundamento en
3º—La ampliación de servidumbre, los
tres sitios de torre y el cambio de condiciones descritos se establecerá en
favor de la finca del partido de Cartago, inscrita en el Registro Público Nº
105732-000, para ampliación de
4º—Continúese con los trámites de
rigor.
5º—Se declara firme el presente
acuerdo, tomado en sesión Nº 5683 del 26 de julio del 2005.
6º—Publíquese en el Diario Oficial.
San José, 9 de enero del
2007.—Lic. Andrea Campos Villalobos, Apoderada General
Judicial.—1 vez.—(O. C. Nº 324110).—C-47190.—(3424).
En dicho marco legal-institucional, en
pos del desarrollo nacional y del consumo doméstico de electricidad que urgen
los costarricenses, el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) necesita
establecer una servidumbre nueva, ampliar una servidumbre y cambiar
condiciones, necesarios para el paso de la línea de transmisión denominada
Naranjo-Poás (tramo Descanso-Garita), sobre una finca inscrita en el Registro
Público, en el Folio Real Nº 2-266346-000 del partido de Alajuela, cantón 01
Alajuela, distrito 11 Turrúcares; ubicada del súper Cebadilla (cruce camino a
Turrúcares y planta a
Según Registro Público, este inmueble
presenta un área de 468.315,71 decímetros cuadrados, cuya naturaleza es terreno
de potrero dividido en dos porciones norte y sur. Lindantes: al norte, con El
Estado y Río Alajuela; al
sur, con El Estado, Luis Gutiérrez Rojas y Sararsenio
S. A., en medio servidumbre de paso; al este, con Luis Gutiérrez Rojas, Genaro
Lepi González y Mildred Mondragón, y al oeste, con calle pública con un frente
a ella de
Que a solicitud de
A tenor de los estudios técnicos realizados
por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y
técnicamente demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de constituir
este derecho de servidumbre, ampliación y cambio de condiciones, por lo que con
base en el artículo 45 de
1º—Apruébense las
presentes diligencias por la suma de ¢20.505.858,30 (veinte millones quinientos
cinco mil ochocientos cincuenta y ocho colones con treinta céntimos).
2º—De no ser aceptado por el
propietario, el respectivo avalúo, constitúyase, sobre la finca anteriormente
mencionada y descrita, una servidumbre, una ampliación de servidumbre y un
cambio de condiciones, el cual se describe así:
El Instituto Costarricense de
Electricidad establecerá una servidumbre nueva, ampliación y cambio de
condiciones de la servidumbre existente, dicha franja de terreno dentro de la
finca está seccionada en dos tramos, la longitud total es de
El propietario deberá limitar el uso
de esta franja. Por razones de seguridad y mantenimiento de la línea, no será
posible, la construcción de casas de habitación, oficinas, comercios,
instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de
azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente. No podrán
sembrarse cultivos anegados como arroz, permanencia de vegetación (árboles o
cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables
conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga
máxima o contingencia. Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven,
o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables o
explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a cinco
metros de los cables conductores más bajos.
Por razones de seguridad, en el caso
de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele
al ICE. Deberá permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción
y mantenimiento de la obra. Todo con fundamento en
3º—La servidumbre nueva, la ampliación
y el cambio de condiciones descritos se establecerán en favor de la finca del
partido de Cartago, inscrita en el Registro Público Nº 105732-000, para
ampliación de
4º—Continúese con los trámites de
rigor.
5º—Se declara firme el presente
acuerdo, tomado en sesión Nº 5769 del 21 de noviembre del 2006.
6º—Publíquese en el Diario Oficial.
San José, 9 de enero del
2007.—Lic. Andrea Campos Villalobos, Apoderada General
Judicial.—1 vez.—(O. C. Nº 324110).—C-47190.—(3425).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Órgano Director.—Procedimiento Ordinario Administrativo contra
San José, a las ocho horas del once de
enero del dos mil siete.—Comunica: Que con base en los oficios DL-2171-2006 y
FOM-3851-06,
Contra esta resolución proceden los
Recursos de Revocatoria y Apelación, los cuales deberán interponerse en el
plazo de tres días posteriores a la tercera publicación, ante el Departamento
de Fomento de esta Institución. El Recurso de Revocatoria será resuelto por
Bach. Pablo Valverde
Madrigal, Órgano Director.—(Solicitud Nº
46805).—C-34485.—(2791).
Órgano Director.—Procedimiento Ordinario Administrativo contra la empresa Cruceros Elanga de Puntarenas S. A., propietaria del Transporte Acuático Cruceros Elanga.
San José, a las quince horas del once
de enero del dos mil siete.— Comunica: Que con base en los oficios DL-2169-2006
y FOM-3848-06,
Contra esta resolución proceden los
Recursos de Revocatoria y Apelación, los cuales deberán interponerse en el
plazo de tres días posteriores a la tercera publicación, ante el Departamento
de Fomento de esta Institución. El Recurso de Revocatoria será resuelto por
Bach. Pablo Valverde
Madrigal, Órgano Director.—(Solicitud Nº
46805).—C-34485.—(2792).
Órgano Director.—Procedimiento
Ordinario Administrativo contra la empresa Excursiones Terra S. A., propietaria
de
San José, a las catorce horas del once
de enero del dos mil siete.— Comunica: Que con base en los oficios DL-2172-2006
y FOM-3850-06,
Contra esta resolución proceden los
Recursos de Revocatoria y Apelación, los cuales deberán interponerse en el
plazo de tres días posteriores a la tercera publicación, ante el Departamento
de Fomento de esta Institución. El Recurso de Revocatoria será resuelto por
Bach. Pablo Valverde
Madrigal, Órgano Director.—(Solicitud Nº
46805).—C-34485.—(2793).
Órgano Director. Procedimiento Ordinario Administrativo contra la empresa Agencia de Viajes Universal S. A., propietaria de la agencia de viajes del mismo nombre.
San José, a las trece horas del once
de enero del dos mil siete.—Comunica: Que con base en los oficios DL-2138-2006
y FOM-3816-06,
Contra esta resolución proceden los
Recursos de Revocatoria y Apelación, los cuales deberán interponerse en el
plazo de tres días posteriores a la tercera publicación, ante el Departamento
de Fomento de esta Institución. El Recurso de Revocatoria será resuelto por
Bach. Pablo Valverde
Madrigal, Órgano Director.—(Solicitud Nº
46805).—C-34485.—(2794).
Órgano Director.—Procedimiento Ordinario Administrativo contra la empresa Las Gaviotas de Playa Hermosa S. A., propietaria del hotel del mismo nombre.
San José, a las doce horas del once de
enero del dos mil siete.—Comunica: Que con base en los oficios CR-316-2006,
DIN-1302-2006 y FOM-2734-06,
Contra esta resolución proceden los
Recursos de Revocatoria y Apelación, los cuales deberán interponerse en el
plazo de tres días posteriores a la tercera publicación, ante
Bach. Pablo Valverde
Madrigal, Órgano Director del Procedimiento.—(Solicitud
Nº 46805).—C-34485.—(2795).
Órgano Director.—Procedimiento Ordinario Administrativo contra la empresa Corporación Turística Canadiense S. A., propietaria de Villa Raquel Country Inn.
San José, a las once horas del once de
enero del dos mil siete.—Comunica: Que con base en los oficios CR-320-2006,
DIN-1303-2006 y FOM-2735-06,
Contra esta resolución proceden los
Recursos de Revocatoria y Apelación, los cuales deberán interponerse en el
plazo de tres días posteriores a la tercera publicación, ante
Bach. Pablo Valverde
Madrigal, Órgano Director del Procedimiento.—(Solicitud
Nº 46805).—C-34485.—(2796).
Órgano Director.—Procedimiento
Ordinario Administrativo contra la empresa Gómez Picado S. A., propietaria de
San José, a las diez horas del once de
enero del dos mil siete.—Comunica: Que con base en los oficios CR-321-2006,
DIN-1301-2006 y FOM-2733-06,
Contra esta resolución proceden los
Recursos de Revocatoria y Apelación, los cuales deberán interponerse en el
plazo de tres días posteriores a la tercera publicación, ante
Bach. Pablo Valverde
Madrigal, Órgano Director del Procedimiento.—(Solicitud
Nº 46805).—C-34485.—(2797).
Órgano Director.—Procedimiento Ordinario Administrativo contra la empresa Cimatur S. A., propietaria de la agencia de viajes receptiva del mismo nombre.
San José, a las nueve
horas del once de enero del dos mil siete.—Comunica: Que con base en los
oficios CR-322-2006, DIN-1304-2006 y FOM-2749-06,
Contra esta resolución proceden los
Recursos de Revocatoria y Apelación, los cuales deberán interponerse en el
plazo de tres días posteriores a la tercera publicación, ante
Bach. Pablo Valverde
Madrigal, Órgano Director del Procedimiento.—(Solicitud
Nº 46805).—C-34485.—(2798).
Resolución RRG-6259-2007.—San José, a las ocho horas con treinta minutos de quince
de enero del dos mil siete.
