LA GACETA Nº 25
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
PATRONATO
NACIONAL DE LA INFANCIA
AUTORIDAD
REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
ECONOMÍA,
INDUSTRIA Y COMERCIO
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
Nº 16.486
AUTORIZACIÓN A LA
MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS
PARA QUE SEGREGUE Y DONE UN TERRENO DE
SU PROPIEDAD AL PODER JUDICIAL PARA LA
CONSTRUCCIÓN DE LAS INSTALACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL
DE PUNTARENAS
Asamblea Legislativa:
El Poder
Judicial cuenta en la provincia de Puntarenas con un edificio de 1 625 metros
cuadrados, construido en el año 1971; sin embargo, con el transcurrir de los
años y en razón del crecimiento de la demanda de servicios que ha experimentado
la administración de justicia en la zona, se ha hecho pequeño para ubicar al
personal y a los nuevos despachos judiciales que se han creado para brindar un
mejor servicio a la ciudadanía puntarenense.
Desde inicios de la década de
los noventas la Comisión de Construcciones del Poder Judicial se planteó como
meta ampliar las instalaciones existentes con el fin de dotar de mayor espacio
físico a sus empleados y usuarios, instalar sistemas de informática de avanzada
y fortalecer el servicio que demanda la comunidad de Puntarenas, por lo que
para contar con mayores elementos de juicio, se llevó a cabo un estudio de
prefactibilidad y se determinó que el edificio presenta daños en su estructura en
razón de la salinidad que ha recibido desde su construcción, que el tamaño del
terreno impide construir horizontalmente, que en la zona en donde está el
terreno tiene cimientos muy arenosos, lo que provoca que el gasto en la
construcción sea más oneroso, que el 70% de la población de Puntarenas se está
trasladando más allá de la Angostura, con lo que el centro de Puntarenas se
está convirtiendo en un punto más comercial que habitacional.
En virtud de lo anterior, la
justicia debe estar más cerca de los centros de población con el fin de que las
personas no tengan que incurrir en elevados costos de traslado.
Además, el espacio de las
oficinas del edificio principal del Poder Judicial en Puntarenas es
insuficiente, por lo que se ha tenido que alquilar locales en diferentes
lugares del centro de Puntarenas, que no reúnen las condiciones apropiadas para
un buen servicio y con gran inseguridad no solo para los empleados, sino
también para los usuarios.
Definitivamente el pueblo de
Puntarenas requiere de un buen servicio de justicia, para lo cual, necesitan un
servicio centralizado, oficinas adecuadas y seguras, que permitan la
instalación de redes informáticas que puedan intercomunicarse telemáticamente
con otras oficinas judiciales del país, a fin de dar mayor celeridad y agilidad
a los procesos y en función del principio de oralidad que se está poniendo en
práctica en la mayoría de las jurisdicciones.
Así las cosas, la comisión de
construcciones del Poder Judicial descartó la posibilidad de construir en el
sitio en que se encuentran actualmente las oficinas, e inició la búsqueda de un
terreno en las afueras de Puntarenas, tomando en consideración todos los
argumentos esgrimidos supra. Después de varios intentos y en razón del alto
costo de la tierra para la realidad presupuestaria del Poder Judicial, en el
2002 se iniciaron negociaciones con las autoridades municipales de Puntarenas,
a fin de que esta le donara al Poder Judicial un terreno frente a Sardimar.
La construcción de las
oficinas judiciales en dicho lugar está acorde con el plan de desarrollo de la
provincia por parte de la Municipalidad de Puntarenas y ante eso, se formó una
alianza estratégica con el Concejo Municipal para que parte de ese terreno
fuera donado al Poder Judicial, con el fin de construir sus instalaciones.
Por lo que, mediante acuerdo
municipal aprobado de forma unánime por el Consejo Municipal de Puntarenas,
tomado en sesión ordinaria Nº 96, celebrada el 17 de mayo de 2003, ante la
gestión presentada por el magistrado Luis Guillermo Rivas Loáiciga, integrante
de la Comisión de Construcciones del Poder Judicial, se autorizó al Alcalde
Municipal a continuar con los trámites para la segregación y donación de tres
hectáreas, de la finca propiedad de esa Corporación Municipal inscrita en el Registro
Público de la Propiedad, partido de Puntarenas, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula Nº 007035-000, al Poder Judicial, cédula jurídica número
2-300-042155.
A la letra, dicho acuerdo
municipal indica lo siguiente:
“QUE: En la sesión ordinaria Nº 96 celebrada el día 17 de
mayo del 2003, en su artículo 5 inciso B., se acordó lo siguiente:
ASUNTO: NOTA FAX DEL
(sic) LUIS GUILLERMO RIVAS LOACIGA COMISION DE CONSTRUCCIONES CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
Se conoce nota
dirigida al Señor Alcalde Municipal, que dice:
La Corte Suprema de
Justicia, en sesión extraordinaria realizada el 21 de abril del 2003, artículo
X, aprobó continuar con las negociaciones para aceptar la donación de las tres
hectáreas ofrecidas por esa Corporación, en El Roble. Autorizó a la Comisión de
Construcciones para que llevara a cabo esas tratativas. Por este medio en
representación de esa Comisión, comunico el interés de esta Corte en continuar
y aceptar la donación de esa finca. También debo transmitirles las muestras muy
sinceras de agradecimiento de esta Corte para esa Corporación.
En
conocimiento de lo anterior SE ACUERDA: Autorizar al Señor
Alcalde Municipal a continuar con las gestiones de canje con la Corte Suprema
de Justicia. Votado el acuerdo este es APROBADO UNANIME Y EN FIRME”.
Fue así
como la Municipalidad de Puntarenas acordó donar parte del terreno mencionado y
mediante oficio AM 663-06, el señor alcalde de la Municipalidad de Puntarenas,
profesor Ornar Obando Suárez, remite para consideración de la Corte Suprema de
Justicia la donación del terreno que se detalla en este proyecto de ley, oficio
que es conocido por el Consejo Superior del Poder Judicial en la sesión Nº
72-06, celebrada el 26 de setiembre de 2006, artículo XLIV, del cual se adjunta
fotocopia al proyecto.
En virtud de lo anterior, se
presenta para su conocimiento y correspondiente aprobación de la Asamblea
Legislativa el presente proyecto de ley.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA, DECRETA:
AUTORIZACIÓN A LA
MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS
PARA QUE SEGREGUE Y DONE UN TERRENO DE
SU PROPIEDAD AL PODER JUDICIAL PARA LA
CONSTRUCCIÓN DE LAS INSTALACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL
DE PUNTARENAS
Artículo
único.—Autorízase a la Municipalidad de Puntarenas para que segregue un lote de
tres hectáreas, de un terreno de su propiedad, inscrito en el Registro Público
de la Propiedad Inmueble, partido de Puntarenas, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula Nº 007035-000, ubicado en el distrito 8º, Barranca y lo done al Poder
Judicial, cédula jurídica número 2-300-042155, con el exclusivo propósito de
construir las instalaciones del Circuito Judicial de Puntarenas.
Dicho terreno se describe de
la siguiente manera: se encuentra ubicado en el distrito 8º, Barranca, cantón
Central de la provincia de Puntarenas, mide ciento treinta y un mil dos metros
cuadrados con noventa y tres decímetros cuadrados, linda al norte, con el resto
reservado del terreno de la Municipalidad de Puntarenas; al sur, con el Colegio
Universitario de Puntarenas; al este, con la Zona Franca Industrial; y al
oeste, con el resto reservado del terreno de la Municipalidad de Puntarenas.
Posee plano catastrado debidamente inscrito en el Catastro Nacional bajo el Nº
P-0137931-1993.
Rige a
partir de su publicación.
Mario
Alberto Núñez Arias, Xinia Nicolás Alvarado, Bienvenido Venegas Porras, Olivier
Jiménez Rojas, Olivier Pérez González y Carlos Gutiérrez Gómez, Diputados.
NOTA: Este proyecto pasó a estudio e informe de la
Comisión Especial de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo.
San José,
6 de diciembre del 2006.—1 vez.—C-67780.—(7048).
Nº 33509-MINAE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DEL AMBIENTE Y ENERGÍA
En
ejercicio de las facultades que les confieren los incisos 3) y 18), del
artículo 140 y 146 de la Constitución Política, el artículo 1º de la Ley
Forestal y sus reformas, Nº 7575, de 13 de febrero de 1996, publicada en La
Gaceta Nº 72 del 16 de abril de 1996, los artículos 82, 84 y 87 de la Ley
de Conservación de la Vida Silvestre, Nº 7317 de 30 de octubre de 1992,
publicada en La Gaceta Nº 235 de 7 de diciembre de 1992, el artículo 32
de la Ley Orgánica del Ambiente, Nº 7554 de 4 de octubre de 1995, publicada en La
Gaceta Nº 215 de 13 de noviembre de 1995, el artículo 27 de la Ley General
de la Administración Pública, Nº 6227, de 2 de mayo de 1978 y los artículos 150
y 151 del Reglamento a la Ley de Conservación de la Vida Silvestre, Decreto
Ejecutivo Nº 32633-MINAE, publicado en La Gaceta N° 180 del 20 de
setiembre del 2005, y
Considerando:
I.—Que es
interés del Estado fortalecer las estructuras administrativas en el campo de
los recursos naturales, con la finalidad de contar con políticas definidas que
garanticen el uso racional de dichos recursos existentes, así como la adopción
de las medidas necesarias para la conservación y el desarrollo sostenible de
los recursos naturales.
II.—Que la sociedad Empresa
Diecisiete Setenta y Seis Sociedad Anónima, inscrita ante el Registro Público,
al tomo: ochocientos treinta y dos, folio: doscientos ochenta y ocho, asiento:
trescientos ochenta y cuatro, cédula de persona jurídica Nº 3-101-155762,
representada por la señora Marynell Baker Benson, mayor de edad, divorciada,
abogada, vecina de San Ramón de Tres Ríos, y cédula de identidad número
ocho-cero treinta y cinco-ciento setenta y dos, tiene dentro de su objeto
social, la conservación ambiental y desarrollo sostenible de los recursos
naturales.
III.—Que con el fin de
coadyuvar con los esfuerzos públicos y privados de conservación ambiental que
se suscitan en el país, la sociedad Empresa Diecisiete Setenta y Seis S. A., ha
manifestado su deseo de someter voluntariamente tres fincas de su propiedad al
régimen de protección de Refugio Nacional de Vida Silvestre en la categoría de
Privado.
IV.—Que la Ley de
Conservación de Vida Silvestre N° 7317 y la Ley Orgánica del Ambiente N° 7554,
facultan al Poder Ejecutivo para crear Áreas Silvestres Protegidas en aquellas
áreas que presenten características ecológicas importantes o especiales para su
protección y conservación.
V.—Que los artículos 82 y 87
de la Ley de Conservación de la Vida Silvestre, Nº 7317, establecen como
refugios nacionales de vida silvestre los que el Poder Ejecutivo declare como
tales, con el fin de llevar a cabo la protección e investigación de la flora y
la fauna silvestre.
VI.—Que las fincas propiedad
de Empresa Diecisiete Setenta y Seis S. A., a someter al régimen de protección
de Refugio de Vida Silvestre Categoría Privada, ubicadas en Bahía Junquillal,
distrito La Cruz, cantón La Cruz, provincia de Guanacaste, son las siguientes:
Matrícula Nº 5-088755-000, plano catastrado Nº G-0218641-1994; matrícula Nº
5-097940-000, plano catastrado Nº G-0342724-1996, y matrícula Nº 5-109535-000,
plano catastrado Nº G-0411759-1997.
VII.—Que las fincas descritas
presentan una cobertura de bosque en diferentes etapas de madurez, dos pequeños
humedales con vegetación de manglar, una gran diversidad de especies del bosque
seco y recursos marinos y costeros que constituyen el hábitat de una gran variedad
de fauna silvestre.
VIII.—Que las zonas costeras
de la provincia de Guanacaste presentan importantes ecosistemas de bosque seco,
cuya riqueza biológica se ha visto amenazada ante un acelerado desarrollo
urbano y turístico, razón por la cual se hace necesario la conservación y
protección ambiental de dichas zonas.
IX.—Que las fincas propiedad
de la sociedad Empresa Diecisiete Setenta y Seis S. A., colindan con el Refugio
de Vida Silvestre Bahía Junquillal, lo cual hace que se esté conformando un
corredor biológico costero de gran belleza escénica y valor ambiental.
X.—Que la constitución de
este Refugio Privado fortalecerá el área de amortiguamiento del Refugio de Vida
Silvestre de Bahía Junquillal y la Zona Marítimo Terrestre de la Región Norte
del país, permitiendo de esa manera la consolidación del Corredor Biológico
Marino-Costero Bahía Junquillal.
XI.—Que estudios efectuados
en las mencionadas propiedades han recomendado la creación de un área silvestre
protegida privada, que sirva para la protección de la biodiversidad y para
brindar oportunidades de educación ambiental, reforestación, investigación y
divulgación en la zona. Por tanto,
Decretan:
Artículo
1º—Declárase como “Refugio de Vida Silvestre Chenailles Categoría de Privado”,
los inmuebles inscritos ante el Registro Nacional, que se describen a
continuación: Matrícula Nº 5-088755-000, ubicado en el distrito La Cruz, cantón
La Cruz, de la provincia de Guanacaste, que mide: setecientos treinta y nueve
mil quinientos noventa y nueve metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados,
y con plano catastrado Nº G-0218641-1994; matrícula Nº 5-097940-000, ubicado en
el distrito La Cruz, cantón La Cruz, de la provincia de Guanacaste, que mide:
trescientos noventa y dos mil doscientos noventa y ocho metros con noventa y
cuatro decímetros cuadrados, y con plano catastrado Nº G-0342724-1996, y
matrícula Nº 5-109535-000, ubicado en el distrito La Cruz, cantón La Cruz, de
la provincia de Guanacaste, que mide: tres millones trescientos cincuenta y dos
mil cuatrocientos nueve metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados, y con
plano catastrado Nº G-0411759-1997, pertenecientes a Empresa Diecisiete Setenta
y Seis S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-155762, las que se ubican en
las Hojas Cartográficas Murciélago Nº 3048 I y Bahía Salinas Nº 3049 II, escala
1:50,000 del Instituto Geográfico Nacional.
Las siguientes coordenadas
geográficas en Lambert Norte son los puntos de referencia de los vértices del
Refugio Chenailles: partiendo del lindero más al sureste del Refugio
Chenailles: 329581 N y 352079 E frente al camino que conduce de la comunidad de
Soley al Refugio de Vida Silvestre Junquillal, 329165 N y 351837 E frente a una
quebrada sin nombre que drena al Estero Quebrada Verde del Refugio de Vida
Silvestre Junquillal, 329097 N y 351653 E que colinda con la propiedad de
Fulvio Paniagua, 330332 N y 349503 E en el sector oeste en el acantilado
contiguo a Playa Mostrencal, 332084 N y 350212 E en el sector al norte en la
margen izquierda de una quebrada sin nombre pero llamada Buenaventura, 331361 N
y 351804 E en el sector noreste frente al camino que conduce a la comunidad de
Soley y en la margen derecha de la Quebrada Saltomojosa.
Artículo 2º—La administración
y manejo del Refugio Privado de Vida Silvestre Chenailles será responsabilidad
de la Empresa Diecisiete Setenta y Seis S. A., siguiendo estrictamente el Plan
de Manejo aprobado por el Área de Conservación Guanacaste (ACG), para lo cual
dicha área supervisará la ejecución del mismo y podrá solicitar informes de
avance o emitir normas técnicas y científicas que deberá seguir la sociedad
propietaria.
Artículo 3º—La sociedad
propietaria de los inmuebles mencionados en el artículo 1º de este Decreto
Ejecutivo se compromete a no desarrollar ninguna actividad que ponga en peligro
la existencia de la flora y fauna existente en la zona, a brindar la
colaboración necesaria a investigadores y funcionarios del MINAE que visiten el
área en funciones propias de sus cargos y a cumplir con las disposiciones que
al efecto señalen la Ley de Conservación de la Vida Silvestre, Nº 7317 y la Ley
Forestal y sus reformas, Nº 7575, sus respectivos reglamentos, el Plan de
Manejo aprobado para el Refugio y otras disposiciones vigentes en materia de
normativa jurídica ambiental.
Artículo 4º—La administración
de la vida silvestre y la recomendación de medidas que aseguren la conservación
de las especies será función del Área de Conservación Guanacaste (ACG).
Artículo 5º—Los inmuebles a
los que se refiere el artículo 1º del presente Decreto estarán sometidos al
Régimen de Refugio de Vida Silvestre Privado por un período de diez años,
prorrogables por lapsos iguales, para lo cual la sociedad propietaria deberá
solicitar al Área de Conservación Guanacaste (ACG) la prórroga con un mínimo de
6 meses de antelación a la finalización del dicho período, caso contrario
deberá manifestar su deseo de desafectar las propiedades mediante escrito
presentado ante la mencionada área, con 6 meses de anticipación al vencimiento
del período.
Artículo 6º—Rige a partir de
su publicación.
Dado en la
Presidencia de la República.—San José, a los nueve días del mes de noviembre
del dos mil seis.
ÓSCAR
ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro del Ambiente y Energía, Dr. Roberto Dobles Mora.—1
vez.—(D33509-7577).
Nº 33522-MP
El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA
PRESIDENCIA
Con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de la
Constitución Política.
Decretan:
Artículo
1º—Amplíase la convocatoria a Sesiones Extraordinarias a la Asamblea Legislativa,
hecha por el Decreto Ejecutivo 33.450-MP del primero de diciembre del dos mil
seis, a fin de que se conozcan los siguientes proyectos de Ley:
Expediente 15.922: Reforma parcial de la Ley N° 7762, Ley General de Concesión
de Obras Públicas con Servicios Públicos.
Expediente 16.123: Tratado de Budapest sobre el Reconocimiento
Internacional del Depósito de Microorganismos a los fines del Procedimiento en
Materia de Patentes (1980).
Expediente 16.144: Tratado sobre el Derecho de las Marcas (1994).
Expediente 16.369: Ley Orgánica de la Universidad Técnica Nacional.
Expediente 16.511: Reforma a los artículos 56 y 345 del Código Penal (Ley
Nº 4573) y al artículo 55 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito
en la Función Pública (Ley Nº 8822) y derogatoria del artículo 343 bis del
Código Penal.
Artículo
2º—Rige a partir del nueve de enero del dos mil siete.
Dado en la
Presidencia de la República.—San José, a los nueve días del mes de enero del
dos mil siete.
ÓSCAR
ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de la Presidencia, Rodrigo Arias Sánchez.—1
vez.—(Solicitud Nº 002-2007).—C-10890.—(D33522-7640).
Nº 33524-MP
El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA
PRESIDENCIA
Con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de la
Constitución Política.
Decretan:
Artículo
1º—Amplíase la convocatoria a Sesiones Extraordinarias a la Asamblea
Legislativa, hecha por el Decreto Ejecutivo 33.450-MP a fin de que se conozcan
los siguientes proyectos de Ley:
Expediente 16454: “Reforma de la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones
Familiares, Nº 5662”.
Expediente 16357: “Reforma del Artículo 21 de la Constitución Política
de la República de Costa Rica”.
Expediente 16118: “Reforma de Varios Artículos de la Ley de Marcas y
Otros Signos Distintivos, Ley N° 7978 del 6 de enero de 2000 y de la Ley de
Patentes de Invención, Dibujos y Modelos Industriales y Modelos de Utilidad,
Ley N° 6867 del 25 de abril de 1983.”
Expediente 16117: “Reforma y Adición de Varios Artículos de la Ley de
Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, Ley N°
8039 del 12 de octubre del 2000”.
Expediente 16116: “Reforma a la Ley de Protección al Representante de
Casas Extranjeras, Ley N° 6209 del 9 de marzo de 1978 y Derogatoria del Inciso
B) del artículo 361 del Código de Comercio, Ley N° 3284 del 24 de abril de
1964.
Artículo
2º—Rige a partir del once de enero del dos mil siete.
Dado en la
Presidencia de la República.—San José, a los once días del mes de enero del dos
mil siete.
ÓSCAR
ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de la Presidencia, Rodrigo Arias Sánchez.—1
vez.—(Solicitud Nº 003-2007).—C-15145.—(D33524-7641).
Nº 33530-MP
El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA
PRESIDENCIA
Con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de la
Constitución Política.
Decretan:
Artículo
1º—Amplíase la convocatoria a Sesiones Extraordinarias a la Asamblea
Legislativa, hecha por el Decreto Ejecutivo 33.450-MP, a fin de que se conozcan
los siguientes proyectos de Ley:
Proyecto 16.242: Reforma de los artículos 14 y 64 del Código de Familia
N° 5476, artículo 38 del Código Civil; 181 del Código Penal, Ley N° 4573; y
derogatoria de los artículos 15 inciso 3), 19 y 65 inciso C) del Código de
Familia y 384 del Código Penal, sobre el Matrimonio de la Persona Menor de
Quince Años.
Proyecto 15.582: Protección de los niños, niñas y adolescentes contra
la ludopatía.
Artículo
2º—Rige a partir del quince de enero del dos mil siete.
Dado en la
Presidencia de la República.—San José, a los quince días del mes de enero del
dos mil siete.
ÓSCAR
ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de la Presidencia, Rodrigo Arias Sánchez.—1
vez.—(Solicitud Nº 004-2007).—C-12120.—(D33530-7642).
Nº 33531-MP
El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA
PRESIDENCIA
Con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de la
Constitución Política.
decretan:
Artículo
1º—Amplíase la convocatoria a Sesiones Extraordinarias a la Asamblea
Legislativa, hecha por el Decreto Ejecutivo 33.450-MP, a fin de que se conozcan
los siguientes proyectos de Ley:
Expediente 15141: Autorización al Estado para que done un inmueble de su
propiedad a favor de la Asociación de Desarrollo Integral de Quebrada Honda,
Nicoya, Guanacaste.
Expediente 15622: Autorización a la Municipalidad de San Carlos para que
done un lote de su propiedad a la Cruz Roja Costarricense en el Distrito de La
Fortuna, Cantón de San Carlos.
Expediente 15634: Modificación del Artículo 4 de la Ley de Tarifa de
Impuestos de Patentes Municipales del Cantón de Aserrí, N° 8113, de 18 de julio
de 2001.
Expediente 15855: Desafectación del Uso Público de un inmueble y
autorización a la Municipalidad de San José para que done a las Temporalidades
de la Arquidiócesis de San José, a fin de que se construya una capilla.
Expediente 16156: Autorización a la Municipalidad de San Carlos para que
done un lote de su propiedad al Ministerio de Educación Pública a fin de
construir la infraestructura educativa del Colegio de la Palmera.
Expediente 16243: Autorización a la Municipalidad de Cartago para que
done un terreno de su propiedad a la Asociación de Desarrollo Integral de
Cocorí Cartago.
Expediente 16213: Autorización al Ministerio de Salud Pública para que
done un inmueble de su propiedad a la Asociación Casa Hogar para Ancianos
Albernia.
Expediente 16273: Autorización a la Municipalidad de San Pablo de
Heredia para que done un lote de su propiedad a La Caja Costarricense de Seguro
Social para la construcción de un Equipo Básico de Atención Integral de Salud
(Ebais) de Tercer Nivel.
Artículo
2º—Rige a partir del dieciséis de enero del dos mil siete.
Dado en la
Presidencia de la República.—San José, a los dieciséis días del mes de enero
del dos mil siete.
ÓSCAR
ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de la Presidencia, Rodrigo Arias Sánchez.—1
vez.—(Solicitud Nº 005-2007).—C-19985.—(D33531-7643).
Nº 33538-H-MP
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA,
EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
En uso de
las facultades y atribuciones que les confieren los artículos 11, 56, 140
inciso 18) y 146 de la Constitución Política; el artículo 11 de la Ley General
de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; y el
Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio
económico del 2006, Ley Nº 8490 del 29 de noviembre del 2005, y
Considerando:
I.—Que la
más alta pretensión de la actual administración es la construcción de una Costa
Rica más justa, solidaria, inclusiva y equitativa. Dicho objetivo requiere de
la acción conjunta de todos los costarricenses, pero particularmente de quienes
gozan de mayores bienes materiales en el seno de nuestra sociedad.
II.—Que la solidaridad es una
herramienta fundamental en la conformación de un tejido social fuerte y
profundo, basado en la convicción de que todos los individuos gozan de igual
dignidad y merecen, por ello, la satisfacción de sus necesidades básicas como
seres humanos.
III.—Que el Presidente de la
República tiene el privilegio y la responsabilidad de liderar a su nación no
sólo a través de los decretos y mandatos que emite, sino también, y
principalmente, a través del ejemplo que establece para sus semejantes. Desde
esta perspectiva, la conducta del Presidente como ciudadano ha de reflejar los
más profundos valores de la sociedad y debe constituir un modelo a seguir para
todos los costarricenses, jóvenes o adultos, hombres o mujeres, estudiantes o
trabajadores, funcionarios públicos o empresarios.
IV.—Que a través de su
ejemplo, el Presidente de la República desea que los costarricenses comprendan
que la construcción de una Costa Rica más justa, solidaria, inclusiva y
equitativa, requiere no sólo el aporte fiscal de los ciudadanos, sino también,
y sobre todo, una mayor generosidad entre los individuos. La generosidad es una
de las mejores vías para que la nación logre acortar las brechas que la
dividen, y que atentan contra la felicidad, la paz, la seguridad y la dignidad
de los costarricenses.
V.—Que en virtud de lo
anterior, el Presidente de la República ha adoptado la determinación de
distribuir el cien por ciento de su salario líquido y de sus gastos
confidenciales entre diversas organizaciones, conforme se define en el presente
Decreto.
VI.—Que actualmente el
ingreso del Presidente de la República asciende a la suma de ¢4.323.397,00;
retribución que se encuentra sujeta a las deducciones de ley. Dicho monto está
conformado por el componente del salario base equivalente a ¢1.949.231,00; más
una partida por la suma de ¢1.267.000,00 por concepto de prohibición, y la suma
de ¢1.107.166,00; por concepto de gastos confidenciales.
VII.—Que el Presidente de la
República, en congruencia con los ideales de servicio que siempre han inspirado
su desempeño en la vida pública, ha distribuido, con carácter de donación,
todas las partidas de su salario equivalentes a la prohibición, entre diversas
organizaciones de bienestar social, por el monto de ¢1.267.000,00 mensuales.
VIII.—Que en aras de la
transparencia que debe prevalecer en la actuación de todo funcionario público,
y por el respeto al principio de rendición de cuentas consagrado en la
Constitución Política, el Presidente de la República desea comunicar
formalmente su decisión de donar el monto total de su salario y de sus gastos
confidenciales, conforme con las indicaciones del presente Decreto, e instruir
y facultar a las instancias competentes para su debida aplicación, y Por
tanto,
Decretan:
Artículo
1º—Ordenar a la Tesorería Nacional, dependencia del Ministerio de Hacienda, que
una vez efectuadas las deducciones de ley, el 50% del ingreso del Presidente de
la República, monto que asciende a la suma de ¢2.161.698,50; se deposite por
concepto de donación a las siguientes organizaciones en los porcentajes que se
detallan a continuación:
1. Para el Hogar para Ancianos Alfredo y Delia
González Flores de Heredia, cédula jurídica 3-007-045436, el porcentaje de 10%,
a la cuenta del Banco de Costa Rica Nº 001-023-7154-5.
2. Para la Asociación Integral de Parrita, cédula
jurídica 3-002-084913, el porcentaje de 10%, a la cuenta del Banco Nacional Nº
1501-2.
3. Para la Asociación Pro Bienestar del Anciano
San Francisco de Asís de Quepos, cédula jurídica 3-002-084690, el porcentaje de
10%, a la cuenta del Banco Nacional Nº 3103-3.
4. Para la Asociación Pro Adulto Mayor de Upala,
cédula jurídica 3-002-188039, el porcentaje de 10%, a la cuenta del Banco
Nacional Nº 1580000-794.
5. Para la Fundación Santa Luisa para el Hogar de
Ancianos de Talamanca, cédula jurídica 3-006-099744, el porcentaje de 10%, a la
cuenta del Banco Nacional Nº 3540-1.
6. Para la Asociación Hogar de Ancianos Nuestra
Señora del Rosario de Santa Cruz de Guanacaste, cédula jurídica 3-002-051753,
el porcentaje de 10%, a la cuenta del Banco Nacional Nº 3137-8.
7. Para el Albergue Mixto de Ancianos de San
Francisco de Asís de Aserrí, cédula jurídica 3-002-092414, el porcentaje de
10%, a la cuenta del Banco Nacional Nº 154202-6.
8. Para la Asociación Centro para Ancianos San
Agustín de Sarapiquí, cédula jurídica 3-002-0877444, el porcentaje de 10%, a la
cuenta del Banco Nacional Nº 460-0.
9. Para la Asociación de Amigos de la Tercera
Edad de Siquirres, cédula jurídica 3-002-10896329, el porcentaje de 10%, a la
cuenta del Banco Nacional Nº 3304-4.
10. Para el Centro de Atención Integral para
la Persona Adulta con Discapacidad de Cartago, cédula jurídica 3-002-128319, el
porcentaje de 10%, a la cuenta del Banco Crédito Agrícola Nº 000118509-9.
Artículo
2º—Que el restante 50% del ingreso será depositado en la cuenta personal del
Presidente de la República, con el fin de ser donado a las entidades o
instituciones que él discrecionalmente determine.
Artículo 3º—Los porcentajes y
las organizaciones detalladas en el artículo 1º podrán modificarse a criterio
del Presidente de la República, lo cual se hará saber mediante comunicación
escrita a la Tesorería Nacional para su aplicación.
Artículo 4º—Se autoriza a la
Tesorería Nacional para que realice los ajustes pertinentes en los sistemas de
pago, a efectos de aplicar lo dispuesto en este Decreto.
Artículo 5º—Rige a partir del
mes de febrero del 2007 y por todo el período presidencial 2006-2010.
Dado en la
Presidencia de la República, 17 de enero del 2007.
ÓSCAR
ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de la Presidencia, Rodrigo Arias Sánchez; El
Ministro de Hacienda, Guillermo Zúñiga Chaves.—1 vez.—(Solicitud Nº
007-2007).—C-56890.—(D33538-7608).
Nº 33539 MP-H-MCJD
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LOS MINISTROS DE LA PRESIDENCIA, DE
HACIENDA
Y DE CULTURA JUVENTUD Y DEPORTES
En uso de
las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3) 18) y 146 de la
Constitución Política y los artículos 25, inciso 1), 27 inciso 1), 28 inciso 1)
acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de
mayo de 1978 y el artículo 7º de la Ley Reguladora de los Derechos de Salida
del Territorio Nacional, Ley Nº 8316 del 22 de diciembre del 2002.
Considerando:
1º—Que en
el año de 1996 en la ciudad de Montevideo se realizó la primera reunión del
Círculo de Montevideo, con la finalidad de reflexionar sobre los retos y
oportunidades planteadas a América Latina y para discutir los nuevos caminos de
la región.
2º—Que este Círculo de
Montevideo es un foro impulsado por el Programa de Naciones Unidas para el
Desarrollo (PNUD), para potenciar el debate intelectual y consolidar los
valores democráticos, el desarrollo sostenible, la creación de mercados
competitivos y abiertos, la construcción de sociedades equitativas y
cohesionadas y el reconocimiento de América Latina como un acto relevante en el
nuevo escenario mundial.
3º—Que este Círculo de
Montevideo ha celebrado varias reuniones en diferentes países y esta vez se
llevará a cabo en Costa Rica, en donde asistirá un grupo de políticos
intelectuales, entre ellos expresidentes y dirigentes de organizaciones
internacionales.
4º—Que en razón de la
naturaleza de la actividad, ésta debe ser considerada de naturaleza cultural.
5º—Que esta actividad se
realizará del 25 al 27 de enero del 2007, en la que se discutirán temas de importancia
que servirán para ir abriendo nuevos caminos para la gobernabilidad y el
desarrollo humano sostenible en esta región que, en su diversidad plantea
desafíos comunes.
6º—Que los organizadores del
evento han solicitado la declaratoria de interés público a la actividad
denominada como “Reunión Plenaria del Círculo de Montevideo.” Por tanto,
Decretan:
Artículo
1º—Se declara de interés público y cultural la “Reunión Plenaria del Círculo de
Montevideo” que se realizará en Costa Rica del 25 al 27 de enero del 2007, con
el fin de abordar el tema “Estabilidad democrática y apertura: Factores
imprescindibles para la América Latina del Siglo XXI.”
Artículo 2º—Se insta a todas
las dependencias del Sector Público y del Sector Privado, para que en la medida
de sus posibilidades y dentro del marco legal respectivo apoyen esta actividad,
sin perjuicio de sus propios objetivos, para la exitosa realización de la
actividad indicada.
Artículo 3º—Por tratarse de
una delegación cultural, los participantes están sujetos a lo dispuesto en el
artículo 7º de la Ley Nº 8316 del 22 de diciembre del 2002 y sus reformas.
Artículo 4º—Rige a partir de
esta fecha.
Dado en la
Presidencia de la República.—San José, a los once días del mes de enero del
2007.
ÓSCAR
ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de la Presidencia, Rodrigo Arias Sánchez; El
Ministro de Hacienda, Guillermo Zúñiga Chaves; La Ministra de Cultura, Juventud
y Deportes, María Elena Carballo Castegnaro.—1 vez.—(Solicitud Nº
008-2007).—C-28455.—(D33539-7610).
Nº 33542-MP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con
fundamento en lo dispuesto en 1os artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de la
Constitución Política.
Decretan:
Artículo
1º—Amplíase la convocatoria a sesiones extraordinarias a la Asamblea
Legislativa, hecha por el Decreto Ejecutivo 33.450-MP, a fin de que se conozcan
los siguientes proyectos de Ley:
Expediente
Nº 15.538. Aprobación del Acuerdo Marco de Cooperación Financiera entre la
República de Costa Rica y el Banco Europeo de Inversiones.
Expediente Nº 16.156.
Autorización a la Municipalidad de San Carlos para que done un lote de su
propiedad al Ministerio de Educación Pública a fin de construir la
infraestructura educativa del Colegio de la Palmera.
Expediente Nº 16.243.
Autorización a la Municipalidad de Cartago para que done un terreno de su
propiedad a la Asociación de Desarrollo de Cocorí de Cartago.
Expediente Nº 16.213.
Autorización al Ministerio de Salud para donar un inmueble de su propiedad a la
Asociación Casa Hogar de Ancianos Albernia.
Expediente Nº 16.273.
Autorización a la Municipalidad de San Pablo de Heredia para que done un lote
de su propiedad a la Caja Costarricense de Seguro Social para la Construcción
de un equipo básico de Atención Integral de Salud (EBAIS) de tercer nivel.
Expediente Nº 15.141.
Autorización al Estado para que done un terreno de su propiedad a la Asociación
de Desarrollo Integral de Quebrada Honda de Nicoya.
Expediente Nº 15.634.
Modificación del artículo 4 de la Ley de Tarifa de Impuestos de Patentes
Municipales del cantón de Aserrí, Nº 8113, de 18 de julio del 2001.
Expediente Nº 15.622.
Autorización a la Municipalidad de San Carlos para que done un lote de su
propiedad a la Cruz Roja Costarricense en el distrito de la Fortuna, cantón de
San Carlos.
Expediente Nº 15.582.
Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes contra la Ludopatía.
Expediente Nº 16.242. Reforma
de los artículos 14 y 64 del Código de Familia Nº 5476, artículo 38 del Código
Civil; 181 del Código Penal, Ley Nº 4573; y derogatoria de los artículos 15
inciso 3) 19 y 65 inciso c) del Código de Familia sobre el matrimonio de la
persona menor de 15 años.
Expediente Nº 15.855.
Desafectación del uso público de un inmueble y autorización a la Municipalidad
de San José para que lo done a las Temporalidades de la Arquidiócesis de San
José, a fin de que se construya una capilla.
Expediente Nº 16.047. Tratado
de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica-Estados Unidos.
(CAFTA).
Artículo 2º—Rige a partir del
22 de enero del 2007.
Dado en la
Presidencia de la República, el veintidós de enero del dos mil siete.
ÓSCAR
ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de la Presidencia, Rodrigo Arias Sánchez.—1
vez.—(Solicitud Nº 006-2007).—C-23595.—(D33542-7612).
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Nº 177-P
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Con
fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política. Así
como lo dispuesto en la Ley Nº 8562 o Ley del Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República; y en el artículo 34 del Reglamento de Viajes y
Transportes de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que el
Acto Oficial de Traspaso de Mando Presidencial de la República de Nicaragua,
reviste de total relevancia a nivel internacional.
2º—Que el señor Bruno Stagno
Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, formará parte de la
Delegación Oficial presidida por el señor Presidente de la República, Dr. Óscar
Arias Sánchez, que participará en el Acto Oficial de Traspaso de Mando
Presidencial de la República de Nicaragua.
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar al señor Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y
Culto, cédula Nº 8-0068-0578, para que viaje a la ciudad de Managua, Nicaragua,
el 10 de enero del 2007, como parte de la Delegación Oficial que asistirá al
Acto Oficial de Traspaso de Poderes de la República de Nicaragua.
Artículo 2º—Los pasajes
aéreos y los gastos por concepto de viaje serán cubiertos por el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, bajo el programa 079-Actividad Central-Despacho
del Ministro. Se le adelanta la suma de US$ 190,00 diarios en Managua,
Nicaragua. Sujeto a liquidación. Se le autoriza al señor Ministro realizar
llamadas internacionales.
Artículo 3º—Se encargará de
la atención de esta cartera al señor Viceministro de Relaciones Exteriores y
Culto, Edgar Ugalde Álvarez.
Artículo 4º—Rige el 10 de
enero del 2007.
Dado en la
Presidencia de la República, a los 4 días del mes de enero del 2007.
ÓSCAR
ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 45437).—C-14540.—(7614).
Nº 182-P
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Con
fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política. Así
como lo dispuesto en la Ley Nº 8562 o Ley del Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República; y en el artículo 34 del Reglamento de Viajes y
Transportes de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que es
deseo del Gobierno de la República fortalecer los lazos con la Organización de
Cooperación Económica y Desarrollo (OCED) con sede en París, Francia.