Ajuste extraordinario de precios, por
aplicación de fórmula automática, de los combustibles Gasóleo y Av-Gas, que
expende
Resultando:
I.—Que mediante oficio GAF-044-2007,
recibido el 9 de enero del 2007, suscrito por Carlos Alberto Quesada Kikut, en
su calidad de Gerente de Administración y Finanzas de
II.—Que la fórmula de ajuste
automático de los precios de los combustibles que expende RECOPE, fue
establecida en la resolución RRG-4471-2005 de las once horas con treinta
minutos del veintinueve de junio del dos mil cinco, publicada en
III.—Que con
respecto a los impuestos a los combustibles, se aplica lo que dispone
IV.—Que de
conformidad con lo establecido en los artículos 30 y 36 de
V.—Que en oficio 50-DEN-2007/131 de
VI.—Que en
los plazos y procedimientos se han observado las prescripciones de ley.
Considerando único:
I.—Que del oficio 50-DEN-2007/131 arriba
citado, que sirve de sustento a esta resolución, conviene extraer lo siguiente:
1. Se utilizaron los parámetros establecidos en
la última fijación extraordinaria publicada en
2. El ajuste se aplica sobre los
precios vigentes, sin impuesto único, fijados en resolución RRG-6244-2006, de
las nueve horas del veintiuno de diciembre del dos mil seis, publicada en
3. Respecto del monto único del
impuesto que se aplica, es lo señalado en
IMPUESTO ÚNICO A APLICAR POR TIPO
DE COMBUSTIBLE (EN COLONES POR LITRO)
Producto Impuesto
único
Gasóleo o diesel pesado 27,50
Av-Gas 143,75
4. Para los distribuidores de combustible sin
punto fijo, se publica el precio al que deben vender a sus clientes, según el
margen de comercialización definido por
5. El ajuste final en los precios
del Gasóleo y el Av-Gas que expende RECOPE en plantel, se debe a la variación
de los precios internacionales de los hidrocarburos y a la variación en el tipo
de cambio.
6. Una vez revisados los cálculos,
con respecto al costo unitario de producción se encontró una desproporción en
la asignación de los costos que pesan sobre estos productos; por lo tanto, se
procedió estimar las nuevas proporciones, considerando el precio internacional
promedio de fórmula, de los productos a la fecha de corte dada por la fórmula
de ajuste de precios, por lo que se establecen, para la futura aplicación, las
nuevas proporciones de ajuste Pi para el Gasóleo y el Av-Gas.
7. Deben establecerse los nuevos
parámetros para el Gasóleo y el Av-Gas.
8. Deben modificarse las tarifas
para el Gasóleo y el Av-Gas que vende RECOPE en sus planteles, al consumidor
final directo; para los que venden al consumidor final en estaciones de
servicio y para las estaciones sin punto fijo de venta que venden al consumidor
final.
Por tanto:
Con fundamento en los
resultandos y considerando precedentes, al tenor de las potestades conferidas
en los artículos 5°, inciso d), 57, incisos c) y g), de
EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:
I.—Fijar los nuevos parámetros para la
futura aplicación de la fórmula de ajuste de precios para los combustibles
Gasóleo y Av-Gas, según se detalla a continuación:
PEi TCE
PEi PRi FOB US$/BBL TCR ¢/US$ Proporción
US$/BBL US$/BBL futura ¢/US$ futura Pi
Producto anterior actual aplicación actual aplicación %
Gasóleo 57,112 53,653 53,653 519,85 519,85 90,00
Av-Gas 90,880 85,387 85,387 519,85 519,85 82,92
II.—Fijar
el precio de los combustibles Gasóleo y Av-Gas al nivel de plantel, de acuerdo
con el detalle siguiente:
PRECIOS PLANTEL RECOPE
(COLONES POR LITRO)
Producto Sin
impuesto Con impuesto
Gasóleo o
diesel pesado (2) 188,896 216,396
Av-Gas (1) 324,821 468,571
(1) Para efecto del pago correspondiente del
flete por el cliente, considere la fórmula establecida en resolución
RRG-6200-2006, publicada en
(2) Para efecto del pago
correspondiente del flete por el cliente, considere la fórmula establecida en
resolución RRG-3786-2004, publicada en
III.—Fijar
el precio del combustible Av-Gas al consumidor final en estación de servicio
con punto fijo, de acuerdo con el siguiente detalle:
PRECIOS CONSUMIDOR FINAL EN ESTACIONES
DE SERVICIO (COLONES POR LITRO)
Plantel Con
Producto sin
impuesto impuesto
Av-Gas
(2) 324,821 481,00
(2) El precio final en las estaciones aéreas
contempla margen de comercialización total
promedio (con transporte incluido) de ¢12,862/litro.
IV.—Fijar
los precios de los combustibles Gasóleo y Av-Gas que venden al consumidor
final, los distribuidores de combustibles que operan sin punto fijo de venta,
de acuerdo con el detalle siguiente:
PRECIOS DEL DISTRIBUIDOR DE
COMBUSTIBLES
SIN PUNTO FIJO A CONSUMIDOR FINAL
(COLONES POR LITRO)
Plantel Con
Producto sin
impuesto impuesto
Gasóleo o
diesel pesado (1) 188,896 220,142
Av-Gas (1) 324,821 472,317
(1) Incluye un margen total de ¢3,746 colones por
litro.
V.—Indicar a RECOPE que debe enviar el
reporte diario de los precios de referencia de los crudos y derivados.
VI.—Indicar a
RECOPE que debe remitir una vez al mes la actualización de la información
utilizada para la actualización de la proporción de ajuste Pi según el
último Estado Financiero disponible, de acuerdo con lo establecido en el modelo
de ajuste extraordinario de fijación de precios de combustibles, establecido
según resolución RRG-4771-2005 del 29 de junio del 2005, publicada en
En cumplimiento de lo que ordena el
artículo 245 de
El recurso de revocatoria y el de
apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir del
día siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados
en el artículo 354 de la citada ley.
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 3, inciso c) de
Publíquese y notifíquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—1
vez.—(Solicitud Nº 41192).—C-80740.—(3414).
Resolución
RRG-6258-2007.—San José, a las ocho horas y quince
minutos del quince de enero del dos mil siete.
Ajuste extraordinario de precios, por
aplicación de fórmula automática de los combustibles Asfalto y Emulsión
Asfáltica, que expende
Resultando:
I.—Que mediante oficio GAF-001-2007,
recibido el 8 de enero del 2007, suscrito por Carlos Alberto Quesada Kikut, en
su calidad de Gerente de Administración y Finanzas de
II.—Que la fórmula de ajuste
automático de los precios de los combustibles que expende RECOPE, fue
establecida en la resolución RRG-4771-2005 de las once horas con treinta
minutos del veintinueve de junio del dos mil cinco, publicada en
III.—Que las tarifas vigentes para el
Asfalto y
IV.—Que con
respecto a los impuestos a los combustibles, se aplica lo que dispone
V.—Que de conformidad con lo establecido
en los artículos 30 y 36 de
VI.—Que en
oficio 49-DEN-2007/130 de
VII.—Que en
los plazos y procedimientos se han observado las prescripciones de ley.
Considerando único:
I.—Que del oficio 49-DEN-2007/130 arriba
citado, que sirve de sustento a esta resolución, conviene extraer lo siguiente:
1. Se utilizaron los parámetros establecidos en
la última fijación extraordinaria aprobada por
2. El ajuste se aplica sobre los
precios vigentes, sin impuesto único, fijados en resolución RRG-6244-2006, de
las nueve horas del veintiuno de diciembre del dos mil seis, publicada en
3. Respecto del monto único del
impuesto que se aplica, es lo señalado en
IMPUESTO ÚNICO A APLICAR POR TIPO
DE COMBUSTIBLE (EN COLONES POR LITRO)
Producto Impuesto
único
Asfalto 28,75
Emulsión
Asfáltica 21,25
4. Para los distribuidores de combustible sin
punto fijo, se publica el precio al que deben vender a sus clientes, según el
margen de comercialización definido por
5. El ajuste final en los precios
del Asfalto y Emulsión Asfáltica que expende RECOPE en plantel, se debe a la
variación de los precios internacionales de los hidrocarburos y a la variación
en el tipo de cambio.
6. Una vez revisados los cálculos,
con respecto al costo unitario de producción se encontró una desproporción en
la asignación de los costos que pesan sobre estos productos; por lo tanto se
procedió estimar las nuevas proporciones considerando el precio internacional
promedio de fórmula de los productos a la fecha de corte dada por la fórmula de
ajuste de precios, por lo que se establecen, para la futura aplicación, las
nuevas proporciones de ajuste Pi para el Asfalto y
7. Deben establecerse los nuevos
parámetros para el Asfalto y
8. Deben modificarse las tarifas para
el Asfalto y
Por tanto:
Con fundamento en las
facultades conferidas en los artículos 5°, inciso d), 57, incisos c) y g) de
EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:
I.—Fijar los nuevos parámetros para la
futura aplicación de la fórmula de ajuste de precios para los combustibles
Asfalto y Emulsión Asfáltica, según se detalla a continuación:
PEi TCE
PEi PRi FOB US$/BBL TCR ¢/US$ Proporción
US$/BBL US$/BBL futura ¢/US$ futura Pi
Producto anterior actual aplicación actual aplicación %
Asfalto 37,893 35,931 35,931 518,90 518,90 97,45
Emulsión asfáltica 30,698 29,143 29,143 518,94 518,94 101,85
II.—Fijar
el precio de los combustibles Asfalto y Emulsión Asfáltica al nivel de plantel,
de acuerdo con el detalle siguiente:
PRECIOS PLANTEL RECOPE
(COLONES POR LITRO)
Producto Sin
impuesto Con impuesto
Asfalto
AC-20, AC-30, PG-70 (2) 135,943 164,693
Emulsión asfáltica (2) 108,568 129,818
(2) Para efecto del pago correspondiente del
flete por el cliente, considere la fórmula establecida en resolución
RRG-3786-2004, publicada en
III.—Fijar
los precios de los combustibles Asfalto y Emulsión Asfáltica que venden al
consumidor final, los distribuidores de combustibles que operan sin punto fijo de
venta, de acuerdo con el detalle siguiente:
PRECIOS DEL DISTRIBUIDOR DE
COMBUSTIBLES
SIN PUNTO FIJO A CONSUMIDOR FINAL
(COLONES POR LITRO)
Plantel Con
Producto sin
impuesto impuesto
Asfalto
AC-20, AC-30, PG-70 (1) 135,943 168,439
Emulsión Asfáltica (1) 108,568 133,564
(1) Incluye un margen total de ¢3,746 colones por
litro.
IV.—Indicar
a RECOPE que debe enviar el reporte diario de los precios de referencia de los
crudos y derivados.
V.—Indicar a RECOPE que debe remitir una
vez al mes la actualización de la información utilizada para la actualización
de la proporción de ajuste Pi según el último Estado Financiero disponible, de
acuerdo con lo establecido en el modelo de ajuste extraordinario de fijación de
precios de combustibles, establecido según resolución RRG-4771-2005 del 29 de
junio del 2005, publicada en
En cumplimiento de lo que ordena el
artículo 245 de
El recurso de revocatoria y el de
apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir del
día siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados
en el artículo 354 de la citada ley.
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 3, inciso c) de
Publíquese y notifíquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—1
vez.—(Solicitud Nº 41192).—C-69685.—(3415).
Resolución
RRG-6260-2007.—San José, a las catorce horas del
quince de enero del dos mil siete.
Solicitud de ajuste extraordinario,
por aplicación de fórmula automática de precios del combustible Gas Licuado del
Petróleo (LPG), que expende
Resultando:
I.—Que mediante oficio GAF-098-2006, recibido
el 12 de enero del 2007, suscrito por Carlos Alberto Quesada Kikut, en su
calidad de Gerente de Administración y Finanzas de
II.—Que la fórmula de ajuste
automático de los precios de los combustibles que expende RECOPE, fue
establecida en la resolución RRG-4471-2005 de las once horas con treinta
minutos del veintinueve de junio del dos mil cinco, publicada en
III.—El ajuste en los precios del Gas
Licuado del Petróleo al nivel del envasador y en su cadena de distribución y
comercialización, se hace con base en el procedimiento extraordinario,
establecido en la resolución RRG-602-98 del catorce de julio de 1998, publicada
en
IV.—Que con
respecto a los impuestos a los combustibles, se aplica lo que dispone
V.—Que de conformidad con lo establecido
en los artículos 30 y 36 de
VI.—Que el
plazo con que cuenta
VII.—Que la
solicitud de RECOPE fue analizada por
VIII.—Que en
los plazos y procedimientos se han observado las prescripciones de ley.
Considerando único:
I.—Que del oficio 53-DEN-2007/162 arriba
citado, que sirve de sustento a esta resolución, conviene extraer lo siguiente:
1. Se comprobó la utilización, por parte de
RECOPE, de los parámetros establecidos en la última fijación extraordinaria
publicada en
2. El ajuste se aplica sobre los
precios vigentes, sin impuesto único, fijados en la resolución RRG-6055-2006 de
13 de octubre del 2006, publicada en
3. Respecto del monto único del impuesto
que se aplica, es lo señalado en
IMPUESTO ÚNICO A APLICAR POR TIPO
DE COMBUSTIBLE (EN COLONES POR LITRO)
Producto Impuesto
único
L.P.G. 28,75
4. Para los distribuidores de combustible sin
punto fijo, se publica el precio al que deben vender a sus clientes, según el margen
de comercialización definido por
5. El ajuste final en el precio de
este combustible que expende RECOPE en plantel se debe a la variación de los
precios internacionales de los hidrocarburos y a la variación en el tipo de
cambio.
6. Una vez revisados los cálculos,
se establece la nueva proporción de ajuste Pi para el Gas Licuado del Petróleo
(LPG).
7. Deben establecerse los nuevos
parámetros para el Gas Licuado del Petróleo (LPG).
8. Deben rebajarse las tarifas para
este combustible que vende RECOPE en sus planteles al consumidor final directo;
para los que venden al consumidor final en estaciones de servicio; para las
estaciones sin punto fijo de venta que venden al consumidor final y en su
cadena de distribución.
Por tanto:
Con fundamento en los
resultandos y considerando precedentes, al tenor de las potestades conferidas
en los artículos 5°, inciso d), 57, incisos c) y g), de
EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:
I.—Fijar los nuevos parámetros para la
futura aplicación de la fórmula de ajuste de precios, para el combustible Gas
Licuado del Petróleo (LPG), según se detalla a continuación:
PEi TCE
PEi PRi FOB US$/BBL TCR ¢/US$ Proporción
US$/BBL US$/BBL futura ¢/US$ futura Pi
Producto anterior actual aplicación actual aplicación %
L.P.G. 42,759 40,657 40,657 519,76 519,76 87,60
II.—Fijar
el precio del Gas Licuado del Petróleo al nivel de plantel, de acuerdo con el
detalle siguiente:
PRECIOS PLANTEL RECOPE
(COLONES POR LITRO)
Producto Sin
impuesto Con impuesto
L.P.G. 162,331 191,081
III.—Fijar
el precio del Gas Licuado del Petróleo (LPG) para carburación de vehículos al
consumidor final en estaciones de servicio con punto fijo, de acuerdo con el
siguiente cuadro:
PRECIOS CONSUMIDOR FINAL LPG
EN ESTACIONES DE SERVICIO
(COLONES POR LITRO)
Envasador
Productos con
impuesto Con impuesto *
L.P.G.
(1) 226,977 255,00
(1) El precio del gas licuado del petróleo (LPG)
incluye un margen de comercialización de ¢25,015/litro. Transporte incluido en
precio del envasador.
* Precios máximos de venta
según resolución RRG-5314-2006, publicada en
IV.—Fijar
el precio del Gas Licuado del Petróleo que venden al consumidor final, los
distribuidores de combustibles que operan sin punto fijo de venta, de acuerdo
con el detalle siguiente:
PRECIOS DEL DISTRIBUIDOR DE
COMBUSTIBLES
SIN PUNTO FIJO A CONSUMIDOR FINAL
(EN COLONES POR LITRO)
Plantel Precio con
Producto sin
impuesto impuesto
L.P.G.
(1) 162,331 194,827
(1) Incluye un margen total de ¢3,746 colones por
litro.
V.—Fijar los precios del Gas Licuado del
Petróleo en la cadena de comercialización hasta el consumidor final de acuerdo
con el siguiente detalle:
PRECIO DE GAS LICUADO DE PETRÓLEO POR
TIPO
DE ENVASE Y POR CADENA DE DISTRIBUCIÓN
EN COLONES POR LITRO Y CILINDRO
INCLUYE IMPUESTO ÚNICO (1)
Precio
a
Precio
a facturar por Precio
a
facturar por distribuidor facturar
por
Tipos de envase el
envasador y agencias detallistas
Tanques
fijos (por litro) 226,977 (*) (*)
Cilindro de
Cilindro de
Cilindro de
Cilindro de
Cilindro de
(*) No se comercializa en esos puntos de ventas.
(1) Precios máximos de venta según
resolución RRG-1907-2001 publicada en
VI.—Indicar
a RECOPE que debe enviar el reporte diario de los precios de referencia de los
crudos y derivados.
VII.—Indicar
a RECOPE que debe remitir una vez al mes la actualización de la información
utilizada para la actualización de la proporción de ajuste Pi según el último
Estado Financiero disponible, de acuerdo con lo establecido en el modelo de
ajuste extraordinario de fijación de precios de combustibles, establecido según
resolución RRG-4771-2005 del 29 de junio del 2005, publicada en
En cumplimiento de lo que ordena el
artículo 245 de
El recurso de revocatoria y el de
apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir del
día siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados
en el artículo 354 de la citada ley.
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 3º, inciso c) de
Publíquese y notifíquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—1
vez.—(Solicitud Nº 41192).—C-96545.—(3417).