2º—Que dada la importancia
que revisten estas Reuniones para los intereses Nacionales, es necesario la
representación del Gobierno de la República, sea de muy alto nivel. Por lo
tanto, el señor Presidente de la República ha designado como miembro de la
Delegación al señor Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y
Culto. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar al señor Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y
Culto, cédula Nº 8-0068-0578, para que participe en las Reuniones en la sede de
la Organización de Cooperación Económica y Desarrollo (OCED) en la Ciudad de
París, Francia del 14 al 18 de enero del 2007.
Artículo 2º—Los pasajes
aéreos y los gastos por concepto de viaje serán cubiertos por el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, bajo el programa 079-Actividad Central-Despacho
del Ministro. Se le adelanta la suma de US$ 260,00 diarios para París, para un
total de US$ 1.300,00, se le autorizan US$ 1.000,00 de gastos de
representación, todo sujeto a liquidación. Se le autoriza al señor Ministro a
realizar llamadas internacionales.
Artículo 3º—Durante la
ausencia del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, se nombra como
Ministro a. í., de Relaciones Exteriores y Culto, al señor Edgar Ugalde Álvarez.
Artículo 4º—Rige del 14 al 18
de enero del 2007.
Dado en la
Presidencia de la República, a los 8 días del mes de enero del 2007.
ÓSCAR
ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 45436).—C-15750.—(7615).
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
Nº 027-MP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
En uso de
las facultades que les confiere el artículo 140, inciso 3) de la Constitución
Política y de conformidad con el artículo 2º, inciso a) de la Ley Nº 7770
“Reforma Integral Fondo Nacional de Estabilización Cafetalera”.
ACUERDAN:
Artículo
1º—Nómbrese como representante propietario de la Junta Directiva del Fondo
Nacional de Estabilización Cafetalera, en representación del Poder Ejecutivo,
al señor Mario Alfredo Álvarez González, cédula número seis-ciento treinta y
uno-cero seis tres, mayor, casado, comerciante, vecino de Santa Lucía, Barva de
Heredia y como representante suplente al señor Rodolfo Vásquez Vargas, cédula
de identidad número dos-trescientos cincuenta y siete-novecientos noventa,
mayor, casado, agricultor, vecino de Rincón de Zaragoza de Palmares.
Artículo 2º—Rige a partir del
1º de enero del 2007 hasta el 1º de enero del 2009.
Dado en la
Presidencia de la República, a los 5 días del mes de enero del 2007.
ÓSCAR
ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de la Presidencia, Rodrigo Arias Sánchez.—1
vez.—(Solicitud Nº 001-2007).—C-11495.—(7645).
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Nº 045-2006-GRH-DGME
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Y SEGURIDAD PÚBLICA
Con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, incisos 1), 8) y 20) y 146 de
la Constitución Política, 25, 27, inciso 1), 28, inciso 2) acápite b) y 111
inciso 1) de la Ley General de Administración Pública, Nº 6227 del 2 de mayo de
1978 y 1, 6, 29 y 30 de la Ley General de Policía, Nº 7410 del 30 de mayo de
1994.
ACUERDAN:
Artículo
1º—Otorgar investidura como miembro de la Fuerza de Policía de la Policía de
Migración y Extranjería, con los derechos y deberes que le impone la Ley
General de Migración y Extranjería y la Ley General de Policía, al señor
Eliécer Bustos Boniche, cédula Nº 1-0916-0396, puesto Inspector 3.
Artículo 2º—Rige a partir del
1º de diciembre del 2006.
Dado en la
Presidencia de la República, a los 29 días de mes de noviembre del 2006.
ÓSCAR
ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, Lic.
Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 0012).—C-8490.—(7647).
Nº 047-2006-GRH-DGME
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACION Y POLICÍA,
Y SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento
en lo dispuesto en los artículos 140, incisos 2) y 20), 146, 191 y 192 de la
Constitución Política, 2 y 12 inciso a) del Estatuto de Servicio Civil, Ley Nº
1581 del 30 de mayo de 1953 y sus reformas, 15 del Reglamento del Estatuto de
Servicio Civil, Decreto Ejecutivo Nº 21 del 14 de diciembre de 1954 y sus
reformas y nómina Nº 181806, confeccionada por la Dirección General de Servicio
Civil.
ACUERDAN:
Artículo
1º—Nombrar en propiedad en la Dirección General de Migración y Extranjería,
órgano del Ministerio de Gobernación y Policía, al señor Paolo Cascante Marín,
cédula Nº 1-1148-0915, puesto Operador de Computador 2, Nº 107659.
Artículo 2º—Rige a partir del
16 de enero del 2007.
Dado en la
Presidencia de la República, a los 29 días del mes de noviembre del 2006.
ÓSCAR
ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, Lic.
Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 0012).—C-9700.—(7648).
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Nº 020-2007-MSP
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y
POLICÍA
Y SEGURIDAD PÚBLICA
Con
fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28, inciso 1), de la
Ley General de la Administración Pública, artículo 7º del Reglamento de gastos
de viaje y de transportes para funcionarios públicos y el artículo 145 del
Reglamento de Servicio de los Cuerpos Adscritos al Ministerio de Seguridad
Pública.
Considerando:
1º—Que se
ha recibido cordial invitación de la Office of Defense Representative, para que
dos funcionarios de la Policía de Control de Drogas del Ministerio de Seguridad
Pública participen en la actividad denominada Curso “Operaciones Antidrogas”
que se llevará a cabo en Fort. Benning, Georgia, Estados Unidos de América.
2º—Que el objetivo del curso
es adquirir destrezas necesarias para realizar operaciones Antidrogas, para
realizar operativos de interdicción del tráfico de drogas mediante prácticas de
adiestramiento desafiante orientado en el desempeño.
3º—Que dado el objetivo de la
capacitación, es de interés para este Ministerio contar con los funcionarios en
dicho evento. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar al señor Chinchilla Gamboa Javier, cédula de identidad Nº
3-361-762 y al señor Salazar Segura Luis Diego, cédula Nº 1-959-063, oficiales
de la Policía Control de Drogas, para que participen en la actividad denominada
curso “Operaciones Antidrogas” a realizarse en Fort Benning, Georgia, Estados
Unidos de América, del 23 de enero al 26 de abril del 2007, incluyendo salida y
regreso.
Artículo 2º—Los gastos por
concepto de transporte, alojamiento y alimentación, serán cubiertos por el
Comando Sur de los Estados Unidos de América.
Artículo 3º—Que durante los
días del 23 de enero al 26 de abril del 2007, en que se autoriza la
participación de los funcionarios Chinchilla Gamboa Javier y Salazar Segura
Luis Diego en la actividad, devengarán el 100% de su salario.
Artículo
4º—Rige a partir del 23 de enero al 26 de abril del 2007.
Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, el quince
de enero del dos mil siete.
Lic.
Fernando Berrocal Soto, Ministro de Seguridad Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº
06899).—C-19985.—(7621).
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
MEP-243-2006
LA PRIMERA VICEPRESIDENTA
EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA
REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la
Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 1) acápite b de la
Ley General de la Administración Pública o Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.
ACUERDAN:
Artículo
1º—Designar a la señora Elizabeth Camacho Hernández, cédula de identidad Nº
1-622-070, Docente del Centro Nacional de Educación Fernando Centeno Güell,
para que participe como Conferencista en el “Seminario de Desarrollo de los
Servicios para Personas Sordociegos y sus Familias” que se realizará en México
del 12 al 16 de diciembre del 2006.
Artículo 2º—Los costos del
viaje al exterior serán cubiertos por el Programa Hilton Perkins.
Artículo 3º—Que durante los
días del 12 al 16 del mes de diciembre del 2006, en que se autoriza la
participación de la funcionaria Elizabeth Camacho Hernández en la actividad,
devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente
acuerdo rige a partir del 12 al 16 de diciembre del 2006.
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier
Rímolo.—1 vez.—(Solicitud Nº 44637).—C-15750.—(7616).
MEP-251-2006
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la
Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 1) acápite b de la
Ley General de la Administración Pública o Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.
ACUERDAN:
Artículo
1º—Designar a las señoras Emilia Méndez Calvo, cédula de identidad Nº
1-464-237, Directora de la Escuela Villas de Ayarco; Dora María Morún Méndez,
cédula de identidad Nº 1-580-476, Directora de la Escuela Fernando Terán Valls;
Nydia Guzmán Conejo, cédula de identidad Nº 1-664-357, Directora de la Escuela
Ricardo André; María Joaquina Mora Álvarez, cédula de identidad Nº 3-160-991,
Asesora y Supervisora del Circuito 09, La Unión-Cartago, para que participen en
la beca “Educación Inicial, Formación docente Supervisión y Dirección
Institucional” que se realizará en Israel del 1º al 31 de enero del 2007.
Artículo 2º—Los costos del
viaje al exterior serán cubiertos de la siguiente manera: Alojamiento y
Manutención: Gobierno de Israel, Pasajes: las interesadas.
Artículo 3º—Que durante los
días del 1º al 31 del mes de enero del 2007, en que se autoriza la
participación de las funcionarias Emilia Méndez Calvo, Dora María Morún Méndez,
Nydia Guzmán Conejo, María Joaquina Mora Álvarez en la actividad, devengarán el
100% de su salario.
Artículo 4º—El presente
acuerdo rige a partir del 1º al 31 de enero del 2007.
Dado en la
Presidencia de la República, a los 18 días del mes de diciembre del 2006.
ÓSCAR
ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.—1
vez.—(Solicitud Nº 44637).—C-15750.—(7618).
MEP-255-2006
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la
Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 1) acápite b de la
Ley General de la Administración Pública o Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.
ACUERDAN:
Artículo
1º—Designar a la señora Ana Lorena Araya Ugalde, cédula de identidad Nº
2-333-651, Docente de Inglés del Liceo Experimental Bilingüe de Grecia, para
que participe en la beca “Computación Aplicada a la Educación” que se realizará
en la India del 6 de enero al 10 marzo del 2007.
Artículo 2º—Los costos del
viaje al exterior serán cubiertos por el Gobierno de la India.
Artículo 3º—Que durante los
días del 6 de enero al 10 de marzo del 2007, en que se autoriza la
participación de la funcionaria Ana Lorena Araya Ugalde en la actividad,
devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente
acuerdo rige a partir del 6 de enero al 10 de marzo del 2007.
Dado en la
Presidencia de la República, a los 22 días del mes de diciembre del 2006.
ÓSCAR
ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.—1
vez.—(Solicitud Nº 44637).—C-11495.—(7620).
MINISTERIO DE SALUD
Nº DM-1168-07.—San José, 9 de
enero del 2007
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE SALUD
En uso de
las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 1) y 20) y 146 de la
Constitución Política; 28, aparte segundo, inciso b) de la Ley Nº 6227 de 2 de
mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”.
ACUERDAN:
Artículo
1º—Designar a la Lic. Roxana Jiménez Libby, con cédula de identidad Nº
1-631-490, como Asesora del Despacho de la Ministra de Salud.
Artículo 2º—La Lic. Roxana
Jiménez ejercerá el cargo en forma ad honórem.
Artículo 3º—Rige a partir de
esta fecha.
Publíquese.—ÓSCAR
ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Salud, Dra. María Luisa Ávila Agüero.—1
vez.—(Solicitud Nº 020-07).—C-6070.—(7664).
Nº DM-1196-07.—San
José, 15 de enero del 2007
LA MINISTRA DE SALUD
Con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la
Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley
General de la Administración Pública” N° 6227 del 2 de mayo de 1978; y el
artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de
la República.
Considerando:
1º—Que del
4 al 28 de febrero del 2007 tendrá lugar en la ciudad de Haifa, Israel, el
Curso de Capacitación sobre Servicios para la Tercera Edad en la Familia y la
Comunidad, y este Despacho considera importante la participación de la Lic.
Xinia Cambronero Benavides, cédula de identidad Nº 02-0335-0089, funcionaria
del Área Rectora de Salud de Aguas Zarcas del Ministerio de Salud, en la
actividad de cita. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a la Lic. Xinia Cambronero Benavides, cédula de identidad Nº
02-0335-0089, funcionaria del Área Rectora de Salud de Aguas Zarcas del
Ministerio de Salud, para que asista y participe en el Curso de Capacitación
sobre Servicios para la Tercera Edad en la Familia y la Comunidad, que tendrá
lugar en la Ciudad de Haifa, Israel, del 4 al 28 de febrero del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por
concepto de transporte, alimentación, hospedaje, impuestos, tributos o cánones
que se deban de pagar en las terminales de transporte, de la Lic. Xinia
Cambronero Benavides, serán cubiertos por la funcionaria.
Artículo 3º—Que del 4 al 28
de febrero del 2007, días durante los cuales se autoriza la participación de la
Lic. Xinia Cambronero Benavides en la actividad, devengará el 100% de su
salario.
Artículo 4º—Rige del 1º de
febrero al 2 de marzo del 2007.
Publíquese.—Dra.
María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(Solicitud Nº
021-07).—C-14520.—(7665).
Nº DM-1199-07.—San
José, 15 de enero del 2007
LA MINISTRA DE SALUD
Con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la
Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley
General de la Administración Pública” N° 6227 del 2 de mayo de 1978; y el
artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de
la República.
Considerando:
1º—Que del
30 al 31 de enero del 2007 tendrá lugar en la ciudad de Panamá, Panamá, la
Reunión Técnica Sobre la Estrategia “Hacia la Erradicación de la Desnutrición
Crónica Infantil en Centroamérica y República Dominicana”, y este Despacho
considera importante la participación de la Dra. Rosa María Novygrodt Vargas,
cédula de identidad Nº 1-367-889, Directora Técnica de la Secretaría de la
Política Nacional de Alimentación y Nutrición (SEPAN) del Ministerio de Salud,
en la actividad de cita. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a la Dra. Rosa María Novygrodt Vargas, cédula de identidad Nº
1-367-889, Directora Técnica de la Secretaría de la Política Nacional de
Alimentación y Nutrición (SEPAN) del Ministerio de Salud, para que asista y
participe en Reunión Técnica Sobre la Estrategia “Hacia la Erradicación de la
Desnutrición Crónica Infantil en Centroamérica y República Dominicana”, que
tendrá lugar en la Ciudad de Panamá, Panamá, del 30 al 31 de enero del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por
concepto de transporte, alimentación, hospedaje, impuestos, tributos o cánones
que se deban de pagar en las terminales de transporte, de la Dra. Rosa María
Novygrodt Vargas, serán cubiertos por el BID/Programa Mundial de Alimentos.
Artículo 3º—Que del 30 al 31
de enero del 2007, días durante los cuales se autoriza la participación de la
Dra. Rosa María Novygrodt Vargas en la actividad, devengará el 100% de su
salario.
Artículo 4º—Rige del 29 al 31
de enero del 2007.
Publíquese.—Dra.
María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(Solicitud Nº
021-07).—C-14520.—(7666).
Nº DM-1203-07.—San
José, 16 de enero del 2007
LA MINISTRA DE SALUD
Con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución
Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la
Administración Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; y el artículo 34 del
Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que del
5 al 7 de febrero del 2007 tendrá lugar en la ciudad de Boston, Estados Unidos
de América, la Reunión de Ministros de Salud de Centroamérica y Panamá y este
Despacho considera importante la participación del Dr. Marvin Quesada Elizondo,
cédula de identidad Nº 01-0481-0759, Director de la Región Central Occidente
del Ministerio de Salud, en la actividad de cita. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar al doctor Marvin Quesada Elizondo, cédula de identidad Nº
01-0481-0759, Director de la Región Central Occidente del Ministerio de Salud,
para que asista y participe en la Reunión de Ministros de Salud de
Centroamérica y Panamá que tendrá lugar en la ciudad de Boston, Estados Unidos
de América, del 5 al 7 de febrero del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto
de transporte, alimentación, hospedaje, impuestos, tributos o cánones que se
deban de pagar en las terminales de transporte, del Dr. Marvin Quesada
Elizondo, serán cubiertos por la New England-Latin American Business Council.
Artículo 3º—Que del 5 al 7 de
febrero del 2007, días durante los cuales se autoriza la participación del Dr.
Marvin Quesada Elizondo en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 4 al 8
de febrero del 2007.
Publíquese.—Dra.
María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(Solicitud Nº
021-07).—C-14520.—(7667).
Nº DM-1211-07.—San
José, 16 de enero del 2007
LA MINISTRA DE SALUD
Con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la
Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley
General de la Administración Pública” N° 6227 del 2 de mayo de 1978; y el
artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de
la República.
Considerando:
Que del 5 al 9 de febrero del
2007, tendrá lugar en la ciudad de Guatemala el “Segundo Curso de la Estrategia
de Capacitación de los Centros de Enlace, Proyecto H90” y este Despacho
considera importante la participación de las siguientes personas: Dra. Vera
Barahona Hidalgo, cédula de identidad Nº 2-326-557, Dra. Julia López Rodríguez,
cédula de identidad Nº 5-135-282, Lic. Randall Álvarez González, cédula de
identidad Nº 1-836-327 y Lic. Rosa Valverde Zúñiga, cédula de identidad Nº
1-588-865, funcionarios del Instituto Sobre Alcoholismo y Farmacodependencia,
en la actividad de cita. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a la Dra. Vera Barahona Hidalgo, cédula de identidad Nº 2-326-557,
la Dra. Julia López Rodríguez, cédula de identidad Nº 5-135-282, el Lic.
Randall Álvarez González, cédula de identidad Nº 1-836-327 y la Lic. Rosa
Valverde Zúñiga, cédula de identidad Nº 1-588-865, funcionarios del Instituto
Sobre Alcoholismo y Farmacodependencia, para que asistan y participen en
“Segundo Curso de la Estrategia de Capacitación de los Centros de Enlace,
Proyecto H90”, que tendrá lugar en la ciudad de Guatemala del 5 al 9 de febrero
del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por
concepto de transporte, alimentación, hospedaje, impuestos, tributos o cánones
que se deban de pagar a los citados funcionarios del IAFA en las terminales
aéreas, serán cubiertos por la Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y
el Delito.
Artículo 3º—Que del 5 al 9 de
febrero del 2007, días durante los cuales se autoriza la participación de la
Dra. Vera Barahona Hidalgo, la Dra. Julia López Rodríguez, el Lic. Randall
Álvarez González y la Lic. Rosa Valverde Zúñiga en la actividad, devengarán el
100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 4 al 10
de febrero del 2007.
Publíquese.—Dra.
María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(Solicitud Nº
021-07).—C-14520.—(7668).
Nº DM-RM-1218-07.—San
José, 18 de enero del 2007
LA MINISTRA DE SALUD
Con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la
Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley
General de la Administración Pública” N° 6227 del 2 de mayo de 1978; artículos
7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que del 21 al 28 de enero
de 2007 tendrá lugar en México la actividad denominada “II Encuentro de Líderes
de Instituciones Públicas y Privadas”, y este Despacho considera importante la
participación de la Lic. Denney Artavia Escalante, Asesora de la Ministra de
Salud. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a la Lic. Denney Artavia Escalante, portadora de la cédula de
identidad Nº 6-150-301, Asesora del Despacho de la Ministra de Salud, para que
asista y participe en la actividad denominada “II Encuentro de Líderes de
Instituciones Públicas y Privadas”, que tendrá lugar en México, del 21 al 28 de
enero del 2007.
Artículo 2º—Los gastos de la
Lic. Denney Artavia Escalante serán cubiertos por el Consejo Técnico de
Asistencia Médico Social, programa 621, centro de costo 1131, partida
presupuestaria Nº 107.01 “Actividades de Capacitación”, por un total de US $
1.932,00 (un mil novecientos treinta y dos dólares americanos) que incluye:
boleto aéreo, inscripción al evento, traslados internos, hospedaje, desayunos,
suma que incluye US.$.432,00 para viáticos y gastos personales no cubiertos
por el organizador.
Artículo 3º—Que del 21 al 28
de enero del 2007, días durante los cuales se autoriza la participación de la
Lic. Denney Artavia Escalante, en la actividad de cita, devengará el 100% de su
salario.
Artículo 4º—Rige del 21 al 28
de enero del 2007.
Publíquese.—Dra.
María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(Solicitud Nº
014-07).—C-14570.—(7669).
Nº DM-RM-1219-07.—San
José, 18 de enero del 2007
LA MINISTRA DE SALUD
Con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la
Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley
General de la Administración Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; artículos
7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que del
29 de enero al 3 de febrero del 2007, tendrá lugar en San Salvador, El
Salvador, la primera reunión de coordinación y trabajo de Jefes de Programa de
VIH/SIDA de Centro América, y la actividad denominada “I Foro Centroamericano
para la prevención y atención integral del VIH/SIDA en Centros Penitenciarios”,
y este Despacho considera importante la participación de la Dra. Guiselle Lucas
Bolívar, Asesora del Despacho de la señora Viceministra de Salud. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a la Dra. Guiselle Lucas Bolívar, portadora de la cédula de
identidad Nº 7-130-892, Asesora del Despacho de la señora Viceministra de
Salud, para que asista y participe en la primera reunión de coordinación y
trabajo de Jefes de Programa de VIH/SIDA de Centro América, y en la actividad
denominada “I Foro Centroamericano para la prevención y atención integral del VIH/SIDA
en Centros Penitenciarios”, que tendrá lugar en San Salvador, El Salvador, del
29 de enero al 3 de febrero de 2007.
Artículo 2º—Los gastos de la
Dra. Guiselle Lucas Bolívar por concepto de transporte, alimentación, hospedaje
e impuestos de terminales aéreas, serán cubiertos por el Programa Acción Sida
para Centro América (PASCA).
Artículo 3º—Que del 29 de
enero al 3 de febrero de 2007, días durante los cuales se autoriza la
participación de la Dra. Guiselle Lucas Bolívar, en la actividad de cita, devengará
el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 29 de
enero al 3 de febrero del 2007.
Publíquese.—Dra.
María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(Solicitud Nº
015-07).—C-13915.—(7670).
Nº DM-RM-1220-07.—San
José, 18 de enero del 2007
LA MINISTRA DE SALUD
Con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la
Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley
General de la Administración Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; artículos
7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que del
28 de enero al 2 de febrero del 2007, tendrá lugar en Antigua, Guatemala, la
actividad denominada “Seminario Regional sobre Epidemiología y Prevención de
las Enfermedades Cardiovasculares”, y este Despacho considera importante la
participación de la Lic. Ana Eduviges Sancho Jiménez, funcionaria de la
Dirección de Investigación y Desarrollo Tecnológico. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a la Lic. Ana Eduviges Sancho Jiménez, portadora de la cédula de
identidad Nº 2-391-783, funcionaria de la Dirección de Investigación y
Desarrollo Tecnológico, para que asista y participe en “Seminario Regional
sobre Epidemiología y Prevención de las Enfermedades Cardiovasculares”, que
tendrá lugar en Antigua, Guatemala, del 28 de enero al 2 de febrero del 2007.
Artículo 2º—Los gastos de la
Lic. Ana Eduviges Sancho Jiménez por concepto de transporte, alimentación, hospedaje
e impuestos de terminales aéreas, serán cubiertos por el Consejo en
Epidemiología y Prevención, la Federación Mundial del Corazón y la Asociación
Guatemalteca para la Prevención de Enfermedades del Corazón.
Artículo 3º—Que del 28 de
enero al 2 de febrero del 2007, días durante los cuales se autoriza la
participación de la Lic. Ana Eduviges Sancho Jiménez, en la actividad de cita,
devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 28 de
enero al 2 de febrero del 2007.
Publíquese.—Dra.
María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(Solicitud Nº
014-07).—C-13320.—(7671).
Nº DM-1232-07.—San
José, 24 de enero del 2007
LA MINISTRA DE SALUD
Con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la
Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley
General de la Administración Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; y el
artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de
la República.
Considerando:
1º—Que del
30 al 31 de enero del 2007 tendrá lugar en la ciudad de Panamá, Panamá, la
Reunión Técnica Sobre la Estrategia “Hacia la Erradicación de la Desnutrición
Crónica Infantil en Centroamérica y República Dominicana”, y este Despacho
considera importante la participación de la Lic. Sonia Camacho Fernández,
cédula de identidad Nº 1-413-1126, Directora de Centros de Nutrición y
Desarrollo Infantil del Ministerio de Salud, en la actividad de cita. Por
tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a la Lic. Sonia Camacho Fernández, cédula de identidad Nº
1-413-1126, Directora de Centros de Nutrición y Desarrollo Infantil del
Ministerio de Salud, para que asista y participe en Reunión Técnica Sobre la
Estrategia “Hacia la Erradicación de la Desnutrición Crónica Infantil en
Centroamérica y República Dominicana”, que tendrá lugar en la Ciudad de Panamá,
Panamá, del 30 al 31 de enero del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por
concepto de transporte, alimentación, hospedaje, impuestos, tributos o cánones
que se deban de pagar en las terminales de transporte, de la Lic. Sonia Camacho
Fernández, serán cubiertos por el BID/Programa Mundial de Alimentos.
Artículo 3º—Que del 30 al 31
de enero del 2007, días durante los cuales se autoriza la participación de la
Lic. Sonia Camacho Fernández en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 29 al 31
de enero del 2007.
Publíquese.—Dra.
María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(Solicitud Nº
021-07).—C-14520.—(7672).
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
Nº 006-2007.—San José, 16 de
enero del 2007
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con
fundamento en los artículos 140, incisos 1), 8) y 20) y 146 de la Constitución
Política; 28 párrafo segundo, inciso a) de la Ley General de la Administración
Pública y 4 inciso e) del Estatuto de Servicio Civil.
ACUERDAN:
Artículo
1º—Cesar al señor Adolfo Antonio Sánchez Quesada, cédula de identidad Nº
1-709-827, en el puesto de Oficial Mayor y Director Administrativo del
Ministerio de Comercio Exterior y agradecerle los servicios prestados.
Artículo 2º—Nombrar al señor
Sergio Fernández Vargas, portador de la cédula de identidad Nº 6-142-594, en el
puesto de Oficial Mayor y Director Administrativo del Ministerio de Comercio
Exterior.
Artículo 3º—Rige a partir del
16 de enero del 2007.
Dado en la
Presidencia de la República, a los 16 días del mes de enero del 2007.
ÓSCAR
ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz
Gutiérrez.—1 vez.—(Solicitud Nº 05666).—C-9680.—(7646).
MINISTERIO DEL AMBIENTE Y ENERGÍA
Nº
R-027-2007-MINAE.—San José, a las siete horas cincuenta minutos del día
dieciocho de enero del dos mil siete.
Considerando:
1º—De
conformidad con lo dispuesto en los artículos 46 a 51 de la Ley Forestal Nº 7575,
publicada en el Alcance Nº 21 a La Gaceta Nº 72 del 16 de abril de 1996,
se crea el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO), como un órgano
con personería jurídica instrumental para el cumplimiento de su finalidad, que
ha sido definida por el legislador como el beneficio de los pequeños y medianos
productores mediante créditos u otros mecanismos de fomento del manejo del
bosque intervenido o no, procesos de forestación, reforestación, entre otros,
orientados con esa finalidad.
2º—El FONAFIFO cuenta con una
estructura organizativa y funcional, que además de las mencionadas
disposiciones legales, ha sido desarrollada mediante los artículos 54 y
siguientes del Reglamento de la citada Ley Forestal, emitido mediante Decreto
Ejecutivo Nº 25721-MINAE, publicado en La Gaceta Nº 16 del 23 de enero
de 1997.
3º—El Ministerio del Ambiente
y Energía (MINAE), cuenta con un Reglamento para el Uso, Control y
Mantenimiento de Vehículos emitido mediante Decreto Ejecutivo Nº 26665-MINAE,
publicado en La Gaceta Nº 34 del 18 de febrero de 1998, en el cual se
establecen y regulan los derechos, responsabilidades y deberes de los
funcionarios que hacen uso de los vehículos oficiales del MINAE, así como de
los mecanismos de control que deben observarse para el cabal cumplimiento de
las disposiciones contenidas en los artículos 221 a 239 de la Ley de Tránsito
por Vías Públicas Terrestres, Nº 7331 publicada en el Alcance Nº 13 a La
Gaceta Nº 76 del 22 de abril de 1993, que son los que regulan el régimen de
control y responsabilidad por el uso, asignación y condiciones técnicas de los
vehículos oficiales del Estado.
4º—En forma complementaria,
el MINAE cuenta con un Reglamento Autónomo de Servicios, emitido mediante
Decreto Ejecutivo Nº 28409-MINAE, publicado en La Gaceta Nº 34 del 17 de
febrero del 2000, en el que se disponen los derechos y los deberes de los
funcionarios que hacen uso de vehículo oficiales.
5º—Para el cumplimiento de
sus fines, los funcionarios del FONAFIFO que hagan uso de los vehículos
oficiales del MINAE, son considerados como funcionarios del MINAE, estando en
consecuencia cubiertos por el régimen de derechos y deberes que en materia de
uso de vehículos oficiales, se aplica para los funcionarios del Ministerio de
Ambiente y Energía.
6º—El FONAFIFO ha solicitado
la autorización para que mediante delegación, se le permita al Director
Ejecutivo asumir actos de control y fiscalización administrativa en materia de
vehículos oficiales.
7º—De acuerdo con lo
dispuesto en los artículos 89, 90, y 91 de la Ley General de la Administración
Pública, el superior jerárquico puede delegar el cumplimiento de cierto tipo de
acto en otro funcionario delegado, con los límites que establece dicha
normativa.
8º—Actualmente el cargo de
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, lo ejerce el
señor Jorge Mario Rodríguez Zúñiga, mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo,
vecino de Montes de Oca, cédula de identidad Nº 1-545-707, cuya designación se
ha efectuado mediante acuerdo de Junta Directiva número décimo de la sesión dos
noventa y nueve. Por tanto,
EL MINISTRO DEL AMBIENTE Y
ENERGÍA
RESUELVE
Primero.—Autorizar
al Director Ejecutivo del FONAFIFO, señor Jorge Mario Rodríguez Zúñiga, mayor,
casado una vez, ingeniero agrónomo, vecino de Montes de Oca, cédula de
identidad Nº 1-545-707, para que emita las autorizaciones necesarias para que
el personal del FONAFIFO pueda hacer uso de vehículos oficiales en cumplimiento
de su función pública.
Segundo.—En consecuencia,
delegar en el Director Ejecutivo del FONAFIFO la firma y autorización de los
carné de identificación necesarios para la conducción de vehículos oficiales;
autorización y firma de los permisos (tarjetas) de ruedo de los vehículos
oficiales para horas y días inhábiles; autorización y firma de los permisos
para que personas ajenas al FONAFIFO puedan viajar como acompañantes de los
funcionarios autorizados que conducen dichos vehículos oficiales.
Tercero.—No se delega sin
embargo, la autorización necesaria para que cualquier vehículo oficial del
MIMAS que haya sido asignado al FONAFIFO pueda rodar fuera del territorio de la
República
Cuarto.—Esta delegación
presupone la observancia y el pleno cumplimiento en el funcionario delegado, de
la totalidad de disposiciones normativas que rijan el uso de vehículos
oficiales con que cuenta el FONAFIFO, dentro del régimen de limitaciones creado
por el bloque de legalidad al que están sujetos los actos de la Administración
Pública.
Quinto.—Rige a partir de su
publicación.
Sexto.—Publíquese en el
Diario Oficial La Gaceta por una vez.
Jorge
Rodríguez Quirós, Ministro a. í. del Ambiente y Energía.—1 vez.—(Solicitud Nº
35466).—C-33880.—(7675).
INSTITUTO GEOGRÁFICO
NACIONAL
DEPARTAMENTO DE GEODESIA Y
TOPOGRAFÍA
AVISO Nº 05-26
ZONA MARÍTIMA TERRESTRE
Amojonamiento de zona
pública
en un sector de estero/manglar Coyote
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 del Reglamento de la Ley Nº 6043
sobre la Zona Marítimo Terrestre del 2 de marzo de 1977, el Instituto
Geográfico Nacional comunica que del 21 al 24 de setiembre del 2005, se demarcó
la Zona Pública en un sector de Estero/manglar Coyote, distrito 06 Bejuco,
cantón 09 Nandayure, provincia de Guanacaste, entre las coordenadas Lambert
aproximadas del Mapa MBCR-1/50000 Hoja Puerto Coyote 3145 III:
Sector del estero/manglar
Coyote
196220 N-397360 E y 196260 N-397370 E
(2 mojones, enumerados 169 y 170)
Sector del estero/manglar
Coyote
196400 N-397310 E y 196450 N-397220 E
(4 mojones, enumerados 185, 186, 187 y
188)
Los datos
técnicos oficiales del trabajo han quedado registrados con el Nº 22 en el
Registro de Zona Marítima Terrestre del I.G.N.
San José,
20 de diciembre del 2006.—MSc. Max Lobo Hernández, Director General.—1
vez.—(7637).
DIVISIÓN DE CONTROL DE
CALIDAD
Y MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA
EDUCATIVO
REPOSICIÓN DE TÍTULO
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta
subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 122, título Nº 641,
emitido por el Colegio Técnico Profesional Francisco J. Orlich, en el año dos
mil cuatro, a nombre de Salas Bonilla Diego Alexis. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, cuatro de diciembre del dos mil seis.—Carmen Martínez Cubero,
Subdirectora.—(6431).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta
Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Certificado de
Conclusión de la Enseñanza Diversificada en la Educación Técnica, inscrito en
el tomo 1, folio 7, título Nº 128, y del Título de Técnico Medio en Ciencias
Agropecuarias y Educación Familiar y Social, inscrito en el tomo 1, folio 8,
título Nº 121, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Guaycará, en el
año mil novecientos ochenta y dos, a nombre de López Herrera Luz Mery. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, 13 de julio del 2006.—Departamento de Pruebas
Nacionales.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(7185).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta
Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad
de Ciencias y Letras, inscrito en el Tomo 1, Folio 54, Título Nº 815, emitido
por el Instituto Centroamericano Adventista, en el año mil novecientos ochenta
y tres, a nombre de Villarreal Rocha Edar Gadiel. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 25 de enero del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales.—Carmen Martínez
Cubero, Subdirectora.—(7246).
Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 108, Título Nº 1685, y del Título de Técnico Medio en Secretariado Comercial, inscrito en Tomo 2, Folio 273, Asiento 5172, emitido por el Colegio Vocacional de Artes y Oficios, Diurno de Cartago, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Claribeth Jiménez Delgado. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 8 de agosto del 2006.—Departamento de Pruebas Nacionales.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(7259).
Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 30, título Nº 200, emitido por el Colegio María Inmaculada de San Carlos, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de Luis Manrique Esquivel Vindas. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los doce días del mes de noviembre del dos mil seis.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(7519).
REGISTRO DE ORGANIZACIONES
SOCIALES
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De
conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y
Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que
acordó introducir a su estatuto social la organización social denominada:
Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Grecia R. L., siglas
COOPEGRECIA R. L., acordada en asamblea celebrada el 1º de abril del 2006.
Resolución 107. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de
Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se
procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la
inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La
reforma afecta la totalidad de los artículos del estatuto.—San José, 22 de
enero del 2006.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(7151).
REGISTRO NACIONAL
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
AVISOS
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción la reforma de la Asociación Comunitaria Conservacionista de
Turismo Alternativo y Rural. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de
las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley
de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales,
se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento
Tomo: 568, Asiento: 33609.—Curridabat, 26 de julio del 2006.—Lic. Enrique
Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 0896.—(7446).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Ye Costa Rica Han In Hoi, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Proyectar la amistad, el fomento, desarrollo, la buena distinción e imagen en términos generales, de la comunidad Coreana residente en Costa Rica. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Jung Mo Chung. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 565, asiento: 04633; adicionales: 567-42792 y 568-75573).—Curridabat, 18 de octubre del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 0997.—(7447).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación de Ministerios Palabra de Vida de Costa Rica. Por cuanto, dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 563, asiento: 17603.—Curridabat, 7 de noviembre del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 1048.—(7448).