ÁREA DE ESTADÍSTICAS CONTÍNUAS
UNIDAD ÍNDICES DE PRECIOS
El Instituto Nacional de
Estadística y Censos, avisa que los Índices de Precios de los Insumos Básicos
de
ÍNDICES DE PRECIOS DE LOS INSUMOS
BÁSICOS
DE
DICIEMBRE 2006
ÍNDICES DE PRECIOS DE INSUMOS
PARA
EDIFICIOS Y VIVIENDA
Base Enero 1976=100
VARIACIÓN
NOV
2006 DIC 2006 (%)
EDIFICIOS 14.504,50 14.526,47 0,15
VIVIENDA 15.533,52 15.544,67 0,07
ÍNDICES DE PRECIOS DE MANO DE OBRA
PARA
EDIFICIOS Y VIVIENDA
Base Enero 1976=100
VARIACIÓN
NOV
2006 DIC 2006 (%)
MANO
DE OBRA EN EDIFICIOS 14.881,76 14.881,76 0,00
MANO DE OBRA EN VIVIENDA 14.756,77 14.756,77 0,00
ÍNDICES DE PRECIOS DE ACTIVIDADES
PARA
URBANIZACIONES
Base Enero 1984=100
VARIACIÓN
RAMA DE ACTIVIDAD NOV
2006 DIC 2006 (%)
TUBERÍA
AGUAS PLUVIAL 1.737,45 1.737,45 0,00
TUBERÍA AGUAS NEGRAS PVC 1
898,77 1.898,77 0,00
TUBERÍA AGUAS NEGRAS
CONCRETO 1.383,07 1.383,07 0,00
TUBERÍA AGUA POTABLE 2.178,28 2.178,28 0,00
PREVISTA AGUAS NEGRAS PVC 1.925,89 1.925,89 0,00
PREVISTA AGUAS NEGRAS
CONCRETO 1.796,91 1.796,91 0,00
PREVISTA AGUA POTABLE 1.825,94 1.825,94 0,00
TRAGANTES 2.052,23 2.055,09 0,14
POZOS 2.264,96 2.269,19 0,19
CAJAS DE SIFÓN 1.900,12 1.901,85 0,09
CORDÓN Y CAÑO 2.432,32 2.436,73 0,18
ACERAS 2.492,86 2.496,43 0,14
DESFOGUE 2.459,71 2.463,79 0,17
CUNETA MEDIA CAÑA 1.594,57 1.594,66 0,01
CABEZALES PARA PASOS POR
ACERA 2.420,92 2.422,98 0,08
PASOS POR ACERA 2.423,33 2.426,93 0,15
VÁLVULAS H. F. 1.144,13 939,81 -17,86
HIDRANTES 1.281,70 1.153,93 -9,97
VARIACIÓN
RAMA DE ACTIVIDAD NOV
2006 DIC 2006 (%)
LIMPIEZA Y DESENRAICE 990,87 990,70 -0,02
CORTE DE TIERRA 1.206,61 1.206,37 -0,02
RELLENO Y COMPACTACIÓN 1.158,41 1.158,34 -0,01
SUB-BASE, BASE Y CONF.
SUBRASANTE 2.039,89 2.039,85 0,00
CARPETA ASFÁLTICA 2.402,15 2.395,64 -0,27
ÍNDICES DE PRECIOS PARA
DE ACUEDUCTOS
Base Enero 1983=100
VARIACIÓN
RAMA DE ACTIVIDAD NOV
2006 DIC 2006 (%)
TUBERÍA
PVC
TUBERÍA PVC
TUBERÍA PVC
TUBERÍA PVC
PREVISTA
HIDRANTE 1.871,62 1.871,87 0,01
PROMEDIO TUBOS Y PREVISTA 2.323,84 2.324,01 0,01
SIN COSTO TUBO
TUBO 200-
PROMEDIO 1.907,02 1.907,44 0,02
ÍNDICE GENERAL DE ACUEDUCTOS 2.431,62 2.347,78 -3,45
ÍNDICES DE PRECIOS PARA
DE ALCANTARILLADOS
Base Enero 1983=100
VARIACIÓN
RAMA DE ACTIVIDAD NOV
2006 DIC 2006 (%)
TUBERÍA
PVC
TUBERÍA PVC
TUBERÍA PVC
TUBERÍA PVC
PREVISTA
PROMEDIO PVC 1.561,25 1.561,54 0,02
TUBO DE CONCRETO
TUBO DE CONCRETO
TUBO DE CONCRETO
PROMEDIO DE CONCRETO 2.273,31 2.273,50 0,01
CAJAS DE REGISTRO 2.166,87 2.169,26 0,11
CAJAS DE SIFÓN 1.809,43 1.810,56 0,06
PROM. CAJAS REGISTRO Y SIFÓN 2.103,01 2.105,19 0,10
REPOSICIÓN DE CARPETA 2.700,54 2.551,69 -5,51
ÍNDICE GENERAL ALCANTARILLADO 2.276,18 2.218,04 -2,55
ÍNDICES DE PRECIOS DE ELEMENTOS PARA
Y PUENTES
Base Julio 1990=100
VARIACIÓN
ELEMENTOS NOV
2006 DIC 2006 (%)
ACERO
ESTRUCTURAL 688.51035 688.51035 0,00000
ACERO POSTENSIÓN 389.29995 389.21746 -0,02119
ACERO REFUERZO 1011.32403 1011.32403 0,00000
ACETILENO 2589.29798 2589.29798 0,00000
ADITIVO RETARDANTE/ACEL 786.97876 786.97876 0,00000
ALAMBRE DE PÚAS 1768.58442 1768.58442 0,00000
ALAMBRE ELÉCTRICO 275.40105 275.40105 0,00000
ALAMBRE NEGRO 933.50757 933.50757 0,00000
ARENA 1006.65811 1006.65811 0,00000
ASFALTO 85/100 2046.33010 1904.87805 -6,91247
BARRAS O BARRENOS 607.51573 607.51573 0,00000
BROCA
BUNKER 1367.27265 1367.68668 0,03028
CEMENTO 1433.47877 1441.15561 0,53554
CLAVOS 1242.73767 1242.73767 0,00000
COLCHONETA 4 * 2 * 1,23 *
COSTO DE POSESIÓN 676.53186 676.38851 -0,02119
DIESEL 1434.43789 1439.29667 0,33872
DINAMITA 280.00439 280.00439 0,00000
ELEMENTO VIGA PRETENSADA/
GUARDACAMINO 831.63834 831.63834 0,00000
EMULSION ASFÁLTICA 1739.86696 1616.48933 -7,09121
EPOXY P/MARCADORES 800.32256 800.15298 -0,02119
FLANGER 12 * 65 624.48672 624.35441 -0,02119
FULMINANTE 291.68477 291.68477 0,00000
GAVIÓN
8 * 10 1295.83281 1295.55824 -0,02119
GAVIÓN
8 * 10 1282.98044 1282.70860 -0,02119
GASOLINA 1426.13238 1442.13668 1,12222
GRAPAS P/ALAMBRE 623.13669 623.13669 0,00000
LÁMINA DE ALUMINIO LISO N° 16 825.71379 825.67888 -0,00423
LÍQUIDO PARA CURA 556.07379 556.07379 0,00000
LLANTAS 580.70370 580.60985 -0,01616
LUBRICANTES 1118.94557 1121.25249 0,20617
MADERA CONTRACHAPADA
(PLYWOOD) 1190.59032 1190.59032 0,00000
MADERA ESPECIAL PARA
BARANDA 261.73000 261.73000 0,00000
MADERA FORMALETA 2119.53907 2443.74573 15,29609
MALLA CICLÓN 880.12930 880.12930 0,00000
MANGUERAS COMP. 600 c.c. 1035.26171 1035.21405 -0,00460
MANO DE OBRA 930.70301 930.70301 0,00000
MARCADOR PAVIMENTO
(REF. 1 CARA) 542.60008 542.48511 -0,02119
MARCADOR PAVIMENTO
(REF. 2 CARAS) 528.72605 528.61402 -0,02119
MARCO Y REJILLA METAL
MARCO Y TAPA DE METAL 187.76095 187.76095 0,00000
MATERIAL P/SELLADO JUNTAS 159.65079 159.65079 0,00000
MATERIAL REFLECTANTE
SEÑALES 207.84323 207.84323 0,00000
MEDIA CAÑA
OXIGENO INDUSTRIAL 2890.88613 2890.88613 0,00000
PIEDRA BRUTA 747.90160 747.90160 0,00000
PIEDRA QUEBRADA 743.99096 743.99096 0,00000
PILOTE ACERO ESTRUCTURAL
12 * 12 *
PILOTE ACERO ESTRUCTURAL
12 * 12 *
PILOTE HORMIGÓN PRETENSADO
30 * 30 1030.65129 1030.65129 0,00000
PILOTE HORMIGÓN PRETENSADO
35 * 35 1250.71486 1250.71486 0,00000
PILOTE HORMIGÓN REFORZADO 1568.83403 1568.83403 0,00000
PINTURA P/ESTRUCTURAS 1064.65015 1064.65015 0,00000
PINTURA Y ESFERAS P/VÍAS 1065.50904 1065.49173 -0,00162
POSTE DE VIGA GALVANIZADA 574.49988 574.37816 -0,02119
POSTE PRETENSADO/
GUARDACAMINO 1482.64742 1482.64742 0,00000
POSTE P/CERCA DE ALAMBRE 2583.03993 2633.94037 1,97056
POSTE P/ SEÑAL VERTICAL 708.45491 708.45491 0,00000
REPUESTOS 913.62805 919.30163 0,62099
SOLDADURA 945.51720 945.51720 0,00000
TABLE ESTACA ACERO MP (116) 554.02849 553.91110 -0,02119
TELA DE FIBRA SINTÉTICA 603.43854 603.43854 0,00000
TERMINAL GALVANIZADO P/
GUARDACAMINO 583.87424 583.75052 -0,02119
TERMINAL VIGA P/
GUARDACAMINO 949.67589 949.67589 0,00000
TINTA DE SERIGRAFÍA 218.34162 218.34162 0,00000
TIPO DE CAMBIO 563.25266 563.13332 -0,02119
TORNILLOS GALVANIZADOS 160.36222 160.36222 0,00000
TUB. ACERO CORRUGADO
CAL. 16 518.03088 517.92112 -0,02119
TUB. ACERO CORRUGADO
CAL. 16 557.47365 557.35553 -0,02119
TUB. ACERO CORRUGADO
CAL. 12 489.07914 488.97551 -0,02119
TUB. ACERO CORRUGADO
CAL. 12 489.07914 488.97551 -0,02119
TUB. ACERO CORRUGADO
CAL. 12 529.71992 529.60768 -0,02119
TUB. ACERO CORRUGADO
CAL. 12 534.64686 534.53358 -0,02119
TUB. ACERO CORRUGADO
CAL. 12 531.97226 531.85955 -0,02119
TUB. ACERO CORRUGADO
CAL. 12 529.51613 529.40393 -0,02119
TUB. HORMIGÓN CLASE III
DIAM. 823.67664 823.67664 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE III
DIAM. 764.30645 764.30645 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE III
DIAM. 831.51728 831.51728 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE III
DIAM. 713.83482 713.83482 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE III
DIAM. 961.73771 961.73771 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE III
DIAM. 800.79459 800.79459 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE III
DIAM. 844.11714 844.11714 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE III