REGISTRO DE PATENTES DE
INVENCIÓN
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor
Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José,
cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Wyeth, de E.U.A.,
solicita la Patente de Invención denominada MACRÓLIDOS Y MÉTODOS PARA
PRODUCIR LOS MISMOS. Esta invención se refiere en parte, a compuestos
macrólidos, cepas de actinomicetos para producirlos, y a composiciones
farmacéuticas que los contienen. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de
patentes sexta edición es C07D 498/18, cuyos inventores son Mia Haruna Yoshino
Summers, Edmund Idris Graziani, Margaret M. Leighton, Kevin Pong, Roger Alan
Kele. La solicitud correspondiente lleva el número 8568, y fue presentada a las
13:22:32 del 24 de agosto del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 4 de diciembre del 2006.—Lic. Gabriela Murillo,
Registradora.—Nº 0924.—(7434).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Schering Aktiengellshaft, de R. F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada
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PROFÁRMACOS DE ESTEROIDES CON ACCIÓN ANDROGÉNICA. La presente invención se refiere a profármacos de esteroides con acción androgénica de la fórmula general (i), en los cuales el grupo Z está unido con el esteroide, a composiciones farmacéuticas que contienen estos compuestos, así como a su uso para la preparación de medicamentos con acción androgénica. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07J 41 /00, cuyos inventores son Dr. Wirwa Ralf, Dr. Droessher Peter, Dr. Ring Sven, Dr. Elger Walter, Schneider Birgitt, Dr. Hillsich Alexander, Reddersen Gudrun. La solicitud correspondiente lleva el número 8785, y fue presentada a las 14:21:07 del 5 de diciembre del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 13 de diciembre del 2006.—Nº 0925.—(7435).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Schering Corporation, de E. U. A., Merck Sharp & Dohme Limited, de Reino Unido, solicita: Patente de Invención denominada COMPOSICIÓN QUE COMPRENDE UN INHIBIDOR DE LA ABSORCIÓN DEL COLESTEROL UN INHIBIDOR DE LA HMG-COA Y UN AGENTE ESTABILIZADOR. La presente invención proporciona una composición farmacéutica que comprende un inhibidor de la absorción de colesterol y un inhibidor de una HMG-CoA reductasa, con uno o más antioxidantes, celuosa microcristalina, hidroxipropil metilcelulosa, estearato de magnesio y lactosa. La composición no necesita contener ácido ascórbico en orden de obtener la estabilidad deseable. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31 /397, cuyos inventores son Moore, William, D., Fitzpatrick, Shaun, Seiler, Christian, Saklatvala, Robert, Petts, Catherine, R., Cho, Wing-Kee, Philip. La solicitud correspondiente lleva el número 7658, y fue presentada a las 11:45:58 del 19 de enero del 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de noviembre del 2006.—Lic. Rafael Quesada V., Registrador.—Nº 0926.—(7436).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMBINACIONES ANTINEOPLASICAS DE CCI-779 Y RITUXIMAB. Esta invención provee el uso de una combinación de CCI-779 y rituximab en el tratamiento de linfoma no Hodgkin. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 39/395, cuyos inventores son Eliel Bayever, Laurence Moore, Matthew L. Shermah, Lee F. Allen, Lewis C. Strauss. La solicitud correspondiente lleva el número 8571 y fue presentada a las 13:23:56 del 24 de agosto del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 4 de diciembre del 2006.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 0927.—(7437).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Honeywell International Inc., de E.U.A., solicita la patente de Invención denominada EMPAQUE PLÁSTICO PARA FRUTAS Y VERDURAS. Un producto para el empaque de frutas y verduras formado de al menos una película de poliamida. La memoria descriptiva, r reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados. la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es B32B 27/34, cuyo inventor es Earl L. Hatley. La solicitud correspondiente lleva el número 8496 y fue presentada a las 13:01:00 del 28 de junio del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de noviembre del 2006.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 0928.—(7438).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Biosys Corporation, de E.U.A., solicita la patente de invención denominada COMPOSICIÓN DE AGRESINA BIOINMUNE PARA SUPRESIÓN DE INFECCIONES POR XANTHOMONAS EN CULTIVOS AGRÍCOLAS. Una composición para tratar infecciones por Xanthomonas spp. en cultivos agrícolas, en donde la composición de tratamiento está en mezcla con T. harzianum, extracto de raíz de Y. schidigera, extracto de hojas de Y. schidigera y extracto de X. spp; la composición también es eficaz como un agente de preinfección para incrementar la resistencia de cultivos agrícolas a dichas infecciones, la composición preferiblemente se aplica por aspersión. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados. La Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A01N 25 726, cuyo inventor es Robert M Hysmith. La solicitud correspondiente lleva el número 8499 y fue presentada a las 13:08:18 del 5 de julio del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de noviembre del 2006.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 0929.—(7439).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de F.Hoffman-La Roche AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada FORMA DE DOSIS SÓLIDA. Una forma de dosis sólida comprendiendo un patrón magnético predefinido, representando información. La forma de dosis puede ser una forma oral de dosis tal como un comprimido o una cápsula, y el patrón magnético puede ser invisible. La información contenida en el patrón magnético puede estar codificada. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados. La Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61J 3 /00, cuyos inventores son Rainer Alex, Benno Rothenhaeusler. La solicitud correspondiente lleva el número 8493, y fue presentada a las 13:00:20 del 28 de junio del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de noviembre del 2006.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 0930.—(7440).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada PROCEDIMIENTOS PARA LA PREPARACIÓN DE HALOGENUROS DE ARYL-Y-HETEROARILALQUILSULFONILO. La presente invención provee procedimientos de preparación de halogenuros de arilalquilsulfonilo y halogenuros de heteroarilalquilsulfonilo de la fórmula Ar-R-SO2-X, que son útiles como intermediarios en la preparación de agentes farmacéuticos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07C 303/20, cuyos inventores son Ronald S. Hichalak, Mousumi Ghosh, Mahmut Levent. La solicitud correspondiente lleva el número 8550, y fue presentada a las 13:17:17 del 8 de agosto del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de noviembre del 2006.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 0931.—(7441).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Basf Aktiengesellschaft, de R. F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada
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MEZCLAS FUNGICIDAS. Mezclas fungicidas que contienen como componentes activos: 1) el derivado de tiazolopirimidina de la fórmula I, y 2) tiofanato-metilo de la fórmula II, en una cantidad sinergética activa, procedimientos para combatir patógenos del arroz con mezclas del compuesto I con el compuesto II y el uso de mezclas del compuesto I con el compuesto II para la obtención de tales mezclas así como productos que contienen estas mezclas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A01N 47/34, cuyos inventores son: Jordi Tormo I Blasco, Thomas Grote, María Scherer, Reinhard Stierl, Siegfried Strathmann, Ulrich Schofl. La solicitud correspondiente lleva el número 8580, y fue presentada a las 10:40:00 del 30 de agosto del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de noviembre del 2006.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 0932.—(7442).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Shering Aktiengesellschaft, de R. F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS SILINANO COMO INHIBIDORES DE CISTEÍNA PROTEASA. La presente invención se relaciona con compuestos que son inhibidores de cisteína proteasas, en particular, las catepsinas B,K,L,F, y S y por lo tanto son útiles en el tratamiento de enfermedades mediadas por estas proteasas. La presente invención se relaciona también con composiciones farmacéuticas que comprenden estos compuestos y procesos para prepararlos: La presente invención se relaciona también con el uso de estos inhibidores en combinación con una terapia que causa una respuesta inmune perjudicial en pacientes que reciben esta terapia. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31/00, cuyos inventores son: John O. Link, Michael Graupe. La solicitud correspondiente lleva el número 8574, y fue presentada a las 12:47:49 del 28 de agosto del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de noviembre del 2006.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 0933.—(7443).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Geox S.P.A., de Italia, solicita el Modelo de Utilidad denominada CALZADO CON UNA SUELA Y UNA PALA RESPIRABLE E IMPERMEABLE. Calzado con suela y pala respirables e impermeables, que comprende una suela respirable e impermeable y un conjunto asociado con dicha suela en una zona hacia arriba y que está constituido por: una pala respirable exterior, un revestimiento interior y entre ellos una membrana respirable e impermeable, una plantilla por lo menos parcialmente perforada o respirable unida por lo menos a dicha pala ya dicha membrana respirable e impermeable. Los calzados así compuestos tienen la particularidad de tener una suela unida herméticamente y por la periferia a dicho conjunto en dicha zona de conexión entre dicha pala y dicha membrana respirable e impermeable. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es B29D 31/508, cuyo inventor es Mario Moretti. La solicitud correspondiente lleva el número 8532, y fue presentada a las 13:14:45 del 25 de julio del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de noviembre del 2006.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 0934.—(7444).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Carlos Neto Mendes, de Brasil, solicita la Patente de Invención denominada UN SISTEMA DE ACCIONAMIENTO DE ACTUACIÓN LINEAL PARA MÁQUINAS DE EXTRACCIÓN DE JUGO DE FRUTAS MULTI-UNIDAD. Un dispositivo de conversión de accionamiento lineal rotativo a alterno es conectado para accionar elementos móviles de una máquina de extracción de jugo de frutas multi-unidad. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A47J 17/04, cuyo inventor es Carlos Neto Mendes. La solicitud correspondiente lleva el número 8538, y fue presentada a las 13:44:49 del 26 de julio del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de noviembre del 2006.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 0935.—(7445).
INSTITUTO METEOROLÓGICO
NACIONAL
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Expediente
Nº 12396.—Eduardo Allue Barranco, solicita en concesión, 0.80 litros por
segundo de quebrada sin nombre que brota en propiedad de Sirley Allue Blandón,
para uso doméstico. Coordenadas aproximadas 067.055 / 631.150. Hoja Golfito.
Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados con esta
solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 20 de diciembre del 2006.—Departamento de Aguas.—J. M.
Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 786.—(7005).
Expediente
Nº 12310.—José Albino Bejarano Elizondo, solicita, en concesión, 0.057 litros
por segundo de nacimiento sin nombre captado en propiedad de Miguel Quesada
Arias para uso doméstico. Sita en Pejibaye de Pérez Zeledón. Predios
inferiores: Juan Carlos Arias Portuguez, Fabio Arias Vargas, Juan Portuguez M.
Coordenadas aproximadas 217.200 / 356.100. Hoja Garza. Quienes se consideren
lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 8 de setiembre del
2006.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 846.—(7006).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Expediente
Nº 5641A.—Agropecuaria DISA S. A., solicita concesión de 1.25 Ips del nacimiento
sin nombre, efectuando la captación en finca del solicitante en Cañas Dulces,
Liberia, Guanacaste, para uso agropecuario-abrevadero, consumo
humano-doméstico, agropecuario-riego-pasto, agropecuario-lechería, consumo
humano-doméstico y agropecuario-riego-pasto. Coordenadas 317.200-379.200, hoja
cartográfica Cacao. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 29 de enero del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M.
Zeledón Calderón, Jefe.—(7236).
DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO
Ante esta
Dirección se ha recibido solicitud del licenciado Mauricio Alpízar Jara, cédula
de identidad Nº 1-776-795, quien pretende que se le autorice para el ejercicio
del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o
situaciones que afecten la conducta del interesado para el ejercicio de la
función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del
plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº
07-000007-624-NO.—San José, 22 de enero del 2007.—Lic. Alicia Bogarín Parra,
Directora.—1 vez.—(7644).
Registro Civil -
Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. Nº
10674-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San
José a las siete horas, treinta minutos del seis de diciembre del dos mil seis.
Procedimiento administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de
Karol Judith Gutiérrez Navarro, que lleva el número setecientos cincuenta y
nueve, folio trescientos ochenta, del tomo mil quinientos treinta y siete, de
la provincia de San José, Sección de Nacimientos, en el sentido que es hija de
“Dagoberto Chaves Quirós y Judith Gutiérrez Navarro, costarricenses” y no como
se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal
Supremo de Elecciones y Registro Civil, se confiere audiencia por ocho días a
partir de la primera publicación en el Diario Oficial La Gaceta a los
señores José Javier Carvajal Camacho, Dagoberto Chaves Quirós y a la señora
Judith Gutiérrez Navarro conocida como Yudith, con el propósito que se
pronuncien con relación a la presente gestión, practíquese la respectiva
anotación marginal de advertencia en el asiento de nacimiento correspondiente,
se ordena publicar el edicto de ley en el precitado Diario. Se previene a las
partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término
señalado. Notifíquese.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—Lic. Marisol
Castro Dobles, Directora General.—Nº 89-2007.—C-32690.—(6139).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace
saber que en diligencias de ocurso incoadas por Lorna Ester Morales Meza, este
Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº
0085-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las siete horas cincuenta minutos del cinco de enero del dos mil siete.
Expediente Nº 17280-06. Resultando: 1º—..., 2º—…, Considerando: I.—Hechos
probados…, II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo..; Por tanto:
Precédase a rectificar el asiento de nacimiento de Lorna Ester Morales Meza...
en el sentido que el primer nombre de la persona ahí inscrita es “Loana”.—Lic.
Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González
Richmond, Jefa.—1 vez.—(7250).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Rafael Ángel Sánchez Salas, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 0094-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas quince minutos del cinco de enero del dos mil siete. Expediente Nº 13545-06. Resultando: 1º—..., 2º—…, Considerando: I.—Hechos probados... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo…, Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Rafael Ángel Sánchez Salas... en el sentido que el segundo apellido de la madre... es “Jiménez”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 0939.—(7457).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Yanilsia Sainfleur Polemil, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 0175-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas diez minutos del nueve de enero del dos mil siete. Expediente Nº 25190-06. Resultando: 1º—..., 2º—…, Considerando: I.—Hechos probados... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo…, Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de matrimonio de Maikol Ulises Ugalde Tamaris con Yanilsa Sain Fleur Polemil..., en el sentido que el nombre y apellidos de la cónyuge, el nombre y el apellido del padre y el nombre de la madre de la misma son “Yanilsia Sainfleur Polemil”, “Lucius Sainfleur, no indica segundo apellido” y “Francia” respectivamente.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 0975.—(7458).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Eusebia Gutiérrez Rodríguez, debidamente ratificadas por Maritza del Socorro Reyes Rodríguez, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 0040-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas cincuenta minutos del tres de enero del dos mil siete. Expediente Nº 13766-06. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—…, Considerando: I.—Hechos probados…, II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo…, Por tanto: Precédase a rectificar los asientos de nacimiento de Maritza del Socorro Reyes Rodríguez... y el de Adela María Reyes Rodríguez... en el sentido que los apellidos de la madre... son “Gutiérrez Rodríguez”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 0989.—(7459).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Dinet de los Ángeles Téllez López, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 3211-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas y doce minutos del ocho de noviembre del dos mil seis. Ocurso. Expediente Nº 23174-2006. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Carlos Alberto del Carmen Picado Cascante con Dinet de los Ángeles Téllez López, en el sentido que el nombre y el apellido del padre y de la madre de la cónyuge son “Orlando Téllez, no indica segundo apellido” y “Mercedes López, no indica segundo apellido” respectivamente y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 0992.—(7460).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por María Marta Quirós Elizondo, en expediente Nº 7432-02, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 1028-02.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas diez minutos del catorce de junio del dos mil dos. Diligencias de ocurso incoadas por María Marta Quirós Elizondo, cédula de identidad número dos-cuatrocientos treinta y cuatro-ochocientos setenta y ocho. Resultando: 1º—..., 2º—…, Considerando: 1º—Hechos probados... 2º—Hechos no probados... 3º—Sobre el fondo…, Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Fabián Solano Elizondo... en el sentido de que los apellidos de la madre... son “Quirós Elizondo” y el asiento de nacimiento de Jasmine Solano Elizondo... en el sentido de que el nombre y apellidos de la madre... son “María Marta Quirós Elizondo”. Publíquese esta resolución una vez en el Diario Oficial.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 1041.—(7461).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Rosa Argentina Dolmus Tijerino, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 1972-06.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas veinticinco minutos del diecisiete de julio del dos mil seis. Expediente Nº 6245-06. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Yure de los Ángeles Romero Dolmers... en el sentido que el primer apellido de la madre... es “Dolmus”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(7557).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Isabel Fernández Mora, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 2029-2000.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas cincuenta minutos del seis de diciembre del dos mil. Diligencias de ocurso incoadas por Isabel Fernández Mora, mayor, soltera, comerciante, portadora de la cédula de identidad número uno-mil cincuenta y ocho-novecientos veinte, vecina de Boca Vieja, Aguirre, Puntarenas. Expediente Nº 13401-2000. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Yazmín Fabiola Mora Barrantes, que lleva el número setecientos treinta y ocho, folio trescientos sesenta y nueve, tomo mil cuatrocientos treinta y cinco, de la Sección de Nacimientos de la provincia de San José, en el sentido de que los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Fernández Mora”, y no como se consignó. Publíquese esta resolución por una vez en el Diario Oficial. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(7604).
SECCIÓN DE OPCIONES Y
NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de
naturalización
Isaheyra
Nayelis Ocampo Mejía, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de
residencia 155801963304, vecina de San José, expediente 3071-2006. Se ha
presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto
por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155
del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la
nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas
del caso.—San José, 6 de noviembre del 2006.—Lic. Marisol Castro Dobles,
Directora General.—1 vez.—Nº 0862.—(7449).
Jorge Martín Jiménez Pérez, mayor, peluquero, soltero, nicaragüense, cédula de residencia Nº 270-127936-065980, vecino de Alajuela, expediente Nº 1759-2006. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, dos de enero del dos mil siete.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—1 vez.—(7516).
Daniel Velarde Almaraz, mayor, soltero, estudiante, peruano, cédula de residencia Nº 160400033917, vecino de San José, expediente 1132-2005. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(7609).
R-CO-2-2007.—Contraloría
General de la República. Despacho de la Contralora General.—San José, a las
trece horas del veintinueve de enero del dos mil siete.
Considerando:
I.—Que de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 131, inciso l), del Reglamento a
la Ley de Contratación Administrativa (Decreto Ejecutivo Nº 33411-H del 27 de
setiembre de 2006) corresponde a esta Contraloría General la fijación de las
tarifas por concepto de arrendamiento de vehículos a funcionarios de la
Administración.
II.—Que basados en la
Resolución número RRG 6262 de las quince horas del diecisiete de enero de 2007
(Expediente Nº ET-010-2007) de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos,
publicada en La Gaceta Nº 18 del 25 de enero de 2007, esta Contraloría
actualizó el precio de los combustibles en el modelo con base en el cual se
determinan las tarifas de arrendamiento de vehículos (kilometraje). Además se
actualizó el precio de referencia de los vehículos y de otras variables
consideradas para la determinación de la tarifa.
RESUELVE:
Autorizar
a aquellos entes públicos a los que esta Contraloría General les ha aprobado el
Reglamento respectivo, el reconocimiento de pago de las tarifas que
seguidamente se detallan:
Antigüedad del
vehículo
en años Vehículo rural 1/ Vehículo liviano 2/ Motocicleta
Gasolina Diesel Gasolina Diesel
A
3/ B 4/
0 215,80 197,95 130,80 177,35 148,05 40,95
1 191,45 173,25 118,30 158,05 132,60 38,85
2 177,40 158,80 111,10 146,90 123,60 37,80
3 169,45 150,45 107,15 140,65 118,55 37,35
4 165,20 145,75 105,10 137,30 115,80 37,25
5 163,15 143,30 104,20 135,70 114,50 37,25
6 162,40 142,15 104,00 135,20 114,00 37,25
7 156,85 136,15 101,25 130,75 110,40 37,25
8 151,95 130,85 98,85 126,90 107,25 37,25
9 147,65 126,15 96,80 123,55 104,50 37,20
10 y más 143,95 122,05 95,05 120,65 102,10 37,15
1/ Quedan incluidos
dentro de la categoría de vehículos rurales, los que cumplan simultáneamente
con los siguientes tres requisitos:
• Que su carrocería sea tipo rural, familiar o
“pick up”.
• Que su motor sea de más de 2200 (dos mil
doscientos) centímetros cúbicos.
• Que sea de doble tracción.
2/ Todos los
vehículos que no clasifiquen dentro de la categoría rural descrita en el punto
anterior y que no sean motocicletas, se clasifican como vehículos livianos.
3/ Vehículos con
motor de hasta 1600 (mil seiscientos) centímetros cúbicos.
4/ Vehículos con
motor de más de 1600 (mil seiscientos) centímetros cúbicos.
Rige a
partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Publíquese.—Rocío
Aguilar Montoya.—1 vez.—C-43800.—(8404).
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
COMISIÓN NACIONAL DE
PREVENCIÓN
DE RIESGOS Y ATENCIÓN DE
EMERGENCIAS
PROGRAMA ANUAL DE
ADQUISICIONES
La
Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias y su
Proveeduría Institucional, avisan a todos los interesados que en cumplimiento de
lo dispuesto en el artículo seis (6) de la Ley de Contratación Administrativa
Nº 7494, modificada por la Ley Nº 8511 del dieciséis (16) de mayo del dos mil
seis, publicada en La Gaceta Nº 128 del cuatro (4) de julio del dos mil
seis, y el artículo siete (7) de su Reglamento, ha puesto a disposición, para
su consulta e información, el programa anual de adquisiciones del período
presupuestario dos mil siete. El mismo se encuentra en las siguientes
direcciones electrónicas de Internet, en el
Sistema de Compra Red: http://www.hacienda.go.cr/comprared y en la Web
institucional de la CNE http://www.cne.go.cr.
San José,
29 de enero del 2007.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Julieta Murillo
Zamora.—1 vez.—(7602).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
SUCURSAL SEGURO SOCIAL DE
PÉREZ ZELEDÓN
En
cumplimiento con el artículo 6º de la Ley de Contratación Administrativa,
solicito realizar publicación de edicto en el Diario Oficial La Gaceta,
del presupuesto de adquisiciones para el 2007 de la Sucursal Seguro Social de
Pérez Zeledón con el siguiente detalle:
PROGRAMA DE ADQUISICIONES AÑO
2007
Servicios
no personales: Monto
2102 Alquiler de edificios 1.628.000,00
2112 Información y publicidad 147.000,00
2114 Impresión ecuad. y otros 36.500,00
2122 Telecomunicaciones 960.000,00
2124 Servicios de correo 330.000,00
2126 Energía eléctrica 5.343.500,00
2128 Servicios de agua 510.000,00
2130 Otros servicios públicos 255.000,00
2134 Gastos viajes dentro del País 6.240.000,00
2140 Transportes fletes en el País 344.000,00
2141 Transporte de Bienes 34.000,00
2142 Seguro de daños 378.000,00
2144 Seguro de riesgos profesionales 521.200,00
2146 Comisiones y otros cargos 150.000,00
2151 Mant. instalaciones y otras obras 300.000,00
2152 Mantenimiento rep. maq. y eq. de oficina 910.000,00
2153 Mantenimiento rep. eq. transp por terceros
1.200.000,00
2156 Mant. repar. ed. terceros 525.000,00
2159 Mant. rep. eq. de cómputo. 570.000,00
2160 Gastos Judiciales 2.500.000,00
2199 Otros servicios no personales 420.000,00
Materiales y suministros: Monto
2205 Otros prod. quím. y conexos 300.000,00
2206 Tintas, pinturas y diluyentes 1.750.000,00
2207 Textiles y vestuarios 280.000,00
2209 Llantas y neumáticos 676.200,00
2210 Productos papel y cartón
1.240.000,00
2211 Impresos y otros 1.915.000,00
2215 Otros mat. y prod, de uso en construcción 397.000,00
2217 Instrumentos y herramientas 52.000,00
2221 Rep. equipo de transporte 1.890.000,00
2223 Otros repuestos 1.060.000,00
2225 Útiles y mat. de oficina 955.000,00
2227 Útiles y mat. de limpieza 163.000,00
2233 Otros útiles y materiales 464.000,00
2241 Combustible eq. transporte 3.415.000,00
2243 Lubric. grasas y eq. de transporte 900.000,00
2261 Prod. papel y cartón 23.500,00
2262 Impresos y otros 572.500,00
Pérez
Zeledón, 25 de enero del 2007.—Lic.
Jorge Minor Mata Arias, Administrador.—1 vez.—(7499).
ÁREA DE SALUD 4,
CLÍNICA DE CHACARITA
PROGRAMA DE COMPRAS PERÍODO
2007
De
conformidad con el artículo 6º de la Ley de Contratación Administrativa y 7º
del Reglamento de esa misma Ley, se publica el programa de compras para el año
2007. Período inicio 1-2-3-4 trimestre del presupuesto ordinario.
Unidad Programática: 2586,
Área de Salud 4, Chacarita.
Código Descripción
Presup. partida Monto
¢
SERVICIOS NO PERSONALES
2102 Alquiler de edificios, locales y
terrenos 100.000
2103 Alquiler de maq., equipo y mob. 400.000
2112 Información y publicidad 400.000
2114 Impresión encuad. y otros 900.000
2131 Actividades de capacitación 2.000.000
2140 Transportes y fletes d. país 6.000.000
2141 transporte de bienes 500.000
2152 Mant. rep. mob.,y eq. oficina 3.500.000
2153 Mant.
rep. maq. ,y eq. transp. 1.200.000
2154 Mant.
rep. maq., y eq. por terc. 5.500.000
2156 Mant.
rep. edificios 5.000.000
2157 Mant. rep. equipo de comunicación 300.000
2159 Mant. rep. equipo de cómputo y sist.
información 750.000
2184 traslados 5.500.000
2188 Contrat. serv. méd. farm. y lab. 19.000.000
2191 Serv. profesionales de limpieza 14.500.000
2192 Serv. profesionales de vigilancia 44.500.000
2199 Otros servicios no personales 3.150.000
MATERIALES
Y SUMINISTROS
2203 Medicinas 1.000.000
2205 Otros prod. químic. y conexos 17.000.000
2206 Tintas, pinturas y diluyentes 4.000.000
2207 Textiles y vestuarios 5.000.000
2209 Llantas y neumáticos 1.000.000
2210 Productos de papel y cartón 3.520.000
2211 Impresos y otros 1.755.000
2212 Materiales y prod. metálicos 1.465.000
2214 Madera y sus derivados 545.000
2215 Materiales de construcción 2.745.000
2216 Mater., y productos eléctricos 1.000.000
2217 Instrumentos y herramientas 500.000
2218 Materiales y productos de vidrio 500.000
2219 Instr. médicos y de laboratorio 5.500.000
2220 Materiales y productos plásticos 300.000
2221 Repuestos equipo de transportes 700.000
2223 Otros repuestos 3.800.000
2225 Útiles y materiales de oficina 3.850.000
2227 Útiles y materiales de aseo 300.000
2229 Empaques y envases de medicina 2.920.000
2231 Útiles de cocina y comedor 1.500.000
2233 Otros útiles y materiales 2.150.000
2241 Combustible equ. de transporte 1.755.000
2243 Lubric., y grasas equipo de
transporte 550.000
MAQUINARIA
Y EQUIPO
2310 Equipo y mobiliario de oficina 1.200.000
2315 Equipo de cómputo 1.600.000
2320 Equipo médico y de laboratorio 1.200.000
2340 Equipo para comunicaciones 2.400.000
2350 Equipo educacional y recreativo 1.200.000
2390 Equipos varios 1.100.000
Chacarita,
30 de enero del 2007.—Masc. Vilma Villegas Marchena, Administradora.—1
vez.—(7607).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
PROGRAMA ANUAL DE COMPRAS AÑO 2007
UNIDAD SOLICITANTE |
FUENTE FINANCIAMIENTO |
DESCRIPCIÓN |
MONTO |
FECHA EJECUCIÓN |
|
|
|
DIRECCION SERVICIO AL CLIENTE |
Dolares $ |
Colones ¢ |
|
Servicio al Cliente |
Recursos propios |
Alquiler de edificios y locales miniagencias |
|
106.000.000 |
I – II semestre |
Servicio al Cliente |
Recursos propios |
Mantenimiento de locales miniagencias |
|
30.000.000 |
I – II semestre |
Servicio al Cliente |
Recursos propios |
Equipo de cómputo miniagencias |
|
90.000.000 |
I – II semestre |
Servicio al Cliente |
Recursos propios |
Equipo y mobiliario oficina miniagencias |
|
24.000.000 |
I – II semestre |
Servicio al Cliente |
Recursos propios |
Servicios de publicidad y propaganda para resaltar imagen de AyA |
|
10.500.000 |
I – II semestre |
Servicio al Cliente |
Recursos propios |
Actividades de formación técnico-educativas Convenio AYA-MEP |
|
12.000.000 |
I – II semestre |
Servicio al Cliente |
Recursos propios |
Materiales motivacionales Proyecto AyA- MEP |
|
38.000.000 |
I – II semestre |
Servicio al Cliente |
Recursos propios |
Adquisición de 3 vehículos Proyecto AyA-MEP |
|
36.000.000 |
I – II semestre |
Servicio al Cliente |
Recursos propios |
Equipo y Sofware línea 800-Reporte |
|
47.500.000 |
I – II semestre |
Servicio al Cliente |
Recursos propios |
Pago de mensajes por celular atención al cliente |
|
26.400.000 |
I – II semestre |
Servicio al Cliente |
Recursos propios |
Encuestas para investigación de mercado |
|
23.000.000 |
I – II semestre |
Servicio al Cliente |
Recursos propios |
Base de datos de los clientes |
|
16.000.000 |
I – II semestre |
Servicio al Cliente |
Recursos propios |
Estudio informático para evaluación desempeño SCI |
|
10.500.000 |
I – II semestre |
Servicio al Cliente |
Recursos propios |
Uniformes a funcionarios para identificación corporativa |
|
238.000.000 |
I – II semestre |
Servicio al Cliente |
Recursos propios |
Actividades Programa Desarrollo Potencial Humano |
|
13.000.000 |
I – II semestre |
Servicio al Cliente |
Recursos propios |
Consultoría para finalizar Proyecto Sostenibilidad Sistema Comercial |
|
70.000.000 |
I – II semestre |
Servicio al Cliente |
Recursos propios |
Compra repuestos y accesorios para Taller de Hidrómetros |
|
92.000.000 |
I – II semestre |
Servicio al Cliente |
Recursos propios |
Mejora, remodelación y reparación Laboratorio Nacional de Hidrómetros |
|
18.000.000 |
I – II semestre |
Servicio al Cliente |
Recursos propios |
Servicio de pago de comisiones a agentes recaudadores |
|
400.000.000 |
I – II semestre |
|
|
SALUD OCUPACIONAL |
|
|
|
Salud Ocupacional |
AyA |
Contratación Servicios Médicos, previo contratación adquirida |
|
15.000.000 |
I – II semestre |
|
|
DIRECCION AGUA POTABLE |
|
|
|
Dirección Agua Potable |
AyA |
Primera adquisición de equipo de bombeo y de filtración, para mejorar el funcionamiento de los sistemas de abastecimiento de agua potable en todo el territorio nacional. |
|
50,000,000 |
I Trimestre del 2007. |
Dirección Agua Potable |
AyA |
Segunda adquisición de equipo de bombeo y de filtración, para mejorar el funcionamiento de los sistemas de abastecimiento de agua potable en todo el territorio nacional. |
|
50,000,000 |
II Trimestre del 2007. |
Dirección Agua Potable |
AyA |
Compra de equipo de desinfección, para ser usados en sistemas de abastecimiento de agua potable en todo el territorio nacional, lo que permitirá suministrar una mejor calidad de agua. |
|
15,000,000 |
II Trimestre del 2007. |
Dirección Agua Potable |
AyA |
Compra de hidrómetros, con sus respectivas cajas y accesorios, para mejorar la distribución del agua a los beneficiarios. |
|
37,000,000 |
II Trimestre del 2007. |
|
|
AGUAS SUBTERRANEAS |
|
|
|
Aguas Subterráneas |
AyA |
Compra de tubería de acero para armado de pozos profundos, que se realizarán en todo el territorio nacional. |
|
118,000,000 |
I Trimestre del 2007. |
Aguas Subterráneas |
AyA |
Compra de tubería de PVC para armado de pozos, que se realizarán en todo el territorio nacional. |
|
35,000,000 |
I Trimestre del 2007. |
Aguas Subterráneas |
AyA |
Compra de herramienta, maquinaria y equipo para construcción de pozos, que se realizarán en todo el territorio nacional. |
|
50,000,000 |
I Trimestre del 2007. |
|
|
OPERACIÓN-MANTENIMIENTO AGUA POTABLE |
|
|
|
Operación-Mantenimiento Agua Potable |
AyA |
Adquirir equipo como RTU´s, sensores de presión y tanques, PLC´s y módulos de expansión, torres, radio módem y antenas, todo lo anterior para enlace de telemetría de equipo de bombeo, tableros, sistemas de protección, supresores de transcientes, unidades de respaldo de energía programados, arrancadores suaves, equipos medidores de energía para motores de bombas, para proyecto de mejoramiento de la operación de los acueductos de Limón, Liberia y en un acueducto seleccionado que este en estado Crítico. |
|
117,000,000 |
II y III Trimestre del 2007. |
Operación-Mantenimiento Agua Potable |
AyA |
Equipos de medición en línea para Plantas de Tratamiento como son turbiedad, cloro libre, color, pH, conductividad, potencial zeta, para proyecto de mejoramiento de la operación de los acueductos de Liberia y en un acueducto seleccionado que este en estado Crítico. |
|
15,000,000 |
II y III Trimestre del 2007. |
Operación-Mantenimiento Agua Potable |
AyA |
Medidores de caudal electromagnéticos y ultrasónicos, para proyecto de mejoramiento de la operación de los acueductos de Limón, Liberia y en un acueducto seleccionado que este en estado Crítico. |
|
37,000,000 |
III y IV Trimestre del 2007. |
Operación-Mantenimiento Agua Potable |
AyA |
Registradores de Presión. |
|
3.000.000 |
II Trimestre del 2007. |
Operación-Mantenimiento Agua Potable |
AyA |
Licencias “Run Time” y equipo de visualización operacional de los sistemas SCADA, para proyecto de mejoramiento de la operación de los acueductos de Limón, Liberia, y en los acueductos en estado Crítico. |
|
6.000.000 |
II y III Trimestre del 2007. |
Operación-Mantenimiento Agua Potable |
AyA |
Compra de materiales y productos metálicos como conductores de cobre, varillas de tierra, para proyecto de mejoramiento de la operación de los acueductos de Limón, Liberia y en los acueductos en estado Crítico. |
|
10.000.000 |
II Trimestre. |
Operación-Mantenimiento Agua Potable |
AyA |
Compra de materiales eléctricos, telefónicos y de cómputo para instalar puestas a tierras, sistema de telemetrías, corregir factor de potencia para proyecto de mejoramiento de la operación de los acueductos de Limón, Liberia, y en los acueductos en estado Crítico. |
|
7.000.000 |
II Trimestre del 2007. |
|
|
PRESIDENCIA EJECUTIVA |
|
|
|
Unidad Ejecutora AyA - JBIC |
Préstamo CR-P4 |
Servicios en Ingeniería para elaborar el diseño técnico-constructivo y para apoyar el proceso de licitación y supervisión de las obras del Alcantarillado Sanitario AMSJ (período 2007-2013) |
19.536.000 |
|
I semestre |
|
Aporte AyA |
Servicios en Ingeniería para estudio de suelos en la zona del proyecto donde se construirá un túnel de trasvase |
|
20.000.000 |
I semestre |
|
Aporte AyA |
Servicios Jurídicos para apoyar el proceso de identificación y adquisición de terrenos y servidumbres para el Alcantarillado Sanitario AMSJ |
|
30.000.000 |
I semestre |
|
Aporte AyA |
Alquiler de oficinas para la Unidad Ejecutora AyA - JBIC |
|
60.000.000 |
I semestre |
|
|
REGIÓN CENTRAL OESTE |
|
|
|
R.Central Oeste |
AyA |
Reubicación líneas de conducción |
|
30.000.000 |
II Semestre |
|
|
Sistema de Acosta |
|
|
|
R.Central Oeste |
AyA |
Instalación de Cajas e Hidrómetros |
|
25.000.000 |
I Semestre |
R.Central Oeste |
AyA |
Compra de Equipo de Bombeo |
|
25.000.000 |
I Semestre |
|
|
REGIÓN BRUNCA |
|
|
|
Area Ingeniería |
Fondos AyA |
Alquiler de maquinaria y equipo (vagonetas y back hoe para atender emergencias, tanto en Alcantarillados Sanitario como en Operación y Mantenimiento |
|
21.000.000 |
1 semestre |
Area Ingeniería |
Fondos AyA |
Alquiler de maquinaria y equipo para proyectos de inversión y Obras para acueducto en la Región Brunca. (mejoras en Canoas, Buenos Aires, Ciudad Cortes, Puerto Jiménez. Golfito, Río claro, Pérez Zeledon, Quebradas, San Vito) |
|
36.325.000 |
1 semestre |
Area Ingeniería |
Fondos AyA |
Construcción de malla de protección y alambre navaja en Tanque Nelson en Paso Canoas. Cercado de tanques en Golfito, Coto Brus (37) Pérez Zeledón |
|
39.200.000 |
1 semestre |
Area Ingeniería |
Fondos AyA |
Proyecto Nuevo de inversión Cantonal de PZ (nuevo sistema de abastecimiento) |
|
117.000.000 |
1 semestre |
|
Fondos AyA |
Mejoras calle al Aeropuesto PZ y cambio de tuberías en Agua Buena San Vito- |
|
55.000.000 |
1 semestre |
Area Ingeniería |
Fondos AyA |
Elaboración del Plan maestro de agua potable Neily, Canoas , La Cuesta. |
|
81.000.000 |
1 semestre |
|
Fondos AyA |
Compra de terrenos en Palmar Norte |
|
115.000.000 |
1 semestre |
Area Ingeniería |
Fondos AyA |
Mejoras líneas de conducción Abrojo-Paso Canoas y mejoramiento de red Fincas Palmar Norte |
|
36.000.000 |
1 semestre |
Area Ingeniería |
Fondos AyA |
Sustitución de tubería en Rosario Pacuar |
|
4.000.000 |
1 semestre |
Area Ingeniería |
Fondos AyA |
Reparación y mantenimiento de los edificios Administrativos y Comerciales de la Región Brunca |
|
12.000.000 |
1 semestre |
Area Ingeniería |
Fondos AyA |
Reparación Dique de Quebradas |
|
30.000.000 |
1 semestre |
Area Ingeniería |
Fondos AyA |
Compra de materiales y productos plásticos |
|
35.000.000 |
1 semestre |
Area Ingeniería |
Fondos AyA |
Compra de materiales y productos metálicos. |
|
40.000.000 |
1 semestre |
Area Ingeniería |
Fondos AyA |
Compra de materiales y productos minerales y asfálticos |
|
26.000.000 |
1 semestre |
Area Ingeniería |
Fondos AyA |
Compra de Herramientas e instrumentos (herramienta menor) |
|
4.000.000 |
2 semestre |
Area Ingeniería |
Fondos AyA |
Mantenimiento y Reparación de otros equipos |
|
22.000.000 |
2 semestre |
Area Ingeniería |
Fondos AyA |
Repuestos y Accesorios para equipos |
|
40.000.000 |
1 semestre |
Area Ingeniería |
Fondos AyA |
Adquisición de activos para la Región Brunca, tales como equipos de bombeo, cloración,bombas, panles, motores, cámaras termográfica, mascaras autogemas etc.. |
|
93.140.000 |
1 semestre |
Area Ingeniería |
Fondos AyA |
Instalación de paneles de control |
|
12.300.000 |
1 semestre |
Area Ingeniería |
Fondos AyA |
Construcción de Muro de Contención Quebrarda La Tigra |
|
9.000.000 |
1 semestre |
Area Ingeniería |
Fondos AyA |
Contratación Reparación de estaciones de bombeo en Pérez Zeledón |
|
4.500.000 |
1 semestre |
Area Ingeniería |
Fondos AyA |
Contratación Mantenimiento de Pozos Región Brunca |
|
2.000.000 |
1 semestre |
Area Ingeniería |
Fondos AyA |
Confección de uniones dresser |
|
2.000.000 |
1 semestre |
Area Ingeniería |
Fondos AyA |
Compra de reactivos químicos |
|
3.000.000 |
1 semestre |
Area Ingeniería |
Fondos AyA |
Compra de materiales eléctricos |
|
13.000.000 |
1 semestre |
Area Ingeniería |
Fondos AyA |
Mantenimiento de equipos varios |
|
21.000.000 |
1 semestre |
Area Comercial |
Fondos AyA |
Limpieza de cajas e hidrómetros |
|
26.000.000 |
1 semestre |
Area Comercial |
Fondos AyA |
Levantamiento y chorrea de cajas de medidores |
|
12.000.000 |
1 semestre |
Area Comercial |
Fondos AyA |
Plaqueo de inmuebles |
|
8.000.000 |
1 semestre |
Area Comercial |
Fondos AyA |
Instalación de hidrómetros en Palmar Norte |
|
6.000.000 |
1 semestre |
Area Comercial |
Fondos AyA |
Distribución de Recibos a Domicilio |
|
31.120.000.00 |
1 Trimestre |
Area Comercial |
Fondos AyA |
Verificación de Servicios Desconectados y fraudulentos |
|
2.000.000 |
1 Trimestre |
Area Comercial |
Fondos AyA |
Atención de Central Telefónica |
|
1.700.000 |
1 Trimestre |
Area Comercial |
Fondos AyA |
Contratación de Instalación de nuevos servicios |
|
6.000.000 |
1 Trimestre |
Servicios Generales |
Fondos AyA |
Alquiler de Edificio para Operación y Mantenimiento |
|
15.000.000 |
1 Trimestre |
Servicios Generales |
Fondos AyA |
Servicios de Chapias de lineas de conducción en C. Neily.Ciudad Cortes, San Vito, Buenos Aires |
|
8.000.000 |
1 Trimestre |
Servicios Generales |
Fondos AyA |
Remodelación de edificio de Ciudad Cortes |
|
2.700.000 |
1 Trimestre |
Servicios Generales |
Fondos AyA |
Rehabilitación del Sistema Eléctrico en la Casa del Operador, Rancho y algunas áreas de la Planta de Tratamiento de Ciudad Cortés |
|
4.500.000 |
1 semestre |
Servicios Generales |
Fondos AyA |
Repuestos y accesorios para equipo de transportes |
|
12.000.000 |
II semestre |
Servicios Generales |
Fondos AyA |
Contratación de Servicios de Limpieza |
|
3.000.000 |
1 Trimestre |
Servicios Generales |
Fondos AyA |
Contratación de Servicios de Vigilancia. |
|
12.000.000 |
1 Trimestre |
Servicios Generales |
Fondos AyA |
Compra de Materiales de Aseo |
|
8.000.000 |
1 Trimestre |
Servicios Generales |
Fondos AyA |
Uniformes para personal de campo y atención clientes |
|
9.000.000 |
1 Trimestre |
Servicios Generales |
Fondos AyA |
Zapatos para personal de campo |
|
8.000.000 |
1 Trimestre |
Servicios Generales |
Fondos AyA |
Compra de Llantas y Neumáticos |
|
12.000.000 |
1 Trimestre |
Servicios Generales |
Fondos AyA |
Compra de medicamentos |
|
2.000.000 |
1 Trimestre |
Servicios Generales |
Fondos AyA |
Compra de terreno para construcción de bodega |
|
10.000.000 |
II semestre |
Servicios Generales |
Fondos AyA |
Compra terreno para tanque almacenamiento Linda Vista |
|
12.500.000 |
II semestre |
Servicios Generales |
Fondos AyA |
Compra de terreno para tanque almacenamiento Agua Claras |
|
12.500.000 |
II semestre |
Dirección Regional |
Fondos AyA |
Compra de Activos varios para uso de las Áreas y Cantonales. |
|
15.000.000 |
II semestre |
Dirección Regional |
Fondos AyA |
Contratación de Servicios Profesionales de Capacitación |
|
4.000.000 |
II semestre |
Soporte Técnico |
Fondos AyA |
Útiles y materiales de oficina y Computo |
|
12.280.000 |
1 Trimestre |
Asadas |
Fondos AyA |
Compra de Activos varios para las Asadas |
|
12.540.000 |
II semestre |
Ambiental |
Fondos AyA |
Compra de Activos varios para el Área Ambiental |
|
8.000.000 |
II semestre |
|
|
REGIÓN CHOROTEGA |
|
|
|