DIAM. 838.44136 838.44136 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE III
DIAM. 825.49400 825.49400 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE III
DIAM. 842.93418 842.93418 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE IV
DIAM. 554.81030 554.81030 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE IV
DIAM. 344.98379 344.98379 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE IV
DIAM. 569.67340 569.67340 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE IV
DIAM. 458.75886 458.75886 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE IV
DIAM. 564.33885 564.33885 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE IV
DIAM. 586.57037 586.57037 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE IV
DIAM. 568.22411 568.22411 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE IV
DIAM. 569.32060 569.32060 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE IV
DIAM. 567.44266 567.44266 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE IV
DIAM. 473.47431 473.47431 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE V
DIAM. 569.31375 569.31375 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE V
DIAM. 342.55389 342.55389 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE V
DIAM. 570.11239 570.11239 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE V
DIAM. 436.11069 436.11069 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE V
DIAM. 568.14324 568.14324 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE V
DIAM. 565.47246 565.47246 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE V
DIAM. 567.40424 567.40424 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE V
DIAM. 572.47752 572.47752 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE V
DIAM. 566.58701 566.58701 0,00000
TUB. HORMIGÓN CLASE V
DIAM. 501.22253 501.22253 0,00000
TUB. HORMIGÓN PERFORADO
TUB. HORMIGÓN PERFORADO
TUB. HORMIGÓN PERFORADO
TUB. SIN REFUERZO C-14
TUB. SIN REFUERZO C-14
TUB. SIN REFUERZO C-14
TUB. SIN REFUERZO C-14
TUB. SIN REFUERZO C-14
TUB. SIN REFUERZO C-14
TUB. SIN REFUERZO C-14
TUB. SIN REFUERZO C-14
TUB. SIN REFUERZO C-14
TUB. SIN REFUERZO C-14
TUB. SIN REFUERZO C-14
VIGA GALVANIZADA 530.89696 530.78447 -0,02119
WATER STOP 6”*3/16” 245.91649 245.91649 0,00000
San José, 16 de enero del
2007.—Jaime Vaglio Muñoz, Gerente.—1 vez.—(Solicitud
Nº 20684).—C-172280.—(3628).
JUNTA ADMINISTRATIVA
DEL SERVICIO ELÉCTRICO DE CARTAGO
El martes primero de mayo del 2007 no
se celebrará sesión por ser feriado de ley.
El martes 31 de julio del 2007 no se
celebrará sesión por vacaciones generales del personal, con motivo de las
festividades de
La sesión ordinaria correspondiente al
martes tres de abril del 2007, se celebrará a las seis horas cuarenta y cinco
minutos del lunes treinta de abril del 2007.
La sesión ordinaria correspondiente al
martes veinticinco de diciembre, se celebrará a las ocho horas, treinta minutos
del sábado primero de diciembre del 2007.
Cartago, 9 de enero del
2007.—Flor Mª Bonilla Mora, Asistente
Administrativa.—1 vez.—(3108).
Estos nombramientos vencen en la
primera sesión ordinaria del año dos mil ocho.
Cartago, 9 de enero del 2007.—Flor Mª Bonilla Mora, Asistente Administrativa.—1 vez.—(3109).
Rosa María Vásquez
Rodríguez, Secretaria del Concejo Municipal.—1
vez.—(O. C. Nº 10575).—C-4255.—(3857).
DEPARTAMENTO DE ZONA MARÍTIMO
TERRESTRE
Edicto 118-06-06.—Valencia Medina Ligia, con cédula número 6-263-114, con
base en el artículo número 38 de
Puntarenas, 1º de junio
del 2006.—Luz Marina Jiménez Jara, Coordinadora.—1
vez.—(3085).
Trascripción del acuerdo
tomado por el Concejo Municipal del Distrito de Lepanto el día 15 de enero del
2007, en sesión ordinaria Nº 205-2007, que en lo conducente dice:
Acuerdo 1. El Concejo Municipal del
Distrito de Lepanto, acuerda con cinco votos realizar sesión extraordinaria el
día jueves 1º de febrero del
Jicaral, 16 de enero del
2007.—Yorleny Alvarado Salas, Secretaria Municipal.—1
vez.—(3405).
COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE
COSTA RICA
De conformidad con el
artículo 18 de
Orden del día:
I- Recuento del quórum y apertura de
II- Entonación del Himno Nacional y del Himno
del Colegio
III- Aprobación del Orden del Día
IV- Lectura y aprobación de las siguientes actas
de Junta General.
V-
1. Acta de Asamblea Ordinaria Nº 167-2006 del 30
de enero de 2006.
2. Acta de Asamblea Extraordinaria Nº 168-2006
del 23 de junio de 2006.
3. Acta de Asamblea Extraordinaria Nº 169-2006
del 23 de junio de 2006.
4. Acta de Asamblea Ordinaria Nº 170-2006 del 1°
de diciembre de 2006.
5. Acta de Asamblea Extraordinaria Nº 171-2006
del 22 de enero de 2007.
VI- Conocimiento de los informes anuales de
labores de:
1. Informe de
2. Informe de
3. Informe de
4. Informe de
VII- Aprobación del Plan Anual de Trabajo y
Presupuesto del año 2007.
VIII- Reconocimientos.
IX- Mociones de
X- Juramentación e instalación de los nuevos
miembros de
XI- Juramentación de los miembros del Tribunal de
Honor y del Comité Consultivo Permanente.
XII- Clausura de
Se les recuerda que para
participar en las Asambleas Generales es requisito obligatorio estar al día en
el pago de todas sus obligaciones, incluyendo las cuotas ordinarias y
extraordinarias al 31 de diciembre del 2006.—San José,
15 de enero del 2007.—Dirección Ejecutiva.—Lic. Dunia Zamora Solano.—(3420).
2 v. 2.
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
TRANSPORTES ALVARADO Y GÓMEZ
Transportes Alvarado y
Gómez, cédula jurídica Nº 3-101-025288-12, solicita ante
RANCHO ESTRELLA DE
Rancho Estrella de
GMB Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA
GMB y Asociados Sociedad
Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento
veintiún mil novecientos uno, solicita ante
GRANJA DE JOVICA LIMITADA
Granja de Jovica
Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-106964, solicita ante
COSTA RICA TENNIS CLUB
El suscrito Roberto Bruno
Torres, cédula Nº 1-417-1352, informa a los interesados el extravío de los
certificados de acción del Costa Rica Tennis Club Nos. 2137 y 2138. Los mismos
fueron reportados al Club y ya no tienen validez.—Roberto
Bruno Torres.—(2786).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
AUTOTRANSPORTES LOS GUIDO SOCIEDAD
ANÓNIMA
Autotransportes Los
Guido Sociedad Anónima, cédula número tres-ciento uno-cien mil seiscientos
tres, solicita ante
OCEAN TRANSPORT SOCIEDAD
ANÓNIMA
Ocean Transport Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-dos siete cuatro tres seis dos, solicita ante
Rosa María
Alvarado Cano, cédula de residencia Nº 270-105319-43927, solicita ante
CENTRO RECREATIVO HUETAR SOCIEDAD ANÓNIMA
El Centro Recreativo
Huetar Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-112643, domiciliada en
Javillos de Florencia, San Carlos, por haberse extraviado el libro de Actas
Junta Directiva, para los efectos legales correspondientes solicita la
reposición del mismo ante Tributación Directa. Quien se considere afectado
puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al
contribuyente de
PAN-AMERICAN SCHOOL S.
A.
El señor Alejandro Odio
Formoso, cédula Nº 1-0537-
CABINAS AMELIA SOCIEDAD
ANÓNIMA
La suscrita, Amelia Sing
Moraga, mayor, viuda una vez, empresaria, con cédula de identidad Nº 5-082-566,
vecina de Filadelfia de Carrillo, 150 sur de
PRIMERA CONSOLIDADA
DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA
Primera Consolidada de
Seguros Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta
y cuatro mil seiscientos setenta y tres, solicita ante
UNIÓN DEL OESTE DE COSTA RICA
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Unión del Oeste de Costa
Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica Nº
3-102-218597, solicita ante
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante mi notaría se ha protocolizado
escritura pública de Gen Net Us Government Lease S. A., mediante la cual
se reforma en su integridad el pacto social y se transforma en una sociedad
administradora de fondos de inversión, que se denominará Gen Net Sociedad
Administradora de Fondos de Inversión Sociedad Anónima. Como parte de los
cambios se reduce el capital social al eliminarse la serie B de acciones
preferentes y se incrementa el capital social correspondiente a las acciones
comunes.—San José, 15 de enero del 2007.—Lic. Elian Jorge
Villegas Valverde, Notario.—Nº 98259.—(2988).
GRUPO MUTUAL ALAJUELA
SUCURSAL EN HEREDIA
De conformidad con los
artículos 708-709-710
del Código de Comercio, el señor German Pérez Arguedas, cédula número
202420261, solicita la reposición del Título Valor Certificado de Depósito a
Plazo número 118 301 2000052703 por ¢1.300.000,00 con fecha de vencimiento
23/05/2007 y los 2 cupones el número 1 y 2 por ¢ 39.812,49 cada uno, con fecha
de vencimiento el número 1 el 23/02/2007 y el número 2 el 23/05/2007.
Heredia, 11 de enero del
2007.—Servicios Financieros.—Melissa Fallas Céspedes,
Auxiliar.—(3118).
GRUPO MUTUAL ALAJUELA
De conformidad con los
artículos 708-709-710 del Código de Comercio, la señora Ana Yubel Vargas
Orozco, solicita la reposición del título valor certificado de depósito a plazo
Nº 118 302 2000041928 por ¢80.000,00 con fecha de vencimiento 15/02/2006, y el
cupón Nº 1 por ¢1.333,34 con fecha de vencimiento el 15/02/2006.—Heredia, 16 de enero del 2007.—Melissa Fallas Céspedes,
Auxiliar de Servicios Financieros.—(3416).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE
COSTA RICA
El Colegio de Contadores
Privados de Costa Rica, informa que según la sesión ordinaria N-3184-2007 del
día 16 de enero del año en curso se tomó el siguiente acuerdo: Con fundamento
en
Carné Colegiado
1 2539 Solano
Brenes Fernando Enrique
2 3786 Solano Hidalgo Franklin
3 4695 Rojas Cordero Johnny
4 6318 Calderón Herrera Eulogio
5 6636 Sandoval Sánchez Guillermo
6 7369 Barquero Coto Dagoberto
7 7583 León Delgado Martha
8 9149 Rojas González José Manuel
9 9192 Flores Montero Jorge
10 9630 Rosales Castillo Elizabeth Cecilia
11 12359 Coto Fernández Gonzalo Gerardo
12 12695 Calderón Sánchez Xinia María
13 15347 González López Oliva María
14 15583 Santana Mejías Daniel
15 15985 Vargas Alfaro Leslie
16 16052 Granados Abarca Elizabeth
17 16959 Sánchez Jiménez Ileana María
18 17987 Moya Chan Roy
19 18832 Murillo Badilla Alexis
20 19181 Araya Solano Helbertte Rodrigo
21 19310 Watherhouse Solano Juan Carlos
22 19499 Arias Flores Eric
23 20736 Segura Calderón Marjorie Yessenia
24 20860 Murillo Vargas Sigifredo
25 20982 Valerio Salas Afranio
26 21104 Aguilar Álvarez Jorge Arturo
27 21708 Gómez Esquivel Oscar Mario
28 22219 Salas Toruno Crisman
29 22787 Picado Corella Javier Martín
30 22846 Peña Bonilla Ana Sheirys
31 23249 Arias Arce Gustavo Adolfo
32 23468 Molina Guerrero Joaquín Eduardo
33 24684 Tuck Mena Mayela
34 25129 Segura Bejarano Mainor
35 25594 Torres Jiménez Viviana
36 25621 Duarte Mora María de los Ángeles
37 26718 Valverde Mejías Esteban
38 26741 Díaz Burgos Olger Arnoldo
39 26937 Zúñiga Talavera Francisco
40 27049 Gamboa Arrieta Yorleny
41 27071 Monge Tencio Iván
42 27189 Román Venegas José Froilán
43 27287 Leitón Ureña Randall
44 27629 Castañeda Cruz Eddy
45 27715 Saborío Elizondo Jorge Alberto
46 28124 Mera Hernández Tatiana Alejandra
47 28182 Campos Sanabria María Marcela
48 28241 Venegas Chavarría María de los A.
49 28373 Ghisellini Marín Diana Cristina
50 28451 Jiménez Chinchilla Jorge Arturo
51 28518 Brenes Corrales Ana María
Carné Colegiado
52 28538 Delgado Arias Wendy Roxana
53 28579 Picado Rodríguez Cinthya del Carmen
54 28606 Villalobos Vindas Gilbert Fernando
55 28645 Monge Aguilar Cindy
56 28911 Coronado Mendoza Luis Alonso
El Colegio de Contadores
Privados de Costa Rica, comunica al público en general que en
San José, 16 de enero del
2006.—C.P.I. Rodrigo Luna Monge, Secretario Junta
Directiva.—1 vez.—(O. C. Nº 17746).—C-66275.—(3629).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Por escritura
número trescientos dieciocho, otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del
día 10 de enero del presente año, visible a folio ciento veintinueve vuelto del
tomo nueve, se protocoliza acta número dos de la entidad Corporación Xstore
Sociedad Anónima, mediante el cual se reforman las cláusulas segunda y
quinta del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—Heredia, 10 de enero del 2007.—Lic. Oldemar Sing Ávila,
Notario.—Nº 97926.—(2618).
Por escritura número trescientos doce,
otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del día 21 de diciembre del
presente año, visible a folio ciento veintisiete frente del tomo nueve, se
protocoliza acta número cuatro de la entidad Distribuidora Exclusiva
Disprosa Sociedad Anónima, mediante el cual se reforman las
cláusulas segunda y quinta del pacto constitutivo y se nombra nueva junta
directiva.—Heredia, 22 de diciembre del 2006.—Lic.
Oldemar Sing Ávila, Notario.—Nº 97931.—(2619).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura otorgada a
las seis horas del quince de enero del dos mil siete, por la notaria Guiselle
Calvo Cascante, se constituyó la sociedad anónima 3-101-5261645 S. A.—Lic.
Jenny Villalobos Coto, Notaria.—1 vez.—Nº
98316.—(2937).
Por escritura otorgada ante la notaria Guiselle Calvo Cascante, se constituyó la sociedad Nuestros Orígenes S. A. Mediante escritura cuatrocientos treinta y cuatro de su tomo segundo el veinte de setiembre del dos mil seis.—San José, 18 de diciembre del 2006.—Lic. Jenny Villalobos Coto, Notaria.—1 vez.—Nº 98317.—(2938).
Por escritura otorgada a las seis horas de quince de enero del dos mil siete, por la notaria Guiselle Calvo Cascante, se constituyó la sociedad anónima Seguridad 3-101-60988 S. A.—Lic. Jenny Villalobos Coto, Notaria.—1 vez.—Nº 98318.—(2939).
Por escritura que autoricé a las dieciocho horas de hoy, se constituyó la sociedad Biolimpio de Costa Rica Sociedad Anónima, con domicilio en Curridabat de San José. Plazo social: cincuenta años. Capital: ciento cuarenta mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Objeto: la industria, el comercio y la prestación de servicios en general. Presidente, apoderado generalísimo sin límite de suma, don Javier Trejos Zelaya.—San José, 10 de enero del 2007.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 98320.—(2940).
Ante esta notaría, mediante escritura Nº 192, se reforma la cláusula sexta y se nombra nueva junta directiva de la sociedad Villa Margarita de Drake S. A., cédula Nº 3-101-118.279.—San José, 12 de enero del 2007.—Lic. Nidia Shadid Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 98321.—(2941).
Se reforma cláusula sexta y se nombra nueva junta directiva de la sociedad Edificaciones Futurama Constructora S. A. Escritura otorgada en la ciudad de San José a las diecisiete horas del día doce de enero del año dos mil siete.—Lic. Aarón Montero Sequeira, Notario.—1 vez.—Nº 98322.—(2942).
Por escritura otorgada ante el notario, a las trece horas del treinta de agosto del dos mil seis, se constituyó la sociedad Hermes del Pacífico Real Estate Limitada. Plazo social: noventa y nueve años a partir de su constitución. Capital social: la suma de diez mil colones, representado por diez cuotas nominativas con un valor de mil colones cada una. El gerente ejerce la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—San José, 8 de noviembre del 2006.—Lic. Eduardo Calderón Odio, Notario.—1 vez.—Nº 98323.—(2943).