Dirección AyA Liberia |
AyA |
Contratación de Servicios de Limpieza y Aseo de Oficinas AyA Región Chorotega |
|
56.160 |
IV Trimestre |
Ingeniería Liberia |
AyA |
Compra de cloro líquido |
|
11.000 |
IV Trimestre |
Electromecánica Reg. Chorotega |
AyA |
Mantenimiento sistemas de bombeo. |
|
44.400 |
IV Trimestre |
Electromecánica Reg. Chorotega |
AyA |
Repuestos y accesorios para equipos de bombeo y transporte. |
|
20.000 |
IV Trimestre |
Ingeniería Liberia |
AyA |
Equipamientos de Pozos en El Coco (Caseta, equipo de bombeo y electrificación) |
|
210.000 |
IV Trimestre |
Obras Urbanas |
AyA |
Construcción edificio Nicoya |
|
310.000 |
IV Trimestre |
Ingeniería Nicoya |
AyA |
Construir Pozo nuevo Cobano y equipar |
|
30.000 |
IV Trimestre |
Ingeniería Sta Cruz |
AyA |
Sustituir red de agua potable Sta Cruz |
|
36.500 |
IV Trimestre |
Ingeniería Liberia |
AyA |
Compra de tubería para Interconexión del aeropuerto internacional Daniel Oduber con el acueducto de Liberia – I Etapa |
|
180.000 |
IV Trimestre |
Ingeniería Región Chorotega |
AyA |
Equipamiento interconexión y electrificación pozos Cañas, Liberia, Santa Cruz, Jicaral y Filadelfia |
|
125.000 |
IV Trimestre |
Electromecánica Región Chorotega |
AyA |
Equipamiento General (Sustitución Equipos de Bombeo) |
|
20.000 |
IV Trimestre |
Obras Urbanas |
AyA |
Construcción tanque y caseta de bombeo en Mal País Cóbano |
|
140.000 |
IV Trimestre |
Obras Urbanas |
AyA |
Construcción Laguna Oxidación Santa Cruz |
|
595.000 |
IV Trimestre |
Ingeniería Liberia |
AyA |
Equipamiento 6 pozos Playa Hermosa |
|
70.000 |
IV Trimestre |
Ingeniería Liberia |
AyA |
Sustitución Tubería de Línea de Impulsión e instalación de otro tramo para interconexión de Pozos en Papagayo |
|
80.000 |
IV Trimestre |
Ingeniería Liberia |
AyA |
Compra de accesorios para habilitar equipos de bombeo Papagayo, Nicoya, Cañas, Santa Cruz, Belén |
|
58.595 |
IV Trimestre |
Ingeniería Liberia |
AyA |
Construcción y mantenimiento casetas de equipos de bombeo Papagayo |
|
67.000 |
IV Trimestre |
Ingeniería Liberia – Sta Cruz |
AyA |
Compra de tubería y accesorios para interconectar sistemas, Nicoya/Papagayo |
|
84.122 |
IV Trimestre |
Dirección Región Chorotega |
AyA |
Compra de Terreno para habilitar pozos en Acueducto Liberia (Rodeito-América-El Gayo) |
|
92.000 |
IV Trimestre |
Cantonal Liberia |
AyA |
Mantenimiento Hidrómetros |
|
20.000 |
IV Trimestre |
Ingeniería Liberia |
AyA |
Instalación Colector Principal Alcantarillado Liberia |
|
40.000 |
IV Trimestre |
Ingeniería Liberia |
AyA |
Alcantarillado Sanitario de Liberia |
|
183.600 |
IV Trimestre |
Ingeniería Liberia |
AyA |
Equipamiento, interconexión y electrificación pozo Costa Esmeralda, Baltodano, CN231, Costa Blanca. |
|
93.000 |
IV Trimestre |
Ingeniería Liberia |
AyA |
Compra de equipo de bombeo para pozos en Papagayo |
|
28.874 |
IV Trimestre |
Ingeniería Liberia |
AyA |
Equipamiento, interconexión, electrificación pozo La Quebrada |
|
30.000 |
IV Trimestre |
|
|
DIRECCION APOYO LOGÍSTICO |
|
|
|
DEPTO. SERVICIOS GENERALES |
Recursos propios |
Contratación de servicios de recepción |
|
19.500 |
I Trimestre |
DEPTO. SERVICIOS GENERALES |
Recursos propios |
Contratación de seguridad |
|
48.000 |
I Trimestre |
DSG- TRANSPORTES |
Recursos propios |
Adquisición de aceites y filtros para vehículos |
|
10.000 |
I Trimestre |
DSG- TRANSPORTES |
Recursos propios |
Adquisición de herramientas |
|
10.000 |
II Trimestre |
DSG- TRANSPORTES |
Recursos propios |
Mantenimiento preventivo de vehículos |
|
60.000 |
I Trimestre |
DSG- TRANSPORTES |
Recursos propios |
Compra de vehículos |
|
100.000 |
I Trimestre |
DSG- TRANSPORTES |
Recursos propios |
Enderezado y pintura de vehículos |
|
20.000 |
I Trimestre |
DSG- TRANSPORTES |
Recursos propios |
Adquisición de repuestos para vehículos |
|
60.000 |
I Trimestre |
DSG- TRANSPORTES |
Recursos propios |
Adquisición de llantas |
|
20.000 |
I Trimestre |
DSG- TRANSPORTES |
Recursos propios |
Adquisición de baterías para vehículos |
|
10.000 |
I Trimestre |
DSG-MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS |
Recursos propios |
Remodelación taller de carpintería |
|
18.000 |
II Trimestre |
DSG-MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS |
Recursos propios |
Remodelación de área de transportes para la ubicación del departamento. |
|
30.000 |
II Trimestre |
Gestión Documentación e Información |
Recursos propios |
Alquiler de fotocopiadoras |
|
20.000 |
I Trimestre |
Proveeduría Almacén Central |
Recursos propios |
Accesorios tuberías PVC |
|
113.000 |
III Trimestre |
Proveeduría Almacén Central |
Recursos propios |
Sulfato de Aluminio |
|
275.000 |
III Trimestre |
Proveeduría Almacén Central |
Recursos propios |
Carbón activado |
|
12.000 |
I Trimestre |
Proveeduría Almacén Central |
Recursos propios |
Polímero |
|
40.000 |
II Trimestre |
Proveeduría Almacén Central |
Recursos propios |
Hipoclorito de calcio |
|
53.000 |
III Trimestre |
Proveeduría Almacén Central |
Recursos propios |
Cloro Líquido |
|
260.000 |
III Trimestre |
Proveeduría Almacén Central |
Recursos propios |
Compra cilindros |
|
40.000 |
I Trimestre |
Proveeduría Almacén Central |
Recursos propios |
Antracita |
|
12.000 |
I Trimestre |
Proveeduría Almacén Central |
Recursos propios |
ACL-90 |
|
15.500 |
II Trimestre |
Proveeduría Almacén Central |
Recursos propios |
Artículos de cómputo |
|
70.000 |
III Trimestre |
Proveeduría Almacén Central |
Recursos propios |
Artículos de papel y cartón |
|
40.000 |
I Trimestre III Trimestre |
Proveeduría Almacén Central |
Recursos propios |
Textiles y vestuarios |
|
30.000 |
I Trimestre III Trimestre |
Proveeduría Almacén Central |
Recursos propios |
Recibos AyA |
|
30.000 |
I Trimestre III Trimestre |
Proveeduría Almacén Central |
Recursos propios |
Papel Fotocopia |
|
55.000 |
III Trimestre |
Proveeduría Almacén Central |
Recursos propios |
Válvulas |
|
28.000 |
III Trimestre |
Proveeduría Almacén Central |
Recursos propios |
Accesorios tuberías Polietileno |
|
30.000 |
I Trimestre |
Proveeduría Almacén Central |
Recursos propios |
Artículos de aseo y limpieza |
|
25.000 |
III Trimestre |
Proveeduría Almacén Central |
Recursos propios |
Uniones flexibles y abrazaderas |
|
30.000 |
III Trimestre |
|
|
REGIÓN METROPOLITANA |
|
|
|
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Captación Río Durazno |
|
300.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Mejoras Acueducto San Antonio de Escazú |
|
110.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Mejoras sistema de dosificación y control en plantas de tratamiento |
|
228.500.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Construcción tanque de almacenamiento sistema Los Sitios Moravia |
|
168.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Construcción de la Planta Potabilizadora y tanque almacenamiento San Jerónimo de Moravia |
|
230.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Remodelación Planta San Rafael de Coronado |
|
150.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Implementación Estaciones de Macromedicion faltantes del Acueducto Metropolitano |
|
47.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Mejoras Acueducto de los Angeles de Guatuso Patarra |
|
25.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Automatización y telemando de válvulas principales de operación del Acueducto Metropolitano |
|
25.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Compra equipo para desinfección y dosificación de reactivos químicos |
|
234.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Compra de motores sumergibles de repuesto Incluye todos los gatos por la adquisición maquinaria y el equipo de bombeo como: bombas, válvulas, compuertas, filtros, equipo de riego, y todos los equipos y maquinaria que se utilizan para el bombeo de los Sist |
|
240.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Compra de equipos para Macromedición de los volumenes de agua producidos y distribuidos |
|
25.000.000 |
I - II -III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Compra de equipo de radiocomunicación |
|
25.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Compra de equipo de construcción :2-vagonetas,2 retroexcavadores-,2- compresores remolque |
|
195.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Adquisición de vehículos de transporte tracción y elevación : 45 vehículos |
|
468.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Compra de un camión grúa |
|
25.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Compra de equipo de cómputo |
|
30.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Compra de otros equipos : planta de emergencias CCO , 1 equipo de optimización, Equipo de oficina y domestico |
|
57.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Compra de 4 sistemas para desinfección y dosificación. |
|
120.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Adquisición de herramientas mayores para las actividades de mantenimiento y operación de los sistemas de captación, potabilización y distribución de agua. |
|
235.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Adquisición de un sistema de inspección de pozos profundos con cámara sumergible |
|
20.000.000 |
I - II -III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Adquisición de Reactivos para Laboratorios de Plantas Potabilizadoras. |
|
14.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Servicios de Reparación de Equipos de Desinfección, Dosificación, Control y Laboratorio |
|
11.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Adquisición de repuestos para Equipos de Dosificación Control y Laboratorio |
|
30.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Mantenimiento correctivo macromedidores de distribución |
|
50.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Mantenimiento principal de Tanques metálicos de Almacenamiento. |
|
50.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Reforzamiento y rehabilitación Acueducto de Orosi |
|
300.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Reforzamiento Preventivo Acueducto de Orosi |
|
200.000.000 |
I - II -III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Compra de Terreno Vuelta el Queque |
|
108.000.000 |
I - II -III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Instalación de Tensores de Reforzamiento del Acueducto de Orosí |
|
100.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Contrata de Mantenimiento Preventivo Acueducto de Orosí |
|
25.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Compra de Mezcla Asfáltica Caliente |
|
60.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Bacheo de Roturas |
|
70.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Alquiler de Vagonetas |
|
50.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Alquiler de Camiones Cisterna |
|
45.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Alquiler de Maquinaria y Equipo |
|
80.000.000 |
I - II -III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Mantenimiento del Sistema de Radio Comunicación Nacional |
|
40.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Mantenimiento de equipos misceláneos |
|
12.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Mantenimiento de equipos de construcción |
|
20.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Adquisición de carbón activado para tratamiento |
|
30.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Adquisición de antracita para filtros |
|
30.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Consultoría para la mejoras de tres plantas de tratamiento |
|
30.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Consultoría para el estudio de Vulnerabilidad del Acueducto Orosi |
|
75.000.000 |
I - II -III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Consultoría para la implementación de las Normas ISO 1400 en el sistema Orosi |
|
15.000.000 |
I - II -III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Mantenimiento preventivo al Sistema Wonderware |
|
11.000.000 |
I - II -III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Mantenimiento correctivo al Sistema Wonderware |
|
15.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Servicios de Mantenimiento Mensual de Zonas Verdes. |
|
30.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Mantenimiento de edificaciones |
|
69.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Contratación mantenimiento medios filtrantes |
|
21.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Mantenimiento preventivo en edificaciones, producción |
|
35.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Mantenimiento correctivo en edificaciones, producción |
|
35.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Mantenimiento Tanques de Almacenamiento Concreto |
|
30.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Mantenimiento Pintura Plantas Potabilizadoras |
|
60.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Mantenimiento y reparación de casas Acueducto M. |
|
60.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Trabajos Varios de Mantenimiento Productivo |
|
30.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Reparación de bombas |
|
35.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Reparación de motores sumergibles |
|
20.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Reparación motores eléctricos externos |
|
15.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Contratación AyA – Siemens |
|
25.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Contratación horas – máquina |
|
15.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Contratación alquiler de grúas |
|
15.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Compra de motores sumergibles de repuesto |
|
30.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Repuestos para tableros de control Siemens |
|
15.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Repuestos bombas Worthington, Weinman, Goulds |
|
25.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Servicio de alquiler de retroexcavadores |
|
40.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Alquiler de equipo transporte para distribución de agua ( cisterna ). |
|
45.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Reparaciones de telemetrias |
|
11.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Reparaciones mecánicas |
|
70.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Repuestos telemetria |
|
11.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Reparaciones repetidoras |
|
11.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Acometidas para tanques |
|
11.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Reparación Tierras SCADAS |
|
11.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Servicio, reparación y mantenimiento de las Instalación de los Planteles. |
|
21.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Compra de llantas vehículos y equipo especial, Región Metropolitana. |
|
25.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Cambios de Aceite Vehículos R.M. |
|
18.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Mantenimiento de compresores R. M. |
|
12.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Materiales para reparaciones Planteles |
|
25.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Pintura de Planteles |
|
24.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Mejoras el sistema de distribución Sector La Carpio |
|
340.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Instalación de ramales de distribución Urgentes en varios puntos del Acueducto Metropolitano |
|
109.600.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Alta Tensión Rebombeo Bª El Carmen ( Ampliación) |
|
15.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Ampliación Edificio Dosificación Planta Guadalupe |
|
11.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Reconstrucción Sistema Eléctrico de la Planta de Tres Rios |
|
58.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Mejoras en obras de aducción Planta Los Cuadros |
|
15.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Mejoras en obras de aducción Planta Mata de Platano |
|
15.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Remodelación Sistema de Filtración Planta El Llano |
|
20.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Mejoras Camino de acceso a toma La Lupe y rio Purral abastecen Planta Guadalupe y Los Cuadros respectivamente |
|
30.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Acceso Estación de Bombeo Potrerillos |
|
15.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Reparación instalación eléctrica de todo el Plantel Uruca |
|
45.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Remodelación Taller de Mantenimiento Equipo Especial y Vehículos |
|
40.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Construcción casa de Habitación Planta San Antonio de Escazú |
|
16.500.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Rehabilitación y Conducción Fuente Zamora |
|
20.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Compra de terrenos Campo Pozos Norte |
|
150.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Linea Impulsión Platanares-San Jerónimo |
|
51.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Linea Impulsión Vista Mar |
|
45.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Conducciòn Bello Horizonte-San Antonio |
|
12.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Reconstrucción Sistema Electrico Planta Tres Ríos |
|
58.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Adquisición de Terrenos para Estaciones de Rebombeo |
|
17.000.000 |
III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Campo Pozos Noreste Ciudad de San José |
|
400.000.000 |
I - II -III - IV Trimestre |
Departamento Acueducto Región Metropolitana |
AyA |
Compra equipo de Producción y desinfección |
|
100.000.000 |
I - II -III - IV Trimestre |
Departamento Servicio Al Cliente |
AyA |
Ampliación CAE-2006-00012 Contratación de 22,000 ordenes de Trabajo de desconexión y reconexión de servicios de agua potable en la Región Metropolitana. |
29.480 |
|
I Trimestre |
Departamento Servicio Al Cliente |
AyA |
Contratación 155,000 ordenes de trabajo de desconexión y reconexión de Servicios de agua potable en la Región Metropolitana. |
|
125.000.000 |
II Trimestre |
Departamento Servicio Al Cliente |
AyA |
Contratación de 15,000 ordenes de Trabajo de corta y reconexión de Tubo madre en servicios fraudulentos en la Región Metropolitana. |
|
50.000.000 |
III Trimestre |
Departamento Servicio Al Cliente |
AyA |
Vehículo 4x4 doble cabina |
|
12.000.000 |
II Trimestre |
Departamento Servicio Al Cliente |
AyA |
Automóvil sedan 4 puertas |
|
10.000.000 |
II Trimestre |
Departamento Servicio Al Cliente |
AyA |
Compra de impresora masiva |
|
25.000.000 |
II Trimestre |
Departamento Servicio Al Cliente |
AyA |
Cortadora de papel industrial |
|
10.000.000 |
III Trimestre |
Departamento Servicio Al Cliente |
AyA |
Compra de cuatro vehículos |
|
40.000.000 |
III Trimestre |
Departamento Servicio Al Cliente |
AyA |
Compra de computadoras de mano.(TPL,s) |
|
20.000.000 |
III Trimestre |
Departamento Servicio Al Cliente |
AyA |
Hidrómetros Y Cajas |
|
450.000.000 |
I Trimestre |
Departamento Servicio Al Cliente |
AyA |
Instalación de Nuevos Servicios |
|
275.000.000 |
I Trimestre |
Departamento Servicio Al Cliente |
AyA |
Herramientas Mayores |
|
17.000.000 |
I Trimestre |
Departamento Servicio Al Cliente |
AyA |
Mantenimiento de Conexiones |
|
200.000.000 |
I Trimestre |
Departamento Servicio Al Cliente |
AyA |
Compra de 17 vehículos pick-up 4X2 para labores de inspeccción y supervisión de empresas ¢12 mill c/u |
|
204.000.000 |
I Trimestre |
Departamento Servicio Al Cliente |
AyA |
Compra de 14 vehículos pick-up 4x4 para cuadrillas de Mantenimiento de Conexiones ¢16 mill c/u |
|
224.000.000 |
I Trimestre |
Departamento Servicio Al Cliente |
AyA |
Contratación de digitación de datos |
|
10.000.000 |
I - II -III - IV Trimestre |
Departamento Servicio Al Cliente |
AyA |
Adquisición de mobiliario y equipo de oficina |
|
12.000.000 |
I - II -III Trimestre |
Departamento Servicio Al Cliente |
AyA |
Adquisición de equipo de transporte |
|
40.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Servicio Al Cliente |
AyA |
Remodelación de Área física |
|
10.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento Servicio Al Cliente |
AyA |
Compra de 1 vehículo pick-up 4x4 para inspecciones de campo: entre ellos los Lavacars, fábricas de hielo y cualquier otro fraude. |
|
17.000.000 |
I Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Instalación de cableado estructurado en nuevas instalaciones. |
|
148.088.000 |
I- II - III - IV Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Capacitación en CRM Oracle |
|
15.122.000 |
I- II - III Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Alquiler de tres vehículos |
|
14.400.000 |
I- II - III Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Desarrollo de sistemas informáticos |
|
275.000.000 |
II - III Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Desarrollo Sistema Integrado de Ordenes Geográficas |
|
50.000.000 |
II - III Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Alquiler de equipo y software |
|
57.090.000 |
I- II - III - IV Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Adquisición de materiales para cableado estructurado |
|
114.000.000 |
I- II - III Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Servicios de ingeniería |
|
46.500.000 |
I- II - III Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Plantas eléctricas y UPS para planteles y agencias |
|
90.000.000 |
I- II - III - IV Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Adquisición de vehículos |
|
21.000.000 |
I- II - III Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Adquisición de equipo de comunicación |
|
62.796.000 |
I- II - III Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Adquisición de programas y equipo de computo |
|
160.000.000 |
II - III - IV Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Adquisición de muebles modulares |
|
10.000.000 |
I- II - III Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Lastre fino |
|
55.000.000 |
I Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Cemento y cemento premezclado |
|
35.000.000 |
I Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Pintura y diluyentes |
|
16.000.000 |
I Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Materiales en hierro |
|
35.000.000 |
I Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Materiales de ferretería |
|
12.000.000 |
I Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Materiales eléctricos |
|
13.000.000 |
I Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Uniones flexibles |
|
16.000.000 |
I Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Abrazaderas de reparación |
|
18.000.000 |
I Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Válvulas de compuerta Hierro fundido |
|
12.000.000 |
I Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Válvulas de compuerta bronce |
|
12.000.000 |
I Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Tubería y accesorios PVC |
|
45.000.000 |
I Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Tubería y accesorios polietileno |
|
35.000.000 |
I Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Compra de maderas |
|
30.000.000 |
I Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Compra de block de concreto, arena y piedra |
|
11.000.000 |
I Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Materiales de limpieza |
|
12.000.000 |
I Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Compra de herramientas menores |
|
11.000.000 |
I Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Compra de aceites y lubricantes |
|
12.000.000 |
I Trimestre |
Departamento Administrativo y Financiero RM |
AyA |
Acondicionamiento y remodelación del nuevo edificio en Arrendamiento R.M. |
|
41.000.000 |
I - II Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Contratar los servicios de operación, mantenimiento y control de los sistemas de tratamiento de aguas residuales (PTAR) |
|
90.000.000 |
II trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Contratar servicios de rehabilitación y sustitución de sistemas de alcantarillado sanItario ( colectores, puentes canales, subcolectores, reedes ) |
|
30.000.000 |
II Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Contratar los servicios de operación, mantenimiento y control de los sistemas de bombeo de aguas residuales |
|
40.000.000 |
II Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Contratar los servicios de remodelación de las instalaciones físicas ( edificios, bodegas, oficinas ) de Alcantarillado Sanitario |
|
20.000.000 |
II Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Contratar servicios de reparación de los sistemas de bombeo de aguas residuales ( bombas, tableros de control, motores y otros ) |
|
11.000.000 |
II Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Adquirir 4 vehículos tipo pick-up para asignar a los departamentos de alcantarillado y plantas de tratamiento de aguas residuales |
|
30.000.000 |
I Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Adquirir 3 camiones para cuadrillas de mantenimiento preventivo y correctivo de Alcantarillado Sanitario |
|
44.000.000 |
I Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Adquirir un vehículo tipo tanden, para instalar el equipo hidrovaciador existente. |
|
35.000.000 |
I Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Adquirir herramienta mayor como sonda limpiadora con motor, tecles, llaves de cadena, taladros, gatas hidráulicas, perforadoras de tubo, llaves de cañería. |
|
11.000.000 |
II Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Adquirir equipo y mobiliario para las diferentes oficinas de la División de Alcantarillado Sanitario |
|
20.000.000 |
II Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Adquirir tuberías PVC y de polietileno de alta densidad, para el mantenimiento y reparación de los sistemas de alcantarillado sanitario |
|
11.000.000 |
II Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Adquisición de Maquinaria como Bach-hoe, compresores, cortadora de pavimento, retroexcavador, batidoras de concreto para la atención de los sistemas de alcantarillado sanitario. |
|
29.500.000 |
I Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Adquirir equipo de bombeo y filtración ( Motores para bomba, bombas, tableros de control,valvulas y otros para el mantenimiento de los sistemas de bombeo de aguas residuales. |
|
18.000.000 |
I Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Construcción Sub-Colector - Calle Mozotal - Guadalupe. |
|
24.400.000 |
II Trimestre 2007 |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Disposición del Alcantarillado Sanitario de los Cuadros de Goicoechea. |
|
474.700.000 |
II Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Protección Colector Torres B. Los Profesores -La Paulina |
|
25.000.000 |
II Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Rehabilitación Colector Tiribí - Alajuelita. |
|
61.270.000 |
I Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Rehabilitación Colector Tiribí – San Francisco de Dos Ríos. |
|
11.000.000 |
II Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Puente Canal Subcolector Damas-Los Dorados (Urbanización Los Dorados - Desamparados) - Damas No.1 |
|
6.600.000 |
I Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Puente Canal Subcolector Cucubres - sobre río Cucubres - Desamparados |
|
7.600.000 |
I Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Puente Canal Subcolector Tiribí - sobre río Jorco. Desamparados. |
|
13.900.000 |
I Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Puente Canal Subcolector río Damas No. 2 - Desamparados. |
|
11.800.000 |
I Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Ampliación del Alcantarillado Sanitario de Zapote - costado oeste de Plásticos Star. |
|
13.530.000 |
I Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Ramal de Extensión para interconectar Urbanización Bernardo Iglesias |
|
30.000.000 |
II Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Extensión de Ramal Lourdes de Montes de Oca |
|
18.840.000 |
I Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Ampliación de ramal Alcantarillado Sanitario Condominio Yoses Sur Zapote |
|
30.000.000 |
I Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Construcción de Estación de Bombeo Urbanización Boulevar La Guardia Alajuelita |
|
40.000.000 |
II Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Ejecución Puentes Canales sobre Colector María Aguilar– San Fco. Dos Ríos-Barrio Hispano |
|
40.000.000 |
II Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Rehabilitación Colector principal Rivera, Llorente de Tibas |
|
51.471.430 |
I Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Rehabilitación Colector- Puente de la Urbanización Bilbao en San Sebastian. |
|
18.000.000 |
II Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Rehabilitación Colector puente de la Urbanización Mónaco en San Rafael abajo de Desamparados |
|
11.000.000 |
II Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Rehabilitar el Colector- Puente de Dos Cercas de Desamparados |
|
20.000.000 |
I Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Rehabilitar el Colector Tiribi- Paso ancho |
|
35.000.000 |
II Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Rehabilitar el Colector Tiribi- barrio Tiribi- Jardines de Cascajal |
|
100.000.000 |
II Trimestre |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Rehabilitar el Colector Tiribi- Torre molinos de Desamparados |
|
25.000.000 |
I Trimestre 2007 |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Rehabilitar Puente Canal Motel el retiro San Francisco de Dos Ríos |
|
40.000.000 |
II Trimestre 2007 |
Departamento de Aguas Residuales R.M. |
AyA |
Construir la red colectora de Alcantarillado Sanitario en Barrio Moreno Cañas Zapote |
|
17.500.000 |
II Trimestre 2007 |
|
|
DIRECCIÓN TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN |
|
|
|
Tecnología Informática |
AyA |
Alquiler de equipo para Urbanizaciones |
|
10.920 |
1 Trimestre |
Tecnología Informática |
AyA |
Evaluación de procesos, Sistema Comercial |
|
¢ 30.000,00 |
1 Trimestre |
Tecnología Informática |
AyA |
Repuestos para infraestructura principal |
|
25.000 |
1 Trimestre |
Tecnología Informática |
AyA |
Administración de servicios de infraestructura |
12.720 |
|
1 Trimestre |
Tecnología Informática |
AyA |
Compra de equipo para renovación |
|
100.000 |
1 Trimestre |
Tecnología Informática |
AyA |
Compra de licencias institucionales |
|
50.000 |
1 Trimestre |
Tecnología Informática |
AyA |
Mantenimiento a UPS de la sala |
|
11.000 |
1 Trimestre |
Tecnología Informática |
AyA |
Mantenimiento al Sistema Comercial Integrado |
|
41.472 |
1 Trimestre |
Tecnología Informática |
AyA |
Servicio de acondicionamiento de torres |
15.000 |
|
1 Trimestre |
Tecnología Informática |
AyA |
Alquiler de impresoras |
|
400.000 |
1 Trimestre |
Tecnología Informática |
AyA |
Servicios para filtrado de contenido en Internet |
13.250 |
|
II Trimestre |
Tecnología Informática |
AyA |
Compra de equipo para renovación |
|
69.550 |
II Trimestre |
Tecnología Informática |
AyA |
Compra de licencias institucionales |
|
50.000 |
II Trimestre |
Tecnología Informática |
AyA |
Mantenimiento al Sistema de seguridad |
|
20.000 |
II Trimestre |
Tecnología Informática |
AyA |
Servicios de soporte técnico |
|
16.200 |
II Trimestre |
Tecnología Informática |
AyA |
Alquiler de servidores para infraestructura principal |
|
30.000 |
III Trimestre |
Tecnología Informática |
AyA |
Mantenimiento a servidores Alpha |
|
96.000 |
III Trimestre |
Tecnología Informática |
AyA |
Servicios de procesamiento y operación de sistemas. |
|
72.000 |
IV Trimestre |
Tecnología Informática |
AyA |
Soporte de antivirus |
18.550 |
|
IV Trimestre |
|
|
REGIÓN PACÍFICO CENTRAL |
|
|
|
Comercial |
AYA |
Sustitución de Hidrómetros Región |
|
18.000.000 |
1 semestre |
Comercial |
AYA |
Mantenimiento y conexiones / región |
|
28.000.000 |
1 semestre |
Comercial |
AYA |
Verificación Servicios Cortados Puntarenas |
|
15.000.000 |
1 semestre |
Comercial |
AYA |
Instalación de Cajas e Hidrómetros |
|
12.000.000 |
1 semestre |
Comercial |
AyA |
Catastro de Usuarios / Puntarenas |
|
24.000.000 |
1 semestre |
Comercial |
AyA |
Cambio de Diámetros en acometida / Puntarenas |
|
18.000.000 |
1 semestre |
|
|
REGIÓN CENTRAL OESTE |
|
|
|
R.Central Oeste |
AYA |
Reubicación líneas de conducción Sistema de Acosta |
|
30.000.000 |
|
R.Central Oeste |
AYA |
Instalación de Cajas e Hidrómetros |
|
25.000.000 |
|
R.Central Oeste |
AyA |
Compra de Equipo de Bombeo |
|
25.000.000 |
I Semestre |
|
|
FONDO DE AHORRO RETIRO Y GARANTÍA |
|
|
|
|
FARG |
Artículos promocionales período 2007 |
|
15.000.000 |
II Semestre |
Fondo de Ahorro |
FARG |
Alquiler equipo de cómputo |
|
22.500.000 |
1 semestre |
|
|
DIRECCIÓN ESTUDIOS Y PROYECTOS |
|
|
|
Estudios y Proyectos |
AyA |
Medidores de caudal ultrasónicos |
|
30.000.000 |
1 Trimestre |
Estudios y Proyectos |
AyA |
Detectores de tubería |
|
15.000.000 |
1 Trimestre |
Estudios y Proyectos |
AyA |
Equipo topografía estaciones totales |
|
15.000.000 |
II Semestre |
Estudios y Proyectos |
AyA |
Contratación Servicio de Ingeniería |
|
500.000.000 |
I - II Semestre |
|
|
DIRECCIÓN ACUEDUCTOS RURALES |
|
|
|
Dirección de Acueductos Rurales |
Fondos AYA |
Alquiler de vehículos |
|
12.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección de Acueductos Rurales |
Fondos AYA |
Materiales y productos metálicos |
|
20.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección de Acueductos Rurales |
Fondos AYA |
Materiales y productos plásticos |
|
80.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección de Acueductos Rurales |
Fondos AYA |
Contratación de diseños acueductos |
|
70.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección de Acueductos Rurales |
Fondos AYA |
Contratación diseños plantas tratamiento |
|
45.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección de Acueductos Rurales |
Fondos AYA |
Diseño Sistema Información |
|
20.000.000 |
II Trimestre |
Dirección de Acueductos Rurales |
Fondos Asignaciones Familiares |
Materiales y productos plásticos |
|
136.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección de Acueductos Rurales |
Fondos Asignaciones Familiares |
Materiales y productos metálicos |
|
33.500.000 |
1 Trimestre |
Dirección de Acueductos Rurales |
Fondos Asignaciones Familiares |
Materiales minerales y alfálticos |
|
22.400.000 |
1 Trimestre |
Dirección de Acueductos Rurales |
Fondos Asignaciones Familiares |
Obras para acueductos |
|
62.000.000 |
II Trimestre |
Dirección de Acueductos Rurales |
Fondos KfW |
Alquiler de maquinaria |
|
36.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección de Acueductos Rurales |
Fondos KfW |
Materiales y productos metálicos |
|
131.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección de Acueductos Rurales |
Fondos KfW |
Materiales y productos asfálticos |
|
122.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección de Acueductos Rurales |
Fondos KfW |
Madera y sus derivados |
|
39.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección de Acueductos Rurales |
Fondos KfW |
Maquinaria y equipo de producción |
|
77.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección de Acueductos Rurales |
Fondos KfW |
Hidrómetros |
|
49.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección de Acueductos Rurales |
Fondos KfW |
Equipo de transporte |
|
110.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección de Acueductos Rurales |
Fondos KfW |
Materiales y productos plásticos |
|
502.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección de Acueductos Rurales |
Fondos KfW |
Obras de acueductos |
|
328.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección de Acueductos Rurales |
Fondos contrapartida AyA |
Servicios de ingeniería |
|
72.000.000 |
1 Trimestre |
|
|
DIRECCIÓN CONSTRUCCIÓN DE OBRAS |
|
|
|
Dirección Construcción de Obras |
Fondos AyA |
Ramal de Alcantarillado a Calle Mozotal |
|
70.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Fondos AyA |
Alcantarillado Sanitario Los Cuadros (Subcolectores Purral y Mozotal) |
|
446.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Fondos AyA |
Construcción de Captación de Río de Durazno |
|
|
|
Dirección Construcción de Obras |
Fondos AyA |
Lagunas de Estabilización Santa Cruz |
|
595.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Fondos AyA |
Edificio de Nicoya |
|
310.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Fondos AyA |
Tanque de Almacenamiento y Caseta de Bombeo de Mal País de Cobano |
|
140.000.000 |
II Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Fondos AyA |
Acueducto de Hone Creek de Talamanca (Limón Sur) |
|
1.250.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Fondos AyA |
Planta Potabilizadora de Moin |
|
403.518.219 |
1 Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Fondos AyA |
Construcción de Tanque de Almacenamiento de San Mateo |
|
26.500.000 |
1 Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Asignaciones Familiares |
Alquiler de maquinaria y equipo |
|
6.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Asignaciones Familiares |
Alquiler de maquinaria y equipo |
|
8.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Asignaciones Familiares |
Materiales de construcción (plásticos) |
|
800.000 |
1 Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Asignaciones Familiares |
Materiales de construcción (plásticos) |
|
2.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Asignaciones Familiares |
Materiales de construcción (plásticos) |
|
800.000 |
1 Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Asignaciones Familiares |
Materiales de construcción (plásticos) |
|
1.200.000 |
1 Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Asignaciones Familiares |
Materiales de construcción (plásticos) |
|
4.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Asignaciones Familiares |
Materiales de construcción (plásticos) |
|
3.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Asignaciones Familiares |
Materiales de construcción (plásticos) |
|
1.200.000 |
1 Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Asignaciones Familiares |
Materiales de construcción (plásticos) |
|
5.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Asignaciones Familiares |
Materiales de construcción (plásticos) |
|
2.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Asignaciones Familiares |
Materiales de construcción (plásticos) |
|
13.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Asignaciones Familiares |
Materiales de construcción (plásticos) |
|
500.000 |
1 Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Asignaciones Familiares |
‘Materiales de construcción (plasticos) |
|
2.500.000 |
1 Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Asignaciones Familiares |
Équipos de bombeo |
|
11.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Asignaciones Familiares |
´Maquinaria y equipo (sist. eliminadores de hierro |
|
30.000.000 |
II Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
AYA |
‘Maquinaria y equipo (sist. corrector de ph.) |
|
25.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Asignaciones Familiares |
‘Maquinaria y equipo (sist. eliminadores de hierro |
|
20.000.000 |
II Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Asignaciones Familiares |
obras para acueductos (planta de tratamiento) |
|
36.000.000 |
IV Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Asignaciones Familiares |
obras para acueductos (tanque almacenamiento) |
|
40.000.000 |
II Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
AYA |
obras para acueductos (tanque almacenamiento) |
|
75.000.000 |
III Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Asignaciones Familiares |
obras para acueductos (tanque almacenamiento) |
|
90.400.000 |
II Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Asignaciones Familiares |
obras para acueductos (tanque almacenamiento y paso elevado) |
|
1.000.000 |
III Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
AYA |
obras para acueductos (tanque almacenamiento) |
|
30.000.000 |
III Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Asignaciones Familiares |
obras para acueductos (tanque almacenamiento y t.q.g) |
|
1.000.000 |
II Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Asignaciones Familiares |
obras para acueductos (planta de tratamiento) |
|
115.000.000 |
II Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Asignaciones Familiares |
obras para acueductos (planta de tratamiento) |
|
1.000.000 |
II Trimestre |
Dirección Construcción de Obras |
Asignaciones Familiares |
obras para acueductos (planta de tratamiento) |
|
143.000.000 |
1 Trimestre |
|
|
DIRECIÓN GESTIÓN AMBIENTAL |
|
|
|
Dirección Ambiental |
AYA |
Servicios de desarrollo de sistemas informáticos, mediante SIGRHA, para manejo adecuado de recursos hídricos |
|
18.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección Ambiental |
AYA |
Evaluación de los Recursos Hídricos y Planificación del uso de la Tierra |
|
22.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección Ambiental |
AYA |
Calibración modelo de calidad de agua QUAL2K recuperación de cuerpos de agua-programa investigación macronutrientes. |
|
22.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección Ambiental |
AYA |
Licitación derrame de hidrocarburos Barrial |
|
300.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección Ambiental |
AYA |
Evaluación de los recursos hídricos subterráneos para planificación de uso de agua para abastecimiento en el valle central de Costa Rica |
|
60.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección Ambiental |
AYA |
Adquisición de software, Licencias para sistemas de información geográfica. |
|
18.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección Ambiental |
AYA |
Compra de equipo de ingeniería y dibujo |
|
42.000.000 |
1 Trimestre |
Dirección Ambiental |
AYA |
Compra de equipo para torno, para que de soporte de molinetes en puentes |
|
13.000.000 |
1 Trimestre |
|
|
LABORATORIO NACIONAL DE AGUAS |
|
|
|
Laboratorio Nacional |
AyA |
Compra de Accesorios para Laboratorio |
|
15.000.000 |
II Trimestre |
Laboratorio Nacional |
AyA |
Compra de Cristalería para Laboratorio |
|
15.000.000 |
II Trimestre |
Laboratorio Nacional |
AyA |
Compra de Reactivos Químicos |
|
20.000.000 |
1 Trimestre |
Laboratorio Nacional |
AyA |
Contratación de una firma de consultores de un “Estudio de impacto ambiental”, para la ubicación del nuevo Edificio del Laboratorio Nacional de Aguas en la Finca El Alto Tres Ríos. |
|
22.000.000 |
1 Trimestre |
Laboratorio Nacional |
AyA |
Contratación de una firma de Ingeniería para la elaboración de los diseños eléctrico, mecánico y telemático, para el nuevo edificio del Laboratorio |
|
30.000.000 |
1 Trimestre |
Laboratorio Nacional |
AyA |
Contratación para la construcción de los caminos de acceso, cercamientos y otras obras complementarias del nuevo edificio del Laboratorio |
|
72.000.000 |
III Trimestre |
Laboratorio Nacional |
AyA |
Contratación de la construcción del edificio para el Laboratorio |
|
870.000.000 |
IV Trimestre |
|
|
DIRECCION FINANCIERA |
|
|
|
Dirección Financiera |
AyA |
Compra de 15 Licencias de Usuario final del sistema R/3 de SAP y el mantenimiento asociado a estas. El valor estimado por Licencia es de: $4.225.00 y el mantenimiento asociado es un 17% del valor de la Licencia. |
663.375 |
33.271.875 |
I Semestre |
Dirección Financiera |
AyA |
Cuatro años de costo de contrato de mantenimiento asociado a las Licencias de SAP. Costo anual de mantenimiento por Licencia $718.25. Costo anual de Contrato de mantenimiento de 15 Licencias $10.773.75 |
43.095 |
22.624.875 |
I Semestre |
Dirección Financiera |
AyA |
Contratación de Servicios Profesionales para apoyar la elaboración del manual de políticas contables y el manual de cuentas contables. |
|
20.000.000 |
I - II Semestre |
Dirección Financiera |
AyA |
Contratación de Servicios Profesionales para apoyar la conversión de los estados financieros a NICS |
|
2.650.000 |
I - II Semestre |
Dirección Financiera |
AyA |
Contratación Servicios para Fortalecimiento del Proceso de Conciliaciones Bancarias. |
|
15.200.000 |
I - II Semestre |
Dirección Financiera |
AyA |
Contratación de Servicios para la Administración del Archivo Contable de Gestión y Custodia de la documentación. |
|
17.365.000 |
I - II Semestre |
AVISOS
BN SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE
FONDOS DE INVERSIÓN S. A.