Por escritura número
dieciocho otorgada ante esta notaría de Felicia Calvo Hidalgo, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria y se modifica el nombre por Empresariales
Solano y Rojas S. A. Al presidente y secretario les corresponde la
representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados
generalísimos sin limitación de suma. Presidenta: Laura Solano Obando, mayor,
casada una vez, administradora, portadora de cédula de identidad número
tres-trescientos dieciocho-doscientos cincuenta y dos, vecina de
Por asamblea de las catorce horas del veintiuno de noviembre del dos mil seis, se modificó el pacto social y se hizo nombramientos de nueva junta directiva de la compañía Inversiones Diermissen y Montero Sociedad Anónima. Socios: Andrés Montero Artavia. Domicilio: San José, Sabanilla. Presidente: Andrés Montero Artavia.—San José, 15 de enero del 2007.—Lic. Jorge Fernando Calvo Mora, Notario.—1 vez.—Nº 98325.—(2945).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del once de enero del dos mil siete, mediante la escritura número sesenta y cinco-cuatro, se protocoliza acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Yate Vela S. A., en la cual se nombra nueva junta directiva y se reforman las cláusulas segunda y octava del pacto social.—San José, 11 de enero del 2007.—Lic. Laura Granera Alonso, Notaria.—1 vez.—Nº 98326.—(2946).
En mi notaría y mediante escritura Nº 49 de las 11:00 horas del día 15 de enero del 2007, se protocolizó un acta de Ricarena & Simanico Properties S. A., mediante la que se reformó la cláusula octava de los estatutos, referente a la administración.—San José, 15 de enero del 2007.—Lic. Carlos M. Serrano Castro, Notario.—1 vez.—Nº 98330.—(2947).
Por escritura otorgada a las diez horas del 20 de diciembre del 2006, se constituyó la sociedad Innovación Agroambiental INAGRO Sociedad Anónima, con domicilio en Pococí, Guápiles. Presidente: Primo Luis Chavarría Córdoba. Plazo social: cien años. Capital: cien mil colones, representado por cien acciones de mil colones cada una, comunes y nominativas, suscritas y pagadas.—San José, 8 de enero del 2007.—Lic. Ramón Nonato Méndez Salas, Notario.—1 vez.—Nº 98332.—(2948).
La suscrita notaria hace constar que el día de hoy mediante escritura número ciento dieciséis-cuatro, se constituyó la sociedad Inercia Consultores S. A., con un capital social de cien mil colones, debidamente suscrito y pagado y con un plazo social de noventa y nueve años.—San José, 10 de enero del 2007.—Lic. Frescia Benavides Ulate, Notaria.—1 vez.—Nº 98333.—(2949).
Ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Casaves Frilou Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y tres mil setenta, mediante la cual renunció a su nombramiento la presidenta y se eligió nueva.—San José, 15 de enero del 2007.—Lic. Marjorie Retana Hidalgo, Notaria.—1 vez.—Nº 98334.—(2950).
Por escritura otorgada ante mí: U.S.P.P. S. A., nombra presidente y otorga poder generalísimo.—Heredia, 15 de enero del 2007.—Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—(2973).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad Limones del Pacífico de Aranjuez Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerente general: Carlo Sosto Littleton.—San José, 15 de enero del 2007.—Lic. Marcela Freer Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—(3029).
Que por escritura pública número diecinueve, otorgada ante el notario público Andrés Waisleder Goldberg a las nueve horas del catorce de diciembre del dos mil seis, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Residencias Rincón Peninsular S.R.L., mediante la cual se reforma la cláusula sexta de la sociedad, sobre la administración.—San José, 12 de enero del 2007.—Lic. Andrés Waisleder Goldberg, Notario.—1 vez.—(3032).
Protocolización del acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Horizontes del Castillo S C R Sociedad Anónima, en la cual se acuerda aumentar el capital y modificar la cláusula quinta del pacto constitutivo de la empresa. Escritura otorgada en San José, al ser las ocho horas, cuarenta minutos del día seis de diciembre del dos mil seis, ante el notario Roberto Romero Mora. Es todo.—San José, 8:40 horas del 6 de diciembre del 2006.—Lic. Roberto Romero Mora, Notario.—1 vez.—(3033).
Por escritura pública número uno-ocho otorgada a las nueve horas del doce de enero del dos mil seis, ante la notaria pública Catalina Soto Mora, se protocolizaron actas de las empresas Belle Faurche S. A., Alea Rose S. A., Blazing Sun S. A., Daiquiri Ice S. A., Elfin Magic S. A., Fountain Creek S. A., Gray Tropics S. A., Lyutran S. A., Mesfer Flox S. A., Rosa Pálido S. A., Zyatrax S. A., e Iron Ore S. A., en las que se acordó la fusión por absorción de dichas compañías, prevaleciendo Iron Ore S. A., y se reforman las cláusulas primera referente al nombre, y quinta aumentando el capital social, y se nombran nuevo secretario y fiscal, de esta última.—Lic. Catalina Soto Mora, Notaria.—1 vez.—(3034).
Ante mí, Tatiana Rodríguez Arroyo, notaria pública con oficina abierta en San José, se constituyó sociedad denominada Hexainversiones S. A., a las catorce horas del doce de enero del dos mil siete. Es todo.—Lic. Tatiana Rodríguez Arroyo, Notaria.—1 vez.—(3036).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 9:00 horas del día 4 de diciembre del 2006, se protocolizaron acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Obelisco Virtual S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas segunda, sexta del pacto social y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—(3037).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 9:30 horas del día 4 de diciembre del 2006, se protocolizaron acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Monolito de Roca S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas segunda, sexta del pacto social y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—(3038).
Ante mí, Tatiana
Rodríguez Arroyo, notaria pública con oficina abierta en San José, se reformó
cláusula primera denominando a la sociedad Seguridad Moderna XYZ, cédula
Nº 3-101-
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 10:00 horas del día 4 de diciembre del 2006, se protocolizaron acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Rigas Rocks S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas segunda, sexta del pacto social y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—(3040).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 10:00 horas del día 9 de enero del 2007, se protocolizaron acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Tubotico S. A. y L’Epoile S. A., mediante la cual se fusionan prevaleciendo la sociedad Tubotico S. A., y se modifica la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad antes indicada.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—(3041).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 9:00 horas del día 9 de enero del 2007, se protocolizaron acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Abonos Agro S. A. y Siderurgica Tibás S. A., mediante la cual se fusionan prevaleciendo la sociedad Abonos Agro S. A., y se modifica la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad antes indicada.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—(3042).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 9:00 horas del 15 de enero del 2007, se constituyó la sociedad Fuente de Aguas Cristalinas CR S. A.—San José, 15 de enero del 2007.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—(3043).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 11:00 horas del 15 de enero del 2007, se constituyó la sociedad Fuente de Prosperidad CR S. A.—San José, 15 de enero del 2007.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—(3044).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 10:00 horas del 15 de enero del 2007, se constituyó la sociedad Fuente de Aguas Turbulentas CR S. A.—San José, 15 de enero del 2007.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—(3045).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 12:30 horas del 15 de enero del 2007, se constituyó la sociedad Paraíso del Desierto CR S. A.—San José, 15 de enero del 2007.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—(3046).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 12:00 horas del 15 de enero del 2007, se constituyó la sociedad Fuente Refrescante CR S. A.—San José, 15 de enero del 2007.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—(3047).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 13:30 horas del 15 de enero del 2007, se constituyó la sociedad Paraíso Maravilloso CR S. A.—San José, 15 de enero del 2007.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—(3048).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 13:00 horas del 15 de enero del 2007, se constituyó la sociedad Paraíso Exótico del Sur CR S. A.—San José, 15 de enero del 2007.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—(3049).
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
De conformidad con
resolución RM-4643 de las ocho horas del día 17 de agosto del 2006, el Ministro
de Trabajo y Seguridad Social resuelve: impartir aprobación final a la
resolución JPIG-0452-2006 de sesión celebrada en San José, a las nueve horas
del día 28 de noviembre del 2005, de
JUSTICIA Y GRACIA
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO PÚBLICO DE
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Se hace saber a: 1. Blanca
Estela López Mora, cédula Nº 1-882-977 como propietaria de la finca del partido
de San José, matrícula Nº
Se hace saber a los señores sucesión de Juan
Ramón Martínez Espinoza, representado por su albacea Minor Oporta Martínez,
cédula Nº 5-0204-0865, José María Martínez Lara, cédula Nº 5-0032-0196, Calixto
Martínez Narváez, cédula Nº 5-0204-0063, Juana María Martínez Narváez, cédula
Nº 5-0210-0392 y a la señora María Irma Flores Reyes, cédula de identidad Nº
6-0091-0084, por desconocerse su lugar de residencia o domicilio exacto, así
como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus
representantes legales, que
COMERCIO EXTERIOR
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
“Ministerio de Comercio
Exterior: Que en virtud de que no fue posible localizar la citada empresa en la
dirección consignada en el expediente administrativo, tal y como consta en las
Actas de Notificación de las once horas cincuenta y un minutos; y de las
catorce horas; todas, del día siete de marzo del año dos mil seis, con
fundamento en los artículos 241 y 242 de
Acuerdo-310-2006
Corporación Procesadora de Cartílago S. A.”