Programa anual de compras
año 2007
En
cumplimiento con lo establecido en el artículo 6º de la Ley de Contratación
Administrativa y el artículo 7º del Reglamento General de Contratación
Administrativa, BN Sociedad Administradora de Fondos de Inversión, hace de
conocimiento público su plan anual de adquisiciones para el año 2007.
Monto Período
Cuenta estimado
(miles estimado
presup. Descripción de
colones) de inicio
SERVICIOS 403.528,78
1.04.06 Servicios
generales 34.363,93 I y II semestre
1.04.02 Servicios jurídicos 3.600,00 I y II semestre
1.04.04 Servicios en ciencias económicas
y sociales 25.348,75 I y II semestre
1.04.05 Servicios de desarrollo de sistemas
informáticos 6.000,00 I y II semestre
1.01.01 Alquiler de edificios, locales
y terrenos 100.790,98 I y II semestre
1.01.03 Alquiler de equipo de cómputo 1.200,00 I y II semestre
1.01.99 Otros alquileres 27.138,20 I y II semestre
1.03.02 Publicidad y propaganda 63.810,00 I y II semestre
1.03.03 Impresión, encuadernación y otros 35.134,02 I y II semestre
1.05.02 Viáticos dentro del país 4.200,00 I y II semestre
1.05.01 Transporte dentro del país 7.800,00 I y II semestre
1.05.03 Transporte en el exterior 2.615,17 I y II semestre
1.07.02 Actividades protocolarias y sociales 16.252,30 I y II semestre
1.07.01 Actividades de capacitación 32.961,44 I y II semestre
1.08.01 Mantenimiento de edificios y locales 2.900,00 I y II semestre
1.08.08 Mantenimiento y reparación de equipo
de cómputo y sistemas de
información 32.314,00 I y II semestre
1.08.07 Mantenimiento y reparación de equipo
y mobiliario de oficina 7.100,00 I y II semestre
Monto Período
Cuenta estimado
(miles estimado
presup. Descripción de
colones) de inicio
MATERIALES
Y SUMINISTROS 36.900,00
2.01.01 Alimentos
y bebidas 5.000,00 I y II semestre
2.03.04 Materiales y productos eléctricos,
telefónicos y de cómputo 11.800,00 I y II semestre
2.99.05 Útiles y materiales de limpieza 5.300,00 I y II semestre
2.99.01 Útiles y materiales de oficina y
cómputo 5.500,00 I y II semestre
2.99.02 Útiles y materiales médico,
hospitalario
y de investigación 300,00 I y II semestre
2.99.03 Productos de papel, cartón e impresos 4.000,00 I y II semestre
2.99.99 Otros útiles, materiales y suministros 5.000,00 I y II semestre
BIENES
DURADEROS 303.077,45 I y II semestre
5.01.03 Equipo de Comunicación 29.120,00 I y II semestre
5.01.04 Equipo y mobiliario de oficina 3.000,00 I y II semestre
5.01.05 Equipo y programas de cómputo 230.810,28 I y II semestre
5.02.01 Edificios 17.000,00 I y II semestre
5-02.07 Instalaciones 52.267,17 I y II semestre
Total 743.506,23
Fuente de
financiamiento: presupuesto ordinario año 2007. Se avisa a los interesados que
el detalle de cada partida/cuenta por objeto se encuentra en la página web:
www.bnfondos.com
San José,
29 de enero de 2007.—Lic. Ana C. Arias Fatjó, Jefa Administrativa Financiera.—1
vez.—(7245).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE CAÑAS
PROGRAMA DE ADQUISICIONES DE BIENES
Y SERVICIOS PARA EL AÑO 2007
Servicios 171.777.383,45
Alquileres 97.216.201,00
Servicios básicos 18.834.000,00
Servicios comerciales y financieros 4.380.000,00
Servicios de gestión y apoyo 12.660.000,00
Gastos de viaje y de transporte 5.240.000,00
Seguros, reaseguros y otras obligaciones 11.840.689,00
Capacitación y protocolo 2.840.000,00
Mantenimiento y reparación 18.246.493,45
Impuestos 520.000,00
Materiales y suministros 129.468.641,04
Productos químicos y conexos 67.035.895,25
Alimentos y productos agropecuarios 1.694.000,00
Materiales y productos de uso en la construcción
y mantenimiento 25.711.930,95
Herramientas, repuestos y accesorios 22.046.814,84
Útiles, materiales y suministros diversos 12.980.000,00
Bienes duraderos 25.567.220,49
Maquinaria, equipo y mobiliario 12.650.000,00
Construcciones, adiciones y mejoras 12.917.220,49
Total 326.813.244,98
José Manuel Campos Carrillo, Alcalde a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 10593).—C-15750.—(7513).
SALUD
INSTITUTO COSTARRICENSE
DEL DEPORTE
Y LA RECREACIÓN
CONCURSO: LICITACIÓN
ABREVIADA 2007LA-000001-01
Elaboración de un estudio
de mercado para determinar
la viabilidad del lanzamiento del
sistema de pronósticos
deportivos en la sociedad
costarricense
Financiamiento: Fondos públicos.
El Instituto Costarricense
del Deporte y la Recreación le invita a participar en este concurso, el cual
consiste en la contratación de una empresa que elabore un estudio de mercado
para determinar la viabilidad del lanzamiento del sistema de pronósticos
deportivos en la sociedad costarricense.
Para tal efecto se recibirán
ofertas hasta las 10:00 horas del 28 de febrero del 2007 en la Proveeduría
Institucional, posteriormente el acto de apertura de las ofertas presentadas en
la hora, fecha y lugar anteriormente indicado se realizará en la Sala de
Sesiones del Consejo Nacional del Deporte y la Recreación del ICODER, ubicada
dentro de las instalaciones del Gimnasio Nacional, Sabana Este.
Se realizará una reunión
previa tipo visita técnica con las potenciales oferentes, en la cual se estará
explicando el fin y los objetivos de la institución, así como algunas
consideraciones que deberá tomar en cuenta el oferente para presentar su
oferta, esta se llevará a cabo el 13 de febrero del año 2007, al ser las 10:00
horas, en la sala de sesiones del Consejo Nacional del Deporte y la Recreación,
ubicada en las instalaciones del Gimnasio Nacional, Sabana Este.
Los interesados en participar
podrán retirar el Pliego de Condiciones en la Proveeduría Institucional,
ubicada en las instalaciones del Gimnasio Nacional, sin costo alguno.
San José
30 de enero del 2007.—Lic. Eduardo Alonso Ramírez Brenes, Proveedor
Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 6740).—C-14540.—(8028).
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
OFICINA DE SUMINISTROS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2007LN-000005-ULIC
Concesión de un local para
la instalación de máquinas
fotocopiadoras y prestación de
servicios de fotocopiado
en la Facultad de Ciencias Agroalimentarias
La Oficina
de Suministros, recibirá ofertas por escrito hasta las 10:30 horas del día 26
de febrero del 2007, para la contratación indicada.
Los interesados deberán
retirar el cartel en la Oficina de Suministros, ubicada en Sabanilla de Montes
de Oca, de las Instalaciones Deportivas 250 metros al este y 400 metros al
norte. Previo pago de ¢500,00; en la Oficina de Administración Financiera,
ubicada en la Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, edificio administrativo “A”,
primer piso.
El cartel estará disponible
en la siguiente página de Internet http://www.vra.ucr.ac.cr, cejilla OSUM,
publicación de documentos.
Sabanilla
de Montes de Oca, 31 de enero del 2007.—Unidad de Licitaciones.—Lic. Ana
Barrantes Muñoz, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 90209).—C-7280.—(8143).
AVISOS
COMITÉ CANTONAL DE
DEPORTES
Y RECREACIÓN DE ALAJUELA
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
1-2007
Para la adquisición del
servicio privado de seguridad
Recibirá
ofertas por escrito y en sobre cerrado, hasta el día 16 de febrero del 2007,
hasta las 15:00 horas, para la contratación de seguridad privada. Las
especificaciones técnicas y condiciones generales se estarán entregando en la
Oficina del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Alajuela, situadas en
el Polideportivo Monserrat, a partir del 8 de febrero del 2007.
Valor del cartel: ¢2.000,00.
Presentación de ofertas:
deberán presentarse en idioma español, a máquina, sin borrones ni tachaduras,
deberá de ser presentada antes de la hora de cierre de recepción en un sobre
cerrado.
Herminio
Arrieta Rodríguez, Secretario.—1 vez.—(8167).
BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
REMATE Nº 1/2007
Venta de propiedad del
Banco Crédito Agrícola de Cartago
matrícula Nº 7-011183-B
Se les
comunica a los interesados en este evento, que el procedimiento de remate antes
indicado publicado en el Diario Oficial La Gaceta número seis del nueve
de enero de dos mil siete, ha sido adjudicado a la firma Servicio
Cooperativo Nacional de Ahorro y Crédito de los Trabajadores Costarricenses R.
L., cédula jurídica número tres-cero cero cuatro-cero cuarenta y cinco mil
cuatrocientos noventa y dos; por un monto de trescientos ochenta y nueve
millones de colones exactos.
Cartago,
29 de enero del 2007.—Departamento de Proveeduría y Licitaciones.—Lic. Julio
Brenes Ramírez, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 6681).—C-6070.—(7678).
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS
LICITACIÓN REGISTRO Nº 306015
(2006LG-306015-UL)
(Resumen de Adjudicación)
Servicios de lavado y aplanchado
de ropa
para los dispensarios médicos del INS
En
concordancia con las facultades conferidas en el artículo 11 del Reglamento
Interno de Contratos Administrativos, el Departamento de Proveeduría con
sustento en las consideraciones de orden legal y técnico dictaminadas en oficio
PROV-00431-2007 del 30 de enero del 2007, el cual se tendrá como parte integral
de este acuerdo resuelve:
I.
Adjudicar la presente contratación de la manera que se detalla seguidamente:
Descripción del
servicio: Lavado y planchado de ropa para los dispensarios médicos del INS en
las localidades de Guápiles y Siquirres.
Oferta Nº 1.—Transportes
Rajul S. A., cédula jurídica Nº 3-101-163902
Renglón
Nº 2 Renglón Nº 7
Siquirres Guápiles
Dispensario
Sábana para camilla 227,50 227,50
Cubre paquete
grande 227,50 227,50
Cubre paquete
pequeño 227,50 227,50
Delantal manga
corta para cirugía 227,50 227,50
Delantal manga
larga para cirugía 227,50 227,50
Paños 227,50 227,50
Sábana abierta
pequeña 227,50 227,50
Sábana abierta
grande 227,50 227,50
Sábana cerrada
pequeña 227,50 227,50
Sábana cerrada
grande 227,50 227,50
Saco para
curación pequeño 227,50 227,50
Saco para ropa 227,50 227,50
Cortinas 227,50 227,50
Fundas 227,50 227,50
Gabachas 227,50 227,50
Costo máximo anual para Siquirres (Renglón Nº 2): ¢
2.588.040,00
Costo máximo anual para Guápiles (Renglón Nº 7): ¢13.177.710,00
Forma de
pago: por mes vencido, trámite 10 días naturales posteriores a la presentación
de la factura. El pago se realizará por SINPE a la cuenta cliente indicada por
el adjudicatario.
Vigencia del contrato: Será
por un año; las partes por mutuo acuerdo podrán renovar el contrato por
períodos anuales hasta aun máximo de 4 renovaciones. El acuerdo de renovación
deberá ser suscrito formalmente por las partes con al menos un mes de
antelación a la fecha de vencimiento de la anualidad respectiva. Sin embargo,
el Instituto se reserva el derecho de aplicar en cualquier momento, lo
dispuesto por el artículo Nº 13 del Reglamento General de la Contratación
Administrativa, bastándole para ello con comunicar al Adjudicatario con al
menos un mes de antelación a la fecha en que se desea darle fin.
Reajuste de precio: La tarifa
máxima será registrada semestralmente por la Administración. En caso de ofertas
inferiores a la tarifa máxima establecida en el presente cartel se les aplicará
el porcentaje (%) de reajuste semestral que determine la Administración.
Garantía de cumplimiento:
debe ser presentada dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la
firmeza del concurso. (Aparte IX, inciso C del pliego de condiciones).
Todos los demás términos y
condiciones según cartel y oferta de fecha 22 de noviembre 2006.
I.
Desestimar:
Ofertas
Nos. 2, 4, 5 y 6, por incumplir lo instruido en el aparte III “Condiciones
Especiales”, punto D del pliego de condiciones, al no presentar el debido
permiso sanitario vigente en la oferta.
Las ofertas Nos. 4 y 5,
incumplen lo señalado en el aparte VII “Requisitos que debe cumplir el
oferente”, punto 4, cumplimiento con el artículo 74 de la Ley Constitutiva de
la CCSS requisito indispensable para poder participar en un proceso de
contratación administrativa.
Las ofertas Nos. 3 y 7, no se
considera por incumplir con lo solicitado en el punto II “Información General”
al no cotizar la tarifa única por lavado y planchado de ropa y que contraviene
el artículo 49.4 de Reglamento de la Contratación Administrativa.
Por lo anteriormente
expuesto, las ofertas en comentario quedan excluidas del concurso.
II. Declarar desiertos los renglones
correspondientes a las localidades de Batán (R-8), San Ramón (R-11), Limón
(R-12) y Liberia (R-14) por falta de ofertas elegibles.
San José,
31 de enero del 2007.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Carlos Quesada Hidalgo,
Jefe a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 18447).—C-19380.—(8030).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2006LI-000010-PROV
Adquisición de equipos
para el análisis y rendimiento de la red
El
Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados en la
licitación arriba mencionada, que la Junta de Adquisiciones, mediante nota
0012-1-18-2007 del 29 de enero del 2007, acordó adjudicar la Licitación Pública
Nº 2006LI-000010-PROV de la siguiente manera:
Oferente: Rit Tecnologías
Ltda.
Monto
adjudicado: US $1.493.893,00; por seis equipos para la verificación y
depuración de vías de pares telefónicos.
US $981.618,00; por seis
equipos para la calificación de pares telefónicos.
US $353.600,00; por un
Sistema de Gestión y Actualización de la Base de Datos del ICE.
US $21.600,00; capacitación
para 18 funcionarios en Costa Rica.
Monto total recomendado:
$2.850.711,00 (dos millones ochocientos cincuenta mil setecientos once dólares
exactos) precios CPT.
Forma de pago: carta de
crédito 30 días posteriores a las pruebas de aceptación de los equipos,
sistemas y la finalización de la capacitación correspondiente.
Tiempo de entrega: 60 días
naturales a partir de la notificación de la orden de compra, para una sola
entrega del 100%.
Lugar de entrega de los
bienes adjudicados: Depósito Aduanero ICE Colima de Tibás San José.
Garantía de cumplimiento: por
un monto de un 5% del valor total adjudicado, con una vigencia mínima de ocho
meses contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación. No obstante, el
Contratista se compromete a mantener vigente esta garantía durante toda la
duración del presente contrato, misma que se devolverá de acuerdo con lo que
establece la ley.
Garantía de los bienes: 36
meses a partir del recibo por parte del ICE a entera satisfacción de los bienes
contratados.
Todo de acuerdo con las
condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta del
adjudicatario.
NOTA:
presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS, personería jurídica, a
más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de
adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de
especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada ¢1.000,00 (dos colones con
cincuenta céntimos por cada mil colones).
San José,
31 de enero del 2007.—Dirección de Proveeduría.— Eugenio Fatjó Rivera,
Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 325243).—C-24220.—(8103).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2006LN-000012-PROV
Servicios de gestión de
conversión de documentos institucionales
El
Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados en la
licitación arriba mencionada, que la gerencia general, mediante nota
0150-0077-2007 del 26 de enero del 2007, acordó adjudicar la Licitación Pública
2006LN-000012-Prov, de la siguiente manera:
Documentos y
Digitales Difoto S. A., cédula jurídica Nº 3-101-009515.—(Oferta Nº 1).
Artículo
Nº 1 (único) servicios de gestión de conversión de documentos institucionales.
Valor total recomendado: US
$900.000,00.
Forma de pago: mensualidad
vencida contra presentación de facturas e informes detallados de la producción
mensual realizada. Se hará previa aprobación del administrador del contrato por
parte del ICE.
Lugar de entrega: el lugar de
prestación del servicio será: en el Depósito Documental de la Dirección GEDI-ICE,
sita en barrio La Pitahaya.
Tiempo de inicio y duración
del contrato: Se iniciarán 8 días hábiles después de la notificación de la
orden de servicio. El contrato será por un periodo ordinario de 2 años,
prorrogable automáticamente a partir de su vencimiento por periodos anuales
hasta completar un máximo de cinco años.
Garantía de cumplimiento:
será por un 7% del valor total adjudicado, con una vigencia mínima de 26 meses
a partir de la adjudicación en firme. No obstante, el contratista se compromete
a mantener vigente esta garantía durante toda la duración del presente
contrato, misma que se devolverá de acuerdo con lo que establece la ley.
Todo de acuerdo con las
condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta del
adjudicatario.
NOTA: Presentar
garantía de cumplimiento, certificación CCSS, personería jurídica a más tardar
dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación,
así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales
equivalente a ¢2,50 por cada ¢1.000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por
cada mil colones).
San José,
31 de enero del 2007.—Dirección de Proveeduría.— Eugenio Fatjó Rivera,
Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 325243).—C-22990.—(8104).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2006LI-000032-PROV
Adquisición de repuestos
para la turbina de gas
MS 6001 Nº 8 del Centro de Generación
Moín
El
Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados en la
licitación arriba mencionada, que la Junta de Adquisiciones, mediante nota
0012-1-17-2007 del 29 de enero del 2007, acordó adjudicar la Licitación Pública
Nº 2006LI-000032-PROV de la siguiente manera:
A la empresa GE Energy
Parts Inc.—(Oferta Nº 2).
La partida
1 (ítems del 1 al 83), por un monto de US $35.769,85.
La partida 3 (ítems del 1 al
128), por un monto de US $47.923,78.
El total
adjudicado es de US $83.693,63.
Forma de
pago: crédito documentario, irrevocable y no transferible. 30% del valor DDU
adjudicado contra presentación de documentos de embarque. 70% del valor DDU
adjudicado, contra recepción a satisfacción de los repuestos en el Centro de
Generación Moín. Esta aceptación se dará a más tardar 22 días naturales a
partir de la recepción en sitio del total de los repuestos adjudicados.
Tiempo de entrega: 120 días
naturales a partir de la notificación de la orden de compra.
A la empresa Thomassen
Turbina Systems B.v.—(Oferta Nº 4).
La partida
2 (ítems del 1 al 83), por un monto total adjudicado de US $8.661,93.
Forma de pago: crédito
documentario, irrevocable y no transferible. 30% del valor DDU adjudicado
contra presentación de documentos de embarque. 70% del valor DDU adjudicado,
contra recepción a satisfacción de los repuestos en el Centro de Generación
Moín. Esta aceptación se dará a más tardar 22 días naturales a partir de la
recepción en sitio del total de los repuestos adjudicados.
Tiempo de entrega: 120 días
naturales a partir de la notificación de la orden de compra.
A la empresa Wood Group Power Technology Center
Inc.—(Oferta Nº 1).
La partida
4 (ítems del 1 al 11, 14, 15, 17, 18 y 19), por un monto de US $1.817.673,00.
Forma de pago: crédito
documentario, irrevocable y no transferible. 30% del valor DDU adjudicado
contra presentación de documentos de embarque. 70% del valor DDU adjudicado,
contra recepción a satisfacción de los repuestos en el Centro de Generación
Moín. Esta aceptación se dará a más tardar 22 días naturales a partir de la
recepción en sitio del total de los repuestos adjudicados.
Tiempo de entrega: 120 días
naturales a partir de la notificación de la orden de compra.
Declarar desierto por razones
de interés público los ítems 12, 13 y 16 de la partida 4. Lo anterior debido a
que producto de recientes inspecciones técnicas realizadas en la Unidad
Generadora 8, se ha determinado que la necesidad de esas partes, tal y como se
detalla en el considerando cuatro.
Todo de acuerdo con las
condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta del
adjudicatario.
NOTA: presentar
garantía de cumplimiento, poder consularizado de quien ostente poder de firmar
el contrato, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza
del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la
cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada ¢1000,00 (dos
colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).
San José,
31 de enero del 2007.—Dirección de Proveeduría.—Sr. Eugenio Fatjó Rivera,
Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 325243).—C-30270.—(8105).
AVISOS
COMPAÑÍA NACIONAL DE
FUERZA Y LUZ S. A.
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000043-PROV
Máquina de impresión
offset convencional
Les
comunicamos que la Gerencia General, acordó la adjudicación de la licitación en
referencia; de la siguiente manera:
A: Sommerus S. A. (Oferta
Nº 1)
Artículo
Nº 1:
US$ 316.117.50 Plaza Sección
Publicaciones
José
Antonio Salas Monge, Proveedor General.—1 vez.—(7989).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006
LN-000002-MUNIPROV
Adquisición de dos
recolectores de desechos sólidos
A los
interesados en esta licitación se les hace saber que el Concejo Municipal en
Acta Nº 51-06, artículo Nº 35de sesión celebrada el 27 de diciembre del 2006,
acordó declarar infructuoso este proceso licitatorio.
———
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006
LN-000003-MUNIPROV
Mejoramiento de la
estructura de pavimento por mantenimiento
periódico y rutinario de las calles en
distritos
del Cantón Central de Cartago
A los
interesados en esta licitación se les hace saber que el Concejo Municipal en
Acta Nº 51-06, artículo Nº 20 de sesión celebrada el 27 de diciembre del 2006,
acordó adjudicar este proceso licitatorio de la siguiente forma:
Oferente: Asfaltos
Orosi Siglo XXI S. A., cédula jurídica Nº 3-101-316814
Monto
adjudicado: ¢ 73.297.000,00 (setenta y tres millones, doscientos, noventa y
siete mil colones exactos).
Plazo de entrega: (15) días
naturales
Forma de pago: según la
indicada en el pliego de condiciones.
Todo lo demás de acuerdo con
los términos de la oferta y el cartel
———
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000005-MUNIPROV
Suministro de mano de
obra, materiales y equipo necesario
para la colocación de pisos en los
pasillos externos
del Mercado de Víveres Municipal
El Concejo
Municipal en Acta Nº 51-06, artículo 16 de sesión celebrada el 27 de diciembre
del 2006, acordó declarar infructuoso este proceso licitatorio.
———
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000006-MUNIPROV
Adquisición de vehículos
automotores
A los
interesados en esta licitación se les hace saber que el Concejo Municipal, en
Acta Nº 51-06, Artículo Nº 34 de sesión celebrada el 27 de Diciembre del 2006,
acordó adjudicar este proceso licitatorio de la siguiente forma:
Oferente: Purdy Motor S.
A., cédula jurídica Nº 3-101-005744-24
Línea Nº 1
(1) Vehículo marca Daihatsu, Terios modelo 2007
por un precio CIF-Municipalidad de Cartago de US $16.485.00 (dieciséis mil,
cuatrocientos ochenta y cinco dólares exactos)
Línea Nº 2
(1) Vehículo marca Hino Dutro modelo 2007 por
un precio CIF-Municipalidad de Cartago de US $20.200.00 (veinte mil doscientos
dólares exactos)
Plazo de
entrega. Para la línea Nº 1 será de 75 días hábiles la entrega de los
documentos para exoneración, una vez recibida la orden de compra y estando ya
aprobados éstos, el vehículo se entregará en 15 días hábiles.
Para la línea Nº 2 será de 50
días hábiles para la entrega de los documentos una vez recibida la orden de
compra y estando aprobada la exoneración, el vehículo se entregará en 10 días
hábiles.
Forma de pago: según la
indicada en el pliego de condiciones.
Todo lo demás de acuerdo con
los términos de la oferta y el cartel.
———
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000007—MUNIPROV
Adquisición de equipos de
cómputo y periféricos
A los
interesados en esta licitación se les hace saber que el Concejo Municipal en
Acta Nº 51-06, artículo 33 de sesión celebrada el 27 de diciembre del 2006,
acordó adjudicar este proceso licitatorio de la siguiente forma:
Oferente: Control
Electrónico S. A., cédula jurídica 3-101-020660
Ítem Nº 1
(1) Red de 19 clientes delgados,
monitores fiat de 17”
Monto adjudicado:
US $ 38.484.82 (treinta y ocho mil, cuatrocientos ochenta y cuatro dólares con
82/100)
Plazo de entrega: (29) días
naturales a partir del recibo de la orden de compra.
Oferente: Productos
Avanzados de Computación S. A., cédula jurídica 3-101-125417
Ítem Nº 2
(40) Microcomputadoras de escritorio marca Zenith,
modelo Premiun PC.
Precio
unitario: US $600.00 (seiscientos dólares exactos).
Monto adjudicado: US $
24.000.00 (veinticuatro mil dólares exactos)
Plazo de entrega: (22) días
naturales a partir del recibo de la orden de compra.
Oferente: DT
División Tecnología LIMCE S. A., cédula jurídica 3-101-101281-14
Ítem Nº 3
(7) Scanner de escritorio marca HP-Scanjet 2400
Precio
unitario: US $79.00 (setenta y nueve dólares exactos).
Monto: US $553.00 (quinientos
cincuenta y tres dólares exactos)
Ítem Nº 7
(9) Impresoras matriz de puntos de 9 pines
marca Epson LX300.
Precio
unitario: US $226.00 (doscientos veintiséis dólares exactos).
Total: US $2.034.00 (dos mil,
treinta y cuatro dólares exactos).
Monto adjudicado: US
$2.587.00 (dos mil, quinientos ochenta y siete dólares exactos).
Plazo de entrega: (8) días
hábiles a partir del recibo de la orden de compra.
Oferente: Spectrum
Multimedia S. A., cédula jurídica 3-101-365523
Ítem Nº 4
(3) Impresoras láser marca HP modelo Laserjet
4250.
Precio
unitario: ¢551.500.00 (quinientos cincuenta y un mil quinientos colones
exactos)
Total: ¢ 1.654.500.00 (un millón,
seiscientos cincuenta y cuatro mil, quinientos colones exactos).
Ítem Nº 5
(11) Impresoras de inyección de tinta de color
marca HP modelo Deskjet D2360.
Precio
unitario: ¢32.000.00 (treinta y dos mil colones exactos).
Total: ¢352.000.00
(trescientos cincuenta y dos mil colones exactos).
Ítem Nº 6
(1) Impresora de inyección de tinta color marca
Epson, modelo Stylus Pro 4800
Monto:
¢1.050.000.00 (un millón, cincuenta mil colones exactos).
Ítem Nº 7
(11) Impresoras de matriz de puntos de 24 pines
marca Epson, modelo LQ-590.
Precio
unitario: ¢177.000.00 (ciento setenta y siete mil colones exactos).
Total: ¢1.947.000.00 (un
millón, novecientos cuarenta y siete mil colones exactos).
Monto adjudicado:
¢5.003.000.00 (cinco millones, tres mil colones exactos).
Plazo de entrega: (30) días
naturales después del recibo de la orden de compra.
Todo lo demás de acuerdo con
los términos de las ofertas y el cartel.
———
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000008-MUNIPROV
Suministro de emulsión y
mezcla asfáltica
A los interesados
en esta licitación se les hace saber que el Concejo Municipal, en Acta Nº
51-06, artículo 32 de sesión celebrada el 27 de diciembre del 2006, acordó
adjudicar este proceso licitatorio de la siguiente forma:
Oferente: Afaltos Orosi
Siglo XXI S. A., cédula Jurídica 3-101-316814
Ítem Nº 1:
(345) Toneladas de mezcla
asfáltica
Precio
unitario: ¢ 39.921,00 (treinta y nueve mil novecientos veintiún colones
exactos)
Total: ¢ 13.772.745.00 (Trece
millones, setecientos setenta y dos mil setecientos cuarenta y cinco colones
exactos)
Ítem Nº 2:
(14.590) Litros de emulsión
asfáltica
Precio
unitario: ¢ 480,00 (cuatrocientos ochenta colones exactos)
Total: ¢ 7.003.200.00 (Siete
millones, tres mil doscientos colones exactos)
Monto adjudicado: ¢
20.775.945.00 (veinte millones setecientos setenta y cinco mil novecientos
cuarenta y cinco colones exactos).
Plazo de entrega y forma de
pago: según lo requerido en el pliego de condiciones.
Todo lo demás de acuerdo con
los términos de la oferta y el cartel.
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000009-MUNIPROV
Adquisición de un
minicargador totalmente nuevo
A los
interesados en esta licitación se les hace saber que el Concejo Municipal, en
Acta Nº 51-06, artículo 22 de sesión celebrada el 27 de diciembre del 2006,
acordó adjudicar este proceso licitatorio de la siguiente forma:
Oferente:
Maquinaria y Tractores Ltda., cédula jurídica Nº 3-102-00425536.
Equipo
ofrecido: (1) minicargador marca Caterpillar, modelo 242B, año 2007, totalmente
nuevo.
Monto de la oferta: US
$31.200.00 (treinta y un mil, doscientos dólares exactos).
Además cotiza el servicio de
mantenimiento preventivo para el minicargador por un periodo de 2000 horas y
por un monto de US $1.096.00 (un mil noventa y seis dólares exactos).
Monto total adjudicado: US
$32.296.00 (treinta y dos mil, doscientos noventa y seis dólares exactos).
Plazo de entrega: (1) un día
hábil.
Forma de pago: según la
indicada en el pliego de condiciones.
Todo lo demás de acuerdo con
los términos de la oferta y el cartel.
———
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000010-MUNIPROV
Mejoramiento de la
estructura de pavimento periódico
y rutinario de calles en distritos del
Cantón Central de Cartago
A los
interesados en esta licitación se les hace saber que el Concejo Municipal, en
Acta Nº 51-06, artículo 23 de sesión celebrada el 27 de diciembre del 2006,
acordó adjudicar este proceso licitatorio de la siguiente forma:
Oferente: Asfaltos
Orosi Siglo XXI S. A., cédula jurídica 3-101-316814.
Monto
adjudicado: ¢ 21.131.250.00 (veintiún millones, ciento treinta y un mil,
doscientos cincuenta colones exactos).
Plazo de ejecución de los
trabajos: (5) días naturales.
Forma de pago: Según la
indicada en el pliego de condiciones.
Todo lo demás de acuerdo con
los términos de la oferta y el cartel.
Guillermo
Coronado Vargas, Gestor del Proceso de Proveeduría Municipal.—1 vez.—(8002).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE CAÑAS
INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN
EN REGISTRO
DE PROVEEDORES
La
Municipalidad de Cañas invita a todas las personas (físicas y jurídicas)
interesadas en formar parte de nuestro Registro de Proveedores, para que
presenten la fórmula diseñada para tal efecto, la pueden retirar en el edificio
principal de la institución (avenida 1, calle 0 Cañas), por vía fax (669-0559)
o correo electrónico (asistente@municanas.go.cr) de lunes a jueves de 7:30 a
16:30 horas, y los viernes de 7:30 a 15:30 horas. De igual manera, invitamos a
los proveedores inscritos para que de ser necesario se actualicen. Para más
información al teléfono: 669-0042, ext. 24 y 31.
José
Manuel Campos Carrillo, Alcalde a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 10593).—C-6070.—(7514).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2006LN-000010-PROV
(Modificaciones)
Adquisición de siete camiones
recolectores de desechos sólidos
Se les
comunica a los interesados del presente concurso, que se realizan las
siguientes modificaciones en las condiciones técnicas del cartel:
Ítem Condición
técnica
1.5 Que el equipo ofrecido (autobastidor y depósito recolector)
cuenta
con una garantía de 4000 horas de
trabajo o 24 meses de
trabajo
(lo que se presente primero) a partir de su entrada en
operación
contra defectos de fabricación (diseño, rendimiento,
mano
de obra y materiales).
1.8 Que se compromete a importar los repuestos de uso común
y desgaste ordinario que requiera la institución para
el
equipo ofrecido, cuando no los tenga para entrega
inmediata,
para el equipo ofrecido en un tiempo máximo de 10 días
hábiles (salvo caso fortuito debidamente demostrado).
1.9 Que se compromete a indemnizar (durante un período de
5 años a partir de la entrada en operación del equipo
ofrecido)
a la institución para el alquiler de un equipo similar
cuando
el equipo municipal se encuentre fuera de servicio por
ausencia
comprobada de repuestos de uso común y desgaste
ordinario
y/o servicios por un período mayor de 10 días hábiles
(salvo caso fortuito debidamente demostrado).
Ítem Condición
técnica
2.1.4 Con una capacidad de carga preferiblemente
de 20000 kg,
mínima de 19000 kg (dicha capacidad en kg debe
certificarla
el fabricante).
2.2.12 Con controles de operación para la placa deslizante y la placa
compactadora adecuados, con accionamiento
preferiblemente
mediante varillaje de la mayor calidad posible y
ubicados
adecuadamente.
3.4 Con una adecuada distribución del peso total de trabajo en
cada eje que brinde estabilidad en las diferentes
condiciones
de operación (mínimo 20% del peso total en el eje
delantero).
Debe presentarse la información del anexo Nº 2
certificada
por el fabricante (será verificada en la entrada del
equipo).