ACUERDO Nº 310-2006
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los
artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
I.—Que la empresa
Corporación Procesadora de Cartílago S. A. con cédula jurídica Nº 3-101-096051,
es beneficiaria del Régimen de Zonas Francas, el cual le fue otorgado - bajo la
razón social Tecnología Tiburón de Costa Rica S. A. - mediante Acuerdo
Ejecutivo Nº 109-91 de fecha 11 de octubre de 1991, publicado en el Diario
Oficial
II.—Que de
conformidad con el oficio remitido por
III.—Que en
la tramitación del procedimiento referido en el considerando anterior quedó
debidamente acreditado que la beneficiaria incurrió en una violación de las
disposiciones legales y reglamentarias que la rigen como beneficiaria del
Régimen de Zonas Francas, ya que se demostró su incumplimiento a las
disposiciones del indicado régimen al no cumplir con la presentación en tiempo
del Informe Anual de operaciones correspondiente al período fiscal 2002-2003,
misma que persiste a la fecha.
IV.—Que el Ministerio de Comercio
Exterior mediante la resolución DMR-131-06 de las ocho horas de fecha primero
de setiembre del año dos mil seis, resolvió revocar el Régimen de Zonas Francas
a la empresa Corporación Procesadora de Cartílago S. A., con fundamento en los
artículos 19, incisos d) y g) y 32, inciso d) de
V.—Que se ha cumplido con los
procedimientos de Ley. Por tanto:
ACUERDAN:
1º—Revocar, sin
responsabilidad alguna para el Estado, el Régimen de Zonas Francas otorgado a
la empresa Corporación Procesadora de Cartílago S. A., con cédula jurídica Nº
3-101-096051.
2º—Otorgar a la empresa Corporación
Procesadora de Cartílago S. A., el plazo de quince días hábiles contados a
partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, para que proceda con
la liquidación de sus operaciones dentro del Régimen de Zonas Francas. En el
momento que la empresa demuestre que ha cumplido con la obligación aquí
establecida, PROCOMER le devolverá el depósito de garantía, una vez realizados
los descuentos correspondientes, en el caso de que proceda, de conformidad con
el artículo 4º, inciso h) de
3º—Rige a partir de su comunicación.
Comuníquese y publíquese.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz
Gutiérrez.—(Solicitud Nº 24835).—C-108920.—(2759).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
SUCURSAL EN PACAYAS
La suscrita
Administradora a. í. de
Monto
Razón social Nº
patronal adeudado ¢
Barquero
Acuña Eladio 9-45559001 5.347,00
Barquero Acuña Eloy Eligio 9-156915005 5.347,00
Castro Argüello José Antonio 104110934-001-001 82.578,00
Jensen Pennington Carl Wilhelm 9-156933003 5.681,00
Ortiz Arrieta Marco Vinicio 302290293-001-001 157.383,00
Monto
Razón social Nº
patronal adeudado ¢
Pacheco Castro Rolando Alberto 104750382-001-001 82.585,00
Rodríguez Gómez Luis Fernando 303050158-001-001 184.884,00
Vargas Coto Marvin 302370531-001-001
302370531-002-001 210.021,00
Total 733.826,00
Lic. Evelyn Brenes Molina, Administradora Sucursal a. í.—Nº
98576.—(3352).
SUCURSAL PUERTO VIEJO DE
SARAPIQUÍ
En virtud de no haberse
podido notificar administrativamente el aviso de cobro, por este medio se le
pone en conocimiento el adeudo pendiente por planillas ordinarias, adicionales
y servicios médicos ante
OFICINA DE COBROS
Nº patronal Nombre Períodos Monto ¢
2-03101236417-001-001 Ara Ambigua S. A. 06/2002 hasta 07/2003 1.793.568,00
0-00202270328-001-001 Araya
Leitón Guido 05/2003 y 06/2003 149.167,00
0-00700790660-001-001 Arce
Carranza Mario 11/2001, 12/2001
Alberto y 03/2002 86.855,00
2-03101392540-002-001 Agrícola
Ganadera 11/2005 y 12/2005
0-00302200340-002-001 Calvo
Masis Gerardo 09/2004 y 10/2004 327.132,00
2-03101127572-001-001 Cítricos
Joda S. A. 05/2005 hasta
07/2005 2.104.351,00
2-03101093492-001-001 G
R S A 07/2004 130.717,00
2-03101285929-001-001 Inmobiliaria
de Vicenza 02/2004 hasta
S.
A. 10/2004 6.674.110,00
2-03101260252-001-001 Seguridad
Privada Trejos 11/2002, 11/2003
S.
A. y
05/2004 790.363,00
2-03101268301-001-001 Seimpro
del Norte 12/2001 hasta
06/2003
S.
A. y
03/2004 7.103.800,00
2-03101126969-001-001 Sociedad
Constructora 04/1999, 06/1999,
Jomairias
de Atenas S. A. 07/1999, 11/2002,
12/2002,
02/2003,
05/2003,
06/2003,
07/2003
y 09/2003 4.479.022,00
San José, 11 de enero del
2007.—Oficina de Cobros.—Lic. José Evaristo Bonilla
Mata, Jefe.—(3053).
AVISOS
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Acuerdo Nº 28:
a. Acoger lo recomendado por el Departamento de
Régimen Disciplinario, en su oficio Nº 3647-2006-DRD, de instruir un Tribunal
de Honor al Arq. José Alberto Vargas Naranjo A-8974, en el expediente Nº 80-05
de denuncia interpuesta por el CFIA y el Sr. José Alberto Umaña García, por
presunta inobservancia de la siguiente normativa:
• Ley Orgánica del CFIA: artículos 8, (inciso a), 9, 10 y 12.
• Reglamento Interior General del CFIA:
artículo 53.
• Reglamento Especial del Cuaderno de Bitácora
en obras: artículos 1, 2, 5, 6, 7, 8, 9, 14, 16, 17, 18, 19 y 20.
• Reglamento Especial para el Miembro
Responsable de Empresas Constructoras: artículos 6 (inciso a) y 7 (incisos a y
c).
• Reglamento para
• Código de Ética Profesional del CFIA:
artículos 2, 3, 4, 5, 18 y 19.
b. El Tribunal de Honor para el Arq. Vargas
Naranjo estará conformado de la siguiente manera: Presidenta: Arq. Norma
Patricia Mora Morales, Secretario: Arq. Mario Odio Johanning, Coordinador: Arq.
Federico Mata Herrero y Suplente: Arq. Rolando Moya Troyo.
c.
d. El Tribunal de Honor podrá contar con asesoría
legal para cualquier fase del procedimiento.
Contra la anterior
resolución cabe el recurso de revocatoria ante
1. Contrato OC-380587, propiedad del Ing. Luis
Umaña Guillén (IC-16394)
Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos de Costa Rica
El Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora,
correspondiente al contrato de consultoría OC-380587, propiedad del Ing. Luis
Umaña Guillén (IC-16394).
San José, a los nueve días del mes de
enero del año dos mil siete. Ing. Olman Vargas Zeledón.
2. Contrato OC-375714, propiedad del Ing. Ronny
Sánchez Tames (ICO-14967)
Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos de Costa Rica
El Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora,
correspondiente al contrato de consultoría OC-375714 propiedad del Ing. Ronny
Sánchez Tames (ICO-14967).
San José, a los nueve días del mes de
enero del año dos mil siete. Ing. Olman Vargas Zeledón.
3. Contrato OC-371733, propiedad de
Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos de Costa Rica
El Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora,
correspondiente al contrato de consultoría OC-371733, propiedad de
San José, a los nueve días del mes de
enero del año dos mil siete. Ing. Olman Vargas Zeledón.
4. Contrato OC-371714, propiedad de
Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos
de Costa Rica
El Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora,
correspondiente al contrato de consultoría OC-371714, propiedad de
San José, a los nueve días del mes de
enero del año dos mil siete. Ing. Olman Vargas Zeledón.
5. Contrato OC-371129, propiedad de
Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos de Costa Rica
El Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora,
correspondiente al contrato de consultoría OC-371129, propiedad de
San José, a los nueve días del mes de
enero del año dos mil siete. Ing. Olman Vargas Zeledón.
6. Contrato OC-376098, propiedad del Ing. Ithamar
Fernández Varela (IC-3054)
Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos de Costa Rica
El Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora,
correspondiente al contrato de consultoría OC-376098, propiedad del Ing.
Ithamar Fernández Varela (IC-3054).
San José, a los nueve días del mes de
enero del año dos mil siete. Ing. Olman Vargas Zeledón.
7. Contrato OC-320649, propiedad del Ing. Adrián
Navarro Navarro (ICO-7892)
Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos de Costa Rica
El Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora,
correspondiente al contrato de consultoría OC-320649, propiedad del Ing. Adrián
Navarro Navarro (ICO-7892).
San José, a los nueve días del mes de
enero del año dos mil siete. Ing. Olman Vargas Zeledón.
San José, 9 de enero del
2007.—Departamento de Registro de Responsabilidad Profesional.—Arq. Luis Albán Apuy Herrera, Jefe.—(O. C. Nº 4419).—C-78065.—(2816).
AVISOS
CONDOMINIO RESIDENCIAL LAS VUELTAS
Con respecto a