3.5 Con una gradeabilidad a plena carga preferiblemente de 65%
mínimo 60%. Dicha gradeabilidad debe certificarla el
fabricante
(será verificada en la entrega del equipo).
5.10 Con una potencia máxima SAE preferiblemente de 300 kW,
mínima de 285 kw (dicha potencia en kW debe
certificarla
el fabricante).
6. Embrague
(en caso de requerirse).
6.1 Con diseño adecuado.
6.2 Con capacidad adecuada para el motor ofrecido (dicha
capacidad
debe certificarla el fabricante).
6.3 Con capacidad adecuada para la transmisión ofrecida (dicha
capacidad debe certificarla el fabricante).
7.2 Tipo semi-automática o automática para servicio pesado.
14.2 Con cobertor de motor adecuado (torpedo o cabina, según
corresponda) con cerradura adecuada.
15. Elementos
a evaluar.
15.1 Peso total trabajo/potencia máxima (kg/kW) = 5 %, fórmula
16.1.
15.2 Peso total de trabajo/par motor máximo (kg/Nm) = 5 %,
fórmula 16.1.
15.3 Consumo promedio de combustible en ciudad a plena
carga (km/lt) = 5 %, fórmula 16.2.
15.4 Tipo de transmisión =5%, fórmula 16.6.
15.5 Factor de seguridad eje delantero (kg)= 2%, fórmula 16.2.
15.6 Factor de seguridad eje trasero (kg)= 2%, fórmula 16.2.
15.7 Factor de seguridad del bastidor (Nm)= 3%, fórmula 16.2.
15.8 Sistema doble reducción eje trasero = 2%. Fórmula 16.3.
15.9 Sistema bloqueo diferencial eje trasero =2%, fórmula 16.3.
15.10 Radio de giro (m)=2%, fórmula 16.1.
15.11 Longitud total (m)=2%, fórmula 16.1.
15.12 Fuerza de placa compactadora (kgf)=4%, fórmula 16.2.
15.13 Tiempo completo ciclo de carga al depósito (seg)=3%,
fórmula 16.1.
15.14 Volumen tolva (m3)= 3%, fórmula 16.2.
15.15 Volumen depósito recolector (m3)= 3%, fórmula 16.2.
15.16 Carga útil de desechos sólidos compactados depósito recolector
(m3)=4%, fórmula 16.2.
15.17 Experiencia del oferente en Costa Rica (años)=3% fórmula 16.4.
15.18 Plazo de entrega (días naturales)= 5% fórmula 16.5.
15.19 Costo unitario (¢)= 40% fórmula 16.1.
16. Fórmulas
de evaluación.
16.1 Menor valor.
% = (parámetro menor/parámetro a evaluar) X % valor.
16.2 Mayor valor
% = (parámetro a evaluar/parámetro mayor) X % valor.
16.3 Sí lo tiene=2%, No lo tiene=0%.
16.4 Experiencia del oferente en Costa Rica.
3 años= 1%.
4 años= 2%.
5 años en adelante= 3%.
16.5 Plazo de entrega:
de 1 a 20 días naturales = 5 %.
de 21 a 40 días naturales = 4
%.
de 41 a 60 días naturales = 3
%.
de 61 a 80 días naturales =
2%.
de 81 días naturales en
adelante = 1%.
16.6 Tipo de transmisión.
Semi-automática=2.5%
Automática = 5%
Asimismo
se realiza la siguiente aclaración: 1. El término aproximado de los valores
indicados en los puntos cartelarios Nº 2.1.4, 3.5 y 5.10 se refiere al margen
normalmente aceptado de más menos un cinco por ciento sobre el valor indicado
(para un margen total de un diez por ciento).
A la vez, les informamos que
la recepción de ofertas se prórroga para el día 13 de marzo del 2007, a las
9:00 horas.
San José,
31 de enero del 2007.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1
vez.—(O. C. Nº 3494).—C-48420.—(8106).
AVISO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Allan
Alberto Soto Cabrera, cédula 1-1238-008, comunica el extravío de un giro
bancario internacional número 449133 del Banco Nacional de Costa Rica por un
monto de 2473 dólares para pagar a la orden de Tejas Freight Forwarding
Inc.—San José, 25 de enero del 2007.—Allan Alberto Soto Cabrera.—Nº 1085.—(7450).
OFICINA EN NARANJO
AVISO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
A quien
interese, hago constar que el certificado de depósito a plazo del Banco de
Costa Rica.
Cert. Nº Monto ¢ Plazo Emitido Vence Tasa
61717739 666.104,75 180 días 17/07/2006 17/01/2007 12.5
Certificado
emitido a la orden de Benavides González Ania.
Emitido
por la oficina 295 Naranjo, ha sido reportado como extraviado por lo que se
solicita al Banco de Costa Rica su reposición de acuerdo con lo establecido en
los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.
Ania
Benavides González, Solicitante.—(7147).
ÁREA DE INVESTIGACIÓN
FACULTAD DE DERECHO
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Muñoz
García Jorge Enrique, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado
de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre
la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al
señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro
de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de enero del 2007.—Área de Investigación.—Dr.
Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 0730.—(6831).
Chaves Vargas Julio Alberto, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de enero del 2007.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 0731.—(6832).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Gómez Solera Gabriela, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de enero del 2007.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 793.—(7009).
Mariano Andrés Mercado Castro, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de enero del 2007.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 833.—(7010).
EDICTOS
Oficina
Local de Pérez Zeledón.—A las trece horas del diecisiete de enero del dos mil
siete. Se comunica al señor Calvin John, de único apellido Smart en razón de su
nacionalidad canadiense, mayor, con domicilio desconocido, hace saber que en
este Despacho se tramita recomendación de salida del país a la Dirección
Nacional de Migración y Extranjería, que promueve la señora Ligia Cordero
Segura, cédula de identidad 9-074-621, en beneficio de la persona menor de edad:
Catherine Mariela Smart Cordero, nacida el 29 de mayo de 1989. Se comunica por
el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto para
que el señor Calvin John Smart de su asentimiento a las presentes diligencias o
en su lugar se oponga a las mismas, si en el tiempo previsto no se hiciera
indicación sobre las presentes diligencias se tendrá por notificado. Recursos:
contra la presente resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación;
el primero deberá interponerse ante esta Representación, sita en Pérez Zeledón,
setenta y cinco metros al oeste de la Casa de la Juventud y el segundo pasa
ante la Presidencia Ejecutiva de la Entidad ubicada en San José, Barrio Luján
en el Centro de Derechos de la Niñez y Adolescencia. Dichos recursos podrán
interponerse en forma separada o conjunta en el término de tres días contados a
partir del día posterior a la notificación de la presente resolución. Es
potestativo usar ambos recursos ordinarios o uno de ellos pero será inadmisible
el que se interponga vencido el plazo señalado.—Lic. Esperanza Reyes Sequeira,
Representante Legal de la Oficina de Pérez Zeledón.—(6412).
3
v. 3.
CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA
Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la solicitud presentada por la empresa de Transportes Quepos-Puntarenas S. A., con el fin de que se ajusten las tarifas de la ruta 695, tramitadas bajo el expediente ET-192-2006, y descrita según se detalla:
Tarifa Tarifa Tarifa
Vigente Solicitada Solicitada
Regular Adulto Variación Variación
Mayor Absoluta Porcentual
Descripción de la ruta (Colones) (Colones) (Colones)
Puntarenas-Quepos por La Costanera
Puntarenas-Quepos 1.170 1.800 1.355 630,00 53,85%
Puntarenas-Pocares 1.120 1.725 1.290 605,00 54,02%
Puntarenas-Damas 1.115 1.715 1.285 600,00 53,81%
Puntarenas-Parrita 1.015 1.560 1.170 545,00 53,69%
Puntarenas-La 45-Arrocera 935 1.440 1.075 505,00 54,01%
Puntarenas-Esterillos 885 1.360 1.025 475,00 53,67%
Puntarenas-Quebrada Amarilla 830 1.275 960 445,00 53,61%
Puntarenas-Rancho Nuevo 830 1.275 960 445,00 53,61%
Puntarenas-Jacó 710 1.090 825 380,00 53,52%
Puntarenas-Herradura 645 990 745 345,00 53,49%
Quepos-Tárcoles 520 800 400 280,00 53,85%
Quepos-Quebrada Ganado 515 790 590 275,00 53,40%
Puntarenas-Playa Tárcoles 495 760 570 265,00 53,54%
Puntarenas-Capulín 410 630 315 220,00 53,66%
Puntarenas-Pozos 335 515 260 180,00 53,73%
Puntarenas-Uvita 245 375 190 130,00 53,06%
Puntarenas-Salinas 240 370 0 130,00 54,17%
Puntarenas-Tivives 220 340 0 120,00 54,55%
Puntarenas-Caldera 205 315 0 110,00 53,66%
El 12 de febrero de 2007 a las diecisiete horas se llevará a cabo la Audiencia Pública en el Salón Parroquial de Quepos Centro, Rancho Grande, ubicado detrás del Templo Católico. El plazo para recibir posiciones vence el 8 de febrero de 2007 a las dieciséis horas.
Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en la Dirección de Protección al Usuario, situada en Sabana Sur, 400 metros oeste del Edificio de la Contraloría General de la República, San José. La petición tarifaria se puede consultar además en la siguiente dirección electrónica www.aresep.go.cr.
Cualquier interesado, con interés legítimo o derecho subjetivo, puede participar en la audiencia y quien desee hacer uso de la palabra, debe formular por escrito, en original, su posición ante esta Autoridad Reguladora, sustentando su pretensión con las pruebas que sean pertinentes. en el documento debe indicar lugar dentro del perímetro de San José o número de fax donde ser notificado en el caso de una persona física deberá aportar fotocopia de su cédula; y en el caso de las personas jurídicas la posición deberá estar suscrita por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería vigente.
Dentro del plazo legal otorgado se recibirán posiciones mediante el facsímile 290 20 10, mismas que deberán estar firmadas y debiendo presentar el original a más tardar el día de la celebración de la audiencia. Se informa que el Consejero del Usuario para estas solicitudes es el Lic. Daniel Fernández Sánchez. Para cualquier información adicional a los teléfonos 800-827-3737 ó 220- 0102 extensión 135.
Lic. Xinia Herrera Durán, Dirección de Protección al Usuario.—1 vez.—(Solicitud Nº 41196).—C-37290.—(7507).
Resolución RRG-6273-2007.—San José, a las quince horas y treinta minutos del veintidós de enero de dos mil siete. (Expediente ET-183-2006).
Solicitud de Ajuste Tarifario presentada por Autotransporte Pavas S. A., concesionaria de las Rutas 14-14BS, descritas como: San José-Pavas y Ramales.
Resultando:
I.—Que el 14 de noviembre de 2006, ante la Autoridad Reguladora, la Empresa Autotransportes Pavas S. A., representada por el señor Eladio Janiff Ramírez Sandí, presentó solicitud tarifaria, según consta en el expediente (folio 01) para las Rutas Nº 14 y 14BS, descritas como: San José-Pavas y Ramales (folios 44 a 99).
II.—Que la solicitud, fue revisada en su etapa de admisibilidad, por la Dirección de Servicios de Transportes de la Autoridad Reguladora, determinándose que de acuerdo con los lineamientos sobre requisitos de las peticiones tarifarias publicados en el Alcance 63-A a La Gaceta Nº 165 del 29 de agosto de 2001, la resoluciones RRG-2196-2001 del 10 de agosto de 2001, publicada en La Gaceta Nº 160 del 22 de agosto de 2001, RRG-3051-2003 del 27 de marzo de 2003, publicada en La Gaceta Nº 67 del 4 de abril de 2003, RRG-3277-2003 del 12 de diciembre de 2003, publicada en La Gaceta Nº 252 del 31 de diciembre de 2003 y RRG-4476-2005 del 28 de marzo de 2005, publicada en La Gaceta Nº 66 del 6 de abril de 2005; faltaba parte de la información requerida para tramitar la solicitud.
III.—Que mediante oficio 0808-DITRA-2006/11019 del 21 de noviembre de 2006 (folios 100 al 102) la Dirección de Servicios de Transporte le previno al solicitante la documentación faltante, confiriéndosele un plazo de diez días hábiles, para su cumplimiento. Este oficio le fue notificado al petente el 24 de noviembre de 2006, en la dirección que consta en el expediente, por lo que el plazo establecido venció el 8 de diciembre de 2006.
IV.—Que en el oficio se le solicito la siguiente información:
1) Certificación de Personería Jurídica
2) Copia de cédula de identidad del representante legal y de la persona a la que se le otorga el Poder Especial
3) Certificación emitida por el INS del cumplimiento de pago de la Póliza de Riesgos del Trabajo a funcionarios y empleados
4) Certificación emitida por la Municipalidad del lugar donde se ubiquen los planteles de operación o terminales de servicio, del pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles
5) Detalle de los horarios y frecuencias vigentes con copia adjunta del acuerdo, certificado por la Secretaría de Junta Directiva del Consejo de Transporte Público o por un notario con vista en el original
6) Detalle de las distancias de las rutas con cada trayecto o ramal con fraccionamiento tarifario, certificado por la Secretaría de Junta Directiva del Consejo de Transporte Público o por un notario con vista en el original
7) Certificaciones emitidas por el Registro Público o por Notario con vista en el Registro que demuestre la inscripción de la flota a nombre del prestador del servicio
8) Para la unidad SJB-3670, aclarar la situación de la unidad a nombre de Transportes del Atlántico Caribeños S. A., y / o presentar el contrato de arrendamiento o leasing, con el respectivo acuerdo del Consejo de Transporte Público (o certificación del mismo) de parte de su Secretaría.
9) Estados Financieros auditados (o certificados) para el período fiscal octubre 2005- setiembre 2006
10) Copia del derecho de circulación 2006 para las unidades SJB-6427, SJB-4767, SJB-3487 y SJB-4874.
11) Copia de la Revisión Técnica para la unidad SJB-4767.
12) Aclarar la situación de las unidades SJB-2520, SJB-4884, SJB-3487, SJB-6427 y SJB-4777: si se encuentran en reparación según consta en declaración en el expediente RA-023 (folio 808), presentar el acuerdo respectivo del Consejo de Transporte Público con que se autorizaron las unidades que las sustituyen, para no deteriorar las condiciones de prestación del servicio concesionado.
V.—Que el 7 de diciembre de 2006, el señor Eladio Janiff Ramírez Sandí, presentó la información requerida en el oficio 0808-DITRA-2006 citado (folios del 103 al 193).
VI.—Que mediante oficio 0888-DITRA-2006/12042 de fecha 22 de diciembre de 2006, se otorgó admisibilidad a la referida solicitud (folio 194).
VII.—Que el 15 de enero de 2007 mediante oficio 023-DITRA-2007/ 0141 se le previno sobre la solicitud de información para mejor resolver estudio tarifario (folios 212 y 213) y que el 16 de enero de 2007, la empresa remitió la respuesta solicitada (folios 214 y 215).
VIII.—Que la convocatoria a Audiencia Pública, se publicó en los diarios escritos Diaria Extra y Al Día el día 27 de diciembre de 2006 (folios 195 y 196) y en el diario oficial La Gaceta Nº 4 del 5 de enero de 2007 (folio 197).
IX.—Que en el informe de instrucción visible en el expediente, se indica que dentro del plazo legal estipulado para ello, se presentaron las oposiciones por parte de los señores Robií Crawford Quesada e Isabel Quesada Rodríguez en calidad de usuarios, e indican lo siguiente:
No se cumple con un adecuado servicio para toda la demanda existente en la zona.
Deterioro en las unidades: Exteriores e interiores maltrechos, pésimo sistema de: compensadores, estados de asientos, ventanas; puertas que no abren o cierran completamente; falta de: salidas de emergencia o en mal estado, de extintores, de espacio entre los asientos, de servicio para minusválidos; mal estado de frenos y motor.
Incumplimiento de paradas.
RECOPE asegura que el precio de los combustibles permanecerán estables durante todo el año.
Los salarios no son congruentes con el costo de la vida
X.—Que la Audiencia Pública, se realizó en el auditorio de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos en Sabana Oeste de San José, el 16 de enero de 2007. El acta que corresponde a esta audiencia es la Nº 06-2007 que corre agregada al expediente.
XI.—Que las tarifas vigentes son las aprobadas en la fijación general, mediante resolución RRG-5998-2006 de las ocho y quince horas del 29 de setiembre de 2006, publicadas en La Gaceta Nº 203 del 24 de octubre de 2006 (ET-134-2006).
XII.—Que la referida solicitud, fue analizada por la Dirección de Servicios de Transportes, de la Autoridad Reguladora, produciéndose el Oficio 039-DITRA-2007 del 18 de enero de 2007, mismo que corre agregado al expediente.
XIII.—Que en los procedimientos se han observado los plazos y las prescripciones de ley.
Considerando:
I.—Que del Oficio 039-DITRA-2007 citado anteriormente, que sirve de sustento a la presente resolución, conviene extraer lo siguiente:
1) Para el análisis de la solicitud que aquí se resuelve, los técnicos de la Dirección de Servicios de Transportes de la Autoridad Reguladora, utilizaron el modelo desarrollado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) tomando la información de la demanda que consta en los registros de la Dirección de Servicios de Transportes. En cuanto a las carreras, se utilizaron las reportadas por la empresa, las distancias para el trayecto San José – Pavas y Ramales, son las indicadas por el acta de inspección realizada por los técnicos de la Dirección de Servicios de Transportes, actualizando a la fecha de celebración de la audiencia pública, el precio vigente del diesel -precio consumidor final- de ¢364,00 por litro, mismo que fue fijado por la Autoridad Reguladora en la resolución RRG-6244-2006, de las nueve horas del día veintiuno de diciembre de 2006 y publicado en La Gaceta Nº 6 del día 9 de enero del 2007; además se actualizó el tipo de cambio, considerando el precio de venta del dólar con respecto al colón de ¢519,89 por dólar, del día 16 de enero del 2007, día en que se realizó la audiencia pública, se actualizaron los salarios al primer semestre del año 2007. Adicional a lo indicado, se actualizaron los cánones de la Autoridad Reguladora y del Consejo de Transporte Público.
Sobre el
modelo desarrollado por el MOPT
2) Flota: Se revisó la flota en operación que tiene autorizada el petente, por el Consejo de Transporte Público, mediante el acuerdo 5.15 de la Sesión Ordinaria 28-2006 del 02 de mayo de 2006, la cual cuenta con una flota de noventa y cuatro unidades para brindar el servicio de transporte de pasajeros visible en el expediente de Requisitos de Admisibilidad (RA-23) folios 791 al 797.
3) Para verificar la propiedad de las unidades, se consideraron las certificaciones del Registro de la Propiedad presentadas por el petente en el expediente RA-23 (folios 1090 al 1383) y certificadas por notario (folios 143 al 144). A la vez, se utilizó la información proporcionada por el Registro de la Propiedad mediante dirección electrónica www.registronacional.go.cr, mediante la cual se verificó que de las 94 unidades que conforman la flota de la empresa Autotransportes Pavas S. A., 93 están a nombre del concesionario, y una esta a nombre de Transportes del Atlántico Caribeños S. A. La empresa presentó la certificación del Registro Nacional de la unidad donde consta una anotación de traspaso de un bien inmueble a favor de Autrotransportes Pavas S. A.
4) Del total de las 94 unidades, doce (13%) tienen de cero a un año de antigüedad, quince (10%) tienen de tres a cuatro años de antigüedad, diez (11%) tienen de cuatro a cinco años de antigüedad, trece (14%) tienen de seis a siete años de antigüedad, y las cuarenta y cuatro unidades restantes (47%) tienen siete o más de siete años de antigüedad. De manera general, la flota cuenta con una edad promedio de 8.39 años de antigüedad.
5) Asimismo, las unidades autorizadas se cotejaron con el listado de placas adulteradas que remitió el Registro Público a esta Autoridad Reguladora y la lista de empresas que prestan el servicio de transporte de estudiantes, obteniendo como resultado que ninguna de las unidades se encuentra en ambos listados.
6) Demanda: Para el análisis de esta variable se consideró la demanda histórica utilizada en la última fijación individual que se aprobó mediante la RRG-3251-2003 del cinco de noviembre de 2003, publicada en La Gaceta Nº 224 del 20 de noviembre de 2003. Esa demanda es de 1.439.869 pasajeros movilizados por mes y se comparó con el dato de la demanda reportada por la empresa para el presente estudio, la cual fue de 1.329.157 pasajeros. Tal comparación muestra una diferencia relativa de 110.712 pasajeros transportados, según se puede observar mediante la siguiente tabla:
Demanda Demanda Diferencia
Empresa Histórica Absoluta Relativa
1.329.157 1.439.869 110.712 8,33 %
7) En lo referente a los tiquetes de Adulto Mayor presentados en tiempo, la Dirección de Servicios de Transportes mantiene en los registros un promedio de 39.039 pasajeros movilizados por mes, desde marzo de 2002 hasta junio 2006. La demanda modificada para la empresa Autotransportes Pavas S. A. quedaría de la siguiente manera:
Demanda Adultos
Mayores Demanda Modificada
1.439.869 39.039 1.400.830
8) Carreras: La empresa Buses Unidos Barrio Luján S. A., mantiene horarios aprobados para las Rutas 14 – 14 BS por parte de la CTP, mediante artículo 3 de la sesión 15 – 2003 de la Junta Directiva del CTP del 13 de mayo de 2003 (folios 123 al 140). De los horarios autorizados para esta ruta se deriva un total de 25.068 carreras en promedio; sin embargo, las estadísticas presentadas por la empresa, indican un total de 25.040 carreras mensuales. Las cuales comparadas con las autorizadas por el MOPT, reflejan una diferencia de 28 carreras mensuales en promedio menos. Para el análisis tarifario, se utilizó el promedio de 25.040 carreras por mes.
9) Distancias: Para el cálculo tarifario de la presente solicitud, se utilizó la distancia obtenida del Acta de Inspección visible en el expediente Requisitos de Admisibilidad, RA-23, en la cual se indica que para las rutas 14 – 14 BS se reporta una distancia promedio de 18.27 kilómetros por carrera.
10. Resultado: Al aplicar el modelo desarrollado por el MOPT, para las rutas 14 -14 BS, indica que la tarifa vigente requiere de un ajuste de 21,29 %.
Sobre el
análisis complementario de costos
11. Este instrumento permite analizar el comportamiento de los rubros de costo contemplados en el modelo de estructura general de costos, considerando como punto de partida los parámetros usados en el modelo de fijación de la ruta en el año 2003 (RRG-3251-2003 del 05 de noviembre del 2003). A la vez, se contemplan las variaciones específicas en el precio de los insumos salarios, llantas, combustible, etc.) y los cambios en variables económicas (inflación, tipo de cambio) que inciden directamente sobre los componentes de costos asociados a la inversión, tales como depreciación, rentabilidad, repuestos y accesorios.
12. En el mes de julio del año 2006, el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC) cuantifica un nuevo Índice de Precios al Consumidor; teniendo como base para el cálculo el mes de Julio de 2006; de esta manera y para utilizar la tendencia de variación de este y del Índice de Precios al Consumidor en el sector transporte, se calcularon los índices para el mes de diciembre de 2006, utilizando el crecimiento reportado para los nuevos índices entre diciembre y noviembre del 2006.
13. De acuerdo con este análisis, por efecto de las variaciones en los insumos señalados y los parámetros macroeconómicos relacionados con la inversión, la empresa requiere un incremento del 7,85% para subsanar el déficit en sus costos operativos, que las fijaciones a nivel nacional no han cubierto.
Sobre
el análisis de la ruta en el contexto del mercado
14. Las variables de la ruta se analizan con un procedimiento que utiliza funciones potenciales e indicadores de mercado. Este procedimiento permite analizar la ruta en el contexto del mercado, en relación con los estándares del bloque 1, al que se le asocia, en función de su naturaleza y recorrido por viaje (Urbana de Área Metropolitana de San José, de 0 a 15 Km. por viaje).
15. El IPK (índice pasajero kilómetro) de la ruta es un 41% menor que el IPK promedio del mercado; lo cual se atribuye a que la cantidad de pasajeros mensuales por carrera es menor; para la ruta son de 58 mientras que para el bloque del mercado correspondiente es de 76, además el recorrido total mensual es 68% mayor que el promedio de su bloque de mercado, adicionalmente la ruta tiene un 30% de carreras de mas con respecto al mercado y un 29% de distancia promedio mayor que el mercado.
16. La ruta refleja una sobrestimación de 18% en su flota con respecto al promedio de su bloque de mercado, debido a que brinda el servicios con 94 unidades en lugar de las 80 que promedia su bloque de mercado; esta particularidad incide a su vez en el comportamiento de los otros dos indicadores: los pasajeros por bus, que son un 15% menores, y las carreras diarias por bus que son un 10% mayores. De acuerdo con este análisis, este esquema operativo se califica dentro de un rango normal alto.
17. Los límites máximo y mínimo que se establecen como referencia de análisis muestran que la modificación tarifaria debe rondar de -13% a un +31%.
Sobre
la comparación Tarifa/Índice de Precios al Consumidor (IPC) e Índice de
transporte y la tarifa nominal y real
18. Al graficar la recomendación tarifaria resultante del Análisis del modelo de la estructura general de costos para la empresa Autotransportes Pavas S. A., la línea de tarifa está por encima del índice general (IPC) y del índice de transportes (como componente del IPC).
19. De la ponderación de los resultados de los distintos análisis, se elige como criterio de decisión, el ajuste tarifario de un 21,29%, resultante del “Análisis del modelo de la estructura general de costos”; por ser el mecanismo que reconoce la variación en los insumos y las variables económicas, así como la inversión realizada para renovar la flota, además del rezago en la tarifa debido a que no se ha tenido una fijación individual desde el 2003.
II.—Calidad: El día 10 de enero del año en curso, se revisó la base de datos de la empresa RITEVE S y C, S. A., (Decreto Ejecutivo Nº 30184-MOPT) y se comparó con la información suministrada por la empresa Autotransportes Pavas S. A., al ET-183-2006 y el RA-23, sobre el estado mecánico de las unidades con que brinda el servicio aprobadas por el Consejo de Transporte Público. Según la base de datos aportada por RTV, las unidades placas: SJB-10334, SJB-10340, SJB-10367 muestran reporte “Favorable”, la unidad placa SJB-6032 se reporta con “defecto grave”; mientras que el resto de las unidades presentan la Revisión Técnica al día; reportándose como “Favorable con defecto leve”.
III.—Que sobre las manifestaciones presentadas por los señores Crawford Quesada y Quesada Rodríguez, anteriormente señaladas, se indica que las mismas no fueron admitidas, ante la falta del documento original.
IV.—Que de conformidad con los resultandos y considerandos que preceden y, de acuerdo con el mérito de los autos, lo procedente es ajustar las tarifas vigentes en un 21,29% para las rutas 14 -14 BS descritas como San José- Pavas y Ramales, establecidas en la resolución RRG-5998-2006, de las 14:45 horas del 29 de setiembre de 2006, publicada en La Gaceta Nº 203, del 24 de octubre de 2006, como se dispone. Por tanto,
Con fundamento en las facultades conferidas en los artículos 30 y 57, inciso g) de la Ley 7593, 41 del Decreto Ejecutivo 29732-MP, que es el Reglamento a la Ley 7593, y los artículos correspondientes de la Ley General de la Administración Pública.
EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:
I.—Fijar las tarifas para las rutas 14 – 14BS descrita como San José – Pavas y Ramales, que opera la empresa Autotransportes Pavas S. A., según el siguiente detalle:
Tarifa Tarifa
Regular Adulto
Nº
Ruta Descripción (colones) Mayor
14 San José - Pavas y Ramales (Autobuses)
San José - Pavas - Zona 1 180 -
San José - Pavas - Zona 2 180 -
San José - Pavas - Boulevard - Hospital
Psiquiátrico 180 -
San José - Pavas - Boulevard -
Aeropuerto 180 -
San José - Pavas - Lomas del Río 180 -
14 BS San José
- Pavas y Ramales (Busetas)
San José - Pavas - Lomas del Río 180
-
II.—Indicar a la empresa Autotransportes Pavas S. A. que debe:
1) Cumplir con los lineamientos sobre el registro de quejas publicado en La Gaceta Nº 195 del 7 de octubre de 1998.
2) Remitir a esta Autoridad Reguladora lo señalado en el Por Tanto III de la resolución RRG-6155-2006 del 9 de noviembre de 2006.
3) Mantener actualizado el expediente RA (Requisitos de Admisibilidad) particularmente, en cuanto a las revisiones técnicas de cada una de las unidades con que opera el servicio.
4) Presentar la información técnica y contable que la Autoridad Reguladora le solicite.
5) Presentar para la próxima fijación tarifaria individual un estudio de demanda y operación actualizado, realizado por el CTP, para todos los ramales de las Rutas 14 -14 BS, que revise todo el sistema operativo de la empresa.
En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra la anterior resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación y el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse ante el Regulador General; a quien corresponde resolverlo; el de apelación y el de revisión, podrán interponerse ante la Junta Directiva, a la que corresponde resolverlos.
El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir del siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.
Notifíquese y publíquese.—Fernando Herrero, Regulador General.—1 vez.—(Solicitud Nº 41198).—C-161420.—(7508).
Resolución RRG-6274-2007.—San José, a las ocho horas de veinticinco de enero del dos mil siete. (Expediente ET-011-2007)
Ajuste extraordinario de precios, por aplicación de Fórmula Automática, de los combustibles Gasóleo y Av-Gas, que expende la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A.
Resultando:
I.—Que mediante oficio GAF-175-2007, recibido el 24 de enero de 2007, suscrito por Carlos Alberto Quesada Kikut, en su calidad de Gerente de Administración y Finanzas de la Refinadora Costarricense de Petróleo, S. A., con facultades de apoderado general sin límite de suma, según certificación adjunta en este expediente (folio 19); solicitó que se rebaje el precio de los combustibles Gasóleo o Diesel Pesado y Av-Gas, que expende en sus planteles, así como la actualización de los parámetros Pi. Los fundamentos de esa petición constan agregados a los autos.
II.—Que la fórmula de ajuste automático de los precios de los combustibles que expende RECOPE, fue establecida en la resolución RRG-4471-2005 de las once horas con treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil cinco, publicada en La Gaceta Nº 133 del 11 de julio de 2005.
III.—Que con respecto a los impuestos a los combustibles, se aplica lo que dispone la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias (8114) del 4 de julio de 2001, publicada en el Alcance 53 a La Gaceta Nº 131 del 9 de julio de 2001 y el Decreto Ejecutivo Nº 33 405 del 4 de octubre de 2006, publicado en La Gaceta Nº 207 del 30 de octubre del 2006.
IV.—Que de conformidad con lo establecido en los artículos 30 y 36 de la Ley 7593, las fijaciones extraordinarias de tarifas no requieren del trámite de audiencia pública.
V.—Que en oficio 103-DEN-2007/471 de la Dirección de Servicios de Energía de la Autoridad Reguladora, fechado 25 de enero de 2007, se encuentran los análisis de los resultados de la fórmula automática de precios y que corre agregado al expediente.
VI.—Que en los plazos y procedimientos se han observado las prescripciones de ley.
Considerando único:
I.—Que del oficio 103-DEN-2007/471 arriba citado, que sirve de sustento a esta resolución, conviene extraer lo siguiente:
1) Se utilizaron los parámetros establecidos en la última fijación extraordinaria publicada en La Gaceta Nº 16 del 23 de enero de 2007; encontrándose que el resultado del ajuste en los precios plantel obtenidos corresponden a la fecha de corte del 23 de enero de 2007, correspondiente al período de cálculo comprendido entre el 9 y el 23 de enero de 2007; los cuales determinan que debería aplicarse una rebaja sobre los precios vigentes del Gasóleo y el Av-Gas en plantel, sin considerar el impuesto único a los combustibles.
2) El ajuste se aplica sobre los precios vigentes, sin impuesto único, fijados en resolución RRG-6259-2007, de las ocho horas con treinta minutos del quince de enero de 2007, publicada en La Gaceta Nº 16 del 23 de enero de 2007.
3) Respecto del monto único del impuesto que se aplica, es lo señalado en la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias, Ley 8114 del 4 de julio de 2001 y el Decreto Ejecutivo 33 405-H, publicado en La Gaceta Nº 207 del 30 de octubre de 2006, según la siguiente tabla:
IMPUESTO
ÚNICO A APLICAR POR TIPO DE COMBUSTIBLE
(en colones por litro)
PRODUCTO IMPUESTO ÚNICO
Gasóleo o Diesel Pesado 27,50
Av-Gas 143,75
4) Para los distribuidores de combustible sin punto fijo, se publica el precio al que deben vender a sus clientes, según el margen de comercialización definido por la Autoridad Reguladora y que consiste en el precio plantel de RECOPE resultante de la aplicación del ajuste automático, sin impuestos, más el impuesto único por tipo de combustible y un margen de comercialización de ¢3,746 por litro.
5) El ajuste final en los precios del Gasóleo y el Av-Gas que expende RECOPE en plantel, se debe a la variación de los precios internacionales de los hidrocarburos y a la variación en el tipo de cambio.
6) Una vez revisados los cálculos, se establecen las nuevas proporciones de ajuste Pi para el Gasóleo y el Av-Gas.
7) Deben establecerse los nuevos parámetros para el Gasóleo y el Av-Gas.
8) Deben modificarse las tarifas para el Gasóleo y el Av-Gas que vende RECOPE en sus planteles, al consumidor final directo; para los que venden al consumidor final en estaciones de servicio y para las estaciones sin punto fijo de venta que venden al consumidor final. Por tanto,
Con fundamento en los resultandos y considerando precedentes, al tenor de las potestades conferidas en los artículos 5° inciso d), 57 incisos c) y g) de la Ley 7593, el Decreto 29 732-MP, la Ley 6588 y su reglamento y, la Ley General de la Administración Pública,
EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:
I.—Fijar los nuevos parámetros para la futura aplicación de la fórmula de ajuste de precios para los combustibles Gasóleo y Av-Gas, según se detalla a continuación:
Producto |
PEi US$/BBL anterior |
PRi FOB US$/BBL actual |
PEi US$/BBL futura aplicación |
TCR ¢/US$ actual |
TCE ¢/US$ futura aplicación |
Proporción Pi % |
Gasóleo |
53,653 |
49,929 |
49,929 |
520,06 |
520,06 |
79,90 |
Av-Gas |
85,387 |
78,841 |
78,841 |
520,06 |
520,06 |
118,20 |
II.—Fijar el precio de los combustibles Gasóleo y Av-Gas al nivel de plantel, de acuerdo con el detalle siguiente:
PRECIOS PLANTEL RECOPE
(colones por litro)
Producto Sin
impuesto Con impuesto
Gasóleo o Diesel
Pesado (2) 177,160 204,660
Av-Gas (1) 304,274 448,024
(1) Para efecto del
pago correspondiente del flete por el cliente, considere la fórmula establecida
en resolución RRG-6200-2006, publicada en La Gaceta Nº 232 del 4 de
diciembre de 2006.
(2) Para
efecto del pago correspondiente del flete por el cliente, considere la fórmula
establecida en resolución RRG-3786-2004, publicada en La Gaceta Nº 155,
del 10 de agosto de 2004.
III.—Fijar el precio del combustible Av-Gas al consumidor final en estación de servicio con punto fijo, de acuerdo con el siguiente detalle:
PRECIOS
CONSUMIDOR FINAL EN ESTACIONES DE SERVICIO
(colones por litro)
Plantel
Producto sin
impuesto Con impuesto
Av-Gas (2) 304,274 461,00
(2) El precio
final en las estaciones aéreas contempla margen de comercialización total
promedio (con transporte incluido) de ¢12,862 / litro.
IV.—Fijar los precios de los combustibles Gasóleo y Av-Gas que venden al consumidor final, los distribuidores de combustibles que operan sin punto fijo de venta, de acuerdo con el detalle siguiente:
PRECIOS DEL
DISTRIBUIDOR DE COMBUSTIBLES SIN PUNTO
FIJO A CONSUMIDOR FINAL (colones por litro)
Plantel
Producto sin
impuesto Con impuesto
Gasóleo o Diesel
Pesado (1) 177,160 208,406
Av-Gas (1) 304,274 451,770
(1) Incluye un
margen total de ¢3,746 colones por litro.
V.—Indicar a RECOPE que debe enviar el reporte diario de los precios de referencia de los crudos y derivados.
VI.—Indicar a RECOPE que debe remitir una vez al mes la actualización de la información utilizada para la actualización de la proporción de ajuste Pi según el último Estado Financiero disponible, de acuerdo con lo establecido en el modelo de ajuste extraordinario de fijación de precios de combustibles, establecido según resolución RRG-4771-2005 del 29 de junio de 2005, publicada en La Gaceta Nº 133 de 11 de julio de 2005.
En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra la anterior resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación y, el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse ante el Regulador General; a quien corresponde resolverlo; el de apelación y revisión, podrán interponerse ante la Junta Directiva, a la que corresponde resolverlos.
El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir del día siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 inciso c) de la Ley 8114 del 4 de julio de 2001, la Refinadora Costarricense de Petróleo, S.A., aplicará los precios el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y notifíquese.—Fernando Herrero A., Regulador General.—1 vez.—(Solicitud Nº 41197).—C-75150.—(7510).
Resolución RRG-6272-2007.—San José, a las quince horas con quince minutos del veintidós de enero del dos mil siete. Expediente ET-0193-2006
Solicitud de ajuste de las tarifas para la rutas de transporte público – modalidad autobús Nos. 204 y 600, presentada por Empresarios Unidos de Puntarenas S. A.
Resultando:
I.—Que el 4 de diciembre de 2006, esta Autoridad Reguladora recibió una solicitud planteada por Juan Carlos Soto Vindas, en representación de la empresa Empresarios Unidos de Puntarenas S. A., para que se ajusten las tarifas aplicables en el caso de los servicios de transporte remunerado de personas que dicha empresa brinda en las rutas Nos. 204 (San José-San Ramón y viceversa) y 600 (San José-Puntarenas y viceversa), folios del 02 al 10.
II.—Que Empresarios Unidos de Puntarenas S. A. brinda el servicio de transporte remunerado de personas, modalidad autobús, en las rutas 204 (San José-San Ramón) y 600 (San José-Puntarenas), en virtud de dos contratos de concesión (folios del 248 al 264 del Expediente ET-90-2005), que suscribiera dicha empresa con el MOPT en mayo de 2001. Dichos contratos se fundamentan en acuerdos tomados por el Consejo de Transporte Público en la Sesión Extraordinaria 26-2000 del 28 de agosto de 2000 según consta en documentos aportados al Expediente ET-193-2006 (folios del 157 al 167). De acuerdo con dichos documentos, la fecha de vencimiento de tales concesiones es el 30 de setiembre de 2007.
III.—Que la actual solicitud tarifaria de esta empresa está precedida por una petición individual planteada en julio del año 2005, la cual fue rechazada ad portas por esta Autoridad Reguladora mediante la resolución RRG-4998-2005 del 8 de setiembre de 2005. No obstante, las tarifas vigentes en la actualidad fueron fijadas en virtud de una fijación general realizada por medio de la resolución RRG 5998 2006, aparecida en La Gaceta 203 del 29 de setiembre de 2006.
IV.—Que de acuerdo con la solicitud planteada por la Empresa, esta pretende un incremento tarifario acorde con el siguiente detalle:
V.—Que por oficio 853-DITRA-2006/11564, del 8 de diciembre de 2006 (folio 803), se le solicitó al petente, información faltante para efectos de otorgar la admisibilidad correspondiente.
VI.—Que el 11 de diciembre de 2006, Empresarios Unidos de Puntarenas S. A. respondió a la prevención referida en el resultando inmediato anterior (folios del 805 al 1819).
VII.—Que en vista de que la mencionada respuesta, remitida por la Empresa, resultó satisfactoria para la Dirección de Servicios de Transportes, mediante el oficio 869-DITRA-2006/11807, del 18 de diciembre de 2006, se dio la admisibilidad a la citada solicitud (folio 820).
VIII.—Que la convocatoria a la Audiencia Pública, se publicó en los diarios La Extra (folio 821) y La Prensa Libre (folio 822), ambos del 21 de diciembre de 2006. Esa convocatoria también se publicó en La Gaceta Nº 4, del 5 de enero de 2007.
IX.—Que en el informe de instrucción se indica que dentro del plazo establecido para el efecto, se admitió únicamente una oposición presentada por Freddy Salas Ruiz, vecino del Roble de Puntarenas, quien es Presidente de la Asociación de Desarrollo Integral del Roble de Puntarenas. En dicha oposición, en primer término el oponente hace referencia a los factores externos mencionados por la Empresa como obstáculos para la prestación adecuada del servicio. Al respecto manifiesta que la afirmación realizada en la solicitud tarifaria es “completamente incorrecta” por cuanto “la figura del porteo no existe y los taxis piratas no son vía alternativa para el traslado de personas de Puntarenas a San José”. Similarmente en la oposición se indica que la Empresa utiliza la competencia desleal y el corredor común como “un elemento distorsionador”, que “goza de una ruta sin competencia….lo que le genera altos niveles de ganancia”, y que con la absorción de la ruta de San Ramón se ha presentado una desmejora en el servicio, “ya que los buses no salen cada hora, sino hasta que estén debidamente llenos”. Argumentos adicionales planteado dentro de la oposición se refieren: (i) a que para efectos de cálculo la Empresa utilizó como tarifa actual un valor de ¢996,95 cuando la tarifa vigente actualmente alcanza los ¢1.365,00, y (ii) a que de acuerdo con la información contenida en el expediente tarifario el consumo promedio mensual de combustible por parte de la Empresa debiera ser de 49.350 litros. Por último, en la oposición se cuestiona una serie de aspectos de calidad del servicio relativa a horarios, paradas de control del número de pasajeros y hasta los precios que cobra el “vendedor de papas” que sube en dichas paradas.
X.—Que en el caso de esta solicitud, se realizaron dos audiencias públicas, ambas el día 15 de enero de 2007, una de ellas en las oficinas centrales del Instituto Costarricense de Pesca y Acuacultura (INCOPESCA), ubicadas en el Barrio El Cocal de Puntarenas y la otra en el Salón Parroquial de San Ramón. Mientras en ambas oposiciones personeros de la Empresa justificaron la petición planteada, en el caso de la audiencia celebrada en Puntarenas, el señor Salas Ruiz reiteró los argumentos por los cuales se opone a la solicitud tarifaria de Empresarios Unidos de Puntarenas S. A.
XI.—Que la referida solicitud fue analizada por la Dirección de Servicios de Transportes de la Autoridad Reguladora, produciéndose el oficio 028 DITRA-2007 del 16 de enero de 2007, que corre agregado al expediente.
XII.—Que en los procedimientos se han observado los plazos y las prescripciones de ley.
Considerando:
I.—Que del oficio 028-DITRA-2007 arriba citado, que sirve de sustento a esta resolución, es conveniente extraer lo siguiente:
1. Para efectos de evaluación de la solicitud tarifaria, se procedió a calcular la tarifa correspondiente mediante la aplicación del modelo de tarifas de transporte remunerado de personas del MOPT. Para ello se utilizaron como variables de referencia: (i) la última fijación del precio del diesel realizada por esta Autoridad Reguladora (¢364,00 por litro), según resolución RRG-6244-2006, publicada en La Gaceta Nº 6 del 9 de enero del 2007); (ii) el índice de precios al consumidor correspondiente al 31 de diciembre de 2006 (102,96) y (iii) el tipo de cambio vigente el día en que se celebró la respectiva audiencia pública, o sea el 15 de enero de 2007, ¢519,87 por dólar. En el caso de los restantes rubros de costos, se consideran los valores actualizados correspondientes, de manera que en el caso particular de los costos del personal se aplican los salarios vigentes durante este primer semestre del año 2007 según decreto ejecutivo publicado en La Gaceta Nº 229 del 29 de noviembre de 2006 y en lo referente a la tasa de remuneración al capital se toma el actual promedio de las tasas activas vigentes en el Sistema Bancario Nacional: un 23,96% en la actualidad.
2) La aplicación del citado modelo de tarifas implicó tomar en cuenta además, por una parte la distancia de los respectivos recorridos, la cual se tomó de la información aportada por la empresa a partir de las constancias emitidas por el Consejo de Transporte Público, según se detalla en los folios del 170 al 173 del Expediente ET-193-2006, y por otra, los datos relativos tanto al número de carreras efectuadas como a los pasajeros movilizados por Empresarios Unidos de Puntarenas S. A., para el período comprendido entre octubre 2005 y setiembre 2006.
3) Cabe señalar que al promediar las citadas distancias (238 kilómetros para la ruta 600 y 132 kilómetros para la ruta 204 si se trata de un servicio regular y 232 kilómetros para la ruta 600 y 118 kilómetros para la ruta 204 cuando se presta el servicio directo), ponderadas éstas en función de las carreras realizadas, se obtiene que la distancia promedio por carrera, que recorren los autobuses de Empresarios Unidos de Puntarenas S. A., alcanza los 168,07 kilómetros.
4) Una consideración relevante para efectos de actualización del cálculo de las tarifas de las rutas atendidas por Empresarios Unidos de Puntarenas S. A. lo constituye el acuerdo que tomara el Consejo de Transporte Público en su sesión ordinaria 08-2005 del 1 de febrero de 2005, según la cual se autorizó reducir la flota óptima de la Empresa a 42 unidades que deben brindar el servicio “de forma compartida” tanto en el caso de la ruta 204 como en lo referente a la ruta 600 (folios del 61 al 67 del Expediente ET-193-2006). En virtud de dicho acuerdo inicial, en la Sesión Ordinaria 64-2006 del 24 de octubre de 2006, el Consejo de Transporte Público autorizó una actualización de la flota respectiva, que es la que se utiliza para fines de cálculo en este informe (folios del 55 al 59 del expediente ET-193-2006).
5) En virtud de las consideraciones anteriores, el cálculo correspondiente es indicativo de que al aplicar el modelo de tarifas de transporte remunerado de personas del MOPT las tarifas de los servicios de transporte remunerado de personas que brinda Empresarios Unidos de Puntarenas S. A. deben ser incrementadas en un 7,05%.
6. La información disponible permite evaluar por separado, para cada una de las rutas atendidas por Empresarios Unidos de Puntarenas S. A., el comportamiento de las tarifas cobradas por la Empresa en los últimos diez años, en relación con la tendencia mostrada tanto por el índice de precios de los servicios de transporte como el índice general de precios al consumidor. Dicha evaluación es indicativa de que en el caso de la tarifa para la ruta 600-SD (San José-Puntarenas, servicio directo), la tarifa ha aumentado en menor grado que la inflación acumulada, a tal punto que aún aprobándose el incremento del 7,05% referido con anterioridad, la tarifa resultante equivaldría a un 85% de la tarifa vigente, en términos reales, en abril de 1996. Al respecto, debe indicarse que en ausencia del citado aumento, la tarifa real se mantendría por debajo de un 80% del valor registrado en abril de 1996, la cifra más baja dentro del período analizado.
7. Si por el contrario se considera la ruta 204-SD (San José-San Ramón, servicio directo), es observable que la tarifa correspondiente mostró, durante el lapso de octubre 1999 a abril 2003, un comportamiento muy similar al experimentado por el índice de precios del sector de transportes. A partir de esa fecha, el hecho que para dicha tarifa no se aprobara incremento individual alguno y que el índice en cuestión aumentara de manera más notoria como consecuencia de los incrementos en los precios de los combustibles, dio como resultado que la tarifa no continuara con la tendencia seguida por el índice del sector transportes. A pesar de tal divergencia, los aumentos que ha tenido la tarifa de la ruta 204-SD hacen que en términos reales se haya mantenido por encima del valor que mostraba en abril de 1996. En ese sentido el incremento del 7,05% a que se ha hecho referencia, implicaría una tarifa real superior en un 12% a la vigente hace una década. Tal divergencia con respecto a la tarifa de 1996 no constituye la mayor diferencia registrada, pues ésta (23%) se presentó en enero de 2000, luego que la tarifa fuera ajustada como resultado de la revisión de un recurso planteado por la Empresa. En general, la tarifa en términos reales ha sido superior a la vigente en 1996, siendo la diferencia, en promedio, de un 9%.
8) De la evaluación histórica del comportamiento de las tarifas de las rutas atendidas por la Empresa, podría deducirse que en este caso lo pertinente debiera ser un ajuste tarifario que eleve la tarifa de la ruta 600 y mantenga o disminuya la tarifa de la ruta 204. No obstante, tal deducción resulta inconveniente en virtud de que: (i) esta Autoridad Reguladora no puede garantizar que la tarifa vigente en 1996 efectivamente correspondía a una tarifa fijada considerando la totalidad de los costos involucrados en la prestación de cada uno de los respectivos servicios y (ii) en la actualidad no es factible el cálculo individualizado de los costos de prestación de los servicios correspondientes a las rutas 204 y 600, puesto que como resultado del acuerdo del Consejo de Transporte Público tendente a que tales servicios deban ser brindados “de forma compartida”, no existe una asignación de autobuses por ruta, definida por dicho Consejo. Por lo demás, el citado acuerdo efectivamente ha tenido como resultado una mayor eficiencia en la prestación de los servicios en cuestión, toda vez que permite que con una flota autorizada menor (se redujo de 47 a 42 autobuses), se atiendan sin contratiempos ambos servicios, especialmente en vista de que las demandas correspondientes muestran sus mayores niveles en diferentes días de la semana (la ruta 204 de lunes a viernes y la ruta 600 en los fines de semana).
9) En virtud de las consideraciones anteriores, no resulta recomendable efectuar alteración alguna en la estructura tarifaria de los servicios que brinda Empresarios Unidos de Puntarenas S. A., debiéndose por lo tanto, aplicar un incrementar general de un 7,05% en las tarifas de tales servicios, en concordancia con los resultados derivados de la aplicación del modelo de tarifas de transporte remunerado de personas del MOPT.
II.—Que respecto de los argumentos planteados en la oposición presentada por Freddy Salas Ruiz es necesario señalar:
1) En relación con los factores externos mencionados por la Empresa como obstáculos para la prestación adecuada del servicio, debe señalarse que en vista de que tales aseveraciones constituyen juicios de valor que no pueden ser cuantificados desde la perspectiva de los costos involucrados en la prestación del servicio, no se consideran para efectos del análisis tarifario que sustenta esta resolución.
2) Con respecto a los ¢996,95, planteados por la Empresa como la tarifa vigente actualmente, debe indicarse que la tarifa utilizada por Empresarios Unidos de Puntarenas S. A. se refiere al promedio ponderado de las tarifas que calculara la Empresa incluyendo la tarifa que se cobra en el caso de la ruta 204 (San José-San Ramón). Los cálculos efectuados para efectos de esta resolución se basan en una tarifa promedio de ¢985,68.
3) En cuanto al consumo promedio mensual de combustible calculado en la oposición presentada, es necesario tomar en cuenta que dicho cálculo se efectuó utilizado el valor del combustible que Empresarios mantenía en existencia al 31 de marzo de 2006 (¢16.043.917,28 según lo detallado en el folio 586 del expediente ET-193-2006). Por lo demás, dicha información no es utilizada para efectos de cálculo de tarifas, toda vez que éstas son calculadas a partir de parámetros técnicos contemplados en el referido modelo de tarifas de transporte remunerado de personas del MOPT.
4) Respecto a los aspectos de calidad del servicio (horarios, paradas de control del número de pasajeros, etc.), debe señalarse que tales aspectos no afectan directamente el costo de prestación del servicio y por ende las tarifas respectivas. De todas formas, los cálculos que sustentan esta resolución se realizaron considerando el número de carreras reportado por la Empresa (2.309) y no las autorizadas por el MOPT (2.767), lo que claramente favorece a los usuarios del servicio.
III.—Que de conformidad con los resultandos y considerandos que preceden y de acuerdo con el mérito de los autos, en el caso de los servicios públicos de transporte remunerado de personas, modalidad autobús, correspondientes a las rutas 204 y 600, lo procedente es fijar las tarifas recomendadas por la Dirección de Servicios de Transporte en el oficio 028-DITRA-2007, tal y como se dispone. Por tanto,
Con fundamento en las facultades conferidas en los artículos 5° inciso b) 57, incisos c) y g) de la Ley 7593, 41 del Decreto Ejecutivo 29732-MP, Reglamento a la Ley 7593 y, en los artículos correspondientes de la Ley General de la Administración Pública,
EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:
I.—Aprobar un incremento del 7,05% en las tarifas de la rutas de transporte remunerado de personas, modalidad autobuses, atendidas por Empresarios Unidos de Puntarenas S. A. e identificadas con los códigos 204 (San José-San Ramón) y 600 (San José-Puntarenas), de manera que las nuevas tarifas sean las siguientes:
II.—Remitir a esta Autoridad Reguladora lo señalado en el Por Tanto III de la resolución RRG-6155-2006 del 9 de noviembre de 2006.
En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra la anterior resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación y el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse ante el Regulador General; a quien corresponde resolverlo; el de apelación y el de revisión, podrán interponerse ante la Junta Directiva, a la que corresponde resolverlos.
El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir del siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.
Publíquese y notifíquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—1 vez.—(Solicitud Nº 41198).—C-162380.—(7511).
Prohibición de patentes para comercializar la pólvora
El Concejo Municipal de San José, dispuso lo siguiente con respecto a la comercialización de la pólvora y sus derivados en esta jurisdicción:
Considerando:
1º—Que existen serios antecedentes de personas quemadas con pólvora e incluso el presente año se elevó el número de niños ingresados al Hospital Nacional de Niños, por quemaduras con pólvora.
2º—Que no existe diferencias en cuanto al manejo de la pólvora que garanticen que tanto menores como adultos no pueden ser objeto de quemaduras por el uso de este tipo de artefactos altamente peligrosos.
3º—Que tratándose de un acto general efectivamente el mismo debe publicarse. Por tanto,
ESTE CONCEJO ACUERDA:
1º—Retomar el acuerdo 4, Artículo III, sesión ordinaria 186, del 22 noviembre del 2005, vertido por el Concejo Municipal de San José, mediante el cual se delimitó el uso de artefactos de alto peligro y la pólvora, en los siguientes términos:
2º—Que dice, no otorgar patente alguna ni autorizar a patentados permanentes, para la comercialización de pólvora a ningún negocio y se les advierte que de infringir este acuerdo, se procederá con la clausura inmediata de la actividad principal de su negocio.
3º—Solicitar al señor Alcalde Municipal, la ejecución inmediata de este acuerdo en la jurisdicción cantonal, así como comunicar esta resolución a las policías de proximidad, ubicadas en el territorio cantonal, para impedir el otorgamiento de los permisos para los cuales ellos están facultados.
4º—Publicar en el Diario Oficial La Gaceta, para su inmediata implementación.
Acuerdo firme 11, artículo IV, de la sesión ordinaria 39, celebrada por la Corporación Municipal del cantón central de San José, el 23 de enero del 2007.
San José, 31 de enero del 2007.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 3497).—C-15145.—(8110).
MULTISEGUROS INCERA S. A
De conformidad con los estatutos y el Código de Comercio, se convoca a los socios de la sociedad Multiseguros Incera S. A., a asamblea extraordinaria el día 22 de febrero del 2007, a las 16:00 horas, en las oficinas de la Comercializadora Seguros Múltiples ISB S. A., situadas en Zapote, de la entrada del Colegio de Abogados, doscientos metros oeste frente a Autos Bohío. De no contarse con el quórum legal, se celebrará en segunda convocatoria una hora después con cualquier número de acciones presentes o representadas. Orden del día: traspaso de acciones de la sociedad Comercializadora de Seguros Múltiples I.S.B. S. A.—San José, 30 de enero del 2007.—Luis Danilo Solís Soto, Vicepresidente.—1 vez.—(7638).
JAIDAI SOCIEDAD ANÓNIMA
Se convoca a los accionistas de la sociedad denominada Jaidai Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-022665 a la asamblea general extraordinaria de accionistas que se celebrará en su domicilio social, sita en Guadalupe, Goicoechea, frente a las oficinas de Acueductos y Alcantarillados. Primera convocatoria a las diecisiete horas, segunda convocatoria una hora después, del 17 de febrero del 2007. Agenda: como primer punto de la agenda se conocerá la aprobación o no de la venta de la única finca inscrita de la sociedad, matrícula Folio Real de la provincia de San José Nº 198.297. Como segundo punto se conocerá renuncia de miembro de junta directiva.—San José, veintinueve de enero del dos mil siete.—Lic. Ernesto Torres Torres, Notario.—1 vez.—Nº 1188.—(7896).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
GORGEUS
VIEWS INC S. A.
Gorgeus
Views Inc S. A., cédula jurídica Nº 3-101-414479, solicita ante la Dirección
General de Tributación la reposición de los siguientes libros de actas: Actas
de Asamblea General número uno y Registro de Socios número Uno. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y
Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, en el
término de ocho días a partir de la publicación del presente aviso.—Lic. Juan
Luis Céspedes Vargas, Notario.—(6245).
GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA
VIVIENDA
De
conformidad con los artículo 690-691 del Código de Comercio, el Sr. Rodrigo
Montoya Ureña, cédula Nº 102130362, solicita la reposición de los títulos: CII
Nº 100-302-1111952972 por ¢14.500.000,00, y sus cupones del 2 al 3 con fecha de
vencimiento del 19-02-2007 y 19-03-2007 respectivamente, por ¢132.916,67
c/u.—Alajuela, 24 de enero del 2007.—Patricia Méndez Rodríguez, Gerente Caja Rec.
Central.—(6460).
De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, el señor Dagoberto Jiménez Hidalgo, cédula Nº 2-0081-8953, ha presentado ante esta entidad, solicitud de reposición de su certificado Nº 100-301-1111944737 por ¢2.247.233,91/100 y cupón Nº 3 por ¢21.535,99/100, con fecha de vencimiento del 21 de enero del 2007.—Lic. Luis Alfonso Arce Alfaro, Director Servicios Financieros.—(6461).
GRUPO VIRTUAL SOCIEDAD
ANÓNIMA
Grupo
Virtual Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento
dieciséis mil noventa y siete, solicita ante la Dirección General de
Tributación Directa, la reposición por extravió de los siguientes libros:
Mayor, Inventarios y Balances, Diario, Actas de Asamblea, Actas Junta Directiva
y de Registro de Accionistas. Cualquier afectado puede oponerse ante el Área de
Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de
San José, dentro del plazo de ocho días hábiles, contados a partir de la última
publicación.—San José, veinticinco de enero del dos mil siete.—Lic. Rose Mary
Zúñiga Ramírez, Notaria.—(6466).
MONTES DE OCA S. A.
El señor
Julio Montes de Oca Alvarado, cédula de identidad número uno-trescientos
doce-seiscientos veintisiete, representado por su apoderado generalísimo
licenciado Guido Alberto Morales Rodríguez, cédula de identidad número
uno-doscientos sesenta y siete-quinientos dos, poder inscrito en personas tomo
sesenta y siete, folio doscientos treinta y ocho, asiento setecientos
veintitrés, solicita por extravío, la reposición de acciones nominativas de la
número dos a la cincuenta de la sociedad Montes de Oca S. A., cédula jurídica
número tres-ciento uno-once mil ciento veinte, inscrita en la Sección Mercantil
del Registro Público al tomo 74, folio 234, asiento 147, artículo 689 del
Código de Comercio.—San José, veintiocho de noviembre del dos mil seis.—Fabio
Montes de Oca Alvarado, Presidente.—(6471)
CONSORCIO CONTINENTAL S. A.
Consorcio
Continental S. A., cédula jurídica Nº 3-101-099350-08, por robo con los
registros anteriores a noviembre del 2006, solicita ante la Dirección General
de Tributación, la reposición de los libros de actas, ventas, devoluciones de
ventas, diario, mayor e inventarios y balances. Quien se considere afectado
puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de San
José.—Mao Sun Liang.—(6684).
CENTRAL AZUCARERA TEMPISQUE
S. A.
Central
Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío, la reposición del título
definitivo de acciones Nº 2111, que ampara 10 acciones comunes y nominativas
con un valor nominal de diez colones cada una de esta Sociedad; propiedad de la
señora: Jiménez Benavides Olga Marta, cédula Nº 4-104-1220. Quienes se
consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera
Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia Guanacaste, 6.5 kilómetros al
oeste de la escuela pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el
artículo 689 del Código de Comercio.—Guanacaste, 22 de enero del 2007.—Lic.
Alberto Garvey Rojas, Gerente Financiero.—(7121).
Central Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío, la reposición del título definitivo de acciones Nº 0002367 A, que ampara 05 acciones comunes y nominativas con un valor nominal de mil colones cada una de esta Sociedad; propiedad del señor: Fernández Campos Enrique, cédula Nº 1-435-670. Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia Guanacaste, 6.5 kilómetros al oeste de la escuela pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Guanacaste, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Alberto Garvey Rojas, Gerente Financiero.—(7122).
Central Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío, la reposición del título definitivo de acciones Nº 0001855 A, que ampara 04 acciones comunes y nominativas con un valor nominal de mil colones cada una de esta Sociedad; propiedad del señor: Rojas Sánchez Édgar, cédula Nº 9-043-965. Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia Guanacaste, 6.5 kilómetros al oeste de la escuela pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Guanacaste, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Alberto Garvey Rojas, Gerente Financiero.—(7123).
Central Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío, la reposición del título definitivo de acciones Nº 0007863 C, que ampara 600 acciones comunes y nominativas con un valor nominal de diez colones cada una de esta Sociedad; propiedad de la señora: Villalobos Salas Lesvia, cédula Nº 7-035-318. Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia Guanacaste, 6.5 kilómetros al oeste de la escuela pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Guanacaste, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Alberto Garvey Rojas, Gerente Financiero.—(7124).
Central Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío, la reposición del título definitivo de acciones Nº 0001124 B, que ampara 10 acciones comunes y nominativas con un valor nominal de mil colones cada una de esta Sociedad; propiedad del señor: Hernández Sánchez José Rafael, cédula Nº 4-088-845. Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia Guanacaste, 6.5 kilómetros al oeste de la escuela pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Guanacaste, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Alberto Garvey Rojas, Gerente Financiero.—(7125).
Central Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío, la reposición del título definitivo de acciones Nº 0006748 C, que ampara 1.500 acciones comunes y nominativas con un valor nominal de diez colones cada una de esta Sociedad; propiedad del señor: Montero Calderón José María, cédula Nº 7-043-149. Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia Guanacaste, 6.5 kilómetros al oeste de la escuela pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Guanacaste, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Alberto Garvey Rojas, Gerente Financiero.—(7126).
Central Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío, la reposición del título definitivo de acciones Nº 000350 A, que ampara 1 acción común y nominativa con un valor nominal de mil colones cada una de esta Sociedad; propiedad del señor: Castillo Mora José Ángel, cédula Nº 1-267-597. Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia Guanacaste, 6,5 kilómetros al oeste de la escuela pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Guanacaste, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Alberto Garvey Rojas, Gerente Financiero.—(7127).
Central Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío, la reposición del título definitivo de acciones Nº 0007020 C, que ampara 1.500 acciones comunes y nominativas con un valor nominal de diez colones cada una de esta Sociedad; propiedad del señor: Picado Ledesma Omar, cédula Nº 1-483-924. Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia Guanacaste, 6.5 kilómetros al oeste de la escuela pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Guanacaste, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Alberto Garvey Rojas, Gerente Financiero.—(7128).
Central Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío, la reposición del título definitivo de acciones Nº 0003063 B, que ampara 50 acciones comunes y nominativas con un valor nominal de mil colones cada una de esta Sociedad; propiedad del señor: Murillo Esquivel Ricardo, cédula Nº 5-104-861. Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia Guanacaste, 6.5 kilómetros al oeste de la escuela pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Guanacaste, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Alberto Garvey Rojas, Gerente Financiero.—(7129).
Central Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío, la reposición del título definitivo de acciones Nº 0007068 C, que ampara 1.650 acciones comunes y nominativas con un valor nominal de diez colones cada una de esta Sociedad; propiedad del señor: Quesada Matamoros Mario, cédula Nº 4-059-936. Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia Guanacaste, 6.5 kilómetros al oeste de la escuela pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Guanacaste, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Alberto Garvey Rojas, Gerente Financiero.—(7130).
Central Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío, la reposición del título definitivo de acciones Nº 0002824 A, que ampara 10 acciones comunes y nominativas con un valor nominal de mil colones cada una de esta Sociedad; propiedad del señor: Gómez Vargas Martín, cédula Nº 3-270-063. Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia Guanacaste, 6.5 kilómetros al oeste de la escuela pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Guanacaste, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Alberto Garvey Rojas, Gerente Financiero.—(7131).
Central Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío, la reposición del título definitivo de acciones Nº 0000978 B, que ampara 10 acciones comunes y nominativas con un valor nominal de mil colones cada una de esta Sociedad; propiedad del señor: Gonzales Alfaro Carlos Manuel, cédula Nº 2-180-753. Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia Guanacaste, 6.5 kilómetros al oeste de la escuela pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Guanacaste, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Alberto Garvey Rojas, Gerente Financiero.—(7132).
Central Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío, la reposición del título definitivo de acciones Nº 0005349 C, que ampara 1.500 acciones comunes y nominativas con un valor nominal de diez colones cada una de esta Sociedad; propiedad del señor: Barrantes Murillo Jesús, cédula Nº 2-238-716. Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia Guanacaste, 6.5 kilómetros al oeste de la escuela pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Guanacaste, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Alberto Garvey Rojas, Gerente Financiero.—(7133).
Central Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío, la reposición del título definitivo de acciones Nº 000900 B, que ampara 10 acciones comunes y nominativas con un valor nominal de mil colones cada una de esta Sociedad; propiedad del señor: Flores Hernández Mario, cédula Nº 5-191-130. Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia Guanacaste, 6.5 kilómetros al oeste de la escuela pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Guanacaste, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Alberto Garvey Rojas, Gerente Financiero.—(7134).
Central Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío, la reposición del título definitivo de acciones Nº 002170 A, que ampara 05 acciones comunes y nominativas con un valor nominal de mil colones cada una de esta Sociedad; propiedad del señor: Araya Westover Vernon, cédula Nº 1-584-061. Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia Guanacaste, 6.5 kilómetros al oeste de la escuela pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Guanacaste, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Alberto Garvey Rojas, Gerente Financiero.—(7135).
Central Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío, la reposición del título definitivo de acciones Nº 0005252 C, que ampara 600 acciones comunes y nominativas con un valor nominal de diez colones cada una de esta Sociedad; propiedad de la señora: Arias Cartín María Elena, cédula Nº 2-346-664. Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia Guanacaste, 6.5 kilómetros al oeste de la escuela pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Guanacaste, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Alberto Garvey Rojas, Gerente Financiero.—(7136).
Central Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío, la reposición del título definitivo de acciones Nº 0002672 A, que ampara 06 acciones comunes y nominativas con un valor nominal de mil colones cada una de esta Sociedad; propiedad del señor: Chávez Solís Luis G., cédula Nº 2-285-824. Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia Guanacaste, 6.5 kilómetros al oeste de la escuela pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Guanacaste, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Alberto Garvey Rojas, Gerente Financiero.—(7137).
Central Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío, la reposición del título definitivo de acciones Nº 000587 B, que ampara 06 acciones comunes y nominativas con un valor nominal de mil colones cada una de esta Sociedad; propiedad del señor: Chacón Solano Rolando, cédula Nº 4-100-1374. Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia Guanacaste, 6.5 kilómetros al oeste de la escuela pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Guanacaste, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Alberto Garvey Rojas, Gerente Financiero.—(7138).
Central Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío, la reposición del título definitivo de acciones Nº 0001695 A, que ampara 05 acciones comunes y nominativas con un valor nominal de mil colones cada una de esta Sociedad; propiedad del señor: Fernández Flores Leonel, cédula Nº 1-281-584. Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia Guanacaste, 6.5 kilómetros al oeste de la escuela pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Guanacaste, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Alberto Garvey Rojas, Gerente Financiero.—(7139).
Central Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío, la reposición del título definitivo de acciones Nº 0003510 A, que ampara 10 acciones comunes y nominativas con un valor nominal de mil colones cada una de esta Sociedad; propiedad del señor: Villalobos Villalobos Willie, cédula Nº 4-142-331. Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia Guanacaste, 6.5 kilómetros al oeste de la escuela pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Guanacaste, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Alberto Garvey Rojas, Gerente Financiero.—(7140).
Central Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío, la reposición del título definitivo de acciones Nº 0002777 A, que ampara 05 acciones comunes y nominativas con un valor nominal de mil colones cada una de esta Sociedad; propiedad del señor: Montero Castillo Luis D., cédula Nº 7-068-499. Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia Guanacaste, 6.5 kilómetros al oeste de la escuela pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Guanacaste, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Alberto Garvey Rojas, Gerente Financiero.—(7141).
Central Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío, la reposición del título definitivo de acciones Nº 0001519 B, que ampara 08 acciones comunes y nominativas con un valor nominal de mil colones cada una de esta Sociedad; propiedad de la señora: Montero Gómez Catalina, cédula Nº 4-111-226. Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia Guanacaste, 6.5 kilómetros al oeste de la escuela pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Guanacaste, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Alberto Garvey Rojas, Gerente Financiero.—(7142).
Central Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío, la reposición del título definitivo de acciones Nº 0001852 A, que ampara 04 acciones comunes y nominativas con un valor nominal de mil colones cada una de esta Sociedad; propiedad del señor: Hernández Morales José A., cédula Nº 1-422-078. Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia Guanacaste, 6.5 kilómetros al oeste de la escuela pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Guanacaste, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Alberto Garvey Rojas, Gerente Financiero.—(7143).
Central Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío, la reposición del título definitivo de acciones Nº 0006318 C, que ampara 2.250 acciones comunes y nominativas con un valor nominal de diez colones cada una de esta Sociedad; propiedad del señor: Herrera Chavarría José A., cédula Nº 4-133-935. Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia Guanacaste, 6.5 kilómetros al oeste de la escuela pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Guanacaste, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Alberto Garvey Rojas, Gerente Financiero.—(7144).
Central Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío, la reposición del título definitivo de acciones Nº 000969 A, que ampara 01 acción común y nominativa con un valor nominal de mil colones cada una de esta Sociedad; propiedad del señor: Herrera Barrantes Eladio, cédula Nº 2-180-610. Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia Guanacaste, 6.5 kilómetros al oeste de la escuela pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Guanacaste, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Alberto Garvey Rojas, Gerente Financiero.—(7145).
Central Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío, la reposición del título definitivo de acciones Nº 000972 B, que ampara 04 acciones comunes y nominativas con un valor nominal de mil colones cada una de esta Sociedad; propiedad de la señora: Gómez Gómez María Luisa, cédula Nº 3-084-474. Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia Guanacaste, 6.5 kilómetros al oeste de la escuela pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Guanacaste, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Alberto Garvey Rojas, Gerente Financiero.—(7146).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ORGANIZACIÓN HERMANOS
ALVARADO QUIRÓS
SOCIEDAD ANÓNIMA
Organización
Hermanos Alvarado Quirós Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-12597,
solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del Libro
Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización
de Libros), Administración Regional de San José, en el término de ocho días
hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La
Gaceta.—San José, 25 de enero del 2007.—Francisco Alvarado Quirós,
Presidente.—(6719).
CASTILLO COUNTRY CLUB S. A.
Rojas
Bonilla Carlos Manuel, cédula Nº 1-305-505, ha extraviado su acción 3165, por
lo que han solicitado al Castillo Country Club S. A., cédula jurídica Nº
3-101-015794-03, la reposición de la misma, de acuerdo a los artículos 689 y
690 del Código de Comercio. Quien se considere afectado dirigir la oposición a
la Secretaría de Junta Directiva.—San Rafael de Heredia, 12 de enero del
2007.—Erick Alvarado Chavarría, Unidad de Cobros.—(6899).
MUTUAL CARTAGO DE
AHORRO Y PRÉSTAMO
El señor
Luis Diego Mata Sánchez, cédula Nº 1-1140-461, ha solicitado a MUCAP la
reposición del título valor Nº 288752 por un monto respectivamente de $
2.247,95, el cual fue emitido a su orden el día 14/8/2003. Se emplaza a los
interesados a manifestarse dentro del plazo de 15 días naturales posterior a la
última publicación.
Cartago,
23 de enero del 2007.—Ana Lucrecia Mata Gómez.—(6913).
PLASTI EMPAQUE S. A.
Plasti
Empaque S. A., cédula jurídica Nº 3-101-110793-23, solicita ante la Dirección
General de Tributación, la reposición de libros contables de la empresa, sean
estos: diario, mayor, libro de actas de la junta directiva, de ventas e
inventarios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el
Área de Información al Contribuyente de la Administración Tributaria de San
José, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación de
este aviso.
San José,
29 de enero del 2007.—Álvaro Moya Jiménez.—(7223).
COLEGIO FEDERADO DE
INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
1. Contrato OC-386856, propiedad del Arq. Carlos
Avendaño Castro (A-3376)
El Colegio
Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del
Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-386856,
propiedad del Arq. Carlos Avendaño Castro (A-3376).
2. Contrato OC-385982, propiedad del Arq. Isaac
Matamoros Hernández (A-9788)
El Colegio
Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del
Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-385982
propiedad del Arq. Isaac Matamoros Hernández (A-9788).
3. Contrato OC-375370, propiedad del Arq. Óscar
Mora Elizondo (A-10064)
El Colegio
Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del
Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-375370,
propiedad del Arq. Óscar Mora Elizondo (A-10064).
4. Contrato OC-388809, propiedad del Ing. Ithamar
Fernández Varela, (IC-3054)
El Colegio
Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del
Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-388809,
propiedad del Ing. Ithamar Fernández Varela (IC-3054).
San José,
26 de enero del 2007.—Ing. Olman Vargas Zeledón.—Arq. Luis Albán Apuy Herrera,
Jefe Departamento de Registro de Responsabilidad Profesional.—1 vez.—(O/C Nº
4472).—C-43580.—(7225).
19 de diciembre, 2006
Nº 5620-2006-DRD
Señor
T.A. Mario Álvarez Córdoba
Estimado señor:
Por las
características del caso, el Departamento de Régimen Disciplinario ha decidido
realizar una investigación, por lo que se le informa que bajo expediente Nº
188-06, el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos tramita denuncia contra
usted, presentada por el señor Asdrúbal Fallas Segura.
En virtud de lo anterior, se
le concede 15 días hábiles contados a partir de la fecha de recibida esta nota,
para que se refiera a la denuncia y el contenido del expediente.
Posteriormente, este
expediente será trasladado a la Comisión Instructora, según lo establecido en
el Reglamento Especial para Regular la Etapa de Instrucción o Investigación
Previa por Presunta Violación de la Ética Profesional, para que emita su
criterio en cuanto a si su actuación se ha ajustado a lo dispuesto en el Código
de Ética Profesional de este Colegio Federado.
La presente investigación
previa se tramita de conformidad con el Reglamento Especial para Regular la
Etapa de Instrucción o Investigación Previa por Presunta Violación a la Ética
Profesional, publicado en el diario oficial La Gaceta N° 197 del viernes
13 de octubre del 2006.
Se le
agradece indicar una dirección en el Área Metropolitana donde remitirle las
notificaciones al respecto, o señalar un fax para esos efectos.
En caso de
señalarse una dirección electrónica para recibir notificaciones, la misma
deberá permanecer habilitada para esos efectos, ya que en caso contrario se
tendrá por notificado con solo el transcurso de 24 horas después de emitido el
oficio.
Atentamente,
Ing.
Gerardo Campos Chacón, Jefe Departamento de Régimen Disciplinario.—(O. C. Nº
4473).—C-34485.—(7227).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ASICS TURS S. A.
Asics Turs S. A., cédula jurídica Nº 3-101-108289, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros Nº 1: Mayor y Actas Consejo de Administración. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente en la Administración Tributaria de San José en un término de ocho días hábiles a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Juan Gabriel Araya Brenes.—(7234).
SERVICIOS INSTANTÁNEOS S. A.
Servicios Instantáneos S. A., cédula jurídica Nº 3-101-152995, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros Nº 1: Diario, Mayor, Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente en la Administración Tributaria de San José, en un término de ocho días hábiles a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Juan Gabriel Araya Brenes.—(7235).
OCEAN TRANSPORT SOCIEDAD ANÓNIMA
Ocean Transport Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-274362, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros contables, (Diario, Mayor, Inventario y Balances). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante dicha entidad, ubicada en barrio Don Bosco, detrás de Funeraria del Recuerdo, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 22 de enero del 2007.—Kathya Marcela Soto Rivera, Presidenta.—(7238).
UNIVERSIDAD CENTRAL
Por medio de la presente la Universidad Central certifica que, ante este Registro se ha presentado solicitud de reposición de título de Licenciatura en Ciencias de la Educación con énfasis en Orientación Educativa, emitido por esta Universidad a nombre de Ligia María Quirós Morales, cédula 3-321-099, inscrito en el Libro de la Universidad en el Tomo 1, Folio 66, Asiento 1089 y ante el CONESUP en el Tomo 5, Folio 418, Asiento 1094. Se solicita la reposición por haberse extraviado el original. Se publica este edicto para oír oposición a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en este Diario Oficial.—San José, 4 de enero del 2007.—Departamento de Registro.—Kathia Vanesa Solís.—(7248).
COMPAÑÍA COSTARRICENSE DEL CAFÉ S. A
Compañía Costarricense del Café S. A., (CAFESA), avisa que el certificado Nº 648 serie J por 31 acciones, 696 serie K por 85 acciones, 593 serie M por 13 acciones, 608 serie M por 13 acciones, 897 serie O por 36 acciones, 1387 serie O por 45 acciones, 585 serie Q por 23 acciones, 673 serie R por 62 acciones, 675 serie T por 24 acciones y Nº 3164 serie S por 77 acciones, emitido a nombre de Nidia Rothe Hernández, fueron extraviados. Transcurridos 15 días a partir de la tercera publicación de este aviso, se procederá a su reposición.—San José, 24 de enero del 2007.—MBA. Marco Ant. Pinto Murray, Gerente General.—(7254).
Compañía Costarricense del Café S. A., (CAFESA), avisa que el certificado Nº 594 serie M por 13 acciones, Nº 609 serie M por 13 acciones, Nº 898 serie O por 36 acciones, Nº 1388 serie O por 45 acciones y Nº 586 serie Q por 23 acciones, emitidos a nombre de Rodolfo Rothe Hernández, fue extraviado. Transcurridos 15 días a partir de la tercera publicación de este aviso, se procederá a su reposición a petición de la señora María Cordero Llobet como su heredera.—San José, 24 de enero del 2007.—MBA. Marco Ant. Pinto Murray, Gerente General.—(7257).
MOORE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Moore Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuarenta y siete mil quinientos noventa y seis, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros legales sean estos Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea General, Actas de Registro de Accionistas y los libros contables sean estos Mayor, Diario e Inventario y Balance. Quien se considere afectado dirigir oposiciones a la Sección de Legalización de Libros en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del aviso.—San José, 25 de enero del 2007.—Ricardo Ernesto Fallas Girón, Representante Legal.—Nº 1001.—(7451).
HOFSHI SOCIEDAD ANÓNIMA
Hofshi Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos quince mil trescientos cincuenta y seis, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa de Liberia. Guanacaste, Legalización de libros, la reposición de los siguientes libros: Inventarios y Balances, Mayor, Diario, Actas de Junta directiva, Actas de Asamblea de Socios y Registro de Accionistas, por lo que emplaza por ocho días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule oposición a la reposición ante la Tributación, Sección Legalización de Libros.—Guanacaste, 13 de enero del 2007.—Amboy Korling, Presidente.—Maya Miryam Peled, Secretaria.—Nº 1086.—(7452).
RESIDENCIAS CASA DEL MELONAL S. R. LTDA
Y RESIDENCIAS CAIMANES TEMPISQUEÑOS S. R. LTDA
Las sociedades Residencias Casa del Melonal S. R. Ltda., cédula jurídica Nº 3-102-415492, comunica el extravió de la chequera con numeración de los cheques 1-1 hasta 1-25, y de la sociedad Residencias Caimanes Tempisqueños S. R. Ltda., cédula jurídica Nº 3-102-415840, chequera con numeración de los cheques 1-1 hasta 1-25. Por lo que advierte a terceros el uso inapropiado que se de estos cheques y no se hace responsable de cualquier transacción que se haga con dichos documentos.—John Neumann Pipeett.—Nº 0976.—(7454).
GOLF P.V.S. CIENTO TREINTA Y CINCO S. A
El suscrito, presidente de la junta directiva de la empresa Golf P.V.S. Ciento Treinta y Cinco S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos trece mil trescientos once, de conformidad con lo que establece el artículo 689 del Código de Comercio que a solicitud los socios Óscar Umaña Soto, mayor, casado, ingeniero químico, cédula 1-710-629 y Paolo Borsani Cassagne, casado una vez, ingeniero químico, portador de la cédula uno-setecientos treinta y cinco-seiscientos ochenta y ocho, serán repuestos los títulos que amparan cien acciones comunes y nominativas de veintitrés mil seiscientos colones el cual, representa el cien por ciento del capital social, transcurrido un mes a que se refiere dicho artículo. Quien se considere afectado dirigir oposiciones a la Lic. Mayela Bonilla García, al 222-3569.—Óscar Umaña Soto, Presidente.—Paolo Borsani Cassagne, Secretario.—Nº 0999.—(7455).
ADUANERA LA GARITA SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, Marco Aurelio Castillo Lefranc, en calidad de representante legal de la sociedad Aduanera La Garita Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta y cinco mil trescientos sesenta y dos, solicito ante la Dirección General de Tributación de Alajuela, la reposición de los libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas Consejo de Administración, Actas Asambleas de Socios y Actas de Registro de Socios, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, en el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso.—Marco Aurelio Castillo Lefranc, Representante Legal.—(7520).
BAR Y RESTAURANTE ANGOSTURA
Yo, Herbert A. Víquez López, cédula de identidad Nº 7-041-616, mayor, divorciado, comerciante y vecino de Turrialba, diagonal del Hotel Geliwa, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del Libro de Compras Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Turrialba, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación de este aviso.—Herbert A. Víquez López, Solicitante.—(7585).
Rodolfo Antonio Villalobos Rosales, mayor, casado, comerciante, cédula de identidad Nº 1-0407-0534, solicita ante la Dirección General de Tributación de Limón, la reposición de los libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede dirigir su oposición a la Administración Tributaria de la ciudad de Limón, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación.—Limón, 22 de enero del 2007.—Rodolfo Antonio Villalobos Rosales.—(7589).
R G A U DE HOY LIMITADA
R G A U de Hoy Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-173920, inscrita al tomo 904, folio 261, asiento 356 de la Sección Mercantil del Registro Público, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros Actas de Asamblea General y Registro de Cuotas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Álvaro Jiménez González, Notario.—(7619).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
VILLA REVAIN PGCC LEA CUARENTA Y SIETE S. A
El suscrito, Donald George Hutchison, de un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor de edad, casado, autor, vecino del siete mil cinco de SE Pine street, en la ciudad de Portland, en el estado Oregón, noventa y siete mil doscientos quince, Estados Unidos de América; portador del pasaporte de su nacionalidad número cero siete cuatro tres cero seis tres uno tres, en mi condición de único y exclusivo titular de las cien acciones comunes y nominativas, las cuales representan el cien por ciento del capital social de la compañía Villa Revain PGCC Lea Cuarenta y Siete S. A., con cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-trescientos ochenta y siete mil quinientos cuarenta y siete, hago constar que por haberse extraviado el certificado de acciones número cuatro, en el cual se encuentra representado la totalidad del capital social de la referida compañía, he solicitado a la referida sociedad la reposición de la acción referida. Por el término de ley, y de acuerdo a lo establecido en los artículos seiscientos ochenta y siete, seiscientos ochenta y ocho y seiscientos ochenta y nueve del Código de Comercio, se atenderán eventuales oposiciones en el domicilio social, sita en San José, San Pedro de Montes de Oca, Los Yoses, final de la avenida diez, entre calles treinta y tres y treinta y cinco, específicamente de Casa Italia, cien metros sur y doscientos cincuenta metros este. Transcurrido dicho periodo sin oposiciones se procederá a la reposición solicitada.—San José, 9 de diciembre del 2006.—Donald George Hutchison.—1 vez.—Nº 0908.—(7453).
Carlos Alberto Solís Quesada y Fernando Ramírez Cordero, constituyen la sociedad Alfeca S. A., plazo social: 99 años, capital social: diez mil colones, presidente: Carlos Solís Quesada.—San José, 31 de enero del 2007.—Lic. José Manuel López Mora, Notario.—1 vez.—(8412).
DIRECCIÓN GENERAL DE
MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Res. D.
Jur. Nº 1916-2004-CMM.—San José, Al ser las ocho horas treinta minutos del día
veinticinco de noviembre de dos mil cuatro. Se conoce recurso de revocatoria
con apelación en subsidio presentado por Hugo Franklin Hanna Alvarado, mayor de
edad, de nacionalidad ecuatoriana, portador del pasaporte Nº SP13242, contra la
resolución de esta Dirección General Nº 6322-2004-ICN, de las once horas con
nueve minutos del día veintiocho de junio de dos mil cuatro, la cual denegó
permiso temporal de permanencia.
Resultando:
1º—Que el
señor Hanna Alvarado, de calidades indicadas, presentó en tiempo y forma
recurso de revocatoria con apelación en subsidio, contra la resolución de la
Dirección General Nº 6322-2004-ICN, de las once horas con nueve minutos del día
veintiocho de junio de dos mil cuatro, la cual denegó permiso temporal de
permanencia argumentando que el extranjero solicitó permiso temporal por
encontrarse bajo tratamiento médico, el cual no se ajusta dentro de los
presupuestos del artículo 66 bis del Reglamento de la Ley General de Migración
y Extranjería.
2º—El recurrente argumenta
entre otras cosas lo siguiente: A) Que la referida resolución, viola su derecho
a la salud consagrado en la Constitución Política, toda vez que solicita este
permiso de permanencia ya que tiene problemas cardiacos que requieren atención
especializada y que implican altos costos económicos los cuales van a ser
asumidos por su hijo Jeffrey Ary Hanna Quesada, quien es residente en este país
y asumirá sus gastos. B) Que no pretende ser una carga social para el Estado
costarricense, por lo que agradecerá evaluar humanitariamente su situación ya
que el derecho de la salud debe ser respetado en una sociedad de derecho. C)
Por todo lo anterior solicita dejar sin efecto la resolución que le deniega su
permiso de permanencia y modificándola le concedan el estatus solicitado.
3º—Que el procedimiento
administrativo de permiso temporal de trabajo se tramita bajo el expediente Nº
3825-2004 del Departamento de Permisos Temporales y Prórrogas de esta Dirección
General.
4º—Que en el conocimiento del
presente asunto, han sido observados los procedimientos de ley.
Considerando:
I.—Que el
recurrente presentó ante el Departamento de Permisos Temporales y Prórrogas
formal solicitud para que le fuese otorgado un permiso temporal de permanencia;
mismo que fue denegado por esta Dirección General, por no ajustarse a los
presupuestos del artículo 66 bis del Reglamento de la Ley General de Migración
y Extranjería, siendo una potestad discrecional de esta Dirección el
otorgamiento o no de los permisos temporales.
II.—Como criterio medular de
su escrito argumenta el señor Hanna Alvarado que: “La referida resolución,
viola su derecho a la salud consagrado en la Constitución Política, toda vez
que solicita este permiso de permanencia ya que tiene problemas cardiacos que
requieren atención especializada y que implican altos costos económicos los
cuales van a ser asumidos por su hijo Jeffrey Ary Hanna Quesada, quien es
residente en este país y asumirá sus gastos. No pretende ser una carga social
para el Estado costarricense, por lo que agradecerá evaluar humanitariamente su
situación ya que el derecho de la salud debe ser respetado en una sociedad de
derecho”. Es importante aclarar que esta Dirección General tiene la
potestad de aprobar o denegar los permisos temporales, lo cual es avalado no
solo por la Ley General de Migración y Extranjería, sino que la Sala
Constitucional en su resolución Nº 1312-99 del día 23 de febrero de 1999
dispuso: “Como una manifestación de la soberanía, tanto en el derecho
nacional como en el internacional, se le reconoce al Estado la potestad de
establecer la política migratoria del país, esto es, la determinación de las
reglas relativas para regular el ingreso y permanencia en el territorio
nacional de los extranjeros, sea temporal o permanente...” (el resaltado no
corresponde al original). El artículo 66 bis del Reglamento a la Ley General de
Migración y Extranjería dispone: “La Dirección podrá dentro de las
facultades que le otorga la Ley, conceder permisos temporales de residencia a
los extranjeros que se encuentren en los siguientes supuestos: a) A los
extranjeros que presten servicios a los organismos estatales o internacionales
y centros educativos en cumplimiento de programas o contratos especiales...”
En virtud de lo anteriormente citado, se desprende que la solicitud del
recurrente no se encuentra dentro de los presupuestos del artículo 66 bis del
Reglamento citado. En ese mismo orden de ideas, debe tomarse en cuenta la
sentencia de la Sala Constitucional número 2004-10906 de las 21 horas con 23
minutos del día 29 de setiembre del año 2004 la que indica: “Ahora bien, no
puede esta Sala permitir que bajo el pretexto de la existencia de un
tratamiento médico pendiente se violen las normas legales existentes en materia
migratoria, pues es claro que el recurrente no reúne los requisitos para
hacerse acreedor de un permiso temporal de trabajo. El hecho que tenga un
tratamiento médico pendiente, no significa que puede infringir las demás normas
de derecho interno, pues permitirlo sería crear un evidente caos migratorio...”
De lo anterior se concluye que la solicitud de permanencia
por todo lo anterior se
procede a rechazar el recurso interpuesto de revocatoria interpuesto. Por
tanto,
Con base
en lo expuesto esta Dirección General resuelve: Declarar SIN lugar recurso de
revocatoria presentado por Patricia León Ospina, de calidades antes referidas,
y confirmar la resolución de la Dirección General Nº 8885-2004-ICN, de las
nueve horas con cincuenta y cinco minutos del día veintiséis de octubre del dos
mil cuatro. Se admite la apelación subsidiaria y se emplaza al recurrente para
que haga valer sus derechos ante el superior jerárquico, para lo cual cuenta
con tres días hábiles a partir del día siguiente de la presente comunicación.
Notifíquese.—Lic. Flor de María Arce Chacón, Subdirectora General.—(Solicitud
Nº 0009).—C-132765.—(6150)
COMISIÓN PARA PROMOVER LA COMPETENCIA
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Unidad Técnica de Apoyo a la Comisión para Promover la Competencia.—San José, a las nueve horas del veintitrés de enero del dos mil siete.
Resultando:
Único.—La Unidad Técnica de Apoyo a la Comisión para Promover la Competencia, recibió oficio DM-0059-7, del 18 de enero del 2007 del año en curso, suscrito por el señor Marco Vinicio Ruiz, Ministro de Comercio Exterior. En dicho oficio solicita la opinión de la Comisión para Promover la Competencia, en relación con el posible establecimiento de un contingente para la importación de maíz blanco, por motivo de desabastecimiento de este producto en el mercado nacional que corresponde a 30.000 TM para el primer semestre del 2007, junto con la aplicación de una tarifa arancelaria reducida para la importación.
Considerando:
Primero.—De conformidad con el artículo 6 de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley Nº 7472 y el artículo 24 de su reglamento, la Administración Pública puede establecer, previa recomendación favorable de la Comisión para Promover la Competencia, contingentes de importación o exportación, cuando existan circunstancias anormales o desórdenes en el mercado interno o externo, debidos a fuerza mayor, caso fortuito y toda situación que genere o pueda generar un problema grave de desabastecimiento en el mercado local, que no pueda satisfacerse acudiendo a los mecanismos del mercado, o cuando estos deban aplicarse en virtud de restricciones negociadas o impuestas por socios comerciales, mientras estas circunstancias excepcionales subsistan, a juicio de esa Comisión.
Segundo.—Para dar cumplimiento a la anterior disposición, la misma Ley 7472 establece que la Comisión antes de resolver lo pertinente respecto a la medida, debe conceder una audiencia escrita a los interesados por un término de cinco días. Siendo lo anterior un trámite previsto en forma obligatoria por la ley y en aras de cumplir con el principio de celeridad en los trámites, la Comisión para Promover la Competencia decidió, mediante acuerdo que consta en el artículo décimo segundo de la sesión ordinaria Nº 39-00 del 24 de octubre del 2000, que la Unidad Técnica de Apoyo le de la audiencia de ley a las partes, en forma inmediata, sin necesidad de consultarle a ésta. Por tanto,
Esta Unidad les confiere a todos los interesados audiencia escrita por un plazo de cinco días para que se pronuncien sobre el establecimiento de la medida. En este acto, se pone a disposición de los interesados todos los documentos que forman el expediente administrativo N° LI-01-07, los cuales pueden ser vistos en las oficinas de la Comisión para Promover la Competencia, en el edificio del IFAM, sita San José, Moravia, Urbanización Los Colegios, del Colegio Lincoln 200 oeste, 100 sur y 200 oeste, contiguo al edificio de la Orquesta Sinfónica Nacional, segundo piso. Notifíquese. Referirse expediente Nº LI-01-07.
Isaura Guillén Mora, Directora Ejecutiva UTA-CPC.—1 vez.—(Solicitud Nº 46763).—C-65360.—(7677).
Unidad Técnica de Apoyo a la Comisión para promover la Competencia.—San
José, a las nueve horas del dieciocho de
diciembre del dos mil seis.
Resultando:
Único.—La Unidad Técnica de Apoyo a la Comisión para Promover la Competencia, recibió oficio DM-1076-6, del 27 de noviembre del año en curso, suscrito por el señor Marco Vinicio Ruiz, Ministro de Comercio Exterior. En dicho oficio solicita la opinión de la Comisión para Promover la Competencia, en relación con el posible establecimiento de un contingente para la importación de papa para uso industrial (inciso arancelario 0701.90.00), por motivo de desabastecimiento de este producto en el mercado nacional que corresponde a 15.000 quintales junto con la aplicación de una tarifa arancelaria reducida para la importación.
Considerando:
1º—De conformidad con el artículo 6º de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley Nº 7472 y el artículo 24 de su reglamento, la Administración Pública puede establecer, previa recomendación favorable de la Comisión para Promover la Competencia, contingentes de importación o exportación, cuando existan circunstancias anormales o desórdenes en el mercado interno o externo, debidos a fuerza mayor, caso fortuito y toda situación que genere o pueda generar un problema grave de desabastecimiento en el mercado local, que no pueda satisfacerse acudiendo a los mecanismos del mercado, o cuando estos deban aplicarse en virtud de restricciones negociadas o impuestas por socios comerciales, mientras estas circunstancias excepcionales subsistan, a juicio de esa Comisión.
2º—Para dar cumplimiento a la
anterior disposición, la misma Ley 7472 establece que la Comisión antes de
resolver lo pertinente respecto a la medida, debe conceder una audiencia
escrita a los interesados por un término de cinco días. Siendo lo anterior un
trámite previsto en forma obligatoria por la ley y en aras de cumplir con el
principio de celeridad en los trámites, la Comisión para Promover la
Competencia decidió, mediante acuerdo que consta en el artículo décimo segundo
de la Sesión Ordinaria Nº 39-00 del 24 de octubre del 2000, que la Unidad
Técnica de Apoyo le dé la audiencia de ley a las partes, en forma inmediata,
sin necesidad de consultarle a ésta. Por tanto:
Esta Unidad le confiere a todos los interesados audiencia escrita por un plazo de cinco días para que se pronuncien sobre el establecimiento de la medida. En este acto, se pone a disposición de los interesados todos los documentos que forman el expediente administrativo Nº LI-03-06, los cuales pueden ser vistos en las oficinas de la Comisión para Promover la Competencia, en el Edificio del IFAM, sita San José, Moravia, Urbanización Los Colegios, del Colegio Lincoln 200 oeste, 100 sur y 200 oeste, contiguo al edificio de la Orquesta Sinfónica Nacional; segundo piso. Notifíquese. Referirse expediente Nº LI-03-06.—Publíquese.—Isaura Guillén Mora, Directora Ejecutiva.—(Solicitud Nº 46760).—C-67185.—(8043).
Unidad Técnica de Apoyo a la Comisión para Promover la Competencia.—San José, a las nueve horas del dos de enero del dos mil siete.
Resultando:
Único.—La Unidad Técnica de Apoyo a la Comisión para Promover la Competencia, recibió oficio DM-1206-6, del 20 de diciembre del año 2006, suscrito por el señor Marco Vinicio Ruiz, Ministro de Comercio Exterior. En dicho oficio solicita la opinión de la Comisión para Promover la Competencia, en relación con el posible establecimiento de un contingente para la importación de arroz variedad Bengala (inciso arancelario 1006.30.10), por motivo de desabastecimiento de este producto en el mercado nacional que corresponde a 18.000 kg. junto con la aplicación de una tarifa arancelaria reducida para la importación.
Considerando:
1º—De conformidad con el artículo 6 de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley Nº 7472 y el artículo 24 de su reglamento, la Administración Pública puede establecer, previa recomendación favorable de la Comisión para Promover la Competencia, contingentes de importación o exportación, cuando existan circunstancias anormales o desórdenes en el mercado interno o externo, debidos a fuerza mayor, caso fortuito y toda situación que genere o pueda generar un problema grave de desabastecimiento en el mercado local, que no pueda satisfacerse acudiendo a los mecanismos del mercado, o cuando estos deban aplicarse en virtud de restricciones negociadas o impuestas por socios comerciales, mientras estas circunstancias excepcionales subsistan, a juicio de esa Comisión.
2º—Para dar cumplimiento a la
anterior disposición, la misma Ley 7472 establece que la Comisión antes de
resolver lo pertinente respecto a la medida, debe conceder una audiencia
escrita a los interesados por un término de cinco días. Siendo lo anterior un
trámite previsto en forma obligatoria por la ley y en aras de cumplir con el
principio de celeridad en los trámites, la Comisión para Promover la
Competencia decidió, mediante acuerdo que consta en el artículo décimo segundo
de la Sesión Ordinaria Nº 39-00 del 24 de octubre del 2000, que la Unidad
Técnica de Apoyo le de la audiencia de ley a las partes, en forma inmediata,
sin necesidad de consultarle a ésta. Por tanto:
Esta Unidad les confiere a todos los interesados audiencia escrita por un plazo de cinco días para que se pronuncien sobre el establecimiento de la medida. En este acto, se pone a disposición de los interesados todos los documentos que forman el expediente administrativo Nº LI-04-06, los cuales pueden ser vistos en las oficinas de la Comisión para Promover la Competencia, en el edificio del IFAM, sita San José, Moravia, Urbanización Los Colegios, del Colegio Lincoln 200 oeste, 100 sur y 200 oeste, contiguo al edificio de la Orquesta Sinfónica Nacional; segundo piso. Notifíquese. Referirse expediente Nº LI-04-06.
Isaura Guillén Mora, Directora Ejecutiva UTA-CPC.—(Solicitud Nº 46761).—C-67185.—(8044).
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO PÚBLICO DE LA
PROPIEDAD INMUEBLE
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Se hace
saber al señor Philippe Pigot, con único apellido en razón de su nacionalidad
Francesa, pasaporte número nueve ocho DA seis seis seis uno uno, en su
condición de gerente de la sociedad Redbull International Trading Limitada, con
cédula jurídica tres-ciento dos-trescientos treinta y cinco mil ochocientos
noventa y nueve (3-102- 335899) que la Subdirección del Registro del Registro
de Personas Jurídicas, ha iniciado diligencias administrativas, en virtud de
que las señoras licenciada María del Pilar López Quirós, y la señora Sandra
Alfaro Rojas, ambas en su condición de apoderadas especiales de Red Bull GMBH,
corporación organizada y existe conforme las leyes de Austria, domiciliada en
Am Brunnen uno, cinco-tres-tres-cero Fuschl am See, Austria , según poder
visible al folio ciento setenta y uno del expediente RPJ-056-2006, que se lleva
en esta Dirección, solicitan se inmovilice la inscripción de la sociedad
Redbull Internacional Trading Limitada , cuya traducción al español es Redbull
Internacional Comercio Limitada, por considerar que dicha denominación presenta
similitud gráfica, fonética e ideológica con la marca que tiene su representada
Red Bull GMBH, inscrita en nuestro país. En razón de lo indicado, se confiere
audiencia, por un plazo de diez días hábiles contados a partir del día
siguiente a la publicación del presente edicto, para que presente los alegatos
que a los derechos de la entidad que representa convenga. Se le previene que en
el acto de notificarle el presente edicto o dentro del tercer día, debe señalar
lugar y medio para atender notificaciones de este Despacho dentro del perímetro
de la ciudad de San José, así como lugar y medio para atender notificaciones
ante el Tribunal Registral Administrativo, dentro del perímetro judicial de
Montelimar, Goicoechea, bajo el apercibimiento de que si no lo hace, las
resoluciones que se dicten se le tendrán por notificadas en el transcurso de
veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el
medio escogido imposibilita la notificación por causas ajenas a este Despacho,
o bien si el lugar señalado no existe, permanece cerrado, si la dirección es
imprecisa, incierta o inexistente. Todo lo anterior de conformidad con los
artículos noventa y dos y siguientes del Reglamento del Registro Público, que
es Decreto Ejecutivo número veintiséis mil setecientos setenta y uno-J del dieciocho
de marzo de mil novecientos noventa y ocho, y sus reformas, artículos
veinticinco y veintiséis de la Ley de Procedimientos de Observancia de los
Derechos de Propiedad Intelectual, número ocho mil treinta y nueve del
veintisiete de octubre del dos mil y los artículos dos y veintiséis del
Reglamento Orgánico y Operativo del Tribunal Registral Administrativo, que es
Decreto número treinta mil trescientos sesenta y tres-J de quince de mayo del
dos mil dos. Notifíquese.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—(Solicitud
Nº 08629).—C-76250.—(6135).
Se hace saber a la señora Deyanira Cordero Azofeifa, cédula de identidad Nº 6-0072-382, por desconocerse su lugar de residencia o domicilio, según se hace constar en la resolución de las diez horas del día dieciséis de enero del dos mil siete, debido a la devolución de los acuses dirigidos a la citada señora por parte de Correos de Costa Rica, por resolución de las diez horas del día doce de enero del dos mil siete, que se le brinda audiencia por medio de edicto, por la razón expuesta, en su condición de propietaria registral de la finca de Limón, matrícula número ochenta y tres mil trescientos ochenta y tres (83383) que en la Dirección del Registro Público de Bienes Inmuebles se ha iniciado diligencias administrativas de oficio, tramitadas dentro del expediente administrativo Nº 316-2006, mediante escrito presentado el 20 de setiembre del 2006, por la Registradora Lic. Rosa María Araya Durán, en el cual informa de una posible doble inmatriculación, que involucra los inmuebles del partido de Limón, matrículas Nos. 85978 y 83383, según se detalla: “...Por medio de la presente le comunico que me fue asignado el documento tomo 568, asiento 80225, y al realizar el estudio del plano no me encuentro que el número de plano 7-514234-1998 se encuentra incluido en las fincas del partido de Limón Nos. 85978 y 83383...”. En razón de lo informado se procedió a la apertura del expediente administrativo Nº 316-2006 y en resguardo de la seguridad jurídica que propone la publicidad registral, mediante resolución de las 12:00 horas del día 25 de setiembre del 2006, se ordenó la consignación de advertencia administrativa en las fincas del partido de Limón, matrículas números ochenta y tres mil trescientos ochenta y tres (83383), y ochenta y cinco mil novecientos setenta y ocho (85978). Además, con el objeto de cumplir con el debido proceso, y habiéndose autorizado por resolución de las doce horas y treinta minutos del día seis de octubre del dos mil seis, se resuelve: Conferir audiencia a Deyanira Cordero Azofeifa, por el término de quince días, contados a partir del día siguiente de la publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J del 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta Nº 54 de 18 de marzo de 1998. A efecto de que dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos convengan y se le previene, que en el acto de notificarle esta resolución o dentro de tercer día, debe señalar número de fax; apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, en donde oír futuras notificaciones de este despacho, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso o incierto, o ya no existiere, artículos 20 y 21 de la Ley Nº 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas; artículo 185 del Código Procesal Civil, y artículo 3º de la Ley Nº 7637 de 11 de diciembre de 1996 que es la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. (Ref. Expediente Nº 316-2006).—Curridabat, 17 de enero del 2007.—Msc. Óscar Rodríguez Sánchez, Director.—(Solicitud Nº 16407).—C-72620.—(6440).
Se hace saber a José Espinoza Rosales, cédula de identidad Nº 5-0246-0751, y a Ulderico Espinoza Rosales, cédula de identidad Nº 5-0210-0417, que se le brinda audiencia por medio de edicto por desconocerse su domicilio exacto, a sus albaceas o a sus representantes legales, o a cualquier otra persona con interés legítimo, que la Dirección del Registro Público de Bienes Inmuebles, ordenó la apertura de diligencias administrativas de oficio, iniciadas por gestión de la Registradora Lic. Rosa Méndez Vargas, grupo 9, reg. 246, presentado ante esta Dirección el día 15 de marzo del 2006, mediante el cual informa sobre la supuesta triple inmatriculación de las fincas del partido de Guanacaste, números: treinta y dos mil cuatrocientos diecisiete (32417), treinta y dos mil novecientos setenta y tres (32973), y treinta y tres mil doscientos cinco (33205), que publicitan el mismo plano catastrado número G-nueve mil cuatrocientos cincuenta y seis-mil novecientos setenta y cuatro (G-9456-1974). En lo que interesa, el escrito literalmente expresa: “(...) con el documento presentado al Diario del Registro Público, bajo las citas tomo 568, asiento 57086, que corresponde a donación de derechos a uno de los copropietarios y la cual luego hipoteca, al consultar la base de datos del catastro nacional, consulta realizada para verificar la existencia del plano catastrado G-9456-1974, el mismo aparece asignado a tres fincas 5-32417-000, 5-32973-000 y 5-33205, de la cuales la segunda es la que corresponde a mi documento, que tiene la misma medida y situación que la tercera. (...)”. Debido a la devolución de los acuses números: RR 11969818 CR, dirigido a José Espinoza Rosales, cédula de identidad Nº 5-0246-0751, y RR 11969820 CR, dirigido a Ulderico Espinoza Rosales, cédula de identidad Nº 5-0210-0417, por parte de Correos de Costa Rica, por resolución de las 7:43 horas del 18 de octubre del 2006, se autorizó la publicación por tres veces consecutivas de un edicto para conferirles audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presenten los alegatos que a sus derechos convenga. Y se le previene, a las indicadas partes que dentro del término establecido para la audiencia, deben señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este despacho, conforme a los artículos 93, 94, 96 y concordantes del Reglamento del Registro Público de la Propiedad Inmueble, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo del mismo año, en concordancia con el numeral 3 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, Ley Nº 7637, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley Nº 3883 de 30 de marzo de 1967 y sus reformas, y el artículo 185 del Código Procesal Civil. (Ref. Expediente Nº 267-2006). Notifíquese por medio de edicto.—Curridabat, 11 de enero del 2007.—Lic. Wálter Méndez Vargas, Subdirector a. í.—(Solicitud Nº 16409).—C-76250.—(6442).
Se hace saber a la señora María Elena Monge Rivera, cédula de identidad Nº 1-414-187, en su condición de propietaria registral de la finca del partido de Limón, matrícula número cuarenta mil seiscientos (40600), que en este Registro se ha iniciado diligencias administrativas de oficio a instancia de la Registradora Laura María Alvarado Vargas, por escrito presentado a esta Dirección a las 9:34 horas del día 24 de octubre del 2006, mediante el cual comunica el posible error en la inscripción del documento tomo 567, asiento 97114 relacionado con la finca del partido de Limón, matrícula número cuarenta mil seiscientos (40600), y cuarenta y seis mil novecientos ochenta (46980), escrito que en lo que interesa manifiesta: “...de acuerdo con los a datos consignados en el documento registrado bajo las citas de presentación tomo 567, asiento 97114, se logró determinar que el plano catastrado Nº L-0725769-1988 se encuentra asignado en el sistema a dos fincas del partido de Limón, Nos. 7-40600-000 y 7-46980-000”. Por lo anterior, esta Dirección procedió a la apertura del expediente administrativo Nº 369-2006, y en resguardo de la seguridad jurídica que debe dimanar de la publicidad de los asientos registrales y mientras se realiza la investigación del caso, mediante resolución de las 09:00 horas del día 30 de octubre del 2006, se ordenó la consignación de advertencia administrativa sobre las fincas del partido de Limón, matrículas números cuarenta mil seiscientos (40600) y cuarenta y seis mil seiscientos ochenta (46680). Así mismo, por resolución de las 15:30 horas del día 6 de noviembre del 2006, se ordenó la corrección de error material originado en la aludida resolución de las 9:00 horas del 30 de octubre presente, por haberse consignado erróneamente advertencia administrativa en la finca del partido de Limón, matrícula Nº 46680, y se ordenó la consignación correcta a la finca del mismo partido matrícula número cuarenta y seis mil novecientos ochenta (46980), y con el objeto de cumplir con el debido proceso, y habiéndose autorizado por resolución de las diez horas y cuarenta y dos minutos del día diecinueve de enero del dos mil siete, se resuelve: Conferir audiencia a María Elena Monge Rivera, por el término de quince días, contados a partir del día siguiente de la publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J del 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta Nº 54 de 18 de marzo de 1998. A efecto de que dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos convengan y se le previene, que en el acto de notificarle esta resolución o dentro de tercer día, debe señalar número de fax; apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, en donde oír futuras notificaciones de este despacho, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso o incierto, o ya no existiere, artículos 20 y 21 de la Ley Nº 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas, artículo 185 del Código Procesal Civil, y artículo 3º de la Ley Nº 7637 de 11 de diciembre de 1996 que es la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. (Ref. Expediente Nº 369-2006).—Curridabat, 19 de enero del 2007.—Lic. Wálter Méndez Vargas, Subdirector a. í.—(Solicitud Nº 16410).—C-81695.—(6444).
SUCURSAL DE SAN RAMÓN
ÁREA DE COBROS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
En virtud de no haberse podido notificar administrativamente el aviso de cobro de los siguientes patronos, por este medio se les pone en conocimiento el adeudo pendiente ante la Caja Costarricense de Seguro Social: Ruiz Fernández José Olivier, número patronal 0-00203570521-001-003, planillas de 10/2006, 11/2006, 12/2006 por ¢627.053,00. Moroney Hernández Fernando Erick, número patronal 0-00800700602-001-001, planillas de 10/2006, 11/2006, 12/2006 por ¢93.503,00. Delifruit C R Limitada, número patronal 2-03102359265-001-001, planillas de 09/2006, 10/2006, 11/2006 por ¢795.386,00. Plant Exportation CR S. A., número patronal 2-03101298740-001-001, planillas de 10/2006, 11/2006, 12/2006 por ¢964.274,00.—San Ramón, 26 de enero del 2007.—Lic. Arnoldo León Quesada, Jefe a. í.—(7586).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Resolución
de las diez horas del siete de setiembre del dos mil seis.—Dirección de
Proveeduría.-PA-066-06. A la empresa RELI S. A. con cédula jurídica número
3-101-128719, se le comunica que de conformidad con los artículos 36:1 y 36:3
del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa; 149, inciso a), incisos
1 y 2, 239 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración
Pública; 118 de la Ley de la Administración Financiera y Presupuestos Públicos,
esta instancia administrativa resuelve: dentro del procedimiento administrativo
de requerimiento de cobro por saldo al descubierto por concepto de multa,
incoado por el ICE en su contra. La sentencia establece literalmente en su
parte dispositiva lo siguiente: “Por tanto: 1) Conceder a la empresa RELI S.A.,
un plazo de quince días hábiles posteriores a la notificación de la presente
resolución, para que normalice su situación y cancele a la Institución, la suma
adeudada de $1.928,95 (mil novecientos veintiocho dólares con 95/100) que
corresponden al saldo en descubierto por concepto de la multa de $ 9.496,95
(nueve mil cuatrocientos noventa y seis con 95/100). Impuesta a raíz de los
días de atraso en el plazo de entrega de la licitación pública Nº 7066-E,
adjudicada para la adquisición “Pantalones y camisas para uniforme”. 2) Se le
advierte a RELI S. A., que de no cancelar la suma indicada en la presente
intimación de pago, se procederá a la certificación de la deuda, para su
traslado a la oficina de Cobros Judiciales para que inicie las diligencias de
cobro en la vía judicial correspondiente. 3) Se le previene a RELI S. A., que
en el acto de ser notificada debe señalar a esta Dirección lugar para
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán por notificadas con el
solo transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el
lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente.
También se le previene que puede señalar un número de fax donde atender
notificaciones. Publíquese.—Lic. Juan Carlos Jiménez Martínez, Dirección
Proveeduría.—(O. S. Nº 325243).—C-36320.—(7068).
Resolución
de las diez horas del siete de setiembre del dos mil seis.—Dirección de
Proveeduría.- Expediente PA-033-06. A la empresa Corporación Gima S. A., con
cédula jurídica número 3-101-077762, se le comunica que de conformidad con los
artículos 36:1 y 36:3 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa;
149 inciso a) incisos 1 y 2, 239 siguientes y concordantes de la Ley General de
la Administración Pública; 118 de la Ley de la Administración Financiera y
Presupuestos Públicos, esta instancia administrativa resuelve: dentro del
procedimiento administrativo de Requerimiento de cobro por concepto de multa,
incoado por el ICE en su contra lo siguiente: 1) Conceder a la empresa
Corporación Gima S. A., un plazo de quince días hábiles posteriores a la
notificación de la presente resolución, para que normalice su situación, y
cancele a la Institución, la suma adeudada de $ 39.810,00 (treinta y nueve mil
ochocientos diez con 00/100), que corresponden a la multa, impuesta a raíz de
los 66 días de atraso en el plazo de entrega. De la Licitación por Registro
72-01-T, adjudicada para la “Equipo de cómputo”. 2) Se le advierte a
Corporación Gima S. A., que de no cancelar la suma indicada en la presente
intimación de pago, se procederá a la certificación de la deuda, para su
traslado a la oficina de Cobros Judiciales para que inicie las diligencias de
cobro en la vía judicial correspondiente. 3) Se le previene a Corporación Gima
S. A., que en el acto de ser notificada debe señalar a esta Dirección lugar
para notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán por notificadas con el
solo transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el
lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente.
También se le previene que puede señalar un número de fax donde atender
notificaciones. Publíquese.—Lic. Juan Carlos Jiménez Martínez, Dirección
Proveeduría.—(O. S. Nº 325243).—C-32690.—(7069).